COORDINACIÓN GENERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN DIRECCIÓN DE GESTIÓN TECNOLÓGICA GUÍA DE USO CASILLERO ELECTRÓNICO (CHASKIS) 2016 Guía de uso Módulo CHASKIS Título del documento: Propietario: Distribución: Versión: Versión 1.0 Fecha Aprobación: 2016-11-28 Pág. 2 de 22 Guía de uso del Casillero Electrónico (CHASKIS) de la Superintendencia de Control de Poder de Mercado Dirección de Secretaría General Electrónica 1.0 Fecha de aprobación: 28/11/2016 Guía de uso Módulo CHASKIS Versión 1.0 Fecha Aprobación: 2016-11-28 Pág. 3 de 22 TABLA DE CONTENIDO 1 Descripción ............................................................................................................... 3 2 Definiciones .............................................................................................................. 5 3 Consideraciones Técnicas ........................................................................................ 6 4 Consideraciones Legales .......................................................................................... 6 5 Responsabilidades del Operador Económico........................................................... 8 5.1 Manejo de claves del Operador Económico ...................................................... 8 6 Roles de Usuarios ..................................................................................................... 8 7 Descripción de los roles ........................................................................................... 9 7.1 Registro .............................................................................................................. 9 7.2 Operador Económico ....................................................................................... 16 7.3.1. Cambio de clave de acceso ............................................................................... 17 7.3.2. Cambiar clave de acceso .................................................................................. 18 7.3.3. Recuperar clave de acceso ............................................................................... 19 8 Consideraciones Generales .................................................................................... 22 9 Aprobación de la guía técnica ................................................................................ 22 1 Descripción Guía de uso Módulo CHASKIS Versión 1.0 Fecha Aprobación: 2016-11-28 Pág. 4 de 22 El Sistema Integral de la Superintendencia de Control del Poder de Mercado (SISCPM), conocido internamente como el proyecto de Digitalización está compuesto de los siguientes módulos o subsistemas. SISTEMAS TRANSVERSALES SISTEMAS DE APOYO Runa Tablero de Control Antawa SISTEMAS DE CORE Makana Ñaka Sigdo Rimachi Anku Kumir Kallari Rantinki Ayllu Supertienda Ecuador Ñawi ARI Boletas y Denuncias Certificados y Eventos Chaskis Tareas Poa Yanapak El presente documento corresponde a la guía de uso técnico para el módulo CHASKIS (Casillero Electrónico). Estos módulos están diseñados para que los funcionarios de la SCPM puedan generar documentos procesales y estos a su vez puedan ser remitidos automáticamente al casillero electrónico del operador económico, amparados en las resoluciones: • • • Resolución No. SCPM-DS-063-2014, del 17 de octubre de 2014, donde se establece el Instructivo de Gestión Procesal Administrativa; Resolución No. SCPM-DS-081-2015, del 23 de diciembre de 2015. o Disposición General Tercera.- La Coordinación General de Tecnología dotará de la seguridad informática necesaria a fin de garantizar que el Sistema Informático de Gestión Documental, no sea vulnerado por agentes externos previendo los planes de contingencia correspondientes; Resolución No. SCPM-DS-008-2016, del 20 de febrero de 2016. o Art. 14.- Casilla Electrónica.- Créese la casilla electrónica de la Superintendencia de Control del Poder de Mercado, la que será de uso obligatorio para los operadores económicos, privados o públicos y/o abogados patrocinadores de las personas naturales o Guía de uso Módulo CHASKIS • Versión 1.0 Fecha Aprobación: 2016-11-28 Pág. 5 de 22 jurídicas que intervengan en los diversos procesos en la Superintendencia para lo cual deben obtenerla en la SCPM. o Disposición transitoria Primera.