LA GACETA N° 241 de la fecha 15 12 2016

CARLOS
ALBERTO
RODRIGUEZ
PEREZ (FIRMA)
La Uruca, San José, Costa Rica, jueves 15 de diciembre del 2016
AÑO CXXXVIII
Nº 241
76 páginas
Firmado digitalmente
por CARLOS ALBERTO
RODRIGUEZ PEREZ
(FIRMA)
Fecha: 2016.12.14
15:07:24 -06'00'
Pág 2
La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016
Artículo 5º—Rige a partir de las 6:00 horas del 26 de octubre,
hasta las 21:00 horas del 29 de octubre del 2016.
CONTENIDO
Dado en la Presidencia de la República, el día veinte de
octubre de dos mil dieciséis.
Pág
Nº
PODER EJECUTIVO
Acuerdos................................................................... 2
Edictos..................................................................... 15
DOCUMENTOS VARIOS...................................... 15
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
Edictos..................................................................... 24
Avisos...................................................................... 25
CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA............... 26
REGLAMENTOS.................................................... 29
INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS........ 31
RÉGIMEN MUNICIPAL........................................ 37
AVISOS..................................................................... 40
NOTIFICACIONES................................................ 72
LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—1 vez.—O. C. Nº
28232.—Solicitud Nº 16287.—( IN2016094368 ).
N° 752-P
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Con fundamento en las atribuciones que le confieren el
artículo 139 de la Constitución Política de Costa Rica, el artículo
47 inciso 3) de la Ley General de Administración Pública, Ley N°
6227 del 02 de mayo de 1978. Así como lo establecido en la Ley
del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el
Ejercicio Económico del 2016, Ley N° 9341 del 01 de diciembre
de 2015 y el Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para
Funcionarios Públicos y sus reformas.
ACUERDA:
PODER EJECUTIVO
ACUERDOS
PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
N° 725-P
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Con fundamento en las atribuciones y facultades
constitucionales y legales señaladas en el artículo 139 inciso 1) de la
Constitución Política de la República de Costa Rica y el artículo 47
inciso 3) de la Ley General de la Administración Pública, número
6227 del dos de mayo de mil novecientos setenta y ocho.
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar a la Sra. Cecilia Sánchez Romero,
Ministra de Justicia y Paz, con cédula de identidad N° 1-0548-0370,
para que viaje a San Francisco, California, Estados Unidos, los días
27 y 28 de octubre de 2016 y participe en la capacitación y asistencia
técnica del modelo de la calle Delancey, aplicadas sobre todo a las
poblaciones de escasos recursos, ex privados de libertad y personas
sin hogar, entre otros. El viaje inicia el 26 de octubre y finaliza el 29
de octubre de 2016.
Artículo 2º—Los gastos por concepto de tiquetes aéreos de
ida y regreso, alimentación, alojamiento, seguro médico básico
y gastos misceláneos, serán cubiertos por la oficina de Asuntos
Antinarcóticos de la Embajada de Estados Unidos.
Artículo 3º—La señora Ministra rendirá un informe ejecutivo
al señor Presidente de la República en el plazo no mayor a ocho
días naturales, contados a partir de su regreso al territorio nacional,
en el cual describirá las actividades desarrolladas, los resultados
obtenidos y los beneficios logrados para el Ministerio de Justicia y
Paz y para el país en general.
Artículo 4º—En tanto dure la ausencia de la señora ministra de
Justicia y Paz, se nombrará al señor Marco Fabricio Feoli Villalobos
como Ministro a. í. del Ministerio de Justicia y Paz, cédula de
identidad N° 1-1024-0006 de las 6:00 horas del 26 de octubre, hasta
las 21:00 horas del 29 de octubre del 2016, en que rige el viaje.
Lic. Carlos Alberto Rodríguez Pérez
director general iMprenta nacional
director eJecUtiVo JUnta adMinistratiVa
Carmen Muñoz Quesada
Ministerio de gobernación y policía
Artículo 1º—Autorizar al señor Welmer Ramos González,
portador de la cédula de identidad número cinco-ciento noventa
y uno-novecientos veinticuatro, Ministro de Economía, Industria
y Comercio, para que participe en la Conferencia Internacional y
Reunión Ministerial “Productividad y Crecimiento Inclusivo”,
actividad que tendrá lugar en Santiago de Chile, del día 05 al día 06
de diciembre del dos mil dieciséis.
Artículo 2º—Los gastos por concepto de transporte aéreo,
alimentación y hospedaje, serán financiados por el programa 21500
“Actividades Centrales”, subpartida 10503 “Transporte al Exterior”
y subpartida 10504 “Viáticos en el exterior”, correspondiéndole
la suma ochocientos sesenta y cinco dólares con veinte centavos
($865,20). Los gastos correspondientes al día cuatro de diciembre
del dos mil dieciséis serán cubiertos por el funcionario sin ninguna
erogación por parte del Estado. El millaje generado por motivo
de este viaje será asignado al Ministerio de Economía, Industria y
Comercio.
Artículo 3º—El señor Ramos González, en un plazo de ocho
días naturales, contados a partir de su regreso, deberá presentar
un informe a su superior jerárquico, en el que se describan las
actividades desarrolladas, los resultados obtenidos y los beneficios
logrados para la institución y para el país en general.
Artículo 4º—En tanto dure la ausencia del señor Ministro,
nombrar como Ministra a. í., a la señora Carmen Geannina Dinarte
Romero, portadora de la cédula de identidad número 1-1151-925,
Viceministra de Economía, Industria y Comercio, de las siete horas
con treinta y seis minutos del día tres de diciembre de dos mil
dieciséis y hasta las dieciocho horas con cincuenta y ocho minutos
del día siete de diciembre del mismo año.
Artículo 5º—Rige a partir de siete horas con treinta y seis
minutos del día tres de diciembre de dos mil dieciséis y hasta las
dieciocho horas con cincuenta y ocho minutos del día siete de
diciembre del mismo año.
Dado en la Presidencia de la República, a los dieciséis días del
mes de noviembre de año dos mil dieciséis.
LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—1 vez.—O. C. N°
29116.—Solicitud N° 5840.—( IN2016093955 ).
Dorelia Barahona Riera
representante editorial costa rica
Said Orlando de la Cruz Boschini
representante Ministerio de cUltUra y JUVentUd
La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016
N° 753-P
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
De conformidad con lo establecido en el artículo 140, inciso
12, de la Constitución Política de la República de Costa Rica; y
los artículos 7, 31 y 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de
Transporte para Funcionarios Públicos.
Considerando:
I.—Que atendiendo a un propósito político, de ciencia,
tecnología y de alianzas en materia de negocios, del 07 al 11 de
noviembre de 2016 se realizará una gira conjunta entre el Ministerio
de Comercio Exterior (COMEX), Ministerio de Ciencia, Tecnología
y Telecomunicaciones (MICITT) y Coalición costarricense de
iniciativas de desarrollo (CINDE) en los Estados Unidos de
América para visitar empresas de Tecnologías de la Información
a fin de establecer o profundizar las relaciones con los ejecutivos
corporativos, con la oportunidad de conocer sus planes futuros,
identificar oportunidades de crecimiento y/o diversificación,
conocer de sus necesidades y compartir un mensaje de apoyo de
parte del Gobierno de la República.
II.—Que es de interés del MICITT la participación del
señor Marcelo Jenkins Coronas, Ministro de Ciencia, Tecnología
y Telecomunicaciones en esta gira en razón de que en su visita a
los Estados Unidos de América además se finiquitará un acuerdo
de cooperación con Rice University, mediante el cual se establece
una relación académica que contribuya al desarrollo tecnológico,
económico, institucional y social de Costa Rica, y en el avance de la
investigación y becas académicas en la Universidad Rice.
III.—Que dichas actividades están fuertemente relacionadas
con los proyectos de Cooperación Internacional consignados en
el Plan Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación 2015-2021,
denominados: a) Implementación de una agenda técnica con
organizaciones de cooperación en Ciencia, Tecnología e Innovación
(CTI) de alto nivel; b) Implementación de agendas estratégicas
para posicionamiento internacional de Costa Rica. Por lo que se
estima que el conocimiento en políticas científicas y tecnológicas
colaborará en el cumplimiento de una de las metas del Plan Nacional
de Desarrollo, la cual es formular e implementar la política de ciencia
y tecnología de Costa Rica. Asimismo responde al pilar de inclusión
digital y a la línea de acción de acceso universal y solidaridad del
Plan Nacional de Desarrollo de las Telecomunicaciones. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo 1°—Autorizar al señor Marcelo Jenkins Coronas,
Ministro de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones, cédula
de identidad número 1-0648-0011, para que forme parte de la
delegación oficial de Costa Rica que visitará los Estados Unidos
de América del 07 al 11 de noviembre de 2016, ocasión en la que
estará atendiendo un propósito político de ciencia y tecnología y de
alianzas en materia de negocios, además de finiquitar un acuerdo
de cooperación con Rice University. Durante los días 06 y 12 de
noviembre de 2016, el señor Ministro se encontrará en tránsito.
Artículo 2°—Los gastos por concepto de transporte aéreo
ida y vuelta de Ciudad de San José, República de Costa Rica a los
Estados Unidos de América, transporte terrestre, alojamiento en la
ciudad de California, Estados Unidos de América, alimentación y
seguro de viaje de don Marcelo Jenkins Coronas los cubre MICITT.
Los gastos por concepto de alojamiento en la ciudad de Houston,
Texas, Estados Unidos de América los cubre el auspiciador.
Artículo 3°—Nombrar como Ministra (a) a. í. durante la
ausencia del señor Marcelo Jenkins Coronas, Ministro de Ciencia,
Tecnología y Telecomunicaciones, a la señora Carolina Vásquez
Soto, cédula de identidad 4-0150-0777, Viceministra de Ciencia y
Tecnología, de las 03:00 horas del 06 de noviembre de 2016 a las
18:00 horas del 12 de noviembre de 2016.
Artículo 4°—De acuerdo con el artículo 47 del Reglamento
de Gastos de Viaje y Transporte para Funcionarios Públicos, el
funcionario estará cubierto por la póliza grupal INS viajero, cubierta
por MICITT.
Artículo 5°—De conformidad con el artículo 5° de la
Resolución N° 78-2010 del Ministerio de Hacienda, el millaje
generado por motivo de este viaje será asignado al Ministerio de
Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones.
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Artículo 6°—En un plazo de ocho días naturales, contados
a partir de su regreso, el señor Jenkins Coronas deberá presentar
un informe a su superior jerárquico, en el que se describan las
actividades desarrolladas, los resultados obtenidos y los beneficios
logrados para la institución y para el país en general.
Artículo 7°—Rige a partir de las 03:00 horas del 06 de
noviembre de 2016 a las 18:00 horas del 12 de noviembre de 2016.
Dado en la Presidencia de la República, a los treinta y un días
del mes de octubre de dos mil dieciséis.
LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—1 vez.—O. C. N°
3400027211.—Solicitud N° 72456.—( IN2016093847 ).
MINISTERIO DE HACIENDA
N° 0050-2016-H.—San José, 29 de setiembre de 2016
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE HACIENDA
Considerando:
1º—Que la señora Diana Carolina Obando Vargas, mayor de
edad, soltera, Licenciada en Administración Aduanera, portadora de
la cédula de identidad uno-mil trecientos siete-novecientos sesenta
y nueve, vecina de San José, San Juan De Tibás, Florida doscientos
metros al norte y doscientos metros al Oeste de Perimercados,
mediante formulario presentado ante el Departamento de Estadística
y Registro de la Dirección General de Aduanas el 15 de julio de 2016,
solicitó la inscripción para actuar como Auxiliar de la Función Pública
Aduanera (Agente Aduanero Independiente), conforme lo dispuesto
en el Código Aduanero Uniforme Centroamericano (CAUCA),
Ley número 8360 del 24 de junio de 2003, publicado en La Gaceta
número 130 del 8 de julio de 2003, la Ley número 7557 del 20 de
octubre de 1995, Ley General de Aduanas, publicada en La Gaceta
número 212 del 8 de noviembre de 1995 y sus reformas, Decreto
Ejecutivo número 25270-H del 14 de junio de 1996, Reglamento a
la Ley General de Aduanas, publicado en el Alcance número 37 a La
Gaceta número 123 del 28 de junio de 1996 y sus reformas. (Folio 1)
2º—Que mediante oficio número OFICIO-DGA-DGTER-0306-2016 de fecha 23 de agosto de 2016, el señor Benito Coghi
Morales, Director General de Aduanas, rindió dictamen favorable a
la solicitud presentada por la señora Diana Carolina Obando Vargas.
(Folios 19 y 20).
3º—Que la gestionante aportó los siguientes documentos de
interés:
a) Formulario de solicitud de autorización para ejercer como
Agente Aduanero en las Aduanas Central, Caldera, Peñas
Blancas, Santamaría, Limón y Paso Canoas. (Folio 1 y 09)
b) Fotocopia certificada por el Notario Público René Orellana
Meléndez de la cédula de identidad número 1-1307-0969,
perteneciente la señora Obando Vargas. (Folios 3 y 4)
c) Fotocopia certificada por el Notario Público René Orellana
Meléndez del título de Licenciatura en Administración
Aduanera, otorgado por la Universidad Braulio Carrillo a la
señora Obando Vargas (Folios 2 y 4)
d) Constancia de fecha 14 de julio de 2016, mediante la cual
la señora Ingrid Piedra Chacón, funcionaria de Plataforma
de Servicios de la Caja Costarricense de Seguro Social,
indica que la señora Obando Vargas no se incluye cotizando
para el Régimen de Pensiones Jubilaciones de Invalidez
Vejez y Muerte con el Patrono Estado, ni en ninguna de sus
Instituciones. (Folio 8)
e) Certificación de Antecedentes Penales de las doce horas
cincuenta y nueve minutos del catorce de julio del dos mil
dieciséis, emitida por el señor Jaime Sobalvarro Mojica,
Jefe a. í. del Registro Judicial, en la que se indica que no
registra antecedentes penales a nombre la señora Obando
Vargas (Folio 7).
f) Constancia número PS-6468-2016 de fecha 2016, mediante
la cual el señor Ronny Mendoza Morales, funcionario de
Plataforma de Servicios del Colegio de Profesionales en
Ciencias Económicas de Costa Rica, señala que la señora
Obando Vargas es miembro activo, registrado en el Área
de Administración de Aduanas y se encuentra al día en sus
obligaciones, (Folio 21).
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La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016
g) Declaración Jurada de las diecisiete horas del catorce de
julio del dos mil dieciséis rendida por la señora Obando
Vargas ante el Notario Público Rene Orellana Meléndez en
la que señala lo siguiente: (Folio 6)
i) Que su domicilio legal está situado en la Provincia de
San José, San Juan De Tibás, Florida doscientos metros
al norte y doscientos metros al Oeste de Perimercados.
ii) Que la señora Obando Vargas cuenta con más de 2
años de experiencia en materia aduanera.
iii) Que cuenta con el equipo de cómputo, programa de
cómputo y medios para la trasmisión electrónica de
datos, según los requerimientos y formatos establecidos
por el Servicio Nacional de Aduanas, es (Sofware)
VUCE 2.0 para realizar las transmisiones electrónicas;
para Agente Aduanero, y generar Declaraciones
Únicas Aduaneras (DUA’s) de la cual es promotora de
Comercio Exterior (PROCOMER) dicho programa de
computo se encuentra decididamente autorizado por el
Ministerio de Hacienda.
iv) Que el lugar donde se custodiarán las declaraciones
aduaneras y documentos originales e información
derivada de su operación en el régimen, será Provincia
de San José, San Juan De Tibás, Florida doscientos
metros al norte y doscientos metros al Oeste de
Perimercados.
v) Que los medios para recibir notificaciones son fax
número cuatro cero cero cero-dos uno cinco uno, y
correo electrónico [email protected].
h) Formulario para presentación de caución para solicitud de
autorización como auxiliar y para renovación de fecha 15
de julio de 2016, a nombre la señora Obando Vargas. (Folio
9).
i) Certificado de enmienda de Garantías de Cumplimiento
número 0201CAU0000469 00 de fecha 15 de julio 2016,
emitida por el Instituto Nacional de Seguros, por cuenta
de Soluciones Logísticas Mundiales Sociedad Anónima,
cédula jurídica número 3-101661655, en representación
de Diana Carolina Obando Vargas, a favor de la Dirección
General de Aduanas Ministerio de Hacienda, por la suma
de cincuenta mil dólares exactos ($50.000.00), con una
vigencia a partir del 12 julio de 2016 al 12 de julio de 2017.
(Folio 10).
j) Constancia de Inscripción de Obligaciones Tributarias
emitido el 22 de agosto de 2016, mediante la cual se
indica, que la señora Obando Vargas se encuentra inscrita
en el sistema tradicional del Impuesto sobre la Renta y el
Impuesto de Ventas. (Folios 15 y 16).
k) Documento de fecha 20 de julio de 2016, mediante el
cual la señora Alejandra González López, Directora de
Registro de la Universidad Metropolitana Castro Carazo,
confirmó que el título de Licenciatura en Administración
de Aduanas a nombre de la señora Obando Vargas, se
encuentra debidamente inscrito en el libro de Actas de
dicha institución, visible a Tomo 4. Folio 77, Asiento
número 28883. (Folio 14).
4º—Que al entrar en vigencia el 8 de julio del 2003, el
Segundo Protocolo de Modificación del Código Aduanero Uniforme
Centroamericano III, aprobado mediante Ley número 8360 de fecha
24 de junio de 2003, publicada en La Gaceta número 130 del 8 de
julio de 2003, este no refiere mención de ningún requisito para la
autorización de Agente Aduanero Persona Natural, sino que faculta
a los países signatarios para que vía reglamento puedan establecer
los requisitos, lo cual se infiere de las disposiciones contenidas en
los artículos 16 y 110 de dicho Código.
5º—Con fundamento en lo anterior, la legislación Nacional
procedió a regular los requisitos mínimos y las obligaciones que
deben acatar las personas que en adelante pretendieran ejercer la
actividad de Agente Aduanero Persona Natural, en la Ley número
7557 de fecha 20 de octubre de 1995, denominada Ley General de
Aduanas, y sus reformas, la cual en sus artículos 29, 29 bis y 34,
establecen los requisitos generales e impedimentos para que las
personas físicas operen como auxiliares de la función aduanera, a
saber: tener capacidad legal para actuar, estar anotadas en el registro
de auxiliares que establezca la autoridad aduanera, mantenerse al día
en el pago de sus obligaciones tributarias y cumplir con los requisitos
estipulados en la Ley General de Aduanas y sus reglamentos entre
otros. Asimismo, quedó dispuesto en esa Ley, que la persona que
requiera ser autorizada como Agente Aduanero debe poseer al menos
grado universitario de licenciatura en Administración Aduanera y
contar con experiencia mínima de dos años en esta materia.
6º—En complemento a lo dispuesto en la Ley General de
Aduanas, su Reglamento en los artículos 78 y 104, dispone cuales
son los documentos adicionales que deben presentar las personas
que soliciten ser autorizados como Agente Aduanero, entre los
cuales destacan: original o fotocopia debidamente certificada por
notario público o de la institución de enseñanza respectiva del
título académico de Licenciado en Administración Aduanera y una
Declaración Jurada que demuestre la experiencia mínima de dos
años en materia Aduanera.
7º—Que al entrar a regir el CAUCA III antes citado, surgió la
necesidad de adecuar la legislación aduanera nacional a los nuevos
requerimientos del mercado común centroamericano y de los
instrumentos de integración, por lo que las reformas sufridas en la
legislación nacional referente a los requisitos que deberán cumplir
las personas que soliciten ser autorizados como Agentes Aduaneros
responden al cumplimiento de los lineamientos establecidos en los
instrumentos internacionales antes citados.
8º—Que la señora Obando Vargas ha cumplido a satisfacción
con los requisitos que ordenan el Código Aduanero Uniforme
Centroamericano (CAUCA). Ley número 8360 del 24 de junio de
2003, publicado en La Gaceta N° 130 del 8 de julio de 2003, la Ley
número 7557 del 20 de octubre de 1995. Ley General de Aduanas,
publicada en La Gaceta número 212 del 8 de noviembre de 1995 y
sus reformas. Decreto Ejecutivo número 25270-H del 14 de junio
de 1996, Reglamento a la Ley General de Aduanas, publicado en
el Alcance N° 37 a La Gaceta número 123 del 28 de junio de 1996
y sus reformas, por lo que procede otorgar la autorización para que
ejerza la actividad de Agente Aduanero.
9º—Que de conformidad con lo establecido en los artículos
140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política, los decretos,
acuerdos, resoluciones y órdenes del Poder Ejecutivo, requieren
para su validez las firmas del Presidente de la República y del
Ministro del ramo. Por tanto,
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y
EL MINISTRO DE HACIENDA
ACUERDAN:
Autorizar a la señora Diana Carolina Obando Vargas,
de calidades indicadas, para actuar como Agente Aduanero
Independiente, en las Aduanas Central, Caldera, Peñas Blancas.
Santamaría, Limón y Paso Canoas, se le indica que deberá cumplir
con todas las obligaciones legales y reglamentarias que el ejercicio
de la función impone. Rige a partir de su publicación, la cual deberá
ser tramitada y cubierta económicamente por el gestionante.
Comuníquese la Dirección General de Aduanas y a la Dirección
General de Tributación, devuélvase el expediente administrativo
a la Dirección General de Aduanas, notifíquese a la señora Diana
Carolina Obando Vargas y publíquese
LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de
Hacienda, Helio Fallas V.—1 vez.—( IN2016094360 ).
MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA
N° 184-PE
EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA
De conformidad con lo que establecen los artículos 140
inciso 20) y 146 de la Constitución Política, la Ley N° 8562 del
7 de diciembre del 2006, la Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978,
Ley General de la Administración Pública y el artículo 34 del
Reglamento de Viajes y Transportes de la Contraloría General de
la República.
La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016
ACUERDA:
Modificar el punto 2 del acuerdo de viaje 128-PE, debe leerse:
2.Los gastos de tiquete aéreo, alimentación y hospedaje del
25 al 27 de julio de 2016 serán cubiertos por el CABI, y los
gastos de alimentación y transporte terrestre del 24, 25 y 28 de
julio de 2016 los cubrirá el Servicio Fitosanitario del EstadoSFE-.
Dado en el Despacho Ministerial el veintiséis de agosto de dos
mil dieciséis.
Luis Felipe Arauz Cavalini.—1 vez.—O. C. Nº 126.—
Solicitud Nº 14154.—( IN2016093947 ).
Nº 192-PE
EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA
De conformidad con lo que establecen los artículos 140,
inciso 20 y 146 de la Constitución Política, la Ley N° 8562 del 07
de diciembre del 2006, la Ley N° 6227 del 02 de mayo de 1978,
Ley General de la Administración Pública y el artículo 34 del
Reglamento de Viajes y Transportes de la Contraloría General de
la República.
ACUERDA:
1º—Autorizar a Sr. Róger Ruiz Zapata, cédula Nº 6-131260, funcionario del Servicio Fitosanitario del Estado-SFE-, para
que participe en la Reunión “IR-4 Food Use and Biopesticide
Workshop” que se realizará Orlando, Florida, Estados Unidos del
21 al 23 de setiembre de 2016.
2º—Los gastos de tiquete aéreo, alimentación, hospedaje,
transporte terrestre, seguros de viaje y gastos menores serán
cubiertos por el Servicio Fitosanitario del Estado-SFE-.
3º—De acuerdo con el Oficio Circular D.A.F.PROVEE.-194-2011 del 31 de marzo de 2011 de la Proveeduría
Institucional y siguiendo directrices de la Dirección General de
Administración de Bienes y Contratación Administrativa del
Ministerio de Hacienda, el millaje generado por este viaje debe
cederse al Ministerio de Agricultura y Ganadería-MAG-.
4º—El funcionario queda obligado, en un plazo de 8 días
naturales, contados a partir de su regreso, de presentar un informe
a su superior jerárquico, en el que se describan las actividades
desarrolladas, los resultados obtenidos y los beneficios logrados
para la Institución y para el país.
5º—Rige a partir del 20 al 24 de setiembre de 2016.
Dado en el Despacho Ministerial el treinta y uno de agosto de
dos mil dieciséis.
Luis Felipe Arauz Cavallini, Ministro de Agricultura
y Ganadería.—1 vez.—O.C. Nº 126.—Solicitud Nº 14154.—
( IN2016093948 ).
MINISTERIO DE ECONOMÍA, INDUSTRIAY COMERCIO
Nº 125-MEIC-2016
EL MINISTRO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 28 inciso 2
acápite b) de la Ley General de la Administración Pública, Ley Nº
6227 del 02 de mayo de 1978. Así como lo establecido en la Ley
del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el
Ejercicio Económico 2016, Ley N° 9341 del 1° de diciembre de
2015; la Ley de Formación Profesional y Capacitación del Personal
de la Administración Pública, Ley Nº 6362 del 03 de setiembre de
1979; y el Reglamento de Viajes y Transportes para funcionarios
Públicos de la Contraloría General de la República, y sus reformas.
Considerando:
I.—Que es de interés para el Ministerio de Economía, Industria
y Comercio (MEIC), participar en la 35a edición de la “Conferencia
Nacional de Mejora Regulatoria”, cuyo objetivo es poder conocer
los principales avances que los países de la región han llevado a
cabo en temas de alta relevancia como la simplificación, la mejora
regulatoria en el orden subnacional, la facilidad para hacer negocios,
la evaluación del flujo regulatorio y la racionalización del acervo
normativo.
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II.—Que dicha actividad se llevará a cabo en las ciudad de
Valle de Bravo, México, del 22 al 24 de noviembre de 2016.
III.—Que la participación del MEIC en esta actividad tiene
como finalidad establecer un diálogo que permita identificar
soluciones a retos comunes, así como mecanismos para promover
mayores avances en la política de mejora regulatoria del país.
IV.—Que mediante Resolución número 159-2016 del 17 de
noviembre de 2016 del Despacho Ministerial, se autorizó el gasto en
la partida presupuestaria 1.05.03, transporte en el exterior y 1.05.04,
viáticos en el exterior, del señor Viceministro Carlos Mora Gómez.
Por tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar al señor Carlos Mora Gómez, portador
de la cédula de identidad número 1-0903-0886, viceministro
del MEIC para que participe en la 35 edición de la “Conferencia
Nacional de Mejora Regulatoria”, que se llevará a cabo en la ciudad
de Valle de Bravo, México, del 22 al 24 de noviembre de 2016.
Artículo 2º—Los gastos por concepto de tiquete aéreo,
hospedaje y alimentación, serán financiados por el programa
21500 “Actividades Centrales”, subpartida 10503 “Transporte al
Exterior” y subpartida 10504 “Viáticos al Exterior” del Ministerio
de Economía, Industria y Comercio del Ministerio de Economía,
Industria y Comercio, correspondiéndole por concepto de viáticos la
suma de seiscientos veintitrés dólares con setenta y seis centavos de
dólar ($623,76). El funcionario cede el millaje generado por el viaje
al Ministerio de Economía, Industria y Comercio.
Artículo 3º—Rige a partir del día 22 de noviembre de 2016 y
hasta su regreso el día 23 de noviembre del mismo año, devengando
el señor Carlos Mora Gómez el 100% de su salario durante su
ausencia.
Dado en el Ministerio de Economía, Industria y Comercio en
la ciudad de San José, a los veintidós días del mes de noviembre del
dos mil dieciséis.
Welmer Ramos González, Ministro de Economía,
Industria y Comercio.—1 vez.—O. C. N° 29116.—
Solicitud N° 11431.—( IN2016093953 ).
MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTES
N° 003-MOPT
EL MINISTRO DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTES
Con fundamento en lo dispuesto en el Artículo 28 inciso 1 de
la Ley N° 6227 o Ley General de la Administración Pública, del 02
de mayo de 1978, así como lo dispuesto en la Ley N° 9289 o Ley
del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República, la Ley
N° 6362 y en el artículo 34 del Reglamento de Viajes y Transportes
de la Contraloría General de la República.
Considerando:
1º—Que la Secretaría de Integración Económica
Centroamericana (SIECA) y el Centro de Coordinación para
la Prevención de los Desastres Naturales en América Central
(CEPREDENAC), suscribieron una carta de entendimiento en la
que ambas Partes determinaron la voluntad de apoyar la ejecución
del proyecto “Normas para Carreteras”, a fin de mejorar la situación
de transitabilidad y reducir la vulnerabilidad del transporte terrestre
en la región.
2º—Que en las reuniones del Comité de Ministros de
Transporte de Centroamérica (COMITRAN), se han tomado una
serie de acuerdos en los que se instruyen acciones, tales como, el
consolidar un comité para revisar lo que los países signatarios están
desarrollando en la ejecución del proyecto denominado: “Normas
para Carreteras”, con especial énfasis en lo realizado por la Dirección
de Adaptación al Cambio Climático y Gestión Estratégica del
Riesgo (DACGER), de El Salvador, e identificar sinergias y trabajos
conjuntos que potencien la temática a nivel regional, así como
invitar a este proceso a otros países extraregionales que cuentan con
una valiosa experticia y que además, realizan un acompañamiento
técnico y financiero en el tema.
3º—Que en la XXXIV Reunión de la COMITRAN celebrada
en la ciudad de Guatemala, en el mes de junio del 2015, se tomó
el Acuerdo N° 02-2015, que establece el marco del desarrollo del
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La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016
“Manual Centroamericano de Hidráulica, Hidrología y Diseño para
Estructuras de Drenaje en Carreteras” por parte de la SIECA, para lo
cual se debe designar un experto nacional como titular del proceso y
un suplente, por cada país signatario en el tema, que formarán parte
del Grupo Técnico Regional para el desarrollo y validación técnica
del referido Manual.
4º—Que adicionalmente, se acordó que la “Dirección de
Adaptación al Cambio Climático y Gestión Estratégica del Riesgo”
(DACGER) de El Salvador, fungirá como coordinadora técnica
del Grupo, con el acompañamiento de la SIECA, que además
podrán realizar las gestiones pertinentes para concretar el apoyo
manifestado por la Agencia de Cooperación Internacional del Japón
(JICA), de brindar apoyo técnico y financiero para el desarrollo de
dicho instrumento regional.
5º—Que la participación en el Segundo Taller Regional
del Ingeniero Christian Fernández Camacho, funcionario de la
Secretaría de Planificación Sectorial del Ministerio de Obras
Públicas y Transportes (MOPT), en su condición de suplente del
Grupo Técnico Regional para el desarrollo y validación técnica del
referido Manual, es de vital importancia para la obtención de los
objetivos planteados a corto y mediano plazo por la Secretaría de
Integración Económica Centroamericana (SIECA), en beneficio de
los intereses de nuestro país. Por tanto,
ACUERDAN:
Artículo 1º—Designar al Ing. Christian Fernández Camacho,
cédula 1-0934-0045, funcionario de la Secretaría de Planificación
Sectorial y suplente del Grupo Técnico Regional encargado del
desarrollo y validación técnica del “Manual Centroamericano de
Hidráulica, Hidrología y Diseño para Estructuras de Drenaje en
Carreteras”, para que participe en el “Segundo Taller de Validación
de Diagnósticos y Desarrollo de los temas contenidos en dicho
Manual a realizarse del 27 al 29 de enero de 2016 en la ciudad de
San Salvador, El Salvador.
Artículo 2º—Los gastos por concepto de pasajes aéreos,
traslados, alimentación y hospedaje del funcionario Christian
Fernández Camacho, serán cubiertos con recursos de la Agencia
Internacional de Cooperación del Japón, (JICA por sus siglas en
Inglés), como parte del apoyo técnico y financiero que dicha Entidad
brinda para el desarrollo de dicho instrumento regional.
Artículo 3º—Que durante los días en que se autoriza la
participación del señor Christian Fernández Camacho, en el
“Segundo Taller de Validación de Diagnósticos y Desarrollo de los
temas contenidos en el Manual Centroamericano de Hidrología,
Hidráulica y Drenajes en Carreteras”, a llevarse a cabo en la Ciudad
de San Salvador, El Salvador”, del 27 al 29 de enero del 2016,
devengará el 100% de su salario.
Artículo 4º—Rige a partir del 27 al 29 de enero del 2016
inclusive.
Dado en el Ministerio de Obras Públicas y Transportes, a los
12 días del mes de enero del 2016.
Carlos Segnini Villalobos, Ministro de Obras
Públicas y Transportes.—1 vez.—O. C. N° 301100.—
Solicitud N° 17817.—( IN2016093981 ).
N° 082-MOPT
EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
Con fundamento en lo dispuesto en artículo 28, inciso 1 de la
Ley N° 6227 o Ley General de la Administración Pública, del 2 de
mayo de 1978, así como lo dispuesto en la Ley N° 9341 o Ley del
Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República, la Ley N°
6362 y en el artículo 34 del Reglamento de Viajes y Transportes de
la Contraloría General de la República.
Considerando:
1º—Que Costa Rica es el país responsable de la Coordinación
de la Comisión Técnica de Transportes del Proyecto Mesoamérica,
que constituye un mecanismo de diálogo y coordinación que articula
esfuerzos de cooperación, desarrollo e integración entre los diez
países de la región facilitando la gestión y ejecución de proyectos
orientados a mejorar la calidad de vida de sus habitantes.
2º—Que la Comisión Técnica Regional de Transportes
tiene el compromiso de cumplir con los acuerdos emanados de las
cumbres de Presidentes que se realizan cada año con el propósito de
desarrollar proyectos comunes en la Región Mesoamericana.
3º—Que en la reunión de Ministros de Transporte y
Comisionados Presidenciales, realizada el 4 de diciembre del 2013
en San José, Costa Rica, se acordó realizar una reunión presencial
de la Comisión Técnica Regional de Transportes del Proyecto
Mesoamérica, con el objetivo de definir acciones que permitan
establecer compromisos para la próxima Cumbre del Mecanismo de
Diálogo y Concertación de Tuxtla.
4º—Que la participación de la Ingeniera Joyce Arguedas
Calderón y la Licenciada Ibis San Lee Quirós, es de vital importancia
para Costa Rica, en su calidad de Directora a. í. de la Secretaría
de Planificación Sectorial y Coordinadora de la Comisión Técnica
Regional de Transportes del Proyecto Mesoamérica. Por tanto,
ACUERDAN:
Artículo 1º—Designar a la Ing. Joyce Arguedas Calderón,
cédula Nº 1-874-853, Directora a. í. de la Secretaría de Planificación
Sectorial y en calidad de Coordinadora de la Comisión Técnica
Regional de Transportes del Proyecto Mesoamérica e Ibis San
Lee Quirós, cédula Nº 4-140-681, Asistente de la Secretaría de
Planificación Sectorial y de la coordinación del área de transportes
de la citada iniciativa, para que participen en la reunión de la
Comisión Técnica Regional de Transportes, el 11 de julio de 2016
y del 12 al 14 de julio de 2016 en el taller “Estrategias para la
implementación de Observatorios Nacionales”; ambas actividades
se estarán desarrollando en la Ciudad de Santo Domingo de
República Dominicana.
Artículo 2º—Los gastos por concepto de boleto aéreo,
hospedaje y alimentación de las funcionarias Joyce Arguedas
Calderón e Ibis San Lee Quirós, serán cubiertos con recursos del
Banco Interamericano de Desarrollo (BID), como parte del apoyo
técnico que dicha entidad, como miembro del Grupo Técnico
Interinstitucional, proporciona a la Comisión Técnica Regional de
Transportes del Proyecto Mesoamérica.
Artículo 3º—Que durante los días en que se autoriza la
participación de las señoras Joyce Arguedas Calderón e Ibis San
Lee Quirós, en la reunión de la Comisión Técnica Regional de
Transportes del Proyecto Mesoamérica y en el taller de Estrategias
para la implementación de Observatorios Nacionales, que se
celebrarán los días del 11 al 14 de julio de 2016, más los días 10
y 15 de julio en tránsito, en la ciudad de República Dominicana,
devengarán el 100% de su salario.
Artículo 4º—Rige a partir del 10 al 15 de julio de 2016,
inclusive.
Dado en el Ministerio de Obras Públicas y Transportes, a los
4 días del mes de julio del año 2016.
Carlos Villalta Villegas, Ministro de Obras Públicas
y Transportes.—1 vez.—O. C. Nº 301100.—Solicitud Nº
17818.—( IN2016093982 ).
N° 086-MOPT
EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
Con fundamento en lo dispuesto en Artículo 28 inciso 1) de la
Ley N° 6227 o Ley General de la Administración Pública, del 2 de
mayo de 1978, así como lo dispuesto en la Ley N° 8691 o Ley del
Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República, la Ley N°
6362 y en el artículo 34 del Reglamento de Viajes y Transportes de
la Contraloría General de la República.
Considerando:
1º—Que la Secretaría de Planificación Sectorial funge como
enlace de la Comisión Técnica Regional de Movilidad y Logística
Centroamericana, que constituye una instancia creada por el Consejo
Sectorial de Ministros de Transportes de Centroamérica para
potenciar acciones orientadas hacia la mejora de la competitividad
de los países de la región.
2º—Que la Comisión Técnica Regional de Movilidad y
Logística Centroamericana, tiene el compromiso de cumplir con los
acuerdos emanados de las reuniones de Ministros de Transportes de
Centroamérica.
3º—Que la participación de la Ingeniera Joyce Arguedas
Calderón y la Licenciada Ibis San Lee Quirós, designadas como
enlaces de la Comisión Técnica Regional de Movilidad y Logística
Centroamericana, es de vital importancia para Costa Rica, en su
calidad de titular y suplente. Por tanto,
La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016
ACUERDAN:
Artículo 1º—Designar a la Ing. Joyce Arguedas Calderón,
cédula 1-874-853 e Ibis San Lee Quirós cédula 4-140-681, enlaces
de la Comisión Técnica Regional de Movilidad y Logística
Centroamericana, para que participen en la IV Reunión Presencial
de la Comisión, a celebrarse en la ciudad de Guatemala del 20 al 22
de julio de 2016.
Artículo 2º—Los gastos por concepto de boleto aéreo,
hospedaje y alimentación de las funcionarias Joyce Arguedas
Calderón e Ibis San Lee Quirós, serán cubiertos con recursos de la
Agencia de Cooperación Internacional de Japón (JICA), Entidad que
se encuentra apoyando la Comisión Técnica Regional de Movilidad
y Logística Centroamericana.
Artículo 3º—Que durante los días en que se autoriza la
participación de las señoras Joyce Arguedas Calderón e Ibis San
Lee Quirós, en la IV Reunión Presencial de la Comisión Técnica
Regional de Movilidad y Logística Centroamericana, que se
celebrará los días del 20 al 22 de julio de 2016, más los días 19 y 23
de julio en tránsito, en la ciudad de Guatemala, devengarán el 100%
de su salario.
Artículo 4º—Rige a partir del 19 al 23 de julio de 2016
inclusive.
Dado en el Ministerio de Obras Públicas y Transportes, a los
08 días del mes de julio del 2016.
Carlos Villalta Villegas, Ministro de Obras Públicas
y Transportes.—1 vez.—O. C. N° 301100.—Solicitud N°
17819.—( IN2016093984 ).
N° 094-MOPT
EL MINISTRO DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTES
Con fundamento en lo dispuesto en Artículo 28 inciso 1 de la
Ley N°6227 o Ley General de la Administración Pública, del 2 de
mayo de 1978, así como lo dispuesto en la Ley N° 9341 o Ley del
Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República, la Ley N°
6362 y en el artículo 34 del Reglamento de Viajes y Transportes de
la Contraloría General de la República.
Considerando:
I.—Que la Secretaría de Planificación Sectorial es la
encargada del Registro Vial del país y el Decreto Ejecutivo N°
39173-MOPT denominado “Reorganización Estructural del Proceso
de Planificación Sectorial e Institucional del Ministerio de Obras
Públicas y Transportes en su artículo 5° plantea como funciones de
la Secretaría de Planificación Sectorial: Ejercer el mando técnico en
materia de planificación y velar por una adecuada intermodalidad
del Sector, en aras de la implementación de los planes estratégicos.
Desarrollar, mantener actualizado y controlar el Sistema del Registro
Vial de Costa Rica, con carácter oficial nacional, de acuerdo con la
Ley General de Caminos Públicos N° 5060 y sus reformas, la Ley
de Simplificación y Eficiencia Tributaria, N° 8114 y el Decreto Nº
37908-MOPT.
II.—Que como parte de los esfuerzos por reducir el problema
de salud pública provocado por las muertes por accidentes de
tránsito en todo el territorio nacional, la Secretaría de Planificación
Sectorial del MOPT ha venido trabajando con otras dependencias
del Sector, con la finalidad de actualizar la extensa normativa técnica
y jurídica vigente. Entre otros la Ley General de Caminos Públicos
N° 5060 de 1972 los Decretos Ejecutivos, reglamentos, manuales y
procedimientos, todos referente a la red vial nacional y cantonal con
sus elementos inmersos en el derecho de vía.
III.—Que la cantidad de accidentes con fallecidos y personas
con lesiones graves, (Según la OMS cada año los accidentes de
tránsito causan la muerte de aproximadamente 1,25 millones de
personas en todo el mundo), aunado a la escasez de recursos para
mejorar la capacidad de la infraestructura vial, propios de los países
de la región, hace que los accidentes de tránsito se sitúen en los
primeros lugares de mortalidad a nivel mundial.
Además, La Asamblea General de las Naciones Unidas
proclamó el Decenio de Acción para la Seguridad Vial 20112020, con la finalidad de salvar millones de vidas mediante el
mejoramiento de la seguridad en la vía pública y de los vehículos;
del comportamiento de los usuarios de la vía pública; y de los
servicios de urgencias.
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IV.—Que con el fin de cumplir con los objetivos propuestos
por la Organización Naciones Unidas, La Organización Mundial de
la Salud y del Plan Nacional de Seguridad Vial (Decreto Ejecutivo
29390-MOPT-S), propiamente el Artículo 1º que indica; se cita
textual “Objetivo. Con la finalidad de plantear acciones concretas
y sistemáticas de corto, mediano y largo plazo, se concreta la
formulación e implementación del Plan Nacional de la Promoción
de la Seguridad vial para la prevención de los accidentes de
tránsito; esta Secretaría como encargada directa del Registro Vial
de Costa Rica, plantea como prioritario e impostergable dentro de
sus funciones, velar por que en la red vial nacional y cantonal se
incorpore en todas sus etapas desde la concepción, planificación,
diseño, ejecución, operación y mantenimiento hasta el monitoreo; el
componente de seguridad vial.
V.—Que para materializar esta idea de una manera práctica
y a muy corto plazo , como primer paso, se propone reformar los
Decretos Ejecutivos 34624-MOPT, 38578-MOPT y el Decreto
Ejecutivo 13041-T para incorporar en todas las boletas de inventario
vial tanto de la red vial nacional como red vial cantonal , los
componentes e infraestructura de seguridad vial (amortiguadores
de impacto, elementos de base frágil, bandas rugosas o sonoras,
demarcación horizontal, delineamiento de curvas, iluminación,
señalización vertical, canalización del tránsito, líneas para
reducción de velocidad y facilidades peatonales con captaluces y
sonidos, sistemas de contención vehicular, entre otros), de manera
técnica y sistemática, que permitan identificar las zonas vulnerables
para accidentes de tránsito, elementos en mal estado o inexistentes
, señales de tránsito inadecuadas, captaluces, entre otros, con la
finalidad de localizar a lo largo del levantamiento del inventario
vial estas deficiencias en el sistema vial, y posteriormente brindar
un informe a las dependencias encargadas de la administración y
mantenimiento, como COSEVI y CONAVI para que se tomen las
medidas correctivas que correspondan, según sus competencias.
VI.—Que la participación en el “Curso sobre Seguridad
en Carreteras: “Auditorías en Seguridad Vial e Investigación de
Accidentes de tránsito” a celebrarse en las instalaciones del Instituto
Mexicano del Transporte en Sanfandila, Municipio de Pedro
Escobedo, Querétaro del 1 al 5 de agosto de 2016, del Ingeniero
Christian Fernández Camacho, funcionario de la Secretaría
de Planificación Sectorial del Ministerio de Obras Públicas y
Transportes (MOPT), en su condición de encargado del Proyecto
de “ Incorporación del componente de Seguridad Vial a las boletas
de Inventario Físico de la red vial nacional y cantonal”, es de vital
importancia para la obtención de los objetivos planteados a corto
y mediano plazo por la Secretaría de Planificación Sectorial para
ayudar a reducir las muertes en carretea, en beneficio de los intereses
de nuestro país. Por tanto:
ACUERDAN:
Artículo 1°—Designar al Ing. Christian Fernández Camacho,
cédula 1-0934-0045, funcionario de la Secretaría de Planificación
Sectorial y encargado del “Proyecto de Incorporación del
Componente de Seguridad Vial a las boletas de Inventario Físico
de la red vial nacional y cantonal”, para que participe en el “Curso
sobre Seguridad en Carreteras: “Auditorías en Seguridad Vial
e Investigación de Accidentes de tránsito” a celebrarse en las
instalaciones del Instituto Mexicano del Transporte en Sanfandila,
Municipio de Pedro Escobedo, Estado de Querétaro, México del 1
al 5 de agosto de 2016.
Artículo 2°—Que el MOPT cubrirá los gastos por concepto
de boleto aéreo hasta por la suma de $1000,00 dólares americanos
lo que se cargará a la subpartida 1.05.03, del área 2, actividad 1 del
programa 326.
Artículo 3°—Los gastos de hospedaje, alimentación,
inscripción al curso y traslado del aeropuerto al hotel y viceversa
en autobús, del funcionario Christian Fernández Camacho, serán
cubiertos con recursos del MOPT por medio de la subpartida 1.05.04
del programa 326, área 2, actividad 1 por la suma de $ 1043.00
dólares americanos.
Artículo 4°—Que durante los días en que se autoriza la
participación del señor Christian Fernández Camacho, en el
“Curso sobre Seguridad en Carreteras: “Auditorías en Seguridad
Vial e Investigación de Accidentes de tránsito” a celebrarse en las
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La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016
instalaciones del Instituto Mexicano del Transporte en Sanfandila,
Municipio de Pedro Escobedo, Querétaro del 1 al 5 de agosto de
2016, el funcionario devengará el 100% de su salario.
Artículo 5°—El ingeniero Christian Fernández Camacho cede
la totalidad de las millas del presente boleto al Ministerio de Obras
Públicas y Transportes.
Artículo 62.—Rige a partir del 31 de Julio al 06 de agosto de
2016 inclusive.
Dado en el Ministerio de Obras Públicas y Transportes, a los
27 días del mes de julio del año 2016.
Carlos Villalta Villegas, Ministro de Obras Públicas
y Transportes.—1 vez.—O. C. N° 301100.—Solicitud N°
17820.—( IN2016093985 ).
Nº 100-MOPT
EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
Con fundamento en lo dispuesto en la Ley Nº 9341 del
Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el
Ejercicio Económico del año 2016 y al artículo 34 del Reglamento
de Gastos de Viajes y Transportes de la Contraloría General de la
República.
Considerando:
1º—Que la Comisión Económica para América Latina y
el Caribe (CEPAL) ha extendido invitación a la Viceministra
de Infraestructura y Concesiones, para que participe en el
Workshop: Políticas de Logística, recursos naturales y su vínculo
con los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), organizado
por la División de Recursos Naturales e Infraestructura de dicha
Organización, el cual se llevará a cabo del 16 al 18 de agosto del
2016, en la sede de la CEPAL en Santiago, Chile.
2º—Que dicho evento reunirá a autoridades de los
ministerios de obras públicas, transporte, agencias de promoción
de exportaciones y organismos de integración regional a fin de
elaborar las bases de una política de logística que considere el rol
fundamental de los recursos naturales y promueva el desarrollo
sostenible. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar a la Ing. Giselle Alfaro Bogantes,
Viceministra de Infraestructura y Concesiones, cédula de identidad
N° 1-0924-0301, para que viaje a Santiago, Chile, del 16 al 19 de
agosto del año en curso.
Artículo 2º—Los gastos por concepto de transporte aéreo,
hospedaje, alimentación y transporte local serán cubiertos por la
Comisión Económica para América Latina y el Caribe, (CEPAL).
Artículo 3º—De conformidad con el punto 2 del Compromiso
Ético de los (as) jerarcas del Poder Ejecutivo e Instituciones
Autónomas, se remitirá en el plazo de ocho días calendario posterior
a la conclusión del viaje, un informe puntual sobre el resultado de
éste.
Artículo 5º—Que durante los días que se autoriza la
participación de la Ing. Giselle Alfaro Bogantes en dicho evento
devengará el 100% de su salario.
Artículo 6º—Rige a partir del 16 de agosto y hasta su regreso
el día 19 de agosto del 2016.
Dado en el Despacho del Ministro de Obras Públicas y
Transportes, a los 01 días del mes de agosto del año 2016.
Carlos Villalta Villegas, Ministro de Obras Públicas
y Transportes.—1 vez.—O. C. N° 301100.—Solicitud N°
17821.—( IN2016093986 )
N° 101-MOPT
EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
Con fundamento en lo dispuesto en Artículo 28 inciso 1 de la
Ley N° 6227 o Ley General de la Administración Pública, del 2 de
mayo de 1978, así como lo dispuesto en la Ley N° 9341 o Ley del
Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República, la Ley N’
6362 y en el artículo 34 del Reglamento de Viajes y Transportes de
la Contraloría General de la República.
Considerando:
1º—Que el Ministerio de Obras Públicas y Transportes con
el apoyo técnico de la Comisión Económica para América Latina
y el Caribe (CEPAL) llevó a cabo, durante los días 21 y 22 de abril
del año 2015, un taller nacional denominado: “Política Integrada de
Movilidad y Logística en Costa Rica”, con el objetivo de propiciar
los insumos necesarios para constituir los pilares básicos que le
permitan diseñar una política nacional sobre movilidad y logística.
2º—Que la Secretaría de Planificación Sectorial desde el año
2015 ha venido trabajando en la elaboración de una propuesta de
política pública en el tema de “Movilidad y Logística”, que permita
potenciar acciones concretas orientadas hacia la mejora de la
competitividad del país.
3º—Que la política nacional de movilidad y logística debe
brindar la visión integral del Sector Infraestructura y Transportes y
enmarcar las políticas locales, planes y proyectos, constituyéndose
en la base de la coordinación sectorial en todos los ámbitos que
afecten o sean afectados por la movilidad y la logística.
4º—Que la Comisión Económica para América Latina y el
Caribe (CEPAL) en el marco de las actividades del proyecto UNDA
“Integración logística para una explotación más sostenible de los
recursos naturales en América Latina y el Caribe”, la División
de Recursos Naturales e Infraestructura realizará un workshop
internacional para analizar el vínculo entre políticas de logística y
las cadenas logísticas de los recursos naturales.
5º—Que la participación en el evento organizado por la
CEPAL, de la Licenciada Ibis San Lee Quirós y la Ingeniera Joyce
Arguedas Calderón, que han venido trabajando en la propuesta de la
política pública sobre movilidad y logística es de vital importancia
para el país, dado que, es la primera iniciativa en esta temática
tan importante para desarrollar acciones que permitan mejorar la
competitividad interna y externa y por ende la calidad de vida de los
habitantes. Por tanto,
ACUERDAN:
Artículo 1º—Designar a la Licenciada Ibis San Lee Quirós
cédula 4-140-681y la Ingeniera Joyce Arguedas Calderón cédula
1-874-853, para que participen en el Workshop: “Logística de
recursos naturales y su vínculo con los objetivos de Desarrollo
Sostenible (ODS)”, a celebrarse en la ciudad de Santiago de Chile
del 16 al 18 de agosto de 2016.
Artículo 2º—Los gastos por concepto de boleto aéreo,
hospedaje y alimentación de las funcionarias Ibis San Lee Quirós
y Joyce Arguedas Calderón, serán cubiertos con recursos de la
Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL),
Entidad que se encuentra apoyando la elaboración de la propuesta
de política pública sobre movilidad y logística de Costa Rica.
Artículo 3º—Que durante los días en que se autoriza la
participación de las señoras Ibis San Lee Quirós y Joyce Arguedas
Calderón, en el Workshop: “Logística de recursos naturales y su
vínculo con los objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS)”, que
se celebrará los días del 16 al 18 de agosto de 2016, más los días
15 y 19 de agosto en tránsito, en la ciudad de Santiago de Chile,
devengarán el 100% de su salario.
Artículo 4º—Rige a partir del 15 al 19 de agosto de 2016
inclusive.
Dado en el Ministerio de Obras Públicas y Transportes, a los
05 días del mes de agosto del año 2016.
Carlos Villalta Villegas, Ministro de Obras Públicas
y Transportes.—1 vez.—O. C. N° 301100.—Solicitud N°
17822.—( IN2016093988 ).
N° 108-MOPT
EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 inciso
20 y 146 de la Constitución Política, artículos 25 inciso 1), 28)
inciso 1) acápite b) de Ley General de la Administración Pública o
Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la
Ley N° 9341 Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la
República para el Ejercicio Económico del año 2016 y el artículo 34
del Reglamento de Viajes y Transportes de la Contraloría General
de la República.
La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016
Considerando:
1º—Que es de interés para el Ministerio de Obras Públicas
y Transportes el Seminario Internacional de Presupuesto Público,
en el cual se abordarán temas muy relevantes en la Administración
Pública aplicables a las funciones que ejerce el funcionario.
2º—Que la participación del funcionario Francisco Molina
Salas, será de provecho para la Dirección Financiera así como para
el resto de la Institución, en el tanto se abordarán dos temas generales
como lo son: “ Metodologías de la Evaluación de los Resultados
de la Gestión Pública y la integración de los Países en bloques
económicos y políticos. Temas que son de suma importancia en el
contexto de la realidad actual a la cual se está sujeto y los cambios
que se no avecinan en las políticas públicas y su entorno; y para lo
cual la capacitación en los mismos es de total trascendencia en un
mejor desempeño del cargo debido a la atinencia que se presenta en
el ejercicio de sus funciones.
3º—Que mediante el oficio DVA-DCD-2016-1906 de
fecha 16 de agosto del 2016 de la Dirección de Capacitación y
Desarrollo de este Ministerio; dicha Dirección emite dictamen
técnico realizado por el Departamento de Becas y Licencias donde
se aprueba la participación del Licenciado Francisco Molina Salas,
en el citado Seminario, avalando los contenidos temáticos y la
importancia del evento para las labores profesionales que realiza
el Licenciado Molina Salas, Director Financiero de la Institución;
según lo estipulado en la actividad denominada” Visto bueno para
actividades de capacitación previo a la elaboración del Acuerdo de
Viaje. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al Licenciado Francisco Molina Salas,
Cédula N° 1-716-870 Director Financiero de este Ministerio, para
que participe en el XLIII Seminario Internacional de Presupuesto
Público, mismo que se llevará a cabo del 22 al 25 de noviembre de
2016, en Ciudad del Este República de Paraguay.
Artículo 2º—Los gastos de alimentación y hospedaje del
funcionario Molina Salas durante los días del 21 al 26 de noviembre
del 2016 serán cubiertos con recursos del MOPT en el programa 32605-03 y en la subpartida 10504, por un monto de $ 1.470.00 dólares
americanos, lo cual incluye los gastos de alimentación, hospedaje,
taxis (Aeropuerto-hotel y viceversa,). Los gastos de inscripción al
evento serán de $ 500.00 dólares americanos y serán cargados a la
subpartida 1.07.01 del programa presupuestario 326-05-03.
Por la subpartida 10503, transporte al exterior, se reconocerá
para el funcionario el boleto Aéreo y otros cargos por una suma
máxima de $ 1.600.00 dólares americanos.
Artículo 3º—El funcionario debe ceder al Ministerio de Obras
Públicas y Transportes la totalidad del millaje producto de este viaje
al exterior.
Artículo 4º—Que durante los días hábiles laborales del 21 al
25 de noviembre del año 2016, en que se autoriza la participación
del funcionario Francisco Molina Salas en la actividad denominada
XLIII Seminario Internacional de Presupuesto Público, en Ciudad
del Este, República de Paraguay, devengará el 100% de su salario.
Artículo 5º—Rige a partir del 21 de noviembre y hasta su
regreso el día 26 de noviembre del 2016.
Dado en el Ministerio de Obras Públicas y Transportes a los
17 días del mes de agosto del año 2016.
Carlos Villalta Villegas, Ministro de Obras Públicas
y Transportes.—1 vez.—O. C. N° 301100.—Solicitud N°
17823.—( IN2016093990 ).
Nº 112-MOPT
EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140, inciso
20 y 146 de la Constitución Política, artículos 25, inciso 1, 28, inciso
1 acápite b) de la Ley General de Administración Pública o Ley
Nº 6227 del 2 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la Ley
Nº 9341 o Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la
República para el Ejercicio Económico del año 2016 y el artículo 34
del Reglamento de Viajes y Transportes de la Contraloría General
de la República.
Pág 9
Considerando:
1º—Que es de interés para el Ministerio de Obras Públicas
y Transportes el XXI Congreso Internacional del CLAD sobre la
Reforma del Estado y de la Administración Pública; en el cual se
abordarán temas muy relevantes en la Administración Pública
aplicables a las funciones que ejerce el citado servidor.
2º—Que la participación del Lic. Manuel Arce Jiménez,
Subdirector General División Administrativa, será de provecho para
la División Administrativa, así como para el resto de la Institución,
en el tanto se abordarán temas como la modernización institucional,
reorganización de la Administración Pública en América Latina,
entre otros; dadas las funciones que realiza, y como Coordinador
del Grupo de Trabajo de Mejora y Simplificación de Trámites, según
Ley 8220, sus Reformas y Reglamentos, Miembro de la Comisión
de Becas Institucional, de La Comisión de Gestión Ambiental
entre otras, y por ser parte de los requerimientos de capacitación y
actualización profesional.
3º—Que mediante el oficio DVA-DCD-2016-1992 de fecha
18 de agosto del 2016 de la Dirección de Capacitación y Desarrollo
de este Ministerio; dicha Dirección emite dictamen técnico realizado
por el Departamento de Becas y Licencias donde se aprueba la
participación del Licenciado Manuel Arce Jiménez en el citado
Seminario, avalando los contenidos temáticos y la importancia del
evento para las labores profesionales que realiza el Licenciado Arce
Jiménez, Subdirector Administrativo de la Institución; según lo
estipulado en la actividad denominada “Visto bueno para actividades
de capacitación previo a la elaboración del Acuerdo de Viaje”. Por
tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al licenciado Manuel Arce Jiménez,
cédula Nº 0015460506, Subdirector General de la División
Administrativa, para que participe en el XXI Congreso Internacional
del CLAD sobre Reforma del Estado y de la Administración Pública,
en Santiago, Chile, del 07 al 11 de noviembre del presente año.
Artículo 2º—Los gastos de alimentación y hospedaje del
funcionario Manuel Arce Jiménez durante los días del 06 al 12 de
noviembre del 2016, serán cubiertos con recursos del MOPT en
el programa 326-05-01 y en la subpartida 10504, por un monto
de $1.444,84 (dólares americanos), lo cual incluye los gastos de
alimentación y hospedaje, taxis (aeropuerto-hotel y viceversa).
Por la subpartida 10503 se reconocerá para el funcionario el
boleto aéreo y otros cargos, por una suma máxima de $1.200.
Los gastos de inscripción al seminario serán de $180,00
(dólares americanos), los cuales serán cubiertos por medio de la
subpartida presupuestaria 1.07.01 del programa presupuestario 32605-01.
Artículo 3º—El funcionario debe ceder al Ministerio de Obras
Públicas y Transportes la totalidad del millaje producto de este viaje
al exterior.
Artículo 4º—Que durante los días hábiles laborales del 7 al 11
de noviembre del 2016, en los que se autoriza la participación del
funcionario Manuel Arce Jiménez, en el XXI Congreso Internacional
del CLAD sobre Reforma del Estado y de la Administración Pública,
en Santiago, Chile, devengará el 100% de su salario.
Artículo 5º—Rige a partir del 6 de noviembre y hasta su
regreso el día 12 de noviembre del 2016.
Dado en el Ministerio de Obras Públicas y Transportes, a los
25 días del mes de agosto del año dos mil dieciséis.
Carlos Villalta Villegas, Ministro de Obras Públicas
y Transportes.—1 vez.—O.C. Nº 301100.—Solicitud Nº
17824.—( IN2016093991 ).
MINISTERIO DE SALUD
Nº DM-FP-981-16
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE SALUD
En uso de las facultades que les confieren los artículos 140
incisos 1) y 20) y 146 de la Constitución Política; 28 aparte segundo,
inciso b) de la Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978 “Ley General
de la Administración Pública”; 1, 2, 3, de la Ley N° 5395 del 30 de
Pág 10
La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016
octubre de 1973 “Ley General de Salud”; 6 de la Ley N° 5412 de
8 de noviembre de 1973 “Ley Orgánica del Ministerio de Salud”; y
Decreto Ejecutivo N° 36656 del 12 de abril del 2011 “Creación del
Consejo Nacional de Cuidados Paliativos”.
Considerando:
I.—Que mediante Acuerdo Ejecutivo N° DM-MG-4685-15,
publicado en La Gaceta N° 241 del 11 de diciembre de 2015, se
nombró al Sr. Alejandro Vargas Bermúdez, cédula N° 3-0345-0942,
como representante suplente del Centro Nacional de Control del
Dolor y Cuidados Paliativos en el Consejo Nacional de Cuidados
Paliativos.
II.—Que el Sr. Vargas Bermúdez, presenta su renuncia como
miembro del Consejo Nacional de Cuidados Paliativos.
III.—Que por lo anterior se hace necesario y oportuno designar
la persona que lo sustituirá. Por tanto,
ACUERDAN:
Artículo 1º—Designar como miembro suplente ante el
Consejo Nacional de Cuidados Paliativos a la siguiente persona:
María Gabriela Chaves Brenes, cédula N° 4-117-297,
Centro Nacional de Control del Dolor y Cuidados
Paliativos.
Artículo 2º—Rige a partir del 01 de junio del 2016 al 28 de
julio del 2017.
Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los
treinta y un días del mes de mayo del dos mil dieciséis.
Publíquese.—LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El
Ministro de Salud, Dr. Fernando Llorca Castro.—1 vez.—O. C. N°
29849.—Solicitud N° 17622.—( IN2016093895 ).
N° DM-CB-8016-2016
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE SALUD
En uso de las atribuciones que les confieren los artículos 146
de la Constitución Política; 28 párrafo segundo, inciso b) de la Ley
N° 6227 de 2 mayo de 1978 “Ley General de la Administración
Pública”, publicada en el Diario Oficial La Gaceta N° 15 del 22 de
enero de 1979; 1 y 2 de la Ley N° 5395 de 30 de octubre de 1973
“Ley General de Salud”, publicada en el Diario Oficial La Gaceta
N° 222 del 24 de noviembre de 1973.
Considerando:
I.—Que la salud de la población es un bien de interés público
tutelado por el Estado.
II.—Que todas las personas tienen derecho a un ambiente
sano y ecológicamente equilibrado y es deber del Estado garantizar
este derecho.
III.—Que la gestión no integral de los residuos sólidos
representa uno de los principales problemas que se enfrenta como
Nación, lo cual ocasiona importantes impactos en la salud y el
medio ambiente.
IV.—Que los artículos 41 y 42 de la Ley No. 8839 del 24
de junio de 2010 “Ley para la Gestión Integral de Residuos”
publicada en el Diario Oficial La Gaceta N° 135 del 13 de julio del
2010 y el Decreto Ejecutivo N° 38272-S del 07 de enero del 2014
“Reglamento para la Declaratoria de Residuos de Manejo Especial”
publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 58 del 24 de marzo
del 2014, establecen y desarrollan el principio de Responsabilidad
Extendida del Productor, así como la corresponsabilidad social en la
gestión de residuos de manejo especial, como son los electrónicos
y eléctricos.
V.—Que el Decreto Ejecutivo N° 35933-S del 12 de febrero
del 2010 “Reglamento para la Gestión Integral de los Residuos
Electrónicos” publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 86 del 5
de mayo del 2010; constituye el marco original de la Gestión Integral
de Residuos Electrónicos y Electrónicos, y regula lo relacionado
con las Unidades de Cumplimiento, encargadas de implementar,
junto con el Gobierno Nacional, el principio de Responsabilidad
Extendida del Productor.
VI.—Que el Ministerio de Salud, dentro de sus competencias
como rector en la materia, debe desarrollar lineamientos, directrices
y guías técnicas para corrientes de residuos específicas; así como
su adaptación y evaluación periódica, a fin de cumplir con las
obligaciones contenidas en la Ley N° 8839 del 24 de junio de 2010
“Ley para la Gestión Integral de Residuos” publicada en el Diario
Oficial La Gaceta N° 135 del 13 de julio del 2010.
7°—Que uno de los principios generales que fundamentan
la gestión integral de residuos es la corresponsabilidad social y
requiere la participación conjunta, coordinada y diferenciada de
todos los productores, importadores, distribuidores, consumidores,
gestores de residuos, tanto públicos como privados.
8°—Que el Decreto Ejecutivo N° 37983-COMEX-MP
del 9 de setiembre del 2013 “Declaratoria de interés público y
otras disposiciones sobre el Proceso de ingreso de Costa Rica a
la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico
(OCDE)” publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 207 del
28 de octubre del 2013, establece como prioritarias las acciones
conducentes a que el país se incorpore a dicho organismo multilateral,
a fin de contar con las mejores políticas para la toma de decisiones
que lleven a mejorar la calidad de vida y la salud pública.
9°—Que la Organización para la Cooperación y el Desarrollo
Económico (OCDE) ha emitido la recomendación C(2004)100,
Recomendación del Consejo para el Manejo Ambientalmente
adecuado de los Residuos, la que insta a los gobiernos a elaborar
e implementar políticas y programas que aseguren que los
residuos son manejados de manera ambientalmente adecuada y
económicamente eficiente, sin generar obstáculos innecesarios al
comercio internacional de residuos, cuando este sea destinado a la
recuperación y reciclaje.
10.—Que los artículos 33 al 37 de la Ley N° 8839 del 24
de junio del 2010 “Ley para la Gestión Integral de Residuos”
publicada en el Diario Oficial La Gaceta N° 135 del 13 de julio
del 2010, así como los artículos 54 al 61 del Decreto Ejecutivo N°
37567-SMINAET- H del 2 de noviembre del 2012 “Reglamento
General a la Ley para la Gestión Integral de Residuos” publicado
en el Diario Oficial La Gaceta N° 55 del 19 de marzo del 2013,
establecen los requisitos y pautas para el movimiento transfronterizo
de residuos.
11.—Que se considera necesario y oportuno declarar de interés
público y nacional la “Guía Técnica para la Gestión Integral de los
Residuos Electrónicos y Eléctricos” y su respectiva implementación.
Por tanto.
ACUERDAN:
DECLARATORIA DE INTERÉS PÚBLICO Y NACIONAL
DE LA “GUÍA TÉCNICA PARA LA GESTIÓN INTEGRAL
DE LOS RESIDUOS ELECTRÓNICOS Y ELÉCTRICOS”
Artículo 1°—Declárese de interés público y nacional la Guía
Técnica para la Gestión Integral de los Residuos Electrónicos y
Eléctricos (RALEE), la cual debe ser utilizada por las Unidades de
Cumplimiento y Gestores autorizados por el Ministerio de Salud,
para el manejo integral de dichos residuos.
Artículo 2°—Corresponderá a las autoridades de salud del
Ministerio de Salud, velar porque dicha Norma sea cumplida.
Artículo 3°—La citada Guía se pone a disposición, para las
personas que deban consultarla, en la página web del Ministerio de
Salud, cuya dirección electrónica es www.ministeriodesalud.go.cr.
Artículo 4°—Rige a partir de su publicación.
Dado en la Presidencia de la República. San José, a los
veintiséis días del mes de octubre del dos mil dieciséis.
LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de
Salud, Dr. Fernando Llorca Castro.—1 vez.—O. C. N° 29849.—
Solicitud N° 17622.—( IN2016093896 ).
MINISTERIO DE CULTURA Y JUVENTUD
N° 077-2016-C
San José, 20 de mayo del 2016
LA SEGUNDA VICEPRESIDENTA EN EJERCICIO
DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO al DE CULTURA Y JUVENTUD
Con fundamento en lo establecido por los artículos 140, inciso
2, y 146 de la Constitución Política, 25, inciso 1 de la Ley General
de Administración Pública y 2 del Estatuto de Servicio Civil,
La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016
ACUERDAN:
NOMBRE COMPLETO
Artículo 1º—Nombrar en propiedad en el Ministerio de
Cultura y Juventud, destacada en la Dirección General del Archivo
Nacional a la señora Marianela Calderón Rivera, cédula de identidad
Nº 01-1286-0645, en el puesto de Profesional de Servicio Civil 1 B,
especialidad Derecho, número 101671, seleccionada de la Nómina
de Elegibles Número 1293-2013 de la Dirección General de Servicio
Civil.
Artículo 2º—Rige a partir del 01 de julio del 2013.
ANA HELENA CHACÓN ECHEVERRÍA.—El Ministro
de Cultura y Juventud a. í., Max Enrique Valverde Soto.—
1 vez.—( IN2016093621 ).
