Legal - The San Juan Daily Star

Wednesday, December 21, 2016
San Juan
The
Puerto
Rico
Population
Fell 10.9%
in 12 Years,
Census
Bureau Says
Star
50¢
DAILY
Deficit Could Eclipse
Projection by $10 Billion
In Revised Estimate, Control Board Warns Against Inaction
P3
P4
Governor
Rolls Out
Plastic Bag
Ban Law in
Mayagüez
P7
NOTICIAS en ESPANOL
P24
787.743.3346 • Fax 787.743.5100 • thesanjuandailystar.com
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Wednesday, December 21, 2016
The San Juan Daily Star
GOOD MORNING
3
December 21, 2016
The San Juan Daily Star, the only paper with
News Service in English in Puerto Rico, publishes 7 days a week,
with a Monday, Tuesday, Wednesday and Thursday ediƟon, along with a Weekend EdiƟon to cover Friday, Saturday and Sunday.
PR Faces Much Larger Deficit in 10 Years
Without Action, Control Board Says
By JOHN McPHAUL
[email protected]
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INDEX
Local
Mainland
Business
InternaƟonal
Viewpoint
Fashion
Entertainment
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NoƟcias en Español
Legal NoƟces
Sports
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Horoscope
Cartoons
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he Financial Supervision and
Administration Board, better
known as the federal fiscal control board, issued its Estimated Revised Base of the Fiscal and Economic
Growth Plan for the government of
Puerto Rico on Tuesday, estimating
that without decisive action Puerto
Rico will face a much larger deficit of
$67.5 billion in the next 10 years.
In a letter addressed to Gov.
Alejandro García Padilla, the Board,
established under the Puerto Rico
Oversight, Management and Economic Stability Act
(PROMESA), said it based its estimate on the most recent information available considering that under current law, without access to additional federal funds
and unless the government adopts measures to decrease spending, increase income, implement structural reforms and restructure its long-term obligations (including debt and pensions), the budget deficit will reach
almost $70 billion in 10 years, some $10 billion bigger
than originally projected.
As an example of the magnitude of the debt, the
board explained that unless action is taken to close the
budget deficit it would require the equivalent of each
Puerto Rican family to pay $5,400, or more than a fourth (28 percent) of the average annual family income in
addition to what they pay in taxes each year for the
next 10 years for a total of $54,000 per family.
In the letter, the board said Puerto Rico should
privatize certain government assets, implement labor,
energy and tax reforms, seek public-private partnerships and cut non-essential services, along with cutting
its education and health-care budgets, according to an
Associated Press report.
The board also said furloughs and freezes across
government agencies may be implemented, and suggested charging tourists higher prices for services such
as ferry transportation to the popular islands of Vieques and Culebra, according to AP.
The new estimate was calculated by the same
team of employees and advisers of the current government and is still in the process of being validated by
the board and its advisers.
The board will seek a third independent entity to validate the point of
departure for the base estimate as well
as the bridge with the most recent available audited financial statement, which
dates back to fiscal year 2014.
In the letter, Supervisory Board
Chairman José Carrión thanked García
Padilla, his team and advisers “for collaboration with the Board during recent
months helping in the evaluation of the
fiscal plan proposed for the Government
of Puerto Rico.”
Carrión also told Governor-elect
Ricardo Rosselló Nevares that “we hope
to develop a productive working relationship with you and your Administration to confront
Puerto Rico’s fiscal and economic crisis for the benefit
of all Puerto Ricans.”
On Nov. 23, the board informed García Padilla
that the Fiscal Plan that he had submitted did not comply with the requirements contained in the PROMESA
law.
“After extensive study and analysis, it remains
very clear that the deficit which the Government of
Puerto Rico will assume in the next 10 years is greater
than that which was originally calculated. This reality
requires the government to assume its responsibility
and propose the initiatives and necessary measures
so that this abysmal fiscal challenge can be overcome
opportunely; and moreover, so that the reforms are put
into place that are required to achieve sustainable economic growth and provide potential for an increase in
employment opportunities for all Puerto Ricans,” said
board member José Ramón González.
Another board member, Ana Matosantos, said
the measures “have to achieve an appropriate balance
between fiscal adjustment, structural reforms and the
restructuring of the debt.”
“And the balance must be achieved taking into
consideration the impact that the potential changes
could have on children, the elderly and Puerto Rican
families, as well as the members of the institutional sector and the society in general,” Matosantos said. “This
is not merely a mathematical exercise of balancing the
checkbook, although balancing the budget is fundamental. The true objective is to re-establish economic
growth to improve the quality of life of the people.”
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The San Juan Daily Star
Tuesday, December 21, 2016
Rivera Schatz: Outgoing Gov’t Is Leaving Puerto Rico Bankrupt
BY MARIA MIRANDA SIERRA
[email protected]
N
ew Progressive Party Sen.
Thomas Rivera Schatz said
Tuesday that given the fiscal
scenario that the administration of Gov.
Alejandro García Padilla is leaving behind it, “he has the responsibility to tell
the truth: that the Popular Democratic
Party government left the country bankrupt and we have to denounce it and
point it out.”
With a $70 billion deficit and the
barely $147 million left in government
coffers, the NPP lawmaker said in a
radio interview with NotiUno that the
“outgoing PDP government, in addition
to the corruption scheme being revealed
in federal court, administered the use of
public funds in an irresponsible way.”
The designated Senate president
said the PDP government “lied to the
teachers, the taxpayers and the retired
public workers.”
“They cleaned out the state government’s coffers, they damaged Puerto
Rico’s good name in the international
markets,” Rivera Schatz said. “And they
have the impertinence to say that we
shouldn’t criticize them, well then they
should say how the bankrupt government should be handled.”
Rivera Schatz insisted that the government “has the responsibility to tell
the truth.”
“The PDP government left the
country bankrupt,” he said. “We have
to point it out and denounce it. And we
have to establish an economic plan to
save the fiscal situation, that allows the
government to achieve real efficiency
and savings in spending.”
On Monday, Governor-elect Ricardo Rosselló warned that the island will
soon run out of money to pay public
workers.
“In February, the entire government will run out of money,” Rosselló
said. “In the transition hearings it has
been revealed that only $147 million is
left in government coffers. It is important that the people of Puerto Rico are
clear on how we got into this position.
The action that this government took
was to take out money [loans] from the
Retirement Funds, not pay bondholders
and not pay taxpayers …”
“And certainly many of those actions raise many suspicions [of] the
gross negligence and will be evaluated,”
the governor-elect added. “Everyone
who has violated the law and who hurt
the people of Puerto Rico should know
that the full weight of law will fall upon
them.”
Rosselló further anticipated that
although his legislative agenda will be
framed on the NPP’s Plan for Puerto
Rico, there are also various additional
initiatives that depend on the actions of
the federal fiscal control board.
“In the next 48 to 72 hours, the fiscal
control board will come down with the
recommendations that should be taken,
based on what has been found in Puerto
Rico’s fiscal reality,” Rosselló said. “In
the same way, in the next two weeks the
Thomas Rivera Schatz
Congressional Task Force is expected to
also present some recommendations.
Thus we will be on the lookout for what
happens in these next two weeks, to be
able to take in this information and then
act.”
Rosselló said that after he is sworn
in as governor on Jan. 2, he will present
various executive orders to highlight
his public policy. From Jan. 2 to Jan. 9
he will be introducing legislation to be
passed once the new Legislative Assembly is seated.
He said he will amend the PublicPrivate Alliances Law, create an external
entity to be responsible for the marketing of Puerto Rico as a tourism destination, file business and economic development legislation along with a bill
promoting equal pay for equal employment, amend the laws against abuse and
domestic violence, and transfer some
government services to nonprofit organizations.
Rosselló said he will meet with
NPP lawmakers and mayors today.
Meanwhile on Tuesday, island
Secretary of State Víctor Suárez alleged
that the government will not run out of
money in February, as both Rosselló and
Rivera Schatz charged.
“I am surprised by the declarations
made by Governor-elect Ricardo Rosselló, because it seems like he has not
lived in the country in the past year,”
Suárez said. “Precisely, the entire Fiscal Plan, the entire restructuring of the
debt, the objective that it has is to go
into a broad restructuring in February,
keeping lawsuits frozen, and with that
be able to continue offering basic and essential services to the people.”
“If the government runs out of
money it is because he decided not to
enter into a broad restructuring of the
debt,” Suárez added. “If he follows that
path there is no reason why the government should run out of money.”
Suárez said Rosselló has at his disposal Article 3 of the Puerto Rico Oversight, Management and Economic Stability [PROMESA] Act, which will give
the government tools so that it won’t
run out of money.
“It is a tool that will protect the
people, and protecting the people is the
main function in a democracy,” he said.
“It would be irresponsible for the incoming government to not use this available
tool.”
PR Population Decreased an Estimated 10.9% Since 2004
By JOHN McPHAUL
[email protected]
T
he U.S. Census Bureau published
a report Tuesday estimating that
Puerto Rico has lost 10.9 percent of
its population from its peak in 2004.
As of July 1, the population of
Puerto Rico was estimated at 3,411,307
people, while 12 years ago the island had
an estimated 3,826,878 people as of July
1, 2004.
This means that the population was
reduced by 10.9 percent in total, or approximately 0.8 percent each year on average (annualized rate).
The estimates assume that between
July 1, 2015 and July 1 of this year 31,000
births occurred in Puerto Rico compared
to 28,000 deaths, which is equivalent to
a natural growth in the population (the
number of births minus the number of
deaths) of only 3,000 during that period.
In terms of migration, the net decrease was around 65,000 people during
the same timeframe.
The statistics include the components
of annual population change since July 1,
2010, which reflect the population estimates from the beginning of the decade.
As the leading entity of the State
Data Center Network of the U.S. Census Bureau, the Institute of Statistics of
Puerto Rico presented the summary of
the Census Bureau report’s most significant findings.
The San Juan Daily Star
Wednesday, December 21, 2016
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Designated Health Chief, Incoming House
Chair Meet on Health Reform Roadmap
Oscar Morales
BY MARIA MIRANDA SIERRA
[email protected]
met Tuesday with designated Health
Secretary Rafael Rodriguez to discuss the roadmap for improving the
island’s health systems and guaranteeing the continuity of Health Reform.
“The health system in Puerto
Rico needs a lot of attention, not only
because of the economic challenges it
faces, but also because of other issues
such as the lack of attention given in
a number of areas such as the Río Piedras Medical Center and the health
services offered to the residents of
Vieques and Culebra, among many
others,” Rodríguez said in a written
statement. “For these reasons, we
can’t just talk about looking for money. We have to transform the entire
health system, to give access to more
[citizens] and improve the services
to our people, but without forgetting
about our doctors and other health
providers.”
Meanwhile, Morales, who is the
designated House Health Committee chairman, described the meeting
as an extremely productive one, after having exchanged information on
what the priorities will be at both the
Health Department and the Legislative Assembly, framed within Governor-elect Ricardo Rosselló’s Plan for
Puerto Rico.
Morales noted that “today I reaffirm that Dr. Rodríguez is an exceptional professional, and he has the
experience and the necessary commitment to make viable all the big
changes in the health field contained
in the Plan for Puerto Rico.”
“Similarly, he knows the needs
of the Health Department first-hand
and, above all, he knows our people’s
needs,” Morales said.
to Hernández Pérez and Vargas.”
The referral of Hernández Pérez
and Vargas is carried out in accordance
with Article 5 of Law 2 of 1988, which
creates the OPFEI. The law states that
individuals who have participated, conspired, caused or otherwise were authors
or co-authors in any of the crimes attributed to them, can be referred to OPFEI
to evaluate the evidence in conjunction
with the evidence against the public official being investigated.
Miranda added that the contents of
Article 4.3 (B) of the Government Ethics
Law establishes that a public official can
not “derive an undue advantage” from
a person or private company that at the
same time has a contract with the government agency.
The probe was carried out by the
Justice Department’s Public Integrity,
Economic Crimes and Comptroller Issues Division.
The referral in question is the second one the Justice Department has sent
to the OPFEI with a recommendation
to assign a special prosecutor against
Hernández Pérez and Vargas. On Oct.
31, both were referred to the OPFEI in
the case against PDP Sen. Mari Tere
González.
Hernández Pérez and Vargas are
already facing other state charges.
On April 14, the island Justice Department announced it was filing tax
evasion charges against Hernández Pérez, his wife Verónica Ponce Peña, Vargas
and José Rodríguez. Four charges were
filed against the companies 3Comm
Global, EKO Technologies, Kendall Consulting Group and Links Group.
San Juan Superior Court Judge
María de Lourdes Camareno found probable cause for arrest on eight tax evasion
charges. The fines imposed were $30,000
for Hernández Pérez, $5,000 for Ponce
Peña, $20,000 for Vargas and $5,000 for
Rodríguez.
Hernández Pérez and Vargas Soto
could face between three and eight years
in state prison for tax evasion crimes.
N
SIP Recommended for Ex-General Services Administrator in Illegal Loan Case
ew Progressive Party (NPP)
Rep.-Elect for the District
of San Juan Oscar Morales
BY MARIA MIRANDA SIERRA
[email protected]
J
ustice Secretary César Miranda announced Tuesday that the Special
Independent Prosecutor (FEI by its
Spanish acronym) has delivered a recommendation to assign a special independent prosecutor to investigate former
General Services Administration Manager Luis Castro, former Popular Democratic Party (PDP) fund-raiser Anaudi
Hernández Pérez and former 3Comm
Global President Héctor Vargas.
“Last September 20, I notified the
Special Independent Prosecutor’s Panel
Office (OPFEI by its Spanish acronym) of
the initiation of the preliminary investigation to determine if there was a $5,000
loan that Castro allegedly received from
3Comm Global President Héctor Vargas,
whose company had had a contract with
the General Services Administration
since September 17, 2013,” Miranda said
in a written statement. “After 90 days -the time frame for carrying out the preliminary investigation -- have passed,
it has been determined that potentially
punishable conduct took place in violation of the Government Ethics Law [as a
serious felony], so we are recommending
that a special independent prosecutor be
assigned both to the former official and
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Wednesday, December 21, 2016
The San Juan Daily Star
PIP Senator Hails Supreme Court Decision
to Uphold Municipal Coal Ash Ban
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO
AVISO PÚBLICO
SOLICITUD DE ENMIENDA
CON EL FIN DE CAMBIAR EL NOMBRE DEL CONCESIONARIO DEL
PERMISO FORMAL NÚM. O-CT-PFE01-SJ-00162-25022009 Y EL 2013-PF000005 PARA LA EXTRACCIÓN DE LA CORTEZA TERRESTRE
Este Aviso se publica a tenor con las disposiciones de la Ley Núm. 132 de 25 de junio de
1968, según enmendada, mejor conocida como, Ley de Arena, Grava y Piedra, Orden
AdministraƟva OGPe 2011-27 y el Reglamento Conjunto de Permisos para Obras de
Construcción y Usos de Terrenos del29 de noviembre de 2010.
La siguiente Solicitud de Permiso para la Extracción de Materiales de Corteza Terrestre
ha sido radicada ante la Oficina de Gerencia de Permisos OGPe.
Por este medio se noƟfica al público en general, enƟdades gubernamentales y/o
partes interesadas, sobre la acción propuesta. Copia electrónica de dicho documento
está disponible para revisión en el portal de interne! de la agencia www.sip .pr.gov. Las
personas que tengan información o comentarios que puedan ser úƟles en la evaluación
de la acción propuesta, pueden enviar los mismos a la dirección de correo electrónico
noƟficació[email protected] y/o PO Box 41179, San Juan PR 00940-1179, dentro de un
término de diez (10) dias calendario a parƟr de la publicación de este aviso.
Se le apercibe que dentro de un término de diez (10) dias calendario a parƟr de la
publicación de este aviso, la OGPe motu propio podrá celebrar vista pública si surgieren
comentarios, controversias u objeciones en cuanto a la solicitud. Transcurrido dicho
término no se considerará ninguna solicitud a estos efectos y la Agencia procederá
con la evaluación y trámite del documento presentado. Se le apercibe además que,
la celebración de la vista, de ser concedida, se llevará a cabo de acuerdo al Capítulo 7
del Reglamento Conjunto y en conformidad con lo dispuesto en el Arơculo 3 de la Ley
Núm. 132, supra. La vista será presidida por un panel técnico legal. Durante la misma
se permiƟrá la parƟcipación o intervención de cualquier persona que lo interese. Los
cargos en que se tenga que incurrir para la celebración de la vista serán de carga del
proponente de la acción.
CASO NÚM.
:
2016-PF0-00004
PETICIONARIO
:
Comería Sand And Gravel, Corp.
DIRECCION POSTAL
:
PO BOX 3451
Bayamón, PR 00958
LUGAR DE EXTRACCION
:
EMBALSE LA PLATA 2, BO. ELENA CON
ACCESO A TRAVÉS DE LA CARR. PR-167,
KM. 1.6 DEL MUNICIPIO DE COMERÍO.
MATERIAL A EXTRAERSE
:
ARENA Y GRAVA
CANTIDAD A EXTRAERSE
:
500 METROS CÚBICOS DIARIO
TERMINO DE VIGENCIA
:
HASTA EL 17 DE NOVIEMBRE DE 2018
USO DE EXPLOSIVOS
:
NO
En San Juan, Puerto Rico, hoy 1 de diciembre de 2016.
Arq. Alberto Lastra Power
Director EjecuƟvo
ANUNCIADO PAGADO POR LA PARTE PROPOPNENTE
By JOHN McPHAUL
[email protected]
P
uerto Rican Independence Party (PIP) Sen. María de
Lourdes Santiago hailed the decision of the island Supreme Court to validate the ordinance presented by the
municipal legislator of her party that prohibits the deposit of
coal ash in the Municipality of Peñuelas.
The coal ash comes from the coal-fired energy generated
Applied Energy Systems (AES) in Guayama, which produces
600 to 1,000 tons of ash a day.
The PIP municipal legislators achieved the approval of the
ordinance to prohibit the deposit of coal ash in 45 towns, an
effort that occurred parallel to Senate Bill 340 filed by Sen. Santiago in February 2013. The majority Popular Democratic Party
never considered the bill.
The ordinances have been approved by the municipal legislatures and signed by their respective mayors.
Mayor Walter Torres signed the Peñuelas ordinance and
joined in the citizen protests against the deposit of ash in the
landfill of that community.
“It has been our privilege to contribute to providing the
juridical instrument that vindicates the struggle of so many
years by the Peñuelas community, Santiago said.
“The decision of the Supreme Court wakes up the outgoing administration, that despite the constant protests and
clearly documented complaints, an Extraordinary Session has
not been called that is necessary to consider the measure filed
almost five years ago now,” Santiago said in a written statement.
Santiago was one of 63 citizens arrested in acts of civil disobedience during protests in Tallaboa and Peñuelas at the end
of November when they blocked roads leading to the landfills
in those communities.
Those arrested have preliminary hearings on Feb. 9 and 16
for violating laws, some of them traffic laws.
María de Lourdes Santiago
Following the Supreme Court ruling recognizing the legitimacy of the ordinance, the company EC Waste, which handles
the coal ash, expressed hope that the Environmental Quality
Board (EQB) would reassert “its legitimate authority” to permit the company to continue operations.
The company’s spokesman Ricardo Soto said the company affirmed that “it is important to establish that the determination of the Court is not the result of a legal case against EC
Waste and against Peñuelas Valley Landfill.”
“All the operations and systems of the EC Waste sanitary
landfill on the island are duly authorized by the Environmental Quality Board (EQB) in compliance with all the standards
and regulations of the federal Environmental Protection Agency and subtitle D of the Federal Law for the Conservation and
Recovery of Resources.”
He said that being in compliance with all federal and local
laws, the company was calling on the EQB to reassert its authority and allow the dumping of the coal ash to proceed.
Ex-Cop Gets 200-Year Sentence
for Killing 3 Colleagues
A
former Puerto Rico policeman has been sentenced to more than 200 years in prison for
killing three fellow officers at work nearly a
year ago.
Tuesday’s sentencing of Guarionex Candelario
follows a conviction of first-degree murder for the fatal shooting of Lt. Luz Soto, Cmdr. Frank Román and
policewoman Rosario Hernández on Dec. 28 following an argument at a police department in the southern coastal city of Ponce.
Candelario had been disarmed in 2005 and received psychological treatment for a decade. Police
says his weapon was returned in January 2015 after
he underwent two psychological exams.
The San Juan Daily Star
Wednesday, December 21, 2016
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Governor Rolls Out Plastic Bag Prohibition Law
By JOHN McPHAUL
[email protected]
W
ith the coming enforcement of
Law 247-2015 that prohibits the
use of plastic bags in commercial establishments, Gov. Alejandro García
Padilla on Tuesday visited the Mr. Special
Supermarket in Mayagüez with the goal of
orienting and giving reusable bags to consumers.
The measure, approved on Dec. 29,
2015, establishes as a public policy the
elimination and prohibition of the use of
disposable plastic bags for the carrying
merchandise acquired in commercial es-
tablishments beginning on Dec. 30.
“Today we came here to remind you
of the enforcement of a crucial measure
for the protection of our environment. Beginning on December 30, the commercial
establishments in Puerto Rico will not be
able to give merchandise to their clients in
disposable plastic bags, according to the
provisions of Law 247 of 2015,” the governor said. “We recognize that this represents
a change in custom that some could see as
uncomfortable at the beginning, but that is
happening for very important reasons. As
consumers, we must assume responsibility
for our actions. In the same way, we have to
set an example for our children, adopt new
habits. I invite you to join us in this effort,
making good our word that we want the
best for Puerto Rico.”
The statute to go into effect disposes,
in addition to the prohibition of plastic
bags, the creation of recycling programs
by commercial establishments in coordination with the Solid Waste Authority. Thus
the elimination of this kind of bag does not
imply that there will not be alternatives. In
the first place, commercial establishments
will permit their clients to carry reusable
bags as well as any type of bag with them
to carry purchased items. The businesses
will also be able to sell disposable bags, for
the benefit of their clients, which must be
made of cloth or other materials that are
not damaging to the environment.
In Puerto Rico, close to one billion
disposable plastic bags are used annually.
A substantial portion of these bags are
neither reused nor recycled and end up
scattered in streams and rivers until they
reach the ocean. The manufacture of these
bags requires the use of non-renewable resources, such as petroleum, gas and carbon
and their inappropriate deposit in sanitary
landfills, clandestine dumps and water
bodies severely impacts the environment.
García Padilla said he is confident that
the law will lead to the reduction of the inappropriate generation and disposal of solid waste, helping in that way in protecting
the environment and reinforcing the environmental legacy that his administration
has put forward in the past four years.
Auxilio Mutuo Hospital Holds Christmas Parade
By JOHN McPHAUL
[email protected]
F
or the eighth consecutive year, the
Auxilio Mutuo Hospital has brought
Christmas joy and spirit to its pediatric
patients, nearby schools and families of hospital employees through its “Great Christmas
Parade.”
The event, which includes the giving of
special gifts to hospitalized children, included the participation of artists, athletes and
children’s characters, carnival troupes, bands
and drummers.
“It fills us with emotion to be able to once
again bring joy to our pediatric patients and
their families during the Christmas season,”
said Vanessa Marzán, publicity and public
relations director of Auxilio Mutuo Hospital.
“We know that activities such as these are
what help their prompt recovery and it is for
this reason that we make so much effort so
that it is a special day for them and the whole
community.”
The parade, which culminated with the
appearance of Santa Claus and his helpers to
give gifts donated by the companies Amgen,
Econo and the hospital to children on the pediatric floor, made a turn through Ponce de
León Avenue, the rotunda and the main vestibule of the hospital before arriving at the
Children’s Hospital.
Making an appearance at the hospital
were recognized personalities such as Kiria
Tapia, Alex Díaz, José Raúl (Singers from
Bayamón), Juan Carlos Avilés, Barreto and
his band, Grupo Karis, Marileyda, Plenéalo,
Linda Santana and Dj Toché. Also participating were the DJ from Hot 102.5 Vitin-EugeneDJ Sergio-Tabó, Miss Puerto Rico Petite 2016
Katiria Nuñez, Estrellitas of Vega Alta Percussion Group, Santa Claus from The Mall
of San Juan, Puerto Rico Therapy Dogs, The
Trotamundos, the Clown Junito, El Mesón
Sándwiches with the children’s character Coquí Titai, and Matilda and Trompy of Auxilio
Mutuo.
Other children’s characters included
Maggie Moos, Panadol, Econito, Elsa, Olaf,
Richito, the Puerto Rico Fire Department with
its character Sparky the truck, Mamá Inés
and her Coffee Truck, Jack Sparrow, JJ Fiba
Américas, Lifelink Thredd Kings, Pet Smart,
Davids Cookies, The Grinch, Mario Bros,
Wolverine, and Trolls, among others.
“We are very grateful to receive the support of celebrities, characters and musicians
to continue in our mission in the Hospital,”
Marzán said. “Without a doubt their participation in the Great Christmas Parade makes
our event an unforgettable one for all. Each
year the event is larger and better attended,
which fills us with much magic given that the
purpose is to share the joy of Christmas with
our patients, employees and community.”
For more information on Auxilio Mutuo
Hospital and its initiatives, visit the web page
auxiliomutuo.com, call 787-758-2000 and look
for the hospital on social media networks Facebook and Twitter with the Hospital Auxilio
Mutuo.
Mainland
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The San Juan Daily Star
Wednesday, December 21, 2016
Obama Bans Drilling in Parts of the Atlantic and the Arctic
By CORAL DAVENPORT
P
resident Obama announced on
Tuesday what he called a permanent ban on offshore oil and gas
drilling along wide areas of the Arctic
and the Atlantic Seaboard as he tried
to nail down an environmental legacy
that cannot quickly be reversed by
Donald J. Trump.
Mr. Obama invoked an obscure
provision of a 1953 law, the Outer Continental Shelf Lands Act, which he said
gives him the authority to act unilaterally. While some presidents have
used that law to temporarily protect
smaller portions of federal waters, Mr.
Obama’s declaration of a permanent
drilling ban from Virginia to Maine on
the Atlantic and along much of Alaska’s coast is breaking new ground. The
declaration’s fate will almost certainly
be decided by the federal courts.
“It’s never been done before,”
said Patrick Parenteau, a professor of
environmental law at the University of
Vermont. “There is no case law on this.
It’s uncharted waters.”
The move — considered creative
by supporters and abusive by opponents — is one of many efforts by Mr.
Obama to protect the environmental
policies he can from a successor who
has vowed to roll them back. The president, in concert with United Nations
leaders, rushed countries to ratify the
Paris Agreement on climate change,
putting the multinational accord into
force in record time, before Mr. Trump’s
inauguration.
Environmentalists are already
drawing comparisons between Mr.
Obama’s use of the 1953 law to ban
new drilling to what critics and oppo-
nents called his novel and audacious
efforts to craft new climate change
regulations: He turned to an obscure,
rarely used provision in the 1970 Clean
Air Act to write sweeping regulations
that would require states to shift their
electricity systems from fossil fuels to
renewable energy sources.
But other presidents who have invoked old laws to enact new policies
have not run up against successors like
Mr. Trump.
He has mocked climate change as
a hoax perpetrated by China and has
attacked Mr. Obama’s environmental
regulations as job-killers. More important, he has promised to make fossil
fuel mining and drilling across the nation’s lands and waters a central feature of his economic program. As such,
he is not likely to let Mr. Obama’s drilling ban go unchallenged.
In many cases, Mr. Trump and a
Republican Congress in line with the
new president’s ambitions will be able
to roll back some of Mr. Obama’s most
recent environmental regulations. But
because of new and legally inventive
strategies, Mr. Obama and his staff
may well have built firewalls around
environmental policies that could hold
off his successor — or at least keep him
at bay for several years.
Tuesday’s announcement would
ban drilling in about 98 percent of federally owned Arctic waters, or about
115 million acres, a pristine region
home to endangered species including polar bears and bowhead whales.
It would also block drilling off the Atlantic Coast around a series of coral
canyons in 3.8 million acres stretching from Norfolk, Va., to the Canadian
border. The coral canyons are home to
The Polar Pioneer was the first of two oil drilling rigs Royal Dutch Shell
was outfitting for Arctic oil exploration before the company ended its
contract last year.
unique deepwater corals and rare species of fish.
Prime Minister Justin Trudeau of
Canada simultaneously announced a
ban new drilling in Canadian Arctic
waters.
“These actions, and Canada’s
parallel actions, protect a sensitive
and unique ecosystem that is unlike
any other region on earth,” said Mr.
Obama in a statement. “They reflect
the scientific assessment that even with
the high safety standards that both our
countries have put in place, the risks
of an oil spill in this region are significant and our ability to clean up from a
spill in the region’s harsh conditions is
limited.”
Opponents of Mr. Obama’s environmental agenda said they fully
expect Mr. Trump to take actions to le-
gally undo the ban.
“We don’t see how this could be
permanent,” said Andrew Radford, a
senior policy adviser with the American Petroleum Institute, which lobbies
for oil companies.
Mr. Radford noted that after President Bill Clinton had used the same
law to withdraw 300 million acres
from oil and gas drilling from an area
that had already been designated as a
marine sanctuary, President George W.
Bush reinstated about 50 million acres
to fossil fuel leases.
“Similar to how President Bush
issued a memo in 2008 to add areas
back in, we’re hopeful that the Trump
administration will take a look at this
to reverse that decision and we look
forward to working with them to make
that happen,” said Mr. Radford.
Mayor: Negotiation Process With Feds Now Accelerated
B
altimore’s new mayor says the city is aiming
to reach an agreement with the federal government to overhaul police practices before
President-elect Donald Trump takes office.
Mayor Catherine Pugh, who took office two
weeks ago, told news reporters Tuesday she thinks
they can do it. Last week Attorney General Loretta
Lynch put pressure on Baltimore saying “the ball is
in the city’s court” to conclude negotiations soon.
The city and the federal government had
reached an agreement in principle when a Justice Department report that found pervasive civil
rights violations was released in August.
Pugh says negotiators had only recently made
it through about half of the 21 areas in the report.
The Justice Department is looking to conclude
the process by Jan. 20, when the Obama administration ends.
The San Juan Daily Star
Wednesday, December 21, 2016
9 Mainland
Electoral College Settles Donald Trump’s Victory, But Little Else
By JONATHAN MARTIN and
MICHAEL WINES
I
n Florida, protesters swarmed the Capitol
rotunda, one hoisting a “Trump Is Too Rusky” sign featuring a hammer and sickle.
In Wisconsin’s statehouse, a heckler shouted,
“We’re all going to go to war and die thanks to
you,” during the formal meeting of the Electoral College.
And in New York, an elector by the name
of William Jefferson Clinton cast his vote for
his wife and then came out to make plain that
he believes Donald J. Trump won the presidency only because of outside interference in
the election.
“We had the Russians and the F.B.I., and
she couldn’t prevail against that, but she did
everything else and still won by 2.8 million
votes,” Mr. Clinton said, his determined smile
belying his fury.
The meeting of the Electoral College after presidential elections has long been little
more than a tradition-bound formality, with
political insiders gathering to ratify the preferences of their state’s voters and distribute 538
electoral votes. Yet as with so much else in this
turbulent election year, even that civic ritual
was punctuated by anger and dissent.
Democrats were unable to persuade
enough electors to withhold their support
for Mr. Trump. He easily cleared the 270-vote
threshold needed to defeat Hillary Clinton,
with only two Republican electors declining
to cast their vote for the president-elect. But
the protests at state capitols across the country
offered a preview of a tumultuous inauguration and first 100 days of the new administration.
Presidential electors are bound by tradition and often state law to support their
party’s candidates. But this time, many Republican electors were inundated with phone
calls, emails and even threats demanding that
they vote for someone other than Mr. Trump.
Leaders of groups that were lobbying the electors had privately believed they had a chance
to sway enough Republican electors to defect,
denying him an Electoral College majority
and throwing the election to the House of Representatives.
But while Mr. Trump’s opponents needed
37 Republican defectors to bring his electoralvote tally below 270, the bulk of electors who
broke ranks — four in Washington State —
were Democrats who otherwise would have
voted for Mrs. Clinton. Instead, three voted
for former Secretary of State Colin L. Powell,
A member of Pennsylvania’s Electoral College
cast his ballot Monday for Donald J. Trump in
Harrisburg, Pa.
a Republican, and one for Faith Spotted Eagle,
a Native American tribal leader who has led
opposition to the Keystone XL pipeline.
Kellyanne Conway, Mr. Trump’s campaign manager, said the election “wasn’t a
squeaker.”
“The professional political left is attempting to foment a permanent opposition that is
corrosive to our constitutional democracy and
ignores what just happened in this election,”
she said. Liberals cannot, she added, “wave
magic pixie dust and make this go away.”
As for whether Mr. Trump would now
begin to offer a hand of friendship to his critics, Ms. Conway noted that he had met with
multiple Democrats and spoken with President Obama “several times.” “He said, ‘I’ll be
president of all people,’ but the left is trying to
delegitimize his election,” she said. “They’re
trying to deny him what he just earned. So
why is the burden always on him?”
Democrats vow that burden will only increase.
“There’s not going to be a grace period
this time because everybody on our side
thinks he’s illegitimate and poses a massive
threat,” said Adam Jentleson, a top aide to
the retiring Senator Harry Reid, Democrat of
Nevada and minority leader, who next year is
going to work for one of the hubs of the opposition, the Center for American Progress.
With liberals determined to confront the
president-elect and Mr. Trump continuing to
scorn his critics while denying intelligence
officials’ assessment that Russia was responsible for hacking Democrats, the divisions so
stark during this year’s campaign are on a
course to grow worse.
Washington has been drifting toward
perpetual political combat for more than
two decades, at least since the Newt Gingrich-led Republican revolution of 1994.
But this time, “People on the left are
scared about Trump in a way they were not
scared about Reagan or George W. Bush,”
said Michael Kazin, a professor of history
at Georgetown University who has written
extensively on the history of liberalism.
Moreover, the uneasiness with Mr.
Trump has hardly receded in the nearly six
weeks since his election.
Half of Americans surveyed in an NBCWall Street Journal poll last week approved
of how the president-elect was preparing for
the job, a figure far lower than when it was
asked of Mr. Clinton in 1992 (77 percent) and
Mr. Obama in 2008 (73 percent).
Democrats, after a period of shell shock
from their loss, say they will offer a wellfinanced resistance. Mr. Trump’s cabinet selections so far, and his refusal to acknowledge Russian efforts to affect the election, have
only solidified Democrats’ resolve.
But resolve will also confront a reality: Republicans control both chambers of
Congress and are in sync with Mr. Trump
on many issues. Democrats can make the
cabinet confirmation process uncomfortable
for Mr. Trump’s nominees, but their chances
to actually block anyone rest with the so far
unlikely prospect of Republican defections.
While the left of American politics often lacks cohesion, leaders of many groups
say this time will be different. The Center
for American Progress and some groups directed by David Brock, a liberal strategist,
are gearing up for the fight; the Democracy
Alliance, a progressive umbrella group, is
preparing for a March donor summit to focus entirely on how to regain power in state
capitals. And a number of left-leaning activists are planning protests in conjunction
with Mr. Trump’s inauguration next month.
Democrats have not resolved intraparty
tensions that were laid bare in the primary
between Mrs. Clinton and Senator Bernie
Sanders, but say that they are unified in
their view that the Trump presidency represents an existential threat.
The matter of what exactly to confront
Mr. Trump over is harder to figure.
In the next few weeks alone, progressives will be forced to decide how much money and attention to devote to Mr. Trump’s
cabinet and White House appointments,
his pick to fill a vacant seat on the Supreme
Court, his financial conflicts of interest and
his stated plan to quickly repeal the Affordable Care Act. That’s not to mention unexpected foreign or domestic crises that may
arise as Mr. Trump takes the oath of office.
“In terms of needing to fight Trump
and get back on track in the states, the left is
unified,” said Gara LaMarche, the president
of the Democracy Alliance. “The harder
question is how you fight intelligently and
strategically when every house is burning
down.”
Mainland 10
Wednesday, December 21, 2016
The San Juan Daily Star
North Carolina’s ‘Bathroom Bill’
Set on Fast Path to Repeal
N
orth Carolina lawmakers appear poised to
repeal a controversial law widely derided
as the “bathroom bill” because it requires
transgender people to use restrooms corresponding with the sex on their birth certificate in many
public buildings.
As part of the deal, the Charlotte City Council
voted Monday to repeal the local nondiscrimination ordinance that first prompted legislators to
pass the state law.
Opposition to the state law, called HB2, cost
the state hundreds of jobs, several high-profile
sports events and perhaps Gov. Pat McCrory a second term.
The repeal would be a remarkable sign of cooperation for Democratic Gov.-elect Roy Cooper
and the GOP-controlled legislature. Just last week,
lawmakers called a special session and stripped
Cooper of some of his authority when he takes office next month.
The council’s move is contingent on North Carolina fully repealing HB2 by Dec. 31.
Charlotte City Councilwoman Claire Green
Fallon said that when she walked into a breakfast
with legislative leaders Monday, she had no idea
the incoming governor and Republican leaders
had struck a deal — apparently over the weekend
— to dump the contentious law.
McCrory said later Monday that he would call
legislators back to the Capitol on Wednesday to repeal HB2, which also excludes sexual orientation
and gender identity from antidiscrimination protections. In addition, the measure reaffirms that
local governments can’t require area businesses to
pay a minimum wage higher than North Caroli-
na’s statewide minimum, currently set at $7.25 per
hour.
Although Fallon said she was unaware of what
was happening at breakfast, Charlotte City Council member Julie Eiselt said some council members
received a call from Cooper on Sunday night that
there would be a special session to repeal HB2.
Eiselt said the move by the council was a leap
of faith but council members felt that, because
Cooper was comfortable, they would proceed with
the vote. She said she thinks there are enough lawmakers in Raleigh who don’t want to see “the continued wreckage that’s happening in our state.”
Republicans had said the Charlotte ordinance
— which ensured transgender people the right to
use restrooms corresponding to their gender identity — had to go first before they would consider
getting rid of HB2.
Supporters of HB2 were quick to criticize the
likelihood that lawmakers would vote for its repeal.
“We’re sending the message to our supporters
that lawmakers should not now betray people who
supported them and compromise common-sense
principles like privacy, dignity and freedom from
our citizens,” said Tami Fitzgerald, executive director of the North Carolina Values Coalition. Repeal
also would break faith with social conservatives
just weeks after they knocked on thousands of
doors to back McCrory’s re-election effort, Fitzgerald said.
The legislative affiliate of the Family Research
Council sent out a statement asking supporters to
call McCrory and ask him not to call the special
session and “stand up to out-of-state bullies.”
The NCAA, which pulled seven championships out of North Carolina because of HB2, welcomed the news.
“We are encouraged by the current discussions
in North Carolina and remain committed to hosting future NCAA championships to ensure they
promote an inclusive atmosphere for college athletes, coaches, administrators and fans,” the organization said in a statement, adding that the relocated championships for 2016-17 will remain in
their new cities.
And LGBT advocates held out hope that the
General Assembly would follow through, although they also said protection from discrimination transcends politics.
“LGBT rights aren’t a bargaining chip. Charlotte shouldn’t have had to repeal its ordinance
in exchange for HB2 to be repealed,” Simone Bell,
the Southern Regional Director for Lambda Legal,
said in a statement. “LGBT people in North Carolina still need protection from discrimination.”
In March, a full repeal of the law appeared
highly unlikely. At the time, Republican legislative leaders didn’t address McCrory’s request to
restore the right to sue in state court for employment discrimination, which was one of the bill’s
original tenets. But they praised him for reaffirming bathroom provisions in the law. It was in September that McCrory and GOP legislative leaders
offered a deal to Charlotte saying they would consider rescinding HB2 if city leaders repealed the
ordinance.
Charlotte Mayor Jennifer Roberts basically told
McCrory and the lawmakers they would have to
move first.
Police: Uber Driver Fired in ‘Self-Defense,’ Killing Man
A
uthorities say a South Florida Uber driver
acted in self-defense when he fatally shot a
would-be robber.
Aventura police spokesman Chris Goranitis says
the driver was taking a passenger to Fort Lauderdale-Hollywood International Airport early Sunday
when a van driven by 24-year-old Kevin DeVincent
Johnson cut him off. Johnson got out of the van with
a gun in each hand and confronted Namique Anderson.
The Miami Herald reports Anderson fired four
times at Johnson, killing him. Johnson never got off
a shot.
Police say they believe Johnson committed an
armed robbery about an hour before the shooting.
Uber officials say the company has a policy
against drivers carrying weapons and tell the Herald
they’re looking into the incident. Anderson wasn’t
charged with a crime.
The passenger wasn’t injured.
Aventura is a coastal suburb between Miami and
Fort Lauderdale.
The San Juan Daily Star
Wednesday, December 21, 2016
11 Mainland
Mayor: $13.3 Million Settlements End Hard Part of New Orleans’ Past
N
ew Orleans’ mayor said a dark chapter in the
city’s history has closed with settlements totaling $13.3 million for relatives of four men
killed by police around the time of Hurricane Katrina.
“We are here to proclaim from the highest mountaintop that the City of New Orleans ... can transform
itself from a city of violence into a city of peace,” Mayor Mitch Landrieu said at a Monday news conference after a private prayer service with victims’ relatives
and local officials.
He called the prayer service a way for the city to
say publicly “how intensely sorry I am” that “these
individuals were looking for people to protect and
serve, and they got the exact opposite.”
Landrieu said the settlements with 17 plaintiffs
end all civil lawsuits involving the killings. The City
Council was “very strong in support” of the settlements, which will be paid out over two years, and
approved bond sales to cover them, he said.
Sherrel Johnson, the mother of 17-year-old James
Brissette, who died in the Sept. 4, 2005, shootings on
the Danziger Bridge, was among the victims’ relatives
on hand for Landrieu’s announcement. She said she
“wholeheartedly” accepts his apology.
“Since that time, it has been an awful long and
rough road. But me and my family got through it,”
she said. Later, she added, “Now this is closure for
me, and I can go forward ... because I know the old
New Orleans does not exist anymore.”
Because criminal cases had to be dealt with first,
the lawsuits have taken more than a decade to settle,
Landrieu said.
A total of 20 current or former New Orleans police
officers were charged in a series of Justice Department
civil rights investigations after the August 2005 storm.
All but one of the cases centered on alleged police misconduct during the chaos that gripped the flooded
city.
Eleven officers pleaded guilty to charges related
to deadly shootings on a bridge less than a week after
Katrina’s landfall. Officers shot and killed two unarmed people and wounded four others on the Danziger
Bridge before engaging in a cover-up that included a
planted gun, fabricated witnesses and falsified reports.
Police killed Brissette and 40-year-old Ronald Madison, a mentally disabled man, and arrested Madison’s
brother Lance on false accusations that he shot at officers.
Another brother, Dr. Ronell Madison, thanked the
mayor and police chief for reforms since the storm.
A federal judge who presided over a trial for five of
the officers charged in the bridge shootings threw out
their convictions in 2013. U.S. District Judge Kurt Engelhardt said at least three government attorneys posted
anonymous comments on a New Orleans newspaper’s
website, creating a “carnival atmosphere” that “distorted and perverted” justice in the case.
Engelhardt ordered a new trial for the five officers,
who ultimately pleaded guilty in April. Lawsuits over
the bridge shootings had been placed on hold while the
criminal cases were pending.
Five other officers were tried on charges related
to the death of 31-year-old Henry Glover, who was
fatally shot outside a strip mall before his body was
burned.
Former Officer Gregory McRae, who burned
Glover’s body in a car, is the only officer whose conviction in the case still stands. McRae is serving a prison sentence of more than 11 years.
The officer who fatally shot Glover was convicted
of manslaughter but was later acquitted by another
jury after an appeals court awarded him a new trial.
Two former New Orleans police officers were convicted of charges stemming from the fatal beating of
Raymond Robair, a 48-year-old handyman who died
less than a month before Katrina struck.
Former training Officer Melvin Williams was sentenced to more than 21 years in prison for kicking Robair, beating him with a baton and telling doctors he
was suffering from a drug overdose. Matthew Dean
Moore, the recruit Williams was training at the time
of the beating, was sentenced to more than five years
in prison for submitting a false report and lying to the
FBI about the encounter.
Robair’s relatives sued the city and former police
superintendent Eddie Compass.
LaShonda Enclade, Robair’s daughter, attended
the news conference. She said she forgives the city,
but forgiving the officers involved is more difficult.
“The word ‘forgive’ is a very, very, hard word. ...
I’m not going to say I can ever forgive them. It’s something to be worked on,” she said.
140 Years Late, Nevada Veteran Lauded With US Medal of Honor
A
Nevada Army veteran who died without
knowing he won the nation’s highest medal of
bravery received the honor he’s been owed for
nearly 140 years in a ceremony on Monday.
Nevada Rep. Mark Amodei held an event at his
Reno office to present a new Medal of Honor to Jerry
Reynolds, the 82-year-old grandson and closest surviving relative of the late Private Robert Smith.
Smith fought in a battle against American Indian
tribes in the Dakota Territory on Sept. 9, 1876, when
he was 29. Then-President Rutherford B. Hayes approved the Medal of Honor for Smith in 1877 for
showing “special bravery in endeavoring to dislodge
Indians secreted in a ravine,” according to Army records.
But the award never made it to the veteran, who
was born in Memphis, Tennessee as Harry Reynolds
but used an alias for unknown reasons. His grandson said the medal was delivered to Camp Sheridan
in Nebraska Territory, where Smith had previously
lived, but someone else signed for the package.
Smith returned to using his birth name after his
discharge from the Army, then later moved to Elko,
Nevada. While he talked with his family about his experiences in the so-called Indian Wars, he was better
known for his skill driving horses as a teamster than
he was for his war heroism, and he died in 1930 without knowing he won the award.
In 2011, the Sons of Union Veterans of the Civil
War contacted Jerry Reynolds to let him know about
his grandfather’s award. Smith had served as a drummer boy in the Civil War before enlisting in the Army
in 1872 under the pseudonym.
“It was a total surprise,” said Reynolds, who’d
also never known about the Robert Smith name.
A document in the soldier’s pension file that explains the name discrepancy suggests he used the
alias because he didn’t want friends in Philadelphia
to know where he went.
Jerry Reynolds contacted Amodei’s office this
summer for help in what turned out to be a fiveyear journey to get a new medal. Congressional staff
worked with the Army’s Command Awards and Decorations Branch, which announced on Oct. 14 that it
would provide a medal to the family as a symbol of
the one that never made it to Smith.
“It’s certainly been a great experience,” Reynolds
said. “They’re very protective of the Medal of Honor
... rightfully so.”
Mainland 12
The San Juan Daily Star
Wednesday, December 21, 2016
2 Children Who Died Saving Others Among 21 Carnegie Heroes
T
wo children who died saving the lives of even younger
children are among 21 people being honored with Carnegie medals for heroism.
The Carnegie Hero Fund Commission, based in Pittsburgh, announced the winners Tuesday.
Natalie Renee Martin, 11, of Sheboygan Falls, Wisconsin,
led her 9-year-old sister, Jenna, to safety when their house
burned on Jan. 26. Natalie went back into the house attempting
to rescue two other siblings, 10-year-old Benjamin Martin and
7-year-old Carter Maki, but all three were trapped and died
later of complications from smoke inhalation.
Kiera Vera Larsen, 10, was killed Feb. 22 when she pushed
2-year-old Emmah Gusich out of the way when a parked vehicle began rolling down a sloped driveway toward the toddler in El Cajon, California. Kiera was struck and killed by the
vehicle.
The commission is named for the late steel magnate and
philanthropist Andrew Carnegie, who was inspired by stories
of heroism during a coal mine disaster that killed 181 people,
including a miner and an engineer who died trying to rescue
others.
The commission investigates stories of heroism and
awards medals and cash several times a year. It has given away
$38.7 million to 9,914 awardees or their families since 1904.
Other winners announced Tuesday, with rescues taking
place in the hometown of each winner unless otherwise noted:
— Peter F. Pontzer, 51, of Fairfax, Virginia, and Duncan
O.C. Harris, 21, of Buffalo Grove, Illinois, saved a 13-year-old
boy from drowning in the Atlantic Ocean at Emerald Isle,
North Carolina, in July 2015.
— Ryan R. Rollinger, 39, of Harrisburg, South Dakota, was
an assistant principal who saved his principal from further
harm after the principal was wounded by a 16-year-old student with a gun at school in September 2015.
— William E. Ramirez, 46, of Pembroke Pines, Florida,
who saved a Miami police officer from assault when the driver
of a taxi pulled over by the officer opened fire in April 2015.
— Nathan Ryan Reynolds, 35, of Claremont, California,
who saved a 75-year-old woman and 9-year-old girl from a
car that crashed into a pond in Marina, California, in January
2015.
— R. Wayne Trivette, 67, of Metamora, Ohio, and Timothy
A. Holtz II, 35, of Sand Creek, Michigan, who saved an unconscious woman from a burning vehicle after a crash in Jasper,
Michigan, in July 2015.
— Clark Whitecalf, 41, of Gallivan, Saskatchewan, who
rescued a sleeping woman from a burning house in August
2015.
— Cody Fields, 24, of Silver Spring, Maryland, and Brian
Nesbitt, 35, of Germantown, Maryland, who rescued an unconscious man from a burning car in Silver Spring in September 2015.
— Shei’Londa S. Brooks, 25, of Houston, who helped rescue a man from a crashed, burning vehicle in February.
— Lori Doppelheuer Kearney, 35, of Maysville, Kentucky,
who died in an unsuccessful attempt to rescue her three sons
when their house burned in October 2015.
— Ivan R. Romero Jr., 39, of Antelope, California, who
saved a woman from a burning car hit by a tanker truck in
West Sacramento, California, in July 2015.
— Dennis D. Swenson, 67, of Cornucopia, Wisconsin, who
died unsuccessfully trying to rescue his 95-year-old mother,
Dorothy, when their house burned in May 2015.
— Calvin Bradley Stein, 51, of Madoc, Ontario, who saved
a 3-year-old girl from being trampled by runaway ponies at a
fairground in Tweed, Ontario, in July.
— Damian Bell, 35, of Pleasant Hill, Iowa, who helped
save a man who fell into an icy pond in Indianola, Iowa, in
February.
— Joseph Kolanchick, 51, of Albany, New York, who saved
a man who fell through the ice at Collins Lake in Scotia, New
York, while skating in February 2016.
— Joshua Gary Grimmett, 33, of Boise, Idaho, who saved
an injured woman from drowning in Mores Creek in May.
— Robert M. Shaw Jr., 54, of Wallingford, Connecticut,
who saved a man from a burning tanker truck in Meriden,
Connecticut, in July 2015.
Holiday Cheer: Students Build Hi-Tech Toys for Disabled Kids
B
ecause of her cerebral palsy, 4-year-old Scarlett Wilgis
has trouble opening her hands and can’t get around
without help. Her parents have scoured store shelves
and websites looking for toys for her, but have mostly been
disappointed.
“Finding the toys at Walmart or Target, they’re pretty
much non-existent,” said mom Dezaraye Wilgis, sitting
with Scarlett in front of their twinkling Christmas tree in
St. Augustine. “Or if you get them through a medical supplier they’re extremely expensive.”
While major toy makers have changed with the times
and sell dolls with wheelchairs and crutches, those designed to be used by children with severe disabilities like
Scarlett are still difficult, if not impossible, to find. Because
they have to be customized for each child, the cost can skyrocket.
This conundrum gave two University of North Florida
professors an idea: mix engineering and physical therapy
students in a lab with the goal of converting toys from store
shelves into custom-made fun for disabled children. The
Adaptive Toy Project is now in its third year, and has drawn
a 5-year grant from the National Institutes of Health. It is
helping families like Scarlett’s while giving the students a
dose of community service and real-world experience that
will stick with them long after graduation.
Dr. Alison Cernich, a neuropsychologist and director
at the NIH’s Eunice Kennedy Shriver National Institute of
Child Health and Human Development, said the agency
funded the program because it forces students from different fields to collaborate and solve a problem in the community.
“This program is getting students in the early phases
of their training thinking about ordinary objects, toys, and
how to adapt those toys so that children with limitations
can use and play with them like children without limitations,” she said.
On a recent day, the school’s small lab buzzed with the
sound of tools and chatter as students customized cars for
their new owners.
Chris Martin, an electrical engineering student, had removed the hood of Scarlett’s car, exposing its wires.
A large push button replaced the steering, and light
sensors mounted underneath the car will allow it to follow
a line of tape along the floor whenever Scarlett hits the button. Now, Scarlett’s parents can design routes for the car
with tape, or use a remote-control mode for family walks.
When Martin first met Scarlett’s mother, “she actually
cried, and it just made me want to work harder,” Martin
said. “I just want to make it as perfect as possible for her.”
The cars retail between $250 and $500; the customization makes them worth well over $1,000. The families, about
18 so far, get the cars free.
Mary Lundy, a UNF professor of physical therapy who
started the Adaptive Toy Project with an engineering colleague, said the students meet with families, go to therapy
appointments and schools.
“Engineering students teach the physical therapy students how to modify basic electronics ... and in the process
engineers learn how to do people-centered designs, and
how to look at their clients differently,” Lundy said.
For the kids, it’s also a way to continue important therapies through play.
Dr. Peter Rosenbaum, a professor of pediatrics at McMaster University in Canada, said his field is increasingly
focusing on “augmented mobility,” to give kids a way to
move around so they can be more independent.
“We can’t fix them,” Rosenbaum said. “What we can do
instead is say, ‘What would a child at this age and stage of
development be doing if they didn’t have their impairment?
How can we give them those experiences?’ This changes
the perspectives of everyone around her, and her perspective of herself.”
The San Juan Daily Star
Wednesday, December 21, 2016
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Wednesday, December 21, 2016
The San Juan Daily Star
Insurer QBE Puerto Rico Gets New CEO
BY MARIA MIRANDA SIERRA
[email protected]
Q
BE Insurance announced Tuesday the
appointment of Luis Mathieu as CEO of
QBE Puerto Rico.
The appointment will be effective Feb. 1, 2017.
Currently based in Miami as head of underwri-
ting, Latin America for QBE, Mathieu will relocate
to San Juan.
As CEO of QBE Puerto Rico, Mathieu will be
responsible for driving QBE’s strategy and growth
within the local market, including the continued
expansion of its commercial lines of business on
the island.
In keeping with QBE’s vision to be the insurer
that builds the strongest partnerships with customers, Mathieu will lead QBE’s operations in Puerto
Rico and will be working closely with QBE’s customers and distribution partners.
“Luis’ career has included roles in underwriting, claims and general management,” Alessandro Jarzynski, chief underwriting officer for Latin
America said in a written statement. “With his
more than 27 years of experience in life, non-life
and reinsurance, we are confident that he can and
will successfully expand our business in Puerto Rico under our Emerging Markets profitable
growth strategy.”
Prior to joining QBE in 2015, Mathieu held
various managerial roles, including as LatAm di-
rector at RSA in charge of technical, claims, reinsurance, and insurance risk. He also spent 12 years
at Chubb, where he served in various positions including CEO of Colombia and Brazil as well as technical director in Venezuela.
Previously, Mathieu was CEO of a start-up
insurance company in Panama and president of
Seguros Alfa, the second largest insurance group
in Colombia.
Mathieu’s appointment follows the relocation
of the current CEO Peter Rebrin to Sao Paulo after his appointment as the CEO of QBE Brazil, also
effective as of Feb. 1, 2017.
QBE’s Latin America region is part of the Emerging Markets Division of QBE Insurance Group Limited, one of the top 20 insurers and reinsurers
worldwide. QBE Insurance Group’s 2016 first-half
results can be found at www.group.qbe.com. Headquartered in Sydney, Australia, QBE operates out
of 37 countries and territories around the globe,
with a presence in every key insurance market.
The Emerging Markets Division has a presence in
23 markets in Asia Pacific and Latin America.
Walgreens, Rite Aid Shed 865 Stores to Close $9.4 Billion Deal
W
algreens and Rite Aid will sell 865 stores
to rival retailer Fred’s for $950 million,
potentially removing the final roadblock
thwarting a tie up between the nation’s largest and
third-largest drugstore chains.
Wall Street certainly saw it that way, sending
shares of all three companies higher in early trading Tuesday.
Walgreens is working to close its $9.4 billion
purchase of Rite Aid early next year. It said Tuesday that it’s selling the Rite Aid stores in response
to concerns raised by federal anti-trust regulators.
The deal still needs to be approved by the Federal
Trade Commission.
Walgreens Boots Alliance Inc., based in Deerfield, Illinois, announced in October 2015 that it
planned to buy Rite Aid in a deal that would create about 12,000 U.S. locations. That’s several thousand more than the nearest competitor, CVS Health
Corp.
The combination is expected to give Walgreens
beefed-up negotiating muscle with drugmakers
and other suppliers and to help enlarge its presence
in the Northeast and in Southern California. But the
nation’s largest drugstore chain also knew it would
have to drop some stores to ease regulatory worry
about competition.
Shortly after announcing the deal, Walgreens
said it was willing to divest up to 1,000 stores to
win regulatory approval, but it expected it wouldn’t
have to sell more than 500.
Fred’s runs 647 general merchandise discount
stores clustered mainly in the Southeast, and it operates 371 full-service pharmacy departments within
its stores. It also runs three specialty pharmacies.
Walgreens says its purchase agreement requires
Fred’s to buy additional stores if the FTC requires
the divestiture of more than 865.
Shares of Fred’s Inc., based in Memphis, Tennessee, soared 73 percent, or $8.12, to $19.27 Tuesday
morning, while broader indexes started off nearly
flat. Rite Aid Corp., based in Camp Hill, Pennsylvania, rose 5 percent, or 42 cents, to $8.59; and Walgreens rose 66 cents to $86.72.
The San Juan Daily Star
Wednesday, December 21, 2016
15
Trump’s Treasury Pick Moves in Secretive Hedge Fund Circles
By MATTHEW GOLDSTEIN and ALEXANDRA STEVENSON
A
s a hedge fund manager, Goldman Sachs trader and
bank chief executive, Steven T. Mnuchin has long been
a member of the financial elite.
Yet even on Wall Street he was not widely known before
Donald J. Trump chose him to be his campaign fund-raiser last
spring.
Now, Mr. Mnuchin is on a path to become the first hedge
fund manager to head the Treasury. As befitting that closeddoor world of finance, Mr. Mnuchin’s record shows a willingness to take on risks and a penchant for secrecy that members
of both parties expect will be a focus of his Senate confirmation
hearing.
A case in point is a Delaware company that he owns, Steven T. Mnuchin Inc., whose existence has not been reported
outside of official records.
Mr. Mnuchin set up the company months before Goldman went public in May 1999. It had a Goldman mailing
address and at least one Goldman director. It stayed that way
years after he left the Wall Street bank in 2002 to start his hedge
fund career.
Its purpose is a mystery. The only clue is in a description
on corporate filings in Delaware calling the entity an “investment in partnerships.”
Barney Keller, a representative for Mr. Mnuchin, said the
company “held small legacy Goldman Sachs investments” and
“hasn’t made any new investments since 2002.”
Over the course of his career, Mr. Mnuchin, 53, has kept
a low profile and has rarely granted interviews. His one previous spell in the limelight was when he ran OneWest Bank.
He and other deep-pocketed investors cobbled together
the California bank out of the wreckage of IndyMac, a lender
that the federal government seized in 2008 as the financial crisis grabbed hold of the nation. His tenure at OneWest spurred
controversy because tens of thousands of borrowers — many
of them older people — were foreclosed on.
When a group of protesters gathered outside his Los Angeles house in October 2011 to voice their anger at OneWest’s
foreclosure practices, police officers were called to disperse the
crowd. He responded later by periodically scrubbing the internet of any reference to his home address to protect the privacy
of his three young children, according to a filing Mr. Mnuchin
made in a 2014 divorce proceeding.
He is more comfortable in his own element — wealthy
hedge fund managers like himself.
Days after being tapped by Mr. Trump to be his finance
chairman in May, Mr. Mnuchin flew out to a hedge fund conference at the Bellagio hotel in Las Vegas. There, in a swirl of
rock concerts, pool parties and casino nights, he schmoozed
with billionaires.
Mr. Mnuchin dined with Kenneth C. Griffin, the Chicago hedge fund titan, and government veterans like David H.
Petraeus, the former C.I.A. director and retired general, and
John A. Boehner, the former House speaker. He shook hands
with Leon Cooperman, a 73-year-old pioneer in the industry
and another Goldman Sachs alumnus.
The courting paid off: Not long after the hedge fund
conference, Mr. Mnuchin helped bring the billionaire investor
John A. Paulson on as a donor, as well as Wilbur L. Ross Jr.,
now Mr. Trump’s commerce secretary nominee.
It is these ties, however, that are expected to be fertile
ground of investigation for senators who must confirm his selection as Treasury secretary.
“I think he would be controversial — former Treasury
secretaries have been top bankers and businessmen or lawyers
and they were well-recognized top leaders in their professions,” said Prof. Richard Sylla at the Stern School of Business
of New York University, whose research focuses on financial
history and economics. “But Mnuchin wasn’t that famous as
a Goldman Sachs guy, and probably not even as a hedge fund
guy, so why is he there? Well, he took the job of raising money
for Trump.”
Mr. Mnuchin shares a network with some of the biggest
names in the $3 trillion hedge fund industry, but his work with
Mr. Paulson is of particular interest.
An adviser to Mr. Trump, Mr. Paulson, who is best known
for making a $15 billion wager that the housing market would
collapse, has managed some money for the president-elect.
The day after Mr. Trump formally selected him, Mr.
Mnuchin said that the government should get out of the business of running Fannie Mae and Freddie Mac, the two giant
mortgage finance firms that the federal government bailed out
in 2008. The shares of the two companies soared in response to
his words — some of the sharpest one-day gains for the stocks
since the government conservatorship began.
The seemingly off-the-cuff declaration was cheered by
hedge fund managers and others who have bet big on the privatization of Fannie and Freddie. One of Mr. Paulson’s bigger
bets is that the federal government will return Fannie and
Freddie to private investors largely unfettered.
And Mr. Mnuchin’s remark may have benefited someone
else: Mr. Trump has invested $3 million to $15 million with
Mr. Paulson’s hedge fund, according to the financial disclosure
statement filed during his run for president.
