AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEL MAR DE GRAU Año XXXIII - Nº 13854 NORMAS LEGALES Fuente: Diario Oficial El Peruano Director (e): Félix Alberto Paz Quiroz 603355 JUEVES 3 DE NOVIEMBRE DE 2016 SUMARIO PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS R.S. N° 277-2016-PCM.- Encargan el Despacho de la Presidencia de la República a la Segunda Vicepresidenta de la República 603357 R.S. N° 278-2016-PCM.- Autorizan viaje de comitiva oficial que acompañará al Presidente de la República durante su viaje a Bolivia 603357 R.S. N° 279-2016-PCM.- Autorizan viaje de diversos Ministros de Estado a Bolivia, y encargan sus respectivos Despachos 603358 R.S. N° 280-2016-PCM.- Autorizan viaje de Presidente del Consejo Directivo del OSIPTEL a Bolivia, en comisión de servicios 603359 Fe de Erratas R.S. N° 274-2016-PCM 603360 AGRICULTURA Y RIEGO R.S. N° 017-2016-MINAGRI.- Autorizan viaje de Director Ejecutivo (e) del SERFOR a Japón, en comisión de servicios 603360 Res. Nº 249-2016-SERFOR-DE.- Designan Director General de la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre del SERFOR 603361 Res. Nº 250-2016-SERFOR-DE.- Designan Director General de la Dirección General de Gestión Sostenible del Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre del SERFOR 603362 CULTURA R.M. N° 422-2016-MC.- Aprueban lista de proyectos priorizados para ser financiados y ejecutados en el marco del artículo 17 de la Ley N° 30264 y su Reglamento 603362 R.M. N° 423-2016-MC.- Declaran ganadores del Concurso “Premio Nacional de Cultura” - Edición 2016 603363 DEFENSA R.S. N° 437-2016-DE/.- Autorizan viaje de Viceministro de Políticas para la Defensa y de Viceministra de Recursos para la Defensa a Bolivia, en comisión de servicios 603364 DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL R.M. Nº 264-2016-MIDIS.- Designan Asesora de la Secretaría General del Ministerio 603365 ECONOMIA Y FINANZAS D.S. N° 299-2016-EF.- Autorizan Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016 a favor del pliego Instituto Nacional de Defensa Civil 603365 EDUCACION R.S. N° 044-2016-MINEDU.Autorizan viaje de especialista de la Oficina de Medición de la Calidad de los Aprendizajes a España, en comisión de servicios 603367 R.M. Nº 537-2016-MINEDU.- Designan Directora de la Dirección de Apoyo a la Gestión Educativa Descentralizada 603368 ENERGIA Y MINAS R.M. Nº 456-2016-MEM/DM.Aprueban como empresa calificada a EGEJUNIN TULUMAYO - IV S.A.C. por el desarrollo del proyecto denominado “Central Hidroeléctrica Tulumayo IV”, de acuerdo con el Contrato de Inversión suscrito con el Estado Peruano 603368 INTERIOR R.S. N° 387-2016-IN.- Autorizan viaje de Comandante de la Policía Nacional del Perú a Argentina, en comisión de servicios 603369 R.M. N° 0922-2016-IN.- Constituyen el Comité de Inversiones del Sector Interior 603370 JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS R.S. N° 205-2016-JUS.- Acceden a solicitud de extradición activa de ciudadano peruano y disponen su presentación a los Estados Unidos de América 603371 R.S. N° 206-2016-JUS.- Aceptan renuncia de Procurador Público del Ministerio de Cultura 603372 R.S. N° 207-2016-JUS.- Dan por concluida designación de Procurador Público Especializado en materia Constitucional 603372 603356 NORMAS LEGALES Jueves 3 de noviembre de 2016 / El Peruano R.S. N° 208-2016-JUS.- Aceptan renuncia de Procuradora Pública Adjunta del Ministerio de Salud 603373 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS PRODUCE SUPERINTENDENCIA NACIONAL R.S. N° 023-2016-PRODUCE.- Autorizan viaje de profesional del ITP a Brasil, en comisión de servicios 603373 R.M. N° 433-2016-PRODUCE.- Disponen la publicación de proyecto de Decreto Supremo que aprueba el “Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Recurso Anchoveta para Consumo Humano Directo” y su Exposición de Motivos, en el portal institucional del Ministerio 603374 R.J. Nº 349-2016-FONDEPES/J.- Encargan funciones de Jefe de la Oficina General de Administración del FONDEPES 603375 DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Res. Nº 291-2016/SUNAT.- Autorizan viaje de trabajadores de la SUNAT a Bolivia, en comisión de servicios 603384 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE EDUCACION SUPERIOR UNIVERSITARIA RELACIONES EXTERIORES R.S. N° 242-2016-RE.- Dan por terminadas funciones de Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria del Perú en el Reino de Bélgica y ante la Unión Europea 603375 RR.SS. N°s. 243 y 244-2016-RE.- Autorizan al Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica efectuar pago de cuotas a diversos organismos internacionales 603375 SALUD R.M. Nº 860-2016/MINSA.Autorizan viaje de profesionales de la DIGEMID a México, en comisión de servicios 603377 R.M. Nº 861-2016/MINSA.- Designan temporalmente Ejecutivo Adjunto 1 de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio 603378 TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO R.S. N° 020-2016-TR.- Autorizan viaje de Viceministro de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral a Bolivia, en misión oficial 603378 R.M. Nº 266-2016-TR.- Disponen la implementación del Registro Nacional de Trabajadores de Construcción Civil RETCC en el ámbito territorial de la Región Callao 603379 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES D.S. N° 020-2016-MTC.- Decreto Supremo que incorpora el artículo 6-A en el Decreto Supremo N° 012-2013-MTC 603380 R.M. Nº 891-2016 MTC/01.- Aceptan renuncia y designan Director de la Dirección de Certificaciones y Autorizaciones de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio 603381 R.M. Nº 892-2016 MTC/01.04.- Designan Director de la Oficina de Abastecimiento de la Oficina General de Administración del Ministerio 603382 R.M. Nº 893-2016 MTC/01.04.- Dan por concluida designación y designan Director de la Oficina de Finanzas de la Oficina General de Administración del Ministerio 603382 ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES Res. Nº 00105-2016-PD/OSIPTEL.Designan funcionarios responsables de atender solicitudes de información que se formulen en las Oficinas Desconcentradas de Ayacucho, Huancavelica e Ica del OSIPTEL y ratifican otras designaciones efectuadas mediante la Res. N° 046-2014-PD/OSIPTEL 603383 Res. Nº 073-2016-SUNEDU.- Aceptan renuncia de Director de Sistema Administrativo III de la Oficina de Asesoría Jurídica de la SUNEDU 603385 Res. Nº 074-2016-SUNEDU.- Encargan funciones de Director de Sistema Administrativo III de la Oficina de Asesoría Jurídica de la SUNEDU 603385 Res. Nº 075-2016-SUNEDU.- Aceptan renuncia de Director de Sistema Administrativo III de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de la SUNEDU 603386 Res. Nº 076-2016-SUNEDU.- Designan Director de Sistema Administrativo III de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de la SUNEDU 603386 Res. Nº 077-2016-SUNEDU.- Aceptan renuncia de Director de Sistema Administrativo III de la Oficina de Tecnologías de la Información de la SUNEDU 603386 Res. Nº 078-2016-SUNEDU.- Encargan funciones de Jefe de la Oficina de Tecnologías de la Información de la SUNEDU 603387 Res. Nº 079-2016-SUNEDU.- Aceptan renuncia de Jefa de la Oficina de Recursos Humanos de la SUNEDU 603387 Res. Nº 080-2016-SUNEDU.- Encargan funciones de Jefe de la Oficina de Recursos Humanos de la SUNEDU 603388 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Res. Adm. Nº 129-2016-P-CE-PJ.Prorrogan funcionamiento de diversos órganos jurisdiccionales transitorios a nivel nacional 603388 CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Res. Adm. Nº 526-2016-P-CSJCL/PJ.- Aprueban el Plan de Mejoramiento del Servicio de Atención al Usuario en los Juzgados de Paz Letrado del Callao 603389 ORGANISMOS AUTONOMOS BANCO CENTRAL DE RESERVA Circular Nº 025-2016-BCRP.- Indice de reajuste diario, a que se refiere el artículo 240° de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, correspondiente al mes de noviembre 603390 El Peruano / Jueves 3 de noviembre de 2016 NORMAS LEGALES INSTITUCIONES EDUCATIVAS Res. Nº 05304-R-16.- Ratifican resoluciones que autorizan viajes de Director (e) de la Escuela Profesional de Ingeniería Ambiental y de Vicedecano de Investigación y Posgrado de la Univesidad Nacional Mayor de San Marcos, a Alemania, en comisión de servicios 603391 Res. Nº 05307-R-16.- Autorizan viajes de Director (e) de la Escuela Profesional de Ingeniería Ambiental y de Vicedecano de Investigación y Posgrado de la Univesidad Nacional Mayor de San Marcos, a Alemania, en comisión de servicios 603391 RR. Nºs. 05305 y 05306-R-16.- Ratifican resoluciones que autorizan viajes de representantes de la Facultad de Ingeniería Geológica, Minera, Metalúrgica y Geográfica de la UNMSM a Alemania, en comisión de servicios 603392 603357 RR. Nºs. 4516, 4517, 4518, 4519, 4520, 4521, 4522, 4523, 4524, 4527 y 4528-2016-MP-FN.- Nombran fiscales en los Distritos Fiscales de Amazonas, Cusco, Junín, Lima Este, Loreto, Piura, Puno y Ucayali 603396 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE ATE Res. Nº 845-2016-MDA/GDU-SGHUE.Aprueban Proyecto de Regularización de Habilitación Urbana de terreno rústico ubicado en el distrito 603399 MUNICIPALIDAD DE LOS OLIVOS MINISTERIO PUBLICO RR. Nºs. 4509 y 4510-2016-MP-FN.- Aceptan renuncias de fiscales en los Distritos Fiscales de Huaura y Piura 603393 RR. Nºs. 4511, 4512, 4513 y 4514-2016-MP-FN.- Dejan sin efecto disposiciones de diversas resoluciones referentes a nombramientos de fiscales en los Distritos Fiscales de Arequipa, Ayacucho y Junín 603394 Res. Nº 4515-2016-MP-FN.Dan por concluidos nombramientos y designaciones, designan y nombran fiscales en los Distritos Fiscales de Huánuco, Sullana, Ucayali, Piura y Tumbes 603395 PODER EJECUTIVO D.A. Nº 014-2016-MDLO.Modifican Cronograma del Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados del distrito de Los Olivos para el Ejercicio Fiscal 2017 603401 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Ordenanza Nº 331.- Derogan parte del Artículo Segundo de la Ordenanza N° 012-MDSJL, que regula la instalación de estaciones de bases celular, casetas repetidoras con instalación de antenas, unidades remotas de abonados y otros 603401 Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Encargan el Despacho de la Presidencia de la República a la Segunda Vicepresidenta de la República RESOLUCIÓN SUPREMA N° 277-2016-PCM Lima, 2 de noviembre de 2016 CONSIDERANDO: Que, el señor Presidente de la República, Pedro Pablo Kuczynski Godard, viajará el día 4 de noviembre de 2016 a la ciudad de Sucre, Estado Plurinacional de Bolivia, donde se llevará a cabo el Encuentro Presidencial y II Gabinete Binacional de Ministros del Perú y Bolivia; Que, el señor Martín Alberto Vizcarra Cornejo, Primer Vicepresidente de la República, acompañará al señor Presidente de la República en dicho viaje; Que, en consecuencia, es necesario encargar las funciones del Despacho Presidencial a la señora Mercedes Rosalba Aráoz Fernández, Segunda Vicepresidenta de la República, en tanto dure la ausencia del señor Presidente de la República y del Primer Vicepresidente de la República; De conformidad con el artículo 115 de la Constitución Política del Perú; y Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1.- Encargar el Despacho de la Presidencia de la República a la señora Mercedes Rosalba Aráoz Fernández, Segunda Vicepresidenta de la República, el día 4 de noviembre de 2016 y en tanto dure la ausencia del Presidente de la República y del Primer Vicepresidente de la República. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Presidente del Consejo de Ministros 1449123-1 Autorizan viaje de comitiva oficial que acompañará al Presidente de la República durante su viaje a Bolivia RESOLUCIÓN SUPREMA N° 278-2016-PCM Lima, 2 de noviembre de 2016 CONSIDERANDO: Que, el señor Presidente de la República, Pedro Pablo Kuczynski Godard, viajará a la ciudad de Sucre, Estado Plurinacional de Bolivia, el 04 de noviembre de 2016, donde se llevará a cabo el Encuentro Presidencial y II Gabinete Binacional de Ministros del Perú y Bolivia; Que, corresponde autorizar el viaje de los funcionarios y/o servidores públicos que integran la comitiva oficial que acompañarán durante su viaje al señor Presidente de la República, así como el monto de los gastos que irrogará el citado viaje; Que, el artículo 1 de la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; establece que la autorización de viajes al exterior de funcionarios y servidores públicos o de cualquier persona en representación del Estado y que irrogue algún gasto al Tesoro Público, se efectuará por Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; Que, los gastos por concepto de viáticos, que se deriven de la participación del citado evento, serán asumidos con cargo al Presupuesto Institucional del 603358 NORMAS LEGALES Despacho Presidencial en el marco de las normas vigentes sobre la materia; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo Nº 0472002-PCM que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y modificatorias; la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y el Reglamento de Organización y Funciones del Despacho Presidencial aprobado mediante Decreto Supremo N° 077-2016-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la comitiva oficial que acompañará al señor Presidente de la República durante su viaje a la ciudad de Sucre, Estado Plurinacional de Bolivia, el 04 de noviembre de 2016, la que está conformada por los siguientes funcionarios y/o servidores que detallamos a continuación: • Maria Lila Iwasaki Cauti, Secretaria General de la Presidencia de la República. • Roberto Rafael Max Rodríguez Arnillas, Asesor Principal en Asuntos Internacionales. • Natalia Rey de Castro Hernández, Asistente • Cap. de Navío AP Colver Eduardo Ruiz Roa, Sub Jefe de la Casa Militar • Luis Amadeo Luna De La Cruz, Oficina de Protocolo • Mirelia Liz Cano Gutiérrez, Coordinadora de Prensa • Crln. PNP. William Timoteo Lugo Solórzano, Médico • Walter Alonso Oscco De La Cruz, Encargado de Redes • Karim Patricia Mori Olivas, Coordinadora de Prensa Artículo 2.- Los gastos que irrogue el viaje de los funcionarios y/o servidores a que se refiere la presente Resolución Suprema, serán sufragados con cargo al presupuesto Institucional del Despacho Presidencial, de acuerdo al siguiente detalle: Maria Lila Iwasaki Cauti (Viáticos US$ 370 x 1 día) US$ 370.00 Roberto Rafael Max Rodríguez Arnillas (Viáticos US$ 370 x 1 día) US$ 370.00 Natalia Rey de Castro Hernández (Viáticos US$ 370 x 1 día) US$ 370.00 Colver Eduardo Ruiz Roa (Viáticos US$ 370 x 1 día) US$ 370.00 Luis Amadeo Luna De La Cruz (Viáticos US$ 370 x 1 día) US$ 370.00 Mirelia Liz Cano Gutiérrez (Viáticos US$ 370 x 1 día) US$ 370.00 William Timoteo Lugo Solórzano (Viáticos US$ 370 x 1 día) US$ 370.00 Walter Alonso Oscco De La Cruz (Viáticos US$ 370 x 1 día) US$ 370.00 Karim Patricia Mori Olivas (Viáticos US$ 370 x 1 día) US$ 370.00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, los funcionarios y/o servidores públicos a que se refiere el artículo primero deberán presentar ante su institución un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas debidamente documentada. Artículo 4º.- El cumplimiento de la presente resolución no dará derecho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros, de ninguna clase o denominación. Jueves 3 de noviembre de 2016 / El Peruano Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Presidente del Consejo de Ministros 1449123-2 Autorizan viaje de diversos Ministros de Estado a Bolivia, y encargan sus respectivos Despachos RESOLUCIÓN SUPREMA N° 279-2016-PCM Lima, 2 de noviembre de 2016 CONSIDERANDO: Que, el Presidente de la República, señor Pedro Pablo Kuczynski Godard, viajará el día 04 de noviembre de 2016, a la ciudad de Sucre, Estado Plurinacional de Bolivia, con la finalidad de participar en el Encuentro Presidencial y II Gabinete Binacional Perú – Bolivia; Que, el Encuentro Presidencial y Gabinete Binacional Perú - Bolivia constituye la máxima instancia de diálogo político y colaboración bilateral entre ambos países teniendo por objeto armonizar las políticas bilaterales, con énfasis en medio ambiente y recursos hídricos transfronterizos; seguridad y defensa; desarrollo económico, asuntos sociales y culturales, y fortalecimiento institucional; e, infraestructura para la integración y el desarrollo; Que, es necesario autorizar el viaje de los señores Ministros de Estado que integran la comitiva oficial que acompañará al Señor Presidente de la República; y por consiguiente encargar las Carteras de los Ministros correspondientes; Que, el penúltimo párrafo del numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 30372 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, establece que los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, que no estén señalados en las excepciones contempladas en el mismo artículo, deberán canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autorizan mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, la misma que es publicada en el Diario Oficial El Peruano; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158 Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30372 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; la Ley 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y modificatorias; y, el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM, y modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje a la ciudad de Sucre, Estado Plurinacional de Bolivia, el día 04 de noviembre de 2016, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución suprema, de los siguientes Ministros de Estado: - Señor Fernando Zavala Lombardi, Presidente del Consejo de Ministros - Señor Víctor Ricardo Luna Mendoza, Ministro de Relaciones Exteriores - Señor Mariano González Fernández, Ministro de Defensa El Peruano / Jueves 3 de noviembre de 2016 NORMAS LEGALES − Señor Carlos Basombrio Iglesias, Ministro del Interior − Señor Bruno Giuffra Monteverde, Ministro de la Producción − Señor Martin Vizcarra Cornejo, Ministro de Transporte y Comunicaciones − Señora Elsa Galarza Contreras, Ministra del Ambiente − Señora Ana Maria Romero Lozada, Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables Artículo 2.- Encargar al Ministro de Economía y Finanzas, señor Alfredo Eduardo Thorne Vetter, el Despacho de la Presidencia del Consejo de Ministros y la Cartera del Ministerio del Interior; mientras dure la ausencia de sus titulares. Artículo 3.- Encargar al Ministro de Comercio Exterior y Turismo, señor Eduardo Ferreyros Küppers, la Cartera del Ministerio de la Producción; mientras dure la ausencia de su titular. Artículo 4.- Encargar al Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento, señor Edmer Trujillo Mori, la Cartera del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; mientras dure la ausencia de su titular. Artículo 5.- Encargar a la Ministra de Desarrollo e Inclusión Social, señora Lucía Cayetana Aljovín Gazzani, la Cartera del Ministerio del Ambiente; mientras dure la ausencia de su titular. Artículo 6.- Encargar a la Ministra de Justicia y Derechos Humanos, señora María Soledad Pérez Tello de Rodríguez, la Cartera del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; mientras dure la ausencia de su titular. Artículo 7.- Encargar al Ministro de Cultura, señor Jorge Nieto Montesinos, la Cartera del Ministerio de Defensa; mientras dure la ausencia de su titular. Artículo 8.- La presente resolución suprema no irrogará gasto alguno al Estado Peruano; asimismo, no libera ni exonera del pago de impuestos y/o derechos aduaneros de cualquier clase o denominación. Artículo 9.- La presente resolución suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Presidente del Consejo de Ministros 1449124-3 Autorizan viaje de Presidente del Consejo Directivo del OSIPTEL a Bolivia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA N° 280-2016-PCM Lima, 2 de noviembre de 2016 VISTO: El Oficio N° 453-2016-MTC/03 de fecha 25 de octubre de 2016, mediante el cual el Viceministro de Comunicaciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, convocó al Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones – OSIPTEL, a participar en el “Encuentro Presidencial y II Reunión de Gabinete Binacional de Ministros Perú y Bolivia”, a realizarse el 04 de noviembre de 2016, en la ciudad de Sucre, Estado Plurinacional de Bolivia; CONSIDERANDO: Que, el Gabinete Binacional Perú - Bolivia constituye el mecanismo de diálogo de más alto nivel político, que tiene por objetivo dinamizar la agenda compartida, armonizar las políticas bilaterales e impulsar la cooperación sectorial, particularmente en el desarrollo de proyectos de 603359 inclusión social y de carácter fronterizo para beneficio de las comunidades de ambos países; Que, con fecha 23 de junio de 2015, se llevó a cabo el Encuentro Presidencial y Primera Reunión del Gabinete Binacional de Ministros Perú y Bolivia, donde se suscribió la Declaración de Isla Esteves, documento que establece compromisos en el ámbito bilateral para formular iniciativas y proyectos conjuntos en los ejes temáticos de “Medio Ambiente y Recursos Hídricos”, “Seguridad y Defensa”, “Desarrollo Económico, Asuntos Sociales y Fortalecimiento Institucional” e “Infraestructura para la Integración y el Desarrollo”; Que, como parte de las actividades vinculadas al Eje Temático de “Infraestructura para la Integración y el Desarrollo”, el Grupo de Trabajo de Telecomunicaciones estableció que con el apoyo de los respectivos Organismos Reguladores de telecomunicaciones, se emprendan acciones para mejorar la información a los usuarios y reducir las tarifas de roaming internacional entre ambos países, y se adopten acciones conjuntas para minimizar la problemática con relación a los terminales móviles robados o hurtados y extraviados; Que, en el “Encuentro Presidencial y II Gabinete Binacional de Ministros Perú y Bolivia” a realizarse en el día 04 de noviembre de 2016, se revisará el cumplimiento de los acuerdos establecidos en la Declaración de Isla Esteves y se adoptarán las nuevas iniciativas con el propósito de profundizar la integración e impulsar la agenda de interés común para ambos países; Que, en atención a los compromisos asumidos por el Gobierno Peruano en la Declaración de Isla Esteves en el ámbito de las telecomunicaciones, el Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones – OSIPTEL ha venido trabajando en coordinación con el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y con la contraparte boliviana, aspectos relacionados con el servicio de roaming internacional y la problemática de los terminales móviles robados o hurtados, perdidos y recuperados; Que, en el marco del “Encuentro Presidencial y II Reunión de Gabinete Binacional de Ministros Perú y Bolivia”, se suscribiría el “Acuerdo Interinstitucional para la implementación y operación del procedimiento de intercambio de información de equipos terminales móviles robados o hurtados, perdidos y recuperados entre el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones – OSIPTEL, ambos de la República del Perú, y el Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda, y la Autoridad de Regulación, Fiscalización de Telecomunicaciones y Transportes, ambos del Estado Plurinacional de Bolivia”; Que, el referido acuerdo establece que el Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones – OSIPTEL, será la entidad responsable como canal único para el intercambio de información en representación del Estado Peruano; Que, considerando la agenda de actividades a realizarse en el referido evento, así como la adopción de nuevos compromisos orientados al desarrollo de los servicios de telecomunicaciones de ambos países, resulta fundamental la participación del señor Gonzalo Martín Ruiz Díaz, Presidente del Consejo Directivo del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones – OSIPTEL; Que, los gastos de viáticos serán cubiertos por el Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones – OSIPTEL, con cargo a su presupuesto institucional; De conformidad con la Ley Nº 30372 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y modificatorias; y, el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 063-2007PCM, y modificatorias; 603360 NORMAS LEGALES SE RESUELVE: El Peruano presupuesto institucional del Despacho Presidencial, de acuerdo al siguiente detalle: Artículo 1.- Autorizar el viaje del señor Gonzalo Martín Ruiz Díaz, Presidente del Consejo Directivo del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones – OSIPTEL, a la ciudad de Sucre, Estado Plurinacional de Bolivia, el 04 de noviembre de 2016, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución se efectuarán con cargo al presupuesto institucional del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones – OSIPTEL, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos : US$ Jueves 3 de noviembre de 2016 / 370.00 Artículo 3.- La presente resolución suprema no libera ni exonera del pago de impuestos y/o derechos aduaneros de cualquier clase o denominación. Artículo 4.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el referido funcionario deberá presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 5.- La presente resolución suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Juan Manuel Lozano Gutiérrez (Viáticos US$ 370 x 3 días) DEBE DECIR: “Artículo 2.- Los gastos que irrogue el viaje de (el) los funcionario (s) y/o servidor (es) a que se refiere la presente Resolución Suprema, serán sufragados con cargo al presupuesto institucional del Despacho Presidencial, de acuerdo al siguiente detalle: Juan Manuel Gutiérrez Lozano (Viáticos US$ 370 x 3 días) FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Presidente del Consejo de Ministros 1449124-4 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 274-2016-PCM Mediante Oficio Nº 1177-2016-SCM-PR, la Secretaría del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Suprema Nº 274-2016-PCM, publicada en la edición del día 1 de noviembre de 2016. (...) DICE: “Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la comitiva de avanzada del Despacho Presidencial a la ciudad de Sucre, Estado Plurinacional de Bolivia del 02 al 04 de noviembre de 2016, para los fines a los que se refiere la parte considerativa de la presente Resolución, conforme al siguiente detalle: (...) • Juan Manuel Lozano Gutiérrez, funcionario de la Oficina de Protocolo”. DEBE DECIR: “Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la comitiva de avanzada del Despacho Presidencial a la ciudad de Sucre, Estado Plurinacional de Bolivia del 02 al 04 de noviembre de 2016, para los fines a los que se refiere la parte considerativa de la presente Resolución, conforme al siguiente detalle: (...) • Juan Manuel Gutiérrez Lozano, funcionario de la Oficina de Protocolo”. DICE: “Artículo 2.- Los gastos que irrogue el viaje de los funcionarios y/o servidores a que se refiere la presente Resolución Suprema, serán sufragados con cargo al US$ 1,110.00” 1449125-1 AGRICULTURA Y RIEGO Autorizan viaje de Director Ejecutivo (e) del SERFOR a Japón, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA N° 017-2016-MINAGRI Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República US$ 1,110.00” Lima, 2 de noviembre de 2016 VISTOS: El OF.RE (DGM-DMA) N° 2-9-B/461, de fecha 16 de agosto de 2016, de la Directora de la Dirección de Medio Ambiente del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República del Perú; la Carta S/N de fecha 17 de agosto de 2016, del Director de la Secretaría de la Asociación Internacional para la Iniciativa Satoyama (IPSI), y el correo electrónico de fecha 17 de octubre de 2016, del Director Asistente (e) de la División de Operaciones de la Organización Internacional de las Maderas Tropicales - OIMT; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el OF.RE (DGM-DMA) N° 2-9-B/461, de fecha 16 de agosto de 2016, dirigido a la Dirección Ejecutiva del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR, la Directora de la Dirección de Medio Ambiente del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República del Perú corre traslado de la Carta L.16-0092, de fecha 08 de agosto de 2016, mediante la cual el Oficial a Cargo de la Organización Internacional de las Maderas Tropicales (OIMT) convoca al 52° Periodo de Sesiones del Consejo Internacional de las Maderas Tropicales (CIMT) de la Organización Internacional de las Maderas Tropicales - OIMT, a realizarse en la ciudad de Yokohama, Japón, del 07 al 12 de noviembre de 2016, con el objeto de abordar, entre otros temas, el de la reconducción de la OIMT, incluyendo asuntos financieros internos y la continuación de los proyectos que actualmente se encuentran suspendidos; Que, mediante la Carta S/N de fecha 17 de agosto de 2016, el Director de la Secretaría de la Asociación Internacional para la Iniciativa Satoyama (IPSI) en el Instituto de la Universidad de las Naciones Unidas para el Estudio Avanzado de Sostenibilidad (UNU-IAS) cursa invitación al señor John James Leigh Vetter, actual Director Ejecutivo (e) del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (SERFOR), para participar en la Décimo Primera Reunión del Comité Directivo de la IPSI, a realizarse en la ciudad de Takarazuka, Japón, del 12 al 13 de noviembre de 2016, indicando que todos los gastos del pasaje aéreo y viáticos para asistir al citado evento serán cubiertos por la (UNU-IAS); cuyo objetivo está orientado a promover el uso sostenible de los bosques, entre otros; Que, mediante correo electrónico de fecha 17 de octubre de 2016, el Director Asistente (e) de la División de Operaciones de la Organización Internacional de las El Peruano / Jueves 3 de noviembre de 2016 NORMAS LEGALES Maderas Tropicales - OIMT, en el contexto de la visita del señor John James Leigh Vetter, actual Director Ejecutivo (e) del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (SERFOR), en el marco de su participación en el 52° Periodo de Sesiones del Consejo Internacional de las Maderas Tropicales (CIMT) de la OIMT, le solicita una reunión de coordinación con el objeto de abordar temas logísticos y administrativos de la realización del 53° Periodo de Sesiones del Consejo Internacional de las Maderas Tropicales, a realizarse en el mes de Noviembre de 2017; Que, mediante Declaración Jurada, de fecha 18 de octubre de 2016, el señor John James Leigh Vetter, actual Director Ejecutivo (e) del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (SERFOR), señala que los pasajes aéreos del 03 al 17 de noviembre de 2016, para su participación en los tres eventos citados precedentemente serán financiados por la UNU-IAS, en tanto que los viáticos del 07 al 11 de noviembre de 2016, para participar en el 52° Periodo de Sesiones del Consejo Internacional de las Maderas Tropicales (CIMT) de la OIMT serán asumidos por el SERFOR; Que, teniendo en cuenta el interés nacional de participar en el 52° Periodo de Sesiones del Consejo Internacional de las Maderas Tropicales (CIMT) de la OIMT, y las reuniones de coordinación logística para el 53° Periodo de Sesiones, así como en la Iniciativa Satoyama, por cuanto permitirá consolidar la posición del país frente a la OIMT y los países miembros asistentes y permitir definir el financiamiento a dos proyectos forestales presentados por el Perú ante dicha Organización; respecto de la Iniciativa Satoyama permitirá participar en las discusiones del Comité Directivo orientadas a la revitalización de la gestión sostenible de los paisajes productivos socio ecológicos, terrestres y marinos, lo que a su vez permitirá visibilizar las actividades del SERFOR en la región; resulta procedente autorizar el viaje del referido funcionario, del 03 al 17 de noviembre de 2016; Que, los gastos por concepto de viáticos serán asumidos con cargo al Pliego Presupuestal 165: Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR, según lo indicado en el Memorándum N° 705-2016-SERFOROGPP-OP, de fecha 19 de octubre de 2016, emitido por el Director (e) de la Oficina de Presupuesto del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre, en el que adjunta la Certificación de Crédito Presupuestario contenida en la Nota N° 0000001454; De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viaje al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificada por la Ley Nº 28807; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificado por Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modificado por la Ley Nº 30048 a Ministerio de Agricultura y Riego; su Reglamento de Organización y Funciones aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI, y sus modificatorias; y, la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje del señor John James Leigh Vetter, Director Ejecutivo (e) del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (SERFOR), a las ciudades de Yokohama y Takarazuka, Japón, del 03 al 17 de noviembre de 2016, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema, serán con cargo a los recursos presupuestales asignados al Pliego 165: Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR, de acuerdo al siguiente detalle: JOHN JAMES LEIGH VETTER Viáticos US$ 2,500.00 Total US$ 2,500.00 603361 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje autorizado, el citado comisionado deberá presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4.- La presente Resolución Suprema no libera ni exonera del pago de impuestos y/o derechos aduaneros de cualquier clase o denominación. Artículo 5.