Firmado digitalmente por CARLOS CARLOS ALBERTO ALBERTO RODRIGUEZ RODRIGUEZ PEREZ (FIRMA) PEREZ (FIRMA) Fecha: 2016.11.18 14:32:35 -06'00' AÑO CXXII La lunes 211° dede noviembre del2016 2016 LaUruca, Uruca,San SanJosé, José,Costa CostaRica, Rica, lunes febrero del Nº 223 — 32 Páginas CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL TERCERA PUBLICACIÓN De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial y para el caso específico los siguientes acuerdos: de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta N° 01-2016 de fecha 04 de mayo de 2016, artículo III y el acuerdo del Consejo Superior en sesión N° 51-16, celebrada el 24 de mayo de 2016, artículo CI; de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta N° 03-2006 de fecha 01 de setiembre del 2006, artículo I y el acuerdo del Consejo Superior en sesión N° 83-06, celebrada el 02 de noviembre del 2006, artículo XLIV, de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta N° 01-2016 de fecha 04 de mayo de 2016, artículo II y el acuerdo del Consejo Superior en sesión N° 51-16, celebrada el 24 de mayo de 2016, artículo XCV; se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que procederá a la destrucción de expedientes civiles de los despachos que a continuación se detallan. Los expedientes se encuentran remesados en el Archivo Judicial. Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso. San José 3 de noviembre del 2016. MBA Dinorah Álvarez Acosta, Subdirectora Ejecutiva Exonerado.—( IN2016086584 ). SEGUNDA PUBLICACIÓN ASUNTO Asueto concedido a los servidores que laboran en las Oficinas Judiciales del cantón de Garabito, Puntarenas. SE HACE SABER: Que las oficinas judiciales del cantón de Garabito, Puntarenas, permanecerán cerradas durante el día ocho de diciembre de dos mil dieciséis, con las salvedades de costumbre, por motivo de la celebración de los festejos patronales de dicho cantón. San José, 15 de noviembre del 2016. Mba. Dinorah Álvarez Acosta, Subdirectora Ejecutiva Exonerado.—( IN2016089078 ). UNA PUBLICACIÓN San José, a las ocho horas del nueve de noviembre del dos mil dieciséis.—De conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 del Reglamento sobre expedientes electrónicos ante el Poder Judicial, se hace saber a las partes de los procesos que se tramitan en el Juzgado Penal del Segundo Circuito Judicial de San José, que al contar con el expediente completamente digitalizado y con los respaldos de seguridad respectivos, se procederá a la destrucción de expedientes en papel que a continuación se detallan. Si alguna parte, tiene interés en que se les entregue los documentos aportados o las actuaciones que se efectuaron, deberá gestionar ante el Juzgado Penal del Segundo Circuito Judicial de San José, en un plazo máximo de treinta días hábiles a partir de esta publicación. En caso de no recibirse manifestación alguna, se procederá con la destrucción y el reciclaje de los expedientes. El listado también puede ser consultado en la página web del Poder Judicial: www.poder-judicial.go.cr. Pág 2 — BOLETIN JUDICIAL Nº 223 CAUSA 08-000259-0612-PE PROCESO CAUSA ESTAFA PROCESO CAUSA CONCUSIÓN 13-000274-1219-PE VENTA DE DROGA, SUSTANCIAS O PRODUCTOS SIN AUTORIZACIÓN 12-000036-0618-PE PECULADO 10-000509-0069-PE FRAUDE INFORMÁTICO 10-003424-0305-PE PECULADO OTROS 10-011820-0042-PE ROBO AGRAVADO 10-202045-0456-PE FALSIFICACIÓN DE DOCUMENTOS PÚBLICOS Y AUTÉNTICOS 13-003067-0648-PE 12-000020-0455-PE 12-000069-0621-PE 14-000247-1092-PE 13-000268-0648-PE CONCUSIÓN Enriquecimiento Ilicito Corrupción Abuso de Autoridad 13-003362-0305-PE 13-003537-0058-PE HOMICIDIO 13-005335-0042-PE CONCUSIÓN DE 12-000120-0622-PE VENTA DE DROGAS 13-007122-0042-PE ABUSO AUTORIDAD ABUSO AUTORIDAD DE 13-010696-0042-PE ABUSO AUTORIDAD DE 12-000121-0615-PE DE 12-000131-0621-PE DIVULGACIÓN SECRETOS 12-000133-0275-PE CONDUCCIÓN TEMERARIA 12-000142-1219-PE 12-200068-0645-PE Cohecho Propio 13-000027-0611-PE Invasión Area Protección 13-000033-0611-PE Invasión en Área de Protección y otros 13-000054-0621-PE Corrupción 13-000325-0076-PE Concusión 13-017150-0042-PE FRAUDE INFORMÁTICO 13-000431-0619-PE ABUSO AUTORIDAD 13-020946-0042-PE EXACCIÓN ILEGAL 13-000817-0175-PE ESTAFA VENTA DE DROGAS 13-024772-0042-PE ESTAFA 13-001347-0283-PE USO FALSO 13-025589-0042-PE ABUSO AUTORIDAD DE 12-000150-0275-PE CONDUCCIÓN TEMERARIA 13-001523-0061-PE ABUSO AUTORIDAD CONCUSIÓN 13-200113-0801-PE ABUSO AUTORIDAD DE 12-000158-0067-PE 13-001683-0175-PE ESTAFA 12-000112-1092-PE DESOBEDIENCIA 12-000117-0275-PE TENTATIVA HOMICIDIO 12-000120-0331-PE CONCUSIÓN DE DE DOCUMENTO DE 12-000159-1219-PE VENTA DE DROGAS 13-200118-0431-PE PREVARICATO 13-002015-0042-PE 12-000195-0175-PE LESIONES CULPOSAS PREVARICATO 13-008684-0042-PE ESTAFA PECULADO 13-019853-0042-PE Transporte de droga 12-000208-0305-PE 12-000210-0175-PE INCUMPLIMIENTO DE DEBERES ROBO AGRAVADO 13-500092-0895-FC PENALIDAD CORRUPTOR 14-000007-0618-PE OCULTAMIENTO DESTRUCCIÓN INFORMACIÓN. ARTÍCULO 219 DEL 13-019920-0042-PE Infracción Ley Procedimientos de Observancia de los Derechos de Propiedad Intelectual. O DE 13-024772-0042-PE Estafa VENTA DE DROGAS 14-000007-1219-PE VENTA DE DROGAS. 13-026367-0042-PE 12-000212-1219-TP DIVULGACIÓN SECRETOS INCUMPLIMIENTO DEBERES 13-201168-0457-PE Incumplimiento deberes 12-000833-0455-PE DEFRAUDACIÓN FISCAL CONTRA 14-000013-0621-PE HACIENDA PECULADO 14-000010-0612-PE PECULADO 12-000833-1092-PE CIRCULACIÓN DE MONEDA FALSA RECIBIDA DE 14-000017-0621-PE BUENA FE INFRACCIÓN GENERAL ADUANAS Y REGLAMENTO 14-000059-0414-PE ABUSO AUTORIDAD 12-000853-0174-TR CONDUCCIÓN TEMERARIA INCUMPLIMIENTO DEBERES 14-001006-0455-PE Abuso de Autoridad 12-000873-1092-PE ABUSO SEXUAL CONTRA PERSONA 14-000024-0618-PE MENOR DE EDAD DEFRAUDACIÓN FISCAL CONTRA 14-002031-0648-PE HACIENDA PÚBLICA DESOBEDIENCIA 12-000877-648-PE APROPIACIÓN RETENCIÓN INDEBIDA ABUSO DE AUTORIDAD TESTIMONIO DE PIEZAS DEL 13-0000260033-TP 14-002678-0058-PE ABUSO AUTORIDAD DE 14-000010-0619-PE 14-000021-0611-PE Y 14-000029-0621-PE DE LEY DE SU 12-000880-1092-PE ROBO SIMPLE 14-000041-1219-PE 12-000918-1092-PE DESOBEDIENCIA 14-000053-0396-PE CONCUSIÓN ROBO AGRAVADO 14-000065-1219-PE 14-200493-0454-PE PECULADO PREVARICATO DE HURTO SIMPLE 14-000071-1219-PE VENTA DE DROGAS 15-000049-0621-PE PREVICARIATO 14-000075-1219-PE VENTA DE DROGAS 15-000066-0621-PE ACEPTACION DADIVAS 12-000953-0275-PE MALTRATO 14-000086-0553-PE PREVARICATO 15-000135-1219-PE Venta de Droga PECULADO 14-000095-1219-PE VENTA DE DROGAS, SUSTANCIAS O PRODUCTOS SIN AUTORIZACIÓN LEGAL 15-000233-0553-PE ABUSO AUTORIDAD DE DE DE 12-000973-1092-PE DESOBEDIENCIA 14-000111-1219-PE VENTA DE DROGAS 15-000294-0414-PE ABUSO AUTORIDAD 12-000980-0612-PE USO DE FALSO DOCUMENTO 14-000113-1219-PE VENTA DE DROGAS 15-000325-0278-PE ABUSO AUTORIDAD 12-000989-0612-PE USO DE FALSO 14-000117-1219-PE DOCUMENTO VENTA DE DROGAS 15-000330-0619-PE Prevaricato 12-000991-0275-PE VIOLACIÓN Documento firmadoABUSO digitalmente AUTORIDAD 10/11/2016 18:24:30 14-000123-1219-PE VENTA DE DROGAS 15-000379-1275-PE Penalidad del Corruptor 14-000124-1219-PE VENTA DE DROGAS 15-000420-0042-PE Hurto Agravado y Robo Agravado DE 12-001005-0305-PE 12-001030-0175-PE INCUMPLIMIENTO MEDIDA DE PROTECCIÓN 14-000143-0648-PE 12-001070-1092-PE INCUMPLIMIENTO MEDIDA DE PROTECCIÓN 14-000156-0331-PE PENALIDAD CORRUPTOR 12-001084-0305-PE RESISTENCIA VENTA DE DROGAS 14-000173-1219-PE DESOBEDIENCIA PREVICARIATO 12-001165-0648-PE APROPIACIÓN RETENCIÓN INDEBIDA DE DE 12-000951-0283-PE PENALIDAD CORRUPTOR PRIVACIÓN DE LIBERTAD APROPIACIÓN Y 12-001320-0061-PE RETENCIÓN INDEBIDA 15-002400-0369-PE Abuso de Autoridad ENRIQUECIMIENTO ILICITO 14-000379-0305-PE 13-003067-0648-PE ABUSO DE APROPIACIÓN Y 15-005202-0042-PE AUTORIDAD RETENCIÓN INDEBIDA 12-003353-0369-PE 13-000019-0033-TP 10-202045-0456-PE APROPIACIÓN Y RETENCIÓN INDEBIDA 15-000492-0990-PE ABUSO AUTORIDAD 15-000537-0332-PE Penalidad del Corruptor 15-000615-1092-PE HURTO SIMPLE 15-000617-0455-PE Incumplimiento Deberes 14-000487-1283-PE 13-003362-0305-PE VENTA DE DROGAS 14-000181-1219-PE VENTA DE DROGAS, SUSTANCIAS O PRODUCTOS SIN AUTORIZACIÓN LEGAL 15-000623-1092-PE 14-000183-1219-PE VENTA DE DROGAS, SUSTANCIAS O PRODUCTOS SIN AUTORIZACIÓN LEGAL 15-000900-0057-PE HURTO SIMPLE 14-000241-1219-PE VENTA DE DROGAS 15-001072-0068-PE DE PENALIDAD CURRUPTOR DEL DE 12-001168-1092-PE HURTO SIMPLE 14-000247-1092-PE SUMINISTRO Y POSESIÓN DE DROGAS, SUSTANCIAS O PRODUCTOS SIN AUTORIZACIÓN LEGAL PARA LA VENTA 15-001232-1283-PE 12-002825-0305-PE PECULADO 14-000272-1219-PE VENTA DE DROGAS, SUSTANCIAS O PRODUCTOS SIN AUTORIZACIÓN LEGAL 15-001400-0057-PE ABUSO AUTORIDAD 13-000006-1292-PE CONCUSIÓN 14-000340-1219-PE VENTA DE DROGAS 15-001660-0648-PE Abuso de Autoridad 13-000008-0611-PE INVASIÓN EN ÁREA 14-000376-0569-PE DE PROTECCIÓN AMENAZAS UNA MUJER 15-001674-0066-PE ABUSO PERSONA DEEDAD CONTRA SEXUAL MAYORES 15-006973-0042-PE 12-022623-0042-PE INCUMPLIMIENTO DE Hurto Agravado DEBERES LEGITIMACION DE CAPITALES Abuso de Autoridad 15-013016-0042-PE 12-200068-0645-PE Robo Agravado Cohecho Propio 13-000035-1219-PE 12-000120-0622-PE SOBORNO 14-000565-0060-PE VENTA DE DROGAS 13-007122-0042-PE PECULADO ABUSO AUTORIDAD 12-000121-0615-PE 13-000039-0611-PE ABUSO DE INVASIÓN EN ÁREA AUTORIDAD 13-010696-0042-PE 14-000646-0648-PE DE PROTECCIÓN ABUSO DE APROPIACIÓN Y AUTORIDAD INDEBIDA 15-018037-0042-PE 13-000325-0076-PE RETENCIÓN Alteración Concusión Características FRAUDE INFORMÁTICO ABUSO DE 13-000431-0619-PE 15-023422-0042-PE AUTORIDAD EXACCIÓN ILEGAL 13-000817-0175-PE PECULADO 15-026987-0042-PE ESTAFA ABUSOS SEXUALES 13-001347-0283-PE PERSONAS MAYORES ABUSO DE DE EDAD 15-028091-0042-PE 13-001523-0061-PE AUTORIDAD ABUSO DE AUTORIDAD ABUSO DE AUTORIDAD ESTAFA Abuso de Autoridad USO DOCUMENTO FALSO ABUSO DE ABUSO DE AUTORIDAD AUTORIDAD ABUSO AUTORIDAD PENALIDAD CORRUPTOR PREVARICATO 15-200097-0630-PE 13-002015-0042-PE ESTAFA ABUSO FRAUDE AUTORIDAD INFORMATICO 13-008684-0042-PE ESTAFA 15-200234-0630-PE 13-019853-0042-PE 16-000002-1218-PE Abuso de Autoridad Transporte de droga PECULADO 16-000002-1219-PE Venta de Drogas, Sustancias o Productos sin Autorización Legal 16-000008-0621-PE USO DOCUMENTO FALSO Y FALSEDAD IDEOLOGICA 16-000015-0455-PE DAÑOS Y ABUSO DE AUTORIDAD DIVULGACIÓN DE INCUMPLIMIENTO 12-000131-0621-PE SECRETOS DE MEDIDA DE 13-000047-0635-VD Documento firmadoPROTECCIÓN digitalmente CONDUCCIÓN 12-000133-0275-PE TEMERARIA 10/11/2016 18:24:30 13-000048-0621-PE PREVARICATO 13-017150-0042-PE 14-001006-0455-PE 13-020946-0042-PE 14-001497-0369-PE 12-000142-1219-PE VENTA DE DROGAS 13-024772-0042-PE 13-000054-0621-PE 12-000150-0275-PE CONDUCCIÓN CORRUPCIÓN TEMERARIA 14-002228-0994-PE 13-025589-0042-PE VENTA DE DROGA, SUSTANCIAS O 13-200113-0801-PE CONCUSIÓN PRODUCTOS SIN 14-002619-0305-PE AUTORIZACIÓN VENTA DE DROGAS 13-200118-0431-PE 13-200799-0431-PE 14-007577-0042-PE 13-201112-0431-PE 14-010609-0042-PE PREVARICATO ABUSO AUTORIDAD PECULADO CONCUSIÓN DE 15-017113-0042-PE 13-000054-0621-PE Invasión Area Protección ABUSO AUTORIDAD Invasión en Área Protección y otros ABUSO AUTORIDAD Corrupción de DE de DE de DE DEL DE 13-001683-0175-PE DE 13-000065-1219-PE VENTA DE DROGA, SUSTANCIAS O PRODUCTOS SIN 14-014171-0042-PE AUTORIZACIÓN SIMULACIÓN DELITO Y OTRO 13-000068-0621-PE ENRIQUECIMIENTO ILICITO 14-023708-0042-PE ROBO AGRAVADO 13-000070-0621-PE NEGOCIACIONES INCOMPATIBLES Y 15-000379-1275-PE OTROS PENALIDAD CORRUPTOR 13-000075-0619-PE ABUSO AUTORIDAD 15-000420-0042-PE HURTO AGRAVADO Y ROBO AGRAVADO 16-000016-1219-PE VENTA DE DROGAS ROBO AGRAVADO 15-000537-0332-PE PENALIDAD CORRUPTOR DEL 13-000075-1092-PE 16-000018-0621-PE Falsedad Ideológica TRANSPORTE DROGA DE 15-026987-0042-PE ABUSO AUTORIDAD DE 13-000077-0071-PE 16-000020-1218-PE Corrupción de Funcionarios Públicos ABUSO AUTORIDAD DE 13-000082-0277-PE 16-000002-1219-PE VENTA DE DROGAS, SUSTANCIAS O PRODUCTOS SIN AUTORIZACIÓN LEGAL 16-000034-0382-PE PECULADO DE DE DEL 13-000085-0621-PE PECULADO 16-000020-1218-PE CORRUPCIÓN FUNCIONARIOS PÚBLICOS 16-000036-1219-PE VENTA DE DROGAS 13-000091-0061-PE PECULADO 16-000049-1218-PE CORRUPCIÓN 16-000049-1218-PE Corrupción 13-000099-1219-PE VENTA DE DROGA, SUSTANCIAS O PRODUCTOS SIN 16-000324-1220-TP AUTORIZACIÓN ESTAFA 16-000074-1218-PE ADMINISTRACION FRAUDULENTA 13-000100-1219-PE SECUESTRO EXTORSIVO 16-011487-0042-PE AVERIGUAR MUERTE 16-000256-0636-PE CONTRABANDO 13-000101-0621-PE PECULADO 06-000526-0065-PE CONCISIÓN 16-000304-0059-PE DE ABUSO AUTORIDAD Estafa DE 13-000104-0621-PE INCUMPLIMIENTO DE DEBERES 06-000684-0175-PE ABUSOS SEXUALES PERSONAS MENORES DE EDAD E 16-000324-1220-TP INCAPACES 13-000107-0175-PE INCUMPLIMIENTO DE DEBERES 06-010332-0042-PE VIOLACIÓN DE LA CUSTODIA DE COSAS 16-000387-1092-PE Incumplimiento medida de protección 13-000107-0621-PE INCUMPLIMIENTO DE DEBERES 06-200373-0396PE PECULADO 16-000417-0277-PE ATIPICO 13-000112-1219-PE VENTA DE DROGA, SUSTANCIAS O PRODUCTOS SIN 07-200869-0454-PE AUTORIZACIÓN FALSEDAD IDEOLOGICA 16-000484-0277-PE ABUSO AUTORIDAD 13-000119-0621-PE PECULADO DEFRAUDACION FISCAL 16-000602-0455-PE CONTRABANDO 13-000125-1219-PE VENTA DE DROGA, SUSTANCIAS O PRODUCTOS SIN 08-000697-0369-PE AUTORIZACIÓN PECULADO 16-000603-1092-PE HURTO SIMPLE 13-000133-1219-PE VENTA DE DROGA, SUSTANCIAS O PRODUCTOS SIN AUTORIZACIÓN 09-015663-0648-PE ROBO AGRAVADO 16-001092-0305-PE Abuso de Autoridad 13-000137-1219-PE VENTA DE DROGA, SUSTANCIAS O PRODUCTOS SIN 09-015663-0648-PE AUTORIZACIÓN ROBO AGRAVADO 16-004606-0042-PE INCUMPLIMIENTO DE DEBERES 13-000142-1219-PE VENTA DE DROGA, SUSTANCIAS O PRODUCTOS SIN 11-000138-0621-PE AUTORIZACIÓN FALSEDAD DECLARACIÓN JURADA 16-005074-0042-PE Abuso de Autoridad 13-000158-0612-PE PECULADO ATIPICO 16-011487-0042-PE Averiguar Muerte 13-000169-1219-PE VENTA DE DROGA, SUSTANCIAS O PRODUCTOS SIN 11-000705-0636-PE AUTORIZACIÓN PECULADO 16-015497-0042-PE HOMICIDIO CULPOSOS 13-000181-0069-PE ABUSO AUTORIDAD 11-001125-0612-PE FRAUDE INFORMATICO 16-017822-0042-PE AVERIGUAR MUERTE 11-022357-0042-PE FALSIFICACIÓN DOCUMENTOS PÚBLICOS AUTÉNTICOS 16-020504-0042-PE AVERIGUAR MUERTE 16-020955-0042-PE AVERIGUAR MUERTE 08-000002-0618-PE 11-000621-0674-VD DE DE Y ESTAFA 13-000215-0623-PE VENTA DE DROGA, SUSTANCIAS O PRODUCTOS SIN 11-200446-0472-PE AUTORIZACIÓN CONCUSIÓN 13-000261-1092-PE ROBO AGRAVADO INVASION EN AREA DE CONSERVACION 13-000265-1219-PE VENTA DE DROGA, SUSTANCIAS O PRODUCTOS SIN 12-000020-0455-PE AUTORIZACIÓN 12-000010-0611-PE MALVERSACION DE DE 13-000215-0068-PE Concusión ABUSO AUTORIDAD ABUSO ASUNTOS DE OTROS AUTORIDAD PENALIDAD DEL OCULTAMIENTO O CORRUPTOR / HURTO DESTRUCCIÓN DE SIMPLE INFORMACIÓN HOMICIDIO 13-000027-0611-PE FRAUDE EN LA 15-013787-0042-PE ENTREGA DE COSAS CONCUSIÓN 13-000033-0611-PE 12-000117-0275-PE de Y VENTA DE DROGA, 14-000469-0673-NA 13-003174-0042-PE ABUSO DE AUTORIDAD Enriquecimiento Ilicito 13-000033-0611-PE 12-000120-0331-PE DE DEL 14-000175-1219-PE DEL 13-002924-0042-PE 15-001660-0648-PE 12-000069-0621-PE TENTATIVA DE INVASIÓN EN ÁREA HOMICIDIO 13-003537-0058-PE DE PROTECCIÓN Y 14-000532-0612-PE OTROS CONCUSIÓN 13-005335-0042-PE DE Inf.Ley Depósito Libre de Golfito 12-000940-1092-PE 12-001149-0455-PE 14-000377-0648-PE de VENTA DE DROGAS, SUSTANCIAS O PRODUCTOS SIN AUTORIZACIÓN LEGAL 15-000029-0618-PE TRAFICO INFLUENCIAS 12-001109-0369-PE AMENAZAS CONTRA APROPIACIÓN Y 15-001674-0066-PE UNA MUJER RETENCIÓN INDEBIDA 12-000986-0612-PE INVASIÓN EN ÁREA PECULADO DE PROTECCIÓN Y OTROS VENTA DE DROGA, SUSTANCIAS O ROBO AGRAVADO PRODUCTOS SIN AUTORIZACIÓN FALSIFICACIÓN DE DOCUMENTOS DE ABUSO PÚBLICOS Y AUTORIDAD AUTÉNTICOS ABUSO DE AUTORIDAD PECULADO ABUSO DE AUTORIDAD, LESIONES LEVES DESOBEDIENCIA DE VENTA DE DROGAS, SUSTANCIAS O PRODUCTOS SIN AUTORIZACIÓN LEGAL 14-003042-0057-PE 12-001087-1092-PE 14-000376-0569-PE 13-002603-0648-PE Abuso de Autoridad Corrupción ABUSO SEXUAL PERSONA MAYORES DEEDAD PATROCINIO INFIEL LESIONES DEFRAUDACIÓN CULPOSAS CONTRA Documento firmadoFISCAL digitalmente 13-000061-0618-PE HACIENDA PÚBLICA 10/11/2016 18:24:30VENTA DE DROGAS 12-000204-1219-PE 13-000065-0832-PE PECULADO 12-000211-1219-PE 12-000965-369-PE VENTA DE DROGAS CONCUSIÓN 13-000060-1219-PE 12-000159-1219-PE INCUMPLIMIENTO DE DEBERES 12-000939-1092-PE 14-000340-1219-PE 13-000325-0076-PE 12-000195-0175-PE 13-200799-0431-PE Documento firmado digitalmente 10/11/2016 18:24:30VENTA DE DROGAS 13-201112-0431-PE 12-000204-1219-PE DEL 14-000272-1219-PE 13-000274-1219-PE 12-000158-0067-PE FRAUDE INFORMATICO Malversación FRAUDE CONCUSIÓN INFORMÁTICO 13-000030-0382-PE 12-000112-1092-PE de PENALIDAD PROCESO CURRUPTOR PECULADO PECULADO 13-000029-0042-PE 12-000006-0612-PE Abuso de Autoridad 12-000020-0455-PE 13-000006-1292-PE 10-000509-0069-PE 10-011820-0042-PE 12-022623-0042-PE CAUSA 12-002825-0305-PE 10-000054-0829-PE 13-000013-1219-PE INCUMPLIMIENTO DE DEBERES PROCESO DE VENTA VENTA DE DE DROGAS, DROGA, SUSTANCIAS O SUSTANCIAS O PRODUCTOS SIN PRODUCTOS SIN AUTORIZACIÓN AUTORIZACIÓN LEGAL 15-001400-0057-PE 12-000036-0618-PE 13-000008-0611-PE 10-003424-0305-PE DE O DE ABUSO AUTORIDAD 15-001072-0068-PE ESTAFA PRIVACIÓN LIBERTAD DE VENTA DE DROGAS HURTO SIMPLE CAUSA 13-002924-0042-PE OCULTAMIENTO DESTRUCCIÓN INFORMACIÓN 14-000241-1219-PE 08-000259-0612-PE PATROCINIO INFIEL ABUSO AUTORIDAD PECULADO Concusión Y 12-001168-1092-PE 13-002603-0648-PE APROPIACIÓN Y RETENCIÓN INDEBIDA 12-003353-0369-PE PRODUCTOS SIN AUTORIZACIÓN LEGAL 15-000900-0057-PE Malversación APROPIACIÓN Y RETENCIÓN INDEBIDA 12-000986-0612-PE 12-001320-0061-PE 14-000183-1219-PE PROCESO CONCUSIÓN 13-003174-0042-PE 12-000006-0612-PE 12-001165-0648-PE APROPIACIÓN RETENCIÓN INDEBIDA DEL SUMINISTRO Y POSESIÓN DE DROGAS, SUSTANCIAS O PRODUCTOS SIN AUTORIZACIÓN LEGAL PROCESO CAUSA PARA LA VENTA 15-001232-1283-PE 13-000325-0076-PE Y PENALIDAD CORRUPTOR Lunes 21 de noviembre del 2016 13-000268-0648-PE 10-000054-0829-PE 12-001149-0455-PE Publíquese por una vez en el Boletín Judicial. Comuníquese, 09 de noviembre del 2016. MBA. Dinorah Alvarez Acosta, 1 vez.—( 2016088368 ) Subdirectora Ejecutiva Lunes 21 de noviembre del 2016 PRIMERA PUBLICACIÓN De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 01-2015, celebrada el 12 de agosto del 2015, artículo V y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión Nº 79-15, celebrada el 03 de setiembre del 2015, artículo XCI, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Documentación Administrativa del año 1993 al 2015 del Juzgado Agrario del II Circuito Judicial de la Zona Atlántica. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho. Remesa: A 10 L 93 Expedientes:4 Agendas:27 Ampos:15 Libros:12 Carpetas:69 Año:1993-2015 Asunto: Documentación Administrativa: 27 Agendas (1 agenda personal Lic. Sergio Ramos A. año 2003. 1 agenda año 2006. 2 agendas año 2007. 3 agendas año 2008. 3 agendas año 2009. 3 agendas año 2010. 3 agendas año 2011. 3 agendas año 2012. 4 agendas año 2013. 2 agendas año 2014. 2 agendas año 2015). 15 Ampos (1 ampo de actas de notificación y 1 ampo de recepción de documentos año 2009. 2 ampos de actas de notificación y 1 ampo de recepción de documentos año 2010. 1 ampo de actas de notificación 2011. 2 ampos de circulares período 2003-2009. 1 ampo de correo certificado período 2009-2011. 1 ampo copiadores de sentencia período 2007-2008. 1 ampo de registro de asistencia período 2007-2008. 1 ampo de registro de asistencia período 2009-2010. 1 ampo de registro de asistencia período 2011-2012. 1 ampo de registro de asistencia período 2013-2014. 1 ampo de comprobantes de solicitud de expedientes período 2009-2014). 4 Expedientes de Quejas declaradas sin lugar, desestimadas, archivadas o rechazadas de plano del año 1998 (1 expediente disciplinario declarado sin lugar Virgita Molina Sánchez. 1 expediente disciplinario declarado sin lugar José Salazar Monge. 1 expediente disciplinario declarado sin lugar Maringen González Alfaro. 1 expediente disciplinario declarado sin lugar Grettel Arce Rivera). 12 Libros varios (1 libro de normas declaradas inconstitucionales y 1 libro de circulares año 1997. 1 libro de circulares año 1998. 1 libro de circulares año 1999. 1 revista judicial año 2003. 1 libro de informe de labores año 2004. 1 libro de informe de labores y 1 libro P.A.O año 2006. 1 libro de informe de labores y 1 revista judicial año 2007. 1 libro P.A.O. año 2008. 1 libro P.A.E. año 2010). 69 Carpetas (1 carpeta de actas de notificación año 2006. 1 carpeta de actas de notificación período 2006-2007. 1 carpeta de actas de notificación período 2007-2008. 2 carpetas de actas de notificación año 2008. 3 carpetas de circulares período 20022009. 1 carpeta de control de correo certificado período 2008-2009. 2 carpeta de control de correo certificado período 2012-2013. 3 carpetas de control de vacaciones período 2001-2014. 4 carpetas de copiadores de sentencia año 2006. 4 carpeta de copiadores de sentencia año 2007. 4 carpeta de copiadores de sentencia año 2008. 3 carpetas de nombramientos de personal período 1997-2011. 40 carpetas de documentos administrativos varios período 1993-2012). BOLETIN JUDICIAL Nº 223 — Pág 3 Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso. Publíquese por tres veces en el Boletín Judicial. San José, 9 de noviembre de 2016. MBA. Dinorah Álvarez Acosta Subdirectora Ejecutiva Exonerado.—( IN2016088395 ). De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 01-2015 de fecha 12 de agosto del 2015, artículo XI y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión Nº 79-15 celebrada el 03 de setiembre del 2015, artículo LXXIX, de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 01-2014, celebrada el 14 de marzo del 2014, artículo VIII, y la aprobación del Consejo Superior en Sesión Nº 47-2014, del 21 de mayo del 2014, artículo XXXI, de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 01-2016 de fecha 04 de mayo de 2016, artículo II y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión N° 51-16 celebrada el 24 de mayo de 2016, artículo XCV, de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 01-2016 de fecha 04 de mayo de 2016, artículo III y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión N° 51-16 celebrada el 24 de mayo de 2016, artículo CI, de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 03-2006 de fecha 01 de setiembre del 2006, artículo I y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión N° 73-06 celebrada el 28 de setiembre del 2006, artículo LIII, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación expedientes en Faltas y Contravenciones del año 2003 a 2013, expedientes de Pensiones del año 2005 a 2013, expedientes laborales del año 2009 a 2013 y expedientes civiles del año 1995 a 2010 y expedientes de Tránsito del año 2001 a 2005 del Juzgado Contravencional de Corredores. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho. Faltas y Contravenciones Remesa: G 29 P 03 Expedientes:5 Paquetes:1 Año:2003 Asunto: Faltas y contravenciones (Condenatorias) Remesa: G 26 P 04 Expedientes:14 Paquetes:1 Año:2004 Asunto: Faltas y contravenciones (archivado y condenatoria). Remesa: G 21 P 05 Expedientes:6 Paquetes:1 Año:2005 Asunto: Faltas y contravenciones (condenatoria). Remesa: G 18 P 06 Expedientes:74 Paquetes:1 Año:2006 Asunto: Faltas y contravenciones (archivado, condenatoria, absolutoria, prescripción) Remesa: G 18 P 07 Expedientes:7 Paquetes:1 Año:2007 Asunto: Faltas y contravenciones (archivo, condenatoria) Pág 4 — BOLETIN JUDICIAL Nº 223 Remesa: Lunes 21 de noviembre del 2016 G 11 P 08 Expedientes:17 Paquetes: 1 Año:2008 Asunto: Faltas y contravenciones (archivado, condenatoria) Remesa: G 8 P 09 Expedientes:670 Paquetes:8 Año:2009 Asunto: Faltas y contravenciones (archivo, condenatoria, desestimación, absolutoria) Remesa: G 7 P 10 Expedientes:607 Paquetes:7 Año:2010 Asunto: Faltas y contravenciones (archivo, condenatoria, desestimación, absolutoria) Remesa: G 8 P 11 Expedientes:698 Paquetes:8 Año:2011 Asunto: Faltas y contravenciones (archivo, condenatoria, desestimación, absolutoria) Remesa: G 6 P 12 Expedientes:770 Paquetes:9 Año:2012 Asunto: Faltas y contravenciones (archivo, desestimación, absolutoria) Remesa: G 4 P 13 Expedientes:572 Paquetes:6 Año:2013 Asunto: Faltas y contravenciones (archivo, desestimación, absolutoria) Pensión Alimentaria Remesa: Q 11 P 05 Expedientes:1 Paquetes:1 Año:2005 Asunto: 1 demanda de pensión alimentaria (sin sentencia) Remesa: Q 10 P 07 Expedientes:1 Paquetes:1 Año:2007 Asunto: 1 consignación voluntaria (sin sentencia) Remesa: Q 10 P 08 Expedientes:1 Paquetes:1 Año:2008 Asunto: 1 demanda de pensión alimentaria (sin sentencia) Remesa: Q 7 P 09 Expedientes:109 Paquetes:5 Año:2009 Asunto: 107 demanda de pensión alimentaria, 2 consignación de pensión alimentaria (sin sentencia, abandonados) Remesa: Q 5 P 10 Expedientes:118 Paquetes:5 Año:2010 Asunto: Pensión Alimentaria: 108 demanda de pensión alimentaria, 10 consignación de pensión alimentaria (sin sentencia, abandonado) Remesa: Q 5 P 11 Expedientes:91 Paquetes:4 Año:2011 Asunto: Pensión Alimentaria: 83 demanda de pensión alimentaria, 8 consignación de pensión alimentaria (sin sentencia, abandonado). Remesa: Q 3 P 12 Expedientes:87 Paquetes:4 Año:2012 Asunto: Pensión Alimentaria: 76 demanda de pensión alimentaria, 11 consignación voluntaria (sin sentencia, abandonado) Remesa: Q 3 P 13 Expedientes:60 Paquetes:3 Año:2013 Asunto: Pensión Alimentaria: 51 demanda de pensión alimentaria, 9 consignación alimentaria (sin sentencia, abandonado). Tránsito Remesa: W 1 P 01 Expedientes:1 Paquetes:1 Año:2001 Asunto: Expedientes de tránsito: 1 colisión (resolución de archivo) Remesa: W 3 P 02 Expedientes:474 Paquetes:9 Año:2002 Asunto: Expedientes de tránsito: 158 apelación de parte, 248 colisión, 45 se salió de la vía, 13 atropello, 5 vuelco, 2 daños, 3 infracción ley de tránsito (sentencia, auto sentencia y resolución de archivo) Remesa: W 3 P 03 Expedientes:354 Paquetes:3 Año:2003 Asunto: Expedientes de tránsito: 79 apelación de parte, 216 colisión, 33 se salió de la vía, 10 atropello, 7 vuelco, 4 infracción de tránsito, 3 derrape, 2 denuncia (sin sentencia, auto sentencia y resolución de archivo) Remesa: W 3 P 04 Expedientes:334 Paquetes:3 Año:2004 Asunto: Expedientes de tránsito: 101 apelación de parte, 169 colisión, 48 se salió de la vía, 11 atropello, 2 infracción de tránsito, 1 derrapo, 1 daño, 1 daño a la propiedad (sentencia, auto sentencia y resolución de archivo) Remesa: W 2 P 05 Expedientes:192 Paquetes:1 Año:2005 Asunto: Expedientes de tránsito: 16 apelación de parte, 127 colisión, 28 se salió de la vía, 5 atropello, 3 vuelco, 8 denuncia, 4 infracción a la ley de tránsito, 1 lesiones (sentencia, auto sentencia y resolución de archivo) Civil Remesa: C 48 P 95 Expedientes:1 Paquetes:1 Año:1995 Asunto: 1 ejecutivo simple (abandonado) Lunes 21 de noviembre del 2016 Remesa: C 33 P 98 Expedientes:1 Paquetes:1 Año:1998 Asunto: 1 ejecutivo simple (archivado por arreglo extrajudicial) Remesa: C 39 P 99 Expedientes:3 Paquetes:1 Año:1999 Asunto: 3 ejecutivo simple (archivado por arreglo extrajudicial) Remesa: C 25 P 00 Expedientes:1 Paquetes:1 Año:2000 Asunto: 1 ejecutivo simple (archivado por arreglo extrajudicial) Remesa: C 23 P 01 Expedientes:1 Paquetes:1 Año:2001 Asunto: 1 ejecutivo simple (archivado por arreglo extrajudicial) Remesa: C 20 P 02 Expedientes:4 Paquetes:1 Año:2002 Asunto: 4 ejecutivo simple (archivado por arreglo extrajudicial) Remesa: C 19 P 03 Expedientes:5 Paquetes:1 Año:2003 Asunto: 5 ejecutivo simple (archivado por arreglo extrajudicial) Remesa: C 18 P 04 Expedientes:1 Paquetes:1 Año:2004 Asunto: 1 ejecutivo simple (archivado por arreglo extrajudicial). Remesa: C 16 P 05 Expedientes:5 Paquetes:1 Año:2005 Asunto: 5 ejecutivo simple (archivado por arreglo extrajudicial) Remesa: C 14 P 06 Expedientes:271 Paquetes:5 Año:2006 Asunto: 7 desahucio, 3 consignación de alquiler, 261 ejecutivo simple (fenecidos con deserción, abandonado y archivo por arreglo extrajudicial) Remesa: C 13 P 07 Expedientes:156 Paquetes:3 Año:2007 Asunto: 7 desahucio, 2 consignación de alquiler, 147 ejecutivo simple (fenecidos con deserción, abandonado y archivo por arreglo extrajudicial). Remesa: C 12 P 08 Expedientes:74 Paquetes:2 Año:2008 BOLETIN JUDICIAL Nº 223 — Pág 5 Asunto: 14 desahucio, 2 consignación de alquiler, 58 ejecutivo simple (fenecidos con deserción, abandonado y archivo por arreglo extrajudicial) Remesa: C 8 P 09 Expedientes:14 Paquetes:1 Año:2009 Asunto: 11 desahucio, 3 consignación de alquiler Remesa: C 8 P 10 Expedientes:9 Paquetes:1 Año:2010 Asunto: 2 desahucio, 7 consignación de alquiler Laboral Remesa: L 13 P 09 Expedientes:26 Paquetes:1 Año:2009 Asunto: 17 Infracción a la ley constitutiva de la Caja Costarricense de Seguro Social, 7 consignación de trabajador fallecido, 2 infracción a la ley de trabajo y seguridad (terminados y abandonados) Remesa: L 12 P 10 Expedientes:22 Paquetes:1 Año:2010 Asunto: 20 infracción a la ley constitutiva de la Caja Costarricense de Seguro Social, 2 consignación de trabajador fallecido (terminados y abandonados) Remesa: L 12 P 11 Expedientes:32 Paquetes:1 Año:2011 Asunto: 18 infracción a la ley constitutiva de la Caja Costarricense de Seguro Social, 5 consignación de trabajador fallecido, 9 infracción de trabajador y seguridad social (terminados y abandonados) Remesa: L 9 P 12 Expedientes:16 Paquetes:1 Año:2012 Asunto: 11 infracción a la ley constitutiva de la Caja Costarricense de Seguro Social, 5 consignación de trabajador fallecido, infracción de trabajador y seguridad social (terminados y abandonados) Remesa: L 8 P 13 Expedientes:4 Paquetes:1 Año:2013 Asunto: 2 infracción a la ley constitutiva de la Caja Costarricense de Seguro Social, 2 consignación de trabajador fallecido (terminados y abandonados). Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso. Publíquese por tres veces en el Boletín Judicial. San José, 9 de noviembre de 2016. MBA. Dinorah Álvarez Acosta Subdirectora Ejecutiva Exonerado.—( IN2016088396 ). De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 01-2016 de fecha 04 de mayo de 2016, artículo II y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión N° Pág 6 — BOLETIN JUDICIAL Nº 223 Lunes 21 de noviembre del 2016 51-16 celebrada el 24 de mayo de 2016, artículo XCV, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general que se procederá a la eliminación de Expedientes de Familia del año 2008 al 2012 del Juzgado de Familia del II Circuito Judicial de la Zona Atlántica. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho. Remesa: F 4 L 08 Expedientes:250 Paquetes:09 Año:2008 Asunto: Familia Varios: 62 abreviados de divorcio: 13 sin lugar, 15 desiertos, 11 inadmisible, 23 sin sentencia, 21 régimen de visitas: 5 sin lugar, 6 desiertos, 2 abandono, 3 sin sentencia y 5 inadmisibles, 11 reconocimiento de hijo mujer casada: 6 sin lugar, 5 abandono, 22 Investigación de paternidad: 10 sin sentencia, 2 inadmisibles y 10 abandono, 20 divorcios mutuos: 01 sin lugar, 7 sin sentencia y 12 abandono, 3 Deposito Judicial: 01 abandono, 2 inadmisibles, 01 tutela en abandono, 03 Afirmación de Paternidad, 02 sin sentencia, 01 abandono, 05 medidas de protección con sentencia, 06 Separación Judicial: 04 desiertos y 02 sin sentencia, 20 Impugnaciones: 06 sin sentencia, 03 deserción, 11 inadmisibles, 12 modificación patria potestad, 4 sin lugar, 01 desierto, 01 abandono, 01 inadmisible, 05 sin sentencia, 11 impugnación de paternidad, 03 desiertos, 06 sin sentencia, 02 inadmisible, 23 unión de hecho: 01 sin lugar, 07 inadmisibles, 08 desierto, 07 sin sentencia, 19 Utilidad y Necesidad: 03 sin lugar, 07 con lugar, 07 abandono y 02 sin sentencia, 06 Insania: 02 con lugar, 02 sin lugar y 02 sin sentencia, 05 Patria Potestad: 01 sin lugar, 02 inadmisible, 02 sin sentencia. Remesa: F 3 L 09 Expediente:208 Paquetes:07 Año2009 Asunto: Familia Varios: 20 Divorcios mutuos: 02 sin lugar, 01 sin sentencia y 17 abandono, 07 Insania: 04 con lugar, 01 abandono, 01 sin sentencia, 01 sin lugar, 04 Deposito Judicial Menor: 02 sin sentencia, 02 abandono, 13 Modificación de Guarda Crianza, 02 sin sentencia, 06 sin lugar, 03 deserción, 02 inadmisible, 03 Declaratoria Hijo Extramatrimonial: 01 archivo y 02 sin lugar, 06 Ordinarios: 04 sin sentencia, 01 desierto, 01 sin lugar, 05 Impugnación de Paternidad: 04 abandono, 01 inadmisible, 11 Investigación de Paternidad, 01 Inadmisible, 10 abandono, 08 Reconocimiento de Hijo Mujer Casada: 05 sin lugar, 03 abandono, 16 Reconocimiento Unión de Hecho: 05 sin sentencia, 02 desierto, 04 inadmisible y 05 sin lugar, 01 Tutela sin sentencia, 06 Separación Judicial: 01 inadmisible, 02 deserción, 03 sin sentencia, 07 Medidas de Protección: 05 con sentencia y 02 abandono, 05 Liquidación de bienes gananciales: 01 desierto, 02 sin lugar, 02 inadmisible, 08 Reconocimiento Hijo mujer casada: 05 sin lugar, 03 abandono, 17 Diligencia de Utilidad y Necesidad: 01 sin sentencia, 10 con lugar, 06 en abandono, 15 Régimen de Visitas: 07 abandono, 02 inadmisible, 03 sin lugar, 01 sin sentencia, 02 deserción, 51 Abreviado de Divorcios: 10 sin lugar, 19 desiertos, 10 inadmisibles, 12 sin sentencia, 05 Suspensión Patria Potestad: 01 Inadmisible, 01 sin sentencia y 03 con lugar. Remesa: F 1 L 10 Expedientes:213 Paquetes:7 Año:2010 Asunto: Familia Varios: 08 Reconocimiento Hijo Mujer Casada: 01 sin lugar, 05 abandono, 01 inadmisible, 01 sin sentencia, 25 Modificación Guarda Crianza: 04 sin lugar, 08 desierto, 01abandono, 02 inadmisible y 10 sin sentencia, 22 Divorcios Mutuos: 04 sin sentencia y 18 abandono, 13 Medidas de Protección: 04 abandono, 09 con resolución final, 05 Insania: 03 con lugar, 02 abandono, 02 Adopción con abandono, 05 Separación Judicial: 01 sin lugar, 01 sin sentencia, 02 inadmisible, 01 desierto, 02 Declaratoria Hijos Extramatrimonial con abandono, 02 Impugnación de Reconocimiento: 01 inadmisible y un abandono, 06 impugnación de Paternidad: 04 inadmisibles, 02 abandono, 22 Reconocimiento Unión de Hecho: 10 inadmisible, 03 desierto, 04 sin sentencia, 05 sin lugar, 09 Investigación de Paternidad: 03 sin sentencia, 03 abandono, 03 inadmisible, 45 Abreviado de Divorcio: 06 sin lugar, 17 desierto, 11 inadmisible, 11 sin sentencia, 12 Utilidad y Necesidad: 04 sin lugar, 08 sin sentencia, 16 Régimen de visitas, 01 Deposito Menores en abandono, 01 Tutela en abandono, 01 Suspensión Patria Potestad en abandono, 16 Régimen de visitas: 02 sin lugar, 08 desierto, 03 archivo, 01 terminado, 01 inadmisible, 01 homologue. Remesa: F 1 L 11 Expedientes:152 Paquetes:5 Año:2011 Asunto: Familia Varios: 15 Régimen de visitas: 02 sin lugar, 07 sin sentencia, 03 abandono y 03 desierto, 22 divorcio mutuo: 01 sin lugar, 02 sin sentencia, 19 abandono, 37 abreviado de divorcio: 04 sin lugar, 18 desierto, 09 inadmisible, 06 sin sentencia, 02 Declaratoria Extramatrimonial con Investigación de Paternidad con abandono 07. Liquidación anticipada de bienes, 03 sin sentencia, 02 desierto, 02 inadmisible, Reconocimiento de hijo de Mujer Casada con Abandono, 10 Investigación de Paternidad: 02 sin sentencia, 03 Inadmisible, 05 abandono, 16 Reconocimiento Unión de Hecho: 08 desierto, 03 inadmisible, 02 sin lugar, 03 sin sentencia, 09 Impugnación de Paternidad: 04 abandono, 03 inadmisible, 02 desierto, 02 Autorización de Salida del País de menor con lugar, 03 Medidas de Protección Judiciales: 03 sin sentencia, 01 Declaratoria de Abandono en abandono, 05 Depósito Judicial de Menor: 04 sin sentencia, 01 sin lugar, 01 Separación Judicial sin sentencia, 02 suspensión Patria Potestad: 01 inadmisible, 01 abandono, 01 impugnación de reconocimiento con sentencia, 05 Insania: 03 abandono, 02 sin sentencia, 12 Modificación de Guarda Crianza y Educación: 05 sin sentencia, 01 inadmisible, 04 desierto, 01 abandono, 01 sin lugar, 01 curatela en abandono. Remesa: F 1 L 12 Expedientes:154 Paquetes:7 Año:2012 Asunto: Familia Varios: 16 Divorcios Mutuos: 04 sin sentencia, 12 abandono, 22 Régimen de Visitas: 04 sin lugar, 05 abandono, 9 desierto, 01 inadmisible, 03 sin sentencia, 41 Abreviados de divorcio: 07 sin lugar, 17 desiertos, 09 inadmisible, 08 sin sentencia, 01 Curatela sin sentencia, 04 Suspensión de Patria Potestad: 01 desierto, 02 inadmisible, 01 abandono, 04 Medidas de Protección Judiciales sin sentencia, 09 Impugnación de Paternidad: 01 inadmisible, 06 desierto, 02 abandono, 06 Sumario de Diligencia de Utilidad y Necesidad: 01 sin sentencia, 05 abandono, 04 Separación Judicial: 02 desierto, 02 sin sentencia, 08 Deposito Judicial sin Sentencia, 01 Declaratoria Lunes 21 de noviembre del 2016 de Extramatrimonial sin Sentencia, 02 Insania: 01 sin sentencia, 01 abandono, 04 Liquidación Anticipada de Bienes: 01 inadmisible, 01 abandono, 02 sin sentencia, 01 Conflicto Autoridad Parental desierto, 03 Reconocimiento Hijo Mujer Casada: 02 abandono, 01 sin lugar, 10 Investigación de Paternidad: 03 abandono, 07 sin sentencia, 08 Reconocimiento Unión de Hecho: 05 sin sentencia, 01 desierto, 02 inadmisible, 10 Modificación Guarda Crianza y Educación: 05 desierto, 04 sin sentencia, 01 Inadmisible. Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso. Publíquese por tres veces en el Boletín Judicial. San José, 9 de noviembre de 2016. MBA. Dinorah Álvarez Acosta Subdirectora Ejecutiva Exonerado.—( IN2016088397 ). De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta N° 03-2006 de fecha 01 de setiembre del 2006, artículo I y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión N° 73-06 celebrada el 28 de setiembre del 2006, artículo LIII, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general que se procederá a la eliminación de Expedientes Laborales del año 2011 al 2014 del Juzgado Trabajo de I Circuito Judicial de la Zona Atlántica. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho. Remesa: L 9 L 11 Expedientes:14 Paquetes:1 Año:2011 Asunto: Laboral: 14 Consignación de prestaciones. Remesa: L 9 L 12 Expedientes:30 Paquetes:1 Año:2012 Asunto: Laboral: Disolución de Cooperativas 1, Conmutación 19, diligencias de trabajador 10. Remesa: L 7 L 13 Expedientes:24 Paquetes:1 Año:2013 Asunto: Laboral: Conmutación rentas 14, Consignaciones de prestaciones 10. Remesa: L 3 L 14 Expedientes:19 Paquetes:1 Año:2014 Asunto: Laboral: Conmutación rentas 19. Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso. San José, 9 de noviembre de 2016. MBA. Dinorah Álvarez Acosta, Exonerado.—( IN2016088398 ). Subdirectora Ejecutiva De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta N° 01-2016 de fecha 04 de mayo BOLETIN JUDICIAL Nº 223 — Pág 7 de 2016, artículo II y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión N° 51-16 celebrada el 24 de mayo de 2016, artículo XCV, de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta N° 01-2009 de fecha 26 de febrero del 2009, artículo I y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión N° 58-09, celebrada el 02 de junio del 2009, artículo LV, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general que se procederá a la eliminación de Expedientes de Violencia Doméstica del año 2006 al 2010 y Expedientes de Penal Juvenil del año 1990 a 1994 y de 2000 a 2010 de del Juzgado de Familia, Violencia Doméstica y Penal Juvenil de Golfito, Zona Sur. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho. Violencia Doméstica Remesa: V 12 P 06 Expedientes:204 Paquetes:5 Año:2006 Asunto: Violencia Doméstica. Remesa: V 12 P 07 Expedientes:726 Paquetes:9 Año:2007 Asunto: Violencia Doméstica. Remesa: V 11 P 08 Expedientes:632 Paquetes:8 Año:2008 Asunto: Violencia Doméstica. Remesa: V 9 P 09 Expedientes:709 Paquetes:9 Año:2009 Asunto: Violencia Doméstica. Remesa: V 8 P 10 Expedientes:696 Paquetes:8 Año:2010 Asunto: Violencia Doméstica. Penal Juvenil Remesa: T 4 P 90 Expedientes:18 Paquetes:1 Año:1990 Asunto: Varios Penal Juvenil: (2 No comparecencia como testigo, 1 agresión e irrespeto a la autoridad, 1 resistencia, 1 hurto simple, 1 lesiones leves, 1 lesiones graves, 2 robo simple, Expedientes con sentencias de desestimación definitivo firmes. 1 daños, 1 usurpación de dominio público, 1 amenazas, 1 desacato a la autoridad, 1 resistencia a la autoridad, 1 hurto, 1 robo, 1 hurto simple, Expedientes con sentencias de absolutoria definitivo firmes.1 robo simple Expedientes con sentencias de sobreseimiento definitivo firmes. Remesa: T 4 P 91 Expedientes:16 Paquetes:1 Año:1991 Asunto: Varios Penal Juvenil: (4 hurto menor, 1 homicidio calificado y robo agravado, 1 resistencia agravada, 1 falta de respeto a la autoridad, 1 usurpación de dominio público, 1 hurto simple, 2 hurto agravados, 1 lesiones Levísimas, 1 pelea dual. Expedientes con sentencias de sobreseimiento definitivo firmes. 2 lesiones, 1 homicidio calificado y robo agravado. Expedientes con sentencias de absolutoria definitivo firmes. Pág 8 — BOLETIN JUDICIAL Nº 223 Lunes 21 de noviembre del 2016 Remesa: T 4 P 92 Expedientes:17 Paquetes:1 Año:1992 Asunto: Varios Penal Juvenil: (1 violación, 1 receptación, 1 obstrucción a la vía pública, 1 provocación a riña, 1 robo agravado, 1 palabras obscenas, 1 daño, 1 irrespeto a la autoridad, 1 pelea dual, 1 escándalo Expedientes con sentencias de sobreseimiento definitivo firmes, 1 lesiones, palabras obscenas, lesiones levísimas, 1 daño, 1 amenazas, 1 robo simple, 1 agresión, 1 tenencia de marihuana. Expedientes con sentencias de absolutoria definitivo firmes, 1 lesiones culposas Expedientes con sentencias de desestimación definitivo firmes. Remesa: T 4 P 93 Expedientes:18 Paquetes:1 Año:1993 Asunto: Varios Penal Juvenil: (1 golpes y daños a menores, 1 lesiones levísimas, 1 consumo de marihuana, 1 hurto, 1 violación, 3 hurtos agravados, 1 irrespeto a la autoridad, 2 hurto menor. Expedientes con sentencias de sobreseimiento definitivo firmes, 1 golpes, 1 amenazas y palabras obscenas, 1 falta de respeto, 1 tenencia de marihuana, 2 robos, Expedientes con sentencias de absolutoria definitivo firmes, 1 daños Expedientes con sentencias de desestimación definitivo firmes. Remesa: T 4 P 94 Expedientes:51 Paquetes:2 Año:1994 Asunto: Varios Penal Juvenil: (2 infracción de apropiación y retención indebida, 1 suministro de marihuana y consumo de marihuana, 1 robo, 1 lesiones culposas, 1 tentativa de robo simple con violencia sobre las personas, 2 robo agravados, 1 receptación, 1 receptación y resistencia simple de concurso material, 1 receptación de cosas procedencia sospechosa, 1 hurto agravado de mayor cuantía, 1 hurto simple, 1 hurto, 5 hurto menor, 1 escándalo y riña en vía pública, 1 intento de suicidio, 1 violación, 1 resistencia a la autoridad y tumultos, desordenes y perturbación pública, 1 agresión con arma,1 infracción a la ley de tránsito, 1 riña y falta de respeto a la autoridad pública, 1 provocación a riña, perturbación publica y desobediencia a la autoridad, 1 falta de respeto, 3 irrespeto a la autoridad, 2 riña en vía pública, 2 lanzamiento de piedra. Expedientes con sentencias de sobreseimiento definitivo firmes, 1 expedido de bebidas alcohólicas a menores de edad, 1 infracción a ley de licores, 1 lesiones, 1 tentativa de homicidios simple, 1 actos obscenos, 2 perturbación a la tranquilidad de los vecinos, 1 infracción a la ley de psicotrópicos, 1 robo agravado, 1 violación, 1 hurto, 1 provocación a riña y golpes, 2 palabras obscenas, 1 falta de respeto, 1 irrespeto a la autoridad Expedientes con sentencias de absolutoria definitivo firmes. Remesa: T 8 P 00 Expedientes:72 Paquetes:3 Año:2000 Asunto: Varios Penal Juvenil: (13 Infracción a la ley de tránsito, 2 abusos sexual contra menor de edad, 2 tentativa de homicidio, 2 agresión con arma, 2 desordenes,1 participación de riña,1 resistencia a orden de retirarse de un establecimiento público y falta de respeto a la autoridad, 1 estafa,1 violación, 1 hurto agravado,1 acontecimiento a una mujer en estado de embriaguez, 1 acontecimiento de mujer embarazada, 1 robo agravado, 1 robo simple con fuerza sobre las cosas, 1 hurto menor, 1 hurto, 1 hurto agravado, 1 participación en riña, 1 resistencia al orden, 1 estafa, 1 violación Expedientes con sentencias de sobreseimiento definitivo firmes. 2 tenencia de droga, 2 daños, 3 agresión con arma, 2 irrespeto a la autoridad, 2 tenencia de arma, 2 lesiones culposas, 2 uso de billete falso, 1 amenazas, golpes y daños, 2 violación de domicilio, 2 hurto, 2 tentativa de suicidio, 2 palabras obscenas, golpes y daños, 2 infracción ley derecho de autor, 2 hurto menor, 1 amenazas, golpes y daños, 1 robo, 1 robo simple con fuerza sobre las cosas, 1 robo con fuerza sobre las cosas, 1 daños menores, Expedientes con sentencias de desestimación definitivo firmes, 1 abuso sexual a persona menor de edad,1 abuso sexual, Expedientes con sentencias de absolutoria definitivo firmes. Remesa: T 5 P 01 Expedientes:59 Paquetes:2 Año:2001 Asunto: Varios Penal Juvenil: (1 tenencia de droga, 2 robo agravado, 2 robo simple, 1 hurto, 2 agresión con arma, 9 infracción a la ley de tránsito, 2 robo, 2 amenazas y golpes, 1 golpes, 1 palabras obscenas, 1 palabras irrespetuosas y daños a menores, 1 daños menores y amenazas, 1 desordenes, 1 riña, 1 amenazas personales palabras y actos obscenos, 1 usurpación, 1 contrabando, 1 estupro, 1 desaparición, 1 falso testimonio, 1 portación ilegal de arma y tentativa de robo simple, 1 portación de arma permitida, 1 lesiones, 1 lesiones graves, 1 lesiones leves. Expedientes con sentencias de sobreseimiento definitivo firmes, 2 tenencia de droga, 3 robo agravado, 1 robo simple, 1 hurto, 2 daños, 1 golpes, 1 acoso sexual, 1 perturbar la tranquilidad de los vecinos, 1 violación de domicilio, 1 amenazas, 1 arrebato, 1 hurto agravado, 1 hurto simple, 1 lesiones, 1 lesiones culposas, Expedientes con sentencias de desestimación definitivo firmes, 1 receptación, 1 abuso deshonesto, Expedientes con sentencias de absolutoria definitivo firmes. Remesa: T 5 P 02 Expedientes:76 Paquetes:3 Año:2002 Asunto: Varios Penal Juvenil: (27 infracción a la ley de tránsito, 2 irrespeto a la autoridad, 3 portación ilegal de armas, 1 robo simple, 3 amenazas, 1 hurto agravado, 3 palabras obscenas, 2 desobediencia, 1 lesiones leves, 1 lesiones levísimas, 1 entrada a predio ajeno, 1 violación de domicilio, Expedientes con sentencias de sobreseimiento definitivo firmes, 2 infracción a la ley de tránsito, 1 portación ilegal de armas, 2 robos, 2 robos agravados, 9 tenencia de mariguana, 2 robo simple, 2 atípicos, 2 infracción a la ley de armas, 1 hurto agravado, 2 lesiones culposas, 1 lesiones leves, 1 infracción a la ley de armas, 1 portación de arma, 1 lesiones, 1 lesiones gravísimas, Expedientes con sentencias de desestimación definitivo firmes. Remesa: T 4 P 03 Expedientes:71 Paquetes:3 Año:2003 Lunes 21 de noviembre del 2016 Varios Penal Juvenil: (16 infracción ley de tránsito, 2 lesiones culposas, 2 irrespeto a la autoridad, 2 escándalo en la vía pública, 1 daños, 4 palabras obscenas, 2 golpes, 2 lesiones, 1 amenazas, 1 hurto simple en tentativa, 1 portación ilegitima de arma permitida, 1 lesiones leves, 1 palabras obscenas, 1 lesiones, 1 participación en riña, 1 caza ilegal, 1 hurto, 1 receptación, 1 amenazas, actos obscenos, 1 amenazas y palabras obscenas Expedientes con sentencias de sobreseimiento definitivo firmes, 1 irrespeto a la autoridad, 4 robo simple, 3 daños, 5 tenencia de droga, 8 infracción ley de psicotrópicos, 1 palabras obscenas, 2 tenencia de marihuana, 1 lesiones, 1 apropiación irregular, 1 violación, Expedientes con sentencias de desestimación definitivo firmes,1 agresión con arma, Expedientes con sentencias de absolutoria definitivo firmes. Remesa: T 3 P 04 Expedientes:70 Paquetes:3 Año:2004 Asunto: Varios Penal Juvenil: (5 lesiones, 3 daños, 14 infracción a la ley de tránsito, 5 palabras obscenas, 2 agresión con arma, 3 amenazas, 2 hurto, 1 infracción de armas, 1 amenazas y palabras irrespetuosas,1 alteración al orden público, 1 crueldad con animales, 1 actos obscenos, 1 daño a menores, Expedientes con sentencias de sobreseimiento definitivo firmes, 1 lesiones, 2 contravenciones, 2 daños, 2 agresión con arma, 2 robo, 2 robo simple, 2 usurpación, 3 hurto, 2 infracción a la ley de armas, 2 atípicos, 6 infracción a la ley de psicotrópicos, 1 daños a menores,1 querella, 1 abuso deshonesto, 1 sustracción de menor Expedientes con sentencias de desestimación definitivo firmes. Remesa: T 1 P 05 Expedientes:18 Paquetes:1 Año:2005 Asunto: Varios Penal Juvenil: 1 reconocimiento de unión de hecho (inadmisible), 3 divorcio por mutuo consentimiento (abandonado), 3 utilidad y necesidad (sin lugar, con lugar), 7 abreviado de divorcio (con sentencia, sin sentencia, inadmisible, abandonado), 1 régimen de visitas (con lugar), 1 confesión fuera de juicio (sin lugar), 1 abreviado de suspensión patria potestad (sin lugar), 1 celebración de matrimonio (no celebrados). Remesa: T 1 P 06 Expedientes:17 Paquetes:1 Año:2006 Asunto: Varios Penal Juvenil: 2 abreviado de divorcio (abandonado), 1 régimen de visitas ( sin lugar), 1 diligencias de utilidad y necesidad ( con lugar), 1 abreviado de separación judicial y liquidación anticipada de bienes gananciales ( abandonado), 5 abreviado de divorcio ( inadmisible, sin lugar, desierto), 1 guarda crianza y educación ( sin lugar), 3 confesión fuera de juicio ( abandonado), 1 reconocimiento de hijo de mujer casada ( sin lugar), 2 reconocimiento de unión de hecho (inadmisible, con sentencia sin lugar). Remesa: T 1 P 07 Expedientes:23 Paquetes:1 Año:2007 Asunto: Varios Penal Juvenil: 4 diligencias de utilidad y BOLETIN JUDICIAL Nº 223 — Pág 9 necesidad (sin lugar, con lugar), 1 proceso especial de fijación (desierto), 3 reconocimiento de unión de hecho (con sentencia sin lugar, desierto, inadmisible), 2 reconocimiento de hijo de mujer casada (sentencia sin lugar, abandonado), 3 proceso de separación judicial ( sin lugar, desierto, abandonado), 1 solicitud de allanamiento ( con resolución), 2 pruebas anticipadas de confesión (sin resolución), 1 depósito judicial de menor de edad ( sin lugar), 1 guarda crianza y educación ( sin lugar), 2 divorcio mutuo acuerdo (abandonados), 3 abreviado de divorcio ( sin lugar). Asunto: Remesa: T 1 P 08 Expedientes:20 Paquetes:1 Año:2008 Asunto: Varios Penal Juvenil: 1 régimen de visitas (sin lugar), 1 divorcio por mutuo acuerdo (abandonado), 1 reconocimiento de hijo de mujer casada (sentencia sin lugar), 3 separación judicial (sin lugar), 3 diligencias de utilidad y necesidad ( sin lugar, con lugar), 1 reconocimiento de unión de hecho (con sentencia sin lugar), 1 impugnación de paternidad (abandonado), 5 abreviado de divorcio ( desierto, sin lugar, inadmisible, abandonado), 4 especial de fijación (abandonado, inadmisible). Remesa: T 1 P 09 Expedientes:16 Paquetes:1 Año:2009 Asunto: Varios Penal Juvenil: 12 abreviado de divorcio (desierto, inadmisible, abandonado, sin lugar), 1 separación judicial (desierto), 1 modificación guarda crianza y educación (sin lugar), 1 divorcio por mutuo acuerdo (abandonado), 1 investigación de paternidad (abandonado). Remesa: T 1 P 10 Expedientes:3 Paquetes:1 Año:2010 Asunto: Varios Penal Juvenil: 1 autorización de salida de país (abandonado), 1 reconocimiento de hijo de mujer casada (sin lugar), 1 diligencias de utilidad y necesidad (sin lugar). Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso. San José, 9 de noviembre del 2016. MBA. Dinorah Álvarez Acosta, Exonerado.