MINISTERIO DE JUSTICIA Y PAZ
N° 199-MJP-2016
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y LA MINISTRA DE JUSTICIA Y PAZ
En el uso de las facultades conferidas en los artículos 140
inciso 1) y 146 de la Constitución Política del 07 de noviembre de
1949, artículos 53 inciso a) y 65 de la Ley General de Policía, Ley
N° 7410 del 26 de mayo de 1994 y los artículos 21, 117 y 119 del
Reglamento General de la Policía Penitenciaria, Decreto Ejecutivo
N° 26061-J del 15 de mayo de 1997.
Considerando:
I.—Los servidores que se dirán, cumplen con los requisitos
establecidos en el artículo 65 de la Ley General de Policía, así
como en los artículos 21 y 117 del Reglamento General de Policía
Penitenciaria; ocupando actualmente puestos en propiedad en la
Policía Penitenciaria.
II.—Además los servidores, aprobaron satisfactoriamente
el Curso Básico Policial, de conformidad con lo estipulado en
los artículos 117 y 119 del Reglamento General de la Policía
Penitenciaria.
III.—Que en la sesión N° 01-2014 del 26-05-2014, 020-2014
del 31-07-2014, 024-2014 del 28-08-2014, 026-2014 del 11-092014, 040-2014 del 16-12-2014, 006-2015 del 20-02-2015, 0172015 del 14-05-2015, 022-2015 del 29-06-2015, 029-2015 del 1308-2015, 031-2015 del 28-08-2015, 039-2015 del 29-10-2015, 0432015 del 26-11-2015 y 044-2015 del 03-12-2015, del Consejo de
Personal de la Policía Penitenciaria; refrendó la elegibilidad de los
funcionarios en propiedad que a continuación se indican:
ACUERDAN:
Artículo 1°—Incluir dentro del régimen del Estatuto Policial
a los siguientes funcionarios:
NOMBRE COMPLETO
N° CÉDULA
Pág 11
N° CÉDULA
16
CHAVES RODRÍGUEZ MIGUEL ÁNGEL
2-0636-0982
17
CLARK VALVERDE ALEJANDRA GABRIELA
1-1279-0236
18
CORDERO ELIZONDO ERICK FRANCISCO
1-1179-0196
19
CORDERO MONGE SILVIA
1-0856-0529
20
CORTÉS PRENDAS KEYLA
6-0388-0527
21
DÍAZ HERNÁNDEZ ANA RUTH
5-0228-0473
22
DUARTE NAVARRO OSCAR ALONSO
6-0377-0265
23
ESPINOZA MOLINA MARCOS GERARDO
6-0210-0074
24
FAJARDO GUEVARA NIDIA MARÍA
1-1224-0440
25
FALLAS CALDERÓN CARLOS MARIO
1-1420-0875
26
FALLAS CASTRO YOSELYN FRANCINNY
1-1591-0704
27
FALLAS VARGAS DAVID DE LOS ÁNGELES
1-1500-0047
28
FERNÁNDEZ AGUILAR YORLENY
1-1065-0662
29
GÓMEZ GUZMÁN RODOLFO ENRIQUE
3-0271-0949
30
GUIDO ESPINOZA MARIO
5-0315-0154
31
GUTIÉRREZ CHAVARRÍA CARLOS GERMÁN
7-0108-0472
32
HERNÁNDEZ CARRANZA IVAN JOSUÉ
2-0700-0042
33
JIMÉNEZ BARRIOS MAURICIO GUILLERMO
1-1123-0327
34
LANUZA PÉREZ ALFREDO
2-0695-0540
6-0392-0270
35
LEDEZMA LÓPEZ IRETH DAYANA
36
LÓPEZ DÍAZ JUAN CARLOS
6-0263-0044
37
LÓPEZ JIMÉNEZ GERARDO
1-0903-0249
38
LÓPEZ PORRAS SERGIO ESTEBAN
1-1413-0840
39
MARÍN ANCHÍA YONER GERARDO
6-0345-0064
40
MARÍN VILLALOBOS JUAN MANUEL
1-1505-0167
41
MASIS GARCÍA KAROL
1-1435-0699
42
MATARRITA VEGA GREIVIN ARTURO
7-0226-0871
43
MEDINA CARTÍN DAVID ENRIQUE
7-0236-0268
44
MÉNDEZ CARRILLO LUIS DIEGO
7-0177-0005
45
MONTIEL BRIONES JOSÉ
7-0137-0948
7-0201-0425
46
MONTIEL PARRA LUIS GERARDO
47
MORA ALVARADO JOHANA
3-0412-0936
48
MORA DÍAZ NOLBER
1-1245-0618
49
MORA ESQUIVEL JOHAN RICARDO
1-1437-0889
50
MORA MONGE LAURA
6-0360-0285
6-0412-0192
51
MUÑOZ CERNAS JONATHAN DAVID
52
MUÑOZ CORTÉS JASON ANTONIO
5-0345-0372
53
NAVARRO DURÁN ALEJANDRO ALBERTO
1-1512-0835
54
NUÑEZ RAMÍREZ ROGER GERARDO
2-0653-0306
55
OBANDO DELGADO BROBERIS
6-0345-0955
56
ORDOÑEZ ROBLES JOHAO ELÍ
7-0145-0145
57
PEREIRA COREA ELIZABETH
7-0108-0482
58
PÉREZ BORBÓN JENNIFFER
1-1096-0170
59
QUIRÓS VALVERDE MAUREEN JENNY
2-0574-0154
60
RAMÍREZ VILLEGAS MARVIN JOSÉ
2-0720-0302
61
RÍOS ESTRADA DIANA YANCY
1-1456-0482
1
ACOSTA GUTIÉRREZ CAROLINA
2-0628-0355
62
RODRÍGUEZ ROBLES ELVIS GABRIEL
7-0225-0597
2
AGÜERO ARCE ROSALYN
1-1006-0730
63
ROJAS VÁSQUEZ OLGER
6-0220-0104
3
AGUILAR CRUZ STEVEN ANTONIO
4-0223-0306
64
ROMÁN MORA ESTEBAN EDUARDO
1-1619-0488
1-1373-0924
65
RUBÍ ARLEY MIRNA
1-1010-0894
SÁNCHEZ ALEMAN ANA BETTY
5-0336-0889
4
AGUILAR SOLÍS FEDERICO ALEJANDRO
5
ALVARADO CAMACHO GUSTAVO ANDRÉS
3-0465-0418
66
6
ARGUEDAS MADRIGAL DONALD ANTONIO
6-0394-0404
67
SÁNCHEZ LEDEZMA KARLA GINETTE
6-0352-0194
7
BALLADARES CENTENO CÉSAR AGUSTO
2-0732-0828
68
SOTO CORELLA JOSE MANUEL
2-0669-0549
8
BARBOZA RIVERA DEIBY ANTONIO
1-1540-0370
69
SOTO MORA ANA GABRIELA
2-0628-0318
9
BERMÚDEZ RAMÍREZ JEREMY GERARDO
1-1298-0782
70
VALENCIANO CHINCHILLA GRETEL
1-1097-0187
1-1551-0710
71
VALVERDE DURÁN RANDALL MAURICIO
1-1518-0087
10
CALDERÓN CASTRO KEVIN ARNOLDO
11
CAMPOS CORRALES DENNIS JOAQUÍN
1-1565-0119
12
CAMPOS ROJAS GILBERTH
1-1216-0233
13
CAMPOS SOLÍS ADRIANA PATRICIA CC SOLÍS
POVEDA ADRIANA PATRICIA
1-1159-0603
14
CARILLO PRADO MICHAEL VINICIO
1-1463-0778
15
CHACÓN RIVERA RAFAEL ÁNGEL
6-0407-0091
Artículo 2°—Rige a partir de la fecha de su publicación.
Dado en la Presidencia de la República. San José, a los cinco
días del mes de octubre de dos mil dieciséis.
LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—La Ministra de
Justicia y Paz, Cecilia Sánchez R.—1 vez.—O. C. N° 30588.—
Solicitud N° 16170.—( IN2016093820 ).
Pág 12
La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016
N° 204-JP
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y LA MINISTRA DE JUSTICIA Y PAZ
En uso de las facultades conferidas por los artículos 140
incisos 3) y 18), 146 de la Constitución Política, el artículo 11 de la
Ley N° 5338 del veintiocho de agosto de mil novecientos setenta y
tres y el Decreto Ejecutivo N° 36363-JP del cinco de noviembre del
dos mil diez.
ACUERDAN:
Artículo 1º—Nombrar al señor Salvador Esteban Beatriz
Porras, cédula de identidad N° 7-0054-0856, como representante
del Poder Ejecutivo en la Fundación Centro de Cuido Asambleas
De Dios Los Guido, cédula jurídica N° 3-006-724573, inscrita en
la Sección de Personas de la Dirección de Personas Jurídicas del
Registro Nacional.
Artículo 2º—Una vez publicado este acuerdo los interesados
deberán protocolizar y presentar el respectivo testimonio ante
la Sección de Personas Jurídicas del Registro Nacional, para su
respectiva inscripción.
Artículo 3°—Rige a partir de su publicación.
Dado en la Presidencia de la República. San José, el día
veinticinco de octubre del dos mil dieciséis.
LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—La Ministra de
Justicia y Paz, Cecilia Sánchez R.—1 vez.—O. C. Nº 28232.—
Solicitud Nº 16288.—( IN2016094364 ).
N° 205-JP
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y LA MINISTRA DE JUSTICIA Y PAZ
En uso de las facultades conferidas por los artículos 140
incisos 3) y 18), 146 de la Constitución Política, el artículo 11 de la
Ley N’ 5338 del veintiocho de agosto de mil novecientos setenta y
tres y el Decreto Ejecutivo N° 36363-JP del cinco de noviembre del
dos mil diez.
ACUERDAN:
Artículo 1º—Nombrar al señor Pablo Manuel Acuña Ramírez,
cédula de identidad número 4-0198-0571, como representante del
Poder Ejecutivo en la Fundación desde casa, cédula jurídica N°
3-006-716579, inscrita en la Sección de Personas de la Dirección de
Personas Jurídicas del Registro Nacional.
Artículo 2º—Una vez publicado este acuerdo los interesados
deberán protocolizar y presentar el respectivo testimonio ante
la Sección de Personas Jurídicas del Registro Nacional, para su
respectiva inscripción.
Artículo 3°—Rige a partir de su publicación.
Dado en la Presidencia de la República.—San José, el día
cuatro de noviembre de dos mil dieciséis.
LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—La Ministra de
Justicia y Paz, Cecilia Sánchez R.—1 vez.—O. C. N° 28232.—
Solicitud N° 16289.—( IN2016094365 ).
N° 211-JP
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y LA MINISTRA DE JUSTICIA Y PAZ
En uso de las facultades conferidas por los artículos 140
incisos 3) y 18), 146 de la Constitución Política, el artículo 11 de la
Ley N° 5338 del veintiocho de agosto de mil novecientos setenta y
tres y el Decreto Ejecutivo N° 36363-JP del cinco de noviembre del
dos mil diez.
ACUERDAN:
Artículo 1°—Nombrar al señor Reinier Jiménez Carmona,
cédula de identidad N° 1-0849-0776, como representante del Poder
Ejecutivo en la Fundación Salvavidas de Playa al Rescate de Parrita,
Puntarenas, Costa Rica, cédula jurídica N° 3-006-716202, inscrita
en la Sección de Personas de la Dirección de Personas Jurídicas del
Registro Nacional.
Artículo 2°—Una vez publicado este acuerdo los interesados
deberán protocolizar y presentar el respectivo testimonio ante
la Sección de Personas Jurídicas del Registro Nacional, para su
respectiva inscripción.
Artículo 3°—Rige a partir de su publicación.
Dado en la Presidencia de la República. San José, el día cuatro
de noviembre de dos mil dieciséis.
LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—La Ministra de
Justicia y Paz, Cecilia Sánchez R.—1 vez.—O. C. N° 28232.—
Solicitud N° 16290.—( IN2016094366 ).
MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR
N° 0361-2016
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR
Con fundamento en los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146
de la Constitución Política; 28 párrafo segundo, inciso b) de la Ley
General de la Administración Pública; la Ley de Régimen de Zonas
Francas N° 7210 del 23 de noviembre de 1990 y sus reformas; la Ley
de Creación del Ministerio de Comercio Exterior y de la Promotora
del Comercio Exterior de Costa Rica número 7638 del 30 de octubre
de 1996 y el Decreto Ejecutivo número 34739- COMEX-H del 29
de agosto de 2008 y sus reformas, denominado Reglamento a la Ley
de Régimen de Zonas Francas,
Considerando:
1º—Que mediante el Acuerdo Ejecutivo N° 024-92 de fecha
10 de marzo de 1992, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N°
61 del 27 de marzo de 1992; modificado por el Acuerdo Ejecutivo
N° 107-92 de fecha 18 de diciembre de 1992, publicado en el
Diario Oficial La Gaceta N° 26 del 8 de febrero de 1993; por el
Acuerdo Ejecutivo número 138-94 de fecha 21 de diciembre de
1994, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 34 del 16 de
febrero de 1995; por el Acuerdo Ejecutivo N° 15-96 de fecha 19
de enero de 1996, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N°
28 del 8 de febrero de 1996; por el Acuerdo Ejecutivo N° 25-97
de fecha 31 de enero de 1997, publicado en el Diario Oficial La
Gaceta N° 30 del 28 de abril de 1997; por el Acuerdo Ejecutivo
N° 043-2001 de fecha 29 de marzo de 2001, publicado en el Diario
Oficial La Gaceta N° 142 del 24 de julio de 2001; por el Acuerdo
Ejecutivo N° 369-2002 de fecha 20 de agosto de 2002, publicado
en el Diario Oficial La Gaceta N° 193 del 8 de octubre de 2002; y
por el Acuerdo Ejecutivo N° 128-2014 de fecha 21 de abril de 2014.
publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 95 del 20 de mayo de
2014; a COOPERATIVA AUTOGESTIONARIA DE SERVICIOS
AERO INDUSTRIALES R. L., cédula jurídica N° 3-004-045086,
se le adecuaron los beneficios e incentivos a los contemplados por
el artículo 20 de la Ley de Régimen de Zonas Francas, Ley N° 7210
del 23 de noviembre de 1990, sus reformas y su Reglamento, bajo la
categoría de empresa de servicios, de conformidad con lo dispuesto
en el inciso c) del artículo 17 de dicha Ley.
2º—Que el señor Luis Emilio Artavia Zúñiga, mayor, casado,
contador público, portador de la cédula de identidad número 1-655874, vecino de Alajuela, en su condición de Apoderado Especial
para estos efectos de COOPERATIVA AUTOGESTIONARIA
DE SERVICIOS AERO INDUSTRIALES R. L., cédula jurídica
número 3-004-045086, presentó ante la Promotora del Comercio
Exterior de Costa Rica (en adelante PROCOMER), solicitud para
que se le otorgue nuevamente el Régimen de Zonas Francas a su
representada, con fundamento en el artículo 20 bis de la Ley N°
7210, sus reformas y su Reglamento.
3º—Que en la solicitud mencionada la COOPERATIVA
AUTOGESTIONARIA DE SERVICIOS AERO INDUSTRIALES
R. L., cédula jurídica N° 3-004-045086, se comprometió a mantener
una inversión de al menos US $12.426.882,55 (doce millones
cuatrocientos veintiséis mil ochocientos ochenta y dos dólares con
cincuenta y cinco centavos, moneda de curso legal de los Estados
Unidos de América), a partir de la notificación del presente Acuerdo
Ejecutivo. Asimismo, la empresa se comprometió a realizar una
inversión nueva adicional total de US $18.000.000,00 (dieciocho
millones de dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos
La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016
de América) y un empleo adicional de 75 trabajadores, según los
plazos y en las condiciones establecidas en la solicitud de ingreso
al Régimen presentada por la empresa. Lo anterior implica una
importante oportunidad para arraigar más a la citada empresa a
Costa Rica, aumentar los empleos directos e indirectos, y fomentar
el encadenamiento entre las empresas nacionales y compañías
pertenecientes al Régimen de Zonas Francas, con la finalidad de
aumentar el valor agregado de los productos nacionales.
4º—Que la instancia interna de la Administración de
PROCOMER, con arreglo al Acuerdo emitido por la Junta
Directiva de la citada Promotora en la sesión N° 177-2006 del
30 de octubre de 2006, conoció la solicitud de COOPERATIVA
AUTOGESTIONARIA DE SERVICIOS AERO INDUSTRIALES
R. L., cédula jurídica N° 3-004-045086, y con fundamento en las
consideraciones técnicas y legales contenidas en el informe de la
Gerencia de Regímenes Especiales de PROCOMER N° 37-2015,
acordó someter a consideración del Ministerio de Comercio Exterior
la solicitud de ingreso al Régimen de Zonas Francas presentada, a
fin de que dicho órgano ejerza la facultad establecida en el artículo
20 bis de la Ley de Régimen de Zonas Francas, determine si en la
especie resulta aplicable la excepción que contempla dicho artículo,
y analice si se trata de una inversión adicional cuya magnitud
y beneficios, justifican razonablemente el otorgamiento de los
incentivos fiscales establecidos en la Ley N° 7210, sus reformas y
su Reglamento.
5º—Que en razón de lo anterior, el Poder Ejecutivo
efectivamente considera que en la especie resulta aplicable la
excepción que contempla el referido artículo 20 bis de la Ley
de Régimen de Zonas Francas, en tanto se trata una inversión
adicional cuya magnitud conlleva una serie de beneficios, que
justifican razonablemente el otorgamiento de los incentivos fiscales
establecidos en la Ley N° 7210, sus reformas y su Reglamento.
6º—Que se ha cumplido con el procedimiento de Ley. Por
tanto,
ACUERDAN:
1º—Otorgar el Régimen de Zonas Francas a COOPERATIVA
AUTOGESTIONARIA DE SERVICIOS AERO INDUSTRIALES
R. L., cédula jurídica N° 3-004-045086, (en adelante denominada
la beneficiaria), clasificándola como Empresa de Servicios, de
conformidad con el inciso c) del artículo 17 de la Ley N° 7210 y
sus reformas.
2º—La actividad de la beneficiaria consistirá en brindar
servicios de reparación, mantenimiento y limpieza de aviones de
turbina, otros similares y de sus partes, así como la calibración de
herramientas y la reparación de torres eólicas.
3º—La beneficiaria operará fuera de parque industrial de
zona franca, específicamente 300 metros al oeste del Aeropuerto
Internacional Juan Santamaría, provincia de Alajuela.
4º—La beneficiaria gozará de los incentivos y beneficios
contemplados en la Ley N° 7210 y sus reformas, con las
limitaciones y condiciones que allí se establecen y con apego a las
regulaciones que al respecto establezcan tanto el Poder Ejecutivo
como PROCOMER,
Los plazos, términos y condiciones de los beneficios otorgados
en virtud de la Ley N° 7210 quedan supeditados a los compromisos
asumidos por Costa Rica en los tratados internacionales relativos a
la Organización Mundial del Comercio (OMC), incluyendo, entre
otros, el Acuerdo sobre Subvenciones y Medidas Compensatorias
(ASMC) y las decisiones de los órganos correspondientes de la
OMC al amparo del artículo 27 párrafo 4 del ASMC. En particular,
queda establecido que el Estado costarricense no otorgará los
beneficios previstos en la Ley N° 7210 que de acuerdo con el ASMC
constituyan subvenciones prohibidas, más allá de los plazos para la
concesión de las prórrogas previstas en el artículo 27 párrafo 4 del
ASMC a determinados países en desarrollo.
Para los efectos de las exenciones otorgadas debe tenerse en
consideración lo dispuesto por los artículos 62 y 64 del Código de
Normas y Procedimientos Tributarios, Ley N° 4755, del 3 de mayo
de 1971 y sus reformas, en lo que resulten aplicables.
Asimismo, la empresa beneficiaria podrá solicitar la aplicación
de lo dispuesto en el artículo 20 bis de la Ley N° 7210 del 23 de
noviembre de 1990 y sus reformas, si cumple con los requisitos
y condiciones establecidos en tal normativa y sin perjuicio de la
discrecionalidad que, para tales efectos, asiste al Poder Ejecutivo.
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5º—De conformidad con lo dispuesto por el artículo 20 inciso
g) de la Ley de Régimen de Zonas Francas (Ley N° 7210 del 23 de
noviembre de 1990 y sus reformas) la beneficiaria gozará de exención
de todos los tributos a las utilidades, así como cualquier otro, cuya
base imponible se determine en relación con las ganancias brutas o
netas, con los dividendos abonados a los accionistas o ingresos o
ventas, según las diferenciaciones que dicha norma contiene.
Dicha beneficiaria sólo podrá introducir sus servicios al
mercado local, observando rigurosamente los requisitos establecidos
al efecto por el artículo 22 de la Ley N° 7210 y sus reformas,
en particular los que se relacionan con el pago de los impuestos
respectivos.
6º—La beneficiaria se obliga a realizar y mantener un nivel
mínimo de empleo de 667 trabajadores, a partir de la notificación del
presente Acuerdo Ejecutivo, así como a realizar y mantener un nivel
mínimo total de empleo de 742 trabajadores, a partir del 24 de julio
de 2018. Asimismo, se obliga a mantener una inversión de al menos
US $12.426.882,55 (doce millones cuatrocientos veintiséis mil
ochocientos ochenta y dos dólares con cincuenta y cinco centavos,
moneda de curso legal de los Estados Unidos de América), a partir
de la notificación del presente Acuerdo Ejecutivo, así como a
realizar y mantener una inversión nueva adicional total de al menos
US $18.000.000,00 (dieciocho millones de dólares, moneda de
curso legal de los Estados Unidos de América), a más tardar el 31 de
diciembre de 2020, de los cuales un total de US $10.000.000,00 (diez
millones de dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de
América), deberán completarse a más tardar el 24 de julio de 2018.
Por lo tanto, la beneficiaria se obliga a realizar y mantener un nivel
de inversión total de al menos US $30.426.882,55 (treinta millones
cuatrocientos veintiséis mil ochocientos ochenta y dos dólares con
cincuenta y cinco centavos, moneda de curso legal de los Estados
Unidos de América). Finalmente, la empresa beneficiaria se obliga
a mantener un porcentaje mínimo de valor agregado nacional del
74,90%.
PROCOMER vigilará el cumplimiento de los niveles de
inversión antes indicados, de conformidad con los criterios y
parámetros establecidos por el Reglamento a la Ley de Régimen
de Zonas Francas. Tal facultad deberá ser prevista en el respectivo
Contrato de Operaciones que suscribirá la beneficiaria, como una
obligación a cargo de ésta.
Consecuentemente, el Poder Ejecutivo podrá revocar el
Régimen a dicha empresa en caso de que, conforme con aquellos
parámetros, la misma no cumpla con los niveles mínimos de
inversión anteriormente señalados.
7º—Una vez suscrito el Contrato de Operaciones, la empresa
se obliga a pagar el canon mensual por derecho de uso del Régimen
de Zonas Francas. La fecha prevista para el inicio de las operaciones
productivas es el día en que se notifique el presente Acuerdo
Ejecutivo. En caso de que por cualquier circunstancia la beneficiaria
no inicie dicha etapa de producción en la fecha antes señalada,
continuará pagando el referido canon, para lo cual la Promotora de
Comercio Exterior de Costa Rica seguirá tomando como referencia
para su cálculo las proyecciones de ventas consignadas en su
respectiva solicitud.
Para efectos de cobro del canon, la empresa deberá informar a
PROCOMER de las ventas mensuales realizadas. El incumplimiento
de esta obligación provocará el cobro retroactivo del canon, para
lo cual PROCOMER tomará como referencia para su cálculo, las
proyecciones de ventas consignarlas en su respectiva solicitud.
8º—La beneficiaria se obliga a cumplir con las regulaciones
ambientales exigidas por el Ministerio de Ambiente y Energía
(MINAE) y la Secretaría Técnica Nacional Ambiental (SETENA)
y deberá presentar ante dichas dependencias o ante el Ministerio
de Salud, según sea el caso, los estudios y documentos que le sean
requeridos. Asimismo, la beneficiaria se obliga a cumplir con todas
las normas de protección del medio ambiente que la legislación
costarricense e internacional disponga para el desarrollo sostenible
de las actividades económicas, lo cual será verificado por las
autoridades competentes.
9º—La beneficiaria se obliga a presentar ante PROCOMER un
informe anual de operaciones, en los formularios y conforme a las
condiciones que PROCOMER establezca, dentro de los cuatro meses
siguientes al cierre del año fiscal. Asimismo, la beneficiaria estará
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La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016
obligada a suministrar a PROCOMER y, en su caso, al Ministerio
de Hacienda, toda la información y las facilidades requeridas para la
supervisión y control del uso del Régimen de Zonas Francas y de los
incentivos recibidos. Asimismo, deberá permitir que funcionarios
de la citada Promotora ingresen a sus instalaciones, en el momento
que lo consideren oportuno, y sin previo aviso, para verificar el
cumplimiento de las obligaciones de la Ley de Régimen de Zonas
Francas y su Reglamento.
10.—En caso de incumplimiento por parte de la beneficiaria
de las condiciones de este Acuerdo o de las leyes, reglamentos
y directrices que le sean aplicables, el Poder Ejecutivo podrá
imponerle multas, suprimir, por un plazo desde un mes hasta un
año, uno o varios incentivos de los indicados en el artículo 20 de
la Ley N° 7210, o revocarle el otorgamiento del Régimen de Zona
Franca, sin responsabilidad para el Estado, todo de conformidad
con lo dispuesto en la Ley N° 7210, sus reformas y su Reglamento.
La eventual imposición de estas sanciones será sin perjuicio de
las demás responsabilidades administrativas, civiles o penales que
pudieren corresponderle a la beneficiaria o sus personeros.
11.—Una vez comunicado el presente Acuerdo Ejecutivo, la
empresa beneficiaria deberá suscribir con PROCOMER un Contrato
de Operaciones. En caso de que la empresa no se presente a firmar
el Contrato de Operaciones, y no justifique razonablemente esta
situación, PROCOMER procederá a confeccionar un Acuerdo
Ejecutivo que dejará sin efecto el que le otorgó el Régimen.
Para el inicio de operaciones productivas al amparo del
Régimen, la empresa deberá haber sido autorizada por la Dirección
General de Aduanas como auxiliar de la función pública aduanera,
según lo dispuesto en la Ley General de Aduanas y su Reglamento.
12.—Las directrices que para la promoción, administración y
supervisión del Régimen emita PROCOMER, serán de acatamiento
obligatorio para los beneficiarios y las personas que directa o
indirectamente tengan relación con ellos o con la citada Promotora.
13.—El uso indebido de los bienes o servicios exonerados
será causa suficiente para que el Ministerio de Hacienda proceda a
la liquidación de tributos exonerados o devueltos y ejerza las demás
acciones que establece el Código de Normas y Procedimientos
Tributarios en materia de defraudación fiscal, sin perjuicio de las
demás sanciones que establece la Ley N° 7210 y sus reformas y
demás leyes aplicables.
14.—La empresa beneficiaria se obliga a cumplir con todos
los requisitos de la Ley N° 7210, sus reformas y reglamentos, así
como con las obligaciones propias de su condición de auxiliar de la
función pública aduanera.
15.—De conformidad con el artículo 74 de la Ley Constitutiva
de la Caja Costarricense de Seguro Social, Ley N° 17 del 22 octubre
de 1943 y sus reformas, el incumplimiento de las obligaciones
para con la seguridad social, podrá ser causa de pérdida de las
exoneraciones e incentivos otorgados, previa tramitación del
procedimiento administrativo correspondiente.
16.—Por tratarse de una empresa ubicada fuera de un Parque
Industrial de Zona Franca, dicha compañía se obliga a implementar
las medidas que la Promotora de Comercio Exterior de Costa
Rica o las autoridades aduaneras le exijan a fin de establecer un
adecuado sistema de control sobre el ingreso, permanencia y salida
de personas, vehículos y bienes.
17.—La beneficiaria queda autorizada para realizar actividades
productivas fuera del área habilitada como zona franca, por lo que
podrá internar temporalmente al territorio aduanero nacional, al
amparo del Reglamento a la Ley de Régimen de Zonas Francas,
lo siguiente: Hot bonder (pistola para dar calor eléctrica), lijadora
manual, dinabrade, secadora industrial, y venilla.
18.—El presente Acuerdo Ejecutivo rige a partir de su
notificación, y sustituye el Acuerdo Ejecutivo N° 024-92 de fecha
10 de marzo de 1992, sin alterar los efectos producidos por el mismo
durante su vigencia.
Dado en la Presidencia de la República. San José, a los trece
días del mes de setiembre del año dos mil dieciséis.
Comuníquese y Publíquese.
LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro
de Comercio Exterior, Alexander Mora Delgado.—1 vez.—
( IN2016093844 ).
N° 0454-2016
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR
Con fundamento en los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146
de la Constitución Política; los numerales 25, 27 párrafo primero,
28 párrafo segundo, inciso b) y 157 de la Ley General de la
Administración Pública, Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978; la Ley
de Régimen de Zonas Francas, Ley N° 7210 del 23 de noviembre de
1990 y sus reformas, la Ley de Creación del Ministerio de Comercio
Exterior y de la Promotora de] Comercio Exterior de Costa Rica,
Ley N° 7638 del 30 de octubre de 1996; el Decreto Ejecutivo N°
34739-Comex-H del 29 de agosto del 2008, denominado Reglamento
a la Ley de Régimen de Zonas Francas; y
Considerando:
I.—Que con fundamento en el artículo 20 bis de la Ley N°
7210 del 23 de noviembre de 1990 y sus reformas, mediante Acuerdo
Ejecutivo N° 238-2016 de fecha 6 de junio de 2016, publicado en
el Alcance Digital N° 130 a La Gaceta N° 144 del 27 de julio de
2016, a la empresa AMAZON SUPPORT SERVICES COSTA
RICA S.R.L., cédula jurídica N° 3-102-474379, se le otorgaron
los beneficios e incentivos contemplados por la Ley de Régimen
de Zonas Francas, Ley N° 7210 del 23 de noviembre de 1990, sus
reformas y Reglamento, clasificándola como Empresa de Servicios,
de conformidad con el inciso c) del artículo 17 de dicha Ley.
II.—Que mediante documentos presentados los días 25 de
agosto, 2 y 13 de septiembre del 2016, en la Dirección de Regímenes
Especiales de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica,
en adelante PROCOMER, la empresa AMAZON SUPPORT
SERVICES COSTA RICA S.R.L., cédula jurídica número 3-102474379, solicitó la ampliación de la actividad.
III.—Que la instancia interna de la Administración de
PROCOMER, con arreglo al Acuerdo adoptado por la Junta
Directiva de la citada Promotora en la sesión N° 177-2006 del 30
de octubre del 2006, conoció la solicitud de la empresa AMAZON
SUPPORT SERVICES COSTA RICA S. R. L., cédula jurídica N°
3-102-474379, y con fundamento en las consideraciones técnicas
y legales contenidas en el informe de la Dirección de Regímenes
Especiales de PROCOMER N° 117-2016, acordó recomendar al
Poder Ejecutivo la respectiva modificación del Acuerdo Ejecutivo,
al tenor de lo dispuesto por la Ley N° 7210 del 23 de noviembre de
1990, sus reformas y Reglamento.
IV.—Que se han observado los procedimientos de Ley. Por
Tanto,
ACUERDAN:
1º—Modificar el Acuerdo Ejecutivo N° 238-2016 de fecha
06 de junio de 2016, publicado en el Alcance Digital N° 130 a La
Gaceta N°144 del 27 de julio de 2016, para que en el futuro la
cláusula segunda se lea de la siguiente manera:
“2. La actividad de la beneficiaría consistirá en brindar
servicios de soporte de servicio al cliente, subarrendamiento
de inmuebles a empresas de zona franca, servicios de soporte
administrativo de “back office”, servicios de desarrollo de
software, servicios de soporte técnico y servicio de diseño
publicitario.”
2º—En todo lo que no ha sido expresamente modificado, se
mantiene lo dispuesto en el Acuerdo Ejecutivo N° 238-2016 de
fecha 6 de junio de 2016, publicado en el Alcance Digital N° 130 a
La Gaceta N° 144 del 27 de julio del 2016.
3º—Rige a partir de su notificación.
Dado en la Presidencia de la República. San José, a los
veintinueve días del mes de setiembre del año dos mil dieciséis.
Comuníquese y Publíquese.—LUIS GUILLERMO SOLÍS
RIVERA.—El Ministro de Comercio Exterior, Alexander Mora
Delgado.—1 vez.—( IN2016093727 ).
La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016
EDICTOS
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
DILIGENCIAS DE EXPROPIACIÓN
Se hace saber que este Ministerio de Obras Públicas y
Transportes, de conformidad con la Ley de Expropiaciones Nº 9286
del 11 de noviembre del 2014, está llevando a cabo las diligencias
de expropiación, en contra del inmueble inscrito ante el Registro
Público de la Propiedad, al Sistema de Folio Real Matrícula N°
186461-001-002, ubicado en el distrito 08 Pará, cantón 03 Santo
Domingo, de la provincia de Heredia, propiedad de Oscar Sánchez
González, cédula N° 4-072-385, y de quien en vida fue Eligio
Sánchez González, necesario para la ejecución del proyecto de obra
pública denominado: “Estación de Pesaje, Sección Zurquí”.
En razón de lo anterior, se emitió la Resolución Administrativa
Nº 761 del 29 de mayo del 2015, publicada en La Gaceta N° 118
del 19 de junio del 2015, en la que se declara de interés público,
el inmueble antes descrito, con una medida de 13.985,00 metros
cuadrados, según plano catastrado N° 4-1810881-2015, modificada
por la Resolución Administrativa N° 583 del 04 de mayo del 2016,
publicada en La Gaceta N° 123 del 27 de junio del 2016, viembre
del 2009, publicada en La Gaceta Nº 8 del 13 de enero del 2010,
en la que se declara de interés público, el inmueble antes descrito”.
Asimismo, mediante Avalúo Nº 2015-110 de fecha 14 de
octubre del 2015, realizado por el Ministerio de Obras Públicas y
Transportes, determinó el valor del inmueble de repetida cita, en
la suma de ¢ 842.882.413,00 (ochocientos cuarenta y dos millones
ochocientos ochenta y dos mil cuatrocientos trece colones exactos).
En virtud de lo anterior, se emplaza por 3 días, a partir de
la publicación del edicto, a cualquier interesado para que formule
ante este Ministerio algún reclamo sobre el inmueble objeto de
expropiación, por cuanto a la fecha no se ha abierto juicio sucesorio.
San José, a los 07 días del mes de noviembre del 2016.
Carlos Villalta Villegas, Ministro de Obras Públicas y
Transporte.—1 vez.—O. C. Nº 4576.—Solicitud Nº 72523.—
( IN2016094324 ).
DOCUMENTOS VARIOS
GOBERNACIÓN Y POLICÍA
DIRECCIÓN NACIONAL DE DESARROLLO
DE LA COMUNIDAD
AVISO
El Registro Público de Asociaciones de Desarrollo de la
Comunidad de la Dirección Legal Y De Registro, hace constar: que
la Asociación de Desarrollo Especifica Pro Cen Cinai y Bienestar
Comunal de Potrero Grande, Buenos Aires, Pérez Zeledón. Por
medio de su representante: Carlos Eduardo Carmen Solís Porras,
cédula Nº 106050751 ha hecho solicitud de inscripción de dicha
organización al Registro Nacional de Asociaciones de Desarrollo de
la Comunidad. En cumplimiento de lo establecido en el artículo 16
del Reglamento que rige esta materia, se emplaza por el término de
ocho días hábiles, a partir de la publicación de este aviso, a cualquier
persona, pública o privada y en especial a la Municipalidad, para
que formulen los reparos que estimen pertinentes a la inscripción
en trámite, manifestándolo por escrito a esta Dirección de Legal y
de Registro.—San José, a las 09:40 horas del día 05 de diciembre
del 2016.—Departamento de Registro.—Licda. Odilie Chacón
Arroyo.—1 vez.—( IN2016093874 ).
AGRICULTURA Y GANADERÍA
SERVICIO FITOSANITARIO DEL ESTADO
DEPARTAMENTO DE AGROQUÍMICOS Y EQUIPOS
EDICTO
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
El señor Erick Hoepker Alvarado, cédula de identidad: 1-04410909, en calidad de representante legal de la compañía Químicas
Unidas Ltda, cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de
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Escazú, San José, solicita la inscripción del equipo de aplicación,
tipo: Atomizador De Mochila Motorizado, marca: Echo, modelo:
DM-6120LA, peso: 11.1 kilogramos y cuyo fabricante es: Yamabico
Corporation-Japón. Conforme a lo establece la Ley de Protección
Fitosanitaria N° 7664 y el Decreto 27037 MAG-MEIC. Se solicita a
terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan ante el Servicio
Fitosanitario del Estado dentro del término de cinco días hábiles,
contados a partir de la tercera publicación de este edicto, en el Diario
Oficial La Gaceta.—San José, a las 08:30 horas del 17 de noviembre
del 2016.—Unidad de Registro de Agroquímicos y Equipos de
Aplicación.—Ing. Esaú Miranda Vargas, Jefe.—( IN2016092885 ).
OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
CONSEJO NACIONAL DE VIALIDAD
DIRECCIÓN EJECUTIVA
Nº 010-2016.—San José, 18 de octubre 2016. Con fundamento
en lo que establece el artículo 140, inciso 2) de la Constitución
Política y 2 del Estatuto de Servicio Civil.
ACUERDA:
Artículo 1º—Nombrar en propiedad en el Consejo Nacional
de Vialidad y con sujeción a las disposiciones del Régimen de
Servicio Civil, al siguiente funcionario:
Nombre
Verny Jiménez
Rojas
Cédula Nº
01-1035-0316
Nº puesto
509156
Clase puesto
Profesional de
Servicio Civil 3
GdeE Derecho
Artículo 2º—Rige a partir del 01 de julio del 2016.
Publíquese.—Ing. Germán Valverde González, Director
Ejecutivo a. í.—1 vez.—O.C. Nº 4576.—Solicitud Nº
72534.—( IN2016094333 ).
EDUCACIÓN PÚBLICA
DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN
DE LA CALIDAD
REPOSICIÓN DE TÍTULO
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición
del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1,
folio 89, título N° 140, emitido por el Centro de Educación Integral
San Jorge, en el año dos mil diez, a nombre de Monge Howells
Tracy, cédula N° 1-1518-0870. Se solicita la reposición del título
indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto
para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince
días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
La Gaceta.—Dado en San José, a los dieciséis días del mes de
noviembre del dos mil dieciséis.—MEd. Lilliam Mora Aguilar,
Directora.—( IN2016092085 ).
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición
del título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2,
folio 58, título N° 560, emitido por el Liceo Laboratorio de Liberia,
en el año mil novecientos noventa y ocho, a nombre de Sequeira
Gutiérrez Luis Gerardo, cédula Nº 5-0322-0134. Se solicita la
reposición del título indicado por pérdida del título original. Se
publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada
dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los dieciocho
días del mes de octubre del dos mil dieciséis.—MEd. Lilliam Mora
Aguilar, Directora.—( IN2016092197 ).
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición
del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 3,
folio 55, título N° 1531, emitido por el Liceo de Pavas, en el año dos
mil trece, a nombre de Avellan Mendoza German Alexander, cédula
N° 1-1567-0007. Se solicita la reposición del título indicado por
pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones
a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de
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La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016
la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San
José, a los veintiocho días del mes de julio del dos mil dieciséis.—
MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2016092221 ).
a los veintitrés días del mes de noviembre del dos mil dieciséis.—
Departamento de Gestión y Evaluación de la Calidad.—Med.
Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2016093141 ).
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición
del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo
4, folio 39, título N° 4136, emitido por el Liceo Académico de
Puriscal, en el año dos mil catorce, a nombre de Vindas Fernández
Luis Ricardo, cédula N° 1-1670-0060. Se solicita la reposición
del título indicado por pérdida del título original. Se publica este
edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de
los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el
Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los veintiséis días del mes
de octubre del dos mil dieciséis.—Med. Lilliam Mora Aguilar,
Directora.—(IN2016092224 ).
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición
del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1,
folio 85, título N° 924, emitido por el Colegio Técnico Profesional de
Calle Blancos, en el año mil novecientos noventa y ocho, a nombre
de Alpízar García Kenneth, cédula N° 1-0928-0216. Se solicita
la reposición del título indicado por pérdida del título original Se
publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada
dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en
el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los veintidós días
del mes de noviembre del dos mil dieciséis.—MEd. Lilliam Mora
Aguilar, Directora.—( IN2016093600 ).
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de
reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 1, folio 166, título N° 854, emitido por el Liceo Fernando
Volio Jiménez, en el año dos mil diez, a nombre de Fajardo Lizano
Marco Antonio, cédula N° 1-1532-0906. Se solicita la reposición
del título indicado por pérdida del título original. Se publica este
edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los
quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario
Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los seis días del mes
de setiembre del dos mil dieciséis.—MEd. Lilliam Mora Aguilar,
Directora.—( IN2016092554 ).
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición
del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo II,
Folio 266, Título N° 2963, emitido por el Liceo Anastasio Alfaro,
en el año dos mil quince, a nombre de Jiménez Monge Jimmy José,
cédula 1-1650-0458. Se solicita la reposición del título indicado por
pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones
a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de
la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San
José, a los dos días del mes de diciembre del dos mil dieciséis.—
MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora Dirección de Gestión y
Evaluación de la Calidad.—( IN2016095599 ).
Ante esta dirección se ha presentado la solicitud de reposición
del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo
1, folio 133, asiento 14, título N° 383, emitido por el Colegio
Nocturno de Golfito, en el año dos mil nueve, a nombre de López
Vega Katherine, cédula N° 6-0369-0741. Se solicita la reposición
del título indicado por pérdida del título original. Se publica este
edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los
quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario
Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los veintitrés días del mes
de noviembre del dos mil dieciséis.—MEd. Lilliam Mora Aguilar,
Directora.—( IN2016092892 ).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Ante esta Dirección, se ha presentado la solicitud de
reposición del Diploma de Conclusión del II Ciclo de la Educación
General Básica, emitido por la Escuela Finca Caucho, de la DRE
Coto, en el año mil novecientos ochenta y uno, a nombre de Raúl
Jaén Gutiérrez, cédula de identidad N° 6-207-355. Se solicita la
reposición del título indicado por pérdida del título original. Se
publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada
dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial La Gaceta.—Ciudad Neily, 22 de noviembre
del dos mil dieciséis.—MSc. Miriam Castillo Serrano, Directora
Regional.—( IN2016093622 ).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición
del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1,
folio 37, asiento 09, título N° 254, emitido por el Liceo La Rita, en
el año dos mil ocho, a nombre de Chinchilla Salas Deilin, cédula
N° 1-1428-0027. Se solicita la reposición del título indicado por
pérdida del título original Se publica este edicto para oír oposiciones
a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir
de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en
San José, a los veintitrés días del mes de noviembre del dos mil
dieciséis.—Dirección de Gestión y Evaluación de la Calidad.—
MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2016092970 ).
Ante esta dirección se ha presentado la solicitud de reposición
del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2,
folio 114, título N° 2515, emitido por el Colegio Técnico Profesional
de Educación Comercial y de Servicios, en el año dos mil cinco, a
nombre de Chaves Rodríguez Ana Cristina, cédula N° 1-1278-0406.
Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título
original Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a
los veintitrés días del mes de noviembre del dos mil dieciséis.—
MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2016093776 ).
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición
del título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1,
folio 60, asiento 26, título N° 956 emitido por el Liceo León Cortés
Castro, en el año mil novecientos noventa y seis, a nombre de Ulate
Quesada Carmen Patricia, cédula Nº 1-1041-0430. Se solicita la
reposición del título indicado por pérdida del título original. Se
publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada
dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los veintiocho
días del mes de noviembre del dos mil dieciséis.—MEd. Lilliam
Mora Aguilar, Directora.—( IN2016093135 ).
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición
del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1,
folio 68, título N° 633, emitido por el Colegio Superior de Señoritas,
en el año mil novecientos noventa y seis, a nombre de Carvajal
Granados Johanna María, cédula N° 1-0971-0435. Se solicita la
reposición del título indicado por pérdida del título original. Se
publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada
dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en
el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los dieciséis días
del mes de noviembre del dos mil dieciséis.—MEd. Lilliam Mora
Aguilar, Directora.—( IN2016093885 ).
Ante este departamento se ha presentado la solicitud de
reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito
en el Tomo 1, Folio 286, Título N° 5503, y del Diploma de
Técnico Medio en Contabilidad y Costos, inscrito en el Tomo 2,
Folio 413, Título N° 10513, ambos títulos fueron emitidos por el
Colegio Vocacional Monseñor Sanabria, en el año dos mil cinco, a
nombre de Castro Herrera Dylana Gabriela, cédula 1-1327-0067.
Se solicita la reposición de los títulos indicados por pérdida de los
títulos originales. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de
la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José,
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de
reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 1, folio 140, título N° 0341, emitido por el Colegio Rincón
Grande, en el año dos mil siete, a nombre de Sandoval Abarca
Raquel, cédula n° 1-1297-0248. Se solicita la reposición del título
indicado por pérdida del título original Se publica este edicto para
oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días
hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial “La
Gaceta.—San José, 22 de noviembre del 2016.—Dirección de
Gestión y Evaluación de la Calidad.—MEd. Lilliam Mora Aguilar,
Directora.—( IN2016093957 ).
La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición
del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1,
folio 175, título N° 768, emitido por el Liceo de Pavas, en el año dos
mil dos, a nombre de Valles Bonilla Andi, cédula N° 2-0577-0933.
Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título
original. Se pública este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a
los veintidós días del mes de noviembre del dos mil dieciséis.—
Dirección de Gestión y Evaluación de la Calidad.—MEd. Lilliam
Mora Aguilar, Directora.—( IN2016093964 ).
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de
reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 3, folio 105, título N° 1443, emitido por el CINDEA Santa
Cruz, en el año dos mil catorce, a nombre de Campbell Lindo
Jurgen Javier, cédula N° 7-0220-0463. Se solicita la reposición
del título indicado por pérdida del título original. Se publica este
edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los
quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario
Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los veintidós días del
mes de junio del dos mil dieciséis.—MEd. Lilliam Mora Aguilar,
Directora.—( IN2016094042 ).
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de
reposición del título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 1, folio 177, título N° 1667, emitido por el Colegio Técnico
Profesional de San Sebastián, en el año dos mil uno, a nombre de
Cubillo Robledo Kris Audry, cédula Nº 1-1132-0826. Se solicita
la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se
publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada
dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los ocho días
del mes de julio del dos mil dieciséis.—MEd. Lilliam Mora Aguilar,
Directora.—( IN2016094193 ).
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición
del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2,
folio 157, título N° 1538, emitido por el Colegio de Santa Ana, en el
año dos mil seis, a nombre de Hidalgo Vargas Suellen Daniela, cédula
N° 1-1355-0040. Se solicita la reposición del título indicado por
pérdida del título original Se pública este edicto para oír oposiciones
a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de
la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San
José, a los treinta días del mes de noviembre del dos mil dieciséis.—
MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2016094416 ).
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición
del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1,
folio 85, título N° 300, emitido por el Colegio Técnico Profesional
de Buenos Aires, en el año dos mil uno, a nombre de González
Quirós Raúl Esteban, cédula: 1-1169-0694. Se solicita la reposición
del título indicado por pérdida del título original. Se pública este
edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los
quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario
Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los cinco días del mes
de diciembre del dos mil dieciséis.—MEd. Lilliam Mora Aguilar,
Directora.—( IN2016094437 ).
TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
DEPARTAMENTO DE ORGANIZACIONES SOCIALES
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
De conformidad con la autorización extendida por la Dirección
de Asuntos Laborales, este Registro ha procedido a la inscripción
de la organización social denominada: Sindicato de Trabajadores/as
de la Municipalidad de La Cruz, siglas SITRAMULAC, acordada
en asamblea celebrada el 5 de setiembre 2016. Expediente 990-SI.
Habiéndose cumplido con lo dispuesto en el artículo 344 del Código
de Trabajo y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo y
Seguridad Social, se procede a la inscripción correspondiente. La
organización ha sido inscrita en los libros de registro que al efecto
lleva este Registro visible tomo 1, folio 233, asiento 4923 del 11 de
noviembre del 2016.
Pág 17
La junta directiva se formó de la siguiente manera:
Secretaria General:
Secretario General Adjunto:
Secretario de Finanzas:
Secretaria de Organización y Educación:
Secretaria de Juventud y Género:
Secretario de Actas:
Suplente:
Fiscal:
Marcela Barquero Cortés
Sergio Alberto Mota Morales
Albert Francisco Álvarez Chévez
Rina Paola Arroyo Sánchez
Astrid Karolina Mora Herrera
Jesús Esteban Sanatana Quintanilla
Ivania Hernández Quedo
Julio Esar Ortiz Monestel
San José, 11 de noviembre del 2016.—Lic. Eduardo Díaz
Alemán, Jefe.—( IN2016094174 ).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
DIRECCIÓN DE ASUNTOS LABORALES
De conformidad con la autorización extendida por la
Dirección de Asuntos Laborales, se ha procedido a la inscripción de
la reforma que acordó introducir a su Estatuto la organización social
denominada: Cooperativa de Ahorro y Crédito de los Trabajadores
del Sector Público Costarricense y las Empresas del Sector Salud
R.L., siglas COOPECAJA R.L., acordada en asamblea celebrada
el día 21 de mayo del 2016. 141-CO. En cumplimiento con lo
dispuesto en el artículo 29 de la Ley de Asociaciones Cooperativas
y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo, se procede a la
inscripción correspondiente, se envía un extracto de su inscripción
para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.
La reforma afecta los artículos: 1, 46, 58, 63, 69, 73, 76,
y 78 del Estatuto. Con la reforma al artículo 1 se denominará:
Cooperativa de Ahorro y crédito de los Trabajadores del Sector
Publico Costarricense y de las Empresas del Sector Salud R.L.,
siglas COOPECAJA R.L.,
01 de diciembre del 2016.—Lic. Eduardo Díaz Alemán,
Jefe.—1 vez.—( IN2016094237 ).
JUSTICIA Y PAZ
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
María Laura Carvajal Gamboa, divorciada, cédula de
identidad 402140485 con domicilio en Hotel Mamot 1 km oeste,
res. Villas Margot, casa Nº 7, Costa Rica, solicita la inscripción de:
Creative Tribe communication. design
como marca de servicios en clase: 35.
Internacional.
Para
proteger
y
distinguir lo siguiente: Publicidad,
comunicación, mercadeo. Se cita a
terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 4 de octubre
de 2016. Solicitud Nº 2016-0009681. A efectos de publicación
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 3 de noviembre de 2016.—Rina Ruiz Mata,
Registradora.—( IN2016086590 ).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Pág 18
La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016
Cambio de nombre N° 35
Que Víctor Vargas Valenzuela, cédula de identidad
Nº 10335079, en calidad de apoderado especial de Glycart
Biotechnology AG, solicita a este Registro inscriba el cambio de
nombre de Glycart Biotechnology AG por el de Roche Glycart AG.,
presentado el día 08 de noviembre de 2016 bajo expediente Nº 20060008389. El nuevo nombre afecta a las siguientes solicitudes: 20060008389, Registro Nº 2789, ANTICUERPOS CD20 CON FUNCIÓN
DEL EFECTOR Y AFINIDAD DE ENLACE AL RECEPTOR FC
MEJORADAS, Patente PCT. Publicar en La Gaceta por única vez,
de conformidad con el artículo 27 del Reglamento a la Ley N°
6867. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 32 de la ley citada.—San José, 11 de noviembre de 2016.—
Viviana Segura de la O, Registradora.—1 vez.—( IN2016093627 ).
Cambio de nombre N° 36
Que Víctor Vargas Valenzuela, cédula de identidad
Nº 103350794, en calidad de apoderado especial de Glycart
Biotechnology AG., solicita a este Registro inscriba el cambio de
nombre de Glycart Biotechnology AG. por el de Roche Glycart AG.,
presentado el día 08 de noviembre de 2016 bajo expediente 20100011848. El nuevo nombre afecta a las siguientes solicitudes: 20100011848, ANTICUERPOS CD20 CON FUNCIÓN DEL EFECTOR
Y AFINIDAD DE ENLACE AL RECEPTOR FC MEJORADAS,
Patente PCT. Publicar en La Gaceta por única vez, de conformidad
con el artículo 27 del Reglamento a la Ley N° 6867. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 32 de la
ley citada.—San José, 15 de noviembre de 2016.—Viviana Segura
de la O., Registradora.—1 vez.—( IN2016093628 ).
Cambio de Nombre Nº 106997
Que José Martín Azofeifa Rodríguez, soltero, cédula de
identidad 112780244, en calidad de Apoderado Especial de Dentsply
Sirona Inc., solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio
de nombre de Dentsply International Inc. por el de Dentsply Sirona,
Inc., presentada el día 10 de noviembre de 2016 bajo expediente
106997. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 20100001333 Registro Nº 205183 Evolu x en clase 5 marca mixto.
Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con
el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase
en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—Johnny
Rodríguez Garita, Registrador.—1 vez.—( IN2016094112 ).
Cambio de nombre Nº 106998
Que Jose Martín Azofeifa Rodríguez, soltero, cédula de
identidad N° 112780244, en calidad de apoderado especial de
Dentsply Sirona Inc., solicita a este Registro se anote la inscripción
de cambio de nombre de DENTSPLY INTERNATIONAL INC.
por el de DENTSPLY SIRONA, INC., presentada el día 10 de
noviembre de 2016 bajo expediente N° 106998. El nuevo nombre
afecta a las siguientes marcas: 1900-2719810 Registro Nº 27198
TRUBYTE en clase 10 Marca Denominativa. Publicar en La
Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32
de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—Johnny Rodríguez
Garita, Registrador.—1 vez.—( IN2016094113 ).
Cambio de Nombre Nº 106999
Que José Martín Azofeifa Rodríguez, soltero, cédula
de identidad 112780244, en calidad de Apoderado Especial
de Dentsply Sirona, Inc., solicita a este Registro se anote la
inscripción de Cambio de Nombre de Dentsply International
Inc. por el de Dentsply Sirona, Inc., presentada el día 10 de
Noviembre de 2016 bajo expediente 106999. El nuevo nombre
afecta a las siguientes marcas: 1900-2719710 Registro Nº 27197
BIOBLEND en clase 10 marca denominativa. Publicar en La
Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32
de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—Johnny Rodríguez
Garita, Registrador.—1 vez.—( IN2016094114 ).
Cambio de Nombre Nº 107000
Que José Martín Azofeifa Rodríguez, soltero, cédula
de identidad 112780244, en calidad de apoderado especial de
Dentsply Sirona Inc., solicita a este Registro se anote la inscripción
de Cambio de Nombre de Dentsply International Inc. por el de
Dentsply Sirona Inc., presentada el día 10 de Noviembre de 2016
bajo expediente 107000. El nuevo nombre afecta a las siguientes
marcas: 2015-0005285 Registro N° 246609 DENTSPLY en
clase 5 10 Marca Denominativa. Publicar en La Gaceta oficial
por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley N°
7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto
en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—Johnny Rodríguez Garita,
Registrador.—1 vez.—( IN2016094116 ).
Cambio de Nombre Nº 107001
Que José Martín Azofeifa Rodríguez, soltero, cédula
de identidad 112780244, en calidad de Apoderado Especial
de Dentsply Sirona, Inc., solicita a este Registro se anote la
inscripción de cambio de nombre de Dentsply International
Inc. Por el de Dentsply Sirona, Inc., presentada el día 10 de
noviembre de 2016 bajo expediente 107001. El nuevo nombre
afecta a las siguientes marcas: 2015-0005287 Registro Nº 246612
MAILLEFER en clase 5 10 marca denominativa. Publicar en La
Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32
de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—Johnny Rodríguez
Garita, Registrador.—1 vez.—( IN2016094117 ).
Marcas de ganado
Solicitud N° 2016-2425.—Miguel Porras Quesada, cédula de
identidad 0700510807, solicita la inscripción de:
P Q
7
como marca de ganado, que usará preferentemente en Limón, Pococí,
Duacarí, Duacarí; 200 metros al norte, de Empacadora Duacarí Cuatro.
Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir
de la publicación de este edicto. Presentada el 11 de noviembre del
2016. Según la Solicitud N° 2016-2425.—Lic. Elda Cerdas Badilla,
Registradora.—1 vez.—( IN2016093706 ).
Solicitud Nº 2016-2399.—Manuel Sánchez Segura, cédula de
identidad Nº 0501250360, solicita la inscripción de:
X
4 S
como marca de ganado, que usará preferentemente en Heredia,
Sarapiquí, Horquetas, Río Frío, Finca uno, sector Tapaviento,
de la escuela finca tres, trescientos metros norte, parcela
número seis, casa de cemento, color amarillo. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de
la publicación de este edicto. Presentada el 09 de noviembre
del 2016. Según el expediente N° 2016-2399.—Luz Vega,
Registradora.—1 vez.—( IN2016093845 ).
Solicitud Nº 2016-2488.—Aurora González López, cédula
de identidad Nº 0501210563, solicita la inscripción de: T0G, como
marca de ganado, que usará preferentemente en Guanacaste, Bagaces,
Bagaces, San Bernardo, 3 kilómetros antes de llegar a Fortuna.
Ref: 35/2016/5053. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días
hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada
el 22 de noviembre del 2016. Según el expediente N° 2016-2488.—
Luz Vega, Registradora.—1 vez.—( IN2016093960 ).
Solicitud N° 2016-2080.—Uber Murillo Esquivel, cédula de
identidad 0501110477, solicita la inscripción de:
como marca de ganado, que usará preferentemente en
Guanacaste, Bagaces, San Bernardo, 3 km antes de llegar a
la Fortuna. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de
La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016
los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto.
Presentada el 05 de octubre del 2016. Según expediente N° 20162080.—San José, 06 de octubre del 2016.—Elda Cerdas Badilla,
Registradora.—1 vez.—( IN2016093962 ).
Solicitud N° 2016-2232.—Ref: 35/2016/4824.—Adrián
José Hernández Ulate, cédula de identidad 0111060511, solicita
La inscripción de: AH4, como marca de ganado, que usará
preferentemente en Limón, Pococí, Guápiles, Calle Flores, Barrio
Calle Flores, 500 metros sur de La Bloquera Paniagua, última parcela
de la calle sin salida. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días
hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada
el 21 de octubre del 2016, según el expediente N° 2016-2232.—
Elda Cerdas Badilla Registrador.—1 vez.—( IN2016094332 ).
Solicitud Nº 2016-2355.—Johnny Vinicio Matute Obando,
cédula de identidad 205380941, solicita la inscripción de:
Como marca de ganado, que usará
preferentemente en Heredia, Sarapiquí, Puerto
Viejo, 250 metros este del Banco Nacional. Se
cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los diez días hábiles contados a partir
de la publicación de este edicto. Presentada el 03 de noviembre del
2016. Según el expediente Nº 2016-2355.—1 vez.—Karol Claudel
Palma, Registradora.—1 vez.—( IN2016094412 ).
Solicitud N° 2016-2142.—Ref: 35/2016/4350.—Walter
Henry González Quirós, cédula de identidad 1-0638-0615, solicita
la inscripción de:
como marca de ganado, que usará preferentemente en
San José, Turrubares, San Pedro, Quintas Los
Manatiales, lote17. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir
de la publicación de este edicto. Presentada el 11 de
Octubre del 2016 Según el expediente N° 20162142.—San José, 12 de octubre del 2016.—Karol Claudel Palma,
Registradora.—1 vez.—( IN2016094414 ).
REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS
Asociaciones civiles
AVISOS
Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción
el estatuto de la entidad: Asociación de Campesinos Linda Vista de
Parrita, con domicilio en la provincia de: Puntarenas-Parrita, cuyos
fines principales, entre otros son los siguientes: impulsar y promover
todo tipo de proyectos de desarrollos y cultivos de productos
agrícolas, que sean factibles a través del tiempo y que permitan a
los asociados mejorar su nivel socioeconómico, cuyo representante,
será el presidente: Álvaro Mora Chaves, con las facultades que
establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las
prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus
reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación
a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción
en trámite. Documento tomo: 2016, asiento: 655544.—Dado en
el Registro Nacional, a las 9 horas 34 minutos y 33 segundos, del
27 de octubre del 2016.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez,
Director.—1 vez.—( IN2016093821 ).
Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción
el Estatuto de la entidad: Asociación de Productores Agrícolas
de Parrita, con domicilio en la provincia de: Puntarenas-Parrita,
cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: Impulsar y
promover en general, pudiendo ser estos, todos aquellos enfocados
en productos tales como por ejemplo sandia y todos sus posibles
derivados, o bien, cualquier otro producto agrícola en general que la
respectiva asociación considere pertinente aprovechar, según tiempo
y circunstancias. Cuyo representante, será el presidente: Gerardo
Carmona Núñez, con las facultades que establece el estatuto. Por
encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas
en la Ley N° 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15
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días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para
que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento Tomo:
2016, asiento: 706258. Dado en el Registro Nacional, a las 11 horas
16 minutos y 54 segundos, del 11 de noviembre del 2016.—Lic. Luis
Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez—( IN2016093822 ).
Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción
el estatuto de la entidad: Asociación de Profesionales en Psicología
de Oriente APROPSICO, con domicilio en la provincia de: CartagoCartago, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes:
Propiciar el apoyo del Colegio Profesional de Psicólogos de
Costa Rica para el Logro de sus Fines, cuyo representante, será el
presidente: David Jacobo Rodríguez Tencio, con las facultades que
establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las
prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus
reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación
a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en
trámite. Documento Tomo: 2016. Asiento: 652793.—Dado en el
Registro Nacional, a las 14 horas 13 minutos y 49 segundos, del
8 de noviembre del 2016.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez,
Director.—1 vez.—( IN2016093915 ).
El Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su
inscripción la reforma del estatuto de la persona jurídica cédula:
3-002-667271, denominación: Asociación Costarricense de
Propietarios de Autos Antiguos, Clásicos y Deportivos. Por
cuanto dicha reforma cumple con lo exigido por la Ley N° 218
del 08/08/1939 y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a
partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule
reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2016, asiento:
735273.—Dado en el Registro Nacional, a las 11 horas 34 minutos
y 24 segundos del 15 de noviembre del 2016.—Lic. Luis Gustavo
Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2016094111 ).
Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción
el Estatuto de la entidad: Asociación Administradora del Acueducto
y Alcantarillado Sanitario de Limón Pococí Cariari Campo Cuatro,
con domicilio en la provincia de: Limón-Pococí, cuyos fines
principales, entre otros son los siguientes: Administrar, operar,
dar mantenimiento, desarrollo y conservar en buenas condiciones
el acueducto, de conformidad con las disposiciones y reglamentos
que al respecto emite el Instituto Costarricense de Acueductos
y Alcantarillados que serán de acatamiento obligatorio; obtener
la participación efectiva de la comunidad, en la construcción,
operación, mantenimiento y desarrollo del acueducto, colaboración
en programas y campañas de índole educativa. Cuyo representante,
será el presidente: Gerardo Campos Gómez, con las facultades que
establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las
prescripciones establecidas en la Ley N° 218 del 08/08/1939, y sus
reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación
a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en
trámite. Documento tomo: 2016, asiento: 538105 con adicional(es):
2016-712144.—Dado en el Registro Nacional, a las 10 horas 42
minutos y 46 segundos, del 7 de noviembre del 2016.—Lic. Luis
Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez—( IN2016094133 ).
Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción
la Reforma del estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-066013,
denominación: Asociación Cámara Nacional de Turismo de Costa
Rica. Por cuanto dicha reforma cumple con lo exigido por la Ley
Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por quince días
hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que
formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2016,
asiento: 729287.—Dado en el Registro Nacional, a las 10 horas 22
minutos y 56 segundos del 14 de noviembre del 2016.—Lic. Luis
Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2016094156 ).
Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su
inscripción el Estatuto de la entidad: Asociación Cristiana Centro
de Adoración la Hermosa de Pérez Zeledón, con domicilio en la
provincia de: San José- Pérez Zeledón, cuyos fines principales,
entre otros son los siguientes: difundir el cristianismo a través de
la evangelización y predicación de las enseñanzas de nuestro Señor
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La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016
Jesucristo, buscando un cambio en la vida humana cree en el Señor
Jesucristo, y serás salvo tu y toda tu casa. Cuyo representante, será
el presidente: Giovanni Sánchez Mora, con las facultades que
establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las
prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y
sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta
publicación a cualquier interesado para que formule reparos a
la inscripción en trámite. Dado en el Registro Nacional, a las 15
horas 11 minutos y 8 segundos, del 01 de diciembre del 2016Documento Tomo: 2016 Asiento: 747707.—Lic. Joe Herrera
Carvajal, Asesor Jurídico.—1 vez.—( IN2016094334 ).
Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción
la Reforma del estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002624269, denominación: Asociación Clubes Oansa de Costa Rica.
Por cuanto dicha reforma cumple con lo exigido por la Ley N° 218
del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a
partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule
reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2016, asiento:
751193.—Dado en el Registro Nacional, a las 14 horas 50 minutos
y 5 segundos, del 1° de diciembre del 2016.—Lic. Luis Gustavo
Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2016094358 ).
Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción
el estatuto de la entidad: Centro Tecnológico y del Conocimiento,
con domicilio en la provincia de: San José San José, cuyos fines
principales, entre otros son los siguientes: promover la cultura
científica y tecnológica en la comunidad mediante la investigación
aplicada ,el desarrollo tecnológico y el intercambio académico
con instituciones educativas públicas y privadas, nacionales e
internacionales. Cuyo representante, será el presidente: Harley
Guevara Rosales, con las facultades que establece el estatuto. Por
encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas
en la Ley N° 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por
15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado
para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento
tomo: 2016, asiento: 627571 con adicional(es): 2016-659940, 2016721492.—Dado en el Registro Nacional, a las 15 horas 6 minutos
y 43 segundos, del 29 de noviembre del 2016.—Lic. Luis Gustavo
Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2016094407 ).
Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción
la Reforma del estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002438586, denominación: Asociación Costa Rica Grameen. Por
cuanto dicha reforma cumple con lo exigido por la Ley N° 218
del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a
partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule
reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2016, asiento:
587796.—Dado en el Registro Nacional, a las 13 horas 56 minutos
y 44 segundos, del 30 de noviembre del 2016.—Lic. Luis Gustavo
Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2016094472 ).
El Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción
el estatuto de la entidad: Asociación Norteña de Orquideología,
con domicilio en la provincia de: Alajuela, San Carlos, cuyos fines
principales entre otros son los siguientes: gestionar el mejoramiento
social, cultural, educativo, organizativo de sus miembros, fomentar
entre sus asociados, el espíritu de ayuda mutua en el orden social
y cultural. Cuyo representante será el presidente: Keith Uhlemhaut
Peña, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse
dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley
N° 218 del 08/08/1939 y sus reformas. Se emplaza por 15 días
hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para
que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo:
2016, asiento: 121877, con adicional: 2016-532948.—Dado en el
Registro Nacional, a las 9 horas 33 minutos y 43 segundos del
14 de octubre del 2016.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez,
Director.—1 vez.—( IN2016094498 ).
Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción
el Estatuto de la entidad: Asociación para la Promoción de la
Pedagogía Waldorf en Costa Rica, con domicilio en la provincia
de: San Jose- Goicoechea, cuyos fines principales, entre otros
son los siguientes: Poner en práctica y propagar la pedagogía
Waldorf creada por Rudolf Steiner, mantenimiento y gestión de un
preescolar, enseñanza primaria y secundaria de la pedagogía Waldorf
en Costa Rica en cuyo caso serán patrimonio de la asociación y
gestionadas por la misma. Cuya representante, será la presidenta:
Rebeca Margarita Lazo Romero, con las facultades que establece el
estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones
establecidas en la Ley N° 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se
emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier
interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite.
Documento tomo: 2016, asiento: 627333 con adicional(es): 2016709190.—Dado en el Registro Nacional, a las 9 horas 37 minutos
y 11 segundos, del 28 de noviembre del 2016.—Lic. Luis Gustavo
Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2016094499 ).
Patentes de invención
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
El señor Jorge Tristán Trelles, en calidad de apoderado
especial de Bedgear, LLC, solicita la Patente PCT denominada
CAMA AMBIENTE QUE TIENE UN SISTEMA DE
RECUPERACIÓN DE CALOR. En un modelo elaborado
de acuerdo con los principios de la presente descripción, se
proporciona una cama con un sistema que incluye en un estrato
la caja del ventilador conteniendo un pluralidad de ductos, cada
uno de los ductos se comunica con un ventilador para mover el
aire hacia fuera de los ductos hacia la zona que rodea el sistema
de la cama.. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen
y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de
Patentes es: A47C 21/04 y A61G 7/057; cuyos inventores son
Alletto, Eugene, Jr. (US) y Rad, Vandad, Barzin (US). Prioridad: N°
61/926,526 del 13/01/2014 (US) y N° 61/926, 540 del 13/01/2014
(US). Publicación Internacional: W02015/106258. La solicitud
correspondiente lleva el número 2016- 0000356 y fue presentada
a las 14:19:49 del 08 de agosto de 2016. Cualquier interesado
podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera
publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el
Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación
nacional.—San José, 11 de noviembre de 2016.—Viviana Segura
de la O, Registradora.—( IN2016092919 ).
