BOLETÍN JUDICIAL N° 223 de la fecha 21 11 2016

Firmado
digitalmente por
CARLOS
CARLOS ALBERTO
ALBERTO
RODRIGUEZ
RODRIGUEZ PEREZ (FIRMA)
PEREZ (FIRMA) Fecha: 2016.11.18
14:32:35 -06'00'
AÑO CXXII
La
lunes
211°
dede
noviembre
del2016
2016
LaUruca,
Uruca,San
SanJosé,
José,Costa
CostaRica,
Rica,
lunes
febrero del
Nº 223 — 32 Páginas
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL
TERCERA PUBLICACIÓN
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de
la Ley Orgánica del Poder Judicial y para el caso específico los
siguientes acuerdos: de la Comisión Institucional de Selección y
Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta N° 01-2016 de
fecha 04 de mayo de 2016, artículo III y el acuerdo del Consejo
Superior en sesión N° 51-16, celebrada el 24 de mayo de 2016,
artículo CI; de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación
de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta N° 03-2006 de fecha 01 de
setiembre del 2006, artículo I y el acuerdo del Consejo Superior en
sesión N° 83-06, celebrada el 02 de noviembre del 2006, artículo
XLIV, de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de
Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta N° 01-2016 de fecha 04 de mayo
de 2016, artículo II y el acuerdo del Consejo Superior en sesión N°
51-16, celebrada el 24 de mayo de 2016, artículo XCV; se hace del
conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público
en general, que procederá a la destrucción de expedientes civiles
de los despachos que a continuación se detallan. Los expedientes se
encuentran remesados en el Archivo Judicial.
Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea
conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la
Dirección Ejecutiva dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de
la primera publicación de este aviso.
San José 3 de noviembre del 2016.
MBA Dinorah Álvarez Acosta,
Subdirectora Ejecutiva
Exonerado.—( IN2016086584 ).
SEGUNDA PUBLICACIÓN
ASUNTO Asueto concedido a los servidores que laboran en las
Oficinas Judiciales del cantón de Garabito, Puntarenas.
SE HACE SABER:
Que las oficinas judiciales del cantón de Garabito, Puntarenas,
permanecerán cerradas durante el día ocho de diciembre de dos
mil dieciséis, con las salvedades de costumbre, por motivo de la
celebración de los festejos patronales de dicho cantón.
San José, 15 de noviembre del 2016.
Mba. Dinorah Álvarez Acosta,
Subdirectora Ejecutiva
Exonerado.—( IN2016089078 ).
UNA PUBLICACIÓN
San José, a las ocho horas del nueve de noviembre del dos
mil dieciséis.—De conformidad con lo dispuesto en el artículo
12 del Reglamento sobre expedientes electrónicos ante el Poder
Judicial, se hace saber a las partes de los procesos que se tramitan
en el Juzgado Penal del Segundo Circuito Judicial de San José, que
al contar con el expediente completamente digitalizado y con los
respaldos de seguridad respectivos, se procederá a la destrucción de
expedientes en papel que a continuación se detallan. Si alguna parte,
tiene interés en que se les entregue los documentos aportados o las
actuaciones que se efectuaron, deberá gestionar ante el Juzgado
Penal del Segundo Circuito Judicial de San José, en un plazo máximo
de treinta días hábiles a partir de esta publicación. En caso de no
recibirse manifestación alguna, se procederá con la destrucción y el
reciclaje de los expedientes. El listado también puede ser consultado
en la página web del Poder Judicial: www.poder-judicial.go.cr.
Pág 2 — BOLETIN JUDICIAL Nº 223
CAUSA
08-000259-0612-PE
PROCESO
CAUSA
ESTAFA
PROCESO
CAUSA
CONCUSIÓN
13-000274-1219-PE
VENTA DE DROGA,
SUSTANCIAS
O
PRODUCTOS
SIN
AUTORIZACIÓN
12-000036-0618-PE
PECULADO
10-000509-0069-PE
FRAUDE
INFORMÁTICO
10-003424-0305-PE
PECULADO
OTROS
10-011820-0042-PE
ROBO AGRAVADO
10-202045-0456-PE
FALSIFICACIÓN DE
DOCUMENTOS
PÚBLICOS
Y
AUTÉNTICOS
13-003067-0648-PE
12-000020-0455-PE
12-000069-0621-PE
14-000247-1092-PE
13-000268-0648-PE
CONCUSIÓN
Enriquecimiento Ilicito
Corrupción
Abuso de Autoridad
13-003362-0305-PE
13-003537-0058-PE
HOMICIDIO
13-005335-0042-PE
CONCUSIÓN
DE
12-000120-0622-PE
VENTA DE DROGAS 13-007122-0042-PE
ABUSO
AUTORIDAD
ABUSO
AUTORIDAD
DE
13-010696-0042-PE
ABUSO
AUTORIDAD
DE
12-000121-0615-PE
DE
12-000131-0621-PE
DIVULGACIÓN
SECRETOS
12-000133-0275-PE
CONDUCCIÓN
TEMERARIA
12-000142-1219-PE
12-200068-0645-PE
Cohecho Propio
13-000027-0611-PE
Invasión
Area
Protección
13-000033-0611-PE
Invasión en Área de
Protección y otros
13-000054-0621-PE
Corrupción
13-000325-0076-PE
Concusión
13-017150-0042-PE
FRAUDE
INFORMÁTICO
13-000431-0619-PE
ABUSO
AUTORIDAD
13-020946-0042-PE
EXACCIÓN ILEGAL
13-000817-0175-PE
ESTAFA
VENTA DE DROGAS 13-024772-0042-PE
ESTAFA
13-001347-0283-PE
USO
FALSO
13-025589-0042-PE
ABUSO
AUTORIDAD
DE
12-000150-0275-PE
CONDUCCIÓN
TEMERARIA
13-001523-0061-PE
ABUSO
AUTORIDAD
CONCUSIÓN
13-200113-0801-PE
ABUSO
AUTORIDAD
DE
12-000158-0067-PE
13-001683-0175-PE
ESTAFA
12-000112-1092-PE
DESOBEDIENCIA
12-000117-0275-PE
TENTATIVA
HOMICIDIO
12-000120-0331-PE
CONCUSIÓN
DE
DE
DOCUMENTO
DE
12-000159-1219-PE
VENTA DE DROGAS 13-200118-0431-PE
PREVARICATO
13-002015-0042-PE
12-000195-0175-PE
LESIONES
CULPOSAS
PREVARICATO
13-008684-0042-PE
ESTAFA
PECULADO
13-019853-0042-PE
Transporte de droga
12-000208-0305-PE
12-000210-0175-PE
INCUMPLIMIENTO
DE DEBERES
ROBO AGRAVADO
13-500092-0895-FC
PENALIDAD
CORRUPTOR
14-000007-0618-PE
OCULTAMIENTO
DESTRUCCIÓN
INFORMACIÓN.
ARTÍCULO 219
DEL
13-019920-0042-PE
Infracción
Ley
Procedimientos
de
Observancia de los
Derechos de Propiedad
Intelectual.
O
DE
13-024772-0042-PE
Estafa
VENTA DE DROGAS 14-000007-1219-PE
VENTA DE DROGAS.
13-026367-0042-PE
12-000212-1219-TP
DIVULGACIÓN
SECRETOS
INCUMPLIMIENTO
DEBERES
13-201168-0457-PE
Incumplimiento
deberes
12-000833-0455-PE
DEFRAUDACIÓN
FISCAL
CONTRA
14-000013-0621-PE
HACIENDA
PECULADO
14-000010-0612-PE
PECULADO
12-000833-1092-PE
CIRCULACIÓN DE
MONEDA
FALSA
RECIBIDA
DE
14-000017-0621-PE
BUENA FE
INFRACCIÓN
GENERAL
ADUANAS
Y
REGLAMENTO
14-000059-0414-PE
ABUSO
AUTORIDAD
12-000853-0174-TR
CONDUCCIÓN
TEMERARIA
INCUMPLIMIENTO
DEBERES
14-001006-0455-PE
Abuso de Autoridad
12-000873-1092-PE
ABUSO
SEXUAL
CONTRA PERSONA
14-000024-0618-PE
MENOR DE EDAD
DEFRAUDACIÓN
FISCAL
CONTRA
14-002031-0648-PE
HACIENDA PÚBLICA
DESOBEDIENCIA
12-000877-648-PE
APROPIACIÓN
RETENCIÓN
INDEBIDA
ABUSO
DE
AUTORIDAD
TESTIMONIO
DE
PIEZAS DEL 13-0000260033-TP
14-002678-0058-PE
ABUSO
AUTORIDAD
DE
14-000010-0619-PE
14-000021-0611-PE
Y
14-000029-0621-PE
DE
LEY
DE
SU
12-000880-1092-PE
ROBO SIMPLE
14-000041-1219-PE
12-000918-1092-PE
DESOBEDIENCIA
14-000053-0396-PE
CONCUSIÓN
ROBO AGRAVADO
14-000065-1219-PE
14-200493-0454-PE
PECULADO
PREVARICATO
DE
HURTO SIMPLE
14-000071-1219-PE
VENTA DE DROGAS
15-000049-0621-PE
PREVICARIATO
14-000075-1219-PE
VENTA DE DROGAS
15-000066-0621-PE
ACEPTACION
DADIVAS
12-000953-0275-PE
MALTRATO
14-000086-0553-PE
PREVARICATO
15-000135-1219-PE
Venta de Droga
PECULADO
14-000095-1219-PE
VENTA DE DROGAS,
SUSTANCIAS
O
PRODUCTOS
SIN
AUTORIZACIÓN LEGAL 15-000233-0553-PE
ABUSO
AUTORIDAD
DE
DE
DE
12-000973-1092-PE
DESOBEDIENCIA
14-000111-1219-PE
VENTA DE DROGAS
15-000294-0414-PE
ABUSO
AUTORIDAD
12-000980-0612-PE
USO DE FALSO
DOCUMENTO
14-000113-1219-PE
VENTA DE DROGAS
15-000325-0278-PE
ABUSO
AUTORIDAD
12-000989-0612-PE
USO DE FALSO
14-000117-1219-PE
DOCUMENTO
VENTA DE DROGAS
15-000330-0619-PE
Prevaricato
12-000991-0275-PE
VIOLACIÓN
Documento firmadoABUSO
digitalmente
AUTORIDAD
10/11/2016 18:24:30
14-000123-1219-PE
VENTA DE DROGAS
15-000379-1275-PE
Penalidad del Corruptor
14-000124-1219-PE
VENTA DE DROGAS
15-000420-0042-PE
Hurto Agravado y Robo
Agravado
DE
12-001005-0305-PE
12-001030-0175-PE
INCUMPLIMIENTO
MEDIDA
DE
PROTECCIÓN
14-000143-0648-PE
12-001070-1092-PE
INCUMPLIMIENTO
MEDIDA
DE
PROTECCIÓN
14-000156-0331-PE
PENALIDAD
CORRUPTOR
12-001084-0305-PE
RESISTENCIA
VENTA DE DROGAS
14-000173-1219-PE
DESOBEDIENCIA
PREVICARIATO
12-001165-0648-PE
APROPIACIÓN
RETENCIÓN
INDEBIDA
DE
DE
12-000951-0283-PE
PENALIDAD
CORRUPTOR
PRIVACIÓN
DE
LIBERTAD
APROPIACIÓN
Y 12-001320-0061-PE
RETENCIÓN INDEBIDA 15-002400-0369-PE
Abuso de Autoridad
ENRIQUECIMIENTO
ILICITO
14-000379-0305-PE
13-003067-0648-PE
ABUSO
DE
APROPIACIÓN
Y 15-005202-0042-PE
AUTORIDAD
RETENCIÓN INDEBIDA 12-003353-0369-PE
13-000019-0033-TP
10-202045-0456-PE
APROPIACIÓN
Y
RETENCIÓN INDEBIDA 15-000492-0990-PE
ABUSO
AUTORIDAD
15-000537-0332-PE
Penalidad del Corruptor
15-000615-1092-PE
HURTO SIMPLE
15-000617-0455-PE
Incumplimiento
Deberes
14-000487-1283-PE
13-003362-0305-PE
VENTA DE DROGAS
14-000181-1219-PE
VENTA DE DROGAS,
SUSTANCIAS
O
PRODUCTOS
SIN
AUTORIZACIÓN LEGAL 15-000623-1092-PE
14-000183-1219-PE
VENTA DE DROGAS,
SUSTANCIAS
O
PRODUCTOS
SIN
AUTORIZACIÓN LEGAL 15-000900-0057-PE
HURTO SIMPLE
14-000241-1219-PE
VENTA DE DROGAS
15-001072-0068-PE
DE
PENALIDAD
CURRUPTOR
DEL
DE
12-001168-1092-PE
HURTO SIMPLE
14-000247-1092-PE
SUMINISTRO
Y
POSESIÓN
DE
DROGAS,
SUSTANCIAS
O
PRODUCTOS
SIN
AUTORIZACIÓN LEGAL
PARA LA VENTA
15-001232-1283-PE
12-002825-0305-PE
PECULADO
14-000272-1219-PE
VENTA DE DROGAS,
SUSTANCIAS
O
PRODUCTOS
SIN
AUTORIZACIÓN LEGAL 15-001400-0057-PE
ABUSO
AUTORIDAD
13-000006-1292-PE
CONCUSIÓN
14-000340-1219-PE
VENTA DE DROGAS
15-001660-0648-PE
Abuso de Autoridad
13-000008-0611-PE
INVASIÓN EN ÁREA
14-000376-0569-PE
DE PROTECCIÓN
AMENAZAS
UNA MUJER
15-001674-0066-PE
ABUSO
PERSONA
DEEDAD
CONTRA
SEXUAL
MAYORES
15-006973-0042-PE
12-022623-0042-PE
INCUMPLIMIENTO
DE
Hurto
Agravado
DEBERES
LEGITIMACION
DE
CAPITALES
Abuso de Autoridad
15-013016-0042-PE
12-200068-0645-PE
Robo Agravado
Cohecho Propio
13-000035-1219-PE
12-000120-0622-PE
SOBORNO
14-000565-0060-PE
VENTA DE DROGAS 13-007122-0042-PE
PECULADO
ABUSO
AUTORIDAD
12-000121-0615-PE
13-000039-0611-PE
ABUSO
DE
INVASIÓN
EN ÁREA
AUTORIDAD
13-010696-0042-PE
14-000646-0648-PE
DE
PROTECCIÓN
ABUSO
DE
APROPIACIÓN
Y
AUTORIDAD INDEBIDA 15-018037-0042-PE
13-000325-0076-PE
RETENCIÓN
Alteración
Concusión
Características
FRAUDE
INFORMÁTICO
ABUSO
DE 13-000431-0619-PE
15-023422-0042-PE
AUTORIDAD
EXACCIÓN ILEGAL
13-000817-0175-PE
PECULADO
15-026987-0042-PE
ESTAFA
ABUSOS
SEXUALES 13-001347-0283-PE
PERSONAS MAYORES
ABUSO
DE
DE EDAD
15-028091-0042-PE
13-001523-0061-PE
AUTORIDAD
ABUSO
DE
AUTORIDAD
ABUSO
DE
AUTORIDAD
ESTAFA
Abuso de Autoridad
USO
DOCUMENTO
FALSO
ABUSO
DE
ABUSO
DE
AUTORIDAD
AUTORIDAD
ABUSO
AUTORIDAD
PENALIDAD
CORRUPTOR
PREVARICATO
15-200097-0630-PE
13-002015-0042-PE
ESTAFA
ABUSO
FRAUDE
AUTORIDAD
INFORMATICO
13-008684-0042-PE
ESTAFA
15-200234-0630-PE
13-019853-0042-PE
16-000002-1218-PE
Abuso de Autoridad
Transporte de droga
PECULADO
16-000002-1219-PE
Venta
de
Drogas,
Sustancias o Productos
sin Autorización Legal
16-000008-0621-PE
USO
DOCUMENTO
FALSO Y FALSEDAD
IDEOLOGICA
16-000015-0455-PE
DAÑOS Y ABUSO DE
AUTORIDAD
DIVULGACIÓN DE
INCUMPLIMIENTO
12-000131-0621-PE
SECRETOS
DE
MEDIDA
DE
13-000047-0635-VD
Documento firmadoPROTECCIÓN
digitalmente
CONDUCCIÓN
12-000133-0275-PE
TEMERARIA
10/11/2016
18:24:30
13-000048-0621-PE
PREVARICATO
13-017150-0042-PE
14-001006-0455-PE
13-020946-0042-PE
14-001497-0369-PE
12-000142-1219-PE
VENTA DE DROGAS 13-024772-0042-PE
13-000054-0621-PE
12-000150-0275-PE
CONDUCCIÓN
CORRUPCIÓN
TEMERARIA
14-002228-0994-PE
13-025589-0042-PE
VENTA DE DROGA,
SUSTANCIAS
O 13-200113-0801-PE
CONCUSIÓN
PRODUCTOS
SIN
14-002619-0305-PE
AUTORIZACIÓN
VENTA DE DROGAS 13-200118-0431-PE
13-200799-0431-PE
14-007577-0042-PE
13-201112-0431-PE
14-010609-0042-PE
PREVARICATO
ABUSO
AUTORIDAD
PECULADO
CONCUSIÓN
DE 15-017113-0042-PE
13-000054-0621-PE
Invasión
Area
Protección
ABUSO
AUTORIDAD
Invasión en Área
Protección y otros
ABUSO
AUTORIDAD
Corrupción
de
DE
de
DE
de
DE
DEL
DE
13-001683-0175-PE
DE
13-000065-1219-PE
VENTA DE DROGA,
SUSTANCIAS
O
PRODUCTOS
SIN
14-014171-0042-PE
AUTORIZACIÓN
SIMULACIÓN
DELITO Y OTRO
13-000068-0621-PE
ENRIQUECIMIENTO
ILICITO
14-023708-0042-PE
ROBO AGRAVADO
13-000070-0621-PE
NEGOCIACIONES
INCOMPATIBLES Y
15-000379-1275-PE
OTROS
PENALIDAD
CORRUPTOR
13-000075-0619-PE
ABUSO
AUTORIDAD
15-000420-0042-PE
HURTO AGRAVADO Y
ROBO AGRAVADO
16-000016-1219-PE
VENTA DE DROGAS
ROBO AGRAVADO
15-000537-0332-PE
PENALIDAD
CORRUPTOR
DEL
13-000075-1092-PE
16-000018-0621-PE
Falsedad Ideológica
TRANSPORTE
DROGA
DE
15-026987-0042-PE
ABUSO
AUTORIDAD
DE
13-000077-0071-PE
16-000020-1218-PE
Corrupción
de
Funcionarios Públicos
ABUSO
AUTORIDAD
DE
13-000082-0277-PE
16-000002-1219-PE
VENTA DE DROGAS,
SUSTANCIAS
O
PRODUCTOS
SIN
AUTORIZACIÓN LEGAL 16-000034-0382-PE
PECULADO
DE
DE
DEL
13-000085-0621-PE
PECULADO
16-000020-1218-PE
CORRUPCIÓN
FUNCIONARIOS
PÚBLICOS
16-000036-1219-PE
VENTA DE DROGAS
13-000091-0061-PE
PECULADO
16-000049-1218-PE
CORRUPCIÓN
16-000049-1218-PE
Corrupción
13-000099-1219-PE
VENTA DE DROGA,
SUSTANCIAS
O
PRODUCTOS
SIN
16-000324-1220-TP
AUTORIZACIÓN
ESTAFA
16-000074-1218-PE
ADMINISTRACION
FRAUDULENTA
13-000100-1219-PE
SECUESTRO
EXTORSIVO
16-011487-0042-PE
AVERIGUAR MUERTE
16-000256-0636-PE
CONTRABANDO
13-000101-0621-PE
PECULADO
06-000526-0065-PE
CONCISIÓN
16-000304-0059-PE
DE
ABUSO
AUTORIDAD
Estafa
DE
13-000104-0621-PE
INCUMPLIMIENTO
DE DEBERES
06-000684-0175-PE
ABUSOS
SEXUALES
PERSONAS MENORES
DE
EDAD
E
16-000324-1220-TP
INCAPACES
13-000107-0175-PE
INCUMPLIMIENTO
DE DEBERES
06-010332-0042-PE
VIOLACIÓN
DE
LA
CUSTODIA DE COSAS 16-000387-1092-PE
Incumplimiento medida
de protección
13-000107-0621-PE
INCUMPLIMIENTO
DE DEBERES
06-200373-0396PE
PECULADO
16-000417-0277-PE
ATIPICO
13-000112-1219-PE
VENTA DE DROGA,
SUSTANCIAS
O
PRODUCTOS
SIN
07-200869-0454-PE
AUTORIZACIÓN
FALSEDAD
IDEOLOGICA
16-000484-0277-PE
ABUSO
AUTORIDAD
13-000119-0621-PE
PECULADO
DEFRAUDACION
FISCAL
16-000602-0455-PE
CONTRABANDO
13-000125-1219-PE
VENTA DE DROGA,
SUSTANCIAS
O
PRODUCTOS
SIN
08-000697-0369-PE
AUTORIZACIÓN
PECULADO
16-000603-1092-PE
HURTO SIMPLE
13-000133-1219-PE
VENTA DE DROGA,
SUSTANCIAS
O
PRODUCTOS
SIN
AUTORIZACIÓN
09-015663-0648-PE
ROBO AGRAVADO
16-001092-0305-PE
Abuso de Autoridad
13-000137-1219-PE
VENTA DE DROGA,
SUSTANCIAS
O
PRODUCTOS
SIN
09-015663-0648-PE
AUTORIZACIÓN
ROBO AGRAVADO
16-004606-0042-PE
INCUMPLIMIENTO DE
DEBERES
13-000142-1219-PE
VENTA DE DROGA,
SUSTANCIAS
O
PRODUCTOS
SIN
11-000138-0621-PE
AUTORIZACIÓN
FALSEDAD
DECLARACIÓN
JURADA
16-005074-0042-PE
Abuso de Autoridad
13-000158-0612-PE
PECULADO
ATIPICO
16-011487-0042-PE
Averiguar Muerte
13-000169-1219-PE
VENTA DE DROGA,
SUSTANCIAS
O
PRODUCTOS
SIN
11-000705-0636-PE
AUTORIZACIÓN
PECULADO
16-015497-0042-PE
HOMICIDIO
CULPOSOS
13-000181-0069-PE
ABUSO
AUTORIDAD
11-001125-0612-PE
FRAUDE
INFORMATICO
16-017822-0042-PE
AVERIGUAR MUERTE
11-022357-0042-PE
FALSIFICACIÓN
DOCUMENTOS
PÚBLICOS
AUTÉNTICOS
16-020504-0042-PE
AVERIGUAR MUERTE
16-020955-0042-PE
AVERIGUAR MUERTE
08-000002-0618-PE
11-000621-0674-VD
DE
DE
Y
ESTAFA
13-000215-0623-PE
VENTA DE DROGA,
SUSTANCIAS
O
PRODUCTOS
SIN
11-200446-0472-PE
AUTORIZACIÓN
CONCUSIÓN
13-000261-1092-PE
ROBO AGRAVADO
INVASION EN AREA DE
CONSERVACION
13-000265-1219-PE
VENTA DE DROGA,
SUSTANCIAS
O
PRODUCTOS
SIN
12-000020-0455-PE
AUTORIZACIÓN
12-000010-0611-PE
MALVERSACION
DE
DE
13-000215-0068-PE
Concusión
ABUSO
AUTORIDAD
ABUSO ASUNTOS DE
OTROS
AUTORIDAD
PENALIDAD
DEL
OCULTAMIENTO
O
CORRUPTOR
/ HURTO
DESTRUCCIÓN
DE
SIMPLE
INFORMACIÓN
HOMICIDIO
13-000027-0611-PE
FRAUDE
EN
LA
15-013787-0042-PE
ENTREGA DE COSAS
CONCUSIÓN
13-000033-0611-PE
12-000117-0275-PE
de
Y
VENTA DE DROGA,
14-000469-0673-NA
13-003174-0042-PE
ABUSO
DE
AUTORIDAD
Enriquecimiento Ilicito
13-000033-0611-PE
12-000120-0331-PE
DE
DEL
14-000175-1219-PE
DEL
13-002924-0042-PE
15-001660-0648-PE
12-000069-0621-PE
TENTATIVA
DE
INVASIÓN EN ÁREA
HOMICIDIO
13-003537-0058-PE
DE PROTECCIÓN Y
14-000532-0612-PE
OTROS
CONCUSIÓN
13-005335-0042-PE
DE
Inf.Ley Depósito Libre
de Golfito
12-000940-1092-PE
12-001149-0455-PE
14-000377-0648-PE
de
VENTA DE DROGAS,
SUSTANCIAS
O
PRODUCTOS
SIN
AUTORIZACIÓN LEGAL 15-000029-0618-PE
TRAFICO
INFLUENCIAS
12-001109-0369-PE
AMENAZAS CONTRA
APROPIACIÓN
Y 15-001674-0066-PE
UNA
MUJER
RETENCIÓN INDEBIDA 12-000986-0612-PE
INVASIÓN EN ÁREA
PECULADO
DE
PROTECCIÓN Y
OTROS
VENTA DE DROGA,
SUSTANCIAS
O
ROBO AGRAVADO
PRODUCTOS
SIN
AUTORIZACIÓN
FALSIFICACIÓN DE
DOCUMENTOS DE
ABUSO
PÚBLICOS
Y
AUTORIDAD
AUTÉNTICOS
ABUSO
DE
AUTORIDAD
PECULADO
ABUSO
DE
AUTORIDAD,
LESIONES LEVES
DESOBEDIENCIA
DE
VENTA DE DROGAS,
SUSTANCIAS
O
PRODUCTOS
SIN
AUTORIZACIÓN LEGAL 14-003042-0057-PE
12-001087-1092-PE
14-000376-0569-PE
13-002603-0648-PE
Abuso de Autoridad
Corrupción
ABUSO
SEXUAL
PERSONA MAYORES
DEEDAD
PATROCINIO INFIEL
LESIONES
DEFRAUDACIÓN
CULPOSAS
CONTRA
Documento firmadoFISCAL
digitalmente
13-000061-0618-PE
HACIENDA PÚBLICA
10/11/2016 18:24:30VENTA DE DROGAS
12-000204-1219-PE
13-000065-0832-PE
PECULADO
12-000211-1219-PE
12-000965-369-PE
VENTA DE DROGAS
CONCUSIÓN
13-000060-1219-PE
12-000159-1219-PE
INCUMPLIMIENTO DE
DEBERES
12-000939-1092-PE
14-000340-1219-PE
13-000325-0076-PE
12-000195-0175-PE
13-200799-0431-PE
Documento firmado digitalmente
10/11/2016 18:24:30VENTA DE DROGAS 13-201112-0431-PE
12-000204-1219-PE
DEL
14-000272-1219-PE
13-000274-1219-PE
12-000158-0067-PE
FRAUDE
INFORMATICO
Malversación
FRAUDE
CONCUSIÓN
INFORMÁTICO
13-000030-0382-PE
12-000112-1092-PE
de
PENALIDAD
PROCESO
CURRUPTOR
PECULADO
PECULADO
13-000029-0042-PE
12-000006-0612-PE
Abuso de Autoridad
12-000020-0455-PE
13-000006-1292-PE
10-000509-0069-PE
10-011820-0042-PE
12-022623-0042-PE
CAUSA
12-002825-0305-PE
10-000054-0829-PE
13-000013-1219-PE
INCUMPLIMIENTO DE
DEBERES
PROCESO
DE
VENTA
VENTA DE
DE DROGAS,
DROGA,
SUSTANCIAS
O
SUSTANCIAS
O
PRODUCTOS
SIN
PRODUCTOS
SIN
AUTORIZACIÓN
AUTORIZACIÓN LEGAL 15-001400-0057-PE
12-000036-0618-PE
13-000008-0611-PE
10-003424-0305-PE
DE
O
DE
ABUSO
AUTORIDAD
15-001072-0068-PE
ESTAFA
PRIVACIÓN
LIBERTAD
DE
VENTA DE DROGAS
HURTO SIMPLE
CAUSA
13-002924-0042-PE
OCULTAMIENTO
DESTRUCCIÓN
INFORMACIÓN
14-000241-1219-PE
08-000259-0612-PE
PATROCINIO INFIEL
ABUSO
AUTORIDAD
PECULADO
Concusión
Y
12-001168-1092-PE
13-002603-0648-PE
APROPIACIÓN
Y
RETENCIÓN INDEBIDA 12-003353-0369-PE
PRODUCTOS
SIN
AUTORIZACIÓN LEGAL 15-000900-0057-PE
Malversación
APROPIACIÓN
Y
RETENCIÓN INDEBIDA 12-000986-0612-PE
12-001320-0061-PE
14-000183-1219-PE
PROCESO
CONCUSIÓN
13-003174-0042-PE
12-000006-0612-PE
12-001165-0648-PE
APROPIACIÓN
RETENCIÓN
INDEBIDA
DEL
SUMINISTRO
Y
POSESIÓN
DE
DROGAS,
SUSTANCIAS
O
PRODUCTOS
SIN
AUTORIZACIÓN LEGAL
PROCESO
CAUSA
PARA LA VENTA
15-001232-1283-PE
13-000325-0076-PE
Y
PENALIDAD
CORRUPTOR
Lunes 21 de noviembre del 2016
13-000268-0648-PE
10-000054-0829-PE
12-001149-0455-PE
Publíquese por una vez en el Boletín Judicial. Comuníquese,
09 de noviembre del 2016.