To date, the Trump transition team has not commented
on whether Mr. Trump continues to own stakes in Mr. Paulson’s
firm and other hedge funds listed on the disclosure statement.
“We’re not sharing any additional information at this time,”
said Jason Miller, a Trump representative.
The president-elect has said that he will announce a plan
for separating himself from his many business interests before
his inauguration on Jan. 20. Similarly, Mr. Mnuchin will have
to file financial disclosures with the Senate Finance Committee before his confirmation hearing. On Monday, he began the
process by filing three years of tax returns.
Mr. Mnuchin’s time at his hedge fund, Dune Capital Ma-
nagement, which he formed with two former Goldman colleagues in 2004, is one area that the Senate Finance Committee is
expected to examine more closely.
At its peak, the firm had roughly $2 billion and was backed by the billionaire investor George Soros. It had a taste for
real estate, movie financing deals and exotic investments including life insurance policies, which Dune bought through
a third party at discounted prices from cash-poor older Americans.
Dune had plans to package the insurance policies — called life settlements — into bonds that could be sold to investors. Life settlements represent one of the most macabre actuarial bets that Wall Street has dreamed up. It’s a wager that the
elderly person selling the policy will die sooner rather than
later, meaning the hedge fund does not have to make many
premium payments to keep the insurance policy in force and
collect the payout upon that person’s death.
But the market for life settlements largely collapsed during the financial crisis.
Eventually, Dune, like many hedge funds during the
worst of the crisis, faced investor withdrawals. Mr. Mnuchin
and one of his co-founding partners, Chip Seelig, decided to
wind down the operation. The real estate arm of Dune was
spun off into a firm led by Dune’s third co-founder, Daniel M.
Neidich.
After the split, Mr. Mnuchin and Mr. Seelig set up shop
in Southern California. Both became big players in movie financing, lending money to hits like “Avatar” and “Gravity”
along with flops like “In the Heart of the Sea.”
But it was the deal for a failed California bank, IndyMac,
that contributed mightily to Mr. Mnuchin’s personal fortune
and the one deal that has created the most political heat. On
Friday, Senate Democrats, in a sign that they intend to go hard
after Mr. Mnuchin, set up a website that calls him the “foreclosure king,” and asked customers of OneWest to submit complaints in advance of the confirmation hearing.
In late 2008, Mr. Mnuchin joined with Mr. Paulson to put
together the OneWest deal. They were part of the initial round
of bidding for the assets of IndyMac, which the Federal Deposit Insurance Corporation had seized that summer. The group,
which also included Mr. Soros and other investors, won the
deal with a $1.55 billion bid.
One of the competing bids was put together by J. Tomilson Hill, head of the Blackstone Group’s hedge fund and asset
management group, and Goldman.
“As a deal person, I had nothing but admiration for how
entrepreneurial he was and how quickly he adapted to the circumstances,” Mr. Hill said in a recent interview. He was one of
the first to call Mr. Mnuchin to congratulate him on his new job
as campaign finance chairman.
The remnants of IndyMac reopened under the name
OneWest with Mr. Mnuchin as chairman and chief executive.
But controversy followed, including complaints over foreclosures on soured mortgages that IndyMac had written before the
crisis. In particular, it drew scrutiny for its business in reverse
mortgages — products pitched to older people who had paid
off their initial mortgages but needed cash.
The Department of Housing and Urban Development
is investigating complaints about the foreclosure practices of
OneWest’s reverse mortgage business, which resulted in 16,000
foreclosures alone.
16 Wednesday, December 21, 2016
Stocks
The San Juan Daily Star
Banks and Travel Stocks Rise as Dow Inches Close to 20,000
B
ig gains for banks and companies focused on travel
helped propel U.S. stock indexes to record levels on
Tuesday. The Dow Jones industrial average moved
closer than ever to 20,000, but the symbolic threshold remained just out of reach.
Banks once again led the way Tuesday as bond yields
and interest rates bounced higher. Strong earnings from
cruise line operator Carnival and gains for travel website
TripAdvisor led consumer companies higher. Household
goods makers fell after Cheerios maker General Mills cut its
sales projections for the year, and energy companies fell for
the second day in a row. That hadn’t happened three weeks.
The Dow came within 13 points of the 20,000 mark around
10 a.m. Trading remained light as the Christmas holiday approached.
Stocks have soared since the presidential election and
the Dow has risen almost 1,000 points in under a month, and
some investors think that means stocks won’t move much
in 2017.
“We’re at fair value,” said Scott Wren, a senior global equity strategist at the Wells Fargo Investment Institute.
“This is not going to be a big return year for the stock market.”
The Dow gained 91.56 points, or 0.4 percent, to a record
close at 19,974.62. The Standard & Poor’s 500 index picked
up 8.23 points, or 0.4 percent, to 2,270.76. The Nasdaq composite also finished at a record as it added 26.50 points, or 0.5
percent, to 5,483.94. The Russell 2000 index of small-company stocks jumped 12.27 points, or 0.9 percent, to 1,383.96.
Bond prices reversed course and fell after climbing
higher Monday. The yield on the 10-year Treasury note rose
to 2.56 percent from 2.54 percent. Bond yields have risen
sharply of late, and that’s good for banks because higher
bond yields are linked to higher interest rates, which let them
make more money from lending. Regions Financial rose 30
cents, or 2.1 percent, to $14.58 and Citigroup gained $1.14, or
1.9 percent, to $60.80.
Cruise line operator Carnival reported profit and sales
that were stronger than expected. The company said bookings for trips in 2017 are stronger than they were at this time
last year. It said both ticket sales and prices are up. Carnival stock rose $1.17, or 2.3 percent, to $52.49 and competitor
Royal Caribbean gained $2.85, or 3.4 percent, to $85.40.
Travel website operator TripAdvisor jumped $2.34, or
5 percent, to $48.79 after it said it will start adding some Expedia brands to its instant hotel booking platform.
Other consumer companies also gained ground. Used
car dealership Carmax jumped $3.80, or 6.1 percent, to $66.16
after a strong earnings report. Consumer-focused companies
have outperformed the market since the November election
as investors expect them to benefit from a possible pickup
in economic growth. But the sector has lagged the market in
2016 after a large gain a year ago.
MOST ASSERTIVE STOCKS
PUERTO RICO STOCKS
COMMODITIES
CURRENCY
LOCAL PERSONAL LOAN RATES
LOCAL MORTGAGE RATES
Bank
FHA 30-YR POINTS CONV 30-YR POINTS
BPPR
Scotia
CooPACA
Money House
First Mort
Oriental
3.00%
3.50%
3.50%
3.75%
3.50%
3.50%
0.00
0.00
2.00
2.00
0.00
0.00
3.50%
4.00%
3.75%
3.75%
5.50%
3.75%
000
0.00
2.00
2.00
0.00
5.50
Bank
PERS.
CREDIT CARD
AUTO
BPPR
--.--
17.95
4.95
Scotia
4.99
14.99
4.99
CooPACA
6.95
9.95
2.95
Reliable
--.--
--.--
4.40
First Mort
7.99
--.--
--.--
Oriental
4.99
11.95
4.99
The San Juan Daily Star
Wednesday, December 21, 2016
17
Germany Releases Berlin Attack
Suspect as ISIS Claims Involvement
By ALISON SMALE and MELISSA EDDY
G
erman officials on Tuesday released the chief suspect
in the gruesome terrorist attack against a Christmas
market in Berlin, launching a nationwide search for an
attacker that the Islamic State claimed had acted on the terror
group’s behalf.
Early in the day, the authorities announced that they had
the arrested a 23-year-old Pakistani asylum seeker who arrived in Germany last December as a suspect. But as the day
progressed they expressed uncertainty that he was indeed the
driver of the truck.
By evening the federal prosecutor said the man had been
released because there was no proof linking him to the crime.
An examination of both the suspect and the cab of the truck
turned up no proof that he had been in it, the prosecutor said.
That meant the culprit was still on the run, and far-right
politicians wasted no time in pinning responsibility for the
deaths on Chancellor Angela Merkel.
Not only did the attack usher in the shattering realization
that Germany, too, was now among the front ranks of European countries, alongside France and Belgium, that have suffered large-scale attacks in recent years.
The Islamic State released a statement on Tuesday through
its Amaq news agency describing the driver of the truck as “a
soldier” who had answered the call to wage attacks against
countries fighting the group, which is also known as ISIS, ISIL
or Daesh. But it offered no other details about the driver’s identity or whether he had directly interacted with the group or
was just sympathetic to it.
The attack in Berlin, which killed 12 people and wounded
many others, immediately heightened the sense of political
vulnerability around Ms. Merkel, a linchpin of European unity. And it came at a precarious time of concern about Russian
meddling and a populist backlash over her decision to open
German borders to nearly a million migrants and refugees in
2015.
Her political opposition issued a surprisingly speedy and
stinging reproach, even in the midst of the grieving over the 12
killed and dozens wounded on Monday when a driver plowed
the truck through Christmas stalls selling holiday gifts, crafts
and snacks, and then fled.
The Berlin victims were labeled “Merkel’s dead” by Marcus Pretzell, leader of the Alternative for Germany party in
the country’s most populous state, North Rhine-Westphalia.
Frauke Petry, the party leader, said bluntly, “Germany is no
longer safe.”
Daniela Schwarzer, leader of the German Council on Foreign Relations, said that the statements offered a taste of the
bitter debate to come in 2017.
“They were very quick to link this directly to Merkel,
and they said horrific things, blaming her for the deaths,” Ms.
Schwarzer said.
“That gives us a sense of what is coming in the electoral
campaign,” she said, adding that after an especially nasty presidential campaign in the United States, German politicians,
too, may abandon traditional decorum.
Early in the day, a somber Ms. Merkel, dressed in black, acknowledged what people across Europe had been fearing with
the approach of the holiday season: One of the Continent’s ubiquitous Christmas markets appeared to have been targeted for
assault.
“We must assume at the current time that it was a terrorist
attack,” Ms. Merkel told reporters on Tuesday.
She later appeared in a black wool coat, bearing a white
rose to lay at a memorial outside of a church in the heart of
western Berlin, near the scene of the attack.
Even as she was mourning, Peter Frank, the country’s
federal prosecutor, insisted that while the similarities to last
summer’s Bastille Day attack in Nice, France, led his office to
suspect that the Berlin attack was motivated by terrorism, he
was unable to produce any hard evidence.
“We are investigating in all directions,” Mr. Frank said,
explaining that he decided to start an investigation given the
symbolism of the target and the timing, less than a week before Christmas Eve.
“We have not limited ourselves to one suspect or one
possible perpetrator,” he added, “But we can’t make a final assessment whether it is a terrorism-motivated attack, or whether it was a copycat act.”
The path of destruction at the Christmas market in Berlin
on Tuesday, after the truck was removed from the site.
In a country where a painful experience with fascism has
placed personal privacy at a premium, the investigation was
sure to be complicated by the absence of surveillance cameras
that have become the norm in cities like London.
Instead, officials appealed to witnesses and the public to
provide tips or video of the crime scene and any suspects, and
to avoid posting them on social media outlets.
German officials are normally tight-lipped about highprofile investigations, preferring to withhold any information
until they have clear answers.
The readiness to go public at such an early stage of the investigation reflects the sensitivity of the issue and the political
problems Ms. Merkel already faces over her government’s policy of admitting refugees by the hundreds of thousands.
That policy, though welcomed at the time, has come under
mounting criticism over the last year, as Germany has been
targeted by a series of smaller, less deadly, but unnerving incidents involving foreigners.
“I know that it would be particularly difficult for all of us
to bear if it is confirmed that this deed was carried out by a
person who sought protection and asylum in Germany,” Ms.
Merkel told reporters Tuesday. She vowed to punish those behind the crimes “as severely as our laws demand.”
What authorities can say for certain is that a tractor-trailer
with Polish license plates and laden with steel rods jumped a
sidewalk around 8 p.m. Monday and plowed into the market
near the Kaiser Wilhelm Memorial Church, a symbolic Berlin
site whose spire, jagged from bomb damage, was intentionally
left unrepaired after World War II.
18
Wednesday, December 21, 2016
The San Juan Daily Star
Turkey, Russia Vow Cooperation After Ambassador’s Killing
R
ussian investigators worked Tuesday
to determine whether the assassination of their ambassador to Turkey was
the work of a lone gunman or part of a wider
conspiracy as the two countries, which have
backed opposing sides in the Syrian war, said
they would not let the killing disrupt efforts to
repair their relationship.
In a separate attack, a man with a shotgun
was detained after he fired into the air outside
the US Embassy in Ankara, the Turkish capital. No one was hurt.
Ambassador Andrei Karlov was shot
dead Monday by a Turkish policeman who
shouted slogans about Aleppo, a Syrian city
where Russian bombardments have targeted
rebel factions. Authorities identified him as
a 22-year-old member of Ankara’s riot police
squad, but did not disclose any motive for the
attack.
On Tuesday, the foreign ministers of Russia and Turkey attended a previously scheduled meeting in Moscow, where they said they
were committed to advancing peace efforts in
Syria.
Turkish Foreign Minister Mevlut Cavusoglu said Turkey and Russia would work
together to determine who was behind the
“heinous terror attack” against Karlov, who
was killed in front of a stunned audience while making remarks at a photo exhibition in
Ankara.
Russian Foreign Minister Sergey Lavrov
was hosting Cavusoglu as well as the foreign
minister of Iran for a meeting to discuss the
Syrian crisis. Top Turkish, Russian and Iranian defense officials were also meeting. Russia and Iran have backed the government of
Bashar Assad, while Turkey has supported
rebels fighting Assad.
“Turkey and Russia have shown the world
what they can achieve when they cooperate,”
Cavusoglu said in at the start of the meeting
with Lavrov. He was referring to a Turkishand Russian-brokered peace deal that paved
the way for the evacuation of thousands of
people from the east of embattled Aleppo.
The presidents of Russia and Turkey,
Vladimir Putin and Recep Tayyip Erdogan,
agreed that the killing of the Russian ambassador “makes us more decisive in fighting terrorism and makes today’s meeting even more
important,” Lavrov said.
Both foreign ministers lay flowers in front
of a photograph of the ambassador at the Russian Foreign Ministry mansion where talks
were taking place. Cavusoglu said a street
where the Russian Embassy in Ankara is located would be renamed for Karlov.
Karlov’s assailant, identified as Mevlut
Mert Altintas, was later killed in a shootout
with police.
An Associated Press photographer and
others at the art gallery watched in horror as
Altintas, who was wearing a dark suit and tie,
fired at least eight shots, at one point walking
around the ambassador as he lay motionless
and shooting him again at close range.
A group of 18 Russian investigators and
foreign ministry officials left for Ankara to
Russian Foreign Minister Sergey Lavrov (right) and Turkey’s Foreign Minister Mevlut Cavusoglu attend a ceremony in memory of Russian Ambassador
to Turkey Andrei Karlov, who was fatally shot by a Turkish policeman Monday at a gathering in Ankara, Turkey,
before their talks on Syria in Moscow,
Russia, Tuesday.
investigate the killing, Putin spokesman
Dmitry Peskov said. The ambassador’s body
and his family will be brought back to Russia
in the same plane that flew in the Russian experts, according to Russia.
Authorities are trying to determine whether Altintas acted alone or if his assault was
an organized terror attack, Turkey’s Hurriyet
newspaper reported.
His actions appeared to be well-planned.
Altintas had taken leave from work on medical grounds and booked himself into a hotel
near the exhibition center, Hurriyet said.
Turkish police detained three more
people connected to Altintas on Tuesday, raising the number of people in custody to seven, Turkey’s state-run Anadolu news agency reported. They include the man’s parents,
sister, three other relatives and his roommate
in Ankara.
The assassination occurred after days
of protests by Turks angry over Russia’s support for Syrian leader Assad and Russia’s
role in the bombardment and destruction of
parts of Aleppo.
Also Tuesday, Turkish police detained a
man who fired shots in front of the US Embassy, which is across the street from the
building where the Russian ambassador was
killed. It was not immediately known if the
two incidents were connected.
The man took out a pump-action shotgun hidden in his coat and fired around
eight shots in the air before embassy security
guards apparently overpowered him, according to the Anadolu agency.
The US Embassy said its missions in
Ankara, Istanbul and the southern city of
Adana would be “closed for normal operations on Tuesday.”
Authorities increased security outside
the Russian Embassy, and the Iranian Embassy was closed on Tuesday as a precaution.
Russian Deputy Foreign Minister Oleg Syromolotov warned against traveling to Turkey,
citing attacks that have hit the country over
the past 18 months.
Russia, Iran, Turkey Ready to Guarantee Syria Settlement
R
ussia, Iran, and Turkey are ready to
act as guarantors to a future settlement between the Syrian government
and the opposition, Russian Foreign Minister Sergey Lavrov said Tuesday, as hundreds more residents left the opposition’s
last foothold in eastern Aleppo.
The announcement from Moscow underscored Turkey’s position as a key broker
in the Syria conflict, after it mediated last
week’s agreement with Russia to have the
opposition surrender its presence in Aleppo, Syria’s largest city.
The United States was notably absent
from the meeting between the foreign ministers of Turkey, Russia, and Iran.
Moscow is a staunch ally of Syrian President Bashar Assad, while Ankara sponsors
the rebels seeking to topple him.
The talks in the Russian capital were a
sign that the two countries wanted to keep
their ties on track after the dramatic assassination of Russia’s ambassador to Turkey
the previous night by an Ankara policeman. After killing his victim, the shooter
cried out, “Don’t forget Aleppo! Don’t forget Syria!” — a reference to Moscow’s role
in backing Syria’s assault on the city politically and militarily with airstrikes.
In Aleppo, a fleet of buses entered east
Aleppo again Tuesday afternoon to evacuate the remaining rebels and civilians from
the city, activists said.
Opposition media activist Ahmad Primo said the fleet could well be the last one
to leave the city. He spoke to The Associated
Press from the Rashideen crossing between
government and rebel-held territory in the
Aleppo countryside. Primo estimated 2,000
people remain awaiting evacuation.
The Britain-based Syrian Observatory
for Human Rights said 60 buses were sent
to pick up 3,000 gunmen and civilians remaining.
Residents from eastern Aleppo and
the Syrian opposition say the evacuation
amounts to forced displacement. Months
of devastating Syrian and Russian air raids
that destroyed buildings, hospitals and
schools in the enclave — and reduced much
of eastern Aleppo to rubble — left the residents with little choice but to flee.
The precise number of people seeking
evacuation — and who have already left —
has never been clear.
Observatory head Rami Aburrahman
said 17,000 civilians and 5,000 fighters have
left; the International Committee of the Red
Cross, which has overseen the evacuations,
said 25,000 have left; and the Turkish Foreign Ministry’s figure is 37,000.
Lavrov said in Moscow that the evacuations could continue for another one or two
days.
Abdurrahman said the fate of 70 progovernment fighters taken prisoner by rebels over the course of four years of fighting
over the rebel enclave remains unknown.
He says they were supposed to be handed
over to the government as part of an agreement to allow the opposition to evacuate the
city
The San Juan Daily Star
Wednesday, December 21, 2016
19
Swiss Police: Body of Zurich Shooting Suspect Found
P
olice investigators in Zurich have suspended a hunt for the suspected gunman behind an attack on a mosque
frequented by Somali migrants after the discovery of a body in the vicinity that is believed to be that of the assailant, officials said
Tuesday.
Cantonal (state) police in Switzerland’s
largest city said Tuesday on Twitter that “we
are working on the assumption that the dead
person who was found is the culprit in the
shooting at the Islamic Center in Zurich.” A
news conference was scheduled for later in
the day.
Police officials said the search was
suspended, but the investigation was continuing into the incident, in which three
people were injured Monday after a gunman dressed in dark clothes stormed the
mosque’s prayer hall and opened fire on
worshippers, wounding three people before fleeing.
Shortly after the shooting, police found
the corpse close to nearby Gessner bridge,
next to the neighborhood of trendy cafes
and the city’s red-light district where the
mosque is located. A police spokesman has
said that officials were exploring a possible
connection between the mosque shooting
and the body.
Authorities weren’t considering the
attack as terrorism, police spokesman Marco Bisa said. The three people injured, aged
30, 35 and 56, were hospitalized, he said, without specifying their nationalities.
Several people were wounded in a shooting at a mosque frequented largely by
Somali immigrants in Switzerland’s largest city, and the suspect remains at large,
Zurich police said Monday.
In Russia, Dozens Die After Drinking Alcohol Substitute
By IVAN NECHEPURENKO
D
ozens of people in the Siberian city
of Irkutsk died after drinking cheap
surrogate alcohol over the weekend,
evoking memories of the poverty and social
depression that came after the collapse of the
Soviet Union.
The tragedy was a reminder that while
President Vladimir V. Putin may be taking a
star turn on the world stage — dominating
the war in Syria and alarming European and
American leaders who fear the Kremlin is
undermining democracy — Russia remains
in many respects a struggling country. For
all his bravado, Mr. Putin continues to wrestle with domestic economic woes, widening
inequality and endemic corruption.
The economy, deeply dependent on oil
revenues, was thrown into recession in 2015,
At least 48 people died in the Siberian city
of Irkutsk after consuming bath lotion
containing methanol as a cheap substitute
for drinking an alcoholic beverage.
after a collapse in oil prices, and is just now
emerging tentatively into positive territory.
The ensuing collapse of the ruble and Western economic sanctions over the Kremlin’s
maneuvers in Crimea and Ukraine have hit
Child Victim of Egypt Church
Attack Dies; Death Toll Now 27
E
gypt’s state news agency says a 10-yearold girl who was critically wounded in
the suicide bombing at a Cairo church
earlier this month, has died of her wounds.
The fatality raises the death toll from
the attack to 27. Egypt’s Islamic State affiliate
has claimed responsibility for the bombing,
though authorities blamed the banned Muslim Brotherhood group.
The little girl, Maggie Mamoun, became
the face of the Coptic community’s grief in
the days following the horrific bombing, with
photos of the smiling child circulating on social media, along with prayer requests.
The MENA news agency said on Tuesday
that her funeral will be held at the church that
was bombed.
The attack was the worst in living memory on Egypt’s Christians, who make up
nearly 10 percent of the population.
living standards hard.
The number of victims in Irkutsk — 49
dead, as of late Monday — evoked earlier
periods in Russian history when alcohol was
restricted and people turned to substitutes.
Under Mikhail S. Gorbachev, who in the
mid-1980sordered shelves emptied of vodka
and historic vineyards razed, many Russians
drank after-shave, window cleaners and antifreeze.
Now they are doing so again because
they can no longer afford even the cheapest
vodka. This is particularly true in the struggling districts outside the more prosperous
cities of Moscow and St. Petersburg.
Irkutsk, a city of 620,000 people known
as the gateway to Lake Baikal, is typical of
those locales. Once an industrial center, it faced a bleak future after its markets for heavy
machinery vanished with the collapse of the
Soviet Union.
The victims had consumed scented bath
lotion containing methanol, a cheap substitute for the ethanol in standard alcoholic
beverages. A local prosecutor, Stanislav Zubovsky, told the Interfax news agency that a
total of 57 people went to hospitals over the
weekend.
20
Wednesday, December 21, 2016
The San Juan Daily Star
UN Rights Chief: Investigate Philippine Leader for Killings
T
he U.N. human rights chief asked
Philippine authorities Tuesday to investigate President Rodrigo Duterte
for murder after he claimed to have killed
people in the past and also to examine
the “appalling epidemic of extra-judicial
killings” committed during his anti-drug
crackdown.
Philippine judicial authorities “must
demonstrate their commitment to upholding the rule of law and their independence
from the executive by launching a murder
investigation,” U.N. High Commissioner
for Human Rights Zeid Ra’ad Al Hussein said, adding it’s “unthinkable for any
functioning judicial system not to launch
investigative and judicial proceedings
when someone has openly admitted being
a killer.”
Since taking office in June, Duterte has
obsessively overseen the crackdown on illegal drugs that has left more than 6,000
people dead. Philippine government officials have defended police actions during
the crackdown, and the president has met
past such calls with angry tirades.
Zeid’s call, made in a statement issued in Geneva, was sparked by Duterte’s
remarks in recent speeches that as a town
mayor in southern Davao city in 1988, he
killed three suspected kidnappers in a
firefight where he was backed up by three
police officers. He later clarified he was unsure whether the bullets from his M16 rifle
killed the suspects.
The brash-talking president has also
suggested that he used to roam around his
sprawling city as mayor on a big motorcycle to look for criminals to kill so policemen would emulate him.
“In Davao, I used to do it personally.
Just to show to the guys that, if I can do
it, why can’t you?” Duterte said last week.
“I go around in Davao with a motorcycle,
with a big bike around and I would just
patrol the streets and looking for trouble
also. I was really looking for an encounter
to be able to kill.”
Duterte’s acts “directly contravene the
rights” enshrined in the Philippine constitution and the killings recalled by the president “also violate international law,” Zeid
said. The U.N. official also said Duterte’s
encouragement of others may constitute
incitement to violence and expressed concern about Duterte’s assurances that police
officers who commit human rights violations would be immune from prosecution.
“The perpetrators must be brought to
justice, sending a strong message that violence, killings and human rights violations
will not be tolerated by the state and that
no one is above the law,” he said.
Justice Secretary Vitaliano Aguirre
II, however, has defended Duterte, saying
the president often exaggerates killings
of criminals to send a chilling warning to
lawbreakers.
Aguirre said Duterte may have been
resorting to hyperbole in his description of
roaming around Davao on his motorcycle.
Duterte previously threatened to
withdraw the Philippines from the United
Nations for its criticism of his drug crackdown, describing the world body as inutile
in the face of genocidal killings in other
places.
China Returns Seized US Underwater Drone
T
he Chinese government has returned the US underwater drone
it seized last week in the South
China Sea, according to Chinese and US
officials.
“After friendly consultations between China and the United States, the
transfer of the US underwater drone was
smoothly completed,” a statement from
the Chinese Ministry of Defense said.
The Pentagon said the United States
would continue to investigate the “unlawful” seizure, which took place in international waters about 50 miles northwest of Subic Bay in the Philippines.
“The US remains committed to upholding the accepted principles and
norms of international law and freedom of navigation and overflight and
will continue to fly, sail, and operate in
the South China Sea wherever international law allows, in the same way that
we operate everywhere else around the
world,” the Pentagon said in a statement.
China has built up military bases in
the South China Sea, which is home to a
tense territorial dispute.
The incident has threatened to further unsettle ties between China and
the US, where President-elect Donald
Trump has shown himself increasingly
willing to confront and challenge Beijing on a range of issues.
Analysts said the drone grab may
have been at least partly in response to
Trump’s recent comments on China and
his questioning of a long-standing US
policy that Taiwan is part of China.
“Such a dramatic upping of the ante
is out of character for China, and American officials should understand that
Beijing now appears willing to take increasingly risky actions,” said Michael
Auslin, the author of upcoming book
“The End of the Asian Century: War,
Stagnation, and the Risks to the World’s
Most Dynamic Region.”
The unmanned
underwater vehicle (UUV), which
the Pentagon also
called an “ocean
glider,” was taken
Thursday from the
USNS Bowditch
-- an unarmed
oceanographic
survey ship -- as it
was attempting to
retrieve it and another underwater vehicle, the Pentagon said.
A Chinese navy submarine rescue
vessel launched a small boat and seized
the vehicle. The Pentagon said the Chinese ship ignored repeated demands
to return the vehicle from the USNS
Bowditch.
A Chinese Ministry of Foreign Affairs spokesperson denied the drone
had been stolen, as Trump claimed in a
tweet.
“First I want to say we strongly dislike the term ‘steal’ as it’s entirely inaccurate,” she said.
“The Chinese navy discovered the
device -- and identified and verified it
in a responsible and professional manner. Whether the device was lifted out
of water and dragged in water, I think
the key point was that the Chinese navy
did so in a responsible and professional
manner. And they did so to prevent it
from harming navigational and personnel safety of passing ships.”
The San Juan Daily Star
Wednesday, December 21, 2016
21
New York Times Editorials
Venezuela’s Currency Madness
By THE EDITORIAL BOARD
P
resident Nicolás Maduro of Venezuela made
a baffling announcement on Dec. 11, saying
that his government intended to yank the
100 bolívar note from circulation in three days to
thwart a supposed plot to hoard Venezuelan currency abroad. Any 100 bolívar bills that were not
exchanged at the central bank within 10 days would
become worthless. The result of this reckless decision was predictable.
Venezuelans, who have endured months of
chronic food and medicine shortages, mobbed
banks and A.T.M.s in a desperate attempt to offload
their stacks of the highest denomination bill, which
has become so devalued it is now worth roughly 3
cents in American dollars.
Shops and merchants stopped accepting the
note, all but paralyzing an economy wrecked by
years of abysmal mismanagement. Looting and
riots erupted in several cities.
When Mr. Maduro announced a delay in
plans in light of the chaos on Saturday, he predictably blamed the United States for being behind the
hoarding of currency to cripple the economy, calling the plot “the revenge of Obama.”
That is ludicrous. The unrest and violence in
Venezuela are entirely the doing of the Maduro government, which has spent years suppressing the
opposition and imposing arbitrary currency controls that have made a once prosperous economy
one of the world’s most dysfunctional. The Obama administration has sought in recent months to
nudge the government and opposition factions to
find collaborative solutions to the country’s ills and
offered to help with delivery of humanitarian aid.
The collapse of order in Venezuela could set off a
refugee crisis that would destabilize the region.
So far, international efforts to get the government to accept humanitarian aid and negotiate in
good faith with the opposition have faltered. This
summer, opposition leaders, who control the National Assembly, thought they had a good shot at
ousting Mr. Maduro by holding a recall referendum. That initiative fizzled as Maduro loyalists
in the government made it impossible for opposition factions, which are deeply divided, to meet
the procedural requirements necessary to hold an
early vote.
This has left the opposition with no discernible strategy to extract concessions from an authoritarian and paranoid government whose actions
are becoming increasingly bizarre. Even though
Venezuela was expelled from the regional trade
bloc Mercosur in early December, Foreign Minister Delcy Rodríguez last week flew to Buenos Aires
to crash a diplomatic summit meeting the group
held. “If they slam the door on us, we will sneak
in through the window,” a defiant Ms. Rodríguez
warned before trying to elbow her way into the
meeting. Argentine security forces had to physically restrain her.
In coming weeks, the Trump administration
will have to assess Venezuela’s worsening crisis
and take stock of its policy options. Late in the
presidential campaign, Donald Trump pledged to
“stand with the oppressed people of Venezuela
yearning to be free.” He offered no details of what
that would entail. One thing is certain: He should
avoid getting drawn into a war of words with Mr.
Maduro. Venezuela’s flailing leader would happily
use any excuse to claim foreign intervention to justify even greater repression of his people.
PO BOX 6537 Caguas PR 00726
Or e-mail us at:
[email protected]
Telephones: (787) 743-3346 • (787) 743-6537
(787) 743-5606 • Fax (787) 743-5100
Dr. Ricardo Angulo
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Ismael Reyes
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Sports Editor/Assistant Editor
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Internal Auditor
María Rivera
Graphic Artist Manager
FASHION & BEAUTY
22
The San Juan Daily Star
Wednesday, December 21, 2016
Women in Black
by Carolina
Herrera
By IRIS EDÉN SANTIAGO
Special to The STAR
I
t is your go-to color for anything and everything. The
one color that most women cannot live without. And
it is so much more than a little black dress!
Black is the color that will never go out of style. It
flatters every skin tone, can be worn with all kinds of
accessories from gold and gems to diamonds and pearls.
Or nothing at all. But first and foremost, black makes
you look thin and thinner instantly. And that is the one
quality that every woman seeks and loves in any and
every outfit. Is it slimming?
Experts and fashion designers take black very seriously. Because it is such an anchor of style, garments
and pieces in black lace, tulle, chiffon, silk, denim and by Carolina
Herrera
any other fabric must be designed and sewn to perfection. Otherwise, designers take the unwanted risk
by Oscar
de la Renta
by Carolina
Herrera
by Carolina
Herrera
by Ellie
Saab
of creating cheap, Halloween-ish or Gothic looks that appeal
only to a specific crowd.
So black leather, black jackets, black pants, black shirts,
black dresses, black evening gowns and black shoes. Once you
choose black you rarely go back. Black is always chic, sophisticated, safe and yes, the signature style of fashionistas and fashion
icons, and it remains the preferred IN color in New York City
… and Paris, Rome, Madrid, Milan, Vegas … Black ensembles
will always be right in any part of the globe all year long. At
the beach? Seductive and mysterious! And don’t forget, figureflattering.
It is also the color of power, elegance and control, because
color choices do matter. Not only do colors have an impact on
the outside, they carry an emotional component as well. And
black exudes power, authority and confidence.
Following are some of the most memorable quotes about
the color black:
1. “You can wear black at any time. You can wear it at any
age. You may wear it for almost any occasion.” -- Christian Dior
2. “Women who wear black live colourful lives.” -- Neiman
Marcus
3. “Black is modest and arrogant at the same time. Black is
lazy and easy -- but mysterious. But above all black says this: I
don’t bother you -- don’t bother me.” -- Yohji Yamamoto
4. “I love black because it affirms, designs and styles. A woman in a black dress is a pencil stroke.” -- Yves Saint Laurent
14. “One is never over- or underdressed with a little black
dress.” -- Karl Lagerfeld
The San Juan Daily Star
Wednesday, December 21, 2016
23
Barreto Full of Bounce Despite Knee Surgery
New CD Shows Nothing Can Keep Him Down
By PEGGY ANN BLISS
Special to The STAR
[email protected]
L
ittle Josué Alexis Barreto Valentín hit the jackpot when it came to picking his antecedents:
two of his uncles -- Alberto and Marcelino Barreto -- were singers, for whom Christmas was all
about sharing.
These two older brothers in his father’s Isabela home of 12 children became his mentors, as they
sang in salsa groups and “parrandas” every holiday
season.
Barreto, as the 44-year-old entertainer is known,
picked up the bug at age 4, and since then took in
all he could from these serenading relatives. In his
own hometown of Río Grande, he learned many
more things, which make him the personality, businessman and sportsman he is today.
The audacious singer/percussionist and his
10-member band make the holiday rounds of parties, conventions, tree lightings and patron saints
events, often far afield from his traditional relatives,
never far from his roots. Eventually, he went urban,
playing the Dominican tambora (two-headed drum)
in Los Nenes del Merengue group as a teenager. He
tried every craze -- reggaeton, break dance, but sett-
led on the plena, with a twist.
The extroverted entertainer with the striped
hair, top knot and a toned body full of tattoos wants
everyone to have a Feliz Navidad this year, so he
has made a CD “Traigo la Alegria” (I Bring Joy).
Combining the bomba, salsa and plena, Barreto insists he just wants everyone to have a good time
(a pasarla bien). Pianist/bassist Richard Marcell
was responsible for what Barreto calls “the masterly
arrangement.”
Barreto sat down with The STAR for a one-onone recently in a seaside restaurant-bar, and although
Cold Fun for the Younger Set, or Just AC
By PEGGY ANN BLISS
Special to The STAR
[email protected]
Skating in the tropics? Why not?
t Funárctica, which opens today at José Miguel Agrelot Coliseum, there are yards of
pure ice for the cost of skate rental. Looking
is still free. Bring warm clothes, however, for either.
Open daily, with sessions from 3:45 to 8:30 p.m.
through Jan. 5, 2017, and 1:30 to 10:30 p.m. Jan. 6
through 9. Other attractions are laser tag, video games and snowpeople Frosty and Frostyna to pose for
pictures.
Rogue One: A Star Wars Story
In this first “Star Wars” stand-alone action, adventure and sci-fi film, the Rebel Alliance steals the
plans for the Death Star. The film, with mostly positive reviews (IMDb 8.3 percent with 97,111 votes),
stars Felicity Jones and Diego Luna. Directed by Gareth Edwards, it has the voices of Jimmy Smits and
A
James Earl Jones as Bail Organa and Darth Vader,
respectively. Rated PG-13, the film can be seen at The
Angel Ramos Foundation Cine C3TEC in Caguas at
6 and 9 p.m., along with other exhibits.
Students Like Green
The Student Green Art Exhibit can be seen in
the San Juan Art Museum’s José Campeche Hall from
Tuesday through Saturday from 9 a.m. to 4 p.m. and
Sunday from 11 a.m. to 4 p.m.
Students from the Visual Arts School will help
take down the exhibit in January. Workshops for
young people on mounting and dismantling art exhibits were offered by the Department of Education,
the museum and the Institute of Puerto Rican Culture.
The museum, at 150 Norzagaray Boulevard,
Old San Juan, will offer workshops for several Saturdays, with art teachers from the public school.
The subjects will include nature and conservation as
a source of artistic inspiration. Workshops are free.
Call (787) 480-3547.
he doesn’t drink, insisted he was “pasándolo bien,”
as he clicked on his new in-your-face video.
“We really want people to enjoy this time of
year,” said the director of “Barreto El Show,” with
irrepressible joy. “We are in the worst economic crisis in 70 years, but we must forget the problems and
be positive, which is what identifies us.”
This versatile entertainer started out imitating,
but soon emerged as an authentic original. Although
he was a good student and played baseball, basketball, shuffleboard and table tennis, he found his
niche as an athlete with unicycling. In 1987 he participated in the Unicycle World Competitions in Tokyo, and is a member of the Puerto Rico All Stars Unicycle Basketball National Team, several times world
champions. He and his older sister Lydia were a
prize-winning couple in unicycle, performing together on television, in merengue competitions and in
circuses. In the latter, he has been a trapeze artist,
fire eater, stilt walker, acrobat and juggler, as well as
a unicyclist. He picked up most of those skills, too,
in Isabela, at visiting circuses during vacations.
He studied trumpet at the Free School of Music
in Carolina, but never finished.
“Playing percussion is a little talent that God
gave me,” he said with humility mixed with quiet
pride and gratitude.
His public high school career also taught him
silk screening, and eventually he started a T-shirt
factory in Río Grande. At Metropolitan University he studied marketing. He even designs clothes
for boxers, including his college pal Tito Trinidad.
Barreto, who is married to Ana Girat, a pharmacist, has a daughter Desiree, who also works in his
acts. She received second- and third-degree burns
on her face and other parts of her body during a circus act four and a half years ago, but her father said
then that all circus performers “are used to getting
hurt.” He himself is recuperating this season from a
knee operation, but the circumstances didn’t dampen his irrepressible joviality.
And while his motto is fun, he stressed that
“remembering the birth of Jesus Christ and sharing
with friends and family is the essence of Christmas.”
Barreto plays the tambourine on the album,
sharing credits with singer Víctor Manuelle in the
chorus, with José L. Chegui Ramos and Adair. The
bomba drums are played by Jesús Cepeda Brenes,
while Mario Cepeda plays the tambor mayor, the
maracas and the cuás. Raúl Rosario plays timbal
and conga. Luis Aquino plays trumpet, Jorge Díaz,
trombone and Ángel Torres, tenor sax.
NOTICIAS ESPANOL
21 de Diciembre de 2016
en
Provistas por Internews Ser vice
García Padilla inaugura nuevas instalaciones de FURA en el aeropuerto de Mayagüez
E
l gobernador Alejandro García Padilla inauguró en martes, con una inversión de
623 mil dólares, las nuevas instalaciones del
Negociado de Fuerzas Unidas de Rápida Acción (FURA) en el aeropuerto Eugenio María
de Hostos, en Mayagüez.
El financiamiento fue aportado por la Autoridad para el Financiamiento de la Infraestructura (AFI), la Autoridad de Edificios Públicos (AEP), la Autoriadad de Puertos y la propia
Policía de Puerto Rico.
“Hoy venimos a demostrar una vez más
nuestro compromiso con la Policía, lo que
equivale a decir que estamos comprometidos
con la seguridad de nuestra gente. Hemos
trabajado muy de cerca durante todo el cuatrienio con este honrado cuerpo, brindándole
los recursos que necesitan a la altura del siglo
21 y, de esta forma, hemos producido resultados históricos”, dijo García Padilla.
Acompañado por el superintendente de
la Policía, José Caldero, agregó que “hemos
provisto de recursos económicos, nuevas tecnologías, una mejor estructura organizativa
y de la adopción de una reforma sostenible
que ha transformado la Uniformada. E incluso
hoy, a semanas de terminar este cuatrienio, lo
continuamos haciendo”.
Las nuevas instalaciones consisten en un
hangar de acero que albergará un helicóptero y los cuarteles generales de FURA en la
región. El lugar también servirá como base
para la Unidad Motorizada de la Policía de
Mayagüez.
El proyecto le permitirá a FURA brindar
apoyo aéreo más rápido y efectivo al personal
marítimo en las áreas costeras del Oeste y
proveerá espacios más seguros y eficientes
para que la Policía pueda mantener sus naves
y atender al público que así lo requiera.
Las dependencias albergan un helicóptero, los cuarteles
generales de FURA en el área y la unidad motorizada de
la Policía de Mayagüez. / Inter News Service
Joven puertorriqueño alcanza tres records en competencias de cubo Rubik en Polonia
E
l joven puertorriqueño Álex Omar
González Dávila, de 16 años de edad,
obtuvo tres récords nacionales en una
competencia de cubo Rubik (Rubik’s
Cube) celebrada en Dabrowa Górnicza,
(Polonia) el pasado 17 y 18 de diciembre.
En el evento, titulado “Santa Claus Cube
Race 2016”, el joven, natural de Caguas
representó a Puerto Rico. El mismo fue organizado por la “World Cube Association”
(WCA). La WCA es una organización que
regula e impulsa las competencias para
Llego la Navidad en Yo Soy Caguas y tú...
C
on la llegada de la Navidad vienen las alegrías, los
regalos, la música, la llegada de Santa y hasta esa
unión familiar que tanto nos hace falta.
Con esta mission, tus querendones Joany Escobar
y Juan Gonzalez, prepararon desde Pasapalos el especial “Que es la Navidad” donde un grupo de invitados y amigos nos cuentan que es la navidad para
ellos.
Jeroy, ex finalista de Idol Kids, además de protagonizar su más reciente película, “Un deseo en Navidad”; y el Trío Bohemia 3, entre mensajes y canciones
navideñas nos dicen que es su Navidad.
Te esperamos este domingo a las 7pm en Yo Soy
Caguas y tú... por América Teve (canal 24, señal de
aire y Liberty 5, Dish y Claro 10) en su especial Qué
es la Navidad...
estos rompecabezas mecánicos tridimensionales, conocidos como rompecabezas
de combinación. El más famoso de ellos es
el cubo de Rubik diseñado por el húngaro
Erno Rubik en 1974. Las competencias oficiales se celebran con una selección de estos rompecabezas. Álex Omar participó en
diferentes categorías. En cubo 2x2x2 logró
resolver en 7.68 segundos, con un promedio de 12.26 segundos. En cubo 3x3x3
logró resolver en 18 segundos y en 1:16:88
utilizando una sola mano.
Wednesday, December 21, 2016
25
Official Registry of Legal Notices
LEGAL NOTICE
IN THE UNITED STATES DISTRICT COURT FOR THE DISTRICT OF PUERTO RICO
ROOSEVELT CAYMAN
ASSET COMPANY II
Plaintiff, Vs.
JENNIFER
PEREZ-MALDONADO,
Defendant.
Civil No.: 16-1218. (FAB). Re:
COLLECTION OF MONIES,
FORECLOSURE OF MORTGAGE. NOTICE OF SALE. UNITED
STATES OF AMERICA, PRESIDENT OF THE UNITED STATES,
COMMONWEALTH OF PUERTO
RICO, SS.
TO: JENNIFER PEREZMALDONADO.
Judgment in favor of plaintiff for
the sum of $93,267.49 in principal, accrued interest which continues to accrue until full payment
of the debt at the rate of 6.75%
per annum; accrued late charges;
and any other advance, charge,
fee or disbursement made by
plaintiff on behalf of defendant,
in accordance with the mortgage
deed, plus costs, and $10,600.00
IN attorney’s fees; Pursuant to
the judgment, the undersigned
Special Master was ordered to
sell at public auction for United
States currency in cash or certified check without appraisement
or right of redemption to the highest bidder and at the office of
the Clerk of the United States
District Court for the District of
Puerto Rico, Federico Degetau
Federal Building, Chardón Street,
Hato Rey, San Juan, Puerto Rico
or any other place designated by
said Clerk, to cover the sums adjudged to be paid to the plaintiff,
the following property: URBANA:
Solar marcado con el número
705 del Bloque B-25 en el plano
de inscripción de la Urbanización Extensión El Comandante
número 2 en el Barrio Sabana
Abajo del término municipal de
Carolina, Puerto Rico, con una
cabida superficial de 325.00
metros cuadrados. En lindes por
el Norte, en 25.00 metros con
el solar número 704 del Bloque
B-25 del mencionado plano; por
el Sur, en 25.00 metros con el
solar número 706 del BloqueB25 del mencionado plano; por
el Este, en 13.00 metros con la
Calle denominada Street number
22 del mencionado plano; y por
el Oeste, en 13.00 metros con el
solar número 703 del Bloque B-2
del mencionado plano. Consta inscrita al folio 237 del tomo
82 de Carolina, finca número
3074. Registro de la Propiedad,
Seccion I de Carolina. Physical
Property Address: Urbanizacion
Extension El Comandante, Calle
Calais, 705, San Juan, Puerto
Rico. THEREFORE, the FIRST
PUBLIC SALE shall be held on
the 13 DAY OF JANUARY 2017,
AT 10:35 AM and the minimum
bid that will be accepted is the
sum of $106,000.00. In the event
said first public auction does not
produce a bidder and the property is not adjudicated, a SECOND
PUBLIC AUCTION shall be held
on the 20 DAY OF JANUARY
2017, AT 10:35 AM and the minimum bid that will be accepted is
the sum of $70,666.66, 2/3 parts
of the minimum bid for the 1st
public sale. If said second auction does not result in the adjudication and sale of the property, a
THIRD AUCTION will be held on
the 27 DAY OF JANUARY 2017,
AT 10:35 AM and the minimum
bid that will be accepted is the
sum of $53,000.00, ½ of the minimum bid for the 1st public sale.
Upon confirmation of the sale, an
order shall be issued canceling
all junior liens. For further particulars, reference is made to the
judgment entered by the Court in
this case, which can be examined in the Office of the Clerk of
the United States District Court.
AND TO THE KNOWLEDGE OF
INTERESTED PARTIES and the
general public and specially regarding the junior lien described
hereinafter: A. Junior Lien: (i)
Mortgage, in favor of Doral Bank,
in the original principal amount
of $26,500.00,with 6.75% annual
interest, due on March 1, 2016,
constituted by deed number 52,
executed in San Juan, Puerto
Rico, on February 16, 2006, before Notary Public Luis Felipe
Negron Rodriguez, recorded at
page 127 of volume 956 of Carolina, property number 3,074, 8th
inscription. In San Juan, Puerto
Rico, On 14 of November 2016.
AGUEDO DE LA TORRE, SPECIAL MASTER.
LEGAL NOTICE
IN THE UNITED STATES DISTRICT COURT FOR THE DISTRICT OF PUERTO RICO
ROOSEVELT CAYMAN
ASSET COMPANY II
Plaintiff Vs.
JAIME JOSE
CANELLAS FIDALGO
Defendants
Civil No.: 16-1603. GAG. Re: FORECLOSURE IN REM. NOTICE
OF SALE.
TO: JAIME JOSE
CANELLAS FIDALGO
DEFENDANT, ANY
OTHER PARTY WITH
INTEREST OVER THE
PROPERTY MENTIONED
BELOW, AND DORAL
BANK, TREASURY
DEPARTMENT O PUERTO
RICO, BANCO POPULAR
DE PUERTO RICO; AND
THE GENERAL PUBLIC.
WHEREAS: Judgment was entered in favor of plaintiff to recover
from defendants the sum of
$1,490.243.41 of principal, accrued interest of 7 1/8% from February, 2014 - {247 Mes Anterior
(intereses)} until the date of the
sale or until payment in full, accrued late charges, and any disbursements made by plaintiff on
behalf of defendant in accordance with the mortgage deed, plus
costs, and $147,543.88 in attorney fees. The records of the case
and of these proceedings may be
examined by interested parties at
the Office of the Clerk of the United States District Court, Room
150 Federal Office Building, 150
Chardón Avenue, Hato Rey,
Puerto Rico. WHEREAS: Pursuant to the terms of the aforementioned Judgment, Order of
Execution, and Writ of Execution
thereof, the undersigned Special
Master was ordered to sell at public auction for U.S. currency in
cash or certified check without
appraisement or right of redemption to the highest bidder and
Office of the Clerk of the United
States District Court, Room 150
Federal Office Building, 150
Chardón Avenue, Hato Rey,
Puerto Rico, to cover the sums
adjudged to be paid to the plaintiff, the following property: “URBANA: PROPIEDAD HORIZONTAL: Apartamento residencial
número 1601 del inmueble sometido al Régimen de Propiedad
Horizontal conocido como Candina Sea Tower, situado en la calle
Candina del sector del Condado,
Santurce, municipio de San Juan,
Puerto Rico. Su estructura principal está construida de hormigón
reforzado y bloques de hormigón.
Consta de un área habitable de
2105.98 pies cuadrados, equivalentes a 195.72 metros cuadrados, dentro de la cual se incluye
espacio por donde se cruzan los
elevadores dentro del apartamento. Su forma es aproximadamente rectangular. En lindes por
el NORTE, en una distancia de
82’2”, equivalentes a 25.05 metros, con espacio exterior del edificio; por el SUR, en una distancia de 82’2”, equivalentes a 25.05
metros, con espacio exterior del
edificio; por el ESTE, en una distancia de 26’4”, equivalentes a
8.03 metros, con el espacio exterior del edificio; y por el OESTE,
en una distancia de 26’8”, equivalentes a 8.13, con el espacio
exterior del edificio. Su entrada
está localizada en el décimo sexto piso del edificio. Tiene acceso
a través de la escalera común y
también directamente a través de
los elevadores. A su vez, dichos
medios de acceso se comunican
directamente a los elementos comunes y generales del edificio y
de aquí a las vías de acceso público. El apartamento consta de
sala, comedor, un cuarto dormitorio, cocina, lavandería, balcones, terraza cubierta y el lobby
del elevador. El cuarto principal
está equipado con baño completo, vestidor y un closet en el que
se puede caminar. Tiene además
dos baños adicionales completos. Le corresponde de forma
exclusiva los estacionamientos
números 4 y 5. Le corresponde
5.08592% en los elementos comunes generales.” Recorded at
page 252 of volume 1003 of Santurce Note, Property Registry of
Puerto Rico at San Juan, property number 40,422, Section I.
Plaintiff’s mortgage was constituted by deed number 1416, executed on December 14th, 2007,
before Notary Public Luis A. Archilla Díaz in San Juan, Puerto
Rico and recorded at page 1 of
volume 1157 (agora) of volume
Santurce Norte, Property Registry of Puerto Rico at San Juan,
Section I. The Note and Mortgage were modified on the following
dates: on October 26th, 2012 to
increase principal amount to
$1,475,438.89, plus interest rate
of 3.00% per annum from December 1st, 2012 to November
1st, 2017 and at a rate of 7.125%
per annum from December 1st,
2017 to November 1st, 2052,
with a final payment of
$464,617.79, by means of the
modification deed number 887-A
executed by defendant before
Notary Public Magda V. Alsina
Figueroa. Recorded at page 1 of
volume 1157(ágora), Property
Registry of Santurce Norte, Property Registry of Puerto Rico at
San Juan, Section I, property
number 40,422 and on October
31st, 2013, to increase principal
amount to $1,490,243.41, plus
interest rate of 3.25% per annum,
from December 1st, 2013 to November 1st, 2014; at a rate of
3.50% per annum, from December 1st, 2014 to November 1st,
2015; at a rate of 4.00% per annum, from December 1st, 2015 to
November 1st, 2016; at a rate of
4.50% per annum, from December 1st, 2016 to November 1st,
2017, and at a rate of 5.00% per
annum, from December 1st, 2017
to November 1st, 2054 with a last
payment of $486,012.54, by
means of the modification deed
number 1,343 executed by defendant before Notary Public
Magda V. Alsina Figueroa. Recorded at page 21 of volume
1234 (ágora), Property Registry
of Santurce Norte, Property Registry of Puerto Rico at San Juan,
Section I, property number
40,422. WHEREAS: This property is subject to the following liens
described in the Spanish language: PRIOR LIENS: NONE. JUNIOR LIENS: Doral Bank: A cuyo
favor aparece una Anotación de
Demanda de fecha 3 de mayo de
2010, en el Tribunal de Primera
Instancia, Sala de San Juan,
caso civil #KCD10-1633, por
concepto de Cobro de Dinero y
Ejecución de Hipoteca, seguido
por versus Jaime José Cañellas
Fidalgo, soltero, en la que se reclama el pago de las hipotecas
por las sumas de $894,194.26 y
$223,270.88, y otras cantidades.
Anotado el 10 de octubre de
2010, al folio 1 del tomo 1157
(ágora) de Santurce Norte, finca
#40,422, anotación A. Presentada al asiento 833 del diario 1102,
el día 6 de marzo de 2013, se
presenta Orden y Mandamiento
de fecha 17 de enero de 2013, en
el Tribunal de Primera Instancia,
Sala de San Juan, caso civil
#KCD2010-1633(508), por concepto de Cobro de Dinero y Ejecución de Hipoteca, seguido por
versus Jaime Cañellas Fidalgo
t/c/c Jaime José Canellas Fildalgo t/c Jaime J. Cañellas Fidalgo,
para que se cancele Aviso de Demanda de fecha 15 de enero de
2015, por la suma de $894,194.26
y $223,270.88. Pendiente de calificación y despacho. Departamento de Hacienda, Colector de
Rentas Internas: A cuyo favor
aparece anotado sobre esta finca
como perteneciente a Jaime Cañellas Fidalgo & Eric J. García
González, por la suma de
$25,802.44, según certificación
de fecha 29 de abril de 2014, expedida por, anotado al folio 28,
número de orden 113 del Libro de
Embargos Estales número 110
de San Juan, el 12 de mayo de
2014. Departamento de Hacienda: A cuyo favor aparece anotado
sobre esta finca como perteneciente a Cañellas Fidalgo Jaime
J. & Gadea González Eric J., por
la suma de $25,802.44, según
certificación de fecha 29 de abril
de 2014, expedida por Departamento de Hacienda, por concepto de Contribución sobre Ingresos, inscrito al folio 21 del tomo
1234 (ágora) de Santurce Norte,
finca #40,422, anotación B. Banco Popular de Puerto Rico: A
cuyo favor aparece anotado una
sentencia de fecha 14 de septiembre de 2010, en el Tribunal
de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan, caso civil
#KCD2010-0843(901), Cobro de
Dinero y Ejecución de Hipoteca,
por $5,142.75, $57,076.27 y
$164,483.65. Anotado al libro de
Sentencias #8, folio 57, demanda
62. Potential bidders are advised
to verify the extent of preferential
liens with the holders thereof. It
shall be understood that each
bidder accepts as sufficient the
title and that prior and preferential liens to the one being foreclosed upon, including but not limited to any property tax, liens,
(express, tacit, implied or legal)
shall continue in effect it being
understood further that the successful bidder accepts them and
is subrogated in the responsibility
for the same and that the bid price shall not be applied toward
their cancellation. THEREFORE,
the FIRST PUBLIC SALE shall
be held on the 13TH DAY OF
JANUARY, 2017, AT 8:30 AM.
The minimum bid that will be accepted
is
the
sum
of
$1,475,438.89. In the event said
first auction does not produce a
bidder and the property is not adjudicated, a SECOND PUBLIC
AUCTION shall be held on the
20TH DAY OF JANUARY, 2017,
AT 8:30 AM, and the minimum bid
that will be accepted is the sum
$983,625.92, which is two-thirds
of the amount of the minimum bid
for the first public sale. If a second auction does not result in
the adjudication and sale of the
property, a THIRD PUBLIC AUCTION will be held on the 27TH
DAY OF JANUARY, 2017, AT
8:30 AM, and the minimum bid
that will be accepted is the sum of
$737,719.44, which is one-half of
the minimum bid in the first public
sale. Should there be no award
or adjudication at the third public
sale, the property may be awarded to the creditor for the entire
amount of its debt if it is equal to
or less than the amount of the
minimum bid of the third public
sale, crediting this amount to the
amount owed if it is greater. Art.
104 of the Real Estate Registry of
the Commonwealth of Puerto
Rico Act (Ley del Registro de la
Propiedad Inmobiliaria del Estado Libre Asociado de Puerto
Rico), PR Law 210 of December
8, 2015. The Special Master shall
not accept in payment of the property to be sold anything but United States currency or certified
checks, except in case the property is sold and adjudicated to
the plaintiff, in which case the
amount of the bid made by said
plaintiff shall be credited and deducted from its credit; said plaintiff being bound to pay in cash or
certified check only any excess of
its bid over the secured indebtedness that remains unsatisfied.
WHEREAS: For the information
of the defendant and any person
or persons who have any interest
recorded after the lien that is being executed, and to inform all
bidders and the general public,
this notice will be published
FOUR (4) consecutive weeks,
with an interval of at least seven
days between each publications
in a newspaper of general circulation in the Commonwealth of
Puerto Rico and will also be fixed
at three (3) public places in the
municipality in which the sale will
be held, such as the Town Hall,
the Court House and the Collectorship (Colecturía). WHEREAS:
Said sale to be made by the Special Master subject to confirmation by the United States District
Court for the District of Puerto
Rico and the deed of conveyance
and possession to the property
will be executed and delivered
only after such confirmation.
Upon confirmation of the sale, an
order shall be issued cancelling
all junior liens. For further particulars, reference is made to the
judgment entered by the Court in
this case, which can be examined in the Office of Clerk of the
United States District Court, District of Puerto Rico. In San Juan,
Puerto Rico, this 17th day of November, 2016. Pedro A. VélezBaerga, Esq., Special Master,
PO Box 1087 Saint Just, PR
009178, specialmasterpr@gmail.
com, 787-672-8269.
LEGAL NOTICE
IN THE UNITED STATES DISTRICT COURT FOR THE DISTRICT OF PUERTO RICO
ROOSEVELT CAYMAN
ASSET COMPANY II
Plaintiff v.
ANTERO SIERRA
RODRÍGUEZ AND
HIS WIFE ELENA
SIERRA GÓMEZ,
AND THE CONJUGAL
PARTNERSHIP BETWEEN
THEM
Defendants
CIVIL NO. 16-1391 (FAB) FORECLOSURE OF MORTGAGE;
COLLECTION OF MONIES. NOTICE OF SALE.
TO: ANTERO SIERRA
RODRÍGUEZ and his
wife ELENA SIERRA
GÓMEZ, and the conjugal
partnership between
them,
General Public, and all parties
that may have an interest in the
property WHEREAS, Judgment
in favor of Plaintiff was entered for
the principal sum of $130,691.00
plus interest at a rate of 7.125%
per annum since February 13,
2016 until the debt is paid in full.
Such interests continue to accrue
until the debt is paid in full. The
Defendants was also ordered to
pay Plaintiff late charges in the
amount of 7.125% of each and
any monthly installment not received by the note holder within
15 days after the installment was
due until the debt is paid in full.
Such late charges continue to accrue until the debt is paid in full.
The defendant was also ordered
to pay Plaintiff all advances made
under the mortgage note including but not limited to insurance
premiums, taxes and inspections
as well as 10% of the original
principal amount ($14,250.00)
to cover costs, expenses, and
attorney’s fees guaranteed under
the mortgage obligation. WHEREAS, pursuant to said judgment, the undersigned SPECIAL
MASTER, Joel Ronda Feliciano,
was ordered to sell at public auction for US currency in cash or
certified check, without appraisal
or right to redemption to the highest bidder and at the office of the
Clerk of the United States District
Court for the District of Puerto
Rico, Federal Building Office 150,
1st. floor, 150 Carlos Chardón
Avenue, San Juan, Puerto Rico
00918 the following property:
“Solar radicado en la urbanización Sierra Bayamón, situada en
el barrio Hato Tejas de Bayamón,
Puerto Rico, que se describe en
el plano de inscripción de la urbanización con el número siete de
la manzana veintiséis B, con un
área de 867.115 metros cuadrados. En lindes por el NORTE, con
el solar número 6, distancia de
34.212 metros; por el SUR, con
la carretera número 2; distancia
de 14.562 metros; 22.804 metros
y 7.884 metros; por el ESTE, con
la calle número 25 y con remanente de 37.717 metros; y por el
OESTE, con el solar número 3 en
10.37 metros.” Recorded at page
186 of volume 221 of the Registry. The mortgage foreclosed as
part of the instant proceeding is
recorded at page number 186 of
volume number 221 of Bayamon
Noth, in the Registry of Property
of Bayamon, Puerto Rico, Section
III. Potential bidders are advised
to verify the extent of preferential
liens with the holders thereof.
It is understood that the potential bidders acquire the property
subject to any and all the senior
liens that encumber the property.
It shall be understood that each
bidder accepts as sufficient the
title that prior and preferential
liens to the one being foreclosed
upon, including but not limited to
any property tax liens (express,
tacit, implied or legal) shall continue in effect it being understood
further that the successful bidder
accepts then and is subrogated
in the responsibility for the same
and the bid price shall not be
applied toward the cancellation of
the senior liens. WHEREFORE,
the first public sale will be held
on January 13, 2016 at 9:30 am
and the minimum bidding amount
that will be accepted is the sum
of $142,500.00. In the event said
first auction does not produce a
bidder and the property is not
adjudicated, a SECOND public
auction shall be held on January
20, 2016 at 9:30 am and the
minimum bidding amount that
will be accepted is the sum of
$95,000.00. If said second auction does not result in the adjudication and sale of the property,
a THIRD public auction shall be
held on January 27, 2016 at 9:30
am and the minimum bidding
amount that will be accepted is
the sum of $71,250.00. Upon
confirmation of the sale, an order
shall be issued canceling all junior liens. For further particulars,
reference is made to the judgment entered by the Court in this
case, which can be examined in
the aforementioned office of the
Clerk of the United States District
Court. San Juan, Puerto Rico,
this 14 day of November, 2016.
Joel Ronda Feliciano, Special
Master.