- Periodo de transición y facultades.- Se establece un periodo de transición de SEIS MESES durante los cuales hasta que el proceso de gestión procesal digital esté completo, en lo o previsto en este Instructivo se aplicará las reglas de procedimiento legal que se ha venido aplicando hasta la presente fecha. o Disposición transitoria Cuarta.- La Coordinación General de TICs durante el período de transición deberá modificar los sistemas digitales existentes a fin de adecuarlos a los retos y principios establecidos en esta normativa a fin de evitar pasos e información innecesaria así como la pérdida de tiempo de los servidores cargando información infructuosa, Perfil del proyecto de casilla electrónica, el 06 de junio de 2016 en donde se establecen todos los lineamientos para el mencionado proyecto. En base a lo expuesto la Dirección de Gestión Tecnológica pone en su consideración por tanto el manual técnico de uso del CHASKIS. 2 Definiciones Administrador del Sistema: es la persona encargada de autorizar la creación y modificación de usuarios, así como de sus roles en el módulo. Adicionalmente es su facultad exclusiva el aprobar la realización de cambios dentro del funcionamiento del módulo. El administrador del presente sistema es la Directora de Secretaría. Líder funcional del módulo: es la persona encargada de cumplir y hacer cumplir lo dispuesto por el Administrador del Sistema, es el encargado de coordinar con la Dirección de Gestión Tecnológica las reuniones necesarias hasta obtener el producto esperado, es la persona encargada de realizar las pruebas del funcionamiento adecuado y controlar el cumplimiento de lo requerido y lo establecido en la normativa. Líder Tecnológico: es la persona encargada de ejecutar los cambios que hayan sido establecidos por el Administrador del Sistema a través del líder funcional; así como realizar las pruebas funcionales del sistema en conjunto con el líder funcional. Secretario Sustanciador (S.S.): Es el servidor o servidora de la Intendencia debidamente asignado/a por el Intendente para que gestione, ordene, sustancie e impulse la información que va a ser ingresada al expediente de investigación, en ejercicio de las funciones y atribuciones que tiene, podrá remitir documentación o información al operador económico a través de su casillero electrónico. Los servidores públicos serán los responsables de la gestión del expediente digital. Guía de uso Módulo CHASKIS Versión 1.0 Fecha Aprobación: 2016-11-28 Pág. 6 de 22 Operador Económico: Es la persona natural o jurídica, nacional o extrajera, pública, privada o mixta, usuaria de la herramienta de casillero electrónico, misma que podrá visualizar los trámites asignados para distribuirlos entre el o los abogados patrocinadores que lleven su causa en la SCPM. Trámite: Es el compendio de anexos o documentos que constituyen una transacción del sistema. Anexos: Constituye un documento particular individualizado. 3 Consideraciones Técnicas Toda la información que se almacena a través del módulo CHASKIS es propiedad de la Superintendencia de Control del Poder de Mercado, es responsabilidad del secretario sustanciador mantener al día el casillero electrónico con la información que corresponda y es responsabilidad del operador económico revisar permanentemente su casillero electrónico para obtener información y tomar las medidas que ello conlleve, independientemente de si las alertas remitidas por correo han llegado o no. 4 Consideraciones Legales La Superintendencia de Control del Poder de Mercado, en adelante “SCPM”, ha implementado el sistema de casilleros electrónicos para el uso de los operadores económicos, sean personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, nacionales o extranjeras con o sin fines de lucro, que realicen actividades económicas, con el fin de brindar un servicio ágil, seguro y oportuno en la entrega o notificación de la correspondencia, documentos, boletas que contengan providencias, resoluciones y demás actos administrativos que expidan los servidores y servidoras de la SCPM, dentro de los diversos