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Agricultura y Riego. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Presidente del Consejo de Ministros JOSÉ MANUEL HERNÁNDEZ CALDERÓN Ministro de Agricultura y Riego 1449123-4 Designan Director General de la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre del SERFOR RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA Nº 249-2016-SERFOR-DE Lima, 31 de octubre de 2016 CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, se crea el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre – SERFOR, como organismo público técnico especializado, con personería jurídica de derecho público interno, siendo considerado como pliego presupuestal adscrito al Ministerio de Agricultura y Riego; Que, el Reglamento de Organización y Funciones del SERFOR, aprobado por el Decreto Supremo N° 007-2013-MINAGRI y modificado por el Decreto Supremo N° 016-2014-MINAGRI, establece que dicha entidad cuenta con una estructura orgánica compuesta, entre otros, por órganos de administración interna y órganos de línea; Que, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva N° 090-2014-SERFOR-DE de fecha 17 de noviembre de 2014, se designó a la señorita Lucetty Juanita Ullilen Vega en el puesto de Directora General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre del SERFOR, cargo considerado de confianza; Que, mediante Carta de fecha 28 de octubre de 2016, la mencionada servidora presentó su renuncia al cargo de Directora General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre del SERFOR, la misma que se ha visto por conveniente aceptar, así como designar a la persona que asumirá dicho cargo; Con el visado de la Directora General (e) de la Oficina General de Asesoría Jurídica y del Secretario General; y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y el Reglamento de Organización y Funciones del SERFOR, aprobado mediante el Decreto Supremo 007-2013-MINAGRI, y modificado por el Decreto Supremo N° 016-2014-MINAGRI. SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar, a partir del 2 de noviembre de 2016, la renuncia de la señorita Lucetty Juanita Ullilen Vega en el puesto de Directora General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre del Servicio 603362 NORMAS LEGALES Nacional Forestal y de Fauna Silvestre, dándosele las gracias por los servicios prestados a la institución. Artículo 2.- Designar, a partir del 2 de noviembre de 2016, al señor Juan Carlos Guzmán Carlín, en el cargo de Director General de la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre, cargo considerado de confianza. Artículo 3.- Notificar la presente Resolución a las personas mencionadas en los artículos precedentes y a la Oficina de Recursos Humanos para los fines pertinentes. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Web del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre: www.serfor.gob.pe. Jueves 3 de noviembre de 2016 / El Peruano Fauna Silvestre, dándosele las gracias por los servicios prestados a la institución. Artículo 2.- Designar, a partir del 2 de noviembre de 2016, al señor Walter Darío Nalvarte Armas, en el cargo de Director General de la Dirección General de Gestión Sostenible del Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre, cargo considerado de confianza. Artículo 3.- Notificar la presente Resolución a las personas mencionadas en los artículos precedentes y a la Oficina de Recursos Humanos para los fines pertinentes. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Web del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre: www.serfor.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOHN LEIGH VETTER Director Ejecutivo (e) Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre JOHN LEIGH VETTER Director Ejecutivo (e) Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre 1449074-1 1449074-2 Designan Director General de la Dirección General de Gestión Sostenible del Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre del SERFOR RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA Nº 250-2016-SERFOR-DE Lima, 31 de octubre de 2016 CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, se crea el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre – SERFOR, como organismo público técnico especializado, con personería jurídica de derecho público interno, siendo considerado como pliego presupuestal adscrito al Ministerio de Agricultura y Riego; Que, el Reglamento de Organización y Funciones del SERFOR, aprobado por el Decreto Supremo N° 007-2013-MINAGRI y modificado por el Decreto Supremo N° 016-2014-MINAGRI, establece que dicha entidad cuenta con una estructura orgánica compuesta, entre otros, por órganos de administración interna y órganos de línea; Que, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva N° 031-2014-SERFOR-DE de fecha 1 de octubre de 2014, se designó al señor Mirbel Alberto Epiquién Rivera en el cargo de Director General de la Dirección General de Gestión Sostenible del Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre del SERFOR, cargo considerado de confianza; Que, mediante Carta de fecha 28 de octubre de 2016, el mencionado servidor presentó su renuncia al cargo de Director General de la Dirección General de Gestión Sostenible del Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre del SERFOR, la misma que se ha visto por conveniente aceptar, así como designar a la persona que asumirá dicho cargo; Con el visado de la Directora General (e) de la Oficina General de Asesoría Jurídica y del Secretario General; y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y el Reglamento de Organización y Funciones del SERFOR, aprobado mediante el Decreto Supremo 007-2013-MINAGRI, y modificado por el Decreto Supremo N° 016-2014-MINAGRI. SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar, a partir del 2 de noviembre de 2016, la renuncia del señor Mirbel Alberto Epiquién Rivera en el cargo de Director General de la Dirección General de Gestión Sostenible del Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre del Servicio Nacional Forestal y de CULTURA Aprueban lista de proyectos priorizados para ser financiados y ejecutados en el marco del artículo 17 de la Ley N° 30264 y su Reglamento RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 422-2016-MC Lima, 2 de noviembre de 2016 VISTOS, el Oficio Nº 1277-2016-EF/50.06 de la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas; los Informes N° 000577-2016/OGPP/SG/MC y N° 000599-2016/OGPP/SG/MC de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Memorando N° 0003632016-SG/MC de la Secretaría General; el Memorando N° 000429-2016/VMPCIC/MC; y el Proveído N° 008007-2016/ VMPCIC/MC del Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29230, Ley que impulsa la inversión pública regional y local con participación del sector privado, y normas modificatorias, se aprobaron medidas con el objeto de impulsar la ejecución de proyectos de inversión pública de impacto regional y local, con la participación del sector privado, mediante la suscripción de convenios con los gobiernos regionales y/o locales y universidades públicas que reciban recursos provenientes del canon, sobrecanon y regalías mineras, en lo que les sea aplicable; Que, el artículo 17 de la Ley Nº 30264, Ley que establece medidas para promover el crecimiento económico, modificado por el Decreto Legislativo Nº 1238, autoriza a las entidades del Gobierno Nacional, en el ámbito de sus competencias, a efectuar la ejecución de proyectos de inversión pública en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública - SNIP, en materia de salud, educación, turismo, agricultura y riego, orden público y seguridad, cultura, saneamiento, deporte y ambiente, incluyendo su mantenimiento, mediante los procedimientos establecidos en la Ley Nº 29230; Que, los numerales 6.1 y 6.2 del artículo 6 del Reglamento de la Ley Nº 29230, Ley que impulsa la inversión pública regional y local con participación del sector privado, y del artículo 17 de la Ley Nº 30264, Ley que establece medidas para promover el crecimiento económico, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 409-2015-EF, disponen que corresponde a las Entidades Públicas aprobar la lista de proyectos priorizados, los cuales deben estar en armonía con las políticas y los planes de desarrollo nacional, regional y/o local, y contar El Peruano / Jueves 3 de noviembre de 2016 NORMAS LEGALES con la declaración de viabilidad en el marco del SNIP y, cuando corresponda, podrán incluir investigación aplicada y/o innovación tecnológica; para lo cual, la lista de proyectos priorizados a ejecutar en el marco de la Ley Nº 30264, deberá ser aprobada por resolución del Titular de la Entidad Pública del Gobierno Nacional; Que, asimismo, los numerales 8.1 y 8.2 del artículo 8 del Reglamento antes mencionado, disponen que tratándose de proyectos a ejecutar en el marco de la Ley Nº 30264, de manera previa a la emisión de la resolución que prioriza los proyectos y su mantenimiento, de ser el caso, la Entidad Pública solicita opinión favorable a la Dirección General de Presupuesto Público respecto a la Capacidad Presupuestal con la que cuenta para el financiamiento de los proyectos y su mantenimiento, de ser el caso; y dentro de los diez (10) días de recibida la opinión favorable sobre la Capacidad Presupuestal, la Entidad Pública emite la resolución que aprueba la lista de proyectos priorizados; Que, mediante Oficio Nº 1277-2016-EF/50.06, recibido el 18 de octubre de 2016, la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas emite opinión favorable respecto a la capacidad presupuestal para la ejecución de proyectos de inversión pública bajo el mecanismo de obras por impuestos hasta por la suma de S/ 95 136 752,65 (Noventa y cinco millones ciento treinta y seis mil setecientos cincuenta y dos con 65/100 Soles); Que, con Memorando Nº 000363-2016-SG/MC de fecha 19 de octubre de 2016, la Secretaría General solicita la priorización de proyectos de inversión pública que deberán ejecutarse bajo el mecanismo de obras por impuestos; Que, en este sentido, el Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales mediante Memorando N° 000429-2016/VMPCIC/MC de fecha 25 de octubre de 2016 y Proveído N° 008007-2016/VMPCIC/MC de fecha 02 de noviembre de 2016, propone la priorización de tres (03) proyectos de inversión pública, los cuales se encuentran en armonía con las políticas y los planes de desarrollo nacional en materia de cultura y cuentan con declaración de viabilidad en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública; Que, en atención a las consideraciones expuestas y a lo informado por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, corresponde aprobar la lista de proyectos priorizados para ser financiados y ejecutados en el marco del artículo 17 de la Ley N° 30264 y su Reglamento; Con el visado de la Viceministra de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, de la Secretaria General, del Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29230, Ley que impulsa la inversión pública regional y local con participación del sector privado; la Ley Nº 30264, Ley que establece medidas para promover el crecimiento económico; el Decreto Supremo Nº 409-2015-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 29230 y del artículo 17 de la Ley Nº 30264; la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2013-MC; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la lista de proyectos priorizados para ser financiados y ejecutados en el marco del artículo 17 de la Ley N° 30264 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 409-2015-EF, los mismos que a continuación se detallan: N° 1 DEPARTAMENTO CUSCO CÓDIGO SNIP 313663 NOMBRE DEL PROYECTO MONTO DE INVERSIÓN EN SOLES RECUPERACION DEL MONUMENTO TEMPLO SANTIAGO APÓSTOL DE KUÑOTAMBO, DISTRITO DE 4 988,328.97 RONDOCAN, PROVINCIA DE ACOMAYO, DEPARTAMENTO DE CUSCO N° 2 3 603363 DEPARTAMENTO LA LIBERTAD LA LIBERTAD CÓDIGO SNIP NOMBRE DEL PROYECTO MONTO DE INVERSIÓN EN SOLES 267330 RECUPERACION DE LA GALERIA B, SECTOR CERRO DEL CASTILLO DEL SITIO ARQUEOLOGICO DE MARCAHUAMACHUCO, 3 903,188.90 DISTRITO DE HUAMACHUCO, PROVINCIA DE SÁNCHEZ CARRION, LA LIBERTAD 172122 ACONDICIONAMIENTO TURISTICO DEL COMPLEJO ARQUEOLOGICO EL 1 000,000.00 (*) BRUJO DE MAGDALENA DE CAO, DISTRITO DE MAGDALENA DE CAO, ASCOPE, LA LIBERTAD (*) Según lo indicado en el Convenio Específico de Cooperación Interinstitucional entre el Ministerio de Cultura y el Gobierno Regional de La Libertad. Artículo 2.- Remitir copia de la presente Resolución Ministerial a la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE NIETO MONTESINOS Ministro de Cultura 1449122-1 Declaran ganadores del Concurso “Premio Nacional de Cultura” - Edición 2016 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 423-2016-MC Lima, 2 de noviembre de 2016 VISTO, el Informe N° 000349-2016-DGIA/VMPCIC/ MC de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes, de fecha 2 de noviembre de 2016, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29565 se creó el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público, estableciendo entre sus funciones, la de conceder reconocimiento al mérito a los creadores, artistas, personas y organizaciones que aporten al desarrollo cultural del país; Que, de conformidad con el numeral 78.15 del artículo 78 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-MC, corresponde a la Dirección General de Industrias Culturales y Artes supervisar el debido cumplimiento de los procesos de concurso que se realicen y, en general, del cumplimiento de las normas relativas al ámbito de su competencia; Que a través de la Resolución Ministerial N° 1192013-MC, modificada mediante Resolución Ministerial N° 155-2015-MC, se instituyó el Concurso “Premio Nacional de Cultura”, que tiene como objetivo reconocer a los más destacados creadores, artistas, personas y organizaciones que aporten al desarrollo cultural del país, y que constituyan un punto de referencia para las nuevas generaciones y fuente permanente de inspiración en innovación, creatividad, constancia, forja del talento y desarrollo de potencialidades humanas; Que, por Resolución Directoral N° 117-2016-DGIA/ VMPCIC/MC de fecha 21 de abril de 2016 se aprobaron las Bases del “Premio Nacional de Cultura” - Edición 2016, las mismas que fueron modificadas en cuanto a la composición 603364 NORMAS LEGALES del jurado calificador a través de la Resolución Directoral N° 140-2016-DGIA/VMPCIC/MC de fecha 4 de mayo de 2016 y, a su vez, modificadas en cuanto a la extensión del plazo para la presentación de expedientes de postulación, mediante Resolución Directoral N° 297-2016-DGIA/VMPCIC/MC de fecha 2 de agosto de 2016; Que, las referidas Bases del “Premio Nacional de Cultura” - Edición 2016 establecen que se declara a los ganadores del Concurso “Premio Nacional de Cultura” - Edición 2016, mediante Resolución Ministerial, la misma que será publicada en el Diario Oficial “El Peruano”, entendiéndose notificada formalmente a partir de dicha publicación; Que, mediante Resolución Ministerial N° 353-2016MC, se designó a los miembros del Jurado Calificador en sus tres categorías: Buenas Prácticas Institucionales, Trayectoria y Creatividad; a fin de efectuar la evaluación de cada postulación según los criterios establecidos en las Bases y determinar quiénes serán los ganadores que correspondan, siendo su decisión inapelable; Que, mediante el Informe N° 000349-2016/DGIA/ VMPCIC/MC, la Dirección General de Industrias Culturales y Artes da cuenta, a la Viceministra de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, de la labor realizada por los Jurados Calificadores en sus tres categorías, adjuntándose al mismo las Actas emitidas por dichos Jurados Calificadores quienes sustentan su decisión y determinan la declaración de ganadores; las Actas forman parte del expediente que da mérito a la presente Resolución Ministerial; Que, corresponde declarar a los ganadores del Concurso “Premio Nacional de Cultura” - Edición 2016 conforme a lo establecido en las Actas Finales del Jurado Calificador en las categorías Trayectoria, Creatividad y Buenas Prácticas Institucionales; Con el visado de la Viceministra de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, del Director General, designado temporalmente, de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes, y de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; el Decreto Supremo N° 005-2013-MC, que aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura; la Resolución Ministerial N° 119-2013-MC, que instituyó el “Premio Nacional de Cultura” y su modificatoria; la Resolución Directoral N° 117-2016-DGIA-VMPCIC/MC que aprobó las Bases del “Premio Nacional de Cultura” - Edición 2016 y sus modificatorias; y la Resolución Ministerial N° 353-2016-MC que designó a los miembros de los Jurados Calificadores de las Categorías: Trayectoria, Creatividad y Buenas Prácticas Institucionales; SE RESUELVE: Artículo 1.- Declarar como ganadores del Concurso “Premio Nacional de Cultura” - Edición 2016, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial, en atención a lo establecido en las Bases del Concurso y conforme al contenido de las Actas de los Jurados Calificadores de las tres categorías, a: GANADOR CARLOS GERMAN BELLI DE LA TORRE RICARDO DOLORIER URBANO FUNDACIÓN AUGUSTO N. WIESE CATEGORÍA TRAYECTORIA CREATIVIDAD BUENAS PRÁCTICAS INSTITUCIONALES Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano y en el portal institucional del Ministerio de Cultura (www. cultura.gob.pe). Artículo 3.- Remitir copia de la presente Resolución Ministerial a la Dirección General de Industrias Culturales y Artes, para que proceda con el trámite que corresponda. Jueves 3 de noviembre de 2016 / El Peruano DEFENSA Autorizan viaje de Viceministro de Políticas para la Defensa y de Viceministra de Recursos para la Defensa a Bolivia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 437-2016-DE/ Lima, 2 de noviembre de 2016 CONSIDERANDO: Que, el señor Ministro en el Despacho de Defensa, viajará el 4 de noviembre de 2016 en Comisión de Servicio, para participar en el Encuentro Presidencial y II Gabinete Binacional de Ministros de Bolivia y el Perú, que se realizará en la ciudad de Sucre, Estado Plurinacional de Bolivia, el 4 de noviembre de 2016; Que, el Encuentro Presidencial y II Gabinete Binacional de Ministros de Bolivia y el Perú, es la máxima instancia de diálogo político con Bolivia y constituirá la confirmación del excelente nivel de integración y cooperación existente entre ambos países al permitir avanzar en la identificación y realización de proyectos conjuntos en beneficio de las poblaciones de ambos países, en especial de las que habitan en la Zona de Integración Fronteriza (ZIF); Que, es competencia del Sector Defensa promover las políticas bilaterales, regionales, hemisféricas y multilaterales así como los tratados internacionales en materia de Seguridad y Defensa, en coordinación con el Ministerio de Relaciones Exteriores; Que, en atención a los intereses del Sector Defensa, resulta necesario autorizar el viaje en Comisión de Servicio del señor Embajador SDR Librado Augusto OROZCO ZAPATA, Viceministro de Políticas para la Defensa y de la señorita abogada Patricia Hilda Elizabeth FIGUEROA VALDERRAMA, Viceministra de Recursos para la Defensa, como integrantes de la Comitiva que acompañará al señor Ministro de Defensa durante su participación en tan importante evento binacional; Que, el traslado de ida y retorno de los integrantes de la Comitiva del señor Ministro de Defensa, se efectuará en un avión de la Fuerza Aérea del Perú, el mismo día 4 de noviembre de 2016, correspondiéndole al Ministerio de Defensa - Unidad Ejecutora 001: Administración General, asumir con cargo a su presupuesto, los gastos por concepto de viáticos según zona geográfica; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2016 del Pliego 026: Ministerio de Defensa, Unidad Ejecutora 001: Administración General, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 5 y 13 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002, correspondiéndole asumir los gastos por concepto de viáticos según zona geográfica; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 05 de junio de 2002 y su modificatoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM del 18 de mayo de 2013; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias; y el Decreto Supremo N° 002-2015-DE del 28 de enero de 2015, que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio; Regístrese, comuníquese y publíquese. SE RESUELVE: JORGE NIETO MONTESINOS Ministro de Cultura 1449122-2 Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del señor Embajador SDR Librado Augusto OROZCO ZAPATA, Viceministro de Políticas para la El Peruano / Jueves 3 de noviembre de 2016 NORMAS LEGALES Defensa, identificado con DNI N° 02873360 y de la señorita abogada Patricia Hilda Elizabeth FIGUEROA VALDERRAMA, Viceministra de Recursos para la Defensa, identificada con DNI N° 40609687, como integrantes de la Comitiva que acompañará al señor Ministro de Defensa durante su participación en el Encuentro Presidencial y II Gabinete Binacional de Ministros de Bolivia y el Perú, que se llevará a cabo en la ciudad de Sucre, Estado Plurinacional de Bolivia, el 4 de noviembre de 2016. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán financiados con cargo al presupuesto del Ministerio de Defensa-Unidad Ejecutora 001: Administración General, de acuerdo a los conceptos siguientes: Viáticos: US$ 370.00 x 2 personas x 1 día TOTAL: US$ US$ 740.00 740.00 Artículo 3.- El Ministro de Defensa, queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Artículo 4.- El personal autorizado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo, deberá efectuar la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha de 5 de junio de 2002 y su modificatoria. Artículo 5.- La presente Resolución Suprema, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Presidente del Consejo de Ministros MARIANO GONZÁLEZ FERNÁNDEZ Ministro de Defensa 1449124-5 DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL Designan Asesora de la Secretaría General del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 264-2016-MIDIS Lima, 28 de octubre de 2016 VISTO: El Informe N° 078-2016/MIDIS/SG/OGRH, emitido por la Oficina General de Recursos Humanos; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29792, se crea el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica; Que, se encuentra vacante el cargo de Asesor/a de la Secretaría General del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, cargo calificado como de confianza, por lo que resulta necesario designar a la persona que desempeñará dicho cargo; 603365 De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2016-MIDIS; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a la señora Ana Cristina Barrionuevo Luna en el cargo de Asesora de la Secretaría General del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social. Regístrese, comuníquese y publíquese. CAYETANA ALJOVÍN GAZZANI Ministra de Desarrollo e Inclusión Social 1449078-1 ECONOMIA Y FINANZAS Autorizan Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016 a favor del pliego Instituto Nacional de Defensa Civil DECRETO SUPREMO Nº 299-2016-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el artículo 1 de la Ley N° 30458, Ley que regula diversas medidas para financiar la ejecución de Proyectos de Inversión Pública en apoyo de Gobiernos Regionales y Locales, los Juegos Panamericanos y Parapanamericanos y la Ocurrencia de Desastres Naturales, dispone que el saldo de los recursos a los que se refiere la Septuagésima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, y cuyo financiamiento está incluido en la emisión interna de bonos aprobada por la Única Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N° 30374, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2016, sean destinados, entre otros, conforme a lo indicado en su literal c) hasta por la suma de TRESCIENTOS MILLONES Y 00/100 SOLES (S/ 300 000 000,00), para la creación de un fondo destinado al financiamiento de proyectos de inversión pública ante la ocurrencia de fenómenos naturales; Que, asimismo, a través del numeral 4.1 del artículo 4 de la Ley N° 30458, se crea el Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales, a cargo del Ministerio de Economía y Finanzas, destinado a financiar proyectos de inversión pública para la mitigación, capacidad de respuesta, rehabilitación y reconstrucción ante la ocurrencia de fenómenos naturales, con cargo a los recursos a que se refiere el literal c) del artículo 1 de la citada Ley; estableciéndose en el numeral 4.3 del referido artículo que los recursos del aludido Fondo se incorporan en los pliegos respectivos, en la fuente de financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el ministro del Sector correspondiente, a propuesta de este último; Que, el numeral 4.4 del artículo 4 de la citada Ley señala que, durante el Año Fiscal 2016, los recursos del Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales pueden ser destinados a financiar la atención de proyectos de inversión pública de emergencia para las acciones a que se refiere la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30373, Ley de Equilibrio Financiero de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; estableciéndose que en este 603366 NORMAS LEGALES caso, resultan aplicables los requisitos y procedimientos establecidos en la citada disposición, siendo el Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI) responsable del adecuado uso de dichos recursos; Que, mediante Resolución Ministerial N° 277-2016EF/41, se autorizó, entre otros, la transferencia financiera del pliego 009 Ministerio de Economía y Finanzas, Unidad Ejecutora 001 - Administración General, hasta por la suma de TRESCIENTOS MILLONES Y 00/100 SOLES (S/ 300 000 000,00) en la fuente de financiamiento 3 - Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, a favor del Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales; Que, de otro lado, en el marco de lo dispuesto en la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30373, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI realiza acciones durante el Año Fiscal 2016 que permitan brindar la atención oportuna ante desastres de gran magnitud, rehabilitación post desastre de la infraestructura pública dañada, así como reducir los probables daños que pueda generar el inminente impacto de un fenómeno natural o antrópico declarado, determinado por el organismo público técnico - científico competente; Que, mediante el artículo 4 de la Directiva Nº 001-2015-EF/63.01 “Directiva que establece criterios y procedimientos para sustentar la necesidad de Actividades de Emergencia y Proyectos de Inversión Pública de Emergencia, a que se refiere la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30373, Ley de Equilibrio Financiero de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016”, aprobada mediante Resolución Directoral N° 008-2015-EF/63.01 y modificada mediante Resolución Directoral N° 001-2016-EF/63.01, se dispone que la mencionada Directiva es de aplicación a las Entidades del Sector Público No Financiero de los tres (03) niveles de gobierno, para ejecutar acciones ante la ocurrencia de desastres de gran magnitud producidos durante el último trimestre del Año Fiscal 2015, así como los desastres de gran magnitud que se produzcan o pudieran producirse durante el Año Fiscal 2016; y los Proyectos de Inversión Pública de emergencia declarados elegibles en el Año Fiscal 2015 a los que no se les hubiera asignado recursos en dicho año fiscal; Que, asimismo, la Directiva Nº 002-2015-EF/63.01 “Directiva del Procedimiento Simplificado para determinar la elegibilidad de los Proyectos de Inversión Pública de Emergencia ante la presencia de desastres”, aprobada mediante Resolución Directoral N° 009-2015-EF/63.01, establece un procedimiento simplificado aplicable a los Proyectos de Inversión Pública de emergencia ante la presencia de desastres que declare elegibles la Dirección General de Inversión Pública del Ministerio de Economía y Finanzas, como requisito previo a su ejecución, de acuerdo a lo establecido en la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30373; Que, el numeral 7.8 del artículo 7 de la referida Directiva señala que el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI en un plazo máximo de cinco (05) días calendario contados desde el día siguiente de haber recibido la declaratoria de elegibilidad de los Proyectos de Inversión Pública de emergencia por parte de la Dirección General de Inversión Pública, solicitará los recursos al Ministerio de Economía y Finanzas conforme a la normatividad presupuestal vigente; Que, el numeral 2.5 del artículo 2 del Decreto Supremo N° 272-2016-EF, que aprueba medidas para la priorización de gasto público efectivo y el cumplimiento de metas fiscales en el Año Fiscal 2016, establece que los límites para la autorización de compromisos establecidos en el numeral 2.1 del referido artículo, no se aplican a los gastos que se efectúen con cargo a los recursos de los Fondos creados mediante los artículos 2, 3 y 4 de la Ley Nº 30458, Ley que regula diversas medidas para financiar la ejecución de proyectos de inversión pública en apoyo de gobiernos regionales y locales, los juegos panamericanos y parapanamericanos y la ocurrencia de desastres naturales; Que, el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, a través del Oficio N° 3866-2016/INDECI/4.0, solicita la Jueves 3 de noviembre de 2016 / El Peruano suma de SESENTA Y NUEVE MIL CIENTO OCHENTA Y SIETE Y 00/100 SOLES (S/ 69 187,00), los cuales serán transferidos financieramente a la Municipalidad Distrital de Yanque, para la ejecución de un (01) Proyecto de Inversión Pública de Emergencia denominado “Rehabilitación del canal de Sifón de la progresiva 5 + 873.00 a la 6+013.00 en el sector de Urinsaya distrito de Yanque provincia de Caylloma departamento de Arequipa, afectado por el sismo producido el día 14 de agosto del 2016”, el cual ha sido declarado elegible por la Dirección General de Inversión Pública del Ministerio de Economía y Finanzas, mediante Oficio N° 5599-2016-EF/63.01; Que, asimismo, el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, a través del Oficio N° 3867-2016/INDECI/4.0, solicita la suma de TREINTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS DIECISEIS Y 00/100 SOLES (S/ 37 816,00), los cuales serán transferidos financieramente a la Municipalidad Provincial de Caylloma - Chivay, para la ejecución de un (01) Proyecto de Inversión Pública de Emergencia denominado “Rehabilitación del canal Chalchalchaque en 310.00 metros lineales localidad de Urinsaya distrito de Chivay provincia de Caylloma departamento de Arequipa, afectado por sismo ocurrido el día 14 de agosto del 2016”, el cual ha sido declarado elegible por la Dirección General de Inversión Pública del Ministerio de Economía y Finanzas, mediante Oficio N° 5599-2016-EF/63.01; Que, el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, a través de los Oficios N°s. 3870-2016/INDECI/4.0 y 3964-2016-INDECI/14.0, solicita la suma de SETENTA Y TRES MIL QUINIENTOS VEINTIUNO Y 00/100 SOLES (S/ 73 521,00), los cuales serán transferidos financieramente a la Unidad Ejecutora 001 Sede Arequipa del Gobierno Regional del Departamento de Arequipa, para la ejecución de tres (03) Proyectos de Inversión Pública de Emergencia denominados “Rehabilitación del canal Abrampampa, distrito de Huambo, provincia Caylloma región Arequipa, afectado por el sismo ocurrido el 14 de agosto del 2016”, “Rehabilitación del canal Llajapa en el distrito de Tapay, provincia de Caylloma, región Arequipa, afectado por el sismo el día 14 de agosto del 2016” y “Rehabilitación de canal Hualquicta, distrito de Huambo, provincia Caylloma región Arequipa, afectado por el sismo ocurrido el 14 de agosto del 2016”, los cuales han sido declarados elegibles por la Dirección General de Inversión Pública del Ministerio de Economía y Finanzas, mediante Oficios N°s. 5611 y 5691-2016-EF/63.01; Que, es necesario atender con suma urgencia las situaciones de alto riesgo que se producen en el país, a fin de moderar los efectos contraproducentes que puedan darse en la población como también en la economía nacional, debiéndose para tal efecto, autorizar la incorporación de recursos mediante un Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, hasta por la suma de CIENTO OCHENTA MIL QUINIENTOS VEINTICUATRO Y 00/100 SOLES (S/ 180 524,00) a favor del pliego Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 30458, Ley que regula diversas medidas para financiar la ejecución de Proyectos de Inversión Pública en apoyo de Gobiernos Regionales y Locales, los Juegos Panamericanos y Parapanamericanos y la Ocurrencia de Desastres Naturales; la Ley Nº 30373, Ley de Equilibrio Financiero de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; la Directiva Nº 001-2015-EF/63.01 aprobada mediante Resolución Directoral N° 008-2015-EF/63.01, modificada por la Resolución Directoral N° 001-2016EF/63.01 y la Directiva Nº 002-2015-EF/63.01 aprobada mediante Resolución Directoral N° 009-2015-EF/63.01; DECRETA: Artículo 1.