CARLOS ALBERTO RODRIGUEZ PEREZ (FIRMA) La Uruca, San José, Costa Rica, jueves 15 de diciembre del 2016 AÑO CXXXVIII Nº 241 76 páginas Firmado digitalmente por CARLOS ALBERTO RODRIGUEZ PEREZ (FIRMA) Fecha: 2016.12.14 15:07:24 -06'00' Pág 2 La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016 Artículo 5º—Rige a partir de las 6:00 horas del 26 de octubre, hasta las 21:00 horas del 29 de octubre del 2016. CONTENIDO Dado en la Presidencia de la República, el día veinte de octubre de dos mil dieciséis. Pág Nº PODER EJECUTIVO Acuerdos................................................................... 2 Edictos..................................................................... 15 DOCUMENTOS VARIOS...................................... 15 TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES Edictos..................................................................... 24 Avisos...................................................................... 25 CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA............... 26 REGLAMENTOS.................................................... 29 INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS........ 31 RÉGIMEN MUNICIPAL........................................ 37 AVISOS..................................................................... 40 NOTIFICACIONES................................................ 72 LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—1 vez.—O. C. Nº 28232.—Solicitud Nº 16287.—( IN2016094368 ). N° 752-P EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Con fundamento en las atribuciones que le confieren el artículo 139 de la Constitución Política de Costa Rica, el artículo 47 inciso 3) de la Ley General de Administración Pública, Ley N° 6227 del 02 de mayo de 1978. Así como lo establecido en la Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2016, Ley N° 9341 del 01 de diciembre de 2015 y el Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para Funcionarios Públicos y sus reformas. ACUERDA: PODER EJECUTIVO ACUERDOS PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA N° 725-P EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Con fundamento en las atribuciones y facultades constitucionales y legales señaladas en el artículo 139 inciso 1) de la Constitución Política de la República de Costa Rica y el artículo 47 inciso 3) de la Ley General de la Administración Pública, número 6227 del dos de mayo de mil novecientos setenta y ocho. ACUERDA: Artículo 1º—Autorizar a la Sra. Cecilia Sánchez Romero, Ministra de Justicia y Paz, con cédula de identidad N° 1-0548-0370, para que viaje a San Francisco, California, Estados Unidos, los días 27 y 28 de octubre de 2016 y participe en la capacitación y asistencia técnica del modelo de la calle Delancey, aplicadas sobre todo a las poblaciones de escasos recursos, ex privados de libertad y personas sin hogar, entre otros. El viaje inicia el 26 de octubre y finaliza el 29 de octubre de 2016. Artículo 2º—Los gastos por concepto de tiquetes aéreos de ida y regreso, alimentación, alojamiento, seguro médico básico y gastos misceláneos, serán cubiertos por la oficina de Asuntos Antinarcóticos de la Embajada de Estados Unidos. Artículo 3º—La señora Ministra rendirá un informe ejecutivo al señor Presidente de la República en el plazo no mayor a ocho días naturales, contados a partir de su regreso al territorio nacional, en el cual describirá las actividades desarrolladas, los resultados obtenidos y los beneficios logrados para el Ministerio de Justicia y Paz y para el país en general. Artículo 4º—En tanto dure la ausencia de la señora ministra de Justicia y Paz, se nombrará al señor Marco Fabricio Feoli Villalobos como Ministro a. í. del Ministerio de Justicia y Paz, cédula de identidad N° 1-1024-0006 de las 6:00 horas del 26 de octubre, hasta las 21:00 horas del 29 de octubre del 2016, en que rige el viaje. Lic. Carlos Alberto Rodríguez Pérez director general iMprenta nacional director eJecUtiVo JUnta adMinistratiVa Carmen Muñoz Quesada Ministerio de gobernación y policía Artículo 1º—Autorizar al señor Welmer Ramos González, portador de la cédula de identidad número cinco-ciento noventa y uno-novecientos veinticuatro, Ministro de Economía, Industria y Comercio, para que participe en la Conferencia Internacional y Reunión Ministerial “Productividad y Crecimiento Inclusivo”, actividad que tendrá lugar en Santiago de Chile, del día 05 al día 06 de diciembre del dos mil dieciséis. Artículo 2º—Los gastos por concepto de transporte aéreo, alimentación y hospedaje, serán financiados por el programa 21500 “Actividades Centrales”, subpartida 10503 “Transporte al Exterior” y subpartida 10504 “Viáticos en el exterior”, correspondiéndole la suma ochocientos sesenta y cinco dólares con veinte centavos ($865,20). Los gastos correspondientes al día cuatro de diciembre del dos mil dieciséis serán cubiertos por el funcionario sin ninguna erogación por parte del Estado. El millaje generado por motivo de este viaje será asignado al Ministerio de Economía, Industria y Comercio. Artículo 3º—El señor Ramos González, en un plazo de ocho días naturales, contados a partir de su regreso, deberá presentar un informe a su superior jerárquico, en el que se describan las actividades desarrolladas, los resultados obtenidos y los beneficios logrados para la institución y para el país en general. Artículo 4º—En tanto dure la ausencia del señor Ministro, nombrar como Ministra a. í., a la señora Carmen Geannina Dinarte Romero, portadora de la cédula de identidad número 1-1151-925, Viceministra de Economía, Industria y Comercio, de las siete horas con treinta y seis minutos del día tres de diciembre de dos mil dieciséis y hasta las dieciocho horas con cincuenta y ocho minutos del día siete de diciembre del mismo año. Artículo 5º—Rige a partir de siete horas con treinta y seis minutos del día tres de diciembre de dos mil dieciséis y hasta las dieciocho horas con cincuenta y ocho minutos del día siete de diciembre del mismo año. Dado en la Presidencia de la República, a los dieciséis días del mes de noviembre de año dos mil dieciséis. LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—1 vez.—O. C. N° 29116.—Solicitud N° 5840.—( IN2016093955 ). Dorelia Barahona Riera representante editorial costa rica Said Orlando de la Cruz Boschini representante Ministerio de cUltUra y JUVentUd La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016 N° 753-P EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA De conformidad con lo establecido en el artículo 140, inciso 12, de la Constitución Política de la República de Costa Rica; y los artículos 7, 31 y 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos. Considerando: I.—Que atendiendo a un propósito político, de ciencia, tecnología y de alianzas en materia de negocios, del 07 al 11 de noviembre de 2016 se realizará una gira conjunta entre el Ministerio de Comercio Exterior (COMEX), Ministerio de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones (MICITT) y Coalición costarricense de iniciativas de desarrollo (CINDE) en los Estados Unidos de América para visitar empresas de Tecnologías de la Información a fin de establecer o profundizar las relaciones con los ejecutivos corporativos, con la oportunidad de conocer sus planes futuros, identificar oportunidades de crecimiento y/o diversificación, conocer de sus necesidades y compartir un mensaje de apoyo de parte del Gobierno de la República. II.—Que es de interés del MICITT la participación del señor Marcelo Jenkins Coronas, Ministro de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones en esta gira en razón de que en su visita a los Estados Unidos de América además se finiquitará un acuerdo de cooperación con Rice University, mediante el cual se establece una relación académica que contribuya al desarrollo tecnológico, económico, institucional y social de Costa Rica, y en el avance de la investigación y becas académicas en la Universidad Rice. III.—Que dichas actividades están fuertemente relacionadas con los proyectos de Cooperación Internacional consignados en el Plan Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación 2015-2021, denominados: a) Implementación de una agenda técnica con organizaciones de cooperación en Ciencia, Tecnología e Innovación (CTI) de alto nivel; b) Implementación de agendas estratégicas para posicionamiento internacional de Costa Rica. Por lo que se estima que el conocimiento en políticas científicas y tecnológicas colaborará en el cumplimiento de una de las metas del Plan Nacional de Desarrollo, la cual es formular e implementar la política de ciencia y tecnología de Costa Rica. Asimismo responde al pilar de inclusión digital y a la línea de acción de acceso universal y solidaridad del Plan Nacional de Desarrollo de las Telecomunicaciones. Por tanto, ACUERDA: Artículo 1°—Autorizar al señor Marcelo Jenkins Coronas, Ministro de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones, cédula de identidad número 1-0648-0011, para que forme parte de la delegación oficial de Costa Rica que visitará los Estados Unidos de América del 07 al 11 de noviembre de 2016, ocasión en la que estará atendiendo un propósito político de ciencia y tecnología y de alianzas en materia de negocios, además de finiquitar un acuerdo de cooperación con Rice University. Durante los días 06 y 12 de noviembre de 2016, el señor Ministro se encontrará en tránsito. Artículo 2°—Los gastos por concepto de transporte aéreo ida y vuelta de Ciudad de San José, República de Costa Rica a los Estados Unidos de América, transporte terrestre, alojamiento en la ciudad de California, Estados Unidos de América, alimentación y seguro de viaje de don Marcelo Jenkins Coronas los cubre MICITT. Los gastos por concepto de alojamiento en la ciudad de Houston, Texas, Estados Unidos de América los cubre el auspiciador. Artículo 3°—Nombrar como Ministra (a) a. í. durante la ausencia del señor Marcelo Jenkins Coronas, Ministro de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones, a la señora Carolina Vásquez Soto, cédula de identidad 4-0150-0777, Viceministra de Ciencia y Tecnología, de las 03:00 horas del 06 de noviembre de 2016 a las 18:00 horas del 12 de noviembre de 2016. Artículo 4°—De acuerdo con el artículo 47 del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para Funcionarios Públicos, el funcionario estará cubierto por la póliza grupal INS viajero, cubierta por MICITT. Artículo 5°—De conformidad con el artículo 5° de la Resolución N° 78-2010 del Ministerio de Hacienda, el millaje generado por motivo de este viaje será asignado al Ministerio de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones. Pág 3 Artículo 6°—En un plazo de ocho días naturales, contados a partir de su regreso, el señor Jenkins Coronas deberá presentar un informe a su superior jerárquico, en el que se describan las actividades desarrolladas, los resultados obtenidos y los beneficios logrados para la institución y para el país en general. Artículo 7°—Rige a partir de las 03:00 horas del 06 de noviembre de 2016 a las 18:00 horas del 12 de noviembre de 2016. Dado en la Presidencia de la República, a los treinta y un días del mes de octubre de dos mil dieciséis. LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—1 vez.—O. C. N° 3400027211.—Solicitud N° 72456.—( IN2016093847 ). MINISTERIO DE HACIENDA N° 0050-2016-H.—San José, 29 de setiembre de 2016 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE HACIENDA Considerando: 1º—Que la señora Diana Carolina Obando Vargas, mayor de edad, soltera, Licenciada en Administración Aduanera, portadora de la cédula de identidad uno-mil trecientos siete-novecientos sesenta y nueve, vecina de San José, San Juan De Tibás, Florida doscientos metros al norte y doscientos metros al Oeste de Perimercados, mediante formulario presentado ante el Departamento de Estadística y Registro de la Dirección General de Aduanas el 15 de julio de 2016, solicitó la inscripción para actuar como Auxiliar de la Función Pública Aduanera (Agente Aduanero Independiente), conforme lo dispuesto en el Código Aduanero Uniforme Centroamericano (CAUCA), Ley número 8360 del 24 de junio de 2003, publicado en La Gaceta número 130 del 8 de julio de 2003, la Ley número 7557 del 20 de octubre de 1995, Ley General de Aduanas, publicada en La Gaceta número 212 del 8 de noviembre de 1995 y sus reformas, Decreto Ejecutivo número 25270-H del 14 de junio de 1996, Reglamento a la Ley General de Aduanas, publicado en el Alcance número 37 a La Gaceta número 123 del 28 de junio de 1996 y sus reformas. (Folio 1) 2º—Que mediante oficio número OFICIO-DGA-DGTER-0306-2016 de fecha 23 de agosto de 2016, el señor Benito Coghi Morales, Director General de Aduanas, rindió dictamen favorable a la solicitud presentada por la señora Diana Carolina Obando Vargas. (Folios 19 y 20). 3º—Que la gestionante aportó los siguientes documentos de interés: a) Formulario de solicitud de autorización para ejercer como Agente Aduanero en las Aduanas Central, Caldera, Peñas Blancas, Santamaría, Limón y Paso Canoas. (Folio 1 y 09) b) Fotocopia certificada por el Notario Público René Orellana Meléndez de la cédula de identidad número 1-1307-0969, perteneciente la señora Obando Vargas. (Folios 3 y 4) c) Fotocopia certificada por el Notario Público René Orellana Meléndez del título de Licenciatura en Administración Aduanera, otorgado por la Universidad Braulio Carrillo a la señora Obando Vargas (Folios 2 y 4) d) Constancia de fecha 14 de julio de 2016, mediante la cual la señora Ingrid Piedra Chacón, funcionaria de Plataforma de Servicios de la Caja Costarricense de Seguro Social, indica que la señora Obando Vargas no se incluye cotizando para el Régimen de Pensiones Jubilaciones de Invalidez Vejez y Muerte con el Patrono Estado, ni en ninguna de sus Instituciones. (Folio 8) e) Certificación de Antecedentes Penales de las doce horas cincuenta y nueve minutos del catorce de julio del dos mil dieciséis, emitida por el señor Jaime Sobalvarro Mojica, Jefe a. í. del Registro Judicial, en la que se indica que no registra antecedentes penales a nombre la señora Obando Vargas (Folio 7). f) Constancia número PS-6468-2016 de fecha 2016, mediante la cual el señor Ronny Mendoza Morales, funcionario de Plataforma de Servicios del Colegio de Profesionales en Ciencias Económicas de Costa Rica, señala que la señora Obando Vargas es miembro activo, registrado en el Área de Administración de Aduanas y se encuentra al día en sus obligaciones, (Folio 21). Pág 4 La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016 g) Declaración Jurada de las diecisiete horas del catorce de julio del dos mil dieciséis rendida por la señora Obando Vargas ante el Notario Público Rene Orellana Meléndez en la que señala lo siguiente: (Folio 6) i) Que su domicilio legal está situado en la Provincia de San José, San Juan De Tibás, Florida doscientos metros al norte y doscientos metros al Oeste de Perimercados. ii) Que la señora Obando Vargas cuenta con más de 2 años de experiencia en materia aduanera. iii) Que cuenta con el equipo de cómputo, programa de cómputo y medios para la trasmisión electrónica de datos, según los requerimientos y formatos establecidos por el Servicio Nacional de Aduanas, es (Sofware) VUCE 2.0 para realizar las transmisiones electrónicas; para Agente Aduanero, y generar Declaraciones Únicas Aduaneras (DUA’s) de la cual es promotora de Comercio Exterior (PROCOMER) dicho programa de computo se encuentra decididamente autorizado por el Ministerio de Hacienda. iv) Que el lugar donde se custodiarán las declaraciones aduaneras y documentos originales e información derivada de su operación en el régimen, será Provincia de San José, San Juan De Tibás, Florida doscientos metros al norte y doscientos metros al Oeste de Perimercados. v) Que los medios para recibir notificaciones son fax número cuatro cero cero cero-dos uno cinco uno, y correo electrónico [email protected]. h) Formulario para presentación de caución para solicitud de autorización como auxiliar y para renovación de fecha 15 de julio de 2016, a nombre la señora Obando Vargas. (Folio 9). i) Certificado de enmienda de Garantías de Cumplimiento número 0201CAU0000469 00 de fecha 15 de julio 2016, emitida por el Instituto Nacional de Seguros, por cuenta de Soluciones Logísticas Mundiales Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101661655, en representación de Diana Carolina Obando Vargas, a favor de la Dirección General de Aduanas Ministerio de Hacienda, por la suma de cincuenta mil dólares exactos ($50.000.00), con una vigencia a partir del 12 julio de 2016 al 12 de julio de 2017. (Folio 10). j) Constancia de Inscripción de Obligaciones Tributarias emitido el 22 de agosto de 2016, mediante la cual se indica, que la señora Obando Vargas se encuentra inscrita en el sistema tradicional del Impuesto sobre la Renta y el Impuesto de Ventas. (Folios 15 y 16). k) Documento de fecha 20 de julio de 2016, mediante el cual la señora Alejandra González López, Directora de Registro de la Universidad Metropolitana Castro Carazo, confirmó que el título de Licenciatura en Administración de Aduanas a nombre de la señora Obando Vargas, se encuentra debidamente inscrito en el libro de Actas de dicha institución, visible a Tomo 4. Folio 77, Asiento número 28883. (Folio 14). 4º—Que al entrar en vigencia el 8 de julio del 2003, el Segundo Protocolo de Modificación del Código Aduanero Uniforme Centroamericano III, aprobado mediante Ley número 8360 de fecha 24 de junio de 2003, publicada en La Gaceta número 130 del 8 de julio de 2003, este no refiere mención de ningún requisito para la autorización de Agente Aduanero Persona Natural, sino que faculta a los países signatarios para que vía reglamento puedan establecer los requisitos, lo cual se infiere de las disposiciones contenidas en los artículos 16 y 110 de dicho Código. 5º—Con fundamento en lo anterior, la legislación Nacional procedió a regular los requisitos mínimos y las obligaciones que deben acatar las personas que en adelante pretendieran ejercer la actividad de Agente Aduanero Persona Natural, en la Ley número 7557 de fecha 20 de octubre de 1995, denominada Ley General de Aduanas, y sus reformas, la cual en sus artículos 29, 29 bis y 34, establecen los requisitos generales e impedimentos para que las personas físicas operen como auxiliares de la función aduanera, a saber: tener capacidad legal para actuar, estar anotadas en el registro de auxiliares que establezca la autoridad aduanera, mantenerse al día en el pago de sus obligaciones tributarias y cumplir con los requisitos estipulados en la Ley General de Aduanas y sus reglamentos entre otros. Asimismo, quedó dispuesto en esa Ley, que la persona que requiera ser autorizada como Agente Aduanero debe poseer al menos grado universitario de licenciatura en Administración Aduanera y contar con experiencia mínima de dos años en esta materia. 6º—En complemento a lo dispuesto en la Ley General de Aduanas, su Reglamento en los artículos 78 y 104, dispone cuales son los documentos adicionales que deben presentar las personas que soliciten ser autorizados como Agente Aduanero, entre los cuales destacan: original o fotocopia debidamente certificada por notario público o de la institución de enseñanza respectiva del título académico de Licenciado en Administración Aduanera y una Declaración Jurada que demuestre la experiencia mínima de dos años en materia Aduanera. 7º—Que al entrar a regir el CAUCA III antes citado, surgió la necesidad de adecuar la legislación aduanera nacional a los nuevos requerimientos del mercado común centroamericano y de los instrumentos de integración, por lo que las reformas sufridas en la legislación nacional referente a los requisitos que deberán cumplir las personas que soliciten ser autorizados como Agentes Aduaneros responden al cumplimiento de los lineamientos establecidos en los instrumentos internacionales antes citados. 8º—Que la señora Obando Vargas ha cumplido a satisfacción con los requisitos que ordenan el Código Aduanero Uniforme Centroamericano (CAUCA). Ley número 8360 del 24 de junio de 2003, publicado en La Gaceta N° 130 del 8 de julio de 2003, la Ley número 7557 del 20 de octubre de 1995. Ley General de Aduanas, publicada en La Gaceta número 212 del 8 de noviembre de 1995 y sus reformas. Decreto Ejecutivo número 25270-H del 14 de junio de 1996, Reglamento a la Ley General de Aduanas, publicado en el Alcance N° 37 a La Gaceta número 123 del 28 de junio de 1996 y sus reformas, por lo que procede otorgar la autorización para que ejerza la actividad de Agente Aduanero. 9º—Que de conformidad con lo establecido en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política, los decretos, acuerdos, resoluciones y órdenes del Poder Ejecutivo, requieren para su validez las firmas del Presidente de la República y del Ministro del ramo. Por tanto, EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE HACIENDA ACUERDAN: Autorizar a la señora Diana Carolina Obando Vargas, de calidades indicadas, para actuar como Agente Aduanero Independiente, en las Aduanas Central, Caldera, Peñas Blancas. Santamaría, Limón y Paso Canoas, se le indica que deberá cumplir con todas las obligaciones legales y reglamentarias que el ejercicio de la función impone. Rige a partir de su publicación, la cual deberá ser tramitada y cubierta económicamente por el gestionante. Comuníquese la Dirección General de Aduanas y a la Dirección General de Tributación, devuélvase el expediente administrativo a la Dirección General de Aduanas, notifíquese a la señora Diana Carolina Obando Vargas y publíquese LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de Hacienda, Helio Fallas V.—1 vez.—( IN2016094360 ). MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA N° 184-PE EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA De conformidad con lo que establecen los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política, la Ley N° 8562 del 7 de diciembre del 2006, la Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978, Ley General de la Administración Pública y el artículo 34 del Reglamento de Viajes y Transportes de la Contraloría General de la República. La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016 ACUERDA: Modificar el punto 2 del acuerdo de viaje 128-PE, debe leerse: 2.Los gastos de tiquete aéreo, alimentación y hospedaje del 25 al 27 de julio de 2016 serán cubiertos por el CABI, y los gastos de alimentación y transporte terrestre del 24, 25 y 28 de julio de 2016 los cubrirá el Servicio Fitosanitario del EstadoSFE-. Dado en el Despacho Ministerial el veintiséis de agosto de dos mil dieciséis. Luis Felipe Arauz Cavalini.—1 vez.—O. C. Nº 126.— Solicitud Nº 14154.—( IN2016093947 ). Nº 192-PE EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA De conformidad con lo que establecen los artículos 140, inciso 20 y 146 de la Constitución Política, la Ley N° 8562 del 07 de diciembre del 2006, la Ley N° 6227 del 02 de mayo de 1978, Ley General de la Administración Pública y el artículo 34 del Reglamento de Viajes y Transportes de la Contraloría General de la República. ACUERDA: 1º—Autorizar a Sr. Róger Ruiz Zapata, cédula Nº 6-131260, funcionario del Servicio Fitosanitario del Estado-SFE-, para que participe en la Reunión “IR-4 Food Use and Biopesticide Workshop” que se realizará Orlando, Florida, Estados Unidos del 21 al 23 de setiembre de 2016. 2º—Los gastos de tiquete aéreo, alimentación, hospedaje, transporte terrestre, seguros de viaje y gastos menores serán cubiertos por el Servicio Fitosanitario del Estado-SFE-. 3º—De acuerdo con el Oficio Circular D.A.F.PROVEE.-194-2011 del 31 de marzo de 2011 de la Proveeduría Institucional y siguiendo directrices de la Dirección General de Administración de Bienes y Contratación Administrativa del Ministerio de Hacienda, el millaje generado por este viaje debe cederse al Ministerio de Agricultura y Ganadería-MAG-. 4º—El funcionario queda obligado, en un plazo de 8 días naturales, contados a partir de su regreso, de presentar un informe a su superior jerárquico, en el que se describan las actividades desarrolladas, los resultados obtenidos y los beneficios logrados para la Institución y para el país. 5º—Rige a partir del 20 al 24 de setiembre de 2016. Dado en el Despacho Ministerial el treinta y uno de agosto de dos mil dieciséis. Luis Felipe Arauz Cavallini, Ministro de Agricultura y Ganadería.—1 vez.—O.C. Nº 126.—Solicitud Nº 14154.— ( IN2016093948 ). MINISTERIO DE ECONOMÍA, INDUSTRIAY COMERCIO Nº 125-MEIC-2016 EL MINISTRO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 28 inciso 2 acápite b) de la Ley General de la Administración Pública, Ley Nº 6227 del 02 de mayo de 1978. Así como lo establecido en la Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico 2016, Ley N° 9341 del 1° de diciembre de 2015; la Ley de Formación Profesional y Capacitación del Personal de la Administración Pública, Ley Nº 6362 del 03 de setiembre de 1979; y el Reglamento de Viajes y Transportes para funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República, y sus reformas. Considerando: I.—Que es de interés para el Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC), participar en la 35a edición de la “Conferencia Nacional de Mejora Regulatoria”, cuyo objetivo es poder conocer los principales avances que los países de la región han llevado a cabo en temas de alta relevancia como la simplificación, la mejora regulatoria en el orden subnacional, la facilidad para hacer negocios, la evaluación del flujo regulatorio y la racionalización del acervo normativo. Pág 5 II.—Que dicha actividad se llevará a cabo en las ciudad de Valle de Bravo, México, del 22 al 24 de noviembre de 2016. III.—Que la participación del MEIC en esta actividad tiene como finalidad establecer un diálogo que permita identificar soluciones a retos comunes, así como mecanismos para promover mayores avances en la política de mejora regulatoria del país. IV.—Que mediante Resolución número 159-2016 del 17 de noviembre de 2016 del Despacho Ministerial, se autorizó el gasto en la partida presupuestaria 1.05.03, transporte en el exterior y 1.05.04, viáticos en el exterior, del señor Viceministro Carlos Mora Gómez. Por tanto, ACUERDA: Artículo 1º—Autorizar al señor Carlos Mora Gómez, portador de la cédula de identidad número 1-0903-0886, viceministro del MEIC para que participe en la 35 edición de la “Conferencia Nacional de Mejora Regulatoria”, que se llevará a cabo en la ciudad de Valle de Bravo, México, del 22 al 24 de noviembre de 2016. Artículo 2º—Los gastos por concepto de tiquete aéreo, hospedaje y alimentación, serán financiados por el programa 21500 “Actividades Centrales”, subpartida 10503 “Transporte al Exterior” y subpartida 10504 “Viáticos al Exterior” del Ministerio de Economía, Industria y Comercio del Ministerio de Economía, Industria y Comercio, correspondiéndole por concepto de viáticos la suma de seiscientos veintitrés dólares con setenta y seis centavos de dólar ($623,76). El funcionario cede el millaje generado por el viaje al Ministerio de Economía, Industria y Comercio. Artículo 3º—Rige a partir del día 22 de noviembre de 2016 y hasta su regreso el día 23 de noviembre del mismo año, devengando el señor Carlos Mora Gómez el 100% de su salario durante su ausencia. Dado en el Ministerio de Economía, Industria y Comercio en la ciudad de San José, a los veintidós días del mes de noviembre del dos mil dieciséis. Welmer Ramos González, Ministro de Economía, Industria y Comercio.—1 vez.—O. C. N° 29116.— Solicitud N° 11431.—( IN2016093953 ). MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTES N° 003-MOPT EL MINISTRO DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTES Con fundamento en lo dispuesto en el Artículo 28 inciso 1 de la Ley N° 6227 o Ley General de la Administración Pública, del 02 de mayo de 1978, así como lo dispuesto en la Ley N° 9289 o Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República, la Ley N° 6362 y en el artículo 34 del Reglamento de Viajes y Transportes de la Contraloría General de la República. Considerando: 1º—Que la Secretaría de Integración Económica Centroamericana (SIECA) y el Centro de Coordinación para la Prevención de los Desastres Naturales en América Central (CEPREDENAC), suscribieron una carta de entendimiento en la que ambas Partes determinaron la voluntad de apoyar la ejecución del proyecto “Normas para Carreteras”, a fin de mejorar la situación de transitabilidad y reducir la vulnerabilidad del transporte terrestre en la región. 2º—Que en las reuniones del Comité de Ministros de Transporte de Centroamérica (COMITRAN), se han tomado una serie de acuerdos en los que se instruyen acciones, tales como, el consolidar un comité para revisar lo que los países signatarios están desarrollando en la ejecución del proyecto denominado: “Normas para Carreteras”, con especial énfasis en lo realizado por la Dirección de Adaptación al Cambio Climático y Gestión Estratégica del Riesgo (DACGER), de El Salvador, e identificar sinergias y trabajos conjuntos que potencien la temática a nivel regional, así como invitar a este proceso a otros países extraregionales que cuentan con una valiosa experticia y que además, realizan un acompañamiento técnico y financiero en el tema. 3º—Que en la XXXIV Reunión de la COMITRAN celebrada en la ciudad de Guatemala, en el mes de junio del 2015, se tomó el Acuerdo N° 02-2015, que establece el marco del desarrollo del Pág 6 La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016 “Manual Centroamericano de Hidráulica, Hidrología y Diseño para Estructuras de Drenaje en Carreteras” por parte de la SIECA, para lo cual se debe designar un experto nacional como titular del proceso y un suplente, por cada país signatario en el tema, que formarán parte del Grupo Técnico Regional para el desarrollo y validación técnica del referido Manual. 4º—Que adicionalmente, se acordó que la “Dirección de Adaptación al Cambio Climático y Gestión Estratégica del Riesgo” (DACGER) de El Salvador, fungirá como coordinadora técnica del Grupo, con el acompañamiento de la SIECA, que además podrán realizar las gestiones pertinentes para concretar el apoyo manifestado por la Agencia de Cooperación Internacional del Japón (JICA), de brindar apoyo técnico y financiero para el desarrollo de dicho instrumento regional. 5º—Que la participación en el Segundo Taller Regional del Ingeniero Christian Fernández Camacho, funcionario de la Secretaría de Planificación Sectorial del Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT), en su condición de suplente del Grupo Técnico Regional para el desarrollo y validación técnica del referido Manual, es de vital importancia para la obtención de los objetivos planteados a corto y mediano plazo por la Secretaría de Integración Económica Centroamericana (SIECA), en beneficio de los intereses de nuestro país. Por tanto, ACUERDAN: Artículo 1º—Designar al Ing. Christian Fernández Camacho, cédula 1-0934-0045, funcionario de la Secretaría de Planificación Sectorial y suplente del Grupo Técnico Regional encargado del desarrollo y validación técnica del “Manual Centroamericano de Hidráulica, Hidrología y Diseño para Estructuras de Drenaje en Carreteras”, para que participe en el “Segundo Taller de Validación de Diagnósticos y Desarrollo de los temas contenidos en dicho Manual a realizarse del 27 al 29 de enero de 2016 en la ciudad de San Salvador, El Salvador. Artículo 2º—Los gastos por concepto de pasajes aéreos, traslados, alimentación y hospedaje del funcionario Christian Fernández Camacho, serán cubiertos con recursos de la Agencia Internacional de Cooperación del Japón, (JICA por sus siglas en Inglés), como parte del apoyo técnico y financiero que dicha Entidad brinda para el desarrollo de dicho instrumento regional. Artículo 3º—Que durante los días en que se autoriza la participación del señor Christian Fernández Camacho, en el “Segundo Taller de Validación de Diagnósticos y Desarrollo de los temas contenidos en el Manual Centroamericano de Hidrología, Hidráulica y Drenajes en Carreteras”, a llevarse a cabo en la Ciudad de San Salvador, El Salvador”, del 27 al 29 de enero del 2016, devengará el 100% de su salario. Artículo 4º—Rige a partir del 27 al 29 de enero del 2016 inclusive. Dado en el Ministerio de Obras Públicas y Transportes, a los 12 días del mes de enero del 2016. Carlos Segnini Villalobos, Ministro de Obras Públicas y Transportes.—1 vez.—O. C. N° 301100.— Solicitud N° 17817.—( IN2016093981 ). N° 082-MOPT EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES Con fundamento en lo dispuesto en artículo 28, inciso 1 de la Ley N° 6227 o Ley General de la Administración Pública, del 2 de mayo de 1978, así como lo dispuesto en la Ley N° 9341 o Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República, la Ley N° 6362 y en el artículo 34 del Reglamento de Viajes y Transportes de la Contraloría General de la República. Considerando: 1º—Que Costa Rica es el país responsable de la Coordinación de la Comisión Técnica de Transportes del Proyecto Mesoamérica, que constituye un mecanismo de diálogo y coordinación que articula esfuerzos de cooperación, desarrollo e integración entre los diez países de la región facilitando la gestión y ejecución de proyectos orientados a mejorar la calidad de vida de sus habitantes. 2º—Que la Comisión Técnica Regional de Transportes tiene el compromiso de cumplir con los acuerdos emanados de las cumbres de Presidentes que se realizan cada año con el propósito de desarrollar proyectos comunes en la Región Mesoamericana. 3º—Que en la reunión de Ministros de Transporte y Comisionados Presidenciales, realizada el 4 de diciembre del 2013 en San José, Costa Rica, se acordó realizar una reunión presencial de la Comisión Técnica Regional de Transportes del Proyecto Mesoamérica, con el objetivo de definir acciones que permitan establecer compromisos para la próxima Cumbre del Mecanismo de Diálogo y Concertación de Tuxtla. 4º—Que la participación de la Ingeniera Joyce Arguedas Calderón y la Licenciada Ibis San Lee Quirós, es de vital importancia para Costa Rica, en su calidad de Directora a. í. de la Secretaría de Planificación Sectorial y Coordinadora de la Comisión Técnica Regional de Transportes del Proyecto Mesoamérica. Por tanto, ACUERDAN: Artículo 1º—Designar a la Ing. Joyce Arguedas Calderón, cédula Nº 1-874-853, Directora a. í. de la Secretaría de Planificación Sectorial y en calidad de Coordinadora de la Comisión Técnica Regional de Transportes del Proyecto Mesoamérica e Ibis San Lee Quirós, cédula Nº 4-140-681, Asistente de la Secretaría de Planificación Sectorial y de la coordinación del área de transportes de la citada iniciativa, para que participen en la reunión de la Comisión Técnica Regional de Transportes, el 11 de julio de 2016 y del 12 al 14 de julio de 2016 en el taller “Estrategias para la implementación de Observatorios Nacionales”; ambas actividades se estarán desarrollando en la Ciudad de Santo Domingo de República Dominicana. Artículo 2º—Los gastos por concepto de boleto aéreo, hospedaje y alimentación de las funcionarias Joyce Arguedas Calderón e Ibis San Lee Quirós, serán cubiertos con recursos del Banco Interamericano de Desarrollo (BID), como parte del apoyo técnico que dicha entidad, como miembro del Grupo Técnico Interinstitucional, proporciona a la Comisión Técnica Regional de Transportes del Proyecto Mesoamérica. Artículo 3º—Que durante los días en que se autoriza la participación de las señoras Joyce Arguedas Calderón e Ibis San Lee Quirós, en la reunión de la Comisión Técnica Regional de Transportes del Proyecto Mesoamérica y en el taller de Estrategias para la implementación de Observatorios Nacionales, que se celebrarán los días del 11 al 14 de julio de 2016, más los días 10 y 15 de julio en tránsito, en la ciudad de República Dominicana, devengarán el 100% de su salario. Artículo 4º—Rige a partir del 10 al 15 de julio de 2016, inclusive. Dado en el Ministerio de Obras Públicas y Transportes, a los 4 días del mes de julio del año 2016. Carlos Villalta Villegas, Ministro de Obras Públicas y Transportes.—1 vez.—O. C. Nº 301100.—Solicitud Nº 17818.—( IN2016093982 ). N° 086-MOPT EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES Con fundamento en lo dispuesto en Artículo 28 inciso 1) de la Ley N° 6227 o Ley General de la Administración Pública, del 2 de mayo de 1978, así como lo dispuesto en la Ley N° 8691 o Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República, la Ley N° 6362 y en el artículo 34 del Reglamento de Viajes y Transportes de la Contraloría General de la República. Considerando: 1º—Que la Secretaría de Planificación Sectorial funge como enlace de la Comisión Técnica Regional de Movilidad y Logística Centroamericana, que constituye una instancia creada por el Consejo Sectorial de Ministros de Transportes de Centroamérica para potenciar acciones orientadas hacia la mejora de la competitividad de los países de la región. 2º—Que la Comisión Técnica Regional de Movilidad y Logística Centroamericana, tiene el compromiso de cumplir con los acuerdos emanados de las reuniones de Ministros de Transportes de Centroamérica. 3º—Que la participación de la Ingeniera Joyce Arguedas Calderón y la Licenciada Ibis San Lee Quirós, designadas como enlaces de la Comisión Técnica Regional de Movilidad y Logística Centroamericana, es de vital importancia para Costa Rica, en su calidad de titular y suplente. Por tanto, La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016 ACUERDAN: Artículo 1º—Designar a la Ing. Joyce Arguedas Calderón, cédula 1-874-853 e Ibis San Lee Quirós cédula 4-140-681, enlaces de la Comisión Técnica Regional de Movilidad y Logística Centroamericana, para que participen en la IV Reunión Presencial de la Comisión, a celebrarse en la ciudad de Guatemala del 20 al 22 de julio de 2016. Artículo 2º—Los gastos por concepto de boleto aéreo, hospedaje y alimentación de las funcionarias Joyce Arguedas Calderón e Ibis San Lee Quirós, serán cubiertos con recursos de la Agencia de Cooperación Internacional de Japón (JICA), Entidad que se encuentra apoyando la Comisión Técnica Regional de Movilidad y Logística Centroamericana. Artículo 3º—Que durante los días en que se autoriza la participación de las señoras Joyce Arguedas Calderón e Ibis San Lee Quirós, en la IV Reunión Presencial de la Comisión Técnica Regional de Movilidad y Logística Centroamericana, que se celebrará los días del 20 al 22 de julio de 2016, más los días 19 y 23 de julio en tránsito, en la ciudad de Guatemala, devengarán el 100% de su salario. Artículo 4º—Rige a partir del 19 al 23 de julio de 2016 inclusive. Dado en el Ministerio de Obras Públicas y Transportes, a los 08 días del mes de julio del 2016. Carlos Villalta Villegas, Ministro de Obras Públicas y Transportes.—1 vez.—O. C. N° 301100.—Solicitud N° 17819.—( IN2016093984 ). N° 094-MOPT EL MINISTRO DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTES Con fundamento en lo dispuesto en Artículo 28 inciso 1 de la Ley N°6227 o Ley General de la Administración Pública, del 2 de mayo de 1978, así como lo dispuesto en la Ley N° 9341 o Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República, la Ley N° 6362 y en el artículo 34 del Reglamento de Viajes y Transportes de la Contraloría General de la República. Considerando: I.—Que la Secretaría de Planificación Sectorial es la encargada del Registro Vial del país y el Decreto Ejecutivo N° 39173-MOPT denominado “Reorganización Estructural del Proceso de Planificación Sectorial e Institucional del Ministerio de Obras Públicas y Transportes en su artículo 5° plantea como funciones de la Secretaría de Planificación Sectorial: Ejercer el mando técnico en materia de planificación y velar por una adecuada intermodalidad del Sector, en aras de la implementación de los planes estratégicos. Desarrollar, mantener actualizado y controlar el Sistema del Registro Vial de Costa Rica, con carácter oficial nacional, de acuerdo con la Ley General de Caminos Públicos N° 5060 y sus reformas, la Ley de Simplificación y Eficiencia Tributaria, N° 8114 y el Decreto Nº 37908-MOPT. II.—Que como parte de los esfuerzos por reducir el problema de salud pública provocado por las muertes por accidentes de tránsito en todo el territorio nacional, la Secretaría de Planificación Sectorial del MOPT ha venido trabajando con otras dependencias del Sector, con la finalidad de actualizar la extensa normativa técnica y jurídica vigente. Entre otros la Ley General de Caminos Públicos N° 5060 de 1972 los Decretos Ejecutivos, reglamentos, manuales y procedimientos, todos referente a la red vial nacional y cantonal con sus elementos inmersos en el derecho de vía. III.—Que la cantidad de accidentes con fallecidos y personas con lesiones graves, (Según la OMS cada año los accidentes de tránsito causan la muerte de aproximadamente 1,25 millones de personas en todo el mundo), aunado a la escasez de recursos para mejorar la capacidad de la infraestructura vial, propios de los países de la región, hace que los accidentes de tránsito se sitúen en los primeros lugares de mortalidad a nivel mundial. Además, La Asamblea General de las Naciones Unidas proclamó el Decenio de Acción para la Seguridad Vial 20112020, con la finalidad de salvar millones de vidas mediante el mejoramiento de la seguridad en la vía pública y de los vehículos; del comportamiento de los usuarios de la vía pública; y de los servicios de urgencias. Pág 7 IV.—Que con el fin de cumplir con los objetivos propuestos por la Organización Naciones Unidas, La Organización Mundial de la Salud y del Plan Nacional de Seguridad Vial (Decreto Ejecutivo 29390-MOPT-S), propiamente el Artículo 1º que indica; se cita textual “Objetivo. Con la finalidad de plantear acciones concretas y sistemáticas de corto, mediano y largo plazo, se concreta la formulación e implementación del Plan Nacional de la Promoción de la Seguridad vial para la prevención de los accidentes de tránsito; esta Secretaría como encargada directa del Registro Vial de Costa Rica, plantea como prioritario e impostergable dentro de sus funciones, velar por que en la red vial nacional y cantonal se incorpore en todas sus etapas desde la concepción, planificación, diseño, ejecución, operación y mantenimiento hasta el monitoreo; el componente de seguridad vial. V.—Que para materializar esta idea de una manera práctica y a muy corto plazo , como primer paso, se propone reformar los Decretos Ejecutivos 34624-MOPT, 38578-MOPT y el Decreto Ejecutivo 13041-T para incorporar en todas las boletas de inventario vial tanto de la red vial nacional como red vial cantonal , los componentes e infraestructura de seguridad vial (amortiguadores de impacto, elementos de base frágil, bandas rugosas o sonoras, demarcación horizontal, delineamiento de curvas, iluminación, señalización vertical, canalización del tránsito, líneas para reducción de velocidad y facilidades peatonales con captaluces y sonidos, sistemas de contención vehicular, entre otros), de manera técnica y sistemática, que permitan identificar las zonas vulnerables para accidentes de tránsito, elementos en mal estado o inexistentes , señales de tránsito inadecuadas, captaluces, entre otros, con la finalidad de localizar a lo largo del levantamiento del inventario vial estas deficiencias en el sistema vial, y posteriormente brindar un informe a las dependencias encargadas de la administración y mantenimiento, como COSEVI y CONAVI para que se tomen las medidas correctivas que correspondan, según sus competencias. VI.—Que la participación en el “Curso sobre Seguridad en Carreteras: “Auditorías en Seguridad Vial e Investigación de Accidentes de tránsito” a celebrarse en las instalaciones del Instituto Mexicano del Transporte en Sanfandila, Municipio de Pedro Escobedo, Querétaro del 1 al 5 de agosto de 2016, del Ingeniero Christian Fernández Camacho, funcionario de la Secretaría de Planificación Sectorial del Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT), en su condición de encargado del Proyecto de “ Incorporación del componente de Seguridad Vial a las boletas de Inventario Físico de la red vial nacional y cantonal”, es de vital importancia para la obtención de los objetivos planteados a corto y mediano plazo por la Secretaría de Planificación Sectorial para ayudar a reducir las muertes en carretea, en beneficio de los intereses de nuestro país. Por tanto: ACUERDAN: Artículo 1°—Designar al Ing. Christian Fernández Camacho, cédula 1-0934-0045, funcionario de la Secretaría de Planificación Sectorial y encargado del “Proyecto de Incorporación del Componente de Seguridad Vial a las boletas de Inventario Físico de la red vial nacional y cantonal”, para que participe en el “Curso sobre Seguridad en Carreteras: “Auditorías en Seguridad Vial e Investigación de Accidentes de tránsito” a celebrarse en las instalaciones del Instituto Mexicano del Transporte en Sanfandila, Municipio de Pedro Escobedo, Estado de Querétaro, México del 1 al 5 de agosto de 2016. Artículo 2°—Que el MOPT cubrirá los gastos por concepto de boleto aéreo hasta por la suma de $1000,00 dólares americanos lo que se cargará a la subpartida 1.05.03, del área 2, actividad 1 del programa 326. Artículo 3°—Los gastos de hospedaje, alimentación, inscripción al curso y traslado del aeropuerto al hotel y viceversa en autobús, del funcionario Christian Fernández Camacho, serán cubiertos con recursos del MOPT por medio de la subpartida 1.05.04 del programa 326, área 2, actividad 1 por la suma de $ 1043.00 dólares americanos. Artículo 4°—Que durante los días en que se autoriza la participación del señor Christian Fernández Camacho, en el “Curso sobre Seguridad en Carreteras: “Auditorías en Seguridad Vial e Investigación de Accidentes de tránsito” a celebrarse en las Pág 8 La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016 instalaciones del Instituto Mexicano del Transporte en Sanfandila, Municipio de Pedro Escobedo, Querétaro del 1 al 5 de agosto de 2016, el funcionario devengará el 100% de su salario. Artículo 5°—El ingeniero Christian Fernández Camacho cede la totalidad de las millas del presente boleto al Ministerio de Obras Públicas y Transportes. Artículo 62.—Rige a partir del 31 de Julio al 06 de agosto de 2016 inclusive. Dado en el Ministerio de Obras Públicas y Transportes, a los 27 días del mes de julio del año 2016. Carlos Villalta Villegas, Ministro de Obras Públicas y Transportes.—1 vez.—O. C. N° 301100.—Solicitud N° 17820.—( IN2016093985 ). Nº 100-MOPT EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES Con fundamento en lo dispuesto en la Ley Nº 9341 del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del año 2016 y al artículo 34 del Reglamento de Gastos de Viajes y Transportes de la Contraloría General de la República. Considerando: 1º—Que la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL) ha extendido invitación a la Viceministra de Infraestructura y Concesiones, para que participe en el Workshop: Políticas de Logística, recursos naturales y su vínculo con los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), organizado por la División de Recursos Naturales e Infraestructura de dicha Organización, el cual se llevará a cabo del 16 al 18 de agosto del 2016, en la sede de la CEPAL en Santiago, Chile. 2º—Que dicho evento reunirá a autoridades de los ministerios de obras públicas, transporte, agencias de promoción de exportaciones y organismos de integración regional a fin de elaborar las bases de una política de logística que considere el rol fundamental de los recursos naturales y promueva el desarrollo sostenible. Por tanto, ACUERDA: Artículo 1º—Autorizar a la Ing. Giselle Alfaro Bogantes, Viceministra de Infraestructura y Concesiones, cédula de identidad N° 1-0924-0301, para que viaje a Santiago, Chile, del 16 al 19 de agosto del año en curso. Artículo 2º—Los gastos por concepto de transporte aéreo, hospedaje, alimentación y transporte local serán cubiertos por la Comisión Económica para América Latina y el Caribe, (CEPAL). Artículo 3º—De conformidad con el punto 2 del Compromiso Ético de los (as) jerarcas del Poder Ejecutivo e Instituciones Autónomas, se remitirá en el plazo de ocho días calendario posterior a la conclusión del viaje, un informe puntual sobre el resultado de éste. Artículo 5º—Que durante los días que se autoriza la participación de la Ing. Giselle Alfaro Bogantes en dicho evento devengará el 100% de su salario. Artículo 6º—Rige a partir del 16 de agosto y hasta su regreso el día 19 de agosto del 2016. Dado en el Despacho del Ministro de Obras Públicas y Transportes, a los 01 días del mes de agosto del año 2016. Carlos Villalta Villegas, Ministro de Obras Públicas y Transportes.—1 vez.—O. C. N° 301100.—Solicitud N° 17821.—( IN2016093986 ) N° 101-MOPT EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES Con fundamento en lo dispuesto en Artículo 28 inciso 1 de la Ley N° 6227 o Ley General de la Administración Pública, del 2 de mayo de 1978, así como lo dispuesto en la Ley N° 9341 o Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República, la Ley N’ 6362 y en el artículo 34 del Reglamento de Viajes y Transportes de la Contraloría General de la República. Considerando: 1º—Que el Ministerio de Obras Públicas y Transportes con el apoyo técnico de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL) llevó a cabo, durante los días 21 y 22 de abril del año 2015, un taller nacional denominado: “Política Integrada de Movilidad y Logística en Costa Rica”, con el objetivo de propiciar los insumos necesarios para constituir los pilares básicos que le permitan diseñar una política nacional sobre movilidad y logística. 2º—Que la Secretaría de Planificación Sectorial desde el año 2015 ha venido trabajando en la elaboración de una propuesta de política pública en el tema de “Movilidad y Logística”, que permita potenciar acciones concretas orientadas hacia la mejora de la competitividad del país. 3º—Que la política nacional de movilidad y logística debe brindar la visión integral del Sector Infraestructura y Transportes y enmarcar las políticas locales, planes y proyectos, constituyéndose en la base de la coordinación sectorial en todos los ámbitos que afecten o sean afectados por la movilidad y la logística. 4º—Que la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL) en el marco de las actividades del proyecto UNDA “Integración logística para una explotación más sostenible de los recursos naturales en América Latina y el Caribe”, la División de Recursos Naturales e Infraestructura realizará un workshop internacional para analizar el vínculo entre políticas de logística y las cadenas logísticas de los recursos naturales. 5º—Que la participación en el evento organizado por la CEPAL, de la Licenciada Ibis San Lee Quirós y la Ingeniera Joyce Arguedas Calderón, que han venido trabajando en la propuesta de la política pública sobre movilidad y logística es de vital importancia para el país, dado que, es la primera iniciativa en esta temática tan importante para desarrollar acciones que permitan mejorar la competitividad interna y externa y por ende la calidad de vida de los habitantes. Por tanto, ACUERDAN: Artículo 1º—Designar a la Licenciada Ibis San Lee Quirós cédula 4-140-681y la Ingeniera Joyce Arguedas Calderón cédula 1-874-853, para que participen en el Workshop: “Logística de recursos naturales y su vínculo con los objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS)”, a celebrarse en la ciudad de Santiago de Chile del 16 al 18 de agosto de 2016. Artículo 2º—Los gastos por concepto de boleto aéreo, hospedaje y alimentación de las funcionarias Ibis San Lee Quirós y Joyce Arguedas Calderón, serán cubiertos con recursos de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL), Entidad que se encuentra apoyando la elaboración de la propuesta de política pública sobre movilidad y logística de Costa Rica. Artículo 3º—Que durante los días en que se autoriza la participación de las señoras Ibis San Lee Quirós y Joyce Arguedas Calderón, en el Workshop: “Logística de recursos naturales y su vínculo con los objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS)”, que se celebrará los días del 16 al 18 de agosto de 2016, más los días 15 y 19 de agosto en tránsito, en la ciudad de Santiago de Chile, devengarán el 100% de su salario. Artículo 4º—Rige a partir del 15 al 19 de agosto de 2016 inclusive. Dado en el Ministerio de Obras Públicas y Transportes, a los 05 días del mes de agosto del año 2016. Carlos Villalta Villegas, Ministro de Obras Públicas y Transportes.—1 vez.—O. C. N° 301100.—Solicitud N° 17822.—( IN2016093988 ). N° 108-MOPT EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 inciso 20 y 146 de la Constitución Política, artículos 25 inciso 1), 28) inciso 1) acápite b) de Ley General de la Administración Pública o Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la Ley N° 9341 Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del año 2016 y el artículo 34 del Reglamento de Viajes y Transportes de la Contraloría General de la República. La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016 Considerando: 1º—Que es de interés para el Ministerio de Obras Públicas y Transportes el Seminario Internacional de Presupuesto Público, en el cual se abordarán temas muy relevantes en la Administración Pública aplicables a las funciones que ejerce el funcionario. 2º—Que la participación del funcionario Francisco Molina Salas, será de provecho para la Dirección Financiera así como para el resto de la Institución, en el tanto se abordarán dos temas generales como lo son: “ Metodologías de la Evaluación de los Resultados de la Gestión Pública y la integración de los Países en bloques económicos y políticos. Temas que son de suma importancia en el contexto de la realidad actual a la cual se está sujeto y los cambios que se no avecinan en las políticas públicas y su entorno; y para lo cual la capacitación en los mismos es de total trascendencia en un mejor desempeño del cargo debido a la atinencia que se presenta en el ejercicio de sus funciones. 3º—Que mediante el oficio DVA-DCD-2016-1906 de fecha 16 de agosto del 2016 de la Dirección de Capacitación y Desarrollo de este Ministerio; dicha Dirección emite dictamen técnico realizado por el Departamento de Becas y Licencias donde se aprueba la participación del Licenciado Francisco Molina Salas, en el citado Seminario, avalando los contenidos temáticos y la importancia del evento para las labores profesionales que realiza el Licenciado Molina Salas, Director Financiero de la Institución; según lo estipulado en la actividad denominada” Visto bueno para actividades de capacitación previo a la elaboración del Acuerdo de Viaje. Por tanto, ACUERDA: Artículo 1º—Designar al Licenciado Francisco Molina Salas, Cédula N° 1-716-870 Director Financiero de este Ministerio, para que participe en el XLIII Seminario Internacional de Presupuesto Público, mismo que se llevará a cabo del 22 al 25 de noviembre de 2016, en Ciudad del Este República de Paraguay. Artículo 2º—Los gastos de alimentación y hospedaje del funcionario Molina Salas durante los días del 21 al 26 de noviembre del 2016 serán cubiertos con recursos del MOPT en el programa 32605-03 y en la subpartida 10504, por un monto de $ 1.470.00 dólares americanos, lo cual incluye los gastos de alimentación, hospedaje, taxis (Aeropuerto-hotel y viceversa,). Los gastos de inscripción al evento serán de $ 500.00 dólares americanos y serán cargados a la subpartida 1.07.01 del programa presupuestario 326-05-03. Por la subpartida 10503, transporte al exterior, se reconocerá para el funcionario el boleto Aéreo y otros cargos por una suma máxima de $ 1.600.00 dólares americanos. Artículo 3º—El funcionario debe ceder al Ministerio de Obras Públicas y Transportes la totalidad del millaje producto de este viaje al exterior. Artículo 4º—Que durante los días hábiles laborales del 21 al 25 de noviembre del año 2016, en que se autoriza la participación del funcionario Francisco Molina Salas en la actividad denominada XLIII Seminario Internacional de Presupuesto Público, en Ciudad del Este, República de Paraguay, devengará el 100% de su salario. Artículo 5º—Rige a partir del 21 de noviembre y hasta su regreso el día 26 de noviembre del 2016. Dado en el Ministerio de Obras Públicas y Transportes a los 17 días del mes de agosto del año 2016. Carlos Villalta Villegas, Ministro de Obras Públicas y Transportes.—1 vez.—O. C. N° 301100.—Solicitud N° 17823.—( IN2016093990 ). Nº 112-MOPT EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140, inciso 20 y 146 de la Constitución Política, artículos 25, inciso 1, 28, inciso 1 acápite b) de la Ley General de Administración Pública o Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la Ley Nº 9341 o Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del año 2016 y el artículo 34 del Reglamento de Viajes y Transportes de la Contraloría General de la República. Pág 9 Considerando: 1º—Que es de interés para el Ministerio de Obras Públicas y Transportes el XXI Congreso Internacional del CLAD sobre la Reforma del Estado y de la Administración Pública; en el cual se abordarán temas muy relevantes en la Administración Pública aplicables a las funciones que ejerce el citado servidor. 2º—Que la participación del Lic. Manuel Arce Jiménez, Subdirector General División Administrativa, será de provecho para la División Administrativa, así como para el resto de la Institución, en el tanto se abordarán temas como la modernización institucional, reorganización de la Administración Pública en América Latina, entre otros; dadas las funciones que realiza, y como Coordinador del Grupo de Trabajo de Mejora y Simplificación de Trámites, según Ley 8220, sus Reformas y Reglamentos, Miembro de la Comisión de Becas Institucional, de La Comisión de Gestión Ambiental entre otras, y por ser parte de los requerimientos de capacitación y actualización profesional. 3º—Que mediante el oficio DVA-DCD-2016-1992 de fecha 18 de agosto del 2016 de la Dirección de Capacitación y Desarrollo de este Ministerio; dicha Dirección emite dictamen técnico realizado por el Departamento de Becas y Licencias donde se aprueba la participación del Licenciado Manuel Arce Jiménez en el citado Seminario, avalando los contenidos temáticos y la importancia del evento para las labores profesionales que realiza el Licenciado Arce Jiménez, Subdirector Administrativo de la Institución; según lo estipulado en la actividad denominada “Visto bueno para actividades de capacitación previo a la elaboración del Acuerdo de Viaje”. Por tanto, ACUERDA: Artículo 1º—Designar al licenciado Manuel Arce Jiménez, cédula Nº 0015460506, Subdirector General de la División Administrativa, para que participe en el XXI Congreso Internacional del CLAD sobre Reforma del Estado y de la Administración Pública, en Santiago, Chile, del 07 al 11 de noviembre del presente año. Artículo 2º—Los gastos de alimentación y hospedaje del funcionario Manuel Arce Jiménez durante los días del 06 al 12 de noviembre del 2016, serán cubiertos con recursos del MOPT en el programa 326-05-01 y en la subpartida 10504, por un monto de $1.444,84 (dólares americanos), lo cual incluye los gastos de alimentación y hospedaje, taxis (aeropuerto-hotel y viceversa). Por la subpartida 10503 se reconocerá para el funcionario el boleto aéreo y otros cargos, por una suma máxima de $1.200. Los gastos de inscripción al seminario serán de $180,00 (dólares americanos), los cuales serán cubiertos por medio de la subpartida presupuestaria 1.07.01 del programa presupuestario 32605-01. Artículo 3º—El funcionario debe ceder al Ministerio de Obras Públicas y Transportes la totalidad del millaje producto de este viaje al exterior. Artículo 4º—Que durante los días hábiles laborales del 7 al 11 de noviembre del 2016, en los que se autoriza la participación del funcionario Manuel Arce Jiménez, en el XXI Congreso Internacional del CLAD sobre Reforma del Estado y de la Administración Pública, en Santiago, Chile, devengará el 100% de su salario. Artículo 5º—Rige a partir del 6 de noviembre y hasta su regreso el día 12 de noviembre del 2016. Dado en el Ministerio de Obras Públicas y Transportes, a los 25 días del mes de agosto del año dos mil dieciséis. Carlos Villalta Villegas, Ministro de Obras Públicas y Transportes.—1 vez.—O.C. Nº 301100.—Solicitud Nº 17824.—( IN2016093991 ). MINISTERIO DE SALUD Nº DM-FP-981-16 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE SALUD En uso de las facultades que les confieren los artículos 140 incisos 1) y 20) y 146 de la Constitución Política; 28 aparte segundo, inciso b) de la Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978 “Ley General de la Administración Pública”; 1, 2, 3, de la Ley N° 5395 del 30 de Pág 10 La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016 octubre de 1973 “Ley General de Salud”; 6 de la Ley N° 5412 de 8 de noviembre de 1973 “Ley Orgánica del Ministerio de Salud”; y Decreto Ejecutivo N° 36656 del 12 de abril del 2011 “Creación del Consejo Nacional de Cuidados Paliativos”. Considerando: I.—Que mediante Acuerdo Ejecutivo N° DM-MG-4685-15, publicado en La Gaceta N° 241 del 11 de diciembre de 2015, se nombró al Sr. Alejandro Vargas Bermúdez, cédula N° 3-0345-0942, como representante suplente del Centro Nacional de Control del Dolor y Cuidados Paliativos en el Consejo Nacional de Cuidados Paliativos. II.—Que el Sr. Vargas Bermúdez, presenta su renuncia como miembro del Consejo Nacional de Cuidados Paliativos. III.—Que por lo anterior se hace necesario y oportuno designar la persona que lo sustituirá. Por tanto, ACUERDAN: Artículo 1º—Designar como miembro suplente ante el Consejo Nacional de Cuidados Paliativos a la siguiente persona: María Gabriela Chaves Brenes, cédula N° 4-117-297, Centro Nacional de Control del Dolor y Cuidados Paliativos. Artículo 2º—Rige a partir del 01 de junio del 2016 al 28 de julio del 2017. Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los treinta y un días del mes de mayo del dos mil dieciséis. Publíquese.—LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de Salud, Dr. Fernando Llorca Castro.—1 vez.—O. C. N° 29849.—Solicitud N° 17622.—( IN2016093895 ). N° DM-CB-8016-2016 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE SALUD En uso de las atribuciones que les confieren los artículos 146 de la Constitución Política; 28 párrafo segundo, inciso b) de la Ley N° 6227 de 2 mayo de 1978 “Ley General de la Administración Pública”, publicada en el Diario Oficial La Gaceta N° 15 del 22 de enero de 1979; 1 y 2 de la Ley N° 5395 de 30 de octubre de 1973 “Ley General de Salud”, publicada en el Diario Oficial La Gaceta N° 222 del 24 de noviembre de 1973. Considerando: I.—Que la salud de la población es un bien de interés público tutelado por el Estado. II.—Que todas las personas tienen derecho a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado y es deber del Estado garantizar este derecho. III.—Que la gestión no integral de los residuos sólidos representa uno de los principales problemas que se enfrenta como Nación, lo cual ocasiona importantes impactos en la salud y el medio ambiente. IV.—Que los artículos 41 y 42 de la Ley No. 8839 del 24 de junio de 2010 “Ley para la Gestión Integral de Residuos” publicada en el Diario Oficial La Gaceta N° 135 del 13 de julio del 2010 y el Decreto Ejecutivo N° 38272-S del 07 de enero del 2014 “Reglamento para la Declaratoria de Residuos de Manejo Especial” publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 58 del 24 de marzo del 2014, establecen y desarrollan el principio de Responsabilidad Extendida del Productor, así como la corresponsabilidad social en la gestión de residuos de manejo especial, como son los electrónicos y eléctricos. V.—Que el Decreto Ejecutivo N° 35933-S del 12 de febrero del 2010 “Reglamento para la Gestión Integral de los Residuos Electrónicos” publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 86 del 5 de mayo del 2010; constituye el marco original de la Gestión Integral de Residuos Electrónicos y Electrónicos, y regula lo relacionado con las Unidades de Cumplimiento, encargadas de implementar, junto con el Gobierno Nacional, el principio de Responsabilidad Extendida del Productor. VI.—Que el Ministerio de Salud, dentro de sus competencias como rector en la materia, debe desarrollar lineamientos, directrices y guías técnicas para corrientes de residuos específicas; así como su adaptación y evaluación periódica, a fin de cumplir con las obligaciones contenidas en la Ley N° 8839 del 24 de junio de 2010 “Ley para la Gestión Integral de Residuos” publicada en el Diario Oficial La Gaceta N° 135 del 13 de julio del 2010. 7°—Que uno de los principios generales que fundamentan la gestión integral de residuos es la corresponsabilidad social y requiere la participación conjunta, coordinada y diferenciada de todos los productores, importadores, distribuidores, consumidores, gestores de residuos, tanto públicos como privados. 8°—Que el Decreto Ejecutivo N° 37983-COMEX-MP del 9 de setiembre del 2013 “Declaratoria de interés público y otras disposiciones sobre el Proceso de ingreso de Costa Rica a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE)” publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 207 del 28 de octubre del 2013, establece como prioritarias las acciones conducentes a que el país se incorpore a dicho organismo multilateral, a fin de contar con las mejores políticas para la toma de decisiones que lleven a mejorar la calidad de vida y la salud pública. 