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PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS Y ADMINISTRATIVAS
PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO
PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE LOS TRICICLOS ELÉCTRICOS
DE LA FLOTA DE LIPASAM C.E.- 14/2016
Expediente:
CE 14/2016
Denominación:
PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS Y ADMINISTRATIVAS
PARA
LA
CONTRATACIÓN
DEL
SERVICIO
DE
MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE LOS
TRICICLOS ELÉCTRICOS DE LA FLOTA DE LIPASAM
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PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO
PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE LOS TRICICLOS ELÉCTRICOS
DE LA FLOTA DE LIPASAM C.E.- 14/2016
I.- ELEMENTOS DEL CONTRATO
1. JUSTIFICACIÓN DE LA PRESENTE LICITACIÓN
La presente licitación se convoca en aplicación del artículo 3. 1. d. del Real Decreto
Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la
Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP), que considera dentro de su ámbito de
aplicación a las sociedades mercantiles en cuyo capital social la participación, directa o
indirecta, de la Administración local sea superior al 50 por 100.
Limpieza Pública y Protección Ambiental, S. A. Municipal (en adelante LIPASAM) es una
sociedad mercantil cuyo capital social pertenece íntegramente al Ayuntamiento de Sevilla,
formando parte del sector público, constituyendo su objeto social la prestación de los
servicios públicos básicos de limpieza de la red viaria y espacios públicos de la ciudad,
recogida de residuos urbanos, transporte de residuos generados por estos servicios y
todas aquellas actividades relacionadas con los mismos que el ordenamiento jurídico
establezca que son competencias municipales propias.
Como tal sociedad mercantil del sector público, y a efectos del grado de aplicación del
TRLCSP,
tiene la consideración de poder adjudicador sin tener el carácter de
Administración Pública.
2. NATURALEZA Y RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO
El contrato a que se refiere el presente pliego de condiciones es de naturaleza privada y se
regirá por la documentación contractual y las normas de derecho privado, de carácter
civil y mercantil, del derecho común español.
El presente pliego de condiciones y demás documentos anexos revestirán carácter
contractual. Los contratos se ajustarán al contenido del presente pliego de condiciones,
cuyas cláusulas se considerarán parte integrante de los respectivos contratos.
En caso de discordancia entre el presente pliego de condiciones y cualquiera del resto de
los documentos contractuales, prevalecerá el pliego de condiciones, en el que se
contienen los derechos y obligaciones que asumirán las partes del contrato, salvo que el
órgano de contratación interprete que la oferta definitivamente aceptada es más
beneficiosa, en cuyo caso prevalecerá ésta.
El desconocimiento del presente pliego de condiciones, del contrato, de sus documentos
anexos o de las normas que puedan ser de aplicación en la ejecución de lo pactado no
eximirá a la persona contratista de la obligación de su cumplimiento.
El presente contrato no está sujeto a regulación armonizada.
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3. OBJETO Y ALCANCE DEL CONTRATO
El contrato tiene por objeto la realización del mantenimiento, tanto preventivo como
correctivo, de la familia de vehículos de triciclos eléctricos de la flota de LIPASAM, marca
Bikelecing, modelo Prolimp, en las instalaciones de LIPASAM indicadas a continuación.
La necesidad de este contrato es el correcto estado de mantenimiento de la familia de
vehículos citada, con la finalidad tener una alta disponibilidad de los vehículos
pertenecientes a la misma y poder realizar una óptima prestación del servicio requerido,
sin mermas debido a indisponibilidades de flota.
Dicha flota asciende a 204 unidades, siendo 4 unidades de adquisición en el año 2013,
100 unidades en el año 2014 y las otras 100 en el año 2015.
La flota de vehículos se encuentra distribuida entre cada uno de los Centros de Trabajo
de LIPASAM (parques auxiliares de limpieza) que se relacionan a continuación:
o PARQUE AUXILIAR "LOS PRINCIPES": Calle Alfredo Kraus, s/n - C.P.: 41011
(Sevilla)
o PARQUE AUXILIAR "SAN PABLO": Calle Jerusalén, s/n - C.P.: 41007 (Sevilla)
o PARQUE AUXILIAR "SUR": Calle Cántico, 2 - C.P.: 41013 (Sevilla)
o PARQUE AUXILIAR "NORTE": Calle Estrella de Oriente, s/n - C.P.: 41008
(Sevilla)
o PARQUE AUXILIAR "ESTE": Calle Profesor Faustino Gutiérrez Alviz y Armario,
s/n - Polígono Aeropuerto - C.P.: 41020 (Sevilla)
o PARQUE AUXILIAR "TORNEO": Calle Jándalo, esquina Paseo Juan Carlos I
(antigua Estación Telecabina Expo'92) - C.P.: 41001 (Sevilla)
Dado que las unidades adscritas a cada parque puede modificarse según las
necesidades de LIPASAM, el adjudicatario vendrá obligado a realizar las operaciones
de mantenimiento en las instalaciones indicadas o en cualquier otra instalación de
LIPASAM .
Para el mantenimiento correctivo el importe de los materiales de repuesto se aplicarán
las tablas de precios incluidas en este Pliego a las que se aplicará las bajas ofertadas.
El número de triciclos , marcas y modelos podrá modificarse, como consecuencia de
altas o bajas en el inventario de vehículos de LIPASAM, teniendo obligación el
adjudicatario de prestar el servicio de mantenimiento objeto del contrato sin derecho a
revisión del precio de adjudicación siempre que esta modificación no supere un +/2% del número de vehículos inicial del contrato (204 Uds).
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Dado que los mantenimientos se realizarán en las instalaciones de LIPASAM, en el caso
de que por motivos excepcionales la reparación deba realizarse en los talleres del
adjudicatario, serán de aplicarán las mismas tarifas y precios que si se acometieran
en las instalaciones de LIPASAM, no teniendo derecho a percepción económica
suplementaria alguna por portes u otros conceptos.
4. PRESUPUESTO DE LICITACIÓN, VALOR ESTIMADO Y PRECIO DEL CONTRATO
4.1.-El presupuesto base de licitación asciende a la cantidad ciento tres mil cien
euros (103.100,00 €) importe al que habrá que añadir, como partida independiente, el
Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) que legalmente le corresponda aplicar.
En el precio del contrato se considerarán incluidos los demás tributos, tasas y cánones
de cualquier índole, que sean de aplicación, así como los gastos de transporte/entrega
de la mercancía o repuestos y todos los que se originen para el adjudicatario como
consecuencia del cumplimiento de las obligaciones contempladas en el presente pliego
de condiciones.
La oferta económica, para su admisión, deberá informar de manera desglosada de los
costes a incurrir en cada tipo de mantenimiento y materiales a suministrar. Para ello,
deberán cumplimentarse todos los campos establecido en el anexo II de este Pliego. De
igual modo las que superen el precio máximo de licitación establecido en el presente
pliego de condiciones, serán automáticamente rechazadas del proceso de licitación.
El presupuesto base de licitación (103.100,00 €) se descompone en los siguientes
conceptos:
a) El presupuesto para los servicios de mantenimiento preventivo definidos en el
apartado B.1.1 de las Prescripciones técnicas del presente pliego que asciende a
48.100,00 € durante el periodo de 1 año previsto para el contrato (IVA excluido),
admitiéndose exclusivamente ofertas a la baja sobre dicho precio.
b) El presupuesto estimado para los servicios de mantenimiento preventivo no
programado y correctivo definidos en los apartado B.1.2 y B.1.3 de las Prescripciones
técnicas del presente pliego asciende a 30.000 € durante el periodo de 1 año previsto
para el contrato (IVA excluido), admitiéndose exclusivamente ofertas a la baja sobre
dicho precio. Se considera este importe como estimación máxima no vinculante.
c) El presupuesto estimado para los materiales a emplear definidos en el apartado B.2.3
de las Prescripciones técnicas del presente pliego que asciende a la cantidad de 25.000
€/año, IVA excluido. Se considera este importe como máximo, no teniendo
obligación LIPASAM de agotar dicha partida, por lo que, al igual que el apartado
anterior, se considera este importe como estimación máxima no vinculante .
4.2 Valor estimado del contrato: Doscientos seis mil doscientos euros (206.200,00 €)
más el IVA que legalmente corresponda.
El cálculo de las cantidades indicadas incluye todos los factores de valoración y gastos
derivados de la ejecución del contrato, que, según los documentos contractuales y la
legislación vigente, son de cuenta del adjudicatario, así como los tributos de cualquier
índole, incluido el Impuesto del Valor Añadido, que figurará como partida independiente.
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4.3.- Revisión de precios
No cabe previsión de precios.
5. DURACIÓN DEL CONTRATO Y POSIBLES PRÓRROGAS
La duración del contrato será de un año (12 meses) y comenzará a contar a partir de la
fecha que se establezca a este efecto en el contrato.
Se establece la posibilidad de una única prórroga por doce meses, por tanto la duración
máxima del presente contrato queda establecida en 24 meses.
La prórroga se acordará por el órgano de contratación y será obligatoria para el
adjudicatario. En caso de ejercitarse la misma, el contratista deberá garantizar las
mismas condiciones de prestación del servicio por la que resultó adjudicatario de la
licitación.
Si al momento del vencimiento del contrato no se han culminado los procesos que
LIPASAM licite en el futuro para este servicio, el contratista estará obligado a seguir
prestando los mantenimientos en los mismos términos y condiciones hasta que el
nuevo adjudicatario esté en condiciones de iniciar los servicios. Esta situación transitoria
en ningún caso superará cuatro meses.
6. GARANTÍA
6.1 El adjudicatario estará obligado a constituir a disposición del Órgano de Contratación
una garantía definitiva que asegure la correcta ejecución de la prestación objeto del
contrato, por importe del 5 % del presupuesto base de licitación (sin IVA).
6.2 La constitución de esta garantía deberá efectuarse y acreditarse por el adjudicatario
provisional en el plazo de los diez (10) días hábiles, contados desde el día siguiente a
aquél en el que se le haya requerido para ello.
6.3 La garantía definitiva se constituirá de conformidad con lo preceptuado en los
artículos 95 a 102 del TRLCSP y 55, 56 y 57 del RGCAP (o en los preceptos
correspondientes de la norma que lo sustituya), en cuanto no se oponga a lo previsto en
el TRLCSP.
6.4 En caso de que se hagan efectivas sobre la garantía, las penalizaciones o
indemnizaciones exigibles al adjudicatario, éste deberá reponer o ampliar aquélla, en la
cuantía que corresponda, en el plazo de quince días desde la ejecución, incurriendo en
caso contrario en causa de resolución.
6.5 La garantía será devuelta, a solicitud del interesado, una vez que haya certificado que
se han prestado satisfactoriamente el objeto del contrato o bien que haya resuelto éste
por causas ajenas al contratista.
7. CAPACIDAD Y SOLVENCIA DE LA PERSONA EMPRESARIA PARA CONTRATAR
7. 1. Aptitud y capacidad
Están facultadas para contratar las personas naturales o jurídicas, españolas o
extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en alguna de las
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prohibiciones de contratar que señala el artículo 60 del TRLCSP y acrediten su solvencia
económica, financiera y técnica o profesional o se encuentren debidamente clasificados.
Asimismo, deberán contar con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso,
sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del
contrato. Las personas jurídicas solo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas
prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que,
a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales, les sean propios.
Para las empresas no comunitarias, comunitarias y uniones temporales, se estará a lo
dispuesto en los artículos 55, 58 y 59 del TRLCSP, respectivamente.
Las empresas que concurran agrupadas en uniones temporales, quedarán obligadas
solidariamente y deberán nombrar a una persona representante o apoderada única de la
unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que
del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de
poderes mancomunados que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía
significativa. A efectos de la licitación, deberán indicar los nombres y circunstancias de
las que la constituyan y la participación de cada una, así como que asumen el
compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de ser adjudicatarias
del contrato.
7. 2. Solvencia
Para celebrar contratos, las personas empresarias deberán acreditar estar en posesión
de las condiciones mínimas de solvencia económica y financiera y técnica que se
especifican en el presente pliego de condiciones, en el que, asimismo, se indica la
documentación requerida para acreditar las mismas.
8. ENTIDAD CONTRATANTE Y ÓRGANO DE CONTRATACIÓN
8.1.- Entidad contratante: LIPASAM
Dirección Postal: C/ Virgen de la Oliva s/n
Perfil del contratante: El acceso al perfil de contratante se efectuará a través de la
Plataforma de Contratación del Ayuntamiento de Sevilla (https://www. sevilla. org/perfilcontratante/MainMenuProfile. action).
En el perfil de contratante del órgano de contratación se publicará la adjudicación y la
formalización del contrato, así como cualquier otro dato e información referente a la
actividad contractual de LIPASAM.
Consultas: Las personas que tengan interés en el contrato podrán formular preguntas por
escrito a LIPASAM a través de la siguiente dirección de correo electrónico hasta siete (7)
días naturales antes de que expire el plazo para la presentación de las proposiciones:
[email protected]
En el asunto del correo electrónico deberá figurar: CE 14/2016
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DE LIPASAM.
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Órgano de contratación: De conformidad con la instrucción interna de contratación 3ª de
LIPASAM y sus Estatutos sociales, la representación de dicha entidad para la celebración
del contrato será ejercida por la Comisión Ejecutiva, sobre quien también recaerá la
condición de Órgano de Contratación.
II- ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
9. PROCEDIMIENTO DE TRAMITACIÓN DEL EXPEDIENTE Y ADJUDICACIÓN
La tramitación de este expediente es ordinaria.
El contrato se adjudicará mediante procedimiento abierto. El presente contrato no está
sujeto a regulación armonizada.
Tan sólo se establece la posibilidad de incluir variantes o mejoras en los apartados que
expresamente se indiquen en este pliego de condiciones.
10. PRESENTACIÓN DE LAS PROPOSICIONES
Cada ofertante no podrá presentar más de una proposición, ni suscribir ninguna
propuesta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurar en más de
una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas
las propuestas por ella suscritas.
La presentación de la proposición supone la aceptación incondicionada por la persona
empresaria del contenido de la totalidad de las cláusulas o condiciones de este pliego de
condiciones, sin salvedad o reserva alguna.
Las personas licitadoras, presentarán, en su caso, una declaración a incluir en cada
sobre, designando qué documentos administrativos y técnicos y datos presentados son,
a su parecer, constitutivos de ser considerados confidenciales, tal como se indica en el
artículo 40 del TRLCE.
Los documentos y datos presentados pueden ser considerados de carácter confidencial
cuando su difusión a terceras personas pueda ser contraria a sus intereses comerciales
legítimos, perjudicar la leal competencia entre las empresas del sector o bien estén
comprendidas en las prohibiciones establecidas en la Ley de Protección de Datos de
Carácter Personal. De no aportarse esta declaración se considerará que ningún
documento o dato posee dicho carácter. El modelo de declaración se incluye en los
anexos de estos pliegos.
10. 1. Lugar y plazo de presentación
Las proposiciones, junto con la documentación preceptiva, se presentarán, dentro del
plazo señalado en el anuncio, ante el Registro General de LIPASAM, sito en la calle
Virgen de la Oliva s/n, c.p.41011-SEVILLA-, dentro de su horario de apertura al público
(de lunes a viernes laborables en horario de 09.00 a 14.00 horas) .
Cuando las proposiciones se envíen por correo, se deberá justificar la fecha de
imposición del envío en las Oficinas de Correos y anunciará la remisión de su oferta al
órgano de contratación, en el mismo día, mediante fax (nº 955 478 091) o telegrama,
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remitido al número del Registro General de LIPASAM que se indique en el anuncio de
licitación.
Sin la concurrencia de ambos requisitos, no será admitida la proposición si es recibida
por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha y hora de la terminación del
plazo señalado en el anuncio. Transcurridos, no obstante, diez días naturales
siguientes a la indicada fecha (de finalización del plazo) sin haberse recibido la
proposición, ésta no será admitida en ningún caso.
10. 2. Forma de presentación
Las personas licitadoras deberán presentar tres sobres, firmados y cerrados, de forma
que se garantice el secreto de su contenido, señalados con los números 1, 2 y 3.
En cada uno de los sobres figurará externamente el nombre o razón social del ofertante,
o en su caso, de su representante o apoderado firmante, domicilio social, teléfono,
correo electrónico y fax a efectos de comunicaciones, así como el número del expediente
y la denominación del contrato al que licitan.
Los servicios que integran esta contratación deberán ser ofertados en su totalidad, no
existiendo la posibilidad de hacerlo por lotes.
En el caso de que se aporten documentos en otras lenguas, deberá acompañarse
traducción al castellano. La traducción podrá ser privada siempre que el que la realice la
firme en todas sus hojas, expresando al final sus circunstancias personales, domicilio y
documento de identidad, responsabilizándose de su fidelidad. La falta de fidelidad
facultará al órgano de contratación para la exclusión de la oferta. En cualquier caso, a
los efectos de las obligaciones y el contrato, se tendrá en cuenta la versión en
castellano.
La expresión “sobre” es convencional, por lo que si la documentación correspondiente a
cada sobre es voluminosa, puede presentarse toda ella en una caja o varios sobres, con
igual identificación que el primero, seguido del número de orden que el mismo
represente, todos también cerrados y firmados en su cierre para garantizar el secreto de
su contenido. La documentación correspondiente a cada sobre no puede incluirse entre
la que corresponde a otro sobre. En el interior de cada sobre se hará constar en hoja
independiente su contenido siguiendo la numeración que se especifica en las cláusulas
siguientes.
Los documentos no pueden presentar correcciones, tachaduras o enmiendas que no
figuren claramente salvadas por la misma persona o entidad que lo expida.
Los documentos incluidos en cada sobre, cuando sean varios, se aportarán ordenados,
encabezados por hoja u hojas independientes, incluidas en el interior de cada sobre, en
las que se hará constar relación de su contenido, otorgando un número correlativo a
cada documento, de forma que lo identifique debidamente. Los documentos deberán
presentarse integrados mediante cualquier sistema de encuadernación o agrupación de
papeles que asegure la integridad y orden del mismo.
El licitador será el único responsable de todo el contenido de los sobres. La presentación
de la proposición implica la aceptación incondicionada por el empresario del contenido
del presente pliego de condiciones.
