Jueves, 1 de diciembre de 2016 Nº 231 0001 SE PUBLICA TODOS LOS DÍAS EXCEPTO SÁBADOS, DOMINGOS Y FESTIVOS Oficinas: Ronda de San Francisco, 5 · Edif. Julián Murillo Tel: 927 625 792 [email protected] D.L.: CC. 1-1958 Las inserciones en el Boletín Oficial de la provincia de Cáceres estarán sujetas a lo establecido en el Reglamento de Gestión del Boletín Oficial de la provincia de Cáceres (B.O.P. nº 182 de 21 de septiembre de 2016). N.º 231 Jueves, 1 de Diciembre de 2016 Sumario Sección I – ADMINISTRACIÓN LOCAL DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÁCERES ACUERDO aprobación modificación puntual RPT BOP-2016-4919 EXTRACTOS Acuerdos Pleno celebrado el día 25 de noviembre de 2016. BOP-2016-4912 EXTRACTO Resoluciones, junio, agosto, septiembre y octubre 2016.........................................................................................BOP-2016-4911 Lista definitiva admitidos/excluidos en procesos de provision de los puestos de Coordinador/a Tecnico/a de Servicios Centrales, Director/a del Área de Economía y Hacienda y de Director/a Adjunto/ a de Gestión Presupuestaria, Normalización Procedimientos BOP-2016-4926 CONVOCATORIA Bases Certámenes Literarios 2017 - Premio “Flor de Jara” de Poesía.......................................................................BOP-2016-4860 CONVOCATORIA Bases Certámenes Literarios 2017 - Concurso “El Brocense” de microrrelatos.............................................................BOP-2016-4861 CONVOCATORIA Bases Certámenes Literarios 2017 - XLII Premio “Cáceres” de Novela Corta...................................................................BOP-2016-4856 CONVOCATORIA Bases Certámenes Literarios 2017 - XXVII Premio de Cuentos “Ciudad de Coria”..................................................BOP-2016-4859 COVOCATORIA Bases Certámenes Literarios 2017 - XXXVII Premio de Periodismo “Dionisio Acedo”. BOP-2016-4858 Pág. 2 N.º 231 Jueves, 1 de Diciembre de 2016 EXTRACTO de la convocatoria para la concesión del XXXVII Premio de Periodismo “Dioniso Acedo” del año 2017 BOP-2016-4921 EXTRACTO de la convocatoria para la concesión del XXVII Premio de Cuentos “Ciudad de Coria” del año 2017 BOP-2016-4922 EXTRACTO de la convocatoria para la concesión del XX Premio “Flor de Jara” de Poesía del año 2017.................................................BOP-2016-4923 EXTRACTO de la convocatoria para la concesión del XLII Premio “Cáceres” de Novela Corta del año 2017.............................................BOP-2016-4924 EXTRACTO de la convocatoria para la concesión del XIII Premio “El Brocense” de Microrrelatos para estudiantes españoles matriculados en el segundo ciclo de la ESO, Bachillerato y Programas y Ciclos Formativos del Curso 2016-2017.........................BOP-2016-4925 AYUNTAMIENTOS ABADÍA Aprobación Inicial Presupuesto 2017 BOP-2016-4904 Expediente Transferencia de Crédito Presupuesto 2016.....................BOP-2016-4903 CÁCERES ACUERDO de aprobación definitiva modificación Relación Puestos de Trabajo...............................................................................BOP-2016-4914 CASAR DE CÁCERES ACUERDO de aprobación provisional de modificaciones de Ordenanzas fiscales reguladoras.........................................................BOP-2016-4899 Pág. 3 N.º 231 Jueves, 1 de Diciembre de 2016 CASAR DE CÁCERES ACUERDO Aprobación inicial del expediente de modificación de créditos n.º 996/2016............................................................................BOP-2016-4900 CASAS DE MILLÁN ACUERDO de modificación de los ficheros existentes en el Ayuntamiento y su inscripción en el Registro General de Protección de Datos............................................................................................... BOP-2016-4918 GARGANTA LA OLLA Aprobación Inicial del expediente de transferencia de Créditos.............BOP-20164902 MONTEHERMOSO Aprobación Definitiva Expte. de Reconocimiento Extrajudicial de Créditos N.º 1/2016 .............................................................................BOP-2016-4908 ACUERDO aprobación DEFINITIVA modificación de crédito nº 19 y nº 21.................................................................................................. BOP-2016-4909 PALOMERO ACUERDO de aprobación definitiva Ordenanza reguladora de la Venta Ambulante y Ordenanza fiscal tasa por la Venta Ambulante fuera de establecimiento comercial permanente..................................BOP-2016-4901 TALAVÁN ACUERDO de aprobación inicial del Presupuesto General para el ejercicio de 2017..................................................................................BOP-2016-4916 ACUERDO de aprobación inicial de la Ordenanza fiscal y reguladora del Servicio de Centro Municipal de Educación Infantil .......................BOP-2016-4917 Pág. 4 N.º 231 Jueves, 1 de Diciembre de 2016 VALDEHÚNCAR Aprobación Inicial del Expediente de Modificación de Créditos 12/2016................................................................................................BOP-2016-4913 OTRAS ENTIDADES LOCALES MANCOMUNIDADDE SERVICIOS DE LOS CUATRO LUGARES HINOJAL, SANTIAGO DEL CAMPO Y TALAVÁN ACUERDO de aprobación inicial del Presupuesto General para el ejercicio de 2017..................................................................................BOP-2016-4907 MANCOMUNIDAD INTEGRAL DE MUNICIPIOS VALLE DEL ALAGÓN RESOLUCIÓN Lista provisional de admitidos y excluidos convocatoria para cubrir Dos Plazas de Monitores Deportivos segunda convocatoria 2016..................................................................................................... BOP-2016-4910 Sección IV – ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA Juzgado de lo Social nº 1 CÁCERES SENTENCIA Nº 234 / 2016, Procedimiento Ordinario 237/2016..........BOP-2016-4894 Pág. 5 N.º 231 Jueves, 1 de Diciembre de 2016 Sección I – ADMINISTRACIÓN LOCAL DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÁCERES BOP-2016-4919 ACUERDO aprobación modificación puntual RPT ANUNCIO “APROBACIÓN DE MODIFICACIÓN PUNTUAL DE LA RELACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO” El Pleno de la Corporación Provincial, en sesión ordinaria celebrada el día 25 de noviembre de 2016, acordó aprobar inicialmente la modificación puntual de la relación de puestos de trabajo del ejercicio 2016, en el sentido indicado en el expediente de su razón. De conformidad con lo establecido en el artículo 90 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en relación con el artículo 126 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, y el artículo 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se expone al público el acuerdo de aprobación inicial indicado, por el plazo de quince días hábiles a partir del siguiente a la fecha de inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, durante los cuales podrán los interesados examinar el expediente en las dependencias administrativas del Área de Personal y presentar las reclamaciones que se estimen convenientes ante el Pleno de la Institución. El acuerdo inicial se considerará definitivamente aprobado si durante el plazo citado no se hubiesen presentado reclamaciones, en caso contrario, el Pleno dispondrá del plazo de un mes para resolverlas. Cáceres, 25 de noviembre de 2016. SECRETARIO, Augusto Cordero Ceballos Pág. 6 N.º 231 Jueves, 1 de Diciembre de 2016 Sección I – ADMINISTRACIÓN LOCAL DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÁCERES BOP-2016-4912 EXTRACTOS Acuerdos Pleno celebrado el día 25 de noviembre de 2016. ANUNCIO - Aprobar del acta de la sesión anterior, de fecha veintiocho de octubre ordinaria. - Tomar conocimiento de: - Resoluciones presidenciales adoptadas en los meses de junio, agosto y septiembre recibidas en el Negociado de Asuntos Generales, con posterioridad a las convocatorias de los Plenos correspondientes. - Resoluciones presidenciales adoptadas durante el mes de octubre de 2016. - Resoluciones presidenciales aprobando certificaciones de obras adoptadas durante el mes de octubre de 2016. - Tomar conocimiento del informe sobre estado de ejecución presupuestaria tercer trimestre de 2016. - Tomar conocimiento del informe trimestral (tercer trimestre 2016), sobre cumplimiento de los plazos previstos en la Ley 15/2010 (Ley Morosidad) y período medio de pago a proveedores. - Tomar conocimiento del informe sobre el seguimiento semestral (primer semestre 2016), del Plan Económico Financiero 2016-17. - Aprobar el Expediente de Modificación Presupuestaria nº 53/2016, por Suplementos de Créditos (Renuncia a la encomienda de Obras dentro del Plan Activa 2016), en el presupuesto de la Excma. Diputación. - Aprobar las Solicitudes renuncia a delegación de facultades a favor de varios Ayuntamientos, relativas a expedientes de obra PLAN ACTIVA 2016 (renuncia a encomiendas). - Aprobar el Convenio de cooperación interadministrativo entre la Diputación de Cáceres y la Junta de Extremadura sobre concesión de subvenciones para el desarrollo, adaptación y mejora de la infraestructura eléctrica por los municipios y las entidades locales menores de Extremadura, correspondiente a las anualidades 2017 y 2018. - Aprobar el Acuerdo por el que se regulan los criterios generales de la Carrera Profesional. - Aprobar el Acuerdo sobre la gestión de Bolsas de trabajo. Pág. 7 N.º 231 Jueves, 1 de Diciembre de 2016 - Aprobar el Expediente de Modificación Presupuestaria nº 51/2016, por Suplemento de Crédito (Altas y Bajas de Créditos de Personal, Modificación de la RPT y Plantilla), en el presupuesto de esta Excma. Diputación. - Aprobar la Modificación puntual de la R.P.T. 2016. - Aprobar el Convenio para la implantación y puesta en marcha del servicio de atención y protección a familias en riesgo de ejecución inmobiliaria. - Aprobar el Pacto político y social contra el despoblamiento rural. - Aprobar el Expediente de Modificación Presupuestaria nº 52/2016, por Crédito Extraordinario (Modificación del objeto de la obra nº 01/017/2016 "Mejora Instalaciones Deportivas en Aliseda", dentro del Plan Activa 2016), en el presupuesto de la Excma. Diputación. - Aprobar el Expediente de Modificación Presupuestaria nº 54/2016, por Créditos Extraordinarios (Subvención a la Junta de Personal y Comité de Empresa, para gastos de capital), en el presupuesto de la Excma. Diputación. - Aprobar el Expediente de Modificación Presupuestaria nº 55/2016, por Créditos Extraordinarios (Subvención nominativa a la Federación Provincial de Empresarios de la Construcción de Cáceres para la organización del "XI Concurso de Albañilería de Cáceres"), en el presupuesto de la Excma. Diputación. - Aprobar el Expediente de reconocimiento extrajudicial de créditos nº 1/2016, en el presupuesto del O.A.R.G.T. - Aprobar el Convenio de Delegación de Gestión Tributaria y Recaudatoria con el Ayuntamiento de Villasbuenas de Gata. - Aprobar los Convenios de delegación para la Gestión Tributaria y Recaudatoria, con los Ayuntamientos de Torrecillas de la Tiesa y Villasbuenas de Gata y la Excma. Diputación Provincial de Cáceres, para la prestación del servicio de Gestión y Recaudación de Multas por Infracciones a la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos y Seguridad Vial. -Secundar el Manifiesto día internacional contra la violencia de género 26-noviembre-2016. Cáceres, 28 de noviembre de 2016 SECRETARIO, Augusto Cordero Ceballos. Pág. 8 N.º 231 Jueves, 1 de Diciembre de 2016 Sección I – ADMINISTRACIÓN LOCAL DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÁCERES BOP-2016-4911 EXTRACTO Resoluciones, junio, agosto, septiembre y octubre 2016. ANUNCIO 1- Resoluciones de los meses de junio, agosto y septiembre de 2016, recibidas en el Negociado de Asuntos Generales con posterioridad a la convocatoria de los Plenos correspondientes: - Aprobar Convenio colaboración entre la Junta de Extremadura y las Diputaciones de Badajoz y Cáceres para emisión por Organismos de Recaudación de certificados cumplimiento obligaciones tributarias en procesos de reestructuración de deuda hipotecaria. - Nombrar a un tercero, Director Facultativo de la Obra nº 01/193/16. - Nombrar a dos personas, procedentes de la bolsa de trabajo de Técnicos de Gestión y Administración, funcionarias interinas, como Técnicas de Grado Medio, destinadas en el Área de Economía y Hacienda. - Nombrar a un tercero, Director Facultativo y Director de ejecución de la obra nº 43/004/16. 2- Resoluciones del mes de octubre de 2016: - Aprobar la devolución de fianzas definitivas constituidas por varios contratistas y/o empresas, ante la Diputación Provincial en garantía de las obras a que se hace referencia. - Nombrar Coordinadores /as de Seguridad y Salud de varias obras y aprobar el Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo, presentado por varias empresas adjudicatarias. - Iniciar expedientes de contratación de diversas obras, incluidas en varios Planes/Programas (“Programa General/2014-2015, "Programa Mantenimiento dependencias provinciales/20162017", "Programa General/2016”,...)que se tramitarán por procedimiento negociado sin publicidad o procedimiento abierto y aprobar el gasto. - Nombrar Directores Facultativos de obras a varios terceros. - Adjudicar obras incluidas en varios Planes y Programas de la Diputación de Cáceres mediante contrato menor y designar Directores Técnicos o Directores Técnicos Provisionales de las mismas. - Aprobar provisionalmente dos proyectos de obras, sus presupuestos y los Pliegos de Prescripciones Técnicas y considerarlos aprobados definitivamente si no se presentan reclamaciones. Pág. 9 N.º 231 Jueves, 1 de Diciembre de 2016 - Subsanar el error de funcionamiento producido por indisponibilidad del servicio de la sede electrónica el día 15 de septiembre de 2016 y abrir la sede el próximo viernes 7 de octubre durante 24 horas para las Entidades Locales que no pudieron presentar su solicitud de subvención “Para Inversiones de Ahorro y Eficiencia energética para Alumbrados Públicos en Zona Urbana 2016”. - Reconocer trienios cumplidos a empleados públicos de la Corporación. - Autorizar la asistencia a eventos (cursos, ferias, congresos,...) y comisiones de servicio de varios empleados de la Corporación y el abono de las indemnizaciones que les correspondan. - Acordar la corrección de la base Quinta, publicada en BOP de Cáceres de 19/09/2016 relativo a la convocatoria de “ayudas a municipios menores de 20.000 habitantes y entidades locales menores consistente en la entrega de elementos integrantes para personas con discapacidad, con destino en parques infantiles y espacios públicos, ejercicio 2016, quedando la redacción tal y como se especifica en la Resolución. - Subsanar el error de funcionamiento producido por indisponibilidad del servicio de la sede electrónica el día 15 de septiembre de 2016 y abrir la sede el próximo jueves 6 de octubre durante 24 horas para las Entidades Locales que no pudieron presentar su solicitud de subvención “Para Obras de Mejora y Adaptación de Piscinas Municipales 2016”. - Reconocer obligaciones y abonar cantidades al Grupo Popular, Grupo Ciudadanos y Grupo Socialista de la Diputación Provincial de Cáceres, en concepto de asignaciones fija y variable correspondientes al mes de Octubre de 2016. - Aprobar certificaciones de obras y sus facturas, reconocer las obligaciones y ordenar el pago a los contratistas-adjudicatarios, por los importes relacionados. - Restituir la denominación y objeto del expediente de obra nº 01/062/2016, en Cuacos de Yuste, a su denominación original, dada por acuerdo plenario adoptado en sesión extraordinaria celebrada en diciembre de 2015. - Nombrar a varios empleados públicos de la Corporación, para formar parte de tribunales para la selección de personal, a petición de dos Ayuntamientos y dos Mancomunidades. - Aprobar liquidaciones relacionadas en la Resolución, correspondientes al IBI de 2016 de edificios provinciales de la Excma. Diputación Provincial, autorizar y disponer el gasto, reconocer la obligación y ordenar el pago, a favor del Organismo Autónomo de Recaudación . - Aprobar facturas, reconocer y liquidar obligaciones a favor de varios proveedores y ordenar el pago de las mismas. - Aprobar certificaciones y facturas referentes al tercer trimestre de 2016 de las actuaciones de explotación de la Zona 1 Coria y Zona 2 Plasencia, reconocer la obligación y ordenar el pago a favor de dos UTES. - Autorizar la modificación propuesta por la Dirección Facultativa de dos obras. Pág. 10 N.