LA GACETA N° 211 de la fecha 03 11 2016

Firmado
CARLOS digitalmente
CARLOS
ALBERTO por
ALBERTO
RODRIGU RODRIGUEZ
PEREZ (FIRMA)
EZ PEREZ Fecha:
(FIRMA) 2016.11.02
15:01:32 -06'00'
La Uruca, San José, Costa Rica, jueves 3 de noviembre del 2016
AÑO CXXXVIII
Nº 211
52 páginas
Pág 2
La Gaceta Nº 211 — Jueves 3 de noviembre del 2016
CONTENIDO
Pág
Nº
PODER EJECUTIVO
Acuerdos................................................................... 2
Resoluciones........................................................... 15
DOCUMENTOS VARIOS...................................... 16
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
Edictos..................................................................... 26
Avisos...................................................................... 27
CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA............... 28
INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS........ 31
RÉGIMEN MUNICIPAL........................................ 40
AVISOS..................................................................... 41
NOTIFICACIONES................................................ 47
FE DE ERRATAS.................................................... 52
PODER EJECUTIVO
ACUERDOS
PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
Nº 0080-2016-SE-RE
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
De conformidad con los artículos 140 inciso 12 y 146 de la
Constitución Política de la República de Costa Rica, los artículos 18
y 19 del Estatuto del Servicio Exterior de la República y el artículo
41 del Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior de la República.
Considerando:
I.—Que se sometió al Concurso para él Servicio Exterior de la
República, número CCSE;C-002-2016 del 13 de mayo del 2016, la
plaza de Ministro Consejero en la Misión Permanente de Costa Rica
ante la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la
Ciencia y la Cultura, en Francia.
II.—Que el señor Ministro de Relaciones Exteriores y Culto
mediante resolución DM-284-2016 del 05 de mayo del 2016, designó
en el cargo de Ministro Consejero, en promoción, en la Misión
Permanente de Costa Rica ante la Organización de las Naciones
Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura en Francia, al
Tercer Secretario de carrera diplomática, señor Olger Adonai Arias
Sánchez, cédula de identidad N° 5-0261-0270. Por tanto,
ACUERDAN
Artículo 1º—Rotar al Tercer Secretario de carrera diplomática,
seriar Olger Adonai Arias Sánchez, cédula de identidad N° 5-02610270, de su cargo en el Servicio Interno al cargo de Ministro
Consejero, en promoción, en la Misión Permanente de Costa Rica
ante la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la
Ciencia y la Cultura, en Francia, a partir del 01 de agosto del 2016.
Artículo 2º—La persona designada en este cargo debe asumir
funciones en un plazo máximo de 60 días naturales, período en
el que deberá recibir la inducción respectiva, ajustándose a las
normas laborales del Servicio Interno del Ministerio de Relaciones
Exteriores y Culto.
Artículo 3º—Rige a partir del 01 de agosto de1 2016 al 01 de
agosto del 2019.
Dado era la Presidencia de la República, el 12 de julio del
2016.
LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de
Relaciones Exteriores y Culto, Manuel A. González Sanz.—1
vez.—O. C. Nº 29101.—Solicitud Nº 16651.—( IN2016076145 ).
N° 682-P
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 139 inciso 1)
y 146 de la Constitución Política y 47 inciso 3) de la Ley General
de la Administración Pública (N° 6227 de 2 de mayo de 1978), en
la Ley Reguladora de los Gastos de Viaje y Gastos por concepto
de Transportes para todos los Funcionarios del Estado (N° 3462
de 26 de noviembre de 1964), en la Ley de Presupuesto Ordinario
y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del
2016 (N°9341 de 1° de diciembre de 2015), el Reglamento de
Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos emitido
por la Contraloría General de la República (R-4-DI-AA-2001 de 10
de mayo de 2001) y el Dictamen de la Procuraduría General de la
República N° C-475-2006 de 28 de noviembre de 2006.
ACUERDA:
Artículo 1°—Autorizar a la señora Olga Marta Sánchez Oviedo,
cédula de identidad número 1-407-1385, Ministra de Planificación
Nacional y Política Económica, para que viaje y participe en el
“Seminario Regional de Planificación y Gestión Pública en la
Implementación de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible”
y como expositora en la sesión “Experiencia de Costa Rica sobre la
incorporación de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) en
los Planes de Desarrollo”, organizado por la Comisión Económica
para América Latina y el Caribe (CEPAL) con el apoyo técnico
y financiero del Ministerio Federal de Cooperación Económica
y Desarrollo (BMZ) de Alemania y de la Agencia Alemana de
Cooperación Internacional (GIZ), a realizarse en Santiago, Chile,
del 26 al 28 de setiembre de 2016.
Artículo 2°—CEPAL cubrirá gastos por concepto de
transporte y viáticos. El Ministerio de Planificación Nacional y
Política Económica (MIDEPLAN), cubrirá gastos por concepto
impuestos sobre boletos de transporte, tributos o tarifas que se deban
pagar en terminales de transporte y póliza de seguro por accidente
(INS: Seguro de Viajeros con Asistencia) con cargo al Título 217
(Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica),
Programas 863 (Actividades Centrales) y 874 (Planificación y
Coordinación Económica, Social e Institucional) Subpartidas
1.05.03 (Transporte en el Exterior) 1.05.04 y 1.06.01 (Seguros) en
la Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República
para el Ejercicio Económico del 2016.
Artículo 3°—La señora Sánchez Oviedo tomará vacaciones
el día 29 de setiembre de 2016. Los gastos por concepto de viáticos
y transporte de ese día serán asumidos bajo su responsabilidad, sin
que exista cargo alguno al Erario Público
Carlos Alberto Rodríguez Pérez
Said Orlando de la Cruz Boschini
Carmen Muñoz Quesada
Mario Enrique Alfaro Rodríguez
DIRECTOR GENERAL IMPRENTA NACIONAL
DIRECTOR EJECUTIVO JUNTA ADMINISTRATIVA
MINISTERIO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA
REPRESENTANTE MINISTERIO
DE CULTURA Y JUVENTUD
REPRESENTANTE EDITORIAL COSTA RICA
La Gaceta Nº 211 — Jueves 3 de noviembre del 2016
Artículo 4°—La señora Sánchez Oviedo, una vez finalizada
la visita rendirá un informe a su superior jerárquico en un plazo no
mayor de ocho días naturales, contados a partir de su regreso, en el
que describa las actividades desarrolladas, los resultados obtenidos
y beneficios logrados para la institución y el país en general.
Artículo 5°—Durante la ausencia de la señora Sánchez
Oviedo, se nombra como Ministra a.í. a la señora María del Pilar
Garrido Gonzalo, cédula de identidad número 1-1224-869.
Artículo 6°—Rige de las 08:30 horas del 25 de setiembre a las
19:00 horas del 30 de setiembre de 2016.
Dado en la Presidencia de la República, el día catorce de
setiembre del año dos mil dieciséis.
Publíquese.
LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—1 vez.—O. C. N°
27736.—Solicitud N° 3825.—( IN2016076233 ).
N° 713-P
LA SEGUNDA VICEPRESIDENTA EN EJERCICIO
DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 139 inciso 1)
y 146 párrafo segundo de la Constitución Política de Costa Rica; 26
inciso b) y 26 inciso e) de la Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978
“Ley General de la Administración Pública”; en la Ley N° 3462 de
26 de noviembre de 1964 “Ley Reguladora de los Gastos de Viaje
y Gastos por concepto de Transportes para todos los Funcionarios
del Estado”, en la Ley N° 9341 de 1° de diciembre de 2015 “Ley
de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el
Ejercicio Económico del 2016”, y en los artículos 7°, 31 y 45 del
Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios
Públicos, emitido por la Contraloría General de la República, según
Resolución N° R-4-DI-AA-2001 de 10 de mayo del 2001.
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar al señor Rosendo Pujol Mesalles,
cédula de identidad número ocho-cero cuarenta y dos-setecientos
catorce, Ministro de Vivienda y Asentamientos Humanos, para que
viaje a la Ciudad de Quito, República de Ecuador, y como Jefe de
la Delegación Oficial del Gobierno de Costa Rica, asista y participe
en la actividad denominada: “Conferencia de las Naciones Unidas
sobre Vivienda y Desarrollo Urbano Sostenible (Hábitat III)”
organizada por las Naciones Unidas, a celebrarse en dicha ciudad
durante los días del 17 al 20 de octubre del 2016. La salida del señor
Pujol Mesalles, hacia la ciudad de Quito, se realizará el día 16 de
octubre del 2016 a las 05:40 horas y su regreso será el día 21 de
octubre del 2016 a las 21:46 horas.