El señor Luis Diego Castro Chavarría, cédula de identidad
106690228, en calidad de apoderado especial de Pfizer Inc.,
solicita la Patente PCT denominada 2-AMINO-6-METIL-4,4a,5,6-
TETRAHIDROPIRANO[3,4-d][1,3]TIAZIN-8a(8H)-IL-1,3-TIAZOL4-ILA. La presente invención se refiere a compuestos, tautómeros
y sales farmacéuticamente aceptables de los compuestos que
se revelan, en donde los compuestos tienen la estructura de la
fórmula I, y la variable R1 es como se define en la memoria
descriptiva. También se revelan composiciones farmacéuticas,
métodos de tratamiento, métodos de síntesis e intermediarios.. La
memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan
depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: C07D
513/04; cuyo(s) inventor(es) es(son) O’neill, Brian Thomas (US);
Brodney, Michael Aaron (US); Rogers, Bruce Nelsen (US); Beck,
Elizabeth Mary (US); Butler, Christopher Ryan (US); Zhang, Lei;
(US); Barreiro, Gabriela (US) y Lachapelle, Erik Alphie (US).
Prioridad: N° 61/977,774 del 10/04/2014 (US) y N° 62/119,862
del 24/02/2015 (US). Publicación Internacional: WO2015/155626.
La solicitud correspondiente lleva el número 2016-0000455, y fue
presentada a las 14:45:33 del 29 de setiembre de 2016. Cualquier
interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la
tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos
en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de
circulación nacional.—San José, 25 de octubre de 2016.—Randall
Piedra Fallas, Registrador.—( IN2016092959 ).
El señor Luis Diego Castro Chavarría,
cédula de
identidad 106690228, en calidad de apoderado especial de Pfizer
Inc., solicita la Patente PCT denominada COMPUESTOS
HETEROAROMÁTICOS Y SU USO COMO LIGANDOS DE
DOPAMINA D1. La presente invención proporciona, en parte,
compuestos de la Fórmula I: y las sales de estos aceptables desde
La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016
el punto de vista farmacéutico; procesos para la preparación de;
intermediarios usados en la preparación de; y composiciones que
contiene estos compuestos o sales, y sus usos para tratar trastornos
mediados por D1 (o asociados a D1) que incluyen, por ejemplo,
esquizofrenia (por ejemplo, sus síntomas cognitivos y negativos),
trastorno esquizo típico de la personalidad, deficiencia cognitiva (por
ejemplo, deficiencia cognitiva asociada a esquizofrenia, AD, PD o
tratamiento de farmacoterapia), ADHD, enfermedad de Parkinson,
ansiedad y depresión.. La memoria descriptiva, reivindicaciones,
resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional
de Patentes es: A61K 31/4355, A61K 31/4365, A61K 31/437,
A61K 31/497, A61K 31/506, A61K 31/513, A61K 31/519, A61P
25/16, A61P 25/18, A61P 25/24, A61P 25/28, C07D 471/04, C07D
491/048, C07D 495/04, C07D 513/04 y C07D 519/00; cuyo(s)
inventor(es) es(son) Efremov, Ivan Viktorovich (US); Dounay, Amy
Beth (US); Subramanyam, Chakrapani (US); Gray, David Lawrence
Firman (US); Zhang, Lei (US); Mente, Scot Richard (US) y Davore,
Jennifer Elizabeth (US). Prioridad: N° 61/984,070 del 25/04/2014
(US). Publicación Internacional: WO2015/162515. La solicitud
correspondiente lleva el número 2016-0000493, y fue presentada a
las 13:11:38 del 21 de octubre de 2016. Cualquier interesado podrá
oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación
de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial
La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—
San José, 25 de octubre de 2016.—Lic. Randall Piedra Fallas,
Registrador.—( IN2016092962 ).
La señor(a)(ita) Fabiola Sáenz Quesada, cédula de identidad
Nº 109530774, en calidad de apoderada especial de Agronutrition,
solicita la Patente PCT denominada BACTERIA AISLADA
DEL GÉNERO STREPTOMYCES. La presente invención se
refiere a una bacteria aislada que incluye una secuencia de ADN,
referida como 16S ADNr, que codifica el ARN ribosómico 16S
de dicha bacteria, la secuencia de ADN es 100% homóloga con
la secuencia SEQ ID NO. 1, dicha bacteria aislada se selecciona
del grupo que comprende: la bacteria depositada y registrada
en la CNCM bajo el Nº 1-4467 y los mutantes de dicha bacteria
depositados y registrados en la CNCM bajo el Nº 1-4467. La
memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan
depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A01N
63/00, A01N 63/02, C05F 11/08 y C12R 1/20; cuyos inventores
son Attia, Faouzi (FR); Cabanes, Cédric (FR) y Errakhi, Rafik
(MA). Prioridad: N° 1359186 del 24/09/2013 (FR). Publicación
Internacional: WO2015/044584. La solicitud correspondiente lleva
el Nº 2016-0000190, y fue presentada a las 14:28:50 del 22 de abril
de 2016. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres
meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese
tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un
periódico de circulación nacional.—San José, 22 de noviembre de
2016.—Viviana Segura de la O, Registradora.—( IN2016093511 ).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
ANOTACIÓN DE TRASPASO N° 34
AVISO
Que Víctor Vargas Valenzuela, divorciado, cédula de
identidad 103350794, en calidad de apoderado especial de Fovea
Pharmaceuticals solicita a este Registro se inscriba el traspaso
de Fovea Pharmaceuticals compañía titular de la solicitud de la
patente de invención denominada DERIVADOS DE ANILINA,
SU PREPRACIÓN Y SU APLIACIÓN TERAPÉUTICA, a
favor de SANOFI de conformidad con el documento de traspaso
por cesión así como el poder; aportados el 01 de noviembre de
2016. Publicar en La Gaceta por única vez, de conformidad con
el artículo 27 del Reglamento a la Ley N° 6867. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 32 de la
ley citada.—San José, 22 de noviembre del 2016.—Randall Piedra
Fallas, Registrador.—1 vez.—( IN2016093626 ).
La señora María Vargas Uribe, cédula de identidad
Nº 107850618, en calidad de apoderada especial de Adama
Makhteshim Ltd., solicita la Patente PCT denominada MEZCLAS
FUNGICIDAS SINÉRGICAS PARA EL CONTROL
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FÚNGICO EN CEREALES. Una composición fungicida que
contiene una cantidad eficaz como fungicida del compuesto de la
Fórmula I: 5-fluoro-4-imino-3-metil-1-tosil-3,4-dihidropirimidin2(1H)-ona y al menos un fungicida seleccionado del grupo que
consiste de mancozeb, clorotalonil, piraclostrobina, fluoxastrobina,
azoxistrobina, trifloxistrobina, picoxistrobina y cresoxim-metilo
proporciona control sinérgico de hongos seleccionados. La memoria
descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados,
la Clasificación Internacional de Patentes es: A01N 43/54; cuyos
inventores son Lorsbach, Beth (US); Owen, John, W (US) y Yao,
Chenglin (US). Prioridad: N° 61/922,616 del 31/12/2013 (US), N°
61/922,630 del 31/12/2013 (US) y N° 61/922,640 del 31/12/2013
(US). Publicación Internacional: WO2015/103262. La solicitud
correspondiente lleva el Nº 2016-0000344, y fue presentada a
las 14:08:06 del 28 de julio de 2016. Cualquier interesado podrá
oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación
de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial
La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—
San José, 18 de noviembre de 2016.—Viviana Segura de la O.,
Registradora.—( IN2016093636 ).
La señora María Vargas Uribe, cédula de identidad
107850618, en calidad de apoderada especial de F. Hoffmann-La
Roche AG, solicita la Patente PCT denominada ANTICUERPOS
MULTIESPECÍFICOS. La presente invención se refiere a
anticuerpos multiespecíficos, a su preparación y a su utilización.
La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños
quedan depositados, la clasificación internacional de patentes es:
C07K 16/22, C07K 16/24 y C07K 16/28; cuyos inventores son:
Regula, Joerg Thomas (DE); Schaefer, Wolfgang (DE); Klein,
Christian; (CH); Imhof-Jung, Sabine; (DE); Klostermann, Stefan;
(DE) y Molhoj, Michael (DE). Prioridad: N° 14163165.5 del
02/04/2014 (EP) y N° 14179034.5 del 30/07/2014 (EP). Publicación
Internacional: WO2015/150447. La solicitud correspondiente lleva
el número 2016- 0000450, y fue presentada a las 14:15:53 del 27 de
setiembre de 2016. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de
los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. San
José, 14 de noviembre del 2016. Publíquese tres días consecutivos en
el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación
nacional.—San José 14 de noviembre de 2016.—Randall Piedra
Fallas, Registrador.—( IN2016093637 ).
La señor(a)(ita) María Vargas Uribe, cédula de
identidad 107850618, en calidad de apoderado especial de
Millennium Pharmaceuticals Inc., solicita la Patente PCT
denominada DERIVADOS DE ÁCIDO 1-AMINO-2CICLOBUTILETILBORÓNICO. La presente invención provee
nuevos compuestos útiles como inhibidores de proteasoma. La
invención también provee composiciones farmacéuticas que
comprenden los compuestos de la invención y métodos de uso de
las composiciones en el tratamiento de diversas enfermedades. La
memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan
depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61K
31/69, A61K 35/00 yCO7F 5/02; cuyos inventores son Li, Jing (CN)
y Fleming, Paul E. (US). Prioridad: N° 61/194,614 del 29/09/2008
(US). Publicación Internacional: W02010/036357. La solicitud
correspondiente lleva el número 2016-0000475 (Divisional 20110216), y fue presentada a las 14:14:39 del 13 de octubre de 2016.
Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses
siguientes a la tercera publicación de este aviso. San José, 11
de noviembre de 2016. Publíquese tres días consecutivos en el
Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación
nacional.—Randal Piedra Fallas, Registrador.—( IN2016093638 ).
La señora (ita) María Vargas Uribe, divorciada, cédula de
identidad Nº 107850618, en calidad de apoderada especial de F.
Hoffmann-La Roche AG, solicita la Patente PCT denominada
COMPUESTOS DE 2-CLORO-2DIFLUOROMETOXIFENIL
PIRAZOLOPIRIMIDINA, COMPOSICIONES Y MÉTODOS
DE USO DE LOS MISMOS. Se describen en el presente documento
compuestos de Fórmula (00A) y métodos de uso como inhibidores
de Janus cinasa. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen
y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de
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La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016
Patentes es: A61K 31/519, A61P 11/06, A61P 29/00 y C07D 487/04;
cuyo(s) inventor(es) es(son) Li, Wei (CN); Kellar, Terry (US); Zak,
Mark Edward (US); Ray, Nicholas, Charles (GB); Goodacre, Simon,
Charles (GB); Mendoca, Rohan (US); Cheng, Yung-Xing (CN) y
Yuen, Po-wai (CN). Prioridad: Nº 62/002,547 del 23/05/2014 (US),
Nº 62/101,234 del 08/01/2015 (US) Nº 62/130,098 del 09/03/2015
(US) y CN2015/077176 del 22/04/2015 (CN). Publicación
internacional: 2015/177326 A1. La solicitud correspondiente lleva
el número 2016-0000539, y fue presentada a las 13:29:32 del 17 de
noviembre del 2016. Cualquier interesado podrá oponerse dentro
de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso.
Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y
una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 22 de
noviembre del 2016.—Randall Piedra Fallas.—( IN2016093639 ).
El señor Simón Valverde Gutiérrez, cédula de identidad
N° 303760289, en calidad de apoderado especial de Tecnosuelo
S. A. de C.V., solicita la Patente PCT denominada SISTEMA
Y PROCEDIMIENTOS PARA CONSTRUCCIÓN DE
MICROTÚNELES. La presente invención se refiere a un sistema
y procedimiento para construir microtúneles que comprende:
definir un área de entrada y salida; instalar una pluralidad de
medios de tensión con un extremo en el área de entrada, cada uno
para ser jalado por medios de fuerza fijos alrededor del perímetro
definido para el microtúnel, y con otro extremo en el área de
salida para ser fijado a una pluralidad de medios de apoyo de una
sección de conducto que será introducida al microtúnel; alinear
la sección de conducto tensando los medios de tensión a través
de medios de fuerza; excavar el terreno del área de salida por la
parte interior del conducto; jalar los medios de tensión mediante
los medios de fuerza para introducir dentro de la excavación la
sección de conducto conforme dicha excavación avanza y repetir
sucesivamente los pasos de excavar y jalar hasta introducir
por completo la sección de conducto. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la
Clasificación Internacional de Patentes es: E21B 7/20, E21D 9/06
y F16L 1/024; cuyo inventor es: Blanco Blanco, Francisco José
(MX). Prioridad:. Publicación Internacional: WO2015/166294.
La solicitud correspondiente lleva el número 2016- 0000430,
y fue presentada a las 12:12:05 del 16 de septiembre de 2016.
Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses
siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres
días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un
periódico de circulación nacional.—San José, 1 de noviembre de
2016.—Viviana Segura, Registradora.—( IN2016093640 ).
El señor Marco Antonio Jiménez Carmiol, cédula de identidad
102990846, en calidad de apoderado especial de Edwards Lifesciences
AG, solicita la Patente PCT denominada DISPOSITIVO DE
ENGARZADO DE ACTIVACIÓN MÚLTIPLE MÉTODOS
DE USO Y FABRICACIÓN DEL MISMO. Un dispositivo de
engarzado de activación múltiple comprende engarces, un eje, un
montaje de movimiento de engarzado y un enlace. Cada engarce
tiene un hueco interior. El eje tiene una ubicación distal de engarzado,
una superficie exterior y un interior con los clips/engarces apilados
en él, los engarces se mueven a lo largo del eje longitudinal. El eje
define una abertura lateral proximal a la ubicación de engarzado y
comunica el interior con el medio ambiente fuera de la superficie
exterior. El montaje de movimiento de engarzado dentro del eje
suministra el primer engarce en la ubicación distal de engarzado
al mover el primer engarce longitudinalmente desde una primera
posición proximal dentro de la ubicación distal de engarzado y
regresando a una segunda posición proximal sin el primer engarce.
El enlace hala al menos una cuerda desde lo distal del primer engarce
a través del primer engarce a través de una parte del eje y sale por el
lado del eje a través de la abertura lateral. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la
Clasificación Internacional de Patentes es: cuyos inventores son
Kline, Korey; (Us); Núñez, George; (Us); Cartledge, Richard; (Us);
Palmer, Matthew, A.; (Us); Deville, Derek, Dee; (Us); Méndez,
Max, Pierre; (Us); Mcbrayer, M., Sean; (Us); Bales, Thomas, 0,;
(Us); Rivera, Carlos; (Us) Y Smith, Kevin, W. (Us). Prioridad: N°
14/543,240 del 17/11/2014 (US), N° 61/905,578 del 18/11/2013
(US), N° 61/951,162 del 11/03/2014 (US) y N° 62/069,183 del
27/10/2014 (US). Publicación Internacional: W02015/074040.
La solicitud correspondiente lleva el número 2016-0000197, y
fue presentada a las 12:50:00 del 28 de abril del 2016. Cualquier
interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la
tercera publicación de este aviso. San José, 15 de noviembre de
2016. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La
Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—Viviana
Segura De La O., Registradora.—( IN2016094270 ).
La señora(ita) Jessica Salas Venegas, cédula de identidad
112210610, en calidad de apoderada especial de KYB Corporation,
solicita la Diseño Industrial denominada CAJA. Diseño de caja.
La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños
quedan depositados, la Clasificación Internacional de Diseños
Industriales es: 09-03; cuyo(s) inventor(es) es(son) OGURA, Eizo
(JP). Prioridad: N° 2016-006495 del 25/03/2016 (JP). Publicación
Internacional. La solicitud correspondiente lleva el número 20160000439, y fue presentada a las 10:32:51 del 23 de setiembre de
2016. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses
siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres
días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un
periódico de circulación nacional.—San José, 17 de noviembre de
2016.—Viviana Segura de la O, Registradora.—( IN2016094473 ).
DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO
HABILITACIÓN DE NOTARIO(A) PÚBLICO(A). La
DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San
José, San Pedro de Montes de Oca, costado Oeste del Mall San
Pedro, Oficentro Sigma, Edificio A, 5to.piso, HACE SABER: Que
ante este Despacho se ha recibido solicitud de HABILITACIÓN
como delegatario para ser y ejercer la función pública Estatal
del NOTARIADO, por parte de: MARIELA FRANCINI
CONTRERAS GONZALEZ, con cédula de identidad número
4-0173-0685, carné número 23130. De conformidad con lo dispuesto
por el artículo 11 del Código Notarial, se invita a quienes conozcan
hechos o situaciones que afecten la conducta del (de la) solicitante,
a efecto de que lo comuniquen por escrito a esta Dirección dentro de
los QUINCE (15) DÍAS HÁBILES siguientes a esta publicación.
Expediente N° 16-002167-0624-NO.—San José, 15 de noviembre
del 2016.—Unidad Legal Notarial.—Licda. Tattiana Rojas Salgado,
Abogada.—1 vez.—( IN2016094418 ).
AMBIENTE Y ENERGÍA
DIRECCIÓN DE GEOLOGÍA Y MINAS
DGM-TOP-ED-014-2016
SOLICITUD DE EXPLOTACIÓN EN CAUCE
DE DOMINIO PÚBLICO
EDICTOS
En expediente Nº 8-2016 el señor Eduardo Rodolfo Barrantes
Rodríguez, mayor, casado dos veces, ingeniero agrónomo,
vecino de Pital de San Carlos, cédula Nº 2-0201-0666, apoderado
generalísimo de Agrícola Industrial La Lydia S. A., cédula jurídica
Nº 3-101-015635, solicita concesión para extracción de materiales
en cauce de dominio público sobre el Río Tres Amigos.
Localización geográfica:
Sito en: finca La Josefina, distrito 06 Pital, cantón 10 San
Carlos, provincia 02 Alajuela.
Hoja cartográfica:
Hoja Aguas Zarcas, escala 1:50.000 del I.G.N.
Localización cartográfica:
Entre coordenadas generales: 268640.901 - 268639.803 Norte,
503418.277 - 503502.643 Este límite aguas abajo y 269782.181
- 269772.908 Norte, 566888.903 - 566945.278 Este límite aguas
arriba.
Área solicitada:
16 ha 3931.00 m2, longitud promedio 1318.50 metros, según
consta en plano aportado al folio 8.
La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016
Derrotero:
Coordenadas del vértice N° 1 268639.803 Norte, 503502.643
Este.
Línea
1-2
2-3
3-4
4-5
5-6
6-7
7-8
8–9
9 - 10
10 - 11
11 - 12
12 - 13
13 - 14
14 - 15
15 - 16
16 - 17
17 - 18
18 - 19
19 - 20
20 - 21
21 - 22
22 - 23
23 - 24
24 - 25
25 - 26
26 - 27
27 - 28
28 - 29
29 - 30
30 - 31
31 - 1
Acimut
º
346
7
3
344
337
330
322
356
11
6
358
350
278
286
274
259
140
146
140
185
189
178
169
148
152
185
176
174
168
151
90
‘
19
40
35
56
54
26
56
23
04
53
27
37
41
18
12
06
02
35
28
13
15
11
24
23
10
16
41
39
12
22
45
Distancia
m
mm
154
01
50
03
99
96
100
06
100
07
100
10
50
03
147
97
100
11
50
07
100
00
90
12
50
44
99
55
95
66
49
05
99
99
50
09
150
00
50
05
149
98
50
11
100
10
99
78
100
07
49
91
49
71
50
00
99
45
149
95
84
37
Edicto basado en la solicitud inicial aportada el 5 de agosto
del 2016, área y derrotero aportados el 5 de agosto del 2016.
Con quince días hábiles de término, contados a partir
de la segunda publicación, cítese a quienes tengan derechos
mineros que oponer hacerlos valer ante este Registro Nacional
Minero.—San José a las nueve horas veintidós minutos del
2016.—Lic. José Ignacio Sánchez Mora, Jefe Registro
Nacional Minero.—( IN2016092237 ).
2 v. 2.
(DGM-TOP-ED-013-2016).
En expediente Nº 2-2015 la Municipalidad de Parrita, cédula
jurídica 3-014-042121, representada por el señor alcalde Freddy
Garro Arias, mayor, divorciado, cédula 1-0689-0057, solicita
concesión para extracción de materiales en cauce de dominio
público sobre el Río Parrita.
Localización geográfica:
Sito en: distrito 01 Parrita, cantón 09 Parrita, provincia 06
Puntarenas.
Hoja cartográfica:
Hoja Parrita, escala 1:50.000 del I.G.N.
Localización Cartográfica:
Entre coordenadas generales: 391722.99 - 391750.00 Norte,
426614.08 - 426836.68 Este límite aguas arriba y 390435.60 390436.06 Norte, 427969.27 - 427874.17 Este límite aguas abajo.
Pág 23
Área Solicitada:
Longitud promedio 1978.34 metros, según consta en plano
aportado al folio 75.
Derrotero:
Coordenadas del vértice N° 1 391750.00 Norte, 426836.68
Este.
Edicto basado en la solicitud inicial aportada el 8 de abril del
2015, área y derrotero aportados el 09 de noviembre del 2015.
Con quince días hábiles de término, contados a partir
de la segunda publicación, cítese a quienes tengan derechos
mineros que oponer hacerlos valer ante este Registro Nacional
Minero.—San José a las nueve horas veintidós minutos del
16 de noviembre del 2016.—Lic. José Ignacio Sánchez Mora,
Jefe.—( IN2016092446 ).
2 v. 2.
DGM-TOP-ED-012-2016
En expediente Nº 3-2015 la Municipalidad de Parrita, cédula
jurídica 3-014-042121, representada por el señor alcalde Freddy
Garro Arias, mayor, divorciado, cédula 1-0689-0057, solicita
concesión para extracción de materiales en cauce de dominio
público sobre el Río Parrita.
Localización Geográfica: Sito en: Distrito 01 Parrita, Cantón
09 Parrita, Provincia 06 Puntarenas.
Hoja Cartográfica: Hoja Parrita, escala 1:50.000 del I.G.N.
Localización Cartográfica: Entre coordenadas generales:
385837.09 norte, 427585.59-427443.08 Éste límite aguas abajo
y 86200.00-3386148.22 norte, 427936.52-428039.79 Este límite
aguas arriba.
Área Solicitada: Longitud promedio 740.56 metros, según
consta en plano aportado al folio 66.
Pág 24
La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016
Derrotero: Coordenadas del vértice N° 1386200.00 norte,
427936.52 este.
LÍNEA
1-2
2-3
3-4
4-5
5-6
6-7
7-8
8-9
9-10
10-11
11-12
12-13
13-14
14-1
ACIMUT
º
131
232
275
245
195
150
133
270
342
25
59
76
88
57
‘
31
58
53
38
20
40
49
00
57
20
47
06
01
07
DISTANCIA
m
mm
115
63
202
43
208
19
150
25
49
92
96
16
24
02
142
50
125
49
103
08
94
88
141
16
171
11
114
43
Edicto basado en la solicitud inicial aportada el 13 de abril del
2015, área y derrotero aportados el 14 de julio del 2016.
Con quince días hábiles de término, contados a partir de la
segunda publicación, cítese a quienes tengan derechos mineros que
oponer hacerlos valer ante este Registro Nacional Minero.
San José a las doce horas veintidós minutos del 15 noviembre
del 2016.—Lic. José Ignacio Sánchez Mora, Jefe Registro Nacional
Minero.—( IN2016092467 ).
2. v. 2.
DIRECCIÓN DE AGUA
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Exp. 16413-P.—Grupo RZ S.A, solicita concesión de: 4 litros
por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del
pozo GU-78 en finca de el mismo en Rita, Pococí, Limón, para uso
agropecuario, granja porcina y bovino. Coordenadas 254.873 / 555.083
hoja Guápiles. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo
dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José,
22 de setiembre del 2015.—Departamento de Información.—Douglas
Alvarado Rojas, Coordinador.—( IN2016095206 ).
ED-UHTPCOSJ-0057-2016. Expediente Nº 5524P.—
Proyecto Villasol PVS S. A., solicita concesión de: 17,4 litros
por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del
pozo AB-1190 en finca de su propiedad en San Rafael (Alajuela),
Alajuela, Alajuela, para uso consumo humano – doméstico para
autoabastecimiento en condominio para 2310 personas y riego
zonas verdes. Coordenadas 215.600 / 510.000 hoja Abra. Quienes se
consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado
a partir de la primera publicación.—San José, 07 de noviembre de
2016.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas,
Coordinador.—( IN2016095475 ).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
ED-0845-2016. Expediente Nº 17350A.—María Concepción
Zúñiga Hernández, solicita concesión de: 0.05 litro por segundo
del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de
su propiedad en Corralillo, Cartago, para uso consumo humano
doméstico. Coordenadas 198.330 / 528.568 hoja Caraigres. Quienes
se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado
a partir de la primera publicación.—San José, 30 de noviembre de
2016.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas,
Coordinador.—( IN2016095864 ).
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
EDICTOS
Registro civil - Departamento civil
SECCIÓN DE ACTOS JURÍDICOS
Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por
Eveling María Luna Alvarado, se ha dictado la resolución N° 57282016, que en lo conducente dice: Registro Civil, Departamento
Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las ocho horas
cincuenta minutos del siete de noviembre de dos mil dieciséis.
Expediente N° 22522-2016. Resultando: 1.-..., 2.-... Considerando:
I.- Hechos probados:..., II.- Sobre el fondo:... Por tanto: rectifíquese
el asiento de nacimiento de Dilan Gabriel Leiva Luna, en el sentido
que el nombre de la madre es Eveling María.—Lic. Luis Guillermo
Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Licda. Irene Montanaro
Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2016093684 ).
Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por
Rodnnyee Fidel García Ortiz y Aracelly del Rosario Hernández
Moreno, se ha dictado la resolución N° 5283-2016, que en lo
conducente dice: Registro Civil, Departamento Civil, Sección de
Actos Jurídicos.—San José, a las once horas cincuenta y cinco
minutos del ocho de octubre del dos mil dieciséis. Expediente N°
22859-2016. Resultando: 1º—..., 2º—...; Considerando: I.—Hechos
probados:..., II.—Sobre el fondo:...; Por tanto: Rectifíquese el
asiento de nacimiento de Rodnnyee Mathias García Hernández, en
el sentido que el nombre del padre y el nombre de la madre son
Rodnnyee Fidel y Aracelly del Rosario, respectivamente.—Lic.
Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Licda.
Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2016093714 ).
Se hace saber que este en diligencias de ocurso incoadas
por Gabriel Martín López Mercado, se ha dictado la resolución
N° 5441-2016 que en lo conducente dice: Registro Civil,
Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las
diecisiete horas cuarenta minutos del catorce de octubre de dos mil
dieciséis. Expediente N° 23684-2016. Resultando: 1º—..., 2º—...;
Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Sobre el fondo:...;
Por tanto: Rectifíquese el asiento de matrimonio de Gabriel Martín
López Díaz con Socorro Sánchez Camacho, en el sentido que el
nombre del padre y los apellidos de la madre del cónyuge son Justo
Ramón y Mercado Díaz, respectivamente.—Lic. Luis Guillermo
Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Licda. Irene Montanaro
Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2016093833 ).
Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por
Candida Susana Centeno Navarrete, se ha dictado la resolución
N° 5764-2016, que en lo conducente dice: Registro Civil,
Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las
trece horas del siete de noviembre de dos mil dieciséis. Exp. N°
21624-2016. Resultando 1º—... 2º—... Considerando: I.—Hechos
probados:... II.—Sobre el fondo:... Por tanto: Rectifíquese el asiento
de nacimiento de Jefry Eliécer Arias Centeno, en el sentido que
el nombre de la madre es Cándida Susana.—Lic. Luis Guillermo
Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Licda. Irene Montanaro
Lacayo, Jefe.—1 vez.—( IN2016093884 ).
Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Nora
del Carmen Moya Pérez, se ha dictado la resolución N° 50552016, que en lo conducente dice: Registro Civil, Departamento
Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las ocho horas diez
minutos del veinte de setiembre de dos mil dieciséis. Exp. N°
16146-2016. Resultando: 1º—... 2º—... Considerando: I.—Hechos
probados:... II.—Sobre el fondo:... Por tanto: Rectifíquese el asiento
de nacimiento de Luis Sebastián Ocaña Moya, en el sentido que el
nombre de la madre es Nora del Carmen.—Lic. Carlos Luis Brenes
Molina, Oficial Mayor Civil a. í.—Licda. Irene Montanaro Lacayo,
Jefa.—1 vez.—( IN2016093918 ).
Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por
Marycela Isabel Rojas Cisnero, se ha dictado la resolución N° 56402016, que en lo conducente dice: Registro Civil, Departamento Civil,
La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016
Sección de Actos Jurídicos. San José, a las nueve horas cincuenta
minutos del veintiocho de octubre de dos mil dieciséis. Exp. N°
27654-2016. Resultando: 1º—… 2º—... Considerando: I.—Hechos
probados:... II.—Sobre el fondo:... Por tanto: Rectifíquese el asiento
de nacimiento de Emely Fabiola Rojas Cisnero, en el sentido que el
nombre de la madre es Marycela Isabel.—Lic. Carlos Luis Brenes
Molina, Oficial Mayor Civil a. í.—Licda. Irene Montanaro Lacayo,
Jefa.—1 vez.—( IN2016093924 ).
Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por
Darling Mayerling Monge Gómez, se ha dictado la resolución N°
5770-2016, que en lo conducente dice: Registro Civil, Departamento
Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las ocho horas cuarenta
minutos del ocho de noviembre del dos mil dieciséis. Exp. N°
22084-2013. Resultando: 1°—... 2°—... Considerando: I.—Hechos
probados:... II.—Sobre el fondo:... Por tanto: rectifíquese el asiento
de nacimiento de Brizz Loana Monge Gómez, en el sentido que el
nombre de la madre es Darling Mayerlin.—Lic. Luis Guillermo
Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Licda. Irene Montanaro
Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2016093958 ).
Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por
Nathaly Monge González, se ha dictado la resolución N° 56492016, que en lo conducente dice: Registro Civil, Departamento
Civil, Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las diez horas treinta
minutos del veintiocho de octubre de dos mil dieciséis. Expediente
N° 22414-2016. Resultando: 1º—..., 2º—...; Considerando: I.—
Hechos probados:..., II.—Sobre el fondo:...; Por tanto: Rectifíquese
el asiento de nacimiento de Elías Geovanny Castillo Monge, en el
sentido que el primer nombre del padre es Liuskar.—Lic. Carlos Luis
Brenes Molina, Oficial Mayor Civil, a. í.—Licda. Irene Montanaro
Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2016094102 ).
Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por
Maribel del Socorro Miranda Luna, se ha dictado la resolución
N° 5726-2016, que en lo conducente dice: Registro Civil,
Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las
ocho horas treinta y ocho minutos del siete de noviembre de dos
mil dieciséis. Expediente N° 15402-2016. Resultando: 1.-..., 2.... Considerando: I.- Hechos probados:... II.- Sobre el fondo:...
Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Elisa Elizabeth
Hernández Miranda, en el sentido que el nombre y los apellidos
de la madre son Maribel del Socorro Miranda Luna.—Lic. Luis
Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Licda. Irene
Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2016094131 ).
Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por
Carmenza lveth Valle Duarte, se ha dictado la resolución N° 57092016, que en lo conducente dice: Registro Civil, Departamento
Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las doce horas
cuarenta y ocho minutos del dos de noviembre de dos mil dieciséis.
Expediente N° 28470-2016. Resultando: 1.-..., 2.-... Considerando:
I.- Hechos probados:..., II.- Sobre el fondo:... Por tanto: rectifíquese
el asiento de nacimiento de Iveth Sophia Leyva Valle, en el sentido
que el nombre de la madre es Carmenza lveth.—Lic. Luis Guillermo
Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Licda. Irene Montanaro
Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2016094140 ).
Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por
Yesenia del Socorro López Corea, se ha dictado la resolución
N°.4633-2014, que en lo conducente dice: Registro Civil.
Departamento Civil. Sección Actos Jurídicos. San José, a las ocho
horas siete e minutos del veintiséis de noviembre de dos mil catorce.
Ocurso. Exp N° 36371-2014. Resultando: 1º—..., 2º—..., 3º—....
Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Sobre el fondo:...,
Por tanto, rectifíqueselos asientos de nacimiento de Yesenia del
Socorro López Corea y de matrimonio de Olidier Enrique López
Tijerino con Yesenia del Socorro López Corea en el sentido que el
primer apellido del padre la persona inscrita y cónyuge es Chévez,
los asientos de nacimiento de Oliver Moisés López López, Jessica
Vanessa López López y de Moisés Antonio López López, en el
sentido que el primer apellido de la madre es Chévez.—Lic. Luis
Antonio Bolaños Bolaños, Oficial Mayor Civil a. i.—Lic. Carlos
Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—( IN2016094310 ).
Pág 25
Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Ana
Patricia Caceres, se ha dictado la resolución N° 6099-2016, que en
lo conducente dice: Registro Civil, Departamento Civil, Sección
de Actos Jurídicos. San José, a las once horas cuarenta y seis
minutos del veintiocho de noviembre de dos mil dieciséis. Exp. N°
29201-2016. Resultando: 1°—... 2°—... Considerando: I.—Hechos
probados:... II.—Sobre el fondo:... Por tanto: rectifíquese el asiento
de nacimiento de Scarlet Vanessa Ramírez Cáceres, en el sentido
que el apellido de la madre es Cáceres.—Lic. Luis Guillermo
Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Licda. Irene Montanaro
Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2016094316 ).
Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por
Johanna Leonor Downs Espinosa, se ha dictado la resolución N°
6119-2016 que en lo conducente dice: Registro Civil. Departamento
Civil. Sección de Actos Jurídicos. San José, a las catorce horas
del veintiocho de noviembre de dos mil dieciséis. Exp. N° 308642016. Resultando: 1º—..., 2º—.... Considerando: I.—Hechos
Probados:..., II.—Sobre el fondo:..., Por tanto, rectifíquese el
asiento de naturalización de Johanna Leonor Downs Espinosa, en el
sentido que el primer apellido de la madre es Espinoza.—Lic. Luis
Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Licda. Irene
Montanaro Lacayo, Jefe.—1 vez.—( IN2016094321 ).
Se hace saber que este Registro, en diligencias de ocurso
incoadas por Dolores del Carmen Jirón Pastora, ha dictado la
resolución N° 5286-2016, que en lo conducente dice: Registro Civil,
Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las doce
horas y veinte minutos del ocho de octubre de dos mil dieciséis.
Exp. N° 1115- 2016. Resultando: 1°—... 2°—... Considerando: I.—
Hechos probados: ... II.—Sobre el fondo: ... Por tanto: Rectifíquense
los asientos de nacimiento de Junior José, Stephanie Vanessa, Norlan
Jesús, todos de apellidos Pérez Jirón y de Diana Nicole Jirón Pastora,
en el sentido que el nombre de la madre es Dolores del Carmen.—
Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Licda.
Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2016094480 ).
Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por
Marco Vinicio Garro Chacón, se ha dictado la resolución N° 30632016, que en lo conducente dice: Registro Civil, Departamento
Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las ocho horas treinta
y dos minutos del veinticinco de mayo de dos mil dieciséis. Exp.
N° 8096-2016. Resultando: 1°—..., 2°—…, 3°—... Considerando:
I.—Hechos probados:... II.—Sobre el fondo: ... Por tanto:
rectifíquense los asientos de nacimiento de Merlyn Sidney Chacón
Aguilar y de Jeikof Yunaikel Chacón Martínez en el sentido que
los apellidos del padre son Garro Chacón.—Lic. Luis Guillermo
Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Licda. Irene Montanaro
Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2016094495 ).
AVISOS
Registro Civil - Departamento Civil
SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES
Avisos de solicitud de naturalización
Edilberto Poveda Ortigoza, mayor, soltero, telefonista,
colombiano, cédula de residencia N° 117000836726, vecino
de Desamparados, San Miguel, barrio Las Lomas, 130 m sur
de la iglesia evangélica, ha presentado solicitud para obtener
la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y
Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan
reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los
presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez
días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. N°
138343-2015.—San José, 07 de noviembre del 2016.—Lic. Germán
Alberto Rojas Flores, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2016093671 ).
Mónica Rozo Cortes, mayor, casada, secretaria, colombiana,
cédula de residencia N° 117001471101, vecina de Santa Bárbara de
Heredia, Heredia, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad
costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del
Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados
que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a
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La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016
este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a
la publicación de este aviso. Exp. 136940-2015.—San José, 19 de
octubre del 2016.—German Alberto Rojas Flores, Jefe a. í Sección
de Opciones y Naturalizaciones.—1 vez.—( IN2016093825 ).
nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes
a la publicación de este aviso. Exp. N° 4399-2016.—San José al ser
las 10:07:37 del 6 de diciembre del 2016.—Lic. Germán Alberto
Rojas Flores, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2016094369 ).
Héctor Jose Sequeira Aragón, nicaragüense, cédula de
residencia N° 155807544100, ha presentado solicitud para obtener
la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y
Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes
tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para
que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del
término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este
aviso. Expediente N° 4372-2016.—San José, al ser las 09:04:18
del 5 de diciembre de 2016.—German Alberto Rojas Flores,
Jefe.—1 vez.—( IN2016093850 ).
José Luis Rodríguez Mañozca, mayor, soltero, operador de
instalación, colombiano, cédula de residencia N° 117001659936,
vecino de Alajuela, Plywood, de la Iglesia Católica, 300 m este, ha
presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante
la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se
emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha
solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro
del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este
aviso. Exp.1772-2016.—San José, 7 de octubre de 2016.—German
Alberto Rojas Flores, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2016094487 ).
Ana Julia Torres Caro, mayor, soltera, empleada doméstica,
colombiana, cédula de residencia N° 117000926302, vecina de
Heredia, Santo Domingo, Paracito, de la iglesia 75m oeste, ha
presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante
la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se
emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha
solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro
del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este
aviso. Exp. 193-2016.—San José, 19 de octubre del 2016.—German
Alberto Rojas Flores Jefe a. í.—1 vez.—( IN2016093872 ).
Martha Valeska Olivas Matute, nicaragüense, cédula de
residencia N° 155810757614, ha presentado solicitud para obtener
la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y
Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan
reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los
presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez
días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. N° 30562016.—San José, a las 1:03 horas del 22 de noviembre de 2016.—
Lic. Germán Alberto Rojas Flores, Jefe.—1 vez.—( IN2016094179 ).
Brenda Azucena López, nicaragüense, cédula de residencia
Nº DI155807211816, ha presentado solicitud para obtener
la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y
Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan
reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los
presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez
días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente Nº
4395-2016.—San José al ser las 09:10:11 a 6 de diciembre de 2016.—
German Alberto Rojas Flores, Jefe.—1 vez.—( IN2016094249 ).
Álvaro Serna Rojo, mayor, soltero, operario de operación,
colombiano, cédula de residencia N° 117001235614, vecino de El
Coco, Alajuela, Campamento Autista 50 izquierda urbanización
Dos Pinos, casa color blanca, ha presentado solicitud para obtener
la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y
Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan
reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los
presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez
días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente Nº
137464-2015.—San José, 19 de octubre de 2016.—German Alberto
Rojas Flores, jefe a. í.—1 vez.—( IN2016094303 ).
Aster Joaquín Sambola Ortiz, nicaragüense, cédula de
residencia 155815655112, ha presentado solicitud para obtener
la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y
Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan
reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los
presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez
días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. N° 42502016.—San José, al ser las 09:23:38 a 6 de diciembre de 2016.—Lic.
German Alberto Rojas Flores, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2016094335 ).
Ronny Batista Del Río, cubano, Cédula de residencia
119200085309, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad
costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del
Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados
que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en
CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
PROGRAMA DE ADQUISICIONES
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
HOSPITAL NACIONAL PSIQUIÁTRICO
ÁREA DE GESTIÓN DE BIENES Y SERVICIOS
SUBÁREA DE PLANIFICACIÓN
PUBLICACION PLAN ANUAL COMPRAS 2017
Se informa a todos los potenciales oferentes que a partir de
enero estará disponible el Plan Anual de Compras del Hospital
Nacional Psiquiátrico del ario 2017, para mayor información ver
página Web de la Caja Costarricense Seguro Social (www.ccss.
sa.cr).
San José, 12 de diciembre del 2016.—Licda. Natalia Osorno
Petersen, Jefa a. í.—1 vez.—( IN2016096009 ).
LICITACIONES
PODER JUDICIAL
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
DIRECCIÓN EJECUTIVA
DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA
El Departamento de Proveeduría invita a participar en el
siguiente procedimiento de contratación:
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2016LA-000091-PROV
Alquiler de local para alojar al Juzgado Civil y Laboral,
Tribunal Civil y Laboral, y Médico Laboral de Liberia
Fecha y hora de apertura: 12 de enero de 2017, a las 10:00
horas.
Los respectivos carteles se pueden obtener sin costo alguno a
partir de la presente publicación. Para ello, los interesados podrán
obtenerlo a través de Internet, en la siguiente dirección: www.poderjudicial.go.cr/proveeduría/invitaciones.
San José, 12 de diciembre de 2016.—MBA. Yurly Argüello
Araya, Jefe.—1 vez.—( IN2016095760 ).
MUNICIPALIDADES
MUNICIPALIDAD DE CORREDORES
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL N° 2016LN-000001-CNL
Compra de finca para explotación
de Tajo en el cantón de Corredores
La Municipalidad de Corredores, con cédula jurídica N°
3-014-042114, invita a participar en esta contratación para ello
recibirá ofertas al concurso en sobre cerrado desde las 10:00 horas
del 16/12/2016 hasta las 10:00 horas del 06/01/2017.
El cartel que contiene las condiciones específicas y generales,
puede ser retirado sin costo alguno en la Oficina de Proveeduría de
la Municipalidad de Corredores, localiza costado este del Juzgado
Agrario en Ciudad Neily, Corredores, Puntarenas.
La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016
Cualquier consulta al respecto, sírvase llamar al número
telefónico 2783-3939 extensión 120, o escribir al correo electrónico
[email protected].
Lic. Reymond González Zúñiga, Proveedor Institucional.—
1 vez.—( IN2016095949 ).
ADJUDICACIONES
INSTITUTO TECNOLÓGICO DE COSTA RICA
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL
N° EDU_ITCR-220-LPN-B-2014LPN-0001-APITCRBM
(Resolución de adjudicación)
Adquisición de equipo de laboratorio
Escuela de Seguridad Laboral
El Instituto Tecnológico de Costa Rica informa que: en lo
concerniente a la Licitación Pública Nacional N° EDU_ITCR-220LPN-B-2014LPN-0001-APITCRBM “Adquisición de Equipo de
Laboratorio Escuela de Seguridad Laboral”, la Rectoría resolvió lo
siguiente:
1. Adjudicar el lote N° 2 “Equipo de Medición de agentes físicos” a
la empresa Electromédica S. A. de la siguiente manera:
a) El artículo N° 1 por un monto de ¢5.131.580,00
b) El artículo N° 2 por un monto de ¢2.248.830,00
c) El artículo N° 3 por un monto de ¢3.130.072,00
d) El artículo N° 4 por un monto de ¢973.940,00
e) El artículo N° 5 por un monto de ¢4.073.295,00
f) El artículo N° 6 por un monto de ¢391.725,00
Lo anterior debido a que esta oferta elegible cumple con todos
los requisitos técnicos.
2.Adjudicar el lote N° 3 “Equipo Médico” a la empresa
Electromédica S. A. de la siguiente manera:
a) El artículo N° 1 por un monto de ¢727.410,00
b) El artículo N° 2 por un monto de ¢2.411.555,00
c) El artículo N° 3 por un monto de ¢1.918.525,00
Lo anterior debido a que para este lote es la única oferta
presentada y cumple con todos los requisitos técnicos.
3. Adjudicar el lote N° 5 “Dispositivos de Seguridad” a la empresa
Elvatron S. A. de la siguiente manera:
a) El artículo N° 1 por un monto de ¢2.822.196,27
b) El artículo N° 2 por un monto de ¢3.541.235,78
c) El artículo N° 3 por un monto de ¢4.739.775,81
Lo anterior debido a que para este lote es la única oferta
presentada y cumple con todos los requisitos técnicos.
4. Rechazar la oferta de la empresa Isasa Latam S. A. para el lote 1
“Equipo de Análisis de Laboratorio” por las siguientes razones:
En el ítem N° 1 Espectrofotómetro de absorción atómica de
llama: el nivel de ruido es 4 veces mayor del requerido; no se
incluye el set de O-Ring para análisis de solventes orgánicos,
el regulador de Nitrógeno ni regulador de Hidrógeno.
5. Rechazar la oferta de la empresa Electrónica Centroamericana
S. A. para el lote 1 “Equipo de Análisis de Laboratorio” por las
siguientes razones:
a. En el ítem N° 2 Cromatógrafo de iones: El rango de
resolución del equipo ofertado es menor al requerido.
b. En el ítem N° 3 Espectrofotómetro: Velocidad de
adquisición de datos es menor a la requerida.
6.Rechazar la oferta de la empresa Analytical Instruments S.
A., para el lote 1 “Equipo de Análisis de Laboratorio” por las
siguientes razones:
En el ítem N°1 Espectrofotómetro de absorción atómica
de llama: No posee detector fotomultiplicador, no posee
alineamiento automático de lámpara, no posee nebulizador
capilar Pt-Ir. Las Lámparas “Lumina” no son compatibles con
las lámparas de cátodo hueco y el equipo no es compatible con
lámparas “Shimadzu” y no indica la posibilidad de acoplarle
un horno de grafito.
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7.Rechazar la oferta de la empresa Invotor S. A., para el lote 2
“Equipo de medición de agentes físicos” por las siguientes
razones:
a. En el ítem N° 3 Monitores de estrés térmico de área:
El equipo ofertado presenta características técnicas
diferentes a las solicitadas.
b. En el ítem N° 4 Dosímetro de ruido: No usa criterio
ACGIH que es el utilizado en Costa Rica.
c. En el ítem N° 5 Vibrómetro: El equipo es específico para
mano-brazo y se requiere evaluar también cuerpo entero
(sensores recomendados) y la memoria flash es menor a la
requerida, se requiere una mayor duración de las baterías
por los estudios que deben realizarse.
8. Rechazar la oferta de la empresa Electromédica S. A., para el
lote 6 “Equipo de muestreo personal” por la siguiente razón:
En el ítem N° 2 Bomba de muestreo personal: El dispositivo
ofertado no tiene pantalla, no se oferta el accesorio Gemini, no
indica el flujo, no indica que sea autorregulable ni corresponde
al modelo requerido.
9. Relanzar en un nuevo proceso licitatorio para los siguientes lotes:
Lote N° 1, ya que las ofertas presentadas no cumplían con los
requerimientos técnicos.
Lote N° 4, ya se no se recibieron ofertas para el mismo.
Lote N° 6, ya que la oferta presentada no cumplía con los
requerimientos técnicos.
Cartago, 13 de diciembre del 2016.—Licda. Katthya Calderón
Mora, Directora, Departamento de Aprovisionamiento.—1 vez.—O.
C. Nº 20163857.—Solicitud Nº 73347.—( IN2016096047 ).
SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES
LICITACIÓN ABREVIADA 2016LA-000020-SUTEL
Contratación de canales de atención de usuarios
de los servicios de la SUTEL
La Superintendencia de Telecomunicaciones (SUTEL), con
cédula jurídica No 3-007-566209, comunica a los interesados en la
contratación de referencia, que se adjudica parcialmente mediante
el Acuerdo 005-072-2016, oficio 09288-SUTEL-SCS-2016 del
Consejo de la SUTEL, el servicio indicado, por cumplir legal y
técnicamente con lo requerido en el cartel y por ofrecer un precio
razonable a la empresa IT Servicio de Infocomunicación S. A.,
cédula jurídica Nº 3-101-216432.
Línea 1: Servicio de atención de llamadas telefónicas, chat
interactivo y atención al correo informativo institucional desglosado
según lo siguiente:
Ø Atención de llamadas (por minuto): ¢ 306.83.
Ø Atención de chat interactivo (por minuto): ¢ 324.84

Atención del correo electrónico (por correo atendido): ¢
97.30
Línea 2: Servicio de recepcionista para atención presencial
del público en las instalaciones de la Superintendencia de
Telecomunicaciones por un monto por mes de ¢ 902.646.26.
Con respecto a la línea 3 que corresponde al servicio de
manejo de redes sociales de la SUTEL, se informa que aplicando el
artículo 86 del R.L.C.A se declara desierta.
A la vez se le informa al proveedor adjudicado, que una vez
que este acto adquiera firmeza, cuenta con un plazo de 03 días
hábiles como máximo, para que entregue en la recepción de la
SUTEL (Tercer Piso), en horario de Lunes a Viernes de 08:00 am a
04:00pm lo siguiente:
1- En seguimiento al punto 7.2.1 del cartel, personería jurídica
actualizada.
2- Timbres fiscales de Ley o el entero de gobierno que
corresponde, por un monto de ¢85.922.11, según estimación
anual del costo del servicio.
3- Garantía de cumplimiento, conforme a lo estipulado en el
punto 13 del cartel por un monto de ¢1.718.442.16, según
estimación anual del costo del servicio, con una vigencia de
14 meses a partir de la fecha en que el acto de adjudicación
adquiera firmeza.
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La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016
Esta licitación será tramitada con fondos de la partida “Otros
servicios de gestión y apoyo” del año 2017.
Es importante mencionar que esta información es un extracto
del Acuerdo de adjudicación en mención, por lo que el mismo se
encuentra en forma completa en el expediente respectivo para lo
que corresponda.
Área de Proveeduría, Noilly Chacón González.—1 vez.—O.
C. Nº 2307-16.—Solicitud Nº 73349.—( IN2016096048 ).
AVISOS
JUNTA DE EDUCACION ESCUELA
GABRIELA MISTRAL, LA GUACIMA
DIRECCION REGIONAL DE EDUCACION
DE ALAJUELA
CIRCUITO EDUCATIVO: 04
LICITACIÓN ABREVIADA LA-005-2016-JEEGM-CE04-DREA
Para la adquisición de productos
alimenticios: frutas y verduras
La junta de educación, comunica resolución de adjudicación
del presente proceso de licitación abreviada, en favor del señor
Oscar Segura Hernández, número de cédula de identidad:
204770934 en razón de haber obtenido un puntaje total de 100 en
el proceso de calificación de la oferta habiéndose cumplido con los
requerimientos jurídicos, prescripciones formales y procedimentales
del presente proceso de licitación abreviada impulsada por esta
junta de educación para la compra de productos alimenticios para
el comedor escolar para el curso lectivo por el periodo 2017 hasta
2020 inclusive de cumplirse con los requisitos institucionales. En
la línea de productos: frutas y verduras para brindar el servicio de
comedor escolar en el centro educativo.
Edgar Daniel Jiménez Soto, Presidente.—1 vez.—
( IN2016095880 )
LICITACIÓN ABREVIADA N° LA-004-2016-JEEGM-CE04-DREA
Para la adquisición de productos alimenticios: Abarrotes
La junta de educación, comunica resolución de adjudicación
del presente proceso de licitación abreviada, en favor de Comercial
Hego S. A., número de cédula jurídica 3-101-089623 en razón de
haber obtenido un puntaje total de 100 en el proceso de calificación
de la oferta habiéndose cumplido con los requerimientos jurídicos,
prescripciones formales y procedimentales del presente proceso de
licitación abreviada impulsada por esta junta de educación para la
compra de productos alimenticios para el comedor escolar para el
curso lectivo por el periodo 2017 hasta 2020 inclusive de cumplirse
con los requisitos institucionales. En la línea de productos: Abarrotes
para brindar el servicio de comedor escolar en el centro educativo.
Edgar Daniel Jiménez Soto, Presidente.—1 vez.—
( IN2016095881 ).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº LA-003-EGM-CE04-DREA
Para la adquisición de productos alimenticios: carnes
La junta de educación, comunica resolución de adjudicación
del presente proceso de licitación abreviada, en favor del señor
Óscar Segura Hernández, número de cédula de identidad:
204770934 en razón de haber obtenido un puntaje total de 100 en
el proceso de calificación de la oferta habiéndose cumplido con los
requerimientos jurídicos, prescripciones formales y procedimentales
del presente proceso de licitación abreviada impulsada por esta
junta de educación para la compra de productos alimenticios para
el comedor escolar para el curso lectivo por el periodo 2017 hasta
2020 inclusive de cumplirse con los requisitos institucionales. En
la línea de productos: carnes para brindar el servicio de comedor
escolar en el centro educativo.
Édgar Daniel Jiménez Soto, Presidente.—1 vez.—
( IN2016095890 ).
MUNICIPALIDADES
MUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2016LA-000050-99999
Transmisión de las corridas de toros
en el redondel de Zapote período 2016-2017
Se comunica a los interesados del presente concurso, que
por Acuerdo 4, artículo único, de la Sesión Extraordinaria Nº 015,
celebrada por la Corporación Municipal del cantón Central de San
José, el 05 de diciembre del año dos mil dieciséis, se adjudica la
licitación de referencia según el siguiente detalle:
CONSORCIO REPRETEL-TELETICA
Transmisión de las corridas de toros
en el redondel de Zapote período 2016-2017
Consorcio
RepretelTeletica
Plazo de
Forma de
ejecución
pago
Indicada en
Del 25 de
el cartel
diciembre
del 2016 al
08 de enero
del 2017
inclusive.
Con la
excepción
del 2 al 5 de
enero, que
únicamente
habrá
transmisión
solo en el
horario de la
noche.
Monto adjudicado
Precio efectivo:
¢90.300.000.00
Aporte en cuñas(30s):
¢46.253.000.00
San José, 09 de diciembre de 2016.—Departamento de
Comunicación.—Teo Dinarte Guzmán, Jefa.—1 vez.—O. C. Nº
138641.—Solicitud Nº 73213.—( IN2016095828 ).
MUNICIPALIDAD DE PUNTARENAS
PROVEEDURÍA MUNICIPAL
CONTRATACIÓN DIRECTA Nº 2016CD-000573-01
Contratación para el mantenimiento preventivo
para eliminación de corrosión en cajas recolectoras
de los camiones recolectores de desechos sólidos
Informa que mediante Resolución Administrativa MPPM-RES-015-12-2016 del 08 de diciembre de 2016, se adjudica
la presente contratación al oferente Agroservicios Hípicos de
Aranjuez S. A., por la suma de ¢6.138.000,00 (seis millones ciento
treinta y ocho mil colones con 00/100). Lo anterior, por ser la única
oferta presentada para el proceso y cumplir con las formalidades y
requerimientos establecidos en el cartel.
———
CONTRATACIÓN DIRECTA Nº 2016CD-000630-01
Adquisición de camión de carga liviana de doble
cabina para la Unidad Técnica de Gestión Vial
Informa que mediante Resolución Administrativa MP-PMRES-016-12-2016 del 12 de diciembre de 2016, se adjudica la
presente contratación al oferente Purdy Motor S. A., por la suma
de $33.870,00 (treinta y tres mil ochocientos setenta dolares con
00/100), por concepto de un camión doble cabina de carga liviana
marca Hino año 2017. Lo anterior, por ser la única oferta presentada
para el proceso y cumplir con las formalidades y requerimientos
establecidos en el cartel.
———
CONTRATACIÓN DIRECTA Nº 2016CD-000637-01
Contratación de servicios profesionales en geología
para trámite permiso de extracción temporal en cauce
de dominio público del río Aranjuez, así como le regencia
del mismo ante el Registro Nacional Minero
Informa que mediante Resolución Administrativa MP-PMRES-014-12-2016 del 07 de diciembre de 2016, se adjudica la
presente contratación a la Geol. Yannie Fallas Rodríguez, por la
suma de ¢2.950.000,00 (dos millones novecientos cincuenta mil
colones con 00/100). Lo anterior, por ser la única elegible presentada
para el proceso y cumplir con las formalidades y requerimientos
establecidos en el cartel.
La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016
CONTRATACIÓN DIRECTA Nº 2016CD-000638-01
Contratación de servicios profesionales de regente ambiental,
para realizar trámite y aprobación de viabilidad ambiental,
para la construcción de la terminal de buses interurbana
de Puntarenas y el nuevo edificio de la Municipalidad
de Puntarenas
Informa que mediante Resolución Administrativa MPPM-RES-013-12-2016 del 06 de diciembre de 2016, se adjudica
la presente contratación al Biol. Pablo Morales Jiménez, por la
suma de ¢1.290.000,00 (un millón doscientos noventa mil colones
con 00/100). Lo anterior, por ser la única elegible presentada
para el proceso y cumplir con las formalidades y requerimientos
establecidos en el cartel.
———
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2016LA-000004-01
Adquisición de Low Boy para las labores de mantenimiento
de la red vial del cantón Central de Puntarenas
El Concejo Municipal en la Sesión Extraordinaria N° 56,
celebrada el pasado 1 de diciembre de 2016, en su artículo 3° inciso
C, adjudica la presente licitación al oferente Vifisa de Turrialba
S. A., por un monto de ¢33.509.000,00 (treinta y tres millones
quinientos nueve mil colones con 00/100) por concepto de un Low
Boy marca Vifisa, modelo LB50T, año 2017. Lo anterior, por ser
la única propuesta elegible para el proceso, esto de acuerdo a los
términos de establecidos en el cartel y la oferta.
———
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2016LA-000007-01
Suministro e instalación de juegos infantiles de madera
en centros educativos y parques de diversas comunidades
del cantón Central de Puntarenas
El Concejo Municipal en la Sesión Extraordinaria N° 56,
celebrada el pasado 1 de diciembre de 2016, en su artículo 3° inciso
A, adjudica la presente licitación al oferente Comercializadora
Brecam de Costa Rica S. A., por un monto de ¢42.831.239,00,00
(cuarenta y dos millones ochocientos treinta y un mil doscientos
treinta y nueve colones con 00/100). Lo anterior, por ser la única
propuesta recibida para el proceso, esto de acuerdo a los términos de
establecidos en el cartel y la oferta.
———
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2016LA-000008-01
Adquisición de agregados para la construcción de ciclovía
entre los distritos de Barranca y El Roble
El Concejo Municipal en la Sesión Extraordinaria N° 56,
celebrada el pasado 1 de diciembre de 2016, en su artículo 3° inciso
B, adjudica la presente licitación al oferente Ingeniería La Rioja
S. A., por un monto de ¢48.000.800,00 (cuarenta y ocho millones
ochocientos colones con 00/100). Lo anterior, por ser la única
propuesta elegible para el proceso, esto de acuerdo a los términos de
establecidos en el cartel y la oferta.
———
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2016LA-000009-01
Adquisición de una maquinaria pavimentadora “finisher”
para mantenimiento de la red vial Cantonal
El Concejo Municipal en la Sesión Ordinaria N° 57, celebrada
el pasado 5 de diciembre de 2016, en su artículo 5° inciso J,
adjudica la presente licitación al oferente Euromateriales Equipo
y Maquinaria S. A., por un monto de $263.900,00 (doscientos
sesenta y tres mil novecientos dólares con 00/100), por concepto
de una pavimentadora marca Ammann modelo AFT 500FST-E, año
2016 o superior. Lo anterior, por ser la única propuesta elegible
para el proceso, esto de acuerdo a los términos de establecidos en el
cartel y la oferta.
Para mayor información al teléfono 2661-2104 de la
Proveeduría Municipal.
Puntarenas, 12 de diciembre de 2016.—Lic. Luis
Edward Rojas Barrantes, Proveedor Municipal.—1 vez.—
( IN2016095878 ).
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CONTRATACIÓN DIRECTA Nº 2016CD-000622-01
Adquisición de sistema informático para automatización
de papeles de trabajos, análisis y evaluación de riesgos,
en los estudios de la Auditoria Interna
de la Municipalidad de Puntarenas
Informa que mediante Resolución Administrativa MP-PMRES-017-12-2016 del 12 de diciembre de 2016, declara infructuosa
la presente contratación, por no haberse recibido propuestas para el
proceso, lo anterior en concordancia con lo establecido en el artículo
136 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa.
Para mayor información al teléfono 2661-2104 de la
Proveeduría Municipal.
Puntarenas, 13 de diciembre de 2016.—Lic. Luis
Edward Rojas Barrantes, Proveedor Municipal.—1 vez.—
( IN2016096049 ).
FE DE ERRATAS
BANCO DE COSTA RICA
OFICINA DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
LICITACION PÚBLICA Nº 2016LN-000007-01
(Modificación Nº 1)
Adquisición de UPS nuevas y repuestos por demanda
El Banco de Costa Rica, informa a todos los interesados en
la licitación en referencia, que la fecha de apertura se ha trasladado
para el viernes 27 de enero del 2017 a las 10:30 a.m.
Rodrigo Aguilar Solórzano, Supervisor.—1 vez.—O. C. N°
65540.—Solicitud N° 73298.—( IN2016095947 ).
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS
Y ALCANTARILLADOS
LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL
Nº 2016LI-000008-PRI
(Circular Nº 1)
Construcción del sistema de colectores sanitarios del sector
norte, cuencas Rivera y Torres, proyecto de mejoramiento
ambiental del área Metropolitana de San José. Quebrada
Jesús, quebrada Manzana y Desvíos
El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados
(AyA), cédula jurídica N° 4-000-042138, comunica que a partir de
la presente publicación podrán hacer retiro de la Circular Nº 1.
Los documentos que conforman la Circular Nº 1 podrán
ser solicitados en la Proveeduría Institucional del Instituto
Costarricense de Acueductos y Alcantarillados de 7:00 a.m. a las
15:00 horas de lunes a viernes o bien por escrito al correo electrónico
[email protected], lo que permite un password de acceso a
los mismos de manera electrónica.
Dirección de Proveeduría.—Licda. Jeniffer Fernández
Guillén.—1 vez.—O. C. Nº 6000001412.—Solicitud Nº 73259.—
( IN2016095824 ).
REGLAMENTOS
UNIVERSIDAD TÉCNICA NACIONAL
CONSEJO UNIVERSITARIO
El Consejo Universitario de la Universidad Técnica Nacional,
comunica que mediante acuerdo N° 6-23-2016, de la sesión
ordinaria 23-2016, celebrada el 27 de octubre del 2016, acta 232016, se derogó el artículo 31 del “Reglamento de Reconocimientos
y Equiparaciones de Estudios Realizados en la Universidad Técnica
Nacional y Otras Instituciones de Educación Superior”, el que reza:
“Bajo ninguna circunstancia podrá el estudiante titularse en la
Enseñanza de dos especialidades técnicas, por lo que en caso
de dos o más titulaciones en distintas especialidades técnicas,
el estudiante deberá elegir entre ellas y presentar el diploma
correspondiente a la especialidad que haya elegido”.
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La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016
Dicho Reglamento en su versión completa y actualizada
se encuentra en el portal electrónico de la Universidad Técnica
Nacional www.utn.ac.cr, sección “Normativa Universitaria”.
Rige a partir de su publicación.
Rectoría.—Lic. Marcelo Prieto Jiménez, Rector.—1 vez.—
( IN2016094355 ).
AVISOS
FEDERACIÓN DE COLEGIOS PROFESIONALES
UNIVERSITARIOS
REGLAMENTO DE ORDEN Y DISCIPLINA
Artículo1º—El Comité Permanente fijará en su sesión de
instalación el día, lugar y hora de las sesiones ordinarias.
Artículo 2º—Para el despacho de los asuntos del Comité
Permanente, la Presidencia establecerá el orden del día con arreglo
a las normas siguientes:
a) Aprobación del orden del día.
b) Aprobación del acta anterior
c)Correspondencia: La lectura de correspondencia, recibida
y enviada, será de forma resumida, mediante una minuta,
quedando a criterio del Presidente cual o cuales deben ser
leídos en forma completa, asimismo lo será a petición de un
miembro del Comité Permanente.
d) Informe de la Presidencia.
e)Preposiciones de los Colegios y de los delegados. Cuando
desee incluir un punto específico en la agenda, deberá
solicitarse expresamente en la sesión anterior. Los asuntos
urgentes deberán ser incluidos al tenor de lo dispuesto por el
artículo 3° del presente Reglamento.
f) Informe de comisiones y delegados
g) Asuntos varios.
Artículo 3º—El orden del día no puede ser alterado, sino es
con el voto de las dos terceras partes de los delegados presentes.
Artículo 4°---Las sesiones del Comité Permanente tendrán
una duración máxima de tres horas.
Artículo 5º—Es un deber de los miembros del Comité
Permanente comunicar a la Presidencia o a la Secretaría de la
Federación, el mismo día de cada sesión ordinaria y extraordinaria,
o antes, cuando no puedan asistir a la misma.
Artículo 6º—No se celebrará sesión, si transcurridos sesenta
minutos después de la hora señalada para ello, no se completa
el quórum. Durante este plazo la Presidencia informará a los
representantes sobre la conformación del quorum para iniciar la
sesión.
Artículo 7º—Si por falta de quórum no se celebrara la sesión,
la presidencia convocará a sesión extraordinaria dentro de los quince
días posteriores.
Artículo 8º—Cuando un delegado o representante falte dos
veces consecutivas o cuatro alternas sin excusa en un período de
un ario, el Presidente de la Federación solicitará al presidente del
Colegio respectivo para que intervenga con el fin de que su Colegio
esté debidamente representado en la siguiente sesión. Si la anomalía
no es corregida, se le cancelará la credencial al delegado y el Colegio
respectivo deberá sustituirlo.
Artículo 9º—(1) Requerimientos para el proceso de
nombramientos de sus representantes ante entes externos:
a- El Comité Permanente integrará una comisión permanente de
al menos cinco miembros, que se denominará “Comisión de
Nombramiento de Representantes”, con el propósito de que
analice a la luz de la normativa aplicable la documentación
aportada por los colegios que presentan candidaturas,
exceptuándose los nombramientos de la asamblea de
trabajadores/as del Banco Popular que cuenta con normativa
interna específica.
El Comité Ejecutivo deberá aportar el apoyo logístico y de
asesoría legal para el cumplimiento de sus funciones.
Entre sus acciones deberá remitir oportunamente al comité
ejecutivo un cronograma de rige y vence de las representaciones
externas, así como las alertas de presentación oportuna de
informes cuatrimestrales de sus representantes según el inciso
m que sigue y además una recomendación del procedimiento
para conocerlos en el Comité Permanente.
Esta comisión presentará el informe de cada nombramiento al
Comité Ejecutivo en el que recomendará lo acordado en sus
sesiones, incluyendo los dictámenes de minoría si los hubiere,
aportará consideraciones fundamentadas sobre el rechazo de
candidaturas. El informe será agendado para conocimiento y
resolución del Comité Permanente en la sesión donde se realizarán
los nombramientos analizados y será expuesto por sus miembros.
Al menos uno de sus miembros formará parte del grupo
fiscalizador en el momento de la elección junto con al menos
tres delegados presentes de colegios que no presentaron
postulantes.
b- Los candidatos serán propuestos por acuerdo de Junta
Directiva del colegio interesado, en el plazo requerido.
c- El Colegio postulante debe adjuntar a la nominación: i- la hoja
de vida del candidato/a. ii- Una declaración jurada firmada por
el postulante indicando que no hay conflicto de interés entre
las funciones a ejercer en el ente y su intereses personales
y profesionales; y que se ajusta a lo dispuesto en la Ley N°
8422 vigente contra la corrupción y el enriquecimiento ilícito,
manifestando además que se compromete a cumplir con la
normativa y objetivos de la Federación. Iii- Copia de su cédula
de identidad. Iv- Hoja de delincuencia reciente. V -Copia de
sus títulos universitarios.
d- El Colegio debe demostrar que se encuentra al día en sus
cuotas a la Federación aportando copia del último recibo
cancelado.
e- El Presidente del Colegio, por escrito debe dar fe de que
su postulante cumple con todos los requisitos y normas
establecidas y manifestará que dará seguimiento a la
representación que asume su colegiado.
f- Para el nombramiento de sus Representantes la Federación
comunicará al Comité Permanente y a las Juntas Directivas
de sus colegios miembros con al menos 40 días naturales de
antelación a la sesión de su nombramiento, la representación
por elegir y las condiciones inherentes. Entre otra información
se debe suministrar: i-Nombre de la representación. iiPeriodo del nombramiento. iii-Condición (Si es remunerada o
ad honorem). iv- Requisitos propios del ente donde se ejercerá
la representación. v. Normativa de la Federación y cualquiera
otra información adicional aplicable.
g- Las propuestas de candidatas/ os se recibirán desde que se
establece el periodo de recepción de candidaturas y hasta
cuatro días hábiles antes de la sesión donde se realiza la
elección. No se aceptarán propuestas de candidaturas ni el día,
ni la sesión que se haya fijado para realizar la elección.
h- El área administrativa de la Federación, recibirá solamente
las propuestas sé que presenten en el plazo establecido y que
incluyan TODOS los requisitos arriba señalados y formará
un expediente de cada candidatura, donde además constará
fecha, hora y firma de recibo de toda la documentación.
i- Una vez cumplido y cerrado el tiempo de inscripción, el
Comité Ejecutivo convocará a la Comisión de Nombramiento
de Representantes para que analice y recomiende en el tiempo
oportuno; además comunicará de inmediato a los delegados
del Comité Permanente los/ as postulantes recibidos.
j- Los candidatos que cumplan con todos los requisitos
establecidos deberán estar presentes en la elección y tendrán
cinco (5) minutos para exponer su compromiso de cumplir con
los intereses y objetivos de la Federación y con la normativa
aplicable, su plan de trabajo o el propósito por el cual aspiran
a dicho puesto.
k- La elección será nominal y secreta. Los votos nulos y en
blanco, no se le asignan a ningún candidato/ a. El ganador
de la elección será el candidato/a que tenga mayoría simple
de votos. En caso de empate se realizarán las votaciones
necesarias entre los candidatos que hayan logrado mayoría de
votos hasta que ocurra el desempate.
l- Una vez tomado el acuerdo del nombramiento, el Comité
Ejecutivo lo hará del conocimiento del ente y del Colegio
proponente en un plazo máximo de hasta veinticuatro (24) horas,
así como su publicación en la página Web de FECOPROU.
ll.Cuando por alguna circunstancia deba reemplazarse un
representante, debe informarse al ente externo y a los colegios
que su nombramiento será para terminar el periodo y no por
un nuevo periodo.