—( IN2016088399 ). Subdirectora Ejecutiva De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 01-2007, celebrada el 20 de abril del 2007, artículo VIII, y la aprobación del Consejo Superior en Sesión Nº 35-07, del 15 de mayo del 2007, artículo XLVIII. De la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 01-2015, celebrada el 12 de agosto del 2015, artículo V y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión Nº 79-15, celebrada el 03 de setiembre del 2015, artículo XCI, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Expedientes Psicosociales y Psicológicos del año 1998 al 2014 y Documentación Administrativa del año 2004 al 2014 de la Oficina de Trabajo Social y Psicología de Heredia. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho. Pág 10 — BOLETIN JUDICIAL Nº 223 Lunes 21 de noviembre del 2016 Remesa: A 13 H 98 Expedientes:7400 Agendas:57 Ampos:11 Libros:13 Paquetes:70 Año: 1998 al 2014 Asunto: Documentación administrativa: 10 Paquetes con 57 agendas judiciales (2011-2014), 13 libros de conocimiento (2011-2012), 2 Ampos de circulares (2004 -2008), 5 Ampos de correspondencia ( 20052007), 1 Ampo de control de solicitudes (2004 – 2008), 3 Ampos de reportes y registros (2004 – 2014). 60 Paquetes con 7400 Expedientes sociales, psicológicos y psicosociales (1998 al 2014). Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso. Publíquese por tres veces en el Boletín Judicial. San José, 9 de noviembre de 2016. MBA. Dinorah Álvarez Acosta, Subdirectora Ejecutiva Exonerado.—( IN2016088400 ). De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 01-2014 de fecha 14 de marzo del 2014, artículo IX y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión N° 34-14, celebrada el 22 de abril del 2014, artículo L, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Expedientes Penales del año 1997, 2004 y 2007 al 2012 del Juzgado Penal de Cartago. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho. Remesa: P 40 C 97 Expedientes:01 Paquetes1 Año:1997 Asunto: Expedientes Penales: 01 Simulación de Fraude. Expediente con sobreseimiento definitivo firme. Remesa: P 15 C 04 Expedientes:02 Paquetes1 Año:2004 Asunto: Expedientes Penales: 01 Robo simple, 01 Abuso autoridad. Expediente con sobreseimiento definitivo firme. Remesa: P 14 C 07 Expedientes:02 Paquetes1 Año:2007 Asunto: Expedientes Penales: 01 Agresión con armas, 01 Resistencia a la autoridad Expediente con sobreseimiento definitivo firme. Remesa: P 17 C 08 Expedientes:02 Paquetes1 Año:2008 Asunto: Expedientes Penales: 01 Agresión con armas, 01 Incumplimiento a una medida de protección. Expediente con sobreseimiento definitivo firme. Remesa: P 24 C 09 Expedientes:21 Paquetes1 Año:2009 Asunto: Expedientes Penales: 01 Agresión con armas, 01 Hurto agravado (tentativa), 02 Conducción temeraria, 10 Hurto simple, 02 Incumplimiento al deber alimentario, 01 Infracción al código de minería, 02 Falsificación señas y marcas, 01 Desobediencia, 01 Lesiones graves. Expediente con sobreseimiento definitivo firme. Remesa: P 25 C 10 Expedientes:34 Paquetes1 Año:2010 Asunto: Expedientes Penales: 05 Agresión con armas, 01 Infracción ley forestal, 03 Conducción temeraria, 01 Hurto simple, 01 Infracción al código de minería, 01 Privación de libertad sin ánimo de lucro, 03 Lesiones culposas, 01 Amenazas personales, 01 Simulación delito, 03 Daños, 01 Lesiones leves, 01 Robo simple, 01 Apropiación y retención indebida, 01 Amenazas funcionario público, 09 Lesiones Culposas, 01 Abuso a la autoridad. Expediente con sobreseimiento definitivo firme. Remesa: P 23 C 11 Expedientes:61 Paquetes1 Año:2011 Asunto: Expedientes Penales: 09 Agresión con armas, 03 Hurto Agravado, 01 Calumnias, 01 Infracción Ley Forestal, 05 Conducción temeraria, 01 Hurto simple, 01 Portación arma ilícita permitida, 01 Incumplimiento al deber alimentario, 01 Privación de libertad sin ánimo de lucro, 06 Lesiones culposas, 02 Falsificación señas y marcas, 03 Daños, 03 Incumplimiento medida protección, 01 Amenazas agravadas, 05 Lesiones leves, 02 Desobediencia, 04 Robo simple, 01 Infracción ley general de salud, 01 Resistencia agravada, 01 Usurpación, 01 Incumplimiento ó abuso patria potestad, 01 Robo tentativa, 04 Apropiación y retención indebida, 01 Estafa, 01 Ocultación de impedimento, Resistencia, 01 Apropiación irregular. Expediente con sobreseimiento definitivo firme. Remesa: P 24 C 12 Expedientes:454 Paquetes5 Año:2012 Asunto: Expedientes Penales: 46 Agresión con armas, 02 Resistencia a la autoridad, 05 Infracción ley forestal, 21 Conducción temeraria, 54 Hurto simple, 01 Infracción vida silvestre, 10 Portación arma ilícita permitida, 02 Incumplimiento al deber alimentario, 01 Privación de libertad sin ánimo de lucro, 28 Lesiones culposas, 02 Falsificación señas y marcas, 76 Daños, 08 Hurto agravado, 61 Incumplimiento medida protección, 06 Amenazas agravadas, 11 Lesiones leves, 03 Desobediencia, 19 Robo simple, 02 Usurpación, 01 Accionamiento de arma, 01 Incumplimiento ó abuso patria potestad, 11 Violación domicilio, 03 Agresión calificada, 02 Tenencia y portación arma prohibida, 03 Robo simple tentativa, 15 Apropiación y retención indebida, 05 Receptación, 02 Amenaza a funcionario público, 04 Tentativa robo agravado, 01 Tentativa estafa, 12 Desobediencia, 01 Daños agravados, 03 Maltrato y ofensas, 09 Amenazas a mujer, 02 Tenencia de drogas, 02 Atípicos, 01 Robo simple tentativa, 03 Robo agravado, 01 Lesiones levísimas, 01 Circulación moneda falsa, 01 Presencia menores lugares no autorizados, 02 Hurto, 02 Estafa, 04 Maltrato, 02 Libramiento cheque sin fondo, 01 Lesiones graves, 01 Violación de sellos. Expediente con sobreseimiento definitivo firme. Lunes 21 de noviembre del 2016 Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso. Publíquese por tres veces en el Boletín Judicial. San José, 9 de noviembre de 2016. MBA. Dinorah Álvarez Acosta Subdirectora Ejecutiva Exonerado.—( IN2016088401 ). DIRECCIÓN DE GESTIÓN HUMANA DEL PODER JUDICIAL UNIDAD DE RECLUTAMIENTO CONCURSO Nº 020-2016 La Dirección de Gestión Humana, con el fin de nombrar en propiedad un puesto vacante, invita a las personas interesadas a participar en el concurso por antecedentes para la siguiente clase de puesto: JEFE DEL DEPARTAMENTO DE PRENSA Y COMUNICACIÓN ORGANIZACIONAL Forma de participar, requisitos y otros detalles del concurso se pueden acceder en las siguientes direcciones electrónicas: Internet: http://sitios.poder-judicial.go.cr/personal/concursos. htm Intranet: http://sjoint01/personal/concursos.htm Periodo de inscripción: Inicia: 21 de noviembre 2016 Finaliza: 02 de diciembre 2016 Horario de atención al público: 7:30 a. m. a 12:00 m. d. y de 1:00 p. m. a 4:30 p. m. Fecha de publicación: 21 de noviembre 2016. Krissia Rojas Quirós.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016087823 ). TRIBUNALES DE TRABAJO Causahabientes Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Francisco Vargas Castillo, fallecido el 23 de octubre del 2016, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el número 16-000033-1485-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 16-000033-1485-LA. Por a favor de Francisco Vargas Castillo.—Juzgado Contravencional y Menor Cuantía de Palmares (Materia Laboral), 08 de noviembre del 2016.—Licda. Adriana Soto González, Jueza.—1 vez.— Exonerado.—( IN2016088374 ). A los causahabientes de quien en vida se llamó José Manuel Quirós Alvarado, quien laboraba en el Hospital Max Peralta, domicilio Paraíso de Cartago, barrio la Soledad, 80 mts. al norte de la escuela Eugenio Corrales, cédula de identidad N° 0302840838, se les hace saber que Guiselle Granados Coto, cédula de identidad N° 0107880541, domicilio: Paraíso de Cartago, Barrio La Soledad, 80 mts. al norte de la escuela Eugenio Corrales, se apersonó en este Despacho en calidad de cónyuge del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de Consignación de Prestaciones. Por ello se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este despacho en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido José Manuel Quirós Alvarado. Expediente N° 16-000779-0641-LA.—Juzgado de Trabajo de Cartago, 26 de octubre del 2016.—Licda. Kattia Auxiliadora Sequeira Muñoz, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016088385 ). BOLETIN JUDICIAL Nº 223 — Pág 11 Se cita y emplaza a todos los causahabientes del pensionado fallecido Miguel Ángel Rivas Sevilla, quien fue mayor de edad, casado, costarricense, nativo de San Pablo de Nicoya, Guanacaste, el día catorce de mayo de mil novecientos treinta y tres, vecino del Jardín de Jicaral, portó la cédula de identidad número cinco-cero cero sesenta y siete-cero seiscientos treinta y tres, (5-0067-0633), persona que hace el reclamo de lo concerniente al aguinaldo 2016, de pensión Invalidez Vejez y Muerte, que se encuentran en la Caja Costarricense de Seguro Social, y falleció el cinco de octubre del dos mil dieciséis, para que comparezcan ante este Despacho, dentro del plazo de ocho días, contados a partir de la publicación de este edicto, en defensa de sus derechos, apercibidos de que si así no lo hiciere, los dineros que se depositaren, pasarán a quien legalmente corresponda. Artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 16-300027-0435-LA. Diligencias de devolución de Trabajador Fallecido del señor Miguel Ángel Rivas Sevilla, promovido por Cecilia Sirias Alvarado c.c. Sicinia Sirias Alvarado.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Jicaral, 11 de noviembre del 2016.—Licda. Esther Orias Obando, Jueza.—1 vez.— Exonerado.—( IN2016088394 ). ADMINISTRACIÓN JUDICIAL Remates SEGUNDA PUBLICACIÓN En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes prendarios, a las diez horas y cero minutos del dieciocho de enero de dos mil diecisiete, y con la base de once mil ochocientos ochenta y un dólares con cuarenta y siete centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas: BFG728, marca: JAC, categoría: automóvil, Vin: LJ12FKS29D4503098, color: blanco, año: 2013. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del dos de febrero de dos mil diecisiete, con la base de ocho mil novecientos once dólares con diez centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del diecisiete de febrero de dos mil diecisiete con la base de dos mil novecientos setenta dólares con treinta y seis centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se consigna que el tipo de cambio a utilizar será el correspondiente al día en que se realice la almoneda, según lo establezca el Banco de Costa Rica. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de MB Créditos Sociedad Anónima contra Kemdry Ariel Villegas Araya, expediente Nº 16-003362-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 31 de octubre del 2016.—Licda. Marcela Brenes Piedra, Jueza.—( IN2016088811 ). En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes prendarios, a las catorce horas (02:00 p.m.) del nueve de enero de dos mil diecisiete, y con la base de veinticuatro mil setecientos sesenta y siete dólares con sesenta y seis centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas: CL-269614, marca: Mitsubishi, año: 2013, color: blanco, serie: MMBJNKB40CD049650, cilindrada 2477CC, estilo: L200 Sportero. Para el segundo remate se señalan las catorce horas (02:00 p.m.) del veintisiete de enero de dos mil diecisiete, con la base de dieciocho mil quinientos setenta y cinco dólares con setenta y cuatro centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas (02:00 p.m.) del trece de febrero de dos mil diecisiete con la base de seis mil ciento noventa y un dólares con noventa y un centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de MB Créditos Sociedad Anónima contra Rónald Gerardo Montiel Araya, expediente Nº 16-001841-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 04 de noviembre del 2016.—Licda. Karina Quesada Blanco, Jueza.—( IN2016088812 ). En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando plazo de convalidación (rectificación de medida) bajo las citas 2014 00232893 01 0004 001; a las diez horas y treinta minutos del diecinueve de enero de dos mil diecisiete, y con la base de un millón treinta y un mil doscientos Pág 12 — BOLETIN JUDICIAL Nº 223 Lunes 21 de noviembre del 2016 cincuenta dólares exactos , en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número sesenta y un mil setecientos tres cero cero cero la cual es terreno de pastos y montes con una casa. Situada en el distrito 01 Guácima, cantón 01 Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Construactual S. A. y Los Reyes S. A.; al sur, calle pública con quince metros; al este, Tajo La Guácima S. A., y al oeste, Construactual S. A., Mopt. Mide: Ciento veintidós mil ochocientos setenta y cinco metros con cero decímetros cuadrados. Plano A-1765011-2014. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del tres de febrero de dos mil diecisiete, con la base de setecientos setenta y tres mil cuatrocientos treinta y siete dólares con cincuenta centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del veinte de febrero de dos mil diecisiete con la base de doscientos cincuenta y siete mil ochocientos doce dólares con cincuenta centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de tres-ciento uno-seiscientos setenta mil novecientos treinta y dos S. A. contra Construactual S. A, CM Proyecto B S. A. Exp. N° 16-003687-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José.—26 de setiembre del 2016.—Licda. Melania Jiménez Vargas, Jueza.—( IN2016088815 ). En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las dieciséis horas y cero minutos del catorce de diciembre de dos mil dieciséis -4:00 p.m. 14/12/2016, y con la base de siete mil cincuenta y nueve dólares con siete centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas: 750721, marca: Mazda, categoría: automóvil, Vin: JM3ER293580183077, año: 2008, color: azul, cilindrada: 2260 c.c. Para el segundo remate se señalan las dieciséis horas y cero minutos del veinte de enero de dos mil diecisiete -4:00 p.m. 20/01/2017-, con la base de cinco mil doscientos noventa y cuatro dólares con treinta centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las dieciséis horas y cero minutos del seis de febrero de dos mil diecisiete -4:00 p.m. 06/02/2017- con la base de mil setecientos sesenta y cuatro dólares con setenta y seis centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: en caso de que existan postores el día de efectuarse el remate y estos aporten la suma correspondiente en moneda diferente a la indicada -en el presente edicto-, se consigna que el tipo de cambio a utilizar será el correspondiente al día en que se realice la almoneda, según lo establezca el Banco de Costa Rica. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica Sociedad Anónima contra C.E. Recycling Gold S. A., expediente Nº 12-003187-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 03 de noviembre del 2016.—Licda. Yanin Torrentes Ávila, Jueza.—( IN2016088823 ). En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 36010862-01-0919-001, citas: 360-10862-01-0920-001; a las quince horas y treinta minutos( 3:30 p.m.) del diecinueve de enero de dos mil diecisiete, y con la base de ciento veintisiete mil doscientos dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 151618-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 09 Tamarindo, cantón 03 Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública con 29,51 metros de frente, Pueblo Colonial Marrakech S. A.; al sur, calle pública con 31,07 metros de frente, Pueblo Colonial Marrakech S. A.; al este, Desarrollo Bahía Tamarindo S. A. y al oeste, Búfalo Blanco S. A., Pueblo Colonial Marrakech S. A., servidumbre de paso. Mide: quinientos cuarenta y ocho metros con setenta y siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y treinta minutos (3:30 p.m.) del tres de febrero de dos mil diecisiete, con la base de noventa y cinco mil cuatrocientos dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y treinta minutos (3:30 pm) del veinte de febrero de dos mil diecisiete con la base de treinta y un mil ochocientos dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Erera Sociedad Anónima contra Pueblo Colonial Tamarindo Sociedad Anónima, expediente Nº 16-002349-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 07 de noviembre del 2016.—Lic. Guillermo Ocampo Arrieta, Juez.—( IN2016088824 ). En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas: 549-06426-01-0001-001; servidumbre de paso citas: 2011-272234-01-0014-001, servidumbre de paso citas: 2015339364-01-0015-001 a las catorce horas y treinta minutos del veinticuatro de enero del año dos mil diecisiete, en el mejor postor remataré lo siguiente: 1) con la base de diez millones cuatrocientos dos mil seiscientos treinta y cuatro colones con treinta céntimos, la Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número doscientos ocho mil ochocientos sesenta y cuatro-cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 01 Espíritu Santo, cantón 02 Esparza, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte servidumbre agrícola con 8 metros 28 centímetros y calle pública con un frente total de 40 metros con 62 centímetros; al sur, Inés Mayela Alpízar Lobo; al este, Inés Mayela Alpízar Lobo, y al oeste, servidumbre agrícola en medio y Asdrúbal Araya Lobo. Mide: Tres mil ciento cuarenta y cuatro metros cuadrados. 2) Con la base de cuarenta millones de colones exactos la finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número doscientos ocho mil ochocientos sesenta y cinco- cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno de repastos. Situada en el distrito 01 Espíritu Santo, cantón 02 Esparza, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, servidumbre agrícola con un frente a ella de 7 metros a calle publica e Inés Mayela Alpízar Lobo; al sur, Inés Mayela Alpízar Lobo; al este, Juan Venegas Zamora, y al oeste, servidumbre agrícola en medio con un frente a ella de 65 metros con 69 centímetros. Mide: Cinco mil metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del ocho de febrero del año dos mil diecisiete, con la base de: Para la primera finca siete millones ochocientos un mil novecientos setenta y cinco colones con setenta y tres céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) para la segunda finca treinta millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del veintitrés de febrero del año dos mil diecisiete con la base de: Para la primera finca: Dos millones seiscientos mil seiscientos cincuenta y ocho colones con cincuenta y ocho céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial) para la segunda finca diez millones de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Inés Mayela del Carmen Alpízar Lobo. Exp. N° 16-000974-1203-CJ.— Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, (Materia Cobro), 3 de noviembre del 2016.—Lic. Esteban Herrera Vargas, Juez.—( IN2016088863 ). En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las trece horas y cuarenta y cinco minutos del veinte de diciembre de dos mil dieciséis, y con la base de quince millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número trescientos sesenta y seis mil novecientos setenta y siete-cero cero uno y cero cero dos (366977-001-002), la cual es terreno con 1 casa sector 3 L 3E42. Situada en el distrito 13 Los Guidos, cantón 03 Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote 3H2 INVU; al sur, calle pública; al este, lote 3E44 y al oeste, lote 3E41. Mide: ciento cuarenta y nueve metros con treinta y nueve Lunes 21 de noviembre del 2016 decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del dieciocho de enero de dos mil diecisiete, con la base de once millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del dos de febrero de dos mil diecisiete con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Asociación Solidarista de Colaboradores de Pipasa y Afines (ASECARGILL) contra Douglas de Jesús Álvarez León, Isabel Cristina Pérez Vargas, expediente Nº 16-007284-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia, (Materia Cobro), 20 de octubre del 2016.— Lic. Pedro Javier Ubau Hernández, Juez.—( IN2016088902 ). En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las catorce horas y cero minutos del trece de diciembre del dos mil dieciséis (02:00 pm del 03/12/2016), y con la base de cuarenta millones novecientos veintiocho mil cien colones con veintisiete céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento sesenta y cuatro mil ochocientos quince-cero cero cero, la cual es terreno para construir lote treinta y nueve bloque F, con una casa. Situada: en el distrito (01) El Tejar, cantón (08) El Guarco, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, lote 16; al sur calle pública; al este lote 40, y al oeste, lote 38. Mide: ciento sesenta y seis metros con veintisiete decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las catorce horas y cero minutos del diecisiete de enero de dos mil diecisiete (02:00 pm del 17/01/2017), con la base de treinta millones seiscientos noventa y seis mil setenta y cinco colones con veinte céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las catorce horas y cero minutos del uno de febrero del dos mil diecisiete (02:00 pm del 01/02/2017) con la base de diez millones doscientos treinta y dos mil veinticinco colones con siete céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Lesli Ester Fletes Mendoza. Expediente N° 16-000285-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 08 de noviembre del 2016.— Licda. Marcela Brenes Piedra, Jueza.—( IN2016088937 ). En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando Reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos, citas: 284-07813-01- 0002-001; a las catorce horas y cero minutos del treinta y uno de enero del año dos mil diecisiete, y con la base de nueve millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento setenta y dos mil doscientos sesenta y cinco cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 03 San Juan, cantón 07 Abangares, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle publica con un frente a ella de quince metros; al sur, Sonia Barahona Suárez; al este, Carlos Luis Arce Méndez; y al oeste, Annia María Barahona Suarez. Mide: Mil metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del quince de febrero del año dos mil diecisiete, con la base de seis millones setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del dos de marzo del año dos mil diecisiete con la base de dos millones doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a BOLETIN JUDICIAL Nº 223 — Pág 13 la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Jesús María Álvarez Alvarado. Exp. N° 15015926-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, 03 de noviembre del 2016.—Lic. Melvin Cavero Araya, Juez.—( IN2016088938 ). En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada anotada bajo las citas 359- 03369-01-0839-001, a las nueve horas y treinta minutos del veinticinco de enero del año dos mil diecisiete, y con la base de cincuenta y tres millones doscientos treinta y nueve mil cuatrocientos setenta y tres colones con veintisiete céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número trescientos treinta y ocho mil ochocientos siete cero cero cero la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 07 Uruca, cantón 01 San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote 112; al sur, calle con 8m; al este, lote 103 y al oeste, calle con 17m. Mide: ciento treinta y tres metros con treinta y siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del nueve de febrero del año dos mil diecisiete, con la base de treinta y nueve millones novecientos veintinueve mil seiscientos cuatro colones con noventa y cinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del veinticuatro de febrero del año dos mil diecisiete con la base de trece millones trescientos nueve mil ochocientos sesenta y ocho colones con treinta y dos céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra William Rodrigo Hernández Castillo, Xenia de los Ángeles Sancho Acuña, expediente Nº 16027995-1012-CJ. Notifíquese.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, 25 de octubre del 2016.— Lic. Greivin Mora Alvarado, Juez.—( IN2016088940 ). En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las catorce horas y cero minutos (2:00 p.m) del dieciocho de enero de dos mil diecisiete y con la base de doce millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 54458001,002 la cual es terreno naturaleza: para construir con 1 casa. Situada: en el distrito 03 San Isidro, cantón 04 Montes de Oro, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Los Olivos S. A.; al este, lote 25 y al oeste, lote 23. Mide: doscientos ochenta y siete metros con setenta y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las catorce horas y cero minutos (2:00 p.m) del dos de febrero de dos mil diecisiete, con la base de nueve millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta, se señalan las catorce horas y cero minutos del diecisiete de febrero de dos mil diecisiete con la base de tres millones de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago Ahorro y Préstamo contra Manuel Isaac Vásquez Canales. Expediente N° 16-004591-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 02 de noviembre del 2016.—Lic. Guillermo Ocampo Arrieta, Juez.—( IN2016089012 ). En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones, citas: 040600019746-01-0901-001; a las catorce horas y cero minutos ( 2:00 p. m.) del diecinueve de enero de dos mil diecisiete, y con la base de treinta y ocho millones seiscientos setenta y cinco mil trescientos colones con diecisiete céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula N° 200127-000 la cual es naturaleza: Lote 15 terreno para construir. Situada en el distrito 01 San Rafael, cantón 07 Oreamuno, de la Pág 14 — BOLETIN JUDICIAL Nº 223 Lunes 21 de noviembre del 2016 provincia de Cartago. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Aros y Llantas Mundiales S. A.; al este, Aros y Llantas Mundiales S. A., y al oeste, Aros y Llantas Mundiales S. A. Mide: Ciento cincuenta metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos( 2:00 p. m.) del tres de febrero de dos mil diecisiete, con la base de veintinueve millones seis mil cuatrocientos setenta y cinco colones con trece céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos ( 2:00 p. m.) del veinte de febrero de dos mil diecisiete con la base de nueve millones seiscientos sesenta y ocho mil ochocientos veinticinco colones con cuatro céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y Desarrollo Comunal contra Braulio Armando Leiva Campos. Exp. N° 16-003925-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 07 de noviembre del 2016.— Lic. Guillermo Ocampo Arrieta, Juez.—( IN2016089019 ). En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes prendarios, a las diez horas y treinta minutos del doce de diciembre de dos mil dieciséis, y con la base de veintidós mil trescientos noventa dólares con cuarenta y seis centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas 674331, marca: BMW., estilo: X5 3.0 DA, categoría: automóvil, capacidad 5 personas, serie: WBAFB71076LX77632, año: 2006, carrocería: todo terreno 4 puertas, color: plateado, combustible: diesel. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del dieciséis de enero de dos mil diecisiete, con la base de dieciséis mil setecientos noventa y dos dólares con ochenta y cuatro centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del treinta y uno de enero de dos mil diecisiete con la base de cinco mil quinientos noventa y siete dólares con sesenta y un centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Financiera Desyfin S. A. contra Jorge Mario Muñoz Quirós, expediente Nº 16-006600-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 25 de octubre del 2016.— Lic. Guillermo Ortega Monge, Juez.—( IN2016089064 ). En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas y treinta minutos del dieciocho de enero de dos mil diecisiete y con la base de ciento diez mil setecientos tres dólares con sesenta y siete centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas N° EE 030906, marca: Massey Ferguson, estilo: MF 5650-4, Categoría: Equipo especial agrícola, capacidad: una persona, año 2012, color: rojo, tracción: 4x4. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del dos de febrero de dos mil diecisiete, con la base de ochenta y tres mil veintisiete dólares con setenta y cinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del diecisiete de febrero de dos mil diecisiete con la base de veintisiete mil seiscientos setenta y cinco dólares con noventa y un centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Financiera Desyfin S. A. contra Cooperativa de Servicios Agropecuarios de Bagatzi Responsabilidad Limitada. Exp. N° 16-004837-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 31 de octubre del 2016.—Licda. Marcela Brenes Piedra, Jueza.—( IN2016089067 ). En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando limitaciones del articulo 292 código civil citas: 2009-211785-01-0004-001; a las quince horas y cuarenta y cinco minutos (tres horas cuarenta y cinco minutos pasado meridiano) del doce de diciembre de dos mil dieciséis, y con la base de seis millones trescientos cuarenta y tres mil cuatrocientos cincuenta y cuatro colones con veintisiete céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento veintinueve mil trescientos veintidós cero cero uno y cero cero dos, la cual es naturaleza: terreno con una casa. Situada: en el distrito 03 Pocora, cantón 06 Guácimo, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, calle pública, sur, Francisco Miranda Gómez y Alicia Miranda Hernández, este, Municipalidad de Guácimo, oeste, María de los Ángeles Miranda Esquivel. Mide: trescientos cinco metros con setenta decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las quince horas y cuarenta y cinco minutos (tres horas cuarenta y cinco minutos pasado meridiano) del diez de enero del dos mil diecisiete, con la base de cuatro millones setecientos cincuenta y siete mil quinientos noventa colones con setenta céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta, se señalan las quince horas y cuarenta y cinco minutos (tres horas cuarenta y cinco minutos pasado meridiano) del veinticinco de enero del dos mil diecisiete, con la base de un millón quinientos ochenta y cinco mil ochocientos sesenta y tres colones con cincuenta y siete céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Doris María Alvarado Castro, Marvin Miguel Rojas Alvarez. Expediente N° 16-003231-1157-CJ.— Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 27 de octubre del 2016.— Msc. Cinthia Pérez Moncada, Jueza.—( IN2016089069 ). En la puerta exterior de este Despacho: libre de gravámenes, con la base de seiscientos cincuenta mil colones exactos, a las nueve horas del dieciséis de diciembre del año dos mil dieciséis, al mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas trescientos cuarenta y nueve mil ciento sesenta y tres, marca Nissan, estilo Sentra, categoría automóvil, número chasis KC757221, carrocería sedán dos puertas, modelo mil novecientos ochenta y nueve, tracción 4x2, capacidad cinco personas, color blanco, motor marca Nissan, número GA16532344. En caso de resultar fracasado el primer remate, para la segunda subasta y con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la suma de cuatrocientos ochenta y siete mil quinientos colones exactos, se señalan las trece horas treinta minutos del veintitrés de enero del dos mil diecisiete. En la eventualidad de que en el segundo remate tampoco se realicen posturas para el tercer remate y con la base del veinticinco por ciento de la base original, o sea la suma de ciento setenta y dos mil quinientos colones exactos, se señalan las ocho horas treinta minutos del diez de febrero del dos mil diecisiete. Se remata por ordenarse así en proceso monitorio de María Irene del Socorro Monge Camacho contra Marconey de la Trinidad Fallas Quesada. Expediente N° 15-100050-0243-CI.— Juzgado Contravencional y Menor Cuantía de Tarrazú, Dota y León Cortés, (Materia Civil), 25 de octubre del 2016.—Lic. Eric López Delgado, Juez.—( IN2016089079 ). En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas y treinta minutos del veinticuatro de enero de dos mil diecisiete, y con la base de cinco mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placa 666603, marca Renault, estilo Samsung, año 2007, color negro, motor de 1497 cc, cilindros 4, combustible gasolina. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del ocho de febrero de dos mil diecisiete, con la base de tres mil setecientos cincuenta dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintitrés de febrero de dos mil diecisiete con la base de mil Lunes 21 de noviembre del 2016 doscientos cincuenta dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Motores Franceses S. A. contra Lavacar y Lubricentro Luis Alberto Téllez e Hijos. Exp. N° 13-019097-1170CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 6 de octubre del 2016.—Licda. Alba Aurora Ramírez Bazán, Jueza.—( IN2016089082 ). En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada con las citas 374-01175-01-0908-001; a las nueve horas y treinta minutos del doce de diciembre de dos mil dieciséis, y con la base de siete millones cuatrocientos tres mil seiscientos setenta y siete colones con siete céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 123794000, la cual es terreno lote 2-G para construir con una casa. Situada en el distrito 03 Santiago, cantón 02 San Rafael, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Escuela Laboratorio; al sur, alameda sétima; al este, lote 3, y al oeste, lote 1. Mide: Ciento quince metros con cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del dieciséis de enero de dos mil diecisiete, con la base de cinco millones quinientos cincuenta y dos mil setecientos cincuenta y siete colones con ochenta céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del treinta y uno de enero de dos mil diecisiete con la base de un millón ochocientos cincuenta mil novecientos diecinueve colones con veintiséis céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: En caso de que existan postores el día de efectuarse el remate y estos aporten la suma correspondiente en moneda diferente a la indicada -en el presente edicto-, se consigna que el tipo de cambio a utilizar será el correspondiente al día en que se realice la almoneda, según lo establezca el Banco de Costa Rica. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Crédito Agrícola de Cartago contra Elvis Víctor Jiménez Solano. Exp. N° 16-003733-1164-CJ.— Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 25 de octubre del 2016.—Licda. Yanin Torrentes Ávila, Jueza.—( IN2016089104 ). En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes prendarios; a las diez horas y cero minutos del trece de diciembre del dos mil dieciséis y con la base de un millón cuatrocientos diez mil setecientos ochenta y cuatro colones con noventa y cinco céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas: 232364, marca: Toyota, categoría: automóvil, chasis: VZN130024240, año: 1990, color: rojo. Para el segundo remate, se señalan las diez horas y cero minutos del diecisiete de enero del dos mil diecisiete, con la base de un millón cincuenta y ocho mil ochenta y ocho colones con setenta y un céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las diez horas y cero minutos del uno de febrero del dos mil diecisiete con la base de trescientos cincuenta y dos mil seiscientos noventa y seis colones con veintitrés céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio.- Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de María Gabriela Saenz Pucci contra Alexis Ramirez Suarez. Expediente N° 14-000840-1164-CJ.— Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 28 de octubre del 2016.—Lic. Guillermo Ocampo Arrieta, Juez.—( IN2016089179 ). En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada citas 033200001262-01-0907-001; a las once horas y cero minutos del trece de diciembre de dos mil dieciséis, y con la base de diecinueve millones novecientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, BOLETIN JUDICIAL Nº 223 — Pág 15 matrícula N° 191771-001-002, la cual es terreno para construir. Lote número sesenta y seis. Situada en el distrito 01 Paraíso, cantón 02 Paraíso, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, lote 69; al sur, avenida quinta de la urbanización; al este, lote 67, y al oeste, zona de protección N 2. Mide: Ciento cincuenta y ocho metros con ochenta y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del diecinueve de enero de dos mil diecisiete, con la base de catorce millones novecientos veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del tres de febrero de dos mil diecisiete con la base de cuatro millones novecientos setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: En caso de que existan postores el día de efectuarse el remate y estos aporten la suma correspondiente en moneda diferente a la indicada -en el presente edicto-, se consigna que el tipo de cambio a utilizar será el correspondiente al día en que se realice la almoneda, según lo establezca el Banco de Costa Rica, asimismo, se le hace saber a los posibles postores que de conformidad con el numeral 153 bis de la Ley del Sistema Financiero Nacional para la Vivienda, de resultar adjudicatario un tercero deberá realizar el pago total de la oferta en el acto. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Greivin Gerardo Morales Pérez. Exp. N° 16-001081-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 31 de octubre del 2016.— Licda. Yanin Torrentes Ávila, Jueza.—( IN2016089265 ). En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando 1 servidumbre trasladada citas 034400013186-01-0900-001; a las nueve horas y treinta minutos del trece de diciembre del dos mil dieciséis, y con la base de cuatro millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 207.182-000 la cual es terreno para construir. Situada: en el distrito 03 Buenos Aires, cantón 07 Palmares, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Macedonio Solórzano Barrantes; al este, Macedonio Solórzano Barrantes, y al oeste, Macedonio Solórzano Barrantes. Mide: doscientos metros con siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas y treinta minutos del diecinueve de enero de dos mil diecisiete, con la base de tres millones trescientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas y treinta minutos del tres de febrero de dos mil diecisiete con la base de un millón ciento veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: En caso de que existan postores el día de efectuarse el remate y estos aporten la suma correspondiente en moneda diferente a la indicada -en el presente edicto-, se consigna que el tipo de cambio a utilizar será el correspondiente al día en que se realice la almoneda, según lo establezca el Banco de Costa Rica, asimismo, se le hace saber a los posibles postores que de conformidad con el numeral 153 bis de la Ley del Sistema Financiero Nacional para la Vivienda, de resultar adjudicatario un tercero deberá realizar el pago total de la oferta en el acto. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Rodolfo Enrique Coto Montero. Expediente N° 16-006824-1164-CJ.— Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 31 de octubre del 2016.—Licda. Yanin Torrentes Ávila, Jueza.—( IN2016089267 ). En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando hipoteca de primer grado, bajo las citas: Tomo: 2013, asiento 22010, servidumbre trasladada citas: 325-01460-01-0901-001, servidumbre trasladada citas: 39215263-01-0904-001, servidumbre trasladada citas: 392-1526301-0905-001, servidumbre trasladada citas: 392-15263-01-0906001, servidumbre trasladada citas: 392-15263-01-0907-001; a las ocho horas y treinta minutos del veinticuatro de enero de dos mil diecisiete, y con la base de ocho millones novecientos cincuenta y tres mil trescientos seis colones con cuarenta y cinco céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula N° 1-626267-000, la cual es terreno para construir. Pág 16 — BOLETIN JUDICIAL Nº 223 Lunes 21 de noviembre del 2016 Situada en el distrito Frailes, cantón Desamparados de la provincia de San José, Colinda: al norte, resto reservado; al sur, calle pública con un frente de 14.36 metros; al este, calle pública con un frente de 51.56 metros, y al oeste, lote 2. Mide: Mil trescientos cuatro metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del ocho de febrero de dos mil diecisiete, con la base de seis millones setecientos catorce mil novecientos setenta y nueve colones con ochenta y cuatro céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintitrés de febrero de dos mil diecisiete con la base de dos millones doscientos treinta y ocho mil trescientos veintiséis colones con sesenta y un céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Asociación Solidarista de Empleados de Yanber S. A. y afines contra Jenny Navarro Batista. Exp. N° 16-007848-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 25 de octubre del 2016.—Lic. Ricardo Barrantes López, Juez.—( IN2016089327 ). En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada citas: 30103903-01-0002-001; a las catorce horas y cero minutos del veintitrés de enero del dos mil diecisiete, y con la base de veinte millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos noventa y tres mil setecientos ochenta y cinco-cero cero cero, la cual es terreno para construir y parte destinada a servidumbre de paso. Situada: en el distrito 09 Río Segundo, cantón 01 Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Juan Enrique Salazar Guerrero; Alajuela sur, con frente a calle pública de nueve metros setenta y cinco centímetros lineales; al este, Juan Enrique Salazar Guerrero, y al oeste, William Sánchez Guerrero. Mide: doscientos diez metros cuadrados. Plano: A-1763210-2014. Para el segundo remate, se señalan las catorce horas y cero minutos del siete de febrero del dos mil diecisiete, con la base de quince millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las catorce horas y cero minutos del veintidós de febrero del dos mil diecisiete, con la base de cinco millones de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Luis Alberto Álvarez Vega contra Juan Enrique Salazar Guerrero. Expediente N° 16-001848-1204-CJ.— Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Grecia (Materia Cobro), 09 de noviembre del 2016.—Erika Salazar Vásquez, Jueza.—( IN2016089396 ). PRIMERA PUBLICACIÓN En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las ocho horas del trece de febrero del año dos mil diecisiete, y con la base de cuatro mil trescientos dieciséis dólares con ochenta centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente Vehículo: Placas número 720176 . Marca Citroen. Estilo C3. Categoría automóvil. Capacidad 5 personas. Año 2008. Vin VF7FC8HZK7A001812. Para el segundo remate se señalan las ocho horas del veintiocho de febrero del año dos mil diecisiete, con la base de tres mil doscientos treinta y siete dólares con sesenta centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas del quince de marzo del año dos mil diecisiete con la base de mil setenta y nueve dólares con veinte centavos. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Promérica de Costa Rica S. A. contra Alexander de Jesús Pacheco Bustamante. Exp. 16-001963-1204-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Grecia (Materia Cobro), 11 de noviembre del 2016.—Patricia Cedeño Leitón, Juez.—( IN2016048157 ). En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando condiciones y limitaciones citas número 311-00006493-001-0901-001 y reservas y restricciones citas 311-00006493-01-0904-001; a las ocho horas y treinta minutos del veintitrés de enero del dos mil diecisiete, y con la base de setecientos veintiocho mil setecientos noventa y un colones con dos céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento dos mil cuatrocientos cuarenta y tres cero cero cero la cual es terreno para construir, lote 280 con una casa de habitación. Situada en el distrito 01-Corredor, cantón 10- Corredores, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, lote 277 y Municipalidad de Corredores; al sur, calle pública; al este, calle pública y Municipalidad de Corredores y al oeste, lote 277 y calle pública. Mide: quinientos noventa y nueve metros con ochenta y un decímetros cuadrados. Plano: P-0368959- 1996. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del siete de febrero del dos mil diecisiete, con la base de quinientos cuarenta y seis mil quinientos noventa y tres colones con veintisiete céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintidós de febrero de dos mil diecisiete con la base de ciento ochenta y dos mil ciento noventa y siete colones con setenta y seis céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Ángel Evaristo Bustos Bojorge. Exp. N° 13-000001-1201-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Golfito (Materia Cobro), 25 de octubre del año 2016.—Licda. Olga Sandí Torres, Jueza.—( IN2016088078 ). En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las catorce horas del veinte de febrero del año dos mil diecisiete, y con la base de diecinueve millones ciento noventa y dos mil novecientos diecisiete colones con cincuenta céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 259918-000 la cual es terreno de cafetal. Situada en el distrito 3- Carrizal, cantón 1-Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Luis Fernando Ugalde Montero; al sur, Gerardo Barrantes Montero; al este, calle pública y al oeste, Pablo Alejandro Brenes Barrantes. Mide: doscientos sesenta y dos metros con diez decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas del siete de marzo del año dos mil diecisiete, con la base de catorce millones trescientos noventa y cuatro mil seiscientos ochenta y ocho colones con trece céntimos y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas del veintidós de marzo del año dos mil diecisiete, con la base de cuatro millones setecientos noventa y ocho mil doscientos veintinueve colones con treinta y ocho céntimos. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Asociación Solidarista de Empleados de Abonos del Pacífico S. A. contra Jeilim Emilce Araya Rojas. Exp. N° 16-002323-1204-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Grecia (Materia Cobro), 29 de agosto del año 2016.—Patricia Cedeño Leiton, Jueza.—( IN2016089406 ). En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las diez horas del catorce de diciembre de dos mil dieciséis, y con la base de tres millones ciento veintidós mil ochenta y un colones con diecinueve céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placa 718411, marca Suzuki, categoría automóvil, estilo alto, año 2008, color gris, VIN MA3FB31SX80178514. Para el segundo remate se señalan las diez horas del veinte de enero de dos mil diecisiete, con la base de dos millones trescientos cuarenta y un mil quinientos sesenta colones con ochenta y nueve céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas del seis de febrero de dos mil diecisiete con la base de setecientos ochenta mil quinientos veinte colones con veintinueve céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución Lunes 21 de noviembre del 2016 prendaria de Fiduciaria Brunca Sociedad Anónima contra Andrey Mauricio Jiménez Vindas. Exp. N° 16-000705-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 9 de noviembre del año 2016.—Licda. Karina Quesada Blanco, Juez.—( IN2016089422 ). En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos bajo las citas: 216-04538-01-0002-001, reservas y restricciones bajo las citas: 301-03144-01-0901-001 y 355-1290001-0002-001, servidumbre de líneas eléctricas y de paso bajo las citas: 409-15819-01-0001-001, servidumbres de paso bajo las citas: 2014-121023-01-0005-001 y 2014-121023-01-0005-001; a las nueve horas y cero minutos del trece de diciembre del año dos mil dieciséis, y con la base de catorce millones novecientos cincuenta y un mil quinientos cuarenta y dos colones con sesenta y cinco céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 389.232-000, la cual es terreno para construir con una casa de habitación. Situada en el distrito 14, Sarapiquí cantón 1, Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Ana Lidia Mora Gómez; sur, calle pública; este, Luis Fernando Gómez Barrantes y Hazel Gómez Chaves; oeste, calle pública. Mide: mil un metros con tres decímetros cuadrados. Plano: A-0805767-2002. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del once de enero del año dos mil diecisiete, con la base de once millones doscientos trece mil seiscientos cincuenta y seis colones con noventa y nueve céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del veintiséis de enero del año dos mil diecisiete con la base de tres millones setecientos treinta y siete mil ochocientos ochenta y cinco colones con sesenta y seis céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Luis Fernando Gómez Barrantes. Exp. N° 16-001353-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 03 de octubre del año 2016.—Licda. Lilliam Ruth Álvarez Villegas, Jueza.—( IN2016089487 ). En la puerta exterior de este Despacho; soportando servidumbre trasladada bajo las citas: 357-12311-01-0918-001 e hipoteca a favor del Banco Nacional de Costa Rica inscrita bajo las citas: 570-5657201-0001-001; a las ocho horas y treinta minutos del veinticinco de enero del año dos mil diecisiete, y con la base de cien millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 124.249000, la cual es terreno para construir, con un edificio comercial de dos plantas y otro edificio comercial en proceso de construcción. Situada en el distrito 1, Quesada cantón 10, San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública; sur, Álvaro Vargas Méndez; este, iglesia católica; oeste, calle pública. Mide: setecientos ocho metros con noventa y un decímetros cuadrados. Plano: A-0006782-1968. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del nueve de febrero del año dos mil diecisiete, con la base de setenta y cinco millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del veinticuatro de febrero del año dos mil diecisiete con la base de veinticinco millones de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Urbanizadora Valle Dorado Sociedad Anónima. Exp. N° 16-001685- 1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 02 de noviembre del año 2016.—Licda. Lilliam Ruth Álvarez Villegas, Jueza.—( IN2016089488 ). En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones; a las nueve horas y treinta minutos del veinticuatro de enero del año dos mil diecisiete y con la base de seis millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema BOLETIN JUDICIAL Nº 223 — Pág 17 de folio real, matrícula número sesenta y ocho mil novecientos veinticinco-cero cero cero, la cual es terreno para construir número 39. Situada en el distrito 8 Barranca, cantón 1 Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, lote 38; al sur, lote 40; al este, Calle Lilliette y al oeste, lote 56. Mide: ciento siete metros con veinticinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del ocho de febrero del año dos mil diecisiete, con la base de cuatro millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintitrés de febrero del año dos mil diecisiete con la base de un millón quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Eduan Gerardo Chavarría Arias contra Deily Marenco López. Exp. N° 16-000733-1203-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia Cobro), 26 de octubre del año 2016.