FOR MORE INFORMATION PLEASE CALL (787) 743-3346 • email: [email protected]
Legal Notice
LEGAL NOTICE
26
volume number 683 of Rio Piedras Norte, First Section in the
IN THE UNITED STATES DIS- Registry of Property of San Juan.
TRICT COURT FOR THE DIS- Potential bidders are advised to
TRICT OF PUERTO RICO
verify the extent of preferential
ROOSEVELT CAYMAN liens with the holders thereof.
It is understood that the potenASSET COMPANY
tial bidders acquire the property
Plaintiff, v.
subject to any and all the senior
BEATRIZ
liens that encumber the property.
MENENDEZ PRIETO
It shall be understood that each
Defendant
bidder accepts as sufficient the
CIVIL NO. 16-01162-JAG FORE- title that prior and preferential
CLOSURE OF MORTGAGE (IN liens to the one being foreclosed
REM). NOTICE OF SALE.
upon, including but not limited to
TO: BEATRIZ MENEDEZ any property tax liens (express,
PRIETO, General Public, tacit, implied or legal) shall conand all parties that may tinue in effect it being understood
further that the successful bidder
have an interest in the accepts then and is subrogated
property
in the responsibility for the same
WHEREAS, Judgment in favor and the bid price shall not be
of Plaintiff was entered for the applied toward the cancellation
principal sum of $307,953.17 of the senior liens. WHEREFOplus interest at a rate of 6.875% RE, the first public sale will be
per annum since January 1, 2012 held on January 13, 2017 at 9:25
until the debt is paid in full. Such am and the minimum bidding
interests continue to accrue until amount that will be accepted is
the debt is paid in full. The De- the sum of $320,000.00. In the
fendants was also ordered to event said first auction does not
pay Plaintiff late charges in the produce a bidder and the properamount of 6.875% of each and ty is not adjudicated, a SECOND
any monthly installment not re- public auction shall be held on
ceived by the note holder within January 20, 2017 at 9:25 am and
15 days after the installment was the minimum bidding amount that
due until the debt is paid in full. will be accepted is the sum of
Such late charges continue to ac- $213,333.33. If said second auccrue until the debt is paid in full. tion does not result in the adjuThe defendant was also ordered dication and sale of the property,
to pay Plaintiff all advances made a THIRD public auction shall be
under the mortgage note inclu- held on January 27, 2017 at 9:25
ding but not limited to insurance am and the minimum bidding
premiums, taxes and inspections amount that will be accepted is
as well as 10% of the original the sum of $160,000.00. Upon
principal amount ($32,000.00) confirmation of the sale, an order
to cover costs, expenses, and shall be issued canceling all juattorney’s fees guaranteed under nior liens. For further particulars,
the mortgage obligation.WHE- reference is made to the judgREAS, pursuant to said judg- ment entered by the Court in this
ment, the undersigned SPECIAL case, which can be examined in
MASTER, Joel Ronda Feliciano, the aforementioned office of the
was ordered to sell at public Clerk of the United States District
auction for US currency in cash Court. San Juan, Puerto Rico,
or certified check, without apprai- this 21 day of November, 2016.
sal or right to redemption to the Joel Ronda Feliciano, Special
highest bidder and at the office Master.
of the Clerk of the United States District Court for the District
LEGAL NOTICE
of Puerto Rico, Federal Building
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE
Office 150, 1st. floor, 150 CarPUERTO RICO TRIBUNAL DE
los Chardón Avenue, San Juan,
PRIMERA INSTANCIA CENTRO
Puerto Rico 00918 the following
JUDICIAL DE BAYAMÓN SALA
property: “URBANA: Solar marSUPERIOR
cado con el número 11 del bloFIRSTBANK
que M-1 del plano de inscripción
PUERTO RICO
de la Urbanización University
Demandante V.
Gardens, radicada en el barrio
Hato Rey Sur, del término muniJOSÉ LUIS CALDERÓN
cipal de San Juan, Puerto Rico,
NATAL Y ESTADOS
con un área superficial de 438.50
UNIDOS DE AMÉRICA
metros cuadrados. En lindes por
Demandados
el NOROESTE, en 20.00 metros,
con el solar número 12 del blo- Civil Núm.: DCD2015-2640.
que M-1 del mencionado plano; (503). Sobre: COBRO DE DINEpor el SURESTE, en 20.00 me- RO Y EJECUCIÓN DE HIPOTEtros, con el solar número 10 del CA POR LA VÍA ORDINARIA.
bloque M-1 del mencionado pla- EDICTO DE SUBASTA. El Alguano; por el NORESTE, en 22.295 cil que suscribe por la presente
metros, con la calle 2-A del CERTIFICA, ANUNCIA y hace
mencionado plano; y por el SU- CONSTAR: Que en cumplimiento
ROESTE, en 21.553 metros, con de un Mandamiento de Ejecución
los solares 4 y 5 del bloque M-1 de Sentencia que le ha sido diridel mencionado plano. Enclava gido al Alguacil que suscribe por
una casa.” Recorded at page la Secretaría del TRIBUNAL DE
176 of volume 683 of the Regis- PRIMERA INSTANCIA CENTRO
try. The mortgage foreclosed as JUDICIAL DE BAYAMÓN SALA
part of the instant proceeding is SUPERIOR, en el caso de epírecorded at page number 176 of grafe procederá a vender en pública subasta al mejor postor
The San Juan Daily Star
Wednesday, December 21, 2016
quién pagará de contado y en
moneda de curso legal de los Estados Unidos de América, giro
postal o por cheque de gerente a
nombre del Alguacil del Tribunal
de Primera Instancia el día 21
DE FEBRERO DE 2017, A LAS
11:30 DE LA MAÑANA, en su oficina sita en el local que ocupa en
el edificio del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE BAYAMÓN SALA
SUPERIOR, todo derecho, título
e interés que tenga la parte demandada de epígrafe en el inmueble de su propiedad que ubica en 519 Calle Wilfredo Brashi
Bo. Sabana, Vega Alta, PR
00692 y que se describe a continuación: RUSTICA: Parcela marcada con el número 519 en el
plano de parcelación de la Comunidad Rural Hoyo del Barrio
Sabana del término municipal de
Vega Alta, con una cabida superficial de 914.95 metros cuadrados. En lindes por el NORTE,
con parcela número 516 de la
comunidad; por el SUR, con mogote número 490 A de la comunidad; por el ESTE, con mogote
número 490 A de la comunidad; y
por el OESTE, con la calle número 36 de la comunidad. La propiedad antes relacionada consta
inscrita en el Folio 36 del Tomo
230 de Vega Alta, finca número
12518, en el Registro de la Propiedad de Bayamón, Sección
Tercera. El tipo mínimo para la
primera subasta del inmueble antes relacionado, será el dispuesto
en la Escritura de Hipoteca, es
decir la suma de $55,000.00. Si
no hubiere remate ni adjudicación en la primera subasta del
inmueble mencionado, se celebrará una SEGUNDA SUBASTA
en las oficinas del Alguacil que
suscribe el día 28 DE FEBRERO
DE 2017, A LAS 11:30 DE LA
MAÑANA. En la segunda subasta que se celebre servirá de tipo
mínimo las dos terceras partes
(2/3) del precio pactado en la primera subasta, o sea la suma de
$36,666.67. Si tampoco hubiere
remate ni adjudicación en la segunda subasta se celebrará una
TERCERA SUBASTA en las oficinas del Alguacil que suscribe el
día 7 DE MARZO DE 2017, A
LAS 11:30 DE LA MAÑANA. Para
la tercera subasta servirá de tipo
mínimo la mitad (1/2) del precio
pactado para el caso de ejecución, o sea, la suma de
$27,500.00. La hipoteca a ejecutarse en el caso de epígrafe fue
constituida mediante la escritura
número 13, otorgada el día 21 de
enero de 2005, ante el Notario
José R. Fournier Torres y consta
inscrita en el Folio 36 del Tomo
230 de Vega Alta, finca número
12518, en el Registro de la Propiedad de Bayamón, Sección
Tercera, inscripción segunda. La
escritura y pagaré fueron modificados el 29 de noviembre de
2011 mediante escritura pública
de modificación de hipoteca número 444, otorgada en San Juan,
ante el notario Mario Quintero
Pintor para aumentar el balance
principal a $56,819.46, sus intereses durante los primeros 12
meses serán al 5% anual, con
pagos de $255.50 mensual, comenzando el 1 de diciembre de
2011 hasta el 1 de noviembre de
2012; del 1 de diciembre de 2012
al 1 de noviembre de 2013, al 6%
con pagos de $291.00 mensuales; una vez realizado los pagos
y a partir del 1 de diciembre de
2013 al 6.500%, con pagos de
$309.14, comenzando el 1 de diciembre hasta su último pago el 1
de noviembre de 2051. La escritura de modificación de hipoteca
objeto de ejecución consta inscrita al folio 7 del tomo 327 (ágora)
de Vega Alta, Registro de la Propiedad de Bayamón, Sección
Tercera, finca número 12518,
inscripción tercera. Dicha subasta se llevará a cabo para con su
producto satisfacer al Demandante total o parcialmente según
sea el caso el importe de la Sentencia que ha obtenido ascendente a la suma de $55,549.15
por concepto de principal, más
intereses al tipo pactado de
6.500% anual desde el día 1 de
mayo de 2015. Dichos intereses
continúan acumulándose hasta
el pago total de la obligación. Se
pagarán también los cargos por
demora equivalentes a 5.000%
de la suma de aquellos pagos
con atrasos en exceso de 15 días
calendarios de la fecha vencimiento, la suma de $5,500.00
para costas, gastos y honorarios
de abogado, la suma de
$5,500.00 para cubrir los intereses en adición a los garantizados
por ley y la suma de $5,500.00
para cubrir cualquier otro adelanto que se haga en virtud de la
escritura de hipoteca, más intereses según provisto por la regla
44.3 de las de Procedimiento Civil. Que los autos y todos los documentos correspondientes al
Procedimiento incoado estarán
de manifiesto en la SECRETARIA DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE BAYAMÓN SALA
SUPERIOR durante las horas laborables. Se entenderá que todo
licitador acepta como bastante la
titularidad del inmueble y que las
cargas y gravámenes anteriores
y los preferentes, si los hubiere,
al crédito del ejecutante continuarán subsistentes. Se entenderá que el rematante los acepta
y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio de
remate. La propiedad no está sujeta a gravámenes anteriores ni
preferentes según las constancias del Registro de la Propiedad.
Surge de un estudio de título
que, sobre la finca descrita anteriormente, pesan los gravámenes
posteriores a la hipoteca que se
ejecuta mediante este procedimiento que se relacionan más
adelante. A los acreedores que
tengan inscritos o anotados sus
derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la
inscripción del crédito del ejecutante o acreedores de cargos o
derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca del
actor y a los dueños, poseedores, tenedores de, o interesados
en títulos transmisibles por endoso, o al portador, garantizados
hipotecariamente con posterioridad al crédito del actor por la presente se notifica, que se celebrarán las subastas en las fechas,
horas y sitios señalados para que
puedan concurrir a la subasta si
les conviniere o se les invita a
satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, otros cargos y las costas y
honorarios de abogado asegurados quedando subrogados en los
derechos del acreedor ejecutante. A: HIPOTECA en garantía de
un pagaré a favor de Autoridad
para el Financiamiento de la Vivienda de Puerto Rico o a su orden por la suma principal de
$15,000.00 sin intereses y vencedero el 21 de enero de 2013,
según escritura número 14 otorgada ante el Notario José R.
Fournier Torres el 21 de enero de
2005. Inscrita al folio 36 del tomo
230 de Vega Alta, inscripción segunda. B: EMBARGO FEDERAL
anotado contra José L. Calderón,
por la suma de $8,355.87, según
notificación número 578265609,
presentada el 9 de septiembre de
2009, al asiento 1 de la página
200 del Libro de Embargos Federales Número 4. C: AVISO DE
DEMANDA presentada el 19 de
mayo de 2016, al asiento 2016041533-BY03, demanda de fecha 2 de noviembre de 2015,
ante el Tribunal de Primera Instancia, Centro Judicial de Bayamón, Sala Superior, en el caso
civil número DCD2015-2640
(503), seguido por Firstbank
Puerto Rico vs. José Luis Natal
Calderón y Estados Unidos de
América, sobre cobro de dinero y
ejecución de hipoteca, en la que
se reclama el pago de hipoteca,
con un balance de $55,549.15 y
otras cantidades, o la venta en
pública subasta de la propiedad.
Pendiente de anotación. Y para
conocimiento de licitadores del
público en general se publicará
este Edicto de acuerdo con la ley
por espacio de dos semanas en
tres sitios públicos del municipio
en que ha de celebrarse la venta,
tales como la alcaldía, el Tribunal
y la colecturía. Este Edicto será
publicado mediante edictos dos
veces en un diario de circulación
general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por espacio de dos semanas consecutivas. La propiedad a ser ejecutada
se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores sujeto a lo
dispuesto en los Artículos 113 al
116 de la Ley 210 del 8 de diciembre de 2015, según aplique.
Expido el presente Edicto de subasta bajo mi firma en Bayamón,
Puerto Rico, hoy día 17 de noviembre de 2016. FRANCES A.
TORRES CONTRERAS, ALGUACIL AUXILIAR #325, TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE
BAYAMÓN.
LEGAL NOTICE
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE
PUERTO RICO TRIBUNAL DE
PRIMERA INSTANCIA CENTRO
JUDICIAL DE BAYAMÓN SALA
SUPERIOR
FEDERAL NATIONAL
MORTGAGE
ASSOCIATION T/C/C
FANNIE MAE,
Demandante V.
MARIBEL
SANTIAGO CRUZ
Demandada
Civil Núm.: DCD2015-2332.
(504). Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA.
EDICTO DE SUBASTA. El Alguacil que suscribe por la presente
CERTIFICA, ANUNCIA y hace
CONSTAR: Que en cumplimiento
de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia que le ha sido
dirigido al Alguacil que suscribe
por la Secretaría del TRIBUNAL
DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE BAYAMÓN
SALA SUPERIOR, en el caso de
epígrafe procederá a vender en
pública subasta al mejor postor
quién pagará de contado y en
moneda de curso legal de los
Estados Unidos de América, giro
postal o por cheque de gerente a
nombre del Alguacil del Tribunal
de Primera Instancia el día 21
DE FEBRERO DE 2017, A LAS
11:15 DE LA MAÑANA, en su
oficina sita en el local que ocupa
en el edificio del TRIBUNAL DE
PRIMERA INSTANCIA CENTRO
JUDICIAL DE BAYAMÓN SALA
SUPERIOR, todo derecho, título e interés que tenga la parte
demandada de epígrafe en el
inmueble de su propiedad que
ubica en 238 Calle 2 Urb. Hermanas Dávila, Bayamón, PR 00957
y que se describe a continuación: URBANA: Solar radicado
en el Barrio Pájaros de la municipal de Bayamón, Puerto Rico,
con el número 238 en el plano de
Urbanización Hermanas Dávila,
con un área superficial de 447.38
metros cuadrados. En lindes por
el Sureste, en una distancia de
15.00, con la calle número 2 de
la Urbanización, por el Noroeste,
en una distancia de 15.00 metros con terrenos de Hermanas
Dávila, Incorporado; por el Noreste, en una distancia de 30.00
metros, con la calle D de la urbanización; por el Suroeste, en
una distancia de 30.00 metros,
con el solar número 237, vendido a Carlos Navarro. Enclava una
casa. La propiedad antes relacionada consta inscrita en el Folio 17 del Tomo 133 de Bayamón
Sur, finca número 6,814, en el
Registro de la Propiedad de Bayamón, Sección Primera. El tipo
mínimo para la primera subasta
del inmueble antes relacionado,
será el dispuesto en la Escritura
de Hipoteca, es decir la suma de
$121,500.00. Si no hubiere remate ni adjudicación en la primera
subasta del inmueble mencionado, se celebrará una SEGUNDA
SUBASTA en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 28 DE
FEBRERO DE 2017, A LAS 11:15
DE LA MAÑANA. En la segunda
subasta que se celebre servirá
de tipo mínimo las dos terceras
partes (2/3) del precio pactado
en la primera subasta, o sea la
suma de $81,000.00. Si tampoco
hubiere remate ni adjudicación
en la segunda subasta se cele-
brará una TERCERA SUBASTA
en las oficinas del Alguacil que
suscribe el día 7 DE MARZO DE
2017, A LAS 11:15 DE LA MAÑANA. Para la tercera subasta servirá de tipo mínimo la mitad (1/2)
del precio pactado para el caso
de ejecución, o sea, la suma de
$60,750.00. La hipoteca a ejecutarse en el caso de epígrafe fue
constituida mediante la escritura
número 825, otorgada el día 10
de octubre de 2007, ante el Notario Manuel R Pérez Caballer y
consta inscrita en el Folio 182
del Tomo 1862 de Bayamón Sur,
finca número 6,814, en el Registro de la Propiedad de Bayamón,
Sección Primera, inscripción
octava. Dicha subasta se llevará a cabo para con su producto
satisfacer al Demandante total o
parcialmente según sea el caso
el importe de la Sentencia que ha
obtenido ascendente a la suma
de $109,861.50 por concepto de
principal, más intereses al tipo
pactado de 6.875% anual desde
el día 1 de marzo de 2015. Dichos intereses continúan acumulándose hasta el pago total de la
obligación. Se pagarán también
los cargos por demora equivalentes a 5.000% de la suma de
aquellos pagos con atrasos en
exceso de 15 días calendarios
de la fecha vencimiento, la suma
de $12,150.00 para costas, gastos y honorarios de abogado, la
suma de $12,150.00para cubrir
los intereses en adición a los garantizados por ley y la suma de
$12,150.00 para cubrir cualquier
otro adelanto que se haga en virtud de la escritura de hipoteca,
más intereses según provisto
por la Regla 44.3 de las de Procedimiento Civil. Que los autos
y todos los documentos correspondientes al Procedimiento incoado estarán de manifiesto en
la SECRETARIA DEL TRIBUNAL
DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE BAYAMÓN
SALA SUPERIOR durante las horas laborables. Se entenderá que
todo licitador acepta como bastante la titularidad del inmueble y
que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los
hubiere, al crédito del ejecutante
continuarán subsistentes. Se
entenderá que el rematante los
acepta y queda subrogado en la
responsabilidad de los mismos,
sin destinarse a su extinción el
precio de remate. La propiedad
no está sujeta a gravámenes
anteriores y/o preferentes según
surge de las constancias del
Registro de la Propiedad en un
estudio de título efectuado a la
finca antes descrita. Por la presente se notifica a los acreedores
que tengan inscritos o anotados
sus derechos sobre los bienes
hipotecados con posterioridad a
la inscripción del crédito del ejecutante o acreedores de cargos
o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca del
actor y a los dueños, poseedores, tenedores de o interesados
en títulos transmisibles por endoso o al portador garantizados
hipotecariamente con posterioridad al crédito del actor que se
celebrarán las subastas en las
fechas, horas y sitios señalados
para que puedan concurrir a la
subasta si les conviniere o se
les invita a satisfacer antes del
remate el importe del crédito, de
sus intereses, otros cargos y las
costas y honorarios de abogado
asegurados quedando subrogados en los derechos del acreedor
ejecutante. Y para conocimiento
de licitadores del público en general se publicará este Edicto de
acuerdo con la ley por espacio de
dos semanas en tres sitios públicos del municipio en que ha de
celebrarse la venta, tales como
la alcaldía, el Tribunal y la colecturía. Este Edicto será publicado
mediante edictos dos veces en
un diario de circulación general
en el Estado Libre Asociado de
Puerto Rico, por espacio de dos
semanas consecutivas. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes
posteriores sujeto a lo dispuesto
en los Artículos 113 al 116 de la
Ley 210 del 8 de diciembre de
2015, según aplique. Expido el
presente Edicto de subasta bajo
mi firma, en Bayamón, Puerto
Rico, hoy día 17 de noviembre
de 2016. FDO. FRANCÉS A. TORRES CONTRERAS, ALGUACIL
AUXILIAR #235, TRIBUNAL DE
PRIMERA INSTANCIA, SALA
SUPERIOR DE BAYAMÓN.
LEGAL NOTICE
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE
PUERTO RICO TRlBUNAL GENERAL DE JUSTICIA TRIBUNAL
DE PR1MERA INSTANClA SALA
SUPERJOR DE ARECIBO.
DÍAZ CORDERO,
ROBERTO Y OTROS
Demandantes vs.
Los miembros de la
sucesión de JUANA
QUIÑONES MARTINEZ,
tcc JUANA QUIÑONES y
ANA ROSA QUIÑONES
MARTÍNEZ, compuesta
por: ANGEL SILVESTRE
RIVERA GUEVÁREZ,
t/c/c ANGEL RIVERA
GUEVÁREZ y OTROS;
JUAN QUIÑONES PAGÁN
y los miembros de la
sucesión de MARÍA
MARTÍNEZ PAGÁN,
compuesta por: CARMEN
ANA QUIÑONES
MARTINEZ y OTROS
y WILLIAM, JOANNE
Y AURELIZ, todos de
apellidos QUIÑONES
COLÓN, JOHN DOE,
RICHARD DOE, FULANO
DE TAL y MENCANO DE
TAL
Demandados
CIVIL NUM: CAC2016-1510. SALÓN 302. SOBRE: EXPEDIENTE DE DOMINIO CONTRADICTORIO. EDICTO. ESTADOS
UNIDOS DE AMÉRICA, PRESIDENTE DE LOS EE.UU., ESTADO LIBRE ASOCIADO DE P.R.
A. VÍCTOR MANUEL,
CARMEN IRIS y RAFAEL,
The San Juan Daily Star
los tres de apellidos
RIVERA QUIÑONES; LUZ
NEREIDA QUÑONES
MARTÍNEZ; WILLIAM,
JOANNE Y AURELIZ,
los tres de apellidos
QUIÑONES COLÓN. A
cualquier heredero de los
Demandados fallecidos:
JUAN QUIÑONES PAGÁN;
VÍCTOR, ANGEL LUIS Y
MARÍA VIRGEN, los tres
de apellidos QUIÑONES
MARTINEZ; JOHN DOE,
RICHARD DOE, FULANO
DE TAL, MENGANO DE
TAL y cualquier persona
ignorada a quien pueda
perjudicar lo inscripción
solicitada o a cualquier
persona que tenga interés
o derecho real en dicho
bien inmueble y que
pueda ser perjudicada por
dicha inscripción
Por la presente se les notifica
que la parte demandante ha presentado en este Tribunal una acción para que el Tribunal Ordene
inscribir a su nombre como titular
registral, la propiedad que se
describe como sigue: RUSTICA:
Solar número siete (7), radicado
en el Barrio Morovis Sur de Morovis, con una cabida superficial
de SEIS MIL SETECIENTOS
NOVENTA Y CINCO PUNTO
CERO NOVECIENTOS VEINTISIETE METROS CUADRADOS
(6, 795.0927 M.C.), equivalente
a UNA CUERDA CON SIETE
MIL DOSCIENTOS OCHENTA
Y NUEVE DIEZ MILESIMAS DE
OTRA (1.7289) en colindancias
por el NORTE, con el solar número Tres (3) de la finca principal;
por el SUR, con el solar número
Ocho (8) de la finca principal; por
el ESTE, con los solares número
Dos (2) y número Ocho (8) de la
finca principal y por el OESTE,
con el camino de acceso a la
finca. Edicto Demanda expediente de Dominio Contradictorio de
Dial Cordero, Roberto y Otros v.
Sucn de Juana Quiñones Martinez y Otros, Caso Civil Núm.:
CAC20 16-1510 (302). Es segregación de la finca número 4,007,
que consta inscrita al folio número 42 del tomo número 68 de Morovis, Registro de la Propiedad,
Sección 1 de Manatí. Catastro
Número 38-09-166-000-003-2390l. Se le notifica además a toda
persona que tenga algún derecho real sobre el inmueble anteriormente descrito o cualquier
persona ignorada que pueda ser
perjudicada por esta inscripción y
en general a todo el que tuviere
motivo para oponerse, que comparezca a alegar cualquier derecho que tuviere en un término
de veinte (20) días, a partir de la
fecha de publicación del último
edicto, excluyendo el día de su
publicación. Representan a la
parte demandante, los abogados
cuyos nombres y direcciones se
consignan de inmediato:
AGAPITO SALDAÑA RIVERA
Wednesday, December 21, 2016
Colegiado 14,127; RUA 12,841
Apartado postal 8894
Bayamón, Puerto Rico 00960-8894
Tel/Fax 787-797-9303
Cel. 787-226-1975
[email protected]
HÉCTOR M. MARRERO
MARRERO
Colegiado 9,096; RUA 7,747
95 Calle Georgetti, Suite 1
Apartado postal 283
Naranjito, Puerto Rico 00719-0283
Tel./Fax: 787-869-0806
[email protected]
En Arecibo, Puerto Rico a 30
de noviembre de 2016. VIVIAN
Y. FRESSE GONZÁLEZ, SECRETARIA REGIONAL. Timmy
Feliciano Torres, Secretaria Regional.
LEGAL NOTICE
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE
PUERTO RICO TRIBUNAL DE
PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE PONCE
SCOTIABANK OF
PUERTO RICO
Demandante vs.
ROSITA
IRIZARRY CALLEJAS
Demandada
Civil Núm.: JCD2010-0817.
(406). Sobre: COBRO DE DINERO (EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA).
EDICTO DE SUBASTA.
AL: PÚBLICO EN
GENERAL.
A: ROSITA IRIZARRY
CALLEJAS.
El, Alguacil de este Tribunal, a la
parte demandada y a los acreedores y personas con interés sobre
la propiedad que más adelante se
describe, y al público en general,
HAGO SABER: Que el día 25 DE
ENERO DE 2017, A LAS 3:30 DE
LA TARDE en mi oficina, sita en
el Tribunal de Primera Instancia,
Sala Superior de Ponce, Ponce,
Puerto Rico, venderé en Pública
Subasta la propiedad inmueble
que más adelante se describe y
cuya venta en pública subasta
se ordenó por la vía ordinaria al
mejor postor quien hará el pago
en dinero en efectivo, giro postal
o cheque certificado a nombre
del o la Alguacil del Tribunal de
Primera Instancia, en el mismo
acto de subasta y tan pronto se
conceda la buena pro al posto
agraciado. Los autos y todos los
documentos correspondientes al
procedimiento incoado, estarán
de manifiesto en la Secretaría del
Tribunal de Ponce durante horas
laborables. Que en caso de no
producir remate ni adjudicación
en la primera subasta a celebrarse, se celebrará una SEGUNDA
SUBASTA para la venta de la
susodicha propiedad, el día 1RO
DE FEBRERO DE 2017, A LAS
3:30 DE LA TARDE y en caso de
no producir remate ni adjudicación, se celebrará una TERCERA
SUBASTA el día 8 DE FEBRERO
DE 2017, A LAS 3:30 DE LA TARDE en mi oficina sita en el lugar
antes indicado. La propiedad a
venderse en pública subasta se
describe como sigue: URBANA:
Solar marcado con el Número
Tres (3) del Bloque “J” en el plano
de inscripción de la Urbanización
Jardines de la Reina, localizado
en el Barrio Jobos, del término
municipal de Guayama, Puerto
Rico. Tiene un área superficial
de TRESCIENTOS DIECIOCHO
PUNTO VEINTITRÉS TREINTA
y SIETE (318.2337) METROS
CUADRADOS y con sus colindancias son las siguientes: por
el NORTE: con una alineación de
VEINTICUATRO PUNTO CERO
TRES (24.03) METROS LINEALES, con el solar Número Cuatro
(4) del Bloque “J”; por el ESTE:
con una alineación de TRECE
PUNTO VEINTICINCO (13.25)
METROS LINEALES con la calle
Liatris; por el OESTE: con una
alineación de TRECE PUNTO
VEINTICINCO (13.25) METROS
LINEALES con el remanente.
En dicho solar enclava una estructura de concreto diseñada
para fines residenciales para una
familia. La escritura de hipoteca se encuentra inscrita al folio
177 del tomo 448 de Guayama,
Registro de la Propiedad Sección de Guayama, finca número
19,347, inscripción segunda. La
subasta se llevará a efecto para
satisfacer a la parte demandante
la suma de $82,481.14 de principal, intereses al 7.50% anual,
desde el día 1ro. de abril de
2013, hasta su completo pago,
más la cantidad de $8,650.00
estipulada para costas, gastos y
honorarios de abogado, más recargos acumulados, todas cuyas
sumas están líquidas y exigibles.
Que la cantidad mínima de licitación en la primera subasta para
el inmueble será de $86,500.00
y de ser necesaria una segunda
subasta, la cantidad mínima será
equivalente a 2/3 partes de aquella, o sea, la suma de $57,666.67
y de ser necesaria una tercera
subasta, la cantidad mínima será
la mitad del precio pactado, es
decir, la suma de $43,250.00.
La propiedad se adjudicará al
mejor postor, quien deberá satisfacer el importe de su oferta en
moneda legal y corriente de los
Estados Unidos de América en
el momento de la adjudicación
y que todo licitador acepta como
bastante la titularidad y que las
cargas y gravámenes preferentes, si los hubiese, continuarán
subsistentes, entendiéndose que
el rematante los acepta y queda
subrogado en la responsabilidad
de los mismos, sin destinarse a
su extinción el precio del remate.
La propiedad a ser vendida en
pública subasta se adquirirá libre
de cargas y gravámenes posteriores. EN TESTIMONIO DE LO
CUAL, expido el presente Edicto
para conocimiento y comparecencia de los licitadores, bajo mi
firma y sello del Tribunal, en Ponce, Puerto Rico, a 8 de diciembre
de 2016. PEDRO RODRÍGUEZ
LUGO PLACA #369, ALGUACIL
TRIBUNAL, SALA SUPERIOR
DE PONCE.
BANCO POPULAR DE
PUERTO RICO
Demandante V.
EDUARDO CARABALLO
VÉLEZ, SU ESPOSA
KATRICIA FIGUEROA
KINGSLEY Y LA
SOCIEDAD LEGAL DE
BIENES GANANCIALES
POR AMBOS
COMPUESTA
Demandado
Civil Núm.: JCD2015-0570.
(G-28). Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE GARANTÍAS. ESTADOS UNIDOS
DE AMÉRICA, EL PRESIDENTE
DE LOS ESTADOS UNIDOS,
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE
PUERTO RICO, SS. EDICTO
DE SUBASTA. Yo, PEDRO RODRÍGUEZ LUGO PLACA - 369,
Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de
Ponce, al público en general.
CERTIFICO Y HAGO SABER:
Que en cumplimiento de un
Mandamiento de Ejecución de
Sentencia fechado el 28 de junio
de 2016 que me ha sido dirigido
por la Secretaría del Tribunal de
Primera Instancia de Ponce, Sala
Superior de Ponce en el caso
arriba indicado, venderé en la
fecha o fechas que más adelante
se indican, en pública subasta al
mejor postor, en moneda legal de
los Estados Unidos de América,
en mi oficina sita en el local que
ocupa en el Centro Judicial de
Ponce, Puerto Rico, todo derecho, título e interés que tenga la
parte demandada, en el inmueble que se describe a continuación, propiedad de la demandada
Eduardo Caraballo Vélez, su esposa, Katricia Figueroa Kingsley
y la Sociedad Legal de Bienes
Gananciales por Ambos Compuesta. (A) Finca 9,134, inscrita
al folio 94 del tomo 553 de Yauco, Registro de la Propiedad de
Puerto Rico, Sección Segunda
de Ponce. “URBANA: Solar radicado en la Urbanización Barinas
del término Municipal de Yauco,
Puerto Rico, que se describe en
el Plano de Inscripción de la Urbanización, con número, área y
colindancias que se relacionan a
continuación: Número del solar: E
guión cinco (E-5). Área del solar:
quinientos treinta y cuatro punto
treinta y cuatro metros cuadrados (534.34 mc); (según el Plano
la cabida es de quinientos veintitrés punto treinta y cuatro metros cuadrados (523.34 mc), en
lindes por el NORTE, con solar
número E guión seis (E-6) distancia de veintiocho punto treinta
metros (28.30 mts); por el SUR,
con los solares E guión dos (E-2)
y E guión cuatro (E-4), distancia
de treinta y siete punto treinta y
cinco metros (37.35 mts); por el
ESTE, con la Carretera Número Trescientos Treinta y Cinco
(335) en distancia de veintiséis
punto cero cinco metros (26.05
LEGAL NOTICE
mts); por el OESTE, con la caESTADO LIBRE ASOCIADO DE lle C en distancia de ocho punto
PUERTO RICO TRIBUNAL DE veintinueve metros (8.29 mts).
PRIMERA INSTANCIA SALA SU- Contiene una casa de concreto
diseñada para una familia.” Finca
PERIOR DE PONCE
9,134. Por su procedencia está
afecta a: a. Servidumbre a favor
de la Autoridad de Acueductos y
Alcantarillados de Puerto Rico.
b. Servidumbre a favor de la
Autoridad de Fuentes Fluviales
de Puerto Rico. c. Servidumbre
a favor de la Puerto Rico Telephone Company. d. Servidumbre
a favor del Municipio de Yauco.
e. Servidumbre a favor de Pedro
Juan Antongiorgi. f. Menciones
de servidumbre de agua y de
paso. Por sí está afecta a: Condiciones Restrictivas: Primero:
para viabilizar la adquisición del
bien inmueble, la Autoridad para
el Financiamiento de la Vivienda
de Puerto Rico, a través del Programa de “Mi Nuevo Hogar”, concedió a las partes compradoras
la suma de $5,000.00, para gastos de cierre y/o para aplicar al
pronto pago de la compraventa,
por lo que estará sujeta a las siguientes condiciones restrictivas:
(a) El inmueble será la residencia
principal de la compradora y no
puede ser arrendada o destinada
a otro uso que no sea el de su residencia principal y habitual. Los
compradores no podrá, vender,
donar, permutar o de otro modo
transferir esta finca sin el previo
consentimiento de la Autoridad.
(b) Estas Condiciones tendrán
una vigencia de diez (10) años.
Dicho término es de caducidad,
por lo que podrá ser cancelado
por el transcurso el mismo. (c)
Los compradores quedará eximido de la obligación impuesta
anteriormente, si durante el primer año participa en 50 horas de
programas de servicio a la comunidad mediante organizaciones
de base comunitaria o de fe debidamente certificadas por la Autoridad. (d) Si los compradores
incumpliese con las condiciones
y/o restricciones consignadas en
el documento tendrá que rembolsar a la Autoridad, según la fecha
de incumplimiento y conforme a
la siguiente proporción: Primera
año: 100%, Segundo año: 90%,
Tercer año: 80%, Cuarto año
70%, Quinto año 60%, Sexto año
50%, Séptimo año; 40%, Octavo
año: 30%, Noveno año: 20% y
Décimo año: 10%, mediante la
escritura número 8, relacionada
en la inscripción 5ta de dominio.
Hipoteca en garantía de un pagaré a favor de Trust Mortgage
Corporation, o a su orden, por la
suma principal de $102,000.00,
con intereses al 4% anual, vencedero el día 1 de marzo de 2043,
constituida mediante la escritura
número 63, otorgada en San
Juan, Puerto Rico, el día 14 de
febrero de 2013, ante el notario
Juan Manuel Casanova Rivera, e
inscrita al folio 94 del tomo 555
de Yauco, finca número 9,134,
inscripción 6ta. El precio mínimo
de este remate con relación a la
Finca 9,134 antes descrita y la
fecha de cada subasta serán la
siguiente: PRIMERA SUBASTA:
23 DE ENERO DE 2017 A LAS
11:30 DE LA MAÑANA. PRECIO
MÍNIMO: $102,000.00. HIPOTECA: Escritura Número 63 sobre
Primera Hipoteca, otorgada el
14 de febrero de 2013 ante el
Notario Juan Manuel Casanova
Rivera. SEGUNDA SUBASTA:
30 DE ENERO DE 2017 A LAS
11:30 DE LA MAÑANA. PRECIO
MÍNIMO: $68,000.00. TERCERA SUBASTA: 6 DE FEBRERO
DE 2017 A LAS 11:30 DE LA
MAÑANA. PRECIO MÍNIMO:
$51,000.00. Los autos y todos
los documentos correspondientes al procedimiento incoado
estarán de manifiesto en la Secretaría del Tribunal durante las
horas laborables. Se entenderá
que todo licitador acepta como
bastante la titulación que se
transmite y que las cargas y gravámenes anteriores y las preferentes, si las hubiere, al crédito
del ejecutante, continuarán subsistentes, entendiéndose que el
rematante las acepta y queda
subrogado en la responsabilidad
de las mismas, sin destinarse a
su extinción el precio del remate.
Conforme a la Sentencia dictada
el día 17 de noviembre de 2015
y archivada en los autos el 10
de diciembre de 2015, la anterior
venta se hará para satisfacer las
sumas adeudadas por concepto
del préstamo garantizado por la
hipoteca antes mencionada y
las sumas que se mencionan a
continuación: La suma principal
de $98,808.78, más intereses a
razón de cuatro por ciento anual
(4.00%), desde el 1 de enero de
2015, que se acumulan diariamente hasta su total y completo
pago, más la suma de $86.84 por
cargos por mora, más la suma
de $10,200.00 por concepto
de costas, gastos y honorarios
de abogado hipotecariamente
asegurados. Se notifica por la
presente a los acreedores que
tengan inscritos o anotados sus
derechos sobre los inmuebles a
ser subastados con posterioridad
a la inscripción del gravamen del
ejecutante descrito anteriormente, o acreedores de cargas o
derechos reales que los hubieren
pospuesto al gravamen del actor y a los dueños, poseedores,
tenedores de o interesados en
títulos transmisibles por endoso
o al portador garantizado hipotecariamente con posterioridad
al gravamen del actor para que
puedan concurrir a la subasta si
así lo interesan o satisfacer antes
del remate el importe del crédito,
de sus intereses, costas y honorarios de abogado, quedando
subrogados en los derechos del
acreedor ejecutante. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá
libre de cargas y gravámenes
posteriores. Y, para conocimiento de licitadores, del público en
general, y para su publicación
de acuerdo con la ley en un periódico de circulación general de
la isla de Puerto Rico y en tres
sitios públicos del Municipio en
que ha de celebrarse la venta,
tales como la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía y vía correo
certificado con acuse de recibo
a la última dirección conocida de
la parte demandada, expido el
presente edicto bajo mi firma y el
sello de este Tribunal en Ponce,
Puerto Rico, hoy día 27 de julio
de 2016. PEDRO RODRÍGUEZ
LUGO PLACA - 369, ALGUACIL,
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE
27
Legal Notice
PONCE.
LEGAL NOTICE
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE
PUERTO RICO TRIBUNAL DE
PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE BAYAMÓN
BANCO POPULAR DE
PUERTO RICO
Parte Demandante Vs.
LA SUCESIÓN DE
MIGUEL ÁNGEL PÉREZ
GARCÍA
LA SUCESIÓN DE
NEREIDA LÓPEZ
ACEVEDO
COMPUESTA POR:
GILBERTO PÉREZ
LÓPEZ, LUIS PÉREZ
LÓPEZ, FULANO Y
MENGANO DE TAL COMO
POSIBLES HEREDEROS
DESCONOCIDOS
Parte Demandada
Civil Núm.: DCD2015-2561.
(702). Sobre: COBRO DE DINERO, EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA.
ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, EL PRESIDENTE DE
LOS ESTADOS UNIDOS, EL
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE
PUERTO RICO, SS. AVISO DE
PÚBLICA SUBASTA. El Alguacil que suscribe por la presente
anuncia y hace constar que en
cumplimiento de la Sentencia en
Rebeldía de fecha de 21 de junio
de 2016, la Orden de Ejecución
de Sentencia de 16 de agosto de
2016 y el Mandamiento de Ejecución del 31 de agosto de 2016 en
el caso de epígrafe, procederé a
vender el día 25 DE ENERO DE
2017, A LAS 1:30 DE LA TARDE
en mi oficina, localizada en el Tribunal de Primera Instancia, Centro Judicial de Bayamón, Sala
Superior, en la carretera #2 Km.
11.03, Esquina Esteban Padilla,
Bayamón, Puerto Rico, al mejor
postor en pago de contado y en
moneda de los Estados Unidos
de América todo título, derecho
o interés de la parte demandada sobre la siguiente propiedad:
URBANA: Solar marcado con el
número 12 bloque C de la Urbanización Monte Elena, radicado
en el Barrio Higuillar del término municipal de Dorado, Puerto
Rico, con un área de 366.76 metros cuadrados. En lindes por el:
NORTE: Con solar número 11 del
Bloque C, en 31.4060 metros lineales; SUR: Con el solar número 13 del Bloque C, en 31.4200
metros lineales; ESTE: Con la
estación de bomba del proyecto
en dos alineaciones que suman
18.324 metros; OESTE: Con
servidumbre a favor de la Puerto Rico Telephone Company de
1.50 metros y con la calle número 2 de la Urbanización en 13.00
metros lineales. Enclava una
casa. La propiedad y la escritura
de hipoteca constan inscritas al
Folio 211 del Tomo 236 de Dorado, Finca 11,023. Registro de
Bayamón, Sección IV. Inscripción
segunda. DIRECCIÓN FÍSICA:
URB. MONTE ELENA 344 CALLE BROMELIA (SOLAR 12 BLQ
C) DORADO, PR 00646-5624. El
tipo mínimo para la primera subasta será de $127,000.00. De
no haber adjudicación en la primera subasta se celebrará una
SEGUNDA SUBASTA, el día 1
DE FEBRERO DE 2017, A LAS
1:30 DE LA TARDE en el mismo
lugar, en la cual el tipo mínimo
será de dos terceras partes del
tipo mínimo fijado en la primera subasta, o sea, $84,666.66.
De no haber adjudicación en la
segunda subasta, se celebrará
una TERCERA SUBASTA el día
8 DE FEBRERO DE 2017 a LAS
1:30 DE LA TARDE, en el mismo
lugar, en la cual el tipo mínimo
será la mitad del precio pactado,
o sea, $63,500.00. Si se declarase desierta la tercera subasta,
se adjudicará la finca a favor
del acreedor por la totalidad de
la cantidad adeudada si ésta es
igual o menor que el monto del
tipo de la tercera subasta, si el tribunal lo estima conveniente. Se
abonará dicho monto a la cantidad adeudada si ésta es mayor.
Dicho remate se llevará a cabo
para con su producto satisfacer
a la demandante el importe de
la Sentencia en Rebeldía por la
suma de $110,735.58 de principal, intereses sobre dicha suma
al 5.95% anual desde el 1 de
marzo de 2015 hasta su completo pago, más $1,014.08 por concepto de recargos adeudados
desde el 1 de abril de 2015 hasta
su completo pago, más la cantidad estipulada de $12,700.00
para costas, gastos y honorarios
de abogados, así como cualquier
otra suma que contenga el contrato de préstamo. Surge del
Estudio de Título Registral que
sobre esta propiedad pesa el siguiente gravamen posterior a la
hipoteca que por la presente se
pretende ejecutar: Aviso de Demanda: Pleito seguido por Doral
Bank como agente de servicio
de Doral Financial Corporation
vs. Miguel Ángel Pérez García,
también conocido como Miguel
Pérez García y esposa Nereida
López Acevedo, ante el Tribunal
de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón, en el caso civil
D CD2008-1912, sobre Cobro de
Dinero y Ejecución de hipoteca,
en la que se reclama el pago
de hipoteca con un balance de
$124,323.27 y otras cantidades,
según Demanda de fecha 17 de
junio de 2000. Anotado al Folio
211 del Tomo 236 de Dorado.
Anotación A. Se notifica al acreedor posterior o a su sucesor o
cesionario en derecho para que
comparezca a proteger su derecho si así lo desea. Se le advierte
a los interesados que todos los
documentos relacionados con
la presente acción de ejecución
de hipoteca, así como los de Subasta, estarán disponibles para
ser examinados, durante horas
laborables, en el expediente del
caso que obra en los archivos de
la Secretaría del Tribunal, bajo
el número de epígrafe y para su
publicación en un periódico de
circulación general en Puerto
Rico por espacio de dos semanas y por lo menos una vez por
semana; y para su fijación en
Legal Notice
los sitios públicos requeridos
por ley. Se entenderá que todo
licitador acepta como bastante
la titularidad y que las cargas y
gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito
del ejecutante, continuarán subsistentes; entendiéndose que el
rematante los acepta y queda
subrogado en la responsabilidad
de los mismos, sin destinarse a
su extinción el precio del remate. Y para el conocimiento de los
demandados, de los acreedores
posteriores, de los licitadores,
partes interesadas y público en
general, EXPIDO para su publicación en los lugares públicos
correspondientes, el presente
Aviso de Pública Subasta en
Bayamón, Puerto Rico, hoy 24
de octubre de 2016. EDGARDO
E. VARGAS SANTANA, ALGUACIL, TRIBUNAL DE PRIMERA
INSTANCIA, SALA SUPERIOR
DE BAYAMÓN.
LEGAL NOTICE
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE
PUERTO RICO TRIBUNAL DE
PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE SAN JUAN
BANCO POPULAR DE
PUERTO RICO
Parte Demandante Vs.
ROLANDO JOSÉ GIL
Parte Demandada
Civil Núm.: KCD2016-1052.
(905). Sobre: COBRO DE DINERO EJECUCIÓN DE HIPOTECA
POR LA VÍA ORDINARIA. ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA,
EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS, EL ESTADO
LIBRE ASOCIADO DE PUERTO
RICO, SS. AVISO DE PÚBLICA
SUBASTA. El Alguacil que suscribe por la presente anuncia y
hace constar que en cumplimiento de la Sentencia dictada el 15
de agosto de 2016, la Orden de
Ejecución de Sentencia del 10 de
octubre de 2016 y el Mandamiento de Ejecución del 24 de octubre
de 2016 en el caso de epígrafe,
procederé a vender el día 25 DE
ENERO DE 2017, A LAS 11:00
DE LA MAÑANA en mi oficina, localizada en el Tribunal de Primera
Instancia Centro Judicial de San
Juan, Sala Superior, en la Avenida Muñoz Rivera, Esquina Coll
y Toste, Parada 37, San Juan,
Puerto Rico, al mejor postor en
pago de contado y en moneda de
los Estados Unidos de América
todo título, derecho o interés de
la parte demandada sobre la siguiente propiedad: URBANA: Solar con área superficial de 238.81
metros cuadrados, más o menos,
marcado con el número A-6 de la
Manzana MH, de la Urbanización
Caparra Terrace, que radica en
el Barrio Monacillos de la municipalidad de Río Piedras antes,
hoy San Juan, Puerto Rico, el
cual colinda por el: NORTE: En
9.60 metros, con la calle número
76 de la urbanización; SUR: En
9.50 metros, con el solar número
22 de la manzana MH; ESTE: En
25.00 metros, con el solar número 7 de la manzana MH; OESTE:
En 25.00 metros, con el solar
número 6B de la manzana MH.
Enclava una casa. Existe una
28
servidumbre por signo aparente
establecida por la corporación
vendedora en la pared que divide
los apartamentos A y B cuya pared continuaría sirviendo a ambos apartamentos y pertenecerá
en común proindiviso y en toda
su actual extensión y espesor a
los propietarios de ambos apartamentos. La propiedad consta
inscrita al Folio 99 del Tomo 387
de Monacillos, Finca #14,654.
Registro de la Propiedad de San
Juan, Sección III. La escritura de
hipoteca consta inscrita al Folio
69 del Tomo 925 de Monacillos,
Finca #14,654. Registro de la
Propiedad de San Juan, Sección
III. Inscripción décima. DIRECCIÓN FÍSICA: URB CAPARRA
TERRACE 1558 CALLE 16 SW
(SOLAR A6 MANZANA MH) SAN
JUAN, PR 00921-1435. El tipo
mínimo para la primera subasta
será de $107,000.00. De no haber adjudicación en la primera
subasta se celebrará una SEGUNDA SUBASTA, el día 01 DE
FEBRERO DE 2017, A LAS 11:00
DE LA MAÑANA en el mismo
lugar, en la cual el tipo mínimo
será de dos terceras partes del
tipo mínimo fijado en la primera subasta, o sea, $71,333.33.
De no haber adjudicación en la
segunda subasta, se celebrará
una TERCERA SUBASTA el día
08 DE FEBRERO DE 2017, A
LAS 11:00 DE LA MAÑANA en
el mismo lugar, en la cual el tipo
mínimo será la mitad del precio
pactado, o sea, $53,500.00. Si
se declarase desierta la tercera
subasta, se adjudicará la finca
a favor del acreedor por la totalidad de la cantidad adeudada
si ésta es igual o menor que el
monto del tipo de la tercera subasta, si el tribunal lo estima
conveniente. Se abonará dicho
monto a la cantidad adeudada si
ésta es mayor. Dicho remate se
llevará a cabo para con su producto satisfacer a la demandante
el importe de la Sentencia por
la suma de $97,306.44 de principal, más intereses sobre dicha
suma al 7.50% anual, desde el 1
de noviembre de 2015, hasta su
completo pago, más $359.07 por
recargos adeudados desde el día
1 de diciembre de 2015 hasta su
total pago, más la cantidad estipulada de $10,700.00 para costas, gastos y honorarios de abogados, así como cualquier otra
suma que contenga el contrato
del préstamo. Surge del Estudio
de Título Registral que sobre
esta propiedad pesan los siguientes gravámenes posteriores
a la hipoteca que por la presente
se pretende ejecutar: Hipoteca:
Constituida por Rolando José Gil,
en garantía de un pagaré a favor
de Beewee Mortgage Bankers
Corporation, o su orden, pro la
suma de $27,000.00, sus intereses al 10.25% anual y vencedero
el 1 de abril de 2018, según la
Escritura Número 30, otorgada
en San Juan, el 31 de marzo de
2008 ante la notaria Damarie Rosario González. Inscrita al Folio
69 del Tomo 925 de Monacillos.
Inscripción undécima. Se notifica al acreedor posterior o a su
sucesor o cesionario en derecho
The San Juan Daily Star
Wednesday, December 21, 2016
para que comparezca a proteger
su derecho si así lo desea. Se le
advierte a los interesados que todos los documentos relacionados
con la presente acción de ejecución de hipoteca, así como los
de Subasta, estarán disponibles
para ser examinados, durante
horas laborables, en el expediente del caso que obra en los archivos de la Secretaría del Tribunal,
bajo el número de epígrafe y
para su publicación en un periódico de circulación general en
Puerto Rico por espacio de dos
semanas y por lo menos una vez
por semana; y para su fijación
en los sitios públicos requeridos
por ley. Se entenderá que todo
licitador acepta como bastante
la titularidad y que las cargas y
gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito
del ejecutante, continuarán subsistentes; entendiéndose que el
rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de
los mismos, sin destinarse a su
extinción el precio del remate y
que la propiedad a ser ejecutada
se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores tal como lo
expresa la Ley Núm. 210-2015.
Y para el conocimiento de los
demandados, de los acreedores
posteriores, de los licitadores,
partes interesadas y público en
general, EXPIDO para su publicación en los lugares públicos
correspondientes, el presente
Aviso de Pública Subasta en San
Juan, Puerto Rico, hoy 10 de
noviembre de 2016. GLORIMAR
GONZÁLEZ AYALA, ALGUACIL,
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE
SAN JUAN.
LEGAL NOTICE
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE
PUERTO RICO TRIBUNAL DE
PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE TOA ALTA
BANCO POPULAR DE
PUERTO RICO
Parte Demandante Vs.
MOISÉS ANDALUZ
BÁEZ, RIXY CATALINA
CRUZ GARCÍA Y LA
SOCIEDAD LEGAL
DE GANANCIALES
COMPUESTA POR
AMBOS; AEROPAJITA
RIVERA ROSADO
Parte Demandada
Civil Núm.: CD14-1345. Sobre:
COBRO DE DINERO, EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA
VÍA ORDINARIA. ESTADOS
UNIDOS DE AMÉRICA, EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS
UNIDOS, EL ESTADO LIBRE
ASOCIADO DE PUERTO RICO,
SS. AVISO DE PÚBLICA SUBASTA. El Alguacil que suscribe
por la presente anuncia y hace
constar que en cumplimiento de
la Sentencia en Rebeldía con fecha de 17 de febrero de 2016, la
Orden de Ejecución de Sentencia
de 19 de septiembre de 2016 y el
Mandamiento de Ejecución de 7
de octubre de 2016 en el caso
de epígrafe, procederé a vender
el día 25 DE ENERO DE 2017,
A LAS 10:30 DE LA MAÑANA en
mi oficina, localizada en el Tribunal de Primera Instancia, Centro
Judicial de Toa Alta, Sala Superior, Bo. Contorno, Calle Muñoz
Rivera (al lado del Cuartel de la
Policía), Toa Alta, Puerto Rico, al
mejor postor en pago de contado y en moneda de los Estados
Unidos de América todo título,
derecho o interés de la parte demandada sobre la siguiente propiedad: URBANA: Solar marcado
con el número 34 del bloque J de
la Urbanización Toa Alta Heights,
localizado en el Barrio Piñas y
Mucarabones del término municipal de Toa Alta, Puerto Rico,
con una cabida de 182.00 metros cuadrados. En lindes por el:
NORTE: Con la calle número 3,
en una distancia de 7.00 metros;
SUR: Con el solar número 3 del
mismo bloque, en una distancia
de 7.00 metros; ESTE: Con el solar número 33 del mismo bloque,
en una distancia de 26.00 metros.
OESTE: Con el solar número 35
del mismo bloque, en una distancia de 26.00 metros. Enclava una
casa. La propiedad consta inscrita al Folio 154 del Tomo 125 de
Toa Alta. Finca #6,032. Registro
de la Propiedad de Bayamón,
Sección III. La escritura de hipoteca consta inscrita al Folio 157
del Tomo 125 de Toa Alta. Registro de la Propiedad de Bayamón,
Sección III. Inscripción cuarta.
DIRECCIÓN FÍSICA: URB TOA
ALTA HEIGHTS J34 CALLE 3
TOA ALTA, PR 00953-4231. El
tipo mínimo para la primera subasta será de $36,800.00. De no
haber adjudicación en la primera
subasta se celebrará una SEGUNDA SUBASTA, el día 1RO
DE FEBRERO DE 2017, A LAS
10:30 DE LA MAÑANA en el mismo lugar, en la cual el tipo mínimo será de dos terceras partes
del tipo mínimo fijado en la primera subasta, o sea, $24,533.33.
De no haber adjudicación en la
segunda subasta, se celebrará una TERCERA SUBASTA el
día 8 DE FEBRERO DE 2017,
A LAS 10:30 DE MAÑANA, en
el mismo lugar, en la cual el tipo
mínimo será la mitad del precio
pactado, o sea, $18,400.00. Si
se declarase desierta la tercera
subasta, se adjudicará la finca a
favor del acreedor por la totalidad
de la cantidad adeudada si ésta
es igual o menor que el monto
del tipo de la tercera subasta, si
el tribunal lo estima conveniente. Se abonará dicho monto a
la cantidad adeudada si ésta es
mayor. Dicho remate se llevará a
cabo para con su producto satisfacer a la demandante el importe de la Sentencia en Rebeldía
por la suma de $16,225.32 de
principal, intereses sobre dicha
suma al 8.50% anual desde el 1
de marzo de 2014 hasta su completo pago, más $13.08 mensual
por seguros contra riesgos, mas
$14.20 mensual por concepto de
recargos por demora adeudados
desde el día 1 de abril de 2014
hasta su total pago, y hasta la
cantidad estipulada de $3,680.00
para costas, gastos y honorarios
de abogados, así como cualquier
otra suma que contenga el con-
trato de préstamo. Se le advierte
a los interesados que todos los
documentos relacionados con
la presente acción de ejecución
de hipoteca, así como los de Subasta, estarán disponibles para
ser examinados, durante horas
laborables, en el expediente del
caso que obra en los archivos de
la Secretaría del Tribunal, bajo
el número de epígrafe y para su
publicación en un periódico de
circulación general en Puerto
Rico por espacio de dos semanas y por lo menos una vez por
semana; y para su fijación en
los sitios públicos requeridos
por ley. Se entenderá que todo
licitador acepta como bastante
la titularidad y que las cargas y
gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito
del ejecutante, continuarán subsistentes; entendiéndose que el
rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de
los mismos, sin destinarse a su
extinción el precio del remate y
que la propiedad a ser ejecutada
se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores tal como lo
expresa la Ley Núm. 210-2015.
Y para el conocimiento de los
demandados, de los acreedores
posteriores, de los licitadores,
partes interesadas y público en
general, EXPIDO para su publicación en los lugares públicos
correspondientes, el presente
Aviso de Pública Subasta en Toa
Alta, Puerto Rico, hoy 26 de octubre de 2016. ÁNGEL VÁZQUEZ,
ALGUACIL #731, TRIBUNAL DE
PRIMERA INSTANCIA, SALA
SUPERIOR DE TOA ALTA.
LEGAL NOTICE
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE
PUERTO RICO TRIBUNAL DE
PRIMERA INSTANCIA SALA DE
HUMACAO
ORIENTAL BANK
Demandante Vs.
SANDRA
NIEVES BURGOS
Demandada
Civil Núm.: HSCI2016-00403.
Sobre: COBRO DE DINERO Y
EJECUCIÓN DE HIPOTECA.
LOS ESTADOS UNIDOS DE
AMÉRICA, EL PRESIDENTE DE
LOS EE.UU., EL ESTADO LIBRE
ASOCIADO DE P.R., SS. AVISO
DE PÚBLICA SUBASTA. El que
suscribe, Alguacil del Tribunal de
Primera Instancia, Sala de HUMACAO, hago saber a la parte
demandada SANDRA NIEVES
BURGOS, y al PÚBLICO EN
GENERAL; que en cumplimiento
del Mandamiento de Ejecución
de Sentencia expedido el 11
de agosto de 2016, por la Secretaría del Tribunal, procederé
a vender y venderé en pública
subasta por el precio mínimo de
$122,100.00 y al mejor postor
la propiedad que se describe a
continuación: El inmueble gravado mediante la hipoteca antes
descrita es: RÚSTICA: Solar Dos
(2). Solar radicado en el Barrio
Montones del término municipal
de Las Piedras, Puerto Rico, con
una cabida superficial de CUATROCIENTOS SETENTA Y UN
METROS CUADRADOS (471.00
M.C.). En lindes por el NORTE,
en dos (2) alineaciones descontinuadas una de veintidós punto
cincuenta metros (22.50 m.) con
un solar segregado y la otra de
siete metros (7.00 m.) con el solar número uno (1) a segregarse
de la finca principal; por el SUR,
en treinta y un metros (31.00
m.) con la finca principal de la
cual se segrega; por el ESTE,
en treinta metros (30.00 m.) con
terrenos de Domingo Rodríguez;
por el OESTE, en dos (2) alineaciones descontinuadas, una de
dieciocho metros (18.00 m.) con
un solar segregado y la otra de
doce metros (12.00 m.) con una
carretera municipal. Las partes
manifiestan que el solar antes
descrito enclava una estructura
para fines residenciales. Inscrito al folio 232 del tomo 105 de
Las Piedras, finca número 5,165,
Registro de la Propiedad de
Humacao. La finca antes descrita se encuentra afecta a los
siguientes gravámenes: HIPOTECA en garantía de pagaré a
favor de Oriental Bank and Trust,
o a su orden, por la suma de
$122,100.00, intereses al 4.50%
anual y vencimiento el l de mayo
de 2041. Constituida por la escritura 100 otorgada en Caguas
el 6 de mayo de 2011 ante el
notario Javier Montalvo Cintrón,
inscrita al folio 68 del tomo 287
de Las Piedras, inscripción 9na.
(465/905). DOCUMENTOS PRESENTADOS: Al asiento 1492 del
diario 925 se presentó el 12 de
junio de 2015, la escritura 128
de Cancelación Parcial y Modificación de Hipoteca otorgada en
San Juan el 7 de mayo de 2015
ante el notario Luis Yamil Rodríguez San Miguel; por la cual se
CANCELA PARCIALMENTE la
hipoteca por $122,100,00 que
grava esta propiedad en la suma
de $894.00 y se MODIFICA su
interés, siendo el nuevo principal
por $121,206,00 con intereses al
3.75% anual. La hipoteca objeto de esta ejecución es la que
ha quedado descrita en los incisos (i) y (ii). Será celebrada la
subasta para con el importe de
la misma, la parte demandante
pueda cobrar su acreencia, a
saber, $119,597.36 de principal,
intereses al 3.75% desde el día
1 de octubre de 2015; intereses
vencidos; gastos por demora
y $12,210.00 estipulados para
costas, gastos y honorarios de
abogado, más cualquier otro
desembolso que haya efectuado
o efectúe la parte demandante
durante la tramitación de este
caso para otros adelantos de
conformidad con el Contrato
Hipotecario, incluyendo primas
de seguro de hipoteca, prima de
seguro de siniestro y cargos por
demora. La PRIMERA SUBASTA
será celebrada el día 12 DE ENERO DE 2017 A LAS 10:15 DE LA
MAÑANA, en la oficina del Alguacil, sita en el Tribunal de Primera
Instancia, Sala de Humacao,
Puerto Rico. Servirá de tipo mínimo para la misma la cantidad de
$122,100.00, sin admitirse oferta
inferior. De no haber remate ni
adjudicación, celebraré SEGUNDA SUBASTA el día 19 DE ENE-
RO DE 2017 A LAS 10:15 DE LA
MAÑANA, en el mismo lugar, en
la que servirá como tipo mínimo,
dos terceras (2/3) partes del precio pactado para la primera subasta, o sea, $81,400.00. Si no
hubiese remate ni adjudicación
en la segunda subasta, celebraré TERCERA SUBASTA el día 26
DE ENERO DE 2017 A LAS 10:15
DE LA MAÑANA, en el mismo
lugar en la que regirá como tipo
mínimo, la mitad del precio pactado para la primera subasta, o
sea, $61,050.00. El Alguacil que
suscribe hizo constar que toda
licitación deberá hacerse para
pagar su importe en moneda
legal de los Estados Unidos de
América, en efectivo; cheque
certificado o giro postal a nombre del Alguacil del Tribunal, de
acuerdo con la Ley y de acuerdo
con lo anunciado en este Aviso
de Subasta. Que se entenderá
que todo licitador acepta como
bastante la titularidad y que las
cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante
continuarán subsistentes. Se
entenderá, que el rematante los
acepta y queda subrogado en la
responsabilidad de los mismos,
sin destinarse a su extinción el
precio del remate. Que los autos
y todos los documentos correspondientes al procedimiento incoado estarán de manifiesto en
la secretaría del tribunal durante
las horas laborables. Se entiende que cualquier carga y/o gravamen anterior y/o preferente,
si la hubiere al crédito que da
base a esta ejecución continuará subsistente, entendiéndose,
además, que el rematante los
acepta y queda subrogado en la
responsabilidad de los mismos,
sin destinarse a su extinción
cualquier parte del remanente
del precio de licitación. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes
posteriores. Por la presente se
notifica a los acreedores que
tengan inscritos o anotados sus
derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la
inscripción del crédito del ejecutante, o acreedores de cargos o
derechos reales que los hubiesen pospuestos al gravamen del
actor y a los dueños poseedores,
tenedores de, o interesados en
título trasmisible por endoso al
portador garantizados hipotecariamente con posterioridad al
crédito del actor, y con los cuales
no hubiese tenido el efecto la notificación del escrito inicial y del
Mandamiento de requerimiento
de pago para que puedan concurrir a la subasta si les conviene
o satisficiera antes del remate el
importe del crédito de sus intereses, costas y honorarios de abogados, asegurados quedando
subrogados en los derechos del
acreedor ejecutante. Vendida o
adjudicada la finca o derecho hipotecado y consignado el precio
correspondiente, una vez confirmada la venta o adjudicación, el
alguacil que celebró la subasta
procederá a otorgar la correspondiente escritura pública de
traspaso en representación del
dueño o titular de los bienes hipotecados, ante el notario que
elija el adjudicatario o comprador, quien deberá abonar el importe de tal escritura. El alguacil
pondrá en posesión judicial al
nuevo dueño, si así se lo solicita dentro del término de sesenta
(60) días a partir de la confirmación de la venta o adjudicación.
