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GUATEMALA
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CARTA DE ENTENDIMIENTO ENTRE EL PROYECTO "PAISAJES PRODUCTIVOS RESILIENTES AL
CAMBIO CLIMÁTICO Y REDES SOCIOECONÓMICAS FORTALECIDAS EN GUATEMALA" Y EL
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y ALIMENTACION, SEDE SOLOLA.
SIGRID GABRIELA CASTELLANOS MÉNDEZ, de treinta y cuatro años (34) años de edad, casada,
guatemalteca. Ingeniera en Recursos Naturales Renovables de profesión, con domicilio en el
Municipio de Amatitlán, con Documento Personal de Identificación (DPI) con Código Único de
Identificación (CUI) número dos mil cuatrocientos noventa y tres; ochenta y nueve mil setecientos
cincuenta y cuatro; mil setecientos doce (2493 89754 1712), extendido por el Registro Nacional de
las Personas con fecha once (11) de agosto del año dos mil doce (2012), actúo en mi calidad de
Directora del Proyecto Paisajes Productivos Resilientes al Cambio Climático y Redes SocioEconómicas Fortalecidas en Guatemala, denominado en adelante "Proyecto", calidad que acredito
con NOMBRAMIENTO número MI guión cero ochenta y cuatro guión dos mil dieciséis diagonal SASMjycr (MI-084-2016/SASM-jycr), de fecha diecinueve(19) de febrero de dos mil dieciséis (2016) y oficio
MI guión cero ciento setenta y tres guión dos mil dieciséis diagonal SASM-jycr (MI-0173-2016/SASMjycr), de fecha diecinueve (19) de febrero del año dos mil dieciséis (2016), ambos emitidos por el
Doctor Sydney Alexander Samueis Milson, Ministro de Ambiente y Recursos Naturales; en la calidad
con que actúo, señalo como lugar para recibir notificaciones la sede del Ministerio de Ambiente y
Recursos Naturales, ubicada en la veinte (20) calle veintiocho guión cincuenta y ocho (28-58) zona
diez (10), séptimo (7mo) nivel de esta Ciudad Capital; LAZARO RAMIRO SANCHEZ MOGOLLON, de
sesenta (60) años de edad, casado, guatemalteco, Ingeniero Agrónomo de profesión, con domicilio en
el Municipio de Solóla, con Documento Personal de Identificación (DPI) con Código Único de
Identificación (CUI) número dos mil doscientos dos, treinta y tres mil sesenta y tres, cero setecientos
uno (2202 33063 0701), extendido por el Registro Nacional de las Personas del municipio con fecha
once (11) de marzo del año dos mil once (2011), actúo en mi calidad de Jefe Departamental del
Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación, con sede en el departamento de Solóla,
denominado en adelante "MAGA", calidad que acredito con certificación extendida por la Sub
Jefatura de Recursos Humanos del MAGA Guatemala, la que contiene el Acta número tres cientos
veintiuno guión dos mil doce (321-2012 ) con fecha cero dos (02) de julio del año dos mil doce (2012);
en la calidad con que actúo, señalo como lugar para recibir notificaciones la sede del MAGA Solóla,
ubicada en la quinta (5^.) avenida catorce guión noventa y tres (14-93), barrio el Carmen zona uno (1)
de la ciudad de Solóla. Ambos comparecientes manifestamos: a) Ser de los datos de identificación
personal consignados; b) Que la documentación con que ejercitamos nuestras personerías jurídicas
son suficientes de acuerdo a nuestro juicio y a la ley; c) Que nos encontramos en el libre ejercicio de
nuestros derechos civiles; y, que en idioma español convenimos celebrar la presente CARTA DE
ENTENDIMIENTO, contenida en las siguientes cláusulas:
PRIMERA. ANTECEDENTES DEL PROYECTO: Guatemala está implementando una donación del Fondo
de Adaptación para la ejecución del Proyecto "Paisajes Productivos Resilientes al Cambio Climático y
Redes Socioeconómicas Fortalecidas en Guatemala", cuyo organismo nacional ejecutor es el
Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales (MARN) y la agencia implementadora es el Programa de
las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD); el objetivo del Proyecto es aumentar la resiliencia
ante el clima de los paisajes productivos y de los sistemas socioeconómicos en once municipios de los
