Abogado especializado en Empleo Público - Nivel B - Cantidad 2

ANEXO
BASES DEL CONCURSO
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO
CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL – DECRETO N° 2098/2008 Y
MODIFICATORIOS
Se llama a concurso mediante Convocatoria Ordinaria, por el Sistema de Selección
Abierto, en el que podrán participar todos los postulantes, sea que procedan de ámbito
público o privado, que acrediten la idoneidad y las condiciones exigidos para cubrir el
siguiente cargo:
Identificación del Puesto: ABOGADO ESPECIALIZADO EN EMPLEO PÚBLICO
Número del Registro Central de Ofertas de Empleo
Cantidad de Cargos a cubrir: 2
Público: en orden sucesivo y correlativo del 2014004907-MINDES-P-SI-X-B al 2014-004908-MINDESP-SI-X-B inclusive.
Nivel Escalafonario: B
Tipo de Cargo: Simple
Agrupamiento: Profesional
Tramo: General
Remuneración: $12.489,87.- más el Escala jerárquica del puesto: Secretaría de
35% de la asignación básica del nivel Coordinación y Monitoreo Institucional.
correspondiente al Suplemento por
Agrupamiento
Profesional
de
$
4.371,45.Asiento (lugar de trabajo): Av. 9 de Julio Horario de trabajo: 40 horas semanales
1925, C.A.B.A.
Objetivo General del Puesto
Asistir jurídicamente en la tramitación y/o gestión de las políticas y normativas del empleo
público nacional y de las contrataciones de personas bajo cualquier modalidad.
Principales actividades
a) Asesorar respecto de dictámenes de la Oficina Nacional de Empleo Público y
confeccionar informes requeridos.
b) Estudiar y analizar la normativa y jurisprudencia del empleo público para asegurar
la uniformidad de criterios en su aplicación.
c) Controlar la legalidad de los expedientes y/o actuaciones administrativas, así
como la articulación con las áreas competentes para la adecuación de los mismos
a los procedimientos y marco legal vigente.
Responsabilidad en el Puesto
Supone responsabilidad sobre el cumplimiento o materialización de objetivos y resultados
establecidos en términos de cantidad, calidad y oportunidad para la Unidad Organizativa
o grupo o equipo de trabajo a cargo o para los planes, programas o proyectos de los que
participe, con sujeción a políticas específicas y marcos normativos, profesionales o
técnicos del campo de actuación, con relativa autonomía para la toma de decisiones
dentro de la competencia asignada.
Requisitos para desempeñarse en el Puesto
Requisitos excluyentes:
a. Edad límite de ingreso: hasta la edad prevista en la Ley Previsional para acceder
al beneficio de la jubilación, según lo dispuesto en el artículo 5º, inciso f) del
Anexo de la Ley Nº 25.164”.
b. Nacionalidad: argentino nativo, naturalizado o por opción. El Jefe de Gabinete de
Ministros podrá exceptuar el cumplimiento de este requisito mediante
fundamentación precisa y circunstanciada (artículo 4º del Anexo de la Ley Nº
25.164).
c. Titulación: Título universitario de grado correspondiente a carrera de duración no
inferior a CUATRO (4) años de Abogado.
d. Experiencia laboral en la especialidad atinente a dicha función o puesto acreditada
no inferior a TRES (3) años después de la titulación.
e. Especialización en los campos profesionales correspondientes a la función o
puesto a desarrollar, acreditable mediante estudios o cursos en entidades de
reconocido prestigio y solvencia académica y/o profesional y/o mediante
publicaciones o investigaciones avaladas por ese tipo de entidades.
f.
Lectura y comprensión de texto de al menos UN (1) idioma extranjero (inglés,
portugués o francés).
g. Herramientas informáticas: manejo intermedio de utilitarios informáticos
(procesador de texto, planilla de cálculo, representadores gráficos, correo
electrónico, Internet).
Requisitos deseables:
a. Acreditar experiencia adicional en materias afines al puesto de trabajo.
b. Acreditar actividades de capacitación y perfeccionamiento profesional en materias
atinentes a las actividades del puesto de trabajo.
c. Acreditar experiencia laboral en procesos de gestión de personal.
d. Acreditar experiencia en docencia en temáticas relacionadas con el puesto.
