normas legales - Actualidad Empresarial

AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEL MAR DE GRAU
Año XXXIII - Nº 13854
NORMAS LEGALES
Fuente: Diario Oficial El Peruano
Director (e): Félix Alberto Paz Quiroz
603355
JUEVES 3 DE NOVIEMBRE DE 2016
SUMARIO
PODER EJECUTIVO
PRESIDENCIA DEL
CONSEJO DE MINISTROS
R.S. N° 277-2016-PCM.- Encargan el Despacho de la
Presidencia de la República a la Segunda Vicepresidenta de
la República
603357
R.S. N° 278-2016-PCM.- Autorizan viaje de comitiva oficial
que acompañará al Presidente de la República durante su
viaje a Bolivia
603357
R.S. N° 279-2016-PCM.- Autorizan viaje de diversos
Ministros de Estado a Bolivia, y encargan sus respectivos
Despachos
603358
R.S. N° 280-2016-PCM.- Autorizan viaje de Presidente del
Consejo Directivo del OSIPTEL a Bolivia, en comisión de
servicios
603359
Fe de Erratas R.S. N° 274-2016-PCM
603360
AGRICULTURA Y RIEGO
R.S. N° 017-2016-MINAGRI.- Autorizan viaje de Director
Ejecutivo (e) del SERFOR a Japón, en comisión de servicios
603360
Res. Nº 249-2016-SERFOR-DE.- Designan Director
General de la Dirección General de Política y
Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre del
SERFOR
603361
Res. Nº 250-2016-SERFOR-DE.- Designan Director
General de la Dirección General de Gestión Sostenible
del Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre del SERFOR
603362
CULTURA
R.M. N° 422-2016-MC.- Aprueban lista de proyectos
priorizados para ser financiados y ejecutados en el
marco del artículo 17 de la Ley N° 30264 y su Reglamento
603362
R.M. N° 423-2016-MC.- Declaran ganadores del Concurso
“Premio Nacional de Cultura” - Edición 2016
603363
DEFENSA
R.S. N° 437-2016-DE/.- Autorizan viaje de Viceministro
de Políticas para la Defensa y de Viceministra de
Recursos para la Defensa a Bolivia, en comisión de
servicios
603364
DESARROLLO
E INCLUSION SOCIAL
R.M. Nº 264-2016-MIDIS.- Designan Asesora de la
Secretaría General del Ministerio
603365
ECONOMIA Y FINANZAS
D.S. N° 299-2016-EF.- Autorizan Crédito Suplementario
en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal
2016 a favor del pliego Instituto Nacional de Defensa Civil
603365
EDUCACION
R.S. N° 044-2016-MINEDU.Autorizan viaje de
especialista de la Oficina de Medición de la Calidad de
los Aprendizajes a España, en comisión de servicios
603367
R.M. Nº 537-2016-MINEDU.- Designan Directora de la
Dirección de Apoyo a la Gestión Educativa Descentralizada
603368
ENERGIA Y MINAS
R.M. Nº 456-2016-MEM/DM.Aprueban como
empresa calificada a EGEJUNIN TULUMAYO - IV S.A.C.
por el desarrollo del proyecto denominado “Central
Hidroeléctrica Tulumayo IV”, de acuerdo con el Contrato
de Inversión suscrito con el Estado Peruano
603368
INTERIOR
R.S. N° 387-2016-IN.- Autorizan viaje de Comandante de
la Policía Nacional del Perú a Argentina, en comisión de
servicios
603369
R.M. N° 0922-2016-IN.- Constituyen el Comité de
Inversiones del Sector Interior
603370
JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
R.S. N° 205-2016-JUS.- Acceden a solicitud de extradición
activa de ciudadano peruano y disponen su presentación a
los Estados Unidos de América
603371
R.S. N° 206-2016-JUS.- Aceptan renuncia de Procurador
Público del Ministerio de Cultura
603372
R.S. N° 207-2016-JUS.- Dan por concluida designación de
Procurador Público Especializado en materia Constitucional
603372
603356
NORMAS LEGALES
Jueves 3 de noviembre de 2016 /
El Peruano
R.S. N° 208-2016-JUS.- Aceptan renuncia de Procuradora
Pública Adjunta del Ministerio de Salud
603373
ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS
PRODUCE
SUPERINTENDENCIA NACIONAL
R.S. N° 023-2016-PRODUCE.- Autorizan viaje de profesional
del ITP a Brasil, en comisión de servicios
603373
R.M. N° 433-2016-PRODUCE.- Disponen la publicación de
proyecto de Decreto Supremo que aprueba el “Reglamento
de Ordenamiento Pesquero del Recurso Anchoveta para
Consumo Humano Directo” y su Exposición de Motivos, en
el portal institucional del Ministerio
603374
R.J. Nº 349-2016-FONDEPES/J.- Encargan funciones de
Jefe de la Oficina General de Administración del FONDEPES
603375
DE ADUANAS Y DE
ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Res. Nº 291-2016/SUNAT.- Autorizan viaje de trabajadores
de la SUNAT a Bolivia, en comisión de servicios
603384
SUPERINTENDENCIA NACIONAL
DE EDUCACION
SUPERIOR UNIVERSITARIA
RELACIONES EXTERIORES
R.S. N° 242-2016-RE.- Dan por terminadas funciones de
Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria del Perú en
el Reino de Bélgica y ante la Unión Europea
603375
RR.SS. N°s. 243 y 244-2016-RE.- Autorizan al Consejo
Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica
efectuar pago de cuotas a diversos organismos
internacionales
603375
SALUD
R.M. Nº 860-2016/MINSA.Autorizan viaje de
profesionales de la DIGEMID a México, en comisión de
servicios
603377
R.M. Nº 861-2016/MINSA.- Designan temporalmente
Ejecutivo Adjunto 1 de la Oficina General de Asesoría
Jurídica del Ministerio
603378
TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
R.S. N° 020-2016-TR.- Autorizan viaje de Viceministro de
Promoción del Empleo y Capacitación Laboral a Bolivia, en
misión oficial
603378
R.M. Nº 266-2016-TR.- Disponen la implementación del
Registro Nacional de Trabajadores de Construcción Civil RETCC en el ámbito territorial de la Región Callao 603379
TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
D.S. N° 020-2016-MTC.- Decreto Supremo que incorpora el
artículo 6-A en el Decreto Supremo N° 012-2013-MTC 603380
R.M. Nº 891-2016 MTC/01.- Aceptan renuncia y designan
Director de la Dirección de Certificaciones y Autorizaciones
de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio
603381
R.M. Nº 892-2016 MTC/01.04.- Designan Director de
la Oficina de Abastecimiento de la Oficina General de
Administración del Ministerio
603382
R.M. Nº 893-2016 MTC/01.04.- Dan por concluida
designación y designan Director de la Oficina de Finanzas de
la Oficina General de Administración del Ministerio 603382
ORGANISMOS REGULADORES
ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION
PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES
Res. Nº 00105-2016-PD/OSIPTEL.Designan
funcionarios responsables de atender solicitudes
de información que se formulen en las Oficinas
Desconcentradas de Ayacucho, Huancavelica e Ica del
OSIPTEL y ratifican otras designaciones efectuadas
mediante la Res. N° 046-2014-PD/OSIPTEL
603383
Res. Nº 073-2016-SUNEDU.- Aceptan renuncia de
Director de Sistema Administrativo III de la Oficina de
Asesoría Jurídica de la SUNEDU
603385
Res. Nº 074-2016-SUNEDU.- Encargan funciones de
Director de Sistema Administrativo III de la Oficina de
Asesoría Jurídica de la SUNEDU
603385
Res. Nº 075-2016-SUNEDU.- Aceptan renuncia de
Director de Sistema Administrativo III de la Oficina de
Planeamiento y Presupuesto de la SUNEDU
603386
Res. Nº 076-2016-SUNEDU.- Designan Director de
Sistema Administrativo III de la Oficina de Planeamiento y
Presupuesto de la SUNEDU
603386
Res. Nº 077-2016-SUNEDU.- Aceptan renuncia de
Director de Sistema Administrativo III de la Oficina de
Tecnologías de la Información de la SUNEDU
603386
Res. Nº 078-2016-SUNEDU.- Encargan funciones de
Jefe de la Oficina de Tecnologías de la Información de la
SUNEDU
603387
Res. Nº 079-2016-SUNEDU.- Aceptan renuncia de Jefa de
la Oficina de Recursos Humanos de la SUNEDU
603387
Res. Nº 080-2016-SUNEDU.- Encargan funciones de
Jefe de la Oficina de Recursos Humanos de la SUNEDU
603388
PODER JUDICIAL
CONSEJO EJECUTIVO
DEL PODER JUDICIAL
Res. Adm. Nº 129-2016-P-CE-PJ.Prorrogan
funcionamiento de diversos órganos jurisdiccionales
transitorios a nivel nacional
603388
CORTES SUPERIORES
DE JUSTICIA
Res. Adm. Nº 526-2016-P-CSJCL/PJ.- Aprueban el Plan
de Mejoramiento del Servicio de Atención al Usuario en los
Juzgados de Paz Letrado del Callao
603389
ORGANISMOS AUTONOMOS
BANCO CENTRAL
DE RESERVA
Circular Nº 025-2016-BCRP.- Indice de reajuste diario,
a que se refiere el artículo 240° de la Ley General del
Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica
de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP,
correspondiente al mes de noviembre
603390
El Peruano / Jueves 3 de noviembre de 2016
NORMAS LEGALES
INSTITUCIONES EDUCATIVAS
Res. Nº 05304-R-16.- Ratifican resoluciones que autorizan
viajes de Director (e) de la Escuela Profesional de Ingeniería
Ambiental y de Vicedecano de Investigación y Posgrado de
la Univesidad Nacional Mayor de San Marcos, a Alemania,
en comisión de servicios
603391
Res. Nº 05307-R-16.- Autorizan viajes de Director (e)
de la Escuela Profesional de Ingeniería Ambiental y de
Vicedecano de Investigación y Posgrado de la Univesidad
Nacional Mayor de San Marcos, a Alemania, en comisión de
servicios
603391
RR. Nºs. 05305 y 05306-R-16.- Ratifican resoluciones
que autorizan viajes de representantes de la Facultad de
Ingeniería Geológica, Minera, Metalúrgica y Geográfica de
la UNMSM a Alemania, en comisión de servicios 603392
603357
RR. Nºs. 4516, 4517, 4518, 4519, 4520, 4521, 4522, 4523,
4524, 4527 y 4528-2016-MP-FN.- Nombran fiscales en
los Distritos Fiscales de Amazonas, Cusco, Junín, Lima Este,
Loreto, Piura, Puno y Ucayali
603396
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD DE ATE
Res. Nº 845-2016-MDA/GDU-SGHUE.Aprueban
Proyecto de Regularización de Habilitación Urbana de
terreno rústico ubicado en el distrito
603399
MUNICIPALIDAD DE LOS OLIVOS
MINISTERIO PUBLICO
RR. Nºs. 4509 y 4510-2016-MP-FN.- Aceptan renuncias
de fiscales en los Distritos Fiscales de Huaura y Piura
603393
RR. Nºs. 4511, 4512, 4513 y 4514-2016-MP-FN.- Dejan sin
efecto disposiciones de diversas resoluciones referentes
a nombramientos de fiscales en los Distritos Fiscales de
Arequipa, Ayacucho y Junín
603394
Res. Nº 4515-2016-MP-FN.Dan por concluidos
nombramientos y designaciones, designan y nombran
fiscales en los Distritos Fiscales de Huánuco, Sullana,
Ucayali, Piura y Tumbes
603395
PODER EJECUTIVO
D.A. Nº 014-2016-MDLO.Modifican Cronograma
del Proceso de Presupuesto Participativo Basado en
Resultados del distrito de Los Olivos para el Ejercicio Fiscal
2017
603401
MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO
Ordenanza Nº 331.- Derogan parte del Artículo Segundo
de la Ordenanza N° 012-MDSJL, que regula la instalación
de estaciones de bases celular, casetas repetidoras con
instalación de antenas, unidades remotas de abonados y
otros
603401
Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es
refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PRESIDENCIA DEL CONSEJO
DE MINISTROS
Encargan el Despacho de la Presidencia de
la República a la Segunda Vicepresidenta
de la República
RESOLUCIÓN SUPREMA
N° 277-2016-PCM
Lima, 2 de noviembre de 2016
CONSIDERANDO:
Que, el señor Presidente de la República, Pedro Pablo
Kuczynski Godard, viajará el día 4 de noviembre de 2016
a la ciudad de Sucre, Estado Plurinacional de Bolivia,
donde se llevará a cabo el Encuentro Presidencial y II
Gabinete Binacional de Ministros del Perú y Bolivia;
Que, el señor Martín Alberto Vizcarra Cornejo, Primer
Vicepresidente de la República, acompañará al señor
Presidente de la República en dicho viaje;
Que, en consecuencia, es necesario encargar las
funciones del Despacho Presidencial a la señora Mercedes
Rosalba Aráoz Fernández, Segunda Vicepresidenta
de la República, en tanto dure la ausencia del señor
Presidente de la República y del Primer Vicepresidente
de la República;
De conformidad con el artículo 115 de la Constitución
Política del Perú; y
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Encargar el Despacho de la Presidencia
de la República a la señora Mercedes Rosalba Aráoz
Fernández, Segunda Vicepresidenta de la República, el
día 4 de noviembre de 2016 y en tanto dure la ausencia
del Presidente de la República y del Primer Vicepresidente
de la República.
PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD
Presidente de la República
FERNANDO ZAVALA LOMBARDI
Presidente del Consejo de Ministros
1449123-1
Autorizan viaje de comitiva oficial que
acompañará al Presidente de la República
durante su viaje a Bolivia
RESOLUCIÓN SUPREMA
N° 278-2016-PCM
Lima, 2 de noviembre de 2016
CONSIDERANDO:
Que, el señor Presidente de la República, Pedro
Pablo Kuczynski Godard, viajará a la ciudad de Sucre,
Estado Plurinacional de Bolivia, el 04 de noviembre
de 2016, donde se llevará a cabo el Encuentro
Presidencial y II Gabinete Binacional de Ministros del
Perú y Bolivia;
Que, corresponde autorizar el viaje de los funcionarios
y/o servidores públicos que integran la comitiva oficial que
acompañarán durante su viaje al señor Presidente de la
República, así como el monto de los gastos que irrogará
el citado viaje;
Que, el artículo 1 de la Ley Nº 27619, Ley que regula
la autorización de viajes al exterior de servidores y
funcionarios públicos; establece que la autorización de
viajes al exterior de funcionarios y servidores públicos
o de cualquier persona en representación del Estado y
que irrogue algún gasto al Tesoro Público, se efectuará
por Resolución Suprema refrendada por el Presidente del
Consejo de Ministros;
Que, los gastos por concepto de viáticos, que se
deriven de la participación del citado evento, serán
asumidos con cargo al Presupuesto Institucional del
603358
NORMAS LEGALES
Despacho Presidencial en el marco de las normas
vigentes sobre la materia;
De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que
regula la autorización de viajes al exterior de servidores
y funcionarios públicos; el Decreto Supremo Nº 0472002-PCM que aprueba las normas reglamentarias
sobre autorización de viajes al exterior de servidores y
funcionarios públicos, y modificatorias; la Ley Nº 30372,
Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año
Fiscal 2016; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder
Ejecutivo; y el Reglamento de Organización y Funciones
del Despacho Presidencial aprobado mediante Decreto
Supremo N° 077-2016-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la comitiva oficial que
acompañará al señor Presidente de la República durante
su viaje a la ciudad de Sucre, Estado Plurinacional
de Bolivia, el 04 de noviembre de 2016, la que está
conformada por los siguientes funcionarios y/o servidores
que detallamos a continuación:
• Maria Lila Iwasaki Cauti, Secretaria General de la
Presidencia de la República.
• Roberto Rafael Max Rodríguez Arnillas, Asesor
Principal en Asuntos Internacionales.
• Natalia Rey de Castro Hernández, Asistente
• Cap. de Navío AP Colver Eduardo Ruiz Roa, Sub
Jefe de la Casa Militar
• Luis Amadeo Luna De La Cruz, Oficina de
Protocolo
• Mirelia Liz Cano Gutiérrez, Coordinadora de
Prensa
• Crln. PNP. William Timoteo Lugo Solórzano, Médico
• Walter Alonso Oscco De La Cruz, Encargado de
Redes
• Karim Patricia Mori Olivas, Coordinadora de Prensa
Artículo 2.- Los gastos que irrogue el viaje de los
funcionarios y/o servidores a que se refiere la presente
Resolución Suprema, serán sufragados con cargo al
presupuesto Institucional del Despacho Presidencial, de
acuerdo al siguiente detalle:
Maria Lila Iwasaki Cauti
(Viáticos US$ 370 x 1 día)
US$ 370.00
Roberto Rafael Max Rodríguez Arnillas
(Viáticos US$ 370 x 1 día)
US$ 370.00
Natalia Rey de Castro Hernández
(Viáticos US$ 370 x 1 día)
US$ 370.00
Colver Eduardo Ruiz Roa
(Viáticos US$ 370 x 1 día)
US$ 370.00
Luis Amadeo Luna De La Cruz
(Viáticos US$ 370 x 1 día)
US$ 370.00
Mirelia Liz Cano Gutiérrez
(Viáticos US$ 370 x 1 día)
US$ 370.00
William Timoteo Lugo Solórzano
(Viáticos US$ 370 x 1 día)
US$ 370.00
Walter Alonso Oscco De La Cruz
(Viáticos US$ 370 x 1 día)
US$ 370.00
Karim Patricia Mori Olivas
(Viáticos US$ 370 x 1 día)
US$ 370.00
Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario
siguientes de efectuado el viaje, los funcionarios y/o
servidores públicos a que se refiere el artículo primero
deberán presentar ante su institución un informe detallado
describiendo las acciones realizadas, los resultados
obtenidos y la rendición de cuentas debidamente
documentada.
Artículo 4º.- El cumplimiento de la presente resolución
no dará derecho a exoneración de impuestos o de
derechos aduaneros, de ninguna clase o denominación.
Jueves 3 de noviembre de 2016 /
El Peruano
Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será
refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD
Presidente de la República
FERNANDO ZAVALA LOMBARDI
Presidente del Consejo de Ministros
1449123-2
Autorizan viaje de diversos Ministros de
Estado a Bolivia, y encargan sus respectivos
Despachos
RESOLUCIÓN SUPREMA
N° 279-2016-PCM
Lima, 2 de noviembre de 2016
CONSIDERANDO:
Que, el Presidente de la República, señor Pedro Pablo
Kuczynski Godard, viajará el día 04 de noviembre de 2016,
a la ciudad de Sucre, Estado Plurinacional de Bolivia, con
la finalidad de participar en el Encuentro Presidencial y II
Gabinete Binacional Perú – Bolivia;
Que, el Encuentro Presidencial y Gabinete Binacional
Perú - Bolivia constituye la máxima instancia de diálogo
político y colaboración bilateral entre ambos países
teniendo por objeto armonizar las políticas bilaterales,
con énfasis en medio ambiente y recursos hídricos
transfronterizos; seguridad y defensa; desarrollo
económico, asuntos sociales y culturales, y fortalecimiento
institucional; e, infraestructura para la integración y el
desarrollo;
Que, es necesario autorizar el viaje de los señores
Ministros de Estado que integran la comitiva oficial que
acompañará al Señor Presidente de la República; y
por consiguiente encargar las Carteras de los Ministros
correspondientes;
Que, el penúltimo párrafo del numeral 10.1 del artículo
10 de la Ley N° 30372 - Ley de Presupuesto del Sector
Público para el Año Fiscal 2016, establece que los
viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos
y representantes del Estado con cargo a recursos
públicos, que no estén señalados en las excepciones
contempladas en el mismo artículo, deberán canalizarse
a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se
autorizan mediante Resolución Suprema refrendada por
el Presidente del Consejo de Ministros, la misma que es
publicada en el Diario Oficial El Peruano;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158 Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30372 - Ley de
Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016;
la Ley 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al
exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto
Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas
reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior
de servidores y funcionarios públicos, y modificatorias;
y, el Reglamento de Organización y Funciones de la
Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado mediante
el Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM, y modificatorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje a la ciudad de Sucre,
Estado Plurinacional de Bolivia, el día 04 de noviembre de
2016, para los fines expuestos en la parte considerativa
de la presente resolución suprema, de los siguientes
Ministros de Estado:
- Señor Fernando Zavala Lombardi, Presidente del
Consejo de Ministros
- Señor Víctor Ricardo Luna Mendoza, Ministro de
Relaciones Exteriores
- Señor Mariano González Fernández, Ministro de
Defensa
El Peruano / Jueves 3 de noviembre de 2016
NORMAS LEGALES
− Señor Carlos Basombrio Iglesias, Ministro del Interior
− Señor Bruno Giuffra Monteverde, Ministro de la
Producción
− Señor Martin Vizcarra Cornejo, Ministro de
Transporte y Comunicaciones
− Señora Elsa Galarza Contreras, Ministra del
Ambiente
− Señora Ana Maria Romero Lozada, Ministra de la
Mujer y Poblaciones Vulnerables
Artículo 2.- Encargar al Ministro de Economía y
Finanzas, señor Alfredo Eduardo Thorne Vetter, el
Despacho de la Presidencia del Consejo de Ministros
y la Cartera del Ministerio del Interior; mientras dure la
ausencia de sus titulares.
Artículo 3.- Encargar al Ministro de Comercio Exterior
y Turismo, señor Eduardo Ferreyros Küppers, la Cartera
del Ministerio de la Producción; mientras dure la ausencia
de su titular.
Artículo 4.- Encargar al Ministro de Vivienda,
Construcción y Saneamiento, señor Edmer Trujillo Mori, la
Cartera del Ministerio de Transportes y Comunicaciones;
mientras dure la ausencia de su titular.
Artículo 5.- Encargar a la Ministra de Desarrollo e
Inclusión Social, señora Lucía Cayetana Aljovín Gazzani,
la Cartera del Ministerio del Ambiente; mientras dure la
ausencia de su titular.
Artículo 6.- Encargar a la Ministra de Justicia y
Derechos Humanos, señora María Soledad Pérez Tello
de Rodríguez, la Cartera del Ministerio de la Mujer y
Poblaciones Vulnerables; mientras dure la ausencia de
su titular.
Artículo 7.- Encargar al Ministro de Cultura, señor
Jorge Nieto Montesinos, la Cartera del Ministerio de
Defensa; mientras dure la ausencia de su titular.
Artículo 8.- La presente resolución suprema no
irrogará gasto alguno al Estado Peruano; asimismo, no
libera ni exonera del pago de impuestos y/o derechos
aduaneros de cualquier clase o denominación.
Artículo 9.- La presente resolución suprema es
refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD
Presidente de la República
FERNANDO ZAVALA LOMBARDI
Presidente del Consejo de Ministros
1449124-3
Autorizan viaje de Presidente del Consejo
Directivo del OSIPTEL a Bolivia, en comisión
de servicios
RESOLUCIÓN SUPREMA
N° 280-2016-PCM
Lima, 2 de noviembre de 2016
VISTO:
El Oficio N° 453-2016-MTC/03 de fecha 25 de
octubre de 2016, mediante el cual el Viceministro
de Comunicaciones del Ministerio de Transportes y
Comunicaciones, convocó al Organismo Supervisor de
Inversión Privada en Telecomunicaciones – OSIPTEL,
a participar en el “Encuentro Presidencial y II Reunión
de Gabinete Binacional de Ministros Perú y Bolivia”, a
realizarse el 04 de noviembre de 2016, en la ciudad de
Sucre, Estado Plurinacional de Bolivia;
CONSIDERANDO:
Que, el Gabinete Binacional Perú - Bolivia constituye el
mecanismo de diálogo de más alto nivel político, que tiene
por objetivo dinamizar la agenda compartida, armonizar
las políticas bilaterales e impulsar la cooperación
sectorial, particularmente en el desarrollo de proyectos de
603359
inclusión social y de carácter fronterizo para beneficio de
las comunidades de ambos países;
Que, con fecha 23 de junio de 2015, se llevó a cabo el
Encuentro Presidencial y Primera Reunión del Gabinete
Binacional de Ministros Perú y Bolivia, donde se suscribió
la Declaración de Isla Esteves, documento que establece
compromisos en el ámbito bilateral para formular
iniciativas y proyectos conjuntos en los ejes temáticos
de “Medio Ambiente y Recursos Hídricos”, “Seguridad
y Defensa”, “Desarrollo Económico, Asuntos Sociales y
Fortalecimiento Institucional” e “Infraestructura para la
Integración y el Desarrollo”;
Que, como parte de las actividades vinculadas
al Eje Temático de “Infraestructura para la
Integración y el Desarrollo”, el Grupo de Trabajo de
Telecomunicaciones estableció que con el apoyo
de los respectivos Organismos Reguladores de
telecomunicaciones, se emprendan acciones para
mejorar la información a los usuarios y reducir las
tarifas de roaming internacional entre ambos países,
y se adopten acciones conjuntas para minimizar la
problemática con relación a los terminales móviles
robados o hurtados y extraviados;
Que, en el “Encuentro Presidencial y II Gabinete
Binacional de Ministros Perú y Bolivia” a realizarse en el
día 04 de noviembre de 2016, se revisará el cumplimiento
de los acuerdos establecidos en la Declaración de Isla
Esteves y se adoptarán las nuevas iniciativas con el
propósito de profundizar la integración e impulsar la
agenda de interés común para ambos países;
Que, en atención a los compromisos asumidos por
el Gobierno Peruano en la Declaración de Isla Esteves
en el ámbito de las telecomunicaciones, el Organismo
Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones
– OSIPTEL ha venido trabajando en coordinación con
el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y con
la contraparte boliviana, aspectos relacionados con el
servicio de roaming internacional y la problemática de
los terminales móviles robados o hurtados, perdidos y
recuperados;
Que, en el marco del “Encuentro Presidencial y II
Reunión de Gabinete Binacional de Ministros Perú y
Bolivia”, se suscribiría el “Acuerdo Interinstitucional
para la implementación y operación del procedimiento
de intercambio de información de equipos terminales
móviles robados o hurtados, perdidos y recuperados
entre el Ministerio de Transportes y Comunicaciones,
el Organismo Supervisor de Inversión Privada en
Telecomunicaciones – OSIPTEL, ambos de la República
del Perú, y el Ministerio de Obras Públicas, Servicios y
Vivienda, y la Autoridad de Regulación, Fiscalización de
Telecomunicaciones y Transportes, ambos del Estado
Plurinacional de Bolivia”;
Que, el referido acuerdo establece que el Organismo
Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones –
OSIPTEL, será la entidad responsable como canal único
para el intercambio de información en representación del
Estado Peruano;
Que, considerando la agenda de actividades a
realizarse en el referido evento, así como la adopción
de nuevos compromisos orientados al desarrollo de los
servicios de telecomunicaciones de ambos países, resulta
fundamental la participación del señor Gonzalo Martín
Ruiz Díaz, Presidente del Consejo Directivo del Organismo
Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones –
OSIPTEL;
Que, los gastos de viáticos serán cubiertos por
el Organismo Supervisor de Inversión Privada en
Telecomunicaciones – OSIPTEL, con cargo a su
presupuesto institucional;
De conformidad con la Ley Nº 30372 - Ley de
Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016;
la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de
viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos;
el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba
las normas reglamentarias sobre autorización de
viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos,
y modificatorias; y, el Reglamento de Organización y
Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros
aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 063-2007PCM, y modificatorias;
603360
NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:
El Peruano
presupuesto institucional del Despacho Presidencial, de
acuerdo al siguiente detalle:
Artículo 1.- Autorizar el viaje del señor Gonzalo
Martín Ruiz Díaz, Presidente del Consejo Directivo
del Organismo Supervisor de Inversión Privada en
Telecomunicaciones – OSIPTEL, a la ciudad de Sucre,
Estado Plurinacional de Bolivia, el 04 de noviembre de
2016, para los fines expuestos en la parte considerativa
de la presente resolución.
Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento
de la presente resolución se efectuarán con cargo al
presupuesto institucional del Organismo Supervisor de
Inversión Privada en Telecomunicaciones – OSIPTEL, de
acuerdo al siguiente detalle:
Viáticos : US$
Jueves 3 de noviembre de 2016 /
370.00
Artículo 3.- La presente resolución suprema no libera
ni exonera del pago de impuestos y/o derechos aduaneros
de cualquier clase o denominación.
Artículo 4.- Dentro de los quince (15) días calendario
siguientes de efectuado el viaje, el referido funcionario
deberá presentar un informe detallado describiendo
las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la
rendición de cuentas por los viáticos entregados.
Artículo 5.- La presente resolución suprema es
refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros.
Juan Manuel Lozano Gutiérrez
(Viáticos US$ 370 x 3 días)
DEBE DECIR:
“Artículo 2.- Los gastos que irrogue el viaje de (el) los
funcionario (s) y/o servidor (es) a que se refiere la presente
Resolución Suprema, serán sufragados con cargo al
presupuesto institucional del Despacho Presidencial, de
acuerdo al siguiente detalle:
Juan Manuel Gutiérrez Lozano
(Viáticos US$ 370 x 3 días)
FERNANDO ZAVALA LOMBARDI
Presidente del Consejo de Ministros
1449124-4
FE DE ERRATAS
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 274-2016-PCM
Mediante Oficio Nº 1177-2016-SCM-PR, la Secretaría
del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas
de la Resolución Suprema Nº 274-2016-PCM, publicada
en la edición del día 1 de noviembre de 2016.
(...)
DICE:
“Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la comitiva de
avanzada del Despacho Presidencial a la ciudad de
Sucre, Estado Plurinacional de Bolivia del 02 al 04 de
noviembre de 2016, para los fines a los que se refiere la
parte considerativa de la presente Resolución, conforme
al siguiente detalle:
(...)
• Juan Manuel Lozano Gutiérrez, funcionario de la
Oficina de Protocolo”.
DEBE DECIR:
“Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la comitiva de
avanzada del Despacho Presidencial a la ciudad de
Sucre, Estado Plurinacional de Bolivia del 02 al 04 de
noviembre de 2016, para los fines a los que se refiere la
parte considerativa de la presente Resolución, conforme
al siguiente detalle:
(...)
• Juan Manuel Gutiérrez Lozano, funcionario de la
Oficina de Protocolo”.
DICE:
“Artículo 2.- Los gastos que irrogue el viaje de los
funcionarios y/o servidores a que se refiere la presente
Resolución Suprema, serán sufragados con cargo al
US$ 1,110.00”
1449125-1
AGRICULTURA Y RIEGO
Autorizan viaje de Director Ejecutivo (e) del
SERFOR a Japón, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN SUPREMA
N° 017-2016-MINAGRI
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD
Presidente de la República
US$ 1,110.00”
Lima, 2 de noviembre de 2016
VISTOS:
El OF.RE (DGM-DMA) N° 2-9-B/461, de fecha 16 de
agosto de 2016, de la Directora de la Dirección de Medio
Ambiente del Ministerio de Relaciones Exteriores de la
República del Perú; la Carta S/N de fecha 17 de agosto
de 2016, del Director de la Secretaría de la Asociación
Internacional para la Iniciativa Satoyama (IPSI), y el
correo electrónico de fecha 17 de octubre de 2016, del
Director Asistente (e) de la División de Operaciones de
la Organización Internacional de las Maderas Tropicales
- OIMT; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante el OF.RE (DGM-DMA) N° 2-9-B/461,
de fecha 16 de agosto de 2016, dirigido a la Dirección
Ejecutiva del Servicio Nacional Forestal y de Fauna
Silvestre - SERFOR, la Directora de la Dirección de Medio
Ambiente del Ministerio de Relaciones Exteriores de la
República del Perú corre traslado de la Carta L.16-0092,
de fecha 08 de agosto de 2016, mediante la cual el Oficial
a Cargo de la Organización Internacional de las Maderas
Tropicales (OIMT) convoca al 52° Periodo de Sesiones
del Consejo Internacional de las Maderas Tropicales
(CIMT) de la Organización Internacional de las Maderas
Tropicales - OIMT, a realizarse en la ciudad de Yokohama,
Japón, del 07 al 12 de noviembre de 2016, con el objeto
de abordar, entre otros temas, el de la reconducción
de la OIMT, incluyendo asuntos financieros internos y
la continuación de los proyectos que actualmente se
encuentran suspendidos;
Que, mediante la Carta S/N de fecha 17 de agosto
de 2016, el Director de la Secretaría de la Asociación
Internacional para la Iniciativa Satoyama (IPSI) en el
Instituto de la Universidad de las Naciones Unidas para
el Estudio Avanzado de Sostenibilidad (UNU-IAS) cursa
invitación al señor John James Leigh Vetter, actual Director
Ejecutivo (e) del Servicio Nacional Forestal y de Fauna
Silvestre (SERFOR), para participar en la Décimo Primera
Reunión del Comité Directivo de la IPSI, a realizarse en la
ciudad de Takarazuka, Japón, del 12 al 13 de noviembre
de 2016, indicando que todos los gastos del pasaje aéreo
y viáticos para asistir al citado evento serán cubiertos por
la (UNU-IAS); cuyo objetivo está orientado a promover el
uso sostenible de los bosques, entre otros;
Que, mediante correo electrónico de fecha 17 de
octubre de 2016, el Director Asistente (e) de la División
de Operaciones de la Organización Internacional de las
El Peruano / Jueves 3 de noviembre de 2016
NORMAS LEGALES
Maderas Tropicales - OIMT, en el contexto de la visita del
señor John James Leigh Vetter, actual Director Ejecutivo
(e) del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre
(SERFOR), en el marco de su participación en el 52°
Periodo de Sesiones del Consejo Internacional de las
Maderas Tropicales (CIMT) de la OIMT, le solicita una
reunión de coordinación con el objeto de abordar temas
logísticos y administrativos de la realización del 53°
Periodo de Sesiones del Consejo Internacional de las
Maderas Tropicales, a realizarse en el mes de Noviembre
de 2017;
Que, mediante Declaración Jurada, de fecha 18 de
octubre de 2016, el señor John James Leigh Vetter, actual
Director Ejecutivo (e) del Servicio Nacional Forestal y de
Fauna Silvestre (SERFOR), señala que los pasajes aéreos
del 03 al 17 de noviembre de 2016, para su participación
en los tres eventos citados precedentemente serán
financiados por la UNU-IAS, en tanto que los viáticos del
07 al 11 de noviembre de 2016, para participar en el 52°
Periodo de Sesiones del Consejo Internacional de las
Maderas Tropicales (CIMT) de la OIMT serán asumidos
por el SERFOR;
Que, teniendo en cuenta el interés nacional de
participar en el 52° Periodo de Sesiones del Consejo
Internacional de las Maderas Tropicales (CIMT) de la
OIMT, y las reuniones de coordinación logística para el 53°
Periodo de Sesiones, así como en la Iniciativa Satoyama,
por cuanto permitirá consolidar la posición del país frente a
la OIMT y los países miembros asistentes y permitir definir
el financiamiento a dos proyectos forestales presentados
por el Perú ante dicha Organización; respecto de la
Iniciativa Satoyama permitirá participar en las discusiones
del Comité Directivo orientadas a la revitalización de la
gestión sostenible de los paisajes productivos socio
ecológicos, terrestres y marinos, lo que a su vez permitirá
visibilizar las actividades del SERFOR en la región; resulta
procedente autorizar el viaje del referido funcionario, del
03 al 17 de noviembre de 2016;
Que, los gastos por concepto de viáticos serán
asumidos con cargo al Pliego Presupuestal 165: Servicio
Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR, según
lo indicado en el Memorándum N° 705-2016-SERFOROGPP-OP, de fecha 19 de octubre de 2016, emitido por
el Director (e) de la Oficina de Presupuesto del Servicio
Nacional Forestal y de Fauna Silvestre, en el que adjunta
la Certificación de Crédito Presupuestario contenida en la
Nota N° 0000001454;
De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica
del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27619, Ley que regula
la autorización de viaje al exterior de servidores y
funcionarios públicos, modificada por la Ley Nº 28807;
el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las
normas reglamentarias sobre autorización de viajes al
exterior de servidores y funcionarios públicos, modificado
por Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; el Decreto
Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba
la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de
Agricultura, modificado por la Ley Nº 30048 a Ministerio
de Agricultura y Riego; su Reglamento de Organización
y Funciones aprobado mediante Decreto Supremo Nº
008-2014-MINAGRI, y sus modificatorias; y, la Ley Nº
30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año
Fiscal 2016;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje del señor John James
Leigh Vetter, Director Ejecutivo (e) del Servicio Nacional
Forestal y de Fauna Silvestre (SERFOR), a las ciudades
de Yokohama y Takarazuka, Japón, del 03 al 17 de
noviembre de 2016, para los fines expuestos en la parte
considerativa de la presente Resolución.
Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de
la presente Resolución Suprema, serán con cargo a los
recursos presupuestales asignados al Pliego 165: Servicio
Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR, de
acuerdo al siguiente detalle:
JOHN JAMES LEIGH VETTER
Viáticos
US$ 2,500.00
Total
US$ 2,500.00
603361
Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario
siguientes de efectuado el viaje autorizado, el citado
comisionado deberá presentar ante el Titular de la Entidad
un informe detallado describiendo las acciones realizadas,
los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los
viáticos entregados.
Artículo 4.- La presente Resolución Suprema no
libera ni exonera del pago de impuestos y/o derechos
aduaneros de cualquier clase o denominación.
Artículo 5.- La presente Resolución Suprema es
refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y
por el Ministro de Agricultura y Riego.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD
Presidente de la República
FERNANDO ZAVALA LOMBARDI
Presidente del Consejo de Ministros
JOSÉ MANUEL HERNÁNDEZ CALDERÓN
Ministro de Agricultura y Riego
1449123-4
Designan Director General de la Dirección
General de Política y Competitividad
Forestal y de Fauna Silvestre del SERFOR
RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA
Nº 249-2016-SERFOR-DE
Lima, 31 de octubre de 2016
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ley N° 29763, Ley Forestal y de
Fauna Silvestre, se crea el Servicio Nacional Forestal
y de Fauna Silvestre – SERFOR, como organismo
público técnico especializado, con personería jurídica de
derecho público interno, siendo considerado como pliego
presupuestal adscrito al Ministerio de Agricultura y Riego;
Que, el Reglamento de Organización y Funciones
del SERFOR, aprobado por el Decreto Supremo N°
007-2013-MINAGRI y modificado por el Decreto Supremo
N° 016-2014-MINAGRI, establece que dicha entidad
cuenta con una estructura orgánica compuesta, entre
otros, por órganos de administración interna y órganos de
línea;
Que, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva
N° 090-2014-SERFOR-DE de fecha 17 de noviembre
de 2014, se designó a la señorita Lucetty Juanita Ullilen
Vega en el puesto de Directora General de Política
y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre del
SERFOR, cargo considerado de confianza;
Que, mediante Carta de fecha 28 de octubre de 2016,
la mencionada servidora presentó su renuncia al cargo de
Directora General de Política y Competitividad Forestal y
de Fauna Silvestre del SERFOR, la misma que se ha visto
por conveniente aceptar, así como designar a la persona
que asumirá dicho cargo;
Con el visado de la Directora General (e) de la
Oficina General de Asesoría Jurídica y del Secretario
General; y;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27444,
Ley del Procedimiento Administrativo General; la Ley N°
27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo
en el nombramiento y designación de funcionarios
públicos; y el Reglamento de Organización y Funciones
del SERFOR, aprobado mediante el Decreto Supremo
007-2013-MINAGRI, y modificado por el Decreto Supremo
N° 016-2014-MINAGRI.
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aceptar, a partir del 2 de noviembre de
2016, la renuncia de la señorita Lucetty Juanita Ullilen
Vega en el puesto de Directora General de Política y
Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre del Servicio
603362
NORMAS LEGALES
Nacional Forestal y de Fauna Silvestre, dándosele las
gracias por los servicios prestados a la institución.
Artículo 2.- Designar, a partir del 2 de noviembre de
2016, al señor Juan Carlos Guzmán Carlín, en el cargo
de Director General de la Dirección General de Política y
Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre del Servicio
Nacional Forestal y de Fauna Silvestre, cargo considerado
de confianza.
Artículo 3.- Notificar la presente Resolución a las
personas mencionadas en los artículos precedentes y a la
Oficina de Recursos Humanos para los fines pertinentes.
Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente
Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal
Web del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre:
www.serfor.gob.pe.
Jueves 3 de noviembre de 2016 /
El Peruano
Fauna Silvestre, dándosele las gracias por los servicios
prestados a la institución.
Artículo 2.- Designar, a partir del 2 de noviembre de
2016, al señor Walter Darío Nalvarte Armas, en el cargo
de Director General de la Dirección General de Gestión
Sostenible del Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre
del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre, cargo
considerado de confianza.
Artículo 3.- Notificar la presente Resolución a las
personas mencionadas en los artículos precedentes y a la
Oficina de Recursos Humanos para los fines pertinentes.
Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente
Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal
Web del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre:
www.serfor.gob.pe.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JOHN LEIGH VETTER
Director Ejecutivo (e)
Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre
JOHN LEIGH VETTER
Director Ejecutivo (e)
Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre
1449074-1
1449074-2
Designan Director General de la Dirección
General de Gestión Sostenible del
Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre del
SERFOR
RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA
Nº 250-2016-SERFOR-DE
Lima, 31 de octubre de 2016
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ley N° 29763, Ley Forestal y de
Fauna Silvestre, se crea el Servicio Nacional Forestal
y de Fauna Silvestre – SERFOR, como organismo
público técnico especializado, con personería jurídica de
derecho público interno, siendo considerado como pliego
presupuestal adscrito al Ministerio de Agricultura y Riego;
Que, el Reglamento de Organización y Funciones
del SERFOR, aprobado por el Decreto Supremo N°
007-2013-MINAGRI y modificado por el Decreto Supremo
N° 016-2014-MINAGRI, establece que dicha entidad
cuenta con una estructura orgánica compuesta, entre
otros, por órganos de administración interna y órganos de
línea;
Que, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva N°
031-2014-SERFOR-DE de fecha 1 de octubre de 2014,
se designó al señor Mirbel Alberto Epiquién Rivera en
el cargo de Director General de la Dirección General de
Gestión Sostenible del Patrimonio Forestal y de Fauna
Silvestre del SERFOR, cargo considerado de confianza;
Que, mediante Carta de fecha 28 de octubre de 2016,
el mencionado servidor presentó su renuncia al cargo
de Director General de la Dirección General de Gestión
Sostenible del Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre del
SERFOR, la misma que se ha visto por conveniente aceptar,
así como designar a la persona que asumirá dicho cargo;
Con el visado de la Directora General (e) de la Oficina
General de Asesoría Jurídica y del Secretario General; y;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27444,
Ley del Procedimiento Administrativo General; la Ley N°
27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo
en el nombramiento y designación de funcionarios
públicos; y el Reglamento de Organización y Funciones
del SERFOR, aprobado mediante el Decreto Supremo
007-2013-MINAGRI, y modificado por el Decreto Supremo
N° 016-2014-MINAGRI.
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aceptar, a partir del 2 de noviembre
de 2016, la renuncia del señor Mirbel Alberto Epiquién
Rivera en el cargo de Director General de la Dirección
General de Gestión Sostenible del Patrimonio Forestal
y de Fauna Silvestre del Servicio Nacional Forestal y de
CULTURA
Aprueban lista de proyectos priorizados
para ser financiados y ejecutados en el
marco del artículo 17 de la Ley N° 30264 y su
Reglamento
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 422-2016-MC
Lima, 2 de noviembre de 2016
VISTOS, el Oficio Nº 1277-2016-EF/50.06 de la Dirección
General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía
y Finanzas; los Informes N° 000577-2016/OGPP/SG/MC y
N° 000599-2016/OGPP/SG/MC de la Oficina General de
Planeamiento y Presupuesto; el Memorando N° 0003632016-SG/MC de la Secretaría General; el Memorando N°
000429-2016/VMPCIC/MC; y el Proveído N° 008007-2016/
VMPCIC/MC del Despacho Viceministerial de Patrimonio
Cultural e Industrias Culturales; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 29230, Ley que impulsa la
inversión pública regional y local con participación del sector
privado, y normas modificatorias, se aprobaron medidas con
el objeto de impulsar la ejecución de proyectos de inversión
pública de impacto regional y local, con la participación del
sector privado, mediante la suscripción de convenios con los
gobiernos regionales y/o locales y universidades públicas
que reciban recursos provenientes del canon, sobrecanon y
regalías mineras, en lo que les sea aplicable;
Que, el artículo 17 de la Ley Nº 30264, Ley que
establece medidas para promover el crecimiento
económico, modificado por el Decreto Legislativo Nº
1238, autoriza a las entidades del Gobierno Nacional, en
el ámbito de sus competencias, a efectuar la ejecución de
proyectos de inversión pública en el marco del Sistema
Nacional de Inversión Pública - SNIP, en materia de
salud, educación, turismo, agricultura y riego, orden
público y seguridad, cultura, saneamiento, deporte y
ambiente, incluyendo su mantenimiento, mediante los
procedimientos establecidos en la Ley Nº 29230;
Que, los numerales 6.1 y 6.2 del artículo 6 del
Reglamento de la Ley Nº 29230, Ley que impulsa la
inversión pública regional y local con participación del
sector privado, y del artículo 17 de la Ley Nº 30264, Ley
que establece medidas para promover el crecimiento
económico, aprobado mediante Decreto Supremo Nº
409-2015-EF, disponen que corresponde a las Entidades
Públicas aprobar la lista de proyectos priorizados, los
cuales deben estar en armonía con las políticas y los
planes de desarrollo nacional, regional y/o local, y contar
El Peruano / Jueves 3 de noviembre de 2016
NORMAS LEGALES
con la declaración de viabilidad en el marco del SNIP
y, cuando corresponda, podrán incluir investigación
aplicada y/o innovación tecnológica; para lo cual, la lista
de proyectos priorizados a ejecutar en el marco de la Ley
Nº 30264, deberá ser aprobada por resolución del Titular
de la Entidad Pública del Gobierno Nacional;
Que, asimismo, los numerales 8.1 y 8.2 del artículo 8 del
Reglamento antes mencionado, disponen que tratándose
de proyectos a ejecutar en el marco de la Ley Nº 30264,
de manera previa a la emisión de la resolución que prioriza
los proyectos y su mantenimiento, de ser el caso, la Entidad
Pública solicita opinión favorable a la Dirección General de
Presupuesto Público respecto a la Capacidad Presupuestal
con la que cuenta para el financiamiento de los proyectos y
su mantenimiento, de ser el caso; y dentro de los diez (10)
días de recibida la opinión favorable sobre la Capacidad
Presupuestal, la Entidad Pública emite la resolución que
aprueba la lista de proyectos priorizados;
Que, mediante Oficio Nº 1277-2016-EF/50.06, recibido el
18 de octubre de 2016, la Dirección General de Presupuesto
Público del Ministerio de Economía y Finanzas emite
opinión favorable respecto a la capacidad presupuestal
para la ejecución de proyectos de inversión pública bajo el
mecanismo de obras por impuestos hasta por la suma de S/
95 136 752,65 (Noventa y cinco millones ciento treinta y seis
mil setecientos cincuenta y dos con 65/100 Soles);
Que, con Memorando Nº 000363-2016-SG/MC de fecha
19 de octubre de 2016, la Secretaría General solicita la
priorización de proyectos de inversión pública que deberán
ejecutarse bajo el mecanismo de obras por impuestos;
Que, en este sentido, el Despacho Viceministerial
de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales mediante
Memorando N° 000429-2016/VMPCIC/MC de fecha 25 de
octubre de 2016 y Proveído N° 008007-2016/VMPCIC/MC
de fecha 02 de noviembre de 2016, propone la priorización
de tres (03) proyectos de inversión pública, los cuales se
encuentran en armonía con las políticas y los planes de
desarrollo nacional en materia de cultura y cuentan con
declaración de viabilidad en el marco del Sistema Nacional
de Inversión Pública;
Que, en atención a las consideraciones expuestas y
a lo informado por la Oficina General de Planeamiento y
Presupuesto, corresponde aprobar la lista de proyectos
priorizados para ser financiados y ejecutados en el marco
del artículo 17 de la Ley N° 30264 y su Reglamento;
Con el visado de la Viceministra de Patrimonio Cultural
e Industrias Culturales, de la Secretaria General, del
Director General de la Oficina General de Planeamiento
y Presupuesto, y de la Directora General de la Oficina
General de Asesoría Jurídica; y,
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29230,
Ley que impulsa la inversión pública regional y local con
participación del sector privado; la Ley Nº 30264, Ley
que establece medidas para promover el crecimiento
económico; el Decreto Supremo Nº 409-2015-EF, que
aprueba el Reglamento de la Ley Nº 29230 y del artículo 17
de la Ley Nº 30264; la Ley N° 29565, Ley de creación del
Ministerio de Cultura; y el Reglamento de Organización y
Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto
Supremo Nº 005-2013-MC;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar la lista de proyectos priorizados
para ser financiados y ejecutados en el marco del artículo
17 de la Ley N° 30264 y su Reglamento, aprobado por
Decreto Supremo N° 409-2015-EF, los mismos que a
continuación se detallan:
N°
1
DEPARTAMENTO
CUSCO
CÓDIGO
SNIP
313663
NOMBRE DEL
PROYECTO
MONTO DE
INVERSIÓN EN
SOLES
RECUPERACION DEL
MONUMENTO TEMPLO
SANTIAGO APÓSTOL
DE KUÑOTAMBO,
DISTRITO DE
4 988,328.97
RONDOCAN, PROVINCIA
DE ACOMAYO,
DEPARTAMENTO DE
CUSCO
N°
2
3
603363
DEPARTAMENTO
LA LIBERTAD
LA LIBERTAD
CÓDIGO
SNIP
NOMBRE DEL
PROYECTO
MONTO DE
INVERSIÓN EN
SOLES
267330
RECUPERACION
DE LA GALERIA B,
SECTOR CERRO DEL
CASTILLO DEL SITIO
ARQUEOLOGICO DE
MARCAHUAMACHUCO, 3 903,188.90
DISTRITO DE
HUAMACHUCO,
PROVINCIA DE
SÁNCHEZ CARRION, LA
LIBERTAD
172122
ACONDICIONAMIENTO
TURISTICO DEL
COMPLEJO
ARQUEOLOGICO EL
1 000,000.00 (*)
BRUJO DE MAGDALENA
DE CAO, DISTRITO DE
MAGDALENA DE CAO,
ASCOPE, LA LIBERTAD
(*) Según lo indicado en el Convenio Específico de
Cooperación Interinstitucional entre el Ministerio de
Cultura y el Gobierno Regional de La Libertad.
Artículo 2.- Remitir copia de la presente Resolución
Ministerial a la Agencia de Promoción de la Inversión
Privada - PROINVERSIÓN, para los fines pertinentes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JORGE NIETO MONTESINOS
Ministro de Cultura
1449122-1
Declaran ganadores del Concurso “Premio
Nacional de Cultura” - Edición 2016
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 423-2016-MC
Lima, 2 de noviembre de 2016
VISTO, el Informe N° 000349-2016-DGIA/VMPCIC/
MC de la Dirección General de Industrias Culturales y
Artes, de fecha 2 de noviembre de 2016, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley N° 29565 se creó el Ministerio
de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo con
personería jurídica de derecho público, estableciendo
entre sus funciones, la de conceder reconocimiento al
mérito a los creadores, artistas, personas y organizaciones
que aporten al desarrollo cultural del país;
Que, de conformidad con el numeral 78.15 del artículo
78 del Reglamento de Organización y Funciones del
Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo
N° 005-2013-MC, corresponde a la Dirección General
de Industrias Culturales y Artes supervisar el debido
cumplimiento de los procesos de concurso que se realicen
y, en general, del cumplimiento de las normas relativas al
ámbito de su competencia;
Que a través de la Resolución Ministerial N° 1192013-MC, modificada mediante Resolución Ministerial
N° 155-2015-MC, se instituyó el Concurso “Premio
Nacional de Cultura”, que tiene como objetivo reconocer
a los más destacados creadores, artistas, personas y
organizaciones que aporten al desarrollo cultural del
país, y que constituyan un punto de referencia para las
nuevas generaciones y fuente permanente de inspiración
en innovación, creatividad, constancia, forja del talento y
desarrollo de potencialidades humanas;
Que, por Resolución Directoral N° 117-2016-DGIA/
VMPCIC/MC de fecha 21 de abril de 2016 se aprobaron las
Bases del “Premio Nacional de Cultura” - Edición 2016, las
mismas que fueron modificadas en cuanto a la composición
603364
NORMAS LEGALES
del jurado calificador a través de la Resolución Directoral N°
140-2016-DGIA/VMPCIC/MC de fecha 4 de mayo de 2016 y,
a su vez, modificadas en cuanto a la extensión del plazo para
la presentación de expedientes de postulación, mediante
Resolución Directoral N° 297-2016-DGIA/VMPCIC/MC de
fecha 2 de agosto de 2016;
Que, las referidas Bases del “Premio Nacional de Cultura”
- Edición 2016 establecen que se declara a los ganadores
del Concurso “Premio Nacional de Cultura” - Edición
2016, mediante Resolución Ministerial, la misma que será
publicada en el Diario Oficial “El Peruano”, entendiéndose
notificada formalmente a partir de dicha publicación;
Que, mediante Resolución Ministerial N° 353-2016MC, se designó a los miembros del Jurado Calificador
en sus tres categorías: Buenas Prácticas Institucionales,
Trayectoria y Creatividad; a fin de efectuar la evaluación
de cada postulación según los criterios establecidos en
las Bases y determinar quiénes serán los ganadores que
correspondan, siendo su decisión inapelable;
Que, mediante el Informe N° 000349-2016/DGIA/
VMPCIC/MC, la Dirección General de Industrias Culturales
y Artes da cuenta, a la Viceministra de Patrimonio Cultural e
Industrias Culturales, de la labor realizada por los Jurados
Calificadores en sus tres categorías, adjuntándose al
mismo las Actas emitidas por dichos Jurados Calificadores
quienes sustentan su decisión y determinan la declaración
de ganadores; las Actas forman parte del expediente que da
mérito a la presente Resolución Ministerial;
Que, corresponde declarar a los ganadores del
Concurso “Premio Nacional de Cultura” - Edición 2016
conforme a lo establecido en las Actas Finales del Jurado
Calificador en las categorías Trayectoria, Creatividad y
Buenas Prácticas Institucionales;
Con el visado de la Viceministra de Patrimonio Cultural
e Industrias Culturales, del Director General, designado
temporalmente, de la Dirección General de Industrias
Culturales y Artes, y de la Directora General de la Oficina
General de Asesoría Jurídica, y;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29565,
Ley de creación del Ministerio de Cultura; el Decreto
Supremo N° 005-2013-MC, que aprobó el Reglamento
de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura;
la Resolución Ministerial N° 119-2013-MC, que instituyó
el “Premio Nacional de Cultura” y su modificatoria; la
Resolución Directoral N° 117-2016-DGIA-VMPCIC/MC
que aprobó las Bases del “Premio Nacional de Cultura”
- Edición 2016 y sus modificatorias; y la Resolución
Ministerial N° 353-2016-MC que designó a los miembros de
los Jurados Calificadores de las Categorías: Trayectoria,
Creatividad y Buenas Prácticas Institucionales;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Declarar como ganadores del Concurso
“Premio Nacional de Cultura” - Edición 2016, por las
razones expuestas en la parte considerativa de la presente
Resolución Ministerial, en atención a lo establecido en las
Bases del Concurso y conforme al contenido de las Actas
de los Jurados Calificadores de las tres categorías, a:
GANADOR
CARLOS GERMAN BELLI DE LA TORRE
RICARDO DOLORIER URBANO
FUNDACIÓN AUGUSTO N. WIESE
CATEGORÍA
TRAYECTORIA
CREATIVIDAD
BUENAS PRÁCTICAS
INSTITUCIONALES
Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente
Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano y
en el portal institucional del Ministerio de Cultura (www.
cultura.gob.pe).
Artículo 3.- Remitir copia de la presente Resolución
Ministerial a la Dirección General de Industrias Culturales
y Artes, para que proceda con el trámite que corresponda.
Jueves 3 de noviembre de 2016 /
El Peruano
DEFENSA
Autorizan viaje de Viceministro de Políticas
para la Defensa y de Viceministra de
Recursos para la Defensa a Bolivia, en
comisión de servicios
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 437-2016-DE/
Lima, 2 de noviembre de 2016
CONSIDERANDO:
Que, el señor Ministro en el Despacho de Defensa,
viajará el 4 de noviembre de 2016 en Comisión de
Servicio, para participar en el Encuentro Presidencial y II
Gabinete Binacional de Ministros de Bolivia y el Perú, que
se realizará en la ciudad de Sucre, Estado Plurinacional
de Bolivia, el 4 de noviembre de 2016;
Que, el Encuentro Presidencial y II Gabinete Binacional
de Ministros de Bolivia y el Perú, es la máxima instancia
de diálogo político con Bolivia y constituirá la confirmación
del excelente nivel de integración y cooperación existente
entre ambos países al permitir avanzar en la identificación
y realización de proyectos conjuntos en beneficio de las
poblaciones de ambos países, en especial de las que
habitan en la Zona de Integración Fronteriza (ZIF);
Que, es competencia del Sector Defensa promover
las políticas bilaterales, regionales, hemisféricas y
multilaterales así como los tratados internacionales en
materia de Seguridad y Defensa, en coordinación con el
Ministerio de Relaciones Exteriores;
Que, en atención a los intereses del Sector Defensa,
resulta necesario autorizar el viaje en Comisión de
Servicio del señor Embajador SDR Librado Augusto
OROZCO ZAPATA, Viceministro de Políticas para la
Defensa y de la señorita abogada Patricia Hilda Elizabeth
FIGUEROA VALDERRAMA, Viceministra de Recursos
para la Defensa, como integrantes de la Comitiva que
acompañará al señor Ministro de Defensa durante su
participación en tan importante evento binacional;
Que, el traslado de ida y retorno de los integrantes de
la Comitiva del señor Ministro de Defensa, se efectuará
en un avión de la Fuerza Aérea del Perú, el mismo día
4 de noviembre de 2016, correspondiéndole al Ministerio
de Defensa - Unidad Ejecutora 001: Administración
General, asumir con cargo a su presupuesto, los gastos
por concepto de viáticos según zona geográfica;
Que, los gastos que ocasione la presente autorización
de viaje, se efectuarán con cargo al Presupuesto
Institucional del Año Fiscal 2016 del Pliego 026: Ministerio
de Defensa, Unidad Ejecutora 001: Administración
General, de conformidad con lo dispuesto en los artículos
5 y 13 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, de fecha
5 de junio de 2002, correspondiéndole asumir los gastos
por concepto de viáticos según zona geográfica;
De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que
aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio
de Defensa; la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del
Sector Público para el Año Fiscal 2016; la Ley Nº 27619,
Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de
Servidores y Funcionarios Públicos, y su Reglamento,
aprobado por el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de
fecha 05 de junio de 2002 y su modificatoria aprobada con
el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM del 18 de mayo de
2013; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha
26 de enero de 2004 y sus modificatorias; y el Decreto
Supremo N° 002-2015-DE del 28 de enero de 2015, que
determina la jerarquía y uso de las normas de carácter
administrativo que se aplicarán en los distintos órganos
del Ministerio;
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SE RESUELVE:
JORGE NIETO MONTESINOS
Ministro de Cultura
1449122-2
Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión
de Servicio del señor Embajador SDR Librado Augusto
OROZCO ZAPATA, Viceministro de Políticas para la
El Peruano / Jueves 3 de noviembre de 2016
NORMAS LEGALES
Defensa, identificado con DNI N° 02873360 y de la
señorita abogada Patricia Hilda Elizabeth FIGUEROA
VALDERRAMA, Viceministra de Recursos para la Defensa,
identificada con DNI N° 40609687, como integrantes de la
Comitiva que acompañará al señor Ministro de Defensa
durante su participación en el Encuentro Presidencial y
II Gabinete Binacional de Ministros de Bolivia y el Perú,
que se llevará a cabo en la ciudad de Sucre, Estado
Plurinacional de Bolivia, el 4 de noviembre de 2016.
Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento
de la presente Resolución, serán financiados con cargo al
presupuesto del Ministerio de Defensa-Unidad Ejecutora
001: Administración General, de acuerdo a los conceptos
siguientes:
Viáticos:
US$ 370.00 x 2 personas x 1 día
TOTAL:
US$
US$
740.00
740.00
Artículo 3.- El Ministro de Defensa, queda facultado
para variar la fecha de inicio y término de la autorización
a que se refiere el artículo 1, sin exceder el total de días
autorizados; y sin variar la actividad para la cual se
autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes.
Artículo 4.- El personal autorizado, deberá cumplir
con presentar un informe detallado ante el Titular de
la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los
resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro
de los QUINCE (15) días calendario contados a partir
de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del
mismo plazo, deberá efectuar la sustentación de viáticos,
conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto
Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha de 5 de junio de
2002 y su modificatoria.
Artículo 5.- La presente Resolución Suprema, no
dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos
aduaneros de ninguna clase o denominación.
Artículo 6.- La presente Resolución Suprema será
refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y
por el Ministro de Defensa.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD
Presidente de la República
FERNANDO ZAVALA LOMBARDI
Presidente del Consejo de Ministros
MARIANO GONZÁLEZ FERNÁNDEZ
Ministro de Defensa
1449124-5
DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL
Designan Asesora de la Secretaría General
del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 264-2016-MIDIS
Lima, 28 de octubre de 2016
VISTO:
El Informe N° 078-2016/MIDIS/SG/OGRH, emitido por
la Oficina General de Recursos Humanos; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley N° 29792, se crea el Ministerio de
Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito,
competencias, funciones y estructura orgánica básica;
Que, se encuentra vacante el cargo de Asesor/a de la
Secretaría General del Ministerio de Desarrollo e Inclusión
Social, cargo calificado como de confianza, por lo que
resulta necesario designar a la persona que desempeñará
dicho cargo;
603365
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27594,
Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el
nombramiento y designación de funcionarios públicos;
la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo;
la Ley N° 29792, Ley de Creación, Organización y
Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social;
y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado
mediante Decreto Supremo Nº 005-2016-MIDIS;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Designar a la señora Ana Cristina
Barrionuevo Luna en el cargo de Asesora de la Secretaría
General del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CAYETANA ALJOVÍN GAZZANI
Ministra de Desarrollo e Inclusión Social
1449078-1
ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan Crédito Suplementario en el
Presupuesto del Sector Público para el
Año Fiscal 2016 a favor del pliego Instituto
Nacional de Defensa Civil
DECRETO SUPREMO
Nº 299-2016-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 1 de la Ley N° 30458, Ley que
regula diversas medidas para financiar la ejecución de
Proyectos de Inversión Pública en apoyo de Gobiernos
Regionales y Locales, los Juegos Panamericanos y
Parapanamericanos y la Ocurrencia de Desastres
Naturales, dispone que el saldo de los recursos a los que
se refiere la Septuagésima Disposición Complementaria
Final de la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector
Público para el Año Fiscal 2016, y cuyo financiamiento
está incluido en la emisión interna de bonos aprobada
por la Única Disposición Complementaria Transitoria de la
Ley N° 30374, Ley de Endeudamiento del Sector Público
para el Año Fiscal 2016, sean destinados, entre otros,
conforme a lo indicado en su literal c) hasta por la suma
de TRESCIENTOS MILLONES Y 00/100 SOLES (S/ 300
000 000,00), para la creación de un fondo destinado al
financiamiento de proyectos de inversión pública ante la
ocurrencia de fenómenos naturales;
Que, asimismo, a través del numeral 4.1 del artículo 4
de la Ley N° 30458, se crea el Fondo para intervenciones
ante la ocurrencia de desastres naturales, a cargo del
Ministerio de Economía y Finanzas, destinado a financiar
proyectos de inversión pública para la mitigación,
capacidad de respuesta, rehabilitación y reconstrucción
ante la ocurrencia de fenómenos naturales, con cargo a
los recursos a que se refiere el literal c) del artículo 1 de la
citada Ley; estableciéndose en el numeral 4.3 del referido
artículo que los recursos del aludido Fondo se incorporan
en los pliegos respectivos, en la fuente de financiamiento
Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, mediante
decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía
y Finanzas y el ministro del Sector correspondiente, a
propuesta de este último;
Que, el numeral 4.4 del artículo 4 de la citada Ley
señala que, durante el Año Fiscal 2016, los recursos
del Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de
desastres naturales pueden ser destinados a financiar la
atención de proyectos de inversión pública de emergencia
para las acciones a que se refiere la Segunda Disposición
Complementaria Final de la Ley N° 30373, Ley de
Equilibrio Financiero de Presupuesto del Sector Público
para el Año Fiscal 2016; estableciéndose que en este
603366
NORMAS LEGALES
caso, resultan aplicables los requisitos y procedimientos
establecidos en la citada disposición, siendo el Instituto
Nacional de Defensa Civil (INDECI) responsable del
adecuado uso de dichos recursos;
Que, mediante Resolución Ministerial N° 277-2016EF/41, se autorizó, entre otros, la transferencia financiera
del pliego 009 Ministerio de Economía y Finanzas, Unidad
Ejecutora 001 - Administración General, hasta por la suma
de TRESCIENTOS MILLONES Y 00/100 SOLES (S/ 300
000 000,00) en la fuente de financiamiento 3 - Recursos
por Operaciones Oficiales de Crédito, a favor del Fondo
para intervenciones ante la ocurrencia de desastres
naturales;
Que, de otro lado, en el marco de lo dispuesto en la
Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley
Nº 30373, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto
del Sector Público para el Año Fiscal 2016, el Instituto
Nacional de Defensa Civil - INDECI realiza acciones
durante el Año Fiscal 2016 que permitan brindar la
atención oportuna ante desastres de gran magnitud,
rehabilitación post desastre de la infraestructura pública
dañada, así como reducir los probables daños que pueda
generar el inminente impacto de un fenómeno natural
o antrópico declarado, determinado por el organismo
público técnico - científico competente;
Que, mediante el artículo 4 de la Directiva Nº
001-2015-EF/63.01 “Directiva que establece criterios
y procedimientos para sustentar la necesidad de
Actividades de Emergencia y Proyectos de Inversión
Pública de Emergencia, a que se refiere la Segunda
Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30373,
Ley de Equilibrio Financiero de Presupuesto del Sector
Público para el Año Fiscal 2016”, aprobada mediante
Resolución Directoral N° 008-2015-EF/63.01 y modificada
mediante Resolución Directoral N° 001-2016-EF/63.01,
se dispone que la mencionada Directiva es de aplicación
a las Entidades del Sector Público No Financiero de los
tres (03) niveles de gobierno, para ejecutar acciones ante
la ocurrencia de desastres de gran magnitud producidos
durante el último trimestre del Año Fiscal 2015, así como
los desastres de gran magnitud que se produzcan o
pudieran producirse durante el Año Fiscal 2016; y los
Proyectos de Inversión Pública de emergencia declarados
elegibles en el Año Fiscal 2015 a los que no se les hubiera
asignado recursos en dicho año fiscal;
Que, asimismo, la Directiva Nº 002-2015-EF/63.01
“Directiva del Procedimiento Simplificado para determinar
la elegibilidad de los Proyectos de Inversión Pública de
Emergencia ante la presencia de desastres”, aprobada
mediante Resolución Directoral N° 009-2015-EF/63.01,
establece un procedimiento simplificado aplicable a los
Proyectos de Inversión Pública de emergencia ante la
presencia de desastres que declare elegibles la Dirección
General de Inversión Pública del Ministerio de Economía
y Finanzas, como requisito previo a su ejecución, de
acuerdo a lo establecido en la Segunda Disposición
Complementaria Final de la Ley Nº 30373;
Que, el numeral 7.8 del artículo 7 de la referida
Directiva señala que el Instituto Nacional de Defensa Civil
- INDECI en un plazo máximo de cinco (05) días calendario
contados desde el día siguiente de haber recibido la
declaratoria de elegibilidad de los Proyectos de Inversión
Pública de emergencia por parte de la Dirección General
de Inversión Pública, solicitará los recursos al Ministerio
de Economía y Finanzas conforme a la normatividad
presupuestal vigente;
Que, el numeral 2.5 del artículo 2 del Decreto
Supremo N° 272-2016-EF, que aprueba medidas para la
priorización de gasto público efectivo y el cumplimiento de
metas fiscales en el Año Fiscal 2016, establece que los
límites para la autorización de compromisos establecidos
en el numeral 2.1 del referido artículo, no se aplican a
los gastos que se efectúen con cargo a los recursos de
los Fondos creados mediante los artículos 2, 3 y 4 de
la Ley Nº 30458, Ley que regula diversas medidas para
financiar la ejecución de proyectos de inversión pública
en apoyo de gobiernos regionales y locales, los juegos
panamericanos y parapanamericanos y la ocurrencia de
desastres naturales;
Que, el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI,
a través del Oficio N° 3866-2016/INDECI/4.0, solicita la
Jueves 3 de noviembre de 2016 /
El Peruano
suma de SESENTA Y NUEVE MIL CIENTO OCHENTA
Y SIETE Y 00/100 SOLES (S/ 69 187,00), los cuales
serán transferidos financieramente a la Municipalidad
Distrital de Yanque, para la ejecución de un (01) Proyecto
de Inversión Pública de Emergencia denominado
“Rehabilitación del canal de Sifón de la progresiva 5 +
873.00 a la 6+013.00 en el sector de Urinsaya distrito de
Yanque provincia de Caylloma departamento de Arequipa,
afectado por el sismo producido el día 14 de agosto del
2016”, el cual ha sido declarado elegible por la Dirección
General de Inversión Pública del Ministerio de Economía
y Finanzas, mediante Oficio N° 5599-2016-EF/63.01;
Que, asimismo, el Instituto Nacional de Defensa Civil
- INDECI, a través del Oficio N° 3867-2016/INDECI/4.0,
solicita la suma de TREINTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS
DIECISEIS Y 00/100 SOLES (S/ 37 816,00), los cuales
serán transferidos financieramente a la Municipalidad
Provincial de Caylloma - Chivay, para la ejecución de
un (01) Proyecto de Inversión Pública de Emergencia
denominado “Rehabilitación del canal Chalchalchaque en
310.00 metros lineales localidad de Urinsaya distrito de
Chivay provincia de Caylloma departamento de Arequipa,
afectado por sismo ocurrido el día 14 de agosto del
2016”, el cual ha sido declarado elegible por la Dirección
General de Inversión Pública del Ministerio de Economía
y Finanzas, mediante Oficio N° 5599-2016-EF/63.01;
Que, el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI,
a través de los Oficios N°s. 3870-2016/INDECI/4.0 y
3964-2016-INDECI/14.0, solicita la suma de SETENTA
Y TRES MIL QUINIENTOS VEINTIUNO Y 00/100
SOLES (S/ 73 521,00), los cuales serán transferidos
financieramente a la Unidad Ejecutora 001 Sede Arequipa
del Gobierno Regional del Departamento de Arequipa,
para la ejecución de tres (03) Proyectos de Inversión
Pública de Emergencia denominados “Rehabilitación
del canal Abrampampa, distrito de Huambo, provincia
Caylloma región Arequipa, afectado por el sismo ocurrido
el 14 de agosto del 2016”, “Rehabilitación del canal
Llajapa en el distrito de Tapay, provincia de Caylloma,
región Arequipa, afectado por el sismo el día 14 de agosto
del 2016” y “Rehabilitación de canal Hualquicta, distrito de
Huambo, provincia Caylloma región Arequipa, afectado
por el sismo ocurrido el 14 de agosto del 2016”, los cuales
han sido declarados elegibles por la Dirección General de
Inversión Pública del Ministerio de Economía y Finanzas,
mediante Oficios N°s. 5611 y 5691-2016-EF/63.01;
Que, es necesario atender con suma urgencia
las situaciones de alto riesgo que se producen en el
país, a fin de moderar los efectos contraproducentes
que puedan darse en la población como también en la
economía nacional, debiéndose para tal efecto, autorizar
la incorporación de recursos mediante un Crédito
Suplementario en el Presupuesto del Sector Público
para el Año Fiscal 2016, hasta por la suma de CIENTO
OCHENTA MIL QUINIENTOS VEINTICUATRO Y 00/100
SOLES (S/ 180 524,00) a favor del pliego Instituto
Nacional de Defensa Civil - INDECI;
De conformidad con lo establecido en la Ley N°
30458, Ley que regula diversas medidas para financiar
la ejecución de Proyectos de Inversión Pública en
apoyo de Gobiernos Regionales y Locales, los Juegos
Panamericanos y Parapanamericanos y la Ocurrencia de
Desastres Naturales; la Ley Nº 30373, Ley de Equilibrio
Financiero de Presupuesto del Sector Público para el Año
Fiscal 2016; la Directiva Nº 001-2015-EF/63.01 aprobada
mediante Resolución Directoral N° 008-2015-EF/63.01,
modificada por la Resolución Directoral N° 001-2016EF/63.01 y la Directiva Nº 002-2015-EF/63.01 aprobada
mediante Resolución Directoral N° 009-2015-EF/63.01;
DECRETA:
Artículo 1.- Objeto
Autorízase la incorporación de recursos vía Crédito
Suplementario en el Presupuesto del Sector Público
para el Año Fiscal 2016, hasta por la suma de CIENTO
OCHENTA MIL QUINIENTOS VEINTICUATRO Y 00/100
SOLES (S/ 180 524,00) a fin de atender cinco (05)
Proyectos de Inversión Pública (PIP) de Emergencia,
para la situación descrita en la parte considerativa de la
presente norma, de acuerdo con el siguiente detalle:
El Peruano / Jueves 3 de noviembre de 2016
INGRESOS
NORMAS LEGALES
En Soles
EDUCACION
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO
3 : Recursos por Operaciones
Oficiales de Crédito
TOTAL INGRESOS
180 524,00
---------------180 524,00
=========
GASTOS
SECCION PRIMERA
PLIEGO
UNIDAD EJECUTORA
: Gobierno Central
006 : Instituto Nacional de Defensa Civil
001 : INDECI-Instituto Nacional de
Defensa Civil
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO
5000502 : Atención de Desastres y Apoyo a la
Rehabilitación y a la Reconstrucción
3 : Recursos por Operaciones Oficiales
de Crédito
GASTOS DE CAPITAL
2.4. Donaciones y Transferencias
TOTAL EGRESOS
180 524,00
---------------180 524,00
=========
Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación
Institucional
2.1 El titular del pliego habilitado en el presente
Crédito Suplementario, aprueba, mediante Resolución,
la desagregación de los recursos autorizados en
el artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel
programático, dentro de los cinco (5) días calendario
de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de
la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días
de aprobada a los organismos señalados en el numeral
23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la
Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de
Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº
304-2012-EF.