Si transcurren los referidos sesenta (60) días, el tribunal podrá
ordenar, sin necesidad de ulterior
procedimiento, que se lleve a
efecto el desalojo o lanzamiento del ocupante u ocupantes de
la finca o de todos los que por
orden o tolerancia del deudor la
ocupen. Y PARA CONOCIMIENTO DE LOS LICITADORES Y DEL
PÚBLICO EN GENERAL y para
su publicación de acuerdo con
la Ley, expido el presente Edicto bajo mi firma y sello de este
Tribunal. En HUMACAO, Puerto
Rico, hoy 18 de agosto de 2016.
MARÍA DEL PILAR RIVERA RIVERA, ALGUACIL REGIONAL.
SONIA GUASP LOZA, ALGUACIL AUXILIAR #653.
LEGAL NOTICE
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE
PUERTO RICO TRIBUNAL DE
PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE BAYAMON.
DLJ MORTGAGE
CAPITAL, INC.
Demandante Vs.
MANUEL ANTONIO
MORALES HUERTAS
TAMBIÉN CONOCIDO
COMO MANUEL A.
MORALES HUERTAS Y
SU ESPOSA ANA MARY
SALAZAR RODRIGUEZ
TAMBIÉN CONOCIDA
COMO ANA SALAZAR
RODRIGUEZ Y LA
SOCIEDAD LEGAL DE
BIENES GANANCIALES
COMPUESTA POR
AMBOS
Demandados
Civil Núm.: DCD2009-3312.
(503). Sobre: EJECUCIÓN DE
HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA “IN REM”. EDICTO DE
SUBASTA.
AL: PÚBLICO EN
GENERAL
A: MANUEL ANTONIO
MORALES HUERTAS,
TAMBIÉN CONOCIDO
COMO MANUEL A.
MORALES HUERTAS Y
SU ESPOSA ANA MARY
SALAZAR RODRIGUEZ,
TAMBIÉN CONOCIDA
COMO ANA SALAZAR
RODRIGUEZ Y LA
SOCIEDAD LEGAL DE
BIENES GANANCIALES
COMPUESTA POR
AMBOS.
Yo, JORGE CAMPUSANO, Alguacil de este Tribunal, a la parte
demandada y a los acreedores
y personas con interés sobre la
propiedad que más adelante se
The San Juan Daily Star
describe, y al público en general,
HAGO SABER: Que el día 11 DE
ENERO DE 2017, A LAS 9:30 DE
LA MAÑANA en mi oficina, sita
en el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón,
Bayamón, Puerto Rico, venderé
en Pública Subasta la propiedad
inmueble que más adelante se
describe y cuya venta en pública subasta se ordenó por la vía
ordinaria al mejor postor quien
hará el pago en dinero en efectivo, giro postal o cheque certificado a nombre del o la Alguacil del
Tribunal de Primera Instancia, en
el mismo acto de subasta y tan
pronto se conceda la buena pro
al postor agraciado. Los autos y
todos los documentos correspondientes al procedimiento incoado,
estarán de manifiesto en la Secretaría del Tribunal de Bayamón
durante horas laborables. Que en
caso de no producir remate ni adjudicación en la primera subasta
a celebrarse, se celebrará una
SEGUNDA SUBASTA para la
venta de la susodicha propiedad,
el día 18 DE ENERO DE 2017 ,
A LAS 9:30 DE LA MAÑANA; y
en caso de no producir remate ni
adjudicación, se celebrará una
TERCERA SUBASTA el día 25
DE ENERO DE 2017, A LAS 9:30
DE LA MAÑANA en mi oficina
sita en el lugar antes indicado.
La propiedad a venderse en pública subasta se describe como
sigue: URBANA: Solar marcado
con el número Mil Setecientos
Setenta (1770) del Bloque Y de
la Urbanización Levittown, radicada en el Barrio Sabana Seca
del término municipal de Toa
Baja, Puerto Rico, con una cabida de Doscientos Treinta y Dos
punto Cincuenta y Tres (232.53)
Metros Cuadrados. En lindes por
el NORTE, en Diez punto Once
(10.11) metros, con el Paseo Público ; por el SUR, en Diez punto
Once (10.11) metros, con el Paseo Dosel; por el ESTE, en Veintitrés (23.00) metros, con el Solar
Número Mil Setecientos Setenta
y Uno (1771); y por el OESTE,
en Veintitrés (23.00) metros, con
el Solar Número Mil Setecientos
Sesenta y Nueve (1769). Enclava
una casa de concreto para una
familia. La escritura de hipoteca
se encuentra inscrita al folio 128
del tomo 609 de Toa Baja, Registro de la Propiedad de Bayamón,
Sección Segunda, finca número
3,950, inscripción quinta. La dirección física de la propiedad
antes descrita es: Urbanización
Levittown, Paseo Dosel, Y-1770,
Toa Baja, Puerto Rico. La subasta se llevará a efecto para satisfacer a la parte demandante la
suma de $76,271.75 de principal,
intereses al 6 1/8 % anual, desde el día 1ro. de septiembre de
2009, hasta su completo pago,
más la cantidad de $8,000.00
estipulada para costas, gastos y
honorarios de abogado, más recargos acumulados, todas cuyas
sumas están líquidas y exigibles.
Que la cantidad mínima de licitación en la primera subasta para
el inmueble será de $80,000.00
y de ser necesaria una segunda
subasta, la cantidad mínima será
equivalente a 2/3 partes de aque-
Wednesday, December 21, 2016
lla, o sea, la suma de $53,333,33
y de ser necesaria una tercera
subasta, la cantidad mínima será
la mitad del precio pactado, es
decir, la suma de $40,000.00.
De declararse desierta la tercera
subasta se adjudicará la finca a
favor del acreedor por la totalidad
de la cantidad adeudada si esta
es igual o menor que el monto
del tipo de la tercera subasta, si
el Tribunal lo estima conveniente. Se abonará dicho monto a
la cantidad adeudada si esta es
mayor. La propiedad se adjudicará al mejor postor, quien deberá
satisfacer el importe de su oferta
en moneda legal y corriente de
los Estados Unidos de América
en el momento de la adjudicación
y que las cargas y gravámenes
preferentes, si los hubiese, continuarán subsistentes, entendiéndose que el rematante los
acepta y queda subrogado en la
responsabilidad de los mismos,
sin destinarse a su extinción el
precio del remate. La propiedad
a ser vendida en pública subasta se adquirirá libre de cargas
y gravámenes posteriores. EN
TESTIMONIO DE LO CUAL,
expido el presente Edicto para
conocimiento y comparecencia
de los licitadores, bajo mi firma
y sello del Tribunal, en Bayamón,
Puerto Rico, a 9 de diciembre de
2016. JORGE CAMPUSANO,
ALGUACIL TRIBUNAL, SALA
SUPERIOR DE BAYAMÓN.
LEGAL NOTICE
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE
PUERTO RICO TRIBUNAL DE
PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE BAYAMÓN
SCOTIABANK DE
PUERTO RICO
Demandante Vs.
CARMEN ANA
MELENDEZ MARRERO,
TAMBIÉN CONOCIDA
COMO CARMEN
MELENDEZ DE SERRANO
Demandada
Civil Núm.: DCD2015-0403.
(601). Sobre: COBRO DE DINERO (EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA).
EDICTO DE SUBASTA.
AL: PÚBLICO EN
GENERAL.
A: CARMEN ANA
MELENDEZ MARRERO,
TAMBIÉN CONOCIDA
COMO CARMEN
MELENDEZ DE
SERRANO.
Yo, JORGE CAMPUSANO, Alguacil de este Tribunal, a la parte
demandada y a los acreedores
y personas con interés sobre la
propiedad que más adelante se
describe, y al público en general,
HAGO SABER: Que el día 24 DE
ENERO DE 2017 A LAS 9:30 DE
LA MAÑANA en mi oficina, sita
en el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón,
Bayamón, Puerto Rico, venderé
en Pública Subasta la propiedad inmueble que más adelante se describe y cuya venta en
pública subasta se ordenó por
la vía ordinaria al mejor postor
quien hará el pago en dinero en
efectivo, giro postal o cheque
certificado a nombre del o la Alguacil del Tribunal de Primera
Instancia. Los autos y todos los
documentos correspondientes al
procedimiento incoado, estarán
de manifiesto en la Secretaría
del Tribunal de Bayamón durante
horas laborables. Que en caso
de no producir remate ni adjudicación en la primera subasta
a celebrarse, se celebrará una
SEGUNDA SUBASTA para la
venta de la susodicha propiedad,
el día 31 DE ENERO DE 2017,
A LAS 9:30 DE LA MAÑANA; y
en caso de no producir remate ni
adjudicación, se celebrará una
TERCERA SUBASTA el día 7 DE
FEBRERO DE 2017, A LAS 9:30
DE LA MAÑANA en mi oficina
sita en el lugar antes indicado. La
propiedad a venderse en pública
subasta se describe como sigue:
URBANA: Parcela de terreno localizada en la Urbanización San
Demetrio del término municipal
de Vega Baja, Puerto Rico, identificada con el número Cuatro (4)
del Bloque “G”, con un área de
TRESCIENTOS
CINCUENTA
(350.00) METROS CUADRADOS. En lindes por el NORTE,
en CATORCE (14.00) METROS,
con la Calle número Tres (3); por
el SUR, en CATORCE (14.00)
METROS, con el solar número
Quince (15); por el ESTE, en
VEINTICINCO (25.00) METROS,
con el solar número Tres (3); y
por el OESTE, en VEINTICINCO (25.00) METROS, con el
solar número Cinco (5). Enclava
una casa de concreto reforzado
y bloques de concreto, de una
sola planta diseñada para fines
residenciales. La escritura de
hipoteca se encuentra inscrita
al folio 89 del tomo 125 de Vega
Baja, Registro de la Propiedad
de Bayamón, Sección Cuarta,
finca número 5,997, inscripción
cuarta. Modificada la hipoteca de
la inscripción cuarta, por la suma
de $75,000.00, se amplía a la
suma de $3,527.73, para un nuevo principal de $78,527.23, ampliada por la suma de $3,527.73,
con intereses por los primeros
60 meses al 3.000% y por los
siguientes 339 meses al 3.430%
y vencedero el día 1ro. de julio
de 2046, mediante la escritura
número 150, otorgada en San
Juan, Puerto Rico, el día 29 de
abril de 2013, ante el Notario
Público José Rubén Vélez Marrero, presentada y pendiente de
inscripción el día 13 de mayo de
2013, al asiento 889 del diario
282 de Vega Baja, Registro de la
Propiedad de Bayamón, Sección
Cuarta, finca 5,997. La subasta
se llevará a efecto para satisfacer
a la parte demandante la suma
de $76,653.42 de principal, interés al 3.000% anual, desde el día
30 de abril de 2018, y al 3.430%
anual hasta su completo pago,
más la cantidad de $7,500.00 estipulada para costas, gastos y honorarios de abogado, y recargos
acumulados, todas cuyas sumas
están líquidas y exigibles. Que la
cantidad mínima de licitación en
la primera subasta para el inmue-
ble será la suma de $75,000.00
y de ser necesaria una segunda
subasta, la cantidad mínima será
equivalente a 2/3 partes de aquella, o sea, la suma de $50,000.00
y de ser necesaria una tercera
subasta, la cantidad mínima será
la mitad del precio pactado, es
decir, la suma de $37,500.00. La
propiedad se adjudicará al mejor
postor, quien deberá satisfacer el
importe de su oferta en moneda
legal y corriente de los Estados
Unidos de América en el momento de la adjudicación y que todo
licitador acepta como bastante
la titularidad y que las cargas y
gravámenes preferentes, si los
hubiese, al crédito del ejecutante
continuarán subsistentes, entendiéndose que el rematante los
acepta y queda subrogado en la
responsabilidad de los mismos,
sin destinarse a su extinción el
precio del remate. La propiedad
a ser ejecutada se adquirirá libre
de cargas y gravámenes posteriores. EN TESTIMONIO DE LO
CUAL, expido el presente Edicto
para conocimiento y comparecencia de los licitadores, bajo
mi firma y sello del Tribunal, en
Bayamón, Puerto Rico, a 12
de diciembre de 2016. JORGE
CAMPUSANO, ALGUACIL DEL
TRIBUNAL, SALA SUPERIOR
DE BAYAMÓN.
LEGAL NOTICE
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE
PUERTO RICO TRIBUNAL DE
PRIMERA INSTANCIA SALA DE
BAYAMÓN
BANCO POPULAR DE
PUERTO RICO, COMO
AGENTE DE SERVICIO
DE MASSACHUSSETS
MUTUAL LIFE INS.CO.
Demandante V.
LIZETTE OJEDA MÁTOS,
T/C/C CARMEN LIZETTE
OJEDA MÁTOS
Demandada
Civil Núm.: DCD2015-1214.
(503). Sobre: COBRO DE DINERO - EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA.
ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, EL PRESIDENTE DE LOS
ESTADOS UNIDOS, ESTADO
LIBRE ASOCIADO DE PUERTO
RICO, SS. AVISO DE SUBASTA.
Yo, EDGARDO E. VARGAS SANTANA, Alguacil del Tribunal de
Primera Instancia, Sala de Bayamón, notifico a los demandados,
público en general y personas
con algún interés, que cumpliré
con un Mandamiento librado por
el Secretario del Tribunal de epígrafe, el 14 de julio de 2016, para
satisfacer la Sentencia dictada el
16 de febrero de 2016, notificada el 22 de febrero de 2016. En
dicha Sentencia se condena a la
parte demandada a satisfacer la
suma de $69,451.90, adeudada
al 1ro de diciembre de 2014, más
las costas, gastos, honorarios de
abogado; y demás créditos accesorios garantizados hipotecariamente. Conforme a lo anterior,
venderé en pública subasta, al
mejor postor en pago de contado
y en moneda del curso legal de
los Estados Unidos de América,
todo derecho, título e interés que
hayan tenido tengan o puedan
tener los deudores demandados
en cuanto al bien inmueble que
ubica Bo. Amelia, 4 Calle Coll y
Toste, Guaynabo, Puerto Rico,
que se describe a continuación:
URBANA: Solar marcado con el
número 30 de la Manzana “B”
del Plano Preparado por La Autoridad Sobre Hogares de Puerto
Rico, hoy La Corporación de Renovación Urbana y Vivienda de
Puerto Rico, para su proyecto de
solares denominado PRHA-11,
radicado en el Barrio Pueblo Viejo, Amelia del término municipal
de Guaynabo, Puerto Rico, con
una cabida superficial de 274.98
metros cuadrados. En lindes por
el NORTE, con solar número
B-31 de la mencionada Urbanización, en 22.90 metros; por el
SUR, con solar número B-29 de
dicho Proyecto, en 22.82 metros;
por el ESTE, con el solar número
B-37 de dicha Urbanización, en
12.03 metros y por el OESTE,
con la servidumbre de paso, de
la Calle número 16 del mencionado Proyecto PRHA-11, en
12.03 metros. Inscrito al folio 37
del tomo 115 de Guaynabo, finca
número #9,722 Registro de la
Propiedad de Puerto Rico, Sección de Guaynabo. El tipo mínimo para la subasta será la suma
de $86,452.00. De declararse la
subasta desierta, y de celebrarse una segunda subasta, el tipo
mínimo será dos terceras (2/3)
partes del tipo mínimo establecido para la primera subasta, el
cual asciende a $57,634.66. Si
tampoco hubiere remate ni adjudicación en la segunda subasta,
regirá como tipo mínimo de la
tercera subasta la mitad (1/2)
del tipo mínimo pactado para la
primera subasta el cual asciende
a $43,226.00. Si se declarase
desierta la tercera subasta se
dará por terminado el procedimiento, pudiendo adjudicarse el
bien subastado a opción del demandante. Art. 221 de la Ley Hipotecaria, 30 L.P.R.A. sec. 2721.
La cantidad adeudada según la
Sentencia, asciende a la suma
de $69,451.90, adeudada al 1ro
de diciembre de 2014; la cual
se desglosa en: $58,017.30 por
concepto de principal; $604.48
por concepto de intereses acumulados, $1,316.80 por concepto de cargos por demora los
cuales al igual que los intereses
continúan acumulándose hasta
el saldo total de la deuda reclamada en este pleito; $868.12 por
concepto de ‘’Escrow Advances’’
y la suma $8,645.20 para costas,
gastos y honorarios de abogado;
y demás créditos accesorios garantizados hipotecariamente. La
PRIMERA SUBASTA se llevará
a cabo el día 11 DE ENERO
DE 2017, A LA(S) 10:30 DE LA
MAÑANA. De declararse desierta, se llevará a efecto una
SEGUNDA SUBASTA el día 18
DE ENERO DE 2017, A LA(S)
10:30 DE LA MAÑANA. De declararse desierta, se llevará a
cabo una TERCERA SUBASTA
el día 25 DE ENERO DE 2017,
A LA(S) 10:30 DE LA MAÑANA.
La subasta o subastas antes in-
dicadas se llevarán a efecto en
mi oficina, localizada en el Tribunal de Primera Instancia, Sala
de Bayamón. Se le advierte a
los postores o licitadores que la
adjudicación del bien inmueble a
subastarse se hará al mejor postor o licitador victorioso, quien
deberá consignar el importe de
su oferta en el mismo acto de la
adjudicación, en moneda de curso legal de los Estados Unidos
de Norteamérica. Se entenderá
que todo licitador acepta como
bastante la titulación y que las
cargas y gravámenes anteriores
y los preferentes, si los hubiere
al crédito de ejecutante, continuarán subsiguientes entendiéndose que el rematante los acepta
y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio
del remate. Con el producto que
se obtenga de la subasta se le
pagará a la parte demandante
el importe de la Sentencia hasta
donde alcance, y se pondrá al
adjudicatario o licitador victorioso en posesión de la propiedad
subastada, libre de cargas y
gravámenes posteriores, dentro
del término de sesenta (60) días
a partir de celebrada la subasta
conforme al Artículo 112 de la ley
210 del 8 de diciembre de 2015.
Para cumplir con lo anterior, el
Alguacil queda facultado, de ser
necesario, para romper candados y cerraduras que impidan el
acceso a la propiedad subastada. Todos los interesados quedan notificados de que todos los
documentos relacionados con la
presente acción de ejecución de
hipoteca, así como la de la subasta, estarán disponibles para
ser examinados en la Secretaría
del Tribunal. Para conocimiento de la parte demandada y de
toda(s) aquella(s) persona(s)
que tengan interés inscrito con
posterioridad a la inscripción del
gravamen que se está ejecutando, y para conocimiento de los
licitadores y el público en general, y para su publicación en un
periódico de circulación general,
una vez por semana durante
el término de dos (2) semanas
consecutivas con un intervalo
de por lo menos siete (7) días
entre ambas publicaciones, y
para su fijación en tres (3) lugares públicos del municipio en
que ha de celebrarse la venta,
tales como, la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía, así como
en la Colecturía más cercana al
lugar de residencia de la parte
demandada, cuando ésta fuera
conocida, y se le notificara además a la parte demandada vía
correo certificado con acuse de
recibo a la última dirección conocida. Y para conocimiento de los
demandados, de los acreedores
posteriores, de los licitadores,
partes interesadas y público en
general, expido el presente Aviso para su publicación en los
lugares públicos correspondientes. Librado en Bayamón, Puerto Rico, a 13 de septiembre de
2016. EDGARDO E. VARGAS
SANTANA, ALGUACIL, TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA,
SALA DE BAYAMÓN.
29
Legal Notice
LEGAL NOTICE
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE
PUERTO RICO TRIBUNAL DE
PRIMERA INSTANCIA SALA DE
GUAYNABO
BANCO POPULAR DE
PUERTO RICO, INC.
Demandante V.
JOSÉ ENRIQUE BRISTOL
BÁEZ, T/C/C JOEY
BRISTOL BÁEZ, T/C/C
JOSÉ BRESTOL BÁEZ,
MARÍA MERCED APONTE
Demandados
Civil Núm.: D2CD2015-0291.
(201). Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA.
ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, EL PRESIDENTE DE LOS
ESTADOS UNIDOS, ESTADO
LIBRE ASOCIADO DE PUERTO
RICO, SS. AVISO DE SUBASTA.
Yo, ROBERTO ROSARIO QUIÑONES, Alguacil del Tribunal de
Primera Instancia, Sala de Guaynabo, notificó a los demandados,
público en general y personas
con algún interés, que cumpliré
con un Mandamiento librado por
el Secretario del Tribunal de epígrafe, el 7 de octubre de 2016,
para satisfacer la Sentencia dictada el 9 de mayo de 2016, la
cual fue notificada y archivada en
autos 12 de mayo de 2016. En
dicha Sentencia se condena a la
parte demandada a satisfacer la
suma de $50,392.34 adeudada
al 1ro de abril de 2015, más los
intereses que se acumulen hasta
el saldo total de la deuda y demás créditos accesorios garantizados hipotecariamente. Conforme a lo anterior, venderé en
pública subasta, al mejor postor
en pago de contado y en moneda del curso legal de los Estados
Unidos de América, todo derecho, título e interés que hayan
tenido tengan o puedan tener los
deudores demandados en cuanto al bien inmueble que ubica en:
Carr. 174, Km 14.0, Sonadora
Llana, Guaynabo, Puerto Rico,
que se describe a continuación:
RUSTICA: En el Barrio Sonadora
de Guaynabo, con una cuerda,
más o menos. Colindando por
el NORTE y SUR, con Sucesión
Manuel Arvelo; por el ESTE, con
Sucesión de Manuel Arvelo y por
el punto también la Sucesión
Camacho y a esas partes de Manuel Arvelo es hoy, su Sucesión;
por el ESTE, con Anastacio De
Jesús y por el OESTE, otra vez
la Sucesión de Manuel Arvelo.
Enclava una casa. Inscrito al folio
240 del tomo 956 de Guaynabo,
finca número #34,483 Registro
de la Propiedad de Puerto Rico,
Sección de Guaynabo. El tipo
mínimo para la subasta será la
suma de $49,600.00. De declararse la subasta desierta, y de
celebrarse una segunda subasta,
el tipo mínimo será dos terceras
(2/3) partes del tipo mínimo establecido para la primera subasta,
el cual asciende a $33,066.66. Si
tampoco hubiere remate ni adjudicación en la segunda subasta,
regirá como tipo mínimo de la
tercera subasta la mitad (1/2) del
tipo mínimo pactado para la pri-
mera subasta el cual asciende a
$24,800.00. Si se declarase desierta la tercera subasta se dará
por terminado el procedimiento,
pudiendo adjudicarse el bien subastado a opción del demandante. Art. 221 de la Ley Hipotecaria,
30 L.P.R.A. sec. 2721. La PRIMERA SUBASTA se llevará a cabo
el día 12 DE ENERO DE 2017, A
LA(S) 10:30 DE LA MAÑANA. De
declararse desierta, se llevará a
efecto una SEGUNDA SUBASTA
el día 19 DE ENERO DE 2017, A
LA(S) 10:30 DE LA MAÑANA. De
declararse desierta, se llevará a
cabo una TERCERA SUBASTA
el día 26 DE ENERO DE 2017, A
LA(S) 10:30 DE LA MAÑANA. La
subasta o subastas antes indicadas se llevarán a efecto en mi oficina, localizada en el Tribunal de
Primera Instancia, Sala de Guaynabo. En la Sentencia, el Tribunal ordenó a la parte demandada
a pagar a Banco Popular la suma
de: $44,866.29 por concepto de
principal; $399.09 por concepto de intereses acumulados;
$59.85 por concepto de cargos
por demora; los cuales al igual
que los intereses continúan acumulándose hasta el saldo total
de la deuda reclamada en este
pleito, $107.11 por concepto de
‘’Escrow Advances’’ y la suma de
$4,960.00 para costas, gastos y
honorarios de abogado; y demás
créditos accesorios garantizados
hipotecariamente. Se le advierte
a los postores o licitadores que la
adjudicación del bien inmueble a
subastarse se hará al mejor postor o licitador victorioso, quien
deberá consignar el importe de
su oferta en el mismo acto de la
adjudicación, en moneda de curso legal de los Estados Unidos
de Norteamérica. Se entenderá
que todo licitador acepta como
bastante la titulación y que las
cargas y gravámenes anteriores
y los preferentes, si los hubiere al
crédito de ejecutante, continuarán subsiguientes entendiéndose
que el rematante los acepta y
queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin
destinarse a su extinción el precio del remate. Con el producto
que se obtenga de la subasta se
le pagará a la parte demandante
el importe de la Sentencia hasta
donde alcance, y se pondrá al
adjudicatario o licitador victorioso en posesión de la propiedad
subastada, libre de cargas y
gravámenes posteriores, dentro
del término de sesenta (60) días
a partir de celebrada la subasta
conforme al Artículo 112 de la ley
210 del 8 de diciembre de 2015.
Para cumplir con lo anterior, el
Alguacil queda facultado, de ser
necesario, para romper candados y cerraduras que impidan
el acceso a la propiedad subastada. Todos los interesados quedan notificados de que todos los
documentos relacionados con la
presente acción de ejecución de
hipoteca, así como la de la subasta, estarán disponibles para
ser examinados en la Secretaría
del Tribunal. Para conocimiento de la parte demandada y de
toda(s) aquella(s) persona(s) que
tengan interés inscrito con poste-
Legal Notice
rioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, y
para conocimiento de los licitadores y el público en general, y para
su publicación en un periódico de
circulación general, una vez por
semana durante el término de
dos (2) semanas consecutivas
con un intervalo de por lo menos
siete (7) días entre ambas publicaciones, y para su fijación en
tres (3) lugares públicos del municipio en que ha de celebrarse la
venta, tales como, la Alcaldía, el
Tribunal y la Colecturía, así como
en la Colecturía más cercana al
lugar de residencia de la parte demandada, cuando ésta fuera conocida, y se le notificara además
a la parte demandada vía correo
certificado con acuse de recibo
a la última dirección conocida. Y
para conocimiento de los demandados, de los acreedores posteriores, de los licitadores, partes
interesadas y público en general,
expido el presente Aviso para su
publicación en los lugares públicos correspondientes. Librado en
Guaynabo, Puerto Rico, a 24 de
octubre de 2016. SR. ROBERTO
ROSARIO QUIÑONES, ALGUACIL PLACA #448, TRIBUNAL DE
PRIMERA INSTANCIA, SALA DE
GUAYNABO.
LEGAL NOTICE
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE
PUERTO RICO TRIBUNAL DE
PRIMERA INSTANCIA SALA DE
BAYAMÓN
BANCO POPULAR DE
PUERTO RICO, INC.
Demandante V.
RUBÉN RODRÍGUEZ
PILGRIM, ANGELA
MARIE CALDERÓN
VICENTE, T/C/C ANGELA
CALDERÓN VICENTE
Demandados
Civil Núm.: DCD2015-0401.
(601). Sobre: COBRO DE DINERO - EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA.
ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, EL PRESIDENTE DE LOS
ESTADOS UNIDOS, ESTADO
LIBRE ASOCIADO DE PUERTO
RICO, SS. AVISO DE SUBASTA. Yo, EDGARDO E. VARGAS
SANTANA, Alguacil del Tribunal
de Primera Instancia, Sala de
Bayamón, notifico a los demandados, público en general y
personas con algún interés, que
cumpliré con un Mandamiento librado por el Secretario del Tribunal de epígrafe, el 18 de agosto
de 2016, para satisfacer la Sentencia emitida el 25 de febrero
de 2016. Dicha Sentencia fue
archivada en autos y notificada
el 4 de marzo de 2016. En dicha
Sentencia se condena a la parte
demandada a satisfacer la suma
de $155,920.60 adeudada al 1ro
de septiembre de 2014, más las
costas, gastos, honorarios de
abogado; y demás créditos accesorios garantizados hipotecariamente. Conforme a lo anterior,
venderé en pública subasta, al
mejor postor en pago de contado
y en moneda del curso legal de
los Estados Unidos de América,
todo derecho, título e interés que
30
hayan tenido tengan o puedan
tener los deudores demandados
en cuanto al bien inmueble que
se describe a continuación: URBANA: Solar número 14 de la
Manzana “O” de la Urbanización
Flamingo, Barrio Hato Tejas de
Bayamón, compuesto de 568.52
metros cuadrados. En lindes por
el NORTE, con solar número 15,
en 32.28 metros; por el SUR,
con solar número 13, en 38.40
metros; por el ESTE, con la Calle “I”, en 14.00 metros y por el
OESTE, con Secundina Vázquez
viuda de Figueroa, en 18.60 metros. Inscrito al folio 212 del tomo
1,438 de Bayamón, finca número
#18,265 Registro de la Propiedad
de Puerto Rico, Sección Primera
de Bayamón. La hipoteca que se
pretende ejecutar ubica en: O-14,
Calle Perla del Sur, Reparto Flamingo, Bayamón, Puerto Rico. El
tipo mínimo para la subasta será
la suma de $146,197.00. De declararse la subasta desierta, y de
celebrarse una segunda subasta,
el tipo mínimo será dos terceras
(2/3) partes del tipo mínimo establecido para la primera subasta,
el cual asciende a $97,464.65. Si
tampoco hubiere remate ni adjudicación en la segunda subasta,
regirá como tipo mínimo de la
tercera subasta la mitad (1/2) del
tipo mínimo pactado para la primera subasta el cual asciende a
$73,098.50. Si se declarase desierta la tercera subasta se dará
por terminado el procedimiento,
pudiendo adjudicarse el bien subastado a opción del demandante. Art. 221 de la Ley Hipotecaria,
30 L.P.R.A. sec. 2721. La PRIMERA SUBASTA se llevará a cabo
el día 12 DE ENERO DE 2017, A
LA(S) 11:00 DE LA MAÑANA. De
declararse desierta, se llevará a
efecto una SEGUNDA SUBASTA
el día 19 DE ENERO DE 2017, A
LA(S) 11:00 DE LA MAÑANA. De
declararse desierta, se llevará a
cabo una TERCERA SUBASTA
el día 26 DE ENERO DE 2016, A
LA(S) 11:00 DE LA MAÑANA. La
subasta o subastas antes indicadas se llevarán a efecto en mi oficina, localizada en el Tribunal de
Primera Instancia, Sala de Bayamón. En la Sentencia, el Tribunal
ordenó a la parte demandada a
pagar a Banco Popular la suma
de: $140,256.11 por concepto
de principal; $697.97 por concepto de intereses acumulados;
$151.52 por concepto de cargos
por demora; los cuales al igual
que los intereses continúan acumulándose hasta el saldo total
de la deuda reclamada en este
pleito, $195.30 por concepto de
‘’Escrow Advances’’ y la suma de
$14,619.70 para costas, gastos y
honorarios de abogado; y demás
créditos accesorios garantizados
hipotecariamente. Se le advierte
a los postores o licitadores que la
adjudicación del bien inmueble a
subastarse se hará al mejor postor o licitador victorioso, quien
deberá consignar el importe de
su oferta en el mismo acto de la
adjudicación, en moneda de curso legal de los Estados Unidos
de Norteamérica. Se entenderá
que todo licitador acepta como
bastante la titulación y que las
The San Juan Daily Star
Wednesday, December 21, 2016
cargas y gravámenes anteriores
y los preferentes, si los hubiere al
crédito de ejecutante, continuarán subsiguientes entendiéndose
que el rematante los acepta y
queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin
destinarse a su extinción el precio del remate. Con el producto
que se obtenga de la subasta se
le pagará a la parte demandante
el importe de la Sentencia hasta
donde alcance, y se pondrá al
adjudicatario o licitador victorioso en posesión de la propiedad
subastada, libre de cargas y
gravámenes posteriores, dentro
del término de sesenta (60) días
a partir de celebrada la subasta
conforme al Artículo 112 de la ley
210 del 8 de diciembre de 2015.
Para cumplir con lo anterior, el
Alguacil queda facultado, de ser
necesario, para romper candados y cerraduras que impidan
el acceso a la propiedad subastada. Todos los interesados quedan notificados de que todos los
documentos relacionados con la
presente acción de ejecución de
hipoteca, así como la de la subasta, estarán disponibles para
ser examinados en la Secretaría
del Tribunal. Para conocimiento de la parte demandada y de
toda(s) aquella(s) persona(s) que
tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, y
para conocimiento de los licitadores y el público en general, y para
su publicación en un periódico de
circulación general, una vez por
semana durante el término de
dos (2) semanas consecutivas
con un intervalo de por lo menos
siete (7) días entre ambas publicaciones, y para su fijación en
tres (3) lugares públicos del municipio en que ha de celebrarse la
venta, tales como, la Alcaldía, el
Tribunal y la Colecturía, así como
en la Colecturía más cercana al
lugar de residencia de la parte
demandada, cuando ésta fuera
conocida, y se le notificara además a la parte demandada vía
correo certificado con acuse de
recibo a la última dirección conocida. Y para conocimiento de los
demandados, de los acreedores
posteriores, de los licitadores,
partes interesadas y público en
general, expido el presente Aviso
para su publicación en los lugares públicos correspondientes.
Librado en Bayamón, Puerto
Rico, a 25 de agosto de 2016.
EDGARDO E. VARGAS SANTANA, ALGUACIL, TRIBUNAL DE
PRIMERA INSTANCIA, SALA DE
BAYAMÓN.
SOCIEDAD LEGAL DE
BIENES GANANCIALES
COMPUESTA POR
AMBOS
Demandados
Civil Núm.: DCD2015-1509.
(703). Sobre: COBRO DE DINERO - EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA.
ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, EL PRESIDENTE DE LOS
ESTADOS UNIDOS, ESTADO
LIBRE ASOCIADO DE PUERTO
RICO, SS. AVISO DE SUBASTA. Yo, EDGARDO E. VARGAS
SANTANA, Alguacil del Tribunal
de Primera Instancia, Sala de
Bayamón, notifico a los demandados, público en general y
personas con algún interés, que
cumpliré con un Mandamiento
librado por el Secretario del Tribunal de epígrafe, el 28 de octubre de 2015, para satisfacer la
Sentencia emitida el 24 de agosto de 2015. Dicha Sentencia fue
archivada en autos y notificada
el 1 de septiembre de 2015. En
dicha Sentencia se condena a la
parte demandada a satisfacer la
suma de $235,300.97 adeudada
al 1ro de enero de 2015, más las
costas, gastos, honorarios de
abogado; y demás créditos accesorios garantizados hipotecariamente. Conforme a lo anterior,
venderé en pública subasta, al
mejor postor en pago de contado
y en moneda del curso legal de
los Estados Unidos de América,
todo derecho, título e interés que
hayan tenido tengan o puedan
tener los deudores demandados en cuanto al bien inmueble
que se describe a continuación:
URBANA: Solar marcado con el
número 9 del Bloque “B” de la
Urbanización El Álamo, situado
en el Barrio Frailes del término
municipal de Guaynabo, Puerto
Rico, con una cabida de 418.46
metros cuadrados. En linderos
por el NORTE, en 27.62 metros,
con el solar número B-8; por el
SUR, en 27.62 metros, con el
solar número B-10; por el ESTE,
en 14.85 metros, con la Calle número 3y por el OESTE, en 15.45
metros, con los solares números
A-8 y A-9. Inscrito al folio 205 del
tomo 230 de Guaynabo, finca número #14,452 Registro de la Propiedad de Puerto Rico, Sección
de Guaynabo. La hipoteca que
se pretende ejecutar ubica en: 9
B, Calle Veracruz, Urb. El Álamo,
Guaynabo, Puerto Rico. El tipo
mínimo para la subasta será la
suma de $269,124.06. De declararse la subasta desierta, y de
celebrarse una segunda subasta,
el tipo mínimo será dos terceras
(2/3) partes del tipo mínimo estaLEGAL NOTICE
blecido para la primera subasta,
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE
el cual asciende a $179,416.04.
PUERTO RICO TRIBUNAL DE
Si tampoco hubiere remate ni adPRIMERA INSTANCIA SALA DE
judicación en la segunda subasBAYAMÓN
ta, regirá como tipo mínimo de la
BANCO POPULAR DE tercera subasta la mitad (1/2) del
PUERTO RICO, INC.
tipo mínimo pactado para la priDemandante V.
mera subasta el cual asciende a
$134,562.03. Si se declarase deELECTO REYES DE
sierta la tercera subasta se dará
LEÓN; SU ESPOSA
por terminado el procedimiento,
HAYDEE COLÓN DE
pudiendo adjudicarse el bien suREYES, T/C/C HAYDEE bastado a opción del demandante. Art. 221 de la Ley Hipotecaria,
COLÓN PÉREZ Y LA
30 L.P.R.A. sec. 2721. La PRIMERA SUBASTA se llevará a cabo
el día 12 DE ENERO DE 2017, a
la(s) 11:15 DE LA MAÑANA. De
declararse desierta, se llevará a
efecto una SEGUNDA SUBASTA
el día 19 DE ENERO DE 2017, a
la(s) 11:15 DE LA MAÑANA. De
declararse desierta, se llevará a
cabo una TERCERA SUBASTA
el día 26 DE ENERO DE 2017,
a la(s) 11:15 DE LA MAÑANA. La
subasta o subastas antes indicadas se llevarán a efecto en mi oficina, localizada en el Tribunal de
Primera Instancia, Sala de Bayamón. En la Sentencia, el Tribunal
ordenó a la parte demandada a
pagar a Banco Popular la suma
de: $213,389.45 por concepto
de principal; $729.22 por concepto de intereses acumulados;
$712.65 por concepto de cargos
por demora los cuales al igual
que los intereses continúan acumulándose hasta el saldo total
de la deuda reclamada en este
pleito, $309.65 por concepto de
‘’Escrow Advances’’ y la suma de
$20,160.00 para costas, gastos y
honorarios de abogado; y demás
créditos accesorios garantizados
hipotecariamente. Se le advierte
a los postores o licitadores que la
adjudicación del bien inmueble a
subastarse se hará al mejor postor o licitador victorioso, quien
deberá consignar el importe de
su oferta en el mismo acto de la
adjudicación, en moneda de curso legal de los Estados Unidos
de Norteamérica. Se entenderá
que todo licitador acepta como
bastante la titulación y que las
cargas y gravámenes anteriores
y los preferentes, si los hubiere al
crédito de ejecutante, continuarán subsiguientes entendiéndose
que el rematante los acepta y
queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin
destinarse a su extinción el precio del remate. Con el producto
que se obtenga de la subasta se
le pagará a la parte demandante
el importe de la Sentencia hasta
donde alcance, y se pondrá al
adjudicatario o licitador victorioso en posesión de la propiedad
subastada, libre de cargas y
gravámenes posteriores, dentro
del término de sesenta (60) días
a partir de celebrada la subasta
conforme al Artículo 112 de la ley
210 del 8 de diciembre de 2015.
Para cumplir con lo anterior, el
Alguacil queda facultado, de ser
necesario, para romper candados y cerraduras que impidan
el acceso a la propiedad subastada. Todos los interesados quedan notificados de que todos los
documentos relacionados con la
presente acción de ejecución de
hipoteca, así como la de la subasta, estarán disponibles para
ser examinados en la Secretaría
del Tribunal. Para conocimiento de la parte demandada y de
toda(s) aquella(s) persona(s) que
tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, y
para conocimiento de los licitadores y el público en general, y para
su publicación en un periódico de
circulación general, una vez por
semana durante el término de
dos (2) semanas consecutivas
con un intervalo de por lo menos
siete (7) días entre ambas publicaciones, y para su fijación en
tres (3) lugares públicos del municipio en que ha de celebrarse la
venta, tales como, la Alcaldía, el
Tribunal y la Colecturía, así como
en la Colecturía más cercana al
lugar de residencia de la parte
demandada, cuando ésta fuera
conocida, y se le notificara además a la parte demandada vía
correo certificado con acuse de
recibo a la última dirección conocida. Y para conocimiento de los
demandados, de los acreedores
posteriores, de los licitadores,
partes interesadas y público
en general, expido el presente
Aviso para su publicación en
los lugares públicos correspondientes. Librado en Bayamón,
Puerto Rico, a 25 de agosto de
2016. EDGARDO E. VARGAS
SANTANA,ALGUACIL, TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA,
SALA DE BAYAMÓN.
LEGAL NOTICE
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE
PUERTO RICO TRIBUNAL DE
PRIMERA INSTANCIA CENTRO
JUDICIAL DE BAYAMÓN SALA
SUPERIOR
BANCO SANTANDER
PUERTO RICO
Demandante V.
REINALDO AUGUSTO
HERNÁNDEZ SAAVEDRA,
SU ESPOSA DELIA
FIGUEROA FIGUEROA,
LA SOCIEDAD LEGAL DE
BIENES GANANCIALES
COMPUESTA POR
AMBOS
Demandados
Civil Núm.: DCD2015-0620.
(601). Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA.
AVISO DE VENTA EN PÚBLICA
SUBASTA. Yo, EDGARDO E.
VARGAS SANTANA, Alguacil del
Tribunal de Primera Instancia de
Bayamón, Sala Superior, al público en general, CERTIFICO Y
HAGO SABER: Que en virtud del
mandamiento expedido el 22 de
agosto de 2016, por el Secretario
de este Tribunal, dirigido al que
suscribe, procederé a vender en
pública subasta, al mejor postor,
en pago de contado y en moneda de los Estados Unidos de
América, por el precio mínimo de
$420,000.00, el inmueble hipotecado en este caso, el cual se
describe como sigue: URBANA:
Solar número cincuenta (50) de
la urbanización Bello Horizonte
Estates (La Villa de Torrimar),
localizado en los barrios Santa
Rosa y Frailes de Guaynabo,
y Juan Sánchez de Bayamón,
con una cabida de seiscientos
seis punto diez (606.10) metros
cuadrados, en lindes por el NORTE, en una distancia de dieciséis
(16.00) metros con la calle Reina
Cristina de la urbanización; por
el SUR, en dos distancias que
suman dieciséis punto veintisiete
(16.27) metros con los solares
sesenta y tres (63) y sesenta y
cuatro (64) de dicha urbanización; por el ESTE, en una distancia de treinta y nueve punto cuarenta y ocho (39.48) metros con
el solar número cuarenta y nueve
(49); y por el OESTE, en una
distancia de treinta y ocho punto
sesenta y nueve (38.69) metros
con el solar número 51 del referido desarrollo urbano. Enclava
edificación. Consta inscrita al
folio sesenta (60) del tomo ochocientos veinte (820) de Guaynabo, finca número treinta y un mil
veintinueve (31,029), Registro
de la Propiedad de Puerto Rico,
Sección de Guaynabo. Dicha
propiedad consta inscrita a favor
de REINALDO AUGUSTO HERNÁNDEZ SAAVEDRA y esposa
DELIA FIGUEROA FIGUEROA,
quienes adquieren por compra,
por el precio de $350,000.00,
mediante la escritura pública
#186, otorgada en San Juan, el
30 de abril de 1997, ante el Notario Público Enrique Godinez
Morales, la cual consta inscrita
al folio 64 del tomo 820 Guaynabo, finca #31,029, inscripción
8va. Con el importe de dicha
venta se habrán de satisfacer a
la parte demandante las siguientes cantidades, según la Sentencia en Rebeldía dictada por el
Honorable Tribunal de Primera
Instancia de Puerto Rico, Sala
Superior de Bayamón el día 7 de
agosto de 2015 y notificada el 17
de agosto de 2015: La parte demandada adeuda solidariamente
a la parte demandante, la suma
de $337,586.53 por concepto del
principal adeudado, más intereses acumulados, los cuales continúan en aumento hasta el pago
total y solvento de la obligación,
cargos por demora acumulados
los cuales continúan en aumento hasta el pago total y solvento
de la obligación y la suma de
$42,000.00 por concepto de costas y honorarios de abogado previamente pactados; los intereses
legales correspondientes y en vigor a esta fecha, al tipo fijado por
la Junta Financiera de la Oficina
del Comisionado de Instituciones
Financieras, a computarse desde
la fecha de hoy sobre la cuantía
de esta Sentencia, incluyendo
costas y honorarios de abogado,
hasta el total pago y solvento del
importe de la misma. Las sumas
antes descritas están garantizadas mediante hipoteca a favor de
la Cooperativa de Ahorro y Crédito de Empleados de Eli Lilly and
Comp., Inc., o a su orden, por la
suma principal de $420,000.00
con intereses al 5 %, y a vencer
el 1 de enero de 2034, según
consta en escritura pública #536,
otorgada en Carolina, el 2 de diciembre de 2003, ante el Notario
Público Pedro Juan Caride Cruz,
la cual consta inscrita al folio 96
del tomo 1,314 de Guaynabo,
finca número 31,029, inscripción
10ma. La PRIMERA SUBASTA
se llevará a efecto en mi oficina,
sita en el local que ocupa el Tribunal de Primera Instancia, Sala
Superior de Bayamón, A LAS
10:30 DE LA MAÑANA DEL DÍA
12 DE ENERO DE 2017, por el
tipo mínimo de $420,000.00. Si
no produjera remate ni adjudica-
ción la primera subasta, queda
señalada la SEGUNDA SUBASTA que dispone la ley para las
10:30 DE LA MAÑANA DEL DÍA
19 DE ENERO DE 2017, por el
tipo mínimo de $280,000.00; si
tampoco hubiere remate ni adjudicación en la segunda subasta;
se señala la TERCERA SUBASTA que dispone la ley para las
10:30 DE LA MAÑANA DEL DÍA
26 DE ENERO DE 2017, por el
tipo mínimo de la mitad del precio pactado, o sea, $210,000.00.
Las tres subastas señaladas se
celebrarán a las horas y fechas
antes indicadas en mi oficina sita
en el local que ocupa el Tribunal
de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón. Se advierte que
los autos de este caso y demás
instancias están disponibles para
ser inspeccionadas en la secretaría del Tribunal durante las horas
laborables. Se advierte que los
licitadores aceptan como bastante la titularidad y que las cargas
y gravámenes anteriores y los
preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán
subsistentes. Se entenderá, que
el remanente los acepta y queda
subrogado en la responsabilidad
de los mismos, sin destinarse a
su extinción el precio del remate.
Y PARA CONOCIMIENTO DE
LAS PARTES INTERESADAS y
del público en general y se relaciona el siguiente gravamen, el
cual es posterior al ejecutado:
HIPOTECA: En garantía de pagaré a favor de la Cooperativa
de Ahorro y Crédito de Empleados de Eli Lilly and Comp., o a
su orden, por la suma principal
de $250,000.00, con intereses al
6 % y a vencer el 1 de noviembre de 2010 (así surge), según
consta en escritura pública #570,
otorgada en Carolina, el 20 de
octubre de 2005, ante el Notario
Público Pedro Juan Caride Cruz,
la cual consta inscrita al folio 96
del tomo 1,314 de Guaynabo, finca #31,029, inscripción 11ma. Y
PARA CONOCIMIENTO DE LAS
PARTES INTERESADAS y del
público en general, se advierte
que la adjudicación se hará al
mejor postor y que el pago de
la licitación deberá hacerse en
el acto de la subasta y en moneda de los Estados Unidos de
América, de acuerdo con la ley.
EN TESTIMONIO DE LO CUAL,
expido el presente que firmo y
sello con el sello de esta oficina
en Bayamón, Puerto Rico, hoy
día 6 de diciembre de 2016. EDGARDO E. VARGAS SANTANA,
ALGUACIL, TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA DE
BAYAMÓN.
LEGAL NOTICE
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE
PUERTO RICO TRIBUNAL DE
PRIMERA INSTANCIA CENTRO
JUDICIAL DE BAYAMÓN SALA
SUPERIOR
BANCO SANTANDER
PUERTO RICO
Demandante V.
MARIEN COLÓN RIVERA,
Demandada
Civil Núm.: DCD2014-2871.
(503). Sobre: COBRO DE DINE-
The San Juan Daily Star
RO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA IN
REM. AVISO DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA. Yo, Edgardo
E. Vargas Santana, Alguacil del
Tribunal de Primera Instancia de
Bayamón, Sala Superior, al público en general, CERTIFICO Y
HAGO SABER: Que en virtud del
mandamiento expedido el 17 de
junio de 2016, por el Secretario
de este Tribunal, dirigido al que
suscribe, procederé a vender en
pública subasta, al mejor postor,
en pago de contado y en moneda de los Estados Unidos de
América, por el precio mínimo de
$184,947.00, el inmueble hipotecado en este caso, el cual se describe como sigue: PROPIEDAD
HORIZONTAL:
Apartamento
residencial #B-309. Apartamento
residencial de forma irregular localizado en la tercera planta del
edificio B del Condominio Valles
de Torrimar situado en el barrio
Pueblo Viejo del municipio de
Guaynabo. El área aproximada
del apartamento es de 1,168.00
pies cuadrados equivalentes a
108.55 metros cuadrados. Son
sus linderos por el NORTE, en un
máximo de 29 pies 3½ pulgadas,
con elementos comunes limitados; por el SUR, en un máximo
de 29 pies 3½ pulgadas, con un
área común; por el ESTE, en un
total máximo de 45 pies 1½ pulgadas con el apartamento B-310,
pasillo de entrada y área común;
y por el OESTE, en un máximo
de 43 pies 11 pulgadas, con el
apartamento B-308. La puerta
de entrada de este apartamento
está situada en su lindero Sur.
Consta de sala-comedor, cocina,
tres dormitorios, dos baños y un
área de techo que es un elemento común limitado, con un área
aproximada de 980 pies cuadrados equivalentes a aproximadamente 92.00 metros cuadrados.
Este apartamento tiene una participación equivalente a 0.2821%
en los elementos comunes generales del condominio. Le corresponde además de forma exclusiva, permanente e inseparable
los espacios de estacionamientos marcados en los planos del
condominio con los números 41
y 42. Consta inscrita al folio cuarenta y cinco (45) del tomo mil
ciento setenta y tres (1,173) de
Guaynabo, finca número cuarenta mil novecientos once (40,911)
de Registro de la Propiedad de
Puerto Rico, Sección de Guaynabo. Dicha propiedad consta
inscrita a favor de MARIEN COLÓN RIVERA, quien adquiere de
la siguiente forma: Un 50% por
compra a Edwin Soto Quiñones,
por el precio de $157,000.00, según consta de la escritura pública
#64, otorgada, en San Juan, el
30 de septiembre de 2002, ante
el Notario Público Catalino Soto
Hestres, la cual consta inscrita
al tomo móvil 1,201 de Guaynabo, finca #40,911, inscripción
2da. El otro 50% por compra de
la participación de José Enrique
Valenzuela Alvardo, por el precio
de $186,000.00, según consta de
la escritura pública #447, otorgada, en San Juan, el 18 de agosto
de 2008, ante la Notario Público
Griselle Arbona Martínez, la cual
consta inscrita al folio 216 del
tomo 1,390 de Guaynabo, finca
#40,911, inscripción 3ra. Con el
importe de dicha venta se habrán
de satisfacer a la parte demandante las siguientes cantidades,
según la Sentencia en Rebeldía
dictada por el Honorable Tribunal
de Primera Instancia de Puerto
Rico, Sala Superior de Bayamón
el día 14 de octubre de 2015 y
notificada el 20 de octubre de
2015: La parte demandada
adeuda a la parte demandante, la suma de $183,813.38 por
concepto del principal adeudado,
más intereses acumulados, los
cuales continúan en aumento
hasta el pago total y solvento de
la obligación, cargos por demora
acumulados los cuales continúan
en aumento hasta el pago total
y solvento de la obligación y la
suma de $18,494.70 por concepto de costas y honorarios de
abogado previamente pactados.
Las sumas antes descritas están
garantizadas mediante hipoteca
a favor del BANCO SANTANDER
PUERTO RICO, o a su orden, por
la suma principal de $184,947.00
con intereses al 6¾%, y a vencer
el 1 de septiembre de 2043, según consta en escritura pública
#364, otorgada, en San Juan,
el 16 de agosto de 2013 ante el
Notario Público Héctor M. Lugaro
Figueroa, la cual consta inscrita
al folio 216 del tomo 1,390 de
Guaynabo, finca #40,911, inscripción 6ta. La PRIMERA SUBASTA se llevará a efecto en mi
oficina, sita en el local que ocupa
el Tribunal de Primera Instancia,
Sala Superior de Bayamón, A
LAS 11:00 DE LA MAÑANA DEL
DÍA 12 DE ENERO DE 2017, por
el tipo mínimo de $184,947.00. Si
no produjera remate ni adjudicación la primera subasta, queda
señalada la SEGUNDA SUBASTA que dispone la ley para las
11:00 DE LA MAÑANA DEL DÍA
19 DE ENERO DE 2017, por el
tipo mínimo de $123,298.00; si
tampoco hubiere remate ni adjudicación en la segunda subasta;
se señala la TERCERA SUBASTA que dispone la ley para las
11:00 DE LA MAÑANA DEL DÍA
26 DE ENERO DE 2017, por el
tipo mínimo de la mitad del precio pactado, o sea, $92,473.50.
Las tres subastas señaladas se
celebrarán a las horas y fechas
antes indicadas en mi oficina sita
en el local que ocupa el Tribunal
de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón. Se advierte que
los autos de este caso y demás
instancias están disponibles para
ser inspeccionadas en la secretaría del Tribunal durante las horas
laborables. Se advierte que los
licitadores aceptan como bastante la titularidad y que las cargas
y gravámenes anteriores y los
preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán
subsistentes. Se entenderá, que
el remanente los acepta y queda
subrogado en la responsabilidad
de los mismos, sin destinarse a
su extinción el precio del remate.
Y PARA CONOCIMIENTO DE
LAS PARTES INTERESADAS y
del público en general, se advier-
Wednesday, December 21, 2016
te que la adjudicación se hará al
mejor postor y que el pago de la
licitación deberá hacerse en el
acto de la subasta y en moneda
de los Estados Unidos de América, de acuerdo con la ley. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes
posteriores. EN TESTIMONIO
DE LO CUAL, expido el presente
que firmo y sello con el sello de
esta oficina en Bayamón, Puerto
Rico, hoy día 6 de diciembre de
2016. EDGARDO E. VARGAS
SANTANA, ALGUACIL, TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA,
SALA DE BAYAMÓN.
LEGAL NOTICE
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE
PUERTO RICO TRIBUNAL DE
PRIMERA INSTANCIA CENTRO
JUDICIAL DE BAYAMÓN SALA
SUPERIOR
BANCO SANTANDER
PUERTO RICO,
Demandante V.
NANCY
RODRÍGUEZ BELLO
Demandada
Civil Núm.: DCD2015-0830.
(402). Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA.
AVISO DE VENTA EN PUBLICA
SUBASTA. Yo, EDGARDO E.
VARGAS SANTANA, Alguacil del
Tribunal de Primera Instancia de
Bayamón, Sala Superior, al público en general, CERTIFICO Y
HAGO SABER: Que en virtud del
mandamiento expedido el 18 de
mayo de 2016, por el Secretario
de este Tribunal, dirigido al que
suscribe, procederé a vender en
pública subasta, al mejor postor,
en pago de contado y en moneda de los Estados Unidos de
América, por el precio mínimo de
$107,500.00, el inmueble hipotecado en este caso, el cual se
describe como sigue: URBANA:
Apartamento residencial #C-9
del edificio de Propiedad Horizontal Condominio Riverside
Plaza, situado en la calle Santa
Cruz del término municipal de
Bayamón, Puerto Rico. Está situado en el noveno piso y tiene
un área aproximada de fabricación de 839 pies cuadrados,
equivalentes a 77.95 metros
cuadrados. Siendo sus mayores medidas lineales aproximadas de 46’7” en su mayor largo
y 24’2” en su mayor ancho. En
lindes por el NORTE, con pared
que lo separa del apartamento
residencial B-9; por el SUR, con
pared exterior que da hacia la
parte Sur del solar; por el ESTE,
con pared exterior que da hacia
la parte Este del solar y por el
OESTE, con pared que lo separa de un pasillo de uso común
y escaleras de uso común. Su
puerta principal de entrada está
situada en la colindancia Oeste
y lo comunica directamente a un
pasillo común que le da acceso
a espacios comunes dentro de
los límites del edificio y sus terrenos que a su vez le dan acceso a
una vía pública. Se compone de
sala-comedor, cocina, balcón,
dos habitaciones-dormitorios,
un baño pasillo y closets. Le
corresponden el área de estacionamientos marcada con el #C-9
descubierta y en los elementos
comunes generales y/o limitado
le corresponde una participación
de 0.00357%. Consta inscrita
al folio veintidós (22) del tomo
doscientos veintitrés (223) de
Bayamón, finca número seis
mil cuatrocientos noventa y uno
(6,491), Registro de la Propiedad
de Puerto Rico, Sección Tercera
de Bayamón. Dicha propiedad
consta inscrita a favor de NANCY RODRÍGUEZ BELLO, quien
adquiere por compra mediante la
escritura pública #764, otorgada
en San Juan, el 12 de diciembre
de 2005, ante la Notario Público
Sheilla E. Santos Camacho, la
cual consta inscrita al folio 22
del tomo 223 de Bayamón Norte, finca #6,491, inscripción 8va.
Con el importe de dicha venta se
habrán de satisfacer a la parte
demandante las siguientes cantidades, según la Sentencia en
Rebeldía dictada por el Honorable Tribunal de Primera Instancia
de Puerto Rico, Sala Superior de
Bayamón el día 27 de octubre
de 2015 y notificada el 23 de
noviembre de 2015: La parte demandada adeuda solidariamente
a la parte demandante, la suma
de $94,301.99 por concepto del
principal adeudado, más intereses acumulados, los cuales continúan en aumento hasta el pago
total y solvento de la obligación,
cargos por demora acumulados
los cuales continúan en aumento hasta el pago total y solvento
de la obligación y la suma de
$10,750.00 por concepto de
costas y honorarios de abogado
previamente pactados; los intereses legales correspondientes
y en vigor a esta fecha, al tipo
fijado por la Junta Financiera de
la Oficina del Comisionado de
Instituciones Financieras, a computarse desde la fecha de hoy
sobre la cuantía de esta Sentencia, incluyendo costas y honorarios de abogado, hasta el total
pago y solvento del importe de la
misma. La sumas antes descritas están garantizadas mediante
hipoteca a favor de la SANTANDER MORTGAGE CORP., o a
su orden, por la suma principal
de $107,500.00 con intereses al
6¾%, y a vencer el 1 de enero
de 2036, según consta en escritura pública #765, otorgada
en San Juan, el 12 de diciembre
de 2005, ante la Notario Público
Sheilla E. Santos Camacho, la
cual consta inscrita al folio 22
del tomo 223 de Bayamón Norte,
finca #6,491, inscripción 8va. La
PRIMERA SUBASTA se llevará
a efecto en mi oficina, sita en el
local que ocupa el Tribunal de
Primera Instancia, Sala Superior
de Bayamón, a las 11:15 DE LA
MAÑANA DEL DÍA 12 DE ENERO DE 2017, por el tipo mínimo
de $107,500.00. Si no produjera
remate ni adjudicación la primera
subasta, queda señalada la SEGUNDA SUBASTA que dispone
la ley para las 11:15 DE LA MAÑANA DEL DÍA 19 DE ENERO
DE 2017, por el tipo mínimo de
$71,666.67; si tampoco hubiere remate ni adjudicación en la
segunda subasta; se señala la
TERCERA SUBASTA que dispone la ley para las 11:15 DE LA
MAÑANA DEL DÍA 26 DE ENERO DE 2017, por el tipo mínimo
de la mitad del precio pactado, o
sea, $53,750.00. Las tres subastas señaladas se celebrarán a las
horas y fechas antes indicadas
en mi oficina sita en el local que
ocupa el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón. Se advierte que los autos
de este caso y demás instancias
están disponibles para ser inspeccionadas en la secretaría del
Tribunal durante las horas laborables. Se advierte que los licitadores aceptan como bastante
la titularidad y que las cargas y
gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito
del ejecutante continuarán subsistentes. Se entenderá, que el
remanente los acepta y queda
subrogado en la responsabilidad
de los mismos, sin destinarse a
su extinción el precio del remate. Se expresa que la propiedad
a ser ejecutada se adquirirá libre
de cargas y gravámenes posteriores. Y PARA CONOCIMIENTO
DE LAS PARTES INTERESADAS
y del público en general, se advierte que la adjudicación se hará
al mejor postor y que el pago de
la licitación deberá hacerse en
el acto de la subasta y en moneda de los Estados Unidos de
América, de acuerdo con la ley.