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Los documentos incluidos en cada sobre podrán aportarse en original o mediante copia
que tengan carácter de auténticas conforme a la legislación vigente.
En cada sobre se incluirá igualmente toda la documentación en formato electrónico. A tal
efecto, deberán escanearse todos los documentos e incluirlos en formato pdf en el
soporte digital (que deberá ser un DVD o CD-ROM sin multisesión). Los eventuales
errores en los que el órgano de contratación pueda incurrir como consecuencia de la
discrepancia existente entre la documentación en formato papel y la documentación que
los licitadores hayan incluidos en el CD-ROM o DVD serán responsabilidad de éstos.
En todos los sobres se hará referencia al procedimiento de licitación, así como el número
del sobre y la documentación que se aporta, tal y como se especifica en los apartados
siguientes.
Cada uno de los sobres indicados sólo debe contener la documentación que se indica en
los respectivos apartados siguientes, de manera que el incumplimiento de esta
obligación por incluir documentos en un sobre distinto al que le corresponde podrá
determinar la inadmisión de la oferta.
10. 2. 1. Sobre nº 1: Documentación general (administrativa)
Este sobre deberá ser identificado de la siguiente manera:
EXP. CE 14/2016: PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS Y ADMINISTRATIVAS
PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y
CORRECTIVO DE LOS TRICICLOS ELÉCTRICOS DE LA FLOTA DE LIPASAM
SOBRE Nº 1: DOCUMENTACIÓN GENERAL (ADMINISTRATIVA)
En las uniones temporales, tanto de personas físicas como jurídicas, cada una de sus
componentes presentará la documentación exigida en esta cláusula, acreditando su
capacidad, personalidad, representación y solvencia en los términos previstos en el
artículo 59 del TRLCSP.
En este sobre han de incluirse la siguiente documentación acreditativa del cumplimiento de
los requisitos previos:
a) Documentos acreditativos de la personalidad y capacidad de la persona
licitadora
1. La capacidad de obrar de las empresarias o empresarios que fueren personas
jurídicas se acreditará mediante simple fotocopia de la escritura o documento de
constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por
las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro
Público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate.
2. Las personas físicas o empresarios individuales presentarán copia compulsada,
notarial o administrativamente, del documento nacional de identidad, así como certificado
de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas.
3.- Cuando sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el
objeto del contrato una determinada habilitación empresarial, se acompañará copia
compulsada del certificado que acredite las condiciones de aptitud profesional.
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4. En cuanto a las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea,
tendrán capacidad para contratar aquéllas que, con arreglo a la legislación del Estado en
que estén establecidas, se encuentren habilitadas para realizar la prestación de que se
trate. Cuando la legislación del Estado en que se encuentren establecidas exija una
autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder prestar
en él el servicio de que se trate, deberán acreditar que cumplen este requisito.
b) Documentos acreditativos de la representación
Las personas que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otra presentarán
aportar fotocopia de la escritura de apoderamiento.
Si la licitadora fuera persona jurídica, el poder general deberá figurar inscrito, en su
caso, en el Registro Mercantil. Si se trata de un poder especial para un acto concreto no
será necesario el requisito de su previa inscripción en el Registro Mercantil.
Igualmente, la persona con poder bastante a efectos de representación deberá
acompañar fotocopia de su Documento Nacional de Identidad o, en su caso, el
documento que haga sus veces.
c) Documentos que acrediten la solvencia económica y financiera
1.- Declaraciones apropiadas de entidades financieras que acrediten la solvencia
económica de los licitadores.
2.- El volumen anual de negocios del licitador se acreditará aportando fotocopia de
las últimas cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el
empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las
depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito.
Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su
volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales
legalizados por el Registro Mercantil.
En caso de UTE, todos los componentes deberán presentar dicha documentación.
Mínimo exigible: Del examen de la documentación solicitada debe resultar un volumen de
negocios igual o superior, a la mitad del presupuesto base de licitación de este pliego.
d) Documentos que acrediten la solvencia técnica o profesional.
Se presumirá que el licitador reúne el requisito de solvencia técnica y profesional
acreditando lo siguiente:
- Una declaración que indique el promedio anual de su plantilla durante los últimos dos
años.
- Relación de los principales servicios (mantenimiento de este tipo de vehículos o
similares) efectuados durante los dos últimos años, indicando su importe, fechas y
destinatario. Los servicios efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o
visados por el órgano competente cuando el destinatario sea una entidad del sector
público. Cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido
por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario.
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Mínimo exigible. Del examen de la documentación solicitada debe resultar un mínimo de
un contrato de similar naturaleza al objeto de la licitación formalizado dentro de los dos
últimos años.
En caso de UTE su solvencia técnica se valorará acumulando, en todo caso y según la
normativa de aplicación, cada una de las características que se acrediten respecto de los
distintos integrantes de la Unión Temporal.
e) Legislación, jurisdicción y fuero
Los licitadores, sea cual fuera su nacionalidad y domicilio, aportarán declaración de
someterse a la legislación común española y a la jurisdicción española ordinaria y
competencia territorial de la ciudad de Sevilla para todas las controversias, pleitos,
cuestiones judiciales o incidencias que, de modo directo o indirecto, puedan surgir en
relación con la preparación y adjudicación de esta contratación, con renuncia expresa al
fuero jurisdiccional y competencia territorial que les corresponda (conforme al modelo
recogido en el anexo correspondiente de este pliego de condiciones).
f) Declaraciones responsables
Se deberán presentar los siguientes documentos:
1. Declaración responsable de tener plena capacidad de obrar y no estar incursa en las
prohibiciones de contratar previstas en el artículo 60 del TRLCSP.
2. Declaración responsable de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones
tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
3. Declaración responsable en los términos previstos en el párrafo 1º del artículo 56 del
TRLCSP, de no haber sido adjudicataria o haber participado en la elaboración de las
especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato, por sí o
mediante unión temporal de empresarias y/o empresarios.
4. Las personas físicas, mediante declaración responsable, o las administradoras de las
personas jurídicas, mediante la oportuna certificación expedida por su órgano de
dirección o representación competente, deberán especificar en la citada declaración o
certificación, de no formar parte de los órganos de gobierno o administración de la
empresa personal alguna a la que se refiere la Ley 3/2005, de 8 de abril, de
Incompatibilidades de Altos Cargos de la Administración de la Junta de Andalucía y de
Declaración de Actividades, Bienes, Intereses y Retribuciones de Altos Cargos y otros
Cargos Públicos, y Decreto 176/2005, de 26 de julio, de desarrollo de la citada Ley, así
como que no ostenta participación superior al 10% computada en la forma que regula el
artículo 5 de la citada Ley.
La formulación de esta declaración responsable o certificación se acreditará conforme al
modelo establecido en el anexo correspondiente, y en el supuesto de personas jurídicas
deberá ser firmada, en todo caso, por el órgano de dirección o representación
competente de la empresa, persona administradora única, administradoras solidarias,
administradoras mancomunadas, o firma del Secretario o Secretaria con el visto bueno
de la Presidencia, en el caso de Consejo de Administración.
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5.- El oferente incorporará declaración responsable de que los materiales ofertados han
sido producidos respetando las normas europeas medioambientales vigentes en España.
g) Personas trabajadoras con discapacidad
Los licitadores que cuenten con 50 ó más trabajadores en su plantilla, estarán obligadas a
acreditar que han empleado al menos, un dos por ciento de personas trabajadoras con
discapacidad, o a adoptar las medidas alternativas previstas en el Real Decreto 364/2005,
de 8 de abril, por el que se regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de
la cuota de reserva en favor de personas trabajadoras con discapacidad. A tal efecto,
deberán aportar, en todo caso, un certificado de la empresa, en que conste tanto el
número global de personas trabajadoras de plantilla como el número particular de personas
trabajadoras con discapacidad en la misma. En el caso de haberse optado por el
cumplimiento de las medidas alternativas legalmente previstas, deberán aportar una copia
de la declaración de excepcionalidad y una declaración con las concretas medidas
aplicadas. Asimismo, podrán hacer constar en el citado certificado el porcentaje de
personas trabajadoras fijas con discapacidad que tienen en la plantilla, a efectos de lo
establecido para los supuestos de empate en la cláusula relativa a la clasificación de las
ofertas.
Los licitadores que tengan menos de 50 personas trabajadoras en su plantilla, deberán
aportar, en todo caso, un certificado acreditativo del número de personas trabajadoras de
plantilla. Asimismo, podrán hacer constar, en su caso, en el citado certificado el número
global de personas trabajadoras de plantilla, el número particular de personas trabajadoras
con discapacidad y el porcentaje de personas trabajadoras fijas con discapacidad que
tienen en la misma, a efectos de lo establecido para los supuestos de empate en la
cláusula relativa a la clasificación de las ofertas.
h) Promoción de la igualdad entre mujeres y hombres
Los licitadores que cuenten con más de doscientos cincuenta trabajadores, deberán
acreditar la elaboración y aplicación efectiva del Plan de Igualdad previsto en el artículo 45
de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y
hombres.
En dicho Plan se fijarán los concretos objetivos de igualdad a alcanzar, las estrategias y
prácticas a adoptar para su consecución, así como el establecimiento de sistemas eficaces
de seguimiento y evaluación de los objetivos fijados.
A tal efecto, las personas licitadoras deberán aportar dicho Plan, así como los acuerdos
adoptados en relación al mismo.
Asimismo, a efectos de lo establecido para los supuestos de empate en este pliego de
condiciones, las personas licitadoras podrán presentar declaración, conforme al modelo
del anexo oportuno, acreditativa de tener la marca de excelencia e igualdad o desarrollar
otras medidas destinadas a lograr la igualdad de oportunidades, siempre que las medidas
de igualdad aplicadas permanezcan en el tiempo y mantengan la efectividad.
i) Relación de empresas pertenecientes al mismo grupo
A los efectos de la aplicación de la regla prevista en el artículo 86. 1 del RGLCAP, en
relación con el párrafo segundo del artículo 145. 4 del TRLCSP, cada ofertante deberán
presentar declaración bien de que no pertenece a ningún grupo de empresas o bien de
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que se encuentra en alguno de los supuestos previstos en el artículo 42 del Código de
Comercio y pertenece a un grupo de empresas, con indicación de la relación de las
empresas de dicho grupo que se presentan a la licitación.
j) Empresas de inserción
Lo licitadores podrán aportar, en su caso, documento que acredite que se trata de una
empresa de inserción de las reguladas en la Ley 44/2007, de 13 de diciembre, para la
regulación del régimen de las empresas de inserción, a efectos de lo establecido para los
supuestos de empate en el presente pliego de condiciones.
k) Declaración de confidencialidad
De conformidad con lo establecido en la cláusula 9, los ofertantes podrán declarar,
conforme al modelo del anexo oportuno, cuantos documentos administrativos y técnicos
y datos presentados que, a su parecer, son considerados confidenciales.
l) Uniones temporales
Aquellos que concurran a la licitación agrupadas en uniones temporales deberán
presentar una declaración de compromiso de constitución en unión temporal, conforme
al modelo establecido en el anexo pertinente, indicando los nombres y circunstancias de
las que la suscriben, el porcentaje de participación de cada una de ellas, así como que
asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de
resultar adjudicatarias del contrato y designando a la persona o personas que durante la
vigencia del contrato han de ostentar la plena representación de todas ante LIPASAM.
m) Subcontratación
Conforme a las condiciones previstas al respecto en el presente pliego de condiciones, las
personas licitadoras deberán indicar en la oferta la parte del contrato que, en su caso,
tengan previsto subcontratar, señalando su importe y el nombre o perfil empresarial,
especificando las condiciones de solvencia técnica de las personas subcontratistas a las
que se vaya a encomendar su realización.
n) Domicilio a efecto de notificaciones
Todos los licitadores deberán señalar un domicilio para la práctica de notificaciones. Esta
circunstancia deberá ser complementada indicando una dirección de correo electrónico
válida a efecto de comunicaciones referida a esta licitación así como un número de
teléfono y, en su caso, fax. A tal efecto se cumplimentará el modelo contenido en el
anexo correspondiente de este pliego de condiciones.
ñ) Condiciones especiales de ejecución.
El oferente deberá presentar declaración responsable
siguientes condiciones.
del cumplimiento de las
a) Condiciones especiales de ejecución, relativas a la igualdad de oportunidades:
1.- En sectores de actividad con subrepresentación femenina, la entidad adjudicataria, en
las nuevas contrataciones necesarias para la ejecución del contrato, así como para la
cobertura de las bajas, y en general sustituciones que precise, si son superiores a 5,
deberá contratar a mujeres hasta elevar su presencia en la empresa o entidad en un 3%
en relación a la tasa de ocupación de las mujeres en el sector de referencia. Se toman
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como referencia los datos estadísticos de la Encuesta de Población Activa (EPA)
correspondiente al mes de diciembre del año inmediatamente anterior al de la aprobación
de los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares.
Se estable un máximo obligatorio del 40% de las personas a contratar, siempre que
cuenten con la cualificación requerida en los Pliegos y que exista disponibilidad efectiva
en el mercado laboral. Se entenderá la cifra resultante en números enteros,
despreciándose los decimales.
En ningún caso, las contrataciones de mujeres en sectores de actividad en los que se
encuentren subrepresentadas, podrán implicar directa o indirectamente el despido de
personal de la plantilla de la empresa o una reducción de jornada o retribuciones de sus
personas trabajadoras.
2.- En los contratos de duración superior a 9 meses, si la entidad adjudicataria cuenta con
más de 100 y menos de 250 personas trabajadoras, en el supuesto de que no disponga
de Plan de Igualdad por no ser obligatorio, deberá implantar, en el plazo máximo de 3
meses desde la firma del contrato, un plan de Igualdad. Este Plan debe ser aplicado
durante toda la ejecución del contrato, y puede, entre otras medidas incorporar acciones
de fomento de la igualdad de oportunidades en materias como el acceso a la ocupación,
la promoción y la formación, la clasificación profesional, las retribuciones, la ordenación
del tiempo de trabajo para favorecer la conciliación laboral, personal y familiar y la
prevención del acoso sexual y del acoso por razón de sexo, y violencia de género.
Igualmente, si la entidad adjudicataria cuenta con 100 o menos personas trabajadoras,
deberá establecer, en el plazo máximo de 3 meses desde la firma del contrato, medidas
que mejoren los derechos legalmente establecidos como mínimo indisponible en el
Estatuto de los Trabajadores y Trabajadoras respecto a la igualdad de trato y
oportunidades en el ámbito laboral, tales como medidas para prevenir el acoso sexual y
el acoso por razón de sexo, así como de conciliación de vida laboral, personal y familiar
que mejoren lo establecido en el Estatuto de los Trabajadores y Trabajadoras.
3.- Adopción de medidas para la conciliación corresponsable de la vida personal y
laboral: realizar un mínimo de acciones de sensibilización y formación con la plantilla:
flexibilidad y adecuación de los horarios, teletrabajo, ofrecer información sobre centros
del territorio especializados en cuidado de personas dependientes, apoyo económico
para gastos de escuelas infantiles, reserva de plazas en escuelas infantiles, no establecer
reuniones en tiempos límites de descanso.
4.- Adopción de medidas para prevenir, evitar y erradicar el acoso sexual y el acoso por
razón de identidad de género u orientación sexual: realizar un mínimo de campañas
informativas o acciones de formación con el asesoramiento del Área de Igualdad.
5.- En toda la documentación, imagen, publicidad o materiales que se aporten, se
realizará un uso no sexista del lenguaje y se evitará cualquier imagen discriminatoria o
que reproduzca estereotipos sexistas.
6.- Las empresas adjudicatarias deberá elaborar un informe de impacto de género en
relación con la ejecución del contrato, con indicadores y datos desagregados por sexo de
las personas beneficiarias o usuarias del contrato, así como de la plantilla que ha
ejecutado el mismo, detallando el contenido de las medidas de igualdad aplicadas. El
informe deberá aportarse por la empresa adjudicataria antes de la finalización del
contrato y deberá ser aprobado por las personas responsables del contrato.
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7.-La empresa adjudicataria deberá garantizar que el personal adscrito al contrato reciba
formación a lo largo de la ejecución del mismo en materia de igualdad y violencia de
género.
En la fase previa a la adjudicación del contrato se le requerirá el plan de formación que
dispone la empresa a estos efectos y se aportará antes de la finalización del contrato la
documentación acreditativa del cumplimiento del mismo.
b) Condiciones especiales de ejecución relativas al empleo.
1.- Las nuevas contrataciones que resulten necesarias para la ejecución del contrato; así
como en la cobertura de las bajas y en general sustituciones que se precisen, al menos
un 10% se efectuarán entre personas desempleadas de colectivos con dificultad de
acceso al mercado laboral a jornada completa, siempre que lo permitan las circunstancias
del contrato y las condiciones del mercado laboral:
Se consideran colectivos con dificultad de acceso al mercado laboral los siguientes:
a) Personas con discapacidad física, psíquica, mental o sensorial de al menos un 33% de
discapacidad.
b) Mujeres víctimas de violencia de género.
c) Personas desempleadas de larga duración, en desempleo por un período superior a 12
meses en los últimos 24.
d) Personas internas de centros penitenciarios cuyo régimen les permita acceder a una
ocupación, personas en libertad condicional y personas exreclusas.
e) Otras personas en riesgo de exclusión, previo informe de los Servicios Sociales
Municipales o de los servicios municipales competentes (Salud, Mujer, etc.) que lo
acredite.
La acreditación de hallarse en las circunstancias señalas se realizará aportando los
certificados o acreditaciones oficiales en los supuestos a), c) y d) y por informe de los
servicios municipales competentes en materia de violencia de género y de riesgo de
exclusión en los supuestos b) y e).
2.- Condiciones de trabajo: Durante todo el periodo de ejecución del contrato, la entidad
contratista está obligada a no minorar unilateralmente las condiciones de trabajo que, en
materia de jornada y salario, en términos anualizados, así como cualquier mejora sobre la
legislación laboral básica aplicable, corresponda en cada momento al personal trabajador
adscrito al contrato en función del convenio colectivo que resulte de aplicación al
presentarla oferta, salvo acuerdo explícito entre empresa y la representación del colectivo
de trabajadoras y trabajadores.