º 231 Jueves, 1 de Diciembre de 2016 - Ordenar la aprobación del gasto, adjudicar a varios terceros contratos de servicios y/o suministros y supeditar el abono de las facturas a su previa presentación debidamente conformadas. - Adjudicar el contrato derivado nº 4 del Acuerdo Marco para la Homologación de los Suministros de Gasóleo Automoción en el ámbito de la Central de Contratación de la Diputación de Cáceres a favor de la empresa CEPSA CARD S.A. - Aprobar rectificación de errores en varias Resoluciones. - Modificar el presupuesto de una acción formativa incluida en el Plan de Formación de la Diputación Provincial de Cáceres. - Solventar el Reparo formulado por la Interventora en su informe de 5 de octubre de 2016 y aprobar el expediente administrativo para adjudicar por procedimiento abierto, el contrato administrativo especial de cesión de uso de la embarcación turística “Balcón del Tajo”. - Aprobar la concesión de subvención conforme a la relación especificada en la Resolución, relativa a la contratación de personal animador y dinamizador turístico en los Centros de Interpretación de la Provincia de Cáceres; no aprobar dicha subvención al ayuntamiento de Robledillo de Gata y aprobar las actividades objeto de la subvención. - Ordenar el inicio de los expedientes de varias obras incluidas en Planes /Programas de la Diputación y contratar las mismas por Procedimiento Negociado sin Publicidad o por Contrato Menor. - Reconocer la obligación, en concepto de honorarios devengados por encargo profesional de Prestación de Servicios de Consultoría y Asistencia Técnica para la redacción de proyectos de obras, a favor de varios Técnicos y/o Empresas, supervisados estos por la Oficina de Supervisión de Proyectos y una vez prestada la fiscalización de conformidad, ordenar el pago. - Reconocer la obligación, en concepto de honorarios devengados por encargo profesional de Prestación de Servicios de Consultoría y Asistencia Técnica para "ampliación estudio estructural de Casa Pereros", a favor de una empresa y una vez prestada la fiscalización de conformidad, ordenar el pago. - Reconocer la obligación en concepto de honorarios devengados por varios Técnicos, en concepto de Prestación de Servicios de Consultaría y Asistencia Técnica, para Dirección de Ejecución, Dirección, o Dirección Facultativa de obras, una vez recepcionadas favorablemente las mismas y una vez prestada la fiscalización de conformidad, ordenar el pago. - Aprobar la realización de la acción “Blog trip familiar” y autorizar la realización del gasto. - Aprobar las Bases Reguladoras de la Convocatoria de subvenciones dinerarias a Deportistas de Élite de la Provincia de Cáceres, la aportación económica y ordenar su publicación en el B.O.P. - Adjudicar el encargo de Dirección de Obra a favor de varios Técnicos y/o empresas. - Aprobar facturas correspondientes a contratos de Leasing a favor de dos entidades bancarias, reconocer las obligaciones y ordenar el pago a favor de las mismas . Pág. 11 N.º 231 Jueves, 1 de Diciembre de 2016 - Aprobar las cuentas justificativas presentadas por un Consorcio, una Asociación y una Fundación. - Aprobar las Bases adjuntas en la Resolución, para la provisión interina de un Profesor de Bellas Artes, con destino en la Escuela de Bellas Artes “Eulogio Blasco”de Cáceres. - Aprobar los precios fijados en la Relación Valorada adjunta a la Resolución y dar por finalizado el expediente de expropiación forzosa iniciado a los propietarios que se relacionan en la misma. - Nombrar dos funcionarias interinas, Técnica de Grado Medio y Administrativa de Administración General (respectivamente), con destino en el Área de Economía y Hacienda. - Estimar las solicitudes presentadas por dos empleados públicos de la Corporación, reduciendo sus jornadas de trabajo al 50%.y concertar contratos de trabajo de duración determinada a tiempo parcial como Oficial Mecánico Conductor y Portero Ordenanza, a dos integrantes de las respectivas bolsas de trabajo. - Convocar y aprobar la celebración de una acción formativa perteneciente al Plan de Formación 2016. - Aprobar las Bases para las convocatorias del :“I Premio Fotográfico Señas de Identidad” y “I Premio Cómic/Manga/Arte Joven Diputación de Cáceres” y ordenar la publicación de las mismas en el B.O.P. y en la Base Nacional de Datos de Subvenciones. - Aprobar el Pliego de Prescripciones Técnicas para la contratación del suministro de “columpios adaptados para discapacitados a instalar en Entidades Locales beneficiarias de la subvención”, iniciar el expediente para su tramitación y ordenar la redacción del Pliego de Cláusulas Administrativas que ha de regir la contratación. - Aprobar las Bases adjuntas a la Resolución para la constitución de una Bolsa de Trabajo Temporal de Técnicos de Grado Medio. - Conceder subvenciones a varios Ayuntamientos de la provincia de Cáceres, autorizar y disponer el gasto con cargo a la aplicación presupuestaria: “Subvención a Ayuntamientos y Mancomunidades Integrales-Guiartex”. - Aprobar varios Programas Culturales de la Institución Cultural “ El Brocense” y los gastos que se deriven de los mismos. - Declarar desierta la licitación al Contrato de Servicio de Explotación de la Cafetería del Complejo Cultural “San Francisco” de la Diputación de Cáceres y publicar la Resolución en el perfil del contratante. - Dictar la segunda prórroga del contrato firmado con la UTE “CXLIV Telefónica de España S:A.U -Telefónica Móviles España S.A.U. - Adjudicar contratos de suministros y/o servicios tramitados por procedimiento abierto, a favor de varias empresas, disponer los gastos autorizados en las Resoluciones y requerir a las adjudicatarias para que se proceda a la formalización de los mismos. Pág. 12 N.º 231 Jueves, 1 de Diciembre de 2016 - Aprobar el Pliego de Prescripciones Técnicas para la contratación del servicio de “edición de catálogos de productos turísticos”, iniciar expediente para la tramitación por procedimiento abierto y ordenar la redacción del Pliego de Cláusulas Administrativas que ha de regir la contratación. - Abonar las cantidades que se indican en las resoluciones a varios empleados públicos de la Corporación, en concepto de diferencia de retribuciones complementarias por diferentes conceptos. (superior categoría, complemento de productividad o trabajos extraordinarios). - Aprobar el reconocimiento y liquidación de obligaciones y la ordenación de los pagos a favor de varios empleados públicos, en concepto de dietas, gastos de desplazamiento e indemnizaciones por razón del servicio. - Hacer entrega de varias obras ya ejecutadas a varios Ayuntamientos. - Autorizar la realización de actuaciones solicitadas por un Ayuntamiento y cuatro particulares, sometiéndose a los condicionantes referidos en las Resoluciones. - Proponer que un particular constituya en la Intervención de Fondos Provinciales cantidad, en concepto de fianza para responder de los posibles desperfectos en las vías, antes de obtener la autorización por escrito para la circulación de vehículos que exceden la masa máxima autorizada. - Dejar sin efecto la Resolución de fecha 8 de agosto de 2016 y aprobar la adquisición de “una autoescalera Magirus” para el Servicio de Prevención y Extinción de Incendios, disponer el gasto y dar de alta el suministro en el inventario de bienes de la Diputación. - Solventar el reparo formulado por la Intervención y aprobar el expediente tramitado para adjudicar el Contrato de “Teleasistencia Domiciliaria para los Municipios de la Provincia de Cáceres Menores de 20.000 Habitantes”. - Convalidar el acto y aprobar como contrato privado, la contratación de la empresa “Producciones Artísticas Extremeñas S.L. para la actuación de una cantante en la “Feria del Libro de Medellín (Colombia)”, reconocer la obligación y ordenar el pago. - Conceder a un empleado público permiso no retribuido de quince días naturales. - Autorizar el disfrute del permiso retribuido previsto en al art.48.I) de la Ley 7/2007, solicitado por varios empleados públicos de la Corporación, de manera fraccionada. - Ordenar la formalización en firme de pagos cuyos importes deberán ser repuestos a la funcionaria Habilitada. - Dictar prórrogas de los contratos firmados con varias empresas. - Aprobar la justificación presentada de los gastos realizados por varios Ayuntamientos y Mancomunidades, correspondientes al Programa GUIARTEX, aprobar el reconocimiento y liquidación de la obligación a favor de los preceptores y ordenar el pago. - Aprobar el gasto correspondiente a una Exposición en la Sala de Arte “El Brocense”. - Ordenar la devolución de fianzas a dos empresas adjudicatarias de contratos de servicios y/o suministros. Pág. 13 N.º 231 Jueves, 1 de Diciembre de 2016 - Aprobar la relación de beneficiarios especificada en la Resolución, acordada por la Comisión de Valoración, relativa al “Plan de Material de Protección Civil y Prevención de Incendios para Entidades Locales”, declarar como no beneficiarios a varios solicitantes indicados en la misma, aprobar las actividades objeto de la subvención, autorizar, disponer el gasto, reconocer las obligaciones y ordenar el pago. - Aprobar los programas de trabajo de dos obras. - Levantar parcialmente el Reparo formulado por Intervención, aprobar la cuenta justificativa presentada por el “Club Amigos del Rugby Cáceres (CAR CACERES)” por el importe indicado, declarar la pérdida del derecho al cobro de otro importe e iniciar expediente de reintegro de este último. - Adjudicar el puesto de Instalador-Gestor de Telecomunicaciones (código 3260) a un empleado público. - Abonar a dos empleados públicos de la Corporación cantidades como compensación económica, en concepto de vacaciones no disfrutadas. - Resolver la conformidad y aceptación de la liquidación de ingresos por “Servicios Educativos” (matrículas Escuelas y Conservatorios), especificados en las Resoluciones. - Aprobar la relación de beneficiarios especificada en la Resolución, relativa a subvenciones dentro del “Plan de Contratación de Personal Administrativo para Pedanías de Entidades Locales”, aprobar las actividades objeto de la subvención, autorizar y disponer el gasto, así como reconocer y liquidar las obligaciones.. - Establecer el desarrollo de actuaciones incluidas en el Plan “Inversiones a Desarrollar Extraordinarias ”, especificadas en las Resoluciones. - Modificar la Resolución de fecha 13 de octubre de 2016, en su párrafo cuarto en el sentido especificado en la Resolución. - Nombrar a tres docentes para impartir distintas acciones formativas, pertenecientes al Plan de Formación 2016. - Aprobar el reconocimiento y liquidación de una obligación y adjudicar el contrato administrativo menor de servicios para la realización del trabajo de redacción del proyecto técnico de ejecución y estudio de seguridad y salud de una obra. - Proceder a la devolución de las fianzas depositadas por varias empresas, una UTE y un particular, en la Intervención de Fondos Provinciales para responder de posibles desperfectos en la ejecución de obras. - Autorizar la renovación de la autorización solicitada por un particular para “circulación de vehículos que superan la masa máxima autorizada” con los condicionantes especificados en la Resolución. - Aprobar las facturas, reconocer las obligaciones y ordenar el pago a favor de dos UTE, en concepto de honorarios /trabajos por redacción de proyecto de obras (Programa de Acondicionamiento Integral de la Red de Carreteras). Pág. 14 N.º 231 Jueves, 1 de Diciembre de 2016 - Autorizar y comprometer los gastos relativos a docencia de tres acciones formativas del Departamento de Formación, aprobar los correspondientes gastos y reconocer las obligaciones. - Aprobar expedientes administrativos para adjudicar los contratos de dos servicios, los pliegos de cláusulas administrativas particulares, efectuar la aprobación del gasto y disponer la apertura de la licitación. - Aprobar certificación y factura referente al tercer trimestre de 2016 de las actuaciones de explotación de la Zona 4 Villuercas y reconocer obligación a favor de una UTE. - Conceder anticipos sin intereses a varios empleados públicos de la Corporación. - Conceder a dos empleados públicos de la Corporación ayuda económica por discapacidad. - Aprobar el Programa de Asistencia a la “Feria Agroganadera de Trujillo” y los gastos que del mismo se derivan. - Convocar al Pleno de la Corporación en sesión ordinaria para el día veintiocho de octubre del presente año, a las once horas y treinta minutos. - Aprobar facturas, reconocer y liquidar obligaciones y la correspondiente ordenación del pago, a favor de los terceros relacionados en la Resolución del Plan de Competitividad Turística de la Reserva de la Biosfera de Monfragüe. - Adjudicar obras a tres empresas, por ser la oferta más ventajosa y designar Directores Técnicos de las mismas. - Anular las Resoluciones Presidenciales de fecha 1 de julio de 2016, relativas a la aprobación y disposición del gasto de los convenios suscritos con el CEPAD y MEDICUS MUNDI EXTREMADURA, con el fin de dictar las que correspondan por el órgano gestor. - Aprobar el programa de la actividad “Circuito Open Diputación de Cáceres de Natación” y aprobar la propuesta de contratación de las distintas actuaciones relacionadas en la Resolución. - Aprobar la modificación de las bases relativas a la constitución de una Bolsa de Trabajo Temporal de “Profesor de Bellas Artes” y proceder a realizar la oferta propuesta al SEXPE, conforme a lo especificado en la Resolución. - Reconocer a dos empleados públicos los servicios prestados en otras Administraciones y los trienios que les correspondan. - Aprobar la aclaración de la Cláusula 4ª de los Convenios suscritos con los Consejos Reguladores de las Denominaciones de Origen Protegidas e Indicaciones Geográficas Protegidas ( DOP/IGP). - Aceptar la ayuda FEDER otorgada para la Estrategia DUSI “Plasencia y Entorno”, según Resolución de fecha 29 de septiembre de 2016 de la Secretaria de Estado de Presupuestos y Gastos. Pág. 15 N.º 231 Jueves, 1 de Diciembre de 2016 - Aceptar la renuncia a la percepción de la subvención otorgada al Ayuntamiento de Ruanes relativa a la convocatoria Plan Activa Bibliotecas 2016, la perdida de cualquier otro derecho u obligación que se derive de la misma y concluir el procedimiento. - Levantar el Reparo de la Intervención, reconocer las obligaciones a favor de dos Ayuntamientos y ordenar los pagos con cargo a la aplicación presupuestaria: 2016.1.1921.76250. - Conceder ampliación en el plazo de ejecución de una obra, a la empresa adjudicataria. - Autorizar a un empleado público, para desempeñar trabajos de superior categoría como Conserje del Edificio Pintores. - Autorizar el gasto del material común necesario para el desarrollo de las Acciones Formativas, especificado en la Resolución y el gasto referente a aquellos estudios técnicos o asesorías que en materia de formación contribuyan a una mayor eficiencia en el desarrollo del Plan de Formación . - Resolver la conformidad y aceptación de la liquidación de ingresos relativa a “Venta de Libros y Publicaciones”, especificadas en la Resoluciones. - Resolver la composición definitiva de la “Comisión Transversal de Género ” de la diputación tal y como se relaciona en la Resolución. - Ordenar la aprobación del gasto y adjudicar varias actividades formativas, a diversos docentes y empresas. - Reconocer la obligación y ordenar el pago al ayuntamiento de Herrera de Alcántara, relativo al primer 50% de la aportación de la Diputación para el desarrollo y ejecución de obras dentro del “Plan Activa 2016-Inversiones”. - Resolver que la Comisión de Selección para la confección de una Bolsa de Trabajo Temporal de Técnicos de Grado Medio, esté integrada de la forma que se especifica en la Resolución. - Conceder a una empleada pública de la Corporación, un permiso retribuido de 4 semanas, en sustitución del permiso por lactancia. - Conceder a empleados públicos y pensionistas ayudas para gastos de asistencia sanitaria. - Aprobar el programa de la actividad “I Encuentro Diputación Inclusiva” y aprobar la propuesta de contratación de las distintas actividades relacionadas en la Resolución. - Reconocer a una empleada pública de la Corporación la consolidación del nivel 25 de complemento de destino. - Proceder al estricto cumplimiento de las sentencias nº 36/2014 y nº 141/2013, dictadas por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Cáceres y ordenar a la Intervención que proceda a la ejecución de las citadas sentencias, reconocer la obligación y ordenar el pago. - Reconocer la obligación y ordenar que se formalice contablemente el pago, en concepto de liquidación de intereses de fianzas y avales, amortización de préstamos, intereses de préstamos y otros gastos de funcionamiento comunicados por tres entidades bancarias. Pág. 16 N.º 231 Jueves, 1 de Diciembre de 2016 - Aprobar las relaciones definitivas de aspirantes admitidos y excluidos especificadas en las Resoluciones, relativas a concursos para la provisión mediante el procedimiento de libre designación de varios puestos. - Reconocer las obligaciones que conlleva la nómina de los empleados públicos y miembros de la Corporación con dedicación exclusiva, correspondiente al mes de Octubre de 2016 y ordenar el pago de la misma. - Reconocer las obligaciones y ordenar el pago de las deudas o sanciones tributarias especificadas en la Resolución (Modelos 010 de la Agencia Tributaria). - Aprobar el gasto, el reconocimiento y liquidación de una obligación a favor de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado y ordenar el pago, con cargo a la aplicación presupuestaria “Publicaciones en Diarios Oficiales, Serv. Admón General”. - Reconocer la obligación a favor de los atletas premiados en el evento: “XXIX Encuentro de Atletismo Diputación de Cáceres” , por los conceptos que se detallan en la Resolución y ordenar el pago. - Abonar a un empleado público de la Corporación, cantidad en concepto de ayuda económica por natalidad. - Reconocer la obligación a favor de los Sres. Diputados Provinciales de indemnizaciones devengadas durante el mes de Septiembre del año en curso, en concepto de asistencias a plenos, comisiones informativas, mesas de contratación, dietas y gastos de desplazamiento y ordenar el pago una vez se fiscalice de conformidad. - Nombrar Secretaria-Interventora a una empleada pública adscrita al Servicio de Asistencia y Asesoramiento a Entidades Locales de esta Corporación a solicitud de un Ayuntamiento. - Nombrar a un empleado público de la Corporación como Instructor de un Procedimiento Sancionador, a petición de un Ayuntamiento. - Convocar el procedimiento para la provisión del Puesto de “Coordinador/a de Servicios Estratégicos de Desarrollo Territorial”, de acuerdo con las Bases dispuestas en la Resolución. - Aprobar la realización de la actividad "Seminario de Innovación Turística INNOTURCC2016" y la realización del gasto. - Concertar con un integrante de la bolsa de trabajo de oficial mecánico conductor, un contrato de relevo a tiempo parcial, con destino en el Parque Móvil. Cáceres, 21 de noviembre de 2016. SECRETARIO, Augusto Cordero Ceballos Pág. 17 N.