überlody Orden República de Colombia Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES - ANLA RESOLUCIÓN 0509) 1 2 MAY 2016 "POR LA CUAL SE MODIFICA EL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ESTABLECIDO MEDIANTE LA RESOLUCIÓN 758 DEL 04 DE ULIO DE 1989, MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN 1237 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2003 Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES" EL DIRECTOR GENERAL DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES — ANLA En uso de las funciones establecidas mediante Resolución 0666 del del 05 de junio de 2015 y de conformidad con lo regulado en la Ley 99 de 1993, Decreto 1076 del 26 de mayo de 2015, en concordancia con lo dispuesto en el Decreto 3573 del 27 de septiembre de 2011, y CONSIDERANDO Que mediante Resolución 758 del 04 de julio de 1989, el Instituto Nacional de los Recursos Naturales Renovables y del Ambienta — INDERENA, aprobó el Plan de Manejo Ambiental presentado por la empresa HOCOL S.A. para el Campo San Francisco ubicado el departamento dei Huila y aprobó la declaración de Impacto Ambiental para la carretera El Monal — Dina la cual hace parle del proyecto. Que por medio de la Resolución 688 del 27 de junio de 1995, el entonces Ministerio del Medio Ambiente, hoy Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, en adelante el Ministerio, estableció el Plan de Manejo Ambiental para la construcción y operación del pozo Balcón 10 del campo Balcón, Que a través de la Resolución 0702 del 28 de junio de 1996, el Ministerio estableció un Plan de Manejo Ambiental para la perforación de los pozos de desarrollo SF-40, SF-82, SF-83, SF-84, SF85, SF-86, SF-87, SF-88, SF-75, SF-77, SF-94, y de los pozos inyectores SF-112, SF-109 y SF-120. Que mediante la Resolución 845 del 30 de julio de 1996, el Ministerio estableció un Plan de Manejo Arinbiental para la perforación del pozo inyector Balcón-9. Que por medio de la Resolución 342 del 30 de abril de 1997, el Ministerio estableció un Plan de Manejo Ambiental para la perforación de los pozos de desarrollo direccionales Balcón 11 y Balcón 13. Que a través de la Resolución 1237 del 18 de noviembre de 2003, el Ministerio modificó el articulo tercero de la Resolución 0758 del 04 de julio de 1989, en el sentido de adicionar el cumplimiento de unas obligaciones. Que mediante la Resolución 0754 del 12 de septiembre de 2012, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales —ANLA-, autorizó la cesión total de los instrumentos de control y manejo ambiental establecidos para el contrato de asociación Palermo y de los demás actos administrativos obrantes en el expediente LAM0215, de la empresa HOCOL S.A. a favor de la empresa ECOPETROL S.A. Resolución No. 050 lel 1 2 MAY 20"): de Hoja No. 2 "POR LA CUAL SE MODIFICA EL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ESTABLECIDO MEDIANTE LA RESOLUCIÓN 758 DEL 04 DE JULIO DE 1989, MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN 1237 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2003 Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES" Que mediante solicitud presentada a través de la Ventanilla Integral de Trámites Ambientales en Línea — VITAL, con número 380008999906815004, radicada en esta Entidad con número 2015041827-1-000 del 10 de agosto de 2015, la señora Juanita de la Hoz Herrera, en calidad de apoderada general de la empresa ECOPETROL S.A., solicitó la modificación del Plan de Manejo Ambiental establecido mediante la Resolución 758 del 04 de julio de 1989, modificada por la Resolución 1237 del 18 de noviembre de 2003 de los campos Balcón, San Francisco y Palermo, en el sentido de autorizar la construcción de nuevas obras y/o actividades. Que la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales - ANLA, mediante Auto 3304 del 14 de agosto de 2015, dio inicio al trámite administrativo de solicitud de modificación del Plan de Manejo Ambiental —PMA- establecido mediante la Resolución 758 del 04 de julio de 1989, modificada por la Resolución 1237 del 18 de noviembre de 2003, de los campos Balcón, San Francisco y Palermo, localizados en jurisdicción de los municipios de Aipe, Neiva y Palermo en el departamento del Huila, en el sentido de autorizar la construcción de nuevas obras y/o actividades y la inclusión y/o modificación de permisos para el uso y aprovechamiento de recursos naturales renovables. Que el anterior acto administrativo fue publicado en la Gaceta Ambiental de esta entidad, la cual se encuentra disponible en la página web www.anla.gov.co. Que esta Autoridad, llevó a cabo la respectiva visita técnico ambiental durante los días 31 de agosto al 6 de septiembre de 2015, con el fin de evaluar la solicitud de modificación del Plan de Manejo Ambiental —PMA- establecido mediante la Resolución 758 del 04 de julio de 1989, modificada por la Resolución 1237 del 18 de noviembre de 2003. Que de acuerdo a lo instituido en el Acta No. 029 de 2015 de Reunión de Información Adicional celebrada el quince (15) de septiembre de dos mil quince (2015), en el marco de la evaluación en el marco de la evaluación de la solicitud de modificación del Plan de Manejo Ambiental del proyecto, esta Autoridad requirió a la empresa ECOPETROL S.A. para que en el término de un (1) mes contado a partir de la notificación, presentara a esta Autoridad información adicional, con el fin de continuar con el proceso de evaluación ambiental para determinar la viabilidad o no de otorgar la modificación del Plan de Manejo Ambiental —PMA. Que mediante Auto 4574 del 26 de octubre de 2015, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales —ANLA concedió a la empresa ECOPETROL S.A, una prórroga de un (1) mes adicional contados a partir de la ejecutoria de dicho acto administrativo para la presentación de información solicitada en Reunión de Información Adicional, celebrada el quince (15) de septiembre de 2015. Que bajo el radicado 2015065149-1-000 del 4 de diciembre de 2015 la empresa ECOPETROL S.A presentó la información requerida en Reunión de Información Adicional celebrada el quince (15) de septiembre de 2015, de acuerdo al Acta No. 029 de 2015. Que bajo el radicado 2015065149-1-001 del 18 de diciembre de 2015 la empresa ECOPETROL S.A allegó copia del radicado 2-2015-047-6122 del 18 de diciembre de 2015 por medio del cual presentó ante la CAM la información adicional requerida en Reunión de Información Adicional celebrada el quince (15) de septiembre de 2015, de acuerdo al Acta No. 029 de 2015. Que el Complemento al Plan de Manejo Ambiental presentado por la empresa ECOPETROL S.A., para el proyecto denominado "Modificación del Plan de Manejo Ambiental de los campos de producción Balcón, San Francisco y Palermo", fue objeto de revisión y evaluación integral por parte del grupo técnico de esta Autoridad, profiriéndose el Concepto Técnico No. 1143 del 17 de marzo de 2016, en el cual se evaluó la viabilidad ambiental de la modificación del Plan de Manejo Ambiental. Que la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales —ANLA, mediante Auto 1400 del 22 de abril de 2016, declaró reunida la información para decidir sobre la solicitud de modificación del Plan de Resolución No. 0b09 Del .1 2 MAY 2016 de Hoja No. 3 ( "POR LA CUAL SE MODIFICA EL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ESTABLECIDO MEDIANTE - \ LA RESOLUCION 758 DEL 04 DE JULIO DE 1989, MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN 1237 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2003 Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES" Manejo Ambiental aprobado mediante la Resolución 758 del 04 de julio de 1989, modificada por la Resolución 1237 del 18 de noviembre de 2003. Que el grupo evaluador efectuó consideraciones en relación con la compensación por ecosistemas diferentes a los naturales y seminaturales y profirió el Memorando Interno de alcance No. 2016023021-3 del 10 de mayo de 2016 . CONSIDERACIONES LEGALES DE LA PROTECCIÓN DEL DERECHO AL MEDIO AMBIENTE COMO DEBER SOCIAL DEL ESTADO Que el artículo 8 de la Constitución Política determinó como obligación del Estado y las personas proteger las riquezas culturales y naturales de la Nación. A su vez el artículo 79 ibídem estableció el derecho que tienen todas las personas a gozar de un ambiente sano y que la Ley garantizará la participación de la comunidad en las decisiones que puedan afectado. Que el artículo 80 de b Constitución Política le impuso al Estado la obligación de planificar el manejo y aprovechamiento de los recursos naturales, para garantizar su desarrollo sostenible, su conservación, restauración y sustitución. Además debe prevenir y controlar los factores de deterioro ambiental, imponer las sanciones legales y exigir b reparación de los daños causados. Que en relación con la responsabilidad en la conservación y defensa del ambiente, es del caso tener en cuenta lo establecido en el articulo 333 de la Constitución Política, según el cual, la actividad económica y la iniciativa privada son libres pero "dentro de los límites del bien común", y al respecto la Corte Constitucional en la sentencia T -254 del 30 de junio de 1993, ha conceptuado con relación a la defensa del derecho al Medio Ambiente Sano: 1...) Las normas ambientales, contenidas en diferentes estatutos, respetan la libertad de la actividad económica que desarrollan los particulares, pero le imponen una serie de limitaciones y condicionamientos a su ejercicio que tienden a hacer compatibles el desarrollo económico sostenido con la necesidad de preservar y mantener un ambiente sano. Dichos estatutos subordinaban el interés privado que representa la actividad económica al interés público o social que exige la preservación del ambiente, de tal suerte que el particular debe realizar su respectiva actividad económica dentro de los precisos marcos que le señala la ley ambiental, los reglamentos y las autorizaciones que debe obtener de la entidad responsable del manejo del recurso o de su conservación. El deber de prevención, control del deterioro ambiental, mitigación de los impactos, corrección y restauración de los elementos ambientales lo cumple el Estado en diferentes formas, entre ellas la exigencia de la obtención de licencias ambientales (...)". La protección al medio ambiente corresponde a uno de los más importantes cometidos estatales, es deber del Estado garantizar a las generaciones futuras la conservación del ambiente y la preservación de los recursos naturales. De ahí el objeto para la creación del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible como organismo rector de la gestión ambiental y de los recursos naturales, al que corresponde impulsar una relación de respeto entre el hombre y la naturaleza y definir la política ambiental de protección, conservación y preservación. DE LA COMPETENCIA DE ESTA AUTORIDAD Que el artículo 12 de la Ley 1444 de 2011, reorganizó el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, y lo denominó Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible. Resolución No. 5 09 Del 1 2 MAY 2016 de Hoja No. 4 "POR LA CUAL S MODIF CA EL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ESTABLECIDO MEDIANTE LA RESOLUCIÓN 758 DEL 04 DE JULIO DE 1989, MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN 1237 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2003 Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES" Que a través del Decreto Ley 3570 del 27 de septiembre de 2011, el Presidente de la República en ejercicio de las facultades consagradas en los literales c) y d) del artículo 18 de la Ley 1444 de 2011, modificó los objetivos y la estructura del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, dictó otras disposiciones e integró el Sector Administrativo de Ambiente y Desarrollo Sostenible. Que mediante el Decreto Ley 3573 del 27 de septiembre de 2011, el Presidente de la República en ejercicio de las facultades extraordinarias conferidas en los literales d), e) y f) del artículo 18 de la Ley 1444 de 2011, creó la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales - ANLA, en los términos del artículo 67 de la Ley 489 de 1998 con autonomía administrativa y financiera, sin personería jurídica, la cual hará parte del Sector Administrativo de Ambiente y Desarrollo Sostenible. Que es del caso señalar que la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales-ANLA, acorde con lo establecido en el artículo 2 del Decreto Ley 3573 del 27 de septiembre de 2011 es la entidad encargada de que los proyectos, obras o actividades sujetos de licenciamiento, permiso o trámite ambiental cumplan con la normativa ambiental, de tal manera que contribuyan al desarrollo sostenible ambiental del País. Que de acuerdo con la función establecida en el numeral 1 del artículo 3° del citado Decreto 3573 del 27 de septiembre de 2011, a la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales-ANLA le corresponde otorgar o negar las licencias, permisos y trámites ambientales de su competencia, de conformidad con la ley y los reglamentos y, consecuentemente, pronunciarse sobre las correspondientes modificaciones a dichos instrumentos de manejo y control ambiental. Que el Decreto 1076 de 2015, reguló lo concerniente al procedimiento y requisitos para adelantar el trámite de modificación de los instrumentos de manejo y control ambiental bajo la competencia ahora en cabeza de esta Autoridad. Que respecto a la competencia para suscribir el presente acto administrativo, se tiene en cuenta la función establecida en la Resolución 0666 del del 05 de junio de 2015 a la Dirección General de Licencias Ambientales — ANLA. DEL PROCEDIMIENTO Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.2.2.3.8.9. del Decreto 1076 de 2015 "Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del sector Ambiente y Desarrollo Sostenible", para los proyectos, obras o actividades que cuenten con un plan de manejo ambiental como instrumento de manejo y control ambiental establecido por la autoridad ambiental competente, se deben aplicar las mismas reglas generales establecidas para las licencias ambientales: "ARTÍCULO 2.2.2.3.8.9. De la modificación, cesión, integración, pérdida de vigencia o la cesación del trámite del plan de manejo ambiental. Para los proyectos, obras o actividades que cuenten con un plan de manejo ambiental como instrumento de manejo y control ambiental establecido por la autoridad ambiental, se aplicarán las mismas reglas generales establecidas para las licencias ambientales en el presente título. Cuando en el plan de manejo ambiental se pretendan incluir nuevas áreas para el desarrollo de actividades relacionadas con el proyecto y estas actividades se encuentren listadas en los artículos 2.2.2.3.2.2 y 2.2.2.3.2 del presente decreto, el titular del plan de manejo ambiental deberá tramitar la correspondiente licencia ambiental. Para las demás actividades el titular podrá solicitar la modificación del plan de manejo ambiental con el fin de incluir las nuevas áreas." Que el artículo 2.2.2.3.7.1 del Decreto 1076 de 2015, establece b siguiente: 'Artículo 2.2.2.3.7.1 Modificación de la licencia ambiental. La licencia ambiental deberá ser modificada en los siguientes casos: Resolución No. 050 gel 1 2 HAY 20161 de Hoja No. 5 Í "POR LA CUAL SE MODIF CA EL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ESTABLECIDO MEDIANTE LA RESOLUCIÓN 758 DEL 04 DE JULIO DE 1989, MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN 1237 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2003 Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES" 1. Cuando el titular de la licencia ambiental pretenda modificar el proyecto, obra o actividad de forma que se generen impactos ambientales adicionales a los ya identificados en la licencia ambiental. Que en atención a lo establecido en el numeral 1 del mencionado artículo 2.2.2.3.7.1 del Decreto 1076 de 2015 y teniendo en cuenta la solicitud elevada por la Empresa, es pertinente que esta Autoridad decida sobre la modificación del Plan de Manejo Ambiental establecido mediante la Resolución 758 del 04 de julio de 1989, modificada por la Resolución 1237 del 18 de noviembre de 2003 en los términos a señalar en la parte resolutiva del presente acto administrativo. De los permisos, Autorizaciones y/o Concesiones, Aprovechamiento y/o Afectación de los Recursos Naturales Renovables. Para el caso de la modificación del Plan de Manejo Ambiental para el proyecto Campos Balcón, San Francisco y Palermo, ubicado en los municipios de Aipe, Neiva y Palermo, es pertinente señalar que los permisos para el uso, aprovechamiento y/o afectación de los recursos naturales son tramitados ante la Corporación Autónoma Regional del Alto Magdalena CAM. Además, de acuerdo con lo señalado por la Empresa en el documento de modificación del Plan de Manejo Ambiental, para los campos Balcón, San Francisco y Palermo, se mantendrán los volúmenes de uso y aprovechamiento actualmente autorizados por la CAM. Del Concepto de la Autoridad Ambiental Regional Competente. Que en el numeral 5 del articulo 2.2.2.3.7.2 del Decreto 1076 de 2015, se establecieron los requisitos para la modificación de la Licencia Ambiental, incluyendo entre otros, el siguiente: "5. Copia de la constancia de radicación del complemento del estudio de impacto ambiental ante la respectiva autoridad ambiental con jurisdicción en el área de influencia directa del proyecto, en los casos de competencia de Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), siempre que se trate de una petición que modifique el uso, aprovechamiento y/o afectación de los recursos naturales renovables."(Subrayado fuera del texto) Que en el mismo sentido, en el parágrafo primero del artículo 2.2.2.3.8.1 del mismo Decreto se estableció lo siguiente: "Parágrafo 1°. Cuando se trate de proyectos, obras o actividades asignados a la ANLA, cuya solicitud de modificación esté relacionada con el uso y/o aprovechamiento de los recursos naturales renovables las autoridades ambientales regionales con jurisdicción en el área de influencia del proyecto contará con un término máximo de diez (10) días hábiles, contados a partir de la radicación del complemento del estudio de impacto ambiental, para pronunciarse sobre la modificación solicitada si a ellos hay lugar, para lo cual el peticionario allegará la constancia de radicación con destino a la mencionada entidad." Que en este caso, teniendo en cuenta que la solicitud de modificación no se encuentra relacionada con el uso y/o aprovechamiento de los recursos naturales renovables, no es necesario dentro del trámite el pronucniamiento de la Autoridad Ambiental regional. CONSIDERACIONES TÉCNICAS Que el Grupo Técnico Evaluador de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales — ANLA, luego de evaluar la información obrante en el expediente LAM0215, relacionada con la solicitud de modificación de la Resolución 758 del 04 de julio de 1989, modificada por la Resolución 1237 del 18 k i Resolución No. 0 50 9Del 1•2 MY 2016 de Hoja No. 6 "POR LA CUAL SE MODIFICA EL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ESTABLECIDO MEDIANTE LA RESOLUCIÓN 758 DEL 04 DE JULIO DE 1989, MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN 1237 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2003 Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES" de noviembre de 2003 y realizar la visita de evaluación durante los días 31 de agosto al 6 de septiembre de 2015, emitió el Concepto Técnico 1143 del 17 de marzo de 2016 en el cual señaló lo siguiente respecto a la descripción, componentes y actividades del proyecto: "OBJETIVO La modificación del Plan de Manejo Ambiental de los Campos Balcón, San Francisco y Palermo tiene como objetivo la construcción, adecuación y/o mantenimiento de vías, construcción, ampliación, adecuación y/o mantenimiento de locaciones, zodmes, facilidades y centro de acopio de residuos industriales, construcción, operación y/o mantenimiento de líneas de flujo, operación y/o mantenimiento de la infraestructura en las facilidades de producción e inyección, perforación de pozos, reacondicionamiento de pozos y actividades de recobro, construcción, ampliación, operación y/o mantenimiento del sistema de electrificación en plataformas. LOCALIZACIÓN Los campos de producción Balcón, San Francisco y Palermo se encuentran ubicados en jurisdicción de los municipios de Aipe, Neiva y Palermo del departamento del Huila. Las coordenadas que suscriben los polígonos de la solicitud de modificación del Plan de Manejo Ambiental, objeto del presente análisis, se relacionan en las Tablas siguientes, los cuales cuentan con un área de 9.776,49 ha para el Campo Balcón, 6.894,8 ha para el Campo San Francisco y 195,14 ha para el Campo Palermo, (16866.43 ha en total) según la información ortográfica allegada mediante radicado 2015065149-1-000 del 4 de diciembre de 2015, en la GDB anexa al documento de solicitud de modificación del Plan de Manejo Ambiental. Tabla Coordenadas área Campo Balcón objeto de modificación del Plan de Manejo Ambiental de los Campos Balcón San Francisco DATUM MAGNA SIRGAS, CAMPO DE Origen Central VÉRTICE PRODUCCIÓN ESTE NORTE 866104,926 N 847101,620 BALCÓN O P 4 Ft S T 865174,962 858825,200 858125,229 852805,422 856385,281 844501,648 840721,683 837131,722 838981,695 847921,600 859225,174 863155030 850851,571 851001,574 U Fuente: Adaptación del g de Manejo Ambiental para los Campos Balcón, San Francisco y Palermo, Ecopetrol S.A., radicado 20150651494-000 del 4 de diciembre de 2015 Tabla Coordenadas área Campo San Francisco objeto de modificación del Plan de Manejo Ambiental de los Campos Balcón, San F rancisco DATUM MAGNA SIRGAS, CAMPO DE Origen Central VÉRTICE PRODUCCIÓN ESTE NORTE 851016,841 I 836032,605 858035235 J 834831,747 SAN FRANCISCO K L M V W X Y 858609,275 857417,084 856796,693 855045.372 854762,993 854514,284 853979,825 831815192 829905,240 828912,374 826109,596 826189,701 826321,993 826184,409 Resolución No. r 0509 Del 112 HAY 2015 de Hoja No. 7 "POR LA CUAL SE MODIFICA EL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ESTABLECIDO MEDIANTE LA RESOLUCIÓN 758 DEL 04 DE JULIO DE 1989, MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN 1237 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2003 Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES" CAMPO DE PRODUCCIÓN VÉRTICE DATUM MAGNA SIRGAS, Origen Central ESTE NORTE Z 853241250 825891674 AA 852291,408 826927,379 AB 850944,472 827117,867 AC 850074,718 828010,232 AD 849072,242 828177,943 AE 848785,894 828225,848 849107,094 830747,223 AF Fuente: Adaptación del g de Manejo Ambiental para los Campos Balcón, San Francisco y Palermo, Ecopetrol S.A., radicado 2015065149-1-000 del 4 de diciembre de 2015 Tabla Coordenadas área Campo Palermo objeto de modificación del plan de manejo ambiental de los Campos Balcón, San Francisco v Palermo CAMPO DE PRODUCCIÓN PALERMO VERTICE DATUM MAGNA SIRGAS, Origen Central ESTE NORTE A 853340,062 817795,515 B 857861,851 816165613 C 856955,294 817301,939 856955,292 818660,834 D Fuente: Adaptación del grupo evaluador a partir de la Tabla 1-3 del Capítulo 1 del documento de Modificación del Plan de Manejo Ambiental para los Campos Balcón, San Francisco y Palermo, Ecopetrol S.A., radicado 20150651494-000 del 4 de diciembre de 2015 En la siguiente figura se presenta la delimitación de los polígonos de los campos de producción Balcón, San Francisco y Palermo, a partir de las coordenadas incluidas en las tablas anteriores. Figura Localización de los Campos Balcón, San Francisco y Palermo ¡El MeiEurm-. s TM, I Ata Fuente: Adaptación del grupo °valuador a padir de la información allegada en la GDB de la Modificación del Plan de Manejo Ambiental para los Campos Balcón, San Francisco y Palermo, Ecopetrol S.A., radicado 2015065149-1-000 del 4 de diciembre de 2015 Resolución No. Del 1 2 HAY 2016- de Hoja No. 8 "POR LA CUAL S MODIFICA EL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ESTABLECIDO MEDIANTE LA RESOLUCIÓN 758 DEL 04 DE JULIO DE 1989, MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN 1237 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2003 Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES" COMPONENTES Y ACTIVIDADES A continuación se relaciona la infraestructura que la Empresa solicita construir y operar, así como las actividades que solicita desarrollar corno parte de la modificación del Plan de Manejo Ambiental. Tabla Componentes y actividades que se solicitan dentro de la modificación del PMA Campos Balcón, San SO ETAPA 1.Construcción, adecuación y/o mantenimiento de vías ' , PALERMO ' Mantenimiento rutinario, periódico de las vías empleadas por Ecopetrol S.A en la operación del campo Palermo. Construcción de nuevas vías de acceso a nuevas plataformas, trazado de acuerdo a la zonificación ambiental, hasta de 4.5 kilómetros por locación ación a partir de las vías y/o accesos existentes para un total 18 km dentro de las áreas actuales de producción y operación. . Mantenimiento: 10.55 km . Adecuación: 2.49 km . Construcción: 18 km 2.Construcción, ampliación, adecuación y/o mantenimiento de locaciones 3.Construcción, operación y/o SAN FRANCISCO , BALCÓN Mantenimiento de las vías empleadas por Ecopetrol &A en la operación del Mantenimiento de las vial campo San Francisco. empleadas por Ecopetrol S.A Adecuación de vial en la operación del campo existentes en el campo San Balcón Francisco que no estén Adecuación de vías existentes empleadas por la operación en el campo Balcón que no de Ecopetrol S.A y que estén empleadas por la conecten a nuevas operación de Ecopetrol S.A y locaciones. que conecten a nuevas Construcción de nuevas vías locaciones. de acceso a nuevas locaciones, trazado de Construcción de nuevas vías de acceso a nuevas locaciones, acuerdo a la zonificación trazado de acuerdo a la ambiental, hasta de 4.5 zonificación ambiental, hasta kilómetros por locación a de 4.5 kilómetros por locación partir de las vías y/o partir de las vías y/o accesos accesos existentes dentro existentes dentro de las áreas de las áreas actuales de actuales de producción y producción y operación. operación. Para un total de 27 Para un total de 45 km en el km en el campo Balcón. campo San Francisco. Construcción de nuevas vías de Construcción de nuevas vías acceso a nuevas locaciones, de acceso a nuevas trazado de acuerdo a la locaciones, trazado de zonificación ambiental, hasta acuerdo a la zonificación de 4.5 kilómetros a partir de las ambiental, hasta de 4.5 vías y/o accesos existentes kilómetros a partir de las para un total de 40.5 vías y/o accesos existentes, Kilómetros nuevos para NFE. para un total de 54 kilómetros nuevos para NFE . Mantenimiento: 31.5 km (Near Field). . Adecuación: 31.846 km . Construcción 67.5 km . Mantenimiento: 86.7 km . Adecuación: 21.522 km . Construcción 99 km Ampliación de las locaciones activas existentes hasta un Ampliación de las locaciones Ampliación de las activas existentes hasta un área máximo de 2. 5 h a. locaciones activas área máximo de 2.5 ha. v existentes hasta un área Construcción de 10 nuevas Construcción de 6 nuevas locacionesde área máxima máximo de Z5 ha. locaciones de área máxima de de 2.5 ha para un totae ld Construcción de 4 nuevas 2.5 ha para un total de 15 ha 25 ha. locaciones de área Construcción de 9 nuevas Construcción de 12 nuevas máxima de 2.5 ha para locaciones de área máxima de locaciones para NFE de un total de 10 ha 25 ha para NFE. para un total área máxima de 2.5 ha de 22.5 ha para un total de 30 ha. . Ampliación: 2.73 ha . Construcción: 10 ha . Ampliación: 12.45 ha Ampliación: 137.765 ha . Construcción: 37.5 ha . Construcción: 55 ha Construcción de un ZODME por cada cuatro locaciones a construir o adecuar De área de 4ha con un volumen esperado de 5000 m3 Construcción del centro de acopio de residuos industriales 3 ha. Operación y Operación y mantenimiento Operación y mantenimiento de mantenimiento de las de las lineas de flujo las lineas de flujo existentes Resolución No. 050 gel 2 MAY 2016- de Hoja No. 9 "POR LA CUAL SE MODIFICA EL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ESTABLECIDO MEDIANTE LA RESOLUCIÓN 758 DEL 04 DE JULIO DE 1989, MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN 1237 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2003 Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES" SUB ETAPA mantenimiento de líneas de flujo 4. Operación y/o mantenimiento de la infraestructura en las facilidades de producción e inyección (Las obras civiles de las facilidades se encuentran evaluadas en la estrategia de construcción, . PALERMO SAN FRANCISCO lineas de flujo existentes existentes 408.16 km. 8.85 km. Construcción de lineas de Construcción de lineas de flujo (crudo, agua y gas) con flujo (crudo, agua y gas) diámetro de hasta 8" en de hasta 6" desde la áreas del campo, el trazado Estación Santa Clara estará definido según hasta las locaciones del zonificación ambiental, de campo Palermo, con hasta 15 kilómetros por longitud de hasta 9 linea, y/o paralelo a los kilómetros por linea, derechos de via de las construidas en paralelo lineas de flujo existentes, o por los derechos de vía áreas nuevas con de las lineas existentes. servidumbre constituida. Construcción de lineas de Construcción de lineas de flujo en áreas de flujo, que interconecte al operación, trazado campo San Francisco con definido según campos Operativos de zonificación ambiental, Ecopetrol S.A. y Asociadas, hasta de 9 kilómetros por de hasta 6" de diámetro. línea, y/o paralelo a los Enmarcadas en las Áreas derechos de vía de las de influencia Directa, lineas de flujo existentes Indirecta y social del del campo Palermo. proyecto Capitulo 3 Construcción de líneas de Caracterización Abiótica 3.1 transporte de agua Áreas de Influencia del desde las líneas Proyecto, en lineamiento existentes hasta con la zonificación de facilidades de inyección manejo ambiental del existentes y/o a construir. proyecto Capitulo 6 En las áreas a licenciar Zonificación de Manejo en el estudio y según Ambiental del Proyecto. zonificación de manejo Construcción de lineas de ambiental presentada. transporte de agua desde Construcción de líneas de las líneas existentes hasta flujo, que interconecte al facilidades de inyección campo Palermo con existentes y/o a construir. campos Operativos de En las áreas a licenciar en Ecopetrol S.A. y el estudio y según Asociadas, de hasta 6" zonificación de manejo de diámetro ambiental presentada Construcción de lineas de . Mantenimiento de crudo, prueba e inyección líneas: 8.85 km de 2" a 6" paralelas a las . Construcción de líneas: vías a construir con una 54 km longitud de 4.5 km para un total de 54 kilómetros nuevos para NFE. Construcción y Operación de Facilidades Tempranas durante pruebas iniciales y extensas en la perforación de nuevos pozos dentro de las locaciones existentes y proyectadas. Construcción de un Sistema de tratamiento y/o inyección de fluidos . Mantenimiento de líneas: 408.159 km . Construcción de líneas: 297 km Operación de Facilidades Tempranas durante pruebas iniciales y extensas en la perforación de nuevos pozos dentro de las locaciones existentes y proyectadas. Ampliación de las Baterías Mona! y Satélite hasta un área adicional de 4.0 ha, Total 8 ha, para la optimización del tratamiento BALCÓN 40.83 km. Construcción de lineas de flujo (crudo, agua y gas) con diámetro de hasta 8" en áreas del campo, el trazado estará definido según zonificación ambiental, de hasta 15 kilómetros por linea, y/o paralelo a los derechos de vía de las líneas de flujo existentes, o áreas nuevas con servidumbre constituida Construcción de lineas de flujo, que interconecte al campo Balcón con campos Operativos de Ecopefrol S.A. y Asociadas, de hasta 6" de diámetro. Enmarcadas en las Áreas de influencia Directa, indirecta y social del proyecto Capitulo 3 Caracterización Abiótica 3.1 Áreas de Influencia del Proyecto, en lineamiento con la zonificación de manejo ambiental del proyecto Capitulo 6 Zonificación de Manejo Ambiental del Proyecto Construcción de líneas de transporte de agua desde las líneas existentes hasta facilidades de inyección existentes y/o a construir. En las áreas a licenciar en el estudio y según zonificación de manejo ambiental presentada. Construcción de lineas de crudo, prueba e inyección de 2" a 6" paralelas a las vías a construir con una longitud de hasta 4.5 km para un total de 40.5 kilómetros nuevos para NFE. . Mantenimiento de 40.85 km . Construcción de 202.5 /un líneas: lineas: Operación de Facilidades Tempranas durante pruebas iniciales y extensas en la perforación de nuevos pozos dentro de las locaciones existentes y proyectadas. Construcción de un Sistema de tratamiento e inyección de fluidos en un área 3 ha, ubicadas por zonificación en campo Balcón, para lograr las actividades de recobro tales Resolución No. 0 509 Del 1 2 MAY 2016 de Hoja No. 10 "POR LA CUAL SE MODIFICA EL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ESTABLECIDO MEDIANTE LA RESOLUCIÓN 758 DEL 04 DE JULIO DE 1989, MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN 1237 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2003 Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES" SUB ETAPA ampliación, adecuación yio mantenimiento de locaciones) PALERMO SAN FRANCISCO BALCÓN en un área 5 ha, e inyección de fluidos. como Inyección/reinyección de ubicadas por zonificación (Agua, agua mejorada, Gas agua, agua mejorada y gas en campo Palermo, para (cualquier tipo de gas) en Ampliación de la Batería Balcón lograr las actividades de función de la zonificación hasta un área adicional de 3.0 recobro tales como ambiental del presente ha, Total a 0 ha. lnyección/reinyección de estudio. Construcción de 1 (una) agua, agua mejorada y Construcción de 3 Sistemas Facilidad de 7 ha, para el gas de tratamiento y/o inyección manejo de la producción de de fluidos en un área 3 ha fluido procedente de los pozos cada sistema, ubicadas por NFE a construir zonificación en campo San Francisco, para lograr las actividades de recobro tales como Inyección/reinyección de agua, agua mejorada y gas. Su ubicación se realizara en función de la zonificación ambiental del presente estudio para un total de 9 ha requeridas. Construcción de 1 (una) Facilidad de 7 ha, para el manejo de la producción de fluido procedente de los pozos NFE a perforar Perforación de pozos en Perforación de pozos en locaciones existentes con Perforación de pozos en locaciones existentes un número máximo de hasta locaciones existentes con un con un número máximo 8 pozos por locación, en un número máximo de hasta 8 de hasta 8 pozos por área de hasta 2,5 ha. Para pozos por locación, en un área locación, en un área de un total de 492 pozos de hasta 2,5 ha. Para un total hasta 2,5 ha. Para un nuevos, estos pozos de 67 pozos nuevos. estos total de 9 pozos nuevos. pueden perforarse como pozos pueden perforarse como 5. Perforación de estos pozos pueden productores o inyectores, productores o inyectores, pozos perforarse como dependiendo de la dependiendo de la necesidad productores o inyectores, necesidad del campo del campo dependiendo de la Perforación de hasta 8 pozos Perforación de hasta 8 pozos en necesidad del campo. en locaciones nuevas para locaciones nuevas, para un Perforación de hasta 8 un total de 80 pozos total de 48 pozos nuevos. pozos en locaciones nuevos. Perforación de 12 pozos nuevas para un total de Perforación de 9 pozos exploratorios y 20 pozos de 32 pozos nuevos. exploratorios y 18 pozos de desarrollo para NFE. desarrollo para NFE. Reacondicionamiento de pozos: Trabajos efectuados en un pozo, posteriores a su terminación, con el fin mejorar su productividad, integridad o inyectividad, tales como el abandono o aislamiento de zonas, la perforación o reperforación de nuevas o viejas zonas productivas, estimulaciones, fracturamiento, reparaciones del revestimiento, cementaciones o conversión de la finalidad del pozo, así como la instalación, retiro, cambio o reparación de los equipos o 6. sistemas de levantamiento artificial o cualquier modificación en la terminación del pozo. Reacondicionamiento Se realizarán actividades de intervención de pozos como completamiento, workover, abandono, de pozos y optimización (PCP: Progressing Cavity Pumps (levantamiento por cavidades progresivas); BM: actividades de Bombeo Mecánico; Vsh2: Variable Speed blydraulic 2 (unidades hidráulicas de velocidad recobro variable)), Mejora del perfil de Inyección (Conformance), ESP: ElectroSubmergible Pump, entre otras. Desarrollo de mecanismos de Recobro secundario y terciario como son: inyección de agua, inyección de mezcla álcali-surfactante-polimero (ASP), inyección alterna agua y gas, inyección cíclica de gas 7. Construcción, Construcción de lineas Operación y mantenimiento Operación y mantenimiento del ampliación, eléctricas locaciones del sistema eléctrico y de sistema eléctrico y de operación y/o Palermo 5, 3, 1 y 2, 4, 6 autogeneración existente. autogeneración existente. mantenimiento del de 34.5 KV para un total Construcción de nuevas Construcción de nuevas redes sistema de de 6 kilómetros. redes eléctricas de 34.5KV eléctricas de 34.5KV a nuevas electrificación en Construcción de nuevas a nuevas plataformas, plataformas, trazado de Resolución No. 0 5 0 9er 1 2 MAY de Hoja No. 11 "POR LA CUAL SE MODIFICA EL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ESTABLECIDO MEDIANTE LA RESOLUCIÓN 758 DEL 04 DE JULIO DE 1989, MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN 1237 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2003 Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES" .. SUB ETAPA SAN FRANCISCO ' ' BALCON . redes eléctricas de trazado de acuerdo a la acuerdo a la zonificación 34.5KV a nuevas zonificación ambiental, ambiental, hasta de 4.5 plataformas, trazado de hasta de 4.5 kilómetros a kilómetros a partir de las redes acuerdo a la zonificación partir de las redes eléctricas eléctricas existentes para un ambiental, hasta de 6 existentes para un total de total de 40.5 kilómetros para kilómetros a partir de las 54 kilómetros para NFE. NFE. redes eléctricas Construcción de lineas de red Construcción de lineas de red existentes para un total eléctrica: Trazado de eléctrica: Trazado de acuerdo de 24 kilómetros acuerdo con zonificación con zonificación ambiental, ambiental, hasta de 6 km. hasta de 6 km. dentro de las . Construcción de lineas: dentro de las áreas áreas actuales de producción y 30 km actuales de producción y operación, para un total de 36 . Construcción operación para un total 60. km. subestaciones en Construcción de 1 centro de Construcción de 1 centro de locaciones nuevas: 4 autogeneración eléctrica, autogeneración eléctrica, para und para atender las nuevas atender las nuevas locaciones . Construcción de locaciones NFE existentes, NFE existentes, de máximo 4 subestaciones en de máximo 4 ha, ubicación ha, ubicación de acuerdo a la locaciones existentes: de acuerdo a la zonificación zonificación ambiental del O Und ambiental del presente presente estudio estudio . Construcción de lineas: 75 . Construcción de líneas: km 110 km . Construcción subestaciones: . Construcción 15 und subestaciones; 22 und . Construcción de . Construcción de subestaciones en locaciones subestaciones en existentes: 9 Und locaciones existentes: 34 Und Fuente: Tabla 2-219 del documento modificación PMA Campos Balcón, San Francisco y Palermo. Ecopetrol S.A. 2015" . PALERMO plataformas Que frente a lo antes expuesto, el Concepto Técnico 1143 del 17 de marzo de 2016 señaló lo siguiente sobre los componentes y actividades del proyecto: "En cuanto al área a establecer de los Campos Balcón, San Francisco v Palermo La Empresa plantea dentro de sus objetivos específicos, el ajuste del polígono del campo San Francisco, en el sentido de reducir el área que se encuentra bajo el convenio con la Agencia Nacional de Hidrocarburos "Área de operación directa Palermo°. Dentro del documento presentado para la modificación del Plan de Manejo Ambiental de los Campos Balcón, San Francisco y Palermo, Ecopetrol S.A, aduce esta reducción a la falta de interés operativo y comercial para futuros desarrollos, básicamente por los antecedentes de exploración y producción de la cuenca sur, esta reducción tendría lugar como se mencionó anteriormente en el área operativa del campo San Francisco y que hace parte de los campos objeto de la presente modificación, el campo pasarla de contar con 7790,75 ha a 6893,27 ha. Al analizar el instrumento ambiental vigente para la operación del campo (Resolución 0758 del 4 de julio de 1989), se observa que si bien se aprueba el Plan de Manejo Ambiental presentado para el campo San Francisco, este no limita su operación a unas coordenadas o a un área geográfica especifica por lo que la reducción del área, tal y como lo indica la Empresa, estaría directamente relacionada con el contrato suscrito entre la Agencia Nacional de Hidrocarburos y Ecopetrol S.A. De acuerdo con lo anterior y teniendo en cuenta que el instrumento ambiental vigente para los Campos Balcón, San Francisco y Palermo no presenta ningún tipo de información geográfica que permita establecer la real reducción del campo, esta Autoridad establecerá las coordenadas de los campos de acuerdo con lo presentado por la Empresa en el documento de modificación del Plan de Manejo Ambiental para los Campos o so Resolución No 9De1 1 2 MAY 2016 de Hoja No. 12 "POR LA CUAL SE MODIFICA EL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ESTABLECIDO MEDIANTE LA RESOLUCIÓN 758 DEL 04 DE JULIO DE 1989, MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN 1237 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2003 Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES" Balcón, San Francisco y Palermo. Por lo tanto las coordenadas para los campos de operación Balcón, San Francisco y Palermo son: Tabla Coordenadas Poli ono Palermo Poli ono Uno Punto COORDENAD4S PLANAS A ESTE NORTE 817.795,515 858.340,062 E 816. 165,613 857.861,851 C 817.301,939 856.955,294 D 818.660,834 856.955,292 A 817.795,515 855340,062 ÁREA TOTAL (ha) pistando Dit Nortes DM EstésRUMBOS 1698 608 -1.629,90 -478,21 S lr 21' 5753" W 1453,645 1 136,33 -906,56 N 38° 34' 57939" W 1352895 1 358,90 0,00 N O° 0' 0,228"W 1632,901 -865,32 1.384,77 8 5r 59' 58,004" E 195,1380 Fuente: Modificado Contrato de Explotación de Hidrocarburos ANH-Ecopetrol- Area de operación Directa — Palermo Tabla Coordenadas del área objeto de modkación del campo Sen Francisco Poli ono Dos VERTICE 1, gSTE NORTE VÉRTICE ESTE , NORTE X 854514.284 826321 993 830747 223 Y 853979.825 826184.409 AE 848785 894 828225 848 AF 849107.094 I 851016 841 836032 605 Z 853248.25 825896.674 J 858035 235 834831.747 AA 852291 408 826927.379 K 858609.275 831813 192 AB 850944.472 827117 867 V 855045 372 826109.596 AC 850074.718 828010 232 W 854762993 826189 701 AD 849072.242 828177.943 ÁREA TOTAL 6894 8001-la Fuente: Tomado y modificado del documento Modificación del Plan de Manejo Ambiental Campos Balcón, San Francisco y Palermo. Radicado 2015065149-1-000 del 4 de diciemb e de 2015. Tabla Coordenadas Polígono Balcón (Polígono Tres Punto N O P C1 R S T U N COORDENADAS PLANAS Distancia Dif. Nortes Dif. Estos , ,. NORTE ' ESTE 847.101,620 866.104,926 2761,283 -2599.97 -929,96 844.501,648 865.174,962 7389,697 -3.779,97 -6.349,76 840.721,683 858.825,200 3657,565 -3589,96 -699,97 837.131,722 858.125,229 5632,295 1.849,97 -5.319,81 838.961,695 852805,422 9630,021 8.939,91 3.579,86 847.921,600 856.385,281 4080,407 2.929,97 2.839,89 850.851,571 859.225,174 3932,718 150,00 3.929,86 851.001,574 863.155,030 4889,941 -3.899,95 2.949,90 947.101,620 866.104,926 ÁREA TOTAL RUMBOS S 19' 40' 52,429" W S 5'14' 5,931" W S11° 1. 59,172" W N 70° 49' 29,209" W N 21' 49' 22,571" E N 44° 6' 20.095" E N 87° 48' 50,688" E S 37° 6'12,928" E 1776,4881 Fuente: Modificado Contrato de Explotación de Hidrocarburos ANH-Ecopetrol- área de operación Directa - Palermo Resolución No0 5 09 Del 1 2 mis 2016- de Hoja No. 13 "POR LA CUAL SE MODIFICA EL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ESTABLECIDO MEDIANTE LA RESOLUCIÓN 758 DEL 04 DE JULIO DE 1989, MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN 1237 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2003 Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES" En cuanto ala superposición de proyectos con los Campos Balcón, San Francisco v Palermo En el documento de respuesta a la solicitud de información adicional, allegado por la Empresa con radicado 2015065149-1-000 del 4 de diciembre de 2015, se reporta que "...como parte de su operación se interconectan con los campos operativos de Huila Norte mediante las líneas de flujo; especificamente en este caso, existen lineas de flujo que interconectan el campo Palermo con la estación Santa Clara, corresponden a las líneas de 3" que comunican las locaciones existentes en el campo Palermo con la Batería Santa Clara de los campos Huila Norte..."; en el Anexo 17. Documento de coexistencia entregado con el mismo radicado, se aclara que la superposición se genera por 2 razones: - La existencia y operación en la actualidad de la línea de flujo de 3" que interconecta el campo Palermo con la estación Santa Clara. - La construcción de líneas de flujo que interconecten los campos San Francisco, Balcón y Palermo con los campos Dina Cretáceos, Dina Terciarios, Palogrande, Cebú, Pijao, Santa Clara, Tenay y Dina Norte. Además, porque en la solicitud de modificación del PMA se contemplan nuevas líneas de flujo dentro del Área de Influencia fisico-biótica, definida en el documento de Modificación de los Campos Balcón, San Francisco y Palermo. Con base en lo que reporta la Empresa y lo verificado en campo por el Grupo Evaluador, se establece que existe superposición de áreas del proyecto campos Balcón, San Francisco y Palermo con áreas del proyecto campos Hulla Norte, ambos a cargo de la Empresa Ecopetrol S.A. Ahora bien, en el Documento de coexistencia la Empresa indica que estos proyectos pueden coexistir (siempre y cuando se respete la zonificación de manejo establecida para cada proyecto) en razón a que, como lo reporta la Empresa en el mencionado escrito, entregado con radicado 2015065149-1-000 del 4 de diciembre de 2015, "... el manejo y responsabilidad de los impactos ambientales que se generan en el área superpuesta, se harán conforme a quien le corresponda, es decir, los impactos que se puedan generar por la operación del campo dentro de lo establecido en el expediente LAM 2307, es decir la Resolución 003 de 2003, modificada por la Resolución 0455 de 2013, serán exclusivos de dicho instrumento y, los que se generen por la operación de la línea, recaerán exclusivamente en el expediente LAM0215, ya que el actual titular de ambos instrumentos de manejo y control ambiental, es la Empresa ECOPETROL Respecto ala infraestructura existente. Según la información consignada en el EIA, en términos generales, la infraestructura al interior de los Campos Balcón, San Francisco y Palermo comprende infraestructura vial, infraestructura petrolera y de servicios públicos, como se presenta a continuación: Infraestructura vial La Empresa presenta la identificación tanto de las vías de acceso como de las vías al interior del polígono objeto de licenciamiento, para lo cual utiliza dos clasificaciones: según su funcionalidad (INVIAS) y según sus especificaciones técnicas (IGAC). Asi mismo se presenta la información relacionada con los recorridos necesarios para ingresar al Campo, describiendo cada una de las vías e identificando las obras existentes en dichas vías. Durante la visita de evaluación se realizó la verificación de la mayoría de las vías existentes, identificando la concordancia de lo percibido en campo con la información presentada por la Empresa. Tabla Red vial campos Balcón, San Francisco v Palermo según clasificación INVIAS INVIAS Longinici Kilóelles -7" Primer Orden 43.55 Segundo Orden 47.43 Temer Orden 77.68 Privadas 115.20 Total 28185 Fuente: Tomado y modificado del documento Modificación del Plan de Manejo Ambiental Campos Balcón, San Francisco y Palermo. Radicado 2015065149-1-000 del 4 de diciembre de 2015. Resolución No. 050 1 2 MAY 2016' Del de Hoja No. 14 "POR LA CUAL SE MOD F CA EL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ESTABLECIDO MEDIANTE LA RESOLUCIÓN 758 DEL 04 DE JULIO DE 1989, MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN 1237 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2003 Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES" Tabla Red vial campos Balcón, San Francisco v Pa LOngitud IghibeIrfl: 87.76 31.66 1.04 131.04 27.92 4.44 283.85 '1,: Via Tipo 1 Via Tipo 2 Vía Tipo 3 Vía Tipo 4 Via Tipo 5 Via Tipo 6 Total Fuente: Tomado y modificado y Pa armo. Radicado 2015065149-1-000 del 4 de diciembre de 2015. Infraestructura petrolera La infraestructura petrolera existente al interior de los campos objeto de modificación del instrumento ambiental corresponde a la desarrollada en la etapa de producción del proyecto Durante la visita de evaluación se realizó el reconocimiento de estas plataformas evidenciando que corresponde con lo presentado en el documento de modificación del Plan de Manejo para los Campos Balcón, San Francisco y Palermo. De acuerdo con lo reportado por La Empresa, y lo observado en la visita de evaluación, el campo Balcón en la actualidad cuenta con (26) pozos, de los cuales 8 se encuentran abandonados, 2 cerrados temporalmente, (1) un pozo con bombeo mecánico, (10) con Bombeo electro sumergible y 5 pozos de inyección de agua. B017211 0 Meo Ilimbeo O' icl Inyección ., 11 PIacaige abandono , Sin Mecanismo s Total 8 0 2 8 2 Abandonado C4frade Inyector de Agua Proquctor 6 1 6 9 10 Total 1 9 6 8 2 26 ornado y modificado del documento .. cion del Plan de Manejo Ambiental Campos Balcón, San Francisco y Palermo. Radicado 20150651494-000 del 4 de diciembre de 2015. El campo San Francisco en la actualidad cuenta con (201) pozos, de los cuales 18 se encuentran abandonados, 4 cerrados temporalmente, (14) pozos con bombeo mecánico, (66) con Bombeo electro sumergible, 21 pozos con bombeo con cavidades progresivas, 77 pozos de inyección de agua y 1 pozo captador GP agua 1 este último cerrado. .,...,„.„,,,,, ..., „.,,,,„.. Bombeo Mecánico Cerrado ESP Inyección Abandonado Lapida PCP Sin Mecanismo Total 18 Captación 18 0 Cerrado 4 Inyector de Agua 77 Productor Productor/Inyector Total general s,— y 13 66 4 77 21 100 14 1 66 77 18 21 4 201 " enro " mooincecton del Plan de Manejo Ambiental Campos Balcón, San Francisco y Palermo. Radicado 20150651491-000 del 4 de diciembre de 2015. 4 Campo Palermo El campo de producción Palermo en la actualidad cuenta con dos (2) locaciones con siete pozos, en donde se direccionan los fluidos hacia la Batería Santa Clara del Campo Huila Norte. Resolución No. O í 509 Del 1 2 MAY 2016' de Hoja No. 15 "POR LA CUAL SE MODIFICA EL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ESTABLECIDO MEDIANTE .- \ LA RESOLUCIÓN 758 DEL 04 DE JULIO DE 1989, MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN 1237 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2003 Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES" Nombre Palermo 1 Este 858019.6 Palermo 2 857771.0 Palermo 3 Palermo 4 858018.0 857770.8 858002.9 Tabla Relación de pozos Norte Tipo 817402.3 Productor 816735.4 Productor 817402.2 816724.1 Productor Productor Productor Mecanismo Bombeo Mecánico Bombeo Mecánico PCP Estado Activo Activo Activo Activo Bombeo Mecánico Palermo 5 817414.1 PCP Activo Palermo 6 857771.0 816752.5 Productor Bombeo Mecánico Activo Palermo 7 857758.6 816718.8 Productor PCP Activo vente: Tomado y modificado del documento Modifcación del Plan de Manejo Ambiental Campos Balcón San Francisco y Palermo. Radicado 2015065149-1-000 del 4 de diciembre de 2015. Líneas de flujo Tal y corno lo reporta la Empresa en el Estudio de Modificación al Plan de Manejo de los Campos Balcón, San Francisco y Palermo, los fluidos extraídos de cada uno de los pozos productores son conducidos a través de líneas de acero carbón de diferentes diámetros, organizadas mediante elementos preensamblados, los cuales conforman un sistema de tuberías de transpode y pruebas, manifoldá, válvulas de redireccionamiento, regulación y paso de flujo, entre cada uno de los pozos y la Facilidad más cercana (Balcón, Monal y Satélite). Debido al número de pozos y la ubicación de los mismos en los diferentes campos de producción, existe un vasto kilometraje de líneas de flujo en los tres campos tal y como se relaciona en la siguiente tabla. Tabla Total de lineas en los campos Balcón, San Francisco v Palermo PO SAN FRANCISCO §E,' PC COLECTOR POZOS LÍNEA INY AGUA LÍNEA POZO PROD LÍNEA TRANSE CRUDO LÍNEA TRANSE GAS TRANSE AGUA COLECTOR POZOS LÍNEA INY AGUA BALCÓN ,tas.1 51610 133110 203439 5000 5000 10000 O 11009 LÍNEA POZO PROD 29844 LÍNEA TRANSE CRUDO O LÍNEA TRANSE GAS TRANSF AGUA COLECTOR POZOS LÍNEA INY AGUA LINEA POZO PROD LÍNEA TRANSF CRUDO LÍNEA TRANSF GAS TRANSF AGUA O O 0 O 8853.48 PALERMO O O O IIP TOTAL TUBERÍA 45786548 ' 1 ,1 Fuente: Tomado y modificado del documento Modificación del Plan de Manejo Ambiental Campos Balcón, San Francisco y Palermo. Radicado 2015065149-1-000 del 4 de diciembre de 2015. Gasoductos y oleoductos Al interior de los campos de producción se encuentran los gasoductos (Batería Mona! - Batería Dina), (Batería Balcón - Bateria Dina) y los oleoductos Monal - Tenay y Balcón Tenay, La Empresa reporta los cruces con infraestructura, los cruces subfluviales, situación que se ve reflejada en campo y que se ajusta a lo descrito en el texto del Estudio de Modificación. Resolución No 0 5 9Del 1 2 MAY 2016 de Hoja No. 16 "POR LA CUAL SE MODIFICA EL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ESTABLECIDO MEDIANTE LA RESOLUCIÓN 758 DEL 04 DE JULIO DE 1989, MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN 1237 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2003 Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES" Baterías En la parte norte del campo San Francisco, se localiza al interior del área de facilidades de producción la Batería Monal, el Área Administrativa, el Centro de Generación (CGM) y la Planta de Inyección de Agua de El Monal. En la porción sur de este campo se localiza la Batería Satélite, la cual sirve de apoyo a las facilidades de producción de El Monal, direccionando los fluidos procesados hacia esta batería y posteriormente despachándolos hacia la estación de bombeo Ten ay, operada por Hocol S.A. El Campo Balcón cuenta con la Batería Balcón y la Planta de Inyección de Agua Balcón destinada al procesamiento de los fluidos procedentes de la producción de dicho campo. Es a partir de la infraestructura existente la Empresa plantea el desarrollo del campo, adecuándose a las necesidades futuras, explorando nuevas zonas, ampliando localizaciones existentes y generando sistemas de recobro que contribuyan a mantener los niveles de producción del campo, teniendo en cuenta las características de los yacimientos y las condiciones ambientales de la zona. Respecto a las actividades proyectadas como estrategias de desarrollo de los Campos Balcón, San Francisco y Palermo Mantenimiento y adecuación de las vías existentes. En cuanto a la adecuación y mantenimiento de vias, la Empresa manifiesta que previo a la utilización de una via realizará un inventario detallado con el fin de identificar su estado actual, e identificar los tramos y obras puntuales donde será necesario su mantenimiento y/o adecuación, con el fin de permitir el tránsito normal de la vía y de vehículos pesados, para después de su uso, entregar a la comunidad en mejores y/o en las mismas condiciones en las que se encontraba; sin embargo, dentro de la caracterización vial presentada se establecen las vías y kilómetros que se deben adecuar y mantener para el desarrollo de la actividad petrolera, (—) Con base en el diagnóstico detallado de la infraestructura vial realizado, en el estudio de impacto ambiental (DA), la Empresa propone la adecuación de 55,85 km de vías al interior de los campos Balcón, San Francisco y Palermo, con la siguiente relación por campo; Palermo Z49 km, San Francisco 21,52 km y Balcón 31,846 km, especificando las generalidades que requerirán los procesos de adecuación, necesarias en cada tramo vial donde identificó deficiencias para la movilización del tráfico requerido para el desarrollo del proyecto; entre ellas: La demolición y remoción, el mejoramiento altimétrico y geométrico, la construcción de rellenos y terraplenes, la localización y el replanteo, la remoción de cobertura vegetal y descapote, los movimientos de tierra, la conformación de la superficie de rodadura, la construcción de obras de geotecnia y estabilización de taludes, la construcción, adecuación y mantenimiento de obras de drenaje, y, limpieza de obras para el manejo del drenaje superficial con sus especificaciones tipo. Por otra parte, en el EIA se aluden las labores de mantenimiento vial, especificando las acciones a realizar en el mantenimiento rutinario, periódico y de emergencia; esta es una actividad que la Empresa debe tener en cuenta con la frecuencia necesaria, dado que la movilización del tráfico pesado genera impactos como el deterioro constante de la malla vial, la generación de conflictos con las comunidades, y el riesgo de accidentalidad cuando se realiza a través de vías que no cuenten con el debido mantenimiento. Igualmente es importante considerar que esta actividad no es una labor exclusiva al interior del área donde se desarrolla el proyecto, es decir que si resultara indispensable alguna labor de mantenimiento de los corredores viales utilizados para la seguridad del transporte de los fluidos que se salen del área, la Empresa deberá coordinar su ejecución con las autoridades competentes y/o con los demás usuarios, con el fin de garantizar la continuidad de sus actividades y la seguridad de las mismas. Construcción de vías de acceso Acorde con las actividades planeadas para el desarrollo del proyecto, y con las condiciones de accesibilidad actuales, la Empresa proyecta la construcción de máximo 184,5 km de vias, en trayectos que no superarán los 4,5 km de longitud, distribuidos por campo de la siguiente manera; Campo Balcón 67,5 km, de los cuales 27 km serán construidos para el acceso a nuevas locaciones y 40,5 para el acceso a NFE; Campo San Francisco 99 km, de los cuales 45 km serán para el acceso a nuevas locaciones y 54 km para el acceso a NFE; y, Campo Palermo en donde se construirán 18 km de vías para el acceso a nuevas locaciones Resolución No. 050 9Dei 1 2 MAY 2016 de Hoja No. 17 í "POR LA CUAL SE MODIFICA EL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ESTABLECIDO MEDIANTE LA RESOLUCIÓN 758 DEL 04 DE JULIO DE 1989, MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN 1237 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2003 Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES" El Estudio para la modificación del Plan de Manejo de los campos Balcón, San Francisco y Palermo, indica las especificaciones técnicas a tener en cuenta en el proceso constructivo, a continuación se muestran las más relevantes. Tabla Especificaciones técnicas para la construcción Longitud proyectada por cada'ía nueva Derecho de vía Ancho de banca Ancho de calzada Altura de terraplén Espesor del afirmado Taludes de corte Taludes de terraplén Radio de curvatura Bombeo Pendiente Longitudinal Cunetas •5 4.5 km 12,00m Variable: entre 4,50 y 7,00 m Según el ancho de la calzada Variable: entre 4,50 y 6,00 m Según lo especificado en la siguiente tabla Variable: entre 0,5 y 2 ni Según las condiciones del sitio Variable: entre 0,20 y 0,30 m 1H:1V Estabilizados y protegidos una vez perfilados 1,5H:1V Estabilizados y protegidos una vez perfilados 22 rn. mínimo 2 % mínimo 18 % máximo En V perfiladas sobre rasante, con pendiente mínima de 1% Fuent y Palermo. Radicado 2015065149-1-000 del 4 de diciembre de 2015. RF/104. RRIM Plano Ondulado Tabla Anchos de la Calzada en función de la To o rafía NI j S, 4,50 4,50 Bahías de sobrepaso cada 500 ni Bahías de sobrepaso cada 500 m, sobre anchos en Montañoso 5,50 curvas y cunetas en V a lado y lado. Bahías de sobrepaso cada 500 PI, sobre anchos en Escarpado 6,00 curvas y cunetas en V a lado y lado. Fuente: Tomado y modificado del documento Modificación del Plan de Manejo Ambiental Campos Balcón, San Francisco y Palermo. Radicado 2015065149-1-000 del 4 de diciembre de 2015. Así mismo, la Empresa presenta los diseños tipo que se aplicarían a estas vías, describiendo los métodos y etapas constructivas, tanto de las vías como de las posibles obras de arte asociadas a las mismas, dentro de las cuales se encuentran las siguientes: - Alcantarillas - Box Coulvert - Disipadores de energía - Descoles. - Canales. Quiebrapatas. - Drenes francés Puentes y pontones. - Bateas. De acuerdo con las obras de arte descritas, es preciso aclarar que en ningún caso se considerará autorizar la construcción de bateas debido a los efectos que las mismas generan sobre la dinámica hidrica e interrupción del flujo normal de la corriente intervenida, especialmente en épocas de menor precipitación, lo cual se aclara puntualmente en lo referente al permiso de ocupación de cauces. Finalmente, la Empresa presenta una descripción de la señalización asociada a las vías a construir, la maquinaria necesaria y el cronograma estimado para la construcción de las vias. 09 Resolución No. O S 1 2 MM 2016: Del de Hoja No. 18 "POR LA CUAL SE MODIFICA EL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ESTABLECIDO MEDIANTE LA RESOLUCIÓN 758 DEL 04 DE JULIO DE 1989, MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN 1237 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2003 Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES" En concordancia con lo anterior, se solicita autorizar la construcción de hasta 184,5 km de vías km de vías nuevas, para el acceso a nuevas plataformas y Pozos NFE. El trazado de las vías definitivas deberá respetar la zonificación de manejo ambiental que se establezca para el proyecto. (...) Construcción, ampliación, adecuación y mantenimiento de locaciones Ampliación de locaciones existentes. La Empresa pretende ampliar las locaciones existentes a Z5 ha, la relación por cada campo de infraestructura a ampliar se presenta a continuación. Ta .. .. - 4: LOCAM011,:f1~faittraRta»Pilalaidur - Jb LOCACIONy; Cluster 1 Locación Balcón 10 - 16 Locación Balcón Sur Este Locación Balcón 7 Locación Balcón 9 Locación Balcón 2-75 0.69 0.83 1.02 0.51 059 0.48 1.31 1.17 098 1.49 1.41 1.52 F Locación Balcón 112.14 Locación Balcón 117,1825 Locación Balcón 19-21-26 Locación Balcón 23 Locación Balcón 22 y 27 Total Ha Ha ÁREA AMPLIAR Ha) 072 7.28 7.52 0 48 1.3 0.7 O 88 1.12 1.01 0.99 12.45 Rad ado 2015065149-1-000 del 4 de diciembre de 2015 • lbCACI:1ft l'•;•" • Locación SF 1 SF 143 - SF 154 SF 052 153 1.48 Locación SF 101 78 0.2 1.33 1.32 Locación SF 31 -100 (13 1.7 Locación SF 103 0.54 1.36 0.52 1.48 Locación SF 105 a 47 Locación SF 109 0.67 Locación SF 10-SF 0.68 209 1.53 Locación SF 113 t_Jnd , , IllIti Locación SF 21-SF 145 - SF 134 - SF - 0.86 203 - SF 125 Locación SF 22-980.45 187 Locación SF 23-SF 177 - SF 145 Locación SE 24 - SE 204 Locación SF 28-SF 135 Locación SF 29 Locación SF 3 Locación SF 102 Locación SF 104 .. v'l .,S 9+''.. v..; y voii 1 icillUIJUU el a91'" ;fi& Á RIR Rretg -Kg ...,• 1.14 Locación SF 6 1.55 Locación SF 60 -SF 96 0.71 SF 205 - SF >X Locación SF 61 - SF 129 0.71 - SF 208 1.29 1.63 0.47 0.43 1.57 0.64 1.36 Locación SF 62-SF 127 0.4 1.6 a 48 (128 1.52 1.72 Locación SF 64- SF 146 0.54 - SF 168 - SF -77 Locación SF 65-SF 107 0.3 Locación SF 66 0.43 0.64 1.36 Locación SF 67- 184 037 1.53 1.29 7.46 1.7 1.57 0.34 1.66 0.99 1.01 054 1.46 653 1.47 0.5 1.5 0.17 1.83 Locación SF 32 0.4 1.6 127 1.73 Locación SF 33 0.3 1.7 023 1.77 0.29 1.71 Locación Sr 34 -SF 0.57 171 - SF 91 Locación SF 35 0.24 1.76 Locación SF 68 - SF 92- SF 126 - SF 138 SF 182 Locación SF 69-SF 764 -SF 83 - SF -163 Locación SF 70-SF 172 - SF 202 - SF 122 Locación SF 72 0.21 1.79 Locación SF 36 1.64 Locación SF 74 0.6 1.4 0.45 1.55 1.38 Locación SF 75 - SF 90 0.4 1.6 0. 48 1.52 Locación SF 37 - SF 0.62 117 Locación SF 38 - SF 0.26 118 1.74 Locación SF 76-SF 82 0.45 1.55 Locación SF 115Peña? Locación SF 116 SF 12 - PENAS 4 Locación SF 119 Locación SF 49 SF 120 Locación SF 137-SE 81 Locación SF 141 -SF 18 - SF 201 Locación SF 142-SF 48 - SF 165 - SF 169 Locación SF 14-94 1159 1.41 Locación SF 39 0.22 1.78 Locación SF 78 - SF 176 am 7.46 0.31 1.69 Locación SF 4 0.39 1.61 1.84 Locación SF 15-121 0.42 1.58 Locación SF 40-89 7.34 0.66 Locación SF 79 0.16 Locación SF 85- SF 13 SF 123 - SF 185 - SF 0.65 036 1.43 188 Locación SF 152 0.39 1.61 Locación SF 41 0.34 1.66 Locación SF 8-SF 156 0.43 SF 161 1.35 1.57 Resolución No. Del 1 2 MAY 2016 de Hoja No. 19 "POR LA CUAL SE MODIF CA EL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ESTABLECIDO MEDIANTE LA RESOLUCIÓN 758 DEL 04 DE JULIO DE 1989, MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN 1237 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2003 Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES" a '444' in plifr :„..i. Locación SF 155-80 Locación SF 167- SF 93 - SF 27 - SF 139 Locación SF 16-SF 140 Locación SF 174 Locación SF 175 71 Locación SF 178-SF 160 - SF 47 - SF -97 Locación SF 180 -SE 131- SF 25 - SF 130 - SF 147 Locación SF 186SF 86 - SF 11 - SF 124 Locación SF 19-SF 188 - SF 157 Locación SF 2 - SF 163 Locación SF 204 SF 24 Locación SF 20-SF 149 055 1.45 Locación SF 9 - SF 151 0.21 1.79 0.72 1.28 Locación SF 95-SF 45 asa 1.62 0.6 14 . 1.2 Locación SF 42 - SF 112- SF 173 - SF 170 Locación SF 43-SF 128 - SF 136 Locación SF 44-SF 133 - SF 148 Locación SF 46-84 0.24 1.76 Locación SF 99- SF 111 0.47 - SF 30 - SF 179 Locación 3F63-159-132 0.59 059 1.41 Locación SF 5 0.33 1.67 Área Almacenamiento 2 0.19 1.81 0 74 ' 1 26 ' Locación SF 50-SF 0.46 158-SF 114 1.54 Área Almacenamiento 3 0.046 1.954 0.57 1.43 Locación SF 51-150 0.37 1.63 Bodega la Virginia 1.6 0.4 0.55 1.45 Locación SF 52 0.44 1.56 Bombas PIA 0.123 1.877 0.6 1.4 Locación SF 53-SF 0.48 144 - SF 181 1.52 Patio de Tubería 0.43 1.57 0.43 1.57 Locación SF 54 0.78 1.22 Patio de Tubería 3 1.096 0.904 0.48 1.52 Locación SF 55 0.56 1.44 0.47 1.53 061 1.39 0.31 1.69 0.8 1.53 1.41 Locación SF 59-SF 0.27 1.73 108 Total Hectáreas ampliar Campo San Francisco 137.765 Fuente: Tomado y modificado del documento Modificación del Plan de Manejo Ambiental Campos Balcón, San Francisco y Palermo. Radicado 2015065149-1-000 del 4 de diciembre de 2015. 