Artículo 2º—El Ministerio de Vivienda y Asentamientos
Humanos cubrirá los gastos por concepto de boletos aéreos con cargo
al Título 215 “Ministerio de Vivienda y Asentamientos Humanos”,
Programa 814 “Actividades Centrales”, Subpartida 1.05.03
“Transporte en el Exterior” de la Ley de Presupuesto Ordinario y
Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del
2016. Y los gastos por concepto de hospedaje, viáticos y transporte
terrestre en el exterior serán cubiertos por el señor Rosendo Pujol
Mesalles de su propio peculio.
Artículo 3º—Durante los días 16 al 21 de octubre del 2016, el
funcionario autorizado a participar en la actividad devengará el cien
por ciento (100%) de su salario.
Artículo 4º—De conformidad con lo dispuesto en la circular
N° LYD-3083/06/15-C de 16 de junio del 2015, emitida por la
Dirección General de Leyes y Decretos de la Presidencia de la
República, el señor Pujol Mesalles, una vez finalizada la visita
rendirá un informe a su superior jerárquico en un plazo no mayor
de ocho días naturales, contados a partir de su regreso, en el que
describa las actividades desarrolladas, los resultados obtenidos y
beneficios logrados para la institución y el país en general.
Artículo 5º—Durante la ausencia del señor Rosendo Pujol
Mesalles, se encarga a la Ministra de Planificación Nacional y
Política Económica, señora Olga Marta Sánchez Oviedo, cédula de
identidad número uno- cuatrocientos siete- mil trescientos ochenta
y cinco la atención del Ministerio de Vivienda y Asentamientos
Humanos, ello dado que la señora Ana Cristina Trejos Murillo,
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Viceministra de Vivienda y Asentamientos Humanos participará
como de Jefe Alterna de la Delegación costarricense que asistirá a
la actividad indicada.
Artículo 6º—Rige de las 05:40 horas del 16 de octubre a las
21:46 horas del 21 de octubre del 2016.
Dado en la Presidencia de la República, el día siete de octubre
del dos mil dieciséis.
Publíquese.—ANA HELENA CHACÓN ECHEVERRÍA.—1
vez.—O. C. N° 63697.—Solicitud N° 11312.—( IN2016076422 ).
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
Nº 0056-2016-SE-RE
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
De conformidad con los artículos 140, inciso 12, y 146 de la
Constitución Política de la República de Costa Rica; el artículo 19
del Estatuto del Servicio Exterior de la República de Costa Rica y
el artículo 51 del Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior de la
República,
Considerando:
I.—Que mediante Acuerdo Ejecutivo Nº 0100-2014-SE-RE
del 18 de noviembre del 2014 se nombró al señor David Yifong Li
Fang, cédula de identidad Nº 1-1048-0028, en el cargo de Ministro
Consejero y Cónsul General, en promoción, en la Embajada de
Costa Rica en Singapur, con rige del 18 noviembre del 2014 y hasta
el 15 de octubre del 2016.
II.—Que de conformidad con el artículo 51 del Reglamento
al Estatuto de Servicio Exterior de la República, el Ministerio
puede trasladar a los funcionarios del Servicio Exterior, según las
necesidades del servicio.
III.—Que la Embajada de Costa Rica en Corea ha
documentado la necesidad de contar con otro diplomático con el
perfil del funcionario de carrera propuesto y colabore con la visita
presidencial programada para el mes de octubre 2016.
IV.—Que conforme lo requiere la normativa vigente, el señor
David Yifong Li Fang dio su consentimiento expreso y por escrito
para su traslado horizontal por el plazo de permanencia de un año en
la Embajada de Costa Rica en la República de Corea.
V.—Que la Administración estima conveniente trasladar al
Segundo Secretario de carrera diplomática, señor David Yifong Li
Fang, cédula de identidad Nº 1-1048-0028, de su actual cargo de
Ministro Consejero y Cónsul General, en promoción, en la Embajada
de Costa Rica en Singapur, a ocupar el cargo de Ministro Consejero,
en promoción, en la Embajada de Costa Rica en la ciudad de Seúl,
República de Corea, a partir del 01 de junio del 2016. El funcionario
será trasladado en la plaza que actualmente ocupa, y con su mismo
código presupuestario. Por tanto,
ACUERDAN:
Artículo 1º—Trasladar al Segundo Secretario de carrera
diplomática, señor David Yifong Li Fang, cédula de identidad Nº
1-1048-0028, de su actual cargo de Ministro Consejero y Cónsul
General, en promoción, en la Embajada de Costa Rica en Singapur,
a ocupar el cargo de Ministro Consejero, en promoción, en la
Embajada de Costa Rica en la ciudad de Seúl, República de Corea,
a partir del 01 de junio del 2016.
Artículo 2º—La persona designada en este cargo debe
asumir funciones el 01 de junio del 2016, deberá cumplir con
los procedimientos correspondientes en los casos de traslado,
presentación de informes y colaborar en lo correspondiente al
traspaso de funciones de su puesto actual, ajustándose a las normas
laborales del Servicio Exterior del Ministerio de Relaciones
Exteriores y Culto.
Artículo 3º—Rige a partir del 01 de junio del 2016 y hasta el
01 junio 2017.
Dado en la Presidencia de la República, a los 9 días del mes
de mayo del 2016.
LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de
Relaciones Exteriores y Culto, Manuel A. González Sanz.—1
vez.—O.C. Nº 29101.—Solicitud Nº 5142.—( IN2016075999 ).
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La Gaceta Nº 211 — Jueves 3 de noviembre del 2016
Nº 0057-2016-SE-RE
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
De conformidad con los artículos 140 inciso 12 y 146 de la
Constitución Política de la República de Costa Rica y la Resolución
Judicial dictada por el Tribunal de lo Contencioso Administrativo
y Civil de Hacienda, Segundo Circuito Judicial de San José, de las
diecisiete horas y cinco minutos del sábado catorce de mayo del año
dos mil dieciséis.
Considerando:
I.—Que mediante Acuerdo Ejecutivo Nº 0136-2015-SE-RE
del 02 de diciembre del 2015, se nombró al señor Federico Carlos
Sáenz de Mendiola, cédula de identidad número 1-0390-0435, en el
cargo de Ministro Consejero y Cónsul General, en comisión, en la
Embajada de la República de Costa Rica en República Dominicana,
a partir del 1 de diciembre 2015.
II.—Que mediante Acuerdo Ejecutivo Nº 055-2016-SERE, del 9 de mayo del 2016 la Administración en aplicación
de bs Principios de Eficiencia y Continuidad Orgánica de la
Administración consideró pertinente cesar al señor Federico Carlos
Sáenz de Mendiola, cédula de identidad número 1-0390-0435, del
cargo de Ministro Consejero y Cónsul General, en comisión, en la
Embajada de la República de Costa Rica en República Dominicana,
a partir del 15 de mayo 2016.
III.—Que el Tribunal de lo Contencioso Administrativo y
Civil de Hacienda, Segundo Circuito Judicial de San José, de las
diecisiete horas y cinco minutos del sábado catorce de mayo del año
dos mil dieciséis, en Proceso: Medida Cautelar ante Causam, del
Actor: Federico Carlos Sáenz De Mendiola contra el Estado; resolvió
admitir la solicitud de medida cautelar provisionalísima e inaudita
altera parte presentada por el Actor contra el Estado que ordena de
manera inmediata y en forma provisional al Estado, suspender los
efectos del oficio DGSE-CPA-0843-2016 del nueve de mayo del año
dos mil dieciséis, así como la suspensión del Acuerdo Ejecutivo Nº
055-2016-SE-RE, dado en la Presidencia de la República del nueve
de mayo del dos mil dieciséis y de la Resolución Nº DVMA-1692016 de las quince horas del diez de mayo del año dos mil dieciséis.
Por tanto,
ACUERDAN:
Artículo 1º—Suspender los efectos del Acuerdo Ejecutivo Nº
055-2016-SE-RE del 9 de mayo del 2016, hasta que se resuelva en
forma definitiva la medida cautelar presentada por el Actor Federico
Carlos Sáenz de Mendiola
Artículo 2º—Rige a partir del 16 de mayo del 2016.