La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016
mQuienes resulten ser representantes tendrán las siguientes
obligaciones y atribuciones además de las contenidas en la
normativa vigente aplicable:
• Rendir informes de su labor vía electrónica, al Comité
Ejecutivo, cada cuatro meses a partir de su nombramiento,
así como un resumen ejecutivo del mismo ante el Comité
Permanente. El Comité ejecutivo definirá el procedimiento
para ser conocido en el Comité Permanente. Incluyendo los
logros alcanzados para la Federación.
• Asistir a todas las sesiones del Comité Permanente.
• Los representantes tendrán voz y no voto.
• Podrán presentar mociones sobre temas que considere
tratar en las sesiones del Comité Permanente.
• Además podrán formar parte de las Comisiones Temporales
o Permanentes.
n. Al finalizar cada periodo presidencial, el Colegio que presidió
la Federación, deberá incluir en su Informe Final de Gestión
las representaciones existentes, quiénes son sus representantes,
precisando a qué Colegio pertenecen, un record de asistencia
al Comité Permanente durante las sesiones del ario, el número
de los informes presentados con los logros alcanzados para la
Federación en dicha representación, periodo de vigencia del
nombramiento y otra información relevante.
Transitorio: Los representantes nombrados antes de la entrada
en vigencia de la presente reforma seguirán en sus cargos en las
mismas condiciones en que fueron nombrados, hasta el vencimiento
de su periodo.
Rige a partir de la fecha de aprobación. Este acuerdo deroga
los anteriores referidos al artículo 9 de este Reglamento. El acuerdo
será remitido a la Comisión de Reglamentos para su inclusión en el
Reglamento de Orden y Disciplina. Se publica en la página Web de
la FECOPROU
(1)Modificado en la Sesión CP-06-2015, según acuerdo CP-0603-2015
Artículo 10.—Las Comisiones Permanentes deben reunirse al
menos una vez al mes. Cuando un miembro de una Comisión faltare
dos veces consecutivas o cuatro alternas sin justificación, perderá su
credencial como miembro del Comité Permanente y del organismo
correspondiente.
Artículo 11.—Este reglamento podrá ser modificado total o
parcialmente con el voto de las dos terceras partes de los delegados
presentes en la sesión inmediatamente posterior al planeamiento de
las propuestas de modificación.
Rige a partir del treinta de noviembre del mil novecientos
noventa y cuatro. Aprobado por el Comité Permanente, en sesión
ordinaria N° 345 del 30 de noviembre de 1994, acuerdo N° 111.
Rafael Porras Madrigal, Presidente.—1 vez.—( IN2016093846 ).
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PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA
AVISOS
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Oficina Local San José Oeste, a Alba Coraima Díaz
Hernández, se le comunica la resolución de las 08:30 horas del 09
de noviembre del 2016, dictada por ésta oficina local, que ordenó
inicio de proceso especial de protección en sede administrativa
dictando medida de guarda, crianza y educación provisional de
la persona menor de edad Katalina Madrigal Díaz, en el hogar de
su progenitor el señor Jorgany Jesús Madrigal Rodríguez, por el
período máximo de seis meses. Notifíquese la presente resolución
a Alba Coraima Díaz Hernández, así como a los demás legítimos
interesados. Se advierte a las partes la necesidad de señalar
lugar conocido para recibir sus notificaciones, preferiblemente,
dentro del perímetro de un kilómetro a la redonda de la sede
Oficina Local de San José Oeste, o bien, señalar número de
facsímil para recibir aquellas notificaciones que pudieren
practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo,
o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto, se mantuviere
cerrado o llegare a desaparecer, las notificaciones futuras
quedarán firmes veinticuatro horas después -de dictadas. Se les
hace saber además, que contra la presente resolución procede
el recurso de apelación para ante la Presidencia Ejecutiva
de ésta institución, el cual podrá interponerse verbalmente o
por escrito en la Oficina Local de San José Oeste, dentro de las
cuarenta y ocho horas siguientes a su notificación, expediente:
OLSJO-00371-2016.—Oficina Local San José Oeste.—Licda.
Seidy Chavarría Ramírez, Órgano Director del Procedimiento.—O.
C. N° 40694.—Solicitud N° 16000061.—( IN2016093002 ).
UNIVERSIDAD NACIONAL
A Alexa Porras Muñoz, se le comunica la resolución de las
09:30 horas del 21 de noviembre del 2016, dictada por ésta oficina
local, que ordenó inicio de proceso especial de protección en sede
administrativa dictando medida de protección de abrigo temporal,
en beneficio de la persona menor de edad Maryangel Porras Muñoz,
por un plazo máximo de seis meses, salvo prórroga judicial.
Notifíquese la presente resolución a Alexa Porras Muñoz, así
como a los demás legítimos interesados. Se advierte a las partes la
necesidad de señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones,
preferiblemente, dentro del perímetro de un kilómetro a la redonda
de la sede oficina local de San José oeste, o bien, señalar número
de facsímil para recibir aquellas notificaciones que pudieren
practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo,
o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto, se mantuviere
cerrado o llegare a desaparecer, las notificaciones futuras
quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Se les
hace saber además, que contra la presente resolución procede el
recurso de apelación para ante la Presidencia Ejecutiva de ésta
institución, el cual podrá interponerse verbalmente o por escrito
en la oficina local de San José oeste, dentro de las cuarenta y
ocho horas siguientes a su notificación. Expediente: OLAL00304-2015 (LEGAJO).—Oficina Local San José oeste.—Licda.
Seidy Chavarría Ramírez, Organo Director del Procedimiento.—O.
C. N° 40694.—Solicitud N° 160000061.—( IN2016093003 ).
VICERRECTORÍA ACADÉMICA
PROGRAMA DE GRADUACIÓN
REPOSICIÓN DE TÍTULO
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Ante el Departamento de Registro de la Universidad Nacional,
se ha presentado solicitud de reposición de diploma por extravío,
correspondiente al Título de Bachillerato en la Enseñanza del Inglés,
grado académico: Bachillerato, registrado en el libro de títulos bajo
el tomo: 26, folio: 137, asiento: 2205, a nombre de Wally Solano
Jiménez, con fecha 19 de noviembre del 2010, cédula de identidad
Nº 5-0312-0802. Se publica este edicto para oír oposiciones a dicha
reposición, dentro del término de quince días hábiles a partir de la
tercera publicación en La Gaceta.
Heredia, 17 de noviembre del 2016.—Departamento
de Registro.—M.A.E. Marvin Sánchez Hernández,
Director.—( IN2016094118 ).
Al señor Allan Danilo Villalobos Valerín, de nacionalidad
costarricense, titular del documento de identidad costarricense
número 1-0726-0295 con domicilio desconocido, se le comunica la
resolución de las 11:00 horas del 15 de noviembre del 2016, con
la cual se resuelve a favor de la persona menor de edad Katherine
Vanessa Villalobos Carvajal, medida de abrigo temporal, por
el término de hasta seis meses en Ong. Fundación Hogar Manos
Abiertas. Así mismo se le notifica las resoluciones 10:00 del 17 de
noviembre del dos mil dieciséis. Se le confiere audiencia por tres
días hábiles, para que presente los alegatos de su interés, y ofrezca
las pruebas que estime necesarias, y se le advierte que tiene derecho
a hacerse asesorar y representar por abogados y técnicos de su
elección, así como consultar el expediente en días y horas hábiles,
se hace la salvedad que para fotocopiar el expediente administrativo
se cuenta con el horario de siete horas con treinta minutos y hasta las
once horas con treinta minutos en días hábiles, el cual permanecerá
a su disposición en esta oficina local, ubicada en San José, Distrito
INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS
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La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016
Hospital, sita en calle catorce, avenidas seis y ocho, del costado
suroeste del parque La Merced, ciento cincuenta metros al sur.
Así mismo se les hace saber que Deberá señalar lugar conocido o
número de facsímil para recibir sus notificaciones, en el entendido
que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto
o llegare a desaparecer, o si el medio electrónico seleccionado
fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión
de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución
se interrumpiere la comunicación, las resoluciones futuras
quedarán firmes 24 horas después de dictadas, conforme la Ley de
Notificaciones Judiciales. Se le hace saber, además, que contra las
indicadas resoluciones procede Recurso de Apelación para ante la
Presidencia Ejecutiva de esta institución, el cual deberán interponer
ante esta Representación Legal dentro de las 48 horas siguientes,
contadas a partir del día hábil inmediato siguiente a la fecha de
publicación del tercer aviso en el Diario Oficial, en el entendido que
hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible
(Artículo 139 del Código de la Niñez y la Adolescencia). Expediente
Nº OLSJO-00114-2016.—Oficina Local de San José Oeste.—Licda.
Marisol Piedra Mora, Representante Legal.—O. C. N° 40694.—
Solicitud N° 16000061.—( IN2016093004 ).
A: Cecilia Gómez Gómez , mayor, cédula N° 108710025
y José Chaverri Arroyo, mayor, cédula N° 900900771, demás
calidades desconocidas, se les comunica la resolución de las quince
horas veintiún minutos del veintinueve de agosto del año dos
mil dieciséis, en virtud de la cual se ordena dar Inicio al proceso
Especial de Protección a favor de la persona menor de edad: José
Joaquín Chaverri Gómez, con fecha de nacimiento 22-09-2003,
citas de inscripción: 208450844, se da audiencia a las partes para ser
escuchadas y que aporten prueba. Se advertirá también que deben
señalar lugar donde recibir notificaciones. Notifíquese. Expediente
OLCO-00124-2014.—Oficina Local Pani-Corredores.—Licda.
Arelys Ruiz Bojorge, Representante Legal.—O. C. N° 40694.—
Solicitud N° 16000061.—(IN2016093007).
Se comunica la señora: Dayanna Gabriela Montoya Díaz,
mayor de edad, costarricense, soltera, portadora de la cédula de
identidad número 116700337, de domicilios y demás calidades
desconocidas, progenitora de la persona menor de edad Kylary
Dayana Martínez Montoya, la resolución administrativa de esta
oficina de las dieciséis horas con cinco minutos del doce de agosto
de dos mil dieciséis, en la cual se dictó la Medida de Protección
Administrativa de abrigo temporal de la persona menor de edad:
Kylary Dayana Martínez Montoya, de diecisiete días de edad,
nacida el veintiséis de julio del dos mil dieciséis, de nacionalidad
costarricense, con citas de inscripción en el Registro Civil, sección
de nacimientos de la provincia de Limón, al tomo 400, tomo 202,
asiento 404 hija de Dayanna Gabriela Montoya Díaz y Argenis
Jose Martínez Ruiz, para que permanezca ubicada en la Asociación
Iglesia Evangélica Metodista, Centro de Atención Infanto Juvenil
Hogar Metodista. Recurso: El de Apelación, señalando lugar para
oír notificaciones dentro del perímetro judicial de la Presidencia
Ejecutiva en San José, dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a
la tercera publicación de este edicto.—Oficina Local de Síquirres.—
Lic. Randall Quirós Cambronero, Representante Legal.—O. C. N°
40694.—Solicitud N° 16000061.—( IN2016093008 ).
A Edilma Villarreal Coccio y Elvin González Pitti mayor,
calidades desconocidas, se les comunica la resolución de las siete
horas del siete de octubre del año dos mil dieciséis, en virtud de
la cual se ordena medida de abrigo temporal a favor de la persona
menor de edad Jorjan González Villarreal, con fecha de nacimiento
el 05-12-2007, citas de inscripción: 605090241, en la Alternativa
de Protección Hogarcito Infantil de Corredores. Notifíquese. Con la
advertencia de que deben señalar Lugar o un fax o Correo Electrónico
donde recibir notificaciones, en caso de no hacerlo o si el lugar fuera
inexacto, impreciso o llegara a desaparecer o el medio seleccionado
fuera defectuoso estuviera desconectado, sin suficiente provisión de
papel o por cualquier otro modo no imputable a esta Institución se
interrumpiera, la comunicación de las resoluciones futuras quedaran
firmes veinticuatro horas después de ser dictadas. En contra de esta
resolución procede únicamente el Recurso Ordinario de Apelación
que deberá interponerse ante esta Representación legal dentro de
las 48 horas hábiles después de notificada la presente resolución,
recurso que será resuelto por la Presidencia Ejecutiva de la
entidad. Expediente OLCO-00063-2016.—Oficina Local PaniCorredores.—Lic. Arelys Ruiz Bojorge, Representante Legal.—O.
C. N° 40694.—Solicitud N° 16000061.—( IN2016093009 ).
A Edwin Eduarte Mora, se le comunica la resolución de las
13:00 horas del 14 de noviembre del 2016, dictada por ésta oficina
local, que ordenó inicio de proceso especial de protección en sede
administrativa dictando medida de protección de orden de inclusión
a organización no gubernamental para tratamiento, de orientación
y apoyo a la familia y a la persona menor de edad Kevin Eduarte
Rodríguez, en el Programa Residencial en el Centro de Menores del
IAFA, ubicado en San Pedro de Montes de Oca, cuya medida no posee
plazo y queda sujeto al proceso de rehabilitación correspondiente.
Notifíquese la presente resolución a Edwin Eduarte Mora, así
como a los demás legítimos interesados. Se advierte a las partes la
necesidad de señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones,
preferiblemente, dentro del perímetro de un kilómetro a la redonda
de la Sede Oficina Local de San José Oeste, o bien, señalar número
de facsímil para recibir aquellas notificaciones que pudieren
practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si
el lugar señalado fuere impreciso, inexacto, se mantuviere cerrado
o llegare a desaparecer, las notificaciones futuras quedarán firmes
veinticuatro horas después de dictadas. Se les hace saber además,
que contra la presente resolución procede el recurso de apelación
para ante la presidencia ejecutiva de ésta institución, el cual podrá
interponerse verbalmente o por escrito en la Oficina Local de San
José Oeste, dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a su
notificación. Expediente N° OLSJO-00386-2015.—Licda. Seidy
Chavarría Ramírez, Órgano Director del Procedimiento.—O. C. N°
40694.—Solicitud N° 16000061.—( IN2016093015 ).
A Gerardo Alfaro Méndez, mayor, cedula: 5-135-049 demás
calidades desconocidas, se les comunica la resolución de las nueve
horas quince minutos del diecinueve de setiembre del dos mil
dieciséis, en virtud de la cual se pone en conocimiento por el plazo
de cinco días hábiles, investigación ampliada de los hechos, de
fecha dieciséis de setiembre del dos mil dieciséis, para que ofrezca
pruebas y presente alegatos, y la resolución de las ocho horas del
veintiocho de setiembre del año dos mil dieciséis, donde se ordena
cuido provisional a favor de la persona menor de edad Emily de
los Ángeles Alfaro Martínez, con fecha de nacimiento el 21-062003, citas de inscripción: 604800667, en el hogar de la señora:
María Fernanda Martínez Jiménez, hermana. Notifíquese. Con la
advertencia de que deben señalar lugar o un fax o correo electrónico
donde recibir notificaciones, en caso de no hacerlo o si el lugar fuera
inexacto, impreciso o llegara a desaparecer o el medio seleccionado
fuera defectuoso estuviera desconectado, sin suficiente provisión de
papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se
interrumpiera, la comunicación de las resoluciones futuras quedaran
firmes veinticuatro horas después de ser dictadas. En contra de esta
resolución procede únicamente el recurso ordinario de apelación que
deberá interponerse ante esta representación legal dentro de las 48
horas hábiles después de notificada la presente resolución, recurso que
será resuelto por la presidencia ejecutiva de la entidad. Expediente
N° OLCO-00028-2016.—Oficina Local PANI-Corredores.—Licda.
Arelys Ruiz Bojorge, Representante Legal.—O. C. N° 40694.—
Solicitud N° 16000061.—( IN2016093016 ).
Se le comunica a Giovanni Jiménez Zeledón la resolución
de las ocho horas con quince minutos del nueve de noviembre de
dos mil dieciséis mediante la cual se da inicio al proceso especial
de protección y se ordena orientación, apoyo y seguimiento a la
familia. En contra de la presente resolución procede el recurso de
apelación para ante el Superior en grado, dentro de un plazo de
48 horas, contados a partir de la tercera publicación del presente
edicto. Deberá además señalar lugar o medio electrónico para
recibir sus notificaciones dentro del perímetro de esta Oficina Local,
si el lugar señalado fuere inexacto o incierto o el medio ineficaz,
las resoluciones posteriores se tendrán por notificada con el sólo
transcurso de 24 horas después de dictada. Expediente OLG-00513-
La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016
2016.—14 de noviembre de 2016.—Oficina Local de Guadalupe.—
Lic. Roberto Marín A. Representante Legal.—O. C. N° 40694.—
Solicitud N° 16000061.—(IN2016093017).
A: Yorleny Gustavino Saldaña, número de cédula 6392-857,
de domicilio y demás calidades desconocidas, se le comunica la
resolución de las once horas del dos de agosto del año dos mil dieciséis,
en virtud de la cual se resuelve dictar medida de cuido provisional
en familia sustituta a favor de la persona menor de Edad: Jerferson
Daniel Gustavino Saldaña, según citas de inscripción: 605270705,
para que permanezca en el hogar de Rómulo Gustavino Miranda
y Bernardina Saldaña Castillo, abuelos maternos. Notifíquese.
Con la advertencia de que deben señalar Lugar o un fax o Correo
Electrónico donde recibir notificaciones, en caso de no hacerlo
o si el lugar fuera inexacto, impreciso o llegara a desaparecer o
el medio seleccionado fuera defectuoso estuviera desconectado,
sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no
imputable a esta Institución se interrumpiera, la comunicación
de las resoluciones futuras quedaran firmes veinticuatro horas
después de ser dictadas. En contra de esta resolución procede
únicamente el Recurso Ordinario de Apelación que deberá
interponerse ante esta Representación legal dentro de las 48 horas
hábiles después de notificada la presente resolución, Recurso que
será resuelto por la Presidencia Ejecutiva de la entidad. Expediente
OLCO-00095-2015.—Oficina Local Pani-Corredores.—Licda.
Arelys Ruiz Bojorge, Representante Legal.—O. C. N° 40694.—
Solicitud N° 16000061.—( IN2016093059 ).
Al señor Juan Carlos Urbina Urbina se le comunica la
resolución de las catorce horas del dieciocho de noviembre del
dos mil dieciséis que ordenó abrigo temporal de la niña Aneliz
Valeria Urbina Dávila en la organización no gubernamental casa
Main. Notifíquese la anterior resolución a las partes interesadas,
personalmente o en su casa de habitación, a quienes se les advierte
que deberán señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o
bien, señalar número de facsímile para recibir aquellas notificaciones
que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no
hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a
desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere
desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier
otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere
la comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes
veinticuatro horas después -de dictadas. Se les hace saber además,
que contra la presente resolución procede el recurso ordinario de
apelación, que deberán interponer ante esta Representación Legal
dentro del plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha de la
última notificación a las partes, el de recurso será de conocimiento
de la Presidencia Ejecutiva de esta institución, en el entendido que
hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible.
Expediente OLHN-00561-2016-2.—Licda. Marcela Ramírez Ulate,
Órgano Director del Procedimiento.—O. C. N° 40694.—Solicitud
N° 16000061.—( IN2016093060 ).
A Karina María Gómez Sánchez, de nacionalidad
costarricense, con cédula de identidad número cinco-trescientos
veintitrés-cuatrocientos diecinueve, de domicilio y demás calidades
desconocidas se hace saber la resolución de once horas cinco minutos
del diecinueve de julio del dos mil dieciséis, mediante la cual esta
oficina local ordena la ubicación de la persona menor Jimmy José
Parrales Gómez, en el hogar del señor Aly Jafet Parrales Maltez.
Plazo: cuarenta y ocho horas después de la última publicación de este
edicto. Expediente administrativo N° OLSC-00089-2016.—Oficina
Local de Santa Cruz, 16 setiembre del 2016.—Lic. German Morales
Bonilla, Representante Legal.—O. C. N° 40694.—Solicitud N°
16000061.—( IN2016093061 ).
A las siete horas cuarenta y ocho minutos del día veintiocho
de octubre del dos mil dieciséis. A la señora Mora Arias Yadira
se le comunica la resolución de las once horas cincuenta minutos
del día veintiséis de octubre del dos mil dieciséis, en la que se da
inicio del Proceso Especial de Protección en Sede Administrativa y
dictado de Medida de protección de Cuido Provisional a favor del
infante Indo Mora Arias. Expediente Administrativo OLOS-00106-
Pág 33
2016. Notifíquese la anterior resolución a las partes interesadas,
personalmente o en su casa de habitación, a quienes se les advierte
que deberán señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones,
o bien, señalar número de facsímile para recibir aquellas
notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el
entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso,
inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere
defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de
papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución
se interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras
quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Se les
hace saber además, que contra la presente resolución procede el
recurso ordinario de apelación, que deberán interponer ante esta
Representación Legal dentro del plazo de cuarenta y ocho horas
siguientes a la fecha de la última notificación a las partes, el de
recurso será de conocimiento de la Presidencia Ejecutiva de esta
institución, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el
recurso deviene en inadmisible.—Oficina Local de Osa.—Licda.
Roxana Gamboa Martínez, Órgano Director del Procedimiento.—O.
C. N° 40694.—Solicitud N° 16000061.—( IN2016093062 ).
A Óscar Hernández Picado, mayor, cedula: 6-0362-0256,
demás calidades desconocidas, se le comunica la resolución de
las once horas del siete de setiembre del año dos mil dieciséis, en
virtud de la cual se pone en conocimiento informe de investigación
ampliada de los hechos, elaborado por el Lic. Jorge Fajardo González,
presente alegatos y ofrezca pruebas. Notifíquese. Y la resolución de
diez horas del dieciséis de setiembre del dos mil dieciséis, mediante
la cual se ordena medida de cuido provisional en familia sustituta
a favor de los niños: Yeison, Tannia Isabel y José Antonio Todos
Hernández Aguilar, fechas de nacimiento: 23-03-2006, 04-112001, 13-03-2000, citas de inscripción: 604980480, 305350444,
117720082, respectivamente, para que permanezcan en el hogar
del señor Franklin Aguilar Álvarez, tío materno. Notifíquese: con la
advertencia de que deben señalar lugar o un fax o correo electrónico
donde recibir notificaciones, en caso de no hacerlo o si el lugar fuera
inexacto, impreciso o llegara a desaparecer o el medio seleccionado
fuera defectuoso estuviera desconectado, sin suficiente provisión de
papel o por cualquier otro modo no imputable a esta Institución se
interrumpiera, la comunicación de las resoluciones futuras quedarán
firmes veinticuatro horas después de ser dictadas. En contra de esta
resolución procede únicamente el recurso ordinario de apelación
que deberá interponerse ante esta representación legal dentro de
las 48 horas hábiles después de notificada la presente resolución,
recurso que será resuelto por la Presidencia Ejecutiva de la entidad.
Expediente OLCO-00103-2015.—Oficina Local Corredores.—
Licda. Arelys Ruiz Bojorge, Representante Legal.—O. C. N°
40694.—Solicitud N° 16000061.—( IN2016093063 ).
A quien interese se le comunica que por resolución de las
doce horas veintinueve minutos del diez de noviembre del año dos
mil dieciséis, se declaró estado de abandono en sede administrativa
de la persona menor de edad Cristofer Mauricio Castro Morales.
Notifíquese. La presente resolución a quien interese mediante la
publicación de un edicto, por tres veces consecutivas, en el Diario
Oficial, con la advertencia que deberán señalar lugar conocido para
recibir sus notificaciones, o bien, señalar número de facsímil para
recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese
medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado
fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio
seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente
provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta
institución se interrumpiere la comunicación, las notificaciones
futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Se
les hace saber, además, que contra la presente resolución proceden
los recursos ordinarios de revocatoria con apelación en subsidio, que
deberán interponer ante esta Representación Legal dentro del tercer
día hábil inmediato siguiente a la fecha de la última notificación a
las partes, siendo que el de revocatoria será de conocimiento de esta
Representación Legal, y el de apelación de la Presidencia Ejecutiva de
esta institución. Exp-OLS1-00087-2016.22.—Pani-Corredores.—
Licda. Arelys Ruiz Bojorge, Representante Legal.—O. C. N°
40694.—Solicitud N° 16000061.—( IN2016093064 ).
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La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016
Se le comunica a Reiner Alvarado Solano, la resolución de
las trece horas con quince minutos del nueve de Noviembre de
dos mil dieciséis, mediante la cual se ubica a Gioconda Alvarado
Sibaja al lado de la señora Joselyn Sibaja Cordero, hasta por un
plazo de seis meses en forma provisional, cautelar. En contra
de la presente resolución procede el recurso de apelación para
ante el Superior en grado, dentro de un plazo de 48 horas,
contados a partir de la tercera publicación del presente edicto.
Deberá además señalar lugar o medio electrónico para recibir
sus notificaciones dentro del perímetro de esta Oficina Local, si
el lugar señalado fuere inexacto o incierto o el medio ineficaz,
las resoluciones posteriores se tendrán por notificada con el sólo
transcurso de 24 horas después de dictada. Expediente OLG00551-2015.—Oficina Local de Guadalupe, 14 de noviembre del
2016.—Licenciado Roberto Marín A., Representante Legal.—O. C.
N° 40694.—Solicitud N° 16000061.—( IN2016093065 ).
Al señor Roberto Guillermo Camacho Morales, mayor, con
domicilio exacto y demás calidades desconocidas por esta oficina
local se le comunica la resolución de las nueve horas diez minutos
del quince de noviembre de dos mil dieciséis que ordenó el inicio
de proceso especial de protección y dictó medida de inclusión en
favor de la persona menor de edad Estefany Camacho Rodríguez,
ubicándola en la ONG. Renacer, sita en Linda Vista de Patarrá de
Desamparados, para tratamiento por consumo de sustancias adictivas,
remitiéndose el expediente al Área de Psicología de esta oficina para
que continúe el seguimiento correspondiente a la persona menor de
edad. Se les confiere el término de tres días para que manifiesten
cualquier oposición o manifiesten lo que tengan a bien manifestar.
Notifíquese la anterior resolución a las partes interesadas por edicto
al desconocer su domicilio actual exacto o ubicación de ambos, a
quienes se les advierte que deberá señalar lugar conocido para recibir
sus notificaciones, o bien, señalar número de facsímile para recibir
aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el
entendido que de no hacerlo o si el lugar señalado fuere impreciso,
inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere
defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de
papel o por cualquier otro modo no imputable a esta Institución se
interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras quedarán
firmes veinticuatro horas después de dictadas. Se les hace saber
además, que contra la presente resolución inicial descrita procede
el recurso ordinario de apelación, que deberán interponer ante esta
representación legal dentro del plazo de cuarenta y ocho horas
siguientes a la fecha de la última notificación a las partes, el de
recurso será de conocimiento de la Presidencia Ejecutiva de esta
Institución, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el
recurso deviene en inadmisible. Expediente: OLHN-00326-2016.—
Oficina Local Heredia Norte.—Licda. Ana Julieta Hernández Issa El
Khoury, Órgano Director del Procedimiento.—O. C. N° 40694.—
Solicitud N° 16000061.—( IN2016093066 ).
A Yorleny Obando Trejos, mayor, cedula 6-0333-817, y
José Sánchez Salas, mayor, cédula 6-289-742, demás calidades
desconocidas, se les comunica la resolución de las siete horas treinta
minutos del treinta de agosto del año dos mil dieciséis, dictada
por este despacho en virtud de la cual se resuelve Resolución de
Inicio del Proceso Especial de Protección, a favor de la persona
menor de edad: Josué Sánchez Obando, citas de inscripción:
119890084. con fecha de nacimiento 27-02-2007 y la resolución
de las siete horas treinta y dos minutos del catorce de noviembre
del año dos mil dieciséis, en la cual se ponen en conocimiento
por el plazo de cinco días hábiles, el Informe de investigación
ampliada de los Hechos de fecha diez de noviembre del año
dos mil dieciséis, elaborado por Lic. Jorge Fajardo González,
Trabajador Social, presente alegatos y pruebas. Notifíquese.
Oficina Local PANI-Corredores. Expediente N° OLCO-000512016.—Licda. Arelys Ruiz Bojorge, Representante Legal.—O. C.
N° 40694.—Solicitud N° 16000061.—( IN2016093072 ).
Yudith Elaine Vega Torres. Se le comunica la resolución de las
catorce horas del veintiocho de octubre del dos mil dieciséis. en la que
se ordenó medida de protección de orden de abrigo temporal a favor
de la persona menor de edad Joshua José Vega Torres. Notifíquese
la anterior resolución a las partes interesadas, personalmente o en
su casa de habitación, a quienes se les advierte que deberán señalar
lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número
de facsímile para recibir aquellas notificaciones que pudieren
practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el
lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o
si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado,
sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no
imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las
notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después
- de dictadas. Se les hace saber además, que contra la presente
resolución procede el recurso ordinario de apelación, que deberán
interponer ante esta Representación Legal dentro del plazo de
cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha de la última notificación
a las partes, el de recurso será de conocimiento de la Presidencia
Ejecutiva de esta institución, en el entendido que hacerlo fuera de
dicho término el recurso deviene en inadmisible. Expediente OLA00431-2016.—Oficina Local de Alajuela.—Licda. Alejandra Solís
Lara, Órgano Director del Procedimiento.—O. C. N° 40694.—
Solicitud N° 16000061.—( IN2016093073 ).
A Yulian Calzadilla Suárez, se le comunica la resolución
de las trece horas del catorce de noviembre del dos mil
dieciséis, donde se resuelve: I.—Dar inicio al proceso especial
de protección en sede administrativa a favor de la persona
menor de edad Eva Calzadilla Solano. II.—Se ordena el cuido
provisional de la persona menor de edad Eva Calzadilla Solano
en el hogar solidario de su abuela materna, Flora Isabel Torres
Arias. La presente medida de protección tiene una vigencia de
hasta seis meses en tanto no se modifique en vía administrativa
o judicial, teniendo como fecha de vencimiento el catorce
de mayo del dos mil diecisiete, plazo dentro del cual deberá
definirse la situación psicosociolegal de las persona menor de
edad. IV.—Se ordena el egreso de la persona menor de edad Eva
Calzadilla Solano con su abuela materna, Flora Isabel Torres
Arias. V.—En cuanto a la interrelación familiar se dispone
que la presente medida no limita el contacto de la señora Ruth
Mariela Solano Torres con la persona menor de edad, dichas
visitas se realizarán conforme al acuerdo previo de la madre y
la abuela materna, siempre y cuando la madre no se halle, bajo
los efectos de alguna sustancia adictiva. VI.—Se le advierte a
la señora Ruth Mariela Solano Torres, su deber de integrarse
a un grupo de crecimiento personal de educación a padres de
los que imparte trabajo social de la Clínica Marcial Rodríguez
y /o trabajo social del Hospital San Rafael y lo grupo a fin
de su comunidad y/o participar en academia de crianza que se
imparte en Alajuela, debiendo de aportar informes periódicos
de avance a esta oficina. VII.—Se le advierte a la señora Ruth
Mariela Solano Torres, su deber de someterse a valoración de
IAFA y de cumplir con las recomendaciones dadas por dicho
instituto, debiendo rendir informes de avance periódicamente
a esta oficina. VIII.—Se le advierte a la señora Ruth Mariela
Solano Torres, que debe someterse a la orientación, apoyo y
seguimiento a la familia, que le brindará esta institución en el
tiempo y forma que se les indique. Para lo cual se les indica
que deben coopera con la atención institucional, lo que implica
asistir a las citas que se le brinden así como cumplimiento de
las indicaciones emitidas. IX.—Se designa a una profesional
en psicología de la oficina local de Alajuela para que continúe
brindando atención y seguimiento a la situación de la persona
menor de edad, debiendo rendir un Plan de Intervención y
Cronog Rama dentro del plazo de veinticinco días naturales y
un informe final un mes antes del vencimiento de las medidas
de protección. X) Se les otorga a los progenitores Ruth Mariela
Solano Torres y Yulián Calzadilla Suárez, el plazo de cinco días
hábiles dentro del cual podrán ofrecer la prueba de descargo
pertinente. XI) Comuníquese esta resolución al Juzgado de
Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela. Notifíquese
la presente resolución a los señores Ruth Mariela Solano
Torres y Yulián Calzadilla Suárez, personalmente o en su casa
de habitación, a quienes se les advierte que deberán señalar
lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar
número de facsímile para recibir aquellas notificaciones que
La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016
pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de
no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto
o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere
defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de
papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución
se interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras
quedarán firmes veinticuatro horas después -de dictadas. Se les
hace saber además, que contra la presente resolución procede el
recurso ordinario de apelación, que deberán interponer ante esta
representación legal dentro del plazo de cuarenta y ocho horas
siguientes a la fecha de la última notificación a las partes, el de
recurso será de conocimiento de la presidencia ejecutiva de esta
institución, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término
el recurso deviene en inadmisible. Expediente número 0LA00520-2015.—Oficina Local del PANI de Alajuela.—Licda.
Marianela Acón Chan, Órgano Director del Procedimiento.—O.
C. N° 40694.—Solicitud N° 16000061.—( IN2016093074 ).
A Isabel Cristina Vargas Palacios se le comunica la resolución
de las catorce horas con treinta minutos del dieciocho de octubre de
dos mil dieciséis que ordenó la modificación de la Guarda Crianza
de la persona menor de edad Nayla Isabella Leiva Vargas ubicándola
en el hogar de su progenitor Rodrigo Humberto Leiva Rodríguez y
la resolución de ocho horas con quince minutos del veintiuno de
octubre de dos mil dieciséis donde se inició proceso especial de
protección en favor de la persona menor de edad Tamara Daniela
Cubero Vargas y la resolución de las nueve horas del dieciséis de
noviembre de dos mil dieciséis donde se cambia el señalamiento a
audiencia oral para evacuar prueba y presentar alegatos. Notifíquese
las anteriores resoluciones a las partes interesadas, personalmente
o en su casa de habitación, a quienes se les advierte que deberán
señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar
número de facsímile para recibir aquellas notificaciones que pudieren
practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el
lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o
si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado,
sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no
imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las
notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después -de
dictadas. Se les hace saber además, que contra la presente resolución
procede el recurso ordinario de apelación, que deberán interponer
ante esta Representación Legal dentro del plazo de cuarenta y ocho
horas siguientes a la fecha de la última notificación a las partes,
el de recurso será de conocimiento de la Presidencia Ejecutiva de
esta institución, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término
el recurso deviene en inadmisible. Expediente N° OLPR-001892016.—Lic. Crist1an Francisco Ortiz Bonilla, Organo Director Del
Proceso Especial De Protección En Sede Administrativa.—O. C. Nº
40694.—Solicitud Nº 16000061.—( IN2016093075 ).
INSTITUTO NACIONALDE FOMENTO COOPERATIVO
D.E. Nº 1589-1276-2016.—Instituto Nacional de Fomento
Cooperativo.—San José, a las 14 horas del 21 de noviembre de
2016. Por haberse disuelto mediante sentencia del 9 de mayo de
2016 dictada por el Juzgado de Trabajo de Mayor Cuantía de San
Carlos, la Cooperativa Autogestionaria de Productores y Turismo
Río Celeste R.L. (COOPERIOCELESTE, R.L.) inscrita en el
Registro del Departamento de Organizaciones del Ministerio de
Trabajo y Seguridad Social mediante resolución Nº C-1276 y
con fundamento en los artículos 89 y concordantes de la Ley de
Asociaciones Cooperativas y Creación del Instituto Nacional de
Fomento Cooperativo, se nombra como integrantes de la Comisión
Liquidadora a los señores Sylvia Subirós Barrantes, cédula de
identidad Nº 1-505-324 y Jorge Enrique Chaves Villalobos, cédula
de identidad Nº 2-224-244, en representación del INFOCOOP
y Milagro Zamora Alpízar, cédula de identidad Nº 2-544-541, en
representación de los asociados. Se convoca a interesados para
que en el plazo de 15 días hábiles, a partir de esta publicación,
hagan valer sus derechos ante la Comisión Liquidadora en el Área
de Supervisión del Instituto Nacional de Fomento Cooperativo.
Publíquese.
Lic. Rónald Fonseca Vargas, Director Ejecutivo a. í.—
1 vez.—O.C. Nº 36769.—Solicitud Nº 72285.—( IN2016093733 ).
Pág 35
El Instituto Nacional de Fomento Cooperativo (INFOCOOP)
Departamento de Supervisión Cooperativa previene al Gerente
de la Cooperativa Nacional de Servicios de Vivienda R.L.
(CONASERVI R.L.), integrantes del Consejo de Administración,
demás órganos administrativos y asociados de la misma, así como a
terceros interesados, que este Instituto no tiene evidencia de que la
cooperativa esté cumpliendo con su objeto social.
De acuerdo con el Sistema de Información cooperativa
que mantiene el Departamento de Supervisión Cooperativa del
INFOCOOP, CONASERVI R.L. tiene pendiente de presentar los
siguientes documentos:
• Dirección exacta, apartado postal, número de teléfono, número
de fax, dirección electrónica (si la tuviere) de la cooperativa.
• Copia de las actas de Asamblea Ordinaria celebrada del 2010
al 2016, debidamente firmadas.
• Copia de los Estados Financieros (auditados o firmados por el
Gerente) del periodo 2008 al 2016.
• Copia de la certificación de la personería jurídica, extendida
por el Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio
de Trabajo y Seguridad Social del Gerente, Consejo de
Administración, Comité de Vigilancia y Comité de Educación
y Bienestar Social, vigente.
•Copia del Estatuto Social vigente registrado en el
Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de
Trabajo y Seguridad Social.
• Copia del recibo de cancelación de la Póliza de Fidelidad
vigente.
• Nómina de asociados de acuerdo a la última asamblea.
• Indicar mediante nota el número de asociados por género.
• Indicar mediante nota la principal actividad económica a la
que se dedica la cooperativa.
Por otra parte, de acuerdo con los registros que al efecto
lleva el Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio
de Trabajo y Seguridad Social, el nombramiento de tres miembros
propietarios del Consejo de Administración, les venció su periodo
en julio del 2014, a los otros dos miembros propietarios les venció
su periodo en julio del 2013 y a los dos suplentes les venció su
periodo en julio del 2013 y no existen gestiones en trámite para
regularizar su situación registral.
De lo anterior, deducimos que la entidad no se ajusta a lo que
disponen los artículos 46, 47, 48, 53 y 98 incisos b) y c) de la Ley
de Asociaciones Cooperativas vigente y no hay evidencia de que la
cooperativa esté cumpliendo con su objeto social.
Por lo tanto, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 86
inciso b), 87 inciso b) y el 97 de la Ley de Asociaciones Cooperativas
vigente, se les confiere un plazo improrrogable de quince días
hábiles, a partir de la fecha de recibo de este apercibimiento, para
que presenten al INFOCOOP evidencia de que CONASERVI R.L.,
está cumpliendo con su objeto social, en su omisión, se aplicará lo
que establece el artículo 87 de la Ley de Asociaciones Cooperativas
vigente. (SC-1056-1217-2016).
Departamento de Supervisión Cooperativa.—Mgter. María
del Rocío Hernández Venegas, Gerente.—1 vez.—O. C. N°
36763.—Solicitud N° 71843.—( IN2016093738 ).
D.E. Nº 1588-1451-2016.—San José, a las 14:00 horas del
21 de noviembre de 2016. Por haberse disuelto mediante sentencia
Nº 653 de las 09:30 horas del 04 de diciembre de 2015 dictada
por el Juzgado de Trabajo del II Circuito Judicial de la Zona
Atlántica, Pococí, la Cooperativa de Autogestión de Maquila R.
L. (Coopeyireth, R. L.) inscrita en el Registro del Departamento
de Organizaciones del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
mediante resolución Nº C-1451 y con fundamento en los artículos 89
y concordantes de la Ley de Asociaciones Cooperativas y Creación
del Instituto Nacional de Fomento Cooperativo, se nombra como
integrantes de la Comisión Liquidadora a los señores Sylvia Subirós
Barrantes, cédula de identidad 1-505-324 y Jorge Enrique Chaves
Villalobos, cédula de identidad 2-224-244, en representación del
Infocoop y Marvy Mata Méndez, cédula de identidad 3-0300-0523,
en representación de los asociados. Se convoca a interesados para
que en el plazo de 15 días hábiles, a partir de esta publicación,
hagan valer sus derechos ante la Comisión Liquidadora en el Área
de Supervisión del Instituto Nacional de Fomento Cooperativo.
Publíquese.
Lic. Ronald Fonseca Vargas, Director Ejecutivo a. í.—
1 vez.—O. C. N° 36762.—Solicitud N° 71847.—( IN2016093742 ).
Pág 36
La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016
AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICOS PÚBLICOS
CONVOCA A CONSULTA PÚBLICA
Se invita a los interesados a presentar sus oposiciones o coadyuvancias sobre la propuesta de la Refinadora Costarricense de Petróleo
(RECOPE) para el ajuste extraordinario de los precios de los combustibles derivados de los hidrocarburos, diciembre de 2016, según el
siguiente detalle:
La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016
El plazo máximo para presentar sus oposiciones o
coadyuvancias vence el día miércoles 21 de diciembre de 2016 a las
dieciséis horas (4 p.m.).
Las oposiciones o coadyuvancias se pueden presentar: ►en
las oficinas de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos,
ubicadas en el edificio Turrubares del Oficentro Multipark,
Guachipelín de Escazú, San José, ►o al fax 2215-6002, ►o por
medio del correo electrónico(**): [email protected]
Las oposiciones o coadyuvancias deben estar sustentadas
con las razones de hecho y derecho que se consideren pertinentes,
debidamente firmadas y consignar el lugar exacto, correo
electrónico o el número de fax, para efectos de notificación por
parte de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos. En el
caso de que la oposición o coadyuvancia sea interpuesta por persona
física, esta deberá aportar fotocopia de su cédula; y si es interpuesta
por personas jurídicas, deberán aportar además certificación de
personería vigente.
Se hace saber a los interesados que esta consulta pública
se realiza conforme al voto Nº 2007-11266 y 2010-004042 de la
Sala Constitucional y las resoluciones RRG-7205-2007, RJD-2302015 y RJD-070-2016 de la Autoridad Reguladora de los Servicios
Públicos.
Se informa que la propuesta se tramita en el expediente ET080-2016, y se puede consultar en las instalaciones de la ARESEP
y en la siguiente dirección electrónica: www.aresep.go.cr (Consulta
de expedientes).
Asesorías e información adicional: comunicarse con el
Consejero del Usuario al correo electrónico [email protected]
o a la línea gratuita 8000-273737.
(**) En el caso de que la oposición o coadyuvancia sea
enviada por medio de correo electrónico, ésta debe de estar suscrita
mediante firma digital, o en su defecto, el documento con la firma
debe de ser escaneado y cumplir con todos los requisitos arriba
señalados, además el tamaño de dicho correo electrónico no puede
exceder a 10,5 megabytes.
Dirección General de Atención al Usuario.—Marta
Monge Marín.—1 vez.—O. C. Nº 8781-2016.—Solicitud
Nº 73291.—( IN2016096010 ).
RÉGIMEN MUNICIPAL
MUNICIPALIDAD DE ESCAZÚ
CEMENTERIO CAMPO DE ESPERANZA
SAN ANTONIO DE ESCAZÚ
La Junta Administradora del Cementerio Campo de Esperanza
de San Antonio de Escazú, hace del conocimiento público, que
según el artículo cuarto, inciso i, del acta número veintisiete, de la
reunión extraordinaria, celebrada el día sábado cinco de noviembre
del dos mil dieciséis, se aprobaron las siguientes tarifas que regirán
a partir del 01 de enero del 2017.
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MUNICIPALIDAD DE PURISCAL
El Concejo Municipal de Puriscal en sesión ordinaria N° 47
celebrada el 29 de noviembre 2016, acordó, no sesionar el día 27 de
diciembre del 2016. Acuerdo 033-47-2016. Acuerdo definitivamente
aprobado.
Yorleny Guevara Mora, Secretaria.—1 vez.—( IN2016094242 ).
MUNICIPALIDAD DE ALAJUELITA
AVISO
La Municipalidad del Cantón de Alajuelita comunica a los
estimados vecinos y público en general, que por acuerdo de la sesión
47 ordinaria, celebrada el día 22 de noviembre del 2016, dispuso
en trasladar la sesión 52 ordinaria correspondiente al martes 27 de
diciembre al día 22 de Diciembre del presente año a las 19:00 horas.
San José, 1 de diciembre del 2016.—Sra. Emilia Martínez Mena,
Secretaria del Concejo Municipal.—1 vez.—( IN2016094241 ).
MUNICIPALIDAD DE MONTES DE OCA
Para los fines consiguientes la Dirección de Servicios de la
Municipalidad de Montes de Oca hace saber que los señores Ugalde
Mora Jairo, cédula 1-1043-0622, ha presentado escritura pública
rendida ante la notario José Enrique Guevara Acuña en la que dice
que traspasa y cede el derecho de cementerio fosa 357 bloque D del
cementerio Nuevo de Sabanilla, a la señora Gómez Arroyo Rosalinda
cédula 1-0345-0999, quien acepta que quede inscrito a nombre de
ella con las obligaciones y responsabilidades que de este acto se
derivan. La Municipalidad de Montes de Oca queda exonerada de
toda responsabilidad civil y penal y brindará un plazo de 8 días
hábiles a partir de esta publicación para escuchar objeciones.
Sabanilla de Montes de Oca, 5 de diciembre del 2016.—Lic.
Guillermo J. Montero Marroquín, Encargado de Cementerios.—
1 vez.—( IN2016094393 ).
MUNICIPALIDAD DE POÁS
La suscrita secretaria Concejo Municipal, hace constar que
el Concejo Municipal del cantón de Poás, en su sesión ordinaria
Nº 031-2016, celebrada el día 29 de noviembre de 2016, tomó el
Acuerdo N° 478-11-2016, en forma unánime y definitivamente
aprobado, para que la sesión ordinaria del Concejo Municipal
programada el martes 27 de diciembre del 2016, se cambie y se
celebre el día lunes 26 de diciembre 2016 a las 12:00 m.d. en la
sala de sesiones de esta municipalidad.” Esto por motivo de que la
municipalidad permanecerá cerrada por la época navideña, a partir
del 26 de diciembre del 2016, inclusive, abriendo nuevamente sus
puertas hasta el 02 de enero del 2017.
Publíquese en el Diario Oficial La Gaceta.
San Pedro de Poás, 01 diciembre 2016.—Roxana Chinchilla
F., Secretaria.—1 vez.—( IN2016093698 ).
MUNICIPALIDAD DE CARTAGO
1) Alquiler de nichos propiedad de la Junta, por un período
de 5 años, ¢250.000,00
2) Inhumaciones en fosas de tierra, por un período de 5
años, ¢75.000,00
3) Inhumaciones en nicho normal, ¢30,000,00
4) Exhumaciones en nicho normal, ¢35.000,00
5) Permiso para construcción de bóvedas, ¢25.000,00
6) Permiso para construcción de tapa que conecte con el
osario interno de la bóveda, ¢12.000,00
7) Permiso para construcción de osario externo en bóvedas,
¢15.000,00
8) Permiso para enchape de acera alrededor de la bóveda,
¢15.000,00
9) Pegado de placa por parte de la Junta, ¢6.000,00
10) Alquiler de bodega durante la construcción de la bóveda,
¢20.000,00
Rige treinta días después de la presente publicación de acuerdo
al artículo N° 74 del Código Municipal.
Escazú, 5 de diciembre del 2016.—Mayra León Sandi,
Secretaria.—1 vez.—( IN2016093817 ).
Proveeduría.—Guillermo Coronado Vargas.—1 vez.—
( IN2016093642 ).
Proyecto Tarifas Desechos Sólidos
El Concejo Municipal de la Municipalidad de Cartago
comunica que, en sesión ordinaria realizada el veintinueve de
noviembre del 2016, artículo 8 del acta N° 46-16 se aprobó la
actualización de las tarifas del servicio de desechos sólidos, el cual
se establece de la siguiente manera:
Desechos sólidos
Tasa mensual (en colones)
Tipo de usuario
Residencial,
Religiosas
Instituciones
Comercial e Industrial
Por metro lineal de frente de
propiedad
Públicas
y
¢228,00
¢570,00
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La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016
MUNICIPALIDAD DE OREAMUNO
Se le comunica al público en general, literalmente el Artículo
30°, Acuerdo Nº 403-2016, tomado en la Sesión Nº 046-2016,
celebrada por el Concejo Municipal el día 21 de noviembre del 2016.
Artículo 30°: Acuerdo Nº 403-2016: Moción presentada por
la Regidora Propietaria Sonia Aguilar Monge y William Gómez
Gómez y la Regidora Suplente Jenny Ramírez Brenes. Apoyada
por los Regidores Ileana Bonilla Gómez, Alba Ramírez Méndez y
Adrián Masis Siles.
Se acuerda trasladar las siguientes sesiones:
• La Sesión Ordinaria del día 26 de diciembre, 2016 para el día
jueves 29 de diciembre del 2016.
• La Sesión Ordinaria del 02 de enero 2017 para el día 05 de
enero del 2017.
Con dispensa del trámite de Comisión se declare aprobado y
en firme y se le aplique el artículo 45 del Código Municipal.
Lic. Catalina Coghi Ulloa, Alcaldesa.—1 vez.—
( IN2016093951 ).
MUNICIPALIDAD DE HEREDIA
En el Cementerio Anexo Central de Heredia, existe un
derecho a nombre de Aragón Tellez Manuel, los descendientes del
señor fallecido desean traspasar, además desean incluir beneficiarios
indicándose así:
Arrendatario: Walter Méndez Gómez, cédula 05-0148-1394
Beneficiarios: Xinia Elizondo Calderón, cédula 01-0527-0840
Lote Nº 130 Bloque E, medida 3 metros cuadrados para 2
nichos, solicitud 515, recibo 1441254, inscrito en Folio 77 Libro 2.
Datos confirmados según constancia extendida por la Administración
de Cementerios con fecha 18 de noviembre de 2016. Se emplaza por
treinta días hábiles a todo aquel que pretenda tener derecho sobre el
mismo, para que se apersone a la oficina de Asesoría Jurídica de la
Municipalidad de Heredia, a fin de hacer valer sus derechos, caso
contrario se inscribirá dicho derecho a nombre de la petente.
Lic. Juan José Carmona Chaves, Administrador de
Cementerios.—1 vez.—( IN2016093954 ).
MUNICIPALIDAD DE BARVA
MUNICIPALIDAD DE BARVA, INFORMA:
El Concejo Municipal de Barva mediante acuerdo Nº 14702016, adoptado en la sesión ordinaria Nº 68-2016 celebrada el
día 07 de noviembre acuerda aprobar la aplicación del descuento
por pago adelantado en el primer trimestre del año 2017 a
aquellos contribuyentes que cancelen por adelantado en el primer
trimestre los impuestos sobre bienes inmuebles de todo el año; de
conformidad a lo dispuesto en el artículo 11 del Reglamento para el
Procedimiento de Cobro Administrativo, Extrajudicial, Judicial y de
Arreglos de Pago de nuestra municipalidad, el artículo 25 de la Ley
N° 7509 y reformado por la Ley N° 7729 Ley de Impuesto Sobre
Bienes Inmuebles y el artículo 37 del Decreto Ejecutivo N° 27601H Reglamento a la Ley de Impuesto Sobre Bienes Inmuebles. Se
aprueba que la tasa de descuento a aplicar será del 4,50% (tasa de
referencia). No obstante se tendrán las siguientes consideraciones:
A) Si la tasa básica pasiva en el momento del pago es igual o
superior a la tasa de referencia (4,50%), se aplicará como
porcentaje de descuento 4,50%.
B) Si la tasa básica pasiva en el momento del pago es inferior a
la tasa de referencia (4,50%), se aplicará como porcentaje de
descuento la tasa básica pasiva en el momento del pago.
Licda. Karla Montero Salas, Administradora Tributaria y
Financiera.—1 vez.—( IN2016093802 ).
MUNICIPALIDAD DE BELÉN
El suscrito Dennis Mena Muñoz en calidad de Director de Servicios Públicos, cédula Nº 1-749-046, se hace la publicación de las
tarifas vigentes de los servicios que se brindan actualmente.
La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016
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1.Actualización de la tasa trimestral para la recolección de
residuos sólidos y disposición final:
2. Propuesta del factor anual de ¢33.29 por cada millón del
valor de la propiedad en el servicio de Mantenimiento de
Parques.
3.Propuesta del factor anual de ¢1.602,05 por cada millón
del valor de la propiedad en el servicio de Aseo de Vías,
para la cabecera central del distrito de Puerto Viejo.
De acuerdo con lo dispuesto por el artículo 74 de la Ley
N°7794 Código Municipal, una vez aprobado y fijado, entrará en
vigencia treinta días después de su publicación en el Diario Oficial
La Gaceta.
Tatiana Duarte Gamboa, Secretaria del Concejo.—1 vez.—
( IN2016094643 ).
Denis Alfonso Mena Muñoz, Director Servicios Públicos.—
1 vez.—O.C. Nº 31657.—Solicitud Nº 72078.—( IN2016093747 ).
MUNICIPALIDAD DE SARAPIQUÍ
SECRETARÍA DEL CONCEJO MUNICIPAL
El Concejo Municipal de Sarapiquí, en la sesión ordinaria N°
49, celebrada el 5 de diciembre de 2016, mediante acuerdo firme
número 9, dictado bajo el artículo 4, con votación de seis votos
afirmativos y uno negativo de la totalidad de los miembros que
integran ese Órgano, con vista en la propuesta presentada por el
señor Alcalde Municipal Pedro Rojas Guzmán para la aprobación
de la tasa de cobro por el servicio de recolección y tratamiento final
de desechos sólidos, así como factor de cobro para la generación de
las tasas inicial por el servicio de mantenimiento de parques y zonas
verdes, aseo de vías y sitios públicos de forma que sigue:
1°—Que se realiza audiencia pública de rigor para los servicios
urbanos de la Municipalidad de Sarapiquí: Servicio de recolección y
disposición final de desechos sólidos ordinarios, Mantenimiento de
parques y Aseo de vías y sitios públicos incoado por esta Corporación
Municipal en el edificio municipal, el 01 de diciembre de 2016 al
ser las dieciséis horas; presente los señores: Elvin Hernández Loria,
Director Financiero y Víctor Barquero Rojas, Asesor Legal de la
Municipalidad de Sarapiquí y se finaliza al ser las dieciséis horas
con treinta minutos, no existiendo posiciones que absolver.
2°—Aprobar las siguientes tarifas para los servicios urbanos
propuestos en el estudio tarifario; misma que podrá ser cobrada de
manera trimestral:
MUNICIPALIDAD DE QUEPOS
DEPARTAMENTO DE ZONA MARÍTIMA TERRESTRE
EDICTOS
Los Tres Brazos Sociedad de Responsabilidad Limitada,
cédula jurídica 3-102-693973, representada por Joanne Marie
Richard, mayor, casada, enfermera, pasaporte BA314485. Con base
en el artículo 38 del Reglamento a la Ley sobre la Zona Marítimo
Terrestre N° 6043 del 2 de marzo de 1977 y el Decreto Ejecutivo
N° 7841-P del 16 de diciembre de 1977, solicita en concesión
una parcela de terreno localizada en Playa Matapalo, distrito
Savegre, cantón Quepos, provincia de Puntarenas. Mide 3.295
m2, de conformidad con el Plano Catastrado N° 6-1899352-2016,
para dedicarlo a Uso de Residencia de Recreo (Área Mixta para
Turismo y Comunidad-MIX), de conformidad al Plan Regulador
aprobado. Linderos: Norte, calle pública; sur, calle Pública; este,
Municipalidad de Quepos, oeste, Municipalidad de Quepos. Se
advierte que la presente publicación no otorga derecho alguno y
la misma se realiza sin perjuicio de que las futuras disposiciones
del Plan Regulador aprobado en este sector de costero, afecten el
uso actual de la parcela, se conceden treinta días hábiles, para oír
oposiciones las cuales deberán venir acompañadas de dos copias
y ser presentadas al Departamento de Zona Marítimo Terrestre.
Además el opositor deberá identificarse debidamente
Quepos, 30 de noviembre del 2016.—Lic. Víctor Hugo Acuña
Zúñiga. MBA, Coordinador.—1 vez.—( IN2016094038 ).
Loma Mason Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101363783, representada por Elieen Annelise Mason, mayor, cédula
de residencia número 184000046728, mayor, casada una vez,
pensionada, vecina de Portalón de Savegre Quepos. Con base en
el Artículo 38 del Reglamento a la Ley sobre la Zona Marítimo
Terrestre N° 6043 del 2 de marzo de 1977 y el Decreto Ejecutivo
N° 7841-P del 16 de diciembre de 1977, solicita en concesión una
parcela de terreno localizada en Playa Matapalo, distrito Savegre,
cantón Quepos, provincia de Puntarenas. Mide 4.353 m2, de
conformidad con el Plano Catastrado número 6-1892003-2016, para
dedicarlo a Uso Turístico (Área Mixta para Turismo y Comunidad MIX), de conformidad al Plan Regulador aprobado. Linderos: norte,
calle pública; sur, calle pública; este, Municipalidad de Quepos;
oeste, calle pública. Se advierte que la presente publicación no
otorga derecho alguno y la misma se realiza sin perjuicio de que las
futuras disposiciones del Plan Regulador aprobado en este sector de
costero, afecten el uso actual de la parcela, se conceden treinta días
hábiles, para oír oposiciones las cuales deberán venir acompañadas
de dos copias y ser presentadas al Departamento de Zona Marítimo
Terrestre. Además el opositor deberá identificarse debidamente.
Quepos, 30 de noviembre del 2016.—Lic. Víctor Hugo Acuña
Zúñiga, MBA, Coordinador.—1 vez.—( IN2016094039 ).
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La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016
AVISOS
CONVOCATORIAS
PURA VIDA ASSOCIATION TRUST
SOCIEDAD ANÓNIMA
A los socios de la sociedad Pura Vida Association Trust
Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-557991, por este
medio se les convoca a la asamblea general ordinaria-extraordinaria
de socios a celebrarse el día 14 de enero del 2017, en esta ocasión
en las instalaciones de la Iglesia Hope Fellowship, segundo piso, de
la Ancla 400 metros este, edificio a mano derecha, a las 09:00 horas
en primera convocatoria y a las 10:00 en segunda convocatoria. La
agenda y orden del día tratará los siguientes temas para su votación
y aprobación: 1) Registro de socios. 2) Comprobación del quórum y
apertura de la asamblea. 3) Proceder al nombramiento de presidente
y secretario AD-HOC para la asamblea. 4) Escuchar el informe por
el presidente.- 5) Escuchar y aprobar el informe contable por el
periodo 2015-2016. 6) Escuchar y aprobar el reporte de la fiscalía.
7) Remover y nombrar el fiscal y remover el agente residente. 8)
Confirmación y ejecución del contrato de fideicomiso-custodia de
las acciones para la conclusión del proyecto en su parte estructural
y legal, según contrato de compromiso con Lazar Abogaods S. A.,
se escuchan mociones. 9) Creación de Comités. 10) Aprobación
de gastos y presupuesto para elementos y servicios comunes del
proyecto. 11) Asuntos varios. 12) Autorizar y comisionar al notario
público Juan Antonio Casafont Álvarez para que protocolicé la
presente asamblea, así como a suscribir y otorgar válidamente la (s)
escritura (s) pública (s) necesaria (s) para implementar y registrar en
el Registro de la Propiedad en Condominio el cualquier modificación,
quedando además facultado para suscribir y firmar cualesquiera notas
o escrituras adicionales. 13) Proceder a la clausura de la asamblea.Esta convocatoria se realiza de conformidad con lo establecido en la
Cláusula novena de los Estatutos y los artículos 158 y 164 Código
de Comercio.—Playas del Coco, Guanacaste, 29 de noviembre del
2016.—Sharon Theresa Harris Presidenta.—James Stanford White
Secretario, Responsable.—1 vez.—( IN2016093871 ).
JULIO DE DESCANSO LIMITADA 3-102-533523
Convoca a los señores socios a Asamblea General Ordinaria y
Extraordinaria de Cuotistas, que se celebrará en su domicilio social,
en San José, San Pedro de Montes de Oca, barrio Los Yoses, del
final de la avenida 10, 25 metros al norte y cien metros al este, a las
10:00 horas del día 28 de febrero de 2017, en primera convocatoria.
De no haber quórum a la hora indicada, quedan convocados los
señores socios para la celebración de la asamblea una hora después,
en el mismo lugar, con los socios presentes.
Agenda de la Asamblea:
1. Aprobar los Estados Financieros de la empresa.
2. Ratificar y determinar el estado del incremento de capital de la
empresa.
3. Modificación de la cláusula quinta de los estatutos relativos a
capital social.
4. Modificación de la cláusula sexta de los estatutos sociales,
relativos a la administración de la sociedad.
5.Comisionar a los Notarios Públicos Alonso Vargas Araya y
/ o Eugenio Vargas Ramírez para protocolizar el acta de la
asamblea y para posteriormente inscribirla en el Registro
Público.
08 de diciembre de 2016.—Andrew Phillip Wilt, Gerente.—
1 vez.—( IN2016095854 ).
ASOCIACIÓN PARA EL BIENESTAR
Y AMPARO DE LOS ANIMALES
La Asociación para el Bienestar y Amparo de los Animales,
por este medio se convoca, a la asamblea general ordinaria N°
1-2017, Que se celebrara el sábado 7 de enero 2017, a las 16:00
horas, 16:30 horas y 17:00 horas en primera, segunda y tercera
convocatoria respectivamente, en casa del asociado Silvian Hogg,
ubicada de la Pops Curridabat 200 sur y 50 este San José, para
conocer los siguientes puntos:
1 Incorporación, exclusión y ratificación de asociados.
2. Informes de presidente, tesorero y fiscal del 2016.
3. Plan de trabajo y presupuesto para el 2017.
4. Elección de junta directiva y fiscal para el 2017.
Juan Carlos Peralta Víquez, cédula 3-0229-0629.—1 vez.—
( IN2016095938 ).
CONDOMINIO HORIZONTAL RESIDENCIAL
DE FINCAS FILIALES MYRA ADB
El Condominio Horizontal Residencial de Fincas Filiales
Myra ADB, cédula jurídica número 3-109-555589, por este medio
se convoca a la asamblea general ordinaria y extraordinaria de
Condóminos, a celebrarse el día martes 13 de enero del 2017, en
el Restaurante del Hotel Mangroove, ubicado en Playa Panamá,
Guanacaste, en primera convocatoria a las 2:00 p.m. y de no contarse
con el quórum de ley se dará inicio a la asamblea con los presentes
en segunda convocatoria a las 3:00 p.m. del mismo día.
Se discutirá la siguiente agenda:
1. Asuntos sobre la cuota de mantenimiento
2. Asuntos sobre la reserva anual
3. Asuntos sobre la pintura general condominio
4. Creación de fondo para reserva legal
5. Asuntos varios
Para ejercer válidamente su derecho de voz y voto en la
Asamblea, cada propietario de cada finca filial deberá de aportar
la documentación idónea que demuestre fehaciente y legalmente,
esa condición. Las personas jurídicas deberán de acreditar su
representación vigente, mediante certificación registral o notarial
que no tenga más de cinco días naturales de emitida. Únicamente el
condómino o su apoderado podrán asistir y participar con derecho a
voz y voto en las Asambleas de Propietarios.
La Administración, André Drake Boswell, Administrador.—
1 vez.—( IN2016095977 ).
AVISOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
COLEGIO FEDERADO DE INGENIEROS
Y DE ARQUITECTOS DE COSTA RICA
Para información refiérase al Nº INT-239-2016/193-14, auto
de intimación. En San José, Granadilla de Curridabat, casa anexa
número uno del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos
de Costa Rica (en adelante CFIA), al ser las 10:59 horas del 14
de octubre del 2016, el Tribunal de Honor instaurado por la Junta
Directiva General en el acuerdo N° 17, sesión N° 31-14/15-G.E.,
de fecha 8 de setiembre de 2015, resuelve emitir y comunicar el
auto de intimación que da inicio al proceso disciplinario seguido
en el expediente administrativo 193-14, a la empresa Rosemkor
Arquitectos S.A., registro número CC-06691, cédula jurídica
número 3-101-490835, por su actuación en el siguiente asunto: En
su condición de empresa responsable del contrato de consultoría
OC-618220 del 23 de agosto 2013, proyecto de vivienda, en lote con
plano H-1130007-2007, propiedad de Juan Pablo Rodríguez Aguilar,
ubicado en Heredia, San Rafael, Concepción, de la quinta La Intriga,
1 km norte-Burial, y responsable de la materialización de la obra. Se
le atribuye la presunta comisión de los siguientes hechos: 1. Haber
realizado obras constructivas en donde se presentó: a. Que la obra
quedará en abandono después de los 6 meses pactados quedando
pendiente los trabajos correspondientes a repello fino, instalación
eléctrica, tubería mecánica del primer nivel, construcción de aleros,
colocación de precintas según anexo a la denuncia a folios 43 al 46.
2. Permitir a su profesional responsable ante el Colegio Federado de
Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, arquitecto Luis Diego
Segura Montero autorizara a la Arq. Diana Agüero Selva realizar
anotaciones en el cuaderno de bitácora correspondiente a esa obra
sin estar autorizada mediante anotación en el Cuaderno de Bitácora
en Obras, para ello. Según consta en folios 95-102, correspondientes
a copia del cuaderno de bitácora serie 0165749. 3. Haber actuado
en competencia desleal, al cobrar 240.000 colones por la I fase del
proyecto, diseño preliminar, y planos constructivos, monto inferior
al establecido en el arancel de servicios profesionales de consultoría
para edificaciones. Con lo actuado podría haber faltado a: Ley
La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016
Orgánica del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos:
Capítulo IV, artículo 8, incisos a y b. Reglamento Interior General
del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos: Capítulo
VI, artículo 53. Reglamento para la Contratación de Servicios de
Consultoría en Ingeniería y Arquitectura: Capítulo II artículos 10
y 11 B, incisos a, b, d y j. Reglamento de Empresas Consultoras
y Constructoras artículo 10 a y d. Reglamento Especial del
Cuaderno de Bitácora en Obras: capítulo I artículos 17. Arancel
de servicios profesionales para edificaciones: artículo 4. Código
de Ética Profesional del Colegio Federado de Ingenieros y de
Arquitectos de Costa Rica: Capítulo I artículos 1, 2, 3, capítulo
III artículo 16, Capítulo IV artículo 18 y 19. Sobre los cargos que
se le hace a la empresa Rosemkor Arquitectos S.A., se le concede
el plazo improrrogable de veintiún días hábiles, contados a partir
de la notificación del presente auto para que conteste y diga si los
rechaza por ser falsos, si los acepta por ser ciertos o si los acepta
sólo parcialmente y con modificaciones y rectificaciones, así como
para ofrecer toda la prueba de descargo que considere oportuna y
conveniente. Se le advierte que de no apersonarse al proceso este
continuará sin su participación, sin perjuicio de que pueda hacerlo
en cualquier momento, pero sin reposición de ningún trámite y
tomando el proceso en el estado en que se encuentre (artículo 82
del Reglamento del Proceso Disciplinario del CFIA). Se garantiza
al investigado el acceso en todo momento al expediente 193-14, sus
piezas y antecedentes de la denuncia presentada en su contra. Tiene
derecho a hacerse representar y asesorar por un abogado, técnico
o cualquier persona calificada que estime conveniente. Contra la
presente resolución caben los recursos ordinarios de revocatoria con
apelación en subsidio (artículos 106, 107 y 108 del Reglamento del
Proceso disciplinario del CFIA), para lo cual cuenta con un plazo
de SIETE DÍAS HÁBILES contados a partir del día hábil siguiente
de esta resolución. El recurso de revocatoria deberá plantearse
ante este mismo tribunal y será resuelto en la misma sede. El de
apelación será planteado de igual forma y será resuelto por la
Junta Directiva General. Asimismo, se cita a la empresa Rosemkor
Arquitectos S.A., en calidad de investigada, para que comparezca
por medio de apoderado a la sede de este órgano en el Departamento
de Tribunales de Honor del CFIA, ubicada en la casa anexa número
uno del edificio del CFIA en Granadilla de Curridabat, contiguo al
Indoor Club con el fin de celebrar comparecencia oral y privada
a que se refiere el artículo 83 del “Reglamento del Proceso
Disciplinario del CFIA”, que se llevará a cabo el día miércoles
22 de febrero de 2017, a las 8:30 horas. En dicha audiencia podrá
ejercer su derecho de defensa y deberá aportar toda la prueba que
no haya sido aportada, bajo sanción de caducidad; podrá formular
interrogatorios, argumentos y conclusiones. La no asistencia a la
comparecencia no impedirá que ésta se lleve a cabo y se resolverá
con los elementos de juicio existentes. Se apercibe al investigado,
que dentro del tercer día hábil y por escrito, de conformidad con
lo establecido en los artículos 22 del Reglamento del Proceso
Disciplinario y 9 del Reglamento Especial para las Notificaciones
y Comunicaciones, ambos del CFIA, deberá señalar un número de
fax, o bien un correo electrónico donde recibir notificaciones, bajo
el apercibimiento de que si no lo hiciere, las resoluciones posteriores
se tendrán por notificadas con el solo transcurso de veinticuatro
horas después de dictadas. Igual consecuencia sucederá si el medio
escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al CFIA.