0.46 1.54 Cada una de las locaciones ocupará un área máxima de 2,5 hectáreas; áreas en las cuales se ubicarán los componentes descritos por la Empresa en la documentación técnica y ambiental presentada como soporte para la modificación del Plan de Manejo Ambiental. Respecto a la ampliación solicitada, al revisar algunas áreas propuestas para la ampliación no se encontraron elementos sensibles. En conclusión, una vez revisada la información allegada y de acuerdo a lo observado durante la visita de evaluación, se considera viable la ampliación de las locaciones existentes, siempre y cuando se cumpla con las restricciones estipuladas en la zonificación de manejo ambiental en zonas de sensibilidad baja que no se encuentran en categorías de manejo que restrinjan las obras propuestas. Construcción de nuevas locaciones en áreas actuales de producción Se construirán un total de 20 locaciones en áreas de operación actuales, con un área total de 47.5 ha, 6 locaciones que ocuparán máximo 2,5 ha en el Campo Balcón, 10 locaciones que ocuparan máximo 22,5 ha en el campo San Francisco y finalmente en el campo Palermo 4 locaciones que ocuparán un área máxima de 10 ha, de acuerdo a lo reportado por la Empresa en el documento Modificación de los campos Balcón, San Francisco y Palermo tal y como se presenta a continuación. Tabla Construcción de nuevas locacion s en áreas de operación actuales 4.12,0AMPA0 Sal, ACa Balcón 6 15 10 22.5 San Francisco Palermo 4 10 Total 20 47.5 Fuente: Tomado y modificado del documento Modificación del Plan de Manejo Ambental Campos Balcón, San Francisco y Palermo. Radicado 2015065149-1-000 del 4 de diciembre de 2015. En el estudio también se discriminaron las áreas para placas del ta adro y para equipos auxiliares, para los sistemas de manejo de aguas lluvias y aceitosas, las áreas para la 'nstalación de estructuras o instalaciones de apoyo (áreas para tanques, almacenamiento de químicos, combustibles y residuos sólidos, casetas, Resolución No. Hoja No. 20 de Del 1 2 MAY 2016 "POR LA CUAL SE MODIFICA EL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ESTABLECIDO MEDIANTE LA RESOLUCIÓN 758 DEL 04 DE JULIO DE 1989, MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN 1237 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2003 Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES" campamentos, áreas de servicio como oficinas, alojamiento de personal, casino, instalaciones sanitarias portátiles; o zonas libres para parqueaderos o vías de circulación interna, entre otras); áreas para el manejo de aguas residuales por aspersión. Se considera adecuada la distribución del área de las locaciones, para la ubicación de la infraestructura requerida por la Empresa, teniendo en cuenta que se fundamentó en las necesidades del proyecto, según lo indicado en el Estudio. Sin embargo esta Autoridad no considera adecuado el concepto planteado por La Empresa de NO CONSTRUIR CUNETAS, ya que se estaría desconociendo la funcionalidad de estas estructuras en el control de derrames. Construcción de nuevas locaciones en zonas cercanas a los activos de producción Como parte de la estrategia de desarrollo también se proyecta la construcción de 21 locaciones en los campos Balcón y San Francisco con un área máxima por locación de 2,5 ha, en áreas cercanas de las zonas de producción actuales NFE, (Near Field Exploration). Este tipo de locaciones no varía en su proceso constructivo y en los requerimientos de recursos de las implementadas en las áreas actuales de producción, dentro del estudio, la Empresa consigna que la diferencia radica principalmente en el desarrollo de procesos exploratorios cerca de activos de producción, para identificar oportunidades que conduzcan a incrementar los recursos contingentes, la producción y las reservas, así como para la aplicación de sinergias hacia la optimización de costos de perforación y producción. Respecto a las zonas de disposición de materiales de excavación ZODME La Empresa reporta la necesidad de construir un Zodme por cada cuatro locaciones construidas, cada uno con un área máxima de 4ha y un volumen de almacenamiento mínimo de 5000,70. Las características principales se presentan a continuación. Tabla Parámetros generales para la adecuación del área para ZODME Taludes Obras de drenaje Altura Bombeo de la corona y terrazas Modo de relleno Estructuras de contención y soporte r 21-1 V Perfilado rey eta/izados Filtros longitudinales y transversales en la base dispuestos en forma de espina de pescado Zanjas de corona, cunetas en las terrazas y canales perimetrales en la base Variable de acuerdo al área y en terrazas de máximo 3,0 in de altura 2- 3 % Por capas compactadas con bu/licero similar en espesores menores de 0,40 m o el que establezca el geotecnista Si se requieren: gaviones, trinchas, geomallas, sacos rellenos, tierra armada, etc. Se define de acuerdo con el mapa de zonificación de manejo ambiental y el volumen de sobrantes a disponer Fuente: Tomado y modificado del documento Modificación del Plan de Manejo Ambiental Campos Balcón, San Francisco y Palermo. Radicado 2015065149-1-000 del 4 de diciembre de 2015 ( Área La Empresa justifica la necesidad de las ZODME para la disposición de material sobrante, cortes de perforación con lodos base agua y escombros, manifestando su compromiso con la re utilización de sobrantes. Si bien la Empresa justifica la necesidad de las ZODME para el desarrollo de las actividades del proyecto, es probable que con el avance del proyecto no se produzcan los materiales suficientes para la adecuación de las ZODME propuestas, por lo cual, se considera que las ZODME se adecuarán una a una y solo una vez se haya completado la capacidad de disposición de material (5.000m3), se podrá proceder a la adecuación de la siguiente ZODME. Resolución No Del 1 2 HAY 201 de Hoja No. 21 "POR LA CUAL SE MODIFICA EL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ESTABLECIDO MEDIANTE LA RESOLUCIÓN 758 DEL 04 DE JULIO DE 1989, MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN 1237 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2003 Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES" Por otra parte, al analizar la solicitud no se encuentra una relación adecuada entre las locaciones a construir y/o adecuar contra los zodmes a construir, si bien se plantea la adecuación de una Zodme cada cuatro locaciones construidas, el número final de zodmes al pretender adecuar y construir la totalidad de locaciones propuestas (143) sería un numero de 35,7. Teniendo en cuenta lo anterior el número de zodmes a adecuar en la totalidad del proyecto sería de 36. De acuerdo con la evaluación de la información presentada por la Empresa y la verificación realizada durante la visita de evaluación, se considera viable la adecuación de las ZODME solicitadas, cumpliendo con las condiciones que se establecen en la parte resolutiva del presente Acto Administrativo y las especificaciones ambientales referidas por la Empresa para la adecuación de estas zonas en el Estudio de Modificación del Plan de manejo de los Campos Balcón, Palermo y San Francisco. Construcción del centro de acopio de residuos industriales La Empresa manifiesta que proyectará la construcción de un centro de acopio de un máximo de 3 ha, en el campo San Francisco o Balcón, "...cuyo objetivo es el manejo integral de residuos sólidos y que además funcionara como sitio de almacenamiento temporal de material de descapote y rocería, este será abierto, cerrado y tendrá unidades modulares para la separación de residuos sólidos...". El procedimiento constructivo del centro de acopio de residuos industriales de 3 ha, es similar al establecido para la construcción de una locación, con las siguientes actividades: • • • • • • Localización y replanteo. Remoción de cobertura y descapote. Movimientos de tierra (perfilados de taludes, excavaciones, rellenos. Conformación de la superficie. Obras de geotecnia y estabilización de taludes. Construcción, adecuación y/o mantenimiento de obras civiles, eléctricas y mecánicas. La Empresa establece en el capitulo 4 que el centro de acopio pretenderá dar el manejo a los residuos industriales y convencionales. La Empresa presenta la caracterización de los residuos industriales a generar durante la etapa operativa (construcción, ampliación o mantenimiento de vías, locaciones, zodmes, facilidades, líneas de flujo, perforación y pruebas de producción) y los residuos convencionales que se generan en las diferentes etapas y actividades; el manejo específico que deberá dar la Empresa a los mismos se establecerá en la parte resolutiva del presente Acto Administrativo. De acuerdo con lo planteado por la Empresa, el centro de acopio deberá contar con las siguientes especificaciones: • El sitio de acopio debe estar señalizado y localizado al menos a 100 m de cualquier receptor sensible como cuerpos de agua, hospitales, escuelas, sitios de almacenamiento y preparación de alimentos. • Localizado en terrenos no inundables, apartados de vías de comunicación o peatonales y lejos de movimiento de maquinaria pesada, con piso de material impermeable, techado, con ventilación adecuada y con sistemas de contención secundaria de derrames con una berma adecuada para contener el volumen de aceite en los equipos. • El sitio debe poseer estibas para ubicar los transformadores sobre éstas y sujetados de manera adecuada • Con espacio interior libre que facilite la movilidad de los envases. • Fácil acceso para cargue, movimientos internos y transporte. • Con piso impermeable, liso y libre de grietas. • Debe tener un desnivel en dirección a una trampa colectora y bordillo perimetral. • Protegido de la intemperie (bajo techo). • El techo debe tener canaletas de recolección de aguas lluvias y a su vez impedir la entrada de éstas al sitio. • Con ventilación natural y espacio abierto entre la parte superior de los muros y el techo. • Con extintores o sistema contra incendios. • Señalizado exteriormente como almacenamiento de residuos sólidos. • Señalizado en cada división interna con los rombos de seguridad de acuerdo al residuo. Resolución No. 5 0 ()Del 1 2 MAY 2016 de Hoja No. 22 "POR LA CUAL SE ODIFICA EL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ESTABLECIDO MEDIANTE LA RESOLUCIÓN 758 DEL 04 DE JULIO DE 1989, MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN 1237 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2003 Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES" • Estibado de unidades de embalaje. • Sistema de aislamiento para residuos incompatibles. • Sin exceder su capacidad de almacenamiento. En cuanto a los residuos generados se plantea el siguiente manejo por parte de La Empresa: • Cada residuo de acuerdo a su clasificación debe estar embalado y almacenado de manera independiente. • En el caso de la chatarra metálica ferrosa y no ferrosa, ésta se acopiará en patios de chatarra y bodegas de excedentes de las áreas. • En las áreas de almacenamiento de residuos se debe realizar un pesaje de los residuos que lleguen al sitio con el ánimo de llevar un control más riguroso de la generación de los mismos en las diferentes áreas. • Se debe contar con las hojas de datos de cada residuo, instructivos y procedimientos sobre emergencias. • Se debe contar con la matriz de compatibilidad que asegure el almacenamiento seguro de los residuos. • Se debe llevar un control de inventarios de todos los residuos. • No se debe almacenar en el mismo espacio residuos peligrosos con no peligrosos. • Se debe asegurar que los envases no sobrepasen su capacidad y que estén debidamente rotulados. • Se debe diligenciada lista de chequeo para instalaciones de almacenamiento de residuos. De acuerdo con la anterior información, la construcción y operación del centro de acopio de residuos deberá ceñirse a la definición de acopio establecida en el Decreto 1076 de 2015 "Acopio. Acción tendiente a reunir productos desechados o descartados por el consumidor al final de su vida útil y que están sujetos a planes de gestión de devolución de productos posf-consumo, en un lugar acondicionado para tal fin, de manera segura y ambientalmente adecuada, a fin de facilitar su recolección y posterior manejo integral. El lugar donde se desarrolla esta actividad se denominará centro de acopio". Por lo tanto, el manejo de los diferentes residuos generados deberá realizarse acorde con lo consignado en la tabla "Tratamiento, manejo disposición de residuos sólidos industriales". Construcción, operación y/o mantenimiento de lineas de flujo Las cantidades estimadas para esta estrategia de desarrollo, teniendo como base el mantenimiento de las lineas existentes y la ampliación de la operación de los campos Balcón, San Francisco y Palermo, se muestran a continuación. Tabla 114 PALEWOHIMMX • Operación y mantenimiento de las lineas de Pujo existentes 8.85 Km • Construcción de lineas de Pujo (crudo, agua y gas) de hasta 6' desde la Estación Santa Clara hasta las locaciones del campo Palermo, con longitud de hasta 9 kilómetros por linea, construidas en paralelo por los derechos de via de las lineas existentes. • Construcción de lineas de flujo en áreas de operación, trazado definido según zonificación ambiental, hasta de 9 kilómetros por línea, y/o paralelo a los derechos de vía de las lineas de flujo existentes del campo Palermo • Construcción de lineas de captación desde pozos copiadores hasta las facilidades de inyección. Según zonificación ambiental • Construcción de lineas de flujo, que interconecte al campo Palermo con campos de Operativos de Ecopetrol S.A. y Asociadas, de hasta 6° de diámetro Mantenimiento de líneas: 8.85km Construcción de líneas: 54 km r r !orto' Tnrn2rin I, mnelirn.. ,.. • d+r u." 'cu SAN FROWISC°:ttS1.24 ”Ul U clS BALCÓN ;itaal • Operación y mantenimiento de las • Operación y mantenimiento de las lineas lineas de flujo existentes 408.16 Km de flujo existentes 40.83 km • Construcción de lineas de flujo (crudo, agua y gas) con diámetro de hasta 8' • Construcción de lineas de Pujo (crudo, agua y gas) con diámetro de hasta 8' en en áreas del campo, el trazado estará áreas del campo, el trazado estará definido según zonificación ambiental, definido según zonificación ambiental, de de hasta 15 kilómetros por linea, y/o hasta 15 kilómetros por linea, y/o paralelo paralelo a los derechos de via de las a los derechos de vía de las lineas de lineas de flujo existentes, o áreas Pujo existentes, o áreas nuevas con nuevas con servidumbre constituida servidumbre constituida • Construcción de líneas de flujo, que interconecte al campo San Francisco • Construcción de lineas de flujo, que ',desconecte al campo Balcón con campos con campos Operativos de Ecopetrol Operativos de Ecopetrol S.A. y asociadas, S.A. y Asociadas, de hasta 6" de de hasta 6' de diámetro. diámetro. • Construcción de lineas de captación • Construcción de lineas de captación desde pozos captadores hasta las desde pozos espiradores hasta las facilidades de inyección. facilidades de inyección. • Construcción de lineas de crudo, • Construcción de lineas de crudo, prueba e inyección de 2"a 6' paralelas a las vial prueba e inyección de 2' a 6" paralelas a construir con una longitud de hasta 4.5 a las vías a construir con una longitud km para un total de 405 kilómetros de 4.5 km para un total de 54 nuevos para REF. kilómetros nuevos para NEE. Mantenimiento de líneas: 408.159 km Construcción de lineas: 297 km Mantenimiento de líneas: 4083 km Construcción de lineas: 202.5 km .umeato Modificacion del Plan de Maneto Ambiental Campos Balcón, San Francisco y Palermo. Radicado 2015065149-1-000 del 4 de diciembre de 2015. Resolución No. 05 0 9 Del 1 2 NAY 2016- de Hoja No. 23 "POR LA CUAL SE MODIFICA EL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ESTABLECIDO MEDIANTE LA RESOLUCIÓN 758 DEL 04 DE JULIO DE 1989, MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN 1237 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2003 Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES" Con relación a los sistemas de instalación, se considera que aunque enterrar la tubería ocasiona impactos adicionales respecto a la colocación superficial, estos son de carácter temporal y de corta duración; mientras que la tubería superficial (directamente sobre el terreno o sobre marcos H), genera impactos a la actividad agropecuaria' durante toda la etapa operativa, ya que la ganadería se desarrolla permitiendo el pastoreo libre de cientos de animales en cada potrero, sin ningún sistema de estabulación. Luego la existencia de tuberias superficiales dentro de los potreros constituiría obstáculos para el tránsito de vacunos y equinos, además la actividad ganadera pondría en riesgo a la infraestructura de las líneas de flujo. En este análisis también es importante tener en cuenta el diámetro de las tuberías, al respecto la Empresa informa: Tabla Determinación de Derechos de Vi !lommiiiniür j 1,:wil 'éréch Ey na. Linea General 8 7-8 Tubería Flexible 3 6 Tubería Metálica 3 6 Fuente: Tomad Radicado 2015065149-1-000 del 4 de diciembre de 2015. Por lo anterior, se estima pertinente que la instalación de la tubería se realice preferencialmente enterrada Teniendo en cuenta la sensibilidad ambiental de algunas zonas del área de influencia directa del proyecto, estos sectores deberán evitarse en lo posible para la instalación de líneas de flujo; no obstante, de resultar indispensable el trazado a través de dichas zonas, se requeriría el análisis especifico y técnicamente sustentado sobre el sistema de instalación. De cualquier forma toda zona donde la tubería requiera instalación superficial deberá ser debidamente aislada de la actividad ganadera mediante cercas de alambre, a las cuales deberá realizársele mantenimiento continuo; adicionalmente, en todos los sitios de acceso a los predios y/o potreros, la tubería deberá ser enterrada A continuación se analizan algunas de las propuestas presentadas por la Empresa para los cruces especiales: Cruces con cuerpos de agua: - Cruces aéreos. - Cruces sub fluviales. - Cruce a cielo abierto. Cruce lanzado. - Cruce por perforación (Perforación horizontal y perforación dirigida). - Cruce con tubería flexible. Teniendo en cuenta las características de los cruces especiales, La Empresa deberá tener en cuenta los siguientes aspectos: Cruces con corrientes: Aéreos (sobre marcos H) o sub fluviales (mediante perforación dirigida), dependiendo de las características específicas del cauce y del terreno. La primera opción deberá ser la de perforación dirigida, con el fin de reducir la generación de riesgos sobre el cauce durante la etapa operativa; en este caso es necesario tener en cuenta además del derecho de vía, el área requerida para la plataforma de ubicación del taladro, la cual no fue reportada en la presente modificación, y por lo tanto deberá sustentarse técnicamente, informarse en los PMA específicos, y limitarse a la indispensable para la ejecución de la actividad; igualmente, dichos planes de manejo específicos deberán contener los estudios y diseños de ingeniería detallados de estos cruces especiales. La ejecución de cruces con corrientes de forma aérea (sobre marcos H), solo podrá efectuarse si las características especificas del sitio no permitieran el método subfluvial con perforación dirigida, lo cual deberá demostrarse en los estudios específicos, enfatizando en las características geométricas del cauce y del terreno, en los estudios geotécnicos detallados del subsuelo y, en los análisis hidrológicos e 1 Actividad económica predominante en la zona Resolución No.0 50 9 Del 1 2 MAY 2016 de Hoja No. 24 "POR LA CUAL SE MODIFICA EL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ESTABLECIDO MEDIANTE LA RESOLUCIÓN 758 DEL 04 DE JULIO DE 1989, MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN 1237 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2003 Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES" hidráulicos especificos del cauce y del sitio del cruce. Los respectivos estudios y diseños de ingeniería detallada deberán allegarse en los planes de manejo específicos. - Cruces con vías: Enterrados mediante perforación dirigida, o mediante zanja abierta, dependiendo del tipo de vía. Respecto a esta actividad, se debe precisar que para el presente análisis, no se considerará autorizar ningún tipo de actividad que no esté circunscrita al área de influencia directa definida por la Empresa en la presente modificación del Plan de Manejo Ambiental, por lo que la Empresa deberá presentar el levantamiento topográfico y el abscisado de la línea a construir y sustentar su construcción mediante la superposición del Área de Influencia Directa establecida en el presente Acto Administrativo. Operación, mantenimiento de la infraestructura en las baterías (agua, crudo v gas), locaciones v plantas de inyección V actividades de recobro. Para esta actividad Ecopetrol S.A plantea el siguiente desarrollo al interior de sus campos. Campo Palermo. - Construcción y Operación de Facilidades Tempranas durante pruebas iniciales y extensas en la perforación de nuevos pozos dentro de las locaciones existentes y proyectadas. Construcción de un Sistema de tratamiento y/o inyección de fluidos en un área 5 ha, ubicadas por zonificación en campo Palermo, para lograr las actividades de recobro tales como lnyección/reinyección de agua, agua mejorada y gas. Campo San Francisco: - Operación de Facilidades Tempranas durante pruebas iniciales y extensas en la perforación de nuevos pozos dentro de las locaciones existentes y proyectadas. Ampliación de las Baterías Monal y Satélite hasta un área adicional de 4.0 ha, total 8 ha, para la optimización del tratamiento e inyección de fluidos, agua, agua mejorada, gas (cualquier tipo de gas) en función de la zonificación ambiental del presente estudio. - Construcción de 3 sistemas de tratamiento y/o inyección de fluidos en un área 3 ha cada sistema, ubicadas por zonificación en campo San Francisco, para lograr las actividades de recobro tales como Inyección/reinyección de agua, agua mejorada (ASP) y gas (CO2 y N2). Su ubicación se realizara en función de la zonificación ambiental del presente estudio para un total de 9 ha requeridas. Construcción de 1 (una) Facilidad de 7 ha, para el manejo de la producción de fluido procedente de los pozos NFE a perforar. Campo Balcón: - Operación de Facilidades Tempranas durante pruebas iniciales y extensas en la perforación de nuevos pozos dentro de las locaciones existentes y proyectadas. Construcción de un sistema de tratamiento e inyección de fluidos en un área 3 ha, ubicadas por zonificación en campo Balcón, para lograr las actividades de recobro tales como Inyección/reinyección de agua, agua mejorada y gas - Ampliación de la Batería Balcón hasta un área adicional de 3.0 ha, total 10 ha. - Construcción de 1 (una) Facilidad de 7 ha, para el manejo de la producción de fluido procedente de los pozos NFE a construir Al respecto esta Autoridad manifiesta lo siguiente: . Se procederá a autorizar la operación de facilidades tempranas dentro de las locaciones existentes y proyectadas de acuerdo a la siguiente tabla. Tabla Áreas de am ¡ación máxima facilidades actuales de amptiaddif ha lariaildiffil Balcón 4.0 Monal 4.0 Satélite 8.0 Resolución No. O 5 O 9 Del 1 2 MAY 2016 de Hoja No. 25 (-- "POR LA CUAL SE MODIF CA EL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ESTABLECIDO MEDIANTE -N \ LA RESOLUCIÓN 758 DEL 04 DE JULIO DE 1989, MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN 1237 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2003 Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES" Total 16.0 Fuente: Tomado y modificado del documento Modificación del Plan de Manejo Ambiental Campos Balcón, San Francisco y Palermo. Radicado 2015065149-1-000 del 4 de diciembre de 2015. Se procederá a autorizar la ampliación de las Baterías Mona/ y Satélite hasta un área adicional de 4 ha, para un total de 8 ha, teniendo en cuenta lo establecido en la zonificación de manejo ambiental. Se procederá a autorizar la ampliación de la Moda Balcón hasta un área adicional de 3 ha, teniendo en cuenta lo establecido en la zonificación de manejo ambiental. Se procederá a autorizar la construcción de una facilidad de 7 ha en el campo Balcón y de una facilidad de 7 ha en el campo San Francisco, para el manejo de producción de fluido procedente de los pozos NFE a perforar' su ubicación se hará teniendo en cuenta la zonificación de manejo ambiental establecida en este Acto Administrativo. Con el fin de garantizar que las estructuras que hagan parte del sistema de manejo de las aguas limpias y contaminadas construidas al interior de las Facilidades, cuenten con capacidad suficiente para evacuar de manera permanente grandes volúmenes de agua, principalmente durante la temporada de lluvias, estas estructuras deberán diseñarse y construirse, con base en cálculos hidráulicos que tomen en cuenta caudales máximos para un periodo de retorno como mínimo de 10 años. Con el fin de evitar la posible contaminación de las aguas subterráneas y las fuentes superficiales por arrastre de sustancias contaminantes, todas las áreas de operación al interior de las Facilidades en donde se puedan generar residuos líquidos contaminados, deberán estar dotadas con piso en concreto y sistemas para el manejo de aguas, de manera que se facilite que cualquier derrame de fluido aceitoso sea conducido a un skimmer, para luego ser integrado al sistema de tratamiento de aguas residuales industriales. Todo sector donde se utilicen aceites, combustibles y productos químicos debe ser impermeabilizado y con placas de concreto y dotado con canales conectados a trampas de grasas o cajas recolectoras. Para el almacenamiento de combustibles y ACPM se deberá construir un dique perimetral sobredimensionado en un 10% del volumen de los tanques, revestido en concreto en su interior para retener cualquier posible escape o fuga de combustibles. Por otra parte, en cuanto a la construcción de un sistema de tratamiento e inyección de fluidos ubicadas por zonificación en los campos Palermo, Balcón y San Francisco, para lograr las actividades de recobro tales como Inyección de agua, agua mejorada y gas, esta Autoridad considera viable el desarrollo de estas Metodologías en fase piloto con el ánimo de realizar un análisis adecuado y detallado de los impactos propios de la actividad, teniendo en cuenta las condiciones específicas del proyecto, (equipos, insumos a utilizar, áreas especificas destinadas para el desarrollo de la misma, programa de mantenimiento y monitoreo de equipos a utilizar) y por ende las medidas de manejo respectivas y su presentación en los informes de cumplimiento ambiental. Por lo tanto, solo se autoriza la construcción de un sistema de tratamiento por campo, como piloto por tres años, de acuerdo a las condiciones establecidas en el plan de manejo ambiental para los campos Balcón, San Francisco y Palermo. La Empresa deberá entregar informes de cada piloto junto con el Informe de Cumplimiento Ambiental. Perforación de pozos La estrategia de desarrollo comprende la perforación de 568 nuevos pozos en las 104 locaciones existentes, con un número máximo de 8 pozos por locación, teniendo en cuenta esto se estima que la relación por Campo sería la siguiente: 67 pozos en el campo Balcón, 492 en el campo San Francisco y 9 en el campo Palermo. Estos pozos pueden perforarse y convertirse a inyectores o productores, dependiendo de la necesidad del campo. Se perforarán 8 pozos máximo por locación nueva para un total de 160 en el área total de los Campos Balcón, San Francisco y Palermo, en la siguiente relación: 48 pozos para el campo Balcón, 80 en el campo San Francisco y 32 en el campo Palermo. Por otra parte, para NFE se perforaran 12 pozos exploratorios y 20 pozos de desarrollo en el campo Balcón y 9 pozos exploratorios y 18 pozos de desarrollo en el campo San Francisco. Resolución No. 0509 Del 1 2 MAY 2016 de Hoja No. 26 "POR LA CUAL SE MOD F CA EL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ESTABLECIDO MEDIANTE LA RESOLUCIÓN 758 DEL 04 DE JULIO DE 1989, MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN 1237 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2003 Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES" Se considera viable la perforación de los pozos de exploración establecidos en el párrafo anterior, cuyas coordenadas se definirán en los respectivos planes de manejo específicos, de acuerdo con la zonificación de manejo ambiental definida. La actividad de perforación solo podrá empezar una vez se cuente con todas las obras de control para el manejo de la escorrentía, con el fin de evitar la activación de procesos erosivos y de aporte de sedimentos a los cuerpos de agua, y con los permisos de la Corporación Autónoma Regional del Alto Magdalena para hacer uso y aprovechamiento de los recursos naturales requeridos para el desarrollo de las nuevas obras y actividades. Respecto a las obras y actividades de electrificación La estrategia planteada por la Empresa en cuanto al sistema de electrificación de los campos Palermo, Balcón y San francisco, se presentan a continuación: Tabla Proyectos estimados al sistema de electrificación de los campos Balcón, S n Francisco v Palermo 111e~i1~81SrylablNCISÉ1i ' --• Operación y mantenimiento del sistema eléctrico y de autogeneración • Operación y mantenimiento del sistema existente. • Construcción de nuevas redes • eléctrico y de autogeneración existente. • Construcción de nuevas redes eléctricas • Construcción de lineas eléctricas eléctricas de do. de a nuevas de 34.5KV a nuevas plataformas, trazado locaciones Palermo 5, 3, 1 y 2, 4, plataformas trazado de acuerde a la de acuerdo a la zonificación ambiental, 6 de 34.5 KV para un total de 6 zonificación ambiental, hasta de 45 hasta de 4.5 kilómetros a partir de las kilómetros. kilómetros a partir de las redes redes eléctricas existentes para un total • Construcción de nuevas redes eléctricas existentes para un total de de 40.5 kilómetros para NFE. eléctricas de 34.6KV a nuevas 54 kilómetros para NFE. plataformas, trazado de acuerdo • Construcción de lineas de red • Construcción de lineas de red eléctrica: de acuerdo con zonificación a la zonificación ambiental, hasta eléctrica: Trazado de acuerdo km. ambiental, hasta de 6 km, dentro de las ambiental, de 6 kilómetros a partir de las zonificación ambiental, hasta de 6 km. áreas actuales de producción y operación, redes eléctricas existentes para dentro de las áreas actuales de un total de 24 kilómetros producción y operación para un total • para un total de 36 km. • Construcción de 1 centro de 60. autogeneración eléctrica, para atender las • Construcción de 1 centro de nuevas locaciones NFE existentes, de Construcción de lineas: 30 km autogeneración eléctrica, para máximo 4 Ha, ubicación de acuerdo a la Construcción subestaciones en atender las nuevas locaciones NFE zonificación ambiental del presente locaciones nuevas 4 und existentes, de máximo 4 Ha, estudio Construcción de subestaciones ubicación de acuerdo a la zonificación en locaciones existentes O Und ambiental del presente estudio Construcción de lineas: 75 km Construcción subestaciones 15 und Construcción de líneas: 110 km Construcción de subestaciones en Construcción subestaciones 22 und locaciones existentes 9 Und Construcción de subestaciones en locaciones existentes 34 Und Durante la construcción de las líneas y subestaciones eléctricas, la Empresa deberá acatar e implementar los códigos, estándares, leyes y normas que regulen este tipo de actividad, así mismo la construcción de las mismas deberá tener en cuenta la zonificación de manejo ambiental que se establezca en este Acto Administrativo. Por otra parte, se considera pertinente que el criterio principal para el trazado de las lineas eléctricas sea el de la menor afectación ambiental enmarcada dentro de la zonificación de manejo aprobada por esta Autoridad; de igual manera, se considera importante atender los requerimientos energéticos de los nuevos pozos una vez terminadas las labores de perforación y asa poder realizar la conexión al sistema interconectado Nacional. Respecto al completamiento de pozos y las pruebas de producción Se consideran adecuadamente descritas las labores, requerimientos, tiempos y demás especificaciones indicadas por la Empresa en el documento de modificación del Plan de Manejo Ambiental, referentes a estas actividades planeadas. Resolución No. 050 9 Del u 12 MAY 201 de Hoja No. 27 7- "POR LA CUAL SE MODIFICA EL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ESTABLECIDO MEDIANTE LA RESOLUCIÓN 758 DEL 04 DE JULIO DE 1989, MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN 1237 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2003 Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES" Que sobre la Línea Base del proyecto, el Grupo Técnico Evaluador realizó las siguientes consideraciones: "ÁREAS DE INFLUENCIA La definición del área de influencia del proyecto, presentada en el PMA, para los medios físico, biótico y socioeconómico, es adecuada y corresponde con lo observado durante la visita de evaluación, en la misma se integra toda la infraestructura que existe en la actualidad en los campos Balcón, San Francisco y Palermo y la proyectada a ampliar y construir en cuanto a locaciones, baterías, vías y líneas de flujo, partiendo de la base de que el tendido de líneas de interconexión con otros campos operativos de Ecopetrol S.A. se realizará por zonificación de manejo ambiental; en este sentido cumple con lo establecido en los términos de referencia HlTER-1-03 de 2010, en cuanto a la descripción de los componentes ambientales del área de influencia y su representación cartográfica. En la delimitación de las áreas de influencia de los campos Balcón, San Francisco y Palermo, la Empresa tuvo en cuenta unidades fisiográficas naturales y ecosistémicas para los medios físico y biótico, del medio socioeconómico y cultural se identificaron las entidades territoriales y las áreas de desarrollo social, económico y cultural, asociadas a las comunidades asentadas en dicho territorio; con esta información la Empresa superpuso la infraestructura actual de los campos con las actividades que se ejecutan en los campos y lo proyectado, en el marco del sistema (físico, biótico, socioeconómico y cultural). Para la definición de las áreas de influencia indirecta y directa, física y biótica, la Empresa empleó criterios de divisorias de aguas, drenajes cercanos, confluencia de corrientes y coberturas vegetales. Cabe resaltar que dentro de la delimitación de las áreas de influencia directa e indirecta físico-biótica la Empresa tuvo en cuenta los pozos de captación de aguas subterráneas y las lineas de flujo que conectan estos con las baterías Balcón y Monal, teniendo en cuenta que estos se localizan por fuera de los polígonos de los tres Campos. Área de influencia indirecta para los medios físico v biótico Para delimitar el área de influencia indirecta, la Empresa demarcó los elementos mencionados anteriormente (unidades fisiográficas naturales y ecosistémicas, tales como divisoria de aguas, drenajes cercanos, confluencia de corrientes y coberturas vegetales), en dos polígonos, el primer polígono encierra los campos Balcón y San Francisco, abarcando un área de 31.189 ha y el segundo polígono corresponde al área de influencia indirecta del Campo Palermo, con un área de 1.296,15 ha. Para el medio físico el área de influencia indirecta de los Campos Balcón, San Francisco y Palermo está delimitada por divisorias de aguas, buffer de vías (100 m), las márgenes de los ríos Magdalena, Saché, Aipe y Yaya y las quebradas La Tembilla, El Potrero, El Dindal, entre otros drenajes naturales sencillos de las quebradas Castaña!, El Limón, Arenosa, Mercaderes, El Dindal, El Sapo, Nicuro, Babillas y Cabrestiadero, un afluente de la quebrada Muchubí y la confluencia de la quebrada Buciraco, así mismo el derecho de vía de la línea de transferencia Babillas 2- Balcón. De acuerdo con lo observado en la visita de evaluación y la información allegada por la Empresa para los elementos de geología, geomorfología e hidrología, el área de influencia indirecta para los Campos Balcón, San Francisco y Palermo se encuentra definida correctamente, ya que estos factores fisiográficos sirven como límite de los impactos potenciales que podrían darse por la operación de los Campos. Para el medio biótico, la Empresa empleó como criterio las coberturas de la tierra, vegetación secundaria, arbustal denso, arbustal abierto esclerófilo, bosque finan° y zona industrial. De acuerdo con lo observado en la visita de campo, y analizando la información e imágenes allegadas por la Empresa, se puede establecer que se definió correctamente el área de influencia indirecta para el medio biótico, en la cual se busca evitar que los parches de cobertura empleada para la delimitación de esta área quedaran cortados o divididos en coberturas tan importantes como bosque ripario, arbustal denso, arbustal abierto esclerófilo o vegetación secundaria. Cabe resaltar, que la Empresa definió el área de influencia indirecta para los medios físico y biótico como una sola área, teniendo en cuenta que el área de intervención biótica está contenida en el área definida como Resolución No. 0 5 0 11 12 MAY 2016 de Hoja No. 28 "POR LA CUAL SE MODIFICA EL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ESTABLECIDO MEDIANTE LA RESOLUCIÓN 758 DEL 04 DE JULIO DE 1989, MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN 1237 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2003 Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES" límite para el componente físico, con lo cual esta Autoridad está de acuerdo, puesto que estos dos componentes interactúan el uno con el otro, y que cualquier impacto que pudiera llegar a presentarse afectaría los dos medios asociados. Área de influencia directa para los medios físico v biótico Desde el punto de vista fisico biótico, la Empresa delimitó un área de influencia directa para los Campos Balcón y San Francisco y para la línea de flujo que conecta el pozo Babillas 2 con la batería Balcón y un área de influencia directa para el Campo Palermo, lo que consolida un área de influencia directa de 29.406,14 ha distribuidas en dos polígonos; el primero lo denominó Balcón — San Francisco, con un área de 28.547,98 ha y el segundo denominado Palermo con 858.164 ha. Para los medios fisico y biótico el área de influencia directa de los Campos Balcón, San Francisco y Palermo está ubicada entre las márgenes de los ríos Magdalena, Baché, Alpe y Yaya y las quebradas La Tembilla, El Potrero, El Dindal, entre otros drenajes naturales sencillos de las quebradas Castaña', El Limón, Arenosa, Mercaderes, El Dindal, El Sapo, Nicuro y Cabrestiadero, un afluente de la quebrada Muchubí y la confluencia de la quebrada Buciraco, y coberturas de la tierra como vegetación secundaria, arbustal denso, arbustal abierto esclerófilo, bosque ripario y un jagüey; así mismo para el sector de la línea de flujo Babillas 2 — Balcón, tuvieron en cuenta el derecho de vía De acuerdo con la delimitación del área de influencia física realizada por la Empresa, la cual se hizo por divisorias de agua, drenajes más cercanos y confluencia de corrientes, y teniendo en cuenta lo observado en campo, la información presentada por la Empresa y los puntos de control de esta delimitación, esta Autoridad encuentra que el área de influencia directa física fue definida correctamente. Para el medio biótico, la Empresa delimitó el área de influencia directa al noreste, sureste y oeste del polígono de los Campos Balcón y San Francisco; y al norte, noreste y oeste del polígono del Campo Palermo considerando los parches de cobertura de la tierra asociados vegetación secundaria, arbustal denso, arbustal abierto esclerófilo y bosque ripario. De acuerdo con los puntos de control presentados y la información allegada por la Empresa y teniendo en cuenta lo observado en las áreas visitadas por el grupo evaluados, esta Autoridad considera que el área de influencia biótica se encuentra definida correctamente. Cabe mencionar, que la Empresa empleo características físicas y bióticas del área para definir un limite físicobiótico de hasta dónde se pueden manifestar los impactos generados por las actividades actuales del campo y por las actividades proyectadas, con lo cual esta Autoridad se encuentra de acuerdo y acepta la delimitación realizada para los dos medios. Área de influencia indirecta para el medio socioeconómico La Empresa consideró como criterio para definir el Área de Influencia Indirecta lo siguiente: "está circunscrita al municipio en el cual se encuentra la mínima unidad territorial (generalmente las veredas) donde se desarrollarán las actividades y/o donde se establezca el alcance de la afectación de los impactos causados por éstas mismas actividades. Para este caso, se tomó como área de influencia indirecta los municipios de Aipe, Neiva y Palermo es de aclarar, que las cabeceras municipales de los municipios anteriormente mencionados entran como áreas de influencia indirectas, en lo referente a la prestación de bienes y servicios básicos y administrativos'. Área de influencia directa para el medio socioeconómico En cuanto a la definición del Área de Influencia Directa la Empresa consideró que está determinada "por la mínima unidad territorial (Vereda) donde se desarrollarán las actividades y/o donde se establezca el alcance de la afectación de los impactos causados por estas mismas actividades". De acuerdo con estos criterios la Empresa consideró las veredas que se traslapan con los campos Balcón, San Francisco y Palermo y la respectiva infraestructura existente en los mismos; además, las veredas donde se encuentran los sitios de captación de los pozos Babillas 1 y2 y sus lineas de flujo, y las veredas por cuyas vías terciarias se accede a los tres campos. Considerando finalmente, como unidades territoriales que se Resolución No. o5o g. de Hoja No. 29 f "POR LA CUAL SE MODIFICA EL PLAN DE MANEJO AIWEIÁI0183LECIDO MEDIANTE LA RESOLUCIÓN 758 DEL 04 DE JULIO DE 1989, MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN 1237 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2003 Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES" constituyen como Área de Influencia Directa la siguientes veredas, según los municipios a los que pertenecen: Aipe: San Antonio, La Manga, El Tesoro, Potreritos, Ventanas, Arrayán, Dina y Dindal; Neiva: Peñas Blancas, San Francisco, Tamarindo y San Andrés de Busiraco; Palermo: Porvenir, Cuisinde y Amborco. Además se hace la claridad de la existencia de varias organizaciones comunitarias (Juntas de Acción Comunal) en algunas veredas de las anteriormente descritas. Estas son: - "Vereda San Antonio: Cinco (5) Juntas de Acción Comunal (San Antonio de Padua, San Antonio Bajo, San Antonio sector Santa Maria, San Antonio sector Balcones y San Antonio sector Arenoso). - Vereda Dina: Dos (2) Juntas de Acción Comunal (Dina y Dina sector San José), Vereda Dindal: Tres (3) Juntas de Acción Comunal (Dindal, Dindal Alto y Cruce de Guacirco). Vereda Cuisinde: Tres (3) Juntas de acción Comunal (Cuisinde, Cuisinde sector Granjas de Santa Bárbara y Cuisinde sector Santa Clara)". Durante la visita de Evaluación para la modificación se estableció contacto con las comunidades consideradas por el estudio como Área de Influencia Directa y se corroboró que estas son las Unidades Tenitoriales con las cuales convergen los Campos Balcón, San Francisco y Palermo y por tanto en su jurisdicción se encuentra construida la actual infraestructura de producción de los mismos. Por otra parte, teniendo en cuenta que dentro de las estrategias de desarrollo de los campos se encuentra la construcción de líneas de transmisión eléctrica y lineas de flujo, esta Autoridad solicitó a la Empresa como parte de la información adicional "explicar la coexistencia, el manejo y la responsabilidad individual de los impactos ambientales generados en relación con la superposición de la lineas de flujo a construir desde la estación Santa Clara hasta las locaciones del Campo Palermo..." Esta información se solicitó teniendo en cuenta que la Empresa Ecopetrol S.A. solicita la construcción de líneas de flujo que irían a conectar el Campo Palermo con la Batería Santa Clara, perteneciente al Proyecto Huila Norte. La Empresa por su parte entrega como respuesta la cartografía de las líneas que actualmente conectan el Campo Palermo y la Batería Santa Clara y describe que "la operación y mantenimiento de las líneas de flujo se desarrollará en las áreas caracterizadas en los componentes biótico, abiótico y social del estudio objeto de evaluación'. Además, refiere que el área caracterizada cuenta con la respectiva zonificación y además la evaluación ambiental "destaca la operación y/o mantenimiento de líneas de flujo, esta evaluación incluye las líneas de flujo existentes que interconectan la estación Santa Clara con las locaciones de Campo Palermo°, además refiere que las medidas de Manejo relacionadas con las líneas de flujo "es equivalente al desarrollado en los campos Huila Norte...estos planes de manejo serán asumidos por el mismo operador Ecopetrol S.A.° Finalmente, la Empresa entrega como anexo el certificado de coexistencia de los proyectos Campos Balcón, San Francisco y Palermo y Huila Norte en el cual se describe como razones de la superposición lo siguiente: "La existencia y operación de línea de flujo de 3" que interconecta el campo Palermo con la estación Santa Clara' y posteriormente se define que las "nuevas líneas de flujo deben ubicarse dentro del área de influencia físico-bióflca del proyecto, definida en el PMA de los campos San Francisco, Balcón, Palermo objeto de esta evaluación". Ahora bien, tomando como argumento la información presentada por la Empresa en el Estudio de Impacto Ambiental, en la información adicional y la verificación que se realizó durante la visita de evaluación por parte de esta Autoridad, se considera el Área de Influencia Directa presentada por la Empresa Ecopetrol S.A. es suficiente y acorde con los lineamientos definidos en los HI-TER-1-03 de 2010, dado que se consideran como parte de la misma a las unidades territoriales y en su interior las distintas organizaciones comunitaria existentes, en cuya jurisdicción se encuentran los campos Balcón, San Francisco y Palermo, objeto de la modificación del Plan de Manejo Ambiental y sus nuevas estrategias, y hasta donde se estima podrán trascender los impactos directos del proyecto. Además, se reafirma que los proyectos lineales que se plantean dentro de las estrategias de desarrollo para los Campos, es decir, líneas de flujo y líneas eléctricas, deberán estar ubicados al interior del Área fisicobiótica del proyecto. Resolución No. o 50 gel 1 2 MAY 2016 de Hoja No. 30 "POR LA CUAL SE MODIFICA EL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ESTABLECIDO MEDIANTE LA RESOLUCIÓN 758 DEL 04 DE JULIO DE 1989, MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN 1237 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2003 Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES" SOBRE LA CARACTERIZACIÓN AMBIENTAL Medio Abiótico > Geología De acuerdo con el documento "Modificación del PMA Campos de Producción Balcón, San Francisco y Palermo' remitido por la Empresa, los campos se encuentran ubicados en el relleno sedimentario del VSM (Valle Superior del Magdalena) en la llamada sub-cuenca de Neiva. El All se localiza geográficamente en el sector central del departamento del Huila, corresponde geológicamente con el terreno Payandé (suprayacente devónico-jurásico inferior), dentro del cual se aloja la cuenca continental intramontano del VSM. Un núcleo del basamento llamado el Alto de Natagaima - El Pata divide esta cuenca en las subcuencas de Girardot y Neiva. En el área de estudio del All se identifican 15 unidades geológicas denominadas, según el Servicio Geológico Colombiano - SGC, en el documento de modificación del PMA, como: • • • • • • • . • • . . Formación caballos (Kc). Formación Hondita (Ksh). Formación Loma Gorda (Ksgl). Grupo Olini (Kso). Formación la Tabla (KsId. Formación Seca (KPgs). Grupo Chicoral. Grupo Honda (Ngh). Grupo Huila: Subdividido en las formaciones Neiva (Ngn) y Gigante (NgQgi). Depósitos coluviales (Oc). Terrazas recientes (Qt). Depósitos aluviales (Qal). Conforme a lo presentado en el PMA, a nivel general el VSM se caracteriza por presentar un estilo estructural compresivo, de cabalgamiento-plegamiento, que afecta por igual ambos costados del mismo, con transporte tectónico opuesto y convergente hacia el centro del valle y con desplazamientos que pueden alcanzar decenas de kilómetros a lo largo de múltiples supen7cies de despegue, localizadas dentro de las unidades más blandas e incompetentes de la cobertura sedimentada. Acorde a la visita técnica de evaluación y a la descripción de la geologia superficial del área de estudio, se pudo determinar que las unidades de roca y los depósitos cuaternarios presentes tanto en el All y AID, pueden soportar las obras y/ actividades que plantea la Empresa para este proyecto; sin embargo, en las zonas donde los procesos morfodinámicos (erosión superficial) son más acentuados, es necesario realizar obras de protección y/o contención en el momento de intervenir dichas áreas con el fin de proteger la estabilidad del suelo y/o minimizar el impacto que pueda generarse. De acuerdo con el documento Modificación del PMA, en el All para los campos Balcón, San Francisco y Palermo, se identifican varios tipos de amenazas: Amenaza sísmica. Con base en la información del mapa de amenaza sísmica de Colombia, se concluye que el área de estudio se encuentra en una franja con amenaza sísmica alta (ver Figura 3 11 del Documento Modificación del PMA) para los campos San Francisco, Palermo y Balcón; sin embargo, según datos de la Red Sismológica Nacional de Colombia - RSNC en el All se ha presentado una leve actividad sísmica comparada a nivel general con el departamento del Huila, donde puede ocurrir que el sistema de fallas de Chusma presenta una muy baja actividad tectónica o que esta leve actividad está condicionada por la discontinuidad entre las rocas del Cretácico con los sedimentos del Neógeno que no permite la propagación de las ondas. Y por su parte el sistema de fallas Garzón - Suaza es un sistema activo, que soporta la compresión desde el occidente, manifestándose a lo largo de la cordillera oriental a través del cluster de sismos reportados. Según lo indicado por la Empresa, el área de estudio presenta una sismicidad alta; sin embargo, se resalta que este tipo de amenaza no es recurrente y por ende no se Resolución No. 0 5 0 9 Del i l 2 MM' 2016 de Hoja No. 31 "POR LA CUAL SE MOD F CA EL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ESTABLECIDO MEDIANTE -N \ LA RESOLUCIÓN 758 DEL 04 DE JULIO DE 1989, MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN 1237 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2003 Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES" • • • • • considera un detonante para la infraestructura existente y/o para las obras y actividades que plantea la Empresa. Amenaza por remoción en masa (FRM). Amenaza por inundación. Amenaza por incendios. Amenaza Ceráunica. Amenaza por erupciones volcánicas. En cuanto al AID, encontramos en el documento de estudio de impacto ambiental y los documentos de ECOPETROL que reposan en el expediente LAM0215, que se ubica en el valle del río Magdalena, conformado por rocas volcanoclásticas, ígneas y sedimentadas, con depósitos cuaternarios y conformada por 13 unidades geológicas con las siguientes características: • • • • • • • • • • • • • Formación Hondita (Ksh). Formación Loma Gorda (KsIg). Grupo Olini (Kso). Formación la Tabla (Kslt). Formación Seca (KPgs). Grupo Chicoral: Aflora al oeste del AID como una franja continua entre la falla de Chusma y la falla de San Francisco, está constituido por las formaciones Palermo (Pgp), Baché (Pgb) y Tesalia (Pgt). La formación Pgp está en contacto directo con la formación KPgs) y aflora en el sector de la Flauta. Grupo Honda (Ngh). Grupo Huila: Subdividida en dos formaciones, con las mismas características descritas en el Ali del presente documento. Formación Neiva (Ngn), que aflora en la vía que de Alpe conduce al Campo San Francisco por la vereda San Andrés de Busiraco y Formación Gigante (NgOgi) que reposa sobre la formación Ngn. Terrazas Recientes (Qt). Depósitos coluviales (Os). Depósitos aluviales (Qal). Depósitos de Canal (Qalr). Depósitos fluviolacustres Tectónicamente los campos de Producción Balcón, San Francisco y Palermo están influenciados por la actividad de las fallas Bache, San Francisco, que atraviesan el área de estudio de Sur a Norte. En el documento Modificación PMA se presentan las siguientes estructuras locales: Falla San Francisco, localizada al Occidente de los Campos Balcón y San Francisco; Falla de Bache, falla de tipo inverso que atraviesa de Norte a Sur el Campo Palermo dejando a su paso una serie de escarpes y Depósitos Coluviales, muy comunes en esta zona; Falla Palogrande, la falla más joven del sistema chusma; y Falla Dina, se presenta por la vía entre las veredas Dina y San Andrés de Busiraco. Relacionados a la actividad tectónica, también se encuentran la Falla El Mirador, Lineamiento de Neiva, Sinclinal de Bache, Anticlinal de Dina y Anticlinal de San Francisco. ➢ Geomorfología Las sub-unidades Geomorfológicas presentes en el AID del PMA son de origen estructural - denudativo, denudacional y fluvial, y corresponden geomorfológicamente (en su mayoria) al sistema montañoso orogénico andino. De origen estructural denudativo encontramos las unidades Lomerios (SDI) y Espinazo estructural (SDee), caracterizadas por presentar las mayores alturas con respecto a un nivel base, con terrenos escarpados y evidencia de procesos erosivos. La unidad Lomeríos se conforma un relieve fuertemente ondulado con pendientes variables; forma una superficie moderadamente disectada por agentes atmosféricos principalmente en los niveles más blandos conformados por limos y arcillas. La unidad Espinazo Estructural se observa como dos pequeñas franjas en dirección Noreste, al occidente de los Campos Balcón y San Francisco, la expresión del relieve es similar a una columna vertebral formando zonas cóncavas y convexas alternadas, en dirección de eje de la unidad geomorfológica. Resolución No 05 1 2, MAY 2016- de Hoja No. 32 "POR LA CUAL SE MODIFICA EL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ESTABLECIDO MEDIANTE LA RESOLUCIÓN 758 DEL 04 DE JULIO DE 1989, MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN 1237 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2003 Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES" De origen estructural, caracterizado por porciones de terreno elevadas por influencia tectónica, que presentan cimas agudas, con pendientes abruptas y afectan rocas de edad cretácica se encuentran las unidades Crestón estructural (Sce) que se ubican al sur del Al del campo San Francisco (Cuchilla de San Miguel) y al occidente de los campos Balcón y San Francisco, y atraviesa en dirección N-S el Campo Palermo, donde se encuentran las mayores elevaciones, actuando como una frontera que limita el área Occidental del All. De origen denudacional se encuentran en los campos de estudio las siguientes unidades: Colinas (Dc), planos y Colinas Suaves (Dpcs) y Glacis Coluvial (Dgc). Se caracterizan por estar condicionados por factores exógenos (agua, viento y gravedad) originando relieves erosionados disectados en varios niveles de intensidad. Las colinas (Dc) se muestra con un contraste de relieve bajo, con laderas inclinadas, cortas y de forma recta, sus crestas son redondeadas y el patrón de drenaje es subparalelo principalmente. Las unidades Dgc muestran un relieve muy bajo y ladera plana a suavemente inclinada, de longitudes largas, rectas a cóncavas, el patrón de drenaje es dendrífico, se localizan en el centro occidente del área del estudio. Los planos y colinas suaves presentan un relieve de contraste muy bajo, de laderas planas a suavemente inclinadas y con una longitud moderada de forma irregular, el patrón de drenaje es dendrítico, con una moderada densidad y frecuencia media. Es común encontrar procesos erosivos por la fragilidad de sus materiales y por las actividades de ganaderia. Principalmente presenta cobertura de pastos y se pueden encontrar al centro y oriente del Campo Balcón y San Francisco. De origen fluvial se mencionan las siguientes subunidades en el documento Modificación al PMA: • • • • • Cauce Activo (Fca). Planicie de inundación (Fpi). Terraza aluvial (Fta). Valle Aluvial (Fva). Valle intramontano (Fvi). Para los Campos de Producción Balcón, San Francisco y Palermo se propone como provincia geomorfológica el VIM perteneciente al valle superior, que está caracterizado geomorfológicamente por Crestones y espinazos estructurales, Glacis Coluvial, Colinas, Planos y Colinas Suaves, Lomeríos, Valle Intramontano, Cauce Activo, Lago permanente, Planicie de Inundación, Terraza aluvial y Valles Aluviales. En el documento Modificación del PMA, en el capítulo de los procesos que modelan las geoformas del área de estudio, se destaca la siguiente información correspondiente a los Campos San Francisco, Palermo y Balcón: En el Campo Palermo son evidentes los procesos de remoción en masa (deslizamientos, desprendimiento de materiales y caída de rocas) asociadas a los cortes en el terreno para el desarrollo vial y similares. Se identifica la formación inicial de terracetas que se combina en ocasiones con el desprendimiento de materiales. Para los Campos de Producción Balcón, San Francisco y Palermo, los tipos de procesos evidenciados corresponden a deslizamientos (relacionadas al sistema de fallas regionales de Bache y San Francisco) y caldas de rocas (afectan principalmente al Campo Palermo en sus obras de control, vías y personal). Para el control de estos procesos se incluyen en el PMA la construcción de gaviones, la limpieza de taludes y remoción de rocas inestables. Como procesos erosivos que afectan el área de estudio se observa el desprendimiento de material. Es común encontrados en las Unidades del Neógeno (Grupo Honda y Formación Gigante y Neiva), en la Formación Seca y en los niveles arcillosos de las Formaciones. También se observan los procesos de erosión laminar y en surcos; la primera provocada principalmente por la precipitación y la segunda por la escorrentia superficial en zona de pendientes, además de la de origen animal por el desplazamiento de ganado y aunado a la baja compacidad de los materiales. También se evidencian procesos erosivos que dan lugar a cárcavas que afectan principalmente rocas del Grupo Honda (Ngh); erosión en terracetas, producto del pastoreo y la posterior compactación del suelo por el tránsito del animal. Resolución No. 0509 Del 1:2 MAY 2011 de Hoja No. 33 "POR LA CUAL SE MOD F CA EL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ESTABLECIDO MEDIANTE LA RESOLUCIÓN 758 DEL 04 DE JULIO DE 1989, MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN 1237 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2003 Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES" La socavación lateral se presenta en las riveras de las quebradas principales como son quebrada Santa Maria, San Antonio, La Tembilla y el rio Bache afectando las base de los taludes y el consecuente desplome de las porciones más altas, debido a que los materiales de las Terrazas son poco consolidados y su acción es más acentuada > Suelos En el documento del Modificación del PMA, la Empresa especifica que la delimitación y caracterización de los suelos se determinó por los factores y procesos de formación de los mismos, referidos al material parental, los cambios de relieve, las variaciones climáticas y la susceptibilidad a la erosión, con lo que la Empresa pudo separar unidades de suelo con características homogéneas; por tanto, la descripción de suelos presentada por la Empresa se hizo de acuerdo con los tipos de relieve presentes en cada unidad de paisaje geomorfológico. A partir de lo anterior, la descripción de unidades de suelo se representa por medio un índice en letra mayúscula que representan el tipo de Paisaje, tres indices en letras minúsculas para el tipo de relieve; dos letras mayúsculas que indican el clima y el tipo de suelo caracterizado por el IGAC en estudio de suelos (IGAC, 1994) y están acompañados por subíndices alfanuméricos que indican rangos de Pendiente y Grado de erosión respectivamente, este último cuando es necesario. En el AID de acuerdo con la metodología para la delimitación de las unidades de suelos, en el documento Modificación del PMA se identificaron cuatro unidades de paisaje geomorfológico: ✓ Lomerío: relieves de tipo Lomas y Colinas; con suelos principalmente compuestos por areniscas con carbonatos, conglomerados y materiales detríticos; pedregosos, ligeramente ácidos bien a moderadamente drenados y de moderada a baja fertilidad. ✓ Se encuentra localizado a menos de 1.000 m.s.n.m. y presenta depresiones comprendidas entre el 12-2550%, aunque se presentan relieves más suaves en la cima de lomas y colinas. Se observan procesos de erosión de no apreciable a moderada y muy severa en los campos de estudio. Montaña: relieves de tipo Crestón homoclinal y Espinazo flatirón con pendientes de moderadas a escarpadas > 50% y suelos caracterizados por areniscas, arcillas, lutitas y estratos de arenisca tobacea; bien a excesivamente drenados, alcalinos, poco evolucionados y de fertilidad baja; también presentan afloramientos rocosos; son suelos muy superficiales, con drenaje excesivo. ✓ Piedemonte: relieves de tipo Glacis erosional, lomas, colinas y Vallecito coluvial-aluvial localizados a menos de 1000 m.s.n.m, con suelos caracterizados por ser pedregosos, ligeramente ácidos a neutros, bien a excesivamente drenados y la fertilidad varía de baja a alta en el siguiente orden: lomas y colinas, Vallecito Coluvial-Aluvial y Glacis erosional respectivamente. Los suelos se caracterizan por presentar sedimentos coluvio aluviales, ser arcillosos y presentan Tobas, areniscas y conglomerados a nivel general. Son suelos que varían en relieve desde ligero hasta fuertemente inclinado y frecuentemente están afectados por procesos de erosión ligera a muy severa. ✓ Valle: relieves de tipo Plano de inundación, Terraza y Vallecito con suelos de aluviones de variada granulometria, arcillosos y de texturas finas y moderadamente finas para el vallecito. Todos los relieves presentan baja fertilidad, y son en su mayoría pobremente drenados. Son áreas ligeramente inclinadas con pendientes del O al 7% y erosión que va de no apreciable a ligera y muy severa. • Sobre el uso actual del suelo En cuanto al uso actual del suelo, definido para el presente estudio a partir del mapa de Coberturas Vegetales, el PMA señala que en el AID se encontraron los siguientes usos: pastoreo extensivo (52,4%) siendo el más predominante, seguido del uso forestal protectora o recuperación (36,0%); agrícola para cultivos transitorios e intensivos (8,0 %, principalmente cultivo de arroz y en ocasiones en rotación con el cultivo de maíz); conservación - recuperación (1,0% a lo largo del río Baché) y otras áreas no clasificadas (1,0%). En el uso actual se presentan también: uso industrial para explotación de hidrocarburos (Todas las infraestructuras petroleras dentro de los campos de producción Balcón, San Francisco y Palermo); vías y transporte (infraestructura conexa a los campos de producción); y residencial (asentamientos para vivienda: caseríos, o centros poblados). t Resolución No0 509 Del 1 2 MAY 2016 de Hoja No. 34 "POR LA CUAL SE MOD FICA EL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ESTABLECIDO MEDIANTE LA RESOLUCIÓN 758 DEL 04 DE JULIO DE 1989, MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN 1237 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2003 Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES" En cuanto al uso potencial del suelo del AID se determinó que las clases agrologicas III sc, IV sc y VI sc corresponden a un uso potencial de pastoreo extensivo, las clases agrologicas IV esc, V ehs, y V hs corresponden a un uso potencial de Cultivos Transitorios Intensivos y las clases agrologicas VII esc, VII epsc y VIII corresponden a usos potenciales de Conservación Forestal Protectora y Recuperación. A partir de confrontar el uso actual del suelo y el uso potencial de las unidades de tierras la Empresa determinó en el PMA que para los campos San Francisca Balcón y Palermo el 58,7 % de su área no presenta conflicto por uso; el 26,3% presenta subutilización severa y el 14,9% presenta sobreutilización (predomina la moderada) para un total de 41,2 % de áreas en conflicto, lo cual es conecto según lo presentado por la Empresa en el documento y en GDB, donde se puede ver que gran parte del área no presenta conflicto porque los usos actuales corresponden a los potenciales, o son compatibles, ya que el uso potencial es para ganadería, cultivos agrícolas y conservación y el uso actual es igual al potencial; esto también se pudo ver en la visita de seguimiento, puesto que buena parte del área está destinada a la actividad de ganaderia y las áreas de conservación, como bosque ripario, se viene respetando por los habitantes de la zona. De acuerdo con lo presentado por la Empresa en cuanto al conflicto de subutilización severa, asociado en su mayoría a la cuchilla del Chiflón (margen izquierda del AID), donde los suelos tienen una vocación agricola y ganadera y están empleados en conservación forestal, de protección y de recuperación. En cuanto al conflicto por sobreutilización moderada, está se ve en el mapa presentado por la Empresa, localizada en su mayoría al centro del polígono del Campo Balcón, este conflicto se da porque los suelos tienen una vocación para conservación - protección y están siendo empleados para ganaderia extensiva, lo cual corresponde con lo observado durante la visita de seguimiento. Por último, el conflicto por sobreutilización severa, de acuerdo con lo presentado por la Empresa, se da porque los suelos cuyo uso potencial corresponde a ganaderia y pastoreo extensivo, están siendo empleados para cultivos agrícolas y los suelos con vocación de conservación - recuperación y conservación-recurso hídrico, están siendo empleados para ganaderia extensiva, lo cual corresponde con lo observado en campo. S- Hidrología) La red hidrográfica en el AID y en el All de los campos de Producción Balcón, San Francisco y Palermo se encuentra en el área hidrográfica Magdalena - Cauca, en la zona hidrográfica del alto Magdalena y las subzonas hidrográficas de los ríos Baché, Aipe y Juncal. En el área de producción de los campos de estudio se encuentra principalmente el río Bache y Aipe y las quebradas La Arenosa Cuisinde, Buciraco, El Dindal y Guadaleja; todos estos cuerpos pertenecen a la cuenca de primer orden del río Magdalena. La Empresa identificó 177 cuerpos lénticos en el AID y 52 sistemas !