MBA. Dinorah Alvarez Acosta,
1 vez.—( 2016088368 )
Subdirectora Ejecutiva
Lunes 21 de noviembre del 2016
PRIMERA PUBLICACIÓN
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley
Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la
Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos
(C.I.S.E.D.) en Acta Nº 01-2015, celebrada el 12 de agosto del 2015,
artículo V y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión Nº 79-15,
celebrada el 03 de setiembre del 2015, artículo XCI, se hace del
conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público
en general, que se procederá a la eliminación de Documentación
Administrativa del año 1993 al 2015 del Juzgado Agrario del
II Circuito Judicial de la Zona Atlántica. La documentación, se
encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.
Remesa:
A 10 L 93
Expedientes:4
Agendas:27
Ampos:15
Libros:12
Carpetas:69
Año:1993-2015
Asunto:
Documentación Administrativa: 27 Agendas (1
agenda personal Lic. Sergio Ramos A. año 2003. 1
agenda año 2006. 2 agendas año 2007. 3 agendas año
2008. 3 agendas año 2009. 3 agendas año 2010. 3
agendas año 2011. 3 agendas año 2012. 4 agendas
año 2013. 2 agendas año 2014. 2 agendas año 2015).
15 Ampos (1 ampo de actas de notificación y 1 ampo
de recepción de documentos año 2009. 2 ampos
de actas de notificación y 1 ampo de recepción
de documentos año 2010. 1 ampo de actas de
notificación 2011. 2 ampos de circulares período
2003-2009. 1 ampo de correo certificado período
2009-2011. 1 ampo copiadores de sentencia período
2007-2008. 1 ampo de registro de asistencia período
2007-2008. 1 ampo de registro de asistencia período
2009-2010. 1 ampo de registro de asistencia período
2011-2012. 1 ampo de registro de asistencia período
2013-2014. 1 ampo de comprobantes de solicitud de
expedientes período 2009-2014).
4 Expedientes de Quejas declaradas sin lugar,
desestimadas, archivadas o rechazadas de plano
del año 1998 (1 expediente disciplinario declarado
sin lugar Virgita Molina Sánchez. 1 expediente
disciplinario declarado sin lugar José Salazar
Monge. 1 expediente disciplinario declarado sin
lugar Maringen González Alfaro. 1 expediente
disciplinario declarado sin lugar Grettel Arce
Rivera).
12 Libros varios (1 libro de normas declaradas
inconstitucionales y 1 libro de circulares año 1997. 1
libro de circulares año 1998. 1 libro de circulares año
1999. 1 revista judicial año 2003. 1 libro de informe
de labores año 2004. 1 libro de informe de labores y
1 libro P.A.O año 2006. 1 libro de informe de labores
y 1 revista judicial año 2007. 1 libro P.A.O. año
2008. 1 libro P.A.E. año 2010).
69 Carpetas (1 carpeta de actas de notificación año
2006. 1 carpeta de actas de notificación período
2006-2007. 1 carpeta de actas de notificación período
2007-2008. 2 carpetas de actas de notificación
año 2008. 3 carpetas de circulares período 20022009. 1 carpeta de control de correo certificado
período 2008-2009. 2 carpeta de control de correo
certificado período 2012-2013. 3 carpetas de control
de vacaciones período 2001-2014. 4 carpetas de
copiadores de sentencia año 2006. 4 carpeta de
copiadores de sentencia año 2007. 4 carpeta de
copiadores de sentencia año 2008. 3 carpetas de
nombramientos de personal período 1997-2011.
40 carpetas de documentos administrativos varios
período 1993-2012).
BOLETIN JUDICIAL Nº 223 — Pág 3
Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea
conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la
Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de
la primera publicación de este aviso. Publíquese por tres veces en el
Boletín Judicial.
San José, 9 de noviembre de 2016.
MBA. Dinorah Álvarez Acosta
Subdirectora Ejecutiva
Exonerado.—( IN2016088395 ).
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de
la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el
acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de
Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 01-2015 de fecha 12 de agosto
del 2015, artículo XI y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión Nº
79-15 celebrada el 03 de setiembre del 2015, artículo LXXIX, de la
Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos
(C.I.S.E.D.) en Acta Nº 01-2014, celebrada el 14 de marzo del 2014,
artículo VIII, y la aprobación del Consejo Superior en Sesión Nº
47-2014, del 21 de mayo del 2014, artículo XXXI, de la Comisión
Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.)
en Acta Nº 01-2016 de fecha 04 de mayo de 2016, artículo II y el
acuerdo del Consejo Superior en Sesión N° 51-16 celebrada el 24
de mayo de 2016, artículo XCV, de la Comisión Institucional de
Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº
01-2016 de fecha 04 de mayo de 2016, artículo III y el acuerdo
del Consejo Superior en Sesión N° 51-16 celebrada el 24 de mayo
de 2016, artículo CI, de la Comisión Institucional de Selección y
Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 03-2006 de
fecha 01 de setiembre del 2006, artículo I y el acuerdo del Consejo
Superior en Sesión N° 73-06 celebrada el 28 de setiembre del
2006, artículo LIII, se hace del conocimiento de las instituciones
públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la
eliminación expedientes en Faltas y Contravenciones del año 2003
a 2013, expedientes de Pensiones del año 2005 a 2013, expedientes
laborales del año 2009 a 2013 y expedientes civiles del año 1995
a 2010 y expedientes de Tránsito del año 2001 a 2005 del Juzgado
Contravencional de Corredores. La documentación, se encuentra
remesada y custodiada en ese Despacho.
Faltas y Contravenciones
Remesa:
G 29 P 03
Expedientes:5
Paquetes:1
Año:2003
Asunto:
Faltas y contravenciones (Condenatorias)
Remesa:
G 26 P 04
Expedientes:14
Paquetes:1
Año:2004
Asunto:
Faltas y contravenciones (archivado y condenatoria).
Remesa:
G 21 P 05
Expedientes:6
Paquetes:1
Año:2005
Asunto:
Faltas y contravenciones (condenatoria).
Remesa:
G 18 P 06
Expedientes:74
Paquetes:1
Año:2006
Asunto:
Faltas y contravenciones (archivado, condenatoria,
absolutoria, prescripción)
Remesa:
G 18 P 07
Expedientes:7
Paquetes:1
Año:2007
Asunto:
Faltas y contravenciones (archivo, condenatoria)
Pág 4 — BOLETIN JUDICIAL Nº 223
Remesa:
Lunes 21 de noviembre del 2016
G 11 P 08
Expedientes:17
Paquetes:
1
Año:2008
Asunto:
Faltas y contravenciones (archivado, condenatoria)
Remesa:
G 8 P 09
Expedientes:670
Paquetes:8
Año:2009
Asunto:
Faltas y contravenciones (archivo, condenatoria,
desestimación, absolutoria)
Remesa:
G 7 P 10
Expedientes:607
Paquetes:7
Año:2010
Asunto:
Faltas y contravenciones (archivo, condenatoria,
desestimación, absolutoria)
Remesa:
G 8 P 11
Expedientes:698
Paquetes:8
Año:2011
Asunto:
Faltas y contravenciones (archivo, condenatoria,
desestimación, absolutoria)
Remesa:
G 6 P 12
Expedientes:770
Paquetes:9
Año:2012
Asunto:
Faltas y contravenciones (archivo, desestimación,
absolutoria)
Remesa:
G 4 P 13
Expedientes:572
Paquetes:6
Año:2013
Asunto:
Faltas y contravenciones (archivo, desestimación,
absolutoria)
Pensión Alimentaria
Remesa:
Q 11 P 05
Expedientes:1
Paquetes:1
Año:2005
Asunto:
1 demanda de pensión alimentaria (sin sentencia)
Remesa:
Q 10 P 07
Expedientes:1
Paquetes:1
Año:2007
Asunto:
1 consignación voluntaria (sin sentencia)
Remesa:
Q 10 P 08
Expedientes:1
Paquetes:1
Año:2008
Asunto:
1 demanda de pensión alimentaria (sin sentencia)
Remesa:
Q 7 P 09
Expedientes:109
Paquetes:5
Año:2009
Asunto:
107 demanda de pensión alimentaria, 2 consignación
de pensión alimentaria (sin sentencia, abandonados)
Remesa:
Q 5 P 10
Expedientes:118
Paquetes:5
Año:2010
Asunto:
Pensión Alimentaria: 108 demanda de pensión
alimentaria, 10 consignación de pensión alimentaria
(sin sentencia, abandonado)
Remesa:
Q 5 P 11
Expedientes:91
Paquetes:4
Año:2011
Asunto:
Pensión Alimentaria: 83 demanda de pensión
alimentaria, 8 consignación de pensión alimentaria
(sin sentencia, abandonado).
Remesa:
Q 3 P 12
Expedientes:87
Paquetes:4
Año:2012
Asunto:
Pensión Alimentaria: 76 demanda de pensión
alimentaria, 11 consignación voluntaria (sin
sentencia, abandonado)
Remesa:
Q 3 P 13
Expedientes:60
Paquetes:3
Año:2013
Asunto:
Pensión Alimentaria: 51 demanda de pensión
alimentaria, 9 consignación alimentaria (sin
sentencia, abandonado).
Tránsito
Remesa:
W 1 P 01
Expedientes:1
Paquetes:1
Año:2001
Asunto:
Expedientes de tránsito: 1 colisión (resolución de
archivo)
Remesa:
W 3 P 02
Expedientes:474
Paquetes:9
Año:2002
Asunto:
Expedientes de tránsito: 158 apelación de parte, 248
colisión, 45 se salió de la vía, 13 atropello, 5 vuelco,
2 daños, 3 infracción ley de tránsito (sentencia, auto
sentencia y resolución de archivo)
Remesa:
W 3 P 03
Expedientes:354
Paquetes:3
Año:2003
Asunto:
Expedientes de tránsito: 79 apelación de parte, 216
colisión, 33 se salió de la vía, 10 atropello, 7 vuelco,
4 infracción de tránsito, 3 derrape, 2 denuncia (sin
sentencia, auto sentencia y resolución de archivo)
Remesa:
W 3 P 04
Expedientes:334
Paquetes:3
Año:2004
Asunto:
Expedientes de tránsito: 101 apelación de parte,
169 colisión, 48 se salió de la vía, 11 atropello, 2
infracción de tránsito, 1 derrapo, 1 daño, 1 daño a la
propiedad (sentencia, auto sentencia y resolución de
archivo)
Remesa:
W 2 P 05
Expedientes:192
Paquetes:1
Año:2005
Asunto:
Expedientes de tránsito: 16 apelación de parte, 127
colisión, 28 se salió de la vía, 5 atropello, 3 vuelco, 8
denuncia, 4 infracción a la ley de tránsito, 1 lesiones
(sentencia, auto sentencia y resolución de archivo)
Civil
Remesa:
C 48 P 95
Expedientes:1
Paquetes:1
Año:1995
Asunto:
1 ejecutivo simple (abandonado)
Lunes 21 de noviembre del 2016
Remesa:
C 33 P 98
Expedientes:1
Paquetes:1
Año:1998
Asunto:
1 ejecutivo simple (archivado por arreglo
extrajudicial)
Remesa:
C 39 P 99
Expedientes:3
Paquetes:1
Año:1999
Asunto:
3 ejecutivo simple (archivado por arreglo
extrajudicial)
Remesa:
C 25 P 00
Expedientes:1
Paquetes:1
Año:2000
Asunto:
1 ejecutivo simple (archivado por arreglo
extrajudicial)
Remesa:
C 23 P 01
Expedientes:1
Paquetes:1
Año:2001
Asunto:
1 ejecutivo simple (archivado por arreglo
extrajudicial)
Remesa:
C 20 P 02
Expedientes:4
Paquetes:1
Año:2002
Asunto:
4 ejecutivo simple (archivado por arreglo
extrajudicial)
Remesa:
C 19 P 03
Expedientes:5
Paquetes:1
Año:2003
Asunto:
5 ejecutivo simple (archivado por arreglo
extrajudicial)
Remesa:
C 18 P 04
Expedientes:1
Paquetes:1
Año:2004
Asunto:
1 ejecutivo simple (archivado por arreglo
extrajudicial).
Remesa:
C 16 P 05
Expedientes:5
Paquetes:1
Año:2005
Asunto:
5 ejecutivo simple (archivado por arreglo
extrajudicial)
Remesa:
C 14 P 06
Expedientes:271
Paquetes:5
Año:2006
Asunto:
7 desahucio, 3 consignación de alquiler, 261 ejecutivo
simple (fenecidos con deserción, abandonado y
archivo por arreglo extrajudicial)
Remesa:
C 13 P 07
Expedientes:156
Paquetes:3
Año:2007
Asunto:
7 desahucio, 2 consignación de alquiler, 147 ejecutivo
simple (fenecidos con deserción, abandonado y
archivo por arreglo extrajudicial).
Remesa:
C 12 P 08
Expedientes:74
Paquetes:2
Año:2008
BOLETIN JUDICIAL Nº 223 — Pág 5
Asunto:
14 desahucio, 2 consignación de alquiler, 58 ejecutivo
simple (fenecidos con deserción, abandonado y
archivo por arreglo extrajudicial)
Remesa:
C 8 P 09
Expedientes:14
Paquetes:1
Año:2009
Asunto:
11 desahucio, 3 consignación de alquiler
Remesa:
C 8 P 10
Expedientes:9
Paquetes:1
Año:2010
Asunto:
2 desahucio, 7 consignación de alquiler
Laboral
Remesa:
L 13 P 09
Expedientes:26
Paquetes:1
Año:2009
Asunto:
17 Infracción a la ley constitutiva de la Caja
Costarricense de Seguro Social, 7 consignación de
trabajador fallecido, 2 infracción a la ley de trabajo y
seguridad (terminados y abandonados)
Remesa:
L 12 P 10
Expedientes:22
Paquetes:1
Año:2010
Asunto:
20 infracción a la ley constitutiva de la Caja
Costarricense de Seguro Social, 2 consignación de
trabajador fallecido (terminados y abandonados)
Remesa:
L 12 P 11
Expedientes:32
Paquetes:1
Año:2011
Asunto:
18 infracción a la ley constitutiva de la Caja
Costarricense de Seguro Social, 5 consignación de
trabajador fallecido, 9 infracción de trabajador y
seguridad social (terminados y abandonados)
Remesa:
L 9 P 12
Expedientes:16
Paquetes:1
Año:2012
Asunto:
11 infracción a la ley constitutiva de la Caja
Costarricense de Seguro Social, 5 consignación
de trabajador fallecido, infracción de trabajador y
seguridad social (terminados y abandonados)
Remesa:
L 8 P 13
Expedientes:4
Paquetes:1
Año:2013
Asunto:
2 infracción a la ley constitutiva de la Caja
Costarricense de Seguro Social, 2 consignación de
trabajador fallecido (terminados y abandonados).
Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea
conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la
Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de
la primera publicación de este aviso. Publíquese por tres veces en el
Boletín Judicial.
San José, 9 de noviembre de 2016.
MBA. Dinorah Álvarez Acosta
Subdirectora Ejecutiva
Exonerado.—( IN2016088396 ).
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de
la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el
acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de
Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 01-2016 de fecha 04 de mayo
de 2016, artículo II y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión N°
Pág 6 — BOLETIN JUDICIAL Nº 223
Lunes 21 de noviembre del 2016
51-16 celebrada el 24 de mayo de 2016, artículo XCV, se hace del
conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en
general que se procederá a la eliminación de Expedientes de Familia
del año 2008 al 2012 del Juzgado de Familia del II Circuito Judicial
de la Zona Atlántica. La documentación, se encuentra remesada y
custodiada en ese Despacho.
Remesa:
F 4 L 08
Expedientes:250
Paquetes:09
Año:2008
Asunto:
Familia Varios: 62 abreviados de divorcio: 13 sin
lugar, 15 desiertos, 11 inadmisible, 23 sin sentencia,
21 régimen de visitas: 5 sin lugar, 6 desiertos, 2
abandono, 3 sin sentencia y 5 inadmisibles, 11
reconocimiento de hijo mujer casada: 6 sin lugar,
5 abandono, 22 Investigación de paternidad: 10 sin
sentencia, 2 inadmisibles y 10 abandono, 20 divorcios
mutuos: 01 sin lugar, 7 sin sentencia y 12 abandono,
3 Deposito Judicial: 01 abandono, 2 inadmisibles,
01 tutela en abandono, 03 Afirmación de Paternidad,
02 sin sentencia, 01 abandono, 05 medidas de
protección con sentencia, 06 Separación Judicial:
04 desiertos y 02 sin sentencia, 20 Impugnaciones:
06 sin sentencia, 03 deserción, 11 inadmisibles, 12
modificación patria potestad, 4 sin lugar, 01 desierto,
01 abandono, 01 inadmisible, 05 sin sentencia, 11
impugnación de paternidad, 03 desiertos, 06 sin
sentencia, 02 inadmisible, 23 unión de hecho: 01 sin
lugar, 07 inadmisibles, 08 desierto, 07 sin sentencia,
19 Utilidad y Necesidad: 03 sin lugar, 07 con
lugar, 07 abandono y 02 sin sentencia, 06 Insania:
02 con lugar, 02 sin lugar y 02 sin sentencia, 05
Patria Potestad: 01 sin lugar, 02 inadmisible, 02 sin
sentencia.
Remesa:
F 3 L 09
Expediente:208
Paquetes:07
Año2009
Asunto:
Familia Varios: 20 Divorcios mutuos: 02 sin lugar,
01 sin sentencia y 17 abandono, 07 Insania: 04 con
lugar, 01 abandono, 01 sin sentencia, 01 sin lugar,
04 Deposito Judicial Menor: 02 sin sentencia, 02
abandono, 13 Modificación de Guarda Crianza,
02 sin sentencia, 06 sin lugar, 03 deserción, 02
inadmisible, 03 Declaratoria Hijo Extramatrimonial:
01 archivo y 02 sin lugar, 06 Ordinarios: 04 sin
sentencia, 01 desierto, 01 sin lugar, 05 Impugnación
de Paternidad: 04 abandono, 01 inadmisible, 11
Investigación de Paternidad, 01 Inadmisible, 10
abandono, 08 Reconocimiento de Hijo Mujer Casada:
05 sin lugar, 03 abandono, 16 Reconocimiento
Unión de Hecho: 05 sin sentencia, 02 desierto, 04
inadmisible y 05 sin lugar, 01 Tutela sin sentencia,
06 Separación Judicial: 01 inadmisible, 02 deserción,
03 sin sentencia, 07 Medidas de Protección: 05 con
sentencia y 02 abandono, 05 Liquidación de bienes
gananciales: 01 desierto, 02 sin lugar, 02 inadmisible,
08 Reconocimiento Hijo mujer casada: 05 sin lugar,
03 abandono, 17 Diligencia de Utilidad y Necesidad:
01 sin sentencia, 10 con lugar, 06 en abandono, 15
Régimen de Visitas: 07 abandono, 02 inadmisible,
03 sin lugar, 01 sin sentencia, 02 deserción, 51
Abreviado de Divorcios: 10 sin lugar, 19 desiertos,
10 inadmisibles, 12 sin sentencia, 05 Suspensión
Patria Potestad: 01 Inadmisible, 01 sin sentencia y
03 con lugar.
Remesa:
F 1 L 10
Expedientes:213
Paquetes:7
Año:2010
Asunto:
Familia Varios: 08 Reconocimiento Hijo Mujer
Casada: 01 sin lugar, 05 abandono, 01 inadmisible,
01 sin sentencia, 25 Modificación Guarda Crianza:
04 sin lugar, 08 desierto, 01abandono, 02 inadmisible
y 10 sin sentencia, 22 Divorcios Mutuos: 04 sin
sentencia y 18 abandono, 13 Medidas de Protección:
04 abandono, 09 con resolución final, 05 Insania: 03
con lugar, 02 abandono, 02 Adopción con abandono,
05 Separación Judicial: 01 sin lugar, 01 sin sentencia,
02 inadmisible, 01 desierto, 02 Declaratoria Hijos
Extramatrimonial con abandono, 02 Impugnación
de Reconocimiento: 01 inadmisible y un abandono,
06 impugnación de Paternidad: 04 inadmisibles, 02
abandono, 22 Reconocimiento Unión de Hecho:
10 inadmisible, 03 desierto, 04 sin sentencia,
05 sin lugar, 09 Investigación de Paternidad: 03
sin sentencia, 03 abandono, 03 inadmisible, 45
Abreviado de Divorcio: 06 sin lugar, 17 desierto,
11 inadmisible, 11 sin sentencia, 12 Utilidad y
Necesidad: 04 sin lugar, 08 sin sentencia, 16 Régimen
de visitas, 01 Deposito Menores en abandono, 01
Tutela en abandono, 01 Suspensión Patria Potestad
en abandono, 16 Régimen de visitas: 02 sin lugar, 08
desierto, 03 archivo, 01 terminado, 01 inadmisible,
01 homologue.
Remesa:
F 1 L 11
Expedientes:152
Paquetes:5
Año:2011
Asunto:
Familia Varios: 15 Régimen de visitas: 02 sin lugar,
07 sin sentencia, 03 abandono y 03 desierto, 22
divorcio mutuo: 01 sin lugar, 02 sin sentencia, 19
abandono, 37 abreviado de divorcio: 04 sin lugar,
18 desierto, 09 inadmisible, 06 sin sentencia, 02
Declaratoria Extramatrimonial con Investigación
de Paternidad con abandono 07. Liquidación
anticipada de bienes, 03 sin sentencia, 02 desierto,
02 inadmisible, Reconocimiento de hijo de Mujer
Casada con Abandono, 10 Investigación de
Paternidad: 02 sin sentencia, 03 Inadmisible, 05
abandono, 16 Reconocimiento Unión de Hecho: 08
desierto, 03 inadmisible, 02 sin lugar, 03 sin sentencia,
09 Impugnación de Paternidad: 04 abandono,
03 inadmisible, 02 desierto, 02 Autorización de
Salida del País de menor con lugar, 03 Medidas
de Protección Judiciales: 03 sin sentencia, 01
Declaratoria de Abandono en abandono, 05 Depósito
Judicial de Menor: 04 sin sentencia, 01 sin lugar,
01 Separación Judicial sin sentencia, 02 suspensión
Patria Potestad: 01 inadmisible, 01 abandono, 01
impugnación de reconocimiento con sentencia,
05 Insania: 03 abandono, 02 sin sentencia, 12
Modificación de Guarda Crianza y Educación: 05 sin
sentencia, 01 inadmisible, 04 desierto, 01 abandono,
01 sin lugar, 01 curatela en abandono.
Remesa:
F 1 L 12
Expedientes:154
Paquetes:7
Año:2012
Asunto:
Familia Varios: 16 Divorcios Mutuos: 04 sin
sentencia, 12 abandono, 22 Régimen de Visitas: 04
sin lugar, 05 abandono, 9 desierto, 01 inadmisible,
03 sin sentencia, 41 Abreviados de divorcio: 07 sin
lugar, 17 desiertos, 09 inadmisible, 08 sin sentencia,
01 Curatela sin sentencia, 04 Suspensión de Patria
Potestad: 01 desierto, 02 inadmisible, 01 abandono,
04 Medidas de Protección Judiciales sin sentencia,
09 Impugnación de Paternidad: 01 inadmisible, 06
desierto, 02 abandono, 06 Sumario de Diligencia de
Utilidad y Necesidad: 01 sin sentencia, 05 abandono,
04 Separación Judicial: 02 desierto, 02 sin sentencia,
08 Deposito Judicial sin Sentencia, 01 Declaratoria
Lunes 21 de noviembre del 2016
de Extramatrimonial sin Sentencia, 02 Insania:
01 sin sentencia, 01 abandono, 04 Liquidación
Anticipada de Bienes: 01 inadmisible, 01 abandono,
02 sin sentencia, 01 Conflicto Autoridad Parental
desierto, 03 Reconocimiento Hijo Mujer Casada:
02 abandono, 01 sin lugar, 10 Investigación de
Paternidad: 03 abandono, 07 sin sentencia, 08
Reconocimiento Unión de Hecho: 05 sin sentencia,
01 desierto, 02 inadmisible, 10 Modificación Guarda
Crianza y Educación: 05 desierto, 04 sin sentencia,
01 Inadmisible.
Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea
conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la
Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de
la primera publicación de este aviso. Publíquese por tres veces en el
Boletín Judicial.
San José, 9 de noviembre de 2016.
MBA. Dinorah Álvarez
Acosta
Subdirectora Ejecutiva
Exonerado.—( IN2016088397 ).
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley
Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la
Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos
(C.I.S.E.D.) en Acta N° 03-2006 de fecha 01 de setiembre del 2006,
artículo I y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión N° 73-06
celebrada el 28 de setiembre del 2006, artículo LIII, se hace del
conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en
general que se procederá a la eliminación de Expedientes Laborales
del año 2011 al 2014 del Juzgado Trabajo de I Circuito Judicial
de la Zona Atlántica. La documentación, se encuentra remesada y
custodiada en ese Despacho.
Remesa:
L 9 L 11
Expedientes:14
Paquetes:1
Año:2011
Asunto:
Laboral: 14 Consignación de prestaciones.
Remesa:
L 9 L 12
Expedientes:30
Paquetes:1
Año:2012
Asunto:
Laboral: Disolución de Cooperativas 1, Conmutación
19, diligencias de trabajador 10.
Remesa:
L 7 L 13
Expedientes:24
Paquetes:1
Año:2013
Asunto:
Laboral: Conmutación rentas 14, Consignaciones de
prestaciones 10.
Remesa:
L 3 L 14
Expedientes:19
Paquetes:1
Año:2014
Asunto:
Laboral: Conmutación rentas 19.
Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea
conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la
Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de
la primera publicación de este aviso.
San José, 9 de noviembre de 2016.
MBA. Dinorah Álvarez
Acosta,
Exonerado.—( IN2016088398 ).
Subdirectora Ejecutiva
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de
la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el
acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de
Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta N° 01-2016 de fecha 04 de mayo
BOLETIN JUDICIAL Nº 223 — Pág 7
de 2016, artículo II y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión
N° 51-16 celebrada el 24 de mayo de 2016, artículo XCV, de la
Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos
(C.I.S.E.D.) en Acta N° 01-2009 de fecha 26 de febrero del
2009, artículo I y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión N°
58-09, celebrada el 02 de junio del 2009, artículo LV, se hace del
conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público
en general que se procederá a la eliminación de Expedientes de
Violencia Doméstica del año 2006 al 2010 y Expedientes de Penal
Juvenil del año 1990 a 1994 y de 2000 a 2010 de del Juzgado de
Familia, Violencia Doméstica y Penal Juvenil de Golfito, Zona
Sur. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese
Despacho.
Violencia Doméstica
Remesa:
V 12 P 06
Expedientes:204
Paquetes:5
Año:2006
Asunto:
Violencia Doméstica.
Remesa:
V 12 P 07
Expedientes:726
Paquetes:9
Año:2007
Asunto:
Violencia Doméstica.
Remesa:
V 11 P 08
Expedientes:632
Paquetes:8
Año:2008
Asunto:
Violencia Doméstica.
Remesa:
V 9 P 09
Expedientes:709
Paquetes:9
Año:2009
Asunto:
Violencia Doméstica.
Remesa:
V 8 P 10
Expedientes:696
Paquetes:8
Año:2010
Asunto:
Violencia Doméstica.
Penal Juvenil
Remesa:
T 4 P 90
Expedientes:18
Paquetes:1
Año:1990
Asunto:
Varios Penal Juvenil: (2 No comparecencia como
testigo, 1 agresión e irrespeto a la autoridad, 1
resistencia, 1 hurto simple, 1 lesiones leves, 1
lesiones graves, 2 robo simple, Expedientes con
sentencias de desestimación definitivo firmes.
1 daños, 1 usurpación de dominio público, 1
amenazas, 1 desacato a la autoridad, 1 resistencia
a la autoridad, 1 hurto, 1 robo, 1 hurto simple,
Expedientes con sentencias de absolutoria
definitivo firmes.1 robo simple Expedientes con
sentencias de sobreseimiento definitivo firmes.
Remesa:
T 4 P 91
Expedientes:16
Paquetes:1
Año:1991
Asunto:
Varios Penal Juvenil: (4 hurto menor, 1 homicidio
calificado y robo agravado, 1 resistencia agravada,
1 falta de respeto a la autoridad, 1 usurpación
de dominio público, 1 hurto simple, 2 hurto
agravados, 1 lesiones Levísimas, 1 pelea dual.
Expedientes con sentencias de sobreseimiento
definitivo firmes. 2 lesiones, 1 homicidio
calificado y robo agravado. Expedientes con
sentencias de absolutoria definitivo firmes.