- Objeto Autorízase la incorporación de recursos vía Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, hasta por la suma de CIENTO OCHENTA MIL QUINIENTOS VEINTICUATRO Y 00/100 SOLES (S/ 180 524,00) a fin de atender cinco (05) Proyectos de Inversión Pública (PIP) de Emergencia, para la situación descrita en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo con el siguiente detalle: El Peruano / Jueves 3 de noviembre de 2016 INGRESOS NORMAS LEGALES En Soles EDUCACION FUENTE DE FINANCIAMIENTO 3 : Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito TOTAL INGRESOS 180 524,00 ---------------180 524,00 ========= GASTOS SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA : Gobierno Central 006 : Instituto Nacional de Defensa Civil 001 : INDECI-Instituto Nacional de Defensa Civil FUENTE DE FINANCIAMIENTO 5000502 : Atención de Desastres y Apoyo a la Rehabilitación y a la Reconstrucción 3 : Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito GASTOS DE CAPITAL 2.4. Donaciones y Transferencias TOTAL EGRESOS 180 524,00 ---------------180 524,00 ========= Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El titular del pliego habilitado en el presente Crédito Suplementario, aprueba, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego involucrado, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego involucrado instruirá a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes “Notas para Modificación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos del Crédito Suplementario a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son autorizados. Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Defensa. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dos días del mes de noviembre del año dos mil dieciséis. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República MARIANO GONZÁLEZ FERNÁNDEZ Ministro de Defensa ALFREDO THORNE VETTER Ministro de Economía y Finanzas 1449124-1 Autorizan viaje de especialista de la Oficina de Medición de la Calidad de los Aprendizajes a España, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA N° 044-2016-MINEDU Lima, 2 de noviembre de 2016 CONSIDERANDO: ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 603367 Que, el Vicepresidente de Westat ha cursado invitación al señor JOSE CARLOS LOYOLA OCHOA, Especialista de la Oficina de Medición de la Calidad de los Aprendizajes, dependiente de la Secretaría de Planificación Estratégica del Ministerio de Educación, para participar en la reunión denominada “PISA Second Meeting of National Project Managers”, que se llevará a cabo en la ciudad de Madrid, Reino de España, del 07 al 09 de noviembre de 2016; Que, conforme a lo señalado por la Jefa (e) de la Oficina de Medición de la Calidad de los Aprendizajes, dependiente de la Secretaría de Planificación Estratégica del Ministerio de Educación, a través del Informe N° 029-2019-MINEDU/SPE-UMC señala que, la referida reunión tiene por objetivo capacitar a los coordinadores técnicos del Programa Internacional para la Evaluación de Estudiantes – PISA, en los distintos procesos y etapas que comprende el proceso de evaluación del referido Programa Internacional; asimismo, manifiesta que serán capacitados en el uso del sistema KeyQuest y en el proceso de codificación de las respuestas obtenidas en los cuestionarios de factores asociados al rendimiento estudiantil; Que, a través del Informe Nº 172-2016-MINEDU/ SG-OGCI, la Jefa de la Oficina General de Cooperación y Asuntos Internacionales, dependiente de la Secretaría General del Ministerio de Educación, señala que resulta relevante la participación del señor JOSE CARLOS LOYOLA OCHOA en la citada reunión, toda vez que podrá capacitarse en los distintos procesos y etapas que comprende la evaluación PISA, así como en el uso del sistema KeyQuest y en el nuevo diseño del proceso de codificación de las respuestas obtenidas en los cuestionarios de factores asociados al rendimiento escolar; Que, en consecuencia, y siendo de interés para la Institución, resulta necesario autorizar el viaje del señor JOSE CARLOS LOYOLA OCHOA, Especialista de la Oficina de Medición de la Calidad de los Aprendizajes, dependiente de la Secretaría de Planificación Estratégica del Ministerio de Educación, cuyos gastos de pasajes aéreos, así como los gastos por conceptos de viáticos e instalación serán asumidos con cargo al Pliego Presupuestal 010: Ministerio de Educación – Unidad Ejecutora: 026; Que, al respecto, el penúltimo párrafo del numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, respecto a los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, establece que el requerimiento de excepciones adicionales a las señaladas en los literales del citado numeral, para el caso de las entidades del Poder Ejecutivo, deberá canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autoriza mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, la misma que es publicada en el Diario Oficial El Peruano; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley Nº 26510; en la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, en el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba 603368 NORMAS LEGALES normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar, por excepción, el viaje del señor JOSE CARLOS LOYOLA OCHOA, Especialista de la Oficina de Medición de la Calidad de los Aprendizajes, dependiente de la Secretaría de Planificación Estratégica del Ministerio de Educación, a la ciudad de Madrid, Reino de España, del 05 al 10 de noviembre de 2016, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema serán cubiertos con cargo al Pliego Presupuestal 010: Ministerio de Educación – Unidad Ejecutora: 026, de acuerdo al siguiente detalle: JOSE CARLOS LOYOLA OCHOA Pasajes aéreos (incluye TUAA) : US$ 1943,22 Viáticos : US$ 2160,00 (03 días de evento y 01 día de instalación – US $ 540,00 x día) Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el especialista citado en el artículo precedente deberá presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos de ninguna clase o denominación. Artículo 5.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Educación. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Presidente del Consejo de Ministros JAIME SAAVEDRA CHANDUVÍ Ministro de Educación 1449124-10 Designan Directora de la Dirección de Apoyo a la Gestión Educativa Descentralizada RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 537-2016-MINEDU Lima, 2 de noviembre de 2016 CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 470-2016-MINEDU, se encargó las funciones de Director de la Dirección de Apoyo a la Gestión Educativa Descentralizada de la Dirección General de Gestión Descentralizada, dependiente del Despacho Viceministerial de Gestión Institucional del Ministerio de Educación, al señor ALEX MARTIN RIOS CESPEDES, Director General de la referida Dirección General, en adición a sus funciones y en tanto se designe al titular del referido cargo; Que, se ha visto por conveniente designar a la funcionaria que ejercerá el cargo de Directora de la Dirección de Apoyo a la Gestión Educativa Descentralizada, siendo necesario dejar sin efecto el referido encargo de funciones; De conformidad con lo previsto en el Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley N° 26510; en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo Jueves 3 de noviembre de 2016 / El Peruano en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en el Reglamento de la Carrera Administrativa aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; y, en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a la señora CLAUDIA FABIOLA BENAVIDES VIZCARRA en el cargo de Directora de la Dirección de Apoyo a la Gestión Educativa Descentralizada de la Dirección General de Gestión Descentralizada, dependiente del Despacho Viceministerial de Gestión Institucional del Ministerio de Educación; dejándose sin efecto el encargo de funciones conferido mediante el artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 470-2016-MINEDU. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME SAAVEDRA CHANDUVÍ Ministro de Educación 1449004-1 ENERGIA Y MINAS Aprueban como empresa calificada a EGEJUNIN TULUMAYO - IV S.A.C. por el desarrollo del proyecto denominado “Central Hidroeléctrica Tulumayo IV”, de acuerdo con el Contrato de Inversión suscrito con el Estado Peruano RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 456-2016-MEM/DM Lima, 31 de octubre de 2016 CONSIDERANDO: Que, conforme al numeral 3.1 del artículo 3 del Decreto Legislativo N° 973, las personas naturales o jurídicas que realizan inversiones en cualquier sector de la actividad económica que genera renta de tercera categoría pueden acogerse a un régimen especial de recuperación anticipada del Impuesto General a las Ventas (IGV); Que, el artículo 2 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 973, aprobado por el Decreto Supremo N° 084-2007-EF, concordante con los numerales 7.1 y 7.3 del artículo 7 del citado Decreto Legislativo, establece que mediante Resolución Ministerial se precisa, entre otros aspectos, la cobertura del régimen de recuperación anticipada del IGV; Que, con fecha 04 de julio de 2016 EGEJUNÍN TULUMAYO - IV S.A.C. celebra, en calidad de inversionista, un Contrato de Inversión con el Estado por el proyecto denominado “Central Hidroeléctrica Tulumayo IV” para efecto de acogerse al régimen especial de recuperación anticipada establecido en el Decreto Legislativo N° 973; Que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 5 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 973 el Ministerio de Economía y Finanzas, mediante Oficio N° 1005-2016-EF/13.01, ingresado al Ministerio de Energía y Minas bajo el Registro N° 2592021, remite el Informe N° 086-2016-EF/61.01 en el cual opina que procede la aprobación de la Lista de bienes, servicios y contratos de construcción presentada por EGEJUNÍN TULUMAYO - IV S.A.C. para el acogimiento al régimen de recuperación anticipada del IGV, acompañando como anexo el detalle de los servicios y las actividades de construcción; Estando a lo dispuesto en el numeral 3.3 del artículo 3 del Decreto Legislativo N° 973; el inciso i) del artículo El Peruano / Jueves 3 de noviembre de 2016 NORMAS LEGALES 6 del Decreto Ley Nº 25962, Ley Orgánica del Sector Energía y Minas; y, en los incisos h) y o) del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por el Decreto Supremo N° 031-2007-EM; Con el visto bueno de la Directora General de Electricidad y del Vice Ministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación de empresa calificada Aprobar como empresa calificada, a efecto del artículo 3 del Decreto Legislativo N° 973, a EGEJUNÍN TULUMAYO - IV S.A.C. por el desarrollo del proyecto denominado “Central Hidroeléctrica Tulumayo IV”, de acuerdo con el Contrato de Inversión suscrito con el Estado Peruano el 04 de julio de 2016. Artículo 2.- Requisitos y características del Contrato de Inversión Establecer, para efecto del numeral 5.3 del artículo 5 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 973, que el monto de la inversión a cargo de EGEJUNÍN TULUMAYO - IV S.A.C. asciende a la suma de US$ 102 017 565,00 (Ciento Dos Millones Diecisiete Mil Quinientos Sesenta y Cinco y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América) a ser ejecutado en un plazo total de dos (02) años, tres (03) meses y diecisiete (17) días, contado a partir del 25 de junio de 2015. Artículo 3.- Objetivo principal del Contrato de Inversión Para efecto del Decreto Legislativo N° 973, el objetivo principal del Contrato de Inversión es el previsto en sus Cláusulas Primera y Segunda y el inicio de las operaciones productivas está constituido por la percepción de cualquier ingreso proveniente de la explotación del Proyecto, conforme a lo dispuesto en el artículo 5 de dicho Decreto Legislativo. Artículo 4.- Régimen de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas 4.1 El Régimen de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas a que se refiere el artículo 2 del Decreto Legislativo N° 973 y normas reglamentarias aplicables al Contrato de Inversión comprende el impuesto que grave la importación y/o adquisición local de bienes intermedios nuevos y bienes de capital nuevos, así como los servicios y contratos de construcción que se señalan en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución, y siempre que se utilicen directamente en actividades necesarias para la ejecución del proyecto a que se refiere el Contrato de Inversión. Para determinar el beneficio antes indicado se consideran las adquisiciones de servicios y contratos de construcción que se hubieran efectuado a partir del 25 de junio de 2015 y hasta la percepción de los ingresos por las operaciones productivas a que se refiere el artículo anterior. 4.2 La lista de servicios y contratos de construcción se incluye como Anexo al Contrato de Inversión y puede ser modificada a solicitud de EGEJUNÍN TULUMAYO - IV S.A.C. de conformidad con el numeral 6.1 del artículo 6 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 973, aprobado por el Decreto Supremo N° 084-2007-EF. Regístrese, comuníquese y publíquese. GONZALO TAMAYO FLORES Ministro de Energía y Minas ANEXO I. LISTA DE SERVICIOS 1 Servicios de ingeniería y supervisión de obra 2 Servicios de monitoreo 3 Servicios de vigilancia 603369 I. LISTA DE SERVICIOS 4 Servicios de obtención de permisos, certificados y licencias 5 Servicios de consultoría social y ambiental 6 Servicios notariales y registrales 7 Servicios de medición y levantamiento topográfico 8 Servicios de peritaje, certificación y visación de planos 9 Servicios de saneamiento de terrenos 10 Servicios de seguros 11 Servicios de alimentación 12 Servicios de transporte 13 Servicios de hospedaje 14 Servicios de gestión y desarrollo de proyectos 15 Servicio de supervisión en la gestión ambiental 16 Servicios de auditoría 17 Servicios de asesoría 18 Servicios contables 19 Servicios de soporte informático 20 Servicios de gerenciamiento 21 Servicios de administración II. CONTRATOS DE CONSTRUCCIÓN Contrato EPC necesario para la construcción de la Central 1 Hidroeléctrica Tulumayo IV 1448769-1 INTERIOR Autorizan viaje de Comandante de la Policía Nacional del Perú a Argentina, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA N° 387-2016-IN Lima, 2 de noviembre de 2016 VISTOS; los mensajes con referencia DR22864/13/ UDI/G9/FTS, de fechas 11 y 17 de octubre de 2016, de la Oficina Central Nacional de INTERPOL en Buenos Aires; y, el Memorándum Nº 3261-2016-DIRGEN-PNP/ DIRASINT-DIVBEC, de fecha 22 de octubre de 2016, de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú; y, CONSIDERANDO: Que, con Resolución Suprema Nº 007-2016-JUS, de fecha 8 de febrero de 2016, el Estado peruano accede a la solicitud de extradición activa del ciudadano peruano Giovanny Jesús Liza Archellia, formulada por la Segunda Sala Penal de la corte Superior de Justicia del Callao y declarada procedente por la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, para ser procesado por la presunta comisión del delito contra el Patrimonio - Robo Agravado, en agravio de Julio Manuel Saravia Arenaza, y disponer su presentación por vía diplomática a la República Argentina, de conformidad con el Tratado vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso; Que, mediante mensajes con referencia DR22864/13/ UDI/G9/FTS, de fechas 11 y 17 de octubre de 2016, la Oficina Central Nacional de INTERPOL en Buenos Aires hace de conocimiento a la Oficina Central Nacional de INTERPOL en Lima, que se concedió la extradición activa del ciudadano peruano Giovanny Jesús Liza Archellia; por tal motivo, solicitaron los nombres y planes de desplazamiento de los funcionarios policiales que se encargarán de recibir, custodiar y trasladar al citado reclamado, desde la Ciudad Autónoma de Buenos Aires República Argentina, hacia territorio peruano; 603370 NORMAS LEGALES Que, con Hoja de Estudio y Opinión Nº 354-2016-DIRGEN PNP/DIRASINT-DIVBEC, de fecha 19 de octubre de 2016, la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú estima conveniente que la Dirección General de la Policía Nacional del Perú proponga el viaje al exterior, en comisión de servicios, del 4 al 8 de noviembre de 2016, a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - República Argentina, del Comandante de la Policía Nacional del Perú Edward Luis Flores Romero y del Suboficial Brigadier de la Policía Nacional del Perú Faustino Jordán Reyes, para que ejecuten la extradición activa antes mencionada; Que, en atención a los documentos sustentatorios, mediante Memorándum Nº 3261-2016-DIRGEN-PNP/ DIRASINT-DIVBEC, de fecha 22 de octubre de 2016, la Dirección General de la Policía Nacional del Perú aprueba la propuesta mencionada en el considerando anterior, disponiendo la formulación de la resolución autoritativa de viaje correspondiente y señalando que los gastos por concepto de viáticos para el personal policial son asumidos por el Estado peruano, con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, tal como se precisa en el Oficio N° 6504-2016-DIREJADM-DIRECFIN-PNP/ DIVPRE, de fecha 20 de octubre de 2016; mientras que los gastos correspondientes a pasajes aéreos e impuesto de viaje para el personal policial y el extraditable, son asumidos por el Poder Judicial; Que, asimismo el artículo 3° del Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004, que aprueba el reglamento de viajes del personal Militar y Civil del sector Defensa, que hace extensivo sus alcances al personal Policial y Civil de la Policía Nacional del Perú, mediante el Decreto Supremo N° 001-2009-IN, de fecha 11 de marzo de 2009, establece que los viajes al exterior con carácter oficial comprende, entre otras, la modalidad Comisión de Servicios; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por tarifa única de uso de aeropuerto; Que, conforme al penúltimo párrafo del numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, las excepciones a la prohibición de viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, dispuesta por el referido numeral, son canalizados a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autorizan mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, la misma que es publicada en el diario oficial “El Peruano”; Con el visado de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo N° 0472002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; el Decreto Legislativo Nº 1135, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 010-2013-IN; y, el Decreto Legislativo N° 1148, Ley de la Policía Nacional del Perú; Jueves 3 de noviembre de 2016 / El Peruano SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicios, del Comandante de la Policía Nacional del Perú Edward Luis Flores Romero y del Suboficial Brigadier de la Policía Nacional del Perú Faustino Jordán Reyes, del 4 al 8 de noviembre de 2016, a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - República Argentina, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- Los gastos por concepto de viáticos que ocasione el viaje a que se hace referencia en el artículo precedente, son efectuados con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos Importe US$ Días Pers. Total US$ 370.00 X 5 X 2 = 3,700.00 Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario de efectuado el viaje, el personal policial a que se refiere el artículo 1° de la presente resolución debe presentar ante el Titular del Sector un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, así como la rendición de cuentas debidamente documentada por los viáticos asignados. Artículo 4°.- La presente Resolución Suprema no da derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Presidente del Consejo de Ministros CARLOS BASOMBRIO IGLESIAS Ministro del Interior 1449124-6 Constituyen el Comité de Inversiones del Sector Interior RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0922-2016-IN Lima, 27 de octubre de 2016 VISTOS; el Oficio N° 252-2016-IN-VGI, de fecha 10 de octubre de 2016, del Viceministerio de Gestión Institucional; el Informe N° 000726-2016/IN/DGPP/ DPI, de fecha 04 de octubre de 2016, de la Dirección de Programación e Inversiones de la Dirección General de Planificación y Presupuesto y el Oficio N° 0035232016/IN/DGPP, de fecha 05 de octubre de 2016, de la Dirección General de Planificación y Presupuesto, y; CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo N° 1224, Decreto Legislativo del Marco de Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos, tiene por objeto establecer los procesos y modalidades de promoción de la inversión privada para el desarrollo de infraestructura pública, servicios públicos, servicios vinculados a estos, proyectos de investigación aplicada y/o innovación tecnológica y la ejecución de proyectos en activos; El Peruano / Jueves 3 de noviembre de 2016 NORMAS LEGALES Que, el numeral 8.1 del artículo 8 del citado Decreto Legislativo, establece que el Ministerio, Gobierno Regional y Gobierno Local que tenga proyectos o prevea desarrollar procesos de promoción de la inversión privada bajo las modalidades reguladas en la referida norma, crea el Comité de Inversiones para desempeñarse como el Organismo Promotor de la Inversión Privada para los procesos de promoción bajo su competencia, conforme lo establece el artículo 6 de la norma acotada y como órgano de coordinación con Proinversión en los procesos de promoción bajo competencia o encargados a éste último; Que, asimismo, el numeral 8.2 del artículo 8 del Decreto Legislativo N° 1224, señala que la designación de los miembros del Comité de Inversiones se efectúa mediante Resolución Ministerial, la misma que deberá ser publicada en el diario oficial El Peruano y comunicada al Registro Nacional de Contratos de Asociaciones Público Privadas; Que, de otro lado el numeral 6.1 del artículo 6 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1224, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 410-2015-EF, establece que el Comité de Inversiones de un Ministerio es un órgano colegiado integrado por tres funcionarios de la Alta Dirección o titulares de órganos de línea o asesoramiento de la entidad, los cuales ejercen sus funciones conforme a las normas vigentes de la materia; Que, en mérito de lo antes expuesto, resulta necesario constituir el referido Comité de Inversiones, así como designar a sus miembros; Con la visación de la Dirección General de Planificación y Presupuesto y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 1135, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Decreto Supremo N° 010-2013-IN, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Decreto Legislativo N° 1224, Decreto Legislativo del Marco de Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos; y, el Decreto Supremo N° 410-2015-EF, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1224, Decreto Legislativo del Marco de Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Constituir el Comité de Inversiones del Sector Interior, en el marco de lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1224, Decreto Legislativo del Marco de Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos y su Reglamento. Artículo 2°.- Designar a los miembros del Comité de Inversiones del Sector Interior, de acuerdo al siguiente detalle: - El/la Director/a General de Planificación y Presupuesto del Ministerio del Interior, quien lo presidirá. - El/la Director/a de la Dirección Ejecutiva de Infraestructura y Equipamiento de la Policía Nacional del Perú. - El/la Director/a General de Infraestructura del Ministerio del Interior. Artículo 3°- Notificar de los alcances de la presente Resolución Ministerial al Registro Nacional de Contratos de Asociaciones Público Privadas. Artículo 4°.- Notificar la presente Resolución a los integrantes del Comité de Inversiones del Sector Interior, constituido en el artículo 1° de la presente Resolución para los fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS BASOMBRIO IGLESIAS Ministro del Interior 1449101-1 603371 JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Acceden a solicitud de extradición activa de ciudadano peruano y disponen su presentación a los Estados Unidos de América RESOLUCIÓN SUPREMA N° 205-2016-JUS Lima, 2 de noviembre de 2016 VISTO; el Informe de la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados Nº 110-2016/ COE-TC, del 27 de octubre de 2016, sobre la solicitud de extradición activa a los Estados Unidos de América del ciudadano peruano DENNIS ALEXANDER REA REYES, formulada por la Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Huaura; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 5 del artículo 34 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, las Salas Penales conocen las extradiciones activas y pasivas; Que, en mérito a las atribuciones conferidas, la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, mediante Resolución Consultiva de fecha 29 de septiembre de 2016, declaró procedente la solicitud de extradición activa del ciudadano peruano DENNIS ALEXANDER REA REYES, para ser procesado como cómplice secundario por el delito contra el patrimonio Robo con agravantes, en agravio de Éver José Palacios Padilla (Exp. Nº 114-2016); Que, el literal a) del artículo 28 del Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS, Normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados, establece que la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados propone al Consejo de Ministros, a través del Ministro de Justicia y Derechos Humanos, acceder o no al pedido de extradición activa formulado por el órgano jurisdiccional competente; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el numeral 1 del artículo 514 del Código Procesal Penal, promulgado por el Decreto Legislativo Nº 957, corresponde al Gobierno decidir la extradición, pasiva o activa, mediante Resolución Suprema expedida con acuerdo del Consejo de Ministros, previo informe de la referida Comisión Oficial; Que, la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados ha emitido la opinión correspondiente mediante el Informe Nº 110-2016/COE-TC, del 27 de octubre de 2016, en el sentido de acceder a la solicitud de extradición activa; De conformidad con el Tratado de Extradición entre la República del Perú y el Gobierno de los Estados Unidos de América, suscrito en la ciudad de Lima el 25 de julio de 2001 y vigente desde el 25 de agosto de 2003; En uso de la facultad conferida en el numeral 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1.- Acceder a la solicitud de extradición activa del ciudadano peruano DENNIS ALEXANDER REA REYES, formulada por la Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Huaura y declarada procedente por la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, para ser procesado como cómplice secundario por la 603372 NORMAS LEGALES presunta comisión del delito contra el patrimonio - Robo Agravado, en agravio de Éver José Palacios Padilla y disponer su presentación por vía diplomática a los Estados Unidos de América de conformidad con el Tratado vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por la Ministra de Justicia y Derechos Humanos y por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República MARÍA SOLEDAD PÉREZ TELLO Ministra de Justicia y Derechos Humanos RICARDO LUNA MENDOZA Ministro de Relaciones Exteriores Jueves 3 de noviembre de 2016 / El Peruano Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Presidente del Consejo de Ministros JORGE NIETO MONTESINOS Ministro de Cultura MARÍA SOLEDAD PÉREZ TELLO Ministra de Justicia y Derechos Humanos 1449124-7 Dan por concluida designación Procurador Público Especializado materia Constitucional de en RESOLUCIÓN SUPREMA N° 207-2016-JUS 1449123-3 Aceptan renuncia de Procurador Público del Ministerio de Cultura RESOLUCIÓN SUPREMA N° 206-2016-JUS Lima, 2 de noviembre de 2016 CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Estado, en su artículo 47, establece que la defensa de los intereses del Estado está a cargo de los Procuradores Públicos y mediante Decreto Legislativo N.º 1068, se crea el Sistema de Defensa Jurídica del Estado con la finalidad de fortalecer, unificar y modernizar la defensa jurídica del Estado en el ámbito local, regional, nacional, supranacional e internacional, en sede judicial, militar, arbitral, Tribunal Constitucional, órganos administrativos e instancias de similar naturaleza, arbitrajes y conciliaciones; Que, mediante Resolución Suprema Nº 127-2013JUS, de fecha 29 de setiembre de 2013, se designó al abogado Javier Wilfredo Paredes Sotelo como Procurador Público del Ministerio de Cultura; Que, mediante Oficio N° 106-2016/DM/MC, de fecha 13 de setiembre de 2016, el señor Ministro de Cultura comunicó al Consejo de Defensa Jurídica del Estado, la renuncia del abogado Javier Wilfredo Paredes Sotelo al cargo de Procurador Público del Ministerio de Cultura; Que, el artículo 25 del Decreto Legislativo Nº 1068, estipula que la designación de los Procuradores Públicos culmina, entre otras razones, por renuncia; Que, mediante Sesión de fecha 13 de setiembre de 2016, el Consejo de Defensa Jurídica del Estado acordó recomendar la aceptación de la renuncia del abogado Javier Wilfredo Paredes Sotelo al cargo de Procurador Púbico del Ministerio de Cultura, dándose término a su designación; y, De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 de la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Decreto Legislativo Nº 1068 por el cual se crea el Sistema de Defensa Jurídica del Estado; y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0172008-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar la renuncia del abogado Javier Wilfredo Paredes Sotelo al cargo de Procurador Público del Ministerio de Cultura, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, la Ministra de Justicia y Derechos Humanos y el Ministro de Cultura. Lima, 2 de noviembre de 2016 VISTO, el Oficio Nº 4049-2016-JUS/CDJE, de la Presidenta del Consejo de Defensa Jurídica del Estado; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Estado, en su artículo 47, establece que la defensa de los intereses del Estado está a cargo de los Procuradores Públicos y mediante Decreto Legislativo Nº 1068, se crea el Sistema de Defensa Jurídica del Estado con la finalidad de fortalecer, unificar y modernizar la defensa jurídica del Estado en el ámbito local, regional, nacional, supranacional e internacional, en sede judicial, militar, arbitral, Tribunal Constitucional, órganos administrativos e instancias de similar naturaleza, arbitrajes y conciliaciones; Que, el literal b) del artículo 25 del Decreto Legislativo Nº 1068, establece que la designación de los Procuradores Públicos y Procuradores Públicos Adjuntos culmina, entre otras razones, por término de la designación; Que, mediante Resolución Suprema Nº 122-2015JUS, del 01 de julio de 2015, se designó al señor abogado Julio César Galindo Vásquez, como Procurador Público Especializado en materia Constitucional; Que, mediante Sesión Extraordinaria, del 26 de octubre de 2016, el Consejo de Defensa Jurídica del Estado acordó proponer dar término a la designación del señor abogado Julio César Galindo Vásquez, como Procurador Público Especializado en materia Constitucional; y, De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 de la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Decreto Legislativo Nº 1068, por el cual se crea el Sistema de Defensa Jurídica del Estado; y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2008JUS; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida la designación del señor abogado Julio César Galindo Vásquez, como Procurador Público Especializado en materia Constitucional. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y la Ministra de Justicia y Derechos Humanos. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Presidente del Consejo de Ministros MARÍA SOLEDAD PÉREZ TELLO Ministra de Justicia y Derechos Humanos 1449124-8 El Peruano / Jueves 3 de noviembre de 2016 NORMAS LEGALES 603373 Aceptan renuncia de Procuradora Pública Adjunta del Ministerio de Salud PRODUCE RESOLUCIÓN SUPREMA N° 208-2016-JUS Autorizan viaje de profesional del ITP a Brasil, en comisión de servicios Lima, 2 de noviembre de 2016 VISTOS, el Oficio Nº 3268-2016-JUS/CDJE del Consejo de Defensa Jurídica del Estado; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Estado, en su artículo 47, establece que la defensa de los intereses del Estado está a cargo de los Procuradores Públicos y mediante Decreto Legislativo Nº 1068, se crea el Sistema de Defensa Jurídica del Estado con la finalidad de fortalecer, unificar y modernizar la defensa jurídica del Estado en el ámbito local, regional, nacional, supranacional e internacional, en sede judicial, militar, arbitral, Tribunal Constitucional, órganos administrativos e instancias de similar naturaleza, arbitrajes y conciliaciones; Que, el literal a) del artículo 25 del Decreto Legislativo Nº 1068, estipula que la designación de los Procuradores Públicos Adjuntos culmina, entre otras razones, por renuncia; Que, mediante Resolución Suprema Nº 075-2013JUS, del 26 de junio de 2013, se designó a la abogada Gisela Puca Cusihuallpa como Procuradora Pública Adjunta del Ministerio de Salud; quien ha formulado su renuncia a dicho cargo; Que, mediante Oficio Nº 711-2016-DM/MINSA del 20 de junio de 2016, el señor ex Ministro de Salud comunicó al Consejo de Defensa Jurídica del Estado haber recibido la renuncia de la abogada Gisela Puca Cusihuallpa, como Procuradora Pública Adjunta del Ministerio de Salud; Que, mediante Sesión Extraordinaria del 24 de junio de 2016, el Consejo de Defensa Jurídica del Estado acordó aceptar la renuncia de la abogada Gisela Puca Cusihuallpa, como Procuradora Pública Adjunta del Ministerio de Salud; Que, mediante Sesión Extraordinaria del 26 de setiembre de 2016, el Consejo de Defensa Jurídica del Estado acordó validar el Acta N° 014-2016-CDJE, sobre la propuesta de aceptar la renuncia de la Procuradora Pública Adjunta del Ministerio de Salud, abogada Gisela Puca Cusihuallpa, dando término a su designación como tal; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 de la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Decreto Legislativo Nº 1068 por el cual se crea el Sistema de Defensa Jurídica del Estado; y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0172008-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar la renuncia de la abogada Gisela Puca Cusihuallpa, a su designación como Procuradora Pública Adjunta del Ministerio de Salud, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, la Ministra de Justicia y Derechos Humanos y la Ministra de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Presidente del Consejo de Ministros MARÍA SOLEDAD PÉREZ TELLO Ministra de Justicia y Derechos Humanos PATRICIA J. GARCÍA FUNEGRA Ministra de Salud 1449124-9 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 023-2016-PRODUCE Lima, 2 de noviembre de 2016 CONSIDERANDO: Que, mediante documento de fecha 20 de julio de 2016, la Universidad Federal de Rio de Janeiro, cursa invitación a la señora Claudia Sánchez Robinet para realizar un periodo de entrenamiento en el Laboratorio de Bacteriología Molecular y Marina del Instituto de Microbiología de la Universidad Federal de Rio de Janeiro, que se llevará a cabo en la ciudad de Río de Janeiro, República Federativa del Brasil, del 07 de noviembre al 02 de diciembre de 2016; Que, con el Informe N° 030-2016-ITP/DIDITT, el Director (e) de Investigación, Desarrollo, Innovación y Transferencia Tecnológica del Instituto Tecnológico de la Producción - ITP , señala que el mencionado entrenamiento contribuirá en solucionar el biofouling que genera un impacto económico importante en las industrias que dependen del medio ambiente marino y costero, tales como el turismo, la pesca y acuicultura, lográndose una mejor interacción para el desarrollo de proyectos futuros con instituciones reconocidas internacionalmente en temas relacionados en beneficio de los objetivos de investigación del ITP; asimismo, señala que el entrenamiento será de utilidad para estandarizar métodos como la identificación molecular 16S rRNA en bacterias marinas, garantizar la viabilidad y estabilidad de las colecciones bacterianas y caracterizar la producción de biofilm y de sustancias antimicrobianas, las cuales optimizarán los resultados del Proyecto de Investigación Aplicada: “Obtención de componentes bioactivos de pepino de mar Patallus mollis sobre bacterias formadoras de biofouling”, desarrollado en la Dirección de Investigación, Desarrollo, Innovación y Transferencia Tecnológica; Que, con el Informe N° 100-2016-ITP/OPPM, el Jefe de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del ITP manifiesta que la participación en el mencionado entrenamiento irrogará gastos con cargo a la meta 148 de la fuente “Donaciones y Transferencias”, que están contemplados en el cronograma de gastos del Proyecto de Investigación Aplicada “Obtención de componentes bioactivos de pepino de mar Patallus mollis sobre bacterias formadoras de biofouling” según Oficio N° 001-2016-ITP/Contrato N° 302 InnovatePerú-PIAP-2015, que proviene del depósito realizado por Innóvate Perú para la ejecución del mencionado proyecto, los cuales serán cofinanciados junto a la participante; Que, la Ley Nº 27619, Ley que regula las autorizaciones de viaje al exterior de servidores y funcionarios públicos y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprobó las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, regulan la autorización de viajes al exterior de dicho personal, precisando que los mismos deben sustentarse en el interés nacional o institucional; Que, el artículo 10 de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, establece que el requerimiento de autorizaciones de viajes al exterior por supuestos distintos a los señalados en dicho artículo, en el caso de las entidades del Poder Ejecutivo, deben canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autorizan mediante resolución suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, la cual se publica en el diario oficial El Peruano; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el viaje de la señora Claudia Cecilia Sánchez Robinet, profesional del Instituto Tecnológico de la Producción - ITP, a la ciudad de Río de Janeiro, República Federativa del Brasil, del 04 de noviembre al 02 de diciembre de 2016, para los fines expuestos en los considerandos precedentes; 603374 NORMAS LEGALES De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; el Decreto Legislativo Nº 1047 que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; la Ley N° 27619 y modificatorias, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo N° 0472002-PCM, que aprobó las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su modificatoria; la Resolución Ministerial Nº 343-2012-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; y la Resolución Ministerial Nº 296-2009-PRODUCE, que aprueba la Directiva General Nº 007-2009-PRODUCE, “Directiva de Procedimientos para las Autorizaciones de Viajes al Exterior en el Ministerio de la Producción”; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje de la señora Claudia Cecilia Sánchez Robinet, profesional del Instituto Tecnológico de la Producción - ITP, a la ciudad de Río de Janeiro, República Federativa del Brasil, del 04 de noviembre al 02 de diciembre de 2016, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos correspondientes a los viáticos que demande el viaje autorizado en el artículo precedente, serán atendidos con cargo a los recursos del Proyecto de Investigación Aplicada “Obtención de componentes bioactivos de pepino de mar Patallus mollis sobre bacterias formadoras de biofouling” del Instituto Tecnológico de la Producción - ITP, de acuerdo al siguiente detalle: Nombres y apellidos Claudia Cecilia Sánchez Robinet Viáticos US$ 5,550.00 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la comisionada deberá presentar al Titular de la Entidad, un informe detallado de las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas. Artículo 4.- La presente Resolución Suprema no libera ni exonera del pago de impuestos y/o derechos aduaneros de cualquier clase o denominación. Artículo 5.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de la Producción. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Presidente del Consejo de Ministros BRUNO GIUFFRA MONTEVERDE Ministro de la Producción 1449124-11 Disponen la publicación de proyecto de Decreto Supremo que aprueba el “Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Recurso Anchoveta para Consumo Humano Directo” y su Exposición de Motivos, en el portal institucional del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 433-2016-PRODUCE Lima, 2 de noviembre de 2016 Jueves 3 de noviembre de 2016 / El Peruano VISTOS: El Oficio N° 530-2016-IMARPE/CD del Instituto del Mar del Perú – IMARPE, el Informe Nº 0031-2016-PRODUCE/Dpechd-mmori de la Dirección de Extracción y Producción Pesquera para Consumo Humano Directo de la Dirección General de Extracción y Producción Pesquera para Consumo Humano Directo, el Informe N° 0067-2016-PRODUCE/DIS-ecastilla de la Dirección de Supervisión de la Dirección General de Supervisión y Fiscalización, el Memorando N° 9876-2016-PRODUCE/DGS de la Dirección General de Sanciones, el Informe N° 390-2016-PRODUCE/DGPDiropa de la Dirección General de Políticas y Desarrollo Pesquero; y el Informe N° 402-2016-PRODUCE/OGAJ; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo Nº 010-2010-PRODUCE se aprobó el Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Recurso Anchoveta (Engraulis ringens) y Anchoveta Blanca (Anchoa nasus) para Consumo Humano Directo con el objetivo de establecer las normas para una explotación racional, sostenible y sanitariamente segura del recurso anchoveta para consumo humano directo, conforme a lo establecido en la Ley General de Pesca, su Reglamento, modificatorias y ampliatorias, en las normas sanitarias, los postulados del Código de Conducta para la Pesca Responsable y en los principios de preservación de los ecosistemas marinos y de la diversidad biológica; Que, el Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Recurso Anchoveta (Engraulis ringens) y Anchoveta Blanca (Anchoa nasus) para consumo humano directo, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2010-PRODUCE, ha sido objeto de diversas modificaciones y normas complementarias, tales como el Decreto Supremo Nº 005-2012-PRODUCE, la Resolución Ministerial N° 433-2012-PRODUCE, el Decreto Supremo Nº 011-2013-PRODUCE y el Decreto Supremo Nº 006-2015-PRODUCE; Que, el proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Recurso Anchoveta para Consumo Humano Directo tiene por objeto establecer las normas de ordenamiento pesquero del recurso anchoveta para su aprovechamiento sostenible, orientado al consumo humano directo, en concordancia con lo establecido en el Decreto Ley N° 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE, en adelante Reglamento de la Ley General de Pesca, en la normativa sanitaria y en los principios y disposiciones del Código de Conducta para la Pesca Responsable aprobado por la Organización de la Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación y, asimismo, contribuir al desarrollo de la industria para el consumo humano directo procurando garantizar el abastecimiento sostenible del recurso y el desarrollo de la pesca como fuente de alimentación, empleo e ingresos; Que, de acuerdo a lo indicado en los considerandos precedentes, es necesario aprobar el Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Recurso Anchoveta para Consumo Humano Directo, por lo que corresponde disponer la publicación del referido proyecto de norma en el Diario Oficial El Peruano y en el portal institucional de este Ministerio, en el que se mantendrá por un plazo de treinta (30) días hábiles, a fin que las entidades públicas, privadas y la ciudadanía en general alcancen sus observaciones, comentarios y/o aportes por vía electrónica a través del portal institucional o en la Dirección General de Políticas y Desarrollo Pesquero, según lo establecido en el artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2009-JUS; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura, de la Dirección General de Extracción y Producción Pesquera para Consumo Humano Directo, de la Dirección General de Supervisión y Fiscalización, de la Dirección General de Sanciones, de la Dirección General de Políticas y Desarrollo Pesquero; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; la Ley N° 29158, El Peruano / Jueves 3 de noviembre de 2016 NORMAS LEGALES Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1047, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Resolución Ministerial Nº 343-2012-PRODUCE; y el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2009-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1.- Publicación del Proyecto Disponer la publicación del proyecto de Decreto Supremo por el cual se aprueba el “Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Recurso Anchoveta para Consumo Humano Directo”, así como la correspondiente Exposición de Motivos, en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.produce.gob.pe), a efectos de recibir las opiniones, comentarios y/o sugerencias de la ciudadanía, por el plazo de treinta (30) días hábiles contado desde el día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario Oficial El Peruano. Artículo 2.- Mecanismos de Participación Las opiniones y sugerencias sobre el proyecto de Decreto Supremo a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, deben ser remitidas a la sede del Ministerio de la Producción, con atención a la Dirección General de Políticas y Desarrollo Pesquero, ubicada en la Calle Uno Oeste Nº 060 – Urbanización Córpac, San Isidro, o a la dirección electrónica: [email protected]. Regístrese, comuníquese y publíquese. BRUNO GIUFFRA MONTEVERDE Ministro de la Producción 1449121-1 Encargan funciones de Jefe de la Oficina General de Administración del FONDEPES RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 349-2016-FONDEPES/J Lima, 31 de octubre de 2016 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Jefatural Nº 308-2016-FONDEPES/J de fecha 11 de agosto de 2016, se designó al señor Ronny Fernando Castro Arévalo como Jefe de la Oficina General de Administración del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero – FONDEPES; Que, el referido servidor público formuló su renuncia al cargo que venía desempeñando, por lo que corresponde aceptar la misma y encargar a la persona que ejercerá dicho cargo; De conformidad con lo previsto por el artículo 3º de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de Funcionarios Públicos y al literal l) del artículo 8º del Reglamento de Organización y Funciones del FONDEPES, aprobado por Resolución Ministerial Nº 346-2012-PRODUCE; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aceptar con eficacia al 31 de octubre del 2016, la renuncia formulada por el señor Ronny Fernando Castro Arévalo, al cargo de Jefe de la Oficina General de Administración del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Encargar con eficacia al 1 de noviembre de 2016, al señor Enrique Fernández Paniagua, actual Secretario General del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero, en el cargo de Jefe de la Oficina General de Administración del Fondo Nacional de Desarrollo 603375 Pesquero, en adición a sus funciones, y en tanto se designe al Titular. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARÍA ISABEL CASTRO SILVESTRE Jefa Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero FONDEPES 1448932-1 RELACIONES EXTERIORES Dan por terminadas funciones de Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria del Perú en el Reino de Bélgica y ante la Unión Europea RESOLUCIÓN SUPREMA N° 242-2016-RE Lima, 2 de noviembre de 2016 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema N.° 3792011-RE, se nombró a la Embajadora en el Servicio Diplomático de la República Cristina María del Rosario Ronquillo de Blodorn, como Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria del Perú en el Reino de Bélgica; Que, por Resolución Ministerial N° 1158-2011-RE, se fijó el 15 de diciembre de 2011, como la fecha en que la citada funcionaria diplomática asumió funciones como Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria del Perú en el Reino de Bélgica; Que, mediante Resolución Suprema N.° 4492011-RE, se nombró a la Embajadora en el Servicio Diplomático de la República Cristina María del Rosario Ronquillo de Blodorn, como Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria del Perú ante la Unión Europea. De conformidad con la Ley N.° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, y modificatorias; su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo N.° 130-2003-RE y modificatorias; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N° 135.2010-RE; SE RESUELVE: Artículo 1. Dar por terminadas las funciones de la Embajadora en el Servicio Diplomático de la República Cristina María del Rosario Ronquillo de Blodorn, como Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria del Perú en el Reino de Bélgica. Artículo 2. Dar por terminadas las funciones de la Embajadora en el Servicio Diplomático de la República Cristina María del Rosario Ronquillo de Blodorn, como Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria del Perú ante la Unión Europea. Artículo 3. La fecha de término de sus funciones será fijada mediante resolución ministerial. Artículo 4. Cancelar las Cartas Credenciales y los Plenos Poderes correspondientes. Artículo 5. Darle las gracias por los importantes servicios prestados a la Nación en el Despacho de sus funciones. Artículo 6. Aplicar el egreso que irrogue la presente Resolución a las partidas correspondientes del Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Artículo 7. La presente Resolución será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República RICARDO LUNA MENDOZA Ministro de Relaciones Exteriores 1449123-5 603376 NORMAS LEGALES Autorizan al Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica efectuar pago de cuotas a diversos organismos internacionales RESOLUCIÓN SUPREMA N° 243-2016-RE Jueves 3 de noviembre de 2016 / El Peruano Artículo 4.- Refrendo La presente resolución suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República RICARDO LUNA MENDOZA Ministro de Relaciones Exteriores Lima, 2 de noviembre de 2016 VISTO: 1449123-6 El Oficio N° 348-2016-CONCYTEC-SG, de 30 de septiembre de 2016, del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica, mediante el cual solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la emisión de la resolución suprema que autorice el pago de diversas cuotas; RESOLUCIÓN SUPREMA N° 244-2016-RE Lima, 2 de noviembre de 2016 VISTO: CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 30372 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, se aprobó el “Anexo B: Cuotas Internacionales - Año Fiscal 2016”, donde se detallan las entidades y montos que corresponden a cuotas internacionales a ser otorgadas durante el año fiscal 2016; Que, de conformidad con lo establecido en el inciso 67.3 del artículo 67 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, las cuotas se pagan con cargo al presupuesto institucional de cada una de las entidades del sector público, previa aprobación de la resolución suprema refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores; Que, en el presupuesto del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica, se han previsto recursos para el pago de diversas cuotas, conforme el detalle que se consigna en la presente resolución, a fin de autorizar el respectivo pago; Estando a lo expuesto, y de conformidad con lo establecido en el inciso 67.3 del artículo 67 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, y de la Ley Nº 30372 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorización Autorizar al Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica a efectuar el pago de las siguientes cuotas: PLIEGO PRESUPUESTARIO 114: CONSEJO NACIONAL DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN TECNOLÓGICA MONEDA MONTO PERSONA JURÍDICA USD 3 000.00 Centro Latinoamericano de Física – CLAF USD Centro Regional de 10 000.00 Sismología para América del Sur - CERESIS EUR EUR 5 740.00 Unión Internacional para la Ciencia - ICSU Programa Iberoamericano 60 000.00 de Ciencia y Tecnología para el Desarrollo – CYTED Artículo 2.- Afectación presupuestal Disponer que los gastos que demande el cumplimiento de la presente resolución se ejecuten con cargo al presupuesto del Pliego 114: Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica. Artículo 3.- Equivalencia en moneda nacional Disponer que la equivalencia en moneda nacional sea establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago. El Oficio N° 350-2016-CONCYTEC-SG, de 03 de octubre de 2016, del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica, mediante el cual solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la emisión de la resolución suprema que autorice el pago de la cuota a favor del International Centre for Genetic Engineering and Biotechnology – ICGEB; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 30372 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, se aprobó el “Anexo B: Cuotas Internacionales - Año Fiscal 2016”, donde se detallan las entidades y montos que corresponden a cuotas internacionales a ser otorgadas durante el año fiscal 2016; Que, de conformidad con lo establecido en el inciso 67.3 del artículo 67 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, las cuotas se pagan con cargo al presupuesto institucional de cada una de las entidades del sector público, previa aprobación de la resolución suprema refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores; Que, en el presupuesto del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica, se han previsto recursos para el pago de la cuota a favor del International Centre for Genetic Engineering and Biotechnology – ICGEB, por lo que corresponde emitir la presente resolución a fin de autorizar el respectivo pago; Estando a lo expuesto, y de conformidad con lo establecido en el inciso 67.3 del artículo 67 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, y de la Ley Nº 30372 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorización Autorizar al Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica a efectuar el pago de la siguiente cuota: PLIEGO PRESUPUESTARIO 114: CONSEJO NACIONAL DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN TECNOLÓGICA MONEDA MONTO USD PERSONA JURÍDICA International Centre for 12 900.00 Genetic Engineering and Biotechnology – ICGEB Artículo 2.- Afectación presupuestal Disponer que los gastos que demande el cumplimiento de la presente resolución se ejecuten con cargo al presupuesto del Pliego 114: Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica. El Peruano / Jueves 3 de noviembre de 2016 NORMAS LEGALES Artículo 3.- Equivalencia en moneda nacional Disponer que la equivalencia en moneda nacional sea establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago. Artículo 4.- Refrendo La presente resolución suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República RICARDO LUNA MENDOZA Ministro de Relaciones Exteriores 1449123-7 SALUD Autorizan viaje de profesionales de la DIGEMID a México, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 860-2016/MINSA Lima, 31 de octubre del 2016 Visto, el expediente N° 16-091739-001 que contiene la Nota Informativa N° 610-2016-DIGEMID-DG-DEF/MINSA, emitida por la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 5 de la Ley N° 29459, Ley de los Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios, establece que la Autoridad Nacional de Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios (ANM) es la entidad responsable de proponer políticas, y dentro de su ámbito, normar, regular, evaluar, ejecutar, controlar, supervisar, vigilar, auditar, certificar y acreditar en temas relacionados a lo establecido en la referida Ley implementando un sistema de administración eficiente sustentado en estándares internacionales; Que, el artículo 11 de la acotada Ley señala que el Certificado de Buenas Prácticas de Manufactura emitido por la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas-DIGEMID como Autoridad Nacional de Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios, constituye requisito previo para la inscripción y reinscripción de dichos productos en el Registro Sanitario; Que, asimismo el artículo 22 de la acotada Ley dispone que las personas naturales o jurídicas públicas y privadas que se dedican para sí o para terceros a la fabricación, la importación, distribución, almacenamiento, dispensación o expendio de productos farmacéuticos, dispositivos médicos y productos sanitarios, deben cumplir con los requisitos y condiciones sanitarias establecidas en el Reglamento respectivo y en las Buenas Prácticas de Laboratorio de Distribución de Almacenamiento, de Dispensación y de Seguimiento Farmacoterapéutico y demás aprobados por la Autoridad Nacional de Salud a propuesta de la Autoridad Nacional de Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios, según corresponda y contar con la certificación correspondiente en los plazos que establece el Reglamento; Que, la Directiva Administrativa N° 165-MINSA/ DIGEMID V.01, Directiva Administrativa para la Certificación de Buenas Prácticas de Manufactura en Laboratorios Nacionales y Extranjeros aprobada por Resolución Ministerial N° 737-2010/MINSA y modificada por la Resolución Ministerial N° 798-2016/MINSA, señala en el numeral 6.1 de las Disposiciones Específicas que el Ministerio de Salud como Autoridad Nacional de Salud, a través de la Dirección General de Medicamentos, 603377 Insumos y Drogas como Autoridad Nacional de Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios, otorga la Certificación de Buenas Prácticas de Manufactura a los laboratorios dedicados a la fabricación de Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios a nivel nacional e internacional, previa auditoría para verificar su cumplimiento; Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 6.17 de la citada directiva, en el caso de certificación de laboratorios extranjeros, estos abonarán en la cuenta del Ministerio de Salud, los montos correspondientes a la tarifa según el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) vigente, más la cantidad que se defina en una Pre Liquidación que incluya los costos de pasajes y viáticos para el personal que realizará dicha certificación; Que, de acuerdo a lo señalado por la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas en el documento de visto, la empresa TECHSPHERE PERÚ S.A. ha solicitado la Certificación de Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) y de Buenas Prácticas de Laboratorio (BPL) del laboratorio PRODUCTOS CIENTIFICOS S.A. DE C.V. ubicado en la ciudad de México D.F., Estados Unidos Mexicanos, señalando que la citada empresa ha cumplido con el pago del derecho de tramitación previsto en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) para las certificación señalada, incluyendo los costos por concepto de pasajes y viáticos; Que, según lo señalado en la Nota Informativa N° 304-2016-T-OE-OGA/MINSA, la Oficina de Economía de la Oficina General de Administración ha verificado el depósito efectuado por la empresa TECHSPHERE PERÚ S.A. conforme al Recibo de Ingreso N° 3341, con el cual se cubre íntegramente los costos del viaje de inspección solicitado por la empresa en mención; Que, según lo informado por la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas la inspección solicitada para la obtención de la certificación señalada en el considerando precedente, se llevará a cabo del 7 al 17 de noviembre de 2016; Que, con Memorando N° 2162-2016-OGA/MINSA, la Oficina General de Administración informa que el viaje que realizarán las químicos farmacéuticos Gloria Mélida García Molina y Dora Curu Díaz, profesionales de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas para realizar la inspección solicitada, cuenta con las Certificaciones de Crédito Presupuestario N°s. 05081-2016 y 5082-2016, correspondiente a la fuente de financiamiento de Recursos Directamente Recaudados del Pliego 011: Ministerio de Salud, para pasajes en tarifa económica, así como los viáticos correspondientes incluido gastos de instalación, en concordancia con la normatividad vigente; Que, mediante Informe N° 311-2016-EGC-ODRH/ MINSA, la Oficina General de Recursos Humanos emite opinión favorable respecto de la autorización de viaje de los referidos profesionales; Que, en atención a lo señalado en los considerandos precedentes, la realización del mencionado viaje tiene por objeto efectuar la supervisión de las condiciones y prácticas de fabricación de los productos farmacéuticos, dispositivos médicos y productos sanitarios por parte del laboratorio extranjero y que será materia de comercialización en el país, resultando de interés institucional autorizar el viaje de los profesionales en mención; Que, conforme a lo dispuesto en el literal g) del numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, los viajes que realicen los profesionales de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas (DIGEMID), para las acciones de inspección de laboratorios farmacéuticos en el extranjero, en la Certificación de Buenas Prácticas de Manufactura y Buenas Prácticas de Laboratorio, se autorizan mediante resolución del titular de la entidad; Con el visado de la Directora General de la Oficina General de Recursos Humanos, del Director General de la Oficina General de Administración, del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, del 603378 NORMAS LEGALES Secretario General, y del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud; y, De conformidad con lo dispuesto en el literal g) del numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y su modificatoria; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, y sus modificatorias; y la Directiva Administrativa para la Certificación de Buenas Prácticas de Manufactura en Laboratorios Nacionales y Extranjeros, aprobada por Resolución Ministerial N° 7372010/MINSA y modificada por la Resolución Ministerial N° 798-2016/MINSA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar en comisión de servicios el viaje de las químicos farmacéuticos Gloria Mélida García Molina y Dora Curu Díaz, profesionales de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas, a la ciudad de México D.F., Estados Unidos Mexicanos, del 6 al 18 de noviembre de 2016, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el viaje de los citados profesionales en cumplimiento de la presente Resolución Ministerial han sido íntegramente cubiertos por la empresa TECHSPHERE PERÚ S.A., a través del Recibo de Ingreso detallado en los considerandos precedentes, abonado a la Oficina de Economía de la Oficina General de Administración, incluyendo la asignación por concepto de viáticos, conforme al siguiente detalle: - Pasaje tarifa económica para 2 personas (c/persona US$ 807.549 incluido TUUA) : US$ 1,615.10 - Viáticos por 12 días para 2 personas : US$ 10,560.00 (c/persona US$ 5,280.00 incluido gastos de instalación) TOTAL : US$ 12,175.10 Artículo 3.- Disponer que los citados profesionales, dentro de los quince (15) días calendario posteriores a su retorno, presenten ante el Titular de la entidad, con copia a la Oficina General de Recursos Humanos, un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos, en el evento al que acudirán, así como la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA J. GARCÍA FUNEGRA Ministra de Salud 1449007-1 Designan temporalmente Ejecutivo Adjunto 1 de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 861-2016/MINSA Lima, 31 de octubre de 2016 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 493-2016/ MINSA de fecha 31 de diciembre de 2014, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal Provisional del Ministerio de Salud, en el cual el cargo de Ejecutivo/a Adjunto/a I de la Oficina General de Asesoría Jurídica se encuentra calificado como de confianza; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 006-2016/ MINSA, de fecha 11 de enero de 2016, se designó a la abogada Mary Janet Ramos Barrientos, en el cargo de Ejecutiva Adjunta I, Nivel F-4, de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Salud; Jueves 3 de noviembre de 2016 / El Peruano Que, la citada profesional ha formulado renuncia en el cargo que venía desempeñando, correspondiendo aceptar la misma y designar temporalmente a quien ejercerá dicho cargo; Que, el artículo 11 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1057, que regula el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios, aprobado por Decreto Supremo N° 075-2008-PCM, modificado por Decreto Supremo N° 065-2011-PCM, establece que los trabajadores bajo dicho régimen pueden ejercer la designación temporal, como directivo superior o empleado de confianza, observando las limitaciones establecidas en la Ley N° 28175, Ley Marco del Empleo Público; Con el visado de la Directora General de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y del Secretario General; y, De conformidad con lo previsto en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, en el Decreto Legislativo Nº 1057, que regula el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios; en su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 075-2008-PCM y sus modificatorias; y, en el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar la renuncia de la abogada Mary Janet Ramos Barrientos, al cargo de Ejecutiva Adjunta I, Nivel F-4, de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Salud dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar temporalmente al abogado Marco Antonio Rivera Obando, profesional contratado bajo el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios, en el cargo de Ejecutivo Adjunto I de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA J. GARCÍA FUNEGRA Ministra de Salud 1449007-2 TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO Autorizan viaje de Viceministro de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral a Bolivia, en misión oficial RESOLUCIÓN SUPREMA N° 020-2016-TR Lima, 2 de noviembre de 2016 VISTOS: El Oficio OF.RE (SUD-SPA) Nº 22-6-BB/165 del Ministerio de Relaciones Exteriores, el Oficio Nº 12462016-MTPE/4/10 e Informe Nº 44-2016-MTPE/4/10 de la Oficina General de Cooperación y Asuntos Internacionales, el Oficio Nº 942-2016-MTPE/4/11 de la Oficina General de Administración y el Informe Nº 3036-2016-MTPE/4/8 de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el Oficio OF.RE (SUD-SPA) Nº 22-6BB/165, el Ministerio de Relaciones Exteriores informa acerca de la realización del Encuentro Presidencial y II Reunión del Gabinete Binacional de Ministros Perú – Bolivia a realizarse el 4 de noviembre de 2016, en la El Peruano / Jueves 3 de noviembre de 2016 NORMAS LEGALES ciudad de Sucre, departamento de Chuquisaca, Estado Plurinacional de Bolivia; Que, el citado evento constituye el mecanismo de integración y amistad, que permite trabajar de manera conjunta en políticas de desarrollo e inclusión social en beneficio de las poblaciones que viven en la zona de frontera, impulsando la cooperación sectorial mediante la activación de mecanismos que permita el intercambio de experiencias en materia de políticas sociales y el aprendizaje mutuo, mediante actividades que acuerden ambos países; Que, mediante el Informe N° 44-2016-MTPE/4/10, la Oficina General de Cooperación y Asuntos Internacionales, indica que según las coordinaciones realizadas con la Alta Dirección, el señor Viceministro de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, participará en la II Reunión del Gabinete Binacional de Ministros Perú – Bolivia, el día 04 de noviembre de 2016, en representación del Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, en el referido Informe se señala que, la participación del señor Viceministro de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, permitirá posicionar temas vinculados a la generación de empleo, empleabilidad y emprendimiento en la población juvenil, con especial énfasis en la zona de frontera; por lo cual, dada la importancia del citado evento, resulta necesario autorizar el viaje del señor Jaime Luis Obreros Charún, Viceministro de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, a la ciudad de Sucre, departamento de Chuquisaca, Estado Plurinacional de Bolivia; Que, mediante correo electrónico de fecha 27 de octubre de 2016, la Dirección de América del Sur/ DGA del Ministerio de Relaciones Exteriores confirma la reservación de un vuelo en el Grupo Aéreo Nº 08, para el señor Viceministro de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral; Que, el último párrafo del numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, establece que el requerimiento de autorizaciones de viajes al exterior por supuestos distintos a los señalados en dicho artículo, en el caso de las entidades del Poder Ejecutivo, deben canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autorizan mediante resolución suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, la cual se publica en el Diario Oficial El Peruano; De conformidad con lo dispuesto por el numeral 8 del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificada por la Ley Nº 28807 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0472002-PCM y sus modificatorias y la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje en misión oficial del señor JAIME LUIS OBREROS CHARÚN, Viceministro de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, a la ciudad de Sucre, departamento de Chuquisaca, Estado Plurinacional de Bolivia el día 04 de noviembre de 2016, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución suprema. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución, serán cubiertos con recursos del Presupuesto del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, de acuerdo con el siguiente detalle: Viáticos US$ 370.00 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguiente de efectuado el viaje, el citado funcionario deberá presentar al Despacho Ministerial un informe describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4.- La presente resolución suprema no otorga derecho a exoneración o liberación denominación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. 603379 Artículo 5.- La presente resolución suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Presidente del Consejo de Ministros ALFONSO GRADOS CARRARO Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 1449124-12 Disponen la implementación del Registro Nacional de Trabajadores de Construcción Civil - RETCC en el ámbito territorial de la Región Callao RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 266-2016-TR Lima, 2 de noviembre de 2016 VISTOS: El Proveído N° 4977-2016-MTPE/2 del Despacho Viceministerial de Trabajo, el Oficio Nº 29842016-MTPE/2/14 de la Dirección General de Trabajo y el Informe N° 3037-2016-MTPE/4/8 de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el literal a) del numeral 8.1 del artículo 8 del Decreto Legislativo N° 1187, que previene y sanciona la violencia en la actividad de construcción civil, dispone la creación del Registro Nacional de Trabajadores de Construcción Civil – RETCC; Que, mediante Decreto Supremo N° 009-2016-TR se aprueba el Reglamento del Registro Nacional de Trabajadores de Construcción Civil – RETCC, en cuyo literal 3.2 del artículo 3, se establece como objetivo del registro contar con una base de datos confiable de los trabajadores dedicados a la actividad de la construcción civil; facilitando su acceso a servicios de orientación laboral y empleo; así como coadyuvar a la capacitación, especialización y certificación de las competencias laborales de estos trabajadores; Que, el literal d) de la tercera disposición complementaria final del Decreto Supremo N° 0092016-TR dispone que mediante resolución ministerial se establece las disposiciones y medidas complementarias para la mejor aplicación del referido decreto supremo; entre otros, para establecer la región o circunscripción territorial en la que opera la modalidad virtual de inscripción o renovación, ya sea con carácter sustitutorio o alternativo de la modalidad presencial, para lo cual la Autoridad Administrativa de Trabajo respectiva debe contar con los recursos y garantías apropiados para la implementación de esta modalidad y la verificación de los requisitos exigidos para la inscripción conforme al presente decreto supremo; Que, mediante Resolución Ministerial N° 232-2016TR se regula la modalidad virtual de inscripción en el Registro Nacional de Trabajadores de Construcción Civil – RETCC, y su renovación, cuya primera disposición complementaria final indica que los trabajadores de la actividad de construcción civil podrán realizar la modalidad virtual de inscripción o renovación en el RETCC, una vez que se haya dispuesto por resolución ministerial que opera esta modalidad virtual en una determinada región o circunscripción territorial; Que, ateniendo a que la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo del Callao informa contar con la logística y recursos necesarios para dar inicio a las inscripciones en el RETCC, en la modalidad virtual, es 603380 NORMAS LEGALES razonable disponer la implementación del RETCC, en dicha circunscripción territorial; Que, a efectos de promover el adecuado cumplimiento de las obligaciones derivadas del RETCC, resulta conveniente desplegar la función orientadora de la inspección del trabajo, previamente al inicio de las acciones de fiscalización y sanción correspondientes; Con las visaciones del Viceministro de Trabajo, del Director General de Trabajo y del Jefe de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2014-TR; SE RESUELVE: Artículo 1.- Disponer la implementación del RETCC en la Región Callao Iníciase la implementación del Registro Nacional de Trabajadores de Construcción Civil – RETCC en el ámbito territorial de la Región Callao. La implementación se realiza en la modalidad virtual con carácter sustitutorio de la modalidad presencial, para tramitar las solicitudes de primera inscripción en el RETCC. La Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo de la Región Callao inicia la implementación, conforme a lo antes indicado, para lo cual habilita las instalaciones apropiadas para tramitar y/o evaluar las solicitudes de inscripciones en el RETCC a partir del día 07 de noviembre de 2016, debiendo promover las facilidades para su efectivo cumplimiento. Se inscriben bajo esta modalidad las personas que domicilien en el ámbito territorial de la región Callao según la información consignada en el Documento Nacional de Identidad. Artículo 2.- Cronograma de inscripción en el RETCC La Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo de la Región Callao, mediante resolución directoral regional, podrá establecer un cronograma para la inscripción de los trabajadores en el RETCC, así como los horarios de atención para la entrega del carné y trámites relacionados, dicho cronograma no podrá exceder del plazo de sesenta (60) días hábiles. Vencido dicho plazo, se entiende implementado el RETCC y resultan exigibles las obligaciones que se derivan de este registro, de acuerdo con lo estipulado en la segunda disposición complementaria final del Decreto Supremo N° 009-2016-TR. Artículo 3.- Acciones de fiscalización del Sistema de Inspección del Trabajo Durante el plazo establecido en el primer párrafo del artículo 2, las actuaciones que realice la autoridad competente del Sistema de Inspección del Trabajo en El Callao, respecto de las obligaciones que establece el RETCC, serán de orientación y asesoramiento técnico en esta materia. Estando a lo dispuesto en la tercera disposición complementaria final del Decreto Supremo N° 008-2013TR, implementado el RETCC en el ámbito territorial de la Región Callao, resultan exigibles las obligaciones de inscripción y de actualización de información en el Registro Nacional de Obras de Construcción Civil – RENOCC a cargo de las empresas contratistas y subcontratistas. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL Única.- De la responsabilidad La Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo de la Región Callao adopta las medidas administrativas que resulten necesarias para la eficiente Jueves 3 de noviembre de 2016 / El Peruano realización de lo establecido en la presente resolución ministerial, a fin de implementar el RETCC en el término establecido en el primer párrafo del artículo 2. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALFONSO GRADOS CARRARO Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 1448946-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Decreto Supremo que incorpora el artículo 6-A en el Decreto Supremo N° 012-2013-MTC DECRETO SUPREMO Nº 020-2016-MTC EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el Reglamento de Jerarquización Vial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2007-MTC, en adelante, el Reglamento, establece en el numeral 6.2 de su artículo 6, que las autoridades competentes para la aplicación de dicho reglamento, de conformidad con los niveles de Gobierno que corresponden a la organización del Estado, son las siguientes: a) el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, por el Gobierno Nacional, a cargo de la Red Vial Nacional; b) los Gobiernos Regionales, a cargo de su respectiva Red Vial Departamental o Regional, y c) los Gobiernos Locales, a cargo de su respectiva Red Vial Vecinal o Rural; Que, el artículo 8 del Reglamento, señala que son parte de la Red Vial Nacional, las carreteras que cumplan cualesquiera de los siguientes criterios de jerarquización vial: i) interconectar al país longitudinalmente o transversalmente, permitiendo la vinculación con los países vecinos; ii) interconectar las capitales de departamento; iii) interconectar dos o más carreteras de la Red Vial Nacional; iv) soportar regularmente el tránsito de larga distancia nacional o internacional de personas y/o mercancías, facilitando el intercambio comercial interno o del comercio exterior; v) articular los puertos y/o aeropuertos de nivel nacional o internacional, así como las vías férreas nacionales; y, vi) interconectar los principales centros de producción con los principales centros de consumo; Que, asimismo, el Reglamento señala en su artículo 15, que el Clasificador de Rutas es el documento oficial del Sistema Nacional de Carreteras - SINAC, en el cual se clasifica a las rutas en Red Vial Nacional, Red Vial Departamental o Regional y Red Vial Vecinal o Rural, incluyendo el Código de Ruta y su definición, según puntos o lugares principales que conecta. Precisa, además, que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones es el responsable de elaborar la actualización del Clasificador de Rutas que se aprobará mediante Decreto Supremo y que las modificaciones serán aprobadas por Resolución Ministerial de dicho Ministerio; Que, por Decreto Supremo N° 012-2013-MTC se aprobó la actualización del Clasificador de Rutas del Sistema Nacional de Carreteras - SINAC, así como diversas disposiciones referidas a la clasificación de rutas. Así, esta norma ha regulado los temas referidos a: i) las definiciones de los términos utilizados en el Clasificador de Rutas (artículo 2); ii) el ámbito de aplicación del Clasificador de Rutas (artículo 3); iii) la identificación de las redes viales (artículo 4); iv) la aplicación obligatoria del Clasificador de Rutas y su difusión (artículo 5); v) la reclasificación temporal de carreteras (artículo 6); vi) la clasificación de caminos departamentales o vecinales de los Programas de PROVIAS DESCENTRALIZADO (artículo 7), y vii) la vigencia de las reclasificaciones temporales respecto de la actualización del Clasificador de Rutas (artículo 8); El Peruano / Jueves 3 de noviembre de 2016 NORMAS LEGALES Que, posteriormente, por Decreto Supremo Nº 011-2016-MTC, se aprobó la actualización del vigente Clasificador de Rutas del Sistema Nacional de Carreteras - SINAC y, consecuentemente, se derogó el artículo 1 del Decreto Supremo N° 012-2013-MTC y el Anexo que contenía al anterior Clasificador de Rutas; Que, de otro lado, de acuerdo con el artículo 57 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC, la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles es un órgano de línea de ámbito nacional del Sector Transportes, encargado de normar sobre la gestión de la infraestructura de caminos, puentes y ferrocarriles; así como, de fiscalizar su cumplimiento. Asimismo, de conformidad al literal c) del artículo 58 del citado Reglamento, la citada Dirección General tiene como una de sus funciones específicas, la de proponer y/o aprobar normas de carácter técnico y/o administrativas relacionadas con la gestión de la infraestructura vial y velar por su cumplimiento; Que, en ejercicio de éstas funciones, la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles, a través de su Dirección de Normatividad Vial y su Dirección de Caminos, ha evaluado la conveniencia de regular la figura de clasificación temporal como Rutas Nacionales, de vías de competencia de los Gobiernos Locales que permitan la conexión de dos vías que ostentan rango nacional; Que, resulta necesaria la clasificación temporal de tales vías a fin de permitir que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones pueda realizar intervenciones en éstas para adaptarlas al flujo de una ruta nacional, y, a la vez, permitir el transito público urbano. Ello con el objeto que, una vez realizadas las mencionadas intervenciones, las vías puedan constituir alternativas de distribución del flujo de pasajeros y/o mercancías en las rutas nacionales que permitan: i) el uso de las vías con mayor equidad y no se tenga una sobrecarga solo en algunas rutas, ii) la obtención de tiempos menores en el transporte, iii) las maniobras de los vehículos de carga, y, iv) un tránsito mixto urbanocarretero, donde los dos flujos tengan sus vías con características técnicas compatibles; Que, asimismo, resulta pertinente regular que las intervenciones viales que realice el Ministerio de Transportes y Comunicaciones en tales vías, puedan ser efectuadas bajo los mecanismos de participación pública y/o privada, y que éstas comprendan tanto obra pública como asociaciones público privadas, y otros mecanismos permitidos por Ley; Que, en ese sentido, la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles, ha propuesto, a través del Memorándum Nº 1888-2016-MTC/14 e Informe N° 522-2016-MTC/14.07 de sus Direcciones de Caminos y de Normatividad Vial, ambos de fecha 21 de octubre del 2016, la emisión de un Decreto Supremo por el cual se incorpore en el Decreto Supremo N° 012-2013-MTC, un artículo (el 6-A), mediante el cual se regule el tema de la clasificación temporal como Rutas Nacionales, de aquellas vías de competencia de los Gobiernos Locales que permitan la conexión de vías de rango nacional; En uso de las facultades conferidas por el Numeral 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y, la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; 603381 temporal, como Rutas Nacionales, de vías de competencia de los Gobiernos Locales que permitan la conexión de vías de rango nacional. Dicha clasificación temporal, tiene como finalidad que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones pueda realizar intervenciones en dichas vías para adaptar sus características físicas a las de carreteras, teniendo en cuenta el tránsito urbano. Tales intervenciones podrán realizarse bajo los mecanismos de participación pública y/o privada, los mismos que comprenderán obra pública o asociaciones público privadas, y otros permitidos por Ley. El Ministerio de Transportes y Comunicaciones y el Gobierno Local competente, deberán, previamente a la emisión de la Resolución Ministerial, suscribir un convenio en el que se establezcan los términos y condiciones bajo los cuales se implementarán las intervenciones previstas en el párrafo anterior. La clasificación temporal tendrá vigencia hasta la conclusión de la obra pública o de la caducidad por vencimiento del plazo del Contrato de Asociación Público Privada, que se suscriba respecto a la vía clasificada temporalmente, luego de lo cual, las vías involucradas retornarán a su condición inicial bajo competencia del gobierno local al cual corresponden”. Artículo 2.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dos días del mes de noviembre del año dos mil dieciséis. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Ministro de Transportes y Comunicaciones 1449124-2 Aceptan renuncia y designan Director de la Dirección de Certificaciones y Autorizaciones de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 891-2016 MTC/01 Lima, 31 de octubre de 2016 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 606-2014MTC/01, se designó al señor Gonzalo José Miguel Pérez Wicht San Román, en el cargo público de confianza de Director de la Dirección de Certificaciones y Autorizaciones de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, el citado funcionario ha presentado renuncia al cargo que venía desempeñando, por lo que corresponde aceptar la renuncia; así como, designar al profesional que ocupará dicho cargo; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27594, la Ley Nº 29158, la Ley Nº 29370 y el Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; DECRETA: Artículo 1°.- Incorporación del artículo 6-A en el Decreto Supremo N° 012-2013-MTC. Incorpórese el artículo 6-A en el Decreto Supremo N° 012-2013-MTC, con el siguiente texto: “Artículo 6-A.- Clasificación temporal, como Rutas Nacionales, de vías de competencia de los Gobiernos Locales El Ministerio de Transportes y Comunicaciones podrá aprobar, mediante Resolución Ministerial, la clasificación SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar la renuncia formulada por el señor Gonzalo José Miguel Pérez Wicht San Román, al cargo público de confianza de Director de la Dirección de Certificaciones y Autorizaciones de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar al señor Luis Núñez Vidal, en el cargo público de confianza de Director de la Dirección de Certificaciones y Autorizaciones de la Dirección General 603382 NORMAS LEGALES de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Ministro de Transportes y Comunicaciones Jueves 3 de noviembre de 2016 / El Peruano Dan por concluida designación y designan Director de la Oficina de Finanzas de la Oficina General de Administración del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 893-2016 MTC/01.04 1448645-1 Lima, 31 de octubre de 2016 Designan Director de la Oficina de Abastecimiento de la Oficina General de Administración del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 892-2016 MTC/01.04 Lima, 31 de octubre de 2016 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Director de la Oficina de Abastecimiento de la Oficina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en consecuencia, resulta necesario designar a la persona que ejerza las funciones inherentes a dicho cargo considerado de confianza; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29370, la Ley Nº 27594, la Ley Nº 29158 y el Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor Percy Fernando Toledo Arbaiza en el cargo público de confianza de Director de la Oficina de Abastecimiento de la Oficina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 414-2012MTC/01, se designó al señor Fernando Javier Mateo Yataco, en el cargo público de confianza de Director de la Oficina de Finanzas de la Oficina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, se ha visto por conveniente dar por concluida la designación referida en el párrafo precedente y designar a la persona que desempeñará el cargo de Director de la Oficina de Finanzas de la Oficina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29370, la Ley Nº 27594, la Ley Nº 29158 y el Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida la designación del señor Fernando Javier Mateo Yataco, al cargo público de confianza de Director de la Oficina de Finanzas de la Oficina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar al señor Guillermo Aníbal Castillo Rivera en el cargo público de confianza de Director de la Oficina de Finanzas de la Oficina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Ministro de Transportes y Comunicaciones MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Ministro de Transportes y Comunicaciones 1448647-1 1449001-1 FE DE ERRATAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles siguientes a la publicación original. En caso contrario, la rectificación sólo procederá mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior. 2. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo el título “Dice” y a continuación la versión rectificada del mismo fragmento bajo el título “Debe Decir”; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden antes de consignar el siguiente error a rectificarse. 4. El archivo se adjuntará en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico [email protected] LA DIRECCIÓN El Peruano / Jueves 3 de noviembre de 2016 NORMAS LEGALES ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES Designan funcionarios responsables de atender solicitudes de información que se formulen en las Oficinas Desconcentradas de Ayacucho, Huancavelica e Ica del OSIPTEL y ratifican otras designaciones efectuadas mediante la Res. N° 046-2014PD/OSIPTEL RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 00105-2016-PD/OSIPTEL Lima, 26 de octubre de 2016 OBJETO DESIGNACIÓN DE FUNCIONARIOS ENCARGADOS DE BRINDAR LA INFORMACIÓN SOLICITADA AL OSIPTEL EN LAS OFICINAS DESCONCENTRADAS DE AYACUCHO, HUANCAVELICA E ICA VISTOS: El Memorando N° 01169-GOD/2016 de fecha 18 de octubre de 2016 y el Informe N° 292- GAL/2016, de fecha 21 de octubre de 2016, de la Gerencia de Asesoría Legal. CONSIDERANDO: Que, el Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública (en adelante, el TUO de la Ley de Transparencia) establece en sus artículos 3º y 8º que las entidades de la Administración Pública deberán brindar información solicitada en virtud de dicha Ley, e identificar al funcionario responsable entregarla; Que, el Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública (en adelante, el Reglamento de la Ley de Transparencia) dispone en su artículo 4º que las entidades que cuenten con oficinas desconcentradas o descentralizadas, designarán en cada una de ellas al funcionario responsable de entregar la información que se requiera al amparo de la Ley, con el objeto que la misma pueda tramitarse con mayor celeridad; Que, mediante Oficio Nº 439-2014-PCM/SGP, del 22 de mayo de 2014, la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros remitió el Informe Nº 013-2014-PCM/SGP-SRC, en el que recomienda que las entidades públicas indiquen expresamente en sus resoluciones los nombres y apellidos de los funcionarios públicos encargados de atender los pedidos de acceso a la información pública y actualización del Portal de Transparencia; Que, mediante la Resolución de Presidencia Nº 046-2014PD/OSIPTEL, del 9 de junio de 2014, se resolvió, entre otros, designar a Heidy del Aguila Mego, Sofía Meneses Ordoñez, Randolph Ademar Castillo Chavez y Jorge Luis Arrué Flores como funcionarios responsables de atender las solicitudes de información que se formulen en aplicación del TUO de la Ley de Transparencia, en las Oficinas Desconcentradas de Loreto, Tacna, Tumbes y Ucayali, en tanto ostentaban la calidad de Jefes de Oficinas Desconcentradas o se encontraban encargados de dicho cargo; Que, acorde a lo señalado en la Resolución Nº 0462014-PD/OSIPTEL, la designación de los funcionarios 603383 responsables de atender las solicitudes de información que se formulen en aplicación del TUO de la Ley de Transparencia en las Oficinas Desconcentradas, está vinculada al cargo que desempeñan como Jefes de las referidas oficinas; por lo tanto, en caso exista modificación del personal asignado a dicho cargo, corresponderá se modifique su designación; Que, de acuerdo a lo informado por la Gerencia de Oficinas Desconcentradas, se han designado nuevos encargados de atender las solicitudes de información que se formulen en aplicación del TUO de la Ley de Transparencia en las Oficinas Desconcentradas de Ayacucho, Huancavelica e Ica, respectivamente; habiendo sido cubiertos dichos cargos por Jhon Luna Iturral, Christian Rebatta Veliz, y Alexander Trillo Rojas, respectivamente; Que, a través del documento del visto, la Gerencia de Asesoría Legal, señala que es necesario: i) dejar sin efecto la designación de Rodrigo Cervantes Pérez, John Luna Iturral, y César Pérez Reyes como funcionarios responsables de atender las solicitudes de información que se formulen en aplicación del TUO de la Ley de Transparencia en las Oficinas Desconcentradas de Ayacucho, Huancavelica e Ica respectivamente, y; ii) modificar la Resolución Nº 046-2014-PD/OSIPTEL, a fin de designar a Jhon Luna Iturral, Christian Rebatta Veliz, y Alexander Trillo Rojas, respectivamente, como los responsables de atender las solicitudes de información que se formulen en aplicación del TUO de la Ley de Transparencia, en dichas Oficinas Desconcentradas, ratificándose en sus demás extremos; Que, el artículo 4º del Reglamento de la Ley de Transparencia establece que la designación del funcionario o funcionarios responsables de entregar la información y del funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal se efectuará mediante resolución de la máxima autoridad de la Entidad, será publicada en el Diario Oficial El Peruano y copia de la misma colocada en un lugar visible en cada una de sus sedes administrativas; En cumplimiento de lo señalado por el Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y con la opinión favorable de la Gerencia de Asesoría Legal; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dejar sin efecto la designación de Rodrigo Cervantes Pérez, John Luna Iturral, y César Pérez Reyes, como funcionarios responsables de atender las solicitudes de información que se formulen en aplicación del TUO de la Ley de Transparencia, en las Oficinas Desconcentradas de Ayacucho, Huancavelica e Ica, respectivamente. Artículo 2º.- Modificar el artículo 2º de la Resolución de Presidencia Nº 046-2014-PD/OSIPTEL, a fin de que se consideré como funcionarios responsables de atender las solicitudes de información que se formulen en aplicación del TUO de la Ley de Transparencia, en las Oficinas Desconcentradas de Ayacucho, Huancavelica e Ica del OSIPTEL, a las siguientes personas: Oficina Desconcentrada Oficina Desconcentrada de Ayacucho Oficina Desconcentrada de Huancavelica Oficina Desconcentrada de Ica Funcionario Responsable Jhon Luna Iturral Christian Rebatta Veliz Alexander Trillo Rojas Artículo 3º.- Ratificar las demás designaciones efectuadas mediante la Resolución de Presidencia Nº 046-2014-PD/OSIPTEL. Artículo 4º.- Disponer actualización de los nombres y apellidos de los funcionarios a que se hace referencia en los artículos precedentes en la página web institucional del OSIPTEL, cada vez que corresponda. Artículo 5º.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, debiendo colocarse -además- una copia de la misma en un lugar 603384 NORMAS LEGALES visible de la sede central y de las Oficinas Desconcentradas del OSIPTEL. Regístrese y comuníquese. GONZALO MARTIN RUIZ DIAZ Presidente del Consejo Directivo 1448484-1 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Autorizan viaje de trabajadores de la SUNAT a Bolivia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 291-2016/SUNAT Lima, 31 de octubre de 2016 CONSIDERANDO: Que mediante Oficio OF.RE (DPE-PCO) N° 2-5-E/1165 de fecha 6 de octubre de 2016, la Dirección de Promoción Comercial de la Dirección General de Promoción Económica del Ministerio de Relaciones Exteriores comunica a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT la realización del Encuentro Presidencial y de la II Reunión del Gabinete Binacional del Perú y Bolivia, que se llevarán a cabo en la ciudad de Sucre, Estado Plurinacional de Bolivia, el día 4 de noviembre de 2016; Que mediante Oficio OF.RE (DGA) N° 22-6-BB/159 de fecha 6 de octubre de 2016, el Viceministerio de Relaciones Exteriores informa a la SUNAT que los citados eventos estarán precedidos por reuniones preparatorias técnicas y a nivel de Vicecancilleres los días 2 y 3 de noviembre de 2016, en las que se evaluará el cumplimiento de los acuerdos asumidos en el I Gabinete Binacional con Bolivia; Que el Encuentro Presidencial y el Gabinete Binacional constituyen mecanismos de coordinación político diplomático del más alto nivel que ha dado impulso significativo a la relación bilateral con Bolivia y ha permitido la realización de proyectos en beneficio de las poblaciones de ambos países, en particular de las que habitan en la Zona de Integración Fronteriza; Que el objetivo del Encuentro Presidencial y de la II Reunión del Gabinete Binacional del Perú y Bolivia consiste en evaluar los avances alcanzados en el cumplimiento de los compromisos acordados en la Declaración Presidencial de Isla Esteves y su Plan de Acción, suscritos en el marco del Encuentro Presidencial y del I Gabinete Binacional celebrado el 23 de junio de 2015, y formular nuevos compromisos con el propósito de profundizar la integración e impulsar la agenda común entre ambos países; Que la participación de la SUNAT en los mencionados eventos le permitirá abordar diversos temas de interés como la facilitación del tránsito internacional de mercancías en el marco de la normativa internacional aplicable, continuar acciones de control coordinadas en la lucha contra el contrabando, continuar la negociación del Manual Operativo que regule el funcionamiento de la Agencia Aduanera de Bolivia en el puerto de Ilo, así como las acciones necesarias para la construcción y funcionamiento del Centro Binacional de Atención de Frontera - CEBAF Desaguadero; Que, en este contexto, la presencia de la SUNAT en los referidos eventos se enmarca dentro de los objetivos estratégicos institucionales de reducir el Jueves 3 de noviembre de 2016 / El Peruano contrabando y el tráfico ilícito de mercancías, así como el envío de insumos químicos y bienes fiscalizados, los que se encuentran alineados con la política del Estado de fortalecer la integración regional y subregional en las esferas económico – comerciales a través de la suscripción de acuerdos internacionales del Perú con otros países; Que, en tal sentido, siendo de interés institucional para la SUNAT la concurrencia de sus trabajadores a eventos de esta naturaleza, conforme al Informe Técnico Electrónico N° 00008-2016-5F3100 y al Informe N° 101-2016-SUNAT/390000 de fechas 24 y 26 de octubre de 2016, respectivamente, resulta necesario autorizar la participación de los trabajadores Jorge Alfredo Villavicencio Merino, Gerente de Desarrollo de Gestión Coordinada en Fronteras de la Intendencia Nacional de Desarrollo Estratégico Aduanero, Julio César Paz Soldán Oblitas, Especialista 6 de la Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas y de Rafael Eduardo García Melgar, Superintendente Nacional Adjunto de Aduanas; Que el numeral 1 de la Séptima Disposición Complementaria Final de la Ley de Fortalecimiento de la SUNAT, aprobada por Ley N° 29816, dispone que mediante Resolución de Superintendencia, la SUNAT aprueba sus propias medidas de austeridad y disciplina en el gasto, no siéndole aplicables las establecidas en las Leyes Anuales de Presupuesto u otros dispositivos; Que, en tal virtud, mediante Resolución de Superintendencia N° 013-2012/SUNAT se aprobaron las normas de austeridad y disciplina en el gasto de la SUNAT, aplicables a partir del Año Fiscal 2012, en las que se prevé la prohibición de viajes al exterior de los trabajadores de la SUNAT, con cargo al presupuesto institucional, salvo los que se efectúen con la finalidad de cumplir con los objetivos institucionales y los que se realicen en el marco de la negociación de acuerdos o tratados comerciales y ambientales, negociaciones económicas y financieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú; Que, asimismo, el numeral 2 de la Séptima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29816 establece que mediante Resolución de Superintendencia, la SUNAT autorizará los viajes al exterior de sus funcionarios y servidores; Que en consecuencia, siendo que dicho viaje cumple con lo dispuesto en la Resolución de Superintendencia N° 013-2012/SUNAT, resulta necesario por razones de itinerario, autorizar el viaje de los trabajadores Jorge Alfredo Villavicencio Merino y Julio César Paz Soldán Oblitas del 1 al 4 de noviembre de 2016; y de Rafael Eduardo García Melgar del 2 al 4 de noviembre de 2016; quienes serán transportados por vuelos oficiales de la Fuerza Aérea del Perú, debiendo la SUNAT asumir con cargo a su presupuesto los gastos por concepto de viáticos; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nos 27619 y 29816, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y la Resolución de Superintendencia N° 013-2012/SUNAT; y en uso de la facultad conferida por el literal s) del artículo 8° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Resolución de Superintendencia N° 122-2014/SUNAT y normas modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje de los trabajadores Jorge Alfredo Villavicencio Merino, Gerente de Desarrollo de Gestión Coordinada en Fronteras de la Intendencia Nacional de Desarrollo Estratégico Aduanero y Julio César Paz Soldán Oblitas, Especialista 6 de la Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas del 1 al 4 de noviembre de 2016, y de Rafael Eduardo García Melgar, Superintendente Nacional Adjunto de Aduanas, del 2 al 4 de noviembre de 2016, para participar en las reuniones preparatorias técnicas y a nivel de Vicecancilleres, en el Encuentro Presidencial y en la II Reunión del Gabinete Binacional del Perú y Bolivia, eventos que se realizarán en la ciudad de Sucre, Estado Plurinacional de Bolivia, del 2 al 4 de noviembre de 2016. Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán con cargo al Presupuesto del 2016 de la Superintendencia Nacional de Aduanas El Peruano / Jueves 3 de noviembre de 2016 NORMAS LEGALES y de Administración Tributaria - SUNAT, de acuerdo al siguiente detalle: Señor Jorge Alfredo Villavicencio Merino Viáticos US $ 1 110,00 Señor Julio César Paz Soldán Oblitas Viáticos US $ 1 110,00 603385 De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley Nº 30220, Ley Universitaria; y el Decreto Supremo Nº 012-2014-MINEDU que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Sunedu; SE RESUELVE: Señor Rafael Eduardo García Melgar Viáticos US $ 740,00 Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, los citados trabajadores deberán presentar ante el Titular de la Entidad, un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4°.- La presente resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor de los trabajadores cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. VICTOR PAUL SHIGUIYAMA KOBASHIGAWA Superintendente Nacional 1448991-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE EDUCACION SUPERIOR UNIVERSITARIA Aceptan renuncia de Director de Sistema Administrativo III de la Oficina de Asesoría Jurídica de la SUNEDU RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 073-2016-SUNEDU Lima, 2 de noviembre de 2016 CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 12º de la Ley N° 30220 – Ley Universitaria, se crea la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria – Sunedu como organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Educación, con autonomía técnica, funcional, económica, presupuestal y administrativa, para el ejercicio de sus funciones. Tiene naturaleza jurídica de derecho público interno y constituye pliego presupuestal; Que, el literal f) del artículo 14º del Reglamento de Organización y Funciones de la Sunedu, aprobado mediante Decreto Supremo N° 012-2014-MINEDU, dispone que el Superintendente tiene entre otras funciones, la de designar y remover a los directores de los órganos de línea, órganos de administración interna y órganos desconcentrados de la Sunedu; Que, el Cuadro para Asignación de Personal Provisional de la Sunedu, aprobado por Resolución Ministerial Nº 087-2015-MINEDU, prevé el cargo estructural de Director de Sistema Administrativo III de la Oficina de Asesoría Jurídica de la Sunedu como cargo de confianza; Que, mediante Resolución de Superintendencia Nº 071-2015-SUNEDU, del 30 de setiembre de 2015, se designó al servidor Armando Hernán San Román Alva en el cargo de Director de Sistema Administrativo III de la Oficina de Asesoría Jurídica de la Sunedu; Que, el funcionario antes citado ha presentado renuncia al cargo para el cual fue designado, por lo que resulta necesario emitir la resolución administrativa mediante la cual se acepte la misma; Con el visto de Secretaría General de la Sunedu y; Artículo Único.- Aceptar con efectividad al término del 2 de noviembre de 2016, la renuncia presentada por el servidor Armando Hernán San Román Alva al cargo de Director de Sistema Administrativo III de la Oficina de Asesoría Jurídica, dándosele las gracias por los servicios prestados a la institución. Regístrese, comuníquese y publíquese. LORENA DE GUADALUPE MASIAS QUIROGA Superintendente 1449093-1 Encargan funciones de Director de Sistema Administrativo III de la Oficina de Asesoría Jurídica de la SUNEDU RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 074-2016-SUNEDU Lima, 2 de noviembre de 2016 CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 12º de la Ley N° 30220 – Ley Universitaria, se crea la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria – Sunedu como organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Educación, con autonomía técnica, funcional, económica, presupuestal y administrativa, para el ejercicio de sus funciones. Tiene naturaleza jurídica de derecho público interno y constituye pliego presupuestal; Que, el literal f) del artículo 14º del Reglamento de Organización y Funciones de la Sunedu, aprobado mediante Decreto Supremo N° 012-2014-MINEDU, dispone que el Superintendente tiene entre otras funciones, la de designar y remover a los directores de los órganos de línea, órganos de administración interna y órganos desconcentrados de la Sunedu; Que, mediante Resolución de Superintendencia Nº 073-2016-SUNEDU se acepta la renuncia presentada por el servidor Armando Hernán San Román Alva en el cargo de Director de Sistema Administrativo III de la Oficina de Asesoría Jurídica; Que, en ese contexto resulta necesario encargar las funciones de Director de Sistema Administrativo III de la Oficina de Asesoría Jurídica, a fin de garantizar la continuidad del servicio, debiendo emitirse para tal efecto el acto de administración interna correspondiente; Con el visto de Secretaría General de la Sunedu y; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 30220, Ley Universitaria; y el Decreto Supremo Nº 012-2014-MINEDU que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Sunedu; SE RESUELVE: Artículo Único.- Encargar con efectividad a partir del 3 de noviembre de 2016, a la señora Claudia Janetti Vargas Salas, Abogado III de la Oficina de Asesoría Jurídica, las funciones de Director de Sistema Administrativo III de la Oficina de Asesoría Jurídica de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria, en adición a sus funciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. LORENA DE GUADALUPE MASIAS QUIROGA Superintendente 1449093-2 603386 NORMAS LEGALES Aceptan renuncia de Director de Sistema Administrativo III de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de la SUNEDU RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 075-2016-SUNEDU Lima, 2 de noviembre de 2016 CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 12º de la Ley N° 30220 – Ley Universitaria, se crea la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria – Sunedu como organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Educación, con autonomía técnica, funcional, económica, presupuestal y administrativa, para el ejercicio de sus funciones. Tiene naturaleza jurídica de derecho público interno y constituye pliego presupuestal; Que, el literal f) del artículo 14º del Reglamento de Organización y Funciones de la Sunedu, aprobado mediante Decreto Supremo N° 012-2014-MINEDU, dispone que el Superintendente tiene entre otras funciones, la de designar y remover a los directores de los órganos de línea, órganos de administración interna y órganos desconcentrados de la Sunedu; Que, el Cuadro para Asignación de Personal Provisional de la Sunedu, aprobado por Resolución Ministerial Nº 087-2015-MINEDU, prevé el cargo estructural de Director de Sistema Administrativo III de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de la Sunedu como cargo de confianza; Que, mediante Resolución de Superintendencia Nº 072-2015-SUNEDU, del 30 de setiembre de 2015, se designó al servidor César Augusto Negrete Venegas en el cargo de Director de Sistema Administrativo III de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de la Sunedu; Que, el funcionario antes citado ha presentado renuncia al cargo para el cual fue designado, por lo que resulta necesario emitir la resolución administrativa mediante la cual se acepte la misma; Con el visto de Secretaría General de la Sunedu y; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley Nº 30220, Ley Universitaria; y el Decreto Supremo Nº 012-2014-MINEDU que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Sunedu; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar con efectividad al término del 2 de noviembre de 2016, la renuncia presentada por el servidor César Augusto Negrete Venegas en el cargo de Director de Sistema Administrativo III de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, dándosele las gracias por los servicios prestados a la institución. Regístrese, comuníquese y publíquese. LORENA DE GUADALUPE MASIAS QUIROGA Superintendente 1449093-3 Designan Director de Sistema Administrativo III de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de la SUNEDU RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 076-2016-SUNEDU Lima, 2 de noviembre de 2016 CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 12º de la Ley N° 30220 – Ley Universitaria, se crea la Superintendencia Nacional Jueves 3 de noviembre de 2016 / El Peruano de Educación Superior Universitaria – Sunedu como organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Educación, con autonomía técnica, funcional, económica, presupuestal y administrativa, para el ejercicio de sus funciones. Tiene naturaleza jurídica de derecho público interno y constituye pliego presupuestal; Que, el literal f) del artículo 14º del Reglamento de Organización y Funciones de la Sunedu, aprobado mediante Decreto Supremo N° 012-2014-MINEDU, dispone que el Superintendente tiene entre otras funciones, la de designar y remover a los directores de los órganos de línea, órganos de administración interna y órganos desconcentrados de la Sunedu; Que, el Cuadro para Asignación de Personal Provisional de la Sunedu, aprobado por Resolución Ministerial Nº 087-2015-MINEDU, prevé el cargo estructural de Director de Sistema Administrativo III de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de la Sunedu como cargo de confianza; Que, se encuentra vacante el cargo de Director de Sistema Administrativo III de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, por lo que es necesario designar a la persona que desempeñará dicho cargo; Con el visto de Secretaría General de la Sunedu y; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 30220, Ley Universitaria; y el Decreto Supremo Nº 012-2014-MINEDU que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Sunedu; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar con efectividad a partir del 3 de noviembre de 2016, al señor Gonzalo Bernardino Barrios Torrejón en el cargo de Director del Sistema Administrativo III de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria. Regístrese, comuníquese y publíquese. LORENA DE GUADALUPE MASIAS QUIROGA Superintendente 1449093-4 Aceptan renuncia de Director de Sistema Administrativo III de la Oficina de Tecnologías de la Información de la SUNEDU RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 077-2016-SUNEDU Lima, 2 de noviembre de 2016 CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 12 de la Ley N° 30220 – Ley Universitaria, se crea la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria – Sunedu como organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Educación, con autonomía técnica, funcional, económica, presupuestal y administrativa, para el ejercicio de sus funciones. Tiene naturaleza jurídica de derecho público interno y constituye pliego presupuestal; Que, el literal f) del artículo 14 del Reglamento de Organización y Funciones de la Sunedu, aprobado mediante Decreto Supremo N° 012-2014-MINEDU, dispone que el Superintendente tiene entre otras funciones, la de designar y remover a los directores de los órganos de línea, órganos de administración interna y órganos desconcentrados de la Sunedu; Que, el Cuadro para Asignación de Personal Provisional de la Sunedu, aprobado por Resolución Ministerial Nº 087-2015-MINEDU, prevé el cargo estructural de Director de Sistema Administrativo III de la Oficina de Tecnologías de la Información de la Sunedu como cargo de libre designación y/o remoción; Que, mediante Resolución de Superintendencia Nº 053-2015-SUNEDU, del 17 de agosto de 2015, se designó El Peruano / Jueves 3 de noviembre de 2016 NORMAS LEGALES al servidor Alberto Carlos Pajuelo Huamán en el cargo de Director de Sistema Administrativo III de la Oficina de Tecnologías de la Información de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria; Que, el funcionario antes citado ha presentado renuncia al cargo para el cual fue designado, por lo que resulta necesario emitir la resolución administrativa mediante la cual se acepte la misma; Con el visto de Secretaría General de la Sunedu y; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley Nº 30220, Ley Universitaria; y el Decreto Supremo Nº 012-2014-MINEDU que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Sunedu; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar con efectividad al término del 2 de noviembre de 2016, la renuncia presentada por el servidor Alberto Carlos Pajuelo Huamán al cargo de Director de Sistema Administrativo III de la Oficina de Tecnologías de la Información de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria, dándosele las gracias por los servicios prestados a la institución. Regístrese, comuníquese y publíquese. LORENA DE GUADALUPE MASIAS QUIROGA Superintendente 1449093-5 Encargan funciones de Jefe de la Oficina de Tecnologías de la Información de la SUNEDU RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 078-2016-SUNEDU Lima, 2 de noviembre de 2016 CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 12 de la Ley N° 30220 – Ley Universitaria, se crea la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria – Sunedu como organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Educación, con autonomía técnica, funcional, económica, presupuestal y administrativa, para el ejercicio de sus funciones. Tiene naturaleza jurídica de derecho público interno y constituye pliego presupuestal; Que, el literal f) del artículo 14 del Reglamento de Organización y Funciones de la Sunedu, aprobado mediante Decreto Supremo N° 012-2014-MINEDU, dispone que el Superintendente tiene entre otras funciones, la de designar y remover a los directores de los órganos de línea, órganos de administración interna y órganos desconcentrados de la Sunedu; Que, mediante Resolución de Superintendencia Nº 077-2016-SUNEDU se acepta la renuncia presentada por el servidor Alberto Carlos Pajuelo Huamán al cargo de Director de Sistema Administrativo III de la Oficina de Tecnologías de la Información; Que, en ese contexto resulta necesario encargar las funciones de la Oficina de Tecnologías de la Información, a fin de garantizar la continuidad del servicio, debiendo emitirse para tal efecto el acto de administración interna correspondiente; Con el visto de Secretaría General de la Sunedu y; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 30220, Ley Universitaria; y el Decreto Supremo Nº 012-2014-MINEDU que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Sunedu; SE RESUELVE: Artículo Único.- Encargar con efectividad a partir del 3 de noviembre de 2016, a la señora Ana Karina 603387 Rozas Valverde, Secretaria General, las funciones de Jefe de la Oficina de Tecnologías de la Información de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria, en adición a sus funciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. LORENA DE GUADALUPE MASIAS QUIROGA Superintendente 1449093-6 Aceptan renuncia de Jefa de la Oficina de Recursos Humanos de la SUNEDU RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 079-2016-SUNEDU Lima, 2 de noviembre de 2016 CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 12 de la Ley N° 30220 – Ley Universitaria, se crea la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria – Sunedu como organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Educación, con autonomía técnica, funcional, económica, presupuestal y administrativa, para el ejercicio de sus funciones. Tiene naturaleza jurídica de derecho público interno y constituye pliego presupuestal; Que, el literal f) del artículo 14 del Reglamento de Organización y Funciones de la Sunedu, aprobado mediante Decreto Supremo N° 012-2014-MINEDU, dispone que el Superintendente tiene entre otras funciones, la de designar y remover a los directores de los órganos de línea, órganos de administración interna y órganos desconcentrados de la Sunedu; Que, el Cuadro para Asignación de Personal Provisional de la Sunedu, aprobado por Resolución Ministerial Nº 087-2015-MINEDU, prevé el cargo estructural de Jefe de la Oficina de Recursos Humanos de la Sunedu como cargo de confianza; Que, mediante Resolución de Superintendencia Nº 014-2015-SUNEDU de fecha 06 de marzo de 2015 se designó a la servidora Laura Elizabeth Descalzi Marroquin en el cargo de Jefa de la Oficina de Recursos Humanos de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria; Que, mediante Resolución de Superintendencia Nº 003-2016-SUNEDU de fecha 26 de enero de 2016 se delegaron facultades a la servidora Laura Elizabeth Descalzi Marroquin en el cargo de Jefa de la Oficina de Recursos Humanos de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria; Que, la funcionaria antes citada ha presentado renuncia al cargo para el cual fue designada, por lo que resulta necesario emitir la resolución administrativa mediante la cual se acepte la misma; Con el visto de Secretaría General de la Sunedu y; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley Nº 30220, Ley Universitaria; y el Decreto Supremo Nº 012-2014-MINEDU que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Sunedu; SE RESUELVE: Artículo primero.- Aceptar con efectividad al término del 2 de noviembre de 2016, la renuncia presentada por la servidora Laura Elizabeth Descalzi Marroquin al cargo de Jefa de la Oficina de Recursos Humanos de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria, dándosele las gracias por los servicios prestados a la institución. 603388 NORMAS LEGALES Artículo segundo.- Dejar sin efecto la Resolución de Superintendencia Nº 03-2016-SUNEDU, del 26 de enero de 2016. Regístrese, comuníquese y publíquese. LORENA DE GUADALUPE MASIAS QUIROGA Superintendente 1449093-7 Encargan funciones de Jefe de la Oficina de Recursos Humanos de la SUNEDU RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 080-2016-SUNEDU Lima, 2 de noviembre de 2016 CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 12 de la Ley N° 30220 – Ley Universitaria, se crea la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria – Sunedu como organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Educación, con autonomía técnica, funcional, económica, presupuestal y administrativa, para el ejercicio de sus funciones. Tiene naturaleza jurídica de derecho público interno y constituye pliego presupuestal; Que, el literal f) del artículo 14 del Reglamento de Organización y Funciones de la Sunedu, aprobado mediante Decreto Supremo N° 012-2014-MINEDU, dispone que el Superintendente tiene entre otras funciones, la de designar y remover a los directores de los órganos de línea, órganos de administración interna y órganos desconcentrados de la Sunedu; Que, mediante Resolución de Superintendencia Nº 079-2016-SUNEDU se acepta la renuncia presentada por la servidora Laura Elizabeth Descalzi Marroquin al cargo de Jefa de la Oficina de Recursos Humanos; Que, en ese contexto resulta necesario encargar las funciones de la Oficina de Recursos Humanos, a fin de garantizar la continuidad del servicio, debiendo emitirse para tal efecto el acto de administración interna correspondiente; Con el visto de Secretaría General de la Sunedu y; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 30220, Ley Universitaria; y el Decreto Supremo Nº 012-2014-MINEDU que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Sunedu; SE RESUELVE: Artículo Único.- Encargar con efectividad a partir del 3 de noviembre de 2016, al señor Danny Daniel Morales Dueñas, Jefe de la Oficina de Administración, las funciones de Jefe de la Oficina de Recursos Humanos de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria, en adición a sus funciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. LORENA DE GUADALUPE MASIAS QUIROGA Superintendente 1449093-8 PODER JUDICIAL Jueves 3 de noviembre de 2016 / El Peruano VISTOS: Los Oficios Nros. 437 y 440-2016-ETI-CPP-PJ, cursados por el Consejero Responsable del Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal; y, los Oficios N° 4128-2016-P-CSJAN/PJ, N° 4127-2016-P-CSJAN/PJ, N° 4126-2016-P-CSJAN/PJ, N° 5517-2016-P-CSJAM/PJ, N° 5515-2016-P-CSJAM/ PJ, N° 0619-2016-P-CSJAY/PJ, N° 1379-2016-P-CSJCÑ/ PJ, N° 1383-2016-P-CSJCÑ/PJ, N° 842-2016-P-CSJHA/ PJ, N° 1181-2016-CSJHN/PJ, N° 1182-2016-CSJHN/PJ, N° 7139-2016-P-CSJLA/PJ, N° 1148-2016-P-CSJMD/PJ, N° 4332-2016-P-CSJPI/PJ, N° 2566-2016-P-CSJSU/PJ, N° 3806-2016-P-CSJSA/PJ; y N° 1991-2016-P-CSJI/PJ, remitidos por los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de Ancash, Amazonas, Ayacucho, Cañete, Huánuco, Huaura, Ica, Lambayeque, Madre de Dios, Pasco, Piura, Santa y Sullana, respecto a la propuesta de prórroga de órganos jurisdiccionales penales transitorios, con vencimiento al 31 de octubre del presente año. CONSIDERANDO: Primero. Que los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de Ancash, Amazonas, Ayacucho, Cañete, Huánuco, Huaura, Ica, Lambayeque, Madre de Dios, Pasco, Piura, Santa y Sullana, mediante los oficios antes referidos solicitan a este Órgano de Gobierno la prórroga de sus órganos jurisdiccionales transitorios, cuya fecha de vencimiento es el 31 de octubre del año en curso, con la finalidad de continuar brindando la adecuada implementación del Nuevo Código Procesal Penal en los mencionados Distritos Judiciales, sustentado su pedido en razones de carga procesal y las audiencias realizadas. Segundo. Que el Informe N° 079-2016-MYE-ST-ETICPP/PJ, elaborado por el Encargado del Componente de Monitoreo y Evaluación del Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal, contiene la evaluación realizada a los Juzgados Penales Transitorios de los Distritos Judiciales de Ancash, Amazonas, Ayacucho, Cañete, Huánuco, Huaura, Ica, Lambayeque, Madre de Dios, Pasco, Piura, Santa y Sullana, determinándose que cumplen con el estándar mínimo establecido mediante Resolución Administrativa N° 174-2014-CE-PJ, siendo procedente la prórroga solicitada. Asimismo, considerando que este Poder del Estado tiene como política institucional adoptar medidas en aras de un óptimo servicio de impartición de justicia, garantizando a su vez la tutela jurisdiccional efectiva, deviene en necesario dictar las disposiciones que permitan coadyuvar al logro de dicho objetivo, con arreglo a las necesidades del servicio y a los limitados recursos existentes para dicho propósito. Tercero. Que, los numerales 24, 25 y 26 del artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, determinan como funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, crear órganos jurisdiccionales, aprobar la modificación de sus ámbitos de competencia territorial; asimismo, adoptar acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. Por estos fundamentos; la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, con cargo a dar cuenta al Pleno de este Órgano de Gobierno, RESUELVE: CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Artículo Primero.- Prorrogar el funcionamiento de los siguientes órganos jurisdiccionales transitorios, a partir del 1 de noviembre de 2016: HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DE 2016: Prorrogan funcionamiento de diversos órganos jurisdiccionales transitorios a nivel nacional RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 129-2016-P-CE-PJ Lima, 21 de octubre de 2016. CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AMAZONAS − Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial Transitorio de la Provincia de Utcubamba. CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE HUÁNUCO − Juzgado Penal de Investigación Preparatoria Transitorio de la Provincia de Huánuco. El Peruano / Jueves 3 de noviembre de 2016 NORMAS LEGALES − Juzgado de Investigación Preparatoria Itinerante Transitorio, en adición Juzgado Penal Liquidador de la Provincia de Huamalíes. HASTA EL 28 DE FEBRERO DE 2017: CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANCASH − Juzgado Penal Unipersonal Transitorio, en adición Juzgado Penal Liquidador de la Provincia de Yungay. CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AMAZONAS − Sala Penal de Apelaciones Transitoria, en adición Sala Penal Liquidadora de la Provincia de Bagua. CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE − Juzgado Penal Unipersonal Transitorio de la Provincia de Cañete. 603389 Ayacucho, Cañete, Huánuco, Huaura, Ica, Lambayeque, Madre de Dios, Pasco, Piura, Santa y Sullana; así como a la Gerencia General del Poder Judicial, en cuanto sea de su competencia, para adoptar las acciones y medidas administrativas que sean necesarias para el adecuado cumplimiento de la presente resolución. Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura, Responsable del Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal, Ministerio Público, Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia de Ancash, Amazonas, Ayacucho, Cañete, Huánuco, Huaura, Ica, Lambayeque, Madre de Dios, Pasco, Piura, Santa, Sullana, Oficina de Productividad Judicial; y, a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE PASCO − Juzgado Penal Unipersonal Transitorio del Distrito de Yanacancha, Provincia de Pasco. CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL SANTA − Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de la Provincia de Casma. HASTA EL 30 DE ABRIL DE 2017: S. VÍCTOR TICONA POSTIGO Presidente 1448941-1 CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANCASH − Juzgado Penal Unipersonal Transitorio, en adición Juzgado Penal Liquidador de la Provincia de Huaylas. − Juzgado Penal de Investigación Preparatoria Transitorio, en adición Juzgado Penal Liquidador de la Provincia de Carhuaz. Aprueban el Plan de Mejoramiento del Servicio de Atención al Usuario en los Juzgados de Paz Letrado del Callao CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AYACUCHO − Juzgado Penal Unipersonal Transitorio, en adición Juzgado Penal Liquidador de la Provincia de Lucanas. RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE PRESIDENCIA N° 526-2016-P-CSJCL/PJ CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE − Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio, en adición Juzgado Penal Liquidador de la Provincia de Cañete. − CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE HUÁNUCO − Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial Transitorio de la Provincia de Huánuco. CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE HUAURA − Juzgado Penal de Investigación Preparatoria Transitorio de la Provincia de Huaura. CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE ICA − Juzgado Penal Unipersonal Transitorio, en adición Juzgado Penal Liquidador de la Provincia de Pisco. CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LAMBAYEQUE − Juzgado Penal Unipersonal Transitorio del Distrito de Motupe, Provincia de Lambayeque. − Juzgado Penal Unipersonal Transitorio de la Provincia de San Ignacio. CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRE DE DIOS − Juzgado Penal Unipersonal Transitorio, en adición Juzgado Mixto del Distrito de Inambari de la Provincia de Tambopata. − Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio Especializado en Delitos Ambientales de la Provincia de Tambopata. CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE PIURA − Juzgado Penal Unipersonal Transitorio de la Provincia de Sechura. CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE SULLANA − Juzgado Penal Colegiado Transitorio, en adición Sala Penal Liquidadora de la Provincia de Sullana Artículo Segundo.- Facultar a los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia Ancash, Amazonas, CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CALLAO LA PRESIDENCIA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CALLAO Callao, 24 de octubre del 2016. VISTOS Y CONSIDERANDO: Que, el Presidente de Corte Superior dirige la Política del Poder Judicial en su Distrito Judicial adoptando medidas para que el servicio de Justicia sea eficiente y eficaz. Que, en el primer trimestre del presente año se efectuó la visita a los Juzgados de Paz Letrado de esta Corte Superior de Justicia, los cuales se encontraban ubicados en la sede de la Avenida Saenz Peña N°475 – Callao, advirtiéndose ambientes hacinados por mobiliario, expedientes judiciales, con espacios insuficientes para una adecuada atención y desplazamiento de los señores Magistrados, personal jurisdiccional, administrativo, abogados y litigantes. Que, durante dicha visita asimismo se recibió el reclamo de los usuarios del servicio de Justicia en relación al retardo en dar cuenta de los escritos presentados ante los Juzgados de Paz Letrados del Callao. Que, en las reuniones sostenidas con las señoras magistradas y el señor administrador a cargo de los mencionados órganos jurisdiccionales se determinaron diversas causas que ocasionaban el retardo en el trámite de los expedientes, verificándose que gran parte de la jornada laboral se destinaban a diversas actividades tales como: la ubicación de los expedientes judiciales al no existir un debido orden por la carencia de espacios adecuados, así como a la atención de los justiciables por parte de los secretarios judiciales para devolución de anexos, información del estado de los expedientes, entrega de copias, programaciones entre otros. Que, asimismo, se verificó que la carga de las quince secretarías existentes no era homogénea y equitativa, así como la existencia de 12,000 escritos pendientes de dar cuenta. Que, la situación expuesta, requirió de una atención inmediata para solucionar el problema de retardo advertido, de las condiciones de trabajo y de atención al usuario. 603390 NORMAS LEGALES Es así que mediante Resolución Administrativa N° 190-2016-P-CSJCL/PJ, de fecha 19 de abril del 2016, se aprobó el Plan de Descarga de los Juzgados de Paz Letrados de la Corte Superior de Justicia del Callao, a efectos de descargar un total de 12,000 escritos pendientes de atención. Que, mediante Oficio N°072-2016-ADM-JPL-CSJCL/ PJ, de fecha 07 de octubre del 2016, el Administrador de los Juzgados de Paz Letrados del Callao da cuenta del avance de la descarga comunicando que se han efectuado 9,175 descargos entre autos, resoluciones correspondientes al Segundo, Tercer, Cuarto y Quinto Juzgados de Paz Letrado, quedando pendiente de atender una cantidad aproximada de 2,200 escritos del Primer Juzgado de Paz Letrado. Que, asimismo mediante la resolución administrativa antes mencionada, se aprobó el Proyecto “Ventanilla Única Integral” remitido por el Administrador de los Juzgados de Paz Letrado de esta Corte Superior. Que, dicho acto de administración dispuso la implementación de una dependencia a cargo de la Administración de Paz Letrado en la cual los litigantes y público en general reciban una atención integral a sus múltiples requerimientos, obteniendo además que el personal jurisdiccional disponga de mayor tiempo para dedicarse a sus obligaciones estipuladas en el Manual de Organización y Funciones de esta Corte Superior de Justicia, habiéndose logrado estandarizar procedimientos, consiguiéndose además que tanto el personal Administrativo y Jurisdiccional conceptualicen sus labores como procesos o tareas que forman parte de una unidad, evitando la duplicidad de tareas y horas hombre. Que, mediante Resolución Administrativa N° 355-2016-P-CSJCL/PJ, de fecha 11 de julio del 2016, se dispuso el traslado de los Juzgados de Paz Letrado del Callao a los ambientes del segundo piso de la sede ubicada en el cruce de la Avenida Oscar R. Benavides con la Avenida Santa Rosa Callao. Es así que desde el 22 de agosto del 2016 los Juzgados de Paz Letrado a la fecha cuentan con ambientes más funcionales y seguros que ha permitido contar con un archivo de expedientes en trámite y con ello un reordenamiento de los expedientes que hace más fácil y en menor tiempo su ubicación. Que, las acciones antes descritas han logrado a la fecha reducir el gran retraso advertido en el primer trimestre del presente año, así como estandarizar procedimientos y principalmente mejorar las condiciones de trabajo de los señores Magistrados y servidores de los Juzgados de Paz Letrados del Callao, lo que en definitiva ha redundado en mejorar el servicio de justicia que se imparte en dicha área. Que, lo expuesto constituye una primera etapa del Plan de Mejoramiento del Servicio de Atención al Usuario en los Juzgados de Paz Letrado del Callao, por lo que debe regularizarse su aprobación a efectos de dar continuidad a las siguientes etapas destinadas a su reconocimiento como Módulo Corporativo Judicial, establecimiento de estándares de producción de los auxiliares jurisdiccionales, capacitación entre otros. Que, asimismo, debe reconocerse el esfuerzo desplegado por las Magistradas y Administrador a cargo de dichos órganos jurisdiccionales por la elaboración e implementación del Plan de Mejoramiento del Servicio de Justicia antes indicado, así como de aquellos servidores judiciales de dicha área que a la fecha vienen destacando por su mejor desempeño acorde con el mencionado Plan, conforme consta en los informes remitidos a esta Presidencia. Por las razones expuestas y en uso de las facultades establecidas en los numerales 3) y 9) del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR en vía de regularización el Plan de Mejoramiento del Servicio de Atención al Usuario en los Juzgados de Paz Letrado del Callao, presentado por los señores Magistrados y el Administrador de los mencionados órganos jurisdiccionales. Artículo Segundo.