2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus
veces en el Pliego involucrado, solicitará a la Dirección
General de Presupuesto Público las codificaciones que
se requieran como consecuencia de la incorporación de
nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de
Medida.
2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus
veces en el Pliego involucrado instruirá a la Unidad
Ejecutora para que elabore las correspondientes “Notas
para Modificación Presupuestaria” que se requieran,
como consecuencia de lo dispuesto en la presente
norma.
Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos
Los recursos del Crédito Suplementario a que hace
referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo
no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines
distintos para los cuales son autorizados.
Artículo 4.- Refrendo
El presente Decreto Supremo es refrendado por el
Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Defensa.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dos días
del mes de noviembre del año dos mil dieciséis.
PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD
Presidente de la República
MARIANO GONZÁLEZ FERNÁNDEZ
Ministro de Defensa
ALFREDO THORNE VETTER
Ministro de Economía y Finanzas
1449124-1
Autorizan viaje de especialista de la
Oficina de Medición de la Calidad de los
Aprendizajes a España, en comisión de
servicios
RESOLUCIÓN SUPREMA
N° 044-2016-MINEDU
Lima, 2 de noviembre de 2016
CONSIDERANDO:
ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS
QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS
ACTIVIDAD
603367
Que, el Vicepresidente de Westat ha cursado
invitación al señor JOSE CARLOS LOYOLA OCHOA,
Especialista de la Oficina de Medición de la Calidad
de los Aprendizajes, dependiente de la Secretaría de
Planificación Estratégica del Ministerio de Educación,
para participar en la reunión denominada “PISA Second
Meeting of National Project Managers”, que se llevará a
cabo en la ciudad de Madrid, Reino de España, del 07 al
09 de noviembre de 2016;
Que, conforme a lo señalado por la Jefa (e) de la
Oficina de Medición de la Calidad de los Aprendizajes,
dependiente de la Secretaría de Planificación Estratégica
del Ministerio de Educación, a través del Informe N°
029-2019-MINEDU/SPE-UMC señala que, la referida
reunión tiene por objetivo capacitar a los coordinadores
técnicos del Programa Internacional para la Evaluación de
Estudiantes – PISA, en los distintos procesos y etapas
que comprende el proceso de evaluación del referido
Programa Internacional; asimismo, manifiesta que serán
capacitados en el uso del sistema KeyQuest y en el
proceso de codificación de las respuestas obtenidas en
los cuestionarios de factores asociados al rendimiento
estudiantil;
Que, a través del Informe Nº 172-2016-MINEDU/
SG-OGCI, la Jefa de la Oficina General de Cooperación
y Asuntos Internacionales, dependiente de la Secretaría
General del Ministerio de Educación, señala que resulta
relevante la participación del señor JOSE CARLOS
LOYOLA OCHOA en la citada reunión, toda vez que
podrá capacitarse en los distintos procesos y etapas
que comprende la evaluación PISA, así como en el
uso del sistema KeyQuest y en el nuevo diseño del
proceso de codificación de las respuestas obtenidas en
los cuestionarios de factores asociados al rendimiento
escolar;
Que, en consecuencia, y siendo de interés para la
Institución, resulta necesario autorizar el viaje del señor
JOSE CARLOS LOYOLA OCHOA, Especialista de la
Oficina de Medición de la Calidad de los Aprendizajes,
dependiente de la Secretaría de Planificación Estratégica
del Ministerio de Educación, cuyos gastos de pasajes
aéreos, así como los gastos por conceptos de viáticos
e instalación serán asumidos con cargo al Pliego
Presupuestal 010: Ministerio de Educación – Unidad
Ejecutora: 026;
Que, al respecto, el penúltimo párrafo del numeral 10.1
del artículo 10 de la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto
del Sector Público para el Año Fiscal 2016, respecto a los
viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y
representantes del Estado con cargo a recursos públicos,
establece que el requerimiento de excepciones adicionales
a las señaladas en los literales del citado numeral, para
el caso de las entidades del Poder Ejecutivo, deberá
canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de
Ministros y se autoriza mediante Resolución Suprema
refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, la
misma que es publicada en el Diario Oficial El Peruano;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley
Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación,
modificado por la Ley Nº 26510; en la Ley N° 30372, Ley
de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal
2016; en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización
de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos;
y, en el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba
603368
NORMAS LEGALES
normas reglamentarias sobre autorización de viajes
al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus
modificatorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar, por excepción, el viaje del señor
JOSE CARLOS LOYOLA OCHOA, Especialista de la
Oficina de Medición de la Calidad de los Aprendizajes,
dependiente de la Secretaría de Planificación Estratégica
del Ministerio de Educación, a la ciudad de Madrid, Reino
de España, del 05 al 10 de noviembre de 2016, para los
fines expuestos en la parte considerativa de la presente
resolución.
Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento
de la presente Resolución Suprema serán cubiertos
con cargo al Pliego Presupuestal 010: Ministerio de
Educación – Unidad Ejecutora: 026, de acuerdo al
siguiente detalle:
JOSE CARLOS LOYOLA OCHOA
Pasajes aéreos (incluye TUAA)
: US$ 1943,22
Viáticos
: US$ 2160,00
(03 días de evento y 01 día de instalación – US $ 540,00 x día)
Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario
siguientes de efectuado el viaje, el especialista citado
en el artículo precedente deberá presentar un informe
detallado describiendo las acciones realizadas, los
resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los
viáticos entregados.
Artículo 4.- La presente Resolución Suprema no dará
derecho a exoneración ni liberación de impuestos de
ninguna clase o denominación.
Artículo 5.- La presente Resolución Suprema es
refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el
Ministro de Educación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD
Presidente de la República
FERNANDO ZAVALA LOMBARDI
Presidente del Consejo de Ministros
JAIME SAAVEDRA CHANDUVÍ
Ministro de Educación
1449124-10
Designan Directora de la Dirección de Apoyo
a la Gestión Educativa Descentralizada
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 537-2016-MINEDU
Lima, 2 de noviembre de 2016
CONSIDERANDO:
Que, mediante el artículo 2 de la Resolución Ministerial
N° 470-2016-MINEDU, se encargó las funciones
de Director de la Dirección de Apoyo a la Gestión
Educativa Descentralizada de la Dirección General de
Gestión Descentralizada, dependiente del Despacho
Viceministerial de Gestión Institucional del Ministerio de
Educación, al señor ALEX MARTIN RIOS CESPEDES,
Director General de la referida Dirección General, en
adición a sus funciones y en tanto se designe al titular del
referido cargo;
Que, se ha visto por conveniente designar a
la funcionaria que ejercerá el cargo de Directora
de la Dirección de Apoyo a la Gestión Educativa
Descentralizada, siendo necesario dejar sin efecto el
referido encargo de funciones;
De conformidad con lo previsto en el Decreto Ley
N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación,
modificado por la Ley N° 26510; en la Ley N° 27594,
Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo
Jueves 3 de noviembre de 2016 /
El Peruano
en el nombramiento y designación de funcionarios
públicos; en el Reglamento de la Carrera Administrativa
aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; y,
en el Reglamento de Organización y Funciones del
Ministerio de Educación aprobado por Decreto Supremo
N° 001-2015-MINEDU;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Designar a la señora CLAUDIA
FABIOLA BENAVIDES VIZCARRA en el cargo de
Directora de la Dirección de Apoyo a la Gestión
Educativa Descentralizada de la Dirección General de
Gestión Descentralizada, dependiente del Despacho
Viceministerial de Gestión Institucional del Ministerio
de Educación; dejándose sin efecto el encargo de
funciones conferido mediante el artículo 2 de la
Resolución Ministerial N° 470-2016-MINEDU.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JAIME SAAVEDRA CHANDUVÍ
Ministro de Educación
1449004-1
ENERGIA Y MINAS
Aprueban como empresa calificada a
EGEJUNIN TULUMAYO - IV S.A.C. por el
desarrollo del proyecto denominado
“Central Hidroeléctrica Tulumayo IV”,
de acuerdo con el Contrato de Inversión
suscrito con el Estado Peruano
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 456-2016-MEM/DM
Lima, 31 de octubre de 2016
CONSIDERANDO:
Que, conforme al numeral 3.1 del artículo 3 del
Decreto Legislativo N° 973, las personas naturales o
jurídicas que realizan inversiones en cualquier sector
de la actividad económica que genera renta de tercera
categoría pueden acogerse a un régimen especial de
recuperación anticipada del Impuesto General a las
Ventas (IGV);
Que, el artículo 2 del Reglamento del Decreto
Legislativo N° 973, aprobado por el Decreto Supremo N°
084-2007-EF, concordante con los numerales 7.1 y 7.3
del artículo 7 del citado Decreto Legislativo, establece
que mediante Resolución Ministerial se precisa, entre
otros aspectos, la cobertura del régimen de recuperación
anticipada del IGV;
Que, con fecha 04 de julio de 2016 EGEJUNÍN
TULUMAYO - IV S.A.C. celebra, en calidad de
inversionista, un Contrato de Inversión con el Estado
por el proyecto denominado “Central Hidroeléctrica
Tulumayo IV” para efecto de acogerse al régimen
especial de recuperación anticipada establecido en el
Decreto Legislativo N° 973;
Que, de acuerdo con lo establecido en el artículo
5 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 973 el
Ministerio de Economía y Finanzas, mediante Oficio
N° 1005-2016-EF/13.01, ingresado al Ministerio de
Energía y Minas bajo el Registro N° 2592021, remite
el Informe N° 086-2016-EF/61.01 en el cual opina que
procede la aprobación de la Lista de bienes, servicios y
contratos de construcción presentada por EGEJUNÍN
TULUMAYO - IV S.A.C. para el acogimiento al régimen
de recuperación anticipada del IGV, acompañando
como anexo el detalle de los servicios y las actividades
de construcción;
Estando a lo dispuesto en el numeral 3.3 del artículo
3 del Decreto Legislativo N° 973; el inciso i) del artículo
El Peruano / Jueves 3 de noviembre de 2016
NORMAS LEGALES
6 del Decreto Ley Nº 25962, Ley Orgánica del Sector
Energía y Minas; y, en los incisos h) y o) del artículo 9 del
Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio
de Energía y Minas, aprobado por el Decreto Supremo N°
031-2007-EM;
Con el visto bueno de la Directora General de
Electricidad y del Vice Ministro de Energía;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobación de empresa calificada
Aprobar
como
empresa
calificada,
a
efecto del artículo 3 del Decreto Legislativo
N° 973, a EGEJUNÍN TULUMAYO - IV S.A.C. por el
desarrollo del proyecto denominado “Central Hidroeléctrica
Tulumayo IV”, de acuerdo con el Contrato de Inversión
suscrito con el Estado Peruano el 04 de julio de 2016.
Artículo 2.- Requisitos y características del
Contrato de Inversión
Establecer, para efecto del numeral 5.3 del artículo
5 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 973, que el
monto de la inversión a cargo de EGEJUNÍN TULUMAYO
- IV S.A.C. asciende a la suma de US$ 102 017 565,00
(Ciento Dos Millones Diecisiete Mil Quinientos Sesenta
y Cinco y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de
América) a ser ejecutado en un plazo total de dos (02)
años, tres (03) meses y diecisiete (17) días, contado a
partir del 25 de junio de 2015.
Artículo 3.- Objetivo principal del Contrato de
Inversión
Para efecto del Decreto Legislativo N° 973, el objetivo
principal del Contrato de Inversión es el previsto en sus
Cláusulas Primera y Segunda y el inicio de las operaciones
productivas está constituido por la percepción de cualquier
ingreso proveniente de la explotación del Proyecto,
conforme a lo dispuesto en el artículo 5 de dicho Decreto
Legislativo.
Artículo 4.- Régimen de Recuperación Anticipada
del Impuesto General a las Ventas
4.1 El Régimen de Recuperación Anticipada del
Impuesto General a las Ventas a que se refiere el
artículo 2 del Decreto Legislativo N° 973 y normas
reglamentarias aplicables al Contrato de Inversión
comprende el impuesto que grave la importación y/o
adquisición local de bienes intermedios nuevos y bienes
de capital nuevos, así como los servicios y contratos
de construcción que se señalan en el Anexo que forma
parte integrante de la presente Resolución, y siempre
que se utilicen directamente en actividades necesarias
para la ejecución del proyecto a que se refiere el
Contrato de Inversión. Para determinar el beneficio
antes indicado se consideran las adquisiciones de
servicios y contratos de construcción que se hubieran
efectuado a partir del 25 de junio de 2015 y hasta
la percepción de los ingresos por las operaciones
productivas a que se refiere el artículo anterior.
4.2 La lista de servicios y contratos de construcción
se incluye como Anexo al Contrato de Inversión y puede
ser modificada a solicitud de EGEJUNÍN TULUMAYO - IV
S.A.C. de conformidad con el numeral 6.1 del artículo 6
del Reglamento del Decreto Legislativo N° 973, aprobado
por el Decreto Supremo N° 084-2007-EF.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
GONZALO TAMAYO FLORES
Ministro de Energía y Minas
ANEXO
I. LISTA DE SERVICIOS
1 Servicios de ingeniería y supervisión de obra
2 Servicios de monitoreo
3 Servicios de vigilancia
603369
I. LISTA DE SERVICIOS
4 Servicios de obtención de permisos, certificados y licencias
5 Servicios de consultoría social y ambiental
6 Servicios notariales y registrales
7 Servicios de medición y levantamiento topográfico
8 Servicios de peritaje, certificación y visación de planos
9 Servicios de saneamiento de terrenos
10 Servicios de seguros
11 Servicios de alimentación
12 Servicios de transporte
13 Servicios de hospedaje
14 Servicios de gestión y desarrollo de proyectos
15 Servicio de supervisión en la gestión ambiental
16 Servicios de auditoría
17 Servicios de asesoría
18 Servicios contables
19 Servicios de soporte informático
20 Servicios de gerenciamiento
21 Servicios de administración
II. CONTRATOS DE CONSTRUCCIÓN
Contrato EPC necesario para la construcción de la Central
1
Hidroeléctrica Tulumayo IV
1448769-1
INTERIOR
Autorizan viaje de Comandante de la Policía
Nacional del Perú a Argentina, en comisión
de servicios
RESOLUCIÓN SUPREMA
N° 387-2016-IN
Lima, 2 de noviembre de 2016
VISTOS; los mensajes con referencia DR22864/13/
UDI/G9/FTS, de fechas 11 y 17 de octubre de 2016, de
la Oficina Central Nacional de INTERPOL en Buenos
Aires; y, el Memorándum Nº 3261-2016-DIRGEN-PNP/
DIRASINT-DIVBEC, de fecha 22 de octubre de 2016, de
la Dirección General de la Policía Nacional del Perú; y,
CONSIDERANDO:
Que, con Resolución Suprema Nº 007-2016-JUS, de
fecha 8 de febrero de 2016, el Estado peruano accede a
la solicitud de extradición activa del ciudadano peruano
Giovanny Jesús Liza Archellia, formulada por la Segunda
Sala Penal de la corte Superior de Justicia del Callao y
declarada procedente por la Sala Penal Transitoria de
la Corte Suprema de Justicia de la República, para ser
procesado por la presunta comisión del delito contra el
Patrimonio - Robo Agravado, en agravio de Julio Manuel
Saravia Arenaza, y disponer su presentación por vía
diplomática a la República Argentina, de conformidad con
el Tratado vigente y lo estipulado por las normas legales
peruanas aplicables al caso;
Que, mediante mensajes con referencia DR22864/13/
UDI/G9/FTS, de fechas 11 y 17 de octubre de 2016, la
Oficina Central Nacional de INTERPOL en Buenos Aires
hace de conocimiento a la Oficina Central Nacional
de INTERPOL en Lima, que se concedió la extradición
activa del ciudadano peruano Giovanny Jesús Liza
Archellia; por tal motivo, solicitaron los nombres y planes
de desplazamiento de los funcionarios policiales que
se encargarán de recibir, custodiar y trasladar al citado
reclamado, desde la Ciudad Autónoma de Buenos Aires República Argentina, hacia territorio peruano;
603370
NORMAS LEGALES
Que, con Hoja de Estudio y Opinión Nº
354-2016-DIRGEN PNP/DIRASINT-DIVBEC, de fecha 19
de octubre de 2016, la Dirección de Asuntos Internacionales
de la Policía Nacional del Perú estima conveniente que
la Dirección General de la Policía Nacional del Perú
proponga el viaje al exterior, en comisión de servicios, del
4 al 8 de noviembre de 2016, a la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires - República Argentina, del Comandante de
la Policía Nacional del Perú Edward Luis Flores Romero
y del Suboficial Brigadier de la Policía Nacional del Perú
Faustino Jordán Reyes, para que ejecuten la extradición
activa antes mencionada;
Que, en atención a los documentos sustentatorios,
mediante Memorándum Nº 3261-2016-DIRGEN-PNP/
DIRASINT-DIVBEC, de fecha 22 de octubre de 2016,
la Dirección General de la Policía Nacional del Perú
aprueba la propuesta mencionada en el considerando
anterior, disponiendo la formulación de la resolución
autoritativa de viaje correspondiente y señalando que
los gastos por concepto de viáticos para el personal
policial son asumidos por el Estado peruano, con cargo
a la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y
Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego
007, Ministerio del Interior, tal como se precisa en
el Oficio N° 6504-2016-DIREJADM-DIRECFIN-PNP/
DIVPRE, de fecha 20 de octubre de 2016; mientras
que los gastos correspondientes a pasajes aéreos
e impuesto de viaje para el personal policial y el
extraditable, son asumidos por el Poder Judicial;
Que, asimismo el artículo 3° del Decreto Supremo
N° 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004,
que aprueba el reglamento de viajes del personal
Militar y Civil del sector Defensa, que hace extensivo
sus alcances al personal Policial y Civil de la Policía
Nacional del Perú, mediante el Decreto Supremo
N° 001-2009-IN, de fecha 11 de marzo de 2009,
establece que los viajes al exterior con carácter oficial
comprende, entre otras, la modalidad Comisión de
Servicios;
Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo
2º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que
aprueba las normas reglamentarias sobre autorización
de viajes al exterior de servidores y funcionarios
públicos, la resolución de autorización de viajes al
exterior de la República estrictamente necesarios,
será debidamente sustentada en el interés nacional
o en el interés específico de la institución, y deberá
indicar expresamente el motivo del viaje, el número de
días de duración del viaje, el monto de los gastos de
desplazamiento, viáticos y el impuesto por tarifa única
de uso de aeropuerto;
Que, conforme al penúltimo párrafo del numeral 10.1
del artículo 10º de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del
Sector Público para el Año Fiscal 2016, las excepciones
a la prohibición de viajes al exterior de servidores o
funcionarios públicos y representantes del Estado con
cargo a recursos públicos, dispuesta por el referido
numeral, son canalizados a través de la Presidencia del
Consejo de Ministros y se autorizan mediante Resolución
Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de
Ministros, la misma que es publicada en el diario oficial
“El Peruano”;
Con el visado de la Dirección General de la Policía
Nacional del Perú y de la Oficina General de Asesoría
Jurídica del Ministerio del Interior; y,
De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula
la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y
Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo N° 0472002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas
reglamentarias sobre la autorización de viajes al
exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley
N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N°
30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para
el Año Fiscal 2016; el Decreto Legislativo Nº 1135,
Ley de Organización y Funciones del Ministerio del
Interior; el Reglamento de Organización y Funciones
del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto
Supremo Nº 010-2013-IN; y, el Decreto Legislativo N°
1148, Ley de la Policía Nacional del Perú;
Jueves 3 de noviembre de 2016 /
El Peruano
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión
de servicios, del Comandante de la Policía Nacional del
Perú Edward Luis Flores Romero y del Suboficial Brigadier
de la Policía Nacional del Perú Faustino Jordán Reyes,
del 4 al 8 de noviembre de 2016, a la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires - República Argentina, para los fines
expuestos en la parte considerativa de la presente
Resolución.
Artículo 2°.- Los gastos por concepto de viáticos que
ocasione el viaje a que se hace referencia en el artículo
precedente, son efectuados con cargo a la Unidad
Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la
Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del
Interior, de acuerdo al siguiente detalle:
Viáticos
Importe US$
Días
Pers.
Total US$
370.00
X
5
X
2
= 3,700.00
Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días
calendario de efectuado el viaje, el personal policial a
que se refiere el artículo 1° de la presente resolución
debe presentar ante el Titular del Sector un informe
detallado, describiendo las acciones realizadas y
los resultados obtenidos durante el viaje autorizado,
así como la rendición de cuentas debidamente
documentada por los viáticos asignados.
Artículo 4°.- La presente Resolución Suprema no
da derecho a exoneración o liberación del pago de
impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase
o denominación.
Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema es
refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y
por el Ministro del Interior.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD
Presidente de la República
FERNANDO ZAVALA LOMBARDI
Presidente del Consejo de Ministros
CARLOS BASOMBRIO IGLESIAS
Ministro del Interior
1449124-6
Constituyen el Comité de Inversiones del
Sector Interior
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 0922-2016-IN
Lima, 27 de octubre de 2016
VISTOS; el Oficio N° 252-2016-IN-VGI, de fecha
10 de octubre de 2016, del Viceministerio de Gestión
Institucional; el Informe N° 000726-2016/IN/DGPP/
DPI, de fecha 04 de octubre de 2016, de la Dirección
de Programación e Inversiones de la Dirección General
de Planificación y Presupuesto y el Oficio N° 0035232016/IN/DGPP, de fecha 05 de octubre de 2016, de la
Dirección General de Planificación y Presupuesto, y;
CONSIDERANDO:
Que, el Decreto Legislativo N° 1224, Decreto Legislativo
del Marco de Promoción de la Inversión Privada mediante
Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos,
tiene por objeto establecer los procesos y modalidades
de promoción de la inversión privada para el desarrollo
de infraestructura pública, servicios públicos, servicios
vinculados a estos, proyectos de investigación aplicada
y/o innovación tecnológica y la ejecución de proyectos en
activos;
El Peruano / Jueves 3 de noviembre de 2016
NORMAS LEGALES
Que, el numeral 8.1 del artículo 8 del citado Decreto
Legislativo, establece que el Ministerio, Gobierno
Regional y Gobierno Local que tenga proyectos o
prevea desarrollar procesos de promoción de la
inversión privada bajo las modalidades reguladas en
la referida norma, crea el Comité de Inversiones para
desempeñarse como el Organismo Promotor de la
Inversión Privada para los procesos de promoción bajo
su competencia, conforme lo establece el artículo 6
de la norma acotada y como órgano de coordinación
con Proinversión en los procesos de promoción bajo
competencia o encargados a éste último;
Que, asimismo, el numeral 8.2 del artículo 8 del
Decreto Legislativo N° 1224, señala que la designación
de los miembros del Comité de Inversiones se efectúa
mediante Resolución Ministerial, la misma que
deberá ser publicada en el diario oficial El Peruano
y comunicada al Registro Nacional de Contratos de
Asociaciones Público Privadas;
Que, de otro lado el numeral 6.1 del artículo 6 del
Reglamento del Decreto Legislativo N° 1224, aprobado
mediante el Decreto Supremo N° 410-2015-EF, establece
que el Comité de Inversiones de un Ministerio es un
órgano colegiado integrado por tres funcionarios de la Alta
Dirección o titulares de órganos de línea o asesoramiento
de la entidad, los cuales ejercen sus funciones conforme
a las normas vigentes de la materia;
Que, en mérito de lo antes expuesto, resulta necesario
constituir el referido Comité de Inversiones, así como
designar a sus miembros;
Con la visación de la Dirección General de
Planificación y Presupuesto y de la Oficina General de
Asesoría Jurídica;
De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica
del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 1135,
Ley de Organización y Funciones del Ministerio del
Interior; el Decreto Supremo N° 010-2013-IN, que
aprueba el Reglamento de Organización y Funciones
del Ministerio del Interior; el Decreto Legislativo N°
1224, Decreto Legislativo del Marco de Promoción de
la Inversión Privada mediante Asociaciones Público
Privadas y Proyectos en Activos; y, el Decreto Supremo
N° 410-2015-EF, que aprueba el Reglamento del
Decreto Legislativo N° 1224, Decreto Legislativo del
Marco de Promoción de la Inversión Privada mediante
Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Constituir el Comité de Inversiones del
Sector Interior, en el marco de lo establecido en el Decreto
Legislativo N° 1224, Decreto Legislativo del Marco de
Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones
Público Privadas y Proyectos en Activos y su Reglamento.
Artículo 2°.- Designar a los miembros del Comité de
Inversiones del Sector Interior, de acuerdo al siguiente
detalle:
- El/la Director/a General de Planificación y
Presupuesto del Ministerio del Interior, quien lo presidirá.
- El/la Director/a de la Dirección Ejecutiva de
Infraestructura y Equipamiento de la Policía Nacional del
Perú.
- El/la Director/a General de Infraestructura del
Ministerio del Interior.
Artículo 3°- Notificar de los alcances de la presente
Resolución Ministerial al Registro Nacional de Contratos
de Asociaciones Público Privadas.
Artículo 4°.- Notificar la presente Resolución a los
integrantes del Comité de Inversiones del Sector Interior,
constituido en el artículo 1° de la presente Resolución
para los fines correspondientes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARLOS BASOMBRIO IGLESIAS
Ministro del Interior
1449101-1
603371
JUSTICIA Y
DERECHOS HUMANOS
Acceden a solicitud de extradición activa
de ciudadano peruano y disponen su
presentación a los Estados Unidos de
América
RESOLUCIÓN SUPREMA
N° 205-2016-JUS
Lima, 2 de noviembre de 2016
VISTO; el Informe de la Comisión Oficial de
Extradiciones y Traslado de Condenados Nº 110-2016/
COE-TC, del 27 de octubre de 2016, sobre la solicitud de
extradición activa a los Estados Unidos de América del
ciudadano peruano DENNIS ALEXANDER REA REYES,
formulada por la Sala Penal de Apelaciones de la Corte
Superior de Justicia de Huaura;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral
5 del artículo 34 del Texto Único Ordenado de la Ley
Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto
Supremo Nº 017-93-JUS, las Salas Penales conocen las
extradiciones activas y pasivas;
Que, en mérito a las atribuciones conferidas, la Sala
Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la
República, mediante Resolución Consultiva de fecha 29
de septiembre de 2016, declaró procedente la solicitud
de extradición activa del ciudadano peruano DENNIS
ALEXANDER REA REYES, para ser procesado como
cómplice secundario por el delito contra el patrimonio Robo con agravantes, en agravio de Éver José Palacios
Padilla (Exp. Nº 114-2016);
Que, el literal a) del artículo 28 del Decreto Supremo
Nº 016-2006-JUS, Normas referidas al comportamiento
judicial y gubernamental en materia de extradiciones
y traslado de condenados, establece que la Comisión
Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados
propone al Consejo de Ministros, a través del Ministro de
Justicia y Derechos Humanos, acceder o no al pedido de
extradición activa formulado por el órgano jurisdiccional
competente;
Que, de acuerdo a lo dispuesto por el numeral 1 del
artículo 514 del Código Procesal Penal, promulgado por
el Decreto Legislativo Nº 957, corresponde al Gobierno
decidir la extradición, pasiva o activa, mediante Resolución
Suprema expedida con acuerdo del Consejo de Ministros,
previo informe de la referida Comisión Oficial;
Que, la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado
de Condenados ha emitido la opinión correspondiente
mediante el Informe Nº 110-2016/COE-TC, del 27 de
octubre de 2016, en el sentido de acceder a la solicitud
de extradición activa;
De conformidad con el Tratado de Extradición entre
la República del Perú y el Gobierno de los Estados
Unidos de América, suscrito en la ciudad de Lima el
25 de julio de 2001 y vigente desde el 25 de agosto de
2003;
En uso de la facultad conferida en el numeral 8 del
artículo 118 de la Constitución Política del Perú; y,
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Acceder a la solicitud de extradición
activa del ciudadano peruano DENNIS ALEXANDER
REA REYES, formulada por la Sala Penal de
Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Huaura
y declarada procedente por la Sala Penal Transitoria
de la Corte Suprema de Justicia de la República,
para ser procesado como cómplice secundario por la
603372
NORMAS LEGALES
presunta comisión del delito contra el patrimonio - Robo
Agravado, en agravio de Éver José Palacios Padilla
y disponer su presentación por vía diplomática a los
Estados Unidos de América de conformidad con el
Tratado vigente y lo estipulado por las normas legales
peruanas aplicables al caso.
Artículo 2.- La presente Resolución Suprema
es refrendada por la Ministra de Justicia y Derechos
Humanos y por el Ministro de Relaciones Exteriores.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD
Presidente de la República
MARÍA SOLEDAD PÉREZ TELLO
Ministra de Justicia y Derechos Humanos
RICARDO LUNA MENDOZA
Ministro de Relaciones Exteriores
Jueves 3 de noviembre de 2016 /
El Peruano
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD
Presidente de la República
FERNANDO ZAVALA LOMBARDI
Presidente del Consejo de Ministros
JORGE NIETO MONTESINOS
Ministro de Cultura
MARÍA SOLEDAD PÉREZ TELLO
Ministra de Justicia y Derechos Humanos
1449124-7
Dan por concluida designación
Procurador Público Especializado
materia Constitucional
de
en
RESOLUCIÓN SUPREMA
N° 207-2016-JUS
1449123-3
Aceptan renuncia de Procurador Público
del Ministerio de Cultura
RESOLUCIÓN SUPREMA
N° 206-2016-JUS
Lima, 2 de noviembre de 2016
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política del Estado, en su
artículo 47, establece que la defensa de los intereses
del Estado está a cargo de los Procuradores Públicos
y mediante Decreto Legislativo N.º 1068, se crea el
Sistema de Defensa Jurídica del Estado con la finalidad
de fortalecer, unificar y modernizar la defensa jurídica
del Estado en el ámbito local, regional, nacional,
supranacional e internacional, en sede judicial,
militar, arbitral, Tribunal Constitucional, órganos
administrativos e instancias de similar naturaleza,
arbitrajes y conciliaciones;
Que, mediante Resolución Suprema Nº 127-2013JUS, de fecha 29 de setiembre de 2013, se designó al
abogado Javier Wilfredo Paredes Sotelo como Procurador
Público del Ministerio de Cultura;
Que, mediante Oficio N° 106-2016/DM/MC, de fecha
13 de setiembre de 2016, el señor Ministro de Cultura
comunicó al Consejo de Defensa Jurídica del Estado, la
renuncia del abogado Javier Wilfredo Paredes Sotelo al
cargo de Procurador Público del Ministerio de Cultura;
Que, el artículo 25 del Decreto Legislativo Nº 1068,
estipula que la designación de los Procuradores Públicos
culmina, entre otras razones, por renuncia;
Que, mediante Sesión de fecha 13 de setiembre de
2016, el Consejo de Defensa Jurídica del Estado acordó
recomendar la aceptación de la renuncia del abogado
Javier Wilfredo Paredes Sotelo al cargo de Procurador
Púbico del Ministerio de Cultura, dándose término a su
designación; y,
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 de
la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 29809, Ley
de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y
Derechos Humanos; el Decreto Legislativo Nº 1068 por el
cual se crea el Sistema de Defensa Jurídica del Estado; y
su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0172008-JUS;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aceptar la renuncia del abogado Javier
Wilfredo Paredes Sotelo al cargo de Procurador Público
del Ministerio de Cultura, dándosele las gracias por los
servicios prestados.
Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es
refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, la
Ministra de Justicia y Derechos Humanos y el Ministro de
Cultura.
Lima, 2 de noviembre de 2016
VISTO, el Oficio Nº 4049-2016-JUS/CDJE, de la
Presidenta del Consejo de Defensa Jurídica del Estado;
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política del Estado, en su artículo
47, establece que la defensa de los intereses del Estado
está a cargo de los Procuradores Públicos y mediante
Decreto Legislativo Nº 1068, se crea el Sistema de
Defensa Jurídica del Estado con la finalidad de fortalecer,
unificar y modernizar la defensa jurídica del Estado
en el ámbito local, regional, nacional, supranacional e
internacional, en sede judicial, militar, arbitral, Tribunal
Constitucional, órganos administrativos e instancias de
similar naturaleza, arbitrajes y conciliaciones;
Que, el literal b) del artículo 25 del Decreto Legislativo
Nº 1068, establece que la designación de los Procuradores
Públicos y Procuradores Públicos Adjuntos culmina, entre
otras razones, por término de la designación;
Que, mediante Resolución Suprema Nº 122-2015JUS, del 01 de julio de 2015, se designó al señor abogado
Julio César Galindo Vásquez, como Procurador Público
Especializado en materia Constitucional;
Que, mediante Sesión Extraordinaria, del 26 de octubre
de 2016, el Consejo de Defensa Jurídica del Estado
acordó proponer dar término a la designación del señor
abogado Julio César Galindo Vásquez, como Procurador
Público Especializado en materia Constitucional; y,
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 de
la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 29809, Ley
de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y
Derechos Humanos; el Decreto Legislativo Nº 1068, por el
cual se crea el Sistema de Defensa Jurídica del Estado; y su
Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2008JUS;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Dar por concluida la designación del señor
abogado Julio César Galindo Vásquez, como Procurador
Público Especializado en materia Constitucional.
Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es
refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y la
Ministra de Justicia y Derechos Humanos.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD
Presidente de la República
FERNANDO ZAVALA LOMBARDI
Presidente del Consejo de Ministros
MARÍA SOLEDAD PÉREZ TELLO
Ministra de Justicia y Derechos Humanos
1449124-8
El Peruano / Jueves 3 de noviembre de 2016
NORMAS LEGALES
603373
Aceptan renuncia de Procuradora Pública
Adjunta del Ministerio de Salud
PRODUCE
RESOLUCIÓN SUPREMA
N° 208-2016-JUS
Autorizan viaje de profesional del ITP a
Brasil, en comisión de servicios
Lima, 2 de noviembre de 2016
VISTOS, el Oficio Nº 3268-2016-JUS/CDJE del
Consejo de Defensa Jurídica del Estado;
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política del Estado, en su artículo
47, establece que la defensa de los intereses del Estado
está a cargo de los Procuradores Públicos y mediante
Decreto Legislativo Nº 1068, se crea el Sistema de
Defensa Jurídica del Estado con la finalidad de fortalecer,
unificar y modernizar la defensa jurídica del Estado
en el ámbito local, regional, nacional, supranacional e
internacional, en sede judicial, militar, arbitral, Tribunal
Constitucional, órganos administrativos e instancias de
similar naturaleza, arbitrajes y conciliaciones;
Que, el literal a) del artículo 25 del Decreto Legislativo
Nº 1068, estipula que la designación de los Procuradores
Públicos Adjuntos culmina, entre otras razones, por renuncia;
Que, mediante Resolución Suprema Nº 075-2013JUS, del 26 de junio de 2013, se designó a la abogada
Gisela Puca Cusihuallpa como Procuradora Pública
Adjunta del Ministerio de Salud; quien ha formulado su
renuncia a dicho cargo;
Que, mediante Oficio Nº 711-2016-DM/MINSA del 20
de junio de 2016, el señor ex Ministro de Salud comunicó
al Consejo de Defensa Jurídica del Estado haber recibido
la renuncia de la abogada Gisela Puca Cusihuallpa, como
Procuradora Pública Adjunta del Ministerio de Salud;
Que, mediante Sesión Extraordinaria del 24 de junio de
2016, el Consejo de Defensa Jurídica del Estado acordó
aceptar la renuncia de la abogada Gisela Puca Cusihuallpa,
como Procuradora Pública Adjunta del Ministerio de Salud;
Que, mediante Sesión Extraordinaria del 26 de setiembre
de 2016, el Consejo de Defensa Jurídica del Estado acordó
validar el Acta N° 014-2016-CDJE, sobre la propuesta de
aceptar la renuncia de la Procuradora Pública Adjunta del
Ministerio de Salud, abogada Gisela Puca Cusihuallpa,
dando término a su designación como tal;
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 de
la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 29809, Ley
de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y
Derechos Humanos; el Decreto Legislativo Nº 1068 por el
cual se crea el Sistema de Defensa Jurídica del Estado; y
su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0172008-JUS;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aceptar la renuncia de la abogada Gisela
Puca Cusihuallpa, a su designación como Procuradora
Pública Adjunta del Ministerio de Salud, dándosele las
gracias por los servicios prestados.
Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es
refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, la
Ministra de Justicia y Derechos Humanos y la Ministra de
Salud.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD
Presidente de la República
FERNANDO ZAVALA LOMBARDI
Presidente del Consejo de Ministros
MARÍA SOLEDAD PÉREZ TELLO
Ministra de Justicia y Derechos Humanos
PATRICIA J. GARCÍA FUNEGRA
Ministra de Salud
1449124-9
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 023-2016-PRODUCE
Lima, 2 de noviembre de 2016
CONSIDERANDO:
Que, mediante documento de fecha 20 de julio de
2016, la Universidad Federal de Rio de Janeiro, cursa
invitación a la señora Claudia Sánchez Robinet para
realizar un periodo de entrenamiento en el Laboratorio
de Bacteriología Molecular y Marina del Instituto de
Microbiología de la Universidad Federal de Rio de Janeiro,
que se llevará a cabo en la ciudad de Río de Janeiro,
República Federativa del Brasil, del 07 de noviembre al
02 de diciembre de 2016;
Que, con el Informe N° 030-2016-ITP/DIDITT, el
Director (e) de Investigación, Desarrollo, Innovación
y Transferencia Tecnológica del Instituto Tecnológico
de la Producción - ITP , señala que el mencionado
entrenamiento contribuirá en solucionar el biofouling que
genera un impacto económico importante en las industrias
que dependen del medio ambiente marino y costero, tales
como el turismo, la pesca y acuicultura, lográndose una
mejor interacción para el desarrollo de proyectos futuros
con instituciones reconocidas internacionalmente en temas
relacionados en beneficio de los objetivos de investigación
del ITP; asimismo, señala que el entrenamiento será de
utilidad para estandarizar métodos como la identificación
molecular 16S rRNA en bacterias marinas, garantizar la
viabilidad y estabilidad de las colecciones bacterianas
y caracterizar la producción de biofilm y de sustancias
antimicrobianas, las cuales optimizarán los resultados
del Proyecto de Investigación Aplicada: “Obtención de
componentes bioactivos de pepino de mar Patallus mollis
sobre bacterias formadoras de biofouling”, desarrollado
en la Dirección de Investigación, Desarrollo, Innovación y
Transferencia Tecnológica;
Que, con el Informe N° 100-2016-ITP/OPPM, el
Jefe de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y
Modernización del ITP manifiesta que la participación en
el mencionado entrenamiento irrogará gastos con cargo a
la meta 148 de la fuente “Donaciones y Transferencias”,
que están contemplados en el cronograma de gastos
del Proyecto de Investigación Aplicada “Obtención de
componentes bioactivos de pepino de mar Patallus mollis
sobre bacterias formadoras de biofouling” según Oficio N°
001-2016-ITP/Contrato N° 302 InnovatePerú-PIAP-2015,
que proviene del depósito realizado por Innóvate Perú
para la ejecución del mencionado proyecto, los cuales
serán cofinanciados junto a la participante;
Que, la Ley Nº 27619, Ley que regula las autorizaciones
de viaje al exterior de servidores y funcionarios públicos
y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprobó
las normas reglamentarias sobre autorización de viajes
al exterior de servidores y funcionarios públicos, regulan
la autorización de viajes al exterior de dicho personal,
precisando que los mismos deben sustentarse en el
interés nacional o institucional;
Que, el artículo 10 de la Ley Nº 30372, Ley de
Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016,
establece que el requerimiento de autorizaciones de viajes
al exterior por supuestos distintos a los señalados en dicho
artículo, en el caso de las entidades del Poder Ejecutivo,
deben canalizarse a través de la Presidencia del Consejo
de Ministros y se autorizan mediante resolución suprema
refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, la
cual se publica en el diario oficial El Peruano;
Que, en consecuencia, es necesario autorizar el viaje
de la señora Claudia Cecilia Sánchez Robinet, profesional
del Instituto Tecnológico de la Producción - ITP, a la ciudad
de Río de Janeiro, República Federativa del Brasil, del 04
de noviembre al 02 de diciembre de 2016, para los fines
expuestos en los considerandos precedentes;
603374
NORMAS LEGALES
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158,
Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30372, Ley
de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal
2016; el Decreto Legislativo Nº 1047 que aprueba la
Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la
Producción; la Ley N° 27619 y modificatorias, Ley que
regula la autorización de viajes al exterior de servidores
y funcionarios públicos; el Decreto Supremo N° 0472002-PCM, que aprobó las normas reglamentarias
sobre autorización de viajes al exterior de servidores y
funcionarios públicos y su modificatoria; la Resolución
Ministerial Nº 343-2012-PRODUCE, que aprueba el
Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio
de la Producción; y la Resolución Ministerial Nº
296-2009-PRODUCE, que aprueba la Directiva General
Nº 007-2009-PRODUCE, “Directiva de Procedimientos
para las Autorizaciones de Viajes al Exterior en el
Ministerio de la Producción”;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje de la señora Claudia
Cecilia Sánchez Robinet, profesional del Instituto
Tecnológico de la Producción - ITP, a la ciudad de Río
de Janeiro, República Federativa del Brasil, del 04 de
noviembre al 02 de diciembre de 2016, para los fines
expuestos en la parte considerativa de la presente
Resolución.
Artículo 2.- Los gastos correspondientes a los viáticos
que demande el viaje autorizado en el artículo precedente,
serán atendidos con cargo a los recursos del Proyecto
de Investigación Aplicada “Obtención de componentes
bioactivos de pepino de mar Patallus mollis sobre bacterias
formadoras de biofouling” del Instituto Tecnológico de la
Producción - ITP, de acuerdo al siguiente detalle:
Nombres y apellidos
Claudia Cecilia Sánchez Robinet
Viáticos US$
5,550.00
Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario
siguientes de efectuado el viaje, la comisionada deberá
presentar al Titular de la Entidad, un informe detallado
de las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la
rendición de cuentas.
Artículo 4.- La presente Resolución Suprema no
libera ni exonera del pago de impuestos y/o derechos
aduaneros de cualquier clase o denominación.
Artículo 5.- La presente Resolución Suprema es
refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y
por el Ministro de la Producción.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD
Presidente de la República
FERNANDO ZAVALA LOMBARDI
Presidente del Consejo de Ministros
BRUNO GIUFFRA MONTEVERDE
Ministro de la Producción
1449124-11
Disponen la publicación de proyecto
de Decreto Supremo que aprueba el
“Reglamento de Ordenamiento Pesquero
del Recurso Anchoveta para Consumo
Humano Directo” y su Exposición de
Motivos, en el portal institucional del
Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 433-2016-PRODUCE
Lima, 2 de noviembre de 2016
Jueves 3 de noviembre de 2016 /
El Peruano
VISTOS: El Oficio N° 530-2016-IMARPE/CD del
Instituto del Mar del Perú – IMARPE, el Informe Nº
0031-2016-PRODUCE/Dpechd-mmori de la Dirección
de Extracción y Producción Pesquera para Consumo
Humano Directo de la Dirección General de Extracción
y Producción Pesquera para Consumo Humano Directo,
el Informe N° 0067-2016-PRODUCE/DIS-ecastilla de
la Dirección de Supervisión de la Dirección General
de Supervisión y Fiscalización, el Memorando N°
9876-2016-PRODUCE/DGS de la Dirección General de
Sanciones, el Informe N° 390-2016-PRODUCE/DGPDiropa de la Dirección General de Políticas y Desarrollo
Pesquero; y el Informe N° 402-2016-PRODUCE/OGAJ; y,
CONSIDERANDO:
Que,
mediante
el
Decreto
Supremo
Nº
010-2010-PRODUCE se aprobó el Reglamento de
Ordenamiento Pesquero del Recurso Anchoveta
(Engraulis ringens) y Anchoveta Blanca (Anchoa nasus)
para Consumo Humano Directo con el objetivo de
establecer las normas para una explotación racional,
sostenible y sanitariamente segura del recurso anchoveta
para consumo humano directo, conforme a lo establecido
en la Ley General de Pesca, su Reglamento, modificatorias
y ampliatorias, en las normas sanitarias, los postulados
del Código de Conducta para la Pesca Responsable y en
los principios de preservación de los ecosistemas marinos
y de la diversidad biológica;
Que, el Reglamento de Ordenamiento Pesquero del
Recurso Anchoveta (Engraulis ringens) y Anchoveta
Blanca (Anchoa nasus) para consumo humano directo,
aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2010-PRODUCE,
ha sido objeto de diversas modificaciones y normas
complementarias, tales como el Decreto Supremo
Nº 005-2012-PRODUCE, la Resolución Ministerial
N° 433-2012-PRODUCE, el Decreto Supremo Nº
011-2013-PRODUCE y el Decreto Supremo Nº
006-2015-PRODUCE;
Que, el proyecto de Decreto Supremo que aprueba
el Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Recurso
Anchoveta para Consumo Humano Directo tiene por objeto
establecer las normas de ordenamiento pesquero del
recurso anchoveta para su aprovechamiento sostenible,
orientado al consumo humano directo, en concordancia con
lo establecido en el Decreto Ley N° 25977 - Ley General de
Pesca, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N°
012-2001-PE, en adelante Reglamento de la Ley General
de Pesca, en la normativa sanitaria y en los principios y
disposiciones del Código de Conducta para la Pesca
Responsable aprobado por la Organización de la Naciones
Unidas para la Agricultura y la Alimentación y, asimismo,
contribuir al desarrollo de la industria para el consumo
humano directo procurando garantizar el abastecimiento
sostenible del recurso y el desarrollo de la pesca como
fuente de alimentación, empleo e ingresos;
Que, de acuerdo a lo indicado en los considerandos
precedentes, es necesario aprobar el Reglamento de
Ordenamiento Pesquero del Recurso Anchoveta para
Consumo Humano Directo, por lo que corresponde
disponer la publicación del referido proyecto de norma en el
Diario Oficial El Peruano y en el portal institucional de este
Ministerio, en el que se mantendrá por un plazo de treinta
(30) días hábiles, a fin que las entidades públicas, privadas
y la ciudadanía en general alcancen sus observaciones,
comentarios y/o aportes por vía electrónica a través del
portal institucional o en la Dirección General de Políticas
y Desarrollo Pesquero, según lo establecido en el artículo
14 del Reglamento que establece disposiciones relativas
a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos
y difusión de Normas Legales de Carácter General,
aprobado por Decreto Supremo N° 001-2009-JUS;
Con las visaciones del Despacho Viceministerial de
Pesca y Acuicultura, de la Dirección General de Extracción
y Producción Pesquera para Consumo Humano Directo,
de la Dirección General de Supervisión y Fiscalización,
de la Dirección General de Sanciones, de la Dirección
General de Políticas y Desarrollo Pesquero;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº
25977, Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado
por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; la Ley N° 29158,
El Peruano / Jueves 3 de noviembre de 2016
NORMAS LEGALES
Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo
Nº 1047, Ley de Organización y Funciones del Ministerio
de la Producción; y su Reglamento de Organización
y Funciones aprobado por Resolución Ministerial Nº
343-2012-PRODUCE; y el Reglamento que establece
disposiciones relativas a la publicidad, publicación de
Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de
Carácter General, aprobado por Decreto Supremo N°
001-2009-JUS;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Publicación del Proyecto
Disponer la publicación del proyecto de Decreto Supremo
por el cual se aprueba el “Reglamento de Ordenamiento
Pesquero del Recurso Anchoveta para Consumo Humano
Directo”, así como la correspondiente Exposición de Motivos,
en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción
(www.produce.gob.pe), a efectos de recibir las opiniones,
comentarios y/o sugerencias de la ciudadanía, por el plazo
de treinta (30) días hábiles contado desde el día siguiente
de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el
diario Oficial El Peruano.
Artículo 2.- Mecanismos de Participación
Las opiniones y sugerencias sobre el proyecto de
Decreto Supremo a que se refiere el artículo 1 de la presente
Resolución Ministerial, deben ser remitidas a la sede del
Ministerio de la Producción, con atención a la Dirección
General de Políticas y Desarrollo Pesquero, ubicada en la
Calle Uno Oeste Nº 060 – Urbanización Córpac, San Isidro,
o a la dirección electrónica: [email protected].
Regístrese, comuníquese y publíquese.
BRUNO GIUFFRA MONTEVERDE
Ministro de la Producción
1449121-1
Encargan funciones de Jefe de la Oficina
General de Administración del FONDEPES
RESOLUCIÓN JEFATURAL
Nº 349-2016-FONDEPES/J
Lima, 31 de octubre de 2016
CONSIDERANDO:
Que,
mediante
Resolución
Jefatural
Nº
308-2016-FONDEPES/J de fecha 11 de agosto
de 2016, se designó al señor Ronny Fernando
Castro Arévalo como Jefe de la Oficina General de
Administración del Fondo Nacional de Desarrollo
Pesquero – FONDEPES;
Que, el referido servidor público formuló su renuncia al
cargo que venía desempeñando, por lo que corresponde
aceptar la misma y encargar a la persona que ejercerá dicho
cargo;
De conformidad con lo previsto por el artículo 3º de la Ley
Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo
en el nombramiento y designación de Funcionarios Públicos
y al literal l) del artículo 8º del Reglamento de Organización
y Funciones del FONDEPES, aprobado por Resolución
Ministerial Nº 346-2012-PRODUCE;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Aceptar con eficacia al 31 de octubre del
2016, la renuncia formulada por el señor Ronny Fernando
Castro Arévalo, al cargo de Jefe de la Oficina General
de Administración del Fondo Nacional de Desarrollo
Pesquero, dándosele las gracias por los servicios
prestados.
Artículo 2º.- Encargar con eficacia al 1 de noviembre
de 2016, al señor Enrique Fernández Paniagua, actual
Secretario General del Fondo Nacional de Desarrollo
Pesquero, en el cargo de Jefe de la Oficina General
de Administración del Fondo Nacional de Desarrollo
603375
Pesquero, en adición a sus funciones, y en tanto se
designe al Titular.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MARÍA ISABEL CASTRO SILVESTRE
Jefa
Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero
FONDEPES
1448932-1
RELACIONES EXTERIORES
Dan por terminadas funciones de Embajadora
Extraordinaria y Plenipotenciaria del Perú en
el Reino de Bélgica y ante la Unión Europea
RESOLUCIÓN SUPREMA
N° 242-2016-RE
Lima, 2 de noviembre de 2016
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Suprema N.° 3792011-RE, se nombró a la Embajadora en el Servicio
Diplomático de la República Cristina María del Rosario
Ronquillo de Blodorn, como Embajadora Extraordinaria y
Plenipotenciaria del Perú en el Reino de Bélgica;
Que, por Resolución Ministerial N° 1158-2011-RE, se
fijó el 15 de diciembre de 2011, como la fecha en que la
citada funcionaria diplomática asumió funciones como
Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria del Perú en
el Reino de Bélgica;
Que, mediante Resolución Suprema N.° 4492011-RE, se nombró a la Embajadora en el Servicio
Diplomático de la República Cristina María del Rosario
Ronquillo de Blodorn, como Embajadora Extraordinaria y
Plenipotenciaria del Perú ante la Unión Europea.
De conformidad con la Ley N.° 28091, Ley del Servicio
Diplomático de la República, y modificatorias; su Reglamento
aprobado mediante el Decreto Supremo N.° 130-2003-RE y
modificatorias; y el Reglamento de Organización y Funciones
del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto
Supremo N° 135.2010-RE;
SE RESUELVE:
Artículo 1. Dar por terminadas las funciones de la
Embajadora en el Servicio Diplomático de la República
Cristina María del Rosario Ronquillo de Blodorn, como
Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria del Perú en
el Reino de Bélgica.
Artículo 2. Dar por terminadas las funciones de la
Embajadora en el Servicio Diplomático de la República
Cristina María del Rosario Ronquillo de Blodorn, como
Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria del Perú
ante la Unión Europea.
Artículo 3. La fecha de término de sus funciones será
fijada mediante resolución ministerial.
Artículo 4. Cancelar las Cartas Credenciales y los
Plenos Poderes correspondientes.
Artículo 5. Darle las gracias por los importantes
servicios prestados a la Nación en el Despacho de sus
funciones.
Artículo 6. Aplicar el egreso que irrogue la presente
Resolución a las partidas correspondientes del Pliego
Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores.
Artículo 7. La presente Resolución será refrendada
por el Ministro de Relaciones Exteriores.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD
Presidente de la República
RICARDO LUNA MENDOZA
Ministro de Relaciones Exteriores
1449123-5
603376
NORMAS LEGALES
Autorizan al Consejo Nacional de Ciencia,
Tecnología e Innovación Tecnológica
efectuar pago de cuotas a diversos
organismos internacionales
RESOLUCIÓN SUPREMA
N° 243-2016-RE
Jueves 3 de noviembre de 2016 /
El Peruano
Artículo 4.- Refrendo
La presente resolución suprema será refrendada por
el Ministro de Relaciones Exteriores.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD
Presidente de la República
RICARDO LUNA MENDOZA
Ministro de Relaciones Exteriores
Lima, 2 de noviembre de 2016
VISTO:
1449123-6
El Oficio N° 348-2016-CONCYTEC-SG, de 30 de
septiembre de 2016, del Consejo Nacional de Ciencia,
Tecnología e Innovación Tecnológica, mediante el cual
solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la emisión
de la resolución suprema que autorice el pago de diversas
cuotas;
RESOLUCIÓN SUPREMA
N° 244-2016-RE
Lima, 2 de noviembre de 2016
VISTO:
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 30372 – Ley de Presupuesto
del Sector Público para el Año Fiscal 2016, se aprobó
el “Anexo B: Cuotas Internacionales - Año Fiscal
2016”, donde se detallan las entidades y montos que
corresponden a cuotas internacionales a ser otorgadas
durante el año fiscal 2016;
Que, de conformidad con lo establecido en el inciso
67.3 del artículo 67 del Texto Único Ordenado de la Ley N°
28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto,
aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF,
las cuotas se pagan con cargo al presupuesto institucional
de cada una de las entidades del sector público, previa
aprobación de la resolución suprema refrendada por el
Ministro de Relaciones Exteriores;
Que, en el presupuesto del Consejo Nacional de
Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica, se han
previsto recursos para el pago de diversas cuotas,
conforme el detalle que se consigna en la presente
resolución, a fin de autorizar el respectivo pago;
Estando a lo expuesto, y de conformidad con lo
establecido en el inciso 67.3 del artículo 67 del Texto
Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del
Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante
Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, y de la Ley Nº 30372 –
Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal
2016;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorización
Autorizar al Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología
e Innovación Tecnológica a efectuar el pago de las
siguientes cuotas:
PLIEGO
PRESUPUESTARIO
114: CONSEJO
NACIONAL
DE CIENCIA,
TECNOLOGÍA
E INNOVACIÓN
TECNOLÓGICA
MONEDA
MONTO
PERSONA JURÍDICA
USD
3 000.00
Centro Latinoamericano de
Física – CLAF
USD
Centro
Regional
de
10 000.00 Sismología para América del
Sur - CERESIS
EUR
EUR
5 740.00
Unión Internacional para la
Ciencia - ICSU
Programa Iberoamericano
60 000.00 de Ciencia y Tecnología para
el Desarrollo – CYTED
Artículo 2.- Afectación presupuestal
Disponer que los gastos que demande el cumplimiento
de la presente resolución se ejecuten con cargo al
presupuesto del Pliego 114: Consejo Nacional de Ciencia,
Tecnología e Innovación Tecnológica.
Artículo 3.- Equivalencia en moneda nacional
Disponer que la equivalencia en moneda nacional sea
establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de
pago.
El Oficio N° 350-2016-CONCYTEC-SG, de 03 de
octubre de 2016, del Consejo Nacional de Ciencia,
Tecnología e Innovación Tecnológica, mediante el cual
solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la emisión
de la resolución suprema que autorice el pago de la cuota
a favor del International Centre for Genetic Engineering
and Biotechnology – ICGEB;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 30372 – Ley de Presupuesto
del Sector Público para el Año Fiscal 2016, se aprobó
el “Anexo B: Cuotas Internacionales - Año Fiscal
2016”, donde se detallan las entidades y montos que
corresponden a cuotas internacionales a ser otorgadas
durante el año fiscal 2016;
Que, de conformidad con lo establecido en el inciso
67.3 del artículo 67 del Texto Único Ordenado de la Ley N°
28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto,
aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF,
las cuotas se pagan con cargo al presupuesto institucional
de cada una de las entidades del sector público, previa
aprobación de la resolución suprema refrendada por el
Ministro de Relaciones Exteriores;
Que, en el presupuesto del Consejo Nacional de
Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica, se
han previsto recursos para el pago de la cuota a favor
del International Centre for Genetic Engineering and
Biotechnology – ICGEB, por lo que corresponde emitir la
presente resolución a fin de autorizar el respectivo pago;
Estando a lo expuesto, y de conformidad con lo
establecido en el inciso 67.3 del artículo 67 del Texto
Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del
Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante
Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, y de la Ley Nº 30372 –
Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal
2016;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorización
Autorizar al Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología
e Innovación Tecnológica a efectuar el pago de la siguiente
cuota:
PLIEGO
PRESUPUESTARIO
114: CONSEJO
NACIONAL DE
CIENCIA, TECNOLOGÍA
E INNOVACIÓN
TECNOLÓGICA
MONEDA MONTO
USD
PERSONA JURÍDICA
International Centre for
12 900.00 Genetic Engineering and
Biotechnology – ICGEB
Artículo 2.- Afectación presupuestal
Disponer que los gastos que demande el cumplimiento
de la presente resolución se ejecuten con cargo al
presupuesto del Pliego 114: Consejo Nacional de Ciencia,
Tecnología e Innovación Tecnológica.
El Peruano / Jueves 3 de noviembre de 2016
NORMAS LEGALES
Artículo 3.- Equivalencia en moneda nacional
Disponer que la equivalencia en moneda nacional sea
establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de
pago.
Artículo 4.- Refrendo
La presente resolución suprema será refrendada por
el Ministro de Relaciones Exteriores.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD
Presidente de la República
RICARDO LUNA MENDOZA
Ministro de Relaciones Exteriores
1449123-7
SALUD
Autorizan viaje de profesionales de la
DIGEMID a México, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 860-2016/MINSA
Lima, 31 de octubre del 2016
Visto, el expediente N° 16-091739-001 que contiene la
Nota Informativa N° 610-2016-DIGEMID-DG-DEF/MINSA,
emitida por la Dirección General de Medicamentos,
Insumos y Drogas; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 5 de la Ley N° 29459, Ley de los
Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y
Productos Sanitarios, establece que la Autoridad Nacional
de Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y
Productos Sanitarios (ANM) es la entidad responsable
de proponer políticas, y dentro de su ámbito, normar,
regular, evaluar, ejecutar, controlar, supervisar, vigilar,
auditar, certificar y acreditar en temas relacionados a lo
establecido en la referida Ley implementando un sistema
de administración eficiente sustentado en estándares
internacionales;
Que, el artículo 11 de la acotada Ley señala que el
Certificado de Buenas Prácticas de Manufactura emitido
por la Dirección General de Medicamentos, Insumos y
Drogas-DIGEMID como Autoridad Nacional de Productos
Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos
Sanitarios, constituye requisito previo para la inscripción y
reinscripción de dichos productos en el Registro Sanitario;
Que, asimismo el artículo 22 de la acotada Ley
dispone que las personas naturales o jurídicas públicas
y privadas que se dedican para sí o para terceros a la
fabricación, la importación, distribución, almacenamiento,
dispensación o expendio de productos farmacéuticos,
dispositivos médicos y productos sanitarios, deben
cumplir con los requisitos y condiciones sanitarias
establecidas en el Reglamento respectivo y en las
Buenas Prácticas de Laboratorio de Distribución de
Almacenamiento, de Dispensación y de Seguimiento
Farmacoterapéutico y demás aprobados por la Autoridad
Nacional de Salud a propuesta de la Autoridad Nacional
de Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y
Productos Sanitarios, según corresponda y contar con la
certificación correspondiente en los plazos que establece
el Reglamento;
Que, la Directiva Administrativa N° 165-MINSA/
DIGEMID V.01, Directiva Administrativa para la
Certificación de Buenas Prácticas de Manufactura en
Laboratorios Nacionales y Extranjeros aprobada por
Resolución Ministerial N° 737-2010/MINSA y modificada
por la Resolución Ministerial N° 798-2016/MINSA, señala
en el numeral 6.1 de las Disposiciones Específicas que el
Ministerio de Salud como Autoridad Nacional de Salud,
a través de la Dirección General de Medicamentos,
603377
Insumos y Drogas como Autoridad Nacional de Productos
Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos
Sanitarios, otorga la Certificación de Buenas Prácticas de
Manufactura a los laboratorios dedicados a la fabricación
de Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y
Productos Sanitarios a nivel nacional e internacional,
previa auditoría para verificar su cumplimiento;
Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 6.17
de la citada directiva, en el caso de certificación de
laboratorios extranjeros, estos abonarán en la cuenta
del Ministerio de Salud, los montos correspondientes
a la tarifa según el Texto Único de Procedimientos
Administrativos (TUPA) vigente, más la cantidad que se
defina en una Pre Liquidación que incluya los costos de
pasajes y viáticos para el personal que realizará dicha
certificación;
Que, de acuerdo a lo señalado por la Dirección
General de Medicamentos, Insumos y Drogas en
el documento de visto, la empresa TECHSPHERE
PERÚ S.A. ha solicitado la Certificación de Buenas
Prácticas de Manufactura (BPM) y de Buenas Prácticas
de Laboratorio (BPL) del laboratorio PRODUCTOS
CIENTIFICOS S.A. DE C.V. ubicado en la ciudad de
México D.F., Estados Unidos Mexicanos, señalando
que la citada empresa ha cumplido con el pago del
derecho de tramitación previsto en el Texto Único
de Procedimientos Administrativos (TUPA) para las
certificación señalada, incluyendo los costos por
concepto de pasajes y viáticos;
Que, según lo señalado en la Nota Informativa
N° 304-2016-T-OE-OGA/MINSA, la Oficina de Economía
de la Oficina General de Administración ha verificado el
depósito efectuado por la empresa TECHSPHERE PERÚ
S.A. conforme al Recibo de Ingreso N° 3341, con el cual
se cubre íntegramente los costos del viaje de inspección
solicitado por la empresa en mención;
Que, según lo informado por la Dirección General de
Medicamentos, Insumos y Drogas la inspección solicitada
para la obtención de la certificación señalada en el
considerando precedente, se llevará a cabo del 7 al 17 de
noviembre de 2016;
Que, con Memorando N° 2162-2016-OGA/MINSA,
la Oficina General de Administración informa que el
viaje que realizarán las químicos farmacéuticos Gloria
Mélida García Molina y Dora Curu Díaz, profesionales
de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y
Drogas para realizar la inspección solicitada, cuenta
con las Certificaciones de Crédito Presupuestario N°s.
05081-2016 y 5082-2016, correspondiente a la fuente de
financiamiento de Recursos Directamente Recaudados
del Pliego 011: Ministerio de Salud, para pasajes en
tarifa económica, así como los viáticos correspondientes
incluido gastos de instalación, en concordancia con la
normatividad vigente;
Que, mediante Informe N° 311-2016-EGC-ODRH/
MINSA, la Oficina General de Recursos Humanos emite
opinión favorable respecto de la autorización de viaje de
los referidos profesionales;
Que, en atención a lo señalado en los considerandos
precedentes, la realización del mencionado viaje tiene
por objeto efectuar la supervisión de las condiciones y
prácticas de fabricación de los productos farmacéuticos,
dispositivos médicos y productos sanitarios por
parte del laboratorio extranjero y que será materia
de comercialización en el país, resultando de interés
institucional autorizar el viaje de los profesionales en
mención;
Que, conforme a lo dispuesto en el literal g) del
numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 30372, Ley de
Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016,
los viajes que realicen los profesionales de la Dirección
General de Medicamentos, Insumos y Drogas (DIGEMID),
para las acciones de inspección de laboratorios
farmacéuticos en el extranjero, en la Certificación de
Buenas Prácticas de Manufactura y Buenas Prácticas de
Laboratorio, se autorizan mediante resolución del titular
de la entidad;
Con el visado de la Directora General de la Oficina
General de Recursos Humanos, del Director General
de la Oficina General de Administración, del Director
General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, del
603378
NORMAS LEGALES
Secretario General, y del Viceministro de Prestaciones y
Aseguramiento en Salud; y,
De conformidad con lo dispuesto en el literal g) del
numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 30372, Ley de
Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016;
la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes
al exterior de los servidores y funcionarios públicos y
su modificatoria; su Reglamento, aprobado por Decreto
Supremo N° 047-2002-PCM, y sus modificatorias; y la
Directiva Administrativa para la Certificación de Buenas
Prácticas de Manufactura en Laboratorios Nacionales y
Extranjeros, aprobada por Resolución Ministerial N° 7372010/MINSA y modificada por la Resolución Ministerial N°
798-2016/MINSA;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar en comisión de servicios el
viaje de las químicos farmacéuticos Gloria Mélida García
Molina y Dora Curu Díaz, profesionales de la Dirección
General de Medicamentos, Insumos y Drogas, a la ciudad
de México D.F., Estados Unidos Mexicanos, del 6 al 18 de
noviembre de 2016, para los fines expuestos en la parte
considerativa de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2.- Los gastos que irrogue el viaje de los
citados profesionales en cumplimiento de la presente
Resolución Ministerial han sido íntegramente cubiertos por
la empresa TECHSPHERE PERÚ S.A., a través del Recibo
de Ingreso detallado en los considerandos precedentes,
abonado a la Oficina de Economía de la Oficina General
de Administración, incluyendo la asignación por concepto
de viáticos, conforme al siguiente detalle:
- Pasaje tarifa económica para 2 personas
(c/persona US$ 807.549 incluido TUUA)
: US$ 1,615.10
- Viáticos por 12 días para 2 personas
: US$ 10,560.00
(c/persona US$ 5,280.00 incluido gastos de instalación)
TOTAL
: US$ 12,175.10
Artículo 3.- Disponer que los citados profesionales,
dentro de los quince (15) días calendario posteriores a su
retorno, presenten ante el Titular de la entidad, con copia
a la Oficina General de Recursos Humanos, un informe
detallado, describiendo las acciones realizadas y los
resultados obtenidos, en el evento al que acudirán, así
como la rendición de cuentas de acuerdo a Ley.
Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no
dará derecho a exoneración o liberación de impuestos
aduaneros de ninguna clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PATRICIA J. GARCÍA FUNEGRA
Ministra de Salud
1449007-1
Designan
temporalmente
Ejecutivo
Adjunto 1 de la Oficina General de Asesoría
Jurídica del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 861-2016/MINSA
Lima, 31 de octubre de 2016
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Ministerial N° 493-2016/
MINSA de fecha 31 de diciembre de 2014, se aprobó
el Cuadro para Asignación de Personal Provisional del
Ministerio de Salud, en el cual el cargo de Ejecutivo/a
Adjunto/a I de la Oficina General de Asesoría Jurídica se
encuentra calificado como de confianza;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 006-2016/
MINSA, de fecha 11 de enero de 2016, se designó a la
abogada Mary Janet Ramos Barrientos, en el cargo de
Ejecutiva Adjunta I, Nivel F-4, de la Oficina General de
Asesoría Jurídica del Ministerio de Salud;
Jueves 3 de noviembre de 2016 /
El Peruano
Que, la citada profesional ha formulado renuncia en
el cargo que venía desempeñando, correspondiendo
aceptar la misma y designar temporalmente a quien
ejercerá dicho cargo;
Que, el artículo 11 del Reglamento del Decreto
Legislativo N° 1057, que regula el Régimen Especial
de Contratación Administrativa de Servicios, aprobado
por Decreto Supremo N° 075-2008-PCM, modificado
por Decreto Supremo N° 065-2011-PCM, establece que
los trabajadores bajo dicho régimen pueden ejercer
la designación temporal, como directivo superior o
empleado de confianza, observando las limitaciones
establecidas en la Ley N° 28175, Ley Marco del Empleo
Público;
Con el visado de la Directora General de la Oficina
General de Gestión de Recursos Humanos, del Director
General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y del
Secretario General; y,
De conformidad con lo previsto en la Ley N° 27594,
Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el
nombramiento y designación de funcionarios públicos; en
la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, en
el Decreto Legislativo Nº 1057, que regula el Régimen
Especial de Contratación Administrativa de Servicios;
en su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N°
075-2008-PCM y sus modificatorias; y, en el Decreto
Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del
Ministerio de Salud;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aceptar la renuncia de la abogada Mary
Janet Ramos Barrientos, al cargo de Ejecutiva Adjunta I,
Nivel F-4, de la Oficina General de Asesoría Jurídica del
Ministerio de Salud dándosele las gracias por los servicios
prestados.