9°—Que la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) ha emitido la recomendación C(2004)100, Recomendación del Consejo para el Manejo Ambientalmente adecuado de los Residuos, la que insta a los gobiernos a elaborar e implementar políticas y programas que aseguren que los residuos son manejados de manera ambientalmente adecuada y económicamente eficiente, sin generar obstáculos innecesarios al comercio internacional de residuos, cuando este sea destinado a la recuperación y reciclaje. 10.—Que los artículos 33 al 37 de la Ley N° 8839 del 24 de junio del 2010 “Ley para la Gestión Integral de Residuos” publicada en el Diario Oficial La Gaceta N° 135 del 13 de julio del 2010, así como los artículos 54 al 61 del Decreto Ejecutivo N° 37567-SMINAET- H del 2 de noviembre del 2012 “Reglamento General a la Ley para la Gestión Integral de Residuos” publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 55 del 19 de marzo del 2013, establecen los requisitos y pautas para el movimiento transfronterizo de residuos. 11.—Que se considera necesario y oportuno declarar de interés público y nacional la “Guía Técnica para la Gestión Integral de los Residuos Electrónicos y Eléctricos” y su respectiva implementación. Por tanto. ACUERDAN: DECLARATORIA DE INTERÉS PÚBLICO Y NACIONAL DE LA “GUÍA TÉCNICA PARA LA GESTIÓN INTEGRAL DE LOS RESIDUOS ELECTRÓNICOS Y ELÉCTRICOS” Artículo 1°—Declárese de interés público y nacional la Guía Técnica para la Gestión Integral de los Residuos Electrónicos y Eléctricos (RALEE), la cual debe ser utilizada por las Unidades de Cumplimiento y Gestores autorizados por el Ministerio de Salud, para el manejo integral de dichos residuos. Artículo 2°—Corresponderá a las autoridades de salud del Ministerio de Salud, velar porque dicha Norma sea cumplida. Artículo 3°—La citada Guía se pone a disposición, para las personas que deban consultarla, en la página web del Ministerio de Salud, cuya dirección electrónica es www.ministeriodesalud.go.cr. Artículo 4°—Rige a partir de su publicación. Dado en la Presidencia de la República. San José, a los veintiséis días del mes de octubre del dos mil dieciséis. LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de Salud, Dr. Fernando Llorca Castro.—1 vez.—O. C. N° 29849.— Solicitud N° 17622.—( IN2016093896 ). MINISTERIO DE CULTURA Y JUVENTUD N° 077-2016-C San José, 20 de mayo del 2016 LA SEGUNDA VICEPRESIDENTA EN EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO al DE CULTURA Y JUVENTUD Con fundamento en lo establecido por los artículos 140, inciso 2, y 146 de la Constitución Política, 25, inciso 1 de la Ley General de Administración Pública y 2 del Estatuto de Servicio Civil, La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016 ACUERDAN: NOMBRE COMPLETO Artículo 1º—Nombrar en propiedad en el Ministerio de Cultura y Juventud, destacada en la Dirección General del Archivo Nacional a la señora Marianela Calderón Rivera, cédula de identidad Nº 01-1286-0645, en el puesto de Profesional de Servicio Civil 1 B, especialidad Derecho, número 101671, seleccionada de la Nómina de Elegibles Número 1293-2013 de la Dirección General de Servicio Civil. Artículo 2º—Rige a partir del 01 de julio del 2013. ANA HELENA CHACÓN ECHEVERRÍA.—El Ministro de Cultura y Juventud a. í., Max Enrique Valverde Soto.— 1 vez.—( IN2016093621 ). MINISTERIO DE JUSTICIA Y PAZ N° 199-MJP-2016 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y LA MINISTRA DE JUSTICIA Y PAZ En el uso de las facultades conferidas en los artículos 140 inciso 1) y 146 de la Constitución Política del 07 de noviembre de 1949, artículos 53 inciso a) y 65 de la Ley General de Policía, Ley N° 7410 del 26 de mayo de 1994 y los artículos 21, 117 y 119 del Reglamento General de la Policía Penitenciaria, Decreto Ejecutivo N° 26061-J del 15 de mayo de 1997. Considerando: I.—Los servidores que se dirán, cumplen con los requisitos establecidos en el artículo 65 de la Ley General de Policía, así como en los artículos 21 y 117 del Reglamento General de Policía Penitenciaria; ocupando actualmente puestos en propiedad en la Policía Penitenciaria. II.—Además los servidores, aprobaron satisfactoriamente el Curso Básico Policial, de conformidad con lo estipulado en los artículos 117 y 119 del Reglamento General de la Policía Penitenciaria. III.—Que en la sesión N° 01-2014 del 26-05-2014, 020-2014 del 31-07-2014, 024-2014 del 28-08-2014, 026-2014 del 11-092014, 040-2014 del 16-12-2014, 006-2015 del 20-02-2015, 0172015 del 14-05-2015, 022-2015 del 29-06-2015, 029-2015 del 1308-2015, 031-2015 del 28-08-2015, 039-2015 del 29-10-2015, 0432015 del 26-11-2015 y 044-2015 del 03-12-2015, del Consejo de Personal de la Policía Penitenciaria; refrendó la elegibilidad de los funcionarios en propiedad que a continuación se indican: ACUERDAN: Artículo 1°—Incluir dentro del régimen del Estatuto Policial a los siguientes funcionarios: NOMBRE COMPLETO N° CÉDULA Pág 11 N° CÉDULA 16 CHAVES RODRÍGUEZ MIGUEL ÁNGEL 2-0636-0982 17 CLARK VALVERDE ALEJANDRA GABRIELA 1-1279-0236 18 CORDERO ELIZONDO ERICK FRANCISCO 1-1179-0196 19 CORDERO MONGE SILVIA 1-0856-0529 20 CORTÉS PRENDAS KEYLA 6-0388-0527 21 DÍAZ HERNÁNDEZ ANA RUTH 5-0228-0473 22 DUARTE NAVARRO OSCAR ALONSO 6-0377-0265 23 ESPINOZA MOLINA MARCOS GERARDO 6-0210-0074 24 FAJARDO GUEVARA NIDIA MARÍA 1-1224-0440 25 FALLAS CALDERÓN CARLOS MARIO 1-1420-0875 26 FALLAS CASTRO YOSELYN FRANCINNY 1-1591-0704 27 FALLAS VARGAS DAVID DE LOS ÁNGELES 1-1500-0047 28 FERNÁNDEZ AGUILAR YORLENY 1-1065-0662 29 GÓMEZ GUZMÁN RODOLFO ENRIQUE 3-0271-0949 30 GUIDO ESPINOZA MARIO 5-0315-0154 31 GUTIÉRREZ CHAVARRÍA CARLOS GERMÁN 7-0108-0472 32 HERNÁNDEZ CARRANZA IVAN JOSUÉ 2-0700-0042 33 JIMÉNEZ BARRIOS MAURICIO GUILLERMO 1-1123-0327 34 LANUZA PÉREZ ALFREDO 2-0695-0540 6-0392-0270 35 LEDEZMA LÓPEZ IRETH DAYANA 36 LÓPEZ DÍAZ JUAN CARLOS 6-0263-0044 37 LÓPEZ JIMÉNEZ GERARDO 1-0903-0249 38 LÓPEZ PORRAS SERGIO ESTEBAN 1-1413-0840 39 MARÍN ANCHÍA YONER GERARDO 6-0345-0064 40 MARÍN VILLALOBOS JUAN MANUEL 1-1505-0167 41 MASIS GARCÍA KAROL 1-1435-0699 42 MATARRITA VEGA GREIVIN ARTURO 7-0226-0871 43 MEDINA CARTÍN DAVID ENRIQUE 7-0236-0268 44 MÉNDEZ CARRILLO LUIS DIEGO 7-0177-0005 45 MONTIEL BRIONES JOSÉ 7-0137-0948 7-0201-0425 46 MONTIEL PARRA LUIS GERARDO 47 MORA ALVARADO JOHANA 3-0412-0936 48 MORA DÍAZ NOLBER 1-1245-0618 49 MORA ESQUIVEL JOHAN RICARDO 1-1437-0889 50 MORA MONGE LAURA 6-0360-0285 6-0412-0192 51 MUÑOZ CERNAS JONATHAN DAVID 52 MUÑOZ CORTÉS JASON ANTONIO 5-0345-0372 53 NAVARRO DURÁN ALEJANDRO ALBERTO 1-1512-0835 54 NUÑEZ RAMÍREZ ROGER GERARDO 2-0653-0306 55 OBANDO DELGADO BROBERIS 6-0345-0955 56 ORDOÑEZ ROBLES JOHAO ELÍ 7-0145-0145 57 PEREIRA COREA ELIZABETH 7-0108-0482 58 PÉREZ BORBÓN JENNIFFER 1-1096-0170 59 QUIRÓS VALVERDE MAUREEN JENNY 2-0574-0154 60 RAMÍREZ VILLEGAS MARVIN JOSÉ 2-0720-0302 61 RÍOS ESTRADA DIANA YANCY 1-1456-0482 1 ACOSTA GUTIÉRREZ CAROLINA 2-0628-0355 62 RODRÍGUEZ ROBLES ELVIS GABRIEL 7-0225-0597 2 AGÜERO ARCE ROSALYN 1-1006-0730 63 ROJAS VÁSQUEZ OLGER 6-0220-0104 3 AGUILAR CRUZ STEVEN ANTONIO 4-0223-0306 64 ROMÁN MORA ESTEBAN EDUARDO 1-1619-0488 1-1373-0924 65 RUBÍ ARLEY MIRNA 1-1010-0894 SÁNCHEZ ALEMAN ANA BETTY 5-0336-0889 4 AGUILAR SOLÍS FEDERICO ALEJANDRO 5 ALVARADO CAMACHO GUSTAVO ANDRÉS 3-0465-0418 66 6 ARGUEDAS MADRIGAL DONALD ANTONIO 6-0394-0404 67 SÁNCHEZ LEDEZMA KARLA GINETTE 6-0352-0194 7 BALLADARES CENTENO CÉSAR AGUSTO 2-0732-0828 68 SOTO CORELLA JOSE MANUEL 2-0669-0549 8 BARBOZA RIVERA DEIBY ANTONIO 1-1540-0370 69 SOTO MORA ANA GABRIELA 2-0628-0318 9 BERMÚDEZ RAMÍREZ JEREMY GERARDO 1-1298-0782 70 VALENCIANO CHINCHILLA GRETEL 1-1097-0187 1-1551-0710 71 VALVERDE DURÁN RANDALL MAURICIO 1-1518-0087 10 CALDERÓN CASTRO KEVIN ARNOLDO 11 CAMPOS CORRALES DENNIS JOAQUÍN 1-1565-0119 12 CAMPOS ROJAS GILBERTH 1-1216-0233 13 CAMPOS SOLÍS ADRIANA PATRICIA CC SOLÍS POVEDA ADRIANA PATRICIA 1-1159-0603 14 CARILLO PRADO MICHAEL VINICIO 1-1463-0778 15 CHACÓN RIVERA RAFAEL ÁNGEL 6-0407-0091 Artículo 2°—Rige a partir de la fecha de su publicación. Dado en la Presidencia de la República. San José, a los cinco días del mes de octubre de dos mil dieciséis. LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—La Ministra de Justicia y Paz, Cecilia Sánchez R.—1 vez.—O. C. N° 30588.— Solicitud N° 16170.—( IN2016093820 ). Pág 12 La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016 N° 204-JP EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y LA MINISTRA DE JUSTICIA Y PAZ En uso de las facultades conferidas por los artículos 140 incisos 3) y 18), 146 de la Constitución Política, el artículo 11 de la Ley N° 5338 del veintiocho de agosto de mil novecientos setenta y tres y el Decreto Ejecutivo N° 36363-JP del cinco de noviembre del dos mil diez. ACUERDAN: Artículo 1º—Nombrar al señor Salvador Esteban Beatriz Porras, cédula de identidad N° 7-0054-0856, como representante del Poder Ejecutivo en la Fundación Centro de Cuido Asambleas De Dios Los Guido, cédula jurídica N° 3-006-724573, inscrita en la Sección de Personas de la Dirección de Personas Jurídicas del Registro Nacional. Artículo 2º—Una vez publicado este acuerdo los interesados deberán protocolizar y presentar el respectivo testimonio ante la Sección de Personas Jurídicas del Registro Nacional, para su respectiva inscripción. Artículo 3°—Rige a partir de su publicación. Dado en la Presidencia de la República. San José, el día veinticinco de octubre del dos mil dieciséis. LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—La Ministra de Justicia y Paz, Cecilia Sánchez R.—1 vez.—O. C. Nº 28232.— Solicitud Nº 16288.—( IN2016094364 ). N° 205-JP EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y LA MINISTRA DE JUSTICIA Y PAZ En uso de las facultades conferidas por los artículos 140 incisos 3) y 18), 146 de la Constitución Política, el artículo 11 de la Ley N’ 5338 del veintiocho de agosto de mil novecientos setenta y tres y el Decreto Ejecutivo N° 36363-JP del cinco de noviembre del dos mil diez. ACUERDAN: Artículo 1º—Nombrar al señor Pablo Manuel Acuña Ramírez, cédula de identidad número 4-0198-0571, como representante del Poder Ejecutivo en la Fundación desde casa, cédula jurídica N° 3-006-716579, inscrita en la Sección de Personas de la Dirección de Personas Jurídicas del Registro Nacional. Artículo 2º—Una vez publicado este acuerdo los interesados deberán protocolizar y presentar el respectivo testimonio ante la Sección de Personas Jurídicas del Registro Nacional, para su respectiva inscripción. Artículo 3°—Rige a partir de su publicación. Dado en la Presidencia de la República.—San José, el día cuatro de noviembre de dos mil dieciséis. LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—La Ministra de Justicia y Paz, Cecilia Sánchez R.—1 vez.—O. C. N° 28232.— Solicitud N° 16289.—( IN2016094365 ). N° 211-JP EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y LA MINISTRA DE JUSTICIA Y PAZ En uso de las facultades conferidas por los artículos 140 incisos 3) y 18), 146 de la Constitución Política, el artículo 11 de la Ley N° 5338 del veintiocho de agosto de mil novecientos setenta y tres y el Decreto Ejecutivo N° 36363-JP del cinco de noviembre del dos mil diez. ACUERDAN: Artículo 1°—Nombrar al señor Reinier Jiménez Carmona, cédula de identidad N° 1-0849-0776, como representante del Poder Ejecutivo en la Fundación Salvavidas de Playa al Rescate de Parrita, Puntarenas, Costa Rica, cédula jurídica N° 3-006-716202, inscrita en la Sección de Personas de la Dirección de Personas Jurídicas del Registro Nacional. Artículo 2°—Una vez publicado este acuerdo los interesados deberán protocolizar y presentar el respectivo testimonio ante la Sección de Personas Jurídicas del Registro Nacional, para su respectiva inscripción. Artículo 3°—Rige a partir de su publicación. Dado en la Presidencia de la República. San José, el día cuatro de noviembre de dos mil dieciséis. LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—La Ministra de Justicia y Paz, Cecilia Sánchez R.—1 vez.—O. C. N° 28232.— Solicitud N° 16290.—( IN2016094366 ). MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR N° 0361-2016 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR Con fundamento en los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política; 28 párrafo segundo, inciso b) de la Ley General de la Administración Pública; la Ley de Régimen de Zonas Francas N° 7210 del 23 de noviembre de 1990 y sus reformas; la Ley de Creación del Ministerio de Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica número 7638 del 30 de octubre de 1996 y el Decreto Ejecutivo número 34739- COMEX-H del 29 de agosto de 2008 y sus reformas, denominado Reglamento a la Ley de Régimen de Zonas Francas, Considerando: 1º—Que mediante el Acuerdo Ejecutivo N° 024-92 de fecha 10 de marzo de 1992, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 61 del 27 de marzo de 1992; modificado por el Acuerdo Ejecutivo N° 107-92 de fecha 18 de diciembre de 1992, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 26 del 8 de febrero de 1993; por el Acuerdo Ejecutivo número 138-94 de fecha 21 de diciembre de 1994, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 34 del 16 de febrero de 1995; por el Acuerdo Ejecutivo N° 15-96 de fecha 19 de enero de 1996, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 28 del 8 de febrero de 1996; por el Acuerdo Ejecutivo N° 25-97 de fecha 31 de enero de 1997, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 30 del 28 de abril de 1997; por el Acuerdo Ejecutivo N° 043-2001 de fecha 29 de marzo de 2001, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 142 del 24 de julio de 2001; por el Acuerdo Ejecutivo N° 369-2002 de fecha 20 de agosto de 2002, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 193 del 8 de octubre de 2002; y por el Acuerdo Ejecutivo N° 128-2014 de fecha 21 de abril de 2014. publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 95 del 20 de mayo de 2014; a COOPERATIVA AUTOGESTIONARIA DE SERVICIOS AERO INDUSTRIALES R. L., cédula jurídica N° 3-004-045086, se le adecuaron los beneficios e incentivos a los contemplados por el artículo 20 de la Ley de Régimen de Zonas Francas, Ley N° 7210 del 23 de noviembre de 1990, sus reformas y su Reglamento, bajo la categoría de empresa de servicios, de conformidad con lo dispuesto en el inciso c) del artículo 17 de dicha Ley. 2º—Que el señor Luis Emilio Artavia Zúñiga, mayor, casado, contador público, portador de la cédula de identidad número 1-655874, vecino de Alajuela, en su condición de Apoderado Especial para estos efectos de COOPERATIVA AUTOGESTIONARIA DE SERVICIOS AERO INDUSTRIALES R. L., cédula jurídica número 3-004-045086, presentó ante la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica (en adelante PROCOMER), solicitud para que se le otorgue nuevamente el Régimen de Zonas Francas a su representada, con fundamento en el artículo 20 bis de la Ley N° 7210, sus reformas y su Reglamento. 3º—Que en la solicitud mencionada la COOPERATIVA AUTOGESTIONARIA DE SERVICIOS AERO INDUSTRIALES R. L., cédula jurídica N° 3-004-045086, se comprometió a mantener una inversión de al menos US $12.426.882,55 (doce millones cuatrocientos veintiséis mil ochocientos ochenta y dos dólares con cincuenta y cinco centavos, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América), a partir de la notificación del presente Acuerdo Ejecutivo. Asimismo, la empresa se comprometió a realizar una inversión nueva adicional total de US $18.000.000,00 (dieciocho millones de dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016 de América) y un empleo adicional de 75 trabajadores, según los plazos y en las condiciones establecidas en la solicitud de ingreso al Régimen presentada por la empresa. Lo anterior implica una importante oportunidad para arraigar más a la citada empresa a Costa Rica, aumentar los empleos directos e indirectos, y fomentar el encadenamiento entre las empresas nacionales y compañías pertenecientes al Régimen de Zonas Francas, con la finalidad de aumentar el valor agregado de los productos nacionales. 4º—Que la instancia interna de la Administración de PROCOMER, con arreglo al Acuerdo emitido por la Junta Directiva de la citada Promotora en la sesión N° 177-2006 del 30 de octubre de 2006, conoció la solicitud de COOPERATIVA AUTOGESTIONARIA DE SERVICIOS AERO INDUSTRIALES R. L., cédula jurídica N° 3-004-045086, y con fundamento en las consideraciones técnicas y legales contenidas en el informe de la Gerencia de Regímenes Especiales de PROCOMER N° 37-2015, acordó someter a consideración del Ministerio de Comercio Exterior la solicitud de ingreso al Régimen de Zonas Francas presentada, a fin de que dicho órgano ejerza la facultad establecida en el artículo 20 bis de la Ley de Régimen de Zonas Francas, determine si en la especie resulta aplicable la excepción que contempla dicho artículo, y analice si se trata de una inversión adicional cuya magnitud y beneficios, justifican razonablemente el otorgamiento de los incentivos fiscales establecidos en la Ley N° 7210, sus reformas y su Reglamento. 5º—Que en razón de lo anterior, el Poder Ejecutivo efectivamente considera que en la especie resulta aplicable la excepción que contempla el referido artículo 20 bis de la Ley de Régimen de Zonas Francas, en tanto se trata una inversión adicional cuya magnitud conlleva una serie de beneficios, que justifican razonablemente el otorgamiento de los incentivos fiscales establecidos en la Ley N° 7210, sus reformas y su Reglamento. 6º—Que se ha cumplido con el procedimiento de Ley. Por tanto, ACUERDAN: 1º—Otorgar el Régimen de Zonas Francas a COOPERATIVA AUTOGESTIONARIA DE SERVICIOS AERO INDUSTRIALES R. L., cédula jurídica N° 3-004-045086, (en adelante denominada la beneficiaria), clasificándola como Empresa de Servicios, de conformidad con el inciso c) del artículo 17 de la Ley N° 7210 y sus reformas. 2º—La actividad de la beneficiaria consistirá en brindar servicios de reparación, mantenimiento y limpieza de aviones de turbina, otros similares y de sus partes, así como la calibración de herramientas y la reparación de torres eólicas. 3º—La beneficiaria operará fuera de parque industrial de zona franca, específicamente 300 metros al oeste del Aeropuerto Internacional Juan Santamaría, provincia de Alajuela. 4º—La beneficiaria gozará de los incentivos y beneficios contemplados en la Ley N° 7210 y sus reformas, con las limitaciones y condiciones que allí se establecen y con apego a las regulaciones que al respecto establezcan tanto el Poder Ejecutivo como PROCOMER, Los plazos, términos y condiciones de los beneficios otorgados en virtud de la Ley N° 7210 quedan supeditados a los compromisos asumidos por Costa Rica en los tratados internacionales relativos a la Organización Mundial del Comercio (OMC), incluyendo, entre otros, el Acuerdo sobre Subvenciones y Medidas Compensatorias (ASMC) y las decisiones de los órganos correspondientes de la OMC al amparo del artículo 27 párrafo 4 del ASMC. En particular, queda establecido que el Estado costarricense no otorgará los beneficios previstos en la Ley N° 7210 que de acuerdo con el ASMC constituyan subvenciones prohibidas, más allá de los plazos para la concesión de las prórrogas previstas en el artículo 27 párrafo 4 del ASMC a determinados países en desarrollo. Para los efectos de las exenciones otorgadas debe tenerse en consideración lo dispuesto por los artículos 62 y 64 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, Ley N° 4755, del 3 de mayo de 1971 y sus reformas, en lo que resulten aplicables. Asimismo, la empresa beneficiaria podrá solicitar la aplicación de lo dispuesto en el artículo 20 bis de la Ley N° 7210 del 23 de noviembre de 1990 y sus reformas, si cumple con los requisitos y condiciones establecidos en tal normativa y sin perjuicio de la discrecionalidad que, para tales efectos, asiste al Poder Ejecutivo. Pág 13 5º—De conformidad con lo dispuesto por el artículo 20 inciso g) de la Ley de Régimen de Zonas Francas (Ley N° 7210 del 23 de noviembre de 1990 y sus reformas) la beneficiaria gozará de exención de todos los tributos a las utilidades, así como cualquier otro, cuya base imponible se determine en relación con las ganancias brutas o netas, con los dividendos abonados a los accionistas o ingresos o ventas, según las diferenciaciones que dicha norma contiene. Dicha beneficiaria sólo podrá introducir sus servicios al mercado local, observando rigurosamente los requisitos establecidos al efecto por el artículo 22 de la Ley N° 7210 y sus reformas, en particular los que se relacionan con el pago de los impuestos respectivos. 6º—La beneficiaria se obliga a realizar y mantener un nivel mínimo de empleo de 667 trabajadores, a partir de la notificación del presente Acuerdo Ejecutivo, así como a realizar y mantener un nivel mínimo total de empleo de 742 trabajadores, a partir del 24 de julio de 2018. Asimismo, se obliga a mantener una inversión de al menos US $12.426.882,55 (doce millones cuatrocientos veintiséis mil ochocientos ochenta y dos dólares con cincuenta y cinco centavos, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América), a partir de la notificación del presente Acuerdo Ejecutivo, así como a realizar y mantener una inversión nueva adicional total de al menos US $18.000.000,00 (dieciocho millones de dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América), a más tardar el 31 de diciembre de 2020, de los cuales un total de US $10.000.000,00 (diez millones de dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América), deberán completarse a más tardar el 24 de julio de 2018. Por lo tanto, la beneficiaria se obliga a realizar y mantener un nivel de inversión total de al menos US $30.426.882,55 (treinta millones cuatrocientos veintiséis mil ochocientos ochenta y dos dólares con cincuenta y cinco centavos, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América). Finalmente, la empresa beneficiaria se obliga a mantener un porcentaje mínimo de valor agregado nacional del 74,90%. PROCOMER vigilará el cumplimiento de los niveles de inversión antes indicados, de conformidad con los criterios y parámetros establecidos por el Reglamento a la Ley de Régimen de Zonas Francas. Tal facultad deberá ser prevista en el respectivo Contrato de Operaciones que suscribirá la beneficiaria, como una obligación a cargo de ésta. Consecuentemente, el Poder Ejecutivo podrá revocar el Régimen a dicha empresa en caso de que, conforme con aquellos parámetros, la misma no cumpla con los niveles mínimos de inversión anteriormente señalados. 7º—Una vez suscrito el Contrato de Operaciones, la empresa se obliga a pagar el canon mensual por derecho de uso del Régimen de Zonas Francas. La fecha prevista para el inicio de las operaciones productivas es el día en que se notifique el presente Acuerdo Ejecutivo. En caso de que por cualquier circunstancia la beneficiaria no inicie dicha etapa de producción en la fecha antes señalada, continuará pagando el referido canon, para lo cual la Promotora de Comercio Exterior de Costa Rica seguirá tomando como referencia para su cálculo las proyecciones de ventas consignadas en su respectiva solicitud. Para efectos de cobro del canon, la empresa deberá informar a PROCOMER de las ventas mensuales realizadas. El incumplimiento de esta obligación provocará el cobro retroactivo del canon, para lo cual PROCOMER tomará como referencia para su cálculo, las proyecciones de ventas consignarlas en su respectiva solicitud. 8º—La beneficiaria se obliga a cumplir con las regulaciones ambientales exigidas por el Ministerio de Ambiente y Energía (MINAE) y la Secretaría Técnica Nacional Ambiental (SETENA) y deberá presentar ante dichas dependencias o ante el Ministerio de Salud, según sea el caso, los estudios y documentos que le sean requeridos. Asimismo, la beneficiaria se obliga a cumplir con todas las normas de protección del medio ambiente que la legislación costarricense e internacional disponga para el desarrollo sostenible de las actividades económicas, lo cual será verificado por las autoridades competentes. 9º—La beneficiaria se obliga a presentar ante PROCOMER un informe anual de operaciones, en los formularios y conforme a las condiciones que PROCOMER establezca, dentro de los cuatro meses siguientes al cierre del año fiscal. Asimismo, la beneficiaria estará Pág 14 La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016 obligada a suministrar a PROCOMER y, en su caso, al Ministerio de Hacienda, toda la información y las facilidades requeridas para la supervisión y control del uso del Régimen de Zonas Francas y de los incentivos recibidos. Asimismo, deberá permitir que funcionarios de la citada Promotora ingresen a sus instalaciones, en el momento que lo consideren oportuno, y sin previo aviso, para verificar el cumplimiento de las obligaciones de la Ley de Régimen de Zonas Francas y su Reglamento. 10.—En caso de incumplimiento por parte de la beneficiaria de las condiciones de este Acuerdo o de las leyes, reglamentos y directrices que le sean aplicables, el Poder Ejecutivo podrá imponerle multas, suprimir, por un plazo desde un mes hasta un año, uno o varios incentivos de los indicados en el artículo 20 de la Ley N° 7210, o revocarle el otorgamiento del Régimen de Zona Franca, sin responsabilidad para el Estado, todo de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 7210, sus reformas y su Reglamento. La eventual imposición de estas sanciones será sin perjuicio de las demás responsabilidades administrativas, civiles o penales que pudieren corresponderle a la beneficiaria o sus personeros. 11.—Una vez comunicado el presente Acuerdo Ejecutivo, la empresa beneficiaria deberá suscribir con PROCOMER un Contrato de Operaciones. En caso de que la empresa no se presente a firmar el Contrato de Operaciones, y no justifique razonablemente esta situación, PROCOMER procederá a confeccionar un Acuerdo Ejecutivo que dejará sin efecto el que le otorgó el Régimen. Para el inicio de operaciones productivas al amparo del Régimen, la empresa deberá haber sido autorizada por la Dirección General de Aduanas como auxiliar de la función pública aduanera, según lo dispuesto en la Ley General de Aduanas y su Reglamento. 12.—Las directrices que para la promoción, administración y supervisión del Régimen emita PROCOMER, serán de acatamiento obligatorio para los beneficiarios y las personas que directa o indirectamente tengan relación con ellos o con la citada Promotora. 13.—El uso indebido de los bienes o servicios exonerados será causa suficiente para que el Ministerio de Hacienda proceda a la liquidación de tributos exonerados o devueltos y ejerza las demás acciones que establece el Código de Normas y Procedimientos Tributarios en materia de defraudación fiscal, sin perjuicio de las demás sanciones que establece la Ley N° 7210 y sus reformas y demás leyes aplicables. 14.—La empresa beneficiaria se obliga a cumplir con todos los requisitos de la Ley N° 7210, sus reformas y reglamentos, así como con las obligaciones propias de su condición de auxiliar de la función pública aduanera. 15.—De conformidad con el artículo 74 de la Ley Constitutiva de la Caja Costarricense de Seguro Social, Ley N° 17 del 22 octubre de 1943 y sus reformas, el incumplimiento de las obligaciones para con la seguridad social, podrá ser causa de pérdida de las exoneraciones e incentivos otorgados, previa tramitación del procedimiento administrativo correspondiente. 16.—Por tratarse de una empresa ubicada fuera de un Parque Industrial de Zona Franca, dicha compañía se obliga a implementar las medidas que la Promotora de Comercio Exterior de Costa Rica o las autoridades aduaneras le exijan a fin de establecer un adecuado sistema de control sobre el ingreso, permanencia y salida de personas, vehículos y bienes. 17.—La beneficiaria queda autorizada para realizar actividades productivas fuera del área habilitada como zona franca, por lo que podrá internar temporalmente al territorio aduanero nacional, al amparo del Reglamento a la Ley de Régimen de Zonas Francas, lo siguiente: Hot bonder (pistola para dar calor eléctrica), lijadora manual, dinabrade, secadora industrial, y venilla. 18.—El presente Acuerdo Ejecutivo rige a partir de su notificación, y sustituye el Acuerdo Ejecutivo N° 024-92 de fecha 10 de marzo de 1992, sin alterar los efectos producidos por el mismo durante su vigencia. Dado en la Presidencia de la República. San José, a los trece días del mes de setiembre del año dos mil dieciséis. Comuníquese y Publíquese. LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de Comercio Exterior, Alexander Mora Delgado.—1 vez.— ( IN2016093844 ). N° 0454-2016 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR Con fundamento en los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política; los numerales 25, 27 párrafo primero, 28 párrafo segundo, inciso b) y 157 de la Ley General de la Administración Pública, Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978; la Ley de Régimen de Zonas Francas, Ley N° 7210 del 23 de noviembre de 1990 y sus reformas, la Ley de Creación del Ministerio de Comercio Exterior y de la Promotora de] Comercio Exterior de Costa Rica, Ley N° 7638 del 30 de octubre de 1996; el Decreto Ejecutivo N° 34739-Comex-H del 29 de agosto del 2008, denominado Reglamento a la Ley de Régimen de Zonas Francas; y Considerando: I.—Que con fundamento en el artículo 20 bis de la Ley N° 7210 del 23 de noviembre de 1990 y sus reformas, mediante Acuerdo Ejecutivo N° 238-2016 de fecha 6 de junio de 2016, publicado en el Alcance Digital N° 130 a La Gaceta N° 144 del 27 de julio de 2016, a la empresa AMAZON SUPPORT SERVICES COSTA RICA S.R.L., cédula jurídica N° 3-102-474379, se le otorgaron los beneficios e incentivos contemplados por la Ley de Régimen de Zonas Francas, Ley N° 7210 del 23 de noviembre de 1990, sus reformas y Reglamento, clasificándola como Empresa de Servicios, de conformidad con el inciso c) del artículo 17 de dicha Ley. II.—Que mediante documentos presentados los días 25 de agosto, 2 y 13 de septiembre del 2016, en la Dirección de Regímenes Especiales de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica, en adelante PROCOMER, la empresa AMAZON SUPPORT SERVICES COSTA RICA S.R.L., cédula jurídica número 3-102474379, solicitó la ampliación de la actividad. III.—Que la instancia interna de la Administración de PROCOMER, con arreglo al Acuerdo adoptado por la Junta Directiva de la citada Promotora en la sesión N° 177-2006 del 30 de octubre del 2006, conoció la solicitud de la empresa AMAZON SUPPORT SERVICES COSTA RICA S. R. L., cédula jurídica N° 3-102-474379, y con fundamento en las consideraciones técnicas y legales contenidas en el informe de la Dirección de Regímenes Especiales de PROCOMER N° 117-2016, acordó recomendar al Poder Ejecutivo la respectiva modificación del Acuerdo Ejecutivo, al tenor de lo dispuesto por la Ley N° 7210 del 23 de noviembre de 1990, sus reformas y Reglamento. IV.—Que se han observado los procedimientos de Ley. Por Tanto, ACUERDAN: 1º—Modificar el Acuerdo Ejecutivo N° 238-2016 de fecha 06 de junio de 2016, publicado en el Alcance Digital N° 130 a La Gaceta N°144 del 27 de julio de 2016, para que en el futuro la cláusula segunda se lea de la siguiente manera: “2. La actividad de la beneficiaría consistirá en brindar servicios de soporte de servicio al cliente, subarrendamiento de inmuebles a empresas de zona franca, servicios de soporte administrativo de “back office”, servicios de desarrollo de software, servicios de soporte técnico y servicio de diseño publicitario.” 2º—En todo lo que no ha sido expresamente modificado, se mantiene lo dispuesto en el Acuerdo Ejecutivo N° 238-2016 de fecha 6 de junio de 2016, publicado en el Alcance Digital N° 130 a La Gaceta N° 144 del 27 de julio del 2016. 3º—Rige a partir de su notificación. Dado en la Presidencia de la República. San José, a los veintinueve días del mes de setiembre del año dos mil dieciséis. Comuníquese y Publíquese.—LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de Comercio Exterior, Alexander Mora Delgado.—1 vez.—( IN2016093727 ). La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016 EDICTOS MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES DILIGENCIAS DE EXPROPIACIÓN Se hace saber que este Ministerio de Obras Públicas y Transportes, de conformidad con la Ley de Expropiaciones Nº 9286 del 11 de noviembre del 2014, está llevando a cabo las diligencias de expropiación, en contra del inmueble inscrito ante el Registro Público de la Propiedad, al Sistema de Folio Real Matrícula N° 186461-001-002, ubicado en el distrito 08 Pará, cantón 03 Santo Domingo, de la provincia de Heredia, propiedad de Oscar Sánchez González, cédula N° 4-072-385, y de quien en vida fue Eligio Sánchez González, necesario para la ejecución del proyecto de obra pública denominado: “Estación de Pesaje, Sección Zurquí”. En razón de lo anterior, se emitió la Resolución Administrativa Nº 761 del 29 de mayo del 2015, publicada en La Gaceta N° 118 del 19 de junio del 2015, en la que se declara de interés público, el inmueble antes descrito, con una medida de 13.985,00 metros cuadrados, según plano catastrado N° 4-1810881-2015, modificada por la Resolución Administrativa N° 583 del 04 de mayo del 2016, publicada en La Gaceta N° 123 del 27 de junio del 2016, viembre del 2009, publicada en La Gaceta Nº 8 del 13 de enero del 2010, en la que se declara de interés público, el inmueble antes descrito”. Asimismo, mediante Avalúo Nº 2015-110 de fecha 14 de octubre del 2015, realizado por el Ministerio de Obras Públicas y Transportes, determinó el valor del inmueble de repetida cita, en la suma de ¢ 842.882.413,00 (ochocientos cuarenta y dos millones ochocientos ochenta y dos mil cuatrocientos trece colones exactos). En virtud de lo anterior, se emplaza por 3 días, a partir de la publicación del edicto, a cualquier interesado para que formule ante este Ministerio algún reclamo sobre el inmueble objeto de expropiación, por cuanto a la fecha no se ha abierto juicio sucesorio. San José, a los 07 días del mes de noviembre del 2016. Carlos Villalta Villegas, Ministro de Obras Públicas y Transporte.—1 vez.—O. C. Nº 4576.—Solicitud Nº 72523.— ( IN2016094324 ). DOCUMENTOS VARIOS GOBERNACIÓN Y POLICÍA DIRECCIÓN NACIONAL DE DESARROLLO DE LA COMUNIDAD AVISO El Registro Público de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad de la Dirección Legal Y De Registro, hace constar: que la Asociación de Desarrollo Especifica Pro Cen Cinai y Bienestar Comunal de Potrero Grande, Buenos Aires, Pérez Zeledón. Por medio de su representante: Carlos Eduardo Carmen Solís Porras, cédula Nº 106050751 ha hecho solicitud de inscripción de dicha organización al Registro Nacional de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad. En cumplimiento de lo establecido en el artículo 16 del Reglamento que rige esta materia, se emplaza por el término de ocho días hábiles, a partir de la publicación de este aviso, a cualquier persona, pública o privada y en especial a la Municipalidad, para que formulen los reparos que estimen pertinentes a la inscripción en trámite, manifestándolo por escrito a esta Dirección de Legal y de Registro.—San José, a las 09:40 horas del día 05 de diciembre del 2016.—Departamento de Registro.—Licda. Odilie Chacón Arroyo.—1 vez.—( IN2016093874 ). AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO FITOSANITARIO DEL ESTADO DEPARTAMENTO DE AGROQUÍMICOS Y EQUIPOS EDICTO PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ El señor Erick Hoepker Alvarado, cédula de identidad: 1-04410909, en calidad de representante legal de la compañía Químicas Unidas Ltda, cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Pág 15 Escazú, San José, solicita la inscripción del equipo de aplicación, tipo: Atomizador De Mochila Motorizado, marca: Echo, modelo: DM-6120LA, peso: 11.1 kilogramos y cuyo fabricante es: Yamabico Corporation-Japón. Conforme a lo establece la Ley de Protección Fitosanitaria N° 7664 y el Decreto 27037 MAG-MEIC. Se solicita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a las 08:30 horas del 17 de noviembre del 2016.—Unidad de Registro de Agroquímicos y Equipos de Aplicación.—Ing. Esaú Miranda Vargas, Jefe.—( IN2016092885 ). OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES CONSEJO NACIONAL DE VIALIDAD DIRECCIÓN EJECUTIVA Nº 010-2016.—San José, 18 de octubre 2016. Con fundamento en lo que establece el artículo 140, inciso 2) de la Constitución Política y 2 del Estatuto de Servicio Civil. ACUERDA: Artículo 1º—Nombrar en propiedad en el Consejo Nacional de Vialidad y con sujeción a las disposiciones del Régimen de Servicio Civil, al siguiente funcionario: Nombre Verny Jiménez Rojas Cédula Nº 01-1035-0316 Nº puesto 509156 Clase puesto Profesional de Servicio Civil 3 GdeE Derecho Artículo 2º—Rige a partir del 01 de julio del 2016. Publíquese.—Ing. Germán Valverde González, Director Ejecutivo a. í.—1 vez.—O.C. Nº 4576.—Solicitud Nº 72534.—( IN2016094333 ). EDUCACIÓN PÚBLICA DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN DE LA CALIDAD REPOSICIÓN DE TÍTULO EDICTOS PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 89, título N° 140, emitido por el Centro de Educación Integral San Jorge, en el año dos mil diez, a nombre de Monge Howells Tracy, cédula N° 1-1518-0870. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los dieciséis días del mes de noviembre del dos mil dieciséis.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2016092085 ). Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 58, título N° 560, emitido por el Liceo Laboratorio de Liberia, en el año mil novecientos noventa y ocho, a nombre de Sequeira Gutiérrez Luis Gerardo, cédula Nº 5-0322-0134. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los dieciocho días del mes de octubre del dos mil dieciséis.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2016092197 ). Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 3, folio 55, título N° 1531, emitido por el Liceo de Pavas, en el año dos mil trece, a nombre de Avellan Mendoza German Alexander, cédula N° 1-1567-0007. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de Pág 16 La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016 la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los veintiocho días del mes de julio del dos mil dieciséis.— MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2016092221 ). a los veintitrés días del mes de noviembre del dos mil dieciséis.— Departamento de Gestión y Evaluación de la Calidad.—Med. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2016093141 ). Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 4, folio 39, título N° 4136, emitido por el Liceo Académico de Puriscal, en el año dos mil catorce, a nombre de Vindas Fernández Luis Ricardo, cédula N° 1-1670-0060. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los veintiséis días del mes de octubre del dos mil dieciséis.—Med. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—(IN2016092224 ). Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 85, título N° 924, emitido por el Colegio Técnico Profesional de Calle Blancos, en el año mil novecientos noventa y ocho, a nombre de Alpízar García Kenneth, cédula N° 1-0928-0216. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los veintidós días del mes de noviembre del dos mil dieciséis.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2016093600 ). Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 166, título N° 854, emitido por el Liceo Fernando Volio Jiménez, en el año dos mil diez, a nombre de Fajardo Lizano Marco Antonio, cédula N° 1-1532-0906. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los seis días del mes de setiembre del dos mil dieciséis.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2016092554 ). Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo II, Folio 266, Título N° 2963, emitido por el Liceo Anastasio Alfaro, en el año dos mil quince, a nombre de Jiménez Monge Jimmy José, cédula 1-1650-0458. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los dos días del mes de diciembre del dos mil dieciséis.— MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora Dirección de Gestión y Evaluación de la Calidad.—( IN2016095599 ). Ante esta dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 133, asiento 14, título N° 383, emitido por el Colegio Nocturno de Golfito, en el año dos mil nueve, a nombre de López Vega Katherine, cédula N° 6-0369-0741. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los veintitrés días del mes de noviembre del dos mil dieciséis.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2016092892 ). PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ Ante esta Dirección, se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión del II Ciclo de la Educación General Básica, emitido por la Escuela Finca Caucho, de la DRE Coto, en el año mil novecientos ochenta y uno, a nombre de Raúl Jaén Gutiérrez, cédula de identidad N° 6-207-355. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Ciudad Neily, 22 de noviembre del dos mil dieciséis.—MSc. Miriam Castillo Serrano, Directora Regional.—( IN2016093622 ). PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 37, asiento 09, título N° 254, emitido por el Liceo La Rita, en el año dos mil ocho, a nombre de Chinchilla Salas Deilin, cédula N° 1-1428-0027. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los veintitrés días del mes de noviembre del dos mil dieciséis.—Dirección de Gestión y Evaluación de la Calidad.— MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2016092970 ). Ante esta dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 114, título N° 2515, emitido por el Colegio Técnico Profesional de Educación Comercial y de Servicios, en el año dos mil cinco, a nombre de Chaves Rodríguez Ana Cristina, cédula N° 1-1278-0406. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los veintitrés días del mes de noviembre del dos mil dieciséis.— MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2016093776 ). Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 60, asiento 26, título N° 956 emitido por el Liceo León Cortés Castro, en el año mil novecientos noventa y seis, a nombre de Ulate Quesada Carmen Patricia, cédula Nº 1-1041-0430. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los veintiocho días del mes de noviembre del dos mil dieciséis.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2016093135 ). Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 68, título N° 633, emitido por el Colegio Superior de Señoritas, en el año mil novecientos noventa y seis, a nombre de Carvajal Granados Johanna María, cédula N° 1-0971-0435. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los dieciséis días del mes de noviembre del dos mil dieciséis.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2016093885 ). Ante este departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 1, Folio 286, Título N° 5503, y del Diploma de Técnico Medio en Contabilidad y Costos, inscrito en el Tomo 2, Folio 413, Título N° 10513, ambos títulos fueron emitidos por el Colegio Vocacional Monseñor Sanabria, en el año dos mil cinco, a nombre de Castro Herrera Dylana Gabriela, cédula 1-1327-0067. Se solicita la reposición de los títulos indicados por pérdida de los títulos originales. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 140, título N° 0341, emitido por el Colegio Rincón Grande, en el año dos mil siete, a nombre de Sandoval Abarca Raquel, cédula n° 1-1297-0248. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial “La Gaceta.—San José, 22 de noviembre del 2016.—Dirección de Gestión y Evaluación de la Calidad.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2016093957 ). La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016 Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 175, título N° 768, emitido por el Liceo de Pavas, en el año dos mil dos, a nombre de Valles Bonilla Andi, cédula N° 2-0577-0933. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se pública este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los veintidós días del mes de noviembre del dos mil dieciséis.— Dirección de Gestión y Evaluación de la Calidad.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2016093964 ). Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 3, folio 105, título N° 1443, emitido por el CINDEA Santa Cruz, en el año dos mil catorce, a nombre de Campbell Lindo Jurgen Javier, cédula N° 7-0220-0463. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los veintidós días del mes de junio del dos mil dieciséis.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2016094042 ). Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 177, título N° 1667, emitido por el Colegio Técnico Profesional de San Sebastián, en el año dos mil uno, a nombre de Cubillo Robledo Kris Audry, cédula Nº 1-1132-0826. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los ocho días del mes de julio del dos mil dieciséis.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2016094193 ). Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 157, título N° 1538, emitido por el Colegio de Santa Ana, en el año dos mil seis, a nombre de Hidalgo Vargas Suellen Daniela, cédula N° 1-1355-0040. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original Se pública este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los treinta días del mes de noviembre del dos mil dieciséis.— MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2016094416 ). Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 85, título N° 300, emitido por el Colegio Técnico Profesional de Buenos Aires, en el año dos mil uno, a nombre de González Quirós Raúl Esteban, cédula: 1-1169-0694. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se pública este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los cinco días del mes de diciembre del dos mil dieciséis.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2016094437 ). TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL DEPARTAMENTO DE ORGANIZACIONES SOCIALES PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ De conformidad con la autorización extendida por la Dirección de Asuntos Laborales, este Registro ha procedido a la inscripción de la organización social denominada: Sindicato de Trabajadores/as de la Municipalidad de La Cruz, siglas SITRAMULAC, acordada en asamblea celebrada el 5 de setiembre 2016. Expediente 990-SI. Habiéndose cumplido con lo dispuesto en el artículo 344 del Código de Trabajo y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, se procede a la inscripción correspondiente. La organización ha sido inscrita en los libros de registro que al efecto lleva este Registro visible tomo 1, folio 233, asiento 4923 del 11 de noviembre del 2016. Pág 17 La junta directiva se formó de la siguiente manera: Secretaria General: Secretario General Adjunto: Secretario de Finanzas: Secretaria de Organización y Educación: Secretaria de Juventud y Género: Secretario de Actas: Suplente: Fiscal: Marcela Barquero Cortés Sergio Alberto Mota Morales Albert Francisco Álvarez Chévez Rina Paola Arroyo Sánchez Astrid Karolina Mora Herrera Jesús Esteban Sanatana Quintanilla Ivania Hernández Quedo Julio Esar Ortiz Monestel San José, 11 de noviembre del 2016.—Lic. Eduardo Díaz Alemán, Jefe.—( IN2016094174 ). PUBLICACIÓN DE UNA VEZ DIRECCIÓN DE ASUNTOS LABORALES De conformidad con la autorización extendida por la Dirección de Asuntos Laborales, se ha procedido a la inscripción de la reforma que acordó introducir a su Estatuto la organización social denominada: Cooperativa de Ahorro y Crédito de los Trabajadores del Sector Público Costarricense y las Empresas del Sector Salud R.L., siglas COOPECAJA R.L., acordada en asamblea celebrada el día 21 de mayo del 2016. 141-CO. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo, se procede a la inscripción correspondiente, se envía un extracto de su inscripción para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. La reforma afecta los artículos: 1, 46, 58, 63, 69, 73, 76, y 78 del Estatuto. Con la reforma al artículo 1 se denominará: Cooperativa de Ahorro y crédito de los Trabajadores del Sector Publico Costarricense y de las Empresas del Sector Salud R.L., siglas COOPECAJA R.L., 01 de diciembre del 2016.—Lic. Eduardo Díaz Alemán, Jefe.—1 vez.—( IN2016094237 ). JUSTICIA Y PAZ JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ María Laura Carvajal Gamboa, divorciada, cédula de identidad 402140485 con domicilio en Hotel Mamot 1 km oeste, res. Villas Margot, casa Nº 7, Costa Rica, solicita la inscripción de: Creative Tribe communication. design como marca de servicios en clase: 35. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Publicidad, comunicación, mercadeo. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 4 de octubre de 2016. Solicitud Nº 2016-0009681. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 3 de noviembre de 2016.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2016086590 ). PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ Pág 18 La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016 Cambio de nombre N° 35 Que Víctor Vargas Valenzuela, cédula de identidad Nº 10335079, en calidad de apoderado especial de Glycart Biotechnology AG, solicita a este Registro inscriba el cambio de nombre de Glycart Biotechnology AG por el de Roche Glycart AG., presentado el día 08 de noviembre de 2016 bajo expediente Nº 20060008389. El nuevo nombre afecta a las siguientes solicitudes: 20060008389, Registro Nº 2789, ANTICUERPOS CD20 CON FUNCIÓN DEL EFECTOR Y AFINIDAD DE ENLACE AL RECEPTOR FC MEJORADAS, Patente PCT. Publicar en La Gaceta por única vez, de conformidad con el artículo 27 del Reglamento a la Ley N° 6867. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 32 de la ley citada.—San José, 11 de noviembre de 2016.— Viviana Segura de la O, Registradora.—1 vez.—( IN2016093627 ). Cambio de nombre N° 36 Que Víctor Vargas Valenzuela, cédula de identidad Nº 103350794, en calidad de apoderado especial de Glycart Biotechnology AG., solicita a este Registro inscriba el cambio de nombre de Glycart Biotechnology AG. por el de Roche Glycart AG., presentado el día 08 de noviembre de 2016 bajo expediente 20100011848. El nuevo nombre afecta a las siguientes solicitudes: 20100011848, ANTICUERPOS CD20 CON FUNCIÓN DEL EFECTOR Y AFINIDAD DE ENLACE AL RECEPTOR FC MEJORADAS, Patente PCT. Publicar en La Gaceta por única vez, de conformidad con el artículo 27 del Reglamento a la Ley N° 6867. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 32 de la ley citada.—San José, 15 de noviembre de 2016.—Viviana Segura de la O., Registradora.—1 vez.—( IN2016093628 ). Cambio de Nombre Nº 106997 Que José Martín Azofeifa Rodríguez, soltero, cédula de identidad 112780244, en calidad de Apoderado Especial de Dentsply Sirona Inc., solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de Dentsply International Inc. por el de Dentsply Sirona, Inc., presentada el día 10 de noviembre de 2016 bajo expediente 106997. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 20100001333 Registro Nº 205183 Evolu x en clase 5 marca mixto. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—1 vez.—( IN2016094112 ). Cambio de nombre Nº 106998 Que Jose Martín Azofeifa Rodríguez, soltero, cédula de identidad N° 112780244, en calidad de apoderado especial de Dentsply Sirona Inc., solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de DENTSPLY INTERNATIONAL INC. por el de DENTSPLY SIRONA, INC., presentada el día 10 de noviembre de 2016 bajo expediente N° 106998. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 1900-2719810 Registro Nº 27198 TRUBYTE en clase 10 Marca Denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—1 vez.—( IN2016094113 ). Cambio de Nombre Nº 106999 Que José Martín Azofeifa Rodríguez, soltero, cédula de identidad 112780244, en calidad de Apoderado Especial de Dentsply Sirona, Inc., solicita a este Registro se anote la inscripción de Cambio de Nombre de Dentsply International Inc. por el de Dentsply Sirona, Inc., presentada el día 10 de Noviembre de 2016 bajo expediente 106999. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 1900-2719710 Registro Nº 27197 BIOBLEND en clase 10 marca denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—1 vez.—( IN2016094114 ). Cambio de Nombre Nº 107000 Que José Martín Azofeifa Rodríguez, soltero, cédula de identidad 112780244, en calidad de apoderado especial de Dentsply Sirona Inc., solicita a este Registro se anote la inscripción de Cambio de Nombre de Dentsply International Inc. por el de Dentsply Sirona Inc., presentada el día 10 de Noviembre de 2016 bajo expediente 107000. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 2015-0005285 Registro N° 246609 DENTSPLY en clase 5 10 Marca Denominativa. Publicar en La Gaceta oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley N° 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—1 vez.—( IN2016094116 ). Cambio de Nombre Nº 107001 Que José Martín Azofeifa Rodríguez, soltero, cédula de identidad 112780244, en calidad de Apoderado Especial de Dentsply Sirona, Inc., solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de Dentsply International Inc. Por el de Dentsply Sirona, Inc., presentada el día 10 de noviembre de 2016 bajo expediente 107001. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 2015-0005287 Registro Nº 246612 MAILLEFER en clase 5 10 marca denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—1 vez.—( IN2016094117 ). Marcas de ganado Solicitud N° 2016-2425.—Miguel Porras Quesada, cédula de identidad 0700510807, solicita la inscripción de: P Q 7 como marca de ganado, que usará preferentemente en Limón, Pococí, Duacarí, Duacarí; 200 metros al norte, de Empacadora Duacarí Cuatro. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada el 11 de noviembre del 2016. Según la Solicitud N° 2016-2425.—Lic. Elda Cerdas Badilla, Registradora.—1 vez.—( IN2016093706 ). Solicitud Nº 2016-2399.—Manuel Sánchez Segura, cédula de identidad Nº 0501250360, solicita la inscripción de: X 4 S como marca de ganado, que usará preferentemente en Heredia, Sarapiquí, Horquetas, Río Frío, Finca uno, sector Tapaviento, de la escuela finca tres, trescientos metros norte, parcela número seis, casa de cemento, color amarillo. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada el 09 de noviembre del 2016. Según el expediente N° 2016-2399.—Luz Vega, Registradora.—1 vez.—( IN2016093845 ). Solicitud Nº 2016-2488.—Aurora González López, cédula de identidad Nº 0501210563, solicita la inscripción de: T0G, como marca de ganado, que usará preferentemente en Guanacaste, Bagaces, Bagaces, San Bernardo, 3 kilómetros antes de llegar a Fortuna. Ref: 35/2016/5053. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada el 22 de noviembre del 2016. Según el expediente N° 2016-2488.— Luz Vega, Registradora.—1 vez.—( IN2016093960 ). Solicitud N° 2016-2080.—Uber Murillo Esquivel, cédula de identidad 0501110477, solicita la inscripción de: como marca de ganado, que usará preferentemente en Guanacaste, Bagaces, San Bernardo, 3 km antes de llegar a la Fortuna. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016 los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada el 05 de octubre del 2016. Según expediente N° 20162080.—San José, 06 de octubre del 2016.—Elda Cerdas Badilla, Registradora.—1 vez.—( IN2016093962 ). Solicitud N° 2016-2232.—Ref: 35/2016/4824.—Adrián José Hernández Ulate, cédula de identidad 0111060511, solicita La inscripción de: AH4, como marca de ganado, que usará preferentemente en Limón, Pococí, Guápiles, Calle Flores, Barrio Calle Flores, 500 metros sur de La Bloquera Paniagua, última parcela de la calle sin salida. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada el 21 de octubre del 2016, según el expediente N° 2016-2232.— Elda Cerdas Badilla Registrador.—1 vez.—( IN2016094332 ). Solicitud Nº 2016-2355.—Johnny Vinicio Matute Obando, cédula de identidad 205380941, solicita la inscripción de: Como marca de ganado, que usará preferentemente en Heredia, Sarapiquí, Puerto Viejo, 250 metros este del Banco Nacional. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada el 03 de noviembre del 2016. Según el expediente Nº 2016-2355.—1 vez.—Karol Claudel Palma, Registradora.—1 vez.—( IN2016094412 ). Solicitud N° 2016-2142.—Ref: 35/2016/4350.—Walter Henry González Quirós, cédula de identidad 1-0638-0615, solicita la inscripción de: como marca de ganado, que usará preferentemente en San José, Turrubares, San Pedro, Quintas Los Manatiales, lote17. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada el 11 de Octubre del 2016 Según el expediente N° 20162142.—San José, 12 de octubre del 2016.—Karol Claudel Palma, Registradora.—1 vez.—( IN2016094414 ). REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS Asociaciones civiles AVISOS Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad: Asociación de Campesinos Linda Vista de Parrita, con domicilio en la provincia de: Puntarenas-Parrita, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: impulsar y promover todo tipo de proyectos de desarrollos y cultivos de productos agrícolas, que sean factibles a través del tiempo y que permitan a los asociados mejorar su nivel socioeconómico, cuyo representante, será el presidente: Álvaro Mora Chaves, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2016, asiento: 655544.—Dado en el Registro Nacional, a las 9 horas 34 minutos y 33 segundos, del 27 de octubre del 2016.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2016093821 ). Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el Estatuto de la entidad: Asociación de Productores Agrícolas de Parrita, con domicilio en la provincia de: Puntarenas-Parrita, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: Impulsar y promover en general, pudiendo ser estos, todos aquellos enfocados en productos tales como por ejemplo sandia y todos sus posibles derivados, o bien, cualquier otro producto agrícola en general que la respectiva asociación considere pertinente aprovechar, según tiempo y circunstancias. Cuyo representante, será el presidente: Gerardo Carmona Núñez, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley N° 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 Pág 19 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento Tomo: 2016, asiento: 706258. Dado en el Registro Nacional, a las 11 horas 16 minutos y 54 segundos, del 11 de noviembre del 2016.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez—( IN2016093822 ). Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad: Asociación de Profesionales en Psicología de Oriente APROPSICO, con domicilio en la provincia de: CartagoCartago, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: Propiciar el apoyo del Colegio Profesional de Psicólogos de Costa Rica para el Logro de sus Fines, cuyo representante, será el presidente: David Jacobo Rodríguez Tencio, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento Tomo: 2016. Asiento: 652793.—Dado en el Registro Nacional, a las 14 horas 13 minutos y 49 segundos, del 8 de noviembre del 2016.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2016093915 ). El Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción la reforma del estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-667271, denominación: Asociación Costarricense de Propietarios de Autos Antiguos, Clásicos y Deportivos. Por cuanto dicha reforma cumple con lo exigido por la Ley N° 218 del 08/08/1939 y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2016, asiento: 735273.—Dado en el Registro Nacional, a las 11 horas 34 minutos y 24 segundos del 15 de noviembre del 2016.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2016094111 ). Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el Estatuto de la entidad: Asociación Administradora del Acueducto y Alcantarillado Sanitario de Limón Pococí Cariari Campo Cuatro, con domicilio en la provincia de: Limón-Pococí, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: Administrar, operar, dar mantenimiento, desarrollo y conservar en buenas condiciones el acueducto, de conformidad con las disposiciones y reglamentos que al respecto emite el Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados que serán de acatamiento obligatorio; obtener la participación efectiva de la comunidad, en la construcción, operación, mantenimiento y desarrollo del acueducto, colaboración en programas y campañas de índole educativa. Cuyo representante, será el presidente: Gerardo Campos Gómez, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley N° 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2016, asiento: 538105 con adicional(es): 2016-712144.—Dado en el Registro Nacional, a las 10 horas 42 minutos y 46 segundos, del 7 de noviembre del 2016.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez—( IN2016094133 ). Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción la Reforma del estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-066013, denominación: Asociación Cámara Nacional de Turismo de Costa Rica. Por cuanto dicha reforma cumple con lo exigido por la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2016, asiento: 729287.—Dado en el Registro Nacional, a las 10 horas 22 minutos y 56 segundos del 14 de noviembre del 2016.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2016094156 ). Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el Estatuto de la entidad: Asociación Cristiana Centro de Adoración la Hermosa de Pérez Zeledón, con domicilio en la provincia de: San José- Pérez Zeledón, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: difundir el cristianismo a través de la evangelización y predicación de las enseñanzas de nuestro Señor Pág 20 La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016 Jesucristo, buscando un cambio en la vida humana cree en el Señor Jesucristo, y serás salvo tu y toda tu casa. Cuyo representante, será el presidente: Giovanni Sánchez Mora, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Dado en el Registro Nacional, a las 15 horas 11 minutos y 8 segundos, del 01 de diciembre del 2016Documento Tomo: 2016 Asiento: 747707.—Lic. Joe Herrera Carvajal, Asesor Jurídico.—1 vez.—( IN2016094334 ). Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción la Reforma del estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002624269, denominación: Asociación Clubes Oansa de Costa Rica. Por cuanto dicha reforma cumple con lo exigido por la Ley N° 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2016, asiento: 751193.—Dado en el Registro Nacional, a las 14 horas 50 minutos y 5 segundos, del 1° de diciembre del 2016.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2016094358 ). Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad: Centro Tecnológico y del Conocimiento, con domicilio en la provincia de: San José San José, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: promover la cultura científica y tecnológica en la comunidad mediante la investigación aplicada ,el desarrollo tecnológico y el intercambio académico con instituciones educativas públicas y privadas, nacionales e internacionales. Cuyo representante, será el presidente: Harley Guevara Rosales, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley N° 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2016, asiento: 627571 con adicional(es): 2016-659940, 2016721492.—Dado en el Registro Nacional, a las 15 horas 6 minutos y 43 segundos, del 29 de noviembre del 2016.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2016094407 ). Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción la Reforma del estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002438586, denominación: Asociación Costa Rica Grameen. Por cuanto dicha reforma cumple con lo exigido por la Ley N° 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2016, asiento: 587796.—Dado en el Registro Nacional, a las 13 horas 56 minutos y 44 segundos, del 30 de noviembre del 2016.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2016094472 ). El Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad: Asociación Norteña de Orquideología, con domicilio en la provincia de: Alajuela, San Carlos, cuyos fines principales entre otros son los siguientes: gestionar el mejoramiento social, cultural, educativo, organizativo de sus miembros, fomentar entre sus asociados, el espíritu de ayuda mutua en el orden social y cultural. Cuyo representante será el presidente: Keith Uhlemhaut Peña, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley N° 218 del 08/08/1939 y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2016, asiento: 121877, con adicional: 2016-532948.—Dado en el Registro Nacional, a las 9 horas 33 minutos y 43 segundos del 14 de octubre del 2016.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2016094498 ). Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el Estatuto de la entidad: Asociación para la Promoción de la Pedagogía Waldorf en Costa Rica, con domicilio en la provincia de: San Jose- Goicoechea, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: Poner en práctica y propagar la pedagogía Waldorf creada por Rudolf Steiner, mantenimiento y gestión de un preescolar, enseñanza primaria y secundaria de la pedagogía Waldorf en Costa Rica en cuyo caso serán patrimonio de la asociación y gestionadas por la misma. Cuya representante, será la presidenta: Rebeca Margarita Lazo Romero, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley N° 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2016, asiento: 627333 con adicional(es): 2016709190.—Dado en el Registro Nacional, a las 9 horas 37 minutos y 11 segundos, del 28 de noviembre del 2016.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2016094499 ). Patentes de invención PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ El señor Jorge Tristán Trelles, en calidad de apoderado especial de Bedgear, LLC, solicita la Patente PCT denominada CAMA AMBIENTE QUE TIENE UN SISTEMA DE RECUPERACIÓN DE CALOR. En un modelo elaborado de acuerdo con los principios de la presente descripción, se proporciona una cama con un sistema que incluye en un estrato la caja del ventilador conteniendo un pluralidad de ductos, cada uno de los ductos se comunica con un ventilador para mover el aire hacia fuera de los ductos hacia la zona que rodea el sistema de la cama.. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A47C 21/04 y A61G 7/057; cuyos inventores son Alletto, Eugene, Jr. (US) y Rad, Vandad, Barzin (US). Prioridad: N° 61/926,526 del 13/01/2014 (US) y N° 61/926, 540 del 13/01/2014 (US). Publicación Internacional: W02015/106258. La solicitud correspondiente lleva el número 2016- 0000356 y fue presentada a las 14:19:49 del 08 de agosto de 2016. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 11 de noviembre de 2016.—Viviana Segura de la O, Registradora.—( IN2016092919 ). El señor Luis Diego Castro Chavarría, cédula de identidad 106690228, en calidad de apoderado especial de Pfizer Inc., solicita la Patente PCT denominada 2-AMINO-6-METIL-4,4a,5,6- TETRAHIDROPIRANO[3,4-d][1,3]TIAZIN-8a(8H)-IL-1,3-TIAZOL4-ILA. La presente invención se refiere a compuestos, tautómeros y sales farmacéuticamente aceptables de los compuestos que se revelan, en donde los compuestos tienen la estructura de la fórmula I, y la variable R1 es como se define en la memoria descriptiva. También se revelan composiciones farmacéuticas, métodos de tratamiento, métodos de síntesis e intermediarios.. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: C07D 513/04; cuyo(s) inventor(es) es(son) O’neill, Brian Thomas (US); Brodney, Michael Aaron (US); Rogers, Bruce Nelsen (US); Beck, Elizabeth Mary (US); Butler, Christopher Ryan (US); Zhang, Lei; (US); Barreiro, Gabriela (US) y Lachapelle, Erik Alphie (US). Prioridad: N° 61/977,774 del 10/04/2014 (US) y N° 62/119,862 del 24/02/2015 (US). Publicación Internacional: WO2015/155626. La solicitud correspondiente lleva el número 2016-0000455, y fue presentada a las 14:45:33 del 29 de setiembre de 2016. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 25 de octubre de 2016.—Randall Piedra Fallas, Registrador.—( IN2016092959 ). El señor Luis Diego Castro Chavarría, cédula de identidad 106690228, en calidad de apoderado especial de Pfizer Inc., solicita la Patente PCT denominada COMPUESTOS HETEROAROMÁTICOS Y SU USO COMO LIGANDOS DE DOPAMINA D1. La presente invención proporciona, en parte, compuestos de la Fórmula I: y las sales de estos aceptables desde La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016 el punto de vista farmacéutico; procesos para la preparación de; intermediarios usados en la preparación de; y composiciones que contiene estos compuestos o sales, y sus usos para tratar trastornos mediados por D1 (o asociados a D1) que incluyen, por ejemplo, esquizofrenia (por ejemplo, sus síntomas cognitivos y negativos), trastorno esquizo típico de la personalidad, deficiencia cognitiva (por ejemplo, deficiencia cognitiva asociada a esquizofrenia, AD, PD o tratamiento de farmacoterapia), ADHD, enfermedad de Parkinson, ansiedad y depresión.. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 31/4355, A61K 31/4365, A61K 31/437, A61K 31/497, A61K 31/506, A61K 31/513, A61K 31/519, A61P 25/16, A61P 25/18, A61P 25/24, A61P 25/28, C07D 471/04, C07D 491/048, C07D 495/04, C07D 513/04 y C07D 519/00; cuyo(s) inventor(es) es(son) Efremov, Ivan Viktorovich (US); Dounay, Amy Beth (US); Subramanyam, Chakrapani (US); Gray, David Lawrence Firman (US); Zhang, Lei (US); Mente, Scot Richard (US) y Davore, Jennifer Elizabeth (US). Prioridad: N° 61/984,070 del 25/04/2014 (US). Publicación Internacional: WO2015/162515. La solicitud correspondiente lleva el número 2016-0000493, y fue presentada a las 13:11:38 del 21 de octubre de 2016. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.— San José, 25 de octubre de 2016.—Lic. Randall Piedra Fallas, Registrador.—( IN2016092962 ). La señor(a)(ita) Fabiola Sáenz Quesada, cédula de identidad Nº 109530774, en calidad de apoderada especial de Agronutrition, solicita la Patente PCT denominada BACTERIA AISLADA DEL GÉNERO STREPTOMYCES. La presente invención se refiere a una bacteria aislada que incluye una secuencia de ADN, referida como 16S ADNr, que codifica el ARN ribosómico 16S de dicha bacteria, la secuencia de ADN es 100% homóloga con la secuencia SEQ ID NO. 1, dicha bacteria aislada se selecciona del grupo que comprende: la bacteria depositada y registrada en la CNCM bajo el Nº 1-4467 y los mutantes de dicha bacteria depositados y registrados en la CNCM bajo el Nº 1-4467. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A01N 63/00, A01N 63/02, C05F 11/08 y C12R 1/20; cuyos inventores son Attia, Faouzi (FR); Cabanes, Cédric (FR) y Errakhi, Rafik (MA). Prioridad: N° 1359186 del 24/09/2013 (FR). Publicación Internacional: WO2015/044584. La solicitud correspondiente lleva el Nº 2016-0000190, y fue presentada a las 14:28:50 del 22 de abril de 2016. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 22 de noviembre de 2016.—Viviana Segura de la O, Registradora.—( IN2016093511 ). PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ ANOTACIÓN DE TRASPASO N° 34 AVISO Que Víctor Vargas Valenzuela, divorciado, cédula de identidad 103350794, en calidad de apoderado especial de Fovea Pharmaceuticals solicita a este Registro se inscriba el traspaso de Fovea Pharmaceuticals compañía titular de la solicitud de la patente de invención denominada DERIVADOS DE ANILINA, SU PREPRACIÓN Y SU APLIACIÓN TERAPÉUTICA, a favor de SANOFI de conformidad con el documento de traspaso por cesión así como el poder; aportados el 01 de noviembre de 2016. Publicar en La Gaceta por única vez, de conformidad con el artículo 27 del Reglamento a la Ley N° 6867. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 32 de la ley citada.—San José, 22 de noviembre del 2016.—Randall Piedra Fallas, Registrador.—1 vez.—( IN2016093626 ). La señora María Vargas Uribe, cédula de identidad Nº 107850618, en calidad de apoderada especial de Adama Makhteshim Ltd., solicita la Patente PCT denominada MEZCLAS FUNGICIDAS SINÉRGICAS PARA EL CONTROL Pág 21 FÚNGICO EN CEREALES. Una composición fungicida que contiene una cantidad eficaz como fungicida del compuesto de la Fórmula I: 5-fluoro-4-imino-3-metil-1-tosil-3,4-dihidropirimidin2(1H)-ona y al menos un fungicida seleccionado del grupo que consiste de mancozeb, clorotalonil, piraclostrobina, fluoxastrobina, azoxistrobina, trifloxistrobina, picoxistrobina y cresoxim-metilo proporciona control sinérgico de hongos seleccionados. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A01N 43/54; cuyos inventores son Lorsbach, Beth (US); Owen, John, W (US) y Yao, Chenglin (US). Prioridad: N° 61/922,616 del 31/12/2013 (US), N° 61/922,630 del 31/12/2013 (US) y N° 61/922,640 del 31/12/2013 (US). Publicación Internacional: WO2015/103262. La solicitud correspondiente lleva el Nº 2016-0000344, y fue presentada a las 14:08:06 del 28 de julio de 2016. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.— San José, 18 de noviembre de 2016.—Viviana Segura de la O., Registradora.—( IN2016093636 ). La señora María Vargas Uribe, cédula de identidad 107850618, en calidad de apoderada especial de F. Hoffmann-La Roche AG, solicita la Patente PCT denominada ANTICUERPOS MULTIESPECÍFICOS. La presente invención se refiere a anticuerpos multiespecíficos, a su preparación y a su utilización. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la clasificación internacional de patentes es: C07K 16/22, C07K 16/24 y C07K 16/28; cuyos inventores son: Regula, Joerg Thomas (DE); Schaefer, Wolfgang (DE); Klein, Christian; (CH); Imhof-Jung, Sabine; (DE); Klostermann, Stefan; (DE) y Molhoj, Michael (DE). Prioridad: N° 14163165.5 del 02/04/2014 (EP) y N° 14179034.5 del 30/07/2014 (EP). Publicación Internacional: WO2015/150447. La solicitud correspondiente lleva el número 2016- 0000450, y fue presentada a las 14:15:53 del 27 de setiembre de 2016. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. San José, 14 de noviembre del 2016. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José 14 de noviembre de 2016.—Randall Piedra Fallas, Registrador.—( IN2016093637 ). La señor(a)(ita) María Vargas Uribe, cédula de identidad 107850618, en calidad de apoderado especial de Millennium Pharmaceuticals Inc., solicita la Patente PCT denominada DERIVADOS DE ÁCIDO 1-AMINO-2CICLOBUTILETILBORÓNICO. La presente invención provee nuevos compuestos útiles como inhibidores de proteasoma. La invención también provee composiciones farmacéuticas que comprenden los compuestos de la invención y métodos de uso de las composiciones en el tratamiento de diversas enfermedades. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 31/69, A61K 35/00 yCO7F 5/02; cuyos inventores son Li, Jing (CN) y Fleming, Paul E. (US). Prioridad: N° 61/194,614 del 29/09/2008 (US). Publicación Internacional: W02010/036357. La solicitud correspondiente lleva el número 2016-0000475 (Divisional 20110216), y fue presentada a las 14:14:39 del 13 de octubre de 2016. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. San José, 11 de noviembre de 2016. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—Randal Piedra Fallas, Registrador.—( IN2016093638 ). La señora (ita) María Vargas Uribe, divorciada, cédula de identidad Nº 107850618, en calidad de apoderada especial de F. Hoffmann-La Roche AG, solicita la Patente PCT denominada COMPUESTOS DE 2-CLORO-2DIFLUOROMETOXIFENIL PIRAZOLOPIRIMIDINA, COMPOSICIONES Y MÉTODOS DE USO DE LOS MISMOS. Se describen en el presente documento compuestos de Fórmula (00A) y métodos de uso como inhibidores de Janus cinasa. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Pág 22 La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016 Patentes es: A61K 31/519, A61P 11/06, A61P 29/00 y C07D 487/04; cuyo(s) inventor(es) es(son) Li, Wei (CN); Kellar, Terry (US); Zak, Mark Edward (US); Ray, Nicholas, Charles (GB); Goodacre, Simon, Charles (GB); Mendoca, Rohan (US); Cheng, Yung-Xing (CN) y Yuen, Po-wai (CN). Prioridad: Nº 62/002,547 del 23/05/2014 (US), Nº 62/101,234 del 08/01/2015 (US) Nº 62/130,098 del 09/03/2015 (US) y CN2015/077176 del 22/04/2015 (CN). Publicación internacional: 2015/177326 A1. La solicitud correspondiente lleva el número 2016-0000539, y fue presentada a las 13:29:32 del 17 de noviembre del 2016. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 22 de noviembre del 2016.—Randall Piedra Fallas.—( IN2016093639 ). El señor Simón Valverde Gutiérrez, cédula de identidad N° 303760289, en calidad de apoderado especial de Tecnosuelo S. A. de C.V., solicita la Patente PCT denominada SISTEMA Y PROCEDIMIENTOS PARA CONSTRUCCIÓN DE MICROTÚNELES. La presente invención se refiere a un sistema y procedimiento para construir microtúneles que comprende: definir un área de entrada y salida; instalar una pluralidad de medios de tensión con un extremo en el área de entrada, cada uno para ser jalado por medios de fuerza fijos alrededor del perímetro definido para el microtúnel, y con otro extremo en el área de salida para ser fijado a una pluralidad de medios de apoyo de una sección de conducto que será introducida al microtúnel; alinear la sección de conducto tensando los medios de tensión a través de medios de fuerza; excavar el terreno del área de salida por la parte interior del conducto; jalar los medios de tensión mediante los medios de fuerza para introducir dentro de la excavación la sección de conducto conforme dicha excavación avanza y repetir sucesivamente los pasos de excavar y jalar hasta introducir por completo la sección de conducto. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: E21B 7/20, E21D 9/06 y F16L 1/024; cuyo inventor es: Blanco Blanco, Francisco José (MX). Prioridad:. Publicación Internacional: WO2015/166294. La solicitud correspondiente lleva el número 2016- 0000430, y fue presentada a las 12:12:05 del 16 de septiembre de 2016. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 1 de noviembre de 2016.—Viviana Segura, Registradora.—( IN2016093640 ). El señor Marco Antonio Jiménez Carmiol, cédula de identidad 102990846, en calidad de apoderado especial de Edwards Lifesciences AG, solicita la Patente PCT denominada DISPOSITIVO DE ENGARZADO DE ACTIVACIÓN MÚLTIPLE MÉTODOS DE USO Y FABRICACIÓN DEL MISMO. Un dispositivo de engarzado de activación múltiple comprende engarces, un eje, un montaje de movimiento de engarzado y un enlace. Cada engarce tiene un hueco interior. El eje tiene una ubicación distal de engarzado, una superficie exterior y un interior con los clips/engarces apilados en él, los engarces se mueven a lo largo del eje longitudinal. El eje define una abertura lateral proximal a la ubicación de engarzado y comunica el interior con el medio ambiente fuera de la superficie exterior. El montaje de movimiento de engarzado dentro del eje suministra el primer engarce en la ubicación distal de engarzado al mover el primer engarce longitudinalmente desde una primera posición proximal dentro de la ubicación distal de engarzado y regresando a una segunda posición proximal sin el primer engarce. El enlace hala al menos una cuerda desde lo distal del primer engarce a través del primer engarce a través de una parte del eje y sale por el lado del eje a través de la abertura lateral. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: cuyos inventores son Kline, Korey; (Us); Núñez, George; (Us); Cartledge, Richard; (Us); Palmer, Matthew, A.; (Us); Deville, Derek, Dee; (Us); Méndez, Max, Pierre; (Us); Mcbrayer, M., Sean; (Us); Bales, Thomas, 0,; (Us); Rivera, Carlos; (Us) Y Smith, Kevin, W. (Us). Prioridad: N° 14/543,240 del 17/11/2014 (US), N° 61/905,578 del 18/11/2013 (US), N° 61/951,162 del 11/03/2014 (US) y N° 62/069,183 del 27/10/2014 (US). Publicación Internacional: W02015/074040. La solicitud correspondiente lleva el número 2016-0000197, y fue presentada a las 12:50:00 del 28 de abril del 2016. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. San José, 15 de noviembre de 2016. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—Viviana Segura De La O., Registradora.—( IN2016094270 ). La señora(ita) Jessica Salas Venegas, cédula de identidad 112210610, en calidad de apoderada especial de KYB Corporation, solicita la Diseño Industrial denominada CAJA. Diseño de caja. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Diseños Industriales es: 09-03; cuyo(s) inventor(es) es(son) OGURA, Eizo (JP). Prioridad: N° 2016-006495 del 25/03/2016 (JP). Publicación Internacional. La solicitud correspondiente lleva el número 20160000439, y fue presentada a las 10:32:51 del 23 de setiembre de 2016. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 17 de noviembre de 2016.—Viviana Segura de la O, Registradora.—( IN2016094473 ). DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO HABILITACIÓN DE NOTARIO(A) PÚBLICO(A). La DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San José, San Pedro de Montes de Oca, costado Oeste del Mall San Pedro, Oficentro Sigma, Edificio A, 5to.piso, HACE SABER: Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de HABILITACIÓN como delegatario para ser y ejercer la función pública Estatal del NOTARIADO, por parte de: MARIELA FRANCINI CONTRERAS GONZALEZ, con cédula de identidad número 4-0173-0685, carné número 23130. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta del (de la) solicitante, a efecto de que lo comuniquen por escrito a esta Dirección dentro de los QUINCE (15) DÍAS HÁBILES siguientes a esta publicación. Expediente N° 16-002167-0624-NO.—San José, 15 de noviembre del 2016.—Unidad Legal Notarial.—Licda. Tattiana Rojas Salgado, Abogada.—1 vez.—( IN2016094418 ). AMBIENTE Y ENERGÍA DIRECCIÓN DE GEOLOGÍA Y MINAS DGM-TOP-ED-014-2016 SOLICITUD DE EXPLOTACIÓN EN CAUCE DE DOMINIO PÚBLICO EDICTOS En expediente Nº 8-2016 el señor Eduardo Rodolfo Barrantes Rodríguez, mayor, casado dos veces, ingeniero agrónomo, vecino de Pital de San Carlos, cédula Nº 2-0201-0666, apoderado generalísimo de Agrícola Industrial La Lydia S. A., cédula jurídica Nº 3-101-015635, solicita concesión para extracción de materiales en cauce de dominio público sobre el Río Tres Amigos. Localización geográfica: Sito en: finca La Josefina, distrito 06 Pital, cantón 10 San Carlos, provincia 02 Alajuela. Hoja cartográfica: Hoja Aguas Zarcas, escala 1:50.000 del I.G.N. Localización cartográfica: Entre coordenadas generales: 268640.901 - 268639.803 Norte, 503418.277 - 503502.643 Este límite aguas abajo y 269782.181 - 269772.908 Norte, 566888.903 - 566945.278 Este límite aguas arriba. Área solicitada: 16 ha 3931.00 m2, longitud promedio 1318.50 metros, según consta en plano aportado al folio 8. La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016 Derrotero: Coordenadas del vértice N° 1 268639.803 Norte, 503502.643 Este. Línea 1-2 2-3 3-4 4-5 5-6 6-7 7-8 8–9 9 - 10 10 - 11 11 - 12 12 - 13 13 - 14 14 - 15 15 - 16 16 - 17 17 - 18 18 - 19 19 - 20 20 - 21 21 - 22 22 - 23 23 - 24 24 - 25 25 - 26 26 - 27 27 - 28 28 - 29 29 - 30 30 - 31 31 - 1 Acimut º 346 7 3 344 337 330 322 356 11 6 358 350 278 286 274 259 140 146 140 185 189 178 169 148 152 185 176 174 168 151 90 ‘ 19 40 35 56 54 26 56 23 04 53 27 37 41 18 12 06 02 35 28 13 15 11 24 23 10 16 41 39 12 22 45 Distancia m mm 154 01 50 03 99 96 100 06 100 07 100 10 50 03 147 97 100 11 50 07 100 00 90 12 50 44 99 55 95 66 49 05 99 99 50 09 150 00 50 05 149 98 50 11 100 10 99 78 100 07 49 91 49 71 50 00 99 45 149 95 84 37 Edicto basado en la solicitud inicial aportada el 5 de agosto del 2016, área y derrotero aportados el 5 de agosto del 2016. Con quince días hábiles de término, contados a partir de la segunda publicación, cítese a quienes tengan derechos mineros que oponer hacerlos valer ante este Registro Nacional Minero.—San José a las nueve horas veintidós minutos del 2016.—Lic. José Ignacio Sánchez Mora, Jefe Registro Nacional Minero.—( IN2016092237 ). 2 v. 2. (DGM-TOP-ED-013-2016). En expediente Nº 2-2015 la Municipalidad de Parrita, cédula jurídica 3-014-042121, representada por el señor alcalde Freddy Garro Arias, mayor, divorciado, cédula 1-0689-0057, solicita concesión para extracción de materiales en cauce de dominio público sobre el Río Parrita. Localización geográfica: Sito en: distrito 01 Parrita, cantón 09 Parrita, provincia 06 Puntarenas. Hoja cartográfica: Hoja Parrita, escala 1:50.000 del I.G.N. Localización Cartográfica: Entre coordenadas generales: 391722.99 - 391750.00 Norte, 426614.08 - 426836.68 Este límite aguas arriba y 390435.60 390436.06 Norte, 427969.27 - 427874.17 Este límite aguas abajo. Pág 23 Área Solicitada: Longitud promedio 1978.34 metros, según consta en plano aportado al folio 75. Derrotero: Coordenadas del vértice N° 1 391750.00 Norte, 426836.68 Este. Edicto basado en la solicitud inicial aportada el 8 de abril del 2015, área y derrotero aportados el 09 de noviembre del 2015. Con quince días hábiles de término, contados a partir de la segunda publicación, cítese a quienes tengan derechos mineros que oponer hacerlos valer ante este Registro Nacional Minero.—San José a las nueve horas veintidós minutos del 16 de noviembre del 2016.—Lic. José Ignacio Sánchez Mora, Jefe.—( IN2016092446 ). 2 v. 2. DGM-TOP-ED-012-2016 En expediente Nº 3-2015 la Municipalidad de Parrita, cédula jurídica 3-014-042121, representada por el señor alcalde Freddy Garro Arias, mayor, divorciado, cédula 1-0689-0057, solicita concesión para extracción de materiales en cauce de dominio público sobre el Río Parrita. Localización Geográfica: Sito en: Distrito 01 Parrita, Cantón 09 Parrita, Provincia 06 Puntarenas. Hoja Cartográfica: Hoja Parrita, escala 1:50.000 del I.G.N. Localización Cartográfica: Entre coordenadas generales: 385837.09 norte, 427585.59-427443.08 Éste límite aguas abajo y 86200.00-3386148.22 norte, 427936.52-428039.79 Este límite aguas arriba. Área Solicitada: Longitud promedio 740.56 metros, según consta en plano aportado al folio 66. Pág 24 La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016 Derrotero: Coordenadas del vértice N° 1386200.00 norte, 427936.52 este. LÍNEA 1-2 2-3 3-4 4-5 5-6 6-7 7-8 8-9 9-10 10-11 11-12 12-13 13-14 14-1 ACIMUT º 131 232 275 245 195 150 133 270 342 25 59 76 88 57 ‘ 31 58 53 38 20 40 49 00 57 20 47 06 01 07 DISTANCIA m mm 115 63 202 43 208 19 150 25 49 92 96 16 24 02 142 50 125 49 103 08 94 88 141 16 171 11 114 43 Edicto basado en la solicitud inicial aportada el 13 de abril del 2015, área y derrotero aportados el 14 de julio del 2016. Con quince días hábiles de término, contados a partir de la segunda publicación, cítese a quienes tengan derechos mineros que oponer hacerlos valer ante este Registro Nacional Minero. San José a las doce horas veintidós minutos del 15 noviembre del 2016.—Lic. José Ignacio Sánchez Mora, Jefe Registro Nacional Minero.—( IN2016092467 ). 2. v. 2. DIRECCIÓN DE AGUA EDICTOS PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ Exp. 16413-P.—Grupo RZ S.A, solicita concesión de: 4 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo GU-78 en finca de el mismo en Rita, Pococí, Limón, para uso agropecuario, granja porcina y bovino. Coordenadas 254.873 / 555.083 hoja Guápiles. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 22 de setiembre del 2015.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—( IN2016095206 ). ED-UHTPCOSJ-0057-2016. Expediente Nº 5524P.— Proyecto Villasol PVS S. A., solicita concesión de: 17,4 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo AB-1190 en finca de su propiedad en San Rafael (Alajuela), Alajuela, Alajuela, para uso consumo humano – doméstico para autoabastecimiento en condominio para 2310 personas y riego zonas verdes. Coordenadas 215.600 / 510.000 hoja Abra. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 07 de noviembre de 2016.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—( IN2016095475 ). PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ ED-0845-2016. Expediente Nº 17350A.—María Concepción Zúñiga Hernández, solicita concesión de: 0.05 litro por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en Corralillo, Cartago, para uso consumo humano doméstico. Coordenadas 198.330 / 528.568 hoja Caraigres. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 30 de noviembre de 2016.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—( IN2016095864 ). TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES EDICTOS Registro civil - Departamento civil SECCIÓN DE ACTOS JURÍDICOS Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Eveling María Luna Alvarado, se ha dictado la resolución N° 57282016, que en lo conducente dice: Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las ocho horas cincuenta minutos del siete de noviembre de dos mil dieciséis. Expediente N° 22522-2016. Resultando: 1.-..., 2.-... Considerando: I.- Hechos probados:..., II.- Sobre el fondo:... Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Dilan Gabriel Leiva Luna, en el sentido que el nombre de la madre es Eveling María.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Licda. Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2016093684 ). Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Rodnnyee Fidel García Ortiz y Aracelly del Rosario Hernández Moreno, se ha dictado la resolución N° 5283-2016, que en lo conducente dice: Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las once horas cincuenta y cinco minutos del ocho de octubre del dos mil dieciséis. Expediente N° 22859-2016. Resultando: 1º—..., 2º—...; Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Sobre el fondo:...; Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Rodnnyee Mathias García Hernández, en el sentido que el nombre del padre y el nombre de la madre son Rodnnyee Fidel y Aracelly del Rosario, respectivamente.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Licda. Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2016093714 ). Se hace saber que este en diligencias de ocurso incoadas por Gabriel Martín López Mercado, se ha dictado la resolución N° 5441-2016 que en lo conducente dice: Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las diecisiete horas cuarenta minutos del catorce de octubre de dos mil dieciséis. Expediente N° 23684-2016. Resultando: 1º—..., 2º—...; Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Sobre el fondo:...; Por tanto: Rectifíquese el asiento de matrimonio de Gabriel Martín López Díaz con Socorro Sánchez Camacho, en el sentido que el nombre del padre y los apellidos de la madre del cónyuge son Justo Ramón y Mercado Díaz, respectivamente.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Licda. Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2016093833 ). Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Candida Susana Centeno Navarrete, se ha dictado la resolución N° 5764-2016, que en lo conducente dice: Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las trece horas del siete de noviembre de dos mil dieciséis. Exp. N° 21624-2016. Resultando 1º—... 2º—... Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Sobre el fondo:... Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Jefry Eliécer Arias Centeno, en el sentido que el nombre de la madre es Cándida Susana.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Licda. Irene Montanaro Lacayo, Jefe.—1 vez.—( IN2016093884 ). Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Nora del Carmen Moya Pérez, se ha dictado la resolución N° 50552016, que en lo conducente dice: Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las ocho horas diez minutos del veinte de setiembre de dos mil dieciséis. Exp. N° 16146-2016. Resultando: 1º—... 2º—... Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Sobre el fondo:... Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Luis Sebastián Ocaña Moya, en el sentido que el nombre de la madre es Nora del Carmen.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Oficial Mayor Civil a. í.—Licda. Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2016093918 ). Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Marycela Isabel Rojas Cisnero, se ha dictado la resolución N° 56402016, que en lo conducente dice: Registro Civil, Departamento Civil, La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016 Sección de Actos Jurídicos. San José, a las nueve horas cincuenta minutos del veintiocho de octubre de dos mil dieciséis. Exp. N° 27654-2016. Resultando: 1º—… 2º—... Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Sobre el fondo:... Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Emely Fabiola Rojas Cisnero, en el sentido que el nombre de la madre es Marycela Isabel.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Oficial Mayor Civil a. í.—Licda. Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2016093924 ). Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Darling Mayerling Monge Gómez, se ha dictado la resolución N° 5770-2016, que en lo conducente dice: Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las ocho horas cuarenta minutos del ocho de noviembre del dos mil dieciséis. Exp. N° 22084-2013. Resultando: 1°—... 2°—... Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Sobre el fondo:... Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Brizz Loana Monge Gómez, en el sentido que el nombre de la madre es Darling Mayerlin.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Licda. Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2016093958 ). Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Nathaly Monge González, se ha dictado la resolución N° 56492016, que en lo conducente dice: Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las diez horas treinta minutos del veintiocho de octubre de dos mil dieciséis. Expediente N° 22414-2016. Resultando: 1º—..., 2º—...; Considerando: I.— Hechos probados:..., II.—Sobre el fondo:...; Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Elías Geovanny Castillo Monge, en el sentido que el primer nombre del padre es Liuskar.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Oficial Mayor Civil, a. í.—Licda. Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2016094102 ). Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Maribel del Socorro Miranda Luna, se ha dictado la resolución N° 5726-2016, que en lo conducente dice: Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las ocho horas treinta y ocho minutos del siete de noviembre de dos mil dieciséis. Expediente N° 15402-2016. Resultando: 1.-..., 2.... Considerando: I.- Hechos probados:... II.- Sobre el fondo:... Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Elisa Elizabeth Hernández Miranda, en el sentido que el nombre y los apellidos de la madre son Maribel del Socorro Miranda Luna.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Licda. Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2016094131 ). Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Carmenza lveth Valle Duarte, se ha dictado la resolución N° 57092016, que en lo conducente dice: Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las doce horas cuarenta y ocho minutos del dos de noviembre de dos mil dieciséis. Expediente N° 28470-2016. Resultando: 1.-..., 2.-... Considerando: I.- Hechos probados:..., II.- Sobre el fondo:... Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Iveth Sophia Leyva Valle, en el sentido que el nombre de la madre es Carmenza lveth.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Licda. Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2016094140 ). Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Yesenia del Socorro López Corea, se ha dictado la resolución N°.4633-2014, que en lo conducente dice: Registro Civil. Departamento Civil. Sección Actos Jurídicos. San José, a las ocho horas siete e minutos del veintiséis de noviembre de dos mil catorce. Ocurso. Exp N° 36371-2014. Resultando: 1º—..., 2º—..., 3º—.... Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Sobre el fondo:..., Por tanto, rectifíqueselos asientos de nacimiento de Yesenia del Socorro López Corea y de matrimonio de Olidier Enrique López Tijerino con Yesenia del Socorro López Corea en el sentido que el primer apellido del padre la persona inscrita y cónyuge es Chévez, los asientos de nacimiento de Oliver Moisés López López, Jessica Vanessa López López y de Moisés Antonio López López, en el sentido que el primer apellido de la madre es Chévez.—Lic. Luis Antonio Bolaños Bolaños, Oficial Mayor Civil a. i.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—( IN2016094310 ). Pág 25 Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Ana Patricia Caceres, se ha dictado la resolución N° 6099-2016, que en lo conducente dice: Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las once horas cuarenta y seis minutos del veintiocho de noviembre de dos mil dieciséis. Exp. N° 29201-2016. Resultando: 1°—... 2°—... Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Sobre el fondo:... Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Scarlet Vanessa Ramírez Cáceres, en el sentido que el apellido de la madre es Cáceres.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Licda. Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2016094316 ). Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Johanna Leonor Downs Espinosa, se ha dictado la resolución N° 6119-2016 que en lo conducente dice: Registro Civil. Departamento Civil. Sección de Actos Jurídicos. San José, a las catorce horas del veintiocho de noviembre de dos mil dieciséis. Exp. N° 308642016. Resultando: 1º—..., 2º—.... Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Sobre el fondo:..., Por tanto, rectifíquese el asiento de naturalización de Johanna Leonor Downs Espinosa, en el sentido que el primer apellido de la madre es Espinoza.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Licda. Irene Montanaro Lacayo, Jefe.—1 vez.—( IN2016094321 ). Se hace saber que este Registro, en diligencias de ocurso incoadas por Dolores del Carmen Jirón Pastora, ha dictado la resolución N° 5286-2016, que en lo conducente dice: Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las doce horas y veinte minutos del ocho de octubre de dos mil dieciséis. Exp. N° 1115- 2016. Resultando: 1°—... 2°—... Considerando: I.— Hechos probados: ... II.—Sobre el fondo: ... Por tanto: Rectifíquense los asientos de nacimiento de Junior José, Stephanie Vanessa, Norlan Jesús, todos de apellidos Pérez Jirón y de Diana Nicole Jirón Pastora, en el sentido que el nombre de la madre es Dolores del Carmen.— Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Licda. Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2016094480 ). Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Marco Vinicio Garro Chacón, se ha dictado la resolución N° 30632016, que en lo conducente dice: Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las ocho horas treinta y dos minutos del veinticinco de mayo de dos mil dieciséis. Exp. N° 8096-2016. Resultando: 1°—..., 2°—…, 3°—... Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Sobre el fondo: ... Por tanto: rectifíquense los asientos de nacimiento de Merlyn Sidney Chacón Aguilar y de Jeikof Yunaikel Chacón Martínez en el sentido que los apellidos del padre son Garro Chacón.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Licda. Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2016094495 ). AVISOS Registro Civil - Departamento Civil SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES Avisos de solicitud de naturalización Edilberto Poveda Ortigoza, mayor, soltero, telefonista, colombiano, cédula de residencia N° 117000836726, vecino de Desamparados, San Miguel, barrio Las Lomas, 130 m sur de la iglesia evangélica, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. N° 138343-2015.—San José, 07 de noviembre del 2016.—Lic. Germán Alberto Rojas Flores, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2016093671 ). Mónica Rozo Cortes, mayor, casada, secretaria, colombiana, cédula de residencia N° 117001471101, vecina de Santa Bárbara de Heredia, Heredia, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a Pág 26 La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016 este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 136940-2015.—San José, 19 de octubre del 2016.—German Alberto Rojas Flores, Jefe a. í Sección de Opciones y Naturalizaciones.—1 vez.—( IN2016093825 ). nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. N° 4399-2016.—San José al ser las 10:07:37 del 6 de diciembre del 2016.—Lic. Germán Alberto Rojas Flores, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2016094369 ). Héctor Jose Sequeira Aragón, nicaragüense, cédula de residencia N° 155807544100, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente N° 4372-2016.—San José, al ser las 09:04:18 del 5 de diciembre de 2016.—German Alberto Rojas Flores, Jefe.—1 vez.—( IN2016093850 ). José Luis Rodríguez Mañozca, mayor, soltero, operador de instalación, colombiano, cédula de residencia N° 117001659936, vecino de Alajuela, Plywood, de la Iglesia Católica, 300 m este, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp.1772-2016.—San José, 7 de octubre de 2016.—German Alberto Rojas Flores, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2016094487 ). Ana Julia Torres Caro, mayor, soltera, empleada doméstica, colombiana, cédula de residencia N° 117000926302, vecina de Heredia, Santo Domingo, Paracito, de la iglesia 75m oeste, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 193-2016.—San José, 19 de octubre del 2016.—German Alberto Rojas Flores Jefe a. í.—1 vez.—( IN2016093872 ). Martha Valeska Olivas Matute, nicaragüense, cédula de residencia N° 155810757614, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. N° 30562016.—San José, a las 1:03 horas del 22 de noviembre de 2016.— Lic. Germán Alberto Rojas Flores, Jefe.—1 vez.—( IN2016094179 ). Brenda Azucena López, nicaragüense, cédula de residencia Nº DI155807211816, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente Nº 4395-2016.—San José al ser las 09:10:11 a 6 de diciembre de 2016.— German Alberto Rojas Flores, Jefe.—1 vez.—( IN2016094249 ). Álvaro Serna Rojo, mayor, soltero, operario de operación, colombiano, cédula de residencia N° 117001235614, vecino de El Coco, Alajuela, Campamento Autista 50 izquierda urbanización Dos Pinos, casa color blanca, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente Nº 137464-2015.—San José, 19 de octubre de 2016.—German Alberto Rojas Flores, jefe a. í.—1 vez.—( IN2016094303 ). Aster Joaquín Sambola Ortiz, nicaragüense, cédula de residencia 155815655112, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. N° 42502016.—San José, al ser las 09:23:38 a 6 de diciembre de 2016.—Lic. German Alberto Rojas Flores, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2016094335 ). Ronny Batista Del Río, cubano, Cédula de residencia 119200085309, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA PROGRAMA DE ADQUISICIONES CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL HOSPITAL NACIONAL PSIQUIÁTRICO ÁREA DE GESTIÓN DE BIENES Y SERVICIOS SUBÁREA DE PLANIFICACIÓN PUBLICACION PLAN ANUAL COMPRAS 2017 Se informa a todos los potenciales oferentes que a partir de enero estará disponible el Plan Anual de Compras del Hospital Nacional Psiquiátrico del ario 2017, para mayor información ver página Web de la Caja Costarricense Seguro Social (www.ccss. sa.cr). San José, 12 de diciembre del 2016.—Licda. Natalia Osorno Petersen, Jefa a. í.—1 vez.—( IN2016096009 ). LICITACIONES PODER JUDICIAL CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DIRECCIÓN EJECUTIVA DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA El Departamento de Proveeduría invita a participar en el siguiente procedimiento de contratación: LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2016LA-000091-PROV Alquiler de local para alojar al Juzgado Civil y Laboral, Tribunal Civil y Laboral, y Médico Laboral de Liberia Fecha y hora de apertura: 12 de enero de 2017, a las 10:00 horas. Los respectivos carteles se pueden obtener sin costo alguno a partir de la presente publicación. Para ello, los interesados podrán obtenerlo a través de Internet, en la siguiente dirección: www.poderjudicial.go.cr/proveeduría/invitaciones. San José, 12 de diciembre de 2016.—MBA. Yurly Argüello Araya, Jefe.—1 vez.—( IN2016095760 ). MUNICIPALIDADES MUNICIPALIDAD DE CORREDORES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL N° 2016LN-000001-CNL Compra de finca para explotación de Tajo en el cantón de Corredores La Municipalidad de Corredores, con cédula jurídica N° 3-014-042114, invita a participar en esta contratación para ello recibirá ofertas al concurso en sobre cerrado desde las 10:00 horas del 16/12/2016 hasta las 10:00 horas del 06/01/2017. El cartel que contiene las condiciones específicas y generales, puede ser retirado sin costo alguno en la Oficina de Proveeduría de la Municipalidad de Corredores, localiza costado este del Juzgado Agrario en Ciudad Neily, Corredores, Puntarenas. La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016 Cualquier consulta al respecto, sírvase llamar al número telefónico 2783-3939 extensión 120, o escribir al correo electrónico [email protected]. Lic. Reymond González Zúñiga, Proveedor Institucional.— 1 vez.—( IN2016095949 ). ADJUDICACIONES INSTITUTO TECNOLÓGICO DE COSTA RICA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL N° EDU_ITCR-220-LPN-B-2014LPN-0001-APITCRBM (Resolución de adjudicación) Adquisición de equipo de laboratorio Escuela de Seguridad Laboral El Instituto Tecnológico de Costa Rica informa que: en lo concerniente a la Licitación Pública Nacional N° EDU_ITCR-220LPN-B-2014LPN-0001-APITCRBM “Adquisición de Equipo de Laboratorio Escuela de Seguridad Laboral”, la Rectoría resolvió lo siguiente: 1. Adjudicar el lote N° 2 “Equipo de Medición de agentes físicos” a la empresa Electromédica S. A. de la siguiente manera: a) El artículo N° 1 por un monto de ¢5.131.580,00 b) El artículo N° 2 por un monto de ¢2.248.830,00 c) El artículo N° 3 por un monto de ¢3.130.072,00 d) El artículo N° 4 por un monto de ¢973.940,00 e) El artículo N° 5 por un monto de ¢4.073.295,00 f) El artículo N° 6 por un monto de ¢391.725,00 Lo anterior debido a que esta oferta elegible cumple con todos los requisitos técnicos. 2.Adjudicar el lote N° 3 “Equipo Médico” a la empresa Electromédica S. A. de la siguiente manera: a) El artículo N° 1 por un monto de ¢727.410,00 b) El artículo N° 2 por un monto de ¢2.411.555,00 c) El artículo N° 3 por un monto de ¢1.918.525,00 Lo anterior debido a que para este lote es la única oferta presentada y cumple con todos los requisitos técnicos. 3. Adjudicar el lote N° 5 “Dispositivos de Seguridad” a la empresa Elvatron S. A. de la siguiente manera: a) El artículo N° 1 por un monto de ¢2.822.196,27 b) El artículo N° 2 por un monto de ¢3.541.235,78 c) El artículo N° 3 por un monto de ¢4.739.775,81 Lo anterior debido a que para este lote es la única oferta presentada y cumple con todos los requisitos técnicos. 4. Rechazar la oferta de la empresa Isasa Latam S. A. para el lote 1 “Equipo de Análisis de Laboratorio” por las siguientes razones: En el ítem N° 1 Espectrofotómetro de absorción atómica de llama: el nivel de ruido es 4 veces mayor del requerido; no se incluye el set de O-Ring para análisis de solventes orgánicos, el regulador de Nitrógeno ni regulador de Hidrógeno. 5. Rechazar la oferta de la empresa Electrónica Centroamericana S. A. para el lote 1 “Equipo de Análisis de Laboratorio” por las siguientes razones: a. En el ítem N° 2 Cromatógrafo de iones: El rango de resolución del equipo ofertado es menor al requerido. b. En el ítem N° 3 Espectrofotómetro: Velocidad de adquisición de datos es menor a la requerida. 6.Rechazar la oferta de la empresa Analytical Instruments S. A., para el lote 1 “Equipo de Análisis de Laboratorio” por las siguientes razones: En el ítem N°1 Espectrofotómetro de absorción atómica de llama: No posee detector fotomultiplicador, no posee alineamiento automático de lámpara, no posee nebulizador capilar Pt-Ir. Las Lámparas “Lumina” no son compatibles con las lámparas de cátodo hueco y el equipo no es compatible con lámparas “Shimadzu” y no indica la posibilidad de acoplarle un horno de grafito. Pág 27 7.Rechazar la oferta de la empresa Invotor S. A., para el lote 2 “Equipo de medición de agentes físicos” por las siguientes razones: a. En el ítem N° 3 Monitores de estrés térmico de área: El equipo ofertado presenta características técnicas diferentes a las solicitadas. b. En el ítem N° 4 Dosímetro de ruido: No usa criterio ACGIH que es el utilizado en Costa Rica. c. En el ítem N° 5 Vibrómetro: El equipo es específico para mano-brazo y se requiere evaluar también cuerpo entero (sensores recomendados) y la memoria flash es menor a la requerida, se requiere una mayor duración de las baterías por los estudios que deben realizarse. 8. Rechazar la oferta de la empresa Electromédica S. A., para el lote 6 “Equipo de muestreo personal” por la siguiente razón: En el ítem N° 2 Bomba de muestreo personal: El dispositivo ofertado no tiene pantalla, no se oferta el accesorio Gemini, no indica el flujo, no indica que sea autorregulable ni corresponde al modelo requerido. 9. Relanzar en un nuevo proceso licitatorio para los siguientes lotes: Lote N° 1, ya que las ofertas presentadas no cumplían con los requerimientos técnicos. Lote N° 4, ya se no se recibieron ofertas para el mismo. Lote N° 6, ya que la oferta presentada no cumplía con los requerimientos técnicos. Cartago, 13 de diciembre del 2016.—Licda. Katthya Calderón Mora, Directora, Departamento de Aprovisionamiento.—1 vez.—O. C. Nº 20163857.—Solicitud Nº 73347.—( IN2016096047 ). SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES LICITACIÓN ABREVIADA 2016LA-000020-SUTEL Contratación de canales de atención de usuarios de los servicios de la SUTEL La Superintendencia de Telecomunicaciones (SUTEL), con cédula jurídica No 3-007-566209, comunica a los interesados en la contratación de referencia, que se adjudica parcialmente mediante el Acuerdo 005-072-2016, oficio 09288-SUTEL-SCS-2016 del Consejo de la SUTEL, el servicio indicado, por cumplir legal y técnicamente con lo requerido en el cartel y por ofrecer un precio razonable a la empresa IT Servicio de Infocomunicación S. A., cédula jurídica Nº 3-101-216432. Línea 1: Servicio de atención de llamadas telefónicas, chat interactivo y atención al correo informativo institucional desglosado según lo siguiente: Ø Atención de llamadas (por minuto): ¢ 306.83. Ø Atención de chat interactivo (por minuto): ¢ 324.84 Atención del correo electrónico (por correo atendido): ¢ 97.30 Línea 2: Servicio de recepcionista para atención presencial del público en las instalaciones de la Superintendencia de Telecomunicaciones por un monto por mes de ¢ 902.646.26. Con respecto a la línea 3 que corresponde al servicio de manejo de redes sociales de la SUTEL, se informa que aplicando el artículo 86 del R.L.C.A se declara desierta. A la vez se le informa al proveedor adjudicado, que una vez que este acto adquiera firmeza, cuenta con un plazo de 03 días hábiles como máximo, para que entregue en la recepción de la SUTEL (Tercer Piso), en horario de Lunes a Viernes de 08:00 am a 04:00pm lo siguiente: 1- En seguimiento al punto 7.2.1 del cartel, personería jurídica actualizada. 2- Timbres fiscales de Ley o el entero de gobierno que corresponde, por un monto de ¢85.922.11, según estimación anual del costo del servicio. 3- Garantía de cumplimiento, conforme a lo estipulado en el punto 13 del cartel por un monto de ¢1.718.442.16, según estimación anual del costo del servicio, con una vigencia de 14 meses a partir de la fecha en que el acto de adjudicación adquiera firmeza. Pág 28 La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016 Esta licitación será tramitada con fondos de la partida “Otros servicios de gestión y apoyo” del año 2017. Es importante mencionar que esta información es un extracto del Acuerdo de adjudicación en mención, por lo que el mismo se encuentra en forma completa en el expediente respectivo para lo que corresponda. Área de Proveeduría, Noilly Chacón González.—1 vez.—O. C. Nº 2307-16.—Solicitud Nº 73349.—( IN2016096048 ). AVISOS JUNTA DE EDUCACION ESCUELA GABRIELA MISTRAL, LA GUACIMA DIRECCION REGIONAL DE EDUCACION DE ALAJUELA CIRCUITO EDUCATIVO: 04 LICITACIÓN ABREVIADA LA-005-2016-JEEGM-CE04-DREA Para la adquisición de productos alimenticios: frutas y verduras La junta de educación, comunica resolución de adjudicación del presente proceso de licitación abreviada, en favor del señor Oscar Segura Hernández, número de cédula de identidad: 204770934 en razón de haber obtenido un puntaje total de 100 en el proceso de calificación de la oferta habiéndose cumplido con los requerimientos jurídicos, prescripciones formales y procedimentales del presente proceso de licitación abreviada impulsada por esta junta de educación para la compra de productos alimenticios para el comedor escolar para el curso lectivo por el periodo 2017 hasta 2020 inclusive de cumplirse con los requisitos institucionales. En la línea de productos: frutas y verduras para brindar el servicio de comedor escolar en el centro educativo. Edgar Daniel Jiménez Soto, Presidente.—1 vez.— ( IN2016095880 ) LICITACIÓN ABREVIADA N° LA-004-2016-JEEGM-CE04-DREA Para la adquisición de productos alimenticios: Abarrotes La junta de educación, comunica resolución de adjudicación del presente proceso de licitación abreviada, en favor de Comercial Hego S. A., número de cédula jurídica 3-101-089623 en razón de haber obtenido un puntaje total de 100 en el proceso de calificación de la oferta habiéndose cumplido con los requerimientos jurídicos, prescripciones formales y procedimentales del presente proceso de licitación abreviada impulsada por esta junta de educación para la compra de productos alimenticios para el comedor escolar para el curso lectivo por el periodo 2017 hasta 2020 inclusive de cumplirse con los requisitos institucionales. En la línea de productos: Abarrotes para brindar el servicio de comedor escolar en el centro educativo. Edgar Daniel Jiménez Soto, Presidente.—1 vez.— ( IN2016095881 ). LICITACIÓN ABREVIADA Nº LA-003-EGM-CE04-DREA Para la adquisición de productos alimenticios: carnes La junta de educación, comunica resolución de adjudicación del presente proceso de licitación abreviada, en favor del señor Óscar Segura Hernández, número de cédula de identidad: 204770934 en razón de haber obtenido un puntaje total de 100 en el proceso de calificación de la oferta habiéndose cumplido con los requerimientos jurídicos, prescripciones formales y procedimentales del presente proceso de licitación abreviada impulsada por esta junta de educación para la compra de productos alimenticios para el comedor escolar para el curso lectivo por el periodo 2017 hasta 2020 inclusive de cumplirse con los requisitos institucionales. En la línea de productos: carnes para brindar el servicio de comedor escolar en el centro educativo. Édgar Daniel Jiménez Soto, Presidente.—1 vez.— ( IN2016095890 ). MUNICIPALIDADES MUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2016LA-000050-99999 Transmisión de las corridas de toros en el redondel de Zapote período 2016-2017 Se comunica a los interesados del presente concurso, que por Acuerdo 4, artículo único, de la Sesión Extraordinaria Nº 015, celebrada por la Corporación Municipal del cantón Central de San José, el 05 de diciembre del año dos mil dieciséis, se adjudica la licitación de referencia según el siguiente detalle: CONSORCIO REPRETEL-TELETICA Transmisión de las corridas de toros en el redondel de Zapote período 2016-2017 Consorcio RepretelTeletica Plazo de Forma de ejecución pago Indicada en Del 25 de el cartel diciembre del 2016 al 08 de enero del 2017 inclusive. Con la excepción del 2 al 5 de enero, que únicamente habrá transmisión solo en el horario de la noche. Monto adjudicado Precio efectivo: ¢90.300.000.00 Aporte en cuñas(30s): ¢46.253.000.00 San José, 09 de diciembre de 2016.—Departamento de Comunicación.—Teo Dinarte Guzmán, Jefa.—1 vez.—O. C. Nº 138641.—Solicitud Nº 73213.—( IN2016095828 ). MUNICIPALIDAD DE PUNTARENAS PROVEEDURÍA MUNICIPAL CONTRATACIÓN DIRECTA Nº 2016CD-000573-01 Contratación para el mantenimiento preventivo para eliminación de corrosión en cajas recolectoras de los camiones recolectores de desechos sólidos Informa que mediante Resolución Administrativa MPPM-RES-015-12-2016 del 08 de diciembre de 2016, se adjudica la presente contratación al oferente Agroservicios Hípicos de Aranjuez S. A., por la suma de ¢6.138.000,00 (seis millones ciento treinta y ocho mil colones con 00/100). Lo anterior, por ser la única oferta presentada para el proceso y cumplir con las formalidades y requerimientos establecidos en el cartel. ——— CONTRATACIÓN DIRECTA Nº 2016CD-000630-01 Adquisición de camión de carga liviana de doble cabina para la Unidad Técnica de Gestión Vial Informa que mediante Resolución Administrativa MP-PMRES-016-12-2016 del 12 de diciembre de 2016, se adjudica la presente contratación al oferente Purdy Motor S. A., por la suma de $33.870,00 (treinta y tres mil ochocientos setenta dolares con 00/100), por concepto de un camión doble cabina de carga liviana marca Hino año 2017. Lo anterior, por ser la única oferta presentada para el proceso y cumplir con las formalidades y requerimientos establecidos en el cartel. ——— CONTRATACIÓN DIRECTA Nº 2016CD-000637-01 Contratación de servicios profesionales en geología para trámite permiso de extracción temporal en cauce de dominio público del río Aranjuez, así como le regencia del mismo ante el Registro Nacional Minero Informa que mediante Resolución Administrativa MP-PMRES-014-12-2016 del 07 de diciembre de 2016, se adjudica la presente contratación a la Geol. Yannie Fallas Rodríguez, por la suma de ¢2.950.000,00 (dos millones novecientos cincuenta mil colones con 00/100). Lo anterior, por ser la única elegible presentada para el proceso y cumplir con las formalidades y requerimientos establecidos en el cartel. La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016 CONTRATACIÓN DIRECTA Nº 2016CD-000638-01 Contratación de servicios profesionales de regente ambiental, para realizar trámite y aprobación de viabilidad ambiental, para la construcción de la terminal de buses interurbana de Puntarenas y el nuevo edificio de la Municipalidad de Puntarenas Informa que mediante Resolución Administrativa MPPM-RES-013-12-2016 del 06 de diciembre de 2016, se adjudica la presente contratación al Biol. Pablo Morales Jiménez, por la suma de ¢1.290.000,00 (un millón doscientos noventa mil colones con 00/100). Lo anterior, por ser la única elegible presentada para el proceso y cumplir con las formalidades y requerimientos establecidos en el cartel. ——— LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2016LA-000004-01 Adquisición de Low Boy para las labores de mantenimiento de la red vial del cantón Central de Puntarenas El Concejo Municipal en la Sesión Extraordinaria N° 56, celebrada el pasado 1 de diciembre de 2016, en su artículo 3° inciso C, adjudica la presente licitación al oferente Vifisa de Turrialba S. A., por un monto de ¢33.509.000,00 (treinta y tres millones quinientos nueve mil colones con 00/100) por concepto de un Low Boy marca Vifisa, modelo LB50T, año 2017. Lo anterior, por ser la única propuesta elegible para el proceso, esto de acuerdo a los términos de establecidos en el cartel y la oferta. ——— LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2016LA-000007-01 Suministro e instalación de juegos infantiles de madera en centros educativos y parques de diversas comunidades del cantón Central de Puntarenas El Concejo Municipal en la Sesión Extraordinaria N° 56, celebrada el pasado 1 de diciembre de 2016, en su artículo 3° inciso A, adjudica la presente licitación al oferente Comercializadora Brecam de Costa Rica S. A., por un monto de ¢42.831.239,00,00 (cuarenta y dos millones ochocientos treinta y un mil doscientos treinta y nueve colones con 00/100). Lo anterior, por ser la única propuesta recibida para el proceso, esto de acuerdo a los términos de establecidos en el cartel y la oferta. ——— LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2016LA-000008-01 Adquisición de agregados para la construcción de ciclovía entre los distritos de Barranca y El Roble El Concejo Municipal en la Sesión Extraordinaria N° 56, celebrada el pasado 1 de diciembre de 2016, en su artículo 3° inciso B, adjudica la presente licitación al oferente Ingeniería La Rioja S. A., por un monto de ¢48.000.800,00 (cuarenta y ocho millones ochocientos colones con 00/100). Lo anterior, por ser la única propuesta elegible para el proceso, esto de acuerdo a los términos de establecidos en el cartel y la oferta. ——— LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2016LA-000009-01 Adquisición de una maquinaria pavimentadora “finisher” para mantenimiento de la red vial Cantonal El Concejo Municipal en la Sesión Ordinaria N° 57, celebrada el pasado 5 de diciembre de 2016, en su artículo 5° inciso J, adjudica la presente licitación al oferente Euromateriales Equipo y Maquinaria S. A., por un monto de $263.900,00 (doscientos sesenta y tres mil novecientos dólares con 00/100), por concepto de una pavimentadora marca Ammann modelo AFT 500FST-E, año 2016 o superior. Lo anterior, por ser la única propuesta elegible para el proceso, esto de acuerdo a los términos de establecidos en el cartel y la oferta. Para mayor información al teléfono 2661-2104 de la Proveeduría Municipal. Puntarenas, 12 de diciembre de 2016.—Lic. Luis Edward Rojas Barrantes, Proveedor Municipal.—1 vez.— ( IN2016095878 ). Pág 29 CONTRATACIÓN DIRECTA Nº 2016CD-000622-01 Adquisición de sistema informático para automatización de papeles de trabajos, análisis y evaluación de riesgos, en los estudios de la Auditoria Interna de la Municipalidad de Puntarenas Informa que mediante Resolución Administrativa MP-PMRES-017-12-2016 del 12 de diciembre de 2016, declara infructuosa la presente contratación, por no haberse recibido propuestas para el proceso, lo anterior en concordancia con lo establecido en el artículo 136 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa. Para mayor información al teléfono 2661-2104 de la Proveeduría Municipal. Puntarenas, 13 de diciembre de 2016.—Lic. Luis Edward Rojas Barrantes, Proveedor Municipal.—1 vez.— ( IN2016096049 ). FE DE ERRATAS BANCO DE COSTA RICA OFICINA DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA LICITACION PÚBLICA Nº 2016LN-000007-01 (Modificación Nº 1) Adquisición de UPS nuevas y repuestos por demanda El Banco de Costa Rica, informa a todos los interesados en la licitación en referencia, que la fecha de apertura se ha trasladado para el viernes 27 de enero del 2017 a las 10:30 a.m. Rodrigo Aguilar Solórzano, Supervisor.—1 vez.—O. C. N° 65540.—Solicitud N° 73298.—( IN2016095947 ). INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS Y ALCANTARILLADOS LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL Nº 2016LI-000008-PRI (Circular Nº 1) Construcción del sistema de colectores sanitarios del sector norte, cuencas Rivera y Torres, proyecto de mejoramiento ambiental del área Metropolitana de San José. Quebrada Jesús, quebrada Manzana y Desvíos El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA), cédula jurídica N° 4-000-042138, comunica que a partir de la presente publicación podrán hacer retiro de la Circular Nº 1. Los documentos que conforman la Circular Nº 1 podrán ser solicitados en la Proveeduría Institucional del Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados de 7:00 a.m. a las 15:00 horas de lunes a viernes o bien por escrito al correo electrónico [email protected], lo que permite un password de acceso a los mismos de manera electrónica. Dirección de Proveeduría.—Licda. Jeniffer Fernández Guillén.—1 vez.—O. C. Nº 6000001412.—Solicitud Nº 73259.— ( IN2016095824 ). REGLAMENTOS UNIVERSIDAD TÉCNICA NACIONAL CONSEJO UNIVERSITARIO El Consejo Universitario de la Universidad Técnica Nacional, comunica que mediante acuerdo N° 6-23-2016, de la sesión ordinaria 23-2016, celebrada el 27 de octubre del 2016, acta 232016, se derogó el artículo 31 del “Reglamento de Reconocimientos y Equiparaciones de Estudios Realizados en la Universidad Técnica Nacional y Otras Instituciones de Educación Superior”, el que reza: “Bajo ninguna circunstancia podrá el estudiante titularse en la Enseñanza de dos especialidades técnicas, por lo que en caso de dos o más titulaciones en distintas especialidades técnicas, el estudiante deberá elegir entre ellas y presentar el diploma correspondiente a la especialidad que haya elegido”. Pág 30 La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016 Dicho Reglamento en su versión completa y actualizada se encuentra en el portal electrónico de la Universidad Técnica Nacional www.utn.ac.cr, sección “Normativa Universitaria”. Rige a partir de su publicación. Rectoría.—Lic. Marcelo Prieto Jiménez, Rector.—1 vez.— ( IN2016094355 ). AVISOS FEDERACIÓN DE COLEGIOS PROFESIONALES UNIVERSITARIOS REGLAMENTO DE ORDEN Y DISCIPLINA Artículo1º—El Comité Permanente fijará en su sesión de instalación el día, lugar y hora de las sesiones ordinarias. Artículo 2º—Para el despacho de los asuntos del Comité Permanente, la Presidencia establecerá el orden del día con arreglo a las normas siguientes: a) Aprobación del orden del día. b) Aprobación del acta anterior c)Correspondencia: La lectura de correspondencia, recibida y enviada, será de forma resumida, mediante una minuta, quedando a criterio del Presidente cual o cuales deben ser leídos en forma completa, asimismo lo será a petición de un miembro del Comité Permanente. d) Informe de la Presidencia. e)Preposiciones de los Colegios y de los delegados. Cuando desee incluir un punto específico en la agenda, deberá solicitarse expresamente en la sesión anterior. Los asuntos urgentes deberán ser incluidos al tenor de lo dispuesto por el artículo 3° del presente Reglamento. f) Informe de comisiones y delegados g) Asuntos varios. Artículo 3º—El orden del día no puede ser alterado, sino es con el voto de las dos terceras partes de los delegados presentes. Artículo 4°---Las sesiones del Comité Permanente tendrán una duración máxima de tres horas. Artículo 5º—Es un deber de los miembros del Comité Permanente comunicar a la Presidencia o a la Secretaría de la Federación, el mismo día de cada sesión ordinaria y extraordinaria, o antes, cuando no puedan asistir a la misma. Artículo 6º—No se celebrará sesión, si transcurridos sesenta minutos después de la hora señalada para ello, no se completa el quórum. Durante este plazo la Presidencia informará a los representantes sobre la conformación del quorum para iniciar la sesión. Artículo 7º—Si por falta de quórum no se celebrara la sesión, la presidencia convocará a sesión extraordinaria dentro de los quince días posteriores. Artículo 8º—Cuando un delegado o representante falte dos veces consecutivas o cuatro alternas sin excusa en un período de un ario, el Presidente de la Federación solicitará al presidente del Colegio respectivo para que intervenga con el fin de que su Colegio esté debidamente representado en la siguiente sesión. Si la anomalía no es corregida, se le cancelará la credencial al delegado y el Colegio respectivo deberá sustituirlo. Artículo 9º—(1) Requerimientos para el proceso de nombramientos de sus representantes ante entes externos: a- El Comité Permanente integrará una comisión permanente de al menos cinco miembros, que se denominará “Comisión de Nombramiento de Representantes”, con el propósito de que analice a la luz de la normativa aplicable la documentación aportada por los colegios que presentan candidaturas, exceptuándose los nombramientos de la asamblea de trabajadores/as del Banco Popular que cuenta con normativa interna específica. El Comité Ejecutivo deberá aportar el apoyo logístico y de asesoría legal para el cumplimiento de sus funciones. Entre sus acciones deberá remitir oportunamente al comité ejecutivo un cronograma de rige y vence de las representaciones externas, así como las alertas de presentación oportuna de informes cuatrimestrales de sus representantes según el inciso m que sigue y además una recomendación del procedimiento para conocerlos en el Comité Permanente. Esta comisión presentará el informe de cada nombramiento al Comité Ejecutivo en el que recomendará lo acordado en sus sesiones, incluyendo los dictámenes de minoría si los hubiere, aportará consideraciones fundamentadas sobre el rechazo de candidaturas. El informe será agendado para conocimiento y resolución del Comité Permanente en la sesión donde se realizarán los nombramientos analizados y será expuesto por sus miembros. Al menos uno de sus miembros formará parte del grupo fiscalizador en el momento de la elección junto con al menos tres delegados presentes de colegios que no presentaron postulantes. b- Los candidatos serán propuestos por acuerdo de Junta Directiva del colegio interesado, en el plazo requerido. c- El Colegio postulante debe adjuntar a la nominación: i- la hoja de vida del candidato/a. ii- Una declaración jurada firmada por el postulante indicando que no hay conflicto de interés entre las funciones a ejercer en el ente y su intereses personales y profesionales; y que se ajusta a lo dispuesto en la Ley N° 8422 vigente contra la corrupción y el enriquecimiento ilícito, manifestando además que se compromete a cumplir con la normativa y objetivos de la Federación. Iii- Copia de su cédula de identidad. Iv- Hoja de delincuencia reciente. V -Copia de sus títulos universitarios. d- El Colegio debe demostrar que se encuentra al día en sus cuotas a la Federación aportando copia del último recibo cancelado. e- El Presidente del Colegio, por escrito debe dar fe de que su postulante cumple con todos los requisitos y normas establecidas y manifestará que dará seguimiento a la representación que asume su colegiado. f- Para el nombramiento de sus Representantes la Federación comunicará al Comité Permanente y a las Juntas Directivas de sus colegios miembros con al menos 40 días naturales de antelación a la sesión de su nombramiento, la representación por elegir y las condiciones inherentes. Entre otra información se debe suministrar: i-Nombre de la representación. iiPeriodo del nombramiento. iii-Condición (Si es remunerada o ad honorem). iv- Requisitos propios del ente donde se ejercerá la representación. v. Normativa de la Federación y cualquiera otra información adicional aplicable. g- Las propuestas de candidatas/ os se recibirán desde que se establece el periodo de recepción de candidaturas y hasta cuatro días hábiles antes de la sesión donde se realiza la elección. No se aceptarán propuestas de candidaturas ni el día, ni la sesión que se haya fijado para realizar la elección. h- El área administrativa de la Federación, recibirá solamente las propuestas sé que presenten en el plazo establecido y que incluyan TODOS los requisitos arriba señalados y formará un expediente de cada candidatura, donde además constará fecha, hora y firma de recibo de toda la documentación. i- Una vez cumplido y cerrado el tiempo de inscripción, el Comité Ejecutivo convocará a la Comisión de Nombramiento de Representantes para que analice y recomiende en el tiempo oportuno; además comunicará de inmediato a los delegados del Comité Permanente los/ as postulantes recibidos. j- Los candidatos que cumplan con todos los requisitos establecidos deberán estar presentes en la elección y tendrán cinco (5) minutos para exponer su compromiso de cumplir con los intereses y objetivos de la Federación y con la normativa aplicable, su plan de trabajo o el propósito por el cual aspiran a dicho puesto. k- La elección será nominal y secreta. Los votos nulos y en blanco, no se le asignan a ningún candidato/ a. El ganador de la elección será el candidato/a que tenga mayoría simple de votos. En caso de empate se realizarán las votaciones necesarias entre los candidatos que hayan logrado mayoría de votos hasta que ocurra el desempate. l- Una vez tomado el acuerdo del nombramiento, el Comité Ejecutivo lo hará del conocimiento del ente y del Colegio proponente en un plazo máximo de hasta veinticuatro (24) horas, así como su publicación en la página Web de FECOPROU. ll.Cuando por alguna circunstancia deba reemplazarse un representante, debe informarse al ente externo y a los colegios que su nombramiento será para terminar el periodo y no por un nuevo periodo. La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016 mQuienes resulten ser representantes tendrán las siguientes obligaciones y atribuciones además de las contenidas en la normativa vigente aplicable: • Rendir informes de su labor vía electrónica, al Comité Ejecutivo, cada cuatro meses a partir de su nombramiento, así como un resumen ejecutivo del mismo ante el Comité Permanente. El Comité ejecutivo definirá el procedimiento para ser conocido en el Comité Permanente. Incluyendo los logros alcanzados para la Federación. • Asistir a todas las sesiones del Comité Permanente. • Los representantes tendrán voz y no voto. • Podrán presentar mociones sobre temas que considere tratar en las sesiones del Comité Permanente. • Además podrán formar parte de las Comisiones Temporales o Permanentes. n. Al finalizar cada periodo presidencial, el Colegio que presidió la Federación, deberá incluir en su Informe Final de Gestión las representaciones existentes, quiénes son sus representantes, precisando a qué Colegio pertenecen, un record de asistencia al Comité Permanente durante las sesiones del ario, el número de los informes presentados con los logros alcanzados para la Federación en dicha representación, periodo de vigencia del nombramiento y otra información relevante. Transitorio: Los representantes nombrados antes de la entrada en vigencia de la presente reforma seguirán en sus cargos en las mismas condiciones en que fueron nombrados, hasta el vencimiento de su periodo. Rige a partir de la fecha de aprobación. Este acuerdo deroga los anteriores referidos al artículo 9 de este Reglamento. El acuerdo será remitido a la Comisión de Reglamentos para su inclusión en el Reglamento de Orden y Disciplina. Se publica en la página Web de la FECOPROU (1)Modificado en la Sesión CP-06-2015, según acuerdo CP-0603-2015 Artículo 10.