departamentos de Solóla y Suchitepéquez con jurisdicción dentro de la cuenca del Río Nahualate,
amenazados por los impactos del cambio climático y la variabilidad climática, en particular por
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fenómenos hidrometeorológicos que están aumentando en frecuencia e intensidad. Dado lo descrito
en el apartado de considerandos, los resultados clave del proyecto son: (i) Aumentar la resiliencia de
paisajes productivos y sistemas socio-económicos en las municipalidades seleccionadas, amenazadas
por la variabilidad climática e impactos del cambio climático, en particular a los eventos
hidrometeorológicos que han aumentado en frecuencia e intensidad, (ii) Actividad de Resultado 1:
Fortalecimiento de la capacidad institucional y política para la integración de los riesgos del cambio
climático en la planificación nacional, departamental, municipal, en la inversión pública, el
presupuesto y la toma de decisiones, (iii) Actividad de Resultado 2: Desarrollo e implementacion de la
gestión de los ecosistemas para su resiliencia al cambio climático y prácticas productivas que
reduzcan la vulnerabilidad de las comunidades, (iv) Actividad de Resultado 3: Aumento de la
capacidad de las asociaciones de base comunitaria para reducir los riesgos asociados al clima, que
resultan en pérdidas socio-económicas y ecosistémicas en los municipios seleccionados, (v) Actividad
de Resultado 4: Establecimiento de un sistema de información, sobre la base de los actuales centros
sub-nacionales y nacionales especializados, para apoyar el proceso de toma de decisiones sobre una
base más sólida y científica.
SEGUNDA. OBJETO: La presente Carta de Entendimiento tiene por objeto establecer los parámetros
de cooperación interinstitucional entre el MAGA Solóla y el Proyecto, para el cumplimiento de las
funciones y facultades conferidas a cada uno, con el fin de unir esfuerzos para contribuir a la
asistencia técnica y capacitación de los grupos de comunitarios que están o serán organizados en
Centros de Aprendizaje para el Desarrollo Rural (CADER), para la difusión y uso de tecnología agrícola
mejorada como parte del manejo integral de la cuenca del Río Nahualate frente al cambio climático, a
través de la implementacion de proyectos productivos con conservación de suelos y agua, prácticas
productivas mejoradas en comunidades y actores territoriales directamente relacionados con la
cuenca.
TERCERA. ÁREA DE ACCIÓN: Las acciones específicas del Proyecto se enfocan en organizaciones
comunitarias ubicadas dentro de las 19 subcuencas seleccionadas en función de su vulnerabilidad,
siendo estas: Alto Nahualate, Uguaixucube, Tzojomá, Paximbal, Igualcox, Masa, Ixtacapa, Yatzá,
Panán, Mixpiyá, Nica, Moca, Paquiacamiyá, Tarro, Bravo, San Francisco, Chunajá, Siguacán y Coralito.
Las 19 subcuencas se ubican en las jurisdicciones municipales siguientes: Nahualá, Santa Catarina
Ixtahuacán, Santa Lucía Utatlán, Santa María Visitación, Santa Clara La Laguna, San Juan La Laguna y
Santiago Atitlán, del departamento de Solóla; Santo Tomás La Unión, San Pablo Jocopilas, San Antonio
Suchitepéquez, Chicacao y Santa Bárbara del departamento de Suchitepéquez.
Las acciones específicas a implementar mediante la presente Carta de Entendimiento se enfocarán en
organizaciones comunitarias ubicadas dentro de los límites de la cuenca del Río Nahualate y las
jurisdicciones municipales siguientes: Santa Catarina Ixtahuacán, Nahualá, Santa Lucía Utatlán, Santa
María Visitación, Santa Clara La Laguna y San Juan La Laguna".
CUARTA. CONTRIBUCIÓN DE LAS PARTES: Las partes contribuirán al cumplimiento del objeto del
presente instrumento de la siguiente manera:
a)
Del MAGA Solóla:
(i)
Apoyar la organización y coordinación del Comité de apoyo Interinstitucional del
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Proyecto, mediante la Comisión de Desarrollo Rural Integral del Consejo Departamental
de Desarrollo (CODEDE).
