UNIVERSIDAD REGIONAL AUTÓNOMA DE LOS ANDES “UNIANDES” FACULTAD DE JURISPRUDENCIA CARRERA DE DERECHO TESIS PREVIO A LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADA DE LOS TRIBUNALES DE LA REPÚBLICA. TEMA: “GRUPOS DE DOBLE VULNERABILIDAD Y LAS ATENCIONES MÉDICAS QUE OTORGA EL INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL.” AUTORA: ARTEAGA ARTEAGA ALEXANDRA MARIELA ASESOR: DR. MALDONADO CANDO JOSÉ LUIS, Msc. SANTO DOMINGO – ECUADOR 2015 UNIVERSIDAD REGIONAL AUTÓNOMA DE LOS ANDES “UNIANDES” CERTIFICADO DEL ASESOR DR. JOSÉ LUIS MALDONADO CANDO. MSc, en calidad de Asesor de Tesis, designado por disposición del Rectorado de la Universidad Regional Autónoma de los Andes “UNIANDES”, certifico que el trabajo de tesis previo a la obtención del título de ABOGADO DE LOS TRIBUNALES DE LA REPUBLICA, titulado: “GRUPOS DE DOBLE VULNERABILIDAD Y LAS ATENCIONES MEDICAS QUE OTORGA EL INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL”, elaborado por la señora Alexandra Mariela Arteaga Arteaga, se desarrolló bajo los lineamientos Jurídicos y Académicos de la Institución, por lo que, se aprueba para la revisión a lectores y calificación correspondiente. El interesado puede hacer uso del presente certificado, para los efectos oportunos, así como también se autoriza la presentación para la evaluación correspondiente por parte de los lectores designados por la Universidad. Atentamente; DR. MALDONADO CANDO JOSÉ LUIS. MSc. ASESOR. UNIVERSIDAD REGIONAL AUTÓNOMA DE LOS ANDES “UNIANDES” CERTIFICADO DEL AUTORÍA DE LA TESIS Señora Alexandra Mariela Arteaga Arteaga, estudiante de la Facultad de Jurisprudencia de la Carrera de Derecho de la Universidad Regional Autónoma de los Andes “UNIANDES”, declaro en forma libre y voluntaria que la presente investigación y elaboración de la Tesis que versa sobre el tema “GRUPOS DE DOBLE VULNERABILIDAD Y LAS ATENCIONES MEDICAS QUE OTORGA EL INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL”, así como las expresiones vertidas en la misma son de mi autoría, la cual la he realizado a base de recopilación bibliográfica de la Legislación Ecuatoriana e Internacional, y consultas en Internet. En consecuencia, asumo la responsabilidad de la originalidad de la misma y el cuidado respectivo a remitirme a las fuentes bibliográficas, a fin de fundamentar el contenido expuesto. Otorgo las plenas facultades de la Universidad Regional Autónoma de los Andes “UNIANDES”, a fin de que emplee el presente trabajo investigativo, como bibliografía para futuras investigaciones relacionadas con el tema planteado. Atentamente, Sra. Alexandra Mariela Arteaga Arteaga ESTUDIANTE DEDICATORIA Dedico este trabajo investigativo a mi Dios quien supo guiarme por el buen camino y darme fuerzas para seguir adelante y no desmayar en los problemas que se presentaban en el camino, a mis hijos SANTIAGO NICOLAS, VALENTINA ESTEFANIA y MATEO DAVID ECHEVERRIA ARTEAGA, por su amor, comprensión y lo más importante porque son mi motivación en los momentos difíciles, y por ellos me he lleno de coraje para conseguir mis objetivos. Finalmente, a mí porque me lo merezco, por el esfuerzo, sacrificio y perseverancia que he realizado para lograr la culminación de mi carrera profesional. Alexandra Mariela Arteaga Arteaga AGRADECIMIENTO. Primero a mis hijos por su compresión, por quedarse en casa mientras yo, su madre me iba a estudiar y que me esperaban ansiosos a que llegara a casa para llenarme de besos y abrazos y preguntarme como me había ido en la Universidad, y que por ellos lucharé siempre para ser un ejemplo a seguir en todos los aspectos de mi vida y ustedes hijos se puedan sentir siempre orgullosos. Un agradecimiento especial a una señora colaboradora que es parte de mi familia que, sin su apoyo incondicional, cuidando a mis hijos con amor y dedicación en el momento en que yo me iba a estudiar y que sin su ayuda no hubiere podido llegar hasta donde estoy ahora. A mis maestros que a lo largo de este tiempo de estudio compartieron sus conocimientos y también por la paciencia que tuvieron muchas de las veces cuando tuvieron que volver a explicar la clase porque no la habíamos entendido. A mis compañeros de estudio por su apoyo moral y que estos cinco años que pasamos juntos estudiando han sido momentos agradables y llenos de alegrías, y que con sus ocurrencias hicieron haciendo que el estudio sea más llevadero y que esos momentos inolvidables se quedaran en mi mente y en mi corazón Alexandra Mariela Arteaga Arteaga. ÍNDICE Pág. CONTENIDO Introducción ........................................................................................................ 1 Antecedentes de la investigación........................................................................ 1 Situacion problematica ........................................................................................ 1 Problema cientifico.............................................................................................. 6 Objeto de la investigacion y campo de acciòn .................................................... 7 El Objeto de Iinvestigación. ................................................................................ 7 El Campo de Acción. .......................................................................................... 7 Identificación de la línea de investigación. .......................................................... 7 OBJETIVOS. ....................................................................................................... 7 Objetivo General. ................................................................................................ 7 Objetivos Específicos. ......................................................................................... 8 Idea a defender. .................................................................................................. 8 Variables de la investigacion............................................................................... 8 Justificaciòn del tema. ......................................................................................... 9 Metodos y tecnicas e instrumentos de investigacion. ......................................... 9 Resumen de los capítulos de la tesis................................................................ 11 Elementos de novedad, aporte teorico, significacion ........................................ 11 CAPITULO I MARCO TEÓRICO. 1.1 Origen y evolución del objeto de investigación. ................................... 13 1.1.1 La discapacidad y la evolución de los modelos .................................... 13 1.1.2 Fundamentación Constitucional. .......................................................... 15 1.1.2.1 De los Derechos Constitucionales. ...................................................... 15 1.2 Evolución legal de la discapacidad en los convenios Universales. ...... 18 1.2.3 Los Derechos Humanos para las personas con discapacidad ............. 27 1.2.6 Del Seguro Social Obligatorio. ............................................................. 34 1.2.6.1 Definición y Concepto del Seguro Social Obligatorio ........................... 34 1.2.9 Sujetos de protección la Seguridad Social ........................................... 38 1.2.10 Riesgos cubiertos por el Seguro Social Obligatorio ............................. 39 1.2.11 Beneficiarios al IESS ............................................................................ 40 1.3 Conclusiones parciales del capítulo. .................................................... 41 CAPÍTULO II MARCO METODOLÓGICO Y PLANTEAMIENTO DE LA PROPUESTA. 2.1 Caracterizacion del Problema Seleccionado . ...................................... 43 2.2 Descripción del procedimiento metodológico para el desarrollo. ......... 48 2.2.1 Modalidad de la Investigación. ............................................................. 48 2.2.1.1 Investigación Cualitativa....................................................................... 49 2.2.1.2 Investigación Cuantitativa. ................................................................... 49 2.2.2 Tipos de Investigación.......................................................................... 49 2.2.2.1 De Campo. ........................................................................................... 49 2.2.2.2 Bibliográfica.......................................................................................... 49 2.2.2.3 Documental. ......................................................................................... 49 2.2.2.4 Población y Muestra. ............................................................................ 50 2.2.3 2.2.3.1 Métodos utilizados para el desarrollo de la investigación. .................... 50 Métodos. ............................................................................................ 50 2.2.3.1.1 Método Inductivo. ............................................................................... 50 2.2.3.1.2 Método Deductivo. ............................................................................. 51 2.2.3.1.3 Método Histórico. ............................................................................... 51 2.2.3.1.4 Método Analítico. ............................................................................... 51 2.2.3.1.5 Método Sintético. ............................................................................... 51 2.2.3.1.6 Método Comparado. .......................................................................... 51 2.2.4 Técnicas e instrumentos de investigación ........................................... 52 2.2.4.1 El fichaje.............................................................................................. 52 2.2.4.2 Observación Directa. ........................................................................... 52 2.2.4.3 Encuesta.. ........................................................................................... 52 2.2.4.4 Entrevistas. ......................................................................................... 52 2.2.4.5 Instrumentos ....................................................................................... 52 2.2.4.6 Cuestionarios. ..................................................................................... 52 2.2.4.6.1Interpretación de Resultados. ............................................................. 52 2.2.4.7 Entrevistas.. ........................................................................................ 56 2.3 Conclusiones parciales del capítulo. .................................................... 59 CAPITULO III VALIDACION Y/O EVALUACION DE RESULTADOS DE SU APLICACIÓN 3 PROCEDIMIENTO DE LA APLICACIÓN DE LOS RESULTADOS ............................ 60 3.1 Propuesta del investigador.................................................................... 60 3.2 Certificados de Viabilidad del Tema. .................................................... 63 Conclusiones Generales. .................................................................................. 66 Recomendaciones. ........................................................................................... 66 Bibliografía RESUMEN EJECUTIVO. El presente trabajo se titula “Grupos de Doble Vulnerabilidad y las atenciones médicas que otorga el Instituto de Seguridad Social”, para obtener una atención médica por parte del Hospital del Seguro Social desde la primera aportación al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, y de esta forma alcanzar los objetivos del Plan Nacional del Buen Vivir (Sumak Kawsay)”, se ha realizado esta investigación porque existe un problema latente que no todos lo saben, pero que es inevitable no tomar en cuenta a las personas con discapacidad ahora con la inclusión todos debemos conocer que estas personas son consideradas por nuestra Constitución como grupos de doble vulnerabilidad y que el Estado les prestará mayor atención y que esto no se está cumpliendo. La Metodología de la Investigación utilizada son: los métodos inductivodeductivo, analítico-sintético, histórico-lógico, encuestas y entrevistas a diferentes personas con discapacidad que tienen un empleo en Santo Domingo, y la línea de la investigación está enmarcada en los Derechos de Grupos de Atención Prioritaria. Por lo tanto, con la presente investigación se logra proyectar la incorporación de un literal en el Art. 107 de la Ley de Seguridad Social, a fin de que las personas con discapacidad sean atendidas desde el primer mes de aportación al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, y de esta forma hacer efectivos sus Derechos consagrados en la Constitución, a favor de las personas consideradas de doble vulnerabilidad. EXECUTIVE SUMMARY This paper is entitled "Vulnerability and Double Groups medical attention granted by the Institute of Social Security" for medical care by the Social Security Hospital after the first contribution to the Ecuadorian Institute of Social Security, and thus achieve the objectives of the National Plan for Good Living (sumak Kawsay) "has conducted this investigation because there is an underlying problem that not all know, but it's impossible not to take into account people with disabilities now with the inclusion should all know that these people are considered by our Constitution as doubly vulnerable groups and that the state will pay more attention to them and this is not being met. The research methodology used are inductive-deductive, analytic-synthetic, historical and logical methods, surveys and interviews with different people with disabilities who are employed in Santo Domingo, and the line of research is framed on the Rights of groups Priority Attention. Thus the present research does shed incorporating a literal in Art. 107 of the Law on Social Security, so that people with disabilities are served from the first month of contribution to the Ecuadorian Institute of Social Security, and thus enforce their rights enshrined in the Constitution, in favor of those considered doubly vulnerable. INTRODUCCIÓN El presente trabajo de investigación se enmarca en el estudio sobre los “Grupos de Doble Vulnerabilidad y las atenciones médicas que otorga el Instituto de Seguridad Social”, La presente propuesta está enfocada en la reforma del artículo 107 de la ley de Seguridad Social, por cuanto no se han tomado en cuenta a las personas con discapacidad y que aportan también al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, para que sean atendidas desde la primera aportación que realicen a esta Institución, en caso de enfermedad y así mismo que su atención sea inmediata y prioritaria, por ser considerados personas de doble vulnerabilidad y de esta forma alcanzar los objetivos del Plan Nacional del Buen Vivir (Sumak Kawsay), lo cual permite plantear, formular y delimitar el problema, establecer los objetivos tanto general como específicos y su justificación. Antecedentes de la investigación. Revisados los temas de tesis dentro de la biblioteca de la ciudad de Santo Domingo y CEDIC de la Universidad Regional Autónoma de los Andes “UNIANDES”, no existe tema de perfil de tesis con el planteamiento y enfoque direccionado al planteamiento del problema de la falta de atención médica por parte del IEES a sus afiliados con discapacidad desde la primera aportación del Seguro Social. Situación Problemática Los Derechos Humanos son el conjunto de prorrogativas inherentes a la naturaleza de la persona, cuya realización efectiva resulta indispensable para el desarrollo integral del individuo que vive en una sociedad jurídicamente organizada. Estos derechos establecidos en la Constitución y en las Leyes, deben ser reconocidos y garantizados por el Estado. 