Dado en la Presidencia de la República, el 16 de mayo del
2016.
LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de
Relaciones Exteriores y Culto a. í, Eduardo Trejos Lalli.—O. C. N°
29101.—Solicitud N° 5142.—1 vez.—( IN2016076000 ).
N° 0058-2016-SE-RE
LA SEGUNDA VICEPRESIDENTA
EN EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 140, incisos 8),
12), 20), y el artículo 146 de la Constitución Política de la República
de Costa Rica; los artículos 48 y 49 del Estatuto del Servicio
Exterior de la República y los artículos 15, 18 y 26 del Reglamento
al Estatuto del Servicio Exterior de la República,
Considerando:
I.—Que es labor del Ministerio de Relaciones Exteriores y
Culto buscar la excelencia y la idoneidad del personal, de acuerdo
con las necesidades del servicio y la importancia de las funciones que
se deben desempeñar, en concordancia con la estrategia establecida
en la Política Exterior de Costa Rica.
II.—Que el Poder Ejecutivo propone incorporar, en la mayor
medida posible, al desenvolvimiento de la Política Internacional,
recursos humanos calificados para promover una Política Exterior
acorde con los intereses del Estado.
III.—Que la Administración fundamenta su actuar en razones
objetivas y que el Ministerio basa su proceder en el principio
de continuidad orgánica de la Administración y en el principio
de eficiencia consagrado en el artículo 4° de la Ley General de
Administración Pública.
IV.—Que con miras a realizar el nombramiento de un Consejero
en la Misión Permanente de Costa Rica ante la Organización
de Naciones Unidas con sede en la ciudad de Ginebra, Suiza, el
Ministro de Relaciones Exteriores y Culto ordenó la apertura del
Concurso Interno número CCSE-105-15 del 16 de diciembre del
2015, con el fin de que el personal de carrera diplomática destacado
en el Servicio Interno de este Ministerio concursara para obtener el
puesto de referencia.
V.—Que la Comisión Calificadora del Servicio Exterior
mediante oficio CCSE-008-16 del 2 de febrero del 2016, remitió al
señor Ministro de Relaciones Exteriores los resultados del Concurso
Interno para el cargo de Consejero en la Misión Permanente de
Costa Rica ante la Organización de Naciones Unidas con sede en la
ciudad de Ginebra, Suiza.
VI.—Que mediante Resolución DM-049-2015 del 8 de
febrero del 2015, el señor Ministro de Relaciones Exteriores y
Culto, declaró la inopia de funcionarios de carrera diplomática para
el puesto de Consejero en la Misión Permanente de Costa Rica
ante la Organización de Naciones Unidas con sede en la ciudad de
Ginebra, Suiza.
VII.—Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo
48 del Estatuto del Servicio Exterior de la República, el Ministerio
de Relaciones Exteriores y Culto puede hacer nombramientos
en comisión cuando existe inopia de los funcionarios de carrera
diplomática o por razones de conveniencia nacional. En el mismo
sentido, se recuerda que de conformidad con el artículo 49 del
mismo Estatuto: “Los funcionarios en Comisión serán libremente
nombrados y removidos por el Poder Ejecutivo (...)”, de manera que
con el presente nombramiento no se suspende ni limita de ninguna
manera dicha potestad de la Administración.
VIII.—Que en virtud de la inopia de funcionarios de carrera
diplomática, el Ministro de Relaciones Exteriores y Culto ha
decidido nombrar a la señora Maricela Muñoz Zumbado, cédula
1-0816-0025 en el cargo de Consejero, en comisión, en la Misión
Permanente de Costa Rica ante la Organización de Naciones Unidas
con sede en la ciudad de Ginebra, Suiza. Esto en virtud de que
posee una Licenciatura en Administración de Negocios con énfasis
en Dirección de Empresas y Comercio Internacional, Maestría en
Ciencias en Administración de Negocios con énfasis en Banca y
Finanzas, cuenta con experiencia como Especialista Regional
Ambiental para Centroamérica y el Caribe en el diseño, manejo, y
supervisión de programas y proyectos en esta área. Ha desempeñado
cargos de gerencia en ámbito financiero y de proyectos, y como
Directora del Programa Costa Rica en The Nature Conservancy y de
evaluación y auditoria en implementación de proyectos de desarrollo
financiados con fondos federales USAID en Latinoamérica y el
Caribe. Por estas razones la Administración considera que es una
persona idónea para desempeñar el cargo antes mencionado.
IX.—Que la señora Maricela Muñoz Zumbado ha cumplido
con los requisitos que se establecen en el artículo número dieciocho
del Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior de la República de
Costa Rica, que la señora Muñoz Zumbado, además de su formación
académica en Administración de Negocios, posee vasta experiencia
en la coordinación de asuntos internacionales y cooperación externa.
Por tanto,
ACUERDAN:
Artículo 1º—Nombrar a la señora Maricela Muñoz Zumbado,
cédula 1-0816-0025 en el cargo de Consejero, en comisión, en la
Misión Permanente de Costa Rica ante la Organización de Naciones
Unidas con sede en la ciudad de Ginebra, Suiza, a partir del 1° de
junio del 2016 y hasta el 1° de junio del 2018; en virtud de que
cumple con todos los requisitos establecidos en el Reglamento del
Estatuto del Servicio Exterior de la República.
La Gaceta Nº 211 — Jueves 3 de noviembre del 2016
Artículo 2º—La persona designada en este cargo deberá
asumir funciones en un plazo máximo de 60 días naturales, período
en el que deberá recibir la inducción respectiva, ajustándose a las
normas laborales del Servicio Interno del Ministerio de Relaciones
Exteriores y Culto.
Artículo 3º—Rige a partir del 1° de junio del 2016 y hasta el
1° de junio del 2018.
Dado en la Presidencia de la República, el 19 de mayo del
2016.
ANA HELENA CHACÓN ECHEVERRÍA.—1 vez.—O. C.
N° 29101.—Solicitud N° 5142.—( IN2016076001 ).
Nº 0060-2016-SE-RE
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
De conformidad con los artículos 140 inciso 12 y 146 de la
Constitución Política de la República de Costa Rica; los artículos
19, 20 y 22 del Estatuto del Servicio Exterior de la República, y los
artículos 41 y 43 del Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior
de la República,
Considerando:
I.—Que mediante Acuerdo Ejecutivo Nº 092-2010-SE-RE del
08 de abril del 2010, se rotó a la Agregado de carrera diplomática,
señora Renée Alejandra Gómez Vargas, cédula de identidad Nº
1-1193-0319, de su cargo en el Servicio Interno al cargo, en
promoción, de Primer Secretario con funciones consulares en el
Consulado General de Costa Rica en la República de Guatemala, a
partir del 16 de abril del 2010 y hasta el 16 de abril 2013.
II.—Que mediante Acuerdo Ejecutivo Nº 0058-2013-SERE del 13 de marzo del 2013, se trasladó a la Tercer Secretario de
carrera diplomática, señora Renée Alejandra Gómez Vargas, cédula
de identidad Nº 1-1193-0319, del cargo, en promoción, de Primer
Secretario con funciones consulares en el Consulado General de
Costa Rica en la República de Guatemala al cargo, en promoción,
de Primer Secretario con funciones consulares en la Embajada de
Costa Rica en la República de El Salvador, a partir del 01 de abril
del 2013.
III.—Que mediante Acuerdo Ejecutivo Nº 0079-2014-SE-RE
del 30 de julio 2014, se trasladó a la Tercer Secretario de carrera
diplomática, señora Renée Alejandra Gómez Vargas, cédula de
identidad Nº 1-1193-0319, del cargo, en promoción, de Primer
Secretario con funciones consulares en la Embajada de Costa Rica
en la República de El Salvador, al cargo de Ministro Consejero y
Cónsul General en la Embajada de Costa Rica en Jamaica, a partir
del 01 de agosto del 2014.
IV.—Que la funcionaria ha cumplido: 2 años, 11 meses y 15
días consecutivos en la Embajada de Costa Rica en la República
Guatemala, 1 año y 3 meses consecutivos en la Embajada de Costa
Rica en la República El Salvador, 1 año y 11 meses consecutivos en
la Embajada de Costa Rica en Jamaica, por lo que de conformidad
con la aplicación del artículo 22 del Estatuto del Servicio Exterior,
debe regresar al Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto para
desempeñarse en el Servicio Interno.