º 231 Jueves, 1 de Diciembre de 2016 Sección I – ADMINISTRACIÓN LOCAL DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÁCERES BOP-2016-4926 Lista definitiva admitidos/excluidos en procesos de provision de los puestos de Coordinador/a Tecnico/a de Servicios Centrales, Director/a del Área de Economía y Hacienda y de Director/a Adjunto/a de Gestión Presupuestaria, Normalización Procedimientos. El Diputado del Área de Personal, de esta Excma. Diputación Provincial D. Miguel Salazar Leo con fecha 22 de noviembre de 2016, ha resuelto se lleve a efecto la siguiente RESOLUCIÓN Convocados procesos de provisión de puestos de personal directivo mediante el procedimiento de libre designación de los puestos de trabajo de “Coordinador/a Tecnico/a de Servicios Centrales”, “Director/a del Area de Economía y Hacienda” “Director/a Adjunto de Gestión Presupuestaria, Normalización de Procedimientos, Compras y Patrimonio”, mediante Resoluciones de la Presidencia de la Corporación de fecha 19 de septiembre de 2016. Publicadas las listas provisionales de admitidos/excluidos a dichos procesos en el Boletín Oficial de la Provincia del día 7 de noviembre de 2016 y transcurrido el plazo de presentación de alegaciones sin que se hayan presentado por los interesados. Vista la propuesta de la Dirección del Área de Recursos Humanos. El Diputado Delegado, por delegación del Ilma. Sra. Presidenta, ha resuelto aprobar las listas definitivas de admitidos y excluidos, encontrándose en el Tablón de Anuncios electrónico, ubicado en la sede electrónica de la Diputación Provincial y que se adjuntan como Anexos a esta Resolución. El presente acto es definitivo en vía administrativa y frente al mismo cabe interponer, en el plazo de dos meses a partir de la recepción de su comunicación, recurso contenciosoadministrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de la ciudad de Cáceres o, con carácter potestativo, en los términos comprendidos en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 Pág. 18 N.º 231 Jueves, 1 de Diciembre de 2016 de octubre, recurso de reposición ante esta Presidencia, en el plazo de un mes a partir de su notificación; todo ello sin perjuicio de la interposición de cualquier otro que se estime oportuno. Lo que se hace público para general conocimiento. Cáceres, 22 de noviembre de 2016 El Secretario Augusto Cordero Ceballosº Pág. 19 N.º 231 Jueves, 1 de Diciembre de 2016 Sección I – ADMINISTRACIÓN LOCAL DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÁCERES BOP-2016-4860 CONVOCATORIA Bases Certámenes Literarios 2017 - Premio “Flor de Jara” de Poesía. CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DEL XX PREMIO “FLOR DE JARA” DE POESÍA DEL AÑO 2017 La Excma. Diputación de Cáceres, con el deseo de contribuir a la promoción de los poetas, convoca el XX Premio “Flor de Jara” de poesía del año 2017 Por ello, y a propuesta de la Jefe del Área de Cultura de la Excma. Diputación de Cáceres, se publican las bases de esta convocatoria, que se regirán por lo dispuesto en la ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, la Ordenanza General de Subvenciones de la Excma. Diputación Provincial de Cáceres y demás normativa legal de aplicación. PRIMERA.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA Y BENEFICIARIOS: La Excma. Diputación de Cáceres, pretende contribuir en la promoción de los poetas. Podrán concurrir al mismo todos los poetas que lo deseen, sin límite de edad ni nacionalidad. SEGUNDA.- REQUISITOS Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LOS TRABAJOS: 1.- Las obras presentadas deberán reunir las siguientes condiciones: - Estar escritas en lengua castellana, ser inéditas –en cualquier lengua-, no haber sido premiadas en ningún otro certamen y tener una extensión no inferior a 500 versos, escritos a doble espacio, a una o dos caras, con letra Times o similar, en el cuerpo 12 y sólo en formato papel. - Cada concursante presentará cuatro copias cosidas o encuadernadas, perfectamente legibles, sin la firma del autor, sustituida por lema o seudónimo escrito en su cabecera, que repetirá bajo plica en un sobre aparte. Dentro del sobre incluirá sus datos personales: nombre, apellidos, D.N.I. o pasaporte, dirección, correo electrónico y teléfono; además de una breve nota biográfica, fecha y firma. Todo ello se hará llegar a las oficinas de la Institución Cultural “El Brocense “, Ronda de San Francisco, s/nº, 10002, Cáceres, haciendo constar: XX PREMIO “FLOR DE JARA” DE POESÍA 2017. 2.- El plazo de presentación de las solicitudes en el Registro de las oficinas de la I.C.Brocense se contará a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el BOP Pág. 20 N.º 231 Jueves, 1 de Diciembre de 2016 y se extenderá hasta las catorce horas del día 24 de marzo del 2017, si bien los envíos recibidos con matasellos de correos anterior o igual a esa fecha se aceptarán siempre que lleguen a las citadas oficinas dentro de los diez días siguientes a la finalización del plazo establecido. TERCERA.- DOTACIÓN Y FALLO DEL JURADO: 1.- Se establece un premio único e indivisible de SEIS MIL EUROS (6.000,00 €), así como la publicación de la obra, reservándose la Excma. Diputación de Cáceres los derechos de la primera edición y la posibilidad de traducir la obra a otro idioma. El premio estará sujeto a la Normativa Fiscal Vigente, siendo por cuenta del premiado el pago de los impuestos que pudieran corresponder. 2.- El Fallo del Jurado, que será inapelable, tendrá lugar antes de que finalice el primer semestre de 2017. 3.- El coste del premio se imputará a la aplicación presupuestaria 5/3340/48701 (Certámenes y Premios) del Presupuesto de la Excma. Diputación Provincial de Cáceres para el ejercicio 2017, tramitándose este procedimiento con anterioridad al ejercicio en que deba ejecutarse, atendiendo al art. 56 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; habiéndose consignado crédito suficiente en la propuesta de presupuesto para el ejercicio 2017 de la Excma. Diputación Provincial de Cáceres, si bien los actos de trámite que se dicten en el expediente, se entenderán condicionados a que al dictarse la resolución de concesión, en el ejercicio en que se ejecute el gasto, subsistan las mismas condiciones de hecho y de derecho existentes en el momento actual. CUARTA.- SELECCIÓN Y CRITERIOS DE CONCESIÓN: 1.- El Jurado estará compuesto por personas de reconocido prestigio dentro del mundo literario, designado por la Excma. Diputación Provincial de Cáceres, y representantes de la Institución organizadora que tendrá en cuenta, para su valoración la calidad poética de los trabajos presentados. 2.- La Excma. Diputación Provincial de Cáceres no mantendrá correspondencia con los autores ni devolverá los originales que serán destruidos. 3.- El premio podrá declararse desierto por el jurado cuando, a juicio de sus componentes, lo estimen necesario, una vez examinadas minuciosamente la calidad de las obras presentadas. 4.- La resolución de la presente convocatoria se hará pública en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres, notificándose al ganador del premio. BASE FINAL. Pág. 21 N.º 231 Jueves, 1 de Diciembre de 2016 1.- La Excma. Diputación Provincial de Cáceres se reserva el derecho de tomar iniciativas no reguladas en las presentes bases, siempre que estime que con ello puede contribuir a un mayor éxito del Premio. 2.- La participación en este certamen supone la aceptación de las presentes bases y su cumplimiento. 3.- La Excma. Diputación Provincial de Cáceres es competente para resolver todas aquellas cuestiones no contempladas en las presentes bases y para interpretar las dudas que puedan surgir en su aplicación. Cáceres, 24 de noviembre de 2016. JEFA DEL AREA DE CULTURA, Felicidad Rodríguez Suero Pág. 22 N.º 231 Jueves, 1 de Diciembre de 2016 Sección I – ADMINISTRACIÓN LOCAL DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÁCERES BOP-2016-4861 CONVOCATORIA Bases Certámenes Literarios 2017 - Concurso “El Brocense” de microrelatos. CONVOCATORIA DEL XIII CONCURSO “EL BROCENSE” DE MICRORRELATOS, PARA ESTUDIANTES ESPAÑOLES MATRICULADOS EN EL SEGUNDO CICLO DE LA ESO, BACHILLERATO Y PROGRAMAS Y CICLOS FORMATIVOS DEL CURSO 2016-2017 La Excma. Diputación de Cáceres convoca el XIII Concurso “El Brocense” de Microrrelatos, para estudiantes españoles matriculados en el segundo ciclo de la ESO, Bachillerato y Programas y Ciclos Formativos del curso 2016-2017. Por ello, y a propuesta de la Jefe del Área de Cultura de la Excma. Diputación de Cáceres, se publican las bases de esta convocatoria, que se regirán por lo dispuesto en la ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, la Ordenanza General de Subvenciones de la Excma. Diputación Provincial de Cáceres y demás normativa legal de aplicación. PRIMERA.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA Y BENEFICIARIOS: La Excma. Diputación de Cáceres pretende fomentar la creación literaria, a través del microrrelato, entre el mayor número posible de alumnos. Podrán concurrir al mismo todos los alumnos que lo deseen, que estén matriculados en el segundo ciclo de la ESO, Bachillerato y programas y ciclos formativos sin límite de edad ni nacionalidad, estableciéndose los siguientes niveles o categorías: - SECUNDARIA: Para los alumnos matriculados en el segundo ciclo de ESO, ciclos formativos de grado medio y programas de garantía social. - BACHILLERATO: Para los alumnos matriculados en cualquiera de los cursos de bachillerato o en ciclos formativos de grado superior. SEGUNDA.- REQUISITOS, PLAZO Y LUGAR DE PRESENTACIÓN DE LOS TRABAJOS: 1.- Los microrrelatos presentados deberán reunir las siguientes condiciones: Deberán ser originales e inéditos, escritos en castellano, que no hayan sido premiados en otros concursos. Los textos tendrán una extensión máxima de 500 palabras y sólo en formato papel, a una o dos caras. Asimismo, los microrrelatos deberán versar sobre un tema libre. Pág. 23 N.º 231 Jueves, 1 de Diciembre de 2016 Cada concursante presentará en un sobre grande cuatro copias del microrrelato, que se identificarán solamente con el título, el nivel al que pertenece el autor y con el seudónimo o lema elegido, careciendo de firma o de cualquier otro detalle que pudiera desvelar la identidad del autor. En otro sobre aparte –en cuyo exterior se repetirá el título del microrrelato, el nivel y el seudónimo-, se adjuntará una nota con sus datos personales: nombre, apellidos, D.N.I. o pasaporte, dirección, correo electrónico y número de teléfono del autor; nombre del profesor que lo avala, nombre del centro al que pertenecen y número de teléfono y correo electrónico del centro escolar al que pertenecen ambos, fecha y firma. Las obras deberán entregarse o enviarse por correo postal o mensajería a las oficinas de la I.C.Brocense, Ronda de San Francisco, s/nº, 10002 Cáceres, haciendo constar: XIII PREMIO “EL BROCENSE” DE MICRORRELATOS 2017. 2.- El plazo de presentación de las solicitudes en el Registro de las oficinas de la I.C.Brocense se contará a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el BOP y se extenderá hasta las catorce horas del día 24 de marzo del 2017, si bien los envíos recibidos con matasellos de correos anterior o igual a esa fecha se aceptarán siempre que lleguen a las citadas oficinas dentro de los diez días siguientes a la finalización del plazo establecido. TERCERA.- DESARROLLO DEL PROCESO: 1.- Dado que el concurso pretende el fomento de la creación literaria entre el mayor número posible de alumnos, se establece una fase previa en los centros escolares. Allí los profesores del Departamento de Lengua Castellana y Literatura, o de cualquier otro Departamento, podrán promover cuantas pruebas y acciones consideren necesarias para seleccionar y enviar al jurado del premio cuantos estimen por categoría, siempre que no se envíe más de un microrrelato por autor. Cada uno de los trabajos así seleccionados será avalado por un profesor del Centro, aunque un mismo profesor pueda avalar todos los trabajos presentados. CUARTA.- DOTACIÓN Y FALLO DEL JURADO: 1.- El premio estará dotado con: - SECUNDARIA: 1º Premio de 1.000,00 € para el Ganador. 3 Accésit de 500,00 €. - BACHILLERATO: 1º Premio de 1.000,00 € para el Ganador. 3 Accésit de 500,00 €. Se entregarán Diplomas a los Ganadores y Accésits en las dos categorías. 2.- Los profesores que avalen los trabajos ganadores de cada una de las categorías recibirán, asimismo, un premio único de 500,00 €, los Centros a los que pertenecen los alumnos premiados recibirán un lote de libros editados por la Excma. Diputación de Cáceres. 3.- Todos los premios estarán sujetos a la Normativa Fiscal Vigente, siendo por cuenta del premiado el pago de los impuestos que pudieran corresponder. Pág. 24 N.º 231 Jueves, 1 de Diciembre de 2016 4.- El Fallo del Jurado, que será inapelable, tendrá lugar antes de que finalice el primer semestre de 2016. 5.- El coste del premio se imputará a la aplicación presupuestaria 5/3340/48701 (Certámenes y Premios) del Presupuesto de la Excma. Diputación Provincial de Cáceres para el ejercicio 2017, tramitándose este procedimiento con anterioridad al ejercicio en que deba ejecutarse, atendiendo al art. 56 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; habiéndose consignado crédito suficiente en la propuesta de presupuesto para el ejercicio 2017 de la Excma. Diputación Provincial de Cáceres, si bien los actos de trámite que se dicten en el expediente, se entenderán condicionados a que al dictarse la resolución de concesión, en el ejercicio en que se ejecute el gasto, subsistan las mismas condiciones de hecho y de derecho existentes en el momento actual. QUINTA.- SELECCIÓN Y CRITERIOS DE CONCESIÓN: 1.- El Jurado estará compuesto por personas de reconocido prestigio dentro del mundo literario, designado por la Excma. Diputación Provincial de Cáceres, y representantes de la Institución organizadora, que tendrá en cuenta para su valoración la calidad narrativa de los trabajos presentados. 2.- Los relatos ganadores en esta edición, junto con los microrrelatos ganadores en años anteriores o posteriores, formarán parte de una publicación, cuando el Servicio Institución Cultural El Brocense así lo determine, con la posibilidad de traducirlos a otro idioma, y que será difundida y repartida entre los centros participantes. La Excma. Diputación Provincial de Cáceres no mantendrá correspondencia con los autores, ni devolverá los originales. 3.- El premio podrá declararse desierto por el jurado cuando, a juicio de sus componentes, lo estimen necesario, una vez examinadas minuciosamente la calidad de las obras presentadas 4.- La resolución de la presente convocatoria se hará pública en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres notificándose a los ganadores del premio. BASE FINAL.1.- La Excma. Diputación Provincial de Cáceres se reserva el derecho de tomar iniciativas no reguladas en las presentes bases, siempre que estime que con ello puede contribuir a un mayor éxito del Premio. 2.- La participación en este certamen supone la plena aceptación de las presentes bases y su cumplimiento. 3.- La Excma. Diputación Provincial de Cáceres es competente para resolver todas aquellas cuestiones no contempladas en las presentes bases y para interpretar las dudas que puedan surgir en su aplicación. Cáceres, 24 de noviembre de 2016. JEFA DEL AREA DE CULTURA, Felicidad Rodríguez Suero Pág. 25 N.º 231 Jueves, 1 de Diciembre de 2016 Sección I – ADMINISTRACIÓN LOCAL DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÁCERES BOP-2016-4856 CONVOCATORIA Bases Certámenes Literarios 2017 - XLII Premio “Cáceres” de Novela Corta CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DEL XLII PREMIO “CÁCERES” DE NOVELA CORTA DEL AÑO 2017 La Excma. Diputación Provincial de Cáceres, convoca el XLII Premio “Cáceres” de Novela Corta del año 2017. Por ello, a propuesta de la Jefa del Área de Cultura, de la Excma. Diputación Provincial de Cáceres, se publican las bases de esta convocatoria, que se regirán por lo dispuesto en la ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, la Ordenanza General de Subvenciones y demás normativa legal de aplicación. PRIMERA.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA Y BENEFICIARIOS: La Excma. Diputación Provincial de Cáceres pretende contribuir en la promoción de los escritores de novela corta. Podrán concurrir al mismo todos los autores que lo deseen, sin límite de edad ni nacionalidad. SEGUNDA.- REQUISITOS, PLAZO Y LUGAR DE PRESENTACIÓN DE LOS TRABAJOS: 1.