1 La Constitución de la República del Ecuador y los Tratados Internaciones garantiza sin discriminación alguna el efectivo goce de los derechos, en particular la educación, la alimentación, la seguridad social y el agua para sus habitantes. La Ley de Seguridad Social en su Art. 17 textualmente dispone que “el IESS tiene la misión de proteger a la población urbana y rural, con relación de dependencia laboral o sin ella, contra la contingencia de enfermedad, maternidad, riesgos de trabajo, discapacidad, cesantía, invalidez, vejez y muerte, en los términos que consagra esta Ley”. La discapacidad en un problema muy antiguo y es un asunto importante de derechos humanos y desarrollo, basado en las mejores pruebas sobre la condición actual de las personas con discapacidad, las barreras que enfrenta cada día y lo que se puede hacer para superarlas y asegurar su participación en la vida política, cultural, social y económica, tanto como cualquier otra persona. Alrededor de 470 millones de personas en edad laboral sufren alguna forma de discapacidad que difiere en la naturaleza y el grado de severidad. A ello se añade el aspecto del género, la edad o la situación económica, que influyen en el estatus y acceso al mercado de trabajo. La OIT define personas con discapacidad en el trabajo a "aquellas cuyas perspectivas de seguridad, regreso, mantenimiento y progreso en un empleo adecuado se ven reducidas de forma importante debido a un reconocimiento adecuado de una discapacidad física, sensorial, intelectual o mental". De manera general, las personas con discapacidad experimentan formas comunes de discriminación, como un alto nivel de desempleo, prejuicios en cuanto a su productividad o incluso la exclusión del mercado laboral. Se enfrentan asimismo a la discriminación en el momento de la contratación. 2 En nuestro país y en todo el mundo existe mayor conciencia sobre la discapacidad, pero a pesar de eso las personas con discapacidad siguen sufriendo algunas formas de discriminación y esto dificulta su vida diaria, entre las múltiples dimensiones en las que se expresa la discriminación de las personas con alguna discapacidad, hay algunas extremadamente graves y que pueden revertirse con políticas públicas y estrategias de concientización y sensibilización adecuadas. Entre ellas, la discriminación educativa y la salud que afecta muchísimo en los cuales no pueden integrarse a las escuelas públicas por la falta de rampas, aulas y baños apropiados es necesario una resolución urgente a dicho problema. La infraestructura arquitectónica sigue afectando a los discapacitados en muchos edificios públicos y estaciones. En las calles ha habido progresos, pero todavía el mal estado de las veredas, rampas y la ausencia de semáforos para ciegos crea impedimentos para la circulación de las personas con discapacidades. Por su parte, es de esperar que los colectivos incrementen el número de unidades capaces de transportar a personas en sillas de rueda. Además de los problemas de accesibilidad, las personas con discapacidades son víctimas de discriminación laboral. Es menester reconocer que esto está cambiando, se puede visualizar claramente con el crecimiento del número de empresas que emplean a personas con alguna discapacidad, todavía es muy fuerte el prejuicio que lleva al rechazo de sujetos que pueden adaptarse plenamente a diferentes puestos de trabajo, brindando resultados positivos. En este terreno se necesita que se desplieguen campañas públicas de concientización y de promoción del empleo de personas con alguna discapacidad. Además, hay que dotarlos de instrumentos para su inserción. Las instituciones públicas, para garantizar la igualdad de oportunidades, deben 3 proporcionar herramientas que reviertan la discriminación que padecen las personas con discapacidades en ámbitos como el de la educación, la salud, el transporte y el trabajo. Es también necesario indicar que las instituciones gubernamentales, en su carácter como representantes del gobierno escuchen las necesidades de aquellos a quienes gobiernan. Aunque en la actualidad hay un avance progresivo, aún hay mucho por hacer, es necesario crear una cultura de inclusión. Favorecer dicha cultura es tarea tanto de las instituciones como de todos nosotros. Es una labor para la cual las instituciones necesitan indagar más acerca de las necesidades de los discapacitados y una labor en la que nosotros necesitamos proponer y hacer escuchar aún más la necesidad de ser incluidos. La presente propuesta está enfocada en la reforma del artículo 107 de la ley de Seguridad Social, por cuanto no se han tomado en cuenta a las personas con discapacidad y que aportan también al IEES, para su atención en el caso de enfermedad, que sean atendidos desde el primer mes de aportación y que su atención sea prioritaria e inmediata, por ser considerados personas de doble vulnerabilidad. De la conversación lograda con varias personas con algunas limitaciones físicas, entre ellos María Jimena Arcentales Sancho, de 30 años de edad, cajera de OPEVIAL, con limitación física de luxación de cadera, se le realizó la siguiente pregunta. ¿Usted necesito atención medica antes de los tres meses, después de estar aportando al Instituto de Seguridad Social y si este se la brindó? Respuesta: yo si necesité al segundo mes de estar aportando, me acerqué a que me dieran un turno, porque antes era así que uno tenía que acercarse a pedir turno por ventanilla, pero no me lo dieron, me dijeron que regrese al otro día me dieron un turno para el siguiente año 2015, y como necesitaba de atención medica tuve que irme a un médico particular, ahora llevo aportando al 4 seguro más de 5 años, cuando estuve embarazada llame al Call Center al primer mes de embarazo y me dieron una cita con el ginecólogo, cuando tenía cinco meses y medio de embarazo a pesar de haber explicado mi situación, después de esto tuve 3 citas más hasta dar a luz , pero en la última cita no hubo ginecólogo y me tuve que ir a un médico particular y el parto si me atendió el Hospital del seguro. A Santiago Vladimir Delgado Hidalgo, de 26 años, de profesión egresado de Psicología, empleado del Concejo de la Judicatura, con limitación física de Ostiomilitis Femur y Artrosis en la rodilla derecha, se le realizó la misma pregunta. Respuesta: Si necesité atención médica pero lamentablemente no me atendieron y yo tampoco insistí, preferí irme a un médico particular y ahora si me hago atender pero así mismo cuando pido una cita médica me la dan al mes y eso por contactos que tengo logro que me den para el mes, es muy complicado que me atiendan, y si voy por emergencia me dan un turno para la tarde, o para unas 3 horas después, y observando mi situación, si se supone que voy por emergencia es porque necesito que me atiendan realmente, deberían darnos prioridad a personas como nosotros. Tatiana Guevara, de 27 años de edad, empleada del Consejo de Judicatura, con limitación física en el brazo izquierdo ocasionado por un derrame y estrabismo, se le hizo igual la misma pregunta. Respuesta: Si necesité de atención médica, pero no lo conseguí, porque me dijeron que no había cupo y después de tres años de aportación nuevamente insistí llamando al Call Center y si me dieron la cita para diciembre del 2015, pero mi llamada la hice en abril del mismo año, aun explicándole la situación en que me encuentro, pienso yo que si deberían darnos una atención inmediata y prioritaria tratándose de nosotros. 5 Conforme lo establece la Constitución de la República en el capítulo III que trata de los Derechos de las personas y grupos de atención prioritaria, en el Art. 35.- Atención de Grupos Vulnerables.- Las personas adultas mayores, niñas, niños y adolescentes, mujeres embarazadas, personas con discapacidad, personas privadas de libertad y quienes adolezcan de enfermedades catastróficas o de alta complejidad, recibirán atención prioritaria y especializada en los ámbitos público y privado. La misma atención prioritaria recibirán las personas en situación de riesgo, las víctimas de violencia doméstica y sexual, maltrato infantil, desastres naturales o antropogénicos. El Estado prestará especial protección a las personas en condición de doble vulnerabilidad. El problema radica en que, si el Estado obliga a los empleadores a afiliar a sus empleados desde el primer día de labores, como lo regulado en la Ley de Seguridad Social en su Art. 73, así mismo el Estado debe brindar una atención prioritaria e inmediata por lo menos desde la primera aportación al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) a las personas con discapacidad, considerados como un grupo de doble vulnerabilidad, en casos de enfermedad, al no hacerlo, se está violentando sus derechos garantizados en la Constitución. Problema científico. La falta de atención médica por parte del Instituto de Seguridad Social (IESS) para los grupos considerados constitucionalmente de doble vulnerabilidad por no haber cumplido el número de imposiciones determinadas en la Ley de Seguridad Social. 6 Objeto de la Investigación y Campo de Acción El Objeto de investigación. Ley de Seguridad Social. El Campo de Acción. El campo de acción está enmarcado a mejorar la atención por parte de la Seguridad Social y que por lo menos su atención médica sea para ellos desde la primera aportación al IESS. Identificación de la línea de investigación. El presente proyecto investigativo, tiene vínculo directo con la línea de investigación referente a los derechos de Grupos de Atención Prioritaria. Objetivos. Objetivo General. Proyectar la incorporación de un Literal en el Art. 107 de la Ley de Seguridad Social, a fin de que las personas con discapacidad comprobada, consideradas como grupo de atención prioritaria, reciban las prestaciones médicas por parte del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social IESS, desde el momento que acrediten una aportación como afiliados previo a garantizar sus derechos al buen vivir. 7 Objetivos Específicos. 1. Fundamentar jurídica y doctrinariamente la necesidad de atención en el área de la salud a los discapacitados desde la primera aportación al Seguro Social. 2. Acudir al hospital del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, así como al Centro de Atención Ambulatoria Centro de Santo Domingo, a fin de evidenciar la problemática social en este tema. 3. Elaborar los componentes jurídicos tendientes a reformar el Art. 107 de la Ley de Seguridad Social, ATENCION MÉDICA INMEDIATA a las personas discapacitadas desde la primera aportación del Seguro Social. 4. Validar la propuesta por expertos Idea a defender. Con la reforma al Art. 107 de la Ley de Seguridad Social, incorporando un Literal que establezca la atención prioritaria e inmediata en el caso de enfermedad a personas con discapacidad comprobada, se lograría aplicar los Derechos consagrados en la Constitución de la República del Ecuador en materia de Seguridad Social. Variables de la investigación. Variable independiente. Incorporación de un Literal en el Art. 107 de la Ley de Seguridad Social, que establezca la atención inmediata y prioritaria en caso de enfermedad a las personas con discapacidad desde la primera aportación al IESS. Variable dependiente. 8 Conseguiría aplicar los Derechos consagrados en la Constitución de la República en materia de Seguridad Social. Justificación del tema. El presente trabajo se justifica considerando que con la Incorporación de un Literal en el Art. 107 de la Ley de Seguridad Social, respecto a la atención médica a las personas con discapacidad comprobada desde el primer mes de aportación al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, se busca aplicar los Derechos consagrados en la Constitución y así proteger a las personas con discapacidad comprobada dando atención en el área de la Salud que tanto necesitan la Ley Orgánica de Discapacidades en el Art. 19 - Derecho a la salud.- El Estado garantizará a las personas con discapacidad el derecho a la salud y asegurará el acceso a los servicios de promoción, prevención, atención especializada permanente y prioritaria, habilitación y rehabilitación funcional e integral de salud, en las entidades públicas y privadas que presten servicios de salud, con enfoque de género, generacional e intercultural. Desde este punto de vista la propuesta tiene valor científico y humanitario por contribuir a mejorar la Legislación de Seguridad Social, lo que significa que es de utilidad práctica cuando permite establecer el vacío en la Ley respecto a la atención médica prioritaria e inmediata a las personas con discapacidad, desde la primera aportación al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social. Métodos y técnicas e instrumentos de investigación. La Metodología, Técnicas y Herramientas a emplear en la investigación, como la presente es de carácter Descriptivo y Bibliográfico, porque está dirigida a como es y cómo está la situación de las variables, a la vez que es de aplicación al ofrecer propuestas factibles para la situación del problema, por lo que se emplean las siguientes. 9 Métodos. Inductivo, deductivo que una vez alcanzados los objetivos propuestos, nos permita aplicarlos y esto ayudara a mejorar la prestación del servicio de salud por parte del IEES. Inductivo, porque analizaremos otros componentes respecto al tema de investigación. Deductivo, porque individualizaremos toda la estructura del perfil de investigación para su futura aplicación. Analítico- sintético, porque este método hará posible la comparación de todo hecho, fenómeno, idea, caso, etc. Histórico- lógico, porque analizaremos cronológicamente los hechos las ideas del pasado comparándolas con hechos actuales. Descriptivo- sistémico, porque se hará una observación actual de los fenómenos y casos, en los que se procuró la interpretación nacional. Técnicas Fichaje, se la utilizará con la finalidad de incluir datos escuchados, leídos o combinados. Observación directa, se la utilizará con mayor importancia porque se realizará un trabajo de campo continúo determinándose las influencias que intervienen en el fenómeno Encuestas, se aplicarán a la muestra constituidas en las Entidades Públicas, hospitales, centros de atención ambulatorios, subcentros, etc. 10 Entrevistas, se las realizará a las Entidades Públicas, hospitales, centros de atención ambulatorios, subcentros, etc. Resumen de los capítulos de la tesis. En el capítulo I.