Competencias Técnicas:
Nivel Medio en el conocimiento de:
 Ley de Procedimientos Administrativos N° 19.549, Decreto Reglamentario Nº
1752/79 y modificatorios.
 Conocimiento de la estructura del Estado Nacional, y en particular del Ministerio
de Desarrollo Social de la Nación (Ley N° 22.520, Decreto Nº 438/92, Decreto Nº
357/02, Decreto Nº 20/07, Resolución Nº 01/08).
Nivel Avanzado en el conocimiento de:
 Constitución Nacional Argentina (Preámbulo; Primera Parte; Segunda Parte –












Título Primero -Sección Segunda; Segunda Parte – Título Segundo).
Ética en el ejercicio de la Función Pública. Ley Nº 25.188, Decreto Reglamentario
N° 862/2001 y normas complementarias y modificatorias.
Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164 y Decreto
Reglamentario N° 1.421/2002.
Decreto Nº 214/2006 - Convenio Colectivo de Trabajo General para la
Administración Pública Nacional.
Ley N° 24.185 – Negociación Colectiva en la Administración Pública Nacional.
Decreto N° 2098/08 – SINEP.
Decreto N° 639/2002. Adscripciones de Personal
Regímenes de contrataciones de personal (Decreto N° 2.345/08 - Resolución ex
SGP Nº 48/02 y modificatorios).
Régimen de Tramitación de Contrataciones (Decreto N° 491/02, Decreto N°
577/03, modificatorios y complementarios).
Régimen de incompatibilidades de personal (Decreto N° 8566/61).
Régimen de Licencias, Justificaciones y Franquicias (Decreto N° 3.413/79 y
modificatorios).
Resolución SGP Nº 98/2009 – Régimen de Evaluación de Desempeño.
Resolución SGP N° 39/2010 y modificatorias – Régimen de Concursos.
Competencias Institucionales
Compromiso con la  Compromiso con la estrategia del organismo y su
realización exitosa.
organización
 Anticipa situaciones y problemas, previendo
posibles riesgos u obstáculos.
Compromiso con el  Está atento a la retroalimentación y juicios de los
demás.
aprendizaje
 Transfiere el conocimiento adquirido actuando
como instructor o facilitador del “aprendizaje en el
puesto de trabajo.
Trabajo en equipo y  Anima una comunicación fluida y transparente,
capacitando a los demás en la resolución de
cooperación
situaciones conflictivas.
Proactividad
 Busca nuevas oportunidades para lograr mejores
resultados y propone planes para llevarlos a cabo.
 Se anticipa a las situaciones, identifica posibles
amenazas y oportunidades; actúa en consecuencia.
PROCESO DE SELECCIÓN:
La cobertura de los cargos a concursar se llevará a cabo conforme a la normativa
vigente: Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N°
2098/2008 y sus modificatorias, Resolución Nº 39/2001 de la por entonces SECRETARÍA
DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS a través
del cual se aprobó “Reglamento de Selección de Personal para el Sistema Nacional de
Empleo Público” y sus modificatorias.
A) ETAPAS:
El Proceso de Selección estará conformado por las siguientes etapas: Evaluación de
Antecedentes Curriculares y Laborales, una Evaluación Técnica, una Evaluación
mediante Entrevista Laboral y una Evaluación del Perfil Psicológico. Cada una de estas
etapas se dará por aprobada o desaprobada siendo las mismas excluyentes en orden
sucesivo. Cada una de las TRES (3) primeras etapas será ponderada con una escala de
CERO (0) a CIEN (100) puntos y se dará por aprobada con al menos SESENTA (60)
puntos. Sólo quienes aprueben una etapa podrán acceder a la siguiente. Quedará
excluido del proceso de selección sin más trámite quien no concurriera a las actividades
previstas para la realización de las etapas correspondientes a la Evaluación Técnica, a la
Evaluación mediante Entrevista Laboral y a la Evaluación del Perfil Psicológico.
1.- Evaluación de antecedentes curriculares y laborales:
Se llevará a cabo a partir de las declaraciones en carácter de declaración jurada, y las
certificaciones que deberán presentar los postulantes.
Consistirá en la evaluación de los Antecedentes Curriculares y Laborales pertinentes
específicamente al cargo, de acuerdo con los requisitos exigidos.