3.- Seguridad y salud laboral: La entidad adjudicataria deberá designar una persona de
contacto con formación específica en la materia para la supervisión y control de la
aplicación de las condiciones de seguridad y salud laboral exigibles, así como para la
detección de las posibles incidencias que surjan en ese ámbito.
4.- Estabilidad de la plantilla: Durante la ejecución del contrato, la entidad adjudicataria no
puede incrementar la tasa de temporalidad del personal destinado a la ejecución de este
contrato. Se considera tasa de temporalidad, según la OCDE, el número de trabajadores
y trabajadoras con contrato temporal en relación con el número total.
5.- Formación recursos humanos: La entidad adjudicataria debe garantizar que el
personal adscrito al contrato reciba formación a lo largo de la ejecución del contrato para
desarrollar las tareas propias de su puesto de trabajo. Asimismo deberá realizar acciones
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de sensibilización, formación y orientación dentro de la jornada laboral para tener
conocimiento de los derechos establecidos en la ley o el convenio colectivo de aplicación,
en materia de conciliación de la vida laboral y la personal y familiar de las personas
trabajadoras adscritas a la ejecución de este contrato.
10. 2. 2. Sobre nº 2: documentación relativa a los criterios de adjudicación
cuantificables mediante un juicio de valor
Este sobre deberá ser identificado de la siguiente manera:
EXP. CE 14/2016: PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS Y ADMINISTRATIVAS
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SOBRE Nº 2: DOCUMENTACIÓN RELATIVA A LOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
CUANTIFICABLES MEDIANTE UN JUICIO DE VALOR
Este sobre contendrá los documentos donde se reflejen las características técnicas de la
oferta del licitador. Deberá comprender la totalidad del objeto de licitación, acompañada,
en su caso, de la declaración de confidencialidad, según modelo del anexo oportuno.
Queda entendido que lo ofertado tendrá carácter obligatorio para los oferentes y
consiguientemente, para el que resulte contratista.
Toda la documentación debe ser clara, de forma que permita la evaluación de las
prestaciones y características de las prestaciones ofertadas, así como el cumplimiento de la
calidad de los servicios recogidos en el pliego.
En caso de UTE, todos y cada uno de los componentes deberán presentar dicha
documentación, si bien podrán complementarse unos con otros.
La documentación que habrá de incluirse en este sobre nº 2 es la que se indica a
continuación:
a.- Medios materiales y equipos técnicos con los que se cuenta.
Se detallaran los medios materiales y equipos técnicos que se pondrán a disposición de la
ejecución de los trabajos objeto de este contrato, tales como herramientas manuales y
mecánicas, vehículos, medios auxiliares, etc., definiendo sus características técnicas e
indicando el número de unidades de cada uno de ellos, con el fin de que los trabajos
contratados se desarrollen correctamente y con las periodicidades y condiciones
estipuladas en el presente pliego y en la oferta.
b.- Estructura organizativa y perfil de los trabajadores de la empresa
Se detallará la estructura organizativa de la empresa, el nivel de formación y cualificación
de los equipos de operarios de la empresa, así como del equipo de dirección y
supervisión del servicio ofertado, que deberá ser acreditado en la oferta.
c.- Plantilla con la que se cuenta y capacidad de sustitución de los trabajadores por
absentismo y/o vacaciones
Se detallaran los medios humanos que componen la empresa, identificando sus puestos
de trabajo para poder valorar la capacidad de respuesta y el nivel de cobertura como
consecuencia del absentismo, descansos, permisos, vacaciones, etc.
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Se explicitará procedimiento y nivel de cobertura de los recursos humanos exigidos,
como consecuencia del absentismo, descansos, permisos, vacaciones, etc.
d.- Procedimientos de trabajo propuestos.
Se detallaran los procedimientos, protocolos y metodología de trabajo a emplear por el
contratista para cada uno de los servicios objeto de este contrato, así como las operaciones
y procedimientos de retirada, transporte y eliminación de los residuos generados.
e.- Servicio atención telefónica, fax y @.
En la oferta se debe incluir la disposición y descripción de servicio telefónico disponible
para la prestación del servicio objeto de contratación. De igual modo se indicarán la/s
dirección de correo electrónico y fax, para poder solicitar cualquier tipo de actuación
ordinaria, urgente o extraordinaria.
f.- Mecanismos de control y seguimiento de la calidad del servicio implementados.
El contratista deberá presentar propuesta entre otros aspectos, sobre los mecanismos que
pone a disposición de LIPASAM para el control de los trabajos encomendados, sistema
de seguimiento, metodología a implementar para el envío de los informes periódicos y
puntuales que se le soliciten, así como el sistema de consulta de la información y la
comunicación de incidencias .
10. 2. 3. Sobre nº 3: documentación relativa a los criterios de adjudicación
cuantificables mediante cifras o porcentajes obtenidos a través de la mera
aplicación de fórmulas
Este sobre deberá ser identificado de la siguiente manera:
EXP. CE 14/2016: PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS Y ADMINISTRATIVAS
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CORRECTIVO DE LOS TRICICLOS ELÉCTRICOS DE LA FLOTA DE LIPASAM
SOBRE Nº 3: DOCUMENTACIÓN RELATIVA A LOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
CUANTIFICABLES MEDIANTE CIFRAS O PORCENTAJES OBTENIDOS DE LA MERA
APLICACIÓN DE FÓRMULAS
La documentación que habrá de incluirse en este sobre nº 3 es la que se indica a
continuación:
a.1 y a.2.- Recursos humanos que se propone adscribir al contrato, perfil y
competencias asignadas a los mismos.
Se deberá explicitar el número de técnicos y operarios que se pondrán a disposición de la
ejecución de los trabajos objeto de este contrato, definiendo los puestos de trabajo para
ambos tipos de mantenimiento y sus funciones. En caso de simultanearse funciones con
los mismos operarios se hará indicación expresa de ello.
Se indicará expresamente la disponibilidad y dedicación del personal adscrito al contrato.
Como mínimo el personal asignado al contrato deberá estar formado por:
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•
•
Un responsable del contrato, que será el interlocutor con la Dirección de LIPASAM
del contrato y velará por el correcto funcionamiento de la colaboración, que
desarrolle al menos las siguientes funciones:
o Planificación y programación.
o Supervisión del servicio.
o Elaboración de los informes.
Un equipo humano que desarrolle las siguientes funciones:
o Ejecución de los trabajos encomendados (mantenimientos preventivo y
correctivo)
El equipo humano (operarios) que desarrolle o ejecute los trabajos se adecuará
previsto en los apartados B.1, B2 y B3 (Prescripciones técnicas) de este pliego.
a lo
El licitador designará un responsable técnico de la empresa que actúe de interlocutor
único con LIPASAM para el control y seguimiento de los servicios objeto del contrato,
este responsable técnico puede coincidir con el responsable del contrato.
El licitador aportará la información precisa relativa a la formación y cualificación de los
equipos de operarios adscritos al contrato así como del resto de personal adscrito al
mismo.
a.3.- Estabilidad de la plantilla. Se valorará la estabilidad de la plantilla de la empresa
dedicada a este contrato lo que deberá ser acreditado por el licitador
a.4.- Aprovisionamiento de piezas en almacén propio. El licitador deberá presentar
propuesta de stock materiales y repuestos con los que contará en almacenes propios .
a.5.- Plazo de reparación. . El licitador deberá
reparación
presentar
propuesta
de plazos de
b.- Proposición económica
La proposición económica, debidamente firmada y fechada, informará de manera
desglosada de los importes ofertados para el mantenimiento preventivo, de la baja (%)
ofertada para el correctivo y de la baja (%) ofertada para materiales. Para ello, deberán
cumplimentarse todos los campos establecidos en el anexo II y en la misma deberá
indicarse, como partida independiente, el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido
que deba ser repercutido.
En el precio del contrato se considerarán incluidos los demás tributos, tasas y cánones
de cualquier índole, que sean de aplicación, así como todos los gastos que se originen
para la persona adjudicataria como consecuencia del cumplimiento de las obligaciones
contempladas en el presente pliego de condiciones.
Cada licitador solamente podrá presentar una proposición económica, no siendo
admitidas aquéllas cuyo importe sea superior al presupuesto de licitación. Tampoco
podrá suscribir ninguna propuesta de unión temporal con otros si lo ha hecho
individualmente o figurar en más de una unión temporal de empresas.
Si alguna proposición no guardase concordancia con la documentación examinada y
admitida, excediese del presupuesto de licitación, variase sustancialmente del modelo
establecido, comportase error manifiesto en el importe de la proposición o existiese
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reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que le
hagan inviable, será rechazada por el órgano de contratación, sin que sea causa bastante
para el rechazo el cambio u omisión de algunas palabras del modelo si ello no altera su
sentido.
En caso de discordancia entre la cantidad consignada en cifras y la consignada en letras,
prevalecerá la consignada en letras.
No se aceptarán aquellas proposiciones que tengan omisiones, errores o tachaduras que
impidan conocer claramente todo aquello que LIPASAM estime fundamental para la
oferta.
Junto a la documentación de los dos apartados anteriores, se incluirá, en su caso, la
declaración de confidencialidad según modelo del anexo VIII.
11. SELECCIÓN DE LA PERSONA CONTRATISTA Y ADJUDICACIÓN
11. 1. Recepción, certificación y calificación de documentos
Terminado el plazo de recepción de proposiciones, el responsable del Registro General de
LIPASAM expedirá una diligencia o certificación donde se relacionen las proposiciones
recibidas, las presentadas por correo con los requisitos establecidos en el presente pliego
de condiciones pero aún no recibidas o, en su caso, sobre la ausencia de licitadores.
11. 2. Apertura de proposiciones
Posteriormente se procederá a la calificación de la documentación recibida. A tal efecto,
se ordenará la apertura del sobre nº 1 en acto privado. Si se observasen defectos u
omisiones subsanables en la documentación presentada, se comunicará a los
interesados por medios electrónicos, informáticos, telemáticos, o cualquier otro que
permita tener constancia de ello en el expediente de contratación, concediéndose un
plazo no superior a tres (3) días hábiles para que los licitadores los corrijan o subsanen,
bajo apercibimiento de exclusión definitiva del licitador si en el plazo concedido no
procede a la subsanación de la documentación. Posteriormente se adoptará el oportuno
acuerdo sobre la admisión definitiva de los licitadores.
Una vez adoptado el acuerdo sobre admisión definitiva de las personas licitadoras se
procederá, igualmente en acto privado, a la apertura del sobre nº 2 correspondiente solo a
las personas licitadoras admitidas, no abriéndose el sobre de los candidatos que no hayan
sido admitidos. En este acto se abrirá el sobre nº 2 (criterios no cuantificables
automáticamente) y se dejará constancia de todo lo actuado.
La valoración de las proposiciones incluidas en el sobre nº 2 se realizará siguiendo el
orden de prioridad de los criterios de adjudicación y su ponderación fijados en el presente
pliego de condiciones. Efectuada la correspondiente valoración de las proposiciones
incluidas en el sobre nº 2 su ponderación se hará pública con carácter previo a la
apertura del sobre nº 3, tal y como se indica a continuación.
El día señalado para la apertura, en acto público, del sobre nº 3, en presencia de los
asistentes se llevarán a cabo las siguientes actuaciones:
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1º. En primer lugar se hará público el resultado de la calificación de los documentos
presentados, con expresión de las proposiciones admitidas y rechazadas y la
causa o causas de inadmisión de estas últimas.
2º. En segundo lugar se harán públicas las puntuaciones resultantes de la valoración
de las proposiciones incluidas en el sobre nº 2 (correspondientes a los criterios
cuantificables mediante juicios de valor) de las proposiciones que fueron
admitidas, indicando, en su caso, los candidatos que hayan sido excluidos en esta
fase y la razón de su exclusión;
3º. En tercer lugar se procederá a la apertura de los sobres que contengan las
proposiciones cuya valoración se pueda realizar mediante cifras o porcentajes
obtenidos a través de la mera aplicación de las fórmulas establecidas en los
pliego de condiciones (sobre 3), dando lectura del contenido exclusivamente de
las proposiciones de los licitadores que aún continúen en el procedimiento
selectivo. Los sobres de los candidatos que hayan sido inadmitidos o excluidos en
cualquiera de las fases anteriores no serán abiertos.
De todo ello se levantará diligencia informativa para dejar constancia del acto.
El órgano de contratación podrá rechazar las proposiciones que no se ajusten a los
modelos anexos a este pliego de condiciones, así como aquellas que adolezcan de
algunos de los defectos previstos legalmente.
11. 3. Criterios de valoración de ofertas (criterios de adjudicación)
Cada oferta admitida al presente procedimiento abierto de licitación, se baremará sobre
una puntuación ideal máxima de 100 puntos, estableciéndose dos apartados para la
ponderación de los criterios de valoración. La adjudicación se realizará a la empresa que
obtenga la mayor puntuación global sobre los distintos criterios baremados. Los criterios
a aplicar y la asignación de puntos será la siguiente:
CRITERIOS
Sometidos a Juicios de Valor (Vjv)
PUNTUACIÓN
MÁXIMA
20
Valorados en base a fórmulas (Ve)
80
11. 3. 1. Valoración de los criterios técnicos de adjudicación valorados mediante
un juicio de valor: hasta un máximo de 20 puntos
Los veinte (20) puntos correspondientes a este apartado se descomponen de la siguiente
forma:
a) Medios materiales y equipos técnicos con los que se cuenta el licitador, hasta un
máximo de cinco (5) puntos
Se asignará hasta un máximo de 5 puntos en función de la cantidad y calidad de medios
materiales y equipos técnicos que permitan acometer los trabajos con eficacia y
eficiencia.
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b) Estructura organizativa, perfil de los trabajadores hasta un máximo de cuatro (4)
puntos.
Se asignará hasta un máximo de 4 puntos en función del nivel de formación y
cualificación de los equipos de operarios de la empresa, así como del equipo de
dirección y supervisión del servicio ofertado, que deberá ser acreditado en la oferta.
c) Plantilla con la que se cuenta y capacidad de sustitución de los trabajadores por
absentismo y/o vacaciones, hasta un máximo de tres (3) puntos.
Se asignará hasta un máximo de tres (3) puntos en función de los medios humanos que
componen la empresa, identificando sus puestos de trabajo para poder valorar la
capacidad de respuesta y el nivel de cobertura como consecuencia del absentismo,
descansos, permisos, vacaciones, etc.
Se explicitará el procedimiento y nivel de cobertura de los recursos humanos exigidos,
como consecuencia del absentismo, descansos, permisos, vacaciones, etc.
d) Procedimientos de trabajo propuestos, hasta un máximo de tres (3) puntos
Se asignará hasta un máximo de tres (3) puntos en función de las características de los
procedimientos de trabajo propuestos, se dará la máxima puntuación a las ofertas que
propongan procedimientos más claros, ágiles y flexibles.
Se valorarán los procedimientos, protocolos y metodología de trabajo a emplear por el
contratista para cada uno de los servicios objeto de este contrato y procedimientos de
retirada, transporte y eliminación de los residuos generados.
De igual modo se valorará si los licitadores cuentan con protocolo de aprovisionamiento
de repuestos así como si disponen de instalaciones para su almacenamiento.
e) Servicio atención telefónica y restos de sistemas de comunicación, hasta un máximo
de dos (2) puntos.
Se asignará hasta un máximo de dos (2) puntos a aquellas propuestas que garanticen
una fluida comunicación que permitan un puntual conocimiento de la evolución de cada
incidencia correctiva.
Por ello se valorarán los recursos materiales y humanos asignados a los sistemas de
comunicación entre el contratista y LIPASAM, la disponibilidad y los tiempos de respuesta
con los que dar cobertura a este tipo de servicio. De igual modo se indicarán la/s
dirección de correo electrónico y fax, para poder solicitar cualquier tipo de actuación
ordinaria o de urgencia.
f) Mecanismos de control y seguimiento de la calidad del servicio implementados, hasta
un máximo de tres (3) puntos.
Se valorará hasta un máximo de tres (3) puntos a aquellas propuestas que presenten una
mejor sistemática o procedimiento de verificación, control y seguimiento de la calidad de
los servicios ya prestados, metodología a implementar para el envío de los informes
periódicos y puntuales que se le soliciten, así como el sistema de consulta de la información
y la comunicación de incidencias.
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CONCEPTO
a) Medios materiales y
licitador.
equipos técnicos con los que se cuenta el
b) Estructura organizativa y perfil de los trabajadores
PUNTUACION
MÁXIMA
5
4
c) Plantilla con la que se cuenta y capacidad de sustitución de los
trabajadores por absentismo y/o vacaciones
3
d) Procedimientos de trabajo propuestos,
3
e) Servicio atención telefónica y restos de sistemas de comunicación.
2
f) Mecanismos de control y seguimiento de la calidad del servicio
implementados.
3
20
TOTAL
11. 3. 2. Valoración de los criterios de adjudicación cuantificables mediante cifras
o porcentajes obtenidos a través de la mera aplicación de fórmulas: hasta 80
puntos
Los 80 puntos correspondientes a este apartado se descomponen de la siguiente forma:
- Criterios técnicosUUU.. Hasta 25 puntos
- Criterios económicos U.. Hasta 55 puntos
a) Criterios técnicos (hasta 25 puntos)
a.1.- Se valorará el número de operarios y técnicos que se adscriban a la prestación del
servicio de mantenimiento preventivo. Se calificará con un punto cada operario destinado
en exclusiva a las tareas de mantenimiento preventivo, hasta un máximo de 5 puntos.
a.2.- Se valorará el número de operarios y técnicos que se adscriban a la prestación del
servicio de mantenimiento correctivo. Se calificará con un punto cada operario destinado
en exclusiva a las tareas de mantenimiento correcto, hasta un máximo de 3 puntos.
a.3.- Estabilidad de la plantilla. Se valorará hasta un máximo 4 puntos la estabilidad de
la plantilla de la empresa dedicada a este contrato, se otorgará 0,5 puntos por cada
persona trabajadora dedicada a la ejecución del contrato, con dedicación completa,
que supere una antigüedad de un año en la empresa.
a.4.- Se valorará el plazo de aprovisionamiento de piezas o repuestos disponible en
almacenes del adjudicatario para atender las necesidades de ambos tipos de
mantenimiento. Hasta un máximo de 6 puntos el plazo de entrega de materiales, siendo:
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6 horas: 6 puntos,12 horas: 5 puntos, 18 horas: 4 puntos, 24 horas: 3 puntos, 30 horas: 2
puntos, 36 horas: 1 puntos, 48 horas: 0 puntos.
a.5.- Igualmente se valorará positivamente la reducción del plazo de reparación exigido.