- Las novelas presentadas deberán reunir las siguientes condiciones: • Estar escritas en lengua castellana, ser inéditas -en cualquier lengua-, no haber sido premiadas en ningún otro certamen y tener una extensión, en su conjunto, mínima de 100 y máxima de 130 páginas, deberá contener al menos 25 líneas cada una, escritas a doble espacio, a una o dos caras, con letra Times o similar, en cuerpo 12 y sólo en formato papel. • Cada concursante presentará cuatro copias cosidas o encuadernadas, perfectamente legibles, sin la firma del autor, sustituida por lema o seudónimo escrito en su cabecera, que repetirá bajo plica en un sobre aparte. Dentro del sobre incluirá sus datos personales: nombre, apellidos, D.N.I. o pasaporte, dirección, correo electrónico y teléfono; además de una breve nota biográfica, fecha y firma. Todo ello se hará llegar a las oficinas de la I.C.Brocense, Ronda de San Francisco, s/nº, 10002, Cáceres, haciendo constar: XLII PREMIO “CÁCERES” DE NOVELA CORTA 2017. Pág. 26 N.º 231 Jueves, 1 de Diciembre de 2016 2.- El plazo de presentación de las solicitudes en el Registro de las oficinas de la I.C.Brocense se contará a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el BOP y se extenderá hasta las catorce horas del día 24 de marzo del 2017, si bien los envíos recibidos con matasellos de correos anterior o igual a esa fecha se aceptarán siempre que lleguen a las citadas oficinas dentro de los diez días siguientes a la finalización del plazo establecido. TERCERA.- DOTACIÓN Y FALLO DEL JURADO: 1.- Se establece un premio único e indivisible de NUEVE MIL EUROS (9.000,00 €), así como la publicación de la obra, reservándose la Excma. Diputación Provincia de Cáceres los derechos de la primera edición y la posibilidad de traducir la obra a otro idioma. El premio estará sujeto a la Normativa Fiscal Vigente, siendo por cuenta del premiado el pago de los impuestos que pudieran corresponder. 2.- El Fallo del jurado, que será inapelable, tendrá lugar antes de que finalice el primer semestre de 2017. 3.- El coste del premio se imputará a la aplicación presupuestaria 5/3340/48701 (Certámenes y Premios) del Presupuesto de la Excma. Diputación Provincial de Cáceres para el ejercicio 2017, tramitándose este procedimiento con anterioridad al ejercicio en que deba ejecutarse, atendiendo al art. 56 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; habiéndose consignado crédito suficiente en la propuesta de presupuesto para el ejercicio 2017 de la Excma. Diputación Provincial de Cáceres, si bien los actos de trámite que se dicten en el expediente, se entenderán condicionados a que al dictarse la resolución de concesión, en el ejercicio en que se ejecute el gasto, subsistan las mismas condiciones de hecho y de derecho existentes en el momento actual. CUARTA.- SELECCIÓN Y CRITERIOS DE CONCESIÓN: 1.- El Jurado estará compuesto por personas de reconocido prestigio dentro del mundo literario designado por la Excma. Diputación Provincial de Cáceres y representantes de la Institución organizadora, que tendrá en cuenta, para su valoración, la calidad narrativa de los trabajos presentados. 2.- La Excma. Diputación Provincial de Cáceres no mantendrá correspondencia con los autores ni devolverá los originales, que serán destruidos. 3.- El premio podrá declararse desierto por el jurado cuando, a juicio de sus componentes, lo estimen necesario, una vez examinadas minuciosamente la calidad de las obras presentadas. 4.- La resolución de la presente convocatoria se hará pública en el Boletín Oficial de la Provincia, notificándose aL ganador del premio. BASE FINAL.- Pág. 27 N.º 231 Jueves, 1 de Diciembre de 2016 1.- La Excma. Diputación Provincial de Cáceres se reserva el derecho de tomar iniciativas no reguladas en las presentes bases, siempre que estime que con ello puede contribuir a un mayor éxito del Premio. 2.- La participación en este certamen supone la plena aceptación de las presentes bases y su cumplimiento. 3.- La Excma. Diputación Provincial de Cáceres es competente para resolver todas aquellas cuestiones no contempladas en las presentes bases y para interpretar las dudas que puedan surgir en su aplicación. Cáceres, 24 de noviembre de 2016. JEFA DEL AREA DE CULTURA, Felicidad Rodríguez Suero Pág. 28 N.º 231 Jueves, 1 de Diciembre de 2016 Sección I – ADMINISTRACIÓN LOCAL DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÁCERES BOP-2016-4859 CONVOCATORIA Bases Certámenes Literarios 2017 - XXVII Premio de Cuentos “Ciudad de Coria”. CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DEL XXVII PREMIO DE CUENTOS “CIUDAD DE CORIA” DEL AÑO 2017 La Excma. Diputación Provincial de Cáceres, en colaboración con el Excmo. Ayuntamiento de Coria, convoca el XXVII Premio de Cuentos “Ciudad de Coria” del año 2017. Por ello, a propuesta de la Jefa del Área de Cultura de la Excma. Diputación de Cáceres, se publican las bases de esta convocatoria, que se regirán por lo dispuesto en la ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, la Ordenanza General de Subvenciones de la Excma. Diputación Provincial de Cáceres, y demás normativa legal de aplicación. PRIMERA.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA Y BENEFICIARIOS: La Excma. Diputación Provincial de Cáceres pretende contribuir a la promoción de los autores de cuentos. Podrán concurrir al mismo todos los autores que lo deseen, sin límite de edad ni nacionalidad. SEGUNDA.- REQUISITOS, PLAZO Y LUGAR DE PRESENTACIÓN DE LAS SOLICITUDES: 1.- Los cuentos o relatos presentados deberán reunir las siguientes condiciones: - Estar escritos en lengua castellana, ser inéditos -en cualquier lengua-, no haber sido premiados en ningún otro certamen y tener una extensión, en su conjunto, mínima de 80 y máxima de 100 páginas, de 25 a 30 líneas cada una, escritas a doble espacio, a una o dos caras , con letra Times o similar, en el cuerpo 12 y sólo formato papel. -Cada concursante presentará cuatro copias cosidas o encuadernadas, perfectamente legibles, sin la firma del autor, sustituida por lema o seudónimo escrito en su cabecera, que repetirá bajo plica en un sobre aparte. Dentro del sobre incluirá sus datos personales: nombre, apellidos, D.N.I. o pasaporte, dirección, teléfono y correo electrónico, además de una breve nota biográfica, fecha y firma. Todo ello se hará llegar Pág. 29 N.º 231 Jueves, 1 de Diciembre de 2016 a las oficinas de la I.C.Brocense, Ronda de San Francisco, s/nº, 10002 Cáceres, haciendo constar: XXVII PREMIO DE CUENTOS “CIUDAD DE CORIA” 2017. 2.- El plazo de presentación de las solicitudes en el Registro de las oficinas de la I.C.Brocense se contará a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el BOP y se extenderá hasta las catorce horas del día 24 de marzo del 2017, si bien los envíos recibidos con matasellos de correos anterior o igual a esa fecha se aceptarán siempre que lleguen a las citadas oficinas dentro de los diez días siguientes a la finalización del plazo establecido. TERCERA.- DOTACIÓN Y FALLO DEL JURADO: 1.- Se establece un premio único e indivisible de TRES MIL EUROS (3.000,00 €), así como la publicación de la obra, reservándose la Excma. Diputación de Cáceres los derechos de la primera edición y la posibilidad de traducir la obra a otro idioma. El premio estará sujeto a la Normativa Fiscal Vigente, siendo por cuenta del premiado el pago de los impuestos que pudieran corresponder. 2.- El Fallo del Jurado, que será inapelable, tendrá lugar antes de que finalice el primer semestre de 2017. 3.- El coste del premio se imputará a la aplicación presupuestaria 5/3340/48701 (Certámenes y Premios) del Presupuesto de la Excma. Diputación Provincial de Cáceres para el ejercicio 2017, tramitándose este procedimiento con anterioridad al ejercicio en que deba ejecutarse, atendiendo al art. 56 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; habiéndose consignado crédito suficiente en la propuesta de presupuesto para el ejercicio 2017 de la Excma. Diputación Provincial de Cáceres, si bien los actos de trámite que se dicten en el expediente, se entenderán condicionados a que al dictarse la resolución de concesión, en el ejercicio en que se ejecute el gasto, subsistan las mismas condiciones de hecho y de derecho existentes en el momento actual. CUARTA.- SELECCIÓN Y CRITERIOS DE CONCESIÓN: 1.- El Jurado estará compuesto por personas de reconocido prestigio dentro del mundo literario, designado por la Excma. Diputación Provincial de Cáceres, y representantes de la Institución organizadora, que tendrá en cuenta para su valoración la calidad narrativa de los trabajos presentados. 2.- La Excma. Diputación Provincial de Cáceres no mantendrá correspondencia con los autores ni devolverá los originales que serán destruidos. 3.- El premio podrá declararse desierto por el jurado cuando, a juicio de sus componentes, lo estimen necesario, una vez examinadas minuciosamente la calidad de las obras presentadas. 4.- La resolución de la presente convocatoria se hará pública en el Boletín Oficial de la Provincia, notificándose aL ganador del premio. BASE FINAL.- Pág. 30 N.º 231 Jueves, 1 de Diciembre de 2016 1.- La Excma. Diputación de Cáceres se reserva el derecho de tomar iniciativas no reguladas en las presentes bases, siempre que estime que con ello puede contribuir a un mayor éxito del Premio. 2.- La participación en este certamen supone la plena aceptación de las presentes bases y su cumplimiento. 3.- La Excma. Diputación Provincial de Cáceres es competente para resolver todas aquellas cuestiones no contempladas en las presentes bases y para interpretar las dudas que puedan surgir en su aplicación. Cáceres, 24 de noviembre de 2016. JEFA DEL AREA DE CULTURA, Felicidad Rodríguez Suero Pág. 31 N.º 231 Jueves, 1 de Diciembre de 2016 Sección I – ADMINISTRACIÓN LOCAL DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÁCERES BOP-2016-4858 COVOCATORIA Bases Certámenes Literarios 2017 - XXXVII Premio de Periodismo “Dionisio Acedo”. CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DEL XXXVII PREMIO DE PERIODISMO “DIONISIO ACEDO” DEL AÑO 2017 La Excma. Diputación Provincial de Cáceres, con objeto de estimular y promover la calidad y el interés del trabajo periodístico realizado en los medios de comunicación y por los profesionales de la información, convoca el XXXVII Premio de periodismo “Dionisio Acedo 2017”. Por ello, a propuesta de la Jefa del Área de Cultura de la Excma. Diputación de Cáceres, se publican las bases de esta convocatoria, que se regirán por lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, la Ordenanza General de Subvenciones de la Excma. Diputación Provincial de Cáceres y demás normativa legal de aplicación. PRIMERA.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA Y BENEFICIARIOS: La Excma. Diputación Provincial de Cáceres pretende estimular y promover la calidad y el interés del trabajo periodístico realizado en los medios de comunicación y por los profesionales de la información. Podrán concurrir al mismo todos los trabajos periodísticos -en cualquiera de sus modalidades y estilos (prensa, radio, televisión, fotografía y periodismo digital)- que reflejen la realidad y actualidad extremeña, y que hayan sido editados o publicados en cualquiera de los medios de difusión establecidos a nivel internacional. SEGUNDA.- REQUISITOS, PLAZO Y LUGAR DE PRESENTACIÓN DE LOS TRABAJOS: 1.- Para participar en el concurso los trabajos deberán ser presentados por sus propios autores, debidamente identificados, o propuestos por empresas periodísticas, instituciones, o por cualquier colectivo social; debiendo cumplir los siguientes requisitos: 1. Estar redactados o editados en castellano. 2. Reflejar alguno de los aspectos de la vida y actualidad extremeña desde la perspectiva periodística. Pág. 32 N.º 231 Jueves, 1 de Diciembre de 2016 3. Demostrar que los trabajos presentados han sido publicados o emitidos desde el 22 de abril de 2016 al 24 de marzo del 2017, mediante certificado del medio correspondiente. 4. Los autores que presenten más de un trabajo en el mismo sobre deberán indicar si los presentados forman parte de un conjunto a valorar o, hay que considerarlos individuales. 5. Cuando el concursante sea un equipo o un medio de comunicación, deberá especificarse el nombre del representante que, en caso de ser premiado, recibiría el importe del premio en nombre del resto del equipo o medio de comunicación. 6. La presentación de los trabajos se hará de la siguiente manera: - De los trabajos que correspondan a prensa escrita deberán enviarse original y tres copias de las páginas completas del periódico o revista en los que se hayan publicado, y en las que se pueda ver la fecha de los mismos. Además se especificará aparte el título, nombre del medio y la fecha de publicación (con certificado del medio correspondiente). - De los trabajos correspondientes a radio y televisión se enviarán cuatro copias en CD o DVD con indicación del nombre del medio y fecha de emisión (con certificado del medio correspondiente). - De las fotografías se presentarán, asimismo, tres copias montadas sobre un formato de 24 x 30 aproximadamente, que podrán ser en color o en blanco y negro y deberán ir acompañadas del original de las páginas completas del periódico o revista que las haya publicado, con indicación del título, nombre del medio y la fecha de publicación (con certificado del medio correspondiente). - De los trabajos correspondientes a periodismo digital se presentarán cuatro copias en CD, con indicación del nombre del medio y la fecha de publicación (con certificado del medio correspondiente). - Cada aspirante deberá indicar, su nombre, apellidos, D.N.I. o pasaporte, domicilio, teléfono, correo electrónico y acreditación profesional. Además enviará una breve biografía del autor o autores, fecha y firma. La presentación o propuesta de los trabajos podrá hacerse por correo o mediante entrega personal en las oficinas de la I.C.Brocense, Ronda de San Francisco, s/nº, 10002, Cáceres, haciendo constar: XXXVII PREMIO DE PERIODISMO “DIONISIO ACEDO” 2017. 2.- El plazo de presentación de las solicitudes en el Registro de las oficinas de la I.C.Brocense se contará a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el BOP y se extenderá hasta las catorce horas del día 24 de marzo del 2017, si bien los envíos recibidos con matasellos de correos anterior o igual a esa fecha se aceptarán siempre que lleguen a las citadas oficinas dentro de los diez días siguientes a la finalización del plazo establecido. Pág. 33 N.º 231 Jueves, 1 de Diciembre de 2016 TERCERA.- DOTACIÓN Y FALLO DEL JURADO: 1.- La dotación total del premio será de SEIS MIL EUROS (6.000,00 €) repartido de la siguiente forma: 1. 3.000,00 € para Prensa escrita en la que se incluyen medios digitales y fotografía. 2. 3.000,00 € Medios audiovisuales: radio y televisión. 2.- El premio estará sujeto a la Normativa Fiscal Vigente, siendo por cuenta del premiado el pago de los impuestos que pudieran corresponder. 3.- El Fallo del Jurado, que será inapelable, tendrá lugar antes de que finalice el primer semestre de 2017. 4.- El coste del premio se imputará a la aplicación presupuestaria 5/3340/48701 (Certámenes y Premios) del Presupuesto de la Excma. Diputación Provincial de Cáceres para el ejercicio 2017, tramitándose este procedimiento con anterioridad al ejercicio en que deba ejecutarse, atendiendo al art. 56 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; habiéndose consignado crédito suficiente en la propuesta de presupuesto para el ejercicio 2017 de la Excma. Diputación Provincial de Cáceres, si bien los actos de trámite que se dicten en el expediente, se entenderán condicionados a que al dictarse la resolución de concesión, en el ejercicio en que se ejecute el gasto, subsistan las mismas condiciones de hecho y de derecho existentes en el momento actual. CUARTA.- SELECCIÓN Y CRITERIOS DE CONCESIÓN: 1.- El Jurado estará formado por personas de reconocido prestigio dentro del mundo periodístico, designado por la Excma. Diputación Provincial de Cáceres y representantes de la institución organizadora. 2.- El Jurado, que prestará especial atención a los trabajos periodísticos de carácter informativo, así como a la innovación y la calidad profesional, deberá tener en cuenta aspectos como la actualidad, la inmediatez, o el análisis y la investigación periodística, a la hora de emitir su veredicto, pudiendo otorgar también, “accésit” a otros dos trabajos, sin dotación económica, como forma de reconocimiento del buen trabajo desarrollado a los estudios periodísticos que hayan merecido su consideración. Se entregarán Diplomas a los Accésit otorgados. 3.- El premio podrá declararse desierto por el Jurado cuando, a juicio de sus componentes, lo estimen necesario, una vez examinadas minuciosamente la calidad de las obras presentadas. 4.- El trabajo galardonado pasará a disposición de la Excma. Diputación Provincial de Cáceres, que podrá editarlo o traducirlo a otro idioma, si lo considera oportuno, sin devengar por ello derechos de autor. 5.- Los trabajos premiados quedarán para la Organización y los demás serán destruidos. 6.- La resolución de la presente convocatoria se hará pública en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres notificándose a los ganadores del premio. BASE FINAL: 1.