órficos en el Ali de los campos de producción a partir de la imagen salarla?. Con respecto a la información secundaria empleada (Modificación PMA Campos Huila Norte - 2012, EIA Campo de Producción Arrayán - 201Z EIA APE Goliat - 2012 y PMA Oleoducto Tallo - Dina - Tenay - 2013), la Empresa reporta 5 sistemas lénticos naturales y 37 artificiales para el AID y 1 sistema léntico natural y 6 artificiales para el All. Asi mismo, aclara que en las inspecciones visuales realizadas desde las vías de acceso a los Campos Balcón, San Francisco y Palermo, identificaron 9 sistemas !orifico& En total la Empresa presenta un listado de 9 sistemas lénficos para el All, de los cuales 2 son jagüeyes, 4 son lagunas artificiales y 1 es una laguna natural. Para el AID la Empresa lista 51 sistemas lénticos, de los cuales 22 corresponden a jagüeyes, 2 a lagos artificiales, 3 a lagos naturales, 16 a lagunas artificiales, 6 a sistemas lénticos sin determinación de natural o artificial y 1 zona inundable, ubicada en la vereda San Antonio, identificada en el Estudio de Impacto Ambiental del Campo de Producción Arrayán (Ecopetrol S.A., 2012). Los patrones de redes de drenaje identificados en las subzonas hidrográficas de los ríos Juncal, Baché y Aipe, específicamente en las cuencas objeto de análisis, fueron subdendritico (drenaje presente en las cuencas de las quebradas Santa Maria, La Arenosa, Agua Dulce, La Babilla, El Dindal, La Corriente, NN3, Buciraco, La Mona, Cuisinde, NN3, Atena, El Tigre y San Miguel)) subparalelo (presente en las cuencas de las quebradas La Tembilla, NN1, NN2, La Raya, La Babilla, La Corriente, San Miguel, Mercaderes, Hato Viejo, Guadaleja y el río La Yaya); y, drenaje paralelo (evidenciado en las quebradas La Pava, Muchubi, Ventanas Resolución No. 050 J Del 1 2 MAY 2016= de Hoja No. 35 "POR LA CUAL SE MODIFICA EL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ESTABLECIDO MEDIANTE LA RESOLUCIÓN 758 DEL 04 DE JULIO DE 1989, MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN 1237 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2003 Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES" Palma Rosa, El Salado; Arrayan, Jagualito, La Raya (Cuisinde), San Francisco, Agua Dulce, Cabestriadero, El Sapo y San Francisco). Los ríos Aipe y Baché son los principales de la cuenca inmersa en el área de estudio y presentan un patrón de drenaje meándrico, siendo de orden 7. En la cuenca del río Aipe, el uso del recurso está dedicado principalmente a la ganadería, seguida por bosques protectores y agricultura; el río Aipe cuenta con la Resolución 3408 de 2009 de la CAM, en la que se reglamentó el uso y aprovechamiento de sus aguas. En cuanto al río Baché, este cuenta con la Resolución 3481 de 2009 de la CAM por la cual se reglamentó el uso y aprovechamiento de sus aguas. El AID de los campos de producción Balcón, San francisco y Palermo se encuentra enmarcado en la totalidad de la parte baja de la cuenca del río Bache. Según la Resolución 3481 de 2009 de la CAM, el total de agua concesionada del río Baché es de 5123,11 Ils. En el documento de modificación del PMA, indican que la mayoría de las cuencas del AID (32 de 37 cuencas) presentan densidades de drenajes entre moderadas y altas, tiempos de concentración entre moderados y lentos, cuerpos de agua largos, formas de las cuencas alargadas y coeficientes de forma entre ligeramente achatada y muy poco achatada; en la mayoría de cuencas del AID (32 de 37 cuencas presentan estas características) la Empresa indica que con una lluvia intensa y simultánea a lo largo de cada una de estas cuencas, las posibilidades de inundación son nulas, al igual que la susceptibilidad a presentar crecientes súbitas y permiten descargar con facilidad. Las fuentes de contaminación que se destacan son producto del mal manejo y/o disposición de residuos sólidos y vertimiento de aguas residuales domésticas y pozos sépticos, las cuales caen en forma puntal a cuerpos de agua y suelo cercanos a estas. Otras fuentes de contaminación, son aquellos productos de la actividad ganadera y agrícola presentes en los predios de la zona y en menor medida de tipo industrial afectando principalmente la quebrada Dindal, la cual recibe los aportes de las Empresas prestadoras del servicio de tratamiento de suelos y lodos contaminados con hidrocarburos El régimen hidrológico y de caudales de las cuerpos hídricos en el área de estudio es bimodal, con un primer periodo de caudales altos en los meses marzo a mayo, el segundo periodo entre octubre a noviembre. Las épocas de bajos caudales se encuentran entre los meses de diciembre a febrero y junio a septiembre. De acuerdo con la información presentada para la red hidrológica del área, la caracterización realizada se encuentra adecuada y completa, en la que se han tenido en cuenta las corrientes abastecedoras del recurso hídrico autorizadas para el proyecto, así como la identificación de los cuerpos de agua lénticos que hay en el área de acuerdo con las fuentes de información secundaria empleadas, estos cuerpos de agua lénticos corresponden a jagüeyes, lagunas artificiales, lagos naturales y estanques piscícolas, siendo éstos cuerpos de agua sistemas que conforman un importante corredor ecosistémico dada la escasez de precipitaciones que se presentan en la región del Huila. ➢ Calidad del aqua Para determinar la calidad de las aguas, en el PMA la Empresa reporta los monitoreos fisicoquimicos, bacteriológicos e hidrobiológicos en varios puntos de corrientes localizadas al interior del AID; todos los estudios presentados en el documento fueron realizados por el laboratorio ANTEK S.A., el cual cuenta con acreditación del IDEAM, otorgada mediante Resolución 2636 del 29 de septiembre de 2014, y corresponden a un análisis de calidad de agua de los monitoreos históricos (total de 8 puntos de Monitoreo Histórico - MH) de acuerdo a los requerimientos de la Autoridad Ambiental en los actos administrativos que se encuentran vigentes para los Campos Balcón, San Francisco y Palermo; además, incluye análisis de calidad de agua de los monitoreos complementarios realizados por la Empresa para la caracterización de los sistemas lóticos presentes en el AID de los campos, realizados en octubre de 2014. Los 8 puntos de MH localizados dentro del campo San Francisco en el periodo 2010 - 2014 corresponden a 38 cuerpos de agua, divididos así: 34 quebradas y 4 ríos (Baché, Yaya, Aipe y Magdalena), los cuales dan cumplimiento al requerimiento del INDERENA en la Resolución 758 de 1989 de realizar monitoreo semestral en los cuerpos de agua del área de influencia. En el punto MH1 quebrada Guayabal se encuentra una obra de control de derrames, del campo de p n g Del 1 2 MAY 2016 de Hoja No. 36 Í "POR LA CUAL kMelo * CA L PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ESTABLECIDO MEDIANTE --% \ Resolución No. r LA RESOLUCIÓN 758 DEL 04 DE JULIO DE 1989, MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN 1237 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2003 Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES" producción San Francisco, no se evidenció alguna actividad que pudiera alterar las condiciones de este cuerpo de agua. El punto MH2 se encuentra a pocos metros de una trampa de grasas del canal de conducción de aguas lluvias de una batería del campo San Francisco. Sobre el punto MH7 se encuentra una obra de control de derrames que hace parte del campo San Francisco. ( ) Según los índices presentados en el documento de modificación del PMA, se reporta un grado de contaminación por mineralización y sólidos suspendidos de Bajo a Medio (ICOMI e ICOSUS en un intervalo 0,02 - 0,6) para el conjunto de muestras analizadas. Reportan un índice de contaminación ICOTRO a nivel tráfico para el área del Campo San Francisco. Por otra parte, el índice ICOMO reporta bajo grado de contaminación para el conjunto de muestras analizadas según los valores DBO. Para el Campo Balcón en el análisis multitemporal (2010 - 2014) se incluyen 3 puntos históricos (quebrada Agua Buena - MH9; quebrada Ventanas - MH10 y quebrada Machubi - MH11) y se tienen en cuenta 38 cuerpos de agua que son: 34 quebradas y cuatro ríos (Bache, Yaya, Aipe y Magdalena). Se realizaron los monitoreos de acuerdo a los requerimientos del Auto 1929 de 2009. í En los informes de laboratorio se presentan los siguientes índices de calidad para los cuerpos de agua correspondientes al Campo Balcón: ICOSUS, ICOMI e ICOMO, todos dentro de los rangos más bajos de clasificación. Para los pozos de aguas subterráneas Arenas, se presentó en el PMA el siguiente análisis de calidad de agua, dando cumplimiento a los cuatro monitoreos anuales requeridos mediante Resolución 2300 de 2009 de la CAM y la prórroga concedida mediante Resolución 337 de 2004 sobre la concesión de aguas de los mismos entre los años 2010 - 2014. En los tres puntos (quebrada Arenoso - MH12, quebrada La Pava MH13 y quebrada Guamal - MH14) se monitorearon los mismos parámetros. ( • Temperatura: con un valor entre los rangos 24,5 y 29,6°C para los tres cuerpos de agua, acordes a la temperatura registrada por el IDEAM para la zona. pH: los valores evaluados en los tres cuerpos de agua se encuentran dentro de los límites establecidos en el Decreto 1594 de 1984, en sus artículos 38, 39 y 40, compilado por el Decreto 1076 de 2015. • OD: presentó mayores variaciones para la quebrada La Arenosa durante el año 2011. • Conductividad: para la quebrada la Arenosa arrojó mineralización débil en el segundo semestre 2010 y la quebrada Guamal presentó un grado de mineralización media acentuada en el primer semestre del mismo año. • Cloruros y sulfatos: Los valores registrados para estos parámetros cumplen con los límites máximos permisibles establecidos en los artículos 38 y 39 del Decreto 1594 de 1984, compilado por el Decreto 1076 de 2015. • Dureza Total: La quebrada La Arenosa reportó un valor máximo de 169 mg CaC031 para el segundo semestre 2012 (Agua clasificada corno "Dura"). Para la quebrada La Pava, según los valores arrojados en el segundo semestre de 2010, se clasificó el agua como 'blanda". • Turbiedad: La quebrada Arenosa reportó valores atípicos para este parámetro, con un valor máximo en el año 2010 de 378 NTU, sobrepasando el limite establecido en el Decreto 1594 de 1984, compilado por el Decreto 1076 de 2015. • SST y SDT: La quebrada Arenosa presentó un valor máximo de 245 mg/L para SST en el segundo semestre de 2010 y un valor de 224 mg/L de SST. Para las quebradas La Pava y Guamal, los valores obtenidos se encuentran por debajo de 20mg/L para SST. • Nitratos y Nitritos: los dos parámetros reportaron valores por debajo de los límites establecidos en los artículos 38 y 30 del Decreto 1594 de 1984, compilado por el Decreto 1076 de 2015. • Los parámetros de fosfatos totales presentaron valores menores a 0,3 mg/L para los tres cuerpos de agua monitoreados; para la DB05 y DQO se presentaron valores promedio por debajo de 10 mg/L en su Resolución No. 05 0 9Del 1 2 MAY 2016 de Hoja No. 37 "POR LA CUAL SE MODIFICA EL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ESTABLECIDO MEDIANTE LA RESOLUCIÓN 758 DEL 04 DE JULIO DE 1989, MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN 1237 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2003 Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES" mayoría, con excepción de los valores reportados para los tres cuerpos durante el segundo semestre de 2010. • Durante el segundo periodo de 2011, los tres cuerpos de agua presentaron un incremento anormal en sus valores. • En los Pozos Arenas y según los índices de contaminación, todos los puntos analizados muestran contaminación por mineralización (ICOMI) de medio a Alto. Para el indice de Sólidos Suspendidos (ICOSUS), los valores del PMA arrojan un grado bajo de Contaminación; el índice de Materia Orgánica !COMO presenta un rango medio y el ICOTRO reporta un alto grado de eutrofización para todos los puntos monitoreados. En el mes de octubre de 2014 se realizó el monitoreo de los sistemas !áticos localizados en el área de los campos de Producción Balcón, San Francisco y Palermo de acuerdo con lo establecido en los Términos de Referencia HI-TER 1-03 de 2010 expedidos por el MAVDT. Los monitoreos fueron realizados con el fin de caracterización y no están sujetos a seguimiento. En total se monitorearon 15 puntos, de los cuales 4 se encontraron secos (quebradas El Higuerón - M1, Jagualito - M2, El Dindal - M3 y el Salado - M9). Los otros 11 puntos monitoreados fueron: quebrada Arenosa - M4; quebrada Buciraco - M5; río Baché a la salida del Campo Balcón - M6; rio Bache - M7; quebrada Michubi - M8; quebrada Ventanas - M10; quebrada Palogrande - M11; quebrada Cabrestiadero M12; quebrada Gualí - M13; quebrada Potrero - M14 y quebrada Agua Dulce - M15. ( En el documento Modificación del PMA, concluyen que de acuerdo a los resultados obtenidos en los monitoreos históricos llevados a cabo por los Campos de Producción Balcón, San Francisco y analizados (2010 al 2014), y los monitoreos complementarios realizados en octubre de 2014, a nivel general los puntos de agua objeto del estudio presentan bajo impacto de contaminación por agentes externos y niveles aceptables para la mayoría de fuentes hídricas estudiadas. La Empresa propone una red de monitoreo, teniendo en cuenta ios diferentes requerimientos de las autoridades ambientales y el anterior análisis. ➢ Usos del agua Con respecto a los usos del agua identificados en el AID del proyecto, se observa que la población se Surte de agua, en su mayoría de nacederos ubicados en sus propias fincas (46% en la cuenca del rio Aipe); un 42 % de la población se surte de acueductos veredales y/o complementan sus nacimientos con este sistema y solo un 8% capta sus aguas directamente de ríos y quebradas y un 4% de pozos profundos o aljibes. En la cuenca del rio Bache, la población se abastece de agua mediante la captación de aguas de nacimientos, quebradas, pozos profundos y aljibes. Un 43% hace uso de acueductos interveredales, un 36% realiza toma directa de nacimientos que en la mayoría de los casos está en sus propias fincas; un 15% toma el agua de pozos profundos y un 6% realiza toma del agua directamente del río o quebrada más cercana. En el documento modificación del PMA se registran en total 7 acueductos veredales; de la quebrada Potreritos se surten 6 acueductos que son los de la vereda San Antonio (posee sistema de tratamiento de aguas y desarenador), acueducto de la vereda El Tesoro (sin desarenador); acueducto de la vereda Potreritos (con tanque de almacenamiento y desarenados). En la parte alta de la vereda 8 familias se benefician con el acueducto del Carbón y el del sector Agua Dulce, que surte a 8 familias. La vereda Arrayanes también posee un acueducto que capta sus aguas de la quebrada Potreritos (es eficiente), así como el acueducto de la vereda Ventanas (no suple las necesidades de todas las familias de la vereda). El Acueducto de la vereda Dindal suple las necesidades de agua de 70 familias; el acueducto de la vereda Dina sector San José capta agua subterránea desde un pozo profundo. Los principales usos dados al agua en el área de influencia del proyecto y aguas abajo de las franjas de captación son consumo humano y doméstico, uso pecuario y de galpones (consumo y limpieza del ganado, cerdos y cabras) principalmente del río Bache, quebradas y jagüeyes; uso agrícola que para el AID de los campos de estudio se identificaron los cultivos de arroz, maíz, y algodón, además de papaya, piña y melón, aguas captadas principalmente del río Bache. Según el documento modificación del PMA y teniendo en cuenta que la oferta hídrica neta del rio Aipe se Resolución No. 9 Del1 7 MAY 2016 de Hoja No. 38 ( "POR LA CUAL SE MODIFICAA EL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ESTABLECIDO MEDIANTE - ‘ \ LA RESOLUCIÓN 758 DEL 04 DE JULIO DE 1989, MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN 1237 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2003 Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES" determinó en 26351/s, la demanda estimada es de 2483,361/s; el índice de escasez establecido para el río Aipe es del 94%. Para el caso del río Bache con una oferta hídrica total neta de 11587,211/s, la demanda total estimada es de 5123,11 1/s; el índice de escasez establecido para el rio Aipe es del 56%. En lo referente al área de influencia directa de los campos de producción Balcón, San francisco y Palermo, la oferta hídrica neta es de 3658,531/8, la demanda estimada es de 893,27I/s y el indice de escasez del 25 %. ➢ Hidrooeoloola De acuerdo con el documento del PMA, las unidades hidrogeológicas se determinaron con base en los tipos y disposición de las unidades de roca yen los sondeos geoeléctricos que se llevaron a cabo para determinar la presencia de acuíferos y la ubicación y profundidad de pozos para agua subterránea. El área de estudio se encuentra constituida por rocas sedimentarias marinas, cretáceas y terciarias, así como rocas continentales terciarias, en menor proporción aparecen sedimentos del cuaternario. El área de estudio se caracteriza por su alto contenido limo-arenoso de granulometria fina y poca compactación, siendo afectada por una serie de fallas de cabalgamiento y plegamientos, resultantes de la acción de esfuerzos compresivos. Este cinturón de estructural presenta una combinación de fallas inversas y pliegues anticlinales y sinclinales, convergencia general hacia el oriente que brinda un comportamiento singular al flujo hídrico subterráneo, que constituyen sistemas acuíferos de mediana a baja productividad. Los sistemas acuíferos son continuos, asociados a capas lenticulares, con niveles freáticos moderadamente profundos por estar asociado a condiciones climáticas secas con temperatura promedio de 27°C en condiciones semiáridas. En el AID se identifican las siguientes unidades hidrogeológicas relacionadas a los campos objeto de estudio: • Campo Balcón: la mayor extensión de este campo corresponde a acuíferos de porosidad primaria, discontinuos de extensión regional y local, conformados por sedimentos cuaternarios no consolidados de ambiente de la cuenca (fluvial y lacustre) de montaña, de ladera y rocas sedimentarias terciarias y cretácicas; que desarrollan acuíferos de tipo libre a confinados, son acuíferos de productividad mediana a baja. • Campo San Francisco: predominan los acuíferos con Porosidad Secundaria, rocas con flujo esencialmente a través de fracturas (Rocas fracturadas y/o carstificadas), discontinuos, conformados por rocas sedimentarias elásticas de edad cretácica, depositadas en ambiente marino. Estos conforman acuíferos confinados. Son acuíferos de baja productividad. • Campo Palermo: También se identifican acuíferos con porosidad primaria y secundaria, baja o nula. Nuevamente son acuíferos de baja a nula productividad. Para el AID, en general, la recarga de los sistemas acuíferos proviene en menor porcentaje de la precipitación y en mayor porcentaje de las corrientes superficiales en las épocas de lluvia, donde el flujo subterráneo tanto vertical como horizontal es de carácter local, durante las épocas de sequía estas unidades hidrogeológicas, aportan agua al flujo base de las corrientes superficiales. Para los campos de producción Balcón, San Francisco y Palermo, se identifican unas áreas de recarga a nivel local para los acuíferos principales, las cuales se caracterizan por presentar patrones intergranulares de grano más grueso con respecto a las zonas con mayor fracción arcillosa, además de poseer condiciones topográficas y de coberturas vegetales que favorecen el proceso de infiltración. Las zonas de descarga principales se localizan hacia las áreas aledañas a los drenajes principales que recorren el área de influencia de los campos de producción Balcón, San Francisco y Palermo. La unidad hidrogeológica del Grupo Honda, es la más importante en la recarga con un 49.74%, seguida de los depósitos cuaternarios con un 41.56% del total del área de recarga potencial; por otro lado, el sistema conformado por el acuitado de la Formación Seca presenta el 5,22% de la recarga en los bloques. Todos los cuerpos de agua del área de estudio realizan sus descargas al río Magdalena y otros en menor porcentaje hacia drenajes de menor orden, tanto a nivel superficial como en el flujo de aguas subterráneas. En la zona de estudio se muestra una importante zona de recarga del acuífero Honda para los Campos San Francisco, Palermo y Balcón. La dirección de flujo del agua subterránea a nivel local del área de estudio presenta una dirección en sentido SW-NE, excepto las direcciones de flujo del río Yaya, el cual debido a su posición estructural origina que la dirección de flujo vaya en sentido Norte-Sur, desembocando al río Bache. Resolución No 050 12 MAY 2016 de Hoja No. 39 "POR LA CUAL SE MODIFICA EL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ESTABLECIDO MEDIANTE LA RESOLUCIÓN 758 DEL 04 DE JULIO DE 1989, MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN 1237 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2003 Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES" Para los Campos de estudio se realizó un inventario de los puntos de agua subterránea en donde se realiza captación o aflora el agua subterránea, arrojando los siguientes resultados: 22 pozos de captación debidamente localizados e inventariados en la modificación del PMA. De ellos, 2 puntos son relacionados con mayor relevancia, pozos Babillas 1 y 2, ya que suplen las necesidades de agua de la zona Industrial del Monal y los acueductos de las comunidades de Peñas Blancas, San francisco y Tamarindo. En la revisión de información secundaria identificaron 7 manantiales dentro de los bloques de producción, distribuidos así: cuatro (4) en el bloque Palermo y tres (3) en el bloque San Francisco; además 7 aljibes y 2 pozos profundos utilizados por la comunidad para el uso y consumo doméstico y pecuario. En el documento Modificación del PMA, la Empresa presenta la caracterización tisicoquímica y microbiológica de las aguas subterráneas en los campos de producción Balcón, San Francisco y Palermo realizada por el laboratorio Antek. Las muestras analizadas para este informe fueron tomadas en los pozos Arenas y Babillas el día 14 de Junio de 2012 y 27 de Junio de 2013 y se realizó una comparación entre las mismas. Se analizaron los parámetros pH, Conductividad, OD, Nitratos, Nitritos y Amoniaco, DQO, grasas y aceites y metales encontrando que los parámetros que se pueden comparar con la norma (Decreto 1584/1994, compilado por el Decreto 1076 de 2015) están por debajo de los limites permisibles. También se observa alta alcalinidad como se presentó en algunos cuerpos de aguas superficiales. La conductividad reportado para ambos épocas refleja un aumento considerable para el año 2013, con valores de superiores a los 1000 pS/cm, con mineralizaciones altas a acentuadas, producto de la gran cantidad de minerales ferruginosos que lavan y lixivian las unidades captantes. Las formaciones geológicas que afloran en el AID se han diferenciado en dos grupos; Formaciones permeables y formaciones poco permeables o impermeables. En cuanto a la vulnerabilidad intrínseca de acui faros a la contaminación, el estudio presenta el análisis a partir de la metodología GOD, dando como resultado que para el AID de los Campos San Francisco, Palermo y Balcón se encuentran zonas en el limite de baja a moderada vulnerabilidad a la contaminación para los acuíferos someros asociados con el depósitos cuaternarios aluviales y los sistemas acuíferos neógenos. También se observan acuíferos someros de moderada productividad, que garantizan el suministro del recurso hídrico para la comunidad del AID, y que por su cercanía con la superficie genera mayor susceptibilidad a la contaminación > Calidad del aire En el documento de Modificación del PMA se presenta un completo análisis sobre el clima del área de estudio. En cuanto a calidad del aire, se encontró que la Empresa dentro de su programa de control y seguimiento ambiental, ha venido realizando periódicamente monitoreos del calidad del aire y ruido, dando cumplimiento a los requerimientos establecidos en la Resolución 3463 de 2010, mediante la cual la CAM renovó el permiso de emisiones atmosféricas para las baterías Balcón, Monal y Satélite. Las fechas registradas en el documento modificación del PMA para los últimos monitoreos son septiembre de 2013 y octubre de 2014 (realizado para efectos de la solicitud de modificación del PMA). Como fuentes fijas generadoras de emisiones atmosféricas relacionadas con la infraestructura petrolera principalmente se identifican los generadores de energía, los compresores, motores de combustión interna y teas de combustión de gas (baterías Balcón, Satélite y Monal). Así mismo, se identificaron emisiones lineales producto del tránsito de vehiculos a través de las vías destapadas que generan material particulado y emisiones directas de los vehículos por la combustión del motor y relacionada con los combustibles utilizados (diésel en su mayoría). En los Campos de producción Balcón, San Francisco y Palermo, se registraron en el documento modificación del PMA, aproximadamente 77 kilómetros de vías sin pavimentar, cuyos usos principales son la movilización de maquinaria, equipos y personal que hace parte de sus actividades. En cuanto a las emisiones fijas se observó que estas se generan por la cocción de alimentos de las estufas de las viviendas que utilizan leña, los generadores de energía y las teas de la industria petrolera existente. it Resolución No. r 05 0 9Del 1 1 HAY 2m6- de Hoja No. 40 "POR LA CUAL SE MODIFICA EL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ESTABLECIDO MEDIANTE LA RESOLUCIÓN 758 DEL 04 DE JULIO DE 1989, MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN 1237 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2003 Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES" En el documento Modificación del PMA, se localizan en el campo Balcón 6 fuentes de emisión relacionadas con pozos y se indican 20 fuentes relacionadas con un tipo de emisión vapor/gas/ruido, asociadas a los equipos que operan en la batería Balcón. En el Campo San Francisco se identifican 91 puntos que generan algún tipo de emisión (vapor/gas/ruido). También se observa descripción de las fuentes de emisión para las baterías Mona/ y Satélite localizadas en el campo San Francisco. Para el campo Palermo se localizan cuatro puntos de emisión. Para la presente modificación la Empresa presentó los monitoreos de calidad de aire mediante la medición de los siguientes parámetros: material particulado (PM10 y PTS), óxidos de nitrógeno (NO2), dióxido de Azufre (S02), monóxido de carbono (C0), Hidrocarburos totales expresados como metano y Compuestos orgánicos volátiles (VOC's). Para el campo Balcón se determinaron dichos parámetros en cuatro puntos ubicados al interior del AID; para las Baterías Monal y Satélite del campo San Francisco se ubicaron 4 estaciones de monitoreo en cada una; estos estudios corresponden al año 2013, en el que no se realizaron monitoreos de calidad de aire en el Campo Palermo. Para el año 2014 se realizaron monitoreos de calidad de aire distribuidos así: tres puntos de monitoreo para el Campo Balcón (Finca La Esperanza, Finca El Plato y Finca La Rajada), tres puntos de monitoreo para el Campo San Francisco (Pozo San Francisco 129, Pozo San Francisco 74 y Finca Charco de Agua) y tres puntos de monitoreo para el Campo Palermo (Santa Clara pozo 9W, Finca La Libertad y Palermo 006), en las cuales se midieron los parámetros de material particulado (PM10 y PTS), óxidos de nitrógeno (NO2), dióxido de Azufre (502), monóxido de carbono (CO), Hidrocarburos totales expresados como metano y Compuestos orgánicos volátiles (VOC's). De dichos análisis se encuentra que todos los valores obtenidos cumplen con la nomiatividad, específicamente los valores límite establecidos en la Resolución 610 de 2010 del anterior MAVDT. Para los monitoreos de calidad del aire, se ubicaron 12 estaciones de monitoreo para el año 2013 y 9 estaciones para el año 2014; durante la medición del año 2014 se determinaron los mismos parámetros relacionados para el año 2013 y todos los valores obtenidos cumplen con los valores limite establecidos en la Resolución MAVDT 610 de 2010. ➢ Ruido Para las operaciones de los Campos de Producción Balcón, San Francisco y Palermo se adelantan bianualmente monitoreos de ruido. Para la caracterización del área en el documento de modificación del PMA, presentan los análisis del monitoreo complementario de ruido ambiental realizado en octubre de 2014. Dentro del AID de los Campos Balcón, San Francisco y Palermo se ubicaron nueve (9) puntos de monitoreo de ruido ambiental en el año 2014 y según lo presentado en el documento de modificación del PMA, se realizaron mediciones puntuales de los Niveles de Presión Sonora (NPS) en horarios diurnos y nocturnos en las diferentes orientaciones (norte, este, sur, oeste y vertical). Según el informe, comparando los resultados del Leq de emisión ajustado con el límite máximo permisible establecido en la Resolución 627 de 2006 para el sector C (zonas con usos permitidos industriales), establecido en 75 dB, se puede determinar que en la coordenada Oeste del área perimetral de la Batería Balcón, el nivel de presión sonora sobrepasa notablemente dicho limite durante el día. Sobre la coordenada Oeste se realizó la medición en horario nocturno (por ser el punto de mayor emisión de ruido) y se observó nuevamente no cumplimiento de la norma, relacionado con el funcionamiento continuo de este tipo de industria. Por lo tanto, el NPS de la coordenada Oeste (para 15 minutos) no da cumplimiento de lo estipulado en la normatividad por la emanación alta de ruido generado por las bombas de inyección. Con respecto a los análisis de ruido ambiental (diurno y nocturno), se observa cumplimiento para la Zona 1 (Residencial) comparado con la Resolución 8321/1983 del Ministerio de Salud y Agricultura. Para el horario nocturno, uno de los tres puntos del análisis presentó un valor de 49,0 dB, superando en 4 unidades la norma. Se determinó la emisión de ruido a nivel industrial y ruido ambiental en fincas e industria cercana a la zona. A nivel nocturno, en los estudios del año 2013 se presentaron en algunos puntos, niveles elevados y superiores a la norma comparados con el Sector 1 Residencial. Resolución No. r Q9 1.2 MAY 2015, Del de Hoja No. 41 "POR LA CUAL SE MODIFICA EL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ESTABLECIDO MEDIANTE LA RESOLUCIÓN 758 DEL 04 DE JULIO DE 1989, MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN 1237 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2003 Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES" Para el estudio realizado en septiembre de 2014, la totalidad de puntos de este tramo, se definieron como SECTOR D: Zona Suburbana o Rural de Tranquilidad y Ruido Moderado. Según el informe, los resultados obtenidos para la mayoría de los puntos ubicados en el Campo Balcón son inferiores al estándar normativo; establecido por Resolución 627 del 2006, para el horario diurno (07:00 a 21:00)de 55 dBA, tanto en día hábil como en día no hábil. Para el horado nocturno, todos los puntos ubicados en el área del Campo Balcón superan el estándar normativo, establecido por Resolución 627 del 2006, tanto en día hábil como en día no hábil. Para las mediciones del año 2014 en el campo San Francisco (Sector D), a nivel diurno tres estaciones presentaron NPS inferiores al estándar normativo, pero una estación ubicada en cercanía a un pozo de producción presentó registro levemente superior al estándar normativo (55 dBA). A nivel nocturno presentó un comportamiento similar al Campo Balcón, todas las estaciones monitoreadas sobrepasan los limites permisibles establecidos en la Resolución 627 de 2006 (45 dBA). Según el informe, el campo Palermo fue catalogado como Sector D y presentó sobrepaso de la norma a nivel diurno (> 5dBA) en la totalidad de las tres estaciones de estudio, situación atribuida a la cercanía que los puntos con respectó a las actividades del campo Palermo. Hay ausencia de barreras de tipo natural y/o artificial que mitiguen la intensidad de las ondas sonoras. Así mismo, para el horario nocturno, los tres puntos monitoreados en el campo Palermo superan los límites establecidos en la Resolución 627 del 2006, para el horado nocturno (21:00 a 07:01) de 45 dBA. En el documento de modificación del PMA y dados los hallazgos del estudio de ruido, la Empresa propone una red de monitoreo para el Seguimiento y monitoreo de Emisiones atmosféricas, calidad del aire y ruido ambiental. Medio Biótico En el área de influencia de la modificación del área de producción Campos Balcón, San Francisco y Palermo, no se presentan áreas protegidas legalmente declaradas, de acuerdo con el Registro Único Nacional de Áreas Protegidas RUNAP, como lo acredita la Subdirección de Gestión y Manejo de Áreas Protegidas de Parques Naturales Nacionales en su certificación del 23 de diciembre de 2014, adjunta en el Documento de modificación del Plan de Manejo Ambiental (anexo 14 documental) verificado en la evaluación. De acuerdo con la CAM, se establece que el área de modificación no se encuentra en área de parques naturales regionales o parque natural municipal en el departamento del Huila, según certificación de esa Entidad, anexa al documento del EIA y fechada el 10 de febrero de 2015 (anexo 14. Documental). Se considera de interés esta información puesto que certifica la no influencia del Parque Natural Regional La Tatacoa. Resnatur, Asociación Red Colombiana de Reservas, en oficio del 31 de octubre de 2014, informa que en los municipios del área de influencia del proyecto, no hay reservas naturales de la sociedad civil. No obstante lo anterior, el área de producción Campos Balcón, San Francisco y Palermo, se encuentra en su totalidad dentro del ecosistema de Bosque Seco Tropical, uno de los más amenazados en Colombia y con menor grado de investigación. Esta observación será tenida en cuenta para zonificación. Dentro del ordenamiento territorial ambiental, es de tener en cuenta la cuchilla El Chiflón que bordea la parte occidental del proyecto; áreas de recuperación del municipio de Aipe y en Palermo la Finca La Tribuna de propiedad de la Empresa. Ecosistemas terrestres De acuerdo con lo descrito en el capítulo 3 del EIA complementado con la información adicional, se establecen los biomas Orobioma bajo de los Andes y Zonobioma alternohidrico y/o subxerofítico tropical del alto Magdalena, este último perteneciente al gran bioma "Bosque Seco Tropical"; el cual por su baja o nula representatividad en el sistema nacional de áreas protegidas, SINAP, es área con prioridad de conservación de acuerdo con el documento Conpes 3680 de 2010 (Conpes de áreas protegidas). Esta situación será tenida en cuenta en el análisis de zonificación de manejo. Resolución No. 0 50 9 Del 1..2 MAY 2016 de Hoja No. 42 "POR LA CUAL SE MODIFICA EL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ESTABLECIDO MEDIANTE LA RESOLUCIÓN 758 DEL 04 DE JULIO DE 1989, MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN 1237 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2003 Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES" Dentro de los Biomas encontrados, se reportan las siguientes unidades de cobertura en el AID del área de Producción Campos Balcón, San Francisco y Palermo. Tabla Unidades de cobertura de la fierra existente en el AID del Área de Producción Campos Balcón 51919_ COBERTURA 1.1. Zonas 1.1.2 Tejido urbano discontinuo urbanizadas 1.2. Zonas industriales o Territorioscomerciales y 1. redes de arlificializados comunicación 50,46 0,17 Rv 239,17 0,81 Ehc 101,57 0,35 Oct 19,17 0,07 Arz 30951 1,05 Ctr 4,08 0,01 PI 2162,66 7,35 Pa 2182,88 7,42 Pe 3174,95 10,80 Br 4020,04 13,67 liar 2116,30 7,20 3.221 Arbustal Denso Arid 6065,25 20,63 3.222 Arbustal Aae 749246 2548 Vsa 1303,70 4,43 Ply 5,83 0.02 Tdd 57,15 0,19 R 66,85 0,23 Ja 3116 0,11 Eac 214 001 1.22, Red vial, ferroviarias 1.2.2.1. Red vial y territorios asociados y terrenos asociados 2.1. Cultivos 2.1.1. Otros cultivos transitorios 2.1.2. transitorios 21.2.1. Arroz Cereales 22.3. Cultivos Cultivos 2. Territorios 2.2 permanentes permanente 223.3. cítricos agrícolas s arbóreos 211. Pastos limpios 2.a Pastos 2.3.2. Pastos arbolados 211 Pastos enmalezados 31.4. Bosque de Galería y 11.4.2 Bosque finado ripario 3.2.1.2. 3.2.1 121.2.2. Herbazal abierto Herbazal Herbazal rocoso abierto 32 Áreas con 32.2 3 Bosques y vegetación áreas herbácea seminaturales arbustivo ylo Arbustal abierto 12.2.21 Arbustal abierto esclerófilo 121. Vegetación secundaria 12.3.1. Vegetación Secundaria Alta o en transición Áreas 13.1. Zonas 11 se, 0 arenosas 351.1. Playas abiertas, con poca naturales vegetación 113 Tierras desnudas y degradadas 5.1.1. Rio 5. Superficies 51 Aguas 51-4; 5.1.4,2 Jagüey Cuerpo de de agua continentales agua artificial GC Tud 1.3. Zonas de 1.11 Zonas extracción de mineras y extracción 1.3.1.2 Explotación de hidrocarburos escombreras minera al. Bosques 1 M.17561:10 5.1.4.3. Estanques para acuicultura continental ., TOTAL ÁREA 1.40 .00 go para los campos e producción Balcón, San Francisco y Palermo. Ecopetrol, S Flora A. 2015 El bosque de galeríaldpario, por su condición de protección marginal de cauces permanentes e intermitentes y su tendencia a la continuidad hacen que cobre importancia ambiental en el Área de producción Campos Balcón, San Francisco y Palermo. De acuerdo con la información adicional allegada por la Empresa, esta unidad de cobertura es considerada de exclusión en la zonificación de manejo; no obstante, en su propuesta Resolución No. o9 Del 1.2 MAY 2016- de Hoja No. 43 "POR LA CUAL E MODIFICA EL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ESTABLECIDO MEDIANTE LA RESOLUCIÓN 758 DEL 04 DE JULIO DE 1989, MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN 1237 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2003 Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES" sugieren realizar actividades de construcción y adecuación de vías mantenimiento de vías, líneas de flujo y redes eléctricas. Considera esta Autoridad que las actividades que propone la Empresa, deben ser excluidas de esta unidad y para la zonificación de manejo ambiental se considerará esta cobertura como de exclusión para todas las obras y/o actividades. El análisis multitemporal presentado, muestra las coberturas de los años 1975 y 2015 del AID del proyecto. Destaca el estudio, el sutil decremento bosque de galería/ripario en el área de estudio, cobertura que, de ocupar un área de 4031,64 ha en 1975, pasa a tener actualmente 4020,04 ha; decremento de arbustal denso de 1,72% y arbustal abierto esclerófilo de 1,08% en cuarenta años. Esta situación de permanencia, es de alta importancia en razón a que estas tres coberturas están asociadas a la zona de vida bosque seco tropical, específicamente al Orobioma Bajo de los Andes y al Zonobioma Altemohígrico y/o subxerofitico tropical del Alto Magdalena Por lo anterior, estas coberturas se tendrán en cuenta en la determinación de zonificación de manejo ambiental por parte de esta autoridad. Las métricas de fragmentación reportadas en el estudio, para las unidades Bosque ripario, Arbustal Denso y Vegetación Secundaria Alta, muestran que los polígonos de cada unidad se han mantenido con variaciones muy pequeñas en número; tamaño, forma, y proximidad entre parches de la misma clase. Esta condición ratifica la necesidad de preservación de estas coberturas, por lo cual será tenida en cuenta para efectos de la zonificación de manejo. Espacialmente, reporta el estudio de fragmentación, que las áreas más amplias (áreas núcleo) ocupan el 10.75%, en tanto que las áreas de parche ocupan 36.80%. Este análisis espacial aclara la necesidad de preservar las tres coberturas contempladas en el mismo (Bosque Ripario, Arbustal Denso y Vegetación secundaria). La conectividad, según lo reportado en el estudio, se mantiene alta en la parte sur y occidente, mientras que la zona norte, presenta alteraciones en hábitat disponible y conectividad entre parches. Al occidente, se encuentra la cuchilla El Chiflón, en tanto que al Norte se encuentran especies sensibles asociadas al bosque seco tropical, razón por la cual son importantes áreas de preservación y recuperación respectivamente. El EIA, en las diferentes coberturas, no reporta el ejercicio de determinación de especies endémicas, amenazadas o en peligro crítico. De acuerdo con los listados de composición florística reportados en el documento, esta autoridad confrontó con los listados de especies silvestres amenazadas de la diversidad biológica colombiana; Apéndices CITES y lista roja de la UICN encontrando que Anacardium excelsum y Bursera glaveolens, se reportan como casi amenazados por la UICN; el género Euphorbia es citado como en peligro, luego su comercio es prohibido (apéndice I CITES). Por lo anterior, esta Autoridad considera que las especies de llora que se encuentren en alguna categoría de amenaza y que puedan ser afectadas por las obras y/o actividades autorizadas, deberán ser objeto de manejo especial por parte de la Empresa y en este sentido se requiere el ajuste de la ficha de Conservación de especies vegetales, endémicas, con alguna categoría de amenaza en peligro crítico o en veda (Ficha 7.6.7) propuesta. Fauna La ANLA considera que la información presentada fue debidamente compilada de acuerdo con las unidades de cobertura vegetal identificadas y usos del suelo presentes en el área de estudio, teniendo en cuenta las especies más representativas, de valor comercial, endémicas, amenazadas o en peligro crítico, conteniendo la información como mínimo de anfibios, reptiles, aves y mamíferos. El estudio presenta la composición potencial de riqueza de especies, e identificó las especies con presencia potencial bajo algún grado de amenaza, especies endémicas, migratorias, entre otras ecológicamente significativas. A su vez se determinan las principales cadenas tróficas, fuentes naturales de alimentación y rutas migratorias de las especies más representativas, de importancia para la tomas de decisiones en cuanto a zonificación y manejo. Resolución No! 15 0 1 2 MAY 2016 de Hoja No. 44 "POR LA CUAL SE MOD FICA EL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ESTABLECIDO MEDIANTE LA RESOLUCIÓN 758 DEL 04 DE JULIO DE 1989, MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN 1237 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2003 Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES" Esta Autoridad considera que los muestreos de fauna son de alta importancia para generar las medidas de manejo, por cuanto estos soportan la base de control, mitigación y prevención de impactos sobre la fauna. Por tal razón, se solicitan algunos ajustes a las fichas del Plan de Manejo y Seguimiento del Capitulo 7 del EIA. Ecosistemas Acuáticos El estudio presenta los resultados obtenidos en el muestreo de nueve estaciones de quebradas y dos estaciones del Rio Bache. Dentro del programa de monitoreo consideraron cuatro estaciones (también de cuerpos !áticos), que en la campaña de monitoreo estaban secos. De acuerdo con lo presentado por la Empresa, el análisis y la descripción cuantitativa de las comunidades junto con la bioindicación dada por las especies y los resultados obtenidos en índices ecológicos y de contaminación, permiten establecer las siguientes conclusiones: 1. La clase insecta de la comunidad bentónica fue el grupo más dominante en las muestras, influenciado por corriente, sustrato y presencia de materia orgánica. Las especies de este grupo taxonómico son en su gran mayoría indicadoras de aportes de materia orgánica y sedimentos en el sistema. Es la familia Chironomidae, la más representativa corroborando las condiciones de materia orgánica. Se reportan también en la comunidad bentónica oligoquetos con altas densidades; gasterópodos y ostrácodos en menor proporción y como indicadores de niveles medios de contaminación odonatos, coleópteros, efemerópteros, tricópteros y hemípteros. 2. En la comunidad del perifiton la mayoría de los puntos de monitoreo exhibió como principal representante algas de la división Bacillariophyta, indicando posible mineralización de las aguas; así mismo, las densidades de algas verde-azules, indican ambientes inestables con altas concentraciones de Fósforo, en tanto que las densidades de clorofitas se asocian a los bajos niveles de sólidos suspendidos en el ambiente acuático. 3. La comunidad fitoplanctónica, registró la presencia principalmente de las divisiones Bacillariophyta, Chlorophyta, Euglenophycota y del Phylum Cyanophycota, que se vieron favorecidas por la baja contaminación de sólidos suspendidos, así mismo se evidenció el predominio de las diatomeas, en la mayoria de los puntos de monitoreo, sugiriendo procesos de eutrofización por aumento de nutrientes, procesos que ocurren de manera natural o por actividades antrópicas, así mismo las densidades importantes de clorofitas y euglenófitos indicando aguas ricas en materia orgánica. 4. La comunidad zooplanctónica se caracterizó por presentar una alta diversidad, donde predominaron organismos de la clase, Lobosa, Maxillopoda y Monogonta, posiblemente debido a las condiciones ambientales y geomorfológicas de los sistemas; señalando que pueden exhibir una contaminación moderada de origen orgánico y aguas con tendencia a la eutrofización. 5. El desarrollo de las macrófitas está altamente influenciado por características como profundidad, turbiedad, nutrientes, corrientes, dinámica del sistema y poblaciones ya existentes. Además, las especies del género Tonina se encuentra asociadas a ambientes húmedos, con buena incidencia solar y material orgánico del cual logran capitalizar el fosforo depositado en el sedimento por medio de sus raíces. 6. Los índices de contaminación en los puntos concuerdan con los análisis realizados en la bioindicación de las comunidades acuáticas y los índices ecológicos, ya que según los contenidos de fósforo en el sistema, se confirmó la naturaleza eutrófica, con el indice 1COTRO (índice de contaminación trófica), del mismo modo el índice de contaminación por materia orgánica (ICOMO) presentó una calificación entre baja y muy baja, indicando que existe contenidos leves de materia orgánica en el sistema. 7. Finalmente, la mediana representatividad para la comunidad !dice puede estar relacionada con características como contenido de minerales y nutrientes en el cuerpo de agua, tasa de renovación del agua, turbidez del agua y tipo de sustrato del sistema. La mayoría de peces identificados tienen una dieta omnivora donde se incluyen los insectos acuáticos y se encuentran en cuerpos de agua con presencia de material vegetal, algunos peces toleran aguas contaminadas y bajas concentraciones de oxígeno. Resolución No. r 05 eiDel ..) 1 2 MAY 20.1 de Hoja No. 45 "POR LA CUAL SE MODIFICA EL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ESTABLECIDO MEDIANTE LA RESOLUCIÓN 758 DEL 04 DE JULIO DE 1989, MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN 1237 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2003 Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES" 8 La información presentada por la Empresa, teniendo en cuenta la distribución de los cuerpos de agua muestreados y su análisis de bioindicación y relación con los parámetros físicos y químicos, permite claramente identificar los principales ecosistemas acuáticos y determinar su dinámica e importancia en el contexto regional. 9. Se identificó y caracterizó adecuadamente la biota acuática de mayor importancia ecológica y económica asociada a los principales cuerpos de agua con base en los muestreos, analizando sus diferentes hábitats, la distribución espacial y las interrelaciones con otros ecosistemas, lo que permite mantener una línea base para comparación en futuros monitoreos. Medio Socioeconómico Lineamientos de Participación El proceso de interacción con las comunidades se dio en dos momentos: el primero al inicio de la caracterización para los medios físico, biótico y socioeconómico y el segundo finalizando el estudio, el cual se denominó socializaciones de resultados. Estos momentos se desarrollaron tanto con las Autoridades municipales de Aipe, Neiva y Palermo, como con las Unidades Territoriales en las cuales se realiza la operación de los Campos Balcón, San Francisco y Palermo. Según lo expuesto en el documento para la modificación del PMA presentado por Ecopetrol a esta Autoridad, el proceso de información y socialización del proyecto a las autoridades municipales del Ali y las comunidades de las veredas del AID, se inició con la convocatoria, que se hizo mediante la radicación de un oficio en la respectiva Administración Municipal, y el contacto directo con los presidentes de las Juntas de Acción Comunal de las veredas del Área de Influencia Directa y la invitación a participar en la reunión de socialización mediante el respectivo oficio, en el cual, la Empresa les explicó los objetivos y los alcances de la modificación del PMA. Además, durante el proceso de interacción con las unidades territoriales y sus sectores (en los casos en los cuales se ha tenido surgimiento de varias Juntas de Acción Comunal al interior de las mismas) se aplicaron encuestas socioeconómicas con el fin de obtener información primaria para la caracterización. Las reuniones informativas denominadas del primer momento se realizaron con las autoridades municipales y las comunidades del AID entre noviembre de 2014 y febrero de 2015, y en las mismas se realizaron el diagnóstico situacional participativo mediante la técnica de cartografía social de la cual se anexó el registro fotográfico, taller de impactos y la ficha vereda'. Posteriormente, se desarrolla el segundo momento de socialización el cual se hizo luego de la elaboración del estudio y consistió en la realización de nuevas reuniones con las Autoridades municipales y las comunidades, con el fin de presentar los resultados del estudio. Estas socializaciones se desarrollaron en el periodo comprendido entre abril y mayo de 2015. Como soportes de la ejecución de los lineamientos de participación, la Empresa allega lo siguiente: oficios de invitación a participar a las comunidades, actas y asistencias de las reuniones del primer y segundo momento; oficios, actas y listados de asistencia de las reuniones realizadas con las autoridades municipales y registros fotográficos. Sin embargo, las comunidades representadas por los sectores de San Antonio de Padua y San Antonio Bajo, pertenecientes a la vereda oficial San Antonio, así como las veredas Ventanas del Municipio de Aipe y San Francisco del municipio de Neiva no firmaron listados de asistencia ni permitieron el registro fotográfico, situación que fue corroborada durante la visita. La situación evidenciada durante la visita de evaluación para la modificación del Plan de Manejo Ambiental para los campos Balcón, San Francisco y Palermo de manera general fue la siguiente: La visita de Evaluación para la modificación del Plan de Manejo Ambiental se centró en corroborar con las personas participantes la manera como Ecopetrol S.A ha realizado el proceso de información con las Resolución Noo 509 Del '12 MAY 2016 de Hoja No. 46 "POR LA CUAL SE MODIFICA EL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ESTABLECIDO MEDIANTE LA RESOLUC ÓN 758 DEL 04 DE JULIO DE 1989, MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN 1237 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2003 Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES" comunidades y autoridades, la identificación de impactos y la caracterización del estudio presentado a esta Autoridad.' Tabla Relación de los momentos en los cuales la Empresa ejecutó los lineamientos de participación con las Autoridades municipales y Unidades Territoriales, así com o JAC ' ,' . Primera Socializa as Segun da Socializadas Man. Campo Veredas dOntactada • - Oficio con fecha 2 de febrero de 2015 - Oficio con fecha 22 de abril de 2015 en en el cual se invita a reunión el miércoles el cual se invita a la comunidad a reunión 18 de febrero. el lunes 4 de mayo de 2015. Acta: En la misma no se describen preguntas realizadas por la comunidad, además, no se permitió el registro fotográfico ni se firmó listado de asistencia. Acta: La comunidad manifestó que esta en descuerdo con la modificación del PMA y se describe que no se firmó asistencia ni se permitió registro fotográfico, sin embargo se menciona que asistieron aproximadamente 3 personas. Participantes: Se desconoce porque la población no firmó asistencia. JAC San Antonio de Visita de Evaluación: Se realizó reunión con un grupo de la comunidad en cabeza del presidente de la JAC. Padua Asistieron aproximadamente 20 personas. Se manifiesta por parte de los asistentes que se han realizado reuniones para informar sobre el PMA y que la comunidad ha mostrado su inconformismo respecto a nuevas perforaciones, porque consideran que estas causan la disminución del agua de la zona. Además, la comunidad reconoció que se opuso a que la Empresa realizara la caracterización física y biótica de la zona en el marco de la actualización del diagnóstico para el PMA. Se corroboró la decisión de la comunidad de no firmar listados de asistencia durante las reuniones de socialización por considerar que las Empresas las utilizan para aprobar proyectos. c 2 ilt n. un oz o. IrÉ u San Antonio - Oficio con fecha 2 de febrero en el cual - Oficio con fecha 22 de abril de 2015 en se invita a la comunidad a reunión el el cual se invita a la comunidad a reunión lunes 16 de febrero de 2015. el lunes 30 de abril de 2015. Acta: La población expreso que el PMA no se ha cumplido, sin embargo, se acordó escuchar la exposición y no se firmó listado de asistencia, ni se permitió el registro fotográfico. Acta: La comunidad pregunta por la fuente de la cual se tomó la información de hidrología y se responde que es tomada de fuentes oficiales y estudios de los Campos que hacen parte de Huila Norte. Participantes: Se desconoce porque la Se recomienda la protección de la población no firmó asistencia. quebrada El Piñal, el Vergel y los nacimientos de los predios. Se menciona JAC San que asistieron aproximadamente 23 Antonio Bajo personas, sin embargo solo algunos firmaron la asistencia. Participantes: 4 personas firmaron la asistencia Visita de Evaluación. Se estableció comunicación vía telefónica con el presidente de la JAC, debido a que la reunión programada inicialmente no se pudo realizar por retraso en el vuelo hacia la zona. Se manifiesta que la comunidad no permitió la firma de la lista de asistencia durante la socialización como manera de desaprobar las actividades de hidrocarburos desarrolladas en la zona - Oficio con fecha 6 de febrero en el cual - Oficio con fecha 22 de abril de 2015 en se invita a la comunidad a reunión el 17 el cual se invita a la comunidad a reunión San de febrero de 2015 el lunes 5 de mayo de 2015. JAC Antonio Sector Acta: No se describen en el acta Acta: Se consideró que la información Santa Maria preguntas realizadas poda comunidad tomada del POT está desactualizada. Participantes: 12 personas según listado Participantes. 13 personas según listado Resolución No. 0509 Del 1 2 MAY 2016- de Hoja No. 47 "POR LA CUAL SE MODIFICA EL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ESTABLECIDO MEDIANTE LA RESOLUCIÓN 758 DEL 04 DE JULIO DE 1989, MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN 1237 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2003 Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES" &lun. Campo Veredas JAC contactada ,primera Socialización í de asistencia . Segunda Socialización de asistencia Visita de evaluación. Se realizó la reunión el día 3 de septiembre de 2015 con participación de aproximadamente 15 personas. Participó entre otros la presidenta de la JAC y aunque mencionaron que tenían conocimientos con respecto a la "ac ualización del PMA", consideraron que anteriormente las reuniones de socializacion se hacían en la vereda y actualmente se hacían en las oficinas de Ecopetrol S.A. po lo cual se ha disminuido la participación. - Oficio de invitación con fecha de 2 de - Oficio con fecha 22 de abril de 2015 en febrero de 2015 citando a reunión el el cual se invita a la comunidad a reunión viernes 13 de febrero de 2015 el miércoles 29 de abril de 2015. - Acta: como se evidencia en el acta se realizó una reunión en conjunto con comunidad de los sectores Arenoso, Balcones y Vereda La Manga Acta: Se realizó la reunión junto a la población de los sectores Balcones y Arenoso. La población pregunta por la fuente de la cual se obtuvo la información de la parte fisica y se responde que de No se describieron en la misma, fuentes oficiales como el IGAC, INVIAS y JAC San preguntas por parte de la comunidad, y estudios de campos cercanos. Se destaca por el contrario se describieron los que la población manifestó la importancia Antonio Sector impactos identificados por la población, del agua en la región. Arenoso - Participantes: En total con los otros Participantes: 30 personas según listado sectores participaron 39 personas, según de asistencia listado de asistencia. El secretario de la Junta de Acción Comunal del sector manifiesta que se han tenido canales de comunicación con Ecopetrol. Como impactos manifiestan que el polvo afecta a los animales y las personas, además la falta de agua para la población y el ganado. - Oficio de invitación con fecha 2 de - Oficio con fecha 22 de abril de 2015 en febrero de 2015 citando a reunión el 13 el cual se invita a la comunidad a reunión de febrero de 2015. el lunes 29 de abril de 2015. - Acta: como se evidencia en el acta se realizó una reunión en conjunto con comunidad de los sectores Arenoso, Balcones y Vereda La Manga Acta: Se realizó la reunión junto a la población de los sectores Balcones y Arenoso, La población pregunta por la fuente de la cual se obtuvo la información de la parte física y se responde que de No se describieron en la misma, fuentes oficiales como el IGAC, INVIAS y JAC San preguntas por parte de la comunidad, y estudios de campos cercanos. Se destaca Antonio por el contrario se describieron los que la población manifestó la importancia Sector impactos identificados poda población. del agua en la región. Balcones - Participantes: En total con los otros Participantes: 30 personas según listado sectores participaron 39 personas, según de asistencia. listado de asistencia. Visita de Evaluación La comunidad manifestó que a pesar de estar constituidos como Junta de Acción Comunal, la Empresa Ecopetrol "no los han tenido en cuenta para los cupos laborales a pesar que en el sector se generan impactos por el uso de la via y le constante generación de polvo por los vehículos que casan". - Oficio con fecha 2 de febrero en el cual - Oficio con fecha 22 de abril de 2015 en se invita a la comunidad a reunión el el cual se invita a la comunidad a reunión viernes 13 de febrero de 2015. el miércoles 29 de abril de 2015. La Manga JAC única - Acta. como se evidencia en el acta se realizó una reunión en conjunto con comunidad de los sectores Arenoso, Balcones y Vereda La Manga Acta: Se realizó la reunión junto a la población de los sectores Balcones y Arenoso. La población pregunta por la fuente de la cual se obtuvo la información de la parte física y se responde que de No se describieron en la misma, fuentes oficiales como el IGAC, INVIAS y preguntas por parte de la comunidad, y estudios de campos cercanos. Se destaca 1 50 9 Resolución No. 0 r Del 1 2 MAY 2016 de Hoja No. 48 "POR LA CUAL SE MODIFICA EL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ESTABLECIDO MEDIANTE -% LA RESOLUCIÓN 758 DEL 04 DE JULIO DE 1989, MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN 1237 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2003 Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES" Muro. Campo Veredas . JAC contactada Primera Socialización Segunda Socialización por el contrario se describieron los que la población manifestó á importancia impactos identificados por la población del agua en la región. - Participantes: En total con los otros Participantes: 30 personas según listado sectores participaron 39 personas, según de asistencia. listado de asistencia. Visita de Evaluación Se contó con la participación de la Vicepresidenta de la JAC y un residente de la comunidad Los representantes mencionaron que de acuerdo con la Modificación del PMA, consideran a la vereda La Manga como Área de Influencia Directa por el uso de la vía vereda) para acceder al campo Balcón sin embargo, históricamente esta comunidad no ha sido considerada parle del AID. - Oficio con fecha 2 de febrero en el cual - Oficio con fecha 22 de abril de 2015 en se invita a la comunidad a reunión el el cual se invita a la comunidad a reunión martes 10 de febrero de 2015. el martes 28 de abril de 2015. El Tesoro JA C única Acta: No se describen preguntas por Acta. El presidente de la JAC, manifiesta parte de la comunidad que el recurso hídrico es lo más importante para la comunidad. Participantes: 16 personas según listado de asistencia. Participantes: 10 personas según listado de asistencia. Visita de Evaluación de la ANLA. Se realizó reunión el primero de septiembre de 2015 en la jornada de la mañana en la cual participaron las siguientes personas: presidente de la Junta de Acción Comunal; líder comunal y residente de la vereda El Tesoro. La comunidad reunida reconoció que la Empresa realizó el proceso de información para modificar el PMA y mencionan algunas estrategias de desarrollo como nuevos pozos y lineas. - Oficio con fecha 2 de febrero en el cual - Oficio con fecha 22 de abril de 2015 en se invita a la comunidad a reunión el el cual se invita a la comunidad a reunión martes 10 de febrero de 2015. el martes 28 de abril de 2015 Acta: La presidenta de la JAC pregunta porque la vereda no hace parle del AID del campo San Francisco y se le responde que la vereda se traslapa con el Campo Balcón. Acta: la comunidad pregunta si las nuevas Veredas y organizaciones comunitarias van a recibir inversión social y a participar en la contratación de mano de obra, ante lo cual la Empresa responde que una vez sea aprobada la modificación del PMA por Participantes: 19 personas según listado parte de la ANLA serán reconocidas como de asistencia AID de los campos Balcón, San Francisco y Paleiiu. Visita de Evaluación de la AMA. Potrentos JAC única Se realizó reunión el 1 de septiembre de 2015 en la jornada de la mañana. Participaron: la presidenta de la JAC, la fiscal de la JAC y un residente de la vereda. Como parte de la presencia institucional por parte de Ecopetrol la presidenta de la JAC manifestó lo siguiente: Ventanas JAC única 1. Se realizó la cartografía social y se identificaron los impactos, respecto a lo cual destaca la sensibilidad que tienen los nacederos, 2. Indica que se identificaron las veredas que hartan parte del AID 3 Menciona que la comunidad no permitirá las perforaciones en la parte alta de la vereda para proteger el agua. Durante el proceso de lineamientos de participación la comunidad identifico como temas sensibles (impactos), la poca oportunidad de empleo, contaminación del aire por residuos, perdida del recurso hídrico, disminución del caudal, procesos erosivos, desplazamiento de fauna. - Oficio con fecha 2 de febrero en el cual - Oficio con fecha 22 de abril de 2015 en se invita a la comunidad a reunión el el cual se invita a la comunidad a reunión miércoles 11 de febrero de 2015. el viernes 8 de mayo de 2015. Resolución No. de Hoja No. 49 Dei 1.2 MAY "POR LA CUAL SE MODIFICA EL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ESTABLECIDO MEDIANTE LA RESOLUCIÓN 758 DEL 04 DE JULIO DE 1989, MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN 1237 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2003 Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES" Non. Campo Veredas . ,JAC , ontactada Primera Socialización Segunda Socialización Acta: la comunidad manifiesta que está en desacuerdo con la socialización, debido a conflictos que tienen con la Empresa y por lo cual han presentado pliego de peticiones. Acta. La comunidad expresa la sensibilidad que deben tener las quebradas Miel de Abejas, Tinajita, Cerquilla, Tomita y otro nacedero de la finca La Cabaña. No se permitió registro fotográfico ni El presidente de la JAC manifiesta que firmar asistencia hasta que Ecopetrol no cumpla con la compensación de los pasivos ambientales, no se estará de acuerdo con la modificación. No se permitió registro fotográfico ni firmar asistencia. Visita de Evaluación: La reunión se desarrolló con un grupo poblacional de aproximadamente 10 personas, entre las cuales participaron en mayor medida el presidente y el expresidente de la JAC. En primer lugar se reconoció que se han tenido reuniones de información, sin embargo, la comunidad no permite el registro fotográfico y la firma de listados de asistencia debido a la percepción del uso por parte de las Empresas de estos documentos para aprobar proyectos. Se mencionó durante la reunión de evaluación que se ha participado en reuniones para socializar la modificación del PMA y la posición de la población de no suministrar los baquianos para el trabajo de caracterización para la linea base. La comunidad mostró preocupación por daños ocasionados con anterioridad, respecto a lo cual refieren que el aqua se ha disminuido. - Oficio con fecha 2 de febrero en el cual - Oficio con fecha 22 de abril de 2015 en se invita a reunión el jueves 12 de febrero el cual se invita ala comunidad a reunión de 2015, el jueves 7 de mayo de 2015. Arrayán JAC única Acta: No se registran preguntan por parte de la comunidad Sin embargo en el proceso de información e identificación de impactos la comunidad consideró como temas sensibles la perforación en el cerro por los nacimientos, la disminución de la fauna. Acta: La comunidad manifiesta que se debe dar importancia a los procesos de reciclaje. Participantes: 17 personas. Campo San Francisco Participantes: 8 personas según listado de asistencia. Visita de Evaluación por parte de la ANLA La comunidad participante en la reunión de evaluación para la modificación del PMA, manifestó que se ha tenido buena comunicación con Ecopetrol a través de la presidenta de la Junta de Acción Comunal. Se mencionan dos reuniones de información. - Oficio con fecha 2 de febrero en el cual - Oficio con fecha 16 de abril de 2015 en se invita a la comunidad a reunión el el cual se invita a la comunidad a reunión el viernes 24 de abril de 2015. sábado 7 de febrero de 2015. Dina Acta: la comunidad pregunta acerca de los beneficios al ser incluida en el PMA y JAC Sector la necesidad de la toma de información Dina en campo. No se obtiene una respuesta clara porque se refiere a las estrategias de desarrollo. Acta: los representantes de la comunidad solicitan que se dé copia de la presentación utilizada durante la reunión con el fin de multiplicar la información a la comunidad en general. Se recomienda proteger la quebrada Busiraco por su importancia para la vereda. Participantes: 26 personas según listado Participantes: 4 personas. de asistencia. - Oficio con fecha 2 de febrero en el cual - Oficio con fecha 16 de abril de 2015 en JAC Sector se invita a la comunidad a reunión el el cual se invita a la comunidad a reunión el viernes 24 de abril de 2015. San José sábado 7 de febrero de 2015. Resolución No. 5 0 9Dei 2 MAY 201 Hoja No. 50 de "POR LA CUAL S MODIFICA EL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ESTABLECIDO MEDIANTE LA RESOLUCIÓN 758 DEL 04 DE JULIO DE 1989, MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN 1237 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2003 Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES" Mon. Campo Veredas JAC • '_, • contaclau0 . Primera Sedal:ración • :, • ••• , Acta: la comunidad pregunta acerca de los beneficios al ser incluida en el PMA y la necesidad de la toma de información en campo. No se obtiene una respuesta clara porque se refiere a las estrategias de desarrollo. Segunda Socialización . Acta: No se describen inquietudes por parte de la comunidad. Participantes: 16 personas según listado de asistencia Participantes: 26 personas según listado de asistencia. Visita de Evaluación Se convocaron a representantes de los dos sectores de la vereda que cuenta con organización comunitaria. Participan por parte del sector Dina: el presidente de la Junta de Acción Comunal y cuatro residentes asociados a la JAC. Por parte del sector Dina San José participó un líder comunitario. Durante la visita de evaluación por parle de esta Autoridad la preocupación de la población gira en torno al mantenimiento de tes vías, el cual se hace hasta el pozo y no a toda la vía que pasa por la vereda (refiriéndose a las vías terciarias) Ante esta queja la Empresa responde que las medidas de manejo aplican para las vias que la Empresa utiliza. Además, durante la visita la comunidad muestra preocupación por el tema del agua y manifiesta que las medidas de compensación forestal se deben realizar en las comunidades cercanas y donde participen las mismas. Oficio con fecha 2 de febrero en el cual - Oficio con fecha 22 de abril de 2015 en se invita a la comunidad a reunión el el cual se invita a la comunidad a reunión jueves 19 de febrero de 2012 el miércoles 6 de mayo de 2015. Cruce Guacirco Dindal Alto Dindal Dindal Acta: No se describen realizadas por la comunidad. preguntas Acta: la comunidad manifiesta que la Empresa realice seguimiento a las reforestaciones Participantes: 19 personas según listado de asistencia. Participantes: 26 personas según listado de asistencia. - Oficio con fecha 2 de febrero en el cual - Oficio con fecha 22 de abril de 2015 en se invita a la comunidad a reunión el el cual se invita a la comunidad a reunión jueves 19 de febrero de 2015. el miércoles 6 de mayo de 2015. Acta: No se describen realizadas por la comunidad. preguntas Acta. La reunión se desarrolló el 19 de mayo de 2015. No se presentaron inquietudes. Participantes: 19 personas según listado de asistencia. Participantes: solo participaron líderes de la JAC, dos personas según listado de asistencia. - Oficio con fecha 2 de febrero en el cual - Oficio con fecha 22 de abril de 2015 en se invita a la comunidad a reunión el el cual se invita a la comunidad a reunión jueves 19 de febrero de 2015. el miércoles 6 de mayo de 2015. Acta: No se describen preguntas Acta: No se presentaron inquietudes. realizadas por la comunidad. Sin embargo la población considero como Participantes: 9 personas según listado de impactos de la actividad lo siguiente: la asistencia contaminación del agua, disminución del caudal de la quebrada El Dindal, contaminación por quema de la TEA, contaminación por pozos que liberan gases tóxicos, polvo por vehículos, olores desagradables por las piscinas de oxidación. disminución de fertilidad del suelo, deterioro de las vias, división politica de las veredas por trabajo, se reforesta muy poco y se requiere en la quebrada Dindal, entre otros. Del 1 2 MAY 2016 Resolución No. de Hoja No. 51 "POR LA CUAL OD FICA EL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ESTABLECIDO MEDIANTE LA RESOLUCIÓN 758 DEL 04 DE JULIO DE 1989, MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN 1237 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2003 Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES" Mun. Campo Veredas . JAC ' contactada - .