- RECONOCER a los Magistrados y Administrador de los Juzgados de Paz Letrado del Callao, por la elaboración e implementación del Plan aprobado mediante el artículo primero conforme al siguiente detalle: Jueves 3 de noviembre de 2016 / El Peruano Magistrados Julia Vivero Diez Juez (S) de Primer Juzgado de Paz Letrado del Callao (hasta el 30 de setiembre del 2016). Fabiola Milagros Sotomayor Torres Juez (T) del Segundo Juzgado de Paz Letrado del Callao. Yency Karin Carpio Chávez Juez (T) del Tercer Juzgado de Paz Letrado del Callao. Edith Janett Estrada Flores Juez (S) del Cuarto Juzgado de Paz Letrado del Callao. Beatriz Yolanda Sánchez Ramos Juez (T) del Quinto Juzgado de Paz Letrado del Callao. Administrador Genaro Martín Oliden Casusol Administrador de los Juzgados de Paz Letrado del Callao. Artículo Tercero.- RECONOCER a los auxiliares jurisdiccionales de los Juzgados de Paz Letrado del Callao que a la fecha vienen destacando por su mejor desempeño acorde con el mencionado plan de mejoramiento, conforme al siguiente detalle: Sandra Fiorella Legua Palomino Mercedes De la Cruz Calderón Manuel Portugal Dayer Sylvia Zulema Garcés Aguirre Luisa Sequeiros Mosqueira Lilian Legua Figueroa Manuel Ríos Fuertes Secretaria Judicial del Quinto Juzgado de Paz Letrado del Callao. Secretaria Judicial del Segundo Juzgado de Paz Letrado del Callao. Secretario Judicial del Tercer Juzgado de Paz Letrado del Callao. Técnico Judicial del Quinto Juzgado de Paz Letrado del Callao. Técnico Judicial del Tercer Juzgado de Paz Letrado del Callao. Técnico Judicial del Primer Juzgado de Paz Letrado del Callao. Técnico Judicial del Primer Juzgado de Paz Letrado del Callao. Artículo Cuarto.- PÓNGASE la presente Resolución en conocimiento del Jefe de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura del Callao, de los señores Magistrados de esta Corte Superior, de la Gerencia de Administración Distrital, de la Oficina Distrital de Imagen Institucional, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese, cumplase y publíquese. RAFAEL TEODORO UGARTE MAUNY Presidente 1448943-1 ORGANISMOS AUTONOMOS BANCO CENTRAL DE RESERVA Indice de reajuste diario, a que se refiere el artículo 240° de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, correspondiente al mes de noviembre CIRCULAR Nº 025-2016-BCRP Lima, 2 de noviembre de 2016 El Peruano / Jueves 3 de noviembre de 2016 NORMAS LEGALES El índice de reajuste diario, a que se refiere el artículo 240º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, correspondiente al mes de noviembre es el siguiente: DÍA 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 ÍNDICE 8,70994 8,71114 8,71233 8,71353 8,71473 8,71593 8,71713 8,71832 8,71952 8,72072 8,72192 8,72312 8,72432 8,72552 8,72672 DÍA 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 ÍNDICE 8,72792 8,72912 8,73032 8,73152 8,73272 8,73392 8,73512 8,73633 8,73753 8,73873 8,73993 8,74113 8,74233 8,74354 8,74474 El índice que antecede es también de aplicación para los convenios de reajuste de deudas que autoriza el artículo 1235º del Código Civil. Se destaca que el índice en mención no debe ser utilizado para: a. Calcular intereses, cualquiera fuere su clase. b. Determinar el valor al día del pago de las prestaciones a ser restituidas por mandato de la ley o resolución judicial (artículo 1236º del Código Civil, en su texto actual consagrado por la Ley No. 26598). RENZO ROSSINI MIÑÁN Gerente General 1448784-1 INSTITUCIONES EDUCATIVAS Ratifican resoluciones que autorizan viajes de Director (e) de la Escuela Profesional de Ingeniería Ambiental y de Vicedecano de Investigación y Posgrado de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, a Alemania, en comisión de servicios UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 05304-R-16 Lima, 28 de octubre del 2016 Visto el expediente, con registro de Mesa de Partes General Nº 07706-FIGMMG-16 de la Facultad de Ingeniería Geológica, Minera, Metalúrgica y Geográfica, sobre viaje al exterior en Comisión de Servicios y encargatura. CONSIDERANDO: Que mediante Resolución de Decanato Nº 0466/ FIGMMG-D/16 de fecha 14 de octubre del 2016, la Facultad de Ingeniería Geológica, Minera, Metalúrgica y Geográfica autoriza el viaje en Comisión de Servicios, del 05 al 13 de noviembre del 2016, a don CARLOS DEL VALLE JURADO, con código Nº 0A1368, Director (e) de la Escuela Profesional de Ingeniería Ambiental de la citada Facultad, para participar en la reunión de trabajo del Proyecto PEESUD, a realizarse en las instalaciones 603391 de la Ernst-Abbe-Hochschule Jena, University of Applied Sciences, ciudad de Jena, Alemania; Que asimismo, se le otorga las sumas en soles equivalentes a US$ 200.00 dólares americanos por concepto de viáticos y US$ 57.00 dólares americanos por concepto de seguro de viaje, con cargo al Presupuesto 2016 de la Facultad de Ingeniería Geológica, Minera, Metalúrgica y Geográfica; Que la Jefa de la Unidad de Planificación, Presupuesto y Racionalización y el Jefe de la Unidad de Economía de la Facultad de Ingeniería Geológica, Minera, Metalúrgica y Geográfica, emiten opinión favorable sobre la disponibilidad presupuestal; Que se cumplen con los requisitos exigidos por la Directiva Nº 004-DGA-2009, aprobada con Resolución Rectoral Nº 01573-R-09 del 17 de abril del 2009; Que cuenta con el Proveído s/n de fecha 26 de octubre del 2016, del Despacho Rectoral; y, Estando dentro de las atribuciones conferidas al Señor Rector por la Ley Universitaria Nº 30220 y el Estatuto de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos; SE RESUELVE: 1º Ratificar la Resolución de Decanato Nº 0466/ FIGMMG-D/16 de fecha 14 de octubre del 2016 de la Facultad de Ingeniería Geológica, Minera, Metalúrgica y Geográfica, en el sentido que se indica: 1.- Autorizar el viaje en Comisión de Servicios, del 05 al 13 de noviembre del 2016, a don CARLOS DEL VALLE JURADO, con código Nº 0A1368, Director (e) de la Escuela Profesional de Ingeniería Ambiental de la Facultad de Ingeniería Geológica, Minera, Metalúrgica y Geográfica, para participar en la reunión de trabajo del Proyecto PEESUD, a realizarse en las instalaciones de la Ernst-Abbe-Hochschule Jena, University of Applied Sciences, ciudad de Jena, Alemania. 2.- Otorgar a don CARLOS DEL VALLE JURADO, las sumas que se indica, con cargo a los recursos directamente recaudados por la Facultad de Ingeniería Geológica, Minera, Metalúrgica y Geográfica, debiendo a su retorno rendir cuenta documentada del gasto efectuado en el plazo de Ley: Viáticos US$ 200.00 dólares americanos. Seguro de viaje US$ 57.00 dólares americanos. 3.- Encargar la Dirección de la Escuela Profesional de Ingeniería Ambiental de la Facultad de Ingeniería Geológica, Minera, Metalúrgica y Geográfica, a don MANUEL PRUDENCIO CABALLERO RÍOS, con código Nº 000062, docente permanente asociado a T.C. 40 horas, por el período del 05 al 13 de noviembre del 2016 y mientras dure la ausencia del titular. 2º Encargar a la Secretaría General y a la Oficina de Abastecimiento, la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial “El Peruano” de conformidad a las normas vigentes, y a la Facultad de Ingeniería Geológica, Minera, Metalúrgica y Geográfica asumir el pago del servicio de publicación. 3º Encargar a la Oficina General de Recursos Humanos y a la Facultad de Ingeniería Geológica, Minera, Metalúrgica y Geográfica, el cumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. ELIZABETH CANALES AYBAR Rectora (e) 1448633-1 UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 05307-R-16 Lima, 28 de octubre del 2016 Visto el expediente, con registro de Mesa de Partes General Nº 07743-FIGMMG-16 de la Facultad de 603392 NORMAS LEGALES Ingeniería Geológica, Minera, Metalúrgica y Geográfica, sobre viaje al exterior en Comisión de Servicios y encargatura. Jueves 3 de noviembre de 2016 / El Peruano Metalúrgica y Geográfica, el cumplimiento de la presente Resolución Rectoral. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. CONSIDERANDO: Que mediante Resolución de Decanato Nº 0464/ FIGMMG-D/16 de fecha 14 de octubre del 2016, la Facultad de Ingeniería Geológica, Minera, Metalúrgica y Geográfica autoriza el viaje en Comisión de Servicios, del 05 al 13 de noviembre del 2016, a don CARLOS FRANCISCO CABRERA CARRANZA, con código Nº 010146, Vicedecano de Investigación y Posgrado y Director (e) de la Unidad de Posgrado de la citada Facultad, para participar en la reunión de trabajo del Proyecto PEESUD, a realizarse en las instalaciones de la Ernst-Abbe-Hochschule Jena, University of Applied Sciences, en la ciudad de Jena, Alemania; Que asimismo, se le otorga las sumas en soles equivalentes a US$ 200.00 dólares americanos por concepto de viáticos y US$ 57.00 dólares americanos por concepto de seguro de viaje, con cargo al Presupuesto 2016 de la Facultad de Ingeniería Geológica, Minera, Metalúrgica y Geográfica; Que la Jefa de la Unidad de Planificación, Presupuesto y Racionalización y el Jefe de la Unidad de Economía de la Facultad de Ingeniería Geológica, Minera, Metalúrgica y Geográfica, emiten opinión favorable sobre la disponibilidad presupuestal; Que se cumplen con los requisitos exigidos por la Directiva Nº 004-DGA-2009, aprobada con Resolución Rectoral Nº 01573-R-09 del 17 de abril del 2009; Que cuenta con el Proveído s/n de fecha 26 de octubre del 2016, del Despacho Rectoral; y, Estando dentro de las atribuciones conferidas al señor Rector por la Ley Universitaria Nº 30220 y el Estatuto de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos; SE RESUELVE: 1º Ratificar la Resolución de Decanato Nº 0464/ FIGMMG-D/16 de fecha 14 de octubre del 2016 de la Facultad de Ingeniería Geológica, Minera, Metalúrgica y Geográfica, en el sentido que se indica: 1.- Autorizar el viaje en Comisión de Servicios, del 05 al 13 de noviembre del 2016, a don CARLOS FRANCISCO CABRERA CARRANZA, con código Nº 010146, Vicedecano de Investigación y Posgrado y Director (e) de la Unidad de Posgrado de la Facultad de Ingeniería Geológica, Minera, Metalúrgica y Geográfica, para participar en la reunión de trabajo del Proyecto PEESUD, a realizarse en las instalaciones de la ErnstAbbe-Hochschule Jena, University of Applied Sciences, en la ciudad de Jena, Alemania. 2.- Otorgar a don CARLOS FRANCISCO CABRERA CARRANZA, las sumas que se indican, con cargo a los recursos directamente recaudados por la Facultad de Ingeniería Geológica, Minera, Metalúrgica y Geográfica, debiendo a su retorno rendir cuenta documentada del gasto efectuado en el plazo de Ley: Viáticos US$ 200.00 dólares americanos. Seguro de Viaje US$ 57.00 dólares americanos. ELIZABETH CANALES AYBAR Rectora (e) 1448634-1 Ratifican resoluciones que autorizan viajes de representantes de la Facultad de Ingeniería Geológica, Minera, Metalúrgica y Geográfica de la UNMSM a Alemania, en comisión de servicios UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 05305-R-16 Lima, 28 de octubre del 2016 Visto el expediente, con registro de Mesa de Partes General Nº 07722-FIGMMG-16 de la Facultad de Ingeniería Geológica, Minera, Metalúrgica y Geográfica, sobre viaje al exterior en Comisión de Servicios y encargatura. CONSIDERANDO: Que mediante Resolución de Decanato Nº 0465/ FIGMMG-D/16 de fecha 14 de octubre del 2016, la Facultad de Ingeniería Geológica, Minera, Metalúrgica y Geográfica autoriza el viaje en Comisión de Servicios, del 05 al 13 de noviembre del 2016, a don WALTER APARICIO ARÉVALO GÓMEZ, con código Nº 000063, Coordinador del Departamento Académico de Ingeniería Geográfica de la citada Facultad, para participar en la reunión de trabajo del Proyecto PEESUD, a realizarse en las instalaciones de la Ernst-Abbe-Hochschule Jena, University of Applied Sciences, ciudad de Jena, Alemania; Que asimismo, se le otorga las sumas en soles equivalentes a US$ 200.00 dólares americanos por concepto de viáticos y US$ 57.00 dólares americanos por concepto de seguro de viaje, con cargo al Presupuesto 2016 de la Facultad de Ingeniería Geológica, Minera, Metalúrgica y Geográfica; Que la Jefa de la Unidad de Planificación, Presupuesto y Racionalización y el Jefe de la Unidad de Economía de la Facultad de Ingeniería Geológica, Minera, Metalúrgica y Geográfica, emiten opinión favorable sobre la disponibilidad presupuestal; Que se cumplen con los requisitos exigidos por la Directiva Nº 004-DGA-2009, aprobada con Resolución Rectoral Nº 01573-R-09 del 17 de abril del 2009; Que cuenta con el Proveído s/n de fecha 26 de octubre del 2016, del Despacho Rectoral; y, Estando dentro de las atribuciones conferidas al Señor Rector por la Ley Universitaria Nº 30220 y el Estatuto de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos; SE RESUELVE: 3.- Encargar el Vicedecanato de Investigación y Posgrado y la Unidad de Posgrado de la Facultad de Ingeniería Geológica, Minera, Metalúrgica y Geográfica a don ALFONSO ALBERTO ROMERO BAYLÓN, con código Nº 0A0330, docente permanente asociado a T.C. 40 horas, por el período del 05 al 13 de noviembre del 2016 y mientras dure la ausencia del titular. 2º Encargar a la Secretaría General y a la Oficina de Abastecimiento la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial “El Peruano” de conformidad a las normas vigentes, y a la Facultad de Ingeniería Geológica, Minera, Metalúrgica y Geográfica asumir el pago del servicio de publicación. 3º Encargar a la Oficina General de Recursos Humanos y a la Facultad de Ingeniería Geológica, Minera, 1º Ratificar la Resolución de Decanato Nº 0465/ FIGMMG-D/16 de fecha 14 de octubre del 2016 de la Facultad de Ingeniería Geológica, Minera, Metalúrgica y Geográfica, en el sentido que se indica: 1.- Autorizar el viaje en Comisión de Servicios, del 05 al 13 de noviembre del 2016, a don WALTER APARICIO ARÉVALO GÓMEZ, con código Nº 000063, Coordinador del Departamento Académico de Ingeniería Geográfica de la Facultad de Ingeniería Geológica, Minera, Metalúrgica y Geográfica, para participar en la reunión de trabajo del Proyecto PEESUD, a realizarse en las instalaciones de la Ernst-Abbe-Hochschule Jena, University of Applied Sciences, ciudad de Jena, Alemania. El Peruano / Jueves 3 de noviembre de 2016 NORMAS LEGALES 2.- Otorgar a don WALTER APARICIO ARÉVALO GÓMEZ, las sumas que se indica, con cargo a los recursos directamente recaudados por la Facultad de Ingeniería Geológica, Minera, Metalúrgica y Geográfica, debiendo a su retorno rendir cuenta documentada del gasto efectuado en el plazo de Ley: Viáticos Seguro de viaje US$ 200.00 dólares americanos. US$ 57.00 dólares americanos. 3.- Encargar la Coordinación del Departamento Académico de Ingeniería Geográfica de la Facultad de Ingeniería Geológica, Minera, Metalúrgica y Geográfica, a don JOSÉ LUIS QUISPE VILCHEZ, con código Nº 0A0332, docente permanente auxiliar a T.P. 20 horas, por el período del 05 al 13 de noviembre del 2016 y mientras dure la ausencia del titular. 2º Encargar a la Secretaría General y a la Oficina de Abastecimiento, la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial “El Peruano” de conformidad a las normas vigentes, y a la Facultad de Ingeniería Geológica, Minera, Metalúrgica y Geográfica asumir el pago del servicio de publicación. 3º Encargar a la Oficina General de Recursos Humanos y a la Facultad de Ingeniería Geológica, Minera, Metalúrgica y Geográfica, el cumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. ELIZABETH CANALES AYBAR Rectora (e) 1448635-1 UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 05306-R-16 Lima, 28 de octubre del 2016 Visto el expediente, con registro de Mesa de Partes General Nº 07125-FIGMMG-16 de la Facultad de Ingeniería Geológica, Minera, Metalúrgica y Geográfica, sobre viaje al exterior en Comisión de Servicios y encargatura. CONSIDERANDO: Que mediante Resolución de Decanato Nº 0463/ FIGMMG-D/16 de fecha 13 de octubre del 2016, la Facultad de Ingeniería Geológica, Minera, Metalúrgica y Geográfica autoriza el viaje en Comisión de Servicios, del 05 al 13 de noviembre del 2016, a doña SILVIA DEL PILAR IGLESIAS LEÓN, con código Nº 087378, Decana de la citada Facultad, para participar en la reunión de trabajo del Proyecto PEESUD, a realizarse en las instalaciones de la Ernst-Abbe-Hochschule Jena, University of Applied Sciences, en la ciudad de Jena, Alemania; Que asimismo, se le otorga las sumas en soles equivalentes a US$ 200.00 dólares americanos por concepto de viáticos y US$ 57.00 dólares americanos por concepto de seguro de viaje, con cargo al Presupuesto 2016 de la Facultad de Ingeniería Geológica, Minera, Metalúrgica y Geográfica; Que la Jefa de la Unidad de Planificación, Presupuesto y Racionalización y el Jefe de la Unidad de Economía de la Facultad de Ingeniería Geológica, Minera, Metalúrgica y Geográfica, emiten opinión favorable sobre la disponibilidad presupuestal; Que se cumplen con los requisitos exigidos por la Directiva Nº 004-DGA-2009, aprobada con Resolución Rectoral Nº 01573-R-09 del 17 de abril del 2009; Que cuenta con el Proveído s/n de fecha 26 de octubre del 2016, del Despacho Rectoral; y, Estando dentro de las atribuciones conferidas al señor Rector por la Ley Universitaria Nº 30220 y el Estatuto de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos; 603393 SE RESUELVE: 1º Ratificar la Resolución de Decanato Nº 0463/ FIGMMG-D/16 de fecha 13 de octubre del 2016 de la Facultad de Ingeniería Geológica, Minera, Metalúrgica y Geográfica, en el sentido que se indica: 1.- Autorizar el viaje en Comisión de Servicios, del 05 al 13 de noviembre del 2016, a doña SILVIA DEL PILAR IGLESIAS LEÓN, con código Nº 087378, Decana de la Facultad de Ingeniería Geológica, Minera, Metalúrgica y Geográfica, para participar en la reunión de trabajo del Proyecto PEESUD, a realizarse en las instalaciones de la Ernst-Abbe-Hochschule Jena, University of Applied Sciences, en la ciudad de Jena, Alemania. 2.- Otorgar a doña SILVIA DEL PILAR IGLESIAS LEÓN, las sumas que se indican, con cargo a los recursos directamente recaudados por la Facultad de Ingeniería Geológica, Minera, Metalúrgica y Geográfica, debiendo a su retorno rendir cuenta documentada del gasto efectuado en el plazo de Ley: Viáticos US$ 200.00 dólares americanos. Seguro de Viaje US$ 57.00 dólares americanos. 3.- Encargar el Decanato de la Facultad de Ingeniería Geológica, Minera, Metalúrgica y Geográfica a don RICARDO RAMIRO SANTOS RODRÍGUEZ, con código Nº 065579, docente permanente principal a T.C. 40 horas, Vicedecano Académico de la citada Facultad, por el período del 05 al 13 de noviembre del 2016 y mientras dure la ausencia de la titular. 2º Encargar a la Secretaría General y a la Oficina de Abastecimiento la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial “El Peruano” de conformidad a las normas vigentes, y a la Facultad de Ingeniería Geológica, Minera, Metalúrgica y Geográfica asumir el pago del servicio de publicación. 3º Encargar a la Oficina General de Recursos Humanos y a la Facultad de Ingeniería Geológica, Minera, Metalúrgica y Geográfica, el cumplimiento de la presente Resolución Rectoral. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. ELIZABETH CANALES AYBAR Rectora (e) 1448636-1 MINISTERIO PUBLICO Aceptan renuncias de fiscales en los Distritos Fiscales de Huaura y Piura RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 4509-2016-MP-FN Lima, 2 de noviembre de 2016 VISTO Y CONSIDERANDO: El documento de fecha 21 de octubre de 2016, mediante el cual, el abogado César Eleuterio Sotelo Rojas, Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Huaura, designado en el Despacho de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Huaral, formula su renuncia al cargo, por motivos estrictamente personales, con efectividad al 21 de octubre de 2016. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por el abogado César Eleuterio Sotelo Rojas, como Fiscal 603394 NORMAS LEGALES Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Huaura y su designación en el Despacho de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Huaral, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 3700-2016-MP-FN, de fecha 24 de agosto de 2016; con efectividad al 21 de octubre de 2016. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Huaura, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Oficina de Control de la Productividad Fiscal, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales y al Fiscal mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese. PABLO SÁNCHEZ VELARDE Fiscal de la Nación 1449065-1 RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 4510-2016-MP-FN Lima, 2 de noviembre de 2016 VISTO Y CONSIDERANDO: El oficio Nº 1342-2016-MP-FN-PJFS-Piura, cursado por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Piura, mediante el cual eleva la renuncia irrevocable de la abogada Valois Alejandra Lapouble Urruchi, al cargo de Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Piura, designada en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Castilla, por motivos personales y profesionales, con efectividad al 21 de octubre de 2016. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por la abogada Valois Alejandra Lapouble Urruchi, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Piura y su designación en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Castilla, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 4102-2016-MPFN, de fecha 23 de septiembre de 2016; con efectividad al 21 de octubre de 2016. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Piura, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Oficina de Control de la Productividad Fiscal, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales y a la Fiscal mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese. PABLO SÁNCHEZ VELARDE Fiscal de la Nación 1449065-2 Dejan sin efecto disposiciones de diversas resoluciones referentes a nombramientos de fiscales en los Distritos Fiscales de Arequipa, Ayacucho y Junín RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 4511-2016-MP-FN Lima, 2 de noviembre de 2016 VISTO Y CONSIDERANDO: El oficio Nº 12321-2016-MP-PJFS-AR, cursado por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Arequipa, mediante el cual eleva la declinación Jueves 3 de noviembre de 2016 / El Peruano de la abogada Guiuliana Yésica Pastor Cuba, al cargo de Fiscal Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Arequipa, designada en el Despacho de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Chivay, con Sede en Chivay, cargo que nunca asumió al no haber prestado juramento de ley. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dejar sin efecto el artículo segundo de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1349-2008-MPFN, de fecha 03 de octubre de 2008, en el que se nombra a la abogada Guiuliana Yésica Pastor Cuba, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Arequipa y su designación en el Despacho de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Chivay, con Sede en Chivay. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Arequipa, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Oficina de Control de la Productividad Fiscal, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales y a la Fiscal mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese. PABLO SÁNCHEZ VELARDE Fiscal de la Nación 1449065-3 RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 4512-2016-MP-FN Lima, 2 de noviembre de 2016 VISTO Y CONSIDERANDO: El oficio Nº 3420-2016-MP-FN-PJFS-AYAC, cursado por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Ayacucho, mediante el cual eleva la declinación del abogado Ernesto Arroyo Medina, al cargo de Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Ayacucho, designado en el Despacho de la Fiscalía Provincial Penal de Sucre, por motivos personales y familiares. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dejar sin efecto el artículo primero de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 4194-2016-MP-FN, de fecha 03 de octubre de 2016, en el extremo que se nombra al abogado Ernesto Arroyo Medina, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Ayacucho y su designación en el Despacho de la Fiscalía Provincial Penal de Sucre. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Ayacucho, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Oficina de Control de la Productividad Fiscal, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales y al Fiscal mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese. PABLO SÁNCHEZ VELARDE Fiscal de la Nación 1449065-4 RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 4513-2016-MP-FN Lima, 2 de noviembre de 2016 VISTO Y CONSIDERANDO: El oficio Nº 3392-2016-MP-FN/PJFS-DFA, cursado por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores El Peruano / Jueves 3 de noviembre de 2016 NORMAS LEGALES del Distrito Fiscal de Ayacucho, mediante el cual eleva la declinación de la abogada Edda Vega Oré, al cargo de Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Ayacucho, designada en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Especializada en Prevención del Delito de Ayacucho, por motivos personales y familiares. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dejar sin efecto el artículo primero de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 4195-2016-MP-FN, de fecha 03 de octubre de 2016, en el extremo que se nombra a la abogada Edda Vega Oré, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Ayacucho y su designación en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Especializada en Prevención del Delito de Ayacucho. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Ayacucho, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Oficina de Control de la Productividad Fiscal, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales y a la Fiscal mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese. PABLO SÁNCHEZ VELARDE Fiscal de la Nación 1449065-5 Dan por concluidos nombramientos y designaciones, designan y nombran fiscales en los Distritos Fiscales de Huánuco, Sullana, Ucayali, Piura y Tumbes RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 4515-2016-MP-FN Lima, 2 de noviembre de 2016 VISTO Y CONSIDERANDO: El oficio Nº 12855-2016-MP-PJFS-DFH, cursado por el Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Huánuco. Estando a lo expuesto en el mencionado documento y de conformidad con lo establecido en el artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluido el nombramiento de la doctora Roxana Candelaria Choquehuanca Figueroa, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Huánuco, y su designación en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Dos de Mayo, materia de la Resolución de Fiscalía de la Nación Nº 4052-2013-MP-FN, de fecha 10 de diciembre de 2013. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Huánuco, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Oficina de Control de la Productividad Fiscal, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales y a la fiscal mencionada. RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 4514-2016-MP-FN Regístrese, comuníquese y publíquese. Lima, 2 de noviembre de 2016 PABLO SÁNCHEZ VELARDE Fiscal de la Nación VISTO Y CONSIDERANDO: El oficio N° 4860-2016-MP-P-JFS-JUNIN, cursado por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Junín, mediante el cual pone de conocimiento que la abogada María Isabel Atarama Palacios, Fiscal Adjunta Superior Provisional del Distrito Fiscal de Junín, designada en el Despacho de la Segunda Fiscalía Superior Penal de La Merced, no ha prestado el juramento de ley en el cargo mencionado, por lo que se hace necesario concluir dicho nombramiento y su designación en el respectivo Despacho Fiscal. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dejar sin efecto el artículo tercero de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 4188-2016-MP-FN, de fecha 03 de octubre de 2016, en el que se nombra a la abogada María Isabel Atarama Palacios, como Fiscal Adjunta Superior Provisional del Distrito Fiscal de Junín, designada en el Despacho de la Segunda Fiscalía Superior Penal de La Merced. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Junín, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales y a la Fiscal mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese. PABLO SÁNCHEZ VELARDE Fiscal de la Nación 1449065-6 603395 1449065-7 RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 4525-2016-MP-FN Lima, 2 de noviembre de 2016 VISTO Y CONSIDERANDO: El oficio N° 749-2016-MP-FN-PJFS-SULLANA, cursado por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Sullana, mediante el cual solicita el cambio de Despachos de personal Fiscal de su juridicción. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluida la designación de la abogada Sandra Ruíz Carranza, Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Sullana, en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Sullana, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 4371-2016-MP-FN, de fecha 17 de octubre de 2016. Artículo Segundo.- Dar por concluida la designación del abogado Víctor Manuel Bazalar Paz, Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Sullana, en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Talara, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2642-2013-MP-FN, de fecha 04 de septiembre de 2013. Artículo Tercero.- Designar al abogado Víctor Manuel Bazalar Paz, Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Sullana, en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Sullana. 603396 NORMAS LEGALES Artículo Cuarto.- Designar a la abogada Sandra Ruíz Carranza, Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Sullana, en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Talara. Artículo Quinto.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Sullana, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales y a los Fiscales mencionados. Regístrese, comuníquese y publíquese. PABLO SÁNCHEZ VELARDE Fiscal de la Nación Jueves 3 de noviembre de 2016 / El Peruano Chunga Núñez, en el cargo de Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Piura y su designación en el Despacho de la Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Tráfico Ilícito de Drogas - Sede Piura, a fin de ser nombrada como Fiscal Adjunta Provincial Provisional, para el Despacho de la Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Tráfico Ilícito de Drogas - Sede Tumbes, del Distrito Fiscal de Tumbes, la cual a la fecha, se encuentra vacante, en consecuencia se hace necesario nombrar al Fiscal que ocupe provisionalmente dicho cargo, previa verificación de los requisitos de Ley. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE: 1449065-17 RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 4526-2016-MP-FN Lima, 2 de noviembre de 2016 VISTO Y CONSIDERANDO: El oficio N° 3861-2016-MP-PJFS-DF-UCAYALI, remitido por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Ucayali. Estando a lo expuesto en el referido documento y de conformidad con lo establecido por el artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluido el nombramiento de la abogada Miriam Verónica García Palomino, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Ucayali y su designación en el Despacho de la Quinta Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Coronel Portillo, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 141-2014-MP-FN, de fecha 15 de enero de 2014. Artículo Segundo.- Dar por concluida la designación del abogado Emilio Agnes Santa Cruz Pizarro, Fiscal Adjunto Provincial Titular Penal (Corporativo) de Coronel Portillo, Distrito Fiscal de Ucayali, en el Despacho de la Quinta Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Coronel Portillo, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 4960-2014-MP-FN, de fecha 25 de noviembre de 2014. Artículo Tercero.- Nombrar al abogado Emilio Agnes Santa Cruz Pizarro, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Ucayali, designándolo en el Despacho de la Quinta Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Coronel Portillo, con retención de su cargo de carrera. Artículo Cuarto.