- Se encuentra el Marco Teórico en donde determina el origen y evolución del tema, se presentan los conceptos científicos de diferentes doctrinarios que hablan sobre la discapacidad y la falta de atención prioritaria e inmediata a estas personas y conclusiones parciales. En el capítulo II.- Se aborda el Marco Metodológico, partiendo desde las características del sector, descripción del procedimiento metodológico, propuesta de la investigación y las conclusiones parciales del capítulo. Para finalizar encontraremos el capítulo III.- Denominado Marco Propositivo, en donde se halla la propuesta de Reforma al Art. 107 de la Ley de Seguridad Social e incorporando un Literal respecto a la atención en el área de la salud para las personas con discapacidad, que sea desde su primera aportación al Instituto de Seguridad Social. Elementos de novedad, aporte teórico, significación práctica. La novedad científica del presente trabajo es el alcance que se pretende llegar al presentar este Proyecto de Ley, proponiendo que la atención en el área de la salud para las personas con discapacidad que están aportando al Instituto de Seguridad Social sean atendidas desde su primera aportación en el área de la salud, así mismo, con el presente Proyecto de Ley, se está reconociendo Derechos constitucionales adquiridos, puesto que estas personas son consideradas como grupo de atención prioritaria. 11 Como aporte teórico de este Proyecto de Ley, es el análisis profundo del tema de investigación, de la problemática que se presenta por la falta de atención médica inmediata y prioritaria por parte del Seguro Social y con este aporte se conseguirá la incorporación de un literal en el artículo 107 de la Ley de Seguridad Social. La significación de la práctica es que con la incorporación de un literal al Art. 107 de la Ley de Seguridad Social, en el que se determine que los afiliados con discapacidad, puedan ser atendidos desde el primer día de aportación, se estaría garantizando y haciendo efectivos sus derechos de preferencia en la atención a la salud, como grupo vulnerable en la sociedad. Del presente trabajo de tesis, es que se determine y sancione la violencia y despojo patrimonial de los bienes pertenecientes al adulto mayor, a fin de garantizar sus derechos como grupo de atención prioritaria y vulnerable en el Ecuador. CAPITULO I 1 MARCO TEÓRICO. El presente trabajo de investigación se enmarca en el estudio sobre los “Grupos de Doble Vulnerabilidad y las atenciones médicas que otorga el Instituto de Seguridad Social”, La presente propuesta está enfocada en la reforma del artículo 107 de la ley de Seguridad Social, por cuanto no se han tomado en cuenta a las personas con discapacidad y que aportan también al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, para que sean atendidas desde la primera aportación que realicen a esta Institución, en caso de enfermedad y así mismo que su atención sea inmediata y prioritaria, por ser considerados personas de doble vulnerabilidad y de esta forma alcanzar los objetivos del Plan Nacional del Buen Vivir (Sumak Kawsay), lo cual permite plantear, formular y delimitar el problema, establecer los objetivos tanto general como específicos y su justificación. 12 1.1 Origen y evolución del objeto de investigación. 1.1.1 La discapacidad y la evolución de los modelos: desde la marginación hasta la inclusión La historia de la discapacidad se empieza a entender de una forma dramática desde la época de los antiguos griegos, específicamente en Esparta; donde los bebés que nacían con algún tipo de discapacidad tanto física como intelectual eran exterminados, costumbre que perduró durante muchos siglos. El filósofo romano Lucio Séneca (4 a. de C. - 65 d. de C.) explica: ‘matamos seres deformes y ahogamos a aquellos niños que nacen enfermizos, débiles y deformados. No actuamos así por ira o enfado, sino guiándonos por los principios del raciocinio: separamos lo defectuoso de lo saludable’. El infanticidio formaba parte del llamado ‘modelo de la prescindencia o negativo’: la discapacidad tendría su origen en causas religiosas, siendo un castigo de los dioses. También se consideraba que las personas con discapacidad transmitían mensajes ‘diabólicos’, estas personas no merecían vivir y por lo tanto su existencia era considerada innecesaria. Con posterioridad, durante la Edad Media se mantuvo el modelo de presidencia sosteniéndose la concepción de un origen sobrenatural para la discapacidad y se las internaban en forma permanente, o debían vivir de la limosna, conformándose así el denominado modelo de marginación. El año de 1970 significó el comienzo de un nuevo acercamiento a la discapacidad. Los derechos humanos de las personas discapacitadas empezaron a gozar de una mayor aceptación internacional. En el nuevo decenio, la Asamblea General adoptó dos de las principales declaraciones en materia de discapacidad. La Declaración de los Derechos del Retrasado Mental del 20 de diciembre de 1971 proporcionó un marco para la 13 protección de estos derechos mediante la adopción de medidas a nivel nacional e internacional. La Declaración afirmaba que las personas con retraso mental tienen, hasta donde resulta factible, los mismos derechos que el resto de seres humanos, incluyendo los derechos a atención médica y educación adecuadas, a seguridad económica, a un tutor cualificado que cumpla los requisitos estipulados, a la protección frente a la explotación y al acceso a procesos judiciales. La Declaración afirmaba que, de ser posible, las personas con retraso mental debían vivir con sus familias o con familias de acogida y participar en los variados aspectos de la vida de la comunidad. Esencialmente, la Declaración preparó el terreno para la futura adopción de un conjunto completo de principios que finalmente fuesen dirigidos a integrar en la sociedad a las personas discapacitadas. La Declaración de los Derechos de los Impedidos, adoptada por la Asamblea General el 9 de diciembre de 1975, fomenta la protección de estos derechos en los niveles nacional e internacional. Se reconocía el hecho de que los discapacitados debían gozar de los mismos derechos políticos y civiles que los demás, incluyendo medidas que les permitiesen ser autosuficientes. La Declaración reafirmaba los derechos de estas personas a la educación, a la atención sanitaria y a servicios de colocación. Además, reconocía su derecho a la seguridad económica y social, al empleo, a vivir con sus familias, a participar en acontecimientos sociales y creativos, a recibir protección frente a cualquier tipo de explotación, abuso o trato degradante y a disponer de ayuda legal. Habiendo comprendido la necesidad de fomentar la participación plena de los discapacitados en la vida social y en el desarrollo de la sociedad, el 16 de diciembre de 1976 la Asamblea General declaró el año 1981 Año Internacional de los Impedidos, y estableció que ese 14 año se dedicase a integrar plenamente a las personas discapacitadas en la sociedad 1.1.2 Fundamentación Constitucional. Para poder resaltar el primer epígrafe se ha considerado investigar los siguientes temas constitucionales 1.1.2.1 De los Derechos Constitucionales. Artículo. 1.- “El Ecuador es un Estado constitucional de derechos y justicia, social, democrático, soberano, independiente, unitario, intercultural, plurinacional y laico. Se organiza en forma de república y se gobierna de manera descentralizada. La soberanía radica en el pueblo, cuya voluntad es el fundamento de la autoridad, y se ejerce a través de los órganos del poder público y de las formas de participación directa previstas en la Constitución.” (Constitucion de la Republica del Ecuador, 2008) En nuestro País el cambio de un Estado liberal como modelo constitucional a un Estado constitucional de derechos y justicia social, trae como consecuencia un cambio de cultura jurídica. En pocas palabras la Constitución es la esencia garantista de los derechos, el cual crea una serie de acciones jurisdiccionales para la protección de quienes habitan en el Estado. Artículo. 3.- Son derechos primordiales del Estado: “…1. Garantizar sin discriminación alguna el efectivo goce de los derechos establecidos en la Constitución y en los instrumentos internacionales, en particular la educación, la salud, la alimentación, la seguridad social y el agua para sus habitantes…” (Constitucion de la Republica del Ecuador, 2008) 15 Todas las personas que conforman el Estado ecuatoriano están amparadas por los derechos establecidos en la Constitución y en los instrumentos internacionales. Sin discriminación alguna. Para ejercer estos derechos los podemos exigir, ante una autoridad competente a fin de que garantice el cumplimiento de los mismos. Artículo. 6.- “…Todas las ecuatorianas y ecuatorianos son ciudadanos y gozarán de los derechos establecidos en la Constitución…” (Constitucion de la Republica del Ecuador, 2008) Como lo establece la Constitución todas las personas somos iguales y gozaremos de los mismos derechos, deberes y oportunidades. Nadie podrá ser discriminado por razones de etnia, lugar de nacimiento, edad, sexo, identidad de género, identidad cultural, estado civil, idioma, religión, ideología, filiación política, pasado judicial, condición socio-económica, condición migratoria, orientación sexual, estado de salud, portar VIH, discapacidad, diferencia física; ni por cualquier otra distinción, personal o colectiva, temporal o permanente, que tenga por objeto o resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos. La ley sancionará toda forma de discriminación. El Estado adoptará medidas de acción afirmativa que promuevan la igualdad real en favor de los titulares de derechos que se encuentren en situación de desigualdad. 1.1.2.2 Del Derecho a la salud. Artículo. 32.- “La salud es un derecho que garantiza el Estado, cuya realización se vincula al ejercicio de otros derechos, entre ellos el derecho al agua, la alimentación, la educación, la cultura física, el trabajo, la seguridad social, ambientes sanos y otros que sustentan el buen vivir. El Estado garantizará este derecho mediante políticas económicas, sociales, culturales, educativas y ambientales; y el acceso permanente, oportuno y sin exclusión a programas, acciones y servicios de promoción y atención integral 16 de salud, salud sexual y salud reproductiva. La prestación de los servicios de salud se regirá por los principios de equidad, universalidad, solidaridad, interculturalidad, calidad, eficiencia, eficacia, precaución y bioética, con enfoque de género y generacional.” (Constitucion de la Republica del Ecuador, 2008) El derecho a la salud obliga a los Estados a generar condiciones en las cuales todos puedan vivir lo más saludablemente posible. Esas condiciones comprenden la disponibilidad garantizada de servicio a la salud, condiciones de trabajo saludables y seguras, vivienda adecuada y alimentos nutritivos. El derecho a la salud no se limita a estar sano. Para poder vivir con dignidad es necesario estar sano y tener salud. Los poderes públicos tienen el deber de crear los medios asistenciales y las normas de protección hacia las personas así garantizar la vida. 1.1.2.3 De los Derechos de las personas y grupos de atención prioritaria. Artículo. 35.- “Las personas adultas mayores, niñas, niños y adolescentes, mujeres embarazadas, personas con discapacidad, personas privadas de libertad y quienes adolezcan de enfermedades catastróficas o de alta complejidad, recibirán atención prioritaria y especializada en los ámbitos público y privado. La misma atención prioritaria recibirán las personas en situación de riesgo, las víctimas de violencia doméstica y sexual, maltrato infantil, desastres naturales o antropogénicos. El Estado prestará especial protección a las personas en condición de doble vulnerabilidad” (Constitucion de la Republica del Ecuador, 2008) En el presente artículo la Constitución del 2008, el Estado Ecuatoriano busca atender prioritariamente a las personas que se encuentran en un estado vulnerable, así como también busca brindar protección garantizando una igualdad sin discriminación política económica, social, entre otras. 17 1.1.2.4 Declaración Universal de los Derechos Humanos. “La Declaración Universal de los Derechos Humanos es un documento declarativo adoptado por la asamblea general de las naciones unidas. La unión de esta declaración y los pactos internacionales de derechos humanos y sus protocolos comprende lo que se ha denominado la carta internacional de derechos humanos. Considerando que los pueblos de las Naciones Unidas han reafirmado en la Carta su fe en los derechos fundamentales del hombre, en la dignidad y el valor de la persona humana y en la igualdad de derechos de hombres y mujeres, y se han declarado resueltos a promover el progreso social y a elevar el nivel de vida dentro de un concepto más amplio de la libertad”. (Prohumana, 2011) Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional, social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición. Además, no se hará distinción alguna fundada en la condición política, jurídica o internacional del país o territorio de cuya jurisdicción dependa de una persona, tanto si se trata de un país independiente, como de un territorio bajo administración fiduciaria. 