(ii)
Apoyar la capacitación y asistencia técnica a grupos comunitarios organizados, en
Centros de Aprendizaje para el Desarrollo Rural (CADER).
(iii) Apoyar en la identificación de problemas y necesidades con cada grupo mediante un
diagnóstico participativo grupal y en la elaboración de planes agrícolas grupales,
municipales y del territorio.
(iv) Apoyar en la elaboración de perfiles de proyectos productivos locales, priorizados con
énfasis en la resiliencia al cambio climático, de acuerdo a las necesidades y problemas
presentados en las comunidades; que incluyan herramientas, equipo e insumos
necesarios para equipos de extensionistas, promotores de los Centros de Aprendizaje
para el Desarrollo Rural (CADER).
(v)
Apoyar según sus posibilidades, con personal técnico de los diferentes programas del
MAGA Solóla para impartir charlas, realizar seminarios o talleres sobre temas de interés
a solicitud de los comunitarios; así como brindar el acompañamiento necesario en
actividades de campo o giras de intercambio de experiencias.
(vi) Apoyar según sus posibilidades, en facilitar semillas y material vegetativo de plantas
nativas comestibles, medicinales o de hortalizas, para propiciar la diversificación de los
cultivos, acceso y disponibilidad de alimentos a las familias en las comunidades en la
cuenca del Río Nahualate.
(vii) Apoyar según sus posibilidades, con transporte institucional para la realización de las
actividades de capacitación, monitoreo o acompañamiento que se consideren en el
marco de la presente Carta de Entendimiento.
(viii) Poner al servicio del proyecto, publicaciones nuevas o ya existentes de temas de interés
para que se hagan tirajes o reimpresiones (posibles traducciones al idioma local), con el
fin de que se repartan entre los beneficiarios asistentes a las capacitaciones o miembros
de los diferentes Centros de Aprendizaje para el Desarrollo Rural (CADER).
b)
Del Proyecto
(i)
Realizar la implementacion técnico administrativo del Proyecto.
(ii)
Apoyar según sus posibilidades, en el fortalecimiento de las capacidades técnicas del
MAGA Solóla, para mejorar las acciones relacionadas con el Proyecto, a través de
capacitaciones, conferencias o talleres a nivel local o giras a otros proyectos fuera del
área.
(iii) Apoyar financieramente, de acuerdo a su planificación, las propuestas de proyectos y
fortalecimiento institucional o grupos (equipo, herramientas, insumos o actividades)
mutuamente acordadas entre las partes, que deriven de la implementacion de la
presente Carta de Entendimiento.
(iv) Apoyar la logística necesaria para los equipos de extensión, monitoreo, seguimiento y
evaluación de las actividades o proyectos en ejecución.
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c)
De ambas partes:
(i)
Contribuir con los equipos técnicos de extensionistas para la implementacion de medidas
de adaptación al cambio climático, por medio de actividades de capacitación,
transferencia de tecnología agrícola y asistencia técnica a los diferentes Centros de
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(ii)
(iii)
(iv)
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Aprendizaje para el Desarrollo Rural (CADER).
Brindar acompañamiento periódico a los diferentes equipos de extensión para garantizar
el alcance de los objetivos y metas del Proyecto; y, realizar las correcciones oportunas si
fuera necesario.
Evaluar los avances del trabajo coordinado a través del Comité de Apoyo
Interinstitucional para realizar las correcciones necesarias en el desarrollo de los
proyectos productivos resilientes al cambio climático.
Informar periódicamente a las autoridades institucionales firmantes, los avances en la
implementacion de la presente Carta de Entendimiento.
QUINTA. MANEJO DE LOS RECURSOS APORTADOS: Los recursos financieros y humanos que a razón
de la presente Carta de Entendimiento aporten ambas partes, serán administrados de acuerdo a las
leyes vigentes del país, en el marco de la transparencia, respetando los procedimientos y la normativa
propia de cada una de las partes, así como las políticas del PNUD como entidad implementadora.