procesos de investigación que se sustancian en la Institución. El artículo 56 de la Ley de Comercio Electrónico establece la posibilidad de señalar como lugar para notificaciones el domicilio legal electrónico, que consistirá en un correo electrónico. El Art. 65 del Código Orgánico General de Procesos, COGEP, respecto a las notificaciones, establece: “Es el acto por el cual se pone en conocimiento de las partes, de otras personas o de quien debe cumplir una orden o aceptar un nombramiento expedido por la o el juzgador, todas las providencias judiciales. Las providencias judiciales deberán notificarse dentro de las veinticuatro horas siguientes a su pronunciamiento. Su incumplimiento acarreará sanciones conforme con lo determinado en la ley.” El Art. 66 del Código Orgánico General de Procesos, COGEP, señala: “Las partes, al momento de comparecer al proceso, determinarán dónde recibirán las notificaciones. Son idóneos los siguientes lugares: el casillero judicial, domicilio Guía de uso Módulo CHASKIS Versión 1.0 Fecha Aprobación: 2016-11-28 Pág. 7 de 22 judicial electrónico, correo electrónico de una o un defensor legalmente inscrito o el correo electrónico personal.” Por su parte el Art. 67 del Código Orgánico General de Procesos, COGEP, señala: “Las notificaciones se harán en persona dentro de la audiencia o por una boleta, cuando conste que la parte se ha ausentado. Las providencias que se dicten en el curso de las audiencias y otras diligencias, se considerarán notificadas en la fecha y hora en que estas se celebren. Se deja a salvo la notificación hecha a la parte que no concurra, en el domicilio, casillero judicial, domicilio judicial electrónico o correo electrónico.” El Art. 69 del Código Orgánico General de Procesos, COGEP, señala: “Cuando la o el juzgador deba comunicar a una autoridad o a un tercero una providencia para el cumplimiento de un acto procesal, lo hará a través de una comunicación debidamente registrada en el proceso, enviada por medio físico o digital.” Resolución de la Superintendencia de Control del Poder de Mercado, número SCPM-DS-008-2016, de 20 de febrero de 2016, Art. 10.- VALIDEZ JURÍDICA.- La documentación digital o desmaterializada tendrá el mismo valor como si se tratara de documento físico (en papel) así como la firma electrónica siempre que cumpla lo dispuesto en la Ley de Comercio Electrónico, Firmas Electrónicas y Mensajes de Datos y esta normativa. Art. 14.- CASILLA ELECTRÓNICA.- Créase la casilla electrónica de la Superintendencia de Control del Poder de Mercado, la que será de uso obligatorio para los operadores económicos, privados o públicos y/o abogados patrocinadores de las personas naturales o jurídicas que intervengan en los diversos procesos en la Superintendencia para lo cual deben obtenerla en la SCPM (…). Art. 15.CITACIONES Y NOTIFICACIONES ELECTRÓNICAS ADMINISTRATIVAS.- Las citaciones se harán conforme lo dispone el Código Orgánico General de Procesos – COGEP- y la Ley de Modernización. Todas las notificaciones de los actos procesales de los órganos de investigación, sustanciación y resolución y de otras áreas administrativas serán electrónicas, salvo casos fortuitos o motivos de fuerza mayor debidamente probado, pues toda persona natural o jurídica, pública o privada que sea parte de un proceso tiene la obligación se señalar domicilio procesal. Art. 34.- NOTIFICACIONES ELECTRÓNICAS OBLIGATORIAS.- Las notificaciones procesales se realizarán obligatoria y únicamente a través de la casilla electrónica que estará integrada en el mismo sistema, salvo caso de fuerza mayor oponible al propio Sistema de Gestión Procesal Digital, en cuyo caso se lo hará en el correo electrónico accesorio señalado. Art. 35.- NOTIFICACIONES DIRECTAS EN LA CASILLA ELECTRÓNICA.