1.2 Evolución legal de la discapacidad en los convenios Universales. Existen antecedentes en la materia que aún no incorporaban los cambios conceptuales introducidos por el modelo de vida independiente, pero que vale la pena mencionar. La resolución número 3447 de la Asamblea General de las Naciones Unidas del 9 de diciembre de 1975, denominada, “Declaración de los Derechos de los Impedidos”, enuncia en su primer Artículo una definición de “impedido” que es constante con la filosofía no superada por la legislación de ese momento, que era definida por el modelo de Rehabilitación: “El término 18 impedido designa a toda persona incapacitada de subvenir por sí misma, en su totalidad o en parte, a las necesidades de una vida individual o social normal a consecuencia de una deficiencia, congénita o no, de sus facultades físicas o mentales”. Sin embargo, el nuevo panorama que se nutre de la tesis sobre la discapacidad que desarrolla el paradigma de autonomía personal, hizo necesaria una acción más decidida por parte de los organismos internacionales dedicados a la promoción de los Derechos Humanos, a fin de que los estados iniciaran o fortalecieran los procesos internos de protección de esta minoría. Sobre esta línea de pensamiento, la Organización de las Naciones Unidas, en la figura de su Asamblea General, aprueba el “Programa de Acción Mundial para las Personas con Discapacidad”, resolución número 3752, del 3 de diciembre de 1982, que en su objetivo claramente expresa los principios que con urgencia deben ser promovidos por los Estados Miembros de la Organización. Objetivos: El propósito del Programa de Acción Mundial para las Personas con Discapacidad es promover medidas eficaces para la prevención de la discapacidad y para la rehabilitación y la realización de los objetivos de igualdad y de plena participación de las personas con discapacidad en la vida social y el desarrollo social y económico. Estos principios deben aplicarse con el mismo alcance y con la misma urgencia en todos los países, independientemente de su nivel de desarrollo. El apartado de antecedentes del Programa de Acción Mundial para las Personas con Discapacidad destaca las dimensiones del problema y reconoce la importancia de que éste, por cierto, nada pequeño colectivo, tenga mejores condiciones de vida en igualdad con sus semejantes. Antecedentes: 19 Hay en el mundo más de 500 millones de personas con discapacidad, a las que se les debe reconocer los mismos derechos y brindar iguales oportunidades que a todos los demás seres humanos. Con demasiada frecuencia, estas personas han de vivir en condiciones de desventaja debido a barreras físicas y sociales existentes en la sociedad, que se oponen a su plena participación. El resultado es que millones de niños y adultos del mundo entero arrastran a menudo una existencia marcada por la segregación y la degradación. Se admite en este texto, probablemente por primera vez en uno de su categoría, que es el entorno el que impone barreras y limitaciones para que esta población pueda disfrutar a plenitud de sus derechos, lo que representa ya un avance en la forma en que la legislación comienza a incorporar el nuevo pensamiento elaborado por la doctrina. Otra evidencia sobre el cambio que trata de promover la normativa internacional a la luz de las ideas del emergente modelo de vida independiente, tiene que ver con la toma de conciencia de la colectividad, sobre la importancia y la necesidad que exista y se respete la diversidad entre las personas, con un claro reconocimiento de que la discapacidad no es una enfermedad, ni un problema, sino que se trata de una condición de algunos individuos, como lo puede ser cualquier otra, que cobra mayor o menor importancia cuando el entorno no respeta las necesidades especiales de las personas que pertenecen a esta agrupación, poniéndolas así en una situación de desigualdad, o desventaja. Este es un factor determinante para el éxito de este movimiento social. Es ilustrativo de este naciente respeto a la diversidad en el tema de la discapacidad recoger lo apuntado por documento de la ONU en su comentario, el cual expresa “Las personas con discapacidad no forman un grupo homogéneo. Por ejemplo, las personas con enfermedad o deficiencias mentales, visuales, auditivas o del habla, las que tienen movilidad restringida o las llamadas deficiencias médicas: todas ellas se enfrentan a barreras 20 diferentes de índole diferente y que han de superarse de maneras de diferentes”. Como ejemplo de este renovado esfuerzo por crear normas que protejan a este colectivo se citan sin pretender ser exhaustivos, los siguientes documentos: -Convenio sobre la readaptación profesional y empleo de (personas invalidas), C159, de la Conferencia General de Organización Internacional del Trabajo adoptado en Ginebra, Suiza, el 20 de junio de 1983. -Principios para la protección para los enfermos mentales y el mejoramiento para la atención de la salud mental, emitidos por la Asamblea General de las Naciones Unidas en resolución número 46119 el 17 de diciembre de 1991. Vale la pena retomar una vez más, los avances conceptuales que introduce el modelo de autonomía personal, el cual como ya se explicó, abandona la idea de que la discapacidad reside en el individuo y que por tanto este debe ser integrado a las dinámicas sociales, para centrar la discusión en las relaciones del entorno con esta población, de lo cual se ocupa la Organización mundial de la Salud, cuando modifica dentro de la definición de discapacidad el último de sus componentes la –minusvalía- y lo remplaza por el de “desventaja” el cual define como “La situación de un individuo con una deficiencia o discapacidad a quien se le discrimina o limita en su desarrollo como integrante de una sociedad”. Se transcribe el artículo 1, que introduce la obligación de los Estados firmantes a promover medidas para que las sociedades tomen mayor conciencia sobre la temática de la discapacidad: “1.- Toma de conciencia. Los Estados deben adoptar medidas para hacer que la sociedad tome mayor conciencia de las personas discapacitadas, sus derechos, sus necesidades, sus posibilidades y su contribución” y en sus Art. 2.- Se refiere a la obligación de los Estados de prestar y garantizar la prestación de atención médica a este colectivo. En el 21 mismo sentido el Art. 3.- dedica su texto a establecer la responsabilidad de los Estados en garantizar la existencia y prestación de servicios de rehabilitación a las personas con discapacidad. En su artículo 7 Empleo. - Los Estados deben reconocer el principio de que las personas con discapacitadas deben estar facultadas sobre la igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad para ejercer sus derechos humanos, en particular en materia de empleo. Tanto en las zonas rurales, como en las zonas urbanas debe haber igualdad de oportunidades para obtener un empleo productivo y remunerado en el mercado de trabajo. 1.2.1 La Discapacidad en América En el caso del sistema interamericano de Derechos Humanos, se inician conversaciones para incorporar la temática en los cuerpos legales de la región. De este modo, el 5 de junio de 1996, se aprueba en Panamá, por resolución número 136, el documento que denominó “Compromiso de Panamá con las personas con discapacidad en el Continente Americano”. En este acuerdo, los Estados parte de la Organización asume y ratifican una serie de compromisos con esta agrupación, de ese modo ya en el considerando del documento se puede leer: TENIENDO EN CUENTA que la discapacidad puede dar origen a situaciones de discriminación, por lo que resulta necesario propiciar el desarrollo de acciones y medidas que permitan mejorar sustancialmente la situación de las personas con discapacidad en el Hemisferio; CONSIDERANDO que en la Declaración de Principios de la cumbre de las Américas, los Jefes de Estado y de Gobierno, reunidos en Miami en 1994, declararon que “resulta inaceptable que algunos sectores de nuestras poblaciones se encuentren marginados y no participen plenamente de los beneficios del desarrollo”, y plantearon como objetivo “mejorar la satisfacción de las necesidades de toda población, especialmente de las mujeres y o grupos más vulnerables, incluido las poblaciones indígenas, los discapacitados, los niños, los ancianos y las minorías”. 22 RECORDANDO que el Protocolo Adicional de la Convención Americana sobre los Derechos Humanos en Materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, “Protocolo de San Salvador”, reconoce el derecho de toda persona afectada por una discapacidad física o mental “a recibir una atención especial con el fin de alcanzar el máximo desarrollo de su personalidad”. Ya en el cuerpo del documento se leen acuerdos como los que se destacan a continuación: 1.- Destacar su compromiso de intensificar los esfuerzos en favor de las personas con discapacidad. 2.- Manifestar su más firme y decidido compromiso con la defensa y promoción de los Derechos Humanos a las personas con discapacidad y la necesidad de que se mejoren los servicios y se ofrezcan mayores oportunidades para las personas con discapacidad en el continente americano. 3.- Recomendar a los Estados miembros que, dentro de sus posibilidades, intensifiquen sus esfuerzos a fin de crear oportunidades equitativas para las personas con discapacidad en los servicios de salud, educación y capacitación, así como oportunidades de empleo y de vida independiente y, en general, facilidades para que se integren y contribuyan plenamente a la sociedad en forma productiva. En 1999, el 7 de junio, se suscribe la denominada “Convención Interamericana para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra las Personas con Discapacidad”, Resolución número 1608 de la Asamblea General de los Estados Americanos, reunida en Guatemala. Este documento, que representa la culminación de un lento, arduo, pero ineludible proceso para consagrar en una norma de carácter regional, el pensamiento más actual y vanguardista sobre el tema de los Derechos Humanos de las personas con discapacidad, así como de las obligaciones que competen a los gobiernos en el proceso, que recién inicia, de consolidación 23 legal de estos derechos al interior de las naciones miembros de la Organización; comienza en su considerando a reseñar la mayoría de las normas que aquí se han comentado y que contribuyen sin pretender ser exhaustivas, el marco general sobre la tutela internacional, sobre los derechos de esta población. En su artículo 1 Discapacidad. El término “Discapacidad” significa una deficiencia física, mental o sensorial, ya sea de naturaleza permanente o temporal, que limita la capacidad de ejercer una o más actividades esenciales de la vida diaria, que puede ser causada o agravada por el entorno económico y social. 1.2.2 Derechos Humanos de las personas con discapacidad, realidad o quimera. Habida cuenta de la escaza información disponible –como estadísticas, literatura y estudios en general- sobre el tema de la discapacidad y de la situación real de este colectivo, (hecho que debe llamar la atención, debido a que es un indicador que permite vislumbrar el abandono que por parte de los gobiernos, padece este colectivo), se decidió a modo de cierre, dejar planteada la envergadura de la problemática y los retos que implica para los distintos países de la región, haciendo especial énfasis en la realización de los derechos a la educación, al trabajo y a la salud. Para finalizar se plantean algunos aspectos o temas no resueltos, con el propósito de estimular a la reflexión del lector y eventualmente al debate de ideas sobre el tema, en los foros que se logre construir para tal efecto, sobre posibles mecanismos que funciones como aceleradores del proceso de disfrute efectivo de los derechos de esta población. No es que la Convención no sirva o que no tuvo sentido su adopción, pues sería muy miope y ortoplacista sostener semejante postura. Además, sería un absurdo desconocimiento sobre la extensa legislación internacional que sustenta los postulados de esta. Falta esperar a que la Ley empiece a 24 cumplirse y a dar sus frutos, es decir, a convertirse en vivencia diaria, en actitud colectiva, en respeto consiente, pasar de la letra a la práctica cotidiana. Para llegar a este ideal no resulta suficiente afirmar que las personas con discapacidad ya tienen sus derechos garantizados. Lo necesario, con carácter de urgencia, además de una tutela efectiva al interior de cada país (donde los tribunales de justicia pueden sentar precedentes significativos, con mecanismos más expeditos para tal efecto), es decir que exista un cambio de mentalidad en todas las personas, pero especialmente con las que no conviven con esta realidad ya que estas tienen una percepción negativa o distorsionadas con las personas con discapacidad, producto del desconocimiento al no enfrentar esta situación a diario, o hacerlo a través de los prejuicios heredados, imperantes aun en la conciencia colectiva. Para este cambio de mentalidad solo existe una salida que es la convivencia. No se puede hablar de lo que no se conoce, no se puede pensar en respeto sino se practica, es urgente que se construyan en todos los espacios familiares, comunales, políticos y sociales en general oportunidades de encuentro entre las personas, sin distingo y sin que sus condiciones particulares sean motivo de discriminación. En el campo del respeto al acceso a la salud, en las situaciones de desatención no parecen existir soluciones en el corto plazo, para romper con el abandono en que se encuentran las personas con discapacidad, que viven, o mejor dicho sobreviven, en las zonas rurales, pues los servicios médicos y de rehabilitación no están en condiciones de suministrar cobertura suficiente en la zona lejana a los centros de población, donde son deficientes. Uno de los problemas más alarmantes en la actualidad es el acceso oportuno de la población a la salud, que se agravan si se revisan las pobres condiciones de accesibilidad con que cuentan estos servicios en la región. Más grave resulta admitir que más allá de las limitaciones de cobertura, existen otras en el orden de la carencia casi total de políticas institucionales y de planificación, que permitan la inversión de recursos humanos y financieros por 25 parte de las instituciones que hoy administran estos servicios de manera insuficiente y oportuna, para atender adecuadamente las necesidades de un colectivo que representa un altísimo porcentaje de la población. Dichas limitaciones crecen día con día producto de la inconciencia de muchos, que consideran la discapacidad como un fenómeno aislado y lejano a ellos, y que desconocen que las principales causas de la existencia de una población de personas con discapacidad no son las enfermedades ni las causas genéticas hereditarias sino los accidentes de tránsito y de índole laboral, así como la guerra y otros desordenes civiles que padece a región. El efecto de la marginación de las personas con discapacidad tiene consecuencias que van más allá de las dificultades que afronta cada individuo inmerso en esta situación para salir adelante, e incluso van más allá de las limitaciones que sufre cada familia que convive con esta realidad. El fenómeno social de la discapacidad incide en todos los campos del quehacer humano y de este efecto no se puede excluir los indicadores económicos de cualquier país. La discapacidad ha sido, en la mayoría de las ocasiones, hermana de la pobreza, pues las personas que se encuentran en esta situación tienen enormes dificultades para conseguir un trabajo digno, en parte por la poca educación a la que han tenido acceso, producto de la realidad que se describe y, por otra parte, debido a la negativa fundada en prejuicios heredados e injustificados de los empleadores que no han querido darles la oportunidad de demostrar sus capacidades y cualidades. El derecho al trabajo en esta región, está inmersa en la corriente de la globalización, enfrenta un panorama tan o más oscuro que los otros derechos, denominados de la segunda generación, o derechos económicos, sociales y culturales, de estas poblaciones vulnerables, si los Estados no actúan de inmediato adoptando medidas que garanticen esas opciones de trabajo, muy por encima de la rentabilidad y productividad de los negocios, dioses estos de la nueva y deshumanizada economía mundial. 