Artículo 2.- Designar temporalmente al abogado
Marco Antonio Rivera Obando, profesional contratado
bajo el Régimen Especial de Contratación Administrativa
de Servicios, en el cargo de Ejecutivo Adjunto I de la
Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de
Salud.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PATRICIA J. GARCÍA FUNEGRA
Ministra de Salud
1449007-2
TRABAJO Y PROMOCION
DEL EMPLEO
Autorizan viaje de Viceministro de
Promoción del Empleo y Capacitación
Laboral a Bolivia, en misión oficial
RESOLUCIÓN SUPREMA
N° 020-2016-TR
Lima, 2 de noviembre de 2016
VISTOS: El Oficio OF.RE (SUD-SPA) Nº 22-6-BB/165
del Ministerio de Relaciones Exteriores, el Oficio Nº 12462016-MTPE/4/10 e Informe Nº 44-2016-MTPE/4/10 de la
Oficina General de Cooperación y Asuntos Internacionales,
el Oficio Nº 942-2016-MTPE/4/11 de la Oficina General de
Administración y el Informe Nº 3036-2016-MTPE/4/8 de la
Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante el Oficio OF.RE (SUD-SPA) Nº 22-6BB/165, el Ministerio de Relaciones Exteriores informa
acerca de la realización del Encuentro Presidencial y
II Reunión del Gabinete Binacional de Ministros Perú
– Bolivia a realizarse el 4 de noviembre de 2016, en la
El Peruano / Jueves 3 de noviembre de 2016
NORMAS LEGALES
ciudad de Sucre, departamento de Chuquisaca, Estado
Plurinacional de Bolivia;
Que, el citado evento constituye el mecanismo de
integración y amistad, que permite trabajar de manera
conjunta en políticas de desarrollo e inclusión social en
beneficio de las poblaciones que viven en la zona de
frontera, impulsando la cooperación sectorial mediante
la activación de mecanismos que permita el intercambio
de experiencias en materia de políticas sociales y el
aprendizaje mutuo, mediante actividades que acuerden
ambos países;
Que, mediante el Informe N° 44-2016-MTPE/4/10, la
Oficina General de Cooperación y Asuntos Internacionales,
indica que según las coordinaciones realizadas con la Alta
Dirección, el señor Viceministro de Promoción del Empleo
y Capacitación Laboral, participará en la II Reunión del
Gabinete Binacional de Ministros Perú – Bolivia, el día 04
de noviembre de 2016, en representación del Ministro de
Trabajo y Promoción del Empleo;
Que, en el referido Informe se señala que, la
participación del señor Viceministro de Promoción del
Empleo y Capacitación Laboral, permitirá posicionar temas
vinculados a la generación de empleo, empleabilidad
y emprendimiento en la población juvenil, con especial
énfasis en la zona de frontera; por lo cual, dada la
importancia del citado evento, resulta necesario autorizar
el viaje del señor Jaime Luis Obreros Charún, Viceministro
de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, a la
ciudad de Sucre, departamento de Chuquisaca, Estado
Plurinacional de Bolivia;
Que, mediante correo electrónico de fecha 27 de
octubre de 2016, la Dirección de América del Sur/
DGA del Ministerio de Relaciones Exteriores confirma
la reservación de un vuelo en el Grupo Aéreo Nº 08,
para el señor Viceministro de Promoción del Empleo y
Capacitación Laboral;
Que, el último párrafo del numeral 10.1 del artículo 10
de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público
para el Año Fiscal 2016, establece que el requerimiento
de autorizaciones de viajes al exterior por supuestos
distintos a los señalados en dicho artículo, en el caso de
las entidades del Poder Ejecutivo, deben canalizarse a
través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se
autorizan mediante resolución suprema refrendada por el
Presidente del Consejo de Ministros, la cual se publica en
el Diario Oficial El Peruano;
De conformidad con lo dispuesto por el numeral 8
del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del
Poder Ejecutivo; la Ley N° 27619, Ley que regula la
autorización de viajes al exterior de servidores y
funcionarios públicos, modificada por la Ley Nº 28807 y
su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0472002-PCM y sus modificatorias y la Ley N° 30372, Ley
de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal
2016;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje en misión oficial del
señor JAIME LUIS OBREROS CHARÚN, Viceministro
de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, a la
ciudad de Sucre, departamento de Chuquisaca, Estado
Plurinacional de Bolivia el día 04 de noviembre de 2016,
para los fines expuestos en la parte considerativa de la
presente resolución suprema.
Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento
de la presente resolución, serán cubiertos con recursos
del Presupuesto del Ministerio de Trabajo y Promoción del
Empleo, de acuerdo con el siguiente detalle:
Viáticos US$ 370.00
Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario
siguiente de efectuado el viaje, el citado funcionario deberá
presentar al Despacho Ministerial un informe describiendo
las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante
el viaje autorizado.
Artículo 4.- La presente resolución suprema
no otorga derecho a exoneración o liberación
denominación de impuestos aduaneros de ninguna
clase o denominación.
603379
Artículo 5.- La presente resolución suprema es
refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el
Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD
Presidente de la República
FERNANDO ZAVALA LOMBARDI
Presidente del Consejo de Ministros
ALFONSO GRADOS CARRARO
Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo
1449124-12
Disponen la implementación del Registro
Nacional de Trabajadores de Construcción
Civil - RETCC en el ámbito territorial de la
Región Callao
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 266-2016-TR
Lima, 2 de noviembre de 2016
VISTOS: El Proveído N° 4977-2016-MTPE/2 del
Despacho Viceministerial de Trabajo, el Oficio Nº 29842016-MTPE/2/14 de la Dirección General de Trabajo y el
Informe N° 3037-2016-MTPE/4/8 de la Oficina General de
Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, el literal a) del numeral 8.1 del artículo 8 del
Decreto Legislativo N° 1187, que previene y sanciona la
violencia en la actividad de construcción civil, dispone
la creación del Registro Nacional de Trabajadores de
Construcción Civil – RETCC;
Que, mediante Decreto Supremo N° 009-2016-TR
se aprueba el Reglamento del Registro Nacional de
Trabajadores de Construcción Civil – RETCC, en cuyo
literal 3.2 del artículo 3, se establece como objetivo del
registro contar con una base de datos confiable de los
trabajadores dedicados a la actividad de la construcción
civil; facilitando su acceso a servicios de orientación
laboral y empleo; así como coadyuvar a la capacitación,
especialización y certificación de las competencias
laborales de estos trabajadores;
Que, el literal d) de la tercera disposición
complementaria final del Decreto Supremo N° 0092016-TR dispone que mediante resolución ministerial se
establece las disposiciones y medidas complementarias
para la mejor aplicación del referido decreto supremo;
entre otros, para establecer la región o circunscripción
territorial en la que opera la modalidad virtual de
inscripción o renovación, ya sea con carácter sustitutorio
o alternativo de la modalidad presencial, para lo cual la
Autoridad Administrativa de Trabajo respectiva debe
contar con los recursos y garantías apropiados para la
implementación de esta modalidad y la verificación de
los requisitos exigidos para la inscripción conforme al
presente decreto supremo;
Que, mediante Resolución Ministerial N° 232-2016TR se regula la modalidad virtual de inscripción en el
Registro Nacional de Trabajadores de Construcción Civil
– RETCC, y su renovación, cuya primera disposición
complementaria final indica que los trabajadores de la
actividad de construcción civil podrán realizar la modalidad
virtual de inscripción o renovación en el RETCC, una vez
que se haya dispuesto por resolución ministerial que
opera esta modalidad virtual en una determinada región
o circunscripción territorial;
Que, ateniendo a que la Dirección Regional de Trabajo
y Promoción del Empleo del Callao informa contar con
la logística y recursos necesarios para dar inicio a las
inscripciones en el RETCC, en la modalidad virtual, es
603380
NORMAS LEGALES
razonable disponer la implementación del RETCC, en
dicha circunscripción territorial;
Que, a efectos de promover el adecuado cumplimiento
de las obligaciones derivadas del RETCC, resulta
conveniente desplegar la función orientadora de la
inspección del trabajo, previamente al inicio de las
acciones de fiscalización y sanción correspondientes;
Con las visaciones del Viceministro de Trabajo,
del Director General de Trabajo y del Jefe de la Oficina
General de Asesoría Jurídica; y,
De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8)
del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del
Poder Ejecutivo; la Ley N° 29381, Ley de Organización
y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del
Empleo; y, el Reglamento de Organización y Funciones
del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo,
aprobado por Decreto Supremo N° 004-2014-TR;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Disponer la implementación del RETCC
en la Región Callao
Iníciase la implementación del Registro Nacional de
Trabajadores de Construcción Civil – RETCC en el ámbito
territorial de la Región Callao.
La implementación se realiza en la modalidad virtual
con carácter sustitutorio de la modalidad presencial,
para tramitar las solicitudes de primera inscripción en el
RETCC.
La Dirección Regional de Trabajo y Promoción del
Empleo de la Región Callao inicia la implementación,
conforme a lo antes indicado, para lo cual habilita las
instalaciones apropiadas para tramitar y/o evaluar las
solicitudes de inscripciones en el RETCC a partir del
día 07 de noviembre de 2016, debiendo promover las
facilidades para su efectivo cumplimiento.
Se inscriben bajo esta modalidad las personas que
domicilien en el ámbito territorial de la región Callao según
la información consignada en el Documento Nacional de
Identidad.
Artículo 2.- Cronograma de inscripción en el
RETCC
La Dirección Regional de Trabajo y Promoción
del Empleo de la Región Callao, mediante resolución
directoral regional, podrá establecer un cronograma
para la inscripción de los trabajadores en el RETCC, así
como los horarios de atención para la entrega del carné
y trámites relacionados, dicho cronograma no podrá
exceder del plazo de sesenta (60) días hábiles.
Vencido dicho plazo, se entiende implementado el
RETCC y resultan exigibles las obligaciones que se
derivan de este registro, de acuerdo con lo estipulado en
la segunda disposición complementaria final del Decreto
Supremo N° 009-2016-TR.
Artículo 3.- Acciones de fiscalización del Sistema
de Inspección del Trabajo
Durante el plazo establecido en el primer párrafo
del artículo 2, las actuaciones que realice la autoridad
competente del Sistema de Inspección del Trabajo en
El Callao, respecto de las obligaciones que establece el
RETCC, serán de orientación y asesoramiento técnico en
esta materia.
Estando a lo dispuesto en la tercera disposición
complementaria final del Decreto Supremo N° 008-2013TR, implementado el RETCC en el ámbito territorial de
la Región Callao, resultan exigibles las obligaciones de
inscripción y de actualización de información en el Registro
Nacional de Obras de Construcción Civil – RENOCC a
cargo de las empresas contratistas y subcontratistas.
DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL
Única.- De la responsabilidad
La Dirección Regional de Trabajo y Promoción
del Empleo de la Región Callao adopta las medidas
administrativas que resulten necesarias para la eficiente
Jueves 3 de noviembre de 2016 /
El Peruano
realización de lo establecido en la presente resolución
ministerial, a fin de implementar el RETCC en el término
establecido en el primer párrafo del artículo 2.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALFONSO GRADOS CARRARO
Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo
1448946-1
TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Decreto Supremo que incorpora el artículo
6-A en el Decreto Supremo N° 012-2013-MTC
DECRETO SUPREMO
Nº 020-2016-MTC
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el Reglamento de Jerarquización Vial, aprobado
por Decreto Supremo Nº 017-2007-MTC, en adelante, el
Reglamento, establece en el numeral 6.2 de su artículo
6, que las autoridades competentes para la aplicación
de dicho reglamento, de conformidad con los niveles de
Gobierno que corresponden a la organización del Estado,
son las siguientes: a) el Ministerio de Transportes y
Comunicaciones, por el Gobierno Nacional, a cargo de la
Red Vial Nacional; b) los Gobiernos Regionales, a cargo
de su respectiva Red Vial Departamental o Regional, y c)
los Gobiernos Locales, a cargo de su respectiva Red Vial
Vecinal o Rural;
Que, el artículo 8 del Reglamento, señala que son
parte de la Red Vial Nacional, las carreteras que cumplan
cualesquiera de los siguientes criterios de jerarquización
vial: i) interconectar al país longitudinalmente o
transversalmente, permitiendo la vinculación con
los países vecinos; ii) interconectar las capitales de
departamento; iii) interconectar dos o más carreteras de
la Red Vial Nacional; iv) soportar regularmente el tránsito
de larga distancia nacional o internacional de personas
y/o mercancías, facilitando el intercambio comercial
interno o del comercio exterior; v) articular los puertos
y/o aeropuertos de nivel nacional o internacional, así
como las vías férreas nacionales; y, vi) interconectar los
principales centros de producción con los principales
centros de consumo;
Que, asimismo, el Reglamento señala en su
artículo 15, que el Clasificador de Rutas es el
documento oficial del Sistema Nacional de Carreteras
- SINAC, en el cual se clasifica a las rutas en Red
Vial Nacional, Red Vial Departamental o Regional y
Red Vial Vecinal o Rural, incluyendo el Código de Ruta
y su definición, según puntos o lugares principales
que conecta. Precisa, además, que el Ministerio de
Transportes y Comunicaciones es el responsable de
elaborar la actualización del Clasificador de Rutas
que se aprobará mediante Decreto Supremo y que
las modificaciones serán aprobadas por Resolución
Ministerial de dicho Ministerio;
Que, por Decreto Supremo N° 012-2013-MTC se
aprobó la actualización del Clasificador de Rutas del
Sistema Nacional de Carreteras - SINAC, así como
diversas disposiciones referidas a la clasificación de rutas.
Así, esta norma ha regulado los temas referidos a: i) las
definiciones de los términos utilizados en el Clasificador
de Rutas (artículo 2); ii) el ámbito de aplicación del
Clasificador de Rutas (artículo 3); iii) la identificación de
las redes viales (artículo 4); iv) la aplicación obligatoria
del Clasificador de Rutas y su difusión (artículo 5); v) la
reclasificación temporal de carreteras (artículo 6); vi) la
clasificación de caminos departamentales o vecinales
de los Programas de PROVIAS DESCENTRALIZADO
(artículo 7), y vii) la vigencia de las reclasificaciones
temporales respecto de la actualización del Clasificador
de Rutas (artículo 8);
El Peruano / Jueves 3 de noviembre de 2016
NORMAS LEGALES
Que, posteriormente, por Decreto Supremo Nº
011-2016-MTC, se aprobó la actualización del vigente
Clasificador de Rutas del Sistema Nacional de Carreteras
- SINAC y, consecuentemente, se derogó el artículo 1
del Decreto Supremo N° 012-2013-MTC y el Anexo que
contenía al anterior Clasificador de Rutas;
Que, de otro lado, de acuerdo con el artículo
57 del Reglamento de Organización y Funciones
del Ministerio de Transportes y Comunicaciones,
aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC,
la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles es
un órgano de línea de ámbito nacional del Sector
Transportes, encargado de normar sobre la gestión de
la infraestructura de caminos, puentes y ferrocarriles;
así como, de fiscalizar su cumplimiento. Asimismo,
de conformidad al literal c) del artículo 58 del citado
Reglamento, la citada Dirección General tiene como
una de sus funciones específicas, la de proponer y/o
aprobar normas de carácter técnico y/o administrativas
relacionadas con la gestión de la infraestructura vial y
velar por su cumplimiento;
Que, en ejercicio de éstas funciones, la Dirección
General de Caminos y Ferrocarriles, a través de su
Dirección de Normatividad Vial y su Dirección de
Caminos, ha evaluado la conveniencia de regular la
figura de clasificación temporal como Rutas Nacionales,
de vías de competencia de los Gobiernos Locales que
permitan la conexión de dos vías que ostentan rango
nacional;
Que, resulta necesaria la clasificación temporal
de tales vías a fin de permitir que el Ministerio
de Transportes y Comunicaciones pueda realizar
intervenciones en éstas para adaptarlas al flujo de una
ruta nacional, y, a la vez, permitir el transito público
urbano. Ello con el objeto que, una vez realizadas las
mencionadas intervenciones, las vías puedan constituir
alternativas de distribución del flujo de pasajeros y/o
mercancías en las rutas nacionales que permitan: i) el
uso de las vías con mayor equidad y no se tenga una
sobrecarga solo en algunas rutas, ii) la obtención de
tiempos menores en el transporte, iii) las maniobras de
los vehículos de carga, y, iv) un tránsito mixto urbanocarretero, donde los dos flujos tengan sus vías con
características técnicas compatibles;
Que, asimismo, resulta pertinente regular que
las intervenciones viales que realice el Ministerio de
Transportes y Comunicaciones en tales vías, puedan ser
efectuadas bajo los mecanismos de participación pública
y/o privada, y que éstas comprendan tanto obra pública
como asociaciones público privadas, y otros mecanismos
permitidos por Ley;
Que, en ese sentido, la Dirección General de Caminos
y Ferrocarriles, ha propuesto, a través del Memorándum Nº
1888-2016-MTC/14 e Informe N° 522-2016-MTC/14.07 de
sus Direcciones de Caminos y de Normatividad Vial, ambos
de fecha 21 de octubre del 2016, la emisión de un Decreto
Supremo por el cual se incorpore en el Decreto Supremo N°
012-2013-MTC, un artículo (el 6-A), mediante el cual se regule
el tema de la clasificación temporal como Rutas Nacionales,
de aquellas vías de competencia de los Gobiernos Locales
que permitan la conexión de vías de rango nacional;
En uso de las facultades conferidas por el Numeral 8)
del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; la Ley
Nº 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre;
la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y,
la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del
Ministerio de Transportes y Comunicaciones;
603381
temporal, como Rutas Nacionales, de vías de competencia
de los Gobiernos Locales que permitan la conexión de
vías de rango nacional.
Dicha clasificación temporal, tiene como finalidad que
el Ministerio de Transportes y Comunicaciones pueda
realizar intervenciones en dichas vías para adaptar sus
características físicas a las de carreteras, teniendo en
cuenta el tránsito urbano. Tales intervenciones podrán
realizarse bajo los mecanismos de participación pública
y/o privada, los mismos que comprenderán obra pública
o asociaciones público privadas, y otros permitidos por
Ley.
El Ministerio de Transportes y Comunicaciones y el
Gobierno Local competente, deberán, previamente a la
emisión de la Resolución Ministerial, suscribir un convenio
en el que se establezcan los términos y condiciones bajo
los cuales se implementarán las intervenciones previstas
en el párrafo anterior.
La clasificación temporal tendrá vigencia hasta la
conclusión de la obra pública o de la caducidad por
vencimiento del plazo del Contrato de Asociación Público
Privada, que se suscriba respecto a la vía clasificada
temporalmente, luego de lo cual, las vías involucradas
retornarán a su condición inicial bajo competencia del
gobierno local al cual corresponden”.
Artículo 2.- Refrendo
El presente Decreto Supremo será refrendado por el
Ministro de Transportes y Comunicaciones.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dos días
del mes de noviembre del año dos mil dieciséis.
PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD
Presidente de la República
MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO
Ministro de Transportes y Comunicaciones
1449124-2
Aceptan renuncia y designan Director
de la Dirección de Certificaciones y
Autorizaciones de la Dirección General de
Aeronáutica Civil del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 891-2016 MTC/01
Lima, 31 de octubre de 2016
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 606-2014MTC/01, se designó al señor Gonzalo José Miguel Pérez
Wicht San Román, en el cargo público de confianza de
Director de la Dirección de Certificaciones y Autorizaciones
de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio
de Transportes y Comunicaciones;
Que, el citado funcionario ha presentado renuncia al
cargo que venía desempeñando, por lo que corresponde
aceptar la renuncia; así como, designar al profesional que
ocupará dicho cargo;
De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27594,
la Ley Nº 29158, la Ley Nº 29370 y el Decreto Supremo
Nº 021-2007-MTC;
DECRETA:
Artículo 1°.- Incorporación del artículo 6-A en el
Decreto Supremo N° 012-2013-MTC.
Incorpórese el artículo 6-A en el Decreto Supremo N°
012-2013-MTC, con el siguiente texto:
“Artículo 6-A.- Clasificación temporal, como Rutas
Nacionales, de vías de competencia de los Gobiernos
Locales
El Ministerio de Transportes y Comunicaciones podrá
aprobar, mediante Resolución Ministerial, la clasificación
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aceptar la renuncia formulada por el
señor Gonzalo José Miguel Pérez Wicht San Román, al
cargo público de confianza de Director de la Dirección de
Certificaciones y Autorizaciones de la Dirección General
de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y
Comunicaciones, dándosele las gracias por los servicios
prestados.
Artículo 2.- Designar al señor Luis Núñez Vidal, en el
cargo público de confianza de Director de la Dirección de
Certificaciones y Autorizaciones de la Dirección General
603382
NORMAS LEGALES
de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y
Comunicaciones.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO
Ministro de Transportes y Comunicaciones
Jueves 3 de noviembre de 2016 /
El Peruano
Dan por concluida designación y designan
Director de la Oficina de Finanzas de la
Oficina General de Administración del
Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 893-2016 MTC/01.04
1448645-1
Lima, 31 de octubre de 2016
Designan Director de la Oficina de
Abastecimiento de la Oficina General de
Administración del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 892-2016 MTC/01.04
Lima, 31 de octubre de 2016
CONSIDERANDO:
Que, se encuentra vacante el cargo de Director
de la Oficina de Abastecimiento de la Oficina General
de Administración del Ministerio de Transportes y
Comunicaciones;
Que, en consecuencia, resulta necesario designar a la
persona que ejerza las funciones inherentes a dicho cargo
considerado de confianza;
De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29370,
la Ley Nº 27594, la Ley Nº 29158 y el Decreto Supremo
Nº 021-2007-MTC;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Designar al señor Percy Fernando
Toledo Arbaiza en el cargo público de confianza de
Director de la Oficina de Abastecimiento de la Oficina
General de Administración del Ministerio de Transportes
y Comunicaciones.
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 414-2012MTC/01, se designó al señor Fernando Javier Mateo
Yataco, en el cargo público de confianza de Director de la
Oficina de Finanzas de la Oficina General de Administración
del Ministerio de Transportes y Comunicaciones;
Que, se ha visto por conveniente dar por concluida la
designación referida en el párrafo precedente y designar a la
persona que desempeñará el cargo de Director de la Oficina
de Finanzas de la Oficina General de Administración del
Ministerio de Transportes y Comunicaciones;
De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29370,
la Ley Nº 27594, la Ley Nº 29158 y el Decreto Supremo
Nº 021-2007-MTC;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Dar por concluida la designación del
señor Fernando Javier Mateo Yataco, al cargo público
de confianza de Director de la Oficina de Finanzas de
la Oficina General de Administración del Ministerio de
Transportes y Comunicaciones, dándosele las gracias por
los servicios prestados.
Artículo 2.- Designar al señor Guillermo Aníbal
Castillo Rivera en el cargo público de confianza de
Director de la Oficina de Finanzas de la Oficina General
de Administración del Ministerio de Transportes y
Comunicaciones.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO
Ministro de Transportes y Comunicaciones
MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO
Ministro de Transportes y Comunicaciones
1448647-1
1449001-1
FE DE ERRATAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial,
Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos
Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la
publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente:
1. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles
siguientes a la publicación original. En caso contrario, la rectificación sólo procederá mediante
la expedición de otra norma de rango equivalente o superior.
2. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda
revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de
Erratas.
3. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo
el título “Dice” y a continuación la versión rectificada del mismo fragmento bajo el título “Debe
Decir”; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden
antes de consignar el siguiente error a rectificarse.
4. El archivo se adjuntará en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste
podrá ser remitido al correo electrónico [email protected]
LA DIRECCIÓN
El Peruano / Jueves 3 de noviembre de 2016
NORMAS LEGALES
ORGANISMOS REGULADORES
ORGANISMO SUPERVISOR DE
LA INVERSION PRIVADA EN
TELECOMUNICACIONES
Designan funcionarios responsables de
atender solicitudes de información que se
formulen en las Oficinas Desconcentradas
de Ayacucho, Huancavelica e Ica del
OSIPTEL y ratifican otras designaciones
efectuadas mediante la Res. N° 046-2014PD/OSIPTEL
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA
Nº 00105-2016-PD/OSIPTEL
Lima, 26 de octubre de 2016
OBJETO
DESIGNACIÓN DE FUNCIONARIOS ENCARGADOS
DE BRINDAR LA INFORMACIÓN SOLICITADA AL
OSIPTEL EN LAS OFICINAS DESCONCENTRADAS DE
AYACUCHO, HUANCAVELICA E ICA
VISTOS:
El Memorando N° 01169-GOD/2016 de fecha 18 de
octubre de 2016 y el Informe N° 292- GAL/2016, de fecha
21 de octubre de 2016, de la Gerencia de Asesoría Legal.
CONSIDERANDO:
Que, el Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM
que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley de
Transparencia y Acceso a la Información Pública (en
adelante, el TUO de la Ley de Transparencia) establece en
sus artículos 3º y 8º que las entidades de la Administración
Pública deberán brindar información solicitada en virtud
de dicha Ley, e identificar al funcionario responsable
entregarla;
Que, el Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, que
aprueba el Reglamento de la Ley de Transparencia
y Acceso a la Información Pública (en adelante, el
Reglamento de la Ley de Transparencia) dispone en su
artículo 4º que las entidades que cuenten con oficinas
desconcentradas o descentralizadas, designarán en
cada una de ellas al funcionario responsable de entregar
la información que se requiera al amparo de la Ley, con
el objeto que la misma pueda tramitarse con mayor
celeridad;
Que, mediante Oficio Nº 439-2014-PCM/SGP, del 22
de mayo de 2014, la Secretaría de Gestión Pública de la
Presidencia del Consejo de Ministros remitió el Informe
Nº 013-2014-PCM/SGP-SRC, en el que recomienda que
las entidades públicas indiquen expresamente en sus
resoluciones los nombres y apellidos de los funcionarios
públicos encargados de atender los pedidos de acceso
a la información pública y actualización del Portal de
Transparencia;
Que, mediante la Resolución de Presidencia Nº 046-2014PD/OSIPTEL, del 9 de junio de 2014, se resolvió, entre otros,
designar a Heidy del Aguila Mego, Sofía Meneses Ordoñez,
Randolph Ademar Castillo Chavez y Jorge Luis Arrué Flores
como funcionarios responsables de atender las solicitudes de
información que se formulen en aplicación del TUO de la Ley
de Transparencia, en las Oficinas Desconcentradas de Loreto,
Tacna, Tumbes y Ucayali, en tanto ostentaban la calidad
de Jefes de Oficinas Desconcentradas o se encontraban
encargados de dicho cargo;
Que, acorde a lo señalado en la Resolución Nº 0462014-PD/OSIPTEL, la designación de los funcionarios
603383
responsables de atender las solicitudes de información
que se formulen en aplicación del TUO de la Ley de
Transparencia en las Oficinas Desconcentradas, está
vinculada al cargo que desempeñan como Jefes de las
referidas oficinas; por lo tanto, en caso exista modificación
del personal asignado a dicho cargo, corresponderá se
modifique su designación;
Que, de acuerdo a lo informado por la Gerencia de
Oficinas Desconcentradas, se han designado nuevos
encargados de atender las solicitudes de información
que se formulen en aplicación del TUO de la Ley de
Transparencia en las Oficinas Desconcentradas de
Ayacucho, Huancavelica e Ica, respectivamente;
habiendo sido cubiertos dichos cargos por Jhon Luna
Iturral, Christian Rebatta Veliz, y Alexander Trillo Rojas,
respectivamente;
Que, a través del documento del visto, la Gerencia
de Asesoría Legal, señala que es necesario: i) dejar sin
efecto la designación de Rodrigo Cervantes Pérez, John
Luna Iturral, y César Pérez Reyes como funcionarios
responsables de atender las solicitudes de información
que se formulen en aplicación del TUO de la Ley de
Transparencia en las Oficinas Desconcentradas de
Ayacucho, Huancavelica e Ica respectivamente, y; ii)
modificar la Resolución Nº 046-2014-PD/OSIPTEL, a fin
de designar a Jhon Luna Iturral, Christian Rebatta Veliz,
y Alexander Trillo Rojas, respectivamente, como los
responsables de atender las solicitudes de información
que se formulen en aplicación del TUO de la Ley de
Transparencia, en dichas Oficinas Desconcentradas,
ratificándose en sus demás extremos;
Que, el artículo 4º del Reglamento de la Ley de
Transparencia establece que la designación del
funcionario o funcionarios responsables de entregar
la información y del funcionario responsable de la
elaboración y actualización del Portal se efectuará
mediante resolución de la máxima autoridad de la
Entidad, será publicada en el Diario Oficial El Peruano
y copia de la misma colocada en un lugar visible en
cada una de sus sedes administrativas;
En cumplimiento de lo señalado por el Decreto
Supremo Nº 072-2003-PCM, Reglamento de la Ley de
Transparencia y Acceso a la Información Pública y con
la opinión favorable de la Gerencia de Asesoría Legal;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Dejar sin efecto la designación de
Rodrigo Cervantes Pérez, John Luna Iturral, y César
Pérez Reyes, como funcionarios responsables de
atender las solicitudes de información que se formulen
en aplicación del TUO de la Ley de Transparencia, en las
Oficinas Desconcentradas de Ayacucho, Huancavelica
e Ica, respectivamente.
Artículo 2º.- Modificar el artículo 2º de la Resolución
de Presidencia Nº 046-2014-PD/OSIPTEL, a fin de
que se consideré como funcionarios responsables de
atender las solicitudes de información que se formulen
en aplicación del TUO de la Ley de Transparencia,
en las Oficinas Desconcentradas de Ayacucho,
Huancavelica e Ica del OSIPTEL, a las siguientes
personas:
Oficina Desconcentrada
Oficina Desconcentrada de Ayacucho
Oficina Desconcentrada de Huancavelica
Oficina Desconcentrada de Ica
Funcionario
Responsable
Jhon Luna Iturral
Christian Rebatta Veliz
Alexander Trillo Rojas
Artículo 3º.- Ratificar las demás designaciones
efectuadas mediante la Resolución de Presidencia Nº
046-2014-PD/OSIPTEL.
Artículo 4º.- Disponer actualización de los nombres y
apellidos de los funcionarios a que se hace referencia en
los artículos precedentes en la página web institucional
del OSIPTEL, cada vez que corresponda.
Artículo 5º.- Disponer la publicación de la presente
Resolución en el Diario Oficial El Peruano, debiendo
colocarse -además- una copia de la misma en un lugar
603384
NORMAS LEGALES
visible de la sede central y de las Oficinas Desconcentradas
del OSIPTEL.
Regístrese y comuníquese.
GONZALO MARTIN RUIZ DIAZ
Presidente del Consejo Directivo
1448484-1
ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS
SUPERINTENDENCIA
NACIONAL DE ADUANAS Y DE
ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Autorizan viaje de trabajadores de la SUNAT
a Bolivia, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA
Nº 291-2016/SUNAT
Lima, 31 de octubre de 2016
CONSIDERANDO:
Que mediante Oficio OF.RE (DPE-PCO) N° 2-5-E/1165
de fecha 6 de octubre de 2016, la Dirección de Promoción
Comercial de la Dirección General de Promoción
Económica del Ministerio de Relaciones Exteriores
comunica a la Superintendencia Nacional de Aduanas y
de Administración Tributaria - SUNAT la realización del
Encuentro Presidencial y de la II Reunión del Gabinete
Binacional del Perú y Bolivia, que se llevarán a cabo en la
ciudad de Sucre, Estado Plurinacional de Bolivia, el día 4
de noviembre de 2016;
Que mediante Oficio OF.RE (DGA) N° 22-6-BB/159
de fecha 6 de octubre de 2016, el Viceministerio de
Relaciones Exteriores informa a la SUNAT que los
citados eventos estarán precedidos por reuniones
preparatorias técnicas y a nivel de Vicecancilleres los días
2 y 3 de noviembre de 2016, en las que se evaluará el
cumplimiento de los acuerdos asumidos en el I Gabinete
Binacional con Bolivia;
Que el Encuentro Presidencial y el Gabinete
Binacional constituyen mecanismos de coordinación
político diplomático del más alto nivel que ha dado
impulso significativo a la relación bilateral con Bolivia y
ha permitido la realización de proyectos en beneficio de
las poblaciones de ambos países, en particular de las que
habitan en la Zona de Integración Fronteriza;
Que el objetivo del Encuentro Presidencial y de la
II Reunión del Gabinete Binacional del Perú y Bolivia
consiste en evaluar los avances alcanzados en el
cumplimiento de los compromisos acordados en la
Declaración Presidencial de Isla Esteves y su Plan de
Acción, suscritos en el marco del Encuentro Presidencial
y del I Gabinete Binacional celebrado el 23 de junio de
2015, y formular nuevos compromisos con el propósito
de profundizar la integración e impulsar la agenda común
entre ambos países;
Que la participación de la SUNAT en los mencionados
eventos le permitirá abordar diversos temas de interés
como la facilitación del tránsito internacional de
mercancías en el marco de la normativa internacional
aplicable, continuar acciones de control coordinadas en
la lucha contra el contrabando, continuar la negociación
del Manual Operativo que regule el funcionamiento de
la Agencia Aduanera de Bolivia en el puerto de Ilo, así
como las acciones necesarias para la construcción y
funcionamiento del Centro Binacional de Atención de
Frontera - CEBAF Desaguadero;
Que, en este contexto, la presencia de la SUNAT
en los referidos eventos se enmarca dentro de los
objetivos estratégicos institucionales de reducir el
Jueves 3 de noviembre de 2016 /
El Peruano
contrabando y el tráfico ilícito de mercancías, así como
el envío de insumos químicos y bienes fiscalizados, los
que se encuentran alineados con la política del Estado
de fortalecer la integración regional y subregional en
las esferas económico – comerciales a través de la
suscripción de acuerdos internacionales del Perú con
otros países;
Que, en tal sentido, siendo de interés institucional
para la SUNAT la concurrencia de sus trabajadores a
eventos de esta naturaleza, conforme al Informe Técnico
Electrónico N° 00008-2016-5F3100 y al Informe N°
101-2016-SUNAT/390000 de fechas 24 y 26 de octubre
de 2016, respectivamente, resulta necesario autorizar
la participación de los trabajadores Jorge Alfredo
Villavicencio Merino, Gerente de Desarrollo de Gestión
Coordinada en Fronteras de la Intendencia Nacional de
Desarrollo Estratégico Aduanero, Julio César Paz Soldán
Oblitas, Especialista 6 de la Superintendencia Nacional
Adjunta de Aduanas y de Rafael Eduardo García Melgar,
Superintendente Nacional Adjunto de Aduanas;
Que el numeral 1 de la Séptima Disposición
Complementaria Final de la Ley de Fortalecimiento de
la SUNAT, aprobada por Ley N° 29816, dispone que
mediante Resolución de Superintendencia, la SUNAT
aprueba sus propias medidas de austeridad y disciplina
en el gasto, no siéndole aplicables las establecidas en las
Leyes Anuales de Presupuesto u otros dispositivos;
Que, en tal virtud, mediante Resolución de
Superintendencia N° 013-2012/SUNAT se aprobaron las
normas de austeridad y disciplina en el gasto de la SUNAT,
aplicables a partir del Año Fiscal 2012, en las que se prevé
la prohibición de viajes al exterior de los trabajadores de
la SUNAT, con cargo al presupuesto institucional, salvo
los que se efectúen con la finalidad de cumplir con los
objetivos institucionales y los que se realicen en el marco
de la negociación de acuerdos o tratados comerciales y
ambientales, negociaciones económicas y financieras y
las acciones de promoción de importancia para el Perú;
Que, asimismo, el numeral 2 de la Séptima Disposición
Complementaria Final de la Ley N° 29816 establece que
mediante Resolución de Superintendencia, la SUNAT
autorizará los viajes al exterior de sus funcionarios y
servidores;
Que en consecuencia, siendo que dicho viaje cumple
con lo dispuesto en la Resolución de Superintendencia
N° 013-2012/SUNAT, resulta necesario por razones de
itinerario, autorizar el viaje de los trabajadores Jorge
Alfredo Villavicencio Merino y Julio César Paz Soldán
Oblitas del 1 al 4 de noviembre de 2016; y de Rafael
Eduardo García Melgar del 2 al 4 de noviembre de 2016;
quienes serán transportados por vuelos oficiales de
la Fuerza Aérea del Perú, debiendo la SUNAT asumir
con cargo a su presupuesto los gastos por concepto de
viáticos;
De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nos
27619 y 29816, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y
la Resolución de Superintendencia N° 013-2012/SUNAT;
y en uso de la facultad conferida por el literal s) del artículo
8° del Reglamento de Organización y Funciones de la
SUNAT, aprobado por Resolución de Superintendencia
N° 122-2014/SUNAT y normas modificatorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Autorizar el viaje de los trabajadores
Jorge Alfredo Villavicencio Merino, Gerente de Desarrollo
de Gestión Coordinada en Fronteras de la Intendencia
Nacional de Desarrollo Estratégico Aduanero y Julio César
Paz Soldán Oblitas, Especialista 6 de la Superintendencia
Nacional Adjunta de Aduanas del 1 al 4 de noviembre de
2016, y de Rafael Eduardo García Melgar, Superintendente
Nacional Adjunto de Aduanas, del 2 al 4 de noviembre
de 2016, para participar en las reuniones preparatorias
técnicas y a nivel de Vicecancilleres, en el Encuentro
Presidencial y en la II Reunión del Gabinete Binacional
del Perú y Bolivia, eventos que se realizarán en la ciudad
de Sucre, Estado Plurinacional de Bolivia, del 2 al 4 de
noviembre de 2016.
Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento
de la presente Resolución, serán con cargo al Presupuesto
del 2016 de la Superintendencia Nacional de Aduanas
El Peruano / Jueves 3 de noviembre de 2016
NORMAS LEGALES
y de Administración Tributaria - SUNAT, de acuerdo al
siguiente detalle:
Señor Jorge Alfredo Villavicencio Merino
Viáticos
US $ 1 110,00
Señor Julio César Paz Soldán Oblitas
Viáticos
US $ 1 110,00
603385
De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158,
Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley
que regula la participación del Poder Ejecutivo en el
nombramiento y designación de funcionarios públicos; la
Ley Nº 30220, Ley Universitaria; y el Decreto Supremo
Nº 012-2014-MINEDU que aprueba el Reglamento de
Organización y Funciones de la Sunedu;
SE RESUELVE:
Señor Rafael Eduardo García Melgar
Viáticos
US $
740,00
Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario
siguientes de efectuado el viaje, los citados trabajadores
deberán presentar ante el Titular de la Entidad, un informe
detallado describiendo las acciones realizadas y los
resultados obtenidos durante el viaje autorizado.