- Todas las notificaciones procesales serán realizadas por cada secretario de sustanciación o responsable del área en la casilla electrónica sin excepción alguna desde el mismo Guía de uso Módulo CHASKIS Versión 1.0 Fecha Aprobación: 2016-11-28 Pág. 8 de 22 sistema. El Sistema de Gestión Procesal Digital permitirá el acceso al número de la casilla requerido que es ingresado al sistema al momento de crear el nuevo proceso digital, salvo casos fortuitos o de fuerza mayor. Una vez agotada el procedimiento en sede administrativa en el sistema se emitirá una razón por el jefe del área respectiva que el proceso está terminado. El sistema en una casilla respectiva permitirá este cierre y el sistema desactivará o bloqueará los perfiles de los usuarios que participaron en el expediente electrónico en esta instancia. Art. 37.- NOTIFICACIONES ELECTRÓNICAS.- Las notificaciones procesales se realizarán obligatoria y únicamente a través de la casilla electrónica que estará integrada en el mismo sistema, el correo electrónico señalado como accesorio. Pero no será necesario hacer la notificación en las dos formas. 5 Responsabilidades del Operador Económico En este módulo se considerarán las siguientes responsabilidades especiales: 5.1 Manejo de claves del Operador Económico La clave para ingresar a este módulo es la establecida en la Política de Seguridad (vigente) de la Coordinación General de Tecnologías de la Información y Comunicaciones ítems 4.3.1 y 4.3.3 de cumplimiento obligatorio para los usuarios de la SCPM, adicionalmente, se deben considerar: 1. Las claves de acceso son para uso exclusivo del usuario, su custodia y correcta utilización son responsabilidad del mismo; 2. Queda prohibido delegar su utilización a terceras personas; 3. Los problemas o demoras en la prestación de los servicios que se generen por no seguir las instrucciones emitidas por la Dirección de Infraestructura Tecnológica y Comunicaciones (DITC) de la Superintendencia de Control del Poder del Mercado serán de responsabilidad del usuario; 4. La clave de acceso debe ser digitada cada ocasión que se ingresa a cualquiera de las aplicaciones. No se debe utilizar la opción de memorización de clave de acceso proporcionada en los navegadores de internet; y 5. En caso de los servidores públicos de la Superintendencia de Control del Poder de Mercado, que la clave se encuentre grabada en el navegador de internet, es responsabilidad del usuario notificar a la Dirección de Gestión Tecnológica (DGT) a fin de que se realicen los correctivos necesarios (borrar historial de claves). En el caso de los operadores económicos, se sugiere borrar periódicamente el historial y no guardar las claves de acceso en los navegadores. 6 Roles de Usuarios Guía de uso Módulo CHASKIS Versión 1.0 Fecha Aprobación: 2016-11-28 Pág. 9 de 22 Al momento, en el módulo CHASKIS existen los siguientes roles principales: ROL Registro Operador económico Director de Secretaría General - SCPM Secretario Sustanciador – SCPM 7 7.1 PANTALLA Registro en línea Cambio de clave de acceso Cambiar clave de acceso Recuperar clave de acceso Modificar información del registro Visualizar los documentos asignados Aprobar / Desactivar casillero electrónico Enviar documentos al casillero electrónico Descripción de los roles Registro La persona natural o jurídica que en adelante llamaremos operador económico, deberá registrar la información correspondiente a su organización, gerente general y representante legal en la página web de la SCPM, denominada “Casillero Electrónico / Registro” (http:// www.scpm.gob.ec) Los campos o datos que se registren deberán ser los mismos que reposen en la Superintendencia de Compañías o Servicio de Rentas Internas, la SCPM se guarda el derecho de revisar la validez de la información y suspender o no el proceso de aprobación del casillero electrónico. La información registrada se mantendrá en el casillero electrónico. NOMBRE DESCRIPCIÓN TIPO Datos Generales del Operador Económico Persona Tipo de persona Natural o Obligatorio como persona Jurídica que aperturará el casillero electrónico en la SCPM. Operador Económico Nombre de la persona Obligatorio natural o jurídica que aperturará el casillero electrónico en la SCPM. Tipo documento operador Tipo de documento a ser Obligatorio ingresado del operador Guía de uso Módulo CHASKIS Versión 1.0 Fecha Aprobación: 2016-11-28 Pág. 10 de 22 económico que aperturará el casillero electrónico en la SCPM. Número de documento Cédula o pasaporte o RUC Obligatorio del operador económico que aperturará el casillero