26 1.2.3 Los Derechos Humanos para las personas con discapacidad en el Ecuador. A partir del año 2007, el Estado Ecuatoriano marca cambios para la garantía de derechos de las personas con discapacidad con la generación de un marco normativo especializado, definición de políticas públicas, crea y organiza nueva institucionalidad, define competencias específicas en las áreas de salud, educación, empleo, accesibilidad, capacitación, política tributaria. “La Misión Solidaria “Manuela Espejo” efectuó 825.576 atenciones médicas a personas con discapacidad, se realizaron 21.062 consultas de genetistas y 35.257 consultas de otros especialistas. Asimismo, se registraron 26.095 casos de personas con discapacidad en situación crítica, aquellos en los que es urgente la atención del Estado” Para cumplir con estos mandatos constitucionales el MIES define su nuevo modelo de gestión con la finalidad de impulsar la inclusión económica y social para las personas con discapacidad y sus familias, desde un enfoque basado en la persona, potenciando las capacidades de afecto, contención y conocimiento de sus familia y promoviendo el concepto de comunidad inclusiva, recupera su rol rector, define políticas de calidad y universalidad para sus servicios, en un sistema desconcentrado de servicios sociales. La Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, ratificada por el Ecuador en el año 2008, es el resultado de muchos años de lucha por los derechos de las personas con discapacidad. Fue elaborada con la activa participación de gobiernos, organizaciones de derechos humanos, ONG`s y, sobre todo, organizaciones de personas con discapacidad. Su propósito es promover, proteger y asegurar el goce pleno y en condiciones de igualdad de todos los derechos humanos y libertades fundamentales por todas las personas con discapacidad, además de promover el respeto de su dignidad inherente.” 27 Los principios generales de la Convención, mencionados en el Artículo 3, son los siguientes: - El respeto de la dignidad inherente, la autonomía individual, incluida la libertad de tomar las propias decisiones, y la independencia de las personas; - La no discriminación; - La participación e inclusión plenas y efectivas en la sociedad; - El respeto por la diferencia y la aceptación de las personas con discapacidad como parte de la diversidad y la condición humana; - La igualdad de oportunidades; - La accesibilidad; - La igualdad entre el hombre y la mujer; - El respeto a la evolución de las facultades de los niños y las niñas con discapacidad y de su derecho a preservar su identidad. La Constitución de la República del año 2008, en sus Arts.11, 47, 48 y 49 garantizan la protección y desarrollo integral de las personas con discapacidad y sus familias; posiciona a la planificación y a las políticas públicas como medios para lograr los objetivos del Buen Vivir. Además, establece como objetivos el propiciar la equidad social y territorial, promover la igualdad en la diversidad, garantizar derechos y concertar principios rectores de la planificación del desarrollo. El Plan Nacional para el Buen Vivir 2013-2017 plantea mejorar la calidad de vida de las personas con discapacidad de acuerdo a los siguientes objetivos: 28 1) Auspiciar la igualdad, la cohesión y la integración social y territorial en la diversidad; 2) Mejorar las capacidades y potencialidades de la población; 3) Mejorar la calidad de vida de la población; 4) Garantizar los derechos de la naturaleza y promover un ambiente sano y sustentable ; 5) Garantizar el trabajo estable, justo y digno, en su diversidad de formas ; 6) Construir y fortalecer espacios públicos, interculturales y de encuentro común; 7) Garantizar la vigencia de los derechos y la justicia; 8) Garantizar el acceso a la participación pública y política; 9) Consolidar la transformación del Estado para el buen vivir. La gestión del MIES se guía por los siguientes principios: Igualdad, inclusión y equidad, universalidad, integralidad y corresponsabilidad. La Ley Orgánica de Discapacidades define a la persona titular de derechos en los siguientes términos: “Para efectos de esta Ley se considera persona con discapacidad a toda aquella que, como consecuencia de una o más deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales, con independencia de la causa que la hubiera originado, ve restringida permanentemente en al menos un treinta por ciento (30%) su participación o limitada su capacidad biológica, sicológica y asociativa para ejercer una o más actividades esenciales de la vida diaria”. (Art.6). Por otra parte, el Artículo 86 de la Ley Orgánica de Discapacidades, entre otros, determina que las personas con discapacidad tienen derecho a la protección y promoción social por parte del Estado, que les permita el máximo desarrollo de su personalidad, fomento de autonomía y la disminución de la dependencia. El Ministerio de Inclusión Económica y Social en cumplimiento al Mandato Constitucional y la Ley Orgánica de Discapacidades define a través del Estatuto Orgánico por Procesos, mediante Acuerdo Ministerial No. 000154, de 8 de enero de 2013, su nuevo modelo de gestión y en su estructura institucional conforma la Subsecretaría de Discapacidades con las Direcciones 29 de Inclusión Social, de Prestación de Servicios y de Familia, siendo la misión de la Dirección de Prestación de Servicios: “ Contribuir a la inclusión social de las personas con discapacidad y sus familias, a través de la prestación de servicios”. El 10 de enero de 2013, se pública la Norma Técnica, con Acuerdo Ministerial No. 000163 que regula y viabiliza los procesos de implementación y funcionamiento de los servicios y modalidades de atención para las personas con discapacidad, con la finalidad de operativizar y homogenizar la prestación de servicios para este grupo de atención prioritaria a través de las siguientes modalidades: Centros diurnos de cuidado y desarrollo integral para personas con discapacidad. Centros de referencia y acogida inclusivos para el cuidado de personas con discapacidad en situación de abandono; y, Atención en el hogar y la comunidad. 1.2.4 Situación actual de las personas con discapacidad: Contexto Nacional e Internacional. La Organización Mundial de la Salud (OMS) publicó en el año 2011 el Informe Mundial sobre la Discapacidad. La importancia de este documento está en que se reúnen datos de personas con discapacidad de todo el mundo por primera vez. Se espera que, en años futuros, las cifras de personas con discapacidad aumenten, derivadas de enfermedades como diabetes, problemas cardiovasculares, cáncer o trastornos mentales. Diez cuestiones básicas que el informe destaca sobre discapacidad: Más de 1.000 millones de personas tienen algún tipo de discapacidad. Alrededor del 15% de la población mundial "tiene grandes dificultades para vivir 30 normalmente" y cada vez serán más debido al envejecimiento de la población y el aumento de las enfermedades crónicas. Las poblaciones vulnerables son las más afectadas, pero no las únicas, los países de ingresos bajos registran una mayor prevalencia, sobre todo, entre las niñas, niños, mujeres, adultos mayores, y los adultos en condición de pobreza. Las personas con discapacidad reciben a menudo una atención sanitaria escasa. La mitad de las personas con discapacidad no puede pagar los servicios de salud, reciben peor trato e incluso se les niega la atención. Los niños y niñas con discapacidad tienen menos probabilidades de acudir a la escuela, sobre todo en los países más pobres. El desempleo es más frecuente. Las tasas de empleo son más bajas para los hombres con discapacidad (53%) y las mujeres con discapacidad (20%). Aumenta la vulnerabilidad a la pobreza. Alimentación insuficiente, vivienda precaria, falta de acceso a agua potable y saneamiento son situaciones habituales entre las personas con discapacidad, en especial, en países empobrecidos. Los ingresos también son más bajos, ya que deben abonar la atención médica o la asistencia personal. En nuestro país se han dado varias aproximaciones a la situación de las personas con discapacidad. La población del Ecuador es de 14.483.499 personas, de las cuales el 5.6% de la población ecuatoriana presenta algún tipo de discapacidad (INEC-CENSO2012), es decir más o menos alrededor de 815.900 personas, de los cuales 48,4% son hombres y 51,6% son mujeres. En 31 el siguiente cuadro se visualiza el porcentaje de discapacidad por provincia de acuerdo al INEC-Censo 2010: De acuerdo a los datos del CONADIS (Consejo Nacional de Discapacidades) el número de personas con discapacidad carnetizadas es de 352.517 personas, con discapacidad, de las cuales 119.000 reciben el bono de desarrollo humano, distribuidas por provincias según el siguiente gráfico: ID TOTAL PROVINCIA PROVINCIA PERSONAS CON DISCAPACIDAD 1 AZUAY 25339 2 BOLIVAR 5528 3 CAÑAR 6341 4 CARCHI 4995 5 COTOPAXI 8882 6 CHIMBORAZO 11917 7 EL ORO 17347 8 ESMERALDAS 12295 9 GUAYAS 78862 10 IMBABURA 9468 11 LOJA 12887 12 LOS RIOS 16858 13 MANABI 41370 14 MORONA SANTIAGO 4003 15 NAPO 3689 16 PASTAZA 2364 17 PICHINCHA 50253 18 TUNGURAHUA 9967 19 ZAMORA CHINCHIPE 3207 20 GALAPAGOS 273 21 SUCUMBIOS 4709 22 ORELLANA 4521 32 23 SANTO DOMINGO DE 9260 LOS TSACHILAS 24 SANTA ELENA 8356 total 352.517 Fuente: CONADIS - PPS – RIPS 2013 Las provincias con mayor número de personas con discapacidad son las dos más pobladas: Guayas y Pichincha, le sigue en prevalencia la región amazónica. Dentro de la caracterización de las personas con discapacidad es importante tomar en cuenta que dentro de esta población existen grupos que se encuentran en los diferentes niveles de pobreza (extrema pobreza; bajo la línea de pobreza; y sobre la línea de pobreza), en el siguiente cuadro se muestra el número de personas con discapacidad en los dos niveles de pobreza. 1.2.5 Análisis de las personas con discapacidad La Organización Mundial de la Salud define la “Discapacidad es un término general que abarca las deficiencias, las limitaciones de la actividad y las restricciones de la participación. Las deficiencias son problemas que afectan a una estructura o función corporal; las limitaciones de la actividad son dificultades para ejecutar acciones o tareas, y las restricciones de la participación son problemas para participar en situaciones vitales”. Por consiguiente, la discapacidad es un fenómeno complejo que refleja una interacción entre las características del organismo humano y las características de la sociedad en la que vive. 33 El Estado reconoce el derecho de la población a vivir en un ambiente sano y ecológicamente equilibrado. Los derechos fundamentales también denominados derechos naturales, libertades personales, derechos humanos, se configuran desde el siglo XXI, impulsados por la Revolución Francesa y Revolución Norteamericana. (Zumárraga, 1996) Se los denomina derechos fundamentales porque pertenecen al ser humano, son intrínsecos a la naturaleza humana, anteriores a la existencia misma del Estado, y por lo tanto, este no los otorga. En Ecuador los derechos fundamentales son reconocidos por la Constitución y por el orden jurídico internacional en los tratados internacionales. (Zumárraga, 1996) Es muy importante que se tenga en cuenta cada uno de los derechos, los niveles de obligaciones del Estado, son tres; garantizar, proteger y promover. Los derechos son garantizados en cuanto a que el Estado debe intervenir, a este tipo de derechos laborales y sociales para la prestación de servicios, el reconocimiento de estos derechos implica las obligaciones positivas, que el Estado tiene que hacer o realizar. El derecho real es el que tenemos sobre una cosa sin respecto a determinada persona. 1.2.6 Del Seguro Social Obligatorio. 1.2.6.1 Definición y Concepto del Seguro Social Obligatorio El Dr. Otto Von Bismarck, en su Manual de Derecho al Seguro Social Obligatorio, define el significado del término Seguro Social de la siguiente forma, “seguro, proviene del latín y más exactamente del vocablo securus que puede traducirse como “tranquilo”. Se trata de un adjetivo fruto de la suma del prefijo y del sustantivo cura que es sinónimo de “cuidado o preocupación”. 34 “La segunda palabra de este término, social, también tiene su origen etimológico en el latín. En su caso procede del nombre socius que puede determinarse que significa compañero”. (Bismarck, 2005) Para el Dr. Augusto Valenzuela en su obra “El Seguro Social como programa de protección” manifiesta que el Seguro Social Obligatorio “es un programa que financia o administra el gobierno para satisfacer las necesidades básicas de las personas sin recursos. Por lo general suelen estar dirigidos a quienes viven en condiciones de pobreza, a las familias numerosas, grupos de atención prioritaria como mujeres embarazadas, niños, personas discapacitadas y ancianos”. (Valenzuela, 2000). En conclusión, podemos determinar que el término de Seguridad Social Obligatorio es bastante amplio y abarca todo aquello que en una primera aproximación implica un ideal de bienestar colectivo, en términos generales. Se refiere principalmente a un campo de bienestar social relacionado con la protección social o a la cobertura de las necesidades socialmente reconocidas, como la pobreza, la vejez, las discapacidades, el desempleo, las familias con niños, mujeres en estado de embarazo, ancianos y entre otras. 1.2.7 Régimen general de la Seguridad Social. Según nuestra Carta Magna la Ley de Seguridad Social sea en el ámbito público y universal, no podrá privatizarse y atenderá las necesidades contingentes de la población. La protección de las contingencias se hará efectiva a través del seguro universal obligatorio y de sus regímenes especiales. Art. 34.