Artículo 4°.- La presente resolución no otorga
derecho a exoneración o liberación de impuestos de
aduana de cualquier clase o denominación a favor de los
trabajadores cuyo viaje se autoriza.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
VICTOR PAUL SHIGUIYAMA KOBASHIGAWA
Superintendente Nacional
1448991-1
SUPERINTENDENCIA
NACIONAL DE EDUCACION
SUPERIOR UNIVERSITARIA
Aceptan renuncia de Director de Sistema
Administrativo III de la Oficina de Asesoría
Jurídica de la SUNEDU
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA
N° 073-2016-SUNEDU
Lima, 2 de noviembre de 2016
CONSIDERANDO:
Que, mediante el artículo 12º de la Ley N° 30220 –
Ley Universitaria, se crea la Superintendencia Nacional
de Educación Superior Universitaria – Sunedu como
organismo público técnico especializado adscrito
al Ministerio de Educación, con autonomía técnica,
funcional, económica, presupuestal y administrativa,
para el ejercicio de sus funciones. Tiene naturaleza
jurídica de derecho público interno y constituye pliego
presupuestal;
Que, el literal f) del artículo 14º del Reglamento
de Organización y Funciones de la Sunedu, aprobado
mediante Decreto Supremo N° 012-2014-MINEDU,
dispone que el Superintendente tiene entre otras
funciones, la de designar y remover a los directores de
los órganos de línea, órganos de administración interna y
órganos desconcentrados de la Sunedu;
Que, el Cuadro para Asignación de Personal
Provisional de la Sunedu, aprobado por Resolución
Ministerial Nº 087-2015-MINEDU, prevé el cargo
estructural de Director de Sistema Administrativo III de la
Oficina de Asesoría Jurídica de la Sunedu como cargo de
confianza;
Que, mediante Resolución de Superintendencia Nº
071-2015-SUNEDU, del 30 de setiembre de 2015, se
designó al servidor Armando Hernán San Román Alva en
el cargo de Director de Sistema Administrativo III de la
Oficina de Asesoría Jurídica de la Sunedu;
Que, el funcionario antes citado ha presentado
renuncia al cargo para el cual fue designado, por lo
que resulta necesario emitir la resolución administrativa
mediante la cual se acepte la misma;
Con el visto de Secretaría General de la Sunedu y;
Artículo Único.- Aceptar con efectividad al término
del 2 de noviembre de 2016, la renuncia presentada por
el servidor Armando Hernán San Román Alva al cargo
de Director de Sistema Administrativo III de la Oficina de
Asesoría Jurídica, dándosele las gracias por los servicios
prestados a la institución.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LORENA DE GUADALUPE MASIAS QUIROGA
Superintendente
1449093-1
Encargan funciones de Director de Sistema
Administrativo III de la Oficina de Asesoría
Jurídica de la SUNEDU
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA
N° 074-2016-SUNEDU
Lima, 2 de noviembre de 2016
CONSIDERANDO:
Que, mediante el artículo 12º de la Ley N° 30220 –
Ley Universitaria, se crea la Superintendencia Nacional
de Educación Superior Universitaria – Sunedu como
organismo público técnico especializado adscrito
al Ministerio de Educación, con autonomía técnica,
funcional, económica, presupuestal y administrativa, para
el ejercicio de sus funciones. Tiene naturaleza jurídica de
derecho público interno y constituye pliego presupuestal;
Que, el literal f) del artículo 14º del Reglamento
de Organización y Funciones de la Sunedu, aprobado
mediante Decreto Supremo N° 012-2014-MINEDU,
dispone que el Superintendente tiene entre otras
funciones, la de designar y remover a los directores de
los órganos de línea, órganos de administración interna y
órganos desconcentrados de la Sunedu;
Que, mediante Resolución de Superintendencia Nº
073-2016-SUNEDU se acepta la renuncia presentada por
el servidor Armando Hernán San Román Alva en el cargo
de Director de Sistema Administrativo III de la Oficina de
Asesoría Jurídica;
Que, en ese contexto resulta necesario encargar
las funciones de Director de Sistema Administrativo III
de la Oficina de Asesoría Jurídica, a fin de garantizar la
continuidad del servicio, debiendo emitirse para tal efecto
el acto de administración interna correspondiente;
Con el visto de Secretaría General de la Sunedu y;
De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158,
Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 30220, Ley
Universitaria; y el Decreto Supremo Nº 012-2014-MINEDU
que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones
de la Sunedu;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Encargar con efectividad a partir del 3 de
noviembre de 2016, a la señora Claudia Janetti Vargas Salas,
Abogado III de la Oficina de Asesoría Jurídica, las funciones
de Director de Sistema Administrativo III de la Oficina de
Asesoría Jurídica de la Superintendencia Nacional de
Educación Superior Universitaria, en adición a sus funciones.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LORENA DE GUADALUPE MASIAS QUIROGA
Superintendente
1449093-2
603386
NORMAS LEGALES
Aceptan renuncia de Director de Sistema
Administrativo III de la Oficina de
Planeamiento y Presupuesto de la SUNEDU
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA
N° 075-2016-SUNEDU
Lima, 2 de noviembre de 2016
CONSIDERANDO:
Que, mediante el artículo 12º de la Ley N° 30220 –
Ley Universitaria, se crea la Superintendencia Nacional
de Educación Superior Universitaria – Sunedu como
organismo público técnico especializado adscrito
al Ministerio de Educación, con autonomía técnica,
funcional, económica, presupuestal y administrativa, para
el ejercicio de sus funciones. Tiene naturaleza jurídica de
derecho público interno y constituye pliego presupuestal;
Que, el literal f) del artículo 14º del Reglamento
de Organización y Funciones de la Sunedu, aprobado
mediante Decreto Supremo N° 012-2014-MINEDU,
dispone que el Superintendente tiene entre otras
funciones, la de designar y remover a los directores de
los órganos de línea, órganos de administración interna y
órganos desconcentrados de la Sunedu;
Que, el Cuadro para Asignación de Personal
Provisional de la Sunedu, aprobado por Resolución
Ministerial Nº 087-2015-MINEDU, prevé el cargo
estructural de Director de Sistema Administrativo III de
la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de la Sunedu
como cargo de confianza;
Que, mediante Resolución de Superintendencia Nº
072-2015-SUNEDU, del 30 de setiembre de 2015, se
designó al servidor César Augusto Negrete Venegas en
el cargo de Director de Sistema Administrativo III de la
Oficina de Planeamiento y Presupuesto de la Sunedu;
Que, el funcionario antes citado ha presentado
renuncia al cargo para el cual fue designado, por lo
que resulta necesario emitir la resolución administrativa
mediante la cual se acepte la misma;
Con el visto de Secretaría General de la Sunedu y;
De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158,
Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley
que regula la participación del Poder Ejecutivo en el
nombramiento y designación de funcionarios públicos; la
Ley Nº 30220, Ley Universitaria; y el Decreto Supremo
Nº 012-2014-MINEDU que aprueba el Reglamento de
Organización y Funciones de la Sunedu;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Aceptar con efectividad al término
del 2 de noviembre de 2016, la renuncia presentada por
el servidor César Augusto Negrete Venegas en el cargo
de Director de Sistema Administrativo III de la Oficina de
Planeamiento y Presupuesto, dándosele las gracias por
los servicios prestados a la institución.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LORENA DE GUADALUPE MASIAS QUIROGA
Superintendente
1449093-3
Designan
Director
de
Sistema
Administrativo III de la Oficina de
Planeamiento y Presupuesto de la SUNEDU
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA
N° 076-2016-SUNEDU
Lima, 2 de noviembre de 2016
CONSIDERANDO:
Que, mediante el artículo 12º de la Ley N° 30220 –
Ley Universitaria, se crea la Superintendencia Nacional
Jueves 3 de noviembre de 2016 /
El Peruano
de Educación Superior Universitaria – Sunedu como
organismo público técnico especializado adscrito
al Ministerio de Educación, con autonomía técnica,
funcional, económica, presupuestal y administrativa, para
el ejercicio de sus funciones. Tiene naturaleza jurídica de
derecho público interno y constituye pliego presupuestal;
Que, el literal f) del artículo 14º del Reglamento
de Organización y Funciones de la Sunedu, aprobado
mediante Decreto Supremo N° 012-2014-MINEDU,
dispone que el Superintendente tiene entre otras
funciones, la de designar y remover a los directores de
los órganos de línea, órganos de administración interna y
órganos desconcentrados de la Sunedu;
Que, el Cuadro para Asignación de Personal
Provisional de la Sunedu, aprobado por Resolución
Ministerial Nº 087-2015-MINEDU, prevé el cargo
estructural de Director de Sistema Administrativo III de
la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de la Sunedu
como cargo de confianza;
Que, se encuentra vacante el cargo de Director de
Sistema Administrativo III de la Oficina de Planeamiento
y Presupuesto, por lo que es necesario designar a la
persona que desempeñará dicho cargo;
Con el visto de Secretaría General de la Sunedu y;
De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158,
Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 30220, Ley
Universitaria; y el Decreto Supremo Nº 012-2014-MINEDU
que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones
de la Sunedu;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Designar con efectividad a
partir del 3 de noviembre de 2016, al señor Gonzalo
Bernardino Barrios Torrejón en el cargo de Director del
Sistema Administrativo III de la Oficina de Planeamiento
y Presupuesto de la Superintendencia Nacional de
Educación Superior Universitaria.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LORENA DE GUADALUPE MASIAS QUIROGA
Superintendente
1449093-4
Aceptan renuncia de Director de Sistema
Administrativo III de la Oficina de
Tecnologías de la Información de la SUNEDU
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA
N° 077-2016-SUNEDU
Lima, 2 de noviembre de 2016
CONSIDERANDO:
Que, mediante el artículo 12 de la Ley N° 30220 –
Ley Universitaria, se crea la Superintendencia Nacional
de Educación Superior Universitaria – Sunedu como
organismo público técnico especializado adscrito
al Ministerio de Educación, con autonomía técnica,
funcional, económica, presupuestal y administrativa, para
el ejercicio de sus funciones. Tiene naturaleza jurídica de
derecho público interno y constituye pliego presupuestal;
Que, el literal f) del artículo 14 del Reglamento de
Organización y Funciones de la Sunedu, aprobado
mediante Decreto Supremo N° 012-2014-MINEDU,
dispone que el Superintendente tiene entre otras
funciones, la de designar y remover a los directores de
los órganos de línea, órganos de administración interna y
órganos desconcentrados de la Sunedu;
Que, el Cuadro para Asignación de Personal
Provisional de la Sunedu, aprobado por Resolución
Ministerial Nº 087-2015-MINEDU, prevé el cargo
estructural de Director de Sistema Administrativo III de la
Oficina de Tecnologías de la Información de la Sunedu
como cargo de libre designación y/o remoción;
Que, mediante Resolución de Superintendencia Nº
053-2015-SUNEDU, del 17 de agosto de 2015, se designó
El Peruano / Jueves 3 de noviembre de 2016
NORMAS LEGALES
al servidor Alberto Carlos Pajuelo Huamán en el cargo
de Director de Sistema Administrativo III de la Oficina de
Tecnologías de la Información de la Superintendencia
Nacional de Educación Superior Universitaria;
Que, el funcionario antes citado ha presentado
renuncia al cargo para el cual fue designado, por lo
que resulta necesario emitir la resolución administrativa
mediante la cual se acepte la misma;
Con el visto de Secretaría General de la Sunedu y;
De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158,
Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley
que regula la participación del Poder Ejecutivo en el
nombramiento y designación de funcionarios públicos; la
Ley Nº 30220, Ley Universitaria; y el Decreto Supremo
Nº 012-2014-MINEDU que aprueba el Reglamento de
Organización y Funciones de la Sunedu;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Aceptar con efectividad al término
del 2 de noviembre de 2016, la renuncia presentada por
el servidor Alberto Carlos Pajuelo Huamán al cargo de
Director de Sistema Administrativo III de la Oficina de
Tecnologías de la Información de la Superintendencia
Nacional de Educación Superior Universitaria, dándosele
las gracias por los servicios prestados a la institución.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LORENA DE GUADALUPE MASIAS QUIROGA
Superintendente
1449093-5
Encargan funciones de Jefe de la Oficina de
Tecnologías de la Información de la SUNEDU
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA
N° 078-2016-SUNEDU
Lima, 2 de noviembre de 2016
CONSIDERANDO:
Que, mediante el artículo 12 de la Ley N° 30220 –
Ley Universitaria, se crea la Superintendencia Nacional
de Educación Superior Universitaria – Sunedu como
organismo público técnico especializado adscrito
al Ministerio de Educación, con autonomía técnica,
funcional, económica, presupuestal y administrativa, para
el ejercicio de sus funciones. Tiene naturaleza jurídica de
derecho público interno y constituye pliego presupuestal;
Que, el literal f) del artículo 14 del Reglamento de
Organización y Funciones de la Sunedu, aprobado
mediante Decreto Supremo N° 012-2014-MINEDU,
dispone que el Superintendente tiene entre otras
funciones, la de designar y remover a los directores de
los órganos de línea, órganos de administración interna y
órganos desconcentrados de la Sunedu;
Que, mediante Resolución de Superintendencia Nº
077-2016-SUNEDU se acepta la renuncia presentada
por el servidor Alberto Carlos Pajuelo Huamán al cargo
de Director de Sistema Administrativo III de la Oficina de
Tecnologías de la Información;
Que, en ese contexto resulta necesario encargar las
funciones de la Oficina de Tecnologías de la Información,
a fin de garantizar la continuidad del servicio, debiendo
emitirse para tal efecto el acto de administración interna
correspondiente;
Con el visto de Secretaría General de la Sunedu y;
De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158,
Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 30220, Ley
Universitaria; y el Decreto Supremo Nº 012-2014-MINEDU
que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones
de la Sunedu;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Encargar con efectividad a partir
del 3 de noviembre de 2016, a la señora Ana Karina
603387
Rozas Valverde, Secretaria General, las funciones de
Jefe de la Oficina de Tecnologías de la Información de
la Superintendencia Nacional de Educación Superior
Universitaria, en adición a sus funciones.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LORENA DE GUADALUPE MASIAS QUIROGA
Superintendente
1449093-6
Aceptan renuncia de Jefa de la Oficina de
Recursos Humanos de la SUNEDU
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA
N° 079-2016-SUNEDU
Lima, 2 de noviembre de 2016
CONSIDERANDO:
Que, mediante el artículo 12 de la Ley N° 30220 –
Ley Universitaria, se crea la Superintendencia Nacional
de Educación Superior Universitaria – Sunedu como
organismo público técnico especializado adscrito
al Ministerio de Educación, con autonomía técnica,
funcional, económica, presupuestal y administrativa,
para el ejercicio de sus funciones. Tiene naturaleza
jurídica de derecho público interno y constituye pliego
presupuestal;
Que, el literal f) del artículo 14 del Reglamento de
Organización y Funciones de la Sunedu, aprobado
mediante Decreto Supremo N° 012-2014-MINEDU,
dispone que el Superintendente tiene entre otras
funciones, la de designar y remover a los directores de
los órganos de línea, órganos de administración interna y
órganos desconcentrados de la Sunedu;
Que, el Cuadro para Asignación de Personal
Provisional de la Sunedu, aprobado por Resolución
Ministerial Nº 087-2015-MINEDU, prevé el cargo
estructural de Jefe de la Oficina de Recursos Humanos
de la Sunedu como cargo de confianza;
Que, mediante Resolución de Superintendencia Nº
014-2015-SUNEDU de fecha 06 de marzo de 2015 se
designó a la servidora Laura Elizabeth Descalzi Marroquin
en el cargo de Jefa de la Oficina de Recursos Humanos
de la Superintendencia Nacional de Educación Superior
Universitaria;
Que, mediante Resolución de Superintendencia Nº
003-2016-SUNEDU de fecha 26 de enero de 2016 se
delegaron facultades a la servidora Laura Elizabeth
Descalzi Marroquin en el cargo de Jefa de la Oficina de
Recursos Humanos de la Superintendencia Nacional de
Educación Superior Universitaria;
Que, la funcionaria antes citada ha presentado
renuncia al cargo para el cual fue designada, por lo que
resulta necesario emitir la resolución administrativa
mediante la cual se acepte la misma;
Con el visto de Secretaría General de la Sunedu y;
De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158,
Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594,
Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo
en el nombramiento y designación de funcionarios
públicos; la Ley Nº 30220, Ley Universitaria; y el
Decreto Supremo Nº 012-2014-MINEDU que aprueba
el Reglamento de Organización y Funciones de la
Sunedu;
SE RESUELVE:
Artículo primero.- Aceptar con efectividad al término
del 2 de noviembre de 2016, la renuncia presentada
por la servidora Laura Elizabeth Descalzi Marroquin al
cargo de Jefa de la Oficina de Recursos Humanos de
la Superintendencia Nacional de Educación Superior
Universitaria, dándosele las gracias por los servicios
prestados a la institución.
603388
NORMAS LEGALES
Artículo segundo.- Dejar sin efecto la Resolución de
Superintendencia Nº 03-2016-SUNEDU, del 26 de enero
de 2016.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LORENA DE GUADALUPE MASIAS QUIROGA
Superintendente
1449093-7
Encargan funciones de Jefe de la Oficina de
Recursos Humanos de la SUNEDU
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA
N° 080-2016-SUNEDU
Lima, 2 de noviembre de 2016
CONSIDERANDO:
Que, mediante el artículo 12 de la Ley N° 30220 –
Ley Universitaria, se crea la Superintendencia Nacional
de Educación Superior Universitaria – Sunedu como
organismo público técnico especializado adscrito
al Ministerio de Educación, con autonomía técnica,
funcional, económica, presupuestal y administrativa, para
el ejercicio de sus funciones. Tiene naturaleza jurídica de
derecho público interno y constituye pliego presupuestal;
Que, el literal f) del artículo 14 del Reglamento de
Organización y Funciones de la Sunedu, aprobado
mediante Decreto Supremo N° 012-2014-MINEDU,
dispone que el Superintendente tiene entre otras
funciones, la de designar y remover a los directores de
los órganos de línea, órganos de administración interna y
órganos desconcentrados de la Sunedu;
Que, mediante Resolución de Superintendencia Nº
079-2016-SUNEDU se acepta la renuncia presentada por
la servidora Laura Elizabeth Descalzi Marroquin al cargo
de Jefa de la Oficina de Recursos Humanos;
Que, en ese contexto resulta necesario encargar las
funciones de la Oficina de Recursos Humanos, a fin de
garantizar la continuidad del servicio, debiendo emitirse para
tal efecto el acto de administración interna correspondiente;
Con el visto de Secretaría General de la Sunedu y;
De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158,
Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 30220, Ley
Universitaria; y el Decreto Supremo Nº 012-2014-MINEDU
que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones
de la Sunedu;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Encargar con efectividad a partir
del 3 de noviembre de 2016, al señor Danny Daniel
Morales Dueñas, Jefe de la Oficina de Administración, las
funciones de Jefe de la Oficina de Recursos Humanos
de la Superintendencia Nacional de Educación Superior
Universitaria, en adición a sus funciones.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LORENA DE GUADALUPE MASIAS QUIROGA
Superintendente
1449093-8
PODER JUDICIAL
Jueves 3 de noviembre de 2016 /
El Peruano
VISTOS:
Los Oficios Nros. 437 y 440-2016-ETI-CPP-PJ,
cursados por el Consejero Responsable del Equipo
Técnico Institucional de Implementación del Código
Procesal Penal; y, los Oficios N° 4128-2016-P-CSJAN/PJ,
N° 4127-2016-P-CSJAN/PJ, N° 4126-2016-P-CSJAN/PJ,
N° 5517-2016-P-CSJAM/PJ, N° 5515-2016-P-CSJAM/
PJ, N° 0619-2016-P-CSJAY/PJ, N° 1379-2016-P-CSJCÑ/
PJ, N° 1383-2016-P-CSJCÑ/PJ, N° 842-2016-P-CSJHA/
PJ, N° 1181-2016-CSJHN/PJ, N° 1182-2016-CSJHN/PJ,
N° 7139-2016-P-CSJLA/PJ, N° 1148-2016-P-CSJMD/PJ,
N° 4332-2016-P-CSJPI/PJ, N° 2566-2016-P-CSJSU/PJ,
N° 3806-2016-P-CSJSA/PJ; y N° 1991-2016-P-CSJI/PJ,
remitidos por los Presidentes de las Cortes Superiores
de Justicia de Ancash, Amazonas, Ayacucho, Cañete,
Huánuco, Huaura, Ica, Lambayeque, Madre de Dios,
Pasco, Piura, Santa y Sullana, respecto a la propuesta de
prórroga de órganos jurisdiccionales penales transitorios,
con vencimiento al 31 de octubre del presente año.
CONSIDERANDO:
Primero. Que los Presidentes de las Cortes
Superiores de Justicia de Ancash, Amazonas, Ayacucho,
Cañete, Huánuco, Huaura, Ica, Lambayeque, Madre de
Dios, Pasco, Piura, Santa y Sullana, mediante los oficios
antes referidos solicitan a este Órgano de Gobierno la
prórroga de sus órganos jurisdiccionales transitorios,
cuya fecha de vencimiento es el 31 de octubre del año en
curso, con la finalidad de continuar brindando la adecuada
implementación del Nuevo Código Procesal Penal en los
mencionados Distritos Judiciales, sustentado su pedido
en razones de carga procesal y las audiencias realizadas.
Segundo. Que el Informe N° 079-2016-MYE-ST-ETICPP/PJ, elaborado por el Encargado del Componente de
Monitoreo y Evaluación del Equipo Técnico Institucional
de Implementación del Código Procesal Penal, contiene
la evaluación realizada a los Juzgados Penales
Transitorios de los Distritos Judiciales de Ancash,
Amazonas, Ayacucho, Cañete, Huánuco, Huaura, Ica,
Lambayeque, Madre de Dios, Pasco, Piura, Santa y
Sullana, determinándose que cumplen con el estándar
mínimo establecido mediante Resolución Administrativa
N° 174-2014-CE-PJ, siendo procedente la prórroga
solicitada. Asimismo, considerando que este Poder del
Estado tiene como política institucional adoptar medidas
en aras de un óptimo servicio de impartición de justicia,
garantizando a su vez la tutela jurisdiccional efectiva,
deviene en necesario dictar las disposiciones que
permitan coadyuvar al logro de dicho objetivo, con arreglo
a las necesidades del servicio y a los limitados recursos
existentes para dicho propósito.
Tercero. Que, los numerales 24, 25 y 26 del artículo
82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del
Poder Judicial, determinan como funciones y atribuciones
del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, crear órganos
jurisdiccionales, aprobar la modificación de sus ámbitos
de competencia territorial; asimismo, adoptar acuerdos y
demás medidas necesarias para que las dependencias
de este Poder del Estado funcionen con celeridad y
eficiencia.
Por estos fundamentos; la Presidencia del Consejo
Ejecutivo del Poder Judicial, con cargo a dar cuenta al
Pleno de este Órgano de Gobierno,
RESUELVE:
CONSEJO EJECUTIVO DEL
PODER JUDICIAL
Artículo Primero.- Prorrogar el funcionamiento de los
siguientes órganos jurisdiccionales transitorios, a partir
del 1 de noviembre de 2016:
HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DE 2016:
Prorrogan funcionamiento de diversos
órganos jurisdiccionales transitorios a nivel
nacional
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
Nº 129-2016-P-CE-PJ
Lima, 21 de octubre de 2016.
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AMAZONAS
− Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial Transitorio
de la Provincia de Utcubamba.
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE HUÁNUCO
− Juzgado Penal de Investigación Preparatoria
Transitorio de la Provincia de Huánuco.
El Peruano / Jueves 3 de noviembre de 2016
NORMAS LEGALES
− Juzgado de Investigación Preparatoria Itinerante
Transitorio, en adición Juzgado Penal Liquidador de la
Provincia de Huamalíes.
HASTA EL 28 DE FEBRERO DE 2017:
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANCASH
− Juzgado Penal Unipersonal Transitorio, en adición
Juzgado Penal Liquidador de la Provincia de Yungay.
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AMAZONAS
− Sala Penal de Apelaciones Transitoria, en adición
Sala Penal Liquidadora de la Provincia de Bagua.
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE
− Juzgado Penal Unipersonal Transitorio de la
Provincia de Cañete.
603389
Ayacucho, Cañete, Huánuco, Huaura, Ica, Lambayeque,
Madre de Dios, Pasco, Piura, Santa y Sullana; así como
a la Gerencia General del Poder Judicial, en cuanto sea
de su competencia, para adoptar las acciones y medidas
administrativas que sean necesarias para el adecuado
cumplimiento de la presente resolución.
Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución
al Presidente del Poder Judicial, Oficina de Control
de la Magistratura, Responsable del Equipo Técnico
Institucional de Implementación del Código Procesal
Penal, Ministerio Público, Presidencias de las Cortes
Superiores de Justicia de Ancash, Amazonas, Ayacucho,
Cañete, Huánuco, Huaura, Ica, Lambayeque, Madre
de Dios, Pasco, Piura, Santa, Sullana, Oficina de
Productividad Judicial; y, a la Gerencia General del Poder
Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE PASCO
− Juzgado Penal Unipersonal Transitorio del Distrito
de Yanacancha, Provincia de Pasco.
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL SANTA
− Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio
de la Provincia de Casma.
HASTA EL 30 DE ABRIL DE 2017:
S.
VÍCTOR TICONA POSTIGO
Presidente
1448941-1
CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANCASH
− Juzgado Penal Unipersonal Transitorio, en adición
Juzgado Penal Liquidador de la Provincia de Huaylas.
− Juzgado Penal de Investigación Preparatoria
Transitorio, en adición Juzgado Penal Liquidador de la
Provincia de Carhuaz.
Aprueban el Plan de Mejoramiento del
Servicio de Atención al Usuario en los
Juzgados de Paz Letrado del Callao
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AYACUCHO
− Juzgado Penal Unipersonal Transitorio, en adición
Juzgado Penal Liquidador de la Provincia de Lucanas.
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE PRESIDENCIA
N° 526-2016-P-CSJCL/PJ
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE
− Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio,
en adición Juzgado Penal Liquidador de la Provincia de
Cañete.
−
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE HUÁNUCO
− Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial Transitorio
de la Provincia de Huánuco.
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE HUAURA
− Juzgado Penal de Investigación Preparatoria
Transitorio de la Provincia de Huaura.
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE ICA
− Juzgado Penal Unipersonal Transitorio, en adición
Juzgado Penal Liquidador de la Provincia de Pisco.
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LAMBAYEQUE
− Juzgado Penal Unipersonal Transitorio del Distrito
de Motupe, Provincia de Lambayeque.
− Juzgado Penal Unipersonal Transitorio de la
Provincia de San Ignacio.
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRE DE
DIOS
− Juzgado Penal Unipersonal Transitorio, en adición
Juzgado Mixto del Distrito de Inambari de la Provincia de
Tambopata.
− Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio
Especializado en Delitos Ambientales de la Provincia de
Tambopata.
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE PIURA
− Juzgado Penal Unipersonal Transitorio de la
Provincia de Sechura.
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE SULLANA
− Juzgado Penal Colegiado Transitorio, en adición
Sala Penal Liquidadora de la Provincia de Sullana
Artículo Segundo.- Facultar a los Presidentes de
las Cortes Superiores de Justicia Ancash, Amazonas,
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CALLAO
LA PRESIDENCIA DE LA CORTE SUPERIOR DE
JUSTICIA DEL CALLAO
Callao, 24 de octubre del 2016.
VISTOS Y CONSIDERANDO:
Que, el Presidente de Corte Superior dirige la Política
del Poder Judicial en su Distrito Judicial adoptando medidas
para que el servicio de Justicia sea eficiente y eficaz.
Que, en el primer trimestre del presente año se
efectuó la visita a los Juzgados de Paz Letrado de esta
Corte Superior de Justicia, los cuales se encontraban
ubicados en la sede de la Avenida Saenz Peña N°475 –
Callao, advirtiéndose ambientes hacinados por mobiliario,
expedientes judiciales, con espacios insuficientes para
una adecuada atención y desplazamiento de los señores
Magistrados, personal jurisdiccional, administrativo,
abogados y litigantes.
Que, durante dicha visita asimismo se recibió el
reclamo de los usuarios del servicio de Justicia en relación
al retardo en dar cuenta de los escritos presentados ante
los Juzgados de Paz Letrados del Callao.
Que, en las reuniones sostenidas con las señoras
magistradas y el señor administrador a cargo de los
mencionados órganos jurisdiccionales se determinaron
diversas causas que ocasionaban el retardo en el trámite
de los expedientes, verificándose que gran parte de la
jornada laboral se destinaban a diversas actividades
tales como: la ubicación de los expedientes judiciales al
no existir un debido orden por la carencia de espacios
adecuados, así como a la atención de los justiciables
por parte de los secretarios judiciales para devolución
de anexos, información del estado de los expedientes,
entrega de copias, programaciones entre otros.
Que, asimismo, se verificó que la carga de las quince
secretarías existentes no era homogénea y equitativa, así
como la existencia de 12,000 escritos pendientes de dar
cuenta.
Que, la situación expuesta, requirió de una atención
inmediata para solucionar el problema de retardo
advertido, de las condiciones de trabajo y de atención al
usuario.
603390
NORMAS LEGALES
Es así que mediante Resolución Administrativa N°
190-2016-P-CSJCL/PJ, de fecha 19 de abril del 2016, se
aprobó el Plan de Descarga de los Juzgados de Paz Letrados
de la Corte Superior de Justicia del Callao, a efectos de
descargar un total de 12,000 escritos pendientes de atención.
Que, mediante Oficio N°072-2016-ADM-JPL-CSJCL/
PJ, de fecha 07 de octubre del 2016, el Administrador de los
Juzgados de Paz Letrados del Callao da cuenta del avance
de la descarga comunicando que se han efectuado 9,175
descargos entre autos, resoluciones correspondientes al
Segundo, Tercer, Cuarto y Quinto Juzgados de Paz Letrado,
quedando pendiente de atender una cantidad aproximada de
2,200 escritos del Primer Juzgado de Paz Letrado.
Que, asimismo mediante la resolución administrativa
antes mencionada, se aprobó el Proyecto “Ventanilla
Única Integral” remitido por el Administrador de los
Juzgados de Paz Letrado de esta Corte Superior.
Que, dicho acto de administración dispuso la
implementación de una dependencia a cargo de la
Administración de Paz Letrado en la cual los litigantes y
público en general reciban una atención integral a sus
múltiples requerimientos, obteniendo además que el personal
jurisdiccional disponga de mayor tiempo para dedicarse a
sus obligaciones estipuladas en el Manual de Organización
y Funciones de esta Corte Superior de Justicia, habiéndose
logrado estandarizar procedimientos, consiguiéndose
además que tanto el personal Administrativo y Jurisdiccional
conceptualicen sus labores como procesos o tareas que
forman parte de una unidad, evitando la duplicidad de tareas
y horas hombre.
Que, mediante Resolución Administrativa N°
355-2016-P-CSJCL/PJ, de fecha 11 de julio del 2016,
se dispuso el traslado de los Juzgados de Paz Letrado
del Callao a los ambientes del segundo piso de la sede
ubicada en el cruce de la Avenida Oscar R. Benavides con
la Avenida Santa Rosa Callao. Es así que desde el 22 de
agosto del 2016 los Juzgados de Paz Letrado a la fecha
cuentan con ambientes más funcionales y seguros que ha
permitido contar con un archivo de expedientes en trámite
y con ello un reordenamiento de los expedientes que hace
más fácil y en menor tiempo su ubicación.
Que, las acciones antes descritas han logrado a la fecha
reducir el gran retraso advertido en el primer trimestre del
presente año, así como estandarizar procedimientos y
principalmente mejorar las condiciones de trabajo de los
señores Magistrados y servidores de los Juzgados de Paz
Letrados del Callao, lo que en definitiva ha redundado en
mejorar el servicio de justicia que se imparte en dicha área.
Que, lo expuesto constituye una primera etapa
del Plan de Mejoramiento del Servicio de Atención al
Usuario en los Juzgados de Paz Letrado del Callao,
por lo que debe regularizarse su aprobación a efectos
de dar continuidad a las siguientes etapas destinadas
a su reconocimiento como Módulo Corporativo Judicial,
establecimiento de estándares de producción de los
auxiliares jurisdiccionales, capacitación entre otros.
Que, asimismo, debe reconocerse el esfuerzo
desplegado por las Magistradas y Administrador a cargo
de dichos órganos jurisdiccionales por la elaboración e
implementación del Plan de Mejoramiento del Servicio de
Justicia antes indicado, así como de aquellos servidores
judiciales de dicha área que a la fecha vienen destacando
por su mejor desempeño acorde con el mencionado
Plan, conforme consta en los informes remitidos a esta
Presidencia.
Por las razones expuestas y en uso de las facultades
establecidas en los numerales 3) y 9) del artículo 90°
del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder
Judicial.
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- APROBAR en vía de regularización
el Plan de Mejoramiento del Servicio de Atención al
Usuario en los Juzgados de Paz Letrado del Callao,
presentado por los señores Magistrados y el Administrador
de los mencionados órganos jurisdiccionales.
Artículo Segundo.- RECONOCER a los Magistrados
y Administrador de los Juzgados de Paz Letrado del Callao,
por la elaboración e implementación del Plan aprobado
mediante el artículo primero conforme al siguiente detalle:
Jueves 3 de noviembre de 2016 /
El Peruano
Magistrados
Julia Vivero Diez
Juez (S) de Primer Juzgado de
Paz Letrado del Callao (hasta
el 30 de setiembre del 2016).
Fabiola Milagros Sotomayor Torres Juez (T) del Segundo Juzgado
de Paz Letrado del Callao.
Yency Karin Carpio Chávez
Juez (T) del Tercer Juzgado de
Paz Letrado del Callao.
Edith Janett Estrada Flores
Juez (S) del Cuarto Juzgado
de Paz Letrado del Callao.
Beatriz Yolanda Sánchez Ramos Juez (T) del Quinto Juzgado
de Paz Letrado del Callao.
Administrador
Genaro Martín Oliden Casusol
Administrador de los Juzgados
de Paz Letrado del Callao.
Artículo Tercero.- RECONOCER a los auxiliares
jurisdiccionales de los Juzgados de Paz Letrado
del Callao que a la fecha vienen destacando por su
mejor desempeño acorde con el mencionado plan de
mejoramiento, conforme al siguiente detalle:
Sandra Fiorella Legua Palomino
Mercedes De la Cruz Calderón
Manuel Portugal Dayer
Sylvia Zulema Garcés Aguirre
Luisa Sequeiros Mosqueira
Lilian Legua Figueroa
Manuel Ríos Fuertes
Secretaria Judicial del Quinto
Juzgado de Paz Letrado del
Callao.
Secretaria
Judicial
del
Segundo Juzgado de Paz
Letrado del Callao.
Secretario Judicial del Tercer
Juzgado de Paz Letrado del
Callao.
Técnico Judicial del Quinto
Juzgado de Paz Letrado del
Callao.
Técnico Judicial del Tercer
Juzgado de Paz Letrado del
Callao.
Técnico Judicial del Primer
Juzgado de Paz Letrado del
Callao.
Técnico Judicial del Primer
Juzgado de Paz Letrado del
Callao.
Artículo Cuarto.- PÓNGASE la presente Resolución
en conocimiento del Jefe de la Oficina Desconcentrada
de Control de la Magistratura del Callao, de los señores
Magistrados de esta Corte Superior, de la Gerencia de
Administración Distrital, de la Oficina Distrital de Imagen
Institucional, para los fines pertinentes.
Regístrese, comuníquese, cumplase y publíquese.
RAFAEL TEODORO UGARTE MAUNY
Presidente
1448943-1
ORGANISMOS AUTONOMOS
BANCO CENTRAL DE RESERVA
Indice de reajuste diario, a que se refiere el
artículo 240° de la Ley General del Sistema
Financiero y del Sistema de Seguros y
Orgánica de la Superintendencia de Banca,
Seguros y AFP, correspondiente al mes de
noviembre
CIRCULAR Nº 025-2016-BCRP
Lima, 2 de noviembre de 2016
El Peruano / Jueves 3 de noviembre de 2016
NORMAS LEGALES
El índice de reajuste diario, a que se refiere el artículo
240º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema
de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca,
Seguros y AFP, correspondiente al mes de noviembre es
el siguiente:
DÍA
1
2
3
4
5
6
7
8
9
10
11
12
13
14
15
ÍNDICE
8,70994
8,71114
8,71233
8,71353
8,71473
8,71593
8,71713
8,71832
8,71952
8,72072
8,72192
8,72312
8,72432
8,72552
8,72672
DÍA
16
17
18
19
20
21
22
23
24
25
26
27
28
29
30
ÍNDICE
8,72792
8,72912
8,73032
8,73152
8,73272
8,73392
8,73512
8,73633
8,73753
8,73873
8,73993
8,74113
8,74233
8,74354
8,74474
El índice que antecede es también de aplicación para
los convenios de reajuste de deudas que autoriza el
artículo 1235º del Código Civil.