Pág 8 — BOLETIN JUDICIAL Nº 223
Lunes 21 de noviembre del 2016
Remesa:
T 4 P 92
Expedientes:17
Paquetes:1
Año:1992
Asunto:
Varios Penal Juvenil: (1 violación, 1 receptación, 1
obstrucción a la vía pública, 1 provocación a riña,
1 robo agravado, 1 palabras obscenas, 1 daño, 1
irrespeto a la autoridad, 1 pelea dual, 1 escándalo
Expedientes con sentencias de sobreseimiento
definitivo firmes, 1 lesiones, palabras obscenas,
lesiones levísimas, 1 daño, 1 amenazas, 1 robo
simple, 1 agresión, 1 tenencia de marihuana.
Expedientes con sentencias de absolutoria
definitivo firmes, 1 lesiones culposas Expedientes
con sentencias de desestimación definitivo firmes.
Remesa:
T 4 P 93
Expedientes:18
Paquetes:1
Año:1993
Asunto:
Varios Penal Juvenil: (1 golpes y daños a menores,
1 lesiones levísimas, 1 consumo de marihuana, 1
hurto, 1 violación, 3 hurtos agravados, 1 irrespeto
a la autoridad, 2 hurto menor. Expedientes con
sentencias de sobreseimiento definitivo firmes,
1 golpes, 1 amenazas y palabras obscenas, 1
falta de respeto, 1 tenencia de marihuana, 2
robos, Expedientes con sentencias de absolutoria
definitivo firmes, 1 daños Expedientes con
sentencias de desestimación definitivo firmes.
Remesa:
T 4 P 94
Expedientes:51
Paquetes:2
Año:1994
Asunto:
Varios Penal Juvenil: (2 infracción de apropiación
y retención indebida, 1 suministro de marihuana y
consumo de marihuana, 1 robo, 1 lesiones culposas,
1 tentativa de robo simple con violencia sobre
las personas, 2 robo agravados, 1 receptación,
1 receptación y resistencia simple de concurso
material, 1 receptación de cosas procedencia
sospechosa, 1 hurto agravado de mayor cuantía, 1
hurto simple, 1 hurto, 5 hurto menor, 1 escándalo
y riña en vía pública, 1 intento de suicidio, 1
violación, 1 resistencia a la autoridad y tumultos,
desordenes y perturbación pública, 1 agresión con
arma,1 infracción a la ley de tránsito, 1 riña y falta
de respeto a la autoridad pública, 1 provocación
a riña, perturbación publica y desobediencia a
la autoridad, 1 falta de respeto, 3 irrespeto a la
autoridad, 2 riña en vía pública, 2 lanzamiento de
piedra.
Expedientes con sentencias de sobreseimiento
definitivo firmes, 1 expedido de bebidas alcohólicas
a menores de edad, 1 infracción a ley de licores, 1
lesiones, 1 tentativa de homicidios simple, 1 actos
obscenos, 2 perturbación a la tranquilidad de los
vecinos, 1 infracción a la ley de psicotrópicos, 1
robo agravado, 1 violación, 1 hurto, 1 provocación
a riña y golpes, 2 palabras obscenas, 1 falta de
respeto, 1 irrespeto a la autoridad Expedientes con
sentencias de absolutoria definitivo firmes.
Remesa:
T 8 P 00
Expedientes:72
Paquetes:3
Año:2000
Asunto:
Varios Penal Juvenil: (13 Infracción a la ley de
tránsito, 2 abusos sexual contra menor de edad,
2 tentativa de homicidio, 2 agresión con arma, 2
desordenes,1 participación de riña,1 resistencia a
orden de retirarse de un establecimiento público y
falta de respeto a la autoridad, 1 estafa,1 violación,
1 hurto agravado,1 acontecimiento a una mujer
en estado de embriaguez, 1 acontecimiento de
mujer embarazada, 1 robo agravado, 1 robo
simple con fuerza sobre las cosas, 1 hurto menor,
1 hurto, 1 hurto agravado, 1 participación en
riña, 1 resistencia al orden, 1 estafa, 1 violación
Expedientes con sentencias de sobreseimiento
definitivo firmes.
2 tenencia de droga, 2 daños, 3 agresión con
arma, 2 irrespeto a la autoridad, 2 tenencia
de arma, 2 lesiones culposas, 2 uso de billete
falso, 1 amenazas, golpes y daños, 2 violación
de domicilio, 2 hurto, 2 tentativa de suicidio, 2
palabras obscenas, golpes y daños, 2 infracción
ley derecho de autor, 2 hurto menor, 1 amenazas,
golpes y daños, 1 robo, 1 robo simple con
fuerza sobre las cosas, 1 robo con fuerza sobre
las cosas, 1 daños menores, Expedientes con
sentencias de desestimación definitivo firmes, 1
abuso sexual a persona menor de edad,1 abuso
sexual, Expedientes con sentencias de absolutoria
definitivo firmes.
Remesa:
T 5 P 01
Expedientes:59
Paquetes:2
Año:2001
Asunto:
Varios Penal Juvenil: (1 tenencia de droga, 2 robo
agravado, 2 robo simple, 1 hurto, 2 agresión con
arma, 9 infracción a la ley de tránsito, 2 robo, 2
amenazas y golpes, 1 golpes, 1 palabras obscenas,
1 palabras irrespetuosas y daños a menores, 1
daños menores y amenazas, 1 desordenes, 1 riña,
1 amenazas personales palabras y actos obscenos,
1 usurpación, 1 contrabando, 1 estupro, 1
desaparición, 1 falso testimonio, 1 portación ilegal
de arma y tentativa de robo simple, 1 portación de
arma permitida, 1 lesiones, 1 lesiones graves, 1
lesiones leves.
Expedientes con sentencias de sobreseimiento
definitivo firmes, 2 tenencia de droga, 3 robo
agravado, 1 robo simple, 1 hurto, 2 daños, 1 golpes,
1 acoso sexual, 1 perturbar la tranquilidad de los
vecinos, 1 violación de domicilio, 1 amenazas,
1 arrebato, 1 hurto agravado, 1 hurto simple, 1
lesiones, 1 lesiones culposas, Expedientes con
sentencias de desestimación definitivo firmes, 1
receptación, 1 abuso deshonesto, Expedientes con
sentencias de absolutoria definitivo firmes.
Remesa:
T 5 P 02
Expedientes:76
Paquetes:3
Año:2002
Asunto:
Varios Penal Juvenil: (27 infracción a la ley de
tránsito, 2 irrespeto a la autoridad, 3 portación
ilegal de armas, 1 robo simple, 3 amenazas, 1 hurto
agravado, 3 palabras obscenas, 2 desobediencia,
1 lesiones leves, 1 lesiones levísimas, 1 entrada
a predio ajeno, 1 violación de domicilio,
Expedientes con sentencias de sobreseimiento
definitivo firmes, 2 infracción a la ley de tránsito,
1 portación ilegal de armas, 2 robos, 2 robos
agravados, 9 tenencia de mariguana, 2 robo
simple, 2 atípicos, 2 infracción a la ley de armas,
1 hurto agravado, 2 lesiones culposas, 1 lesiones
leves, 1 infracción a la ley de armas, 1 portación
de arma, 1 lesiones, 1 lesiones gravísimas,
Expedientes con sentencias de desestimación
definitivo firmes.
Remesa:
T 4 P 03
Expedientes:71
Paquetes:3
Año:2003
Lunes 21 de noviembre del 2016
Varios Penal Juvenil: (16 infracción ley de tránsito,
2 lesiones culposas, 2 irrespeto a la autoridad, 2
escándalo en la vía pública, 1 daños, 4 palabras
obscenas, 2 golpes, 2 lesiones, 1 amenazas, 1
hurto simple en tentativa, 1 portación ilegitima
de arma permitida, 1 lesiones leves, 1 palabras
obscenas, 1 lesiones, 1 participación en riña, 1
caza ilegal, 1 hurto, 1 receptación, 1 amenazas,
actos obscenos, 1 amenazas y palabras obscenas
Expedientes con sentencias de sobreseimiento
definitivo firmes, 1 irrespeto a la autoridad, 4 robo
simple, 3 daños, 5 tenencia de droga, 8 infracción
ley de psicotrópicos, 1 palabras obscenas, 2
tenencia de marihuana, 1 lesiones, 1 apropiación
irregular, 1 violación, Expedientes con sentencias
de desestimación definitivo firmes,1 agresión con
arma, Expedientes con sentencias de absolutoria
definitivo firmes.
Remesa:
T 3 P 04
Expedientes:70
Paquetes:3
Año:2004
Asunto:
Varios Penal Juvenil: (5 lesiones, 3 daños,
14 infracción a la ley de tránsito, 5 palabras
obscenas, 2 agresión con arma, 3 amenazas,
2 hurto, 1 infracción de armas, 1 amenazas y
palabras irrespetuosas,1 alteración al orden
público, 1 crueldad con animales, 1 actos
obscenos, 1 daño a menores, Expedientes con
sentencias de sobreseimiento definitivo firmes, 1
lesiones, 2 contravenciones, 2 daños, 2 agresión
con arma, 2 robo, 2 robo simple, 2 usurpación, 3
hurto, 2 infracción a la ley de armas, 2 atípicos,
6 infracción a la ley de psicotrópicos, 1 daños
a menores,1 querella, 1 abuso deshonesto, 1
sustracción de menor Expedientes con sentencias
de desestimación definitivo firmes.
Remesa:
T 1 P 05
Expedientes:18
Paquetes:1
Año:2005
Asunto:
Varios Penal Juvenil: 1 reconocimiento de unión
de hecho (inadmisible), 3 divorcio por mutuo
consentimiento (abandonado), 3 utilidad y
necesidad (sin lugar, con lugar), 7 abreviado de
divorcio (con sentencia, sin sentencia, inadmisible,
abandonado), 1 régimen de visitas (con lugar), 1
confesión fuera de juicio (sin lugar), 1 abreviado
de suspensión patria potestad (sin lugar), 1
celebración de matrimonio (no celebrados).
Remesa:
T 1 P 06
Expedientes:17
Paquetes:1
Año:2006
Asunto:
Varios Penal Juvenil: 2 abreviado de divorcio
(abandonado), 1 régimen de visitas ( sin lugar),
1 diligencias de utilidad y necesidad ( con lugar),
1 abreviado de separación judicial y liquidación
anticipada de bienes gananciales ( abandonado),
5 abreviado de divorcio ( inadmisible, sin lugar,
desierto), 1 guarda crianza y educación ( sin
lugar), 3 confesión fuera de juicio ( abandonado),
1 reconocimiento de hijo de mujer casada ( sin
lugar), 2 reconocimiento de unión de hecho
(inadmisible, con sentencia sin lugar).
Remesa:
T 1 P 07
Expedientes:23
Paquetes:1
Año:2007
Asunto:
Varios Penal Juvenil: 4 diligencias de utilidad y
BOLETIN JUDICIAL Nº 223 — Pág 9
necesidad (sin lugar, con lugar), 1 proceso especial
de fijación (desierto), 3 reconocimiento de unión
de hecho (con sentencia sin lugar, desierto,
inadmisible), 2 reconocimiento de hijo de mujer
casada (sentencia sin lugar, abandonado), 3
proceso de separación judicial ( sin lugar, desierto,
abandonado), 1 solicitud de allanamiento ( con
resolución), 2 pruebas anticipadas de confesión
(sin resolución), 1 depósito judicial de menor de
edad ( sin lugar), 1 guarda crianza y educación ( sin
lugar), 2 divorcio mutuo acuerdo (abandonados),
3 abreviado de divorcio ( sin lugar).
Asunto:
Remesa:
T 1 P 08
Expedientes:20
Paquetes:1
Año:2008
Asunto:
Varios Penal Juvenil: 1 régimen de visitas
(sin lugar), 1 divorcio por mutuo acuerdo
(abandonado), 1 reconocimiento de hijo de mujer
casada (sentencia sin lugar), 3 separación judicial
(sin lugar), 3 diligencias de utilidad y necesidad (
sin lugar, con lugar), 1 reconocimiento de unión de
hecho (con sentencia sin lugar), 1 impugnación de
paternidad (abandonado), 5 abreviado de divorcio
( desierto, sin lugar, inadmisible, abandonado), 4
especial de fijación (abandonado, inadmisible).
Remesa:
T 1 P 09
Expedientes:16
Paquetes:1
Año:2009
Asunto:
Varios Penal Juvenil: 12 abreviado de divorcio
(desierto, inadmisible, abandonado, sin lugar),
1 separación judicial (desierto), 1 modificación
guarda crianza y educación (sin lugar), 1 divorcio
por mutuo acuerdo (abandonado), 1 investigación
de paternidad (abandonado).
Remesa:
T 1 P 10
Expedientes:3
Paquetes:1
Año:2010
Asunto:
Varios Penal Juvenil: 1 autorización de salida de
país (abandonado), 1 reconocimiento de hijo de
mujer casada (sin lugar), 1 diligencias de utilidad
y necesidad (sin lugar).
Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea
conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la
Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de
la primera publicación de este aviso.
San José, 9 de noviembre del 2016.
MBA. Dinorah Álvarez Acosta,
Exonerado.—( IN2016088399 ).
Subdirectora Ejecutiva
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de
la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el
acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación
de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 01-2007, celebrada el 20 de
abril del 2007, artículo VIII, y la aprobación del Consejo Superior
en Sesión Nº 35-07, del 15 de mayo del 2007, artículo XLVIII. De la
Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos
(C.I.S.E.D.) en Acta Nº 01-2015, celebrada el 12 de agosto del 2015,
artículo V y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión Nº 79-15,
celebrada el 03 de setiembre del 2015, artículo XCI, se hace del
conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público
en general, que se procederá a la eliminación de Expedientes
Psicosociales y Psicológicos del año 1998 al 2014 y Documentación
Administrativa del año 2004 al 2014 de la Oficina de Trabajo Social
y Psicología de Heredia. La documentación, se encuentra remesada
y custodiada en ese Despacho.
Pág 10 — BOLETIN JUDICIAL Nº 223
Lunes 21 de noviembre del 2016
Remesa:
A 13 H 98
Expedientes:7400
Agendas:57
Ampos:11
Libros:13
Paquetes:70
Año:
1998 al 2014
Asunto:
Documentación administrativa: 10 Paquetes con
57 agendas judiciales (2011-2014), 13 libros de
conocimiento (2011-2012), 2 Ampos de circulares
(2004 -2008), 5 Ampos de correspondencia ( 20052007), 1 Ampo de control de solicitudes (2004
– 2008), 3 Ampos de reportes y registros (2004 –
2014). 60 Paquetes con 7400 Expedientes sociales,
psicológicos y psicosociales (1998 al 2014).
Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea
conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la
Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de
la primera publicación de este aviso. Publíquese por tres veces en el
Boletín Judicial.
San José, 9 de noviembre de 2016.
MBA. Dinorah Álvarez Acosta,
Subdirectora Ejecutiva
Exonerado.—( IN2016088400 ).
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de
la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el
acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de
Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 01-2014 de fecha 14 de marzo
del 2014, artículo IX y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión
N° 34-14, celebrada el 22 de abril del 2014, artículo L, se hace del
conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en
general, que se procederá a la eliminación de Expedientes Penales
del año 1997, 2004 y 2007 al 2012 del Juzgado Penal de Cartago.
La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese
Despacho.
Remesa:
P 40 C 97
Expedientes:01
Paquetes1
Año:1997
Asunto:
Expedientes Penales: 01 Simulación de Fraude.
Expediente con sobreseimiento definitivo firme.
Remesa:
P 15 C 04
Expedientes:02
Paquetes1
Año:2004
Asunto:
Expedientes Penales: 01 Robo simple, 01 Abuso
autoridad. Expediente con sobreseimiento definitivo
firme.
Remesa:
P 14 C 07
Expedientes:02
Paquetes1
Año:2007
Asunto:
Expedientes Penales: 01 Agresión con armas,
01 Resistencia a la autoridad Expediente con
sobreseimiento definitivo firme.
Remesa:
P 17 C 08
Expedientes:02
Paquetes1
Año:2008
Asunto:
Expedientes Penales: 01 Agresión con armas,
01 Incumplimiento a una medida de protección.
Expediente con sobreseimiento definitivo firme.
Remesa:
P 24 C 09
Expedientes:21
Paquetes1
Año:2009
Asunto:
Expedientes Penales: 01 Agresión con armas,
01 Hurto agravado (tentativa), 02 Conducción
temeraria, 10 Hurto simple, 02 Incumplimiento al
deber alimentario, 01 Infracción al código de minería,
02 Falsificación señas y marcas, 01 Desobediencia,
01 Lesiones graves. Expediente con sobreseimiento
definitivo firme.
Remesa:
P 25 C 10
Expedientes:34
Paquetes1
Año:2010
Asunto:
Expedientes Penales: 05 Agresión con armas, 01
Infracción ley forestal, 03 Conducción temeraria, 01
Hurto simple, 01 Infracción al código de minería, 01
Privación de libertad sin ánimo de lucro, 03 Lesiones
culposas, 01 Amenazas personales, 01 Simulación
delito, 03 Daños, 01 Lesiones leves, 01 Robo simple,
01 Apropiación y retención indebida, 01 Amenazas
funcionario público, 09 Lesiones Culposas, 01
Abuso a la autoridad. Expediente con sobreseimiento
definitivo firme.
Remesa:
P 23 C 11
Expedientes:61
Paquetes1
Año:2011
Asunto:
Expedientes Penales: 09 Agresión con armas, 03
Hurto Agravado, 01 Calumnias, 01 Infracción
Ley Forestal, 05 Conducción temeraria, 01 Hurto
simple, 01 Portación arma ilícita permitida, 01
Incumplimiento al deber alimentario, 01 Privación
de libertad sin ánimo de lucro, 06 Lesiones culposas,
02 Falsificación señas y marcas, 03 Daños, 03
Incumplimiento medida protección, 01 Amenazas
agravadas, 05 Lesiones leves, 02 Desobediencia,
04 Robo simple, 01 Infracción ley general de
salud, 01 Resistencia agravada, 01 Usurpación, 01
Incumplimiento ó abuso patria potestad, 01 Robo
tentativa, 04 Apropiación y retención indebida, 01
Estafa, 01 Ocultación de impedimento, Resistencia,
01 Apropiación irregular. Expediente con
sobreseimiento definitivo firme.
Remesa:
P 24 C 12
Expedientes:454
Paquetes5
Año:2012
Asunto:
Expedientes Penales: 46 Agresión con armas,
02 Resistencia a la autoridad, 05 Infracción ley
forestal, 21 Conducción temeraria, 54 Hurto
simple, 01 Infracción vida silvestre, 10 Portación
arma ilícita permitida, 02 Incumplimiento al deber
alimentario, 01 Privación de libertad sin ánimo
de lucro, 28 Lesiones culposas, 02 Falsificación
señas y marcas, 76 Daños, 08 Hurto agravado, 61
Incumplimiento medida protección, 06 Amenazas
agravadas, 11 Lesiones leves, 03 Desobediencia, 19
Robo simple, 02 Usurpación, 01 Accionamiento de
arma, 01 Incumplimiento ó abuso patria potestad,
11 Violación domicilio, 03 Agresión calificada,
02 Tenencia y portación arma prohibida, 03 Robo
simple tentativa, 15 Apropiación y retención
indebida, 05 Receptación, 02 Amenaza a funcionario
público, 04 Tentativa robo agravado, 01 Tentativa
estafa, 12 Desobediencia, 01 Daños agravados,
03 Maltrato y ofensas, 09 Amenazas a mujer, 02
Tenencia de drogas, 02 Atípicos, 01 Robo simple
tentativa, 03 Robo agravado, 01 Lesiones levísimas,
01 Circulación moneda falsa, 01 Presencia menores
lugares no autorizados, 02 Hurto, 02 Estafa, 04
Maltrato, 02 Libramiento cheque sin fondo, 01
Lesiones graves, 01 Violación de sellos. Expediente
con sobreseimiento definitivo firme.
Lunes 21 de noviembre del 2016
Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea
conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la
Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de
la primera publicación de este aviso. Publíquese por tres veces en el
Boletín Judicial.
San José, 9 de noviembre de 2016.
MBA. Dinorah Álvarez Acosta
Subdirectora Ejecutiva
Exonerado.—( IN2016088401 ).
DIRECCIÓN DE GESTIÓN HUMANA
DEL PODER JUDICIAL
UNIDAD DE RECLUTAMIENTO
CONCURSO Nº 020-2016
La Dirección de Gestión Humana, con el fin de nombrar en
propiedad un puesto vacante, invita a las personas interesadas a
participar en el concurso por antecedentes para la siguiente clase
de puesto:
JEFE DEL DEPARTAMENTO DE PRENSA
Y COMUNICACIÓN ORGANIZACIONAL
Forma de participar, requisitos y otros detalles del concurso se
pueden acceder en las siguientes direcciones electrónicas:
Internet: http://sitios.poder-judicial.go.cr/personal/concursos.
htm
Intranet: http://sjoint01/personal/concursos.htm
Periodo de inscripción: Inicia: 21 de noviembre 2016
Finaliza: 02 de diciembre 2016
Horario de atención al público: 7:30 a. m. a 12:00 m. d. y de
1:00 p. m. a 4:30 p. m.
Fecha de publicación: 21 de noviembre 2016.
Krissia Rojas Quirós.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016087823 ).
TRIBUNALES DE TRABAJO
Causahabientes
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de
Francisco Vargas Castillo, fallecido el 23 de octubre del 2016, se
consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso
de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se
apersonen ante este despacho en las diligencias de consig. prest.
sector privado bajo el número 16-000033-1485-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85
del Código de Trabajo. Expediente N° 16-000033-1485-LA. Por a
favor de Francisco Vargas Castillo.—Juzgado Contravencional y
Menor Cuantía de Palmares (Materia Laboral), 08 de noviembre
del 2016.—Licda. Adriana Soto González, Jueza.—1 vez.—
Exonerado.—( IN2016088374 ).
A los causahabientes de quien en vida se llamó José Manuel
Quirós Alvarado, quien laboraba en el Hospital Max Peralta,
domicilio Paraíso de Cartago, barrio la Soledad, 80 mts. al norte de
la escuela Eugenio Corrales, cédula de identidad N° 0302840838,
se les hace saber que Guiselle Granados Coto, cédula de identidad
N° 0107880541, domicilio: Paraíso de Cartago, Barrio La Soledad,
80 mts. al norte de la escuela Eugenio Corrales, se apersonó en este
Despacho en calidad de cónyuge del fallecido, a fin de promover
las presentes diligencias de Consignación de Prestaciones. Por ello
se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una
sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable
lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto
se apersonen en este despacho en las diligencias aquí establecidas,
a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el
artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en
el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones
del trabajador fallecido José Manuel Quirós Alvarado. Expediente
N° 16-000779-0641-LA.—Juzgado de Trabajo de Cartago, 26
de octubre del 2016.—Licda. Kattia Auxiliadora Sequeira Muñoz,
Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016088385 ).
BOLETIN JUDICIAL Nº 223 — Pág 11
Se cita y emplaza a todos los causahabientes del pensionado
fallecido Miguel Ángel Rivas Sevilla, quien fue mayor de edad, casado,
costarricense, nativo de San Pablo de Nicoya, Guanacaste, el día catorce
de mayo de mil novecientos treinta y tres, vecino del Jardín de Jicaral,
portó la cédula de identidad número cinco-cero cero sesenta y siete-cero
seiscientos treinta y tres, (5-0067-0633), persona que hace el reclamo de lo
concerniente al aguinaldo 2016, de pensión Invalidez Vejez y Muerte, que
se encuentran en la Caja Costarricense de Seguro Social, y falleció el cinco
de octubre del dos mil dieciséis, para que comparezcan ante este Despacho,
dentro del plazo de ocho días, contados a partir de la publicación de este
edicto, en defensa de sus derechos, apercibidos de que si así no lo hiciere,
los dineros que se depositaren, pasarán a quien legalmente corresponda.
Artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 16-300027-0435-LA.
Diligencias de devolución de Trabajador Fallecido del señor Miguel Ángel
Rivas Sevilla, promovido por Cecilia Sirias Alvarado c.c. Sicinia Sirias
Alvarado.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Jicaral,
11 de noviembre del 2016.—Licda. Esther Orias Obando, Jueza.—1 vez.—
Exonerado.—( IN2016088394 ).
ADMINISTRACIÓN JUDICIAL
Remates
SEGUNDA PUBLICACIÓN
En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes prendarios,
a las diez horas y cero minutos del dieciocho de enero de dos mil diecisiete,
y con la base de once mil ochocientos ochenta y un dólares con cuarenta y
siete centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas:
BFG728, marca: JAC, categoría: automóvil, Vin: LJ12FKS29D4503098,
color: blanco, año: 2013. Para el segundo remate se señalan las diez horas
y cero minutos del dos de febrero de dos mil diecisiete, con la base de
ocho mil novecientos once dólares con diez centavos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas
y cero minutos del diecisiete de febrero de dos mil diecisiete con la base
de dos mil novecientos setenta dólares con treinta y seis centavos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho.
La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del
Código de Comercio. Se consigna que el tipo de cambio a utilizar será el
correspondiente al día en que se realice la almoneda, según lo establezca
el Banco de Costa Rica. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
prendaria de MB Créditos Sociedad Anónima contra Kemdry Ariel Villegas
Araya, expediente Nº 16-003362-1164-CJ.—Juzgado Especializado
de Cobro de Cartago, 31 de octubre del 2016.—Licda. Marcela Brenes
Piedra, Jueza.—( IN2016088811 ).
En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes
prendarios, a las catorce horas (02:00 p.m.) del nueve de enero de dos
mil diecisiete, y con la base de veinticuatro mil setecientos sesenta y siete
dólares con sesenta y seis centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
vehículo: placas: CL-269614, marca: Mitsubishi, año: 2013, color: blanco,
serie: MMBJNKB40CD049650, cilindrada 2477CC, estilo: L200 Sportero.
Para el segundo remate se señalan las catorce horas (02:00 p.m.) del
veintisiete de enero de dos mil diecisiete, con la base de dieciocho mil
quinientos setenta y cinco dólares con setenta y cuatro centavos (rebajada
en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce
horas (02:00 p.m.) del trece de febrero de dos mil diecisiete con la base de seis mil
ciento noventa y un dólares con noventa y un centavos (un veinticinco por ciento
de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria
de MB Créditos Sociedad Anónima contra Rónald Gerardo Montiel Araya,
expediente Nº 16-001841-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
de Cartago, 04 de noviembre del 2016.—Licda. Karina Quesada Blanco,
Jueza.—( IN2016088812 ).
En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando plazo de convalidación (rectificación
de medida) bajo las citas 2014 00232893 01 0004 001; a las
diez horas y treinta minutos del diecinueve de enero de dos mil
diecisiete, y con la base de un millón treinta y un mil doscientos
Pág 12 — BOLETIN JUDICIAL Nº 223
Lunes 21 de noviembre del 2016
cincuenta dólares exactos , en el mejor postor remataré lo siguiente:
finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, sección de
propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número sesenta y
un mil setecientos tres cero cero cero la cual es terreno de pastos y
montes con una casa. Situada en el distrito 01 Guácima, cantón 01
Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Construactual
S. A. y Los Reyes S. A.; al sur, calle pública con quince metros; al
este, Tajo La Guácima S. A., y al oeste, Construactual S. A., Mopt.
Mide: Ciento veintidós mil ochocientos setenta y cinco metros
con cero decímetros cuadrados. Plano A-1765011-2014. Para el
segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del tres
de febrero de dos mil diecisiete, con la base de setecientos setenta y
tres mil cuatrocientos treinta y siete dólares con cincuenta centavos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta
se señalan las diez horas y treinta minutos del veinte de febrero de
dos mil diecisiete con la base de doscientos cincuenta y siete mil
ochocientos doce dólares con cincuenta centavos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805
párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de tres-ciento uno-seiscientos
setenta mil novecientos treinta y dos S. A. contra Construactual S.
A, CM Proyecto B S. A. Exp. N° 16-003687-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de
San José.—26 de setiembre del 2016.—Licda. Melania Jiménez
Vargas, Jueza.—( IN2016088815 ).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes
prendarios, a las dieciséis horas y cero minutos del catorce de
diciembre de dos mil dieciséis -4:00 p.m. 14/12/2016, y con la
base de siete mil cincuenta y nueve dólares con siete centavos, en
el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas: 750721,
marca: Mazda, categoría: automóvil, Vin: JM3ER293580183077,
año: 2008, color: azul, cilindrada: 2260 c.c. Para el segundo remate
se señalan las dieciséis horas y cero minutos del veinte de enero de
dos mil diecisiete -4:00 p.m. 20/01/2017-, con la base de cinco mil
doscientos noventa y cuatro dólares con treinta centavos (rebajada
en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las
dieciséis horas y cero minutos del seis de febrero de dos mil diecisiete
-4:00 p.m. 06/02/2017- con la base de mil setecientos sesenta y cuatro
dólares con setenta y seis centavos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Nota: en caso de que existan postores el día de efectuarse
el remate y estos aporten la suma correspondiente en moneda
diferente a la indicada -en el presente edicto-, se consigna que el tipo
de cambio a utilizar será el correspondiente al día en que se realice la
almoneda, según lo establezca el Banco de Costa Rica. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank
de Costa Rica Sociedad Anónima contra C.E. Recycling Gold S.