Hasta un máximo de 7 puntos el plazo de reparación, siendo: 6 horas: 7 puntos,12 horas:
6 puntos, 18 horas: 5 puntos, 24 horas: 4 puntos, 30 horas: 3 puntos, 36 horas: 2 puntos,
42 horas: 1 punto, 48 horas: 0 puntos.
La ponderación o peso en la asignación de los 25 puntos del presente apartado queda
desglosada de la siguiente manera:
Características técnicas (hasta un máximo de 25
puntos):
a.1. Numero de operarios ofertados para mantenimiento
preventivo
a.2. Número de operarios ofertados para mantenimiento
correctivo
a.3. Estabilidad de la plantilla.
a.4.- Plazo aprovisionamiento piezas en stok
a.5. Reducción del plazo de reparación
25
5
3
4
6
7
Se asignará hasta la puntuación máxima informada en cada apartado a aquellas
propuestas que, cumpliendo las especificaciones técnicas reflejadas en el presente
pliego, documenten con mayor detalle, precisión y rigor las características exigidas
b) Criterio económico. Mejor precio global ofertado (según queda establecido en el
anexo II ): hasta 55 puntos.
La puntuación se repartirá en los siguientes conceptos:
- Mantenimiento preventivoUU.Hasta 26 puntos
- Mantenimiento correctivoUU. Hasta 16 puntos
- Aportación de materialesUU.. Hasta 13 puntos
b.1.- Mantenimiento preventivo. (Hasta 26 puntos)
Se asignará la máxima puntuación a la mejor oferta económica, las restantes
ofertas recibirán puntuaciones decrecientes proporcionalmente al porcentaje de
desviación sobre el precio más bajo. La fórmula aritmética de asignación de puntuación
será la siguiente:
PE = (26 x M) / Of
Donde:
-
PE = Puntuación económica obtenida: hasta 26 puntos
.”26” es la máxima cantidad de puntos que puede obtenerse en este apartado
“M” es la oferta más baja de las presentadas;
“Of” es la oferta del licitador que se valora.
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b.2.- Mantenimiento correctivo (Hasta 16 puntos)
Se asignará la máxima puntuación a la oferta económica que oferte el mayor
porcentaje medio de baja (descuento) a aplicar a la totalidad de los costes unitarios
incluidos en la tabla del punto B.1.3 de este pliego, las restantes ofertas recibirán
puntuaciones decrecientes proporcionalmente al porcentaje de desviación sobre la baja
media más alta. La fórmula aritmética de asignación de puntuación será la siguiente:
PE = (16 x Of) / M
Donde:
-
PE = Puntuación económica obtenida: Hasta 16 puntos
“16” es la máxima cantidad de puntos que puede obtenerse en este apartado
“M” es la oferta más alta de las presentadas (Mayor porcentaje de baja media)
“Of” es la oferta del licitador que se valora.
b.3.- Baja porcentual (descuento) del coste de materiales ofertados sobre la tabla de
precios máximos incluida en el punto B.2.3 de este Pliego (Hasta13 puntos)
Obtendrá la máxima puntuación (13 puntos) la oferta que mayor porcentaje de
descuento oferte. El resto de ofertas obtendrán su puntuación mediante la aplicación de
la siguiente fórmula:
PE = (13x Of) / M
Donde:
-
PE = Puntuación económica obtenida: hasta 13 puntos
“13” es la máxima cantidad de puntos que puede obtenerse en este apartado
“M” es la oferta más alta de las presentadas (Mayor baja media)
“Of” es la oferta del licitador que se valora.
11. 3. 3. Criterios de desempate
Si se presentan dos o más ofertas iguales que resulten ser las más ventajosas, al
amparo de la disposición adicional cuarta, párrafo primero del TRLCSP, prevalecerán
aquellas que cumplan los requisitos de preferencia que se señalan a continuación,
siempre que hayan presentado la documentación acreditativa relacionada en la cláusula
10.2.1.
En primer lugar:
La empresa que en el momento de acreditar la solvencia técnica cuente en su plantilla
con un porcentaje de trabajadores con discapacidad superior al dos por ciento (2%).
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• Si varias empresas licitadoras de las que hayan empatado en cuanto a la oferta
más ventajosas acreditaran tener relación laboral con personas con discapacidad
en un porcentaje superior al 2 por ciento (2%), tendrá preferencia en la
adjudicación del contrato del licitador que disponga del mayor porcentaje de
trabajadores fijos con discapacidad en su plantilla.
• La empresa dedicada específicamente a la promoción e inserción laboral de
personas en situación de exclusión social.
En el caso de existir empate, la relación laboral con personas con discapacidad se
acreditará mediante la aportación por parte de las empresas, en el momento de la
licitación, de la siguiente documentación:
1. Documento TC2 (relación nominal de trabajadores) correspondiente a todo el
personal de la empresa.
2. Relación de los trabajadores fijos discapacitados acompañada de la resolución o
certificación acreditativa del grado y vigencia de la discapacidad.
3. Contrato de trabajo de los trabajadores fijos discapacitados.
El porcentaje de contratos de trabajadores fijos discapacitados deberá mantenerse
durante el tiempo que dure la ejecución de la prestación objeto del contrato adjudicado, o
si es el caso, durante el plazo de garantía, si la ejecución no se realizara en tracto
sucesivo. El incumplimiento de tal condición será causa de resolución del contrato
adjudicado debiendo constar en el mismo como tal causa de resolución.
En segundo lugar:
Conforme a lo establecido en la ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de
la igualdad de género en Andalucía, la obtención de la Marca de Excelencia en Igualdad
da derecho a una preferencia en la adjudicación de los contratos de la comunidad
autónoma.
Si la empresa hiciese uso de esta preferencia, estará obligada a mantener los
parámetros de igualdad durante el plazo fijado en la adjudicación que, si el contrato
resultase de ejecución sucesiva, será igual a su duración temporal.
De ser el caso, las empresas deben acreditar estar en posesión de la Marca de
Excelencia en Igualdad.
De acuerdo con lo establecido en la Ley 12/2007 de 26 de noviembre, para la promoción
de la igualdad de género en Andalucía, las empresas que implantasen un plan de
igualdad tendrán preferencia en la adjudicación de los contratos de la Comunidad
Autónoma de Andalucía siempre y cuando las ofertas presentadas igualen en sus
términos a las más ventajosas desde el punto de vista de los criterios objetivos que sirvan
de base para la adjudicación
Las empresas deben acreditar la implantación del plan de igualdad.
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11. 3. 4.
Parámetros objetivos para
desproporcionada
considerar
una oferta anormal
o
Los parámetros objetivos en función de los cuales se apreciará que una oferta debe ser
excluida como consecuencia de la inclusión de valores anormales o desproporcionados
son los siguientes:
Se considera anormal o desproporcionada aquella oferta económica inferior en más de
veinte (20) puntos porcentuales respecto al valor que representa la oferta media,
calculada en base a las ofertas económicas admitidas a la licitación. Se tomará como
valor para este cálculo el Importe global anual de servicios demandados en pliegos.
Para el cálculo de la oferta media se tendrá en cuenta lo siguiente:
1º. - Si existen siete o más ofertas económicas admitidas: no computan para el
cálculo de la oferta media las dos ofertas económicas más altas ni las dos más
bajas.
2º. - Si existen cinco o seis ofertas económicas admitidas: no computan para el
cálculo de la oferta media ni la oferta económica más alta ni la más baja.
3º. - Si existen menos de cinco ofertas económicas admitidas: todas las ofertas
computan para el cálculo de la oferta media.
4º. - Visto lo anterior, el cálculo de la oferta media vendrá determinado por la
siguiente formula:
n
Om =Σ OE / n
1
Donde:
•
•
•
Om = Importe de la oferta media.
OE = Importe de cada una de las ofertas económicas admitidas y no excluidas del
cálculo de la media.
n = Número de ofertas económicas admitidas y no excluidas del cálculo de la
media.
A efectos de considerar una oferta anormal o desproporcionada, respecto de las
proposiciones presentadas por distintas empresas pertenecientes a un mismo grupo, lo
establecido en el artículo 86. 1 del RGLCAP se aplicará a las empresas de un mismo
grupo que concurran separadamente a la licitación ya sea de forma individual o formando
parte de una unión temporal de empresas.
11. 4. Clasificación de las proposiciones
El órgano de contratación clasificará por orden decreciente las proposiciones presentadas y
que no hayan sido declaradas desproporcionadas o anormales, atendiendo a los criterios
de adjudicación señalados en el presente pliego de condiciones.
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En el supuesto de que la proposición no pueda ser cumplida como consecuencia de la
inclusión de valores anormales o desproporcionados se deberá dar audiencia a la persona
licitadora para que justifique la valoración de su oferta y solicitar el asesoramiento técnico
del servicio correspondiente. Si el órgano de contratación, considerando la justificación
efectuada por la persona licitadora y los informes técnicos, estimase que la oferta no
puede ser cumplida como consecuencia de la inclusión de valores anormales o
desproporcionados, la excluirá de la clasificación.
En el caso de que dos o más proposiciones se encuentren igualadas, como las más
ventajosas desde el punto de vista de los criterios que sirven de base para la adjudicación,
se aplicarán las reglas de desempate establecidas en el presente pliego de condiciones.
Si aun así persistiera la igualdad entre las proposiciones, o si ninguna de las empresas
tiene preferencia conforme al párrafo anterior,
se considerará como la oferta
económicamente más ventajosa aquélla que obtenga una mayor puntuación en el criterio
de adjudicación que tenga mayor peso en la ponderación de los mismos, prevaleciendo,
en caso de empate en la ponderación, los criterios evaluables de forma automática sobre
los que dependen de un juicio de valor. Y en el caso de que continuara la igualdad, se
procederá a la realización de un sorteo.
11. 5. Documentación previa a la adjudicación
El órgano de contratación requerirá a la persona licitadora que haya presentado la oferta
económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo de diez días hábiles, a contar
desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la
documentación que se detalla a continuación. Deberá presentar documentos originales,
que deberán escanearse e incluirse en formato pdf en soporte digital (DVD o CD-ROM sin
multisesión).
Deberá aportar la documentación que se relaciona a continuación. La falta de aportación
de esta documentación en el plazo de diez días hábiles se considerará retirada injustificada
de la proposición por la persona licitadora, lo que supondrá su exclusión del procedimiento
de adjudicación.
a) Obligaciones tributarias.
Certificación positiva, expedida por la Agencia Estatal de Administración Tributaria,
de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias o
declaración responsable de no estar obligado a presentarlas. Esta certificación
podrá obtenerse en la forma establecida en el Real Decreto 1671/2009, de 6 de
noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 11/2007, de 22 de junio,
de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos.
Certificación positiva, expedida por la Administración Tributaria del Ayuntamiento
de Sevilla, justificativa de la inexistencia de deudas de naturaleza tributaria en
período ejecutivo o, en el caso de contribuyentes contra quienes no proceda la
utilización de la vía de apremio, deudas no atendidas en período voluntario.
b) Obligaciones con la Seguridad Social.
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Certificación positiva, expedida por la Tesorería Territorial de la Seguridad Social,
de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad
Social, o declaración responsable de no estar obligada a presentarlas.
c) Impuesto sobre Actividades Económicas.
Justificante de estar dada de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas
en el epígrafe correspondiente al objeto del contrato y al corriente en el pago del
mismo, aportando al efecto copia de la carta de pago del último ejercicio, a la
que se acompañará una declaración responsable de no haberse dado de baja en
la matrícula del citado Impuesto.
En caso de estar exenta de este impuesto presentará declaración justificativa al
respecto.
d) Garantía definitiva.
El adjudicatario deberá constituir a disposición de LIPASAM una garantía definitiva
para asegurar la correcta ejecución del contrato de un cinco por ciento [5%] del
importe de adjudicación, excluido el IVA.
La garantía definitiva responderá de la correcta ejecución del contrato.
En caso de que se hagan efectivas sobre la garantía las penalizaciones o
indemnizaciones exigibles al adjudicatario, éste deberá reponer o ampliar aquélla,
en la cuantía que corresponda, en el plazo de quince días desde la ejecución,
incurriendo en caso contrario en causa de resolución.
La devolución o cancelación de la garantía definitiva se realizará previa solicitud
por escrito del interesado una vez producido el vencimiento del plazo de garantía
de los elementos a suministrar y, en todo caso, cumplido satisfactoriamente el
contrato o resuelto éste sin culpa de la persona contratista.
e) Seguros.
Con carácter previo a la firma del contrato, quien resulte mejor clasificado deberá
tener suscritos todos los seguros obligatorios, así como un seguro que cubra las
responsabilidades que se deriven de la ejecución del contrato, en los términos
que se indican en el presente pliego de condiciones.
El contratista deberá disponer de todos los seguros necesarios y exigibles sobre
accidentes, daños a terceros, responsabilidad civil, incendio de vehículos,
incendio de almacén,
etc.
Copia de los mismos y de sus sucesivas
actualizaciones deberán ser entregadas anualmente a LIPASAM. En el caso de
cambiar el contratista de seguro, deberá presentarse copia a LIPASAM en el
momento en que se produzca dicho cambio.
Las posibles cantidades
adjudicatario.
a establecer con franquicia serán a cargo del
Como mínimo deberá disponer de los siguientes contratos de seguros:
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o
De accidentes de trabajo y Seguros Sociales de su personal,
legislación vigente.
conforme a la
o
De responsabilidad Civil Extracontractual que garantice el pago de las
indemnizaciones a que el adjudicatario resultare obligado frente a terceros como
civilmente responsable de los daños accidentales causados a los mismos, en sus
personas o en sus bienes por acción o por omisión, y ya sea directa o subsidiaria
la responsabilidad como consecuencia de la ejecución del contrato. El límite de
indemnización mínimo a establecer por siniestro y año será de 1.000.000 €. En
dicha póliza deberá figurar como asegurado adicional LIPASAM.
A modo enunciativo y no limitativo la póliza de contrato que debe tener suscrita la
empresa adjudicataria del contrato, deberá tener como mínimo las siguientes
garantías/coberturas por vehículo:
•
•
•
•
o
o
o
o
o
o
De responsabilidad civil del servicio (responsabilidad civil respecto a terceros).
De responsabilidad civil patronal (sublímite por víctima de 300.000 €)
De responsabilidad civil de vehículos de suscripción obligatoria, según legislación
vigente.
De responsabilidad civil de vehículos complementaria (voluntaria), fianzas y
defensa, responsabilidad ilimitada. Capitales asegurados como mínimo:
Por muerte 30. 000 €
Por invalidez permanente: 30. 000 €
Por asistencia médica: 30. 000 € (máximo 365 días)
Por incendios
Por rotura de lunas
Por defensa jurídica, penal, fianzas y reclamación de daños: 600 €
f) Otra documentación.
Cualesquiera otros documentos acreditativos de su aptitud para contratar o de la
efectiva disposición de los medios que se hubiesen comprometido a dedicar o
adscribir a la ejecución del contrato que le reclame el órgano de contratación.
Si la persona licitadora es excluida del procedimiento de adjudicación por no aportar
en tiempo y forma la documentación previa a la adjudicación que LIPASAM le haya
requerido, se procederá a solicitar la misma documentación a la licitadora siguiente
por el orden decreciente de puntuación en que hayan quedado clasificadas las
ofertas, y así se procederá sucesivamente hasta que se presente correctamente la
documentación exigida.
11. 6. Adjudicación del contrato
Una vez recibida la documentación requerida a la persona licitadora que presentó la oferta
económicamente más ventajosa, el órgano de contratación le adjudicará el contrato.
La resolución de adjudicación deberá ser motivada y será notificada directamente a la
adjudicataria y a las restantes licitadoras y, simultáneamente, se publicará en el perfil de
contratante del órgano de contratación.
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La notificación podrá efectuarse por correo electrónico a la dirección que las personas
licitadoras o personas candidatas hubiesen designado al presentar sus proposiciones.
Adjudicado el contrato y transcurridos dos meses desde la notificación de la resolución de
adjudicación,
la documentación que acompaña a las proposiciones quedará a
disposición de las personas interesadas. Si éstas no retiran su documentación dentro del
mes siguiente a la finalización del citado plazo, el órgano de contratación no estará
obligado a seguirla custodiando, pudiendo proceder a su destrucción.
12. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
En el caso de que la adjudicataria sea una unión temporal, deberá aportar la escritura
pública de formalización de la misma, cuya duración será coincidente con la del contrato
hasta su extinción.
El contrato se perfecciona con su formalización y salvo que se indique otra cosa en su
clausulado se entenderá celebrado en el lugar donde se encuentre la sede del órgano de
contratación.
El contrato se formalizará en documento privado que se ajuste con exactitud a las
condiciones de la licitación no más tarde de los quince días hábiles siguientes a aquél en
que se reciba la notificación de la adjudicación a las personas licitadoras o candidatas. La
persona contratista podrá solicitar que el contrato se eleve a escritura pública, corriendo de
su cargo los correspondientes gastos. En ningún caso se podrán incluir en el documento en
que se formalice el contrato cláusulas que impliquen alteración de los términos de la
adjudicación.
La formalización del contrato se publicará en el perfil de contratante del órgano de
contratación.
Simultáneamente con la firma del contrato, deberá ser firmado por la adjudicataria el
pliego de condiciones y demás documentos integrantes del contrato, y, en cumplimiento
de lo establecido en la legislación sobre protección de datos de carácter personal, en el
caso de que la empresa adjudicataria eventualmente necesite o pueda acceder a ficheros
de datos de LIPASAM para desempeñar el objeto del presente contrato, deberá firmar un
contrato de acceso a datos y tratamiento por cuenta de terceros.