- “El derecho a la seguridad social es un derecho irrenunciable de todas las personas, y será deber y responsabilidad primordial del Estado. La seguridad social se regirá por los principios de solidaridad, obligatoriedad, universalidad, equidad, eficiencia, subsidiaridad, suficiencia, transparencia y 35 participación, para la atención de las necesidades individuales y colectivas. (Constitucion de la Republica del Ecuador, 2008) El Estado garantizará y hará efectivo el ejercicio pleno del derecho a la seguridad social, que incluye a las personas que realizan trabajo no remunerado en los hogares, actividades para el auto sustento en el campo, toda forma de trabajo autónomo y a quienes se encuentran en situación de desempleo.” (Constitucion de la Republica del Ecuador, 2008) Para Tena Suck e Italo Morales, en su obra “Nuevos Rumbos de la Seguridad Social”, “manifiestan que el sistema del Seguro Social como instrumento de orden público, quedan obligados mediante una cuota o prima que cubren los patrones, los trabajadores y el Estado, a entregar al asegurado o beneficiarios, una pensión o subsidio, cuando se realizan algunos de los siniestros o riesgos que protege o ampara, así como también cubrir con todos los gastos médicos desde su afiliación”. (Suck, 2010) El Dr. Otto Von Bismarck, en su Manual de Derecho al Seguro Social obligatorio nos dice: “Que la Seguridad Social son instituciones gubernamentales encargadas de proporcionar prestaciones económicas y de salud, así como servicios sociales para satisfacer las necesidades básicas de la sociedad civil a fin de suministrar su buen vivir de la población”. (Bismarck, 2005) En el art. 1 de la Ley de Seguridad Social textualmente expresa “…el Seguro General Obligatorio forma parte del sistema nacional de Seguridad Social y, como tal su organización y funcionamiento se fundamentan en los principios de solidaridad, obligatoriedad, universalidad, equidad, eficiencia, subsidiariedad y suficiencia…” (Ley de Seguridad Social , 2012) El Seguro Social Obligatorio, se extenderá a toda la población urbana y rural, con independencia de su situación laboral. Las prestaciones para las personas 36 que realizan trabajo doméstico no remunerado y tareas de cuidado se financiarán con aportes y contribuciones del Estado. Por lo tanto, podemos concluir que el régimen general de la Seguridad Social tiene como margen beneficiar en igualdad de condiciones a sus afiliados principales en los principios de solidaridad, obligatoriedad, universalidad, equidad, eficiencia, subsidiariedad como medios para alcanzar el Buen Vivir. Así mismo el sistema de Seguridad Social comprenderá las entidades públicas, normas, políticas, recursos, servicios y prestaciones de seguridad social, y funcionará con base en criterios de sostenibilidad, eficiencia, celeridad y transparencia. El Estado norma, regula y controla las actividades relacionadas con la Seguridad Social. 1.2.8 Derecho a la Seguridad Social. Los sujetos obligados a solicitar la protección del Seguro General Obligatorio, en calidad de afiliados, todas las personas que perciben ingresos por la ejecución de una obra o la prestación de un servicio físico o intelectual, con relación laboral o sin ella; en particular como el trabajador en relación de dependencia, el trabajador autónomo, el profesional en libre ejercicio, el administrador o patrono de un negocio, el dueño de una empresa unipersonal, el menor trabajador independiente; y los demás asegurados obligados al régimen del Seguro General Obligatorio en virtud de leyes y decretos especiales. (www.iess.gob.ec, 2013) Son sujetos obligados a solicitar la protección del régimen especial del Seguro Social Campesino, los trabajadores que se dedican a la pesca artesanal y el habitante rural que labora habitualmente en el campo, por cuenta propia o de la comunidad a la que pertenece, que no recibe remuneraciones de un empleador público o privado y tampoco contrata a personas extrañas a la comunidad o a terceros para que realicen actividades económicas bajo su dependencia. (www.iess.gob.ec, 2013) 37 El Derecho a la seguridad social es un derecho irrenunciable el cual todas las personas que ingresen a formar parte de un trabajo remunerado y que se encuentren en zona rural (campo) tendrá los beneficios a ser atendido en su salud integral. El Art. 33 de la Constitución de la República del Ecuador dispone que el trabajo es un derecho y un deber social, y un derecho económico, fuente de realización personal y base de la economía. El Estado garantizará a las personas trabajadoras el pleno respeto a su dignidad, una vida decorosa, remuneraciones y retribuciones justas y el desempeño de un trabajo saludable y libremente escogido o aceptado.” (Constitucion de la Republica del Ecuador, 2008) El trabajo en nuestro Estado es garantizar un sustento económico para la vida y su bienestar social, el hombre como ser humano tiene una actividad y por lo tanto está haciendo uso de su cuerpo mente y alma, para que el trabajo sea eficaz necesitamos estar bien de salud, ya que de ahí parte el estado de ánimo para realizar una actividad laboral, el Estado tratando de unir estos dos elementos, establece medidas para una seguridad social 1.2.9 Sujetos de protección de la Seguridad Social. Son sujetos obligados a solicitar la protección del Seguro General Obligatorio, en calidad de afiliados, todas las personas que perciben ingresos por la ejecución de una obra o la prestación de un servicio físico o intelectual, con relación laboral o sin ella, en particular: a) El trabajador con relación de dependencia b) El trabajador autónomo c) El profesional en libre ejercicio 38 d) El administrador o patrono de un negocio e) El dueño de una empresa unipersonal f) El menor trabajador independiente; y, g) los demás asegurados obligados al régimen del Seguro General Obligatorio. En virtud de leyes y decretos especiales.” (Ley de Seguridad Social, 2015) Son afiliados al Seguro Social todas las personas quienes aportan a la institución para lo cual pueden ser personas con relación de dependencia o personas que aporten de forma voluntaria, amas de casa y servicio doméstico que deseen ser atendidos a los beneficios del IESS. 1.2.10 Riesgos cubiertos por el Seguro Social Obligatorio. El Seguro General Obligatorio protegerá a sus afiliados contra las contingencias que afectan su capacidad de Trabajo y la Obtención de un Ingreso Acorde con su actividad habitual en los casos de: a) Enfermedad; b) Maternidad; c) Riesgos del trabajo; d) Vejez muerte e invalidez que incluye discapacidad; y e) Cesantía. 39 El Seguro Social Campesino ofrecerá prestaciones de salud y, que incluye maternidad, a sus afiliados, y protegerá al Jefe de familia contra las contingencias de vejez, muerte, e invalidez, que incluye discapacidad. Para los efectos del Seguro General Obligatorio, la protección contra la contingencia de discapacidad se cumplirá a través del seguro de invalidez. (www.iess.gob.ec, 2015) El Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social tiene la misión de proteger a la población urbana y rural con relación de dependencia laboral o sin ella contra las contingencias de Enfermedad maternidad Riesgos del Trabajo, discapacidades, cesantía, invalidez, vejez y muerte. Además, cuenta como es una aseguradora moderna Técnica y sencilla orientada a conseguir prestaciones suficientes, oportunas, y de calidad que satisfagan y superen las expectativas de sus afiliados. La Seguridad Social es entendida y aceptada como un derecho que le asiste a toda persona de acceder, por lo menos a una protección básica para satisfacer estados de necesidad. El Estado debe ejecutar determinadas políticas sociales que garanticen el bienestar de los ciudadanos en determinados marcos como el de la sanidad, salud y en general todo el espectro posible de la seguridad social. 1.2.11 Beneficiarios al IESS. El Dr. Augusto Valenzuela en su obra “El Seguro Social como programa de protección” “Establece que en la actualidad las redes de protección social deben estar orientadas a programas diseñados para brindar apoyo focalizado del ingreso y acceso a servicios sociales básicos a los grupos más pobres de la población y/o aquellos que necesitan asistencia después de depresiones económicas, desastres naturales u otras situaciones que representen riesgos mayores”. (Valenzuela, 2000) 40 Son beneficiarios al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social IESS: El trabajador con relación de dependencia, el trabajador autónomo, el profesional en libre ejercicio, el administrador o patrono de un negocio, el dueño de una empresa unipersonal, el menor trabajador independiente; y los demás asegurados obligados al régimen del Seguro General Obligatorio. Sin ninguna discriminación, los hijos de los afiliados tienen derecho a la protección de salud desde los cero hasta los 18 años. El afiliado que requiere atención para su hijo debe acreditar por lo menos tres meses de aportación continua antes de acceder a la atención. 1.3 Conclusiones parciales del capítulo. Luego de haber realizado la presente investigación he llegado a las siguientes conclusiones: Que los derechos constitucionales y los que constan en los Instrumentos Internacionales de Derechos Humanos, serán de directa e inmediata aplicación. Y da múltiples privilegios a grupos de atención prioritaria de doble vulnerabilidad. Que la Seguridad Social es un derecho irrenunciable de todas las personas, y será y debe ser un deber y responsabilidad primordial del Estado. Que la Seguridad Social es entendida y aceptada como un derecho que le asiste a toda persona para acceder a una protección básica para satisfacer estados de necesidad. Que es necesario reformar el artículo 107, de la Ley de Seguridad Social vigente, ya que se encuentra restringiendo los derechos primordiales de las personas que se encuentran en un estado de doble vulnerabilidad. 41 Que nuestra Ley de Seguridad Social, está siendo muy rígida respecto al tiempo de espera que tienen que pasar los afiliados al seguro general vulnerando así uno de los derechos constitucionales. 42 CAPÍTULO II 2 MARCO METODOLÓGICO Y PLANTEAMIENTO DE LA PROPUESTA. Mediante el desarrollo de este capítulo, se establece y se utiliza la metodología y sus instrumentos más adecuados para el desarrollo del presente trabajo investigativo de tesis. 2.1 Caracterización del problema seleccionado para la investigación. A fin de profundizar más el tema investigativo, se procedió a concurrir al Hospital de IESS de Santo Domingo, así como al Centro de Atención Ambulatoria de esta Jurisdicción, el cual manifestaron que no se podía negar la atención a ningún afiliado siempre y cuando calificara con el derecho a la atención, es decir que cumpla con las aportaciones requerida en la Ley de Seguridad Social. 43 También se mencionó sobre la atención de las personas afiliadas con discapacidad, el cual manifestaron que de igual forma tienen que cumplir con las aportaciones requeridas. La Carta Fundamental ecuatoriana establece que todas las personas, comunidades, pueblos, nacionalidades y colectivos son titulares y por lo tanto gozarán de los derechos establecidos y garantizados en la Constitución de la República y en los Instrumentos Internacionales. Para poder ejercer los derechos que nos merecen los podemos promover y exigir ya sea de forma individual o colectiva, ante las autoridades competentes y dichas autoridades deben garantizar el cumplimiento de los mismos, es importante recalcar que en nuestro país no hay discriminación para ninguna persona ya que todas las personas son iguales y gozarán de los mismos derechos, deberes y oportunidades, los derechos que se establecen en la Constitución y en los instrumentos internacionales de derechos humanos serán de directa e inmediata aplicación por y ante cualquier servidora o servidor público administrativo, que es nuestro caso, estos derechos se los puede aplicar de oficio, es decir por acción de la autoridad competente o a petición de parte, que es la actuación del interesado titular del derecho, para el ejercicio de las constitucionales, no se podrán exigir condiciones o requisitos que no se encuentren estipulados en nuestra carta magna o en la Ley, las garantías a las que nos estamos refiriendo deben ser justificadas y no se podrá alegar falta de norma jurídica para justificar cualquier violación o desconocimiento, para desechar dicha acción por esos hechos ni para negar su reconocimiento, sabemos que ninguna norma podrá restringir el contenido de los derechos ni de las garantías constitucionales ya que todos los principios y garantías son inalienables, irrenunciables, indivisibles, independientes y de igual jerarquía, el reconocimiento de estos derechos de los que estamos hablando, no excluirá los demás derechos derivados de la dignidad de las personas, comunidades, pueblos y nacionalidades que sean necesarios para su desenvolvimiento, el contenido de estos derechos se desarrollará de manera progresiva a través de las normas, jurisprudencia y las políticas públicas, el Estado generará y garantizará las condiciones necesarias para su pleno reconocimiento y 44 ejercicio, será inconstitucional cualquier acción u omisión de carácter regresivo, que disminuya, menoscabe o anule injustificadamente el ejercicio de las garantías y por últimos recordemos que el más alto deber del Estado, consiste en respetar y hacer respetar los derechos garantizados en la Constitución. (Corporacion de Estudios y Publicaciones, 2015) Art. 33.- “El trabajo es un derecho y un deber social, y un derecho económico, fuente de realización personal y base de la economía. El Estado garantizará a las personas trabajadoras el pleno respeto a su dignidad, una vida decorosa, remuneraciones y retribuciones justas y el desempeño de un trabajo saludable y libremente escogido o aceptado.” (Corporacion de Estudios y Publicaciones, 2015) Nuestra Constitución menciona que el trabajo es un deber social fuente de relación social y sobre todo nos dice que es la base de la economía el trabajo es la vida del hombre y una persona sin trabajo, prácticamente es una persona sin una verdadera vida. Claramente nuestra Constitución vigente nos manifiesta que el estado es quien garantizará a los trabajadores entre otros derechos un trabajo saludable, de este precepto partimos para plantear nuestro objetivo que es dar mayores beneficios al trabajador enmarcándonos a lo que nuestra carta magna nos permite. (Corporacion de Estudios y Publicaciones, 2015) Es importante señalar que el presente Proyecto se encuentra en la línea del Buen Vivir y como tal amparada en la Constitución de la República y como se viene reiterando las Leyes. El presente trabajo se justifica considerando que con la Incorporación de un Literal en el Art. 107 de la Ley de Seguridad Social, respecto a la atención médica a las personas con discapacidad comprobada desde el primer mes de aportación al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, se busca aplicar los Derechos consagrados en la Constitución y así proteger a las personas con discapacidad comprobada dando atención en el área de la Salud que tanto 45 necesitan la Ley Orgánica de Discapacidades en el Art. 19 - Derecho a la salud.