V.—Que se ha decidido rotar a la Tercer Secretario de carrera
diplomática, señora Renée Alejandra Gómez Vargas, del cargo de
Ministro Consejero y Cónsul General, en la Embajada de Costa Rica
en Jamaica a ocupar un puesto en el Servicio Interno del Ministerio
de Relaciones Exteriores y Culto, a partir del 01 de julio del 2016.
Por tanto,
ACUERDAN:
Artículo 1º—Rotar al Tercer Secretario de carrera diplomática,
señora Renée Alejandra Gómez Vargas, cédula de identidad Nº
1-1193-0319, del cargo de Ministro Consejero y Cónsul General en
la Embajada de Costa Rica en Jamaica, a ocupar un puesto en el
Servicio Interno del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, a
partir del 01 de julio del 2016.
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Artículo 2º—Rige a partir del 01 de julio del 2016.
Dado en la Presidencia de la República, el 02 de junio del
2016.
LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de
Relaciones Exteriores y Culto, Manuel A. González Sanz.—1
vez.—O. C. Nº 29101.—Solicitud Nº 5142.—( IN2016076048 ).
N° 0061-2016-SE-RE
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
De conformidad con los artículos 140 inciso 12) y 146) de la
Constitución Política de la República de Costa Rica; los artículos
19, 20 y 22 del Estatuto del Servicio Exterior de la República, y los
artículos 41 y 43 del Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior
de la República,
Considerando:
I.—Que mediante Acuerdo Ejecutivo N° 127-10 SE del 6 de
mayo de 2010, se nombró a la señora Lilliana Martina Sevilla Mora,
cédula de identidad 7-0052-0748, en el cargo de Ministra Consejera
con funciones consulares en la Embajada de Costa Rica ante el
Reino de España, hasta el 01 de junio del 2013.
II.—Que mediante Acuerdo Ejecutivo N° 0220-2012-SERE del 16 de octubre del 2012, se extendió el nombramiento de la
Ministro Consejero de carrera diplomática, señora Lilliana Martina
Sevilla Mora, cédula de identidad N° 7-0052-0748, en el cargo de
Ministra Consejera con funciones consulares en la Embajada de
Costa Rica ante el Reino de España, a partir del 01 de junio del
2013.
III.—Que la funcionaria ha cumplido 6 años consecutivos
en la Embajada de Costa Rica ante el Reino de España, por lo
que de conformidad con la aplicación del artículo 22 del Estatuto
del Servicio Exterior, debe regresar al Ministerio de Relaciones
Exteriores y Culto para desempeñarse en el Servicio Interno.
IV.—Que se ha decidido rotar a la Ministro Consejero de
carrera diplomática, señora Lilliana Martina Sevilla Mora, del cargo
de Ministra Consejera con funciones consulares en la Embajada
de Costa Rica ante el Reino de España, a ocupar un puesto en el
Servicio Interno del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, a
partir del 01 de julio del 2016. Por tanto,
ACUERDAN:
Artículo 1º—Rotar a la Ministro Consejero de carrera
diplomática, señora Lilliana Martina Sevilla Mora, cédula de
identidad 7-0052-0748, del cargo de Ministra Consejera con
funciones consulares en la Embajada de Costa Rica ante el Reino
de España, a ocupar un puesto en el Servicio Interno del Ministerio
de Relaciones Exteriores y Culto, a partir del 01 de julio del 2016.
Artículo 2º—Rige a partir del 01 de julio del 2016.
Dado en la Presidencia de la República, el 2 de junio del 2016.
LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de
Relaciones Exteriores y Culto, Manuel A. González Sanz.—1
vez.—O. C. N° 29101.—Solicitud N° 5142.—( IN2016076049 ).
Nº 0062-2016-SE-RE
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
De conformidad con los artículos 140 inciso 12 y 146 de la
Constitución Política de la República de Costa Rica; los artículos
19, 20 y 22 del Estatuto del Servicio Exterior de la República, y los
artículos 41 y 43 del Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior
de la República,
Considerando:
I.—Que mediante Acuerdo Ejecutivo Nº 041-11 SE del 4 de
marzo 2011, se rotó a la Segunda Secretaria de carrera diplomática
Roxana Tinoco Brenes, cédula 1-0798-0014, de su cargo en el
Servicio Interno del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto a
ocupar el cargo de Consejera en la Misión Permanente de Costa
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La Gaceta Nº 211 — Jueves 3 de noviembre del 2016
Rica ante la Oficina de la Organización de las Naciones Unidas
en Ginebra y demás Organizaciones Internacionales con sede en
Ginebra, Suiza, a partir del 1° de marzo 2011.
II.—Que la funcionaria ha cumplido 5 años y 5 meses
consecutivos en la Embajada de Costa Rica en la Misión Permanente
de Costa Rica ante la Oficina de la Organización de las Naciones
Unidas en Ginebra y demás Organizaciones Internacionales con
sede en Ginebra, Suiza, por lo que de conformidad con la aplicación
del artículo 22 del Estatuto del Servicio Exterior, debe regresar al
Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto para desempeñarse en
el Servicio Interno.
III.—Que se ha decidido rotar a la Consejero de carrera
diplomática, señora Roxana Tinoco Brenes, del cargo de Consejera
en la Misión de Costa Rica ante la Oficina de la Organización de las
Naciones Unidas en Ginebra y demás Organizaciones Internacionales
con sede en Ginebra, a ocupar un puesto en el Servicio Interno del
Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, a partir del 30 de julio
del 2016. Por tanto,
para la Educación, la Ciencia y la Cultura a ocupar un puesto en el
Servicio Interno del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, a
partir del 01 de julio del 2016. Por tanto,
ACUERDAN:
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
Artículo 1º—Rotar a la Consejero de carrera diplomática,
señora Roxana Tinoco Brenes, cédula de identidad N° 1-0798-0014,
del cargo de Consejera en la Misión de Costa Rica ante la Oficina
de la Organización de las Naciones Unidas en Ginebra y demás
Organizaciones Internacionales con sede en Ginebra, a ocupar un
puesto en el Servicio Interno del Ministerio de Relaciones Exteriores
y Culto, a partir del 30 de julio del 2016.
Artículo 2º—Rige a partir del 30 de julio del 2016.
Dado en la Presidencia de la República, el 2 de junio del 2016.
LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de
Relaciones Exteriores y Culto, Manuel A. González Sanz.—1
vez.—O. C. N° 29101.—Solicitud N° 5142.—( IN2016076050 ).
Nº 0063-2016-SE-RE
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
De conformidad con los artículos 140 inciso 12 y 146 de la
Constitución Política de la República de Costa Rica; los artículos
19, 20 y 22 del Estatuto del Servicio Exterior de la República, y los
artículos 41 y 43 del Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior
de la República,
Considerando:
I.—Que mediante Acuerdo Ejecutivo Nº 001-11-SE del 4 de
enero del 2011, se rotó al, entonces Primer Secretado de carrera
diplomática, señor Alexander Antonio Peñaranda Zárate, cédula
de identidad 1-0809-0510, de su cargo en el Servicio Interno al
cargo, en promoción, de Ministro Consejero y Cónsul General en
la Embajada de Costa Rica en la República Francesa, a partir del 01
de enero del 2011.
II.—Que mediante Acuerdo Ejecutivo Nº 0081-2014-SE-RE
del 30 de julio del 2014, se trasladó en promoción al Consejero de
carrera diplomática, señor Alexander Antonio Peñaranda Zárate,
cédula de identidad número 1-0809-0510, del cargo de Ministro
Consejero y Cónsul General en la Embajada de Costa Rica en
la República Francesa, al cargo de Ministro Consejero ante la
Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia
y la Cultura, a partir del 01 de agosto 2014.
III.—Que el funcionario ha cumplido 3 años y 7 meses
consecutivos en la Embajada de Costa Rica en la República
Francesa, y 1 año con 11 meses en la Misión Permanente de Costa
Rica ante la Organización de las Naciones Unidas para la Educación,
la Ciencia y la Cultura, por lo que de conformidad con la aplicación
del artículo 22 del Estatuto del Servicio Exterior, debe regresar al
Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto para desempeñarse en
el Servicio Interno.