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Ucayali, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales y a los fiscales mencionados. Regístrese, comuníquese y publíquese. PABLO SÁNCHEZ VELARDE Fiscal de la Nación 1449065-18 RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 4529-2016-MP-FN Lima, 2 de noviembre de 2016 VISTO Y CONSIDERANDO: El oficio N° 2486-2016-OCEFEDTID-MP-FN, remitido por la Jefa de la Oficina de Coordinación y Enlace de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Tráfico Ilícito de Drogas, mediante el cual solicita dar por concluido el nombramiento de la abogada Karla Lisbeth Artículo Primero.- Dar por concluido el nombramiento de la abogada Karla Lisbeth Chunga Núñez, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Piura y su designación en el Despacho de la Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Tráfico Ilícito de Drogas Sede Piura, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2260-2016-MP-FN, de fecha 16 de mayo de 2016. Artículo Segundo.- Nombrar a la abogada Karla Lisbeth Chunga Núñez, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Tumbes, designándola en el Despacho de la Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Tráfico Ilícito de Drogas - Sede Tumbes. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a las Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales de Piura y Tumbes, Coordinadora del Despacho del Fiscal de la Nación, ante la Sección de Asuntos Antinarcóticos y Aplicación de la Ley (SAAL) y DEA de la Embajada de los Estados Unidos de Norteamérica y demás organismos vinculados en la lucha contra el Tráfico Ilícito de drogas y delitos conexos, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales y a la Fiscal mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese. PABLO SÁNCHEZ VELARDE Fiscal de la Nación 1449065-21 Nombran fiscales en los Distritos Fiscales de Amazonas, Cusco, Junín, Lima Este, Loreto, Piura, Puno y Ucayali RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 4516-2016-MP-FN Lima, 2 de noviembre de 2016 VISTO Y CONSIDERANDO: El oficio N° 2806-2016-MP-PJFS-AMAZONAS, remitido por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Amazonas, mediante el cual eleva las propuestas para cubrir la plaza de Fiscal Adjunto Provincial, para el Despacho de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Bagua, la cual a la fecha, se encuentra vacante y en consecuencia se hace necesario nombrar al Fiscal que ocupe provisionalmente dicho cargo, previa verificación de los requisitos de Ley. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Nombrar a la abogada Yaneth Pariente Villegas, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Amazonas, designándola en el Despacho de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Bagua. El Peruano / Jueves 3 de noviembre de 2016 NORMAS LEGALES Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Amazonas, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales y a la Fiscal mencionada. 603397 Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Amazonas, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales y a la fiscal mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese. Regístrese, comuníquese y publíquese. PABLO SÁNCHEZ VELARDE Fiscal de la Nación PABLO SÁNCHEZ VELARDE Fiscal de la Nación 1449065-8 1449065-10 RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 4517-2016-MP-FN RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 4519-2016-MP-FN Lima, 2 de noviembre de 2016 Lima, 2 de noviembre de 2016 VISTO Y CONSIDERANDO: VISTO Y CONSIDERANDO: El oficio N° 2808-2016-MP-PJFS-AMAZONAS, cursado por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Amazonas, mediante el cual eleva la propuesta para cubrir la plaza de Fiscal Adjunto Provincial, para el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Bongará, la misma que, a la fecha, se encuentra vacante y en consecuencia se hace necesario nombrar al fiscal que ocupe provisionalmente dicho cargo, previa verificación de los requisitos de Ley. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Nombrar al abogado John Geyler Delgado Velásquez, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Amazonas, designándolo en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Bongará, con reserva de su plaza de origen. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Amazonas, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales y al fiscal mencionado. El oficio N° 3303-2016-PJFS-DFCUSCO/MP-FN, remitido por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal del Cusco, mediante el cual eleva la terna para cubrir la plaza de Fiscal Adjunto Provincial, para el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de La Convención, la misma que a la fecha, se encuentra vacante y en consecuencia se hace necesario nombrar al Fiscal que ocupe provisionalmente dicho cargo, previa verificación de los requisitos de Ley. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Nombrar a la abogada Lisbet Auccahuaqui Torre, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal del Cusco, designándola en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de La Convención. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal del Cusco, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales y a la Fiscal mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese. Regístrese, comuníquese y publíquese. PABLO SÁNCHEZ VELARDE Fiscal de la Nación PABLO SÁNCHEZ VELARDE Fiscal de la Nación 1449065-9 1449065-11 RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 4518-2016-MP-FN RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 4520-2016-MP-FN Lima, 2 de noviembre de 2016 Lima, 2 de noviembre de 2016 VISTO Y CONSIDERANDO: VISTO Y CONSIDERANDO: El oficio N° 2809-2016-MP-PJFS-AMAZONAS, cursado por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Amazonas, mediante el cual eleva la propuesta para cubrir la plaza de Fiscal Adjunto Provincial, para el Despacho de la Fiscalía Provincial Mixta de Tingo, la misma que, a la fecha, se encuentra vacante y en consecuencia se hace necesario nombrar al fiscal que ocupe provisionalmente dicho cargo, previa verificación de los requisitos de Ley. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Nombrar a la abogada Yadhira Fernández Fuentes, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Amazonas, designándola en el Despacho de la Fiscalía Provincial Mixta de Tingo. El oficio N° 4691-2016-MP-PJFS-JUNIN, remitido por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Junín, mediante el cual eleva las propuestas para cubrir las plazas de Fiscal Adjunto Provincial, para los diferentes Despachos de las Fiscalías Provinciales Penales Corporativas de Huancayo, las mismas que a la fecha, se encuentran vacantes y en consecuencia se hace necesario nombrar a los Fiscales que ocupen provisionalmente dichos cargos, previa verificación de los requisitos de Ley. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Nombrar a la abogada María Elena Lazo Mayorca, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional 603398 NORMAS LEGALES del Distrito Fiscal de Junín, designándola en el Despacho de la Tercera Fiscalía Provincial Penal de Huancayo. Artículo Segundo.- Nombrar como Fiscales Adjuntos Provinciales Provisionales del Distrito Fiscal de Junín, designándolos en el Despacho de la Cuarta Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Huancayo, a los siguientes abogados: • Rosendo Gianfranco Serna Cisneros, con reserva de su plaza de origen. • Paulus César Chuquimantari Hurtado. • Rosario Mercedes Arteaga Torres. Artículo Tercero.- Nombrar como Fiscales Adjuntas Provinciales Provisionales del Distrito Fiscal de Junín, designándolas en el Despacho de la Quinta Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Huancayo, a las siguientes abogadas: • Kattya Montalván Castañeda, con reserva de su plaza de origen. • Angela Gabriela Ramos Gallardo. • Milluska Pérez Picón. Artículo Cuarto.- Nombrar a la abogada Consuelo Gutiérrez Trucios, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Junín, designándola en el Despacho de la Sexta Fiscalía Provincial Penal de Huancayo. Artículo Quinto.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Junín, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales y a los Fiscales mencionados. Regístrese, comuníquese y publíquese. PABLO SÁNCHEZ VELARDE Fiscal de la Nación 1449065-12 RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 4521-2016-MP-FN Jueves 3 de noviembre de 2016 / RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 4522-2016-MP-FN Lima, 2 de noviembre de 2016 VISTO Y CONSIDERANDO: El oficio N° 2707-2016-OCEFEDTID-MP-FN, remitido por la Jefa de la Oficina de Coordinación y Enlace de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Tráfico Ilícito de Drogas, quien eleva la propuesta para cubrir la plaza de Fiscal Adjunto Provincial, para el Despacho de la Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Tráfico Ilícito de Drogas - Sede Iquitos, la cual a la fecha, se encuentra vacante y en consecuencia se hace necesario nombrar al Fiscal que ocupe provisionalmente dicho cargo, previa verificación de los requisitos de Ley. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE: Articulo Primero.- Nombrar a la abogada Carmen Rosa Vela Reyes, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Loreto, designándola en el Despacho de la Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Tráfico Ilícito de Drogas - Sede Iquitos. Articulo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Loreto, Coordinadora del Despacho del Fiscal de la Nación, ante la Sección de Asuntos Antinarcóticos y Aplicación de la Ley (SAAL) y DEA de la Embajada de los Estados Unidos de Norteamérica y demás organismos vinculados en la lucha contra el Tráfico Ilícito de drogas y delitos conexos, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales y a la Fiscal mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese. Lima, 2 de noviembre de 2016 PABLO SÁNCHEZ VELARDE Fiscal de la Nación VISTO Y CONSIDERANDO: 1449065-14 El oficio N° 5323-2016-MP-FN-PJFSDJLE, remitido por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Este, mediante el cual eleva la propuesta para cubrir la plaza de Fiscal Adjunto Provincial, para el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal de Chosica, la misma que, a la fecha, se encuentra vacante y en consecuencia se hace necesario nombrar al fiscal que ocupe provisionalmente dicho cargo, previa verificación de los requisitos de Ley. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Nombrar a la abogada Cecilia Margarita Siancas Tao, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima Este, designándola en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal de Chosica. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Este, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales y a la fiscal mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese. PABLO SÁNCHEZ VELARDE Fiscal de la Nación 1449065-13 El Peruano RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 4523-2016-MP-FN Lima, 2 de noviembre de 2016 VISTO Y CONSIDERANDO: El oficio N° 1231-2016-MP-FN-PJFS-PIURA, remitido por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Piura, mediante el cual eleva la terna para cubrir la plaza de Fiscal Adjunto Provincial, para el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Piura, la cual a la fecha, se encuentra vacante y en consecuencia se hace necesario nombrar al Fiscal que ocupe provisionalmente dicho cargo, previa verificación de los requisitos de Ley. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Nombrar a la abogada Cynthia Del Socorro Peralta Alzamora, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Piura, designándola en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Piura. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Piura, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Oficina El Peruano / Jueves 3 de noviembre de 2016 NORMAS LEGALES de Registro y Evaluación de Fiscales y a la Fiscal mencionada. 603399 Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales y a la fiscal mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese. Regístrese, comuníquese y publíquese. PABLO SÁNCHEZ VELARDE Fiscal de la Nación 1449065-15 RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 4524-2016-MP-FN Lima, 2 de noviembre de 2016 VISTO Y CONSIDERANDO: El oficio Nº 9058-2016-MP-FN-PJFS-DF-PUNO, cursado por la Presidenta de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Puno, mediante el cual formula propuesta para cubrir la plaza de Fiscal Adjunto Provincial para el Despacho de la Fiscalía Provincial Civil y Familia de Carabaya, que a la fecha se encuentra vacante; en consecuencia, se hace necesario nombrar al fiscal que ocupe provisionalmente dicho cargo, previa verificación de los requisitos de ley. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Nombrar a la abogada Vicky Jessica Reynoso Machaca, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Puno, designándola en el Despacho de la Fiscalía Provincial Civil y Familia de Carabaya, con reserva de su plaza de origen. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Puno, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales y a la fiscal mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese. PABLO SÁNCHEZ VELARDE Fiscal de la Nación 1449065-16 PABLO SÁNCHEZ VELARDE Fiscal de la Nación 1449065-19 RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 4528-2016-MP-FN Lima, 2 de noviembre de 2016 VISTO Y CONSIDERANDO: El oficio N° 3779-2016-MP-PJFS-DF-UCAYALI, remitido por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Ucayali, mediante el cual eleva la propuesta para cubrir la plaza de Fiscal Adjunto Provincial, para el Despacho de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Atalaya, la misma que, a la fecha, se encuentra vacante y en consecuencia se hace necesario designar al fiscal que ocupe provisionalmente dicho cargo, previa verificación de los requisitos de Ley. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Nombrar al abogado Hegel Ricardo Céspedes Jaimes, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Ucayali, designándolo en el Despacho de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Atalaya. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Ucayali, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales y al fiscal mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese. PABLO SÁNCHEZ VELARDE Fiscal de la Nación 1449065-20 RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 4527-2016-MP-FN GOBIERNOS LOCALES Lima, 2 de noviembre de 2016 VISTO Y CONSIDERANDO: El oficio N° 3908-2016-MP-PJFS-DF-UCAYALI, remitido por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Ucayali, mediante el cual eleva la propuesta para cubrir la plaza de Fiscal Adjunto Provincial, para el Despacho de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Atalaya, la misma que, a la fecha, se encuentra vacante y en consecuencia se hace necesario designar al fiscal que ocupe provisionalmente dicho cargo, previa verificación de los requisitos de Ley. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Nombrar a la abogada Anita Alegría Díaz, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Ucayali, designándola en el Despacho de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Atalaya. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Ucayali, MUNICIPALIDAD DE ATE Aprueban Proyecto de Regularización de Habilitación Urbana de terreno rústico ubicado en el distrito RESOLUCIÓN DE SUB GERENCIA Nº 845-2016-MDA/GDU-SGHUE Ate, 4 de octubre de 2016 EL SUBGERENTE DE HABILITACIONES URBANAS Y EDIFICACIONES DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO: El Expediente Nº 12706 de fecha 16 de abril del 2008; y acumulados, seguido por el Sr. ALEJANDRO VICENTE BUSTAMANTE OLIVARES; por el que solicitan la Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada, para Uso de Industria Liviana “I-2”; del terreno rústico de área de 4,071.75 m2. Constituido por el Sub Lote A-2; que 603400 NORMAS LEGALES formó parte del Lote A de la Sección Santa Angélica, del Fundo Vásquez, ubicado en la Av. Alexander Fleming N° 325, 329, 331, distrito de Ate, provincia y departamento de Lima; inscrito en la Partida Electrónica N° 11896995. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el Artículo 194°, numeral 5) del Artículo 195° de nuestra Carta Magna, las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y les corresponde planificar el desarrollo urbano y rural de sus circunscripciones y ejecutar los planes y programas correspondientes, Que, de acuerdo a la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, señala en su Artículo Primero del Título Preliminar que los gobiernos locales son entidades básicas de la organización territorial del Estado y canales inmediatos de participación vecinal en los asuntos públicos, que institucionalizan y gestionan con autonomía los intereses propios de las correspondientes colectividades; siendo elementos esenciales del gobierno local, el territorio, la población y la organización. Asimismo, las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno promotores del desarrollo local, con personería jurídica de derecho público y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines. Además, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, dado que nuestra Carta Magna establece que la autonomía de las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico, que en concordancia con lo dispuesto en el Artículo 79° numeral 3) del acotado cuerpo legal, las municipalidades, en materia de organización del espacio físico y uso del suelo, ejercen funciones específicas exclusivas de las Municipalidades: 3.6 Normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias, y realizar la fiscalización de: 3.6.1. Habilitaciones Urbanas, Que, el personal técnico de esta Sub Gerencia ha verificado que el predio a habilitar tiene un cerco perimétrico, dentro del cual se desarrolla el uso industrial con área de vigilancia, patio de estacionamiento, oficinas, y otros ambientes, contando con los servicios básicos de agua, desagüe y energía eléctrica, acreditado mediante los recibos de servicios emitidos por LUZ DEL SUR y SEDAPAL (fs. 127 y 128), respectivamente; restándole ejecutar la vereda y berma que conforma los módulos viales de la sección reglamentaria. Por lo cual el presente trámite corresponde a una Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada en la Etapa de Proyectos, Que en relación a los Planes de Desarrollo Urbano, y de conformidad con el Certificado de Zonificación y Vías Nº 095-2008-MML-GDU-SPHU; expedido por la Municipalidad Metropolitana de Lima de fecha 12 de Febrero del 2008, el terreno en mención está calificado como Industria Liviana “I-2”, aprobado por Ordenanza Nº 1099-MML. De acuerdo a la zonificación, el terreno viene cumpliendo con el área y frente normativo. En cuanto al sistema vial el Predio NO está afecto a vía metropolitana y se encuentra respetando lo aprobado en las habilitaciones urbanas colindantes y el alineamiento vial existente. Y en lo que respecta a los aportes reglamentarios por tratarse de un Proyecto de Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada y al no existir área reservada total o parcialmente para aportes reglamentarios, los propietarios solicitan redimirlos en dinero, previo a la recepción de obra de habilitación urbana, de conformidad con el artículo 10 de la Ordenanza Nº 836-MML. En consecuencia, el inmueble a regularizar cumple con los planes urbanos vigentes, Que, mediante Liquidación Nº 55-2016-MDA/GDUSGHUE; de fecha 21 de marzo del 2016; se calculó el aporte reglamentario de Otros Fines de 81.43 m2, para la Zonificación “I-2”, así como los derechos por Proyectos de Habilitación Urbana, correspondiéndole un monto total de S/ 54,114.80 Nuevos y con el Recibo N° 0159728 (Fs. 100), pagados en la Tesorería de esta Entidad Edilicia, los administrados acreditan la cancelación total de los derechos correspondientes, con fecha 29 de agosto del 2016, Jueves 3 de noviembre de 2016 / El Peruano Que, mediante Informe Nº 149-2016-MDA/GDUSGHUE-RNLS, de fecha 04 de octubre de 2016; emitido por el Área Técnica de la Subgerencia de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones, concluye que el presente trámite es procedente, al respetar los planes urbanos y al haber cumplido los administrados con presentar los requisitos y pagos estipulados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos, ESTANDO A LOS FUNDAMENTOS EXPUESTOS EN LA PARTE CONSIDERATIVA Y EN USO DE LAS FACULTADES CONFERIDAS POR EL ARTÍCULO 79°, INCISO 3.6.1 DEL CAPÍTULO II DE LA LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES LEY N° 27972; ARTÍCULO 75° DE LA LEY DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO GENERAL LEY N° 27444, ASÍ COMO, DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO POR LA LEY DE REGULACION DE HABILITACIONES URBANAS Y EDIFICACIONES, LEY Nº 29090, SU REGLAMENTO Y POR EL REGLAMENTO NACIONAL DE EDIFICACIONES, SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR; de acuerdo con el Plano Signado N° 063-2016-MDA/GDU-SGHUE; y Memoria Descriptiva, que forma parte de la presente Resolución suscrita por el Profesional Responsable, Ing. Percy Luis Carhuaz Valdivia con CIP N° 45987, el Proyecto de Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada, para Uso de Industria Liviana “I-2”; del terreno rústico de área de 4,071.75 m2. Constituido por el Sub Lote A-2; que formó parte del Lote A de la sección Santa Angélica, del Fundo Vásquez; ubicado en la Av. Alexander Fleming N° 325, 329, 331, distrito de Ate, provincia y departamento de Lima; inscrito en la Partida Electrónica N° 11896995. Artículo Segundo.- APROBAR, el cuadro de áreas y de Aportes Reglamentarios de acuerdo a la siguiente descripción: CUADRO DE ÁREAS: Área Bruta: 4,071.75 m2 Área Útil (Lote Único) : 4,071.75 m2 Área de Vía: 00.00 m2 CUADRO DE APORTES REGLAMENTARIOS: El área afecta a aportes para la Zonificación “I-2” es igual al Área Bruta de 4,071.75 m2 y de conformidad con la Ordenanza Nº 836-MML, son las siguientes: ORDENANZA Nº 836-MML / ZONIFICACIÓN “I-2” APORTE % ÁREA (m2) DÉFICIT (m2) Parques Zonales 5 203.58 203.58 Renovación Urbana 3 122.15 122.15 Otros Fines 2 81.43 81.43 - Los aportes reglamentarios de Otros Fines fueron pagados a la Municipalidad Distrital de Ate, de acuerdo a lo indicado en el quinto considerando. - Los aportes reglamentarios de Parques Zonales y Renovación Urbana, los administrados señalan que serán cancelados previo a la Recepción de Obra, de conformidad con el Artículo 10º de la Ordenanza Nº 836MML. Artículo Tercero.- OTORGAR, al Sr. ALEJANDRO VICENTE BUISTAMANTE OLIVARES, un plazo de 18 Meses para que culminen las obras de construcción de veredas y bermas, así como acreditar la cancelación del déficit de los aportes de Parques Zonales y Renovación Urbana ante las entidades competentes de conformidad con la Ordenanza Nº 836-MML, quedando como garantía de pago el lote único y culminar con el procedimiento administrativo mediante la Recepción de Obras de Habilitación Urbana. Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el diario oficial “El Peruano”, en El Peruano / Jueves 3 de noviembre de 2016 NORMAS LEGALES el plazo de 30 días calendario contados a partir de su notificación, a cargo de los interesados. Artículo Quinto.- TRANSCRIBIR a la Oficina Registral de Lima y Callao para los efectos de su Inscripción; a la Municipalidad Metropolitana de Lima; a SERPAR-LIMA, a EMILIMA, y a los interesados para su conocimiento y fines. Regístrese, comuníquese y cumplase. 603401 ANEXO 1 PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS 2017 ACTIVIDAD FECHA PREPARACION DEL 20 DE OCTUBRE AL 07 DE NOVIEMBRE DEL 2016 Convocatoria pública. IDENTIFICACIÓN Y REGISTRO DE AGENTES PARTICIPANTES MANUEL IVAN RIVERA VILLENA Sub Gerente de Habitaciones Urbanas y Edificaciones 1447935-1 MUNICIPALIDAD DE LOS OLIVOS Modifican Cronograma del Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados del distrito de Los Olivos para el Ejercicio Fiscal 2017 Inscripción de Agentes Participantes. DEL 20 DE OCTUBRE AL 07 DE NOVIEMBRE DEL 2016 Análisis y verificación de solicitudes presentadas. 08 DE NOVIEMBRE DE 2016 Levantamiento de observaciones 09 DE NOVIEMBRE DE 2016 Publicación final de agentes acreditados 09 DE NOVIEMBRE DE 2016 CONCERTACIÓN Entrega de acreditación de agentes participantes. 10 DE NOVIEMBRE DEL 2016 Capacitación para Agentes participantes 10 DE NOVIEMBRE DEL 2016 Taller Nº 1 (diagnóstico, identificación de problemas y priorización de resultados) 15 DE NOVIEMBRE DEL 2016 Los Olivos, 31 de octubre de 2016. Taller de Rendición de Cuentas 16 DE NOVIEMBRE DEL 2016 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LOS OLIVOS: Taller Nº 2 (revisión, identificación de proyectos, Identificación de criterios de priorización) 22 DE NOVIEMBRE DEL 2016 Evaluación técnica de proyectos DEL 23 AL 28 DE NOVIEMBRE DEL 2016 Taller Nº 3 (Priorización de proyectos y formalización de acuerdos y compromisos) y elección del Comité de Vigilancia 29 DE NOVIEMBRE DEL 2016 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 14-2016-MDLO CONSIDERANDO: Que, conforme a lo prescrito en el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modificada mediante Leyes de Reforma Constitucional Nº 27680, Nº 28607 y Nº 30305, en concordancia con el Artículo II y IV del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades: “Los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”; Que, mediante D.A. Nº 012-2016-MDLO, modificado por D. A. Nº 013-2016-MDLO se aprobó el Cronograma del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados del Distrito de Los Olivos para el Ejercicio Fiscal 2017; Que, mediante el Informe Nº 164 -2016-MDLO-GPP la Gerencia de Planificación y Presupuesto propone modificar el cronograma señalado en el párrafo anterior, con el fin de que se ajuste al Artículo 29º de la Ordenanza Nº 446-CDLO de fecha 11 de octubre de 2016 publicada el 16 de octubre de 2016 en el Diario Oficial El Peruano, el mismo que cuenta con Informe favorable de la GAJ según Informe Nº 594 -2016-MDLO-GAJ; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas al Alcalde por el Artículo 20º numeral 6) de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, y la Primera Disposición Final de la Ordenanza Nº 446-CDLO. DECRETA: Artículo Primero.- MODIFICAR el Cronograma del Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados del Distrito de Los Olivos para el Ejercicio Fiscal 2017, según Anexo 1 que forma parte integrante del presente Decreto. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Planificación y Presupuesto, Gerencia de Participación Vecinal, Secretaría General y Subgerencia de Imagen Institucional el cumplimiento del presente Decreto en cuanto sea de su competencia y a la Gerencia de Tecnologías de la Información y la Subgerencia de Soporte, Redes y Telecomunicaciones su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. PRESUPUESTO PARTICIPATIVO DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES 2017 ACTIVIDAD FECHA Inscripción de Agentes Participantes. DEL 20 DE OCTUBRE AL 07 DE NOVIEMBRE DEL 2016 Entrega de acreditación de agentes participantes. 09 DE NOVIEMBRE DEL 2016 Capacitación para Agentes participantes 10 DE NOVIEMBRE DEL 2016 Taller Nº 1 (diagnóstico, identificación de problemas, priorización de resultados, revisión, identificación de proyectos, Identificación de criterios de priorización) 15 DE NOVIEMBRE DEL 2016 Taller Nº 2 revisión, identificación de proyectos, Identificación de criterios de priorización 16 DE NOVIEMBRE DEL 2016 1448856-1 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Derogan parte del Artículo Segundo de la Ordenanza N° 012-MDSJL, que regula la instalación de estaciones de bases celular, casetas repetidoras con instalación de antenas, unidades remotas de abonados y otros ORDENANZA Nº 331 PEDRO M. DEL ROSARIO RAMIREZ Alcalde San Juan de Lurigancho, 25 de julio de 2016 603402 NORMAS LEGALES EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE SAN JUAN DE LURIGANCHO VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo del 25 de julio de 2016, el Informe Nº 140-2016-SGDICNI-GP/MDSJL de fecha 14 de julio de 2016, de la Subgerencia de Desarrollo Institucional y Cooperación Nacional e Internacional, con el visto bueno de la Gerencia de Planificación, sobre proyecto de Ordenanza; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972 (en adelante la LOM) establece que, los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, con sujeción al ordenamiento jurídico; le corresponde al Concejo Municipal la función normativa que se ejerce a través de ordenanzas, conforme al numeral 8) del artículo 9º de la LOM, las mismas que tienen rango de ley, conforme al artículo 200° inciso 4) de la Carta Fundamental; Que, mediante Ordenanza Nº 012-MDSJL de fecha 14 de agosto de 2003, se aprueba la Ordenanza que regula la instalación de Estaciones de Bases Celulares, Casetas Repetidoras con Instalación de Antenas, Unidades Remotas de Abonados y otros análogos, en el distrito de San Juan de Lurigancho; Que, a través de la Ley Nº 29022, Ley para el Fortalecimiento de la Expansión de Infraestructura en Telecomunicaciones, modificada por la Ley Nº 30228, se estableció un régimen especial y temporal (originalmente de 4 años y luego ampliado a 10 años) en todo el territorio nacional, para la instalación y expansión de los servicios públicos de telecomunicaciones, en especial en áreas rurales y de preferente interés social y zonas de frontera, a través de la adopción de medidas que promuevan la inversión privada en infraestructura necesaria para la prestación de esos servicios, así como de medidas que faciliten dichas actividades y que eliminen las barreras que impidan llevarlas a cabo, estableciéndose en su artículo 3º que, “ La presente Ley es de aplicación y observancia obligatoria en todas las entidades de la administración pública de nivel nacional, regional y local. El incumplimiento de las disposiciones aquí previstas genera las responsabilidades legales previstas en el ordenamiento legal vigente, siendo solidariamente responsables los funcionarios públicos directamente infractores.”, en atención a ello que cualquier norma que se oponga al nuevo régimen temporal no es aplicable; Que, a través del Informe Nº 140-2016-SGDICNI-GP/ MDSJL de fecha 14 de julio de 2016, la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional y Cooperación Nacional e Internacional, señala que el INDECOPI ha emitido la Resolución N° 0313-2016/STCEB-INDECOPI iniciando un procedimiento de oficio contra la Municipalidad de San Juan de Lurigancho por la imposición de una barrera burocrática presuntamente ilegal o carente de razonabilidad, consistente en la prohibición de instalar las estaciones de bases celulares, unidades remotas de abonados, casetas repetidoras con instalación de antenas y otros análogos cerca de jardines de colegios, Jueves 3 de noviembre de 2016 / El Peruano parques y lugares de concentración masiva y permanente de personas, establecida en el Artículo Segundo de la Ordenanza N° 012-MDSJL, dando lugar a la intervención de la Procuraduría Pública Municipal la misma que ha procedido a presentar los descargos respectivos, señalando que la Ley N° 29022 estableció en su Sétima Disposición Transitoria y Final la suspensión de las disposiciones legales que se opongan (como es la establecida en el caso del artículo segundo de la Ordenanza N° 012-MDSJL); por ello se propone su derogación parcial al contravenir con la precitada Ley N° 29022 y modificatoria Ley Nº 30228, propuesta que debe aprobarse, debiendo adecuarse el Texto Único de Procedimientos Administrativos-TUPA vigente, a la lógica de dichas normas; Estando a lo expuesto, contando con la opinión favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica según Informe Nº 260-2016-GAJ/MDSJL del 14 de julio de 2016 y de conformidad con lo dispuesto por el numeral 8) del artículo 9° y por el artículo 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, con el VOTO UNÁNIME del Concejo Municipal y con la dispensa de la lectura y trámite de aprobación del Acta, se aprobó la siguiente norma: ORDENANZA QUE DEROGA PARTE DEL ARTÍCULO SEGUNDO DE LA ORDENANZA N° 012-MDSJL QUE REGULA LA INSTALACIÓN DE ESTACIONES DE BASES CELULAR, CASETAS REPETIDORAS CON INSTALACIÓN DE ANTENAS, UNIDADES REMOTAS DE ABONADOS Y OTROS Artículo Primero.- DEROGAR el extremo del Artículo Segundo de la Ordenanza N° 012-MDSJL de fecha 14 de agosto de 2003, que establece la prohibición de instalar las estaciones de bases celulares, unidades remotas de abonados, casetas repetidoras con instalación de antenas y otros análogos cerca de jardines de colegios, parques y lugares de concentración masiva y permanente de personas, por contravenir con la Ley Nº 29022, Ley para el Fortalecimiento de la Expansión de Infraestructura en Telecomunicaciones, y su modificatoria Ley Nº 30228. Artículo Segundo.- DISPONER que la Gerencia Municipal en el plazo de 30 días calendario coordine con las áreas competentes para que se presente ante este Concejo Municipal la propuesta normativa de adecuación al marco normativo establecido en la Ley N° 29022 y normas conexas. Artículo Tercero.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y a la Secretaría de Comunicación e Imagen Institucional en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho (www. munisjl.gob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JUAN VALENTIN NAVARRO JIMENEZ Alcalde 1448806-1
© Copyright 2024