PUNTAJE TOTAL DE LA ETAPA: CIEN (100) puntos, que se distribuirán de la siguiente
forma: CINCUENTA (50) puntos para Antecedentes de Formación y CINCUENTA (50)
puntos para Antecedentes Laborales. Dentro de estos últimos será valorada la
experiencia laboral pertinente a la función o puesto de trabajo concursado especialmente
desarrollada en el ámbito de las unidades organizativas cuyo personal esté comprendido
en el Convenio Colectivo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público
(Homologado por Decreto N° 2098/2008) asignándose a la misma una ponderación
mayor a la que pudiere corresponder a la experiencia acreditada en otros ámbitos
laborales. A tales efectos, a la experiencia laboral desarrollada en el ámbito de las
unidades organizativas cuyo personal esté comprendido en el SINEP se le asignará una
ponderación de hasta un VEINTE POR CIENTO (20%) por encima de la experiencia
acreditada en otros ámbitos laborales.
El desempeño de cargos no escalafonarios será considerado únicamente para acreditar
experiencia laboral afín y no generará una ponderación adicional.
Accederán a la siguiente etapa los postulantes que hayan obtenido, al menos, SESENTA
(60) puntos.
2.- Evaluación Técnica:
Se basará en una prueba escrita de evaluación de conocimientos y una prueba escrita de
aplicación práctica de los mismos, con las que se evaluará el grado de conocimientos,
habilidades, dominio y posesión de las competencias técnicas laborales específicas
exigidas para el ejercicio efectivo de la función o puesto de trabajo. El Comité de
Selección podrá implementar dichas evaluaciones mediante sistemas informáticos que
garanticen el secreto de los cuestionarios, el anonimato de los examinados, la
transparencia del procedimiento y la igualdad de trato y oportunidades.
Ambas pruebas serán efectuadas bajo seudónimo elegido por el postulante o clave
convencional de identificación personal de modo que sólo se pueda individualizar a cada
postulante después de su calificación. El postulante que se identificara en cualquiera de
las pruebas escritas será excluido del proceso de selección.
Calificadas las pruebas el Comité de Selección celebrará un acto público, al que serán
invitados todos los postulantes que hubieren participado de la Etapa de Evaluación
Técnica, en el cual que se procederá a la apertura de los sobres sellados que contengan
la identificación de cada persona, dejándose debida constancia mediante Acta.
PUNTAJE TOTAL DE LA ETAPA: CIEN (100) puntos, que se distribuirán de la siguiente
forma: CINCUENTA (50) puntos para la Prueba de Evaluación de Aplicación Práctica y
CINCUENTA (50) puntos para la Prueba de Evaluación de Conocimientos. Accederán a
la siguiente etapa quienes hayan obtenido, al menos, SESENTA (60) puntos.
3.- Evaluación Laboral Mediante Entrevista:
En esta tercer etapa consistirá en la realización de al menos UNA (1) entrevista a cargo
del Comité de Selección de no más de DOS (2) horas de duración mediante una Guía de
Entrevista confeccionada al efecto por el Comité, a través de la cual se completará la
apreciación de los Antecedentes Curriculares y Laborales y para las demás competencias
laborales exigidas para el mejor desempeño del cargo.
La etapa se desarrollará en DOS (2) momentos: El primero estará dirigido a obtener
información que complemente la apreciación de los Antecedentes de Formación y
Laborales. Del resultado de este momento, el Comité de Selección podrá ratificar el
puntaje asignado en la Primera Etapa o ajustarlo en más o en menos el TREINTA POR
CIENTO (30%), fundamentando específicamente la determinación que adopte. El
segundo momento será utilizado para evaluar las demás competencias laborales exigidas
en las Bases del Concurso. El Comité asignará los CIEN (100) puntos de la etapa para la
evaluación de estas Competencias según conste en la Guía de Entrevista, obteniéndose
el puntaje de cada postulante mediante el promedio resultante de las puntuaciones que
cada integrante haya realizado. PUNTAJE TOTAL DE LA ETAPA: CIEN (100) puntos.
Aprobarán esta etapa de evaluación aquellos postulantes que hayan obtenido al menos
SESENTA (60) puntos.