<. Primera Socialización Segunda Socialización Participantes: 19 personas según listado de asistencia. Visita de Evaluación Se realizó la reunión el día 3 de septiembre en la tarde con participación del presidente de Guacirco (caserío) y la fiscal de la Junta de Acción Comunal de Dindal, así como dos residentes de la vereda. Las personas participantes mencionaron que la Empresa desarrolló las reuniones de socialización. - Oficio con fecha 29 de enero de 2015 - Oficio con fecha 14 de abril de 2015 en en el cual se invita a la comunidad a el cual se invita a la comunidad a reunión reunión el martes 3 de febrero de 2015. el lunes 20 de abril de 2015. Peñas Blancas JAC única Acta: No se realizan preguntas por parte Acta Solo se pregunta respecto al ingreso de la comunidad. de la vereda San Andrés de Busiraco como AID y se responde que se consideró Participantes: 21 personas según listado por el pozo de captación Babillas 2, de asistencia Participantes: 20 participantes. Visita de Evaluación por parte de la ANLA. Se realizó reunión el 4 de septiembre de 2075 en el casco urbano de Neiva con el presidente de la JAC 1 z San JAC única Francisco* Durante la visita de evaluación el presidente de la JAC manifestó la preocupación por la escases de agua y sugiere que la ronda de protección de las viviendas sea de 150 metros como mínimo y la protección de la microcuenca del acueducto. - Oficio con fecha 29 de enero de 2075 - Oficio con fecha 14 de abril de 2015 en en el cual se invita a la comunidad a el cual se invita a la comunidad a reunión reunión el miércoles 4 de febrero de el lunes 21 de abril de 2015. 2015. Acta' la reunión se desarrolló el 30 de abril de 2015. Acta: No se realizan preguntas por parte de la comunidad Se pregunta por el tiempo de vigencia de la licencia y se responde que por la vida Participantes: No se permitió la firma del útil del proyecta listado de asistencia. Sin embargo en el acta se menciona que aproximadamente Se recomienda realizar seguimiento a los asistieron 25 personas. contratistas que manejan las contingencias. Participantes. No se firma asistencia. Visita de Evaluación por parte de la ANLA De la vereda San Francisco participaron el presidente de la JAC, quien manifiesta que en su comunidad no se permite registro fotográfico y firma de listados de asistencia a las reuniones por considerar que esos listados y fotos se utilizan para decir que la comunidad aprueba la ejecución de proyectos. El presidente de la JAC menciona que la Empresa informa a la población sobre los proyectos nuevos que se van a ejecutar en las veredas, que se realizaron las reuniones de socialización de la modificación del PMA. Como tema sensible el presidente menciona la protección que se debe dar al cerro El Chiflón porque en el mismo hay nacimientos. - Oficio con fecha 5 de febrero de 2015 - Oficio con fecha 14 de abril de 2015 en en el cual se invita a la comunidad a el cual se invita a la comunidad a reunión reunión el lunes 2 de febrero de 2015. el miércoles 22 de abril de 2015. Tamarindo JAC única Acta: La comunidad expresa que la Acta. La comunidad expone la importancia modificación del PMA solo traerá del acueducto vereda'. perjuicios. La Empresa manifiesta que el PMA es el conjunto detallado de medidas Participantes: 16 personas. para mitigar impacto. Participantes: 14 personas según listado de asistencia. Visita de Evaluación por parte de la ANLA Resolución No. 05 0 gDel 12 MAY 2016 de Hoja No. 52 "POR LA CUAL SE MODIFICA EL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ESTABLECIDO MEDIANTE LA RESOLUCIÓN 758 DEL 04 DE JULIO DE 1989, MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN 1237 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2003 Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES" Mon. Campo Veredas" : JAC contactada Primera Social' "ón egunda Socialización . Durante la reunión de esta Autoridad con los representantes de la comunidad se manifestó la importancia del inventario de nacimientos y el río Yaya. - Oficio con fecha 29 de febrero de 2015 - Oficio con fecha 14 de abril de 2015 en en el cual se invita a la comunidad a el cual se invita a la comunidad a reunión reunión el jueves 5 de febrero de 2015. el lunes 23 de abril de 2015. Acta: los representantes de la comunidad solicitan copia de la presentación utilizada durante la reunión, con el fin de multiplicar la información a la comunidad en general. Se recomienda proteger la quebrada Busiraco por su importancia para la vereda. San Andrés de JAC única Busiraco Participantes: 4 personas. - Oficio con fecha 29 de enero de 2015 - Oficio con fecha 21 de abril de 2015 en en el cual se invita a la comunidad a el cual se invita a la comunidad a reunión reunión el lunes 9 de febrero de 2015 el lunes 27 de abril de 2015. San JAC única Francisco* Acta: Solo participaron líderes de la JAC Acta: No se presentaron dudas e y consideran que no hay impactos porque inquietudes por parte de la comunidad. en la vereda no hay infraestructura. Participantes: 17 personas según listado Participantes: 4 personas según listado de asistencia. de asistencia. - Oficio con fecha 29 de enero de 2015 - Oficio con fecha 21 de abril de 2015 en en el cual se invita a la comunidad a el cual se invita a la comunidad a reunión reunión el lunes 9 de febrero de 2015. el lunes 27 abril de 2015 Acta: Se realizó reunión conjunta con los Acta: La presidenta de la JAC solicita le sectores de la vereda Cuisinde, es decir, faciliten el documento final del Estudio que Santa Bárbara, Santa Clara y Cuisinde. se presentará a la ANLA. En la misma no se registraron preguntas Participantes: 9 personas según listado por parte de la comunidad de asistencia. Participantes: 15 personas según listado de asistencia. Visita de Evaluación Porvenir JAC única Se realizó la reunión con la presidenta de a JAC en el casco urbano de Neiva el día 4 de septiembre. E C. Considera que los canales de comunicación son adecuados por lo cual no se han presentado quejas por parte de la población de la vereda. É tá a. o n E O Con esta comunidad se desarrollaron los dos momentos de información, en el primero participaron solo dos personas y en la segunda 7 personas. Sin embargo, la presidenta de la Junta de Acción comunal manifestó que es dificil convocar a la población de la vereda. En el taller de impactos la población mani está como temas sensibles: la disminución de agua, el polvo en la vía hacia la vereda y la contratación de personal de la vereda por parte de la Empresa. - Oficio con fecha 29 de enero de 2015 - Oficio con fecha 21 de abril de 2015 en en el cual se invita a la comunidad a el cual se invita a la comunidad a reunión reunión el lunes 9 de febrero de 2015. el lunes 27 de abril de 2015 Cuisinde Acta: Se realizó reunión conjunta con los Acta: No se presentaron dudas e Sector Granjas de sectores de la vereda Cuisinde, es decir,inquietudes por parte de la comunidad. Santa Bárbara Santa Clara y Cuisinde. Santa Participantes: 17 personas según listado Bárbara En la misma no se registraron preguntas de asistencia. por parte de la comunidad. Parficipantes: 15 personas según listado de asistencia. Sector Santa - Oficio con fecha 29 de enero de 2015 - Oficio con fecha 21 de abril de 2015 en Clara en el cual se invita a la comunidad a el cual se invita a la comunidad a reunión Resolución No. 0509 Del 1 i2 HAY 201 de Hoja No. 53 "POR LA CUAL SE MODIFICA EL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ESTABLECIDO MEDIANTE LA RESOLUCIÓN 758 DEL 04 DE JULIO DE 1989, MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN 1237 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2003 Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES" Mun. Cana» Veredas JAC ' contactada .. Primera Socializasída reunión el lunes 9 de febrero de 2015. Segunda Socialización el lunes 27 de abril de 2015. Acta: Se realizó reunión conjunta con los - Oficio con fecha 21 de abril de 2015 en sectores de la vereda Cuisinde, es decir, el cual se invita a la comunidad a reunión Santa Bárbara, Santa Clara y Cuisinde. el lunes 27 de abril de 2015. En la misma no se registraron preguntas Acta. Se realiza la reunión junto con la por parte de la comunidad vereda de Amborco y comunidad solicita que el plan de gestión social sea Participantes: 15 personas según listado concertado y las zonas de reforestación. de asistencia. Participantes: 7 personas. - Oficio con fecha 29 de enero de 2015 - Oficio con fecha 21 de abril de 2015 en en el cual se invita a la comunidad a el cual se invita a la comunidad a reunión reunión el lunes 9 de febrero de 2015. el lunes 27 de abril de 2015. Cuisinde Acta: Se realizó reunión conjunta con los Acta. Se realiza la reunión junto con la sectores de la vereda Cuisinde, es decir, vereda de Amborco y comunidad solicita Santa Bárbara, Santa Clara y Cuisinde. que el plan de gestión social sea concertado y las zonas de reforestación. En la misma no se registraron preguntas por parte de la comunidad. Participantes: 7 personas. Participantes: 15 personas según listado de asistencia. Se convocaron los representantes de los t es sectores en la misma reunión la cual se desarrolló el dia 2 de septiembre de 2015, sin embargo solo asistieron representantes de Cuisinde que ha sido el sector cuya organización comunitaria es la más antigua de la vereda. Las líderes participantes recordaron que participaron en reuniones "para hacer una caracterización' refiriéndose al proceso de información y socialización Acta: La comunidad pregunta que si el - Oficio con fecha 21 de abril de 2015 en campo Palermo tiene menos volumen de el cual se invita a la comunidad a reunión petróleo refiriéndose al tamaño; ante lo el lunes 27 de abril de 2015. cual la Empresa responde que solo se trata del tamaño definido poi- la AM 6 Acta. Se realiza la reunión junto con el sector de Santa Clara y comunidad solicita Se pregunta por qué no se aparece la que el plan de gestión social sea vereda Santa Clara y la Empresa concertado y las zonas de reforestación responde que la vereda mencionada hace parte del AID del campo Huila Participantes: 7 personas. Norte. La comunidad pregunta si se tienen 'puntos" para los nuevos pozos, y la Empresa responde que aún no se tiene esta información. Amborco JAC única La comunidad manifiesta que ha existido inconformidad por los nuevos pozos y la Empresa responde que los nuevos pozos perforados son del campo Huila Norte, La comunidad manifiesta que la quebrada Dindal se ha venido secando y la Empresa responde que además de la industria petrolera, la fierra se encuentra en un proceso de calentamiento que ha contribuido a la desaparición del recurso y en el PMA se implementaran medidas que protejan las fuentes de agua. Participantes: 17 personas según listado de asistencia. Fuente. Estudio de Impacto Ambiental presentado pera la Modificación del PMA para los Campos Balcónl, San Francico y Palermo. Adaptación Equipo Evaluador ANLA 2016. Resolución No. 05 0 9 Del 1 2 MAY 2016 de Hoja No. 54 ( "POR LA CUAL SE MODIFICA EL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ESTABLECIDO MEDIANTE LA RESOLUCIÓN 758 DEL 04 DE JULIO DE 1989, MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN 1237 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2003 Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES" Tabla Relación de los momentos en los cuales la Empresa ejecuto los lineamientos de participación con las Autoridades municipales y Unidades Territoriales. Primera Socialización Municipio Segunda Soeiálización Resultados - Oficio de invitación a la Alcaldía de fecha 5 de -Oficio de invitación a la personeria con fecha 16 de Abril de febrero de 2015 2015 - Oficio de invitación a la personería del 5 de febrero - Oficio de invitación alcaldía de fecha 16 de abril de 2015 de 2015 - Oficio de invitación a la secretaria de planeación, secretada de educación, cultura y deporte, secretaria de Hacienda, Acta: Se pregunta si el proyecto contempla el secretada de Gobierno, concejo municipal con fecha 16 de Fracking, en los campos Balcón, San Francisco y abril de 2015 Palermo; ante lo cual la Empresa responde que no se realizará. Acta: Los aportes más importantes durante la reunión mencionados por las autoridades fueron los siguientes: - Tener en cuenta todas la JAC que es encuentran Participantes: 23 participantes según listado de constituidas. asistencia, asisten también representantes de la - Actualizar el Estudio con información primaria, principalmente comunidad. por la sensibilidad del agua. La Empresa responde que las Aipe comunidades impidieron realizar los estudios con fuentes primarias. Participantes: 4 personas según listado. Visita de evaluación. Participantes: Alcaldesa; Personero; Secretaria General y de Participación; Secretaria de Salud; Secretaria de Cultura, recreación y Desarrollo Educativo; Representante de la Empresa de Servicios públicos. Desarrollo de la reunión: El personero manifestó que hubo dos espacios de información para el PMA, sin embargo, en las autoridades hay desconocimiento al respecto. Manifiesta además que los compromisos se quedan en el papel y no se materializan. La secretada general y de participación menciona que la Empresa Ecopetrol ha venido realizando reuniones sobre la modificación del Plan de Manejo y manifiesta que la preocupación por parte de las autoridades gira en torno al cumplimiento de compromisos adquiridos con las comunidades, deterioro en las vías que utiliza la Empresa y /a contratación de mano de obra en el municipio - Oficio de invitación a la Alcaldía con fecha 22 de - Oficio de invitación a la Dirección de Desarrollo Rural enero de 2015 Integral, con fecha 16 de abril de 2015 - Oficios dirigidos a la dirección de desarrollo rural - Oficio de invitación a la secretaria de Desarrollo Social y Integral, Personería municipal secretaria de gobierno, Comunitario, con fecha 16 de abril de 2015. secretaria de Medio Ambiente, procuraduría - Oficio de invitación a la secretaria de Gobierno, con fecha 16 provincial, y procuraduría regional, con fecha 29 de de abril de 2015 enero de 2015. Neiva Acta: La reunión se desarrolló el 21 de abril de 2015. No se Acta: No se describen preguntas realizadas por la presentaron inquietudes, por el contrario se solicitó copia del administración. Estudio. Participantes: 7 participantes según listado de Participantes: 9 personas según listado de asistencia. asistencia. Visita de evaluación. Participantes: Funcionario de la Dirección para el Desarrollo Rural Integral — DDRI, delegado por la alcaldía para relacionamiento con la industria petrolera, doctor Edilberto Sánchez Cortes Palermo Desarrollo de la reunión El funcionario delegado de la Alcaldía menciono que se surtieron los momentos de socialización de la modificación del PMA. - Oficio de invitación a la alcaldía con fecha 22 de - Oficio de invitación a la alcaldía con fecha 21 de abril de enero de 2015. 2015. - Oficio de invitación a la personería con fecha 21 de abril de Acta: como inquietudes por parte de la administración 2015. se tiene lo siguiente: ¿la Empresa realizará Oficio de invitación a la secretaria de Hacienda con fecha 21 socialización de los resultados?, frente a lo cual la de abril de 2015. Empresa manifiesta que realizara una nueva reunión - Oficio de invitación a la secretaria de Cultura, Deporte y con este objetivo. Desarrollo Educativo, de fecha 21 de abril de 2015. Se pregunta cuál es el objetivo de la modificación y tiempo de ejecución Ante esto la Empresa responde La reunión se llevó a cabo el 27 de abril de 2015 que la modificación fue solicitada por la ANLA y se tiene proyectado entregar el estudio en abril de 2015 Se pregunta que como se ejerce control de la Acta: Se destaca que las autoridades destacan tener en realización del estudio y la Empresa responde que el cuenta los centros poblados. Estudio se presenta a la ANLA y ellos envían un equipo evaluador que verifica lo presentado en el Participantes: 6 personas según listado de asistencia. Estudio. Participantes: 10 personas según listado de asistencia Resolución r Nao 5 0 9 Del 1 2 MAY 2016 de Hoja No. 55 "POR LA CUAL SE MODIFICA EL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ESTABLECIDO MEDIANTE - \ LA RESOLUCIÓN 758 DEL 04 DE JULIO DE 1989, MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN 1237 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2003 Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES" Municipio Pitillera Socialización Segunda Socialización Resultados I Visita de evaluación. Participantes. Planeación municipal Personería municipal; Delegado del Alcalde para la industria; Secretaria de Desarrollo Económico; Protección Social Aipe; Alcalde. Desarrollo de la reunión Se manifiesta por parte del delegado del alcalde para la industria que el problema de las veredas y las continuas quejas y descontento con la industria gira entorno a la disminución del agua Se menciona que se han realizado reuniones de información sobre el Plan de Manejo Ambiental y se solicita que se haga entrega de los resultados del estudio a la Alcaldía uen e. Estudio de Impacto Ambiental presentado para la Modificación del PMA para los Campos Balcón!, San Francico y Palermo. Adaptación Equipo Evaluador ANLA 2016 La Empresa realizó convocatoria a través de las Juntas de Acción Comunal con tiempo promedio de una semana antes de las reuniones. Además se realizaron repartición de volantes, respecto a lo cual se anexo registro fotográfico y se realizaron las reuniones en las unidades territoriales con el fin de lograr mayor participación, además se realizaron diagnósticos participativos con metodologias como la ficha vereda! la cual se elaboró con un grupo de personas, se realizó cartografía social y taller de impactos, como parte de un proceso participativo. De acuerdo con lo anterior y tomando como referencia la revisión documental de los soportes entregados por la Empresa, mediante los cuales se evidencian los momentos de aplicación de los lineamientos de participación y la información suministrada por las comunidades durante la visita de Evaluación para la Modificación del PMA de los campos Balcón, San Francisco y Palermo, esta Autoridad considera que las convocatorias y espacios dedicados a las autoridades locales y comunidades fueron suficientes para garantizar la participación de las mismas. ( ) Caracterización Socioeconómica. La Empresa Ecopetrol realizó la caracterización utilizando fuentes secundarias y primarias. Como fuentes secundarias o documentales se utilizaron los diagnósticos de los Planes de Desarrollo para los municipios de Aipe, Neiva y Palermo para el periodo del 2012 a 2015, los esquemas y/o planes de Ordenamientos Territoriales, Estudios de Impacto Ambiental para los campos Huila Norte, Arrayan, Área de perforación Exploratoria Goliat, Bases del SISBEN de los municipios de Aipe, Neiva y Palermo. Por su parte la fuente primaria consistió en las fichas veredales, aplicadas a todas las Unidades Territoriales y Organizaciones Comunitarias existentes al interior de las veredas legalmente constituidas. Dimensión Demográfica - Alt El contexto histórico de la región del Huila, como toda Colombia está marcada por la presencia de grupos indígenas "en el norte habitaban los Pijaos, en el sur los Andaquíes y Yalcones, en el occidente los Paeces y en el oriente los Tamas". De acuerdo con el Estudio de Impacto Ambiental presentado a esta Autoridad "el municipio de Aipe ha tenido una disminución poblacional en la zona rural y su pirámide poblacional". En cuanto a las necesidades básicas insatisfechas Aipe tiene un índice total del 38.01%. En el caso del municipio de Palermo, de acuerdo con el EIA, la población de la zona rural ha venido aumentando lo cual refiere un movimiento demográfico diferente a la tendencia nacional en la cual se aumenta la población urbana en tanto se disminuye la población rural. El índice de necesidades básicas insatisfechas para este municipio es de 30,22%. Por su parte el tercer municipio constituido como All es la ciudad de Neiva cuya tendencia según el Estudio de Impacto Ambiental con fuente en el DANE es el crecimiento poblacional en el casco urbano. El indice de necesidades básicas insatisfechas para el municipio es de 17,70%. Resolución No. 0 5 0 9 Del 2 MAY 2016 de Hoja No. 56 "POR LA CUAL SE MODIFICA EL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ESTABLECIDO MEDIANTE LA RESOLUCIÓN 758 DEL 04 DE JULIO DE 1989, MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN 1237 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2003 Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES" La estructura poblacional para los tres municipios refleja alta tasa de natalidad por la gran proporción poblacional de los primeros rangos de edad en contraposición de los últimos, lo que indica además, que hay tasa de mortalidad también es alta: condición propia de los paises en desarrollo. (...) Dimensión Demográfica - AID. De manera general la distribución poblacional de las comunidades que hacen parte del Área de Influencia Directa es dispersa aunque hay caseríos como en la vereda Potreritos, Arrayán, Dina, Dindal, Ventanas, San Francisco de Neiva, Peñas Blancas. En cuanto al tipo de habitantes de las veredas de manera general se autoreconocen como campesinos, seguramente por su principal y constante fuente de ingresos que deben ser las actividades tradicionales de explotación de sus unidades familiares. Además, la Empresa allega la certificación del Ministerio de Interior y de Justicia, mediante el cual certifica que "NO SE REGISTRA" presencia de comunidades Indígenas, Minorías, Rom, Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras en el del proyecto "Modificación del Plan de Manejo Ambiental de los Campos de Producción Balcón, San Francisco y Palermo". En relación con la información demográfica, la Empresa informó el total de la población que reside en las unidades territoriales definidas como AID, reportando lo que se detalla a continuación: Tabla Población Área de Inlluenci Municipio Alpe Hebra Veredas San Antonio La Manga El Tesoro Potreritos Ventanas Arrayán Dina Dindal Peñas Blancas San Francisco Tamarindo San Andrés de Sustrato San Francisco Porvenir Menos del8 años 294 40 31 30 24 117 208 101 206 52 77 Entre 18 y 60 años Más de 60 años 371 43 82 30 57 17 40 18 No se definieron por rangos de edad 62 22 257 24 294 76 188 39 247 62 75 17 75 24 Total 708 152 105 88 285 108 398 578 328 515 144 176 200 200 20 420 37 60 15 112 Palermo Cuisinde 130 300 31 461 Amborco 30 60 25 115 tiente: Estudio de Impacto Ambiental para le modificacion del Plan de Manejo Ambiental para los Campos Bal ón, San Francisco y Palermo. Adaptado profesional técnico social - ANLA. Dimensión Espacial All • Servicios Públicos Acueducto. Alpe. La Empresa describió las condiciones mediante las cuales se presta el servicio de acueducto en el municipio de Aipe y además se menciona que la cobertura en el casco urbano es del 100%. Palermo. Según se menciona en el casco urbano hay un acueducto convencional; el servicio se presta en la cabecera municipal y los centros poblados. Resolución No.0 r 509 Del 1 2 MAY 2015 de Hoja No. 57 "POR LA CUAL SE MODIFICA EL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ESTABLECIDO MEDIANTE - \ LA RESOLUCIÓN 758 DEL 04 DE JULIO DE 1989, MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN 1237 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2003 Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES" Neiva. La ciudad cuenta con tres plantas de tratamiento de agua, las cuales permiten tener una cobertura urbana de 94.44%. Alcantarillado. Aipe. En Aipe el alcantarillado es un sistema combinado que vierte al Rio Magdalena, según se manifiesta en la caracterización socioeconómica del Estudio de Impacto Ambiental. Palermo. Cuenta con alcantarillado separado para agua lluvias y aguas negras que vierte después de las plantas de tratamiento al rio Tune. Neiva. Se destaca que en los centros poblados del municipio el 51,4% cuenta con el servicio de alcantarillado. Energía Eléctrica. En los municipios el servicio es prestado por la Electrificadora del Huila S.A. E.S.P. Comunicaciones En Aipe el servicio es prestado por la "Empresa de Telecomunicaciones TELEHUILA". En Palermo y Neiva la oferta telefónica es de telefonía móvil. Gas Domiciliario El gas para el uso domiciliario es suministrado poda Empresa Arcanos del Huila, producido en Campo Dina. Tabla Cobertura de Servicios Públicos 1p 'aleara Acueducto 100% en la zona urbana. 94.44% cobertura urbana y 98% en la zona urbana. 64% cobertura rural. Alcantarillado 97% en la zona urbana. 96.42 % cobertura urbana y 98% en la zona urbana 51,4 % cobertura rural Energia Eléctrica 100% urbano, rural sur, rural 99,28% en la zona urbana y 100% en la zona urbana y norte. rural. 65, 7% en la zona rural Telecomunicaciones 29,71% en la zona rural 72.9% de la unidades No se describe cobertura. habitacionales del casco urbano. Gas Domiciliario Únicamente se presta en la 85,2% "El combustible es utilizado, a zona urbana y veredas excepción de Ospina Pérez Ventanas, Dina, Dian San en las zonas urbanas° José, Cruce Guacirco y Arrayán. Fuente: Estudio de Impacto Ambiental para la modificación del Plan de Manejo Ambiental para lo Campos Balcón, San Francisco y Palermo. Adaptado profesional técnico social— ANLA. • Servicios Sociales Salud "La prestación del servicio de salud de la población del Municipio de Aipe, está a cargo en la zona urbana del Hospital San Caños y en el área urbana cuenta con diez (10) puestos de salud situados en las veredas de Santa Pita, Mesitas, Praga, Patá, Potreritos, Pavas, El Tesoro, San Antonio, Arrayán y Ventanas'. Palermo. "La Empresa Social del Estado, Hospital San Francisco de Asís, presta en el municipio el Primer Nivel de complejidad en salud". Neiva. Se cuenta con oferta institucional que atiende situaciones de bajo y alto nivel de complejidad en la urbana y se cuenta con puestos de salud que atienden en la zona rural. La cobertura en este municipio es del 45% en el régimen contributivo y 35% en el régimen subsidiado. Educación En los tres municipios se cuenta con instituciones que ofertan el servicio de educación, En Palermo y Aipe se cuenta con el servicio para primaria y secundaria, en tanto que en Neiva hay sedes de educación formal de nivel universitario. Resolución No. 5 o9 Del 1 2 MAY 2016 de Hoja No. 58 "POR LA CUAL SEM D FICA EL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ESTABLECIDO MEDIANTE LA RESOLUCIÓN 758 DEL 04 DE JULIO DE 1989, MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN 1237 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2003 Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES" Entre las particularidades presentadas en la caracterización del All se destaca lo siguiente: en el municipio de Alpe hay un porcentaje de analfabetismo del 14.91%, para el municipio de Palermo no se reporta y para Neiva "el 5,9% de la población de 5 años y más y el 5.0 de 15 años y más no sabe leer y escribir". Para Palermo, solo el 27,6% alcanzó el nivel de secundaria. Deporte y Recreación. En los municipios se cuenta con dependencias en las administraciones públicas cuyo objetivo es la implementación de acciones para apoyar el deporte y la recreación de la población. Vivienda Para el municipio de Aipe, se destaca que el 59,44% de las viviendas corresponden al casco urbano y el 40.56% están construidas en el sector rural y en cuanto a la condición de tenencia el porcentaje más alto corresponde a las categoria 'propia pagada° con un valor de 42.45%. En el municipio de Palermo, las viviendas son construcciones "en su gran mayoría casas de un nivel y en material de ladrillo y bloque". "Neiva tiene aproximadamente 84.126 hogares y sólo cuenta con 76.250 viviendas, lo que significa que requieren alrededor de 7.876 soluciones de vivienda nueva" Sistema vial y de Transporte. Aipe: El acceso al municipio se realiza desde la carretera nacional Neiva — Bogotá. Según el EIA la mayoría de la red vial se encuentra en afinado Palermo. "Las vías urbanas del municipio de Palermo se encuentran el pavimento flexible, donde el ancho de su calzada promedio es de 6.50 m; pavimento rígido con un ancho promedio de 550 m; vías en afirmado con un ancho promedio de 5.50 m; y vías empedradas o en adoquín con un ancho promedio de 5.0 rn" Neiva. "La cabecera del municipio cuenta con una malla vial urbana de 682 Km, donde 200 Km., son destapados y 482 se encuentran pavimentados... La red vial rural del municipio tiene vias y carreteables, que en su mayoría son destapadas y se encuentran en mal estado de conservación' Dimensión Espacial AID Servicios públicos "En cuanto a los servicios públicos de las unidades territoriales ninguna cuenta con Alcantarillado y Telefonia Fija. 13 de las veredas cuentan con acueductos veredales solo tres captan el agua por medio de aljibe. Solo los centros poblados cuentan con servicio de Gas Natural. Ninguno cuenta con recolección de residuos". (...) Servicios sociales "En cuanto a la infraestructura social presente en las unidades territoriales 5 No cuentan con Centro Educativo, 7 cuentan con puesto de Salud, todas tienen vía de acceso. En cuanto a medios de comunicación predominan Radió TV y solo en 5 cuentan con intemet de las 16 unidades territoriales identificadas en el estudio ambientar. (...) Dimensión Económica All • Estructura de la Propiedad De acuerdo con el Atlas de la Distribución de la Propiedad Rural en Colombia del IGAC, la zona rural de los municipios definidos como All, cuenta con una distribución en la cual priman las categorías Mediana y gran propiedad, lo cual indica que la mayor proporción de los municipios se encuentran en pocos propietarios con propiedades que oscilan entre 20 y 200 ha para la mediana propiedad y más de 200 ha para la gran propiedad, • Procesos productivos Aipe. Se desarrollan actividades principales y tradicionales como: la agricultura cuyos principales productos son: el arroz riego, plátano y café; y la ganadería de "bovinos, porcinos, ovinos y especies menores para el Resolución No. 0 5 0 9 Del 1 2 MAY 2016 de Hoja No. 59 7-- "POR LA CUAL SE MODIFICA EL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ESTABLECIDO MEDIANTE LA RESOLUCIÓN 758 DEL 04 DE JULIO DE 1969, MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN 1237 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2003 Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES" consumo propio". Además, según la caracterización en el municipio se desarrolla la minería mediante la explotación de materiales como 'toca fosfórica, carbón, barita, arcilla y bauxita' y la explotación de hidrocarburos. Palermo. En el sector agrícola se produce arroz, café, plátano, cacao, granadilla, caña, La ganadería que se desarrolla es de doble propósito y no tecnificada, además se explotan materiales calcáreos como mármol, arcilla, caliza, oro y baritina, Como proyecto de desarrollo que se constituye en polo de atracción se encuentra la zona Franca Surcolombiana, cuya jurisdicción es el municipio de Palermo. Neiva. "Predomina la agricultura tecnificada en extensiones medianas a grandes para cultivos de alto rendimiento especialmente de arroz, sorgo, cacao y en los últimos años con áreas de Algodón y tabaco; actividad que constituye el núcleo principal del empleo rural. La actividad ganadera se desarrolla de manera extensiva tecnificada con doble propósito (carne y leche), las especies menores, en orden de importancia, son de tipo avícola para carne y huevos, porcicola, ovino y caprino". Además, hay actividades de minería (mármol), sector industrial de bebidas y alimentos, hidrocarburos, comercio, servicios. Dimensión Económica AID En relación con los procesos productivos y tecnológicos de los distintos sectores de la economía presentes en las veredas la Empresa describe lo siguiente: "Se puede observar que de las actividades más representativas es la ganadería que se encuentra presente en todas las unidades territoriales. En 7 unidades territoriales existe presencia hidrocarburífica así como agrícola. Se puede concluir que en las unidades territoriales identificadas en cuanto al mercado laboral predomina como fuente generadora de empleo la ganadería, agricultura y la petrolera.° En cuanto a la forma de tenencia, de acuerdo a la caracterización predomina la propiedad privada y en la estructura de la propiedad la categoría más representativa es el microfundio y minifundio. (...) Dimensión Cultural All Aipe: El rio Magdalena se constituye en un importante eje de desarrollo para el municipio porque históricamente ha servido para la comunicación, navegación e intercambio comercial. Además, como las principales fuentes hídricas, el Magdalena ha permitido definir el patrón de asentamiento permitiendo a las poblaciones aprovechar la fertilidad de sus orillas para el desarrollo de las actividades agropecuarias. Además, la cultura de la población está marcada por la celebración de la fiesta de San Pedro, durante el mes de junio y danzas típicas como el bambuco, reconocidas como parte de la tradición campesina. Palermo. En la descripción de las características culturales se destaca la religiosidad como parte transcendental de la población, por lo cual las festividades y momentos de reunión están dadas por la semana mayor o semana santa, la fiesta de Santa Rosalía, festividades de San Juan y San Pedro. Neiva. Se destaca la condición migratoria como la definición del carácter multiétnico de la ciudad que contiene en el territorio indígenas, mestizos y afrocolombianos. Además, la dinámica del conflicto armado ha generado la mezcla de comportamientos. Como evento integrador y de gran confluencia se encuentra la fiesta de San Pedro y el reinado del Bambuco. Dimensión Cultural AID Uso y manejo del entorno: De acuerdo con la caracterización presentada por la Empresa, las veredas de manera general tienen conciencia del deterioro del entorno. Se menciona que las actividades de exploración y explotación de la industria petrolera así como la agricultura y la ganadería han causado deterioro en el medio ambiente. Resolución No. 05 0 9 Del 12 MAY 2016- de Hoja No. 60 "POR LA CUAL SE MODIFICA EL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ESTABLECIDO MEDIANTE LA RESOLUCIÓN 758 DEL 04 DE JULIO DE 1989, MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN 1237 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2003 Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES" Se menciona el interés que se tiene por el recurso agua. Se describen prácticas históricas poco amigables con el medio ambiente como es: la quema, entierro o disposición a campo abierto de los residuos sólidos. Patrones culturales: Consideran que no se presentan mayores conflictos entre habitantes de las veredas yen los casos en que se presentan son manejados con dialogo. Los momentos de integración están dados por fiestas patronales, día de la madre, día de la familia, día del niño y familiares. En la vereda El Tesoro se manifestó que se transmite conocimiento por medio oral, principalmente lo referente a mitos, agricultura y ganadería. En la vereda Potreritos consideran como sitios de importancia cultural la "cueva de Leonardo" "cueva del diablo o cueva del encanto', según caracterización de la vereda. En la vereda San Francisco del municipio de Neiva se consideran sitios sagrados por sus pobladores "el museo de San Francisco, los sitios sagrados son la iglesia y el santuario del señor de los milagros (parroquia); como sitio de interés arqueológico se presenta en Cerro Chiquito en esta vereda, el sitio de interés como mirador turístico es el mirador del Cóndor. Arraigo y sentido de pertenencia: Se manifiesta que el sentido de pertenencia se da en las comunidades porque en la mayoría de las mismas, sus habitantes han sido fundadores de la vereda y solo una minoría ha llegado de otras regiones. Dimensión político — organizativa All En los municipios que se constituyen como All, existen estructuras político administrativas formales y legales las cuales corresponden a las instituciones del Estado en su nivel local. Tanto en Aipe como Palermo se encuentran las secretarías, que hacen parte del poder ejecutivo en cabeza de los alcaldes, los concejos municipales, así como las instancias del poder judicial. Por su parte en Neiva por constituirse capital departamental, además cuenta con las instancias de poder regional del departamento del Huila. Además, como entes de control se encuentra la personería municipal, encargada de velar por la promoción de los Derechos Humanos y la mediación en los conflictos. Para los tres municipios del All se resalta el papel de las Juntas de Acción Comunal como principal forma de organización comunitaria. Dimensión político — organizativa AID Sobre este aspecto el estudio presenta lo siguiente: "Se observa en el AID, que un 98% de las familias pertenecen o reconocen a las JAC. No hay una presencia significativa de otro tipo de organizaciones, estatales o privadas, aunque no es claro si esto se debe a una falta de información o reconocimiento o, a su ausencia. Se mencionaron programas como Acción Social, Familias en Acción y cooperativas de trabajo e instituciones religiosas. Las JAC son un medio de representación entre las comunidades y el Estado, más no son reconocidas por los habitantes como instituciones para resolver sus conflictos; en estos casos, prefieren acudir a instancias municipales, como las alcaldías, las comisarías de familia o las inspecciones de policía, donde se pueden materializar las quejas". Resolución No 09 Del I 2 MAY 2016 de Hoja No. 61 "POR LA CUAL SE MODIFICA EL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ESTABLECIDO MEDIANTE LA RESOLUCIÓN 758 DEL 04 DE JULIO DE 1989, MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN 1237 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2003 Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES" La revisión documental de la caracterización realizada por vereda, permitió corroborar que la participación comunitaria es muy baja, lo cual además se corroboró durante la visita de evaluación para la modificación del Plan de Manejo Ambiental para los campos Balcón, San Francisco y Palermo. Tendencias de Desarrollo Para los municipios, la Empresa considero las líneas de acción del gobierno local de los tres municipios como: las vías, educación, salud, saneamiento básico, mejoramiento y aumento de cobertura de los servicios públicos, programa de vivienda, acciones para la recreación y deporte, medio ambiente, grupos vulnerables, entre otros. Lo cual permite analizar que existe concordancia entre los programas de los planes de desarrollo y las necesidades manifiestas en la caracterización realizada, por lo siguiente: En cuanto a la estructura poblacional tanto en el All como en las comunidades del AID la población se encuentra agrupada en mayor cantidad en los primeros rangos de edad, yen menor cantidad en los grupos de mayor edad, lo cual necesariamente implica la definición de programas para cubrir la demanda de servicios de salud y educación, así como saneamiento básico para una población infantil considerada un grupo vulnerable. En la dimensión espacial, los planes de desarrollo plantean acciones para el aumento de la cobertura mediante construcción de infraestructura y aumento de usuarios, programas de actividad fisica e infraestructura para la práctica de deportes, sin embargo no se definen acciones que tengan como beneficiarios a la población de las comunidades del AID, aunque la caracterización realizada a partir de fuentes primarias reflejan que la población en la zona rural carece de servicios públicos básicos de calidad. En cuanto a los servicios sociales, son prestados en la mayoría de los casos solo de manera parcial; tal es el caso de la educación, que en la zona rural generalmente se presta hasta el nivel de primaria, lo cual dificulta que la población se mantenga en el sistema, por su parte el servicio de salud es prestado a través del régimen subsidiado. La economía de los municipios considerados como All se caracteriza por desarrollar procesos productivos del sector primario, es decir, agricultura y ganadería; siendo poco desarrollada la industria, sin embargo, dentro de las lineas de acción del Plan de Desarrollo del municipio de Aipe no se contemplaron acciones que fomenten la generación de ingresos y para los casos de Neiva y Palermo plantean acciones para fortalecer el sector agropecuario y el turismo. La situación de la economía de los municipios y las comunidades facilita la relación de dependencia que se genera entre la población y el desarrollo de los proyectos del sector de hidrocarburos, debido a que este último se presenta como una oportunidad para generar ingresos, así sea de manera temporal. En lo cultural se destaca la importancia a nivel regional que tiene el rio Magdalena y las fiestas religiosas, así como las festividades de San Juan y San Pedro por su efecto integrador de la población. Esta situación se reafirma en las comunidades que se constituyen como AID debido a la importancia que dan al agua como elemento de su entorno, por esto además durante la visita de evaluación la población considero como tema sensible de sus territorios, los nacimientos, quebradas y ríos y la protección de estas fuentes mediante reforestación. Por su parte en los planes de desarrollo de los tres municipios plantean acciones para proteger zonas con sensibilidad ambiental. Información sobre población a reasentar La Empresa no identificó y caracterizó ninguna comunidad que tenga que ser reasentada o reubicada con el desarrollo del proyecto, objeto de modificación. Conclusión: Como se evidencia en los soportes y descripción de los lineamientos de participación, la Empresa definió los espacios para informar a la población residente en las veredas cuya dinámica diaria converge con la operación de los campos Balcón, San Francisco y Palermo. El ejercicio permitió identificar las distintas Resolución No. 0509 Del 1 2 MAY 2016 de Hoja No. 62 t- "POR LA CUAL SE MODIFICA EL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ESTABLECIDO MEDIANTE LA RESOLUCIÓN 758 DEL 04 DE JULIO DE 1989, MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN 1237 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2003 Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES" organizaciones comunitarias existentes en cada una de las mismas. Además, la caracterización permite tener un conocimiento general de la zona mediante los aportes de la caracterización del Área de Influencia Indirecta, y el conocimiento particular descriptivo resultante de la percepción de las personas participantes en el diagnóstico situacional de las unidades territoriales. A partir de esta consideración, este equipo técnico conceptúa que el desarrollo de los lineamientos de participación y la caracterización socioeconómica es suficiente para emitir el presente Acto Administrativo. ZONIFICACIÓN DE MANEJO AMBIENTAL Que en relación con la Zonificación de Manejo Ambiental presentada por la empresa ECOPETROL S.A., el Grupo Técnico Evaluador de esta Autoridad consideró lo siguiente: "Teniendo en cuenta que esta Autoridad no ha establecido zonificación ambiental para los Campos Balcón, San Francisco y Palermo, en ninguno de los actos administrativos proferidos (Resolución 758 del 04 de julio de 1989 y Resolución 1237 del 18 de noviembre de 2003), esta Autoridad se pronunciará con respecto a la zonificación ambiental presentada por la Empresa en el documento de modificación del PMA con radicado 2015065149-1-000 del 4 de diciembre de 2015. La zonificación ambiental se realizó teniendo en cuenta la Guía para la zonificación ambiental de áreas de interés petrolero- ECP-DHS-G-006-, 2014 de Ecopetrol S.A, a partir de la conformación de la base cartográfica mediante planchas IGAC escala 1:25000. Posteriormente se sobrepuso la infraestructura petrolera asociada a los campos de producción Balcón, San Francisco y Palermo, entre los que se encuentran las baterias Balcón, Monal y satélite; locaciones, pozos productores e inyectores, vias de acceso, líneas de flujo, puntos de captación de agua subterránea pozos Babillas 1 y 2 y estaciones eléctricas. A partir de los mapas temáticos de cada componente ambiental y complementado con información de la caracterización ambiental, se realizó la superposición de los mapas temáticos y ponderación de los elementos sensibles de cada componente, de acuerdo con los diferentes niveles de sensibilidad ambiental establecidos en la guía de zonificación. El documento presentado por la Empresa propone la zonificación ambiental que se presenta a continuación, en la cual se puede apreciar que los elementos enmarcados dentro de la categoría sensibilidad alta son los más representativos en cuanto a área con un 39.99% del total, debido que son zonas que presentan la gran mayoría de coberturas vegetales como arbustales densos, vegetación secundaria alta, áreas de conectividad ecosistémica alta, cuerpos de agua y su ronda de protección y las zonas de estabilidad geotécnica baja, las cuales hacen alusión a los procesos mortodinámicos activos presentes; las zonas que entran dentro de la categoría de sensibilidad ambiental muy alta corresponden al 31.94% del total del área y representan todos los elementos que desde el punto de vista físico — biótico y social tienen consideraciones de manejo ambiental debido a su condición y grado de importancia ecológica, social, física, entre otros, para el área del proyecto; y las áreas de sensibilidad media corresponden a aquellas que de una u otra manera ya están altamente intervenidas por acciones antrópicas. Tabla Zonificación Ambiental NIVEL DE SENSIBILIDAD v uou p u ouu y rorclillil ELEMENTO Estabilidad Costéenlos media Amenazas natural media MEDIA ALTA Suelos de las clases agrologicas III so, IV se, IV esc, VI sc, VII esc, VII pese, VIII Sedimentos y rocas con flujo esencialmente intergranular Acuíferos confinados Arbustal Abierto Esclerefilo Áreas con fragmentación de ecosistemas Perforada Áreas con conectividad de ecosistemas Media Estabilidad Geotécnica baja Amenazas natural alta Suelos de valle - clase agrologica V ehs y V hs Resolución No. 05 0 MAY 201 de Hoja No. 63 9 Dei 1 2 "POR LA CUAL SE MODIFICA EL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ESTABLECIDO MEDIANTE LA RESOLUCIÓN 758 DEL 04 DE JULIO DE 1989, MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN 1237 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2003 Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES" NIVEL DE SENSIBILIDAD ELEMENTO Rio Bache Arbustal Denso Vegetación Secundaria Alta Áreas con fragmentación de ecosistemas en interior Áreas con conectividad de ecosistemas Alta Corrientes y cuerpos de agua superficiales: (ronda de protección 30 m. niveles máximos de crecientes ordinarias) Estabilidad Geotécnica muy baja Amenazas natural muy alta Río Aipe Bosque Ripario Playas Rios Áreas con fragmentación de ecosistemas en núcleo MUY ALTA Áreas con conectividad de ecosistemas Muy alta Manantiales de agua y su ronda de protección de 100 m de radio Pozos de agua subterránea, aljibes y su ronda de protección de /00 m de radio Asentamientos Humanos: Centros poblados: San Francisco, Peñas Blancas, Tamarindo, San Andrés de Sustrae°, Dindal y Ventanas e Infraestructura Social y económica como viviendas (Cien -100metros de las casas de habitación) Infraestructura Social (Escuelas, Cementerios, Centros religiosos, Centros de salud, Bocatomas, balnearios, comedores comunitarios, colegios, hogares ICBF, polideportivos, salones comunales) Fuente: Estudio de Impacto Ambiental para la modificación del Plan de Manejo Ambiental para los Campos Balcón, San Francisco y Palermo. Adaptado profesional técnico social— ANLA. A continuación se presentan las consideraciones técnicas con respecto a la zonificación ambiental definida para cada medio: Sobre el medio Físico Para el componente físico, la Empresa incluye adecuadamente dentro de la sensibilidad ambiental Muy Alta los manantiales de agua y su ronda de protección de 100 m, puesto que éstos son considerados como de especial significancia ambiental por su funcionalidad estratégica como reserva y fuente del recurso hídrico en el área de estudio y por ser sumamente frágiles y vulnerables; así mismo, considera los pozos de agua subterránea, aljibes y su ronda de protección de 100 m de radio los cuales se consideran adecuadamente categorizados por la importancia social de la que revisten y por el servicio social que prestan en relación con el autosustento. También se encuentra que la Empresa incluyó apropiadamente en esta categoría las zonas con estabilidad geotécnica muy baja, ya que estas zonas presentan alta pendiente y se encuentran desprovistas de cobertura vegetal, lo que las hace susceptibles a que se presenten procesos erosivos o de remoción; como también se encuentran las zonas con amenaza natural alta, las cuales presentan una Muy Alta susceptibilidad. La Empresa presenta en la categoría Muy Alta los ríos y el río Aipe, aunque no es claro por qué hace esa diferenciación; sin embargo, no se incluyen dentro de este rango las corrientes y cuerpos de agua superficiales y su franja de protección de 30 metros, medidos a partir de la cota máxima de inundación, incluidas las quebradas y los cuerpos de agua lénticos naturales y artificiales identificados en la línea base, los cuales se encuentran caracterizados como de sensibilidad Alta. Desde el punto de vista técnico es necesario incluirlos en la categoría de sensibilidad muy alta, por ser estas áreas de gran importancia ecológica y el soporte de los corredores biológicos que allí se desarrollan. Se encuentra que la Empresa omitió dentro de la zonificación ambiental los jagüeyes que sirven como /escritorio de agua para el riego agrícola y para el ganado, los cuales son muy importantes para los habitantes de la zona teniendo en cuenta los resultados de la caracterización hídrica presentados en el Resolución No. el '1 2 MAY 2016 de Hoja No. 64 "POR LA CUAL S I CA ÉL PLAN DÉ MANEJO AMBIENTAL ESTABLECIDO MEDIANTE LA RESOLUCIÓN 758 DEL 04 DE JULIO DE 1989, MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN 1237 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2003 Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES" Capítulo 3 del EIA y la visita de evaluación, a partir de la cual se puede concluir que esta zona se encuentra afectada por la reducida oferta del recurso hídrico, ya que en las temporadas secas hay corrientes que no presentan caudal; por tanto, estas estructuras se convierten en fuentes importantes de almacenamiento y abastecimiento que deben ser protegidas y consideradas como de sensibilidad muy alta, con una franja de protección de 30 m. Así mismo, en la zonificación ambiental presentada por la Empresa se encuentra que no incluyó en Muy Alta Sensibilidad los siguientes elementos, los cuales por los servicios que prestan a la comunidad deben ser tenidos en cuenta en la categoría mencionada: las líneas de transmisión eléctrica de alta tensión del sistema nacional y el corredor de servidumbre de 20 m, las bocatomas de los acueductos y su ronda de protección de 100 m, las franjas de retiro obligatorio para carreteras, de conformidad con el artículo 2 de la Ley 1228 del 16 de julio del 2008 (Carreteras de primer orden sesenta (60) metros, Carreteras de segundo orden cuarenta y cinco (45) metros, Carreteras de tercer orden treinta (30) metros). En la caracterización ambiental del área, la Empresa refiere que en el Plan de Ordenamiento Territorial (POT) el municipio de Neiva, la Chuchilla del Chiflón ubicada al costado occidental del AID de los Campos Balcón, San Francisco y Palermo, corresponde a un elemento de protección y conservación (Articulo 39 del acuerdo 026 de 2009, por el cual se adopta el POT del municipio de Neiva), dada su significativa importancia ecológica, ambiental y paisajística, además de ser proveedora de servicios ambientales. Durante la visita de evaluación se observó que esta Cuchilla es un elemento muy importante a nivel paisajístico y los habitantes de las veredas del AID refirieron que el acueducto de la vereda San Francisco se surte de un nacimiento ubicado en esta cuchilla, por tanto esta Autoridad considera que debe incluirse en Muy Alta Sensibilidad. De acuerdo con la caracterización ambiental, esta Autoridad encuentra que en el área de influencia directa del proyecto se presenta erosión moderada, acorde a la configuración actual del área de estudio; estos procesos morfodinámicos se ven reflejados básicamente en sumos, cárcavas, reptación, coronas y flancos de deslizamiento y erosión laminar, que no son procesos de magnitud severa de acuerdo con lo observado en la visita de seguimiento. Por tanto, esta Autoridad considera que teniendo en cuenta la erosión presente en el área, sumado a la pérdida de cobertura vegetal del suelo, las zonas donde se presentan cárcavas, reptación, coronas y flancos de deslizamiento, barrancosse deben incluir en Muy Alta Sensibilidad, incluida una ronda de protección de 50 m. Cabe señalar que la zonificación presentada en este documento de modificación se encuentra aceptable para las sensibilidades media y alta. Sobre el medio Biótico En la zonificación Ambiental propuesta se tuvo en cuenta la interpretación y sectorización de la cobertura vegetal, integrando además los aspectos más importantes de los ecosistemas comprendidos dentro del área de estudio. No obstante, la superposición de las áreas con diferentes grados de fragmentación define la expresión de la sensibilidad del ecosistema y dado que el grado de fragmentación no es tenido en cuenta en la zonificación de manejo, se considera ajustar la zonificación ambiental en el sentido de no incluidas para su definición. De otra parte, según lo observado en campo durante la visita de evaluación al área del proyecto y en concordancia con las consideraciones expuestas por esta Autoridad, se hace necesario que el arbustal denso se incluya dentro de la categoría sensibilidad muy alta, dada su importancia ambiental, ya que en bosque seco tropical en general y en el área del proyecto en particular, esta unidad mantiene conexiones funcionales entre los ecosistemas presentes en el área del proyecto. Igualmente, el arbustal abierto esclerófilo, cobertura asociada al ecosistema típico del bosque seco tropical, destacado en las políticas de áreas protegidas por su vulnerabilidad y escasa representación dentro del sistema de áreas protegidas nacionales, debe incluirse como de sensibilidad muy alta. Estas consideraciones se tendrán en cuenta para el establecimiento de la zonificación de manejo ambiental por parte de esta Autoridad. Sobre el medio Socioeconómico La Empresa reporta que la zonificación socioeconómica corresponde al análisis de las particularidades recopiladas en el taller de cartografía social por lo cual para el mismo se realizó la calificación de las distintas categorías de análisis para cada una de las unidades territoriales y en los casos en los cuales existen varias Resolución No. í 0509 Del 1 2 MAY 2016 de Hoja No. 65 "POR LA CUAL SE MODIFICA EL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ESTABLECIDO MEDIANTE LA RESOLUCION 758 DEL 04 DE JULIO DE 1989, MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN 1237 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2003 Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES" Organizaciones Comunitarias (JAC) al interior de la unidades territoriales reconocidas en la cartografia de los Planes de Ordenamiento Territorial se analizaron cada una de las mismas, al igual que los centros poblados por considerar que las condiciones socioeconómicas de los mismos es particular, por lo cual puede tener niveles de sensibilidad distintos a los de las veredas cuya distribución poblacional es dispersa. Se clasificaron las unidades territoriales en categorías de sensibilidad ambiental (Muy alta, alta, media y baja) para las siguientes categorías de análisis: En relación con la categoría de análisis "organizaciones comunitarias y ámbitos de participación' la Empresa califica de manera generala las unidades territoriales con sensibilidad media teniendo en cuenta que la única presencia de organización son la Juntas de Acción Comunal JAC. En cuanto a la categoría "presencia del estado y otras organizaciones" de manera general califican con sensibilidad media debido a la presencia del estado por la oferta de servicios de educación por la existencia de instituciones educativas, en algunos casos puestos de salud e infraestructura de recreación. Con la variable "uso y destinación económica del suelo" se consideraron de sensibilidad alta a las veredas Cuisinde sector Santa Bárbara, y sector Santa Clara por "que presentan alta utilización o demanda de uso del suelo, generalmente asociada a una mayor concentración poblacional, dedicadas a la vivienda, la producción industrial". Sin embargo, de manera general la sensibilidad del AID para las unidades territoriales es baja debido a que el uso del suelo es principalmente para el desarrollo de la ganadería extensiva. Respecto al tamaño de la propiedad la sensibilidad alta es definida para los centro poblados existentes en el AID, es decir, Centro poblado de Peñas Blancas, Centro Poblado San Francisco Neiva, Centro Poblado Tamarindo, Centro Poblado San Andrés de Busiraco, Centro Poblado Dindal, Centro Poblado Ventanas y centro poblado de San Antonio sector Arenoso. La disponibilidad de servicios públicos y sociales está relacionada con el acceso o falta de los mismos, siendo más sensibles las unidades territoriales que no tienen acceso a los mismos. En este sentido son: vereda Amborco, vereda San Antonio sector Balcones y San Antonio sector Arenoso, las calificadas como altamente sensibles por la escases en el acceso a servicios. En cuanto a la categoría dependencia de los servicios Ecosistémicos la sensibilidad se da para las veredas que tienen prácticas de economía de subsistencia como la pesca y usan la leña como combustible para cocinar. El análisis de la accesibilidad de manera general se califica con sensibilidad media debido a la existencia de vías en todas las unidades territoriales sin embargo, no están en buen estado. La categoría de "elementos de infraestructura socioeconómica" analiza como de alta sensibilidad para la totalidad de la infraestructura social existente "identificada según información primaria y georreferenciación de campo en las unidades territoriales del área de influencia directa de los campos Balcón, San Francisco y Palermo. En general se identificó equipamiento social en educación, salones comunales e iglesias, balnearios y sitios de interés paisajistico a lo largo del rio Bache y Aipe, así como infraestructuras recreativas (canchas de fútbol, baloncesto, parques infantiles) especialmente en los centros poblados". La concentración poblacional tiene sensibilidad alta en los centros poblados de la zona. El potencial arqueológico con sensibilidad media se encuentra en la geoforma Dpcs (Planos y Colinas Suaves), En la geoforma Eva (Valle Aluvial) y Dc (Colinas) y geoforma SDI (tomados). Por su parte en la geoformas SDee y SDce que presentan fuede pendiente se consideran con potencial arqueológico bajo. Ahora bien esta autoridad considera pertinente el hecho de definir en la categoría de Muy Alta sensibilidad e importancia la totalidad de la infraestructura socioeconómica, es decir, viviendas, asentamiento nucleados existentes: Centro poblado de Peñas Blancas, Centro Poblado San Francisco Neiva, Centro Poblado Tamarindo, Centro Poblado San Andrés de Busiraco, Centro Poblado Dindal, Centro Poblado Ventanas y centro poblado de San Antonio sector Arenoso. Sin embargo, se debe considerar además, la infraestructura de los servicios públicos, es decir, las captaciones y redes de distribución para el caso de los acueductos, y las respectivas fuentes hídricas de las Resolución No. 050 Del 1 2 MAY 2016 de Hoja No. 66 "POR LA CUAL SE MODIFICA EL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ESTABLECIDO MEDIANTE LA RESOLUCIÓN 758 DEL 04 DE JULIO DE 1989, MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN 1237 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2003 Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES" cuales se capta debido a la escases del líquido que ya se presenta en la zona y que fue expresado de manera reiterada durante la visita de evaluación Además, deben considerarse las que a futuro se construyan con el fin de incrementar la cobertura en servicios públicos, es decir, redes de alcantarillado, gas entre otras que puedan surgir durante la operación de los campos, y las redes de energía eléctrica; los puestos de salud, escuelas y las zonas de explotación predial para el alcance de la seguridad alimentaria, es decir, los cultivos de pan coger. Consideraciones finales Esta Autoridad considera necesario ajustar la zonificación ambiental presentada en el Estudio de Impacto Ambiental de esta modificación, de acuerdo con las consideraciones realizadas para incluir los elementos que se mencionaron anteriormente. Por tanto, esta Autoridad establece la siguiente zonificación ambiental para el AID de los Campos de Producción Balcón, San Francisco y Palermo: Tabla Zonificación Ambiental establecida por esta Autoridad para el AID de los Campos Balcón, San Francisco y Palermo NIVEL DE ELEMENTO SENSIBILIDAD Zonas con estabilidad Geotécnica media Amenazas natural media por remoción en masa MEDIA Suelos de las clases agrologicas III sc, IV su, IV ese, VI sc, VII esc, VII peso VIII Sedimentos y rocas con flujo esencialmente intergranular Acuíferos confinados ALTA Zonas con estabilidad Geotécnica baja Suelos de valle - clase agrologica V ehs y V JIS Zonas con estabilidad Geotécnica muy baja Zonas con amenaza natural alta y muy alta Cárcavas, reptación, coronas y flancos de deslizamientos, barrancos y su ronda de protección de 50 m. Arbustal Abierto Esclerófilo Arbustal Denso Vegetación Secundaria Alta Bosque Ripario Playas Jagüeyes y su ronda de protección de 30 metros MUY ALTA Cuerpos de agua lenticos y ¡áticos y su ronda de protección 30 m (medidos a partir de la cota máxima de inundación) Cuchilla del Chiflón en los limites considerados como áreas protegidas en EOT de Aipe y POT de Neiva Nacederos, manantiales de agua y su ronda de protección de 100 m de radio Pozos de agua subterránea, aljibes y su ronda de protección de 100 m de radio Lineas de transmisión eléctrica de alta tensión del sistema nacional y el corredor de servidumbre de 20m Bocatomas de acueductos veredales y municipales y su ronda de protección de 100m e infraestructura asociada a estos tales como tanques y redes de distribución Franjas de retiro obligatorio para carreteras, de conformidad con al Artículo 2 de la Ley 1228 del 16 de julio de 2008: 1.Carreteras de primer orden sesenta (60) metros 2.Carreteras de segundo orden cuarenta y cinco (45) metros a Carreteras de tercer orden treinta (30) metros Asentamientos Humanos: Centros poblados: San Francisco, Peñas Blancas, Tamarindo, San Andrés de Busiraco, Dindal y Ventanas e Infraestructura Social y económica como viviendas (Cien -100metros de las casas de habitación) Resolución No. 9 Del 1 2 MAY 2016 de Hoja No. 67 "POR LA CUAL S MODIFICA EL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ESTABLECIDO MEDIANTE LA RESOLUCIÓN 758 DEL 04 DE JULIO DE 1989, MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN 1237 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2003 Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES" NIVEL DE SENSIBILIDAD ELEMENTO Infraestructura Social existente (Escuelas, Cementerios, Centros religiosos, Centros de salud, redes de acueductos, alcantarillados, gas natural y energía eléctrica, balnearios, comedores comunitarios, colegios, hogares ICBF, polideportivos, salones comunales) Fuente: Grupo &valuador ANLA, 2015. (...)" DEMANDA DE RECURSOS Que sobre la solicitud de Demanda de Recursos, el Concepto Técnico 1143 del 17 de marzo de 2016 señaló lo siguiente: `Por tratarse de la modificación del Plan de Manejo Ambiental para el proyecto Campos Balcón, San Francisco y Palermo, ubicado en los municipios de Aipe, Neiva y Palermo, departamento del Huila, y teniendo en cuenta que este proyecto se encuentra bajo el régimen de transición de la Ley 99 de 1993, es pertinente señalar que los permisos para el uso, aprovechamiento y/o afectación de los recursos naturales son tramitados ante la Corporación Autónoma Regional del Alto Magdalena CAM, los cuales se listan a continuación. De acuerdo con lo señalado por la Empresa en el documento de modificación del PMA, para los campos Balcón, San Francisco y Palermo, se mantendrán los volúmenes de uso y aprovechamiento actualmente autorizados por la CAM y mencionan que en caso de ser necesario en la ejecución de las actividades proyectadas, realizarán gestión de permisos ante la autoridad ambiental regional. CONCESIÓN DE AGUAS Aguas superficiales A este respecto se menciona en el documento que: "no se contempla el aprovechamiento del recurso hídrico superficial, sin embargo y en caso de requerirse se realizará la solicitud de permisos ante la autoridad ambiental". Aguas subterráneas En cuanto este permiso en el área del proyecto se hace aprovechamiento de aguas subterráneas de las formaciones Gigante y Sinclinal del río Baché según autorización de la CAM. VERTIMIENTOS En este aspecto se tiene permiso de vertimiento de aguas residuales domesticas generadas en el área administrativa El Monal por parte de la CAM otorgado mediante Resolución 3504 del 16 de noviembre de 2010. Se menciona en el estudio que este permiso estaba vigente hasta el 16 de noviembre de 2015. OCUPACIÓN DE CAUCES En cuanto a este permiso, el estudio indica que en caso de necesitarse construcción o adecuación de obras de drenaje, que puedan afectar un cuerpo de agua, por la ejecución de las estrategias de desarrollo planteadas por la Empresa en el marco de la modificación del PMA, la Empresa solicitará el permiso de ocupación de cauce correspondiente en su momento a la autoridad ambiental regional, que en este caso es la CAM. APROVECHAMIENTO FORESTAL A este respecto se menciona en el documento que: "es necesario del aprovechamiento forestal para la ejecución de dichas actividades; no obstante el presente estudio no solicita dicho permiso y en caso de ser estrictamente necesario y requerir aprovechamiento forestal, la Empresa operadora deberá tramitar el Resolución No. 0509 Del 1 2 MAY 2016 de Hoja No. 68 "POR LA CUAL SE MODIFICA EL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ESTABLECIDO MEDIANTE LA RESOLUCIÓN 758 DEL 04 DE JULIO DE 1989, MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN 1237 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2003 Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES" respectivo permiso de aprovechamiento forestal ante la Corporación Autónoma regional del Alto Magdalena CAltr. EMISIONES ATMOSFÉRICAS Respecto a este permiso, en el Capítulo 4 del documento de modificación, la Empresa especifica que para los campos de producción Balcón y San Francisco, cuentan con el permiso de emisiones, el cual fue cedido por la Empresa Hocol S.A. a la Empresa Ecopetrol S.A. mediante Resolución 1713 del 07 de septiembre de 2012, "el cual se mantendrá para el desarrollo de nuevas estrategias y en caso de ser necesario en la ejecución de las actividades proyectadas se realizará la gestión de los permisos por parte de la operación de los campos ante la autoridad ambiental». Que respecto ala Evaluación de Impactos Ambientales, el Concepto Técnico 1143 del 17 de marzo de 2016 consideró lo siguiente: "IMPACTOS SIGNIFICATIVOS Al realizar la revisión de la información presentada en el documento de modificación del PMA, en lo referente a la identificación y valoración de impactos ambientales derivados de las actividades desarrolladas en el área de influencia, se puede establecer que la Empresa realizó la identificación, descripción y evaluación de impactos en dos (2) escenarios, sin y con proyecto, de acuerdo a lo establecido en los términos de referencia HI-TER-1-03. En el PMA se realizó la definición de los impactos que se presentan sobre los diversos componentes de los tres medios, para lo cual la Empresa tomó como base los lineamientos de la Matriz de Análisis de Riesgos — RAM (Risk Assessment Matra() y la metodología propuesta por Conesa (1997), en la cual fueron incluidos criterios adicionales de evaluación y se modificaron las escalas de calificación, en busca de caracterizar detalladamente los impactos identificados. La metodología de la Empresa, permite realizar la evaluación de los impactos ambientales teniendo en cuenta los siguientes criterios: carácter, efecto, magnitud, resiliencia, tendencia, extensión, exposición, recuperabilidad, acumulación y sinergia. La importancia ambiental del impacto se determina a partir de la sumatoria de los criterios mencionados, establecida en las siguientes categorías: Leve, Menor, Localizado, Moderado, Mayor y Masivo. Las dos primeras son clasificadas como Impactos no significativos y las dos últimas como Impactos significativos. Escenario sin Proyecto Según el documento de modificación del PMA, se identificaron como actividades generadoras de impactos en el escenario sin proyecto, las siguientes: 1. Ganadería extensiva 2. Agricultura 3. Producción acuícola 4. Pesca de subsistencia 5. Aprovechamiento forestal doméstico 6. Captación de agua superficial para uso doméstico. 