A., expediente Nº 12-003187-1164-CJ.—Juzgado Especializado
de Cobro de Cartago, 03 de noviembre del 2016.—Licda. Yanin
Torrentes Ávila, Jueza.—( IN2016088823 ).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 36010862-01-0919-001, citas: 360-10862-01-0920-001; a las quince
horas y treinta minutos( 3:30 p.m.) del diecinueve de enero de dos mil
diecisiete, y con la base de ciento veintisiete mil doscientos dólares
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en
el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad,
bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 151618-000, la cual es
terreno para construir. Situada en el distrito 09 Tamarindo, cantón 03
Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle
pública con 29,51 metros de frente, Pueblo Colonial Marrakech
S. A.; al sur, calle pública con 31,07 metros de frente, Pueblo
Colonial Marrakech S. A.; al este, Desarrollo Bahía Tamarindo S.
A. y al oeste, Búfalo Blanco S. A., Pueblo Colonial Marrakech S.
A., servidumbre de paso. Mide: quinientos cuarenta y ocho metros
con setenta y siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate
se señalan las quince horas y treinta minutos (3:30 p.m.) del tres
de febrero de dos mil diecisiete, con la base de noventa y cinco
mil cuatrocientos dólares exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y treinta
minutos (3:30 pm) del veinte de febrero de dos mil diecisiete con la
base de treinta y un mil ochocientos dólares exactos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805
párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Erera Sociedad Anónima
contra Pueblo Colonial Tamarindo Sociedad Anónima, expediente
Nº 16-002349-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de
Cartago, 07 de noviembre del 2016.—Lic. Guillermo Ocampo
Arrieta, Juez.—( IN2016088824 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando servidumbre de líneas eléctricas
y de paso citas: 549-06426-01-0001-001; servidumbre de paso
citas: 2011-272234-01-0014-001, servidumbre de paso citas: 2015339364-01-0015-001 a las catorce horas y treinta minutos del
veinticuatro de enero del año dos mil diecisiete, en el mejor postor
remataré lo siguiente: 1) con la base de diez millones cuatrocientos
dos mil seiscientos treinta y cuatro colones con treinta céntimos, la
Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
doscientos ocho mil ochocientos sesenta y cuatro-cero cero uno y
cero cero dos, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito
01 Espíritu Santo, cantón 02 Esparza, de la provincia de Puntarenas.
Colinda: al norte servidumbre agrícola con 8 metros 28 centímetros
y calle pública con un frente total de 40 metros con 62 centímetros;
al sur, Inés Mayela Alpízar Lobo; al este, Inés Mayela Alpízar Lobo,
y al oeste, servidumbre agrícola en medio y Asdrúbal Araya Lobo.
Mide: Tres mil ciento cuarenta y cuatro metros cuadrados. 2) Con
la base de cuarenta millones de colones exactos la finca inscrita en
el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de Folio Real, matrícula número doscientos ocho
mil ochocientos sesenta y cinco- cero cero uno y cero cero dos, la
cual es terreno de repastos. Situada en el distrito 01 Espíritu Santo,
cantón 02 Esparza, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte,
servidumbre agrícola con un frente a ella de 7 metros a calle publica
e Inés Mayela Alpízar Lobo; al sur, Inés Mayela Alpízar Lobo; al
este, Juan Venegas Zamora, y al oeste, servidumbre agrícola en
medio con un frente a ella de 65 metros con 69 centímetros. Mide:
Cinco mil metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan
las catorce horas y treinta minutos del ocho de febrero del año dos
mil diecisiete, con la base de: Para la primera finca siete millones
ochocientos un mil novecientos setenta y cinco colones con setenta y
tres céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) para la segunda
finca treinta millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco
por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y
treinta minutos del veintitrés de febrero del año dos mil diecisiete
con la base de: Para la primera finca: Dos millones seiscientos mil
seiscientos cincuenta y ocho colones con cincuenta y ocho céntimos
(un veinticinco por ciento de la base inicial) para la segunda finca
diez millones de colones exactos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Inés
Mayela del Carmen Alpízar Lobo. Exp. N° 16-000974-1203-CJ.—
Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial
de Alajuela, San Ramón, (Materia Cobro), 3 de noviembre del
2016.—Lic. Esteban Herrera Vargas, Juez.—( IN2016088863 ).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes
hipotecarios, a las trece horas y cuarenta y cinco minutos del veinte
de diciembre de dos mil dieciséis, y con la base de quince millones
de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección
de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número
trescientos sesenta y seis mil novecientos setenta y siete-cero cero
uno y cero cero dos (366977-001-002), la cual es terreno con 1 casa
sector 3 L 3E42. Situada en el distrito 13 Los Guidos, cantón 03
Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote
3H2 INVU; al sur, calle pública; al este, lote 3E44 y al oeste, lote
3E41. Mide: ciento cuarenta y nueve metros con treinta y nueve
Lunes 21 de noviembre del 2016
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece
horas y cuarenta y cinco minutos del dieciocho de enero de dos
mil diecisiete, con la base de once millones doscientos cincuenta
mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para
la tercera subasta se señalan las trece horas y cuarenta y cinco
minutos del dos de febrero de dos mil diecisiete con la base de tres
millones setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805
párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Asociación Solidarista de
Colaboradores de Pipasa y Afines (ASECARGILL) contra Douglas
de Jesús Álvarez León, Isabel Cristina Pérez Vargas, expediente
Nº 16-007284-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor
Cuantía de Heredia, (Materia Cobro), 20 de octubre del 2016.—
Lic. Pedro Javier Ubau Hernández, Juez.—( IN2016088902 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; a las catorce horas y cero minutos del trece de
diciembre del dos mil dieciséis (02:00 pm del 03/12/2016), y con la
base de cuarenta millones novecientos veintiocho mil cien colones
con veintisiete céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
ciento sesenta y cuatro mil ochocientos quince-cero cero cero, la
cual es terreno para construir lote treinta y nueve bloque F, con una
casa. Situada: en el distrito (01) El Tejar, cantón (08) El Guarco,
de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, lote 16; al sur calle
pública; al este lote 40, y al oeste, lote 38. Mide: ciento sesenta y
seis metros con veintisiete decímetros cuadrados. Para el segundo
remate, se señalan las catorce horas y cero minutos del diecisiete de
enero de dos mil diecisiete (02:00 pm del 17/01/2017), con la base de
treinta millones seiscientos noventa y seis mil setenta y cinco colones
con veinte céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la
tercera subasta, se señalan las catorce horas y cero minutos del uno de
febrero del dos mil diecisiete (02:00 pm del 01/02/2017) con la base
de diez millones doscientos treinta y dos mil veinticinco colones con
siete céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota:
Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo
deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio.
Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria
de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Lesli Ester
Fletes Mendoza. Expediente N° 16-000285-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de Cartago, 08 de noviembre del 2016.—
Licda. Marcela Brenes Piedra, Jueza.—( IN2016088937 ).
En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando Reservas de Ley de Aguas y Ley de
Caminos Públicos, citas: 284-07813-01- 0002-001; a las catorce
horas y cero minutos del treinta y uno de enero del año dos mil
diecisiete, y con la base de nueve millones de colones exactos, en
el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro
Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el
sistema de Folio Real, matrícula número ciento setenta y dos mil
doscientos sesenta y cinco cero cero cero la cual es terreno para
construir. Situada en el distrito 03 San Juan, cantón 07 Abangares,
de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle publica con
un frente a ella de quince metros; al sur, Sonia Barahona Suárez; al
este, Carlos Luis Arce Méndez; y al oeste, Annia María Barahona
Suarez. Mide: Mil metros cuadrados. Para el segundo remate se
señalan las catorce horas y cero minutos del quince de febrero del
año dos mil diecisiete, con la base de seis millones setecientos
cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento)
y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos
del dos de marzo del año dos mil diecisiete con la base de dos millones
doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado,
el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a
BOLETIN JUDICIAL Nº 223 — Pág 13
la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio.
Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
de Costa Rica contra Jesús María Álvarez Alvarado. Exp. N° 15015926-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo
Circuito Judicial de San José, 03 de noviembre del 2016.—Lic.
Melvin Cavero Araya, Juez.—( IN2016088938 ).
En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada anotada
bajo las citas 359- 03369-01-0839-001, a las nueve horas y treinta
minutos del veinticinco de enero del año dos mil diecisiete, y con
la base de cincuenta y tres millones doscientos treinta y nueve mil
cuatrocientos setenta y tres colones con veintisiete céntimos, en
el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro
Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema
de Folio Real, matrícula número trescientos treinta y ocho mil
ochocientos siete cero cero cero la cual es terreno para construir
con una casa. Situada en el distrito 07 Uruca, cantón 01 San José,
de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote 112; al sur, calle
con 8m; al este, lote 103 y al oeste, calle con 17m. Mide: ciento
treinta y tres metros con treinta y siete decímetros cuadrados. Para el
segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del nueve
de febrero del año dos mil diecisiete, con la base de treinta y nueve
millones novecientos veintinueve mil seiscientos cuatro colones con
noventa y cinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y,
para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del
veinticuatro de febrero del año dos mil diecisiete con la base de trece
millones trescientos nueve mil ochocientos sesenta y ocho colones con
treinta y dos céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra William Rodrigo Hernández
Castillo, Xenia de los Ángeles Sancho Acuña, expediente Nº 16027995-1012-CJ. Notifíquese.—Juzgado Especializado de Cobro
Segundo Circuito Judicial de San José, 25 de octubre del 2016.—
Lic. Greivin Mora Alvarado, Juez.—( IN2016088940 ).
En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; a las catorce horas y cero minutos (2:00 p.m) del
dieciocho de enero de dos mil diecisiete y con la base de doce
millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 54458001,002 la cual es terreno naturaleza: para construir con 1 casa. Situada:
en el distrito 03 San Isidro, cantón 04 Montes de Oro, de la provincia de
Puntarenas. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Los Olivos S. A.; al
este, lote 25 y al oeste, lote 23. Mide: doscientos ochenta y siete metros
con setenta y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se
señalan las catorce horas y cero minutos (2:00 p.m) del dos de febrero
de dos mil diecisiete, con la base de nueve millones de colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta, se
señalan las catorce horas y cero minutos del diecisiete de febrero de
dos mil diecisiete con la base de tres millones de colones exactos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado
a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual
Cartago Ahorro y Préstamo contra Manuel Isaac Vásquez Canales.
Expediente N° 16-004591-1164-CJ.—Juzgado Especializado de
Cobro de Cartago, 02 de noviembre del 2016.—Lic. Guillermo
Ocampo Arrieta, Juez.—( IN2016089012 ).
En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones, citas: 040600019746-01-0901-001; a las catorce horas y cero minutos ( 2:00 p.
m.) del diecinueve de enero de dos mil diecisiete, y con la base de
treinta y ocho millones seiscientos setenta y cinco mil trescientos
colones con diecisiete céntimos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago,
Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula N°
200127-000 la cual es naturaleza: Lote 15 terreno para construir.
Situada en el distrito 01 San Rafael, cantón 07 Oreamuno, de la
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Lunes 21 de noviembre del 2016
provincia de Cartago. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Aros
y Llantas Mundiales S. A.; al este, Aros y Llantas Mundiales S. A.,
y al oeste, Aros y Llantas Mundiales S. A. Mide: Ciento cincuenta
metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo remate se
señalan las catorce horas y cero minutos( 2:00 p. m.) del tres de
febrero de dos mil diecisiete, con la base de veintinueve millones
seis mil cuatrocientos setenta y cinco colones con trece céntimos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta
se señalan las catorce horas y cero minutos ( 2:00 p. m.) del veinte
de febrero de dos mil diecisiete con la base de nueve millones
seiscientos sesenta y ocho mil ochocientos veinticinco colones
con cuatro céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar
en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código
de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Banco Popular y Desarrollo Comunal contra Braulio
Armando Leiva Campos. Exp. N° 16-003925-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de Cartago, 07 de noviembre del 2016.—
Lic. Guillermo Ocampo Arrieta, Juez.—( IN2016089019 ).
En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes
prendarios, a las diez horas y treinta minutos del doce de diciembre
de dos mil dieciséis, y con la base de veintidós mil trescientos
noventa dólares con cuarenta y seis centavos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: vehículo: placas 674331, marca: BMW.,
estilo: X5 3.0 DA, categoría: automóvil, capacidad 5 personas,
serie: WBAFB71076LX77632, año: 2006, carrocería: todo terreno
4 puertas, color: plateado, combustible: diesel. Para el segundo
remate se señalan las diez horas y treinta minutos del dieciséis de
enero de dos mil diecisiete, con la base de dieciséis mil setecientos
noventa y dos dólares con ochenta y cuatro centavos (rebajada
en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan
las diez horas y treinta minutos del treinta y uno de enero de dos
mil diecisiete con la base de cinco mil quinientos noventa y siete
dólares con sesenta y un centavos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho.
La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Financiera Desyfin S. A. contra Jorge Mario
Muñoz Quirós, expediente Nº 16-006600-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de Cartago, 25 de octubre del 2016.—
Lic. Guillermo Ortega Monge, Juez.—( IN2016089064 ).
En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes
prendarios; a las nueve horas y treinta minutos del dieciocho de enero
de dos mil diecisiete y con la base de ciento diez mil setecientos tres
dólares con sesenta y siete centavos, en el mejor postor remataré
lo siguiente: Vehículo: Placas N° EE 030906, marca: Massey
Ferguson, estilo: MF 5650-4, Categoría: Equipo especial agrícola,
capacidad: una persona, año 2012, color: rojo, tracción: 4x4. Para
el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del
dos de febrero de dos mil diecisiete, con la base de ochenta y tres
mil veintisiete dólares con setenta y cinco centavos (rebajada en
un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las
nueve horas y treinta minutos del diecisiete de febrero de dos mil
diecisiete con la base de veintisiete mil seiscientos setenta y cinco
dólares con noventa y un centavos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho.
La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Financiera Desyfin S. A. contra Cooperativa
de Servicios Agropecuarios de Bagatzi Responsabilidad Limitada.
Exp. N° 16-004837-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
de Cartago, 31 de octubre del 2016.—Licda. Marcela Brenes
Piedra, Jueza.—( IN2016089067 ).
En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando limitaciones del articulo 292 código
civil citas: 2009-211785-01-0004-001; a las quince horas y cuarenta
y cinco minutos (tres horas cuarenta y cinco minutos pasado
meridiano) del doce de diciembre de dos mil dieciséis, y con la
base de seis millones trescientos cuarenta y tres mil cuatrocientos
cincuenta y cuatro colones con veintisiete céntimos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público,
partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio
Real, matrícula número ciento veintinueve mil trescientos veintidós
cero cero uno y cero cero dos, la cual es naturaleza: terreno con una
casa. Situada: en el distrito 03 Pocora, cantón 06 Guácimo, de la
provincia de Limón. Colinda: al norte, calle pública, sur, Francisco
Miranda Gómez y Alicia Miranda Hernández, este, Municipalidad
de Guácimo, oeste, María de los Ángeles Miranda Esquivel. Mide:
trescientos cinco metros con setenta decímetros cuadrados. Para
el segundo remate, se señalan las quince horas y cuarenta y cinco
minutos (tres horas cuarenta y cinco minutos pasado meridiano) del
diez de enero del dos mil diecisiete, con la base de cuatro millones
setecientos cincuenta y siete mil quinientos noventa colones con
setenta céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para
la tercera subasta, se señalan las quince horas y cuarenta y cinco
minutos (tres horas cuarenta y cinco minutos pasado meridiano) del
veinticinco de enero del dos mil diecisiete, con la base de un millón
quinientos ochenta y cinco mil ochocientos sesenta y tres colones
con cincuenta y siete céntimos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho.
La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de
Ahorro y Préstamo contra Doris María Alvarado Castro, Marvin
Miguel Rojas Alvarez. Expediente N° 16-003231-1157-CJ.—
Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito
Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 27 de octubre del 2016.—
Msc. Cinthia Pérez Moncada, Jueza.—( IN2016089069 ).
En la puerta exterior de este Despacho: libre de gravámenes,
con la base de seiscientos cincuenta mil colones exactos, a las nueve
horas del dieciséis de diciembre del año dos mil dieciséis, al mejor
postor remataré lo siguiente: Vehículo placas trescientos cuarenta
y nueve mil ciento sesenta y tres, marca Nissan, estilo Sentra,
categoría automóvil, número chasis KC757221, carrocería sedán
dos puertas, modelo mil novecientos ochenta y nueve, tracción 4x2,
capacidad cinco personas, color blanco, motor marca Nissan, número
GA16532344. En caso de resultar fracasado el primer remate, para
la segunda subasta y con la rebaja del veinticinco por ciento de
la base original, sea la suma de cuatrocientos ochenta y siete mil
quinientos colones exactos, se señalan las trece horas treinta minutos
del veintitrés de enero del dos mil diecisiete. En la eventualidad de
que en el segundo remate tampoco se realicen posturas para el tercer
remate y con la base del veinticinco por ciento de la base original, o
sea la suma de ciento setenta y dos mil quinientos colones exactos,
se señalan las ocho horas treinta minutos del diez de febrero del dos
mil diecisiete. Se remata por ordenarse así en proceso monitorio
de María Irene del Socorro Monge Camacho contra Marconey de
la Trinidad Fallas Quesada. Expediente N° 15-100050-0243-CI.—
Juzgado Contravencional y Menor Cuantía de Tarrazú, Dota y
León Cortés, (Materia Civil), 25 de octubre del 2016.—Lic. Eric
López Delgado, Juez.—( IN2016089079 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
prendarios; a las nueve horas y treinta minutos del veinticuatro
de enero de dos mil diecisiete, y con la base de cinco mil dólares
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placa
666603, marca Renault, estilo Samsung, año 2007, color negro,
motor de 1497 cc, cilindros 4, combustible gasolina. Para el segundo
remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del ocho de
febrero de dos mil diecisiete, con la base de tres mil setecientos
cincuenta dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y,
para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos
del veintitrés de febrero de dos mil diecisiete con la base de mil
Lunes 21 de noviembre del 2016
doscientos cincuenta dólares exactos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho.
La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Motores Franceses S. A. contra Lavacar y
Lubricentro Luis Alberto Téllez e Hijos. Exp. N° 13-019097-1170CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 6 de octubre del 2016.—Licda. Alba
Aurora Ramírez Bazán, Jueza.—( IN2016089082 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada con las
citas 374-01175-01-0908-001; a las nueve horas y treinta minutos
del doce de diciembre de dos mil dieciséis, y con la base de siete
millones cuatrocientos tres mil seiscientos setenta y siete colones
con siete céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, Partido de Heredia, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 123794000, la cual es terreno lote 2-G para construir con una casa. Situada
en el distrito 03 Santiago, cantón 02 San Rafael, de la provincia
de Heredia. Colinda: al norte, Escuela Laboratorio; al sur, alameda
sétima; al este, lote 3, y al oeste, lote 1. Mide: Ciento quince metros
con cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan
las nueve horas y treinta minutos del dieciséis de enero de dos mil
diecisiete, con la base de cinco millones quinientos cincuenta y
dos mil setecientos cincuenta y siete colones con ochenta céntimos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta
se señalan las nueve horas y treinta minutos del treinta y uno de
enero de dos mil diecisiete con la base de un millón ochocientos
cincuenta mil novecientos diecinueve colones con veintiséis
céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: En
caso de que existan postores el día de efectuarse el remate y estos
aporten la suma correspondiente en moneda diferente a la indicada
-en el presente edicto-, se consigna que el tipo de cambio a utilizar
será el correspondiente al día en que se realice la almoneda, según
lo establezca el Banco de Costa Rica. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Crédito Agrícola de Cartago
contra Elvis Víctor Jiménez Solano. Exp. N° 16-003733-1164-CJ.—
Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 25 de octubre del
2016.—Licda. Yanin Torrentes Ávila, Jueza.—( IN2016089104 ).
En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes
prendarios; a las diez horas y cero minutos del trece de diciembre del
dos mil dieciséis y con la base de un millón cuatrocientos diez mil
setecientos ochenta y cuatro colones con noventa y cinco céntimos,
en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas: 232364,
marca: Toyota, categoría: automóvil, chasis: VZN130024240, año:
1990, color: rojo. Para el segundo remate, se señalan las diez horas
y cero minutos del diecisiete de enero del dos mil diecisiete, con la
base de un millón cincuenta y ocho mil ochenta y ocho colones con
setenta y un céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para
la tercera subasta, se señalan las diez horas y cero minutos del uno
de febrero del dos mil diecisiete con la base de trescientos cincuenta
y dos mil seiscientos noventa y seis colones con veintitrés céntimos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a
favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo
805 párrafo segundo del Código de Comercio.- Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución prendaria de María Gabriela Saenz Pucci
contra Alexis Ramirez Suarez. Expediente N° 14-000840-1164-CJ.—
Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 28 de octubre del
2016.—Lic. Guillermo Ocampo Arrieta, Juez.—( IN2016089179 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada citas 033200001262-01-0907-001; a las once horas y cero minutos del trece
de diciembre de dos mil dieciséis, y con la base de diecinueve
millones novecientos mil colones exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido
de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real,
BOLETIN JUDICIAL Nº 223 — Pág 15
matrícula N° 191771-001-002, la cual es terreno para construir. Lote
número sesenta y seis. Situada en el distrito 01 Paraíso, cantón 02
Paraíso, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, lote 69; al
sur, avenida quinta de la urbanización; al este, lote 67, y al oeste,
zona de protección N 2. Mide: Ciento cincuenta y ocho metros con
ochenta y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate
se señalan las once horas y cero minutos del diecinueve de enero
de dos mil diecisiete, con la base de catorce millones novecientos
veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y cero
minutos del tres de febrero de dos mil diecisiete con la base de
cuatro millones novecientos setenta y cinco mil colones exactos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: En caso de
que existan postores el día de efectuarse el remate y estos aporten
la suma correspondiente en moneda diferente a la indicada -en el
presente edicto-, se consigna que el tipo de cambio a utilizar será
el correspondiente al día en que se realice la almoneda, según lo
establezca el Banco de Costa Rica, asimismo, se le hace saber a
los posibles postores que de conformidad con el numeral 153 bis
de la Ley del Sistema Financiero Nacional para la Vivienda, de
resultar adjudicatario un tercero deberá realizar el pago total de la
oferta en el acto. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Greivin
Gerardo Morales Pérez. Exp. N° 16-001081-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de Cartago, 31 de octubre del 2016.—
Licda. Yanin Torrentes Ávila, Jueza.—( IN2016089265 ).
En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando 1 servidumbre trasladada citas 034400013186-01-0900-001; a las nueve horas y treinta minutos del trece
de diciembre del dos mil dieciséis, y con la base de cuatro millones
quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela,
Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula
número 207.182-000 la cual es terreno para construir. Situada: en
el distrito 03 Buenos Aires, cantón 07 Palmares, de la provincia
de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Macedonio
Solórzano Barrantes; al este, Macedonio Solórzano Barrantes, y al
oeste, Macedonio Solórzano Barrantes. Mide: doscientos metros con
siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las
nueve horas y treinta minutos del diecinueve de enero de dos mil
diecisiete, con la base de tres millones trescientos setenta y cinco
mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para
la tercera subasta, se señalan las nueve horas y treinta minutos del
tres de febrero de dos mil diecisiete con la base de un millón ciento
veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: En caso de que existan postores el día de efectuarse el
remate y estos aporten la suma correspondiente en moneda diferente
a la indicada -en el presente edicto-, se consigna que el tipo de cambio
a utilizar será el correspondiente al día en que se realice la almoneda,
según lo establezca el Banco de Costa Rica, asimismo, se le hace
saber a los posibles postores que de conformidad con el numeral 153
bis de la Ley del Sistema Financiero Nacional para la Vivienda, de
resultar adjudicatario un tercero deberá realizar el pago total de la
oferta en el acto. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Rodolfo
Enrique Coto Montero. Expediente N° 16-006824-1164-CJ.—
Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 31 de octubre del
2016.—Licda. Yanin Torrentes Ávila, Jueza.—( IN2016089267 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando hipoteca de primer grado, bajo las
citas: Tomo: 2013, asiento 22010, servidumbre trasladada citas:
325-01460-01-0901-001, servidumbre trasladada citas: 39215263-01-0904-001, servidumbre trasladada citas: 392-1526301-0905-001, servidumbre trasladada citas: 392-15263-01-0906001, servidumbre trasladada citas: 392-15263-01-0907-001; a las
ocho horas y treinta minutos del veinticuatro de enero de dos mil
diecisiete, y con la base de ocho millones novecientos cincuenta y
tres mil trescientos seis colones con cuarenta y cinco céntimos, en
el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro
Público, Partido de Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio
Real, matrícula N° 1-626267-000, la cual es terreno para construir.
Pág 16 — BOLETIN JUDICIAL Nº 223
Lunes 21 de noviembre del 2016
Situada en el distrito Frailes, cantón Desamparados de la provincia
de San José, Colinda: al norte, resto reservado; al sur, calle pública
con un frente de 14.36 metros; al este, calle pública con un frente de
51.56 metros, y al oeste, lote 2. Mide: Mil trescientos cuatro metros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y
treinta minutos del ocho de febrero de dos mil diecisiete, con la base
de seis millones setecientos catorce mil novecientos setenta y nueve
colones con ochenta y cuatro céntimos (rebajada en un veinticinco
por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y
treinta minutos del veintitrés de febrero de dos mil diecisiete con
la base de dos millones doscientos treinta y ocho mil trescientos
veintiséis colones con sesenta y un céntimos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805
párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Asociación Solidarista de
Empleados de Yanber S. A. y afines contra Jenny Navarro Batista.
Exp. N° 16-007848-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado
de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 25 de octubre
del 2016.—Lic. Ricardo Barrantes López, Juez.—( IN2016089327 ).
En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada citas: 30103903-01-0002-001; a las catorce horas y cero minutos del veintitrés
de enero del dos mil diecisiete, y con la base de veinte millones
de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección
de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número
cuatrocientos noventa y tres mil setecientos ochenta y cinco-cero
cero cero, la cual es terreno para construir y parte destinada a
servidumbre de paso. Situada: en el distrito 09 Río Segundo, cantón
01 Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Juan
Enrique Salazar Guerrero; Alajuela sur, con frente a calle pública
de nueve metros setenta y cinco centímetros lineales; al este, Juan
Enrique Salazar Guerrero, y al oeste, William Sánchez Guerrero.
Mide: doscientos diez metros cuadrados. Plano: A-1763210-2014.
Para el segundo remate, se señalan las catorce horas y cero minutos
del siete de febrero del dos mil diecisiete, con la base de quince
millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento),
y para la tercera subasta, se señalan las catorce horas y cero minutos
del veintidós de febrero del dos mil diecisiete, con la base de cinco
millones de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho.
La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Luis Alberto Álvarez Vega contra Juan
Enrique Salazar Guerrero. Expediente N° 16-001848-1204-CJ.—
Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Grecia
(Materia Cobro), 09 de noviembre del 2016.—Erika Salazar
Vásquez, Jueza.—( IN2016089396 ).
PRIMERA PUBLICACIÓN
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
prendarios; a las ocho horas del trece de febrero del año dos mil
diecisiete, y con la base de cuatro mil trescientos dieciséis dólares
con ochenta centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente
Vehículo: Placas número 720176 . Marca Citroen. Estilo C3.
Categoría automóvil. Capacidad 5 personas. Año 2008. Vin
VF7FC8HZK7A001812. Para el segundo remate se señalan las
ocho horas del veintiocho de febrero del año dos mil diecisiete,
con la base de tres mil doscientos treinta y siete dólares con sesenta
centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las ocho horas del quince de marzo del año dos
mil diecisiete con la base de mil setenta y nueve dólares con veinte
centavos. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria
de Banco Promérica de Costa Rica S. A. contra Alexander de Jesús
Pacheco Bustamante. Exp. 16-001963-1204-CJ.—Juzgado de
Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Grecia (Materia
Cobro), 11 de noviembre del 2016.—Patricia Cedeño Leitón,
Juez.—( IN2016048157 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando condiciones y limitaciones citas
número 311-00006493-001-0901-001 y reservas y restricciones citas
311-00006493-01-0904-001; a las ocho horas y treinta minutos del
veintitrés de enero del dos mil diecisiete, y con la base de setecientos
veintiocho mil setecientos noventa y un colones con dos céntimos,
en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro
Público, partido de Puntarenas, sección de propiedad, bajo el
sistema de folio real, matrícula número ciento dos mil cuatrocientos
cuarenta y tres cero cero cero la cual es terreno para construir, lote
280 con una casa de habitación. Situada en el distrito 01-Corredor,
cantón 10- Corredores, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al
norte, lote 277 y Municipalidad de Corredores; al sur, calle pública;
al este, calle pública y Municipalidad de Corredores y al oeste, lote
277 y calle pública. Mide: quinientos noventa y nueve metros con
ochenta y un decímetros cuadrados. Plano: P-0368959- 1996. Para
el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del
siete de febrero del dos mil diecisiete, con la base de quinientos
cuarenta y seis mil quinientos noventa y tres colones con veintisiete
céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera
subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintidós
de febrero de dos mil diecisiete con la base de ciento ochenta y
dos mil ciento noventa y siete colones con setenta y seis céntimos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa
a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda
que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción
del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Nacional de Costa Rica contra Ángel Evaristo Bustos Bojorge. Exp.