electrónico en la SCPM. Dirección Matriz Dirección de la oficina Obligatorio matriz del operador económico que aperturará el casillero electrónico en la SCPM. Teléfono Matriz Número telefónico Obligatorio convencional del operador económico que aperturará el casillero electrónico en la SCPM. Teléfono matriz alterno Número telefónico Opcional convencional alterno del operador económico que aperturará el casillero electrónico en la SCPM. Extensión Número de extensión del Opcional operador económico que aperturará el casillero electrónico en la SCPM. Correo principal electrónico Correo electrónico para Obligatorio notificar los documentos que se remitan al casillero electrónico de la SCPM. Datos Generales del Gerente General y Representante Legal del Operador Económico. Datos Generales del Gerente General: Guía de uso Módulo CHASKIS Versión 1.0 Fecha Aprobación: 2016-11-28 Primer nombre Primer nombre del Gerente Obligatorio General del operador económico que aperturará el casillero electrónico en la SCPM. Segundo nombre Segundo nombre del Obligatorio Gerente General del operador económico que aperturará el casillero electrónico en la SCPM. Primer apellido Primer apellido del Obligatorio Gerente General del operador económico que aperturará el casillero electrónico en la SCPM. Segundo apellido Segundo apellido del Obligatorio Gerente General del operador económico que aperturará el casillero electrónico en la SCPM. cédula o Número de cédula del Obligatorio Gerente General del operador económico que aperturará el casillero electrónico en la SCPM. Teléfono convencional Número de teléfono Obligatorio convencional del Gerente General del operador económico que aperturará el casillero electrónico en la SCPM. Teléfono alterno Número de teléfono alterno Opcional del Gerente General del operador económico que aperturará el casillero electrónico en la SCPM. Extensión Número de extensión del Opcional Gerente General del operador económico que aperturará el casillero electrónico en la SCPM. Teléfono celular Teléfono celular del Obligatorio Gerente General del operador económico que Número de pasaporte Pág. 11 de 22 Guía de uso Módulo CHASKIS Versión 1.0 Fecha Aprobación: 2016-11-28 Pág. 12 de 22 aperturará el casillero electrónico en la SCPM. Archivo habilitante Nombramiento, cedula y Obligatorio RUC (escaneados en un solo documento, en formato PDF) del Gerente General y del operador económico respectivamente que aperturará el casillero electrónico en la SCPM. Correo electrónico Correo electrónico del Obligatorio General del principal para Gerente operador económico que notificaciones aperturará el casillero electrónico en la SCPM. Correo electrónico alterno Correo electrónico alterno Opcional del Gerente General del para notificaciones operador económico que aperturará el casillero electrónico en la SCPM. Datos Generales del Gerente General y Representante Legal del Operador Económico Datos Generales del Representante Legal Primer nombre Primer nombre del Obligatorio Representante Legal del operador económico que aperturará el casillero electrónico en la SCPM. Segundo nombre Segundo nombre del Obligatorio Representante Legal del Guía de uso Módulo CHASKIS Versión 1.0 Fecha Aprobación: 2016-11-28 operador económico que aperturará el casillero electrónico en la SCPM. Primer apellido Primer apellido del Obligatorio Representante Legal del operador económico que aperturará el casillero electrónico en la SCPM. Segundo apellido Segundo apellido del Obligatorio Representante Legal del operador económico que aperturará el casillero electrónico en la SCPM. cédula o Número de cédula del Obligatorio Representante Legal del operador económico que aperturará el casillero electrónico en la SCPM. Teléfono convencional Número de teléfono Obligatorio convencional del Representante Legal del operador económico que aperturará el casillero electrónico en la SCPM. Teléfono alterno Número de teléfono alterno Opcional del Representante Legal del operador económico que aperturará el casillero electrónico en la SCPM. Extensión Número de extensión del Opcional Representante Legal del operador económico que aperturará el casillero