ESTE DOCUMENTO NO TIENE VALIDEZ SIN LA FIRMA DEL REPRESENTANTE DEL FISE ADENDA TRANSITORIA AL CONVENIO PARA EL SERVICIO DE INSTALACIONES INTERNAS RESIDENCIALES DE GAS NATURAL A EJECUTARSE CON RECURSOS DEL FISE Conste por el presente documento, la “Adenda Transitoria al Convenio para el Servicio Integral de Instalaciones Internas Residenciales de Gas Natural a ejecutarse con Recursos del FISE en la Zona xx – xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx” (en adelante “Adenda Transitoria”), que celebra de una parte el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería - Osinergmin, en adelante "LA ENTIDAD", con RUC N° 20376082114, con domicilio legal en Calle Bernardo Monteagudo N° 222, distrito de Magdalena del Mar, provincia y departamento de Lima, representado por el Jefe de Proyecto FISE, Jacqueline Jeanny Kam Paredes, identificada con DNI N° 07189557, designada mediante Resolución de Gerencia General N° 046-2016-OS/GG, de fecha 29 de abril de 2016, y de otra parte la empresa xxxxxxxxx, con RUC N° xxxxxxxxxxxxx, con domicilio legal para efectos del presente convenio en xxxxxxxxxxx, distrito de xxxxx, provincia y departamento de Lima, cuyo representante es el Sr. xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, con D.N.I. o C. E. N° xxxxxxxxxxxxxx, según poder inscrito en el Asiento N° xxxxxxxxx de la Partida N° xxxxxxxxxxxx de la Zona Registral N° xx, Sede xxx – Oficina Registral xxx, a quien en adelante se le denominará "LA EMPRESA INSTALADORA GNR" o “EL CONCESIONARIO” en los términos y condiciones siguientes: CLÁUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES 1.1 Con fecha 29 de agosto de 2016, LA ENTIDAD y LA EMPRESA INSTALADORA GNR o EL CONCESIONARIO suscribieron el “Convenio para el Servicio Integral de Instalaciones Internas Residenciales de Gas Natural a ejecutarse con Recursos del FISE en la Zona xx – xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx” (en adelante “Convenio”). 1.2 Actualmente, se viene presentando una situación de desabastecimiento en el mercado peruano de Tuberías Pe-Al-Pe 2025, lo cual perjudica el cumplimiento del plazo de ejecución del Servicio Integral de Instalaciones Internas1, debido a que la configuración técnica de la instalación interna establecida en el Anexo 1 del Convenio considera la utilización de Tubería Pe-Al-Pe 2025 en el primer tramo de la instalación; por lo que, resulta necesario establecer una configuración técnica alternativa y temporal mientras dure esta situación de desabastecimiento. 1.3 Ante esta situación, mediante Resolución de Consejo Directivo N° 251-2016-OS/CD, publicada en el diario oficial El Peruano el 12 de noviembre de 2016, se aprobó el Precio Máximo Alternativo para el Servicio Integral de Instalación Interna domiciliario para un punto empotrado o a la vista, que se aplicará en la Concesión de Distribución de Gas Natural por Red 1 En el Programa Anual de Promociones 2016, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 262-2016-MEM/DM, se establece que el Administrador del FISE está a cargo de la ejecución del Programa de Promoción de Nuevos Suministros Residenciales de Gas Natural en Lima, Callao e Ica, cuyo plazo de ejecución inicia el 4 de julio de 2016 y culmina el 31 de diciembre de 2016. ESTE DOCUMENTO NO TIENE VALIDEZ SIN LA FIRMA DEL REPRESENTANTE DEL FISE de Ductos en Lima y Callao y en la Concesión de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos en Ica, con la finalidad de contrarrestar las implicancias de la situación desabastecimiento. CLÁUSULA SEGUNDA: CONFIGURACIÓN DE LA INSTALACIÓN INTERNA 2.1 LA EMPRESA INSTALADORA GNR o EL CONCESIONARIO, por razones de desabastecimiento de tuberías Pe-Al-Pe 2025, podrá utilizar de manera excepcional, temporal y alternativa a la configuración técnica establecida en el Anexo 1 del Convenio, la siguiente configuración de la instalación interna: Configuración Alternativa 14182 2 Material Tipo : : Puntos de Suministro Diámetros mínimos Longitud con 1418 : : : Pe-Al-Pe a la vista o empotrado (hasta cuarto piso en edificaciones verticales) 1 punto el cual debe ser para cocina doméstica. 1418 Longitud total de la instalación interna (L) Ítem Material Cantidad 1 Conector para medidor de gas 1418 x Tuerca Universal G ¾” 1 2 Válvula bola 1418 Pe-Al-Pe 2 3 Tubería Pe-Al-Pe 1418 L 4 Adaptador Codo 90° 1/2 NPT x 1418 grafado 1 5 Tubería Flexible (Conector Flexible de Elastómero) 1 La tubería, válvulas y accesorios de esta configuración deben cumplir con las especificaciones técnicas señaladas en el numeral 2.2.1 del Anexo 1 del Convenio; es decir, el color de la Tubería PE-AL-PE 1418 será de color amarillo (instalación a la vista o empotrado) o blanco (instalación a la vista). Asimismo, mientras se encuentre vigente la Adenda Transitoria, LA EMPRESA INSTALADORA GNR o EL CONCESIONARIO, de manera adicional a lo previsto en el Convenio, podrá utilizar Tuberías PE-AL-PE 2025 de color blanco pintadas de amarillo para instalaciones empotradas, de acuerdo con las recomendaciones del fabricante, según lo dispuesto en el numeral 12.14.2 de la NTP 111.011 vigente. ESTE DOCUMENTO NO TIENE VALIDEZ SIN LA FIRMA DEL REPRESENTANTE DEL FISE 2.2 LA EMPRESA INSTALADORA GNR o EL CONCESIONARIO podrá utilizar la configuración alternativa señalada en el numeral precedente o la configuración técnica del numeral 2.3.1 del Convenio. 