—Licda. María Auxiliadora Cruz Cruz, Jueza.—( IN2016089495 ). En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y cero minutos del veintitrés de enero del año dos mil diecisiete, y con la base de veintiún millones trescientos cincuenta y un mil quinientos cincuenta y cinco colones con sesenta y seis céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 131.612-000, la cual es terreno para construir, lote 10-B. Situada en el distrito 2, Occidental cantón 1, Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, lote 11-B; sur, lote 9-B; este, calle pública con 09,25 mts; oeste, estado de Reserva Nacional. Mide: Ciento ochenta y dos metros con diecinueve decímetros cuadrados. Plano: C-0015752-1991. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del siete de febrero del año dos mil diecisiete, con la base de dieciséis millones trece mil seiscientos sesenta y seis colones con setenta y cinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del veintidós de febrero del año dos mil diecisiete, con la base de cinco millones trescientos treinta y siete mil ochocientos ochenta y ocho colones con noventa y dos céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coocique R.L. contra Heriberto de Los Ángeles Quirós Linton, Heriberto Quirós Picado, Violeta Orenta Linton Foster. Exp. N° 16-001267-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 07 de noviembre del año 2016.—Licda. Lilliam Ruth Álvarez Villegas, Jueza.—( IN2016089497 ). En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y cero minutos del diecinueve de diciembre del año dos mil dieciséis, y con la base de tres millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 450.691-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 5, Venecia cantón 10, San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Jorge, Alicia y Sulay Rodríguez Mora; sur, Jorge, Alicia y Sulay Rodríguez Mora; este, calle pública con 12,37 metros de frente; oeste, Ovidio Mora Peralta. Mide: cuatrocientos cincuenta metros con sesenta y ocho decímetros cuadrados. Plano: A-0873071-2003. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del diecisiete de enero del año dos mil diecisiete, con la base de dos millones seiscientos veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del uno de febrero del año dos mil diecisiete con la base de ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Rafaela de La Trinidad Rodríguez Mora. Exp. N° 16-001509-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 19 de octubre del año 2016.—Licda. Lilliam Ruth Álvarez Villegas, Jueza.—( IN2016089498 ). Pág 18 — BOLETIN JUDICIAL Nº 223 Lunes 21 de noviembre del 2016 En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las once horas y cero minutos del dieciséis de enero del año dos mil diecisiete, y con la base de tres millones ciento ochenta y seis mil doscientos setenta colones con sesenta céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 448635-000 la cual es terreno para construir con una casa número 24-G. Situada en el distrito 07 Patarra, cantón 03 Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote 25-G; al sur, lote 23-G; al este, Héctor Quesada Acosta y al oeste, calle pública. Mide: ciento veinte metros con siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del treinta y uno de enero del año dos mil diecisiete, con la base de dos millones trescientos ochenta y nueve mil setecientos dos colones con noventa y cinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del quince de febrero del año dos mil diecisiete con la base de setecientos noventa y seis mil quinientos sesenta y siete colones con sesenta y cinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Luz Marina Jiménez Espinoza, Marlon José Aragón Soto. Notifíquese. Exp. N° 16-028385-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, 11 de octubre del año 2016.—Licda. Elia Corina Marchena Fennell, Jueza.—( IN2016089512 ). En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y treinta minutos del dieciséis de enero del año dos mil diecisiete, y con la base de nueve millones ochocientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 204607-000 la cual es terreno de café. Situada en el distrito Corralillo, cantón Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al noreste, en partes Osvaldo Jiménez Siles y José David Rivera Monge; al noroeste, servidumbre de paso en medio, Egberth Valverde Jiménez; al sureste, en partes José David Rivera Monge y calle pública con un frente a ella de doce metros un centímetro y al suroeste, Edberth Valverde Jiménez. Mide: ochocientos veintisiete metros con ochenta decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del treinta y uno de enero del año dos mil diecisiete, con la base de siete millones trescientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del quince de febrero del año dos mil diecisiete con la base de dos millones cuatrocientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra William Jovanny Báez Núñez. Exp.: 16023213-1012-CJ. Notifíquese.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, 28 de octubre del 2016.— Licda. Margarita Mena Gutiérrez, Jueza.—( IN2016089529 ). En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes prendarios, a las nueve horas (9:00 a.m.) del diecisiete de enero de dos mil diecisiete, y con la base de setecientos cincuenta mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas número 483697, marca Nissan, estilo Sentra GXE, categoría automóvil, capacidad cinco personas, año 1996, color gris, VIN 1N4AB41D5TC750400, cilindrada 1600 c.c, combustible gasolina, motor número GA16833023l. Para el segundo remate se señalan a las nueve horas (9:00 a.m.) del primero de febrero del dos mil diecisiete, con la base de quinientos sesenta y dos mil quinientos colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan a las nueve horas (9:00 a.m.) del dieciséis de febrero del dos mil diecisiete, con la base de ciento ochenta y siete mil quinientos colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución sentencia de Sofía Lizette Blanco Baez en contra de Juan Manuel Villalobos Méndez. Expediente N° 12-000663-0169-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 10 de noviembre del año 2016.—Lic. Freddy Bolaños Rodríguez, Juez.—( IN2016089542 ). En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas cero minutos del diecinueve de enero de dos mil diecisiete y con la base de sesenta y tres millones ciento sesenta y dos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número setenta y cuatro mil seiscientos cincuenta y cinco d-cero cero dos-cero cero tres, cero cero cuatro, cero cero cinco, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 04 Catedral, cantón 01 San José de la provincia de San José. Colinda: al norte Isidro Perera; al sur José Albertazzi Avendaño; al este José Albertazzi Avendaño y al oeste calle 19 bis. Mide: cuatrocientos cuarenta metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas cero minutos del tres de febrero de dos mil diecisiete, con la base de cuarenta y siete millones trescientos setenta y un mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas cero minutos del veinte de febrero de dos mil diecisiete, con la base de quince millones setecientos noventa mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ordinario de Flory Albertazzi Molinari contra Dubelia Albertazzi Molinari, sucesión Molinari. Expediente: 13-0000870640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 31 de octubre del 2016.— Msc. Mateo Ivankovich Fonseca, Juez.—( IN2016089590 ). En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas y cero minutos del diecisiete de enero del año dos mil diecisiete, y con la base de nueve millones ciento setenta y ocho mil novecientos noventa y tres colones con setenta y siete céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número seiscientos diecinueve mil trescientos cuarenta y siete cero cero cero la cual es terreno de cultivos. Situada en el distrito 4-Rivas, cantón 19-Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Leticia Meza Valverde y Fabio Fonseca Valverde.; al sur, Fabio Fonseca Valverde y Alfredo Fonseca Valverde; al este, Fabio Fonseca Valverde y al oeste, Randall Fonseca Valverde. Mide: once mil trescientos cincuenta y tres metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del uno de febrero del año dos mil diecisiete, con la base de seis millones ochocientos ochenta y cuatro mil doscientos cuarenta y cinco colones con treinta y tres céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del dieciséis de febrero del año dos mil diecisiete con la base de dos millones doscientos noventa y cuatro mil setecientos cuarenta y ocho colones con cuarenta y cuatro céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de CREDECOOP R.L., contra Randall Gerardo Fonseca Valverde. Exp. N° 16-003793-1200CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 27 de setiembre del año 2016.—Licda. Alejandra Ortega Padilla, Jueza.— ( IN2016089595 ). En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones; pero soportando reservas y restricciones citas 303-00205-01-0901-020 y servidumbre sirviente citas 33004850-01-0003-001; a las catorce horas y cero minutos del doce de Lunes 21 de noviembre del 2016 enero del dos mil diecisiete y con la base de trece mil ciento cincuenta y ocho dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento diecinueve mil cuatrocientos cincuenta y dos-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 02 Volcán, cantón 03 Buenos Aires de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte José Daniel Beita Ureña; al sur calle pública; al este José Daniel Beita Ureña y al oeste servidumbre de paso. Mide: cinco mil doscientos setenta y cinco metros con sesenta y dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del veintisiete de enero del año dos mil diecisiete, con la base de nueve mil ochocientos sesenta y ocho dólares con cincuenta centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del trece de febrero del dos mil diecisiete, con la base de tres mil doscientos ochenta y nueve dólares con cincuenta centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Wai Ming Lai Wong contra José Daniel Beita Ureña. Expediente: 16-003207-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, (Materia Cobro), 11 de octubre del año 2016.—Lic. Harold Ríos Solórzano, Juez.—( IN2016089597 ). En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas: 34513013-01-0002-001 y medianería citas: 345-13013-01-0900-001; a las trece horas y treinta minutos del veintisiete de enero del dos mil diecisiete, y con la base de sesenta y tres millones quinientos cuarenta y tres mil quinientos cuarenta y nueve colones con cuarenta y ocho céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cuarenta y ocho mil quince cero cero cero la cual es terreno con 1 casa N° 35. Situada en el distrito 1-Quepos, cantón 6-Quepos , de la provincia de Puntarenas.- Colinda: al norte, casa 34; al sur, casa 36; al este, calle pública con un frente a ella de 15,69 metros lineales y al oeste, calle pública con un frente a ella de 7,68 metros lineales. Mide: trescientos cuarenta y cinco metros con ochenta y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del trece de febrero del dos mil diecisiete, con la base de cuarenta y siete millones seiscientos cincuenta y siete mil seiscientos sesenta y dos colones con once céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del veintiocho de febrero de dos mil diecisiete con la base de quince millones ochocientos ochenta y cinco mil ochocientos ochenta y siete colones con treinta y siete céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Juan Carlos Fernández Núñez. Exp. N° 16- 000075-1201-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Golfito (Materia Cobro), 26 de octubre del 2016.—Olga Sandí Torres, Jueza.—( IN2016089598 ). En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando Reservas y Restricciones citas 31114934-01-902-118 y prohibiciones y condiciones citas 311-1493401-0903-042; a las ocho horas y cero minutos del treinta de enero de dos mil diecisiete, y con la base de seis millones ciento cuarenta y un mil novecientos cuarenta y cinco colones con treinta y cinco céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento ochenta y dos mil trescientos diez cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 04 Laurel, cantón 10 Corredores de la provincia BOLETIN JUDICIAL Nº 223 — Pág 19 de Puntarenas. Colinda: al norte Gonzalo Madrigal Portuguez; al sur Gonzalo Madrigal Portuguez; al este calle pública con un frente de 38 metros 96 centímetros y al oeste Gonzalo Madrigal Portuguez. Mide: novecientos dieciocho metros con cero decímetros cuadrados. Plano: P-1503872-2011 cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del catorce de febrero de dos mil diecisiete, con la base de cuatro millones seiscientos seis mil cuatrocientos cincuenta y nueve colones con un céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del uno de marzo de dos mil diecisiete, con la base de un millón quinientos treinta y cinco mil cuatrocientos ochenta y seis colones con treinta y cuatro céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Daniel Madrigal Marín. Expediente: 15-000164-1201CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Golfito, (Materia Cobro), 26 de octubre del 2016.—Licda. Olga Sandí Torres, Jueza.—( IN2016089599 ). En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y cero minutos del veinticuatro de enero de dos mil diecisiete, y con la base de trece millones trescientos once mil diez colones con dieciséis céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número veintitrés mil sesenta- cero cero cero la cual es terreno para la agricultura. Situada en el distrito 01 Corredor, cantón 10-Corredores, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte Carlos Luis y Arturo Murillo y canal en medio; al sur, canal de drenaje; al este, trocha canal de drenaje y vía férrea y al oeste, Miguel Ángel Artavia y Jesús Anchía. Mide: ciento cuatro mil trescientos setenta y siete metros con treinta y tres cuadrados plano: P-1183808-2007. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del ocho de febrero de dos mil diecisiete, con la base de nueve millones novecientos ochenta y tres mil doscientos cincuenta y siete colones con sesenta y dos céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del veintitrés de febrero de dos mil diecisiete con la base de tres millones trescientos veintisiete mil setecientos cincuenta y dos colones con cincuenta y cuatro céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Danny Dickson Trejos Loría, Esperanza de Los Ángeles Trejos Zamora Exp.: 16-000958-1201CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Golfito (Materia Cobro), 24 de octubre del 2016.—Licda. Olga Sandí Torres, Jueza.—( IN2016089600 ). En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas: servidumbre sirviente citas: 332-06940-01-0042-001, servidumbre trasladada citas: 332-06940-01-0913-001, servidumbre sirviente citas: 332-06940-01-0042-001, servidumbre trasladada citas:332-06940-01-0913-001 a las diez horas y cero minutos (antes meridiano) del diecinueve de diciembre de dos mil dieciséis, y con la base de seis millones quinientos siete mil seiscientos colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número quinientos dieciséis mil cuatrocientos setenta y tres cero cero uno y cero cero dos, la cual es naturaleza: lote l terreno para construir. Situada en el distrito 5- San Felipe, cantón 10-Alajuelita, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote uno e de Quintalena Sociedad Anónima; sur, calle pública, este, Quintalena Sociedad Anónima, oeste, calle pública. Mide: ciento cincuenta y siete metros con ochenta y ocho Pág 20 — BOLETIN JUDICIAL Nº 223 Lunes 21 de noviembre del 2016 decímetros. para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos(antes meridiano) del diecisiete de enero del dos mil diecisiete, con la base de cuatro millones ochocientos ochenta mil setecientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos (antes meridiano)del uno de febrero de dos mil diecisiete con la base de un millón seiscientos veintiséis mil novecientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Ana Cecilia Potosme Zúñiga. Exp. N° 13-010617-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 16 de noviembre del año 2016.— Licda. Melquisedec Rodríguez Ramírez, Jueza, Notario.—1 vez.— ( IN2016089630 ). En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las trece horas y treinta minutos (1:30 pm) del dieciséis de enero de dos mil diecisiete, y con la base de cuatro millones setenta y nueve mil setecientos cuarenta y dos colones con seis céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número 736981. Marca Toyota. Estilo RAV4. Categoría automóvil. Capacidad 5 personas. Año 1997. Color blanco. Vin JT3HP10V1V0144328. Cilindrada 2000 CC. Combustible gasolina. Motor Nº. ilegible Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos (1:30 pm) del treinta y uno de enero de dos mil diecisiete, con la base de tres millones cincuenta y nueve mil ochocientos seis colones con cincuenta y cuatro céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos (1:30 pm) del quince de febrero de dos mil diecisiete con la base de un millón diecinueve mil novecientos treinta y cinco colones con cincuenta y un céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Asociación Solidarista de Empleados de Importadora Monge de Alajuela S. A. y afines contra Mario Alberto Arce Miranda. Exp. 16-007873-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 6 de octubre del 2016.—Licda. Audrey Abarca Quirós, Jueza.—( IN2016089656 ). En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las trece horas y treinta minutos del treinta y uno de enero de dos mil diecisiete, y con la base de cuatro millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número BBW956. Marca: Hunday. Estilo: Accent. Categoría: Automóvil. Capacidad: Cinco personas. Año: 2001. Color: Blanco. Cilindrada; 1500 c.c. Combustible: Gasolina. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del quince de febrero de dos mil diecisiete, con la base de tres millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del dos de marzo de dos mil diecisiete con la base de un millón de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Ana Yansi Ríos Venegas contra Iris Rosibel de La Trinidad González González. Exp.: 16-000682-1201-CJ.— Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Golfito (Materia Cobro), 31 de octubre del 2016.—Licda. Olga Sandí Torres, Jueza.—( IN2016089697 ). Convocatorias Se convoca a todas las personas interesadas en la sucesión de Aquilina Elizondo Sáenz, a una junta que se verificará en este juzgado a las diez horas treinta minutos del diecinueve de diciembre del dos mil dieciséis, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Expediente N° 14-000098-0188-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, (Materia Civil), 24 de octubre del 2016.—Licda. Alejandra Ortega Padilla, Jueza.—1 vez.—( IN2016083528 ). Títulos Supletorios Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 15-000133-0930-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Patricia Ingrid Vargas Acevedo, quien es mayor, estado civil casada una vez, vecina de Siquirres, barrio María Auxiliadora, frente al Ebais del Invu, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número 7-0087-0531, profesión oficios del hogar, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Limón, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito primero, cantón tercero, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Jim Marson Wint; al sur, calle pública; al este, Jim Marson Wint, y al oeste, Jim Marson Wint. Mide: doscientos noventa y un metros con cuarenta y cuatro decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de cuatro millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por compra que le realizará al señor Jim Marson Wint, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento de cercas que individualización y deslindan el terreno. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria promovida por Patricia Ingrid Vargas Acevedo. Exp. N° 15-000133-0930-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Pococí, 27 de junio del 2016.—Lic. Gersan Tapia Martínez, Juez.—1 vez.—( IN2016087986 ). Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 12-000190-0386-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Pedro Rafael Ampié Alcocer quien es mayor, estado civil soltero en unión de hecho, vecino de Liberia, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 155809428200, profesión jornalero, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito Liberia, cantón Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Víctor Villalobos Barquero; al sur, Ernesto Delgado Vidoña; al este, calle pública, y al oeste, Desarrollo Sambal Sociedad Anónima. Mide: Seis mil seiscientos cuarenta metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de 12.000.000 colones. Que adquirió dicho inmueble compra - venta de María Isabel García García, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento del inmueble. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Pedro Rafael Ampié Alcocer. Lunes 21 de noviembre del 2016 Exp. N° 12-000190-0386-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia) , 3 de octubre del 2012.—Lic. Guillermo Ortega Monge, Juez.—1 vez.—( IN2016088043 ). Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente N° 12-000139-0386-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Irma Obando Montes, quien es mayor, estado civil casada dos veces, vecina de Liberia, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe N° 05-0096-0595, profesión maestra pensionada, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno para construir. Situada: en el distrito primero, cantón primero Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Francisco Umaña Alpízar, Ever Castillo García y Rafael Ángel Briceño; al sur, Julio Sánchez Sánchez; al este, calle pública, y al oeste, Malaquía González González y Rodney Matamoros Barrantes. Mide: mil treinta y ocho metros con diecinueve decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de cinco millones colones. Que adquirió dicho inmueble por compraventa, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en limpieza de terreno, corte de zacate y reparación y mantenimiento de cercas. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria promovida por Irma Obando Montes. Expediente N° 12000139-0386-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 24 de junio del 2014.—Lic. Guillermo Ortega Monge, Juez.—1 vez.—( IN2016088083 ). Se hace saber que ante este Despacho, se tramita el expediente N° 16-000096-0930-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Rosibel del Rosario Fernández Mata quien es mayor, estado civil soltera, vecina de Cairo de Siquirres, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número 3-0315-0834, profesión oficios del hogar, a fin de inscribir a su nombre y ante el registro público de la propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Limón, la cual es terreno con una casa. Situada en el distrito Cairo, cantón 03 Siquirres, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, calle pública de 7 metros lineales; al sur, Luis Muñoz Muñoz; al este, Emilce Orozco Orozco y al oeste, Yenny Madrigal Brenes. Mide: trescientos noventa metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de ochocientos mil colones. Que adquirió dicho inmueble el mil novecientos noventa y ocho por compra y venta del señor Luis Muñoz Muñoz, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento de cercas, construcción de casa de habitación familiar. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros Inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Rosibel del Rosario Fernández Mata. Exp. N° 16-000096-0930-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Pococí, 29 de agosto del año 2016.—Lic. Gersan Tapia Martínez, Juez.—1 vez.— ( IN2016088212 ). Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 15-000073-0507-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Xinia María Lara Pérez, quien es BOLETIN JUDICIAL Nº 223 — Pág 21 mayor, estado civil casada dos veces , vecina de Heredia, San Ramón, La Virgen de Sarapiquí, 300 metros sur y 50 este del salón comunal, portador(a) de la cédula de identidad vigente que exhibe número 0204060187, profesión ama de casa, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Heredia, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito segundo La Virgen, cantón décimo Sarapiquí, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, calle pública, redondel y salón comunal; al sur, servidumbre de paso de 6 metros y Miguel Ángel Salas Aguilar; al este, José Manuel Ruiz Ruiz, y al oeste, calle pública con 12 metros. Mide: Trescientos cuarenta metros cuadrados con número de plano catastro H-1680455-2013. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de ochocientos treinta y seis mil cuatrocientos colones. Que adquirió dicho inmueble mediante compra, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en lote cercado y para construir. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria promovida por Xinia María Lara Pérez. Exp. N° 15-000073-0507-AG.—Juzgado Civil, Trabajo, Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Sarapiquí, Heredia, (Materia Civil), 8 de setiembre del 2016.— Lic. Ólger Martín Pérez Gómez, Juez.—1 vez.—( IN2016088266 ). Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N° 16-000025-0993-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Ramón Francisco Carranza Rojas quien es mayor, soltero, vecino de Alajuela, portador de la cédula de identidad Nº 2-0471-0704, auditor de seguridad, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza es terreno de café. Situada en el distrito Cirrí, cantón Naranjo, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Noilyn Paniagua Barrantes; al sur, Ramón Carranza Rojas; al este, río La Isla y al oeste, calle pública con un frente de ciento setenta y dos metros con ochenta y nueve decímetros lineales. Mide: ocho mil setecientos veintiséis metros con doce decímetros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado Nº A-1026653-2005. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de tres millones mil colones cada una. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Ramón Francisco Carranza Rojas, expediente Nº 16-000025-0993-AG.—Juzgado Agrario del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón) , 10 de noviembre del 2016.—Msc. Carlos Eduardo González Mora, Juez Agrario.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016088373 ). Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 16-000128-0507-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Eliécer Francisco Vargas Arrieta, quien es mayor, soltero, agricultor, vecino de Los Ángeles de La Virgen de Sarapiquí, Heredia de la rotonda cuatro kilómetros al sur, cédula cuatro-ciento siete-cuatrocientos cincuenta y siete, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es de potrero. Situada en Calle Los Machos en el distrito segundo La Virgen, cantón décimo Sarapiquí, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, calle pública con un frente a la misma de ciento cuarenta y ocho metros con diez centímetros lineales; al sur, Ana Yensi Solano Artavia; al este, Romy Alley Jiménez Rodríguez, y al oeste, Azucena Vásquez Ferreto. Mide: treinta y dos mil setecientos dieciséis metros Pág 22 — BOLETIN JUDICIAL Nº 223 Lunes 21 de noviembre del 2016 cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado N° 4-18450782015. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir NO pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto las presentes diligencias así como el inmueble en la suma de quince millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por compra, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de 10 años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento y cultivos. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria promovida por Eliécer Francisco Vargas Arrieta. Exp. N° 16-000128-0507-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Pococí, 7 de noviembre del 2016.—Lic. Ronald Rodríguez Cubillo, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016088375 ). Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 16000138-0465-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Anais Morera Sanabria, quien es mayor, estado civil divorciada, vecina de Belén de Heredia, portadora de la cédula de identidad número 4-0141-0475, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es para construir y agricultura. Situada en Bribri, distrito: Bratsi, cantón Talamanca, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Iris Mora Almengor; al sur, calle pública con un frente de veinte metros setenta y ocho decímetros lineales; al este, Bolívar Osorno Cubillo y al oeste, Bernardina Morales Rojas. Mide: cuatrocientos catorce metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número L-1686840-2013. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de dos millones quinientos mil colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por compra, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de ocho años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en instalar arreglar cercas, limpiar el terreno de malas hierbas, sembrar árboles frutales, cultivar plátano y otros productos agrícolas. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Auxiliadora Anais de Jesús Morera Sanabria. Exp: 16-000138-0465-AG.—Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 25 de octubre del 2016.—Licda. Heilin Rojas Madrigal, Jueza.—1 vez.— Exonerado.—( IN2016088376 ). Mide: ocho mil ochocientos cuarenta y dos metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número P-1908679-2016. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de diez millones de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por donación y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de dos meses. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en Deslindar el terreno, hacer, las cercas, chapeas. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por María de Los Ángeles Sandí Suazo. Exp: 16-000190-0391-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, Santa Cruz, 25 de octubre del 2016.—Licda. Erika Amador Brenes, Jueza.—1 vez.— Exonerado.—( IN2016088379 ) Se hace saber que ante este despacho se tramita el expediente N° 16-000217-0391-AG, donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Fundación para el Equilibrio entre la Conservación y el Desarrollo Sostenible, Drikler Briceño Hernández, quien es mayor, casado una vez, vecino de Hojancha, Guanacaste, doscientos metros este del cementerio, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 5-299-812, licenciado en derecho, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza es dedicado a siembra de caña de azúcar. Situada en el distrito segundo, cantón tercero de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte Ministerio de Ambiente y Energía; al sur calle pública con un frente a la misma de cuarenta y nueve metros con noventa y siete centímetros lineales; al este tres-ciento uno-seis dos cuatro dos cinco ocho Sociedad Anónima y al oeste Juan Sánchez Cascante. Mide: mil metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número G-1738744-2014. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de trece millones de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por compraventa y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de treinta años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en cercas, chapeas. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria promovida por Fundación para el Equilibrio entre la Conservación y el Desarrollo Sostenible. Expediente: 16-000217-0391-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, Santa Cruz, 8 de noviembre del 2016.—Licda. Erika Amador Brenes, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016088380 ). Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 14-000156-0419-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de 3-102-667449 S.R.L cédula jurídica 3-102-667449 representada por Joel Eldon Meek de un apellido en razón de su nacionalidad Estadounidense, con pasaporte de su país 477700023, quien es mayor, casado una vez, empresario , vecino de Port Aransas, Texas, Estado Unidos, a fin de inscribir a nombre de su representante y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es terreno de tacotal y potrero. Situada en el distrito 04 Pavón, cantón 07 Golfito, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, José González Guadamuz; al sur, Olman Solano Sánchez; al este, Greivet Valverde Arrieta y José González Guadamuz y al oeste, calle pública con un frente lineal a ella de 234,68 metros, Odir González Guadamuz y Bered Blechman. Mide: veintidós Hectáreas cuatro mil veintiséis metros con veinticuatro decímetros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número P-1279067-2006. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de cincuenta y seis millones de colones cada una. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria promovida por 3-102-667449 S.R.L. Exp. 14-0001560419-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur, Corredores, 9 de mayo del 2016.—Licda. Maricel Zamora Arias, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016088409 ). Lunes 21 de noviembre del 2016 Citaciones Se emplaza a todos los interesados en la sucesión del señor William Fernández Herrera, quien en vida fue mayor, costarricense, soltero, oficial de seguridad, cédula de identidad N° seis-cero doscientos veintiuno-cero doscientos noventa y cinco, vecino de Quepos, Portalón, Puntarenas, fallecido el veintinueve de octubre del dos mil once, para que dentro del plazo de treinta días hábiles contados a partir de la primera y única publicación de este edicto comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de este plazo la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 16-100010-0425-1-CI, sucesorio de William Fernández Herrera, promovido por Marina Portuguez Calderón, nombrándose como albacea provisional a Manuel Fernández Duarte.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Aguirre y Parrita, Quepos, 27 de abril del 2016.—Licda. María Cristina Cruz Montero, Jueza.—1 vez.—( IN2016079111 ). Por escritura número doce, otorgada ante esta notaría a las dieciséis horas treinta minutos del trece de octubre del año dos mil dieciséis, se solicitó la apertura de la sucesión ab intestato del señor: Carlos Alberto Vega Godínez, quien en vida fuera costarricense, mayor de edad, viudo una vez, pensionado, con cédula de identidad número uno-cero tres uno dos- cero cinco tres siete, vecino de San José, San Lorenzo de Desamparados, cincuenta metros al oeste del Súper San Lorenzo, frente a Iglesia Evangélica Hogar de Fe, emplazando a todos los interesados para que comparezcan dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, ante esta notaría ubicada en: San José, San Francisco de Dos Ríos, Barrio Los Sauces, del Almacén El Eléctrico, trescientos sur, cuatrocientos oeste, cincuenta sur; a reclamar o hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia de que si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente número 0001-2016.—Lic. Lindy Viviana Acuña Benavides, Notaria.—1 vez.—( IN2016079887 ). Se hace saber que en este despacho, se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Oliver Antonio Alpízar Salas, mayor, estado civil divorciado, profesión abogado, nacionalidad costarricense, con documento de identidad 0202640768 y vecino de San Carlos, Venecia, del Ebais 50 metros al sur. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº 16000179-0297-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela (Materia Civil), 21 de setiembre del año 2016.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—1 vez.—( IN2016087843 ). Se hace saber: Que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Elsa María Castro Castro, mayor de edad, viuda, ama de casa, cédula 0202480953, costarricense y vecina Alajuela, San Carlos, Los Ángeles de Pital, costado de la escuela. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Exp. N° 16-000214-0297-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela (Materia Civil), 25 de octubre del 2016.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.— 1 vez.—( IN2016087872 ). Se emplaza y emplaza a los herederos y demás interesados en la sucesión de quien en vida se llamó Eduardo de Jesús Alfaro Rodríguez, quien fue mayor, casado una vez, cédula N° 4-050336 y vecino de Barva de Heredia., para que dentro del término de treinta días hábiles contados a partir de la publicación de este BOLETIN JUDICIAL Nº 223 — Pág 23 edicto, se apersonen a este proceso, a hacer valer sus derechos, bajo el apercibimiento, de que si no, lo hicieren dentro del término indicado, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 0002-2016 de la notaría del licenciado Isaac Montero Solera, Barva de Heredia, del Banco de Costa Rica, 100 metros al norte y 125 al este.—Heredia, Barva, 13 horas del 27 de octubre del 2016.—Lic. Isaac Montero Solera, Notario.—1 vez.—( IN2016087873 ). Se cita a los interesados para que dentro del plazo de 30 días hábiles a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a hacer valer sus derechos dentro del proceso sucesorio notarial de la señora Auristela Soto González, mayor, soltera, ama de casa, vecina de San José, Desamparados, San Rafael Abajo, barrio Autofores, del centro comercial Los Higuerones, doscientos metros al sur; cédula de identidad 2-0138-0487, la cual se tramita en la notaría de la Licda. Wendy Solórzano Vargas, en San José, Sabana Oeste, del Balcón Verde; 50 metros al norte, mismo horario del Poder Judicial. Transcurrido el plazo sin oposición, se adjudicará el haber sucesorio a quien corresponda.—San José, 10 de noviembre del 2016.—Licda. Wendy Solórzano Vargas.—1 vez.—( IN2016087901 ). Se cita a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fue Vidal Eli Picado Madrigal, quien fuese mayor, costarricense, casado una vez, maestro de construcción, portador de la cédula de identidad número uno-cero dos cero nueve-cero cinco uno ocho, fallecido el día dieciséis de agosto del año dos mil trece, para que dentro del plazo de un mes contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos ante esta notaria ubicada en San José, Guadalupe, trescientos metros al este de la Iglesia Católica sobre calle principal, Edificio Campo Real, segunda planta, oficina número dos y se apercibe a los que creen tener la calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quién corresponda. Expediente: Dos mil dieciséiscero cero cero dos.—Lic. Fernando Jiménez Mora, Notario.—1 vez.—( IN2016087908 ). Se cita a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fue Vilma Masís Granados quien fuese mayor, costarricense, casada una vez, ama de casa, portadora de la cédula de identidad número: uno- cero cuatro nueve nueve-cero tres ocho cinco, fallecida el día primero de abril del año dos mil ocho, para que dentro del plazo de un mes contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos ante esta notaria ubicada en San José, Guadalupe, trescientos metros al este de la Iglesia Católica sobre calle principal, edificio Campo Real, segunda planta, oficina número dos y se apercibe a los que creen tener la calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente: número dos mil dieciséiscero cero cero uno.—Lic. Fernando Jiménez Mora, Notario.—1 vez.—( IN2016087909 ). Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de: Arcelio Abarca Valverde, quien fue mayor, casado una vez, vecino de Los Mangos de Vuelta de Jorco de Aserrí, con cédula de identidad N° 1-128-631, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos, que si no, se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 03-S-2016. Notaría de la licenciada Sonia Mayela Mora Arias, Notaria Pública, con oficina ubicada en Acosta, San Ignacio, contiguo a cancha de Fútbol Cinco, teléfono 8575-1842.—San José, 10 de noviembre del 2016.—Licda. Sonia Mayela Mora Arias, Notaria.—1 vez.—( IN2016087914 ). A quien interese se hace saber que en escritura número 100, folio 62 frente del tomo cinco del Protocolo del licenciado Carlos Enrique Devandas Artavia, carné 9513; se procedió a la apertura del proceso sucesorio de María Esther Jones Campbell, quien fue mayor, viuda, del hogar, cédula siete-cero dos seis-ocho siete dos y falleció en la ciudad de San José el día primero de octubre del año dos mil trece y de Danilo Garita Sander, quien fue mayor, casado una vez, pensionado, cédula siete-cero dos cero-nueve cinco siete; ambos vecinos de Guadalupe ciento setenta y cinco metros norte y Pág 24 — BOLETIN JUDICIAL Nº 223 Lunes 21 de noviembre del 2016 cien metros oeste de la Escuela Pilar Jiménez, quien falleció el día tres de febrero del año dos mil diez.—San José, ocho de noviembre del año dos mil dieciséis.—Lic. Carlos Enrique Devandas Artavia, Notario.—1 vez.—( IN2016087919 ). Se cita y emplaza a los posibles interesados en los sucesorios de Frank Hidalgo Núñez, cédula dos cero uno cuatro siete cero quinientos setenta, vecino de San José, Escazú, fallecido el 08 de octubre del 1998, que en 30 días desde la publicación del presente, se apersonen por sus derechos. Si no se presentan la herencia pasará a quien corresponda. Albacea: Ofelia Goñi Sánchez, viuda una vez, del hogar, cédula 301110259, vecina de San José, Escazú. Escritura 82, folio 042 frente tomo 12. Tibás, Urbanización 4 Reinas, casa 30 F.—San José, 10 de octubre del 2016.—Lic. Luis Arturo Escalante Rodríguez, Notario.—1 vez.—( IN2016087922 ). Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Jorge Antonio López Casorla, mayor, soltero, nacionalidad costarricense con documento de identidad N° 0105650931 y vecino de San Blas de Cartago. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que si no, se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 16000395-0346-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Cartago (Materia Civil), 04 de noviembre del 2016.—Msc. Flory Tames Brenes, Jueza.—1 vez.—( IN2016087977 ). Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Luis Paulino Villalobos Machado, mayor, casado, profesión pensionado, con documento de identidad N° 0301360379 y vecino de Tres Ríos, La Unión, Cartago. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que si no, se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 16-000421-0640-CI.— Juzgado Civil de Cartago, 31 de octubre del 2016.—Msc. Mateo Ivankovich Fonseca, Juez.—1 vez.—( IN2016087992 ). A solicitud de Juan Bautista Sánchez Sánchez, cédula de identidad número cinco-cero cero setenta y tres-cero trescientos sesenta y uno, he procedido a abrir expediente de sucesorio ab intestato, en sede notarial, de quien en vida fue Valeriana Cruz Vega, vecina de San José, cédula de identidad número cinco-cero cero setenta y cuatro-cero novecientos trece. Por este medio se emplaza a cualquier interesado en el presente proceso, para que se apersonen ante esta notaria, a formular pretensiones, legalizar créditos o hacer valer cualquier derecho sucesorio, bajo el apercibimiento de que si no se presentan en el plazo de treinta días hábiles a partir de la publicación del presente edicto, en el Boletín Judicial, la herencia pasará a quien corresponda. Lugar San José, Alajuelita, San Felipe, Urbanización Corina Rodríguez, avenida tres, casa número trescientos treinta y cuatro. Exp. N° 0002-2016. Fax: 22548159. Correo electrónico [email protected].—San José, 11 de noviembre del 2016.—Lic. Juan Carlos Vega Montoya, Notario.—1 vez.—( IN2016088017 ). Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Jesús Espinoza Barboza, quien fue mayor, casado una vez, pensionado, cédula de identidad número dos-ciento ochenta y ochoochocientos treinta y cuatro, vecino de Limón, Pococí, Cariarí, Campo Dos, La Esperanza; para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponde. Expediente número cero ceo cero unodos mil dieciséis. Notaria de la Licda. Natalia Alfaro Bermúdez, sita en la ciudad de Jiménez, Pococí, Limón; doscientos cincuenta metros oeste del Depósito El Labrador. Teléfono 8710-8038, correo electrónico [email protected].—Licda. Natalia Alfaro Bermúdez, Notaria.—1 vez.—( IN2016088018 ). A solicitud de Zaida Eliette Agüero Quesada, he procedido a abrir expediente de sucesorio Ab Intestato, en sede notarial, de quien en vida fue Esperanza Quesada Vargas, vecina de San José, cédula de identidad número uno-doscientos uno-doscientos catorce. Por este medio se emplaza a cualquier interesado en el presente proceso, para que se apersonen ante esta notaría, a formular pretensiones, legalizar créditos o hacer valer cualquier derecho sucesorio, bajo el apercibimiento de que si no se presentan en el plazo de treinta días hábiles a partir de la publicación del presente edicto, en el Boletín Judicial, la herencia pasará a quien corresponda. Lugar San José, Alajuelita, San Felipe, urbanización Corina Rodríguez, avenida tres, casa número trescientos treinta y cuatro. Expediente: 0001-2016, fax: 2254-8159, correo electrónico [email protected] San José, nueve de noviembre del 2016.—Lic. Juan Carlos Vega Montoya, Notario.—1 vez.—( IN2016088020 ). Se hace saber que en este Despacho, se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Marta Amparo Sanabria Martínez, mayor, estado civil casada, profesión, ama de casa, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad 0301600450 y vecina de Tuis de Turrialba. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº 16-000104-0341-CI.—Juzgado Civil, Trabajo y Agrario de Turrialba (Materia Civil), 20 de octubre del año 2016.—Lic. Wilberth Herrera Delgado, Juez.—1 vez.—( IN2016088025 ). Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión testamentaria de Marta Yalile Castaing Reyes, mayor, casada en segundas nupcias, cédula número uno-quinientos diecinuevequinientos setenta y ocho, vecina de San José, quien falleciera el día dieciocho de abril del dos mil trece según consta en el Registro de Defunciones de la provincia de San José, bajo la citas uno cero cinco dos cinco cuatro uno tres cero ocho dos seis, en defensa de sus derechos bajo el apercibimiento de que si no lo hiciere dentro del término indicado la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 002-2016. Bufete JIMCRIS.—San José, ocho horas del ocho de febrero del dos mil dieciséis.—Lic. Cristian Pérez Quirós, Notario.—1 vez.—( IN2016088060 ). Se hace saber que en este Despacho, se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Félix Jiménez Madrigal, mayor, divorciado, pensionado, costarricense, con documento de identidad 0102490783 y vecino de Cinco Esquinas de Tibás. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 16-000717-0169-CI.— Juzgado Civil de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 18 de octubre del año 2016.—Lic. Freddy Bolaños Rodríguez, Juez.—1 vez.—( IN2016088082 ). Conforme a los artículos novecientos veintidós y siguientes del Código Procesal Civil, se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fue: Rafael Vicente de Jesús Alfaro Arguedas, mayor, casado una vez, cédula número dos-ciento cuarenta-trescientos ochenta y cuatro, agricultor y vecino del centro de Liberia, Guanacaste, para que dentro del término de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen ante esta notaría, sita en el centro de Palmares, Alajuela, cien metros sur y veinticinco oeste del Colegio, a hacer valer sus derechos, bajo el apercibimiento de que si no lo hacen la herencia pasará a quienes legalmente corresponda.—Palmares, 23 de octubre del 2016.—Lic. Armando Blanco González, Notario.—1 vez.—( IN2016088106 ). Lunes 21 de noviembre del 2016 Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Marco Tulio Serrano Guzmán, mayor, casado una vez, pensionado, costarricense, con documento de identidad Nº 0301730797 y vecino de San José, La Lía de Curridabat. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda, expediente Nº 16-000728-0169-CI.— Juzgado Civil de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 09 de noviembre del 2016.—Lic. Freddy Bolaños Rodríguez, Juez.—1 vez.—( IN2016088136 ). Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Mario Ferreto Abarca, mayor, estado civil casado, nacionalidad costarricense, con cédula de identidad 0101860264 y vecino(a) de Sabalito, Coto Brus. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedor as y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Exp. N° 16-000022-0920-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur (Corredores) (Materia Civil), 13 de setiembre del 2016.—Lic. Dany Gerardo Matamoros Bendaña, Jueza.—1 vez.—( IN2016088140 ). Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Ivette Blanco Ulate, Elsie Blanco Ulate y Heliodoro Blanco Ulate, a las doce horas del veintiuno de setiembre del dos mil dieciséis, y comprobado el fallecimiento de Oliva Ulate Zamora, mayor de edad, casada una vez, ama de casa, vecina de Candelaria, Naranjo, trescientos metros este de la escuela con cédula de identidad número dosciento veintiséis-ochocientos cuarenta y seis, fallecida el veintitrés de febrero del dos mil catorce en Naranjo, Alajuela y Heliodoro Blanco Rojas, mayor de edad, casado una vez, agricultor, vecino de Candelaria, Naranjo, trescientos metros este de la escuela, con cédula de identidad número dos-cero ochenta y siete-cinco mil sesenta y seis, esta notaría ha declarado abierto su proceso sucesorio ab intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. No se tiene como parte a la Procuraduría General de la República, tal como ésta lo ha indicado. Notaría del licenciada Yesenia Quesada Rojas. Pital, San Carlos, cien metros norte del Cen-Cinai. Teléfono: 2473-1743.—San Carlos, 10 de noviembre del 2016.—Licda. Yesenia Quesada Rojas, Notaria.—1 vez.—( IN2016088150 ). Yo, Carlos Madrigal Mora, notario público comunico a quien interese que en mi notaría ubicada en Barrio González Lahmann, de Casa Matute Gómez, cien sur, cien este y veinticinco al sur, casa 1075 se tramita proceso sucesorio en sede notarial de quien en vida se llamó María Isabel Castillo Cisneros, cédula de identidad número uno-ciento setenta y siete-ochocientos sesenta y cuatro. Cito a todos los interesados para que dentro del plazo de treinta días concurran a mi notaría a hacer valer sus derechos.—San José, 11 de noviembre de 2016.—Lic. Carlos Madrigal Mora, Notario.—1 vez.