Notifíquese.—tribunal de honor de empresas. Arq. Ricardo Fliman
Wurgaft Presidente.—( IN 2016092399 ).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
CONDOMINIO HORIZONTAL RESIDENCIAL
HACIENDA SACRAMENTO
De conformidad con lo establecido por el Departamento de
Propiedad Horizontal del Registro Nacional para la reposición de
libros en Condominios, yo Carmen Corrales Segura, mayor, casada
una vez, portadora de la cédula de identidad Nº 1-1073-075, en mi
condición de condómino por encontrarse vencido el nombramiento
del administrador, del Condominio Horizontal Residencial Hacienda
Sacramento cédula de persona jurídica Nº 3-109-659057, finca
matriz del partido de Cartago, matrícula 3303- -M-000, comunica
a todos los interesados que se está reponiendo el libro de Actas de
Asamblea de condóminos, número uno, por haberse extraviado el
Pág 41
mismo. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición
en San José, Montes de Oca, San Pedro, Los Yoses, avenida diez,
calle 37 bis, edificio Central Law, en el término de 8 días hábiles a
partir de la publicación de este aviso.—San José, 24 de noviembre
de 2016.—Carmen Corrales Segura.—( IN2016091458 ).
CORPORACIÓN DE FARMACIA
DEL SUR SOCIEDAD ANÓNIMA
Por escritura otorgada ante mí Laura Virginia Baltodano
Acuña el día 30 de noviembre del 2016, Ana Eugenia Vargas Acosta,
portadora de la cédula de identidad N° 1-0612-0406, actuando
en su condición de representante de la sociedad Corporación de
Farmacia del Sur Sociedad Anónima, con cédula jurídica 3-101165042, vende el establecimiento mercantil denominado Farmacia
San Isidro, el cual es negocio de venta y comercialización de
medicamentos farmacéuticos ubicado en: San José, Pérez Zeledón,
costado norte del Parque Central; la venta se realiza a la sociedad
Jajuly & Co Sociedad Anónima, con cédula jurídica 3-101472671. Se cita a los acreedores e interesados para los efectos del
artículo 479 del Código de Comercio, se presenten en el término
de 15 días contados a partir de este aviso, para hacer valer sus
derechos. Actúa como depositaria del precio la Licenciada Laura
Virginia Baltodano Acuña con domicilio en San José, Montes de
Oca, Los Yoses, Barrio Dent, 250 metros norte de Grupo Q, Bufete
Alpha Legal.—San José, 1° de diciembre del 2016.—Licda. Laura
Baltodano Acuña, Notaria.—( IN2016093122 ).
UNIVERSIDAD INTERNACIONAL DE LAS AMÉRICAS
La Universidad Internacional de las Américas hace constar
que, ante la Oficina de Registro, se ha presentado por parte de la
señora Sánchez Carvajal Suly Nancy, cédula de identidad uno uno
cuatro uno cero cero nueve dos cero, la solicitud de reposición de su
Título de Bachillerato en Periodismo emitido por esta Universidad,
registrado en el libro de títulos bajo el tomo 1, folio 439, asiento
7447, con fecha del 31 de marzo del 2011. La señora Sánchez
Carvajal solicita la reposición del mismo por haber extraviado el
original. Se publica este edicto con el fin de escuchar oposiciones
a dicha reposición, dentro del término de 15 días hábiles a partir de
la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Se emite el
presente, a solicitud de la interesada, a los veintidós días del mes de
noviembre del dos mil dieciséis.—Dr. Máximo Sequeira Alemán,
Rector.—( IN2016093562 ).
UNIVERSIDAD INTERNACIONAL DE LAS AMÉRICAS
La Universidad Internacional de Las Américas, hace constar
que, ante la Oficina de Registro, se ha presentado por parte de la
señora Sánchez Carvajal Suly Nancy, cédula de identidad número
uno uno cuatro uno cero cero nueve dos cero, la solicitud de
reposición de su título de Licenciatura en Periodismo con énfasis
en Periodismo Social, emitido por esta Universidad, registrado en
el libro de títulos bajo el Tomo I, Folio 298, Asiento 5061 con
fecha del 28 de noviembre del 2012. La señora Sánchez Carvajal,
solicita la reposición del mismo por haber extraviado el original.
Se publica este edicto con el fin de escuchar oposiciones a dicha
reposición, dentro del término deis días hábiles a partir de la
tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Se emite el
presente, a solicitud de la interesada, a los veintidós días del mes
de noviembre del dos mil dieciséis.—Doctor Máximo Sequeira
Alemán, Rector.—( IN2016093563 ).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
BANCO CMB DE COSTA RICA
Por este medio se hace constar que el cheque de gerencia
del Banco CMB de Costa Rica número 265330 girado en San José
el día 29 de marzo del 2016, a nombre de Adriana Mora por un
monto de 1.140.941,54 CRC (colones) el cual fue destruido por
error. Por lo tanto se solicita a la entidad financiera Banco CMB
se proceda con el reintegro correspondiente de forma inmediata
a mi representada.—Amparo Esquivel Benítez, Representante
Legal.—( IN2016093712 ).
A las distintas Autoridades del país y público en general se
hace saber acerca del extravío de la placa oficial de identificación
número 127, carnet institucional, permiso de conducir de la Policía
de Control Fiscal del Ministerio de Hacienda, así como carné de
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La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016
aeropuertos Juan Santamaría y Daniel Oduber. Se invita a cualquier
persona interesada y que considere afectado que puede ejercer sus
acciones ante las oficinas centrales de esta Policía. Keivyn Mora
Montero, costarricense, portador de la cédula de identidad número
3-429-744.—San José, 05 de diciembre de 2016.— Keivyn Mora
Montero.—( IN2016093910 ).
número Dos, Mayor número Dos, Inventarios y Balances número
Dos, los cuales fueron extraviados. Se emplaza por ocho días
hábiles a partir de la publicación a cualquier interesado a fin de
oír objeciones ante el Registro Mercantil.—En Ciudad Neily, el
día treinta de noviembre del dos mil dieciséis.—Natalia Calderón
Alpízar, Presidenta.—1 vez.—( IN2016094417 ).
SAN JOSÉ INDOOR CLUB S. A.
El San José Indoor Club S. A., tramita la reposición de la
acción N° 1365, a nombre de Sonia Goicoechea Dale, cédula de
identidad N° 1-0483-0267, por haberse extraviado. Cualquier
persona que se considere con derechos deberá apersonarse ante el
San Jose Indoor Club S. A., en sus oficinas, sitas en Curridabat,
dentro del plazo indicado en el artículo 709 del Código de
Comercio.—2 de diciembre del 2016.—Lic. Cristian Calderón M.,
Gerente General.—( IN2016094302 ).
COLEGIO CIRUJANOS DENTISTAS DE COSTA RICA
El Colegio Cirujanos Dentistas de Costa Rica informa que
por acuerdo de asamblea general ordinaria N° 76 celebrada el 04 de
diciembre del 2016, la Junta Directiva para el período 2017 quedó
constituida de la siguiente manera:
Dr. Rafael Porras Madrigal
Presidente
Dra. Sylvia Gudiño Fernández
Vicepresidenta
Dr. Alexis Hernández Montero
Secretario
Dra. Erica Mora Ruiz
Fiscal
Dra. Sofía Castro Jiménez
Tesorera
Dra. Carolina Madriz Arce
Vocal I
Dr. Juan Pablo Ulloa Chaverri
Vocal II
Dr. Miguel Aguilar Monge, Director Administrativo Adjunto.—
1 vez.—( IN2016094429 ).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
TIERRA DE HERMANOS RUSH S. A.
Yo Richard John Rush, de un solo apellido según las leyes
de mí país, vecino de Junquilla de Santa Cruz, Guanacaste,
Condominio las Brisas del Mar, con cédula de residencia uno uno
dos cuatro cero cero cero siete seis uno cero cero; en mi condición de
presidente y representante legal de Tierras de Hermanos Rush S.A.,
cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos mil doscientos noventa
y nueve, solicito al Registro de Personas Jurídicas del Registro
Nacional la reposición del libro número uno de Asambleas de
Socios, el cual se extravió. Se emplaza por ocho días hábiles a
partir de la publicación a cualquier interesado para oír objeciones
ante el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional.—
San José, 02 de abril de 2016.—Richard John Rush, Presidente y
representante legal.—1 vez.—( IN2016093630 ).
YAZ SAN JOSECITO SOCIEDAD ANÓNIMA
Por este medio se hace saber del extravío de los libros legales:
Registro de accionistas, Asamblea de Socios y Asamblea de Junta
Directiva de la sociedad Yaz San Josecito Sociedad Anónima,
domiciliada en Alajuela, Palmares, Buenos Aires, doscientos metros
al sur del Bar Mi Choza, cedula jurídica N° tres-uno cero uno-cuatro
cero cero nueve nueve cuatro. Publíquese una vez para efectos de
reposición de libros ante el Registro Público de la Propiedad.—San
José, veintidós de noviembre del dos mil dieciséis.—Yency Del
Carmen Alvarado Zúñiga, Presidenta.—1 vez.—( IN2016093894 ).
GEOTÉCNIA INGENIERÍA Y PERFORACIÓN
GEOINPER DE COSTA RICA S. A.
El señor Luis Diego Gamboa Méndez, cédula de identidad Nº
1-855-246, en su calidad de presidente con facultades de apoderado
generalísimo, de la sociedad, denominada: Geotécnia Ingeniería
y Perforación Geoinper de Costa Rica S. A., cédula jurídica Nº
3-101-635638, solicitó al Registro Mercantil la reposición del
libro: Actas de Asamblea de Socios, el cual fue extraviado. Se
emplaza por ocho días hábiles a partir de la publicación a cualquier
interesado a fin de oír objeciones ante el Registro Mercantil.—San
José, 5 de diciembre del 2016.—Diana Catalina Varela Solano,
Notaria Pública.—1 vez.—( IN2016094314 ).
ASOCIACION DE EXPENDEDORES
DE CARNE DE LA REGION BRUNCA
Yo, Natalia Calderón Alpízar, mayor, casada una vez,
comerciante, portadora de la cédula de identidad número seis trescientos ochenta y cinco - quinientos noventa y ocho, vecina
de Ciudad Neily, Corredores, Puntarenas, calle del comercio
en Carnicería la Popular, en su condición de presidente con
facultades de Apoderada Generalísima Sin Límite de Suma de la
Asociación de Expendedores de Carne de La Región Brunca, con
cédula jurídica número tres - cero cero dos - doscientos ochenta
y dos mil ochocientos diez, con domicilio legal en Puntarenas,
Corredores en las oficinas de la Cámara de Ganaderos, situadas
en las inmediaciones del redondel de toros en Ciudad Neily,
solicita al Departamento de Asociaciones del Registro de Personas
Jurídicas la reposición de los siguientes libros: Libros de Diario
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
El suscrito, Luis Enrique Salazar Sánchez, notario público con
oficina en la ciudad de San José, hago constar que el día veintiocho
de octubre del dos mil dieciséis, protocolicé acta de la empresa
Villas Soto S. A., en la que se modifica la cláusula del capital social
de la compañía, disminuyéndose el capital social de la compañía,
quedando el mismo en la suma de diez mil colones.—San José,
catorce de noviembre del dos mil dieciséis.—Lic. Luis Enrique
Salazar Sánchez, Notario.—( IN2016091408 ).
Mediante escritura otorgada a las diecinueve horas del
veintiséis de setiembre del dos mil dieciséis, se protocolizaron
sendas actas de asambleas generales de socios de las sociedades
que se dirán, por las cuales: a) Se reforma la cláusula quinta del
pacto social de Reserva Conchal S. A., disminuyéndose su capital
social; y b) Reserva Conchal S.A, IMB Florida S. A., Corporación
de Inversiones FIFCO S. A., Hacienda Pura Vida M y S S. A.,
Shore Red Ocean S. A., Filial Cuatro Barbados de Monte Real S.
A., y F&C Investments S. A., se fusionan, prevaleciendo Reserva
Conchal Sociedad Anónima y aumentándose su capital social.—San
José, veintiséis de setiembre del dos mil dieciséis.—Lic. Ana Lucía
Espinoza: Blanco.—( IN2016094141 ).
Mediante escritura otorgada el día de hoy en mi notaría,
se reforma la cláusula quinta del pacto social de Desarrollos
Hoteleros Guanacaste S. A., disminuyéndose su capital social.—
San José, veintiséis de setiembre de dos mil dieciséis.—Lic. Ana
Lucía Espinoza Blanco, Notaria.—( IN2016094144 ).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Por escritura protocolizada ante esta notaría de las ocho
y quince horas de hoy se modifica la cláusula sexta del pacto
constitutivo de la sociedad Mavima Sociedad Anónima, y se
nombra nueva junta directiva.—San José dos de noviembre del
dos mil dieciséis.—Lic. Javier Blanco Benavides, Notario.—1
vez.—( IN2016093090 ).
Por escritura otorgada ante mí a las 18:30 horas del 28
de noviembre de 2016; se protocolizó acta de asamblea general
extraordinaria de la sociedad I Deserve It Ltda., mediante la cual se
modificó la representación de la sociedad.—San Ramón de Alajuela,
29 de noviembre del 2016.—Lic. Adolfo Jeremías Ramos González,
Notario.—1 vez.—( IN2016093095 ).
Por escritura otorgada ante esta notaria se protocolizan
acuerdos de la sociedad de esta plaza Multiservicios Industriales
J.M.E Sociedad Anónima, se reforma clásula 8 de administración.
Notaría pública: Vera Violeta Salazar Rojas.—San José, 22
de noviembre del dos mil dieciséis.—Lic. Vera V. Salazar R,
Notaria.—1 vez.—( IN2016093097 ).
Por escritura otorgada ante esta notaria se protocolizan
acuerdos de la sociedad de esta plaza Comaro Sociedad Anónima,
se reforma cláusula 2 del domicilio y 6 de administración. Notaría
La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016
pública: Vera Violeta Salazar Rojas.—San José, 29 de octubre del
dos mil dieciséis.—Licda. Vera Violeta Salazar Rojas, Notaria.—1
vez.—( IN2016093098 ).
Mediante escritura 12-9 de las 10:00 horas del 15 de
noviembre de 2016, otorgada en Guanacaste, protocolicé acuerdos
de asamblea de socios de la sociedad Puerco Volador S. A., cédula
jurídica 3-101-237221, donde se modifica el domicilio social de la
sociedad.— Guanacaste, 15-11-2016.—Lic. Omar Ayales Adén,
Notario.—1 vez.—( IN2016093100 ).
Por escritura otorgada ante mí notaría, de las 8:00 del día
de hoy, se protocolizó acta de la sociedad Corporación Imperial
Independiente Sociedad Anónima, mediante la cual se modificó la
cláusula sétima y se reestructuró la junta directiva.—Lic. Gustavo
Álvarez Mora.—San José, 30 de noviembre, 2016.—Lic. Gustavo
Álvarez Mora, Notario.—1 vez.—( IN2016093102 ).
Por escritura número cuarenta y uno, tomo dieciséis, protocolicé
acta número veintisiete de asamblea general extraordinaria de
socios, de la sociedad Corporación Ganadera Interamericana
S. A., cédula jurídica 3-101-13947 mediante la cual se cambia el
domicilio social.—Liberia, 1° de diciembre del 2016.—Licda.
Xenia Saborío García, Notaria.—1 vez.—( IN2016093103 ).
La suscrita Catherine Mora Chavarría, carné número
19189, hago constar que ante esta notaría a las dieciocho horas
del día veintiocho de noviembre del año dos mil dieciséis,
se modificó la junta directiva y el nombre de la empresa
3-101-525927 Sociedad Anónima, mismo número de cedula
jurídica, por lo que solicito se publique el edicto de ley. Es
todo.—San José, 1° de diciembre del 2016.—Lic. Catherine
Mora Chavarría, Notaria.—1 vez.—( IN2016093105 ).
La suscrita Catherine Mora Chavarría, carné número
19189, hago constar que ante esta notaría a las trece horas
del día treinta de noviembre del año dos mil dieciséis, se
modificó la junta directiva de la empresa Altos Cerro de
Mayorca Número Veinte Fucsia Sociedad Anónima,
cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos sesenta y ocho mil
setecientos treinta y nueve, por lo que solicito se publique
el edicto de ley. Es todo.—San José, 1° de diciembre del
2016.—Licda. Catherine Mora Chavarría, Notaria.—1 vez.—
( IN2016093106 ).
Protocolización acta de asamblea general extraordinaria
de la sociedad Lyem Limitada, mediante la cual se reforma
cláusula sétima de la administración, y se nombran nuevo
gerente y subgerente.—San José, veinticuatro de noviembre
del dos mil dieciséis.—Lic. Jorge Johanning Mora, Notario.—1
vez.—( IN2016093107 ).
Mediante escritura otorgada a las 11:30 horas del 1°
de diciembre del 2016, se modificó la siguiente cláusula
del pacto constitutivo: la cuarta: del objeto social: genérico,
en la sociedad Constructora Meco S. A.—San José, 1°
de diciembre del 2016.—Licda. Gabriela Gómez Solera,
Notaria.—1 vez.—( IN2016093109 ).
Por escritura otorgada a las doce horas del siete de
noviembre del dos mil dieciséis, los señores Gaspar Ortuño de la
Goublaye de Menoval y Sergio Fernando Alvarado Fernández,
constituyen la compañía denominada Vehículos Clásicos
Costa Rica Sociedad Anónima, domiciliada en San José,
Desamparados, San Rafael Arriba; detrás del Kinder Manuel
Ortuño, con capital social de cien mil colones, representado por
cien acciones comunes y nominativas de un mil colones cada
una.—San José, 30 de noviembre del dos mil dieciséis.—Lic.
Henry Mora Arce, Notario.—1 vez.—( IN2016093111 ).
Mediante escritura número doscientos ochenta y siete de
las quince horas del dieciocho de noviembre del dos mil dieciséis
ante la notaria, Licda. Ana Patricia Calderón Zapata, se constituye
la sociedad de la esta plaza denominada Panadería Vallecito de
los Ángeles Sociedad Anónima, capital, debidamente suscrito
y pagado por una vigencia de noventa y nueve años.—San José,
30 de noviembre del 2016.—Licda. Ana Patricia Calderón Zapata,
Notaria.—1 vez.—( IN2016093114 ).
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Por escritura número 144 del tomo 12 de mi protocolo, otorgada
a las 09:00 horas del 1° de diciembre del año 2016, el suscrito
notario protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria
de accionistas número 4 de la sociedad Coyol GC&D S. A., con
cédula de persona jurídica número 3-101-689524, mediante la cual
se reforma la cláusula sexta de los estatutos sociales.—San José, 1°
de diciembre del año 2016.—Lic. Carlos Mariano Arrea Anderson,
Notario.—1 vez.—( IN2016093117 ).
Por escritura número 143 del tomo 12 de mi protocolo, otorgada
las 08:00 horas del 01 de diciembre del año 2016, el suscrito notario
protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas
número 1 de la sociedad Alpha Business Consulting Ltda., con
cédula de persona jurídica número 3-102-716783, mediante la
cual se reforma la cláusula primera de los estatutos sociales.—San
José, 1° de diciembre del año 2016.—Lic. Carlos Mariano Arrea
ANderson, Notario.—1 vez.—( IN2016093118 ).
Northwest C & O Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101325158, remueve presidente y en su lugar nombra como presidenta
a Mariana Villalobos Abarca.—04 de mayo del 2016.—Lic. Rodney
Armando Reyes Mora, Notario.—1 vez.—( IN2016093124 ).
Quien suscribe Sandeep Aggarwal, residente canadiense
portador de la cedula de identidad número 112400180211 se
apersona a la notaría del Lic. Rodrigo Bonilla Gamboa, ubicada en
San José, catedral sur frente a la terminal de buses Musoc a constituir
Sociedad Anónima de nombre Red Pill Marketing. Los teléfonos
para cualquier consulta son 2221-2644 en horario de oficina de
8:00 a.m. a 5:00 p.m.—San José 30 de noviembre del 2016.—Lic.
Rodrigo Bonilla Gamboa, Notario.—1 vez.—( IN2016093126 ).
Por instrumento público número treinta y cuatro, otorgado
en mi notaria, en San José, a las diez horas con treinta minutos
del día primero de diciembre del dos mil dieciséis, se protocolizó
la asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad
Montaña y Río Jorma Sociedad Anónima, cédula de persona
jurídica tres-ciento uno-trescientos treinta y nueve mil novecientos
noventa y cuatro, mediante la cual se reforma la cláusula sexta del
pacto constitutivo, en referencia a la administración.—San José,
primero de diciembre del dos mil dieciséis.—Licda. Laura Mariana
Oviedo Murillo, Notaria.—1 vez.—( IN2016093127 ).
Ante mi notaría, se constituyó Servicio Automotriz
Valencia Sociedad Anónima. Plazo social noventa y nueve
años.—Lic. Carlos Eduardo Vargas Chacón, Notario.—1 vez.—
( IN2016093129 ).
Ante mí, Víctor Manuel Soto Piatkina, notario público con
oficina abierta en Alajuela, Poás, San Pedro; doscientos veinticinco
metros sur, de la escuela Pedro Aguirre Cerda, a las 11:00 horas del
1° de diciembre del 2016 se reformó la cláusula quinta de la sociedad
Archicons S. A.—Alajuela, 1° de diciembre del 2016.—Lic. Víctor
Manuel Soto Piatkina, Notario.—1 vez.—( IN2016093130 ).
Ante mi notaría, se constituyó la sociedad denominada Netel
Redes y Comunicaciones de Costa Rica Sociedad Anónima.
Plazo social noventa y nueve años.—Lic. Carlos Eduardo Vargas
Chacón, Notario.—1 vez.—( IN2016093131 ).
Ante esta notaría, al ser las catorce horas del día treinta de
noviembre del dos mil dieciséis, se protocolizo acta mediante la cual
la sociedad Micman Multiservicios S. A., por acuerdo de socios
solicita disolver y liquidar la compañía.—San José, a los treinta días
del mes de noviembre del dos mil dieciséis.—Licda. María Lucrecia
Quesada Barquero, Notaria.—1 vez.—( IN2016093137 ).
Ante esta notaría, mediante escritura número once del
tomo veintiuno de mi protocolo, de las nueve horas del primero
de diciembre del año en curso, se constituye la sociedad
denominada USB Estudios Musicales S. A., capital social:
diez mil colones, pagado así: mediante letra de cambio por el
valor de cinco mil colones y la aportación de consola interface
de audio, por el pago de acciones por cinco mil colones; se
nombra como presidente a David Josué Bolaños Jaimes.—San
José, primero de diciembre del dos mil dieciséis.—Lic. Juan
Carlos Campos Salas, Notario.—1 vez.—( IN2016093138 ).
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La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las dieciocho
horas del treinta de noviembre de dos mil dieciséis, se
protocolizó acta de Apaci Logísticas Sociedad Anónima, según
lo cual se realiza modificación en el pacto social referente a la
representación legal y capital social. Licenciado Isaac Montero
Solera, carnet siete mil doscientos cuarenta y cuatro.—Barva,
treinta de noviembre del dos mil dieciséis.—Lic. Isaac Montero
Solera, Notario.—1 vez.—( IN2016093139 ).
Ante esta notaría, al ser las catorce horas con diez minutos
del día treinta de noviembre del dos mil dieciséis, se protocolizó
acta mediante la cual la sociedad Inversiones Portal Dorado
IPD S. A., por acuerdo de socios solicita disolver y liquidar la
compañía.—San José, a los treinta días del mes de noviembre del
dos mil dieciséis.—Licda. María Lucrecia Quesada Barquero,
Notaria.—1 vez.—( IN2016093142 ).
Por escritura número 249 otorgada ante esta notaría, a las 16
horas del 30 de noviembre del año 2016, se modificó la cláusula
primera del nombre de la sociedad siendo actualmente Lexgroup
Consultores Sociedad Anónima cédula jurídica 3-101-722810.—
San José 1-12-2016.—Lic. José Aguilar Herrera, Notario.—1
vez.—( IN2016093151 ).
Acta de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad
de esta plaza denominada: Ganadera Condega Sociedad
Anónima, celebrada en su domicilio social a las quince horas
del día quince de mayo del dos mil dieciséis. Reforma: cláusula
segunda. Amparo Condega Loría, Presidenta.—San José, 10
de noviembre del 2016.—Lic. Víctor Manuel Ledezma Varela,
Notario.—1 vez.—( IN2016093152 ).
Ante esta notaría, mediante escritura N° ciento veintinueve,
de las ocho horas del veintiuno de noviembre de dos mil dieciséis,
se nombra junta directiva y se modifica cláusula sexta del pacto
constitutivo relacionada con la administración de la sociedad
denominada Shobag Sociedd Anónima, cédula jurídica 3-101119907. Es todo.—San José, dos de diciembre del dos mil
dieciséis.—1° de diciembre del 2016.—Licda. Zulema Villalta
Bolaños, Notaria.—1 vez.—( IN2016093153 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas
00 minutos del 15 de noviembre del año 2016, se constituyó la
sociedad denominada Kprichos León Limitada.—San José, 15
de noviembre del 2016.—Lic. Orlando Gustavo Araya Amador,
Notario.—1 vez.—CE2016014849.—( IN2016093155 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00
minutos del 10 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Desarrolladora Las Mercedes By Avalon Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de noviembre del
2016.—Licda. Aurora Marcela Saravia Torres, Notaria.—1 vez.—
CE2016014850.—( IN2016093156 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00
minutos del 10 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Dryl Sociedad Anónima.—San José, 16 de noviembre
del 2016.—Lic. José Carlos Quesada Camacho, Notario.—1 vez.—
CE2016014851.—( IN2016093157 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas
00 minutos del 14 de noviembre del año 2016, se constituyó la
sociedad denominada El Poker de Rigo Sociedad Anónima.—San
José, 16 de noviembre del 2016.—Lic. Bernardo Guzmán Núñez,
Notario.—1 vez.—CE2016014852.—( IN2016093158 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas
00 minutos del 02 de noviembre del año 2016, se constituyó la
sociedad denominada Quality Consulting Group QCG Costa
Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de
noviembre del 2016.—Lic. Ricardo Cordero Baltodano, Notario.—1
vez.—CE2016014853.—( IN2016093159 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
08 horas 00 minutos del 15 de noviembre del año 2016, se
constituyó la sociedad denominada G Wada DW Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de noviembre
del 2016.—Licda. Ismene Arroyo Marín, Notaria.—1 vez.—
CE2016014854.—( IN2016093160 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30
minutos del 15 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Industria de Materias y Esencias Contemporáneas
Cemani Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José,
16 de noviembre del 2016.—Licda. Ana Grettel Chaves Loría,
Notaria.—1 vez.—CE2016014855.—( IN2016093161 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas
45 minutos del 25 de octubre del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada J E M H V Servicios Profesionales en Administración
Sociedad Anónima.—San José, 16 de noviembre del 2016.—Lic.
Mario Alberto Mesén Araya, Notario.—1 vez.—CE2016014856.—
( IN2016093162 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas
30 minutos del 07 de noviembre del año 2016, se constituyó la
sociedad denominada Tecnoinstalaciones Constructivas Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de noviembre
del 2016.—Lic. Paul Zúñiga Hernández, Notario.—1 vez.—
CE2016014857.—( IN2016093163 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
14 horas 00 minutos del 10 de noviembre del año 2016,
se constituyó la sociedad denominada Importaciones y
Exportaciones Drive Clean Sociedad Anónima.—San José,
16 de noviembre del 2016.—Lic. Sintique León González,
Notario.—1 vez.—CE2016014858.—( IN2016093164 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00
minutos del 14 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Servicios Múltiples Tizingal Diquis Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de noviembre del
2016.—Lic. Enrique Corrales Barrientos, Notario.—1 vez.—
CE2016014859.—( IN2016093165 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00
minutos del 15 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Nestegg Sociedad Anónima.—San José, 16 de
noviembre del 2016.—Lic. Luis Alberto Apu Oviedo, Notario.—1
vez.—CE2016014860.—( IN2016093166 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 17 horas
00 minutos del 15 de noviembre del año 2016, se constituyó
la sociedad denominada Consultora y Constructora Q
Y A Sociedad Anónima.—San José, 16 de noviembre del
2016.—Licda. Ana Isabel Elizondo León, Notaria.—1 vez.—
CE2016014861.—( IN2016093167 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00
minutos del 16 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Centro Nacional para la Resolución Alterna de
Conflictos CENARAC Limitada.—San José, 16 de noviembre
del 2016.—Licda. Maribel Sinfonte Fernández, Notaria.—1 vez.—
CE2016014862.—( IN2016093168 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas
00 minutos del 16 de noviembre del año 2016, se constituyó la
sociedad denominada Hoponopono Sociedad Anónima.—San
José, 16 de noviembre del 2016.—Lic. Gustavo Adolfo Acuña Soto,
Notario.—1 vez.—CE2016014863.—( IN2016093169 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00
minutos del 15 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Las Aventuras de IIP Sociedad Anónima.—San José,
16 de noviembre del 2016.—Lic. Juan Carlos Bonilla Portocarrero,
Notario.—1 vez.—CE2016014864.—( IN2016093170 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00
minutos del 11 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Cevichitico Barrantes Sociedad Anónima.—San
José, 16 de noviembre del 2016.—Lic. Luis Miguel Murillo Gómez,
Notario.—1 vez.—CE2016014865.—( IN2016093171 ).
La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
17 horas 00 minutos del 11 de noviembre del año 2016, se
constituyó la sociedad denominada TT Release Too Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de noviembre
del 2016.—Licda. Soren Araya Madrigal, Notaria.—1 vez.—
CE2016014866.—( IN2016093172 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00
minutos del 15 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Seahorse Dorado Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 16 de noviembre del 2016.—Lic. Cristian
Guillermo Jiménez Barrantes, Notario.—1 vez.—CE2016014867.—
( IN2016093173 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas
49 minutos del 14 de noviembre del año 2016, se constituyó la
sociedad denominada Inversiones del Pacífico NGDCH Sociedad
Anónima.—San José, 16 de noviembre del 2016.—Lic. Guido
Ramón Rodríguez Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2016014868.—
( IN2016093174 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00
minutos del 15 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Índigo Kilómetro Cero Limitada.—San José, 16 de
noviembre del 2016.—Lic. Alan Masís Angulo, Notario.—1 vez.—
CE2016014869.—( IN2016093175 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00
minutos del 15 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Charleston SC Costa Rica Pad Limitada.—San
José, 16 de noviembre del 2016.—Lic. Gabriel Chaves Ledezma,
Notario.—1 vez.—CE2016014870.—( IN2016093176 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas
00 minutos del 15 de noviembre del año 2016, se constituyó la
sociedad denominada Transportes de Combustible El Pacífico
R S Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de
noviembre del 2016.—Lic. Ranee Granados Monge, Notario.—1
vez.—CE2016014871.—( IN2016093177 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas
20 minutos del 15 de noviembre del año 2016, se constituyó la
sociedad denominada Matus International Sociedad Anónima.—
San José, 16 de noviembre del 2016.—Lic. Aldo José Mata Morales,
Notario.—1 vez.—CE2016014872.—( IN2016093178 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas
00 minutos del 15 de noviembre del año 2016, se constituyó la
sociedad denominada Agrícola Comercial Sociedad Anónima.—
San José, 16 de noviembre del 2016.—Lic. Yesenia Quesada Rojas,
Notaria.—1 vez.—CE2016014873.—( IN2016093179 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas
30 minutos del 15 de noviembre del año 2016, se constituyó la
sociedad denominada Gapanajo Sociedad Anónima.—San José,
16 de noviembre del 2016.—Lic. Óscar Gabriel Cordero Sáenz,
Notario.—1 vez.—CE2016014874.—( IN2016093180 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00
minutos del 14 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada CRPR Escazú Limitada.—San José, 16 de noviembre
del 2016.—Lic. Óscar Manuel Funes Orellana, Notario.—1 vez.—
CE2016014875.—( IN2016093181 ).
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Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00
minutos del 15 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Roelmu de Guanacaste Sociedad Anónima.—San
José, 16 de noviembre del 2016.—Lic. Leonardo Diaz Rivel,
Notario.—1 vez.—CE2016014878.—( IN2016093184 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00
minutos del 11 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada La Golondrina del Monte Sociedad Anónima.—San
José, 16 de noviembre del 2016.—Lic. Freddy Jiménez Chacón,
Notario.—1 vez.—CE2016014879.—( IN2016093185 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 02 horas
30 minutos del 15 de noviembre del año 2016, se constituyó la
sociedad denominada Njua Verde Sociedad Anónima.—San José,
16 de noviembre del 2016.—Licda. Elizabeth Jiménez Núñez,
Notaria.—1 vez.—CE2016014880.—( IN2016093186 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas
30 minutos del 07 de noviembre del año 2016, se constituyó la
sociedad denominada Tecnoinstalaciones Constructivas Calderón
y Compañía Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 16 de noviembre del 2016.—Lic. Paul Zúñiga Hernández,
Notario.—1 vez.—CE2016014881.—( IN2016093187 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00
minutos del 15 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Harvest Moon Venture Sociedad Anónima.—San
José, 16 de noviembre del 2016.—Licda. Mónica Zumbado Fallas,
Notaria.—1 vez.—CE2016014882.—( IN2016093188 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
17 horas 00 minutos del 15 de noviembre del año 2016, se
constituyó la sociedad denominada Desarrollo Empresarial
del Sur Sociedad Anónima.—San José, 16 de noviembre
del 2016.—Lic. Wilberth Samudio Mora, Notario.—1 vez.—
CE2016014883.—( IN2016093189 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00
minutos del 16 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Rhodiola Alaska Holding Llc Limitada.—San José,
16 de noviembre del 2016.—Lic. Guillermo Esquivel Herrera,
Notario.—1 vez.—CE2016014884.—( IN2016093190 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
08 horas 00 minutos del 13 de octubre del año 2016, se
constituyó la sociedad denominada Craviabrokers Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de noviembre
del 2016.—Lic. José Miguel Alfaro Gómez, Notario.—1
vez.—CE2016014885.—( IN2016093191 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
15 horas 30 minutos del 15 de noviembre del año 2016, se
constituyó la sociedad denominada Spikeandoak Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de noviembre
del 2016.—Lic. Jefte David Zúñiga Jiménez, Notario.—1
vez.—CE2016014886.—( IN2016093192 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00
minutos del 14 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Gracias Gala Sociedad Anónima.—San José, 16 de
noviembre del 2016.—Lic. Esteban Zúñiga Alvarado, Notario.—1
vez.—CE2016014887.—( IN2016093193 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas
00 minutos del 14 de noviembre del año 2016, se constituyó
la sociedad denominada Artelesa Pinceledes CRE Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de noviembre
del 2016.—Licda. Helen Duarte Gamboa, Notaria.—1 vez.—
CE2016014876.—( IN2016093182 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas
00 minutos del 04 de noviembre del año 2016, se constituyó la
sociedad denominada Epayments M.H.A. Sociedad Anónima.—
San José, 16 de noviembre del 2016.—Lic. Hernán Velasco Sasso,
Notario.—1 vez.—CE2016014888.—( IN2016093194 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00
minutos del 16 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Grupo Kinco Sociedad Anónima.—San José, 16
de noviembre del 2016.—Licda. Jenny María Ramos González,
Notaria.—1 vez.—CE2016014877.—( IN2016093183 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 20
minutos del 15 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Matusintl Sociedad Anónima.—San José, 16 de
noviembre del 2016.—Lic. Aldo José Mata Morales, Notario.—1
vez.—CE2016014889.—( IN2016093195 ).
Pág 46
La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00
minutos del 15 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Agrícola Briceño González Sociedad Anónima.—
San José, 16 de noviembre del 2016.—Lic. Yesenia Quesada Rojas,
Notaria.—1 vez.—CE2016014890.—( IN2016093196 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas
30 minutos del 15 de noviembre del año 2016, se constituyó la
sociedad denominada Serviconta VRB Limitada.—San José,
16 de noviembre del 2016.—Lic. Tobías Felipe Murillo Jiménez,
Notario.—1 vez.—CE2016014891.—( IN2016093197 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 07 horas 00
minutos del 15 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Mundo del Marisco Sociedad Anónima.—San José,
16 de noviembre del 2016.—Lic. Carlos Eduardo Murillo Rodríguez,
Notario.—1 vez.—CE2016014892.—( IN2016093198 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
09 horas 30 minutos del 16 de noviembre del año 2016, se
constituyó la sociedad denominada Action Charters LLC
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16
de noviembre del 2016.—Lic. Warner Porras Guzmán,
Notario.—1 vez.—CE2016014893.—( IN2016093199 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00
minutos del 16 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Oxford Gems Company Sociedad Anónima.—San
José, 16 de noviembre del 2016.—Licda. Nancy Baraquiso Leitón,
Notaria.—1 vez.—CE2016014894.—( IN2016093200 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas
00 minutos del 16 de noviembre del año 2016, se constituyó
la sociedad denominada Aristogatos en las Rocas Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de noviembre
del 2016.—Lic. Ricardo Cordero Vargas, Notario.—1 vez.—
CE2016014895.—( IN2016093201 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
10 horas 00 minutos del 10 de noviembre del año 2016, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones Financieras
M & A Sociedad Anónima.—San José, 16 de noviembre del
2016.—Licda. Karen Ginneth López Jara, Notaria.—1 vez.—
CE2016014896.—( IN2016093202 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
07 horas 30 minutos del 15 de noviembre del año 2016, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones Gusanca de
Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 16 de noviembre
del 2016.—Lic. Alejandro Alonso Román González,
Notario.—1 vez.—CE2016014897.—( IN2016093203 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas
50 minutos del 15 de noviembre del año 2016, se constituyó la
sociedad denominada Slightest Edge Entertainment Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de noviembre del
2016.—Licda. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1
vez.—CE2016014898.—( IN2016093204 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00
minutos del 03 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Los Tres Cantineros Sociedad Anónima.—San José,
16 de noviembre del 2016.—Licda. Cindy Vanessa Picado Saborío,
Notaria.—1 vez.—CE2016014899.—( IN2016093205 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas
00 minutos del 16 de noviembre del año 2016, se constituyó la
sociedad denominada Especialidades Odontológicas de la Zona
Norte Sociedad Anónima.—San José, 16 de noviembre del
2016.—Lic. José Enrique Sequeira Segura, Notario.—1 vez.—
CE2016014900.—( IN2016093206 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas
00 minutos del 16 de noviembre del año 2016, se constituyó la
sociedad denominada Avitov SJ Sociedad Anónima.—San José,
16 de noviembre del 2016.—Lic. Juan Carlos Bonilla Portocarrero,
Notario.—1 vez.—CE2016014901.—( IN2016093207 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
11 horas 30 minutos del 14 de noviembre del año 2016, se
constituyó la sociedad denominada Azor CRB Holdings Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de noviembre
del 2016.—Lic. Ricardo Badilla Reyes, Notario.—1 vez.—
CE2016014902.—( IN2016093208 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas
00 minutos del 19 de setiembre del año 2016, se constituyó la
sociedad denominada The Blue Tailor One Costa Rica Sociedad
Anónima.—San José, 16 de noviembre del 2016.—Lic. Carlos
Alberto Hernández Navarro, Notario.—1 vez.—CE2016014903.—
( IN2016093209 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
12 horas 00 minutos del 14 de noviembre del año 2016, se
constituyó la sociedad denominada Frutos Terra Bendita
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de
noviembre del 2016.—Lic. Ricardo Badilla Reyes, Notario.—1
vez.—CE2016014904.—( IN2016093210 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas
00 minutos del 16 de noviembre del año 2016, se constituyó la
sociedad denominada Vista Mar Central Coast Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de noviembre del
2016.—Lic. Adrián Echeverría Escalante, Notario.—1 vez.—
CE2016014905.—( IN2016093211 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 40
minutos del 15 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Reel Doc Condo en Los Sueños Limitada.—San
José, 16 de noviembre del 2016.—Lic. Magally María Guadamuz
García, Notario.—1 vez.—CE2016014906.—( IN2016093212 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas
30 minutos del 14 de noviembre del año 2016, se constituyó la
sociedad denominada Corporación Sesenta y Uno Dieciséis
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de
noviembre del 2016.—Lic. Ricardo Badilla Reyes, Notario.—1
vez.—CE2016014907.—( IN2016093213 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00
minutos del 15 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Ludavica Sidelfi del Sol Sociedad Anónima.—San
José, 16 de noviembre del 2016.—Lic. Olman Alberto Rivera
Valverde, Notario.—1 vez.—( IN2016093214 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00
minutos del 11 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Global Brands Meypro Sociedad Anónima.—
San José, 16 de noviembre del 2016.—Lic. Walter Solís Amen,
Notario.—1 vez.—CE2016014909.—( IN2016093215 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
14 horas 00 minutos del 03 de noviembre del año 2016,
se constituyó la sociedad denominada Familia Vindas
Sánchez y Asociados Sociedad Anónima.—San José, 16 de
noviembre del 2016.—Licda. Martha Sulma Fuentes Villatoro,
Notaria.—1 vez.—CE2016014910.—( IN2016093216 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas
00 minutos del 16 de noviembre del año 2016, se constituyó la
sociedad denominada Galletto Sociedad Anónima.—San José,
16 de noviembre del 2016.—Licda. Leonora Granados Sancho,
Notaria.—1 vez.—CE2016014911.—( IN2016093217 ).
Por medio de escritura otorgada a las 16:00 horas del día 29 de
noviembre del 2016, se protocoliza asamblea general extraordinaria
de accionistas de la empresa Propiedades Acriari Inc. Sociedad
Anónima, cédula jurídica número 3-101-315272, mediante la cual
se reforma la cláusula quinta sobre la representación y se nombre
nueva junta directiva, fiscal y agente residente. Presidente: milena
calvo pacheco. Agente residente: Adrián Torrealba Navas.—San
José. 29 de noviembre del 2016.—Licda. Carolina Arguedas Mora,
Notaria.—1 vez.—( IN2016093218 ).
La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016
Por medio de escritura otorgada a las 17:00 horas del día 29 de
noviembre del 2016, se protocoliza asamblea general extraordinaria de
accionistas de la empresa inversiones bajo control, IBACO Sociedad
Anónima, cédula jurídica número 3-101-183149, mediante la cual se
reforma la cláusula sexta sobre la representación y se nombra nuevo
presidente y secretaria. Presidente: Eduardo Martín Valverde Escobar.
San José, 29 de noviembre del 2016.—Licda. Carolina Arguedas
Mora, Notaria.—1 vez.—( IN2016093220 ).
Por escritura otorgada a las ocho horas del diecisiete de
noviembre del dos mil dieciséis, se protocoliza acta de asamblea
general extraordinaria de accionistas de la empresa Propiedades
Acero Proa S. A., mediante la cual se modifican las cláusulas segunda
y sexta de los estatutos. San pedro de montes de oca, primero de
diciembre del dos mil dieciséis.—Lic. Juan José Echeverría Brealey,
Notario.—1 vez.—( IN2016093221 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00
minutos del 12 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada El Mástil Porteño Sociedad Anónima.—San José, 16
de noviembre del 2016.—Lic. Mariano Enrique Núñez Quintana,
Notario.—1 vez.—CE2016014912.—( IN2016093222 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
14 horas 30 minutos del 16 de noviembre del año 2016,
se constituyó la sociedad denominada North Pineapple
Investments Sociedad Anónima.—San José, 16 de noviembre
del 2016.—Lic. Bergman Alonso Rodríguez Astorga,
Notario.—1 vez.—CE2016014913.—( IN2016093223 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas
30 minutos del 11 de noviembre del año 2016, se constituyó la
sociedad denominada Taptico Marketing Digital Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de noviembre del
2016.—Lic. Javier Francisco Chaverri Ross, Notario.—1 vez.—
CE2016014914.—( IN2016093224 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 30
minutos del 15 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Deyacris Sociedad Anónima.—San José, 17 de
noviembre del 2016.—Licda. Yesenia Quesada Rojas, Notaria.—1
vez.—CE2016014915.—( IN2016093225 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
11 horas 00 minutos del 16 de noviembre del año 2016, se
constituyó la sociedad denominada Desarrollos en Proyectos
de Combustibles Sociedad Anónima.—San José, 17 de
noviembre del 2016.—Lic. Gregorio José Chaves Vargas,
Notario.—1 vez.—CE2016014916.—( IN2016093226 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00
minutos del 11 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Siboh Studio Sociedad Anónima.—San José, 17 de
noviembre del 2016.—Licda. Carla Rigioni Soltero, Notaria.—1
vez.—CE2016014918.—( IN2016093228 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas
00 minutos del 16 de noviembre del año 2016, se constituyó la
sociedad denominada Viveka Soluciones Sociedad Anónima.—
San José, 17 de noviembre del 2016.—Licda. Tamara Montecinos
Ahumada, Notaria.—1 vez.—CE2016014919.—( IN2016093229 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
10 horas 38 minutos del 11 de noviembre del año 2016, se
constituyó la sociedad denominada PEI Inversiones Costa
Rica Sociedad Anónima.—San José, 17 de noviembre del
2016.—Licda. Laureen Jinnett Leandro Castillo, Notaria.—1
vez.—CE2016014920.—( IN2016093230 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas
30 minutos del 10 de noviembre del año 2016, se constituyó la
sociedad denominada Medilink Dos Mil Diecisiete Group Sociedad
Anónima.—San José, 17 de noviembre del 2016.—Lic. Walter Solís
Amén, Notario.—1 vez.—CE2016014921.—( IN2016093231 ).
Pág 47
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas
00 minutos del 13 de octubre del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Roble Sano Arias Primero Sociedad Anónima.—
San José, 17 de noviembre del 2016.—Lic. Cristian Vargas Araya,
Notario.—1 vez.—CE2016014922.—( IN2016093232 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas
30 minutos del 16 de noviembre del año 2016, se constituyó la
sociedad denominada Tasios Davies Company Limitada.—San
José, 17 de noviembre del 2016.—Lic. Carolina Argüello Bogantes,
Notaria.—1 vez.—CE2016014923.—( IN2016093233 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
09 horas 00 minutos del 16 de noviembre del año 2016, se
constituyó la sociedad denominada Representaciones Avos de
Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 17 de noviembre
del 2016.—Lic. Carlos Zúñiga Céspedes, Notario.—1 vez.—
CE2016014924.—( IN2016093234 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas
00 minutos del 16 de noviembre del año 2016, se constituyó la
sociedad denominada Kintico Sociedad Anónima.—San José, 17
de noviembre del 2016.—Licda. Jenny María Ramos González,
Notaria.—1 vez.—CE2016014925.—( IN2016093235 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00
minutos del 17 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Volkano Limitada.—San José, 17 de noviembre del
2016.—Lic. Óscar Manuel Funes Orellana, Notario.—1 vez.—
CE2016014926.—( IN2016093236 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30
minutos del 08 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Piedras de Quitirrisí QTRS Sociedad Anónima.—
San José, 17 de noviembre del 2016.—Lic. Jorge Arturo Granados
Moreno, Notario.—1 vez.—CE2016014927.—( IN2016093237 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30
minutos del 17 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Luanda Limitada.—San José, 17 de noviembre del
2016.—Lic. Óscar Manuel Funes Orellana, Notario.—1 vez.—
CE2016014928.—( IN2016093238 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00
minutos del 15 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Casa Victoria Imperial Sociedad Anónima.—San
José, 17 de noviembre del 2016.—Licda. Gladys Rozo Quevedo,
Notaria.—1 vez.—CE2016014929.—( IN2016093239 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
16 horas 00 minutos del 11 de noviembre del año 2016, se
constituyó la sociedad denominada Casa OM Shanti Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de noviembre
del 2016.—Lic. María Gabriela Elizondo Alpízar, Notaria.—1
vez.—CE2016014930.—( IN2016093240 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas
00 minutos del 17 de noviembre del año 2016, se constituyó la
sociedad denominada Casa Las Brisas Mal País Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de noviembre del
2016.—Lic. Marco Vinicio Campos Araya, Notario.—1 vez.—
CE2016014931.—( IN2016093241 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
13 horas 00 minutos del 15 de noviembre del año 2016, se
constituyó la sociedad denominada Niños del Sol Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de noviembre
del 2016.—Lic. Omar Jalil Ayales Aden, Notario.—1 vez.—
CE2016014933.—( IN2016093243 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
12 horas 00 minutos del 11 de noviembre del año 2016, se
constituyó la sociedad denominada LK Registrados Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de noviembre
del 2016.–Licda. Catalina Villalobos Calderón, Notaria.—1
vez.—CE2016014936.—( IN2016093246 ).
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La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
20 horas 00 minutos del 09 de noviembre del año 2016, se
constituyó la sociedad denominada Maquinaria y Repuestos
Samazo Sociedad Anónima.—San José, 17 de noviembre
del 2016.—Lic. Beatriz Artavia Vásquez, Notaria.—1 vez.—
CE2016014937.—( IN2016093247 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas
00 minutos del 17 de noviembre del año 2016, se constituyó la
sociedad denominada Icher Soluciones Tecnológicas Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de noviembre
del 2016.—Lic. José Andrés Masis Calvo, Notario.—1 vez.—
CE2016014938.—( IN2016093248 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas
00 minutos del 27 de octubre del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Geo Fresh Costa Rica Sociedad Anónima.—San
José, 17 de noviembre del 2016.—Licda. Reina María Quirós León,
Notaria.—1 vez.—CE2016014939.—( IN2016093249 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30
minutos del 17 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Costa Rica Bridge S T L Sociedad Anónima.—San
José, 17 de noviembre del 2016.—Lic. Federico Altamura Arce,
Notario.—1 vez.—CE2016014940.—( IN2016093250 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas
00 minutos del 16 de noviembre del año 2016, se constituyó la
sociedad denominada Roscommon Sociedad Anónima.—San José,
17 de noviembre del 2016.—Lic. Olger Gerardo Vargas Castillo,
Notario.—1 vez.—CE2016014941.—( IN2016093251 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30
minutos del 16 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Moravica de Occidente Sociedad Anónima.—San
José, 17 de noviembre del 2016.—Lic. Olger Gerardo Vargas
Castillo, Notario.—1 vez.—CE2016014942.—( IN2016093252 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00
minutos del 16 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Unicasa San Pedro Sociedad Anónima.—San José,
17 de noviembre del 2016.—Licda. María Antonieta Rodríguez
Sandoval, Notaria.—1 vez.—CE2016014943.—( IN2016093253 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas
30 minutos del 16 de noviembre del año 2016, se constituyó la
sociedad denominada Excell Trade Corp Sociedad Anónima.—
San José, 17 de noviembre del 2016.—Licda. Gloriana Cob Guillén,
Notaria.—1 vez.—CE2016014944.—( IN2016093254 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00
minutos del 07 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Agrícola Gros de Costa Rica Sociedad Anónima.—
San José, 17 de noviembre del 2016.—Lic. Rolando José Villalobos
Romero, Notario.—1 vez.—CE2016014945.—( IN2016093255 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas
00 minutos del 14 de noviembre del año 2016, se constituyó la
sociedad denominada Wilder Pacific Holdings Llc Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de noviembre
del 2016.—Lic. Franklin Morera Sibaja, Notario.—1 vez.—
CE2016014946.—( IN2016093256 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00
minutos del 14 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Azul Cristal del Golfo Dulce Sociedad Anónima.—
San José, 17 de noviembre del 2016.—Lic. Bernal Castro Gutiérrez,
Notario.—1 vez.—CE2016014947.—( IN2016093257 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 09
minutos del 16 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Corporación Ellis Sociedad Anónima.—San José, 17
de noviembre del 2016.—Lic. Ana María Rodríguez Chinchilla,
Notaria.—1 vez.—CE2016014948.—( IN2016093258 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas
00 minutos del 16 de noviembre del año 2016, se constituyó la
sociedad denominada GLB Logistics & Box Sociedad Anónima.—
San José, 17 de noviembre del 2016.—Lic. Sally Madrigal Saborío,
Notario.—1 vez.—CE2016014949.—( IN2016093259 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas
00 minutos del 18 de julio del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada La Chaira Sociedad de Responsabilidad Limitada.—
San José, 17 de noviembre del 2016.—Lic. José Joaquín Soto
Chavarría, Notario.—1 vez.—CE2016014950.—( IN2016093260 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
13 horas 00 minutos del 11 de noviembre del año 2016, se
constituyó la sociedad denominada Arthrofractura AFX
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de
noviembre del 2016.—Licda. Mariella Vargas Villalobos,
Notaria.—1 vez.—CE2016014951.—( IN2016093261 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas
00 minutos del 17 de noviembre del año 2016, se constituyó la
sociedad denominada Los Majestuosos Arboles de Pino Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de noviembre del
2016.—Lic. Rosa Guillermina Aguilar Ureña, Notaria.—1 vez.—
CE2016014952.—( IN2016093262 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas
00 minutos del 17 de noviembre del año 2016, se constituyó la
sociedad denominada Rivaga Soluciones Dentales Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de noviembre
del 2016.—Lic. Eduardo Abarca Vargas, Notario.—1 vez.—
CE2016014953.—( IN2016093263 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
15 horas 00 minutos del 15 de noviembre del año 2016, se
constituyó la sociedad denominada Gardens Homes Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de noviembre
del 2016.—Licda. Maricela Alpízar Chacón, Notaria.—1
vez.—CE2016014954.—( IN2016093264 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
14 horas 00 minutos del 17 de noviembre del año 2016, se
constituyó la sociedad denominada Aguilar Castillo Love
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17
de noviembre del 2016.—Licda. Andrea Sáenz Mederas,
Notaria.—1 vez.—CE2016014955.—( IN2016093265 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00
minutos del 15 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Gestionadora de Servicios Legales Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de noviembre del
2016.—Lic. Manuel Enrique Ventura Rodríguez, Notario.—1
vez.—CE2016014956.—( IN2016093266 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas
00 minutos del 04 de noviembre del año 2016, se constituyó la
sociedad denominada Epayments M H A Sociedad Anónima.—
San José, 17 de noviembre del 2016.—Lic. Hernán Velasco Sasso,
Notario.—1 vez.—CE2016014957.—( IN2016093267 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
17 horas 00 minutos del 15 de noviembre del año 2016, se
constituyó la sociedad denominada Nuez Armadillo Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de noviembre
del 2016.—Lic. Daniel Mauricio Salazar Araya, Notario.—1
vez.—CE2016014965.—( IN2016093275 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
08 horas 00 minutos del 16 de noviembre del año 2016, se
constituyó la sociedad denominada Cala del Pacífico Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de noviembre
del 2016.—Lic. Maricela Alpízar Chacón, Notaria.—1 vez.—
CE2016014966.—( IN2016093276 ).
La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
20 horas 00 minutos del 16 de noviembre del año 2016, se
constituyó la sociedad denominada Dizasa Distribuidora
Zamora Salazar Sociedad Anónima.—San José, 17 de
noviembre del 2016.—Lic. Carlos Manuel Sánchez Leitón,
Notario.—1 vez.—CE2016014967.—( IN2016093277 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 07 horas
00 minutos del 25 de octubre del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Hotel Bahía Salinas Sociedad Anónima.—San
José, 17 de noviembre del 2016.—Lic. Raúl Babbar Amighetti,
Notario.—1 vez.—CE2016014968.—( IN2016093278 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas
00 minutos del 15 de noviembre del año 2016, se constituyó
la sociedad denominada Gardens Homes Azul Inc. Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de noviembre
del 2016.—Lic. Maricela Alpízar Chacón, Notaria.—1 vez.—
CE2016014969.—( IN2016093279 ).
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Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas
00 minutos del 16 de noviembre del año 2016, se constituyó la
sociedad denominada Mascoffe Sociedad Anónima.—San José,
17 de noviembre del 2016.—Lic. Mario Enrique Calvo Achoy,
Notario.—1 vez.—CE2016014979.—( IN2016093289 ).
Se hace constar, que por escritura número sesenta y dos del
tomo 09 del protocolo del notario Luis Diego Chacón Bolaños,
otorgada a las 14:00 horas del día 28 de octubre del año 2016, se
protocolizan acuerdos de la sociedad Canal Exclusivo Ltda., por
medio del cual se reforma la cláusula segunda y sétima.—San José,
28 de octubre del 2016.—Lic. Marvin Díaz Briceño, Notario.—1
vez.—( IN2016093298 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13
horas 00 minutos del 05 de octubre del año 2016, se constituyó
la sociedad denominada ST - Turismo Sostenible Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de noviembre del
2016.—Lic. Óscar Armando Vanegas Évora, Notario.—1 vez.—
CE2016014980.—( IN2016093300 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00
minutos del 10 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Diamond Gong Sociedad Anónima.—San José, 17
de noviembre del 2016.—Lic. Eduardo Con Sanchun, Notario.—1
vez.—CE2016014970.—( IN2016093280 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas
00 minutos del 16 de noviembre del año 2016, se constituyó la
sociedad denominada Shamele Sociedad Anónima.—San José, 18
de noviembre del 2016.—Licda. Lilliana Patricia García Barrantes,
Notaria.—1 vez.—CE2016014981.—( IN2016093301 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas
00 minutos del 16 de noviembre del año 2016, se constituyó la
sociedad denominada Hacienda Sabanera LLC Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de noviembre del
2016.—Lic. Carlos Eduardo Salgado García, Notario.—1 vez.—
CE2016014971.—( IN2016093281 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas
00 minutos del 17 de noviembre del año 2016, se constituyó la
sociedad denominada Volkano Assets Limitada.—San José, 18
de noviembre del 2016.—Lic. Óscar Manuel Funes Orellana,
Notario.—1 vez.—CE2016014982.—( IN2016093302 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas
45 minutos del 17 de noviembre del año 2016, se constituyó la
sociedad denominada Helikaz Sociedad Anónima.—San José,
17 de noviembre del 2016.—Lic. Gonzalo Gutiérrez Acevedo,
Notario.—1 vez.—CE2016014972.—( IN2016093282 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30
minutos del 17 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Luanda Assets Limitada.—San José, 18 de noviembre
del 2016.—Lic. Óscar Manuel Funes Orellana, Notario.—1 vez.—
CE2016014983.—( IN2016093303 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas
45 minutos del 17 de noviembre del año 2016, se constituyó la
sociedad denominada Spencer and Brewster Inc Limitada.—
San José, 17 de noviembre del 2016.—Lic. Tobías Felipe Murillo
Jiménez, Notario.—1 vez.—CE2016014973.—( IN2016093283 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
16 horas 00 minutos del 16 de noviembre del año 2016,
se constituyó la sociedad denominada Las Cumbres del
Silencio de Turrialba Sociedad Anónima.—San José, 18 de
noviembre del 2016.—Lic. Fabián Arias Amador, Notario.—1
vez.—CE2016014984.—( IN2016093304 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30
minutos del 17 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Inversiones Solymar PTY Sociedad Anónima.—San
José, 17 de noviembre del 2016.—Lic. Gonzalo Gutiérrez Acevedo,
Notario.—1 vez.—CE2016014974.—( IN2016093284 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00
minutos del 14 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada GM Divino Niño Sociedad Anónima.—San José, 18
de noviembre del 2016.—Lic. Gerardo Manuel Jiménez Barahona,
Notario.—1 vez.—CE2016014985.—( IN2016093305 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 30
minutos del 16 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Inversiones Alena Sociedad Anónima.—San José, 17
de noviembre del 2016.—Lic. Ronald Brealey Mora, Notario.—1
vez.—CE2016014975.—( IN2016093285 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas
00 minutos del 17 de noviembre del año 2016, se constituyó la
sociedad denominada The First Amended and Restated Edward
F Venner Living Trust Limitada.—San José, 18 de noviembre
del 2016.—Lic. Alejandro Alonso Román González, Notario.—1
vez.—CE2016014986.—( IN2016093306 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas
00 minutos del 16 de noviembre del año 2016, se constituyó la
sociedad denominada Triple M Belén Limitada.—San José, 17
de noviembre del 2016.—Lic. Freddy Enrique Salazar Quirós,
Notario.—1 vez.—CE2016014976.—( IN2016093286 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 15
minutos del 17 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada V.V. Venner Vehículo Atenas Limitada.—San
José, 18 de noviembre del 2016.—Lic. Alejandro Alonso Román
González, Notario.—1 vez.—CE2016014987.—( IN2016093307 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas
00 minutos del 09 de noviembre del año 2016, se constituyó la
sociedad denominada Aplicaciones Médicas Radiológicas Wyr
Sociedad Anónima.—San José, 17 de noviembre del 2016.—Lic.
Luis Diego Salazar Gonzalo, Notario.—1 vez.—CE2016014977.—
( IN2016093287 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
17 horas 30 minutos del 17 de noviembre del año 2016, se
constituyó la sociedad denominada Centro Infantil Jehová
Shalom Sociedad Anónima.—San José, 18 de noviembre
del 2016.—Licda. Gaudy Milena Pereira Pérez, Notaria.—1
vez.—CE2016014988.—( IN2016093308 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 10
minutos del 09 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Inversiones V Y V Vargas y Valencia Limitada.—San
José, 17 de noviembre del 2016.—Lic. Gabriel Álvarez Hernández,
Notario.—1 vez.—CE2016014978.—( IN2016093288 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 22 horas 00
minutos del 17 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Alliance Sports Agency ASA Sociedad Anónima.—
San José, 18 de noviembre del 2016.—Lic. Juan Luis León Blanco,
Notario.—1 vez.—CE2016014989.—( IN2016093309 ).
Pág 50
La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas
30 minutos del 05 de noviembre del año 2016, se constituyó la
sociedad denominada Yenca Sociedad Anónima.—San José, 18
de noviembre del 2016.—Licda. Kattia Mena Abarca, Notaria.—1
vez.—CE2016014990.—( IN2016093310 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00
minutos del 18 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Expo Logística y Transportes Sociedad Anónima.—
San José, 18 de noviembre del 2016.—Lic. José Ramón Chavarría
Saxe, Notario.—1 vez.—CE2016015002.—( IN2016093322 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas
00 minutos del 03 de noviembre del año 2016, se constituyó la
sociedad denominada Los Peces en el Rio Sociedad Anónima.—
San José, 18 de noviembre del 2016.—Licda. Giannina Arroyo
Araya, Notaria.—1 vez.—CE2016014991.—( IN2016093311 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas
30 minutos del 18 de noviembre del año 2016, se constituyó la
sociedad denominada Lastur Sociedad Anónima.—San José,
18 de noviembre del 2016.—Licda. Anaclara Vargas Rodríguez,
Notaria.—1 vez.—CE2016015003.—( IN2016093323 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas
00 minutos del 17 de noviembre del año 2016, se constituyó la
sociedad denominada Yukon Developers Sociedad Anónima.—
San José, 18 de noviembre del 2016.—Licda. Silvia Chaves
Quesada, Notaria.—1 vez.—CE2016014992.—( IN2016093312 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00
minutos del 18 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Heredia Leaving Sociedad Anónima.—San José, 18
de noviembre del 2016.—Licda. Cinzia Víquez Renda, Notaria.—1
vez.—CE2016015004.—( IN2016093324 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08
horas 00 minutos del 28 de septiembre del año se la sociedad
denominada HDACRV Sociedad Anónima.—San José, 18 de
noviembre del 2016.—Lic. Jorge Arturo Arce Lara, Notario.—1
vez.—CE2016014993.—( IN2016093313 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00
minutos del 18 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Tres H Holding Corp Sociedad Anónima.—San
José, 18 de noviembre del 2016.—Lic. Mauricio Bonilla Robert,
Notario.—1 vez.—CE2016015010.—( IN2016093330 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00
minutos del 17 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada A & F Integral Services Sociedad Anónima.—San
José, 18 de noviembre del 2016.—Lic. Fernando Vargas Rojas,
Notario.—1 vez.—CE2016014994.—( IN2016093314 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 25
minutos del 17 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Servicios Técnicos Barak Sociedad Anónima.—San
José, 18 de noviembre del 2016.—Lic. Laura Priscila Carvajal
Ramírez, Notaria.—1 vez.—CE2016015011.—( IN2016093331 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00
minutos del 16 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Comercializadora V & B Sociedad Anónima.—San
José, 18 de noviembre del 2016.—Licda. Soren Araya Madrigal,
Notaria.—1 vez.—CE2016014995.—( IN2016093315 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00
minutos del 03 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Grupo Arcom Sociedad Anónima.—San José, 18 de
noviembre del 2016.—Lic. Rafael Mauricio Rodríguez González,
Notario.—1 vez.—CE2016015012.—( IN2016093332 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas
00 minutos del 18 de noviembre del año 2016, se constituyó la
sociedad denominada Pájaro Loco Limitada.—San José, 18 de
noviembre del 2016.—Licda. Ana Patricia Vargas Jara, Notaria.—1
vez.—CE2016014996.—( IN2016093316 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00
minutos del 16 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Latam Logistic Cr Propco Heredia I Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de noviembre del
2016.—Licda. Laura Mariana Oviedo Murillo, Notaria.—1 vez.—
CE2016014997.—( IN2016093317 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas
00 minutos del 16 de noviembre del año 2016, se constituyó la
sociedad denominada Cappuccino Apps Sociedad Anónima.—
San José, 18 de noviembre del 2016.—Licda. Mariselle Verdesia
Meneses, Notaria.—1 vez.—CE2016014998.—( IN2016093318 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30
minutos del 05 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Yenca Centroamérica Sociedad Anónima.—San
José, 18 de noviembre del 2016.—Licda. Kattia Mena Abarca,
Notaria.—1 vez.—CE2016014999.—( IN2016093319 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30
minutos del 18 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Servigarro Sociedad Anónima.—San José, 18 de
noviembre del 2016.—Lic. José Adrián Vargas Solís, Notario.—1
vez.—CE2016015013.—( IN2016093333 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
16 horas 00 minutos del 16 de noviembre del año 2016, se
constituyó la sociedad denominada Corporación Emagabriel
de Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 18 de
noviembre del 2016.—Licda. Andrea María Alvarado Sandi,
Notaria.—1 vez.—CE2016015014.—( IN2016093334 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 15
minutos del 16 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Los Gabrieles Limitada.—San José, 18 de noviembre
del 2016.—Licda. Lindy Viviana Acuña Benavides, Notaria.—1
vez.—CE2016015015.—( IN2016093335 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 45
minutos del 18 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Alcazar Comunicación Sociedad Anónima.—San
José, 18 de noviembre del 2016.—Licda. Evelyn Loaiza Blanco,
Notaria.—1 vez.—CE2016015016.—( IN2016093336 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
11 horas 30 minutos del 05 de noviembre del año 2016, se
constituyó la sociedad denominada Negocios Yenca de
Centroamérica Sociedad Anónima.—San José, 18 de
noviembre del 2016.—Licda. Kattia Mena Abarca, Notaria.—1
vez.—CE2016015000.—( IN2016093320 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas
00 minutos del 16 de noviembre del año 2016, se constituyó la
sociedad denominada Grupo Alsa Sociedad Anónima.—San José,
18 de noviembre del 2016.—Lic. Leonardo Díaz Rivel, Notario.—1
vez.—CE2016015018.—( IN2016093338 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas
00 minutos del 14 de noviembre del año 2016, se constituyó la
sociedad denominada Boudreau Casa Fauna Lot Twenty Eight
V.D.L. Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18
de noviembre del 2016.—Licda. Isabel Nozzara Moreno Vasquez,
Notaria.—1 vez.—CE2016015001.—( IN2016093321 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
17 horas 00 minutos del 15 de noviembre del año 2016, se
constituyó la sociedad denominada Soluciones Empresariales
Internacionales Sociedad Anónima.—San José, 18 de
noviembre del 2016.—Lic. Wilberth Samudio Mora,
Notario.—1 vez.—CE2016015019.—( IN2016093339 ).