- La Excma. Diputación Provincial de Cáceres se reserva el derecho de tomar iniciativas no reguladas en las presentes bases, siempre que estime que con ello puede contribuir a un mayor éxito del Premio. Pág. 34 N.º 231 Jueves, 1 de Diciembre de 2016 2.- La participación en este certamen supone la plena aceptación de las presentes bases y su cumplimiento. 3.- La Excma. Diputación Provincial de Cáceres es competente para resolver todas aquellas cuestiones no contempladas en las presentes bases y para interpretar las dudas que puedan surgir en su aplicación. Cáceres, 24 de noviembre de 2016 JEFA DEL AREA DE CULTURA, Felicidad Rodríguez Suero Pág. 35 N.º 231 Jueves, 1 de Diciembre de 2016 Sección I – ADMINISTRACIÓN LOCAL DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÁCERES BOP-2016-4921 EXTRACTO de la convocatoria para la concesión del XXXVII Premio de Periodismo “Dioniso Acedo” del año 2017 BDNS(Identif.):324400 De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www. pap.minhap.gob.es/bdnstrans). Primero.- OBJETO Y DESTINATARIOS DE LA CONVOCATORIA. La presente Convocatoria tiene por objeto estimular y promover la calidad y el interés del trabajo periodístico realizado en los medios de comunicación y por los profesionales de la comunicación. Podrán concurrir al mismo todos los trabajos periodísticos -en cualquiera de sus modalidades y estilos (prensa, radio, televisión, fotografía y periodismo digital)- que reflejen la realidad y actualidad extremeña, y que hayan sido editados o publicados en cualquiera de los medios de difusión establecidos a nivel internacional. Segundo.- DOTACIÓN PRESUPUESTARIA. El coste del premio se imputará a la aplicación presupuestaria 5/3340/48701 (Certámenes y Premios) del Presupuesto General de la Excma. Diputación Provincial de Cáceres para el ejercicio 2017, tramitándose este procedimiento con anterioridad al ajercicio en que deba ejecutarse, atendiendo al art. 56 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; habiéndose consignado crédito suficiente en la propuesta de presupuesto para el ejercicio 2017 de la Excma. Diputación Provincial de Cáceres, si bien los actos de trámite que se dicten en el expediente, se entenderán condicionados a que al dictarse la resolución de concesión, en el ejercicio en que se ejecute el gasto, subsistan las mismas condiciones de hecho y de derecho existentes en el momento actual.La aplicación presupuestaria está dotada con 70.000 euros. Tercero.- REQUISITOS DE LOS SOLICITANTES. Los trabajos deberán ser presentados por sus propios autores, debidamente identificados, o propuestos por empresas periodísticas, instituciones, o por cualquier colectivo social, debiendo Pág. 36 N.º 231 Jueves, 1 de Diciembre de 2016 cumplir los siguientes requisitos: estar redactados en castellano; reflejar alguno de los aspectos de la vida y actualidad extremeña desde la perspectiva periodística; demostrar que los trabajos han sido publicados o emitidos desde el 22 de abril de 2016 al 24 de marzo de 2017, mediante certificado; los autores que presenten más de un trabajo en el mismo sobre deberán indicar si forman parte de un conjunto a valorar o hay que considerarlos individuales; cuando el concursante sea un equipo o medio de comunicación, deberá especificarse el nombre del representante que, en caso de ser premiado, recibirá el importe del premio en nombre del resto del equipo o medio de comunicación. Cuarto.- SOLICITUDES. Los trabajos se deberán presentar en el Registro de las oficinas de la Institución Cultural El Brocense, Ronda de San Francisco, s/n, 10002 Cáceres, haciendo constar: XXXVII PREMIO DE PERIODISMO “DIONISIO ACEDO” 2017. La presentación de los trabajos se hará de la siguiente manera:De los trabajos que correspondan a prensa escrita deberán enviarse original y tres copias de las páginas completas del periódico o revista en los que se hayan publicado, y en las que se pueda ver la fecha de los mismos. Además se especificará aparte el título, nombre del medio y la fecha de publicación (con certificado del medio correspondiente). De los trabajos correspondientes a radio y televisión se enviarán cuatro copias en CD o DVD con indicación del nombre del medio y fecha de emisión (con certificado del medio correspondiente). De las fotografías se presentarán, asimismo, tres copias montadas sobre un formato de 24 x 30 aproximadamente, que podrán ser en color o en blanco y negro y deberán ir acompañadas del original de las páginas completas del periódico o revista que las haya publicado, con indicación del título, nombre del medio y la fecha de publicación (con certificado del medio correspondiente). De los trabajos correspondientes a periodismo digital se presentarán cuatro copias en CD, con indicación del nombre del medio y la fecha de publicación (con certificado del medio correspondiente). Cada aspirante deberá indicar, su nombre, apellidos, D.N.I. o pasaporte, domicilio, teléfono, correo electrónico y acreditación profesional. Además enviará una breve biografía del autor o autores, fecha y firma. Quinto.- PLAZO. El plazo de presentación de las solicitudes se contará a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el BOP y se extenderá hasta las catorce horas del día 24 de marzo de 2017, si bien los envíos recibidos con matasellos de correos anterior o igual a esa fecha se aceptarán siempre que lleguen a las oficinas de la I.C.B. dentro de los diez días siguientes a la finalización del plazo establecido. Pág. 37 N.º 231 Jueves, 1 de Diciembre de 2016 Sexto.- CONCESIÓN. La dotación total del premio será de SEIS MIL EUROS (6.000,00 €) repartido de la siguiente forma:3.000,00 € para Prensa escrita en la que se incluyen medios digitales y fotografía.3.000,00 € Medios audiovisuales: radio y televisión. El premio estará sujeto a la Normativa Fiscal Vigente, siendo por cuenta del premiado el pago de los impuestos que pudieran corresponder. Séptimo.- SELECCIÓN Y CRITERIOS DE CONCESIÓN. El jurado estará compuesto por personas de reconocido prestigio dentro del mundo periodístico, designado por la Excma. Diputación Provincial de Cáceres y representantes de la Institución organizadora y deberá tener en cuenta aspectos como la actualidad, la inmediatez, o el análisis y la investigación periodística, a la hora de emitir su veredicto, pudiendo otorgar también, “accésit” a otros dos trabajos, sin dotación económica, como forma de reconocimiento del buen trabajo desarrollado a los estudios periodísticos que hayan merecido su consideración. Se entregarán Diplomas a los Accésit otorgados. Octavo.- FALLO DEL JURADO. El fallo del Jurado, que será inapelable, tendrá lugar antes de que finalice el primer semestre de 2017. Noveno.- Otros datos de interés. Las bases de la convocatoria se publicarán en el Boletín Oficial Provincia junto con el presente extracto, y en el tablón de anuncios virtual de la Diputación Provincial de Cáceres, en la siguiente dirección: http://www.dip-caceres.es/temas/subvenciones/subvenciones/planesdesubvenciones/index.htmly en la página Web de la Institución Cultural “El Brocense” http://www.brocense.com Cáceres, 2016-11-30. EL SECRETARIO, Augusto Cordero Ceballos Pág. 38 N.º 231 Jueves, 1 de Diciembre de 2016 Sección I – ADMINISTRACIÓN LOCAL DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÁCERES BOP-2016-4922 EXTRACTO de la convocatoria para la concesión del XXVII Premio de Cuentos “Ciudad de Coria” del año 2017. BDNS(Identif.):324402 De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www. pap.minhap.gob.es/bdnstrans). Primero.- OBJETO Y DESTINATARIOS DE LA CONVOCATORIA. La presente Convocatoria tiene por objeto contribuir a la promoción de los escritores de cuentos a la que podrán concurrir todos los autores que lo deseen sin límite de edad ni nacionalidad. Segundo.- DOTACIÓN PRESUPUESTARIA. El coste del premio se imputará a la aplicación presupuestaria 5/3340/48701 (Certámenes y Premios) del Presupuesto General de la Excma. Diputación Provincial de Cáceres para el ejercicio 2017, tramitándose este procedimiento con anterioridad al ejercicio en que deba ejecutarse, atendiendo al art. 56 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; habiéndose consignado crédito suficiente en la propuesta de presupuesto para el ejercicio 2017 de la Excma. Diputación Provincial de Cáceres, si bien los actos de trámite que se dicten en el expediente, se entenderán condicionados a que al dictarse la resolución de concesión, en el ejercicio en que se ejecute el gasto, subsistan las mismas condiciones de hecho y de derecho existentes en el momento actual. La aplicación presupuestaria está dotada con 70.000 euros. Tercero.- REQUISITOS DE LOS SOLICITANTES. Las obras presentadas deberán estar escritas en lengua castellana, ser inéditas en cualquier lengua, no haber sido premiadas en ningún otro certamen y tener una extensión, en su conjunto, mínima de 80 y máxima de 100 páginas, de 25 a 30 líneas cada una, escritas a doble Pág. 39 N.º 231 Jueves, 1 de Diciembre de 2016 espacio, a una o dos caras, con letra Times o similar, en cuerpo 12 y sólo en formato papel. Deben presentarse cuatro copias cosidas o encuadernadas, perfectamente legibles sin la firma del autor, sustituida por lema o seudónimo escrito en su cabecera, que repetirá bajo plica en un sobre aparte. Dentro del sobre incluirá sus datos personales: nombre, apellidos, D.N.I. o pasaporte, dirección, correo electrónico y teléfono; además de una breve nota biográfica, fecha y firma. Cuarto.- SOLICITUDES. Los trabajos se deberán presentar en el Registro de las oficinas de la Institución Cultural El Brocense, Ronda de San Francisco, s/n, 10002 Cáceres, haciendo constar: XXVII PREMIO DE CUENTOS “CIUDAD DE CORIA” 2017. Quinto.- PLAZO. El plazo de presentación de las solicitudes se contará a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el BOP y se extenderá hasta las catorce horas del día 24 de marzo de 2017, si bien los envíos recibidos con matasellos de correos anterior o igual a esa fecha se aceptarán siempre que lleguen a las oficinas de la I.C.B. dentro de los diez días siguientes a la finalización del plazo establecido. Sexto.- CONCESIÓN. La dotación del premio se establece en TRES MIL EUROS (3.000,00 €) así como la publicación de la obra. El premio estará sujeto a la Normativa Fiscal Vigente, siendo por cuenta del premiado el pago de los impuestos que pudieran corresponder. Séptimo.- SELECCIÓN Y CRITERIOS DE CONCESIÓN. El jurado estará compuesto por personas de reconocido prestigio dentro del mundo literario, designado por la Excma. Diputación Provincial de Cáceres y representantes de la Institución organizadora, que tendrá en cuenta para su valoración la calidad narrativa de los trabajos presentados. Octavo.- FALLO DEL JURADO. El fallo del Jurado, que será inapelable, tendrá lugar antes de que finalice el primer semestre de 2017. Noveno.- Otros datos de interés. Las bases de la convocatoria se publicarán en el Boletín Oficial Provincia junto con el presente extracto, y en el tablón de anuncios virtual de la Diputación Provincial de Cáceres, en la siguiente dirección: Pág. 40 N.º 231 Jueves, 1 de Diciembre de 2016 http://www.dip-caceres.es/temas/subvenciones/subvenciones/planesdesubvenciones/index.html y en la página Web de la Institución Cultural “El Brocense” http://www.brocense.com Cáceres 2016-11-30. EL SECRETARIO, Augusto Cordero Ceballos Pág. 41 N.º 231 Jueves, 1 de Diciembre de 2016 Sección I – ADMINISTRACIÓN LOCAL DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÁCERES BOP-2016-4923 EXTRACTO de la convocatoria para la concesión del XX Premio “Flor de Jara” de Poesía del año 2017. BDNS(Identif.):324404 De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www. pap.minhap.gob.es/bdnstrans). Primero.- OBJETO Y DESTINATARIOS DE LA CONVOCATORIA. La presente Convocatoria tiene por objeto contribuir a la promoción de la poesía, a la que podrán concurrir todos los poetas que lo deseen sin límite de edad ni nacionalidad. Segundo.- DOTACIÓN PRESUPUESTARIA. El coste del premio se imputará a la aplicación presupuestaria 5/3340/48701 (Certámenes y Premios) del Presupuesto General de la Excma. Diputación Provincial de Cáceres para el ejercicio 2017, tramitándose este procedimiento con anterioridad al ejercicio en que deba ejecutarse, atendiendo al art. 56 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; habiéndose consignado crédito suficiente en la propuesta de presupuesto para el ejercicio 2017 de la Excma. Diputación Provincial de Cáceres, si bien los actos de trámite que se dicten en el expediente, se entenderán condicionados a que al dictarse la resolución de concesión, en el ejercicio en que se ejecute el gasto, subsistan las mismas condiciones de hecho y de derecho existentes en el momento actual.La aplicación presupuestaria está dotada con 70.000 euros. Tercero.- REQUISITOS DE LOS SOLICITANTES. Las obras presentadas deberán estar escritas en lengua castellana, ser inéditas en cualquier lengua, no haber sido premiadas en ningún otro certamen y tener una extensión, no inferior a 500 versos, escritos a doble espacio, a una o dos caras, con letra Times o similar, en el cuerpo 12 y sólo en formato papel. Deben presentarse cuatro copias cosidas o encuadernadas, perfectamente legibles sin la firma del autor, sustituida por lema o seudónimo escrito en su Pág. 42 N.º 231 Jueves, 1 de Diciembre de 2016 cabecera, que repetirá bajo plica en un sobre aparte. Dentro del sobre incluirá sus datos personales: nombre, apellidos, D.N.I. o pasaporte, dirección, correo electrónico y teléfono; además de una breve nota biográfica, fecha y firma. Cuarto.- SOLICITUDES. Los trabajos se deberán presentar en el Registro de las oficinas de la Institución Cultural El Brocense, Ronda de San Francisco, s/n, 10002 Cáceres, haciendo constar: XX PREMIO “FLOR DE JARA” DE POESÍA 2017. Quinto.- PLAZO. El plazo de presentación de las solicitudes se contará a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el BOP y se extenderá hasta las catorce horas del día 24 de marzo de 2017, si bien los envíos recibidos con matasellos de correos anterior o igual a esa fecha se aceptarán siempre que lleguen a las oficinas de la I.C.B. dentro de los diez días siguientes a la finalización del plazo establecido. Sexto.- CONCESIÓN. La dotación del premio se establece en SEIS MIL EUROS (6.000,00), así como la publicación de la obra. El premio estará sujeto a la Normativa Fiscal Vigente, siendo por cuenta del premiado el pago de los impuestos que pudieran corresponder. Séptimo.- SELECCIÓN Y CRITERIOS DE CONCESIÓN. El jurado estará compuesto por personas de reconocido prestigio dentro del mundo literario, designado por la Excma. Diputación Provincial de Cáceres y representantes de la Institución organizadora, que tendrá en cuenta para su valoración la calidad poética de los trabajos presentados. Octavo.- FALLO DEL JURADO. El fallo del Jurado, que será inapelable, tendrá lugar antes de que finalice el primer semestre de 2017. Noveno.- Otros datos de interés. Las bases de la convocatoria se publicarán en el Boletín Oficial Provincia junto con el presente extracto, y en el tablón de anuncios virtual de la Diputación Provincial de Cáceres, en la siguiente dirección:http: Pág. 43 N.º 231 Jueves, 1 de Diciembre de 2016 http://www.dip-caceres.es/temas/subvenciones/subvenciones/planesdesubvenciones/index.html y en la página Web de la Institución Cultural “El Brocense” http://www.brocense.com Cáceres, 2016-11-30 EL SECRETARIO Augusto Cordero Ceballos. Pág. 44 N.º 231 Jueves, 1 de Diciembre de 2016 Sección I – ADMINISTRACIÓN LOCAL DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÁCERES BOP-2016-4924 EXTRACTO de la convocatoria para la concesión del XLII Premio “Cáceres” de Novela Corta del año 2017. BDNS(Identif.):324406 De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www. pap.minhap.gob.es/bdnstrans). Primero.- OBJETO Y DESTINATARIOS DE LA CONVOCATORIA. La presente Convocatoria tiene por objeto contribuir a la promoción de los escritores de novela corta a la que podrán concurrir todos los autores que lo deseen sin límite de edad ni nacionalidad. Segundo.- DOTACIÓN PRESUPUESTARIA. El coste del premio se imputará a la aplicación presupuestaria 5/3340/48701 (Certámenes y Premios) del Presupuesto General de la Excma. Diputación Provincial de Cáceres para el ejercicio 2017, tramitándose este procedimiento con anterioridad al ajercicio en que deba ejecutarse, atendiendo al art. 56 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; habiéndose consignado crédito suficiente en la propuesta de presupuesto para el ejercicio 2017 de la Excma. Diputación Provincial de Cáceres, si bien los actos de trámite que se dicten en el expediente, se entenderán condicionados a que al dictarse la resolución de concesión, en el ejercicio en que se ejecute el gasto, subsistan las mismas condiciones de hecho y de derecho existentes en el momento actual.La aplicación presupuestaria está dotada con 70.000 euros. Tercero.- REQUISITOS DE LOS SOLICITANTES. Las obras presentadas deberán estar escritas en lengua castellana, ser inéditas en cualquier lengua, no haber sido premiadas en ningún otro certamen y tener una extensión, en su conjunto, mínima de 100 y máxima de 130 páginas, deberá contener al menos 25 líneas cada una, escritas a doble espacio, a una o dos caras, con letra Times o similar, en cuerpo 12 y sólo Pág. 45 N.