7. Captación de agua subterránea para uso doméstico. 8. Generación de residuos sólidos domésticos. 9. Generación de residuos liquides domésticos 10.Vertimiento de residuos líquidos domésticos 11.Quema 12.Mantenimiento de vías 13.Extracción de material de cantera 14.Actividad industrial 15.Turismo y recreación 16.Tránsito vehicular 17.Negociación y saneamiento de predios 18.Mantenimiento de obras civiles Resolución r Nco 5 0 9 Del 1 2 MAY 2Ü16 de Hoja No. 69 "POR LA CUAL SE MODIFICA EL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ESTABLECIDO MEDIANTE LA RESOLUCIÓN 758 DEL 04 DE JULIO DE 1989, MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN 1237 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2003 Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES" 19.Movilización de maquinaria, equipos y personal 20. Mantenimiento de infraestructura eléctrica 21. Operación y mantenimiento de baterías de producción 22. Operación y mantenimiento de líneas de flujo de crudo, agua, gas y polímeros de inyección 23. Mantenimiento de los pozos (workover). 24. Captación de agua subterránea. 25.Inyección de aguas de producción 26.Inyección de polímeros (Planta piloto ASP) 27. Operación del helipuerto. 28. Abandono, desmantelamiento y restauración final. La mayoría corresponden a actividades antrópicas, las cuales ejercen influencia sobre los tres medios, al derivar alteraciones catalogadas por la Empresa como significativas y no significativas. Las actividades con mayor número de impactos son: la ganadería extensiva, la agricultura y la actividad industrial, que en total suman un 32% de los impactos identificados. Todas las actividades identificadas en el escenario sin proyecto están acordes con lo observado en la visita de evaluación, al igual que los impactos identificados y la significancia ambiental determinada por la Empresa, cuyos resultados se muestran a continuación para los medios tísico, biótico y socioeconómico: Medio Físico En este medio, la Empresa identificó y describió detalladamente los siguientes impactos en cada uno de los componentes, así: Suelo: Alteración de las propiedades físicas, químicas y/o biológicas del suelo y cambio en el uso actual del suelo. Geotécnica: Modificación de las geoformas del terreno, modificación de la susceptibilidad a la erosión y variación en la estabilidad del terreno. - Hidrosférico: Cambio en las características fisicoquímicas y/o bacteriológicas de las aguas superficiales, cambio en la disponibilidad del recurso hídrico superficial, cambio en las características fisicoquímicas y/o bacteriológicas de las aguas subterráneas y cambio en la disponibilidad del recurso hídrico subterráneo. Atmosférico: Cambio en la cantidad de material particulado en el aire, modificación en la percepción de olores, cambio en la concentración de gases en el aire, modificación en la radiación térmica e intensidad lumínica y cambio en los niveles de presión sonora. Paisaje: Cambios en la integridad paisajística. En el documento presentado por la Empresa, se realizó la identificación y evaluación de los impactos, teniendo en cuenta los criterios contemplados por la metodología empleada en el PMA, hallando que para este medio los elementos ambientales con mayor cantidad de impactos identificados son: el paisaje, la calidad del suelo y el aire. Sin embargo, la información aportada en el estudio en el análisis general, no permite identificar cuáles son las actividades que más impactan los diferentes elementos del medio físico. Respecto a la evaluación de impactos, en el escenario actual presentado en el documento y de acuerdo a lo observado en la visita de evaluación, es pertinente señalar que el componente suelo se ha visto afectado negativamente por actividades como la ganadería extensiva, agricultura, generación de residuos sólidos domésticos, vertimiento de residuos líquidos domésticos, quema, extracción de material de cantera y la actividad industrial, las cuales alteran las propiedades físicas, químicas y/o biológicas del suelo. Asi mismo, de acuerdo con lo presentado por la Empresa, se identifica que la calidad del suelo se ve afectada por el desarrollo de actividades como: la ganadería extensiva, la agricultura, la generación de residuos sólidos domésticos, vertimiento de residuos líquidos domésticos, la quema, la extracción de materiales de cantera, la actividad industrial y el abandono, desmantelamiento y restauración final, generando alteración de las propiedades físicas, químicas y/o biológicas del suelo, lo cual se evidenció durante la visita del campo. A partir de la información presentada por la Empresa, se puede establecer que la actividad que presenta mayor cantidad de interacciones, doce (12) en total, con los impactos establecidos en el área de influencia del proyecto en el escenario sin proyecto, es la ganadería extensiva, que se asoció con impactos como: Resolución No 050 9Dei 1 2 MAY 2016 de Hoja No. 70 "POR LA CUAL SE MODIFICA EL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ESTABLECIDO MEDIANTE LA RESOLUCIÓN 758 DEL 04 DE JULIO DE 1989, MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN 1237 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2003 Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES" - Alteración de las propiedades fisicoquimicas y/o biológicas del suelo. - Cambio en el uso actual del suelo. - Modificación de la susceptibilidad a la erosión. - Variación en la estabilidad del terreno. - Cambio en las características fisicoquímicas y/o bacteriológicas de las aguas superficiales. - Cambio en la disponibilidad del recurso hídrico superficial. - Cambio en las características fisicoquimicas y bacteriológicas de las aguas subterráneas. - Modificación en la percepción de olores. - Cambio en la concentración de gases en el aire. - Cambios en la integridad paisajistica. Según el documento de modificación del PMA, los impactos negativos en las aguas superficiales son ocasionados por las actividades de ganadería extensiva, agricultura, producción acuícola, vertimiento de residuos líquidos domésticos y la operación, mantenimiento de lineas de flujo (crudo, agua, gas y polimeros de inyección) y captación de agua superficial, teniendo que las que presentan una significancia ambiental media son la agricultura, la producción acuícola y el vertimiento de residuos líquidos domésticos, ya que las demás actividades presentan una significancia ambiental baja. A partir de esta información, se pude establecer que el desarrollo de estas actividades en el área de influencia del proyecto, ha generado afectaciones de carácter negativo que inciden en las propiedades fisicoquimicas y/o bacteriológicas de las aguas superficiales. En el escenario sin proyecto, las aguas subterráneas se ven impactadas negativamente en cuanto al cambio en las características fisicoquímicas y/o bacteriológicas por las actividades de ganadería intensiva, agricultura, producción acuícola, generación de residuos sólidos domésticos, extracción de material de cantera, inyección de aguas de producción e inyección de polímeros de la planta piloto de ASP, con una significancia ambiental baja; mientras que la actividad de vertimiento de residuos líquidos domésticos presenta un carácter negativo con una significancia ambiental media. La disponibilidad del recurso hídrico subterráneo se está viendo impactada negativamente por las actividades de aprovechamiento forestal, captación de agua subterránea para uso doméstico, quema, extracción de material de cantera, inyección de gas/agua de producción y por la inyección de polímeros de la planta piloto de ASP, con una significando ambiental baja. Las actividades de mantenimiento de vías, extracción de material de cantera, la actividad industrial, el tránsito vehicular, el mantenimiento de obras civiles, la movilización de maquinaria, equipos y personal y el abandono, desmantelamiento y restauración final, impactan negativamente el recurso aire, ya que generan un cambio en la cantidad de material particulado en el aire. Así como la ganadería extensiva, la agricultura, la generación de residuos sólidos domésticos, el vertimiento de residuos líquidos domésticos, la quema, la operación y mantenimiento de baterías de producción y la inyección de polímeros (planta piloto ASP) modifican de manera negativa la percepción de olores. En el componente atmosférico, las mismas actividades que modifican la percepción de olores, sumadas a la actividad industrial, el tránsito vehicular, la movilización de maquinaria, equipos y personal, generan un cambio en la concentración de gases en el aire, con un carácter negativo, donde el tránsito vehiculares el que presenta una significancia ambiental media. La Empresa en el documento presenta como actividad que modifica la radiación térmica e intensidad lumínica, la operación y mantenimiento de baterias de producción, como resultado de los procesos industriales realizados para evacuar gases por las teas. En cuanto al cambio en los niveles de presión sonora, de acuerdo con el documento y lo percibido en la visita de evaluación, las actividades impacientes son la extracción de material de cantera, la actividad industrial, la movilización de maquinaria, equipos y personal, la operación y mantenimiento de baterías de producción, la operación del helipuerto y el abandono, desmantelamiento y restauración final, con significancia ambiental desde muy baja, hasta media, con un carácter negativo. Teniendo en cuenta que en el área existen en el escenario sin proyecto actividades petroleras, tales como el mantenimiento de vías, la negociación y saneamiento de predios, el mantenimiento de obras civiles, la movilización de maquinaria, equipos y personal, el mantenimiento de infraestructura eléctrica, la operación y mantenimiento de baterías de producción, la operación y mantenimiento de lineas de flujo (crudo, agua, gas y polímeros de inyección), el mantenimiento de los pozos que ya se encuentran perforados en los campos, la Resolución No. 0 50 9 Del 1..2 MAY 201 de Hoja No. 71 ir "POR LA CUAL SE MODIFICA EL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ESTABLECIDO MEDIANTE LA RESOLUCIÓN 758 DEL 04 DE JULIO DE 1989, MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN 1237 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2003 Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES" captación de agua subterránea, la inyección de aguas de producción, la inyección de polímeros por medio de la planta piloto de ASP, la operación del helipuerto y el abandono, desmantelamiento y restauración final, la Empresa identificó como las actividades más impactantes la movilización de maquinaria, equipos y personal y la operación y mantenimiento de baterías de producción, las cuales causan alteración en el aire por la emisión de material particulado y gases de combustión de los motores con lo cual esta Autoridad se encuentra de acuerdo. De las interacciones establecidas para el medio fisico frente a las actividades petroleras, se identificaron un total de siete (7) interacciones positivas, de las cuales cinco (5) corresponden a la actividad abandono, desmantelamiento y restauración final y dos (2) a mantenimiento de obras civiles. A partir de la información presentada por la Empresa, se evidencia que la actividad petrolera denominada negociación y saneamiento de predios, no presenta interacciones con los elementos del medio físico contemplados. Para el medio físico, la Empresa señala que para el componente paisaje, las actividades de producción acuícola y aprovechamiento forestal doméstico generan un cambio en la integridad del paisaje negativamente con una significancia ambiental alta; así mismo, las actividades de ganadería extensiva, agricultura, generación de residuos sólidos domésticos, quema, extracción de material de cantera, la actividad industrial y el turismo y la recreación impactan negativamente con significancia ambiental media. Medio Biótico Los resultados de la visita y la confrontación con lo expuesto en el documento evaluado, respecto a los impactos que hoy se presentan, muestran correspondencia entre lo observado en campo y lo considerado en el documento. Se observa que de las actividades antrópicas, la ampliación de áreas para ganadería y agricultura presentan los mayores impactos de tipo negativo incidiendo sobre los componentes suelo, flora y fauna. Las actividades petroleras con mayor número de impactos negativos identificados corresponden a la movilización de maquinaria, equipo y personal y mantenimiento de baterias de producción, en tanto que el mayor número de impactos positivos lo presentan las actividades de abandono, desmantelamiento y restauración. Por lo anterior, es importante la integración de áreas al medio natural en la medida que estas sean suspendidas de la operación. El área de infraestructura petrolera ha aumentado sistemáticamente en detrimento de las áreas de coberturas naturales, impacto desconocido por la Empresa. Es así, como la Empresa obviando el impacto generado por la ampliación de la frontera industrial petrolera, reporta como actividad impactante la ganadería. En el análisis de transformación de coberturas presentado en el documento de Modificación del Plan de Manejo, se aprecia que las coberturas Arbustal Abierto Esclerófilo, Arbustal Denso y Bosque Ripario han perdido 199 hectáreas; las áreas de infraestructura petrolera han ganado 102 hectáreas y los pastos se han disminuido en 28 hectáreas. Si bien es cierto que la actividad ganadera impacta negativamente el ambiente, es importante tener en cuenta la ampliación de cobertura industrial como impactante de manera negativa con significancia Alta. Medio Socioeconómico En cuanto a la modificación de la dinámica y estructura poblacional para el escenario sin proyecto la Empresa relaciona el mismo con actividades desarrolladas de manera histórica y tradicional como es la ganadería extensiva, y actividades más recientes como es la actividad industrial producto de la zona Franca y la movilización de maquinaria, equipos y personal durante el proceso de inicio y operación de los campos Balcón, San Francisco y Palermo. Para las mismas se califica con significancia ambiental media con excepción de la actividad industrial ocasionada por la zona franca debido seguramente a la novedad del proyecto que puede generar expectativas de la población como fuente de generación de empleo por lo cual se genera la movilización de población. El impacto "cambio en la percepción del riesgo de accidentalidad" es considerado de carácter positivo debido a que la Empresa lo relaciona con el mantenimiento de vías y la movilización de maquinaria y equipos. Resolución No.( 09 Del 1 2 MAY 2016 de Hoja No. 72 "POR LA CUAL SE MODIFICA EL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ESTABLECIDO MEDIANTE LA RESOLUCIÓN 758 DEL 04 DE JULIO DE 1989, MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN 1237 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2003 Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES" Por su parte el impacto denominado "cambio en el estado de la infraestructura vial" es considerado de carácter negatWo porque se relaciona con el tránsito vehicular y el mantenimiento de vías y en este sentido la percepción de la población es que las vías se deterioran por el paso de los vehículos de la industria petrolera y consideran además que el mantenimiento realizado por las mismas es a corto plazo. "La modificación en el acceso a los servicios públicos' se considera positiva para los casos en los cuales se accede al servicio como tal, es decir, acueducto y energía eléctrica, sin embargo, cuando se trata de prácticas que indican la falta de acceso al servicio se considera negativo, entre estos se considera la generación de residuos líquidos y sólidos domésticos, y la actividad industrial de la zona franca; calificando la relación con esta última actividad con significancia alta. El análisis que la Empresa realiza del impacto °modificación en la demanda y oferta de servicios sociales" se destaca la relación que se realiza con la inmigración de población los municipios producto del desarrollo de la zona Franca y con ello aumenta la demanda de servicios sociales como la educación, salud, vivienda entre otros. "La Alteración en la propiedad y uso del suelo". Este impacto se relaciona con prácticas cotidiana como la ganadería extensiva con uso de productos químicos y la quema para el rebrote en la agricultura, además con el desarrollo de la industria se cambia el uso tradicional de la tierra y se generan conflictos entre el anterior y el nuevo. Por todas estas razones este impacto se considera de carácter negativo y significancia ambiental alta. Los impactos denominados "alteración de fuentes de subsistencia e ingresos" modificación en la dinámica de empleo' y °cambio en la oferta de servicios locales" se consideraron positivos y se relacionan con la dinámica económica propia de la zona que permite a la población con las actividades tradicionales o las nuevas generar ingresos y por tanto dinamiza la economía con la relación oferta/demanda. En cuanto a la dimensión cultural se plantea como impacto "la generación de expectativas por la disposición del recurso hídrica alteración de patrones culturales"; el cual se constituye en un tema muy importante debido a que se relaciona con la demanda que ha venido haciendo la industria petrolera y la zona franca; proyectos que entran a competir con el uso que hace la comunidad por la explotación de sus predios. En segundo lugar no puede desconocerse que la zona ya presenta escases del recurso y es considerado por parte de la comunidad como un tema de alta sensibilidad, lo cual se evidencio en la visita de evaluación para la modificación del PMA. Este impacto fue calificado por la Empresa con significancia media, a pesar de ser un tema tan importante desde el punto de vista social, por escases del líquido que presenta la zona y como situación latente para la generación de conflictos entre los proyectos industriales con presencia en las unidades territoriales y la población de las mismas. Por esta razón debe ser considerado, de significancia ambiental alfa en concordancia con la infraestructura social, considerada para la zonificación ambiental de sensibilidad "muy alta". Además, las relaciones entre las comunidades y el entorno cercano (proyectos industriales) fueron consideradas como impacto previendo que puede presentarse un 'cambio en las relaciones comunitaria e institucionales'. Este impacto fue calificado por la Empresa con significancia media a pesar que la propia conceptualización realizada por la Empresa refiere la tensión que existe en el relacionamiento entre los actores comunitarios y las Empresas con presencia en la zona, lo cual también fue evidente durante la visita de evaluación por parte de esta Autoridad, por cuanto las comunidades expresan que hay desconfianza hacia la industria por incumplimiento de compromisos durante la operación de los campos Balcón, San Francisco y Palermo. Por lo cual esta Autoridad considera que la Empresa debe considerar este impacto con significancia ambiental alta. Finalmente "la alteración de patrimonio arqueológico", se considera con significancia ambiental media para las actividades como la quema, extracción de material de cantera y la actividad industrial por la posible remoción de tierra. A manera de síntesis, como se evidencia en la anterior descripción esta Autoridad considera pertinente el análisis de impactos que realizó la Empresa en el escenario sin proyecto debido a que considero el contexto Resolución No Del 12 MAY 2016 de Hoja No. 73 "POR LA CUAL SE MODIFICA EL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ESTABLECIDO MEDIANTE LA RESOLUCIÓN 758 DEL 04 DE JULIO DE 1989, MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN 1237 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2003 Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES" histórico de la industria petrolera y la zona franca. Sin embargo, debe tenerse en cuenta los dos temas sensibles en la zona, los cuales son la relación de tensión que existe entre la población y la industria y el tema de es cases de agua los cuales deben ser considerados con significancia ambiental alta. Escenario con Provecto A continuación se presenta una síntesis de la evaluación de impactos realizada por la Empresa en el documento del EIA para el escenario con proyecto. Medio Físico Para el escenario con proyecto, en el área de modificación del PMA de los Campos Balcón, San Francisco y Palermo, la Empresa evaluó tres etapas (actividades transversales, operativa y abandono y restauración final) con 48 actividades a efectuar, las cuales analizaron teniendo en cuenta los impactos que se podrían llegar a generar en los medios físico, biótico y socioeconómico. De acuerdo con documento de modificación del PMA presentado por la Empresa, se evidenció que en la etapa operativa es donde hay más impactos negativos, siendo el medio físico (abiótico) el que presenta mayor susceptibilidad ala afectación con 126 impactos negativos identificados y 38 impactos positivos identificados. La etapa correspondiente a las actividades transversales sigue en número de impactos identificados, con un total de 30 impactos de carácter negativo y 6 positivos, evidenciándose que la alteración del recurso hidrico, del medio atmosférico y el suelo se daría principalmente por las actividades entronices como la generación de residuos líquidos y sólidos de tipo doméstico, dada la afectación que pueden causar estas actividades en el suelo, en la calidad del aire por emisiones de gases y material particulado. La etapa de abandono y restauración final representa para el medio físico, la remediación de daños ya causados, a través de programas de restauración y compensación; adecuación de áreas intervenidas y programas de seguimiento y monitoreo; teniendo para esta etapa 45 impactos de carácter positivo y 10 de carácter negativo, los primeros asociados desde el punto de vista físico al paisaje y los últimos a la calidad del aire. Para el medio físico, la movilización de maquinaria, equipos y personal, la adquisición y transporte de materiales de construcción corresponden a las actividades trasversales en que se identifican un mayor número de impactos de carácter negativo; mientras que para la etapa operativa, la actividad de remoción de cobertura y descapote fue en la que se identificaron más impactos negativos. En cuanto a significancia ambiental para los impactos de carácter negativo, en la matriz de evaluación se puede ver que para el medio físico las actividades de instalación y operación de área de apoyo (campamentos transitorios, almacenamiento), remoción de cobertura y descapote y remoción de cobertura y descapote para lineas de flujo enterradas son las que presentan una significancia ambiental alta, afectando los elementos ambientales de integridad paisajística, calidad del suelo y uso actual del suelo respectivamente. En el caso del elemento ruido y el impacto asociado con el cambio en los niveles de presión sonora, la mayor significando se deriva de la actividad petrolera, movilización de maquinaria, equipos y personal con calificación media. Teniendo en cuenta lo anteriormente descrito, esta Autoridad considera que los impactos generados se encuentran bien valorados en la significancia presentada en el Estudio. Así mismo, enfatizará en la necesidad de un estricto monitoreo y en las medidas de manejo que se deben implementar en cada una de las actividades del proyecto. Medio Biótico De acuerdo con la información presentada por la Empresa respecto a la evaluación de los impactos con proyecto, la alteración de los procesos ecológicos es el impacto de mayor relevancia teniendo en cuenta las afectaciones que el proyecto podría ocasionar en las coberturas vegetales y por ende en los hábitats de la fauna terrestre y acuática existente en el área de influencia Resolución No. 05 9 0 Del 12 YAY 2016 Hoja No. 74 de "POR LA CUAL SE MODIFICA EL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ESTABLECIDO MEDIANTE LA RESOLUCIÓN 758 DEL 04 DE JULIO DE 1989, MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN 1237 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2003 Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES" Actividades como el desmonte y descapote, lo relacionado con la construcción y adecuación de zonas para la disposición de material y las actividades asociadas a la instalación de líneas de flujo, contribuyen a la modificación de los patrones de distribución de las coberturas, la estructura y por ende en los niveles de diversidad que aunque alterados por las actividades actuales, presentarían cambios en su estado actual, generando impactos negativos sobre la fauna con algún grado de amenaza o las especies endémicas reportadas. Así mismo, el recurso fauna se verá afectado por el ahuyentamiento de especies, alterando su estructura y composición, debido principalmente a la generación de ruido por la operación de vehículos, maquinaria y equipos durante las etapas de construcción y perforación. De acuerdo con las anteriores consideraciones, se concluye que el desarrollo del proyecto generará impactos negativos y que aquellos que han sido previstos durante la ejecución del proyecto descritos al detalle en los estudios que soportan la solicitud de modificación, podrán ser manejados de manera adecuada con la implementación de las medidas de manejo orientadas a prevenir, controlar y mitigar los mismos, sin desconocer la necesidad de implementar medidas de compensación. Medio Socioeconómico En el escenario con proyecto la Empresa considero 9 impactos relacionados con las distintas dimensiones descritas en la caracterización para el medio socioeconómico y las actividades propias de la operación de los campos Balcón, Palermo y San Francisco. "La modificación en la dinámica poblacional" se consideró con carácter negativo en tanto que la actividad de negociación de predios puede generar migración de la población residente en las veredas. Sin embargo, en la interacción dada con la actividad de construcción, adecuación y mantenimiento de obras civiles, eléctricas y mecánicas se consideró con carácter positivo, lo cual es no es acertado, ya que también implica la movilización de la población llegando a la zona y la posibilidad de generar conflictos, por tanto este impacto debe ser considerado negativo debido a que se puede causar una migración que generaría choque y conflicto por la demanda de servicios públicos y sociales, así como presión hacia los recursos naturales existentes. "El cambio en la percepción del riesgo a la accidentalidad" se consideró positivo y de significancia ambiental media para las actividades de señalización y mantenimiento de señalización y mantenimiento de via por cuanto mejora las condiciones de seguridad vial. Sin embargo, se consideró negativo y de significancia baja para la actividad de movilización de maquinaria, equipos y personal debido a que el tránsito vehicular en cualquier escenario se constituye en una situación con probabilidad de causar accidentes con personas y/o animales. Lo cual se considera válido. "El Cambio en el estado de la infraestructura vial" al igual que en el escenario sin proyecto se consideró negativo en la interacción con la movilización de maquinaria, equipos, personal, adquisición y transporte de materiales de construcción, lo cual es entendible por el eventual deterioro de las vías, sin embargo, se considera positivo por las actividades de mantenimiento vial. la modificación en la demanda y oferta de servicios sociales" se consideró positiva de significancia media y se relacionó con la actividad de mantenimiento "La alteración en la propiedad y uso del suelo" es un impacto que se puede generar por la normal operación de los campos debido a que todas las actividades que impliquen construcción de infraestructura necesariamente cambiaran el uso histórico de los predios intervenidos. "la Modificación en la dinámica del empleo' está considerado como impacto por el desarrollo de las actividades propias del proyecto que de manera directa o indirecta demanden mano de obra, es decir, "la movilización de maquinaria, construcción adecuación y mantenimiento de obras de drenaje, Construcción, adecuación y/o mantenimiento de obras civiles, eléctricas y mecánicas - Cierre y desmantelamiento de locaciones, facilidades y centro de acopio de residuos industriales, Operación del centro de acopio de residuos industriales, Construcción, operación y mantenimiento de cruces especiales, Construcción, ampliación y adecuación de subestaciones eléctricas, Construcción de torres sencillas y doble circuito de autogeneración." Resolución No Del 1 2 HAY 2016 de Hoja No. 75 "POR LA CUAL D IC EL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ESTABLECIDO MEDIANTE LA RESOLUCIÓN 758 DEL 04 DE JULIO DE 1989, MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN 1237 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2003 Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES" "Generación de expectativas por el aprovechamiento del recurso hídrico y disposición de residuos°. Este impacto se analizó por parte de la Empresa desde dos perspectivas: la construcción, adecuación y/o mantenimiento de obras civiles, eléctricas y mecánicas debido a la demanda del recurso que requerirán estas obras, sin embargo, la Empresa calificó este impacto de significancia ambiental media a pesar de que fue uno de los temas más sensibles manifestado en los talleres de impactos y reafirmado por la población durante la visita de evaluación. Por esta razón, esta Autoridad considera que la importancia dada a este impacto debe ser mayor y por tanto considerarse de significancia alta. Por su parte el impacto "Cambio en las relaciones comunitarias e institucionales" fue considerado con la actividad de gestión socio ambiental, entendida esta como la actividad por medio de la cual se mantienen espacios de interacción entre la Empresa y las comunidades, más allá de las obras de mantenimiento vial y negociación predial. Finalmente, el manejo del impacto denominado °alteración al patrimonio arqueológico" se constituye en competencia del Instituto Colombiano de Antropología e Historia, por lo cual esta Autoridad no realiza consideraciones al respecto. A manera de síntesis, se considera que los impactos en el escenario con proyecto son suficientes, coherentes y adecuados con el análisis de la caracterización, etapas y actividades propuestas para la modificación del Plan de Manejo. De acuerdo con la revisión de la información suministrada por la Empresa, esta autoridad considera lo siguiente: - La Empresa realizó la evaluación de todas las actividades y componentes objeto del trámite de modificación del Plan de Manejo Ambiental para los Campos de Producción Balcón, San Francisco y Palermo, realizando un análisis de los impactos que se pueden presentar en los medios biótico, físico y socioeconómico, - La valoración asignada a los impactos analizados por parte de la Empresa es adecuada. (...)" ZONIFICACIÓN DE MANEJO AMBIENTAL Que frente a la Zonificación de Manejo Ambiental, el señalado Concepto Técnico manifestó: "En la presente modificación la Empresa presenta una Zonificación de Manejo Ambiental, teniendo en cuenta que ni en la Resolución 758 del 4 de julio de 1989, ni en la Resolución 1237 del 18 de noviembre de 2003, se había establecido una; la zonificación ambiental presentada por la Empresa es el resultado de la interrelación entre la zonificación ambiental del área de influencia directa de los Campos Balcón, San Francisco y Palermo y las restricciones legales existentes de carácter nacional, regional y local, sin embargo se contempla realizar algunos ajustes de acuerdo a las consideraciones realizadas a la Zonificación Ambiental. Tabla Zonificación de Manejo Ambi ntal propuesta per la Em resa para UNIDAD DE ACTIVIDADES NO ELEMENTO ACTIVIDADES PERMITIDAS MANEJO PERMITIDAS Construcción de facilidades de producción e inyección Ampliación de facilidades Mantenimiento de subestaciones existentes eléctricas Perforación de pozos Mantenimiento vial Gestión de residuos líquidos Operación y/o mantenimiento de Manantiales y su domésticos e industriales infraestructura en las facilidades de ronda de protección (zodar y/o Campo infiltración) producción e inyección Área de de 100 m Construcción locaciones Adecuación y/o Mantenimiento de exclusión Pozos profundos, Ampliación de locaciones locaciones aljibes y su ronda de de Operación y/o mantenimiento de protección de 100 m Construcción subestaciones eléctricas lineas de flujo Construcción de zodmes Mantenimiento de lineas eléctricas Construcción de centro de Actividades de revegetalización y acopio compensación. Instalación y operación de áreas de apoyo ÁREA (Ha) 939859 31,96 Resolución No.O 5o9 Del 1 2 MAY 2015 de Hoja No. 76 "POR LA CUAL SE MODIFICA EL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ESTABLECIDO MEDIANTE LA RESOLUCION 758 DEL 04 DE JULIO DE 1989, MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN 1237 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2003 Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES" UNIDAD DE MANEJO Intervención con restricciones ACTIVIDADES NO ÁREA ACTIVIDADES PERMITIDAS PERMITIDAS (Ha) (campamentos transitorios, almacenamiento) Construcción de lineas de flujo Construcción de vías Construcción de líneas eléctricas Cruce de lineas de flujo Cruce de lineas eléctricas Construcción en Cruce de vías Adecuación vial Construcción de facilidades de producción e inyección Ampliación de facilidades existentes Estabilidad Construcción en Cruce de vías Geotécnica Muy Baja Perforación de pozos Gestión de residuos líquidos Adecuación vial Corrientes y cuerpos domésticos e industriales Mantenimiento de subestaciones y/o Campo infiltración) eléctricas de agua superficiales (zedas construcción locaciones Mantenimiento vial y su ronda de Ampliación de locaciones Operación y/o mantenimiento de protección 30 m. Construcción de infraestructura en las facilidades de producción e inyección Riparios, subestaciones eléctricas Bosques Construcción de zodmes Adecuación y/o Mantenimiento de Vegetación secundaria alta y Construcción de centro de locaciones acopio Operación y/o mantenimiento de Playas Instalación y operación de líneas de flujo de apoyo Mantenimiento de líneas eléctricas Áreas con amenazas áreas transitorios, Actividades de revegetafización y alta y muy alta por (campamentos almacenamiento) compensación inundación Construcción de lineas de flujo Construcción de vías Construcción de lineas eléctricas Construcción de facilidades de producción e inyección Perforación de pozos Gestión de residuos liquidas domésticos e industriales Ampliación de facilidades existentes (zodar y/o Campo infiltración) Ampliación de locaciones Construcción locaciones Adecuación vial Construcción de Mantenimiento de subestaciones subestaciones eléctricas eléctricas Construcción de zodmes Mantenimiento vial Construcción de Corto de Operación y/o mantenimiento de Arbustal denso acopio infraestructura en las facilidades de Instalación y operación de producción e inyección áreas de apoyo Adecuación y/o Mantenimiento de (campamentos transitorios, locaciones almacenamiento) Operación y/o mantenimiento de Construcción de lineas de flujo lineas de flujo Construcción de vias Mantenimiento de lineas eléctricas 6429,067 Construcción de lineas eléctricas Cruce de lineas de flujo Cruce de lineas eléctricas Construcción en Cruce de vías Construcción de facilidades de Construcción de lineas de flujo Infraestructura Social producción e inyección Construcción de vias (Escuelas, Ampliación de facilidades Construcción de lineas eléctricas Cementerio, Centros existentes Cruce de lineas de flujo religiosos, Centros de Perforación de pozos Cruce de líneas eléctricas salud, Bocatomas) Gestión de residuos líquidos Construcción en Cruce de alas domésticos e industriales Adecuación vial Casas de Habitación, (zodar y/o Campo infiltración) Mantenimiento de subestaciones Centros Poblados, Construcción locaciones eléctricas Asentamientos y su Ampliación de locaciones Mantenimiento vial ronda de protección Construcción de Operación y/o mantenimiento de de 100m subestaciones eléctricas infraestructura en las facilidades de Construcción de zodmes producción e inyección ELEMENTO % 21.86 Resolución N.o 5 0 9 Del 2 HAY 2016- de Hoja No. 77 r "POR LA CUAL SE MOD FICA EL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ESTABLECIDO MEDIANTE LA RESOLUCIÓN 758 DEL 04 DE JULIO DE 1989, MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN 1237 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2003 Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES" UNIDAD DE MANEJO ELEMENTO Procesos morfodinámicos (Deslizamientos) Suelos de valle clase agrologica ehs y V hs Área de Intervención v • V Estabilidad . Geotécnica media Amenazas natural media Suelos de las clases agrologicas Ill sc, IV sc, IV esc, VI sc, VII esc, VII pese, VIII Sedimentos y rocas con flujo esencialmente intergranular Acuíferos confinados Arbustal Abierto Esclerófilo Áreas con fragmentación de ecosistemas Perforada Áreas con conectividad de ecosistemas Media ACTIVIDADES NO PERMITIDAS Construcción de centro de acopio Instalación y operación de áreas de apoyo (campamentos transitorios almacenamiento) Construcción de facilidades de producción e inyección Ampliación de facilidades existentes Perforación de pozos Construcción locaciones Ampliación de locaciones Construcción de subestaciones eléctricas Construcción de zodmes Construcción de centro de acopio Construcción de líneas de flujo Construcción de vías Construcción de lineas eléctricas Cruce de lineas de flujo Cruce de lineas eléctricas Construcción en Cruce de vías Adecuación vial Mantenimiento de subestaciones eléctricas Mantenimiento vial Operación y/o mantenimiento de infraestructura en las facilidades de producción e inyección Adecuación y/o Mantenimiento de locaciones Operación y/o mantenimiento de lineas de flujo Mantenimiento de lineas eléctricas ACTIVIDADES PERMITIDAS ÁREA % Adecuación y/o Mantenimiento de locaciones Operación y/o mantenimiento de lineas de flujo Mantenimiento de lineas eléctricas Gestión de residuos líquidos domésticos e industriales (zodar y/o Campo infiltración) Instalación y operación de áreas de apoyo (campamentos transitorios, almacenamiento) Construcción de facilidades de producción e inyección Ampliación de facilidades existentes Perforación de pozos Gestión de residuos líquidos domésticos e industriales (zodar y/o Campo infiltración) Construcción locaciones Ampliación de locaciones Construcción de subestaciones eléctricas Construcción de zodmes Construcción de centro de acopio Instalación y operación de áreas de apoyo (campamentos transitorios, 132000,61 almacenamiento) 4 Construcción de líneas de flujo Construcción de vías Construcción de líneas eléctricas Cruce de lineas de flujo Cruce de lineas eléctricas Construcción en Cruce de vías Adecuación vial Mantenimiento de subestaciones eléctricas Mantenimiento vial Operación y/o mantenimiento de infraestructura en las facilidades de producción e inyección Adecuación y/o Mantenimiento de 4 Resolución No. 050 9 Del 1 2 MAY 2016 de Hoja No. 78 "POR LA CUAL SE MODIFICA EL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ESTABLECIDO MEDIANTE LA RESOLUCIÓN 758 DEL 04 DE JULIO DE 1989, MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN 1237 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2003 Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES" UNIDAD DE MANEJO ELEMENTO ACTIVIDADES NO PERMITIDAS ACTIVIDADES PERMITIDAS ÁREA (Ha) % locaciones Operación yio mantenimiento de líneas de flujo Mantenimiento de lineas eléctricas Corresponde a áreas ocupadas por infraestructura petrolera existente dentro del área de estudio tales como locaciones, derechos INFRAESTRUCT de vía de lineas de URA flujo y de lineas Todas las actividades permitidas 37287 1,29 PETROLERA eléctricas, áreas de EXISTENTE subestaciones electrices y áreas ocupadas por facilidades (Baterías, facilidades de inyección, áreas de generación eléctrica, áreas administrativas) AREA TOTAL ÁREA INFLUENCIA DIRECTA 29406,15 100 uente: Tabla del ocumento de modificación del PMA campos de producción Balcón, San Francisco y Palermo. Ecopetrol S.A., 2015. A partir de los resultados presentados en cuanto a la caracterización ambiental, la zonificación ambiental y la evaluación de impactos que se analizan a lo largo del presente documento, esta Autoridad considera necesario modificar la Zonificación de Manejo Ambiental propuesta por la Empresa para las actividades de operación y desarrollo de los Campos Balcón, San Francisco y Palermo, de acuerdo con las siguientes consideraciones: f...) sobre las áreas de exclusión Teniendo en cuenta las áreas con restricción legal nacional, regional y local para los medios físico, biótico y socioeconómico, el grupo evaluador considera que se definen adecuadamente como áreas de exclusión los manantiales y su ronda de protección de 100 m, los pozos profundos y aljibes y su ronda de protección de 100 m, las corrientes de agua y su ronda de protección de 30 M. Sin embargo, las únicas actividades que se deben permitir en los manantiales, pozos profundos y aljibes y su ronda de protección de 100 metros son las de revegetalización y compensación. Adicionalmente, se deben establecer como zonas de exclusión las franjas de retiro obligatorio para carreteras, de conformidad con el articulo 2 de la Ley 1228 del 16 de julio del 2008 (Carreteras de primer orden sesenta (60) metros, Carreteras de segundo orden cuarenta y cinco (45) metros) y la Cuchilla del Chiflón, de acuerdo con el Articulo 39 del acuerdo 026 de 2009, por el cual se adopta el POT del municipio de Neiva, donde se considera esta como elemento de protección y conservación. Según la estabilidad del terreno y en concordancia con lo expuesto en el presente Acto Administrativo, se establecen como áreas de exclusión las zonas con estabilidad geotécnica muy baja, tal como lo presenta la Empresa, al igual que las áreas con amenaza alta y muy atta por inundación. Cabe resaltar que los cuerpos de agua Inflaos y su ronda de protección de 30 m, el bosque Upado, la vegetación secundaria alta y las playas se encuentran ubicadas en áreas de exclusión, por tanto, en estas áreas no se permiten obras ni actividades diferentes a compensación y revegetalización, además del cruce de obras lineales como líneas de flujo o cruces de vías, previo trámite del permiso de ocupación de cauce o de aprovechamiento forestal ante la CAM. A partir de las consideraciones realizadas en la zonificación ambiental, se debe incluir como zona de exclusión para todas las actividades del proyecto las lineas de transmisión eléctrica de alta tensión del sistema nacional y el corredor de servidumbre de 20 m, las bocatomas de los acueductos y su ronda de protección de 100 m, los aljibes y su ronda de protección de 100 metros, ya que estos depósitos de Resolución No. Dei 1 2 MAY 20 de Hoja No. 79 "POR LA CUAL SE MODIFICA EL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ESTABLECIDO MEDIANTE LA RESOLUCION 758 DEL 04 DE JULIO DE 1989, MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN 1237 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2003 Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES" almacenamiento de agua de consumo se encuentran dispersos en el AID del proyecto, dada la distribución de las fincas y viviendas y deben ser protegidos por la Muy alta susceptibilidad que presentan, pues guardan estricta relación con el autosustento. Como se comentó en el aparte de zonificación ambiental, el arbustal denso, el arbustal abierto esclerófflo y la vegetación secundaria se deben incluir dentro de la categoría Sensibilidad muy Alta, dada su importancia ambiental ya que en bosque seco tropical en general y el área del proyecto en particular de alta representatividad y vulnerabilidad. Por esta razón, estas unidades deben ubicarse en la categoría de exclusión en la zonificación ambiental. Esta Autoridad está de acuerdo con lo presentado por la Empresa, al dejar la Infraestructura Social (Escuelas, Cementerios, Centros religiosos, Centros de salud, balnearios, comedores comunitarios, colegios, hogares ICBF, polideportivos, salones comunales) dentro de la categoría de exclusión, al igual que deben ser los acueductos y su infraestructura asociada (bocatomas con ronda de protección de 100 m, tanques y redes de distribución), ya que se constituyen en infraestructura de importancia social que inciden de manera directa en el autosustento y la calidad de vida de la población. Ahora bien, teniendo en cuenta la afectación que puede causar el proyecto a la comunidad, se incluyen en esta categoría las zonas o áreas donde el mido ambiental supere los niveles permisibles establecidos por la norma ambiental vigente para Zona Suburbana o Rural de Tranquilidad y Ruido Moderado, tanto en horario diurno como en nocturno. También se incluyen Cárcavas, reptación, coronas y flancos de deslizamientos, barrancos y su ronda de protección de 50 m como zonas de exclusión. f. ..)sobre las áreas de intervención con restricciones Los elementos incluidos en esta categoria corresponden a áreas con estabilidad geotécnica baja, y suelos de valle - clase agrologica V ehs y V hs„. dichos elementos se encuentran dentro de la categoría de intervención con restricciones teniendo en cuenta que pueden ser intervenidas por algunas actividades planteadas en las estrategias de desarrollo siempre y cuando se mantengan las medidas de manejo necesarias para su conservación, con lo cual esta Autoridad se encuentra de acuerdo, exceptuando arbustal denso que se considera de exclusión por lo expuesto anteriormente. Áreas con conectividad media y áreas con fragmentación perforada no serán tenidas en cuenta, por las razones expuestas en la zonificación ambiental y en razón a que otras categorías no han sido consideradas para la zonificación de manejo ambiental propuesta por la Empresa. [...I sobre áreas susceptibles de intervención En esta categoría se incluyen todas aquellas áreas que presentan una calificación de importancia socioambiental media y baja. Comprende todas las áreas susceptibles para la ejecución de la actividad de explotación, sin que se presenten restricciones especiales diferentes a la implementación del Plan de Manejo Ambiental, en las cuales la Empresa incluyó las zonas con estabilidad geotécnica media, las áreas con amenaza natural media, los suelos de las clases agrológicas 111 sc, IV sc, IV esc, VI sc, VII eso, VII pesc y VIII, las zonas con sedimentos y rocas con flujo esencialmente granular, y los acuíferos confinados, con lo cual esta autoridad está de acuerdo. La empresa categorizó dentro de la zonificación de manejo ambiental la infraestructura petrolera existente como una unidad de manejo ambiental, con lo cual esta Autoridad no está de acuerdo, ya que esta infraestructura de los Campos Balcón, San Francisco y Palermo (que incluye pozos, locaciones, baterías, líneas de flujo que interconectan los pozos con las baterías y vías) se encuentra inmersa en las unidades de manejo que se determinaron a partir de la caracterización ambiental del área; por tanto esta Autoridad incluye la infraestructura petrolera existente en la categoría de áreas susceptibles de intervención. Consideraciones Generales Con respecto a la zonificación de manejo ambiental presentada y lo observado en campo durante la visita de evaluación, se puede concluir que ésta debe ser ajustada, con las precisiones realizadas en los subtítulos Consideraciones sobre la zonificación ambiental, Consideraciones sobre las Áreas de exclusión y Resolución No. 050 1 2 MAY 2016 9De1 de Hoja No. 80 "POR LA CUAL SE MODIFICA EL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ESTABLECIDO MEDIANTE LA RESOLUCIÓN 758 DEL 04 DE JULIO DE 1989, MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN 1237 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2003 Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES" Consideraciones sobre las áreas de intervención con restricciones y será ésta la que deberá regir para el área del proyecto en adelante. A continuación, se presenta la zonificación de manejo ambiental que se establecerá al proyecto en la parte resolutiva del presente acto administrativo. lo InÁn vu 1-nmnin, ea,,, nanusnuLl y 1-U111011U Áreas de Intervención sin restricciones Áreas de Exclusión Corresponden a las áreas de especial significado ambiental y Corresponden a las áreas que presentan una baja sensibilidad ambiental y una alta capacidad de socioeconómico o con régimen especial, que presentan una muy alta sensibilidad y alto grado de vulnerabilidad e importancia ambiental y que por asimilación lo tanto no pueden ser intervenidas por el proyecto a. Nacederos, manantiales, pozos profundos y aljibes con ronda de protección de 100 metros; para aquellos que estén afectados por vias ya construidas que requieran adecuación, la Empresa deberá garantizar la protección de estos ecosistemas, y presentar en los PMA específicos las medidas ambientales a implementar para cada uno de estos. b. Cuerpos de agua lénficon jagüeyes y estanques pisci colas (30 m ronda de protección a partir de sus aguas máximas) c. Cuerpos de agua roncos (ríos, quebradas, caños etc.) y su ronda de protección de 30m. d. Lineas de conducción eléctricas y su ronda de protección de conformidad con lo establecido en el Reglamento Técnico de Instalaciones Eléctricas (RETIE) del Ministerio de Minas y Energía (20 m). e. Cárcavas, reptación, coronas y flancos de deslizamientos. barrancos y su ronda de protección de 50 ni. f. Arbustal denso g. Bosques !leerlos h. Vegetación secundaria alta i. Arbustal abierto &salero filo a. Zonas con estabilidad geotécnica media b. Área con amenaza natural media por remoción I Playas k. Zonas con Muy Baja estabilidad geotécnica. en masa. I, Áreas con amenaza natural alta y muy alta por inundación y por e. Suelos de las clases agrologicas III sc, IV sc, IV remoción en mesa esa, VI sc, VII esc, VII peso VIII d Sedimentos y rocas con flujo esencialmente m. Zonas o áreas donde el ruido ambiental supere los niveles permisibles establecidos por la norma ambiental vigente para Zona Suburbana o intergranular Rural de Tranquilidad y Ruido Moderado, tanto en horario diurno como e. Acuíferos confinados en nocturno. f Infraestructura petrolera existente n. Franjas de retiro obligatorio para carreteras, de conformidad con el articulo 2 de la Ley 1228 del 16 de julio del 2008. 1. Carreteras de primer orden sesenta (60) metros. 2. Carreteras de segundo orden cuarenta y cinco (45) metros a Carreteras de tercer orden treinta (30) metros. o, Las casas de habitación y su ronda de protección de 100 metros. p. Centro poblados: San Francisco, Penas Blancas, Tamarindo San Andrés de Busiraco, Dindel y Ventanas (incluida su área de expansión) con un radio de protección de 100 metros. q. Infraestructura social existente (escuelas, cementerios, centros religiosos, centros de salud, redes de acueducto, alcantarillados, gas natural y energía eléctrica, balnearios, comedores comunitarios, colegios, hogares ICBF, polideportivos, salones comunales) con un radio de protección de 100 metros. r Bocatomas de acueductos veredales y municipales con una ronda de protección de 100 m e infraestructura asociada a estos tales como tanques y redes de distribución. s. Cuchilla del Chiflón en los limites considerados como áreas protegidas en EOT de Alpe y POT de Neiva ÁREAS DE INTERVENCIÓN CON RESTRICCIONES Descripción del área Restricciones Corresponden a áreas que por su sensibilidad ambiental exigen la definición de restricciones para su intervención contemplando las respectivas medidas de manejo a. Áreas con estabilidad geotécnica baja b. Suelos de valle - clase agrologica V ehs y V hs Áreas donde se permitirán las siguientes actividades, para las cuales la Empresa deberá aplicas las medidas de manejo establecidas en las fichas que se establezcan en el presente concepto: • • • Construcción, ampliación, adecuación y/o mantenimiento de locaciones y de la infraestructura requerida. Ampliación de facilidades existentes Perforación y/o reacondicionamiento de pozos Resolución No. 0509De, 1 2 MAY 2016 de Hoja No. 81 ( "POR LA CUAL SE MODIFICA EL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ESTABLECIDO MEDIANTE LA RESOLUCIÓN 758 DEL 04 DE JULIO DE 1989, MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN 1237 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2003 Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES" Áreas de Intervención sin restricciones Áreas de Exclusión Construcción, ampliación, operación y/o mantenimiento de subestaciones eléctricas y/o lineas eléctricas Construcción, adecuación y/o mantenimiento vial Operación y/o mantenimiento de infraestructura en las facilidades de producción e inyección Construcción, operación y/o mantenimiento de lineas de flujo Fuente: Adaptación del grupo °valuador a partir del documento de Modificación del PMA campos de producción Balcón, San Francisco y Palermo. Ecopetrol S.A. y consideraciones propias, 2015 (...)° Que en b que respecta a los Planes y Programas presentados por la empresa en virtud de la solicitud de modificación del Plan de Manejo Ambiental, el aludido Concepto Técnico 1143 del 17 de marzo de 2016 refirió: PLAN DE MANEJO AMBIENTAL En la actualidad, bajo nuevas condiciones físicas, bíblicas y socioeconómicas que presenta la zona, se hace necesario su actualización, de ahí que sea factible acoger el Plan de Manejo Ambiental que presenta la Empresa para la presente modificación, con las consideraciones que esta Autoridad establezca; el Plan de Manejo Ambiental que se presenta a continuación, con los ajustes requeridos, aplicará en adelante para la operación y nuevas actividades de los Campos Balcón, San Francisco y Palermo. Tabla Estructura Plan de Manejo Ambiental para los camp os de producción Balcón, San Fr PROGRAMAS INDICADORES PROPUESTOS PROYECTO METAS DE MANEJO POR PROGRAMA - No. Estructuras construidas para el manejo de aguas aceitosas / No. Estructuras para el manejo 7.1. / Instalación y Cumplimiento del total de las de aguas aceitosas requeridas especificaciones técnicas y ambientales operación de áreas para el manejo la instalación y - Desarrollo del sistema contra de apoyo emergencias operación de áreas de apoyo - Áreas ocupadas por instalaciones temporales/ áreas con permiso de propietarios' 100 - (N° de vía privadas con autorización para uso / N° de vías privadas utilizadas por el proyecto)"100. - (N° de conductores contratados con capacitación en manejo defensivo / N° de conductores contratados al proyecto) x 100 - X= (N° de señales viales 7.1Programa de preventivas instaladas / N" de obras civiles señales viales preventivas 7.1.2 Movilización Aplicar las medidas ambientales y de proyectadas) x 100 de maquinaria, transporte necesarias para la adecuada - N° de inspecciones mecánicas de equipos, personal y movilización de equipos, personal y los vehículos contratados materiales de materiales de construcción satisfactorias previo a construcción movilización/ N° de vehículos contratados *100 - (N" de actas de vecindad realizadas / N° de viviendas existentes en la franja de retiro de la red vial (ley 1228 del 2008) )" 100 - (N° IPQRS sobre afectación movilización solucionadas / N' IPQRS sobre movilización instauradas) x100 7.1.3 Manejo de Disposición adecuada del 100% de los - (Área final intervenida / Área remoción de residuos vegetales resultantes de la proyectada a intervenir) x 100 Resolución No 05 0 9Dei 12 MAY 2016 de Hoja No. 82 "POR LA CUAL SE MODIFICA EL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ESTABLECIDO MEDIANTE LA RESOLUCIÓN 758 DEL 04 DE JULIO DE 1989, MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN 1237 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2003 Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES" PROGRAMAS DE MANEJO PROYECTO METAS cobertura vegetal y remoción de la cobertura y del material descapote resultante del descapote y de la capa orgánica del suelo. 7.1.4 Manejo de áreas de corle,Disposición adecuada y efectiva del relleno y zonas de 100% del material generado en las disposición de actividades de desmonte y descapote, con la finalidad de garantizar su materiales apropiado manejo. sobrantes 71.5 taludes Manejo Realizar el tratamiento del 100% de los taludes que se presenten durante el desarrollo de las obras, dentro de los campos Balcón, San Francisco y d e Palermo, enfocado a la implementación de las medidas ambientales • necesarias, para la ejecución de obras de control geotécnico, protección de taludes ante la presencia de agua y revegetabación, todo con miras a minimizar e1100% de los impactos al paisaje. INDICADORES PROPUESTOS POR PROGRAMA - (Número de personal capacitado / Número de personal contratado para la labor) x 100 - Volumen en m3 de material sobrante dispuesto / Volumen en mide material sobrante generado - Personal capacitado en manejo ambiental de movimiento de tierras/ Personal encargado de la actividad - (Longitud (m) de taludes estabilizados / Longitud total (m) de taludes propuestos a intervención controlados)x 100 - (N' obras geotécnicas construidas / N° obras geotécnicas diseñadas) x 100 • - (Area total recuperada por erosión (m2) /Área total con problemas erosivos o inestabilidad (m2)) x 100 - (Área total (m2) a revegetafizar / Área total intervenida (m2) evaluada como apta para revegetalizar) x /00 - Generar las medidas que permitan un adecuado manejo de las aguas de escorrentia superficial, durante las - Longitud (m1) de cunetas con mantenimiento realizado en etapas de operación y optimización del localizaciones /Longitud (m1) de proyecto. cunetas con mantenimiento - Generar las medidas ambientales para D aramado en localizaciones x •re7.1.6 Manejo de prevenir y manejar el desarrollo de 100 frentes erosivos, el aporte de escorrentia y sedimentos a los drenajes naturales, -Longitud (m1) de vias con drenajes mantenimiento realizado / contaminación y alteración de la Longitud (m1) de vías con dinámica fluvial. mantenimiento programado x100 - Diseñar planes de mantenimiento (W de estructuras construidas / preventivo y correctivo de forma N° de estructuras diseñadas) x semestral para el adecuado 100 funcionamiento de las obras de arte en los campos de estudio - Cumplir con las medidas de manejo establecidas en esta ficha para las actividades de construcción, adecuación y mantenimiento de vías, locaciones y facilidades de los campos 7.1.7 Construcción, Balcón, San Francisco y Palermo. adecuación y (Volumen (m3) de material mantenimiento de - Utilización del 100% del material de licenciado / Volumen (m3) de accesos, locaciones corte y relleno en la construcción del material utilizado) y facilidades terraplén en los sitios que se requiera y aplicar material granular en las actividades de construcción, adecuación y mantenimiento de vias, locaciones y facilidades de los campos Balcón, San Francisco y Palermo. 7.1.8 Mantenimiento Cumplimiento del 100% de las politices, - 100% de capacitación del correctivo y directrices, normas y procedimientos personal con curso del fomento construcción de implementados para el mantenimiento del trabajo seguro, limpio y líneas de flujo y correctivo y la construcción de líneas de saludable de Ecopetrol S.A.= transferencia flujo dentro de los campos Balcón, San 50% Resolución No. r 05 0 9 Del 1 2 MAY 2016 de Hoja No. 83 "POR LA CUAL SE MOD F CA EL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ESTABLECIDO MEDIANTE LA RESOLUCIÓN 758 DEL 04 DE JULIO DE 1989, MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN 1237 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2003 Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES" PROGRAMAS DE MANEJO PROYECTO METAS Francisco y Palermo o entre campos de Ecopetrol S.A. 7,1.9 Construcción de lineas de transmisión eléctrica y subestaciones Cumplimiento del 100% de las medidas ambientales propuestas durante la intervención de los corredores existentes y áreas nuevas. . Señalización del 100% de las áreas 7.140 Señalización intervenidas de los campos Balcón, San y seguridad Francisco y Palermo según industrial reglamentación existente 2 INDICADORES PROPUESTOS POR PROGRAMA - (Total 1-IHT capacitación 2 realizadas/ Total HHT capacitación programadas) x 100 = 50% - (Área total afectada indemnizada/ Área total a indemnizar por las obras realizadas) x100 = 50% - (N° PQRS sobre afectación predial solucionadas / N° PQR sobre afectación predial instauradas) x100- 50% - (Área final descapotada intervenida / Área descapotada proyectada a intervenir) x 100 - Geotecnia preliminar ejecutada(ml)/ Geotecnia preliminar programada (m1) ) x 100 - (Reparación mecánica ejecutada / Reparación mecánica programada) x 100 - IAV: Volumen de agua en prueba (my volumen calculado devuelta a API (rn, - (Área reconformadas en m2/área intervenida en m2) x 100 - (Tramo de tubería probada (m1)/ Tramo de tubería repuesta (ml» x100 - 100% de Capacitación del personal con curso del fomento del trabajo seguro, limpio y saludable de Ecopetrol S.A.