EN TESTIMONIO DE LO CUAL,
expido el presente que firmo y
sello con el sello de esta oficina en Bayamón, Puerto Rico,
hoy día 6 de diciembre de 2016.
EDGARDO E. VARGAS SANTANA, ALGUACIL, TRIBUNAL DE
PRIMERA INSTANCIA, SALA DE
BAYAMÓN.
LEGAL NOTICE
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE
PUERTO RICO TRIBUNAL DE
PRIMERA INSTANCIA SALA DE
CAROLINA
ORIENTAL BANK
Demandante Vs.
JESE JUAN CARRIÓN
RÍOS, NYDIA FONTÁNEZ
GONZÁLEZ Y LA
SOCIEDAD LEGAL DE
BIENES GANANCIALES
POR ESTOS COMPUESTA
Demandados
Civil Núm.: FCD2015-1402.
(404). Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA. LOS ESTADOS UNIDOS
DE AMÉRICA, EL PRESIDENTE
DE LOS EE.UU., EL ESTADO
LIBRE ASOCIADO DE P.R., SS.
AVISO DE PÚBLICA SUBASTA. El que suscribe, Alguacil del
Tribunal de Primera Instancia,
Sala de Carolina, hago saber
a la parte demandada JESE
JUAN CARRIÓN RÍOS, NYDIA
FONTÁNEZ GONZÁLEZ Y LA
SOCIEDAD LEGAL DE BIENES
GANANCIALES POR ESTOS
COMPUESTA, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, y al PÚBLICO EN GENERAL; que en
cumplimiento del Mandamiento
de Ejecución de Sentencia expedido el 20 de julio de 2016, por la
Secretaría del Tribunal, procederé a vender y venderé en pública
subasta por el precio mínimo de
$167,936.00 y al mejor postor la
propiedad que se describe a continuación: [88-6 Calle 99-A, Villa
Carolina, Carolina, Puerto Rico
00985]. URBANA: Solar radicado
en la Urbanización Villa Carolina,
situado en el Barrio Hoyo Mulas
de la municipalidad de Carolina,
Puerto Rico, que se describe en
el plano de inscripción de la Urbanización con el número, área y
colindancias que se relacionan a
continuación: Número del solar:
seis (6) de la manzana ochenta
y ocho (88), con área del solar de
trescientos noventa punto seiscientos treinta y cinco (390.635)
metros cuadrados. En lindes por
el NORTE, con la Calle número
noventa y nueve guión A (99-A)
en distancia de once punto cincuenta (11.50) metros y un arco
de siete punto ochocientos cincuenta y cuatro (7.854); por el
SUR, con el solar número diez
(10) en una distancia de dieciséis
punto cincuenta (16.50) metros;
por el ESTE, con la Calle número
noventa y nueve guión ‘A’ (99-A)
en una distancia de diecinueve
punto cero cero (19.00) metros;
y por el OESTE, con el solar
número cinco (5) en distancia
de veinticuatro punto cero cero
(24.00) metros. El inmueble antes descrito contiene una casa
de cemento diseñada para una
(1) familia, construida de acuerdo
con los planos y especificaciones
aprobados por la Administración
Federal y otras Agencias Gubernamentales. Inscrita al folio 84
del tomo 602 de Carolina, Finca
24,191, Registro de la Propiedad
de Carolina Sección II. La finca
antes descrita se encuentra afecta a los siguientes gravámenes:
(i) HIPOTECA: A favor de Banco Bilbao Vizcaya Argentaria de
Puerto Rico, o a su orden, por la
suma de $167,936.00, intereses
al 5.50% anual, vencedero 1 de
marzo de 2038, según consta
de la escritura #79, otorgada en
San Juan, el día 20 de febrero
de 2008, ante el notario Raúl J.
Vila Selles, inscrita al folio 71 del
tomo 1380 de Carolina, inscripción 6ta. Modificada la hipoteca
en cuanto al principal que será
por la suma de $160,559.66 de
principal, intereses al 3.875%
anual, vencedero el día 1 de
agosto de 2042, según escritura
#135, otorgada en San Juan, el
día 30 de julio de 2012, ante el
notario Luis Yamil Rodriguez San
Miguel, inscrita al folio 105 del
tomo 1481 de Carolina, inscripción 7ma. La hipoteca objeto de
esta ejecución es la que ha quedado descrita en el inciso (i). Será
celebrada la subasta para con el
importe de la misma, la parte
demandante pueda cobrar su
acreencia, a saber, $161,356.79
de principal, intereses al 3.875%
desde el día 1 de junio de 2015;
intereses vencidos; gastos por
demora y $16,793.60 estipulados
para costas, gastos y honorarios
de abogado, más cualquier otro
desembolso que haya efectuado
o efectúe la parte demandante
durante la tramitación de este
31
Legal Notice
caso para otros adelantos de
conformidad con el Contrato Hipotecario, incluyendo primas de
seguro de hipoteca, prima de
seguro de siniestro y cargos por
demora. La PRIMERA SUBASTA será celebrada el día 13 DE
ENERO DE 2017, A LAS 11:30
DE LA MAÑANA, en la oficina
del Alguacil, sita en el Tribunal
de Primera Instancia, Sala de
Carolina, Puerto Rico. Servirá
de tipo mínimo para la misma
la cantidad de $167,936.00, sin
admitirse oferta inferior. De no
haber remate ni adjudicación,
celebraré SEGUNDA SUBASTA
el día 20 DE ENERO DE 2017,
A LAS 11:30 DE LA MAÑANA, en
el mismo lugar, en la que servirá
como tipo mínimo, dos terceras
(2/3) partes del precio pactado
para la primera subasta, o sea,
$111,957.33. Si no hubiese remate ni adjudicación en la segunda subasta, celebraré TERCERA SUBASTA el día 27 DE
ENERO DE 2017, A LAS 11:30
DE LA MAÑANA, en el mismo
lugar en la que regirá como tipo
mínimo, la mitad del precio pactado para la primera subasta, o
sea, $83,968.00. El Alguacil que
suscribe hizo constar que toda licitación deberá hacerse para pagar su importe en moneda legal
de los Estados Unidos de América, de acuerdo con la Ley y de
acuerdo con lo anunciado en este
Aviso de Subasta. Que se entenderá que todo licitador acepta
como bastante la titularidad y
que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los
hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes. Se
entenderá, que el rematante los
acepta y queda subrogado en la
responsabilidad de los mismos,
sin destinarse a su extinción el
precio del remate. Que los autos
y todos los documentos correspondientes al procedimiento incoado estarán de manifiesto en
la secretaría del tribunal durante
las horas laborables. Se entiende que cualquier carga y/o gravamen anterior y/o preferente, si
la hubiere al crédito que da base
a esta ejecución continuará subsistente, entendiéndose además,
que el rematante los acepta y
queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción cualquier
parte del remanente del precio
de licitación. La propiedad a ser
ejecutada se adquirirá libre de
cargas y gravámenes posteriores. Por la presente se notifica a
los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos
sobre los bienes hipotecados con
posterioridad a la inscripción del
crédito del ejecutante, o acreedores de cargos o derechos reales
que los hubiesen pospuestos al
gravamen del actor y a los dueños poseedores, tenedores de, o
interesados en título trasmisible
por endoso al portador garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito del actor, y con
los cuales no hubiese tenido el
efecto la notificación del escrito
inicial y del Mandamiento de requerimiento de pago para que
puedan concurrir a la subasta si
les conviene o satisficiera antes
del remate el importe del crédito
de sus intereses, costas y honorarios de abogados, asegurados
quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante.
Vendida o adjudicada la finca o
derecho hipotecado y consignado el precio correspondiente, una
vez confirmada la venta o adjudicación, el alguacil que celebró
la subasta procederá a otorgar la
correspondiente escritura pública
de traspaso en representación
del dueño o titular de los bienes
hipotecados, ante el notario que
elija el adjudicatario o comprador,
quien deberá abonar el importe
de tal escritura. El alguacil pondrá en posesión judicial al nuevo
dueño, si así se lo solicita dentro
del término de sesenta (60) días
a partir de la confirmación de la
venta o adjudicación. Si transcurren los referidos sesenta (60)
días, el tribunal podrá ordenar,
sin necesidad de ulterior procedimiento, que se lleve a efecto el
desalojo o lanzamiento del ocupante u ocupantes de la finca o
de todos los que por orden o tolerancia del deudor la ocupen. Y
PARA CONOCIMIENTO DE LOS
LICITADORES Y DEL PUBLICO
EN GENERAL y para su publicación de acuerdo con la Ley,
expido el presente Edicto bajo mi
firma y sello de este Tribunal. En
Carolina, Puerto Rico, hoy 28 de
julio de 2016. SAMUEL GONZÁLEZ ISAAC, ALGUACIL, TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA,
SALA DE CAROLINA.
****
LEGAL NOTICE
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE
PUERTO RICO TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA TRIBUNAL
DE PRIMERA INSTANCIA SALA
SUPERIOR DE FAJARDO
TERRY FRANCIS MOORE
Demandante V.
U.S. SMALL BUSINESS
ADMINISTRATION
Demandado(a)
Civil: NSCI201600513. Sobre:
CANCELACIÓN DE PAGARÉ
HIPOTECARIO EXTRAVIADO.
NOTIFICACIÓN DE SENTENCIA POR EDICTO.
A: JUAN DEL PUEBLO
Y JUANA DEL PUEBLO
COMO POSIBLES
TENEDORES Y
CUALESQUIER PERSONA
DESCONOCIDA CON
POSIBLE INTERÉS EN
LA OBLIGACIÓN CUYA
CANCELACIÓN POR
DECRETO JUDICIAL SE
SOLICITA.
(Nombre de las partes a las que se
Ie notifican la sentencia por edicto).
EL SECRETARIO (A) que suscribe le notifica a usted que 22 de
noviembre de 2016, este Tribunal
ha dictado Sentencia, Sentencia
Parcial o Resolución en este
caso, que ha sido debidamente
registrada y archivada en autos
donde podrá usted enterarse
detalladamente de los términos
de la misma. Esta notificación
se publicará una sola vez en un
periódico de circulación general
Legal Notice
en la Isla de Puerto Rico, dentro
de los diez (10) días siguientes
a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en
el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia
Parcial o Resolución, de la cual
puede establecerse recurso de
revisión o apelación dentro del
término de 30 días contados a
partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a
usted esta notificación que se
considerará hecha en la fecha de
la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido
archivada en los autos de este
caso, con fecha de 12 de diciembre de 2016. En Fajardo, Puerto
Rico, el 12 de diciembre de 2016.
WANDA I. SEGUÍ REYES, SECRETARIA. ENID A. SANJURJO MELÉNDEZ, SECRETARIA
AUXILIAR.
LEGAL NOTICE
ESTADO LIBRE ASOCIADO
DE PUERTO RICO TRIBUNAL
GENERAL DE JUSTICIA SALA
SUPERIOR DE FAJARDO
BANCO POPULAR DE
PUERTO RICO
Demandante V.
JUSTINA
TORRES BELTRAN
Demandado(a)
Civil: NSCI201600356. Sobre:
ACCIÓN DE COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA.
NOTIFICACIÓN DE SENTENCIA
POR EDICTO.
A: TORRES BELTRAN,
JUSTINA. URB VALLE
PUERTO REAL I8 CALLE
7 PUERTO REAL, PR
00740-2315. URB. VALLE
PUERTO REAL I-8 CALLE
7 FAJARDO, PR 00738.
(Nombre de las partes a las que se
Ie notifican la sentencia por edicto).
EL SECRETARIO (A) que suscribe le notifica a usted que 14 de
diciembre de 2016, este Tribunal
ha dictado Sentencia, Sentencia
Parcial o Resolución en este
caso, que ha sido debidamente
registrada y archivada en autos
donde podrá usted enterarse
detalladamente de los términos
de la misma. Esta notificación
se publicará una sola vez en un
periódico de circulación general
en la Isla de Puerto Rico, dentro
de los diez (10) días siguientes
a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en
el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia
Parcial o Resolución, de la cual
puede establecerse recurso de
revisión o apelación dentro del
término de 30 días contados a
partir de la publicación por edicto
de esta notificación, dirijo a usted
esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la
publicación de este edicto. Copia
de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso,
con fecha de 16 de diciembre d
e2016. En Fajardo, Puerto Rico,
el 16 de diciembre de 2016.
WANDA SEGUÍ REYES, SECRETARIA. FRANCES CRUZ,
32
SECRETARIA AUXILIAR.
RICO.
LEGAL NOTICE
Reverse Mortgage
Funding, LLC.
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE
PUERTO RICO TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA TRIBUNAL
DE PRIMERA INSTANCIA SALA
DE CAROLINA.
Monserrate Serrano
Vargas; United States
of America
URBAN FINANCIAL
GROUP
vs
RODRIGUEZ VICENTY,
NEIDA (SUCN.)
CASO: FCD2013-1776. SALON:
0407. SOBRE: COBRO DE DINERO, EJECUCION DE HIPOTECA.
SUCESION DE NEIDA
RODRIGEZ VICENTY
T/C/C NEIDA RODRIGUEZ
ROSARIO T/C/C
NEIDA RODRIGUEZ
COMPUESTA POR EDWIN
ROSARIO RODRIGUEZ
Y BRENDA ROSARIO
RODRIGUEZ Y LA
SUCESION DE RAFAEL
ROSARIO RORIGUEZ
COMPUESTA POR
LEGNAL Y ROSARIO Y
YARA
NOTIFICACION DE SENTENCIA
POR EDICTO. EL SECRETARIO(A)
QUE SUSCRIBE LE NOTIFICA A
USTED QUE EL 14 DE DICIEMBRE DE 2016, ESTE TRIBUNAL
HA
DICTADO
SENTENCIA,
SENTENCIA PARCIAL O RESOLUCION EN ESTE CASO, QUE
HA SIDO DEBIDAMENTE REGISTRADA Y ARCHIVADA EN
AUTOS DONDE PODRA USTED
ENTERARSE DETALLADAMENTE DE LOS TERMINO S DE LA
MISMA. ESTA NOTIFICACION
SE PUBLICARA UNA SOLA VEZ
EN UN PERIODICO DE CIRCULACION GENERAL EN LA ISLA
DE PUERTO RICO, DENTRO DE
LOS 10 DIAS SIGUIENTES A SU
NOTIFICACION. Y, SIENDO O
REPRESENTANDO USTED UNA
PARTE EN EL PROCEDIMIENTO
SUJETA A LOS TERMINOS DE
LA SENTENCIA, SENTENCIA
PARCIAL O RESOLUCION, DE
LA CUAL PUEDE ESTABLECERSE RECURSO DE REVISION O
APELACION DENTRO DEL TERMINO DE 30 DIAS CONTADOS
A PARTIR DE LA PUBLICACION
POR EDICTO DE ESTA NOTIFICACION, DIRIJO A USTED ESTA
NOTIFICACION QUE SE CONSIDERARA HECHA EN LA FECHA
DE LA PUBLICACION DE ESTE
DICTO. COPIA DE ESTA NOTIFICACION HA SIDO ARCHIVADA
EN LOS AUTOS DE ESTE CASO,
CON FECHA DE 16 DE DICIEMBRE DE 2016.
LIC. LOPEZ STIPES GENEVIEVE
[email protected]
EN CAROLINA, PUERTO RICO,
A 16 DE DICIEMBRE DE 2016.
MIRIAM ROSA MALDONADO,
SECRETARIA. INGRID PEREZ
OSORIO, SECRETARIO AUXILIAR
The San Juan Daily Star
Wednesday, December 21, 2016
Plaintiff V.
Defendants
CIVIL ACTION N0.: 3:16-cv-2821
-ADC. SUMMONS BY PUBLICATION.
TO: MONSERRATE
SERRANO VARGAS
Pursuant to the Order for Service entered on 12/8/16, by the
Honorable Aida Delgado Colon
, United States District Judge
(Docket No. 10), you are hereby
SUMMONED to appear, plead or
answer the Complaint filed herein
no later than thirty (30) days after publication of this Summons
by serving the original plea or
answer in the United States District Court for the District ofPuerto Rico, and serving a copy to
counsel for Plaintiff: Joel Antonio
Figueroa Rivera, Esq., at PO Box
367308, San Juan, PR 00936, telephone number 787-758-6550.
Should you fail to appear, plead
or answer to the Complaint as ordered by the Court and noticed by
this Summons, the Court will proceed to enter default against you,
hear and adjudícate this cause
against you based on the relief
demanded in the Complaint. BY
ORDER OF THE COURT, summons is issued pursuant to Fed.
R. Civ. Pr. 4(e) and Rule 4.5 of
the Rules of Civil Procedure for
the Commonwealth of Puerto
Rico. In San Juan, Puerto Rico,
this 15 day of December , 2016.
FRANCES RIOS DE MORAN,
ESQ., CLERK OF THE COURT.
LEGAL NOTICE
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE
PUERTO RICO TRIBUNAL DE
PRIMERA INSTANCIA CENTRO
JUDICIAL DE ARECIBO SALA
SUPERIOR
comedor, cocina, un cuarto para
el servicio sanitario, balcón y
marquesina, mide treinta y cinco
pies (35’) de frente por treinta y
cuatro pies (34’) de fondo. Dicha
propiedad enclava en la parcela
número doscientos cinco raya A
(205-A), del barrio Palenque en
Barceloneta, Puerto Rico, perteneciente a la Administración de
Vivienda Rural de Puerto Rico,
dicho solar linda por el Norte, con
Raúl Centeno Rodríguez, por
el Sur, con Ángel García; por el
Este, con carretera número dos
(2) y por el Oeste, con la Administración de Vivienda Rural. La
estructura existente se encuentra
en condición inhabitable y en
proceso de construcción”. No
consta inscrita en el Registro de
la Propiedad. Valor aproximado
de esta finca: noventa mil dólares ($90,000.00). Número de
catastro
055-004-224-31-000.
Este Tribunal a ordenado que se
diera la tramitación de ley y por la
presente que se publique edicto
en periódico de circulación general diaria en tres (3) ocasiones
durante el término de veinte (20)
días y se cita a los propietarios
colindantes antes mencionados,
a sus herederos o causahabientes, a las demás personas ignoradas, a quienes pueda perjudicar la inscripción solicitada para
que comparezcan a alegar su
derecho advirtiéndoles que de no
comparecer a alegar su derecho,
si alguno tuvieran, dentro del término de VEINTE DÍAS, a partir
de la fecha de la última publicación de este edicto el peticionario
obtendrá que se apruebe a su
nombre el dominio y se inscriba
a su favor la propiedad en el Registro de la Propiedad correspondiente. EXPEDIDO por el orden
de Juez de este Tribunal y bajo
mi firma y el sello del Tribunal, en
Arecibo, Puerto Rico, hoy 29 de
noviembre de 2016. VIVIAN Y.
FRESSE GONZÁLEZ, SECRETARIA REGIONAL. ANABEL PÉREZ RÍOS, SECRETARIA AUXILIAR DEL TRIBUNAL I.
Apartado 2342, Mayagüez, Puerto Rico 00681-2342, Teléfonos:
(787) 832-9620 y (845) 345-3985
Abogada de la parte Demandante, cuya dirección es la que queda indicada, copia de su Contestación a la Demanda, radicando
el original de dicha Contestación
en el Tribunal de Cabo Rojo.
Copia de la demanda, así como
de este emplazamiento, podrán
ser obtenidas en la Secretaría
de este Tribunal, apercibiéndose
que en caso de no hacerlo usted
así dentro del término indicado,
podrá anotarse la rebeldía en
su contra concediendo el remedio solicitado en la Demanda sin
más citarle ni oírle. Expido bajo
mi firma y el sello del Tribunal,
hoy 22 de noviembre de 2016.
SIURKA FELICIANO GONZÁLEZ, SECRETARIA INTERINA.
MARÍA M. AVILÉS BONILLA,
SUB-SECRETARIA.
LEGAL NOTICE
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE
PUERTO RICO TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA TRIBUNAL
DE PRIMERA INSTANCIA SALA
DE UTUADO
BANCO POPULAR DE
PUERTO RICO
Demandante Vs.
LA SUCESIÓN DE
GABRIEL COLÓN
ARROYO COMPUESTA
POR GABRIEL A. COLÓN
MORALES, SANDRA
LIZ COLÓN MORALES,
MARILYN COLÓN
QUILES, IDAGNE COLÓN
BARRETO, VERÓNICA
COLÓN BARRETO, JUAN
GABRIEL COLÓN ZENO,
INGRID YADIRA COLÓN
HERNÁNDEZ, FULANO
DE TAL Y FULANA DE
TAL
Demandados
Civil Núm.: LICI201600180. SoANGEL MANUEL GARCIA
bre: COBRO DE DINERO EJECUCIÓN DE HIPOTECA Y DE
CENTENO Y ESTHER
LEGAL NOTICE
PRENDA.
EMPLAZAMIENTO
MILAGROS OQUENDO
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE POR EDICTO.
VILLANUEVA
PUERTO RICO TRIBUNAL GEA: FULANO DE TAL Y
Peticionarios
NERAL DE JUSTICIA TRIBUNAL
FULANA DE TAL POR SÍ Y
EX - PARTE
DE PRIMERA INSTANCIA SALA
COMO MIEMBROS DE LA
Civil Núm.: CJV2016-0441. Sa- DE CABO ROJO
lón: 401. Sobre: EXPEDIENTE
SUCESIÓN DE GABRIEL
BANCO POPULAR DE
DE DOMINIO. EDICTO.
COLÓN ARROYO.
EX-PARTE: ANGEL
MANUEL CARCIA
CENTENO Y ESTHER
MILAGROS OQUENDO
VILLANUEVA
(Peticionarios). Calle
2C, Buzón 3 Palengue
Barceloneta, PR 00617
(Dirección).
La parte peticionaria ha presentado ante este Tribunal una Petición interesando se declare justificado a su favor el derecho de
dominio que alega tener sobre la
siguiente propiedad: “RÚSTICA:
Casa construida de madera, techada de zinc y piso en cemento
LEGAL NOTICE
de una sola planta dedicada a
UNITED STATES DISTRICT vivienda, consta de tres (3) haCOURT DISTRICT OF PUERTO bitaciones de dormitorio, sala,
PUERTO RICO
Demandante Vs.
ZILDA L.
FIGUEROA MUÑIZ
Demandada
Civil Núm.: I4CI201600393. Sobre: COBRO DE DINERO. EMPLAZAMIENTO POR EDICTO.
A: ZILDA L.
FIGUEROA MUÑIZ:
Por la presente se le emplaza a
usted y se le requiere para que
dentro del término de treinta
(30) días desde la fecha de la
publicación por edicto de este
emplazamiento, notifique a la
LCDA. GINA H. FERRER MEDINA, Condominio Las Nereidas,
Local 1-B, Calle Méndez Vigo
esquina Amador Ramírez Silva,
Mayagüez, Puerto Rico 00680;
Por la presente se Ie emplaza a
usted y se Ie requiere para que
dentro del término de treinta (30)
días desde la fecha de la publicación por edicto de este emplazamiento, notifiquen a la LCDA.
GINA H. FERRER MEDINA, Condominio Las Nereidas, Local 1-B,
Calle Méndez Vigo esquina Amador Ramírez Silva, Mayagüez,
Puerto Rico 00680; Apartado
2342, Mayagüez, Puerto Rico
00681-2342, Teléfonos: (787)
832-9620 y (845) 345-3985 Abogada de la parte Demandante,
cuya dirección es la que queda
indicada, copia de su Contestación a la Demanda, radicando el
original de dicha Contestación
en el Tribunal de Utuado. Copia
de la demanda, así como de
este emplazamiento, podrán ser
obtenidas en la Secretaría de
este Tribunal, apercibiéndose
que en caso de no hacerlo usted
así dentro del término indicado,
podrá anotarse la rebeldía en su
contra concediendo el remedio
solicitado en la Demanda sin
más citarle ni oírle. Expido bajo
mi firma y el sello del Tribunal,
hoy 6 de diciembre de 2016.
DIANE ALVAREZ VILLANUEVA, SECRETARIA REGIONAL I.
BRENDA GONZÁLEZ, SECRETARIA AUXILIAR.
LEGAL NOTICE
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE
PUERTO RICO TRIBUNAL DE
PRIMERA INSTANCIA SALA DE
BAYAMÓN
ORIENTAL BANK
Demandante v.
JOSÉ RAMIRO COLLAZO
SOTOMAYOR, ELBA
VICTORIA MILLAN
FIGUEROA Y LA
SOCIEDAD LEGAL DE
BIENES GANANCIALES
POR ESTOS
COMPUESTA; JOHN DOE
Y RICHARD ROE
Demandados
Civil Núm.: DCD2016-2004.
(703). Sobre: SUSTITUCIÓN
DE PAGARÉ HIPOTECARIO.
EMPLAZAMIENTO. ESTADOS
UNIDOS DE AMÉRICA, EL PRESIDENTE DE LOS EE. UU., EL
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE
P.R., SS.
A: JOHN DOE Y
RICHARD ROE, personas
desconocidas que se
designan con estos
nombres ficticios, que
puedan ser tenedor o
tenedores, o puedan tener
algún interés en el pagaré
hipotecario a que se hace
referencia más adelante
en el presente edicto, que
se publicará una sola vez.
metros, con los solares número
149 y 150; y el Oeste, en 24.00
metros, con el solar número 147.
Enclava una casa para fines residenciales. Finca número 22,651,
inscrita al folio 66 del tomo 498
de Bayamón Sur, Registro de la
Propiedad de Bayamón, Sección
I. Por la presente se les emplaza
y requiere para que notifiquen al
Lcdo. Javier Montalvo Cintrón,
abogado de la parte demandante
en este caso, cuya dirección es
PO Box 11750, Fernández Juncos Station, San Juan, PR 009101750, teléfono 787-274-1414,
con copia de su contestación a Ia
demanda antes mencionada, de
cuyos detalles pueden enterarse
con mayor particularidad en el
expediente de este caso, debiendo radicar y notificar tal contestación dentro del término de treinta
(30) días de haberse publicado
este edicto, excluyéndose en el
cómputo de tal término el día de
su publicación, y se Ie apercibe,
además, en caso de no radicar
tal contestación podrá dictarse
sentencia en rebeldía a favor
de la parte demandante concediendo el remedio solicitado en
la demanda. EXPEDIDO BAJO
MI FIRMA Y EL SELLO DEL TRIBUNAL, hoy día 08 de diciembre
de 2016. RUTH N. APONTE COTTO, SECRETARIA REGIONAL
II. DANETSA APONTE REYES,
SECRETARIA AUXILIAR DEL
TRIBUNAL I.
LEGAL NOTICE
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE
PUERTO RICO TRIBUNAL DE
PRIMERA INSTANCIA SALA DE
SAN JUAN
ORIENTAL BANK
Demandante V.
JOHN DOE &
RICHARD ROE
Demandados
Civil Núm.: KCP2016-0221.
(505). Sobre: CANCELACIÓN
DE PAGARÉ EXTRAVIADO.
EMPLAZAMIENTO POR EDICTO. ESTADOS UNIDOS DE
Se les notifica que en la Demanda AMÉRICA, EL PRESIDENTE DE
radicada en el caso de epígrafe LOS EE.UU., EL ESTADO LIBRE
se alega que un pagaré hipoteca- ASOCIADO DE P.R., SS.
A: JOHN DOE Y
rio, por la suma de $125,000.00,
con intereses a razón del 7.50% RICHARD ROE, personas
anual, vencimiento el 1 de febredesconocidas que se
ro de 2038, suscrito el día 11 de
designan con estos
enero de 2008 por José Ramiro
nombres
ficticios, que
Collazo Sotomayor y Elba Victoria Millán Figueroa, a favor de
puedan ser tenedor o
Banco Bilbao Vizcaya Argentaria tenedores, o puedan tener
Puerto Rico (hoy Oriental Bank),
algún interés en el pagaré
ante la Notario Marguileán Rivera
Amill mediante el afidávit número hipotecario a que se hace
referencia más adelante
461, el cual se ha extraviado y
no ha podido ser localizado, por en el presente edicto, que
lo que la parte demandante pide
se publicará una sola vez.
que se ordene la sustitución del
Se les notifica que en la Demismo. La hipoteca que garantimanda radicada en el caso de
za dicho pagaré grava la propieepígrafe se alega que un pagaré
dad inmueble que se describe a
hipotecario a favor de Oriental
continuación: URBANA: Solar
Bank and Trust, por la suma de
número 148 de 1a manzana “N”
$200,000.00 de principal, con inde la Urbanización Forest View
tereses al 12% anual, vencedero
del Barrio Cerro Gordo de Baa la presentación, otorgado 4 de
yamón, compuesto de 325.20
octubre de 2007, ante el Notario
metros cuadrados. En lindes por
Antonio J. Álvarez Domenech,
el Norte, en 13.20 metros, con
fue pagado, se ha extraviado y
la calle Utuado; por el Sur, en
no ha podido ser localizado, por
12.40 metros, con el solar núlo que la parte demandante pide
mero 108; por el Este, en 24.24
que se ordene la cancelación del
mismo y de la hipoteca que Ie garantiza. La hipoteca que garantiza
dicho pagaré grava la propiedad
inmueble que se describe a continuación: URBANA: Solar sito en
El Condado de la Sección Norte
del Barrio Santurce de esta Capital compuesto de 345.88 metros
cuadrados. En colindancias por el
Sur, con la Avenida Norte; por la
derecha entrando, Este, con solar y casa de Don Enrique Melón;
por el fondo, Norte, con Guillermo González, antes Hermanos
Beh y por la izquierda entrando
Oeste, con la Calle Almendares antes Succession Wishing.
Finca 1100 inscrita al folio 227
del tomo 25 de Santurce Norte,
Registro de la Propiedad de San
Juan, Sección I. Por la presente
se les emplaza y requiere para
que notifiquen al Lcdo. Javier
Montalvo Cintrón, abogado de la
parte demandante en este caso,
cuya dirección es PO Box 11750,
Fernández Juncos Station, San
Juan, Puerto Rico 00910-1750,
teléfono 787-274-1414, con copia de su contestación a la demanda antes mencionada, de
cuyos detalles pueden enterarse
con mayor particularidad en el
expediente de este caso, debiendo radicar y notificar tal contestación dentro del término de treinta
(30) días de haberse publicado
este edicto, excluyéndose en el
cómputo de tal término el día de
su publicación, y se Ie apercibe,
además, en caso de no radicar
tal contestación podrá dictarse
sentencia en rebeldía a favor de
la parte demandante concediendo el remedio solicitado en la
demanda. EXPEDIDO BAJO MI
FIRMA Y EL SELLO DEL TRIBUNAL, hoy día 13 de noviembre de
2016. GRISELDA RODRÍGUEZ
COLLADO, SECRETARIA DEL
TRIBUNAL. CARLA J. RIVERA
CLIMENT, SECRETARIA AUXILIAR.
LEGAL NOTICE
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE
PUERTO RICO TRIBUNAL DE
PRIMERA INSTANCIA SALA DE
FAJARDO
BANCO POPULAR DE
PUERTO RICO
Demandante V.
LAS SUCESIONES DE
FERNANDO PEREZ
SERRANO Y ROSALIA
GONZALEZ PEREZ
T/C/C ROSALIA
GONZALEZ COMPUESTA
POR FERNANDO
PÉREZ GONZÁLEZ;
LUIS OSCAR PÉREZ
GONZÁLEZ; ERNESTO
PÉREZ GONZÁLEZ;
DEPARTAMENTO DE
HACIENDA DEL ESTADO
LIBRE ASOCIADO DE
PUERTO RICO Y CENTRO
DE RECAUDACIONES DE
INGRESOS MUNICIPALES
(CRIM)
Civil
Demandados
Núm.: NICI2011-00271.
The San Juan Daily Star
Sobre: COBRO DE DINERO
- EJECUCIÓN DE HIPOTECA
POR LA VÍA ORDINARIA. EMPLAZAMIENTO POR EDICTO.
ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, PRESIDENTE DE LOS
ESTADOS UNIDOS, ESTADO
LIBRE ASOCIADO DE PUERTO
RICO, S.S.
A: FERNANDO PÉREZ
GONZÁLEZ.
Por la presente se le emplaza
y notifica que debe contestar la
demanda incoada contra usted,
dentro del término de treinta (30)
días a partir de la publicación del
presente edicto, radicando el original de dicha contestación ante
el Tribunal y sala que se menciona en el epígrafe del mismo,
con copia a la parte aquí demandante. Se le apercibe que de no
contestar la demanda dentro del
término aquí estipulado, se le
anotará la rebeldía y se dictará
sentencia en su contra sin más
citarle ni oírle. Los abogados de
la parte demandante son:
Lcdo. Reggie Díaz Hernández
RUA Núm.: 16,393
BERMUDEZ DIAZ & SÁNCHEZ, LLP
Attorneys at Law
Edificio Ochoa, Suite 200,
500 Calle De La Tanca
San Juan, Puerto Rico 00901
Tel.: (787) 523-2670
Fax: (787) 523-2664
rdí[email protected]
Expido este edicto bajo mi firma
y el sello de este Tribunal, hoy 9
de diciembre de 2016. AMARILIS
MÁRQUEZ MÁRQUEZ, SECRETARIA GENERAL INTERINA.
LEGAL NOTICE
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE
PUERTO RICO TRIBUNAL DE
PRIMERA INSTANCIA CENTRO
JUDICIAL DE CAROLINA SALA
SUPERIOR
BANCO POPULAR DE
PUERTO RICO
Parte Demandante Vs.
INGRID MARIE
NEGRON RAMOS
Parte Demandada
Civil Núm.: FCD2015-1068. Salon Núm.: 402. Sobre Acción Civil
De: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR
LA VÍA ORDINARIA. AVISO DE
SUBASTA.
A: INGRID MARIE
NEGRON RAMOS; Y AL
PUBLICO EN GENERAL:
El que suscribe, Alguacil del
Tribunal de Primera Instancia,
Sala Superior, Centro Judicial de
Carolina, Carolina, Puerto Rico,
hago saber, a la parte demandada y al PUBLICO EN GENERAL: Que en cumplimiento del
Mandamiento de Ejecución de
Sentencia expedido el día 8 de
junio de 2016, por la Secretaria
del Tribunal, procederé a vender
y venderé en pública subasta
y al mejor postor la propiedad
que ubica y se describe a continuación: URBANA: Propiedad
Horizontal: Apartamento número
2805. Está localizado en el Edificio B, piso quinto, del Condominio Balcones de Monte Real,
situado en el Barrio Canovanillas
del Municipio de Carolina, con
una cabida 113.16 metros cua-
drados, equivalentes a 1,217.60
pies cuadrados, con un área de
terraza de 1,468.44 pies cuadrados, equivalentes a 136.47
metros cuadrados. En lindes
por el NORTE, en 35’6”, equivalentes a 10.82 metros, con área
común y estacionamiento; por
el SUR, en 35’6”, equivalentes
a 10.82 metros, con pared hacia
el exterior, área común y puerta
de acceso al apartamento; por
el ESTE, en 48’4”, equivalentes
a 14.73 metros, con apartamento
2905; y por el OESTE, en 48’4”,
equivalentes a 14.73 metros, con
escalera y apartamento 2703.
Esta propiedad está formada por
sala, comedor, balcón, terraza, 3
dormitorios con closets, cocina, 2
baños y área de lavandería. Le
corresponden 3 estacionamientos identificados con el mismo
número del apartamento y una
participación de .0044200% en
los elementos comunes. FINCA
NÚMERO: 55,460, inscrita al folio 15 del tomo 1360 (ágora) de
Carolina, Sección II de Carolina.
El producto de la subasta se destinará a satisfacer al demandante
hasta donde alcance, la suma de
$139,111.29 de principal, más
intereses al 4.625% anual desde
el día 1ro. de febrero de 2015,
más la suma de $14,200.00, por
concepto de honorarios de abogado y costas autorizadas por el
Tribunal, más las cantidades que
se adeudan mensualmente desde la fecha antes mencionada,
por concepto de seguro hipotecario, cargos por demora, más
cualesquiera otros adelantos que
se hagan en virtud de la escritura de hipoteca, todo ello, según
surge de la SENTENCIA dictada
en este caso el 22 de febrero de
2016. La adjudicación se hará al
mejor postor, quien deberá consignar el importe de su oferta en
el acto mismo de la adjudicación,
en efectivo (moneda del curso
legal de los Estados Unidos de
América), giro postal o cheque
certificado a nombre del alguacil del Tribunal. LA PRIMERA
SUBASTA se llevará a efecto el
día 3 DE FEBRERO DE 2017 A
LAS 10:00 DE LA MAÑANA, en
la oficina del referido Alguacil,
localizada en el Centro Judicial
de Carolina, Carolina, Puerto
Rico. Que el precio mínimo fijado para la PRIMERA SUBASTA
es de $139,414.47. Que de ser
necesaria la celebración de una
SEGUNDA SUBASTA la misma
se llevará a efecto el día 10 DE
FEBRERO DE 2017 A LAS 10:00
DE LA MAÑANA, en la oficina
antes mencionada del Alguacil
que suscribe. El precio mínimo
para la SEGUNDA SUBASTA
será de $92,942.98, equivalentes
a dos terceras (2/3) partes del
tipo mínimo estipulado para la
PRIMERA subasta. Que de ser
necesaria la celebración de una
TERCERA SUBASTA la misma
se llevará a efecto el día 17 DE
FEBRERO DE 2017 A LAS 10:00
DE LA MAÑANA, en la oficina antes mencionada del Alguacil que
suscribe. El precio mínimo para
la TERCERA SUBASTA será de
$69,707.24, equivalentes a la mitad (1/2) del tipo mínimo estipula-
Wednesday, December 21, 2016
do para la PRIMERA subasta. Si
se declarase desierta la tercera
subasta, se adjudicará la finca a
favor del acreedor por la totalidad
de la cantidad adeudada si ésta
es igual o menor que el monto
del tipo de la tercera subasta, si
el Tribunal lo estima conveniente;
se abonará dicho monto a la cantidad adeudada si esta es mayor,
todo ello a tenor con lo dispone el
Articulo 104 de la Ley Núm. 210
del 8 de diciembre de 2015 conocida como “Ley del Registro de la
Propiedad Inmueble del Estado
Libre Asociado de Puerto Rico”.
La propiedad a ser ejecutada se
adquiere libre de toda carga y
gravamen que afecte la mencionada finca según el Artículo 102,
inciso 6. Una vez confirmada la
venta judicial por el Honorable
Tribunal, se procederá a otorgar la correspondiente escritura
de venta judicial y se pondrá al
comprador en posesión física del
inmueble de conformidad con las
disposiciones de Ley. Para conocimiento de la parte demandada
y de toda aquella persona o personas que tengan interés inscrito
con posterioridad a la inscripción
del gravamen que se está ejecutando, y para conocimiento de
todos los licitadores y el público
en general, el presente Edicto se
publicará por espacio de dos (2)
semanas consecutivas, con un
intervalo de por lo menos siete
días entre ambas publicaciones,
en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado
de Puerto Rico y se fijará además en tres (3) lugares públicos
del Municipio en que ha de celebrarse dicha venta, tales como la
Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía. Se les informa, por último,
que: a. Que los autos y todos los
documentos correspondientes al
procedimiento incoado estarán
de manifiesto en la secretaría
del tribunal durante las horas
laborables. b. Que se entenderá
que todo licitador acepta como
bastante la titularidad y que las
cargas y gravámenes anteriores
y los preferentes, si los hubiere,
al crédito del ejecutante continuarán subsistentes. Se entenderá, que el rematante los acepta
y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio
del remate. EXPIDO, el presente EDICTO, en Carolina, Puerto
Rico, hoy día 17 de noviembre
de 2016. MANUEL VILLAFAÑE
BLANCO, ALGUACIL, DIVISIÓN
DE SUBASTAS, TRIBUNAL DE
PRIMERA INSTANCIA, SALA
SUPERIOR DE CAROLINA.
LEGAL NOTICE
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE
PUERTO RICO TRIBUNAL DE
PRIMERA INSTANCIA CENTRO
JUDICIAL DE SAN JUAN SALA
SUPERIOR
ROOSEVELT CAYMAN
ASSET COMPANY II
Parte Demandante Vs.
LILIANA MARIA LOPEZ
URRUTIA, por sí
Parte Demandada
Civil Núm.: KCD2014-2185.
Salón: 902. Sobre: COBRO DE
DINERO Y EJECUCIÓN DE
HIPOTECA (POR LA VÍA ORDINARIA). AVISO DE SUBASTA.
ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, EL PRESIDENTE DE LOS
ESTADOS UNIDOS, EL PUEBLO DE PUERTO RICO, SS. Yo,
GLORIMAR GONZÁLEZ AYALA,
Alguacil del Tribunal de Primera
Instancia, Sala de SAN JUAN:
CERTIFICO Y HAGO CONSTAR: Que en cumplimiento con
un MANDAMIENTO DE EJECUCIÓN DE SENTENCIA que me
ha sido dirigido por el Secretario
de este Tribunal en el caso arriba
mencionado, venderé en pública
subasta al mejor postor entre la
parte demandante y aquellas personas que reúnan los requisitos y
calificaciones de Ley, de contado
y por moneda del cuño legal de
los Estados Unidos de América,
en efectivo, giro postal o cheque
certificado a nombre del (de la)
Alguacil del Tribunal de Primera
Instancia, en mi oficina sita en
el Tribunal de Primera Instancia, Sala de SAN JUAN, el día
19 DE ENERO DE 2017 A LAS
9:00 DE LA MAÑANA todo derecho, título o interés que tenga la
parte demandada en la finca que
se describe más adelante. El tipo
mínimo para la primera subasta
lo será la suma de $221,200.00.
De no adjudicarse la propiedad en esa Primera Subasta,
se celebrarán una SEGUNDA
Y TERCERA SUBASTA, en las
mismas oficinas de este Alguacil,
respectivamente, el día 26 DE
ENERO DE 2017 A LAS 9:00 DE
LA MAÑANA y el día 2 DE FEBRERO DE 2017 A LAS 9:00 DE
LA MAÑANA. Los tipos mínimos
para dichas Segunda y Tercera
Subastas lo serán, respectivamente las dos terceras partes y
la mitad del tipo mínimo que se
pactara para la Primera Subasta,
o sea, las sumas de $147,466.67
y $110,600.00, respectivamente.
La propiedad objeto de subasta
se describe como sigue: URBANA: PROPIEDAD HORIZONTAL:
Apartamento número Mil Ciento
Seis (1106). Es un apartamento
residencial localizado en el piso
número once (11) del edificio Torre Norte del inmueble sometido
al Régimen de Propiedad Horizontal, denominado Condominio
Parque de Loyola, que ubica en
el Barrio Hato Rey del Municipio
de San Juan, Puerto Rico. Este
apartamento tiene un área de
construcción de Mil setecientos
cuarenta y nueve punto ochenta
y un (1,749.81) pies cuadrados,
equivalentes a ciento sesenta y
dos punto treinta y seis (162.36)
metros cuadrados. Este apartamento tiene su puerta de entrada
por el lindero Sureste y por ella
se sale al pasillo que conduce
al área de ascensores y escaleras y de ahí se sale al exterior.
Este apartamento tiene un largo
máximo de cincuenta y cinco
(55) pies cero (0) pulgadas y
un ancho máximo de cuarenta y
seis (46) pies diez (10) pulgadas.
En lindes por el NORTE, en cincuenta y cinco (55) pies diez (10)
pulgadas con área común; por el
SUR, en cincuenta y cinco (55)
pies cero (0) pulgadas, con área
común, el pasillo que conduce al
apartamento y la pared medianera que lo separa del apartamento
número mil ciento cinco (1105);
por el ESTE, en cuarenta y seis
(46) pies diez (10) pulgadas, con
área común exterior; y por el
OESTE, en cuarenta y seis (46)
pies diez (10) pulgadas, con área
común exterior. Este apartamento consta de tres dormitorios, uno
de ellos master, dos baños, uno
de ellos master, un closet vestidor, dos closets, un pasillo con
closet, lavandería, cocina, sala,
comedor, terraza y vestíbulo.
Este apartamento le corresponde
punto cuatro cuatro cuatro nueve
siete (.44497) por ciento en los
elementos comunes generales
del Condominio y punto siete seis
cuatro siete cuatro (.76474) por
ciento en los elementos comunes limitados de la Torre Norte.
Le corresponde el uso exclusivo
de los estacionamientos número
trescientos setenta y cinco (375)
(sencillo descubierto) y trescientos setenta y seis (376) (sencillo
descubierto), los cuales ubican
en el segundo nivel del Edificio
de estacionamiento del Condominio. Inscrito al folio 179 del
tomo 1499 de Río Piedras Norte,
Registro de la Propiedad de San
Juan, Sección II, finca número
40598. La dirección del inmueble
es: Condominio Parque de Loyola Norte, 600 César González,
Apartamento 1106, San Juan, PR
00918. Dichos remates se llevarán a efecto para con su producto
satisfacer a la parte demandante
el importe de la Sentencia que ha
obtenido ascendente a la suma
de $214,315.21 de principal, intereses acumulados desde el 1
de abril de 2014 y los intereses
pactados al 6.75% anual que se
continúen generando a partir de
dicha fecha en adelante, recargos acumulados por la cantidad
de $359.70 desde el 1 de mayo
de 2014, $226.43 para reserva
y contribuciones y la cantidad
de $22,120.00 estipulada para
costas y honorarios de abogado.
Cualquier título, derecho o interés que tenga la parte demandada en este caso en la propiedad
anteriormente descrita se adjudicará al mejor postor entre la parte demandante y aquellas personas que refinan los requisitos y
calificaciones de Ley. Los autos
y todos los documentos correspondientes al procedimiento de
ejecución de hipoteca por la vía
ordinaria incoados en este caso,
estarán de manifiesto en la Secretaría de este Honorable Tribunal durante horas laborables. Se
entiende que todo licitador que
comparezca a la subasta señalada en este caso acepta como
bastante la titulación que da base
a la misma. Que la propiedad a
ser ejecutada se adquirirá libre
de cargas y gravámenes posteriores. Se entiende que cualquier
carga y/o gravamen anterior
y/o preferente, si lo hubiere, al
crédito que da base a esta ejecución continuará subsistente,
entendiéndose además, que el
remanente los acepta y queda
subrogado en la responsabilidad
de los mismos, sin destinarse a
33
Legal Notice
Demandado
Civil Núm.: CD2015-0588. Sobre: COBRO DE DINERO Y
EJECUCIÓN DE HIPOTECA.
LOS ESTADOS UNIDOS DE
AMÉRICA, EL PRESIDENTE DE
LOS EE.UU., EL ESTADO LIBRE
ASOCIADO DE P.R., SS. AVISO
DE PÚBLICA SUBASTA. El que
suscribe, Alguacil del Tribunal de
Primera Instancia, Sala Superior
de Toa Alta, hago saber a la parte
demandada RAFAEL ANTONIO
HERNÁNDEZ TORRES, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA y
al PÚBLICO EN GENERAL; que
en cumplimiento del Mandamiento de Ejecución de Sentencia
expedido el 6 de septiembre de
2016, por la Secretaría del Tribunal de Bayamón, procederé
a vender y venderé en pública
subasta por el precio mínimo
de $43,051.52 y al mejor postor
la propiedad que se describe
a continuación:[CONDOMINIO
QUINTA REAL, APARTAMENTO 11-304, CARRETERA 2,
BARRIO CANDELARIA, TOA
ALTA, PUERTO RICO 00958].
URBANA: PROPIEDAD HORIZONTAL: Apartamento número
11-304. Apartamento residencial
de forma irregular, localizado
en la tercera planta del edificio
11 del Condominio Quinta Real,
situado en la Carretera 2, del
Barrio Candelaria del Municipio
de Toa Baja. Con una cabida de
1670.37 pies cuadrados, equivalentes a 155.24 metros cuadrados. En lindes por el NORTE, con
pared medianera que lo separa
del apartamento 11-303, en una
distancia de 42’ 02”, equivalentes
a 12.86 metros; por el SUR, con
pared medianera que lo separa
del apartamento 11-305, en una
distancia de 46’ 06”, equivalentes
a 14.18 metros; por el ESTE, con
el espacio aéreo, en una distancia de 31’10”, equivalentes a
9.70 metros. El inmueble antes
descrito consta en su plana primaria con la puerta de entrada,
con acceso al vestíbulo de cada
edificio, tres habitaciones dormitorios, dos baños, cocina, sala,
comedor y balcón con una escalera que conduce a una terraza
techada en su nivel superior de
443.37 pies cuadrados, equivalentes a 41.21 metros cuadrados,
con medio baño. Le corresponde
a esta unidad el uso exclusivo
de dos estacionamientos marcados con el número 11-304, los
cuales son elementos comunes
limitados. Le corresponde a este
apartamento en los elementos
comunes generales del condominio, el 0.004708732%. Inscrita
al folio 25 del tomo 649 de Toa
Baja, finca número 30,054, Registro de la Propiedad de Bayamón, Sección Segunda. La finca
LEGAL NOTICE
antes descrita se encuentra afecESTADO LIBRE ASOCIADO DE
ta a los siguientes gravámenes:
PUERTO RICO TRIBUNAL DE
(i) HIPOTECA: A favor de Banco
PRIMERA INSTANCIA SALA DE
Bilbao Vizcaya Argentaria Puerto
TOA ALTA
Rico, a su orden, por la suma de
ORIENTAL BANK
$40,000.00, intereses al 6.875%
Demandante V.
anual, vencedero 1 de septiemRAFAEL ANTONIO
bre de 2037, según consta de
HERNÁNDEZ TORRES; la escritura #615, otorgada en
ESTADOS UNIDOS DE San Juan, el día 29 de agosto
de 2007, ante el notario Raúl J.
AMERICA
Vilá Sellés, inscrita al folio 25 del
su extinción el precio del remate.
El monto de cada carga anterior
que figura de la Certificación
Registral sobre la finca objeto
de esta ejecución, así como los
nombres de sus titulares y fecha
de vencimiento se detallan como
sigue: NINGUNO. El monto de
cada carga posterior que figura
de la Certificación Registral sobre
la finca objeto de esta ejecución,
así como los nombres de sus titulares y fecha de vencimiento se
detallan como sigue: BITACORA:
Al asiento 2016-042167-SJ02,
el día 20 de mayo de 2016, se
presenta Orden de fecha 10 de
noviembre de 2015 y Mandamiento de fecha 15 de diciembre de 2015, en el Tribunal de
Primera Instancia, Sala Superior
de San Juan, caso civil #KCM2015-3796 (602), por concepto
de Cobro de Dinero, seguido por
CONSEJO DE TITULARES DEL
CONDOMINIO PARQUE LOYOLA versus Liliana Lopez Urrutia,
anotación de sentencia por la
suma de $4,190.61, por concepto de cuotas de mantenimiento.
Pendiente de calificación y despacho. Por la presente se le notifica a los titulares de crédito y/o
cargas registrales posteriores,
que se celebrarán las Subastas
en las fechas, horas y sitio anteriormente señalados, y se les
invitan a que concurran a dichas
subastas si les conviniese, o se
les invita a satisfacer antes del
remate, el importe del crédito,
de sus intereses, costas y honorarios de abogados asegurados,
quedando entonces subrogados
en los derechos del acreedor
ejecutante, siempre y cuando
refinan los requisitos y calificaciones de Ley y para que pueda
efectuar tal subrogación. Y para
su publicación en el tablón de
edictos de este Tribunal y en dos
lugares públicos del municipio en
el cual se celebrarán las subastas señaladas, así como para la
publicación en un periódico de
circulación general diarias y en el
Estado Libre Asociado de Puerto
Rico, por el término de por lo menos dos semanas con antelación
a la fecha de la primera subasta
y una vez por semana. Se hace
constar que los abogados de la
parte demandante son Igor J.
Domínguez Law Offices, 1225
Avenida Ponce de León, Suite
1105, San Juan, PR 00907-3921,
Teléfono (787) 250-0220, Fax.
(787) 250-0295. EXPEDIDO el
presente en SAN JUAN, Puerto Rico, a 07 de noviembre de
2016. GLORIMAR GONZÁLEZ
AYALA, ALGUACIL, TRIBUNAL
DE PRIMERA INSTANCIA, SALA
DE SAN JUAN.
tomo 649 de Toa Baja, inscripción 2da. Modificada la hipoteca
en cuanto al principal que será
$43,051.52, interés variable y
vencimiento el 1 de abril de 2044,
según consta de la escritura #85,
otorgada en San Juan, el día 29
de marzo de 2014, ante el notario Luis Yamil Rodríguez San Miguel, inscrito al folio 25 del tomo
649 de Toa Baja, inscripción
3era. (ii) EMBARGO: A favor de
los Estados Unidos de América,
por $98,163.98, con fecha del 22
de agosto de 2007, contra Rafael Hernández Torres, inscrito
al folio 155 del tomo 5, asiento 2,
notificación #383532607, seguro
social XXX-XX-5081. La hipoteca objeto de esta ejecución es
la que ha quedado descrita en
el inciso (i). Será celebrada la
subasta para con el importe de
la misma satisfacer la sentencia dicta el 16 de noviembre de
2015, mediante la cual se condenó a la parte demandada pagar a
la parte demandante la suma de
$37,211.25 de principal, interés
variable, desde el día 1 de agosto de 2014; intereses vencidos;
gastos por demora y $4,305.15
estipulados para costas, gastos
y honorarios de abogado, más
cualquier otro desembolso que
haya efectuado o efectúe la parte
demandante durante la tramitación de este caso para otros
adelantos de conformidad con el
Contrato Hipotecario, incluyendo
primas de seguro de hipoteca,
prima de seguro de siniestro y
cargos por demora. La PRIMERA
SUBASTA será celebrada el día
19 DE ENERO DE 2017 A LAS
11:15 DE LA MAÑANA, en la
oficina del Alguacil, sita en el Tribunal de Primera Instancia, Sala
de Bayamón, Puerto Rico. Servirá de tipo mínimo para la misma
la cantidad de $43,051.52, sin
admitirse oferta inferior. De no
haber remate ni adjudicación,
celebraré SEGUNDA SUBASTA
el día 26 DE ENERO DE 2017,
A LAS 11:15 DE LA MAÑANA, en
el mismo lugar, en la que servirá
como tipo mínimo, dos terceras
(2/3) partes del precio pactado
para la primera subasta, o sea,
$28,701.01. Si no hubiese remate ni adjudicación en la segunda
subasta, celebraré TERCERA
SUBASTA el día 2 DE FEBRERO DE 2017, A LAS 11:15 DE
LA MAÑANA, en el mismo lugar
en la que regirá como tipo mínimo, la mitad del precio pactado
para la primera subasta, o sea,
$21,525.76. El precio ofrecido se
pagará de contado y en moneda
de curso legal o por cheque del
gerente librado a favor del alguacil en el mismo acto de subasta y
tan pronto se conceda la buena
pro al postor agraciado. Que los
autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento
incoado estarán de manifiesto en
la secretaría del tribunal durante
las horas laborables. Que se entenderá que todo licitador acepta
como bastante la titularidad y
que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los
hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes. Se
entenderá, que el rematante los
Legal Notice
acepta y queda subrogado en la
responsabilidad de los mismos,
sin destinarse a su extinción el
precio del remate. La propiedad
a ser ejecutada se adquirirá libre
de cargas y gravámenes posteriores. Por la presente se notifica
a los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos
sobre los bienes hipotecados con
posterioridad a la inscripción del
crédito del ejecutante o acreedores de cargas o derechos reales
que los hubiesen pospuesto a
la hipoteca ejecutada y las personas interesadas en, o con
derecho a exigir el cumplimiento de instrumentos negociables
garantizados hipotecariamente
con posterioridad al crédito ejecutado, para que puedan concurrir a la subasta si les convenga
o satisfacer antes del remate el
importe del crédito, de sus intereses, costas y honorarios de abogados asegurados, quedando
subrogados en los derechos del
acreedor ejecutante. Vendida o
adjudicada la finca o derecho hipotecado y consignado el precio
correspondiente, en esa misma
fecha o fecha posterior, el alguacil que celebró la subasta procederá a otorgar la correspondiente
escritura pública de traspaso en
representación del dueño o titular de los bienes hipotecados,
ante el notario que elija el adjudicatario o comprador, quien
deberá abonar el importe de tal
escritura. El alguacil pondrá en
posesión judicial al nuevo dueño,
si así se lo solicita dentro del término de veinte (20) días a partir
de la confirmación de la venta
o adjudicación. Si transcurren
los referidos veinte (20) días, el
tribunal podrá ordenar, sin necesidad de ulterior procedimiento,
que se lleve a efecto el desalojo o lanzamiento del ocupante u
ocupantes de la finca o de todos
los que por orden o tolerancia
del deudor la ocupen. Y PARA
CONOCIMIENTO DE LOS LICITADORES Y DEL PUBLICO EN
GENERAL y para su publicación
de acuerdo con la Ley, expido el
presente Edicto bajo mi firma y
sello de este Tribunal. En Bayamón, Puerto Rico, hoy 19 de septiembre de 2016. EDGARDO E.
VARGAS SANTANA, ALGUACIL,
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA DE BAYAMÓN.
LEGAL NOTICE
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE
PUERTO RICO TRIBUNAL DE
PRIMERA INSTANCIA SALA DE
BAYAMÓN
ORIENTAL BANK
Demandante V.
FÉLIX DEL
VALLE RODRÍGUEZ
Demandados
Civil Núm.: DCD2015-2459.
(502). Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA. LOS ESTADOS UNIDOS DE
AMÉRICA, EL PRESIDENTE DE
LOS EE.UU., EL ESTADO LIBRE
ASOCIADO DE P.R., SS. AVISO
DE PÚBLICA SUBASTA. El que
suscribe, Alguacil del Tribunal de
Primera Instancia, Sala Superior
de Bayamón, hago saber a la par-
34
te demandada FÉLIX DEL VALLE
RODRÍGUEZ, y al PÚBLICO EN
GENERAL; que en cumplimiento
del Mandamiento de Ejecución
de Sentencia expedido el 20 de
junio de 2016, por la Secretaría
del Tribunal, procederé a vender
y venderé en pública subasta por
el precio mínimo de $123,250.00
y al mejor postor la propiedad que
se describe a continuación: [147
CALLE 2 URBANIZACIÓN FLAMINGO HILLS, BAYAMÓN, PR
00956]. URBANA: Solar 147 Urbanización Flamingo Hills, barrio
Pájaros de Bayamón, compuesto
de 324.87 metros cuadrados. En
lindes por el Norte, con calle 2;
Sur con pase (“mall”); Este, con
solar 146; y Oeste, con el Solar
148. Enclava una casa de hormigón y bloques para una familia. Inscrita al folio 214 del tomo
1851 de Bayamón, finca número
28727, Registro de la Propiedad
de Bayamón, sección Primera.
La finca antes descrita se encuentra afecta a los siguientes
gravámenes posteriores: (i) HIPOTECA: Por $123,250.00, con
intereses al 6.50% anual, en
garantía de un pagare a favor
de First Mortgage Capital, Inc., 0
a su orden, que vence el I ro de
octubre de 2034. Según escritura
#331, otorgada en Bayamón, el
29 de septiembre de 2004, ante
Manuel R. Pérez Caballer, inscrita al folio 214 del tomo 1851 de
Bayamón Sur, inscripción 12da.
(ii) CANCELACION PARCIAL Y
MODIFICACION DE HIPOTECA:
Cancelada parcialmente la hipoteca antes relacionada, siendo su
nuevo principal de $116,200.00;
se modifica en cuanto a sus intereses, que serán al 4% anual y
su vencimiento será el lro de julio
de 2052. Según escritura #165,
otorgada en San Juan, el 28 de
junio de 2012, ante Juan A. Martínez Romero, inscrita al folio 214
del tomo 1851 de Bayamón Sur,
inscripción 14ta. (iii) HIPOTECA:
Por $15,000.00, con intereses al
9.50% anual, en garantía de un
pagare a favor de First Mortgage
Capital, Inc., que vence el 1ro de
febrero de 2022. Según escritura
#74, otorgada en Bayamón, el 30
de enero de 2007, ante Manuel
R. Pérez Caballer, inscrita al folio
214 del tomo 1851 de Bayamón
Sur, inscripción 13ra. (iv) SUBORDINACION DE HIPOTECA:
Subordinada la hipoteca antes
relacionada, en beneficio de la
modificación de la inscripción
1418, para que esta última tenga
rango preferente. Según escritura #289, otorgada en San Juan,
el 19 de julio de 2013, ante Juan
A. Martínez Romero, inscrita al
folio 88 del tomo 1930 de Bayamón Sur, inscripción 15ta. (v)
SENTENCIA: Por $5,215.00,
de fecha 2 de febrero de 2015,
dictada en el Caso Civil #DCM20
13-1115, Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón, sobre
cobro de dinero; seguido par Asociación de Residentes Flamingo
Hills (demandante) versus Félix
Del Valle Rodríguez (demandado). Anotado al folio 57 del tomo
5 de Sentencias, con fecha 13 de
abril de 2015. La hipoteca objeto
de esta ejecución es la que ha
The San Juan Daily Star
Wednesday, December 21, 2016
quedado descrita en el inciso (i).