4.- Evaluación del Perfil Psicológico:
Esta cuarta etapa estará a cargo de profesionales matriculados, preferentemente del
ámbito público, y consistirá en una evaluación del perfil psicológico para ponderar la
adecuación de las características de la personalidad vinculadas con el mejor logro del
desempeño laboral efectivo en el puesto de trabajo. El profesional matriculado a cargo de
la evaluación elevará al Comité de Selección un informe con la calificación de “Muy
Adecuada” (Coeficiente 1.10), “Adecuada” (Coeficiente 1.05) o “Menos Adecuada”
(Coeficiente 1.00), manteniéndose la debida reserva de los datos respectivos. El
profesional deberá fundar detalladamente las circunstancias que le permitan calificar
“Menos Adecuada”, lo cual podrá ser causal para la no aprobación de esta etapa.
B) FACTORES
DE
PONDERACIÓN,
CALIFICACIÓN
DE
LOS
POSTULANTES Y ORDEN DE MÉRITO:
Las etapas serán excluyentes en el orden sucesivo establecido precedentemente.
Solamente integrarán el Orden de Mérito los aspirantes que aprueben todas las etapas
del proceso de selección.
La calificación final será el producto de la sumatoria de los siguientes factores:
1) Evaluación de Antecedentes Curriculares y Laborales: VEINTICINCO
PORCIENTO (25%); distribuido de la siguiente manera: CINCUENTA (50) puntos para
Antecedentes de Formación y CINCUENTA (50) puntos para Antecedentes Laborales.
2) Evaluación Técnica: SESENTA PORCIENTO (60%); distribuido de la siguiente
manera: CINCUENTA (50) puntos para la Prueba de Evaluación de Aplicación Práctica y
CINCUENTA (50) puntos para la Prueba de Evaluación de Conocimientos.
3) Evaluación Laboral Mediante Entrevista: QUINCE PORCIENTO (15%).
4) Orden de Mérito: El comité de Selección elaborará el Orden de Mérito conforme
a los resultados de las etapas, dejando constancia en el Acta respectiva. En tal sentido,
para elaborar el Orden de Mérito se sumarán los puntajes ponderados obtenidos en cada
una de las primeras TRES (3) etapas; a dicha suma se la multiplicará por el Coeficiente
de la ponderación de la Evaluación del Perfil Psicológico, de tal modo que el mayor
puntaje a obtener sea CIENTO DIEZ (110) puntos y el menor puntaje a conseguir para
integrar el Orden de Mérito sea de SESENTA (60) puntos.
El Orden de Mérito resultará del puntaje final obtenido por cada postulante, siendo de
aplicación las prioridades establecidas en el Artículo N° 63, del Anexo I, de la Resolución
N° 39/10 de la entonces SECRETARIA DE LA GESTIÓN PÚBLICA DE LA JEFATURA
DE GABINETE DE MINISTROS.
El Comité de Selección elevará a las autoridades del MINISTERIO DE DESARROLLO
SOCIAL el Orden de Mérito en el expediente que se constituya a tales efectos, a los fines
de su aprobación y posterior notificación a los interesados.
Contra el acto administrativo que aprueba el Orden de Mérito definitivo podrán deducirse
los recursos previstos en la Ley de Procedimientos Administrativos N° 19.549 y su
Reglamentación aprobada por Decreto N° 1.759/72 (t.o.1991).
Los resultados de las evaluaciones, así como el Orden de Mérito, serán publicados en la
página Web www.desarrollosocial.gob.ar, y en las carteleras habilitadas a dichos efectos
en las distintas sedes del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL y en el edificio de la
calle Adolfo Alsina 1884, P.B., de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
C) COMITÉ DE SELECCIÓN:
El Comité de Selección está integrado por CINCO (5) miembros titulares designados por
el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, a saber:
Miembros Titulares:

CARMONA Susana - D.N.I. N° 10.551.723

MATTA Alejandro Agustín - D.N.I. N° 25.989.512

PEREZ Héctor - D.N.I. N° 16.208.608

COSAKA María Cristina - D.N.I. N° 10.704.879

MEDICI Guillermo Eduardo - D.N.I. N° 13.139.755
Miembros Alternos:

NOGUERA Carlos Bernardino - D.N.I. N° 7.603.393

DREIZZEN Natalia - D.N.I. N° 32.322.891

MORATO Gustavo - D.N.I. N° 11.594.585

SAADE Roxana - D.N.I. N° 24.662.833

DUARTE DE BORTMAN Amalia - D.N.I. N° 10.688.901
El Curriculum Profesional de cada uno de los integrantes se encuentra disponible en la
página
Web
del
MINISTERIO
DE
DESARROLLO
SOCIAL
(www.desarrollosocial.gob.ar/concursos).