—Las Comisiones Permanentes deben reunirse al menos una vez al mes. Cuando un miembro de una Comisión faltare dos veces consecutivas o cuatro alternas sin justificación, perderá su credencial como miembro del Comité Permanente y del organismo correspondiente. Artículo 11.—Este reglamento podrá ser modificado total o parcialmente con el voto de las dos terceras partes de los delegados presentes en la sesión inmediatamente posterior al planeamiento de las propuestas de modificación. Rige a partir del treinta de noviembre del mil novecientos noventa y cuatro. Aprobado por el Comité Permanente, en sesión ordinaria N° 345 del 30 de noviembre de 1994, acuerdo N° 111. Rafael Porras Madrigal, Presidente.—1 vez.—( IN2016093846 ). Pág 31 PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA AVISOS PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ Oficina Local San José Oeste, a Alba Coraima Díaz Hernández, se le comunica la resolución de las 08:30 horas del 09 de noviembre del 2016, dictada por ésta oficina local, que ordenó inicio de proceso especial de protección en sede administrativa dictando medida de guarda, crianza y educación provisional de la persona menor de edad Katalina Madrigal Díaz, en el hogar de su progenitor el señor Jorgany Jesús Madrigal Rodríguez, por el período máximo de seis meses. Notifíquese la presente resolución a Alba Coraima Díaz Hernández, así como a los demás legítimos interesados. Se advierte a las partes la necesidad de señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, preferiblemente, dentro del perímetro de un kilómetro a la redonda de la sede Oficina Local de San José Oeste, o bien, señalar número de facsímil para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto, se mantuviere cerrado o llegare a desaparecer, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después -de dictadas. Se les hace saber además, que contra la presente resolución procede el recurso de apelación para ante la Presidencia Ejecutiva de ésta institución, el cual podrá interponerse verbalmente o por escrito en la Oficina Local de San José Oeste, dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a su notificación, expediente: OLSJO-00371-2016.—Oficina Local San José Oeste.—Licda. Seidy Chavarría Ramírez, Órgano Director del Procedimiento.—O. C. N° 40694.—Solicitud N° 16000061.—( IN2016093002 ). UNIVERSIDAD NACIONAL A Alexa Porras Muñoz, se le comunica la resolución de las 09:30 horas del 21 de noviembre del 2016, dictada por ésta oficina local, que ordenó inicio de proceso especial de protección en sede administrativa dictando medida de protección de abrigo temporal, en beneficio de la persona menor de edad Maryangel Porras Muñoz, por un plazo máximo de seis meses, salvo prórroga judicial. Notifíquese la presente resolución a Alexa Porras Muñoz, así como a los demás legítimos interesados. Se advierte a las partes la necesidad de señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, preferiblemente, dentro del perímetro de un kilómetro a la redonda de la sede oficina local de San José oeste, o bien, señalar número de facsímil para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto, se mantuviere cerrado o llegare a desaparecer, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Se les hace saber además, que contra la presente resolución procede el recurso de apelación para ante la Presidencia Ejecutiva de ésta institución, el cual podrá interponerse verbalmente o por escrito en la oficina local de San José oeste, dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a su notificación. Expediente: OLAL00304-2015 (LEGAJO).—Oficina Local San José oeste.—Licda. Seidy Chavarría Ramírez, Organo Director del Procedimiento.—O. C. N° 40694.—Solicitud N° 160000061.—( IN2016093003 ). VICERRECTORÍA ACADÉMICA PROGRAMA DE GRADUACIÓN REPOSICIÓN DE TÍTULO PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ Ante el Departamento de Registro de la Universidad Nacional, se ha presentado solicitud de reposición de diploma por extravío, correspondiente al Título de Bachillerato en la Enseñanza del Inglés, grado académico: Bachillerato, registrado en el libro de títulos bajo el tomo: 26, folio: 137, asiento: 2205, a nombre de Wally Solano Jiménez, con fecha 19 de noviembre del 2010, cédula de identidad Nº 5-0312-0802. Se publica este edicto para oír oposiciones a dicha reposición, dentro del término de quince días hábiles a partir de la tercera publicación en La Gaceta. Heredia, 17 de noviembre del 2016.—Departamento de Registro.—M.A.E. Marvin Sánchez Hernández, Director.—( IN2016094118 ). Al señor Allan Danilo Villalobos Valerín, de nacionalidad costarricense, titular del documento de identidad costarricense número 1-0726-0295 con domicilio desconocido, se le comunica la resolución de las 11:00 horas del 15 de noviembre del 2016, con la cual se resuelve a favor de la persona menor de edad Katherine Vanessa Villalobos Carvajal, medida de abrigo temporal, por el término de hasta seis meses en Ong. Fundación Hogar Manos Abiertas. Así mismo se le notifica las resoluciones 10:00 del 17 de noviembre del dos mil dieciséis. Se le confiere audiencia por tres días hábiles, para que presente los alegatos de su interés, y ofrezca las pruebas que estime necesarias, y se le advierte que tiene derecho a hacerse asesorar y representar por abogados y técnicos de su elección, así como consultar el expediente en días y horas hábiles, se hace la salvedad que para fotocopiar el expediente administrativo se cuenta con el horario de siete horas con treinta minutos y hasta las once horas con treinta minutos en días hábiles, el cual permanecerá a su disposición en esta oficina local, ubicada en San José, Distrito INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS Pág 32 La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016 Hospital, sita en calle catorce, avenidas seis y ocho, del costado suroeste del parque La Merced, ciento cincuenta metros al sur. Así mismo se les hace saber que Deberá señalar lugar conocido o número de facsímil para recibir sus notificaciones, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio electrónico seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las resoluciones futuras quedarán firmes 24 horas después de dictadas, conforme la Ley de Notificaciones Judiciales. Se le hace saber, además, que contra las indicadas resoluciones procede Recurso de Apelación para ante la Presidencia Ejecutiva de esta institución, el cual deberán interponer ante esta Representación Legal dentro de las 48 horas siguientes, contadas a partir del día hábil inmediato siguiente a la fecha de publicación del tercer aviso en el Diario Oficial, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible (Artículo 139 del Código de la Niñez y la Adolescencia). Expediente Nº OLSJO-00114-2016.—Oficina Local de San José Oeste.—Licda. Marisol Piedra Mora, Representante Legal.—O. C. N° 40694.— Solicitud N° 16000061.—( IN2016093004 ). A: Cecilia Gómez Gómez , mayor, cédula N° 108710025 y José Chaverri Arroyo, mayor, cédula N° 900900771, demás calidades desconocidas, se les comunica la resolución de las quince horas veintiún minutos del veintinueve de agosto del año dos mil dieciséis, en virtud de la cual se ordena dar Inicio al proceso Especial de Protección a favor de la persona menor de edad: José Joaquín Chaverri Gómez, con fecha de nacimiento 22-09-2003, citas de inscripción: 208450844, se da audiencia a las partes para ser escuchadas y que aporten prueba. Se advertirá también que deben señalar lugar donde recibir notificaciones. Notifíquese. Expediente OLCO-00124-2014.—Oficina Local Pani-Corredores.—Licda. Arelys Ruiz Bojorge, Representante Legal.—O. C. N° 40694.— Solicitud N° 16000061.—(IN2016093007). Se comunica la señora: Dayanna Gabriela Montoya Díaz, mayor de edad, costarricense, soltera, portadora de la cédula de identidad número 116700337, de domicilios y demás calidades desconocidas, progenitora de la persona menor de edad Kylary Dayana Martínez Montoya, la resolución administrativa de esta oficina de las dieciséis horas con cinco minutos del doce de agosto de dos mil dieciséis, en la cual se dictó la Medida de Protección Administrativa de abrigo temporal de la persona menor de edad: Kylary Dayana Martínez Montoya, de diecisiete días de edad, nacida el veintiséis de julio del dos mil dieciséis, de nacionalidad costarricense, con citas de inscripción en el Registro Civil, sección de nacimientos de la provincia de Limón, al tomo 400, tomo 202, asiento 404 hija de Dayanna Gabriela Montoya Díaz y Argenis Jose Martínez Ruiz, para que permanezca ubicada en la Asociación Iglesia Evangélica Metodista, Centro de Atención Infanto Juvenil Hogar Metodista. Recurso: El de Apelación, señalando lugar para oír notificaciones dentro del perímetro judicial de la Presidencia Ejecutiva en San José, dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la tercera publicación de este edicto.—Oficina Local de Síquirres.— Lic. Randall Quirós Cambronero, Representante Legal.—O. C. N° 40694.—Solicitud N° 16000061.—( IN2016093008 ). A Edilma Villarreal Coccio y Elvin González Pitti mayor, calidades desconocidas, se les comunica la resolución de las siete horas del siete de octubre del año dos mil dieciséis, en virtud de la cual se ordena medida de abrigo temporal a favor de la persona menor de edad Jorjan González Villarreal, con fecha de nacimiento el 05-12-2007, citas de inscripción: 605090241, en la Alternativa de Protección Hogarcito Infantil de Corredores. Notifíquese. Con la advertencia de que deben señalar Lugar o un fax o Correo Electrónico donde recibir notificaciones, en caso de no hacerlo o si el lugar fuera inexacto, impreciso o llegara a desaparecer o el medio seleccionado fuera defectuoso estuviera desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta Institución se interrumpiera, la comunicación de las resoluciones futuras quedaran firmes veinticuatro horas después de ser dictadas. En contra de esta resolución procede únicamente el Recurso Ordinario de Apelación que deberá interponerse ante esta Representación legal dentro de las 48 horas hábiles después de notificada la presente resolución, recurso que será resuelto por la Presidencia Ejecutiva de la entidad. Expediente OLCO-00063-2016.—Oficina Local PaniCorredores.—Lic. Arelys Ruiz Bojorge, Representante Legal.—O. C. N° 40694.—Solicitud N° 16000061.—( IN2016093009 ). A Edwin Eduarte Mora, se le comunica la resolución de las 13:00 horas del 14 de noviembre del 2016, dictada por ésta oficina local, que ordenó inicio de proceso especial de protección en sede administrativa dictando medida de protección de orden de inclusión a organización no gubernamental para tratamiento, de orientación y apoyo a la familia y a la persona menor de edad Kevin Eduarte Rodríguez, en el Programa Residencial en el Centro de Menores del IAFA, ubicado en San Pedro de Montes de Oca, cuya medida no posee plazo y queda sujeto al proceso de rehabilitación correspondiente. Notifíquese la presente resolución a Edwin Eduarte Mora, así como a los demás legítimos interesados. Se advierte a las partes la necesidad de señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, preferiblemente, dentro del perímetro de un kilómetro a la redonda de la Sede Oficina Local de San José Oeste, o bien, señalar número de facsímil para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto, se mantuviere cerrado o llegare a desaparecer, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Se les hace saber además, que contra la presente resolución procede el recurso de apelación para ante la presidencia ejecutiva de ésta institución, el cual podrá interponerse verbalmente o por escrito en la Oficina Local de San José Oeste, dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a su notificación. Expediente N° OLSJO-00386-2015.—Licda. Seidy Chavarría Ramírez, Órgano Director del Procedimiento.—O. C. N° 40694.—Solicitud N° 16000061.—( IN2016093015 ). A Gerardo Alfaro Méndez, mayor, cedula: 5-135-049 demás calidades desconocidas, se les comunica la resolución de las nueve horas quince minutos del diecinueve de setiembre del dos mil dieciséis, en virtud de la cual se pone en conocimiento por el plazo de cinco días hábiles, investigación ampliada de los hechos, de fecha dieciséis de setiembre del dos mil dieciséis, para que ofrezca pruebas y presente alegatos, y la resolución de las ocho horas del veintiocho de setiembre del año dos mil dieciséis, donde se ordena cuido provisional a favor de la persona menor de edad Emily de los Ángeles Alfaro Martínez, con fecha de nacimiento el 21-062003, citas de inscripción: 604800667, en el hogar de la señora: María Fernanda Martínez Jiménez, hermana. Notifíquese. Con la advertencia de que deben señalar lugar o un fax o correo electrónico donde recibir notificaciones, en caso de no hacerlo o si el lugar fuera inexacto, impreciso o llegara a desaparecer o el medio seleccionado fuera defectuoso estuviera desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiera, la comunicación de las resoluciones futuras quedaran firmes veinticuatro horas después de ser dictadas. En contra de esta resolución procede únicamente el recurso ordinario de apelación que deberá interponerse ante esta representación legal dentro de las 48 horas hábiles después de notificada la presente resolución, recurso que será resuelto por la presidencia ejecutiva de la entidad. Expediente N° OLCO-00028-2016.—Oficina Local PANI-Corredores.—Licda. Arelys Ruiz Bojorge, Representante Legal.—O. C. N° 40694.— Solicitud N° 16000061.—( IN2016093016 ). Se le comunica a Giovanni Jiménez Zeledón la resolución de las ocho horas con quince minutos del nueve de noviembre de dos mil dieciséis mediante la cual se da inicio al proceso especial de protección y se ordena orientación, apoyo y seguimiento a la familia. En contra de la presente resolución procede el recurso de apelación para ante el Superior en grado, dentro de un plazo de 48 horas, contados a partir de la tercera publicación del presente edicto. Deberá además señalar lugar o medio electrónico para recibir sus notificaciones dentro del perímetro de esta Oficina Local, si el lugar señalado fuere inexacto o incierto o el medio ineficaz, las resoluciones posteriores se tendrán por notificada con el sólo transcurso de 24 horas después de dictada. Expediente OLG-00513- La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016 2016.—14 de noviembre de 2016.—Oficina Local de Guadalupe.— Lic. Roberto Marín A. Representante Legal.—O. C. N° 40694.— Solicitud N° 16000061.—(IN2016093017). A: Yorleny Gustavino Saldaña, número de cédula 6392-857, de domicilio y demás calidades desconocidas, se le comunica la resolución de las once horas del dos de agosto del año dos mil dieciséis, en virtud de la cual se resuelve dictar medida de cuido provisional en familia sustituta a favor de la persona menor de Edad: Jerferson Daniel Gustavino Saldaña, según citas de inscripción: 605270705, para que permanezca en el hogar de Rómulo Gustavino Miranda y Bernardina Saldaña Castillo, abuelos maternos. Notifíquese. Con la advertencia de que deben señalar Lugar o un fax o Correo Electrónico donde recibir notificaciones, en caso de no hacerlo o si el lugar fuera inexacto, impreciso o llegara a desaparecer o el medio seleccionado fuera defectuoso estuviera desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta Institución se interrumpiera, la comunicación de las resoluciones futuras quedaran firmes veinticuatro horas después de ser dictadas. En contra de esta resolución procede únicamente el Recurso Ordinario de Apelación que deberá interponerse ante esta Representación legal dentro de las 48 horas hábiles después de notificada la presente resolución, Recurso que será resuelto por la Presidencia Ejecutiva de la entidad. Expediente OLCO-00095-2015.—Oficina Local Pani-Corredores.—Licda. Arelys Ruiz Bojorge, Representante Legal.—O. C. N° 40694.— Solicitud N° 16000061.—( IN2016093059 ). Al señor Juan Carlos Urbina Urbina se le comunica la resolución de las catorce horas del dieciocho de noviembre del dos mil dieciséis que ordenó abrigo temporal de la niña Aneliz Valeria Urbina Dávila en la organización no gubernamental casa Main. Notifíquese la anterior resolución a las partes interesadas, personalmente o en su casa de habitación, a quienes se les advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número de facsímile para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después -de dictadas. Se les hace saber además, que contra la presente resolución procede el recurso ordinario de apelación, que deberán interponer ante esta Representación Legal dentro del plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha de la última notificación a las partes, el de recurso será de conocimiento de la Presidencia Ejecutiva de esta institución, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible. Expediente OLHN-00561-2016-2.—Licda. Marcela Ramírez Ulate, Órgano Director del Procedimiento.—O. C. N° 40694.—Solicitud N° 16000061.—( IN2016093060 ). A Karina María Gómez Sánchez, de nacionalidad costarricense, con cédula de identidad número cinco-trescientos veintitrés-cuatrocientos diecinueve, de domicilio y demás calidades desconocidas se hace saber la resolución de once horas cinco minutos del diecinueve de julio del dos mil dieciséis, mediante la cual esta oficina local ordena la ubicación de la persona menor Jimmy José Parrales Gómez, en el hogar del señor Aly Jafet Parrales Maltez. Plazo: cuarenta y ocho horas después de la última publicación de este edicto. Expediente administrativo N° OLSC-00089-2016.—Oficina Local de Santa Cruz, 16 setiembre del 2016.—Lic. German Morales Bonilla, Representante Legal.—O. C. N° 40694.—Solicitud N° 16000061.—( IN2016093061 ). A las siete horas cuarenta y ocho minutos del día veintiocho de octubre del dos mil dieciséis. A la señora Mora Arias Yadira se le comunica la resolución de las once horas cincuenta minutos del día veintiséis de octubre del dos mil dieciséis, en la que se da inicio del Proceso Especial de Protección en Sede Administrativa y dictado de Medida de protección de Cuido Provisional a favor del infante Indo Mora Arias. Expediente Administrativo OLOS-00106- Pág 33 2016. Notifíquese la anterior resolución a las partes interesadas, personalmente o en su casa de habitación, a quienes se les advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número de facsímile para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Se les hace saber además, que contra la presente resolución procede el recurso ordinario de apelación, que deberán interponer ante esta Representación Legal dentro del plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha de la última notificación a las partes, el de recurso será de conocimiento de la Presidencia Ejecutiva de esta institución, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible.—Oficina Local de Osa.—Licda. Roxana Gamboa Martínez, Órgano Director del Procedimiento.—O. C. N° 40694.—Solicitud N° 16000061.—( IN2016093062 ). A Óscar Hernández Picado, mayor, cedula: 6-0362-0256, demás calidades desconocidas, se le comunica la resolución de las once horas del siete de setiembre del año dos mil dieciséis, en virtud de la cual se pone en conocimiento informe de investigación ampliada de los hechos, elaborado por el Lic. Jorge Fajardo González, presente alegatos y ofrezca pruebas. Notifíquese. Y la resolución de diez horas del dieciséis de setiembre del dos mil dieciséis, mediante la cual se ordena medida de cuido provisional en familia sustituta a favor de los niños: Yeison, Tannia Isabel y José Antonio Todos Hernández Aguilar, fechas de nacimiento: 23-03-2006, 04-112001, 13-03-2000, citas de inscripción: 604980480, 305350444, 117720082, respectivamente, para que permanezcan en el hogar del señor Franklin Aguilar Álvarez, tío materno. Notifíquese: con la advertencia de que deben señalar lugar o un fax o correo electrónico donde recibir notificaciones, en caso de no hacerlo o si el lugar fuera inexacto, impreciso o llegara a desaparecer o el medio seleccionado fuera defectuoso estuviera desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta Institución se interrumpiera, la comunicación de las resoluciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de ser dictadas. En contra de esta resolución procede únicamente el recurso ordinario de apelación que deberá interponerse ante esta representación legal dentro de las 48 horas hábiles después de notificada la presente resolución, recurso que será resuelto por la Presidencia Ejecutiva de la entidad. Expediente OLCO-00103-2015.—Oficina Local Corredores.— Licda. Arelys Ruiz Bojorge, Representante Legal.—O. C. N° 40694.—Solicitud N° 16000061.—( IN2016093063 ). A quien interese se le comunica que por resolución de las doce horas veintinueve minutos del diez de noviembre del año dos mil dieciséis, se declaró estado de abandono en sede administrativa de la persona menor de edad Cristofer Mauricio Castro Morales. Notifíquese. La presente resolución a quien interese mediante la publicación de un edicto, por tres veces consecutivas, en el Diario Oficial, con la advertencia que deberán señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número de facsímil para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Se les hace saber, además, que contra la presente resolución proceden los recursos ordinarios de revocatoria con apelación en subsidio, que deberán interponer ante esta Representación Legal dentro del tercer día hábil inmediato siguiente a la fecha de la última notificación a las partes, siendo que el de revocatoria será de conocimiento de esta Representación Legal, y el de apelación de la Presidencia Ejecutiva de esta institución. Exp-OLS1-00087-2016.22.—Pani-Corredores.— Licda. Arelys Ruiz Bojorge, Representante Legal.—O. C. N° 40694.—Solicitud N° 16000061.—( IN2016093064 ). Pág 34 La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016 Se le comunica a Reiner Alvarado Solano, la resolución de las trece horas con quince minutos del nueve de Noviembre de dos mil dieciséis, mediante la cual se ubica a Gioconda Alvarado Sibaja al lado de la señora Joselyn Sibaja Cordero, hasta por un plazo de seis meses en forma provisional, cautelar. En contra de la presente resolución procede el recurso de apelación para ante el Superior en grado, dentro de un plazo de 48 horas, contados a partir de la tercera publicación del presente edicto. Deberá además señalar lugar o medio electrónico para recibir sus notificaciones dentro del perímetro de esta Oficina Local, si el lugar señalado fuere inexacto o incierto o el medio ineficaz, las resoluciones posteriores se tendrán por notificada con el sólo transcurso de 24 horas después de dictada. Expediente OLG00551-2015.—Oficina Local de Guadalupe, 14 de noviembre del 2016.—Licenciado Roberto Marín A., Representante Legal.—O. C. N° 40694.—Solicitud N° 16000061.—( IN2016093065 ). Al señor Roberto Guillermo Camacho Morales, mayor, con domicilio exacto y demás calidades desconocidas por esta oficina local se le comunica la resolución de las nueve horas diez minutos del quince de noviembre de dos mil dieciséis que ordenó el inicio de proceso especial de protección y dictó medida de inclusión en favor de la persona menor de edad Estefany Camacho Rodríguez, ubicándola en la ONG. Renacer, sita en Linda Vista de Patarrá de Desamparados, para tratamiento por consumo de sustancias adictivas, remitiéndose el expediente al Área de Psicología de esta oficina para que continúe el seguimiento correspondiente a la persona menor de edad. Se les confiere el término de tres días para que manifiesten cualquier oposición o manifiesten lo que tengan a bien manifestar. Notifíquese la anterior resolución a las partes interesadas por edicto al desconocer su domicilio actual exacto o ubicación de ambos, a quienes se les advierte que deberá señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número de facsímile para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta Institución se interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Se les hace saber además, que contra la presente resolución inicial descrita procede el recurso ordinario de apelación, que deberán interponer ante esta representación legal dentro del plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha de la última notificación a las partes, el de recurso será de conocimiento de la Presidencia Ejecutiva de esta Institución, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible. Expediente: OLHN-00326-2016.— Oficina Local Heredia Norte.—Licda. Ana Julieta Hernández Issa El Khoury, Órgano Director del Procedimiento.—O. C. N° 40694.— Solicitud N° 16000061.—( IN2016093066 ). A Yorleny Obando Trejos, mayor, cedula 6-0333-817, y José Sánchez Salas, mayor, cédula 6-289-742, demás calidades desconocidas, se les comunica la resolución de las siete horas treinta minutos del treinta de agosto del año dos mil dieciséis, dictada por este despacho en virtud de la cual se resuelve Resolución de Inicio del Proceso Especial de Protección, a favor de la persona menor de edad: Josué Sánchez Obando, citas de inscripción: 119890084. con fecha de nacimiento 27-02-2007 y la resolución de las siete horas treinta y dos minutos del catorce de noviembre del año dos mil dieciséis, en la cual se ponen en conocimiento por el plazo de cinco días hábiles, el Informe de investigación ampliada de los Hechos de fecha diez de noviembre del año dos mil dieciséis, elaborado por Lic. Jorge Fajardo González, Trabajador Social, presente alegatos y pruebas. Notifíquese. Oficina Local PANI-Corredores. Expediente N° OLCO-000512016.—Licda. Arelys Ruiz Bojorge, Representante Legal.—O. C. N° 40694.—Solicitud N° 16000061.—( IN2016093072 ). Yudith Elaine Vega Torres. Se le comunica la resolución de las catorce horas del veintiocho de octubre del dos mil dieciséis. en la que se ordenó medida de protección de orden de abrigo temporal a favor de la persona menor de edad Joshua José Vega Torres. Notifíquese la anterior resolución a las partes interesadas, personalmente o en su casa de habitación, a quienes se les advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número de facsímile para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después - de dictadas. Se les hace saber además, que contra la presente resolución procede el recurso ordinario de apelación, que deberán interponer ante esta Representación Legal dentro del plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha de la última notificación a las partes, el de recurso será de conocimiento de la Presidencia Ejecutiva de esta institución, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible. Expediente OLA00431-2016.—Oficina Local de Alajuela.—Licda. Alejandra Solís Lara, Órgano Director del Procedimiento.—O. C. N° 40694.— Solicitud N° 16000061.—( IN2016093073 ). A Yulian Calzadilla Suárez, se le comunica la resolución de las trece horas del catorce de noviembre del dos mil dieciséis, donde se resuelve: I.—Dar inicio al proceso especial de protección en sede administrativa a favor de la persona menor de edad Eva Calzadilla Solano. II.—Se ordena el cuido provisional de la persona menor de edad Eva Calzadilla Solano en el hogar solidario de su abuela materna, Flora Isabel Torres Arias. La presente medida de protección tiene una vigencia de hasta seis meses en tanto no se modifique en vía administrativa o judicial, teniendo como fecha de vencimiento el catorce de mayo del dos mil diecisiete, plazo dentro del cual deberá definirse la situación psicosociolegal de las persona menor de edad. IV.—Se ordena el egreso de la persona menor de edad Eva Calzadilla Solano con su abuela materna, Flora Isabel Torres Arias. V.—En cuanto a la interrelación familiar se dispone que la presente medida no limita el contacto de la señora Ruth Mariela Solano Torres con la persona menor de edad, dichas visitas se realizarán conforme al acuerdo previo de la madre y la abuela materna, siempre y cuando la madre no se halle, bajo los efectos de alguna sustancia adictiva. VI.—Se le advierte a la señora Ruth Mariela Solano Torres, su deber de integrarse a un grupo de crecimiento personal de educación a padres de los que imparte trabajo social de la Clínica Marcial Rodríguez y /o trabajo social del Hospital San Rafael y lo grupo a fin de su comunidad y/o participar en academia de crianza que se imparte en Alajuela, debiendo de aportar informes periódicos de avance a esta oficina. VII.—Se le advierte a la señora Ruth Mariela Solano Torres, su deber de someterse a valoración de IAFA y de cumplir con las recomendaciones dadas por dicho instituto, debiendo rendir informes de avance periódicamente a esta oficina. VIII.—Se le advierte a la señora Ruth Mariela Solano Torres, que debe someterse a la orientación, apoyo y seguimiento a la familia, que le brindará esta institución en el tiempo y forma que se les indique. Para lo cual se les indica que deben coopera con la atención institucional, lo que implica asistir a las citas que se le brinden así como cumplimiento de las indicaciones emitidas. IX.—Se designa a una profesional en psicología de la oficina local de Alajuela para que continúe brindando atención y seguimiento a la situación de la persona menor de edad, debiendo rendir un Plan de Intervención y Cronog Rama dentro del plazo de veinticinco días naturales y un informe final un mes antes del vencimiento de las medidas de protección. X) Se les otorga a los progenitores Ruth Mariela Solano Torres y Yulián Calzadilla Suárez, el plazo de cinco días hábiles dentro del cual podrán ofrecer la prueba de descargo pertinente. XI) Comuníquese esta resolución al Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela. Notifíquese la presente resolución a los señores Ruth Mariela Solano Torres y Yulián Calzadilla Suárez, personalmente o en su casa de habitación, a quienes se les advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número de facsímile para recibir aquellas notificaciones que La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016 pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después -de dictadas. Se les hace saber además, que contra la presente resolución procede el recurso ordinario de apelación, que deberán interponer ante esta representación legal dentro del plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha de la última notificación a las partes, el de recurso será de conocimiento de la presidencia ejecutiva de esta institución, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible. Expediente número 0LA00520-2015.—Oficina Local del PANI de Alajuela.—Licda. Marianela Acón Chan, Órgano Director del Procedimiento.—O. C. N° 40694.—Solicitud N° 16000061.—( IN2016093074 ). A Isabel Cristina Vargas Palacios se le comunica la resolución de las catorce horas con treinta minutos del dieciocho de octubre de dos mil dieciséis que ordenó la modificación de la Guarda Crianza de la persona menor de edad Nayla Isabella Leiva Vargas ubicándola en el hogar de su progenitor Rodrigo Humberto Leiva Rodríguez y la resolución de ocho horas con quince minutos del veintiuno de octubre de dos mil dieciséis donde se inició proceso especial de protección en favor de la persona menor de edad Tamara Daniela Cubero Vargas y la resolución de las nueve horas del dieciséis de noviembre de dos mil dieciséis donde se cambia el señalamiento a audiencia oral para evacuar prueba y presentar alegatos. Notifíquese las anteriores resoluciones a las partes interesadas, personalmente o en su casa de habitación, a quienes se les advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número de facsímile para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después -de dictadas. Se les hace saber además, que contra la presente resolución procede el recurso ordinario de apelación, que deberán interponer ante esta Representación Legal dentro del plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha de la última notificación a las partes, el de recurso será de conocimiento de la Presidencia Ejecutiva de esta institución, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible. Expediente N° OLPR-001892016.—Lic. Crist1an Francisco Ortiz Bonilla, Organo Director Del Proceso Especial De Protección En Sede Administrativa.—O. C. Nº 40694.—Solicitud Nº 16000061.—( IN2016093075 ). INSTITUTO NACIONALDE FOMENTO COOPERATIVO D.E. Nº 1589-1276-2016.—Instituto Nacional de Fomento Cooperativo.—San José, a las 14 horas del 21 de noviembre de 2016. Por haberse disuelto mediante sentencia del 9 de mayo de 2016 dictada por el Juzgado de Trabajo de Mayor Cuantía de San Carlos, la Cooperativa Autogestionaria de Productores y Turismo Río Celeste R.L. (COOPERIOCELESTE, R.L.) inscrita en el Registro del Departamento de Organizaciones del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social mediante resolución Nº C-1276 y con fundamento en los artículos 89 y concordantes de la Ley de Asociaciones Cooperativas y Creación del Instituto Nacional de Fomento Cooperativo, se nombra como integrantes de la Comisión Liquidadora a los señores Sylvia Subirós Barrantes, cédula de identidad Nº 1-505-324 y Jorge Enrique Chaves Villalobos, cédula de identidad Nº 2-224-244, en representación del INFOCOOP y Milagro Zamora Alpízar, cédula de identidad Nº 2-544-541, en representación de los asociados. Se convoca a interesados para que en el plazo de 15 días hábiles, a partir de esta publicación, hagan valer sus derechos ante la Comisión Liquidadora en el Área de Supervisión del Instituto Nacional de Fomento Cooperativo. Publíquese. Lic. Rónald Fonseca Vargas, Director Ejecutivo a. í.— 1 vez.—O.C. Nº 36769.—Solicitud Nº 72285.—( IN2016093733 ). Pág 35 El Instituto Nacional de Fomento Cooperativo (INFOCOOP) Departamento de Supervisión Cooperativa previene al Gerente de la Cooperativa Nacional de Servicios de Vivienda R.L. (CONASERVI R.L.), integrantes del Consejo de Administración, demás órganos administrativos y asociados de la misma, así como a terceros interesados, que este Instituto no tiene evidencia de que la cooperativa esté cumpliendo con su objeto social. De acuerdo con el Sistema de Información cooperativa que mantiene el Departamento de Supervisión Cooperativa del INFOCOOP, CONASERVI R.L. tiene pendiente de presentar los siguientes documentos: • Dirección exacta, apartado postal, número de teléfono, número de fax, dirección electrónica (si la tuviere) de la cooperativa. • Copia de las actas de Asamblea Ordinaria celebrada del 2010 al 2016, debidamente firmadas. • Copia de los Estados Financieros (auditados o firmados por el Gerente) del periodo 2008 al 2016. • Copia de la certificación de la personería jurídica, extendida por el Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social del Gerente, Consejo de Administración, Comité de Vigilancia y Comité de Educación y Bienestar Social, vigente. •Copia del Estatuto Social vigente registrado en el Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. • Copia del recibo de cancelación de la Póliza de Fidelidad vigente. • Nómina de asociados de acuerdo a la última asamblea. • Indicar mediante nota el número de asociados por género. • Indicar mediante nota la principal actividad económica a la que se dedica la cooperativa. Por otra parte, de acuerdo con los registros que al efecto lleva el Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, el nombramiento de tres miembros propietarios del Consejo de Administración, les venció su periodo en julio del 2014, a los otros dos miembros propietarios les venció su periodo en julio del 2013 y a los dos suplentes les venció su periodo en julio del 2013 y no existen gestiones en trámite para regularizar su situación registral. De lo anterior, deducimos que la entidad no se ajusta a lo que disponen los artículos 46, 47, 48, 53 y 98 incisos b) y c) de la Ley de Asociaciones Cooperativas vigente y no hay evidencia de que la cooperativa esté cumpliendo con su objeto social. Por lo tanto, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 86 inciso b), 87 inciso b) y el 97 de la Ley de Asociaciones Cooperativas vigente, se les confiere un plazo improrrogable de quince días hábiles, a partir de la fecha de recibo de este apercibimiento, para que presenten al INFOCOOP evidencia de que CONASERVI R.L., está cumpliendo con su objeto social, en su omisión, se aplicará lo que establece el artículo 87 de la Ley de Asociaciones Cooperativas vigente. (SC-1056-1217-2016). Departamento de Supervisión Cooperativa.—Mgter. María del Rocío Hernández Venegas, Gerente.—1 vez.—O. C. N° 36763.—Solicitud N° 71843.—( IN2016093738 ). D.E. Nº 1588-1451-2016.—San José, a las 14:00 horas del 21 de noviembre de 2016. Por haberse disuelto mediante sentencia Nº 653 de las 09:30 horas del 04 de diciembre de 2015 dictada por el Juzgado de Trabajo del II Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Pococí, la Cooperativa de Autogestión de Maquila R. L. (Coopeyireth, R. L.) inscrita en el Registro del Departamento de Organizaciones del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social mediante resolución Nº C-1451 y con fundamento en los artículos 89 y concordantes de la Ley de Asociaciones Cooperativas y Creación del Instituto Nacional de Fomento Cooperativo, se nombra como integrantes de la Comisión Liquidadora a los señores Sylvia Subirós Barrantes, cédula de identidad 1-505-324 y Jorge Enrique Chaves Villalobos, cédula de identidad 2-224-244, en representación del Infocoop y Marvy Mata Méndez, cédula de identidad 3-0300-0523, en representación de los asociados. Se convoca a interesados para que en el plazo de 15 días hábiles, a partir de esta publicación, hagan valer sus derechos ante la Comisión Liquidadora en el Área de Supervisión del Instituto Nacional de Fomento Cooperativo. Publíquese. Lic. Ronald Fonseca Vargas, Director Ejecutivo a. í.— 1 vez.—O. C. N° 36762.—Solicitud N° 71847.—( IN2016093742 ). Pág 36 La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016 AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICOS PÚBLICOS CONVOCA A CONSULTA PÚBLICA Se invita a los interesados a presentar sus oposiciones o coadyuvancias sobre la propuesta de la Refinadora Costarricense de Petróleo (RECOPE) para el ajuste extraordinario de los precios de los combustibles derivados de los hidrocarburos, diciembre de 2016, según el siguiente detalle: La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016 El plazo máximo para presentar sus oposiciones o coadyuvancias vence el día miércoles 21 de diciembre de 2016 a las dieciséis horas (4 p.m.). Las oposiciones o coadyuvancias se pueden presentar: ►en las oficinas de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, ubicadas en el edificio Turrubares del Oficentro Multipark, Guachipelín de Escazú, San José, ►o al fax 2215-6002, ►o por medio del correo electrónico(**): [email protected] Las oposiciones o coadyuvancias deben estar sustentadas con las razones de hecho y derecho que se consideren pertinentes, debidamente firmadas y consignar el lugar exacto, correo electrónico o el número de fax, para efectos de notificación por parte de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos. En el caso de que la oposición o coadyuvancia sea interpuesta por persona física, esta deberá aportar fotocopia de su cédula; y si es interpuesta por personas jurídicas, deberán aportar además certificación de personería vigente. Se hace saber a los interesados que esta consulta pública se realiza conforme al voto Nº 2007-11266 y 2010-004042 de la Sala Constitucional y las resoluciones RRG-7205-2007, RJD-2302015 y RJD-070-2016 de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos. Se informa que la propuesta se tramita en el expediente ET080-2016, y se puede consultar en las instalaciones de la ARESEP y en la siguiente dirección electrónica: www.aresep.go.cr (Consulta de expedientes). Asesorías e información adicional: comunicarse con el Consejero del Usuario al correo electrónico [email protected] o a la línea gratuita 8000-273737. (**) En el caso de que la oposición o coadyuvancia sea enviada por medio de correo electrónico, ésta debe de estar suscrita mediante firma digital, o en su defecto, el documento con la firma debe de ser escaneado y cumplir con todos los requisitos arriba señalados, además el tamaño de dicho correo electrónico no puede exceder a 10,5 megabytes. Dirección General de Atención al Usuario.—Marta Monge Marín.—1 vez.—O. C. Nº 8781-2016.—Solicitud Nº 73291.—( IN2016096010 ). RÉGIMEN MUNICIPAL MUNICIPALIDAD DE ESCAZÚ CEMENTERIO CAMPO DE ESPERANZA SAN ANTONIO DE ESCAZÚ La Junta Administradora del Cementerio Campo de Esperanza de San Antonio de Escazú, hace del conocimiento público, que según el artículo cuarto, inciso i, del acta número veintisiete, de la reunión extraordinaria, celebrada el día sábado cinco de noviembre del dos mil dieciséis, se aprobaron las siguientes tarifas que regirán a partir del 01 de enero del 2017. Pág 37 MUNICIPALIDAD DE PURISCAL El Concejo Municipal de Puriscal en sesión ordinaria N° 47 celebrada el 29 de noviembre 2016, acordó, no sesionar el día 27 de diciembre del 2016. Acuerdo 033-47-2016. Acuerdo definitivamente aprobado. Yorleny Guevara Mora, Secretaria.—1 vez.—( IN2016094242 ). MUNICIPALIDAD DE ALAJUELITA AVISO La Municipalidad del Cantón de Alajuelita comunica a los estimados vecinos y público en general, que por acuerdo de la sesión 47 ordinaria, celebrada el día 22 de noviembre del 2016, dispuso en trasladar la sesión 52 ordinaria correspondiente al martes 27 de diciembre al día 22 de Diciembre del presente año a las 19:00 horas. San José, 1 de diciembre del 2016.—Sra. Emilia Martínez Mena, Secretaria del Concejo Municipal.—1 vez.—( IN2016094241 ). MUNICIPALIDAD DE MONTES DE OCA Para los fines consiguientes la Dirección de Servicios de la Municipalidad de Montes de Oca hace saber que los señores Ugalde Mora Jairo, cédula 1-1043-0622, ha presentado escritura pública rendida ante la notario José Enrique Guevara Acuña en la que dice que traspasa y cede el derecho de cementerio fosa 357 bloque D del cementerio Nuevo de Sabanilla, a la señora Gómez Arroyo Rosalinda cédula 1-0345-0999, quien acepta que quede inscrito a nombre de ella con las obligaciones y responsabilidades que de este acto se derivan. La Municipalidad de Montes de Oca queda exonerada de toda responsabilidad civil y penal y brindará un plazo de 8 días hábiles a partir de esta publicación para escuchar objeciones. Sabanilla de Montes de Oca, 5 de diciembre del 2016.—Lic. Guillermo J. Montero Marroquín, Encargado de Cementerios.— 1 vez.—( IN2016094393 ). MUNICIPALIDAD DE POÁS La suscrita secretaria Concejo Municipal, hace constar que el Concejo Municipal del cantón de Poás, en su sesión ordinaria Nº 031-2016, celebrada el día 29 de noviembre de 2016, tomó el Acuerdo N° 478-11-2016, en forma unánime y definitivamente aprobado, para que la sesión ordinaria del Concejo Municipal programada el martes 27 de diciembre del 2016, se cambie y se celebre el día lunes 26 de diciembre 2016 a las 12:00 m.d. en la sala de sesiones de esta municipalidad.” Esto por motivo de que la municipalidad permanecerá cerrada por la época navideña, a partir del 26 de diciembre del 2016, inclusive, abriendo nuevamente sus puertas hasta el 02 de enero del 2017. Publíquese en el Diario Oficial La Gaceta. San Pedro de Poás, 01 diciembre 2016.—Roxana Chinchilla F., Secretaria.—1 vez.—( IN2016093698 ). MUNICIPALIDAD DE CARTAGO 1) Alquiler de nichos propiedad de la Junta, por un período de 5 años, ¢250.000,00 2) Inhumaciones en fosas de tierra, por un período de 5 años, ¢75.000,00 3) Inhumaciones en nicho normal, ¢30,000,00 4) Exhumaciones en nicho normal, ¢35.000,00 5) Permiso para construcción de bóvedas, ¢25.000,00 6) Permiso para construcción de tapa que conecte con el osario interno de la bóveda, ¢12.000,00 7) Permiso para construcción de osario externo en bóvedas, ¢15.000,00 8) Permiso para enchape de acera alrededor de la bóveda, ¢15.000,00 9) Pegado de placa por parte de la Junta, ¢6.000,00 10) Alquiler de bodega durante la construcción de la bóveda, ¢20.000,00 Rige treinta días después de la presente publicación de acuerdo al artículo N° 74 del Código Municipal. Escazú, 5 de diciembre del 2016.—Mayra León Sandi, Secretaria.—1 vez.—( IN2016093817 ). Proveeduría.—Guillermo Coronado Vargas.—1 vez.— ( IN2016093642 ). Proyecto Tarifas Desechos Sólidos El Concejo Municipal de la Municipalidad de Cartago comunica que, en sesión ordinaria realizada el veintinueve de noviembre del 2016, artículo 8 del acta N° 46-16 se aprobó la actualización de las tarifas del servicio de desechos sólidos, el cual se establece de la siguiente manera: Desechos sólidos Tasa mensual (en colones) Tipo de usuario Residencial, Religiosas Instituciones Comercial e Industrial Por metro lineal de frente de propiedad Públicas y ¢228,00 ¢570,00 Pág 38 La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016 MUNICIPALIDAD DE OREAMUNO Se le comunica al público en general, literalmente el Artículo 30°, Acuerdo Nº 403-2016, tomado en la Sesión Nº 046-2016, celebrada por el Concejo Municipal el día 21 de noviembre del 2016. Artículo 30°: Acuerdo Nº 403-2016: Moción presentada por la Regidora Propietaria Sonia Aguilar Monge y William Gómez Gómez y la Regidora Suplente Jenny Ramírez Brenes. Apoyada por los Regidores Ileana Bonilla Gómez, Alba Ramírez Méndez y Adrián Masis Siles. Se acuerda trasladar las siguientes sesiones: • La Sesión Ordinaria del día 26 de diciembre, 2016 para el día jueves 29 de diciembre del 2016. • La Sesión Ordinaria del 02 de enero 2017 para el día 05 de enero del 2017. Con dispensa del trámite de Comisión se declare aprobado y en firme y se le aplique el artículo 45 del Código Municipal. Lic. Catalina Coghi Ulloa, Alcaldesa.—1 vez.— ( IN2016093951 ). MUNICIPALIDAD DE HEREDIA En el Cementerio Anexo Central de Heredia, existe un derecho a nombre de Aragón Tellez Manuel, los descendientes del señor fallecido desean traspasar, además desean incluir beneficiarios indicándose así: Arrendatario: Walter Méndez Gómez, cédula 05-0148-1394 Beneficiarios: Xinia Elizondo Calderón, cédula 01-0527-0840 Lote Nº 130 Bloque E, medida 3 metros cuadrados para 2 nichos, solicitud 515, recibo 1441254, inscrito en Folio 77 Libro 2. Datos confirmados según constancia extendida por la Administración de Cementerios con fecha 18 de noviembre de 2016. Se emplaza por treinta días hábiles a todo aquel que pretenda tener derecho sobre el mismo, para que se apersone a la oficina de Asesoría Jurídica de la Municipalidad de Heredia, a fin de hacer valer sus derechos, caso contrario se inscribirá dicho derecho a nombre de la petente. Lic. Juan José Carmona Chaves, Administrador de Cementerios.—1 vez.—( IN2016093954 ). MUNICIPALIDAD DE BARVA MUNICIPALIDAD DE BARVA, INFORMA: El Concejo Municipal de Barva mediante acuerdo Nº 14702016, adoptado en la sesión ordinaria Nº 68-2016 celebrada el día 07 de noviembre acuerda aprobar la aplicación del descuento por pago adelantado en el primer trimestre del año 2017 a aquellos contribuyentes que cancelen por adelantado en el primer trimestre los impuestos sobre bienes inmuebles de todo el año; de conformidad a lo dispuesto en el artículo 11 del Reglamento para el Procedimiento de Cobro Administrativo, Extrajudicial, Judicial y de Arreglos de Pago de nuestra municipalidad, el artículo 25 de la Ley N° 7509 y reformado por la Ley N° 7729 Ley de Impuesto Sobre Bienes Inmuebles y el artículo 37 del Decreto Ejecutivo N° 27601H Reglamento a la Ley de Impuesto Sobre Bienes Inmuebles. Se aprueba que la tasa de descuento a aplicar será del 4,50% (tasa de referencia). No obstante se tendrán las siguientes consideraciones: A) Si la tasa básica pasiva en el momento del pago es igual o superior a la tasa de referencia (4,50%), se aplicará como porcentaje de descuento 4,50%. B) Si la tasa básica pasiva en el momento del pago es inferior a la tasa de referencia (4,50%), se aplicará como porcentaje de descuento la tasa básica pasiva en el momento del pago. Licda. Karla Montero Salas, Administradora Tributaria y Financiera.—1 vez.—( IN2016093802 ). MUNICIPALIDAD DE BELÉN El suscrito Dennis Mena Muñoz en calidad de Director de Servicios Públicos, cédula Nº 1-749-046, se hace la publicación de las tarifas vigentes de los servicios que se brindan actualmente. La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016 Pág 39 1.Actualización de la tasa trimestral para la recolección de residuos sólidos y disposición final: 2. Propuesta del factor anual de ¢33.29 por cada millón del valor de la propiedad en el servicio de Mantenimiento de Parques. 3.Propuesta del factor anual de ¢1.602,05 por cada millón del valor de la propiedad en el servicio de Aseo de Vías, para la cabecera central del distrito de Puerto Viejo. De acuerdo con lo dispuesto por el artículo 74 de la Ley N°7794 Código Municipal, una vez aprobado y fijado, entrará en vigencia treinta días después de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Tatiana Duarte Gamboa, Secretaria del Concejo.—1 vez.— ( IN2016094643 ). Denis Alfonso Mena Muñoz, Director Servicios Públicos.— 1 vez.—O.C. Nº 31657.—Solicitud Nº 72078.—( IN2016093747 ). MUNICIPALIDAD DE SARAPIQUÍ SECRETARÍA DEL CONCEJO MUNICIPAL El Concejo Municipal de Sarapiquí, en la sesión ordinaria N° 49, celebrada el 5 de diciembre de 2016, mediante acuerdo firme número 9, dictado bajo el artículo 4, con votación de seis votos afirmativos y uno negativo de la totalidad de los miembros que integran ese Órgano, con vista en la propuesta presentada por el señor Alcalde Municipal Pedro Rojas Guzmán para la aprobación de la tasa de cobro por el servicio de recolección y tratamiento final de desechos sólidos, así como factor de cobro para la generación de las tasas inicial por el servicio de mantenimiento de parques y zonas verdes, aseo de vías y sitios públicos de forma que sigue: 1°—Que se realiza audiencia pública de rigor para los servicios urbanos de la Municipalidad de Sarapiquí: Servicio de recolección y disposición final de desechos sólidos ordinarios, Mantenimiento de parques y Aseo de vías y sitios públicos incoado por esta Corporación Municipal en el edificio municipal, el 01 de diciembre de 2016 al ser las dieciséis horas; presente los señores: Elvin Hernández Loria, Director Financiero y Víctor Barquero Rojas, Asesor Legal de la Municipalidad de Sarapiquí y se finaliza al ser las dieciséis horas con treinta minutos, no existiendo posiciones que absolver. 2°—Aprobar las siguientes tarifas para los servicios urbanos propuestos en el estudio tarifario; misma que podrá ser cobrada de manera trimestral: MUNICIPALIDAD DE QUEPOS DEPARTAMENTO DE ZONA MARÍTIMA TERRESTRE EDICTOS Los Tres Brazos Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica 3-102-693973, representada por Joanne Marie Richard, mayor, casada, enfermera, pasaporte BA314485. Con base en el artículo 38 del Reglamento a la Ley sobre la Zona Marítimo Terrestre N° 6043 del 2 de marzo de 1977 y el Decreto Ejecutivo N° 7841-P del 16 de diciembre de 1977, solicita en concesión una parcela de terreno localizada en Playa Matapalo, distrito Savegre, cantón Quepos, provincia de Puntarenas. Mide 3.295 m2, de conformidad con el Plano Catastrado N° 6-1899352-2016, para dedicarlo a Uso de Residencia de Recreo (Área Mixta para Turismo y Comunidad-MIX), de conformidad al Plan Regulador aprobado. Linderos: Norte, calle pública; sur, calle Pública; este, Municipalidad de Quepos, oeste, Municipalidad de Quepos. Se advierte que la presente publicación no otorga derecho alguno y la misma se realiza sin perjuicio de que las futuras disposiciones del Plan Regulador aprobado en este sector de costero, afecten el uso actual de la parcela, se conceden treinta días hábiles, para oír oposiciones las cuales deberán venir acompañadas de dos copias y ser presentadas al Departamento de Zona Marítimo Terrestre. Además el opositor deberá identificarse debidamente Quepos, 30 de noviembre del 2016.—Lic. Víctor Hugo Acuña Zúñiga. MBA, Coordinador.—1 vez.—( IN2016094038 ). Loma Mason Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101363783, representada por Elieen Annelise Mason, mayor, cédula de residencia número 184000046728, mayor, casada una vez, pensionada, vecina de Portalón de Savegre Quepos. Con base en el Artículo 38 del Reglamento a la Ley sobre la Zona Marítimo Terrestre N° 6043 del 2 de marzo de 1977 y el Decreto Ejecutivo N° 7841-P del 16 de diciembre de 1977, solicita en concesión una parcela de terreno localizada en Playa Matapalo, distrito Savegre, cantón Quepos, provincia de Puntarenas. Mide 4.353 m2, de conformidad con el Plano Catastrado número 6-1892003-2016, para dedicarlo a Uso Turístico (Área Mixta para Turismo y Comunidad MIX), de conformidad al Plan Regulador aprobado. Linderos: norte, calle pública; sur, calle pública; este, Municipalidad de Quepos; oeste, calle pública. Se advierte que la presente publicación no otorga derecho alguno y la misma se realiza sin perjuicio de que las futuras disposiciones del Plan Regulador aprobado en este sector de costero, afecten el uso actual de la parcela, se conceden treinta días hábiles, para oír oposiciones las cuales deberán venir acompañadas de dos copias y ser presentadas al Departamento de Zona Marítimo Terrestre. Además el opositor deberá identificarse debidamente. Quepos, 30 de noviembre del 2016.—Lic. Víctor Hugo Acuña Zúñiga, MBA, Coordinador.—1 vez.—( IN2016094039 ). Pág 40 La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016 AVISOS CONVOCATORIAS PURA VIDA ASSOCIATION TRUST SOCIEDAD ANÓNIMA A los socios de la sociedad Pura Vida Association Trust Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-557991, por este medio se les convoca a la asamblea general ordinaria-extraordinaria de socios a celebrarse el día 14 de enero del 2017, en esta ocasión en las instalaciones de la Iglesia Hope Fellowship, segundo piso, de la Ancla 400 metros este, edificio a mano derecha, a las 09:00 horas en primera convocatoria y a las 10:00 en segunda convocatoria. La agenda y orden del día tratará los siguientes temas para su votación y aprobación: 1) Registro de socios. 2) Comprobación del quórum y apertura de la asamblea. 3) Proceder al nombramiento de presidente y secretario AD-HOC para la asamblea. 4) Escuchar el informe por el presidente.- 5) Escuchar y aprobar el informe contable por el periodo 2015-2016. 6) Escuchar y aprobar el reporte de la fiscalía. 7) Remover y nombrar el fiscal y remover el agente residente. 8) Confirmación y ejecución del contrato de fideicomiso-custodia de las acciones para la conclusión del proyecto en su parte estructural y legal, según contrato de compromiso con Lazar Abogaods S. A., se escuchan mociones. 9) Creación de Comités. 10) Aprobación de gastos y presupuesto para elementos y servicios comunes del proyecto. 11) Asuntos varios. 12) Autorizar y comisionar al notario público Juan Antonio Casafont Álvarez para que protocolicé la presente asamblea, así como a suscribir y otorgar válidamente la (s) escritura (s) pública (s) necesaria (s) para implementar y registrar en el Registro de la Propiedad en Condominio el cualquier modificación, quedando además facultado para suscribir y firmar cualesquiera notas o escrituras adicionales. 13) Proceder a la clausura de la asamblea.Esta convocatoria se realiza de conformidad con lo establecido en la Cláusula novena de los Estatutos y los artículos 158 y 164 Código de Comercio.—Playas del Coco, Guanacaste, 29 de noviembre del 2016.—Sharon Theresa Harris Presidenta.—James Stanford White Secretario, Responsable.—1 vez.—( IN2016093871 ). JULIO DE DESCANSO LIMITADA 3-102-533523 Convoca a los señores socios a Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de Cuotistas, que se celebrará en su domicilio social, en San José, San Pedro de Montes de Oca, barrio Los Yoses, del final de la avenida 10, 25 metros al norte y cien metros al este, a las 10:00 horas del día 28 de febrero de 2017, en primera convocatoria. De no haber quórum a la hora indicada, quedan convocados los señores socios para la celebración de la asamblea una hora después, en el mismo lugar, con los socios presentes. Agenda de la Asamblea: 1. Aprobar los Estados Financieros de la empresa. 2. Ratificar y determinar el estado del incremento de capital de la empresa. 3. Modificación de la cláusula quinta de los estatutos relativos a capital social. 4. Modificación de la cláusula sexta de los estatutos sociales, relativos a la administración de la sociedad. 5.Comisionar a los Notarios Públicos Alonso Vargas Araya y / o Eugenio Vargas Ramírez para protocolizar el acta de la asamblea y para posteriormente inscribirla en el Registro Público. 08 de diciembre de 2016.—Andrew Phillip Wilt, Gerente.— 1 vez.—( IN2016095854 ). ASOCIACIÓN PARA EL BIENESTAR Y AMPARO DE LOS ANIMALES La Asociación para el Bienestar y Amparo de los Animales, por este medio se convoca, a la asamblea general ordinaria N° 1-2017, Que se celebrara el sábado 7 de enero 2017, a las 16:00 horas, 16:30 horas y 17:00 horas en primera, segunda y tercera convocatoria respectivamente, en casa del asociado Silvian Hogg, ubicada de la Pops Curridabat 200 sur y 50 este San José, para conocer los siguientes puntos: 1 Incorporación, exclusión y ratificación de asociados. 2. Informes de presidente, tesorero y fiscal del 2016. 3. Plan de trabajo y presupuesto para el 2017. 4. Elección de junta directiva y fiscal para el 2017. Juan Carlos Peralta Víquez, cédula 3-0229-0629.—1 vez.— ( IN2016095938 ). CONDOMINIO HORIZONTAL RESIDENCIAL DE FINCAS FILIALES MYRA ADB El Condominio Horizontal Residencial de Fincas Filiales Myra ADB, cédula jurídica número 3-109-555589, por este medio se convoca a la asamblea general ordinaria y extraordinaria de Condóminos, a celebrarse el día martes 13 de enero del 2017, en el Restaurante del Hotel Mangroove, ubicado en Playa Panamá, Guanacaste, en primera convocatoria a las 2:00 p.m. y de no contarse con el quórum de ley se dará inicio a la asamblea con los presentes en segunda convocatoria a las 3:00 p.m. del mismo día. Se discutirá la siguiente agenda: 1. Asuntos sobre la cuota de mantenimiento 2. Asuntos sobre la reserva anual 3. Asuntos sobre la pintura general condominio 4. Creación de fondo para reserva legal 5. Asuntos varios Para ejercer válidamente su derecho de voz y voto en la Asamblea, cada propietario de cada finca filial deberá de aportar la documentación idónea que demuestre fehaciente y legalmente, esa condición. Las personas jurídicas deberán de acreditar su representación vigente, mediante certificación registral o notarial que no tenga más de cinco días naturales de emitida. Únicamente el condómino o su apoderado podrán asistir y participar con derecho a voz y voto en las Asambleas de Propietarios. La Administración, André Drake Boswell, Administrador.— 1 vez.—( IN2016095977 ). AVISOS PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ COLEGIO FEDERADO DE INGENIEROS Y DE ARQUITECTOS DE COSTA RICA Para información refiérase al Nº INT-239-2016/193-14, auto de intimación. En San José, Granadilla de Curridabat, casa anexa número uno del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica (en adelante CFIA), al ser las 10:59 horas del 14 de octubre del 2016, el Tribunal de Honor instaurado por la Junta Directiva General en el acuerdo N° 17, sesión N° 31-14/15-G.E., de fecha 8 de setiembre de 2015, resuelve emitir y comunicar el auto de intimación que da inicio al proceso disciplinario seguido en el expediente administrativo 193-14, a la empresa Rosemkor Arquitectos S.A., registro número CC-06691, cédula jurídica número 3-101-490835, por su actuación en el siguiente asunto: En su condición de empresa responsable del contrato de consultoría OC-618220 del 23 de agosto 2013, proyecto de vivienda, en lote con plano H-1130007-2007, propiedad de Juan Pablo Rodríguez Aguilar, ubicado en Heredia, San Rafael, Concepción, de la quinta La Intriga, 1 km norte-Burial, y responsable de la materialización de la obra. Se le atribuye la presunta comisión de los siguientes hechos: 1. Haber realizado obras constructivas en donde se presentó: a. Que la obra quedará en abandono después de los 6 meses pactados quedando pendiente los trabajos correspondientes a repello fino, instalación eléctrica, tubería mecánica del primer nivel, construcción de aleros, colocación de precintas según anexo a la denuncia a folios 43 al 46. 2. Permitir a su profesional responsable ante el Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, arquitecto Luis Diego Segura Montero autorizara a la Arq. Diana Agüero Selva realizar anotaciones en el cuaderno de bitácora correspondiente a esa obra sin estar autorizada mediante anotación en el Cuaderno de Bitácora en Obras, para ello. Según consta en folios 95-102, correspondientes a copia del cuaderno de bitácora serie 0165749. 3. Haber actuado en competencia desleal, al cobrar 240.000 colones por la I fase del proyecto, diseño preliminar, y planos constructivos, monto inferior al establecido en el arancel de servicios profesionales de consultoría para edificaciones. Con lo actuado podría haber faltado a: Ley La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016 Orgánica del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos: Capítulo IV, artículo 8, incisos a y b. Reglamento Interior General del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos: Capítulo VI, artículo 53. Reglamento para la Contratación de Servicios de Consultoría en Ingeniería y Arquitectura: Capítulo II artículos 10 y 11 B, incisos a, b, d y j. Reglamento de Empresas Consultoras y Constructoras artículo 10 a y d. Reglamento Especial del Cuaderno de Bitácora en Obras: capítulo I artículos 17. Arancel de servicios profesionales para edificaciones: artículo 4. Código de Ética Profesional del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica: Capítulo I artículos 1, 2, 3, capítulo III artículo 16, Capítulo IV artículo 18 y 19. Sobre los cargos que se le hace a la empresa Rosemkor Arquitectos S.A., se le concede el plazo improrrogable de veintiún días hábiles, contados a partir de la notificación del presente auto para que conteste y diga si los rechaza por ser falsos, si los acepta por ser ciertos o si los acepta sólo parcialmente y con modificaciones y rectificaciones, así como para ofrecer toda la prueba de descargo que considere oportuna y conveniente. Se le advierte que de no apersonarse al proceso este continuará sin su participación, sin perjuicio de que pueda hacerlo en cualquier momento, pero sin reposición de ningún trámite y tomando el proceso en el estado en que se encuentre (artículo 82 del Reglamento del Proceso Disciplinario del CFIA). Se garantiza al investigado el acceso en todo momento al expediente 193-14, sus piezas y antecedentes de la denuncia presentada en su contra. Tiene derecho a hacerse representar y asesorar por un abogado, técnico o cualquier persona calificada que estime conveniente. Contra la presente resolución caben los recursos ordinarios de revocatoria con apelación en subsidio (artículos 106, 107 y 108 del Reglamento del Proceso disciplinario del CFIA), para lo cual cuenta con un plazo de SIETE DÍAS HÁBILES contados a partir del día hábil siguiente de esta resolución. El recurso de revocatoria deberá plantearse ante este mismo tribunal y será resuelto en la misma sede. El de apelación será planteado de igual forma y será resuelto por la Junta Directiva General. Asimismo, se cita a la empresa Rosemkor Arquitectos S.A., en calidad de investigada, para que comparezca por medio de apoderado a la sede de este órgano en el Departamento de Tribunales de Honor del CFIA, ubicada en la casa anexa número uno del edificio del CFIA en Granadilla de Curridabat, contiguo al Indoor Club con el fin de celebrar comparecencia oral y privada a que se refiere el artículo 83 del “Reglamento del Proceso Disciplinario del CFIA”, que se llevará a cabo el día miércoles 22 de febrero de 2017, a las 8:30 horas. En dicha audiencia podrá ejercer su derecho de defensa y deberá aportar toda la prueba que no haya sido aportada, bajo sanción de caducidad; podrá formular interrogatorios, argumentos y conclusiones. La no asistencia a la comparecencia no impedirá que ésta se lleve a cabo y se resolverá con los elementos de juicio existentes. Se apercibe al investigado, que dentro del tercer día hábil y por escrito, de conformidad con lo establecido en los artículos 22 del Reglamento del Proceso Disciplinario y 9 del Reglamento Especial para las Notificaciones y Comunicaciones, ambos del CFIA, deberá señalar un número de fax, o bien un correo electrónico donde recibir notificaciones, bajo el apercibimiento de que si no lo hiciere, las resoluciones posteriores se tendrán por notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas. Igual consecuencia sucederá si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al CFIA. Notifíquese.