- El Estado garantizará a las personas con discapacidad el derecho a la salud y asegurará el acceso a los servicios de promoción, prevención, atención especializada permanente y prioritaria, habilitación y rehabilitación funcional e integral de salud, en las entidades públicas y privadas que presten servicios de salud, con enfoque de género, generacional e intercultural. Desde este punto de vista la propuesta tiene valor científico y humanitario por contribuir a mejorar la Legislación de Seguridad Social, lo que significa que es de utilidad práctica cuando permite establecer el vacío en la Ley respecto a la atención médica prioritaria e inmediata a las personas con discapacidad, desde la primera aportación al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social. De la conversación lograda con varios señores con algunas limitaciones físicas, entre ellos María Jimena Arcentales Sancho, de 30 años de edad, cajera de OPEVIAL, con limitación física de luxación de cadera, se le realizó la siguiente pregunta. ¿Usted necesitó atención médica antes de los tres meses, después de estar aportando al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social? Respuesta: Yo si necesité al segundo mes de estar aportando, me acerque a que me dieran un turno, porque antes era así que uno tenía que acercarse a pedir turno por ventanilla, pero no me lo dieron, me dijeron que regrese al otro día me dieron un turno para el siguiente año, y yo como necesitaba de atención medica tuve que irme a un médico particular, ahora llevo aportando al seguro más de 5 años, cuando estuve embarazada llame al número 140 “Call Center” al primer mes de embarazo y me dieron una cita con el ginecólogo, cuando tenía cinco meses y medio de embarazo a pesar de haber explicado mi situación, después de esto tuve 3 citas más hasta dar a luz , pero en la última cita no hubo ginecólogo y me tuve que ir a un médico particular y el parto si me atendió el seguro. 46 A Santiago Vladimir Delgado Hidalgo, de 26 años, de profesión egresado de Psicología, empleado del Consejo de la Judicatura, con limitación física de Ostiomilitis Femur y Artrosis en la rodilla derecha, se le realizó la misma pregunta. Respuesta: Si necesité atención médica pero lamentablemente no me atendieron y yo tampoco insistí, preferí irme a un médico particular y ahora si me hago atender pero así mismo cuando pido una cita médica me la dan al mes y eso por contactos que tengo logro que me den para el mes, es muy complicado que me atiendan, y si voy por emergencia me dan un turno para la tarde, o para unas 3 horas después, y observando mi situación, si se supone que voy por emergencia es porque necesito que me atiendan realmente, deberían darnos prioridad a personas como nosotros. Tatiana Guevara, de 27 años de edad, empleada del Consejo de Judicatura, con limitación física en el brazo izquierdo ocasionado por un derrame y estrabismo, se le hizo igual la misma pregunta. Respuesta: Si necesité de atención médica pero no lo conseguí, porque me dijeron que no había cupo y después de tres años de aportación nuevamente insistí llamando al Call Center y si me dieron la cita para diciembre del 2015, pero mi llamada la hice en abril del 2015, aun explicándole la situación en que me encuentro, pienso yo que si deberían darnos una atención inmediata y prioritaria tratándose de nosotros. Conforme lo establece la Constitución de la República en el capítulo III que trata de los Derechos de las Personas y Grupos de Atención Prioritaria, en el Art. 35.- Atención de Grupos Vulnerables. - Las personas adultas mayores, niñas, niños y adolescentes, mujeres embarazadas, personas con discapacidad, personas privadas de libertad y quienes adolezcan de enfermedades catastróficas o de alta complejidad, recibirán atención prioritaria y especializada en los ámbitos público y privado. 47 La misma atención prioritaria recibirán las personas en situación de riesgo, las víctimas de violencia doméstica y sexual, maltrato infantil, desastres naturales o antropogénicos. El Estado prestará especial protección a las personas en condición de doble vulnerabilidad. El problema radica en que, si el Estado obliga a los empleadores a afiliar a sus empleados desde el primer día de labores, como lo regulado en la Ley de Seguridad Social en su Art. 73, así mismo el Estado debe brindar una atención prioritaria e inmediata por lo menos desde la primera aportación al IEES a los discapacitados considerados como un grupo de doble vulnerabilidad, en casos de enfermedad al no hacerlo se está violentando sus derechos garantizados en la Constitución. El Estado a través de la Seguridad Social, busca dar protección a los más necesitados, es por ello que nos referimos al grupo de atención prioritaria, estas personas que acabamos de mencionar en el párrafo anterior, son aquellas que deben ser atendidas con anterioridad en el tiempo o en el orden de una persona normal, ellos deben de tener una precedencia, antelación o privilegio frente a las demás personas que a diferencia de ellos poseen mejores condiciones. 2.2 Descripción del procedimiento metodológico para el desarrollo de la investigación. La investigación realizada fue basada en ciertos parámetros en cuanto a la metodología, y son los siguientes: 2.2.1 Modalidad de la Investigación. La presente investigación es cualitativa y cuantitativa. 48 2.2.1.1 Investigación Cualitativa. Con esta investigación cualitativa pude estudiar la calidad de las actividades, relaciones, asunto, medios, que son los hechos jurídicos que permite identificar la naturaleza profunda de las realidades y su estructura dinámica del problema planteado. 2.2.1.2 Investigación Cuantitativa. Es cuantitativa porque he trabajado sobre datos demostrativos, particularmente estadísticos que nos permitieron llegar a conclusiones determinadas. 2.2.2 Tipos de Investigación. El presente trabajo se enmarca en los siguientes tipos de investigación: 2.2.2.1 De Campo. Por lo que la investigación se la ha realizado en el lugar de los hechos a fin de determinar sus problemas y características objetivas. 2.2.2.2 Bibliográfica. Porque para fundamentar las variables se ha recurrido a los datos científicos, contenidos en la bibliografía que consta en el trabajo, sobre todo se recurrió a la doctrina y legislación nacional e internacional. 2.2.2.3 Documental. Porque ha sido necesario completar la investigación con datos contenidos en documentos públicos y privados. 49 2.2.2.4 Población y Muestra. Para la elaboración de este trabajo ha sido necesario recurrir a un universo de personas que están verdaderamente capacitadas con sus conocimientos sobre el tema, por tanto, el universo por sí solo es reducido y equivalente a su muestra en tal razón no es necesario la aplicación de la correspondiente fórmula. Composición Población % Usuarias(os) del servicio médico IESS 25 50% Funcionarios del IESS 3 6% Jueces de Santo Domingo de los Tsàchilas 2 4% Abogados en el libre ejercicio 10 20% Estudiantes universitarios 10 20% Total 50 100% 2.2.3 Métodos utilizados para el desarrollo de la investigación. 2.2.3.1 Métodos. En el desarrollo del presente trabajo investigativo, se ha utilizado los siguientes métodos a fin de alcanzar los objetivos planteados y a su vez fundamentar jurídicamente la propuesta hecha en base de la reforma planteada: 2.2.3.1.1 Método Inductivo. Porque a través de éste método se ha investigado y deducido a través de hechos particulares lo que he permitido obtener conclusiones o leyes universales con principios generales o universales que explican o relacionan el fenómeno estudiado. 50 2.2.3.1.2 Método Deductivo. Mediante este método se ha logrado obtener razonamientos partiendo de conocimientos generales, los cuales permitieron explicar y solucionar problemas particulares, presentados en el planteamiento del problema. 2.2.3.1.3 Método Histórico. Porque el tema del presente proyecto se ha logrado estudiar la trayectoria y evolución con fenómenos no jurídicos, su aplicación desarrollo, fortalezas y debilidades, logrando así entender su importancia y necesidad en los distintos tiempos y espacios de la humanidad. 2.2.3.1.4 Método Analítico. Porque ha sido posible comprender en toda su extensión el tema, separando las partes que lo componen, analizar y determinar con ello la característica general del fenómeno investigado. 2.2.3.1.5 Método Sintético. Porque reunidos los elementos en un todo gracias al análisis, ha sido posible llegar a la síntesis. 2.2.3.1.6 Método Comparado. Porque se ha visto la necesidad del estudio y análisis de diferentes instituciones jurídicas incluyendo la de sistemas jurídicos de otros países para poder establecer las particularidades de nuestro tema. 51 2.2.4 Técnicas e instrumentos de investigación La técnica es el conjunto de instrumentos y medios a través de los cuales se efectúa el método. 2.2.4.1 El fichaje. - Por medio de esta técnica auxiliar de la investigación científica se registró todos los datos obtenidos en los instrumentos utilizados como fue la ficha, en este caso la ficha bibliográfica y nemotécnica. 2.2.4.2 Observación Directa. - Se la utilizará con mayor importancia porque se realizará un trabajo de campo continúo determinándose las influencias que intervienen en este fenómeno. 2.2.4.3 Encuesta. - Con este medio se aplicarán las 50 encuestas para acreditar la aceptación de la problemática planteada. 2.2.4.4 Entrevistas. - Se realizarán entrevistas orales, durante el desarrollo de la tesis, con el objetivo de obtener criterios y opiniones de personas capacitadas que conocen de la problemática, como a su vez de los afectados directos. 2.2.4.5 Instrumentos. - Los instrumentos que se utilizaron para ésta investigación son: 2.2.4.6 Cuestionarios. - Este instrumento será utilizado para realizar las correspondientes 5 preguntas las mismas que serán aplicadas a 60 personas. 2.2.4.6.1 Interpretación de Resultados. 52 NO. 1 2 3 PREGUNTAS ¿Está afiliado usted al Seguro Social? ¿Sabe usted que es el I.E.S.S? ¿Sabe usted cuanto debe aportar el trabajador al Seguro Social? 4 ¿Sabe usted cuanto debe aportar el empleador al Seguro Social? ¿Conoce usted los beneficios que brinda el 5 Sabía usted que en una empresa en la cual ¿Sabe cuánto tiempo tiene que esperar para acceder a los servicios del I.E.S.S? ¿Le gustaría que se reduzca el tiempo de 9 40 10 50 80% 20% 100% 35 15 50 70% 30% 100% 40 10 50 80% 20% 100% 40 10 50 80% 20% 100% 25 25 50 50% 50% 100% 30 20 50 60% 40% 100% 25 25 50 50% 50% 100% 45 5 50 90% 10% 100% 50 0 50 100% 0% 100% 50 0 50 100% 0% 100% tengan 25 empleados debe contratar a una persona con discapacidad? 8 % para acceder a los servicios de salud que brinda el I.E.S.S? 7 NO Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social? ¿Sabe usted cuantas aportaciones debe tener 6 SI espera para acceder a los servicios que presta el I.E.S.S? ¿Está de acuerdo que para las personas con discapacidad el I.E.S.S debería minorar las 10 aportaciones a una y por lo tanto el tiempo de espera se reduciría? 53 Porcentaje en barra 2.2.4.6.1.1 Análisis de Resultados de la Encuesta. De las encuestas realizadas a cincuenta personas de Santo Domingo, de distintas Profesiones, edades, género y raza se establece los siguientes resultados. Pregunta 1.- El 80 % de los encuestados se encuentran afiliados al Seguro Social, mientras que el 20% de los encuestados no se encuentran afiliados Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social IESS. 54 Pregunta 2.- El 70% de los encuestados tienen un concepto claro de que es el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social IESS, mientras que el 30% desconocen para qué sirve el Seguro Social en el Ecuador Pregunta 3.- El 80% de los encuestados conocen cuanto aporta un trabajador al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social IESS; mientras que el 20% desconocen de cuanto hay que aportar al IESS. Pregunta 4.- El 80% de los encuestados conocen cuanto debe aportar un empleador al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social IESS; mientras que el 20% no saben cuánto debe aporta el empleador al IESS. Pregunta 5.- El 50% de los encuestados saben cuáles son sus beneficios ante el Seguro Social IESS; mientras que el 50% desconocen de alguna manera los beneficios que brinda el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social IESS. Pregunta 6.- El 60 % de los encuestados conocen cuantas aportaciones una persona debe tener para ser atendido en el IESS; mientras que el otros 40% de los encuestados manifiestan desconocen cuantas aportaciones debe tener una persona para ser atendido en el hospital del IESS. Pregunta 7.- El 50% de los encuestados Saben de alguna manera que en una empresa en la cual tengan 25 empleados debe contratar a una persona con discapacidad; mientras el 50% lo desconocen. Pregunta 8.- El 90 % de los encuestados saben cuánto tiempo tienen que esperar para ser atendido en el IESS; mientras el 10% de los encuestados no saben cuánto tiempo tienen que esperar para ser atendido en el IESS. Pregunta 9.- El 100% de los ciudadanos encuestados creen necesario que se debe reducir el tiempo de espera en el IESS para acceder a sus beneficios de salud. 55 Pregunta 10.- El 100% de los ciudadanos encuestados creen necesario que se debe reducir el tiempo de aportaciones en el IESS para las personas tienen alguna discapacidad y así puedan acceder a los beneficios de salud que brinda el Seguro Social. 2.2.4.7 Entrevistas.- Se realizarán entrevistas orales, a los representantes de las Entidades públicas y privadas, con el objetivo de obtener criterios y opiniones de personas capacitadas que conocen de la problemática, como a su vez de los afectados directos. La entrevista fue realizada a personalidades de las distintas entidades del cantón Santo Domingo. Entrevista al Dr. Enrique Santiago Briones Sotomayor. Juez de la Multicompetente de la Corte Provincial de Justicia de Santo Domingo de los Tsáchilas. 56 1.- ¿Cuáles son sus datos personales, como nombre y apellido, formación académica y cargo que ocupa? Mi nombre es Enrique Santiago Briones Sotomayor, Doctor en Jurisprudencia, el cargo que actualmente ocupo es el de Juez Multicompetente de la Corte Provincial de Justicia de Santo Domingo de los Tsáchilas. 2.- ¿A su criterio, quienes conforman los grupos de atención prioritaria? Nuestra actual Constitución del Ecuador dispone que los adultos mayores, niños, niños y adolescentes, mujeres embarazadas, personas con discapacidad, gente privada de su libertad y quienes adolezcan de enfermedades catastróficas o de alta complejidad, recibirán atención prioritaria y especializada en los ámbitos público y privado. 3.- ¿Usted cree que las instituciones públicas y privadas cumplen con el mandato constitucional en brindar una atención prioritaria hacia las personas de doble vulnerabilidad? Bueno actualmente aún no se cumple con este mandato constitucional, “No” todas las entidades públicas y privadas se encuentran cumpliendo con esta disposición constitucional, todo esto se da por falta de sensibilidad al prójimo, falta de cultura y falta de campañas públicas que debe brindar el Estado a la ciudadanía en general, en lo principal hacia los estudiantes; recuerdo yo, que en mis tiempos nos daban clases de valores, moral, ética y cultura, ahora estas materias han quedado en el olvido. 4.