Colaboradores del Comité del Comité de Selección:
En uso de las facultades conferidas por el Artículo 34 de la Resolución N° 39/2010 de la
por entonces SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE
DE MINISTROS el Comité de Selección podrá convocar a técnicos, profesionales,
docentes universitarios o entidades de reconocida solvencia para colaborar con el diseño,
preparación y ejecución de las etapas previstas en el citado Régimen de Selección. No
obstante, la valoración de cada aspirante en cada etapa es responsabilidad de los
integrantes del Órgano de Selección.
Recusaciones y excusaciones:
Sólo se admitirán recusaciones y excusaciones con fundamento en las causales previstas
en los Artículos 17º y 30º del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación
(C.P.C.C.N.), respectivamente.
La recusación deberá ser deducida por el aspirante en el momento de su inscripción y la
excusación de los miembros del Comité de Selección, en oportunidad del conocimiento
de la lista definitiva de los inscriptos.
Si la causal fuere sobreviniente o conocida con posterioridad, las recusaciones y
excusaciones deberán interponerse antes de que el referido órgano se expida.
Recusación con expresión de causa:
Artículo 17, del C.P.C.C.N.:
Serán causas legales de recusación:
1.
El parentesco por consanguinidad dentro del cuarto grado y segundo de afinidad
con alguna de las partes, sus mandatarios o letrados.
2.
Tener el juez o sus consanguíneos o afines dentro del grado expresado en el
Inciso anterior, interés en el pleito o en otro semejante, o sociedad o comunidad con
alguno de los litigantes, procuradores o abogados, salvo que la sociedad fuese anónima.
3.
Tener el juez pleito pendiente con el recusante.
4.
Ser el juez acreedor, deudor o fiador de alguna de las partes, con excepción de
los bancos oficiales.
5.
Ser o haber sido el juez autor de denuncia o querella contra el recusante, o
denunciado o querellado por éste con anterioridad a la iniciación del pleito.
6.
Ser o haber sido el juez denunciado por el recusante en los términos de la Ley de
enjuiciamiento de magistrados, siempre que la Corte Suprema hubiere dispuesto dar
curso a la denuncia.
7.
Haber sido el juez defensor de alguno de los litigantes o emitido opinión o
dictamen o dado recomendaciones acerca del pleito, antes o después de comenzado.
8.
Haber recibido el juez beneficios de importancia de alguna de las partes.
9.
Tener el juez con alguno de los litigantes amistad que se manifieste por gran
familiaridad o frecuencia en el trato.
10.
Tener contra el recusante enemistad, odio o resentimiento que se manifieste por
hechos
conocidos. En ningún caso procederá la recusación por ataques u ofensa
inferidas al juez después que hubiere comenzado a conocer del asunto.
Excusación
Artículo 30, del C.P.C.C.N.:
Todo juez que se hallare comprendido en alguna de las causas de recusación
mencionadas en el artículo 17 deberá excusarse. Asimismo podrá hacerlo cuando existan
otras causas que le impongan abstenerse de conocer en el juicio, fundadas en motivos
graves de decoro o delicadeza.
No será nunca motivo de excusación el parentesco con otros funcionarios que
intervengan en cumplimiento de sus deberes.
D)
CRONOGRAMA TENTATIVO:
Se dará publicidad de la Convocatoria a Inscripción de los postulantes, conforme lo
establece el Artículo 16, de la Resolución N° 39/2010 de la por entonces SECRETARÍA
DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, el día 17
de octubre de 2014, en el BOLETIN OFICIAL por UN (1) día. Asimismo se llevará
adelante la divulgación por medio de la Cartelera Pública Central de Ofertas de Empleo
Público de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, sita en Av. Roque Sáenz Peña
511,
P.B.,
de
la
Ciudad
de
Buenos
Aires,
y
por
medios
digitales
en
http://www.concursar.gob.ar y http://www.desarrollosocial.gob.ar. Adicionalmente para el
supuesto de convocatoria para cargos convocados por el sistema de Selección Abierto la
convocatoria se publicará durante DOS (2) días en DOS (2) diarios de mayor circulación
nacional.