—tribunal de honor de empresas. Arq. Ricardo Fliman Wurgaft Presidente.—( IN 2016092399 ). PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ CONDOMINIO HORIZONTAL RESIDENCIAL HACIENDA SACRAMENTO De conformidad con lo establecido por el Departamento de Propiedad Horizontal del Registro Nacional para la reposición de libros en Condominios, yo Carmen Corrales Segura, mayor, casada una vez, portadora de la cédula de identidad Nº 1-1073-075, en mi condición de condómino por encontrarse vencido el nombramiento del administrador, del Condominio Horizontal Residencial Hacienda Sacramento cédula de persona jurídica Nº 3-109-659057, finca matriz del partido de Cartago, matrícula 3303- -M-000, comunica a todos los interesados que se está reponiendo el libro de Actas de Asamblea de condóminos, número uno, por haberse extraviado el Pág 41 mismo. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición en San José, Montes de Oca, San Pedro, Los Yoses, avenida diez, calle 37 bis, edificio Central Law, en el término de 8 días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—San José, 24 de noviembre de 2016.—Carmen Corrales Segura.—( IN2016091458 ). CORPORACIÓN DE FARMACIA DEL SUR SOCIEDAD ANÓNIMA Por escritura otorgada ante mí Laura Virginia Baltodano Acuña el día 30 de noviembre del 2016, Ana Eugenia Vargas Acosta, portadora de la cédula de identidad N° 1-0612-0406, actuando en su condición de representante de la sociedad Corporación de Farmacia del Sur Sociedad Anónima, con cédula jurídica 3-101165042, vende el establecimiento mercantil denominado Farmacia San Isidro, el cual es negocio de venta y comercialización de medicamentos farmacéuticos ubicado en: San José, Pérez Zeledón, costado norte del Parque Central; la venta se realiza a la sociedad Jajuly & Co Sociedad Anónima, con cédula jurídica 3-101472671. Se cita a los acreedores e interesados para los efectos del artículo 479 del Código de Comercio, se presenten en el término de 15 días contados a partir de este aviso, para hacer valer sus derechos. Actúa como depositaria del precio la Licenciada Laura Virginia Baltodano Acuña con domicilio en San José, Montes de Oca, Los Yoses, Barrio Dent, 250 metros norte de Grupo Q, Bufete Alpha Legal.—San José, 1° de diciembre del 2016.—Licda. Laura Baltodano Acuña, Notaria.—( IN2016093122 ). UNIVERSIDAD INTERNACIONAL DE LAS AMÉRICAS La Universidad Internacional de las Américas hace constar que, ante la Oficina de Registro, se ha presentado por parte de la señora Sánchez Carvajal Suly Nancy, cédula de identidad uno uno cuatro uno cero cero nueve dos cero, la solicitud de reposición de su Título de Bachillerato en Periodismo emitido por esta Universidad, registrado en el libro de títulos bajo el tomo 1, folio 439, asiento 7447, con fecha del 31 de marzo del 2011. La señora Sánchez Carvajal solicita la reposición del mismo por haber extraviado el original. Se publica este edicto con el fin de escuchar oposiciones a dicha reposición, dentro del término de 15 días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Se emite el presente, a solicitud de la interesada, a los veintidós días del mes de noviembre del dos mil dieciséis.—Dr. Máximo Sequeira Alemán, Rector.—( IN2016093562 ). UNIVERSIDAD INTERNACIONAL DE LAS AMÉRICAS La Universidad Internacional de Las Américas, hace constar que, ante la Oficina de Registro, se ha presentado por parte de la señora Sánchez Carvajal Suly Nancy, cédula de identidad número uno uno cuatro uno cero cero nueve dos cero, la solicitud de reposición de su título de Licenciatura en Periodismo con énfasis en Periodismo Social, emitido por esta Universidad, registrado en el libro de títulos bajo el Tomo I, Folio 298, Asiento 5061 con fecha del 28 de noviembre del 2012. La señora Sánchez Carvajal, solicita la reposición del mismo por haber extraviado el original. Se publica este edicto con el fin de escuchar oposiciones a dicha reposición, dentro del término deis días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Se emite el presente, a solicitud de la interesada, a los veintidós días del mes de noviembre del dos mil dieciséis.—Doctor Máximo Sequeira Alemán, Rector.—( IN2016093563 ). PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ BANCO CMB DE COSTA RICA Por este medio se hace constar que el cheque de gerencia del Banco CMB de Costa Rica número 265330 girado en San José el día 29 de marzo del 2016, a nombre de Adriana Mora por un monto de 1.140.941,54 CRC (colones) el cual fue destruido por error. Por lo tanto se solicita a la entidad financiera Banco CMB se proceda con el reintegro correspondiente de forma inmediata a mi representada.—Amparo Esquivel Benítez, Representante Legal.—( IN2016093712 ). A las distintas Autoridades del país y público en general se hace saber acerca del extravío de la placa oficial de identificación número 127, carnet institucional, permiso de conducir de la Policía de Control Fiscal del Ministerio de Hacienda, así como carné de Pág 42 La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016 aeropuertos Juan Santamaría y Daniel Oduber. Se invita a cualquier persona interesada y que considere afectado que puede ejercer sus acciones ante las oficinas centrales de esta Policía. Keivyn Mora Montero, costarricense, portador de la cédula de identidad número 3-429-744.—San José, 05 de diciembre de 2016.— Keivyn Mora Montero.—( IN2016093910 ). número Dos, Mayor número Dos, Inventarios y Balances número Dos, los cuales fueron extraviados. Se emplaza por ocho días hábiles a partir de la publicación a cualquier interesado a fin de oír objeciones ante el Registro Mercantil.—En Ciudad Neily, el día treinta de noviembre del dos mil dieciséis.—Natalia Calderón Alpízar, Presidenta.—1 vez.—( IN2016094417 ). SAN JOSÉ INDOOR CLUB S. A. El San José Indoor Club S. A., tramita la reposición de la acción N° 1365, a nombre de Sonia Goicoechea Dale, cédula de identidad N° 1-0483-0267, por haberse extraviado. Cualquier persona que se considere con derechos deberá apersonarse ante el San Jose Indoor Club S. A., en sus oficinas, sitas en Curridabat, dentro del plazo indicado en el artículo 709 del Código de Comercio.—2 de diciembre del 2016.—Lic. Cristian Calderón M., Gerente General.—( IN2016094302 ). COLEGIO CIRUJANOS DENTISTAS DE COSTA RICA El Colegio Cirujanos Dentistas de Costa Rica informa que por acuerdo de asamblea general ordinaria N° 76 celebrada el 04 de diciembre del 2016, la Junta Directiva para el período 2017 quedó constituida de la siguiente manera: Dr. Rafael Porras Madrigal Presidente Dra. Sylvia Gudiño Fernández Vicepresidenta Dr. Alexis Hernández Montero Secretario Dra. Erica Mora Ruiz Fiscal Dra. Sofía Castro Jiménez Tesorera Dra. Carolina Madriz Arce Vocal I Dr. Juan Pablo Ulloa Chaverri Vocal II Dr. Miguel Aguilar Monge, Director Administrativo Adjunto.— 1 vez.—( IN2016094429 ). PUBLICACIÓN DE UNA VEZ TIERRA DE HERMANOS RUSH S. A. Yo Richard John Rush, de un solo apellido según las leyes de mí país, vecino de Junquilla de Santa Cruz, Guanacaste, Condominio las Brisas del Mar, con cédula de residencia uno uno dos cuatro cero cero cero siete seis uno cero cero; en mi condición de presidente y representante legal de Tierras de Hermanos Rush S.A., cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos mil doscientos noventa y nueve, solicito al Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional la reposición del libro número uno de Asambleas de Socios, el cual se extravió. Se emplaza por ocho días hábiles a partir de la publicación a cualquier interesado para oír objeciones ante el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional.— San José, 02 de abril de 2016.—Richard John Rush, Presidente y representante legal.—1 vez.—( IN2016093630 ). YAZ SAN JOSECITO SOCIEDAD ANÓNIMA Por este medio se hace saber del extravío de los libros legales: Registro de accionistas, Asamblea de Socios y Asamblea de Junta Directiva de la sociedad Yaz San Josecito Sociedad Anónima, domiciliada en Alajuela, Palmares, Buenos Aires, doscientos metros al sur del Bar Mi Choza, cedula jurídica N° tres-uno cero uno-cuatro cero cero nueve nueve cuatro. Publíquese una vez para efectos de reposición de libros ante el Registro Público de la Propiedad.—San José, veintidós de noviembre del dos mil dieciséis.—Yency Del Carmen Alvarado Zúñiga, Presidenta.—1 vez.—( IN2016093894 ). GEOTÉCNIA INGENIERÍA Y PERFORACIÓN GEOINPER DE COSTA RICA S. A. El señor Luis Diego Gamboa Méndez, cédula de identidad Nº 1-855-246, en su calidad de presidente con facultades de apoderado generalísimo, de la sociedad, denominada: Geotécnia Ingeniería y Perforación Geoinper de Costa Rica S. A., cédula jurídica Nº 3-101-635638, solicitó al Registro Mercantil la reposición del libro: Actas de Asamblea de Socios, el cual fue extraviado. Se emplaza por ocho días hábiles a partir de la publicación a cualquier interesado a fin de oír objeciones ante el Registro Mercantil.—San José, 5 de diciembre del 2016.—Diana Catalina Varela Solano, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2016094314 ). ASOCIACION DE EXPENDEDORES DE CARNE DE LA REGION BRUNCA Yo, Natalia Calderón Alpízar, mayor, casada una vez, comerciante, portadora de la cédula de identidad número seis trescientos ochenta y cinco - quinientos noventa y ocho, vecina de Ciudad Neily, Corredores, Puntarenas, calle del comercio en Carnicería la Popular, en su condición de presidente con facultades de Apoderada Generalísima Sin Límite de Suma de la Asociación de Expendedores de Carne de La Región Brunca, con cédula jurídica número tres - cero cero dos - doscientos ochenta y dos mil ochocientos diez, con domicilio legal en Puntarenas, Corredores en las oficinas de la Cámara de Ganaderos, situadas en las inmediaciones del redondel de toros en Ciudad Neily, solicita al Departamento de Asociaciones del Registro de Personas Jurídicas la reposición de los siguientes libros: Libros de Diario PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ El suscrito, Luis Enrique Salazar Sánchez, notario público con oficina en la ciudad de San José, hago constar que el día veintiocho de octubre del dos mil dieciséis, protocolicé acta de la empresa Villas Soto S. A., en la que se modifica la cláusula del capital social de la compañía, disminuyéndose el capital social de la compañía, quedando el mismo en la suma de diez mil colones.—San José, catorce de noviembre del dos mil dieciséis.—Lic. Luis Enrique Salazar Sánchez, Notario.—( IN2016091408 ). Mediante escritura otorgada a las diecinueve horas del veintiséis de setiembre del dos mil dieciséis, se protocolizaron sendas actas de asambleas generales de socios de las sociedades que se dirán, por las cuales: a) Se reforma la cláusula quinta del pacto social de Reserva Conchal S. A., disminuyéndose su capital social; y b) Reserva Conchal S.A, IMB Florida S. A., Corporación de Inversiones FIFCO S. A., Hacienda Pura Vida M y S S. A., Shore Red Ocean S. A., Filial Cuatro Barbados de Monte Real S. A., y F&C Investments S. A., se fusionan, prevaleciendo Reserva Conchal Sociedad Anónima y aumentándose su capital social.—San José, veintiséis de setiembre del dos mil dieciséis.—Lic. Ana Lucía Espinoza: Blanco.—( IN2016094141 ). Mediante escritura otorgada el día de hoy en mi notaría, se reforma la cláusula quinta del pacto social de Desarrollos Hoteleros Guanacaste S. A., disminuyéndose su capital social.— San José, veintiséis de setiembre de dos mil dieciséis.—Lic. Ana Lucía Espinoza Blanco, Notaria.—( IN2016094144 ). PUBLICACIÓN DE UNA VEZ Por escritura protocolizada ante esta notaría de las ocho y quince horas de hoy se modifica la cláusula sexta del pacto constitutivo de la sociedad Mavima Sociedad Anónima, y se nombra nueva junta directiva.—San José dos de noviembre del dos mil dieciséis.—Lic. Javier Blanco Benavides, Notario.—1 vez.—( IN2016093090 ). Por escritura otorgada ante mí a las 18:30 horas del 28 de noviembre de 2016; se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad I Deserve It Ltda., mediante la cual se modificó la representación de la sociedad.—San Ramón de Alajuela, 29 de noviembre del 2016.—Lic. Adolfo Jeremías Ramos González, Notario.—1 vez.—( IN2016093095 ). Por escritura otorgada ante esta notaria se protocolizan acuerdos de la sociedad de esta plaza Multiservicios Industriales J.M.E Sociedad Anónima, se reforma clásula 8 de administración. Notaría pública: Vera Violeta Salazar Rojas.—San José, 22 de noviembre del dos mil dieciséis.—Lic. Vera V. Salazar R, Notaria.—1 vez.—( IN2016093097 ). Por escritura otorgada ante esta notaria se protocolizan acuerdos de la sociedad de esta plaza Comaro Sociedad Anónima, se reforma cláusula 2 del domicilio y 6 de administración. Notaría La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016 pública: Vera Violeta Salazar Rojas.—San José, 29 de octubre del dos mil dieciséis.—Licda. Vera Violeta Salazar Rojas, Notaria.—1 vez.—( IN2016093098 ). Mediante escritura 12-9 de las 10:00 horas del 15 de noviembre de 2016, otorgada en Guanacaste, protocolicé acuerdos de asamblea de socios de la sociedad Puerco Volador S. A., cédula jurídica 3-101-237221, donde se modifica el domicilio social de la sociedad.— Guanacaste, 15-11-2016.—Lic. Omar Ayales Adén, Notario.—1 vez.—( IN2016093100 ). Por escritura otorgada ante mí notaría, de las 8:00 del día de hoy, se protocolizó acta de la sociedad Corporación Imperial Independiente Sociedad Anónima, mediante la cual se modificó la cláusula sétima y se reestructuró la junta directiva.—Lic. Gustavo Álvarez Mora.—San José, 30 de noviembre, 2016.—Lic. Gustavo Álvarez Mora, Notario.—1 vez.—( IN2016093102 ). Por escritura número cuarenta y uno, tomo dieciséis, protocolicé acta número veintisiete de asamblea general extraordinaria de socios, de la sociedad Corporación Ganadera Interamericana S. A., cédula jurídica 3-101-13947 mediante la cual se cambia el domicilio social.—Liberia, 1° de diciembre del 2016.—Licda. Xenia Saborío García, Notaria.—1 vez.—( IN2016093103 ). La suscrita Catherine Mora Chavarría, carné número 19189, hago constar que ante esta notaría a las dieciocho horas del día veintiocho de noviembre del año dos mil dieciséis, se modificó la junta directiva y el nombre de la empresa 3-101-525927 Sociedad Anónima, mismo número de cedula jurídica, por lo que solicito se publique el edicto de ley. Es todo.—San José, 1° de diciembre del 2016.—Lic. Catherine Mora Chavarría, Notaria.—1 vez.—( IN2016093105 ). La suscrita Catherine Mora Chavarría, carné número 19189, hago constar que ante esta notaría a las trece horas del día treinta de noviembre del año dos mil dieciséis, se modificó la junta directiva de la empresa Altos Cerro de Mayorca Número Veinte Fucsia Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos sesenta y ocho mil setecientos treinta y nueve, por lo que solicito se publique el edicto de ley. Es todo.—San José, 1° de diciembre del 2016.—Licda. Catherine Mora Chavarría, Notaria.—1 vez.— ( IN2016093106 ). Protocolización acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Lyem Limitada, mediante la cual se reforma cláusula sétima de la administración, y se nombran nuevo gerente y subgerente.—San José, veinticuatro de noviembre del dos mil dieciséis.—Lic. Jorge Johanning Mora, Notario.—1 vez.—( IN2016093107 ). Mediante escritura otorgada a las 11:30 horas del 1° de diciembre del 2016, se modificó la siguiente cláusula del pacto constitutivo: la cuarta: del objeto social: genérico, en la sociedad Constructora Meco S. A.—San José, 1° de diciembre del 2016.—Licda. Gabriela Gómez Solera, Notaria.—1 vez.—( IN2016093109 ). Por escritura otorgada a las doce horas del siete de noviembre del dos mil dieciséis, los señores Gaspar Ortuño de la Goublaye de Menoval y Sergio Fernando Alvarado Fernández, constituyen la compañía denominada Vehículos Clásicos Costa Rica Sociedad Anónima, domiciliada en San José, Desamparados, San Rafael Arriba; detrás del Kinder Manuel Ortuño, con capital social de cien mil colones, representado por cien acciones comunes y nominativas de un mil colones cada una.—San José, 30 de noviembre del dos mil dieciséis.—Lic. Henry Mora Arce, Notario.—1 vez.—( IN2016093111 ). Mediante escritura número doscientos ochenta y siete de las quince horas del dieciocho de noviembre del dos mil dieciséis ante la notaria, Licda. Ana Patricia Calderón Zapata, se constituye la sociedad de la esta plaza denominada Panadería Vallecito de los Ángeles Sociedad Anónima, capital, debidamente suscrito y pagado por una vigencia de noventa y nueve años.—San José, 30 de noviembre del 2016.—Licda. Ana Patricia Calderón Zapata, Notaria.—1 vez.—( IN2016093114 ). Pág 43 Por escritura número 144 del tomo 12 de mi protocolo, otorgada a las 09:00 horas del 1° de diciembre del año 2016, el suscrito notario protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas número 4 de la sociedad Coyol GC&D S. A., con cédula de persona jurídica número 3-101-689524, mediante la cual se reforma la cláusula sexta de los estatutos sociales.—San José, 1° de diciembre del año 2016.—Lic. Carlos Mariano Arrea Anderson, Notario.—1 vez.—( IN2016093117 ). Por escritura número 143 del tomo 12 de mi protocolo, otorgada las 08:00 horas del 01 de diciembre del año 2016, el suscrito notario protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas número 1 de la sociedad Alpha Business Consulting Ltda., con cédula de persona jurídica número 3-102-716783, mediante la cual se reforma la cláusula primera de los estatutos sociales.—San José, 1° de diciembre del año 2016.—Lic. Carlos Mariano Arrea ANderson, Notario.—1 vez.—( IN2016093118 ). Northwest C & O Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101325158, remueve presidente y en su lugar nombra como presidenta a Mariana Villalobos Abarca.—04 de mayo del 2016.—Lic. Rodney Armando Reyes Mora, Notario.—1 vez.—( IN2016093124 ). Quien suscribe Sandeep Aggarwal, residente canadiense portador de la cedula de identidad número 112400180211 se apersona a la notaría del Lic. Rodrigo Bonilla Gamboa, ubicada en San José, catedral sur frente a la terminal de buses Musoc a constituir Sociedad Anónima de nombre Red Pill Marketing. Los teléfonos para cualquier consulta son 2221-2644 en horario de oficina de 8:00 a.m. a 5:00 p.m.—San José 30 de noviembre del 2016.—Lic. Rodrigo Bonilla Gamboa, Notario.—1 vez.—( IN2016093126 ). Por instrumento público número treinta y cuatro, otorgado en mi notaria, en San José, a las diez horas con treinta minutos del día primero de diciembre del dos mil dieciséis, se protocolizó la asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Montaña y Río Jorma Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica tres-ciento uno-trescientos treinta y nueve mil novecientos noventa y cuatro, mediante la cual se reforma la cláusula sexta del pacto constitutivo, en referencia a la administración.—San José, primero de diciembre del dos mil dieciséis.—Licda. Laura Mariana Oviedo Murillo, Notaria.—1 vez.—( IN2016093127 ). Ante mi notaría, se constituyó Servicio Automotriz Valencia Sociedad Anónima. Plazo social noventa y nueve años.—Lic. Carlos Eduardo Vargas Chacón, Notario.—1 vez.— ( IN2016093129 ). Ante mí, Víctor Manuel Soto Piatkina, notario público con oficina abierta en Alajuela, Poás, San Pedro; doscientos veinticinco metros sur, de la escuela Pedro Aguirre Cerda, a las 11:00 horas del 1° de diciembre del 2016 se reformó la cláusula quinta de la sociedad Archicons S. A.—Alajuela, 1° de diciembre del 2016.—Lic. Víctor Manuel Soto Piatkina, Notario.—1 vez.—( IN2016093130 ). Ante mi notaría, se constituyó la sociedad denominada Netel Redes y Comunicaciones de Costa Rica Sociedad Anónima. Plazo social noventa y nueve años.—Lic. Carlos Eduardo Vargas Chacón, Notario.—1 vez.—( IN2016093131 ). Ante esta notaría, al ser las catorce horas del día treinta de noviembre del dos mil dieciséis, se protocolizo acta mediante la cual la sociedad Micman Multiservicios S. A., por acuerdo de socios solicita disolver y liquidar la compañía.—San José, a los treinta días del mes de noviembre del dos mil dieciséis.—Licda. María Lucrecia Quesada Barquero, Notaria.—1 vez.—( IN2016093137 ). Ante esta notaría, mediante escritura número once del tomo veintiuno de mi protocolo, de las nueve horas del primero de diciembre del año en curso, se constituye la sociedad denominada USB Estudios Musicales S. A., capital social: diez mil colones, pagado así: mediante letra de cambio por el valor de cinco mil colones y la aportación de consola interface de audio, por el pago de acciones por cinco mil colones; se nombra como presidente a David Josué Bolaños Jaimes.—San José, primero de diciembre del dos mil dieciséis.—Lic. Juan Carlos Campos Salas, Notario.—1 vez.—( IN2016093138 ). Pág 44 La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016 Por escritura otorgada ante esta notaría, a las dieciocho horas del treinta de noviembre de dos mil dieciséis, se protocolizó acta de Apaci Logísticas Sociedad Anónima, según lo cual se realiza modificación en el pacto social referente a la representación legal y capital social. Licenciado Isaac Montero Solera, carnet siete mil doscientos cuarenta y cuatro.—Barva, treinta de noviembre del dos mil dieciséis.—Lic. Isaac Montero Solera, Notario.—1 vez.—( IN2016093139 ). Ante esta notaría, al ser las catorce horas con diez minutos del día treinta de noviembre del dos mil dieciséis, se protocolizó acta mediante la cual la sociedad Inversiones Portal Dorado IPD S. A., por acuerdo de socios solicita disolver y liquidar la compañía.—San José, a los treinta días del mes de noviembre del dos mil dieciséis.—Licda. María Lucrecia Quesada Barquero, Notaria.—1 vez.—( IN2016093142 ). Por escritura número 249 otorgada ante esta notaría, a las 16 horas del 30 de noviembre del año 2016, se modificó la cláusula primera del nombre de la sociedad siendo actualmente Lexgroup Consultores Sociedad Anónima cédula jurídica 3-101-722810.— San José 1-12-2016.—Lic. José Aguilar Herrera, Notario.—1 vez.—( IN2016093151 ). Acta de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad de esta plaza denominada: Ganadera Condega Sociedad Anónima, celebrada en su domicilio social a las quince horas del día quince de mayo del dos mil dieciséis. Reforma: cláusula segunda. Amparo Condega Loría, Presidenta.—San José, 10 de noviembre del 2016.—Lic. Víctor Manuel Ledezma Varela, Notario.—1 vez.—( IN2016093152 ). Ante esta notaría, mediante escritura N° ciento veintinueve, de las ocho horas del veintiuno de noviembre de dos mil dieciséis, se nombra junta directiva y se modifica cláusula sexta del pacto constitutivo relacionada con la administración de la sociedad denominada Shobag Sociedd Anónima, cédula jurídica 3-101119907. Es todo.—San José, dos de diciembre del dos mil dieciséis.—1° de diciembre del 2016.—Licda. Zulema Villalta Bolaños, Notaria.—1 vez.—( IN2016093153 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 15 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Kprichos León Limitada.—San José, 15 de noviembre del 2016.—Lic. Orlando Gustavo Araya Amador, Notario.—1 vez.—CE2016014849.—( IN2016093155 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 10 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Desarrolladora Las Mercedes By Avalon Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de noviembre del 2016.—Licda. Aurora Marcela Saravia Torres, Notaria.—1 vez.— CE2016014850.—( IN2016093156 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 10 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Dryl Sociedad Anónima.—San José, 16 de noviembre del 2016.—Lic. José Carlos Quesada Camacho, Notario.—1 vez.— CE2016014851.—( IN2016093157 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 14 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada El Poker de Rigo Sociedad Anónima.—San José, 16 de noviembre del 2016.—Lic. Bernardo Guzmán Núñez, Notario.—1 vez.—CE2016014852.—( IN2016093158 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 02 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Quality Consulting Group QCG Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de noviembre del 2016.—Lic. Ricardo Cordero Baltodano, Notario.—1 vez.—CE2016014853.—( IN2016093159 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 15 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada G Wada DW Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de noviembre del 2016.—Licda. Ismene Arroyo Marín, Notaria.—1 vez.— CE2016014854.—( IN2016093160 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 15 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Industria de Materias y Esencias Contemporáneas Cemani Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de noviembre del 2016.—Licda. Ana Grettel Chaves Loría, Notaria.—1 vez.—CE2016014855.—( IN2016093161 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 45 minutos del 25 de octubre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada J E M H V Servicios Profesionales en Administración Sociedad Anónima.—San José, 16 de noviembre del 2016.—Lic. Mario Alberto Mesén Araya, Notario.—1 vez.—CE2016014856.— ( IN2016093162 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 07 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Tecnoinstalaciones Constructivas Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de noviembre del 2016.—Lic. Paul Zúñiga Hernández, Notario.—1 vez.— CE2016014857.—( IN2016093163 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 10 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Importaciones y Exportaciones Drive Clean Sociedad Anónima.—San José, 16 de noviembre del 2016.—Lic. Sintique León González, Notario.—1 vez.—CE2016014858.—( IN2016093164 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 14 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Servicios Múltiples Tizingal Diquis Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de noviembre del 2016.—Lic. Enrique Corrales Barrientos, Notario.—1 vez.— CE2016014859.—( IN2016093165 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 15 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Nestegg Sociedad Anónima.—San José, 16 de noviembre del 2016.—Lic. Luis Alberto Apu Oviedo, Notario.—1 vez.—CE2016014860.—( IN2016093166 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 17 horas 00 minutos del 15 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Consultora y Constructora Q Y A Sociedad Anónima.—San José, 16 de noviembre del 2016.—Licda. Ana Isabel Elizondo León, Notaria.—1 vez.— CE2016014861.—( IN2016093167 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 16 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Centro Nacional para la Resolución Alterna de Conflictos CENARAC Limitada.—San José, 16 de noviembre del 2016.—Licda. Maribel Sinfonte Fernández, Notaria.—1 vez.— CE2016014862.—( IN2016093168 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 16 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Hoponopono Sociedad Anónima.—San José, 16 de noviembre del 2016.—Lic. Gustavo Adolfo Acuña Soto, Notario.—1 vez.—CE2016014863.—( IN2016093169 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 15 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Las Aventuras de IIP Sociedad Anónima.—San José, 16 de noviembre del 2016.—Lic. Juan Carlos Bonilla Portocarrero, Notario.—1 vez.—CE2016014864.—( IN2016093170 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 11 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Cevichitico Barrantes Sociedad Anónima.—San José, 16 de noviembre del 2016.—Lic. Luis Miguel Murillo Gómez, Notario.—1 vez.—CE2016014865.—( IN2016093171 ). La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016 Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 11 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada TT Release Too Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de noviembre del 2016.—Licda. Soren Araya Madrigal, Notaria.—1 vez.— CE2016014866.—( IN2016093172 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 15 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Seahorse Dorado Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de noviembre del 2016.—Lic. Cristian Guillermo Jiménez Barrantes, Notario.—1 vez.—CE2016014867.— ( IN2016093173 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 49 minutos del 14 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Inversiones del Pacífico NGDCH Sociedad Anónima.—San José, 16 de noviembre del 2016.—Lic. Guido Ramón Rodríguez Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2016014868.— ( IN2016093174 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 15 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Índigo Kilómetro Cero Limitada.—San José, 16 de noviembre del 2016.—Lic. Alan Masís Angulo, Notario.—1 vez.— CE2016014869.—( IN2016093175 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 15 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Charleston SC Costa Rica Pad Limitada.—San José, 16 de noviembre del 2016.—Lic. Gabriel Chaves Ledezma, Notario.—1 vez.—CE2016014870.—( IN2016093176 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 15 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Transportes de Combustible El Pacífico R S Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de noviembre del 2016.—Lic. Ranee Granados Monge, Notario.—1 vez.—CE2016014871.—( IN2016093177 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 20 minutos del 15 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Matus International Sociedad Anónima.— San José, 16 de noviembre del 2016.—Lic. Aldo José Mata Morales, Notario.—1 vez.—CE2016014872.—( IN2016093178 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 15 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Agrícola Comercial Sociedad Anónima.— San José, 16 de noviembre del 2016.—Lic. Yesenia Quesada Rojas, Notaria.—1 vez.—CE2016014873.—( IN2016093179 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 15 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Gapanajo Sociedad Anónima.—San José, 16 de noviembre del 2016.—Lic. Óscar Gabriel Cordero Sáenz, Notario.—1 vez.—CE2016014874.—( IN2016093180 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 14 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada CRPR Escazú Limitada.—San José, 16 de noviembre del 2016.—Lic. Óscar Manuel Funes Orellana, Notario.—1 vez.— CE2016014875.—( IN2016093181 ). Pág 45 Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 15 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Roelmu de Guanacaste Sociedad Anónima.—San José, 16 de noviembre del 2016.—Lic. Leonardo Diaz Rivel, Notario.—1 vez.—CE2016014878.—( IN2016093184 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 11 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada La Golondrina del Monte Sociedad Anónima.—San José, 16 de noviembre del 2016.—Lic. Freddy Jiménez Chacón, Notario.—1 vez.—CE2016014879.—( IN2016093185 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 02 horas 30 minutos del 15 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Njua Verde Sociedad Anónima.—San José, 16 de noviembre del 2016.—Licda. Elizabeth Jiménez Núñez, Notaria.—1 vez.—CE2016014880.—( IN2016093186 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 07 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Tecnoinstalaciones Constructivas Calderón y Compañía Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de noviembre del 2016.—Lic. Paul Zúñiga Hernández, Notario.—1 vez.—CE2016014881.—( IN2016093187 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 15 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Harvest Moon Venture Sociedad Anónima.—San José, 16 de noviembre del 2016.—Licda. Mónica Zumbado Fallas, Notaria.—1 vez.—CE2016014882.—( IN2016093188 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 15 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Desarrollo Empresarial del Sur Sociedad Anónima.—San José, 16 de noviembre del 2016.—Lic. Wilberth Samudio Mora, Notario.—1 vez.— CE2016014883.—( IN2016093189 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 16 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Rhodiola Alaska Holding Llc Limitada.—San José, 16 de noviembre del 2016.—Lic. Guillermo Esquivel Herrera, Notario.—1 vez.—CE2016014884.—( IN2016093190 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 13 de octubre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Craviabrokers Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de noviembre del 2016.—Lic. José Miguel Alfaro Gómez, Notario.—1 vez.—CE2016014885.—( IN2016093191 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 15 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Spikeandoak Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de noviembre del 2016.—Lic. Jefte David Zúñiga Jiménez, Notario.—1 vez.—CE2016014886.—( IN2016093192 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 14 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Gracias Gala Sociedad Anónima.—San José, 16 de noviembre del 2016.—Lic. Esteban Zúñiga Alvarado, Notario.—1 vez.—CE2016014887.—( IN2016093193 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 14 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Artelesa Pinceledes CRE Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de noviembre del 2016.—Licda. Helen Duarte Gamboa, Notaria.—1 vez.— CE2016014876.—( IN2016093182 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 04 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Epayments M.H.A. Sociedad Anónima.— San José, 16 de noviembre del 2016.—Lic. Hernán Velasco Sasso, Notario.—1 vez.—CE2016014888.—( IN2016093194 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 16 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Grupo Kinco Sociedad Anónima.—San José, 16 de noviembre del 2016.—Licda. Jenny María Ramos González, Notaria.—1 vez.—CE2016014877.—( IN2016093183 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 20 minutos del 15 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Matusintl Sociedad Anónima.—San José, 16 de noviembre del 2016.—Lic. Aldo José Mata Morales, Notario.—1 vez.—CE2016014889.—( IN2016093195 ). Pág 46 La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016 Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 15 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Agrícola Briceño González Sociedad Anónima.— San José, 16 de noviembre del 2016.—Lic. Yesenia Quesada Rojas, Notaria.—1 vez.—CE2016014890.—( IN2016093196 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 15 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Serviconta VRB Limitada.—San José, 16 de noviembre del 2016.—Lic. Tobías Felipe Murillo Jiménez, Notario.—1 vez.—CE2016014891.—( IN2016093197 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 07 horas 00 minutos del 15 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Mundo del Marisco Sociedad Anónima.—San José, 16 de noviembre del 2016.—Lic. Carlos Eduardo Murillo Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2016014892.—( IN2016093198 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 16 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Action Charters LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de noviembre del 2016.—Lic. Warner Porras Guzmán, Notario.—1 vez.—CE2016014893.—( IN2016093199 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 16 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Oxford Gems Company Sociedad Anónima.—San José, 16 de noviembre del 2016.—Licda. Nancy Baraquiso Leitón, Notaria.—1 vez.—CE2016014894.—( IN2016093200 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 16 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Aristogatos en las Rocas Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de noviembre del 2016.—Lic. Ricardo Cordero Vargas, Notario.—1 vez.— CE2016014895.—( IN2016093201 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 10 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Financieras M & A Sociedad Anónima.—San José, 16 de noviembre del 2016.—Licda. Karen Ginneth López Jara, Notaria.—1 vez.— CE2016014896.—( IN2016093202 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 07 horas 30 minutos del 15 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Gusanca de Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 16 de noviembre del 2016.—Lic. Alejandro Alonso Román González, Notario.—1 vez.—CE2016014897.—( IN2016093203 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 50 minutos del 15 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Slightest Edge Entertainment Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de noviembre del 2016.—Licda. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—CE2016014898.—( IN2016093204 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 03 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Los Tres Cantineros Sociedad Anónima.—San José, 16 de noviembre del 2016.—Licda. Cindy Vanessa Picado Saborío, Notaria.—1 vez.—CE2016014899.—( IN2016093205 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 16 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Especialidades Odontológicas de la Zona Norte Sociedad Anónima.—San José, 16 de noviembre del 2016.—Lic. José Enrique Sequeira Segura, Notario.—1 vez.— CE2016014900.—( IN2016093206 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 16 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Avitov SJ Sociedad Anónima.—San José, 16 de noviembre del 2016.—Lic. Juan Carlos Bonilla Portocarrero, Notario.—1 vez.—CE2016014901.—( IN2016093207 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 14 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Azor CRB Holdings Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de noviembre del 2016.—Lic. Ricardo Badilla Reyes, Notario.—1 vez.— CE2016014902.—( IN2016093208 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 19 de setiembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada The Blue Tailor One Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 16 de noviembre del 2016.—Lic. Carlos Alberto Hernández Navarro, Notario.—1 vez.—CE2016014903.— ( IN2016093209 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 14 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Frutos Terra Bendita Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de noviembre del 2016.—Lic. Ricardo Badilla Reyes, Notario.—1 vez.—CE2016014904.—( IN2016093210 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 16 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Vista Mar Central Coast Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de noviembre del 2016.—Lic. Adrián Echeverría Escalante, Notario.—1 vez.— CE2016014905.—( IN2016093211 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 40 minutos del 15 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Reel Doc Condo en Los Sueños Limitada.—San José, 16 de noviembre del 2016.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notario.—1 vez.—CE2016014906.—( IN2016093212 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 30 minutos del 14 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Corporación Sesenta y Uno Dieciséis Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de noviembre del 2016.—Lic. Ricardo Badilla Reyes, Notario.—1 vez.—CE2016014907.—( IN2016093213 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 15 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Ludavica Sidelfi del Sol Sociedad Anónima.—San José, 16 de noviembre del 2016.—Lic. Olman Alberto Rivera Valverde, Notario.—1 vez.—( IN2016093214 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 11 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Global Brands Meypro Sociedad Anónima.— San José, 16 de noviembre del 2016.—Lic. Walter Solís Amen, Notario.—1 vez.—CE2016014909.—( IN2016093215 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 03 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Familia Vindas Sánchez y Asociados Sociedad Anónima.—San José, 16 de noviembre del 2016.—Licda. Martha Sulma Fuentes Villatoro, Notaria.—1 vez.—CE2016014910.—( IN2016093216 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 16 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Galletto Sociedad Anónima.—San José, 16 de noviembre del 2016.—Licda. Leonora Granados Sancho, Notaria.—1 vez.—CE2016014911.—( IN2016093217 ). Por medio de escritura otorgada a las 16:00 horas del día 29 de noviembre del 2016, se protocoliza asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa Propiedades Acriari Inc. Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-315272, mediante la cual se reforma la cláusula quinta sobre la representación y se nombre nueva junta directiva, fiscal y agente residente. Presidente: milena calvo pacheco. Agente residente: Adrián Torrealba Navas.—San José. 29 de noviembre del 2016.—Licda. Carolina Arguedas Mora, Notaria.—1 vez.—( IN2016093218 ). La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016 Por medio de escritura otorgada a las 17:00 horas del día 29 de noviembre del 2016, se protocoliza asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa inversiones bajo control, IBACO Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-183149, mediante la cual se reforma la cláusula sexta sobre la representación y se nombra nuevo presidente y secretaria. Presidente: Eduardo Martín Valverde Escobar. San José, 29 de noviembre del 2016.—Licda. Carolina Arguedas Mora, Notaria.—1 vez.—( IN2016093220 ). Por escritura otorgada a las ocho horas del diecisiete de noviembre del dos mil dieciséis, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa Propiedades Acero Proa S. A., mediante la cual se modifican las cláusulas segunda y sexta de los estatutos. San pedro de montes de oca, primero de diciembre del dos mil dieciséis.—Lic. Juan José Echeverría Brealey, Notario.—1 vez.—( IN2016093221 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 12 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada El Mástil Porteño Sociedad Anónima.—San José, 16 de noviembre del 2016.—Lic. Mariano Enrique Núñez Quintana, Notario.—1 vez.—CE2016014912.—( IN2016093222 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 16 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada North Pineapple Investments Sociedad Anónima.—San José, 16 de noviembre del 2016.—Lic. Bergman Alonso Rodríguez Astorga, Notario.—1 vez.—CE2016014913.—( IN2016093223 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 11 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Taptico Marketing Digital Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de noviembre del 2016.—Lic. Javier Francisco Chaverri Ross, Notario.—1 vez.— CE2016014914.—( IN2016093224 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 30 minutos del 15 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Deyacris Sociedad Anónima.—San José, 17 de noviembre del 2016.—Licda. Yesenia Quesada Rojas, Notaria.—1 vez.—CE2016014915.—( IN2016093225 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 16 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Desarrollos en Proyectos de Combustibles Sociedad Anónima.—San José, 17 de noviembre del 2016.—Lic. Gregorio José Chaves Vargas, Notario.—1 vez.—CE2016014916.—( IN2016093226 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 11 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Siboh Studio Sociedad Anónima.—San José, 17 de noviembre del 2016.—Licda. Carla Rigioni Soltero, Notaria.—1 vez.—CE2016014918.—( IN2016093228 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 16 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Viveka Soluciones Sociedad Anónima.— San José, 17 de noviembre del 2016.—Licda. Tamara Montecinos Ahumada, Notaria.—1 vez.—CE2016014919.—( IN2016093229 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 38 minutos del 11 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada PEI Inversiones Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 17 de noviembre del 2016.—Licda. Laureen Jinnett Leandro Castillo, Notaria.—1 vez.—CE2016014920.—( IN2016093230 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 30 minutos del 10 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Medilink Dos Mil Diecisiete Group Sociedad Anónima.—San José, 17 de noviembre del 2016.—Lic. Walter Solís Amén, Notario.—1 vez.—CE2016014921.—( IN2016093231 ). Pág 47 Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 13 de octubre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Roble Sano Arias Primero Sociedad Anónima.— San José, 17 de noviembre del 2016.—Lic. Cristian Vargas Araya, Notario.—1 vez.—CE2016014922.—( IN2016093232 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 16 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Tasios Davies Company Limitada.—San José, 17 de noviembre del 2016.—Lic. Carolina Argüello Bogantes, Notaria.—1 vez.—CE2016014923.—( IN2016093233 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 16 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Representaciones Avos de Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 17 de noviembre del 2016.—Lic. Carlos Zúñiga Céspedes, Notario.—1 vez.— CE2016014924.—( IN2016093234 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 16 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Kintico Sociedad Anónima.—San José, 17 de noviembre del 2016.—Licda. Jenny María Ramos González, Notaria.—1 vez.—CE2016014925.—( IN2016093235 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 17 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Volkano Limitada.—San José, 17 de noviembre del 2016.—Lic. Óscar Manuel Funes Orellana, Notario.—1 vez.— CE2016014926.—( IN2016093236 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 08 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Piedras de Quitirrisí QTRS Sociedad Anónima.— San José, 17 de noviembre del 2016.—Lic. Jorge Arturo Granados Moreno, Notario.—1 vez.—CE2016014927.—( IN2016093237 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 17 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Luanda Limitada.—San José, 17 de noviembre del 2016.—Lic. Óscar Manuel Funes Orellana, Notario.—1 vez.— CE2016014928.—( IN2016093238 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 15 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Casa Victoria Imperial Sociedad Anónima.—San José, 17 de noviembre del 2016.—Licda. Gladys Rozo Quevedo, Notaria.—1 vez.—CE2016014929.—( IN2016093239 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 11 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Casa OM Shanti Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de noviembre del 2016.—Lic. María Gabriela Elizondo Alpízar, Notaria.—1 vez.—CE2016014930.—( IN2016093240 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 17 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Casa Las Brisas Mal País Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de noviembre del 2016.—Lic. Marco Vinicio Campos Araya, Notario.—1 vez.— CE2016014931.—( IN2016093241 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 15 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Niños del Sol Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de noviembre del 2016.—Lic. Omar Jalil Ayales Aden, Notario.—1 vez.— CE2016014933.—( IN2016093243 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 11 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada LK Registrados Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de noviembre del 2016.–Licda. Catalina Villalobos Calderón, Notaria.—1 vez.—CE2016014936.—( IN2016093246 ). Pág 48 La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016 Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 20 horas 00 minutos del 09 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Maquinaria y Repuestos Samazo Sociedad Anónima.—San José, 17 de noviembre del 2016.—Lic. Beatriz Artavia Vásquez, Notaria.—1 vez.— CE2016014937.—( IN2016093247 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 17 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Icher Soluciones Tecnológicas Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de noviembre del 2016.—Lic. José Andrés Masis Calvo, Notario.—1 vez.— CE2016014938.—( IN2016093248 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 27 de octubre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Geo Fresh Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 17 de noviembre del 2016.—Licda. Reina María Quirós León, Notaria.—1 vez.—CE2016014939.—( IN2016093249 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 17 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Costa Rica Bridge S T L Sociedad Anónima.—San José, 17 de noviembre del 2016.—Lic. Federico Altamura Arce, Notario.—1 vez.—CE2016014940.—( IN2016093250 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 16 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Roscommon Sociedad Anónima.—San José, 17 de noviembre del 2016.—Lic. Olger Gerardo Vargas Castillo, Notario.—1 vez.—CE2016014941.—( IN2016093251 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 16 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Moravica de Occidente Sociedad Anónima.—San José, 17 de noviembre del 2016.—Lic. Olger Gerardo Vargas Castillo, Notario.—1 vez.—CE2016014942.—( IN2016093252 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 16 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Unicasa San Pedro Sociedad Anónima.—San José, 17 de noviembre del 2016.—Licda. María Antonieta Rodríguez Sandoval, Notaria.—1 vez.—CE2016014943.—( IN2016093253 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 16 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Excell Trade Corp Sociedad Anónima.— San José, 17 de noviembre del 2016.—Licda. Gloriana Cob Guillén, Notaria.—1 vez.—CE2016014944.—( IN2016093254 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 07 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Agrícola Gros de Costa Rica Sociedad Anónima.— San José, 17 de noviembre del 2016.—Lic. Rolando José Villalobos Romero, Notario.—1 vez.—CE2016014945.—( IN2016093255 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 14 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Wilder Pacific Holdings Llc Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de noviembre del 2016.—Lic. Franklin Morera Sibaja, Notario.—1 vez.— CE2016014946.—( IN2016093256 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 14 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Azul Cristal del Golfo Dulce Sociedad Anónima.— San José, 17 de noviembre del 2016.—Lic. Bernal Castro Gutiérrez, Notario.—1 vez.—CE2016014947.—( IN2016093257 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 09 minutos del 16 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Corporación Ellis Sociedad Anónima.—San José, 17 de noviembre del 2016.—Lic. Ana María Rodríguez Chinchilla, Notaria.—1 vez.—CE2016014948.—( IN2016093258 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 16 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada GLB Logistics & Box Sociedad Anónima.— San José, 17 de noviembre del 2016.—Lic. Sally Madrigal Saborío, Notario.—1 vez.—CE2016014949.—( IN2016093259 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 18 de julio del año 2016, se constituyó la sociedad denominada La Chaira Sociedad de Responsabilidad Limitada.— San José, 17 de noviembre del 2016.—Lic. José Joaquín Soto Chavarría, Notario.—1 vez.—CE2016014950.—( IN2016093260 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 11 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Arthrofractura AFX Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de noviembre del 2016.—Licda. Mariella Vargas Villalobos, Notaria.—1 vez.—CE2016014951.—( IN2016093261 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 17 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Los Majestuosos Arboles de Pino Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de noviembre del 2016.—Lic. Rosa Guillermina Aguilar Ureña, Notaria.—1 vez.— CE2016014952.—( IN2016093262 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 17 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Rivaga Soluciones Dentales Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de noviembre del 2016.—Lic. Eduardo Abarca Vargas, Notario.—1 vez.— CE2016014953.—( IN2016093263 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 15 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Gardens Homes Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de noviembre del 2016.—Licda. Maricela Alpízar Chacón, Notaria.—1 vez.—CE2016014954.—( IN2016093264 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 17 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Aguilar Castillo Love Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de noviembre del 2016.—Licda. Andrea Sáenz Mederas, Notaria.—1 vez.—CE2016014955.—( IN2016093265 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 15 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Gestionadora de Servicios Legales Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de noviembre del 2016.—Lic. Manuel Enrique Ventura Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2016014956.—( IN2016093266 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 04 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Epayments M H A Sociedad Anónima.— San José, 17 de noviembre del 2016.—Lic. Hernán Velasco Sasso, Notario.—1 vez.—CE2016014957.—( IN2016093267 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 15 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Nuez Armadillo Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de noviembre del 2016.—Lic. Daniel Mauricio Salazar Araya, Notario.—1 vez.—CE2016014965.—( IN2016093275 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 16 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Cala del Pacífico Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de noviembre del 2016.—Lic. Maricela Alpízar Chacón, Notaria.—1 vez.— CE2016014966.—( IN2016093276 ). La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016 Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 20 horas 00 minutos del 16 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Dizasa Distribuidora Zamora Salazar Sociedad Anónima.—San José, 17 de noviembre del 2016.—Lic. Carlos Manuel Sánchez Leitón, Notario.—1 vez.—CE2016014967.—( IN2016093277 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 07 horas 00 minutos del 25 de octubre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Hotel Bahía Salinas Sociedad Anónima.—San José, 17 de noviembre del 2016.—Lic. Raúl Babbar Amighetti, Notario.—1 vez.—CE2016014968.—( IN2016093278 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 15 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Gardens Homes Azul Inc. Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de noviembre del 2016.—Lic. Maricela Alpízar Chacón, Notaria.—1 vez.— CE2016014969.—( IN2016093279 ). Pág 49 Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 16 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Mascoffe Sociedad Anónima.—San José, 17 de noviembre del 2016.—Lic. Mario Enrique Calvo Achoy, Notario.—1 vez.—CE2016014979.—( IN2016093289 ). Se hace constar, que por escritura número sesenta y dos del tomo 09 del protocolo del notario Luis Diego Chacón Bolaños, otorgada a las 14:00 horas del día 28 de octubre del año 2016, se protocolizan acuerdos de la sociedad Canal Exclusivo Ltda., por medio del cual se reforma la cláusula segunda y sétima.—San José, 28 de octubre del 2016.—Lic. Marvin Díaz Briceño, Notario.—1 vez.—( IN2016093298 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 05 de octubre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada ST - Turismo Sostenible Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de noviembre del 2016.—Lic. Óscar Armando Vanegas Évora, Notario.—1 vez.— CE2016014980.—( IN2016093300 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 10 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Diamond Gong Sociedad Anónima.—San José, 17 de noviembre del 2016.—Lic. Eduardo Con Sanchun, Notario.—1 vez.—CE2016014970.—( IN2016093280 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 16 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Shamele Sociedad Anónima.—San José, 18 de noviembre del 2016.—Licda. Lilliana Patricia García Barrantes, Notaria.—1 vez.—CE2016014981.—( IN2016093301 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 16 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Hacienda Sabanera LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de noviembre del 2016.—Lic. Carlos Eduardo Salgado García, Notario.—1 vez.— CE2016014971.—( IN2016093281 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 17 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Volkano Assets Limitada.—San José, 18 de noviembre del 2016.—Lic. Óscar Manuel Funes Orellana, Notario.—1 vez.—CE2016014982.—( IN2016093302 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 45 minutos del 17 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Helikaz Sociedad Anónima.—San José, 17 de noviembre del 2016.—Lic. Gonzalo Gutiérrez Acevedo, Notario.—1 vez.—CE2016014972.—( IN2016093282 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 17 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Luanda Assets Limitada.—San José, 18 de noviembre del 2016.—Lic. Óscar Manuel Funes Orellana, Notario.—1 vez.— CE2016014983.—( IN2016093303 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 45 minutos del 17 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Spencer and Brewster Inc Limitada.— San José, 17 de noviembre del 2016.—Lic. Tobías Felipe Murillo Jiménez, Notario.—1 vez.—CE2016014973.—( IN2016093283 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 16 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Las Cumbres del Silencio de Turrialba Sociedad Anónima.—San José, 18 de noviembre del 2016.—Lic. Fabián Arias Amador, Notario.—1 vez.—CE2016014984.—( IN2016093304 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 17 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Solymar PTY Sociedad Anónima.—San José, 17 de noviembre del 2016.—Lic. Gonzalo Gutiérrez Acevedo, Notario.—1 vez.—CE2016014974.—( IN2016093284 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 14 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada GM Divino Niño Sociedad Anónima.—San José, 18 de noviembre del 2016.—Lic. Gerardo Manuel Jiménez Barahona, Notario.—1 vez.—CE2016014985.—( IN2016093305 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 30 minutos del 16 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Alena Sociedad Anónima.—San José, 17 de noviembre del 2016.—Lic. Ronald Brealey Mora, Notario.—1 vez.—CE2016014975.—( IN2016093285 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 17 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada The First Amended and Restated Edward F Venner Living Trust Limitada.—San José, 18 de noviembre del 2016.—Lic. Alejandro Alonso Román González, Notario.—1 vez.—CE2016014986.—( IN2016093306 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 16 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Triple M Belén Limitada.—San José, 17 de noviembre del 2016.—Lic. Freddy Enrique Salazar Quirós, Notario.—1 vez.—CE2016014976.—( IN2016093286 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 15 minutos del 17 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada V.V. Venner Vehículo Atenas Limitada.—San José, 18 de noviembre del 2016.—Lic. Alejandro Alonso Román González, Notario.—1 vez.—CE2016014987.—( IN2016093307 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 09 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Aplicaciones Médicas Radiológicas Wyr Sociedad Anónima.—San José, 17 de noviembre del 2016.—Lic. Luis Diego Salazar Gonzalo, Notario.—1 vez.—CE2016014977.— ( IN2016093287 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 30 minutos del 17 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Centro Infantil Jehová Shalom Sociedad Anónima.—San José, 18 de noviembre del 2016.—Licda. Gaudy Milena Pereira Pérez, Notaria.—1 vez.—CE2016014988.—( IN2016093308 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 10 minutos del 09 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Inversiones V Y V Vargas y Valencia Limitada.—San José, 17 de noviembre del 2016.—Lic. Gabriel Álvarez Hernández, Notario.—1 vez.—CE2016014978.—( IN2016093288 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 22 horas 00 minutos del 17 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Alliance Sports Agency ASA Sociedad Anónima.— San José, 18 de noviembre del 2016.—Lic. Juan Luis León Blanco, Notario.—1 vez.—CE2016014989.—( IN2016093309 ). Pág 50 La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016 Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 05 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Yenca Sociedad Anónima.—San José, 18 de noviembre del 2016.—Licda. Kattia Mena Abarca, Notaria.—1 vez.—CE2016014990.—( IN2016093310 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 18 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Expo Logística y Transportes Sociedad Anónima.— San José, 18 de noviembre del 2016.—Lic. José Ramón Chavarría Saxe, Notario.—1 vez.—CE2016015002.—( IN2016093322 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 03 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Los Peces en el Rio Sociedad Anónima.— San José, 18 de noviembre del 2016.—Licda. Giannina Arroyo Araya, Notaria.—1 vez.—CE2016014991.—( IN2016093311 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 18 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Lastur Sociedad Anónima.—San José, 18 de noviembre del 2016.—Licda. Anaclara Vargas Rodríguez, Notaria.—1 vez.—CE2016015003.—( IN2016093323 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 17 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Yukon Developers Sociedad Anónima.— San José, 18 de noviembre del 2016.—Licda. Silvia Chaves Quesada, Notaria.—1 vez.—CE2016014992.—( IN2016093312 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 18 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Heredia Leaving Sociedad Anónima.—San José, 18 de noviembre del 2016.—Licda. Cinzia Víquez Renda, Notaria.—1 vez.—CE2016015004.—( IN2016093324 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 28 de septiembre del año se la sociedad denominada HDACRV Sociedad Anónima.—San José, 18 de noviembre del 2016.—Lic. Jorge Arturo Arce Lara, Notario.—1 vez.—CE2016014993.—( IN2016093313 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 18 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Tres H Holding Corp Sociedad Anónima.—San José, 18 de noviembre del 2016.—Lic. Mauricio Bonilla Robert, Notario.—1 vez.—CE2016015010.—( IN2016093330 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 17 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada A & F Integral Services Sociedad Anónima.—San José, 18 de noviembre del 2016.—Lic. Fernando Vargas Rojas, Notario.—1 vez.—CE2016014994.—( IN2016093314 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 25 minutos del 17 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Servicios Técnicos Barak Sociedad Anónima.—San José, 18 de noviembre del 2016.—Lic. Laura Priscila Carvajal Ramírez, Notaria.—1 vez.—CE2016015011.—( IN2016093331 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 16 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Comercializadora V & B Sociedad Anónima.—San José, 18 de noviembre del 2016.—Licda. Soren Araya Madrigal, Notaria.—1 vez.—CE2016014995.—( IN2016093315 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 03 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Grupo Arcom Sociedad Anónima.—San José, 18 de noviembre del 2016.—Lic. Rafael Mauricio Rodríguez González, Notario.—1 vez.—CE2016015012.—( IN2016093332 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 18 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Pájaro Loco Limitada.—San José, 18 de noviembre del 2016.—Licda. Ana Patricia Vargas Jara, Notaria.