IV.—Que se ha decidido rotar al Consejero de carrera
diplomática, señor Alexander Antonio Peñaranda Zárate, al cargo
de Ministro Consejero ante la Organización de las Naciones Unidas
ACUERDAN:
Artículo 1º—Rotar al Consejero de carrera diplomática,
señor Alexander Antonio Peñaranda Zárate, cédula de identidad Nº
1-0809-0510 del cargo de Ministro Consejero ante la Organización
de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura, a
ocupar un puesto en el Servicio Interno del Ministerio de Relaciones
Exteriores y Culto, a partir del 01 de julio del 2016.
Artículo 2º—Rige a partir del 01 de julio del 2016.
Dado en la Presidencia de la República, el 2 de junio del 2016.
LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de
Relaciones Exteriores y Culto, Manuel A. González Sanz.—1
vez.—O.C. Nº 29101.—Solicitud Nº 5142.—( IN2016076057 ).
N° 0064-2016-SE-RE
De conformidad con los artículos 140 inciso 12) y 146 de la
Constitución Política de la República de Costa Rica; los artículos
19, 20 y 22 del Estatuto del Servicio Exterior de la República, y los
artículos 41 y 43 del Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior
de la República,
Considerando:
I.—Que mediante Acuerdo Ejecutivo N° 013-11 SE del 17 de
enero 2011, se nombró al entonces Segundo Secretario de carrera
diplomática Sergio Antonio Vinocour Fornieri, cédula N° 1-718306, en el cargo de Ministro Consejero con funciones consulares,
con ascenso en promoción en la Embajada de Costa Rica en Bélgica,
a partir del 1° de febrero de 2011.
II.—Que mediante oficio DM-MEMO-087, el señor Vinocour
Fornieri, ascendió a la categoría de Consejero en la carrera
diplomática, a partir del 12 de mayo de 2016.
III.—Que el funcionario ha cumplido 5 años y 7 meses
consecutivos en la Embajada de Costa Rica en Bélgica, por lo
que de conformidad con la aplicación del artículo 22 del Estatuto
del Servicio Exterior, debe regresar al Ministerio de Relaciones
Exteriores y Culto para desempeñarse en el Servicio Interno.
IV.—Que se ha decidido rotar al Consejero de carrera
diplomática, señor Sergio Antonio Vinocour Fornieri, del cargo
de Ministro Consejero con funciones consulares, con ascenso en
promoción en la Embajada de Costa Rica en Bélgica, a ocupar un
puesto en el Servicio Interno del Ministerio de Relaciones Exteriores
y Culto, a partir del 1 de setiembre del 2016. Por tanto,
ACUERDAN:
Artículo 1º—Rotar al Consejero de carrera diplomática, señor
Sergio Antonio Vinocour Fornieri, cédula número 1-718-306, del
cargo de Ministro Consejero con funciones consulares, con ascenso
en promoción en la Embajada de Costa Rica en Bélgica, a ocupar un
puesto en el Servicio Interno del Ministerio de Relaciones Exteriores
y Culto, a partir del 1 de setiembre del 2016.
Artículo 2º—Rige a partir del 1° de setiembre del 2016.
Dado en la Presidencia de la República, el 2 de junio del 2016.
LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de
Relaciones Exteriores y Culto, Manuel A. González Sanz.—1
vez.—O. C. N° 29101.—Solicitud N° 5142.—( IN2016076058 ).
N° 0065-2016-SE-RE
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
De conformidad con los artículos 140 inciso 12 y 146 de la
Constitución Política de la República de Costa Rica; los artículos
19, 20 y 22 del Estatuto del Servicio Exterior de la República, y los
artículos 41 y 43 del Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior
de la República,
La Gaceta Nº 211 — Jueves 3 de noviembre del 2016
Considerando:
I.—Que mediante Acuerdo Ejecutivo N° 126-10-SE, del 6 de
mayo del 2010, se nombró al señor Norman Lizano Ortiz, cédula
de identidad 1-0907-0265, en el cargo de Ministro Consejero, en
comisión, ante la Organización Europea de las Naciones Unidas
(0.E.N.U.) en Ginebra, Suiza, hasta el 01 de junio del 2013.
II.—Que mediante Acuerdo Ejecutivo N° 0219-2012-SE-RE,
del 17 de octubre del 2012, se acordó extender el nombramiento del
entonces Consejero de carrera diplomática, señor Norman Lizano
Ortiz, cédula de identidad 1-0907-0265, en el cargo de Ministro
Consejero, en comisión, ante la Organización Europea de las
Naciones Unidas (O.E.N.U.) en Ginebra, Suiza, a partir del 01 de
junio del 2013.
III.—Que el funcionario ha cumplido 6 años y 4 meses en
el cargo de Ministro Consejero, en comisión, ante la Organización
Europea de las Naciones Unidas (O.E.N.U.) en Ginebra, Suiza, por
lo que de conformidad con la aplicación del artículo 22 del Estatuto
del Servicio Exterior, debe regresar al Ministerio de Relaciones
Exteriores y Culto para desempeñarse en el Servicio Interno.
VI.—Que se ha decidido rotar al Ministro Consejero de
carrera diplomática, señor Norman Lizano Ortiz, del cargo de
Ministro Consejero, en comisión, ante la Organización Europea de
las Naciones Unidas (O.E.N.U.), en Ginebra, Suiza, a partir del 01
de octubre del 2016. Por tanto,
ACUERDAN:
Artículo 1º—Rotar al Ministro Consejero de carrera
diplomática, señor Norman Lizano Ortiz, cédula de identidad
número 1-0907-0265 del cargo de Ministro Consejero, en comisión,
ante la Organización Europea de las Naciones Unidas (O.E.N.U.)
en Ginebra, Suiza, a ocupar un puesto en el Servicio Interno del
Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, a partir del 01 de
octubre del 2016.
Artículo 2º—Rige a partir del 01 de octubre del 2016.
Dado en la Presidencia de la República, el 7 de junio del 2016.
LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de
Relaciones Exteriores y Culto, Manuel A. González Sanz.—1
vez.—O. C. 29101.—Sol. 5141.—( IN2016076118 ).
Nº 0067-2016-SE-RE
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
De conformidad con los artículos 140 y 146 de la Constitución
Política de la República de Costa Rica y el artículo 12 del Estatuto
del Servicio Exterior de la República de Costa Rica,
Considerando:
I.—Que mediante Acuerdo Ejecutivo Nº 109-11 SE del 07 de
julio de 2011, se rotó a la Segunda Secretaria de Carrera Diplomática,
señora Deidamia María Monge Ureña conocida como Deyda María
Monge Ureña, cédula de identidad N° 1-0365-0296, de su cargo en
el Servicio Interno del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto,
a ocupar el cargo de Consejera con funciones consulares, en la
Embajada de Costa Rica en los Estados Unidos Mexicanos, a partir
del 01 de setiembre de 2011.
II.—Que mediante Acuerdo Ejecutivo Nº 0146-2011 del 01 de
agosto de 2011, se modificó la fecha del rige del Acuerdo Ejecutivo
Nº 109-11 SE del 07 de julio de 2011, quedando efectivo a partir del
01 de diciembre de 2011.
III.—Que la funcionaria Monge Ureña ha cumplido con las
disposiciones correspondientes para acogerse a su jubilación, de
conformidad con la legislación vigente en esa materia.
IV.—Que la funcionaria Monge Ureña ha presentado la
renuncia por escrito para acogerse a su jubilación, a partir del 01 de
noviembre de 2016. Por tanto,
ACUERDAN:
Artículo 1º—Aceptar la renuncia por jubilación de la
Segunda Secretaria de Carrera Diplomática, señora Deidamia María
Monge Ureña conocida como Deyda María Monge Ureña, cédula
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de identidad N° 1-0365-0296, de su cargo como Consejera con
funciones consulares, en la Embajada de Costa Rica en los Estados
Unidos Mexicanos, a partir del 01 de noviembre de 2016.
Artículo 2º—Rige a partir del 01 de noviembre del 2016.
Dado en la Presidencia de la República, el 09 de junio del
2016.
LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de
Relaciones Exteriores y Culto, Manuel A. González Sanz.—1
vez.—O. C. Nº 29101.—Solicitud Nº 5141.—( IN2016076119 ).
N° 0069-2016-SE-RE
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
De conformidad con los artículos 140 inciso 12) y 146) de la
Constitución Política de la República de Costa Rica; los artículos
19, 20 y 22 del Estatuto del Servicio Exterior de la República, y los
artículos 41 y 43 del Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior
de la República,
Considerando:
I.—Que mediante Acuerdo Ejecutivo N° 020-10 SE, del 28
de enero del 2010, se nombró al señor William Calvo Calvo, cédula
de identidad 6-0279-0128, en el cargo de Ministro Consejero con
funciones consulares, en comisión, en la Embajada de Costa Rica en
Austria, a partir del 1° de febrero del 2010 y hasta el 1° de febrero
del 2013.