Será celebrada la subasta para
con el importe de la misma satisfacer la sentencia dicta el 23 de
febrero de 2016, mediante la cual
se condenó a la parte demandada pagar a la parte demandante
la suma de $114,322.66 de principal, intereses al 4.00% desde
el día 1 de abril de 2015, hasta
su total y completo pago, más
la cantidad de $12,325.00 para
costas, gastos y honorarios de
abogado que la parte demandada se obligara a satisfacer como
suma liquida y sin necesidad de
nueva liquidación y aprobación
del Tribunal, más la cantidad
que se adeuda mensualmente a
partir del día 1 de mayo de 2015,
más cargos por demora, más
cualquiera otros adelantos que
se hagan en virtud de la escritura de hipoteca. La PRIMERA
SUBASTA será celebrada el día
19 DE ENERO DE 2017, A LAS
9:30 DE LA MAÑANA, en la oficina del Alguacil, sita en el Tribunal
de Primera Instancia, Sala de
Bayamón, Puerto Rico. Servirá
de tipo mínimo para la misma
la cantidad de $123,250.00, sin
admitirse oferta inferior. De no
haber remate ni adjudicación,
celebraré SEGUNDA SUBASTA
el día 26 DE ENERO DE 2017,
A LAS 9:45 DE LA MAÑANA, en
el mismo lugar, en la que servirá
como tipo mínimo, dos terceras
(2/3) partes del precio pactado
para la primera subasta, o sea,
$82,166.66. Si no hubiese remate ni adjudicación en la segunda
subasta, celebraré TERCERA
SUBASTA el día 2 DE FEBRERO DE 2017, A LAS 10:00 DE
LA MAÑANA, en el mismo lugar
en la que regirá como tipo mínimo, la mitad del precio pactado
para la primera subasta, o sea,
$61,625.00. El precio ofrecido se
pagará de contado y en moneda
de curso legal o por cheque del
gerente librado a favor del alguacil en el mismo acto de subasta y
tan pronto se conceda la buena
pro al postor agraciado. Que los
autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento
incoado estarán de manifiesto en
la secretaría del tribunal durante
las horas laborables. Que se entenderá que todo licitador acepta
como bastante la titularidad y
que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los
hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes. Se
entenderá, que el rematante los
acepta y queda subrogado en la
responsabilidad de los mismos,
sin destinarse a su extinción el
precio del remate. La propiedad
a ser ejecutada se adquirirá libre
de cargas y gravámenes posteriores. Por la presente se notifica
a los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos
sobre los bienes hipotecados con
posterioridad a la inscripción del
crédito del ejecutante o acreedores de cargas o derechos reales
que los hubiesen pospuesto a
la hipoteca ejecutada y las personas interesadas en, o con
derecho a exigir el cumplimiento de instrumentos negociables
garantizados hipotecariamente
con posterioridad al crédito ejecutado, para que puedan concurrir a la subasta si les convenga
o satisfacer antes del remate el
importe del crédito, de sus intereses, costas y honorarios de abogados asegurados, quedando
subrogados en los derechos del
acreedor ejecutante. Vendida o
adjudicada la finca o derecho hipotecado y consignado el precio
correspondiente, en esa misma
fecha o fecha posterior, el alguacil que celebró la subasta procederá a otorgar la correspondiente
escritura pública de traspaso en
representación del dueño o titular de los bienes hipotecados,
ante el notario que elija el adjudicatario o comprador, quien
deberá abonar el importe de tal
escritura. El alguacil pondrá en
posesión judicial al nuevo dueño,
si así se lo solicita dentro del término de veinte (20) días a partir
de la confirmación de la venta o
adjudicación. Si transcurren los
referidos veinte (20) días, el tribunal podrá ordenar, sin necesidad
de ulterior procedimiento, que se
lleve a efecto el desalojo o lanzamiento del ocupante u ocupantes
de la finca o de todos los que por
orden o tolerancia del deudor la
ocupen. Y PARA CONOCIMIENTO DE LOS LICITADORES Y
DEL PUBLICO EN GENERAL y
para su publicación de acuerdo
con la Ley, expido el presente Edicto bajo mi firma y sello
de este Tribunal. En Bayamón,
Puerto Rico, hoy 29 de agosto
de 2016. EDGARDO E. VARGAS
SANTANA, ALGUACIL, TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA,
SALA DE BAYAMÓN.
LEGAL NOTICE
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE
PUERTO RICO TRIBUNAL DE
PRIMERA INSTANCIA CENTRO
JUDICIAL DE HUMACAO SALA
SUPERIOR
BANCO POPULAR DE
PUERTO RICO
Demandante V.
SUCESIÓN DE ISRAEL
SANTANA RIVERA
COMPUESTA POR LYDIA
SANTANA RIVERA,
MARCOS SANTANA
RIVERA, JOSÉ JULIO
SANTANA RIVERA,
MANOLO SANTANA
RIVERA, HÉCTOR LUIS
SANTANA RIVERA,
NOELIA SANTANA
RIVERA, LUZ NEREIDA
SANTANA RIVERA,
ALEJANDRINA SANTANA
RIVERA, SANTA
SANTANA RIVERA,
HILDA LUZ SANTANA
RIVERA, FULANO
DE TAL, FULANA DE
TAL, SUTANO DE TAL,
SUTANA DE TAL, A,
B Y C, LA SUCESIÓN
DESCONOCIDA
DE ÁNGEL LUIS
SANTANA RIVERA, D,
E Y F, LA SUCESIÓN
DESCONOCIDA DE LUZ
DELIA SANTANA RIVERA,
G, H, e I, HONORABLE
SECRETARIO DE
HACIENDA DEL
ESTADO LIBRE
ASOCIADO DE PUERTO
RICO; HONORABLE
SECRETARIO DEL
DEPARTAMENTO DE
JUSTICIA DEL ESTADO
LIBRE ASOCIADO DE
PUERTO RICO; CARMEN
SANTANA RODRIGUEZ
Demandados
Civil Núm.: HICI201400064.
(207). Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA. AVISO DE VENTA EN
PÚBLICA SUBASTA. Yo, MARÍA
DE PILAR RIVERA RIVERA, Alguacil Supervisor de la División
de Subastas del Centro Judicial
de Humacao a los demandados
y al público en general les notifico que, cumpliendo con un
Mandamiento que se ha librado
en el presente caso por el Secretario del Tribunal de epígrafe
con fecha 22 de junio de 2016 y
para satisfacer la Sentencia por
la cantidad de $31,515.64 de
principal, 9.5% de intereses, los
cuales continúan acumulándose
hasta el saldo total de la deuda,
$44.40 de gastos por mora, los
cuales continúan acumulándose
hasta el saldo total de la deuda,
más costas, gastos y honorarios
de abogado, dictada en el caso
de autos el 5 de febrero de 2016,
notificada el 9 de febrero de
2016, notificada por edicto el 17
de febrero de 2016, procederé
a vender en pública subasta, al
mejor postor en pago de contado
y en moneda del curso legal de
los Estados Unidos de América,
mediante efectivo, giro o cheque
certificado a nombre del Alguacil
de este Tribunal todo derecho,
título e interés que hayan tenido
tengan o puedan tener los deudores demandados en cuanto a
la propiedad localizada en: en el
Municipio de Naguabo, Puerto
Rico, el bien inmueble se describe a continuación: RÚSTICA:
Parcela marcada con el número
SETENTA Y DOS (72) en el plano de parcelación de la comunidad rural Florida del barrio Río
Blanco del término municipal de
Naguabo con una cabida superficial de UNA CUERDA CON DOS
MIL OCHOCIENTOS SETENTA
Y SIETE DIEZMILESIMAS DE
OTRA (1.2877 cdas.), equivalentes a cinco mil sesenta y
uno punto veinte y cinco metros
cuadrados (5,061.25 m.c.). En
lindes por el Norte, con la parcela número setenta (70) de la
comunidad; por el Sur, con parcela número setenta y tres (73)
de la comunidad; por el Este, con
los terrenos de la propiedad de
Anastasio Burgos; y por el Oeste, con la calle número dos (2) de
la comunidad. Consta inscrita al
folio 205 del tomo 108 de Naguabo, finca número 6,018, sección
de Humacao. Con el importe de
dicha venta se habrá de satisfacer a la parte demandante las
cantidades adeudadas, según
la Sentencia dictada en el caso
de epígrafe, por el Tribunal de
Primera Instancia, Sala de Bayamón, cuyas cantidades son las
siguientes: $31,515.64 de principal, 9.5% de intereses, los cuales
continúan acumulándose hasta
el saldo total de la deuda, $44.40
de cargos por mora, los cuales
continúan acumulándose hasta
el saldo total de la deuda; mas
costas, gastos y honorarios de
abogado. El tipo mínimo para la
subasta será la suma de tasación
pactada, la cual es $35,200.00
para la propiedad descrita. Si no
produjere remate o adjudicación
la primera subasta, se procederá
a una segunda subasta y servirá
de tipo mínimo de 2/3 partes del
valor de la tasación, $23,466.67
Si tampoco hubiere remate ni
adjudicación en esta segunda
subasta, se procederá a una
tercera subasta, en ésta el tipo
mínimo será de la 1/2 del valor
de la tasación, $17,600.00. Del
Estudio de Titulo realizado no
surgen gravámenes preferentes
y/o posteriores al que será objeto
de ejecución por esta subasta.
La PRIMERA SUBASTA se llevará a cabo el 10 DE ENERO DE
2017, A LAS 10:15 MAÑANA. De
no comparecer postor alguno se
llevará a efecto una SEGUNDA
SUBASTA el 17 DE ENERO DE
2017, A LAS 10:15 MAÑANA. De
no comparecer postor alguno se
llevará a cabo una TERCERA
SUBASTA el 24 DE ENERO DE
2017, A LAS 10:15 MAÑANA. La
subasta o subastas antes indicadas se llevarán a efecto en mi oficina, localizada en el Tribunal de
Primera Instancia, Sala Superior
de Humacao Se advierte a los licitadores que la adjudicación se
hará al mejor postor, quien deberá consignar el importe de su
oferta en el mismo acto de la adjudicación en moneda de curso
legal de los Estados Unidos de
Norteamérica y para conocimiento de la parte demandada y de
toda(s) aquella(s) persona(s) que
tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, y
para conocimiento de los licitadores y el público en general y para
su publicación en un periódico de
circulación general, una vez por
semana durante el término de
dos (2) semanas consecutivas
con un intervalo de por lo menos
siete (7) días entre ambas publicaciones, y para su fijación en
tres (3) lugares públicos del municipio en que ha de celebrarse
la venta, tales como, la Alcaldía,
el Tribunal y la Colecturía y se le
notificará además a la parte demandada vía correo certificado
con acuse de recibo a la última
dirección conocida. La propiedad
a ser ejecutada se adquirirá libre
de cargas y gravámenes posteriores, previa orden judicial dirigida al Registrador de la Propiedad
de la sección correspondiente
para la cancelación de aquellos
posteriores. Se les advierte a todos los interesados que todos los
documentos relacionados con la
presente acción de ejecución de
hipoteca, así como la de la subasta, estarán disponibles para
ser examinados, durante horas
laborables, en la Secretaría del
Tribunal. Se entenderá que todo
licitador acepta como bastante
la titularidad y que las cargas y
gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito
del ejecutante, continuarán subsistentes; entendiéndose que el
rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de
los mismos, sin destinarse a su
extinción el precio del remate. Y
para conocimiento de los demandados, de los acreedores posteriores, de los licitadores, partes
interesadas y público en general,
expido el presente Aviso para su
publicación en los lugares públicos correspondientes. Librado
en Humacao, Puerto Rico, a 12
de diciembre de 2016. MARÍA
DE PILAR RIVERA RIVERA, ALGUACIL.
LEGAL NOTICE
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE
PUERTO RICO TRIBUNAL DE
PRIMERA INSTANCIA CENTRO
JUDICIAL DE BAYAMÓN SALA
SUPERIOR
BANCO POPULAR DE
PUERTO RICO
Demandante V.
EDGARDO DÍAZ
ALGARÍN, LUZ
ESTRELLA NEGRÓN
PACHECO T/C/C LUZ E.
NEGRÓN PACHECO Y LA
SOCIEDAD LEGAL DE
BIENES GANANCIALES
COMPUESTA POR
AMBOS
Demandados
Civil Núm.: DCD2013-1254.
(501). Sobre: ACCIÓN IN REM
Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA
POR LA VÍA ORDINARIA. AVISO DE VENTA EN PÚBLICA
SUBASTA. Yo, JORGE CAMPUSANO, Alguacil Supervisor
de la División de Subastas del
Centro Judicial de Bayamón, a
los demandados y al público en
general les notifico que, cumpliendo con un Mandamiento que
se ha librado en el presente caso
por el Secretario del Tribunal de
epígrafe con fecha 8 de junio de
2016 y para satisfacer la Sentencia por la cantidad de $75,457.27
de principal, 9% de intereses,
los cuales continúan acumulándose hasta el saldo total de la
deuda; $1,001.75 de gastos por
mora, $30.00 de otros gastos, los
cuales continúan acumulándose
hasta el pago total de la deuda,
más costas, gastos y honorarios
de abogado, dictada en el caso
de autos el 28 de octubre de
2013, notificada y archivada en
autos el 30 de octubre de 2013, y
publicada mediante edicto el 8 de
noviembre de 2013, procederé a
vender en pública subasta, al
mejor postor en pago de contado
y en moneda del curso legal de
los Estados Unidos de América,
mediante efectivo, giro o cheque
certificado a nombre del Alguacil
de este Tribunal todo derecho,
título e interés que hayan tenido
tengan o puedan tener los deudores demandados en cuanto a
la propiedad localizada en el Municipio de Naranjito, Puerto Rico,
el bien inmueble se describe a
continuación: BO. LOMAS DE
NARANJITO, KM. 9.1 PR-164,
NARANJITO, PR. RÚSTICA:
Lote de terreno en el Barrio Lomas de Naranjito, con una cabida superficial de cuatrocientos
cuarenta y cinco punto cuatro
mil treinta y ocho (445.4038) metros cuadrados. En lindes por el
NORTE, en cuarenta y uno punto
ochenta y nueve (41.89) metros,
con la finca principal de la cual
se segrega; por el SUR, en treinta y tres punto ochenta y cuatro
(33.84) metros, con una parcela
de terreno segregada en el caso
número cinco guión setenta
guión cero novecientos noventa
y seis guión LS (5-70-0996-LS);
por el ESTE, en dos alineaciones
distintas que suman dieciocho
punto noventa y seis (18.96)
metros, con la carretera estatal
número ciento sesenta y cuatro
(164); y por el OESTE, en seis
punto treinta y tres (6.33) metros
con Nereida Morales. Es segregación de la finca número 4,329,
inscrita al folio 220 del tomo 62
de Naranjito. Inscrita al folio 10
del tomo 70 de Naranjito, finca
número 4,736 Registro de la Propiedad de Barranquitas. Con el
importe de dicha venta se habrá
de satisfacer a la parte demandante las cantidades adeudadas,
según la Sentencia dictada en el
caso de epígrafe, por el Tribunal de Primera Instancia, Sala
de Bayamón, cuyas cantidades
son las siguientes: $75,457.27
de principal, 9% de intereses, los
cuales continúan acumulándose
hasta el saldo total de la deuda;
$1,001.75 de gastos por mora,
$30.00 de otros gastos, los cuales continúan acumulándose hasta el pago total de la deuda, más
costas, gastos y honorarios de
abogado. El tipo mínimo para la
subasta será la suma de tasación
pactada, la cual es $84,000.00
según la escritura de hipoteca
para la propiedad descrita. De
declararse la subasta desierta,
se procederá a una segunda subasta y servirá de tipo mínimo de
2/3 del precio mínimo antes mencionado; $56,000.00. Si tampoco
hubiere remate ni adjudicación
en esta segunda subasta, se
procederá a una tercera subasta,
en la cual regirá como tipo mínimo ésta la 1/2 del precio mínimo
antes mencionado; $42,000.00.
La PRIMERA SUBASTA se llevará a cabo el 18 DE ENERO DE
2017, A LAS 10:15 DE LA MAÑANA. De no comparecer postor
alguno se llevará a efecto una
SEGUNDA SUBASTA el 25 DE
ENERO DE 2017, A LAS 10:15
DE LA MAÑANA. De no comparecer postor alguno se llevará a
cabo una TERCERA SUBASTA
el 1 DE FEBRERO DE 2017, A
LAS 10:15 DE LA MAÑANA. La
subasta o subastas antes indicadas se llevarán a efecto en mi
oficina, localizada en el Tribunal
de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón. De la Certi-
The San Juan Daily Star
ficación Registral realizada por
el Registro de la Propiedad no
surgen gravámenes preferentes
y/o posteriores al que será objeto
de ejecución por esta subasta.
Se advierte a los licitadores que
la adjudicación se hará al mejor
postor, quien deberá consignar
el importe de su oferta en el
mismo acto de la adjudicación
en moneda de curso legal de
los Estados Unidos de Norteamérica y para conocimiento de
la parte demandada y de toda(s)
aquella(s) persona(s) que tengan
interés inscrito con posterioridad
a la inscripción del gravamen
que se está ejecutando, y para
conocimiento de los licitadores
y el público en general y para su
publicación en un periódico de
circulación general, una vez por
semana durante el término de
dos (2) semanas consecutivas
con un intervalo de por lo menos
siete (7) días entre ambas publicaciones, y para su fijación en
tres (3) lugares públicos del municipio en que ha de celebrarse
la venta, tales como, la Alcaldía,
el Tribunal y la Colecturía y se le
notificará además a la parte demandada vía correo certificado
con acuse de recibo a la última
dirección conocida. La propiedad
a ser ejecutada se adquirirá libre
de cargas y gravámenes posteriores, previa orden judicial dirigida al Registrador de la Propiedad
de la sección correspondiente
para la cancelación de aquellos
posteriores. Se les advierte a todos los interesados que todos los
documentos relacionados con la
presente acción de ejecución de
hipoteca, así como la de la subasta, estarán disponibles para
ser examinados, durante horas
laborables, en la Secretaría del
Tribunal. Se entenderá que todo
licitador acepta como bastante
la titularidad y que las cargas y
gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito
del ejecutante, continuarán subsistentes; entendiéndose que el
rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de
los mismos, sin destinarse a su
extinción el precio del remate. Y
para conocimiento de los demandados, de los acreedores posteriores, de los licitadores, partes
interesadas y público en general,
expido el presente Aviso para su
publicación en los lugares públicos correspondientes. Librado
en Bayamón, Puerto Rico, a 12
de diciembre de 2016. JORGE
CAMPUSANO, ALGUACIL.
LEGAL NOTICE
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE
PUERTO RICO TRIBUNAL DE
PRIMERA INSTANCIA CENTRO
JUDICIAL DE BAYAMÓN SALA
SUPERIOR
BANCO POPULAR DE
PUERTO RICO
Demandante V.
ENRIQUE MIRANDA
MARTINEZ
Demandado
Civil Núm.: DCD2013-2813.
(503). Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA.
AVISO DE VENTA EN PÚBLICA
SUBASTA. Yo, JORGE CAMPUSANO, Alguacil Supervisor de la
División de Subastas del Centro
Judicial de Bayamón a los demandados y al público en general les notifico que, cumpliendo
con un Mandamiento que se ha
librado en el presente caso por el
Secretario del Tribunal de epígrafe con fecha 06 de julio de 2016
y para satisfacer la Sentencia
por la cantidad de $75,483.66 de
principal, $1,447.24 de intereses,
los cuales continúan acumulándose hasta el saldo total de
la deuda, $66.72 de cargos por
mora, los cuales continúan acumulándose hasta el saldo total
de la deuda; mas costas, gastos
y honorarios de abogado, dictada en el caso de autos el 11 de
marzo de 2015, notificada el 25
de marzo de 2015, procederé
a vender en pública subasta, al
mejor postor en pago de contado
y en moneda del curso legal de
los Estados Unidos de América,
mediante efectivo, giro o cheque
certificado a nombre del Alguacil
de este Tribunal todo derecho,
título e interés que hayan tenido
tengan o puedan tener los deudores demandados en cuanto a
la propiedad localizada en: en el
Municipio de Vega Baja, Puerto
Rico, el bien inmueble se describe a continuación: URBANA:
Propiedad Horizontal: Apartamento residencial número Mil
Ciento Tres (1103) del Condominio TORREVISTA, localizado
en el Barrio Pugnado Afuera en
Vega Baja, Puerto Rico. Esta unidad fue fabricada en hormigón armado y bloques de cemento y se
encuentra ubicada en la segunda
planta del edificio denominado
“Building number eleven (11)”
del Condominio. Consta de una
planta y tiene su entrada por el
lindero Oeste del segundo nivel
del edificio, la cual sale a un pasillo de entrada común que a su
vez sale a una escalera también
común que da acceso al exterior
del edificio. Sus linderos son los
siguientes: Por el NORTE, en
una distancia de veintiocho pies
once pulgadas y media (28’11.5”)
con elementos exteriores; por el
SUR, en una distancia de veintiún pies cero pulgadas (21’0”)
con elementos exteriores; por el
ESTE, en una distancia de treinta y nueve pies y dos pulgadas
(39’2”) con el apartamento mil
ciento cuatro (1104) y elementos exteriores. Esta unidad tiene
un área de construcción de Mil
Sesenta y Dos punto Ochenta
y Tres (1062.83) Pies Cuadrados, equivalentes a NOVENTA
Y OCHO PUNTO SETENTA
Y CUATRO (98.74) METROS
CUADRADOS, y consta de tres
dormitorios con sus closets, dos
baños equipados, un linen closet,
sala-comedor, cocina, balcón y
área de lavandería. A esta unidad se le ha asignado como elemento común limitado el uso de
dos espacios de estacionamiento marcados con el número mil
ciento tres (1103) en el Plano del
Condominio. Le ha sido asignada
además una participación en los
gasta s e ingreso del condominio
Wednesday, December 21, 2016
y en la titularidad en sus elementos comunes equivalentes al
cero punto cuatro ocho tres cero
(0.48350) por ciento. Inscrita al
folio 11 del tomo 380 de Vega
Baja, finca número 27,628 Registro de la Propiedad de Bayamón,
Sección Cuarta. Con el importe
de dicha venta se habrá de satisfacer a la parte demandante las
cantidades adeudadas, según
la Sentencia dictada en el caso
de epígrafe, por el Tribunal de
Primera Instancia, Sala de Bayamón, cuyas cantidades son las
siguientes: $75,483.66 de principal, $1,447.24 de intereses, los
cuales continúan acumulándose
hasta el saldo total de la deuda,
$66.72 de cargos por mora, los
cuales continúan acumulándose
hasta el saldo total de la deuda;
mas costas, gastos y honorarios de abogado. El tipo mínimo
para la subasta será la suma
de tasación pactada, la cual es
$75,923.45 para la propiedad
descrita. Si no produjere remate
o adjudicación la primera subasta, se procederá a una segunda
subasta y servirá de tipo mínimo
de 2/3 partes del valor de la tasación, $50,615.63 Si tampoco
hubiere remate ni adjudicación
en esta segunda subasta, se
procederá a una tercera subasta,
en ésta el tipo mínimo será de
la 1/2 del valor de la tasación,
$37,961.73. La PRIMERA SUBASTA se llevará a cabo el 18
DE ENERO DE 2017, A LAS 9:45
DE LA MAÑANA. De no comparecer postor alguno se llevará a
efecto una SEGUNDA SUBASTA
el 25 DE ENERO DE 2017, 9:45
DE LA MAÑANA. De no comparecer postor alguno se llevará a
cabo una TERCERA SUBASTA
el 1 DE FEBRERO DE 2017, A
LAS 9:45 DE LA MAÑANA. La
subasta o subastas antes indicadas se llevarán a efecto en mi oficina, localizada en el Tribunal de
Primera Instancia, Sala Superior
de Bayamón. Del Estudio de Titulo realizado surgen gravámenes
preferentes al que será objeto de
ejecución por esta subasta: Por
su procedencia: Servidumbre a
favor de la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados de Puerto Rico, Autoridad de Energía
Eléctrica de Puerto Rico y Puerto
Rico Telephone Company. Del
Estudio de Titulo realizado no
surgen gravámenes posteriores
al que será objeto de ejecución
por esta subasta. Se advierte a
los licitadores que la adjudicación
se hará al mejor postor, quien deberá consignar el importe de su
oferta en el mismo acto de la adjudicación en moneda de curso
legal de los Estados Unidos de
Norteamérica y para conocimiento de la parte demandada y de
toda(s) aquella(s) persona(s) que
tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, y
para conocimiento de los licitadores y el público en general y para
su publicación en un periódico de
circulación general, una vez por
semana durante el término de
dos (2) semanas consecutivas
con un intervalo de por lo menos
siete (7) días entre ambas publi-
caciones, y para su fijación en
tres (3) lugares públicos del municipio en que ha de celebrarse
la venta, tales como, la Alcaldía,
el Tribunal y la Colecturía y se le
notificará además a la parte demandada vía correo certificado
con acuse de recibo a la última
dirección conocida. La propiedad
a ser ejecutada se adquirirá libre
de cargas y gravámenes posteriores, previa orden judicial dirigida al Registrador de la Propiedad
de la sección correspondiente
para la cancelación de aquellos
posteriores. Se les advierte a todos los interesados que todos los
documentos relacionados con la
presente acción de ejecución de
hipoteca, así como la de la subasta, estarán disponibles para
ser examinados, durante horas
laborables, en la Secretaría del
Tribunal. Se entenderá que todo
licitador acepta como bastante
la titularidad y que las cargas y
gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito
del ejecutante, continuarán subsistentes; entendiéndose que el
rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de
los mismos, sin destinarse a su
extinción el precio del remate. Y
para conocimiento de los demandados, de los acreedores posteriores, de los licitadores, partes
interesadas y público en general,
expido el presente Aviso para su
publicación en los lugares públicos correspondientes. Librado
en Bayamón, Puerto Rico, a 12
de diciembre de 2016. JORGE
CAMPUSANO, ALGUACIL.
LEGAL NOTICE
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE
PUERTO RICO TRIBUNAL DE
PRIMERA INSTANCIA CENTRO
JUDICIAL DE BAYAMÓN SALA
SUPERIOR
BANCO POPULAR DE
PUERTO RICO
Demandante V.
CARMEN LILLIAM
MARTINEZ GOMEZ, T/C/C
CARMEN L. MARTINEZ
GOMEZ Y CARLOS
ENRIQUE AMIEIRO
ABREU, T/C/C CARLOS E.
AMIEIRO ABREU
Demandados
Civil Núm.: DCD2013-1123.
(504). Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA.
AVISO DE VENTA EN PÚBLICA
SUBASTA. Yo, JORGE CAMPUSANO, Alguacil Supervisor
de la División de Subastas del
Centro Judicial de Bayamón a
los demandados y al público en
general les notifico que, cumpliendo con un Mandamiento
que se ha librado en el presente
caso por el Secretario del Tribunal de epígrafe con fecha 29 de
junio de 2016 y para satisfacer
la Sentencia por la cantidad
de $129,354.95 de principal,
$6,761.35 de intereses, los cuales continúan acumulándose
hasta el saldo total de la deuda;
$367.40 de gastos por mora, los
cuales continúan acumulándose
hasta el pago total de la deuda
y honorarios de abogado, más
costas y gastos del pleito, dictada en el caso de autos el 17 de
octubre de 2013, notificada el 23
de octubre de 2013, procederé
a vender en pública subasta, al
mejor postor en pago de contado y en moneda del curso legal
de los Estados Unidos de América, mediante efectivo, giro o
cheque certificado a nombre del
Alguacil de este Tribunal todo
derecho, título e interés que
hayan tenido tengan o puedan
tener los deudores demandados
en cuanto a la propiedad localizada en el Municipio de Toa Alta,
Puerto Rico, el bien inmueble se
describe a continuación: URBANIZACION MONTE VERDE,
CALLE 6 G-35, TOA ALTA, PR.
URBANA: Solar número treinta
y cinco (35) del bloque “G” de
la Urbanización Residencial de
Monte Verde en el Barrio Bucarabones de Toa Alta, Puerto Rico,
con un área de cuatrocientos
cinco punto veintidós (405.22)
metros cuadrados. En lindes por
el NORTE, en veintitrés punto
cero cero (23.00) metros, con los
solares número treinta y tres (33)
y número treinta y cuatro (34);
por el SUR, en veintidós punto
veinticinco (22.25) metros, con
Frederick D.A. Carpenter y el
solar número treinta (30); por el
ESTE, en dieciséis punto cero
ocho (16.08) metros, con el solar número treinta y uno (31); y
por el OESTE, en dieciséis punto
ochenta y dos (16.82) metros,
con la calle número seis (6).
Enclava una residencia. Consta
inscrito al Folio 74 del Tomo 117
de Toa Alta, Finca 5,561, Registro de la Propiedad, Sección III
de Bayamón. Con el importe de
dicha venta se habrá de satisfacer a la parte demandante las
cantidades adeudadas, según
la Sentencia dictada en el caso
de epígrafe, por el Tribunal de
Primera Instancia, Sala de Bayamón, cuyas cantidades son
las siguientes: $129,354.95 de
principal, $6,761.35 de intereses, los cuales continúan acumulándose hasta el saldo total
de la deuda, $367.40 de cargos
por mora, los cuales continúan
acumulándose hasta el saldo
total de la deuda; mas costas,
gastos y honorarios de abogado. El tipo mínimo para la subasta será la suma de tasación
pactada, la cual es $134,995.00
para la propiedad descrita. Si no
produjere remate o adjudicación
la primera subasta, se procederá
a una segunda subasta y servirá
de tipo mínimo de 2/3 partes del
valor de la tasación, $89,996.67.
Si tampoco hubiere remate ni
adjudicación en esta segunda
subasta, se procederá a una
tercera subasta, en ésta el tipo
mínimo será de la 1/2 del valor
de la tasación, $67,497.50. La
PRIMERA SUBASTA se llevará a cabo el 18 DE ENERO DE
2017, A LAS 9:30 MAÑANA. De
no comparecer postor alguno
se llevará a efecto una SEGUNDA SUBASTA el 25 DE ENERO
DE 2017, 9:30 MAÑANA. De no
comparecer postor alguno se
llevará a cabo una TERCERA
SUBASTA el 1 DE FEBRERO DE
2017, A LAS 9:30 MAÑANA. La
subasta o subastas antes indicadas se llevarán a efecto en mi
oficina, localizada en el Tribunal
de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón. Del Estudio
de Titulo realizado surgen gravámenes preferentes al que será
objeto de ejecución por esta
subasta: Servidumbre a favor de
Autoridad de Fuentes Fluviales
de Puerto Rico, Autoridad de
Acueductos y Alcantarillados de
Puerto Rico, Municipio de Toa
Alta y condiciones restrictivas
de edificación y uso. Del Estudio de Titulo realizado no surgen
gravámenes posteriores al que
será objeto de ejecución por
esta subasta. Se advierte a los
licitadores que la adjudicación
se hará al mejor postor, quien
deberá consignar el importe de
su oferta en el mismo acto de la
adjudicación en moneda de curso legal de los Estados Unidos
de Norteamérica y para conocimiento de la parte demandada y
de toda(s) aquella(s) persona(s)
que tengan interés inscrito con
posterioridad a la inscripción del
gravamen que se está ejecutando, y para conocimiento de los
licitadores y el público en general y para su publicación en un
periódico de circulación general,
una vez por semana durante el
término de dos (2) semanas consecutivas con un intervalo de
por lo menos siete (7) días entre
ambas publicaciones, y para su
fijación en tres (3) lugares públicos del municipio en que ha de
celebrarse la venta, tales como,
la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía y se le notificará además a
la parte demandada vía correo
certificado con acuse de recibo
a la última dirección conocida.
La propiedad a ser ejecutada
se adquirirá libre de cargas y
gravámenes posteriores, previa
orden judicial dirigida al Registrador de la Propiedad de la
sección correspondiente para
la cancelación de aquellos posteriores. Se les advierte a todos
los interesados que todos los
documentos relacionados con la
presente acción de ejecución de
hipoteca, así como la de la subasta, estarán disponibles para
ser examinados, durante horas
laborables, en la Secretaría del
Tribunal. Se entenderá que todo
licitador acepta como bastante
la titularidad y que las cargas y
gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito
del ejecutante, continuarán subsistentes; entendiéndose que el
rematante los acepta y queda
subrogado en la responsabilidad
de los mismos, sin destinarse a
su extinción el precio del remate. Y para conocimiento de los
demandados, de los acreedores
posteriores, de los licitadores,
partes interesadas y público
en general, expido el presente
Aviso para su publicación en
los lugares públicos correspondientes. Librado en Bayamón,
Puerto Rico, a 12 de diciembre
de 2016. JORGE CAMPUSANO,
ALGUACIL.
35
Legal Notice
LEGAL NOTICE
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE
PUERTO RICO TRIBUNAL DE
PRIMERA INSTANCIA SALA DE
CAGUAS
BANCO POPULAR DE
PUERTO RICO
Demandante V.
SUCESIÓN DE TOMAS
NEGRÓN VÁZQUEZ
COMPUESTA POR
CARMEN IRIS STUART
NIEVES T/C/C CARMEN
I. STUART NIEVES
T/C/C CARMEN
STUART NIEVES POR
SI Y LA CUOTA VIUDAL
USUFRUCTUARIA,
ANA HILDA NEGRÓN
ROSADO, WANDA
NEGRÓN ROSADO,
TOMÁS NEGRÓN
MARTÍNEZ, MARITZA
NEGRÓN MARTÍNEZ,
MIGUEL ÁNGEL
NEGRÓN MARTÍNEZ,
EDWIN NEGRÓN
MARTÍNEZ, MERCEDES
NEGRÓN MARTÍNEZ,
CARMEN IRIS NEGRÓN
STUART, FULANO
DE TAL, FULANA DE
TAL, SUTANO DE TAL,
SUTANA DE TAL, A, B Y
C COMO HEREDEROS
DESCONOCIDOS;
SUCESIÓN DE TOMÁS
NEGRÓN ROSADO
COMPUESTA POR
FULANO DE TAL,
FULANA DE TAL,
SUTANO DE TAL,
SUTANA DE TAL, A, B Y
C COMO HEREDEROS
DESCONOCIDOS;
HONORABLE
SECRETARIO DE
HACIENDA DEL
ESTADO LIBRE
ASOCIADO DE PUERTO
RICO; HONORABLE
SECRETARIO DEL
DEPARTAMENTO DE
JUSTICIA DEL ESTADO
LIBRE ASOCIADO DE
PUERTO RICO
Demandados
Civil Núm.: ECD2014-0431.
(704). Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA.
AVISO DE VENTA EN PÚBLICA
SUBASTA. Yo, IVONNE BENÍTEZ LÓPEZ, ALGUACIL PLACA
#958, Alguacil Supervisor de la
División de Subastas del Centro
Judicial de Caguas, a los demandados y al público en general les
notifico que, cumpliendo con un
Mandamiento que se ha librado
en el presente caso por el Secretario del Tribunal de epígrafe con
fecha 14 de septiembre de 2016
y para satisfacer la Sentencia
por la cantidad de $47,232.92
de principal; 6.95% de intereses,
los cuales continúan acumulándose hasta el saldo total de la
deuda, $28.83 de reserva “escrow”, $640.00 de bad checks,
$2,041.55 de gastos por mora,
$10.00 de otros gastos los cuales
continúan acumulándose hasta el
pago total de la deuda, más costas, gastos y honorarios de abogado, dictada en el caso de autos
el 19 de abril de 2016, y notificada
el 19 de julio de 2016, procederé
a vender en pública subasta, al
mejor postor en pago de contado
y en moneda del curso legal de
los Estados Unidos de América,
mediante efectivo, giro o cheque
certificado a nombre del Alguacil
de este Tribunal todo derecho,
título e interés que hayan tenido
tengan o puedan tener los deudores demandados en cuanto a
la propiedad localizada en: en
el Municipio de Caguas, Puerto
Rico, el bien inmueble se describe a continuación: Mirador de
Bairoa, 17 2T-74, Caguas, Puerto Rico. URBANA: Solar radicado
en la Urbanización El Mirador de
Bairoa, situado en el Barrio Bairoa del término municipal de Caguas, que se describe en el plano de inscripción con el número
setenta y cuatro del bloque dos
guión T, con área de Trescientos
punto Quince metros cuadrados,
en lindes por el NORTE, con la
calle número diecisiete, distancia
de trece punto ochenta metros,
por el SUR, con los solares setenta y setenta y uno, distancia
de trece punto ochenta metros,
por el ESTE, con el solar número
setenta y cinco distancia de veintiuno punto setenta y cinco metros y por el OESTE, con el solar
número setenta y tres, distancia
de veintiuno punto setenta y cinco metros. Enclava una casa.
Inscrita al folio 11 del tomo 1677
de Caguas, finca 35824, Registro
de La Propiedad de Caguas Sección I. Con el importe de dicha
venta se habrá de satisfacer a la
parte demandante las cantidades
adeudadas, según la Sentencia
dictada en el caso de epígrafe,
por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Caguas, cuyas
cantidades son las siguientes:
$47,232.92 de principal; 6.95%
de intereses, los cuales continúan acumulándose hasta el saldo total de la deuda, $28.83 de
reserva “escrow”, $640.00 de bad
checks, $2,041.55 de gastos por
mora, $10.00 de otros gastos los
cuales continúan acumulándose
hasta el pago total de la deuda,
más costas, gastos y honorarios de abogado. El tipo mínimo
para la subasta será la suma
de tasación pactada, la cual es
$77,300.00 para la propiedad
descrita. Si no produjere remate
o adjudicación la primera subasta, se procederá a una segunda
subasta y el tipo mínimo será la
cantidad de $51,533.33. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en esta segunda subasta, se
procederá a una tercera subasta
y el tipo mínimo será la cantidad
de $38,650.00. Para el lote descrito, la PRIMERA SUBASTA se
llevará a cabo el 17 DE ENERO
DE 2017, A LAS 11:00 DE LA
MAÑANA. De no comparecer
Legal Notice
postor alguno se llevará a efecto una SEGUNDA SUBASTA el
24 DE ENERO DE 2017, A LAS
11:00 DE LA MAÑANA. De no
comparecer postor alguno se
llevará a cabo una TERCERA
SUBASTA el 31 DE ENERO DE
2017, A LAS 3:00 DE LA TARDE.
La subasta o subastas antes indicadas se llevarán a efecto en mi
oficina, localizada en el Tribunal
de Primera Instancia, Sala Superior de Caguas. Del Estudio
de Titulo realizado surgen gravámenes preferentes al que será
objeto de ejecución por esta subasta: Por su procedencia: Servidumbres a favor de la Autoridad
de Acueductos y Alcantarillados
de Puerto Rico, Autoridad de las
Fuentes Fluviales de Puerto Rico,
Municipio de Caguas y Autoridad
de Comunicaciones. De la Certificación Registral realizada por
el Registro de la Propiedad surgen los siguientes gravámenes
posteriores los cuales pudieran
ser cancelados: HIPOTECA:
Hipoteca en garantía de un pagaré a favor de Doral Mortgage
Corporation, o a su orden, por
la suma principal de $11,000.00,
con intereses al 9.50% anual,
vencedero el día 1 de julio de
2014, constituida mediante la
escritura número 499, otorgada
en San Juan, Puerto Rico, el día
29 de junio de 2004, ante el notario Rey Javier De León Colón, e
inscrita al folio 11 del tomo 1,677
de Caguas, finca número 35,824,
inscripción 10ma., y última. ANOTACION DE DEMANDA: Aviso
de Demanda dictado el 8 de abril
de2014 en el Tribunal de Primera
Instancia Sala de Caguas caso
civil #E CD2014-0431 sobre
Cobro de Dinero y Ejecución de
Hipoteca seguido por Doral Bank
vs. Tomas Rafael Negrón Vazquez donde se solicita el pago de
la deuda garantizada con la hipoteca relacionada en la inscripción
9na reducida a $47,232.92 o la
venta en pública subasta, anotado al folio 87 del tomo 1790 de
Caguas, finca #35824 el 1 de octubre de 2015. Se advierte a los
licitadores que la adjudicación se
hará al mejor postor, quien deberá consignar el importe de su
oferta en el mismo acto de la adjudicación en moneda de curso
legal de los Estados Unidos de
Norteamérica y para conocimiento de la parte demandada y de
toda(s) aquella(s) persona(s) que
tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, y
para conocimiento de los licitadores y el público en general y para
su publicación en un periódico de
circulación general, una vez por
semana durante el término de
dos (2) semanas consecutivas
con un intervalo de por lo menos
siete (7) días entre ambas publicaciones, y para su fijación en
tres (3) lugares públicos del municipio en que ha de celebrarse
la venta, tales como, la Alcaldía,
el Tribunal y la Colecturía y se le
notificará además a la parte demandada vía correo certificado
con acuse de recibo a la última
dirección conocida. La propiedad
a ser ejecutada se adquirirá libre
36
de cargas y gravámenes posteriores, previa orden judicial dirigida al Registrador de la Propiedad
de la sección correspondiente
para la cancelación de aquellos
posteriores. Se les advierte a todos los interesados que todos los
documentos relacionados con la
presente acción de ejecución de
hipoteca, así como la de la subasta, estarán disponibles para
ser examinados, durante horas
laborables, en la Secretaría del
Tribunal. Se entenderá que todo
licitador acepta como bastante
la titularidad y que las cargas y
gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito
del ejecutante, continuarán subsistentes; entendiéndose que el
rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de
los mismos, sin destinarse a su
extinción el precio del remate. Y
para conocimiento de los demandados, de los acreedores posteriores, de los licitadores, partes
interesadas y público en general,
expido el presente Aviso para su
publicación en los lugares públicos correspondientes. Librado
en Caguas, Puerto Rico, a 13
de diciembre de 2016. IVONNE
BENÍTEZ LÓPEZ, ALGUACIL
PLACA #958.
LEGAL NOTICE
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE
PUERTO RICO TRIBUNAL DE
PRIMERA INSTANCIA SALA DE
CAGUAS
BANCO POPULAR DE
PUERTO RICO
Demandante Vs.
SUCESION DE MOISES
RIVERA ORTIZ,
COMPUESTA POR SU
VIUDA MARISOL ALDEA
DELGADO, POR SI Y
EN LA CUOTA VIUDAL
USUFRUCTUARIA, Y
SUS HIJOS RAMSELLE
MOISES, XIOMALYZ
MARY, NACHALIE MARY
Y MICHALIE MARY,
TODOS MENORES DE
EDAD Y DE APELLIDOS
RIVERA ALDEA,
REPRESENTADOS
POR SU MADRE CON
PATRIA POTESTAD Y
CUSTODIA MARISOL
ALDEA DELGADO, Y
CRISTINA RIVERA;
JOHN DOE Y RICHARD
ROE COMO MIEMBROS
DESCONOCIDOS DE LA
SUCESION DE MOISES
RIVERA ORTIZ
Demandada
Civil Núm.: ECD2007-1721.
(612). Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA.
AVISO DE VENTA EN PÚBLICA
SUBASTA. Yo, IVONNE BENÍTEZ LÓPEZ, Alguacil Supervisor
de la División de Subastas del
Tribunal de Primera Instancia,
Sala de Caguas, a los demandados y al público en general les
notifico que, cumpliendo con un
The San Juan Daily Star
Wednesday, December 21, 2016
Mandamiento que se ha librado
en el presente caso por el Secretario del Tribunal de epígrafe con
fecha 23 de septiembre de 2016
y para satisfacer la Sentencia
por la cantidad de $95,176.47 de
principal; 8.75% por concepto de
intereses, los cuales continúan
acumulándose hasta el saldo
total de la deuda; $1,558.44 por
concepto de cargos por mora,
los cuales continúan acumulándose hasta el saldo total de la
deuda, $355.00 por concepto de
otros gastos; $69.33 por concepto de “escrow”, más la suma de
$10,160.00 por concepto de honorarios de abogado, dictada en
el caso el 27 de junio de 2013,
notificada y archivada en autos el
día 10 de julio de 2013, procederé a vender en pública subasta, al
mejor postor en pago de contado
y en moneda del curso legal de
los Estados Unidos de América,
todo derecho, título e interés que
hayan tenido tengan o puedan tener los deudores demandados en
cuanto a la propiedad localizada
en: en el Municipio de Caguas,
Puerto Rico. La descripción del
bien inmueble que se venderá
es la siguiente: URB. PARQUE
DEL MONTE, FF-25, CAGUAS,
PUERTO RICO. URBANA: Solar
marcado con el número veinticinco (25) del Bloque FF en el plano
de inscripción de la Urbanización
Parque del Monte II y III, radicado en el Barrio Cañaboncito del
término municipal de Caguas
con una cabida superficial de
trescientos trece punto ochenta
y cuatro (313.84 m.c.) En lindes
por el NORTE, en una distancia
de trece punto setenta metros
(13.70 m.) con el solar número
veintiséis (26) del mismo bloque;
por el SUR, en una distancia de
diez punto veinte metros (10.20
m.), con la calle número dos (2);
por el SUROESTE, en un arco
de cinco punto cincuenta metros
(5.50 m.), con la intersección de
la calle número dos (2) y uno
guión “A” (1-A); por el ESTE, en
una distancia de veintitrés punto
diez metros (23.10 m.), con el solar número veinticuatro (24) del
mismo bloque, y por el OESTE,
en una distancia de diecinueve
punto sesenta metros (19.60 m.),
con la calle uno guión “A” (1-A).
Enclava una casa de hormigón
y bloques. Inscrita al folio 292
del tomo 1,309 de Caguas, finca #46,375, Sección Primera de
Caguas, del Registro de la Propiedad. Con el importe de dicha
venta se habrá de satisfacer a la
parte demandante las cantidades
adeudadas, según la Sentencia
dictada en el caso de epígrafe,
por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Caguas, cuyas
cantidades son las siguientes: de
$95,176.47 de principal; 8.75%
por concepto de intereses, los
cuales continúan acumulándose
hasta el saldo total de la deuda;
$1,558.44 por concepto de cargos por mora, los cuales continúan acumulándose hasta el saldo total de la deuda, $355.00 por
concepto de otros gastos; $69.33
por concepto de “escrow”, más
la suma de $10,160.00 por concepto de honorarios de abogado.
El tipo mínimo para la subasta
de la Propiedad será la suma
de tasación pactada, la cual es
$101,600.00 para la propiedad
descrita. Si no produjere remate
o adjudicación la primera subasta, se procederá a una segunda
subasta y servirá de tipo mínimo
de 2/3 partes del valor de la tasación, $67,733.33. Si tampoco
hubiere remate ni adjudicación
en esta segunda subasta, se
procederá a una tercera subasta,
en ésta el tipo mínimo será de
la 1/2 del valor de la tasación,
$50,800.00. Para el lote descrito,
la PRIMERA SUBASTA se llevará a cabo el 17 DE ENERO DE
2017, A LAS 10:45 DE LA MAÑANA. De no comparecer postor
alguno se llevará a efecto una
SEGUNDA SUBASTA el 24 DE
ENERO DE 2017, A LAS 10:45
DE LA MAÑANA. De no comparecer postor alguno se llevará a
cabo una TERCERA SUBASTA
el día 31 DE ENERO DE 2017, A
LAS 2:45 DE LA TARDE. La subasta o subastas antes indicadas
se llevarán a efecto en mi oficina, localizada en el Tribunal de
Primera Instancia, Sala Superior
de Caguas. De Estudio de Título
realizado surgen los siguientes
gravámenes preferentes al que
será objeto de ejecución por
esta subasta: Por su procedencia: Servidumbres a favor de Ia
Autoridad de las Fuentes Fluviales de Puerto Rico, Autoridad de
Energía Electica de Puerto Rico,
Autoridad de Acueductos y Alcantarillados de Puerto Rico, Municipio de Caguas, Estado Libre
Asociado de Puerto Rico cedida
a la Autoridad de las Fuentes
Fluviales de Puerto Rico. De
Estudio de Título realizado surgen los siguientes gravámenes
posteriores los cuales podrán
ser cancelados: ANOTACION
DE DEMANDA: De fecha 30 de
enero de 2007, en el Tribunal de
Primera Instancia, de Caguas,
caso civil ECD2007-1097, por
concepto de Cobro de Dinero y
Ejecución de Hipoteca, seguido
por Doral Financial Corporation,
por la suma de $196,090.47.
Anotado al folio 293 vuelto del
tomo 1309 de Caguas, finca
#46,375, inscripción 8va. EMBARGO: A favor del Estado Libre
Asociado de Puerto Rico, contra
Moisés Rivera Ortiz, por la suma
de $49,766.03, sobre Urbanización Boneville Terrace, 338.00
metros cuadrados, seguro social
XXX-XX-2109, presentado el 22
de enero de 2007, anotado al folio 79, Orden #307, Estado Libre
Asociado #44. Se le advierte a
los licitadores que la adjudicación
se hará al mejor postor, quien
deberá consignar el importe de
su oferta en el mismo acto de la
adjudicación en moneda de curso legal de los Estados Unidos
de Norteamérica y para conocimiento de la parte demandada y
de toda(s) aquella(s) persona(s)
que tengan interés inscrito con
posterioridad a la inscripción del
gravamen que se está ejecutando, y para conocimiento de los
licitadores y el público en general y para su publicación en un
periódico de circulación general,
una vez por semana durante
el término de dos (2) semanas
consecutivas con un intervalo de
por lo menos siete (7) días entre
ambas publicaciones, y para su
fijación en tres (3) lugares públicos del municipio en que ha de
celebrarse la venta, tales como,
la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía y se le notificará además a
la parte demandada vía correo
certificado con acuse de recibo
a la última dirección conocida.
Se les advierte a todos los interesados que todos los documentos relacionados con la presente
acción de ejecución de hipoteca,
así como la de la subasta, estarán disponibles para ser examinados en la Secretaría del
Tribunal. Se entenderá que todo
licitador acepta como bastante
la titulación y que las cargas y
gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere al crédito
de ejecutante, continuarán subsiguientes entendiéndose que el
rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de
los mismos, sin destinarse a su
extinción el precio del remate. Y
para conocimiento de los demandados, de los acreedores posteriores, de los licitadores, partes
interesadas y público en general,
expido el presente Aviso para su
publicación en los lugares públicos correspondientes. Librado
en Caguas, Puerto Rico, a 13
de diciembre de 2016. IVONNE
BENÍTEZ LÓPEZm ALGUACIL
PLACA #958.
LEGAL NOTICE
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE
PUERTO RICO TRIBUNAL DE
PRIMERA INSTANCIA CENTRO
JUDICIAL DE BAYAMÓN SALA
SUPERIOR
BANCO POPULAR DE
PUERTO RICO
Demandante V.
MIGDOEL RODRÍGUEZ
REYES; SONIA
MARGARITA GARCÍA
PAGÁN T/C/C SONIA M.
GARCÍA PAGÁN T/C/C
SONIA GARCÍA PAGÁN
Y LA SOCIEDAD DE
BIENES GANANCIALES
COMPUESTA ENTRE
AMBOS
Demandados
Civil Núm.: DCD2014-2888.
(402). Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA.
AVISO DE VENTA EN PÚBLICA
SUBASTA. Yo, JORGE CAMPUSANO, Alguacil Supervisor de la
División de Subastas del Centro
Judicial de Bayamón, a los demandados y al público en general les notifico que, cumpliendo
con un Mandamiento que se ha
librado en el presente caso por el
Secretario del Tribunal de epígrafe con fecha 3 de febrero de 2016
y para satisfacer la Sentencia
por la cantidad de $142,719.07
de principal, 6.375% anual, los
cuales continúan acumulándose
hasta el saldo total de la deuda;
$460.44 de gastos por mora, los
cuales continúan acumulándose
hasta el pago total de la deuda;
más costas, gastos y honorarios de abogado, dictada en el
caso de autos el 3 de agosto de
2015, notificada el 18 de agosto
de 2015, procederé a vender en
pública subasta, al mejor postor
en pago de contado y en moneda del curso legal de los Estados
Unidos de América, mediante
efectivo, giro o cheque certificado a nombre del Alguacil de este
Tribunal todo derecho, título e
interés que hayan tenido tengan
o puedan tener los deudores demandados en cuanto a la propiedad localizada en el Municipio de
Vega Baja, Puerto Rico, el bien
inmueble se describe a continuación: BARRIO PUERTO NUEVO,
CARR. 686 KM. 12.1, VEGA
BAJA, PR. RÚSTICA: Predio de
terreno localizado en el Barrio
Puerto Nuevo del término municipal de Vega Baja, Puerto Rico,
compuesta de trescientos veinticinco punto cero cero (325.00)
metros cuadrados. En linde por
el NORTE, en doce punto cinco
(12.5) metros, con salida, antes,
hoy con terrenos propiedad de
Efraín Rivera y con calle existente; por el SUR, con terreno perteneciente a don Frank Jiménez en
diecisiete punto cinco (17.5) metros, antes, hoy con terrenos propiedad de Rubén Jiménez; por el
ESTE, con terrenos pertenecientes a doña Elba Valle en distancia
de veinte punto cero cero (20.00)
metros, antes, hoy con terrenos
propiedad de Ángel Adorno Coira; y por el OESTE, en distancia
de cinco punto cero cero (5.00)
metros, antes, hoy con calle
existente y terrenos propiedad
de Herminio Rodríguez González. Enclava una casa para fines
residenciales. Inscrita al folio 72
del tomo 333 de Vega Baja, finca
25,947, Registro de la Propiedad
de Bayamón, Sección IV. Con el
importe de dicha venta se habrá
de satisfacer a la parte demandante las cantidades adeudadas,
según la Sentencia dictada en el
caso de epígrafe, por el Tribunal de Primera Instancia, Sala
de Bayamón, cuyas cantidades
son las siguientes: $142,719.07
de principal, 6.375% anual, los
cuales continúan acumulándose
hasta el saldo total de la deuda;
$460.44 de gastos por mora, los
cuales continúan acumulándose
hasta el pago total de la deuda;
más costas, gastos y honorarios de abogado. El tipo mínimo
para la subasta será la suma
de tasación pactada, la cual es
$164,000.00 según la escritura
de hipoteca para la propiedad
descrita. De declararse la subasta desierta, se procederá a una
segunda subasta y servirá de tipo
mínimo de 2/3 del precio mínimo
antes mencionado; $109,333.33.
Si tampoco hubiere remate ni
adjudicación en esta segunda
subasta, se procederá a una
tercera subasta, en la cual regirá
como tipo mínimo ésta la 1/2 del
precio mínimo antes mencionado
$82,000.00. La PRIMERA SUBASTA se llevará a cabo el 18 DE
ENERO DE 2017, A LAS 10:45
DE LA MAÑANA. De no comparecer postor alguno se llevará a
efecto una SEGUNDA SUBASTA el 25 DE ENERO DE 2017,
A LAS 10:45 DE LA MAÑANA.
De no comparecer postor alguno
se llevará a cabo una TERCERA
SUBASTA el 1 DE FEBRERO DE
2017, A LAS 10:45 DE LA MAÑANA. La subasta o subastas antes
indicadas se llevarán a efecto en
mi oficina, localizada en el Tribunal de Primera Instancia, Sala
Superior de Bayamón. De la Certificación Registral realizada por
el Registro de la Propiedad no
surgen gravámenes preferentes
y/o posteriores al que será objeto
de ejecución por esta subasta.
Se advierte a los licitadores que
la adjudicación se hará al mejor
postor, quien deberá consignar
el importe de su oferta en el
mismo acto de la adjudicación
en moneda de curso legal de
los Estados Unidos de Norteamérica y para conocimiento de
la parte demandada y de toda(s)
aquella(s) persona(s) que tengan
interés inscrito con posterioridad
a la inscripción del gravamen
que se está ejecutando, y para
conocimiento de los licitadores
y el público en general y para su
publicación en un periódico de
circulación general, una vez por
semana durante el término de
dos (2) semanas consecutivas
con un intervalo de por lo menos
siete (7) días entre ambas publicaciones, y para su fijación en
tres (3) lugares públicos del municipio en que ha de celebrarse
la venta, tales como, la Alcaldía,
el Tribunal y la Colecturía y se le
notificará además a la parte demandada vía correo certificado
con acuse de recibo a la última
dirección conocida. La propiedad
a ser ejecutada se adquirirá libre
de cargas y gravámenes posteriores, previa orden judicial dirigida al Registrador de la Propiedad
de la sección correspondiente
para la cancelación de aquellos
posteriores. Se les advierte a todos los interesados que todos los
documentos relacionados con la
presente acción de ejecución de
hipoteca, así como la de la subasta, estarán disponibles para
ser examinados, durante horas
laborables, en la Secretaría del
Tribunal. Se entenderá que todo
licitador acepta como bastante
la titularidad y que las cargas y
gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito
del ejecutante, continuarán subsistentes; entendiéndose que el
rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de
los mismos, sin destinarse a su
extinción el precio del remate. Y
para conocimiento de los demandados, de los acreedores posteriores, de los licitadores, partes
interesadas y público en general,
expido el presente Aviso para su
publicación en los lugares públicos correspondientes. Librado
en Bayamón, Puerto Rico, a 12
de diciembre de 2016. JORGE
CAMPUSANO, ALGUACIL.
BANCO POPULAR DE
PUERTO RICO
Demandante V.
LAURENCE CHARLES
LAPETINA IRIZARRY
T/C/C LAURENCE C.
LAPETINA IRIZARRY
T/C/C LAURENCE
LAPETINA IRIZARRY,
INGRID MARIE
CASANOVA CASTRO
T/C/C INGRID M.
CASANOVA CASTRO
T/C/C INGRID CASANOVA
CASTRO Y LA
SOCIEDAD LEGAL DE
BIENES GANANCIALES
COMPUESTA POR
AMBOS
Demandados
Civil Núm.: DCD2012-0546.
(401). Sobre: IN REM - EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR
LA VÍA ORDINARIA. AVISO DE
VENTA EN PÚBLICA SUBASTA.
Yo, JORGE CAMPUSANO, Alguacil Supervisor de la División
de Subastas del Centro Judicial
de Bayamón, a los demandados y al público en general les
notifico que, cumpliendo con un
Mandamiento que se ha librado
en el presente caso por el Secretario del Tribunal de epígrafe
con fecha 14 de julio de 2016 y
para satisfacer la Sentencia por
la cantidad de $200,232.29 de
principal, 5.95% de intereses, los
cuales continúan acumulándose
hasta el saldo total de la deuda;
$798.60 gastos por mora, los
cuales continúan acumulándose
hasta el pago total de la deuda;
$20.00 de otros gastos y la suma
pacta de $22,319.80 para costas,
gastos y honorarios de abogado,
dictada en el caso de autos el 11
de junio de 2015, enmendada y
notificada el 29 de abril de 2016,
procederé a vender en pública
subasta, al mejor postor en pago
de contado y en moneda del curso legal de los Estados Unidos
de América, mediante efectivo,
giro o cheque certificado a nombre del Alguacil de este Tribunal
todo derecho, título e interés que
hayan tenido tengan o puedan
tener los deudores demandados
en cuanto a la propiedad localizada en el Municipio de Vega
Alta, Puerto Rico, el bien inmueble se describe a continuación:
G-22 Las Palmas de Cerro Gordo, PR-690 Km 5.8, Vega Alta
PR. SOLAR: Número Veintidós
del Bloque “G” en el Plano de
Las Palmas de Cerro Gordo, sito
en el Barrio Cerro Gordo de Vega
Alta, Puerto Rico, con un área de
Quinientos Setenta y Seis punto
Ochocientos Noventa y Nueve metros cuadrados (576.899
m/c), en lides por el NORTE,
en veintiséis punto cincuenta y
ocho metros (26.58 m.), con La
Comunidad Villa Retorno; por el
SUR, en dieciséis punto treinta
y cinco metros (16.35 m.), con
el solar número veintitrés (23);
LEGAL NOTICE
por el ESTE, en dos alineaciones
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE
distintas que suman veinticinco
PUERTO RICO TRIBUNAL DE
punto ochenta y cinco metros
PRIMERA INSTANCIA SALA SU(25.85 m.), con la Calle Real y el
PERIOR DE BAYAMÓN
The San Juan Daily Star
solar número veintiuno (21) y por
el OESTE, en dos alineaciones
diferentes que suman treinta y
tres punto treinta y ocho (33.38
m.) con los solares número veintisiete (27) y veintiocho (28). Enclava en este solar una casa de
concreto para fines residenciales. Inscrita al folio 35 del tomo
289 de Vega Alta, Finca número
17,754, Sección Tercera de Bayamón. Con el importe de dicha
venta se habrá de satisfacer a la
parte demandante las cantidades
adeudadas, según la Sentencia
dictada en el caso de epígrafe,
por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón, cuyas
cantidades son las siguientes:
$200,232.29 de principal, 5.95%
de intereses, los cuales continúan acumulándose hasta el
saldo total de la deuda; $798.60
gastos por mora, los cuales continúan acumulándose hasta el
pago total de la deuda; $20.00
de otros gastos y la suma pacta
de $22,319.80 para costas, gastos y honorarios de abogado. El
tipo mínimo para la subasta será
la suma de tasación pactada, la
cual es $223,198.00 para la propiedad descrita. Si no produjere
remate o adjudicación la primera
subasta, se procederá a una segunda subasta y el tipo mínimo
será la cantidad de $148,798.67.
Si tampoco hubiere remate ni
adjudicación en esta segunda
subasta, se procederá a una
tercera subasta y el tipo mínimo
será la cantidad de $111,599.00.
Para el lote descrito, la PRIMERA SUBASTA se llevará a cabo
el 18 DE ENERO DE 2017, A
LAS 10:30 DE LA MAÑANA. De
no comparecer postor alguno
se llevará a efecto una SEGUNDA SUBASTA el 25 DE ENERO
DE 2017, A LAS 10:30 DE LA
MAÑANA. De no comparecer
postor alguno se llevará a cabo
una TERCERA SUBASTA el 1
DE FEBRERO DE 2017, A LAS
10:30 DE LA MAÑANA. La subasta o subastas antes indicadas
se llevarán a efecto en mi oficina,
localizada en el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de
Bayamón. Del Estudio de Titulo
realizado no surgen gravámenes
preferentes al que será objeto de
ejecución por esta subasta. Del
Estudio de Titulo realizado surgen los siguientes gravámenes
posteriores los cuales pudieran
ser cancelados: HIPOTECA: En
garantía de un pagare a favor de
Doral Bank, o a su orden, por la
suma de $79,050.00, intereses
al 6.95% anual y a vencer el 1
de junio del 2035, según consta
de la escritura #574, otorgada
en San Juan, el 31 de mayo de
2005, ante el Notario Juan M.
Casanova Rivera, inscrito al folio
35 del tomo 289 de Vega Alta, finca #17,754, inscripción 4ta. EMBARGO: A favor del Estado Libre
Asociado de Puerto Rico, Departamento de Hacienda, Rentas
Internas y Recaudaciones, por la
suma de $32,410.78, por concepto de contribuciones sobre ingresos, según certificación de fecha
23 de mayo de 2008, anotado al
folio 35 del tomo 289 de Vega
Alta, finca 17,754, anotación A.