—1 vez.—CE2016014996.—( IN2016093316 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 16 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Latam Logistic Cr Propco Heredia I Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de noviembre del 2016.—Licda. Laura Mariana Oviedo Murillo, Notaria.—1 vez.— CE2016014997.—( IN2016093317 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 16 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Cappuccino Apps Sociedad Anónima.— San José, 18 de noviembre del 2016.—Licda. Mariselle Verdesia Meneses, Notaria.—1 vez.—CE2016014998.—( IN2016093318 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 05 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Yenca Centroamérica Sociedad Anónima.—San José, 18 de noviembre del 2016.—Licda. Kattia Mena Abarca, Notaria.—1 vez.—CE2016014999.—( IN2016093319 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 18 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Servigarro Sociedad Anónima.—San José, 18 de noviembre del 2016.—Lic. José Adrián Vargas Solís, Notario.—1 vez.—CE2016015013.—( IN2016093333 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 16 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Corporación Emagabriel de Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 18 de noviembre del 2016.—Licda. Andrea María Alvarado Sandi, Notaria.—1 vez.—CE2016015014.—( IN2016093334 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 15 minutos del 16 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Los Gabrieles Limitada.—San José, 18 de noviembre del 2016.—Licda. Lindy Viviana Acuña Benavides, Notaria.—1 vez.—CE2016015015.—( IN2016093335 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 45 minutos del 18 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Alcazar Comunicación Sociedad Anónima.—San José, 18 de noviembre del 2016.—Licda. Evelyn Loaiza Blanco, Notaria.—1 vez.—CE2016015016.—( IN2016093336 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 05 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Negocios Yenca de Centroamérica Sociedad Anónima.—San José, 18 de noviembre del 2016.—Licda. Kattia Mena Abarca, Notaria.—1 vez.—CE2016015000.—( IN2016093320 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 16 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Grupo Alsa Sociedad Anónima.—San José, 18 de noviembre del 2016.—Lic. Leonardo Díaz Rivel, Notario.—1 vez.—CE2016015018.—( IN2016093338 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 14 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Boudreau Casa Fauna Lot Twenty Eight V.D.L. Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de noviembre del 2016.—Licda. Isabel Nozzara Moreno Vasquez, Notaria.—1 vez.—CE2016015001.—( IN2016093321 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 15 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Soluciones Empresariales Internacionales Sociedad Anónima.—San José, 18 de noviembre del 2016.—Lic. Wilberth Samudio Mora, Notario.—1 vez.—CE2016015019.—( IN2016093339 ). La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016 Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 16 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Radaga Sociedad Anónima.—San José, 18 de noviembre del 2016.— Lic. Fernando Dionisio Zamora Castellanos, Notario.—1 vez.—CE2016015020.—( IN2016093340 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 20 horas 00 minutos del 17 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Inversiones HGC Sociedad Anónima.—San José, 18 de noviembre del 2016.—Lic. Edelberto Patricio Markossy Torres, Notario.—1 vez.—CE2016015021.—( IN2016093341 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 23 de setiembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Centro de Infertilidad y Especialidades Médicas Clínica Eva Sociedad Anónima.—San José, 18 de noviembre del 2016.—Licda. Zaira Salazar Castro, Notaria.—1 vez.—CE2016015022.—( IN2016093342 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 23 de setiembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Enuma Cosulting Group Sociedad Anónima.— San José, 18 de noviembre del 2016.—Lic. Zaira Salazar Castro, Notario.—1 vez.—CE2016015023.—( IN2016093343 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 17 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Teresa Bismut Limitada.—San José, 18 de noviembre del 2016.—Lic. Adrián Alvarenga Odio, Notario.—1 vez.—CE2016015028.—( IN2016093348 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 18 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Fast Cloud Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de noviembre del 2016.—Licda. Eugenia Carazo Gólcher, Notaria.—1 vez.—CE2016015029.—( IN2016093349 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 17 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Moda Talla Plus Tibás Sociedad Anónima.—San José, 18 de noviembre del 2016.—Lic. Héctor Chaves Sandoval, Notario.—1 vez.—CE2016015030.—( IN2016093350 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 16 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada IDPAY Costa Rica Sociedad Anónima.— San José, 18 de noviembre del 2016.—Licda. Eugenia Carazo Golcher, Notaria.—1 vez.—CE2016015031.—( IN2016093351 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 16 de octubre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Selva Katu Limitada.—San José, 18 de noviembre del 2016.—Lic. Rodrigo Mendieta García, Notario.—1 vez.— CE2016015032.—( IN2016093352 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 14 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Boudreau Casa Fauna Lot Twenty Eight VDL Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de noviembre del 2016.—Lic. Isabel Nozzara Moreno Vásquez, Notaria.—1 vez.—CE2016015033.—( IN2016093353 ). Pág 51 Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 17 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Fuego Inversiones Limitada.—San José, 18 de noviembre del 2016.—Lic. José Alberto Schroeder Leiva, Notario.—1 vez.—CE2016015036.—( IN2016093356 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 30 minutos del 17 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Inversiones AGH Sociedad Anónima.—San José, 18 de noviembre del 2016.—Lic. Manuel Enrique Ventura Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2016015037.—( IN2016093357 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 18 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Mise A Jour Sociedad Anónima.—San José, 18 de noviembre del 2016.—Lic. Roy Alberto Castro Astúa, Notario.—1 vez.—CE2016015038.—( IN2016093358 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 26 de agosto del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Hipérbole Comunicación Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de noviembre del 2016.—Lic. Marvin Ramon Aguirre Chaves, Notario.—1 vez.— CE2016015040.—( IN2016093360 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 26 de agosto del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Digital Consulting Envents and Professional Marketing Services Sociedad Anónima.—San José, 18 de noviembre del 2016.—Lic. Marvin Ramón Aguirre Chaves, Notario.—1 vez.—CE2016015041.—( IN2016093361 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 45 minutos del 17 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Helikaz Pty Sociedad Anónima.—San José, 18 de noviembre del 2016.—Lic. Gonzalo Gutiérrez Acevedo, Notario.—1 vez.—CE2016015042.—( IN2016093362 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 18 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Lastur de Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 18 de noviembre del 2016.—Licda. Anaclara Vargas Rodríguez, Notaria.—1 vez.—CE2016015043.—( IN2016093363 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 16 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Calega Cipriani Limitada.—San José, 18 de noviembre del 2016.—Lic. Dan Alberto Hidalgo Hidalgo, Notario.—1 vez.—CE2016015044.—( IN2016093364 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 16 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Pulgant Antenga Limitada.—San José, 18 de noviembre del 2016.—Lic. Dan Alberto Hidalgo Hidalgo, Notario.—1 vez.—CE2016015045.—( IN2016093365 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 18 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Proyectos Nanku Soluciones Sociedad Anónima.— San José, 18 de noviembre del 2016.—Lic. Juan Antonio Casafont Álvarez, Notario.—1 vez.—CE2016015046.—( IN2016093366 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 09 minutos del 16 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Corporación Ellis del Norte Sociedad Anónima.—San José, 18 de noviembre del 2016.—Licda. Ana María Rodríguez Chinchilla, Notaria.—1 vez.—CE2016015034.—( IN2016093354 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 16 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Duranval Calanti Limitada.—San José, 18 de noviembre del 2016.—Lic. Dan Alberto Hidalgo Hidalgo, Notario.—1 vez.—CE2016015047.—( IN2016093367 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 18 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Solidarismo Integral Sociedad Anónima.—San José, 18 de noviembre del 2016.—Licda. Tatiana María Rodríguez Arroyo, Notaria.—1 vez.—CE2016015035.—( IN2016093355 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 16 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Dullach Vallardi Limitada.—San José, 18 de noviembre del 2016.—Lic. Dan Alberto Hidalgo Hidalgo, Notario.—1 vez.—CE2016015048.—( IN2016093368 ). Pág 52 La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016 Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 16 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Latam Logistic CR Propco Heredia I LLPH Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de noviembre del 2016.—Lic. Laura Mariana Oviedo Murillo, Notaria.—1 vez.—CE2016015049.—( IN2016093369 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 11 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Casa Familia Ardon Sociedad Anónima.— San José, 18 de noviembre del 2016.—Lic. Kattia Vargas Álvarez, Notaria.—1 vez.—CE2016015050.—( IN2016093370 ). Por escritura otorgada ante mí se constituyó la sociedad Interluxe Fit Group Sociedad Anónima. Presidente y tesorero ambos con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 10 de octubre del 2016.—Licda. Flor Eugenia Castillo Castro, Notaria.—1 vez.—( IN2016093401 ). Por asamblea general extraordinaria la empresa Importaciones Cháves Peralta S. A., modifica la cláusula novena del pacto constitutivo y nombra nueva junta directiva por todo el plazo social.—San José, a las catorce horas del veinte de noviembre del dos mil dieciséis.—Licda. Teresita Calvo Cordero, Notaria.—1 vez.—( IN2016093404 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 11 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Seguridad Privada Amigos Unidos Sociedad Anónima.—San José, 18 de noviembre del 2016.—Lic. Sergio Elizondo Garófalo, Notario.—1 vez.—CE2016015051.—( IN2016093371 ). Por escritura Otorgada ante esta notaría en fecha veintinueve de noviembre del año dos mil dieciséis, se disolvió la sociedad denominada Cemalest Dos Mil Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres ciento unodoscientos setenta y cinco mil trescientos setenta y seis.— San Ramón, noviembre, 29 del 2016.—Lic. Alfredo Cordero Cordero, Notario.—1 vez.—( IN2016093409 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 14 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Mae Production Support Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de noviembre del 2016.—Licda. Nikole Amerling Quesada, Notaria.—1 vez.— CE2016015052.—( IN2016093372 ). Mediante escritura pública numero ochenta y dos -veinticuatro, se reformó el Pacto constitutivo de Mofam Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres -ciento uno - cuatrocientos cuarenta y cuatro mil ochocientos sesenta y nueve, en su cláusula novena.—Licda. Ana Rita Zamora Castillo, Notaria.—1 vez.—( IN2016093414 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 07 horas 30 minutos del 17 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada RH Global Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de noviembre del 2016.—Licda. Georgia Lorena Montt Villacura, Notaria.—1 vez.—CE2016015053.—( IN2016093373 ). Por escritura otorgada ante mi, a las ocho horas del veintiocho de noviembre de dos mil dieciséis, se protocolizó el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de Accionistas de las sociedades denominadas Racehorse Holdings, Sociedad Anónima y Plaza Tamarindo Local Veintiuno S. A., en la cual se acordó la fusión de ambas empresas con la sociedad The Only Exception, Limitada, prevaleciendo esta última. Asimismo, la sociedad prevaleciente acuerda modificar las cláusulas del capital social, domicilio y Administración. Es todo.—San José, treinta de noviembre de dos mil dieciséis.—Lic. Juan Manuel Aguilar Víquez, Notario.—1 vez.—( IN2016093428 ). Por escritura otorgada en esta notaría a las nueve horas del primero de diciembre del dos mil dieciséis se protocolizan acuerdos de la asamblea general extraordinaria de cuotistas de la sociedad Ingeniería en Mantenimiento y Administración de Inmuebles IMADI Sociedad de Responsabilidad Limitada, mediante la cual se modifican la totalidad de sus estatutos sociales y se transforma a una sociedad anónima.— San José, primero de diciembre del dos mil doce.—Lic. Alfredo Gallegos Villanea, Notario.—1 vez.—( IN2016093385 ). Ante esta notaria se reformó estatutos de la sociedad Importaciones Dielizz Sociedad Anónima, cuya cédula jurídica es tres-ciento uno-siete dos seis cuatro dos cinco. Se acuerda modificar la cláusula sexta del pacto social. Escritura otorgada al ser las diez horas con cuarenta y tres minutos del día nueve de noviembre del dos mil dieciséis.—San Ramón quince de noviembre del dos mil dieciséis.—Licda. Ana Luz Villalobos Chacón, Notaria.—1 vez.—( IN2016093392 ). Por escritura otorgada ante este notario, a las nueve horas del treinta de noviembre del dos mil dieciséis, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Fujitsu Consulting Costa Rica Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula novena del pacto social.—San José, treinta de noviembre del dos mil dieciséis.—Lic. Carlos José Oreamuno Morera, Notario.—1 vez.—( IN2016093393 ). Mary Lisandra Lopardo Solano y Mauricio Fallas Mora, constituyen la sociedad Kapital Audiovisual, con domicilio en San José, Barrio Dent; 100 oeste, del Parqueo del Mall San Pedro. Plazo social: noventa y nueve años. Objeto: producciones audiovisuales.—Alajuela, diez horas del día treinta de noviembre del dos mil dieciséis.—Licda. Adriana Zamora Vargas, Notaria.—1 vez.—( IN2016093396 ). Por escritura otorgada ante mí, se disolvió Proaso Limitada, cédula jurídica 3-102-669834, no hay activos pasivos, ni actividades de ninguna naturaleza.—Golfito, 5 de noviembre del 2016.—Lic. Marco Vinicio Barrantes Aguilar, Notario.—1 vez.—( IN2016093398 ). Mediante escritura otorgada por la Notaria Pública, Mariela Solano Obando, a las 12:00 horas del día 01 de diciembre del 2016, se protocoliza asamblea general extraordinaria de la compañía Bar-Z de Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada, mediante la cual se modifica la cláusula segunda referente al domicilio de la compañía.—San José, 01 de diciembre del 2016.—Licda. Mariela Solano Obando, Notaria.—1 vez.—( IN2016093430 ). Protocolización del acta de la asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa denominada tres-ciento dossetecientos siete mil cuatrocientos cuatro S.R.L., en la cual se acuerda modificar la cláusula primera del nombre para que de ahora en adelante se lea de la siguiente manera: MEDISPA S.R.L. Es todo.—San José, al ser ocho horas del día treinta de noviembre del dos mil dieciséis.—Firma Ilegible.—1 vez.—( IN2016093431 ). En esta notaría se constituyó sociedad denominada según decreto número tres tres uno siete uno-tres del catorce de junio del dos mil seis, solicitando al Registro de Personas Jurídicas para que como denominación social se le indique el número de cédula jurídica que el Registro Nacional de oficio le asigne al momento de su inscripción, con el respectivo aditamento de S. A. Capital social: ¢10.000,00 colones. Plazo: 99 años. Escritura número 474. Presidente: Alicia Prado Jiménez, cédula de identidad número nueve-cero treinta y seis-cero cero ocho.—Lic. Greivin Ureña Fuentes, Notario.—1 vez.—( IN2016093434 ). Por escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del veintidós de noviembre del año dos mil dieciséis, se protocolizó acta de reunión general extraordinaria de cuotistas de la sociedad Brasilito Realty Properties Limitada, con cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-siete dos cuatro seis cinco cuatro, en la cual se modifica la cláusula de representación y nombra nuevo Gerente y Subgerente.—Guanacaste, veintidós de noviembre del año dos mil dieciséis.—Licda. Ismene Arroyo Marín, Notaria.—1 vez.—( IN2016093474 ). La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016 Mediante escritura numero ciento cuarenta-diecisiete, de las nueve horas del veintinueve de noviembre del dos mil dieciséis, se protocoliza acta de acuerdo de disolución de la sociedad Desarrollos Inmobiliarios El Hirio Sociedad Anónima, de conformidad con lo establecido en el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio. Se prescinde del trámite de liquidación por no tener la sociedad ningún activo, ni pasivo, ni actividades de ninguna naturaleza.—San José, veintinueve de noviembre del dos mil dieciséis.—Lic. Juan Carlos Segares Lutz, Notario.—1 vez.—( IN2016093478 ). Mediante escritura número veinticuatro-cinco, de las nueve horas del primero de diciembre del dos mil dieciséis, se reforma la cláusula octava de la administración de la sociedad CA Cormorano Sociedad Anónima.—San José, 1° de diciembre del dos mil dieciséis.—Licda. Diorella Ugalde Maxwell, Notaria.—1 vez.—( IN2016093480 ). Por escritura número cuarenta y uno de las doce horas del veintinueve de noviembre de dos mil dieciséis, ante la notaria, Clara Isabel Loría Martínez, se modifica el pacto constitutivo de la sociedad Solórzano y Morera S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cuarenta mil cuatrocientos veinticuatro, en relación a la administración y se nombra nueva junta directiva. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma: Elvir Solórzano Araya.—Clara Isabel Loria Martínez, Notaria.—1 vez.— ( IN2016093481 ). Por escritura número uno-ciento cincuenta, del tomo primero, otorgada ante esta notaría a las doce horas del día primero de diciembre del dos mil dieciséis, se protocoliza acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad R M I C Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tresciento uno-quinientos cuarenta y cuatro mil quinientos noventa y siete, con domicilio en San José, Tibás, doscientos norte del Salón La Pista, en la que se acuerda por unanimidad, la reforma de su pacto social en su cláusula referente a la administración, así como la eliminación del cargo de Agente Residente. Es todo.—San José, primero de diciembre del dos mil dieciséis.—Licda. Laura Eugenia Montero Aguilar, Notaria.—1 vez.—( IN2016093484 ). Por escritura otorgada en mi notaría, a las 09:00 horas del 28 de noviembre del 2016, se nombra nueva junta directiva, se modifica el objeto social y el domicilio fiscal de la sociedad Sapermi Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-351510.—Licda. Adelia González Rojas, Notaria.—1 vez.—( IN2016093485 ). Por escritura otorgada ante esta notaría el día dos de julio del año dos mil dieciséis, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Las Palmas Doradas de Costa Rica Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-uno cero uno-uno tres cuatro seis cinco ocho, en la que se modificó las cláusulas quinta del capital social y novena de la administración.—San José, primero de diciembre dos mil dieciséis.—Lic. Víctor Manuel Lobo Quirós, Notario.—1 vez.—( IN2016093490 ). Se hace constar que mediante la escritura N° 62, otorgada ante mí, a las 15:30 horas del 09 de noviembre del 2016, se modificó el nombre de Helical Piles S. A., cédula 3-101-693063, para que en lo sucesivo se denomine Pilotes Helicoidales Costa Rica S. A.— Licda. Cinthya Calderón R., Notaria.—1 vez.—( IN2016093491 ). Por escritura otorgada en San José, a las 9:30 horas del primero de diciembre del 2016 ante la Notaria, Laura Avilés Ramírez, se modifican las clausulas segunda y sexta del pacto constitutivo y se nombra nuevo vicepresidente, secretario y tesorero de la junta directiva de la sociedad NG Inversiones Nueva Granada Sociedad Anónima, con cédula jurídica número 3-101-398863. Es todo.— San José, 1° de diciembre del 2016.—Licda. Laura Avilés Ramírez, Notaria.—1 vez.—( IN2016093492 ). Pág 53 Ante esta notaría, por medio de escritura pública número 93VIII, otorgada en Guanacaste, a las 14:30 horas del 30 de noviembre del 2016, se protocolizó el acta número 9 de la Asociación Administradores del Acueducto y Alcantarillado Sanitario de Lomas del mar de Sardinal de Carrillo de Guanacaste, cedula jurídica 3-002-515086 en la cual se tomaron los siguientes acuerdos: Primero… segundo… tercero… cuarto: Se elige nueva junta directiva y fiscal de la asociación, quinto… sexto:...—Guanacaste, 1° de diciembre del 2016.—Licda. Laura Coto Rojas, Notaria.—1 vez.—( IN2016093494 ). Por escritura otorgada ante esta notaria el día veintinueve de noviembre del año dos mil dieciséis, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad tres-ciento uno-cinco cero ocho cuatro uno cinco Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-cinco cero ocho cuatro uno cinco, en la que se modificó la cláusula novena de la Administración.—San José, veintinueve de noviembre del dos mil dieciséis.—Lic. Víctor Manuel Lobo Quirós, Notario.—1 vez.—( IN2016093499 ). Por escritura número cuarenta y tres de las dieciséis horas del día primero de diciembre del dos mil dieciséis, en la sociedad tres-ciento uno-quinientos veintiocho mil ochocientos trece Sociedad Anónima, se aumenta su capital social en la suma de sesenta y nueve millones novecientos mil colones quedando este en la suma de setenta millones de colones, quedando repartido en diez mil acciones de siete mil colones cada una; se modifica la Razón Social de esta sociedad, la cual ahora se denominará FW Marketing Sociedad Anónima, siendo este un nombre de fantasía, pudiendo abreviarse las dos últimas palabras en S. A.—Alajuela, al ser diecisiete horas treinta minutos del día primero de diciembre del dos mil dieciséis.—Lic. Brayan Alfaro Aragón, Notario.—1 vez.—( IN2016093501 ). Ante esta notaría se procedió a protocolizar acta de asamblea general extraordinaria de Loma Verde de Samara décimo Primera Sociedad Anónima, en la que se reforman estatutos.—Nicoya, diecisiete de noviembre del año dos mil dieciséis.—Lic. Cesar Jiménez Fajardo, Notario.—1 vez.—( IN2016093508 ). Ante esta notaría se procedió a protocolizar acta de asamblea general extraordinaria de Transportes Palquesa de Nicoya Sociedad Anónima, en la que se reforman estatutos.—Nicoya, diecisiete de noviembre del año dos mil dieciséis.—Lic. Cesar Jiménez Fajardo, Notario.—1 vez.—( IN2016093510 ). Por escritura número 169-9, de las 17:00 horas del veintinueve de noviembre del año 2016, del suscrito notario, se transforma la sociedad Agro Doña Dulce Tropical Sociedad Anónima, titular de la cédula jurídica número 3-101-703977 en una sociedad de responsabilidad limitada.—San José, 01 de diciembre del 2016.—Lic. Manuel Antonio Porras Vargas, Notario.—1 vez.—( IN2016093512 ). Por escritura número treinta y uno otorgada ante el suscrito notario, a las nueve horas del treinta de noviembre del dos mil dieciséis, se prescindió del agente residente en la entidad denominada Propiedades Bollate Inc. Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos sesenta y dos mil siescientos noventa y uno, domiciliada en San José.—San José, dos de diciembre del dos mil dieciséis.—Lic. Carlos Enrique Cerdas Cisneros, Notario.—1 vez.—( IN2016093514 ). En Escrit. 25, T 1 Not. Púb. Javier Slein, 17:39 horas 30-11-2016, protocoliza asambl., accionistas Horus Jollies S. A., céd. jur. 3-101-661892 en lo conducente. Acuerdos: 1 Se remueve Pres. 2 Nombra presid., Susana Rojas Márquez, céd. 8-0106-0713. Es todo.—Lic. Javier Armando Slein Sandí, Notario.—1 vez.—( IN2016093545 ). Mediante escritura de las catorce horas del diecisiete de noviembre del dos mil dieciséis, protocolizada en esta Notaría, se reforma la cláusula sexta de la sociedad Autum Air Limitada.— San José, 24 de noviembre del 2016.—Lic. Sergio José Guido Villegas, Notario.—1 vez.—( IN2016093548 ). Pág 54 La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016 Mediante escritura número cincuenta y tres-uno otorgada ante los notarios públicos Mónica Dobles Elizondo, Juvenal Sánchez Zúñiga, Jorge González Roesch y Alberto Sáenz Roesch, actuando en Conotariado en el protocolo del primero a las nueve horas del treinta de noviembre del año dos mil dieciséis, se modifican las cláusulas sexta y sétima, se nombra gerente de la sociedad Ornamentales Williamsburg Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 30 de noviembre del 2016.—Licda. Mónica Dobles Elizondo, Notaria.—1 vez.—( IN2016093549 ). Por escritura número ciento sesenta-dieciséis, otorgada ante los notarios Juan Manuel Godoy Pérez y Rolando Laclé Castro, a las dieciséis horas veintinueve de noviembre de dos mil dieciséis, se protocoliza el acta de asamblea general extraordinaria de la compañía Unopetrol Costa Rica S.R.L., con cédula jurídica número tres-ciento dos-siete mil doscientos dieciocho; mediante la cual se reforma la cláusula: Sétima, del pacto social.—San José, veintinueve de noviembre del dos mil dieciséis.—Lic. Juan Manuel Godoy Pérez, Notario.—1 vez.—( IN2016093550 ). En escritura 185-47 se constituyó la sociedad Tecnoviv S. A., presidente es apoderado generalísimo sin límite de suma.—Cartago, 15 de noviembre del 2016.—Luis Martínez Brenes, Notario.—1 vez.—( IN2016093557 ). Que ante esta notaría, se tramita modificación de junta directiva de la compañía La Lucha del Terraba del Sur Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento noventa y ocho mil doce.—Lic. José Ricardo Guevara Guevara, Notario.—1 vez.— ( IN2016093558 ). Mediante escritura otorgada en mi notaría, al ser las 19 horas y 30 minutos del 01 de diciembre del año 2016, protocolicé el acta número uno con acuerdos de asamblea general extraordinaria de la sociedad Chien-Yi Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-470237. En dicha acta se reformó la cláusula sétima de los estatutos y se nombró nueva junta directiva.—Cartago, 01 de diciembre del 2016.—Lic. Owen Alejandro Gooden Morales, Notario.—1 vez.—( IN2016093559 ). Por escritura otorgada ante esta notaría a las 10:00 horas del 01 de diciembre de 2016, se protocolizó acta de asamblea de cuotistas de Serenguethi Ltda., cédula jurídica número 3-102-456835, mediante la cual se modifican las cláusulas segunda y octava del pacto social.—San José, 02 de diciembre del 2016.—Lic. Óscar Manuel Funes Orellana, Notario.—1 vez.—( IN2016093564 ). Ante el suscrito notario, Corporación Mirosa Sociedad Anónima, cedula jurídica, tres-ciento uno- cuatrocientos treinta mil doscientos cincuenta y cuatro, modifica estatutos en cláusula de domicilio social, agente residente, y nombra junta directiva.— Ciudad Neily, a las once horas del veinticinco de noviembre del dos mil dieciséis.—Lic. Luis Fernando Rojas Arredondo, Notario.—1 vez.—( IN2016093585 ). Ante el suscrito notario, Hacienda Paicito Sociedad Anónima, cedula jurídica, tres-ciento uno-cuatrocientos diecisiete mil ciento treinta y tres, modifica estatutos en cláusula de domicilio social, agente residente, y nombra junta directiva.—Ciudad Neily, a las trece horas del veinticinco de noviembre del dos mil dieciséis.—Lic. Luis Fernando Rojas Arredondo, Notario.—1 vez.—( IN2016093587 ). Se constituye la sociedad denominada Linda Vista de Bajamar Sociedad Anónima, ante el notario Miguel Ángel Ortega Bastos al ser las nueve horas del veintidós de noviembre del año dos mil dieciséis. Es todo.—Cartago al ser las ocho horas del veintitrés de noviembre del año dos mi dieciséis.—Lic. Miguel Ángel Ortega Bastos, Notario.—1 vez.—( IN2016093591 ). Protocolización de acuerdos de la asamblea extraordinaria de Quarterwheel Sociedad Anónima, a las trece horas con treinta minutos del cuatro de noviembre del año dos mil dieciséis, por medio de la cual se acuerda disolucion de sociedad.—San José, trece horas con veinticinco minutos del treinta de noviembre del año dos mil dieciséis.—Lic. Carlos Alfredo Umaña Balser, Notario.—1 vez.—( IN2016093592 ). Mediante escritura otorgada ante la notaría del Lic. Marvin Céspedes Méndez, a las 09:00 horas del 23 de noviembre del 2016, protocolizamos el acta de asamblea general de socios de Cocoa Central Investment Distributors S. A., con cédula de persona jurídica Nº 3-101-386826, la cual reformó la cláusula Nº 6 del pacto constitutivo y se nombró nueva junta directiva y fiscal.—San José, 29 de noviembre del 2016.—Lic. Dan Alberto Hidalgo Hidalgo, Notario.—1 vez.—( IN2016093593 ). En mi notaría a las once horas con veintitrés minutos del dieciocho de noviembre del año dos mil dieciséis se protocolizó acta de la sociedad Habibi del Sur S. A. Se modificó cláusula novena. Se solicita la publicación de este edicto para lo que en derecho corresponda.—San José, dos de diciembre del dos mil dieciséis.—Lic. Ronny Salvador Guevara Mora, Notario.—1 vez.— ( IN2016093601 ). Por escritura otorgada ante mi notaría, a las once horas del treinta de noviembre del dos mil dieciséis, protocolicé acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de cuotistas de la sociedad denominada Coral Reef Pearl Limitada, mediante la cual y por acuerdo unánime de cuotistas se reformó la cláusula sexta del pacto constitutivo referente a la administración y representación judicial y extrajudicial de la sociedad. De igual forma se realizó un nuevo nombramiento en la junta de administración. Es todo.— Liberia, Guanacaste, a las doce horas del treinta de noviembre del dos mil dieciséis.—Lic. Adrián Alberto Peralta Abarca, Notario.—1 vez.—( IN2016093603 ). Por escritura número 172-8 del 30 de noviembre del 2016, se reforma la cláusula 6 del pacto social de Maserica de Costa Rica S. A.—Heredia, 02 de diciembre del 2016.—Licda. Nicole Preinfalk Lavagni, Notaria.—1 vez.—( IN2016093604 ). Por escritura número 171-8 del 30 de noviembre del 2016, se reforma la cláusula 7 del pacto social de Instamasa S. A.—Heredia, 02 de diciembre del 2016.—Licda. Nicole Preinfalk Lavagni, Notaria.—1 vez.—( IN2016093605 ). Por escritura número 173-8 del 30 de noviembre del 2016, se reforma la cláusula 6 del pacto social de Productos Alimenticios Crunch S. A.—Heredia, 02 de diciembre del 2016.—Licda. Nicole Preinfalk Lavagni, Notaria.—1 vez.—( IN2016093606 ). Por escritura número 174-8 del 30 de noviembre del 2016, se reforma la cláusula 8 del pacto social de Masafina S. A.—Heredia, 02 de diciembre del 2016.—Licda. Nicole Preinfalk Lavagni, Notaria.—1 vez.—( IN2016093607 ). Por escritura número 175-8 del 30 de noviembre del 2016, se reforma la cláusula 11 del pacto social de Hagi Azul S. A.— Heredia, 02 de diciembre del 2016.—Licda. Nicole Preinfalk Lavagni, Notaria.—1 vez.—( IN2016093608 ). Por escritura número 176-8 del 30 de noviembre del 2016, se reforma la cláusula 11 del pacto social de Magic Home Store S. A.—Heredia, 02 de diciembre del 2016.—Licda. Nicole Preinfalk Lavagni, Notaria.—1 vez.—( IN2016093609 ). En mi notaría, en el tomo octavo, al folio ciento veintitrés vuelto, la escritura doscientos veinte, se modificó clausula octava de la sociedad Este Matiz Lote dos S. A. Teléfono 83463012.— San José, primero de diciembre del dos mil dieciséis.—Lic. Ricardo Pérez Montiel, Notario.—1 vez.—( IN2016093610 ). Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del veintinueve de noviembre del dos mil dieciséis, se protocolizó acta de asamblea de socios de la sociedad Agropecuaria Santiago S. A., en la cual se modifica la cláusula primera, del nombre, segunda, del domicilio, sétima; del Consejo de Administración, y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, veintinueve de noviembre del dos mil dieciséis.—Licda. Ana Lorena Coto Esquivel, Notaria.—1 vez.—( IN2016093611 ). La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016 Por escritura otorgada ante mí a las quince horas del veintiocho de noviembre del dos mil dieciséis, se protocolizó acta de asamblea de socios de la sociedad tres-ciento uno-seiscientos sesenta y seis mil ciento cuarenta y seis S. A., en la cual se modifica la cláusula segunda, del Domicilio, sétima; del Consejo de Administración, y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, veintinueve de noviembre del dos mil dieciséis.—Licda. Ana Lorena Coto Esquivel, Notaria.—1 vez.—( IN2016093612 ). Por escritura otorgada ante mí se constituyó la sociedad Advanced and Intepyated Technology Solutions Aits Consulting S. A., domicilio Oreamuno de Cartago. Plazo: cien años. Objeto: Comercio en General. Capital: totalmente pagado en efectivo y bienes. Representación: presidente y vicepresidente con todos los poderes.—San José, 27 de octubre del 2016.—Lic. Ricardo Vargas Villegas, Notario.—1 vez.—( IN2016093614 ). Por escritura otorgada ante esta notaria, a las dieciséis horas cincuenta minutos del treinta de noviembre del dos mil dieciséis, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada S& G Solutions Sociedad Anónima, con cédula jurídica tres-ciento uno-seiscientos treinta y dos mil veinte. Se acepta la renuncia y se nombra nuevo presidente.—Licda. María Viviana Jiménez Ramírez, Notaria.—1 vez.—( IN2016093618 ). Por escritura otorgada ante mí se reformó la cláusula número décimo quinta de los estatutos sociales de la compañía Tres Ciento Uno Cuatrocientos Noventa y Un Mil Quinientos Setenta y Uno Sociedad Anónima.—Atenas de Alajuela, primero de diciembre del dos mil dieciséis.—Licda. Sarita Castillo Saborío, Notaria.—1 vez.—( IN2016093632 ). En escritura autorizada por la suscrita notaria a las ocho horas del día primero diciembre del dos mil dieciséis se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Esquivel y Runnebaum Sociedad Anónima, mediante la cual se modifican las cláusulas primera, tercera y sexta del pacto social.— San José, dos de diciembre del dos mil dieciséis.—Licda. Rebeca Ortega Muñoz, Notaria.—1 vez.—( IN2016093644 ). Por escritura otorgada a las once horas del día primero de diciembre de dos mil dieciséis, ante esta notaría se reforman cláusulas primera, segunda y quinta, del pacto constitutivo de la sociedad denominada Solero Triscadek Sociedad Anónima y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—Lic. Marco Aurelio Maroto Marín, Notario.—1 vez.—( IN2016093647 ). En esta notaría mediante escritura número trescientos treinta y cinco se constituye Industrias Manuel Navarro sociedad anónima. Capital social: diez mil colones. Plazo: noventa y nueve años, presidenta, Isela Vanessa Ramírez Pizarro.—San José, veintiocho de noviembre del dos mil dieciséis.—Licda. Mireya Elizondo Valverde, Notaria.—1 vez.—( IN2016093652 ). Por escritura otorgada ante esta notaria de las diecisiete horas del dieciocho de noviembre del dos mil dieciséis, se constituyó la sociedad con denominación social el número de cédula jurídica que se le asigne, con domicilio en Patarrá de Desamparados del Colegio Máximo Quesada; cincuenta metros al este y cincuenta metros al norte, con un plazo de noventa y nueve años. Otorgada ante la notaria, Maritza Muñoz Delgado. Publíquese una vez.—Licda. Maritza Muñoz Delgado, Notaria.—1 vez.—( IN2016093654 ). Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas del día uno de diciembre del dos mil dieciséis, se protocolizó en lo conducente el acta de asamblea de la sociedad denominada tres-ciento dos-setecientos veintisiete mil novecientos cinco Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula de persona jurídica 3-102-727905 y en la cual se procede a modificar la cláusula primera, del nombre: denominándose Gogetit Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada, y se otorga poder generalísimo limitado a la suma de 25.000,00 dólares en favor de Carlos Troconis, venezolano, pasaporte 074437261.—Lic. Juan Gregorio Roscio Etchart, Notario.—1 vez.—( IN2016093656 ). Pág 55 En escritura otorgada a las 08:30 horas del 13 de setiembre del dos mil dieciséis, se constituye la empresa Tecnología en Construcción ADS Sociedad Anónima, con domicilio en San José, capital íntegramente suscrito y pagado. Presidente, vicepresidente, secretario y tesorero con plenas facultades.—San José, 30 de noviembre del 2016.—Lic. Carlos Alberto Guardia Gutiérrez, Notario.—1 vez.—( IN2016093659 ). Yo Dinia María González Cabezas, notaria pública, con oficina abierta en la ciudad de Alajuela, el día primero de diciembre del dos mil dieciséis, al ser las quince horas y treinta minutos, mediante escritura ciento treinta y cuatro, del tomo quince, procedo a protocolizar acta de asamblea extraordinaria número once, de la sociedad denominada Centro Educativo La Trinidad Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica tres-ciento uno-uno cero uno seis tres seis, mediante la cual se acuerda modificar la cláusula novena del pacto constitutivo. Es todo.—Alajuela, primero de diciembre del dos mil dieciséis.—Licda. Dinia María González Cabezas, Notaria.—1 vez.—( IN2016093665 ). Ante mí, Olga Martínez Calvo, notaría pública con oficina abierta en San José, Aserrí, Barrio Corazón de Jesús, frente a soda Twins, a las 11:00 horas del 29 de octubre del 2016, se reformó estatutos, representación de la sociedad e integración de la junta directiva de Pavones Rincón del Paraíso Sociedad Anónima, cédula 3-101-374449.—San José, 29 de noviembre del 2016.— Licda. Olga Martínez Calvo, Notaria.—1 vez.—( IN2016093669 ). Ante mí, Olga Martínez Calvo, notaria pública con oficina abierta en San José, Aserrí, Barrio Corazón de Jesús, frente a Soda Twins, a las 11:00 horas del 29 de octubre de 2016 se reformó estatutos, representación de la sociedad e integración de la junta directiva de Gio Gio CAHJS Sociedad Anónima, cédula 3-101240951.—San José, 29 de noviembre del 2016.—Licda. Olga Martínez Calvo, Notaria.—1 vez.—( IN2016093670 ). Ante la notaria pública Julia Alvarado Gómez, mediante escritura otorgada a las quince horas del veintiocho de noviembre del año dos mil dieciséis, se constituyó la sociedad de esta plaza Esmera Proyectos Sociedad Anónima.—Cartago, a las dieciséis horas del veintiocho de noviembre del año dos mil dieciséis.— Licda. Julia Alvarado Gómez, Notaria.—1 vez.—( IN2016093677 ). Por escritura número 331-16 otorgada ante esta notaría, se protocoliza acta número seis de asamblea general ordinaria y extraordinaria dé socios de la sociedad Constructora y Consultora Ganiber Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-342278. Se modifica cláusula de la representación del pacto constitutivo y se nombra nuevos representante judiciales extrajudiciales con facultades de apoderados generalísimos sin limitación de suma pudiendo actuar separadamente presidente Juan Carlos Obando Gamboa, cédula 3-362-346 y secretario Georges Quinaux, cédula de residencia 112400007722.—Cartago, 02 de diciembre del 2016.— Lic. Lucrecia Rojas Calvo, Notaria.—1 vez.—( IN2016093682 ). La suscrita notaria hace constar que el día de hoy, ante esta notaria y mediante escritura pública de las ocho horas del día veintitrés de noviembre del año dos mil dieciséis, se protocolizan los artículos primero y segundo, de M&L. Consultorías y Peritajes Sociedad Anónima, mediante los cuales se acepta la renuncia del fiscal, y se nombra miembro de la junta directiva. Fiscal: Mike Alonso Osejo Villegas.—San José, veintitrés de noviembre del dos mil dieciséis.—Licda. Beverly Dinorah Palma Brenes; Notaria.—1 vez.—( IN2016093686 ). La suscrita notario hace constar que el día de hoy, ante esta notaria y mediante escritura pública de las once horas del día dos de diciembre del año dos mil dieciséis, se protocoliza el artículo primero, de Apartamentos Santa Elena Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cero quince mil trescientos setenta y uno, mediante el cual se reforma la Cláusula sexta del pacto social.—San José, dos de diciembre del dos mil dieciséis.—Lic. Beverly Dinorah Palma Brenes, Notaria.—1 vez.— ( IN2016093687 ). Pág 56 La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016 Mediante escritura pública número cincuenta y unonueve, otorgada a las once horas con treinta minutos del día dos de diciembre del dos mil dieciséis, se acuerda por unanimidad del capital social y al tenor del artículo doscientos uno inciso d) del Código de Comercio, disolver la sociedad Inversiones Wamega Sociedad Anónima, titular de la cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-seiscientos setenta y un mil setecientos veintiocho, con domicilio social en Heredia.—San José, 02 de diciembre, 2016.—Lic. Beverly Dinorah Palma Brenes, Notario.—1 vez.—( IN2016093688 ). Ante esta notaría, al ser las once horas del día treinta de noviembre de dos mil dieciséis, se protocolizó acta mediante la cual la sociedad Propiedades Pacheco Arce PPA S. A., por acuerdo de socios solicita disolver y liquidar la compañía.—San José, a los treinta días del mes de noviembre de dos mil dieciséis.—Licda. María Lucrecia Quesada Barquero, Notaria.—1 vez.—( IN2016093693 ). Por escritura otorgada ante la notaria Cindy Villalobos Valverde, se solicita la disolución de la empresa Logística Abias SRL Sociedad de Responsabilidad Limitada, con cédula de persona jurídica número 3- 102-692985, domiciliada en San José, San José, La Uruca, La Peregrina, de la escuela 75 mts sur.— Guápiles, 9 de noviembre del 2016.—Licda. Cindy Villalobos Valverde, Notaria.—1 vez.—( IN2016093695 ). Ante esta notaría, al ser las trece horas con veinticinco minutos del treinta de noviembre del dos mil dieciséis, se protocolizó acta mediante la cual la sociedad Invapos S. A., por acuerdo de socios solicita disolver y liquidar la compañía.—San José, treinta de noviembre de dos mil dieciséis.—Licda. María Lucrecia Quesada Barquero, Notaria.—1 vez.—( IN2016093696 ). Por escritura otorgada a las 12:00 horas del día de hoy, se protocolizaron acuerdos de Logística en Manejo de Combustibles Ocho Uno Nueve S. A., reformando la cláusula de la administración del pacto constitutivo.—San José, 02 de diciembre del 2016.—Lic. Luis Ricardo Garino Granados, Notario.—1 vez.—( IN2016093697 ). Por escritura otorgada a las 11:00 horas del día de hoy, se protocolizaron acuerdos de Eficiencia Tecnológica Ochocientos Cincuenta y Tres S. A., reformando la cláusula de la administración del pacto constitutivo.—San José, 2 de diciembre del 2016.—Lic. Luis Ricardo Garino Granados, Notario.—1 vez.—( IN2016093699 ). Por escritura pública número doscientos ochenta-tres, a las trece horas del primero de diciembre del dos mil dieciséis, se hizo nuevo nombramiento del presidente y secretario de la sociedad Esterillos View Diecisiete S. A., cédula jurídica tres-ciento unotrescientos setenta y nueve mil ciento setenta y tres.—Licda. Grace Barquero Varela, Notaria.—1 vez.—( IN2016093700 ). Por escritura pública número doscientos ochenta y uno de la sociedad Fibrocentro S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-setenta y tres mil novecientos ochenta y ocho, se modificó parcialmente la cláusula número siete del pacto constitutivo, pudiendo el tesorero firmar solo conjuntamente con el presidente o director uno.—Licda. Grace Barquero Varela, Notaria.—1 vez.—( IN2016093701 ). Mediante escritura 35 del protocolo 19 de las 18:00 horas del 30 de noviembre del 2016, se constituyó la sociedad Crismarjo Transportes S. A.—Cartago, 30 de noviembre del 2016.—Lic. Juan Pablo Navarro Solano, Notario.—1 vez.—( IN2016093707 ). Ante mí, Fernando Mena Alvarado, notario público con oficina abierta en la ciudad de Grecia Centro-Alajuela, compareció el señor: Guadalupe Carrillo Leal, cédula 6-111-572, y procedió a protocolizar el acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada, Guacalea del Mar Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-388713, ya que los socios acordaron en disolverla.—Grecia 29 de noviembre del 2016.—Lic. Fernando Mena Alvarado, Notario.—1 vez.—( IN2016093708 ). La Sociedad Tamarindo Transfer & Tour Limitada, con cédula de persona jurídica número tres-ciento dos seiscientos sesenta y ocho mil novecientos quince, reforma la cláusula quinta de la representación de la compañía. Escritura otorgada a las catorce horas con treinta minutos del primero de octubre del dos mil dieciséis ante notaria, María Abigail Ruiz Rosales.—Licda. María Abigail Ruiz Rosales, Notaria.—1 vez.—( IN2016093710 ). Por escritura número trescientos dos-dos, visible a folio 182 frente del tomo segundo del protocolo del notario, William Juárez Mendoza, otorgada a las dieciséis horas del veintiocho de noviembre del 2016, se protocoliza acta número dos de asamblea de socios accionistas de la sociedad denominada, Estilo Italiano S. A., cédula jurídica 3 101-668930, mediante la cual se cambia el nombre de la sociedad para que en lo sucesivo se llame Samara Seguridad S. A.—Lic. William Juárez Mendoza, Notario.—1 vez.—( IN2016093723 ). Se hace constar que mediante escritura número 83 otorgada a las 15:00 horas del 07/11/16, por la notaria Alejandra Montiel Quirós, se protocoliza el acta N° 1 de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Holding GPC Productos de Concreto S. A., cédula de persona jurídica N° 3-101-686930, mediante la cual se modifican las cláusulas: 4, 5, 6 y 7 y se incluyen las clausulas 11 y 12 del pacto constitutivo de dicha sociedad.—San José, 21 de noviembre del 2016.—Licda. Alejandra Montiel Quirós, Notaria.—1 vez.—( IN2016093725 ). Por escritura otorgada ante el suscrito notario en San José, a las 11:00 horas del día de hoy, se constituyó la entidad de éste domicilio denominada Ignaz Inversiones S. A. Capital: Íntegramente suscrito y pagado. Presidente: Oscar Rafael Navarro Meza.—San José, 02 de diciembre del 2016.—Lic. Javier Camacho Granados, Notario.—1 vez.—( IN2016093751 ). Teresa Pérez Acosta, y Marta Dayana Molina Herrera, constituyen la sociedad de responsabilidad limitada denominada Terdaya SRL. Escritura otorgada en Grecia a las 13 horas del día 28 de noviembre del año 2016.—Lic. Miguel Alfaro Blanco, Notario.—1 vez.—( IN2016093753 ). Por Escritura otorgada por el notario Lic. Felipe Gómez Rodríguez, a las 14:30 horas del 3 de diciembre del 2016, se disolvió la sociedad, Dyralica Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Dyralica Sociedad Anónima S. A. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, la señora Diana Rodríguez Rodríguez. Capital suscrito y pago en su totalidad. Firmo en la ciudad de Grecia, el día 3 de diciembre del dos mil dieciséis.— Lic. Felipe Gómez Rodríguez, Notario.—1 vez.—( IN2016093754 ). Protocolización de acuerdos de sesión ordinaria de junta directiva de la compañía La Nación Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-dos mil seiscientos cuarenta y ocho, en la cual se acuerda modificar la cláusula quinta de los estatutos, quinta capital. Escritura otorgada a las once horas del dos de diciembre del dos mil dieciséis.—Licda. Frescia Benavides Ulate, Notaria.—1 vez.—( IN2016093756 ). Ante mí Alejandro Alonso Román González, notario con oficina en Atenas, hago constar que el dos de diciembre del dos mil dieciséis, a las diez horas se protocolizó asamblea general extraordinaria de la sociedad Beauty Up Store Sociedad Anónima, cédula jurídica número: tres-ciento unoseis cuatro nueve cuatro ocho cuatro, en la cual se reforma la cláusula segunda y octava y se revoca el nombramiento de la secretaria, tesorero, fiscal y agente residente.—Atenas, dos de diciembre del dos mil dieciséis.—Lic. Alejandro Alonso Román González, Notario.—1 vez.—( IN2016093757 ). Protocolización del acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la compañía Comunicación Corporativa de Centro América Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica N° tres-ciento uno-noventa y cinco mil setecientos La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016 cincuenta y cuatro, en la cual se modifican las cláusulas de la administración y representación. Escritura otorgada a las catorce del primero de diciembre del dos mil dieciséis.—Licda. Cinzia Víquez Renda, Notaria.—1 vez.—( IN2016093759 ). Ante mí, Alejandro Alonso Román González, notario con oficina en Atenas, compareció la totalidad de las acciones que conforman el capital social de la sociedad Crystal Holdings Sociedad Anónima, cédula jurídica N° tres-ciento dos-tres cuatro cero uno seis nueve y en forma unánime mediante escritura número ciento veinticinco otorgada en la ciudad de Atenas, a las quince horas del once de noviembre del dos mil dieciséis. Escritura visible al folio ochenta y cinco frente del tomo treinta y tres del protocolo del suscrito notario y por acuerdo unánime se acordó disolver la indicada sociedad.—Atenas, 11 de noviembre del 2016.—Lic. Alejandro Alonso Román González, Notario.—1 vez.—( IN2016093760 ). Protocolización del acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Heredia Leaving Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres- ciento uno- setecientos veintiocho mil trescientos sesenta y dos, en la cual se modifica la cláusula del nombre. Escritura otorgada a las quince del primero de diciembre del dos mil dieciséis.—Licda. Cinzia Víquez Renda, Notaria.—1 vez.—( IN2016093761 ). Ante mí Karen Daniela Oconitrillo Quesada, notaria con oficina abierta en Estanquillos de Atenas, hago constar que el día veintidós de noviembre del dos mil dieciséis, a las trece horas se protocolizó asamblea general extraordinaria de la sociedad Equipos Cibernéticos G Y R Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número: tres - ciento uno -tres nueve siete seis siete seis, en la cual se reforma la cláusula octava del pacto constitutivo y se nombra la junta directiva y el fiscal.—Atenas, veintitrés de noviembre del dos mil dieciséis.—Licda. Karen Daniela Oconitrillo Quesada, Notaria.—1 vez.—( IN2016093770 ). Ante mí Henry Alonso Víquez Arias, notario con oficina en Atenas, hago constar que el día veinticinco de noviembre del dos mil dieciséis, a las quince horas y treinta minutos se protocolizó asamblea general extraordinaria de la sociedad Tres-Ciento DosSiete Uno Cinco Tres Siete Seis Sociedad de Responsabilidad Ilimitada, cédula jurídica número tres-ciento dos-siete uno cinco tres siete seis, en la cual se reforma las cláusula quinta del pacto constitutivo y se revoca el nombramiento del gerente uno.—Atenas, veintiséis de noviembre del dos mil dieciséis.—Lic. Henry Alonso Víquez Arias, Notario.—1 vez.—( IN2016093772 ). Se hace saber que Fuerza Naranja Liberiana sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-tres ocho tres dos cuatro seis, aprobó disolución de la sociedad mediante asamblea general extraordinaria de socios. Se cita los interesados a hacer valer sus derechos y oposiciones. En la notaría de la Licenciada Daly Mairel González Castro en Liberia, Guanacaste, del Cuerpo de bomberos doscientos metros al sur y veinte metros al este. Al celular 83325105 o al correo electrónico [email protected].—Licda. Daly Mariel González Castro, Notaria.—1 vez.—(IN2016093777 ). Ante mi notaría, se constituyó la sociedad que llevará como nombre el número de cédula asignado sociedad anónima, domiciliada en Alajuela, Upala, Bijagua, ochocientos metros al sur del colegio. Willy Francisco White Gutiérrez, cédula nueve-cero cero siete cuatro-cero seis cero ocho, como Apoderado Generalísimo sin límite de suma. El capital social será cuarenta mil colones, representadas por dos acciones comunes y normativas de veinte mil colones cada una aporte mediante una silla giratoria de escritorio y un escritorio de madera.—Liberia, veinticinco de noviembre del dos mil dieciséis.—Licda. Daly Mariel González Castro, Notaria.—1 vez.—( IN2016093778 ). En notaría de Rafael Ángel Morales Soto, a las 11:00 de hoy, se protocolizó acta mediante la cual se acuerda disolver la sociedad Hatzy del Este S. A., cedula 3-101-523574. De conformidad con el artículo 207 del Código de Comercio se avisa que dentro de los treinta días siguientes a esta publicación, cualquier interesado que Pág 57 se sienta perjudicado en sus derechos podrá oponerse judicialmente a la disolución.—San José, 16 de noviembre del 2016.—Lic. Rafael A. Morales Soto, Notario.—1 vez.—( IN2016093781 ). En mi notaría, por escritura pública Nº 258-9 de las 16:00 horas del 30 de noviembre del 2016, protocolicé modificación de la cláusula quinta del capital social de: GBSYS S. A., aumentando el capital social a setenta millones de colones.—San José, 30 de noviembre del 2016.—Lic. Luis Diego Hidalgo Rivera, Notario.—1 vez.—( IN2016093803 ). Ante mí, Carlos Fernández Vásquez, notario público, la empresa: Myel S. A., protocoliza la asamblea extraordinaria de socios, del once de noviembre del dos mil dieciséis, visible a la escritura doscientos cincuenta y ocho, del tomo treinta de protocolo, del día diecisiete de noviembre del dos mil dieciséis.—Palmares, diecisiete de noviembre del dos mil dieciséis.—Lic. Carlos Fernández Vásquez, Notario.—1 vez.—( IN2016093805 ). Por escritura otorgada ante mí, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la firma de ésta plaza: Condominio Ofi-Bodegas Capri Gris Número Veinte Sociedad Anónima. Se modifica la cláusula quinta del pacto social, del capital.—San José, 26 de mayo del 2015.—Lic. Paul Zúñiga Hernández, Notario.—1 vez.—( IN2016093806 ). Por escritura otorgada ante mí, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la firma de ésta plaza: Inmobiliaria VT Mil Novecientos Noventa y Cuatro Sociedad Anónima. Se modifica la cláusula quinta del pacto social, del capital.—San José, 26 de mayo del 2015.—Lic. Paul Zúñiga Hernández, Notario.—1 vez.—( IN2016093807 ). Que en la asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la compañía denominada: B. RQ And GI Investments Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos ochenta y ocho mil setenta y seis, celebrada a las catorce horas del dieciocho de noviembre del dos mil dieciséis, en la ciudad de Tamarindo, se acordó realizar cambio en las cláusula de la representación. Es todo.—Tamarindo, 02 de diciembre del 2016.—Lic. José Antonio Silva Meneses, Notario.—1 vez.—( IN2016093813 ). Por escritura otorgada ante la notaria Vilma Guevara Mora, a las 18:00 horas del 01 de diciembre del 2016, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de accionistas de: Tres-Uno Cero Uno Seis Siete Seis Cinco Cuatro Cero Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-676540, en la que se realizó cambio de miembros de junta directiva.—San José, 02 de diciembre del 2016.—Licda. Vilma Guevara Mora, Notaria.—1 vez.—( IN2016093823 ). Ante mí, Álvaro Barboza Orozco, notario público con oficina abierta en San José, escritura otorgada a las 14:00 horas del 30 de noviembre del 2016, se revocó puesto y se nombró presidente de la sociedad denominada: El Seis Ganador Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número: tres-ciento uno-dos cero dos tres ocho dos, se nombró presidente: Ronaldo Cano Mendoza. Capital social: totalmente suscrito y pagado. Domicilio social: San José, San José, Sabana Oeste, del Restaurante La Princesa Marina, cien metros al oeste, y veinticinco metros al norte.—San José, 01 de diciembre del 2016.—Lic. Álvaro Barboza Orozco, Notario.—1 vez.—( IN2016093827 ). Por escritura de las 08:00 horas del 03 de diciembre del 2016, otorgada ante esta notaría pública, se reforma la cláusula sexta de la administración del pacto constitutivo, para que de ahora en adelante le corresponde al Presidente de la junta directiva, la representación legal, judicial y extrajudicial de la sociedad, y se nombra nuevo presidente y secretario de la sociedad denominada: LCM Inversiones Atlántico C R Sociedad Anónima, con cédula jurídica Nº 3-101-514169.—San José, 03 de diciembre del 2016.— Lic. Cristian Chacón Castillo, Notario.—1 vez.—( IN2016093829 ). Por escritura de las 20:00 horas del 01 de diciembre del 2016, otorgada ante esta notaría pública, se constituyó la sociedad denominada: SMC Soluciones Múltiples Corporativas-CR S.A. Plazo: 99 años a partir del 01 de diciembre del 2016. La Pág 58 La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016 representación judicial y extrajudicial corresponde al presidente de la junta directiva con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital social: $100. Domicilio: Puntarenas, cantón Puntarenas, distrito El Roble, diagonal a la Universidad Técnica Nacional.—San José, 01 de diciembre del 2016.—Lic. Cristian Chacón Castillo, Notario.—1 vez.—( IN2016093830 ). Por escritura otorgada ante esta notaría, a las trece horas y treinta minutos del primero de diciembre del dos mil dieciséis, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada: Tres-Ciento Uno-Quinientos Setenta y Siete Mil Ciento Sesenta y Tres Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos setenta y siete mil ciento sesenta y tres, mediante la cual se reforma la cláusula primera del pacto constitutivo. La sociedad se denominará: Constructora y Bienes Raíces CPM Sociedad Anónima.—Licda. María Viviana Jiménez Ramírez, Notaria.—1 vez.—( IN2016093831 ). Por escritura de las 09:00 horas del 24 de noviembre del 2016, otorgada ante esta notaría pública, se modifica la cláusula quinta del pacto social de: Medical Tours Costa Rica S. A.—San José, 05 de diciembre del 2016.—Licda. Marcela Murillo Quirós, Notaria.—1 vez.—( IN2016093832 ). Por escritura pública número 376-18, otorgada a las 15 horas del 02 de diciembre del 2016, se constituyó la sociedad denominada Hermanos Fallas Monge de Aserrí S. A. capital social íntegramente suscrito y pagado. Plazo noventa y nueve años desde constitución. Presidente: Odette Fallas Monge.— San José, 02 de diciembre del 2016.—Lic. Ricardo Villalobos González, Notario.—1 vez.—( IN2016093834 ). Ante mí Héctor Rolando Vargas Sánchez, notario público con oficina en Heredia en escritura otorgada a las 11:00 horas del 30 de noviembre del 2016, se disolvió la empresa Grupo Jovavi de Costa Rica SRL, cédula jurídica 3-102-583626. Es todo.—17 de noviembre del 2016.—Lic. Héctor Rolando Vargas Sánchez, Notario.—1 vez.—( IN2016093835 ). Fusión por absorción: Mediante escritura número 50-25 de las 12:00 horas del 28 de noviembre de 2016 se protocolizo I - fusión por absorción de Gurrion Pico de Hoz Ltda., cédula jurídica 3402451835. La cual prevalece, con las entidades, razón social y su respectiva cédula jurídica: A- Copete de Nieve Ltda, 3-102-451831 Gallareta Morada Ltda, 3-102-450698, Polluela Gargantiblanca Ltda, 3-102451268 Jacana Spinoza Ltda 3-102450699 Cucu Ardilla Ltda, 3-102-448975, Mochuelo Montañero Ltda, 3-102-449524 Cuyeo de Altura Ltda, 3-102-449530, Codorniz Pechicastaña Ltda, 3-102450943, Pavita Chachalaca Ltda, 3-102- 450942, Codorniz Pechicastaña Ltda 3-102. 450943, Inversiones Barvas Marinas S. A. 3-101-362365 Inversiones y Desarrollos Los Espiritus Ddl Pacifico S. A. 3-101-366486, BRascon Cuelligris Ltda, 3-102-450681 Vencejon Collarejo Ltda, 3-102451444, Perdiz Montañera Ltda, 3-102451434, Chortilejo Tildio Ltda, 3-102450542, Lechucira Serranera Ltda, 3-102450675, Tuo Zopilotillo Ltda 3-102450544, Chucullo Frente Blanca Ltda, 3-102-453149 Subepalo Moteado Ltda. 3-102453528, Jacobino Nuquiblanco Ltda 3-102-453381, Ala de Sable Violeta Ltda 3-102459941, C-. Finca Bobo Chizo Ltda 3-10240870, ISP More Sun Limitada 3-102480620, Pájaro Carpintero Careto Ltda 3-102-481262, Lion Parrot Ltda3-102481720. Kans Dove PDV Ltda 3-102480619, Montaña Gallina de Monte Ltda 3-102480790, Little Tinamu Ltda3-102481263, El BerringaL Ltda- 3-102-365008 Inversiones Los Soñadores de la Costa S. A. 3-101-358719, Map Maker Site Ltda 3-102- 482780 Site Green Earth View Ltda 3-102482915. II- Mediante la escritura Número 51-25 de las 13:00 horas del 28 de noviembre de 2016 se protocolizó fusión por la cual la entidad Azulear Ltda 3-102- 362309 prevale y fusiona por absorción las siguientes sociedades: Albany ICM Ltda 3-102- 480660, Tinamu Grande Ltda 3-102- 479651 Lote del Cuco Rayado Ltda 3-102479307, DSS Solares de Cormaran Ltda 3-102479492 EPP Boise Ltda. 3-102479652, Klon de Colibri Ltda. 3-102480230„ Grand Dai Ltda 3-102479310, Buco Borbon Doble B Ltda 3-102- 480101, Natural Premium IUB Ltda 3-102-480637 Air More Irc Ltda 3-102.480638, Grude lot Ltda 3-102480865 Utm Orion Hawk Ltda 3-102-480863 Al Garete Ltda 3-102-362660. En ambos casos, se revocan poderes y se designa nuevo gerente.—Lic. Sergio Sánchez Bagnarello, Notario.—1 vez.—( IN2016093842 ). Por escritura otorgada en esta fecha por esta notaría, se constituye la sociedad denominada Robles Esquivel del Paso Real S. A.—San José, 2 de diciembre del dos mil dieciséis.—Lic. Jorge Sánchez Garbanzo, Notario.—1 vez.—( IN2016093849 ). En mi notaría el 23 de noviembre del 2016, se protocolizó el acta de asamblea de la sociedad Transportes Mendecor del Atlántico Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-565249, que reforma el estatuto en relación a la junta directiva y la presentación legal de la sociedad.—Licda. Ana Laura González Cubero, Notaria.—1 vez.—( IN2016093851 ). Mediante escrituras números 51-17; 56-17 de las 10:00 horas; 15:00 horas; la primera del 14 de noviembre, la segunda del 19 de noviembre, protocolicé acuerdo de disolución de las sociedades JYI Conchal S.R.L.; JJKATH Sociedad Anónima; respectivamente.— Tamarindo, 30 de noviembre del 2016.—Lic. Ricardo Cañas Escoto, Notario.—1 vez.—( IN2016093852 ). Por acuerdo unánime de socios en asamblea general extraordinaria de la sociedad A.S.C. Cristiana de San Ramón Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica 3-101-639590, celebrada en su domicilio social a las 09:00 horas del 21 de octubre del 2016, se procedió a reformar las cláusulas segunda y sétima del pacto social, también se nombró nueva junta directiva y agente residente, se otorgó poder generalísimo sin límite de suma, acta protocolizada en San José, a las 10:00 horas del 25 de noviembre del 2016.—Licda. Grettel Caldera Schaubeck, Notaria.—1 vez.—( IN2016093854 ). Por escritura otorgada en mi notaría el 1° de noviembre del 2016, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad El Zancudo S. A., se acuerda reformar la cláusula octava del pacto social de la sociedad; se acuerda revocar los nombramientos de presidente y secretaria de la junta directiva de la sociedad.—San José, 1° de noviembre del 2016.—Lic. Adolfo José Hernández Aguilar.—1 vez.—( IN2016093855 ). Mediante la escritura número ciento veintisiete del tomo quince de mi protocolo del once de octubre de dos mil dieciséis, se incrementa el capital social de Transportes Jacó S. A.—San José, 23 de noviembre del 2016.—Lic. Julio Antonio Morúa Martínez, Notario.—1 vez.—( IN2016093858 ). Por escritura número catorce-dos, otorgada a las catorce horas del 01 de diciembre del 2016, se constituye la empresa: Blondie Empresa Individual de Responsabilidad Limitada.—Lic. Jesús Alberto Ramírez Campos, Notario.—1 vez.—( IN2016093860 ). Por escritura N° ocho-dos, otorgada a las catorce horas del 24 de octubre del 2016, se constituye la empresa: Rhoda Corp. Empresa Individual de Responsabilidad Limitada.—Lic. Jesús Alberto Ramírez Campos, Notario.—1 vez.—( IN2016093861 ). Por escritura otorgada ante mí se reforma la cláusula novena del pacto constitutivo de Zule Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos treinta y nueve mil quinientos cincuenta.—Ciudad Quesada, San Carlos, Alajuela, cinco de diciembre del dos mil dieciséis.—Lic. Eduardo Salas Rodríguez.— Lic. Eduardo Salas Rodríguez, Notario.—1 vez.—( IN2016093863 ). Ante esta notaria se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria en que se modifica el pacto constitutivo de la sociedad Tres Ciento Uno Setecientos Dieciséis Mil Setecientos Ochenta y Seis Sociedad Anónima, cédula jurídica: tres-ciento uno-setecientos dieciséis mil setecientos ochenta y seis.—Ciudad Quesada, 16 de noviembre del 2016.—Licda. Sonia María Ugalde Hidalgo, Notaria.—1 vez.—( IN2016093864 ). La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016 Pág 59 Ante esta notaría a las trece horas del diez de noviembre del dos mil dieciséis, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria en que se modifica el pacto constitutivo de la sociedad Servicios de Consultoría y Constructora F Y V Sociedad Anónima, cédula jurídica: tres-ciento uno-quinientos cuarenta y nueve mil ochenta y tres.—Ciudad Quesada, 10 de noviembre del 2016.—Licda. Sonia María Ugalde Hidalgo, Notaria.—1 vez.—( IN2016093865 ). sociedad mercantil denominada Medicir S. A., con cédula de persona jurídica número 3-101-687600, domicilio social en Guadalupe de Goicoechea, la disolución de dicha sociedad. Se avisa a todos los interesados que demuestren legítimo interés en lo solicitado, para los fines pertinentes.—San José, 5 de diciembre del 2016.—Lic. Édgar Gerardo Ardón Retana, Notario.—1 vez.—( IN2016093881 ). Ante esta notaría se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria en que se procede a la disolución de la sociedad Bellart Eventos y Decoraciones Sociedad Anónima, cédula jurídica: tres-ciento uno-quinientos veinticuatro mil trescientos cincuenta y uno.—1° de diciembre del 2016.—Licda. Sonia María Ugalde Hidalgo, Notaria.—1 vez.