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Lima, I 1 ttov.2o16
VISTOS:
El lnforme N' 787-2016-MINEDUA/MG|-PRONABEC-OBE y et tnforme N' 98S2016-MINEDUA/MGI-PRONABEC-OBE de la Oficina de Becas Espec¡ates, el lnforme N.
21 19-2016-MINEDUA/MGl-PRONABEC-OA-UFCP de la Unidad de Fiscalización y Control
Previo y demás recaudos del expediente SINAD 26937; y,
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1i- §
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CONSIDERANDO:
Que, et articuto 1 de ta Ley N' 29837 que crea et programa Nacionat de Becas y
Educalivo pnONneeC, modificada por la sexta áisposición complementaria
:rfodif¡catoria de la Ley N" 3028'1, Ley del Presupuesto del Sector Público para el año fiscal
2015, señala "(...) Créase el Programa Nac¡onal de Becas y Crcd¡to Educativo, a cargo del
Ministerio de Educación, enca¡gado del diseño, planificación, gestión, mon¡toreo y
evaluación de becas y créditos educativos para el f¡nanciamiento de estudios de educación
técnica y supeior, esfudios relacionados con los idiomas, desde la etapa de educación
básica, en ¡nst¡tuciones técnicas, universitarias y otros centros de fo¡mación en general,
pafte o no del s¡stema educativo; así como capacitación de a¡7¡stas y aftesanos y
especializado para la alta competencia depoñ¡va ( .. .)";
§ffiryto
-
Que, el Reglamento de la Ley N'29837, aprobado por Decreto Supremo N" 0132012-ED, modificado por el Decreto Supremo N" 008-2013-ED y Decreto Supremo N' 001201S-MINEDU, en adelante el Reglamento, precisa en su artículo 25 que el Componente
Becas Especiales está integrado por aquellas becas que no se encuentran contempladas
en la Ley dentro de los Componentes Beca Pregrado y Beca Postgrado, se otorgan por la
Oficina de Becas Especiales del PRONABEC, con el objetivo de fortalecer el cap¡tal
humano y atender las neces¡dades de acceso, permanenc¡a y culminación a d¡versas
modalidades de educación técnico product¡va, super¡or univers¡taria y tecnológica, que
presentan las poblac¡ones vulnerables, o atender situaciones especiales no previstas por
otras disposiciones legales vigentes en materia de becas para el nivel superior;
Que, por la Resolución Directoral Ejecutiva N" 66-20'15-MINEDU-VMGIPRONABEC, se aprueban las bases y la convocatoria 2015 - | de la Beca Especial de
Reciprocidad "Beca Amistad Peruano Ecuator¡ana", dirigida a los ciudadanos de la
República de Ecuador con alto rendimiento académico e insufic¡entes recursos
económ¡cos, para acceder a estudios de postgrado (Maestrías) en universidades
peruanas;
Que, por la Resolución D¡rectoral Ejecut¡va N' 501-2015-MINEDUA/MGlPRONABEC y sus mod¡ficatorias, se aprueba el Texto Único Ordenado de las Normas
para la Ejecución de Subvenciones para estud¡os en el Perú;
Que, por la Resolución Jefatural N' 237-2015-MINEDU-VMGI-PRONABEC-OBE,
se aprueba el listado de l3 (trece) becarios de la Beca Especial de Reciprocidad "Beca
Amistad Peruano Ecuatoriana", Convocatoria 2015 - l, considerándose dentro de los
becarios al señor Bernardo Patricio Cordero Torres y al señor Alex Franklin Padilla Mina,
para seguir estudios en la Maestría en Gestión lntegrada en Seguridad, Salud Ocupacional
y Medio Amb¡ente en la Facultad de lngeniería Geológica, Minera, Metalúrgica y
Geográfica de la Univers¡dad Nac¡onal Mayor de San Marcos (UNMSM);
lnforme de Visto de la Oficina de Becas Especiales, indica que la
determinación de los costos académicos para el año fiscal 20'15 - ll, se realizó de acuerdo
al reporte de matrícula en cuatro cursos por un total de 18 créditos para el periodo
académico 2015 - ll, el historial académico de las calif¡caciones aprobadas por los
Que,
el
becarios, la constancia de asistencia regular a clases durante el semestre académico 2015
- ll, entre otros documentos de naturaleza similar, emitidas por UNMSM donde cursan
los
becarios sus estudios;
Que, por su parte, la Unidad de Fiscalizac¡ón y Control Previo de la Oficina de
3tración señala que al ser la UNMSM una instituc¡ón pública, los montos de los
académicos son establecidos en su Texto Único de Procedimientos Administrativos
A), concluyendo que los costos de matrícula y crédito académico se encuentran
contemplados en dicho documento de gestión, por lo cual son viables de conformidad con
el Texto Unico Ordenado de las Normas para la E ecución de Subvenciones para esludios
en el Perú;
Que, el artículo 17' de la Ley N" 27444, Ley del Procedimiento Adm¡n¡strat¡vo