—( IN2016088185 ). En este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Adelina Consuelo del Socorro Morales Barquero, cédula Nº 2-0151-0488, quien fue mayor, viuda, pensionada, vecina de Ciudad Cortés de Osa. Se emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de 30 días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que sin no se apersonan dentro de BOLETIN JUDICIAL Nº 223 — Pág 25 ese plazo, aquella pasará a quien corresponda, expediente Nº 13100011-423-CI-3.—Juzgado Civil de Osa, Ciudad Cortés, 1° de agosto del 2016.—Lic. Mario Alberto Barth Jiménez, Juez.—1 vez.—( IN2016088216 ). Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión que se declara abierta su proceso sucesorio de Pedro de Jesús Prieto Manzanares, quien fue mayor, casado una vez, operador de maquinaria, cédula de identidad número cinco-ciento veintitrésciento treinta y tres, vecino de Guanacaste, San Antonio de Nicoya, doscientos metros al sur de la escuela; para que en el plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a reclamar sus derechos; y se les apercibe a los crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro del plazo dicho, la herencia pasará a quien corresponda. Notifíquese.—Lic. William Elizondo Manzanares, Notario.—1 vez.—( IN2016088219 ). Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de Mauricio Alberto Quiñones Castellón, quien fuera mayor, soltero, técnico en seguridad, vecino de San Sebastián, cédula Nº 1-00741-0625. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda, expediente N° 2016-100044-0216-CI.—Juzgado Trabajo y Familia de Hatillo, Alajuelita y San Sebastián, 26 de julio del 2016.—Licda. Angélica Delgado Madrigal, Jueza.—1 vez.—( IN2016088262 ). Se cita y emplaza a todos los herederos, acreedores, legatarios e interesados en la sucesión del señor Carlos Eduardo Parini Umanzor, quien en vida fuera, casado una vez, registrador, vecino de San José, cédula N° 1-455-313, quien falleció en San José el 06 de julio del 2005, según consta en certificación expedida por el Registro Civil, Sección de Defunciones de la provincia de Limón, bajo las citas al tomo: 473, folio: 448, asiento: 896, para que dentro del término de 30 días naturales a partir de la presente publicación comparezcan ante la notaría del licenciado Gerardo Quesada Monge, sita en el distrito 01 Curridabat, cantón 18 Curridabat, de la provincia de San José, frente al Registro Nacional, segunda planta parqueo Mili, a legalizar sus créditos y hacer valer sus derechos y se apercibe a quienes creen tener calidad de herederos, que si no, se presentan dentro del término indicado, se procederá la declaratoria de herederos con quienes se hayan apersonado al proceso. Expediente N° 02-2016. Proceso sucesorio extrajudicial de Carlos Eduardo Parini Umanzor. Notario: Gerardo Quesada Monge. Publíquese una vez.—San José, a las 11 horas del día 07 de noviembre del 2016.—Lic. Gerardo Quesada Monge, Notario.—1 vez.—( IN2016088271 ). Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Olman de los Ángeles Loaiza Salazar, de quien fuese en vida, mayor, casado una vez, operario, vecino de Colonia Quince de Setiembre, cédula de identidad número: uno-cero siete cuatro nueve-cero siete dos ocho. Para que dentro del plazo de treinta días contado a partir de la publicación de este edicto, comparezca a reclamar sus derechos, y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos, que se presenten dentro de dicho plazo pues de lo contrario la herencia pasará a quien corresponda. Expediente dos mil dieciséiscero uno. Notaría del Lic. Alfonso Guzmán Chaves.—San José, diez de noviembre del año dos mil dieciséis.—Lic. Alfonso Guzmán Chaves, Notario.—1 vez.—( IN2016088281 ). Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Édgar Arce Ramírez, Susana de Los Ángeles Arce Villalobos, Andrea de Los Ángeles Arce Villalobos, Carolina de Los Ángeles Arce Villalobos, a las quince horas del día diez de noviembre del año dos mil dieciséis y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera Zulay Carmen María Villalobos Sánchez. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de Pág 26 — BOLETIN JUDICIAL Nº 223 Lunes 21 de noviembre del 2016 la Licenciada Kenlly Arlette Alfaro Ugalde, con oficina abierta en la ciudad de San José, República de Costa Rica, fax 22015468.—Licda. Kenlly Arlette Alfaro Ugalde, Notaria.—1 vez.— ( IN2016088283 ). Número ciento treinta: Ante mí, Rodolfo Alvarado Moreno, Notario Público con oficina abierta en San José, Barrio González Lahman, de Casa Matute Gómez, cien metros sur y veinticinco metros este, casa veintiuno treinta y cinco, comparecen Rosibel Granados Calvo, mayor, viuda, ama de casa, con cédula de identidad nueve-trescientos sesenta-setecientos noventa y cuatro, vecina de San José, Barrio Pinto, San Pedro de Montes de Oca; José Miguel Jiménez Granados, mayor, casado una vez, con cédula de identidad número uno-setecientos veintisiete. Setecientos setenta y dos, vecino de San José, Barrio Pinto, San Pedro de Montes de Oca y Greivin Jiménez Granados, mayor, casado una vez, con cédula de identidad número uno-novecientos ochenta y cinco-diecisiete, vecino de San José, Barrio Pinto, San Pedro de Montes de Oca y dicen: Primero: Que solicitan la apertura y tramitación del Proceso Sucesorio en Sede Notarial, de quien en vida se llamó Miguel Ángel Jiménez Carvajal, mayor, casado una vez, pensionado, con cédula de identidad número uno-trescientos cincuenta y tres-seiscientos treinta y dos y tuvo como último domicilio San José, Barrio Pinto, San Pedro de Montes de Oca; defunción inscrita en el Registro Civil al tomo: quinientos cincuenta y seis, asiento: setecientos sesenta y seis y folio: trescientos ochenta y tres, del Partido de San José, Sección Defunciones. Segundo: Que el causante estaba casado con la señora Granados Calvo, asimismo, los padres del mismo, los señores Ovidio Jiménez Chaves y María Carvajal Jiménez, se encontraban fallecidos al momento de su muerte, soportando la condición de premuertos. De esta forma, se constituyen como únicos herederos del señor Jiménez Carvajal los apersonados de nombres Rosibel Granados Calvo, José Miguel Jiménez Granados y Greivin Jiménez Granados. Tercero: De conformidad con la certificación registral número cero cero uno tres dos nueve cinco cinco, emitida por el Registro Nacional el causante no tenía bienes muebles inscritos a su nombre. Cuarto: De conformidad con la certificación registral con número consecutivo cero cero uno tres dos nueve cinco cuatro, emitida por el Registro Nacional, el causante no poseía bienes inmuebles inscritos a su nombre. Quinto: Solicitan todos los comparecientes que se nombre como albacea provisional a la señora Rosibel Granados Calvo, quien en este acto acepta el cargo y jura cumplirlo fielmente, y a la vez la eximen de presentar el plan de administración, ya que no hay bienes. Sexto: Manifiestan los comparecientes que atenderán notificaciones en el fax número veintidós veintitrés cuarenta y nueve ochenta y siete. Sétimo: A fin de proseguir adecuadamente con el proceso sucesorio, solicitan los comparecientes que se publique el Edicto de Ley. Octavo: Aportan como pruebas de los hechos y manifestaciones consagradas: a) Certificación con número consecutivo cuatro dos cero uno dos siete tres seis, emitida por el Registro Civil, que corresponde a la defunción del señor Miguel Ángel Jiménez Carvajal. b) Certificación inscrita en el tomo doscientos veinte, asiento trescientos sesenta y uno y folio ciento ochenta y uno, de la provincia de San José, Sección de Matrimonios, que corresponde al matrimonio del señor Miguel Ángel Jiménez Carvajal con la señora Rosibel Granados Calvo, c) Certificación con número consecutivo cuatro dos tres seis cero nueve tres cuatro, emitida por el Registro Civil, que corresponde al nacimiento de José Miguel Jiménez Granados d) Certificación con número consecutivo cuatro dos tres seis cero nueve tres tres, emitida por el Registro Civil, que corresponde al nacimiento de Greivin Arturo Jiménez Granados. e) Certificación con número consecutivo cero cero uno tres dos nueve cinco cinco, emitida por el Registro Nacional, que corresponde a ausencia de bienes muebles del señor Miguel Ángel Jiménez Carvajal. f) Certificación con número consecutivo cero cero uno tres dos nueve cinco cuatro, emitida por el Registro Nacional, que corresponde a la ausencia de bienes inmuebles del señor Miguel ángel Jiménez Carvajal. Noveno: Finalmente solicitan lo siguiente: a) Declarar abierto el presente sucesorio, b) Que se ordene publicar el Edicto de Ley, c) Que se nombre como albacea definitiva a la señora Rosibel Granados Calvo y se le exime de presentar el plan de administración, e) Se acepte el inventario de bienes realizado, no teniendo ningún bien el causante, f) Se les notifique de todas las actuaciones en el fax número veintidós veintitrés cuarenta y nueve ochenta y siete. Décimo: El suscrito Notario acepta las solicitudes hechas por las partes y jura cumplir el cargo fielmente. Es todo. Expido un primer testimonio a solicitud de los comparecientes. Leído lo anterior a los otorgantes, manifiestan y lo aprueban y juntos firmamos en San José, Barrio González Lahman, a las diez horas del día treinta y uno de octubre del año dos mil dieciséis. Ilegible *** Ilegible*** Ilegible*** Ilegible*/*/*/*/*/*/*/*/*/*/*/*/*/*/*/*/*/*/*/*/*/*/*/*/*/*/*/*/*/*/ Lo anterior es copia fiel y exacta de la escritura número ciento treinta, visible al folio ciento veintiséis, del tomo número seis del protocolo del suscrito notario. Confrontada que fue con su original resultó conforme y la expido como un primer testimonio cinco minutos después de su otorgamiento. */*/*/*/*/*/*/*/*/*/*/*/*/*/*/.— Rodolfo Alvarado Moreno.—1 vez.—( IN2016088318 ). Mediante acta de apertura otorgada ante esta Notaría por Marta Eugenia Peralta Azofeifa, Laura Alfaro Peralta, Jorge Roy Alfaro Peralta, Michelle Victoria Alfaro Peralta y Stephanie Alfaro Peralta, a las 09:00 horas del 28 de octubre del 2016, esta Notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato extrajudicial del señor Jorge Isaac Alfaro Porras, quien fue mayor, casado una vez, comerciante, vecino de San José, Pavas, Residencial Llanos del Sol, casa F-dos, cédula uno-tres siete uno-siete ocho seis, fallecido el dieciséis de noviembre del dos mil nueve. Se cita y emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante esta Notaría en defensa de sus derechos, bajo el apercibimiento de que si no lo hicieren la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 003-2016. Notaría del Lic. Carlos Ureña Zúñiga. San José, Quesada Durán, de la entrada al residencial Las Luisas, 250 este.—San José, 10 de noviembre del 2016.—Lic. Carlos Ureña Zúñiga, Notario.—1 vez.—( IN2016088322 ). Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Carlos Luis Agüero Madrigal quien fue mayor, casado, con cédula de identidad N° 1-0218-0204, vecino de Aserrí. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que si no, se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 16-100068-0236-CI.— Juzgado Contravencional de Menor Cuantía de Aserrí, 20 de setiembre del 2016.—Licda. Hellen Mora Salazar, Jueza.—1 vez.— ( IN2016088336 ). Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Johel Rodríguez Varela, mayor, casado, con documento de identidad número 2-0208-0776 y vecino de Zarcero. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Exp. N° 16-000145-0295-CI.—Juzgado Civil y Trabajo de Grecia, (Materia Civil), 12 de setiembre del 2016.—Lic. Randall Briceño Solano, Juez.—1 vez.—( IN2016088344 ). Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Argentina Araya Arce, mayor, estado civil casado, nacionalidad costarricense, con documento de identidad Nº 02-0292-1306 y vecina de Zarcero. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda, expediente Nº 16000117-0295-CI.—Juzgado Civil y Trabajo de Grecia (Materia Civil), 13 de julio del 2016.—Lic. Randall Briceño Solano, Juez.— 1 vez.—( IN2016088346 ). Lunes 21 de noviembre del 2016 Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Mireya Matamoros Acuña, mayor, estado civil viuda, pensionada, con documento de identidad 0201610895 y vecina de Naranjo. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Exp. N° 16-000091-0295-CI.—Juzgado Civil y Trabajo de Grecia, (Materia Civil), 21 de julio del 2016.—Lic. Randall Briceño Solano, Juez.—1 vez.—( IN2016088347 ). Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Álvaro Francisco Elizondo González, mayor, casado dos veces, comerciante, costarricense, con documento de identidad N° 0202820475 y vecino de San Jerónimo de Naranjo. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que si no, se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº 16-000144-0295-CI.—Juzgado Civil y Trabajo de Grecia (Materia Civil), 07 de setiembre del 2016.—Lic. Randall Briceño Solano, Juez.—1 vez.—( IN2016088348 ). Lic. Guido Mora Camacho, notario público con oficina abierta en la ciudad de Palmares de Alajuela, hace saber que a las trece horas del día once de noviembre del dos mil dieciséis, en mi notaría, bajo el expediente número 0001-2016, se declaró abierto el proceso sucesorio ab intestato en sede notarial, de quien en vida fue Víctor Hugo Méndez Estrada, cédula N° 2-0327-0100. Se cita y emplaza a herederos, legatarios, acreedores y en general, a todos quienes puedan resultar interesados o crean tener derechos en la presente sucesión extrajudicial en sede notarial, a efecto de que concurran a hacer valer sus derechos dentro de los siguientes treinta días a partir de la respectiva publicación del edicto en el Boletín Judicial, en la oficina del suscrito notario, sita en la ciudad de Palmares de Alajuela, cuatrocientos metros al norte del Colegio San Agustín, bajo el apercibimiento de que si no se apersonaren a la sucesión en esta notaría dentro del término conferido, la herencia pasará a quien corresponda.—Lic. Guido Mora Camacho, Notario.—1 vez.—( IN2016088351 ). Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de Judith Segura Azofeifa, mayor, casada una vez, ama de casa, con cedula tres-ciento diez-cuatrocientos cincuenta y uno, vecina de Cartago, San Rafael de Oreamuno, del cementerio, doscientos este, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen a hacer valer sus derechos y se les apercibe, que si no, se presentan dentro de ese plazo la herencia pasara a quien corresponda. Proceso sucesorio extrajudicial N° 0026-2016 de Judith Segura Azofeifa. Notaría del licenciada Laura Gómez Martinez, con oficina en San Rafael de Oreamuno Cartago.—San Rafael Oreamuno, el día ocho de noviembre del dos mil dieciséis.—Licda. Laura Gómez Martinez, Notaria.—1 vez.—( IN2016088355 ). Se cita y emplaza a todos los interesados en el sucesorio de Violeta Miranda Brenes, pensionada, cédula de identidad N° 4-0048-0759, quien era vecino de Fátima de Heredia y falleció el 3 de octubre del 2016, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos, en caso de no hacerlo la herencia pasará a quien en derecho corresponda. La dirección de la notaría es San José, Barrio México, avenida 11 bis, calle 20 y 22, edificio N° 2080. Fax 22-55-15-94.—Lic. Mario Alberto Marín Villalobos, Notario.—1 vez.—( IN2016088361 ). Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Pedro Regalado Bran Barrantes, mayor, casado, vecino de El Llano de Santa Cruz, ciento BOLETIN JUDICIAL Nº 223 — Pág 27 cincuenta metros al norte de la bomba, nacionalidad costarricense, con documento de identidad 0500460013. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 16-000159-0391-AG.— Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, Santa Cruz, 26 de octubre del 2016.—Licda. Erika Amador Brenes, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016088377 ). Se cita y emplaza a quien se considere con interés en el Sucesorio Notarial de quienes se llamaron Jorge Eduardo Del Socorro Chaves Rojas, mayor, pensionado, vecino de Pavas, cédula 203550503; Luis Guillermo Rodolfo Díaz Navarro, quien era mayor, pensionado, vecino de Pavas, cédula 900300066 y de Julieta Vargas Guevara, quien era mayor, viuda una vez, taxista, vecina de Liberia y cédula 301430268, para que en un plazo de treinta días a partir del día siguiente a esta publicación, comparezcan a mi Notaría, sita en San José Av. 6 calle 24 bis, casa 626 a hacer valer sus derechos, entendido que pasado ese plazo, se procederá a la declaratoria de herederos a quien corresponda.—Lic. Danilo Loaiza Bolandi, Notario.—1 vez.—( IN2016088415 ). Avisos Se hace saber que en este despacho se tramitan las diligencias de presunción de muerte de Benedicto Thelmo Zamora Segura, expediente Nº 16-000082-0504-CI, promueve Yanci Rocío Zamora Masís, mayor, casada una vez, cocinera, cédula de identidad Nº 401550765, vecina de Santo Domingo de Heredia, a efecto de que se declare la presunción de muerte de Benedicto Thelmo Zamora Segura, quien fuera mayor, cédula de identidad Nº 401120011. Se emplaza a los interesados que tuvieren noticia sobre su presunta muerte, para que dentro del plazo de tres meses, contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a presentar su oposición a estas diligencias, declaración de ausencia, expediente Nº 16-0000820504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 19 de abril del 2016.—Licda. Adriana Brenes Castro, Jueza.—( IN2016087826 ). 3 v. 1. Alt. Se convoca por medio de edicto que se publicará por tres veces consecutivas, a todas aquellas personas que tuvieran derecho a la tutela testamentaria de la persona menor Jimena María Molina Navarro por haber sido nombradas en testamento, ya por corresponderles la legítima, para que se presenten dentro del plazo de quince días contados a partir de la fecha de publicación del último edicto. Expediente N° 16-000516-0688-FA. Proceso tutela legítima. Promovente: Katherine María Molina Navarro.— Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, (Materia Familia), 03 de noviembre del 2016.—Msc. Ana Belly Umaña Quesada, Jueza.— Exonerado.—( IN2016087033 ). 3 v. 3. Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de las personas menores de edad Nicole y Seishel Samantha ambas Salas Godínez, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N°16-000555-0688FA. Clase de asunto depósito judicial.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia Familia), a las catorce horas y veintiséis minutos del doce de octubre del año dos mil dieciséis.—Msc. Denia Magaly Chavarría Jiménez, Jueza.—Exonerado.—( IN2016087106 ). 3 v. 3. Valeria Arce Ihabadjen, Jueza del Juzgado Primero de Familia de San José; hace saber a José Herrold Mora Ceciliano, documento de identidad 0112850173, soltero, empresario, de paradero desconocido, que en este despacho se interpuso un proceso autorización salida país en su contra, bajo el expediente número 15-001472-0186-FA, donde la madre de la menor pretende obtener autorización de salida permanente del país en favor de la menor Mora Salazar. Lo anterior se ordena así en proceso autorización salida país de Evelyn de Los Ángeles Salazar Sandí contra José Herrold Mora Pág 28 — BOLETIN JUDICIAL Nº 223 Lunes 21 de noviembre del 2016 Ceciliano. Expediente Nº 15-001472-0186-FA.—Juzgado Primero de Familia de San José, 23 de setiembre del 2016.—Licda. Valeria Arce Ihabadjen, Jueza.—1 vez.—( IN2016088221 ). Se hace saber: que ante este Despacho se tramita proceso de cambio de nombre promovido por María Gabriela Soto Mora mayor, soltera, estudiante, cédula de identidad Nº 0117120781, vecina de Curridabat, encaminadas a solicitar la autorización para cambiarse el nombre de María Gabriela Soto Mora, por el de Gabriela mismos apellidos. Se emplaza a los interesados en este asunto, a efecto de que dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen al proceso a hacer valer sus derechos, bajo los apercibimientos de ley en caso de omisión. Artículo 55 del Código Civil, expediente Nº 16000368-0893-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 27 de setiembre del 2016.—M.Sc. Fabio Enrique Delgado Hernández, Juez.—1 vez.—( IN2016088352 ). Se hace saber: Que ante este despacho se tramita proceso de cambio de nombre promovido por Eduardo Adriano Coccio Soto, mayor, soltero, estudiante, cédula de identidad número 0117120781 vecino de Curridabat, encaminadas a solicitar la autorización para cambiarse el nombre de Eduardo Adriano Coccio Soto, por el de Adriano mismos apellidos. Se emplaza a los interesados en este asunto, a efecto de que dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen al proceso a hacer valer sus derechos, bajo los apercibimientos de ley en caso de omisión. Artículo 55 del Código Civil. Exp. N° 16-0003690893-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 28 de setiembre del 2016.—Msc. Fabio Enrique Delgado Hernández, Juez.—1 vez.—( IN2016088354 ). Licda. María Marta Corrales Cordero, jueza del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, a quien interese, se le hace saber que en proceso de depósito judicial, expediente Nº 07-400388-0932-FA , establecido por el Patronato Nacional de la Infancia contra Leidiana Bellido Peralta, se ordena notificarle por edicto, la sentencia que en lo conducente dice: Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, a las ocho horas y cincuenta y siete minutos del día veintiuno de junio del año dos mil dieciséis. Proceso de depósito judicial, establecido por Patronato Nacional de la Infancia, en contra de Leidiana Bellido Peralta. Resultando: I..., II..., III..., Considerando: I..., II..., III..., IV... Por tanto: de conformidad con lo expuesto y haciendo prevalecer el interés superior de la persona menor de edad, se accede a la solicitud planteada por el Patronato Nacional de la Infancia razón por la cual se ordena el depósito judicial del menor Jafet Sidain Bellido Peralta en el hogar de la señora Rosa Victoria Peralta Vargas Se le previene a dicha señora, que deberá comparecer al Juzgado de Familia de Turrialba, dentro del octavo día después de la firmeza de la presente sentencia, a aceptar el cargo conferido, en razón de la cual se comisiona a ese juzgado para lo que corresponda. De conformidad con el artículo 263 del Código Procesal Civil y en virtud que el presente proceso es contra una persona ausente, representada por un curador procesal, lo procedente es ordenar la publicación de la parte dispositiva, por una sola vez, en el Boletín Judicial. Se resuelve sin especial condenatoria en costas por los principios que informan la materia. Notifíquese. Licda. María Marta Corrales Cordero, Jueza.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 10 de noviembre del 2016.— María Marta Corrales Cordero, Jueza de Familia.—1 vez.— Exonerado.—( IN2016088367 ). Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de la persona menor Camelia de los Ángeles Quirós Quiris, interviniente Luis Gerardo Quirós Brenes, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de tres días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N° 14000871-1146-FA. Clase de asunto incidente de modificación de fallo en depósito judicial.—Juzgado de Familia de Puntarenas, a las nueve horas y trece minutos del diez de noviembre de dos mil dieciséis.—Lic. Leonardo Loría Alvarado, Juez.—1 vez.— Exonerado.—( IN2016088369 ). Se avisa al señor Manuel Amaury Delgado Hernández, mayor, casado, gastronómico, nacionalidad cubana, documento de identidad N° 76010105585, demás calidades y domicilio desconocido, que dentro del proceso abreviado nulidad matrimonio N° 2014-0012400186-FA establecido por Procuraduría General República que se tramita en este Juzgado, se dictó la sentencia N° 990-2016 de las once horas veintitrés minutos del seis de setiembre de dos mil dieciséis cuya parte dispositiva dice: “Por tanto: De conformidad con los artículos 11, 12, 13, 14 bis, siguientes y concordantes del Código de Familia, 420, siguientes y concordantes del Código Procesal Civil se declara con lugar la demanda de declaratoria de matrimonio inexistente presentada por la Procuraduría General de la República contra Manuel Amaury Delgado Hernández y Jéssica María Aguilar Arias; se ordena anular la inscripción practicada en el Registro Civil, Sección de Matrimonios, Provincia de San José, al tomo 453, folio ciento 173, asiento 346, por ser inexistente el acto que la provocó. Se condena a la codemandada Manuel Amaury Delgado Hernández al pago de ambas costas de este proceso. Al ser declarado inexistente este matrimonio, el mismo no produce efectos jurídicos por nunca haber nacido a la vía jurídica, y por ende, la aplicación automática del artículo 69 del Código de Familia, conocida como presunción legal no puede ser aplicada, y en razón de ello, el menor de edad Breiner Jordany Delgado Aguilar, no puede ni tiene el derecho de llevar el apellido Delgado, siendo que de ahora en adelante su nombre será Breiner Jordany Aguilar Arias, conservando únicamente los apellidos de su madre; y no tendrá derecho esta persona menor de edad de suceder al demandado Manuel Amaury Delgado Hernández ni de pedirle pensión alimentaría; el menor de edad quien nació el veintiocho de febrero del año dos mil siete, y se encuentra inscrito bajo las citas de inscripción: tomo 1988, página 155 y asiento 310. Firme la sentencia, se ordena remitir atento oficio a la Dirección Ejecutiva del Poder Judicial para que proceda al pago de los honorarios fijados al curador; expídase la ejecutoria correspondiente para ante el Registro Civil, para lo cual la parte interesada deberá aportar una fotocopia de la sentencia que queda constando en el expediente. Se declara sin lugar las excepciones presentadas por la parte demandada. Cumplidas dichas diligencias, archívese el expediente. Notifíquese”.—Juzgado Primero de Familia del Primer Circuito Judicial de San José, 2 de noviembre del 2016.