1) Preinscripción Electrónica: desde el 20 de octubre de 2014 a las 10:00 hs. hasta el
07 de noviembre de 2014 a 17:00 hs.
2) Inscripción Documental: por vía impresa, desde las 9:00 hs del día 03 de
noviembre de 2014 hasta las 17:00 hs. del día 14 de noviembre de 2014.
3) La nómina de inscriptos y la lista de admitidos y no admitidos estarán disponibles
entere los días 17 y 21 de noviembre de 2014.
4) La Evaluación de Antecedentes Curriculares y Laborales será efectuada entre los
días 25 y 28 de noviembre de 2014.
5) La Evaluación Técnica será efectuada entre los días 1 y 5 de diciembre de 2014.
6) La Evaluación Laboral Mediante Entrevista se llevará adelante entre los días 9 y
12 del mes de diciembre de 2014 inclusive.
7) La Evaluación Psicológica se llevará a cabo entre los días 15 y 19 de Diciembre
de 2014 inclusive.
8) El Orden de Mérito estará disponible entre los días 22 de diciembre de 2014 y el 9
de enero de 2015.
Los resultados de cada una de las etapas mencionadas precedentemente estarán
disponibles en la cartelera dispuesta a tales efectos por la Jurisdicción y en las páginas
WEB https://concursar.gob.ar; y http://www.desarrollosocial.gob.ar/concursos.
E)
INSCRIPCIÓN:
Preinscripción Electrónica:
Los postulantes podrán iniciar los trámites de preinscripción electrónica desde el 20 de
octubre de 2014 a las 10:00 hs. hasta el 07 de noviembre de 2014 a las 17:00 hs, en el
sitio web: http://concursar.gob.ar.
La preinscripción electrónica permite el ingreso de datos personales y antecedentes
curriculares que sirven para postularse en el puesto descripto por el perfil del presente
concurso y en otros puestos.
Los datos personales, los antecedentes y el detalle de información incorporados por la
vía electrónica son únicos para la persona y por ello deben ser lo suficientemente amplios
y exhaustivos para cubrir los requerimientos de todos los puestos en los que luego el
interesado vaya a postularse. No obstante la postulación electrónica, se requiere que en
oportunidad de la inscripción documental se acompañen las constancias, fichas, títulos,
certificados y toda la documentación de respaldo a los datos vertidos en la preinscripción,
tanto los que atañen a la persona cuanto los que interesan al puesto para el cual se
postula.
La preinscripción electrónica en cualquiera de los puestos especificados en el rango
“Número del Registro Central de Ofertas de Empleo Público” (página 1 del presente
anexo), habilitará al postulante para inscribirse documentalmente en todos y cada uno de
los puestos que integran las presentes Bases.
Por tanto bastará que el postulante formalice una sola inscripción documental, dentro del
rango “Número del Registro Central de Ofertas de Empleo Público”, para quedar inscripto
en la totalidad de puestos identificados en el citado.
Inscripción Documental:
La inscripción documental obligatoria por vía impresa tendrá lugar desde el día 03 de
noviembre de 2014 a las 10:00 hs. hasta el día 14 de noviembre de 2014 a las 17:00 hs,
en la calle Adolfo Alsina 1884, P.B., de la Ciudad de Buenos Aires.
El postulante quedará inscripto en todos los puestos que integran el rango “Número del
Registro Central de Ofertas de Empleo Público”, detallados en la página 1 del presente
anexo, presentando un solo juego de copias de la documentación que se menciona en el
apartado siguiente, conforme a lo expuesto precedentemente.
Quienes residan a más de CINCUENTA (50) kilómetros del lugar de inscripción o
acrediten certificado de discapacidad, podrán realizar su inscripción documental por
correo postal, a dichos efectos deberán adjuntar a la documentación requerida para la
inscripción un Certificado de Domicilio o copia de autenticada del Certificado de
Discapacidad en el envío, considerándose a todo efecto de cálculo de plazos, la fecha de
franqueo postal.