La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
15 horas 00 minutos del 16 de noviembre del año 2016, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones Radaga
Sociedad Anónima.—San José, 18 de noviembre del 2016.—
Lic. Fernando Dionisio Zamora Castellanos, Notario.—1
vez.—CE2016015020.—( IN2016093340 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 20 horas 00
minutos del 17 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Inversiones HGC Sociedad Anónima.—San José, 18
de noviembre del 2016.—Lic. Edelberto Patricio Markossy Torres,
Notario.—1 vez.—CE2016015021.—( IN2016093341 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas
00 minutos del 23 de setiembre del año 2016, se constituyó la
sociedad denominada Centro de Infertilidad y Especialidades
Médicas Clínica Eva Sociedad Anónima.—San José, 18 de
noviembre del 2016.—Licda. Zaira Salazar Castro, Notaria.—1
vez.—CE2016015022.—( IN2016093342 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00
minutos del 23 de setiembre del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Enuma Cosulting Group Sociedad Anónima.—
San José, 18 de noviembre del 2016.—Lic. Zaira Salazar Castro,
Notario.—1 vez.—CE2016015023.—( IN2016093343 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas
00 minutos del 17 de noviembre del año 2016, se constituyó la
sociedad denominada Teresa Bismut Limitada.—San José, 18 de
noviembre del 2016.—Lic. Adrián Alvarenga Odio, Notario.—1
vez.—CE2016015028.—( IN2016093348 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
14 horas 00 minutos del 18 de noviembre del año 2016, se
constituyó la sociedad denominada Fast Cloud Costa Rica
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18
de noviembre del 2016.—Licda. Eugenia Carazo Gólcher,
Notaria.—1 vez.—CE2016015029.—( IN2016093349 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00
minutos del 17 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Moda Talla Plus Tibás Sociedad Anónima.—San
José, 18 de noviembre del 2016.—Lic. Héctor Chaves Sandoval,
Notario.—1 vez.—CE2016015030.—( IN2016093350 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas
00 minutos del 16 de noviembre del año 2016, se constituyó la
sociedad denominada IDPAY Costa Rica Sociedad Anónima.—
San José, 18 de noviembre del 2016.—Licda. Eugenia Carazo
Golcher, Notaria.—1 vez.—CE2016015031.—( IN2016093351 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas
00 minutos del 16 de octubre del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Selva Katu Limitada.—San José, 18 de noviembre
del 2016.—Lic. Rodrigo Mendieta García, Notario.—1 vez.—
CE2016015032.—( IN2016093352 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas
00 minutos del 14 de noviembre del año 2016, se constituyó la
sociedad denominada Boudreau Casa Fauna Lot Twenty Eight
VDL Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18
de noviembre del 2016.—Lic. Isabel Nozzara Moreno Vásquez,
Notaria.—1 vez.—CE2016015033.—( IN2016093353 ).
Pág 51
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas
00 minutos del 17 de noviembre del año 2016, se constituyó la
sociedad denominada Fuego Inversiones Limitada.—San José,
18 de noviembre del 2016.—Lic. José Alberto Schroeder Leiva,
Notario.—1 vez.—CE2016015036.—( IN2016093356 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 30
minutos del 17 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Inversiones AGH Sociedad Anónima.—San José, 18
de noviembre del 2016.—Lic. Manuel Enrique Ventura Rodríguez,
Notario.—1 vez.—CE2016015037.—( IN2016093357 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00
minutos del 18 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Mise A Jour Sociedad Anónima.—San José, 18 de
noviembre del 2016.—Lic. Roy Alberto Castro Astúa, Notario.—1
vez.—CE2016015038.—( IN2016093358 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14
horas 00 minutos del 26 de agosto del año 2016, se constituyó la
sociedad denominada Hipérbole Comunicación Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de noviembre del
2016.—Lic. Marvin Ramon Aguirre Chaves, Notario.—1 vez.—
CE2016015040.—( IN2016093360 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16
horas 00 minutos del 26 de agosto del año 2016, se constituyó
la sociedad denominada Digital Consulting Envents and
Professional Marketing Services Sociedad Anónima.—San José,
18 de noviembre del 2016.—Lic. Marvin Ramón Aguirre Chaves,
Notario.—1 vez.—CE2016015041.—( IN2016093361 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas
45 minutos del 17 de noviembre del año 2016, se constituyó la
sociedad denominada Helikaz Pty Sociedad Anónima.—San José,
18 de noviembre del 2016.—Lic. Gonzalo Gutiérrez Acevedo,
Notario.—1 vez.—CE2016015042.—( IN2016093362 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30
minutos del 18 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Lastur de Costa Rica Sociedad Anónima.—San José,
18 de noviembre del 2016.—Licda. Anaclara Vargas Rodríguez,
Notaria.—1 vez.—CE2016015043.—( IN2016093363 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas
00 minutos del 16 de noviembre del año 2016, se constituyó la
sociedad denominada Calega Cipriani Limitada.—San José,
18 de noviembre del 2016.—Lic. Dan Alberto Hidalgo Hidalgo,
Notario.—1 vez.—CE2016015044.—( IN2016093364 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas
00 minutos del 16 de noviembre del año 2016, se constituyó la
sociedad denominada Pulgant Antenga Limitada.—San José,
18 de noviembre del 2016.—Lic. Dan Alberto Hidalgo Hidalgo,
Notario.—1 vez.—CE2016015045.—( IN2016093365 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00
minutos del 18 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Proyectos Nanku Soluciones Sociedad Anónima.—
San José, 18 de noviembre del 2016.—Lic. Juan Antonio Casafont
Álvarez, Notario.—1 vez.—CE2016015046.—( IN2016093366 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
16 horas 09 minutos del 16 de noviembre del año 2016, se
constituyó la sociedad denominada Corporación Ellis del
Norte Sociedad Anónima.—San José, 18 de noviembre del
2016.—Licda. Ana María Rodríguez Chinchilla, Notaria.—1
vez.—CE2016015034.—( IN2016093354 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas
00 minutos del 16 de noviembre del año 2016, se constituyó la
sociedad denominada Duranval Calanti Limitada.—San José,
18 de noviembre del 2016.—Lic. Dan Alberto Hidalgo Hidalgo,
Notario.—1 vez.—CE2016015047.—( IN2016093367 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00
minutos del 18 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Solidarismo Integral Sociedad Anónima.—San
José, 18 de noviembre del 2016.—Licda. Tatiana María Rodríguez
Arroyo, Notaria.—1 vez.—CE2016015035.—( IN2016093355 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas
00 minutos del 16 de noviembre del año 2016, se constituyó la
sociedad denominada Dullach Vallardi Limitada.—San José,
18 de noviembre del 2016.—Lic. Dan Alberto Hidalgo Hidalgo,
Notario.—1 vez.—CE2016015048.—( IN2016093368 ).
Pág 52
La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas
00 minutos del 16 de noviembre del año 2016, se constituyó la
sociedad denominada Latam Logistic CR Propco Heredia I
LLPH Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18
de noviembre del 2016.—Lic. Laura Mariana Oviedo Murillo,
Notaria.—1 vez.—CE2016015049.—( IN2016093369 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas
00 minutos del 11 de noviembre del año 2016, se constituyó la
sociedad denominada Casa Familia Ardon Sociedad Anónima.—
San José, 18 de noviembre del 2016.—Lic. Kattia Vargas Álvarez,
Notaria.—1 vez.—CE2016015050.—( IN2016093370 ).
Por escritura otorgada ante mí se constituyó la sociedad
Interluxe Fit Group Sociedad Anónima. Presidente y tesorero
ambos con facultades de apoderados generalísimos sin límite de
suma.—San José, 10 de octubre del 2016.—Licda. Flor Eugenia
Castillo Castro, Notaria.—1 vez.—( IN2016093401 ).
Por asamblea general extraordinaria la empresa
Importaciones Cháves Peralta S. A., modifica la cláusula novena
del pacto constitutivo y nombra nueva junta directiva por todo el
plazo social.—San José, a las catorce horas del veinte de noviembre
del dos mil dieciséis.—Licda. Teresita Calvo Cordero, Notaria.—1
vez.—( IN2016093404 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
10 horas 00 minutos del 11 de noviembre del año 2016, se
constituyó la sociedad denominada Seguridad Privada
Amigos Unidos Sociedad Anónima.—San José, 18 de
noviembre del 2016.—Lic. Sergio Elizondo Garófalo,
Notario.—1 vez.—CE2016015051.—( IN2016093371 ).
Por escritura Otorgada ante esta notaría en fecha
veintinueve de noviembre del año dos mil dieciséis, se
disolvió la sociedad denominada Cemalest Dos Mil Sociedad
Anónima, cédula de persona jurídica número tres ciento unodoscientos setenta y cinco mil trescientos setenta y seis.—
San Ramón, noviembre, 29 del 2016.—Lic. Alfredo Cordero
Cordero, Notario.—1 vez.—( IN2016093409 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas
00 minutos del 14 de noviembre del año 2016, se constituyó la
sociedad denominada Mae Production Support Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de noviembre del
2016.—Licda. Nikole Amerling Quesada, Notaria.—1 vez.—
CE2016015052.—( IN2016093372 ).
Mediante escritura pública numero ochenta y dos
-veinticuatro, se reformó el Pacto constitutivo de Mofam
Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres -ciento uno
- cuatrocientos cuarenta y cuatro mil ochocientos sesenta y
nueve, en su cláusula novena.—Licda. Ana Rita Zamora
Castillo, Notaria.—1 vez.—( IN2016093414 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
07 horas 30 minutos del 17 de noviembre del año 2016, se
constituyó la sociedad denominada RH Global Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de noviembre del
2016.—Licda. Georgia Lorena Montt Villacura, Notaria.—1
vez.—CE2016015053.—( IN2016093373 ).
Por escritura otorgada ante mi, a las ocho horas del veintiocho
de noviembre de dos mil dieciséis, se protocolizó el acta de asamblea
general ordinaria y extraordinaria de Accionistas de las sociedades
denominadas Racehorse Holdings, Sociedad Anónima y Plaza
Tamarindo Local Veintiuno S. A., en la cual se acordó la fusión de
ambas empresas con la sociedad The Only Exception, Limitada,
prevaleciendo esta última. Asimismo, la sociedad prevaleciente
acuerda modificar las cláusulas del capital social, domicilio y
Administración. Es todo.—San José, treinta de noviembre de dos
mil dieciséis.—Lic. Juan Manuel Aguilar Víquez, Notario.—1
vez.—( IN2016093428 ).
Por escritura otorgada en esta notaría a las nueve horas
del primero de diciembre del dos mil dieciséis se protocolizan
acuerdos de la asamblea general extraordinaria de cuotistas de
la sociedad Ingeniería en Mantenimiento y Administración
de Inmuebles IMADI Sociedad de Responsabilidad
Limitada, mediante la cual se modifican la totalidad de sus
estatutos sociales y se transforma a una sociedad anónima.—
San José, primero de diciembre del dos mil doce.—Lic. Alfredo
Gallegos Villanea, Notario.—1 vez.—( IN2016093385 ).
Ante esta notaria se reformó estatutos de la sociedad
Importaciones Dielizz Sociedad Anónima, cuya cédula
jurídica es tres-ciento uno-siete dos seis cuatro dos cinco. Se
acuerda modificar la cláusula sexta del pacto social. Escritura
otorgada al ser las diez horas con cuarenta y tres minutos del
día nueve de noviembre del dos mil dieciséis.—San Ramón
quince de noviembre del dos mil dieciséis.—Licda. Ana Luz
Villalobos Chacón, Notaria.—1 vez.—( IN2016093392 ).
Por escritura otorgada ante este notario, a las nueve horas del
treinta de noviembre del dos mil dieciséis, se protocolizó el acta
de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía
Fujitsu Consulting Costa Rica Sociedad Anónima, mediante la
cual se reforma la cláusula novena del pacto social.—San José,
treinta de noviembre del dos mil dieciséis.—Lic. Carlos José
Oreamuno Morera, Notario.—1 vez.—( IN2016093393 ).
Mary Lisandra Lopardo Solano y Mauricio Fallas Mora,
constituyen la sociedad Kapital Audiovisual, con domicilio
en San José, Barrio Dent; 100 oeste, del Parqueo del Mall San
Pedro. Plazo social: noventa y nueve años. Objeto: producciones
audiovisuales.—Alajuela, diez horas del día treinta de noviembre
del dos mil dieciséis.—Licda. Adriana Zamora Vargas, Notaria.—1
vez.—( IN2016093396 ).
Por escritura otorgada ante mí, se disolvió Proaso
Limitada, cédula jurídica 3-102-669834, no hay activos
pasivos, ni actividades de ninguna naturaleza.—Golfito, 5 de
noviembre del 2016.—Lic. Marco Vinicio Barrantes Aguilar,
Notario.—1 vez.—( IN2016093398 ).
Mediante escritura otorgada por la Notaria Pública, Mariela
Solano Obando, a las 12:00 horas del día 01 de diciembre del 2016,
se protocoliza asamblea general extraordinaria de la compañía Bar-Z
de Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada, mediante
la cual se modifica la cláusula segunda referente al domicilio de la
compañía.—San José, 01 de diciembre del 2016.—Licda. Mariela
Solano Obando, Notaria.—1 vez.—( IN2016093430 ).
Protocolización del acta de la asamblea general extraordinaria
de accionistas de la empresa denominada tres-ciento dossetecientos siete mil cuatrocientos cuatro S.R.L., en la cual se
acuerda modificar la cláusula primera del nombre para que de ahora
en adelante se lea de la siguiente manera: MEDISPA S.R.L. Es
todo.—San José, al ser ocho horas del día treinta de noviembre del
dos mil dieciséis.—Firma Ilegible.—1 vez.—( IN2016093431 ).
En esta notaría se constituyó sociedad denominada según
decreto número tres tres uno siete uno-tres del catorce de junio
del dos mil seis, solicitando al Registro de Personas Jurídicas para
que como denominación social se le indique el número de cédula
jurídica que el Registro Nacional de oficio le asigne al momento
de su inscripción, con el respectivo aditamento de S. A. Capital
social: ¢10.000,00 colones. Plazo: 99 años. Escritura número 474. Presidente: Alicia Prado Jiménez, cédula de identidad número
nueve-cero treinta y seis-cero cero ocho.—Lic. Greivin Ureña
Fuentes, Notario.—1 vez.—( IN2016093434 ).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del
veintidós de noviembre del año dos mil dieciséis, se protocolizó
acta de reunión general extraordinaria de cuotistas de la sociedad
Brasilito Realty Properties Limitada, con cédula de persona
jurídica número tres-ciento dos-siete dos cuatro seis cinco cuatro,
en la cual se modifica la cláusula de representación y nombra nuevo
Gerente y Subgerente.—Guanacaste, veintidós de noviembre del
año dos mil dieciséis.—Licda. Ismene Arroyo Marín, Notaria.—1
vez.—( IN2016093474 ).
La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016
Mediante escritura numero ciento cuarenta-diecisiete, de las
nueve horas del veintinueve de noviembre del dos mil dieciséis,
se protocoliza acta de acuerdo de disolución de la sociedad
Desarrollos Inmobiliarios El Hirio Sociedad Anónima, de
conformidad con lo establecido en el artículo doscientos uno,
inciso d) del Código de Comercio. Se prescinde del trámite de
liquidación por no tener la sociedad ningún activo, ni pasivo,
ni actividades de ninguna naturaleza.—San José, veintinueve de
noviembre del dos mil dieciséis.—Lic. Juan Carlos Segares Lutz,
Notario.—1 vez.—( IN2016093478 ).
Mediante escritura número veinticuatro-cinco, de las
nueve horas del primero de diciembre del dos mil dieciséis,
se reforma la cláusula octava de la administración de la
sociedad CA Cormorano Sociedad Anónima.—San José, 1°
de diciembre del dos mil dieciséis.—Licda. Diorella Ugalde
Maxwell, Notaria.—1 vez.—( IN2016093480 ).
Por escritura número cuarenta y uno de las doce horas del
veintinueve de noviembre de dos mil dieciséis, ante la notaria,
Clara Isabel Loría Martínez, se modifica el pacto constitutivo de
la sociedad Solórzano y Morera S. A., cédula jurídica tres-ciento
uno-cuarenta mil cuatrocientos veinticuatro, en relación a la
administración y se nombra nueva junta directiva. Presidente con
facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma: Elvir
Solórzano Araya.—Clara Isabel Loria Martínez, Notaria.—1 vez.—
( IN2016093481 ).
Por escritura número uno-ciento cincuenta, del tomo primero,
otorgada ante esta notaría a las doce horas del día primero de
diciembre del dos mil dieciséis, se protocoliza acta de asamblea
general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad R
M I C Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tresciento uno-quinientos cuarenta y cuatro mil quinientos noventa y
siete, con domicilio en San José, Tibás, doscientos norte del Salón
La Pista, en la que se acuerda por unanimidad, la reforma de su
pacto social en su cláusula referente a la administración, así como
la eliminación del cargo de Agente Residente. Es todo.—San José,
primero de diciembre del dos mil dieciséis.—Licda. Laura Eugenia
Montero Aguilar, Notaria.—1 vez.—( IN2016093484 ).
Por escritura otorgada en mi notaría, a las 09:00 horas del 28 de
noviembre del 2016, se nombra nueva junta directiva, se modifica el
objeto social y el domicilio fiscal de la sociedad Sapermi Sociedad
Anónima, cédula jurídica número 3-101-351510.—Licda. Adelia
González Rojas, Notaria.—1 vez.—( IN2016093485 ).
Por escritura otorgada ante esta notaría el día dos
de julio del año dos mil dieciséis, se protocolizó el acta de
asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad
Las Palmas Doradas de Costa Rica Sociedad Anónima,
con cédula jurídica número tres-uno cero uno-uno tres cuatro
seis cinco ocho, en la que se modificó las cláusulas quinta
del capital social y novena de la administración.—San José,
primero de diciembre dos mil dieciséis.—Lic. Víctor Manuel
Lobo Quirós, Notario.—1 vez.—( IN2016093490 ).
Se hace constar que mediante la escritura N° 62, otorgada ante
mí, a las 15:30 horas del 09 de noviembre del 2016, se modificó el
nombre de Helical Piles S. A., cédula 3-101-693063, para que en
lo sucesivo se denomine Pilotes Helicoidales Costa Rica S. A.—
Licda. Cinthya Calderón R., Notaria.—1 vez.—( IN2016093491 ).
Por escritura otorgada en San José, a las 9:30 horas del primero
de diciembre del 2016 ante la Notaria, Laura Avilés Ramírez, se
modifican las clausulas segunda y sexta del pacto constitutivo y
se nombra nuevo vicepresidente, secretario y tesorero de la junta
directiva de la sociedad NG Inversiones Nueva Granada Sociedad
Anónima, con cédula jurídica número 3-101-398863. Es todo.—
San José, 1° de diciembre del 2016.—Licda. Laura Avilés Ramírez,
Notaria.—1 vez.—( IN2016093492 ).
Pág 53
Ante esta notaría, por medio de escritura pública número 93VIII, otorgada en Guanacaste, a las 14:30 horas del 30 de noviembre
del 2016, se protocolizó el acta número 9 de la Asociación
Administradores del Acueducto y Alcantarillado Sanitario de
Lomas del mar de Sardinal de Carrillo de Guanacaste, cedula
jurídica 3-002-515086 en la cual se tomaron los siguientes acuerdos:
Primero… segundo… tercero… cuarto: Se elige nueva junta
directiva y fiscal de la asociación, quinto… sexto:...—Guanacaste,
1° de diciembre del 2016.—Licda. Laura Coto Rojas, Notaria.—1
vez.—( IN2016093494 ).
Por escritura otorgada ante esta notaria el día veintinueve
de noviembre del año dos mil dieciséis, se protocolizó el
acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la
sociedad tres-ciento uno-cinco cero ocho cuatro uno cinco
Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento
uno-cinco cero ocho cuatro uno cinco, en la que se modificó la
cláusula novena de la Administración.—San José, veintinueve
de noviembre del dos mil dieciséis.—Lic. Víctor Manuel Lobo
Quirós, Notario.—1 vez.—( IN2016093499 ).
Por escritura número cuarenta y tres de las dieciséis horas
del día primero de diciembre del dos mil dieciséis, en la sociedad
tres-ciento uno-quinientos veintiocho mil ochocientos trece
Sociedad Anónima, se aumenta su capital social en la suma de
sesenta y nueve millones novecientos mil colones quedando este
en la suma de setenta millones de colones, quedando repartido
en diez mil acciones de siete mil colones cada una; se modifica
la Razón Social de esta sociedad, la cual ahora se denominará
FW Marketing Sociedad Anónima, siendo este un nombre
de fantasía, pudiendo abreviarse las dos últimas palabras en
S. A.—Alajuela, al ser diecisiete horas treinta minutos del
día primero de diciembre del dos mil dieciséis.—Lic. Brayan
Alfaro Aragón, Notario.—1 vez.—( IN2016093501 ).
Ante esta notaría se procedió a protocolizar acta de asamblea
general extraordinaria de Loma Verde de Samara décimo Primera
Sociedad Anónima, en la que se reforman estatutos.—Nicoya,
diecisiete de noviembre del año dos mil dieciséis.—Lic. Cesar
Jiménez Fajardo, Notario.—1 vez.—( IN2016093508 ).
Ante esta notaría se procedió a protocolizar acta de asamblea
general extraordinaria de Transportes Palquesa de Nicoya
Sociedad Anónima, en la que se reforman estatutos.—Nicoya,
diecisiete de noviembre del año dos mil dieciséis.—Lic. Cesar
Jiménez Fajardo, Notario.—1 vez.—( IN2016093510 ).
Por escritura número 169-9, de las 17:00 horas del
veintinueve de noviembre del año 2016, del suscrito notario, se
transforma la sociedad Agro Doña Dulce Tropical Sociedad
Anónima, titular de la cédula jurídica número 3-101-703977
en una sociedad de responsabilidad limitada.—San José, 01
de diciembre del 2016.—Lic. Manuel Antonio Porras Vargas,
Notario.—1 vez.—( IN2016093512 ).
Por escritura número treinta y uno otorgada ante el suscrito
notario, a las nueve horas del treinta de noviembre del dos mil
dieciséis, se prescindió del agente residente en la entidad denominada
Propiedades Bollate Inc. Sociedad Anónima, cédula jurídica
tres-ciento uno-trescientos sesenta y dos mil siescientos noventa y
uno, domiciliada en San José.—San José, dos de diciembre del dos
mil dieciséis.—Lic. Carlos Enrique Cerdas Cisneros, Notario.—1
vez.—( IN2016093514 ).
En Escrit. 25, T 1 Not. Púb. Javier Slein, 17:39 horas
30-11-2016, protocoliza asambl., accionistas Horus Jollies S.
A., céd. jur. 3-101-661892 en lo conducente. Acuerdos: 1 Se
remueve Pres. 2 Nombra presid., Susana Rojas Márquez, céd.
8-0106-0713. Es todo.—Lic. Javier Armando Slein Sandí,
Notario.—1 vez.—( IN2016093545 ).
Mediante escritura de las catorce horas del diecisiete de
noviembre del dos mil dieciséis, protocolizada en esta Notaría, se
reforma la cláusula sexta de la sociedad Autum Air Limitada.—
San José, 24 de noviembre del 2016.—Lic. Sergio José Guido
Villegas, Notario.—1 vez.—( IN2016093548 ).
Pág 54
La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016
Mediante escritura número cincuenta y tres-uno otorgada ante
los notarios públicos Mónica Dobles Elizondo, Juvenal Sánchez
Zúñiga, Jorge González Roesch y Alberto Sáenz Roesch, actuando en
Conotariado en el protocolo del primero a las nueve horas del treinta
de noviembre del año dos mil dieciséis, se modifican las cláusulas
sexta y sétima, se nombra gerente de la sociedad Ornamentales
Williamsburg Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 30 de noviembre del 2016.—Licda. Mónica Dobles Elizondo,
Notaria.—1 vez.—( IN2016093549 ).
Por escritura número ciento sesenta-dieciséis, otorgada ante
los notarios Juan Manuel Godoy Pérez y Rolando Laclé Castro, a
las dieciséis horas veintinueve de noviembre de dos mil dieciséis,
se protocoliza el acta de asamblea general extraordinaria de la
compañía Unopetrol Costa Rica S.R.L., con cédula jurídica
número tres-ciento dos-siete mil doscientos dieciocho; mediante la
cual se reforma la cláusula: Sétima, del pacto social.—San José,
veintinueve de noviembre del dos mil dieciséis.—Lic. Juan Manuel
Godoy Pérez, Notario.—1 vez.—( IN2016093550 ).
En escritura 185-47 se constituyó la sociedad Tecnoviv S. A.,
presidente es apoderado generalísimo sin límite de suma.—Cartago,
15 de noviembre del 2016.—Luis Martínez Brenes, Notario.—1
vez.—( IN2016093557 ).
Que ante esta notaría, se tramita modificación de junta directiva
de la compañía La Lucha del Terraba del Sur Sociedad Anónima,
con cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento noventa y ocho
mil doce.—Lic. José Ricardo Guevara Guevara, Notario.—1 vez.—
( IN2016093558 ).
Mediante escritura otorgada en mi notaría, al ser las 19 horas
y 30 minutos del 01 de diciembre del año 2016, protocolicé el
acta número uno con acuerdos de asamblea general extraordinaria
de la sociedad Chien-Yi Sociedad Anónima, cédula jurídica
3-101-470237. En dicha acta se reformó la cláusula sétima de
los estatutos y se nombró nueva junta directiva.—Cartago, 01
de diciembre del 2016.—Lic. Owen Alejandro Gooden Morales,
Notario.—1 vez.—( IN2016093559 ).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las 10:00 horas del 01
de diciembre de 2016, se protocolizó acta de asamblea de cuotistas
de Serenguethi Ltda., cédula jurídica número 3-102-456835,
mediante la cual se modifican las cláusulas segunda y octava del
pacto social.—San José, 02 de diciembre del 2016.—Lic. Óscar
Manuel Funes Orellana, Notario.—1 vez.—( IN2016093564 ).
Ante el suscrito notario, Corporación Mirosa Sociedad
Anónima, cedula jurídica, tres-ciento uno- cuatrocientos treinta
mil doscientos cincuenta y cuatro, modifica estatutos en cláusula
de domicilio social, agente residente, y nombra junta directiva.—
Ciudad Neily, a las once horas del veinticinco de noviembre del dos
mil dieciséis.—Lic. Luis Fernando Rojas Arredondo, Notario.—1
vez.—( IN2016093585 ).
Ante el suscrito notario, Hacienda Paicito Sociedad
Anónima, cedula jurídica, tres-ciento uno-cuatrocientos
diecisiete mil ciento treinta y tres, modifica estatutos en
cláusula de domicilio social, agente residente, y nombra junta
directiva.—Ciudad Neily, a las trece horas del veinticinco de
noviembre del dos mil dieciséis.—Lic. Luis Fernando Rojas
Arredondo, Notario.—1 vez.—( IN2016093587 ).
Se constituye la sociedad denominada Linda Vista de
Bajamar Sociedad Anónima, ante el notario Miguel Ángel Ortega
Bastos al ser las nueve horas del veintidós de noviembre del año dos
mil dieciséis. Es todo.—Cartago al ser las ocho horas del veintitrés
de noviembre del año dos mi dieciséis.—Lic. Miguel Ángel Ortega
Bastos, Notario.—1 vez.—( IN2016093591 ).
Protocolización de acuerdos de la asamblea extraordinaria
de Quarterwheel Sociedad Anónima, a las trece horas con treinta
minutos del cuatro de noviembre del año dos mil dieciséis, por
medio de la cual se acuerda disolucion de sociedad.—San José,
trece horas con veinticinco minutos del treinta de noviembre del año
dos mil dieciséis.—Lic. Carlos Alfredo Umaña Balser, Notario.—1
vez.—( IN2016093592 ).
Mediante escritura otorgada ante la notaría del Lic. Marvin
Céspedes Méndez, a las 09:00 horas del 23 de noviembre del 2016,
protocolizamos el acta de asamblea general de socios de Cocoa
Central Investment Distributors S. A., con cédula de persona
jurídica Nº 3-101-386826, la cual reformó la cláusula Nº 6 del pacto
constitutivo y se nombró nueva junta directiva y fiscal.—San José,
29 de noviembre del 2016.—Lic. Dan Alberto Hidalgo Hidalgo,
Notario.—1 vez.—( IN2016093593 ).
En mi notaría a las once horas con veintitrés minutos del
dieciocho de noviembre del año dos mil dieciséis se protocolizó
acta de la sociedad Habibi del Sur S. A. Se modificó cláusula
novena. Se solicita la publicación de este edicto para lo que en
derecho corresponda.—San José, dos de diciembre del dos mil
dieciséis.—Lic. Ronny Salvador Guevara Mora, Notario.—1 vez.—
( IN2016093601 ).
Por escritura otorgada ante mi notaría, a las once horas del
treinta de noviembre del dos mil dieciséis, protocolicé acuerdos
de asamblea general ordinaria y extraordinaria de cuotistas de la
sociedad denominada Coral Reef Pearl Limitada, mediante la cual
y por acuerdo unánime de cuotistas se reformó la cláusula sexta del
pacto constitutivo referente a la administración y representación
judicial y extrajudicial de la sociedad. De igual forma se realizó
un nuevo nombramiento en la junta de administración. Es todo.—
Liberia, Guanacaste, a las doce horas del treinta de noviembre del
dos mil dieciséis.—Lic. Adrián Alberto Peralta Abarca, Notario.—1
vez.—( IN2016093603 ).
Por escritura número 172-8 del 30 de noviembre del 2016, se
reforma la cláusula 6 del pacto social de Maserica de Costa Rica S.
A.—Heredia, 02 de diciembre del 2016.—Licda. Nicole Preinfalk
Lavagni, Notaria.—1 vez.—( IN2016093604 ).
Por escritura número 171-8 del 30 de noviembre del 2016, se
reforma la cláusula 7 del pacto social de Instamasa S. A.—Heredia,
02 de diciembre del 2016.—Licda. Nicole Preinfalk Lavagni,
Notaria.—1 vez.—( IN2016093605 ).
Por escritura número 173-8 del 30 de noviembre del 2016, se
reforma la cláusula 6 del pacto social de Productos Alimenticios
Crunch S. A.—Heredia, 02 de diciembre del 2016.—Licda. Nicole
Preinfalk Lavagni, Notaria.—1 vez.—( IN2016093606 ).
Por escritura número 174-8 del 30 de noviembre del 2016, se
reforma la cláusula 8 del pacto social de Masafina S. A.—Heredia,
02 de diciembre del 2016.—Licda. Nicole Preinfalk Lavagni,
Notaria.—1 vez.—( IN2016093607 ).
Por escritura número 175-8 del 30 de noviembre del 2016,
se reforma la cláusula 11 del pacto social de Hagi Azul S. A.—
Heredia, 02 de diciembre del 2016.—Licda. Nicole Preinfalk
Lavagni, Notaria.—1 vez.—( IN2016093608 ).
Por escritura número 176-8 del 30 de noviembre del 2016, se
reforma la cláusula 11 del pacto social de Magic Home Store S.
A.—Heredia, 02 de diciembre del 2016.—Licda. Nicole Preinfalk
Lavagni, Notaria.—1 vez.—( IN2016093609 ).
En mi notaría, en el tomo octavo, al folio ciento veintitrés
vuelto, la escritura doscientos veinte, se modificó clausula octava
de la sociedad Este Matiz Lote dos S. A. Teléfono 83463012.—
San José, primero de diciembre del dos mil dieciséis.—Lic. Ricardo
Pérez Montiel, Notario.—1 vez.—( IN2016093610 ).
Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del
veintinueve de noviembre del dos mil dieciséis, se protocolizó
acta de asamblea de socios de la sociedad Agropecuaria Santiago
S. A., en la cual se modifica la cláusula primera, del nombre,
segunda, del domicilio, sétima; del Consejo de Administración, y
se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, veintinueve
de noviembre del dos mil dieciséis.—Licda. Ana Lorena Coto
Esquivel, Notaria.—1 vez.—( IN2016093611 ).
La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016
Por escritura otorgada ante mí a las quince horas del veintiocho
de noviembre del dos mil dieciséis, se protocolizó acta de asamblea
de socios de la sociedad tres-ciento uno-seiscientos sesenta y seis
mil ciento cuarenta y seis S. A., en la cual se modifica la cláusula
segunda, del Domicilio, sétima; del Consejo de Administración, y
se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, veintinueve
de noviembre del dos mil dieciséis.—Licda. Ana Lorena Coto
Esquivel, Notaria.—1 vez.—( IN2016093612 ).
Por escritura otorgada ante mí se constituyó la sociedad
Advanced and Intepyated Technology Solutions Aits Consulting
S. A., domicilio Oreamuno de Cartago. Plazo: cien años. Objeto:
Comercio en General. Capital: totalmente pagado en efectivo y
bienes. Representación: presidente y vicepresidente con todos los
poderes.—San José, 27 de octubre del 2016.—Lic. Ricardo Vargas
Villegas, Notario.—1 vez.—( IN2016093614 ).
Por escritura otorgada ante esta notaria, a las dieciséis horas
cincuenta minutos del treinta de noviembre del dos mil dieciséis, se
protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de
la sociedad denominada S& G Solutions Sociedad Anónima, con
cédula jurídica tres-ciento uno-seiscientos treinta y dos mil veinte.
Se acepta la renuncia y se nombra nuevo presidente.—Licda. María
Viviana Jiménez Ramírez, Notaria.—1 vez.—( IN2016093618 ).
Por escritura otorgada ante mí se reformó la cláusula número
décimo quinta de los estatutos sociales de la compañía Tres Ciento
Uno Cuatrocientos Noventa y Un Mil Quinientos Setenta y Uno
Sociedad Anónima.—Atenas de Alajuela, primero de diciembre
del dos mil dieciséis.—Licda. Sarita Castillo Saborío, Notaria.—1
vez.—( IN2016093632 ).
En escritura autorizada por la suscrita notaria a las ocho horas
del día primero diciembre del dos mil dieciséis se protocolizó acta
de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de
Esquivel y Runnebaum Sociedad Anónima, mediante la cual se
modifican las cláusulas primera, tercera y sexta del pacto social.—
San José, dos de diciembre del dos mil dieciséis.—Licda. Rebeca
Ortega Muñoz, Notaria.—1 vez.—( IN2016093644 ).
Por escritura otorgada a las once horas del día primero
de diciembre de dos mil dieciséis, ante esta notaría se reforman
cláusulas primera, segunda y quinta, del pacto constitutivo de la
sociedad denominada Solero Triscadek Sociedad Anónima y se
nombra nueva junta directiva y fiscal.—Lic. Marco Aurelio Maroto
Marín, Notario.—1 vez.—( IN2016093647 ).
En esta notaría mediante escritura número trescientos treinta
y cinco se constituye Industrias Manuel Navarro sociedad
anónima. Capital social: diez mil colones. Plazo: noventa y nueve
años, presidenta, Isela Vanessa Ramírez Pizarro.—San José,
veintiocho de noviembre del dos mil dieciséis.—Licda. Mireya
Elizondo Valverde, Notaria.—1 vez.—( IN2016093652 ).
Por escritura otorgada ante esta notaria de las diecisiete horas
del dieciocho de noviembre del dos mil dieciséis, se constituyó la
sociedad con denominación social el número de cédula jurídica que
se le asigne, con domicilio en Patarrá de Desamparados del Colegio
Máximo Quesada; cincuenta metros al este y cincuenta metros
al norte, con un plazo de noventa y nueve años. Otorgada ante la
notaria, Maritza Muñoz Delgado. Publíquese una vez.—Licda.
Maritza Muñoz Delgado, Notaria.—1 vez.—( IN2016093654 ).
Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas del día
uno de diciembre del dos mil dieciséis, se protocolizó en lo
conducente el acta de asamblea de la sociedad denominada
tres-ciento dos-setecientos veintisiete mil novecientos cinco
Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula de persona
jurídica 3-102-727905 y en la cual se procede a modificar
la cláusula primera, del nombre: denominándose Gogetit
Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada, y se
otorga poder generalísimo limitado a la suma de 25.000,00
dólares en favor de Carlos Troconis, venezolano, pasaporte
074437261.—Lic. Juan Gregorio Roscio Etchart, Notario.—1
vez.—( IN2016093656 ).
Pág 55
En escritura otorgada a las 08:30 horas del 13 de setiembre
del dos mil dieciséis, se constituye la empresa Tecnología en
Construcción ADS Sociedad Anónima, con domicilio en San José,
capital íntegramente suscrito y pagado. Presidente, vicepresidente,
secretario y tesorero con plenas facultades.—San José, 30 de
noviembre del 2016.—Lic. Carlos Alberto Guardia Gutiérrez,
Notario.—1 vez.—( IN2016093659 ).
Yo Dinia María González Cabezas, notaria pública, con
oficina abierta en la ciudad de Alajuela, el día primero de diciembre
del dos mil dieciséis, al ser las quince horas y treinta minutos,
mediante escritura ciento treinta y cuatro, del tomo quince, procedo
a protocolizar acta de asamblea extraordinaria número once, de la
sociedad denominada Centro Educativo La Trinidad Sociedad
Anónima, con cédula de persona jurídica tres-ciento uno-uno cero
uno seis tres seis, mediante la cual se acuerda modificar la cláusula
novena del pacto constitutivo. Es todo.—Alajuela, primero de
diciembre del dos mil dieciséis.—Licda. Dinia María González
Cabezas, Notaria.—1 vez.—( IN2016093665 ).
Ante mí, Olga Martínez Calvo, notaría pública con oficina
abierta en San José, Aserrí, Barrio Corazón de Jesús, frente a soda
Twins, a las 11:00 horas del 29 de octubre del 2016, se reformó
estatutos, representación de la sociedad e integración de la junta
directiva de Pavones Rincón del Paraíso Sociedad Anónima,
cédula 3-101-374449.—San José, 29 de noviembre del 2016.—
Licda. Olga Martínez Calvo, Notaria.—1 vez.—( IN2016093669 ).
Ante mí, Olga Martínez Calvo, notaria pública con oficina
abierta en San José, Aserrí, Barrio Corazón de Jesús, frente a Soda
Twins, a las 11:00 horas del 29 de octubre de 2016 se reformó
estatutos, representación de la sociedad e integración de la junta
directiva de Gio Gio CAHJS Sociedad Anónima, cédula 3-101240951.—San José, 29 de noviembre del 2016.—Licda. Olga
Martínez Calvo, Notaria.—1 vez.—( IN2016093670 ).
Ante la notaria pública Julia Alvarado Gómez, mediante
escritura otorgada a las quince horas del veintiocho de noviembre
del año dos mil dieciséis, se constituyó la sociedad de esta plaza
Esmera Proyectos Sociedad Anónima.—Cartago, a las dieciséis
horas del veintiocho de noviembre del año dos mil dieciséis.—
Licda. Julia Alvarado Gómez, Notaria.—1 vez.—( IN2016093677 ).
Por escritura número 331-16 otorgada ante esta notaría,
se protocoliza acta número seis de asamblea general ordinaria y
extraordinaria dé socios de la sociedad Constructora y Consultora
Ganiber Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-342278.
Se modifica cláusula de la representación del pacto constitutivo
y se nombra nuevos representante judiciales extrajudiciales con
facultades de apoderados generalísimos sin limitación de suma
pudiendo actuar separadamente presidente Juan Carlos Obando
Gamboa, cédula 3-362-346 y secretario Georges Quinaux, cédula de
residencia 112400007722.—Cartago, 02 de diciembre del 2016.—
Lic. Lucrecia Rojas Calvo, Notaria.—1 vez.—( IN2016093682 ).
La suscrita notaria hace constar que el día de hoy, ante esta
notaria y mediante escritura pública de las ocho horas del día
veintitrés de noviembre del año dos mil dieciséis, se protocolizan
los artículos primero y segundo, de M&L. Consultorías y Peritajes
Sociedad Anónima, mediante los cuales se acepta la renuncia del
fiscal, y se nombra miembro de la junta directiva. Fiscal: Mike
Alonso Osejo Villegas.—San José, veintitrés de noviembre del dos
mil dieciséis.—Licda. Beverly Dinorah Palma Brenes; Notaria.—1
vez.—( IN2016093686 ).
La suscrita notario hace constar que el día de hoy, ante esta
notaria y mediante escritura pública de las once horas del día dos
de diciembre del año dos mil dieciséis, se protocoliza el artículo
primero, de Apartamentos Santa Elena Sociedad Anónima, con
cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cero quince mil
trescientos setenta y uno, mediante el cual se reforma la Cláusula
sexta del pacto social.—San José, dos de diciembre del dos mil
dieciséis.—Lic. Beverly Dinorah Palma Brenes, Notaria.—1 vez.—
( IN2016093687 ).
Pág 56
La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016
Mediante escritura pública número cincuenta y unonueve, otorgada a las once horas con treinta minutos del día dos
de diciembre del dos mil dieciséis, se acuerda por unanimidad
del capital social y al tenor del artículo doscientos uno inciso
d) del Código de Comercio, disolver la sociedad Inversiones
Wamega Sociedad Anónima, titular de la cédula de persona
jurídica número tres-ciento uno-seiscientos setenta y un mil
setecientos veintiocho, con domicilio social en Heredia.—San
José, 02 de diciembre, 2016.—Lic. Beverly Dinorah Palma
Brenes, Notario.—1 vez.—( IN2016093688 ).
Ante esta notaría, al ser las once horas del día treinta de
noviembre de dos mil dieciséis, se protocolizó acta mediante la cual
la sociedad Propiedades Pacheco Arce PPA S. A., por acuerdo
de socios solicita disolver y liquidar la compañía.—San José, a los
treinta días del mes de noviembre de dos mil dieciséis.—Licda. María
Lucrecia Quesada Barquero, Notaria.—1 vez.—( IN2016093693 ).
Por escritura otorgada ante la notaria Cindy Villalobos
Valverde, se solicita la disolución de la empresa Logística Abias
SRL Sociedad de Responsabilidad Limitada, con cédula de
persona jurídica número 3- 102-692985, domiciliada en San José,
San José, La Uruca, La Peregrina, de la escuela 75 mts sur.—
Guápiles, 9 de noviembre del 2016.—Licda. Cindy Villalobos
Valverde, Notaria.—1 vez.—( IN2016093695 ).
Ante esta notaría, al ser las trece horas con veinticinco minutos
del treinta de noviembre del dos mil dieciséis, se protocolizó acta
mediante la cual la sociedad Invapos S. A., por acuerdo de socios
solicita disolver y liquidar la compañía.—San José, treinta de
noviembre de dos mil dieciséis.—Licda. María Lucrecia Quesada
Barquero, Notaria.—1 vez.—( IN2016093696 ).
Por escritura otorgada a las 12:00 horas del día de
hoy, se protocolizaron acuerdos de Logística en Manejo de
Combustibles Ocho Uno Nueve S. A., reformando la cláusula
de la administración del pacto constitutivo.—San José, 02 de
diciembre del 2016.—Lic. Luis Ricardo Garino Granados,
Notario.—1 vez.—( IN2016093697 ).
Por escritura otorgada a las 11:00 horas del día de
hoy, se protocolizaron acuerdos de Eficiencia Tecnológica
Ochocientos Cincuenta y Tres S. A., reformando la cláusula
de la administración del pacto constitutivo.—San José, 2 de
diciembre del 2016.—Lic. Luis Ricardo Garino Granados,
Notario.—1 vez.—( IN2016093699 ).
Por escritura pública número doscientos ochenta-tres, a las
trece horas del primero de diciembre del dos mil dieciséis, se hizo
nuevo nombramiento del presidente y secretario de la sociedad
Esterillos View Diecisiete S. A., cédula jurídica tres-ciento unotrescientos setenta y nueve mil ciento setenta y tres.—Licda. Grace
Barquero Varela, Notaria.—1 vez.—( IN2016093700 ).
Por escritura pública número doscientos ochenta y uno de la
sociedad Fibrocentro S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-setenta
y tres mil novecientos ochenta y ocho, se modificó parcialmente la
cláusula número siete del pacto constitutivo, pudiendo el tesorero
firmar solo conjuntamente con el presidente o director uno.—Licda.
Grace Barquero Varela, Notaria.—1 vez.—( IN2016093701 ).
Mediante escritura 35 del protocolo 19 de las 18:00 horas del
30 de noviembre del 2016, se constituyó la sociedad Crismarjo
Transportes S. A.—Cartago, 30 de noviembre del 2016.—Lic.
Juan Pablo Navarro Solano, Notario.—1 vez.—( IN2016093707 ).
Ante mí, Fernando Mena Alvarado, notario público con
oficina abierta en la ciudad de Grecia Centro-Alajuela, compareció
el señor: Guadalupe Carrillo Leal, cédula 6-111-572, y procedió
a protocolizar el acta de asamblea general extraordinaria de la
sociedad denominada, Guacalea del Mar Sociedad Anónima,
cédula jurídica 3-101-388713, ya que los socios acordaron en
disolverla.—Grecia 29 de noviembre del 2016.—Lic. Fernando
Mena Alvarado, Notario.—1 vez.—( IN2016093708 ).
La Sociedad Tamarindo Transfer & Tour Limitada, con
cédula de persona jurídica número tres-ciento dos seiscientos
sesenta y ocho mil novecientos quince, reforma la cláusula quinta
de la representación de la compañía. Escritura otorgada a las catorce
horas con treinta minutos del primero de octubre del dos mil
dieciséis ante notaria, María Abigail Ruiz Rosales.—Licda. María
Abigail Ruiz Rosales, Notaria.—1 vez.—( IN2016093710 ).
Por escritura número trescientos dos-dos, visible a folio
182 frente del tomo segundo del protocolo del notario, William
Juárez Mendoza, otorgada a las dieciséis horas del veintiocho de
noviembre del 2016, se protocoliza acta número dos de asamblea
de socios accionistas de la sociedad denominada, Estilo Italiano
S. A., cédula jurídica 3 101-668930, mediante la cual se cambia el
nombre de la sociedad para que en lo sucesivo se llame Samara
Seguridad S. A.—Lic. William Juárez Mendoza, Notario.—1
vez.—( IN2016093723 ).
Se hace constar que mediante escritura número 83 otorgada a
las 15:00 horas del 07/11/16, por la notaria Alejandra Montiel Quirós,
se protocoliza el acta N° 1 de asamblea general extraordinaria de
accionistas de la sociedad Holding GPC Productos de Concreto
S. A., cédula de persona jurídica N° 3-101-686930, mediante la cual
se modifican las cláusulas: 4, 5, 6 y 7 y se incluyen las clausulas
11 y 12 del pacto constitutivo de dicha sociedad.—San José, 21 de
noviembre del 2016.—Licda. Alejandra Montiel Quirós, Notaria.—1
vez.—( IN2016093725 ).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario en San José, a las
11:00 horas del día de hoy, se constituyó la entidad de éste domicilio
denominada Ignaz Inversiones S. A. Capital: Íntegramente suscrito
y pagado. Presidente: Oscar Rafael Navarro Meza.—San José, 02 de
diciembre del 2016.—Lic. Javier Camacho Granados, Notario.—1
vez.—( IN2016093751 ).
Teresa Pérez Acosta, y Marta Dayana Molina Herrera,
constituyen la sociedad de responsabilidad limitada denominada
Terdaya SRL. Escritura otorgada en Grecia a las 13 horas del
día 28 de noviembre del año 2016.—Lic. Miguel Alfaro Blanco,
Notario.—1 vez.—( IN2016093753 ).
Por Escritura otorgada por el notario Lic. Felipe Gómez
Rodríguez, a las 14:30 horas del 3 de diciembre del 2016, se
disolvió la sociedad, Dyralica Sociedad Anónima, pudiendo
abreviarse Dyralica Sociedad Anónima S. A. Presidente con
facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma,
la señora Diana Rodríguez Rodríguez. Capital suscrito y
pago en su totalidad. Firmo en la ciudad de Grecia, el día
3 de diciembre del dos mil dieciséis.— Lic. Felipe Gómez
Rodríguez, Notario.—1 vez.—( IN2016093754 ).
Protocolización de acuerdos de sesión ordinaria de junta
directiva de la compañía La Nación Sociedad Anónima, cédula
jurídica número tres-ciento uno-dos mil seiscientos cuarenta y ocho,
en la cual se acuerda modificar la cláusula quinta de los estatutos,
quinta capital. Escritura otorgada a las once horas del dos de
diciembre del dos mil dieciséis.—Licda. Frescia Benavides Ulate,
Notaria.—1 vez.—( IN2016093756 ).
Ante mí Alejandro Alonso Román González, notario con
oficina en Atenas, hago constar que el dos de diciembre del
dos mil dieciséis, a las diez horas se protocolizó asamblea
general extraordinaria de la sociedad Beauty Up Store
Sociedad Anónima, cédula jurídica número: tres-ciento unoseis cuatro nueve cuatro ocho cuatro, en la cual se reforma la
cláusula segunda y octava y se revoca el nombramiento de la
secretaria, tesorero, fiscal y agente residente.—Atenas, dos
de diciembre del dos mil dieciséis.—Lic. Alejandro Alonso
Román González, Notario.—1 vez.—( IN2016093757 ).
Protocolización del acta de asamblea general ordinaria
y extraordinaria de accionistas de la compañía Comunicación
Corporativa de Centro América Sociedad Anónima, cédula de
persona jurídica N° tres-ciento uno-noventa y cinco mil setecientos
La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016
cincuenta y cuatro, en la cual se modifican las cláusulas de la
administración y representación. Escritura otorgada a las catorce del
primero de diciembre del dos mil dieciséis.—Licda. Cinzia Víquez
Renda, Notaria.—1 vez.—( IN2016093759 ).
Ante mí, Alejandro Alonso Román González, notario con
oficina en Atenas, compareció la totalidad de las acciones que
conforman el capital social de la sociedad Crystal Holdings
Sociedad Anónima, cédula jurídica N° tres-ciento dos-tres cuatro
cero uno seis nueve y en forma unánime mediante escritura número
ciento veinticinco otorgada en la ciudad de Atenas, a las quince horas
del once de noviembre del dos mil dieciséis. Escritura visible al
folio ochenta y cinco frente del tomo treinta y tres del protocolo del
suscrito notario y por acuerdo unánime se acordó disolver la indicada
sociedad.—Atenas, 11 de noviembre del 2016.—Lic. Alejandro
Alonso Román González, Notario.—1 vez.—( IN2016093760 ).
Protocolización del acta de asamblea general extraordinaria de
accionistas de la compañía Heredia Leaving Sociedad Anónima,
cédula de persona jurídica número tres- ciento uno- setecientos
veintiocho mil trescientos sesenta y dos, en la cual se modifica la
cláusula del nombre. Escritura otorgada a las quince del primero
de diciembre del dos mil dieciséis.—Licda. Cinzia Víquez Renda,
Notaria.—1 vez.—( IN2016093761 ).
Ante mí Karen Daniela Oconitrillo Quesada, notaria con
oficina abierta en Estanquillos de Atenas, hago constar que el día
veintidós de noviembre del dos mil dieciséis, a las trece horas se
protocolizó asamblea general extraordinaria de la sociedad Equipos
Cibernéticos G Y R Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica
número: tres - ciento uno -tres nueve siete seis siete seis, en la cual
se reforma la cláusula octava del pacto constitutivo y se nombra
la junta directiva y el fiscal.—Atenas, veintitrés de noviembre del
dos mil dieciséis.—Licda. Karen Daniela Oconitrillo Quesada,
Notaria.—1 vez.—( IN2016093770 ).
Ante mí Henry Alonso Víquez Arias, notario con oficina en
Atenas, hago constar que el día veinticinco de noviembre del dos
mil dieciséis, a las quince horas y treinta minutos se protocolizó
asamblea general extraordinaria de la sociedad Tres-Ciento DosSiete Uno Cinco Tres Siete Seis Sociedad de Responsabilidad
Ilimitada, cédula jurídica número tres-ciento dos-siete uno cinco
tres siete seis, en la cual se reforma las cláusula quinta del pacto
constitutivo y se revoca el nombramiento del gerente uno.—Atenas,
veintiséis de noviembre del dos mil dieciséis.—Lic. Henry Alonso
Víquez Arias, Notario.—1 vez.—( IN2016093772 ).
Se hace saber que Fuerza Naranja Liberiana sociedad
Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-tres ocho tres dos cuatro
seis, aprobó disolución de la sociedad mediante asamblea general
extraordinaria de socios. Se cita los interesados a hacer valer sus
derechos y oposiciones. En la notaría de la Licenciada Daly Mairel
González Castro en Liberia, Guanacaste, del Cuerpo de bomberos
doscientos metros al sur y veinte metros al este. Al celular 83325105
o al correo electrónico [email protected].—Licda. Daly Mariel
González Castro, Notaria.—1 vez.—(IN2016093777 ).
Ante mi notaría, se constituyó la sociedad que llevará
como nombre el número de cédula asignado sociedad anónima,
domiciliada en Alajuela, Upala, Bijagua, ochocientos metros al sur
del colegio. Willy Francisco White Gutiérrez, cédula nueve-cero
cero siete cuatro-cero seis cero ocho, como Apoderado Generalísimo
sin límite de suma. El capital social será cuarenta mil colones,
representadas por dos acciones comunes y normativas de veinte mil
colones cada una aporte mediante una silla giratoria de escritorio y
un escritorio de madera.—Liberia, veinticinco de noviembre del dos
mil dieciséis.—Licda. Daly Mariel González Castro, Notaria.—1
vez.—( IN2016093778 ).
En notaría de Rafael Ángel Morales Soto, a las 11:00 de hoy,
se protocolizó acta mediante la cual se acuerda disolver la sociedad
Hatzy del Este S. A., cedula 3-101-523574. De conformidad con
el artículo 207 del Código de Comercio se avisa que dentro de los
treinta días siguientes a esta publicación, cualquier interesado que
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se sienta perjudicado en sus derechos podrá oponerse judicialmente
a la disolución.—San José, 16 de noviembre del 2016.—Lic. Rafael
A. Morales Soto, Notario.—1 vez.—( IN2016093781 ).
En mi notaría, por escritura pública Nº 258-9 de las 16:00
horas del 30 de noviembre del 2016, protocolicé modificación de
la cláusula quinta del capital social de: GBSYS S. A., aumentando
el capital social a setenta millones de colones.—San José, 30 de
noviembre del 2016.—Lic. Luis Diego Hidalgo Rivera, Notario.—1
vez.—( IN2016093803 ).
Ante mí, Carlos Fernández Vásquez, notario público, la
empresa: Myel S. A., protocoliza la asamblea extraordinaria de
socios, del once de noviembre del dos mil dieciséis, visible a la
escritura doscientos cincuenta y ocho, del tomo treinta de protocolo,
del día diecisiete de noviembre del dos mil dieciséis.—Palmares,
diecisiete de noviembre del dos mil dieciséis.—Lic. Carlos
Fernández Vásquez, Notario.—1 vez.—( IN2016093805 ).
Por escritura otorgada ante mí, se protocolizó acta de
asamblea general extraordinaria de socios de la firma de ésta
plaza: Condominio Ofi-Bodegas Capri Gris Número Veinte
Sociedad Anónima. Se modifica la cláusula quinta del pacto social,
del capital.—San José, 26 de mayo del 2015.—Lic. Paul Zúñiga
Hernández, Notario.—1 vez.—( IN2016093806 ).
Por escritura otorgada ante mí, se protocolizó acta de
asamblea general extraordinaria de socios de la firma de ésta plaza:
Inmobiliaria VT Mil Novecientos Noventa y Cuatro Sociedad
Anónima. Se modifica la cláusula quinta del pacto social, del
capital.—San José, 26 de mayo del 2015.—Lic. Paul Zúñiga
Hernández, Notario.—1 vez.—( IN2016093807 ).
Que en la asamblea general ordinaria y extraordinaria
de socios de la compañía denominada: B. RQ And GI
Investments Sociedad Anónima, cédula jurídica número
tres-ciento uno-cuatrocientos ochenta y ocho mil setenta y
seis, celebrada a las catorce horas del dieciocho de noviembre
del dos mil dieciséis, en la ciudad de Tamarindo, se acordó
realizar cambio en las cláusula de la representación. Es
todo.—Tamarindo, 02 de diciembre del 2016.—Lic. José
Antonio Silva Meneses, Notario.—1 vez.—( IN2016093813 ).
Por escritura otorgada ante la notaria Vilma Guevara Mora, a
las 18:00 horas del 01 de diciembre del 2016, se protocolizó acta de
asamblea extraordinaria de accionistas de: Tres-Uno Cero Uno Seis
Siete Seis Cinco Cuatro Cero Sociedad Anónima, cédula jurídica
Nº 3-101-676540, en la que se realizó cambio de miembros de junta
directiva.—San José, 02 de diciembre del 2016.—Licda. Vilma
Guevara Mora, Notaria.—1 vez.—( IN2016093823 ).
Ante mí, Álvaro Barboza Orozco, notario público con oficina
abierta en San José, escritura otorgada a las 14:00 horas del 30 de
noviembre del 2016, se revocó puesto y se nombró presidente de
la sociedad denominada: El Seis Ganador Sociedad Anónima,
cédula de persona jurídica número: tres-ciento uno-dos cero dos tres
ocho dos, se nombró presidente: Ronaldo Cano Mendoza. Capital
social: totalmente suscrito y pagado. Domicilio social: San José,
San José, Sabana Oeste, del Restaurante La Princesa Marina, cien
metros al oeste, y veinticinco metros al norte.—San José, 01 de
diciembre del 2016.—Lic. Álvaro Barboza Orozco, Notario.—1
vez.—( IN2016093827 ).
Por escritura de las 08:00 horas del 03 de diciembre del
2016, otorgada ante esta notaría pública, se reforma la cláusula
sexta de la administración del pacto constitutivo, para que de ahora
en adelante le corresponde al Presidente de la junta directiva, la
representación legal, judicial y extrajudicial de la sociedad, y se
nombra nuevo presidente y secretario de la sociedad denominada:
LCM Inversiones Atlántico C R Sociedad Anónima, con cédula
jurídica Nº 3-101-514169.—San José, 03 de diciembre del 2016.—
Lic. Cristian Chacón Castillo, Notario.—1 vez.—( IN2016093829 ).
Por escritura de las 20:00 horas del 01 de diciembre del
2016, otorgada ante esta notaría pública, se constituyó la sociedad
denominada: SMC Soluciones Múltiples Corporativas-CR
S.A. Plazo: 99 años a partir del 01 de diciembre del 2016. La
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La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016
representación judicial y extrajudicial corresponde al presidente
de la junta directiva con facultades de apoderado generalísimo sin
límite de suma. Capital social: $100. Domicilio: Puntarenas, cantón
Puntarenas, distrito El Roble, diagonal a la Universidad Técnica
Nacional.—San José, 01 de diciembre del 2016.—Lic. Cristian
Chacón Castillo, Notario.—1 vez.—( IN2016093830 ).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las trece horas y
treinta minutos del primero de diciembre del dos mil dieciséis, se
protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de
la sociedad denominada: Tres-Ciento Uno-Quinientos Setenta y
Siete Mil Ciento Sesenta y Tres Sociedad Anónima, con cédula
jurídica número tres-ciento uno-quinientos setenta y siete mil ciento
sesenta y tres, mediante la cual se reforma la cláusula primera del
pacto constitutivo. La sociedad se denominará: Constructora y
Bienes Raíces CPM Sociedad Anónima.—Licda. María Viviana
Jiménez Ramírez, Notaria.—1 vez.—( IN2016093831 ).
Por escritura de las 09:00 horas del 24 de noviembre del 2016,
otorgada ante esta notaría pública, se modifica la cláusula quinta del
pacto social de: Medical Tours Costa Rica S. A.—San José, 05 de
diciembre del 2016.—Licda. Marcela Murillo Quirós, Notaria.—1
vez.—( IN2016093832 ).
Por escritura pública número 376-18, otorgada a las 15
horas del 02 de diciembre del 2016, se constituyó la sociedad
denominada Hermanos Fallas Monge de Aserrí S. A. capital
social íntegramente suscrito y pagado. Plazo noventa y nueve
años desde constitución. Presidente: Odette Fallas Monge.—
San José, 02 de diciembre del 2016.—Lic. Ricardo Villalobos
González, Notario.—1 vez.—( IN2016093834 ).
Ante mí Héctor Rolando Vargas Sánchez, notario público
con oficina en Heredia en escritura otorgada a las 11:00 horas del
30 de noviembre del 2016, se disolvió la empresa Grupo Jovavi
de Costa Rica SRL, cédula jurídica 3-102-583626. Es todo.—17
de noviembre del 2016.—Lic. Héctor Rolando Vargas Sánchez,
Notario.—1 vez.—( IN2016093835 ).
Fusión por absorción: Mediante escritura número 50-25 de las
12:00 horas del 28 de noviembre de 2016 se protocolizo I - fusión
por absorción de Gurrion Pico de Hoz Ltda., cédula jurídica 3402451835. La cual prevalece, con las entidades, razón social y su
respectiva cédula jurídica: A- Copete de Nieve Ltda, 3-102-451831
Gallareta Morada Ltda, 3-102-450698, Polluela Gargantiblanca
Ltda, 3-102451268 Jacana Spinoza Ltda 3-102450699 Cucu
Ardilla Ltda, 3-102-448975, Mochuelo Montañero Ltda,
3-102-449524 Cuyeo de Altura Ltda, 3-102-449530, Codorniz
Pechicastaña Ltda, 3-102450943, Pavita Chachalaca Ltda,
3-102- 450942, Codorniz Pechicastaña Ltda 3-102. 450943,
Inversiones Barvas Marinas S. A. 3-101-362365 Inversiones y
Desarrollos Los Espiritus Ddl Pacifico S. A. 3-101-366486, BRascon Cuelligris Ltda, 3-102-450681 Vencejon Collarejo Ltda,
3-102451444, Perdiz Montañera Ltda, 3-102451434, Chortilejo
Tildio Ltda, 3-102450542, Lechucira Serranera Ltda, 3-102450675, Tuo Zopilotillo Ltda 3-102450544, Chucullo Frente
Blanca Ltda, 3-102-453149 Subepalo Moteado Ltda. 3-102453528, Jacobino Nuquiblanco Ltda 3-102-453381, Ala de
Sable Violeta Ltda 3-102459941, C-. Finca Bobo Chizo Ltda
3-10240870, ISP More Sun Limitada 3-102480620, Pájaro
Carpintero Careto Ltda 3-102-481262, Lion Parrot Ltda3-102481720. Kans Dove PDV Ltda 3-102480619, Montaña
Gallina de Monte Ltda 3-102480790, Little Tinamu Ltda3-102481263, El BerringaL Ltda- 3-102-365008 Inversiones
Los Soñadores de la Costa S. A. 3-101-358719, Map Maker Site
Ltda 3-102- 482780 Site Green Earth View Ltda 3-102482915.
II- Mediante la escritura Número 51-25 de las 13:00 horas del 28
de noviembre de 2016 se protocolizó fusión por la cual la entidad
Azulear Ltda 3-102- 362309 prevale y fusiona por absorción las
siguientes sociedades: Albany ICM Ltda 3-102- 480660, Tinamu
Grande Ltda 3-102- 479651 Lote del Cuco Rayado Ltda
3-102479307, DSS Solares de Cormaran Ltda 3-102479492 EPP
Boise Ltda. 3-102479652, Klon de Colibri Ltda. 3-102480230„
Grand Dai Ltda 3-102479310, Buco Borbon Doble B Ltda 3-102-
480101, Natural Premium IUB Ltda 3-102-480637 Air More Irc
Ltda 3-102.480638, Grude lot Ltda 3-102480865 Utm Orion
Hawk Ltda 3-102-480863 Al Garete Ltda 3-102-362660. En
ambos casos, se revocan poderes y se designa nuevo gerente.—Lic.
Sergio Sánchez Bagnarello, Notario.—1 vez.—( IN2016093842 ).
Por escritura otorgada en esta fecha por esta notaría, se
constituye la sociedad denominada Robles Esquivel del Paso Real
S. A.—San José, 2 de diciembre del dos mil dieciséis.—Lic. Jorge
Sánchez Garbanzo, Notario.—1 vez.—( IN2016093849 ).
En mi notaría el 23 de noviembre del 2016, se protocolizó
el acta de asamblea de la sociedad Transportes Mendecor del
Atlántico Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-565249, que
reforma el estatuto en relación a la junta directiva y la presentación
legal de la sociedad.—Licda. Ana Laura González Cubero,
Notaria.—1 vez.—( IN2016093851 ).
Mediante escrituras números 51-17; 56-17 de las 10:00 horas;
15:00 horas; la primera del 14 de noviembre, la segunda del 19 de
noviembre, protocolicé acuerdo de disolución de las sociedades JYI
Conchal S.R.L.; JJKATH Sociedad Anónima; respectivamente.—
Tamarindo, 30 de noviembre del 2016.—Lic. Ricardo Cañas Escoto,
Notario.—1 vez.—( IN2016093852 ).
Por acuerdo unánime de socios en asamblea general
extraordinaria de la sociedad A.S.C. Cristiana de San Ramón
Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica 3-101-639590,
celebrada en su domicilio social a las 09:00 horas del 21 de
octubre del 2016, se procedió a reformar las cláusulas segunda
y sétima del pacto social, también se nombró nueva junta
directiva y agente residente, se otorgó poder generalísimo sin
límite de suma, acta protocolizada en San José, a las 10:00
horas del 25 de noviembre del 2016.—Licda. Grettel Caldera
Schaubeck, Notaria.—1 vez.—( IN2016093854 ).
Por escritura otorgada en mi notaría el 1° de noviembre del
2016, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de
accionistas de la sociedad El Zancudo S. A., se acuerda reformar la
cláusula octava del pacto social de la sociedad; se acuerda revocar
los nombramientos de presidente y secretaria de la junta directiva
de la sociedad.—San José, 1° de noviembre del 2016.—Lic. Adolfo
José Hernández Aguilar.—1 vez.—( IN2016093855 ).
Mediante la escritura número ciento veintisiete del tomo
quince de mi protocolo del once de octubre de dos mil dieciséis, se
incrementa el capital social de Transportes Jacó S. A.—San José,
23 de noviembre del 2016.—Lic. Julio Antonio Morúa Martínez,
Notario.—1 vez.—( IN2016093858 ).
Por escritura número catorce-dos, otorgada a las catorce horas
del 01 de diciembre del 2016, se constituye la empresa: Blondie
Empresa Individual de Responsabilidad Limitada.—Lic. Jesús
Alberto Ramírez Campos, Notario.—1 vez.—( IN2016093860 ).
Por escritura N° ocho-dos, otorgada a las catorce horas del
24 de octubre del 2016, se constituye la empresa: Rhoda Corp.
Empresa Individual de Responsabilidad Limitada.—Lic. Jesús
Alberto Ramírez Campos, Notario.—1 vez.—( IN2016093861 ).
Por escritura otorgada ante mí se reforma la cláusula
novena del pacto constitutivo de Zule Sociedad Anónima,
cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos
treinta y nueve mil quinientos cincuenta.—Ciudad Quesada,
San Carlos, Alajuela, cinco de diciembre del dos mil
dieciséis.—Lic. Eduardo Salas Rodríguez.— Lic. Eduardo
Salas Rodríguez, Notario.—1 vez.—( IN2016093863 ).
Ante esta notaria se protocolizó acta de asamblea general
extraordinaria en que se modifica el pacto constitutivo de la
sociedad Tres Ciento Uno Setecientos Dieciséis Mil Setecientos
Ochenta y Seis Sociedad Anónima, cédula jurídica: tres-ciento
uno-setecientos dieciséis mil setecientos ochenta y seis.—Ciudad
Quesada, 16 de noviembre del 2016.—Licda. Sonia María Ugalde
Hidalgo, Notaria.—1 vez.—( IN2016093864 ).
La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016
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Ante esta notaría a las trece horas del diez de noviembre del dos
mil dieciséis, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria
en que se modifica el pacto constitutivo de la sociedad Servicios
de Consultoría y Constructora F Y V Sociedad Anónima, cédula
jurídica: tres-ciento uno-quinientos cuarenta y nueve mil ochenta y
tres.—Ciudad Quesada, 10 de noviembre del 2016.—Licda. Sonia
María Ugalde Hidalgo, Notaria.—1 vez.—( IN2016093865 ).
sociedad mercantil denominada Medicir S. A., con cédula de
persona jurídica número 3-101-687600, domicilio social en
Guadalupe de Goicoechea, la disolución de dicha sociedad.
Se avisa a todos los interesados que demuestren legítimo
interés en lo solicitado, para los fines pertinentes.—San José,
5 de diciembre del 2016.—Lic. Édgar Gerardo Ardón Retana,
Notario.—1 vez.—( IN2016093881 ).
Ante esta notaría se protocolizó acta de asamblea general
extraordinaria en que se procede a la disolución de la sociedad
Bellart Eventos y Decoraciones Sociedad Anónima, cédula
jurídica: tres-ciento uno-quinientos veinticuatro mil trescientos
cincuenta y uno.—1° de diciembre del 2016.—Licda. Sonia María
Ugalde Hidalgo, Notaria.—1 vez.—( IN2016093866 ).
Ante esta notaría se ha disuelto la sociedad denominada:
Gazu La Carpintera S.R.L., cédula jurídica: tres-ciento dos-siete
dos cinco cero ocho seis.—San José, noviembre 22, 2016.—Lic.
Franklin Solano Venegas, Notario.—1 vez.—( IN2016093882 ).