—( IN2016093866 ). Ante esta notaría se ha disuelto la sociedad denominada: Gazu La Carpintera S.R.L., cédula jurídica: tres-ciento dos-siete dos cinco cero ocho seis.—San José, noviembre 22, 2016.—Lic. Franklin Solano Venegas, Notario.—1 vez.—( IN2016093882 ). Por escritura número ciento setenta y cuatro, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Autos Usados El Guanacaste Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101262324, se reforma el artículo octavo de los estatutos constitutivos y junta directiva.—Liberia, 02 de diciembre del 2016.—Lic. Hugo Zúñiga Clachar, Notario.—1 vez.—( IN2016093867 ). Virginia Umaña Segura, notaria pública hace constar que mediante escritura número noventa y siete a las quince horas del tres de octubre del año dos mil dieciséis se constituyó Sociedad Anónima denominada Amáis y Amáis e hijos Litwin.—Lic. Virginia Umaña Segura, Notaria.—1 vez.—( IN2016093868 ). Por escritura otorgada ante mí, se protocolizaron acuerdos de la asamblea general extraordinaria de Casa de los Arce S. A., cédula jurídica número 3-101-428220. Se reformó en aumento la cláusula del capital social. Es todo.—San José, veintinueve de noviembre de 2016.—Lic. Arturo Enrique Apéstegui Barzuna, Notario.—1 vez.— ( IN2016093873 ). Por escritura otorgada ante mí, se protocolizaron acuerdos de la asamblea general extraordinaria de Ilpadix S. A., cédula jurídica número 3-101-414778. Se reformó en aumento la cláusula del capital social. Es todo.—San José, veintinueve de noviembre de 2016.—Lic. Arturo Enrique Apéstegui Barzuna, Notario.—1 vez.— ( IN2016093875 ). Por escritura otorgada ante mí, se protocolizaron acuerdos de la asamblea general extraordinaria de Arce y Sauma S. A., cédula jurídica número 3-101-43009. Se reformó en aumento la cláusula del capital social. Es todo.—San José, veintinueve de noviembre de 2016.—Lic. Arturo Enrique Apéstegui Barzuna, Notario.—1 vez.— ( IN2016093876 ). Por escritura otorgada ante mí, se protocolizaron acuerdos de la asamblea general extraordinaria de Arce y Córdoba S. A., cédula jurídica número 3-101-008354. Se reformó en aumento la cláusula del capital social. Es todo.—San José, veintinueve de noviembre de 2016.—Lic. Arturo Enrique Apéstegui Barzuna, Notario.—1 vez.— ( IN2016093877 ). Mediante escritura que autoricé a las 13:00 horas de hoy, se protocolizaron, en su orden, acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de las compañías Mitra Global S. A., reformándose las cláusulas segunda y octava de sus estatutos (referentes al domicilio y a la administración). Además, se revocan nombramientos, y se designan sustitutos del consejo directivo.—San José, 30 de noviembre de 2016.—Lic. Édgar Villalobos Jiménez, Notario.—1 vez.—( IN2016093878 ). Ante mi notaría, a las doce horas del diecisiete de noviembre de dos mil dieciséis, se constituyó la sociedad domiciliada en Puntarenas: Los Tres Bros Connection S. A., su capital social es la suma de noventa dólares, moneda de los Estados Unidos de América y su presidente es el socio David Gouttenoire Cervioti.—San José, dieciocho de noviembre de dos mil dieciséis.—Lic. Edgar Vinicio Rodríguez Murillo, Notario.—1 vez.—( IN2016093879 ). Ante mi notaría, sita en Purral Abajo del cantón de Goicoechea, Urbanización Las Lomas, oficina cuarenta D, se ha solicitado por parte de Jorge A. Jiménez Alfaro, cédula número 1- 1381-0952, como representante legal de la En la protocolización de actas de la empresa BM Elbiak Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número 3-101284917, por unanimidad se acuerda: Revocar nombramiento de Fiscal.—San José 23 de noviembre del año dos mil dieciséis.—Lic. Franklin Solano Venegas, Notario.—1 vez.—( IN2016093883 ). Mediante escritura número tres-cuatro otorgada ante los notarios públicos Juan Carlos León Silva, Jorge González Roesch y Alberto Sáenz Roesch, actuando en conotariado en el protocolo del primero a las doce horas treinta minutos del veintiuno de noviembre del año dos mil dieciséis, se disuelve y liquida la compañía denominada Inversiones Law Non Verba Sociedad Anónima.— San José, 21 de noviembre del 2016.—Juan Carlos León Silva, Notario.—1 vez.—( IN2016093890 ). Mediante escritura número tres-cuatro otorgada ante los notarios públicos Juan Carlos León Silva, Jorge González Roesch Y Alberto Sáenz Roesch, actuando en conotariado en el protocolo del primero a las doce horas treinta minutos del veintiuno de noviembre del año dos mil dieciséis, se disuelve y liquida la compañía denominada Inversiones Law Non Verba Sociedad Anónima.— San José, 21 de noviembre del 2016.—Juan Carlos León Silva, Notario.—1 vez.—( IN2016093891 ). Por escritura número ciento cinco-veintitrés, otorgada ante mí, a las quince horas del dos de diciembre del dos mil dieciséis, se protocolizaron los acuerdos tomados en asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía El Sprinnter Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica tres-ciento uno-dos cuatro uno uno uno dos, en acta número siete: Se acuerda realizar un Aumento de capital y se reforma la cláusula quinta del capital social. Se reforma clausula segunda del domicilio y se reforma clausula tercera del objeto, se revocan los nombramientos del secretario y tesorero y se hacen nuevos nombramientos, en acta número ocho: Se acuerda realizar un aumento de capital y se reforma la cláusula quinta del capital social.—San José, misma hora y fecha.—Lic. Kathya Alexandra Rojas Venegas, Notaria.—1 vez.—( IN2016093892 ). Ante esta notaría, se constituyó la compañía denominada Boutique Floral de Costa Rica Sociedad Anónima. Capital social doscientos dólares, representado por diez acciones comunes y nominativas de veinte dólares cada una, debidamente suscritas y pagadas. Apoderado generalísimo sin límite de suma el presidente.— Cartago, tres de noviembre del dos mil dieciséis.—Lic. Carlos Enrique Leiva Rojas, Notario.—1 vez.—( IN2016093897 ). Ante esta notaría se constituyó la compañía denominada Boutique Floral de Costa Rica Sociedad Anónima. Capital social doscientos dólares, representado por diez acciones comunes y nominativas de veinte dólares cada una, debidamente suscritas y pagadas. Apoderado generalísimo sin límite de suma el presidente.— Cartago tres de noviembre del dos mil dieciséis.—Lic. Carlos Enrique Leiva Rojas, Notario.—1 vez.—( IN2016093898 ). Por escritura protocolizada por mí, hoy, a las nueve horas Camados del Sur S. A., modifica cláusulas segunda, octava y décimo segunda del pacto social, nombra secretaria Carla Patricia Ramírez Jiménez, tesorero Mario Alberto Ramírez Jiménez y fiscal.—San José, cinco de diciembre del dos mil dieciséis.—Licda. María Montserrat Brich Mesegué, Notaria.—1 vez.—( IN2016093912 ). Pág 60 La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016 Por escritura otorgada hoy, ante el suscrito notario, se protocolizan acuerdos de la Asamblea General Extraordinaria de accionistas de la sociedad EFX de Costa Rica S. A., cédula 3-101544793, mediante los cuales se modifican las cláusulas segunda y quinta del pacto constitutivo y se nombra agente residente de la sociedad.—San José, 30 de noviembre del 2016.—Lic. Alejandro Bettoni Traube, Notario.—1 vez.—( IN2016093914 ). Por escritura otorgada al ser las doce horas del tres de diciembre del dos mil dieciséis, que en la asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada Ciento Dos-Setecientos Veintinueve Mil Ochenta y Cinco Sociedad Limitada, cédula jurídica ciento dos-setecientos veintinueve mil ochenta y cinco, en firme por unanimidad se acuerda el cambio de nombre por Galleros Latinos Cr Sociedad Limitada ante la notaria Karla Chaves Mejía. Es todo.—San José, 5 de diciembre del 2016.—Licda. Karla Chaves Mejía, Notaria.—1 vez.—( IN2016093927 ). Mediante escritura ante mí otorgada en San José, a las once horas del veintisiete de noviembre del dos mil dieciséis, se constituyó Norbus YMS S. A. Capital social cien dólares moneda de los Estados Unidos de América.—Lic. Danilo Loaiza Bolandi, Notario.—1 vez.—( IN2016093929 ). Quien suscribe Jacob Téllez Ramírez, residente nicaragüense, portador de la cédula de identidad N° 155818128111. Alfonso Quesada Molina, con cédula de identidad 6-0369-0340, Joksan Silva Serrano, con cédula de identidad 6-0275 0997, se apersonan a la notaria del Lic. Rodrigo Bonilla Gamboa, ubicada en San José, Catedral Sur, frente a terminal Musoc, a constituir sociedad anónima de nombre Grupo Perla Porteña. Los teléfonos para cualquier consulta son: 2221-2644, en horario de oficina: 8 a. m. a 5 p. m.— San José, 5 diciembre del 2016.—Lic. Rodrigo Bonilla Gamboa, Notario.—1 vez.—( IN2016093931 ). En esta notaría se disolvió por acuerdo de socios de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio de la República de Costa Rica, la compañía Fuego de Pasiones Limitada, con cédula jurídica número tres-ciento dosquinientos cuarenta y seis mil ciento ochenta y seis.—San José, 1° de diciembre del 2016.—Lic. Roberto León Gómez, Notario.—1 vez.—( IN2016093933 ). Por escritura N° 86, otorgada a las 16:00 horas del día de hoy, ante los notarios públicos Roberto León Gómez y Carlos Abarca Umaña, se protocolizó un acta de Aero Carena del Sur Limitada, donde se modificó la cláusula segunda de sus estatutos.—San José, 01 de diciembre del 2016.—Lic. Roberto León Gómez, Notario.—1 vez.—( IN2016093934 ). En esta notaría se disolvió por acuerdo de socios de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio de la República de Costa Rica, la compañía Propiedades y Viviendas Beleamsy S. A., con cédula jurídica N° tres-ciento unocuatrocientos once mil ochocientos setenta y ocho.—San José, 1° de diciembre del 2016.—Lic. Roberto León Gómez, Notario.—1 vez.—( IN2016093935 ). Por escritura otorgada en San José, a las diecisiete horas del diecinueve de octubre de dos mil dieciséis, en conotariado con el notario público Pablo Sancho Calvo, en el protocolo del mismo, se protocolizaron acuerdos de la sociedad Inmobiliaria Moderna del Este Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos ochenta y seis mil setecientos ochenta, en donde se acordó la disolución de la sociedad de conformidad al inciso d) del artículo doscientos uno del Código de Comercio.—San José, diecinueve de octubre del dos mil dieciséis.—Lic. Esteban Carranza Kopper, Notario.—1 vez.—( IN2016093938 ). Por escritura otorgada en San José, a las diecisiete horas treinta minutos del diecinueve de octubre de dos mil dieciséis, en conotariado con el notario público Pablo Sancho Calvo, en el protocolo del mismo, se protocolizaron acuerdos de la sociedad Ultra Color Sociedad Anónima, cédula jurídica N° tres-ciento uno-cero setenta y seis mil novecientos noventa y cuatro, en donde se acordó la disolución de la sociedad de conformidad al inciso d) del artículo doscientos uno del Código de Comercio.—San José, diecinueve de octubre de dos mil dieciséis.—Lic. Esteban Carranza Kopper, Notario.—1 vez.—( IN2016093939 ). Por escritura otorgada en San José a las dieciséis horas cuarenta y cinco minutos del diecinueve de octubre de dos mil dieciséis, en conotariado con el notario público Pablo Sancho Calvo, en el protocolo del mismo, se protocolizaron acuerdos de la sociedad Inmobiliaria Ideal del Este Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres - ciento uno - doscientos ochenta y siete mil cinco, en donde se acordó la disolución de la sociedad de conformidad al inciso d) del artículo doscientos uno del Código de Comercio.— San José, diecinueve de octubre de dos mil dieciséis.—Lic. Esteban Carranza Kopper, Notario.—1 vez.—( IN2016093940 ). Por escritura otorgada en San José, a las dieciséis horas treinta minutos del diecinueve de octubre de dos mil dieciséis, en conotariado con el notario público Pablo Sancho Calvo, en el protocolo del mismo, se protocolizaron acuerdos de la sociedad Tres-Ciento Uno-Seiscientos Siete Mil Trescientos Sesenta y Cuatro Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-seiscientos siete mil trescientos sesenta y cuatro, en donde se acordó la disolución de la sociedad de conformidad al inciso d) del artículo doscientos uno del Código de Comercio.—San José, diecinueve de octubre de dos mil dieciséis.—Lic. Esteban Carranza Kopper, Notario.—1 vez.—( IN2016093941 ). Por escritura otorgada en San José a las diecisiete horas cuarenta y cinco minutos del diecinueve de octubre de dos mil dieciséis, en conotariado con el notario público Pablo Sancho Calvo, en el protocolo del mismo, se protocolizaron acuerdos de la sociedad Inmobiliaria los Socios del Este Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos ochenta y siete mil seis, en donde se acordó la disolución de la sociedad de conformidad al inciso d) del artículo doscientos uno del Código de Comercio.— San José, diecinueve de octubre de dos mil dieciséis.—Lic. Esteban Carranza Kopper, Notario.—1 vez.—( IN2016093942 ). Por escritura otorgada en San José a las diecisiete horas quince minutos del diecinueve de octubre de dos mil dieciséis, en conotariado con el notario público Pablo Sancho Calvo, en el protocolo del mismo, se protocolizaron acuerdos de la sociedad Huancayo Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres - ciento uno - cero noventa y seis mil ochenta y cuatro, en donde se acordó la disolución de la sociedad de conformidad al inciso d) del artículo doscientos uno del Código de Comercio.—San José, diecinueve de octubre de dos mil dieciséis.—Lic. Esteban Carranza Kopper, Notario.—1 vez.—( IN2016093943 ). Por escritura otorgada en San José, de las quince horas del dos de diciembre del dos mil dieciséis, se reforman cláusulas del pacto social de la sociedad Jafeda S. A.—Lic. Consuelo Méndez Marchena, Notaria.—1 vez.—( IN2016093944 ). Ante esta notaría el día primero de diciembre del dos mil dieciséis, se protocoliza acta extraordinaria de la sociedad Consorcio Interamericano Caribe de Exportación Sociedad Anónima, en la que modifica la cláusula sétima correspondiente a la administración de la empresa.—San José, cinco de diciembre del dos mil dieciséis.—Lic. Eric Esquivel Carvajal, Notario.—1 vez.—( IN2016093949 ). Por escritura otorgada ante este notario, a las nueve horas del treinta de noviembre del dos mil dieciséis, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de socios de la compañía Experience Vida Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula segunda del pacto constitutivo. Teléfono 2220-2068.— San José, treinta de noviembre de dos mil dieciséis.—Lic. Manfred Gerhard Marshall Facio, Notario.—1 vez.—( IN2016093952 ). El suscrito, Carlos Gerardo Víquez Rojas, notario público, con oficina en la ciudad de Atenas, hago constar que mediante escritura número doscientos ochenta y ocho, iniciada al folio ciento ochenta La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016 Pág 61 y cuatro vuelto del tomo primero de mi protocolo, otorgada ante mi notaría, a las diecisiete horas del primero de diciembre de dos mil dieciséis, se reformó la cláusula primera del pacto constitutivo en la sociedad anónima denominada Andumex Sociedad Anónima, cedula jurídica N° tres-ciento uno-trescientos sesenta y seis mil novecientos veintiocho.—Lic. Carlos Gerardo Víquez Rojas, Notario.—1 vez.—( IN2016093961 ). En escritura N° 490, otorg en San José, 10:30 horas 21-112016, se constituyó Memorial Gardens Costa Rica S. A. Capital US$200.00, dividido en 100 acciones comunes y nominativas de US$2.00 cada una. Presid Armando Enrique Vásquez Rojas, céd 2-0320-0558, Secret Diego Vásquez González, cédula 1-12670271, ambos con Represent Judic y Extrajudic.—Licda. Ana Evelia Retana Vargas, Notaria.—1 vez.—( IN2016093987 ). El suscrito Carlos Gerardo Víquez Rojas, notario público, con oficina en la ciudad de Atenas, hago constar que mediante escritura número doscientos noventa, iniciada al folio ciento ochenta y seis frente del tomo primero de mi protocolo, otorgada ante mi notaría a las dieciocho horas del primero de diciembre de dos mil dieciséis, se reformó la cláusula primera del pacto constitutivo y se revocó el nombramiento del agente residente en la sociedad anónima denominada Vista Atenas Sesenta y Cuatro Sociedad Anónima, cedula jurídica número tres-ciento uno-ciento sesenta y seis mil seiscientos ochenta y cinco.—Lic. Carlos Gerardo Víquez Rojas, Notario.—1 vez.—( IN2016093963 ). En escritura N° 491, otorgada en San José, 11.00 horas, del 21-11-2016, se constituyó Camposanto Palmares S. A. Capital US$200.00, dividido en 100 acciones comunes y nominativas de US$2.00 cada una. Presidente: Armando Enrique Vásquez Rojas, cédula N° 2-0320-0558, secretario: Diego Vásquez González, cédula N° 1-1267-0271, ambos con Represent. Judic. y Extrajudic.—Licda. Ana Evelia Retana Vargas, Notaria.—1 vez.—( IN2016093989 ). Ante mi notaría, por escritura número ciento cuatro de las dieciséis horas del primero de diciembre del dos mil dieciséis, visible al folio sesenta y ocho vuelto del tomo ocho, se modificó la junta directiva de la sociedad Taller Bogantes de Carrillo S. A., domiciliada en Belén de Carrillo, Guanacaste, de la Planta de Cemex, cien metros al norte, se nombra a Marian Bogantes Ochoa como secretaria de la junta directiva.—Licda. Marianela Moreno Paniagua, Notaria.—1 vez.—( IN2016093971 ). CR VEB Sociedad Anónima, cédula jurídica número: 3-101324268, hace saber que procede a disolver la sociedad por acuerdo de socios de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio. Quien se considere afectado por este proceso, puede manifestar su oposición en el término de ley contados a partir de la publicación del Diario Oficial La Gaceta. Es todo.—Parrita, 5 de diciembre del 2016.—Lic. Federico Arias Chacón, Notario.—1 vez.—( IN2016093972 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 19 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Ecohorizontes Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 21 de noviembre del 2016.—Lic. Braulio Ulises Murillo Segura, Notario.—1 vez.— CE2016015054.—( IN2016093992 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 18 horas 00 minutos del 14 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Deure Farma Limitada.—San José, 21 de noviembre del 2016.—Lic. José Joaquín Soto Chavarría, Notario.—1 vez.— CE2016015055.—( IN2016093993 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 18 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Bufete Acuña Leandro Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 21 de noviembre del 2016.—Licda. Vilma del Carmen Cordero Benavides, Notaria.—1 vez.—CE2016015056.—( IN2016093994 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 16 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Comercializadora Industrial GAO Sociedad Anónima.—San José, 21 de noviembre del 2016.— Lic. Leonardo Díaz Rivel, Notario.—1 vez.—CE2016015057.— ( IN2016093995 ). Ante mi notaría al ser las 14:30 horas del 1° de diciembre del 2016, se modificó entidad 3-101-7099 S. A. Presidente: Roy Arrieta González, cédula2-516-770. Vicepresidente: Jorge Eduardo López Solano, cédula 3-220-653. Secretario: Antonio Arrieta Chávez, cédula 2-243-733. Tesorero: Esteban López Sandoval, cédula 3-499847, domiciliada en Limón, Pococí, Guápiles, ciento cincuenta metros al norte de La Mutual Alajuela, en Centro Comercial Dos Rios, segundo local de la planta baja.—Licda. Sonia Carrillo Ugalde, Notaria.—1 vez.—( IN2016093973 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 18 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Tropical Sands Dominical Eco Inn Limitada.—San José, 21 de noviembre del 2016.—Licda. Margarita Odio Rohrmoser, Notaria.—1 vez.—CE2016015058.—( IN2016093996 ). Por escritura número 79-8, otorgada ante la notaria Ana Patricia Alfaro Acuña, a las 11:45 horas del 2 de diciembre del año 2016, se reforma estatuto 19 de la Asociación Administradora del Acueducto y Alcantarillado Sanitario de Las Brisas de Venecia de San Carlos de Alajuela.—Licda. Ana Patricia Alfaro Acuña, Notaria.—1 vez.—( IN2016093976 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 18 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Speakhabla Language Solutions Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 21 de noviembre del 2016.—Lic. Rafael Vladimir Valverde Ramírez, Notario.—1 vez.— CE2016015059.—( IN2016093997 ). Mediante escritura número 225 del tomo tercero de mi protocolo, se reforman las cláusulas segunda, sexta y décima quinta del pacto constitutivo de Inversiones Camuati Sociedad Anónima.—Lic. Randall Arias Oreamuno, Notario.—1 vez.—( IN2016093978). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 04 minutos del 18 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Blasco Ibáñez Sociedad Anónima.—San José, 21 de noviembre del 2016.—Lic. Jorge Antonio Escalante Escalante, Notario.—1 vez.—CE2016015060.—( IN2016093998 ). Mediante escritura número 222 del tomo tercero de mi protocolo, se reforma la cláusula quinta del pacto constitutivo de Servicios Ecológicos MBB Sociedad Anónima—Lic. Randall Mas Oreamuno, Notario.—1 vez.—( IN2016093979 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 17 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Transesma Sociedad Anónima.—San José, 21 de noviembre del 2016.—Lic. Astrid Binns Rodríguez, Notaria.—1 vez.—CE2016015061.—( IN2016093999 ). Mediante escritura número doscientos dos - diecisiete de las catorce horas del dos de diciembre de dos mil dieciséis se protocolizó acta de asamblea de socios mediante la cual la sociedad Tres - Ciento Uno - Quinientos Cincuenta y Ocho Mil Ciento Ochenta y Siete S. A., reforma el domicilio y nombra nueva junta directiva y fiscal. Presidenta: Linda Caligara Andorno.—Lic. Óscar Mario Lizano Quesada, Notario.—1 vez.—( IN2016093980 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 19 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Dieciocho Cosmo Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 21 de noviembre del 2016.—Licda. Carolina Gallegos Steinvorth, Notaria.—1 vez.—CE2016015062.—( IN2016094000 ). Pág 62 La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016 Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 18 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Katoki Sociedad Anónima.— San José, 21 de noviembre del 2016.—Lic. Roberto Villalobos Conejo, Notario.—1 vez.—CE2016015063.—( IN2016094001 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 19 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Qubo Systems Sociedad Anónima.—San José, 21 de noviembre del 2016.—Lic. Eduardo Medina Alvarado, Notario.—1 vez.—CE2016015075.—( IN2016094013 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 18 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada M Y S Solanos Sociedad Anónima.— San José, 21 de noviembre del 2016.—Licda. Giselle María Jara Alvarado, Notaria.—1 vez.—CE2016015064.—( IN2016094002 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 15 minutos del 09 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Premium Brands Products Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 21 de noviembre del 2016.—Licda. Sylvia Muñoz García, Notaria.—1 vez.— CE2016015076.——( IN2016094014 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 30 minutos del 18 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada EGT Transportation Sociedad Anónima.—San José, 21 de noviembre del 2016.—Licda. Laura Gabriela Chaverri Gómez, Notaria.—1 vez.—CE2016015065.—( IN2016094003 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 20 minutos del 18 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Puro Esfuerzo Limitada.—San José, 21 de noviembre del 2016.—Licda. Silvia Castro Quesada, Notaria.—1 vez.—CE2016015066.—( IN2016094004 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 17 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Monte San Miguel AOE Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 21 de noviembre del 2016.—Licda. María de Los Ángeles Angulo Gómez, Notaria.—1 vez.—CE2016015067.—( IN2016094005 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 20 horas 00 minutos del 17 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Jariel Sociedad Anónima.—San José, 21 de noviembre del 2016.—Lic. Edelberto Patricio Markossy Torres, Notario.—1 vez.—CE2016015068.—( IN2016094006 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 19 de enero del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Precisión M Y J Sociedad Anónima.—San José, 21 de noviembre del 2016.—Licda. Guiselle Arias López, Notaria.—1 vez.—CE2016015069.—( IN2016094007 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 10 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Corporación de Inversiones Consoli-Tek CR de Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 21 de noviembre del 2016.—Lic. Paul Andrés Portuguez Aguilar, Notario.—1 vez.— CE2016015070.—( IN2016094008 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 16 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Aria Tesura Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 21 de noviembre del 2016.—Lic. Federico Piedra Poveda, Notario.—1 vez.— CE2016015071.—( IN2016094009 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 11 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Milvago del Monte Sociedad Anónima.— San José, 21 de noviembre del 2016.—Lic. Freddy Jiménez Chacón, Notario.—1 vez.—CE2016015072.—( IN2016094010 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 21 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Coco Ocean Services Limitada.—San José, 21 de noviembre del 2016.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—CE2016015073.—( IN2016094011 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 05 minutos del 26 de agosto del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Espíritu de las Olas Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 21 de noviembre del 2016.—Licda. Yancy Gabriela Araya Pérez, Notario.—1 vez.—CE2016015074.—( IN2016094012 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 18 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Distribución Fénix CR Sociedad Anónima.— San José, 21 de noviembre del 2016.—Licda. Elizabeth Álvarez Morales, Notaria.—1 vez.—CE2016015077.—( IN2016094015 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 21 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Huber Leasing High Standard Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 21 de noviembre del 2016.—Lic. Lindbergh Arrieta Zárate, Notario.—1 vez.— CE2016015078.—( IN2016094016 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 21 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Dream Away Resorts & Residences Costa Rica Llc Limitada.—San José, 21 de noviembre del 2016.—Lic. Sergio Antonio Solera Lacayo, Notario.—1 vez.—CE2016015079.—( IN2016094017 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 21 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Distribuidora Gildo G Y D Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 21 de noviembre del 2016.—Lic. Ruddy Antonio Saborío Sánchez, Notario.—1 vez.— CE2016015080.—( IN2016094018 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 38 minutos del 11 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Inversiones KMPCHNN Sociedad Anónima.—San José, 21 de noviembre del 2016.—Licda. Laureen Jinnett Leandro Castillo, Notaria.—1 vez.—CE2016015081.—( IN2016094019 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 21 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Las Faldas de la Vieja Sociedad Anónima.—San José, 21 de noviembre del 2016.—Licda. María Lourdes Delgado Lobo, Notaria.—1 vez.—CE2016015082.—( IN2016094020 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 21 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Infocus Healthcare Sociedad Anónima.— San José, 21 de noviembre del 2016.—Licda. Cinzia Víquez Renda, Notaria.—1 vez.—CE2016015083.—( IN2016094021 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 18 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Rogmar del Este Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 21 de noviembre del 2016.—Lic. Jorge Ramón Arias Mora, Notario.—1 vez.— CE2016015084.—( IN2016094022 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 21 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada B & L Holdings Limitada.—San José, 21 de noviembre del 2016.—Licda. Cinzia Víquez Renda, Notaria.—1 vez.—CE2016015085.—( IN2016094023 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 20 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Fonseca Holdings Sociedad Anónima.—San José, 21 de noviembre del 2016.—Licda. María Dolores Araya Chavarría, Notaria.—1 vez.—CE2016015086.—( IN2016094024 ). La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016 Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 09 horas 00 minutos del 21 de Noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Liang & Jiang Sociedad Anónima.— San José, 21 de noviembre del 2016.—Lic. Gonzalo Vargas Acosta, Notario.—1 vez.—CE2016015087.—( IN2016094025 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 21 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Palermo Road Sociedad Anónima.—San José, 21 de noviembre del 2016.—Licda. Cinzia Víquez Renda, Notaria.—1 vez.—CE2016015088.—( IN2016094026 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 28 de setiembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Gaman Soluciones Sociedad Anónima.—San José, 21 de noviembre del 2016.—Lic. Héctor Chaves Sandoval, Notario.—1 vez.—CE2016015089.—( IN2016094027 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 16 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Las Cumbres del Silencio S J C K de Turrialba Sociedad Anónima.—San José, 21 de noviembre del 2016.—Lic. Fabián Arias Amador, Notario.—1 vez.—CE2016015090.—( IN2016094028 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 17 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Comercializadora Velco Sociedad Anónima.—San José, 21 de noviembre del 2016.—Lic. Jennie Morera Esquivel, Notaria.—1 vez.—CE2016015091.—( IN2016094029 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 21 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Tenedora de Acciones B&L Limitada.—San José, 21 de noviembre del 2016.—Lic. Cinzia Víquez Renda, Notario.—1 vez.—CE2016015092.—( IN2016094030 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 19 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada El Capataz Sociedad Anónima.—San José, 21 de noviembre del 2016.—Lic. Carmen Erika Hernández Sandoval, Notaria.—1 vez.—CE2016015093.—( IN2016094031 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 18 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Capamasa Azul Sociedad Anónima.— San José, 21 de noviembre del 2016.—Lic. Alejandro Matamoros Bolaños, Notario.—1 vez.—CE2016015094.—( IN2016094032 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 12 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Carnes y Embutidos Siquirres de Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 21 de noviembre del 2016.—Lic. Sussy Brenes Alvarado, Notaria.—1 vez.—CE2016015095.—( IN2016094033 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 19 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Malisona Sociedad Anónima.—San José, 21 de noviembre del 2016.—Lic. Helen Lissette Vargas Herrera, Notario.—1 vez.—CE2016015096.—( IN2016094034 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 18 minutos del 18 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Quo Tourist Group Sociedad Anónima.— San José, 21 de noviembre del 2016.—Lic. Celenia Godínez Prado, Notaria.—1 vez.—CE2016015097.—( IN2016094035 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 21 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Cyber Media Group Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 21 de noviembre del 2016.—Lic. Andrea María Meléndez Corrales, Notaria.—1 vez.—CE2016015098.—( IN2016094036 ). Pág 63 Por escritura número ciento ocho otorgada ante esta Notaría Pública a las once horas del cinco de diciembre del dos mil dieciséis, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria, de la sociedad denominada Transportes Monte Arenal S.A. Donde se acordó reformar la cláusula: sexta, de la administración. Es todo.— Lic. Francisco Soto Vega, Notario.—1 vez.—( IN2016094037 ). Mediante escritura número 173 otorgada en San José a las 12:00 horas del día 1° de diciembre del 2016, protocolicé acta del libro de asamblea general de socios de la compañía Papa Flamingo Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-124817, donde se nombra nueva junta directiva, fiscal y agente residente y se modificó la cláusula segunda y sexta del pacto constitutivo.—Lic. Luis Miguel Carballo Pérez, Notario.—1 vez.—( IN2016094040 ). El suscrito notario, hace constar que mediante escritura otorgada el 26 de noviembre del 2016. José Gilbert Charpentier Mazar y otros, constituyen Fundación para el Desarrollo del Bambú en Costa Rica, duración perpetua, con domicilio en Santa Ana, carretera vieja, finca Musmani, del Rescate de Vida Animal en el Alto de las Palomas, 300 metros al sur.—San José, 30 de noviembre del 2016.—Lic. Abraham Vargas Quirós, Notario.—1 vez.—( IN2016094043 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 21 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Universales Mye Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 21 de noviembre del 2016.—Lic. Andrea María Meléndez Corrales, Notario.—1 vez.— CE2016015099.—( IN2016094044 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 18 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Grupo Monge y Villalta Limitada.—San José, 21 de noviembre del 2016.—Lic. Carlos Eduardo Mata Ortega, Notario.—1 vez.—CE2016015100.—( IN2016094045 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 19 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Jardín Arcoiris de Flores Sociedad Anónima.—San José, 21 de noviembre del 2016.—Lic. Carlos Eduardo Mata Ortega, Notario.—1 vez.—CE2016015101.—( IN2016094046 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 21 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Oceana Mía Azul Sociedad Anónima.—San José, 21 de noviembre del 2016.—Lic. Ernesto Desanti González, Notario.—1 vez.—CE2016015102.—( IN2016094047 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 16 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Mascoffe Sociedad Anónima.—San José, 21 de noviembre del 2016.—Lic. Mario Enrique Calvo Achoy, Notario.—1 vez.—CE2016015103.—( IN2016094048 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 21 horas 00 minutos del 21 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Profashionals Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 22 de noviembre del 2016.—Lic. Braulio Alvarado Salazar, Notario.—1 vez.—CE2016015104.—( IN2016094049 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 20 de Octubre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Sociedad Anónima Sociedad Anónima.—San José, 22 de noviembre del 2016.—Licda. Georgina Rojas D Avanzo, Notaria.—1 vez.—CE2016015105.—( IN2016094050 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 17 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada H & R Seguridad Total Sociedad Anónima.—San José, 22 de noviembre del 2016.—Lic. Alicia Barzallo Fernández, Notaria.—1 vez.—CE2016015106.—( IN2016094051 ). Pág 64 La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016 Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 18 minutos del 18 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Vivieros Azalea Limitada.—San José, 22 de noviembre del 2016.—Lic. Jorge Zúñiga Calderón, Notario.—1 vez.—CE2016015107.—( IN2016094052 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 10 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Corporación de Inversiones Consolitek CR de Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 22 de noviembre del 2016.—Lic. Paul Andrés Portuguez Aguilar, Notario.—1 vez.— CE2016015108.—( IN2016094053 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 19 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Mafanikio Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de noviembre del 2016.—Licda. Carolina Gallegos Steinvorth, Notaria.—1 vez.—CE2016015109.—( IN2016094054 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 22 minutos del 22 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Longchamps Corporation Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de noviembre del 2016.—Licda. Ismene Arroyo Marín, Notaria.—1 vez.— CE2016015110.—( IN2016094055 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 21 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Xin Zhong Hua Sociedad Anónima.—San José, 22 de noviembre del 2016.—Lic. Félix Ángel Hernández Obando, Notario.—1 vez.—CE2016015111.—( IN2016094056 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 18 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Comercializadora Fenicce Sociedad Anónima.— San José, 22 de noviembre del 2016.—Licda. Elizabeth Álvarez Morales, Notaria.—1 vez.—CE2016015112.—( IN2016094057 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 08 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Turísticas C&J Sociedad Anónima.— San José, 22 de noviembre del 2016.—Licda. Laura Zumbado Loria, Notaria.—1 vez.—CE2016015113.—( IN2016094058 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 02 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Empresarios Unidos MCP de Orotina Sociedad Anónima.—San José, 22 de noviembre del 2016.—Lic. Johan Castillo Umaña, Notario.—1 vez.— CE2016015114.—( IN2016094059 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 04 de julio del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Grupo Incer Sociedad Anónima.— San José, 22 de noviembre del 2016.—Lic. Sianny Arce Álvarez, Notario.—1 vez.—CE2016015115.—( IN2016094060 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 22 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada San Lorenzo Properties Limitada.—San José, 22 de noviembre del 2016.—Lic. Javier Sebastián Jiménez Monge, Notario.—1 vez.—CE2016015116.—( IN2016094061 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 29 de octubre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Nexusrmb CR Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de noviembre del 2016.—Lic. Jesús Osvaldo Rojas Oconor, Notario.—1 vez.—CE2016015119.—( IN2016094064 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 23 minutos del 19 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Innotec Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 22 de noviembre del 2016.—Lic. Carlos Eduardo Blanco Fonseca, Notario.—1 vez.—CE2016015120.—( IN2016094065 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 21 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Ecosoluciones Empresariales Sociedad Anónima.— San José, 22 de noviembre del 2016.—Lic. Marco Vinicio Quesada Sandí, Notario.—1 vez.—CE2016015121.—( IN2016094066 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 22 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Nexos Asesoría y Gestión Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de noviembre del 2016.—Lic. Juan Miguel Vásquez Vásquez, Notario.—1 vez.— CE2016015122.—( IN2016094067 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 22 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Kuora TH Dos Sociedad Anónima.— San José, 22 de noviembre del 2016.—Lic. Óscar Mario Lizano Quesada, Notario.—1 vez.—CE2016015123.—( IN2016094068 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 09 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada J M Pareja Sociedad Anónima.—San José, 22 de noviembre del 2016.—Lic. Juan Bautista Moya Fernández, Notario.—1 vez.—CE2016015124.—( IN2016094069 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 22 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada G Z D Gozadera Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de noviembre del 2016.—Licda. Patricia Claudia Frances, Notaria.—1 vez.—CE2016015125.—( IN2016094070 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 22 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada SMI De San José Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de noviembre del 2016.—Lic. Priscila Picado Murillo, Notaria.—1 vez.— CE2016015126.—( IN2016094071 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 30 minutos del 21 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Tramisa Sociedad Anónima.—San José, 22 de noviembre del 2016.—Lic. Bernardo Guzmán Núñez, Notario.—1 vez.—CE2016015127.—( IN2016094072 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 20 horas 00 minutos del 21 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Mendezalfaro Sociedad Anónima.—San José, 22 de noviembre del 2016.—Lic. Jonnattan Desanti Ruiz, Notario.—1 vez.—CE2016015128.—( IN2016094073 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 22 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Constructora Dos Por Tres Sociedad Anónima.— San José, 22 de noviembre del 2016.—Lic. Jorge Luis Valerio Chaves, Notario.—1 vez.—CE2016015117.—( IN2016094062 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 21 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Servicios Fiduciarios del Este Siglo XXI Limitada.—San José, 22 de noviembre del 2016.—Lic. Juan Carlos León Silva, Notario.—1 vez.— CE2016015129.—( IN2016094074 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 05 horas 00 minutos del 07 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Global Shipping Company Sociedad Anónima.— San José, 22 de noviembre del 2016.—Lic. José Joaquín Herrera Arias, Notario.—1 vez.—CE2016015118.—( IN2016094063 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 45 minutos del 17 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Mebus MD Sociedad Anónima.— San José, 22 de noviembre del 2016.—Lic. Fernando Fernández Delgado, Notario.—1 vez.—CE2016015130.—( IN2016094075 ). La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016 Pág 65 Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 20 horas 00 minutos del 21 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Barika Holdings Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de noviembre del 2016.–Lic. Ernesto Desanti González, Notario.—1 vez.— CE2016015131.—( IN2016094076 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 22 minutos del 22 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Longchamps Corporation Llc Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de noviembre del 2016.—Licda. Ismene Arroyo Marín, Notaria.—1 vez.— CE2016015143.—( IN2016094088 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 17 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Mora & G Asociados Sociedad Anónima.— San José, 22 de noviembre del 2016.—Lic. Joaquín Alvarado Rojas, Notario.—1 vez.—CE2016015132.—( IN2016094077 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 22 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Maderas Premium V&M Sociedad Anónima.— San José, 22 de noviembre del 2016.—Licda. Marta Emilia Rojas Carranza, Notaria.—1 vez.—CE2016015144.—( IN2016094089 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 07 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Construcciones Namy Sociedad Anónima.—San José, 22 de noviembre del 2016.—Lic. Luis Charpentier Acuña, Notario.—1 vez.—CE2016015133.—( IN2016094078 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 22 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Dos de Azúcar Coffee Stop Sociedad Anónima.—San José, 22 de noviembre del 2016.—Licda. Diana Araya Steinvorth, Notaria.—1 vez.—CE2016015145.—( IN2016094090 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 22 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Alimentos y Bebidas Paco & Lola Sociedad Anónima.—San José, 22 de noviembre del 2016.—Licda. Guadalupe Montero Ugalde, Notaria.—1 vez.—CE2016015134.—( IN2016094079 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 22 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada IMD Boreal Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de noviembre del 2016.—Lic. Marco Vinicio Villegas Arroyo, Notario.—1 vez.—CE2016015146.—( IN2016094091 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 30 minutos del 22 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Odontología Profesional Alfaher Sociedad Anónima.—San José, 22 de noviembre del 2016.—Lic. Ingrid Vanessa Mata Araya, Notario.—1 vez.— CE2016015135.—( IN2016094080 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 22 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Chadesco Sociedad de Responsabilidad Limitada.— San José, 22 de noviembre del 2016.—Licda. Vera Denise Mora Salazar, Notaria.—1 vez.—CE2016015147.—( IN2016094092 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 22 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Lara Limitada.—San José, 22 de noviembre del 2016.—Licda. Marisela Araya Araya, Notaria.—1 vez.—CE2016015136.—( IN2016094081 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 22 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Dossier Consultoría Legal Sociedad Anónima.—San José, 22 de noviembre del 2016.—Lic. Rodolfo Enrique Montero Pacheco, Notario.—1 vez.—CE2016015137.—( IN2016094082 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 18 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Atenas Properties Sociedad Anónima.—San José, 22 de noviembre del 2016.—Lic. Carlos Francisco García Zamora, Notario.—1 vez.—CE2016015138.—( IN2016094083 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 07 horas 30 minutos del 15 de Noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Diclodexa Inversiones Sociedad Anónima.—San José, 22 de noviembre del 2016.—Lic. Alejandro Alonso Román González, Notario.—1 vez.—CE2016015139.—( IN2016094084 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 22 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Residencial PLV Limitada.—San José, 22 de noviembre del 2016.—Licda. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—CE2016015148.—( IN2016094093 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 16 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada PG Promocionales Gráficos Sociedad Anónima.— San José, 22 de noviembre del 2016.—Lic. María José Campos García, Notaria.—1 vez.—CE2016015149.—( IN2016094094 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 19 de octubre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Pérez Vega y Elizondo Consultoría Legal Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de noviembre del 2016.—Lic. Adolfo Vega Camacho, Notario.—1 vez.— CE2016015150.—( IN2016094095 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 22 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Ccuatror Sociedad Anónima.—San José, 22 de noviembre del 2016.—Licda. Ana Giselle Barboza Quesada, Notaria.—1 vez.—CE2016015151.—( IN2016094096 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 30 minutos del 16 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Alene N. S. R. Sociedad Anónima.— San José, 22 de noviembre del 2016.—Lic. Ronald Brealey Mora, Notario.—1 vez.—CE2016015140.—( IN2016094085 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 21 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Constructora Next GCVAC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de noviembre del 2016.—Lic. Carlos Alberto Hernández Navarro, Notario.—1 vez.— CE2016015152.—( IN2016094097 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 10 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Murillo & Ramos Transportes Turísticos Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de noviembre del 2016.—Lic. Arturo Monge Corrales, Notario.—1 vez.—CE2016015141.—( IN2016094086 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 22 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Fuduna Costa Rica Limitada.—San José, 22 de noviembre del 2016.—Licda. Andrea Karolina Rojas Mora, Notaria.—1 vez.—CE2016015153.—( IN2016094098 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 30 minutos del 21 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Tramisacr Sociedad Anónima.—San José, 22 de noviembre del 2016.—Lic. Bernardo Guzmán Núñez, Notario.—1 vez.—CE2016015142.—( IN2016094087 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 20 horas 00 minutos del 21 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Barika Inversiones Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de noviembre del 2016.—Lic. Ernesto Desanti González, Notario.—1 vez.—CE2016015154.—( IN2016094099 ). Pág 66 La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016 Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 30 minutos del 18 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Inversiones del Oeste Siglo XXI Sociedad Anónima.—San José, 22 de noviembre del 2016.—Licda. Andrea Cordero Montero, Notaria.—1 vez.—CE2016015155.—( IN2016094100 ). Mediante escritura otorgada el día de hoy en mi notaría, se reforma la cláusula quinta del pacto social de Florida Inmobiliaria Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos noventa y seis mil noventa y uno, aumentándose su capital social.— San José, veintiséis de setiembre de dos mil dieciséis.—Licda. Ana Lucía Espinoza Blanco, Notaria.—1 vez.—( IN2016094145 ). Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 08:00 horas del 21 de noviembre del dos mil dieciséis Kuolien Inc Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica N° 3-101-385474, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas. Se reforman las cláusulas quinta y novena del pacto constitutivo y se nombra junta directiva y fiscal.—Licda. Elizabeth Angulo Gatjens, Notaria.—1 vez.—( IN2016094104 ). Mediante escritura otorgada el día de hoy en mi notaria, se reforma la cláusula quinta del pacto social de North Península Holdings (NPH) Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-seiscientos treinta y dos mil sesenta y tres, aumentándose su capital social.—San José, veintiséis de setiembre de dos mil dieciséis.—Licda. Ana Lucía Espinoza Blanco, Notaria.—1 vez.—( IN2016094146 ). Por escritura de las 18:00 horas del 14 de setiembre del 2016 ante esta notaría, se reforma clausula sétima del pacto constitutivo de la sociedad Inversiones Matapalo y Hermosa Com S. A., cédula 3-101-431996; se revoca el nombramiento del secretaria y se nombra uno nuevo.—San José, 14 de noviembre del 2016.—Licda. Helen Duarte Gamboa, Notaria.—1 vez.—( IN2016094107 ). Mediante escritura otorgada el día de hoy en mi notaría, se reforma la cláusula quinta del pacto social de la sociedad Vinum Aura S. A., por haberse aumentado el capital social.—San José, veintiséis de setiembre de dos mil dieciséis.—Licda. Ana Lucía Espinoza Blanco, Notaria.—1 vez.—( IN2016094147 ). A las once horas del treinta de noviembre de dos mil dieciséis, mediante escritura pública otorgada ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Socata Sociedad Anónima, con capital suscrito y pagado de veinte mil colones y domicilio en San José, Escazú, Residencial vista Alegre.—San José, treinta de noviembre del dos mil dieciséis.—Lic. Ricardo Chávez Murillo, Notario.—1 vez.—( IN2016094108 ). Se reforma la cláusula segunda del pacto social, se nombra nueva junta directiva y fiscal de Distribuidora Latinos MPFA Sociedad Anónima, cédula: 3-101-699866.—Alajuela, veintisiete de noviembre del dos mil dieciséis.—Licda. Delia A. Segura Soto, Notaria.—1 vez.—( IN2016094109 ). Por escritura otorgada ante mi notaría, se constituye la sociedad de esta plaza Faro Soluciones Sociedad Anónima. Capital íntegramente suscrito y pagado, se nombra junta directiva y fiscal.—San José, cinco de diciembre del dos mil dieciséis.—Lic. Alejandro Wyllins Soto, Notario.—1 vez.—( IN2016094119 ). Por escritura otorgada ante mí, a las 8:00 horas del 5 de diciembre del 2016, se protocolizó acta de la empresa Celular Parking Systems Technology Costa Rica S. A., por medio de la cual se modifica la cláusula sexta de los estatutos sociales.—San Pedro de Montes de Oca, cinco de diciembre del dos mil dieciséis.—Lic. Juan José Echeverría Alfaro, Notario.—1 vez.—( IN2016094121 ). Por escritura pública otorgada ante esta notaría, en la ciudad de San José al ser las quince horas con diez minutos del primero de diciembre de dos mil dieciséis, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Loyalty Miles Services Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-setecientos once mil ciento sesenta y siete, en la que se transformó la sociedad en una sociedad de responsabilidad limitada.—San José, dos de diciembre de dos mil dieciséis.—Lic. Carlos Francisco Camacho González, Notario.—1 vez.—( IN2016094122 ). Ante mí, Héctor Rolando Vargas Sánchez, notario público con oficina en Heredia en escritura otorgada a las 10:00 horas del 2 de diciembre del 2016, se disolvió la empresa cuyo nombre es su cedula jurídica número 3-102-628279 S.R.L. Es todo.—02 de diciembre del 2016.—Lic. Héctor Rolando Vargas Sánchez, Notario.—1 vez.—( IN2016094134 ). Mediante escritura otorgada el día de hoy en mí notaría, se protocolizó acta de asamblea general de socios de la sociedad Técnicas de Publicaciones Turísticas S. A., en la cual se acuerda disolver esta sociedad a partir del día veintiséis de setiembre de dos mil dieciséis.—San José, veintiséis de setiembre de dos mil dieciséis.—Licda. Ana Lucía Espinoza Blanco, Notaria.—1 vez.—( IN2016094143 ). Mediante escritura otorgada el día de hoy en mi notaría, se reforma la cláusula quinta del pacto social de Comapan S. A., en virtud de haberse acordado un aumento de capital social.—San José, veintiséis de setiembre de dos mil dieciséis.—Licda. Ana Lucía Espinoza Blanco, Notaria.—1 vez.—( IN2016094148 ). Por escritura número ciento setenta y uno del tomo dieciséis de mi protocolo, otorgada las quince horas del 30 de noviembre del 2016, el suscrito notario protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de la compañía Fine Silhouette in Lake Views Thirteen Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica N° 3-101-437797, mediante la cual se reforman las cláusulas sétima de los estatutos sociales.—San José, 30 de noviembre del 2016.— Lic. Gonzalo Víquez Carazo, Notario.—1 vez.—( IN2016094151 ). Por escritura N° ciento sesenta y ocho del tomo dieciséis de mi protocolo, otorgada las diez horas del 28 de noviembre del 2016, el suscrito notario protocolicé el acta de la asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Sierras de Madelia Doce Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica N° 3-101-476145, mediante la cual se reforma la cláusula setima de los estatutos sociales.—San José, 28 de noviembre del 2016.—Lic. Gonzalo Víquez Carazo, Notario.—1 vez.—( IN2016094153 ). Mediante escritura N° 197, otorgada ante esta notaría, a las 11:00 horas del 22 de noviembre del 2016, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Río Coquiba S.A., mediante la cual se modifica el domicilio social, siendo el nuevo en San José, Escazú, Alto Las Palomas, Condominio Cerro Real, casa treinta y cinco.—San José, 22 de noviembre del 2016.—Lic. Eugenio Vargas Chavarría, Notario.—1 vez.—( IN2016094154 ). De conformidad con el artículo 479 del Código de Comercio, mediante documento privado de cesión de marcas, Moda Skate and Surf S. A., cédula jurídica N° 3-101-367263, ha traspasado a favor de Lok Arenas IP S. A., cédula jurídica 3-101-719875, los establecimientos comerciales. Diseño especial, registro N° 253379, a Arenas Skate and Surf, registro N° 253722, a Arenas El Parque, registro N° 253607, Community, registro N° 253686, a Arenas Beach Bar, registro N° 254547.—San José, 15 de noviembre del 2016.—Licda. Pamela Mora Soto, Abogada.—1 vez.—( IN2016094160 ). Ante esta notaría se protocolizó hoy acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de Inversiones Royju Sociedad Anónima, en la que se modifica la cláusula tercera del pacto constitutivo.—San José, veintitrés de noviembre del dos mil dieciséis.—Lic. Manfred Clausen Gutiérrez, Notario.—1 vez.—( IN2016094163 ). El día de hoy ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea de socios de Green Trails C R. Car Renta Limitada, cédula 3-102-689515, en la que se modifica la cláusula sexta del pacto constitutivo.—San José, siete de noviembre del 2016.—Lic. Manfred Clausen Gutiérrez, Notario.—1 vez.—( IN2016094164 ). La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016 En mi notaria por escritura a las 11:30 horas del 29 de noviembre del 2016, se protocolizó acta de la sociedad Flosanco San Francisco S. A., cédula jurídica 3-101-700834, por la cual se acuerda la disolución de la sociedad. Cualquier interesado o acreedor podrá presentar su oposición en el domicilio social de esta sociedad.—Ciudad Quesada, veintinueve de noviembre del dos mil dieciséis.—Lic. Gonzalo Alfonso Monge Corrales, Notario.—1 vez.—( IN2016094167 ). En mi notaría por escritura a las 10:30 horas del 29 de noviembre del 2016, se protocolizó acta de la sociedad Tres- Ciento Uno-Seis Cuatro Ocho Cero Seis Tres S. A., cédula jurídica 3-101-648063, por la cual se acuerda la disolución de la sociedad. Cualquier interesado o acreedor podrá presentar su oposición en el domicilio social de esta sociedad.—Ciudad Quesada, veintinueve de noviembre del dos mil dieciséis.—Lic. Gonzalo Alfonso Monge Corrales, Notario.—1 vez.—( IN2016094169 ). En mi notaría por escritura a las 11:00 horas del 29 de noviembre del 2016, se protocolizó acta de la sociedad Tres- Ciento Uno- Seis Seis Cuatro Nueve Nueve Siete S. A., cédula jurídica 3-101-664997, por la cual se acuerda la disolución de la sociedad. Cualquier interesado o acreedor podrá presentar su oposición en el domicilio social de esta sociedad.—Ciudad Quesada, veintinueve de noviembre del dos mil dieciséis.—Lic. Gonzalo Alfonso Monge Corrales, Notario.—1 vez.—( IN2016094171 ). En mi notaria por escritura a las 11:15 horas del 29 de noviembre del 2016, se protocolizó acta de la sociedad TresCiento Uno-Seis Seis Cinco Cinco Ocho Dos S. A., cédula jurídica 3-101-665582, por la cual se acuerda la disolución de la sociedad. Cualquier interesado o acreedor podrá presentar su oposición en el domicilio social de esta sociedad.—Ciudad Quesada, veintinueve de noviembre del dos mil dieciséis.—Lic. Gonzalo Alfonso Monge Corrales, Notario.—1 vez.—( IN2016094172 ). En mi notaría a las 8:00 horas del 2 de diciembre del 2016 he protocolizado acta de asamblea extraordinaria de accionistas de Distribuidora Pirámide Hermanos Salas S. A., por la cual se aumenta el capital social y se modifica la cláusula quinta referente al capital.—Ciudad Quesada, 2 de diciembre del 2016.—Lic. Gonzalo Alfonso Monge Corrales, Notario.—1 vez.—( IN2016094173 ). Mediante escritura pública otorgada a las 15:00 horas del 01 de diciembre del año 2016, se disuelve la sociedad Servicios de Mensajería y Cobro Mensacob Sociedad Anónima. Carnet: 5926.—San José, 01 de diciembre del 2016.—Lic. Luis Gustavo González Fonseca, Notario.—1 vez.—( IN2016094182 ). Mediante escritura pública otorgada a las 16:00 horas del 01 de diciembre del año 2016, se disuelve la sociedad Servicios de Mensajería y Cobro Mensacob Sociedad Anónima.—San José, 01 de diciembre del año 2016.—Lic. Luis Gustavo González Fonseca, Notario.—1 vez.—( IN2016094184 ). Por escritura número veintiuno-siete, se modificó la cláusula segunda del pacto social y se hace un nuevo nombramiento de junta directiva de la sociedad denominada M A Enerbrina Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos sesenta y cuatro mil doscientos treinta y seis.—San José, 5 de diciembre del 2016.— Licda. Karla Solano Ruiz, Notaria.—1 vez.—( IN2016094196 ). Por escritura protocolizada ante esta notaría de las nueve horas de hoy se modifica la cláusula octava del pacto constitutivo de la sociedad Keyki Sociedad Anónima y se nombra nueva junta directiva.—San José, 2 de diciembre del 2016.—Lic. Erick Brealey Bejarano, Notario.—1 vez.—( IN2016094199 ). Por escritura 151 de las 10:00 horas del día 01-06-2016 ante esta Notaría se protocoliza acta de la compañía Casa de la Catarata Limitada por la cual se modifican cláusula segunda del estatuto en cuanto al domicilio; la sexta en cuanto a la representación y se nombra gerente y subgerente; y se cancela un poder generalísimo.— San José, 03-012016.—Lic. Agustín Alberto Monge Piedra, Notario.—1 vez.—( IN2016094206 ). Pág 67 Por escritura otorgada en esta notaría a las 10:30 horas del 12 de octubre del 2016, se constituyó la empresa Inmobiliaria Damiluma del Mar S. A., Domicilio: Alajuela, Plazo social: Noventa años, Capital social: Totalmente suscrito y pagado.— Alajuela, 12 de octubre, 2016.—Lic. José Arturo Fernández Ardón, Notario.—1 vez.—( IN2016094210 ). Mediante escritura otorgada ante el suscrito notario a las trece horas treinta minutos del día de hoy se protocolizaron acuerdos de asamblea general extraordinaria de cuotistas de Kir Comercial Limitada, cédula tres-ciento dos-seiscientos cincuenta y tres mil quinientos treinta y tres; mediante los cuales se modificó la cláusula quinta del pacto social. Es todo.—San José, cinco de diciembre de dos mil dieciséis.—Lic. Gabriel Clare Facio, Notario.—1 vez.—( IN2016094240 ). El suscrito Lic. Luis Roberto Zamora Bolaños, notario público carné 18239, protocolicé asamblea general extraordinaria de socios de compañía Finca Las R’s S. A., mediante la cual se modificó la composición de la presidencia y secretaría. Escritura número 2-45. Otorgada en la ciudad de Heredia, a las 13:00 horas 5 de diciembre del 2016.—Lic. Luis Roberto Zamora Bolaños, Notario.—1 vez.—( IN2016094245 ). Por escritura otorgada ante el suscrito notario a las 13 horas del día 05 de diciembre del 2016, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza Villa IX Celeste de San Antonio S. A., por la que se varía la administración y se nombra junta directiva.—San José, 05 de diciembre del 2016.—Lic. Giancarlo Vicarioli Guier, Notario.—1 vez.—( IN2016094246 ). Por escritura otorgada ante el suscrito notario a las 12 horas del día 5 de diciembre del 2016, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza Forestales Bellos Dos Mil Doce S. A., por la que se varía el domicilio y la administración y se nombra junta directiva.—San José, 5 de diciembre del 2016.—Lic. Giancarlo Vicarioli Guier, Notario.—1 vez.—( IN2016094247 ). Solicitud Nº 2016-2372.—Ref: 35/2016/4910.—José Antonio Díaz Rojas, cédula de identidad 0601230127, solicita la inscripción de: D19 como marca de ganado, que usará preferentemente en Alajuela Upala Bijagua, El Retiro, del colegio de Bijagua 800 metros al sur, un kilómetro al oeste y 500 metros al suroeste, camino a las torres de celular. (Dos fincas se encuentran contiguas). Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada el 07 de noviembre del 2016. Según el expediente Nº 2016-2372.—Elda Cerdas Badilla, Registradora.—1 vez.—( IN2016094251 ). Mediante escritura pública otorgada ante esta notaría se protocolizo acta de asamblea general extraordinaria en la que se nombra a Priscila Andre Trejos nueva apoderada general y generalísima sin límite de suma de la empresa Servicios de Seguridad Moore Stahl S. A., cédula jurídica 3-101-166489.— Alajuela, 25 de noviembre del 2016.—Lic. Alexander Ruiz Castillo, Notario.—1 vez.—( IN2016094275 ). Mediante escritura pública otorgada ante esta notaría se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria en la que se nombra Priscila André Trejos nueva apoderada general y generalísima sin límite de suma de la empresa servicios de Monitoreo y Respuesta Armada Moore Stahl S. A., cédula jurídica 3-101269154.—Alajuela, 25 de noviembre del 2016.—Lic. Alexander Ruiz Castillo, Notario.—1 vez.—( IN2016094276 ). Mediante escritura pública otorgada ante esta notaría se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria en la que se establece que los actuales representantes legales de la sociedad pueden actuar en forma individual como apoderados generalísimos sin límite de suma, todo lo anterior de la Pág 68 La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016 empresa Lazo Verde S. A. cédula jurídica 3-101-690321.— Alajuela, 25 de noviembre del 2016.—Lic. Alexander Ruiz Castillo, Notario.—1 vez.—( IN2016094277 ). Mediante escritura pública otorgada ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria en la que se disuelve la empresa Servicios Odontológicos Bermadent Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-trecientos diecisiete mil cuatrocientos sesenta.—Alajuela, 30 de noviembre del 2016.—Lic. Alexander Ruiz Castillo, Notario.—1 vez.—( IN2016094278 ). Por escritura otorgada a las diecisiete horas del primero de diciembre del dos mil dieciséis, ante esta notaría por acuerdo de socios se acuerda la disolución de la sociedad 3-101-550074 Sociedad Anónima.—Cartago, 2 de diciembre del 2016.—Licda. Gabriela Ocón Sánchez, Notaria.—1 vez.—( IN2016094281 ). El suscrito Carlos Gerardo Víquez Rojas, notario público, con oficina en la ciudad de Atenas, hago constar que mediante escritura número doscientos ochenta y nueve, iniciada al folio ciento ochenta y cinco frente del tomo primero de mi protocolo, otorgada ante mi notaría a las diecisiete horas con treinta minutos del primero de diciembre de dos mil dieciséis, se reformó la cláusula primera del pacto constitutivo, en la sociedad anónima denominada Vista Atenas Sesenta y Cinco Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento sesenta y seis mil seiscientos ochenta y seis.—Atenas, 05 de diciembre del 2016.—Lic. Carlos Gerardo Víquez Rojas, Notario.—1 vez.