Las inscripciones efectuadas por correo deberán remitirse indefectiblemente a la
Dirección de Mesa General de Entradas del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL,
sita en Av. 9 de Julio 1925,
Código Postal C1073ACA, de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires.
Todos los datos registrados en el trámite de inscripción tendrán carácter de declaración
jurada y cualquier inexactitud que se compruebe dará lugar a la exclusión del postulante.
Una vez verificada la inscripción documental, el interesado no podrá añadir información o
documentación adicional, ni modificar los datos consignados.
La inscripción deberá ser efectuada personalmente o por representación debidamente
acreditada.
Documentación a presentar por el postulante:
1)
Formulario de “Solicitud y Ficha de Inscripción”, (Anexo I del Reglamento de
Selección para el Personal del Sistema Nacional de Empleo Público aprobado por
Resolución N° 39/2010 de la ex SECRETARIA DE LA GESTIÓN PÚBLICA), debidamente
completado y cuyos datos volcados por el postulante presentan carácter de declaración
jurada.
El
formulario
podrá
confeccionarse
con
el
aplicativo
“Concursar”
(http://concursar.gob.ar) que se utiliza para la preinscripción electrónica y deberá estar
impreso y firmado en todas sus hojas junto con UN (1) currículum vitae actualizado. El
postulante solo deberá declarar y certificar los antecedentes de formación y laborales que
guarden directa relación con el perfil de requisitos para el puesto de trabajo o función
para el que se postule.
2)
Declaración jurada de “Constancia de Recepción y Aceptación de
Reglamento y Bases del Concurso” (Anexo II del Reglamento de Selección para el
Personal del Sistema Nacional de Empleo Público aprobado por Resolución N° 39/2010
de la ex SECRETARIA DE LA GESTIÓN PÚBLICA), reconociendo aceptar las
condiciones establecidas por la normativa que regula los procesos de selección general,
las condiciones específicas que regulan el proceso en el que se inscribe, la dirección de
la página Web en la que se divulgarán las informaciones, los resultados respectivos y las
Bases del Concurso. También se emite por medio del aplicativo Concursar
(http://concursar.gob.ar), una vez postulado al puesto en particular. La misma deberá
estar firmada en todas sus hojas.
3)
“Constancia de Recepción de la Solicitud Ficha de Inscripción y
Documentación”, (Anexo II del Reglamento de Selección para el Personal del Sistema
Nacional de Empleo Público aprobado por Resolución N° 39/2010 de la ex SECRETARIA
DE LA GESTIÓN PÚBLICA). Al igual que los anteriores, podrá imprimirse desde el
aplicativo una vez postulado al puesto en particular.
4)
Declaración Jurada de satisfacer los requisitos previstos en los Art. 4º y 5º
del Anexo de la Ley Nº 25.164 y su reglamentación, y en los Artículos concordantes del
Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional,
homologado por Decreto Nº 214/2006, así como aquellos previstos para el acceso al
Agrupamiento y Nivel Escalafonario al que se aspira. Se imprime desde el aplicativo una
vez postulado al puesto en particular y debe estar firmada en todas sus hojas.
5)
Fotocopia de los certificados de estudios formales y documentación que
respalde la información volcada en el Formulario de “Solicitud y Ficha de
Inscripción”. En el caso de los títulos y certificados de estudios, se sugiere acompañar
la presentación con los planes de estudios y/o los certificados analíticos de materias
cursadas.
6)
Se recomienda que de los Certificados de cursos y/o actividades de capacitación
surjan las horas de duración de los mismos. Caso contrario, se recomienda acompañar el
certificado con el programa de los cursos realizados.
7)
Los antecedentes laborales y/o certificaciones de servicios deben ser de
autenticidad comprobable. Para facilitar la evaluación se sugiere acompañar las
certificaciones de antecedentes en el sector privado con las constancias emitidas por
ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE la SEGURIDAD SOCIAL (A.N.SE.S.)