electrónico en la SCPM. Teléfono celular Teléfono celular del Obligatorio Representante Legal del operador económico que aperturará el casillero electrónico en la SCPM. Archivo habilitante Nombramiento, cedula y Obligatorio RUC (escaneados en un solo documento, en formato PDF claro y legible) del Representante Número de pasaporte Pág. 13 de 22 Guía de uso Módulo CHASKIS Versión 1.0 Fecha Aprobación: 2016-11-28 Legal y del operador económico respectivamente que aperturará el casillero electrónico en la SCPM. Correo electrónico Correo electrónico del Obligatorio principal para Representante Legal del operador económico que notificaciones aperturará el casillero electrónico en la SCPM. Correo electrónico alterno Correo electrónico alterno Opcional del Representante Legal para notificaciones del operador económico que aperturará el casillero electrónico en la SCPM. Código Captcha Siglas de Completely Obligatorio Automated Public Turing test to tell Computers and Humans Apart (prueba de Turing completamente automática y pública para diferenciar ordenadores de humanos). Términos y condiciones Descripción de los Obligatorio términos y condiciones. Pág. 14 de 22 Guía de uso Módulo CHASKIS Versión 1.0 Fecha Aprobación: 2016-11-28 Pág. 15 de 22 El operador económico deberá imprimir dos (2) copias del documento denominado: “Formulario de Solicitud de Casillero Electrónico” que genere el registro y dos (2) copias del oficio de solicitud del casillero electrónico (archivo anexo), conjuntamente con toda la documentación de respaldo y entregar físicamente en la Dirección de Secretaría General de la Superintendencia de Control del Poder de Mercado, en cualquiera de sus oficinas a nivel nacional. Zona Matriz Zonal 1 Zonal 3 Ciudad Quito Esmeraldas Riobamba Zonal 4 Portoviejo Zonal 6 Zonal 7 Cuenca Loja Zonal 8 Guayaquil Dirección Gonnessiat N32-18 y José Gómez. Rocafuerte y Sucre, esquina. Av. Brazil y Daniel León Borja - Pasaje Municipal (Centro de Arte y Cultura Municipal). Av. Urbina y calle Che Guevara, Universidad Técnica de Manabí, Rectorado - Planta Baja. Batan 5-27 entre Imbabura y Esmeraldas. Av. Cuxibamba 01-89 entre Tena y Ancón (Edificio Imperio, Primera Planta Alta). Kennedy Norte, Av. Fco. Orellana. Edificio World Trade Center, Torre A, Tercer Piso. Guía de uso Módulo CHASKIS Versión 1.0 Fecha Aprobación: 2016-11-28 Pág. 16 de 22 El operador económico recibirá un correo como el descrito a continuación, inmediatamente que haya concluido con su registro. Al concluir la aprobación en la SCPM se remitirá un correo automáticamente al operador económico con la información básica generada; dando por aprobado el casillero electrónico. Dentro de este correo se especificará la siguiente información: Casillero electrónico (número); Usuario, para el acceso al casillero electrónico; Contraseña temporal para ingresar al casillero electrónico, se debe precisar que esta clave sea modificada en el primer ingreso, por seguridad del operador económico y el vínculo de acceso al casillero electrónico. 7.2 Operador Económico Posterior a recibir la aprobación del casillero electrónico, es responsabilidad del operador económico el buen uso de la herramienta. El usuario deberá ingresar a la página de “Casillero” Guía de uso Módulo CHASKIS Versión 1.0 Fecha Aprobación: 2016-11-28 Pág. 17 de 22 7.3.1. Cambio de clave de acceso Esta opción se habilitará inmediatamente después de aprobado el casillero electrónico, permitiendo que se modifique la contraseña del casillero electrónico. Dentro de los campos a ingresar están: NOMBRE DESCRIPCIÓN TIPO Clave anterior Campo para digitar la Obligatorio clave asignada temporalmente. Clave nueva Campo para ingresar la Obligatorio nueva clave. Repetir clave nueva Campo para validar la Obligatorio nueva clave, se debe repetir la clave nueva. Selección Pregunta 1 Selección de una primera Obligatorio pregunta para el momento de recuperar la clave. Selección Pregunta 2 Selección de una segunda Obligatorio pregunta para el momento de recuperar la clave. Respuesta a pregunta 1 Respuesta a la pregunta 1. Obligatorio Respuesta a pregunta 2 Respuesta a la pregunta 2. Obligatorio Guía de uso Módulo CHASKIS Versión 1.0 Fecha Aprobación: 2016-11-28 Pág. 18 de 22 Al momento de modificar la clave se deberá volver a ingresar al portal del Casillero Electrónico. 