Wednesday, December 21, 2016
También anotado al libro de Embargos Estatales 5 de Vega Alta,
folio 17, orden #62, en virtud de
la ley 8 del 10 de abril de 1964.
Se advierte a los licitadores que
la adjudicación se hará al mejor
postor, quien deberá consignar
el importe de su oferta en el
mismo acto de la adjudicación
en moneda de curso legal de
los Estados Unidos de Norteamérica y para conocimiento de
la parte demandada y de toda(s)
aquella(s) persona(s) que tengan
interés inscrito con posterioridad
a la inscripción del gravamen
que se está ejecutando, y para
conocimiento de los licitadores
y el público en general y para su
publicación en un periódico de
circulación general, una vez por
semana durante el término de
dos (2) semanas consecutivas
con un intervalo de por lo menos
siete (7) días entre ambas publicaciones, y para su fijación en
tres (3) lugares públicos del municipio en que ha de celebrarse
la venta, tales como, la Alcaldía,
el Tribunal y la Colecturía y se le
notificará además a la parte demandada vía correo certificado
con acuse de recibo a la última
dirección conocida. La propiedad
a ser ejecutada se adquirirá libre
de cargas y gravámenes posteriores, previa orden judicial dirigida al Registrador de la Propiedad
de la sección correspondiente
para la cancelación de aquellos
posteriores. Se les advierte a todos los interesados que todos los
documentos relacionados con la
presente acción de ejecución de
hipoteca, así como la de la subasta, estarán disponibles para
ser examinados, durante horas
laborables, en la Secretaría del
Tribunal. Se entenderá que todo
licitador acepta como bastante
la titularidad y que las cargas y
gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito
del ejecutante, continuarán subsistentes; entendiéndose que el
rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de
los mismos, sin destinarse a su
extinción el precio del remate. Y
para conocimiento de los demandados, de los acreedores posteriores, de los licitadores, partes
interesadas y público en general,
expido el presente Aviso para su
publicación en los lugares públicos correspondientes. Librado
en Bayamón, Puerto Rico, a 12
de diciembre de 2016. JORGE
CAMPUSANO, ALGUACIL.
LEGAL NOTICE
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE
PUERTO RICO TRIBUNAL DE
PRIMERA INSTANCIA CENTRO
JUDICIAL DE AGUADILLA SALA
SUPERIOR
E.M.I. EQUITY
MORTGAGE INC.
Demandante Vs.
DAVID MENDEZ
COLON, MADELINE
MENDEZ BARRETO Y
LA SOCIEDAD LEGAL
DE GANANCIALES
COMPUESTA POR
AMBOS
Demandados
Civil Núm.: ACD2015-0217. Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA (VÍA ORDINARIA). EDICTO DE SUBASTA.
El Alguacil que suscribe por la
presente CERTIFICA, ANUNCIA
y hace CONSTAR: Que en cumplimiento de un Mandamiento de
Ejecución de Sentencia que le
ha sido dirigido al Alguacil que
suscribe por la Secretaría del
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE
AGUADILLA, SALA SUPERIOR,
en el caso de epígrafe procederá
a vender en pública subasta al
mejor postor en efectivo, cheque
certificado en moneda legal de
los Estados Unidos de América
el día 12 DE ENERO DE 2017
A 10:30 DE LA MAÑANA en su
oficina sita en el local que ocupa en el edificio del TRIBUNAL
DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE AGUADILLA,
SALA SUPERIOR, todo derecho,
título e interés que tenga la parte
demandada de epígrafe en el inmueble de su propiedad que ubica en Bo. Voladoras, 420 Rd Km
1.5 Interior, Moca, P.R 00676 y
que se describe a continuación:
RÚSTICA: Radicada en el Barrio
Voladoras de Moca, Puerto Rico,
con una cabida superficial de
0.50 cuerda de terreno, equivalente a 1,965.1978 metros cuadrados. En lindes por el NORTE,
con calle de uso público; por el
SUR, con Arcadio Barreto; por el
ESTE, con remanente de la finca principal, o sea, Juan Colón
Méndez; y por el OESTE, con
Jorge Luis Negrón Soto. La propiedad antes relacionada consta
inscrita en el Folio 215 del Tomo
341 de Moca, Finca número
13,755, del Registro de la Propiedad de San Sebastián. El tipo
mínimo para la primera subasta
del inmueble antes relacionado,
será el dispuesto en la Escritura
de Hipoteca, es decir la suma de
$226,943.00. Si no hubiere remate ni adjudicación en la primera
subasta del inmueble mencionado, se celebrará una SEGUNDA
SUBASTA en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 19 DE
ENERO DE 2017 A LAS 10:30 DE
LA MAÑANA. En la segunda subasta que se celebre servirá de
tipo mínimo las dos terceras partes (2/3) del precio pactado en la
primera subasta, o sea la suma
de $151,295.33. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en
la segunda subasta se celebrará
una TERCERA SUBASTA en las
oficinas del Alguacil que suscribe el día 26 DE ENERO DE 2017
A LAS 10:30 DE LA MAÑANA.
Para la tercera subasta servirá
de tipo mínimo la mitad (1/2)
del precio pactado para el caso
de ejecución, o sea, la suma de
$113,471.50. La hipoteca a ejecutarse en el caso de epígrafe
fue constituida mediante la escritura número 116, otorgada el
día 10 de julio de 2010, ante el
Notario Luis E. Andújar Moreno
y consta inscrita al folio 215 del
tomo 341 de Moca, finca número 13,755, en el Registro de
la Propiedad de San Sebastián,
Inscripción Octava (8va). Dicha
subasta se llevará a cabo para
con su producto satisfacer al
Demandante total o parcialmente según sea el caso el importe
de la Sentencia que ha obtenido
ascendente a la suma principal
de $208,747.31 por concepto
de principal, más intereses al
tipo pactado de 5.00% anual
desde el primero (1ro) de agosto
de 2015. Dichos intereses continúan acumulándose hasta el
pago total de la obligación. Además la parte demandada adeuda
a E.M.I. Equity Mortgage, Inc.,
los cargos por demora equivalentes a 4.0000% de la suma de
aquellos pagos con atrasos en
exceso de 15 días calendarios
de la fecha de vencimiento; los
créditos accesorios y adelantos
hechos en virtud de la escritura
de hipoteca; y las costas, gastos
y honorarios de abogado equivalentes a $22,694.30. Además
la parte demandada se comprometió a pagar una suma equivalente a $22,694.30 para cubrir
cualquier otro adelanto que se
haga en virtud de la escritura de
hipoteca y una suma equivalente
a $22,694.30 para cubrir intereses en adición a los garantizados
por ley. Que los autos y todos los
documentos correspondientes al
Procedimiento incoado estarán
de manifiesto en la SECRETARIA
DEL TRIBUNAL DE PRIMERA
INSTANCIA CENTRO JUDICIAL
DE AGUADILLA, SALA SUPERIOR durante las horas laborables. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la
titulación del inmueble y que las
cargas y gravámenes anteriores
y los preferentes, si los hubiere,
al crédito del ejecutante continuarán subsistentes entendiéndose que el rematante los acepta
y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio de
remate. La propiedad está sujeta
a los siguientes gravámenes anteriores y/o preferentes según
las constancias del Registro de
la Propiedad. EMBARGO FEDERAL: según notificación número
561793409, contra David Méndez, seguro social xxx-xx-5683,
por $4,538.21, presentado el 13
de julio de 2009, al asiento 4 del
folio 138, Libro de Embargos
Federales 4. Por la presente se
notifica a los acreedores desconocidos, no inscritos o presentados que sus derechos sobre
los bienes hipotecados con
posterioridad a la inscripción del
crédito del ejecutante o acreedores de cargos o derechos reales
que los hubiesen pospuesto a la
hipoteca del actor y a los dueños, poseedores, tenedores de
o interesados en títulos transmisibles por endoso o al portador
garantizados hipotecariamente
con posterioridad al crédito del
actor que se celebrarán las subastas en las fechas, horas y sitios señalados para que puedan
concurrir a la subasta si les conviniere o se les invita a satisfacer
antes del remate el importe del
crédito, de sus intereses, otros
cargos y las costas y honorarios
de abogado asegurados que-
dando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. La
propiedad objeto de ejecución y
descrita anteriormente se adquirirá libre de cargas y gravámenes
posteriores una vez el Honorable
Tribunal expida la correspondiente Orden de Confirmación
de Venta Judicial. Y para conocimiento de licitadores del público en general se publicará este
Edicto de acuerdo con la ley por
espacio de dos semanas en tres
sitios públicos del municipio en
que ha de celebrarse la venta,
tales como la Alcaldía, el Tribunal
y la Colecturía. Este Edicto será
publicado dos veces en un diario
de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto
Rico, por espacio de dos semanas consecutivas. Expido el presente Edicto de subasta bajo mi
firma y sello de este Tribunal en
Aguadilla, Puerto Rico, hoy día
15 de diciembre de 2016. MARIE
C. GONZÁLEZ VELÁZQUEZ, ALGUACIL CONFIDENCIAL PLACA
#119.
LEGAL NOTICE
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE
PUERTO RICO TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA TRIBUNAL
DE PRIMERA INSTANCIA SALA
DE HUMACAO
HATCH GARCIA, DIEGO
Demandante
VARGAS LOPEZ,
LEIVY AMILDY
Demandado
Caso Núm.: HSRF201600624.
304 Salón De Sesiones. Sobre:
EXEQUATUR
(CONVALIDACIÓN). NOTIFICACIÓN DE
SENTENCIA POR EDICTO.
A: SRA LEIVY AMILDYS
VARGAS LOPEZ - 9707
WIND FLOWER LN,
HOUSTON, TEXAS 77086.
P/C: LIC. LUIS A. ORTIZ
CARRASQUILLO.
EL SECRETARIO (A) que suscribe le notifica a usted que 28 de
noviembre de 2016, este Tribunal
ha dictado Sentencia, Sentencia
Parcial o Resolución en este
caso, que ha sido debidamente
registrada y archivada en autos
donde podrá usted enterarse
detalladamente de los términos
de la misma. Esta notificación
se publicará una sola vez en un
periódico de circulación general
en la Isla de Puerto Rico, dentro
de los diez (10) días siguientes
a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en
el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia
Parcial o Resolución, de la cual
puede establecerse recurso de
revisión o apelación dentro del
término de 30 días contados a
partir de la publicación por edicto
de esta notificación, dirijo a usted
esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la
publicación de este edicto. Copia
de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso,
con fecha de 13 de diciembre de
2016. En Humacao, Puerto Rico,
el 13 de diciembre de 2016. DOMINGA GÓMEZ FUSTER, SE-
37
Legal Notice
CRETARIA DEL TRIBUNAL. AR- 0702. COBRO DE DINERO,
SENIA MARTÍNEZ SÁNCHEZ, EJECUCIÓN DE HIPOTECA,
SECRETARIA AUXILIAR.
CAUSAL /DELITO. NOTIFICACIÓN DE SENTENCIA POR
EDICTOS.
LEGAL NOTICE
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE
PUERTO RICO TRIBUNAL DE
PRIMERA INSTANCIA SALA DE
UTUADO
BANCO POPULAR DE
PUERTO RICO
Demandante Vs.
COLON ROSSY,
JUAN JOSE
A: JOSE RIVERA
RIVERA Y MELISHA
CARRASQUILLO
CARABALLO.
DIRECCIÓN: VILLA
NUEVA D17 CALLE 15
CAGUAS, PR 0072706937; 1437 CRICKET
CLUB CIR APT 304
ORLANDO, FL 328285995; 4720 AGUILA PL,
ORLANDO FL 3282606515.
Demandado
Caso: LCD2016-0038. Salón: 5.
COBRO DE DINERO, EJECUCIÓN DE HIPOTECA IN REM,
CAUSAL / DELITO. NOTIFICACIÓN DE SENTENCIA POR
EL SECRETARIO (A) que suscriEDICTOS.
be le notifica a usted que 02 de
JUAN JOSE COLON
diciembre de 2016, este Tribunal
ROSSY T/C/C JUAN
ha dictado Sentencia, Sentencia
J. COLON ROSSY, SU Parcial o Resolución en este
ESPOSA ROSEMARIE caso, que ha sido debidamente
registrada y archivada en autos
RODRIGUEZ MORALES donde podrá usted enterarse
T/C/C ROSE MARIE
detalladamente de los términos
RODRIGUEZ MORALES Y de la misma. Esta notificación
LA SOCIEDAD LEGAL DE se publicará una sola vez en un
de circulación general
BIENES GANANCIALES periódico
en la Isla de Puerto Rico, dentro
COMPUESTA POR
de los diez (10) días siguientes
AMBOS. BARRIO
a su notificación. Y, siendo o reCOLLORES RD 140 KM presentando usted una parte en
11.4 JAYUYA, PR 00664. el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia
EL SECRETARIO (A) que suscriParcial o Resolución, de la cual
be le notifica a usted que 04 de
puede establecerse recurso de
noviembre de 2016, este Tribunal
revisión o apelación dentro del
ha dictado Sentencia, Sentencia
término de 30 días contados a
Parcial o Resolución en este
partir de la publicación por ediccaso, que ha sido debidamente
to de esta notificación, dirijo a
registrada y archivada en autos
usted esta notificación que se
donde podrá usted enterarse
considerará hecha en la fecha de
detalladamente de los términos
la publicación de este edicto. Code la misma. Esta notificación
pia de esta notificación ha sido
se publicará una sola vez en un
archivada en los autos de este
periódico de circulación general
caso, con fecha de 14 de diciemen la Isla de Puerto Rico, dentro
bre de 2016. En Caguas, Puerto
de los diez (10) días siguientes
Rico, a 14 de diciembre de 2016.
a su notificación. Y, siendo o reCARMEN ANA PEREIRA ORTIZ,
presentando usted una parte en
SECRETARIA REGIONAL. MAel procedimiento sujeta a los térRÍA V. MONTAÑEZ MÁRQUEZ,
minos de la Sentencia, Sentencia
SECRETARIA AUXILIAR.
Parcial o Resolución, de la cual
puede establecerse recurso de
LEGAL NOTICE
revisión o apelación dentro del
término de 30 días contados a ESTADO LIBRE ASOCIADO DE
partir de la publicación por edicto PUERTO RICO TRIBUNAL GEde esta notificación, dirijo a usted NERAL DE JUSTICIA TRIBUNAL
esta notificación que se consi- DE PRIMERA INSTANCIA SALA
derará hecha en la fecha de la DE SAN JUAN
publicación de este edicto. Copia
ORIENTAL BANK
de esta notificación ha sido archiVs.
vada en los autos de este caso,
HERNANDEZ VILLALBA,
con fecha de 14 de diciembre de
XIOMARA
2016. En Utuado, Puerto Rico, a
14 de diciembre de 2016. DIANE Caso: KCM2016-0909. Salón:
ALVAREZ VILLANUEVA, SE- 0502. Sobre: COBRO DE DICRETARIA REGIONAL. MARÍA NERO - REGLA 60, COBRO DE
GRISELLE MALDONADO QUI- DINERO - REGLA 60. NOTIFICACIÓN DE SENTENCIA POR
LES, SECRETARIA AUXILIAR.
EDICTO.
LEGAL NOTICE
XIOMARA HERNÁNDEZ
VILLALBA
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE
PUERTO RICO TRIBUNAL DE EL SECRETARIO (A) que suscriPRIMERA INSTANCIA SALA DE be le notifica a usted que 12 de
diciembre de 2016, este Tribunal
CAGUAS
dictado Sentencia, Sentencia
BANCO POPULAR DE ha
Parcial o Resolución en este
PUERTO RICO
caso, que ha sido debidamente
Demandante Vs.
registrada y archivada en autos
RIVERA RIVERA, JOSE donde podrá usted enterarse
Demandado
detalladamente de los términos
Caso: ECD2016-0757. Salón: de la misma. Esta notificación
se publicará una sola vez en un
periódico de circulación general
en la Isla de Puerto Rico, dentro
de los diez (10) días siguientes
a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en
el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia
Parcial o Resolución, de la cual
puede establecerse recurso de
revisión o apelación dentro del
término de 30 días contados a
partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a
usted esta notificación que se
considerará hecha en la fecha de
la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido
archivada en los autos de este
caso, con fecha de 15 de diciembre de 2016. Lic. Ruiz Saldaña
Jaime. [email protected]. En
San Juan, Puerto Rico, a 15 de
diciembre de 2016. GRISELDA
RODRÍGUEZ COLLADO, SECRETARIA. MICHELLE AQUINO
CRUZ, SECRETARIA AUXILIAR.
LEGAL NOTICE
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE
PUERTO RICO TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA TRIBUNAL
DE PRIMERA INSTANCIA SALA
SUPERIOR DE CAGUAS
BANCO POPULAR DE
PUERTO RICO
Demandantes Vs.
JAIME NEGRON
MONSERRATE, SANDRA
CASTRODAD MUÑIZ
T/C/C COMO SANDRA
CASTRODAT MUÑIZ Y LA
SOCIEDAD LEGAL DE
BIENES GANANCIALES
COMPUESTA POR
AMBOS; UNITED STATES
OF AMERICA
Demandados
Civil Núm.: ECD2016-0884.
Sala: 0802. Sobre: COBRO DE
DINERO Y EJECUCIÓN DE GARANTÍAS. NOTIFICACIÓN DE
SENTENCIA POR EDICTO.
A: JAIME NEGRON
MONSERRATE, SANDRA
CASTRODAD MUÑIZ
T/C/C COMO SANDRA
CASTRODAT MUÑIZ Y LA
SOCIEDAD LEGAL DE
BIENES GANANCIALES
COMPUESTA POR
AMBOS.
EL SECRETARIO (A) que suscribe le notifica a usted que 6 de
diciembre de 2016, este Tribunal
ha dictado Sentencia, Sentencia
Parcial o Resolución en este
caso, que ha sido debidamente
registrada y archivada en autos
donde podrá usted enterarse
detalladamente de los términos
de la misma. Esta notificación
se publicará una sola vez en un
periódico de circulación general
en la Isla de Puerto Rico, dentro
de los diez (10) días siguientes
a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en
el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia
Parcial o Resolución, de la cual
puede establecerse recurso de
revisión o apelación dentro del
Legal Notice
término de 30 días contados a
partir de la publicación por edicto
de esta notificación, dirijo a usted
esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la
publicación de este edicto. Copia
de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso,
con fecha de 14 de diciembre de
2016. En Caguas, Puerto Rico,
14 de diciembre de 2016. CARMEN ANA PEREIRA, SECRETARIA REGIONAL INTERINA.
TERESITA VEGA GONZÁLEZ,
SECRETARIA AUXILIAR.
LEGAL NOTICE
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE
PUERTO RICO TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA TRIBUNAL
DE PRIMERA INSTANCIA SALA
DE HUMACAO
BANCO POPULAR DE
PUERTO RICO
Demandante
ALICEA VIERA,
FRANCIS YAMIL
Demandado
Caso Núm.: HSCI201600079.
207 Salón De Sesiones. Sobre:
EJECUCIÓN DE HIPOTECA.
NOTIFICACIÓN DE SENTENCIA
POR EDICTO.
FRANCIS YAMIL ALICEA
VIERA, YAJAlRA GLICER
PINOTT MARCANO
Y LA SOCIEDAD
COMPUESTA POR
AMBOS, DIRECCIÓN: H-9
C BARCELONA OLYMPIC,
LAS PIEDRAS PR 00771,
URB. OLIMPIC VILLE 220
CALLE BARCELONA,
LAS PIEDRAS PR 00771,
P/C LCDA. IVONNE
GONZALEZ MEDRANO.
EL SECRETARIO (A) que suscribe le notifica a usted que 07 de
diciembre de 2016, este Tribunal
ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este
caso, que ha sido debidamente
registrada y archivada en autos
donde podrá usted enterarse
detalladamente de los términos
de la misma. Esta notificación
se publicará una sola vez en un
periódico de circulación general
en la Isla de Puerto Rico, dentro
de los diez (10) días siguientes
a su notificación. Y, siendo o
representando usted una parte
en el procedimiento sujeta a los
términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la
cual puede establecerse recurso
de revisión o apelación dentro
del término de 30 días contados a partir de la publicación
por edicto de esta notificación,
dirijo a usted esta notificación
que se considerará hecha en la
fecha de la publicación de este
edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los
autos de este caso, con fecha
de 14 de diciembre de 2016. En
Humacao, Puerto Rico, el 14 de
diciembre de 2016. DOMINGA
GÓMEZ FUSTER, SECRETARIA
DEL TRIBUNAL. KEYLA PÉREZ
FIGUEROA, SECRETARIA AUXILIAR.
38
LEGAL NOTICE
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE
PUERTO RICO TRIBUNAL DE
PRIMERA INSTANCIA SALA DE
PONCE
BANCO POPULAR DE
PUERTO RICO
Demandante Vs.
SUCN. IRAIDA RIVERA
PAGAN
Demandado
Caso: JCD2016-0170. Salón:
0406. COBRO DE DINERO,
EJECUCIÓN DE HIPOTECA,
CAUSAL /DELITO. NOTIFICACIÓN DE SENTENCIA POR
EDICTOS.
A: FULANO Y MENGANO
DE TAL, COMO
POSIBLES HEREDEROS
DESCONOCIDOS DE LA
SUCESION DE IRAIDA
RIVERA PAGAN. P/C:
LIC. IVONNE GONZALEZ
MEDRANO. PO BOX
195553 SAN JUAN, PR
009l9-5553.
EL SECRETARIO (A) que suscribe le notifica a usted que 12 de
diciembre de 2016, este Tribunal
ha dictado Sentencia, Sentencia
Parcial o Resolución en este
caso, que ha sido debidamente
registrada y archivada en autos
donde podrá usted enterarse
detalladamente de los términos
de la misma. Esta notificación
se publicará una sola vez en un
periódico de circulación general
en la Isla de Puerto Rico, dentro
de los diez (10) días siguientes
a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en
el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia
Parcial o Resolución, de la cual
puede establecerse recurso de
revisión o apelación dentro del
término de 30 días contados a
partir de la publicación por edicto
de esta notificación, dirijo a usted
esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la
publicación de este edicto. Copia
de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso,
con fecha de 14 de diciembre de
2016. En Ponce, Puerto Rico, a
14 de diciembre de 2016. LUZ
MAYRA CARABALLO GARCÍA, SECRETARIA REGIONAL.
EREINA AGRONT LEÓN, SECRETARIA AUXILIAR.
LEGAL NOTICE
The San Juan Daily Star
Wednesday, December 21, 2016
VAZQUEZ; SU ESPOSA
SOLANGEL IGLESIAS
CONCEPCION Y LA
SOCIEDAD LEGAL DE
BIENES GANANCIALES
COMPUESTA POR
AMBOS.
sentando usted una parte en el
procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia
Parcial o Resolución, de la cual
puede establecerse recurso de
revisión o apelación dentro del
término de 30 días contados a
partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a
usted esta notificación que se
considerará hecha en la fecha
de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha
sido archivada en los autos de
este caso, con fecha de 16 de
diciembre de 2016. En Caguas,
Puerto Rico, a 16 de diciembre
de 2016. CARMEN ANA PEREIRA ORTIZ, SECRETARIA REGIONAL. IRIS GONZÁLEZ RUIZ,
SECRETARIA AUXILIAR.
EL SECRETARIO (A) que suscribe le notifica a usted que 15 de
diciembre de 2016, este Tribunal
ha dictado Sentencia, Sentencia
Parcial o Resolución en este
caso, que ha sido debidamente
registrada y archivada en autos
donde podrá usted enterarse
detalladamente de los términos
de la misma. Esta notificación
se publicará una sola vez en un
periódico de circulación general
en la Isla de Puerto Rico, dentro
de los diez (10) días siguientes
LEGAL NOTICE
a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en UNITED STATES DISTRICT
el procedimiento sujeta a los tér- COURT DISTRICT OF PUERTO
minos de la Sentencia, Sentencia RICO
Parcial o Resolución, de la cual
REVERS MORTGAGE
puede establecerse recurso de
SOLUTIONS, INC.
revisión o apelación dentro del
Plaintiff Vs.
término de 30 días contados a
THE ESTATE OF CARMEN
partir de la publicación por edicto
de esta notificación, dirijo a usted MARIA ARNOTT-ARTILES
esta notificación que se consi- A/K/A CARMEN ARNOTTderará hecha en la fecha de la
ATILES COMPOSED
publicación de este edicto. Copia
BY
RAMON ROBERTO
de esta notificación ha sido archiPIZZINI-ARNOTT,
vada en los autos de este caso,
MICHELLE MARIE DEL
con fecha de 20 de diciembre de
2016. Lic. Díaz Hernández ReSOCORRO PIZZINIggie. [email protected]. En
ARNOTT, GERALDO
San Juan, Puerto Rico, a 20 de
EMILIO PIZZINIdiciembre de 2016. GRISELDA
ARNOTT, CAMILLE
RODRÍGUEZ COLLADO, SECRETARIA. JESSICA MORA- MARIE PIZZINI ARNOTT,
LES FIGUEROA, SECRETARIA
JEAN MARIE PIZZINIAUXILIAR.
LEGAL NOTICE
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE
PUERTO RICO TRIBUNAL DE
PRIMERA INSTANCIA SALA DE
CAGUAS-SUPERIOR
CONSEJO TITULARES DE
CASITAS I RESORT
Demandante Vs.
MOREIRA TRENCHE,
EDGARD WILFREDO
Demandado
Caso: ECD2013-1437. Salón:
0612. COBRO DE DINERO,
COBRO DE DINERO, CAUSAL
/ DELITO. NOTIFICACIÓN DE
SENTENCIA POR EDICTOS.
EDGARD WILFREDO
MOREIRA TRENCHE,
SANDRA RIVERA PERBZ
Y LA SOCIEDAD LEGAL
DE GANANCIALES
COMPUESTA POR
AMBOS.
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE
PUERTO RICO TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA TRIBUNAL
DE PRIMERA INSTANCIA SALA
DE SAN JUAN
EL SECRETARIO (A) que suscriBANCO POPULAR DE PR be le notifica a usted que 12 de
diciembre de 2016, este Tribunal
Vs.
ACEVEDO VAZQUEZ, ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este
JORGE LUIS
caso, que ha sido debidamente
Caso: KCD2015-1337. Salón:
registrada y archivada en autos
0902. Sobre: COBRO DE DINEdonde podrá usted enterarse
RO, EJECUCIÓN DE HIPOTEdetalladamente de los términos
CA. NOTIFICACIÓN DE SENde la misma. Esta notificación
TENCIA POR EDICTO.
se publicará una sola vez en un
JORGE LUIS ACEVEDO periódico de circulación general
en la Isla de Puerto Rico, dentro
VAZQUEZ, T/C/C
de los diez (10) días siguientes a
JORGE ACEVEDO
su notificación. Y, siendo o repre-
ARNOTT; RICHARD DOE;
MUNICIPAL REVENUE
COLLECTION CENTER
(CRIM); PUERTO RICO
TREASURY; UNITED
STATES OF AMERICA
Defendants
Civil Num.: 3:15-CV-02256-ADC.
SUMMONS BY PUBLICATION
AND INTERPELLATION OF
HEIRS.
To: THE ESTATE OF
CARMEN MARIA
ARNOTT-ARTILES A/K/A
CARMEN ARNOTTATILES COMPOSED
BY RAMON ROBERTO
PIZZINI-ARNOTT,
MICHELLE MARIE DEL
SOCORRO PIZZINIARNOTT, GERALDO
EMILIO PIZZINI-ARNOTT,
JEAN MARIE PIZZINIARNOTT AND RICHARD
DOE.
The plaintiff has filed proceedings
for the foreclosure of mortgage
executed by CARMEN MARIA
ARNOTT-ARTILES on a property
situated at: K-27 MADISON ST.
PARKVILLE DEV. GUAYNABO,
PR 00969. Pursuant to the Order
for Service by Publication entered
on by the Honorable Aida M. Delgado-Colon, United States District
Judge (Docket No. 45), you are
hereby SUMMONED to appear,
plead or answer the Complaint
filed herein no late than thirty
(30) days after publication of this
Summons by serving the original
plea or answer to the United States District Court for the District of
Puerto Rico, and serving a copy
to counsel for plaintiff: ROBERTSON ANSCHUTZ & SCHNEID,
6409 Congress Ave., Suite 100
Boca Raton, FL 33487, service
e-mail: [email protected].
Telephone: 561-241-6901; 787988-7135. Plaintiff hereby interpellates THE ESTATE OF CARMEN MARIA ARNOTT-ARTILES
A/K/A CARMEN ARNOTT-ATILES COMPOSED BY RAMON
ROBERTO
PIZZINI-ARNOTT,
MICHELLE MARIE DEL SOCORRO PIZZINI-ARNOTT, GERALDO EMILIO PIZZINI-ARNOTT,
JEAN MARIE PIZZINI-ARNOTT
AND RICHARD DOE to accept or
repudiate the inheritance within
thirty (30) days after publication
of this summons, and in case of
failure to do so, the inheritance
shall be considered as accepted, without further notice. The
acceptance or rejection of the inheritance must be made through
a public instrument or a judicial
writing This Summons shall be
published by edict only once in a
newspaper of general circulation
on the Island of Puerto Rico. Within ten (10) days following publication of this Summons, a copy
of this Summons and the Complaint will be sent to defendant (s)
RAMON ROBERTO PIZZINI-ARNOTT, MICHELLE MARIE DEL
SOCORRO PIZZINI-ARNOTT,
GERALDO EMILIO PIZZINIARNOTT, JEAN MARIE PIZZINIARNOTT AND RICHARD DOE,
by certified mail/return receipt
requested, addressed to their
last known address. Should you
fail to appear, plead or answer to
the Complaint as ordered by the
Court and noticed by this Summons, the Court will proceed to
hear and adjudicate this cause
against you based on the relief
demanded in the Complaint.
BY ORDER OF THE COURT,
Summons is issued pursuant to
Fed.R.Civ.P 4(e) and Rule 4.6
of the Rules of Civil Procedure
for the Commonwealth of Puerto
Rico. In San Juan, Puerto Rico,
this 16 day of December, 2016.
FRANCES RIOS DE MORAN,
ESQ., CLERK OF COURT. JOSE
L. ARROYO, DEPUTY CLERK.
Demandada
DEPARTAMENTO DE
HACIENDA; CENTRO DE
RECAUDACIONES DE
INGRESOS MUNICIPALES
(CRIM)
Partes con Interés
Civil Núm.: ISCI201400701.
(206). Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA. LOS ESTADOS UNIDOS DE
AMÉRICA, EL PRESIDENTE DE
LOS EE.UU., EL ESTADO LIBRE
ASOCIADO DE P.R., SS. AVISO
DE PÚBLICA SUBASTA. El que
suscribe, Alguacil del Tribunal de
Primera Instancia, Sala Superior
de Mayagüez, hago saber a la
SUCESIÓN RADAMÉS PADILLA SOTO COMPUESTA POR
ELIZABETH PADILLA FERNÁNDEZ, FULANO DE TAL Y SUTANO DE TAL COMO POSIBLES
MIEMBROS DESCONOCIDOS
DE DICHA SUCESIÓN, DEPARTAMENTO DE HACIENDA, CENTRO DE RECAUDACIONES DE
INGRESOS MUNICIPALES, y al
PÚBLICO EN GENERAL; que en
cumplimiento del Mandamiento
de Ejecución de Sentencia expedido el 14 de julio de 2015, por la
Secretaría del Tribunal, procederé a vender y venderé en pública
subasta por el precio mínimo de
$125,000.00 y al mejor postor la
propiedad que se describe a continuación [FF-16 ALTURAS DE
JOYUDA CABO ROJO, PUERTO RICO 00623]: URBANA:
Solar FF-16 de la Urbanización
Extensión Alturas de Joyuda, del
Barrio Miradero, Sector La Garita e Cabo Rojo. Con una cabida
de 537.70 metros cuadrados. En
lindes por el NORTE, en 29.33
metros con el Solar FF-17; por el
SUR, en 35.22 metros con el Solar FF-15; por el ESTE, en 7.70
metros, 3.57 metros y 7.30 metros con la Calle 8; y por el OESTE, en 15.79 metros con Forest
Área de la Urbanización. Enclava edificación de concreto para
uso residencial. Inscrita al folio
161 del tomo 799 de Cabo Rojo,
finca número 26,881. Registro
de la Propiedad de Puerto Rico,
Sección de San Germán. La finca antes descrita se encuentra
afecta a los siguientes gravámenes posteriores: (i) HIPOTECA: A
favor de Oriental Bank and Trust,
por la suma de $125,000.00, intereses al 4.50% anual, vencedero 1 de julio de 2039, según
consta de la escritura #172, otorLEGAL NOTICE
gada en Mayagüez, el día 30 de
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE
junio de 2009, ante el notario MoPUERTO RICO TRIBUNAL DE
nica Marie Carretero Rodríguez,
PRIMERA INSTANCIA SALA DE
inscrita al folio 161vto. del tomo
MAYAGÜEZ
799 de Cabo Rojo, inscripción
SCOTIABANK DE
4ta. La hipoteca objeto de esta
PUERTO RICO
ejecución es la que ha quedaDemandante Vs.
do descrita en el inciso (i). Será
SUCESIÓN RADAMÉS celebrada la subasta para con el
importe de la misma satisfacer la
PADILLA SOTO,
sentencia dicta el 18 de febrero
COMPUESTA POR
de 2015, mediante la cual se
ELIZABETH PADILLA condenó a la parte demandada
FERNÁNDEZ, FULANO pagar a la parte demandante la
suma de $115,568.16 de prinDE TAL Y SUTANO
cipal, intereses al 4.50% desde
DE TAL COMO
el día 1 de noviembre de 2013;
POSIBLES MIEMBROS intereses vencidos; gastos por
DESCONOCIDOS DE
demora y $12,500.00 estipulados
para costas, gastos y honorarios
DICHA SUCESIÓN
de abogado, más cualquier otro
desembolso que haya efectuado
o efectúe la parte demandante
durante la tramitación de este
caso, para otros adelantos de
conformidad con el contrato hipotecario, incluyendo primas de
seguro de hipoteca, seguro de
siniestro y cargos por demora.
La PRIMERA SUBASTA será
celebrada el día 19 DE ENERO
DE 2017, A LAS 9:30 DE LA MAÑANA, en la oficina del Alguacil,
sita en el Tribunal de Primera
Instancia, Sala de Mayagüez,
Puerto Rico. Servirá de tipo mínimo para la misma la cantidad de
$125,000.00, sin admitirse oferta
inferior. De no haber remate ni
adjudicación, celebraré SEGUNDA SUBASTA el día 26 DE ENERO DE 2017, A LAS 9:30 DE LA
MAÑANA, en el mismo lugar, en
la que servirá como tipo mínimo,
dos terceras (2/3) partes del precio pactado para la primera subasta, o sea, $83,333.33. Si no
hubiese remate ni adjudicación
en la segunda subasta, celebraré
TERCERA SUBASTA el día 02
DE FEBRERO DE 2017, A LAS
9:30 DE LA MAÑANA, en el mismo lugar en la que regirá como
tipo mínimo, la mitad del precio
pactado para la primera subasta, o sea, $62,500.00. El precio
ofrecido se pagará de contado y
en moneda de curso legal o por
cheque del gerente librado a favor del alguacil en el mismo acto
de subasta y tan pronto se conceda la buena pro al postor agraciado. Que los autos y todos los
documentos correspondientes al
procedimiento incoado estarán
de manifiesto en la secretaría del
tribunal durante las horas laborables. Que se entenderá que todo
licitador acepta como bastante
la titularidad y que las cargas
y gravámenes anteriores y los
preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán
subsistentes. Se entenderá, que
el rematante los acepta y queda
subrogado en la responsabilidad
de los mismos, sin destinarse a
su extinción el precio del remate.
La propiedad a ser ejecutada se
adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores. Por la presente se notifica a los acreedores
que tengan inscritos o anotados
sus derechos sobre los bienes
hipotecados con posterioridad a
la inscripción del crédito del ejecutante o acreedores de cargas
o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca
ejecutada y las personas interesadas en, o con derecho a exigir
el cumplimiento de instrumentos
negociables garantizados hipotecariamente con posterioridad
al crédito ejecutado, para que
puedan concurrir a la subasta si
les convenga o satisfacer antes
del remate el importe del crédito,
de sus intereses, costas y honorarios de abogados asegurados,
quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante.
Vendida o adjudicada la finca o
derecho hipotecado y consignado el precio correspondiente, en
esa misma fecha o fecha posterior, el alguacil que celebró la
subasta procederá a otorgar la
correspondiente escritura pública
de traspaso en representación
del dueño o titular de los bienes
hipotecados, ante el notario que
elija el adjudicatario o comprador, quien deberá abonar el importe de tal escritura. El alguacil
pondrá en posesión judicial al
nuevo dueño, si así se lo solicita
dentro del término de veinte (20)
días a partir de la confirmación
de la venta o adjudicación. Si
transcurren los referidos veinte
(20) días, el tribunal podrá ordenar, sin necesidad de ulterior procedimiento, que se lleve a efecto
el desalojo o lanzamiento del
ocupante u ocupantes de la finca
o de todos los que por orden o tolerancia del deudor la ocupen. Y
PARA CONOCIMIENTO DE LOS
LICITADORES Y DEL PUBLICO
EN GENERAL y para su publicación de acuerdo con la Ley,
expido el presente Edicto bajo mi
firma y sello de este Tribunal. En
Mayagüez, Puerto Rico, hoy 06
de septiembre de 2016. JOSÉ M.
CRESPO NAZARIO, ALGUACIL
PLACA #522, ALGUACIL DEL
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA DE MAYAGÜEZ.
LEGAL NOTICE
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE
PUERTO RICO TRIBUNAL DE
PRIMERA INSTANCIA SALA DE
COAMO
ORIENTAL BANK
Demandante Vs.
ANNETTE J.
RAMOS MIRANDA
Demandados
Civil Núm.: B2CI201500485.
Sobre: EJECUCIÓN DE HIPOTECA (IN REM). LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, EL
PRESIDENTE DE LOS EE.UU.,
EL ESTADO LIBRE ASOCIADO
DE P.R., SS. AVISO DE PÚBLICA SUBASTA. El que suscribe,
Alguacil del Tribunal de Primera
Instancia, Sala Superior de Coamo, hago saber a la parte demandada ANNETTE J. RAMOS
MIRANDA, y al PÚBLICO EN
GENERAL; que en cumplimiento
del Mandamiento de Ejecución
de Sentencia expedido el 7 de
septiembre de 2016, por la Secretaría del Tribunal, procederé
a vender y venderé en pública
subasta por el precio mínimo de
$133,200.00 y al mejor postor
la propiedad que se describe a
continuación:[URBANIZACION
VALLE ESCONDIDO #2 DEL
BLOQUE E, BARRIO CUYON,
COAMO, PUERTO RICO 00969].
URBANA: Solar radicado en la
Urbanización Valle Escondido,
situada en el Barrio Cuyón del
término municipal de Coamo,
Puerto Rico, que se describe
en el plano de inscripción de la
urbanización identificado con el
número del solar: “E” guión Dos
(E-2), con un área de cuatrocientos treinta y siete punto noventa y siete metros cuadrados
(437.97 m/c). En lindes por el
NORTE, en quince punto veinte
metros (15.20) con la calle número tres (3) de la urbanización;
por el SUR, en dos (2) alineaciones que suman dieciocho punto
sesenta y nueve metros (18.69),
The San Juan Daily Star
con los solares “E” guión Treinta
y Cinco (E-35) y “E” guión Treinta y Seis (E-36); por el ESTE,
en veinticinco punto cincuenta
metros (25.50), con el solar “E”
guión Tres (E-3); y por el OESTE,
en veinticinco punto sesenta y
seis metros con el solar “E” guión
Uno (B-1 ). Enclava estructura
dedicada a vivienda para una
familia con tres (3) habitaciones
y un (I) baño. Consta inscrita al
folio 116 del tomo 314 de Coamo,
Finca Número 18,327, Sección
de Barranquitas. La finca antes
descrita se encuentra afecta a
los siguientes gravámenes: (i)
HIPOTECA: A favor de Oriental
Bank and Trust, o a su orden, por
la suma de $133,200.00, intereses al 6.00% anual, vencedero 1
de agosto de 2040, según consta
de la escritura #23, otorgada en
San Juan, el día 30 de julio de
2010, ante el notario Maria Uxia
Miranda Rivas, inscrita al folio
116 del tomo 314 de Coamo, inscripción 5ta. La hipoteca objeto
de esta ejecución es la que ha
quedado descrita en el inciso (i).
Será celebrada la subasta para
con el importe de la misma satisfacer la sentencia dicta el 6 de
julio de 2016, mediante la cual se
condenó a la parte demandada
pagar a la parte demandante la
suma de $125,588.42 de principal, intereses al 6.00%% desde
el día 1 de octubre de 2014;
intereses vencidos; gastos por
demora y $13,320.00 estipulados
para costas, gastos y honorarios
de abogado, más cualquier otro
desembolso que haya efectuado
o efectúe la parte demandante
durante la tramitación de este
caso para otros adelantos de
conformidad con el Contrato Hipotecario, incluyendo primas de
seguro de hipoteca, prima de
seguro de siniestro y cargos por
demora. La PRIMERA SUBASTA será celebrada el día 18 DE
ENERO DE 2017, A LAS 9:30 DE
LA MAÑANA, en la oficina del Alguacil, sita en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Coamo,
Puerto Rico. Servirá de tipo mínimo para la misma la cantidad de
$133,200.00, sin admitirse oferta
inferior. De no haber remate ni
adjudicación, celebraré SEGUNDA SUBASTA el día 25 DE ENERO DE 2017, A LAS 9:30 DE LA
MAÑANA, en el mismo lugar, en
la que servirá como tipo mínimo,
dos terceras (2/3) partes del precio pactado para la primera subasta, o sea, $88,800.00. Si no
hubiese remate ni adjudicación
en la segunda subasta, celebraré TERCERA SUBASTA el día 1
DE FEBRERO DE 2017, A LAS
9:30 DE LA MAÑANA, en el mismo lugar en la que regirá como
tipo mínimo, la mitad del precio
pactado para la primera subasta, o sea, $66,600.00. El precio
ofrecido se pagará de contado y
en moneda de curso legal o por
cheque del gerente librado a favor del alguacil en el mismo acto
de subasta y tan pronto se conceda la buena pro al postor agraciado. Que los autos y todos los
documentos correspondientes al
procedimiento incoado estarán
de manifiesto en la secretaría del
tribunal durante las horas laborables. Que se entenderá que todo
licitador acepta como bastante
la titularidad y que las cargas
y gravámenes anteriores y los
preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán
subsistentes. Se entenderá, que
el rematante los acepta y queda
subrogado en la responsabilidad
de los mismos, sin destinarse a
su extinción el precio del remate.
La propiedad a ser ejecutada se
adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores. Por la presente se notifica a los acreedores
que tengan inscritos o anotados
sus derechos sobre los bienes
hipotecados con posterioridad a
la inscripción del crédito del ejecutante o acreedores de cargas
o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca
ejecutada y las personas interesadas en, o con derecho a exigir
el cumplimiento de instrumentos
negociables garantizados hipotecariamente con posterioridad
al crédito ejecutado, para que
puedan concurrir a la subasta si
les convenga o satisfacer antes
del remate el importe del crédito,
de sus intereses, costas y honorarios de abogados asegurados,
quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante.
Vendida o adjudicada la finca o
derecho hipotecado y consignado el precio correspondiente, en
esa misma fecha o fecha posterior, el alguacil que celebró la
subasta procederá a otorgar la
correspondiente escritura pública
de traspaso en representación
del dueño o titular de los bienes
hipotecados, ante el notario que
elija el adjudicatario o comprador, quien deberá abonar el importe de tal escritura. El alguacil
pondrá en posesión judicial al
nuevo dueño, si así se lo solicita
dentro del término de veinte (20)
días a partir de la confirmación
de la venta o adjudicación. Si
transcurren los referidos veinte
(20) días, el tribunal podrá ordenar, sin necesidad de ulterior procedimiento, que se lleve a efecto
el desalojo o lanzamiento del
ocupante u ocupantes de la finca
o de todos los que por orden o tolerancia del deudor la ocupen. Y
PARA CONOCIMIENTO DE LOS
LICITADORES Y DEL PUBLICO
EN GENERAL y para su publicación de acuerdo con la Ley,
expido el presente Edicto bajo
mi firma y sello de este Tribunal.
En Coamo, Puerto Rico, hoy 26
de septiembre de 2016. OMAR
ROSA FUENTES, ALGUACIL,
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA DE COAMO.
MADELINE A. TORRES PAGÁN,
ALGUACIL AUXILIAR #857.
Wednesday, December 21, 2016
LA SUCESIÓN ISABEL
CRISTINA GONZÁLEZ
SÁNCHEZ EN CUANTO
A LA CUOTA VIUDAL
USUFRUCTUARIA;
VÍCTOR JOSÉ COLÓN
GONZÁLEZ, OMAR JOSÉ
COLÓN GONZÁLEZ,
GABRIEL COLÓN
GONZÁLEZ COMO
MIEMBROS CONOCIDOS
DE LA SUCESIÓN ISABEL
CRISTINA GONZÁLEZ
SÁNCHEZ; JOHN
DOE & RICHARD ROE
COMO MIEMBROS
DESCONOCIDOS DE
LA SUCESIÓN ISABEL
CRISTINA GONZÁLEZ
SÁNCHEZ;
Demandados
DEPARTAMENTO DE
HACIENDA; CENTRO
DE RECAUDACIONES
DE INGRESOS
MUNICIPALES.
Partes con Interés
Civil Núm.: DCD2015-1477.
(502). Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA. LOS ESTADOS UNIDOS
DE AMÉRICA, EL PRESIDENTE
DE LOS EE.UU., EL ESTADO
LIBRE ASOCIADO DE P.R., SS.
AVISO DE PÚBLICA SUBASTA.
El que suscribe, Alguacil del
Tribunal de Primera Instancia,
Sala Superior de Bayamón,
hago saber a la parte demandada BRIAN LAWRENCE HILL,
POR SÍ Y COMO MIEMBRO
CONOCIDO DE LA SUCESIÓN
ISABEL CRISTINA GONZÁLEZ
SÁNCHEZ EN CUANTO A LA
CUOTA VIUDAL USUFRUCTUARIA, VÍCTOR JOSÉ COLÓN GONZÁLEZ, OMAR JOSÉ
COLÓN GONZÁLEZ, GABRIEL
COLÓN GONZÁLEZ COMO
MIEMBROS CONOCIDOS DE
LA SUCESIÓN ISABEL CRISTINA GONZÁLEZ SÁNCHEZ,
JOHN DOE & RICHARD ROE
COMO MIEMBROS DESCONOCIDOS DE LA SUCESIÓN
ISABEL CRISTINA GONZÁLEZ
SÁNCHEZ, DEPARTAMENTO
DE HACIENDA, CENTRO DE
RECAUDACIONES DE INGRESOS MUNICIPALES, y al PÚBLICO EN GENERAL; que en
cumplimiento del Mandamiento
de Ejecución de Sentencia expedido el 6 de septiembre de 2016,
por la Secretaría del Tribunal,
procederé a vender y venderé
en pública subasta por el precio mínimo de $410,000.00 y al
mejor postor la propiedad que se
describe a continuación:[URB.
VILLAS REALES, BARRIO
LEGAL NOTICE
SANTA ROSA, BLOQUE J-8,
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE GUAYNABO, PUERTO RICO
PUERTO RICO TRIBUNAL DE 00969]. URBANA: Solar radiPRIMERA INSTANCIA SALA DE cado en la Urbanización Villas
BAYAMÓN
Reales, localizada en el Barrio
Santa Rosa del término municiORIENTAL BANK
pal de Guaynabo, Puerto Rico
Demandante Vs.
que se describe en el Plano de
BRIAN LAWRENCE
de la Urbanización
HILL, POR SÍ Y COMO Inscripción
con el número ocho (8) del BloMIEMBRO CONOCIDO DE que “J”, con un área de trescien-
tos sesenta y cinco punto treinta
y siete (365.37) metros cuadrados. En lindes por el NORTE,
en una distancia de diecinueve
punto cincuenta (19.50) metros
lineales, con la Calle (8) de la
Urbanización también conocida
como “Vía Escorial”; por el SUR,
en una distancia de veintitrés
(23.00) metros lineales, con el
solar número siete (7) del mismo
bloque, por el ESTE, en una distancia de dieciséis (16.00) metros lineales, con el solar número
nueve (9) del mismo bloque, y
por el OESTE, en una distancia
de doce punto cincuenta (12.50)
metros lineales, en un arco cinco
punto cincuenta (5.50) metros lineales, con la Calle tres (3) de la
Urbanización, también conocida
como “Vía Louvre”. Enclava una
casa de concreto para fines residenciales. Inscrita al folio 180
del tomo 1163 de Guaynabo,
Finca Número 40,590, Registro
de la Propiedad Guaynabo. La
finca antes descrita se encuentra
afecta a los siguientes gravámenes: (i) HIPOTECA: A favor de
Banco Bilbao Vizcaya Argentaria
Puerto Rico, o a su orden, por la
suma de $410,000.00, intereses
al 6.375% anual, vencedero 1 de
junio de 2022, según consta de
la escritura #25, otorgada en San
Juan, el día 31 de mayo de 2007,
ante el notario Ignacio Gorrin
Maldonado, inscrita al folio 181
del tomo 1366 de Guaynabo,
inscripción 6ta. La hipoteca objeto de esta ejecución es la que ha
quedado descrita en el inciso (i).
Será celebrada la subasta para
con el importe de la misma satisfacer la sentencia dicta el 23 de
junio de 2016, mediante la cual
se condenó a la parte demandada pagar a la parte demandante
la suma de $366,324.40 de principal, intereses al 6.375% desde
el día 1 de diciembre de 2014; intereses vencidos; gastos por demora y $41,000.00 estipulados
para costas, gastos y honorarios
de abogado, más cualquier otro
desembolso que haya efectuado
o efectúe la parte demandante
durante la tramitación de este
caso para otros adelantos de
conformidad con el Contrato Hipotecario, incluyendo primas de
seguro de hipoteca, prima de
seguro de siniestro y cargos por
demora. La PRIMERA SUBASTA será celebrada el día 19 DE
ENERO DE 2017 A LAS 11:00
DE LA MAÑANA, en la oficina
del Alguacil, sita en el Tribunal
de Primera Instancia, Sala de
Bayamón, Puerto Rico. Servirá
de tipo mínimo para la misma
la cantidad de $410,000.00, sin
admitirse oferta inferior. De no
haber remate ni adjudicación,
celebraré SEGUNDA SUBASTA
el día 26 DE ENERO DE 2017
A LAS 11:00 DE LA MAÑANA,
en el mismo lugar, en la que
servirá como tipo mínimo, dos
terceras (2/3) partes del precio
pactado para la primera subasta,
o sea, $273,333.33. Si no hubiese remate ni adjudicación en
la segunda subasta, celebraré
TERCERA SUBASTA el día 2 DE
FEBRERO DE 2017 A LAS 11:00
DE LA MAÑANA, en el mismo
lugar en la que regirá como tipo
mínimo, la mitad del precio pactado para la primera subasta,
o sea, $205,000.00. El precio
ofrecido se pagará de contado y
en moneda de curso legal o por
cheque del gerente librado a favor del alguacil en el mismo acto
de subasta y tan pronto se conceda la buena pro al postor agraciado. Que los autos y todos los
documentos correspondientes al
procedimiento incoado estarán
de manifiesto en la secretaría del
tribunal durante las horas laborables. Que se entenderá que todo
licitador acepta como bastante
la titularidad y que las cargas y
gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito
del ejecutante continuarán subsistentes. Se entenderá, que el
rematante los acepta y queda
subrogado en la responsabilidad
de los mismos, sin destinarse a
su extinción el precio del remate.
La propiedad a ser ejecutada se
adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores. Por la presente se notifica a los acreedores
que tengan inscritos o anotados
sus derechos sobre los bienes
hipotecados con posterioridad a
la inscripción del crédito del ejecutante o acreedores de cargas
o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca
ejecutada y las personas interesadas en, o con derecho a exigir
el cumplimiento de instrumentos
negociables garantizados hipotecariamente con posterioridad
al crédito ejecutado, para que
puedan concurrir a la subasta si
les convenga o satisfacer antes
del remate el importe del crédito,
de sus intereses, costas y honorarios de abogados asegurados,
quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante.
Vendida o adjudicada la finca o
derecho hipotecado y consignado el precio correspondiente, en
esa misma fecha o fecha posterior, el alguacil que celebró la subasta procederá a otorgar la correspondiente escritura pública
de traspaso en representación
del dueño o titular de los bienes
hipotecados, ante el notario que
elija el adjudicatario o comprador,
quien deberá abonar el importe
de tal escritura. El alguacil pondrá en posesión judicial al nuevo
dueño, si así se lo solicita dentro
del término de veinte (20) días
a partir de la confirmación de la
venta o adjudicación. Si transcurren los referidos veinte (20)
días, el tribunal podrá ordenar,
sin necesidad de ulterior procedimiento, que se lleve a efecto
el desalojo o lanzamiento del
ocupante u ocupantes de la finca o de todos los que por orden
o tolerancia del deudor la ocupen. Y PARA CONOCIMIENTO
DE LOS LICITADORES Y DEL
PUBLICO EN GENERAL y para
su publicación de acuerdo con
la Ley, expido el presente Edicto bajo mi firma y sello de este
Tribunal. En Bayamón, Puerto
Rico, hoy 19 de septiembre de
2016. EDGARDO E. VARGAS
SANTANA, ALGUACIL, TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA,
SALA DE BAYAMÓN.
LEGAL NOTICE
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE
PUERTO RICO TRIBUNAL DE
PRIMERA INSTANCIA CENTRO
JUDICIAL DE BAYAMÓN SALA
SUPERIOR
BANCO POPULAR DE
PUERTO RICO
Demandante V.
AURELIO VIGOREAUX
CRESPO, SU ESPOSA
LARISSA MARIE
MARTÍNEZ ARCHILLA Y
LA SOCIEDAD LEGAL DE
BIENES GANANCIALES
COMPUESTA POR
AMBOS
Demandados
Civil Núm.: DCD2015-0134.
(402). Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA.
AVISO DE VENTA EN PUBLICA
SUBASTA. Yo, EDGARDO E.
VARGAS SANTANA, Alguacil del
Tribunal de Primera Instancia de
Bayamón, Sala Superior, al público en general, CERTIFICO Y
HAGO SABER: Que en virtud del
mandamiento expedido el 18 de
mayo de 2016, por el Secretario
de este Tribunal, dirigido al que
suscribe, procederé a vender en
pública subasta, al mejor postor,
en pago de contado y en moneda de los Estados Unidos de
América, por el precio mínimo de
$212,400.00, el inmueble hipotecado en este caso, el cual se
describe como sigue: URBANA:
Solar radicado en la urbanización
Mansiones de Montecasino II, en
el barrio Mucarabones del municipio de Toa Alta, Puerto Rico,
que se describe en el plano de
inscripción de la urbanización con
número, área y colindancias que
se relacionan a continuación: número del solar: cinco del bloque
E (E-5). Área del solar: 325.00
metros cuadrados. En lindes: por
el NORTE, con la calle número
14, en una distancia de 13.00
metros; por el SUR, con el solar
número 18-E, en una distancia
de 13.00 metros; por el ESTE,
con el solar número 6-E, en una
distancia de 25.00 metros; por
el OESTE, con el solar número
4-E, en una distancia de 25.00
metros. En este solar se ha construido una casa de vivienda para
una familia de bloques y hormigón reforzado. Consta inscrita al
folio ciento noventa y uno (191)
del tomo cuatrocientos cuarenta
y tres (443) de Toa Alta, finca
número veintidós mil setecientos
treinta y seis (22,736) del Registro de la Propiedad de Puerto
Rico, Sección Tercera de Bayamón. Dicha propiedad consta
inscrita a favor de AURELIO VIGOREAUX CRESPO y su esposa LARISSA MARIE MARTÍNEZ
ARCHILLA, quienes adquieren
por compra mediante la escritura
pública #124, otorgada en San
Juan, el 6 de diciembre de 2000,
ante el Notario Público Edgar
F. Balzac Rivera, la cual consta
inscrita al folio 191 del tomo 443
de Toa Alta, finca número 22,736,
inscripción 1ra. Con el importe de
dicha venta se habrán de satis-
39
Legal Notice
facer a la parte demandante las
siguientes cantidades, según la
Sentencia en Rebeldía dictada
por el Honorable Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico,
Sala Superior de Bayamón el día
12 de junio de 2015 y notificada el
16 de julio de 2015: La parte demandada adeuda solidariamente
a la parte demandante, la suma
de $133,070.14 por concepto del
principal adeudado, más intereses acumulados, los cuales continúan en aumento hasta el pago
total y solvento de la obligación,
cargos por demora acumulados
los cuales continúan en aumento hasta el pago total y solvento
de la obligación y la suma de
$21,240.00 por concepto de costas y honorarios de abogado previamente pactados; los intereses
legales correspondientes y en vigor a esta fecha, al tipo fijado por
la Junta Financiera de la Oficina
del Comisionado de Instituciones
Financieras, a computarse desde
la fecha de hoy sobre la cuantía
de esta Sentencia, incluyendo
costas y honorarios de abogado,
hasta el total pago y solvento del
importe de la misma. La sumas
antes descritas están garantizadas mediante hipoteca a favor de
la SANA MORTGAGE CORP., o
a su orden, por la suma principal
de $212,400.00 con intereses al
4¼%, y a vencer el 1 de enero de
2025, según consta en escritura
pública #518, otorgada en San
Jun, el 24 de diciembre de 2004,
ante la Notario Público Pylar Gómez Vélez, la cual consta inscrita
al folio 174 del tomo 550 de Toa
Alta, finca #22,736, inscripción
3ra, el 22 de enero de 2015. La
PRIMERA SUBASTA se llevará
a efecto en mi oficina, sita en el
local que ocupa el Tribunal de
Primera Instancia, Sala Superior
de Bayamón, a las 11:00 DE LA
MAÑANA EL DÍA 24 DE ENERO
DE 2017, por el tipo mínimo de
$212,400.00. Si no produjera
remate ni adjudicación la primera subasta, queda señalada la
SEGUNDA SUBASTA que dispone la ley para las 11:00 DE LA
MAÑANA EL DÍA 31 DE ENERO
DE 2017, por el tipo mínimo de
$141,600.00; si tampoco hubiere remate ni adjudicación en la
segunda subasta; se señala la
TERCERA SUBASTA que dispone la ley para las 11:00 DE LA
MAÑANA EL DÍA 7 DE FEBRERO DE 2017, por el tipo mínimo
de la mitad del precio pactado, o
sea, $106,200.00. Las tres subastas señaladas se celebrarán
a las horas y fechas antes indicadas en mi oficina sita en el local
que ocupa el Tribunal de Primera
Instancia, Sala Superior de Bayamón. Se advierte que los autos
de este caso y demás instancias están disponibles para ser
inspeccionadas en la secretaría
del Tribunal durante las horas
laborables. Se advierte que los
licitadores aceptan como bastante la titularidad y que las cargas
y gravámenes anteriores y los
preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán
subsistentes. Se entenderá, que
el remanente los acepta y queda
subrogado en la responsabilidad
de los mismos, sin destinarse a
su extinción el precio del remate.
Y PARA CONOCIMIENTO DE
LAS PARTES INTERESADAS y
del público en general y se relaciona el siguiente gravamen, el
cual es posterior al ejecutado:
HIPOTECA: En garantía de pagaré a favor de Doral Bank, o a
su orden, por la suma principal
de $35,600.00, con intereses al
9.50% y a vencer el 1 de julio de
2021, según consta en escritura
pública #37, otorgada en San
Juan, el 30 de junio de 2006,
ante la Notario Público Liliana A.
Matallana Molano, la cual consta
inscrita al folio 174 del tomo 550
de Toa Alta, finca #22,736, inscripción 3ra, el 22 de enero de
2015. Y PARA CONOCIMIENTO
DE LAS PARTES INTERESADAS y del público en general,
se advierte que la adjudicación
se hará al mejor postor y que el
pago de la licitación deberá hacerse en el acto de la subasta y
en moneda de los Estados Unidos de América, de acuerdo con
la ley. EN TESTIMONIO DE LO
CUAL, expido el presente que
firmo y sello con el sello de esta
oficina en Bayamón, Puerto Rico,
hoy día 6 de diciembre de 2016.
EDGARDO E. VARGAS SANTANA, ALGUACIL, TRIBUNAL DE
PRIMERA INSTANCIA, SALA DE
BAYAMÓN.
LEGAL NOTICE
IN THE UNITED STATES DISTRICT COURT FOR THE DISTRICT OF PUERTO RICO
ROOSEVELT CAYMAN
ASSET COMPANY II
Plaintiff Vs.
MIGUEL ANGEL
RAMIREZ-RIVERA, A/K/A
MIGUEL A. RAMIREZRIVERA, HIS WIFE
IVETTE GOYTIA-RIVERA,
AND THE CONJUGAL
PARTNERSHIP
CONSTITUTED THEREIN
Defendants.
Civil No.: 15-2595. (CCC). Re:
COLLECTION OF MONIES,
FORECLOSURE OF MORTGAGE. NOTICE OF SALE. UNITED STATES OF AMERICA,
PRESIDENT OF THE UNITED
STATES, COMMONWEALTH OF
PUERTO RICO, SS.
TO: MIGUEL ANGEL
RAMIREZ-RIVERA, a/k/a
MIGUEL A. RAMIREZRIVERA, his wife IVETTE
GOYTIA-RIVERA,
AND THE CONJUGAL
PARTNERSHIP.