Se destaca que el índice en mención no debe ser
utilizado para:
a. Calcular intereses, cualquiera fuere su clase.
b. Determinar el valor al día del pago de las
prestaciones a ser restituidas por mandato de la ley o
resolución judicial (artículo 1236º del Código Civil, en su
texto actual consagrado por la Ley No. 26598).
RENZO ROSSINI MIÑÁN
Gerente General
1448784-1
INSTITUCIONES EDUCATIVAS
Ratifican resoluciones que autorizan viajes
de Director (e) de la Escuela Profesional de
Ingeniería Ambiental y de Vicedecano de
Investigación y Posgrado de la Universidad
Nacional Mayor de San Marcos, a Alemania,
en comisión de servicios
UNIVERSIDAD NACIONAL
MAYOR DE SAN MARCOS
RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 05304-R-16
Lima, 28 de octubre del 2016
Visto el expediente, con registro de Mesa de Partes
General Nº 07706-FIGMMG-16 de la Facultad de Ingeniería
Geológica, Minera, Metalúrgica y Geográfica, sobre viaje al
exterior en Comisión de Servicios y encargatura.
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución de Decanato Nº 0466/
FIGMMG-D/16 de fecha 14 de octubre del 2016, la
Facultad de Ingeniería Geológica, Minera, Metalúrgica
y Geográfica autoriza el viaje en Comisión de Servicios,
del 05 al 13 de noviembre del 2016, a don CARLOS DEL
VALLE JURADO, con código Nº 0A1368, Director (e)
de la Escuela Profesional de Ingeniería Ambiental de la
citada Facultad, para participar en la reunión de trabajo
del Proyecto PEESUD, a realizarse en las instalaciones
603391
de la Ernst-Abbe-Hochschule Jena, University of Applied
Sciences, ciudad de Jena, Alemania;
Que asimismo, se le otorga las sumas en soles
equivalentes a US$ 200.00 dólares americanos por concepto
de viáticos y US$ 57.00 dólares americanos por concepto de
seguro de viaje, con cargo al Presupuesto 2016 de la Facultad
de Ingeniería Geológica, Minera, Metalúrgica y Geográfica;
Que la Jefa de la Unidad de Planificación, Presupuesto
y Racionalización y el Jefe de la Unidad de Economía de
la Facultad de Ingeniería Geológica, Minera, Metalúrgica
y Geográfica, emiten opinión favorable sobre la
disponibilidad presupuestal;
Que se cumplen con los requisitos exigidos por la
Directiva Nº 004-DGA-2009, aprobada con Resolución
Rectoral Nº 01573-R-09 del 17 de abril del 2009;
Que cuenta con el Proveído s/n de fecha 26 de octubre
del 2016, del Despacho Rectoral; y,
Estando dentro de las atribuciones conferidas al Señor
Rector por la Ley Universitaria Nº 30220 y el Estatuto de la
Universidad Nacional Mayor de San Marcos;
SE RESUELVE:
1º Ratificar la Resolución de Decanato Nº 0466/
FIGMMG-D/16 de fecha 14 de octubre del 2016 de la
Facultad de Ingeniería Geológica, Minera, Metalúrgica y
Geográfica, en el sentido que se indica:
1.- Autorizar el viaje en Comisión de Servicios, del
05 al 13 de noviembre del 2016, a don CARLOS DEL
VALLE JURADO, con código Nº 0A1368, Director (e)
de la Escuela Profesional de Ingeniería Ambiental de la
Facultad de Ingeniería Geológica, Minera, Metalúrgica y
Geográfica, para participar en la reunión de trabajo del
Proyecto PEESUD, a realizarse en las instalaciones de
la Ernst-Abbe-Hochschule Jena, University of Applied
Sciences, ciudad de Jena, Alemania.
2.- Otorgar a don CARLOS DEL VALLE JURADO,
las sumas que se indica, con cargo a los recursos
directamente recaudados por la Facultad de Ingeniería
Geológica, Minera, Metalúrgica y Geográfica, debiendo a
su retorno rendir cuenta documentada del gasto efectuado
en el plazo de Ley:
Viáticos
US$ 200.00 dólares americanos.
Seguro de viaje US$ 57.00 dólares americanos.
3.- Encargar la Dirección de la Escuela Profesional
de Ingeniería Ambiental de la Facultad de Ingeniería
Geológica, Minera, Metalúrgica y Geográfica, a don
MANUEL PRUDENCIO CABALLERO RÍOS, con código
Nº 000062, docente permanente asociado a T.C. 40
horas, por el período del 05 al 13 de noviembre del 2016
y mientras dure la ausencia del titular.
2º Encargar a la Secretaría General y a la Oficina de
Abastecimiento, la publicación de la presente Resolución
en el Diario Oficial “El Peruano” de conformidad a las
normas vigentes, y a la Facultad de Ingeniería Geológica,
Minera, Metalúrgica y Geográfica asumir el pago del
servicio de publicación.
3º Encargar a la Oficina General de Recursos
Humanos y a la Facultad de Ingeniería Geológica, Minera,
Metalúrgica y Geográfica, el cumplimiento de la presente
Resolución.
Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
ELIZABETH CANALES AYBAR
Rectora (e)
1448633-1
UNIVERSIDAD NACIONAL
MAYOR DE SAN MARCOS
RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 05307-R-16
Lima, 28 de octubre del 2016
Visto el expediente, con registro de Mesa de Partes
General Nº 07743-FIGMMG-16 de la Facultad de
603392
NORMAS LEGALES
Ingeniería Geológica, Minera, Metalúrgica y Geográfica,
sobre viaje al exterior en Comisión de Servicios y
encargatura.
Jueves 3 de noviembre de 2016 /
El Peruano
Metalúrgica y Geográfica, el cumplimiento de la presente
Resolución Rectoral.
Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución de Decanato Nº 0464/
FIGMMG-D/16 de fecha 14 de octubre del 2016, la
Facultad de Ingeniería Geológica, Minera, Metalúrgica
y Geográfica autoriza el viaje en Comisión de Servicios,
del 05 al 13 de noviembre del 2016, a don CARLOS
FRANCISCO CABRERA CARRANZA, con código
Nº 010146, Vicedecano de Investigación y Posgrado
y Director (e) de la Unidad de Posgrado de la citada
Facultad, para participar en la reunión de trabajo del
Proyecto PEESUD, a realizarse en las instalaciones de
la Ernst-Abbe-Hochschule Jena, University of Applied
Sciences, en la ciudad de Jena, Alemania;
Que asimismo, se le otorga las sumas en soles
equivalentes a US$ 200.00 dólares americanos por
concepto de viáticos y US$ 57.00 dólares americanos por
concepto de seguro de viaje, con cargo al Presupuesto
2016 de la Facultad de Ingeniería Geológica, Minera,
Metalúrgica y Geográfica;
Que la Jefa de la Unidad de Planificación, Presupuesto
y Racionalización y el Jefe de la Unidad de Economía de
la Facultad de Ingeniería Geológica, Minera, Metalúrgica
y Geográfica, emiten opinión favorable sobre la
disponibilidad presupuestal;
Que se cumplen con los requisitos exigidos por la
Directiva Nº 004-DGA-2009, aprobada con Resolución
Rectoral Nº 01573-R-09 del 17 de abril del 2009;
Que cuenta con el Proveído s/n de fecha 26 de octubre
del 2016, del Despacho Rectoral; y,
Estando dentro de las atribuciones conferidas al señor
Rector por la Ley Universitaria Nº 30220 y el Estatuto de
la Universidad Nacional Mayor de San Marcos;
SE RESUELVE:
1º Ratificar la Resolución de Decanato Nº 0464/
FIGMMG-D/16 de fecha 14 de octubre del 2016 de la
Facultad de Ingeniería Geológica, Minera, Metalúrgica y
Geográfica, en el sentido que se indica:
1.- Autorizar el viaje en Comisión de Servicios,
del 05 al 13 de noviembre del 2016, a don CARLOS
FRANCISCO CABRERA CARRANZA, con código Nº
010146, Vicedecano de Investigación y Posgrado y
Director (e) de la Unidad de Posgrado de la Facultad de
Ingeniería Geológica, Minera, Metalúrgica y Geográfica,
para participar en la reunión de trabajo del Proyecto
PEESUD, a realizarse en las instalaciones de la ErnstAbbe-Hochschule Jena, University of Applied Sciences,
en la ciudad de Jena, Alemania.
2.- Otorgar a don CARLOS FRANCISCO CABRERA
CARRANZA, las sumas que se indican, con cargo a los
recursos directamente recaudados por la Facultad de
Ingeniería Geológica, Minera, Metalúrgica y Geográfica,
debiendo a su retorno rendir cuenta documentada del
gasto efectuado en el plazo de Ley:
Viáticos
US$ 200.00 dólares americanos.
Seguro de Viaje US$ 57.00 dólares americanos.
ELIZABETH CANALES AYBAR
Rectora (e)
1448634-1
Ratifican resoluciones que autorizan
viajes de representantes de la Facultad de
Ingeniería Geológica, Minera, Metalúrgica
y Geográfica de la UNMSM a Alemania, en
comisión de servicios
UNIVERSIDAD NACIONAL
MAYOR DE SAN MARCOS
RESOLUCIÓN RECTORAL
Nº 05305-R-16
Lima, 28 de octubre del 2016
Visto el expediente, con registro de Mesa de Partes
General Nº 07722-FIGMMG-16 de la Facultad de
Ingeniería Geológica, Minera, Metalúrgica y Geográfica,
sobre viaje al exterior en Comisión de Servicios y
encargatura.
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución de Decanato Nº 0465/
FIGMMG-D/16 de fecha 14 de octubre del 2016, la
Facultad de Ingeniería Geológica, Minera, Metalúrgica y
Geográfica autoriza el viaje en Comisión de Servicios, del
05 al 13 de noviembre del 2016, a don WALTER APARICIO
ARÉVALO GÓMEZ, con código Nº 000063, Coordinador
del Departamento Académico de Ingeniería Geográfica de
la citada Facultad, para participar en la reunión de trabajo
del Proyecto PEESUD, a realizarse en las instalaciones
de la Ernst-Abbe-Hochschule Jena, University of Applied
Sciences, ciudad de Jena, Alemania;
Que asimismo, se le otorga las sumas en soles
equivalentes a US$ 200.00 dólares americanos por
concepto de viáticos y US$ 57.00 dólares americanos por
concepto de seguro de viaje, con cargo al Presupuesto
2016 de la Facultad de Ingeniería Geológica, Minera,
Metalúrgica y Geográfica;
Que la Jefa de la Unidad de Planificación, Presupuesto
y Racionalización y el Jefe de la Unidad de Economía de
la Facultad de Ingeniería Geológica, Minera, Metalúrgica
y Geográfica, emiten opinión favorable sobre la
disponibilidad presupuestal;
Que se cumplen con los requisitos exigidos por la
Directiva Nº 004-DGA-2009, aprobada con Resolución
Rectoral Nº 01573-R-09 del 17 de abril del 2009;
Que cuenta con el Proveído s/n de fecha 26 de octubre
del 2016, del Despacho Rectoral; y,
Estando dentro de las atribuciones conferidas al Señor
Rector por la Ley Universitaria Nº 30220 y el Estatuto de la
Universidad Nacional Mayor de San Marcos;
SE RESUELVE:
3.- Encargar el Vicedecanato de Investigación y
Posgrado y la Unidad de Posgrado de la Facultad de
Ingeniería Geológica, Minera, Metalúrgica y Geográfica
a don ALFONSO ALBERTO ROMERO BAYLÓN, con
código Nº 0A0330, docente permanente asociado a T.C.
40 horas, por el período del 05 al 13 de noviembre del
2016 y mientras dure la ausencia del titular.
2º Encargar a la Secretaría General y a la Oficina de
Abastecimiento la publicación de la presente Resolución
en el Diario Oficial “El Peruano” de conformidad a las
normas vigentes, y a la Facultad de Ingeniería Geológica,
Minera, Metalúrgica y Geográfica asumir el pago del
servicio de publicación.
3º Encargar a la Oficina General de Recursos
Humanos y a la Facultad de Ingeniería Geológica, Minera,
1º Ratificar la Resolución de Decanato Nº 0465/
FIGMMG-D/16 de fecha 14 de octubre del 2016 de la
Facultad de Ingeniería Geológica, Minera, Metalúrgica y
Geográfica, en el sentido que se indica:
1.- Autorizar el viaje en Comisión de Servicios, del 05
al 13 de noviembre del 2016, a don WALTER APARICIO
ARÉVALO GÓMEZ, con código Nº 000063, Coordinador
del Departamento Académico de Ingeniería Geográfica de
la Facultad de Ingeniería Geológica, Minera, Metalúrgica
y Geográfica, para participar en la reunión de trabajo del
Proyecto PEESUD, a realizarse en las instalaciones de
la Ernst-Abbe-Hochschule Jena, University of Applied
Sciences, ciudad de Jena, Alemania.
El Peruano / Jueves 3 de noviembre de 2016
NORMAS LEGALES
2.- Otorgar a don WALTER APARICIO ARÉVALO
GÓMEZ, las sumas que se indica, con cargo a los
recursos directamente recaudados por la Facultad de
Ingeniería Geológica, Minera, Metalúrgica y Geográfica,
debiendo a su retorno rendir cuenta documentada del
gasto efectuado en el plazo de Ley:
Viáticos
Seguro de viaje
US$ 200.00 dólares americanos.
US$ 57.00 dólares americanos.
3.- Encargar la Coordinación del Departamento
Académico de Ingeniería Geográfica de la Facultad de
Ingeniería Geológica, Minera, Metalúrgica y Geográfica,
a don JOSÉ LUIS QUISPE VILCHEZ, con código Nº
0A0332, docente permanente auxiliar a T.P. 20 horas, por
el período del 05 al 13 de noviembre del 2016 y mientras
dure la ausencia del titular.
2º Encargar a la Secretaría General y a la Oficina de
Abastecimiento, la publicación de la presente Resolución
en el Diario Oficial “El Peruano” de conformidad a las
normas vigentes, y a la Facultad de Ingeniería Geológica,
Minera, Metalúrgica y Geográfica asumir el pago del
servicio de publicación.
3º Encargar a la Oficina General de Recursos
Humanos y a la Facultad de Ingeniería Geológica, Minera,
Metalúrgica y Geográfica, el cumplimiento de la presente
Resolución.
Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
ELIZABETH CANALES AYBAR
Rectora (e)
1448635-1
UNIVERSIDAD NACIONAL
MAYOR DE SAN MARCOS
RESOLUCIÓN RECTORAL
Nº 05306-R-16
Lima, 28 de octubre del 2016
Visto el expediente, con registro de Mesa de Partes
General Nº 07125-FIGMMG-16 de la Facultad de
Ingeniería Geológica, Minera, Metalúrgica y Geográfica,
sobre viaje al exterior en Comisión de Servicios y
encargatura.
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución de Decanato Nº 0463/
FIGMMG-D/16 de fecha 13 de octubre del 2016, la
Facultad de Ingeniería Geológica, Minera, Metalúrgica y
Geográfica autoriza el viaje en Comisión de Servicios, del
05 al 13 de noviembre del 2016, a doña SILVIA DEL PILAR
IGLESIAS LEÓN, con código Nº 087378, Decana de la
citada Facultad, para participar en la reunión de trabajo
del Proyecto PEESUD, a realizarse en las instalaciones
de la Ernst-Abbe-Hochschule Jena, University of Applied
Sciences, en la ciudad de Jena, Alemania;
Que asimismo, se le otorga las sumas en soles
equivalentes a US$ 200.00 dólares americanos por
concepto de viáticos y US$ 57.00 dólares americanos por
concepto de seguro de viaje, con cargo al Presupuesto
2016 de la Facultad de Ingeniería Geológica, Minera,
Metalúrgica y Geográfica;
Que la Jefa de la Unidad de Planificación, Presupuesto
y Racionalización y el Jefe de la Unidad de Economía de
la Facultad de Ingeniería Geológica, Minera, Metalúrgica
y Geográfica, emiten opinión favorable sobre la
disponibilidad presupuestal;
Que se cumplen con los requisitos exigidos por la
Directiva Nº 004-DGA-2009, aprobada con Resolución
Rectoral Nº 01573-R-09 del 17 de abril del 2009;
Que cuenta con el Proveído s/n de fecha 26 de octubre
del 2016, del Despacho Rectoral; y,
Estando dentro de las atribuciones conferidas al señor
Rector por la Ley Universitaria Nº 30220 y el Estatuto de
la Universidad Nacional Mayor de San Marcos;
603393
SE RESUELVE:
1º Ratificar la Resolución de Decanato Nº 0463/
FIGMMG-D/16 de fecha 13 de octubre del 2016 de la
Facultad de Ingeniería Geológica, Minera, Metalúrgica y
Geográfica, en el sentido que se indica:
1.- Autorizar el viaje en Comisión de Servicios, del 05
al 13 de noviembre del 2016, a doña SILVIA DEL PILAR
IGLESIAS LEÓN, con código Nº 087378, Decana de la
Facultad de Ingeniería Geológica, Minera, Metalúrgica y
Geográfica, para participar en la reunión de trabajo del
Proyecto PEESUD, a realizarse en las instalaciones de
la Ernst-Abbe-Hochschule Jena, University of Applied
Sciences, en la ciudad de Jena, Alemania.
2.- Otorgar a doña SILVIA DEL PILAR IGLESIAS
LEÓN, las sumas que se indican, con cargo a los recursos
directamente recaudados por la Facultad de Ingeniería
Geológica, Minera, Metalúrgica y Geográfica, debiendo a
su retorno rendir cuenta documentada del gasto efectuado
en el plazo de Ley:
Viáticos
US$ 200.00 dólares americanos.
Seguro de Viaje US$ 57.00 dólares americanos.
3.- Encargar el Decanato de la Facultad de Ingeniería
Geológica, Minera, Metalúrgica y Geográfica a don
RICARDO RAMIRO SANTOS RODRÍGUEZ, con código
Nº 065579, docente permanente principal a T.C. 40 horas,
Vicedecano Académico de la citada Facultad, por el
período del 05 al 13 de noviembre del 2016 y mientras
dure la ausencia de la titular.
2º Encargar a la Secretaría General y a la Oficina de
Abastecimiento la publicación de la presente Resolución
en el Diario Oficial “El Peruano” de conformidad a las
normas vigentes, y a la Facultad de Ingeniería Geológica,
Minera, Metalúrgica y Geográfica asumir el pago del
servicio de publicación.
3º Encargar a la Oficina General de Recursos
Humanos y a la Facultad de Ingeniería Geológica, Minera,
Metalúrgica y Geográfica, el cumplimiento de la presente
Resolución Rectoral.
Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
ELIZABETH CANALES AYBAR
Rectora (e)
1448636-1
MINISTERIO PUBLICO
Aceptan renuncias de fiscales en los
Distritos Fiscales de Huaura y Piura
RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN
N° 4509-2016-MP-FN
Lima, 2 de noviembre de 2016
VISTO Y CONSIDERANDO:
El documento de fecha 21 de octubre de 2016,
mediante el cual, el abogado César Eleuterio Sotelo
Rojas, Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito
Fiscal de Huaura, designado en el Despacho de la Fiscalía
Provincial Penal Corporativa de Huaral, formula su
renuncia al cargo, por motivos estrictamente personales,
con efectividad al 21 de octubre de 2016.
Estando a lo expuesto y de conformidad con lo
establecido en el artículo 64º del Decreto Legislativo Nº
052, Ley Orgánica del Ministerio Público.
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por
el abogado César Eleuterio Sotelo Rojas, como Fiscal
603394
NORMAS LEGALES
Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Huaura
y su designación en el Despacho de la Fiscalía Provincial
Penal Corporativa de Huaral, materia de la Resolución de
la Fiscalía de la Nación Nº 3700-2016-MP-FN, de fecha
24 de agosto de 2016; con efectividad al 21 de octubre
de 2016.
Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la
presente Resolución, a la Presidencia de la Junta de
Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Huaura, Gerencia
General, Gerencia Central de Potencial Humano, Oficina
de Control de la Productividad Fiscal, Oficina de Registro
y Evaluación de Fiscales y al Fiscal mencionado.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PABLO SÁNCHEZ VELARDE
Fiscal de la Nación
1449065-1
RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN
N° 4510-2016-MP-FN
Lima, 2 de noviembre de 2016
VISTO Y CONSIDERANDO:
El oficio Nº 1342-2016-MP-FN-PJFS-Piura, cursado
por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del
Distrito Fiscal de Piura, mediante el cual eleva la renuncia
irrevocable de la abogada Valois Alejandra Lapouble
Urruchi, al cargo de Fiscal Adjunta Provincial Provisional
del Distrito Fiscal de Piura, designada en el Despacho
de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de
Castilla, por motivos personales y profesionales, con
efectividad al 21 de octubre de 2016.
Estando a lo expuesto y de conformidad con lo
establecido en el artículo 64º del Decreto Legislativo Nº
052, Ley Orgánica del Ministerio Público.
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por
la abogada Valois Alejandra Lapouble Urruchi, como Fiscal
Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Piura
y su designación en el Despacho de la Primera Fiscalía
Provincial Penal Corporativa de Castilla, materia de la
Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 4102-2016-MPFN, de fecha 23 de septiembre de 2016; con efectividad al
21 de octubre de 2016.
Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la
presente Resolución, a la Presidencia de la Junta de
Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Piura, Gerencia
General, Gerencia Central de Potencial Humano, Oficina
de Control de la Productividad Fiscal, Oficina de Registro
y Evaluación de Fiscales y a la Fiscal mencionada.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PABLO SÁNCHEZ VELARDE
Fiscal de la Nación
1449065-2
Dejan sin efecto disposiciones de diversas
resoluciones referentes a nombramientos
de fiscales en los Distritos Fiscales de
Arequipa, Ayacucho y Junín
RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN
N° 4511-2016-MP-FN
Lima, 2 de noviembre de 2016
VISTO Y CONSIDERANDO:
El oficio Nº 12321-2016-MP-PJFS-AR, cursado por la
Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito
Fiscal de Arequipa, mediante el cual eleva la declinación
Jueves 3 de noviembre de 2016 /
El Peruano
de la abogada Guiuliana Yésica Pastor Cuba, al cargo de
Fiscal Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Arequipa,
designada en el Despacho de la Fiscalía Provincial Penal
Corporativa de Chivay, con Sede en Chivay, cargo que
nunca asumió al no haber prestado juramento de ley.
Estando a lo expuesto y de conformidad con lo
establecido en el artículo 64º del Decreto Legislativo Nº
052, Ley Orgánica del Ministerio Público.
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Dejar sin efecto el artículo segundo de
la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1349-2008-MPFN, de fecha 03 de octubre de 2008, en el que se nombra
a la abogada Guiuliana Yésica Pastor Cuba, como Fiscal
Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Arequipa y su
designación en el Despacho de la Fiscalía Provincial Penal
Corporativa de Chivay, con Sede en Chivay.
Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente
Resolución, a la Presidencia de la Junta de Fiscales
Superiores del Distrito Fiscal de Arequipa, Gerencia
General, Gerencia Central de Potencial Humano, Oficina
de Control de la Productividad Fiscal, Oficina de Registro
y Evaluación de Fiscales y a la Fiscal mencionada.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PABLO SÁNCHEZ VELARDE
Fiscal de la Nación
1449065-3
RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN
N° 4512-2016-MP-FN
Lima, 2 de noviembre de 2016
VISTO Y CONSIDERANDO:
El oficio Nº 3420-2016-MP-FN-PJFS-AYAC, cursado por
la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito
Fiscal de Ayacucho, mediante el cual eleva la declinación del
abogado Ernesto Arroyo Medina, al cargo de Fiscal Adjunto
Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Ayacucho,
designado en el Despacho de la Fiscalía Provincial Penal de
Sucre, por motivos personales y familiares.
Estando a lo expuesto y de conformidad con lo
establecido en el artículo 64º del Decreto Legislativo Nº
052, Ley Orgánica del Ministerio Público.
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Dejar sin efecto el artículo
primero de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº
4194-2016-MP-FN, de fecha 03 de octubre de 2016, en
el extremo que se nombra al abogado Ernesto Arroyo
Medina, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional
del Distrito Fiscal de Ayacucho y su designación en el
Despacho de la Fiscalía Provincial Penal de Sucre.
Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente
Resolución, a la Presidencia de la Junta de Fiscales
Superiores del Distrito Fiscal de Ayacucho, Gerencia
General, Gerencia Central de Potencial Humano, Oficina
de Control de la Productividad Fiscal, Oficina de Registro
y Evaluación de Fiscales y al Fiscal mencionado.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PABLO SÁNCHEZ VELARDE
Fiscal de la Nación
1449065-4
RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN
N° 4513-2016-MP-FN
Lima, 2 de noviembre de 2016
VISTO Y CONSIDERANDO:
El oficio Nº 3392-2016-MP-FN/PJFS-DFA, cursado
por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores
El Peruano / Jueves 3 de noviembre de 2016
NORMAS LEGALES
del Distrito Fiscal de Ayacucho, mediante el cual eleva
la declinación de la abogada Edda Vega Oré, al cargo
de Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito
Fiscal de Ayacucho, designada en el Despacho de
la Segunda Fiscalía Provincial Especializada en
Prevención del Delito de Ayacucho, por motivos
personales y familiares.
Estando a lo expuesto y de conformidad con lo
establecido en el artículo 64º del Decreto Legislativo Nº
052, Ley Orgánica del Ministerio Público.
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Dejar sin efecto el artículo
primero de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº
4195-2016-MP-FN, de fecha 03 de octubre de 2016, en
el extremo que se nombra a la abogada Edda Vega Oré,
como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito
Fiscal de Ayacucho y su designación en el Despacho de la
Segunda Fiscalía Provincial Especializada en Prevención
del Delito de Ayacucho.
Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente
Resolución, a la Presidencia de la Junta de Fiscales
Superiores del Distrito Fiscal de Ayacucho, Gerencia
General, Gerencia Central de Potencial Humano, Oficina
de Control de la Productividad Fiscal, Oficina de Registro
y Evaluación de Fiscales y a la Fiscal mencionada.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PABLO SÁNCHEZ VELARDE
Fiscal de la Nación
1449065-5
Dan por concluidos nombramientos y
designaciones, designan y nombran
fiscales en los Distritos Fiscales de Huánuco,
Sullana, Ucayali, Piura y Tumbes
RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN
N° 4515-2016-MP-FN
Lima, 2 de noviembre de 2016
VISTO Y CONSIDERANDO:
El oficio Nº 12855-2016-MP-PJFS-DFH, cursado
por el Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del
Distrito Fiscal de Huánuco.
Estando a lo expuesto en el mencionado documento
y de conformidad con lo establecido en el artículo 64° del
Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio
Público.
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Dar por concluido el nombramiento
de la doctora Roxana Candelaria Choquehuanca Figueroa,
como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito
Fiscal de Huánuco, y su designación en el Despacho de la
Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Dos de
Mayo, materia de la Resolución de Fiscalía de la Nación
Nº 4052-2013-MP-FN, de fecha 10 de diciembre de 2013.
Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente
Resolución, a la Presidencia de la Junta de Fiscales
Superiores del Distrito Fiscal de Huánuco, Gerencia
General, Gerencia Central de Potencial Humano, Oficina
de Control de la Productividad Fiscal, Oficina de Registro
y Evaluación de Fiscales y a la fiscal mencionada.
RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN
N° 4514-2016-MP-FN
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Lima, 2 de noviembre de 2016
PABLO SÁNCHEZ VELARDE
Fiscal de la Nación
VISTO Y CONSIDERANDO:
El oficio N° 4860-2016-MP-P-JFS-JUNIN, cursado
por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores
del Distrito Fiscal de Junín, mediante el cual pone de
conocimiento que la abogada María Isabel Atarama
Palacios, Fiscal Adjunta Superior Provisional del Distrito
Fiscal de Junín, designada en el Despacho de la Segunda
Fiscalía Superior Penal de La Merced, no ha prestado
el juramento de ley en el cargo mencionado, por lo que
se hace necesario concluir dicho nombramiento y su
designación en el respectivo Despacho Fiscal.
Estando a lo expuesto y de conformidad con lo
establecido por el artículo 64° del Decreto Legislativo N°
052, Ley Orgánica del Ministerio Público;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Dejar sin efecto el artículo
tercero de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº
4188-2016-MP-FN, de fecha 03 de octubre de 2016, en
el que se nombra a la abogada María Isabel Atarama
Palacios, como Fiscal Adjunta Superior Provisional del
Distrito Fiscal de Junín, designada en el Despacho de la
Segunda Fiscalía Superior Penal de La Merced.
Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la
presente Resolución, a la Presidencia de la Junta de
Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Junín, Gerencia
General, Gerencia Central de Potencial Humano, Oficina
de Registro y Evaluación de Fiscales y a la Fiscal
mencionada.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PABLO SÁNCHEZ VELARDE
Fiscal de la Nación
1449065-6
603395
1449065-7
RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN
N° 4525-2016-MP-FN
Lima, 2 de noviembre de 2016
VISTO Y CONSIDERANDO:
El oficio N° 749-2016-MP-FN-PJFS-SULLANA,
cursado por la Presidencia de la Junta de Fiscales
Superiores del Distrito Fiscal de Sullana, mediante el cual
solicita el cambio de Despachos de personal Fiscal de su
juridicción.
Estando a lo expuesto y de conformidad con lo
establecido por el artículo 64° del Decreto Legislativo N°
052, Ley Orgánica del Ministerio Público;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Dar por concluida la designación
de la abogada Sandra Ruíz Carranza, Fiscal Adjunta
Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Sullana, en
el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal
Corporativa de Sullana, materia de la Resolución de la
Fiscalía de la Nación Nº 4371-2016-MP-FN, de fecha 17
de octubre de 2016.
Artículo Segundo.- Dar por concluida la designación
del abogado Víctor Manuel Bazalar Paz, Fiscal Adjunto
Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Sullana, en
el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal
Corporativa de Talara, materia de la Resolución de la
Fiscalía de la Nación Nº 2642-2013-MP-FN, de fecha 04
de septiembre de 2013.
Artículo Tercero.- Designar al abogado Víctor Manuel
Bazalar Paz, Fiscal Adjunto Provincial Provisional del
Distrito Fiscal de Sullana, en el Despacho de la Segunda
Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Sullana.
603396
NORMAS LEGALES
Artículo Cuarto.- Designar a la abogada Sandra Ruíz
Carranza, Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito
Fiscal de Sullana, en el Despacho de la Primera Fiscalía
Provincial Penal Corporativa de Talara.
Artículo Quinto.- Hacer de conocimiento la presente
Resolución, a la Presidencia de la Junta de Fiscales
Superiores del Distrito Fiscal de Sullana, Gerencia
General, Gerencia Central de Potencial Humano, Oficina
de Registro y Evaluación de Fiscales y a los Fiscales
mencionados.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PABLO SÁNCHEZ VELARDE
Fiscal de la Nación
Jueves 3 de noviembre de 2016 /
El Peruano
Chunga Núñez, en el cargo de Fiscal Adjunta Provincial
Provisional del Distrito Fiscal de Piura y su designación
en el Despacho de la Fiscalía Provincial Especializada en
Delitos de Tráfico Ilícito de Drogas - Sede Piura, a fin de
ser nombrada como Fiscal Adjunta Provincial Provisional,
para el Despacho de la Fiscalía Provincial Especializada
en Delitos de Tráfico Ilícito de Drogas - Sede Tumbes, del
Distrito Fiscal de Tumbes, la cual a la fecha, se encuentra
vacante, en consecuencia se hace necesario nombrar al
Fiscal que ocupe provisionalmente dicho cargo, previa
verificación de los requisitos de Ley.
Estando a lo expuesto y de conformidad con lo
establecido por el artículo 64° del Decreto Legislativo N°
052, Ley Orgánica del Ministerio Público.
SE RESUELVE:
1449065-17
RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN
Nº 4526-2016-MP-FN
Lima, 2 de noviembre de 2016
VISTO Y CONSIDERANDO:
El oficio N° 3861-2016-MP-PJFS-DF-UCAYALI,
remitido por la Presidencia de la Junta de Fiscales
Superiores del Distrito Fiscal de Ucayali.
Estando a lo expuesto en el referido documento y
de conformidad con lo establecido por el artículo 64° del
Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio
Público.
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Dar por concluido el nombramiento
de la abogada Miriam Verónica García Palomino,
como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Fiscal de
Ucayali y su designación en el Despacho de la Quinta
Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Coronel Portillo,
materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N°
141-2014-MP-FN, de fecha 15 de enero de 2014.
Artículo Segundo.- Dar por concluida la designación
del abogado Emilio Agnes Santa Cruz Pizarro, Fiscal
Adjunto Provincial Titular Penal (Corporativo) de Coronel
Portillo, Distrito Fiscal de Ucayali, en el Despacho de la
Quinta Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Coronel
Portillo, materia de la Resolución de la Fiscalía de la
Nación N° 4960-2014-MP-FN, de fecha 25 de noviembre
de 2014.
Artículo Tercero.- Nombrar al abogado Emilio Agnes
Santa Cruz Pizarro, como Fiscal Provincial Provisional del
Distrito Fiscal de Ucayali, designándolo en el Despacho
de la Quinta Fiscalía Provincial Penal Corporativa de
Coronel Portillo, con retención de su cargo de carrera.
Artículo Cuarto.- Hacer de conocimiento la presente
Resolución, a la Presidencia de la Junta de Fiscales
Superiores del Distrito Fiscal de Ucayali, Gerencia
General, Gerencia Central de Potencial Humano, Oficina
de Registro y Evaluación de Fiscales y a los fiscales
mencionados.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PABLO SÁNCHEZ VELARDE
Fiscal de la Nación
1449065-18
RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN
N° 4529-2016-MP-FN
Lima, 2 de noviembre de 2016
VISTO Y CONSIDERANDO:
El
oficio
N°
2486-2016-OCEFEDTID-MP-FN,
remitido por la Jefa de la Oficina de Coordinación y
Enlace de las Fiscalías Especializadas en Delitos de
Tráfico Ilícito de Drogas, mediante el cual solicita dar por
concluido el nombramiento de la abogada Karla Lisbeth
Artículo Primero.- Dar por concluido el nombramiento
de la abogada Karla Lisbeth Chunga Núñez, como Fiscal
Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Piura
y su designación en el Despacho de la Fiscalía Provincial
Especializada en Delitos de Tráfico Ilícito de Drogas Sede Piura, materia de la Resolución de la Fiscalía de la
Nación Nº 2260-2016-MP-FN, de fecha 16 de mayo de
2016.
Artículo Segundo.- Nombrar a la abogada Karla
Lisbeth Chunga Núñez, como Fiscal Adjunta Provincial
Provisional del Distrito Fiscal de Tumbes, designándola
en el Despacho de la Fiscalía Provincial Especializada en
Delitos de Tráfico Ilícito de Drogas - Sede Tumbes.
Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente
Resolución, a las Presidencias de las Juntas de Fiscales
Superiores de los Distritos Fiscales de Piura y Tumbes,
Coordinadora del Despacho del Fiscal de la Nación, ante
la Sección de Asuntos Antinarcóticos y Aplicación de la
Ley (SAAL) y DEA de la Embajada de los Estados Unidos
de Norteamérica y demás organismos vinculados en la
lucha contra el Tráfico Ilícito de drogas y delitos conexos,
Gerencia General, Gerencia Central de Potencial
Humano, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales y a
la Fiscal mencionada.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PABLO SÁNCHEZ VELARDE
Fiscal de la Nación
1449065-21
Nombran fiscales en los Distritos Fiscales de
Amazonas, Cusco, Junín, Lima Este, Loreto,
Piura, Puno y Ucayali
RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN
N° 4516-2016-MP-FN
Lima, 2 de noviembre de 2016
VISTO Y CONSIDERANDO:
El oficio N° 2806-2016-MP-PJFS-AMAZONAS,
remitido por la Presidencia de la Junta de Fiscales
Superiores del Distrito Fiscal de Amazonas, mediante el
cual eleva las propuestas para cubrir la plaza de Fiscal
Adjunto Provincial, para el Despacho de la Fiscalía
Provincial Penal Corporativa de Bagua, la cual a la
fecha, se encuentra vacante y en consecuencia se hace
necesario nombrar al Fiscal que ocupe provisionalmente
dicho cargo, previa verificación de los requisitos de Ley.