º 231 Jueves, 1 de Diciembre de 2016 en formato papel. Deben presentarse cuatro copias cosidas o encuadernadas, perfectamente legibles sin la firma del autor, sustituida por lema o seudónimo escrito en su cabecera, que repetirá bajo plica en un sobre aparte. Dentro del sobre incluirá sus datos personales: nombre, apellidos, D.N.I. o pasaporte, dirección, correo electrónico y teléfono; además de una breve nota biográfica, fecha y firma. Cuarto.- SOLICITUDES. Los trabajos se deberán presentar en el Registro de las oficinas de la Institución Cultural El Brocense, Ronda de San Francisco, s/n, 10002 Cáceres, haciendo constar: XLII PREMIO “CÁCERES” DE NOVELA CORTA 2017. Quinto.- PLAZO. El plazo de presentación de las solicitudes se contará a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el BOP y se extenderá hasta las catorce horas del día 24 de marzo de 2017, si bien los envíos recibidos con matasellos de correos anterior o igual a esa fecha se aceptarán siempre que lleguen a las oficinas de la I.C.B. dentro de los diez días siguientes a la finalización del plazo establecido. Sexto.- CONCESIÓN. La dotación del premio se establece en NUEVE MIL EUROS (9.000,00), así como la publicación de la obra. El premio estará sujeto a la Normativa Fiscal Vigente, siendo por cuenta del premiado el pago de los impuestos que pudieran corresponder. Séptimo.- SELECCIÓN Y CRITERIOS DE CONCESIÓN. El jurado estará compuesto por personas de reconocido prestigio dentro del mundo literario, designado por la Excma. Diputación Provincial de Cáceres y representantes de la Institución organizadora, que tendrá en cuenta para su valoración la calidad narrativa de los trabajos presentados. Octavo.- FALLO DEL JURADO. El fallo del Jurado, que será inapelable, tendrá lugar antes de que finalice el primer semestre de 2017. Noveno.- Otros datos de interés. Las bases de la convocatoria se publicarán en el Boletín Oficial Provincia junto con el presente extracto, y en el tablón de anuncios virtual de la Diputación Provincial de Cáceres, en la siguiente dirección: Pág. 46 N.º 231 Jueves, 1 de Diciembre de 2016 http://www.dip-caceres.es/temas/subvenciones/subvenciones/planesdesubvenciones/index.html y en la página Web de la Institución Cultural “El Brocense” http://www.brocense.com Cáceres, 2016-11-30 EL SECRETARIO Augusto Cordero Ceballos Pág. 47 N.º 231 Jueves, 1 de Diciembre de 2016 Sección I – ADMINISTRACIÓN LOCAL DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÁCERES BOP-2016-4925 EXTRACTO de la convocatoria para la concesión del XIII Premio “El Brocense” de Microrrelatos para estudiantes españoles matriculados en el segundo ciclo de la ESO, Bachillerato y Programas y Ciclos Formativos del Curso 2016-2017. BDNS(Identif.):324409 De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www. pap.minhap.gob.es/bdnstrans). Primero.- OBJETO Y DESTINATARIOS DE LA CONVOCATORIA. La presente Convocatoria tiene por objeto fomentar la creación literaria, a través del microrrelato, entre el mayo número posible de alumnos, para ello podrán concurrir al mismo todos los alumnos que lo deseen, que estén matriculados en el segundo ciclo de la ESO, Bachillerato y programas y ciclos formativos sin límite de edad ni nacionalidad, estableciéndose los siguientes niveles o categorías: SECUNDARIA: Para los alumnos matriculados en el segundo ciclo de ESO, ciclos formativos de grado medio y programas de garantía social. BACHILLERATO: Para los alumnos matriculados en cualquiera de los cursos de bachillerato o en ciclos formativos de grado superior. Segundo.- DOTACIÓN PRESUPUESTARIA. El coste del premio se imputará a la aplicación presupuestaria 5/3340/48701 (Certámenes y Premios) del Presupuesto General de la Excma. Diputación Provincial de Cáceres para el ejercicio 2017, tramitándose este procedimiento con anterioridad al ajercicio en que deba ejecutarse, atendiendo al art. 56 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; habiéndose consignado crédito suficiente en la propuesta de presupuesto para el ejercicio 2017 de la Excma. Diputación Provincial de Cáceres, si bien los actos de trámite que se dicten en el Pág. 48 N.º 231 Jueves, 1 de Diciembre de 2016 expediente, se entenderán condicionados a que al dictarse la resolución de concesión, en el ejercicio en que se ejecute el gasto, subsistan las mismas condiciones de hecho y de derecho existentes en el momento actual.La aplicación presupuestaria está dotada con 70.000 euros. Tercero.- REQUISITOS DE LOS SOLICITANTES. Los microrrelatos deberán ser originales e inéditos, escritos en castellano, que no hayan sido premiados en otros concursos. Los textos tendrán una extensión máxima de 500 palabras y sólo en formato papel, a una o dos caras y deberán versar sobre un tema libre.Cada concursante presentará en un sobre grande cuatro copias del microrrelato, que se identificarán solamente con el título, el nivel al que pertenece el autor y con el seudónimo o lema elegido, careciendo de firma o de cualquier otro detalle que pudiera desvelar la identidad del autor. En otro sobre aparte –en cuyo exterior se repetirá el título del microrrelato, el nivel y el seudónimo-, se adjuntará una nota con sus datos personales: nombre, apellidos, D.N.I. o pasaporte, dirección, correo electrónico y número de teléfono del autor; nombre del profesor que lo avala, nombre del centro al que pertenecen y número de teléfono y correo electrónico del centro escolar al que pertenecen ambos, fecha y firma. Cuarto.- SOLICITUDES. Los trabajos se deberán presentar en el Registro de las oficinas de la Institución Cultural El Brocense, Ronda de San Francisco, s/n, 10002 Cáceres, haciendo constar: XIII PREMIO “EL BROCENSE” DE MICRORRELATOS 2017. Quinto.- PLAZO. El plazo de presentación de las solicitudes se contará a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el BOP y se extenderá hasta las catorce horas del día 24 de marzo de 2017, si bien los envíos recibidos con matasellos de correos anterior o igual a esa fecha se aceptarán siempre que lleguen a las oficinas de la I.C.B. dentro de los diez días siguientes a la finalización del plazo establecido. Sexto.- CONCESIÓN. La dotación del premio se establece en SEIS MIL EUROS (6.000,00) repartidos de la siguiente forma: SECUNDARIA: 1º Premio de 1.000,00 € para el Ganador. 3 Accésit de 500,00 €. BACHILLERATO: 1º Premio de 1.000,00 € para el Ganador. 3 Accésit de 500,00 €. Se entregarán Diplomas a los Ganadores y Accésits en las dos categorías. Los profesores que avalen los trabajos ganadores de cada una de las categorías recibirán, asimismo, un premio Pág. 49 N.º 231 Jueves, 1 de Diciembre de 2016 único de 500,00 €, los Centros a los que pertenecen los alumnos premiados recibirán un lote de libros editados por la Excma. Diputación de Cáceres. Todos los premios estarán sujetos a la Normativa Fiscal Vigente, siendo por cuenta del premiado el pago de los impuestos que pudieran corresponder. Séptimo.- SELECCIÓN Y CRITERIOS DE CONCESIÓN. El jurado estará compuesto por personas de reconocido prestigio dentro del mundo literario, designado por la Excma. Diputación Provincial de Cáceres y representantes de la Institución organizadora, que tendrá en cuenta para su valoración la calidad narrativa de los trabajos presentados.Dado que el concurso pretende el fomento de la creación literaria entre el mayor número posible de alumnos, se establece una fase previa en los centros escolares. Allí los profesores del Departamento de Lengua Castellana y Literatura, o de cualquier otro Departamento, podrán promover cuantas pruebas y acciones consideren necesarias para seleccionar y enviar al jurado del premio cuantos estimen por categoría, siempre que no se envíe más de un microrrelato por autor. Cada uno de los trabajos así seleccionados será avalado por un profesor del Centro, aunque un mismo profesor pueda avalar todos los trabajos presentados. Octavo.- FALLO DEL JURADO. El fallo del Jurado, que será inapelable, tendrá lugar antes de que finalice el primer semestre de 2017. Noveno.- Otros datos de interés. Las bases de la convocatoria se publicarán en el Boletín Oficial Provincia junto con el presente extracto, y en el tablón de anuncios virtual de la Diputación Provincial de Cáceres, en la siguiente dirección: http://www.dip-caceres.es/temas/subvenciones/subvenciones/planesdesubvenciones/index.html y en la página Web de la Institución Cultural “El Brocense” http://www.brocense.com Cáceres, 2016-11-30 EL SECRETARIO Augusto Cordero Ceballos Pág. 50 N.º 231 Jueves, 1 de Diciembre de 2016 Sección I – ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS ABADÍA BOP-2016-4904 Aprobación Inicial Presupuesto 2017 EDICTO El Pleno de la Corporación de Abadía en sesión extraordinaria celebrada en fecha 25 de Noviembre de 2016, aprobó inicialmente el Presupuesto General para el ejercicio del año 2017. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.1 R. D. Legislativo 2/2004, de 5 de Marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, el expediente completo queda expuesto al público en la Secretaría de esta entidad, durante las horas de oficina, por plazo 15 días hábiles, a fin de que los interesados que se señalan en el artículo 170 de dicha Norma puedan presentar, ante el Pleno de este Ayuntamiento, las reclamaciones que estimen pertinentes por los motivos que se indican en el punto 2° del último artículo citado. En el supuesto de que durante dicho plazo, que comenzará a contar desde el día siguiente al de inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, no se produjeran reclamaciones, y de conformidad con lo previsto en el artículo 169 de dicha norma, el Presupuesto, se considerará definitivamente aprobado sin necesidad de nuevo acuerdo expreso. En Abadía a 28 de Noviembre de 2016. EL ALCALDE. Juan Bautista Iglesias González. Pág. 51 N.º 231 Jueves, 1 de Diciembre de 2016 Sección I – ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS ABADIA BOP-2016-4903 Expediente Transferencia de Crédito Presupuesto 2016. EDICTO El Pleno de la Corporación, en sesión celebrada en fecha 25 de Noviembre de 2016, aprobó inicialmente el expediente de modificación al Presupuesto de Gastos por transferencia de créditos n.º 1/2016. De conformidad con lo establecido en el artículo 169.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, en relación con los artículos 20 y 38 del R.D. 500/1990, de 20 de abril, se expone al público dicho acuerdo por plazo de 15 días hábiles a contar desde el siguiente a la publicación de este anuncio, a efectos de que los interesados puedan presentar las reclamaciones que consideren oportunas. En el supuesto de no presentarse reclamaciones en el plazo indicado, el expediente se entenderá aprobado definitivamente produciendo efectos desde la fecha de probación provisional, una vez que se haya publicado íntegramente. En Abadía a 28 de Noviembre de 2016. EL ALCALDE. Juan Bautista Iglesias González Pág. 52 N.º 231 Jueves, 1 de Diciembre de 2016 Sección I – ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS CÁCERES BOP-2016-4914 ACUERDO de aprobación definitiva modificación Relación Puestos de Trabajo. EDICTO Dando cumplimiento a lo dispuesto en el 127 del Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local, de 18 de abril de 1986, se hace público que el Pleno de este Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 17 de noviembre de 2016, aprobó definitivamente la modificación de la Plantilla Orgánica del año 2016 y la Relación de Puestos de Trabajo del año 2015 del Excmo. Ayuntamiento de Cáceres, respecto al puesto de colaboración de Vicesecretario Primero, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, en los siguientes términos: Vicesecretario Primero: • Escala de funcionario de Administración Local conhabilitación de carácter nacional. • Subescala: Secretaría. • Categoría: Entrada. Lo que se hace público para general conocimiento. Cáceres, 28 de noviembre de 2016. ALCALDESA ELENA NEVADO DEL CAMPO Pág. 53 N.º 231 Jueves, 1 de Diciembre de 2016 Sección I – ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS CASAR DE CÁCERES BOP-2016-4899 ACUERDO de aprobación provisional de modificaciones de Ordenanzas fiscales reguladoras. ANUNCIO DE APROBACIÓN PROVISIONAL El Pleno del Ayuntamiento de Casar de Cáceres, en sesión ordinaria celebrada el día 25/11/2016, acordó la aprobación provisional de la modificación de las Ordenanzas fiscales reguladoras de las tasas por ocupación de vía pública con puestos y otros y por servicios de ayuda a domicilio, centro infantil, piscina, instalaciones deportivas, abastecimiento de agua y de pastos en la Dehesa Boyal. Así mismo acordó la derogación de las ordenanzas nº 8. reguladora de la tasa por la prestación de los servicios de eliminación de animales muertos y nº 24. reguladora de la tasa por la prestación del servicio de correo electrónico. Finalmente se acordó el establecimiento de la Tasa por el servicio de Albergue del Peregrino. Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días hábiles a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas. Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho Acuerdo. En Casar de Cáceres, a 28 de noviembre de 2016. ALCALDE, A. Rafael Pacheco Rubio. Pág. 54 N.º 231 Jueves, 1 de Diciembre de 2016 Sección I – ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS CASAR DE CÁCERES BOP-2016-4900 ACUERDO Aprobación inicial del expediente de modificación de créditos n.º 996/2016. ANUNCIO DE APROBACIÓN INICIAL El Pleno del Ayuntamiento de Casar de Cáceres, en sesión ordinaria celebrada el día 25/11/2016 acordó la aprobación inicial del expediente de modificación de créditos n.º 996/2016 del Presupuesto en vigor en la modalidad de suplemento de créditos, financiado con cargo , con el siguiente resumen: Estado de Gastos APLICACIÓN PRESUPUESTARIA 338 22600 450 21000 920 22799 920 62501 432 22614 241 22114 912 22601 1522 21200 DESCRIPCIÓN AUMENTO/DISMINUCIÓN Fiestas de verano y Ramo Mantenimiento infraestructuras y obras Trabajo realizado por otras empresas Mobiliario dependencias Semana de la Torta Materiales AEPSA Atenciones protocolarias y representa Reparacion y mantenimiento edificios TOTAL SUPLEMENTOS 15.084,05 8.000,00 801,04 34.100,61 1.803,53 21.000,00 2.300,00 -26.000,00 57.089,23 Estado de Ingresos APLICACIÓN DESCRIPCIÓN PRESUPUESTARIA 11600 Incremento de valor terrenos urbanos Superávit del presupuesto inicial 13000 Mayores ingresos recaudados IAE TOTAL FINANCIACIÓN SUPLEMENTO CONSIGNACIÓN INICIAL 7.465,03 41.624,20 8.000,00 57.089,23 Pág. 55 N.º 231 Jueves, 1 de Diciembre de 2016 Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.1 por remisión del 177.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se somete el expediente a exposición pública por el plazo de quince días a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas. Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho Acuerdo. En Casar de Cáceres, a 28 de noviembre de 2016. ALCALDE, Pág. 56 N.º 231 Jueves, 1 de Diciembre de 2016 Sección I – ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS CASAS DE MILLÁN BOP-2016-4918 ACUERDO de modificación de los ficheros existentes en el Ayuntamiento y su inscripción en el Registro General de Protección de Datos. ANUNCIO Por Acuerdo del Pleno de fecha 28 de noviembre de 2016, se aprobó la modificación de los ficheros existentes en el Ayuntamiento y su inscripción en el Registro General de Protección de Datos. Lo que se publica a los efectos del artículo 20 y de la Disposición Adicional Primera de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. «PRIMERO. Modificar, conforme a la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, los ficheros que se contemplan en el Anexo y solicitar su inscripción en el Registro General de Protección de Datos. SEGUNDO. Publicar íntegramente el contenido del acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia. TERCERO. Notificar a la Agencia Española de Protección de Datos el contenido del Acuerdo adoptado». Casas de Millán, a 28 de Noviembre de 2016. EL ALCALDE. Mario Cerro Fernández. Pág. 57 N.º 231 Jueves, 1 de Diciembre de 2016 Sección I – ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS GARGANTA LA OLLA BOP-20164902 Aprobación Inicial del expediente de transferencia de Créditos. ANUNCIO El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 24 de Noviembre de 2016, acordó la aprobación inicial del expediente de transferencia de créditos entre aplicaciones de gastos de distinta área de gasto que no afectan a bajas y altas de créditos de personal. Aprobado inicialmente el expediente de transferencia de créditos entre aplicaciones de gastos de distinta área de gasto que no afectan a bajas y altas de créditos de personal, por Acuerdo del Pleno de fecha 24 de Noviembre de 2016, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.1 por remisión del 179.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se somete a información pública por el plazo de quince días, a contar desde el día siguiente al de publicación del presente anuncio en este Boletín Oficial de la Provincia Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento https://gargantalaolla.es. Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho Acuerdo. Garganta la Olla, 28 de Noviembre de 2016. EL ALCALDE. Eduardo Gómez Pérez Pág. 58 N.º 231 Jueves, 1 de Diciembre de 2016 Sección I – ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS MONTEHERMOSO BOP-2016-4908 Aprobación Definitiva Expte. de Reconocimiento Extrajudicial de Créditos N.