Judgment in favor of plaintiff for
the sum of $189,943.48, deferred
principal balance of $8,821.60,
for a total outstanding principal
balance of $198,765.08 accrued
interest, interest which continues
to accrue until full payment of the
debt at the rate of 6.250% per
annum, accrued late charges;
and any other advance, charge,
fee or disbursement made by
plaintiff on behalf of defendant,
in accordance with the mortgage
deed, plus costs, and $23,000.00
Legal Notice
in attorney’s fees; Pursuant to the
judgment, the undersigned Special Master was ordered to sell at
public auction for United States
currency in cash or certified check
without appraisement or right of
redemption to the highest bidder
and at the office of the Clerk of
the United States District Court
for the District of Puerto Rico, Federico Degetau Federal Building,
Chardón Street, Hato Rey, San
Juan, Puerto Rico or any other
place designated by said Clerk,
to cover the sums adjudged to be
paid to the plaintiff, the following
property: URBANA: Solar radicado en la Urbanización Estancias
de Cambalache, también conocida como Vista de Río Grande
II, en el barrio Cienaga Baja del
término municipal de Rio Grande, Puerto Rico, que se describe
en el plano de inscripción con el
numero, área y colindancias que
se relacionan a continuación:
Numero del Solar: 561. Área del
solar: 675.04 metros cuadrados.
En lindes por el NORTE, en una
distancia de 37.50 metros lineales, con el solar numero 560 de
la urbanización; por el SUR, en
una distancia de 37.58 metros lineales, con el solar numero 562;
por el ESTE, en dos alineaciones
continuas que suman 18.01 metros lineales, con la calle Palma
Real de la urbanización; y por
el OESTE, en una distancia de
18.00 metros lineales, con área
verde. Sobre dicho solar enclava
una casa de concreto para fines
residenciales. Consta inscrita
al folio 32 del tomo 499(ágora)
de Rio Grande, finca número
27,086. Registro de la Propiedad, Seccion Tercera de Carolina. THEREFORE, the FIRST
PUBLIC SALE shall be held on
the 3 DAY OF FEBRUARY 2017,
AT 9:30AM and the minimum bid
that will be accepted is the sum
of $239,000.00. In the event said
first public auction does not produce a bidder and the property
is not adjudicated, a SECOND
PUBLIC AUCTION shall be held
on the 10 DAY OF FEBRUARY
2017, AT 9:30AM and the minimum bid that will be accepted is
the sum of $159,333.33, 2/3 parts
of the minimum bid for the 1st public sale. If said second auction
does not result in the adjudication
and sale of the property, a THIRD
AUCTION will be held on the 17
DAY OF FEBRUARY 2017, AT
9:30AM and the minimum bid
that will be accepted is the sum
of $119,500.00, ½ of the minimum bid for the 1st public sale.
Upon confirmation of the sale, an
order shall be issued canceling
all junior liens. For further particulars, reference is made to the
judgment entered by the Court in
this case, which can be examined in the Office of the Clerk of
the United States District Court.
AND TO THE KNOWLEDGE OF
INTERESTED PARTIES and the
general public and specially regarding the seizure annotation
described hereinafter: A. Seizure
Annotation: SEIZURE ANNOTATION: Executed in the First Instance Court of Rio Grande, civil
case number N3CI2009-00458,
40
on April 11, 2011, for reason of
Collection of Money by Banco
Bilbao Vizcaya Argentaria Puerto Rico, versus Miguel A. Ramirez Rivera and his wife Ivette
Goytia Rivera, by the amount of
$10,093.94, plus interests, recorded at page 32 of volume 499
of Rio Grande, property number
27,086, annotation A. In San
Juan, Puerto Rico, On December
12 , 2016. AGUEDO DE LA TORRE, SPECIAL MASTER.
LEGAL NOTICE
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE
PUERTO RICO TRIBUNAL DE
PRIMERA INSTANCIA CENTRO
JUDICIAL DE BAYAMÓN SALA
SUPERIOR
ROOSEVELT CAYMAN
ASSET COMPANY
Demandante V.
FERMIN ROSALES
FERRER T/C/C FERMIN
ROSALES FERRÉ T/C/C
FERMIN ROSALES
FERRA AHORA LA
SUCESIÓN DE FERMIN
ROSALES FERRER
T/C/C FERMIN ROSALES
FERRÉ T/C/C FERMIN
ROSALES FERRA
COMPUESTA POR ILIANA
SOSA RUBERT T/C/C
ILEANA SOSA ROUBERT
POR SÍ Y EN CUANTO
A LA CUOTA VIUDAL
USUFRUCTUARIA;
ILEANA ROSALES SOSA,
NANCY ROSALES SOSA,
MARÍA ROSALES SOSA,
DORIS ROSALES SOSA Y
DAYSI ROSALES SOSA;
DEPARTAMENTO DE
HACIENDA, DIVISIÓN
DE CAUDALES
RELICTOS; CENTRO
DE RECAUDACIÓN DE
INGRESOS MUNICIPALES
(CRIM)
Demandados
Civil Núm.: FCD2014-1355.
(401). Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA.
EDICTO DE SUBASTA. El Alguacil que suscribe por la presente
CERTIFICA, ANUNCIA y hace
CONSTAR: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia que le ha sido
dirigido al Alguacil que suscribe
por la Secretaría del TRIBUNAL
DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE BAYAMÓN
SALA SUPERIOR, en el caso
de epígrafe procederá a vender en pública subasta al mejor
postor quién pagará de contado
y en moneda de curso legal de
los Estados Unidos de América,
giro postal o por cheque de gerente a nombre del Alguacil del
Tribunal de Primera Instancia el
día 8 DE FEBRERO DE 2017, A
LAS 9:30 DE LA MAÑANA, en su
oficina sita en el local que ocupa
en el edificio del TRIBUNAL DE
PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE BAYAMÓN
The San Juan Daily Star
Wednesday, December 21, 2016
SALA SUPERIOR, todo derecho, título e interés que tenga
la parte demandada de epígrafe
en el inmueble de su propiedad
que ubica en Urb. Rolling Hills,
Solar 284, Bloque L, Bo. Martin
González, Carolina, PR 00896 y
que se describe a continuación:
URBANA: Solar marcado con el
número 284 del bloque L de Urbanización Rolling Hills, localizado en el Barrio Martín González
del municipio de Carolina, Puerto
Rico, con un área de 496.50 metros cuadrados. En lindes por el
Norte, 30.00 metros, con el solar numero L-285; por el Sur, en
33.63 metros con paseo público;
por el Este, en 8.95 metros, con
paseo público; por el Oeste, en
24.15 metros, con la calle Periferal. Se hace constar sin embargo
que se permitirá la construcción
de verjas en lados los sitios excepto que en el batey estas mantendrán la líneas de construcción
individual de casa vivienda o estructura. En dicho solar descrito
enclava una casa residencial
para una familia. La propiedad
antes relacionada consta inscrita
en el Folio 106 del Tomo 462 de
Carolina, finca número 18,874,
en el Registro de la Propiedad
de Carolina, Sección Segunda.
El tipo mínimo para la primera
subasta del inmueble antes relacionado, será el dispuesto en la
Escritura de Hipoteca, es decir la
suma de $184,000.00. Si no hubiere remate ni adjudicación en
la primera subasta del inmueble
mencionado, se celebrará una
SEGUNDA SUBASTA en las oficinas del Alguacil que suscribe el
día 15 DE FEBRERO DE 2017,
A LAS 1:30 DE LA TARDE. En la
segunda subasta que se celebre
servirá de tipo mínimo las dos
terceras partes (2/3) del precio
pactado en la primera subasta, o
sea la suma de $122,666.67. Si
tampoco hubiere remate ni adjudicación en la segunda subasta
se celebrará una TERCERA
SUBASTA en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 22 DE
FEBRERO DE 2017, A LAS 3:15
DE LA TARDE. Para la tercera
subasta servirá de tipo mínimo
la mitad (1/2) del precio pactado
para el caso de ejecución, o sea,
la suma de $92,000.00. La hipoteca a ejecutarse en el caso de
epígrafe fue constituida mediante
la escritura número 142, otorgada
el día 16 de julio de 2005, ante el
Notario Ivonne Santiago Camacho y consta inscrita en el Folio
17 del Tomo 1378 de Carolina,
finca número 18,874, en el Registro de la Propiedad de Carolina, Sección Segunda, inscripción
décimotercera. Dicha subasta se
llevará a cabo para con su producto satisfacer al Demandante
total o parcialmente según sea el
caso el importe de la Sentencia
que ha obtenido ascendente a la
suma de $186,672.46 por concepto de principal, más intereses
al tipo pactado de 7.500% anual
desde el día 1 de diciembre de
2011. Dichos intereses continúan
acumulándose hasta el pago total
de la obligación. Se pagarán también los cargos por demora equivalentes a 5.000% de la suma de
aquellos pagos con atrasos en
exceso de 15 días calendarios
de la fecha vencimiento, la suma
de $18,400.00 para costas, gastos y honorarios de abogado, la
suma de $18,400.00 para cubrir
los intereses en adición a los garantizados por ley y la suma de
$18,400.00 para cubrir cualquier
otro adelanto que se haga en virtud de la escritura de hipoteca,
más intereses según provisto
por la regla 44.3 de las de Procedimiento Civil. Que los autos y
todos los documentos correspondientes al Procedimiento incoado
estarán de manifiesto en la SECRETARIA DEL TRIBUNAL DE
PRIMERA INSTANCIA CENTRO
JUDICIAL DE BAYAMÓN SALA
SUPERIOR durante las horas laborables. Se entenderá que todo
licitador acepta como bastante la
titularidad del inmueble y que las
cargas y gravámenes anteriores y
los preferentes, si los hubiere, al
crédito del ejecutante continuarán
subsistentes. Se entenderá que
el rematante los acepta y queda
subrogado en la responsabilidad
de los mismos, sin destinarse a
su extinción el precio de remate.
La propiedad no está sujeta a
gravámenes anteriores ni preferentes según las constancias del
Registro de la Propiedad. Surge
de un estudio de título que, sobre
la finca descrita anteriormente,
pesan los gravámenes posteriores a la hipoteca que se ejecuta
mediante este procedimiento que
se relacionan más adelante. A los
acreedores que tengan inscritos
o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con
posterioridad a la inscripción del
crédito del ejecutante o acreedores de cargos o derechos reales
que los hubiesen pospuesto a la
hipoteca del actor y a los dueños,
poseedores, tenedores de, o interesados en títulos transmisibles
por endoso, o al portador, garantizados hipotecariamente con
posterioridad al crédito del actor
por la presente se notifica, que
se celebrarán las subastas en las
fechas, horas y sitios señalados
para que puedan concurrir a la
subasta si les conviniere o se
les invita a satisfacer antes del
remate el importe del crédito, de
sus intereses, otros cargos y las
costas y honorarios de abogado
asegurados quedando subrogados en los derechos del acreedor
ejecutante. A: AVISO DE DEMANDA: Pleito seguido por Roosevelt Cayman Asset Company
vs. Ileana Sosa Roubert y su
esposo, Fermín Rosales Ferrer,
también conocido como Rosales
Ferra, ante el Tribunal de Primera
Instancia, Centro Judicial de Carolina, Sala Superior, en el caso
civil número FCD 2014-1355, sobre cobro de dinero y ejecución
de hipoteca, en la que se reclama el pago de hipoteca, con un
balance de $175,069.69 y otras
cantidades, según Demanda de
fecha 6 de noviembre de 2014.
Anotada al folio 93 del tomo 1523
de Carolina. Anotación A, el 25
de noviembre de 2004. Y para
conocimiento de licitadores del
público en general se publicará
este Edicto de acuerdo con la
ley por espacio de dos semanas
en tres sitios públicos del municipio en que ha de celebrarse
la venta, tales como la alcaldía,
el Tribunal y la colecturía. Este
Edicto será publicado mediante
edictos dos veces en un diario de
circulación general en el Estado
Libre Asociado de Puerto Rico,
por espacio de dos semanas
consecutivas. La propiedad a ser
ejecutada se adquirirá libre de
cargas y gravámenes posteriores sujeto a lo dispuesto en los
Artículos 113 al 116 de la Ley 210
del 8 de diciembre de 2015, según aplique. Expido el presente
Edicto de subasta bajo mi firma
en Carolina, Puerto Rico, hoy
día 24 de agosto de 2016. FDO.
MANUEL VILLAFAÑE BLANCO,
ALGUACIL #830.
LEGAL NOTICE
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE
PUERTO RICO TRIBUNAL DE
PRIMERA INSTANCIA CENTRO
JUDICIAL DE BAYAMÓN SALA
SUPERIOR
SCOTIABANK OF
PUERTO RICO
Demandante V.
SERGIO MADRID
GUZMÁN, WALESKA
TORRES MURIENTE Y LA
SOCIEDAD LEGAL DE
BIENES GANANCIALES
COMPUESTA POR
AMBOS
Demandados
Civil Núm.: DCD2014-1057.
(501). Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA.
EDICTO DE SUBASTA. El Alguacil que suscribe por la presente
CERTIFICA, ANUNCIA y hace
CONSTAR: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia que le ha sido
dirigido al Alguacil que suscribe
por la Secretaría del TRIBUNAL
DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE BAYAMÓN
SALA SUPERIOR, en el caso de
epígrafe procederá a vender en
pública subasta al mejor postor
quién pagará de contado y en
moneda de curso legal de los
Estados Unidos de América, giro
postal o por cheque de gerente
a nombre del Alguacil del Tribunal de Primera Instancia el día 6
DE FEBRERO DE 2017, A LAS
11:45 DE LA MAÑANA, en su
oficina sita en el local que ocupa en el edificio del TRIBUNAL
DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE BAYAMÓN
SALA SUPERIOR, todo derecho, título e interés que tenga
la parte demandada de epígrafe
en el inmueble de su propiedad
que ubica en 14 The Village AT
Suchville, Guaynabo, PR 00926
ue se describe a continuación:
URBANA: Lote de terreno localizado en el Proyecto Residencial
THE VILLAGE AT SUCHVILLE,
en el Barrio Juan Domingo del
Municipio de Guaynabo, Puerto
Rico, identificado en el plano de
inscripción aprobado por La Administración de Reglamentos y
Permisos para la Urbanización
como Unidad 14. El mismo tiene
una cabida de 109.2302 metros
cuadrados. Colindando por el
Norte, con ‘Public Area’, en una
distancia de 16.8684 metros;
por el Sur, con la Unidad 15, en
una distancia de 16.8684 metros;
por el Este, con ‘Public Area’, en
una distancia de 6.477 metros; y
por el Oeste, con ‘Public Area’,
en una distancia de 6.477 metros. En este solar enclava una
estructura de hormigón armado
y bloques con un área superficial de aproximadamente 3,070
pies cuadrados, equivalentes a
285.203 metros cuadrados. La
misma consta de tres cuartos
dormitorios, un salón multi-usos,
tres y medio baños, sala, comedor, cocina, marquesina para
dos automóviles y demás dependencias. La propiedad antes
relacionada consta inscrita en el
Folio 49 del Tomo 1359 de Guaynabo, finca número 46,038, en
el Registro de la Propiedad de
Guaynabo. El tipo mínimo para la
primera subasta del inmueble antes relacionado, será el dispuesto en la Escritura de Hipoteca, es
decir la suma de $298,400.00.
Si no hubiere remate ni adjudicación en la primera subasta del
inmueble mencionado, se celebrará una SEGUNDA SUBASTA
en las oficinas del Alguacil que
suscribe el día 13 DE FEBRERO
DE 2017, A LAS 11:45 DE LA
MAÑANA. En la segunda subasta que se celebre servirá de tipo
mínimo las dos terceras partes
(2/3) del precio pactado en la primera subasta, o sea la suma de
$198,933.33. Si tampoco hubiere
remate ni adjudicación en la segunda subasta se celebrará una
TERCERA SUBASTA en las oficinas del Alguacil que suscribe el
día 21 DE FEBRERO DE 2017,
A LAS 11:45 DE LA MAÑANA.
Para la tercera subasta servirá de tipo mínimo la mitad (1/2)
del precio pactado para el caso
de ejecución, o sea, la suma de
$149,200.00. La hipoteca a ejecutarse en el caso de epígrafe
fue constituida mediante la escritura número 2103, otorgada
el día 10 de noviembre de 2004,
ante el Notario Julio Francisco
Fernández Rodríguez y consta
inscrita en el Folio 49 del Tomo
1359 de Guaynabo, finca número
46,038, en el Registro de la Propiedad de Guaynabo, inscripción
segunda. Dicha subasta se llevará a cabo para con su producto
satisfacer al Demandante total o
parcialmente según sea el caso
el importe de la Sentencia que ha
obtenido ascendente a la suma
de $258,276.34 por concepto de
principal, más intereses al tipo
pactado de 5.875% anual desde
el día 1 de junio de 2013. Dichos
intereses continúan acumulándose hasta el pago total de la
obligación. Se pagarán también
los cargos por demora equivalentes a 5.000% de la suma de
aquellos pagos con atrasos en
exceso de 15 días calendarios
de la fecha vencimiento, la suma
de $29,840.00 para costas, gastos y honorarios de abogado, la
suma de $29,840.00 para cubrir
los intereses en adición a los garantizados por ley y la suma de
$29,840.00 para cubrir cualquier
otro adelanto que se haga en virtud de la escritura de hipoteca,
más intereses según provisto
por la regla 44.3 de las de Procedimiento Civil. Que los autos y
todos los documentos correspondientes al Procedimiento incoado
estarán de manifiesto en la SECRETARIA DEL TRIBUNAL DE
PRIMERA INSTANCIA CENTRO
JUDICIAL DE BAYAMÓN SALA
SUPERIOR durante las horas laborables. Se entenderá que todo
licitador acepta como bastante la
titularidad del inmueble y que las
cargas y gravámenes anteriores y
los preferentes, si los hubiere, al
crédito del ejecutante continuarán
subsistentes. Se entenderá que
el rematante los acepta y queda
subrogado en la responsabilidad
de los mismos, sin destinarse a
su extinción el precio de remate.
La propiedad no está sujeta a
gravámenes anteriores ni preferentes según las constancias del
Registro de la Propiedad. Surge
de un estudio de título que, sobre
la finca descrita anteriormente,
pesan los gravámenes posteriores a la hipoteca que se ejecuta
mediante este procedimiento que
se relacionan más adelante. A los
acreedores que tengan inscritos
o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con
posterioridad a la inscripción del
crédito del ejecutante o acreedores de cargos o derechos reales
que los hubiesen pospuesto a la
hipoteca del actor y a los dueños,
poseedores, tenedores de, o interesados en títulos transmisibles
por endoso, o al portador, garantizados hipotecariamente con
posterioridad al crédito del actor
por la presente se notifica, que
se celebrarán las subastas en las
fechas, horas y sitios señalados
para que puedan concurrir a la
subasta si les conviniere o se
les invita a satisfacer antes del
remate el importe del crédito, de
sus intereses, otros cargos y las
costas y honorarios de abogado
asegurados quedando subrogados en los derechos del acreedor
ejecutante. A: HIPOTECA: Por la
suma principal de $71,500.00,
en garantía de un pagaré a favor
de FIRST EQUITY MORTGAGE
BANKERS, INC., o a su orden,
con intereses al 9.62% anual y
vencimiento el 1ro. de abril del
2037, tasada en $71,500.00,
constituida mediante escritura
No. 43, otorgada en San Juan
el 30 de marzo del 2007, ante
Dianne M. Pérez Sebastián, inscrita al folio 49 del tomo 1359 de
Guaynabo, finca No. 46038, inscripción 3ª. Y para conocimiento
de licitadores del público en general se publicará este Edicto de
acuerdo con la ley por espacio de
dos semanas en tres sitios públicos del municipio en que ha de
celebrarse la venta, tales como
la alcaldía, el Tribunal y la colecturía. Este Edicto será publicado
mediante edictos dos veces en un
diario de circulación general en el
Estado Libre Asociado de Puerto
Rico, por espacio de dos semanas consecutivas. La propiedad
a ser ejecutada se adquirirá libre
de cargas y gravámenes poste-
riores sujeto a lo dispuesto en los
Artículos 113 al 116 de la Ley 210
del 8 de diciembre de 2015, según aplique. Expido el presente
Edicto de subasta bajo mi firma
en Bayamón, Puerto Rico, hoy
día 14 de octubre de 2016. FDO.
EDGARDO E. VARGAS SANTANA, ALGUACIL, TRIBUNAL DE
PRIMERA INSTANCIA, SALA
SUPERIOR DE BAYAMÓN.
LEGAL NOTICE
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE
PUERTO RICO TRIBUNAL DE
PRIMERA INSTANCIA SALA DE
SAN JUAN
BANCO POPULAR DE
PUERTO RICO, INC.
Demandante V.
JORGE VIVA OLIVARDIA
T/C/C GEORGE ULLOA
OLIVARDIA T/C/C JORGE
ULLOA OLIVARDIA; SU
ESPOSA MARTA ISABEL
NÚÑEZ AVALOS T/C/C
MARTA NÚÑEZ AVALOS Y
LA SOCIEDAD LEGAL DE
BIENES GANANCIALES
COMPUESTA POR
AMBOS
Demandados
Civil Núm.: KCD2015-2714.
Sobre: COBRO DE DINERO
- EJECUCIÓN DE HIPOTECA
POR LA VÍA ORDINARIA. EMPLAZAMIENTO POR EDICTO.
ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, PRESIDENTE DE LOS
ESTADOS UNIDOS, ESTADO
LIBRE ASOCIADO DE PUERTO
RICO, SS.
A: JORGE VIVA
OLIVARDIA, T/C/C
GEORGE ULLOA
OLIVARDIA T/C/C JORGE
ULLOA OLIVARDIA; SU
ESPOSA MARTA ISABEL
NÚÑEZ AVALOS, T/C/C
MARTA NÚÑEZ AVALOS Y
LA SOCIEDAD LEGAL DE
BIENES GANANCIALES
COMPUESTA POR
AMBOS
Quedan emplazados y notificados que en este Tribunal se ha
radicado una Demanda de Cobro
de dinero - ejecución de hipoteca
por la vía ordinaria en su contra.
Se les notifica para que comparezcan ante el Tribunal dentro
del término de treinta (30) días
a partir de la publicación de este
edicto y exponer lo que a sus derechos convenga, en el presente
caso. Se le apercibe y notifica
que si no contestan la demanda
radicada en su contra, radicando
el original de la misma y enviando copia de su contestación a la
parte demandante, BERMÚDEZ
DÍAZ & SÁNCHEZ LLP, Lic. Reggie Días Hernández; Edificio
Ochoa, Suite 200, 500 Calle de
la Tanca San Juan, PR 00901;
teléfono (787) 523-2670; fascímil
(787) 523-2664 y correo electrónico [email protected], dentro
del término de treinta (30) días
de la publicación de este edicto,
se les anotará la rebeldía en su
contra y se dictará sentencia en
The San Juan Daily Star
su contra, conforme se solicita en
la Demanda, sin más citárseles
ni oírseles. Expedido bajo mi firma y el sello del Tribunal, a 9 de
diciembre de 2016. GRISELDA
RODRÍGUEZ COLLADO, SECRETARIA REGIONAL. MARILY
LÓPEZ MARTÍNEZ, SECRETARIA DE SERVICIOS A SALA.
T/C/C ZEMOG FAMILY
CORPORATION (TITULAR
REGISTRAL)
Demandados
Civil Núm.: G4CI2016-0249. Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA (VÍA
ORDINARIA). EMPLAZAMIENTO POR EDICTO. ESTADOS
UNIDOS DE AMÉRICA, EI PRELEGAL NOTICE
SIDENTE DE LOS ESTADOS
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE UNIDOS, EI ESTADO LIBRE
PUERTO RICO TRIBUNAL DE ASOCIADO DE PUERTO RICO.
PRIMERA INSTANCIA SALA DE
A LA PARTE
AGUADILLA
BANCO POPULAR DE
PUERTO RICO, INC.
Demandante V.
DALIA ALTAGRACIA
COLÓN MARRERO
Demandada
Civil Núm.: ACD2016-0153. Sobre: COBRO DE DINERO - EJECUCIÓN DE HIPOTECA. EMPLAZAMIENTO POR EDICTO.
ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, PRESIDENTE DE LOS
ESTADOS UNIDOS, ESTADO
LIBRE ASOCIADO DE PUERTO
RICO, S.S.
A: DALIA ALTAGRACIA
COLÓN MARRERO.
Por la presente se le emplaza y
notifica que debe contestar la
demanda incoada contra usted,
dentro del término de treinta (30)
días a partir de la publicación del
presente edicto, radicando el original de dicha contestación ante
el Tribunal y sala que se menciona en el epígrafe del mismo,
con copia a la parte aquí demandante. Se le apercibe que de no
contestar la demanda dentro del
término aquí estipulado, se le
anotará la rebeldía y se dictará
sentencia en su contra sin más
citarle ni oírle. Los abogados de
la parte demandante son:
Lcdo. Reggie Díaz Hernández
RUA Núm.: 16,393
BERMUDEZ DIAZ & SÁNCHEZ, LLP
Attorneys at Law
Edificio Ochoa, Suite 200,
500 Calle De La Tanca
San Juan, Puerto Rico 00901
Tel.: (787) 523-2670
Fax: (787) 523-2664
rdí[email protected]
Expido este edicto bajo mi firma
y el sello de este Tribunal, hoy 9
de diciembre de 2016. ROSA B.
SÁNCHEZ ACEVEDO, SECRETARIA GENERAL. MADELYN
MORALES RAMOS, SECRETARIA AUXILIAR.
LEGAL NOTICE
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE
PUERTO RICO TRIBUNAL DE
PRIMERA INSTANCIA CENTRO
JUDICIAL DE SALINAS SALA
SUPERIOR
BANCO POPULAR DE
PUERTO RICO
Demandante Vs.
ANNICA COLÓN
RODRÍGUEZ T/C/C
ANNICA MICHELLE
COLÓN RODRÍGUEZ
T/C/C ANNICA M. COLÓN
RODRÍGUEZ (DEUDOR
HIPOTECARIO),
ZEMOG CORPORATION
DEMANDADA: ZEMOG
CORPORATION T/C/C
ZEMOG FAMILY
CORPORATION
(TITULAR REGISTRAL),
A SU ÚLTIMA DIRECCIÓN
CONOCIDA: FÍSICA:
FÍSICA: CALLE
MARINA #76, ESQUINA
CRISTINA, PONCE, P R
00730 Y POSTAL: URB.
EL MONTE, CALLE
MARAVILLA 3211,
PONCE, P R 00731 Y PO
BOX 7705, PONCE, P R
00732.
Por la presente se le(s) notifica
que se ha radicado en la Secretaría de este Tribunal una
Demanda en Cobro de Dinero y
Ejecución de Hipoteca en contra
del co-demandado Zemog Corporation t/c/c Zemog Family Corporation (Titular Registral) única
y exclusivamente por ser el Titular Registral y en cumplimiento
con el Artículo 95 de la Ley #210
del 2015, en la cual se alega que
la co-demandada Annica Colón
Rodríguez t/c/c Annica Michelle
Colón Rodríguez t/c/c Annica M.
Colón Rodríguez (Deudor Hipotecario) adeuda a la parte demandante por concepto de hipoteca la suma de $28,165.47 por
concepto de principal, más intereses al tipo pactado de 5.95%
anual desde el 1ro de mayo de
2016. Dichos intereses continúan
acumulándose hasta el pago total de la obligación. Además la
parte demandada adeuda a la
parte demandante los cargos por
demora equivalentes a 4.00% de
la suma de aquellos pagos con
atrasos en exceso de 15 días
calendarios de la fecha de vencimiento; los créditos accesorios y
adelantos hechos en virtud de la
escritura de hipoteca; y las costas, gastos y honorarios de abogado equivalentes a $3,613.40.
Además Ia parte demandada se
comprometió a pagar una suma
equivalente a $3,613.40 para cubrir cualquier otro adelanto que se
haga en virtud de la escritura de
hipoteca y una suma equivalente
a $3,613.40 para cubrir intereses
en adición a los garantizados por
ley y cualquiera otros adelantos
que se hagan en virtud de la escritura de hipoteca número 630,
otorgada en Ponce, Puerto Rico,
el día 30 de diciembre de 2004,
ante el Notario Félix Llorens
Santini, sobre la finca número,
inscrita al Folio del Tomo de Salinas, Registro de la Propiedad
Wednesday, December 21, 2016
de Guayama. Por razón de dicho
incumplimiento, y al amparo del
derecho que Ie confiere el Pagaré, el demandante ha declarado
tales sumas vencidas, líquidasy
exigibles en su totalidad. Este
Tribunal ha ordenado que se
le(es) cite a usted(es) por edicto
que se publicará una sola vez en
un periódico de circulación general. Se le(s) emplaza y requiere
que dentro de los treinta (30)
días siguientes a la publicación
de este edicto excluyendo el día
de la publicación de este edicto
conteste(n) la demanda radicando el original de la contestación
en este Tribunal y enviando copia
de la Contestación de la Demanda a las oficinas de CARDONA &
MALDONADO LAW OFFICES,
P.S.C. ATENCIÓN al Lcdo. Duncan Maldonado Ejarque, P.O. Box
366221, San Juan, Puerto Rico
00936-6221; Tel (787) 622-7000,
Fax (787) 625-7001, Abogado de
la Parte Demandante. Se le(es)
advierte que si dejare(n) de contestar la Demanda en el período
de tiempo antes mencionado,
podrá dictarse contra usted(es)
Sentencia en Rebeldía, concediéndose el remedio solicitado
sin más citarle(s) ni oírle(s).
EXPEDIDO bajo mi firma y con
el Sello del Tribunal. DADA hoy
09 de diciembre de 2016, en Salinas, Puerto Rico. Marisol Rosado Rodríguez, Secretaria Regional. Brenda L. Ramos Pomales,
Secretaria Auxiliar.
LEGAL NOTICE
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE
PUERTO RICO TRIBUNAL DE
PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE ARECIBO
BANCO POPULAR DE
PUERTO RICO
Parte Demandante Vs.
REY EDUARDO
RODRÍGUEZ VALENTÍN,
MIRTA RAQUEL
CARRIÓN LUCENA
T/C/C MYRTHA RAQUEL
CARRIÓN LUCENA Y
LA SOCIEDAD LEGAL
DE GANANCIALES
COMPUESTA POR
AMBOS
Parte Demandada
Civil Núm.: CCD2016-0487.
(402). Sobre: COBRO DE DINERO EJECUCIÓN DE HIPOTECA
POR LA VÍA ORDINARIA. EMPLAZAMIENTO POR EDICTO.
ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, EL PRESIDENTE DE LOS
E.E.U.U., EL ESTADO LIBRE
ASOCIADO DE PUERTO RICO.
A: REY EDUARDO
RODRÍGUEZ VALENTÍN,
MIRTA RAQUEL
CARRIÓN LUCENA
T/C/C MYRTHA RAQUEL
CARRIÓN LUCENA Y
LA SOCIEDAD LEGAL
DE GANANCIALES
COMPUESTA POR
AMBOS EN: URB. SAN
FELIPE, A27 CALLE 1,
ARECIBO PR 00612-3307;
BO. SANTANA, SECTOR
TANAMÁ, B10 CALLE
PUERTO RICO, ARECIBO
PR 00612; Y HC 8 BOX
68800, ARECIBO PR
00612-6104.
Queda usted notificado que en
este Tribunal se ha radicado
Demanda sobre Cobro de Dinero y Ejecución de Hipoteca
por la Vía Ordinaria en la que
se alega usted le adeuda a la
Demandante las siguientes cantidades: $10,270.99 de principal,
más intereses sobre dicha suma
al 7% anual, desde el 1 de abril
de 2016 hasta su completo pago,
más $67.80 por recargos adeudados desde el día 1 de mayo de
2016 hasta su total pago, más la
cantidad estipulada de $6,040.00
para costas, gastos y honorarios
de abogados, así como cualquier
otra suma que contenga el contrato del préstamo. La propiedad
que garantiza hipotecariamente
el préstamo es la siguiente: URBANA: Solar número 27 de la
manzana A de la Urbanización
San Felipe, situada en el Barrio
Hato Abajo del término municipal
de Arecibo, Puerto Rico, con un
área de 379.26 metros cuadrados. En lindes por el: NORTE:
Con la calle número 1, en 14.00
metros; SUR: Con terrenos propiedad de Eustaquia de Jesús, en
14.00 metros; ESTE: Con el solar
número A-26, en 27.09 metros;
OESTE: Con el solar número
A-28, en 27.09 metros. Enclava
una casa. La propiedad consta inscrita al Folio 120 del Tomo
488 de Arecibo, Finca #20,369.
Registro de la Propiedad de Arecibo, Sección I. La escritura de
hipoteca consta inscrita al Folio
122 vuelto del Tomo 488 de Arecibo, Finca #20,369. Registro de
la Propiedad de Arecibo, Sección
I. Inscripción tercera. La Demandante es la tenedora por endoso,
por valor recibido y de buena fe
del referido pagaré objeto de la
presente acción. Se le advierte
que si no contesta la Demanda,
radicando el original de la contestación en este Tribunal y enviando copia de la contestación a
la abogada de la Parte Demandante, Lcda. Belma Alonso García, cuya dirección es: Terrazas
de Guaynabo, H-26 Calle Las
Flores, Guaynabo Puerto Rico
00969, Teléfono y Fax: (787)
789-1826, correo electrónico:
[email protected],
dentro del término de treinta (30)
días de la publicación de este
edicto, excluyéndose el día de
la publicación, se le anotará la
rebeldía y se le dictará Sentencia en su contra, concediendo el
remedio solicitado sin más citarle
ni oírle. Se le informa además,
que se procederá a presentar
aviso de pleito pendiente en el
Registro de la Propiedad correspondiente. EXPEDIDO bajo mi
firma y el sello del Tribunal, hoy 6
de diciembre de 2016, en Arecibo, Puerto Rico. Vivian Y. Fresse
González, Secretaria Regional.
Micheline Reyes Torres, Secretaria Auxiliar.
LEGAL NOTICE
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE
PUERTO RICO TRIBUNAL DE
PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE VEGA BAJA
BANCO POPULAR DE
PUERTO RICO
Demandante Vs.
SUCESION DE
SALVADOR SANCHEZ
ORTIZ COMPUESTA
POR SUS HIJOS ALICIA
SANCHEZ MORALES,
ALEX SALVADOR
SANCHEZ MORALES,
SALEXLY SANCHEZ
MORALES; FULANO DE
TAL Y ZUTANO DE TAL
COMO HEREDEROS
DESCONOCIDOS
Demandados
Civil Núm.: CD2016-81. Sobre:
COBRO DE DINERO (EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA
VÍA ORDINARIA). EDICTO DE
SUBASTA.
AL: PÚBLICO EN
GENERAL.
A: A LA PARTE
DEMANDADA.
Yo, LUIS F. ORTIZ ROSA, Alguacil de este Tribunal, a la parte
demandada y a los acreedores
y personas con interés sobre la
propiedad que más adelante se
describe, y al público en general,
HAGO SABER: Que el día 24 DE
ENERO DE 2017 A LAS 10:00 DE
LA MAÑANA en mi oficina, sita
en el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Vega Baja,
Vega Baja, Puerto Rico, venderé
en Pública Subasta la propiedad inmueble que más adelante se describe y cuya venta en
pública subasta se ordenó por
la vía ordinaria al mejor postor
quien hará el pago en dinero en
efectivo, giro postal o cheque
certificado a nombre del o la
Alguacil del Tribunal de Primera
Instancia. Los autos y todos los
documentos correspondientes al
procedimiento incoado, estarán
de manifiesto en la Secretaría del
Tribunal de Vega Baja durante
horas laborables. Que en caso
de no producir remate ni adjudicación en la primera subasta a
celebrarse, se celebrará una SEGUNDA SUBASTA para la venta
de la susodicha propiedad, el
día 31 DE ENERO DE 2017, A
LAS 10:00 DE LA MAÑANA; y
en caso de no producir remate
ni adjudicación, se celebrará una
TERCERA SUBASTA el día 7 DE
FEBRERO DE 2017, A LAS 10:00
DE LA MAÑANA en mi oficina
sita en el lugar antes indicado. La
propiedad a venderse en pública
subasta se describe como sigue:
URBANA: Solar marcado con el
número Cuatro (4) del Bloque
“K” del plano de inscripción de
la URBANIZACIÓN SANTA ANA,
radicado en el Barrio Espinosa
del Municipio de Vega Alta, Puerto Rico, con un área superficial
de TRESCIENTOS OCHO PUNTO CUARENTA Y TRES (308.43)
METROS CUADRADOS. Colinda
por el NORTE, en TRECE PUNTO
CERO CERO (13.00) METROS,
con la Autoridad de Tierras; por
el SUR, en TRECE PUNTO CERO
CERO (13.00) METROS, con la
Calle número Once (11); por el
ESTE, en VEINTITRÉS PUNTO
OCHENTA Y DOS (23.82) METROS, con el solar número Tres
(3) del bloque “K”; y por el OESTE, en VEINTITRÉS PUNTO SESENTA Y DOS (23.62) METROS,
con el solar número Cinco (5)
del bloque “K”. En este solar
enclava una casa construida de
hormigón que consta de tres
(3) dormitorios, sala, comedor,
cocina y cuarto de baño. La escritura de hipoteca se encuentra
inscrita al folio móvil 4 de Vega
Alta, Registro de la Propiedad de
Bayamón, Sección Tercera, finca
número 1,828, inscripción quinta. La subasta se llevará a efecto
para satisfacer a la parte demandante la suma de $40,061.88 de
principal, intereses al 7.5% anual
desde el día 1ro. de marzo de
2015, hasta su completo pago,
más la cantidad de $5,500.00
estipulada para costas, gastos y
honorarios de abogado, más recargos acumulados, todas cuyas
sumas están líquidas y exigibles.
Que la cantidad mínima de licitación en la primera subasta para
el inmueble será de $55,000.00
y de ser necesaria una segunda
subasta, la cantidad mínima será
equivalente a 2/3 partes de aquella, o sea, la suma de $36,666.66
y de ser necesaria una tercera
subasta, la cantidad mínima será
la mitad del precio pactado, es
decir, la suma de $25,500.00.
La propiedad se adjudicará al
mejor postor, quien deberá satisfacer el importe de su oferta en
moneda legal y corriente de los
Estados Unidos de América en
el momento de la adjudicación y
que todo licitador acepta como
bastante la titularidad y que las
cargas y gravámenes preferentes, si los hubiese, continuarán
subsistentes, entendiéndose que
el rematante los acepta y queda
subrogado en la responsabilidad
de los mismos, sin destinarse a
su extinción el precio del remate.
La propiedad a ser ejecutada se
adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores. EN TESTIMONIO DE LO CUAL, expido
el presente Edicto para conocimiento y comparecencia de los
licitadores, bajo mi firma y sello
del Tribunal, en Vega Baja, Puerto Rico, a 19 de diciembre de
2016. Luis F. Ortiz Rosa, Alguacil
Auxiliar #888 Tribunal, Sala Superior De Vega Baja.
41
Legal Notice
ZULMA DEL CARMEN
SANTIAGO ROMEU Y LA
SOCIEDAD LEGAL DE
BIENES GANANCIALES
COMPUESTA POR
AMBOS
Demandados
Civil Núm.: DCD2015-0787.
(503). Sobre: COBRO DE DINERO (EJECUCIÓN DE HIPOTECA
POR LA VÍA ORDINARIA). “IN
REM”. EDICTO DE SUBASTA.
AL: PÚBLICO EN
GENERAL
A: ALVARO RAFAEL
CALDERO MARTINEZ,
TAMBIÉN CONOCIDO
COMO ALVARO
CALDERON MARTINEZ
Y SU ESPOSA
ZULMA DEL CARMEN
SANTIAGO ROMEU, Y LA
SOCIEDAD LEGAL DE
BIENES GANANCIALES
COMPUESTA POR
AMBOS.
Yo, EDGARDO E. VARGAS SANTANA, Alguacil de este Tribunal,
a la parte demandada y a los
acreedores y personas con interés sobre la propiedad que más
adelante se describe, y al público
en general, HAGO SABER: Que
el día 30 DE ENERO DE 2017
A LAS 11:00 DE LA MAÑANA
en mi oficina, sita en el Tribunal
de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón, Bayamón,
Puerto Rico, venderé en Pública
Subasta la propiedad inmueble
que más adelante se describe y
cuya venta en pública subasta
se ordenó por la vía ordinaria al
mejor postor quien hará el pago
en dinero en efectivo, giro postal
o cheque certificado a nombre del
o la Alguacil del Tribunal de Primera Instancia. Los autos y todos
los documentos correspondientes
al procedimiento incoado, estarán
de manifiesto en la Secretaría del
Tribunal de Bayamón durante
horas laborables. Que en caso
de no producir remate ni adjudicación en la primera subasta
a celebrarse, se celebrará una
SEGUNDA SUBASTA para la
venta de la susodicha propiedad,
el día 6 DE FEBRERO DE 2017,
A LAS 11:00 DE LA MAÑANA y
en caso de no producir remate ni
adjudicación, se celebrará una
TERCERA SUBASTA el día 13
DE FEBRERO DE 2017, A LAS
11:00 DE LA MAÑANA en mi oficina sita en el lugar antes indicado. La propiedad a venderse en
pública subasta se describe como
LEGAL NOTICE
sigue: RÚSTICA: Parcel of land
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE designated with number B dash
PUERTO RICO TRIBUNAL DE Eight (B-8) with a superficial area
PRIMERA INSTANCIA SALA SU- of TWO THOUSAND POINT ONE
PERIOR DE BAYAMÓN
HUNDRED EIGHT (2,000.108)
SQUARE METERS, located in
SCOTIABANK DE
Hato Nuevo and Mamey Wards of
PUERTO RICO
Guaynabo, Puerto Rico; bounded
Demandante Vs.
by the NORTH, in fifty seven poALVARO RAFAEL
int fifteen (57.15) meters, with lot
CALDERON MARTINEZ number Nine (9); by the SOUTH,
TAMBIÉN CONOCIDO in a distance of fifty seven point
fifteen (57.15) meters, with lot
COMO ALVARO
Six (6); by the EAST, in
CALDERON MARTINEZ number
thirty four point eighty four (34.84)
Y SU ESPOSA
meters, with Golf Course; and by
the WEST, in a distance of thirty
four point eighty four (34.84) meters, with street number One (1).
Enclava una casa. La escritura
de hipoteca se encuentra inscrita al folio 61 del tomo 1244 de
Guaynabo, finca número 33,030,
inscripción sexta. La subasta se
llevará a efecto para satisfacer a
la parte demandante la suma de
$293,121.51 de principal, interés
al 6% anual, desde el día 1ro.
de abril de 2014, hasta su total y
completo pago, más la cantidad
de $31,500.00 estipulada para
costas, gastos y honorarios de
abogado, y recargos acumulados,
todas cuyas sumas están líquidas
y exigibles. Que la cantidad mínima de licitación en la primera
subasta para el inmueble será
la suma de $315,000.00 y de ser
necesaria una segunda subasta,
la cantidad mínima será equivalente a 2/3 partes de aquella, o
sea, la suma de $210,000.00 y de
ser necesaria una tercera subasta, la cantidad mínima será la mitad del precio pactado, es decir, la
suma de $157,500.00. La propiedad se adjudicará al mejor postor,
quien deberá satisfacer el importe de su oferta en moneda legal
y corriente de los Estados Unidos
de América en el momento de la
adjudicación y que todo licitador
acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes preferentes, si los hubiese, al
crédito del ejecutante continuarán
subsistentes, entendiéndose que
el rematante los acepta y queda
subrogado en la responsabilidad
de los mismos, sin destinarse a
su extinción el precio del remate.
La propiedad hipotecada a ser
vendida en pública subasta se
encuentra afecta a los siguientes
gravámenes preferentes: Condiciones restrictivas sobre edificación y uso, según consta de la
Escritura Número 153, otorgada
en Guaynabo, Puerto Rico, el día
5 de julio de 1988, ante el Notario
Público Freddie Berríos Pérez,
inscrita al folio 110 del tomo898
de Guaynabo, finca número
33,030 al margen de la inscripción
primera. Hipoteca en Garantía de
Pagaré a favor de Doral Bank, o
a su orden, por la suma principal
de $227,000.00 con intereses al
5 1/4%, vencedero el día 1ro. de
abril de 2018, según consta de la
Escritura Número 163, otorgada
en San Juan, Puerto Rico, el día
31 de marzo de 2003 ante el Notario Público Eric Hernández Batalla, inscrita al folio 61 del tomo
1244 de Guaynabo, finca número
33,030, inscripción 5ta. Los gravámenes antes mencionados han
sido saldados en su totalidad y
los mismos serán cancelados
en el Registro de la Propiedad.
La propiedad a ser ejecutada se
adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores. EN TESTIMONIO DE LO CUAL, expido
el presente Edicto para conocimiento y comparecencia de los
licitadores, bajo mi firma y sello
del Tribunal, en Bayamón, Puerto
Rico, a 19 de diciembre de 2016.
Edgardo E. Vargas Santana, Alguacil Tribunal, Sala Superior De
Bayamón.
Sports
42
The San Juan Daily Star
Wednesday, December 21, 2016
Ex-Football Star Identified as
Shooter in Double Slaying
A
man who survived a deadly 2012 drive-by shooting in Boston has identified former New England Patriots
star Aaron Hernandez as the triggerman.
Prosecutors on Tuesday asked
Raychides Sanches to describe the
chaotic scene during a hearing in
Suffolk Superior Court.
When asked who the shooter
was, Sanches said “Hernandez”
and nodded in his direction.
Sanches made the identification at a pretrial hearing for Hernandez, who is charged in the
deaths of Safiro Furtado and Daniel de Abreu.
Prosecutors say Hernandez
gunned down the men after one
of them bumped into him at a
nightclub. He has pleaded not
guilty.
Hernandez already is serving
a life sentence for the 2013 killing
of Odin Lloyd.
Aaron Hernandez
Sager Remembered for Love
of Family, Sports, Flashy Attire
No. 20 Oklahoma Women Beat L
Xavier in Puerto Rico Classic
P
eyton Little scored 19 points,
Maddie Manning had 17 points and eight rebounds, and
No. 20 Oklahoma beat Xavier 81-69
on Monday night in the Puerto Rico
Classic in Las Vegas.
Sherri Coale won her 450th career
Peyton Little
game as a collegiate head coach.
Nancy Mulkey scored seven
straight Oklahoma points as the Sooners took a 63-51 lead late in the
third quarter. In the fourth, Oklahoma used a 7-1 run to push its lead to
70-63 with 6:54 left. T’ona Edwards
became the fifth Oklahoma player in
double figures when she made a free
throw with 1:31 to go for a 10-point
lead.
Vionise Pierre-Louis, Edwards
and Mulkey scored 10 points apiece
for Oklahoma (8-2).
Kindell Fincher scored 16 points
for Xavier (7-2) and Raeshaun Gaffney added 14 points.
Xavier took a 16-8 lead after making six of its first eight shots but
Oklahoma closed the quarter on an
11-2 run to take a 22-21 lead. Little
had a steal and a 3-point play to give
Oklahoma a 40-37 edge with 1:07 left
in the first half and the Sooners led
by six at intermission.
The event is being played in Las
Vegas because of concerns over the
Zika virus in Puerto Rico.
ongtime TNT broadcaster Craig Sager was remembered for his love of
family, sports and colorful attire at
a memorial service Tuesday that produced laughs and tears.
Among those attending the service were San Antonio Spurs coach Gregg
Popovich and members of Sager’s Turner
Sports TV family, including Ernie Johnson and Reggie Miller.
The Rev. Randy Mickler, former senior pastor of Mount Bethel United Methodist Church in Marietta, Georgia, led
Craig Sager
the service. Mickler noted he decided
against wearing his normal black robe
and instead wore a purple shirt and colorful jacket he said would have made Sager
“extremely proud and pleased.”
The 65-year-old Sager died Thursday following a two-year fight with acute
myeloid leukemia.
Grammy winner Yolanda Adams
sang two songs at the service. Johnson
said Sager “planted sequoias” by inspiring others with his determined battle
against cancer.
Wednesday, December 21, 2016
The San Juan Daily Star
43
Sports
Clippers Say Blake Griffin
Will Have Knee Surgery,
Expected to Miss 3-6 Weeks
L
A Clippers star Blake Griffin
will have arthroscopic knee
surgery and is expected to miss
three to six weeks, the team announced.
Griffin will have the procedure
to remove loose bodies from his right
knee, according to the team. He missed a game last weekend because of a
sore right knee but had been playing
through it.
Clippers coach Doc Rivers told the
Orange County Register that the injury was not suffered during the loss
to the Golden State Warriors on Dec. 7
and described it as more cumulative
in nature.
Griffin missed his rookie season with an injury to his left knee,
having surgery in January 2010. He
also missed three months last season after breaking his right hand in
a fight in January with the Clippers’
former assistant equipment manager.
Griffin played just 35 regular-
season games then reinjured his left
quadriceps tendon in April during
the playoffs, forcing him to miss the
final two games of the Clippers’ firstround series loss to the Portland Trail
Blazers.
Griffin is averaging 21.2 points, 8.8
rebounds and 0.5 blocks in 26 games
this season.
DeMar DeRozan, James Harden Named Players of the Week
T
he Toronto Raptors’ DeMar DeRozan and the Houston Rockets’ James Harden were named
NBA Eastern and Western Conference Players of the Week, respectively,
for games played Monday, Dec. 12
through Sunday, Dec. 18.
DeRozan led the Raptors to a 3-1
week, averaging a league-high 31.5
points on 60.5 percent shooting to go
with 4.5 rebounds and 3.5 assists. This
marks the second time this season he
has scored at least 30 points in four
consecutive games.
DeRozan also shot over 50.0 percent from the field in all four games.
On Dec. 16, he tallied 34 points, five
rebounds, three assists and two steals
in a 125-121 loss to the Atlanta Hawks.
On Dec. 18, he finished with 31 points,
three rebounds and three assists in a
109-79 victory over the Orlando Magic.
Harden led the Rockets to a 4-0
week behind averages of 27.0 points
(third in the West), a league-best 12.8
assists, 9.8 rebounds and 1.0 steals.
He recorded back-to-back triple-do-
ubles in victories over the Sacramento Kings and New Orleans Pelicans,
giving him six for the season and
15 for his career. Harden surpassed
Hakeem Olajuwon for most tripledoubles in Rockets franchise history.
He tallied at least 20 points and 10 assists in.
Sports
44
Wednesday, December 21, 2016
The San Juan Daily Star
Tennis Star Petra Kvitova Badly Injured in Home Invasion
By BEN ROTHENBERG
P
etra Kvitova, the two-time Wimbledon tennis champion, was attacked by a man with a knife on Tuesday morning in her apartment in Prostejov, Czech
Republic.
The encounter was vicious; Kvitova’s agents confirmed
an account of the struggle, first reported by the BBC, in
which an assailant entered her apartment to rob it under
the guise of checking a utility meter, not initially recognizing her identity. When he did, a struggle in a bathroom
led to a knife against Kvitova’s throat. She was able to fight
free and escape, but not before sustaining deep lacerations
to the four fingers of her left hand, which severely cut and
tore ligaments.
“In my attempt to defend myself, I was badly injured
on my left hand,” Kvitova wrote in a statement posted to
her Facebook page hours after the assault. “I am shaken,
but fortunate to be alive. The injury is severe and I will
need to see specialists, but if you know anything about
me, I am strong and I will fight this.”
Damage to her left hand could affect her future in tennis: Kvitova plays left-handed and uses a two-handed backhand. She was taken to a hospital in Brno, the country’s
second-largest city, roughly 40 miles away. Hours later,
she underwent surgery to repair as much of her hand as
possible, a session expected to last at least four hours.
Her prognosis for recovery was not known. The as-
Petra Kvitova, shown serving in the 2016 French Open, is a
two-time Wimbledon champion.
sailant, described by the police as a man in his mid-30s,
escaped from the scene.
Kvitova had been scheduled to begin her 2017 season
at the Hopman Cup in Perth, Australia, but had pulled
out earlier Tuesday with an existing stress fracture in her
right foot. The Australian Open, the year’s first Grand
Slam event, begins on Jan. 16.
Kvitova, 26, reached her career-high ranking of No. 2
in 2011, the year of her first Wimbledon title; her second
came in 2014. After falling out of the top 10 this year, she
found success in the second half of the year, winning a
bronze medal at the Rio Olympics; WTA titles in the Chi-
nese cities Wuhan and Zhuhai; and a fifth Fed Cup title
with her Czech teammates in November. She finished the
year ranked 11th. Last week, she won the WTA’s sportsmanship award for the fifth time in six years.
Elite women’s tennis players have been subjected to
violent attacks before, often with career-altering results.
In 1993, top-ranked Monica Seles was stabbed during a
match in Hamburg and did not return to the sport for
more than two years. When she did, her dominance subsided, and she won only one more Grand Slam title to add
to her previous eight.
In 2007, sixth-ranked Anna Chakvetadze and her family were assaulted during a home invasion in Moscow.
Chakvetadze, who had made the semifinals of the United
States Open three months before, was unable to replicate
that success, and she retired in 2013 at age 26.
Chakvetadze said on Tuesday that she was “very upset” when she heard Kvitova had been attacked, emphasizing that mental recovery from such an attack can be
more difficult than the physical aspects.
“Especially when you got badly injured, you always
ask yourself, ‘Why did it happen?’ ” Chakvetadze said.
“Could I do something different in that situation? I got
an arm nerve injury after they tied it up with TV cable, and it took one month to feel my arm again. With
a knife, it’s even worse. I hope she will recover as soon
as possible, mentally and physically, but it would not be
easy.”
Red Sox Trade Pitcher Clay Buchholz to Phillies
By JIMMY GOLEN
T
he Red Sox kept adding starting pitchers, and Clay Buchholz kept getting bumped further down in the rotation.
There was David Price last offseason and Drew Pomeranz mid-year. By the time Chris Sale was acquired from the
Chicago White Sox at the winter meetings this month, Boston
had seven starters to choose from — most of them more consistent than Buchholz, and a few of them on better deals.
Red Sox president Dave Dombrowski began to sort out
his starting pitching argy-bargy on Tuesday, trading Buchholz to the Philadelphia Phillies for minor league second
baseman Josh Tobias.
The deal ends a decade in the Boston system in which
Buchholz, a first-round draft pick, pitched a no-hitter as a rookie and twice made the All-Star game but failed to develop
into a consistent and dependable member of the rotation.
“We had seven established big league starters. We felt
like we had some depth there,” Dombrowski said. “The deal
that made the most sense was Clay.”
Now 32, Buchholz pitched a no-hitter in 2007 in his second major league game and went 17-7 with a 2.33 ERA in
2010 to earn his first All-Star selection. In 2013, Buchholz was
12-1 with a 1.74 ERA despite missing more than three months
with a neck injury; he also pitched four scoreless innings in a
victory over St. Louis in the World Series.
But he hasn’t finished above .500 since, going 8-10 with a
4.78 ERA last season while bouncing back and forth from the
rotation to the bullpen. In all, he is 81-61 with a 3.96 ERA in
parts of 10 big league seasons.
Heading into next season, he would have to compete for
a spot on the starting staff not only with current and former
Cy Young Award winners Rick Porcello and Price but with
2016 All-Stars Sale, Pomeranz and Steven Wright.
Buchholz “wouldn’t necessarily have an opportunity to
start here,” Dombrowski said, adding that Eduardo Rodriguez is also competing for a spot in the rotation. “It was really our choice to pursue this one more than some of the other
guys.”
Buchholz will get that chance in Philadelphia. He joins a
rotation that includes Jeremy Hellickson, Jerad Eickhoff and
Vince Velasquez, with Aaron Nola joining them if healthy.
Jake Thompson, Zach Effin and Alec Asher could compete for
a spot if Nola’s elbow holds him back.
“I would be absolutely thrilled if this was the group we
entered camp with,” said Phillies general manager Matt Klentak, who began looking at Buchholz in the middle of last year
when the pitcher was being floated as trade bait. “We viewed
him at that time as a potential bounce-back candidate.”
Buchholz has a $13.5 million salary in 2017, then is eligible for free agency. If he pitches well but the Phillies aren’t
in contention, he could bring more back to the team than he
cost.
“If the standings are looking the other way in July, we
will have a number of players in the last years of their contracts,” Klentak said.
The deal also helps the Red Sox get under the threshold for baseball’s luxury tax — one of Dombrowski’s stated
goals.
The club is projected to have about $184 million in commitments to salary, estimated deals with arbitration-eligible
players and benefits for purposes of the luxury tax, leaving it
well under next year’s $195 million tax threshold.
“It’s always part of the overall equation, not a real driving force for us,” Dombrowski said. “It fell into play here
very well for us. It also creates some flexibility for us as we
go forward.”
Tobias, 24, has hit .301 in 188 minor league games since
being selected by the Phillies in the 10th round of the 2015
amateur draft. To make room for Buchholz on the 40-man
roster, the Phillies designated third baseman Richie Shaffer
for assignment.
The San Juan Daily Star
Wednesday, December 21, 2016
45
Games
Sudoku
How to Play:
Fill in the empty fields with the numbers from 1
through 9.
Sudoku Rules:
Every row must contain the numbers from 1
through 9
Every column must contain the numbers from 1
through 9
Every 3x3 square must contain the numbers from
1 through 9
Crossword
Wordsearch
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Amazing
Gaudy
Optical
Usher
Blurred
Glads
Poplar
Weaver
Cacao
Group
Priors
Whole
Catch
Grovel
Pudgy
Windy
Covet
Hedge
Relates
Worth
Dawns
Homey
Rouge
Dishes
Hopper
Slights
Elite
Insure
Sooty
Fatten
Meant
Spuds
Ferns
Mufflers
Throne
Flies
Noons
Turbine
Folded
Ophthalmology
Uprooted
Answers on page 46
46
The San Juan Daily Star
Wednesday, December 21, 2016
HOROSCOPE
Aries
(Mar 21-April 20)
Accepting additional work responsibilities will further
your professional prospects. If you’re unemployed, be
willing to accept an entry level position with plenty of
growth opportunity. You have a pioneer spirit. Mastering
an unfamiliar industry will be easy for you. Keep asking
questions, requesting tutorials and volunteering to do
odd jobs.
Taurus
(April 21-May 21)
Gemini
(May 22-June 21)
Your intelligence and experience attract lots of new friends.
People find your self-assurance incredibly appealing. If
you are single and happy, don’t feel pressured into embarking on a serious relationship. You know what is best
for you. Keep listening to your instincts. If you are in the
market for romance, pursue someone who celebrates your
abilities. Keep your money separate. You enjoy your financial freedom.
Libra
(Sep 24-Oct 23)
Expanding your skill set in secret will put you in a powerful position. Instead of discussing plans to move up the
professional ladder, continue to perform your current job in
a pleasant manner. By the time you land an impressive position, jealous colleagues won’t be able to block your path.
Have you not received any responses from multiple job
applications? Think about running a business from home.
Scorpio
(Oct 24-Nov 22)
Working with someone who has a powerful personality
will be instructive. Take careful notes on how your partner uses the powers of their persuasion to win people
over. If you get a chance to enter into a long term alliance, do it. Signing a contract now will yield rewards for
years. You might have to accept a lower percentage of
the profits in the early stages of this alliance, so make a
provision for renegotiations.
Sagittarius
(Nov 23-Dec 21)
You’re emotionally resourceful. Whenever you experience disappointment, you treat it as a learning opportunity. Cynics think you are hopelessly naive, mocking
your ability to bounce back from adversity. Recognise
their disdain for what it really is: Jealousy. Some people
would rather use setbacks as an excuse to give up. You’re
different. Instead of letting upsets deter you from your
goals, you stay focused.
You have a gift for expanding resources through intelligent investments. Whether you are putting away money
for retirement or investing in your education is immaterial. The important thing is to plant seeds that won’t
be harvested until much later. You’ll have to make some
sacrifices right now, but living on less won’t be especially
hard. You’d much rather be free to retire early than own
a lot of flashy status symbols.
Cancer
Capricorn
(June 22-July 23)
(Dec 22-Jan 20)
Resist the temptation to voice strong feelings on social media. Although you may use Twitter, Facebook and Instagram
for personal purposes, your job will be put in jeopardy if
you air controversial opinions. Nothing is ever permanently
deleted on the Internet. When you feel compelled to speak
out against an issue, wait an entire day before submitting a
post. When it comes to expressing an opinion, think about
whether you will help or hurt people.
People are grateful for all the hard work you perform. You’re
the one everyone turns to when there is a difficult job to perform. If you lack the expert knowledge to make a good decision, collaborate with someone who has lots of experience.
Together, you’ll create a solution that works for the majority
of the group. Try not to get defensive when your assertions
are challenged. Your colleagues don’t want to undermine
your authoritye.
Leo
Aquarius
(July 24-Aug 23)
(Jan 21-Feb 19)
Your desire for financial freedom will be the goad that
prompts you to go after a job that pays you more than
you’re getting now. You have valuable organisational skills.
Making order of a chaotic situation will be rewarding, both
economically and emotionally. If you’re happy with your
current position, think about lending your services to a worthy cause. Raising money for an animal shelter, hospital or
soup kitchen will be empowering.
Don’t settle for less, especially when it comes to relationships. If you’re with someone who underplays your accomplishments and makes you feel inferior, leave. You are a
wonderful visionary. Surround yourself with fellow optimists who are always looking for ways to make things
better. With their encouragement, you’ll reach fantastic
heights. Are your parents unsupportive of your goals?
Keep your conversations polite and superficial.
Virgo Aug 24-Sep 23)
Pisces
Don’t be jealous of loved ones who have achieved great
success. By celebrating their achievements, you’ll attract
opportunities to realise your own dreams. The Universe
is endlessly bountiful. Tap into this abundance. Have you
been struggling financially? A well connected friend will
offer you a job or write you a recommendation. Your social
network is one of your most precious possessions. Continue to draw on it when you need help.
(Feb 20-Mar 20)
A close friendship could become romantic if you are so inclined. If you love being with someone who makes you feel
safe, secure and valued, there’s a good chance you’ll make a
successful couple. Are you already in a serious relationship?
Encourage your amour to pursue their heart’s desire. When
given a choice between taking a chance and playing it safe,
you usually pick the former. That’s because you’d rather grow
and change.
Answers to the Sudoku and Crossword
on page 45
The San Juan Daily Star
Wednesday, December 21, 2016
Speed Bump
Frank & Ernest
BC
Scary Gary
Wizard of Id
For Better or for Worse
Cartoons
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Herman
Ziggy
48
Wednesday, December 21, 2016
The San Juan Daily Star