= 50% - Área total afectada indemnizada/ Área total a indemnizar por las obras realizadas) x100 = 50% - (Total área demarcada en campo /área demarcada proyectada) x 100 - (Longitud de línea eléctrica construida (mL) / Longitud de linea eléctrica propuesta (mL)) / x 100 - (N° de subestaciones eléctricas construidas / N° de subestaciones eléctricas proyectadas) x 100 - N° de señales instaladas / N° de señales propuestas por mejoramiento - N° de señales temporales instaladas / N° de señales temporales programadas - N° de personal con dotación completa de EPP / N° Total de personal trabajando en el proyecto) *100 - N° de personal capacitado / N° Total de personal trabajando en Total HHT Capacitación: (Total horas de capacitación x No de participantes)/ No total de trabajadores Resolución No. 05 0 9 Dei 1 2 MAY 2016 de Hoja No. 84 "POR LA CUAL SE MODIFICA EL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ESTABLECIDO MEDIANTE LA RESOLUCIÓN 758 DEL 04 DE JULIO DE 1989, MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN 1237 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2003 Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES" PROGRAMAS DE MANEJO PROYECTO 7.2.1 Montaje equipos METAS de 7.2.2 Manejo de fluidos, líquidos, sólidos y gases 7.2 Programa de Perforación y Pruebas de producción 7.2.3 Perforación y mantenimiento de pozos 7.2.4 Manejo materiales radiactivos de 7.2.5 Control de contaminaci ón atmosférica y mido INDICADORES PROPUESTOS POR PROGRAMA el proyecto) *100 - Cumplimiento del 100% de las - (N° de contratistas a los que se medidas de manejo establecidas para les dirigió el taller/ IV° de la adecuación de las locaciones contratistas involucrados en las existentes. actividades del proyecto)x100 - No. de obras temporales - Minimizar al 100% la afectación a los instaladas para manejo de aguas recursos naturales, por las actividades de escorrentia, aceitosas y de perforación de pozos y trabajos de químicos / No. de obras Wodlover y Well Service en locaciones temporales requeridas existentes - No. de parámetros que cumplen con los limites normativos de lixiviados en suelos / No. de parámetros establecidos en Decreto 4741 del 2005 y cortes de Loussiana 298 )x 100 - Realizar el manejo y la disposición - (No. de monitoreo realizados / adecuada del 100% de los fluidos, No. de monitoreo programados) x gases y residuos provenientes de las 100 pruebas de producción. - Inventario de fuentes fijas de ruido que superan los nivel de - Realizar el manejo y la disposición presión sonora / el número de adecuada del 100% de los fluidos, fuentes fijas de ruido manejadas gases y residuos provenientes de las con métodos de aislamiento) baterías de los campos Balcón, San - Número de mantenimientos Francisco y Palermo. programados a equipos generadores de emisiones /números de mantenimiento realizados)x 100 - No. de personas capacitadas / No. total de personas capacitadas en el correcto manejo del crudo y el gas en superficie%00 - (N° de equipos con mantenimiento / N° de equipos Realizar las operaciones de workover y utilizados para la actividad) x 100 well service cumpliendo con el 100% de - (No. de puntos programados para las normas ambientales y de seguridad monitoreo en la limpieza o industrial. perforación / No. de puntos de monitoreo para control de alteraciones) x 100 - Volumen de residuos radioactivos separados / Volumen de residuos radioactivos generados) x 100 - (Residuos y/o material radiactivo Separación, recuperación y disposición debidamente señalizado / final adecuada del 100% de los residuo y/o material radiactivo residuos y/o materiales radioactivos generado) x 100 - No. de trabajadores capacitados / No. de trabajadores que manipulan materiales y/o residuos radioactivos) x 100 - (Inventario de fuentes fijas de mido que superan los nivel de presión sonora / el número de Cumplir con el 100% de los valores fuentes fijas de ruido manejadas permisibles de la legislación ambiental con métodos de aislamiento) vigente en materia de calidad de aire y x100 Nido - (Número total de fuentes fijas de emisión atmosférica/ número de fuentes fijas que cumplen con los Resolución No. r 05 o 9 Del 1 2 MAY 2016 de Hoja No. 85 "POR LA CUAL SE MODIFICA EL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ESTABLECIDO MEDIANTE LA RESOLUCIÓN 758 DEL 04 DE JULIO DE 1989, MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN 1237 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2003 Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES" PROGRAMAS DE MANEJO PROYECTO METAS Cumplir al 100% las medidas de manejo dispuestas en la presente ficha, realizando un adecuado manejo de 72.6 Manejo agua, gas y tecnologías conexas a la sistemas de recobro explotación de hidrocarburos y sistemas de recobro, sin generar efectos adversos sobre el medio ambiente INDICADORES PROPUESTOS POR PROGRAMA niveles permisibles)x 100 - Número de mantenimientos programados a equipos generadores de emisiones /números de mantenimiento realizados)x 100 - Número total de vehículos y maquinada en operación/ número de vehículos con certificación de sincronización y emisión de gases)x100 - No. de personas capacitadas/ N°. personas contratadas*100 - No. de manantiales reportados - Volumen de inyectado en la formación Nolumen de fluido programado a inyectar en la formación - (Presión de fluido monitoreada /(Presión de Fluido programada) - Estados mecánicos de pozos destinados a inyección de fluidos / verificación estados mecánicos de pozos inyectores) Cumplimiento con el 100% de las 7.11 Mantenimiento medidas que se estipulen en la AP de unidades de superficie con de Locaciones y presente ficha para un óptimo mantenimiento / N' de unidades de Facilidades desempeño de las facilidades de existentes 7.3 Programa de Mantenimiento superficie durante el desarrollo del proyecto Cumplir con el 100% de los 7.3.2 Mantenimiento lineamientos ambientales establecidos de lineas de flujo y para el mantenimiento preventivo de derechos de vía lineas de flujo y derecho de vía Cumplimiento con el 100% de las 7.3.3 Mantenimiento medidas ambientales propuestas de redes eléctricas y durante el mantenimiento de la su bestaciones infraestructura eléctrica Cumplir con la totalidad de las actividades p rop uestas para la 7.4 Programa del 7.4.1 Manejo de protección de los pozos, aljibes y Recurso hídrico aguas subterráneas manantiales realizando un uso eficiente del recurso hídrico e hidrogeológico. - Cumplir en un 100% los valores limite de los parámetros de calidad fisicoquimica y bacteriológica definidos 7.5.1 Manejo de en las normas de vertimiento (decretos 7.5 Programa de residuos liquidos 1594 de 1984 y 3930 de 2010), previo a Manejo de domésticos e la disposición final en suelos. Residuos industriales - Disponer adecuadamente el 100% de los residuos líquidos generados durante todas las etapas del proyecto superficie activas) x100 - (N° de inspecciones visuales al derecho de vía realizadas I Inspecciones visuales al derecho de vía programadas) x100 - (N° de señales instaladas/ N° de señales propuestas) x100 - (N° de corridas inteligentes y DCVG realizadas/ N' de corridas inteligentes y DVGC programadas) x100 (N° de mantenimientos a instalaciones realizados 1 N' de mantenimientos a instalaciones programados) x 100 - # De puntos de agua subterránea protegidos /14 de puntos de agua subterránea alrededor de las áreas a intervenir (no inferior a 100 metros). - 11 de capacitaciones ambientales realizadas / # de capacitaciones ambientales programadas - (Volúmenes tratados y dispuestos adecuadamente / Volumen de residuos líquidos domésticos generados)x100% - Remoción de DB05 obtenida en el sistema / Remoción exigida en el decreto (100%) - Remoción de grasas y aceites obtenida en el sistema / Remoción exigida en el Decreto Resolución No. 0 5 u Del 1 2 MAY 2016 de Hoja No. 86 "POR LA CUAL SE MODIFICA EL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ESTABLECIDO MEDIANTE LA RESOLUCIÓN 758 DEL 04 DE JULIO DE 1989, MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN 1237 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2003 Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES" PROGRAMAS DE MANEJO PROYECTO METAS - Disposición adecuada del 100% los residuos domésticos e industriales generados, cumpliendo con la 7.5.2 Manejo de normatividad ambiental vigente. residuos sólidos domésticos e - Capacitación al 100% del personal industriales contratado para el proyecto sobre la adecuada separación de residuos industriales y especiales. 7.5.3 Manejo de Cumplir con las actividades estipuladas lodos y cortes de en la presente ficha para el manejo de perforación lodos/cortes base agua y aceite 7.6 Programa Medio Bigtico 7.6.1 paisajistico Manejo Recuperación paisapstica del 100% de las áreas intervenidas, generando armonía con el entorno natural. INDICADORES PROPUESTOS POR PROGRAMA (100%) - Remoción de SST obtenida en el sistema / Remoción exigida en el Decreto (80%) - (Número de parámetros que cumplen los limites establecidos en el Decreto 1594 de 1984 / Número de parámetros monitoreados que cuentan con límite normativo) x100 - No de monitores realizados/ No. de monitoreos programados)x100% - Volumen de residuos líquidos industriales generados I Volumen estimado)x100% - (Volúmenes de residuos líquidos industriales tratados y dispuestos adecuadamente / Volumen de residuos líquidos generados)x100% - (Número de parámetros que cumplen los limites establecidos en el Decreto 1594 de 1984 art. 72y 74/ Número de parámetros monitoreados que cuentan con limite normativo) x100% - No de monitores realizados/ No. de monitoreos programados)x100% - Kg de residuos sólidos domésticos entregados y dispuestos adecuadamente/ Kg de residuos sólidos domésticos generados"100 - Kg de residuos industriales entregados y dispuestos adecuadamente/Kg de residuos industriales generados 100 - Residuos clasificados como peligrosos /residuos generados ' 100 - No. De rótulos emitidos para rotulado y envase de residuos sólidos peligrosos /No residuos peligrosos generados • 100. - N° de HSE e interventores capacitados/N" total de personal a capacitar - (m3 de cortes de perforación dispuestos adecuadamente/m3 de cortes de perforación generados) x 100% No. de parámetros medidos / No. de parámetros exigidos en la legislación) x 100% - No. de monitoreos realizados/ No. de monitoreos programados) x 100 - Área total restaurada de acuerdo al entorno paisajistico en ha I Área total intervenidas durante el Resolución No. 05 0 9 Del 12 HAY 2016 de Hoja No. 87 ( "POR LA CUAL SE MODIFICA EL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ESTABLECIDO MEDIANTE LA RESOLUCIÓN 758 DEL 04 DE JULIO DE 1989, MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN 1237 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2003 Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES" PROGRAMAS DE MANEJO PROYECTO METAS Ejecutar el 100% de las medidas de manejo propuestas para minimizar la 7.6.2 Manejo de la intervención y afectación sobre la flora flora por las actividades ejecutadas dentro de los campos Balcón, San Francisco y Palermo. Minimizar la afectación de la fauna silvestre, y de sus nichos ecológicos 7.6.3 Manejo de la tales como madrigueras, sitios de fauna anidación, alimentación, y corredores de desplazamiento de la fauna silvestre local. 7.6.4 Manejo del Garantizar que el volumen del aprovechamiento aprovechamiento sea inferior o igual al forestal volumen máximo autorizado. 7.6.5 Manejo de la Revegetalización de la totalidad de las revegetalización áreas intervenidas por el proyecto 76.6 Protección, conservación de hábitats y ecosistemas estratégicos 7.6.7 Conservación de especies vegetales, endémicas, con alguna categoría de amenaza, en peligro crítico o en veda. Evitar el deterioro del 100% de los hábitats o ecosistemas estratégicos dentro del área de influencia directa de los campos Balcón, San francisco y Palermo, identificando previamente su ubicación, sin perturbación o manejados sus impactos Conservar el 100% de los individuos de especies de flora presentes dentro del AID del proyecto y que se encuentran bajo alguna categoría de amenaza, en veda o son endémicas de la región INDICADORES PROPUESTOS POR PROGRAMA proyecto en ha) x 100 - (Árboles apeados /Árboles inventariados y demarcados) * 100 - (No. de personas capacitadas / No. total de personas vinculadas) *100 - (N' de Capacitados/ N° de trabajadores contratados) x 100 - Actividades de manejo sobre la fauna/eventos de encuentros de fauna)*100 - (Señales de prevención de fauna colocadas/ Señales de prevención de fauna previstas)*100 - (Volumen de madera aprovechado - m3 / Volumen de madera autorizado - m3) x 100 - Áreas revegetalizadas/ Total de áreas intervenidas, sujetas a revegetalizar) x 100 - (f de trabajadores y comunidad capacitados - sensibilizados / W de trabajadores contratados y de la comunidad) x 100 - Realizar la revisión sobre encuentros: - En caso de NO encontrarse la medida no aplica - En caso de encontrarse: - (t de acciones tomadas/N" de hallazgos)x100 - (N' Delimitaciones efectivas de obra/N° de obras ejecutadas)x100 (Individuos de especies en categoría de amenaza identificados / Individuos de especies en categoría de amenaza manejados) x 100 - (Actividades programadas para el control y vigilancia de especies vegetales y faunísticas endémicas y amenazadas / Actividades Ejecutadas) x 100 (Talleres de capacitación 7.6.8 Conservación propuestos / Talleres de de especies Conservar y proteger el 100% del capacitación realizados) "100 faunísticas, número de especies endémicas y con (Número de trabajadores endémicas, alguna categoría de amenaza o veda, a capacitados / Número de amenazadas o en través de su no afectación trabajadores vinculados al veda proyecto) * 100 (Actividades programadas para de medidas preventivas de especies vegetales y faunisticas endémicas y amenazadas / Actividades Ejecutadas) x 100 1 Resolución Noo 5 Dei 1 2 MAY 2016 de Hoja No. 88 "POR LA CUAL SE MODIFICA EL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ESTABLECIDO MEDIANTE LA RESOLUCIÓN 758 DEL 04 DE JULIO DE 1989, MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN 1237 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2003 Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES" PROGRAMAS DE MANEJO PROYECTO INDICADORES PROPUESTOS POR PROGRAMA METAS 7.6.9 Compensación por aprovechamiento Compensar el 100% de forestal, cambio de intervenidas por el proyecto. uso del suelo y afectación de la cobertura vegetal - (Número de reuniones realizadas / Sobre número de reuniones áreas pactadas) x 100 Número de actividades realizadas / Sobre número de actividades propuestas. Mitigar y evitar los impactos producidos 7.6.10 Manejo del por el proyecto en los cuerpos de agua recurso Micos y !entices de los campos Balcón, hidrobiológico San francisco y Palermo 7.7.1 Programa de y educación capacitación al personal vinculado al proyecto. 7.7 Plan de Gestión Social 7.7.2 Programa de contratación de mano de obra local 7.7.3 Programa de Información y comunicación a autoridades y comunidad. Capacitar al 100% de los trabajadores de los campos de producción Balcón, San Francisco y Palermo, en los lineamientos ambientales, de manejo y sociales contenidos en la modificación del Plan de Manejo Ambiental, así como en programas, obligaciones ambientales y sociales adquiridas. - W de trabajadores y comunidad capacitados y sensibilizados N' de trabajadores contratados y de la comunidad) x 100 (N° de monitoreos hidrobiológicos realizados/N° de monitoreos hidrobiológicos planificados) x 100 - (N° de actividades de remoción de cobertura vegetal riparia) x 100=0 - N° de actividades del proyecto en cercanía a lagunas) x 100 = O - N° de vertimientos domésticos o industriales realizados sobre cuerpos de agua) x 100 = O - (N° de trabajadores capacitados/ total de trabajadores contratados)* 100 (N' de capacitaciones ejecutadas/ N° total de capacitaciones programadas)* 100 - (N° de evaluaciones con respuestas acertadas/ N" total de evaluaciones realizadas)* 100 No. Autoridades y comunidades informadas sobre sobre los procedimientos y regulaciones normativas para la contratación de mano de obra local / No. Autoridades y comunidades involucradas en el proyecto, obras y actividades Reportar el 100% de los procesos de No de reportes bimensuales de contratación de mano de obra local, en mano de obra local contratada cumplimiento de las regulaciones realizados/ No. de reportes normativas vigentes, relacionados con bimensuales requeridos la realización del proyecto, obras y Satisfacción de los funcionarios actividades de Ecopetrol S.A. encuestados sobre el proceso de contratación de mano de obra local según normatividad vigente/ No. de funcionarios encuestados No. compromisos del tema laboral, atendidos, solucionados y cumplidos oportunamente/ No. compromisos del tema laboral adquiridos. Informar al 100% de las veredas del - N° de socializaciones realizadas Área de Influencia Directa, autoridades con las veredas del Área de municipales del Área de Influencia Influencia/ W de veredas del Indirecta, y representantes de las área de influencia directa del Juntas de Acción Comunal, acerca de campor100 las actividades a realizar en los campos - 80% de evaluaciones de q Resolución No. Del 12 MAY 2018 de Hoja No. 89 `POR LA CUAL SE MODIFICA EL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ESTABLECIDO MEDIANTE LA RESOLUCIÓN 758 DEL 04 DE JULIO DE 1989, MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN 1237 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2003 Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES" PROGRAMAS DE MANEJO PROYECTO 7.7.4 Programa de reasentamiento de la población afectada 7.7.5 Programa de acompañamiento a la gestión institucional 7.7.6 Programa de Capacitación, educación y concientización a la comunidad aledaña al proyecto 7.8 Programa de atención a peticiones, quejas, reclamos y sugerencias (PQRS) 7.8.1 Programa de atención a peticiones, quejas, reclamos y sugerencias (PQRS) 7.9 Programa de 7.9.1 Plan arqueología manejo preventiva arqueológico INDICADORES PROPUESTOS POR PROGRAMA de producción Balcón, San Francisco y conocimientos adquiridos durante Palermo y del PMA establecido las capacitaciones; con respuestas acertadas - N° de socializaciones ante autoridades municipales / N° de autoridades del área de influencia del campo/100 - No. de Autoridades municipales, y entes de control, líderes comunitarios del área de influencia, convocados/No. Total de Autoridades municipales, entes de control y lideres comunitarios presentes en el Área de Influencia *100 Asegurar el adecuado procedimiento de las diferentes disciplinas en el manejo de los impactos generados por el W de unidades familiares desplazamiento involuntario de población, ocasionados por la reasentadas temporalmente/N° de construcción y operación de los Unidades Familiares a reasentar. proyectos del Programa de Evacuación de Crudos de Ecopetrol S.A. - No. de capacitaciones ejecutadas/ No. de Desarrollar el 100% de las capacitaciones concertadas)*100 capacitaciones en temáticas socio de evaluaciones con ambientales, en las comunidades del - N' respuestas acertadas/ N° total de Área de influencia directa aledaña a la evaluaciones realizadas)' 100 operación, que propendan por el N° Funcionarios con asistencia mejoramiento de la actitud frente al total al plan de capacitación/ No. entorno Total de funcionarios delegados)*100 Desarrollar el 100% de las capacitaciones en temáticas socio (No. de capacitaciones realizadas/ ambientales, en las comunidades del Número de capacitaciones Área de influencia directa aledaña a la programadas)* 100 operación, que propendan por el mejoramiento de la actitud frente al entorno Gestionar el 98% de las manifestaciones (peticiones, quejas, reclamaciones y sugerencias) presentadas por las comunidades del AID y Autoridades Municipales del AlI, No. de comunicaciones atendidos asociadas a la operación de los campos (PQRS) / No. de comunicaciones recibidas (PQRS) de producción Balcón, San Francisco y Palermo, tramitadas y atendidas de acuerdo con los tiempos y procedimientos establecidos la ley Prospección arqueológica al 100% de las áreas a construir que impliquen remoción de suelo o modificación del - Número de áreas prospectadas / paisaje (localizaciones, vias de acceso, Número de áreas a construir X zanjas para tendido y funcionamiento 100 de lineas de flujo y/o eléctricas, - Número de personas capacitadas instalación de ZODMES, etc.). / Número de personas contratadas x 100 100% del personal de obras civiles capacitado en protección del patrimonio arqueológico, en especial los relacionados con las actividades de METAS de oq Resolución No. Del 1 2 MAY 2016 de Hoja No. 90 ODIFICÁ EL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ESTABLECIDO MEDIANTE "POR LA CUAL LA RESOLUCIÓN 758 DEL 04 DE JULIO DE 1989, MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN 1237 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2003 Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES" PROGRAMAS DE MANEJO PROYECTO METAS INDICADORES PROPUESTOS POR PROGRAMA descapote, corte, excavación y movimiento de tienes. Pago del 100% de los acuerdos suscritos por Ecopetrol S.A por concepto de daños y/o servidumbres en el tiempo y condiciones pactadas con los propietarios, poseedores o tenedores de los predios a intervenir, garantizar el acceso oportuno a los 7.10.1 Adquisición, derechos inmobiliarios que requiere No de derechos inmobiliarios 7.10 Programa administración y Ecopetrol S.A., en sus labores de requeridos por la operación / No de disposición de construcción, operación, mantenimiento derechos inmobiliarios negociados de Gestión Inmobiliaria derechos y abandono de infraestructura, a través según procedimientos de gestión inmobiliarios de la suscripción de acuerdos inmobiliaria*100 conciliados con los titulares de los referidos derechos, con base en principios de equidad, transparencia y el cumplimiento de la ley, así como la eficiente y eficaz administración de los mismos, generando valor, satisfacción en sus clientes y mejoramiento continuo Fuente: Adaptación del grupo evaluados a partir del documento de Modificación del PMA campos de producción Balcón, San Francisco y Palermo. Ecopetrol S.A. y consideraciones proa as, 2015 Una vez revisado el Plan de Manejo Ambiental presentado por la Empresa para los medios fisico, biótico y socioeconómico, en general se consideran adecuadas las medidas allí planteadas, por tanto se acoge el Plan de Manejo Ambiental. No obstante, se excluirán algunas fichas cuya evaluación y seguimiento no es competencia de la ANLA; y se deberán hacer los ajustes a las fichas de manejo que se detallan a continuación. MEDIO FÍSICO De manera general, las fichas de manejo del medio físico (7.1 Programa de obras civiles, 7.2 Programa de perforación y pruebas de producción, 7.3 Programa de mantenimiento, 7.4 Programa del recurso hídrico y 7.5 Programa de manejo de residuos sólidos) han utilizado términos que evaden el compromiso de los objetivos de las mismas. Particularmente, se presenta el caso en las siguientes fichas: Ficha 7.1.1, se dice que "los campamentos se instalarán en lo posible en áreas intervenidas Sin embargo, no se explica las razones excepcionales para explicar su ubicación en áreas diferentes. Ficha 7.1.2, dentro de los indicadores planteados, la Empresa refiere la contratación de conductores para el proyecto, el cual no es un indicador ambiental, por tanto debe ser retirado de esta ficha. La Ficha 7.1.5, se dice -que los terraplenes serán construidos en los posible con material de la misma excavación- sin aclarar alternativas y excepciones. La Ficha 7.1.6, utiliza el término "Teniendo en cuenta que la adecuación de los campamentos contempla la intervención mínima de los sitios donde se van a ubicar, se deberán en lo posible, manejar los siguientes criterios; sin aclarar cuando no es posible y no permitido. La Ficha 7.1.10 Señalización y seguridad industrial, no es de competencia de esta Autoridad, por tanto no será evaluada cuando se haga la revisión de cumplimiento de aplicación de las medidas de manejo aprobadas mediante el presente acto administrativo. La ficha 7.2.6, presenta como indicador "No. de manantiales", pero no aclara a cuales se refiere, y este tampoco es un indicador que permita a esta Autoridad hacer seguimiento, por tanto deben ajustarse los indicadores de esta ficha; adicionalmente, en las medidas da manejo se refiere únicamente al monitoreo de presiones en la red de piezómetros existentes en los campos, pero no plantea actividades de monitoreo de los parámetros fisicoquímicos de los sistemas de recobro, ni de los piezómetros, por tanto se debe incluir esta actividad en la ficha y ajustar los indicadores de acuerdo a esta actividad. Resolución No. nn Del 12 MAY 2016 de Hoja No. 91 r "POR LA CUAL SE MODIFICA EL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ESTABLECIDO MEDIANTE LA RESOLUCIÓN 758 DEL 04 DE JULIO DE 1989, MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN 1237 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2003 Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES" La ficha 7.3.2 presenta como indicador No. de corridas inteligentes y DCVG realizadas/No. de corridas inteligentes DVGC programadas x 100, pero no aclara a que se refieren las siglas y si al ser diferentes son medibles para esta Autoridad, por tanto se requiere el ajuste de este indicador. La ficha 7.5.1 presenta indicadores del Programa de Seguimiento y Monitoreo, por tanto debe hacer el ajuste de los indicadores, de tal forma que estos cumplan con las acciones planteadas en la ficha como parte del manejo ambiental. Así mismo esta Autoridad solicita el retiro del indicador "Volumen de residuos líquidos industriales tratados y dispuestos adecuadamenteNolumen de residuos líquidos generados', ya que este indicador permitiría que una parte de los residuos liquidos generados no sea tratado y dispuesto adecuadamente, por tanto, la Empresa debe ajustar los indicadores de esta ficha. Aun cuando el seguimiento y control al permiso de vertimientos es de la Autoridad Regional, la ficha 7.5.1 debe ajustarse al cumplimiento de los límites máximos permisibles establecidos en la Resolución MADS 631 del 07 de marzo de 2015 o de la que la sustituya. La ficha 7.5.2 debe denominarse "Manejo de residuos" y los residuos deben clasificarse como Residuos sólidos (aprovechables y no aprovechables) y Residuos peligrosos (corrosivos, reactivos, explosivos, tóxicos, inflamables, patógenos y radiactivos). Por tanto, la Empresa debe ajustar esta ficha con la clasificación y manejo adecuado de los residuos, de acuerdo con los lineamientos establecidos en el Decreto 2981 de 2013, el cual establece que los residuos sólidos son los manejados a través del servicio público de aseo; los peligrosos son objeto de regulación del Sistema de Gestión Post-consumo y de la gestión establecida en el Titulo 6 del Decreto 1076 de 2015 (antes Decreto 4741/05). Adicionalmente, en esta ficha, se deben verificar las capacitaciones planteadas, ya que la seguridad industrial no es competencia de esta Autoridad, • La ficha 7.5.3 relaciona el uso de cortes base aceite y refiere dentro de las actividades el reacondicionamiento de piscinas empleadas para lodos base agua, con el fin de almacenar lodos base aceite, lo cual no está permitido por esta Autoridad, por tanto, se debe ajustar la ficha incluyendo la entrega de lodos base aceite a terceros que cuenten con la autorización ambiental requerida vigente. Las fichas 7.1.10, 7.2.1, 7.2.3, 7.3.2 y 7.5.1 utilizan el término ''en lo posible sin generar compromiso en las acciones a desarrollar ni generando actividades que hagan posible las medidas propuestas. Las fichas del Programa 7.5, deberán aplicarse a todas las etapas y actividades del proyecto. Las Fichas 7.1.8, 7.2.4, 7.2.5 y 7.5.2 utilizan en las acciones a desarrollar los términos "adecuado y de manera adecuada" sin aclarar para cada caso el manejo adecuado. La Empresa no presenta la Ficha Manejo de Materiales de Construcción aunque considera el transporte de los mismos en la Ficha 7.1.2, por lo anterior, Ecopetrol S. A. debe presentar una ficha de manejo de materiales de construcción en la cual presente acciones para el manejo de la adquisición, almacenamiento y uso de los mismos. • La Empresa no presenta dentro de los programas de compensación las fichas 'proyecto de recuperación de suelos" y "Proyecto de compensación asociado al recurso hidrico. MEDIO BIÓTICO • La ficha de manejo de remoción de cobertura vegetal y descapote (7.1.3), debe limitar a las áreas en que sea permitida esta actividad según la zonificación de manejo ajustada por esta Autoridad con base en la propuesta de la Empresa, es decir en la zona de exclusión no está permitida. Teniendo en cuenta la zonificación de manejo, se encuentra que no es posible la intervención de bosque ripario, vegetación secundaria alta, arbustal abierto esclerofilo y arbustal denso para obras de construcción y adecuación de facilidades y/o locaciones. Por lo tanto, la consideración Tara la construcción y adecuación de obras lineales, además de la ampliación de locaciones y facilidades existentes es posible que se requiera hacer aprovechamiento forestal sobre tramos de cobertura vegetal susceptibles a Resolución No. 0 50 Del 1 2 MAY 2016 de Hoja No. 92 "POR LA CUAL SE MODIFICA EL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ESTABLECIDO MEDIANTE LA RESOLUCIÓN 758 DEL 04 DE JULIO DE 1989, MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN 1237 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2003 Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES" intervención como Bosque ripario, Vegetación secundaria alta, Arbustal denso, Arbustal abierto esclerófilo y Pastos arbolados. -, debe ser retirada de la ficha Manejo del Aprovechamiento forestal (7.3.4). La ficha de Manejo de revegetalización (7.6.4), debe presentar un indicador que permita verificar la efectividad de la medida además que cuantifique el cumplimiento de la meta propuesta. Puesto que la meta es revegetalizar TODAS las áreas intervenidas, la fórmula debe ser (Áreas reyegeblizadas/Áreas Intervenidas) x 100 y el valor esperado debe ser •100%. La ficha de Manejo de flora (7.6.2) debe tener un listado de especies en veda, endémicas o con algún grado de vulnerabilidad con sus nombres científico y común en la zona, de acuerdo con los Libros Rojos de Colombia, las listas rojas de la UICN, CITES 2011 y la Resolución 192 de 2014 emitida por el entonces MADS. El listado anterior debe ser actualizado permanentemente como nota introductoria en esta ficha, base para intervención. En la Ficha 7.6.2 Manejo de Flora, puesto que el número de árboles intervenidos depende del permiso para su aprovechamiento y no del inventario de los mismos, la fórmula del indicador propuesta, debe ser Árboles Apeados/Árboles con permiso de la Autoridad Ambiental Regional para aprovechamiento. Con respecto a la ficha Protección y conservación de hábitats y ecosistemas estratégicos- (7.6.6), el Indicador de la meta (área de ecosistemas estratégicos/área de intervención)100, no es comprensible y no genera ningún grado de responsabilidad con la no intervención de dichos ecosistemas; este indicador debe corregirse y llevarse a la no intervención de ecosistemas estratégicos sin el manejo de posibles impactos. La ficha 7.6.7 Conservación de especies vegetales endémicas, con alguna categoría de amenaza, peligro critico o en veda, debe incluir a manera de introducción las especies en tales condiciones con los nombres comunes, identificadas en el área del proyecto, aclarando que pueden encontrarse algunas no reportadas en dicho listado. Esta ficha será actualizada con los resultados de inventarios presentados para cada actividad. La ficha 7.6.8 Conservación de especies faunísticas endémicas amenazadas o en veda presenta fórmulas en las cuales no se logra evaluar efectivamente la eficacia de las acciones propuestas. En estas fichas solamente miden la ejecución de lo propuesto y su indicador de cumplimiento puede ser 100% sin haber realmente cumplido la meta; sin embargo, no miden si las acciones propuestas son las necesarias para cumplir con el objetivo. Las metas propuestas, deben incluir el número de actividades a realizar La ficha 7.6.10 Manejo del recurso hidrobiológico presenta como indicador el vertimiento realizado a cuerpos de agua, cuando esta actividad no se encuentra autorizada en los permisos que actualmente tiene vigentes la Empresa, así como en las acciones de la ficha "prohiben cualquier tipo de vertimiento doméstico o industrial sobre los cuerpos de agua superficiales °, por tanto este indicador debe ser retirado de esta ficha. De otra parte, se considera pertinente incluir como meta de esta ficha de manejo "O afectaciones a los ecosistemas acuáticos a causa de las actividades relacionadas con el proyectó con los indicadores de cumplimiento respectivos, lo anterior deberá garantizarse y demostrarse a partir de los monitoreos hidrobiológicos a partir de los cuales sea posible llevar a cabo un análisis multitemporal para las comunidades hidrobiológicas, cuyos resultados y discusión deberán allegarse en los ICA respectivos. La Empresa deberá implementar las medidas tendientes a evitar la contaminación de los cursos de agua, en caso de presentarse alteración de las condiciones de estos ecosistemas se deberá adelantar la restauración de los mismos de tal forma que se restablezcan las condiciones en que se encontraban de manera previa a la intervención, respecto a su composición estructura y funcionalidad. Respecto a las medidas de compensación presentadas para el medio biófico, se precisa que mediante Resolución 1517 del 31 de agosto de 2012, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible adoptó el Manual para la Asignación de Compensaciones por Pérdida de Biodiversidad, el cual se encuentra vigente y aplica para el proyecto objeto del presente análisis, en tal sentido, la Empresa deberá definir el área a compensar por los ecosistemas naturales y seminaturales identificados en el área y que serán objeto de intervención por parte de las actividades a desarrollar en el proyecto, buscando garantizar la conservación de áreas ecológicamente equivalentes a las intervenidas y presentar el Plan de Compensación por Pérdida de Biodiversidad en un término de hasta de doce (12) meses, contados a partir de la fecha Resolución No. 050g Del 1 2 MAY 20t de Hoja No. 93 fr "POR LA CUAL SE MODIFICA EL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ESTABLECIDO MEDIANTE LA RESOLUCIÓN 758 DEL 04 DE JULIO DE 1989, MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN 1237 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2003 Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES" ejecutoria del acto administrativo correspondiente a la modificación del Plan de Manejo Ambiental, de conformidad con lo establecido en el Artículo 3° de la citada resolución. Asimismo se deberá como parte del programa para el medio biótico, formular la ficha manejo correspondiente a la Compensación por Pérdida de Biodiversidad, la cual debe ajustarse a los lineamientos que el Manual para la asignación de compensaciones por pérdida de biodiversidad ofrece y eliminar las ficha denominada Compensación por aprovechamiento forestal, cambio de uso del suelo y afectación de la cobertura vegetal. Que en el Memorando Interno de Alcance No. 2016023021-3 del 10 de mayo de 2016 se establecieron las siguientes consideraciones con respecto a la compensación por ecosistemas diferentes a los naturales y seminaturales: `Considerando que es factible que con el desarrollo del proyecto se realice la intervención de ecosistemas diferentes a los naturales y seminaturales, el solicitante de la modificación del Plan de Manejo Ambiental, a partir del área intervenida con el desarrollo de la infraestructura solicitada, deberá compensar en relación 1:1. Es decir que por cada hectárea intervenida se deberá compensar una (1) hectárea. Estas áreas se destinarán a la ejecución de medidas de conservación, reforestación, compra de predios, enriquecimiento y/o restauración y en caso que se defina que la actividad a realizar es la de reforestación, se exigirán tasas de sobrevivencia entre el 90 y 95% y alturas superiores a los 1,5 m al final del periodo de tiempo definido para ejecutar mantenimiento. Si por el contrario la actividad a realizar para ésta compensación es la compra de predios en áreas ambientalmente estratégicas; se exigirán todos los documentos que soporten y aseguren la viabilidad y permanencia de ésta área. Asimismo, si los procesos de compensación para ecosistemas diferentes a los naturales y seminaturales, así como la compensación por pérdida de biodiversidad; están relacionados con actividades de restauración, se deben definir entre otros, dentro del plan de compensación, los procesos, procedimientos y técnicas; adicionalmente se deben fijar metas, formular objetivos e indicadores, además de precisar escalas. Esta Autoridad no desconoce que los procesos compensatorios, tanto por pérdida de biodiversidad como para ecosistemas intervenidos diferentes a los naturales y seminaturales, pueden ser complementarios, por lo cual, las áreas resultantes para ser compensadas, podrán ser adheridas a las áreas a compensar por pérdida de biodiversidad, siempre y cuando la empresa titular asi lo proponga. Esta propuesta debe estar enmarcada dentro de los criterios descritos en el Manual para la Asignación de Compensaciones por Pérdida de Biodiversidad y bajo una equivalencia ecosistema / distrito biogeográfico. (..)" Con base en lo establecido en el Memorando interno precitado, en la parte Resolutiva del presente Acto Administrativo se establecerán las obligaciones correspondientes a la compensación para ecosistemas diferentes a los naturales y seminaturales. MEDIO SOCIOECONÓMICO Las fichas que conforman el Plan de Gestión Social, presentan de manera general coherencia, en su estructura, es decir, los objetivos, las metas, actividades e indicadores guardan concordancia. Plantean indicadores de cumplimiento, eficiencia y efectividad con los respectivos registros que facilitaran a esta Autoridad hacer el futuro seguimiento a la presente modificación. Además, los impactos que se analizaron en el capitulo 5 del Estudio de Impacto Ambiental presentado por la Empresa, fueron acogidos en las respectivas fichas: • Los siguientes programas se excluyen del Plan de Manejo Ambiental para los campos de producción Balcón, San Francisco y Palermo, dado que su objetivo, metas y acciones no forman parte de las competencias de la ANLA. - Ficha 7.7.2 Programa de contratación de mano de obra local, - Ficha 7.9.1 Plan de manejo arqueológico. - Ficha 7.10.1 Programa de Adquisición, administración y disposición de derechos inmobiliarios Resolución Nc(J 5 09 1 2 MAY 2016de Del Hoja No. 94 "POR LA CUAL SE MODIFICA EL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ESTABLECIDO MEDIANTE LA RESOLUCIÓN 758 DEL 04 DE JULIO DE 1989, MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN 1237 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2003 Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES" El programa 7.7.4 "Programa de reasentamiento de la población afectada° se excluye del Plan de Manejo Ambiental para los campos de producción Balcón, San Francisco y Palermo, dado que la empresa en la caracterización del Área de Influencia directa del proyecto, no presenta información sobre población a reasentar. • Se deberán hacer ajustes a las siguientes fichas del PMA para los campos de producción Balcón, San Francisco y Palermo: Ficha 7.9.5 Programa de acompañamiento a la Gestión Institucional, se deberá ampliar a mínimo un año, la periodicidad de las acciones que guarden relación con los efectos causados por la presencia y desarrollo del proyecto, para garantizar el efectivo manejo de los impactos identificados. PROGRAMA DE SEGUIMIENTO Y MONITOREO A continuación se presenta el programa de seguimiento y monitoreo presentado por la Empresa en el EIA, para para los campos de producción Balcón, San Francisco y Palermo, localizados en jurisdicción de los municipios de Alpe, Neiva y Palermo en el departamento de Huila, posteriormente se hacen las consideraciones de cada uno de los medios Físico, Biótico y Social. PROGRAMAS DE MANEJO 8.1 MEDIO ABIÓTICO SUBPROGRAMA METAS Cumplir con los monitoreos de seguimiento propuestos para garantizar la calidad del agua de la oferta hídrica superficial, la calidad del agua de consumo humano y 8.1.1 Monitoreo y doméstico y la calidad del agua seguimiento de la asociada para inyección. calidad del agua Determinar la efectividad del 100% de las medidas de prevención, control y mitigación propuestas en el programa de manejo ambiental Manejo de Residuos Líquidos INDICADORES - (No. de monitoreos ejecutados en aguas superficiales / No. de monitoreos programados) x 100 - (No. De monitoreos a la entrada y salida del sistemas de tratamiento de agua residual industrial /No. de monitoreos programados) x 100 - No. De monitoreos a la entrada y salida del sistema de tratamiento de aguas domésticas/ No. de monitoreos programados) x 100 - Remoción de DB05 obtenida en el sistema / Remoción exigida en el decreto) x 100 - Remoción de Grasas y Aceites obtenida en el sistema / Remoción exigida en el decreto) x 100 - Remoción de SST obtenida en el sistema / Remoción exigida en el decreto) x 100 - (Número de parámetros que cumplen los limites establecidos en el Decreto 1594 de 1984 / Número de parámetros monitoreados que cuentan con limite normativo) x 100 - (No de monitoreos realizados/ No. De monitoreos programados) x 100 - (No. De monitoreos la salida del sistema de tratamiento de aguas industriales/ No. de monitoreos programados) x 100 - (No. de parámetros en cumplimiento de la norma / No. de parámetros analizados exigidos por la norma) x 100 Realizar el monitoreo y seguimiento de aguas subterráneas en los acuíferos donde se ubican los pozos inyectores, - Número de monitoreos realizados)/ (Número de monitoreos programado *100) 8.1.2 Aguas adicionalmente hacer seguimiento a ( Número de puntos de agua subterráneas los pozos, aljibes y manantiales monitoreados/Número de puntos de agua presentes en las áreas de intervención propuestos a monitoreag' 100 de los campos Balcón, San Francisco y Palermo 8.1.3 Emisiones Cumplimiento del 100% del programa - (No. de monitoreos de calidad de aire atmosféricas, de monitoreo de calidad del aire y realizados / No. de monitoreos de calidad de calidad del aire y ruido. aire programados)x100 ruido ambiental - (No. de monitoreos de ruido realizados / No. Resolución No. 05 0 9 Del Hoja No. 95 de `POR LA CUAL SE MODIFICA EL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ESTABLECIDO MEDIANTE LA RESOLUCIÓN 758 DEL 04 DE JULIO DE 1989, MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN 1237 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2003 Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES" PROGRAMAS DE MANEJO SUBPROGRAMA 8.1.4 Suelos 2 MAY 20r METAS INDICADORES Cumplimiento de la normatividad de monitoreos de ruido programados) x 100 vigente para calidad de aire y mido. - (No. de parámetros de calidad del aire que cumplen con los limites máximos permisibles establecidos en la legislación ambiental vigente/No. de parámetros monitoreados en calidad del aire) x 100 - (Monitoreos que se encuentran dentro de los límites máximos permisibles de mido /No. de monitoreos de ruido realizados) x 100 - (Resultado del área de afectación identificada por la modelación/área de intervención por el proyecto)*100 - (Resultado del área de afectación identificada por curvas de igual presión (isófonas) /área de intervención por el proyecto)*100 Controlar la contaminación de los suelos en el 100% de las áreas intervenidas. - (# de procesos geotécnicos controlados / # Realizar el seguimiento al 100% de las puntos de procesos geotécnicos áreas en las cuales se realizó identificados) X 100 afectación por parte del proyecto al - (# de monitoreos de suelos ejecutados /# de recurso suelo, asi como taludes, monitoreos de suelos programados) x 100 rellenos y ZODME's. - Áreas intervenidas = Áreas monitoreadas Realizar el 100% de monitoreos de suelos propuestos. Asegurar el manejo, tratamiento y disposición final adecuado del 100% de los residuos sólidos generados durante el desarrollo del proyecto, en cumplimiento con las fichas de manejo de residuos sólidos y especiales, y manejo de residuos sólidos domésticos. 8.1.5 Sistema de manejo, tratamiento y disposición de residuos sólidos y lodos de perforación. Dar cumplimiento a las acciones a desarrollar propuestas en la ficha manejo de residuos sólidos domésticos, industriales y especiales. 8.2 MEDIO BIÓTICO Monitorear la totalidad de las actividades propuestas para el manejo 8.2.1 Manejo de de la flora y las especies vegetales Flora incluidas en alguna categoría de amenaza, en veda o nuevos registros para el pais Realizar el seguimiento, supervisión y 8.2.2 Especies de verificación del 100% de las Fauna actividades propuestas para la conservación de la fauna - (No. de inspecciones realizadas áreas temporales de almacenamiento de residuos/ No. de inspecciones programadas áreas temporales de almacenamiento de residuos x 100 - (No. cortes de perforación que cumplen con los limites establecidos en el Decreto 4741 de 2005 y la Norma Lousiana / No. de cortes de perforación generados y monitoreados) x 100 - (No. de cortes de perforación dispuesto adecuadamente/ No. de cortes de perforación generados) x 100 - No. de Empresas recolectoras de residuos que cuentan con permisos ambientales / No. de Empresas o a las cuales se entregan los residuos) x 100 - (No. de inspecciones realizadas áreas temporales de almacenamiento de residuos/ No. de inspecciones programadas áreas temporales de almacenamiento de residuos x 100 - (No. de especies vegetales amenazadas con manejo / No. de especies amenazadas reportadas) * 100 - (No. de capacitaciones en manejo de flora silvestre realizadas / No. de capacitaciones en manejo de flora silvestre programadas) * 100 - Volumen de madera aprovechado - m3 / Volumen de madera autorizado - m3) x 100 - (Jornadas de ahuyentamiento de fauna realizadas /jornadas de ahuyentamiento de fauna programadas) x 100 - (No. de capacitaciones en manejo de fauna y flora silvestre realizadas / No. de Resolución No. 0509 Del 1 2 MAY 2016 de Hoja No. 96 "POR LA CUAL SE MODIFICA EL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ESTABLECIDO MEDIANTE LA RESOLUCIÓN 758 DEL 04 DE JULIO DE 1989, MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN 1237 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2003 Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES" PROGRAMAS DE MANEJO SUBPROGRAMA METAS INDICADORES capacitaciones en manejo de fauna y flora si - Error estándar (Especies monitoreadas iniciales /Especies monitoreadas por periodo) 8.2.3 Ecosistemas y Estratégicos Sensibles 8.2.4 Comunidades hidrobiológicas 8.2.5 Programas de revegetalización y/o reforestación 8.2.6 Programa de compensación 8.3.1 Programa de educación y capacitación al personal vinculado al proyecto Realizar el 100% de las actividades propuestas para el manflora° de recursos hidrobiológicos, tanto en términos de frecuencia, como de parámetros establecidos Cumplimiento del 100% de las medidas de manejo relacionadas con la revegetalización del área de influencia directa del proyecto Implementación de una Compensación biótica adecuada, con especies de flora nativas, acordes con los lineamientos planteados Capacitar al 100% de los trabajadores de los campos de producción Balcón, San Francisco y Palermo, en los lineamientos ambientales, de manejo y sociales contenidos en la modificación del Plan de Manejo Ambiental, así como en programas, obligaciones ambientales y sociales adquiridas Reportar el 100% de los procesos de contratación de mano de obra local, en 8.3.2 Programa de cumplimiento de las regulaciones contratación mano normativas vigentes, relacionados con de obra local. la realización del proyecto, obras y actividades de Ecopetrol S.A 8.3 MEDIO SOCIOECONÓ MICO 8.3.3 Programa de y Información comunicación a autoridades y comunidad Informar al 100% de las veredas del Área de Influencia Directa, autoridades municipales del Área de Influencia Indirecta, y representantes de las Juntas de Acción Comunal, acerca de las actividades a realizar en los campos de producción Balcón, San Francisco y Palermo y del PMA establecido 8.3.4 Programa de Asegurar el adecuado procedimiento reasentamiento de de las diferentes disciplinas en el la población manejo de los impactos generados por - Error estándar (Especies monitoreadas /Especies bioindicadoras iniciales monitoreadas bioindicadoras por periodo)' - (Área recuperada /Área intervenida)* 100 - (Ama verificada por la interventoría / Área intervenida)* 100 - (Área compensada/área prevista para compensación) x 100 - (N° de trabajadores capacitados/ total de trabajadores contratados)* 100 - (ir de capacitaciones ejecutadas/ N° total de capacitaciones programadas)* 100 - (N° de evaluaciones con - respuestas acertadas/ N° total de evaluaciones realizadas)* 100 - No. Autoridades y comunidades informadas sobre sobre los procedimientos y regulaciones normativas para la contratación de mano de obra local / No. Autoridades y comunidades involucradas en el proyecto, obras y actividades - No de reportes bimensuales de mano de obra local contratada realizados/ No. de reportes bimensuales requeridos - Satisfacción de los funcionados encuestados sobre el proceso de contratación de mano de obra local según normatividad vigente/No. de funcionarios encuestados - No. compromisos del tema laboral, atendidos, solucionados y cumplidos oportunamente/ No. compromisos del tema laboral adquiridos de socializaciones realizadas con las veredas del Área de Influencia/ N° de veredas del área de influencia directa del campo)*100 80% de evaluaciones de conocimientos adquiridos durante las capacitaciones; con respuestas acertadas - N° de socializaciones ante autoridades municipales / N° de autoridades del área de influencia del campo*100 - No. de Autoridades municipales, y entes de control, líderes comunitarios del área de influencia, convocados/No. Total de Autoridades municipales, entes de control y líderes comunitarios presentes en el Área de Influencia *100 - N° de unidades familiares reasentadas temporalmente/N° de Unidades Familiares a reasentar Resolución No.0 r 509 Del 12 MAY 2016 de Hoja No. 97 "POR LA CUAL SE MOD FICA EL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ESTABLECIDO MEDIANTE LA RESOLUCIÓN 758 DEL 04 DE JULIO DE 1989, MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN 1237 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2003 Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES" PROGRAMAS SUBPROGRAMA METAS DE MANEJO afectada el desplazamiento involuntario de población, ocasionados por la construcción y operación de los proyectos del Programa de Evacuación de Crudos de Ecopetrol S.A INDICADORES - No. de capacitaciones ejecutadas/ No. de capacitaciones concertadas)*100 8.3.5 Programa de mínimo (1) capacitación en temáticas - (N' de evaluaciones con respuestas acompañamiento a acedadas/ N° total de evaluaciones la Gestión priorizadas con las administraciones realizadas)* 100 municipales, ejecutada Institucional - N° Funcionarios con asistencia total al plan de capacitación/ No. Total de funcionarios delegados)*100 826 Programa de Desarrollar el 100% de las Capacitación, capacitaciones en temáticas socio - (No. de capacitaciones realizadas/ Número educación y ambientales, en las comunidades del de capacitaciones programadas)* 100 concientización a Área de influencia directa aledaña a la _Encuestas de satisfacción positiva/Encuestas la comunidad operación, que propendan por el de satisfacción aplicadas aledaña al mejoramiento de la actitud frente al proyecto. entorno. uen e: Adaptación del grupo evaluado, a partir del documento de Modificación del PMA campos de producción Balcón, San Francisco y Palermo, Ecopetrol S.A. y consideraciones propias, 2015 Medio Físico De manera general las fichas de seguimiento presentadas por la Empresa presentan coherencia entre los objetivos, las acciones y los indicadores propuestos, además, los registros obtenidos permitirán a esta Autoridad hacer una verificación de la implementación de las acciones propuestas. Sin embargo la Empresa deberá realizar los respectivos ajustes para las siguientes fichas: - Monitoreo y seguimiento de la calidad de agua Esta Autoridad considera que la ficha de monitoreo y seguimiento de la calidad del agua requiere retroalimentación en la medida en que se implementen actividades para el desarrollo a futuro de los Campos Balcón, San Francisco y Palermo. La retroalimentación se debe realizar en el sentido de definir nuevos puntos de monitoreo en cercanías de la infraestructura construida en locaciones para pozos, lineas de flujo, baterías de producción, sistemas de inyección de agua. Los nuevos puntos definidos deben esta descritos en los Planes de Manejo Específicos. - Emisiones atmosféricas, calidad del aire y ruido ambiental: Esta Autoridad considera que la ficha de emisiones atmosféricas, calidad de aire y ruido ambiental, requiere retroalimentación en la medida en que se implementen actividades para el desarrollo a futuro de los Campos Balcón, San Francisco y Palermo. La retroalimentación se debe realizar en el sentido de definir nuevos puntos de monitoreo en cercanías de la infraestructura construida en locaciones para pozos, líneas de flujo, baterías de producción, sistemas de inyección de agua. Los nuevos puntos definidos deben esta descritos en los Planes de Manejo Específicos. Sistema de manejo, tratamiento y disposición de residuos sólidos y lodos de perforación Esta Autoridad considera que se debe ajustar el indicador "No. de Empresas recolectoras de residuos que cuentan con permisos ambientales / No. de Empresas o a las cuales se entregan los residuos", ya que como está planteado, permite la entrega de residuos sólidos a Empresa que no cuenten con el respectivo permiso ambiental, lo cual no está autorizado. Resolución No. 0 5 0 9 Del '•,. 1 2 MAY 2016 de Hoja No. 98 Í "POR LA CUAL SE MODIFICA EL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ESTABLECIDO MEDIANTE LA RESOLUCIÓN 758 DEL 04 DE JULIO DE 1989, MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN 1237 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2003 Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES" Medio Biótico El plan de seguimiento y monitoreo en aspectos bióticos interviene el total de los programas de manejo ambiental propuestos por la Empresa, con los ajustes siguientes: La Empresa deberá incluir la Ficha Seguimiento a la Compensación por Pérdida de Biodiversidad en el Plan de Seguimiento y Monitoreo, en la cual deben formular indicador(es) cuantificable(s) que permitan medir la efectividad de las medidas de manejo, a cambio del programa 8.2.6 Programa de compensación. El monitoreo a la fauna (ficha 8.2.2) debe tener representatividad en tiempo y espacio, además de tener en cuenta las comunidades de reptiles, anfibios, aves y mamíferos. Se aclara que este monitoreo debe tener representatividad en lo amplio del área ocupada por los campos Balcón, San Francisco y Palermo y las actividades de muestreo se deben realizar diurnas, vespertinas, nocturnas y matinales para que haya representatividad. • La ficha 8.2.2 debe tener una fórmula indicadora de cumplimiento del número de monitoreos realizados (dos por año) • Con respecto a la ficha 8.2.3 monitoreo hidrobiológico, esta debe ser ajustada en el sentido de aclarar que los monitoreos establecidos se realizan sincronizados en tiempo y espacio con los propuestos en la Ficha 8.1.1, por lo tanto los monitoreos deben realizarse bimensual y semestralmente, en los meses más representativos de cada estación climática (2 en verano y 2 en invierno) y presentar sus respectivos resultados y análisis en los informes de cumplimiento anual ICA. • Igualmente, los resultados de las comunidades hidrobiológicas en sus análisis deben ser -cruzados' con los resultados de las diferentes variables físicas, químicas y bacteriológicas. • Índices ecológicos de todas las poblaciones han de analizarse en tiempo y espacio y los cambios significativos deben ser interpretados en el informe ICA. Medio Socioeconómico Respecto al Programa de Seguimiento y Monitoreo del medio socioeconómico, la Empresa presentó en su lugar una copia de las fichas del Plan de Manejo Ambiental presentado en el capítulo VII del EIA, lo cual no se considera adecuado, dado que no corresponde con los mínimos establecidos en los Términos de referencia HI-TER-1-03 y tampoco son el instrumento idóneo para monitorear y hacer el seguimiento a los aspectos esenciales del medio socioeconómico del proyecto. Por tanto está Autoridad considera ambiental y técnicamente necesario establecer un nuevo programa de seguimiento y monitoreo del medio socioeconómico para los campos Balcón, San Francisco y Palermo. • Se reafirma que el "Programa de contratación mano de obra local" no hará parte del Plan de Manejo Ambiental por no constituir competencia de esta Autoridad. • En relación con el programa "Reasentamiento de la población afectada' como se menciono en las consideraciones del Plan de Manejo Ambiental, no hara parte porque la empresa no allegó información sobre población a reasentar. PLAN DE CONTINGENCIA De acuerdo con los términos de referencia HI-TER-1-03 de 2010, el Plan de Contingencia que presenta la Empresa da cumplimiento a los lineamientos establecidos, toda vez que se define a través del análisis de riesgos, identificando las amenazas y evaluando la vulnerabilidad de los elementos en riesgo, además de que su estructura contempla los planes estratégico, operativo e informativo. Como amenazas exógenas contempla sismicidad, fenómenos de remoción en masa, incendios forestales, inundaciones y ceráunica; de tipo endógeno son consideradas fallas operativas, desgaste de maquinaria y accidentes de trabajo, entre otras, en tanto que los paros y la presencia de delincuencia y grupos al margen de la ley son considerados como amenazas de tipo externo. Resolución No. o 5 o 9,1 12 MAY 201 de Hoja No. 99 Í "POR LA CUAL SE MODIFICA EL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ESTABLECIDO MEDIANTE LA RESOLUCIÓN 758 DEL 04 DE JULIO DE 1989, MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN 1237 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2003 Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES" Esta Autoridad considera que la metodología para la elaboración del Plan de Contingencia es pertinente para la identificación y evaluación de riesgos y los componentes operativos e informáticos corresponden al tipo y nivel de emergencia que se pueda presentar. La estructura organizativa planteada en el Plan de Contingencia contiene los elementos estratégicos, operativos y administrativos para el manejo de situaciones de emergencia, la cual debe ser puesta a prueba y ajustada en simulacros en las fases de construcción y operación del proyecto. Por lo tanto, se deberá dar cumplimiento a lo propuesto al plan de contingencia presentado en el EIA, el cual deberá ser actualizado, de tal forma que responda a la identificación y evaluación de riesgos de origen natural y antrópico característicos de las actividades a ejecutar y del área de influencia específica para las actividades a desarrollar. (...) SOBRE LA EVALUACIÓN ECONÓMICA DE IMPACTOS A continuación se presentan las consideraciones de esta Autoridad con relación a la evaluación económica de impactos presentada por ECOPETROL S.A como respuesta a la solicitud de información adicional, la cual allegó mediante radicado 2015065149-1-000 de diciembre 4 de 2015. (...) sobre la selección de impactos relevantes y los criterios de escogencia por parte del solicitante La Empresa expuso que para determinar si un impacto es relevante o no del conjunto de impactos de carácter negativo, se toma la sumatoria de las importancias ambientales de cada uno de los veintisiete (27) impactos negativos asociados a las actividades del proyecto. Así la determinación de la relevancia de los impactos se hace relativa a la magnitud que resulta tomando la participación de cada uno de los impactos rAr i sobre el total de importancias IAT. Usando la participación de cada uno de los impactos, se construyó un diagrama de Pareto que es una herramienta que permite enfocar esfuerzos en elementos principales de un sistema. Al ampliar los criterios para seleccionar los impactos relevantes, la importancia ambiental está correlacionada con la significancia ambiental (la significancia ambiental es función lineal de la importancia ambiental). Por lo tanto, los impactos jerarquizados cuantitativamente mediante el diagrama de Pareto deberían ser similares al considerar como criterios de selección: 1)1a probabilidad de ocurrencia 2)1a significancia ambiental. Para confrontar los dos criterios adicionales para la inclusión de impactos significativos se realizó un cruce de la importancia ambiental negativa total de cada impacto desagregado con la significancia ambiental. La Empresa aclaró que si solo se considera el criterio de significancia ambiental, los siete (7) impactos que tienen significancia alta no permitirían considerar otros impactos que aunque no sean significativos, se presentan en varias actividades del proyecto haciéndolos relevantes para los PMA. Con base en el análisis anterior la Empresa priorizó seis (6) impactos para valoración económica, como se menciona a continuación: -Cambio en la integridad paisajística. -Modificación en la estructura, distribución y composición de la fauna. -Cambio en los niveles de presión sonora. -Cambio en la cantidad de material particulado en el aire. -Modificación de hábitat terrestre y/o corredores biológicos. -Alteración de las propiedades físicas, químicas y/o biológicas del suelo. Con relación a los criterios utilizados por la Empresa para seleccionar los impactos relevantes, esta Autoridad considera que aunque estos resultan acertados no es clara la razón por la cual no se incluye dentro de este grupo, los impactos "Cambio en el uso actual del suelo", "Cambio en la cobertura vegetal" y " Alteración y modificación en la composición floristica y/o la estructura de la unidad de cobertura vegetal° ya que si bien estos son originados por un reducido número de actividades, poseen una significancia alta, concepto que según se definió en la evaluación ambiental "... da la valoración final de la evaluación de cada impacto ambiental" adicional a que son originados por la actividad que genera un mayor número de impactos con significancia alta. Resolución No. O 50 Dei 1 2 MAY 2016 de Hoja No. 100 "POR LA CUAL SE MODIF CA EL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ESTABLECIDO MEDIANTE LA RESOLUCIÓN 758 DEL 04 DE JULIO DE 1989, MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN 1237 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2003 Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES" Por otra parte y en linea con lo expresado en las consideraciones de la calificación de impactos en el componente socioeconómico del presente acto administrativo, es necesario abordar desde la perspectiva del análisis económico la afectación que puede darse a nivel de la comunidad debido al impacto por Cambio en la disponibilidad del recurso hídrico a partir de la escasez existente en la zona y lo referido en la visita de evaluación. Por tanto es necesario que ECOPETROL S.A complemente el grupo de impactos relevantes teniendo en cuenta todos aquellos cuya significancia ambiental es "Altar, así como los que revisten especial interés debido ala afectación que pueden generar sobre la población del área de influencia y posteriormente evalúe si estos deben ser objeto de valoración económica con base en la capacidad del plan de manejo para su intemalización. (...) sobre la cuantificación biofísica de impactos relevantes Aunque ECOPETROL S.A no desarrolló como parte del capítulo de evaluación económica un apartado especifico con relación a la cuantificación biofísica de los impactos no intemalizables, criterio que hace alusión al cálculo en unidades físicas de los costos y beneficios asociados al proyecto además de su identificación en tiempo y espacio (Manual Técnico de Evaluación Económica en Proyectos Sujetos a Licenciamiento Ambiental, (MAVDT & CEDE, 2010) es posible inferir esta información a través del ejercicio de valoración realizado por la Empresa a partir de los datos utilizados para la cuantificación de los impactos relevantes contemplados, es así como las consideraciones correspondientes se realizarán en el apartado de valoración económica. (...) sobre el análisis de internalización de impactos relevantes La Empresa analizó que los costos del plan de manejo ambiental no se incluyen en el flujo de recursos, ni como beneficios ni como costos porque hacen parte de los montos de inversión en prevención, corrección, mitigación y compensación de impactos ambientalmente intemalizados. Respecto al análisis de internalización especifico, ECOPETROL S.A presentó una tabla resumen en la que se enlistan los programas, subprogramas, calificación de la significancia ambiental, actividad que genera el impacto y tipo de medida según suprograma, con lo cual se puede establecer que los tipos de acción tomadas tienen un énfasis en prevención, protección y control y en menor medida en Mitigación y/o Compensación para los impactos ambientales: cambios en la integridad paisajística; cambio en los niveles de presión sonora; cambio en la cantidad de material particulado en el aire; y alteración de las propiedades físicas, químicas y/o biológicas del suelo. Sobre el análisis de intemalización efectuado, esta Autoridad considera que el mismo cumple parcialmente con el objetivo propuesto ya que no se incorporaron indicadores de efectividad que permitan dilucidar la capacidad de prevención, corrección o mitigación de los medidas propuestas con las cuales se intemaliza el impacto, debido a lo cual es necesario que ECOPETROL establezca dichos indicadores y presente los resultados correspondientes, asegurando además la coincidencia en los costos presentados en la evaluación económica y el capítulo del PMA. Con el fin de complementar el análisis de internalización presentado, la Empresa debe tener en cuenta el concepto de esta Autoridad respecto a las falencias evidenciadas en el PMA, especialmente sobre algunas de las fichas que integran el componente abiótico en las cuales no hay claridad respecto al cumplimiento del objetivo de las mismas. En tanto que para el componente biótico, la Autoridad llama la atención acerca de la necesidad de demostrar la eficacia de las acciones propuestas para lograr el objetivo señalado y la no consideración de una ficha de compensación por afectación de fauna y flora. (...) sobre la valoración económica de impactos relevantes Valoración de Costos Cambios en la integridad paisajística, Modificación de la estructura, composición y distribución de la fauna y Modificación de hábitats terrestres y corredores biológicos: A partir de la definición de los impactos y la identificación de actividades generadoras, la Empresa utilizó la Transferencia de Beneficios, como metodologia de valoración. Para el caso especifico del impacto sobre el Resolución N Del 12 MAY 2016 de Hoja No. 101 "POR LA CUAL SE MODIFICA EL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ESTABLECIDO MEDIANTE LA RESOLUCION 758 DEL 04 DE JULIO DE 1989, MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN 1237 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2003 Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES" paisaje, ECOPETROL S.A presentó algunos lineamientos estándar, recomendados en la literatura al transferir los resultados del lugar de estudio real al lugar del proyecto, entre los que se destacan los siguientes: 0 se desagregan los valores por servicios ecosistémicos de percepción, el cual será objeto de valoración. ir) el valor de la disponibilidad a pagarse adecuó a valores a hectárea por año (ha año -1). iii)se consideró el ingreso per cápita de la zona de estudio real y del lugar del proyecto, esto con el fin de homogenizar la restricción presupuestaria de las dos zonas. iv) se usó la transferencia de valor basado en un conjunto de estudios para aproximar con una medida de tendencia central el valor del servicio ecosistémico afectado. La Empresa explicó que después de una búsqueda de documentos, en los cuales se evalúan los servicios ecosistémicos de tipo cultural y de percepción del paisaje, se determinó que 13 estudios cumplen con las recomendaciones mencionadas anteriormente para realizar la transferencia de beneficios para determinar la valoración del impacto ambiental de "Cambios en la integridad paisajística" y otros 11 estudios en los que se analizaron la protección de la biodiversidad y la generación de recursos genéticos sin especificar para abordar los impactos "Modificación de la estructura, composición y distribución de la fauna° y "Modificación de hábitats terrestres y corredores biológicos". De acuerdo con lo anteriormente expuesto, se tomaron los datos de estudios realizados en Brasil, Samoa, España, Ecuador, Australia, Estados Unidos, Reino Unido, Nueva Zelanda, India, México, Cameroon, Belice y otros a nivel mundial, cuyos valores monetarios