º 1/2016 . ACUERDO No habiéndose producido reclamaciones al anuncio publicado en el BOP n.º 214 de 7 de NOVIEMBRE de 2016, sobre exposición pública de aprobación inicial del expediente de reconocimiento extrajudicial de crédito n.º 1/2016, se consideran definitivamente aprobado conforme previene el artículo 169 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de Marzo y el artículo 20 del Real Decreto 500/1990, publicándose los textos definitivos: Aprobar el expediente de Reconocimiento extrajudicial de créditos para la imputación a presupuesto corriente de los gastos llevados a cabo en ejercicios anteriores no imputados en su momento por falta de consignación, por falta de justificante del gasto,…etc, de acuerdo con el siguiente desglose: GASTO Parte proporcional de los gastos generados como premio de cobranza ante el OARGT Derivación de responsabilida d celebración de espectáculos taurinos 2010 TERCERO Mancomunidad de municipios Valle del Alagón IMPORTE 24.740,21 (Pagados en 2015) APLICACIÓN 934.227.08 Gestión de la deuda y la tesorería. Servicios de recaudación a favor de la entidad. Agencia estatal de administración tributaria. 43.000,00 Pagado en mayo 2012 338.226.09 Fiestas populares y festejos. Pág. 59 N.º 231 Jueves, 1 de Diciembre de 2016 Prestación de servicios mutua prevención Factura n.º 2015094715. Fraterprevención , s.l 666,32 TOTAL 68.406,53 920.227.06 Administración general. Estudios y trabajos técnicos. En Montehermoso, a 28 de noviembre de 2016. LA ALCALDESA. Mª Del Mar Mateos Garrido Pág. 60 N.º 231 Jueves, 1 de Diciembre de 2016 Sección I – ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS MONTEHERMOSO BOP-2016-4909 ACUERDO aprobación DEFINITIVA modificación de crédito nº19 y nº21. No habiéndose producido reclamaciones al anuncio publicado en el BOP nº 213 de 7 de NOVIEMBRE de 2016, sobre exposición pública de aprobación inicial de modificaciones de crédito, se consideran definitivamente aprobadas conforme previene el artículo 169 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de Marzo y el artículo 20 del Real Decreto 500/1990, publicándose los textos definitivos: El expediente de modificación de créditos nº 19/2016 del presupuesto en vigor, en la modalidad de crédito extraordinario, de acuerdo con el siguiente detalle: Altas en Aplicaciones de Gastos Aplicación Presupuestaria Progr. Económica 338 622.01 171 330 624 625 933 330 632.01 622.01 130 629.01 342 213 N.º Descripción Fiestas populares y festejos. Construcciones. Parques y jardines. Vehículos Administración general de la cultura. Mobiliario Gestión del patrimonio. Construcciones Administración general de la cultura. Construcciones Administración general de la seguridad y protección civil. Otro inmovilizado material. Instalaciones deportivas. Maquinaria, instalaciones y utillaje TOTAL GASTOS Euros 22.000,00 10.000,00 4.000.00 2.000,00 1.500,00 125,00 1.000,00 40.625,00 Pág. 61 N.º 231 Jueves, 1 de Diciembre de 2016 Las actuaciones propuestas versan respectivamente: 338.622.01: Elaboración proyecto de construcción de un recinto ferial. 171.624: Adquisición de un nuevo vehículo afecto al servicio de jardines públicos. 330.625: Adquisición de diverso mobiliario para el auditorio municipal: mesa y sillas, diversos focos y micrófonos. 933.632.01: Reposición de los canalones de la casa consistorial. 330.622.01: Colocación de grandes letras de identificación en el edificio del auditorio municipal. 130.629.01: Cámara de fotos para el uso de la policía municipal. 342.213: Reparaciones maquinaria instalaciones deportivas. 2.º FINANCIACIÓN Esta modificación se financia con cargo bajas de créditos en otras aplicaciones, en los siguientes términos: Bajas en aplicaciones de gasto Aplicación 342.622.07 N.º Descripción Instalaciones deportivas. Pabellón polideportivo TOTAL INGRESOS Euros 40.625,00 40.625,00 El expediente de modificación de créditos nº 21/2016 del presupuesto en vigor, en la modalidad de suplemento de crédito, de acuerdo con el siguiente detalle: Altas en Aplicaciones de Gastos APLICACIÓN PRESUPUESTARIA Progr. Económica 933 625 1532 619.00 342 632.01 DESCRIPCIÓN Gestión del patrimonio. Mobiliario Vías públicas. Otras inversions de reposición en infraestructura y bienes destinados al uso general Instalaciones deportivas TOTAL GASTOS Euros 3.000,00 6.000,00 2.000,00 11.000,00 Pág. 62 N.º 231 Jueves, 1 de Diciembre de 2016 2.º FINANCIACIÓN Esta modificación se financia con cargo bajas de créditos en otras aplicaciones que se estiman reducibles sin perturbar el pertinente servicio, toda vez que obedecen a una baja de créditos causada como consecuencia de una baja de adjudicación respecto al valor estimado. Bajas en otras aplicaciones de gasto APLICACIÓN 342.622.07 DESCRIPCIÓN Euros Instalaciones deportivas. Pabellón polideportivo 11.000,00 TOTAL INGRESOS 11.000,00 En Montehermoso, a 29 de noviembre de 2016. LA ALCALDESA Mª DEL MAR MATEOS GARRIDO Pág. 63 N.º 231 Jueves, 1 de Diciembre de 2016 Sección I – ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS PALOMERO BOP-2016-4901 ACUERDO de aprobación definitiva Ordenanza reguladora de la Venta Ambulante y Ordenanza fiscal tasa por la Venta Ambulante fuera de establecimiento comercial permanente. Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional del Ayuntamiento de Palomero sobre de la ORDENANZA REGULADORA DE LA VENTA AMBULANTE EN LA LOCALIDAD DE PALOMERO Y ORDENANZA FISCAL TASA POR LA VENTA AMBULANTE FUERA DE ESTABLECIMIENTO COMERCIAL PERMANENTE cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. ORDENANZA REGULADORA DE LA VENTA AMBULANTE EN LA LOCALIDAD DE PALOMERO OBJETO Art.1.- Corresponde el objeto de la presente Ordenanza, la regulación de la actividad comercial que se desarrolla en la vía pública del término municipal de Palomero , todo ello en desarrollo de lo establecido en el Real Decreto 199/2010, de 26 de febrero, que modifica el R.D. 1010/85, de junio, por el que se regula el ejercicio de determinadas modalidades de venta fuera de establecimiento comercial permanente, según lo establecido en la Ley 1/2010, de 1 de marzo, que modifica la Ley 3/2002, de 9 de mayo, de comercio de la Comunidad Autónoma de Extremadura y en relación con lo establecido en el Decreto 17/96, de 13 de febrero, de la Junta de Extremadura, por el que se regulan los derechos de los consumidores y usuarios en determinadas modalidades de venta fuera de establecimiento comercial permanente. Art. 2.- Se considera venta ambulante o no sedentaria, la realizada por comerciantes fuera de un establecimiento comercial permanente, de forma habitual, ocasional, periódica o continuada en los perímetros o lugares debidamente autorizados, en instalaciones comerciales desmontables o trasportables, incluyendo los camiones-tienda. Pág. 64 N.º 231 Jueves, 1 de Diciembre de 2016 Art. 3.- El ejercicio de la venta fuera de establecimiento comercial permanente, cualquiera que sea su modalidad, requerirá previa autorización municipal, que será concedida en los términos fijados en la presente Ordenanza. Art. 4.- La venta de productos fuera de un establecimiento comercial permanente, sólo podrá realizarse en el mercadillo semanal, que se celebrará los lunes y los viernes de cada semana, en los siguientes espacios señalados: • Plaza Nueva y Avda. Julio Hdez También se podrá autorizar por el Ayuntamiento de Palomero, la venta en mercadillos ocasionales. Art. 5.- El Ayuntamiento ejercerá en los puestos de venta la necesaria intervención administrativa, la regulación sanitaria y cuantas funciones impliquen ejercicio de autoridad y sean de su competencia. El Ayuntamiento impedirá especialmente cualquier forma de actuación que vaya contra las condiciones sanitarias de los productos, altere la calidad, peso o medida de los mismos o esté encaminada a impedir o dificultar la libertad de tráfico de los mismos. Por todo ello, los vendedores deberán cumplir la normativa vigente en materia de ejercicio del comercio, disciplina de mercado y/o sanitaria, respecto de los puestos y productos que se expongan a la venta, todo ello de acuerdo con el R.D. 3484/2000, de 29 de diciembre, por el que se establecen las normas de higiene para la elaboración, distribución y comercio de comidas preparadas, y R.D. 2207/1995, de 28 de diciembre, que establece las normas de higiene, relativas a los productos alimenticios. Art. 6.- El comercio en los mercadillos se ejercerá por los titulares de la licencia de venta, o por personal contratados laboral. En caso de incapacidad física o en determinadas circunstancias especiales, el Ayuntamiento podrá autorizar que el puesto de venta sea ocupado por ascendientes, descendientes o cónyuge del titular responsable subsidiario de los actos de las personas que le sustituyan, así como de las obligaciones y pagos que deban efectuarse. Art. 7.- Los puestos serán numerados y la exposición de los géneros en los mismos, se realizará mediante mesas de quita y pon, que deberán tener las siguientes características: puesto desmontable, fabricado con materiales que no contaminen los alimentos, resistente, impermeable y de fácil limpieza, las superficies serán lisas, cerrados de tal forma que eviten la luz directa del sol, proteja de la lluvia y de los posibles contaminantes del entorno. Cada puesto se instalará a una distancia mínima de las viviendas dejando siempre paso a las mismas de una achura de al menos 1,30 metros. Pág. 65 N.º 231 Jueves, 1 de Diciembre de 2016 Todos los puestos dispondrán de sacos de basura que deberán traer los titulares de los mismos. Corresponderá al titular de la licencia el mantener los puesto en las debidas condiciones de limpieza y ornato, debiendo, una vez finalizado el mercadillo, realizar las tareas de limpieza necesarias para dejar la vía pública en perfecto estado de limpieza. El Ayuntamiento podrá fijar los criterios estéticos y el diseño de los puestos de ventas, con el fin de mantener una determinada uniformidad. A cada vendedor se le adjudicarán los puestos que solicite, que no podrán ser más de dos . Se entiende por “puesto” aquel espacio de terreno acotado y numerado de seis metros. Los puestos fijos, son aquellos que se les concede a un vendedor autorizado. Art. 8.- Podrán ser titulares de puestos ambulantes del mercadillo de Palomero quienes reúnan las siguientes condiciones: a. b. c. d. e. f. Estar dado de alta en el epígrafe correspondiente del Impuesto de Actividades Económicas o impuesto que lo sustituya, y encontrarse al corriente de pago Estar al corriente de pago de las cotizaciones de la Seguridad Social, tanto el titular, como los asalariados y suplentes. Tener en vigor el carné de Vendedor Ambulante expedido por la Junta de Extremadura. Reunir las condiciones y requisitos exigidos por la normativa reguladora del producto objeto de venta ambulante (en especial estar en posesión del carné de manipulador de alimentos). Tener satisfecha la tasa que corresponda. En caso de extranjeros, deberán acreditar además, estar en posesión de los correspondientes permisos de residencia y trabajo. Art. 9.- No podrán ser titulares de puestos ambulantes: a) Los comprendidos en los casos de incapacidad señalados en la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. b) Quienes no reúnan las condiciones exigibles en esta Ordenanza. c. Los reincidentes en defraudación en la venta de artículos, o que hayan sido expedientados por infracciones a la presente Ordenanza y se les haya retirado la autorización. HORARIO DEL MERCADILLO Art. 10.- La descarga de mercancías en todo el recinto donde se celebrará el mercadillo, deberá efectuarse hasta las 9:00 horas de la mañana, hora en que deberán estar todos los vehículos Pág. 66 N.º 231 Jueves, 1 de Diciembre de 2016 retirados siendo estacionados en el lugar que se designe por el Ayuntamiento, sin que ningún vehículo tenga, en horario posterior, acceso al recinto, salvo causas de fuerza mayor. Art. 11.- El mercadillo dará comienzo a las 08:00 horas hasta las 16:00 horas del mismo día, hora en que los puestos deberán ser desmontados y el lugar dejado en perfecto estado de limpieza por los propios vendedores. Art. 12.- La vigilancia de la aplicación de esta Ordenanza, estará a cargo del personal designado por el Ayuntamiento para este motivo y por la guardia civil, quienes levantarán acta en los supuestos de incumplimiento de esta Ordenanza y demás normativas aplicables. En el supuesto de intervención de mercancías, ésta se trasladará a Dependencias Municipales y cuando sean productos alimenticios, se pondrá en conocimiento de los Servicios Veterinarios oficiales, para determinar el destino de las mercancías intervenidas. Art. 13.- Los titulares de los puestos deberán acreditar cuando los inspectores lo requieran: a) El justificante de alta en el IAE o último recibo abonado. b) Autorización Municipal para la venta ambulante. c) Último recibo de pago de la Seguridad Social o TC. d) Factura formalizada de los artículos en venta. e) Hojas de reclamaciones. f) Facturas, talonarios de vales tickets de máquinas registradoras, con la identificación del titular. g) En general, cualquier petición que sea necesaria en la labor inspectora, para garantizar el cumplimiento de esta Ordenanza y demás normativa que sea de aplicación. INFRACCIONES Art. 14.- Las infracciones a lo dispuesto en la presente Ordenanza y demás normas de aplicación, serán sancionadas en cada caso por las Autoridades Competentes, todo ello de acuerdo con la legislación vigente y singularmente, con lo previsto en el capítulo IX y Disposición Final Segunda de la Ley 26/1984, de 19 de julio, General para la Defensa de los Consumidores y usuarios, siendo de aplicación el Real Decreto 1945/83, de 22 de junio, por el que se regulan las infracciones en materia de defensa del consumidor y la producción agroalimentaria, previa instrucción del correspondiente expediente administrativo. En todo caso, el órgano instructor del expediente que proceda, cuando sean detectadas infracciones de índole sanitaria, deberá dar cuenta inmediata de las mismas a las autoridades sanitarias que correspondan. Pág. 67 N.º 231 Jueves, 1 de Diciembre de 2016 Art. 15.- La responsabilidad por la comisión de las infracciones tipificadas en esta Ordenanza, corresponderá a las personas físicas o jurídicas titulares de la autorización. Art. 16.- Las Infracciones se clasifican en leve, graves y muy graves. 1. Son infracciones leves: a. La falta de aseo, higiene y limpieza en vendedores, puestos y utillaje. b. El incumplimiento del horario del mercadillo, c. Colocación de envases, bultos o salientes, fuera del perímetro del puesto. d. No colocación de precios en lugar visible. e. No exhibir la Autorización Municipal de venta ambulante. f. La no tenencia de hojas de reclamaciones a disposición del público, o la omisión del deber de facilitarlas a quien las solicite. g. Carecer del Carné de manipulador de alimentos en caso de ser necesario. h. Ocupar mayor superficie de la autorizada, sin permiso municipal. i. Proferir ruidos, voces o fritos, y el uso de altavoces, salvo casos excepcionales. j. La ocupación de puestos con vehículos, excepto los vendedores que ejerzan su actividad en vehículo o tengan autorización expresa del Ayuntamiento. k. La tenencia de animales. l. Producir discusiones o altercados. m. No dejar la vía pública en perfecto estado de limpieza, una vez finalizado el mercadillo. n. Obstaculizar la entrada o salida de personas a sus viviendas o garajes. o. Cualquier otra acción u omisión que constituya incumplimiento de las disposiciones contenidas en la presente Ordenanza, que no esté tipificada como falta grave o muy grave. 2. Son infracciones graves: a. La venta de productos para los cuales no está autorizado. b. Carecer de facturas o documentos justificantes de la procedencia de la mercancía, incluido el caso de venta de producción propia por el agricultor. c. La instalación del puesto en otro lugar distinto del autorizado. d. Ejercer la venta en lugares, fechas y horarios no autorizados. e. Desconsideración con clientes, otros vendedores o con los Inspectores Municipales, que no constituya falta muy grave. f. La comisión de tres faltas leves en el período de un año. 3. Son infracciones muy graves: a. La falsedad y ocultación de datos en las solicitudes de autorización. b. La instalación de puestos sin autorización o con ella caducada Pág. 68 N.º 231 Jueves, 1 de Diciembre de 2016 c. El ejercicio de la actividad por persona distinta a la autorizada. d. La venta de productos alimenticios en mal estado. e. La venta de productos especialmente prohibidos en el RD 199/2010, de 26 de febrero, con las excepciones contempladas en el mismo. f. Grave desconsideración con clientes, vendedores o Inspectores. g. La comisión de tres faltas graves en un año. SANCIONES Art. 17.- Sin perjuicio de la aplicación, cuando proceda, de la Ley 26/1984, de 9 de julio, General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, en materia de sanciones, se aplicarán las siguientes: 1. Las faltas leves se sancionarán con multa de hasta 100 euros y prohibición de instalar el puesto de 1 a 4 semanas. 2. Las faltas graves se sancionarán con multa desde 101 a 200 euros y la prohibición de instalar el puesto de 5 a 10 semanas. 3. Las faltas muy graves se sancionarán con multa de hasta 500 euros y la prohibición de instalar puesto en la localidad durante dos años Art. 18.