NOTA INFORMATIVA DE LA ESCUELA DE DOCTORADO CALENDARIO DE EXTINCIÓN DE LOS PROGRAMAS DE DOCTORADO REGULADOS POR: R.D. 185/1985, R.D. 778/1998, R.D. 56/2005, R.D. 1393/2007 / Actualizado a 29/10/2014 EXTINCIÓN DE LOS PROGRAMAS DE DOCTORADO PD REGULADOS POR EL R.D. 185/1985 y R.D. 778/1998 Los alumnos de la Universidad de Zaragoza que en cursos anteriores hayan iniciado sus estudios de doctorado según el R.D. 778/1998 podrán desarrollar el periodo investigador y las pruebas conducentes a la obtención del DEA hasta el 30 de septiembre de 2015. CURSOS 2013/2014 y 2014/2015 • En estos cursos académicos, los alumnos con suficiencia investigadora acreditada, y en particular aquellos que estén en posesión del DEA, podrán matricularse en el periodo oficial en concepto de tutela académica de doctorado y podrán presentar y defender la Tesis Doctoral. CURSO 2015/2016 • En este curso, los alumnos con suficiencia investigadora acreditada, y en particular aquellos que estén en posesión del DEA, podrán matricularse en concepto de tutela académica de doctorado y presentar y defender la Tesis Doctoral, respetando los siguientes plazos: La fecha límite para la admisión a trámite de la Tesis Doctoral será el 15 de noviembre de 2015. La fecha límite para la defensa de la Tesis Doctoral será el 11 de febrero de 2016. Si en dicha fecha no se ha defendido la tesis, el doctorando causará baja definitiva en el programa (Disposición Transitoria Primera, punto 2, del R.D. 99/2011. PD REGULADOS POR EL R.D. 56/2005 Los estudiantes que iniciaron los estudios de doctorado en programas regulados por el R.D. 56/2005, dispondrán hasta el 11 de febrero de 2016 para la defensa de la tesis (la admisión a trámite deberá hacerse antes del 15 de noviembre de 2015) Si en dicha fecha no se ha defendido la tesis, el doctorando causará baja definitiva en el programa (Disposición Transitoria Primera, punto 2, del R.D. 99/2011). NOTA INFORMATIVA DE LA ESCUELA DE DOCTORADO CALENDARIO DE EXTINCIÓN DE LOS PROGRAMAS DE DOCTORADO REGULADOS POR: R.D. 185/1985, R.D. 778/1998, R.D. 56/2005, R.D. 1393/2007 / Actualizado a 29/10/2014 PD REGULADOS POR EL R.D. 1393/2007 Los alumnos de la Universidad de Zaragoza que en cursos anteriores hayan iniciado sus estudios de doctorado según el R.D. 1393/2007, podrán proseguirlos según el siguiente calendario: CURSOS 2013/2014* y 2014/2015 • En estos cursos, los alumnos podrán matricularse en el periodo oficial en concepto de tutela académica de doctorado, y presentar y defender la Tesis Doctoral. CURSO 2015/2016 • Los alumnos podrán matricularse en concepto de tutela académica de doctorado. • La fecha límite para la defensa de la Tesis Doctoral de los doctorandos que estaban matriculados el curso 2010/2011 será el 11 de febrero de 2016. Si en dicha fecha no se ha defendido la tesis, el doctorando causará baja definitiva en el programa (Disposición Transitoria Primera, punto 2, del RD 99/2011) CURSO 2016/2017 • Los alumnos podrán matricularse en concepto de tutela académica de doctorado. • La fecha límite para la defensa de la Tesis Doctoral de los estudiantes matriculados por primera vez en tutela académica en el curso 2011/2012 o en cursos posteriores será el 30 de septiembre de 2017. Si en dicha fecha no se ha defendido la tesis, el doctorando causará baja definitiva en el programa (Disposición Transitoria Primera, punto 2, del RD 99/2011) (*) No se admitirán alumnos de nuevo ingreso en los programas del RD 1393/2007 que se hayan adaptando a lo establecido en el RD 99/2011, para su implantación en dicho curso. NOTA INFORMATIVA DE LA ESCUELA DE DOCTORADO CALENDARIO DE EXTINCIÓN DE LOS PROGRAMAS DE DOCTORADO REGULADOS POR: R.D. 185/1985, R.D. 778/1998, R.D. 56/2005, R.D. 1393/2007 / Actualizado a 29/10/2014 TABLA RESUMEN Fecha límite para la defensa de la Tesis Doctoral según el plan de estudios de doctorado en que el alumno esté matriculado. Plan RD RD. 185/85 RD. 778/98 RD. 56/2005 RD. 1393/2007 Fecha límite para defensa 11/2/2016 11/2/2016 Matrícula en el PD en el curso 10/11 o anteriores 11/2/2016 Matrícula en el PD en el curso 11/12 o posteriores 30/9/2017 Aquellos alumnos que habiendo iniciado estudios de doctorado conforme a anteriores ordenaciones deseen cambiarse a un programa regulado por el R.D. 99/2011, deberán solicitar su admisión en el plazo oficial establecido en el calendario académico. En caso de ser admitidos, y una vez formalizada la matrícula en tutela académica, sin perjuicio de otras exigencias que pueda establecer la Comisión Académica del Programa, deberán presentar un plan de investigación, que tendrá que ser aprobado por dicha comisión antes de que transcurra un año desde su matrícula.
© Copyright 2025