III. EJECUCIÓN DEL CONTRATO
13. PERSONA RESPONSABLE DEL CONTRATO
El órgano de contratación designará una persona responsable del contrato a la que
corresponderá supervisar su ejecución y adoptar las decisiones y dictar las instrucciones
necesarias con el fin de asegurar la correcta realización de la prestación pactada,
supervisando y controlando la realización del trabajo y ejecución del objeto contratado.
Sus funciones serán, con carácter general, las derivadas de la dirección, comprobación,
vigilancia e informe de la correcta realización de los trabajos, así como dar conformidad
a las facturas presentadas, ser interlocutor por parte de LIPASAM y, en especial, las
que le asigne el órgano de contratación.
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El nombramiento será comunicado por escrito a la persona contratista en el plazo de
quince días desde la fecha de formalización del contrato y, en su caso, su sustitución en
idéntico plazo, desde la fecha en que se hubiera producido.
La persona contratista, sin coste adicional alguno, facilitará a LIPASAM asistencia
profesional en las reuniones explicativas o de información que ésta estime necesarias
para el aprovechamiento de la prestación contratada.
14. EJECUCIÓN DEL CONTRATO
14. 1. Condiciones de ejecución
La ejecución del contrato se realizará a riesgo y ventura de la persona contratista. En el
supuesto de que fuese necesario que la prestación se ejecutase en forma distinta a la
pactada inicialmente, deberá procederse a la resolución del contrato en los términos
establecidos en la el presente pliego.
La persona contratista está obligada a guardar sigilo respecto de los datos y
antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del
contrato, de los que tenga conocimiento con ocasión de la ejecución del mismo.
El contratista está obligado a mantener cuantas reuniones de trabajo, para realizar el
seguimiento del contrato, sean solicitadas por LIPASAM; en principio se establece una
frecuencia mensual para dichas reuniones, pudiéndose modificar por LIPASAM en
función de las necesidades del servicio. A estas reuniones deberá asistir el responsable
del contrato designado por el contratista.
14. 2. Condiciones esenciales de ejecución
LIPASAM podrá comprobar el estricto cumplimiento de los pagos que la persona
contratista ha de hacer a todas las personas subcontratistas o suministradoras que
participen en el contrato.
Si LIPASAM ejerce esta opción, la persona contratista remitirá al responsable del
contrato designado por LIPASAM, cuando éste se lo solicite, relación detallada de
aquellas personas subcontratistas o suministradoras que participen en el contrato cuando
se perfeccione su participación, junto con las condiciones de subcontratación o
suministro de cada una de ellas que estime necesario conocer para controlar la correcta
ejecución de los servicios contratados.
El incumplimiento de esta obligación, además de las consecuencias previstas por el
ordenamiento jurídico, permitirá la imposición de las penalidades previstas en el presente
pliego de condiciones.
15. OBLIGACIONES LABORALES, SOCIALES Y ECONÓMICAS DE LA PERSONA
CONTRATISTA
El personal adscrito a la ejecución del presente contrato de suministro dependerá
exclusivamente de la persona contratista, quién tendrá todos los derechos y deberes
inherentes a su calidad de persona empresaria respecto del mismo.
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La persona contratista responderá de cuantas obligaciones le vienen impuestas en su
carácter de persona empleadora, así como del cumplimiento de cuantas normas regulan
y desarrollan la relación laboral o de otro tipo, existente entre aquélla, o entre sus
personas subcontratistas, y las personas trabajadoras de una y otra, sin que pueda
repercutir contra LIPASAM ninguna multa, sanción o cualquier tipo de responsabilidad
que por incumplimiento de alguna de ellas, pudieran imponerle los organismos
competentes.
En cualquier caso, el contratista indemnizará a LIPASAM de toda cantidad que se viese
obligada a pagar por incumplimiento de las obligaciones establecidas en este pliego de
condiciones, aunque ello le venga impuesto por resolución judicial o administrativa.
Corresponderá y será de cargo de la persona contratista:
a) La obtención de las autorizaciones y licencias,
documentos o cualquier
información, tanto oficial como particular, que se requieran para la realización del
objeto del contrato.
b) Las pruebas, ensayos o informes necesarios que en todo momento decida y
encargue LIPASAM para verificar la correcta ejecución del contrato, con el límite
del 1% del precio total del mismo, cantidad que será abonada por el contratista a
LIPASAM contra la presentación de la correspondiente factura por parte de
LIPASAM.
c) La indemnización de los daños que se causen tanto a LIPASAM como a terceras
personas como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del
contrato.
d) Toda reclamación relativa a la propiedad industrial, intelectual o comercial de los
materiales, procedimientos y equipos utilizados en la ejecución del contrato,
debiendo indemnizar a LIPASAM todos los daños y perjuicios que para ésta
pudieran derivarse de la interposición de reclamaciones, incluidos los gastos
derivados de los que eventualmente pudieran dirigirse contra la misma.
16. PLAZOS, INFRACCIONES Y PENALIZACIONES
La persona contratista queda obligada al cumplimiento del contrato dentro del plazo total
fijado para su realización en este pliego de condiciones.
La constitución en mora por la persona contratista no precisará intimación previa por
parte de LIPASAM. La imposición de penalizaciones consecuentes con dicho retraso se
aplicará automáticamente por el órgano de contratación.
Si llegado al término de cualquiera de los plazos parciales o del final, la persona
contratista hubiera incurrido en mora por causas imputables a la misma, LIPASAM podrá
optar indistintamente por la resolución del contrato con pérdida de garantía definitiva o
por la imposición de las penalizaciones establecidas en este pliego de condiciones.
El importe de las penalizaciones no excluye la indemnización a que pudiese tener
derecho LIPASAM por daños y perjuicios originados por la demora de la persona
contratista en caso de que el contratista no atienda a sus obligaciones y el traslado de
los residuos al Centro de tratamiento deba ser asumido por LIPASAM, el adjudicatario
abonará la cuantía económica equivalente a los gastos incurridos por LIPASAM.
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Para el caso de cumplimiento defectuoso o incumplimiento de los compromisos o de las
obligaciones esenciales de ejecución de la prestación objeto de este contrato se aplicarán
las penalizaciones previstas en este pliego de condiciones atendiendo a la gravedad del
incumplimiento.
Para la imposición de este tipo de penalizaciones se sustanciará un procedimiento en el que
necesariamente tendrá lugar trámite de alegaciones a la persona contratista.
16.1. Infracciones
Las acciones u omisiones que contravengan este pliego de condiciones
carácter de infracciones, que se clasifican en muy graves, graves y leves.
tendrán el
16.1.1. Infracciones muy graves. Tendrán la consideración de infracción muy grave las
siguientes:
1. La demora injustificada y reiterada del Contratista en los calendarios de prestación
del servicio, debiendo el adjudicatario ceñirse al plazo de inicio del servicio
indicado en el presente pliego de condiciones.
2. La no realización de forma reiterada de los trabajos ordenados en los plazos o
tiempos establecidos.
3. La no disposición reiterada de los recursos humanos y los medios materiales
ofertados para la fabricación y entrega de los cepillos demandados.
4. La falta o merma de calidad en los elementos suministrados y en los servicios
prestados.
5. El incumplimiento de la obligación de confidencialidad prevista en el contrato,
salvo que la parte Contratante lo autorice expresamente.
6. El incurrir el Contratista durante la vigencia del contrato en alguna de las
prohibiciones de contratar previstas en el art. 60 del TRLCSP, o en supuesto de
incompatibilidad, sin la obtención inmediata de la correspondiente resolución de
compatibilidad.
7. El incumplimiento reiterado de las condiciones de subcontratación establecido en
el pliego de condiciones, así como la falta de acreditación de la aptitud del
subcontratista.
8. El incumplimiento reiterado total o parcial, del contrato, de las cláusulas del
presente pliego de condiciones, así como de las mejoras contenidas en la oferta
aceptada o de alguno de los compromisos ofertados.
9. El incumplimiento reiterado de las obligaciones frente a la Seguridad Social o en
materia de prevención de riesgos laborales, así como el incumplimiento de los
procedimientos e instrucciones internas de LIPASAM en esta materia. En
especial la incorporación de personal al servicio sin estar de alta en la Seguridad
Social. LIPASAM, como empresa titular y principal, tomará la iniciativa en materia
de coordinación de actividades empresariales y activará el procedimiento del que
disponga en esta materia, el cual el adjudicatario estará obligado a cumplir.
10. Falsear de forma reiterada los datos sobre los trabajos realizados, así como en
los informes obligados a presentar.
11. La prestación del servicio en estado de embriaguez o bajo los efectos derivados
del consumo de drogas.
12. La comisión de un acto delictivo durante la realización del servicio contratado.
13. La prestación del servicio de forma negligente o por abandono del servicio sin
permiso de LIPASAM.
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16.1.2. Infracciones
siguientes:
graves. Tendrán la consideración de infracción
grave
las
- Todas las actuaciones prohibidas en el apartado B.2 (“Prohibiciones expresas al
contratista”) de este Pliego de Condiciones.
- Las definidas en el punto A.16.1.1 (“Infracciones muy graves”), que no tengan el
carácter de reiterado.
- La reiteración por tres veces de una misma falta leve.
16.1.3. Infracciones leves. Tendrán la consideración de infracción leve aquellas que no
tengan la consideración de grave o muy grave y, con carácter general, aquellas cuya
comisión causara o pudiera causar a LIPASAM perjuicios leves de tipo económico,
técnico o de imagen y, en especial:
1. Que el personal del adjudicatario falte al respeto al público, al personal de
LIPASAM o a los agentes de la autoridad.
2. El retraso en las comunicaciones y/o información que el contratista tenga la
obligación de facilitar a LIPASAM de acuerdo con las cláusulas establecidas en
este pliego de condiciones
3. Otro incumplimiento de las cláusulas incluidas en el pliego de condiciones y el
contrato.
4. La reiteración por tres veces en un año implicará que la falta de que se trate sea
considerada de gravedad superior.
5. No disponer del uniforme reglamentario, mantener un estado indecoroso del
mismo o llevar distintivos ajenos al establecido.
La reiteración por tres veces en seis meses implicará que la falta de que se trate sea
considerada de gravedad superior.
16.2. Penalizaciones
16.2.1. Consideraciones generales
El incumplimiento de las prescripciones del pliego de condiciones durante la ejecución del
contrato conllevará la imposición de penalizaciones.
Las penalizaciones una vez firmes se detraerán directamente de las facturas mensuales
correspondientes, pudiendo llevarse a cabo en cualquier mes de facturación
independientemente del mes en el que se haya producido la infracción.
En el procedimiento para establecer la penalización se incluirá la descripción del
incumplimiento, el carácter temporal (puntual, reiterativo,U), si procede o no de un
incumplimiento anterior, su clasificación (en función de su mayor gravedad y reiteración),
evaluando su incidencia económica y/o en la calidad del servicio.
16.2.2. Cuantía de las penalizaciones
Las infracciones generales tipificadas en este pliego de condiciones darán lugar a la
imposición de todas o algunas de las siguientes penalizaciones:
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a) En el caso de las infracciones muy graves: descuento de hasta el 50% de la
facturación del mes corriente o con la resolución del contrato
b) En el caso de las infracciones graves: descuento de hasta el 25% de la facturación del
mes corriente.
c) En el caso de las infracciones leves: descuento de hasta el 10% de la facturación del
mes corriente.
16.2.3. Prescripción de las infracciones y penalizaciones
Las infracciones leves prescribirán al mes, las graves a los tres meses y las muy graves a
los seis meses.
El plazo de prescripción de las infracciones comenzará a contarse desde el día en que
LIPASAM tenga conocimiento de la comisión de las mismas.
Las penalizaciones prescribirán a los 12 meses. El plazo de prescripción de las
penalizaciones comenzará a contarse desde el día siguiente en que adquiera firmeza el
acuerdo de LIPASAM.
En los supuestos de infracciones continuadas, el plazo de prescripción comenzará a
contar desde el momento de la finalización de la actividad o del último acto con el que la
infracción se consuma. En el caso, de que los hechos o actividades constitutivos de
infracción fueran desconocidos por carecer de signos externos, dicho plazo de
computará desde que estos se manifiesten.
16.2.4. Concurrencia de penalizaciones
Cuando un solo hecho constituya dos o más infracciones con arreglo a este pliego de
condiciones, se impondrá al contratista la penalidad de mayor gravedad.
17. CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO Y OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES
DEL CONTRATISTA
La prestación del servicio se ejecutará con sujeción a lo establecido en el contrato y en el
pliego de condiciones. El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando éste
haya realizado la totalidad de la prestación de acuerdo con los términos del mismo y a
satisfacción de LIPASAM.
El contratista será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de
las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan
para LIPASAM o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o
conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato.
Si los bienes y equipos necesarios para realizar la prestación del servicio no se hayan en
estado óptimo se hará constar así en el acta de recepción y se darán las instrucciones
precisas a la persona contratista para que subsane los defectos observados o proceda a
su adecuación a las prescripciones técnicas de conformidad con lo pactado.
El plazo de garantía del presente contrato será el fijado en este pliego de condiciones, y
comenzará a contar desde la fecha de la efectiva puesta en funcionamiento del servicio.
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Si durante dicho plazo se acreditase la existencia de vicios o defectos en los bienes y
equipos antes citados, tendrá derecho LIPASAM a reclamar de la persona contratista la
reposición de los que resulten inadecuados o la reparación de los mismos si fuese
suficiente.
Si los bienes y equipos necesarios no son aptos para el fin pretendido, como
consecuencia de los vicios o defectos observados en ellos e imputables a la persona
contratista, se estará a lo dispuesto a tal efecto en el TRLCSP.
Transcurrido el plazo de garantía, si no resultaren responsabilidades, se devolverá o
cancelará la garantía constituida.
17.1. Obligaciones laborales y económicas del contratista
Cumplimiento de normativa
El Contratista está obligado al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral,
de Prevención de Riesgos Laborales, de seguridad social y ambiental, que le es de
aplicación.
Derechos y deberes del contratista
El personal dependerá exclusivamente del Contratista, el cual tendrá todos los derechos
y deberes inherentes a su calidad de empresario respecto del mismo.
En consecuencia, son de cuenta directa del Contratista todos los devengos de personal
incluidos los seguros sociales, impuestos y horas extraordinarias posibles que regulan las
disposiciones vigentes en el momento actual o las que se aprueben durante el periodo de
vigencia del contrato.
Mensualmente se presentaran copias de los documentos de cotización TC1 y TC2 de
todo el personal asignado al servicio.
Responsabilidad de las faltas
El Contratista será responsable ante el Contratante de todas las faltas que puedan ser
cometidas por sus empleados, debiendo asumir las consecuencias administrativas y
económicas a que dieran lugar.
Obligaciones del contratista
En general, el Contratista responderá de cuantas obligaciones le vienen impuestas en su
carácter de empleador, así como del cumplimiento de cuantas normas regulan y
desarrollan la relación laboral o de otro tipo, existente entre aquél o entre sus
subcontratistas, y los trabajadores de uno y otro, sin que pueda repercutir contra
LIPASAM, ninguna multa, sanción o cualquier tipo de responsabilidad que por
incumplimiento de alguna de ellas pudieran imponerle los organismos o tribunales
competentes.
Indemnizaciones
En cualquier caso, el Contratista indemnizará a LIPASAM de cualquier cantidad que se
vieren obligadas a pagar por incumplimiento del Contratista de las obligaciones
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consignadas en el contrato, manteniéndolas indemnes de cualesquiera reclamación,
sanción o condena que les venga impuesta, directa o subsidiariamente, por resolución
judicial administrativa o de cualquier tipo.
17.2. Prevención de Riesgos Laborales
El adjudicatario proporcionará con carácter previo al inicio del contrato, y posteriormente
con periodicidad mensual (o menor en el caso de variaciones), la información y
documentación precisa para la realización de la preceptiva Coordinación de Actividades
Empresariales, de acuerdo con lo establecido al respecto en la normativa que en cada
momento se encuentre vigente en Prevención de Riesgos Laborales. Esta gestión se
realizará obligatoriamente a través de la plataforma de Internet "COORDINAWARE", para
cuyo fin el Servicio de Prevención Propio de LIPASAM le facilitará tanto el
correspondiente enlace como la clave necesaria.
La empresa adjudicataria estará obligada al cumplimiento estricto de todas las
disposiciones vigentes en materia laboral, de la Seguridad Social, de Prevención de
Riesgos Laborales y de manera más específica a las referidas en los arts. 18, 20 y 24 de
la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales y R.D. 171/2004, de 30 de enero,
por el que se desarrolla el art. 24 de la Ley 31/1995, en materia de coordinación de
actividades empresariales.
A estos efectos, el adjudicatario deberá presentar todos los documentos que le sean
solicitados por LIPASAM, algunos de los cuales, en virtud del referido texto del R.D.
171/2004, serán presentados necesariamente antes del inicio de la actividad. El
adjudicatario se compromete igualmente al cumplimiento del Procedimiento de
Coordinación de Actividades Empresariales de LIPASAM (IT/SP/ 4.4.6.11), con respecto
a las actividades objeto del contrato.
El contratista del servicio deberá llevar a cabo el mantenimiento y limpieza de todos los
elementos materiales adscritos al mismo, así como de los vehículos utilizados en las
operaciones objeto del contrato, de tal modo que todos estos elementos, vehículos y
equipos se encuentren en perfecto estado de conservación y limpieza, y reúnan las
condiciones adecuadas de seguridad en los equipos de trabajo (de acuerdo al RD
1215/1997 de 18 de julio y RD 2177/2004 de 12 de noviembre) contribuyendo con ello a
la seguridad laboral, y al buen funcionamiento e imagen del servicio durante el período de
prestación del mismo
El adjudicatario deberá disponer de cuantos seguros sean obligatorios y necesarios
(accidentes, daños a terceros, responsabilidad civil, incendiosU) para su actividad. A
requerimiento de LIPASAM, el adjudicatario queda obligado a proporcionar copia de las
correspondientes pólizas.
17.3. Desempeño ambiental del contrato
Autorizaciones y licencias.- Estará al corriente de cualquier tipo de autorización o
licencia ambiental que pudiera necesitar para realizar su trabajo. Deberá estar inscrito
como Productor de Residuos Peligrosos en el registro correspondiente de la Consejería
de Medio Ambiente.