se homogenizaron a pesos colombianos de 2015, obteniendo un valor promedio por hectárea de $5.910.345 con relación al impacto de "Cambios en la integridad paisajística" y de $3.587.040 para el caso de los impactos "Modificación de la estructura, composición y distribución de la fauna" y "Modificación de hábitats terrestres y corredores biológico? Estos valores se aplicaron al área dedicada a hidrocarburos, la cual se estimó en 102,2 ha, ejercicio que permitió obtener una monetización final de $604.037.220 y $ 366.595.469 para los impactos mencionados. Con base en la información presentada por la Empresa, esta Autoridad considera que si bien la Transferencia de Beneficios, es una técnica aceptada para la monetización de los impactos considerados y ECOPETROL &A se esforzó en realizar una aplicación ajustada a los requisitos de la misma, no se evidenció un análisis que permita establecer similitud entre las características demográficas y las preferencias de las personas en la zona del estudio (de cual se va a realizar la transferencia) y el lugar objeto de valoración, así como la calidad de los estudios tomados como referencia para tomar los valores a transferir con base en una comparación acerca de los servicios ecosistémicos que se tuvieron en cuenta en dichos estudios y aquellos que pueden verse afectados por los impactos ocasionados por el proyecto de acuerdo con la evaluación ambiental. Asi mismo, es preciso anotar que la obtención de la medida de tendencia central (promedio) para la cuantificación específica de los impactos sobre los cuales se llevó a cabo el ejercicio sin una depuración de valores extremos, resulta improcedente teniendo en cuenta la significativa varianza que existe entre los datos sobre los cuales se apoyó el cálculo elaborado. Igualmente es necesario que la Empresa asegure coincidencia entre las unidades físicas y bióticas utilizadas para la valoración con las mencionadas en el capítulo de caracterización. Adicionalmente, es importante tener en cuenta que debido a las limitantes propias de la metodología de Transferencia de Beneficios, cuando se trabaja con estudios de orden global, los valores obtenidos se consideran complementarios y de uso general puesto que hacen un abordaje universal que podría invisibilizar aspectos de complejidad involucrados en el caso especifico del proyecto debido a lo cual se requiere que la Empresa entregue en un plazo de 3 meses, contados a partir de la ejecutoria del presente acto administrativo, un análisis acerca de las características demográficas que permiten establecer puntos de similitud entre la población donde se llevó a cabo el estudio original y la existente donde se va a realizar la transferencia, la calidad de los estudios considerados a partir de los servicios ecosistémicos considerados y posteriormente justificar el rango de valores establecidos para la estimación del valor a transferir, teniendo en cuenta además las características del área de influencia físico biótica de los campos de producción Balcón, San Francisco y Palermo para la obtención del cálculo. Cambio en los niveles de presión sonora: la Empresa explicó que para la valoración de este impacto se determinó la población afectada por la posible generación de ruido en el escenario Con Proyecto y se asignó una disponibilidad a pagar mediante transferencia de beneficios por regresar, al menos, al nivel de ruido del escenario Sin Proyecto. Resolución No. 050 9Del 1 2 MAY 2016- de Hoja No. 102 7- "POR LA CUAL SE MODIFICA EL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ESTABLECIDO MEDIANTE LA RESOLUCIÓN 758 DEL 04 DE JULIO DE 1989, MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN 1237 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2003 Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES" Para determinar la población afectada por un posible aumento en el nivel de ruido en el área de estudio, se usa una función exposición-respuesta de la organización mundial de salud, la cual indica que de acuerdo con el nivel de ruido, expresado en decibeles -dB-, habrá un porcentaje de la población que se afectará, particularmente con trastornos del sueño y generación de molestias relacionados con el ruido, corno se indica a continuación: TS % 20,8 -1.05 • +0,01486 • 2„,,„,, TS %: porcentaje poblacion con alto tras-torno del sueño : nivel sonoro ponderado promedio de largo plazo Al usar los resultados especificas de las mediciones de ruido, se obtienen los niveles máximos actuales de ruido a los cuales estaría expuesta la población. Para efectos de la evaluación económica de impactos, se supone que durante la ejecución del proyecto, y con la medida de manejo, los niveles de ruido, en el escenario Con Proyecto, se incrementarán solo en 5 dB, respecto a la línea base. Usando la relación funcional indicada anteriormente, se obtuvo la proporción de la población que actualmente está afectada por el nivel de ruido, tanto en la jornada diurna como en la jornada nocturna. Asumiendo un incremento de 5 dB atribuidos al proyecto, la población afectada adicional será de 3,4% en jornada diurna y 3,1% en la jornada nocturna. Con base en las fichas veredales se determinó una población de 4.090 habitantes en el AID. En la aplicación de la metodología de Transferencia de Beneficios, ECOPETROL S.A, estableció el decibel de ruido corno objeto de valoración ambiental, se deflactó a precios base de 2015 y se usó la TRM promedio para los valores que se encuentran en moneda extranjera, se homogenizó la restricción presupuestaria de las dos zonas con base en el ingreso per cápita de la zona de estudio real y del lugar del proyecto, finalmente la transferencia de valor se hizo con base en un conjunto de estudios para aproximar con una medida de tendencia central. ECOPETROL S.A, expuso que después de una amplia búsqueda de documentos con los cuales se evaluará económicamente el impacto asociado a la generación de ruido, se encontraron aquellos que indagan en la disponibilidad a pagar por unidad adicional de ruido (dB), por lo que se consideraron cinco (5) estudios desarrollados en España, Suiza, Noruega, Finlandia y Francia. La Empresa actualizó el valor obtenido a precios de abril de 2015 y postuló que la disponibilidad a pagar por la reducción de 5 dB al mes es igual a $ 14.952 (± $4.660). Con el fin de evaluar el escenario extremo en el cual las personas del AID tengan una disponibilidad a pagar por encima del promedio por la reducción en 5 dB se toma el valor del límite superior del intervalo de confianza, por lo tanto, la disponibilidad a pagar $ 19.613 ($14.952 +$4.660 = $ 19.613) a precios de 2015. Esto equivale a pagar $ 3.922,5 por un decibel. Finalmente a partir de un número de 1.136 hogares estimados para el AID se calculó un valor total anual para este impacto de $ 17.339.869. De acuerdo con el ejercicio de valoración efectuado para este impacto, esta Autoridad considera que aunque la metodología utilizada es válida, se reitera lo expuesto en el apartado anterior acerca de la carencia de un análisis que permita establecer similitud entre las características demográficas y las preferencias de las personas en la zona del estudio (de cual se va a realizar la transferencia) y la zona objeto de valoración, así corno la calidad de los estudios tomados como referencia para tomar los valores a transferir Asi mismo, para esta Autoridad no existe claridad en los supuestos establecidos para cuantificar el impacto, particularmente en lo referente a la cantidad de decibeles en los cuales se aumentará el nivel de emisión de ruido en la situación con proyecto, el tamaño de la población del AID, el cual difiere de lo expuesto en la Figura 3-42, Pág.171, del capitulo de caracterización socioeconómica, que resume la población total de las veredas que conforman el AID y los cálculos efectuados para establecer el intervalo de disponibilidad a pagar por una reducción en el ruido de 5 dB al mes. Con base en las anteriores consideraciones, ECOPETROL S.A deberá entregar en un plazo de 3 meses, contados a partir de la fecha de ejecutoria del presente acto administrativo, la argumentación suficiente acerca de los supuestos en los cuales soportó la valoración del impacto por Cambio en los niveles de presión sonora con relación a la cantidad en el número de décibeles en los cuales se incrementará el nivel de ruido en la situación con proyecto, la población expuesta teniendo en cuenta el tipo de fuentes de emisión y la 1 2 MAY 2016 de Hoja No. 103 go& /e "POR LA CUAL SE MODIFICA EL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ESTABLECIDO MEDIANTE LA RESOLUCIÓN 758 DEL 04 DE JULIO DE 1989, MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN 1237 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2003 Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES" Resolución No. 050 ubicación de la comunidad del área de influencia directa respecto a las mismas, además los cálculos efectuados para el planteamiento del intervalo de disponibilidad a pagar, especificamente es importante anexar las memorias de los procedimientos matemáticos efectuados. Cambio en la cantidad de material particulado en el aire: la Empresa argumentó que de acuerdo con la descripción del impacto, se debe suponer que el aumento de las emisiones de material particulado y de gases afectan a la población en su salud, por lo tanto, la metodología para la valoración del impacto se realizó siguiendo las indicaciones de la OMS (2014), la cual considera funciones de daño para determinar cuál es la incidencia en indicadores de salud por la calidad del aire. La metodología comprende dos etapas: primero, se determina el efecto que tendría el nivel de inmisión esperado del proyecto sobre la salud de la población para establecer los AVAD. Segundo, una vez hallados los AVAD, se calcula el valor monetario de los mismos, el cual se interpreta como el valor económico del impacto ambiental "cambio en la cantidad de material particulado en el aire". Una vez calculados los AVAD, se multiplican por un ingreso estimado anual que representa el valor monetario perdido por la sociedad por cuenta de la calidad del aire. Para que el cálculo de los AVAD sea relativo a la "población expuesta' se debe estimar la fracción impactada de la población por concentraciones atribuidas al proyecto y sobre esta obtener un indicador de Morbi/mortalidad asociado. Los AVAD están conformados por los Años de Vida Perdidos (AVP) y los Años de Vida con Discapacidad Vividos (AVCD). El cálculo de los AVAD se realizó con base en los parámetros calibrados en el estudio The Global Burden of Disease and Injury, aplicados a datos estadísticos sobre la población total municipal, la tasa de natalidad y mortalidad por municipio del Área de Influencia, mortalidad infantil y materna departamental e ingreso per capita estimado anual para el departamento del Hulla Es asi como el costo de este impacto se calculó en $62.210.617. Respecto a la cuantificación realizada para este impacto, la ANLA encuentra apropiada la metodología propuesta por la Empresa, sin embargo es pertinente la inclusión de las memorias de los procedimientos matemáticos realizados para obtener los Años de vida perdidos y los Años de vida con discapacidad ya que no existe claridad respecto a los resultados presentados al respecto, los cuales engloban variables como la esperanza de vida para la edad (L) y severidad de la discapacidad (y), parámetros para los que no es entendible la estimación efectuada, toda vez que al parecer se considera que los efectos del proyecto son absolutamente determinantes sobre las condiciones de morbilidad y mortalidad de la población, aspecto que no es verificable. Por tanto, es necesario que ECOPETROL S.A entregue en un plazo de 3 meses, contados a partir de la ejecutoria del presente Acto Administrativo, la explicación y el desarrollo de los ejercicios efectuados para hallar el valor de este impacto, incluyendo las adaptaciones hechas al método desde su fuente original, con el fin de reforzar la validez del resultado indicado y aproximado lo más cerca posible a los verdaderos efectos del proyecto. Alteración de las propiedades físicas, químicas y/o biológicas del suelo: De acuerdo con la evaluación ambiental de este impacto la Empresa argumentó que "...las características del suelo son los rasgos que marcan la diferencia entre un suelo y otro, permiten determinar su capacidad para aceptar, almacenar y reciclar agua, minerales y energía para la producción de cultivos, funcionando dentro de los limites de un ecosistema natural o manejado, sosteniendo la productividad de plantas y animales y preservando un ambiente sano. Algunas características están determinadas por cierta proporción de componentes que determinan propiedades mecánicas del suelo (textura, estructura, color, permeabilidad, porosidad, drenaje, consistencia, profundidad efectiva), otras describen el comportamiento de los elementos, sustancias y componentes que lo integran (pH, capacidad de intercambio) y otras, se presentan en el suelo noria actividad de organismos vivos como animales y plantas dentro y sobre él...". "La adecuada relación entre estos componentes determina la capacidad de hacer crecer las plantas y la disponibilidad de suficientes nutrientes para ellas, por eso, la afectación directa o indirecta de las diferentes actividades antrópicas sobre el suelo, recae de la misma manera sobre las propiedades de este, alterando el desarrollo normal o ideal del mismo...".La Empresa también analizó que algunas actividades del proyecto pueden afectar las condiciones naturales del suelo y por ende su calidad y que el impacto actúa de manera agregada con el cambio en el uso actual del suelo (sinérgico). ECOPETROL explicó que para valorar este impacto se deben incorporar dentro de un mismo indicador del costo de oportunidad del uso del suelo, aquellas actividades relevantes de la zona del AID que usan el suelo como factor productivo, pero que implican una sobre utilización severa, lo que genera un conflicto en el uso del Enn Resolución No. 0 rj U 9 Del 1 2 MAY 2016 de Hoja No. 104 "POR LA CUAL SE MOD FICA EL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ESTABLECIDO MEDIANTE LA RESOLUCIÓN 758 DEL 04 DE JULIO DE 1989, MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN 1237 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2003 Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES" suelo. En este caso, se toma la media del beneficio por participación del área, de acuerdo con los usos del suelo, que representa el costo de oportunidad del uso del suelo en ganadería. La medida de bienestar explicita en esta metodología de valoración corresponde a la evaluación del efecto sobre los beneficios de los productores por unidad de área, en otras palabras, movimientos de la curva de oferta que alteran el excedente del productor. Esta media ponderada se considera como el valor económico potencial de una hectárea que actualmente tiene en la zona un uso tradicional y sobre utilizado de forma severa. La información usada para establecer el costo de oportunidad se obtuvo determinando el valor del beneficio por unidad de área al productor, o precio del productor, el cual incorporó todos los costos asociados a la actividad productiva Las áreas usadas para el análisis se basan en los cinco grupos de uso del suelo en el AID, pudiendo determinar que el uso del suelo productivo predominante es el dedicado a la ganadería con 15094,9 ha (51,3%). Se asume que el conflicto por sobreutilización severa del AID implica el desplazamiento de las actividades con vocación del suelo diferente a las de hidrocarburos al considerar: a) el área conflicto por sobreutilización severa del AID corresponde a 277,84 ha; b) en el AID se ejecutan actividades relacionadas con la explotación de hidrocarburos. Para valorar económicamente la actividad se utilizó la información relacionada con la productividad del sector en el departamento del Huila, con base en lo cual se obtuvo un valor de este impacto que ascendió a la suma de $127.318.382. Con relación a la cuantificación de este impacto, la Autoridad encuentra apropiada la metodología empleada por la Empresa, no obstante, llama la atención acerca de que la misma cubre de manera parcial la afectación suscitada por el impacto dado que no se evidencia en el análisis presentado la inclusión de otros servicios ecosistémicos que pueden verse alterados además del correspondiente a aprovisionamiento, por lo cual es necesario que ECOPETROL S.A. aborde de manera integral las consecuencias del impacto y sobre el ejercicio previamente adelantado explique las razones por las cuales para la cuantificación del impacto sobre la productividad del suelo, únicamente consideró el área establecida por sobre utilización severa y los cálculos elaborados para obtener el valor total presentado, toda vez que no existe claridad en las cifras de las casillas identificadas como "valor', y "valor anual" de la Tabla 5.84, por lo que no fue posible verificar la validez de los mismos. Al respecto, ECOPETROL S.A, deberá entregar en un plazo de 3 meses, contados a partir de la ejecutoria del presente acto administrativo, el desglose de los rubros presentados mediante el uso de una hoja de cálculo. Valoración de Beneficios Contratación de Mano de obra: ECOPETROL S.A, argumentó que los beneficios asociados al desarrollo de un proyecto de esta naturaleza, implican aumento de la competitividad como principal variable impactada y desde una óptica local o especifica, el beneficio tangible corresponde a la contratación de los empleados no calificados. Los beneficios asociados al salario de los empleados no calificados, tendrán efectos sinérgicos que afectarán de manera positiva los impactos alteración de la dinámica laboral; alteración en la dinámica económica local y regional; modificación de la demanda y oferta de servicios públicos, así como la modificación de la demanda y oferta de servicios sociales. La Empresa señaló que el factor salarial base para el cálculo del beneficio incluye el concepto de formalidad de empleo, el cual se obtiene al liquidar un salario mínimo mensual legal vigente de 2015, las prestaciones sociales (cesantías, primas e intereses sobre cesantías), el descanso remunerado, los aportes a seguridad social (pensión, salud y riesgos profesionales) y los parafiscales. Este factor denominado de formalidad es de 0,67 más que el salario base. El salado de referencia para el escenario Sin Proyecto, corresponde al SMMLV. Con relación a la valoración de este impacto, la Autoridad considera acertada la metodología empleada por la Empresa al igual que los cálculos efectuados para su monetización. (...) sobre los indicadores económicos De acuerdo con el ejercicio de valoración económica realizado por ECOPETROL S.A, los indicadores económicos Valor Presente Neto (VPN) y Relación Beneficio- Costo (RBC), resultan positivos, incluso bajo condiciones de sensibilidad con relación a la tasa social de descuento, lo que permitió a la Empresa concluir que el proyecto generará ganancias en bienestar social. Resolución Noo 5 0 9 J Del 1 2 HAY 2016 de Hoja No. 105 í "POR LA CUAL SE MODIFICA EL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ESTABLECIDO MEDIANTE LA RESOLUCIÓN 758 DEL 04 DE JULIO DE 1989, MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN 1237 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2003 Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES" Al respecto esta Autoridad encuentra necesario que la Empresa entregue en un plazo de 3 meses, contados a partir de la ejecutoria del presente acto administrativo, el ajuste de los indicadores teniendo en cuenta las consideraciones realizadas en los anteriores apartados. Adicionalmente se debe sensibilizar el flujo económico a partir de la variación de parámetros de los costos y beneficios más representativos con el fin de asegurar la robustez del análisis presentado. SOBRE EL PLAN DE INVERSIÓN DEL 1% El PMA del proyecto, el cual es objeto de la presente modificación, se estableció en julio de 1989, es decir, con anterioridad a la expedición de la Ley 99 de 1993, la cual estableció en el parágrafo del artículo 43 la obligación de llevar a cabo la inversión del 1%; "Parágrafo. Todo proyecto que involucre en su ejecución el uso del agua, tomada directamente de fuentes naturales, bien sea para consumo humano, recreación, riego o cualquier otra actividad industrial o agropecuaria, deberá destinar no menos de un 1% del total de la inversión para la recuperación, preservación y vigilancia de la cuenca hidrográfica que alimenta la respectiva fuente hídrica. El propietario del proyecto deberá invertir este 1% en las obras y acciones de recuperación, preservación y conservación de la cuenca que se determinen en la licencia ambiental del proyecto." De acuerdo con lo anterior y teniendo en cuenta que el proyecto se ha venido ejecutando con anterioridad a la promulgación de la Ley 99 de 1993, el titular del Plan de Manejo Ambiental no se encuentra obligado a llevar a cabo la inversión del 1%. SOBRE EL PLAN DE CIERRE Y ABANDONO Se considera que las actividades contempladas en el Plan de Abandono y Restauración Final son adecuadas y crresponden a los impactos que se prevé generará el proyecto. El plan de abandono y restauración final deberá cumplir con lo establecido en las fichas del Plan de Manejo Ambiental en cuanto a la recuperación de las áreas intervenidas mediante actividades relacionadas con el restablecimiento de la cobertura vegetal, paisajística y la recuperación de zonas afectadas geomorfológicamente. Una vez finalicen las actividades de producción del proyecto, se iniciará el procedimiento de cierre, desmantelamiento de equipos y abandono de los pozos, recolección de materiales y estructuras asociadas al proyecto en áreas como pozos, localizaciones, baterías, subestaciones eléctricas, al igual que el retiro y disposición de líneas de flujo y lineas de transmisión eléctrica. Para la restauración final se deberá tener en cuenta la caracterización de las coberturas vegetales intervenidas ya que con la recuperación se busca restablecer como mínimo las condiciones de estructura y composición floristica establecidas en la caracterización del componente biótico. Con relación al componente socioeconómico, el Plan de Cierre y Abandono del área intervenida, incluye una adecuada estrategia de información a las comunidades sobre la terminación del proyecto, a la vez que establece que se definirán acciones y acuerdos, así como procedimientos para darle cierre a los posibles pasivos sociales que se puedan generar En el Plan de cierre y abandono, se propone una reunión informativa dirigida a los representantes de las Juntas De Acción Comunal de las veredas del área de influencia directa del proyecto y autoridades locales con el objeto de informar sobre las acciones de cierre y abandono del proyecto. Por esta razón, esta Autoridad considera que el Plan de cierre y abandono incorporó adecuadamente acciones dirigidas al medio social. 6. Que de conformidad con el Concepto Técnico 1143 del 17 de marzo de 2016 y el Memorando Interno de Alcance No 2016023021-3 del 10 de mayo de 2016 , los cuales se acogen mediante el presente acto administrativo, esta Autoridad considera que la información contenida en los documentos presentados por la empresa ECOPETROL S.A. para la modificación del Plan de Manejo Ambiental establecido a través de la Resolución 758 del 04 de julio de 1989, modificada por la Resolución No.0 5o Hoja No. 106 Del -I 2 MAY 2016- de "POR LA CUAL SE MODIFICA EL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ESTABLECIDO MEDIANTE LA RESOLUCIÓN 758 DEL 04 DE JULIO DE 1989, MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN 1237 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2003 Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES" Resolución 1237 del 18 de noviembre de 2003, es suficiente respecto a la evaluación y justificación técnica de la modificación requerida y las medidas de manejo ambiental a implementar durante las actividades que se proponen desarrollar, en consecuencia, se considera viable la modificación del mencionado Plan de Manejo Ambiental - PMA, de conformidad con los términos, condiciones y obligaciones a establecer en la parte resolutiva del presente Acto Administrativo. Que en mérito de lo expuesto, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. Modificar el artículo primero de la Resolución 758 del 04 de julio de 1989, modificada por la Resolución 1237 del 18 de noviembre de 2003, en el sentido de adicionar el Plan de Manejo Ambiental presentado por la empresa ECOPETROL S.A. para los campos Balcón, San Francisco y Palermo, localizados en jurisdicción de los municipios de Alpe, Neiva y Palermo en el departamento del Huila, dentro de las siguientes coordenadas: CAMPO DE PRODUCCIÓN BALCÓN CAMPO DE PRODUCCIÓN SAN FRANCISCO Campo B I DATUM MAGNA SIRGAS, Origen Central VERTICE ESTE NORTE N 866104,926 847101,620 0 865174,962 844501,648 P 858825,200 840721,683 858125,229 837131,722 Q R 852805,422 838981,695 856385,281 847921,600 S T 859225,174 850851,571 U 863155,030 851001,574 Campo San Fra DATUM MAGNA SIRGAS, VERTICE Origen Central ESTE NORTE I 851016,841 636032,605 J 858035,235 834831,747 K 858609,275 831813,192 L 857417,084 829905,240 M 856796,693 828912,374 V 855045,372 826109,596 W 854762,993 826189,701 X 854514,284 826321,993 y 853979,825 826184,409 z 853248,250 825896,674 AA 852291,408 826927,379 850944472 827117,867 AB AC 850074,718 828010,232 AD 849072,242 828177,943 AE 848785,894 828225,848 AF 849107,094 830747,223 g Resolución No. Del de Hoja No. 107 .1 2 MAY 2016 "POR LA CUAL SE MODIFICA EL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ESTABLECIDO MEDIANTE LA RESOLUCIÓN 758 DEL 04 DE JULIO DE 1989, MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN 1237 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2003 Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES" CAMPO DE PRODUCCIÓN PALERMO Campo Palermo DATUM MAGNA SIRGAS, Origen Central VERTICE ESTE NORTE A 858340,062 817795,515 B 857861,851 816165,613 c 856955,294 817301,939 D 856955,292 818660,834 ARTÍCULO SEGUNDO. La presente modificación del Plan de Manejo Ambiental, autoriza ambientalmente a la empresa ECOPETROL S.A. la realización de las siguientes actividades y obras de infraestructura, bajo las características, condiciones y obligaciones que se establecen a continuación: 1. El mantenimiento y adecuación de las vías existentes al interior de los Campos Balcón, San Francisco y Palermo, con la siguiente relación por campo: Palermo 2,49 km, San Francisco 21,52 km y Balcón 31,846 km. 1.1.El mantenimiento y adecuación de las vías existentes consistirá en: demolición y remoción, mejoramiento altimétrico y geométrico, construcción de rellenos y terraplenes, localización y replanteo, remoción de cobertura vegetal y descapote, movimientos de tierra, conformación de la superficie de rodadura, construcción de obras de geotecnia y estabilización de taludes, construcción, adecuación y mantenimiento de obras de drenaje y limpieza de obras para el manejo del drenaje superficial con sus especificaciones tipo. Obligaciones a. Garantizar el normal tránsito de las aguas de escorrentía, mediante la construcción del número de obras de drenaje necesarias con la frecuencia y dimensionamiento adecuados, de tal forma que se evite la incidencia de las obras en la dinámica hídrica natural de la zona, que no se propicien zonas de inundación adicionales, y que se garantice la estabilidad general de la estructura, con el fin de prevenir la generación de conflictos socio-ambientales. b. Los diseños de los terraplenes, la ubicación, el número y tipo de obras de drenaje y demás aspectos relacionados con la adecuación de las vías, deben reportarse en los planes de manejo específicos. c. En los sitios donde se requiera ocupación de cauces, se deberán construir las obras pertinentes, no podrá realizarse el cruce de tráfico y/o maquinaria pesada a través de los cauces en ninguna época del año, aunque estos se encontraren sin caudal. d. Las labores de mantenimiento vial se deben realizar con la frecuencia necesaria, dado que la movilización del tráfico pesado genera impactos como el deterioro constante de la malla vial, la generación de conflictos con las comunidades, y el riesgo de accidentalidad cuando se realiza a través de vías que no cuenten con el debido mantenimiento. e. La actividad de mantenimiento no es una labor exclusiva al interior del área donde se desarrolla el proyecto, es decir que si resultara indispensable alguna labor de mantenimiento de los corredores viales utilizados para la seguridad del transporte de los fluidos que se salen del área, la Empresa deberá coordinar su ejecución con las autoridades competentes y/o con los demás usuarios, con el fin de garantizar la continuidad de sus actividades y la seguridad de las mismas. Resolución No. 05 0 9 Del 1.2 MAY 2016 de Hoja No. 108 "POR LA CUAL SE MODIFICA EL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ESTABLECIDO MEDIANTE LA RESOLUCIÓN 758 DEL 04 DE JULIO DE 1989, MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN 1237 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2003 Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES" f. Garantizar el tránsito normal de la población de forma permanente durante la ejecución de las actividades de adecuación. g. El material requerido para las adecuaciones deberá ser obtenido de fuentes autorizadas de la región, llevando un registro de las cantidades compradas el cual deberá adjuntarse en los Informes de Cumplimiento Ambiental. h. Restringir durante la adecuación de las vías al interior del Área de Perforación Exploratoria la intervención de las rondas de protección de 100 m de los nacederos. (Presentar en el próximo Informe de Cumplimiento Ambiental la cartografía georeferenciada de las vías objeto de adecuación que dé cuenta que las rondas de protección son mínimo de 100 metros). 2. La construcción de vías de acceso nuevas en un máximo de 184,5 km, en trayectos que no superarán los 4,5 km de longitud, distribuidos por campo de la siguiente manera: - Campo Balcón 67,5 km, de los cuales 27 km serán construidos para el acceso a nuevas locaciones y 40,5 para el acceso a NFE (Near field exploration). - Campo San Francisco 99 km de los cuales 45 km serán para el acceso a nuevas locaciones y 54 km para el acceso a NFE. Campo Palermo en donde se construirán 18 km de vías para el acceso a nuevas locaciones. 2.1. Las vías a construir deberán cumplir con las siguientes especificaciones: ÍTEM Longitud proyectada por cada vía nueva Derecho de via Ancho de banca Ancho de calzada Altura de terraplén Espesor del afirmado Taludes de corte Taludes de terraplén Radio de curvatura Bombeo Pendiente Longitudinal Cunetas PERFIL DEL TERRENO Plano Ondulado ANCHO DE CALZADA (m) 4,50 4,50 Montañoso 5,50 Escarpado 6,00 ESPECIFICACIÓN S 4.5 km 12,00 m Variable: entre 4,50 y 7,00 ni Según el ancho de la calzada Variable: entre 4,50 y 6,00 m Según lo especificado en la siguiente tabla Variable: entre 0,5 y 2 m Según las condiciones del sitio Variable: entre 0,20 y 0,30 m 1H:1 V Estabilizados y protegidos una vez perfilados 1,5 H : 1 V Estabilizados y protegidos una vez perfilados 22 m. mínimo 2 % mínimo 18 % máximo En V perfiladas sobre rasante, con pendiente mínima de 1% OBRAS ADICIONALES Bahías de sobrepaso cada 500 m Bahías de sobrepaso cada 500 m, sobre anchos en curvas y cunetas en V a lado y lado. Bahías de sobrepaso cada 500 m, sobre anchos en curvas y cunetas en V a lado y lado. 2.2. El proceso constructivo de las vías incluye las siguientes actividades: - Revisión general de los corredores existentes. Resolución No. 050 9 Del 12 MAY 2016 de Hoja No. 109 (-- "POR LA CUAL SE MODIFICA EL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ESTABLECIDO MEDIANTE - \ LA RESOLUCIÓN 758 DEL 04 DE JULIO DE 1989, MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN 1237 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2003 Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES" - Localización. - Diseño de obras civiles. - Replanteo. - Remoción de cobertura y descapote. - Corte, relleno, conformación de la banca y compactación. - Adecuación y/o construcción de obras de drenaje. - Nivelación, compactación y afirmado. Obligaciones a. Presentar los diseños tipo que se aplicarían a estas vías, describiendo los métodos y etapas constructivas, tanto de las vías como de las posibles obras de arte asociadas a las mismas. b. El trazado de las vías definitivas deberá respetar la zonificación de manejo ambiental que se establece en el presente Acto Administrativo. c. Los trazados considerarán el sentido del flujo superficial del agua, con el fin de evitar con dicho desarrollo la intervención innecesaria de cauces, minimizar la construcción de obras de arte en los nuevos corredores y favorecer la dinámica hídrica superficial de la zona. d. En la construcción de los accesos, incluir la adecuación de alcantarillas y demás obras de arte con sus respectivas estructuras sedimentadoras y de descole que sean necesarias para facilitar el drenaje de las aguas de escorrentía y que minimicen el aporte de sólidos hacia las áreas inundables y ecosistemas sensibles. e. Construir obras de drenaje suficientes y adecuadas, sobre las vías de acceso, de tal forma que garantice el normal flujo de las aguas entre los dos costados de las vías de acceso de manera permanente. Dichas obras se deberán construir al momento de conformar el terraplén correspondiente, con base en una evaluación de los eventos hidrológicos extremos como mínimo para un periodo de retorno de 10 años y de la dinámica hídrica de la zona a intervenir por el derecho de vía. El material de relleno granular para los tramos terraplenados será adquirido de canteras o balasteras con licencia ambiental y minera. f. Evitar el desarrollo de las vías por zonas de bajos inundables que requieran la adecuación de obras de paso o grandes movimientos de tierra o una afectación mayor al entorno. g. Desarrollar las actividades constructivas preferiblemente en época de estiaje para minimizar la afectación sobre los recursos y principalmente sobre ras condiciones hídricas de la zona. h. Realizar un mantenimiento permanente, durante todas las fases del proyecto, de las vías de acceso a construir, garantizando su estabilidad, control de procesos erosivos, manejo de aguas, control de emisión de material particulado y tránsito normal de la población. Presentar en los Informes de Cumplimiento Ambiental (ICA) los soportes documentales y fotográficos respectivos. i. Presentar en cada uno de los Planes de Manejo Ambiental Específicos para cada plataforma, los diseños definitivos de las vías nuevas a construir. Resolución No. o5o 2016 - de Hoja No. 110 by Dei "POR LA CUAL SE MODIFICA EL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ESTABLECIDO MEDIANTE LA RESOLUCIÓN 758 DEL 04 DE JULIO DE 1989, MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN 1237 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2003 Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES" 12 j. Garantizar la estabilidad geotécnica de las vias de acceso mediante la implementación de las obras o medidas necesarias (recuperación, revegetalización, etc.), así corno realizar el seguimiento a las mismas para garantizar la estabilidad. k. La construcción de las vías deberá realizarse de conformidad con lo establecido en el "Manual de Diseño geométrico de Carreteras, 2008" del INVIAS. I Dentro de los planes de construcción de vías, la Empresa deberá atender los procesos erosivos, esto con el fin de no incrementarlos con las obras que se realicen, garantizando así su estabilidad. m. Presentar el plan de recuperación paisajística y diseñar las vías de manera que éstas se integren al paisaje, respetando en lo posible las geoformas y topografía de los Campos. n. El material requerido para la construcción de nuevas vías deberá ser obtenido de fuentes autorizadas de la región, llevando un registro de las cantidades compradas, esto deberá ser adjuntado en los Informes de Cumplimiento Ambiental. 3. La ampliación de locaciones existentes hasta 2,5 ha, áreas en las cuales se ubicarán los componentes descritos por la Empresa en la documentación técnica y ambiental presentada como soporte para la modificación del Plan de Manejo Ambiental. Obligaciones a La ampliación de las locaciones existentes, se debe realizar de acuerdo con las restricciones establecidas en la Zonificación de Manejo Ambiental y las fichas de manejo. b. Durante el proceso constructivo, la Empresa deberá buscar realizar la menor afectación posible sobre las formas del terreno y tener especial cuidado durante el almacenamiento temporal del material de excavación, en el sentido de evitar que este, por acción del viento y de la lluvia, fluya hacia los cuerpos de agua. c. Una vez adecuada el área, implementar el sistema de control y manejo de la escorrentía a partir de la construcción de obras de drenaje y manejo geotécnico como cunetas en concreto, skimmer, estructuras disipadoras de energía y barreras, el cual debe impedir que se acentúen los procesos erosivos y la saturación y/o inundación de predios adyacentes. d. Con el fin de minimizar el impacto ambiental que se puede generar por el aporte de sedimentos y materiales provenientes del relleno y de perfilamiento de las plataformas multipozo y áreas intervenidas (material arcilloso) hacia los cuerpos de agua y los ecosistemas cercanos al sitio en donde se ubicarán las plataformas, diseñar y construir las obras de control y manejo de la escorrentía como cunetas y skimmer, con capacidad hidráulica suficiente para evacuar los caudales máximos de escorrentía que se generen. e. Los diseños definitivos de las locaciones incluyendo los componentes descritos en la solicitud, deberán allegarse en los respectivos Planes de Manejo Ambiental específicos para cada plataforma, estableciendo entre otros aspectos los volúmenes de cobertura vegetal y material de excavación a remover. 4. La construcción de un total de 20 nuevas locaciones en áreas de operación actuales con un área total de 47,5 ha, distribuidas así: - 6 locaciones que ocuparan máximo 2,5 ha en el Campo Balcón. Resolución No. 050 90e1 12 MAY 2016 de Hoja No. 111 i r "POR LA CUAL SE MODIFICA EL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ESTABLECIDO MEDIANTE LA RESOLUCIÓN 758 DEL 04 DE JULIO DE 1989, MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN 1237 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2003 Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES" - 10 locaciones que ocuparan máximo 22,5 ha para el campo San Francisco. - Para el campo Palermo, 4 locaciones que ocuparán un área máxima de 10 ha. Obligaciones a. La ubicación de las nuevas locaciones a construir se debe realizar de acuerdo con las restricciones establecidas en la Zonificación de Manejo Ambiental. b. Durante el proceso constructivo, la Empresa deberá buscar realizar la menor afectación posible sobre las formas del terreno y tener especial cuidado durante el almacenamiento temporal del material de excavación, en el sentido de evitar que este, por acción del viento y de la lluvia, fluya hacía los cuerpos de agua. c. Una vez adecuada el área, se debe implementar el sistema de control y manejo de la escorrentía a partir de la construcción de obras de drenaje y manejo geotécnico como cunetas en concreto, skimmer, estructuras disipadoras de energía y barreras, el cual debe impedir procesos erosivos y la saturación y/o inundación de predios adyacentes. d. Con el fin de minimizar el impacto ambiental que se puede generar por el aporte de sedimentos y materiales provenientes del relleno y de perfilamiento de las plataformas multipozo y áreas intervenidas (material arcilloso) hacia los cuerpos de agua y los ecosistemas cercanos al sitio en donde se ubicarán las plataformas, ECOPETROL S.A. deberá diseñar y construir las obras de control y manejo de la escorrentía como cunetas y skimmer, con capacidad hidráulica suficiente para evacuar los caudales máximos de escorrentía que se generen. e. Los diseños definitivos de las locaciones incluyendo los componentes descritos en la solicitud, deberán allegarse en los respectivos Planes de Manejo Ambiental específicos para cada plataforma, estableciendo entre otros aspectos los volúmenes de cobertura vegetal y material de excavación a remover. 5. La construcción de 21 locaciones en los campos Balcón y San Francisco, con un área máxima por locación de 2.5 ha, en áreas cercanas de las zonas de producción actuales NFE (Near Field Exploration). Obligaciones a. La ubicación de las nuevas locaciones a construir se debe realizar de acuerdo con las restricciones establecidas en la Zonificación de Manejo Ambiental. b. Durante el proceso constructivo la Empresa deberá buscar realizar la menor afectación posible sobre las formas del terreno y tener especial cuidado durante el almacenamiento temporal del material de excavación, en el sentido de evitar que este, por acción del viento y de la lluvia, fluya hacía los cuerpos de agua. c. Una vez adecuada el área, se debe implementar el sistema de control y manejo de la escorrentía a partir de la construcción de obras de drenaje y manejo geotécnico como cunetas en concreto, skimmer, estructuras disipadoras de energía y barreras, el cual debe impedir procesos erosivos y la saturación y/o inundación de predios adyacentes. d. Con el fin de minimizar el impacto ambiental que se puede generar por el aporte de sedimentos y materiales provenientes del relleno y de perfilamiento de las plataformas multipozo y áreas intervenidas (material arcilloso) hacia los cuerpos de agua y los ecosistemas cercanos al sitio en donde se ubicarán las plataformas, ECOPETROL S.A. deberá diseñar y construir las obras de control y manejo de la escorrentía como cunetas Resolución No. 05 9 Del 1 2 MAY 2016 de Hoja No. 112 f "POR LA CUAL SE MODIFICA EL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ESTABLECIDO MEDIANTE LA RESOLUCIÓN 758 DEL 04 DE JULIO DE 1989, MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN 1237 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2003 Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES" y skimmer, con capacidad hidráulica suficiente para evacuar los caudales máximos de escorrentía que se generen. e. Los diseños definitivos de las locaciones incluyendo los componentes descritos en la solicitud deberán allegarse en los respectivos Planes de Manejo Ambiental específicos para cada plataforma, estableciendo entre otros aspectos los volúmenes de cobertura vegetal y material de excavación a remover. 6. La construcción y conformación de una zona de disposición de materiales de excavación (ZODME) por cada cuatro (4) locaciones construidas, cada una con un área máxima de 4Ha. 6.1. La adecuación del área para ZODME deberá cumplir con los siguientes parámetros generales: 150. Taludes Obras de drenaje j. 2H:1V Perfilados y revegetalizados Filtros longitudinales y transversales en la base dispuestos en forma de espina de pescado Zanjas de corona, cunetas en las terrazas y canales perimetrales en la base Variable de acuerdo al área y en terrazas de máximo 3,0 m de altura Altura Bombeo de la corona y 2-3 % terrazas Por capas compactadas con buldócer o similar en espesores menores de 0,40 m o el que Método de relleno establezca el geotecnista Estructuras de Si se requieren: gaviones, trinches, geomallas, sacos rellenos, tierra armada, etc. contención y soporte Area Se define de acuerdo con el mapa de zonificación de manejo ambiental y el volumen de sobrantes a disponer Obligaciones a Las ZODME deben quedar lo suficientemente alejadas de cuerpos de agua para asegurar que en ningún momento, el nivel alto sobrepase la cota más baja de los materiales colocados en el depósito. b. No colocar materiales en los lechos de ríos o quebradas, ni en las franjas definidas dentro de la zonificación ambiental establecida en el presente Acto Administrativo, evitando la contaminación de las corrientes por efecto de las ZODME. c. Las aguas infiltradas o provenientes de los drenajes, deberán ser conducidas a un sedimentador antes de su entrega al medio receptor. d. Planificar cuidadosamente la forma como se colocarán los materiales en las Zodmes, para lo cual se deberá zonificar, construir los accesos que sean necesarios y establecer los drenajes adecuados para cada zona. e. No colocar materiales en sitios donde la capacidad de soporte de los suelos no permita su disposición segura, ni en lugares donde puedan perjudicar las condiciones ambientales o donde la población quede expuesta a algún tipo de riesgo. f. Estas zonas deberán seleccionarse tomando en consideración el volumen de material sobrante, las características físicas de cada lugar, la ubicación más conveniente para el proyecto, así como las características geológicas, topográficas y de drenaje. Resolución No. a Del 1 2 MAY 2016 de Hoja No. 113 "POR LA CUAL SE MODIFICA EL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ESTABLECIDO MEDIANTE LA RESOLUCIÓN 758 DEL 04 DE JULIO DE 1989, MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN 1237 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2003 Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES" g. Evitar sitios en donde se puedan generar asentamientos del terreno que pongan en peligro la estabilidad de las ZODME. h La disposición de inertes (material sobrante) de la actividad de corte (excavación) deberá hacerse en un área, en lo posible con poca vegetación y con poca pendiente. i. No generar contaminación sobre las aguas superficiales o subterráneas. Evitar los sitios que representen riesgos para los recursos naturales y/o la población por ocurrencia de sismos, contaminación atmosférica o generación de ruido. k. En estas zonas se debe evitar áreas con posibles fallas, por deslizamientos de la nueva masa colocada y la interacción de esta con el material encontrado en el sitio de disposición. También evitar la obstrucción de corrientes de agua o su contaminación con los residuos. I Respetar las zonas de exclusión identificadas en el Plan de Manejo Ambiental presentado y en la zonificación de manejo ambiental establecida al proyecto en el presente Acto Administrativo. m. No construir Zodmes sobre cruces de cuerpos de agua, ni en sus rondas hídricas, lineas de abastecimiento de acueducto o infraestructura asociada a captación, cruces de redes eléctricas o de gas, lineas de transmisión eléctrica, servidumbres, ni cerca de infraestructura habitacional. n. Terminada la colocación del material, se construirán canales interceptores en la corona del depósito y a lo largo del mismo. Los descoles de estos drenajes se deberán llevar hasta los canales naturales o niveles base. o Las ZODME se deberán adecuar una a una y solo una vez se haya completado la capacidad de disposición de material (5.000n13), se podrá proceder a la adecuación de la siguiente ZODME.Una vez terminada la disposición de desechos, las ZODME deberán clausurarse; procediendo a su revegetalización y obras finales de estabilización. Estas últimas incluyen la construcción del sistema de cunetas evacuantes de las aguas lluvias que caerán sobre la superficie del depósito. Con este sistema se busca evitar la infiltración del agua superficial, mediante su evacuación rápida y eficiente. 7. La construcción de un centro de acopio de residuos industriales con un área máxima de 3ha en el campo San Francisco o en el campo Balcón. Obligaciones a. La construcción y operación del centro de acopio de residuos deberá ceñirse a la definición de acopio establecida en el Decreto 1076 de 2015 "Acopia Acción tendiente a reunir productos desechados o descartados por el consumidor al final de su vida útil y que están sujetos a planes de gestión de devolución de productos post-consumo, en un lugar acondicionado para tal fin, de manera segura y ambientalmente adecuada, a fin de facilitar su recolección y posterior manejo integral. El lugar donde se desarrolla esta actividad se denominará centro de acopio". b. Durante el proceso constructivo, la Empresa deberá buscar realizar la menor afectación posible sobre las formas del terreno y tener especial cuidado durante el Resolución No. 9 Del 1 2 MAY 201 de Hoja No. 114 "POR LA CUAL ODIFICA EL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ESTABLECIDO MEDIANTE LA RESOLUCIÓN 758 DEL 04 DE JULIO DE 1989, MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN 1237 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2003 Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES" almacenamiento temporal del material de excavación, en el sentido de evitar que éste, por acción del viento y de la lluvia, fluya hacía los cuerpos de agua. c. Una vez adecuada el área, implementar el sistema de control y manejo de la escorrentía a partir de la construcción de obras de drenaje y manejo geotécnico como cunetas en concreto, skimmer, estructuras disipadoras de energía y barreras, el cual debe impedir procesos erosivos y la saturación y/o inundación de predios adyacentes. d. Con el fin de minimizar el impacto ambiental que se puede generar por el aporte de sedimentos y materiales provenientes del relleno y de perfilamiento de las áreas intervenidas (material arcilloso) hacia los cuerpos de agua y los ecosistemas cercanos al sitio en donde se ubicará el centro de acopio de residuos industriales, diseñar y construir las obras de control y manejo de la escorrentía como cunetas y skimmer, con capacidad hidráulica suficiente para evacuar los caudales máximos de escorrentía que se generen para un periodo de retomo de 10 años. e. Los skimmer deberán diseñarse con un tiempo de retención hidráulica que garantice una alta eficiencia en la retención de sólidos que arrastra la escorrentía. f. Respecto a su ubicación, este centro de acopio de residuos indsutriales, deberá construirse según la zonificación de manejo ambiental aprobada o establecida en el presente Acto Administrativo, respetando una distancia mínima de 100m de á línea de crecidas máximas de inundación de una corriente permanente o no, para una creciente con un período de retorno de 10 años, y asegurando que en ningún momento el nivel freático sobrepase la cola más baja de los materiales colocados en las celdas o en las piscinas de recibo y tratamiento para evitar la contaminación de las aguas superficiales y subterráneas, por escorrentía o por infiltración. Los diseños definitivos incluyendo las áreas requeridas para las actividades a desarrollar, deberán allegarse en el Plan de Manejo Ambiental especifico para la primera plataforma a construir de las aqui autorizadas, estableciendo entre otros aspectos los volúmenes de cobertura vegetal y material de excavación a remover. h. El sitio de acopio debe estar señalizado y localizado al menos a 100m de cualquier receptor sensible como cuerpos de agua, hospitales, escuelas, sitios de almacenamiento y preparación de alimentos. i. Debe estar localizado en terrenos no inundables, apartados de vías de comunicación o peatonales y lejos de movimiento de maquinaria pesada, con piso de material impermeable, listo, libre de grietas y techado, con ventilación adecuada y con sistemas de contención secundaria de derrames con una berma adecuada para contener el volumen de aceite en los equipos. El sitio debe poseer estibas para ubicar los transformadores sobre éstas y sujetarlos de manera adecuada. k. El sitio debe contar con espacio interior libre que facilite la movilidad de los envases, fácil acceso para cargue, movimientos internos y transporte. Debe tener un desnivel en dirección a una trampa colectora y bordillo perimetral. Además, el techo debe tener canaletas de recolección de aguas lluvias y a su vez impedir la entrada de éstas al sitio. I. Debe contar con ventilación natural y espacio abierto entre la parte superior de los muros y el techo, así como con extintores o sistema contra incendios. Resolución No.0 5o9 Del 1 2 MAY 2016 de Hoja No. 115 r "POR LA CUAL SE MODIFICA EL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ESTABLECIDO MEDIANTE LA RESOLUCIÓN 758 DEL 04 DE JULIO DE 1989, MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN 1237 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2003 Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES" m. Debe estar señalizado exteriormente como almacenamiento de residuos sólidos y en cada división interna con los rombos de seguridad de acuerdo al residuo. Además, debe contar con estibado de unidades de embalaje y sistema de aislamiento para residuos incompatibles. n. No exceder su capacidad de almacenamiento. 8. La operación y mantenimiento de 457,85 Km de líneas, de los cuales 8,85 se operarán en el campo Palermo, 408,159 en el campo San Francisco y 40,85 en el campo Balcón. 9. La construcción de las siguientes líneas de flujo, según zonificación ambiental y/o paralelas a los derechos de vía existente, así: 9.1. Campo Palermo: i. Construcción de líneas de flujo en áreas de operación, trazado definido según zonificación ambiental, hasta de 9 kilómetros por línea, y/o paralelo a los derechos de vía de las líneas de flujo existentes del campo Palermo. Construcción de líneas de transporte de agua desde las líneas existentes hasta facilidades de inyección a construir, según zonificación de manejo ambiental establecida. 9.2. Campo San Francisco: i. Construcción de líneas de flujo (crudo, agua y gas) con diámetro de hasta 8" en áreas del campo, el trazado estará definido según zonificación ambiental, de hasta 15 kilómetros por línea, y/o paralelo a los derechos de vía de las líneas de flujo existentes o áreas nuevas con servidumbre constituida. ii. Construcción de líneas de flujo, que interconecten al campo San Francisco con campos Operativos de Ecopetrol S.A. y asociadas, de hasta 6" de diámetro, enmarcadas en las áreas de influencia directa, en lineamiento con la zonificación de manejo ambiental establecida. iii. Construcción de lineas de transporte de agua desde las líneas existentes de los pozos Babillas 1 y Babillas 2 hasta facilidades de inyección existentes y/o a construir, según la zonificación de manejo ambiental establecida. iv. Construcción de líneas de crudo, prueba e inyección de 2" a 6" paralelas a las vías a construir, con una longitud de 4.5 km para un total de 54 kilómetros nuevos para NFE (Near field exploration). 9.3. Campo Balcón: i Construcción de líneas de flujo (crudo, agua y gas) con diámetro de hasta 8" en áreas del campo, el trazado estará definido según zonificación de manejo ambiental establecida, de hasta 15 kilómetros por linea, y/o paralelo a los derechos de vía de las líneas de flujo existentes, o áreas nuevas con servidumbre constituida. U. Construcción de líneas de flujo, que interconecten al campo Balcón con campos Operativos de Ecopetrol S.A. y asociadas, de hasta 6" de diámetro, enmarcadas en las áreas de influencia directa, en lineamiento con la zonificación de manejo ambiental establecida. Resolución No. 05o LIDel 1 2 MAY 2016 de Hoja No. 116 "POR LA CUAL SE MODIFICA EL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ESTABLECIDO MEDIANTE LA RESOLUCIÓN 758 DEL 04 DE JULIO DE 1989, MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN 1237 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2003 Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES" iii. Construcción de líneas de transporte de agua desde las líneas existentes con los pozos Babillas 1 y Babillas 2, hasta facilidades de inyección existentes y/o a construir, en las áreas enmarcadas dentro del AID, según zonificación de manejo ambiental establecida. iv. Construcción de líneas de crudo, prueba e inyección de 2" a 6" paralelas a las vías a construir con una longitud de hasta 4.5 km para un total de 40.5 kilómetros nuevos para NFE. Obligaciones a. La instalación de la tubería deberá ser preferencialmente enterrada. b. Toda zona donde la tubería requiera instalación superficial, deberá ser debidamente aislada de la actividad ganadera mediante cercas de alambre, a las cuales deberá realizársele mantenimiento continuo; adicionalmente, en todos los sitios de acceso a los predios y/o potreros, la tubería deberá ser enterrada. c. Teniendo en cuenta la sensibilidad ambiental de algunas zonas del área de influencia directa del proyecto, éstas deberán evitarse en lo posible para la instalación de líneas de flujo; no obstante, de resultar indispensable el trazado a través de dichas zonas, se requeriría el análisis específico y técnicamente sustentado sobre el sistema de instalación, el cual deberá ser presentado en los Planes de Manejo Ambiental específicos. d. Los cruces con corrientes aéreos deberán estar sobre marcos H y los subfluviales mediante perforación dirigida, dependiendo las características específicas del cauce y del terreno. La primera opción deberá ser la de perforación dirigida, con el fin de reducir la generación de riesgos sobre el cauce durante la etapa operativa; en este caso es necesario tener en cuenta además del derecho de vía, el área requerida para la plataforma de ubicación del taladro, la cual no fue reportada en la presente modificación, y por lo tanto deberá sustentarse técnicamente, informarse en los PMA específicos, y limitarse a la indispensable para la ejecución de la actividad; igualmente, dichos planes de manejo específicos deberán contener los estudios y diseños de ingeniería detallados de estos cruces especiales. e. La ejecución de cruces con corrientes de forma aérea (sobre marcos H), solo podrá efectuarse si las características específicas del sitio no permitieran el método subfluvial con perforación dirigida, lo cual deberá demostrarse en los estudios específicos, enfatizando en las características geométricas del cauce y del terreno, en los estudios geotécnicos detallados del subsuelo y, en los análisis hidrológicos e hidráulicos específicos del cauce y del sitio del cruce. Los respectivos estudios y diseños de ingeniería detallada deberán allegarse en los planes de manejo específicos. f. Los cruces con vías deberán ser enterrados mediante perforación dirigida, o mediante zanja abierta, dependiendo del tipo de vía. 10. La operación de facilidades tempranas dentro de las locaciones existentes y proyectadas, sin que excedan el área a intervenir de 2.5ha en los campos Palermo, Balcón y San Francisco. Resolución No. 0 5 0 u Del 1 2 MM 2016 de Hoja No. 117 "POR LA CUAL SE MOD F CA EL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ESTABLECIDO MEDIANTE LA RESOLUCIÓN 758 DEL 04 DE JULIO DE 1969, MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN 1237 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2003 Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES" Obligaciones a. Con el fin de garantizar que las estructuras que hagan parte del sistema de manejo de las aguas limpias y contaminadas construidas al interior de las facilidades, cuenten con capacidad suficiente para evacuar de manera permanente grandes volúmenes de agua, principalmente durante la temporada de lluvias, estas estructuras deberán diseñarse y construirse, con base en cálculos hidráulicos que tomen en cuenta caudales máximos para un periodo de retorno como mínimo de 10 años. b. Con el fin de evitar la posible contaminación de las aguas subterráneas y las fuentes superficiales por arrastre de sustancias contaminantes, todas las áreas de operación al interior de las facilidades en donde se puedan generar residuos líquidos contaminados, deberán estar dotadas con piso en concreto y sistemas para el manejo de aguas, de manera que se facilite que cualquier derrame de fluido aceitoso sea conducido a un skimmer, para luego ser integrado al sistema de tratamiento de aguas residuales industriales. c. Todo sector donde se utilicen aceites, combustibles y productos químicos debe ser impermeabilizado con placas de concreto y dotado con canales conectados a trampas de grasas o cajas recolectoras. Para el almacenamiento de combustibles y ACPM se deberá construir un dique perimetral sobredimensionado en un 10% del volumen de los tanques, revestido en concreto en su interior para retener cualquier posible escape o fuga de combustibles. 11.La ampliación de la batería Balcón, hasta un área adicional de 3ha, teniendo en cuenta la zonificación de manejo ambiental establecida. La ampliación de la batería Balcón se encuentra sujeta al cumplimiento de las siguientes obligaciones: i. Con el fin de garantizar que las estructuras que hagan parte del sistema de manejo de las aguas limpias y contaminadas construidas al interior de las Facilidades, cuenten con capacidad suficiente para evacuar de manera permanente grandes volúmenes de agua, principalmente durante la temporada de lluvias, estas estructuras deberán diseñarse y construirse, con base en cálculos hidráulicos que tomen en cuenta caudales máximos para un periodo de retorno como mínimo de 10 años. H. Con el fin de evitar la posible contaminación de las aguas subterráneas y las fuentes superficiales por arrastre de sustancias contaminantes, todas las áreas de operación al interior de las facilidades en donde se puedan generar residuos líquidos contaminados, deberán estar dotadas con piso en concreto y sistemas para el manejo de aguas, de manera que se facilite que cualquier derrame de fluido aceitoso sea conducido a un skimmer, para luego ser integrado al sistema de tratamiento de aguas residuales industriales. iii. Todo sector donde se utilicen aceites, combustibles y productos químicos debe ser impermeabilizado con placas de concreto y dotados con canales conectados a trampas de grasas o cajas recolectoras. Para el almacenamiento de combustibles y ACPM se deberá construir un dique perimetral sobredimensionado en un 10% del volumen de los tanques, revestido en concreto en su interior para retener cualquier posible escape o fuga de combustibles. 12.La construcción de una facilidad de 7 ha en el campo Balcón y de una facilidad de 7 ha en el campo San Francisco, su ubicación será acorde con la zonificación de manejo ambiental establecida en este Acto Administrativo. Resolución No. 0509 Dei 1 2 MAY 2016. de Hoja No. 118 "POR LA CUAL SE MODIF CA EL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ESTABLECIDO MEDIANTE LA RESOLUCIÓN 758 DEL 04 DE JULIO DE 1989, MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN 1237 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2003 Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES" Obligaciones a. Con el fin de garantizar que las estructuras que hagan parte del sistema de manejo de las aguas limpias y contaminadas construidas al interior de las Facilidades, cuenten con capacidad suficiente para evacuar de manera permanente grandes volúmenes de agua, principalmente durante la temporada de lluvias estas estructuras deberán diseñarse y construirse, con base en cálculos hidráulicos que tomen en cuenta caudales máximos para un periodo de retorno como mínimo de 10 años. b. Con el fin de evitar la posible contaminación de las aguas subterráneas y las fuentes superficiales por arrastre de sustancias contaminantes, todas las áreas de operación al interior de las Facilidades en donde se puedan generar residuos líquidos contaminados, deberán estar dotadas con piso en concreto y sistemas para el manejo de aguas, de manera que se facilite que cualquier derrame de fluido aceitoso sea conducido a un skimmer, para luego ser integrado al sistema de tratamiento de aguas residuales industriales. c. Todo sector donde se utilicen aceites, combustibles y productos químicos debe ser impermeabilizado con placas de concreto y dotados con canales conectados a trampas de grasas o cajas recolectoras. Para el almacenamiento de combustibles y ACPM se deberá construir un dique perimetral sobredimensionado en un 10% del volumen de los tanques, revestido en concreto en su interior para retener cualquier posible escape o fuga de combustibles. 13. La construcción de un sistema de tratamiento e inyección de fluidos por campo, como proyecto piloto por tres (3) años, de acuerdo con las condiciones establecidas en el Plan de Manejo Ambiental para los campos Balcón, San Francisco y Palermo, para lograr las actividades de recobro mediante: Inyección de agua. Aguas mejoradas (ASP). Inyección de gas (CO2 y N2). 13.1. Estas Metodologías se emplearán con el ánimo de realizar un análisis adecuado y detallado de los impactos propios de la actividad, teniendo en cuenta las condiciones específicas del proyecto, (equipos, insumos a utilizar, áreas específicas destinadas para el desarrollo de la misma, programa de mantenimiento y monitoreo de equipos a utilizar) y por ende las medidas de manejo respectivas. La Empresa debe presentar informes anuales con los ICA, para cada uno de los pilotos implementados. Obligaciones a. Estos proyectos deberán contar con Autorización de la Agencia Nacional de Hidrocarburos —ANH en la que se constate la formación receptora de aguas residuales de producción, el caudal y la presión de reinyección; copia del cual deberá ser incluido en los informes ICA correspondiente. b. Informar previamente a esta Autoridad y a la CAM del inicio de cada uno de los pilotos autorizados. Resolución No. 05 0 9 Del 1 2 MAY 2016 de Hoja No. 119 "POR LA CUAL SE MODIFICA EL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ESTABLECIDO MEDIANTE LA RESOLUCIÓN 758 DEL 04 DE JULIO DE 1989, MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN 1237 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2003 Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES" c. Entregar un documento anual con los avances de cada uno de estos proyectos, una vez inicie la prueba y una vez finalice la etapa de prueba de cada uno de ellos, incluyendo como mínimo los siguientes aspectos: tiempo de la prueba, los procedimientos técnicos, área y pozos objeto de la prueba, insumos utilizados, descripción de las pruebas realizadas y resultados de las mismas, características del agua de producción resultado de la implementación de este mecanismo, descripción y detalle de la infraestructura, equipos, procesos y medidas de manejo ambiental implementadas en cada caso, resultados y recomendaciones, características fisicoquímicas de las aguas resultantes de utilizar los métodos de recuperación terciaria, así como el tratamiento para cumplir con la calidad requerida para su reinyección; consideraciones técnicas a partir de la información estructural que permitan evaluar si la reinyección de las aguas de formación afectará o no los acuíferos superiores y/o las aguas subterráneas. d. Una vez finalizada la etapa de prueba, la Empresa determinará la viabilidad técnico — económica y ambiental de la aplicación del proyecto y si decide continuar con su implementación deberá solicitar la correspondiente modificación del Plan de Manejo Ambiental - PMA incluyendo las condiciones técnicas para el escalamiento de la prueba piloto para su implementación en el Campo, para incluir estas actividades en el proceso de desarrollo de los Campos Balcón, Palermo y San Francisco. e. Para todos los campos, se deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en el capítulo 3 "Ordenamiento del Recurso Hídrico y Vertimientos" del Decreto 1076 de 2015 y demás normatividad ambiental vigente, en el sentido de evitar la afectación del agua subsuperficial, del agua subterránea y del recurso suelo, junto con los usos actuales y potenciales y ecosistemas asociados, según corresponda. 14.La perforación de 568 nuevos pozos en locaciones existentes, con un número máximo de 8 pozos por locación, distribuidos así: - 67 pozos en el campo Balcón. - 492 pozos en el campo San Francisco. - 9 pozos en el campo Palermo. 