II.—Que mediante Acuerdo Ejecutivo N° 0210-2012-SE-RE,
del 16 de octubre del 2012, se acordó extender el nombramiento del
entonces Primer Secretario de carrera diplomática, señor William
Calvo Calvo, cédula de identidad 6-0279-0128, en el cargo de
Ministro Consejero con funciones consulares, en comisión, en la
Embajada de Costa Rica en Austria, a partir del 1° de febrero del
2013.
III.—Que mediante Acuerdo Ejecutivo N° 0066-2013-SERE, del 1° abril del 2013, se trasladó al señor William Calvo Calvo,
cédula de identidad 6-0279-0128, del cargo de Ministro Consejero
con funciones consulares, en comisión, en la Embajada de Costa
Rica en Austria al cargo de Ministro Consejero, en comisión, en
la Misión Permanente de Costa Rica ante la Organización de las
Naciones Unidas con sede en Nueva York, Estados Unidos de
América, a partir del 1° de junio de 2013.
IV.—Que el funcionario ha cumplido 6 años y 8 meses en
cargos del Servicio Exterior, por lo que de conformidad con la
aplicación del artículo 22 del Estatuto del Servicio Exterior, debe
regresar al Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto para
desempeñarse en el Servicio Interno.
V.—Que se ha decidido rotar al Consejero de carrera
diplomática, señor William Calvo Calvo, Ministro Consejero,
en comisión, en la Misión Permanente de Costa Rica ante la
Organización de las Naciones Unidas con sede en Nueva York,
Estados Unidos de América, a ocupar un puesto en el Servicio
Interno del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, a partir del
1° de octubre del 2016. Por tanto,
ACUERDAN:
Artículo 1º—Rotar al Consejero de carrera diplomática, señor
William Calvo Calvo, cédula de identidad 6-0279-0128, Ministro
Consejero, en promoción, en la Misión Permanente de Costa Rica
ante la Organización de las Naciones Unidas con sede en Nueva
York, Estados Unidos de América, a ocupar un puesto en el Servicio
Interno del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, a partir del
1° de octubre del 2016.
Artículo 2º—Rige a partir del 1° de octubre del 2016.
Dado en la Presidencia de la República, el 10 de junio del
2016.
LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de
Relaciones Exteriores y Culto, Manuel A. González Sanz.—1
vez.—O. C. N° 29101.—Solicitud N° 5141.—( IN2016076120 ).
Pág 8
La Gaceta Nº 211 — Jueves 3 de noviembre del 2016
Nº 0070-2016-SE-RE
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
De conformidad con los artículos 140 inciso 12 y 146 de la
Constitución Política de la República de Costa Rica; los artículos
19, 20 y 22 del Estatuto del Servicio Exterior de la República, y los
artículos 41 y 43 del Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior
de la República,
Considerando:
I.—Que mediante Acuerdo Ejecutivo Nº 0037-2012-SE-RE,
del 09 de marzo del 2012, se nombró al entonces Agregado de
carrera diplomática, señor José David Murillo, cédula de identidad
Nº 1-1064-0509, en el cargo de Consejero y Cónsul, en la Embajada
de Costa Rica en la República Popular China, a partir del 01 de abril
del 2012.
II.—Que el funcionario ha cumplido 4 años y 7 meses en
el cargo del Servicio Exterior, por lo que de conformidad con la
aplicación del artículo 22 del Estatuto del Servicio Exterior, debe
regresar al Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto para
desempeñarse en el Servicio Interno.
III.—Que se ha decidido rotar al Tercer Secretario de carrera
diplomática, señor José David Murillo Quesada, del cargo de
Consejero y Cónsul, en la Embajada de Costa Rica en la República
Popular China, a ocupar un puesto en el Servicio Interno del
Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, a partir del 01 de
noviembre del 2016. Por tanto,
ACUERDAN:
Artículo 1º—Rotar al Tercer Secretario de carrera diplomática,
señor José David Murillo Quesada, cédula de identidad Nº 1-10640509, del cargo de Consejero y Cónsul, en promoción, en la Embajada
de Costa Rica en la República Popular China, a ocupar un puesto en
el Servicio Interno del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto,
a partir del 01 de noviembre del 2016.
Artículo 2º—Rige a partir del 01 de noviembre del 2016.
Dado en la Presidencia de la República, el 10 de junio del
2016.
LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de
Relaciones Exteriores y Culto, Manuel A. González Sanz.—1
vez.—O.C. Nº 29101.—Solicitud Nº 5141.—( IN2016076122 ).
Nº 0071-2016-SE-RE
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
De conformidad con los artículos 140 inciso 12 y 146 de la
Constitución Política de la República de Costa Rica; los artículos
19, 20 y 22 del Estatuto del Servicio Exterior de la República, y los
artículos 41 y 43 del Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior
de la República,
Considerando:
I.—Que mediante Acuerdo Ejecutivo Nº 117-11 SE, del
07 de julio del 2011, se nombró al Ministro Consejero de carrera
diplomática, señor Óscar Camacho Ramírez, cédula de identidad
1-0477-0193, en el cargo de Cónsul General de Costa Rica en
Houston, Texas, Estados Unidos de América, a partir del 01 de enero
del 2012.
II.—Que mediante Acuerdo Ejecutivo Nº 0160-2011-SERE, del 01 de setiembre del 2011, se modificó el rige del Acuerdo
Ejecutivo Nº117-11 SE, para que el nombramiento fuera efectivo a
partir del 01 de octubre del 2011.
III.—Que mediante Acuerdo Ejecutivo Nº 0057-2013-SERE, del 13 de marzo del 2013, se trasladó al Ministro Consejero
de carrera diplomática, señor Óscar Camacho Ramírez, cédula de
identidad 1-0477-0193, del cargo de Cónsul General de Costa Rica
en Houston, Texas, Estados Unidos de América, al cargo de Ministro
Consejero con funciones consulares en la Embajada de Costa Rica
en Honduras, a partir del 30 de abril del 2013.
IV.—Que el funcionario ha cumplido 5 años y 1 mes en cargos
en el Servicio Exterior, por lo que de conformidad con la aplicación
del artículo 22 del Estatuto del Servicio Exterior, debe regresar al
Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto para desempeñarse en
el Servicio Interno.
V.—Que se ha decidido rotar al Ministro Consejero de carrera
diplomática, señor Óscar Mario Camacho Ramírez, del cargo de
Ministro Consejero con funciones consulares en la Embajada de
Costa Rica en Honduras, a ocupar un puesto en el Servicio Interno
del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, a partir del 01 de
noviembre del 2016. Por tanto,
ACUERDAN:
Artículo 1º—Rotar al Ministro Consejero de carrera
diplomática, señor Óscar Mario Camacho Ramírez, cédula de
identidad 1-0477-0193, del cargo de Ministro Consejero con
funciones consulares en la Embajada de Costa Rica en Honduras, a
ocupar un puesto en el Servicio Interno del Ministerio de Relaciones
Exteriores y Culto, a partir del 01 de noviembre del 2016.
Artículo 2º—Rige a partir del 01 de noviembre del 2016.
Dado en la Presidencia de la República, el 10 de junio del
2016.
LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de
Relaciones Exteriores y Culto, Manuel A. González Sanz.—1
vez.—O. C. N° 29101.—Solicitud N° 5141.—( IN2016076123 ).
Nº 0073-2016-SE-RE
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
De conformidad con los artículos 140 inciso 12 y 146 de la
Constitución Política de la República de Costa Rica; los artículos
19, 20 y 22 del Estatuto del Servicio Exterior de la República, y los
artículos 41 y 43 del Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior
de la República.
Considerando:
I.—Que mediante Acuerdo Ejecutiva Nº 015-11-SEI del 27
de enero del 2011, se nombró a la señora Georgina María Guillén
Grillo, conocida como Gina Guillén Grillo, cédula de identidad
Nº 1-0592-0324, en el cargo de Ministra Consejera de Costa Rica,
en la Misión Permanente de Costa Rica ante la Organización de
las Naciones Unidas con sede en Nueva York, Estados Unidos de
América, a partir del 01 de febrero del 2011.