- ¿Considera usted que con el actual gobierno se está dando una mejor atención a personas que se encuentran en estado de vulnerabilidad? En la actualidad nuestro país ha tenido un cambio radical, puesto que la Constitución del 2008, se encarga de velar que se cumplan los derechos consagrados en ella, así como se preocupa de brindar una atención prioritaria 57 de todas y todos los ecuatorianos que se encuentran en estado de vulnerabilidad. Por lo tanto yo si considero que el cambio que está teniendo el Ecuador es para bien de todos los ecuatorianos, claro que hay excepciones en normas que al paso del tiempo tienen que ir cambiando como por ejemplo la Ley de Seguridad Social, entre otras. 5.- ¿Cree usted que la Ley de Seguridad Social está restringiendo el derecho a la salud de sus afiliados, en principal de personas de doble vulnerabilidad? Sin dudarlo, la Ley de Seguridad Social, si está restringiendo los derecho de salud de sus afiliados, puesto que para un afiliado sea atendido, tiene que esperar seis meses consecutivos, y si tiene los seis meses cumplidos no hay turnos, realmente el Seguro Social Ecuatoriano necesita un cambio en la parte de procedimientos de atención al usuario, puesto que no lo hay, claro sin menoscabar que el gobierno si se ha preocupado mejorando las infraestructuras o construyendo nuevos hospitales. La Ley del Seguro Social Obligatorio, se encuentra contraviniendo a los derechos establecidos en la Constitución, ya que para la misma los derechos a la salud son de carácter preferente y necesario para las y los ciudadanos. 6.- ¿Cree usted necesario incorporar un literal en el Art. 107 de la Ley de Seguridad Social, a fin establecer la atención desde el primer día de aportación de las personas afiliadas con discapacidad? Si es necesario reformar la Ley de Seguridad Social, puesto que ciertos artículos están restringiendo los derechos que tenemos todos los afiliados y que se encuentran prescritos en la Constitución, hay que recordar que toda norma tiene que ir evolucionando a medida de la necesidad de un pueblo; cabe 58 nueva mente recalcar que las normas que se encuentren contraviniendo a la norma supra (Constitución) tienen que ser reformadas. 2.3 Conclusiones parciales del capítulo. Dentro del capítulo II en el cual se refiere al Marco Metodológico utilizado a lo largo del desarrollo de la investigación, he consignado los principales métodos como medio para obtener un resultado final que constituye la propuesta y los considerandos que justifican su necesidad, he derivado a las siguientes conclusiones: Que el Artículo 107, de la Ley de Seguridad Social está violentando el derecho al Buen Vivir que tienen las personas de doble vulnerabilidad. Que la población en general siente la necesidad que de las leyes se hagan en beneficio a la necesidad del pueblo, mas no sean normas que contravengan los derechos consagrados en la Constitución. Que se hace necesaria la reforma planteada para brindar una protección adecuada frente a las contingencias y en las situaciones de necesidad que tienen las personas de doble vulnerabilidad. Que nuestra Ley de Seguridad Social, está siendo muy rígida respecto al tiempo de aportaciones que tienen que hacer los afiliados del Seguro General Obligatorio, para poder acceder a uno de los beneficios, que brinda el IESS. 59 CAPITULO III VALIDACIÓN Y/O EVALUACIÓN DE RESULTADOS DE SU APLICACIÓN 3 Procedimiento de la aplicación de los resultados de la investigación 3.1 Propuesta del investigador PROYECTO DE REFORMA A LEY DE SEGURIDAD SOCIAL REPÚBLICA DEL ECUADOR ASAMBLEA NACIONAL LA COMISIÓN LEGISLATIVA Y DE FISCALIZACIÓN EL PLENO DE LA COMISIÓN LEGISLATIVA Y DE FISCALIZACIÓN. CONSIDERANDO: Que es necesario reformar el Artículo 107 literal a y b de la Ley de Seguridad Social en razón de que el tiempo de espera para acceder a los beneficios que el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social presta, es muy extenso y por consiguiente en su conclusión. Que la actual Constitución de la República del Ecuador se refiere a los Derechos Constitucionales, manifestando por consiguiente que los derechos 60 constitucionales como son la salud y seguridad social consagran principios: como solidaridad, obligatoriedad, universalidad, equidad, eficiencia, subsidiaridad, suficiencia y transparencia. Que los Derechos Constitucionales se podrán ejercer, promover y exigir de forma individual o colectiva ante las autoridades competentes En el ejercicio de las atribuciones constitucionales expide la siguiente ley reformatoria: REFORMA A LA LEY DE SEGURIDAD SOCIAL Art. 1.- Refórmese el artículo 107 de la Ley de Seguridad Social, incorporando otro literal, por lo que la disposición legal quedaría así: Art. 107 Ley de Seguridad Social. - Se causará derecho a las prestaciones de este Seguro cuando el afiliado o la afiliada hayan cumplido: a. Seis (6) imposiciones mensuales ininterrumpidas, para contingencia de enfermedad; b. Doce (12) imposiciones mensuales ininterrumpidas, anteriores al parto, para contingencia de maternidad; y, c. Seis (6) imposiciones mensuales ininterrumpidas, para el subsidio monetario de enfermedad. d).- Una (1) imposición mensual para contingencia de enfermedad para las personas con discapacidad comprobada. El afiliado o la afiliada que dejaren de aportar, conservarán su derecho a las prestaciones de enfermedad o maternidad hasta dos (2) meses posteriores al cese de sus aportaciones. 61 Se exceptúa del tiempo de espera para contingencia de enfermedad al jubilado y al derechohabiente de orfandad en goce de pensiones. La prestación de salud se realizará con tecnologías apropiadas a la disponibilidad de recursos del Seguro, sin menoscabo de la calidad y dentro de los rangos de suficiencia que determinen los protocolos de diagnóstico y tratamientos aprobados por la Administradora del Seguro General de Salud. Dado y firmado en la ciudad de San Francisco de Quito, capital de la República del Ecuador, a los 02 días del mes de octubre del 2015. f).- Gabriela Rivadeneira Burbano PRESIDENTA DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE ECUADOR 62 3.2 Certificados de viabilidad del tema. CERTIFICADO DE VIABILIDAD A petición verbal de la interesada, la señora Alexandra Mariela Arteaga Arteaga, portador de la cédula de ciudadanía N° 1718201401, tengo a bien manifestar que una vez conocido el Proyecto de Tesis para la obtención del Título de Abogado de los Tribunales de la República del Ecuador, cuyo tema es “GRUPOS DE DOBLE VULNERABILIDAD Y LAS ATENCIONES MEDICAS QUE OTORGA EL INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL” consideró que es viable, ya que brindará un gran aporte a la sociedad y en especial a las afiliados que se encuentran en estado de vulnerabilidad El interesado puede hacer usos de la presente certificación en lo que más estime conveniente. Dr. Enrique Santiago Briones Sotomayor JUEZ DE LA SALA MULTICOMPETENTE DE LA CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE SANTO DOMINGO DE LOS TSÁCHILAS 63 CERTIFICADO DE VIABILIDAD A petición verbal de la interesada, la señora Alexandra Mariela Arteaga Arteaga, portadora de la cédula de ciudadanía N° 1718201401, tengo a bien manifestar que una vez conocido y analizado el contenido social del Proyecto de Tesis para la obtención del Título de Abogada de los Tribunales de la República del Ecuador, cuyo tema es: “GRUPOS DE DOBLE VULNERABILIDAD Y LAS ATENCIONES MEDICAS QUE OTORGA EL INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL” considero es viable y que es un gran aporte al Derecho Ecuatoriano, sobre todo un avance para todas las afiliados que se encuentran en estado de doble vulnerabilidad. La interesada puede hacer uso de la presente certificación en lo que estime conveniente. Atentamente, DRA. ADELA DIAZ SECRETARIA RELATORA DE LA MULTICOMPETENTE DE LA CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE SANTO DOMINGO DE LOS TSÁCHILAS 64 CERTIFICADO DE VIABILIDAD A petición verbal de la interesada, la señora Alexandra Mariela Arteaga Arteaga, portadora de la cédula de ciudadanía N° 1718201401, tengo a bien manifestar que una vez conocido y analizado el contenido social del Proyecto de Tesis para la obtención del Título de Abogada de los Tribunales de la República del Ecuador, cuyo tema es: “GRUPOS DE DOBLE VULNERABILIDAD Y LAS ATENCIONES MEDICAS QUE OTORGA EL INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL” considero que es viable y que será un gran aporte principalmente a que son afiliados al seguro social obligatorio. El interesado puede hacer uso de la presente certificación en lo que estime conveniente. DR. DAVID ECHEVERRÍA TIPSE Medico 65 CONCLUSIONES GENERALES. Luego de haber realizado la presente investigación he llegado a las siguientes conclusiones: Que los Derechos Constitucionales y los Instrumentos Internacionales de derechos humanos, serán de directa e inmediata aplicación. Que el trabajo es un derecho y un deber social, y un derecho económico fuente de realización personal y base de la economía. Que la Seguridad Social es un derecho irrenunciable de todas las personas, y será y debe ser un deber y responsabilidad primordial del Estado. Que nuestra Ley de Seguridad Social, está siendo muy rígida respecto al tiempo de espera y más cuando se trata de una persona con discapacidad para que puedan acceder a uno de los beneficios que sirven para velar por los derechos constitucionales. Que es necesario reformar el artículo 107 literales a y b de la Ley de Seguridad Social vigente. RECOMENDACIONES. 66 Luego de haber realizado la presente investigación me permito realizar las siguientes recomendaciones: Que el Consejo Directivo del IESS tome en cuenta los derechos preferentes primordiales que tienen las personas de doble vulnerabilidad y que se encuentran consagrados en la Constitución de la República del Ecuador. Que la Universidad Regional Autónoma de los Andes “Unidades” extensión Santo Domingo, remita el presente proyecto de Ley a la Asamblea Nacional en la que se reforme el Artículo 107 literales a) y b) de la Ley de Seguridad Social. Que los Asambleísta tomen en consideración el presente proyecto investigativo que busca reformar el Artículo 107, literal a) y b) de la Ley de Seguridad Social y lo aprueben, para de esta forma los ecuatorianos podamos contar con una norma actualizada que responde a las necesidades de la sociedad actual. 67 BIBLIOGRAFÍAS. FÍSICA BISMARCK, Otto Von. 2005. MANUAL DE DERECHO AL SEGURO SOCIAL. MADRID : GALARZA, 2005. ISBN 325-456-785-1. CABANELLAS, GUILLERMO. 2003. DICCIONARIO JURIDICO ELEMENTAL. BUENOS AIRES-ARGENTINA : HELIASTA S.R.L., 2003. ISBN 950-885-046-9. CONSTITUCION DE LA REPUBLICA DEL ECUADOR, 2008. act 2012. Corporacion de estudios y publicaciones. Quito : s.n., act 2012. S/ISBN. CORPORACION DE ESTUDIOS Y PUBLICACIONES . 2012. CODIGO CIVIL. Quito- Ecuador : PUBLICACIONES DE ESTUDIO, 2012. isbn 9978-86-456-3. FALCONI, JOSE GARCIA. 2011. ANALISIS DEL DERECHO CONTITUCIONAL. Quito- Ecuador : Revista Judicial, 2011. S/ISBN. GIRAUD, C. 2011. DERECHO DE FAMILIA. MADRID : REMO, 2011. S/ISBM. HUANACUNI, FERNANDO. 2010. VIVIR BIEN/BUEN VIVIR Filosofia, politica, estrategias y experiencias regionales andinas. lima-Peru : prensa CAOI, 2010. S/ISBN. LEVI-STRAUSS, CLAUDE. 2010. LA FAMILIA. MADRID : COLOSAL, 2010. LEY DE SEGURIDAD SOCIAL 2001. ACT. 2012. Quito : Corporaciones Estudios y Publicaciones, ACT. 2012. ISBN 9978-86-577-2. MANCCINI RODRIGUEZ, GORGE. 1999. LA SEGURIDAD SOCIAL EN IBEROAMERICA. BUENOS AIRES ARGENTINA : ZAMORANO, 1999. ISBN 458-336-412-8. MARTINEZ, ROBERTO BAENZ. 2005. Lecciones de Seguridad Social . Mexico : PAC, 2005. ISBN 950-046-778-2. PAEZ-HEANSER, LLEAENA. 2012. DERECHOS UNIVERSALES DE LOS GRUPOS DE ATENCION PRIORITARIA. MADRID : PLUSER, 2012. S/ISBN. RUIZ, ANGEL. 1997. Nuevo Derecho de la Seguridad Social. DF- Mexico : Porrua, 1997. s/ISBN. SEMPLADES. 2009. PLAN NACIONAL PARA EL BUEN VIVIR 2009-2013. Quito : Secretaria Nacional de Planificacion y Desarrollo-SEMPLADES, 2009. S/SBN. SUCK, TENA. 2010. NUEVOS RUMBOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL. MADRID-.ESPAÑA : GALARZA, 2010. S/ISBN. VALENZUELA, AUGUSTO. 2000. EL SEGURO SOCIAL COMO PROGRAMA DE PROTECCION . VENEZUELA : PERLAZA , 2000. S/ISBN. WRIGHT, ERIK OLIN. 2006. VIVIR EN PAZ ES ALCANZAR EL BUEN VIVIR. CALIFORNIA : NEW LEFT REVIEW, 2006. S/ISBN. . DIGITAL AVILÉZ PINO, EFRÈN. 2011. http://www.enciclopediadelecuador.com/temasOpt.php?Ind=1092&Let=. línea] ENCICLOPEDIAS DEL ECUADOR, 2011. CORTE CONSTITUCIONAL. www.corteconstitucional.gov.co/RELATORIA/2010/T-667-10.htm DD-HH. http://www.un.org/es/documents/udhr/ [En DRECHOS PREFENTES. www.notivida.com.ar/.../Derechos%20durante%20el%20.html. IESS SERVICIO DE SALUD. 2012. http://www.iess.gob.ec/es/web/guest/servicios-de-salud1. [En línea] 2012. INEC. 2011. www.inec.gob.ec. [En línea] 2011. PRESTACIONES DE SALUD IESS. 2012. http://www.iess.gob.ec/es/web/guest/seguro-de-salud. [En línea] 2012. PROHUMANA, FUNDACION. 2011. www.prohumana.cl/index.php?=com_content&task=view&id=2872<emid=90. [En línea] 2011. MUJER CONOCE TUS DERECHOS. http://pendientedemigracion.ucm.es/cont/descargas/documento19753.pdf?pg=c ont/descargas/documento19753.pdf. S.A, LEXIS. www.lexis.com.ec/WebTools/eSilecPro/Default.aspx. [En línea] WIKIPEDIA, http://es.wikipedia.org/wiki/plataformadiscapacidad ANEXOS N. 1 FOTOGRAFIAS PARTE EXTERNA DEL HOSPITAL IESS SANTO DOMINGO ENTREVISTA AL DR. ENRIQUE BRIONES SOTOMAYOR JUEZ PROVINCIAL ANEXOS N. 2 CERTIFICADO DE ORTOGRAFÍA ANEXOS N. 3 FORMULARIO DE LA ENCUESTA FORMULARIO DE LA ENCUESTA UNIVERSIDAD REGIONAL AUTÓNOMA DE LOS ANDES “UNIANDES” FACULTAD DE JURISPRUDENCIA ESCUELA DE DERECHO TRABAJO DE INVESTIGACIÓN PREVIO A LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADA DE LOS TRIBUNALES DE LA REPÚBLICA Por favor lea detenidamente las preguntas; marque con una (X) donde usted crea conveniente. Sus respuestas son muy necesarias para la realización de este trabajo de investigación. 1.- ¿Está afiliado usted al Seguro Social? Si ( ) No ( ) 2.- ¿Sabe usted que es el I.E.S.S? Si ( ) No ( ) 3.- ¿Sabe usted cuanto debe aportar el trabajador al Seguro Social? Si ( ) No ( ) 4. ¿Sabe usted cuanto debe aportar el empleador al Seguro Social? Si ( ) No ( ) 5. ¿Conoce usted los beneficios que brinda el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social? Si ( ) No ( ) 6.- ¿Sabe usted cuantas aportaciones debe tener para acceder a los servicios de salud que brinda el I.E.S.S? Si ( ) No ( ) 7.- ¿Sabía usted que en una empresa en la cual tengan 25 empleados debe contratar a una persona con discapacidad? Si ( ) No ( ) 8.- ¿Sabe cuánto tiempo tiene que esperar para acceder a los servicios del I.E.S.S? Si ( ) No ( ) 9.- ¿Le gustaría que se reduzca el tiempo de espera para acceder a los servicios que presta el I.E.S.S? Si ( ) No ( ) 10.- ¿Está de acuerdo que para las personas con discapacidad el I.E.S.S debería minorar las aportaciones a una y por lo tanto el tiempo de espera se reduciría? Si ( ) No ( )
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