Por escritura número ciento setenta y cuatro, se protocolizó acta
de asamblea general extraordinaria de accionistas de Autos Usados
El Guanacaste Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101262324, se reforma el artículo octavo de los estatutos constitutivos
y junta directiva.—Liberia, 02 de diciembre del 2016.—Lic. Hugo
Zúñiga Clachar, Notario.—1 vez.—( IN2016093867 ).
Virginia Umaña Segura, notaria pública hace constar que
mediante escritura número noventa y siete a las quince horas del tres
de octubre del año dos mil dieciséis se constituyó Sociedad Anónima
denominada Amáis y Amáis e hijos Litwin.—Lic. Virginia Umaña
Segura, Notaria.—1 vez.—( IN2016093868 ).
Por escritura otorgada ante mí, se protocolizaron acuerdos de
la asamblea general extraordinaria de Casa de los Arce S. A., cédula
jurídica número 3-101-428220. Se reformó en aumento la cláusula
del capital social. Es todo.—San José, veintinueve de noviembre de
2016.—Lic. Arturo Enrique Apéstegui Barzuna, Notario.—1 vez.—
( IN2016093873 ).
Por escritura otorgada ante mí, se protocolizaron acuerdos
de la asamblea general extraordinaria de Ilpadix S. A., cédula
jurídica número 3-101-414778. Se reformó en aumento la cláusula
del capital social. Es todo.—San José, veintinueve de noviembre de
2016.—Lic. Arturo Enrique Apéstegui Barzuna, Notario.—1 vez.—
( IN2016093875 ).
Por escritura otorgada ante mí, se protocolizaron acuerdos de
la asamblea general extraordinaria de Arce y Sauma S. A., cédula
jurídica número 3-101-43009. Se reformó en aumento la cláusula
del capital social. Es todo.—San José, veintinueve de noviembre de
2016.—Lic. Arturo Enrique Apéstegui Barzuna, Notario.—1 vez.—
( IN2016093876 ).
Por escritura otorgada ante mí, se protocolizaron acuerdos de
la asamblea general extraordinaria de Arce y Córdoba S. A., cédula
jurídica número 3-101-008354. Se reformó en aumento la cláusula
del capital social. Es todo.—San José, veintinueve de noviembre de
2016.—Lic. Arturo Enrique Apéstegui Barzuna, Notario.—1 vez.—
( IN2016093877 ).
Mediante escritura que autoricé a las 13:00 horas de hoy,
se protocolizaron, en su orden, acuerdos de asamblea general
extraordinaria de accionistas de las compañías Mitra Global S.
A., reformándose las cláusulas segunda y octava de sus estatutos
(referentes al domicilio y a la administración). Además, se revocan
nombramientos, y se designan sustitutos del consejo directivo.—San
José, 30 de noviembre de 2016.—Lic. Édgar Villalobos Jiménez,
Notario.—1 vez.—( IN2016093878 ).
Ante mi notaría, a las doce horas del diecisiete de noviembre
de dos mil dieciséis, se constituyó la sociedad domiciliada en
Puntarenas: Los Tres Bros Connection S. A., su capital social es la
suma de noventa dólares, moneda de los Estados Unidos de América
y su presidente es el socio David Gouttenoire Cervioti.—San José,
dieciocho de noviembre de dos mil dieciséis.—Lic. Edgar Vinicio
Rodríguez Murillo, Notario.—1 vez.—( IN2016093879 ).
Ante mi notaría, sita en Purral Abajo del cantón de
Goicoechea, Urbanización Las Lomas, oficina cuarenta
D, se ha solicitado por parte de Jorge A. Jiménez Alfaro,
cédula número 1- 1381-0952, como representante legal de la
En la protocolización de actas de la empresa BM Elbiak
Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número 3-101284917, por unanimidad se acuerda: Revocar nombramiento de
Fiscal.—San José 23 de noviembre del año dos mil dieciséis.—Lic.
Franklin Solano Venegas, Notario.—1 vez.—( IN2016093883 ).
Mediante escritura número tres-cuatro otorgada ante los
notarios públicos Juan Carlos León Silva, Jorge González Roesch y
Alberto Sáenz Roesch, actuando en conotariado en el protocolo del
primero a las doce horas treinta minutos del veintiuno de noviembre
del año dos mil dieciséis, se disuelve y liquida la compañía
denominada Inversiones Law Non Verba Sociedad Anónima.—
San José, 21 de noviembre del 2016.—Juan Carlos León Silva,
Notario.—1 vez.—( IN2016093890 ).
Mediante escritura número tres-cuatro otorgada ante los
notarios públicos Juan Carlos León Silva, Jorge González Roesch Y
Alberto Sáenz Roesch, actuando en conotariado en el protocolo del
primero a las doce horas treinta minutos del veintiuno de noviembre
del año dos mil dieciséis, se disuelve y liquida la compañía
denominada Inversiones Law Non Verba Sociedad Anónima.—
San José, 21 de noviembre del 2016.—Juan Carlos León Silva,
Notario.—1 vez.—( IN2016093891 ).
Por escritura número ciento cinco-veintitrés, otorgada ante
mí, a las quince horas del dos de diciembre del dos mil dieciséis,
se protocolizaron los acuerdos tomados en asamblea general
extraordinaria de accionistas de la compañía El Sprinnter Sociedad
Anónima, cédula de persona jurídica tres-ciento uno-dos cuatro uno
uno uno dos, en acta número siete: Se acuerda realizar un Aumento
de capital y se reforma la cláusula quinta del capital social. Se
reforma clausula segunda del domicilio y se reforma clausula tercera
del objeto, se revocan los nombramientos del secretario y tesorero y
se hacen nuevos nombramientos, en acta número ocho: Se acuerda
realizar un aumento de capital y se reforma la cláusula quinta
del capital social.—San José, misma hora y fecha.—Lic. Kathya
Alexandra Rojas Venegas, Notaria.—1 vez.—( IN2016093892 ).
Ante esta notaría, se constituyó la compañía denominada
Boutique Floral de Costa Rica Sociedad Anónima. Capital
social doscientos dólares, representado por diez acciones comunes
y nominativas de veinte dólares cada una, debidamente suscritas y
pagadas. Apoderado generalísimo sin límite de suma el presidente.—
Cartago, tres de noviembre del dos mil dieciséis.—Lic. Carlos
Enrique Leiva Rojas, Notario.—1 vez.—( IN2016093897 ).
Ante esta notaría se constituyó la compañía denominada
Boutique Floral de Costa Rica Sociedad Anónima. Capital
social doscientos dólares, representado por diez acciones comunes
y nominativas de veinte dólares cada una, debidamente suscritas y
pagadas. Apoderado generalísimo sin límite de suma el presidente.—
Cartago tres de noviembre del dos mil dieciséis.—Lic. Carlos
Enrique Leiva Rojas, Notario.—1 vez.—( IN2016093898 ).
Por escritura protocolizada por mí, hoy, a las nueve horas
Camados del Sur S. A., modifica cláusulas segunda, octava y décimo
segunda del pacto social, nombra secretaria Carla Patricia Ramírez
Jiménez, tesorero Mario Alberto Ramírez Jiménez y fiscal.—San
José, cinco de diciembre del dos mil dieciséis.—Licda. María
Montserrat Brich Mesegué, Notaria.—1 vez.—( IN2016093912 ).
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La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016
Por escritura otorgada hoy, ante el suscrito notario, se
protocolizan acuerdos de la Asamblea General Extraordinaria de
accionistas de la sociedad EFX de Costa Rica S. A., cédula 3-101544793, mediante los cuales se modifican las cláusulas segunda y
quinta del pacto constitutivo y se nombra agente residente de la
sociedad.—San José, 30 de noviembre del 2016.—Lic. Alejandro
Bettoni Traube, Notario.—1 vez.—( IN2016093914 ).
Por escritura otorgada al ser las doce horas del tres de
diciembre del dos mil dieciséis, que en la asamblea general
extraordinaria de la sociedad denominada Ciento Dos-Setecientos
Veintinueve Mil Ochenta y Cinco Sociedad Limitada, cédula
jurídica ciento dos-setecientos veintinueve mil ochenta y cinco, en
firme por unanimidad se acuerda el cambio de nombre por Galleros
Latinos Cr Sociedad Limitada ante la notaria Karla Chaves Mejía.
Es todo.—San José, 5 de diciembre del 2016.—Licda. Karla Chaves
Mejía, Notaria.—1 vez.—( IN2016093927 ).
Mediante escritura ante mí otorgada en San José, a las
once horas del veintisiete de noviembre del dos mil dieciséis, se
constituyó Norbus YMS S. A. Capital social cien dólares moneda
de los Estados Unidos de América.—Lic. Danilo Loaiza Bolandi,
Notario.—1 vez.—( IN2016093929 ).
Quien suscribe Jacob Téllez Ramírez, residente nicaragüense,
portador de la cédula de identidad N° 155818128111. Alfonso
Quesada Molina, con cédula de identidad 6-0369-0340, Joksan
Silva Serrano, con cédula de identidad 6-0275 0997, se apersonan
a la notaria del Lic. Rodrigo Bonilla Gamboa, ubicada en San José,
Catedral Sur, frente a terminal Musoc, a constituir sociedad anónima
de nombre Grupo Perla Porteña. Los teléfonos para cualquier
consulta son: 2221-2644, en horario de oficina: 8 a. m. a 5 p. m.—
San José, 5 diciembre del 2016.—Lic. Rodrigo Bonilla Gamboa,
Notario.—1 vez.—( IN2016093931 ).
En esta notaría se disolvió por acuerdo de socios de
conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código
de Comercio de la República de Costa Rica, la compañía Fuego
de Pasiones Limitada, con cédula jurídica número tres-ciento dosquinientos cuarenta y seis mil ciento ochenta y seis.—San José, 1°
de diciembre del 2016.—Lic. Roberto León Gómez, Notario.—1
vez.—( IN2016093933 ).
Por escritura N° 86, otorgada a las 16:00 horas del día de hoy,
ante los notarios públicos Roberto León Gómez y Carlos Abarca
Umaña, se protocolizó un acta de Aero Carena del Sur Limitada,
donde se modificó la cláusula segunda de sus estatutos.—San José,
01 de diciembre del 2016.—Lic. Roberto León Gómez, Notario.—1
vez.—( IN2016093934 ).
En esta notaría se disolvió por acuerdo de socios de
conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de
Comercio de la República de Costa Rica, la compañía Propiedades
y Viviendas Beleamsy S. A., con cédula jurídica N° tres-ciento unocuatrocientos once mil ochocientos setenta y ocho.—San José, 1°
de diciembre del 2016.—Lic. Roberto León Gómez, Notario.—1
vez.—( IN2016093935 ).
Por escritura otorgada en San José, a las diecisiete horas del
diecinueve de octubre de dos mil dieciséis, en conotariado con el
notario público Pablo Sancho Calvo, en el protocolo del mismo,
se protocolizaron acuerdos de la sociedad Inmobiliaria Moderna
del Este Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento
uno-doscientos ochenta y seis mil setecientos ochenta, en donde
se acordó la disolución de la sociedad de conformidad al inciso d)
del artículo doscientos uno del Código de Comercio.—San José,
diecinueve de octubre del dos mil dieciséis.—Lic. Esteban Carranza
Kopper, Notario.—1 vez.—( IN2016093938 ).
Por escritura otorgada en San José, a las diecisiete horas
treinta minutos del diecinueve de octubre de dos mil dieciséis,
en conotariado con el notario público Pablo Sancho Calvo, en el
protocolo del mismo, se protocolizaron acuerdos de la sociedad
Ultra Color Sociedad Anónima, cédula jurídica N° tres-ciento
uno-cero setenta y seis mil novecientos noventa y cuatro, en donde
se acordó la disolución de la sociedad de conformidad al inciso d)
del artículo doscientos uno del Código de Comercio.—San José,
diecinueve de octubre de dos mil dieciséis.—Lic. Esteban Carranza
Kopper, Notario.—1 vez.—( IN2016093939 ).
Por escritura otorgada en San José a las dieciséis horas cuarenta
y cinco minutos del diecinueve de octubre de dos mil dieciséis,
en conotariado con el notario público Pablo Sancho Calvo, en el
protocolo del mismo, se protocolizaron acuerdos de la sociedad
Inmobiliaria Ideal del Este Sociedad Anónima, cédula jurídica
número tres - ciento uno - doscientos ochenta y siete mil cinco, en
donde se acordó la disolución de la sociedad de conformidad al
inciso d) del artículo doscientos uno del Código de Comercio.—
San José, diecinueve de octubre de dos mil dieciséis.—Lic. Esteban
Carranza Kopper, Notario.—1 vez.—( IN2016093940 ).
Por escritura otorgada en San José, a las dieciséis horas
treinta minutos del diecinueve de octubre de dos mil dieciséis,
en conotariado con el notario público Pablo Sancho Calvo, en el
protocolo del mismo, se protocolizaron acuerdos de la sociedad
Tres-Ciento Uno-Seiscientos Siete Mil Trescientos Sesenta y
Cuatro Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento
uno-seiscientos siete mil trescientos sesenta y cuatro, en donde se
acordó la disolución de la sociedad de conformidad al inciso d)
del artículo doscientos uno del Código de Comercio.—San José,
diecinueve de octubre de dos mil dieciséis.—Lic. Esteban Carranza
Kopper, Notario.—1 vez.—( IN2016093941 ).
Por escritura otorgada en San José a las diecisiete horas
cuarenta y cinco minutos del diecinueve de octubre de dos mil
dieciséis, en conotariado con el notario público Pablo Sancho Calvo,
en el protocolo del mismo, se protocolizaron acuerdos de la sociedad
Inmobiliaria los Socios del Este Sociedad Anónima, cédula
jurídica número tres-ciento uno-doscientos ochenta y siete mil seis,
en donde se acordó la disolución de la sociedad de conformidad al
inciso d) del artículo doscientos uno del Código de Comercio.—
San José, diecinueve de octubre de dos mil dieciséis.—Lic. Esteban
Carranza Kopper, Notario.—1 vez.—( IN2016093942 ).
Por escritura otorgada en San José a las diecisiete horas
quince minutos del diecinueve de octubre de dos mil dieciséis,
en conotariado con el notario público Pablo Sancho Calvo, en el
protocolo del mismo, se protocolizaron acuerdos de la sociedad
Huancayo Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres - ciento
uno - cero noventa y seis mil ochenta y cuatro, en donde se acordó
la disolución de la sociedad de conformidad al inciso d) del artículo
doscientos uno del Código de Comercio.—San José, diecinueve
de octubre de dos mil dieciséis.—Lic. Esteban Carranza Kopper,
Notario.—1 vez.—( IN2016093943 ).
Por escritura otorgada en San José, de las quince horas del
dos de diciembre del dos mil dieciséis, se reforman cláusulas del
pacto social de la sociedad Jafeda S. A.—Lic. Consuelo Méndez
Marchena, Notaria.—1 vez.—( IN2016093944 ).
Ante esta notaría el día primero de diciembre del
dos mil dieciséis, se protocoliza acta extraordinaria de la
sociedad Consorcio Interamericano Caribe de Exportación
Sociedad Anónima, en la que modifica la cláusula sétima
correspondiente a la administración de la empresa.—San José,
cinco de diciembre del dos mil dieciséis.—Lic. Eric Esquivel
Carvajal, Notario.—1 vez.—( IN2016093949 ).
Por escritura otorgada ante este notario, a las nueve horas
del treinta de noviembre del dos mil dieciséis, se protocolizó el
acta de asamblea general extraordinaria de socios de la compañía
Experience Vida Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma
la cláusula segunda del pacto constitutivo. Teléfono 2220-2068.—
San José, treinta de noviembre de dos mil dieciséis.—Lic. Manfred
Gerhard Marshall Facio, Notario.—1 vez.—( IN2016093952 ).
El suscrito, Carlos Gerardo Víquez Rojas, notario público, con
oficina en la ciudad de Atenas, hago constar que mediante escritura
número doscientos ochenta y ocho, iniciada al folio ciento ochenta
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y cuatro vuelto del tomo primero de mi protocolo, otorgada ante mi
notaría, a las diecisiete horas del primero de diciembre de dos mil
dieciséis, se reformó la cláusula primera del pacto constitutivo en
la sociedad anónima denominada Andumex Sociedad Anónima,
cedula jurídica N° tres-ciento uno-trescientos sesenta y seis mil
novecientos veintiocho.—Lic. Carlos Gerardo Víquez Rojas,
Notario.—1 vez.—( IN2016093961 ).
En escritura N° 490, otorg en San José, 10:30 horas 21-112016, se constituyó Memorial Gardens Costa Rica S. A. Capital
US$200.00, dividido en 100 acciones comunes y nominativas de
US$2.00 cada una. Presid Armando Enrique Vásquez Rojas, céd
2-0320-0558, Secret Diego Vásquez González, cédula 1-12670271, ambos con Represent Judic y Extrajudic.—Licda. Ana Evelia
Retana Vargas, Notaria.—1 vez.—( IN2016093987 ).
El suscrito Carlos Gerardo Víquez Rojas, notario público, con
oficina en la ciudad de Atenas, hago constar que mediante escritura
número doscientos noventa, iniciada al folio ciento ochenta y seis
frente del tomo primero de mi protocolo, otorgada ante mi notaría a
las dieciocho horas del primero de diciembre de dos mil dieciséis,
se reformó la cláusula primera del pacto constitutivo y se revocó
el nombramiento del agente residente en la sociedad anónima
denominada Vista Atenas Sesenta y Cuatro Sociedad Anónima,
cedula jurídica número tres-ciento uno-ciento sesenta y seis mil
seiscientos ochenta y cinco.—Lic. Carlos Gerardo Víquez Rojas,
Notario.—1 vez.—( IN2016093963 ).
En escritura N° 491, otorgada en San José, 11.00 horas, del
21-11-2016, se constituyó Camposanto Palmares S. A. Capital
US$200.00, dividido en 100 acciones comunes y nominativas de
US$2.00 cada una. Presidente: Armando Enrique Vásquez Rojas,
cédula N° 2-0320-0558, secretario: Diego Vásquez González, cédula
N° 1-1267-0271, ambos con Represent. Judic. y Extrajudic.—Licda.
Ana Evelia Retana Vargas, Notaria.—1 vez.—( IN2016093989 ).
Ante mi notaría, por escritura número ciento cuatro de las
dieciséis horas del primero de diciembre del dos mil dieciséis,
visible al folio sesenta y ocho vuelto del tomo ocho, se modificó
la junta directiva de la sociedad Taller Bogantes de Carrillo S.
A., domiciliada en Belén de Carrillo, Guanacaste, de la Planta de
Cemex, cien metros al norte, se nombra a Marian Bogantes Ochoa
como secretaria de la junta directiva.—Licda. Marianela Moreno
Paniagua, Notaria.—1 vez.—( IN2016093971 ).
CR VEB Sociedad Anónima, cédula jurídica número: 3-101324268, hace saber que procede a disolver la sociedad por acuerdo de
socios de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del
Código de Comercio. Quien se considere afectado por este proceso,
puede manifestar su oposición en el término de ley contados a partir
de la publicación del Diario Oficial La Gaceta. Es todo.—Parrita, 5
de diciembre del 2016.—Lic. Federico Arias Chacón, Notario.—1
vez.—( IN2016093972 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas
00 minutos del 19 de noviembre del año 2016, se constituyó la
sociedad denominada Inversiones Ecohorizontes Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 21 de noviembre del
2016.—Lic. Braulio Ulises Murillo Segura, Notario.—1 vez.—
CE2016015054.—( IN2016093992 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 18 horas 00
minutos del 14 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Deure Farma Limitada.—San José, 21 de noviembre
del 2016.—Lic. José Joaquín Soto Chavarría, Notario.—1 vez.—
CE2016015055.—( IN2016093993 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
18 horas 00 minutos del 18 de noviembre del año 2016, se
constituyó la sociedad denominada Bufete Acuña Leandro
Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 21 de noviembre
del 2016.—Licda. Vilma del Carmen Cordero Benavides,
Notaria.—1 vez.—CE2016015056.—( IN2016093994 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas
00 minutos del 16 de noviembre del año 2016, se constituyó
la sociedad denominada Comercializadora Industrial GAO
Sociedad Anónima.—San José, 21 de noviembre del 2016.—
Lic. Leonardo Díaz Rivel, Notario.—1 vez.—CE2016015057.—
( IN2016093995 ).
Ante mi notaría al ser las 14:30 horas del 1° de diciembre del
2016, se modificó entidad 3-101-7099 S. A. Presidente: Roy Arrieta
González, cédula2-516-770. Vicepresidente: Jorge Eduardo López
Solano, cédula 3-220-653. Secretario: Antonio Arrieta Chávez,
cédula 2-243-733. Tesorero: Esteban López Sandoval, cédula 3-499847, domiciliada en Limón, Pococí, Guápiles, ciento cincuenta
metros al norte de La Mutual Alajuela, en Centro Comercial Dos
Rios, segundo local de la planta baja.—Licda. Sonia Carrillo
Ugalde, Notaria.—1 vez.—( IN2016093973 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00
minutos del 18 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Tropical Sands Dominical Eco Inn Limitada.—San
José, 21 de noviembre del 2016.—Licda. Margarita Odio Rohrmoser,
Notaria.—1 vez.—CE2016015058.—( IN2016093996 ).
Por escritura número 79-8, otorgada ante la notaria Ana
Patricia Alfaro Acuña, a las 11:45 horas del 2 de diciembre del año
2016, se reforma estatuto 19 de la Asociación Administradora del
Acueducto y Alcantarillado Sanitario de Las Brisas de Venecia
de San Carlos de Alajuela.—Licda. Ana Patricia Alfaro Acuña,
Notaria.—1 vez.—( IN2016093976 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas
00 minutos del 18 de noviembre del año 2016, se constituyó la
sociedad denominada Speakhabla Language Solutions Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 21 de noviembre del
2016.—Lic. Rafael Vladimir Valverde Ramírez, Notario.—1 vez.—
CE2016015059.—( IN2016093997 ).
Mediante escritura número 225 del tomo tercero de
mi protocolo, se reforman las cláusulas segunda, sexta y
décima quinta del pacto constitutivo de Inversiones Camuati
Sociedad Anónima.—Lic. Randall Arias Oreamuno,
Notario.—1 vez.—( IN2016093978).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 04
minutos del 18 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Inversiones Blasco Ibáñez Sociedad Anónima.—San
José, 21 de noviembre del 2016.—Lic. Jorge Antonio Escalante
Escalante, Notario.—1 vez.—CE2016015060.—( IN2016093998 ).
Mediante escritura número 222 del tomo tercero de mi
protocolo, se reforma la cláusula quinta del pacto constitutivo de
Servicios Ecológicos MBB Sociedad Anónima—Lic. Randall Mas
Oreamuno, Notario.—1 vez.—( IN2016093979 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00
minutos del 17 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Transesma Sociedad Anónima.—San José, 21 de
noviembre del 2016.—Lic. Astrid Binns Rodríguez, Notaria.—1
vez.—CE2016015061.—( IN2016093999 ).
Mediante escritura número doscientos dos - diecisiete de
las catorce horas del dos de diciembre de dos mil dieciséis se
protocolizó acta de asamblea de socios mediante la cual la sociedad
Tres - Ciento Uno - Quinientos Cincuenta y Ocho Mil Ciento
Ochenta y Siete S. A., reforma el domicilio y nombra nueva junta
directiva y fiscal. Presidenta: Linda Caligara Andorno.—Lic. Óscar
Mario Lizano Quesada, Notario.—1 vez.—( IN2016093980 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
11 horas 00 minutos del 19 de noviembre del año 2016,
se constituyó la sociedad denominada Dieciocho Cosmo
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 21 de
noviembre del 2016.—Licda. Carolina Gallegos Steinvorth,
Notaria.—1 vez.—CE2016015062.—( IN2016094000 ).
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Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas
00 minutos del 18 de noviembre del año 2016, se constituyó la
sociedad denominada Inversiones Katoki Sociedad Anónima.—
San José, 21 de noviembre del 2016.—Lic. Roberto Villalobos
Conejo, Notario.—1 vez.—CE2016015063.—( IN2016094001 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00
minutos del 19 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Qubo Systems Sociedad Anónima.—San José, 21 de
noviembre del 2016.—Lic. Eduardo Medina Alvarado, Notario.—1
vez.—CE2016015075.—( IN2016094013 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas
00 minutos del 18 de noviembre del año 2016, se constituyó la
sociedad denominada M Y S Solanos Sociedad Anónima.—
San José, 21 de noviembre del 2016.—Licda. Giselle María Jara
Alvarado, Notaria.—1 vez.—CE2016015064.—( IN2016094002 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas
15 minutos del 09 de noviembre del año 2016, se constituyó la
sociedad denominada Premium Brands Products Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 21 de noviembre
del 2016.—Licda. Sylvia Muñoz García, Notaria.—1 vez.—
CE2016015076.——( IN2016094014 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 30
minutos del 18 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada EGT Transportation Sociedad Anónima.—San
José, 21 de noviembre del 2016.—Licda. Laura Gabriela Chaverri
Gómez, Notaria.—1 vez.—CE2016015065.—( IN2016094003 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas
20 minutos del 18 de noviembre del año 2016, se constituyó la
sociedad denominada Puro Esfuerzo Limitada.—San José, 21 de
noviembre del 2016.—Licda. Silvia Castro Quesada, Notaria.—1
vez.—CE2016015066.—( IN2016094004 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas
00 minutos del 17 de noviembre del año 2016, se constituyó la
sociedad denominada Monte San Miguel AOE Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 21 de noviembre del
2016.—Licda. María de Los Ángeles Angulo Gómez, Notaria.—1
vez.—CE2016015067.—( IN2016094005 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 20 horas 00
minutos del 17 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Inversiones Jariel Sociedad Anónima.—San José, 21
de noviembre del 2016.—Lic. Edelberto Patricio Markossy Torres,
Notario.—1 vez.—CE2016015068.—( IN2016094006 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas
00 minutos del 19 de enero del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Precisión M Y J Sociedad Anónima.—San José, 21
de noviembre del 2016.—Licda. Guiselle Arias López, Notaria.—1
vez.—CE2016015069.—( IN2016094007 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00
minutos del 10 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Corporación de Inversiones Consoli-Tek CR de
Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 21 de noviembre del
2016.—Lic. Paul Andrés Portuguez Aguilar, Notario.—1 vez.—
CE2016015070.—( IN2016094008 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
13 horas 00 minutos del 16 de noviembre del año 2016, se
constituyó la sociedad denominada Aria Tesura Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 21 de noviembre
del 2016.—Lic. Federico Piedra Poveda, Notario.—1 vez.—
CE2016015071.—( IN2016094009 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas
00 minutos del 11 de noviembre del año 2016, se constituyó la
sociedad denominada Milvago del Monte Sociedad Anónima.—
San José, 21 de noviembre del 2016.—Lic. Freddy Jiménez Chacón,
Notario.—1 vez.—CE2016015072.—( IN2016094010 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas
00 minutos del 21 de noviembre del año 2016, se constituyó la
sociedad denominada Coco Ocean Services Limitada.—San José,
21 de noviembre del 2016.—Lic. José Manuel Arias González,
Notario.—1 vez.—CE2016015073.—( IN2016094011 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11
horas 05 minutos del 26 de agosto del año 2016, se constituyó
la sociedad denominada Espíritu de las Olas Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 21 de noviembre
del 2016.—Licda. Yancy Gabriela Araya Pérez, Notario.—1
vez.—CE2016015074.—( IN2016094012 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00
minutos del 18 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Distribución Fénix CR Sociedad Anónima.—
San José, 21 de noviembre del 2016.—Licda. Elizabeth Álvarez
Morales, Notaria.—1 vez.—CE2016015077.—( IN2016094015 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas
00 minutos del 21 de noviembre del año 2016, se constituyó la
sociedad denominada Huber Leasing High Standard Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 21 de noviembre
del 2016.—Lic. Lindbergh Arrieta Zárate, Notario.—1 vez.—
CE2016015078.—( IN2016094016 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
09 horas 00 minutos del 21 de noviembre del año 2016, se
constituyó la sociedad denominada Dream Away Resorts
& Residences Costa Rica Llc Limitada.—San José, 21 de
noviembre del 2016.—Lic. Sergio Antonio Solera Lacayo,
Notario.—1 vez.—CE2016015079.—( IN2016094017 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas
00 minutos del 21 de noviembre del año 2016, se constituyó la
sociedad denominada Distribuidora Gildo G Y D Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 21 de noviembre del
2016.—Lic. Ruddy Antonio Saborío Sánchez, Notario.—1 vez.—
CE2016015080.—( IN2016094018 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 38
minutos del 11 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Inversiones KMPCHNN Sociedad Anónima.—San
José, 21 de noviembre del 2016.—Licda. Laureen Jinnett Leandro
Castillo, Notaria.—1 vez.—CE2016015081.—( IN2016094019 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00
minutos del 21 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Las Faldas de la Vieja Sociedad Anónima.—San
José, 21 de noviembre del 2016.—Licda. María Lourdes Delgado
Lobo, Notaria.—1 vez.—CE2016015082.—( IN2016094020 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas
00 minutos del 21 de noviembre del año 2016, se constituyó la
sociedad denominada Infocus Healthcare Sociedad Anónima.—
San José, 21 de noviembre del 2016.—Licda. Cinzia Víquez Renda,
Notaria.—1 vez.—CE2016015083.—( IN2016094021 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas
00 minutos del 18 de noviembre del año 2016, se constituyó la
sociedad denominada Inversiones Rogmar del Este Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 21 de noviembre
del 2016.—Lic. Jorge Ramón Arias Mora, Notario.—1 vez.—
CE2016015084.—( IN2016094022 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas
30 minutos del 21 de noviembre del año 2016, se constituyó la
sociedad denominada B & L Holdings Limitada.—San José, 21
de noviembre del 2016.—Licda. Cinzia Víquez Renda, Notaria.—1
vez.—CE2016015085.—( IN2016094023 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00
minutos del 20 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Fonseca Holdings Sociedad Anónima.—San José, 21
de noviembre del 2016.—Licda. María Dolores Araya Chavarría,
Notaria.—1 vez.—CE2016015086.—( IN2016094024 ).
La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016
Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 09 horas 00
minutos del 21 de Noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Inversiones Liang & Jiang Sociedad Anónima.—
San José, 21 de noviembre del 2016.—Lic. Gonzalo Vargas Acosta,
Notario.—1 vez.—CE2016015087.—( IN2016094025 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00
minutos del 21 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Palermo Road Sociedad Anónima.—San José, 21 de
noviembre del 2016.—Licda. Cinzia Víquez Renda, Notaria.—1
vez.—CE2016015088.—( IN2016094026 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00
minutos del 28 de setiembre del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Gaman Soluciones Sociedad Anónima.—San
José, 21 de noviembre del 2016.—Lic. Héctor Chaves Sandoval,
Notario.—1 vez.—CE2016015089.—( IN2016094027 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
16 horas 00 minutos del 16 de noviembre del año 2016, se
constituyó la sociedad denominada Las Cumbres del Silencio
S J C K de Turrialba Sociedad Anónima.—San José, 21 de
noviembre del 2016.—Lic. Fabián Arias Amador, Notario.—1
vez.—CE2016015090.—( IN2016094028 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00
minutos del 17 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Comercializadora Velco Sociedad Anónima.—San
José, 21 de noviembre del 2016.—Lic. Jennie Morera Esquivel,
Notaria.—1 vez.—CE2016015091.—( IN2016094029 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30
minutos del 21 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Tenedora de Acciones B&L Limitada.—San José, 21
de noviembre del 2016.—Lic. Cinzia Víquez Renda, Notario.—1
vez.—CE2016015092.—( IN2016094030 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00
minutos del 19 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada El Capataz Sociedad Anónima.—San José, 21 de
noviembre del 2016.—Lic. Carmen Erika Hernández Sandoval,
Notaria.—1 vez.—CE2016015093.—( IN2016094031 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas
00 minutos del 18 de noviembre del año 2016, se constituyó la
sociedad denominada Capamasa Azul Sociedad Anónima.—
San José, 21 de noviembre del 2016.—Lic. Alejandro Matamoros
Bolaños, Notario.—1 vez.—CE2016015094.—( IN2016094032 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
15 horas 00 minutos del 12 de noviembre del año 2016, se
constituyó la sociedad denominada Carnes y Embutidos
Siquirres de Costa Rica Sociedad Anónima.—San José,
21 de noviembre del 2016.—Lic. Sussy Brenes Alvarado,
Notaria.—1 vez.—CE2016015095.—( IN2016094033 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas
00 minutos del 19 de noviembre del año 2016, se constituyó la
sociedad denominada Malisona Sociedad Anónima.—San José,
21 de noviembre del 2016.—Lic. Helen Lissette Vargas Herrera,
Notario.—1 vez.—CE2016015096.—( IN2016094034 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas
18 minutos del 18 de noviembre del año 2016, se constituyó la
sociedad denominada Quo Tourist Group Sociedad Anónima.—
San José, 21 de noviembre del 2016.—Lic. Celenia Godínez Prado,
Notaria.—1 vez.—CE2016015097.—( IN2016094035 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
11 horas 00 minutos del 21 de noviembre del año 2016, se
constituyó la sociedad denominada Cyber Media Group
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 21 de
noviembre del 2016.—Lic. Andrea María Meléndez Corrales,
Notaria.—1 vez.—CE2016015098.—( IN2016094036 ).
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Por escritura número ciento ocho otorgada ante esta Notaría
Pública a las once horas del cinco de diciembre del dos mil dieciséis,
se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria, de la
sociedad denominada Transportes Monte Arenal S.A. Donde se
acordó reformar la cláusula: sexta, de la administración. Es todo.—
Lic. Francisco Soto Vega, Notario.—1 vez.—( IN2016094037 ).
Mediante escritura número 173 otorgada en San José a las
12:00 horas del día 1° de diciembre del 2016, protocolicé acta del
libro de asamblea general de socios de la compañía Papa Flamingo
Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-124817, donde se
nombra nueva junta directiva, fiscal y agente residente y se modificó
la cláusula segunda y sexta del pacto constitutivo.—Lic. Luis Miguel
Carballo Pérez, Notario.—1 vez.—( IN2016094040 ).
El suscrito notario, hace constar que mediante escritura
otorgada el 26 de noviembre del 2016. José Gilbert Charpentier
Mazar y otros, constituyen Fundación para el Desarrollo del
Bambú en Costa Rica, duración perpetua, con domicilio en Santa
Ana, carretera vieja, finca Musmani, del Rescate de Vida Animal
en el Alto de las Palomas, 300 metros al sur.—San José, 30 de
noviembre del 2016.—Lic. Abraham Vargas Quirós, Notario.—1
vez.—( IN2016094043 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas
30 minutos del 21 de noviembre del año 2016, se constituyó la
sociedad denominada Inversiones Universales Mye Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 21 de noviembre del
2016.—Lic. Andrea María Meléndez Corrales, Notario.—1 vez.—
CE2016015099.—( IN2016094044 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas
00 minutos del 18 de noviembre del año 2016, se constituyó la
sociedad denominada Grupo Monge y Villalta Limitada.—San
José, 21 de noviembre del 2016.—Lic. Carlos Eduardo Mata Ortega,
Notario.—1 vez.—CE2016015100.—( IN2016094045 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00
minutos del 19 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Jardín Arcoiris de Flores Sociedad Anónima.—San
José, 21 de noviembre del 2016.—Lic. Carlos Eduardo Mata Ortega,
Notario.—1 vez.—CE2016015101.—( IN2016094046 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas
00 minutos del 21 de noviembre del año 2016, se constituyó la
sociedad denominada Oceana Mía Azul Sociedad Anónima.—San
José, 21 de noviembre del 2016.—Lic. Ernesto Desanti González,
Notario.—1 vez.—CE2016015102.—( IN2016094047 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas
00 minutos del 16 de noviembre del año 2016, se constituyó la
sociedad denominada Mascoffe Sociedad Anónima.—San José,
21 de noviembre del 2016.—Lic. Mario Enrique Calvo Achoy,
Notario.—1 vez.—CE2016015103.—( IN2016094048 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 21 horas 00
minutos del 21 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Profashionals Costa Rica Sociedad Anónima.—San
José, 22 de noviembre del 2016.—Lic. Braulio Alvarado Salazar,
Notario.—1 vez.—CE2016015104.—( IN2016094049 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00
minutos del 20 de Octubre del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Sociedad Anónima Sociedad Anónima.—San José,
22 de noviembre del 2016.—Licda. Georgina Rojas D Avanzo,
Notaria.—1 vez.—CE2016015105.—( IN2016094050 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00
minutos del 17 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada H & R Seguridad Total Sociedad Anónima.—San
José, 22 de noviembre del 2016.—Lic. Alicia Barzallo Fernández,
Notaria.—1 vez.—CE2016015106.—( IN2016094051 ).
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La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas
18 minutos del 18 de noviembre del año 2016, se constituyó la
sociedad denominada Vivieros Azalea Limitada.—San José, 22
de noviembre del 2016.—Lic. Jorge Zúñiga Calderón, Notario.—1
vez.—CE2016015107.—( IN2016094052 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas
00 minutos del 10 de noviembre del año 2016, se constituyó la
sociedad denominada Corporación de Inversiones Consolitek CR
de Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 22 de noviembre
del 2016.—Lic. Paul Andrés Portuguez Aguilar, Notario.—1 vez.—
CE2016015108.—( IN2016094053 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
11 horas 00 minutos del 19 de noviembre del año 2016, se
constituyó la sociedad denominada Mafanikio Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de noviembre
del 2016.—Licda. Carolina Gallegos Steinvorth, Notaria.—1
vez.—CE2016015109.—( IN2016094054 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas
22 minutos del 22 de noviembre del año 2016, se constituyó
la sociedad denominada Longchamps Corporation Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de noviembre
del 2016.—Licda. Ismene Arroyo Marín, Notaria.—1 vez.—
CE2016015110.—( IN2016094055 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00
minutos del 21 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Xin Zhong Hua Sociedad Anónima.—San José, 22
de noviembre del 2016.—Lic. Félix Ángel Hernández Obando,
Notario.—1 vez.—CE2016015111.—( IN2016094056 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00
minutos del 18 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Comercializadora Fenicce Sociedad Anónima.—
San José, 22 de noviembre del 2016.—Licda. Elizabeth Álvarez
Morales, Notaria.—1 vez.—CE2016015112.—( IN2016094057 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00
minutos del 08 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Inversiones Turísticas C&J Sociedad Anónima.—
San José, 22 de noviembre del 2016.—Licda. Laura Zumbado
Loria, Notaria.—1 vez.—CE2016015113.—( IN2016094058 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
17 horas 00 minutos del 02 de noviembre del año 2016, se
constituyó la sociedad denominada Empresarios Unidos MCP
de Orotina Sociedad Anónima.—San José, 22 de noviembre
del 2016.—Lic. Johan Castillo Umaña, Notario.—1 vez.—
CE2016015114.—( IN2016094059 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas
00 minutos del 04 de julio del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Inversiones Grupo Incer Sociedad Anónima.—
San José, 22 de noviembre del 2016.—Lic. Sianny Arce Álvarez,
Notario.—1 vez.—CE2016015115.—( IN2016094060 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas
00 minutos del 22 de noviembre del año 2016, se constituyó la
sociedad denominada San Lorenzo Properties Limitada.—San
José, 22 de noviembre del 2016.—Lic. Javier Sebastián Jiménez
Monge, Notario.—1 vez.—CE2016015116.—( IN2016094061 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
10 horas 00 minutos del 29 de octubre del año 2016, se
constituyó la sociedad denominada Nexusrmb CR Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de noviembre
del 2016.—Lic. Jesús Osvaldo Rojas Oconor, Notario.—1
vez.—CE2016015119.—( IN2016094064 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 23
minutos del 19 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Innotec Costa Rica Sociedad Anónima.—San José,
22 de noviembre del 2016.—Lic. Carlos Eduardo Blanco Fonseca,
Notario.—1 vez.—CE2016015120.—( IN2016094065 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00
minutos del 21 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Ecosoluciones Empresariales Sociedad Anónima.—
San José, 22 de noviembre del 2016.—Lic. Marco Vinicio Quesada
Sandí, Notario.—1 vez.—CE2016015121.—( IN2016094066 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas
00 minutos del 22 de noviembre del año 2016, se constituyó la
sociedad denominada Nexos Asesoría y Gestión Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de noviembre del
2016.—Lic. Juan Miguel Vásquez Vásquez, Notario.—1 vez.—
CE2016015122.—( IN2016094067 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas
00 minutos del 22 de noviembre del año 2016, se constituyó la
sociedad denominada Kuora TH Dos Sociedad Anónima.—
San José, 22 de noviembre del 2016.—Lic. Óscar Mario Lizano
Quesada, Notario.—1 vez.—CE2016015123.—( IN2016094068 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas
00 minutos del 09 de noviembre del año 2016, se constituyó la
sociedad denominada J M Pareja Sociedad Anónima.—San José,
22 de noviembre del 2016.—Lic. Juan Bautista Moya Fernández,
Notario.—1 vez.—CE2016015124.—( IN2016094069 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
10 horas 30 minutos del 22 de noviembre del año 2016, se
constituyó la sociedad denominada G Z D Gozadera Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de noviembre
del 2016.—Licda. Patricia Claudia Frances, Notaria.—1
vez.—CE2016015125.—( IN2016094070 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
11 horas 00 minutos del 22 de noviembre del año 2016, se
constituyó la sociedad denominada SMI De San José Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de noviembre
del 2016.—Lic. Priscila Picado Murillo, Notaria.—1 vez.—
CE2016015126.—( IN2016094071 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 30
minutos del 21 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Tramisa Sociedad Anónima.—San José, 22 de
noviembre del 2016.—Lic. Bernardo Guzmán Núñez, Notario.—1
vez.—CE2016015127.—( IN2016094072 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 20 horas 00
minutos del 21 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Mendezalfaro Sociedad Anónima.—San José, 22 de
noviembre del 2016.—Lic. Jonnattan Desanti Ruiz, Notario.—1
vez.—CE2016015128.—( IN2016094073 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00
minutos del 22 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Constructora Dos Por Tres Sociedad Anónima.—
San José, 22 de noviembre del 2016.—Lic. Jorge Luis Valerio
Chaves, Notario.—1 vez.—CE2016015117.—( IN2016094062 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
12 horas 00 minutos del 21 de noviembre del año 2016, se
constituyó la sociedad denominada Servicios Fiduciarios
del Este Siglo XXI Limitada.—San José, 22 de noviembre
del 2016.—Lic. Juan Carlos León Silva, Notario.—1 vez.—
CE2016015129.—( IN2016094074 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 05 horas 00
minutos del 07 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Global Shipping Company Sociedad Anónima.—
San José, 22 de noviembre del 2016.—Lic. José Joaquín Herrera
Arias, Notario.—1 vez.—CE2016015118.—( IN2016094063 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 45
minutos del 17 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Inversiones Mebus MD Sociedad Anónima.—
San José, 22 de noviembre del 2016.—Lic. Fernando Fernández
Delgado, Notario.—1 vez.—CE2016015130.—( IN2016094075 ).
La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016
Pág 65
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
20 horas 00 minutos del 21 de noviembre del año 2016, se
constituyó la sociedad denominada Barika Holdings Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de noviembre
del 2016.–Lic. Ernesto Desanti González, Notario.—1 vez.—
CE2016015131.—( IN2016094076 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas
22 minutos del 22 de noviembre del año 2016, se constituyó la
sociedad denominada Longchamps Corporation Llc Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de noviembre
del 2016.—Licda. Ismene Arroyo Marín, Notaria.—1 vez.—
CE2016015143.—( IN2016094088 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas
00 minutos del 17 de noviembre del año 2016, se constituyó la
sociedad denominada Mora & G Asociados Sociedad Anónima.—
San José, 22 de noviembre del 2016.—Lic. Joaquín Alvarado Rojas,
Notario.—1 vez.—CE2016015132.—( IN2016094077 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00
minutos del 22 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Maderas Premium V&M Sociedad Anónima.—
San José, 22 de noviembre del 2016.—Licda. Marta Emilia Rojas
Carranza, Notaria.—1 vez.—CE2016015144.—( IN2016094089 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00
minutos del 07 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Construcciones Namy Sociedad Anónima.—San
José, 22 de noviembre del 2016.—Lic. Luis Charpentier Acuña,
Notario.—1 vez.—CE2016015133.—( IN2016094078 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00
minutos del 22 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Dos de Azúcar Coffee Stop Sociedad Anónima.—San
José, 22 de noviembre del 2016.—Licda. Diana Araya Steinvorth,
Notaria.—1 vez.—CE2016015145.—( IN2016094090 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
09 horas 00 minutos del 22 de noviembre del año 2016, se
constituyó la sociedad denominada Alimentos y Bebidas
Paco & Lola Sociedad Anónima.—San José, 22 de noviembre
del 2016.—Licda. Guadalupe Montero Ugalde, Notaria.—1
vez.—CE2016015134.—( IN2016094079 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
15 horas 00 minutos del 22 de noviembre del año 2016, se
constituyó la sociedad denominada IMD Boreal Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de noviembre
del 2016.—Lic. Marco Vinicio Villegas Arroyo, Notario.—1
vez.—CE2016015146.—( IN2016094091 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
12 horas 30 minutos del 22 de noviembre del año 2016, se
constituyó la sociedad denominada Odontología Profesional
Alfaher Sociedad Anónima.—San José, 22 de noviembre del
2016.—Lic. Ingrid Vanessa Mata Araya, Notario.—1 vez.—
CE2016015135.—( IN2016094080 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00
minutos del 22 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Chadesco Sociedad de Responsabilidad Limitada.—
San José, 22 de noviembre del 2016.—Licda. Vera Denise Mora
Salazar, Notaria.—1 vez.—CE2016015147.—( IN2016094092 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas
00 minutos del 22 de noviembre del año 2016, se constituyó la
sociedad denominada Inversiones Lara Limitada.—San José, 22
de noviembre del 2016.—Licda. Marisela Araya Araya, Notaria.—1
vez.—CE2016015136.—( IN2016094081 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00
minutos del 22 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Dossier Consultoría Legal Sociedad Anónima.—San
José, 22 de noviembre del 2016.—Lic. Rodolfo Enrique Montero
Pacheco, Notario.—1 vez.—CE2016015137.—( IN2016094082 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00
minutos del 18 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Atenas Properties Sociedad Anónima.—San José, 22
de noviembre del 2016.—Lic. Carlos Francisco García Zamora,
Notario.—1 vez.—CE2016015138.—( IN2016094083 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 07 horas 30
minutos del 15 de Noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Diclodexa Inversiones Sociedad Anónima.—San
José, 22 de noviembre del 2016.—Lic. Alejandro Alonso Román
González, Notario.—1 vez.—CE2016015139.—( IN2016094084 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas
00 minutos del 22 de noviembre del año 2016, se constituyó la
sociedad denominada Residencial PLV Limitada.—San José, 22
de noviembre del 2016.—Licda. Magally María Guadamuz García,
Notaria.—1 vez.—CE2016015148.—( IN2016094093 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00
minutos del 16 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada PG Promocionales Gráficos Sociedad Anónima.—
San José, 22 de noviembre del 2016.—Lic. María José Campos
García, Notaria.—1 vez.—CE2016015149.—( IN2016094094 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas
00 minutos del 19 de octubre del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Pérez Vega y Elizondo Consultoría Legal Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de noviembre
del 2016.—Lic. Adolfo Vega Camacho, Notario.—1 vez.—
CE2016015150.—( IN2016094095 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas
00 minutos del 22 de noviembre del año 2016, se constituyó la
sociedad denominada Ccuatror Sociedad Anónima.—San José,
22 de noviembre del 2016.—Licda. Ana Giselle Barboza Quesada,
Notaria.—1 vez.—CE2016015151.—( IN2016094096 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 30
minutos del 16 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Inversiones Alene N. S. R. Sociedad Anónima.—
San José, 22 de noviembre del 2016.—Lic. Ronald Brealey Mora,
Notario.—1 vez.—CE2016015140.—( IN2016094085 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas
00 minutos del 21 de noviembre del año 2016, se constituyó la
sociedad denominada Constructora Next GCVAC Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de noviembre del
2016.—Lic. Carlos Alberto Hernández Navarro, Notario.—1 vez.—
CE2016015152.—( IN2016094097 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas
30 minutos del 10 de noviembre del año 2016, se constituyó la
sociedad denominada Murillo & Ramos Transportes Turísticos
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de
noviembre del 2016.—Lic. Arturo Monge Corrales, Notario.—1
vez.—CE2016015141.—( IN2016094086 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas
00 minutos del 22 de noviembre del año 2016, se constituyó la
sociedad denominada Fuduna Costa Rica Limitada.—San José,
22 de noviembre del 2016.—Licda. Andrea Karolina Rojas Mora,
Notaria.—1 vez.—CE2016015153.—( IN2016094098 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 30
minutos del 21 de noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Tramisacr Sociedad Anónima.—San José, 22 de
noviembre del 2016.—Lic. Bernardo Guzmán Núñez, Notario.—1
vez.—CE2016015142.—( IN2016094087 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
20 horas 00 minutos del 21 de noviembre del año 2016, se
constituyó la sociedad denominada Barika Inversiones
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 22
de noviembre del 2016.—Lic. Ernesto Desanti González,
Notario.—1 vez.—CE2016015154.—( IN2016094099 ).
Pág 66
La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
18 horas 30 minutos del 18 de noviembre del año 2016, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones del Oeste
Siglo XXI Sociedad Anónima.—San José, 22 de noviembre
del 2016.—Licda. Andrea Cordero Montero, Notaria.—1
vez.—CE2016015155.—( IN2016094100 ).
Mediante escritura otorgada el día de hoy en mi notaría, se
reforma la cláusula quinta del pacto social de Florida Inmobiliaria
Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos
noventa y seis mil noventa y uno, aumentándose su capital social.—
San José, veintiséis de setiembre de dos mil dieciséis.—Licda. Ana
Lucía Espinoza Blanco, Notaria.—1 vez.—( IN2016094145 ).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 08:00 horas
del 21 de noviembre del dos mil dieciséis Kuolien Inc Sociedad
Anónima, cédula de persona jurídica N° 3-101-385474, se
protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas.
Se reforman las cláusulas quinta y novena del pacto constitutivo y se
nombra junta directiva y fiscal.—Licda. Elizabeth Angulo Gatjens,
Notaria.—1 vez.—( IN2016094104 ).
Mediante escritura otorgada el día de hoy en mi notaria,
se reforma la cláusula quinta del pacto social de North
Península Holdings (NPH) Sociedad Anónima, cédula
jurídica tres-ciento uno-seiscientos treinta y dos mil sesenta y
tres, aumentándose su capital social.—San José, veintiséis de
setiembre de dos mil dieciséis.—Licda. Ana Lucía Espinoza
Blanco, Notaria.—1 vez.—( IN2016094146 ).
Por escritura de las 18:00 horas del 14 de setiembre del 2016
ante esta notaría, se reforma clausula sétima del pacto constitutivo
de la sociedad Inversiones Matapalo y Hermosa Com S. A.,
cédula 3-101-431996; se revoca el nombramiento del secretaria y se
nombra uno nuevo.—San José, 14 de noviembre del 2016.—Licda.
Helen Duarte Gamboa, Notaria.—1 vez.—( IN2016094107 ).
Mediante escritura otorgada el día de hoy en mi notaría, se
reforma la cláusula quinta del pacto social de la sociedad Vinum
Aura S. A., por haberse aumentado el capital social.—San José,
veintiséis de setiembre de dos mil dieciséis.—Licda. Ana Lucía
Espinoza Blanco, Notaria.—1 vez.—( IN2016094147 ).
A las once horas del treinta de noviembre de dos mil dieciséis,
mediante escritura pública otorgada ante esta notaría, se constituyó
la sociedad denominada Socata Sociedad Anónima, con capital
suscrito y pagado de veinte mil colones y domicilio en San José,
Escazú, Residencial vista Alegre.—San José, treinta de noviembre
del dos mil dieciséis.—Lic. Ricardo Chávez Murillo, Notario.—1
vez.—( IN2016094108 ).
Se reforma la cláusula segunda del pacto social, se nombra
nueva junta directiva y fiscal de Distribuidora Latinos MPFA
Sociedad Anónima, cédula: 3-101-699866.—Alajuela, veintisiete
de noviembre del dos mil dieciséis.—Licda. Delia A. Segura Soto,
Notaria.—1 vez.—( IN2016094109 ).
Por escritura otorgada ante mi notaría, se constituye la
sociedad de esta plaza Faro Soluciones Sociedad Anónima.
Capital íntegramente suscrito y pagado, se nombra junta directiva
y fiscal.—San José, cinco de diciembre del dos mil dieciséis.—Lic.
Alejandro Wyllins Soto, Notario.—1 vez.—( IN2016094119 ).
Por escritura otorgada ante mí, a las 8:00 horas del 5 de
diciembre del 2016, se protocolizó acta de la empresa Celular
Parking Systems Technology Costa Rica S. A., por medio de la cual
se modifica la cláusula sexta de los estatutos sociales.—San Pedro
de Montes de Oca, cinco de diciembre del dos mil dieciséis.—Lic.
Juan José Echeverría Alfaro, Notario.—1 vez.—( IN2016094121 ).
Por escritura pública otorgada ante esta notaría, en la
ciudad de San José al ser las quince horas con diez minutos del
primero de diciembre de dos mil dieciséis, se protocolizó el acta
de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad
Loyalty Miles Services Sociedad Anónima, cédula jurídica
número tres-ciento uno-setecientos once mil ciento sesenta y
siete, en la que se transformó la sociedad en una sociedad
de responsabilidad limitada.—San José, dos de diciembre de
dos mil dieciséis.—Lic. Carlos Francisco Camacho González,
Notario.—1 vez.—( IN2016094122 ).
Ante mí, Héctor Rolando Vargas Sánchez, notario público con
oficina en Heredia en escritura otorgada a las 10:00 horas del 2 de
diciembre del 2016, se disolvió la empresa cuyo nombre es su cedula
jurídica número 3-102-628279 S.R.L. Es todo.—02 de diciembre
del 2016.—Lic. Héctor Rolando Vargas Sánchez, Notario.—1
vez.—( IN2016094134 ).
Mediante escritura otorgada el día de hoy en mí notaría,
se protocolizó acta de asamblea general de socios de la
sociedad Técnicas de Publicaciones Turísticas S. A., en la
cual se acuerda disolver esta sociedad a partir del día veintiséis
de setiembre de dos mil dieciséis.—San José, veintiséis de
setiembre de dos mil dieciséis.—Licda. Ana Lucía Espinoza
Blanco, Notaria.—1 vez.—( IN2016094143 ).
Mediante escritura otorgada el día de hoy en mi notaría, se
reforma la cláusula quinta del pacto social de Comapan S. A., en
virtud de haberse acordado un aumento de capital social.—San José,
veintiséis de setiembre de dos mil dieciséis.—Licda. Ana Lucía
Espinoza Blanco, Notaria.—1 vez.—( IN2016094148 ).
Por escritura número ciento setenta y uno del tomo dieciséis
de mi protocolo, otorgada las quince horas del 30 de noviembre
del 2016, el suscrito notario protocolicé acta de asamblea general
extraordinaria de socios de la compañía Fine Silhouette in Lake
Views Thirteen Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica
N° 3-101-437797, mediante la cual se reforman las cláusulas sétima
de los estatutos sociales.—San José, 30 de noviembre del 2016.—
Lic. Gonzalo Víquez Carazo, Notario.—1 vez.—( IN2016094151 ).
Por escritura N° ciento sesenta y ocho del tomo dieciséis
de mi protocolo, otorgada las diez horas del 28 de noviembre del
2016, el suscrito notario protocolicé el acta de la asamblea general
extraordinaria de accionistas de la compañía Sierras de Madelia
Doce Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica N°
3-101-476145, mediante la cual se reforma la cláusula setima de
los estatutos sociales.—San José, 28 de noviembre del 2016.—Lic.
Gonzalo Víquez Carazo, Notario.—1 vez.—( IN2016094153 ).
Mediante escritura N° 197, otorgada ante esta notaría, a las
11:00 horas del 22 de noviembre del 2016, se protocoliza acta de
asamblea general extraordinaria de la sociedad Río Coquiba S.A.,
mediante la cual se modifica el domicilio social, siendo el nuevo
en San José, Escazú, Alto Las Palomas, Condominio Cerro Real,
casa treinta y cinco.—San José, 22 de noviembre del 2016.—Lic.
Eugenio Vargas Chavarría, Notario.—1 vez.—( IN2016094154 ).
De conformidad con el artículo 479 del Código de Comercio,
mediante documento privado de cesión de marcas, Moda Skate
and Surf S. A., cédula jurídica N° 3-101-367263, ha traspasado
a favor de Lok Arenas IP S. A., cédula jurídica 3-101-719875,
los establecimientos comerciales. Diseño especial, registro N°
253379, a Arenas Skate and Surf, registro N° 253722, a Arenas
El Parque, registro N° 253607, Community, registro N° 253686,
a Arenas Beach Bar, registro N° 254547.—San José, 15 de
noviembre del 2016.—Licda. Pamela Mora Soto, Abogada.—1
vez.—( IN2016094160 ).
Ante esta notaría se protocolizó hoy acta de asamblea
general ordinaria y extraordinaria de socios de Inversiones
Royju Sociedad Anónima, en la que se modifica la cláusula
tercera del pacto constitutivo.—San José, veintitrés de
noviembre del dos mil dieciséis.—Lic. Manfred Clausen
Gutiérrez, Notario.—1 vez.—( IN2016094163 ).
El día de hoy ante esta notaría, se protocolizó acta de
asamblea de socios de Green Trails C R. Car Renta Limitada,
cédula 3-102-689515, en la que se modifica la cláusula sexta del
pacto constitutivo.—San José, siete de noviembre del 2016.—Lic.
Manfred Clausen Gutiérrez, Notario.—1 vez.—( IN2016094164 ).
La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016
En mi notaria por escritura a las 11:30 horas del 29 de
noviembre del 2016, se protocolizó acta de la sociedad Flosanco
San Francisco S. A., cédula jurídica 3-101-700834, por la cual
se acuerda la disolución de la sociedad. Cualquier interesado o
acreedor podrá presentar su oposición en el domicilio social de esta
sociedad.—Ciudad Quesada, veintinueve de noviembre del dos mil
dieciséis.—Lic. Gonzalo Alfonso Monge Corrales, Notario.—1
vez.—( IN2016094167 ).
En mi notaría por escritura a las 10:30 horas del 29 de
noviembre del 2016, se protocolizó acta de la sociedad Tres- Ciento
Uno-Seis Cuatro Ocho Cero Seis Tres S. A., cédula jurídica
3-101-648063, por la cual se acuerda la disolución de la sociedad.
Cualquier interesado o acreedor podrá presentar su oposición en el
domicilio social de esta sociedad.—Ciudad Quesada, veintinueve
de noviembre del dos mil dieciséis.—Lic. Gonzalo Alfonso Monge
Corrales, Notario.—1 vez.—( IN2016094169 ).
En mi notaría por escritura a las 11:00 horas del 29 de
noviembre del 2016, se protocolizó acta de la sociedad Tres- Ciento
Uno- Seis Seis Cuatro Nueve Nueve Siete S. A., cédula jurídica
3-101-664997, por la cual se acuerda la disolución de la sociedad.
Cualquier interesado o acreedor podrá presentar su oposición en el
domicilio social de esta sociedad.—Ciudad Quesada, veintinueve
de noviembre del dos mil dieciséis.—Lic. Gonzalo Alfonso Monge
Corrales, Notario.—1 vez.—( IN2016094171 ).
En mi notaria por escritura a las 11:15 horas del 29 de
noviembre del 2016, se protocolizó acta de la sociedad TresCiento Uno-Seis Seis Cinco Cinco Ocho Dos S. A., cédula jurídica
3-101-665582, por la cual se acuerda la disolución de la sociedad.
Cualquier interesado o acreedor podrá presentar su oposición en el
domicilio social de esta sociedad.—Ciudad Quesada, veintinueve
de noviembre del dos mil dieciséis.—Lic. Gonzalo Alfonso Monge
Corrales, Notario.—1 vez.—( IN2016094172 ).
En mi notaría a las 8:00 horas del 2 de diciembre del 2016
he protocolizado acta de asamblea extraordinaria de accionistas
de Distribuidora Pirámide Hermanos Salas S. A., por la cual se
aumenta el capital social y se modifica la cláusula quinta referente al
capital.—Ciudad Quesada, 2 de diciembre del 2016.—Lic. Gonzalo
Alfonso Monge Corrales, Notario.—1 vez.—( IN2016094173 ).
Mediante escritura pública otorgada a las 15:00 horas del
01 de diciembre del año 2016, se disuelve la sociedad Servicios
de Mensajería y Cobro Mensacob Sociedad Anónima. Carnet:
5926.—San José, 01 de diciembre del 2016.—Lic. Luis Gustavo
González Fonseca, Notario.—1 vez.—( IN2016094182 ).
Mediante escritura pública otorgada a las 16:00 horas del
01 de diciembre del año 2016, se disuelve la sociedad Servicios
de Mensajería y Cobro Mensacob Sociedad Anónima.—San
José, 01 de diciembre del año 2016.—Lic. Luis Gustavo González
Fonseca, Notario.—1 vez.—( IN2016094184 ).
Por escritura número veintiuno-siete, se modificó la cláusula
segunda del pacto social y se hace un nuevo nombramiento de junta
directiva de la sociedad denominada M A Enerbrina Sociedad
Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos sesenta y cuatro
mil doscientos treinta y seis.—San José, 5 de diciembre del 2016.—
Licda. Karla Solano Ruiz, Notaria.—1 vez.—( IN2016094196 ).
Por escritura protocolizada ante esta notaría de las nueve
horas de hoy se modifica la cláusula octava del pacto constitutivo
de la sociedad Keyki Sociedad Anónima y se nombra nueva junta
directiva.—San José, 2 de diciembre del 2016.—Lic. Erick Brealey
Bejarano, Notario.—1 vez.—( IN2016094199 ).
Por escritura 151 de las 10:00 horas del día 01-06-2016 ante
esta Notaría se protocoliza acta de la compañía Casa de la Catarata
Limitada por la cual se modifican cláusula segunda del estatuto
en cuanto al domicilio; la sexta en cuanto a la representación y se
nombra gerente y subgerente; y se cancela un poder generalísimo.—
San José, 03-012016.—Lic. Agustín Alberto Monge Piedra,
Notario.—1 vez.—( IN2016094206 ).
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Por escritura otorgada en esta notaría a las 10:30 horas del
12 de octubre del 2016, se constituyó la empresa Inmobiliaria
Damiluma del Mar S. A., Domicilio: Alajuela, Plazo social:
Noventa años, Capital social: Totalmente suscrito y pagado.—
Alajuela, 12 de octubre, 2016.—Lic. José Arturo Fernández Ardón,
Notario.—1 vez.—( IN2016094210 ).
Mediante escritura otorgada ante el suscrito notario a las
trece horas treinta minutos del día de hoy se protocolizaron
acuerdos de asamblea general extraordinaria de cuotistas de
Kir Comercial Limitada, cédula tres-ciento dos-seiscientos
cincuenta y tres mil quinientos treinta y tres; mediante los cuales
se modificó la cláusula quinta del pacto social. Es todo.—San
José, cinco de diciembre de dos mil dieciséis.—Lic. Gabriel
Clare Facio, Notario.—1 vez.—( IN2016094240 ).
El suscrito Lic. Luis Roberto Zamora Bolaños, notario
público carné 18239, protocolicé asamblea general extraordinaria
de socios de compañía Finca Las R’s S. A., mediante la cual se
modificó la composición de la presidencia y secretaría. Escritura
número 2-45. Otorgada en la ciudad de Heredia, a las 13:00 horas
5 de diciembre del 2016.—Lic. Luis Roberto Zamora Bolaños,
Notario.—1 vez.—( IN2016094245 ).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario a las 13 horas
del día 05 de diciembre del 2016, se protocoliza acta de asamblea
general extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza
Villa IX Celeste de San Antonio S. A., por la que se varía la
administración y se nombra junta directiva.—San José, 05 de
diciembre del 2016.—Lic. Giancarlo Vicarioli Guier, Notario.—1
vez.—( IN2016094246 ).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario a las 12 horas
del día 5 de diciembre del 2016, se protocoliza acta de asamblea
general extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza
Forestales Bellos Dos Mil Doce S. A., por la que se varía el
domicilio y la administración y se nombra junta directiva.—San
José, 5 de diciembre del 2016.—Lic. Giancarlo Vicarioli Guier,
Notario.—1 vez.—( IN2016094247 ).
Solicitud Nº 2016-2372.—Ref: 35/2016/4910.—José Antonio
Díaz Rojas, cédula de identidad 0601230127, solicita la inscripción
de: D19 como marca de ganado, que usará preferentemente en
Alajuela Upala Bijagua, El Retiro, del colegio de Bijagua 800
metros al sur, un kilómetro al oeste y 500 metros al suroeste, camino
a las torres de celular. (Dos fincas se encuentran contiguas). Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir
de la publicación de este edicto. Presentada el 07 de noviembre del
2016. Según el expediente Nº 2016-2372.—Elda Cerdas Badilla,
Registradora.—1 vez.—( IN2016094251 ).
Mediante escritura pública otorgada ante esta notaría se
protocolizo acta de asamblea general extraordinaria en la que
se nombra a Priscila Andre Trejos nueva apoderada general y
generalísima sin límite de suma de la empresa Servicios de
Seguridad Moore Stahl S. A., cédula jurídica 3-101-166489.—
Alajuela, 25 de noviembre del 2016.—Lic. Alexander Ruiz Castillo,
Notario.—1 vez.—( IN2016094275 ).
Mediante escritura pública otorgada ante esta notaría se
protocolizó acta de asamblea general extraordinaria en la que
se nombra Priscila André Trejos nueva apoderada general y
generalísima sin límite de suma de la empresa servicios de Monitoreo
y Respuesta Armada Moore Stahl S. A., cédula jurídica 3-101269154.—Alajuela, 25 de noviembre del 2016.—Lic. Alexander
Ruiz Castillo, Notario.—1 vez.—( IN2016094276 ).
Mediante escritura pública otorgada ante esta notaría
se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria en la
que se establece que los actuales representantes legales de la
sociedad pueden actuar en forma individual como apoderados
generalísimos sin límite de suma, todo lo anterior de la
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La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016
empresa Lazo Verde S. A. cédula jurídica 3-101-690321.—
Alajuela, 25 de noviembre del 2016.—Lic. Alexander Ruiz
Castillo, Notario.—1 vez.—( IN2016094277 ).
Mediante escritura pública otorgada ante esta notaría, se
protocolizó acta de asamblea general extraordinaria en la que se
disuelve la empresa Servicios Odontológicos Bermadent Sociedad
Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-trecientos diecisiete mil
cuatrocientos sesenta.—Alajuela, 30 de noviembre del 2016.—Lic.
Alexander Ruiz Castillo, Notario.—1 vez.—( IN2016094278 ).
Por escritura otorgada a las diecisiete horas del primero
de diciembre del dos mil dieciséis, ante esta notaría por acuerdo
de socios se acuerda la disolución de la sociedad 3-101-550074
Sociedad Anónima.—Cartago, 2 de diciembre del 2016.—Licda.
Gabriela Ocón Sánchez, Notaria.—1 vez.—( IN2016094281 ).
El suscrito Carlos Gerardo Víquez Rojas, notario público, con
oficina en la ciudad de Atenas, hago constar que mediante escritura
número doscientos ochenta y nueve, iniciada al folio ciento ochenta
y cinco frente del tomo primero de mi protocolo, otorgada ante
mi notaría a las diecisiete horas con treinta minutos del primero
de diciembre de dos mil dieciséis, se reformó la cláusula primera
del pacto constitutivo, en la sociedad anónima denominada Vista
Atenas Sesenta y Cinco Sociedad Anónima, cédula jurídica
número tres-ciento uno-ciento sesenta y seis mil seiscientos ochenta
y seis.—Atenas, 05 de diciembre del 2016.—Lic. Carlos Gerardo
Víquez Rojas, Notario.—1 vez.—( IN2016094285 ).
Ante la suscrita notaria, se modificó el pacto constitutivo y
el domicilio social de sociedad Arqueología Medieval Sociedad
Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos ochenta
y cinco mil ciento ochenta. Presidenta: Martha Lorena Arauz
Lacayo, vicepresidente Iván Rafael Guerra Rayen y secretaria:
Andrea Margarita Guerra Arauz. Domicilio social Alajuela, La
Guácima, Condominio las Puertas, casa F trece.—San José, treinta
de noviembre del dos mil dieciséis.—Licda. Susana María Ureña
Sánchez, Notaria.—1 vez.—( IN2016094289 ).