II.—Que la funcionaria ha cumplido 5 años y 11 meses
en el cargo de Ministra Consejera de Costa Rica, en la Misión
Permanente de Costa Rica ante la Organización de las Naciones
Unidas con sede en Nueva York, Estados Unidos de América, por
lo que de conformidad con la aplicación del artículo 22 del Estatuto
del Servicio Exterior, debe regresar al Ministerio de Relaciones
Exteriores y Culto para desempeñarse en el servicio interno.
III.—Que se ha decidido rotar a la Consejera de carrera
diplomática, señora Georgina María Guillén Grillo, del cargo de
Ministra Consejera de Costa Rica en la Misión Permanente de
Costa Rica ante la Organización de las Naciones Unidas con sede
en Nueva York, Estados Unidos de América a partir del 01 de enero
del 2017. Por tanto,
ACUERDAN:
Artículo 1º—Rotar a la Consejera de carrera diplomática,
señora Georgina María Guillén Grillo, conocida como Gina Guillén
Grillo, cédula de identidad Nº 1-0592-0324, del cargo de Ministra
Consejera de Costa Rica en la Misión Permanente de Costa Rica
ante la Organización de las Naciones Unidas con sede en Nueva
York, Estados Unidos de América, a ocupar un puesto en el servicio
interno del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, a partir del
01 de enero del 2017.
Artículo 2º—Rige a partir del 01 de enero del 2017.
Dado en la Presidencia de la República, el 4 de julio del 2016.
LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de
Relaciones Exteriores y Culto, Manuel A. González Sanz.—1
vez.—O.C. Nº 29101.—Solicitud Nº 16651.—( IN2016076144 ).
La Gaceta Nº 211 — Jueves 3 de noviembre del 2016
N° 0081-2016-SE-RE
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
De conformidad con los artículos 140, inciso 12 y 146 de la
Constitución Política de la República de Costa Rica, los artículos 18
y 19 del Estatuto del Servicio Exterior de la República y el artículo
41 del Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior de la República.
Considerando:
I.—Que se sometió al concurso para el Servicio Exterior de la
República, N° CCSE-C-002-2016 del 13 de mayo de 2016, la plaza
de Ministro Consejero en la Misión Permanente de Costa Rica ante
la Organización de Estados Americanos en Washington, Estados
Unidos de América.
II.—Que el señor Ministro de Relaciones Exteriores .y
Culto mediante resolución DM-284-2016 del 05 de mayo del
2016, designó en el cargo de Ministra Consejera, en promoción,
en la Misión Permanente de Costa Rica ante la Organización de
Estados Americanos en Washington, Estados Unidos de América
a la Consejera de carrera diplomática señora Linyi Maricel Baidal
Sequeira, cédula de identidad número 1-0652-0618. Por tanto,
ACUERDAN:
Artículo 1°—Rotar a la Consejera de carrera diplomática
señora Linyi Maricel Baidal Sequeira, cédula de identidad número
1-0652-0618, de su cargo en, el servicio interno al cargo de Ministra
Consejera, en promoción en la Misión Permanente de Costa Rica
ante la Organización de Estados Americanos en Washington,
Estados Unidos de América a partir del 1° de setiembre del 2016.
Artículo 2°—La persona designada en este cargo debe asumir
funciones en un plazo máximo de 60 días naturales, período en
el que deberá recibir la inducción respectiva, ajustándose a las
normas laborales del Servicio Interno del Ministerio de Relaciones,
Exteriores y Culto.
Artículo 3°—Rige a partir del 1° de setiembre del 2016 al 31
de agosto del 2019.
Dado en la Presidencia de la República, el 12 de julio del
2016.
LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de
Relaciones Exteriores y Culto, Manuel A. González Sanz.—1
vez.—O. C. N° 29101.—Solicitud N° 16651.—( IN2016076149 ).
N° 0082-2016-SE-RE
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
De conformidad con los artículos 140 inciso 12 y 146 de la
Constitución Política de la República de Costa Rica, los artículos 18
y 19 del Estatuto del Servicio Exterior de la República, y el artículo
41 del Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior de la República.
Considerando:
I.—Que se Sometió al. Concurso para el Servicio Exterior de
la República, número CCSR-C-002-2016 del 13 de mayo de 2014
la plaza de Ministro Consejero con funciones consulares, en la
Embajada de Costa Rica en Bélgica.
II.—Que el Señor Ministro de Relaciones Exteriores y Culto
mediante resolución DM-284-2016 del 05 de mayo del 2016,
designó en el cargo de Ministro Consejero con funciones consulares,
en promoción en la Embajada de Costa Rica en Bélgica, al Segundo
Secretario de carrera diplomática, señor Andrés Vargas Ramírez,
cédula de: identidad número 1-1123-0454. Por tanto,
ACUERDAN:
Artículo 1º—Rotar al Segundo Secretario de carrera
diplomática, señor Andrés Vargas Ramírez, cédula de identidad
número 1-1123-0454, de su cargo en el Servicio Interno al cargo
de Ministro Consejero con funciones consulares, en promoción, en
la Embajada de Costa Rica en Bélgica a partir del 01 de setiembre
del 2016.
Artículo 2º—La persona designada en este cargo debe asumir
funciones: en un plazo máximo de 60 días naturales, período en
el que deberá recibir la inducción respectiva, ajustándose a las
normas laborales del Servicio Interno del Ministerio de Relaciones
Exteriores y Culto.
Pág 9
Artículo 3º—Rige a partir del 01 de setiembre del 2016 al 01
de setiembre del 2019.
Dado en la Presidencia de la República, el 12 de julio de12016.
LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de
Relaciones Exteriores y Culto, Manuel A. González Sanz.—1
vez.—O.C. N° 29101.—Solicitud N° 16651.—( IN2016076150 ).
N° 008-2016-SE-RE
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
De conformidad con los artículos 140 inciso 12) y 146 de la
Constitución Política de la República de Costa Rica, los artículos 18
y 19 del Estatuto0 del Servicio Exterior de la República y el artículo
41 del Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior de la República.
Considerando:
I.—Que se sometió al Concurso para el Servicio Exterior
de la República; número. CCSE-C-002-2016 del 13 de mayo de
2016, la plaza de Ministro Consejero con funciones consulares en la
Embajada de Costa Rica en España.
II.—Que el señor Ministro de Relaciones Exteriores y Culto
mediante resolución DM-284-2016 del 05 de mayo del 2016, designó
en el cargo de Ministro Consejero con funciones consulares, en
promoción, en la Embajada de Costa Rica en España, al Consejero
de carrera diplomática, señor Juan Salas Araya, cédula de identidad
número 3-0248-0955. Por tanto,
ACUERDAN:
Artículo 1º—Rotar al Consejero de carrera diplomática, señor
Juan Salas Araya, cédula de identidad número 3-0248-0955, de su
cargo en el Servicio Interno al cargo de Ministro Consejero con
funciones consulares, en promoción, en la Embajada de Costa Rica
en España, a partir del 01 de agosto del 2016.
Artículo 2º—La persona designada en este cargo debe asumir
funciones en un plazo máximo de 60 días naturales, período en
el que deberá recibir la inducción respectiva, ajustándose a las
normas laborales del Servicio Interno del Ministerio de Relaciones
Exteriores y Culto.
Artículo 3°—Rige a partir del 01 de agosto del 2016 al 01 de
agosto del 2019.
Dado en la Presidencia de la República, el 12 de julio del
2016.
LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de
Relaciones Exteriores y Culto, Manuel A. González Sanz.—1
vez.—O. C. N° 29101.—Solicitud N° 16651.—(IN2016076151 ).
N° 0083-2016-SE-RE
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
De conformidad con los artículos 140 inciso 12 y 146 de la
Constitución Política de la República de Costa Rica, los artículos 18
y 19 del Estatuto del Servicio. Exterior de la República y el artículo
41 del Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior de la República.
Considerando:
I.—Que se sometió al Concurso para el Servicio Exterior de la
República N° CCSE-C-002-2016 del 13 de mayo de 2016, la plaza
de Ministro Consejero y Cónsul General en la Embajada de Costa
Rica en Austria.