—Licda. Ana Córdoba Artavia, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016088370 ). Msc. Ramón Zamora Montes, Juez del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José; se le hace saber al señor Osnedy Martínez Suárez, que en proceso separación judicial, establecido por Paula Vanessa Casasola Venegas, bajo el expediente N° 14-002120-0165-FA, se ordenó notificarle por edicto, la sentencia de primera instancia N° 631-2016 de las dieciséis horas y uno minutos del quince de julio del dos mil dieciséis, que en lo conducente dice: Proceso abreviado de separación judicial promovido por Paula Vanessa Casasola, agente de ventas, cédula de identidad N° 1-1314952, vecina de Coronado contra Osnedy Martínez Suárez, chofer, pasaporte de su país Cuba N° C 725500, de domicilio desconocido. Resultando: I.—..., II.—…, III.—…; Considerando I.—Sobre los hechos tenidos por demostrados: 1), 2), 3), 4), 5), II.—Sobre el fondo del asunto:...; Por tanto: Por las razones y normativa expuesta, se declara con lugar la presente demanda, decretándose la separación judicial de Paula Vanessa Casasola Venegas y Osnedy Martínez Suárez. Sobre alimentos: Manteniéndose en este instituto el deber del mutuo auxilio entre las partes, no se entra a analizar la cuestión de la obligación alimentaria entre ambos cónyuges, ya que las partes podrán acudir a la vía de alimentos a dilucidar lo que a ley corresponda. Sobre los gananciales: No existen bienes gananciales a Lunes 21 de noviembre del 2016 liquidar, no obstante, de existir bien alguno, cada cónyuge adquiere el derecho de participar en el cincuenta por ciento de los bienes con carácter de gananciales que se constaten en el patrimonio del otro cónyuge, como lo dispone el numeral 41 del Código de Familia. Sobre las costas: Se resuelve sin especial condenatoria de costas (artículo 222 del Código Procesal Civil). Inscripción: A la firmeza de este fallo, inscríbase esta sentencia en el Registro Civil, Sección de Matrimonios de la provincia de San José, tomo cuatrocientos setenta y cuatro, folio diez, asiento diecinueve. Notifíquese. Licda. Grace Cordero Solórzano, Jueza Expediente Nº 14-002120-0165FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San Jose, 30 de setiembre del 2016.—Msc. Ramón Zamora Montes, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016088371 ). Ana Córdoba Artavia. Jueza del Juzgado Primero de Familia de San José; hace saber a Francisco Alfredo Peraza Fuentes, documento 988311, mayor, casado, pintor, vecino de domicilio desconocido: que en demanda divorcio establecida por Jacqueline María Rodríguez Rivera contra Francisco Alfredo Peraza Fuentes, expediente N° 16-000162-0186-FA, se ordena notificarle por edicto la parte dispositiva de la resolución del Juzgado Primero de Familia De San José, a las quince horas un minuto del diecisiete de agosto de dos mil dieciséis, que en lo conducente indica: Por tanto: De acuerdo a lo expuesto, y artículos 51 y 52 de la Constitución Política; 1, 2, 5, 6, 8, 11, 34, 41, 48 inciso 8, 57 del Código de Familia; se declara con lugar la demanda abreviada de divorcio por separación de hecho y se falla: 1) Se declara disuelto el vínculo matrimonial entre la actora y el demandad o por la causal de separación de hecho. 2) Se exime a los cónyuges del derecho a recibir alimentos del otro. 3) No existen hijos menores de edad . 4) El vehículo placa 466931 no es bien ganancial y pertenecerá a su actual propietaria con exclusividad. No hay más bienes gananciales. 5) Se condena al demandado vencido al pago de las costas procesales y personales. Una vez firme esta resolución, por medio de ejecutoria expedida a solicitud de parte interesada, inscríbase el mismo en el Registro Civil al margen del tomo 322, folio 166, asiento 331, del Libro de Matrimonios de la provincia de San José. Publíquese en el Diario Oficial la parte dispositiva de este fallo (art. 263 CPC). Hágase saber.—Juzgado Primero de Familia de San José.—Licda. Ana Córdoba Artavia, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016088378 ). Licda. María Marta Corrales Cordero, Jueza del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, a Adrián Roberto Padilla Azofeifa y Carolina Jiménez Salas, ambos en su carácter personal, quienes son de demás calidades y domicilios desconocidos, se le hace saber que en proceso depósito judicial. Exp: 16-000350-1307-FA, establecido por el Patronato Nacional de la Infancia, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, a las quince horas y treinta y seis minutos del veintinueve de marzo del año dos mil dieciséis. De las presentes diligencias de depósito de las personas menores Gabriel Jafeth Jiménez Salas, Monserrath Jimena Jiménez Salas, Joseph Daniel Jiménez Salas y Niurka Selena Padilla Jiménez, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, se confiere traslado por tres días a Carolina Jiménez Salas y Adrián Roberto Padilla Azofeifa, a quienes se les previene que en el primer escrito que presente(n) debe(n) señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 6508, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como BOLETIN JUDICIAL Nº 223 — Pág 29 medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Igualmente se les invita a utilizar “El Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr Si desea más información contacte al personal del despacho en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) fecha de nacimiento, d) profesión u oficio, e) si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) estado civil, g) número de cédula, h) lugar de residencia. En cuestiones de primer y especial pronunciamiento se nombra como depositaria judicial provisional de los menores Gabriel Jafeth Jiménez Salas, Monserrath Jimena Jiménez Salas, Joseph Daniel Jiménez Salas y Niurka Selena Padilla Jiménez a la señora Luz Marina Jiménez Salas a quien se le hace ver que debe apersonarse ante este despacho a aceptar el cargo conferido dentro del plazo de ocho días. Notifíquese esta resolución a Carolina Jiménez Salas y Adrián Roberto Padilla Azofeifa, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. El señor 1) Adrián Roberto Padilla Azofeifa se localiza en Liberia, Guanacaste, Cañas Dulces, costado oeste de la plaza de deportes, teléfono 6075-1756/6020-5497. Para estos efectos, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales y otras Comunicaciones; Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia) y la señora 2) Carolina Jiménez Salas en Guápiles, Bella Vista, La Leona de la escuela 300 metros oeste y 75 metros norte, teléfono 8485-0183. Para estos efectos, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales y otras Comunicaciones; Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica (Guápiles). En caso que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso del(a) funcionario(a) notificador(a), a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Notifíquese. Licda. Valerie Sancho Bermúdez, Jueza de Familia de Pococí y la resolución de las catorce horas y nueve minutos del diez de noviembre del año dos mil dieciséis. En vista de que los demandados Adrián Roberto Padilla Azofeifa y Carolina Jiménez Salas, careces de domicilio conocido y no fueros ubicados en las direcciones que se reflejan por sus cuentas cedulares, se ordena notificarle esta y la resolución de las quince horas y treinta y seis minutos del veintinueve de marzo del dos mil dieciséis, mediante un edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín judicial.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 10 de noviembre del 2016.—Licda. María Marta Corrales Cordero, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016088381 ). Licenciada María Marta Corrales Cordero, Jueza del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, a Yefry Steven Orozco Núñez y Michel Daniela Oconnor Hernández, en su carácter personal, quien es demás calidades y domicilio desconocido, se le hace saber que en proceso depósito judicial, exp. 16-000520-1307-FA, establecido por Patronato Nacional de la Infancia, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, a las nueve horas y cincuenta y siete minutos del diez de mayo del año dos mil dieciséis. De las presentes diligencias de depósito de las personas menores Jarred Steven Pág 30 — BOLETIN JUDICIAL Nº 223 Lunes 21 de noviembre del 2016 Orozco Oconnor, Yerick Jahir Orizco Oconnor y Soffy Aline Orozco Oconnor, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, se confiere traslado por tres días a Yefry Steven Orozco Núñez y Michel Daniela Oconnor Hernández, a quienes se les previene que en el primer escrito que presente(n) debe(n) señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado.- Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009.- Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono.- “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho.Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones .-” Igualmente se les invita a utilizar “El Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la página oficial del Poder Judicial, http://www. poder-judicial.go.cr Si desea más información contacte al personal del despacho en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. En cuestiones de primer y especial pronunciamiento se nombra como depositaria judicial provisional de los menores Jarred Steven Orozco Oconnor, Yerick Jahir Orizco Oconnor Y Soffy Aline Orozco Oconnor a la señora Karen Oconnor Hernández conocida como Karenth Oconnor Hernández, a quien se le hace ver que debe apersonarse ante este despacho a aceptar el cargo conferido dentro del plazo de ocho días. Notifíquese esta resolución a Yefry Steven Orozco Núñez y Michel Daniela Oconnor Hernández, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real .- Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales.- Para estos efectos, se comisiona a la Oficina De Comunicaciones Judiciales y otras Comunicaciones; Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica (Guápiles). Por localizarse en 1) Yefry Steven Orozco Núñez en Siquirres, Alto de Herediana (San Isidro), casa M-14, Urbanización Villa Bonita (dirección mediante cuenta cedular). Y la señora 2) Michel Daniela Oconnor Hernández en Siquirres, Alto Herediana (San Isidro), 150 metros sur de la iglesia evangélica La Esmeralda (dirección mediante cuenta cedular).- En caso que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso del(a) funcionario(a) notificador (a), a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Notifíquese. Licda. María Marta Corrales Cordero, Jueza. Y la resolución que dice: Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, a las diez horas y cuarenta y siete minutos del cuatro de agosto del año dos mil dieciséis. En vista de que los demandados Yefry Steven Orozco Núñez y Michel Daniela Oconnor Hernández carecen de domicilio conocido y no fue ubicado en la dirección reflejada por su cuenta cedular, se ordena notificarle esta y la resolución de las nueve horas y cincuenta y siete minutos del diez de mayo del dos mil dieciséis, mediante un edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín judicial. Elabórese el edicto respectivo. Para continuar con la etapa correspondiente una vez se realice la publicación arriba indicada. Notifíquese. Este edicto debe ser publicado una sola vez en El Boletín Judicial.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 10 de noviembre del 2016.—Licda. María Marta Corrales Cordero, Jueza.—1 vez.— Exonerado.—( IN2016088382 ). Juzgado de Familia en Puntarenas, convoca por medio de este edicto a las personas a quienes corresponda la curatela, conforme al artículo 236 del Código de Familia, para que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso de Salvaguardia promovido por Luis Alberto Segura Campos y María Eugenia Segura Campos, expediente número 16-000739-1146-FA, presunta persona con discapacidad María Nidia Segura Campos. Notifíquese.—Juzgado de Familia de Puntarenas.—Leonardo Loría Alvarado, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016088384 ). Licenciada Luz Amelia Ramírez Garita, Jueza del Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a Miguel Muñoz Sánchez, en su carácter personal, quien es mayor, Casada, de domicilio desconocido , pasaporte español PAAE986513, se le hace saber que en demanda divorcio, exp. 16-001394-0292-FA, establecida por Natassja Sofía Sáenz Arias contra Miguel Muñoz Sánchez, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a las once horas y dieciséis minutos del uno de noviembre de dos mil dieciséis.- De la anterior demanda abreviada de divorcio, establecida por el accionante Natassja Sofía Sáenz Arias, se confiere traslado a la accionado Miguel Muñoz Sánchez, en la persona de su Curadora Procesal, quien ya contestó debidamente la demanda, por el plazo perentorio de diez días, para que se oponga a la demanda o manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco días podrá oponer excepciones previas. Al contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su caso del nombre y las generales de ley de los testigos y los hechos a que se referirá cada uno. Se le previene a la parte demandada, que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado.- Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N°8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009.- Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono.- “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono celular, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho.Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.-” Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Lunes 21 de noviembre del 2016 Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. En caso que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso de la persona funcionaria notificadora, a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la Ley de Notificaciones Judiciales.- De conformidad con lo establecido en el ordinal 263 del Código Procesal Civil, se ordena la publicación de la presente resolución en el Boletín Judicial, mediante el edicto respectivo.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela.—Licda. Luz Amelia Ramírez Garita, Jueza.—1 vez.— Exonerado.—( IN2016088387 ). Licenciada Patricia Cordero García, Jueza del Juzgado de Familia de Cartago, a Uriel Martin Silva Quintanilla, en su carácter personal, quien es mayor, casado una vez pero separado, de nacionalidad nicaragüense, de domicilio y oficio desconocido, se le hace saber que en demanda divorcio, establecida por Adriana Patricia Calderón Hernández contra Uriel Martín Silva Quintanilla, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia de Cartago, a las dieciséis horas y catorce minutos del trece de setiembre del año dos mil dieciséis. De la anterior demanda abreviada de divorcio. Exp. 16-001679-0338-FA establecida por la accionante Adriana Patricia Calderón Hernández, se confiere traslado al accionado Uriel Martin Silva Quintanilla por el plazo perentorio de diez días, para que se oponga a la demanda o manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco días podrá oponer excepciones previas. Al contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su caso del nombre y las generales de ley de los testigos y los hechos a que se referirá cada uno. Por existir menores involucrados en este proceso se tiene como parte al Patronato Nacional de la Infancia. Notifíquese a dicha institución por medio del sistema de gestión en línea. Se le previene a la parte demandada, que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N°8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) fecha de nacimiento, d) profesión u oficio, e) si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) estado civil, g) número de cédula, h) lugar de residencia. Siendo que se desconoce el paradero del demandado se ordena nombrarle curador procesal para lo cual se nombra a Luis Alberto Sáenz Zumbado cédula N° 01-0410-0561, a quien se le previene para que dentro del plazo de tres días se presente a aceptar el cargo. Lo anterior bajo BOLETIN JUDICIAL Nº 223 — Pág 31 el apercibimiento de que de no hacerlo, se entenderá que no tiene interés en dicho nombramiento, y se procederá a la sustitución, sin necesidad de ulterior resolución que lo ordene, previa comunicación a la Dirección Ejecutiva del Poder Judicial para lo que corresponda. Notifíquese.—Juzgado de Familia de Cartago.—Licda. Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016088388 ). De la anterior demanda abreviado de divorcio bajo expediente 16-002454-0338-FA establecida por el accionante Llarina del Carmen Vargas Monge, se confiere traslado a la accionado Berardo Antonio Valdes por el plazo perentorio de diez días, para que se oponga a la demanda o manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco días podrá oponer excepciones previas. Al contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su caso del nombre y las generales de ley de los testigos y los hechos a que se referirá cada uno. Se le previene a la parte demandada, que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 1692008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho.- Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Siendo que la parte actora desconoce el domicilio del señor Berardo Antonio Valdes se nombra a Rafael Alberto Fioravanti Sanabria cédula: 0107350690 para que vele por los derechos e interés del mismo, a quien se le previene para que dentro del plazo de tres días se presente a aceptar el cargo. Lo anterior bajo el apercibimiento de que de no hacerlo, se entenderá que no tiene interés en dicho nombramiento, y se procederá a la sustitución, sin necesidad de ulterior resolución que lo ordene, previa comunicación a la Dirección Ejecutiva del Poder Judicial para lo que corresponda.—Juzgado de Familia de Cartago.—Licda. Cristina Dittel Masís, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016088391 ). Se avisa que en este Despacho bajo el expediente número 16-002605-0338-FA, Ronald Agusto Barquero Méndez y Xiomara de los Ángeles Pacheco Murillo, solicitan se apruebe la adopción de la persona menor Johan José Zamora Sánchez. Se concede a los interesados el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su disconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma.—Juzgado de Familia de Cartago, 7 de noviembre del 2016.—Licda. Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016088392 ). Pág 32 — BOLETIN JUDICIAL Nº 223 Lunes 21 de noviembre del 2016 Edictos Matrimoniales Han comparecido ante este Despacho, solicitando contraer matrimonio civil, William Corrales Vargas, mayor, de treinta y siete años de edad, soltero, labora en saneamiento ambiental, vecino de Santa Ana, Matinilla, cédula de identidad N° 1-1040-0907 y Silvia Elena Montes Rojas, mayor, de treinta y dos años de edad, soltera, ama de casa, vecina de Santa Ana, Matinilla, cédula de identidad N° 1-1200-0060. Se concede un plazo de ocho días, a quien tenga que hacer alguna oposición a dicho matrimonio, la que deberá presentarse por escrito ante este Despacho y en ese término. Expediente N° 16100113-0242-CI.—Juzgado Civil y de Menor Cuantía de Santa Ana. Santa Ana, 10 de noviembre del 2016.—Lic. José Bernal Rodríguez Marín, Juez.—1 vez.—( IN2016088023 ). En esta Notaría, se han presentado solicitando contraer matrimonio civil, los señores Gabriel Esteban Elizondo Villalobos mayor, divorciado una vez, oficinista, cedula de identidad Nº 2-616-176, nació en Alajuela el día 14 de enero de 1986, hijo de Alberto Elizondo Gamboa y Damaris Villalobos Luna; y Yahaira Esperanza Cano Berrios, mayor, soltera, operaria industrial, de nacionalidad nicaragüense con cédula de residencia Nº 155804031414, ambos vecinos de centro de Villa Bonita de Alajuela, nació en Managua, Nicaragua el día 6 de mayo 1992 es hija de Jairo Danilo Cano Darce y Flor María Berrios Solórzano. Si cualquier persona conoce algún impedimento para la celebración de este matrimonio sírvase comunicarlo dentro de los ocho días siguientes a la publicación. Notaria: Jesika Alfaro Delgado.—Alajuela, 08 de noviembre de 2016.—Lic. Jesika Alfaro Delgado, Notaria.—1 vez.—( IN2016088359 ). Han comparecido ante este Despacho solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes: Yineth Castillo Durán, mayor, soltera, ama de casa, cédula de identidad N° 2-765-660, vecina de San José, La Uruca, doscientos metros norte del puente Juan Pablo Segundo, casa de cemento, color gris, hija de Gerardina Durán Castillo y Freddy Castillo Arias, nacida en Upala, Alajuela, el 19 de marzo de 1997, con 19 años de edad y Pablo Evelio Rodríguez Solano, mayor, soltero, bodeguero, cédula de identidad N° 6-367903, vecino de San José, La Uruca, doscientos metros norte del puente Juan Pablo Segundo, casa de cemento, color gris, hijo de Eva Luz Solano Bravo y Remigio Máximo Rodríguez Rivas, nacido en Golfito, Puntarenas, el 29 de junio de 1987, actualmente con 29 años de edad. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de Matrimonio). Exp. N° 16-000007-1517-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Sede Upala, 20 de setiembre del 2016.—Lic. Luis Adrián Rojas Hernández, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016088372 ). Han comparecido a este despacho, solicitando contraer matrimonio civil los señores, Gerardo Rosales Solís mayor, soltero, cédula de identidad número, 6-0355-0742 costarricense, jornalero, de treinta años de edad, nacido en el centro de Golfito, de la provincia de Puntarenas en fecha 19-03-1986 y Alejandra Herrera Hernández, mayor, soltera, cédula de identidad número 7-02270639, costarricense, administradora del hogar, de veintidós años de edad, nacida en Limón, cantón central, distrito primero, en fecha 21-05-1994 , ambos vecinos de Limón cantón: Matama. Si alguna persona tuviere conocimiento de la existencia de impedimento legal para que su matrimonio se celebre debe manifestarlo a este despacho dentro de los ocho días posteriores a la publicación de este edicto. Expediente Nº 16-000688-1152-FA (2).—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 07 de noviembre de 2016.—Licda. Ángela Jiménez Chacón, Jueza.—1 vez.—Exento.—( IN2016088383 ). Han comparecido a este Despacho, solicitando contraer matrimonio civil: Ronald Ernest Elliott Rojas, mayor, cédula de identidad número 0600500430 y Blanca Rosa Loría Sequeira, mayor, cédula de identidad número 0601080750. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Exp. Nº 16-001175-1146-FA.—Juzgado de Familia de Puntarenas, 10 de noviembre del 2016.—Lic. Leonardo Loría Alvarado, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016088386 ). Han comparecido ante este Despacho solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Jessica Natalia Rojas Castillo mayor de edad, soltera, ama de casa, cédula de identidad 2-06650365, vecina de El Roble de Alajuela, hija de William Rojas Mora y de Isabel Castillo Solís, ambos de nacionalidad costarricense, nacida en Centro Central Alajuela, el veintiuno de octubre de mil novecientos ochenta y nueve, con 27 años de edad y Jairo Alberto Hernández Contreras, mayor de edad, soltero, constructor, cédula de identidad 2-0632-0279, vecino de El Roble de Alajuela, hijo de Idia Hernández Contreras, de nacionalidad costarricense, nacido en Centro Central de Alajuela, el treinta de noviembre de mil novecientos ochenta y seis, actualmente con 30 años de edad. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de Matrimonio). Exp. 16-0019310292-FA.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 07 de noviembre del 2016.—MSc. Liana Mata Méndez, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016088389 ). Han comparecido ante este Despacho solicitando contraer matrimonio civil las personas contrayentes Adrián Gustavo Víquez Estrada, mayor, soltero, técnico en informática, cédula de identidad N° 0114810774, vecino de Concepción, La Unión, Cartago, hijo de Rubén Víquez Murillo y Rafaela Irene Estrada González, nacida en Carmen Central, San José, el 31/10/1991, con 25 años de edad y Valeria Chinchilla Blanco, mayor, soltera, estudiante, cédula de identidad número 0116120238, vecina de San Antonio Vázquez de Coronado, hija de Rainer Chinchilla Valverde y Romy Blanco Solano, nacida en Uruca Central San José, el 20/07/1995, actualmente con 21 años de edad. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo, deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de Matrimonio). Expediente N° 16-0024410165-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, 2 de noviembre del 2016.—Msc. Ramón Zamora Montes, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016088390 ). Han comparecido a este Despacho, solicitando contraer matrimonio civil Javier Eduardo Barquero Monge, mayor, soltero, operario, cédula de identidad número 0304170201, vecino de Cartago, Proyecto Manuel de Jesús Jiménez, de la escuela, veinticinco metros sur, veinticinco metros al este, casa O-79, hijo de Amanda Monge Vega y Jorge Barquero Astorga, nacido en Oriental, Central, Cartago, el 05/01/1987, con 29 años de edad y Cristina María Torrentes Brenes, mayor, soltera, ama de casa, cédula de identidad número 0304190613, vecina de Cartago, Proyecto Manuel de Jesús Jiménez, de la escuela veinticinco metros sur, veinticinco metros al este, casa O-79, hija de Lidiette Brenes Jiménez y Arturo Torrentes Serrano, nacida en Oriental, Central, Cartago, el 10/03/1987, actualmente con 29 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 16-002711-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, 11 de noviembre del 2016.—Licda. Cristina Dittel Masís, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016088393 ).
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