BOLETÍN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS núm. 258 de 7-xi-2016 1/1 I. Principado de Asturias •• Otras Disposiciones Consejería de Presidencia y Participación Ciudadana Resolución de 26 de octubre de 2016, de la Consejería de Presidencia y Participación Ciudadana, por la que se acuerda someter a trámite de información pública la propuesta de Decreto por el que se regula la atención ciudadana y los registros en la Administración del Principado de Asturias, sus organismos y entes públicos. Mediante Resolución del Consejero de Presidencia y Participación Ciudadana de 26 de septiembre de 2016, se inició el procedimiento para la elaboración del Decreto por el que se regula la atención ciudadana y los registros en la Administración del Principado de Asturias, sus organismos y entes públicos. La letra a) de la disposición transitoria tercera de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece que a los procedimientos ya iniciados antes de la entrada en vigor de la Ley no les será de aplicación la misma, rigiéndose por la normativa anterior. Resultando aplicable al presente procedimiento, las previsiones de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, establecen los apartados 1 y 2 de su artículo 86 que el órgano al que corresponda la resolución del procedimiento, cuando la naturaleza de éste lo requiera, podrá acordar un período de información pública. A tal efecto, se anunciará en el Boletín Oficial del Estado, de la Comunidad Autónoma, o en el de la Provincia respectiva, a fin de que cualquier persona física o jurídica pueda examinar el procedimiento, o la parte del mismo que se acuerde. El anuncio señalará el lugar de exhibición y determinará el plazo para formular alegaciones, que en ningún caso podrá ser inferior a veinte días. Por su parte, establece el artículo 48.1 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre, que siempre que por Ley o normativa comunitaria europea no se exprese otra cosa, cuando los plazos se señalen por días, se entiende que éstos son hábiles, excluyéndose del cómputo los domingos y los declarados festivos. Por lo anteriormente expuesto, RESUE L V O Primero.—Someter a trámite de información pública, por plazo de veinte días hábiles, la propuesta de Decreto por el que se regula la atención ciudadana y los registros en la Administración del Principado de Asturias, sus organismos y entes públicos, para que puedan formular alegaciones cuantas entidades y particulares lo deseen, a cuyos efectos dicha propuesta será expuesta durante el citado período en las dependencias de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Presidencia y Participación Ciudadana (Ala Este, planta 3.ª, calle Eduardo Herrera, “Herrerita”, de Oviedo), así como en el Servicio de Atención Ciudadana (Edificio Administrativo de Servicios Múltiples, planta plaza de Oviedo). Dicha documentación se encuentra asimismo disponible en el Tablón de anuncios de la Sede electrónica del portal del Principado de Asturias www.asturias.es, y en el portal de transparencia. Segundo.—Las alegaciones que en su caso se formulen, deberán dirigirse al Ilmo. Sr. Consejero de Presidencia y Participación Ciudadana, y presentarse en el Registro General de la Administración del Principado de Asturias (Edificio Administrativo de Servicios Múltiples, c/ Coronel Aranda, n.º 2), o por cualesquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. Cód. 2016-11734 Oviedo, 26 de octubre de 2016.—El Consejero de Presidencia y Participación Ciudadana, Guillermo Martínez Suárez.— Cód. 2016-11734. http://www.asturias.es/bopa
© Copyright 2024