N° 13-000001-1201-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y
Contravencional de Golfito (Materia Cobro), 25 de octubre del
año 2016.—Licda. Olga Sandí Torres, Jueza.—( IN2016088078 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; a las catorce horas del veinte de febrero del año dos
mil diecisiete, y con la base de diecinueve millones ciento noventa
y dos mil novecientos diecisiete colones con cincuenta céntimos, en
el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro
Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema
de folio real, matrícula número 259918-000 la cual es terreno de
cafetal. Situada en el distrito 3- Carrizal, cantón 1-Alajuela, de la
provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Luis Fernando Ugalde
Montero; al sur, Gerardo Barrantes Montero; al este, calle pública
y al oeste, Pablo Alejandro Brenes Barrantes. Mide: doscientos
sesenta y dos metros con diez decímetros cuadrados. Para el segundo
remate se señalan las catorce horas del siete de marzo del año dos
mil diecisiete, con la base de catorce millones trescientos noventa
y cuatro mil seiscientos ochenta y ocho colones con trece céntimos
y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas del veintidós
de marzo del año dos mil diecisiete, con la base de cuatro millones
setecientos noventa y ocho mil doscientos veintinueve colones con
treinta y ocho céntimos. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Asociación Solidarista de Empleados de
Abonos del Pacífico S. A. contra Jeilim Emilce Araya Rojas. Exp.
N° 16-002323-1204-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y
Contravencional de Grecia (Materia Cobro), 29 de agosto del
año 2016.—Patricia Cedeño Leiton, Jueza.—( IN2016089406 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
prendarios; a las diez horas del catorce de diciembre de dos mil
dieciséis, y con la base de tres millones ciento veintidós mil
ochenta y un colones con diecinueve céntimos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: vehículo placa 718411, marca Suzuki,
categoría automóvil, estilo alto, año 2008, color gris, VIN
MA3FB31SX80178514. Para el segundo remate se señalan las diez
horas del veinte de enero de dos mil diecisiete, con la base de dos
millones trescientos cuarenta y un mil quinientos sesenta colones con
ochenta y nueve céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y,
para la tercera subasta se señalan las diez horas del seis de febrero de
dos mil diecisiete con la base de setecientos ochenta mil quinientos
veinte colones con veintinueve céntimos (un veinticinco por ciento
de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
Lunes 21 de noviembre del 2016
prendaria de Fiduciaria Brunca Sociedad Anónima contra Andrey
Mauricio Jiménez Vindas. Exp. N° 16-000705-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de Cartago, 9 de noviembre del año
2016.—Licda. Karina Quesada Blanco, Juez.—( IN2016089422 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando reservas de Ley de Aguas y Ley de
Caminos Públicos bajo las citas: 216-04538-01-0002-001, reservas
y restricciones bajo las citas: 301-03144-01-0901-001 y 355-1290001-0002-001, servidumbre de líneas eléctricas y de paso bajo las
citas: 409-15819-01-0001-001, servidumbres de paso bajo las citas:
2014-121023-01-0005-001 y 2014-121023-01-0005-001; a las
nueve horas y cero minutos del trece de diciembre del año dos mil
dieciséis, y con la base de catorce millones novecientos cincuenta
y un mil quinientos cuarenta y dos colones con sesenta y cinco
céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita
en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de folio real, matrícula número 389.232-000, la cual
es terreno para construir con una casa de habitación. Situada en el
distrito 14, Sarapiquí cantón 1, Alajuela, de la provincia de Alajuela.
Colinda: al norte, Ana Lidia Mora Gómez; sur, calle pública; este,
Luis Fernando Gómez Barrantes y Hazel Gómez Chaves; oeste,
calle pública. Mide: mil un metros con tres decímetros cuadrados.
Plano: A-0805767-2002. Para el segundo remate se señalan las
nueve horas y cero minutos del once de enero del año dos mil
diecisiete, con la base de once millones doscientos trece mil
seiscientos cincuenta y seis colones con noventa y nueve céntimos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta
se señalan las nueve horas y cero minutos del veintiséis de enero
del año dos mil diecisiete con la base de tres millones setecientos
treinta y siete mil ochocientos ochenta y cinco colones con sesenta
y seis céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria
de Banco Nacional de Costa Rica contra Luis Fernando Gómez
Barrantes. Exp. N° 16-001353-1202-CJ.—Juzgado de Cobro
y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela
(Materia Cobro), 03 de octubre del año 2016.—Licda. Lilliam
Ruth Álvarez Villegas, Jueza.—( IN2016089487 ).
En la puerta exterior de este Despacho; soportando servidumbre
trasladada bajo las citas: 357-12311-01-0918-001 e hipoteca a favor
del Banco Nacional de Costa Rica inscrita bajo las citas: 570-5657201-0001-001; a las ocho horas y treinta minutos del veinticinco de
enero del año dos mil diecisiete, y con la base de cien millones de
colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 124.249000, la cual es terreno para construir, con un edificio comercial de
dos plantas y otro edificio comercial en proceso de construcción.
Situada en el distrito 1, Quesada cantón 10, San Carlos, de la
provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública; sur, Álvaro
Vargas Méndez; este, iglesia católica; oeste, calle pública. Mide:
setecientos ocho metros con noventa y un decímetros cuadrados.
Plano: A-0006782-1968. Para el segundo remate se señalan las
ocho horas y treinta minutos del nueve de febrero del año dos mil
diecisiete, con la base de setenta y cinco millones de colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se
señalan las ocho horas y treinta minutos del veinticuatro de febrero
del año dos mil diecisiete con la base de veinticinco millones de
colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Nacional de Costa Rica contra Urbanizadora Valle Dorado Sociedad
Anónima. Exp. N° 16-001685- 1202-CJ.—Juzgado de Cobro
y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela
(Materia Cobro), 02 de noviembre del año 2016.—Licda. Lilliam
Ruth Álvarez Villegas, Jueza.—( IN2016089488 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones; a las nueve
horas y treinta minutos del veinticuatro de enero del año dos mil
diecisiete y con la base de seis millones de colones exactos, en el
mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro
Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema
BOLETIN JUDICIAL Nº 223 — Pág 17
de folio real, matrícula número sesenta y ocho mil novecientos
veinticinco-cero cero cero, la cual es terreno para construir número
39. Situada en el distrito 8 Barranca, cantón 1 Puntarenas, de la
provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, lote 38; al sur, lote 40;
al este, Calle Lilliette y al oeste, lote 56. Mide: ciento siete metros
con veinticinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se
señalan las nueve horas y treinta minutos del ocho de febrero del
año dos mil diecisiete, con la base de cuatro millones quinientos
mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para
la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del
veintitrés de febrero del año dos mil diecisiete con la base de un
millón quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de
la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Eduan Gerardo Chavarría Arias contra Deily
Marenco López. Exp. N° 16-000733-1203-CJ.—Juzgado de Cobro
y Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San
Ramón) (Materia Cobro), 26 de octubre del año 2016.—Licda.
María Auxiliadora Cruz Cruz, Jueza.—( IN2016089495 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; a las diez horas y cero minutos del veintitrés de
enero del año dos mil diecisiete, y con la base de veintiún millones
trescientos cincuenta y un mil quinientos cincuenta y cinco colones
con sesenta y seis céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número
131.612-000, la cual es terreno para construir, lote 10-B. Situada
en el distrito 2, Occidental cantón 1, Cartago, de la provincia de
Cartago. Colinda: al norte, lote 11-B; sur, lote 9-B; este, calle
pública con 09,25 mts; oeste, estado de Reserva Nacional. Mide:
Ciento ochenta y dos metros con diecinueve decímetros cuadrados.
Plano: C-0015752-1991. Para el segundo remate se señalan las diez
horas y cero minutos del siete de febrero del año dos mil diecisiete,
con la base de dieciséis millones trece mil seiscientos sesenta y seis
colones con setenta y cinco céntimos (rebajada en un veinticinco
por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero
minutos del veintidós de febrero del año dos mil diecisiete, con la
base de cinco millones trescientos treinta y siete mil ochocientos
ochenta y ocho colones con noventa y dos céntimos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Coocique R.L. contra Heriberto de Los
Ángeles Quirós Linton, Heriberto Quirós Picado, Violeta Orenta
Linton Foster. Exp. N° 16-001267-1202-CJ.—Juzgado de Cobro
y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela
(Materia Cobro), 07 de noviembre del año 2016.—Licda. Lilliam
Ruth Álvarez Villegas, Jueza.—( IN2016089497 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; a las nueve horas y cero minutos del diecinueve de
diciembre del año dos mil dieciséis, y con la base de tres millones
quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela,
Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula
número 450.691-000, la cual es terreno para construir. Situada en el
distrito 5, Venecia cantón 10, San Carlos, de la provincia de Alajuela.
Colinda: al norte, Jorge, Alicia y Sulay Rodríguez Mora; sur, Jorge,
Alicia y Sulay Rodríguez Mora; este, calle pública con 12,37
metros de frente; oeste, Ovidio Mora Peralta. Mide: cuatrocientos
cincuenta metros con sesenta y ocho decímetros cuadrados. Plano:
A-0873071-2003. Para el segundo remate se señalan las nueve horas
y cero minutos del diecisiete de enero del año dos mil diecisiete, con
la base de dos millones seiscientos veinticinco mil colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se
señalan las nueve horas y cero minutos del uno de febrero del año
dos mil diecisiete con la base de ochocientos setenta y cinco mil
colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Nacional de Costa Rica contra Rafaela de La Trinidad Rodríguez
Mora. Exp. N° 16-001509-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor
Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela (Materia
Cobro), 19 de octubre del año 2016.—Licda. Lilliam Ruth Álvarez
Villegas, Jueza.—( IN2016089498 ).
Pág 18 — BOLETIN JUDICIAL Nº 223
Lunes 21 de noviembre del 2016
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; a las once horas y cero minutos del dieciséis de
enero del año dos mil diecisiete, y con la base de tres millones
ciento ochenta y seis mil doscientos setenta colones con sesenta
céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita
en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de folio real, matrícula número 448635-000 la cual
es terreno para construir con una casa número 24-G. Situada en el
distrito 07 Patarra, cantón 03 Desamparados, de la provincia de San
José. Colinda: al norte, lote 25-G; al sur, lote 23-G; al este, Héctor
Quesada Acosta y al oeste, calle pública. Mide: ciento veinte metros
con siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan
las once horas y cero minutos del treinta y uno de enero del año
dos mil diecisiete, con la base de dos millones trescientos ochenta
y nueve mil setecientos dos colones con noventa y cinco céntimos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se
señalan las once horas y cero minutos del quince de febrero del
año dos mil diecisiete con la base de setecientos noventa y seis mil
quinientos sesenta y siete colones con sesenta y cinco céntimos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así
en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo
Comunal contra Luz Marina Jiménez Espinoza, Marlon José
Aragón Soto. Notifíquese. Exp. N° 16-028385-1012-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José,
11 de octubre del año 2016.—Licda. Elia Corina Marchena Fennell,
Jueza.—( IN2016089512 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; a las nueve horas y treinta minutos del dieciséis de
enero del año dos mil diecisiete, y con la base de nueve millones
ochocientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago,
Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula
número 204607-000 la cual es terreno de café. Situada en el distrito
Corralillo, cantón Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda:
al noreste, en partes Osvaldo Jiménez Siles y José David Rivera
Monge; al noroeste, servidumbre de paso en medio, Egberth
Valverde Jiménez; al sureste, en partes José David Rivera Monge
y calle pública con un frente a ella de doce metros un centímetro
y al suroeste, Edberth Valverde Jiménez. Mide: ochocientos
veintisiete metros con ochenta decímetros cuadrados. Para el
segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del
treinta y uno de enero del año dos mil diecisiete, con la base de
siete millones trescientos cincuenta mil colones exactos (rebajada
en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las nueve horas y treinta minutos del quince de febrero del año dos
mil diecisiete con la base de dos millones cuatrocientos cincuenta
mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Banco de Costa Rica contra William Jovanny Báez Núñez. Exp.: 16023213-1012-CJ. Notifíquese.—Juzgado Especializado de Cobro
Segundo Circuito Judicial de San José, 28 de octubre del 2016.—
Licda. Margarita Mena Gutiérrez, Jueza.—( IN2016089529 ).
En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes
prendarios, a las nueve horas (9:00 a.m.) del diecisiete de enero
de dos mil diecisiete, y con la base de setecientos cincuenta mil
colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas
número 483697, marca Nissan, estilo Sentra GXE, categoría
automóvil, capacidad cinco personas, año 1996, color gris, VIN
1N4AB41D5TC750400, cilindrada 1600 c.c, combustible gasolina,
motor número GA16833023l. Para el segundo remate se señalan
a las nueve horas (9:00 a.m.) del primero de febrero del dos mil
diecisiete, con la base de quinientos sesenta y dos mil quinientos
colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera
subasta se señalan a las nueve horas (9:00 a.m.) del dieciséis de
febrero del dos mil diecisiete, con la base de ciento ochenta y siete
mil quinientos colones (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar
en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código
de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
sentencia de Sofía Lizette Blanco Baez en contra de Juan Manuel
Villalobos Méndez. Expediente N° 12-000663-0169-CI.—Juzgado
Civil de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San
José, Goicoechea, 10 de noviembre del año 2016.—Lic. Freddy
Bolaños Rodríguez, Juez.—( IN2016089542 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; a las diez horas cero minutos del diecinueve de enero
de dos mil diecisiete y con la base de sesenta y tres millones ciento
sesenta y dos mil colones exactos, en el mejor postor remataré
lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San
José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula
número setenta y cuatro mil seiscientos cincuenta y cinco d-cero
cero dos-cero cero tres, cero cero cuatro, cero cero cinco, la cual
es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 04
Catedral, cantón 01 San José de la provincia de San José. Colinda:
al norte Isidro Perera; al sur José Albertazzi Avendaño; al este José
Albertazzi Avendaño y al oeste calle 19 bis. Mide: cuatrocientos
cuarenta metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las
diez horas cero minutos del tres de febrero de dos mil diecisiete,
con la base de cuarenta y siete millones trescientos setenta y un mil
quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento)
y, para la tercera subasta se señalan las diez horas cero minutos del
veinte de febrero de dos mil diecisiete, con la base de quince millones
setecientos noventa mil quinientos colones exactos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805
párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ordinario de Flory Albertazzi Molinari contra Dubelia
Albertazzi Molinari, sucesión Molinari. Expediente: 13-0000870640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 31 de octubre del 2016.—
Msc. Mateo Ivankovich Fonseca, Juez.—( IN2016089590 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; a las ocho horas y cero minutos del diecisiete de
enero del año dos mil diecisiete, y con la base de nueve millones
ciento setenta y ocho mil novecientos noventa y tres colones con
setenta y siete céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número
seiscientos diecinueve mil trescientos cuarenta y siete cero cero
cero la cual es terreno de cultivos. Situada en el distrito 4-Rivas,
cantón 19-Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al
norte, Leticia Meza Valverde y Fabio Fonseca Valverde.; al sur,
Fabio Fonseca Valverde y Alfredo Fonseca Valverde; al este, Fabio
Fonseca Valverde y al oeste, Randall Fonseca Valverde. Mide: once
mil trescientos cincuenta y tres metros cuadrados. Para el segundo
remate se señalan las ocho horas y cero minutos del uno de febrero
del año dos mil diecisiete, con la base de seis millones ochocientos
ochenta y cuatro mil doscientos cuarenta y cinco colones con
treinta y tres céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y
para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos
del dieciséis de febrero del año dos mil diecisiete con la base de
dos millones doscientos noventa y cuatro mil setecientos cuarenta
y ocho colones con cuarenta y cuatro céntimos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805
párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de CREDECOOP R.L., contra
Randall Gerardo Fonseca Valverde. Exp. N° 16-003793-1200CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 27 de
setiembre del año 2016.—Licda. Alejandra Ortega Padilla, Jueza.—
( IN2016089595 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios y anotaciones; pero soportando reservas y restricciones
citas 303-00205-01-0901-020 y servidumbre sirviente citas 33004850-01-0003-001; a las catorce horas y cero minutos del doce de
Lunes 21 de noviembre del 2016
enero del dos mil diecisiete y con la base de trece mil ciento cincuenta
y ocho dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento
diecinueve mil cuatrocientos cincuenta y dos-cero cero cero, la
cual es terreno para construir. Situada en el distrito 02 Volcán,
cantón 03 Buenos Aires de la provincia de Puntarenas. Colinda:
al norte José Daniel Beita Ureña; al sur calle pública; al este José
Daniel Beita Ureña y al oeste servidumbre de paso. Mide: cinco
mil doscientos setenta y cinco metros con sesenta y dos decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y
cero minutos del veintisiete de enero del año dos mil diecisiete,
con la base de nueve mil ochocientos sesenta y ocho dólares con
cincuenta centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la
tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del trece
de febrero del dos mil diecisiete, con la base de tres mil doscientos
ochenta y nueve dólares con cincuenta centavos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Wai Ming Lai Wong contra José
Daniel Beita Ureña. Expediente: 16-003207-1200-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la
Zona Sur, Pérez Zeledón, (Materia Cobro), 11 de octubre del año
2016.—Lic. Harold Ríos Solórzano, Juez.—( IN2016089597 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas: 34513013-01-0002-001 y medianería citas: 345-13013-01-0900-001;
a las trece horas y treinta minutos del veintisiete de enero del dos
mil diecisiete, y con la base de sesenta y tres millones quinientos
cuarenta y tres mil quinientos cuarenta y nueve colones con cuarenta
y ocho céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección
de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número
cuarenta y ocho mil quince cero cero cero la cual es terreno con 1
casa N° 35. Situada en el distrito 1-Quepos, cantón 6-Quepos , de la
provincia de Puntarenas.- Colinda: al norte, casa 34; al sur, casa 36;
al este, calle pública con un frente a ella de 15,69 metros lineales y
al oeste, calle pública con un frente a ella de 7,68 metros lineales.
Mide: trescientos cuarenta y cinco metros con ochenta y cinco
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece
horas y treinta minutos del trece de febrero del dos mil diecisiete,
con la base de cuarenta y siete millones seiscientos cincuenta y siete
mil seiscientos sesenta y dos colones con once céntimos (rebajada
en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las
trece horas y treinta minutos del veintiocho de febrero de dos mil
diecisiete con la base de quince millones ochocientos ochenta y cinco
mil ochocientos ochenta y siete colones con treinta y siete céntimos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa
a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda
que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción
del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Nacional de Costa Rica contra Juan Carlos Fernández Núñez. Exp.
N° 16- 000075-1201-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y
Contravencional de Golfito (Materia Cobro), 26 de octubre del
2016.—Olga Sandí Torres, Jueza.—( IN2016089598 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando Reservas y Restricciones citas 31114934-01-902-118 y prohibiciones y condiciones citas 311-1493401-0903-042; a las ocho horas y cero minutos del treinta de enero
de dos mil diecisiete, y con la base de seis millones ciento cuarenta
y un mil novecientos cuarenta y cinco colones con treinta y cinco
céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en
el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento ochenta y dos
mil trescientos diez cero cero cero, la cual es terreno para construir.
Situada en el distrito 04 Laurel, cantón 10 Corredores de la provincia
BOLETIN JUDICIAL Nº 223 — Pág 19
de Puntarenas. Colinda: al norte Gonzalo Madrigal Portuguez; al sur
Gonzalo Madrigal Portuguez; al este calle pública con un frente de
38 metros 96 centímetros y al oeste Gonzalo Madrigal Portuguez.
Mide: novecientos dieciocho metros con cero decímetros cuadrados.
Plano: P-1503872-2011 cuadrados. Para el segundo remate se
señalan las ocho horas y cero minutos del catorce de febrero de dos
mil diecisiete, con la base de cuatro millones seiscientos seis mil
cuatrocientos cincuenta y nueve colones con un céntimos (rebajada
en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las
ocho horas y cero minutos del uno de marzo de dos mil diecisiete,
con la base de un millón quinientos treinta y cinco mil cuatrocientos
ochenta y seis colones con treinta y cuatro céntimos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805
párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa
Rica contra Daniel Madrigal Marín. Expediente: 15-000164-1201CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de
Golfito, (Materia Cobro), 26 de octubre del 2016.—Licda. Olga
Sandí Torres, Jueza.—( IN2016089599 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; a las nueve horas y cero minutos del veinticuatro
de enero de dos mil diecisiete, y con la base de trece millones
trescientos once mil diez colones con dieciséis céntimos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público,
Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
Folio Real, matrícula número veintitrés mil sesenta- cero cero
cero la cual es terreno para la agricultura. Situada en el distrito 01
Corredor, cantón 10-Corredores, de la provincia de Puntarenas.
Colinda: al norte Carlos Luis y Arturo Murillo y canal en medio; al
sur, canal de drenaje; al este, trocha canal de drenaje y vía férrea y al
oeste, Miguel Ángel Artavia y Jesús Anchía. Mide: ciento cuatro mil
trescientos setenta y siete metros con treinta y tres cuadrados plano:
P-1183808-2007. Para el segundo remate se señalan las nueve horas
y cero minutos del ocho de febrero de dos mil diecisiete, con la
base de nueve millones novecientos ochenta y tres mil doscientos
cincuenta y siete colones con sesenta y dos céntimos (rebajada en
un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las
nueve horas y cero minutos del veintitrés de febrero de dos mil
diecisiete con la base de tres millones trescientos veintisiete mil
setecientos cincuenta y dos colones con cincuenta y cuatro céntimos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa
a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda
que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción
del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Danny Dickson Trejos Loría,
Esperanza de Los Ángeles Trejos Zamora Exp.: 16-000958-1201CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de
Golfito (Materia Cobro), 24 de octubre del 2016.—Licda. Olga
Sandí Torres, Jueza.—( IN2016089600 ).
En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas:
servidumbre sirviente citas: 332-06940-01-0042-001, servidumbre
trasladada citas: 332-06940-01-0913-001, servidumbre sirviente
citas:
332-06940-01-0042-001,
servidumbre
trasladada
citas:332-06940-01-0913-001 a las diez horas y cero minutos (antes
meridiano) del diecinueve de diciembre de dos mil dieciséis, y con
la base de seis millones quinientos siete mil seiscientos colones
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en
el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo
el sistema de folio real, matrícula número quinientos dieciséis mil
cuatrocientos setenta y tres cero cero uno y cero cero dos, la cual
es naturaleza: lote l terreno para construir. Situada en el distrito
5- San Felipe, cantón 10-Alajuelita, de la provincia de San José.
Colinda: al norte, lote uno e de Quintalena Sociedad Anónima;
sur, calle pública, este, Quintalena Sociedad Anónima, oeste, calle
pública. Mide: ciento cincuenta y siete metros con ochenta y ocho
Pág 20 — BOLETIN JUDICIAL Nº 223
Lunes 21 de noviembre del 2016
decímetros. para el segundo remate se señalan las diez horas y
cero minutos(antes meridiano) del diecisiete de enero del dos mil
diecisiete, con la base de cuatro millones ochocientos ochenta mil
setecientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento)
y para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos
(antes meridiano)del uno de febrero de dos mil diecisiete con la base
de un millón seiscientos veintiséis mil novecientos colones exactos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado
a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo
Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Ana
Cecilia Potosme Zúñiga. Exp. N° 13-010617-1157-CJ.—Juzgado
de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer circuito Judicial
de Alajuela (Materia Cobro), 16 de noviembre del año 2016.—
Licda. Melquisedec Rodríguez Ramírez, Jueza, Notario.—1 vez.—
( IN2016089630 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
prendarios; a las trece horas y treinta minutos (1:30 pm) del
dieciséis de enero de dos mil diecisiete, y con la base de cuatro
millones setenta y nueve mil setecientos cuarenta y dos colones con
seis céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo:
Placas número 736981. Marca Toyota. Estilo RAV4. Categoría
automóvil. Capacidad 5 personas. Año 1997. Color blanco. Vin
JT3HP10V1V0144328. Cilindrada 2000 CC. Combustible gasolina.
Motor Nº. ilegible Para el segundo remate se señalan las trece
horas y treinta minutos (1:30 pm) del treinta y uno de enero de dos
mil diecisiete, con la base de tres millones cincuenta y nueve mil
ochocientos seis colones con cincuenta y cuatro céntimos (rebajada
en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las
trece horas y treinta minutos (1:30 pm) del quince de febrero de dos
mil diecisiete con la base de un millón diecinueve mil novecientos
treinta y cinco colones con cincuenta y un céntimos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805
párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución prendaria de Asociación Solidarista de
Empleados de Importadora Monge de Alajuela S. A. y afines contra
Mario Alberto Arce Miranda. Exp. 16-007873-1044-CJ.—Juzgado
Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de
San José, 6 de octubre del 2016.—Licda. Audrey Abarca Quirós,
Jueza.—( IN2016089656 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
prendarios; a las trece horas y treinta minutos del treinta y uno de
enero de dos mil diecisiete, y con la base de cuatro millones de
colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo:
Placas número BBW956. Marca: Hunday. Estilo: Accent. Categoría:
Automóvil. Capacidad: Cinco personas. Año: 2001. Color: Blanco.
Cilindrada; 1500 c.c. Combustible: Gasolina. Para el segundo
remate se señalan las trece horas y treinta minutos del quince de
febrero de dos mil diecisiete, con la base de tres millones de colones
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del dos de marzo
de dos mil diecisiete con la base de un millón de colones exactos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado
a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Ana Yansi Ríos
Venegas contra Iris Rosibel de La Trinidad González González.
Exp.: 16-000682-1201-CJ.— Juzgado de Cobro, Menor Cuantía
y Contravencional de Golfito (Materia Cobro), 31 de octubre del
2016.—Licda. Olga Sandí Torres, Jueza.—( IN2016089697 ).
Convocatorias
Se convoca a todas las personas interesadas en la sucesión
de Aquilina Elizondo Sáenz, a una junta que se verificará en este
juzgado a las diez horas treinta minutos del diecinueve de diciembre
del dos mil dieciséis, para conocer acerca de los extremos que
establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Expediente
N° 14-000098-0188-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del Primer
Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, (Materia
Civil), 24 de octubre del 2016.—Licda. Alejandra Ortega Padilla,
Jueza.—1 vez.—( IN2016083528 ).
Títulos Supletorios
Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el
expediente N° 15-000133-0930-CI donde se promueven diligencias
de información posesoria por parte de Patricia Ingrid Vargas
Acevedo, quien es mayor, estado civil casada una vez, vecina
de Siquirres, barrio María Auxiliadora, frente al Ebais del Invu,
portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número
7-0087-0531, profesión oficios del hogar, a fin de inscribir a su
nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que
se describe así: Finca ubicada en la provincia de Limón, la cual
es terreno para construir. Situada en el distrito primero, cantón
tercero, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Jim Marson
Wint; al sur, calle pública; al este, Jim Marson Wint, y al oeste,
Jim Marson Wint. Mide: doscientos noventa y un metros con
cuarenta y cuatro decímetros cuadrados. Indica el promovente que
sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes,
y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación
y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho
inmueble en la suma de cuatro millones de colones. Que adquirió
dicho inmueble por compra que le realizará al señor Jim Marson
Wint, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y
quieta. Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento
de cercas que individualización y deslindan el terreno. Que no ha
inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias,
otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la
Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias
de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un
mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen
ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información
posesoria promovida por Patricia Ingrid Vargas Acevedo. Exp.
N° 15-000133-0930-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito
Judicial de la Zona Atlántica, Pococí, 27 de junio del 2016.—Lic.
Gersan Tapia Martínez, Juez.—1 vez.—( IN2016087986 ).
Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el
expediente N° 12-000190-0386-CI donde se promueven diligencias
de información posesoria por parte de Pedro Rafael Ampié Alcocer
quien es mayor, estado civil soltero en unión de hecho, vecino
de Liberia, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe
número 155809428200, profesión jornalero, a fin de inscribir a su
nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se
describe así: Finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es
terreno para construir. Situada en el distrito Liberia, cantón Liberia,
de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Víctor Villalobos
Barquero; al sur, Ernesto Delgado Vidoña; al este, calle pública,
y al oeste, Desarrollo Sambal Sociedad Anónima. Mide: Seis mil
seiscientos cuarenta metros cuadrados. Indica el promovente que
sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes,
y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación
y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho
inmueble en la suma de 12.000.000 colones. Que adquirió dicho
inmueble compra - venta de María Isabel García García, y hasta la
fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los
actos de posesión han consistido en mantenimiento del inmueble.
Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público
de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas
diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del
plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto,
se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso
información posesoria, promovida por Pedro Rafael Ampié Alcocer.
Lunes 21 de noviembre del 2016
Exp. N° 12-000190-0386-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito
Judicial de Guanacaste (Liberia) , 3 de octubre del 2012.—Lic.
Guillermo Ortega Monge, Juez.—1 vez.—( IN2016088043 ).
Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente
N° 12-000139-0386-CI donde se promueven diligencias de
información posesoria por parte de Irma Obando Montes, quien es
mayor, estado civil casada dos veces, vecina de Liberia, portadora
de la cédula de identidad vigente que exhibe N° 05-0096-0595,
profesión maestra pensionada, a fin de inscribir a su nombre y ante
el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así:
Finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno para
construir. Situada: en el distrito primero, cantón primero Liberia,
de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Francisco Umaña
Alpízar, Ever Castillo García y Rafael Ángel Briceño; al sur,
Julio Sánchez Sánchez; al este, calle pública, y al oeste, Malaquía
González González y Rodney Matamoros Barrantes. Mide: mil
treinta y ocho metros con diecinueve decímetros cuadrados.
Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan
cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por
objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso
sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de cinco millones
colones. Que adquirió dicho inmueble por compraventa, y hasta
la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que
los actos de posesión han consistido en limpieza de terreno, corte
de zacate y reparación y mantenimiento de cercas. Que no ha
inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias,
otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la
Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias
de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un
mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen
ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información
posesoria promovida por Irma Obando Montes. Expediente N° 12000139-0386-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial
de Guanacaste, Liberia, 24 de junio del 2014.—Lic. Guillermo
Ortega Monge, Juez.—1 vez.—( IN2016088083 ).
Se hace saber que ante este Despacho, se tramita el expediente
N° 16-000096-0930-CI donde se promueven diligencias de
información posesoria por parte de Rosibel del Rosario Fernández
Mata quien es mayor, estado civil soltera, vecina de Cairo de
Siquirres, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe
número 3-0315-0834, profesión oficios del hogar, a fin de inscribir
a su nombre y ante el registro público de la propiedad, el terreno
que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Limón, la
cual es terreno con una casa. Situada en el distrito Cairo, cantón
03 Siquirres, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, calle
pública de 7 metros lineales; al sur, Luis Muñoz Muñoz; al este,
Emilce Orozco Orozco y al oeste, Yenny Madrigal Brenes. Mide:
trescientos noventa metros cuadrados. Indica el promovente que
sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes,
y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación
y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho
inmueble en la suma de ochocientos mil colones. Que adquirió
dicho inmueble el mil novecientos noventa y ocho por compra y
venta del señor Luis Muñoz Muñoz, y hasta la fecha lo ha mantenido
en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han
consistido en mantenimiento de cercas, construcción de casa de
habitación familiar. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley
de Informaciones Posesorias, otros Inmuebles, según se constata del
Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados
en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que
dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este
edicto, se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos.
Proceso información posesoria, promovida por Rosibel del Rosario
Fernández Mata. Exp. N° 16-000096-0930-CI.—Juzgado Civil del
Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Pococí, 29 de
agosto del año 2016.—Lic. Gersan Tapia Martínez, Juez.—1 vez.—
( IN2016088212 ).
Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente
N° 15-000073-0507-AG donde se promueven diligencias de
información posesoria por parte de Xinia María Lara Pérez, quien es
BOLETIN JUDICIAL Nº 223 — Pág 21
mayor, estado civil casada dos veces , vecina de Heredia, San Ramón,
La Virgen de Sarapiquí, 300 metros sur y 50 este del salón comunal,
portador(a) de la cédula de identidad vigente que exhibe número
0204060187, profesión ama de casa, a fin de inscribir a su nombre y
ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe
así: Finca ubicada en la provincia de Heredia, la cual es terreno para
construir. Situada en el distrito segundo La Virgen, cantón décimo
Sarapiquí, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, calle pública,
redondel y salón comunal; al sur, servidumbre de paso de 6 metros
y Miguel Ángel Salas Aguilar; al este, José Manuel Ruiz Ruiz, y
al oeste, calle pública con 12 metros. Mide: Trescientos cuarenta
metros cuadrados con número de plano catastro H-1680455-2013.
Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan
cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por
objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso
sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de ochocientos treinta
y seis mil cuatrocientos colones. Que adquirió dicho inmueble
mediante compra, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública,
pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en lote
cercado y para construir. Que no ha inscrito mediante el amparo
de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se
constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos
los interesados en estas diligencias de información posesoria,
a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la
publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso información posesoria promovida por
Xinia María Lara Pérez. Exp. N° 15-000073-0507-AG.—Juzgado
Civil, Trabajo, Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de
Sarapiquí, Heredia, (Materia Civil), 8 de setiembre del 2016.—
Lic. Ólger Martín Pérez Gómez, Juez.—1 vez.—( IN2016088266 ).
Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente
N° 16-000025-0993-AG donde se promueven diligencias de
información posesoria por parte de Ramón Francisco Carranza
Rojas quien es mayor, soltero, vecino de Alajuela, portador de la
cédula de identidad Nº 2-0471-0704, auditor de seguridad, a fin de
inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad,
el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza es terreno de
café. Situada en el distrito Cirrí, cantón Naranjo, de la provincia
de Alajuela. Colinda: al norte, Noilyn Paniagua Barrantes; al
sur, Ramón Carranza Rojas; al este, río La Isla y al oeste, calle
pública con un frente de ciento setenta y dos metros con ochenta
y nueve decímetros lineales. Mide: ocho mil setecientos veintiséis
metros con doce decímetros cuadrados, tal como lo indica el plano
catastrado Nº A-1026653-2005. Indica el promovente que sobre
el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y
que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y
consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el
inmueble como las presentes diligencias en la suma de tres millones
mil colones cada una. Se emplaza a todos los interesados en estas
diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del
plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto,
se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso
información posesoria, promovida por Ramón Francisco Carranza
Rojas, expediente Nº 16-000025-0993-AG.—Juzgado Agrario
del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón) , 10 de
noviembre del 2016.—Msc. Carlos Eduardo González Mora, Juez
Agrario.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016088373 ).
Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente
N° 16-000128-0507-AG donde se promueven diligencias de
información posesoria por parte de Eliécer Francisco Vargas Arrieta,
quien es mayor, soltero, agricultor, vecino de Los Ángeles de La
Virgen de Sarapiquí, Heredia de la rotonda cuatro kilómetros al sur,
cédula cuatro-ciento siete-cuatrocientos cincuenta y siete, a fin de
inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad,
el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es de potrero.
Situada en Calle Los Machos en el distrito segundo La Virgen,
cantón décimo Sarapiquí, de la provincia de Heredia. Colinda: al
norte, calle pública con un frente a la misma de ciento cuarenta y
ocho metros con diez centímetros lineales; al sur, Ana Yensi Solano
Artavia; al este, Romy Alley Jiménez Rodríguez, y al oeste, Azucena
Vásquez Ferreto. Mide: treinta y dos mil setecientos dieciséis metros
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Lunes 21 de noviembre del 2016
cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado N° 4-18450782015. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir NO
pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene
por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un
proceso sucesorio y estima tanto las presentes diligencias así como
el inmueble en la suma de quince millones de colones. Que adquirió
dicho inmueble por compra, y hasta la fecha lo ha mantenido en
forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a
título de dueño por más de 10 años. Que no existen condueños. Que
los actos de posesión han consistido en mantenimiento y cultivos.
Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles. Se emplaza a todos los interesados en
estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro
del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este
edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos.
Proceso información posesoria promovida por Eliécer Francisco
Vargas Arrieta. Exp. N° 16-000128-0507-AG.—Juzgado Agrario
del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Pococí, 7
de noviembre del 2016.—Lic. Ronald Rodríguez Cubillo, Juez.—1
vez.—Exonerado.—( IN2016088375 ).
Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 16000138-0465-AG donde se promueven diligencias de información
posesoria por parte de Anais Morera Sanabria, quien es mayor, estado
civil divorciada, vecina de Belén de Heredia, portadora de la cédula
de identidad número 4-0141-0475, a fin de inscribir a su nombre y
ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe
así: Finca cuya naturaleza es para construir y agricultura. Situada en
Bribri, distrito: Bratsi, cantón Talamanca, de la provincia de Limón.
Colinda: al norte, Iris Mora Almengor; al sur, calle pública con un
frente de veinte metros setenta y ocho decímetros lineales; al este,
Bolívar Osorno Cubillo y al oeste, Bernardina Morales Rojas. Mide:
cuatrocientos catorce metros cuadrados, tal como lo indica el plano
catastrado número L-1686840-2013. Indica el promovente que
sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes,
y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y
consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el
inmueble como las presentes diligencias en la suma de dos millones
quinientos mil colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por
compra, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública,
pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de
ocho años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión
han consistido en instalar arreglar cercas, limpiar el terreno de malas
hierbas, sembrar árboles frutales, cultivar plátano y otros productos
agrícolas. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de
Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del
Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados
en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro
del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto,
se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso
información posesoria, promovida por Auxiliadora Anais de Jesús
Morera Sanabria. Exp: 16-000138-0465-AG.—Juzgado Agrario
del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 25 de
octubre del 2016.—Licda. Heilin Rojas Madrigal, Jueza.—1 vez.—
Exonerado.—( IN2016088376 ).
Mide: ocho mil ochocientos cuarenta y dos metros cuadrados,
tal como lo indica el plano catastrado número P-1908679-2016.
Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan
cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por
objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso
sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias
en la suma de diez millones de colones cada una. Que adquirió dicho
inmueble por donación y hasta la fecha lo ha mantenido en forma
quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de
dueño por más de dos meses. Que no existen condueños. Que los
actos de posesión han consistido en Deslindar el terreno, hacer, las
cercas, chapeas. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley
de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del
Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados
en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro
del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto,
se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso
información posesoria, promovida por María de Los Ángeles
Sandí Suazo. Exp: 16-000190-0391-AG.—Juzgado Agrario del
Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, Santa Cruz, 25 de
octubre del 2016.—Licda. Erika Amador Brenes, Jueza.—1 vez.—
Exonerado.—( IN2016088379 )
Se hace saber que ante este despacho se tramita el expediente
N° 16-000217-0391-AG, donde se promueven diligencias de
información posesoria por parte de Fundación para el Equilibrio
entre la Conservación y el Desarrollo Sostenible, Drikler Briceño
Hernández, quien es mayor, casado una vez, vecino de Hojancha,
Guanacaste, doscientos metros este del cementerio, portador de
la cédula de identidad vigente que exhibe número 5-299-812,
licenciado en derecho, a fin de inscribir a su nombre y ante el
Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca
cuya naturaleza es dedicado a siembra de caña de azúcar. Situada en
el distrito segundo, cantón tercero de la provincia de Guanacaste.
Colinda: al norte Ministerio de Ambiente y Energía; al sur calle
pública con un frente a la misma de cuarenta y nueve metros con
noventa y siete centímetros lineales; al este tres-ciento uno-seis dos
cuatro dos cinco ocho Sociedad Anónima y al oeste Juan Sánchez
Cascante. Mide: mil metros cuadrados, tal como lo indica el plano
catastrado número G-1738744-2014. Indica el promovente que
sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes
y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y
consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el
inmueble como las presentes diligencias en la suma de trece millones
de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por compraventa
y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica,
ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de treinta
años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han
consistido en cercas, chapeas. Que no ha inscrito mediante el
amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles,
según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a
todos los interesados en estas diligencias de información posesoria,
a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la
publicación de este edicto, se apersonen ante el despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso información posesoria promovida por
Fundación para el Equilibrio entre la Conservación y el Desarrollo
Sostenible. Expediente: 16-000217-0391-AG.—Juzgado Agrario
del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, Santa Cruz, 8
de noviembre del 2016.—Licda. Erika Amador Brenes, Jueza.—1
vez.—Exonerado.—( IN2016088380 ).
Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente
N° 14-000156-0419-AG donde se promueven diligencias de
información posesoria por parte de 3-102-667449 S.R.L cédula
jurídica 3-102-667449 representada por Joel Eldon Meek de un
apellido en razón de su nacionalidad Estadounidense, con pasaporte
de su país 477700023, quien es mayor, casado una vez, empresario
, vecino de Port Aransas, Texas, Estado Unidos, a fin de inscribir
a nombre de su representante y ante el Registro Público de la
Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es
terreno de tacotal y potrero. Situada en el distrito 04 Pavón, cantón
07 Golfito, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, José
González Guadamuz; al sur, Olman Solano Sánchez; al este, Greivet
Valverde Arrieta y José González Guadamuz y al oeste, calle
pública con un frente lineal a ella de 234,68 metros, Odir González
Guadamuz y Bered Blechman. Mide: veintidós Hectáreas cuatro
mil veintiséis metros con veinticuatro decímetros cuadrados, tal
como lo indica el plano catastrado número P-1279067-2006. Indica
el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas
reales o gravámenes, estima tanto el inmueble como las presentes
diligencias en la suma de cincuenta y seis millones de colones
cada una. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias
de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un
mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen
ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información
posesoria promovida por 3-102-667449 S.R.L. Exp. 14-0001560419-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de
la Zona Sur, Corredores, 9 de mayo del 2016.—Licda. Maricel
Zamora Arias, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016088409 ).
Lunes 21 de noviembre del 2016
Citaciones
Se emplaza a todos los interesados en la sucesión del señor
William Fernández Herrera, quien en vida fue mayor, costarricense,
soltero, oficial de seguridad, cédula de identidad N° seis-cero
doscientos veintiuno-cero doscientos noventa y cinco, vecino de
Quepos, Portalón, Puntarenas, fallecido el veintinueve de octubre
del dos mil once, para que dentro del plazo de treinta días hábiles
contados a partir de la primera y única publicación de este edicto
comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que
crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de
este plazo la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N°
16-100010-0425-1-CI, sucesorio de William Fernández Herrera,
promovido por Marina Portuguez Calderón, nombrándose como
albacea provisional a Manuel Fernández Duarte.—Juzgado
Civil de Mayor Cuantía de Aguirre y Parrita, Quepos, 27 de
abril del 2016.—Licda. María Cristina Cruz Montero, Jueza.—1
vez.—( IN2016079111 ).
Por escritura número doce, otorgada ante esta notaría a las
dieciséis horas treinta minutos del trece de octubre del año dos mil
dieciséis, se solicitó la apertura de la sucesión ab intestato del señor:
Carlos Alberto Vega Godínez, quien en vida fuera costarricense,
mayor de edad, viudo una vez, pensionado, con cédula de identidad
número uno-cero tres uno dos- cero cinco tres siete, vecino de San
José, San Lorenzo de Desamparados, cincuenta metros al oeste
del Súper San Lorenzo, frente a Iglesia Evangélica Hogar de Fe,
emplazando a todos los interesados para que comparezcan dentro
del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este
edicto, ante esta notaría ubicada en: San José, San Francisco de
Dos Ríos, Barrio Los Sauces, del Almacén El Eléctrico, trescientos
sur, cuatrocientos oeste, cincuenta sur; a reclamar o hacer valer
sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener
derecho a la herencia de que si no se apersonan dentro de ese
plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente número
0001-2016.—Lic. Lindy Viviana Acuña Benavides, Notaria.—1
vez.—( IN2016079887 ).
Se hace saber que en este despacho, se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó Oliver Antonio Alpízar Salas,
mayor, estado civil divorciado, profesión abogado, nacionalidad
costarricense, con documento de identidad 0202640768 y vecino
de San Carlos, Venecia, del Ebais 50 metros al sur. Se cita a las
personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas
las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a
hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean
tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de
ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº 16000179-0297-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela (Materia Civil), 21 de setiembre del año
2016.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—1 vez.—( IN2016087843 ).
Se hace saber: Que en este despacho se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó Elsa María Castro Castro, mayor
de edad, viuda, ama de casa, cédula 0202480953, costarricense y
vecina Alajuela, San Carlos, Los Ángeles de Pital, costado de la
escuela. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en
general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo
de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento
a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que,
sino se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien
corresponda. Exp. N° 16-000214-0297-CI.—Juzgado Civil y
Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela (Materia
Civil), 25 de octubre del 2016.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—
1 vez.—( IN2016087872 ).
Se emplaza y emplaza a los herederos y demás interesados
en la sucesión de quien en vida se llamó Eduardo de Jesús Alfaro
Rodríguez, quien fue mayor, casado una vez, cédula N° 4-050336 y vecino de Barva de Heredia., para que dentro del término
de treinta días hábiles contados a partir de la publicación de este
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edicto, se apersonen a este proceso, a hacer valer sus derechos,
bajo el apercibimiento, de que si no, lo hicieren dentro del término
indicado, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº
0002-2016 de la notaría del licenciado Isaac Montero Solera, Barva
de Heredia, del Banco de Costa Rica, 100 metros al norte y 125 al
este.—Heredia, Barva, 13 horas del 27 de octubre del 2016.—Lic.
Isaac Montero Solera, Notario.—1 vez.—( IN2016087873 ).
Se cita a los interesados para que dentro del plazo de 30 días
hábiles a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a
hacer valer sus derechos dentro del proceso sucesorio notarial de la
señora Auristela Soto González, mayor, soltera, ama de casa, vecina
de San José, Desamparados, San Rafael Abajo, barrio Autofores,
del centro comercial Los Higuerones, doscientos metros al sur;
cédula de identidad 2-0138-0487, la cual se tramita en la notaría de
la Licda. Wendy Solórzano Vargas, en San José, Sabana Oeste, del
Balcón Verde; 50 metros al norte, mismo horario del Poder Judicial.
Transcurrido el plazo sin oposición, se adjudicará el haber sucesorio
a quien corresponda.—San José, 10 de noviembre del 2016.—Licda.
Wendy Solórzano Vargas.—1 vez.—( IN2016087901 ).
Se cita a todos los interesados en la sucesión de quien en vida
fue Vidal Eli Picado Madrigal, quien fuese mayor, costarricense,
casado una vez, maestro de construcción, portador de la cédula de
identidad número uno-cero dos cero nueve-cero cinco uno ocho,
fallecido el día dieciséis de agosto del año dos mil trece, para que
dentro del plazo de un mes contados a partir de la publicación de
este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos ante esta notaria
ubicada en San José, Guadalupe, trescientos metros al este de la
Iglesia Católica sobre calle principal, Edificio Campo Real, segunda
planta, oficina número dos y se apercibe a los que creen tener la
calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la
herencia pasará a quién corresponda. Expediente: Dos mil dieciséiscero cero cero dos.—Lic. Fernando Jiménez Mora, Notario.—1
vez.—( IN2016087908 ).
Se cita a todos los interesados en la sucesión de quien en vida
fue Vilma Masís Granados quien fuese mayor, costarricense, casada
una vez, ama de casa, portadora de la cédula de identidad número:
uno- cero cuatro nueve nueve-cero tres ocho cinco, fallecida el
día primero de abril del año dos mil ocho, para que dentro del
plazo de un mes contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan a reclamar sus derechos ante esta notaria ubicada
en San José, Guadalupe, trescientos metros al este de la Iglesia
Católica sobre calle principal, edificio Campo Real, segunda planta,
oficina número dos y se apercibe a los que creen tener la calidad de
herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia
pasará a quien corresponda. Expediente: número dos mil dieciséiscero cero cero uno.—Lic. Fernando Jiménez Mora, Notario.—1
vez.—( IN2016087909 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión
de: Arcelio Abarca Valverde, quien fue mayor, casado una vez,
vecino de Los Mangos de Vuelta de Jorco de Aserrí, con cédula de
identidad N° 1-128-631, para que dentro del plazo de treinta días
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a
reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de
herederos, que si no, se presentan dentro de dicho plazo, la herencia
pasará a quien corresponda. Expediente N° 03-S-2016. Notaría de
la licenciada Sonia Mayela Mora Arias, Notaria Pública, con oficina
ubicada en Acosta, San Ignacio, contiguo a cancha de Fútbol Cinco,
teléfono 8575-1842.—San José, 10 de noviembre del 2016.—Licda.
Sonia Mayela Mora Arias, Notaria.—1 vez.—( IN2016087914 ).
A quien interese se hace saber que en escritura número 100,
folio 62 frente del tomo cinco del Protocolo del licenciado Carlos
Enrique Devandas Artavia, carné 9513; se procedió a la apertura
del proceso sucesorio de María Esther Jones Campbell, quien fue
mayor, viuda, del hogar, cédula siete-cero dos seis-ocho siete dos y
falleció en la ciudad de San José el día primero de octubre del año
dos mil trece y de Danilo Garita Sander, quien fue mayor, casado
una vez, pensionado, cédula siete-cero dos cero-nueve cinco siete;
ambos vecinos de Guadalupe ciento setenta y cinco metros norte y
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cien metros oeste de la Escuela Pilar Jiménez, quien falleció el día
tres de febrero del año dos mil diez.—San José, ocho de noviembre
del año dos mil dieciséis.—Lic. Carlos Enrique Devandas Artavia,
Notario.—1 vez.—( IN2016087919 ).
Se cita y emplaza a los posibles interesados en los sucesorios
de Frank Hidalgo Núñez, cédula dos cero uno cuatro siete cero
quinientos setenta, vecino de San José, Escazú, fallecido el 08 de
octubre del 1998, que en 30 días desde la publicación del presente,
se apersonen por sus derechos. Si no se presentan la herencia pasará
a quien corresponda. Albacea: Ofelia Goñi Sánchez, viuda una vez,
del hogar, cédula 301110259, vecina de San José, Escazú. Escritura
82, folio 042 frente tomo 12. Tibás, Urbanización 4 Reinas, casa 30
F.—San José, 10 de octubre del 2016.—Lic. Luis Arturo Escalante
Rodríguez, Notario.—1 vez.—( IN2016087922 ).
Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó Jorge Antonio López Casorla,
mayor, soltero, nacionalidad costarricense con documento de
identidad N° 0105650931 y vecino de San Blas de Cartago. Se cita
a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas
las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a
hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean
tener derecho a la herencia, de que si no, se apersonan dentro de
ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 16000395-0346-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Cartago
(Materia Civil), 04 de noviembre del 2016.—Msc. Flory Tames
Brenes, Jueza.—1 vez.—( IN2016087977 ).
Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó Luis Paulino Villalobos
Machado, mayor, casado, profesión pensionado, con documento
de identidad N° 0301360379 y vecino de Tres Ríos, La Unión,
Cartago. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras
y en general a todas las personas interesadas, para que dentro
del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de
este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el
apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia,
de que si no, se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará
a quien corresponda. Expediente N° 16-000421-0640-CI.—
Juzgado Civil de Cartago, 31 de octubre del 2016.—Msc.
Mateo Ivankovich Fonseca, Juez.—1 vez.—( IN2016087992 ).
A solicitud de Juan Bautista Sánchez Sánchez, cédula de
identidad número cinco-cero cero setenta y tres-cero trescientos
sesenta y uno, he procedido a abrir expediente de sucesorio ab
intestato, en sede notarial, de quien en vida fue Valeriana Cruz Vega,
vecina de San José, cédula de identidad número cinco-cero cero
setenta y cuatro-cero novecientos trece. Por este medio se emplaza
a cualquier interesado en el presente proceso, para que se apersonen
ante esta notaria, a formular pretensiones, legalizar créditos o
hacer valer cualquier derecho sucesorio, bajo el apercibimiento de
que si no se presentan en el plazo de treinta días hábiles a partir
de la publicación del presente edicto, en el Boletín Judicial, la
herencia pasará a quien corresponda. Lugar San José, Alajuelita,
San Felipe, Urbanización Corina Rodríguez, avenida tres, casa
número trescientos treinta y cuatro. Exp. N° 0002-2016. Fax: 22548159. Correo electrónico [email protected].—San José, 11 de
noviembre del 2016.—Lic. Juan Carlos Vega Montoya, Notario.—1
vez.—( IN2016088017 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión
de Jesús Espinoza Barboza, quien fue mayor, casado una vez,
pensionado, cédula de identidad número dos-ciento ochenta y ochoochocientos treinta y cuatro, vecino de Limón, Pococí, Cariarí,
Campo Dos, La Esperanza; para que dentro del plazo de treinta días
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a
reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de
herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia
pasará a quien corresponde. Expediente número cero ceo cero unodos mil dieciséis. Notaria de la Licda. Natalia Alfaro Bermúdez,
sita en la ciudad de Jiménez, Pococí, Limón; doscientos cincuenta
metros oeste del Depósito El Labrador. Teléfono 8710-8038, correo
electrónico [email protected].—Licda. Natalia Alfaro
Bermúdez, Notaria.—1 vez.—( IN2016088018 ).
A solicitud de Zaida Eliette Agüero Quesada, he procedido a
abrir expediente de sucesorio Ab Intestato, en sede notarial, de quien
en vida fue Esperanza Quesada Vargas, vecina de San José, cédula
de identidad número uno-doscientos uno-doscientos catorce. Por
este medio se emplaza a cualquier interesado en el presente proceso,
para que se apersonen ante esta notaría, a formular pretensiones,
legalizar créditos o hacer valer cualquier derecho sucesorio, bajo el
apercibimiento de que si no se presentan en el plazo de treinta días
hábiles a partir de la publicación del presente edicto, en el Boletín
Judicial, la herencia pasará a quien corresponda. Lugar San José,
Alajuelita, San Felipe, urbanización Corina Rodríguez, avenida tres,
casa número trescientos treinta y cuatro. Expediente: 0001-2016,
fax: 2254-8159, correo electrónico [email protected] San José,
nueve de noviembre del 2016.—Lic. Juan Carlos Vega Montoya,
Notario.—1 vez.—( IN2016088020 ).
Se hace saber que en este Despacho, se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó Marta Amparo Sanabria Martínez,
mayor, estado civil casada, profesión, ama de casa, nacionalidad
Costa Rica, con documento de identidad 0301600450 y vecina
de Tuis de Turrialba. Se cita a las personas herederas, legatarias,
acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que
dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación
de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el
apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de
que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien
corresponda. Expediente Nº 16-000104-0341-CI.—Juzgado
Civil, Trabajo y Agrario de Turrialba (Materia Civil), 20 de
octubre del año 2016.—Lic. Wilberth Herrera Delgado, Juez.—1
vez.—( IN2016088025 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión
testamentaria de Marta Yalile Castaing Reyes, mayor, casada en
segundas nupcias, cédula número uno-quinientos diecinuevequinientos setenta y ocho, vecina de San José, quien falleciera el
día dieciocho de abril del dos mil trece según consta en el Registro
de Defunciones de la provincia de San José, bajo la citas uno cero
cinco dos cinco cuatro uno tres cero ocho dos seis, en defensa de
sus derechos bajo el apercibimiento de que si no lo hiciere dentro
del término indicado la herencia pasará a quien corresponda.
Expediente Nº 002-2016. Bufete JIMCRIS.—San José, ocho horas
del ocho de febrero del dos mil dieciséis.—Lic. Cristian Pérez
Quirós, Notario.—1 vez.—( IN2016088060 ).
Se hace saber que en este Despacho, se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó Félix Jiménez Madrigal,
mayor, divorciado, pensionado, costarricense, con documento de
identidad 0102490783 y vecino de Cinco Esquinas de Tibás. Se
cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los
interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a
partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus
derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho
a la herencia, de que si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella
pasará a quien corresponda. Expediente Nº 16-000717-0169-CI.—
Juzgado Civil de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial
de San José, Goicoechea, 18 de octubre del año 2016.—Lic. Freddy
Bolaños Rodríguez, Juez.—1 vez.—( IN2016088082 ).
Conforme a los artículos novecientos veintidós y siguientes
del Código Procesal Civil, se cita y emplaza a todos los interesados
en la sucesión de quien en vida fue: Rafael Vicente de Jesús Alfaro
Arguedas, mayor, casado una vez, cédula número dos-ciento
cuarenta-trescientos ochenta y cuatro, agricultor y vecino del centro
de Liberia, Guanacaste, para que dentro del término de treinta días
contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen ante
esta notaría, sita en el centro de Palmares, Alajuela, cien metros sur
y veinticinco oeste del Colegio, a hacer valer sus derechos, bajo el
apercibimiento de que si no lo hacen la herencia pasará a quienes
legalmente corresponda.—Palmares, 23 de octubre del 2016.—Lic.
Armando Blanco González, Notario.—1 vez.—( IN2016088106 ).
Lunes 21 de noviembre del 2016
Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó Marco Tulio Serrano Guzmán,
mayor, casado una vez, pensionado, costarricense, con documento de
identidad Nº 0301730797 y vecino de San José, La Lía de Curridabat.
Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos
los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a
partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus
derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho
a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella
pasará a quien corresponda, expediente Nº 16-000728-0169-CI.—
Juzgado Civil de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial
de San José, Goicoechea, 09 de noviembre del 2016.—Lic. Freddy
Bolaños Rodríguez, Juez.—1 vez.—( IN2016088136 ).
Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó Mario Ferreto Abarca, mayor,
estado civil casado, nacionalidad costarricense, con cédula de
identidad 0101860264 y vecino(a) de Sabalito, Coto Brus. Se cita a
las personas herederas, legatarias, acreedor as y en general a todas
las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan
a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que
crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan
dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Exp. N°
16-000022-0920-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo
Circuito Judicial de la Zona Sur (Corredores) (Materia Civil),
13 de setiembre del 2016.—Lic. Dany Gerardo Matamoros
Bendaña, Jueza.—1 vez.—( IN2016088140 ).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Ivette
Blanco Ulate, Elsie Blanco Ulate y Heliodoro Blanco Ulate, a las doce
horas del veintiuno de setiembre del dos mil dieciséis, y comprobado
el fallecimiento de Oliva Ulate Zamora, mayor de edad, casada
una vez, ama de casa, vecina de Candelaria, Naranjo, trescientos
metros este de la escuela con cédula de identidad número dosciento veintiséis-ochocientos cuarenta y seis, fallecida el veintitrés
de febrero del dos mil catorce en Naranjo, Alajuela y Heliodoro
Blanco Rojas, mayor de edad, casado una vez, agricultor, vecino
de Candelaria, Naranjo, trescientos metros este de la escuela,
con cédula de identidad número dos-cero ochenta y siete-cinco
mil sesenta y seis, esta notaría ha declarado abierto su proceso
sucesorio ab intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos,
legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que
dentro del plazo máximo de treinta días hábiles, contados a partir
de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a
hacer valer sus derechos. No se tiene como parte a la Procuraduría
General de la República, tal como ésta lo ha indicado. Notaría del
licenciada Yesenia Quesada Rojas. Pital, San Carlos, cien metros
norte del Cen-Cinai. Teléfono: 2473-1743.—San Carlos, 10 de
noviembre del 2016.—Licda. Yesenia Quesada Rojas, Notaria.—1
vez.—( IN2016088150 ).
Yo, Carlos Madrigal Mora, notario público comunico a quien
interese que en mi notaría ubicada en Barrio González Lahmann,
de Casa Matute Gómez, cien sur, cien este y veinticinco al sur,
casa 1075 se tramita proceso sucesorio en sede notarial de quien en
vida se llamó María Isabel Castillo Cisneros, cédula de identidad
número uno-ciento setenta y siete-ochocientos sesenta y cuatro.
Cito a todos los interesados para que dentro del plazo de treinta días
concurran a mi notaría a hacer valer sus derechos.—San José, 11
de noviembre de 2016.—Lic. Carlos Madrigal Mora, Notario.—1
vez.—( IN2016088185 ).
En este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Adelina
Consuelo del Socorro Morales Barquero, cédula Nº 2-0151-0488,
quien fue mayor, viuda, pensionada, vecina de Ciudad Cortés
de Osa. Se emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y en
general a todos los interesados, para que dentro del plazo de 30 días
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a
hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean
tener derecho a la herencia, de que sin no se apersonan dentro de
BOLETIN JUDICIAL Nº 223 — Pág 25
ese plazo, aquella pasará a quien corresponda, expediente Nº 13100011-423-CI-3.—Juzgado Civil de Osa, Ciudad Cortés, 1°
de agosto del 2016.—Lic. Mario Alberto Barth Jiménez, Juez.—1
vez.—( IN2016088216 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión
que se declara abierta su proceso sucesorio de Pedro de Jesús
Prieto Manzanares, quien fue mayor, casado una vez, operador de
maquinaria, cédula de identidad número cinco-ciento veintitrésciento treinta y tres, vecino de Guanacaste, San Antonio de Nicoya,
doscientos metros al sur de la escuela; para que en el plazo de treinta
días, contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan
a reclamar sus derechos; y se les apercibe a los crean tener calidad de
herederos que si no se presentan dentro del plazo dicho, la herencia
pasará a quien corresponda. Notifíquese.—Lic. William Elizondo
Manzanares, Notario.—1 vez.—( IN2016088219 ).
Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso
sucesorio de Mauricio Alberto Quiñones Castellón, quien fuera
mayor, soltero, técnico en seguridad, vecino de San Sebastián, cédula
Nº 1-00741-0625. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en
general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta
días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan
a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que
crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro
de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda, expediente N°
2016-100044-0216-CI.—Juzgado Trabajo y Familia de Hatillo,
Alajuelita y San Sebastián, 26 de julio del 2016.—Licda. Angélica
Delgado Madrigal, Jueza.—1 vez.—( IN2016088262 ).
Se cita y emplaza a todos los herederos, acreedores, legatarios e
interesados en la sucesión del señor Carlos Eduardo Parini Umanzor,
quien en vida fuera, casado una vez, registrador, vecino de San José,
cédula N° 1-455-313, quien falleció en San José el 06 de julio del
2005, según consta en certificación expedida por el Registro Civil,
Sección de Defunciones de la provincia de Limón, bajo las citas al
tomo: 473, folio: 448, asiento: 896, para que dentro del término de 30
días naturales a partir de la presente publicación comparezcan ante
la notaría del licenciado Gerardo Quesada Monge, sita en el distrito
01 Curridabat, cantón 18 Curridabat, de la provincia de San José,
frente al Registro Nacional, segunda planta parqueo Mili, a legalizar
sus créditos y hacer valer sus derechos y se apercibe a quienes creen
tener calidad de herederos, que si no, se presentan dentro del término
indicado, se procederá la declaratoria de herederos con quienes se
hayan apersonado al proceso. Expediente N° 02-2016. Proceso
sucesorio extrajudicial de Carlos Eduardo Parini Umanzor. Notario:
Gerardo Quesada Monge. Publíquese una vez.—San José, a las 11
horas del día 07 de noviembre del 2016.—Lic. Gerardo Quesada
Monge, Notario.—1 vez.—( IN2016088271 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de
Olman de los Ángeles Loaiza Salazar, de quien fuese en vida, mayor,
casado una vez, operario, vecino de Colonia Quince de Setiembre,
cédula de identidad número: uno-cero siete cuatro nueve-cero
siete dos ocho. Para que dentro del plazo de treinta días contado a
partir de la publicación de este edicto, comparezca a reclamar sus
derechos, y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos,
que se presenten dentro de dicho plazo pues de lo contrario la
herencia pasará a quien corresponda. Expediente dos mil dieciséiscero uno. Notaría del Lic. Alfonso Guzmán Chaves.—San José,
diez de noviembre del año dos mil dieciséis.—Lic. Alfonso Guzmán
Chaves, Notario.—1 vez.—( IN2016088281 ).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por
Édgar Arce Ramírez, Susana de Los Ángeles Arce Villalobos,
Andrea de Los Ángeles Arce Villalobos, Carolina de Los Ángeles
Arce Villalobos, a las quince horas del día diez de noviembre del
año dos mil dieciséis y comprobado el fallecimiento, esta notaría
declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida
fuera Zulay Carmen María Villalobos Sánchez. Se cita y emplaza a
todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta
días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de
Pág 26 — BOLETIN JUDICIAL Nº 223
Lunes 21 de noviembre del 2016
la Licenciada Kenlly Arlette Alfaro Ugalde, con oficina abierta
en la ciudad de San José, República de Costa Rica, fax 22015468.—Licda. Kenlly Arlette Alfaro Ugalde, Notaria.—1 vez.—
( IN2016088283 ).
Número ciento treinta: Ante mí, Rodolfo Alvarado Moreno,
Notario Público con oficina abierta en San José, Barrio González
Lahman, de Casa Matute Gómez, cien metros sur y veinticinco
metros este, casa veintiuno treinta y cinco, comparecen Rosibel
Granados Calvo, mayor, viuda, ama de casa, con cédula de
identidad nueve-trescientos sesenta-setecientos noventa y cuatro,
vecina de San José, Barrio Pinto, San Pedro de Montes de Oca; José
Miguel Jiménez Granados, mayor, casado una vez, con cédula de
identidad número uno-setecientos veintisiete. Setecientos setenta y
dos, vecino de San José, Barrio Pinto, San Pedro de Montes de Oca
y Greivin Jiménez Granados, mayor, casado una vez, con cédula
de identidad número uno-novecientos ochenta y cinco-diecisiete,
vecino de San José, Barrio Pinto, San Pedro de Montes de Oca y
dicen: Primero: Que solicitan la apertura y tramitación del Proceso
Sucesorio en Sede Notarial, de quien en vida se llamó Miguel Ángel
Jiménez Carvajal, mayor, casado una vez, pensionado, con cédula
de identidad número uno-trescientos cincuenta y tres-seiscientos
treinta y dos y tuvo como último domicilio San José, Barrio Pinto,
San Pedro de Montes de Oca; defunción inscrita en el Registro Civil
al tomo: quinientos cincuenta y seis, asiento: setecientos sesenta
y seis y folio: trescientos ochenta y tres, del Partido de San José,
Sección Defunciones. Segundo: Que el causante estaba casado
con la señora Granados Calvo, asimismo, los padres del mismo,
los señores Ovidio Jiménez Chaves y María Carvajal Jiménez,
se encontraban fallecidos al momento de su muerte, soportando
la condición de premuertos. De esta forma, se constituyen como
únicos herederos del señor Jiménez Carvajal los apersonados de
nombres Rosibel Granados Calvo, José Miguel Jiménez Granados
y Greivin Jiménez Granados. Tercero: De conformidad con la
certificación registral número cero cero uno tres dos nueve cinco
cinco, emitida por el Registro Nacional el causante no tenía bienes
muebles inscritos a su nombre. Cuarto: De conformidad con la
certificación registral con número consecutivo cero cero uno tres dos
nueve cinco cuatro, emitida por el Registro Nacional, el causante no
poseía bienes inmuebles inscritos a su nombre. Quinto: Solicitan
todos los comparecientes que se nombre como albacea provisional
a la señora Rosibel Granados Calvo, quien en este acto acepta el
cargo y jura cumplirlo fielmente, y a la vez la eximen de presentar
el plan de administración, ya que no hay bienes. Sexto: Manifiestan
los comparecientes que atenderán notificaciones en el fax número
veintidós veintitrés cuarenta y nueve ochenta y siete. Sétimo: A fin
de proseguir adecuadamente con el proceso sucesorio, solicitan los
comparecientes que se publique el Edicto de Ley. Octavo: Aportan
como pruebas de los hechos y manifestaciones consagradas: a)
Certificación con número consecutivo cuatro dos cero uno dos siete
tres seis, emitida por el Registro Civil, que corresponde a la defunción
del señor Miguel Ángel Jiménez Carvajal. b) Certificación inscrita
en el tomo doscientos veinte, asiento trescientos sesenta y uno y
folio ciento ochenta y uno, de la provincia de San José, Sección
de Matrimonios, que corresponde al matrimonio del señor Miguel
Ángel Jiménez Carvajal con la señora Rosibel Granados Calvo,
c) Certificación con número consecutivo cuatro dos tres seis cero
nueve tres cuatro, emitida por el Registro Civil, que corresponde
al nacimiento de José Miguel Jiménez Granados d) Certificación
con número consecutivo cuatro dos tres seis cero nueve tres tres,
emitida por el Registro Civil, que corresponde al nacimiento de
Greivin Arturo Jiménez Granados. e) Certificación con número
consecutivo cero cero uno tres dos nueve cinco cinco, emitida
por el Registro Nacional, que corresponde a ausencia de bienes
muebles del señor Miguel Ángel Jiménez Carvajal. f) Certificación
con número consecutivo cero cero uno tres dos nueve cinco cuatro,
emitida por el Registro Nacional, que corresponde a la ausencia de
bienes inmuebles del señor Miguel ángel Jiménez Carvajal. Noveno:
Finalmente solicitan lo siguiente: a) Declarar abierto el presente
sucesorio, b) Que se ordene publicar el Edicto de Ley, c) Que se
nombre como albacea definitiva a la señora Rosibel Granados Calvo
y se le exime de presentar el plan de administración, e) Se acepte el
inventario de bienes realizado, no teniendo ningún bien el causante,
f) Se les notifique de todas las actuaciones en el fax número
veintidós veintitrés cuarenta y nueve ochenta y siete. Décimo: El
suscrito Notario acepta las solicitudes hechas por las partes y jura
cumplir el cargo fielmente. Es todo. Expido un primer testimonio a
solicitud de los comparecientes. Leído lo anterior a los otorgantes,
manifiestan y lo aprueban y juntos firmamos en San José, Barrio
González Lahman, a las diez horas del día treinta y uno de octubre
del año dos mil dieciséis. Ilegible *** Ilegible*** Ilegible***
Ilegible*/*/*/*/*/*/*/*/*/*/*/*/*/*/*/*/*/*/*/*/*/*/*/*/*/*/*/*/*/*/
Lo anterior es copia fiel y exacta de la escritura número ciento treinta,
visible al folio ciento veintiséis, del tomo número seis del protocolo
del suscrito notario. Confrontada que fue con su original resultó
conforme y la expido como un primer testimonio cinco minutos
después de su otorgamiento. */*/*/*/*/*/*/*/*/*/*/*/*/*/*/.—
Rodolfo Alvarado Moreno.—1 vez.—( IN2016088318 ).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta Notaría por
Marta Eugenia Peralta Azofeifa, Laura Alfaro Peralta, Jorge Roy
Alfaro Peralta, Michelle Victoria Alfaro Peralta y Stephanie Alfaro
Peralta, a las 09:00 horas del 28 de octubre del 2016, esta Notaría
declara abierto el proceso sucesorio ab intestato extrajudicial del
señor Jorge Isaac Alfaro Porras, quien fue mayor, casado una vez,
comerciante, vecino de San José, Pavas, Residencial Llanos del Sol,
casa F-dos, cédula uno-tres siete uno-siete ocho seis, fallecido el
dieciséis de noviembre del dos mil nueve. Se cita y emplaza a los
herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados,
para que dentro del plazo de treinta días naturales, contados a partir
de la publicación de este edicto, se apersonen ante esta Notaría
en defensa de sus derechos, bajo el apercibimiento de que si no
lo hicieren la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº
003-2016. Notaría del Lic. Carlos Ureña Zúñiga. San José, Quesada
Durán, de la entrada al residencial Las Luisas, 250 este.—San José,
10 de noviembre del 2016.—Lic. Carlos Ureña Zúñiga, Notario.—1
vez.—( IN2016088322 ).
Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso
sucesorio de Carlos Luis Agüero Madrigal quien fue mayor, casado,
con cédula de identidad N° 1-0218-0204, vecino de Aserrí. Se cita
a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los
interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a
partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus
derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a
la herencia, de que si no, se apersonan dentro de ese plazo, aquella
pasará a quien corresponda. Expediente Nº 16-100068-0236-CI.—
Juzgado Contravencional de Menor Cuantía de Aserrí, 20 de
setiembre del 2016.—Licda. Hellen Mora Salazar, Jueza.—1 vez.—
( IN2016088336 ).
Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó Johel Rodríguez Varela, mayor,
casado, con documento de identidad número 2-0208-0776 y vecino
de Zarcero. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y
en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo
de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento
a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que sino se
apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda.
Exp. N° 16-000145-0295-CI.—Juzgado Civil y Trabajo de
Grecia, (Materia Civil), 12 de setiembre del 2016.—Lic. Randall
Briceño Solano, Juez.—1 vez.—( IN2016088344 ).
Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó Argentina Araya Arce, mayor,
estado civil casado, nacionalidad costarricense, con documento
de identidad Nº 02-0292-1306 y vecina de Zarcero. Se cita a las
personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas
las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a
hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean
tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de
ese plazo, aquella pasará a quien corresponda, expediente Nº 16000117-0295-CI.—Juzgado Civil y Trabajo de Grecia (Materia
Civil), 13 de julio del 2016.—Lic. Randall Briceño Solano, Juez.—
1 vez.—( IN2016088346 ).
Lunes 21 de noviembre del 2016
Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó Mireya Matamoros Acuña,
mayor, estado civil viuda, pensionada, con documento de identidad
0201610895 y vecina de Naranjo. Se cita a las personas herederas,
legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas,
para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos,
con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la
herencia, de que sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará
a quien corresponda. Exp. N° 16-000091-0295-CI.—Juzgado Civil
y Trabajo de Grecia, (Materia Civil), 21 de julio del 2016.—Lic.
Randall Briceño Solano, Juez.—1 vez.—( IN2016088347 ).
Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó Álvaro Francisco Elizondo
González, mayor, casado dos veces, comerciante, costarricense, con
documento de identidad N° 0202820475 y vecino de San Jerónimo
de Naranjo. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y
en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo
de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento
a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que si no, se
apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda.
Expediente Nº 16-000144-0295-CI.—Juzgado Civil y Trabajo de
Grecia (Materia Civil), 07 de setiembre del 2016.—Lic. Randall
Briceño Solano, Juez.—1 vez.—( IN2016088348 ).
Lic. Guido Mora Camacho, notario público con oficina abierta
en la ciudad de Palmares de Alajuela, hace saber que a las trece
horas del día once de noviembre del dos mil dieciséis, en mi notaría,
bajo el expediente número 0001-2016, se declaró abierto el proceso
sucesorio ab intestato en sede notarial, de quien en vida fue Víctor
Hugo Méndez Estrada, cédula N° 2-0327-0100. Se cita y emplaza
a herederos, legatarios, acreedores y en general, a todos quienes
puedan resultar interesados o crean tener derechos en la presente
sucesión extrajudicial en sede notarial, a efecto de que concurran
a hacer valer sus derechos dentro de los siguientes treinta días a
partir de la respectiva publicación del edicto en el Boletín Judicial,
en la oficina del suscrito notario, sita en la ciudad de Palmares de
Alajuela, cuatrocientos metros al norte del Colegio San Agustín,
bajo el apercibimiento de que si no se apersonaren a la sucesión
en esta notaría dentro del término conferido, la herencia pasará
a quien corresponda.—Lic. Guido Mora Camacho, Notario.—1
vez.—( IN2016088351 ).
Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de Judith
Segura Azofeifa, mayor, casada una vez, ama de casa, con cedula
tres-ciento diez-cuatrocientos cincuenta y uno, vecina de Cartago,
San Rafael de Oreamuno, del cementerio, doscientos este, para que
dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación
de este edicto se apersonen a hacer valer sus derechos y se les
apercibe, que si no, se presentan dentro de ese plazo la herencia
pasara a quien corresponda. Proceso sucesorio extrajudicial N°
0026-2016 de Judith Segura Azofeifa. Notaría del licenciada
Laura Gómez Martinez, con oficina en San Rafael de Oreamuno
Cartago.—San Rafael Oreamuno, el día ocho de noviembre del
dos mil dieciséis.—Licda. Laura Gómez Martinez, Notaria.—1
vez.—( IN2016088355 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados en el sucesorio
de Violeta Miranda Brenes, pensionada, cédula de identidad N°
4-0048-0759, quien era vecino de Fátima de Heredia y falleció el
3 de octubre del 2016, para que dentro del plazo de treinta días,
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante
esta notaría a hacer valer sus derechos, en caso de no hacerlo la
herencia pasará a quien en derecho corresponda. La dirección de
la notaría es San José, Barrio México, avenida 11 bis, calle 20 y
22, edificio N° 2080. Fax 22-55-15-94.—Lic. Mario Alberto Marín
Villalobos, Notario.—1 vez.—( IN2016088361 ).
Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó Pedro Regalado Bran
Barrantes, mayor, casado, vecino de El Llano de Santa Cruz, ciento
BOLETIN JUDICIAL Nº 223 — Pág 27
cincuenta metros al norte de la bomba, nacionalidad costarricense,
con documento de identidad 0500460013. Se cita a las personas
herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas
interesadas para que dentro del plazo de treinta días contados a
partir de la publicación de este edicto comparezcan a hacer valer sus
derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho
a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo aquella
pasará a quien corresponda. Expediente N° 16-000159-0391-AG.—
Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste,
Santa Cruz, 26 de octubre del 2016.—Licda. Erika Amador Brenes,
Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016088377 ).
Se cita y emplaza a quien se considere con interés en el
Sucesorio Notarial de quienes se llamaron Jorge Eduardo Del
Socorro Chaves Rojas, mayor, pensionado, vecino de Pavas, cédula
203550503; Luis Guillermo Rodolfo Díaz Navarro, quien era mayor,
pensionado, vecino de Pavas, cédula 900300066 y de Julieta Vargas
Guevara, quien era mayor, viuda una vez, taxista, vecina de Liberia
y cédula 301430268, para que en un plazo de treinta días a partir
del día siguiente a esta publicación, comparezcan a mi Notaría, sita
en San José Av. 6 calle 24 bis, casa 626 a hacer valer sus derechos,
entendido que pasado ese plazo, se procederá a la declaratoria de
herederos a quien corresponda.—Lic. Danilo Loaiza Bolandi,
Notario.—1 vez.—( IN2016088415 ).
Avisos
Se hace saber que en este despacho se tramitan las diligencias
de presunción de muerte de Benedicto Thelmo Zamora Segura,
expediente Nº 16-000082-0504-CI, promueve Yanci Rocío Zamora
Masís, mayor, casada una vez, cocinera, cédula de identidad Nº
401550765, vecina de Santo Domingo de Heredia, a efecto de que
se declare la presunción de muerte de Benedicto Thelmo Zamora
Segura, quien fuera mayor, cédula de identidad Nº 401120011. Se
emplaza a los interesados que tuvieren noticia sobre su presunta
muerte, para que dentro del plazo de tres meses, contados a partir de
la publicación de este edicto, se apersonen a presentar su oposición a
estas diligencias, declaración de ausencia, expediente Nº 16-0000820504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 19 de abril del 2016.—Licda.
Adriana Brenes Castro, Jueza.—( IN2016087826 ).
3 v. 1. Alt.
Se convoca por medio de edicto que se publicará por tres
veces consecutivas, a todas aquellas personas que tuvieran derecho
a la tutela testamentaria de la persona menor Jimena María
Molina Navarro por haber sido nombradas en testamento, ya por
corresponderles la legítima, para que se presenten dentro del
plazo de quince días contados a partir de la fecha de publicación
del último edicto. Expediente N° 16-000516-0688-FA. Proceso
tutela legítima. Promovente: Katherine María Molina Navarro.—
Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Tercer Circuito
Judicial de Alajuela, San Ramón, (Materia Familia), 03 de
noviembre del 2016.—Msc. Ana Belly Umaña Quesada, Jueza.—
Exonerado.—( IN2016087033 ). 3 v. 3.
Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés
en el depósito de las personas menores de edad Nicole y Seishel
Samantha ambas Salas Godínez, para que se apersonen a este
Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la
última publicación del edicto ordenado. Expediente N°16-000555-0688FA. Clase de asunto depósito judicial.—Juzgado de Familia y Violencia
Doméstica del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón)
(Materia Familia), a las catorce horas y veintiséis minutos del doce de
octubre del año dos mil dieciséis.—Msc. Denia Magaly Chavarría
Jiménez, Jueza.—Exonerado.—( IN2016087106 ). 3 v. 3.
Valeria Arce Ihabadjen, Jueza del Juzgado Primero de
Familia de San José; hace saber a José Herrold Mora Ceciliano,
documento de identidad 0112850173, soltero, empresario, de
paradero desconocido, que en este despacho se interpuso un proceso
autorización salida país en su contra, bajo el expediente número
15-001472-0186-FA, donde la madre de la menor pretende obtener
autorización de salida permanente del país en favor de la menor Mora
Salazar. Lo anterior se ordena así en proceso autorización salida país
de Evelyn de Los Ángeles Salazar Sandí contra José Herrold Mora
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Lunes 21 de noviembre del 2016
Ceciliano. Expediente Nº 15-001472-0186-FA.—Juzgado Primero
de Familia de San José, 23 de setiembre del 2016.—Licda. Valeria
Arce Ihabadjen, Jueza.—1 vez.—( IN2016088221 ).
Se hace saber: que ante este Despacho se tramita proceso
de cambio de nombre promovido por María Gabriela Soto Mora
mayor, soltera, estudiante, cédula de identidad Nº 0117120781,
vecina de Curridabat, encaminadas a solicitar la autorización para
cambiarse el nombre de María Gabriela Soto Mora, por el de
Gabriela mismos apellidos. Se emplaza a los interesados en este
asunto, a efecto de que dentro del plazo de quince días contados
a partir de la publicación de este edicto se apersonen al proceso
a hacer valer sus derechos, bajo los apercibimientos de ley en
caso de omisión. Artículo 55 del Código Civil, expediente Nº 16000368-0893-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial
de San José, 27 de setiembre del 2016.—M.Sc. Fabio Enrique
Delgado Hernández, Juez.—1 vez.—( IN2016088352 ).
Se hace saber: Que ante este despacho se tramita proceso de
cambio de nombre promovido por Eduardo Adriano Coccio Soto,
mayor, soltero, estudiante, cédula de identidad número 0117120781
vecino de Curridabat, encaminadas a solicitar la autorización para
cambiarse el nombre de Eduardo Adriano Coccio Soto, por el de
Adriano mismos apellidos. Se emplaza a los interesados en este
asunto, a efecto de que dentro del plazo de quince días contados
a partir de la publicación de este edicto se apersonen al proceso a
hacer valer sus derechos, bajo los apercibimientos de ley en caso
de omisión. Artículo 55 del Código Civil. Exp. N° 16-0003690893-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San
José, 28 de setiembre del 2016.—Msc. Fabio Enrique Delgado
Hernández, Juez.—1 vez.—( IN2016088354 ).
Licda. María Marta Corrales Cordero, jueza del Juzgado
de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, a
quien interese, se le hace saber que en proceso de depósito judicial,
expediente Nº 07-400388-0932-FA , establecido por el Patronato
Nacional de la Infancia contra Leidiana Bellido Peralta, se ordena
notificarle por edicto, la sentencia que en lo conducente dice: Juzgado
de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, a las
ocho horas y cincuenta y siete minutos del día veintiuno de junio
del año dos mil dieciséis. Proceso de depósito judicial, establecido
por Patronato Nacional de la Infancia, en contra de Leidiana Bellido
Peralta. Resultando: I..., II..., III..., Considerando: I..., II..., III..., IV...
Por tanto: de conformidad con lo expuesto y haciendo prevalecer el
interés superior de la persona menor de edad, se accede a la solicitud
planteada por el Patronato Nacional de la Infancia razón por la cual
se ordena el depósito judicial del menor Jafet Sidain Bellido Peralta
en el hogar de la señora Rosa Victoria Peralta Vargas Se le previene
a dicha señora, que deberá comparecer al Juzgado de Familia de
Turrialba, dentro del octavo día después de la firmeza de la presente
sentencia, a aceptar el cargo conferido, en razón de la cual se
comisiona a ese juzgado para lo que corresponda. De conformidad
con el artículo 263 del Código Procesal Civil y en virtud que el
presente proceso es contra una persona ausente, representada por
un curador procesal, lo procedente es ordenar la publicación de
la parte dispositiva, por una sola vez, en el Boletín Judicial. Se
resuelve sin especial condenatoria en costas por los principios que
informan la materia. Notifíquese. Licda. María Marta Corrales
Cordero, Jueza.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito
Judicial de la Zona Atlántica, 10 de noviembre del 2016.—
María Marta Corrales Cordero, Jueza de Familia.—1 vez.—
Exonerado.—( IN2016088367 ).
Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el
depósito de la persona menor Camelia de los Ángeles Quirós Quiris,
interviniente Luis Gerardo Quirós Brenes, para que se apersonen a
este Juzgado dentro del plazo de tres días que se contarán a partir
de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N° 14000871-1146-FA. Clase de asunto incidente de modificación de
fallo en depósito judicial.—Juzgado de Familia de Puntarenas,
a las nueve horas y trece minutos del diez de noviembre de dos
mil dieciséis.—Lic. Leonardo Loría Alvarado, Juez.—1 vez.—
Exonerado.—( IN2016088369 ).
Se avisa al señor Manuel Amaury Delgado Hernández, mayor,
casado, gastronómico, nacionalidad cubana, documento de identidad
N° 76010105585, demás calidades y domicilio desconocido, que
dentro del proceso abreviado nulidad matrimonio N° 2014-0012400186-FA establecido por Procuraduría General República que
se tramita en este Juzgado, se dictó la sentencia N° 990-2016 de
las once horas veintitrés minutos del seis de setiembre de dos mil
dieciséis cuya parte dispositiva dice: “Por tanto: De conformidad
con los artículos 11, 12, 13, 14 bis, siguientes y concordantes del
Código de Familia, 420, siguientes y concordantes del Código
Procesal Civil se declara con lugar la demanda de declaratoria de
matrimonio inexistente presentada por la Procuraduría General de
la República contra Manuel Amaury Delgado Hernández y Jéssica
María Aguilar Arias; se ordena anular la inscripción practicada en
el Registro Civil, Sección de Matrimonios, Provincia de San José,
al tomo 453, folio ciento 173, asiento 346, por ser inexistente el
acto que la provocó. Se condena a la codemandada Manuel Amaury
Delgado Hernández al pago de ambas costas de este proceso. Al ser
declarado inexistente este matrimonio, el mismo no produce efectos
jurídicos por nunca haber nacido a la vía jurídica, y por ende, la
aplicación automática del artículo 69 del Código de Familia,
conocida como presunción legal no puede ser aplicada, y en razón
de ello, el menor de edad Breiner Jordany Delgado Aguilar, no
puede ni tiene el derecho de llevar el apellido Delgado, siendo que
de ahora en adelante su nombre será Breiner Jordany Aguilar Arias,
conservando únicamente los apellidos de su madre; y no tendrá
derecho esta persona menor de edad de suceder al demandado Manuel
Amaury Delgado Hernández ni de pedirle pensión alimentaría; el
menor de edad quien nació el veintiocho de febrero del año dos
mil siete, y se encuentra inscrito bajo las citas de inscripción: tomo
1988, página 155 y asiento 310. Firme la sentencia, se ordena
remitir atento oficio a la Dirección Ejecutiva del Poder Judicial para
que proceda al pago de los honorarios fijados al curador; expídase
la ejecutoria correspondiente para ante el Registro Civil, para lo
cual la parte interesada deberá aportar una fotocopia de la sentencia
que queda constando en el expediente. Se declara sin lugar las
excepciones presentadas por la parte demandada. Cumplidas dichas
diligencias, archívese el expediente. Notifíquese”.—Juzgado
Primero de Familia del Primer Circuito Judicial de San José,
2 de noviembre del 2016.—Licda. Ana Córdoba Artavia, Jueza.—1
vez.—Exonerado.—( IN2016088370 ).