—( IN2016094285 ). Ante la suscrita notaria, se modificó el pacto constitutivo y el domicilio social de sociedad Arqueología Medieval Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos ochenta y cinco mil ciento ochenta. Presidenta: Martha Lorena Arauz Lacayo, vicepresidente Iván Rafael Guerra Rayen y secretaria: Andrea Margarita Guerra Arauz. Domicilio social Alajuela, La Guácima, Condominio las Puertas, casa F trece.—San José, treinta de noviembre del dos mil dieciséis.—Licda. Susana María Ureña Sánchez, Notaria.—1 vez.—( IN2016094289 ). Ante la notaría del Lic. Víctor Manuel González Loría, mediante escritura número doscientos ochenta y siete, visible al folio ciento cuarenta y uno frente y vuelto, del tomo sexto del protocolo del suscrito notario, de fecha once horas del día cinco de diciembre del ario dos mil dieciséis, se modifica la cláusula sexta de los estatutos de la compañía denominada Agropecuaria Coyolar Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tresciento uno-ciento diecinueve mil treinta siete, sociedad domiciliada en Las Juntas de Abangares de Guanacaste cincuenta metros al norte y doscientos setenta y cinco al oeste del Banco Nacional de Costa Rica. Es Todo.—San José, treinta y uno de octubre del dos mil diecisiete.—Lic. Víctor Manuel González Loría, Notario.—1 vez.—( IN2016094291 ). Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las nueve horas del veintiocho de octubre del dos mil dieciséis; se modifica la cláusula octava del pacto constitutivo; y se nombra nuevo representante, de la sociedad anónima: Transmike Hernández & González H. G. Sociedad Anónima, por el plazo social restante.—Ciudad de La Fortuna, San Carlos Alajuela, 01 de diciembre del 2016.—Lic. Manuel Tückler O’Connor, Notario.—1 vez.—( IN2016094292 ). Por escritura otorgada ante esta notaría, a las catorce horas del treinta de noviembre del dos mil dieciséis; protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad de esta plaza Seguridad Relámpago Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos treinta y cinco mil trescientos diez, mediante la cual, se reforman las clausulas primera y sexta del pacto constitutivo, se revoca el nombramiento de junta directiva y fiscal y se hace nuevo nombramiento por el resto del plazo social.—San José, dos de diciembre del dos mil dieciséis.—Licda. Roxana Sofía Lao Méndez, Notaria.—1 vez.—( IN2016094293 ). Por escritura otorgada ante esta notaría el día de hoy, se constituyó la compañía María Torres Espectáculos Sociedad Anonima, domiciliada en San José, con capital social íntegramente suscrito y pagado. Presidente y secretario apoderados generalísimos sin límite de suma. María de los Ángeles Torres Muñoz, Presidente.— San José, 30 de noviembre de 2016.—Lic. Sergio Masís Olivas, Notario.—1 vez.—( IN2016094294 ). Ante esta notaría, a las once horas del día cinco de diciembre de dos mil dieciséis, mediante escritura número noventa y uno, la Sociedad Comercializadora Movi de Occidente Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres- ciento uno- seis ocho uno nueve tres ocho, nombra nuevo Presidente en la junta directiva.— San Ramón, cinco de diciembre de dos mil dieciséis.—Lic. Angélica Campos Barrantes, Notario.—1 vez.—( IN2016094295 ). Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas con treinta minutos del doce de octubre de dos mil dieciséis, se protocolizó el Acta número cinco de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Costa Flamingo Sociedad Anónima, titular de la cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento treinta y tres mil sesenta, en la cual se modifica la cláusula segunda referente al domicilio social. Es todo.—San José, doce de octubre de dos mil dieciséis.—Licda. Silvia Martínez Solano, Notaria.—1 vez.—( IN2016094297 ). En esta notaría de Licda. Lidia Rivera Camacho, se constituye sociedad Camps Limitada.—San José, 06 de diciembre 2016.—Licda. Lidia Elizabeth Rivera Camacho, Notaria.—1 vez.—( IN2016094298 ). Protocolicé acuerdos de la sociedad Misifús Produccionbes Sociedad Anónima, en los cuales se modifican las cláusulas del domicilio social y se nombra presidente, tesorero y secretario por renuncia de los anteriores.—San José, veintidós de noviembre de dos mil dieciséis.—Lic. Wilfred Argüello Muñoz, Notario.—1 vez.—( IN2016094308 ). Por escritura otorgada a las 10 horas de hoy, protocolicé acuerdos de la sociedad Taller de Producción y Venta de Uniformes M. M. Sociedad Anónima, domiciliada en San José, donde se acordó el cierre de la sociedad.—San José, 7 de noviembre del 2016.—Licda. Diana Catalina Varela Solano, Notaria.—1 vez.— ( IN2016094315 ). Por escritura otorgada a las 15:00 horas de hoy, protocolicé acuerdos de la sociedad Tres-Ciento Uno-Quinientos Quince Mil Quinientos Treinta y Cuatro Sociedad Anónima, domiciliada en San José, donde se acordó modificar la cláusula décima y se nombró junta directiva.—San José, 05 de diciembre del 2016.—Licda. Diana Catalina Varela Solano, Notaria.—1 vez.—( IN2016094317 ). A las 14:00 horas del 28 de noviembre del 2016, se modificó la junta directiva en cuanto al nombramiento del secretario tesorero y fiscal y se reformó la cláusula segunda y sétima del pacto constitutivo de la sociedad denominada South Rio Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3-101-645531.—Lic. Belmer Segura Godínez, Notario.—1 vez.—( IN2016094328 ). En esta notaría, a las ocho horas del primero de diciembre del año dos mil dieciséis se protocoliza el acta dos, de la sociedad Kakuy Sociedad Anónima, cédula jurídica tresuno cero uno-siete cero nueve cinco seis dos. Pérez Zeledón San José.—San José.—Lic. Jairo Mauricio Guzmán Jiménez, Notario.—1 vez.—( IN2016094329 ). Por escritura número ciento ochenta y tres, tomo uno, otorgada ante el notario público José Isaac Fonseca Molina, la sociedad denominada S.B.A de PZ Sociedad Civil, cédula jurídica número tres - ciento seis- seiscientos sesenta y un mil ciento noventa y uno, nombra un tercer Administrador quien tendrá las mismas facultades que los Administradores actuales, en tal sentido se nombra para dicho cargo al señor Cristhofer Bravo Méndez, cédula de identidad número uno - mil seiscientos diecisiete — cero cero treinta y cuatro. De igual forma, se aumenta el Capital Social la sociedad de doce mil colones a dieciocho mil colones, para lo cual el señor Cristhofer La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016 Pág 69 Bravo Méndez aportó la suma de seis mil colones exactos.—Pérez Zeledón, el dos de diciembre de dos mil dieciséis.—Lic. José Isaac Fonseca Molina, Notario.—1 vez.—( IN2016094331 ). donde se modificó la cláusula segunda y sexta.—San José, 06 de diciembre, 2016.—Lic. Carlos Andrés Abarca Umaña, Notario.—1 vez.—( IN2016094381 ). Mediante escritura pública número cincuenta y nueve, otorgada a las once horas treinta minutos del treinta de noviembre del dos mil dieciséis, ante el notario Rafael Ángel Gutiérrez Gutiérrez, se reformó la cláusula octava (de la junta directiva) del pacto constitutivo de la sociedad Willkie de Centroamérica, Sociedad Anónima, con número de cédula jurídica tres-ciento unoseiscientos veintitrés mil ciento cuarenta y tres.—Heredia, treinta de noviembre del 2016.—Lic. Rafael Ángel Gutiérrez Gutiérrez, Notario.—1 vez.—( IN2016094340 ). Ante esta notaría, por escritura ciento uno, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad anónima Blanca Vanessa Sociedad Anónima, número de cédula jurídica: tres-ciento uno-trescientos treinta y ocho mil ciento ochenta y tres, en la cual se acuerda la disolución de la misma.—San José, seis de diciembre del año dos mil dieciséis.—Licda. Grace Calderón Garita, Notaria.—1 vez.—( IN2016094382 ). Mediante escritura número 148 otorgada ante el notario público Norman Leslie De Pass Ibarra, a las 11:00 horas y cincuenta y cinco minutos del 05 de diciembre de 2016, se acordó la disolución de la sociedad Modu Muebles de América S. A., cédula de persona jurídica número 3-101-682837. Dentro del plazo de 30 días a partir de esta publicación, se emplaza a cualquier interesado a hacer valer sus derechos e intereses en la presente disolución.—San José, 5 de diciembre de dos mil dieciséis.—Lic. Norman Leslie de Pass Ibarra, Notario.—1 vez.—( IN2016094343 ). Ante esta notaría, mediante escritura trescientos noventa y tres-nueve, se protocoliza acta de asamblea extraordinaria de socios de la compañía Seguridad Alfa S. A., cédula jurídica 3-101174285, por medio de la cual se reforma la cláusula quinta del Pacto Constitutivo y se aumenta su capital social.—San José, 05 de diciembre de 2016.—Lic. Ronald E. Durán Molina, Notario.—1 vez.—( IN2016094345 ). Ante esta notaría mediante escritura dos-diez, se protocoliza acta de asamblea extraordinaria de socios de la compañía Cardoce & Dijeres Inversiones S.R.L., cédula jurídica 3-101-643129 y se reforman las cláusulas primera y sétima del pacto constitutivo, además se revoca el nombramiento de gerente y subgerente y se nombran sustitutos en dichos cargos.—Alajuela, 5 de diciembre del 2016.—Lic. Ronald E. Durán Molina, Notario.—1 vez.—( IN2016094346 ). Guarantee Secure Trape Sociedad Anónima, con cédula jurídica N° tres-ciento uno-seiscientos veintiún mil novecientos trece, modifica la cláusula primera del acta constitutiva, para que en lo sucesivo diga así: “Primera del nombre, la sociedad se denominará Administra Punto Com, siendo este un nombre de fantasía, pudiendo abreviarse como Administra.Com S. A.—San José, veintiocho de noviembre del dos mil dieciséis.—Licda. Ana Lorena Gamboa Salazar, Notaria.—1 vez.—( IN2016094373 ). Por escritura otorgada ante mí, hoy a las ocho horas Roydly Paredes Reymer y Juan Diego Merkt Carrillo constituyen una sociedad de responsabilidad limitada, cuya denominación social será el número de cédula que se le asigne.—Cartago, 5 de diciembre del 2016.—Licdo. Luis Guillermo Ramírez Víquez, Notario.—1 vez.—( IN2016094378 ). En mi notaría se ha disuelto la sociedad denominada Chayotes del Paraíso E.I.R.L.. Gerente general el socio Cesar Alberto Morales Madriz. En Guadalupe a las ocho horas del dos de diciembre del dos mil dieciséis.—Licda. Ana Priscilla Sánchez Rodríguez, Notaria.—1 vez.—( IN2016094379 ). Constitución de sociedad anónima. Allan Segura Pereira, mayor, casado una vez, comerciante, vecino de Río Claro, Guaycará, Golfito, Puntarenas, trescientos metros al norte del Banco Nacional de Costa Rica, con cédula número unoochocientos cinco-cuatrocientos cuarenta y nueve y otros, constituyen Sociedad Anónima con la numeración que el Registro de la Propiedad sección Mercantil otorgue, con capital social de cien dólares en diez acciones de diez dólares cada una. Domicilio social: Río Claro, Guaycará, Golfito, Puntarenas, trescientos metros al norte del Banco Nacional de Costa Rica, Notario: Carlos Andrés Díaz Montero, otorgada a las ocho horas del veinticinco de noviembre del año dos mil dieciséis.—Lic. Carlos Andrés Díaz Montero, Notario.—1 vez.—( IN2016094387 ). Ante mi notaría, a las 11:00 horas del 5 de diciembre de 2016, se reformó la sociedad denominada: Agropecuaria Pérez Benavides S. A.—San José, dieciséis 5-12-2016.—Lic. Farid Breedy G., Notario.—1 vez.—( IN2016094389 ). El notario público que suscribe debidamente autorizado para tal efecto, a las quince horas del treinta de noviembre de dos mil dieciséis, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Lenny Victoria And John de San Isidro S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos noventa y un mil trescientos noventa y nueve, donde se modificó el pacto social.—Cóbano de Puntarenas, 05 de diciembre de 2016.—Lic. Juan Carlos Fonseca Herrera, Notario.—1 vez.—( IN2016094397 ). Se hace constar, que por escritura número doscientos veintinueve de las trece horas treinta minutos del veintitrés de noviembre dos mil dieciséis, en el tomo tres del protocolo del notario Rodolfo Freer Campos, se disolvió la sociedad Inversiones Rocoki S. A.—San José, 28 de noviembre del 2016.—Lic. Rodolfo Freer Campos, Notario.—1 vez.—( IN2016094401 ). Ante esta notaría, por escritura de las once horas del día primero de noviembre del dos mil dieciséis, se constituyó la sociedad: Blanca Salas BS Sociedad Anónima. Presidenta: Blanca Salas Castro.—San José, cinco de diciembre del dos mil dieciséis.—Lic. Luis Francisco Vega Miranda, Notario.—1 vez.—( IN2016094409 ). En escritura Nº 165, otorgada a las 16:00 horas del 30 de noviembre del 2016, protocolicé ratificación de junta directiva de Salas y Salazar S. A.—Lic. Marvin Vargas Paniagua, Notario.—1 vez.—( IN2016094410 ). Mediante la escritura número treinta y dos de la fecha diecisiete de noviembre de dos mil dieciséis, otorgada ante el suscrito notario Dan Alberto Hidalgo Hidalgo, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinarias de accionistas de la sociedad Villanuz Sociedad Anónima, número de cédula jurídica tres-ciento uno-veintiséis mil ciento cincuenta y cinco, mediante las cuales se acuerda el aumento del capital social.—Lic. Dan Alberto Hidalgo Hidalgo, Notario.—1 vez.—( IN2016094380 ). Por escrituras otorgadas ante mí, el 05 de diciembre del 2016, se protocolizaron actas de las empresas: El Descanso de Cañas Dulces Sociedad Anónima, cédula Nº 3-101-509665; El Retiro de Cañas Dulces Sociedad Anónima, Nº 3-101-510171; El Remanso de Cañas Dulces Sociedad Anónima, Nº 3-101-509667, y El Éxtasis de Cañas Dulces Sociedad Anónima, Nº 3-101-510250, por medio de la cual se fusionan dichas empresas por absorción, prevaleciendo la última y aumentando su capital.—San Pedro de Montes de Oca, 06 de diciembre del 2016.—Lic. Juan José Echeverría Alfaro, Notario.—1 vez.—( IN2016094422 ). Por escritura número 29, otorgada a las 9 horas del día de hoy ante el notario público Carlos Andrés Abarca Umaña, se protocolizó un acta de Candelillas Sociedad Anónima, Ante mí, a las 14:30 horas del 05 de diciembre del dos mil dieciséis, escritura N° 124 del tomo 1 del protocolo de la suscrita se protocolizo acta de la sociedad Tres-Ciento Uno-Cuatrocientos Pág 70 La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016 Ochenta y Siete Mil Cuatrocientos Sesenta y Ocho Sociedad Anónima, con cédula jurídica N° 3-101-487468 en donde se acuerda disolver esta sociedad. Teléfono notaría 2787-0446.—Dominical, 05 de diciembre del 2016.—Licda. Rosario Araya Arroyo, Notaria.—1 vez.—( IN2016094423 ). Ante mí a las 15:00 horas del 05 de diciembre del dos mil dieciséis, escritura número 125 del tomo 1 del protocolo de la suscrita se realizó la disolución de la sociedad Tres-Ciento DosQuinientos Sesenta y Ocho Mil Noventa y Cuatro Sociedad Responsabilidad Limitada, con cédula jurídica número 3-102568904 en donde se acuerda disolver esta sociedad. Teléfono notaría 2787-0446.—Dominical, 05 de diciembre del 2016.—Lic. Rosario Araya Arroyo, Notaria.—1 vez.—( IN2016094427 ). Por escritura otorgada, a las 16:00 horas del 29 de noviembre del 2016, se constituyó la compañía: BKF de Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, diciembre 02 del 2016.—Lic. Jorge González Esquivel, Notario.—1 vez.—( IN2016094428 ). Ante mí a las 15:30 horas del 05 de diciembre del dos mil dieciséis, escritura número 126 del tomo 1 del protocolo de la suscrita se protocolizó acta de la sociedad Tres-Ciento Dos-Quinientos Sesenta y Nueve Mil Ciento Cincuenta y Uno Sociedad de Responsabilidad Limitada, con cédula jurídica número 3-102569151 en donde se acuerda disolver esta sociedad. Teléfono notaría 2787-0446.—Dominical, 05 de diciembre del 2016.—Lic. Rosario Araya Arroyo, Notario.—1 vez.—( IN2016094430 ). Mediante escritura número 218-8 de la notaria Reyna Liz Mairena Castillo se protocolizó acta número tres, de la sociedad Inversiones Licoreras Agüero Sociedad Anónima, se modifica domicilio social, se modifica cláusula de la administración, se nombra nueva junta directiva. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 3 de diciembre del 2016.—Lic. Reyna Liz Mairena Castillo, Notaria.—1 vez.—( IN2016094433 ). Que por escritura otorgada ante esta notaría a las catorce horas del día veintitrés de noviembre del año dos mil dieciséis, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la compañía Fine Realty Holdings of The Pacific Sociedad Civil, mediante la cual se acordó reformar la cláusula sexta del acta constitutiva.—San José, veintinueve de noviembre del año dos mil dieciséis.—Lic. Roberto Solano Leiva, Notario.—1 vez.—( IN2016094436 ). Por escritura otorgada en esta notaría, a las diecisiete horas del día de hoy, se protocoliza acuerdos de asamblea general extraordinaria de la sociedad Tres-Ciento Uno- Quinientos Cincuenta y Ocho Mil Doscientos Cuarenta, Sociedad Anónima mediante los cuales se acuerda disolver legalmente la sociedad.— San José, cinco de diciembre del año dos mil dieciséis.—Lic. Rafaela Solano Granados, Notaria.—1 vez.—( IN2016094438 ) Ante esta notaría, al ser las ocho horas diez minutos del dieciocho de noviembre de dos mil dieciséis, se protocolizó acta de asamblea de socios de la sociedad Grupo La Península de Cóbano Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento unotrescientos doce mil ochocientos ochenta y seis, donde se modificó la cláusula sétima de la administración y representación, se nombró nuevo presidente, secretario y se destituyó vocal. Presidente: Achille Charmant Quirós Consentino. Lic. Rafael Ángel Pérez Zumbado, teléfono 2249-5824.—Ciudad Colón, primero de diciembre del dos mil dieciséis.—Lic. Rafael Ángel Pérez Zumbado, Notario.—1 vez.—( IN2016094440 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14:00 horas del día 02 de diciembre del año dos mil dieciséis, protocolicé las actas de asamblea general extraordinaria de socios de Better Restaurant Brands S. A., cédula jurídica número: 3-101-012984 y de 3-101-601761 S. A., con cédula de persona jurídica número: 3-101-601761, 3-101-510980 S. A. con cédula de persona jurídica número: 3-101-510980 y 3-101-601750 S. A., con cédula de persona jurídica número: 3-101-601750, mediante las cuales dichas compañías acordaron fusionarse, prevaleciendo únicamente la compañía Better Restaurant Brands S. A., la cual a su vez reformó su cláusula del capital social.—San José, 02 de diciembre del año dos mil dieciséis.—Licda. Vivian Rose Troper Maguillansky, Notaria.—1 vez.—( IN2016094441 ). Mediante escritura otorgada ante esta Notaría, a las 16:00 horas del día 2 de diciembre del año dos mil dieciséis, protocolicé las actas de asamblea general extraordinaria de socios de Better Restaurant Brands S. A., cédula jurídica Nº 3-101-012984 y de Carro Delivery S. A., con cédula de persona jurídica Nº 3-101-368285, Carro Safiro S. A. con cédula de persona jurídica Nº 3-101- 290981 y Fast Brands S. A., con cédula de persona jurídica Nº 3-101457574, mediante las cuales dichas compañías acordaron fusionarse, prevaleciendo únicamente la compañía Better Restaurant Brands S. A., la cual a su vez reformó su cláusula del capital social.—San José, 2 de diciembre del año dos mil dieciséis.—Lic. Vivian Rose Troper Maguillansky, Notaria.—1 vez.—( IN2016094442 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18:00 horas del día 2 de diciembre del año dos mil dieciséis, protocolicé las actas de asamblea general extraordinaria de socios de Better Restaurant Brands S. A., cédula jurídica N° 3-101-012984 y de Perro Desquiciado S. A., con cédula de persona jurídica N° 3-101517547, KFC Caribla Investments S. A., con cédula de persona jurídica número 3-101-456336 y Headliner S. A., con cédula de persona jurídica N° 3-101-430500, mediante las cuales dichas compañías acordaron fusionarse, prevaleciendo únicamente la compañía Better Restaurant Brands S. A., la cual a su vez reformó su cláusula del capital social.—San José, 2 de diciembre del dos mil dieciséis.—Licda. Vivian Rose Troper Maguillansky, Notaria.—1 vez.—( IN2016094443 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 8:00 horas del día 03 de diciembre del dos mil dieciséis, protocolicé las actas de asamblea general extraordinaria de socios de Better Restaurant Brands S. A., cédula jurídica N° 3-101-012984 y de Race Cars S. A., con cédula de persona jurídica N° 3-101- 365865, Rejov Arba S. A., con cédula de persona jurídica N° 3-101-416697 y QS Enterprise S. A., con cédula de persona jurídica N° 3-101-630894, mediante las cuales dichas compañías acordaron fusionarse, prevaleciendo únicamente la compañía Better Restaurant Brands S. A., la cual a su vez reformó su cláusula del capital social.—San José, 03 de diciembre del dos mil dieciséis.—Licda. Vivian Rose Troper Maguillansky, Notaria.—1 vez.—( IN2016094444 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10:00 horas del día 3 de diciembre del dos mil dieciséis, protocolicé las actas de asamblea general extraordinaria de socios de Better Restaurant Brands S. A., cédula jurídica N° 3-101-012984 y de Siviashing Enterprises S. A., con cédula de persona jurídica N° 3-101-648144, Source One Distribution S. A., con cédula de persona jurídica N° 3-101- 414729 y Teppanyaki Experience S. A., con cédula de persona jurídica N° 3-101-462396, mediante las cuales dichas compañías acordaron fusionarse, prevaleciendo únicamente la compañía Better Restaurant Brands S. A., la cual a su vez reformó su cláusula del capital social.—San José, 3 de diciembre del dos mil dieciséis.—Licda. Vivian Rose Troper Maguillansky, Notaria.—1 vez.—( IN2016094445 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13:00 horas del día 3 de diciembre del dos mil dieciséis, protocolicé las actas de asamblea general extraordinaria de socios de Better Restaurant Brands S. A., cédula jurídica N° 3-101-012984 y de Treatcenter S. A., con cédula de persona jurídica N° 3-101-427768, Treatworks S. A., con cédula de persona jurídica N° 3-101-430490 y Performance Restaurant Brands S. A., con cédula de persona jurídica N° 3-101468371, mediante las cuales dichas compañías acordaron fusionarse, prevaleciendo únicamente la compañía Better Restaurant Brands S. A., la cual a su vez reformó su cláusula del capital social.—San José, 3 de diciembre del dos mil dieciséis.—Licda. Vivian Rose Troper Maguillansky, Notaria.—1 vez.—( IN2016094446 ). La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016 Mediante escritura número ochenta, de las quince horas del dos de diciembre del dos mil dieciséis, de mi protocolo número veintitrés, Federico Méndez Jara y Mauricio Méndez Salazar, constituyen la sociedad Femeja Limitada. Domicilio: La Trinidad de Moravia. Capital: Diez mil colones. Plazo: Treinta años. Gerente: Federico Méndez Jara, cédula nuevecero cuarenta y cinco-ochocientos ochenta y uno.—San José, dos de diciembre del dos mil dieciséis.—Lic. Edgar Barrantes Mora, Notario.—1 vez.—( IN2016094447 ). Mediante escritura número doscientos cincuenta y cinco otorgada ante esta notaría a las 16 horas del 05 de diciembre del 2016, se modifica el pacto constitutivo de la plaza social Toyka Renting Económico Limitada. Un solo gerente con capacidad legal y extrajudicial. Es todo. Ivannia Alfaro Vargas, Notaria Pública, carné 8323.—San Joaquín, Heredia, a las 19 horas del 05 de diciembre del 2016.—Licda. Ivannia Alfaro Vargas, Notaria.—1 vez.—( IN2016094449 ). Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 07:00 horas del 06 de diciembre del 2016, se protocolizó acta de la sociedad: Industrias Proceccal Sociedad Anónima, en la cual se modifica la cláusula quinta del pacto constitutivo, sea se aumenta capital social.—Heredia, 06 de diciembre del 2016.—Lic. Braulio Enrique Sánchez González, Notario.—1 vez.—( IN2016094450 ). La sociedad Tres-Ciento Uno-Setecientos Diecisiete Mil Ciento Sesenta y Cinco Sociedad Anónima, modifica parcialmente la junta directiva, realizando el nombramiento de un nuevo presidente y secretario para cada puesto. Se nombra un nuevo fiscal.—Tres Ríos, a los cinco días de diciembre del dos mil dieciséis.—Licda. Gaudy Milena Pereira Pérez, Notaria.—1 vez.—( IN2016094452 ). Tres-Ciento Uno-Seiscientos Tres Mil Trescientos Treinta y Siete S. A., cédula jurídica Nº 3-101-603337, de conformidad con el artículo 201.d del Código de Comercio, acuerda su disolución. Escritura otorgada a las 08:00 horas del 02 de diciembre del 2016.—Licda. Vivian Rose Troper Maguillansky, Notaria.—1 vez.—( IN2016094454 ). BYD Teriyaki S. A., cédula 3-101-656222, de conformidad con el artículo 201.d del Código de Comercio acuerda su disolución. Escritura otorgada a las 9:00 horas del 2 de diciembre del 2016.—Licda. Vivian Rose Troper Maguillansky, Notaria.—1 vez.—( IN2016094455 ). Caña de Pescar S. A., cédula 3-101-411269, de conformidad con el artículo 201.d del Código de Comercio acuerda su disolución. Escritura otorgada a las 10:00 horas del 02 de diciembre del 2016.—Licda. Vivian Rose Troper Maguillansky, Notaria.—1 vez.—( IN2016094456 ). Onix Girls S. A., cédula 3-101-532870, de conformidad con el artículo 201.d del Código de Comercio acuerda su disolución. Escritura otorgada a las 11:00 horas del 2 de diciembre del 2016.—Licda. Vivian Rose Troper Maguillansky, Notaria.—1 vez.—( IN2016094459 ). QSR International S. A. cédula 3-101-635933, de conformidad con el artículo 201.d del Código de Comercio acuerda su disolución. Escritura otorgada a las 12:00 horas del 2 de diciembre del 2016.—Licda. Vivian Rose Troper Maguillansky, Notaria.—1 vez.—( IN2016094460 ). El suscrito notario público Carlos Redondo Campos, mediante el portal crea empresa según citas de presentación del tomo 2016, asiento 579.258, se inscribió la sociedad de responsabilidad limitada Civitec Inmobiliaria y Construcción Sociedad de Responsabilidad Limitada la cual fue inscrita, según cédula jurídica 3-102-724.691, sin embargo, por un error material se consignó en la razón social era Civitec Inmobiliaria y Construcción Sociedad de Responsabilidad Limitada, cuando en realidad es Civiltec Inmobiliaria y Construcción Sociedad de Responsabilidad Limitada.—Palmares, 29 de noviembre del 2016.—Lic. Carlos Redondo Campos, Notario.—1 vez.—( IN2016094462 ). Pág 71 Mediante escritura otorgada en esta notaría, a las 13 horas del cinco de diciembre del dos mil dieciséis, y estando presente la totalidad del capital social de la sociedad denominada Tres Ciento Uno Cuatro Nueve Cero Cinco Dos Tres Sociedad Anónima, se reforman las cláusulas primera del nombre y segunda del domicilio social.—San José, cinco de diciembre del dos mil dieciséis.—Licda. María Lorena Montero Vargas, Notaria.—1 vez.—( IN2016094464 ). Por escritura otorgada en esta notaría, a las 9:00 horas del 5 de diciembre del 2016, se modificó el pacto social constitutivo de la compañía Grupo Patey Oduber Ltda., que es cambio en el plazo social.—Lic. Jorge González Esquivel, Notario.—1 vez.—( IN2016094465 ). Por escritura otorgada número ciento veinte-cuatro que se encuentra en el tomo cuarto de mi protocolo, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Servicios de Consultoría e Investigación de Mercado Coeimsa Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tresciento uno-cuatrocientos cuarenta mil trescientos cuarenta, donde se acuerda la disolución y liquidación de la sociedad.—San José, cinco de diciembre del dos mil dieciséis.—Licda. Silvia Chacón Bolaños, Notaria.—1 vez.—( IN2016094466 ). Por escritura otorgada número ciento veintiuno-cuatro que se encuentra en el tomo cuarto de mi protocolo, se protocolizó acta de asamblea general de cuotistas de Precisión Coating Sociedad de Responsabilidad Limitada, con cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-setecientos dos mil novecientos ochenta y tres, donde se acuerda la reforma de la Cláusula Segunda: Domicilio del pacto constitutivo de la compañía.—San José, cinco de diciembre del dos mil dieciséis.—Licda. Silvia Chacón Bolaños, Notaria.—1 vez.—( IN2016094467 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15:00 horas del día 3 de diciembre del año dos mil dieciséis, protocolicé las actas de asamblea general extraordinaria de socios de Iron Mountain Reit S. A., cédula jurídica número: 3-101-365543 y de Carro de Comida S. A., con cédula de persona jurídica número: 3-101-367158 y 3-101-568187 S.A. con cédula de persona jurídica número: 3-101-568187, mediante las cuales dichas compañías acordaron fusionarse, prevaleciendo nicamente la compañía Iron Mountain Reit S. A., la cual a su vez reformó su cláusula del capital social.—San José, 3 de diciembre del año 2016.—Licda. Vivian Rose Troper Maguillansky, Notaria.—1 vez.—( IN2016094468 ). Por escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del día primero de diciembre de dos mil dieciséis, se reforma la cláusula segunda del pacto constitutivo de la sociedad Two Friends E & E Sociedad Anónima.—San José, primero de diciembre de dos mil dieciséis.—Lic. Álvaro Restrepo Muñoz, Notario.—1 vez.—( IN2016094470 ). Por escritura otorgada hoy ante mí, la empresa Decoespejos Méndez Sociedad Anónima, modifica cláusula de estatutos sociales y nombra miembros de la junta directiva.—San José, ocho horas del veinticinco de julio del dos mil dieciséis.—Lic. Reynaldo Matamoros Sánchez, Notario.—1 vez.—( IN2016094481 ). Por escritura otorgada hoy ante mí, la empresa Méndez y Leitón Sociedad Anónima, modifica cláusula de estatutos sociales y nombra cargos de vocal uno y tesorero de junta directiva.—San José, ocho horas del veintiséis de febrero del dos mil dieciséis.—Lic. Reynaldo Matamoros Sánchez, Notario.—1 vez.—( IN2016094483 ). Ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Servicios de Protección Americanos APS S. A., cédula jurídica Nº 3-101-185597, mediante la cual se modifica la razón social a Secure Seguridad Electrónica S. A. Escritura de las 8:00 horas del 06 de diciembre de 2016.—Licda. Bárbara Durán Avilés, Notaria.—1 vez.—( IN2016094496 ). Pág 72 La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016 La suscrita Catherine Mora Chavarría, carné Nº 19189, hago constar que ante esta notaría a las catorce horas del día dieciséis de noviembre del año dos mil dieciséis, se modificó la junta directiva de la Asociación Iglesia Cristiana Evangélica Santuario a Jehová de Rincón Chiquito de Alajuela, cédula jurídica número tres-cero cero dos-seis seis cinco tres cuatro seis, por lo que solicito se publique el edicto de Ley. Es todo, San José, 05 de diciembre 2016.—Licda. Catherine Mora Chavarría, Notaria.—1 vez.—( IN2016094500 ). La suscrita Catherine Mora Chavarría, carné Nº 19189, hago constar que ante esta notaría a las trece horas del día dos de diciembre del año dos mil dieciséis, se modificó la junta directiva de la Asociación Deportiva de Natación de Santa Ana, cédula jurídica tres-cero cero dos-cuatrocientos setenta y un mil trescientos ochenta y siete, por lo que solicito se publique el edicto de Ley. Es todo.—San José, 6 de diciembre 2016.—Lic. Catherine Mora Chavarría, Notaria.—1 vez.—( IN2016094501 ). Ante Alejandro Alonso Román González, notario con oficina en Atenas, hago constar que el día treinta de noviembre del dos mil diecisiete a las ocho horas treinta minutos en la ciudad de Atenas se realizó asamblea general extraordinaria de la sociedad Southern Bird Legacy Properties Limitada, en la cual se reforma la cláusula quinta del pacto constitutivo y se revoca el nombramiento del gerente uno y gerente dos.—Atenas, treinta noviembre del dos mil dieciséis.—Lic. Alejandro Alonso Román González, Notario.—1 vez.—( IN2016094504 ). NOTIFICACIONES EDUCACIÓN PÚBLICA PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ Expediente número 523-2016.—La Dirección de Recursos Humanos.—A: Tellez Jiménez Mauren, cédula N° 06-0298-0368, hace saber: I.—Que a su nombre se ha iniciado la instrucción de un expediente disciplinario, de conformidad con el procedimiento establecido al efecto en el Estatuto de Servicio Civil, por la supuesta comisión de faltas a los deberes inherentes al cargo. II.—De la información substanciada existen elementos probatorios para imputarle los siguientes supuestos hechos: Que en su condición de Profesora de Idioma Extranjero en la Escuela San Francisco de Agua Buena, de la Dirección Regional de Educación de Coto, supuestamente, no se presentó a laborar los días 01, 03, 04, 05, 08, 09, 10, 11, 12, 16, 17, 18 y 19 de agosto del 2016, lo anterior sin dar aviso oportuno a su superior inmediato y sin aportar, dentro del término normativamente previsto, justificación posterior alguna. (Ver folios 01 al 03 del expediente de marras) III.—Que de ser cierto el hecho que se le atribuye, usted incurriría en faltas graves o de alguna gravedad, según las obligaciones y deberes de su cargo, tal y como se establece en el artículo 57 incisos a), c) y h) del Estatuto de Servicio Civil; artículo 81 inciso g) del Código de Trabajo; artículos 8 incisos a) y b) y 12 incisos c), k) del Reglamento de la Carrera Docente; lo que podrá acarrear una sanción que iría desde una suspensión sin goce de salario hasta de treinta días, o el planteamiento de las diligencias administrativas de Gestión de Despido ante el Tribunal de la Carrera Docente. IV.—Que se le emplaza para que ejerza su derecho de defensa dentro de los diez días hábiles siguientes al recibo de la presente notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 69 del Estatuto de Servicio Civil, y ofrezca las pruebas que estimare pertinentes. Si fueren testimoniales, indicará los hechos sobre los que versarán las respectivas deposiciones así como la correspondiente dirección de los testigos bajo apercibimiento de poder ser declarada inadmisible la referida prueba en caso de incumplimiento para el ejercicio pleno de su derecho de defensa puede tener acceso al expediente disciplinario iniciado al efecto y hacerse representar por un abogado. V.—Que la defensa deberá formularse por escrito ante el Departamento de Gestión Disciplinaria de la Dirección de Recursos Humanos del Ministerio de Educación Pública, ubicado en el Edificio ROFAS, cuarto piso, frente a emergencias del Hospital San Juan de Dios, debiendo señalar medio o lugar para atender notificaciones, bajo apercibimiento que en caso contario quedará notificada de forma automática dentro de las 24:00 horas siguientes, de conformidad con el artículo 11 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687. La no presentación de la defensa hará presumir la renuncia al ejercicio de ese derecho en esta etapa procedimental. VI.—Que contra este traslado de cargos se pueden interponer los recursos ordinarios de revocatoria, ante esta instancia y el de apelación, para ante el Tribunal de Carrera Docente, de conformidad con lo previsto en el artículo 66 del Estatuto de Servicio Civil, siempre que se haga dentro de los cinco días siguientes a la notificación de este acto. San José, 07 de agosto del 2016.—Yaxinia Díaz Mendoza, Directora.—O. C. N° 28535.—Solicitud N° 15802.—( IN2016093088 ). JUSTICIA Y PAZ JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL Documento admitido traslado al titular PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ T-102840. Ref: 30/2016/17863. Consorzio Per La Tutela del Formaggio Asiago. Documento: nulidad por parte de terceros (Interpuesta por “U.S. DIARY EX). N° y fecha: Anotación/2-102840 de 12/04/2016. Expediente: 2014-0002619 Registro Nº 250805 ASIAGO en clase 47 marca denominativa.—Registro de la Propiedad Industrial, a las 14:39:14 del 10 de mayo de 2016. Conoce este Registro, la solicitud de nulidad, promovida por José Antonio Muñoz Fonseca, cédula Nº 1-433-939, en calidad de apoderado especial de U.S. Diary Export Council, contra el registro de la Denominación de Origen ASIAGO, registro Nº 250805, inscrita el 08 de marzo de 2016, registro internacional 924, la cual protege y distingue “quesos”, propiedad de Consorzio Per La Tutela del Formaggio Asiago con domicilio en Piazzale Della Stazione 1, 36012 Asiago (VI). Conforme a lo previsto en los artículos 37, 75 y 81 de la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos, y los artículos 48 y 49 del Reglamento a la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos, Decreto Ejecutivo Nº 30233-J; se procede a trasladar la solicitud de Nulidad por parte de terceros al titular citado, para que en el plazo de un mes contados a partir del día hábil siguiente de la presente notificación, proceda a pronunciarse respecto a la misma y demuestre su mejor derecho, aportando al efecto las pruebas que estime convenientes, para lo cual se comunica que el expediente se pone a disposición de las partes en esta Oficina, así como un juego de copias de la acción de nulidad para el titular del signo. Se les previene a las partes el señalamiento de lugar o medio para recibir notificaciones y se advierte al titular que de no indicarlo, o si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al despacho, o bien, si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto o inexistente, quedará notificado de las resoluciones posteriores con sólo que transcurran veinticuatro horas después de dictadas, conforme lo dispone los artículos 11 y 34 de la Ley de Notificaciones, Ley N° 8687. A manera de excepción y en caso de que esta resolución sea notificada mediante publicación en el Diario Oficial La Gaceta, sin que medie apersonamiento del titular al proceso con el respectivo aporte del medio o lugar para recibir notificaciones, se aplicará lo dispuesto en los artículos 239, 241 incisos 2, 3 y 4 y 242 de la Ley General de la Administración Pública. Notifíquese.—MPI. Tomás Montenegro Montenegro, Asesor Jurídico.—( IN2016093907 ). PUBLICACIÓN DE UNA VEZ REGISTRO INMOBILIARIO “Se hace saber a Ángel María Bustos Contreras, portador de la cédula de identidad 5-0190-0572, en su condición de titular del derecho 001 de la finca de Heredia 162002. 2) Grace Alfaro Ramírez, portadora de la cédula de identidad 6-05170474, en su condición de titular del derecho 002 de la finca de Heredia 162002. 3) Ronald Humberto Matamoros Quirós, cédula 1-0538-0539 Apoderado Generalísimo de Seguridad Rago S. La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016 A., cédula jurídica 3-101-1952427 en su condición de titular de la finca de Heredia, 178413, 4) al señor Carlos Herra Álvarez, cédula de identidad 4-0131-0154 en su condición de interesado según documento presentado al Diario de este Registro con citas de presentación 2016-555501 por el cual le venden el inmueble de Heredia 162002, que en este Registro se ventila Diligencias Administrativas bajo expediente 2016-0957-RIM. Con el objeto de cumplir con el principio constitucional del debido proceso, por resolución de las 11:00 horas del 05 de diciembre del año 2016, se autorizó la publicación por una vez de un edicto para conferirle audiencia a la sucesión mencionada en la persona de su albacea o quien demuestre estar legitimación para representarla, por el término de quince días contados a partir del día siguiente de la última publicación del edicto en el Diario Oficial “La Gaceta”; a efecto de que dentro de dicho término presenten los alegatos que a sus derechos convenga. Y se le previene que dentro del término establecido para la audiencia, debe señalar medio, donde oír futuras notificaciones de este Despacho, todo de conformidad con los artículos 22 y 26 del Reglamento Organizacional del Registro Inmobiliario, Decreto Ejecutivo N° 35509-J; bajo apercibimiento de que, de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se les tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el lugar señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere, conforme a los artículos 22 y 26 del Reglamento de la materia y 11 de la Ley N° 8687 (que es Ley de Notificaciones Judiciales). Notifíquese. (Ref. Exp. 2016-0957RIM).—Registro Inmobiliario.—Curridabat, 05 de diciembre del 2016.—Lic. Joé Herrera Carvajal, Asesor Jurídico.—1 vez.—O. C. N° OC16-0047.—Solicitud N° 72537.—( IN2016094280 ). CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL DIRECCIÓN REGIÓN CENTRAL DE SUCURSALES PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ La suscrita Licda. Sahudy Ortiz Jara, administradora de la Caja Costarricense del Seguro Social Sucursal Puriscal. Mediante el presente edicto y por no haber sido posible notificarlos en el domicilio indicado, procede a efectuar la siguiente notificación por publicación a los patronos y trabajadores independientes incluidos en la lista que se detalla. De conformidad con los artículos 240 y 241 de la Ley General de Administración Pública. En el listado se indica el número patronal o del patrono, nombre de la razón social o nombre del patrono y monto de la deuda en colones al mes de noviembre de 2016. La institución le concede 5 días hábiles para que se presenten a normalizar su situación caso contrario el adeudo quedará firme en sede administrativa y se dará inicio a las acciones de cobro judicial. Tanto en la vía civil como penal. Los periodos notificados anteriormente que ya poseen firmeza en Sede Administrativa por tanto; en caso de aparecer en este aviso de cobro deben ser tomados a efectos de referencia de la deuda. 2-3101644637-001-001 Oceanum S. A. ¢5.974.311,00, 2-03101554742-001-001 3-101-554742 S. A ¢3.963.672,00, 7-00018581579-001-001 Darwin Antonio Espinoza Pérez ¢515.586,00, 7-00017716221 López no indica otro Franklin Humberto ¢387.169,00, 2-03102489120-001 Realtor Developmets S.A. ¢290.089,00, 0-00109560001-001-002 Calderón Guevara Fernando ¢924.896,00, 2-03101220285-001-001 Gimnasios Internacionales S. A. ¢56.372,00, 2-03101470901-002-001 3-101470901 S. A. ¢403.448,00, 0-00112090038-001-001 Mora Jimenez Alejandra ¢232.597,00, 2-0310172893-001-001 Urbanizaciones y Remodelaciones Modernas S. A. ¢3.774.695,00, 0-00105690640001-001 Bolaños Ureña Liana Mayari ¢403.694,00.—Licda. Sahudy Ortiz Jara, Administradora.—( IN2016091742 ). SUCURSAL DE PALMAR NORTE El Administrador de la Sucursal de la CCSS en Palmar Norte, por no ser posible la notificación en su domicilio, procede a efectuar la siguiente notificación por publicación a los Patronos incluidos seguidamente, de conformidad con los artículos 240 y 241 de la Ley General de Administración Pública, se le concede 5 días hábiles para normalizar su situación, caso contrario el adeudo queda firme en sede administrativa y se dará inicio a las acciones de cobro judicial, tanto en la Vía Civil como Penal. Se detalla nombre, número patronal y el monto adeudado: Pág 73 BANANERA BORUCA S.A. 2-03101108741-001-001 ¢158.197,20 BANANERA BORUCA S.A. 2-03101108741-001-001 ¢309.497,22 BANANERA DEL TERRABA S.A. 2-03101007711-002-001 ¢851.233,11 BANANERA CHANGUINA S.A. 2-03101081460-001-001 ¢ 1.020.851,87 SERBASUR S.A. 2-03101118152-001-001 ¢ 5.685.795,29 SERBASUR S.A. 2-03101118152-001-001 ¢10.470.748,90 LINEA VERDE S.A. 2-03101055730-003-001 ¢ 2.465.063,59 MAPLASTIC INVERSIONES S.A. 2-03101125057-001-001 ¢467.727,96 2-03004078138-001-002 ¢ 4.516.171,96 COOP. DE PRODUCCION DE PALMA Y CACAO DE PALMAR SUR R.L. L i c . F u l v i o A l v a r a d o A g ü e r o , A d m i n i s t r a d o r. — ( IN2016092245 ). SUCURSAL ATENAS La suscrita Licda. Roxana Solano Pérez, Jefa de la Sucursal de Atenas, Caja Costarricense de Seguro Social, mediante presente edicto por tres veces consecutivas; por no haber sido posible notificarlos en el domicilio indicado, procede a efectuar la siguiente notificación por publicación a los patronos y trabajadores independientes que se detallan, de conformidad con los artículos 240 y 241 de la Ley General de Administración Pública. La Institución le concede 5 días hábiles, para que se presenten a normalizar su situación, caso contrario el adeudo quedará firme en sede administrativa y se dará inicio a las acciones de cobro judicial. Tanto en la vía civil como penal. Gutiérrez Arguedas Álvaro Francisco, N° 0-00203910766-001-001, planillas 11/2015 a 02/2016 por un monto ¢616.943,00. Gutiérrez Arguedas Álvaro Francisco, N° 0-00203910766-999-001, periodo 11/2016 por un monto ¢37.486,00. Asesoría y Mercadeo Deportivo Sociedad Anon1ma, N° 2-03101552016-001-001, periodos 03/2016 a 09/2016, por un monto de ¢453.317,00. Chavarría Díaz Randall Alberto, N° 0-00109160931-001-001, periodos 10/2013 y 11/2013 por un monto de ¢332.256,00. Ivannia Priscilla Craane Orozco, N° 0-00109840427-001-001, planillas 07/2016 a 09/2016 por un monto ¢176.614,00. Ana Ramos Gutiérrez, N° 0-00202670939-001-001, planilla 03/2016 por un monto ¢71.121,00. Walter Rubén Hernández Juárez, N° 0-00106680588-999-001, periodos 02/2016 a 11/2016, adicional trab. ind. 02/2016 por un monto ¢963.676,00.—Licda. Roxana Solano Pérez, Administradora Sucursal.—( IN2016092390 ). PUBLICACIÓN DE UNA VEZ SUCURSAL DE PÉREZ ZELEDÓN Por ignorarse el domicilio actual del trabajador independiente Jiménez Guido Álvaro, número patronal 0-00203850026-999-001, actividad de venta al por menor en locales fijos o mercado, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 241 de la Ley General de la Administración Pública, se procede a notificar por medio de edicto, que la sucursal de la Caja Costarricense de Seguro Social de Pérez Zeledón, ha dictado el Traslado de Cargos que en lo que interesa indica: La sucursal de la Caja Costarricense de Seguro Social, conforme lo dispone el artículo 10 del Reglamento para Verificar el Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y Trabajadores Independientes de la Caja, se permite hacer de su conocimiento los resultados de la revisión de ingresos efectuada por esta Dependencia, donde se han detectado inicialmente las siguientes omisiones en cuanto a reportes de ingresos de trabajador independiente de los años 2000 al 2015, el detalle del período e ingresos omitidos consta en hojas de trabajo que rolan en el expediente administrativo. Total de ingresos ¢243.008.238,04 Total de cuotas de Invalidez, Vejez y Muerte ¢16.871.717,00 Total de cuotas de Enfermedad y Maternidad ¢24.716.51,00 Consulta expediente: en esta oficina, sita San Isidro de El General, Plaza Comercial Los Betos, veinticinco metros al norte de la Cruz Roja Costarricense, teléfono 2771-3536, fax 27713825, se encuentra a su disposición el expediente para los efectos que dispone la Ley. Se les confiere un plazo de diez días hábiles contados a partir del quinto día siguiente de su publicación, para ofrecer pruebas de descargo y para hacer las alegaciones jurídicas pertinentes. Se le previene que debe señalar lugar o medio para oír notificaciones dentro del perímetro administrativo establecido por la Caja, el mismo que para los efectos jurisdiccionales ha establecido la Corte Suprema de Justicia estableciéndose de la siguiente forma: al sur hasta la entrada a Barrio Sagrada Familia, al norte hasta las Pág 74 La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016 instalaciones del Liceo Unesco, al este hasta la escuela de Barrio Sinaí y al oeste hasta la instalaciones del Colegio La Asunción. De no indicar lugar o medio para notificaciones, las resoluciones posteriores al Traslado de Cargos se tendrán por notificadas con solo el transcurso de 24:00 horas contadas a partir de la fecha de resolución. Notifíquese.—San Isidro de El General quince de noviembre de dos mil dieciséis.—Lic. Jorge Minor Mata Arias, Jefe de Sucursal.—1 vez.—( IN2016093916 ). Por ignorarse el domicilio actual del trabajador independiente Black Valenciano Samuel, número patronal 0-00108660221-999001, actividad de otras actividades de transporte complementario, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 241 de la Ley General de la Administración Pública, se procede a notificar por medio de edicto, que la sucursal de la Caja Costarricense de Seguro Social de Pérez Zeledón, ha dictado el Traslado de Cargos que en lo que interesa indica: La sucursal de la Caja Costarricense de Seguro Social, conforme lo dispone el artículo 10 del Reglamento para Verificar el Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y Trabajadores Independientes de la Caja, se permite hacer de su conocimiento los resultados de la revisión de ingresos efectuada por esta Dependencia, donde se han detectado inicialmente las siguientes omisiones en cuanto a reportes de ingresos de trabajador independiente de los años 2004 al 2011, el detalle del período e ingresos omitidos consta en hojas de trabajo que rolan en el expediente administrativo. Total de ingresos ¢8.373,848,04 Total de cuotas de Invalidez, Vejez y Muerte ¢441.139,00 Total de cuotas de Enfermedad y Maternidad ¢476.781,00 Consulta expediente: en esta oficina, sita San Isidro de El General, Plaza Comercial Los Betos, veinticinco metros al norte de la Cruz Roja Costarricense, teléfono 27713536, fax 27713825, se encuentra a su disposición el expediente para los efectos que dispone la Ley. Se les confiere un plazo de diez días hábiles contados a partir del quinto día siguiente de su publicación, para ofrecer pruebas de descargo y para hacer las alegaciones jurídicas pertinentes. Se le previene que debe señalar lugar o medio para oír notificaciones dentro del perímetro administrativo establecido por la Caja, el mismo que para los efectos jurisdiccionales ha establecido la Corte Suprema de Justicia estableciéndose de la siguiente forma: al sur hasta la entrada a Barrio Sagrada Familia, al norte hasta las instalaciones del Liceo Unesco, al este hasta la escuela de Barrio Sinaí y al oeste hasta la instalaciones del Colegio La Asunción. De no indicar lugar o medio para notificaciones, las resoluciones posteriores al Traslado de Cargos se tendrán por notificadas con solo el transcurso de 24:00 horas contadas a partir de la fecha de resolución. Notifíquese.—San Isidro de El General, quince de noviembre de dos mil dieciséis.—Lic. Jorge Minor Mata Arias, Sucursal de Pérez Zeledón.—1 vez.—( IN2016093917 ). DIRECCIÓN REGIONAL DE SUCURSALES HUETAR NORTE De conformidad con los artículos 10 y 20 del “Reglamento para Verificar el Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y de trabajadores Independientes”. Por no poderse notificar en el domicilio o en el centro de trabajo del patrono Rafael Ángel Alvarado Córdoba, número patronal 0-00205140360-001-001, se procede a notificar por medio de edicto, que la Sucursal de Ciudad Quesada de la Dirección Regional de Sucursales Huetar Norte, ha dictado el Traslado de Cargos, número de caso 1310-2016-01755, que en lo que interesa indica: Como resultado material de la revisión salarial efectuada, se han detectado omisiones salariales del trabajador José Bernal Mejías Duarte, número de cédula Nº 2-0586-0308, por el periodo de mayo del 2006 a noviembre del 2014. Total de salarios omitidos ¢21,461,313.19, (veintiún millones cuatrocientos sesenta y un mil trescientos trece colones con 19/100) según el cálculo de los salarios, lo que representaría en cuotas obreras – patronales en los Regímenes de Enfermedad y Maternidad e Invalidez, Vejez y Muerte, un monto de ¢6,003,484.00, (seis millones tres mil cuatrocientos ochenta y cuatro colones), más los intereses correspondientes y sin incluir las cargas sociales de las otras instituciones, las cuales serán calculados en el momento de la cancelación. Consulta expediente: En esta oficina, sita en la Sucursal de la C.C.S.S. de Ciudad Quesada, 200 metros al norte de la escuela Juan Chaves Rojas, en el antiguo hospital de San Carlos, se encuentra a su disposición el expediente para los efectos que dispone la Ley. Se les confiere un plazo de 10 días hábiles contados a partir del quinto día siguiente de su publicación, para ofrecer pruebas de descargo y para hacer las alegaciones jurídicas pertinentes. Se le previene que debe señalar lugar o medio para oír notificaciones dentro del perímetro administrativo establecido por la C.C.S.S., el mismo que para los efectos jurisdiccionales ha establecido la Corte Suprema de Justicia. De no indicar lugar o medio para notificaciones, las resoluciones posteriores al Traslado de Cargos se tendrán por notificadas con solo el transcurso de 24:00 horas contadas a partir de la fecha de resolución. Notifíquese.—Ciudad Quesada, 02 de diciembre del 2016.—Sucursal de Ciudad Quesada.—Lic. Rodrigo Villalobos Arrieta, Jefe.—1 vez.—( IN2016094273 ). INSTITUTO DE DESARROLLO RURAL REGIÓN CHOROTEGA PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ Oficina Asesoría Jurídica.—Región Chorotega. Liberia, Guanacaste, a las ocho horas treinta minutos del día veintiséis de octubre del año dos mil dieciséis. Con fundamento en las facultades que otorga la Ley de Tierras y Colonización número 2825 del 14 de octubre de 1961 y sus reformas y la Ley de Transformación del Instituto de Desarrollo Agrario en el Instituto de Desarrollo Rural número 9036 del 11 de mayo de 2012, el procedimiento indicado en los artículos 51 a 64 del Reglamento Ejecutivo a la Ley N° 9036 Decreto Ejecutivo N° 38975-MAG, publicado en el Alcance Digital N° 28 a La Gaceta N° 82 del 29 de abril del año 2015, el acuerdo de junta directiva tomado en artículo I, de la sesión 031-03 del 1° de julio del 2003, con el uso supletorio de la Ley General de la Administración Pública y el Código Procesal Civil; se tiene por establecido proceso administrativo ordinario de revocatoria de la adjudicación contra la Asociación de Pequeños Productores El Consuelo, cédula jurídica 3-002-170315, el presente Procedimiento Administrativo ordinario de revocatoria de la adjudicación del lote N° 3 del Centro de Población del Asentamiento El Consuelo, ubicado en Cañas Dulces, Liberia, Guanacaste, descrito en el plano catastrado G-220035-1994 y que forma parte del predio inscrito en el Registro Público de la Propiedad Inmueble, Partido de Guanacaste folio real matrícula N° 79801-000 a nombre del Instituto de Desarrollo Rural, mismo que les fuera adjudicado mediante acuerdo de Junta Directiva en artículo CXLV de la sesión 012-03, celebrada el 10 de marzo del año 2003. Se instruye el procedimiento para averiguar la verdad real de los hechos y para determinar la procedencia de la eventual revocatoria de la adjudicación por incumplimiento de las obligaciones contraídas con el Instituto de Desarrollo Rural y por violación del artículo 68 inciso 4) apartado b) en relación con el 62, 66 de la Ley N° 2825 y sus reformas, que determina que el Instituto de Desarrollo Rural podrá revocar la adjudicación por el abandono injustificado del terreno. Se le atribuye a la Asociación de Pequeños Productores El Consuelo el incumplimiento de las obligaciones contraídas con el INDER, por los siguientes hechos: Según visita de fiscalización agraria con boleta FDRCH-OSRL-201600079 el 24 de mayo del año 2016, se logra observar que el predio ha sido abandonado por parte de la Asociación sin contar con justificación previa para ello. Se cita y emplaza a la Asociación de Pequeños Productores El Consuelo, cédula jurídica 3-002-170315 para que comparezcan a una audiencia oral y privada que se realizará a las catorce horas del día uno de febrero del año dos mil diecisiete, en las instalaciones de la Dirección Regional Chorotega del Instituto de Desarrollo Rural, ubicado en Liberia, Guanacaste, seiscientos metros norte de los semáforos, carretera a La Cruz edificio a mano derecha, a dicha audiencia la parte puede hacerse acompañar por un Abogado de su libre elección. De la misma manera, se les hace saber que máximo al día y hora de la audiencia puede ofrecer y aportar toda la prueba que consideren oportuna en defensa de sus derechos y que en el caso de ser testimonial, su presentación corre por su cuenta y deben de comparecer a la misma fecha y hora de la audiencia señalada, para lo cual deben venir debidamente identificados, advirtiendo a los administrados que en caso de no comparecer en la hora y fecha señalada, sin causa que lo justifique la misma se declarará inevacuable. Se advierte a las partes que a la audiencia La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016 programada podrán comparecer en forma personal o por medio de apoderado debidamente acreditado, salvo si desea declarar en cuyo caso deberá acudir en forma personal. De igual forma se les hace saber que de comprobarse los hechos investigados se le revocará la adjudicación del terreno, lo que consecuentemente trae aparejado que el mismo se revierta a nombre del Instituto de Desarrollo Rural. Se pone en conocimiento de los administrados que como prueba de la administración en el expediente que al efecto se lleva número REV-003-2016-OSRL-ALCH: oficio OSRL-505-2016 del 21 de junio de 2016 (fs. 1 a 2), informe técnico OSRL-454-2016 del 01 de junio 2016 (fs. 3 a 6), copia de plano catastrado G-220035-94 (f. 7), consulta de catastro (f. 8 y 9), informe de registro del predio 5-79801-000 (f. 10), copia de acuerdo de Junta Directiva artículo CXLV de la sesión 012-03 (fs. 11 a 13), copia de cédula jurídica (f. 14), copia de acta de asamblea general ordinaria de la asociación (fs. 15 a 18), oficio OSRL-453-2016 del 1 de junio de 2016 (fs. 19 a 20), boleta de fiscalización FDRCH-OSRL-201600079 (fs. 21 a 39), estado de cuenta por deudor (f. 40), constancia de crédito rural (f. 41), certificación de personería jurídica (fs. 42 a 43), oficio DRCH-575-2016 del 14 de julio de 2016 (f. 44). El expediente se encuentra en la Asesoría Legal de la Región Chorotega en la sede de la Dirección Regional del Instituto de Desarrollo Rural en la dirección antes citada, el cual podrá ser consultado y fotocopiado a su costo en forma personal o por medio de persona debidamente autorizada por las partes. Deben los administrados, dentro de los tres días posteriores a la notificación de la presente, señalar lugar para escuchar notificaciones dentro del perímetro judicial de la ciudad de Liberia o un fax que se encuentre dentro del territorio nacional, bajo apercibimiento que de no hacerlo o si el lugar señalado fuere impreciso, incierto, ya no existiere o fuese imposible la comunicación, toda resolución se tendrá por notificada con el transcurso de veinticuatro horas después de dictada. Se advierte a los administrados que cualquier mejora introducida en el predio posterior a la notificación de la presente resolución, podrá ser tenida como mejora de mala fe, con las consecuencias legales del caso y además que contra la presente resolución cabe únicamente recurso ordinario de Revocatoria el cual deberá interponerse dentro de las veinticuatro horas siguientes contados a partir de la última comunicación del acto. Dicho Recurso deberá presentarse ante la Asesoría Legal Región Chorotega del Inder. Por desconocerse el domicilio de la Asociación de Pequeños Productores El Consuelo y tener vencida la personería, de conformidad con el artículo 241 de la Ley General de la Administración Pública, publíquese la presente resolución por tres veces consecutivas en el Diario Oficial La Gaceta. Notifíquese. Expediente REV-003-2016-ORSLALCH.—Lic. Luis Diego Miranda Guadamuz, Órgano Director del Procedimiento.—( IN2016094105 ). Instituto de Desarrollo Rural.—Oficina Asesoría Jurídica, Región Chorotega.—Liberia, Guanacaste, a las ocho horas del día veintiséis de octubre del año dos mil dieciséis. Con fundamento en las facultades que otorga la Ley de Tierras y Colonización Nº 2825 del 14 de octubre de 1961 y sus reformas y la Ley de Transformación del Instituto de Desarrollo Agrario en el Instituto de Desarrollo Rural Nº 9036 del 11 de mayo de 2012, el procedimiento indicado en los artículos 51 a 64 del Reglamento Ejecutivo a la Ley Nº 9036 Decreto Ejecutivo N° 38975-MAG, publicado en el Alcance Digital N° 28 a La Gaceta N° 82 del 29 de abril del 2015, el acuerdo de Junta Directiva tomado en artículo I, de la sesión 031-03 del 01 de julio del 2003, con el uso supletorio de la Ley General de la Administración Pública y el Código Procesal Civil; se tiene por establecido proceso administrativo ordinario de revocatoria de la adjudicación contra la Asociación de Pequeños Productores El Consuelo, cédula jurídica Nº 3-002-170315, el presente Procedimiento Administrativo ordinario de revocatoria de la adjudicación con la subsecuente nulidad de título del Lote N° 38 del Centro de Población del Asentamiento El Consuelo, ubicado en Cañas Dulces, Liberia, Guanacaste, descrito en el plano catastrado G-217645-1994 e inscrito en el Registro Público de la Propiedad Inmueble, partido de Guanacaste, folio real matrícula Nº 139247-000 a nombre de la Asociación de Pequeños Productores El Consuelo, mismo que les fuera adjudicado mediante acuerdo de Junta Directiva en artículo 61 sesión 051-03, celebrada el 10 de noviembre del año 2003. Se instruye el procedimiento para averiguar Pág 75 la verdad real de los hechos y para determinar la procedencia de la eventual revocatoria de la adjudicación por incumplimiento de las obligaciones contraídas con el Instituto de Desarrollo Rural y por violación del artículo 68 inciso 4) apartado b) en relación con el 62, 66 de la ley 2825 y sus reformas, que determina que el Instituto de Desarrollo Rural podrá revocar la adjudicación por el abandono injustificado del terreno. Se le atribuye a la Asociación de Pequeños Productores El Consuelo el incumplimiento de las obligaciones contraídas con el INDER, por los siguientes hechos: Según visita de fiscalización agraria con boleta FDRCH-OSRL-201600071 el 06 de mayo del año 2016, se logra observar que el predio ha sido abandonado por parte de la Asociación sin contar con justificación previa para ello. Se cita y emplaza a la Asociación de Pequeños Productores El Consuelo, cédula jurídica Nº 3-002-170315 para que comparezcan a una audiencia oral y privada que se realizará a las nueve horas del día uno de febrero del año dos mil diecisiete, en las instalaciones de la Dirección Regional Chorotega del Instituto de Desarrollo Rural, ubicado en Liberia, Guanacaste, seiscientos metros norte de los semáforos, carretera a La Cruz edificio a mano derecha, a dicha audiencia la parte puede hacerse acompañar por un Abogado de su libre elección. De la misma manera, se les hace saber que máximo al día y hora de la audiencia puede ofrecer y aportar toda la prueba que consideren oportuna en defensa de sus derechos y que en el caso de ser testimonial, su presentación corre por su cuenta y deben de comparecer a la misma fecha y hora de la audiencia señalada, para lo cual deben venir debidamente identificados, advirtiendo a los administrados que en caso de no comparecer en la hora y fecha señalada, sin causa que lo justifique la misma se declarará inevacuable. Se advierte a las partes que a la audiencia programada podrán comparecer en forma personal o por medio de apoderado debidamente acreditado, salvo si desea declarar en cuyo caso deberá acudir en forma personal. De igual forma se les hace saber que de comprobarse los hechos investigados se le revocará la adjudicación del terreno, lo que consecuentemente trae aparejado que el mismo se revierta a nombre del Instituto de Desarrollo Rural. Se pone en conocimiento de los administrados que como prueba de la administración en el expediente que al efecto se lleva número NUL-002-2016-0SRL-ALCH: oficio OSRL-4012016 del 16 de mayo de 2016 (fs. 1 a 2), informe técnico OSRL372-16 del 9 de mayo 2016 (fs. 3 a 6), boleta de fiscalización FDRCH-OSRL-201600071 (fs. 7 a 14), estado de cuenta por deudor (f. 15), constancia de crédito rural (f. 16), copia de plano catastrado G-217645-1994 (f. 17), estudio de registro de finca 5-139247-000 (fs. 18 a 19), acuerdo de Junta Directiva artículo 61 de la sesión 05103, celebrada el 10 de noviembre de 2003 (fs. 20 a 21), certificación de personería jurídica (fs. 22 a 23), oficio DRCH-574-2016 del 14 de julio de 2016 (f. 24). El expediente se encuentra en la Asesoría Legal de la Región Chorotega en la sede de la Dirección Regional del Instituto de Desarrollo Rural en la dirección antes citada, el cual podrá ser consultado y fotocopiado a su costo en forma personal o por medio de persona debidamente autorizada por las partes. Deben los administrados, dentro de los tres días posteriores a la notificación de la presente, señalar lugar para escuchar notificaciones dentro del perímetro judicial de la ciudad de Liberia o un fax que se encuentre dentro del territorio nacional, bajo apercibimiento que de no hacerlo o si el lugar señalado fuere impreciso, incierto, ya no existiere o fuese imposible la comunicación, toda resolución se tendrá por notificada con el transcurso de veinticuatro horas después de dictada. Se advierte a los administrados que cualquier mejora introducida en el predio posterior a la notificación de la presente resolución, podrá ser tenida como mejora de mala fe, con las consecuencias legales del caso y además que contra la presente resolución cabe únicamente recurso ordinario de Revocatoria el cual deberá interponerse dentro de las veinticuatro horas siguientes contados a partir de la última comunicación del acto. Dicho Recurso deberá presentarse ante la Asesoría Legal Región Chorotega del INDER. Por desconocerse el domicilio de la Asociación de Pequeños Productores El Consuelo y tener vencida la personería, de conformidad con el artículo 241 de la Ley General de la Administración Pública, publíquese la presente resolución por tres veces consecutivas en el Diario Oficial La Gaceta. Notifíquese, expediente NUL-002-2016-ORSLALCH.—Lic. Luis Diego Miranda Guadamuz, Órgano Director del Procedimiento.—( IN2016094106 ). Pág 76 La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016 MUNICIPALIDADES MUNICIPALIDAD DE SAN RAFAEL DE HEREDIA La Municipalidad de San Rafael de Heredia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 137 y 169 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios vigente, notifica por este medio a las personas que a continuación se indican, los saldos deudores del Impuesto de Bienes Inmuebles (B. I.) y de Servicios Urbanos (S. U.) del período 2013. Además estas personas no han hecho su declaración de Bienes Inmuebles, por lo que de conformidad con el artículo 51 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios el plazo de prescripción de las obligaciones se amplió a diez años. Este artículo se modificó con la Ley N° 9069 Ley de Fortalecimiento de la Gestión Tributaria. San Rafael de Heredia, noviembre, 2016.—Ana María Vargas, Administración Tributaria a. í.—1 vez.—( IN2016094287 ).
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