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Legislación ambiental.- El adjudicatario deberá respetar en todo momento la legislación
ambiental aplicable, tomando las medidas adecuadas para reducir o impedir cualquier
tipo de contaminación que sus trabajos puedan producir y que afecten al medio ambiente.
A este fin, deberá cumplimentar y firmar la Declaración del Anexo XI.
Medidas contra la contaminación.- Deberá establecer las medidas adecuadas para
reducir o impedir cualquier tipo de contaminación que sus trabajos puedan producir y que
afecte al medio ambiente.
Gestión de residuos.- En particular, el adjudicatario se compromete a recoger hacerse
cargo y gestionar adecuadamente de manera segregada todos los residuos producidos
por su actividad (aceites, baterías, residuos eléctricos, y electrónicos, metales, gomas,
plásticos, vidrio, etU..) entregándolos, cuando corresponda, a gestores debidamente
autorizados. Por ello, deberá presentar los documentos que acrediten dicha gestión
cuando así se le requiera por parte de LIPASAM.
Evitación de la generación de residuos, emisiones y vertidos.- El adjudicatario
evitará la generación de residuos, emisiones, ruidos, vertidos y derrames que puedan
afectar negativamente a las instalaciones públicas de saneamiento o a los suelos. En
caso de generar vertidos, residuos o afecciones al suelo, si no los hubiera podido evitar,
informará de ello a LIPASAM y se responsabilizará de llevar a cabo una gestión correcta.
Medidas de prevención.- Adoptará las medidas de prevención necesarias para evitar
cualquier incidente ambiental durante el desarrollo de los trabajos, actuaciones, servicios
o suministros incluidos en el contrato.
Emisiones a la atmósfera y acústicas.- El adjudicatario queda obligado a notificar a
LIPASAM con la suficiente antelación de cualquier posible emisión a la atmósfera o
generación de ruidos, olores, vibraciones o afecciones al suelo que pudieran resultar
molestos durante su trabajo en instalaciones bajo la responsabilidad de LIPASAM, así
como minimizar los efectos de estos impactos.
Incidentes.- El adjudicatario comunicará cualquier situación incidental que pudiera
aparecer durante los trabajos de forma inmediata a LIPASAM, a fin de que ésta pueda
tomar las medidas oportunas. En cualquier caso, el adjudicatario responderá de los
incidentes ambientales que cause.
Implantación de medidas de ahorro energético.- El adjudicatario implantará medidas
de ahorro energético y la utilización, cuando sea posible, de energías renovables.
Coste para LIPASAM.- En ningún caso la ejecución correcta de las responsabilidades
ambientales por parte del contratista podrá generar a LIPASAM un coste no previsto
explícitamente por contrato.
Formación del personal.- El adjudicatario se responsabiliza de que todo el personal
implicado en su contrato con LIPASAM tenga la formación adecuada, está correctamente
informado del trabajo a realizar, incluidas las posibles situaciones incidentales. Si se
requiriera formación específica, ésta estará suficientemente documentada.
Exigencia de documentación.- LIPASAM podrá exigir en cualquier momento al
adjudicatario, a partir del momento de la adjudicación, copia de la documentación que
demuestre el cumplimiento de las cláusulas que considere oportuno. El incumplimiento de
esta cláusula por parte del adjudicatario facultará a LIPASAM a rescindir el contrato.
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Reparación de daños.- El adjudicatario se compromete a reparar las consecuencias de
cualquier incidente o accidente ambiental que por su inadecuada actuación o mera
negligencia pueda generar durante el desarrollo del contrato. Se valorará positivamente la
existencia y vigencia de un seguro que incluya la cobertura de los posibles riesgos
ambientales, accidentes o incidentes, relacionados con los trabajos objeto de la
contratación.
17.4.- Obligaciones complementarias exigibles al contratista
El contratista vendrá obligado a cumplir:
17.4.1.- Representante del contratista y coordinación con LIPASAM
El contratista deberá designar un representante técnico cualificado, con el carácter de
responsable del servicio, que esté al frente del equipo, y actúe como representante de la
entidad adjudicataria ante LIPASAM, con la finalidad de coordinar el servicio objeto del
presente contrato.
A estos efectos, el contratista deberá designar un responsable técnico del servicio, que
debe estar localizable durante las 24 horas del día, todos los días naturales del año.
El Técnico del servicio del contratista será el interlocutor directo con el Responsable del
contrato de LIPASAM.
17.4.2.- Informes periódicos
El contratista, en el plazo máximo de los 10 días naturales siguientes a cada mes
vencido, elaborará y remitirá a LIPASAM un informe donde incluirá cada una de los
trabajos realizados.
En el mismo se reflejarán las actuaciones realizadas, el centro donde se han realizado,
especialidad de cada actuación, una breve descripción de la misma, las incidencias
encontradas, así como cualquier otra incidencia o consideración que estime
conveniente incluir para la mejora del servicio objeto del contrato.
En el caso de que durante la realización de los servicios contratados el contratista
detecte una incidencia de carácter grave, lo pondrá inmediatamente en conocimiento de
LIPASAM, a fin de proceder a realizar las correcciones que procedan.
Toda la información y documentación incluida en este pliego de condiciones deberá ser
remitida formalmente a LIPASAM, no pudiendo ser sustituida por documentos
incorporados en la página web del adjudicatario, con acceso restringido a clientes.
17.4.3.- Partes de trabajo y albaranes
El contratista entregará diariamente al responsable del taller de cada Parque Auxiliar o
en su defecto al capataz/encargado del servicio de LIPASAM los partes de trabajo de
cada actuación desarrollada, se debe prestar especial atención a la cumplimentación
de los mismos. Estos deben ser legibles y comprensibles, carentes de tachaduras,
debiéndose identificar al responsable del servicio ejecutado, los operarios que han
intervenido, así como cualquier incidencia detectada durante la aplicación y/o inspección.
Al menos deberá incluir la siguiente información:
- Fecha de ejecución de intervención.
- Tipo de servicio prestado
- Vehículos sobre los que se ha actuado
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- Descripción de la actuación realizada.
- Tiempo empleado.
- Centro donde se ha llevado a cabo la actuación
Los partes de trabajo o certificados para ser considerados válidos por LIPASAM,
deberán estar firmados tanto por el responsable del edificio/instalación designado por
LIPASAM para la supervisión y control de los trabajos efectuados, como por el
responsable del equipo de la empresa contratista prestataria del servicio, de forma que
pueda identificarse claramente a ambos, indicando nombre y Nº de empleado y/o D.N.I.
El contratista presentará previo a la facturación cuantos albaranes procedan,
especificando al menos las características del trabajo realizado, importe de los mismos
y pedido al que corresponde el mismo.
17.4.4.- Cumplimiento de Instrucciones Técnicas de LIPASAM.
El contratista deberá cumplir, mediante su aplicación directa o supletoria y en todo
momento las instrucciones, procedimientos y protocolos establecidos por LIPASAM para
las empresas externas que realicen actividades en los edificios e instalaciones de
LIPASAM, en especial y sin carácter excluyente las siguientes:
- IT/SP/4.4.6.11 Instrucción sobre el procedimiento de coordinación de actividades
empresariales.
- IT/CA/13.01 Instrucción sobre compras sostenibles.
- IT/SP/4.4.6.1 Procedimiento de adquisición o transferencia de equipos de trabajo,
productos químicos y equipos de protección.
-IT/SP/4.4.6.2 Procedimiento diseño de lugares de trabajo, procesos, instalaciones y
equipos.
Cualquier otra instrucción interna de LIPASAM de aplicación, directa o supletoria, cuya
aprobación sea posterior a la formalización de este contrato.
18. ABONO DEL PRECIO
La persona contratista tendrá derecho al abono del precio del suministro efectivamente
realizado con arreglo a las condiciones establecidas en el contrato.
La facturación correspondiente a los servicios efectivamente prestados se realizará por
mensualidades “a mes vencido” y en el concepto de la misma vendrá desglosado cada
tipo de servicio realizado, pudiendo ser estos los siguientes:
•
Servicios de mantenimiento preventivo programados en los Pliegos: Se facturará
una doceava parte del importe de adjudicación para este tipo de servicios.
•
Servicios de mantenimiento preventivo no programados en los Pliegos: Se
facturarán los servicios que efectivamente se hayan demandado y ejecutado en
ese mes.
•
Servicios de mantenimiento correctivo: Se facturarán los servicios que
efectivamente se hayan demandado y ejecutado en ese mes.
•
Coste mensual correspondiente a los materiales suministrados: Estos gastos se
facturarán con la descripción e importe unitario de todos los conceptos
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facturados, anexando a la factura informe descriptivo de los gastos ocasionados
por intervención y
tipo de servicio en que se ha ejecutado (preventivo o
correctivo).
Todas las facturas sin excepción irán dirigidas al REGISTRO DE LIPASAM, con domicilio
en calle Virgen de la Oliva, s/n, C.P. 41011 de SEVILLA o a la dirección de correo
electrónico [email protected], teniendo en cuenta que para poder
utilizar este sistema electrónico, las facturas han de venir acompañadas del certificado
correspondiente que las autentique.
Una vez finalizado el trabajo o servicio, el pago se realizará mediante transferencia
bancaria con vencimiento a 60 días desde la fecha del registro de entrada de la factura,
en el día establecido como día de pago a la conclusión del vencimiento (actualmente el
día 15), siendo el único día de pago cada mes.
19. MODIFICACIÓN DEL CONTRATO
Una vez perfeccionado el contrato, sólo se podrán introducir modificaciones en el mismo
por razones de interés público y para atender a causas imprevistas, justificándose
debidamente su necesidad en el expediente. Estas modificaciones no podrán afectar a
las condiciones esenciales del contrato.
En el caso de que las decisiones que adopte LIPASAM respecto del desarrollo del
servicio, carezcan de trascendencia económica el contratista no tendrá derecho a
indemnización por razón de los mismos.
Sin perjuicio de los supuestos previstos en el artículo 107 del TRLCSP, el contrato
podrá ser objeto de modificación, de acuerdo con lo dispuesto en la Disposición Adicional
34ª del TRLCSP en relación con el artículo 106 del mismo texto legal, con un incremento
de hasta el 20% por ciento del presupuesto de adjudicación del contrato para satisfacer
las necesidades reales de los servicios objeto del contrato.
En cualquier caso, será necesaria la oportuna propuesta de modificación del contrato
integrada por los documentos que justifiquen, describan y valoren aquélla, la aprobación
por el órgano de contratación previa audiencia del contratista.
20. EXTINCIÓN DEL CONTRATO
El contrato se extingue por cumplimiento o por resolución.
20. 1. Extinción por cumplimiento del contrato
El contrato se extingue por el cumplimiento por parte de la persona contratista de la
totalidad de la prestación o suministro, de acuerdo con los términos establecidos en el
mismo.
20. 2. Extinción por resolución del contrato
Es causa de resolución del contrato el incumplimiento de las obligaciones establecidas en
el presente pliego de condiciones y sus anexos.
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Asimismo, se resolverá el contrato, considerándose a todos los efectos como supuestos
de resolución por culpa de la persona contratista:
a) El incumplimiento de la obligación de guardar sigilo establecida en este pliego de
condiciones.
b) La incursión de la persona contratista, durante la vigencia del contrato, en alguna
de las prohibiciones de contratar señaladas en la normativa vigente o en
incompatibilidad, sin la obtención inmediata de la correspondiente compatibilidad.
c) Cometer una infracción calificada como muy grave.
d) La muerte o incapacidad temporal o definitiva sobrevenida del Contratista
individual en los casos en los que no fuera posible la continuación del objeto del
contrato por parte de sus herederos o sucesor legal.
e) La extinción de la personalidad jurídica de cualquiera de las partes.
En caso de afectar al contratista se exceptúan los casos de fusión de empresas
en las que participe la sociedad contratista, en los que continuará el contrato
vigente con la entidad absorbente o con la resultante de la fusión, que quedará
subrogada en todos los derechos y obligaciones dimanantes del mismo.
Igualmente, en los supuestos de escisión, aportación o transmisión de empresas
o ramas de actividades de las mismas, continuará el contrato con la entidad
resultante o beneficiaria, que quedará subrogado en los derechos y obligaciones
dimanantes del mismo, siempre que tenga la solvencia exigida al acordarse la
adjudicación.
f)
La declaración de concurso o la declaración de insolvencia en cualquier otro
procedimiento de cualquiera de las partes, en los supuestos permitidos, en su
caso, por la legislación concursal.
g) El incumplimiento reiterado de las obligaciones frente a la Seguridad Social o
en materia de prevención de riesgos laborales, en especial el incorporar
personal al servicio sin estar de alta en la Seguridad Social.
h) La no formalización del contrato en la forma prevista en el pliego de condiciones
de la licitación.
i)
La falta de la constitución de la garantía definitiva por parte del adjudicatario del
contrato.
j)
El mutuo acuerdo de las partes.
k) Falsear datos en las
obligados a presentar.
l)
certificaciones, como en los informes periódicos o no,
Por las causas específicamente establecidas en la documentación que rige la
licitación.
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m) La no adscripción durante toda la duración del contrato de los medios humanos y
materiales mínimos establecidos como condición de ejecución del contrato o los
efectivamente ofertados que superen los anteriores, cuando se excedan los
límites a efectos de penalizaciones previstas en esta pliego de condiciones.
De producirse cualquiera de estas causas, en los términos establecidos, conllevará la
resolución del contrato, debiendo indemnizar la persona contratista a LIPASAM los
daños y perjuicios ocasionados, con los demás efectos que procedan conforme a la
normativa aplicable. El importe de la garantía responderá de todo ello, en cuanto
alcance, y sin perjuicio de la subsistencia de la responsabilidad de la persona contratista
en lo que se refiere al importe que exceda del de la garantía, en su caso.
21. PROPIEDAD INDUSTRIAL, CONFIDENCIALIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS DE
CARÁCTER PERSONAL
21.1 Propiedad Intelectual.
Los estudios y documentos que se elaboren en ejecución del contrato serán propiedad
de LIPASAM que podrá reproducirlos, publicarlos y divulgarlos total o parcialmente sin
que pueda oponerse a ello el adjudicatario autor de los trabajos.
El adjudicatario no podrá hacer ningún uso o divulgación de los estudios y documentos
elaborados con motivo de la ejecución del contrato, bien sea en forma total o parcial,
directa o extractada, sin autorización expresa del Órgano de Contratación.
Por lo que respecta a los derechos de propiedad intelectual de los programas
informáticos (si los hubiere): la cesión a LIPASAM de los derechos de propiedad
intelectual serán, al menos, todos aquellos que correspondan a la licencia del software
precisos para poder implementar y utilizar el objeto de esta licitación.
21.2.-Confidencialidad.
El Contratista se compromete a:
a)
Guardar el debido sigilo respecto de los datos o antecedentes que, no siendo
públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del Contrato, y de los que
tenga conocimiento con ocasión de éste;
b)
Garantizar la confidencialidad e integridad de los datos manejados y de la
documentación facilitada:
c)
Guardar la estricta confidencialidad sobre situaciones o procedimiento que
puedan ser conocidos en el desempeño del servicio contratado, dicha
obligación se prorrogará durante los cinco (5) años siguientes a la de la
terminación de los trabajos y servicios.
d)
No utilizar por sí ni proporcionar a terceros dato alguno en relación con los
trabajos y servicios contratados, ni publicar total o parcialmente el contenido de
los mismos, sin autorización escrita de LIPASAM, excepción hecha de los
casos impuestos por ley;
e)
Devolver toda la documentación e información de LIPASAM de la que disponga
para la realización de sus trabajos y servicios una vez finalizados estos, y, en
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todo caso, a la terminación del Contrato, sin que el Contratista pueda conservar
copia alguna en su poder.
Sin perjuicio de las obligaciones expresadas en el apartado anterior el Contratista y sus
colaboradores o empleados se obligan a guardar el debido secreto profesional con las
responsabilidades inherentes a su cumplimiento.
Por su parte LIPASAM respetará el carácter confidencial de los datos facilitados por el
Contratista.
21.3.- Protección de datos de carácter personal.
En la medida en que el Contratista deba acceder a tratar cualquier dato de carácter
personal por cuenta de LIPASAM para ejecutar las prestaciones previstas en este
Contrato, el Contratista se compromete:
a)
A no utilizar los datos personales tratados por cuenta de LIPASAM con otra
finalidad distinta a la de dar cumplimiento a lo dispuesto en este Contrato y a
las instrucciones que reciba de LIPASAM en cada momento.
b)
A no comunicar, ceder o transferir de cualquier forma, ni siquiera para su
conservación, los datos personales a terceros y a tratarlos de forma
confidencial.
c)
A cumplir todas las medidas de seguridad que le imponga LIPASAM cuando
ejecute las prestaciones previstas en este Contrato, implementar las medidas
de seguridad que sean exigidas por la legislación aplicable y cualesquiera
medidas adicionales de carácter técnico, administrativo, informativo u
organizativo que resulten necesarias para cumplir con los requisitos legales
sobre protección de datos de carácter personal en vigor en cada momento y,
en particular a garantizar la seguridad e integridad de tales datos y su
protección frente a alteraciones, pérdidas, tratamientos o accesos no
autorizados. A estos efectos el Contratista faculta expresamente a LIPASAM
para que, bien con sus propios servicios, bien por auditores externos, pueda
en todo momento verificar el correcto cumplimiento de esta obligación;
d)
A la terminación de los trabajos y servicios objeto de este Contrato por
cualquier causa, devolver a LIPASAM, todos los datos personales tratados, al
igual que cualquier soporte o documentos en que consten cualesquiera datos
personales y destruir cualquier copia de dichos datos que obre en su poder;
e)
A cumplir con las disposiciones legales al efecto y, en especial con la Ley
Organica15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter
Personal (“LOPD”) y el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre
, que
establece el Reglamento de medidas de seguridad de los ficheros
automatizados que contengan datos de carácter personal.
El Contratista reconoce que los datos que pudieran ser tratados por él, como
consecuencia de los trabajos y servicios prestados, son de responsabilidad exclusiva de
LIPASAM.