Ante la notaría del Lic. Víctor Manuel González Loría,
mediante escritura número doscientos ochenta y siete, visible
al folio ciento cuarenta y uno frente y vuelto, del tomo sexto del
protocolo del suscrito notario, de fecha once horas del día cinco de
diciembre del ario dos mil dieciséis, se modifica la cláusula sexta de
los estatutos de la compañía denominada Agropecuaria Coyolar
Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tresciento uno-ciento diecinueve mil treinta siete, sociedad domiciliada
en Las Juntas de Abangares de Guanacaste cincuenta metros al
norte y doscientos setenta y cinco al oeste del Banco Nacional de
Costa Rica. Es Todo.—San José, treinta y uno de octubre del dos
mil diecisiete.—Lic. Víctor Manuel González Loría, Notario.—1
vez.—( IN2016094291 ).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las
nueve horas del veintiocho de octubre del dos mil dieciséis; se
modifica la cláusula octava del pacto constitutivo; y se nombra
nuevo representante, de la sociedad anónima: Transmike
Hernández & González H. G. Sociedad Anónima, por el
plazo social restante.—Ciudad de La Fortuna, San Carlos
Alajuela, 01 de diciembre del 2016.—Lic. Manuel Tückler
O’Connor, Notario.—1 vez.—( IN2016094292 ).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las catorce horas
del treinta de noviembre del dos mil dieciséis; protocolicé acta
de asamblea general extraordinaria de la sociedad de esta plaza
Seguridad Relámpago Sociedad Anónima, cédula jurídica
tres-ciento uno-trescientos treinta y cinco mil trescientos diez,
mediante la cual, se reforman las clausulas primera y sexta del pacto
constitutivo, se revoca el nombramiento de junta directiva y fiscal
y se hace nuevo nombramiento por el resto del plazo social.—San
José, dos de diciembre del dos mil dieciséis.—Licda. Roxana Sofía
Lao Méndez, Notaria.—1 vez.—( IN2016094293 ).
Por escritura otorgada ante esta notaría el día de hoy, se
constituyó la compañía María Torres Espectáculos Sociedad
Anonima, domiciliada en San José, con capital social íntegramente
suscrito y pagado. Presidente y secretario apoderados generalísimos
sin límite de suma. María de los Ángeles Torres Muñoz, Presidente.—
San José, 30 de noviembre de 2016.—Lic. Sergio Masís Olivas,
Notario.—1 vez.—( IN2016094294 ).
Ante esta notaría, a las once horas del día cinco de diciembre
de dos mil dieciséis, mediante escritura número noventa y uno,
la Sociedad Comercializadora Movi de Occidente Sociedad
Anónima, cédula jurídica número tres- ciento uno- seis ocho uno
nueve tres ocho, nombra nuevo Presidente en la junta directiva.—
San Ramón, cinco de diciembre de dos mil dieciséis.—Lic. Angélica
Campos Barrantes, Notario.—1 vez.—( IN2016094295 ).
Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas con
treinta minutos del doce de octubre de dos mil dieciséis,
se protocolizó el Acta número cinco de asamblea general
extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada
Costa Flamingo Sociedad Anónima, titular de la cédula
jurídica número tres-ciento uno-ciento treinta y tres mil
sesenta, en la cual se modifica la cláusula segunda referente al
domicilio social. Es todo.—San José, doce de octubre de dos
mil dieciséis.—Licda. Silvia Martínez Solano, Notaria.—1
vez.—( IN2016094297 ).
En esta notaría de Licda. Lidia Rivera Camacho, se
constituye sociedad Camps Limitada.—San José, 06 de
diciembre 2016.—Licda. Lidia Elizabeth Rivera Camacho,
Notaria.—1 vez.—( IN2016094298 ).
Protocolicé acuerdos de la sociedad Misifús Produccionbes
Sociedad Anónima, en los cuales se modifican las cláusulas del
domicilio social y se nombra presidente, tesorero y secretario por
renuncia de los anteriores.—San José, veintidós de noviembre de
dos mil dieciséis.—Lic. Wilfred Argüello Muñoz, Notario.—1
vez.—( IN2016094308 ).
Por escritura otorgada a las 10 horas de hoy, protocolicé
acuerdos de la sociedad Taller de Producción y Venta de
Uniformes M. M. Sociedad Anónima, domiciliada en San José,
donde se acordó el cierre de la sociedad.—San José, 7 de noviembre
del 2016.—Licda. Diana Catalina Varela Solano, Notaria.—1 vez.—
( IN2016094315 ).
Por escritura otorgada a las 15:00 horas de hoy, protocolicé
acuerdos de la sociedad Tres-Ciento Uno-Quinientos Quince Mil
Quinientos Treinta y Cuatro Sociedad Anónima, domiciliada en
San José, donde se acordó modificar la cláusula décima y se nombró
junta directiva.—San José, 05 de diciembre del 2016.—Licda. Diana
Catalina Varela Solano, Notaria.—1 vez.—( IN2016094317 ).
A las 14:00 horas del 28 de noviembre del 2016, se modificó
la junta directiva en cuanto al nombramiento del secretario
tesorero y fiscal y se reformó la cláusula segunda y sétima del
pacto constitutivo de la sociedad denominada South Rio Sociedad
Anónima, cédula jurídica N° 3-101-645531.—Lic. Belmer Segura
Godínez, Notario.—1 vez.—( IN2016094328 ).
En esta notaría, a las ocho horas del primero de diciembre
del año dos mil dieciséis se protocoliza el acta dos, de la
sociedad Kakuy Sociedad Anónima, cédula jurídica tresuno cero uno-siete cero nueve cinco seis dos. Pérez Zeledón
San José.—San José.—Lic. Jairo Mauricio Guzmán Jiménez,
Notario.—1 vez.—( IN2016094329 ).
Por escritura número ciento ochenta y tres, tomo uno, otorgada
ante el notario público José Isaac Fonseca Molina, la sociedad
denominada S.B.A de PZ Sociedad Civil, cédula jurídica número
tres - ciento seis- seiscientos sesenta y un mil ciento noventa y uno,
nombra un tercer Administrador quien tendrá las mismas facultades
que los Administradores actuales, en tal sentido se nombra para
dicho cargo al señor Cristhofer Bravo Méndez, cédula de identidad
número uno - mil seiscientos diecisiete — cero cero treinta y cuatro.
De igual forma, se aumenta el Capital Social la sociedad de doce
mil colones a dieciocho mil colones, para lo cual el señor Cristhofer
La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016
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Bravo Méndez aportó la suma de seis mil colones exactos.—Pérez
Zeledón, el dos de diciembre de dos mil dieciséis.—Lic. José Isaac
Fonseca Molina, Notario.—1 vez.—( IN2016094331 ).
donde se modificó la cláusula segunda y sexta.—San José,
06 de diciembre, 2016.—Lic. Carlos Andrés Abarca Umaña,
Notario.—1 vez.—( IN2016094381 ).
Mediante escritura pública número cincuenta y nueve,
otorgada a las once horas treinta minutos del treinta de noviembre
del dos mil dieciséis, ante el notario Rafael Ángel Gutiérrez
Gutiérrez, se reformó la cláusula octava (de la junta directiva)
del pacto constitutivo de la sociedad Willkie de Centroamérica,
Sociedad Anónima, con número de cédula jurídica tres-ciento unoseiscientos veintitrés mil ciento cuarenta y tres.—Heredia, treinta
de noviembre del 2016.—Lic. Rafael Ángel Gutiérrez Gutiérrez,
Notario.—1 vez.—( IN2016094340 ).
Ante esta notaría, por escritura ciento uno, protocolicé acta
de asamblea general extraordinaria de la sociedad anónima Blanca
Vanessa Sociedad Anónima, número de cédula jurídica: tres-ciento
uno-trescientos treinta y ocho mil ciento ochenta y tres, en la cual se
acuerda la disolución de la misma.—San José, seis de diciembre del
año dos mil dieciséis.—Licda. Grace Calderón Garita, Notaria.—1
vez.—( IN2016094382 ).
Mediante escritura número 148 otorgada ante el notario
público Norman Leslie De Pass Ibarra, a las 11:00 horas y cincuenta
y cinco minutos del 05 de diciembre de 2016, se acordó la disolución
de la sociedad Modu Muebles de América S. A., cédula de persona
jurídica número 3-101-682837. Dentro del plazo de 30 días a partir
de esta publicación, se emplaza a cualquier interesado a hacer valer
sus derechos e intereses en la presente disolución.—San José, 5 de
diciembre de dos mil dieciséis.—Lic. Norman Leslie de Pass Ibarra,
Notario.—1 vez.—( IN2016094343 ).
Ante esta notaría, mediante escritura trescientos noventa
y tres-nueve, se protocoliza acta de asamblea extraordinaria de
socios de la compañía Seguridad Alfa S. A., cédula jurídica 3-101174285, por medio de la cual se reforma la cláusula quinta del
Pacto Constitutivo y se aumenta su capital social.—San José, 05
de diciembre de 2016.—Lic. Ronald E. Durán Molina, Notario.—1
vez.—( IN2016094345 ).
Ante esta notaría mediante escritura dos-diez, se
protocoliza acta de asamblea extraordinaria de socios de la
compañía Cardoce & Dijeres Inversiones S.R.L., cédula
jurídica 3-101-643129 y se reforman las cláusulas primera y
sétima del pacto constitutivo, además se revoca el nombramiento
de gerente y subgerente y se nombran sustitutos en dichos
cargos.—Alajuela, 5 de diciembre del 2016.—Lic. Ronald E.
Durán Molina, Notario.—1 vez.—( IN2016094346 ).
Guarantee Secure Trape Sociedad Anónima, con cédula
jurídica N° tres-ciento uno-seiscientos veintiún mil novecientos
trece, modifica la cláusula primera del acta constitutiva, para
que en lo sucesivo diga así: “Primera del nombre, la sociedad se
denominará Administra Punto Com, siendo este un nombre de
fantasía, pudiendo abreviarse como Administra.Com S. A.—San
José, veintiocho de noviembre del dos mil dieciséis.—Licda. Ana
Lorena Gamboa Salazar, Notaria.—1 vez.—( IN2016094373 ).
Por escritura otorgada ante mí, hoy a las ocho horas Roydly
Paredes Reymer y Juan Diego Merkt Carrillo constituyen una
sociedad de responsabilidad limitada, cuya denominación social
será el número de cédula que se le asigne.—Cartago, 5 de diciembre
del 2016.—Licdo. Luis Guillermo Ramírez Víquez, Notario.—1
vez.—( IN2016094378 ).
En mi notaría se ha disuelto la sociedad denominada
Chayotes del Paraíso E.I.R.L.. Gerente general el socio Cesar
Alberto Morales Madriz. En Guadalupe a las ocho horas del dos
de diciembre del dos mil dieciséis.—Licda. Ana Priscilla Sánchez
Rodríguez, Notaria.—1 vez.—( IN2016094379 ).
Constitución de sociedad anónima. Allan Segura Pereira,
mayor, casado una vez, comerciante, vecino de Río Claro,
Guaycará, Golfito, Puntarenas, trescientos metros al norte
del Banco Nacional de Costa Rica, con cédula número unoochocientos cinco-cuatrocientos cuarenta y nueve y otros,
constituyen Sociedad Anónima con la numeración que el
Registro de la Propiedad sección Mercantil otorgue, con
capital social de cien dólares en diez acciones de diez dólares
cada una. Domicilio social: Río Claro, Guaycará, Golfito,
Puntarenas, trescientos metros al norte del Banco Nacional de
Costa Rica, Notario: Carlos Andrés Díaz Montero, otorgada
a las ocho horas del veinticinco de noviembre del año dos
mil dieciséis.—Lic. Carlos Andrés Díaz Montero, Notario.—1
vez.—( IN2016094387 ).
Ante mi notaría, a las 11:00 horas del 5 de diciembre de
2016, se reformó la sociedad denominada: Agropecuaria Pérez
Benavides S. A.—San José, dieciséis 5-12-2016.—Lic. Farid
Breedy G., Notario.—1 vez.—( IN2016094389 ).
El notario público que suscribe debidamente autorizado para
tal efecto, a las quince horas del treinta de noviembre de dos mil
dieciséis, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de
accionistas de la sociedad Lenny Victoria And John de San Isidro
S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos noventa
y un mil trescientos noventa y nueve, donde se modificó el pacto
social.—Cóbano de Puntarenas, 05 de diciembre de 2016.—Lic.
Juan Carlos Fonseca Herrera, Notario.—1 vez.—( IN2016094397 ).
Se hace constar, que por escritura número doscientos
veintinueve de las trece horas treinta minutos del veintitrés de
noviembre dos mil dieciséis, en el tomo tres del protocolo del
notario Rodolfo Freer Campos, se disolvió la sociedad Inversiones
Rocoki S. A.—San José, 28 de noviembre del 2016.—Lic. Rodolfo
Freer Campos, Notario.—1 vez.—( IN2016094401 ).
Ante esta notaría, por escritura de las once horas del día
primero de noviembre del dos mil dieciséis, se constituyó la
sociedad: Blanca Salas BS Sociedad Anónima. Presidenta:
Blanca Salas Castro.—San José, cinco de diciembre del dos
mil dieciséis.—Lic. Luis Francisco Vega Miranda, Notario.—1
vez.—( IN2016094409 ).
En escritura Nº 165, otorgada a las 16:00 horas del 30 de
noviembre del 2016, protocolicé ratificación de junta directiva de
Salas y Salazar S. A.—Lic. Marvin Vargas Paniagua, Notario.—1
vez.—( IN2016094410 ).
Mediante la escritura número treinta y dos de la fecha
diecisiete de noviembre de dos mil dieciséis, otorgada ante el
suscrito notario Dan Alberto Hidalgo Hidalgo, se protocolizó el acta
de asamblea general extraordinarias de accionistas de la sociedad
Villanuz Sociedad Anónima, número de cédula jurídica tres-ciento
uno-veintiséis mil ciento cincuenta y cinco, mediante las cuales se
acuerda el aumento del capital social.—Lic. Dan Alberto Hidalgo
Hidalgo, Notario.—1 vez.—( IN2016094380 ).
Por escrituras otorgadas ante mí, el 05 de diciembre del 2016,
se protocolizaron actas de las empresas: El Descanso de Cañas
Dulces Sociedad Anónima, cédula Nº 3-101-509665; El Retiro de
Cañas Dulces Sociedad Anónima, Nº 3-101-510171; El Remanso
de Cañas Dulces Sociedad Anónima, Nº 3-101-509667, y El
Éxtasis de Cañas Dulces Sociedad Anónima, Nº 3-101-510250,
por medio de la cual se fusionan dichas empresas por absorción,
prevaleciendo la última y aumentando su capital.—San Pedro
de Montes de Oca, 06 de diciembre del 2016.—Lic. Juan José
Echeverría Alfaro, Notario.—1 vez.—( IN2016094422 ).
Por escritura número 29, otorgada a las 9 horas del día
de hoy ante el notario público Carlos Andrés Abarca Umaña,
se protocolizó un acta de Candelillas Sociedad Anónima,
Ante mí, a las 14:30 horas del 05 de diciembre del dos mil
dieciséis, escritura N° 124 del tomo 1 del protocolo de la suscrita
se protocolizo acta de la sociedad Tres-Ciento Uno-Cuatrocientos
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La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016
Ochenta y Siete Mil Cuatrocientos Sesenta y Ocho Sociedad
Anónima, con cédula jurídica N° 3-101-487468 en donde se acuerda
disolver esta sociedad. Teléfono notaría 2787-0446.—Dominical, 05
de diciembre del 2016.—Licda. Rosario Araya Arroyo, Notaria.—1
vez.—( IN2016094423 ).
Ante mí a las 15:00 horas del 05 de diciembre del dos mil
dieciséis, escritura número 125 del tomo 1 del protocolo de la
suscrita se realizó la disolución de la sociedad Tres-Ciento DosQuinientos Sesenta y Ocho Mil Noventa y Cuatro Sociedad
Responsabilidad Limitada, con cédula jurídica número 3-102568904 en donde se acuerda disolver esta sociedad. Teléfono notaría
2787-0446.—Dominical, 05 de diciembre del 2016.—Lic. Rosario
Araya Arroyo, Notaria.—1 vez.—( IN2016094427 ).
Por escritura otorgada, a las 16:00 horas del 29 de noviembre
del 2016, se constituyó la compañía: BKF de Costa Rica Sociedad
Anónima.—San José, diciembre 02 del 2016.—Lic. Jorge González
Esquivel, Notario.—1 vez.—( IN2016094428 ).
Ante mí a las 15:30 horas del 05 de diciembre del dos mil
dieciséis, escritura número 126 del tomo 1 del protocolo de la suscrita
se protocolizó acta de la sociedad Tres-Ciento Dos-Quinientos
Sesenta y Nueve Mil Ciento Cincuenta y Uno Sociedad de
Responsabilidad Limitada, con cédula jurídica número 3-102569151 en donde se acuerda disolver esta sociedad. Teléfono notaría
2787-0446.—Dominical, 05 de diciembre del 2016.—Lic. Rosario
Araya Arroyo, Notario.—1 vez.—( IN2016094430 ).
Mediante escritura número 218-8 de la notaria Reyna Liz
Mairena Castillo se protocolizó acta número tres, de la sociedad
Inversiones Licoreras Agüero Sociedad Anónima, se modifica
domicilio social, se modifica cláusula de la administración,
se nombra nueva junta directiva. Presidente con facultades de
apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 3 de
diciembre del 2016.—Lic. Reyna Liz Mairena Castillo, Notaria.—1
vez.—( IN2016094433 ).
Que por escritura otorgada ante esta notaría a las catorce
horas del día veintitrés de noviembre del año dos mil dieciséis,
se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de
socios de la compañía Fine Realty Holdings of The Pacific
Sociedad Civil, mediante la cual se acordó reformar la
cláusula sexta del acta constitutiva.—San José, veintinueve
de noviembre del año dos mil dieciséis.—Lic. Roberto Solano
Leiva, Notario.—1 vez.—( IN2016094436 ).
Por escritura otorgada en esta notaría, a las diecisiete horas
del día de hoy, se protocoliza acuerdos de asamblea general
extraordinaria de la sociedad Tres-Ciento Uno- Quinientos
Cincuenta y Ocho Mil Doscientos Cuarenta, Sociedad Anónima
mediante los cuales se acuerda disolver legalmente la sociedad.—
San José, cinco de diciembre del año dos mil dieciséis.—Lic.
Rafaela Solano Granados, Notaria.—1 vez.—( IN2016094438 )
Ante esta notaría, al ser las ocho horas diez minutos del
dieciocho de noviembre de dos mil dieciséis, se protocolizó acta de
asamblea de socios de la sociedad Grupo La Península de Cóbano
Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento unotrescientos doce mil ochocientos ochenta y seis, donde se modificó
la cláusula sétima de la administración y representación, se nombró
nuevo presidente, secretario y se destituyó vocal. Presidente: Achille
Charmant Quirós Consentino. Lic. Rafael Ángel Pérez Zumbado,
teléfono 2249-5824.—Ciudad Colón, primero de diciembre del
dos mil dieciséis.—Lic. Rafael Ángel Pérez Zumbado, Notario.—1
vez.—( IN2016094440 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14:00
horas del día 02 de diciembre del año dos mil dieciséis, protocolicé
las actas de asamblea general extraordinaria de socios de Better
Restaurant Brands S. A., cédula jurídica número: 3-101-012984
y de 3-101-601761 S. A., con cédula de persona jurídica número:
3-101-601761, 3-101-510980 S. A. con cédula de persona jurídica
número: 3-101-510980 y 3-101-601750 S. A., con cédula de
persona jurídica número: 3-101-601750, mediante las cuales dichas
compañías acordaron fusionarse, prevaleciendo únicamente la
compañía Better Restaurant Brands S. A., la cual a su vez reformó
su cláusula del capital social.—San José, 02 de diciembre del año
dos mil dieciséis.—Licda. Vivian Rose Troper Maguillansky,
Notaria.—1 vez.—( IN2016094441 ).
Mediante escritura otorgada ante esta Notaría, a las 16:00 horas
del día 2 de diciembre del año dos mil dieciséis, protocolicé las actas
de asamblea general extraordinaria de socios de Better Restaurant
Brands S. A., cédula jurídica Nº 3-101-012984 y de Carro
Delivery S. A., con cédula de persona jurídica Nº 3-101-368285,
Carro Safiro S. A. con cédula de persona jurídica Nº 3-101- 290981
y Fast Brands S. A., con cédula de persona jurídica Nº 3-101457574, mediante las cuales dichas compañías acordaron fusionarse,
prevaleciendo únicamente la compañía Better Restaurant Brands
S. A., la cual a su vez reformó su cláusula del capital social.—San
José, 2 de diciembre del año dos mil dieciséis.—Lic. Vivian Rose
Troper Maguillansky, Notaria.—1 vez.—( IN2016094442 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18:00
horas del día 2 de diciembre del año dos mil dieciséis, protocolicé
las actas de asamblea general extraordinaria de socios de Better
Restaurant Brands S. A., cédula jurídica N° 3-101-012984 y de
Perro Desquiciado S. A., con cédula de persona jurídica N° 3-101517547, KFC Caribla Investments S. A., con cédula de persona
jurídica número 3-101-456336 y Headliner S. A., con cédula de
persona jurídica N° 3-101-430500, mediante las cuales dichas
compañías acordaron fusionarse, prevaleciendo únicamente la
compañía Better Restaurant Brands S. A., la cual a su vez reformó
su cláusula del capital social.—San José, 2 de diciembre del dos mil
dieciséis.—Licda. Vivian Rose Troper Maguillansky, Notaria.—1
vez.—( IN2016094443 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 8:00 horas
del día 03 de diciembre del dos mil dieciséis, protocolicé las actas
de asamblea general extraordinaria de socios de Better Restaurant
Brands S. A., cédula jurídica N° 3-101-012984 y de Race Cars
S. A., con cédula de persona jurídica N° 3-101- 365865, Rejov
Arba S. A., con cédula de persona jurídica N° 3-101-416697 y QS
Enterprise S. A., con cédula de persona jurídica N° 3-101-630894,
mediante las cuales dichas compañías acordaron fusionarse,
prevaleciendo únicamente la compañía Better Restaurant Brands
S. A., la cual a su vez reformó su cláusula del capital social.—San
José, 03 de diciembre del dos mil dieciséis.—Licda. Vivian Rose
Troper Maguillansky, Notaria.—1 vez.—( IN2016094444 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10:00 horas
del día 3 de diciembre del dos mil dieciséis, protocolicé las actas de
asamblea general extraordinaria de socios de Better Restaurant
Brands S. A., cédula jurídica N° 3-101-012984 y de Siviashing
Enterprises S. A., con cédula de persona jurídica N° 3-101-648144,
Source One Distribution S. A., con cédula de persona jurídica
N° 3-101- 414729 y Teppanyaki Experience S. A., con cédula
de persona jurídica N° 3-101-462396, mediante las cuales dichas
compañías acordaron fusionarse, prevaleciendo únicamente la
compañía Better Restaurant Brands S. A., la cual a su vez reformó
su cláusula del capital social.—San José, 3 de diciembre del dos mil
dieciséis.—Licda. Vivian Rose Troper Maguillansky, Notaria.—1
vez.—( IN2016094445 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13:00 horas
del día 3 de diciembre del dos mil dieciséis, protocolicé las actas de
asamblea general extraordinaria de socios de Better Restaurant
Brands S. A., cédula jurídica N° 3-101-012984 y de Treatcenter S.
A., con cédula de persona jurídica N° 3-101-427768, Treatworks S.
A., con cédula de persona jurídica N° 3-101-430490 y Performance
Restaurant Brands S. A., con cédula de persona jurídica N° 3-101468371, mediante las cuales dichas compañías acordaron fusionarse,
prevaleciendo únicamente la compañía Better Restaurant Brands
S. A., la cual a su vez reformó su cláusula del capital social.—San
José, 3 de diciembre del dos mil dieciséis.—Licda. Vivian Rose
Troper Maguillansky, Notaria.—1 vez.—( IN2016094446 ).
La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016
Mediante escritura número ochenta, de las quince horas
del dos de diciembre del dos mil dieciséis, de mi protocolo
número veintitrés, Federico Méndez Jara y Mauricio Méndez
Salazar, constituyen la sociedad Femeja Limitada. Domicilio:
La Trinidad de Moravia. Capital: Diez mil colones. Plazo:
Treinta años. Gerente: Federico Méndez Jara, cédula nuevecero cuarenta y cinco-ochocientos ochenta y uno.—San José,
dos de diciembre del dos mil dieciséis.—Lic. Edgar Barrantes
Mora, Notario.—1 vez.—( IN2016094447 ).
Mediante escritura número doscientos cincuenta y cinco
otorgada ante esta notaría a las 16 horas del 05 de diciembre del
2016, se modifica el pacto constitutivo de la plaza social Toyka
Renting Económico Limitada. Un solo gerente con capacidad
legal y extrajudicial. Es todo. Ivannia Alfaro Vargas, Notaria
Pública, carné 8323.—San Joaquín, Heredia, a las 19 horas del 05
de diciembre del 2016.—Licda. Ivannia Alfaro Vargas, Notaria.—1
vez.—( IN2016094449 ).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 07:00 horas
del 06 de diciembre del 2016, se protocolizó acta de la sociedad:
Industrias Proceccal Sociedad Anónima, en la cual se modifica
la cláusula quinta del pacto constitutivo, sea se aumenta capital
social.—Heredia, 06 de diciembre del 2016.—Lic. Braulio Enrique
Sánchez González, Notario.—1 vez.—( IN2016094450 ).
La sociedad Tres-Ciento Uno-Setecientos Diecisiete Mil
Ciento Sesenta y Cinco Sociedad Anónima, modifica parcialmente
la junta directiva, realizando el nombramiento de un nuevo presidente
y secretario para cada puesto. Se nombra un nuevo fiscal.—Tres
Ríos, a los cinco días de diciembre del dos mil dieciséis.—Licda.
Gaudy Milena Pereira Pérez, Notaria.—1 vez.—( IN2016094452 ).
Tres-Ciento Uno-Seiscientos Tres Mil Trescientos
Treinta y Siete S. A., cédula jurídica Nº 3-101-603337, de
conformidad con el artículo 201.d del Código de Comercio,
acuerda su disolución. Escritura otorgada a las 08:00 horas
del 02 de diciembre del 2016.—Licda. Vivian Rose Troper
Maguillansky, Notaria.—1 vez.—( IN2016094454 ).
BYD Teriyaki S. A., cédula 3-101-656222, de
conformidad con el artículo 201.d del Código de Comercio
acuerda su disolución. Escritura otorgada a las 9:00 horas
del 2 de diciembre del 2016.—Licda. Vivian Rose Troper
Maguillansky, Notaria.—1 vez.—( IN2016094455 ).
Caña de Pescar S. A., cédula 3-101-411269, de
conformidad con el artículo 201.d del Código de Comercio
acuerda su disolución. Escritura otorgada a las 10:00 horas
del 02 de diciembre del 2016.—Licda. Vivian Rose Troper
Maguillansky, Notaria.—1 vez.—( IN2016094456 ).
Onix Girls S. A., cédula 3-101-532870, de conformidad
con el artículo 201.d del Código de Comercio acuerda su
disolución. Escritura otorgada a las 11:00 horas del 2 de
diciembre del 2016.—Licda. Vivian Rose Troper Maguillansky,
Notaria.—1 vez.—( IN2016094459 ).
QSR International S. A. cédula 3-101-635933, de
conformidad con el artículo 201.d del Código de Comercio acuerda
su disolución. Escritura otorgada a las 12:00 horas del 2 de diciembre
del 2016.—Licda. Vivian Rose Troper Maguillansky, Notaria.—1
vez.—( IN2016094460 ).
El suscrito notario público Carlos Redondo Campos, mediante
el portal crea empresa según citas de presentación del tomo 2016,
asiento 579.258, se inscribió la sociedad de responsabilidad
limitada Civitec Inmobiliaria y Construcción Sociedad de
Responsabilidad Limitada la cual fue inscrita, según cédula jurídica
3-102-724.691, sin embargo, por un error material se consignó en la
razón social era Civitec Inmobiliaria y Construcción Sociedad
de Responsabilidad Limitada, cuando en realidad es Civiltec
Inmobiliaria y Construcción Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—Palmares, 29 de noviembre del 2016.—Lic. Carlos
Redondo Campos, Notario.—1 vez.—( IN2016094462 ).
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Mediante escritura otorgada en esta notaría, a las 13 horas
del cinco de diciembre del dos mil dieciséis, y estando presente
la totalidad del capital social de la sociedad denominada Tres
Ciento Uno Cuatro Nueve Cero Cinco Dos Tres Sociedad
Anónima, se reforman las cláusulas primera del nombre y
segunda del domicilio social.—San José, cinco de diciembre
del dos mil dieciséis.—Licda. María Lorena Montero Vargas,
Notaria.—1 vez.—( IN2016094464 ).
Por escritura otorgada en esta notaría, a las 9:00 horas
del 5 de diciembre del 2016, se modificó el pacto social
constitutivo de la compañía Grupo Patey Oduber Ltda., que
es cambio en el plazo social.—Lic. Jorge González Esquivel,
Notario.—1 vez.—( IN2016094465 ).
Por escritura otorgada número ciento veinte-cuatro que se
encuentra en el tomo cuarto de mi protocolo, se protocolizó acta
de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de
Servicios de Consultoría e Investigación de Mercado Coeimsa
Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tresciento uno-cuatrocientos cuarenta mil trescientos cuarenta, donde se
acuerda la disolución y liquidación de la sociedad.—San José, cinco
de diciembre del dos mil dieciséis.—Licda. Silvia Chacón Bolaños,
Notaria.—1 vez.—( IN2016094466 ).
Por escritura otorgada número ciento veintiuno-cuatro que se
encuentra en el tomo cuarto de mi protocolo, se protocolizó acta de
asamblea general de cuotistas de Precisión Coating Sociedad de
Responsabilidad Limitada, con cédula de persona jurídica número
tres-ciento dos-setecientos dos mil novecientos ochenta y tres,
donde se acuerda la reforma de la Cláusula Segunda: Domicilio del
pacto constitutivo de la compañía.—San José, cinco de diciembre
del dos mil dieciséis.—Licda. Silvia Chacón Bolaños, Notaria.—1
vez.—( IN2016094467 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15:00
horas del día 3 de diciembre del año dos mil dieciséis, protocolicé
las actas de asamblea general extraordinaria de socios de Iron
Mountain Reit S. A., cédula jurídica número: 3-101-365543 y de
Carro de Comida S. A., con cédula de persona jurídica número:
3-101-367158 y 3-101-568187 S.A. con cédula de persona jurídica
número: 3-101-568187, mediante las cuales dichas compañías
acordaron fusionarse, prevaleciendo nicamente la compañía Iron
Mountain Reit S. A., la cual a su vez reformó su cláusula del capital
social.—San José, 3 de diciembre del año 2016.—Licda. Vivian
Rose Troper Maguillansky, Notaria.—1 vez.—( IN2016094468 ).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas
del día primero de diciembre de dos mil dieciséis, se reforma
la cláusula segunda del pacto constitutivo de la sociedad Two
Friends E & E Sociedad Anónima.—San José, primero de
diciembre de dos mil dieciséis.—Lic. Álvaro Restrepo Muñoz,
Notario.—1 vez.—( IN2016094470 ).
Por escritura otorgada hoy ante mí, la empresa Decoespejos
Méndez Sociedad Anónima, modifica cláusula de estatutos
sociales y nombra miembros de la junta directiva.—San José, ocho
horas del veinticinco de julio del dos mil dieciséis.—Lic. Reynaldo
Matamoros Sánchez, Notario.—1 vez.—( IN2016094481 ).
Por escritura otorgada hoy ante mí, la empresa Méndez
y Leitón Sociedad Anónima, modifica cláusula de estatutos
sociales y nombra cargos de vocal uno y tesorero de junta
directiva.—San José, ocho horas del veintiséis de febrero
del dos mil dieciséis.—Lic. Reynaldo Matamoros Sánchez,
Notario.—1 vez.—( IN2016094483 ).
Ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general
extraordinaria de la sociedad Servicios de Protección Americanos
APS S. A., cédula jurídica Nº 3-101-185597, mediante la cual se
modifica la razón social a Secure Seguridad Electrónica S. A.
Escritura de las 8:00 horas del 06 de diciembre de 2016.—Licda.
Bárbara Durán Avilés, Notaria.—1 vez.—( IN2016094496 ).
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La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016
La suscrita Catherine Mora Chavarría, carné Nº 19189,
hago constar que ante esta notaría a las catorce horas del día
dieciséis de noviembre del año dos mil dieciséis, se modificó la
junta directiva de la Asociación Iglesia Cristiana Evangélica
Santuario a Jehová de Rincón Chiquito de Alajuela, cédula
jurídica número tres-cero cero dos-seis seis cinco tres cuatro
seis, por lo que solicito se publique el edicto de Ley. Es todo,
San José, 05 de diciembre 2016.—Licda. Catherine Mora
Chavarría, Notaria.—1 vez.—( IN2016094500 ).
La suscrita Catherine Mora Chavarría, carné Nº 19189,
hago constar que ante esta notaría a las trece horas del día dos de
diciembre del año dos mil dieciséis, se modificó la junta directiva
de la Asociación Deportiva de Natación de Santa Ana, cédula
jurídica tres-cero cero dos-cuatrocientos setenta y un mil trescientos
ochenta y siete, por lo que solicito se publique el edicto de Ley.
Es todo.—San José, 6 de diciembre 2016.—Lic. Catherine Mora
Chavarría, Notaria.—1 vez.—( IN2016094501 ).
Ante Alejandro Alonso Román González, notario con oficina
en Atenas, hago constar que el día treinta de noviembre del dos mil
diecisiete a las ocho horas treinta minutos en la ciudad de Atenas se
realizó asamblea general extraordinaria de la sociedad Southern
Bird Legacy Properties Limitada, en la cual se reforma la
cláusula quinta del pacto constitutivo y se revoca el nombramiento
del gerente uno y gerente dos.—Atenas, treinta noviembre del
dos mil dieciséis.—Lic. Alejandro Alonso Román González,
Notario.—1 vez.—( IN2016094504 ).
NOTIFICACIONES
EDUCACIÓN PÚBLICA
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Expediente número 523-2016.—La Dirección de Recursos
Humanos.—A: Tellez Jiménez Mauren, cédula N° 06-0298-0368,
hace saber:
I.—Que a su nombre se ha iniciado la instrucción de un
expediente disciplinario, de conformidad con el procedimiento
establecido al efecto en el Estatuto de Servicio Civil, por la supuesta
comisión de faltas a los deberes inherentes al cargo.
II.—De la información substanciada existen elementos
probatorios para imputarle los siguientes supuestos hechos:
Que en su condición de Profesora de Idioma Extranjero en
la Escuela San Francisco de Agua Buena, de la Dirección
Regional de Educación de Coto, supuestamente, no se
presentó a laborar los días 01, 03, 04, 05, 08, 09, 10, 11,
12, 16, 17, 18 y 19 de agosto del 2016, lo anterior sin dar
aviso oportuno a su superior inmediato y sin aportar, dentro
del término normativamente previsto, justificación posterior
alguna. (Ver folios 01 al 03 del expediente de marras)
III.—Que de ser cierto el hecho que se le atribuye, usted
incurriría en faltas graves o de alguna gravedad, según las
obligaciones y deberes de su cargo, tal y como se establece en el
artículo 57 incisos a), c) y h) del Estatuto de Servicio Civil; artículo
81 inciso g) del Código de Trabajo; artículos 8 incisos a) y b) y 12
incisos c), k) del Reglamento de la Carrera Docente; lo que podrá
acarrear una sanción que iría desde una suspensión sin goce de
salario hasta de treinta días, o el planteamiento de las diligencias
administrativas de Gestión de Despido ante el Tribunal de la Carrera
Docente.
IV.—Que se le emplaza para que ejerza su derecho de defensa
dentro de los diez días hábiles siguientes al recibo de la presente
notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 69
del Estatuto de Servicio Civil, y ofrezca las pruebas que estimare
pertinentes. Si fueren testimoniales, indicará los hechos sobre los que
versarán las respectivas deposiciones así como la correspondiente
dirección de los testigos bajo apercibimiento de poder ser declarada
inadmisible la referida prueba en caso de incumplimiento para el
ejercicio pleno de su derecho de defensa puede tener acceso al
expediente disciplinario iniciado al efecto y hacerse representar por
un abogado.
V.—Que la defensa deberá formularse por escrito ante el
Departamento de Gestión Disciplinaria de la Dirección de Recursos
Humanos del Ministerio de Educación Pública, ubicado en el
Edificio ROFAS, cuarto piso, frente a emergencias del Hospital
San Juan de Dios, debiendo señalar medio o lugar para atender
notificaciones, bajo apercibimiento que en caso contario quedará
notificada de forma automática dentro de las 24:00 horas siguientes,
de conformidad con el artículo 11 de la Ley de Notificaciones
Judiciales N° 8687. La no presentación de la defensa hará presumir
la renuncia al ejercicio de ese derecho en esta etapa procedimental.
VI.—Que contra este traslado de cargos se pueden interponer
los recursos ordinarios de revocatoria, ante esta instancia y el de
apelación, para ante el Tribunal de Carrera Docente, de conformidad
con lo previsto en el artículo 66 del Estatuto de Servicio Civil,
siempre que se haga dentro de los cinco días siguientes a la
notificación de este acto.
San José, 07 de agosto del 2016.—Yaxinia Díaz
Mendoza, Directora.—O. C. N° 28535.—Solicitud N°
15802.—( IN2016093088 ).
JUSTICIA Y PAZ
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
Documento admitido traslado al titular
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
T-102840. Ref: 30/2016/17863. Consorzio Per La Tutela
del Formaggio Asiago. Documento: nulidad por parte de terceros
(Interpuesta por “U.S. DIARY EX). N° y fecha: Anotación/2-102840
de 12/04/2016. Expediente: 2014-0002619 Registro Nº 250805
ASIAGO en clase 47 marca denominativa.—Registro de la
Propiedad Industrial, a las 14:39:14 del 10 de mayo de 2016.
Conoce este Registro, la solicitud de nulidad, promovida por
José Antonio Muñoz Fonseca, cédula Nº 1-433-939, en calidad de
apoderado especial de U.S. Diary Export Council, contra el registro
de la Denominación de Origen ASIAGO, registro Nº 250805,
inscrita el 08 de marzo de 2016, registro internacional 924, la cual
protege y distingue “quesos”, propiedad de Consorzio Per La Tutela
del Formaggio Asiago con domicilio en Piazzale Della Stazione 1,
36012 Asiago (VI).
Conforme a lo previsto en los artículos 37, 75 y 81 de la Ley
de Marcas y otros Signos Distintivos, y los artículos 48 y 49 del
Reglamento a la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos, Decreto
Ejecutivo Nº 30233-J; se procede a trasladar la solicitud de Nulidad
por parte de terceros al titular citado, para que en el plazo de un mes
contados a partir del día hábil siguiente de la presente notificación,
proceda a pronunciarse respecto a la misma y demuestre su mejor
derecho, aportando al efecto las pruebas que estime convenientes,
para lo cual se comunica que el expediente se pone a disposición
de las partes en esta Oficina, así como un juego de copias de la
acción de nulidad para el titular del signo. Se les previene a las
partes el señalamiento de lugar o medio para recibir notificaciones
y se advierte al titular que de no indicarlo, o si el medio escogido
imposibilitare la notificación por causas ajenas al despacho, o bien,
si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto
o inexistente, quedará notificado de las resoluciones posteriores con
sólo que transcurran veinticuatro horas después de dictadas, conforme
lo dispone los artículos 11 y 34 de la Ley de Notificaciones, Ley N°
8687. A manera de excepción y en caso de que esta resolución sea
notificada mediante publicación en el Diario Oficial La Gaceta, sin
que medie apersonamiento del titular al proceso con el respectivo
aporte del medio o lugar para recibir notificaciones, se aplicará lo
dispuesto en los artículos 239, 241 incisos 2, 3 y 4 y 242 de la Ley
General de la Administración Pública. Notifíquese.—MPI. Tomás
Montenegro Montenegro, Asesor Jurídico.—( IN2016093907 ).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
REGISTRO INMOBILIARIO
“Se hace saber a Ángel María Bustos Contreras, portador
de la cédula de identidad 5-0190-0572, en su condición de
titular del derecho 001 de la finca de Heredia 162002. 2) Grace
Alfaro Ramírez, portadora de la cédula de identidad 6-05170474, en su condición de titular del derecho 002 de la finca de
Heredia 162002. 3) Ronald Humberto Matamoros Quirós, cédula
1-0538-0539 Apoderado Generalísimo de Seguridad Rago S.
La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016
A., cédula jurídica 3-101-1952427 en su condición de titular de
la finca de Heredia, 178413, 4) al señor Carlos Herra Álvarez,
cédula de identidad 4-0131-0154 en su condición de interesado
según documento presentado al Diario de este Registro con citas
de presentación 2016-555501 por el cual le venden el inmueble
de Heredia 162002, que en este Registro se ventila Diligencias
Administrativas bajo expediente 2016-0957-RIM. Con el objeto
de cumplir con el principio constitucional del debido proceso, por
resolución de las 11:00 horas del 05 de diciembre del año 2016,
se autorizó la publicación por una vez de un edicto para conferirle
audiencia a la sucesión mencionada en la persona de su albacea
o quien demuestre estar legitimación para representarla, por el
término de quince días contados a partir del día siguiente de la
última publicación del edicto en el Diario Oficial “La Gaceta”; a
efecto de que dentro de dicho término presenten los alegatos que
a sus derechos convenga. Y se le previene que dentro del término
establecido para la audiencia, debe señalar medio, donde oír
futuras notificaciones de este Despacho, todo de conformidad con
los artículos 22 y 26 del Reglamento Organizacional del Registro
Inmobiliario, Decreto Ejecutivo N° 35509-J; bajo apercibimiento
de que, de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se les tendrán
por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Igual
consecuencia se producirá si el lugar señalado fuere impreciso,
incierto o ya no existiere, conforme a los artículos 22 y 26 del
Reglamento de la materia y 11 de la Ley N° 8687 (que es Ley
de Notificaciones Judiciales). Notifíquese. (Ref. Exp. 2016-0957RIM).—Registro Inmobiliario.—Curridabat, 05 de diciembre del
2016.—Lic. Joé Herrera Carvajal, Asesor Jurídico.—1 vez.—O.
C. N° OC16-0047.—Solicitud N° 72537.—( IN2016094280 ).
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
DIRECCIÓN REGIÓN CENTRAL DE SUCURSALES
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
La suscrita Licda. Sahudy Ortiz Jara, administradora de la
Caja Costarricense del Seguro Social Sucursal Puriscal. Mediante
el presente edicto y por no haber sido posible notificarlos en el
domicilio indicado, procede a efectuar la siguiente notificación por
publicación a los patronos y trabajadores independientes incluidos
en la lista que se detalla. De conformidad con los artículos 240 y 241
de la Ley General de Administración Pública. En el listado se indica
el número patronal o del patrono, nombre de la razón social o nombre
del patrono y monto de la deuda en colones al mes de noviembre de
2016. La institución le concede 5 días hábiles para que se presenten
a normalizar su situación caso contrario el adeudo quedará firme
en sede administrativa y se dará inicio a las acciones de cobro
judicial. Tanto en la vía civil como penal. Los periodos notificados
anteriormente que ya poseen firmeza en Sede Administrativa por
tanto; en caso de aparecer en este aviso de cobro deben ser tomados a
efectos de referencia de la deuda. 2-3101644637-001-001 Oceanum
S. A. ¢5.974.311,00, 2-03101554742-001-001 3-101-554742 S. A
¢3.963.672,00, 7-00018581579-001-001 Darwin Antonio Espinoza
Pérez ¢515.586,00, 7-00017716221 López no indica otro Franklin
Humberto ¢387.169,00, 2-03102489120-001 Realtor Developmets
S.A. ¢290.089,00, 0-00109560001-001-002 Calderón Guevara
Fernando ¢924.896,00, 2-03101220285-001-001 Gimnasios
Internacionales S. A. ¢56.372,00, 2-03101470901-002-001 3-101470901 S. A. ¢403.448,00, 0-00112090038-001-001 Mora Jimenez
Alejandra ¢232.597,00, 2-0310172893-001-001 Urbanizaciones y
Remodelaciones Modernas S. A. ¢3.774.695,00, 0-00105690640001-001 Bolaños Ureña Liana Mayari ¢403.694,00.—Licda.
Sahudy Ortiz Jara, Administradora.—( IN2016091742 ).
SUCURSAL DE PALMAR NORTE
El Administrador de la Sucursal de la CCSS en Palmar
Norte, por no ser posible la notificación en su domicilio, procede
a efectuar la siguiente notificación por publicación a los Patronos
incluidos seguidamente, de conformidad con los artículos 240 y
241 de la Ley General de Administración Pública, se le concede 5
días hábiles para normalizar su situación, caso contrario el adeudo
queda firme en sede administrativa y se dará inicio a las acciones de
cobro judicial, tanto en la Vía Civil como Penal. Se detalla nombre,
número patronal y el monto adeudado:
Pág 73
BANANERA BORUCA S.A.
2-03101108741-001-001
¢158.197,20
BANANERA BORUCA S.A.
2-03101108741-001-001
¢309.497,22
BANANERA DEL TERRABA S.A.
2-03101007711-002-001
¢851.233,11
BANANERA CHANGUINA S.A.
2-03101081460-001-001
¢ 1.020.851,87
SERBASUR S.A.
2-03101118152-001-001
¢ 5.685.795,29
SERBASUR S.A.
2-03101118152-001-001
¢10.470.748,90
LINEA VERDE S.A.
2-03101055730-003-001
¢ 2.465.063,59
MAPLASTIC INVERSIONES S.A.
2-03101125057-001-001
¢467.727,96
2-03004078138-001-002
¢ 4.516.171,96
COOP. DE PRODUCCION DE PALMA
Y CACAO DE PALMAR SUR R.L.
L i c . F u l v i o A l v a r a d o A g ü e r o , A d m i n i s t r a d o r. —
( IN2016092245 ).
SUCURSAL ATENAS
La suscrita Licda. Roxana Solano Pérez, Jefa de la Sucursal de
Atenas, Caja Costarricense de Seguro Social, mediante presente edicto
por tres veces consecutivas; por no haber sido posible notificarlos en
el domicilio indicado, procede a efectuar la siguiente notificación
por publicación a los patronos y trabajadores independientes que
se detallan, de conformidad con los artículos 240 y 241 de la Ley
General de Administración Pública. La Institución le concede 5
días hábiles, para que se presenten a normalizar su situación, caso
contrario el adeudo quedará firme en sede administrativa y se dará
inicio a las acciones de cobro judicial. Tanto en la vía civil como penal.
Gutiérrez Arguedas Álvaro Francisco, N° 0-00203910766-001-001,
planillas 11/2015 a 02/2016 por un monto ¢616.943,00. Gutiérrez
Arguedas Álvaro Francisco, N° 0-00203910766-999-001, periodo
11/2016 por un monto ¢37.486,00. Asesoría y Mercadeo Deportivo
Sociedad Anon1ma, N° 2-03101552016-001-001, periodos 03/2016
a 09/2016, por un monto de ¢453.317,00. Chavarría Díaz Randall
Alberto, N° 0-00109160931-001-001, periodos 10/2013 y 11/2013
por un monto de ¢332.256,00. Ivannia Priscilla Craane Orozco, N°
0-00109840427-001-001, planillas 07/2016 a 09/2016 por un monto
¢176.614,00. Ana Ramos Gutiérrez, N° 0-00202670939-001-001,
planilla 03/2016 por un monto ¢71.121,00. Walter Rubén Hernández
Juárez, N° 0-00106680588-999-001, periodos 02/2016 a 11/2016,
adicional trab. ind. 02/2016 por un monto ¢963.676,00.—Licda.
Roxana Solano Pérez, Administradora Sucursal.—( IN2016092390 ).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
SUCURSAL DE PÉREZ ZELEDÓN
Por ignorarse el domicilio actual del trabajador independiente
Jiménez Guido Álvaro, número patronal 0-00203850026-999-001,
actividad de venta al por menor en locales fijos o mercado, de
conformidad con lo dispuesto en el numeral 241 de la Ley General
de la Administración Pública, se procede a notificar por medio de
edicto, que la sucursal de la Caja Costarricense de Seguro Social
de Pérez Zeledón, ha dictado el Traslado de Cargos que en lo que
interesa indica: La sucursal de la Caja Costarricense de Seguro Social,
conforme lo dispone el artículo 10 del Reglamento para Verificar
el Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y Trabajadores
Independientes de la Caja, se permite hacer de su conocimiento los
resultados de la revisión de ingresos efectuada por esta Dependencia,
donde se han detectado inicialmente las siguientes omisiones en
cuanto a reportes de ingresos de trabajador independiente de los
años 2000 al 2015, el detalle del período e ingresos omitidos consta
en hojas de trabajo que rolan en el expediente administrativo.
Total de ingresos
¢243.008.238,04
Total de cuotas de Invalidez, Vejez y Muerte
¢16.871.717,00
Total de cuotas de Enfermedad y Maternidad
¢24.716.51,00
Consulta expediente: en esta oficina, sita San Isidro de El
General, Plaza Comercial Los Betos, veinticinco metros al norte
de la Cruz Roja Costarricense, teléfono 2771-3536, fax 27713825, se encuentra a su disposición el expediente para los efectos
que dispone la Ley. Se les confiere un plazo de diez días hábiles
contados a partir del quinto día siguiente de su publicación, para
ofrecer pruebas de descargo y para hacer las alegaciones jurídicas
pertinentes. Se le previene que debe señalar lugar o medio para oír
notificaciones dentro del perímetro administrativo establecido por la
Caja, el mismo que para los efectos jurisdiccionales ha establecido
la Corte Suprema de Justicia estableciéndose de la siguiente forma:
al sur hasta la entrada a Barrio Sagrada Familia, al norte hasta las
Pág 74
La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016
instalaciones del Liceo Unesco, al este hasta la escuela de Barrio
Sinaí y al oeste hasta la instalaciones del Colegio La Asunción.
De no indicar lugar o medio para notificaciones, las resoluciones
posteriores al Traslado de Cargos se tendrán por notificadas con
solo el transcurso de 24:00 horas contadas a partir de la fecha de
resolución. Notifíquese.—San Isidro de El General quince de
noviembre de dos mil dieciséis.—Lic. Jorge Minor Mata Arias, Jefe
de Sucursal.—1 vez.—( IN2016093916 ).
Por ignorarse el domicilio actual del trabajador independiente
Black Valenciano Samuel, número patronal 0-00108660221-999001, actividad de otras actividades de transporte complementario,
de conformidad con lo dispuesto en el numeral 241 de la Ley
General de la Administración Pública, se procede a notificar por
medio de edicto, que la sucursal de la Caja Costarricense de Seguro
Social de Pérez Zeledón, ha dictado el Traslado de Cargos que
en lo que interesa indica: La sucursal de la Caja Costarricense de
Seguro Social, conforme lo dispone el artículo 10 del Reglamento
para Verificar el Cumplimiento de las Obligaciones Patronales
y Trabajadores Independientes de la Caja, se permite hacer de su
conocimiento los resultados de la revisión de ingresos efectuada
por esta Dependencia, donde se han detectado inicialmente las
siguientes omisiones en cuanto a reportes de ingresos de trabajador
independiente de los años 2004 al 2011, el detalle del período
e ingresos omitidos consta en hojas de trabajo que rolan en el
expediente administrativo.
Total de ingresos
¢8.373,848,04
Total de cuotas de Invalidez, Vejez y Muerte
¢441.139,00
Total de cuotas de Enfermedad y Maternidad
¢476.781,00
Consulta expediente: en esta oficina, sita San Isidro de El
General, Plaza Comercial Los Betos, veinticinco metros al norte
de la Cruz Roja Costarricense, teléfono 27713536, fax 27713825,
se encuentra a su disposición el expediente para los efectos
que dispone la Ley. Se les confiere un plazo de diez días hábiles
contados a partir del quinto día siguiente de su publicación, para
ofrecer pruebas de descargo y para hacer las alegaciones jurídicas
pertinentes. Se le previene que debe señalar lugar o medio para oír
notificaciones dentro del perímetro administrativo establecido por la
Caja, el mismo que para los efectos jurisdiccionales ha establecido
la Corte Suprema de Justicia estableciéndose de la siguiente forma:
al sur hasta la entrada a Barrio Sagrada Familia, al norte hasta las
instalaciones del Liceo Unesco, al este hasta la escuela de Barrio
Sinaí y al oeste hasta la instalaciones del Colegio La Asunción.
De no indicar lugar o medio para notificaciones, las resoluciones
posteriores al Traslado de Cargos se tendrán por notificadas con
solo el transcurso de 24:00 horas contadas a partir de la fecha de
resolución. Notifíquese.—San Isidro de El General, quince de
noviembre de dos mil dieciséis.—Lic. Jorge Minor Mata Arias,
Sucursal de Pérez Zeledón.—1 vez.—( IN2016093917 ).
DIRECCIÓN REGIONAL DE SUCURSALES HUETAR NORTE
De conformidad con los artículos 10 y 20 del “Reglamento
para Verificar el Cumplimiento de las Obligaciones Patronales
y de trabajadores Independientes”. Por no poderse notificar en el
domicilio o en el centro de trabajo del patrono Rafael Ángel Alvarado
Córdoba, número patronal 0-00205140360-001-001, se procede a
notificar por medio de edicto, que la Sucursal de Ciudad Quesada
de la Dirección Regional de Sucursales Huetar Norte, ha dictado el
Traslado de Cargos, número de caso 1310-2016-01755, que en lo
que interesa indica: Como resultado material de la revisión salarial
efectuada, se han detectado omisiones salariales del trabajador José
Bernal Mejías Duarte, número de cédula Nº 2-0586-0308, por el
periodo de mayo del 2006 a noviembre del 2014. Total de salarios
omitidos ¢21,461,313.19, (veintiún millones cuatrocientos sesenta y
un mil trescientos trece colones con 19/100) según el cálculo de los
salarios, lo que representaría en cuotas obreras – patronales en los
Regímenes de Enfermedad y Maternidad e Invalidez, Vejez y Muerte,
un monto de ¢6,003,484.00, (seis millones tres mil cuatrocientos
ochenta y cuatro colones), más los intereses correspondientes y sin
incluir las cargas sociales de las otras instituciones, las cuales serán
calculados en el momento de la cancelación. Consulta expediente:
En esta oficina, sita en la Sucursal de la C.C.S.S. de Ciudad
Quesada, 200 metros al norte de la escuela Juan Chaves Rojas, en
el antiguo hospital de San Carlos, se encuentra a su disposición el
expediente para los efectos que dispone la Ley. Se les confiere un
plazo de 10 días hábiles contados a partir del quinto día siguiente
de su publicación, para ofrecer pruebas de descargo y para hacer
las alegaciones jurídicas pertinentes. Se le previene que debe
señalar lugar o medio para oír notificaciones dentro del perímetro
administrativo establecido por la C.C.S.S., el mismo que para los
efectos jurisdiccionales ha establecido la Corte Suprema de Justicia.
De no indicar lugar o medio para notificaciones, las resoluciones
posteriores al Traslado de Cargos se tendrán por notificadas con
solo el transcurso de 24:00 horas contadas a partir de la fecha de
resolución. Notifíquese.—Ciudad Quesada, 02 de diciembre del
2016.—Sucursal de Ciudad Quesada.—Lic. Rodrigo Villalobos
Arrieta, Jefe.—1 vez.—( IN2016094273 ).
INSTITUTO DE DESARROLLO RURAL
REGIÓN CHOROTEGA
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Oficina Asesoría Jurídica.—Región Chorotega. Liberia,
Guanacaste, a las ocho horas treinta minutos del día veintiséis de
octubre del año dos mil dieciséis. Con fundamento en las facultades
que otorga la Ley de Tierras y Colonización número 2825 del 14
de octubre de 1961 y sus reformas y la Ley de Transformación del
Instituto de Desarrollo Agrario en el Instituto de Desarrollo Rural
número 9036 del 11 de mayo de 2012, el procedimiento indicado
en los artículos 51 a 64 del Reglamento Ejecutivo a la Ley N°
9036 Decreto Ejecutivo N° 38975-MAG, publicado en el Alcance
Digital N° 28 a La Gaceta N° 82 del 29 de abril del año 2015, el
acuerdo de junta directiva tomado en artículo I, de la sesión 031-03
del 1° de julio del 2003, con el uso supletorio de la Ley General
de la Administración Pública y el Código Procesal Civil; se tiene
por establecido proceso administrativo ordinario de revocatoria de
la adjudicación contra la Asociación de Pequeños Productores El
Consuelo, cédula jurídica 3-002-170315, el presente Procedimiento
Administrativo ordinario de revocatoria de la adjudicación del lote
N° 3 del Centro de Población del Asentamiento El Consuelo, ubicado
en Cañas Dulces, Liberia, Guanacaste, descrito en el plano catastrado
G-220035-1994 y que forma parte del predio inscrito en el Registro
Público de la Propiedad Inmueble, Partido de Guanacaste folio
real matrícula N° 79801-000 a nombre del Instituto de Desarrollo
Rural, mismo que les fuera adjudicado mediante acuerdo de Junta
Directiva en artículo CXLV de la sesión 012-03, celebrada el 10 de
marzo del año 2003. Se instruye el procedimiento para averiguar
la verdad real de los hechos y para determinar la procedencia de la
eventual revocatoria de la adjudicación por incumplimiento de las
obligaciones contraídas con el Instituto de Desarrollo Rural y por
violación del artículo 68 inciso 4) apartado b) en relación con el 62,
66 de la Ley N° 2825 y sus reformas, que determina que el Instituto
de Desarrollo Rural podrá revocar la adjudicación por el abandono
injustificado del terreno. Se le atribuye a la Asociación de Pequeños
Productores El Consuelo el incumplimiento de las obligaciones
contraídas con el INDER, por los siguientes hechos: Según visita
de fiscalización agraria con boleta FDRCH-OSRL-201600079 el
24 de mayo del año 2016, se logra observar que el predio ha sido
abandonado por parte de la Asociación sin contar con justificación
previa para ello. Se cita y emplaza a la Asociación de Pequeños
Productores El Consuelo, cédula jurídica 3-002-170315 para que
comparezcan a una audiencia oral y privada que se realizará a las
catorce horas del día uno de febrero del año dos mil diecisiete, en
las instalaciones de la Dirección Regional Chorotega del Instituto
de Desarrollo Rural, ubicado en Liberia, Guanacaste, seiscientos
metros norte de los semáforos, carretera a La Cruz edificio a mano
derecha, a dicha audiencia la parte puede hacerse acompañar por un
Abogado de su libre elección. De la misma manera, se les hace saber
que máximo al día y hora de la audiencia puede ofrecer y aportar
toda la prueba que consideren oportuna en defensa de sus derechos y
que en el caso de ser testimonial, su presentación corre por su cuenta
y deben de comparecer a la misma fecha y hora de la audiencia
señalada, para lo cual deben venir debidamente identificados,
advirtiendo a los administrados que en caso de no comparecer en
la hora y fecha señalada, sin causa que lo justifique la misma se
declarará inevacuable. Se advierte a las partes que a la audiencia
La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016
programada podrán comparecer en forma personal o por medio de
apoderado debidamente acreditado, salvo si desea declarar en cuyo
caso deberá acudir en forma personal. De igual forma se les hace
saber que de comprobarse los hechos investigados se le revocará la
adjudicación del terreno, lo que consecuentemente trae aparejado
que el mismo se revierta a nombre del Instituto de Desarrollo Rural.
Se pone en conocimiento de los administrados que como prueba
de la administración en el expediente que al efecto se lleva número
REV-003-2016-OSRL-ALCH: oficio OSRL-505-2016 del 21 de
junio de 2016 (fs. 1 a 2), informe técnico OSRL-454-2016 del 01
de junio 2016 (fs. 3 a 6), copia de plano catastrado G-220035-94
(f. 7), consulta de catastro (f. 8 y 9), informe de registro del predio
5-79801-000 (f. 10), copia de acuerdo de Junta Directiva artículo
CXLV de la sesión 012-03 (fs. 11 a 13), copia de cédula jurídica (f.
14), copia de acta de asamblea general ordinaria de la asociación
(fs. 15 a 18), oficio OSRL-453-2016 del 1 de junio de 2016 (fs.
19 a 20), boleta de fiscalización FDRCH-OSRL-201600079 (fs. 21
a 39), estado de cuenta por deudor (f. 40), constancia de crédito
rural (f. 41), certificación de personería jurídica (fs. 42 a 43), oficio
DRCH-575-2016 del 14 de julio de 2016 (f. 44). El expediente se
encuentra en la Asesoría Legal de la Región Chorotega en la sede
de la Dirección Regional del Instituto de Desarrollo Rural en la
dirección antes citada, el cual podrá ser consultado y fotocopiado
a su costo en forma personal o por medio de persona debidamente
autorizada por las partes. Deben los administrados, dentro de los tres
días posteriores a la notificación de la presente, señalar lugar para
escuchar notificaciones dentro del perímetro judicial de la ciudad
de Liberia o un fax que se encuentre dentro del territorio nacional,
bajo apercibimiento que de no hacerlo o si el lugar señalado
fuere impreciso, incierto, ya no existiere o fuese imposible la
comunicación, toda resolución se tendrá por notificada con el
transcurso de veinticuatro horas después de dictada. Se advierte
a los administrados que cualquier mejora introducida en el predio
posterior a la notificación de la presente resolución, podrá ser
tenida como mejora de mala fe, con las consecuencias legales del
caso y además que contra la presente resolución cabe únicamente
recurso ordinario de Revocatoria el cual deberá interponerse dentro
de las veinticuatro horas siguientes contados a partir de la última
comunicación del acto. Dicho Recurso deberá presentarse ante la
Asesoría Legal Región Chorotega del Inder. Por desconocerse el
domicilio de la Asociación de Pequeños Productores El Consuelo
y tener vencida la personería, de conformidad con el artículo 241
de la Ley General de la Administración Pública, publíquese la
presente resolución por tres veces consecutivas en el Diario Oficial
La Gaceta. Notifíquese. Expediente REV-003-2016-ORSLALCH.—Lic. Luis Diego Miranda Guadamuz, Órgano Director
del Procedimiento.—( IN2016094105 ).
Instituto de Desarrollo Rural.—Oficina Asesoría Jurídica,
Región Chorotega.—Liberia, Guanacaste, a las ocho horas del día
veintiséis de octubre del año dos mil dieciséis. Con fundamento
en las facultades que otorga la Ley de Tierras y Colonización
Nº 2825 del 14 de octubre de 1961 y sus reformas y la Ley de
Transformación del Instituto de Desarrollo Agrario en el Instituto de
Desarrollo Rural Nº 9036 del 11 de mayo de 2012, el procedimiento
indicado en los artículos 51 a 64 del Reglamento Ejecutivo a la
Ley Nº 9036 Decreto Ejecutivo N° 38975-MAG, publicado en
el Alcance Digital N° 28 a La Gaceta N° 82 del 29 de abril del
2015, el acuerdo de Junta Directiva tomado en artículo I, de la
sesión 031-03 del 01 de julio del 2003, con el uso supletorio de
la Ley General de la Administración Pública y el Código Procesal
Civil; se tiene por establecido proceso administrativo ordinario de
revocatoria de la adjudicación contra la Asociación de Pequeños
Productores El Consuelo, cédula jurídica Nº 3-002-170315, el
presente Procedimiento Administrativo ordinario de revocatoria
de la adjudicación con la subsecuente nulidad de título del Lote
N° 38 del Centro de Población del Asentamiento El Consuelo,
ubicado en Cañas Dulces, Liberia, Guanacaste, descrito en el plano
catastrado G-217645-1994 e inscrito en el Registro Público de la
Propiedad Inmueble, partido de Guanacaste, folio real matrícula Nº
139247-000 a nombre de la Asociación de Pequeños Productores
El Consuelo, mismo que les fuera adjudicado mediante acuerdo
de Junta Directiva en artículo 61 sesión 051-03, celebrada el 10 de
noviembre del año 2003. Se instruye el procedimiento para averiguar
Pág 75
la verdad real de los hechos y para determinar la procedencia de la
eventual revocatoria de la adjudicación por incumplimiento de las
obligaciones contraídas con el Instituto de Desarrollo Rural y por
violación del artículo 68 inciso 4) apartado b) en relación con el
62, 66 de la ley 2825 y sus reformas, que determina que el Instituto
de Desarrollo Rural podrá revocar la adjudicación por el abandono
injustificado del terreno. Se le atribuye a la Asociación de Pequeños
Productores El Consuelo el incumplimiento de las obligaciones
contraídas con el INDER, por los siguientes hechos: Según visita
de fiscalización agraria con boleta FDRCH-OSRL-201600071 el
06 de mayo del año 2016, se logra observar que el predio ha sido
abandonado por parte de la Asociación sin contar con justificación
previa para ello. Se cita y emplaza a la Asociación de Pequeños
Productores El Consuelo, cédula jurídica Nº 3-002-170315 para que
comparezcan a una audiencia oral y privada que se realizará a las
nueve horas del día uno de febrero del año dos mil diecisiete, en
las instalaciones de la Dirección Regional Chorotega del Instituto
de Desarrollo Rural, ubicado en Liberia, Guanacaste, seiscientos
metros norte de los semáforos, carretera a La Cruz edificio a mano
derecha, a dicha audiencia la parte puede hacerse acompañar por
un Abogado de su libre elección. De la misma manera, se les hace
saber que máximo al día y hora de la audiencia puede ofrecer y
aportar toda la prueba que consideren oportuna en defensa de sus
derechos y que en el caso de ser testimonial, su presentación corre
por su cuenta y deben de comparecer a la misma fecha y hora
de la audiencia señalada, para lo cual deben venir debidamente
identificados, advirtiendo a los administrados que en caso de no
comparecer en la hora y fecha señalada, sin causa que lo justifique
la misma se declarará inevacuable. Se advierte a las partes que a
la audiencia programada podrán comparecer en forma personal o
por medio de apoderado debidamente acreditado, salvo si desea
declarar en cuyo caso deberá acudir en forma personal. De igual
forma se les hace saber que de comprobarse los hechos investigados
se le revocará la adjudicación del terreno, lo que consecuentemente
trae aparejado que el mismo se revierta a nombre del Instituto de
Desarrollo Rural. Se pone en conocimiento de los administrados que
como prueba de la administración en el expediente que al efecto
se lleva número NUL-002-2016-0SRL-ALCH: oficio OSRL-4012016 del 16 de mayo de 2016 (fs. 1 a 2), informe técnico OSRL372-16 del 9 de mayo 2016 (fs. 3 a 6), boleta de fiscalización
FDRCH-OSRL-201600071 (fs. 7 a 14), estado de cuenta por deudor
(f. 15), constancia de crédito rural (f. 16), copia de plano catastrado
G-217645-1994 (f. 17), estudio de registro de finca 5-139247-000
(fs. 18 a 19), acuerdo de Junta Directiva artículo 61 de la sesión 05103, celebrada el 10 de noviembre de 2003 (fs. 20 a 21), certificación
de personería jurídica (fs. 22 a 23), oficio DRCH-574-2016 del 14
de julio de 2016 (f. 24). El expediente se encuentra en la Asesoría
Legal de la Región Chorotega en la sede de la Dirección Regional
del Instituto de Desarrollo Rural en la dirección antes citada, el cual
podrá ser consultado y fotocopiado a su costo en forma personal o
por medio de persona debidamente autorizada por las partes. Deben
los administrados, dentro de los tres días posteriores a la notificación
de la presente, señalar lugar para escuchar notificaciones dentro del
perímetro judicial de la ciudad de Liberia o un fax que se encuentre
dentro del territorio nacional, bajo apercibimiento que de no hacerlo
o si el lugar señalado fuere impreciso, incierto, ya no existiere o
fuese imposible la comunicación, toda resolución se tendrá por
notificada con el transcurso de veinticuatro horas después de dictada.
Se advierte a los administrados que cualquier mejora introducida en
el predio posterior a la notificación de la presente resolución, podrá
ser tenida como mejora de mala fe, con las consecuencias legales del
caso y además que contra la presente resolución cabe únicamente
recurso ordinario de Revocatoria el cual deberá interponerse dentro
de las veinticuatro horas siguientes contados a partir de la última
comunicación del acto. Dicho Recurso deberá presentarse ante la
Asesoría Legal Región Chorotega del INDER. Por desconocerse el
domicilio de la Asociación de Pequeños Productores El Consuelo
y tener vencida la personería, de conformidad con el artículo 241
de la Ley General de la Administración Pública, publíquese la
presente resolución por tres veces consecutivas en el Diario Oficial
La Gaceta. Notifíquese, expediente NUL-002-2016-ORSLALCH.—Lic. Luis Diego Miranda Guadamuz, Órgano Director
del Procedimiento.—( IN2016094106 ).
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La Gaceta Nº 241 — Jueves 15 de diciembre del 2016
MUNICIPALIDADES
MUNICIPALIDAD DE SAN RAFAEL DE HEREDIA
La Municipalidad de San Rafael de Heredia, de conformidad
con lo dispuesto en los artículos 137 y 169 del Código de Normas
y Procedimientos Tributarios vigente, notifica por este medio a
las personas que a continuación se indican, los saldos deudores
del Impuesto de Bienes Inmuebles (B. I.) y de Servicios Urbanos
(S. U.) del período 2013. Además estas personas no han hecho su
declaración de Bienes Inmuebles, por lo que de conformidad con el
artículo 51 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios el
plazo de prescripción de las obligaciones se amplió a diez años. Este
artículo se modificó con la Ley N° 9069 Ley de Fortalecimiento de
la Gestión Tributaria.
San Rafael de Heredia, noviembre, 2016.—Ana María Vargas,
Administración Tributaria a. í.—1 vez.—( IN2016094287 ).