- En la graduación de las sanciones se tendrá en cuenta la naturaleza de los productos vendidos, los perjuicios ocasionados, el beneficio obtenido, la intencionalidad, la reiteración y la transcendencia social de la infracción. Art. 19.- Las infracciones previstas en esta Ordenanza prescribirán: Las leves, a los tres meses, las graves al año, las muy graves a los dos años. El plazo de prescripción se computará desde el día en que se hubieran cometido las infracciones. Art. 20.- Los procedimientos para la sanción de las infracciones tipificadas en la presente Ordenanza, se ajustarán a lo previsto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y Real Decreto 1398/93, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del Procedimiento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora. Pág. 69 N.º 231 Jueves, 1 de Diciembre de 2016 DISPOSICIONES ADICIONALES PRIMERA.La presente Ordenanza obliga a todos cuantos ejerzan el comercio en los puestos de venta del mercadillo de Palomero, con independencia de que sean titulares o no del uso de los mismos SEGUNDA.- Se exceptúa de la aplicación de la presente Ordenanza, la venta ambulante realizada en ocasión de las Ferias y fiestas de la localidad, que por sus singulares características. TERCERA: El carné de vendedor ambulante exigido en el art 8 d) de la presente Ordenanza, no será exigido, en tanto en cuanto, no sea puesto en circulación por parte de la Junta de Extremadura. CUARTO.- Los titulares de los puestos pagarán la tasa establecida en la correspondiente ordenanza fiscal una vez aprobada esta DISPOSICIÓN FINAL La presente Ordenanza entrará en vigor y será de aplicación al día siguiente de su publicación íntegra en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres, una vez sea aprobada con carácter definitivo y sean resueltas las reclamaciones, si las hubiere. DISPOSICIÓN DEROGATORIA: Quedan derogados cuantas disposiciones de igual e inferior rango que contradigan lo dispuesto en la presente Ordenanza. En Palomero, 28 de noviembre de 2016 LA ALCALDESA Mª del Puerto Martín Maldonado ORDENANZA FISCAL TASA POR LA VENTA AMBULANTE FUERA DE ESTABLECIMIENTO COMERCIAL PERMANENTE Artículo 1.- El objeto de la presente Ordenanza es la regulación fiscal conforme a ordenanza de gestión de las ventas efectuadas al por menor fuera de establecimientos comerciales permanente y que se realicen en la vía pública, circunscrito a la venta ambulante en el Mercadillo semanal que se viene celebrando, los lunes y viernes en la Plaza Nueva y Avda. Julio Hernández. El establecimiento de la presente Ordenanza tendrá su fundamento en los Arts. 105 y ss. de la Ley 7/1.985 2 de abril, Ley 39/88, de 28 de diciembre, Ley 3/2002 de 9 de mayo de Comercio. Pág. 70 N.º 231 Jueves, 1 de Diciembre de 2016 Artículo 2.- En lo no contemplado por la presente Ordenanza se estará a lo dispuesto en las Ley 3/2002 de 9 de mayo de Comercio. Artículo 3.- El Ayuntamiento de Palomero autoriza el ejercicio de la venta ambulante en el Término Municipal un máximo de dos día a la semana, quedando fijado los Lunes y los Viernes, en horario de 9 a 16 horas. Artículo 4.- Para el otorgamiento de los permisos de venta ambulante por parte de la Corporación Municipal, los comerciantes deberán cumplir los siguientes requisitos: Estar dado de Alta en el Impuesto de Actividades Económicas en el epígrafe que corresponda y encontrarse al corriente del pago. Satisfacer los tributos y arbitrios que señale el Ayuntamiento de Palomero. En el caso de tratarse de extranjeros deberán cumplir las condiciones de permiso de residencia, trabajo y demás señalados por la legislación vigente. Estar dados de alta en el Régimen de la Seguridad Social. Artículo 5.- La autorización municipal concedida por el Ayuntamiento a los solicitantes que cumplan los requisitos del artículo anterior, tendrán carácter discrecional y por consiguiente podrá ser revocada por el Ayuntamiento cuando lo considere conveniente, en atención a las circunstancias que lo motivaron, sin que ello de origen a indemnización o compensación. La licencia municipal deberá ser portada por el vendedor y exhibida en cualquier momento a requerimiento de los Agentes de la Autoridad o trabajadores municipales. Artículo 6.- La autorización municipal para el ejercicio de la venta ambulante tendrá las siguientes características: 1. Ser personal e intransferible. 2. Su periodo de vigencia será determinado en cada caso por el Ayuntamiento. 3. El permiso contendrá las circunstancias personales del vendedor su D.N.I. y domicilio, ámbito del territorio en el que podrá ejercer la venta ambulante, sin que pueda realizarse en otro diferente, las medidas en relación a la fecha y hora de venta así como los productos autorizados. Artículo 7.- La actividad de venta ambulante deberá de realizarse en el puesto o instalación autorizada y desmontable y exclusivamente en las zonas recogidas en el artículo 1 de esta Ordenanza. Pág. 71 N.º 231 Jueves, 1 de Diciembre de 2016 Artículo 9.- Queda determinado el hecho imponible por la utilización de la vía pública para fines de venta al publico, debiendo el Ayuntamiento señalar previamente la ubicación y medidas del puesto, a los efectos de cobro de la tasa correspondiente. Artículo 10.- La tasa a aplicar por la venta ambulante será la siguiente: 1. Por día de venta será por importe de 2 euros. 2. Por mes, que tendrá reserva de puesto, será por importe de 16 euros, la cuota sera reducida a 8 euros cuando solo se reserven los lunes o los viernes del mes correspondiente. Artículo 11.- Las cuotas serán exigibles con carácter previo y se abonaran en las oficinas municipales, en el momento de ser retirada la correspondiente autorización. Artículo 12.- La inspección se llevará a cabo a través de los Servicios Técnicos, velando por el exacto cumplimiento de las presentes normas por parte de los vendedores ambulantes. Los autorizados al ejercicio de la venta ambulante, en cualquiera de sus modalidades deberán dejar limpios de residuos y desperdicios sus respectivos puestos al final de cada jornada. Articulo 13.- El incumplimiento por parte de los vendedores de las Disposiciones de las Ordenanzas de venta ambulante y fiscal, podrá ser sancionado por el Ayuntamiento de Palomero con las multas que se fijan previamente en la ordenanza Artículo 14.- La presente Ordenanza entrará en vigor el mismo día de su publicación en el B.O.P., y deroga cuantas ordenanzas fiscales anteriores hubiese permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación Palomero a 28 de noviembre de 2016. LA ALCALDESA MARIA DEL PUERTO MARTÍN MALDONADO Pág. 72 N.º 231 Jueves, 1 de Diciembre de 2016 Sección I – ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS TALAVÁN BOP-2016-4916 ACUERDO de aprobación inicial del Presupuesto General para el ejercicio de 2017. EDICTO El Pleno de esta Corporación, en sesión celebrada el día 24 de Noviembre de 2016, ha aprobado, inicialmente, el Presupuesto General para el ejercicio de 2017. En cumplimiento de lo dispuesto en el art. 169.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, el expediente completo queda expuesto al público en la Secretaría de esta Entidad, durante las horas de oficina y por plazo de 15 días hábiles, a fin de que los interesados que se señalan en el art. 170 de dicho R.D.L., puedan presentar las reclamaciones que estimen oportunas y por los motivos que se indican en el punto 2º del citado último artículo, ante el Pleno de esta Corporación. En el supuesto de que durante dicho plazo, que comenzará a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, no se produjeran reclamaciones, de conformidad con lo previsto en el art. 169 del predicho R.D.L., el Presupuesto se considerará, definitivamente aprobado, sin necesidad de acuerdo expreso. TALAVÁN a 28 de noviembre de 2016. EL ALCALDE-PRESIDENTE, FRANCISCO MIGUEL DEL BARCO COLLAZOS Pág. 73 N.º 231 Jueves, 1 de Diciembre de 2016 Sección I – ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS TALAVÁN BOP-2016-4917 ACUERDO de aprobación inicial de la Ordenanza fiscal y reguladora del Servicio de Centro Municipal de Educación Infantil . ANUNCIO Aprobada inicialmente la Ordenanza fiscal y reguladora del Servicio de Centro Municipal de Educación Infantil de Talaván mediante acuerdo del pleno en sesión de fecha 24 de noviembre de 2016, se somete a información pública por el plazo de 30 días, a contar desde el día siguiente al de publicación del presente anuncio en este Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres. Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales y formular por escrito las alegaciones que se estimen pertinentes. En Talaván, a 28 de noviembre de 2016. El Alcalde-Presidente, Francisco Miguel del Barco Collazos. Pág. 74 N.º 231 Jueves, 1 de Diciembre de 2016 Sección I – ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS VALDEHÚNCAR BOP-2016-4913 Aprobación Inicial del Expediente de Modificación de Créditos 12/2016. El Pleno del Excmo. Ayuntamiento de Peraleda de la Mata, en sesión ordinaria celebrada el día 29 de noviembre de 2016, acordó la aprobación inicial del expediente de modificación de créditos 12/2016, en la modalidad de transferencia de crédito entre aplicaciones presupuestarias de diferente área de gasto, con el siguiente resumen por capítulos: APLICACIÓN DE GASTOS CON CREDITOS EN BAJA APLICACIÓN DENOMINACION 3321.212 EDIFICIOS Y OTRA CONSTRUCCIONES. REPARACION Y CONSERVACION EQUIPOS PARA PROCESOS DE INFORMACIÓN ORDINARIO NO INVENTARIABLE MATERIAL INFORMÁTICO NO INVENTARIABLE 3321.216 3321.220.00 3321.220.02 IMPORTE DE BAJA -250 -250 -250 -250 APLICACIÓN DE GASTOS CON CREDITOS EN ALTA APLICACIÓN 241.140.00 DENOMINACION APORTACION MUNICIPAL FOMENTO DE EMPLEO IMPORTE DE ALTA 1.000 RESUMEN TOTALES ALTAS EN CREDITOS TOTALES BAJAS EN CREDITOS 1.000 1.000 Pág. 75 N.º 231 Jueves, 1 de Diciembre de 2016 Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.1, por remisión del 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se somete el expediente a exposición pública por el plazo de quince días hábiles a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres, para que los interesados pueden examinarlo y presentar las reclamaciones que estimen oportunas. Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobado definitivamente, sin necesidad de ulterior acuerdo expreso. En Valdehúncar, a 29 de noviembre de 2016. EL ALCALDE, David González Encinas. Pág. 76 N.º 231 Jueves, 1 de Diciembre de 2016 Sección I – ADMINISTRACIÓN LOCAL OTRAS ENTIDADES LOCALES MANCOMUNIDADDE SERVICIOS DE LOS CUATRO LUGARES HINOJAL, SANTIAGO DEL CAMPO Y TALAVÁN BOP-2016-4907 ACUERDO de aprobación inicial del Presupuesto General para el ejercicio de 2017 EDICTO El Pleno de esta Corporación, en sesión celebrada el día 24 de Noviembre de 2016, ha aprobado, inicialmente, el Presupuesto General para el ejercicio de 2017. En cumplimiento de lo dispuesto en el art. 169.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, el expediente completo queda expuesto al público en la Secretaría de esta Entidad, durante las horas de oficina y por plazo de 15 días hábiles, a fin de que los interesados que se señalan en el art. 170 de dicho R.D.L., puedan presentar las reclamaciones que estimen oportunas y por los motivos que se indican en el punto 2º del citado último artículo, ante el Pleno de esta Corporación. En el supuesto de que durante dicho plazo, que comenzará a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, no se produjeran reclamaciones, de conformidad con lo previsto en el art. 169 del predicho R.D.L., el Presupuesto se considerará, definitivamente aprobado, sin necesidad de acuerdo expreso. Santiago del Campo, a 28 de noviembre de 2016. EL PRESIDENTE Samuel Fernández Macarro Pág. 77 N.º 231 Jueves, 1 de Diciembre de 2016 Sección I – ADMINISTRACIÓN LOCAL OTRAS ENTIDADES LOCALES MANCOMUNIDAD INTEGRAL DE MUNICIPIOS VALLE DEL ALAGÓN BOP-2016-4910 RESOLUCIÓN Lista provisional de admitidos y excluidos convocatoria para cubrir Dos Plazas de Monitores Deportivos segunda convocatoria 2016. EDICTO Por Resolución de la Presidencia de fecha 28 de noviembre de 2016, se ha dispuesto lo siguiente: Por Resolución de la Presidencia de fecha 10 de octubre, se aprobó las bases de la (segunda) convocatoria de dos plazas de Monitor Deportivo con las titulaciones exigidas para ello en la Ley 15/2015 de 16 de abril por la que se regula el ejercicio de las profesiones del deporte de Extremadura con destino al Programa de Dinamización Deportiva municipal regulado en el Decreto 211/2013 de 12 de noviembre por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la contratación de dinamizadores deportivos por las Mancomunidades de municipios de Extremadura y convocatoria para el cuatrienio 2014/2017. Disponiéndose la publicación y exposición publica de las bases de la convocatoria en el tablón de anuncios de la Mancomunidad y Boletín Oficial de la Provincia. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes y visto el informe emitido por los servicios administrativos de la Mancomunidad al respecto. Haciendo uso de las atribuciones que me confiere la legislación vigente, en relación con la citada convocatoria. H E R E S U E L T O: Único.- Aprobar la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, y disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, tablón de edictos de la Mancomunidad y página WEB de la misma www.mancomuinidadvalledelalagon.es; concediéndose un plazo de SIETE días naturales, contados a partir de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres a los efectos de subsanación de errores u omisiones así como la presentación de posibles reclamaciones y alegaciones al presente listado. ADMITIDOS Pág. 78 N.º 231 Jueves, 1 de Diciembre de 2016 - ARIAS SÁNCHEZ, ANA JULIANA - BLÁQUEZ SORIA, ZAHARA - CORRALES CREGO, LUIS EDUARDO - GONZÁLEZ CORRALES, JOSE MARIA - GONZÁLEZ MORALES, JUAN FRANCISCO - HERNÁNDEZ CANDELARIO, ANTONIO - MONTERO GATO, ANTONIO - MUÑOZ GIL, RAUL - NÚÑEZ IZQUIERDO, JORGE - PÉREZ GARRIDO CRISTIAN, - RAJA GONZÁLEZ AURORA, - RODRÍGUEZ CLEMENTE EDUARDO, - SÁNCHEZ PANIAGUA, CARLOS - SÁNCHEZ TORÉS ALBERTO, 44401832X 76026417D 76119162H 76115720A 03900463P 44789610P 08889022M 44406617B 76133347N 76137391P 76015080B 76073061D 76126493N 76122354J EXCLUIDOS Ninguno. POZUELO DE ZARZÓN, 28 de noviembre de 2016 Presidente Francisco Javier Antón García Pág. 79 N.º 231 Jueves, 1 de Diciembre de 2016 Sección IV – ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA Juzgado de lo Social nº 1 CÁCERES BOP-2016-4894 SENTENCIA Nº 234 / 2016, Procedimiento Ordinario 237/2016. EDICTO D.ª MARÍA ELENA GONZÁLEZ ESPINOSA, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social nº 1 de CÁCERES, HAGO SABER: Que en el procedimiento PROCEDIMIENTO ORDINARIO 237/2016 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de D. JOSÉ MARÍA PÉREZ RAMOS contra FOGASA, CARKORE S.L. CARKORE SL sobre ORDINARIO, se ha dictado sentencia cuyo encabezamiento y fallo son del siguiente tenor: SENTENCIA Nº 234 / 2016. En la ciudad de Cáceres a 25 de noviembre de 2016. EL ILUSTRÍSIMO SEÑOR DON MARIANO MECERREYES JIMÉNEZ, Magistrado del Juzgado de lo Social nº 1 de Cáceres, ha visto y oído los autos registrados con el número 237 / 2016 y que se siguen sobre RECLAMACIÓN DE CANTIDAD, en los cuales figuran como partes de un lado como demandante JOSÉ MARÍA PÉREZ RAMOS y de otra como demandado CARKORE SL y FOGASA. Comparece solo la parte actora, representada además por el abogado Sr. Corchado López… …FALLO ESTIMANDO la demanda interpuesta por JOSÉ MARÍA PÉREZ RAMOS contra CARKORE SL y en virtud de lo que antecede, condeno al demandado a que pague a la parte actora la suma de 5. 381, 31 EUROS por el concepto principal así como la del 10 % por el concepto de mora. Impongo al condenado el pago de las costas por importe de CIEN EUROS. ABSUELVO AL FOGASA rebus sic stantibus. Pág. 80 N.º 231 Jueves, 1 de Diciembre de 2016 Notifíquese esta sentencia a las partes con instrucción de que la misma no es firme y contra ella puede interponerse recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura en el plazo de CINCO DÍAS HÁBILES, contados a partir del siguiente al de notificación de la sentencia debiendo, de hacerlo la parte demandada, consignar previamente el importe de la condena y 500 EUROS de depósito correspondientes al citado recurso de suplicación en la cuenta del JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 1 DE CÁCERES en el BANCO SANTANDER número 1144 - 000 - 65, denominada " Cuenta de consignaciones y depósitos ", anunciándose el recurso por escrito o mediante comparecencia ante SSª el Letrado de la administración de Justicia de este Juzgado. Quede el original en el libro de sentencias y llévese testimonio del presente a los autos para su constancia y efectos. Así por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en la instancia la pronuncio mando y firmo. Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a CARKORE S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de Cáceres y tablón de anuncios de este Juzgado. Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento. En CACERES, a veinticinco de noviembre de dos mil dieciséis. EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA Pág. 81
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