2.3 Si LA EMPRESA INSTALADORA GNR o EL CONCESIONARIO utiliza la configuración alternativa del numeral 2.1 de la presente Adenda Transitoria, deberá modificar sus precios propuestos para la prestación del Servicio Integral de Instalación Interna durante la primera convocatoria para la suscripción del Convenio, los cuales no podrán ser mayores a los precios máximos establecidos en la Resolución de Consejo Directivo N° 251-2016-OS/CD. Además, LA EMPRESA INSTALADORA GNR o EL CONCESIONARIO deberá informar y entregar al Usuario FISE de Gas Natural la “Declaración Jurada sobre información de Tuberías PE-AL-PE 1418”del Anexo 1 de la presente Adenda Transitoria antes que este suscriba el Convenio de Financiamiento FISE. Este documento deberá ser suscrito por el Usuario FISE de Gas Natural y deberá ser entregado en copia a LA ENTIDAD junto con las liquidaciones semanales para el pago del Servicio Integral de Instalaciones Internas. CLÁUSULA TERCERA: RATIFICACIÓN Y VIGENCIA La suscripción de la presente Adenda Transitoria se realiza en aplicación de lo previsto en la Cláusula Décimo Tercera del Convenio. En tal sentido, las partes acuerdan expresamente que la presente Adenda Transitoria entrará en vigencia a partir de su suscripción y se mantendrá vigente hasta el 31 de diciembre de 2016, inclusive. Durante la vigencia de la presente Adenda Transitoria, LA EMPRESA INSTALADORA GNR o EL CONCESIONARIO podrá utilizar la configuración técnica alternativa señalada en el numeral 2.1 de la Cláusula Segunda a los Usuarios FISE de Gas Natural, cumpliendo con lo señalado en el numeral 2.3 de la presente Adenda Transitoria. La configuración técnica alternativa de la Cláusula Segunda se aplicará a los Usuarios FISE de Gas Natural que hayan suscrito Convenio de Financiamiento FISE hasta el 31 de diciembre de 2016. Vencido el plazo de vigencia de la presente Adenda Transitoria se deberá cumplir estrictamente con la configuración técnica señalada en el numeral 2.3.1 del Anexo 1 del Convenio. Las partes dejan constancia que los demás términos y condiciones señalados en el Convenio no modificados por la presente Adenda Transitoria se mantienen vigentes para todos sus efectos, por lo que se ratifican en estos términos. Suscrito en la ciudad de Lima, a los 15 días del mes noviembre del año 2016, en dos ejemplares idénticos, en señal de conformidad con el texto de la presente Adenda Transitoria. Jacqueline Jeanny Kam Paredes Jefe del Proyecto FISE LA ENTIDAD xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx Representante Legal LA EMPRESA INSTALADORA GNR o EL CONCESIONARIO ESTE DOCUMENTO NO TIENE VALIDEZ SIN LA FIRMA DEL REPRESENTANTE DEL FISE LA EMPRESA INSTALADORA GNR o EL CONCESIONARIO declara que, para la Configuración Alternativa 1418, sus precios por la prestación del Servicio Integral de Instalación Interna serán los siguientes: Servicio Integral de Instalación Interna Empotrado A la vista Lima, 15 de noviembre de 2016 xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx Representante Legal LA EMPRESA INSTALADORA GNR o EL CONCESIONARIO Precios Sin IGV (S/.) Precios Con IGV (S/.) ANEXO 1 DECLARACIÓN JURADA SOBRE INFORMACIÓN DE TUBERÍAS PE-AL-PE 1418 Señores: OSINERGMIN Calle Bernardo Monteagudo 222 Magdalena Lima, Perú Por medio de la presente declaro tener conocimiento que el Servicio Integral de Instalación Interna que será cubierto por el FISE me permite contar con un punto de consumo para cocina y que además me permitiría realizar una ampliación futura de la instalación para un punto adicional para un segundo artefacto y, eventualmente, podría alcanzar para conectar un tercer artefacto, siempre que se cumplan las condiciones técnicas establecidas por el concesionario de distribución de gas natural y la normativa vigente. Asimismo, declaro expresamente que LA EMPRESA INSTALADORA GNR o EL CONCESIONARIO me ha informado de manera clara y precisa que la construcción de la instalación interna de gas natural con tubería de diámetro 1418 me permite contar con un punto de consumo para cocina y que además me permitiría realizar una ampliación futura de la instalación para un punto adicional para un segundo artefacto (terma). Solamente en algunos casos, podría alcanzar para conectar un tercer artefacto (secadora). También se me ha informado que aproximadamente a partir de la primera semana de enero de 2017 podría acceder a una instalación con tuberías de diámetros 2025 y 1216 (tuberías con mayor diámetro), con la cual podría realizar ampliaciones futuras de dos puntos adicionales para conectar otros dos artefactos (terma y secadora). Por lo tanto, acepto voluntariamente que se construya la instalación interna dentro de mi vivienda con tubería de diámetro 1418, para lo cual asumo las limitaciones que se tenga a futuro para ampliar puntos adicionales para conectar otros artefactos. EMPRESA INSTALADORA GNR O EL CONCESIONARIO USUARIO FISE GAS NATURAL Firma Firma DNI DNI Nombre y Apellidos Nombre y Apellidos Razón Social de la Empresa Instaladora Dirección
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