Msc. Ramón Zamora Montes, Juez del Juzgado de Familia
del Segundo Circuito Judicial de San José; se le hace saber al
señor Osnedy Martínez Suárez, que en proceso separación judicial,
establecido por Paula Vanessa Casasola Venegas, bajo el expediente
N° 14-002120-0165-FA, se ordenó notificarle por edicto, la sentencia
de primera instancia N° 631-2016 de las dieciséis horas y uno minutos
del quince de julio del dos mil dieciséis, que en lo conducente dice:
Proceso abreviado de separación judicial promovido por Paula
Vanessa Casasola, agente de ventas, cédula de identidad N° 1-1314952, vecina de Coronado contra Osnedy Martínez Suárez, chofer,
pasaporte de su país Cuba N° C 725500, de domicilio desconocido.
Resultando: I.—..., II.—…, III.—…; Considerando I.—Sobre
los hechos tenidos por demostrados: 1), 2), 3), 4), 5), II.—Sobre
el fondo del asunto:...; Por tanto: Por las razones y normativa
expuesta, se declara con lugar la presente demanda, decretándose
la separación judicial de Paula Vanessa Casasola Venegas y Osnedy
Martínez Suárez. Sobre alimentos: Manteniéndose en este instituto
el deber del mutuo auxilio entre las partes, no se entra a analizar la
cuestión de la obligación alimentaria entre ambos cónyuges, ya que
las partes podrán acudir a la vía de alimentos a dilucidar lo que a ley
corresponda. Sobre los gananciales: No existen bienes gananciales a
Lunes 21 de noviembre del 2016
liquidar, no obstante, de existir bien alguno, cada cónyuge adquiere
el derecho de participar en el cincuenta por ciento de los bienes con
carácter de gananciales que se constaten en el patrimonio del otro
cónyuge, como lo dispone el numeral 41 del Código de Familia.
Sobre las costas: Se resuelve sin especial condenatoria de costas
(artículo 222 del Código Procesal Civil). Inscripción: A la firmeza
de este fallo, inscríbase esta sentencia en el Registro Civil, Sección
de Matrimonios de la provincia de San José, tomo cuatrocientos
setenta y cuatro, folio diez, asiento diecinueve. Notifíquese. Licda.
Grace Cordero Solórzano, Jueza Expediente Nº 14-002120-0165FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San
Jose, 30 de setiembre del 2016.—Msc. Ramón Zamora Montes,
Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016088371 ).
Ana Córdoba Artavia. Jueza del Juzgado Primero de Familia
de San José; hace saber a Francisco Alfredo Peraza Fuentes,
documento 988311, mayor, casado, pintor, vecino de domicilio
desconocido: que en demanda divorcio establecida por Jacqueline
María Rodríguez Rivera contra Francisco Alfredo Peraza Fuentes,
expediente N° 16-000162-0186-FA, se ordena notificarle por edicto
la parte dispositiva de la resolución del Juzgado Primero de Familia
De San José, a las quince horas un minuto del diecisiete de agosto de
dos mil dieciséis, que en lo conducente indica: Por tanto: De acuerdo
a lo expuesto, y artículos 51 y 52 de la Constitución Política; 1, 2, 5,
6, 8, 11, 34, 41, 48 inciso 8, 57 del Código de Familia; se declara con
lugar la demanda abreviada de divorcio por separación de hecho y
se falla: 1) Se declara disuelto el vínculo matrimonial entre la actora
y el demandad o por la causal de separación de hecho. 2) Se exime a
los cónyuges del derecho a recibir alimentos del otro. 3) No existen
hijos menores de edad . 4) El vehículo placa 466931 no es bien
ganancial y pertenecerá a su actual propietaria con exclusividad. No
hay más bienes gananciales. 5) Se condena al demandado vencido
al pago de las costas procesales y personales. Una vez firme esta
resolución, por medio de ejecutoria expedida a solicitud de parte
interesada, inscríbase el mismo en el Registro Civil al margen del
tomo 322, folio 166, asiento 331, del Libro de Matrimonios de
la provincia de San José. Publíquese en el Diario Oficial la parte
dispositiva de este fallo (art. 263 CPC). Hágase saber.—Juzgado
Primero de Familia de San José.—Licda. Ana Córdoba Artavia,
Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016088378 ).
Licda. María Marta Corrales Cordero, Jueza del Juzgado de
Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, a Adrián
Roberto Padilla Azofeifa y Carolina Jiménez Salas, ambos en su
carácter personal, quienes son de demás calidades y domicilios
desconocidos, se le hace saber que en proceso depósito judicial.
Exp: 16-000350-1307-FA, establecido por el Patronato Nacional de
la Infancia, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo
conducente dice: Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial
de la Zona Atlántica, a las quince horas y treinta y seis minutos del
veintinueve de marzo del año dos mil dieciséis. De las presentes
diligencias de depósito de las personas menores Gabriel Jafeth
Jiménez Salas, Monserrath Jimena Jiménez Salas, Joseph Daniel
Jiménez Salas y Niurka Selena Padilla Jiménez, promovidas por el
Patronato Nacional de la Infancia, se confiere traslado por tres días a
Carolina Jiménez Salas y Adrián Roberto Padilla Azofeifa, a quienes
se les previene que en el primer escrito que presente(n) debe(n)
señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento
de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán
notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas,
incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la
notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos
11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687
del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del
29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a
las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 6508, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular
169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como
BOLETIN JUDICIAL Nº 223 — Pág 29
medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el
envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo
también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren
un número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y
recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para
cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando
la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los
medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de
notificaciones.” Igualmente se les invita a utilizar “El Sistema de
Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para
recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la página
oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr Si desea
más información contacte al personal del despacho en que se tramita
el expediente de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto el
Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del
Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007,
artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser
personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información:
a) lugar de trabajo, b) sexo, c) fecha de nacimiento, d) profesión
u oficio, e) si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) estado
civil, g) número de cédula, h) lugar de residencia. En cuestiones
de primer y especial pronunciamiento se nombra como depositaria
judicial provisional de los menores Gabriel Jafeth Jiménez Salas,
Monserrath Jimena Jiménez Salas, Joseph Daniel Jiménez Salas y
Niurka Selena Padilla Jiménez a la señora Luz Marina Jiménez Salas
a quien se le hace ver que debe apersonarse ante este despacho a
aceptar el cargo conferido dentro del plazo de ocho días. Notifíquese
esta resolución a Carolina Jiménez Salas y Adrián Roberto Padilla
Azofeifa, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en
su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la
Ley de Notificaciones Judiciales. El señor 1) Adrián Roberto Padilla
Azofeifa se localiza en Liberia, Guanacaste, Cañas Dulces, costado
oeste de la plaza de deportes, teléfono 6075-1756/6020-5497.
Para estos efectos, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones
Judiciales y otras Comunicaciones; Primer Circuito Judicial de
Guanacaste (Liberia) y la señora 2) Carolina Jiménez Salas en
Guápiles, Bella Vista, La Leona de la escuela 300 metros oeste y 75
metros norte, teléfono 8485-0183. Para estos efectos, se comisiona
a la Oficina de Comunicaciones Judiciales y otras Comunicaciones;
Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica (Guápiles). En caso
que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de
acceso restringido, se autoriza el ingreso del(a) funcionario(a)
notificador(a), a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de
la Ley de Notificaciones Judiciales. Notifíquese. Licda. Valerie
Sancho Bermúdez, Jueza de Familia de Pococí y la resolución
de las catorce horas y nueve minutos del diez de noviembre del
año dos mil dieciséis. En vista de que los demandados Adrián
Roberto Padilla Azofeifa y Carolina Jiménez Salas, careces de
domicilio conocido y no fueros ubicados en las direcciones que
se reflejan por sus cuentas cedulares, se ordena notificarle esta
y la resolución de las quince horas y treinta y seis minutos del
veintinueve de marzo del dos mil dieciséis, mediante un edicto que
se publicará por una sola vez en el Boletín judicial.—Juzgado de
Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 10
de noviembre del 2016.—Licda. María Marta Corrales Cordero,
Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016088381 ).
Licenciada María Marta Corrales Cordero, Jueza del Juzgado
de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, a
Yefry Steven Orozco Núñez y Michel Daniela Oconnor Hernández,
en su carácter personal, quien es demás calidades y domicilio
desconocido, se le hace saber que en proceso depósito judicial,
exp. 16-000520-1307-FA, establecido por Patronato Nacional
de la Infancia, se ordena notificarle por edicto, la resolución que
en lo conducente dice: Juzgado de Familia del Segundo Circuito
Judicial de la Zona Atlántica, a las nueve horas y cincuenta y siete
minutos del diez de mayo del año dos mil dieciséis. De las presentes
diligencias de depósito de las personas menores Jarred Steven
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Lunes 21 de noviembre del 2016
Orozco Oconnor, Yerick Jahir Orizco Oconnor y Soffy Aline Orozco
Oconnor, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia,
se confiere traslado por tres días a Yefry Steven Orozco Núñez
y Michel Daniela Oconnor Hernández, a quienes se les previene
que en el primer escrito que presente(n) debe(n) señalar un medio
para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras
no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas
con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las
sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación
no se pueda efectuar en el medio señalado.- Artículos 11, 34, 36 y 50
de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del
2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009.- Con
respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el
Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre
del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si
desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe
ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por
lo que no pueden utilizarlo también como teléfono.- “Se exhorta a
las partes a que suministren un número de teléfono “celular”, con el
fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho.Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite
procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún
momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo
legal para la recepción de notificaciones .-” Igualmente se les invita
a utilizar “El Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser
utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a
este sistema ingrese la página oficial del Poder Judicial, http://www.
poder-judicial.go.cr Si desea más información contacte al personal
del despacho en que se tramita el expediente de interés. Asimismo,
por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con
la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el
18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este
asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar
la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de
Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de
discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de
residencia. En cuestiones de primer y especial pronunciamiento se
nombra como depositaria judicial provisional de los menores Jarred
Steven Orozco Oconnor, Yerick Jahir Orizco Oconnor Y Soffy Aline
Orozco Oconnor a la señora Karen Oconnor Hernández conocida
como Karenth Oconnor Hernández, a quien se le hace ver que debe
apersonarse ante este despacho a aceptar el cargo conferido dentro
del plazo de ocho días. Notifíquese esta resolución a Yefry Steven
Orozco Núñez y Michel Daniela Oconnor Hernández, personalmente
o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o
bien en su domicilio real .- Artículo 19 de la Ley de Notificaciones
Judiciales.- Para estos efectos, se comisiona a la Oficina De
Comunicaciones Judiciales y otras Comunicaciones; Segundo
Circuito Judicial de la Zona Atlántica (Guápiles). Por localizarse en
1) Yefry Steven Orozco Núñez en Siquirres, Alto de Herediana (San
Isidro), casa M-14, Urbanización Villa Bonita (dirección mediante
cuenta cedular). Y la señora 2) Michel Daniela Oconnor Hernández
en Siquirres, Alto Herediana (San Isidro), 150 metros sur de la iglesia
evangélica La Esmeralda (dirección mediante cuenta cedular).- En
caso que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación
de acceso restringido, se autoriza el ingreso del(a) funcionario(a)
notificador (a), a efectos de practicar la notificación, artículo 4
de la Ley de Notificaciones Judiciales. Notifíquese. Licda. María
Marta Corrales Cordero, Jueza. Y la resolución que dice: Juzgado
de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, a
las diez horas y cuarenta y siete minutos del cuatro de agosto del
año dos mil dieciséis. En vista de que los demandados Yefry Steven
Orozco Núñez y Michel Daniela Oconnor Hernández carecen de
domicilio conocido y no fue ubicado en la dirección reflejada por su
cuenta cedular, se ordena notificarle esta y la resolución de las nueve
horas y cincuenta y siete minutos del diez de mayo del dos mil
dieciséis, mediante un edicto que se publicará por una sola vez en el
Boletín judicial. Elabórese el edicto respectivo. Para continuar con
la etapa correspondiente una vez se realice la publicación arriba
indicada. Notifíquese. Este edicto debe ser publicado una sola
vez en El Boletín Judicial.—Juzgado de Familia del Segundo
Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 10 de noviembre del
2016.—Licda. María Marta Corrales Cordero, Jueza.—1 vez.—
Exonerado.—( IN2016088382 ).
Juzgado de Familia en Puntarenas, convoca por medio de este
edicto a las personas a quienes corresponda la curatela, conforme
al artículo 236 del Código de Familia, para que se presenten a
encargarse de ella dentro del plazo de quince días contados a
partir de esta publicación. Proceso de Salvaguardia promovido por
Luis Alberto Segura Campos y María Eugenia Segura Campos,
expediente número 16-000739-1146-FA, presunta persona con
discapacidad María Nidia Segura Campos. Notifíquese.—Juzgado
de Familia de Puntarenas.—Leonardo Loría Alvarado, Juez.—1
vez.—Exonerado.—( IN2016088384 ).
Licenciada Luz Amelia Ramírez Garita, Jueza del Juzgado
de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a Miguel
Muñoz Sánchez, en su carácter personal, quien es mayor, Casada,
de domicilio desconocido , pasaporte español PAAE986513, se le
hace saber que en demanda divorcio, exp. 16-001394-0292-FA,
establecida por Natassja Sofía Sáenz Arias contra Miguel Muñoz
Sánchez, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo
conducente dice: Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de
Alajuela, a las once horas y dieciséis minutos del uno de noviembre
de dos mil dieciséis.- De la anterior demanda abreviada de divorcio,
establecida por el accionante Natassja Sofía Sáenz Arias, se confiere
traslado a la accionado Miguel Muñoz Sánchez, en la persona de su
Curadora Procesal, quien ya contestó debidamente la demanda, por
el plazo perentorio de diez días, para que se oponga a la demanda o
manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco
días podrá oponer excepciones previas. Al contestar negativamente
deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa
y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos
de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando
categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite como
ciertos o con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad
deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su caso
del nombre y las generales de ley de los testigos y los hechos a que
se referirá cada uno. Se le previene a la parte demandada, que en
el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender
notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga,
las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso
de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se
producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda
efectuar en el medio señalado.- Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley
de Notificaciones Judiciales N°8687 del 28 de octubre del 2008,
publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009.- Con
respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el
Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre
del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si
desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe
ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por
lo que no pueden utilizarlo también como teléfono.- “Se exhorta a
las partes a que suministren un número de teléfono 􀂳celular􀂴, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho.Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite
procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún
momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo
legal para la recepción de notificaciones.-” Asimismo, por haberlo
así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de
Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre
2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que
resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente
información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento,
d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f)
Lunes 21 de noviembre del 2016
Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. En caso
que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de
acceso restringido, se autoriza el ingreso de la persona funcionaria
notificadora, a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la Ley
de Notificaciones Judiciales.- De conformidad con lo establecido en
el ordinal 263 del Código Procesal Civil, se ordena la publicación
de la presente resolución en el Boletín Judicial, mediante el edicto
respectivo.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de
Alajuela.—Licda. Luz Amelia Ramírez Garita, Jueza.—1 vez.—
Exonerado.—( IN2016088387 ).
Licenciada Patricia Cordero García, Jueza del Juzgado
de Familia de Cartago, a Uriel Martin Silva Quintanilla, en su
carácter personal, quien es mayor, casado una vez pero separado,
de nacionalidad nicaragüense, de domicilio y oficio desconocido,
se le hace saber que en demanda divorcio, establecida por Adriana
Patricia Calderón Hernández contra Uriel Martín Silva Quintanilla,
se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente
dice: Juzgado de Familia de Cartago, a las dieciséis horas y catorce
minutos del trece de setiembre del año dos mil dieciséis. De la
anterior demanda abreviada de divorcio. Exp. 16-001679-0338-FA
establecida por la accionante Adriana Patricia Calderón Hernández,
se confiere traslado al accionado Uriel Martin Silva Quintanilla por
el plazo perentorio de diez días, para que se oponga a la demanda o
manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco
días podrá oponer excepciones previas. Al contestar negativamente
deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa
y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos
de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando
categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite como
ciertos o con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad
deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su caso
del nombre y las generales de ley de los testigos y los hechos a
que se referirá cada uno. Por existir menores involucrados en este
proceso se tiene como parte al Patronato Nacional de la Infancia.
Notifíquese a dicha institución por medio del sistema de gestión en
línea. Se le previene a la parte demandada, que en el primer escrito
que presente debe señalar un medio para atender notificaciones,
bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones
posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro
horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual
consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el
medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones
Judiciales N°8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La
Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio,
se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior,
en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo
LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un
fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo
para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden
utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que
suministren un número de teléfono “celular”, con el fin de enviar
avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición
es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal,
buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento
sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la
recepción de notificaciones.” Asimismo, por haberlo así dispuesto
el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género
del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007,
artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser
personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información:
a) lugar de trabajo, b) sexo, c) fecha de nacimiento, d) profesión
u oficio, e) si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) estado
civil, g) número de cédula, h) lugar de residencia. Siendo que se
desconoce el paradero del demandado se ordena nombrarle curador
procesal para lo cual se nombra a Luis Alberto Sáenz Zumbado
cédula N° 01-0410-0561, a quien se le previene para que dentro del
plazo de tres días se presente a aceptar el cargo. Lo anterior bajo
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el apercibimiento de que de no hacerlo, se entenderá que no tiene
interés en dicho nombramiento, y se procederá a la sustitución, sin
necesidad de ulterior resolución que lo ordene, previa comunicación
a la Dirección Ejecutiva del Poder Judicial para lo que corresponda.
Notifíquese.—Juzgado de Familia de Cartago.—Licda. Patricia
Cordero García, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016088388 ).
De la anterior demanda abreviado de divorcio bajo expediente
16-002454-0338-FA establecida por el accionante Llarina del
Carmen Vargas Monge, se confiere traslado a la accionado Berardo
Antonio Valdes por el plazo perentorio de diez días, para que se
oponga a la demanda o manifieste su conformidad con la misma.
Dentro del plazo de cinco días podrá oponer excepciones previas.
Al contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones
que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoya.
Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a
uno, manifestando categóricamente si los rechaza por inexactos,
o si los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones. En
la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con
indicación en su caso del nombre y las generales de ley de los
testigos y los hechos a que se referirá cada uno. Se le previene a
la parte demandada, que en el primer escrito que presente debe
señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento
de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán
notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas,
incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la
notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos
11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687
del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29
de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las
partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08,
celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 1692008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de
notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y
recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también
como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número
de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios
de actuaciones del despacho.- Esta petición es para cubrir nuestras
necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del
mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos
explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.”
Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en
concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión
78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita
a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se
sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b)
sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con
algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula,
h) Lugar de residencia. Siendo que la parte actora desconoce el
domicilio del señor Berardo Antonio Valdes se nombra a Rafael
Alberto Fioravanti Sanabria cédula: 0107350690 para que vele
por los derechos e interés del mismo, a quien se le previene para
que dentro del plazo de tres días se presente a aceptar el cargo. Lo
anterior bajo el apercibimiento de que de no hacerlo, se entenderá
que no tiene interés en dicho nombramiento, y se procederá a la
sustitución, sin necesidad de ulterior resolución que lo ordene, previa
comunicación a la Dirección Ejecutiva del Poder Judicial para lo que
corresponda.—Juzgado de Familia de Cartago.—Licda. Cristina
Dittel Masís, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016088391 ).
Se avisa que en este Despacho bajo el expediente número
16-002605-0338-FA, Ronald Agusto Barquero Méndez y Xiomara
de los Ángeles Pacheco Murillo, solicitan se apruebe la adopción
de la persona menor Johan José Zamora Sánchez. Se concede a
los interesados el plazo de cinco días para formular oposiciones
mediante escrito donde expondrán los motivos de su disconformidad
y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma.—Juzgado
de Familia de Cartago, 7 de noviembre del 2016.—Licda. Patricia
Cordero García, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016088392 ).
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Lunes 21 de noviembre del 2016
Edictos Matrimoniales
Han comparecido ante este Despacho, solicitando contraer
matrimonio civil, William Corrales Vargas, mayor, de treinta y siete
años de edad, soltero, labora en saneamiento ambiental, vecino de
Santa Ana, Matinilla, cédula de identidad N° 1-1040-0907 y Silvia
Elena Montes Rojas, mayor, de treinta y dos años de edad, soltera,
ama de casa, vecina de Santa Ana, Matinilla, cédula de identidad N°
1-1200-0060. Se concede un plazo de ocho días, a quien tenga que
hacer alguna oposición a dicho matrimonio, la que deberá presentarse
por escrito ante este Despacho y en ese término. Expediente N° 16100113-0242-CI.—Juzgado Civil y de Menor Cuantía de Santa
Ana. Santa Ana, 10 de noviembre del 2016.—Lic. José Bernal
Rodríguez Marín, Juez.—1 vez.—( IN2016088023 ).
En esta Notaría, se han presentado solicitando contraer
matrimonio civil, los señores Gabriel Esteban Elizondo Villalobos
mayor, divorciado una vez, oficinista, cedula de identidad Nº
2-616-176, nació en Alajuela el día 14 de enero de 1986, hijo de
Alberto Elizondo Gamboa y Damaris Villalobos Luna; y Yahaira
Esperanza Cano Berrios, mayor, soltera, operaria industrial,
de nacionalidad nicaragüense con cédula de residencia Nº
155804031414, ambos vecinos de centro de Villa Bonita de
Alajuela, nació en Managua, Nicaragua el día 6 de mayo
1992 es hija de Jairo Danilo Cano Darce y Flor María Berrios
Solórzano. Si cualquier persona conoce algún impedimento para
la celebración de este matrimonio sírvase comunicarlo dentro de
los ocho días siguientes a la publicación. Notaria: Jesika Alfaro
Delgado.—Alajuela, 08 de noviembre de 2016.—Lic. Jesika
Alfaro Delgado, Notaria.—1 vez.—( IN2016088359 ).
Han comparecido ante este Despacho solicitando contraer
matrimonio civil los contrayentes: Yineth Castillo Durán, mayor,
soltera, ama de casa, cédula de identidad N° 2-765-660, vecina de
San José, La Uruca, doscientos metros norte del puente Juan Pablo
Segundo, casa de cemento, color gris, hija de Gerardina Durán
Castillo y Freddy Castillo Arias, nacida en Upala, Alajuela, el 19
de marzo de 1997, con 19 años de edad y Pablo Evelio Rodríguez
Solano, mayor, soltero, bodeguero, cédula de identidad N° 6-367903, vecino de San José, La Uruca, doscientos metros norte del
puente Juan Pablo Segundo, casa de cemento, color gris, hijo de
Eva Luz Solano Bravo y Remigio Máximo Rodríguez Rivas, nacido
en Golfito, Puntarenas, el 29 de junio de 1987, actualmente con 29
años de edad. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe
algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo
deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho
días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de
Matrimonio). Exp. N° 16-000007-1517-FA.—Juzgado de Familia
del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Sede Upala, 20 de
setiembre del 2016.—Lic. Luis Adrián Rojas Hernández, Juez.—1
vez.—Exonerado.—( IN2016088372 ).
Han comparecido a este despacho, solicitando contraer
matrimonio civil los señores, Gerardo Rosales Solís mayor, soltero,
cédula de identidad número, 6-0355-0742 costarricense, jornalero,
de treinta años de edad, nacido en el centro de Golfito, de la
provincia de Puntarenas en fecha 19-03-1986 y Alejandra Herrera
Hernández, mayor, soltera, cédula de identidad número 7-02270639, costarricense, administradora del hogar, de veintidós años de
edad, nacida en Limón, cantón central, distrito primero, en fecha
21-05-1994 , ambos vecinos de Limón cantón: Matama. Si alguna
persona tuviere conocimiento de la existencia de impedimento legal
para que su matrimonio se celebre debe manifestarlo a este despacho
dentro de los ocho días posteriores a la publicación de este edicto.
Expediente Nº 16-000688-1152-FA (2).—Juzgado de Familia del
Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 07 de
noviembre de 2016.—Licda. Ángela Jiménez Chacón, Jueza.—1
vez.—Exento.—( IN2016088383 ).
Han comparecido a este Despacho, solicitando contraer
matrimonio civil: Ronald Ernest Elliott Rojas, mayor, cédula de
identidad número 0600500430 y Blanca Rosa Loría Sequeira,
mayor, cédula de identidad número 0601080750. Si alguna persona
tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio
se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho
dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Exp.
Nº 16-001175-1146-FA.—Juzgado de Familia de Puntarenas, 10
de noviembre del 2016.—Lic. Leonardo Loría Alvarado, Juez.—1
vez.—Exonerado.—( IN2016088386 ).
Han comparecido ante este Despacho solicitando contraer
matrimonio civil los contrayentes Jessica Natalia Rojas Castillo
mayor de edad, soltera, ama de casa, cédula de identidad 2-06650365, vecina de El Roble de Alajuela, hija de William Rojas Mora
y de Isabel Castillo Solís, ambos de nacionalidad costarricense,
nacida en Centro Central Alajuela, el veintiuno de octubre de mil
novecientos ochenta y nueve, con 27 años de edad y Jairo Alberto
Hernández Contreras, mayor de edad, soltero, constructor, cédula
de identidad 2-0632-0279, vecino de El Roble de Alajuela, hijo de
Idia Hernández Contreras, de nacionalidad costarricense, nacido en
Centro Central de Alajuela, el treinta de noviembre de mil novecientos
ochenta y seis, actualmente con 30 años de edad. Si alguna persona
tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para
que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este
despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la
publicación del edicto. (Solicitud de Matrimonio). Exp. 16-0019310292-FA.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de
Alajuela, 07 de noviembre del 2016.—MSc. Liana Mata Méndez,
Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016088389 ).
Han comparecido ante este Despacho solicitando contraer
matrimonio civil las personas contrayentes Adrián Gustavo Víquez
Estrada, mayor, soltero, técnico en informática, cédula de identidad
N° 0114810774, vecino de Concepción, La Unión, Cartago, hijo
de Rubén Víquez Murillo y Rafaela Irene Estrada González,
nacida en Carmen Central, San José, el 31/10/1991, con 25 años
de edad y Valeria Chinchilla Blanco, mayor, soltera, estudiante,
cédula de identidad número 0116120238, vecina de San Antonio
Vázquez de Coronado, hija de Rainer Chinchilla Valverde y Romy
Blanco Solano, nacida en Uruca Central San José, el 20/07/1995,
actualmente con 21 años de edad. Si alguna persona tuviere
conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho
matrimonio se lleve a cabo, deberá manifestarlo ante este Despacho
dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación
del edicto. (Solicitud de Matrimonio). Expediente N° 16-0024410165-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de
San José, 2 de noviembre del 2016.—Msc. Ramón Zamora Montes,
Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016088390 ).
Han comparecido a este Despacho, solicitando contraer
matrimonio civil Javier Eduardo Barquero Monge, mayor, soltero,
operario, cédula de identidad número 0304170201, vecino de
Cartago, Proyecto Manuel de Jesús Jiménez, de la escuela,
veinticinco metros sur, veinticinco metros al este, casa O-79, hijo
de Amanda Monge Vega y Jorge Barquero Astorga, nacido en
Oriental, Central, Cartago, el 05/01/1987, con 29 años de edad y
Cristina María Torrentes Brenes, mayor, soltera, ama de casa,
cédula de identidad número 0304190613, vecina de Cartago,
Proyecto Manuel de Jesús Jiménez, de la escuela veinticinco metros
sur, veinticinco metros al este, casa O-79, hija de Lidiette Brenes
Jiménez y Arturo Torrentes Serrano, nacida en Oriental, Central,
Cartago, el 10/03/1987, actualmente con 29 años de edad. Si alguna
persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este
matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este
Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del
edicto. Expediente N° 16-002711-0338-FA.—Juzgado de Familia
de Cartago, 11 de noviembre del 2016.—Licda. Cristina Dittel
Masís, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016088393 ).