7.3.2. Cambiar clave de acceso Esta opción estará disponible para que el operador económico pueda realizar el cambio de contraseña en cualquier momento, en el menú superior de su casillero electrónico. Dentro de los campos a ingresar están: NOMBRE DESCRIPCIÓN TIPO Clave anterior Campo para digitar la Obligatorio clave asignada temporalmente. Clave nueva Campo para ingresar la Obligatorio nueva clave. Repetir clave nueva Campo para validar la Obligatorio nueva clave, se debe repetir la clave nueva. Guía de uso Módulo CHASKIS Versión 1.0 Fecha Aprobación: 2016-11-28 Pág. 19 de 22 7.3.3. Recuperar clave de acceso Esta opción se utiliza únicamente cuando el operador económico se olvidó la clave de acceso. Se ingresa a través de la opción de la página de “Casillero” Inmediatamente le pedirá al operador económico que valide el estado del casillero electrónico. Posterior a esta validación el operador deberá ingresar la siguiente información: NOMBRE DESCRIPCIÓN TIPO Selección de pregunta Se deberá seleccionar una Obligatorio de las dos preguntas que se han seleccionado para recuperar las claves. Respuesta de pregunta Respuesta válida de la Obligatorio pregunta seleccionada. Inmediatamente se recibirá un correo con la clave temporal, para que sea modificada en el primer ingreso y obtenga una nueva clave. Guía de uso Módulo CHASKIS Versión 1.0 Fecha Aprobación: 2016-11-28 Pág. 20 de 22 7.3.4. Modificar información del registro Esta opción permitirá modificar la información ingresada en el registro, correspondiente a correos y teléfonos sin restricción alguna. Para modificar la información de Gerente General y Representante Legal se deberá registrar y entregar la nueva información física de los documentos habilitantes que validen el cambio de la información anterior y seguir con el flujo establecido para la re activación del casillero electrónico. Guía de uso Módulo CHASKIS Versión 1.0 Fecha Aprobación: 2016-11-28 Pág. 21 de 22 7.3.5. Visualizar los documentos asignados Cada vez que la SCPM le asigne al operador económico un documento, este recibirá un correo electrónico como el siguiente donde se indicará un número de trámite y anexo como referencia. Entrará a su casillero electrónico a través del vínculo “Casillero” y visualizará los documentos asignados, a través de la opción seleccionar podrá abrir el documento. Guía de uso Módulo CHASKIS 8 Versión 1.0 Pág. 22 de 22 Consideraciones Generales SIMBOLOGÍA * 9 Fecha Aprobación: 2016-11-28 DESCRIPCIÓN Este símbolo, indicará que el campo es obligatorio. Mensaje que indica que no se tiene acceso a determinada pantalla Esta pequeña pantalla alertará que alguno de los campos “obligatorios”, como en este caso el sector económico no ha sido ingresado, no dejará pasar hasta que no se complete la información. Aprobación de la guía técnica ACCIÓN Aprobado por: Aprobado por: NOMBRE Mónica Uyana Fabiola Naranjo CARGO Coordinadora General de Tecnologías de la Información y Comunicaciones. Administrador del Sistema FIRMA Firmado Digitalmente por: MONICA ALEXANDRA UYANA GARCIA Razon Social: SUPERINTENDENCIA DE CONTROL DEL PODER DE MERCADO Cargo: COORDINADORA GENERAL DE TECNOLOGIA DE INFORMACION Y COMUNICACIONES Hora oficial Ecuador: 08/12/2016 14:19 Firmado Digitalmente por: FABIOLA TARJELIA PATRICIA NARANJO YANEZ Razon Social: SUPERINTENDENCIA DE CONTROL DEL PODER DE MERCADO Cargo: DIRECTORA Hora oficial Ecuador: 12/12/2016 11:56 Revisado por: Marisol Miranda Líder Funcional Firmado Digitalmente por: MARISOL DE LAS MERCEDES MIRANDA MOLESTINA Razon Social: SUPERINTENDENCIA DE CONTROL DEL PODER DE MERCADO Cargo: ASESORA DE INTENDENCIA GENERAL Hora local: 12/12/2016 12:27 Elaborado por: Ana Cristina Yépez Líder Técnico Firmado Digitalmente por: ANA CRISTINA YEPEZ MERIZALDE Razon Social: SUPERINTENDENCIA DE CONTROL DEL PODER DE MERCADO Cargo: EXPERTO DE GESTION TECNOLOGICA Hora oficial Ecuador: 08/12/2016 14:14 GRACIAS POR NO IMPRIMIR ESTE DOCUMENTO
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