SEXTA. COMISIÓN DE ENLACE: Cada una de las Partes nombrará un enlace institucional para la
administración y coordinación de la presente Carta de Entendimiento, quienes tendrán la
responsabilidad de elaborar los respectivos protocolos de trabajo, incluyendo el presupuesto si lo
necesitaran, dar seguimiento al debido cumplimiento de los compromisos asumidos por las partes, así
como la elaboración del cronograma e informes periódicos de las actividades realizadas, que serán
dirigidos a las autoridades superiores de cada institución, indicando los logros y avances en la
ejecución. Por parte del MAGA Solóla, se nombrará al Profesional de Apoyo Tecnológico; y por parte
del Proyecto, se nombrará al Coordinador del mismo.
SÉPTIMA. RELACIÓN LABORAL: Las Partes convenimos en que el personal comisionado de enlace
para la realización conjunta de cualquier acción, como consecuencia de la presente Carta de
Entendimiento, continuará de forma absoluta bajo la dirección y dependencia de la Parte con la cual
tiene establecida su relación laboral contractual. Si en la realización de alguna actividad interviene
personal que preste sus servicios a instituciones o personas distintas a las Partes, éste continuará
siempre bajo la dirección y dependencia de la institución o persona que la contrató, por lo que su
intervención no originará ninguna relación de carácter laboral, civil, mercantil, ni de otra índole.
OCTAVA. PROPIEDAD INTELECTUAL: Las publicaciones que resulten de las acciones realizadas en el
marco de la presente Carta de Entendimiento, serán debidamente referenciadas en cuanto a su
autoría e instituciones participantes. En relación a las publicaciones, éstas deberán contar con la
aprobación de la Comisión de Enlace contemplada en la presente, antes de su impresión y
socialización.
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NOVENA. CONTROVERSIAS: Las Partes manifiestan que la presente Carta de Entendimiento es el
producto de la buena fe, por lo que realizarán todas las acciones posibles para su debido
cumplimiento; sin embargo, en caso de presentarse algún conflicto en cuanto a su interpretación y/o
aplicación de las cláusulas, se resolverá de común acuerdo entre los titulares de las Partes o por la
Comisión de Enlace. Para tal efecto, ambas Partes señalan como lugar para recibir notificaciones y
citaciones, las consignadas al inicio del presente documento, específicamente en el apartado de las
comparecencias. Las soluciones o acuerdos a que se llegue, se harán constar por escrito y obliga a
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cada una de las Partes al momento de su firma.
DÉCIMA. VIGENCIA: La presente Carta de Entendimiento entrará en vigencia a partir de la fecha de
suscripción y tendrá una duración inicial hasta el treinta y uno (31) de diciembre del año dos mil
dieciocho (2018).
DÉCIMA PRIMERA. AMPLIACIÓN O MODIFICACIÓN: La presente Carta de Entendimiento podrá ser
ampliada o modificada por mutuo consentimiento entre las Partes, utilizando cruce de comunicación
escrita, mediante la cual se especificará la fecha de entrada en vigor de los acuerdos, los cuales
pasarán a formar parte de la presente Carta de Entendimiento.
DÉCIMA SEGUNDA. TERMINACIÓN. La presente Carta de Entendimiento podrá darse por terminada
por las siguientes causas:
a)
b)
c)
d)
e)
Finalización del plazo de vigencia.
Por mutuo acuerdo entre las partes.
Por incumplimiento de una de las partes en los compromisos adquiridos.
Por situaciones de fuerza mayor o caso fortuito, debidamente comprobados y si ese fuera el
caso las partes no incurrirán en incumplimiento, ni responsabilidad alguna.
Unilateralmente, por decisión de una de las partes, dando aviso por escrito a la otra, con al
menos dos (2) meses de antelaciónsin perjuicio de los trabajos que se estén desarrollando.
En cualquiera de los casos anteriores, la Comisión de Enlace deberá establecer la forma en que se
finalizarán las actividades pendientes.
DECIMA TERCERA: Se prohibe a las partes, ceder total o parcialmente los acuerdos provenientes de
la presente Carta de Entendimiento.
Las partes, estando enteradas y conformes del contenido, objeto, validez y efectos legales de la
presente Carta de Entendimiento, la firmamos en tres ejemplares contenidos en cinco (5) hojas
membretadas con los logos que las partes han considerado, impresas únicamente en su anverso, en
la Ciudad de Guatemala a los siete (7) días de julio de dos mil dieciséis (2016).
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