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En cumplimiento de lo dispuesto en la LOPD, cada una de las partes informa a la otra
parte de que los datos personales de los representantes, empleados u otras personas
físicas que actúen en nombre o por cuenta de la otra parte y que le sean facilitados por la
otra parte, serán tratados e incorporados a ficheros de los cuales la parte receptora es
responsable, a los efectos del desarrollo, control y registro de la relación contractual.
El titular de los datos personales, en los términos previstos en la normativa aplicable,
tiene derecho a conocer, rectificar o cancelar cualquiera de los datos personales
integrados en el fichero del Contratista o de LIPASAM, según proceda, poniéndose en
contacto con el respectivo responsable por escrito en su sede social.
Cada una de las partes se obliga a que, con anterioridad a prestación continuada de
servicios, cualquier dato de carácter personal de cualquier persona física involucrada en
la ejecución de este Contrato (distinto de sus representantes debidamente autorizados
que firman en su nombre y representación este Contrato y que quedan por el presente
informados de las circunstancias del tratamiento de datos que efectuará la otra Parte,
prestando en este acto su consentimiento), habrá cumplido con los requisitos aplicables
para la cesión de los datos personales de tal persona física para las finalidades aquí
indicadas, informándola en particular del contenido de lo previsto en los apartados
anteriores. Cada una de las partes será responsable y mantendrá indemne a la otra parte
de cualquier daño y perjuicio de cualquier naturaleza que la otra parte pudiera sufrir por el
incumplimiento por parte de la primera obligación anterior o, en general, de sus
obligaciones legales en materia de protección de datos.
22. CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN
El adjudicatario no podrá ceder, sin autorización previa y expresa de LIPASAM, a un
tercero los derechos y obligaciones dimanantes del contrato. En todo caso deberán
cumplirse las previsiones establecidas al respecto en el TRLCSP.
Las prestaciones han de ser ejecutadas directamente por el contratista, sin que quepa
subcontratación, salvo autorización previa y expresa de LIPASAM.
El contratista vendrá obligado a poner en conocimiento de LIPASAM con carácter previo
cualquier subcontratación con carácter provisional, temporal o permanente que pretenda
llevar a efecto, considerándose permanente cualquier subcontratación superior a 3
meses.
El contratista comunicará a LIPASAM la parte de la prestación que pretenda subcontratar
y la identidad del subcontratista y justificando suficientemente la aptitud de este para
ejecutarla por referencia a los elementos técnicos y humanos de que dispone y su
experiencia.
LIPASAM podrá oponerse a dicha subcontratación si considerase que la misma pudiera
llegar a producir un deterioro significativo en la prestación del servicio.
LIPASAM podrá establecer en estos supuestos las garantías adicionales que considere
necesarias y oportunas.
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PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS Y ADMINISTRATIVAS
PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO
PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE LOS TRICICLOS ELÉCTRICOS
DE LA FLOTA DE LIPASAM C.E.- 14/2016
IV- JURISDICCIÓN
23. JURISDICCIÓN COMPETENTE
Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación, ejecución cumplimiento
modificación y resolución de este contrato quedarán sometidas al conocimiento de la
jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles del orden civil, sometiéndose las
partes expresamente a la competencia territorial de los juzgados y tribunales de Sevilla
capital, renunciado el contratista a cualquier fuero, jurisdicción o competencia territorial
que le corresponda.
B. PRESCRIPCIONES TECNICAS
1. PRESCRIPCIONES TÉCNICAS DEL SERVICIO A PRESTAR
Los servicios a ofertar deben contemplar la prestación del servicio de mantenimiento
preventivo y correctivo de la flota de 204 vehículos triciclos eléctricos de LIPASAM
1.1.- Mantenimiento preventivo programado.
Para el mantenimiento preventivo programado se definen en la tabla adjunta las
operaciones de mantenimiento tanto mecánico como eléctrico, con especificación de la
frecuencia de ejecución y tiempos de ejecución unitarios:
PLAN DE MANTENIMIENTO
PREVENTIVO
CADA 2
MESES
FRECUENCIA
CADA 6
CADA 12
MESES
MESES
TIPO A
TIPO B
TIEMPO
MINUTOS
TIPO C
OPERACIONES DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO MECÁNICO
Ajustar la dirección
Apretar radios
X
Chequear desgaste pastillas de frenos
X
X
5
X
X
30
X
X
2
Tensar cables de freno
Comprobar y ajustar presión de
neumáticos
X
X
X
10
X
X
X
3
Realizar engrase de cadena y piñones
X
X
X
2
Realizar engrase manetas de freno
X
X
X
2
X
40
X
X
5
X
X
15
Verificar estado de rodamientos
X
X
5
Realizar engrase de dirección
X
X
8
Realizar engrase guía de batería
Realizar cambio de cadena primaria y
secundaria
X
X
5
X
30
X
15
Realizar cambio de cables de frenos
Realizar apriete de bielas
Realizar apriete general de tornillería
Realizar limpieza general
X
X
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X
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PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO
PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE LOS TRICICLOS ELÉCTRICOS
DE LA FLOTA DE LIPASAM C.E.- 14/2016
OPERACIONES DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO ELÉCTRICO
Verificar los conectores del controlador
X
X
X
5
Ajustar el sensor de pedaleo
X
X
X
2
Comprobar los conectores de la batería
X
X
X
2
Verificar estado instalación eléctrica
X
X
X
5
X
X
15
Realizar limpieza de conectores eléctricos
En el importe de dichas operaciones se incluyen tanto los desplazamientos a los centros
de trabajo de LIPASAM, como la mano de obra.
Los materiales que se precisen como consecuencia de averías detectadas durante las
operaciones de mantenimiento preventivo se facturarán de acuerdo a la tabla de
precios ofertados o en su caso a la tabla de precios máximos incluida en el punto
B.2.3 de este Pliego. Para estas operaciones se precisará la autorización expresa de
los responsables del taller de LIPASAM.
Todas las operaciones objeto de este contrato tendrán una garantía de 6 meses como
mínimo, tanto de mano de obra como de materiales
Cada empresa deberán incluir en su oferta descripción de completa de las características
técnicas, naturaleza y composición de los materiales empleados para la reparación.
1.2.- Mantenimiento preventivo no programado.
En caso de que LIPASAM requiera alguna operación de mantenimiento preventivo no
programado, al margen de las frecuencias incluidas en el Plan de mantenimiento
preventivo (tabla del punto B.1.1) el adjudicatario vendrá obligado a prestarlas en las
mismas condiciones establecidas en este pliego, no pudiendo superar los tiempos e
importes unitarios siguientes:
TIEMPO
PRECIO
MINUTOS
MÁXIMO
MANTENIMIENTO PREVENTIVO MECÁNICO
OPERACIONES A REALIZAR
Ajustar la dirección
5
1,67 €
Apretar radios
30
10,00 €
Chequear desgaste pastillas de frenos
2
0,67 €
Tensar cables de freno
Comprobar y ajustar presión de
neumáticos
10
3,33 €
3
1,00 €
Realizar engrase de cadena y piñones
2
0,67 €
Realizar engrase manetas de freno
2
0,67 €
Realizar cambio de cables de frenos
40
13,33 €
Realizar apriete de bielas
5
1,67 €
Realizar apriete general de tornillería
15
5,00 €
Verificar estado de rodamientos
5
1,67 €
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PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO
PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE LOS TRICICLOS ELÉCTRICOS
DE LA FLOTA DE LIPASAM C.E.- 14/2016
Realizar engrase de dirección
8
2,67 €
Realizar engrase guía de batería
Realizar cambio de cadena primaria y
secundaria
5
1,67 €
30
10,00 €
Realizar limpieza general
15
5,00 €
MANTENIMIENTO PREVENTIVO ELÉCTRICO
Verificar conectores del controlador
5
1,67 €
Ajustar sensor de pedaleo
2
0,67 €
Comprobar conectores de batería
2
0,67 €
Verificar estado de instalación eléctrica
5
1,67 €
Limpiar conectores eléctricos
15
5,00 €
Estas operaciones serán facturadas de forma
mantenimiento preventivo programado.
independiente
a la facturación del
En el importe de dichas operaciones se incluyen tanto los desplazamientos a los centros
de trabajo de LIPASAM, como la mano de obra.
Los materiales que se precisen como consecuencia de averías detectadas durante las
operaciones de mantenimiento preventivo se facturarán de acuerdo a la tabla de
precios ofertados o en su caso a la tabla de precios máximos incluida en el punto
B.2.3 de este Pliego. Para estas operaciones se precisará la autorización expresa de
los responsables del taller de LIPASAM.
Todas las operaciones objeto de este contrato tendrán una garantía de 6 meses como
mínimo, tanto de mano de obra como de materiales
1.3.- Mantenimiento correctivo
Para el mantenimiento correctivo se establecen las siguientes “reparaciones tipo”, así
como los precios unitarios máximos en base a la experiencia obtenida desde la
adquisición de los vehículos, siendo estas las siguientes sin carácter excluyente de
cualquier otro tipo de reparación que pueda surgir:
REPARACIONES TIPO CON MATERIAL INCLUIDO
Reparación de pinchazo
Sustitución de guardabarros
Sustitución de timbre
Sustitución de espejo
Sustitución de muelle de dirección
Sustitución de neumático
Sustitución del conjunto tensor de cadena primario
Reprogramación de display
Sustitución de fusible de batería
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10,00 €
11,00 €
2,10 €
8,06 €
4,20 €
11,04 €
13,50 €
5,50 €
3,20 €
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PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO
PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE LOS TRICICLOS ELÉCTRICOS
DE LA FLOTA DE LIPASAM C.E.- 14/2016
Sustitución de controlador
Sustitución de llanta
Sustitución de luz delantera
Sustitución de luz trasera
Sustitución de rodamiento trasero
Sustitución de guía escoba
Sustitución de cadena primaria
Sustitución de cadena secundaria
Sustitución de pastillas de freno V-Brake
Sustitución de pastillas de freno trasero
Sustitución de cable de freno
Sustitución de disco de freno
Sustitución de cable de motor
Sustitución de sillín
Sustitución de Pedalier
Sustitución de Horquilla
Sustitución de piñón secundario
Sustitución de piñón de arrastre
sustitución de cableado luces
Sustitución de cubrecadena
Sustitución de maneta de freno
Sustitución de juego de pedales
Sustitución de velcro de freno mano
Sustitución de juego de puños
Sustitución de muelle tensor de cadena
Sustitución de abrazadera display
Sustitución de motor delantero
Sustitución de fondo de Llanta
Mano de obra (€/hora) ) para avería no contempladas en
reparaciones tipo
56,30 €
26,90 €
13,20 €
13,30 €
19,53 €
13,50 €
15,02 €
9,80 €
5,93 €
12,07 €
5,60 €
18,29 €
34,10 €
13,71 €
17,63 €
23,00 €
18,84 €
9,77 €
12,50 €
11,62 €
13,26 €
7,20 €
1,50 €
5,97 €
3,96 €
9,90 €
153,43 €
6,49 €
20,00 €
Se reitera que en el importe informado para cada tipo de reparación se incluyen tanto
los desplazamientos a los centros de trabajo de LIPASAM, como la mano de obra y los
materiales necesarios para prestar el servicio de mantenimiento contratado.
Todas las reparaciones objeto de este contrato tendrán una garantía de 6 meses como
mínimo, tanto de mano de obra como de materiales
En caso de ser preciso realizar una reparación no incluida en la tabla de “reparaciones
tipo” LIPASAM podrá solicitar oferta específica al adjudicatario, que tras ser aprobada
deberá ser ejecutada de acuerdo a los criterios establecidos en este pliego.
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PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO
PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE LOS TRICICLOS ELÉCTRICOS
DE LA FLOTA DE LIPASAM C.E.- 14/2016
2.- ASISTENCIA TÉCNICA Y SERVICIO POSTVENTA
2.1.-Mantenimiento preventivo.
El adjudicatario presentara en el plazo de 7 días desde la firma del contrato,
planificación anual, con especificación de fecha y parque, del mantenimiento preventivo
planificado.
El adjudicatario presentará a LIPASAM, antes del día 15 de cada mes, relación
mensual con los vehículos que serán objeto de mantenimiento preventivo en el mes
siguiente, identificando al menos, fecha, número de vehículo y parque al que están
adscritos.
El servicio de mantenimiento preventivo ha de prestarse como máximo en el día
programado en la relación mensual aportada por el adjudicatario.
Por razones de servicio LIPASAM podrá modificar la fecha propuesta
adjudicatario, notificándolo al menos con antelación de 24 horas.
por el
El adjudicatario remitirá a LIPASAM, antes del día 10 de cada mes, informe mensual
donde se especifique el resultado de los mantenimientos preventivos ejecutados, todo
ello con la finalidad de realizar mejoras en los planes de mantenimiento y aumentar la
disponibilidad de la familia de vehículos.
Los mantenimientos preventivos preferentemente se realizarán en turno de tarde, salvo
indicación expresa de LIPASAM.
2.2.- Mantenimiento correctivo
El mantenimiento correctivo debe prestarse como máximo en el plazo de 24 horas
desde la comunicación que realice LIPASAM, esta comunicación se realizará
preferentemente a través de correo electrónico desde los distintos parques auxiliares.
La resolución de la averías no podrá dilatarse más de 48 horas desde el inicio de los
trabajos por parte del adjudicatario.
El adjudicatario remitirá a LIPASAM, antes del día 10 de cada mes, informe mensual
donde se especifique el resultado de los mantenimientos correctivos ejecutados, con la
finalidad de detectar averías recurrentes, así como proponer mejoras en base a dichos
informes y disminuir la indisponibilidad de la familia de vehículos por paradas no
planificadas.
Los mantenimientos correctivos preferentemente se realizarán en turno de tarde,
salvo indicación expresa de LIPASAM.
2.3- Recursos humanos y suministro de materiales.
El adjudicatario debe disponer de personal y stock mínimo de piezas de repuesto
suficientes para prestar el servicio objeto de este contrato, tanto para el mantenimiento
preventivo como para el mantenimiento correctivo.
En caso de que LIPASAM precise la adquisición de repuestos para los vehículos
objeto de este contrato el adjudicatario vendrá obligado a su suministro de acuerdo a la
siguiente tabla de precios máximos o en su caso la tabla de precios ofertados, que no
podrán superar en ningún caso la tabla de precios máximos por unidad.
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PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS Y ADMINISTRATIVAS
PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO
PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE LOS TRICICLOS ELÉCTRICOS
DE LA FLOTA DE LIPASAM C.E.- 14/2016
Id.
1
2
3
4
5
6
7
8
9
10
11
12
13
14
15
16
17
18
19
20
21
22
23
24
25
26
27
28
29
30
31
32
33
34
35
36
37
38
39
40
41
42
43
44
Descripción de repuestos
Abrazadera cierre rápido 31,8mm
Acelerador de gatillo
Anillo seeger I-35 DIN 472
Arandela dirección
Bisagra acero inoxidable en ángulo
Cabecilla radio
Cable de freno - caja 100 ud
Cadena simple 1/2" x 1/8" (081) ITC primaria
Cadena simple 1/2" x 1/8" (081) ITC secundaria
Cajón trasero
Cámara ruedas
Candado
Cartucho pedalier BSC eje 127 mm
Casquillo adapatador de dirección
Casquillo rodamientos
Casquillo separador buje trasero derecho
Casquillo separador buje trasero izquierdo
Casquillo separador tendor cadena
Catadióptricos para ruedas
Chapa protectora de la batería
Chapa tensor cadena
Chasis
Chaveta 4x4x6 DIN 6885A
Chaveta 6x6x12 DIN 6885A
Cierre pestillo de 1/4 vuelta 8 mm
Conjunto de bielas
Controlador 36 V Platinium II 15 A
Corona Z12 a buje
Corona Z13 a eje
Corona Z16 a buje
Corona Z16 a eje
Disco de freno
Eje de transmisión
Fondo de llanta
Funda cable freno con tope - caja 50 m
Goma cubo de basura
Guardabarros delantero
Guardabarros traseros
Horquilla 20"
Horquilla 24"
Juego de arandelas diámetro ext. 28,6mm 10mm alto
Juego de dirección 1 1/8"
Juego de pedales
Juegos de puños
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Precio
Máximo/Ud
2,93 €
19,58 €
1,00 €
0,41
2,44
0,05
0,12 €
6,00 €
3,00 €
92,00 €
2,73 €
2,25 €
4,52 €
9,9
18,36 €
3
3,8
3,6
0,40 €
76,00 €
1
595,00 €
0,92 €
0,92 €
5,65
9,50 €
46,44 €
17,50 €
18,00 €
9,35 €
9,35 €
10,26 €
18,00 €
1,75 €
0,47 €
0,50 €
9,75 €
6,88 €
33,44 €
19,19 €
4,50 €
6,82 €
3,24 €
2,96 €
Unidades/
vehículo
1
1
2
1
2
56
3
1
1
1
3
1
1
1
1
1
1
1
6
1
1
1
2
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
3
4
1
1
2
1
1
1
1
1
1
PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS Y ADMINISTRATIVAS
PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO
PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE LOS TRICICLOS ELÉCTRICOS
DE LA FLOTA DE LIPASAM C.E.- 14/2016
Kir eléctrico platinum II Batería CK de 15 Ah
Luz delantera 36V
Luz trasera 36V
Manetas de frenos corte circuito (par) Nitro
Manillar
Motor XF 36V 250W con llanta 20"
Muelle de dirección
Neumático
Pantalla LCD Kits Platinium
Papelera
Pinza de freno
Piñon Z16
Piñón Z20
Potencia variable
Protector de cadena
Radios
Remaches 4.8X10
Retrovisor
Rodamiento 3202-2RS
Rodamientos 6001 2RS
Rueda trasera derecha
Rueda trasera izquierda
Sensor de pedaleo + disco de imanes Platium
Sensor de velocidad
Set de batería CK 36V 15 Ah
Sillín
Soporte guardabarros derecho
Soporte guardabarros izquierdo
Soporte piñón libre
Tapones para tubo interior 27 mm
Tapones para tubo rectangular 70x40 mm
Tapones pasacables diámetro agujero 20 mm
Tensor de cadena
Tensor manetas
Terminal gomas de basura
Tija sillín diámetro 27,2mm
Timbre
Tope del cable de freno - bote 100 ud
Tornillo fijación de corona M6x25
Tuerca M12 buje trasero
V-Brake
86 Velcro de freno
45
46
47
48
49
50
51
52
53
54
55
56
57
58
59
60
61
62
63
64
65
66
67
68
69
70
71
72
73
74
75
76
77
78
79
80
81
82
83
84
85
Página 52 (de 65)
504,09 €
11,80 €
10,60 €
12,35 €
5,75 €
164,26 €
0,90 €
6,30 €
30,94 €
195,00 €
18,71 €
8,75 €
2,51 €
11,75 €
7,20 €
0,20 €
1,25 €
3,49 €
3,50 €
4,00 €
2,95
1
1
1
2
1
1
1
3
1
1
2
1
1
1
1
1
1
2
2
2
1
1
1
1
1
1
1
1
1
6
2
4
2
3
2
1
1
8
1
1
1
3
1
97,5
97,5
12,35 €
12,35 €
443,19 €
8,91 €
11,96
11,96
18,3
0,5
0,75
1
5,92
9,9
1
3,19
1,48 €
0,1
1,25 €
1,05 €
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PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO
PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE LOS TRICICLOS ELÉCTRICOS
DE LA FLOTA DE LIPASAM C.E.- 14/2016
3.- PROHIBICIONES EXPRESAS AL CONTRATISTA
Se prohíbe con carácter general cualquier actuación del contratista que vaya en
contra de las previsiones establecidas en este pliego de condiciones, y/o que produzca
un menoscabo en la calidad del servicio objeto del contrato.