8)
Los interesados deberán concurrir a la inscripción con la documentación
original y copias que respalden la información declarada. Se procederá a su
correspondiente constatación y certificación, no siendo necesario que dichas copias estén
autenticadas por escribano, salvo en el supuesto de efectuar la inscripción vía postal. La
ausencia de lo requerido o la falta de presentación de la documentación original llevarán
a no considerar el antecedente declarado.
9)
La inscripción quedará invalidada por la falta de la firma del postulante en cada
hoja del Formulario de “Solicitud y Ficha de Inscripción” y de la declaración Jurada
“Constancia de Recepción y Aceptación de Reglamento y Bases del Concurso”.
10)
En caso de corresponder, acompañar certificado de discapacidad y/o
certificado de ex combatiente en Malvinas, emitidos por autoridad competente
11)
Cuando el postulante no fuera personal comprendido en el Sistema Nacional de
Empleo Público deberá adjuntar, además, DOS (2) fotografías recientes tipo carné,
tamaño CUATRO por CUATRO (4 x 4) centímetros, y fotocopia de las DOS (2) primeras
hojas del Documento Nacional de Identidad así como de aquella hoja en la que figure el
domicilio actualizado.
La inscripción comporta que el aspirante conoce y acepta las condiciones generales
establecidas por la normativa que regula el sistema de selección, así como las
condiciones y requisitos específicos que pautan el proceso en el que se inscribe.
F)
RECUERDE QUE:
1)
Todos los datos registrados en el trámite de inscripción tendrán carácter de
declaración jurada y cualquier inexactitud que se compruebe dará lugar a la exclusión del
postulante.
2)
Una vez entregada la Solicitud y Ficha de Inscripción, el interesado no podrá
añadir información o documentación adicional, ni modificar los datos consignados.
3)
La
inscripción
deberá
ser
efectuada
personalmente
o
mediante
poder
debidamente acreditado.
4)
La inscripción quedará invalidada por la falta de la firma del postulante en cada
hoja del Formulario “Solicitud y Ficha de Inscripción” y de las correspondientes
declaraciones juradas.
5)
En las inscripciones que se realicen mediante poder o por correo el postulante
deberá volver a firmar personalmente dichos formularios antes de su presentación al
primer examen de la Etapa de Evaluación Técnica de Conocimientos.
6)
El postulante deberá comunicar una dirección de correo electrónico en la que
serán considerarán válidas todas la notificaciones que se produzcan como consecuencia
del proceso de selección.
7)
Quedará excluido del proceso de selección sin más trámite quien no concurriera a
las actividades previstas para la realización de las etapas del presente proceso de
selección.
8)
Las evaluaciones que el Comité de Selección practique como consecuencia de los
presentes proceso de selección, se realizarán en las sedes referenciadas, por la cual los
gastos de pasajes, traslados, alojamiento, comidas y toda otra erogación que realicen los
aspirantes correrán por su exclusiva cuenta.
9)
Los postulantes que no integren el Orden de Mérito Definitivo podrán requerir la
documentación presentada dentro de los TREINTA (30) días corridos de la publicación
del mismo. Teniendo en cuenta que la documentación aportada no reviste carácter de
original, sino fuese requerida en el plazo indicado, se procederá sin más trámite a su
destrucción.
10)
En el caso de puestos / cargos del área y/o temática de RR.HH., la organización,
inscripción y secretariado técnico estará a cargo de un equipo diferente, a fin de no
incurrir en causales de recusación.
11)
Copia de la normativa que regula el proceso de selección y el ingreso a la
Administración, de los formularios requeridos y demás documentación mencionada en el
Artículo 20 del Anexo I de la Resolución N° 39/2010 de la ex SECRETARIA DE LA
GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, obrará para
consulta en la Dirección General de Recursos Humanos y Organización, sita en Av. 9 de
Julio 1925, piso 21, de la Ciudad de Buenos Aires, y en la página WEB
http://www.desarrollosocial.gob.ar.
G) INFORMES:
Organización, Informes y Consultas
Dirección General de Recursos Humanos y Organización
Avenida 9 de Julio Nº 1925, piso 21, de 10 a 16 hs., Ciudad de Buenos Aires;
Adolfo Alsina 1884, P.B., de 10 a 16 hs, Ciudad de Buenos Aires;
E-mail: [email protected]
http://www.desarrollosocial.gob.ar/concursos
Teléfono: (011) 4380-2055