General, establece que la autoridad podrá disponer en el mismo acto administrat¡vo que
tenga eficacia anticipada a su emis¡ón, sólo si fuera más favorable a los adm¡n¡strados, y
s¡empre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente
proteg¡dos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la eficacia
del acto el supuesto de hecho just¡ficat¡vo para su adopción;
Que. el numeral 7.3 de la D¡rectiva N' 023-2013-MINEDU/SG-OAJ "Elaborac¡ón,
y Tramitación de Dispositivos Normativos y Actos Resolutivos en el Minister¡o
Educación", aprobada por la Resolución M¡n¡sterial N'0520-2013-ED, se establece: "Se
prohibe la elaboración de proyectos y em¡sión de Dispositivos Normativos y Actos
Resolutivos con eficacia anticipada o en vía de regularización, salvo que exista
autor¡zac¡ón expresa del órgano de la Alta Direcc¡ón de quien depende el proponente";
Que, con el Memorándum Múltiple N' 117-2013-MINEDUA/MGI-OBECPRONABEC de fecha 12 de diciembre de 2013, la Dirección Ejecutiva del PRONABEC
dispone que todas las sol¡citudes de autorización de eficacia anticipada de la Alta
Dirección, debe contar con el informe u opinión favorable de la Oficina de Asesoría
Jurídica del PRONABEC;
Que, sobre la aprobación de los costos académicos por el semestre académico
- ll para 02 (dos) becarios de la Beca Amistad Peruano Ecuatoriana, el acto debe ser
aprobado con eficacia anticipada al 0'l de setiembre de 20'15, ya que se verifica el
cumplimiento de lo establecido en el numeral 17.1 del artículo 17 de la Ley N" 27444, ya
que.este acto será más favorable a los administrados dado que se viabiliza el
cumpl¡m¡ento de compromisos de subvenc¡ón económ¡ca de estudios de 02 becarios, este
acto no les¡ona derechos e ¡ntereses de buena fe legalmente protegidos a terceros ya que
2015
no hay terceros que puedan verse afectados y el supuesto del hecho justificativo de
la
dación del acto exista a la fecha en la que pretenda retrotraerse la ef¡cacia del acto, ya que
según el cronograma de la UNMSM la matrícula regular fue el O1 de setiembre de 20.15;
Que, lo solic¡tado por la Oficina de Becas Especiales cumple con lo establec¡do por
las Normas para Ejecución de Subvenciones para estud¡os en el perú, por lo que resulta
necesario aprobar los montos de subvención de los costos académ¡cos 2015 - ll de la
Beca Especial de Reciprocidad "Beca Amistad peruano Ecuator¡ana", Convocatoria 2015
l; debiéndose de emitir el acto resolutivo correspondiente; y,
Con el visto de la Oficina de Becas Espec¡ales, de la Unidad de F¡scalización y
Control Prev¡o de la Oficina de Administración, de la Of¡cina de Asesoría Jurídica y dé
conformidad con lo d¡spuesto en la Ley N" 29837, Ley de creación del programa Nacional
de Becas y Crédito Educativo - PRONABEC, modificada por la Sexta Disposición
complementar¡a Modificatoria de la Ley N' 3o28l, Ley de presupuesto del sector público
para el Año Fiscal 2015, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.013-202-ED y
modificado por Decreto Supremo N' OO8-2013-ED y Decreto Supremo N" OOl -201SMINEDU y el Manual de Operaciones del programa Nacional de Becas y Crédito
Educat¡vo, aprobado por Resolución Ministerial N. O108-2012-ED y modificaáo por la
Ministerial
N'
535-20'1 5-M¡NEDU;
SE RESUELVE:
Artículo l.- Aprobar el monto de subvención para el costo académico
correspond¡ente al periodo f¡scal 2015 - ll para estud¡os de postgrado de los señores
Bernardo Patr¡c¡o cordero Torres y Alex Franklin padilla Mina, -becar¡os de la Beca
Especial de Reciprocidad "Beca Amistad peruano Ecuatoriana,,, Convocatoria 2O1S l,
conforme se describe en el Anexo N' 01 que forma parte integrante de la presente
Resolución.
Artículo 2.- ordenar a ra oficina de Becas Especiares, a través de sus gestores de
beca, reg¡slrar en el s¡stema lntegrado de Becas - slBEC, el monto aprobado- para cada
becario, en el plazo de 1 (un) día hábil de emitida la presente Resolución Directoral
Ejecutiva.
Artículo 3.- Notifíquese la presente Resolución a la Unidad de Fiscal¡zación y
Previo y a la Unidad de Sistemas e lnformación de la Oficina de Adminishación, á
Oficina de Becas Espec¡ales y a la Oficina de plan¡f¡cación del PRONABEC.
.
.
__
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del PRONABEC.
Publíquese la presente resoluc¡ón en el portal electrónico inst¡tuc¡onal
Regístrese, comuníquese y cúmplase
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