Se prohíbe expresamente a la empresa contratista las actuaciones siguientes:
3.1. Trabajos particulares
Realizar trabajos particulares, no vinculados
materiales asignados al contrato.
al
contrato,
con vehículos y medios
3.2. Transporte personal ajeno
Transportar en los vehículos adscritos al contrato a personal ajeno al servicio que se
está prestando.
3.3. Tráfico y seguridad vial
Incumplir cualquier tipo de legislación vigente en materia de tráfico y seguridad vial.
3.4. Imagen del servicio
Deteriorar la imagen del servicio público a prestar por incorrecciones del personal
(vestuario, calzado, aseo, etc.) en su comportamiento con los ciudadanos en general o
con el personal de LIPASAM, así como entre los operarios del contratista.
3.5. Tratamiento de derrames
Producir derrames de residuos o lixiviados durante el trayecto del transporte de
materiales o residuos. Para ello cuidará especialmente el cerramiento y estanqueidad de
los contenedores para su transporte. En el caso de que se produjeran accidentalmente,
se procederá inmediatamente a su retirada y limpieza y se pondrá en conocimiento de
LIPASAM.
3.6. Medios de seguridad
Prestar el servicio careciendo de los elementos de seguridad necesarios.
3.7. Mantenimiento y limpieza
Mantener un estado general de los vehículos defectuoso o malo. Siempre que haya sido
detectada y comunicada por LIPASAM dicha incidencia al adjudicatario, éste estará
obligado a subsanarla en el plazo máximo de dos semanas.
Cualquier sanción administrativa de que sea objeto LIPASAM por cualquier motivo
(prevención, medioambiente, tráfico por exceso de carga y/o defectos en la
cumplimentación de documentos de expedición, etc.), relativo a incumplimientos en las
normativas vigentes, será repercutida al adjudicatario, y adicionalmente se le penalizará
con un importe igual a la cuantía de la sanción recibida por LIPASAM.
3.8. Personal
La explotación del servicio por personal distinto del contratista o la utilización por el
mismo de vehículos que no estén adscritos al contrato y/o que no estén matriculados
a nombre del contratista.
3.9. Afectación de medios
No tener afectos al servicio los vehículos y medios establecidos en el contrato.
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3.10. Horarios
Incumplir los horarios señalados en el Pliego de condiciones y el contrato. En caso de
incumplimiento reiterado de los horarios LIPASAM podrá aplicar una penalización acorde
con los gastos y sobrecostes de operación que se ocasionen.
3.11. Inspecciones
Negarse o resistirse a permitir la inspección de LIPASAM.
3.12. Falseamiento de documentación
Falsear la documentación relacionada con
contratista y en especial la contabilidad.
todos los elementos de
la
empresa
3.13. Seguros
No estar al corriente en el pago de las primas del seguro obligatorio de los vehículos y
otros seguros.
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PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE LOS TRICICLOS ELÉCTRICOS
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ANEXO I. OBJETO Y PRINCIPALES CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO
1. Objeto del contrato: El contrato tiene por objeto la contratación del servicio de
mantenimiento preventivo y correctivo de 204 triciclos eléctricos de la flota de
LIPASAM.
2.
Denominación del contrato: CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE
MANTENIMIENTO
PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE 204 TRICICLOS DE LA FLOTA DE LIPASAM
3.
4. Lotes a los que se puede licitar: No hay fraccionamiento del objeto en lotes.
5. Órgano de contratación: Comisión Ejecutiva de LIPASAM.
6. Tipo de expediente: No sujeto a regulación armonizada.
7. Presupuesto de licitación (IVA excluido): 103.100,00 euros
8. Valor estimado: 206.200,00 euros.
9. Revisión de precios: No procede la revisión de precios.
10. Forma y periodicidad de pago: Facturación contra pedido servido, conforme a lo
establecido en el pliego de condiciones.
11. Duración del contrato en meses: 12 meses.
12. Prórrogas: Una prórroga de 12 meses.
13. Procedimiento de adjudicación: Abierto.
14. Tramitación: Ordinaria.
15. Forma de acceso a los pliego de condiciones y a la documentación
complementaria: Acceso por medios electrónicos (a través de la Plataforma de
Contratación del Ayuntamiento de Sevilla).
16. Forma de envío del anuncio del contrato a la Comisión Europea: No aplica.
17. Plazo de presentación de ofertas: 20 días naturales contados desde la fecha de
publicación en la Plataforma de Contratación.
18. Garantía definitiva: 5% del precio de adjudicación.
19. Constitución de la garantía definitiva mediante retención en el precio: NO
procede.
20. Cesión y subcontratación del contrato: Procede en los términos y con las
condiciones y limitaciones establecidas en el presente pliego de condiciones.
21. Variantes o Mejoras: Sólo se admiten sobre los elementos determinados que
expresamente permita el pliego de condiciones.
22. Número de sobres a presentar por los licitadores: 3 sobres.
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ANEXO II . MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA
, con D. N. I.
D/Dª.
domicilio a efectos de notificaciones en
electrónico a efectos de comunicaciones
de
con CIF
número
, con
y dirección de correo
, actuando en nombre
, en calidad de
,
EXPONE
PRIMERO. - Que enterado de las condiciones y requisitos establecidos en el
procedimiento abierto seguido por LIPASAM para la adjudicación del contrato
referenciado, a cuya realización se compromete en su totalidad con estricta sujeción al
pliego de condiciones que se define, presenta la siguiente oferta:
CONCEPTO
Importe global anual*
para los servicios de
mantenimiento preventivo, incluido en el punto B.1.1 de
este pliego
(*)No serán válidas ofertas superiores a 48.100,00 €/año
Baja porcentual media del coste unitario de reparación a
aplicar a la relación de operaciones de mantenimiento
preventivo no programado y correctivo incluidos en
los punto B.1.2 y B.1.3 de este pliego.
Compromiso de baja porcentual media del coste de
materiales tomando como referencia la tabla del punto
B.2.3 de este pliego
IMPORTE
QQQQ€ (más
IVA)
QQQ..%
QQQ%
SEGUNDO. - En el precio se incluye el la entrega definitiva en las instalaciones de
LIPASAM.
TERCERO. - Que a todos los efectos debe entenderse que, dentro de la presente oferta
no ha sido comprendido el Impuesto sobre el Valor Añadido (I. V. A.) que legalmente
corresponda o pudiera corresponder de acuerdo a la normativa tributaria vigente en cada
momento.
CUARTO. - Que el Impuesto sobre el Valor Añadido (I. V. A.) que legalmente
corresponde de acuerdo a la normativa tributaria vigente es del ___ %, ascendiendo a la
cantidad de ________ euros.
QUINTO. - Que la presente oferta económica tendrá una validez de _____ meses.
(Lugar y fecha)
(Sello de la empresa y firma)
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PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO
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ANEXO III.
DECLARACIÓN RESPONSABLE DE NO ESTAR INCURSO EN
PROHIBICIÓN PARA CONTRATAR
D/Dª.
, con D. N. I.
domicilio a efectos de notificaciones en
electrónico a efectos de comunicaciones
de
con CIF
bajo su personal responsabilidad
número
, con
y dirección de correo
, actuando en nombre
, en calidad de
,
DECLARA y CERTIFICA
-
Tener plena capacidad de obrar y no estar incurso en las prohibiciones para contratar
previstas en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector
Público.
-
Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias (recibos de alta y
estar al corriente del pago, o exento del mismo, del Impuesto sobre Actividades
Económicas, certificaciones positivas que acrediten la no existencia de deudas con la
Administración del Estado y con la Comunidad Autónoma de Andalucía y el
Ayuntamiento de Sevilla) y con la Seguridad Social, impuestas por las disposiciones
vigentes.
-
No haber sido adjudicataria o haber participado en la elaboración de las
especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato, así como en
la ejecución de los contratos que tengan por objeto la vigilancia, supervisión, control y
dirección de la ejecución de obras e instalaciones, ni ser empresa vinculada a ellas,
entendiéndose por tales las que se encuentren en alguno de los supuestos previstos en
el artículo 42 del Código de Comercio.
-
De no formar parte de sus órganos de gobierno o administración persona alguna a las
que se refiere la Ley 5/2006, de 10 de abril, de Regulación de los Conflictos de
Intereses de los miembros del Gobierno y de los Altos Cargos de la Administración
General del Estado, la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del
Personal al Servicio de las Administraciones públicas, la Ley Orgánica 5/1985, de 19
de junio, del Régimen Electoral General, en los términos establecidos en la misma y la
Ley 3/2005, de 8 de abril, de Incompatibilidades de Altos Cargos de la Administración
de la Junta de Andalucía y de Declaración de Actividades, Bienes e Intereses de Altos
Cargos y otros Cargos Públicos.
(Lugar y fecha)
(Sello de la empresa y firma)
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ANEXO IV. AUTORIZACIÓN DE NOTIFICACIONES POR FAX Y/ O CORREO
ELECTRÓNICO
D/Dª.
, con D. N. I.
domicilio a efectos de notificaciones en
electrónico a efectos de comunicaciones
de
con CIF
bajo su personal responsabilidad
número
, con
y dirección de correo
, actuando en nombre
, en calidad de
,
DECLARA
que en el presente procedimiento las notificaciones de cualquier acto que se dicten en el
mismo y que se dirijan a la empresa UUU. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . podrán efectuarse por alguno de los
siguientes medios:
•
Por fax al nº :
•
Por correo electrónico a la dirección:
•
Teléfono de contacto para actuaciones inmediatas:
Entendiéndose que si el fax o el envío de correo electrónico resulta positivo, se
entenderá el acto notificado y surtirá todos los efectos previstos en el Real Decreto
Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, (TRLCSP en adelante) por el que se aprueba el
texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
(Lugar y fecha)
(Sello de la empresa y firma)
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ANEXO V. MODELO DE AVAL BANCARIO
(Entidad
bancaria
Avalista)
y en
su
nombre
y representación
D/Dª.
, con poderes suficientes para obligarle en este acto, según
resulta de la escritura de poder otorgada ante el Notario de
D/Dª.
en fecha
, con el número
, el día
de su protocolo, y bastanteado por la Asesoría Jurídica de
. -----------------------------------------------------------------------------------------AVALA
a
(ofertante), haciendo renuncia expresa de los beneficios de
excusión, orden y división, ante Limpieza Pública y Protección Ambiental, Sociedad
euros, en
Anónima Municipal (LIPASAM), por hasta la cantidad de
concepto de garantía definitiva para responder del cumplimiento de las obligaciones
derivadas de la adjudicación en el procedimiento de licitación conforme a la convocatoria
realizada por LIPASAM para contratar
.
(Entidad bancaria Avalista) se compromete a efectuar el pago de la
cantidad garantizada, a primer requerimiento por escrito de persona autorizada de
LIPASAM. -----------------------------------------------------------------------------------------------------Este aval tendrá validez en tanto no sea autorizada su cancelación por LIPASAM.
El presente aval ha sido inscrito en esta misma fecha en el Registro Especial de Avales con
el número.
En Sevilla, a
(Lugar y fecha)
(Sello y firma)
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ANEXO VI. DECLARACIÓN RESPONSABLE DE RENUNCIA A SU FUERO Y
SOMETIMIENTO A LA LEGISLACIÓN ESPAÑOLA Y LA JURISDICCIÓN DE LOS
JUZGADOS Y TRIBUNALES DE SEVILLA
, con D. N. I.
D/Dª.
domicilio a efectos de notificaciones en
electrónico a efectos de comunicaciones
con CIF
de
bajo su personal responsabilidad
número
, con
y dirección de correo
, actuando en nombre
, en calidad de
,
DECLARA
Que la empresa a la que representa se somete a la legislación común española y a la
jurisdicción española ordinaria y competencia territorial de los Juzgados y Tribunales de
la ciudad de Sevilla para todas las controversias, pleitos, cuestiones judiciales o
incidencias que, de modo directo o indirecto, puedan surgir en relación con la
preparación, adjudicación y ejecución de este contrato, con renuncia expresa al fuero
jurisdiccional y competencia territorial que les corresponda.
(Lugar y fecha)
(Sello de la empresa y firma)
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ANEXO VII.
TEMPORAL
DECLARACIÓN DE COMPROMISO DE CONSTITUCIÓN EN UNIÓN
, con D. N. I.
D/Dª.
domicilio a efectos de notificaciones en
electrónico a efectos de comunicaciones
con CIF
de (2)
, y
número
D/Dª.
, con D. N. I.
domicilio a efectos de notificaciones en
electrónico a efectos de comunicaciones
de
con CIF
número
, con
y dirección de correo
, actuando en nombre
,
en calidad de (1)
, con
y dirección de correo
, actuando en nombre
, en calidad de
,
se comprometen a constituir una unión temporal, de conformidad con lo establecido en el
Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, a efectos de participar en la
licitación para la contratación del expediente de referencia.
En el caso de resultar adjudicatarias se comprometen a formalizar en escritura pública la
citada unión. La participación en la unión temporal de cada miembro es la que sigue:
___________________ XX %.
___________________ XX %.
Como persona representante de la citada unión se nombra a
__________________________ (3).
(Lugar, fecha, firma)
(FIRMA DE CADA MIEMBRO DE LA
UTE).
(1) Apoderado/a,
administrador/a
único/a,
administradores/as mancomunados/as, etc.
(2) Indicar nombre de la empresa.
(3) Indicar nombre y cargo de la empresa.
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administrador/a
solidário/a,
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ANEXO VIII. DECLARACIÓN DE CONFIDENCIALIDAD
D/Dª.
, con D. N. I.
domicilio a efectos de notificaciones en
electrónico a efectos de comunicaciones
de
con CIF
número
, con
y dirección de correo
, actuando en nombre
, en calidad de
,
DECLARA
Que los documentos y datos presentados en el sobre nº __ se consideran de carácter
confidencial y son los que a continuación se relacionan:
(Lugar, fecha y firma)
(1) Indicar número de sobre, teniendo en cuenta que deberá presentarse, en su caso,
una declaración para el sobre nº 1 y otra declaración para el sobre nº 2.
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ANEXO IX. DECLARACIÓN RESPONSABLE SOBRE CONDICIONES ESPECIALES
DE COMPATIBILIDAD
, con D. N. I.
D/Dª.
domicilio a efectos de notificaciones en
electrónico a efectos de comunicaciones
con CIF
de
número
, con
y dirección de correo
, actuando en nombre
, en calidad de
,
DECLARA
No haber sido adjudicataria o haber participado en la elaboración de las especificaciones
técnicas o de los documentos preparatorios del contrato, por sí o mediante unión temporal
de empresas.
(Lugar, fecha y Firma)
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ANEXO X. DECLARACIÓN SOBRE LA PROMOCIÓN DE IGUALDAD DE GÉNERO
D/Dª.
, con D. N. I. número
domicilio a efectos de notificaciones en
electrónico a efectos de comunicaciones
de
con CIF
, bajo su responsabilidad
, con
y dirección de correo
, actuando en nombre
,
en calidad de
DECLARA
Que de conformidad con la Ley 12/2007, de 26 de noviembre para la Promoción de la
Igualdad de Género de Andalucía (BOJA de 31 de diciembre), la empresa a la que
representa desarrolla medidas destinadas a lograr la igualdad de oportunidades, tales como
las indicadas:
Marca de Excelencia de Distintivo Empresarial de Igualdad.
Convenio suscrito al Programa Planes de Igualdad de empresas (IGUALEM).
Medidas de Conciliación de la vida personal, familiar y laboral.
Elaboración y aplicación de un Plan de Igualdad en la Empresa.
Representación equilibrada de mujeres y hombres en los grupos y categorías
profesionales.
Medidas de acción positiva en el acceso al empleo y en la promoción profesional en los
niveles en los que las mujeres estén subrepresentadas.
Garantizar la igualdad de retribución por trabajos de igual valor.
Implantación de medidas adecuadas de prevención y sanción contra la violencia de
género, acoso sexual y por razón de sexo.
Implementación de actuaciones de responsabilidad social en materia de igualdad de
oportunidades.
La empresa se compromete a facilitar los datos que LIPASAM considere necesarios para
acreditar la veracidad de esta declaración.
(Lugar, fecha y firma)
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ANEXO XI.
DECLARACIÓN RESPONSABLE DEL CUMPLIMIENTO DE LA
NORMATIVA AMBIENTAL DE APLICACIÓN
DUUUUUUUUUUUUUUUUUUUUUUUUUUUUUUUUUU.
con D.N.I............................... en representación de la
Empresa........................................................................, con domicilio social
enUUUUUUUUUUUUUUUUUUUUU..U..........................................................
...............................................................................................................
Código postal......................., teléfono............................. y C.I.FUUUUUUUU
Declara
Que cumple con la normativa ambiental que le es de aplicación
Que durante la ejecución del contrato, se compromete al cumplimiento de la
normativa ambiental que le sea de aplicación
Firma
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