Estando a lo expuesto y de conformidad con lo
establecido por el artículo 64° del Decreto Legislativo N°
052, Ley Orgánica del Ministerio Público;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Nombrar a la abogada Yaneth
Pariente Villegas, como Fiscal Adjunta Provincial
Provisional del Distrito Fiscal de Amazonas, designándola
en el Despacho de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa
de Bagua.
El Peruano / Jueves 3 de noviembre de 2016
NORMAS LEGALES
Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente
Resolución, a la Presidencia de la Junta de Fiscales
Superiores del Distrito Fiscal de Amazonas, Gerencia
General, Gerencia Central de Potencial Humano, Oficina de
Registro y Evaluación de Fiscales y a la Fiscal mencionada.
603397
Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la
presente Resolución, a la Presidencia de la Junta de
Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Amazonas,
Gerencia General, Gerencia Central de Potencial
Humano, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales y a
la fiscal mencionada.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PABLO SÁNCHEZ VELARDE
Fiscal de la Nación
PABLO SÁNCHEZ VELARDE
Fiscal de la Nación
1449065-8
1449065-10
RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN
Nº 4517-2016-MP-FN
RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN
N° 4519-2016-MP-FN
Lima, 2 de noviembre de 2016
Lima, 2 de noviembre de 2016
VISTO Y CONSIDERANDO:
VISTO Y CONSIDERANDO:
El oficio N° 2808-2016-MP-PJFS-AMAZONAS,
cursado por la Presidencia de la Junta de Fiscales
Superiores del Distrito Fiscal de Amazonas, mediante
el cual eleva la propuesta para cubrir la plaza de Fiscal
Adjunto Provincial, para el Despacho de la Primera Fiscalía
Provincial Penal Corporativa de Bongará, la misma que, a
la fecha, se encuentra vacante y en consecuencia se hace
necesario nombrar al fiscal que ocupe provisionalmente
dicho cargo, previa verificación de los requisitos de Ley.
Estando a lo expuesto y de conformidad con lo
establecido por el artículo 64° del Decreto Legislativo N°
052, Ley Orgánica del Ministerio Público.
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Nombrar al abogado John Geyler
Delgado Velásquez, como Fiscal Adjunto Provincial
Provisional del Distrito Fiscal de Amazonas, designándolo
en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal
Corporativa de Bongará, con reserva de su plaza de
origen.
Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la
presente Resolución, a la Presidencia de la Junta de
Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Amazonas,
Gerencia General, Gerencia Central de Potencial
Humano, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales y
al fiscal mencionado.
El oficio N° 3303-2016-PJFS-DFCUSCO/MP-FN,
remitido por la Presidencia de la Junta de Fiscales
Superiores del Distrito Fiscal del Cusco, mediante el
cual eleva la terna para cubrir la plaza de Fiscal Adjunto
Provincial, para el Despacho de la Segunda Fiscalía
Provincial Penal Corporativa de La Convención, la misma
que a la fecha, se encuentra vacante y en consecuencia
se hace necesario nombrar al Fiscal que ocupe
provisionalmente dicho cargo, previa verificación de los
requisitos de Ley.
Estando a lo expuesto y de conformidad con lo
establecido por el artículo 64° del Decreto Legislativo N°
052, Ley Orgánica del Ministerio Público;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Nombrar a la abogada Lisbet
Auccahuaqui Torre, como Fiscal Adjunta Provincial
Provisional del Distrito Fiscal del Cusco, designándola
en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal
Corporativa de La Convención.
Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la
presente Resolución, a la Presidencia de la Junta de
Fiscales Superiores del Distrito Fiscal del Cusco, Gerencia
General, Gerencia Central de Potencial Humano, Oficina
de Registro y Evaluación de Fiscales y a la Fiscal
mencionada.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PABLO SÁNCHEZ VELARDE
Fiscal de la Nación
PABLO SÁNCHEZ VELARDE
Fiscal de la Nación
1449065-9
1449065-11
RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN
Nº 4518-2016-MP-FN
RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN
N° 4520-2016-MP-FN
Lima, 2 de noviembre de 2016
Lima, 2 de noviembre de 2016
VISTO Y CONSIDERANDO:
VISTO Y CONSIDERANDO:
El oficio N° 2809-2016-MP-PJFS-AMAZONAS,
cursado por la Presidencia de la Junta de Fiscales
Superiores del Distrito Fiscal de Amazonas, mediante
el cual eleva la propuesta para cubrir la plaza de Fiscal
Adjunto Provincial, para el Despacho de la Fiscalía
Provincial Mixta de Tingo, la misma que, a la fecha, se
encuentra vacante y en consecuencia se hace necesario
nombrar al fiscal que ocupe provisionalmente dicho cargo,
previa verificación de los requisitos de Ley.
Estando a lo expuesto y de conformidad con lo
establecido por el artículo 64° del Decreto Legislativo N°
052, Ley Orgánica del Ministerio Público.
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Nombrar a la abogada Yadhira
Fernández Fuentes, como Fiscal Adjunta Provincial
Provisional del Distrito Fiscal de Amazonas, designándola
en el Despacho de la Fiscalía Provincial Mixta de Tingo.
El oficio N° 4691-2016-MP-PJFS-JUNIN, remitido
por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores
del Distrito Fiscal de Junín, mediante el cual eleva las
propuestas para cubrir las plazas de Fiscal Adjunto
Provincial, para los diferentes Despachos de las Fiscalías
Provinciales Penales Corporativas de Huancayo, las
mismas que a la fecha, se encuentran vacantes y en
consecuencia se hace necesario nombrar a los Fiscales
que ocupen provisionalmente dichos cargos, previa
verificación de los requisitos de Ley.
Estando a lo expuesto y de conformidad con lo
establecido por el artículo 64° del Decreto Legislativo N°
052, Ley Orgánica del Ministerio Público;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Nombrar a la abogada María Elena
Lazo Mayorca, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional
603398
NORMAS LEGALES
del Distrito Fiscal de Junín, designándola en el Despacho
de la Tercera Fiscalía Provincial Penal de Huancayo.
Artículo Segundo.- Nombrar como Fiscales Adjuntos
Provinciales Provisionales del Distrito Fiscal de Junín,
designándolos en el Despacho de la Cuarta Fiscalía Provincial
Penal Corporativa de Huancayo, a los siguientes abogados:
• Rosendo Gianfranco Serna Cisneros, con reserva de
su plaza de origen.
• Paulus César Chuquimantari Hurtado.
• Rosario Mercedes Arteaga Torres.
Artículo Tercero.- Nombrar como Fiscales Adjuntas
Provinciales Provisionales del Distrito Fiscal de Junín,
designándolas en el Despacho de la Quinta Fiscalía
Provincial Penal Corporativa de Huancayo, a las
siguientes abogadas:
• Kattya Montalván Castañeda, con reserva de su
plaza de origen.
• Angela Gabriela Ramos Gallardo.
• Milluska Pérez Picón.
Artículo Cuarto.- Nombrar a la abogada Consuelo
Gutiérrez Trucios, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional
del Distrito Fiscal de Junín, designándola en el Despacho de
la Sexta Fiscalía Provincial Penal de Huancayo.
Artículo Quinto.- Hacer de conocimiento la presente
Resolución, a la Presidencia de la Junta de Fiscales
Superiores del Distrito Fiscal de Junín, Gerencia
General, Gerencia Central de Potencial Humano, Oficina
de Registro y Evaluación de Fiscales y a los Fiscales
mencionados.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PABLO SÁNCHEZ VELARDE
Fiscal de la Nación
1449065-12
RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN
Nº 4521-2016-MP-FN
Jueves 3 de noviembre de 2016 /
RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN
N° 4522-2016-MP-FN
Lima, 2 de noviembre de 2016
VISTO Y CONSIDERANDO:
El oficio N° 2707-2016-OCEFEDTID-MP-FN, remitido
por la Jefa de la Oficina de Coordinación y Enlace de las
Fiscalías Especializadas en Delitos de Tráfico Ilícito de
Drogas, quien eleva la propuesta para cubrir la plaza de
Fiscal Adjunto Provincial, para el Despacho de la Fiscalía
Provincial Especializada en Delitos de Tráfico Ilícito de
Drogas - Sede Iquitos, la cual a la fecha, se encuentra
vacante y en consecuencia se hace necesario nombrar
al Fiscal que ocupe provisionalmente dicho cargo, previa
verificación de los requisitos de Ley.
Estando a lo expuesto y de conformidad con lo
establecido por el artículo 64° del Decreto Legislativo N°
052, Ley Orgánica del Ministerio Público.
SE RESUELVE:
Articulo Primero.- Nombrar a la abogada Carmen
Rosa Vela Reyes, como Fiscal Adjunta Provincial
Provisional del Distrito Fiscal de Loreto, designándola en
el Despacho de la Fiscalía Provincial Especializada en
Delitos de Tráfico Ilícito de Drogas - Sede Iquitos.
Articulo Segundo.- Hacer de conocimiento la
presente Resolución, a la Presidencia de la Junta
de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Loreto,
Coordinadora del Despacho del Fiscal de la Nación, ante
la Sección de Asuntos Antinarcóticos y Aplicación de la
Ley (SAAL) y DEA de la Embajada de los Estados Unidos
de Norteamérica y demás organismos vinculados en la
lucha contra el Tráfico Ilícito de drogas y delitos conexos,
Gerencia General, Gerencia Central de Potencial
Humano, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales y a
la Fiscal mencionada.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Lima, 2 de noviembre de 2016
PABLO SÁNCHEZ VELARDE
Fiscal de la Nación
VISTO Y CONSIDERANDO:
1449065-14
El oficio N° 5323-2016-MP-FN-PJFSDJLE, remitido
por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores
del Distrito Fiscal de Lima Este, mediante el cual eleva la
propuesta para cubrir la plaza de Fiscal Adjunto Provincial,
para el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal
de Chosica, la misma que, a la fecha, se encuentra
vacante y en consecuencia se hace necesario nombrar
al fiscal que ocupe provisionalmente dicho cargo, previa
verificación de los requisitos de Ley.
Estando a lo expuesto y de conformidad con lo
establecido en el artículo 64° del Decreto Legislativo N°
052, Ley Orgánica del Ministerio Público.
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Nombrar a la abogada Cecilia
Margarita Siancas Tao, como Fiscal Adjunta Provincial
Provisional del Distrito Fiscal de Lima Este, designándola
en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal
de Chosica.
Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente
Resolución, a la Presidencia de la Junta de Fiscales
Superiores del Distrito Fiscal de Lima Este, Gerencia
General, Gerencia Central de Potencial Humano,
Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales y a la fiscal
mencionada.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PABLO SÁNCHEZ VELARDE
Fiscal de la Nación
1449065-13
El Peruano
RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN
N° 4523-2016-MP-FN
Lima, 2 de noviembre de 2016
VISTO Y CONSIDERANDO:
El oficio N° 1231-2016-MP-FN-PJFS-PIURA, remitido
por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del
Distrito Fiscal de Piura, mediante el cual eleva la terna
para cubrir la plaza de Fiscal Adjunto Provincial, para
el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal
Corporativa de Piura, la cual a la fecha, se encuentra
vacante y en consecuencia se hace necesario nombrar
al Fiscal que ocupe provisionalmente dicho cargo, previa
verificación de los requisitos de Ley.
Estando a lo expuesto y de conformidad con lo
establecido por el artículo 64° del Decreto Legislativo N°
052, Ley Orgánica del Ministerio Público;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Nombrar a la abogada Cynthia Del
Socorro Peralta Alzamora, como Fiscal Adjunta Provincial
Provisional del Distrito Fiscal de Piura, designándola
en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal
Corporativa de Piura.
Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la
presente Resolución, a la Presidencia de la Junta de
Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Piura, Gerencia
General, Gerencia Central de Potencial Humano, Oficina
El Peruano / Jueves 3 de noviembre de 2016
NORMAS LEGALES
de Registro y Evaluación de Fiscales y a la Fiscal
mencionada.
603399
Gerencia General, Gerencia Central de Potencial
Humano, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales y a
la fiscal mencionada.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PABLO SÁNCHEZ VELARDE
Fiscal de la Nación
1449065-15
RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN
N° 4524-2016-MP-FN
Lima, 2 de noviembre de 2016
VISTO Y CONSIDERANDO:
El oficio Nº 9058-2016-MP-FN-PJFS-DF-PUNO,
cursado por la Presidenta de la Junta de Fiscales
Superiores del Distrito Fiscal de Puno, mediante el cual
formula propuesta para cubrir la plaza de Fiscal Adjunto
Provincial para el Despacho de la Fiscalía Provincial
Civil y Familia de Carabaya, que a la fecha se encuentra
vacante; en consecuencia, se hace necesario nombrar
al fiscal que ocupe provisionalmente dicho cargo, previa
verificación de los requisitos de ley.
Estando a lo expuesto y de conformidad con lo
establecido en el artículo 64° del Decreto Legislativo N°
052, Ley Orgánica del Ministerio Público.
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Nombrar a la abogada Vicky
Jessica Reynoso Machaca, como Fiscal Adjunta Provincial
Provisional del Distrito Fiscal de Puno, designándola en
el Despacho de la Fiscalía Provincial Civil y Familia de
Carabaya, con reserva de su plaza de origen.
Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la
presente Resolución, a la Presidencia de la Junta de
Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Puno, Gerencia
General, Gerencia Central de Potencial Humano,
Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales y a la fiscal
mencionada.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PABLO SÁNCHEZ VELARDE
Fiscal de la Nación
1449065-16
PABLO SÁNCHEZ VELARDE
Fiscal de la Nación
1449065-19
RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN
Nº 4528-2016-MP-FN
Lima, 2 de noviembre de 2016
VISTO Y CONSIDERANDO:
El oficio N° 3779-2016-MP-PJFS-DF-UCAYALI,
remitido por la Presidencia de la Junta de Fiscales
Superiores del Distrito Fiscal de Ucayali, mediante el cual
eleva la propuesta para cubrir la plaza de Fiscal Adjunto
Provincial, para el Despacho de la Fiscalía Provincial
Penal Corporativa de Atalaya, la misma que, a la fecha, se
encuentra vacante y en consecuencia se hace necesario
designar al fiscal que ocupe provisionalmente dicho cargo,
previa verificación de los requisitos de Ley.
Estando a lo expuesto y de conformidad con lo
establecido por el artículo 64° del Decreto Legislativo N°
052, Ley Orgánica del Ministerio Público.
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Nombrar al abogado Hegel
Ricardo Céspedes Jaimes, como Fiscal Adjunto Provincial
Provisional del Distrito Fiscal de Ucayali, designándolo en
el Despacho de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa
de Atalaya.
Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la
presente Resolución, a la Presidencia de la Junta
de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Ucayali,
Gerencia General, Gerencia Central de Potencial
Humano, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales y
al fiscal mencionado.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PABLO SÁNCHEZ VELARDE
Fiscal de la Nación
1449065-20
RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN
Nº 4527-2016-MP-FN
GOBIERNOS LOCALES
Lima, 2 de noviembre de 2016
VISTO Y CONSIDERANDO:
El oficio N° 3908-2016-MP-PJFS-DF-UCAYALI,
remitido por la Presidencia de la Junta de Fiscales
Superiores del Distrito Fiscal de Ucayali, mediante el cual
eleva la propuesta para cubrir la plaza de Fiscal Adjunto
Provincial, para el Despacho de la Fiscalía Provincial
Penal Corporativa de Atalaya, la misma que, a la fecha, se
encuentra vacante y en consecuencia se hace necesario
designar al fiscal que ocupe provisionalmente dicho cargo,
previa verificación de los requisitos de Ley.
Estando a lo expuesto y de conformidad con lo
establecido por el artículo 64° del Decreto Legislativo N°
052, Ley Orgánica del Ministerio Público.
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Nombrar a la abogada Anita Alegría
Díaz, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del
Distrito Fiscal de Ucayali, designándola en el Despacho
de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Atalaya.
Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la
presente Resolución, a la Presidencia de la Junta
de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Ucayali,
MUNICIPALIDAD DE ATE
Aprueban Proyecto de Regularización de
Habilitación Urbana de terreno rústico
ubicado en el distrito
RESOLUCIÓN DE SUB GERENCIA
Nº 845-2016-MDA/GDU-SGHUE
Ate, 4 de octubre de 2016
EL SUBGERENTE DE HABILITACIONES URBANAS
Y EDIFICACIONES DE LA MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DE ATE
VISTO:
El Expediente Nº 12706 de fecha 16 de abril del
2008; y acumulados, seguido por el Sr. ALEJANDRO
VICENTE BUSTAMANTE OLIVARES; por el que solicitan
la Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada, para
Uso de Industria Liviana “I-2”; del terreno rústico de área
de 4,071.75 m2. Constituido por el Sub Lote A-2; que
603400
NORMAS LEGALES
formó parte del Lote A de la Sección Santa Angélica, del
Fundo Vásquez, ubicado en la Av. Alexander Fleming N°
325, 329, 331, distrito de Ate, provincia y departamento
de Lima; inscrito en la Partida Electrónica N° 11896995.
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo con el Artículo 194°, numeral 5) del
Artículo 195° de nuestra Carta Magna, las Municipalidades
Provinciales y Distritales son órganos de gobierno local.
Tienen autonomía política, económica y administrativa en los
asuntos de su competencia; y les corresponde planificar el
desarrollo urbano y rural de sus circunscripciones y ejecutar
los planes y programas correspondientes,
Que, de acuerdo a la Ley Nº 27972 Ley Orgánica
de Municipalidades, señala en su Artículo Primero
del Título Preliminar que los gobiernos locales son
entidades básicas de la organización territorial del Estado
y canales inmediatos de participación vecinal en los
asuntos públicos, que institucionalizan y gestionan con
autonomía los intereses propios de las correspondientes
colectividades; siendo elementos esenciales del gobierno
local, el territorio, la población y la organización. Asimismo,
las municipalidades provinciales y distritales son los
órganos de gobierno promotores del desarrollo local, con
personería jurídica de derecho público y plena capacidad
para el cumplimiento de sus fines. Además, los gobiernos
locales gozan de autonomía política, económica y
administrativa en los asuntos de su competencia, dado
que nuestra Carta Magna establece que la autonomía de
las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos
de gobierno, administrativos y de administración, con
sujeción al ordenamiento jurídico, que en concordancia
con lo dispuesto en el Artículo 79° numeral 3) del
acotado cuerpo legal, las municipalidades, en materia de
organización del espacio físico y uso del suelo, ejercen
funciones específicas exclusivas de las Municipalidades:
3.6 Normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y
licencias, y realizar la fiscalización de: 3.6.1. Habilitaciones
Urbanas,
Que, el personal técnico de esta Sub Gerencia
ha verificado que el predio a habilitar tiene un cerco
perimétrico, dentro del cual se desarrolla el uso industrial
con área de vigilancia, patio de estacionamiento, oficinas,
y otros ambientes, contando con los servicios básicos de
agua, desagüe y energía eléctrica, acreditado mediante
los recibos de servicios emitidos por LUZ DEL SUR y
SEDAPAL (fs. 127 y 128), respectivamente; restándole
ejecutar la vereda y berma que conforma los módulos
viales de la sección reglamentaria. Por lo cual el presente
trámite corresponde a una Regularización de Habilitación
Urbana Ejecutada en la Etapa de Proyectos,
Que en relación a los Planes de Desarrollo Urbano,
y de conformidad con el Certificado de Zonificación y
Vías Nº 095-2008-MML-GDU-SPHU; expedido por la
Municipalidad Metropolitana de Lima de fecha 12 de
Febrero del 2008, el terreno en mención está calificado
como Industria Liviana “I-2”, aprobado por Ordenanza Nº
1099-MML. De acuerdo a la zonificación, el terreno viene
cumpliendo con el área y frente normativo. En cuanto al
sistema vial el Predio NO está afecto a vía metropolitana y
se encuentra respetando lo aprobado en las habilitaciones
urbanas colindantes y el alineamiento vial existente. Y en
lo que respecta a los aportes reglamentarios por tratarse
de un Proyecto de Regularización de Habilitación Urbana
Ejecutada y al no existir área reservada total o parcialmente
para aportes reglamentarios, los propietarios solicitan
redimirlos en dinero, previo a la recepción de obra de
habilitación urbana, de conformidad con el artículo 10 de
la Ordenanza Nº 836-MML. En consecuencia, el inmueble
a regularizar cumple con los planes urbanos vigentes,
Que, mediante Liquidación Nº 55-2016-MDA/GDUSGHUE; de fecha 21 de marzo del 2016; se calculó el
aporte reglamentario de Otros Fines de 81.43 m2, para la
Zonificación “I-2”, así como los derechos por Proyectos
de Habilitación Urbana, correspondiéndole un monto total
de S/ 54,114.80 Nuevos y con el Recibo N° 0159728 (Fs.
100), pagados en la Tesorería de esta Entidad Edilicia,
los administrados acreditan la cancelación total de los
derechos correspondientes, con fecha 29 de agosto del
2016,
Jueves 3 de noviembre de 2016 /
El Peruano
Que, mediante Informe Nº 149-2016-MDA/GDUSGHUE-RNLS, de fecha 04 de octubre de 2016; emitido
por el Área Técnica de la Subgerencia de Habilitaciones
Urbanas y Edificaciones, concluye que el presente trámite
es procedente, al respetar los planes urbanos y al haber
cumplido los administrados con presentar los requisitos y
pagos estipulados en el Texto Único de Procedimientos
Administrativos,
ESTANDO A LOS FUNDAMENTOS EXPUESTOS
EN LA PARTE CONSIDERATIVA Y EN USO DE LAS
FACULTADES CONFERIDAS POR EL ARTÍCULO
79°, INCISO 3.6.1 DEL CAPÍTULO II DE LA LEY
ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES LEY N° 27972;
ARTÍCULO 75° DE LA LEY DE PROCEDIMIENTO
ADMINISTRATIVO GENERAL
LEY N° 27444, ASÍ
COMO, DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO
POR LA LEY DE REGULACION DE HABILITACIONES
URBANAS Y EDIFICACIONES, LEY Nº 29090, SU
REGLAMENTO Y POR EL REGLAMENTO NACIONAL
DE EDIFICACIONES,
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- APROBAR; de acuerdo con
el Plano Signado N° 063-2016-MDA/GDU-SGHUE; y
Memoria Descriptiva, que forma parte de la presente
Resolución suscrita por el Profesional Responsable, Ing.
Percy Luis Carhuaz Valdivia con CIP N° 45987, el Proyecto
de Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada, para
Uso de Industria Liviana “I-2”; del terreno rústico de área
de 4,071.75 m2. Constituido por el Sub Lote A-2; que
formó parte del Lote A de la sección Santa Angélica, del
Fundo Vásquez; ubicado en la Av. Alexander Fleming N°
325, 329, 331, distrito de Ate, provincia y departamento
de Lima; inscrito en la Partida Electrónica N° 11896995.
Artículo Segundo.- APROBAR, el cuadro de áreas
y de Aportes Reglamentarios de acuerdo a la siguiente
descripción:
CUADRO DE ÁREAS:
Área Bruta:
4,071.75 m2
Área Útil (Lote Único) : 4,071.75 m2
Área de Vía:
00.00 m2
CUADRO DE APORTES REGLAMENTARIOS:
El área afecta a aportes para la Zonificación “I-2” es
igual al Área Bruta de 4,071.75 m2 y de conformidad con
la Ordenanza Nº 836-MML, son las siguientes:
ORDENANZA Nº 836-MML / ZONIFICACIÓN
“I-2”
APORTE
%
ÁREA (m2)
DÉFICIT (m2)
Parques Zonales
5
203.58
203.58
Renovación Urbana
3
122.15
122.15
Otros Fines
2
81.43
81.43
- Los aportes reglamentarios de Otros Fines fueron
pagados a la Municipalidad Distrital de Ate, de acuerdo a
lo indicado en el quinto considerando.
- Los aportes reglamentarios de Parques Zonales
y Renovación Urbana, los administrados señalan que
serán cancelados previo a la Recepción de Obra, de
conformidad con el Artículo 10º de la Ordenanza Nº 836MML.
Artículo Tercero.- OTORGAR, al Sr. ALEJANDRO
VICENTE BUISTAMANTE OLIVARES, un plazo de 18
Meses para que culminen las obras de construcción de
veredas y bermas, así como acreditar la cancelación del
déficit de los aportes de Parques Zonales y Renovación
Urbana ante las entidades competentes de conformidad
con la Ordenanza Nº 836-MML, quedando como garantía
de pago el lote único y culminar con el procedimiento
administrativo mediante la Recepción de Obras de
Habilitación Urbana.
Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación de la
presente Resolución en el diario oficial “El Peruano”, en
El Peruano / Jueves 3 de noviembre de 2016
NORMAS LEGALES
el plazo de 30 días calendario contados a partir de su
notificación, a cargo de los interesados.
Artículo Quinto.- TRANSCRIBIR a la Oficina Registral
de Lima y Callao para los efectos de su Inscripción; a la
Municipalidad Metropolitana de Lima; a SERPAR-LIMA,
a EMILIMA, y a los interesados para su conocimiento y
fines.
Regístrese, comuníquese y cumplase.
603401
ANEXO 1
PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS 2017
ACTIVIDAD
FECHA
PREPARACION
DEL 20 DE OCTUBRE AL 07
DE NOVIEMBRE DEL 2016
Convocatoria pública.
IDENTIFICACIÓN Y REGISTRO DE AGENTES PARTICIPANTES
MANUEL IVAN RIVERA VILLENA
Sub Gerente de Habitaciones Urbanas y Edificaciones
1447935-1
MUNICIPALIDAD DE LOS OLIVOS
Modifican Cronograma del Proceso de
Presupuesto Participativo Basado en
Resultados del distrito de Los Olivos para el
Ejercicio Fiscal 2017
Inscripción de Agentes Participantes.
DEL 20 DE OCTUBRE AL 07
DE NOVIEMBRE DEL 2016
Análisis y verificación de solicitudes
presentadas.
08 DE NOVIEMBRE DE 2016
Levantamiento de observaciones
09 DE NOVIEMBRE DE 2016
Publicación final de agentes acreditados
09 DE NOVIEMBRE DE 2016
CONCERTACIÓN
Entrega de acreditación de agentes
participantes.
10 DE NOVIEMBRE DEL
2016
Capacitación para Agentes participantes
10 DE NOVIEMBRE DEL
2016
Taller Nº 1 (diagnóstico, identificación de
problemas y priorización de resultados)
15 DE NOVIEMBRE DEL
2016
Los Olivos, 31 de octubre de 2016.
Taller de Rendición de Cuentas
16 DE NOVIEMBRE DEL
2016
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE
LOS OLIVOS:
Taller Nº 2 (revisión, identificación de
proyectos, Identificación de criterios de
priorización)
22 DE NOVIEMBRE DEL
2016
Evaluación técnica de proyectos
DEL 23 AL 28 DE
NOVIEMBRE DEL 2016
Taller Nº 3 (Priorización de proyectos y
formalización de acuerdos y compromisos) y
elección del Comité de Vigilancia
29 DE NOVIEMBRE DEL
2016
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 14-2016-MDLO
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo prescrito en el Artículo 194º de
la Constitución Política del Estado, modificada mediante
Leyes de Reforma Constitucional Nº 27680, Nº 28607
y Nº 30305, en concordancia con el Artículo II y IV del
Título Preliminar de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica
de Municipalidades: “Los gobiernos locales gozan de
autonomía política, económica y administrativa en los
asuntos de su competencia”;
Que, mediante D.A. Nº 012-2016-MDLO, modificado
por D. A. Nº 013-2016-MDLO se aprobó el Cronograma
del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en
Resultados del Distrito de Los Olivos para el Ejercicio
Fiscal 2017;
Que, mediante el Informe Nº 164 -2016-MDLO-GPP
la Gerencia de Planificación y Presupuesto propone
modificar el cronograma señalado en el párrafo anterior,
con el fin de que se ajuste al Artículo 29º de la Ordenanza
Nº 446-CDLO de fecha 11 de octubre de 2016 publicada
el 16 de octubre de 2016 en el Diario Oficial El Peruano, el
mismo que cuenta con Informe favorable de la GAJ según
Informe Nº 594 -2016-MDLO-GAJ;
Estando a lo expuesto y en uso de las facultades
conferidas al Alcalde por el Artículo 20º numeral 6) de la
Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, y la
Primera Disposición Final de la Ordenanza Nº 446-CDLO.
DECRETA:
Artículo Primero.- MODIFICAR el Cronograma
del Proceso de Presupuesto Participativo Basado en
Resultados del Distrito de Los Olivos para el Ejercicio
Fiscal 2017, según Anexo 1 que forma parte integrante
del presente Decreto.
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia
Municipal, Gerencia de Planificación y Presupuesto,
Gerencia de Participación Vecinal, Secretaría General
y Subgerencia de Imagen Institucional el cumplimiento
del presente Decreto en cuanto sea de su competencia
y a la Gerencia de Tecnologías de la Información y la
Subgerencia de Soporte, Redes y Telecomunicaciones su
publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
PRESUPUESTO PARTICIPATIVO DE NIÑOS,
NIÑAS Y ADOLESCENTES 2017
ACTIVIDAD
FECHA
Inscripción de Agentes Participantes.
DEL 20 DE OCTUBRE AL 07
DE NOVIEMBRE DEL 2016
Entrega de acreditación de agentes
participantes.
09 DE NOVIEMBRE DEL
2016
Capacitación para Agentes participantes
10 DE NOVIEMBRE DEL
2016
Taller Nº 1 (diagnóstico, identificación de
problemas, priorización de resultados,
revisión, identificación de proyectos,
Identificación de criterios de priorización)
15 DE NOVIEMBRE DEL
2016
Taller Nº 2 revisión, identificación de
proyectos, Identificación de criterios de
priorización
16 DE NOVIEMBRE DEL
2016
1448856-1
MUNICIPALIDAD DE SAN
JUAN DE LURIGANCHO
Derogan parte del Artículo Segundo de la
Ordenanza N° 012-MDSJL, que regula la
instalación de estaciones de bases celular,
casetas repetidoras con instalación de
antenas, unidades remotas de abonados y
otros
ORDENANZA Nº 331
PEDRO M. DEL ROSARIO RAMIREZ
Alcalde
San Juan de Lurigancho, 25 de julio de 2016
603402
NORMAS LEGALES
EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE
SAN JUAN DE LURIGANCHO
VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo del 25 de julio
de 2016, el Informe Nº 140-2016-SGDICNI-GP/MDSJL de
fecha 14 de julio de 2016, de la Subgerencia de Desarrollo
Institucional y Cooperación Nacional e Internacional, con
el visto bueno de la Gerencia de Planificación, sobre
proyecto de Ordenanza; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194º de la Constitución Política del
Perú en concordancia con el artículo II del Título Preliminar
de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972 (en
adelante la LOM) establece que, los gobiernos locales
tienen autonomía política, económica y administrativa
en los asuntos de su competencia, con sujeción al
ordenamiento jurídico; le corresponde al Concejo
Municipal la función normativa que se ejerce a través de
ordenanzas, conforme al numeral 8) del artículo 9º de la
LOM, las mismas que tienen rango de ley, conforme al
artículo 200° inciso 4) de la Carta Fundamental;
Que, mediante Ordenanza Nº 012-MDSJL de fecha 14
de agosto de 2003, se aprueba la Ordenanza que regula
la instalación de Estaciones de Bases Celulares, Casetas
Repetidoras con Instalación de Antenas, Unidades
Remotas de Abonados y otros análogos, en el distrito de
San Juan de Lurigancho;
Que, a través de la Ley Nº 29022, Ley para el
Fortalecimiento de la Expansión de Infraestructura en
Telecomunicaciones, modificada por la Ley Nº 30228, se
estableció un régimen especial y temporal (originalmente
de 4 años y luego ampliado a 10 años) en todo el territorio
nacional, para la instalación y expansión de los servicios
públicos de telecomunicaciones, en especial en áreas
rurales y de preferente interés social y zonas de frontera,
a través de la adopción de medidas que promuevan la
inversión privada en infraestructura necesaria para la
prestación de esos servicios, así como de medidas que
faciliten dichas actividades y que eliminen las barreras
que impidan llevarlas a cabo, estableciéndose en su
artículo 3º que, “ La presente Ley es de aplicación y
observancia obligatoria en todas las entidades de la
administración pública de nivel nacional, regional y local.
El incumplimiento de las disposiciones aquí previstas
genera las responsabilidades legales previstas en el
ordenamiento legal vigente, siendo solidariamente
responsables los funcionarios públicos directamente
infractores.”, en atención a ello que cualquier norma que
se oponga al nuevo régimen temporal no es aplicable;
Que, a través del Informe Nº 140-2016-SGDICNI-GP/
MDSJL de fecha 14 de julio de 2016, la Sub Gerencia
de Desarrollo Institucional y Cooperación Nacional e
Internacional, señala que el INDECOPI ha emitido la
Resolución N° 0313-2016/STCEB-INDECOPI iniciando
un procedimiento de oficio contra la Municipalidad
de San Juan de Lurigancho por la imposición de una
barrera burocrática presuntamente ilegal o carente de
razonabilidad, consistente en la prohibición de instalar
las estaciones de bases celulares, unidades remotas
de abonados, casetas repetidoras con instalación de
antenas y otros análogos cerca de jardines de colegios,
Jueves 3 de noviembre de 2016 /
El Peruano
parques y lugares de concentración masiva y permanente
de personas, establecida en el Artículo Segundo de la
Ordenanza N° 012-MDSJL, dando lugar a la intervención
de la Procuraduría Pública Municipal la misma que ha
procedido a presentar los descargos respectivos, señalando
que la Ley N° 29022 estableció en su Sétima Disposición
Transitoria y Final la suspensión de las disposiciones
legales que se opongan (como es la establecida en el caso
del artículo segundo de la Ordenanza N° 012-MDSJL); por
ello se propone su derogación parcial al contravenir con
la precitada Ley N° 29022 y modificatoria Ley Nº 30228,
propuesta que debe aprobarse, debiendo adecuarse el
Texto Único de Procedimientos Administrativos-TUPA
vigente, a la lógica de dichas normas;
Estando a lo expuesto, contando con la opinión
favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica según
Informe Nº 260-2016-GAJ/MDSJL del 14 de julio de 2016
y de conformidad con lo dispuesto por el numeral 8) del
artículo 9° y por el artículo 40° de la Ley Orgánica de
Municipalidades, Ley Nº 27972, con el VOTO UNÁNIME
del Concejo Municipal y con la dispensa de la lectura y
trámite de aprobación del Acta, se aprobó la siguiente
norma:
ORDENANZA QUE DEROGA PARTE DEL ARTÍCULO
SEGUNDO DE LA ORDENANZA N° 012-MDSJL QUE
REGULA LA INSTALACIÓN DE ESTACIONES DE
BASES CELULAR, CASETAS REPETIDORAS CON
INSTALACIÓN DE ANTENAS, UNIDADES REMOTAS
DE ABONADOS Y OTROS
Artículo Primero.- DEROGAR el extremo del Artículo
Segundo de la Ordenanza N° 012-MDSJL de fecha 14 de
agosto de 2003, que establece la prohibición de instalar
las estaciones de bases celulares, unidades remotas de
abonados, casetas repetidoras con instalación de antenas
y otros análogos cerca de jardines de colegios, parques
y lugares de concentración masiva y permanente de
personas, por contravenir con la Ley Nº 29022, Ley para
el Fortalecimiento de la Expansión de Infraestructura en
Telecomunicaciones, y su modificatoria Ley Nº 30228.
Artículo Segundo.- DISPONER que la Gerencia
Municipal en el plazo de 30 días calendario coordine con
las áreas competentes para que se presente ante este
Concejo Municipal la propuesta normativa de adecuación
al marco normativo establecido en la Ley N° 29022 y
normas conexas.
Artículo Tercero.- La presente Ordenanza entrará en
vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el
Diario Oficial El Peruano.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaría General
la publicación de la presente Ordenanza en el Diario
Oficial El Peruano y a la Secretaría de Comunicación
e Imagen Institucional en el portal institucional de la
Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho (www.
munisjl.gob.pe).
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
JUAN VALENTIN NAVARRO JIMENEZ
Alcalde
1448806-1