14.1. Estos pozos pueden perforarse y convertirse a inyectores o productores. dependiendo de la necesidad del campo. Las coordenadas de perforación se definirán en el Plan de Manejo específico a presentar por cada plataforma. 14.2. La actividad de perforación solo podrá empezar una vez se cuente con todas las obras de control para el manejo de la escorrentía, con el fin de evitar la activación de procesos erosivos y de aporte de sedimentos a los cuerpos de agua y con permisos de la Corporación Autónoma Regional del Alto Magdalena para hacer uso y aprovechamiento de los recursos naturales requeridos para el desarrollo de las nuevas obras y actividades. 15.La perforación de 160 pozos en locaciones nuevas, distribuidos así: - 48 pozos en el campo Balcón. - 80 pozos en el campo San Francisco. - 32 pozos en el campo Palermo. 15.1. Las coordenadas de perforación se definirán en el Plan de Manejo Específico a presentar por cada plataforma. Resolución No. 050 1 2 MAY 2011 de Hoja No. 120 "POR LA CUAL SE MODIFICA EL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ESTABLECIDO MEDIANTE LA RESOLUCIÓN 758 DEL 04 DE JULIO DE 1989, MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN 1237 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2003 Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES" 16.La perforación de 12 pozos exploratorios y 20 pozos de desarrollo en el campo Balcón, 9 pozos exploratorios y 18 pozos de desarrollo en el campo San Francisco para Near Field (NFE). Las coordenadas de perforación se definirán en el Plan de Manejo específico a presentar. 16.1. La ubicación de estos pozos de exploración se hará de acuerdo con la zonificación de manejo ambiental definida, las coordenadas se definirán en los respectivos planes de manejo ambiental especificas. 16.2. La actividad de perforación solo podrá empezar una vez se cuente con todas las obras de control para el manejo de la escorrentía, con el fin de evitar la activación de procesos erosivos y de apode de sedimentos a los cuerpos de agua y con permisos de la Corporación Autónoma Regional del Alto Magdalena, para hacer uso y aprovechamiento de los recursos naturales requeridos para el desarrollo de las nuevas obras y actividades. 17.La construcción de las líneas y subestaciones eléctricas, cumpliendo con las siguientes obligaciones: i Durante la construcción de las líneas y subestaciones eléctricas, se deberán acatar e implementar los códigos, estándares, leyes y normas que regulen este tipo de actividad, así mismo la construcción de las mismas deberá tener en cuenta la zonificación de manejo ambiental establecida en este Acto Administrativo. U. El criterio principal para el trazado de las líneas eléctricas será el de la menor afectación ambiental enmarcada dentro de la zonificación de manejo aprobada por esta Autoridad; de igual manera, deberá atender los requerimientos energéticos de los nuevos pozos, una vez terminadas las labores de perforación y así poder realizar M conexión al sistema interconectado Nacional. 18.Las actividades de completamiento de pozos y las pruebas de producción. ARTÍCULO TERCERO. Modificar la Resolución 758 del del 04 de julio de 1989, modificada por la Resolución 1237 del 18 de noviembre de 2003, en el sentido de adicionar el siguiente manejo específico de los diferentes residuos domésticos e industriales generados durante la construcción y operación del proyecto: TIPO DE RESIDUO Peligrosos CARACTERÍSTICAS MANEJO Y DISPOSICIÓN Papel y cartón de las bolsas, sacos usados de cementos, embalaje y residuos de productos químicos y fluidos de completamiento. Estos residuos deberán ser entregados a sus proveedores o a terceros para su tratamiento y disposición final, siempre y cuando cuenten con los permisos ambientales vigentes para realizarlo. Cuando sea posible, se separará el componente fibroso del metálico. El componente fibroso de los filtros deberá ser recogido en canecas de 55 galones, debidamente rotulados, para luego ser entregados a la Empresa autorizada o a terceros autorizados para su tratamiento y disposición, siempre y cuando cuenten con los permisos ambientales vigentes para realizarlo. El marco metálico podrá incorporarse dentro del manejo de la chatarra que se produce en las plataformas de perforación. Filtros usados de aceite y combustible de los motores, generalmente de tela o cartón con marco de acero galvanizado. Estopas, guantes, overoles, trapos entre otros textiles, que no se puedan reciclar por estar impregnados de hidrocarburos. Pimpinas, tambores plásticos, Estos residuos serán entregados a terceros autorizados para su tratamiento y disposición, siempre y cuando cuenten con los permisos ambientales vigentes para realizarlo. Serán recolectados en la caseta de almacenamiento de Resolución No. (l) 5 o bni Del 12 uy 20/ de Hoja No. 121 í "POR LA CUAL SE MODIFICA EL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ESTABLECIDO MEDIANTE -N \ LA RESOLUCIÓN 758 DEL 04 DE JULIO DE 1989, MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN 1237 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2003 Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES" TIPO DE RESIDUO CARACTERÍSTICAS MANEJO Y DISPOSICIÓN galones, baldes, protectores de rosca, mangueras inservibles, residuos de tubería de PVC, etc. residuos del área de la batería o facilidad, la cual estará debidamente identificada, techada y preferiblemente impermeabilizada. Aquellos recipientes de lubricantes y demás productos que se puedan derramar o en las que se coloque el aceite usado, podrán colocarse dentro del área confinada del tanque de combustible. Baterías de plomo y secas. Recipientes del cambio de aceites, lubricantes de motores y consumo de ACPM. Lodos base aceite. Materiales radiactivos: fuentes radiactivas usadas en la etapa de toma de registros eléctricos para la obtención de datos de interés. Los residuos de enfermería como las agujas y material cortopunzante se dispondrán en los custodios (recipientes rígidos en polipropileno de alta densidad), para su posterior incineración. Los envases de almacenamiento de químicos los deberá recoger la Empresa contratista, para envasar los mismos productos que contenian. Estos residuos deberán devolverse a los proveedores acorde con los planes posconsumo (Resolución 0372 de 2009 Planes de Gestión de Devolución de Productos Post-Consumo de Baterias Usadas Plomo Acido), o deberán ser entregados a un tercero que cuente con los permisos ambientales vigentes para su aprovechamiento y disposición final. Serán recolectados y almacenados en un área que contará con todas las protecciones ambientales (Dique de confinamiento y piso duro e impermeabilizado o en su defecto protegido con geomembrana de alta densidad debidamente identificada y techada). Se almacenarán alli con fines de reutilización o para devolverlos a los proveedores para el reciclaje y recuperación. También a terceros autorizados para su tratamiento y disposición, siempre y cuando cuenten con los permisos ambientales vigentes para realizarlo. Los lodos y cortes base/aceite en caso de requerirse su uso, se almacenarán temporalmente en un área impermeabilizada para evitar la infiltración, y serán entregados a una compañia especializada en este tipo de residuos para su transporte, tratamiento y disposición final, la cual deberá contar con los permisos y autorizaciones otorgadas por la autoridad ambiental competente para dicha operación. Acorde con la Resolución MAVDT 1863 de 2010 Ecopetrol S.A. deberá solicitar al contratista los registros del manejo, y .. disposicion final de estos residuos en caso de generarse, e informar del manejo dado en caso de pérdida de la fuente, los cuales se adjuntarán dentro del ICA respectivo. Los residuos de enfermería se entregarán a una compañia especializada en este tipo de residuos para su transporte, tratamiento y disposición final, la cual deberá contar con los permisos y autorizaciones otorgadas por la autoridad ambiental competente para dicha operación. Las Empresas contratistas generadoras de residuos peligrosos se responsabilizarán de su manejo y tratamiento en instalaciones donde se cuente con permisos ambientales respectivos, los registros de tal actividad deberán ser entregados a la Interventoria Ambiental, para su verificación. Reciclables Los materiales provenientes de empaques, embalajes de equipos, herramientas, repuestos mecánicos que sean de cartón, madera o Estos residuos pueden ser tratados como reciclables y tendrán plástico y que se encuentren libres el mismo tratamiento que los residuos reciclables domésticos. de sustancias químicas o combustibles. Zarandas de las mallas utilizadas en los equipos de control de sólidos. Deberán almacenarse de manera ordenada bajo techo para comercializarlas al final de la perforación, previa verificación que se encuentren libres de residuos contaminantes. La chatarra que se produce en la fabricación de herramientas hechizas, elementos, partes, etc. Estos residuos se deberán apilar a un costado de la caseta de almacenamiento de residuos. Los materiales que no se reutilicen en el mismo pozo se almacenarán temporalmente y 1 2 MV 2016 Resolución No. de Hoja No. 122 O "POR LA CUAL SE MODIFICA EL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ESTABLECIDO MEDIANTE LA RESOLUCIÓN 758 DEL 04 DE JULIO DE 1989, MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN 1237 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2003 Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES" TIPO DE RESIDUO Especiales Reciclables CARACTERÍSTICAS Los cortes y lodos son residuos inertes provenientes de las formaciones geológicas perforadas en el pozo. Vidrio, plásticos y metálicos de alimentos. recipientes Papel, cartón, periódico y similares. No Reciclables [copar, algunos plásticos, papel y cartón impregnados de otros residuos, residuos orgánicos, bolsas de alimentos, servilletas, toallas de papel, residuos sanitarios, etc. MANEJO Y DISPOSICIÓN se entregarán a cooperativas recicladoras para su comercialización. Los cortes haselagua se recogerán inicialmente en un Catch Tank, y posteriormente serán conducidos a la zona para disposición de cortes de perforación de la locación para ser estabilizados mediante la mezcla con cal viva en la proporción adecuada, que permita la remoción hasta de un 40% de la humedad del corte. Una vez embalados y cuando se alcance un volumen representativo, se evacuarán del área de acopio, entregándose a asociaciones de recicladores o fundaciones que se encuentren legalmente constituidas y cumplan con los requerimientos ambientales y de ley para la disposición final. Una vez embalados y cuando alcancen un volumen representativo, se evacuarán del sitio de acopio, al relleno sanitario presente en la zona que cuente con permisos ambientales vigentes, en este caso al relleno sanitario el relleno sanitario de "Los Ángeles "en el municipio Neiva. Obligaciones a. Cada residuo de acuerdo a su clasificación debe estar embalado y almacenado de manera independiente. b. En el caso de la chatarra metálica ferrosa y no ferrosa, ésta se acopiará en patios de chatarra y bodegas de excedentes de las áreas c. En las áreas de almacenamiento de residuos se debe realizar un pesaje de los residuos que lleguen al sitio con el ánimo de llevar un control más riguroso de la generación de los mismos en las diferentes áreas. d. Se debe contar con las hojas de datos de cada residuo, instructivos y procedimientos sobre emergencias. e. Se debe contar con la matriz de compatibilidad que asegure el almacenamiento seguro de los residuos. f. Se debe llevar un control de inventarios de todos los residuos. g. No se debe almacenar en el mismo espacio residuos peligrosos con no peligrosos. h. Se debe asegurar que los envases no sobrepasen su capacidad y que estén debidamente rotulados. i. Se debe diligenciar la lista de chequeo para instalaciones de almacenamiento de residuos. j. En relación con los residuos peligrosos, deberá dar cumplimiento a las obligaciones establecidas en el Decreto 1076 de 2015 para los generadores de residuos peligrosos. ARTÍCULO CUARTO. Modificar la Resolución 758 del 04 de julio de 1989, modificada por la Resolución 1237 del 18 de noviembre de 2003, en el sentido de establecer la siguiente Zonificación de Manejo Ambiental para el proyecto, la cual regirá en las actividades que en adelante se desarrollen en los campos Balcón, San Francisco y Palermo: Resolución No de Hoja No. 123 Del 1 2 MA Y 201350 "POR LA CUAL SE MODIFICA EL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ESTABLECIDO MEDIANTE LA RESOLUCIÓN 758 DEL 04 DE JULIO DE 1989, MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN 1237 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2003 Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES" Áreas de Intervención sin restricciones Áreas de Exclusión a. Nacederos, manantiales, pozos profundos y aljibes con ronda de protección de 100 metros; para aquellos que estén afectados por vías ya construidas que requie an adecuación, la Empresa deberá garantizar la protección de estos ecosistemas, y presentar en los PMA específicos las medidas ambientales a implementar para cada uno de estos. b. Cuerpos de agua lénticos, jagüeyes y estanques piscícolas (30m ronda de protección a partir de sus aguas máximas). c. Cuerpos de agua lóticos (ríos, quebradas, caños etc.) y su ronda de protección de 30m. d. Líneas de conducción eléctricas y su ronda de protección de conformidad con lo establecido en el Reglamento Técnico de InstalacionesEléctricas (RETIE) del Ministerio de Minas y Energía (20 m). e. Cárcavas, reptación, coronas y flancos de deslizamientos, barrancos y su ronda de protección de 50 m. f. Arbustal denso. a. Zonas con estabilidad geotécnica media. b. Área con amenaza natural media por remoción en masa. c. Suelos de las clases agrologicas III sc, IV sc, IV esc, VI sc, VII esc, VII pesc, VIII. d. Sedimentos y rocas con flujo esencialmente intergranular. e. Acuíferos confinados. f. Infraestructura petrolera existente. g. Bosques dparios. h. Vegetación secundaria alta. i. Arbustal abierto esclerófilo. j. Playas. k. Zonas con Muy Baja estabilidad geotécnica. I. Áreas con amenaza natural alta y muy alta por inundación y por remoción en masa. m. Zonas o áreas donde el ruido ambiental supere los niveles permisibles establecidos por la norma ambiental vigente para Zona Suburbana o Rural de Tranquilidad y Ruido Moderado, tanto en horario diurno como en nocturno. n. Franjas de retiro obligatorio para carreteras, de conformidad con el articulo 2 de la Ley 1228 del 16 de julio del 2008. 1. Carreteras de primer orden sesenta (60) metros. 2. Carreteras de segundo orden cuarenta y cinco (45) metros. 3. Carreteras de tercer orden treinta (30) metros. o. Las casas de habitación y su ronda de protección de 100 metros. p. Centro poblados: San Francisco, Peñas Blancas, Tamarindo, San Andrés de Busiraco, Dindal y Ventanas (incluida su área de expansión) con un radio de protección de 100 metros. .. Infraestructura social existente escuelas, cementerios, centros Resolución No. 0 50 c Del 1 2 MAY 2016 de Hoja No. 124 "POR LA CUAL SE MODIFICA EL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ESTABLECIDO MEDIANTE LA RESOLUCIÓN 758 DEL 04 DE JULIO DE 1989, MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN 1237 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2003 Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES" religiosos, centros de salud, redes de acueducto, alcantarillados, gas natural y energía eléctrica, balnearios, comedores comunitarios, colegios, hogares ICBF, polideportivos, salones comunales) con un radio de protección de 100 metros. r. Bocatomas de acueductos veredales y municipales con una ronda de protección de 100 m e infraestrucura asociada a estos tales como tanques y redes de distribución. s. Cuchilla del Chiflón en los límites considerados como áreas protegidas en EOT de Aipe y POT de Neiva. ÁREAS DE INTERVENCIÓN CON RESTRICCIONES Descripción del área Restricciones a. Áreas con estabilidad Áreas donde se permitirán las siguientes actividades, para las cuales la Empresa deberá aplicas las medidas de manejo geotécnica baja. b. Suelos de valle - clase establecidas en las fichas que se establezcan en el presente Acto Administrativo: agrologica V ehs y V hs. c. En las zonas donde los procesos morfodinámicos • Construcción, ampliación, adecuación y/o mantenimiento de locaciones y de á infraestructura requerida. (erosiónn superficial) son más acentuados, es necesario • Ampliación de facilidades existentes. realizar obras de protección y/o • Perforación y/o reacondicionamiento de pozos. contención en el momento de • Construcción, ampliación, operación y/o mantenimiento de intervenir dichas áreas con el subestaciones eléctricas y/o líneas eléctricas. fin de proteger la estabilidad del • Construcción, adecuación y/o mantenimiento vial. suelo y/o minimizar el impacto • Operación y/o mantenimiento de infraestructura en las que pueda generarse. facilidades de producción e inyección. • Construcción, operación y/o mantenimiento de líneas de flujo. ARTÍCULO QUINTO. Modificar el artculo tercero de la Resolución 758 del 04 de julio de 1989, modificado por el artículo primero de la Resolución 1237 del 18 de noviembre de 2003, en el sentido de adicionar el Plan de Manejo Ambiental para los campos Balcón, San Francisco y Palermo, localizados en los municipios de Aipe, Neiva y Palermo, departamento del Huila, el cual está conformado por los programas y fichas que se indican a continuación: 1. PROGRAMA DE OBRAS CIVILES a. b. c. d. e. f. g. h. i. j. Instalación y operación de áreas de apoyo. Movilización de maquinaria, equipos, personal y materiales de construcción. Manejo de remoción de cobertura vegetal y descapote. Manejo de áreas de corte, relleno y zonas de disposición de materiales sobrantes. Manejo de taludes. Manejo de escorrentía y drenajes. Construcción, adecuación y mantenimiento de accesos, locaciones y facilidades. Mantenimiento correctivo y construcción de lineas de flujo y transferencia. Construcción de líneas de transmisión eléctrica y subestaciones. Señalización y seguridad industrial. 2. PROGRAMA DE PERFORACION Y PRUEBAS DE PRODUCCIÓN a. b. c. d. Montaje de equipos. Manejo de fluidos, líquidos, sólidos y gases. Perforación y manejo de pozos. Manejo de materiales radiactivos. Resolución No. r 05oy Del 1 2 MAY 2016- de Hoja No. 125 "POR LA CUAL SE MODIFICA EL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ESTABLECIDO MEDIANTE LA RESOLUCIÓN 758 DEL 04 DE JULIO DE 1989, MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN 1237 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2003 Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES" e. Control de contaminación atmosférica y ruido. f. Manejo sistemas de recobro. 3. PROGRAMA DE MANTENIMIENTO a. Mantenimiento de Locaciones y Facilidades existentes. b. Mantenimiento de líneas de flujo y derechos de vía. c. Mantenimiento de redes eléctricas y subestaciones. 4. PROGRAMA DEL RECURSO HÍDRICO a. Manejo de aguas subterráneas. 5. PROGRAMA DE MANEJO DE RESIDUOS SOLIDOS a. Manejo de residuos líquidos domésticos e industriales. b. Manejo de residuos sólidos domésticos e industriales. c. Manejo de lodos y cortes de perforación. 6. PROGRAMA MEDIO BIÓTICO a. b. c. d. e. f. g. Manejo paisajístico. Manejo de la flora. Manejo de la fauna. Manejo del aprovechamiento forestal. Manejo de la revegetalización. Protección, conservación de hábitats y ecosistemas estratégicos. Conservación de especies vegetales, endémicas, con alguna categoría de amenaza, en peligro crítico o en veda. h. Conservación de especies faunísticas, endémicas, amenazadas o en veda. i. Manejo del recurso hidrobiológico. 7. PLAN DE GESTIÓN SOCIAL a. b. c. d. Programa de educación y capacitación al personal vinculado al proyecto. Programa de Información y comunicación a autoridades y comunidad. Programa de acompañamiento a la gestión institucional. Programa de Capacitación, educación y concientización a la comunidad aledaña al proyecto. 8. PROGRAMA DE ATENCIÓN A PETICIONES, QUEJAS, RECLAMOS Y SUGERENCIAS (PQRS) a. Programa de atención a peticiones, quejas, reclamos y sugerencias (PQRS). PARÁGRAFO. Estructurar los Planes de Manejo Ambiental específicos teniendo en cuenta el Plan de Manejo Ambiental establecido para el proyecto en comento. ARTÍCULO SEXTO. La empresa ECOPETROL S.A., deberá ajustar, complementaro y/o formular las siguientes dichas del Plan de Manejo Ambiental para los campos Balcón, San Francisco y Palermo, localizados en los municipios de Aipe, Neiva y Palermo, departamento del Huila, y presentar en el primer Plan de Manejo Ambiental específivo la evidencia del respectivo ajuste: Resolución No. o509 Del 1\2 MAY 2016' de Hoja No. 126 f "POR LA CUAL SE MODIFICA EL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ESTABLECIDO MEDIANTE LA RESOLUCIÓN 758 DEL 04 DE JULIO DE 1989, MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN 1237 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2003 Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES" i. Medio físico a. Ficha 7.1.1, se indica que "los campamentos se instalarán en lo posible en áreas intervenidas". Sin embargo, no se explica las razones excepcionales para explicar su ubicación en áreas diferentes. b. Ficha 7.1.2, dentro de los indicadores planteados se refiere la contratación de conductores para el proyecto, lo cual no es un indicador ambiental, por tanto debe ser retirado de esta ficha. c. La Ficha 7.1.5, indica "que los terraplenes serán construidos en los posible con material de la misma excavación" sin aclarar alternativas y excepciones. d. La Ficha 7.1.6, señala que "Teniendo en cuenta que la adecuación de los campamentos contempla la intervención mínima de los sitios donde se van a ubicar, se deberán en lo posible, manejar los siguientes criterios", sin aclarar cuándo no es posible y no permitido. e. La Ficha 7.1.10 Señalización y seguridad industrial no es de competencia de esta Autoridad, por tanto no será evaluada cuando se haga la revisión de cumplimiento de aplicación de las medidas de manejo aprobadas mediante el presente Acto Administrativo. f. La ficha 7.2.6 presenta como indicador "No. de manantiales", pero no aclara a cuáles se refiere, y este tampoco es un indicador que permita a esta Autoridad hacer seguimiento, por lo tanto deben ajustarse los indicadores de esta ficha; adicionalmente, en las medidas de manejo se refiere únicamente al monitoreo de presiones en la red de piezómetros existentes en los campos, pero no plantea actividades de monitoreo de los parámetros fisicoquímicos de los sistemas de recobro, ni de los piezómetros, por lo tanto se debe incluir esta actividad en la ficha y ajustar los indicadores de acuerdo a la misma. g. La ficha 7.3.2 presenta como indicador No. de corridas inteligentes y DCVG realizadas/No. de corridas inteligentes DVGC programadas x 100, pero no aclara a qué se refieren las siglas y si al ser diferentes son medibles para esta Autoridad, por tanto se requiere el ajuste de este indicador. h. La ficha 7.5.1 presenta indicadores del Programa de Seguimiento y Monitore°, por tanto debe hacer el ajuste de los indicadores, de tal forma que estos cumplan con las acciones planteadas en la ficha como parte del manejo ambiental. Así mismo, esta Autoridad solicita el retiro del indicador "Volumen de residuos líquidos industriales tratados y dispuestos adecuadamente/volumen de residuos líquidos generados", ya que este indicador permitiría que una parte de los residuos líquidos generados no sea tratado y dispuesto adecuadamente, por tanto, se debe ajustar los indicadores de esta ficha. i. Aun cuando el seguimiento y control al permiso de vertimientos es de la Autoridad Regional, la ficha 7.5.1 debe ajustarse al cumplimiento de los límites máximos permisibles establecidos en la Resolución 631 del 07 de marzo de 2015 del MADS o de aquella que la sustituya. La ficha 7.5.2 debe denominarse ''Manejo de residuos" y los residuos deben clasificarse como Residuos sólidos (aprovechables y no aprovechables) y Residuos peligrosos (corrosivos, reactivos, explosivos, tóxicos, inflamables, patógenos y radiactivos). Por tanto,se debe ajustar esta ficha con la clasificación y manejo adecuado de los residuos, de acuerdo con los lineamientos establecidos en el Decreto 2981 de 2013, el cual establece que los residuos sólidos son los manejados a través del servicio público de aseo; los peligrosos son objeto de regulación del Sistema de Gestión Post-consumo y de la gestión establecida en el Título 6 del Decreto 1076 de 2015. Adicionalmente, en esta ficha, se deben ajustar las Resolución No. r 0g0 9 J el 1 2 MM 2016 de Hoja No. 127 "POR LA CUAL SE MODIFICA EL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ESTABLECIDO MEDIANTE -N \ LA RESOLUCIÓN 758 DEL 04 DE JULIO DE 1989, MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN 1237 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2003 Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES" capacitaciones planteadas, ya que la seguridad industrial no es competencia de esta Autoridad. k. La ficha 7.5.3 relaciona el uso de cortes base aceite y refiere dentro de las actividades el reacondicionamiento de piscinas empleadas para lodos base agua, con el fin de almacenar lodos base aceite, lo cual no está permitido por esta Autoridad, por tanto, se debe ajustar la ficha incluyendo la entrega de lodos base aceite a terceros que cuenten con la autorización ambiental requerida vigente. I Las fichas 7.1.10, 7.2.1, 7.2.3, 7.3.2 y 7.5.1 utilizan el término "en lo posible", sin generar compromiso en las acciones a desarrollar ni generando actividades que hagan efectivas las medidas propuestas. nn. Las fichas del Programa 7.5, deberán aplicarse a todas las etapas y actividades del proyecto. n. Las Fichas 7.1.8, 7.2.4, 7.2.5 y 7.5.2 utilizan en las acciones a desarrollar los términos "adecuado y de manera adecuada", sin señalar para cada caso el manejo adecuado. o. No se presenta la Ficha Manejo de Materiales de Construcción, aunque se considera el transporte de los mismos en la Ficha 7.1.2, por lo anterior, se debe presentar una ficha de manejo de materiales de construcción en la cual se presenten acciones para el manejo de la adquisición, almacenamiento y uso de los mismos. p. Se debe presentar dentro de los programas de compensación las fichas de "Proyecto de recuperación de suelos" y "compensación asociado al recurso hídrico", como se establece en el numeral 7.1 de los términos de referencia Hl TER 103. fi. Medio biótico a. La ficha de Manejo de remoción de cobertura vegetal y descapote (7.1.3), debe limitar la actividad a las áreas en que ésta sea permitida, según la zonificación de manejo establecida por esta Autoridad con base en la propuesta de ECOPETROL S.A., de tal manera que en la introducción de las actividades previas, se remplace la frase "se procurará por intervenir las zonas donde se incluya la menor cantidad de vegetación posible, relacionada con la cobertura de arbustales y bosques" por "no se intervendrán áreas de bosque, vegetación secundaria alta, playas, arbustal denso", exceptuando el caso de las actividades permitidas en la zonificación de manejo. b. Teniendo en cuenta la zonificación de manejo, se encuentra que no es posible la intervención de bosque ripario, vegetación secundaria alta, arbustal denso y arbustal denso esclerófilo para obras de construcción y adecuación de facilidades y/o locaciones. Por lo tanto, la consideración "Para la construcción y adecuación de obras lineales, además de la ampliación de locaciones y facilidades existentes es posible que se requiera hacer aprovechamiento forestal sobre tramos de cobertura vegetal susceptibles a intervención como Bosque ripario, Vegetación secundaria alta, Arbustal denso, Arbustal abierto esclerófilo y Pastos arbolados.", debe ser retirada de la ficha Manejo del Aprovechamiento forestal (7.6.4). c. La Ficha Manejo de revegetalización (7.6.5), debe presentar un indicador que genere compromiso de cumplimiento por parte de ECOPETROL S.A., además de que permita cuantificar el cumplimiento de la meta propuesta. Puesto que la meta es revegetalizar todas las áreas intervenidas, la fórmula debe ser (Áreas revegetalizadas/Áreas Intervenidas) x 100 y el valor esperado debe ser 1(:10. Resolución No. 0 50 9 Del 12 MAY 2015 Hoja No. 128 "POR LA CUAL SE MODIFICA EL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ESTABLECIDO MEDIANTE LA RESOLUCIÓN 758 DEL 04 DE JULIO DE 1989, MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN 1237 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2003 Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES" d. La Ficha de Manejo de la Flora (7.6.2), debe incluir un listado de especies en veda, endémicas y/o con algún grado de vulnerabilidad. e. La fórmula del indicador en la Ficha 7.6.2 (Manejo de la Flora), debe ser Árboles Apeados/Árboles con permiso o autorización para aprovechamiento. f. El indicador de la ficha 7.6.6 debe ajustarse de manera que genere responsabilidad para la no intervención de ecosistemas estratégicos. g. La ficha 7.6.7 "conservación de especies vegetales, endémicas, con alguna categoría de amenaza, peligro critico o en veda", debe incluir a manera de introducción las especies en tales condiciones con los nombres comunes en el área, aclarando que pueden encontrarse algunas no reportadas en dicho listado Esta ficha será actualizada con los resultados de inventarios presentados para cada actividad. h. Debe ajustarse la fórmula de indicación propuesta en la ficha 78.8 "conservación de especies faunísticas, endémicas, amenazadas o en veda", de manera que no midan la ejecución de las actividades propuestas sino la efectividad de las mismas. i. En la ficha 7.6.10 Manejo del Recurso Hídrobiológico deberá incluirse la meta, "O afectaciones a los ecosistemas acuáticos a causa de las actividades relacionadas con el proyecto", para su medición, se deberán implementar los siguientes indicadores: - Resultados del análisis multitemporal de las comunidades hidrobiológicas (riqueza y densidad de especies. Estado actual de los cuerpos de agua lénticos y lóticos antes del inicio de actividades en función de sus propiedades físico químicas, bacteriológicas e hidrobiológicas. Estado de los cuerpos de agua lénticos y 'áticos en función de sus propiedades físico químicas, bacteriológicas e hidrobiológicas en cada fase de monitoreo. Lo anterior deberá garantizarse y demostrarse a partir de los monitoreos hidrobblógicos que se solicitan bajo las especificaciones y frecuencia establecidas en el presente Acto Administrativo, a partir de los cuales es posible llevar a cabo un análisis multitemporal para las comunidades hidrobiológicas, cuyos resultados y discusión deberán allegarse en los ICA respectivos. La Empresa deberá Implementar rigurosamente las medidas tendientes a evitar la contaminación de los cursos de agua, en caso de presentarse alteración de las condiciones de estos ecosistemas, se deberá adelantar la restauración de los mismos de tal forma que se restablezcan las condiciones en que se encontraban de manera previa a la intervención, respecto a su composición estructura y funcionalidad. Esto se realizará con base en los resultados de los monitoreos físico-químicos. La ficha denominada Compensación por aprovechamiento forestal, cambio de uso del suelo y afectación de la cobertura vegetal — 7.6.9, no aplica y debe reemplazarse por la ficha denominada Compensación por Pérdida de Biodiversidad, la cual debe ajustarse a los lineamientos que él Manual para la asignación de compensaciones por pérdida de biodiversidad y deberá contener las medidas que al respecto fueron establecidas en el presente Acto Administrativo. Resolución r NO5 0€1 Del 1 2 MAY 2016 de Hoja No. 129 "POR LA CUAL SE MODIFICA EL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ESTABLECIDO MEDIANTE LA RESOLUCIÓN 758 DEL 04 DE JULIO DE 1989, MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN 1237 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2003 Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES" iii. Medio socioeconómico a. Las fichas denominadas "Programa de Contratación de Mano de Obra Local", "Programa de Arqueología Preventiva" y "Programa de gestión inmobiliaria" no harán parte del Plan de Manejo Ambiental de los Campos Balcón, San Francisco y Palermo. b. El "Programa de acompañamiento a la Gestión Institucional" deberá ajustarse en el sentido de ampliar a mínimo un año, la periodicidad de aplicación de las acciones que guarden relación con los efectos causados por la presencia y desarrollo del proyecto, para garantizar el efectivo manejo de los impactos identificados. ARTÍCULO SÉPTIMO. Modificar la Resolución 758 del 04 de julio de 1989, modificada por la Resolución 1237 del 18 de noviembre de 2003, en el sentido de adicionar los siguientes programas y fichas del Programa de Seguimiento y Monitoreo presentado por la empresa ECOPETROL S.A., para la modificación del Plan de Manejo Ambiental Integral para los campos Balcón, San Francisco y Palermo, localizados en los municipios de Aipe, Neiva y Palermo en el departamento del Huila, así: 1. PROGRAMA DE SEGUIMIENTO MEDIO ABIÓTICO a. b. c. d. e. Monitoreo y seguimiento de la calidad del agua. Aguas subterráneas. Emisiones atmosféricas, calidad del aire y ruido ambiental. Suelos. Sistema de manejo, tratamiento y disposición de residuos sólidos y lodos de perforación. 2. PROGRAMA DE SEGUIMIENTO PARA EL MEDIO BIÓTICO a. b. c. d. e. Manejo de Flora. Especies de Fauna. Ecosistemas Estratégicos y Sensibles. Comunidades hidrobiológicas. Programas de revegetalización y/o reforestación. 3. PROGRAMA DE SEGUIMIENTO PARA EL MEDIO SOCIOECONÓMICO a. Ficha de seguimiento y monitoreo a los impactos sociales del proyecto. b. Ficha de seguimiento y monitoreo a la efectividad de los programas del PMA para el medio socioeconómico. c. Ficha de seguimiento y monitoreo a los Indicadores de gestión y de impacto de cada uno de los programas del PMA para el medio socioeconómico. d. Ficha de seguimiento y monitoreo a los conflictos sociales generados durante las diferentes etapas del Proyecto. e. Ficha de seguimiento y monitoreo a la Atención de inquietudes, solicitudes o reclamos de las comunidades. f. Ficha de seguimiento y monitoreo a la participación e información oportuna de las comunidades. PARÁGRAFO. Los Planes de Manejo Ambiental específicos deberán estructurarse, teniendo en cuenta el Programa de Seguimiento y Monitoreo que se establece para el proyecto, ajustando, complementando y/o formulando las fichas, así: Resolución No. 050 q Del 12 MAY 2016 de Hoja No. 130 "POR LA CUAL SE MODIFICA EL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ESTABLECIDO MEDIANTE LA RESOLUCIÓN 758 DEL 04 DE JULIO DE 1989, MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN 1237 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2003 Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES" i. Medio físico a. Plantear nuevos puntos de monitoreo para las fichas denominadas "Monitoreo y seguimiento de la calidad del agua" y 'Emisiones atmosféricas, calidad del aire y ruido ambiental" en cercanías de la infraestructura construida en locaciones para pozos, líneas de flujo, baterías de producción, sistemas de inyección de agua, de los campos Balcón, San Francisco y Palermo. b. En la ficha "Sistema de manejo, tratamiento y disposición de residuos sólidos y lodos de perforación"se debe ajustar el indicador "No. de Empresas recolectoras de residuos que cuentan con permisos ambientales / No. de Empresas o a las cuales se entregan los residuos", ya que como está planteado, permite la entrega de residuos sólidos a empresas que no cuenten con el respectivo permiso ambiental, lo cual no está autorizado. fi. Medio biótico a. El programa de monitoreo de fauna de la ficha 8.2.2, debe definir con claridad la cobertura del mismo: Áreas de los campos Balcón, San Francisco y Palermo; El tiempo: Temporada seca y húmeda y las comunidades: Anfibios, reptiles aves y mamíferos en hábitos matinales, diurnos, vespertinos y nocturnos. b. La ficha 8.2.2 debe tener una fórmula indicadora de cumplimiento del número de monitoreos realizados (dos por año). c. Con respecto a la ficha 8.2.4 monitoreo hidrobiológico, ésta debe ser ajustada en el sentido de aclarar que los monitoreos establecidos se realizan sincronizados en tiempo y espacio, con los propuestos en la Ficha 8.1.1, por lo tanto los monitoreos deben realizarse bimensual y semestralmente, en los meses más representativos de cada estación climática (2 en verano y 2 en invierno) y presentar sus respectivos resultados y análisis en los Informes de Cumplimiento Ambiental — ICA. d. Los resultados de las comunidades hidrobiológicas en sus análisis deben ser confrontados con los resultados de las diferentes variables físicas, químicas y bacteriológicas. e. Deben incluirse índices ecológicos de todas las poblaciones, los cuales han de analizarse en tiempo y espacio y los cambios significativos deben ser interpretados en el Informe de Cumplimiento Ambiental - ICA. f. Incluir la ficha Seguimiento a la Compensación por Pérdida de Biodiversidad en el Plan de Seguimiento y Monitoreo, en la cual se deben formular indicador(es) cuantificable(s) que permitan medir la efectividad de las medidas de manejo y allegarla con las demás fichas. iii. Medio socioeconómico Para el desarrollo del Programa de Seguimieno y Monitoreo al medio socioeconómico, implementar para cada una de las fichas como mínimo lo siguiente: 1. 2. 3. 4. Objetivos. Metas. Acciones. Indicadores de seguimiento y monitoreo. Resolución No. 05 0 9e11 2 MAY 2016 de Hoja No. 131 í "POR LA CUAL SE MODIFICA EL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ESTABLECIDO MEDIANTE - ‘ \ LA RESOLUCIÓN 758 DEL 04 DE JULIO DE 1989, MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN 1237 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2003 Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES" 5. 6. 7. 8. Parámetros de medición. Fecuencia de las mediciones. Soportes del seguimiento y monitoreo. Cronograma. ARTÍCULO OCTAVO. La empresa ECOPETROL S.A. para la presente modificación, deberá presentar el Plan de Compensación por Pérdida de Biodiversidad, en un plazo de doce (12) meses contados a partir de la ejecutoria del presente Acto Administrativo, de conformidad con lo establecido en el artículo tercero de la Resolución 1517 del 31 de agosto de 2012. Este Plan deberá contener como mínimo, pero no limitándose a los lineamientos establecidos en el Manual para la asignación de compensaciones por pérdida de biodiversidad, lo siguiente: 1. Título. 2. Relación de la infraestructura autorizada (en m2 o hectáreas) en el Acto Administrativo que establece el Plan de Manejo Ambiental, discriminando Tipo de obra, Cantidad, si es un elemento lineal la longitud, el ancho, área total y toda la información que sea relevante para la evaluación de las áreas y ecosistemas a afectar en el plan de compensaciones por pérdida de biodiversidad. 3. Objetivos (generales y específicos). 4. Metas. 5. Descripción del proyecto. 6. Definir la infraestructura, su área y ubicación espacial, siguiendo el modelo de datos de la Geodatabase de evaluación (Resolución 1415 de 2012), de forma que puedan ser cuantificadas las áreas que serán objeto de afectación y asimismo puedan ser modeladas para sus consideraciones técnicas finales al plan de compensación. 7. Selección de áreas donde se realizarán las actividades de compensación. 8. Describir de forma detallada la metodología implementada para determinar las áreas equivalentes y su ubicación: la selección de estas áreas deberá estar acorde a los criterios establecidos en el Manual para la asignación de compensaciones por pérdida de biodiversidad (Resolución 1517 de agosto de 2012). 9. Las áreas finales escogidas para llevar a cabo los procesos de compensación deberán ser consignadas en este documento, así como entregadas en formato digital siguiendo las especificaciones cartográficas descritas en la Geodatabase de informes de cumplimiento ambiental (Resolución 188 del 27 de febrero de 2013). 10.Descripción físico-biótica de las áreas escogidas para la compensación. 11.Identificar y analizar a partir de información primaria el estado actual de las área (s) seleccionada (s) para cumplir con la compensación por pérdida de biodiversidad e identificar los servicios ecosistémicos de aprovisionamiento, regulación, soporte y no materiales o culturales de dicha área. 12.Tipo de acciones a desarrollar, de acuerdo con el numeral 5 del Manual para la asignación de compensaciones por pérdida de biodiversidad e incluso a la combinación de las acciones allí definidas. 13.Describir de forma detallada los procedimientos, acciones, procesos y técnicas que serán utilizadas para cumplir con los objetivos y metas planteadas. 14.Describir las posibles fugas o trade-off que puedan comprometer de forma negativa el cumplimiento del indicador y por ende de los objetivos planteados. 15.Establecer indicadores como instrumentos de medición, que permitan, monitorear y observar variaciones en el estado de los procesos de compensación. Estos indicadores permitirán suministrar información para tomar decisiones en cuanto al curso de las compensaciones fundamentadas en el marco del desarrollo sostenible de la medida de compensación. 16.Describir qué servicios ecosistémicos presta el área seleccionada para la compensación y cómo se asegurará por la vida útil del proyecto que estas compensaciones se mantengan, de forma que los servicios ecosistémicos mejoren, perduren o se restablezcan. Resolución No O5O 9Dei 1 2 MAY 2016 de Hoja No. 132 "POR LA CUAL SE MODIFICA EL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ESTABLECIDO MEDIANTE LA RESOLUCIÓN 758 DEL 04 DE JULIO DE 1989, MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN 1237 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2003 Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES" 17.Construir de forma detallada el cronograma de actividades, teniendo en cuenta pero no limitándose a las actividades, tiempo de ejecución y responsables de la ejecución. Indicadores de seguimiento. 18. 19.Incluir además de los indicadores específicos por actividad, indicadores de diversidad, riqueza, estructura y función, los cuales deberán ser comparados con la línea base del proyecto, enfatizando en las áreas naturales y secundarias intervenidas. 20.Incluir indicadores relacionados con los servicios ecosistémicos evaluados en las áreas a compensar, los cuales deben ser medibles y con metas específicas, permitiendo comparar el avance en el restablecimiento y/o mejoramiento de estos. 21.Cronograma. 22.Como parte fundamental se debe plantear un sistema de sostenibilidad financiera a la medida de compensación propuesta, la cual debe ser coherente con el cronograma y teniendo en cuenta la duración del proyecto. PARÁGRAFO. En relación con la presentación del Plan de Compensaciones por Pérdida de Biodiversidad, se deberán tener en cuenta las consideraciones realizadas en el presente Acto Administrativo, en cuanto a cambios por aumento o disminución de áreas de intervención, negación parcial o total de infraestructura asociada al proyecto y a la zonificación ambiental y de manejo de éste. Ante cualquiera de estos cambios se deberán calcular las áreas finales a compensar. Tales cambios se deben reflejar en el plan específico de compensaciones por pérdida de biodiversidad presentado por ECOPETROL S.A., bajo los términos de este Acto Administrativo y de la Resolución 1517 del 31 de agosto de 2012. ARTÍCULO NOVENO. La empresa ECOPETROL S.A. deberá en relación con la compensación por ecosistemas diferentes a los naturales y seminaturales, realizar lo siguiente: I Compensar en una proporción de 1:1 en área (por cada hectárea afectada deberá compensar una hectárea) en actividades de conservación, reforestación, compra de predios, enriquecimiento y/o restauración. II. Presentar el plan de compensación por ecosistemas diferentes a los naturales y seminaturales en un término de doce (12) meses contados a partir de la ejecutoria del presente acto administrativo. Este plan deberá contener como mínimo: 1. Titulo. 2. Relación de la infraestructura autorizada (en m2 o hectáreas) por esta Autoridad, discriminando tipo de obra, cantidad, si es un elemento lineal la longitud, ancho, área total y toda la información que sea relevante para la evaluación de las áreas y ecosistemas diferentes a los naturales y seminaturales. 3. Objetivos (general y específicos). 4. Metas. 5. Descripción del proyecto. 6. Selección de áreas donde se realizarán las actividades de compensación. 7. Descripción físico-biótica de las áreas seleccionadas para la compensación. 8. Identificar y analizar a partir de información primaria el estado actual de las área(s) seleccionada(s) para cumplir con la compensación e identificar los servicios ecosistémicos de aprovisionamiento, regulación, soporte y no materiales o culturales de dicha área. 9. Describir de forma detallada los procedimientos, acciones, procesos y técnicas que serán utilizadas para cumplir con los objetivos y metas planteadas. 10.Establecer indicadores como instrumentos de medición, que permitan, monitorear y observar variaciones en el estado de los procesos de compensación. 11.Construir de forma detallada el cronograma de actividades, teniendo en cuenta, pero no limitándose a las actividades, tiempo de ejecución y responsables de la ejecución. Resolución No. 050 9 Del 1 2 MAY 201 de Hoja No. 133 r "POR LA CUAL SE MODIFICA EL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ESTABLECIDO MEDIANTE LA RESOLUCIÓN 758 DEL 04 DE JULIO DE 1989, MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN 1237 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2003 Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES" 12.Indicadores de seguimiento. 13.Cronograma. 14.Presentar la información cartográfica siguiendo el modelo de datos (Geodatabase de informes de cumplimiento ambiental — compensaciones 1%) adoptado por la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales — ANLA, a través de la Resolución 188 del 27 de febrero de 2013. 15 En caso que se defina que la actividad a realizar es la de reforestación, se exigirán tasas de sobrevivencia entre el 90 y 95% y alturas superiores a los 1,5 m á final del periodo de tiempo definido para ejecutar mantenimiento. 16 Si la actividad a realizar para ésta compensación es la compra de predios en áreas ambientalmente estratégicas; se exigirán todos los documentos que soporten y aseguren la viabilidad y permanencia de ésta área. 17. Si la compensación está relacionada con actividades de restauración, se deben definir entre otros, dentro del plan de compensación, los procesos, procedimientos y técnicas; adicionalmente se deben fijar metas, formular objetivos e indicadores además de precisar escalas. 18 Dado que los procesos compensatorios, tanto por pérdida de biodiversidad como para ecosistemas intervenidos diferentes a los naturales y seminaturales, pueden ser complementarios, por lo cual, las áreas resultantes para ser compensadas, podrán ser adheridas a las áreas a compensar por pérdida de biodiversidad, siempre y cuando la empresa titular así lo proponga. ARTÍCULO DÉCIMO. Modificar la Resolución 758 del 04 de julio de 1989, modificada por la Resolución 1237 del 18 de noviembre de 2003, en el sentido de incluir el Plan de Contingencia PDC- presentado por la empresa ECOPETROL S.A. para la presente modificación, contemplando los siguientes ajustes: 1. Presentar en los Informes de Cumplimiento Ambiental las actividades desarrolladas para su actualización en procesos y sistemas, actualización de equipos internos y externos disponibles, jornadas de capacitación y jornadas de simulacros. 2. Diseñar indicadores cualitativos y cuantitativos que permitan verificar la gestión, eficacia, eficiencia y efectividad del Plan de Contingencia - PDC Esta información deberá presentarse en los Informes de Cumplimiento Ambiental, con los respectivos soportes fotográficos y/o fílmicos, listados de asistencia y actas. ARTÍCULO DÉCIMO PRIMERO. En relación con la Evaluación Económica de Impactos, requerir a ECOPETROL S.A., para que en un plazo de tres (3) meses contados a partir de la ejecutoria del presente Acto Administrativo, presente la información que permita verificar el cumplimiento de lo siguiente: a) Complementar el grupo de impactos relevantes teniendo en cuenta todos aquellos cuya significancia ambiental es "Alta", así como los que revisten especial interés debido a la afectación que pueden generar sobre la población del área de influencia directa y posteriormente evaluar si estos deben ser objeto de valoración económica con base en la capacidad del plan de manejo para su internalización. b) Fortalecer el análisis de internalización, estableciendo los indicadores de efectividad para las medidas de manejo propuestas tendientes a prevenir, corregir y mitigar los impactos relevantes y presentar los resultados correspondientes teniendo en cuenta el concepto de la Autoridad acerca del Plan de Manejo Ambiental. Incluir los costos anuales correspondientes. c) Con relación a la valoración de los impactos "Cambios en la integridad paisajística", "Modificación de la estructura, composición y distribución de la fauna" y "Modificación de Resolución No. O o Del 1.2 MAY 201 de Hoja No. 134 "POR LA CUAL SE MOD FICA EL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ESTABLECIDO MEDIANTE LA RESOLUCIÓN 758 DEL 04 DE JULIO DE 1989, MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN 1237 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2003 Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES" hábitats terrestres y corredores biológicos", llevar a cabo un análisis acerca de las características demográficas que permiten establecer puntos de similitud entre la población donde se llevó a cabo el estudio original y la existente donde se va a realizar la transferencia, la calidad de los estudios considerados a partir de la comparabilidad de los servicios ecosistémicos abordados. Posteriormente justificar el rango de valores establecidos para la estimación del valor a transferir, teniendo en cuenta además las características del área de influencia físico biótica de los campos de producción Balcón, San Francisco y Palermo. Es necesario asegurar total coincidencia en las unidades físicas y bióticas contempladas para la valoración económica y las presentadas en el capítulo de caracterización biótica. d) De acuerdo con las consideraciones realizadas sobre la valoración del impacto "Cambio en los niveles de presión sonora", presentar la argumentación suficiente acerca de los supuestos en los cuales se soportó la cuantificación y los cálculos efectuados para el planteamiento del intervalo de disponibilidad a pagar. Lo anterior con relación a la cantidad en el número de décibeles en los cuales se incrementará el nivel de ruido en la situación con proyecto, la población expuesta teniendo en cuenta el tipo de fuentes de emisión y la ubicación de la comunidad del área de influencia directa respecto a las mismas. Anexar las memorias de cálculo de los procedimientos matemáticos realizados. e) Presentar la explicación, adaptaciones requeridas al método original y el desarrollo de los ejercicios efectuados para hallar el valor del impacto "Cambio en la cantidad de material particulado", con el fin de reforzar la validez del resultado indicado y aproximarlo lo más cerca posible a los verdaderos efectos del proyecto. Respecto al ejercicio de valoración del impacto por "Alteración de las propiedades físicas, químicas y/o biológicas del suelo", abordar el análisis integral de los posibles servicios ecosistémicos prestados por el suelo que pueden ser afectados por el proyecto y justificar el área que determinó por sobreutilización severa e incluir el desglose de los rubros presentados mediante el uso de una hoja de cálculo. g) Ajustar el cálculo de los indicadores económicos, teniendo en cuenta las consideraciones realizadas sobre la valoración de los impactos. Adicionalmente sensibilizar el flujo económico a partir de la variación de parámetros de los costos y beneficios más representativos con el fin de asegurar la robustez del análisis presentado. h) Adoptar en el análisis económico, todas aquellas obligaciones impuestas por esta autoridad y que puedan incidir en la selección de impactos relevantes, el análisis de internalización y la valoración de costos y beneficios del proyecto. ARTÍCULO DÉCIMO SEGUNDO. La empresa ECOPETROL S.A., deberá presentar Planes de Manejo Ambiental específicos por cada una de las plataformas, de manera previa a la construcción, los cuales deberán ser elaborados teniendo en cuenta los Términos de Referencia aplicables y siguiendo los criterios técnicos contenidos en Plan de Manejo Ambiental para los campos Balcón, San Francisco y Palermo. Adicionalmente, deberá incluir lo siguiente en los Planes de Manejo Ambiental específicos: a. Las coordenadas (Magna Sirgas origen Bogotá) de la infraestructura, así como de aquellos sitios a intervenir relacionados con los permisos de uso y aprovechamiento de los recursos naturales a utilizar. b. El diseño definitivo de la infraestructura a construir y operar. Resolución No.0 5 0 ,9 Del Del 12 2016 de Hoja No. 135 "POR LA CUAL SE MODIFICA EL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ESTABLECIDO MEDIANTE LA RESOLUCIÓN 758 DEL 04 DE JULIO DE 1989, MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN 1237 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2003 Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES" c. Presentar los monitoreos de ruido y ruido ambiental antes de la ejecución de las actividades, con los respectivos modelos para las áreas de influencia directa de cada una de las locaciones y las vías que se plantean construir a fin de tener una línea base y evaluar las tendencias del medio. Adicionalmente, el modelamiento debe permitir establecer la ubicación de la infraestructura y equipos a utilizar para la ejecución de las actividades industriales autorizadas, de tal manera que estén lo suficientemente retiradas con el fin de que éstas no generen afectaciones por ruido y emisiones atmosféricas a las personas que habitan en zonas aledañas, y se garantice el cumplimiento normativo ambiental vigente. d. Describir las medidas que se implementarán para manejar los potenciales impactos por emisiones atmosféricas y ruido ambiental que se puedan causar por la ejecución y operación de las actividades que pretenda desarrollar, así como las orientadas a manejar los potenciales impactos que generará sobre la población que habita o usa de manera permanente o temporal viviendas e infraestructura social del área de influencia que pueda ser intervenida con ocasión del mismo y por cada Plan de Manejo Ambiental específico. e Describir los sitios de monitoreos de calidad de agua de las fuentes superficiales cercanas a la infraestructura construida con ocasión del desarrollo de los Campos Balcón, San Francisco y Palermo. f. Todos los ajustes definidos para las fichas de Manejo Ambiental y Seguimiento Ambiental. g. Dados los hallazgos del estudio de ruido, presentar la información de la instalación de la red de monitoreo para el seguimiento y monitoreo de emisiones atmosféricas, calidad del aire y ruido ambiental, propuesta en la modificación del Plan de Manejo Ambiental. ARTÍCULO DÉCIMO TERCERO. La presente modificación del Plan de Manejo Ambiental, no incluye los permisos, concesiones y/o autorizaciones para el uso, aprovechamiento o afectación de recursos naturales renovables, los cuales deberán obtenerse, renovarse o modificarse según sea el caso, ante la Corporación Autónoma Regional con jurisdicción en el área de influencia del proyecto. Los soportes respectivos deberán presentarse en los Informes de Cumplimiento Ambiental — ICA. ARTÍCULO DÉCIMO CUARTO. En caso de identificarse la presencia de especies en condición de veda nacional de acuerdo con la Resolución 213 de 1977, se deberá solicitar y obtener, de manera previa al aprovechamiento forestal, el levantamiento de veda para estas especies, ante la Dirección de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible. De igual manera, si se identifican especies en veda regional, se deberá obtener previamente al aprovechamiento forestal, el levantamiento de veda dichas especies ante la Autoridad Ambiental Regional competente. ARTÍCULO DÉCIMO QUINTO. No se autoriza a la empresa ECOPETROL S.A. la construcción de bateas, por lo expuesto en la parte motiva del presente acto administrativo. ARTÍCULO DÉCIMO SEXTO. No se autoriza a la empresa ECOPETROL S.A. ningún tipo de actividad que no esté circunscrita al área de influencia directa definida en la presente modificación del Plan de Manejo Ambiental, por lo que se deberá presentar en los respectivos Planes de Manejo Ambiental específicos, el levantamiento topográfico y el abscisado de las lineas de flujo a construir y sustentar su construcción mediante la superposición del Área de Influencia Directa establecida en el presente Acto Administrativo. ARTÍCULO DÉCIMO SÉPTIMO. La modificación del Plan de Manejo Ambiental que se autoriza en el presente acto administrativo, no confiere derechos reales sobre los predios que se vayan a afectar con el Proyecto, como tampoco ampara la captura o extracción de especímenes de fauna o flora silvestre. Resolución No. 0 1/4.1 Del 1 2 MM 2016 de Hoja No. 136 "POR LA CUAL SE MODIFICA EL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ESTABLECIDO MEDIANTE LA RESOLUCIÓN 758 DEL 04 DE JULIO DE 1989, MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN 1237 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2003 Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES" ARTICULO DÉCIMO OCTAVO. El beneficiario de la presente modificación de Plan de Manejo Ambiental, deberá informar a esta Autoridad y a la Corporación Autónoma Regional del Alto Magdalena - CAM, previo al inicio de las actividades relacionadas con el proyecto, autorizadas en el presente Acto Administrativo. ARTÍCULO DÉCIMO NOVENO. La empresa ECOPETROL S.A., deberá presentar anualmente a esta Autoridad, un Informe de Cumplimiento Ambiental — ICA, de acuerdo con el Apéndice 1 del "Manual de Seguimeinto Ambiental para Proyectos", presentando la información cartográfica del proyecto de acuerdo con el modelo de almacenamiento geográfico (Geodatabase), adoptado mediante Resolución 188 del 27 de febrero de 2013, en dicho informe se deberán incluir las actividades ejecutadas durante el año inmediatamente anterior y con el detalle de las obligaciones específicas establecidas en el presente Acto Administrativo. Igualmente, cada informe de Cumplimiento Ambiental — ICA deberá incluir: a. Los respectivos soportes documentales y fotográficos (registros de las actividades realizadas), de todos los Programas de Manejo Ambiental que hacen parte del PMA que se aprueba, y de las obligaciones establecidas en la presente Resolución, como también de aquellos actos administrativos que se generen por parte de estsa Autoridad, en desarrollo del proyecto. b. Análisis comparativos de los impactos ambientales previstos y los que se han presentado en la ejecución del proyecto. c. Dificultades presentadas en la aplicación de las medidas de manejo ambiental y las medidas adoptadas para superarlas de conformidad con lo estipulado por esta Autoridad en el Manual de Seguimiento Ambiental de proyectos (formatos del apéndice 2 del — Cap.2). d. Indicadores de cumplimiento y eficacia de las medidas, incluyendo los análisis de resultados y conclusiones, comparados con la línea base presentada en el Estudio de Impacto Ambiental para cada uno de los componentes físico, biótico y social. ARTÍCULO VIGÉSIMO. La empresa ECOPETROL S.A. deberá cumplir con lo establecido por el numeral 1.4 del artículo 7 de la Ley 1185 del 2008, que modificó el articulo 11 de la Ley 397 de 1997 en lo relacionado con el Plan de Manejo Arqueológico, el cual señala: "Artículo 7. El artículo 11 de la Ley 397 de 1997 quedará asi: "Artículo 11. Régimen Especial de Protección de los bienes de interés cultural. Los bienes materiales de interés cultural de propiedad pública y privada estarán sometidos al siguiente Régimen Especial de Protección: ( ) "1.4. Plan de Manejo Arqueológico. Cuando se efectúen las declaratorias de áreas protegidas de que trata el artículo 6° de este Título, se aprobará por el Instituto Colombiano de Antropología e Historia un Plan Especial de Protección que se denominará Plan de Manejo Arqueológico, el cual indicará las características del silo y su área de in-fluencia, e incorporará los lineamientos de protección, gestión, divulgación y sostenibilidad del mismo. En los proyectos de construcción de redes de transporte de hidrocarburos, minería, embalses, infraestructura vial, así como en los demás proyectos y obras que requieran licencia ambiental, registros o autorizaciones equivalentes ante la autoridad ambiental, como requisito previo a su otorgamiento deberá elaborarse un programa de arqueología preventiva y deberá presentarse al Instituto Colombiano de Antropología e Historia un Plan de Manejo Arqueológico sin cuya aprobación no podrá adelantarse la obra' Resolución No. O o 1 1 2 HAY 2016 de Hoja No. 137 "POR LA CUAL SE MODIFICA EL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ESTABLECIDO MEDIANTE LA RESOLUCIÓN 758 DEL 04 DE JULIO DE 1989, MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN 1237 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2003 Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES" PARÁGRAFO. El desarrollo de las nuevas actividades autorizadas en la presente modificación, no podrá iniciar sin la respectiva aprobación del Plan de Manejo Arqueológico por parte del Instituto Colombiano de Antropología e Historia - ICANH. Copia de la aprobación de dicho plan, deberá remitirse a esta Autoridad en el Informe de Cumplimiento Ambiental correspondiente. ARTÍCULO VIGÉSIMO PRIMERO. La empresa ECOPETROL S.A. deberá cancelar a la Corporación Autónoma Regional del Alto Magdalena - CAM el valor correspondiente a las tasas retributivas, compensatorias y por usos de agua a que haya lugar por el uso y afectación de los recursos naturales renovables. ARTÍCULO VIGÉSIMO SEGUNDO. La empresa ECOPETROL S.A. deberá informar a los contratistas sobre el contenido de la presente Resolución, lo cual será de obligatorio cumplimiento de todo lo allí señalado, así como también de las disposiciones particulares o requerimientos contenidos. Se deberán presentar los soportes correspondientes en los Informes de Cumplimiento Ambiental. ARTÍCULO VIGÉSIMO TERCERO. La empresa ECOPETROL S.A. será responsable, como beneficiaria de la modificación del Plan de Manejo Ambiental, por cualquier deterioro o daño ambiental causado en desarrollo de las actividades que se autorizan en el presente Acto Administrativo. ARTÍCULO VIGÉSIMO CUARTO. En caso de presentarse, durante el tiempo de ejecución de las obras u operación del proyecto, efectos ambientales no previstos, la empresa ECOPETROL S.A., deberá suspender los trabajos e informar de manera inmediata a esta Autoridad y a la Corporación Autónoma Regional del Alto Magdalena - CAM, para que determinen y exijan la adopción de las medidas correctivas que consideren necesarias, sin perjuicio de las medidas que debe tomar el beneficiario de la misma para impedir la degradación del medio ambiente. ARTÍCULO VIGÉSIMO QUINTO. La presente modificación no ampara ningún tipo de obra o actividad diferente a las descritas en este Acto Administrativo. Cualquier modificación en las condiciones, deberá ser informada a esta Autoridad para su evaluación y aprobación. A excepción de los cambios menores de que trata el Decreto 1076 de 2015 o la norma que la derogue, la modifique o la sustituya, caso en el cual el beneficiario del instrumento de manejo y control ambiental deberá cumplir con lo allí establecido. ARTÍCULO VIGÉSIMO SEXTO. El beneficiario de la modificación del Plan de Manejo Ambiental deberá realizar el proyecto, de acuerdo a la información suministrada a la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales-ANLA y lo autorizado en el presente acto admiistrativo. ARTÍCULO VIGÉSIMO SÉPTIMO. La presente modificación de Plan de Manejo Ambiental se otorga por el tiempo de duración del proyecto que se autoriza en la presente Resolución. ARTÍCULO VIGÉSIMO OCTAVO. Los demás términos, obligaciones, condiciones y autorizaciones establecidas en la Resolución 758 del 04 de julio de 1989, modificada por la Resolución 1237 del 18 de noviembre de 2003, que no fueron modificadas por el presente Acto Administrativo, continúan vigentes en su totalidad. ARTÍCULO VIGÉSIMO NOVENO. En caso que la empresa ECOPETROL S.A. en el término de cinco (5) años contados a partir de la ejecutoria del presente Acto Administrativo, no haya dado inicio a la ejecución de las actividades autorizadas a través de la presente Resolución, se procederá a dar aplicación a lo establecido en el Capítulo 3 "Licencias Ambientales", Sección 8 "Trámite para la Modificación de la Licencia Ambiental", artículo 2.2.2.3.8.7 del Decreto 1076 de 2015 o en el 1 Resolución No 0 5 0 qe, 1 2 MAY 2016 de Hoja No. 138 "POR LA CUAL SE MODIFICA EL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ESTABLECIDO MEDIANTE LA RESOLUCIÓN 758 DEL 04 DE JULIO DE 1989, MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN 1237 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2003 Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES" Decreto que lo modifique o sustituya, en relación con la declaratoria de pérdida de vigencia de la misma. ARTÍCULO TRIGÉSIMO. Notificar el presente acto administrativo al representante legal o al apoderado debidamente constituido de la empresa ECOPETROL S.A. ARTÍCULO TRIGÉSIMO PRIMERO. Comunicar la presente Resolución a la Gobernación del Huila, a las Alcaldías Municipales de Aipe, Neiva y Palermo; a la Agencia Nacional de Hidrocarburos — ANH; al Instituto Colombiano de Antropología e Historia — ICANH; y a la Procuraduría Delegada para Asuntos Ambientales y Agrarios de la Procuraduría General de la Nación. ARTÍCULO TRIGÉSIMO SEGUNDO. La empresa ECOPETROL S.A., una vez ejecutoriada la presente Resolución, deberá remitir copia de la misma a las Alcaldías Municipales y Personerías Municipales de Aipe, Neiva y Palermo en el departamento del Huila y disponer una copia para consulta de los interesados en las citadas Personerías. ARTÍCULO TRIGÉSIMO TERCERO. Publicar la presente Resolución en la Gaceta Ambiental de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales — ANLA. ARTÍCULO TRIGÉSIMO CUARTO. Contra la presente Resolución procede el recurso de reposición el cual podrá interponerse por escrito ante el funcionario que toma la presente decisión, dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, o a la notificación por aviso, o al vencimiento del término de publicación, según el caso, con el lleno de los requisitos establecidos en el Artículo 77 y concordantes del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Elaboró: Sara Natalia Orozco Acuña - Abogada Cuino Hidrocarburos Revisó: Luisa Femanda Olaya Olaya — Revisora Jurídica Grupo HMrocarbu Concepto Técnico 1143 del 17 de marzo de 2016 Memorando Interno de Alcance No. 2016023021-3 del 10 de mayo de 2016 Expediente LAM0215
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