II.—Que el señor Ministro de Relaciones Exteriores y Culto
mediante resolución DM-284-2016 del 05 de mayo del 2016 designó
en el cargo de Ministro Consejero y Cónsul General, en promoción,
en la Embajada de Costa Rica en Austria al Primer Secretario de
carrera diplomática, señor Mario Alberto Vega Hernández, cédula
de identidad N° 1-0944-0036: Por tanto,
ACUERDAN:
Artículo 1º—Rotar al Primer Secretario, de carrera
diplomática, señor Mario Alberto Vega Hernández, cédula identidad
N° 1-0944-0036, de su cargo en el Servicio Interno al cargo de
Ministro Consejero y Cónsul General en promoción, en la Embajada
de Costa Rica en Austria, a partir del 01 de agosto del 2016.
Pág 10
La Gaceta Nº 211 — Jueves 3 de noviembre del 2016
Artículo 2º—La persona designada en este cargo debe asumir
funciones en un plazo máximo de 60 días naturales periodo en
el que deberá recibir la inducción respectiva, ajustándose a las
normas laborales del Servicio interno del Ministerio de Relaciones
Exteriores y Culto.
Artículo 3º—Rige a partir del 01 de agosto del 2016 al 01 de
agosto del 2019.
Dado en la Presidencia de la República, el 12 de julio del
2016.
LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de
Relaciones Exteriores y Culto, Manuel A. González Sanz.—1
vez.—O.C. N° 29101.—Solicitud N° 16651.—( IN2016076160 ).
N° 0085-2016-SE-RE
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
De conformidad con los artículos 140 inciso 12 y 146 de la
Constitución Política de la República de Costa Rica; los artículos
18 y 20 del Estatuto del Servicio Exterior de la República, y los
artículos 41 y 48 del Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior
de la República,
Considerando:
I.—Que se sometió al Concurso para el Servicio Exterior de
la República, número CCSE-C-002-2016, del 13 de mayo de 2016,
la plaza de Ministro Consejero con funciones consulares en la
Embajada de Costa Rica en Honduras.
II.—Que la Comisión Calificadora del Servicio Exterior
mediante oficio CCSE-032-16 del 24 de junio del 2016, remitió al
señor Ministro de Relaciones Exteriores los resultados del Concurso
Interno para el cargo de Ministro Consejero con funciones consulares
en la Embajada de Costa Rica en Honduras.
III.—Que mediante Resolución DM-284-2016, el señor
Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, declaró la inopia de
funcionarios de carrera diplomática del Servicio Interno para
el puesto de Ministro Consejero con funciones consulares en la
Embajada de Costa Rica en Honduras en virtud de no haber existido
oferentes.
IV.—Que mediante Acuerdo Ejecutivo N° 0071-2016-SERE, del 10 de junio del 2016, se rotó al Ministro Consejero de
carrera diplomática, señor Oscar Mario Camacho Ramírez, cédula
de identidad 1-0477-0193. del cargo de Ministro Consejero con
funciones consulares en la Embajada de Costa Rica en Honduras, a
ocupar un puesto en el Servicio Interno del Ministerio de Relaciones
Exteriores y Culto, a partir del 01 de noviembre del 2016.
V.—Que el Embajador de Costa Rica en Honduras planteó
al señor Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, su interés que
en caso de no haber oferentes para ocupar el puesto de Ministro
Consejero con funciones consulares en la Embajada de Costa Rica
en Honduras, se considerara extender el nombramiento del señor
Camacho Ramírez, quien está de acuerdo en permanecer más
tiempo en esa Embajada.
VI.—Que se ha decidido extender el nombramiento del
Ministro Consejero de carrera diplomática, señor Oscar Mario
Camacho Ramírez, en el cargo de Ministro Consejero con funciones
consulares en la Embajada de Costa Rica en Honduras, a partir del
01 de noviembre del 2016 y hasta el 30 abril del 2017. Por tanto,
ACUERDAN:
Artículo 1º—Extender el nombramiento del Ministro
Consejero de carrera diplomática, señor Óscar Mario Camacho
Ramírez, cédula de identidad 1-0477-0193, en su cargo actual de
Ministro Consejero con funciones consulares en la Embajada de
Costa Rica en Honduras, a partir del 01 de noviembre del 2016 y
hasta el 30 abril del 2017.
Artículo 2º—Rige a partir del 01 de noviembre del 2016 y
hasta el 30 abril del 2017.
Dado en la Presidencia de la República, el 28 de julio del
2016.
LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de
Relaciones Exteriores y Culto, Manuel A. González Sanz.—1
vez.—O.C. N° 29101.—Solicitud N° 16651.—( IN2016076161 ).
Nº 0086-2016-SE-RE
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
De conformidad con los artículos 140 inciso 12 y 146 de la
Constitución Política de la República de Costa Rica; los artículos
18 y 20 del Estatuto del Servicio Exterior de la República, y los
artículos 41 y 48 del Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior
de la República,
Considerando:
I.—Que mediante Acuerdo Ejecutivo Nº 0069-2016 del 10 de
junio del 2016, se rotó al Consejero de carrera diplomática, señor
William Calvo Calvo, cédula de identidad 6-0279-0128, Ministro
Consejero, en promoción, en la Misión Permanente de Costa Rica
ante la Organización de las Naciones Unidas con sede en Nueva
York, Estados Unidos de América, a ocupar un puesto en el Servicio
Interno del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, a partir del
1° de octubre del 2016.
II.—Que el señor Calvo Calvo da seguimiento a los trabajos
en la Segunda Comisión de Asuntos Económicos, Financieros y
Ambientales de Naciones Unidas cuyas sesiones se extienden hasta
el mes de diciembre y se requiere su presencia para cumplir las
obligaciones asumidas y defender los intereses de Costa Rica.
III.—Que mediante Decreto Ejecutivo Nº 39811-MRREE
del 7 de julio del 2016, se declaró de interés público y nacional,
la promoción de la candidatura de Christiana Figueres Olsen, al
cargo de Secretaria General de la Organización de Naciones Unidas,
presentada formalmente por el Estado de Costa Rica.
IV.—Que se ha decidido extender el nombramiento del
Consejero de carrera diplomática, señor William Calvo Calvo,
Ministro Consejero, en comisión, en la Misión Permanente de
Costa Rica ante la Organización de las Naciones Unidas con sede
en Nueva York, Estados Unidos de América, para dar seguimiento
a los trabajos en la Segunda Comisión de Asuntos Económicos,
Financieros y Ambientales de Naciones Unidas y apoyar las
gestiones de la candidatura de la señora Christiana Figueres Olsen,
al puesto de Secretaria General de la Organización de Naciones
Unidas, a partir del 01 de octubre del 2016 y hasta el 31 de diciembre
2016. Por tanto,
ACUERDAN:
Artículo 1º—Extender el nombramiento del Consejero de
carrera diplomática, señor William Calvo Calvo, cédula de identidad
6-0279-0128, Ministro Consejero, en comisión, en la Misión
Permanente de Costa Rica ante la Organización de las Naciones
Unidas con sede en Nueva York, Estados Unidos de América, para
dar seguimiento a los trabajos en la Segunda Comisión de Asuntos
Económicos, Financieros y Ambientales de Naciones Unidas y
además apoyar las gestiones de la candidatura de la señora Christiana
Figueres Olsen, al puesto de Secretario General de la Organización
de Naciones Unidas, a partir del 1° de octubre del 2016 y hasta el 31
de diciembre 2016.
Artículo 2º—Rige a partir del 01 de octubre del 2016 y hasta
el 31 de diciembre del 2016.
Dado en la Presidencia de la República, el 18 de agosto del
2016.
LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de
Relaciones Exteriores y Culto, Manuel A. González Sanz.—1
vez.—O. C. N° 29101.—Solicitud N° 16651.—( IN2016076162 ).
N° 0087-2016-SE-RE
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
De conformidad con los artículos 140, inciso 12, y 146 de la
Constitución Política de la República de Costa Rica; el artículo 18,
19, 21 del Estatuto del Servicio Exterior de la República de Costa
Rica y el artículo 51, 52 del Reglamento al Estatuto del Servicio
Exterior de la República.
La Gaceta Nº 211 — Jueves 3 de noviembre del 2016
Considerando:
I.—Que se sometió al Concurso para el Servicio Exterior de la
República, número CCSE-C-002-2016, del 13 de mayo de 2016, la
plaza de Consejero en la Misión Permanente de Costa Rica ante la
Organización de Naciones Unidas en Ginebra, Suiza.
II.—Que la Comisión Calificadora del Servicio Exterior
mediante oficio CCSE-032-16 del 24 de junio del 2016, remitió al
señor Ministro de Relaciones Exteriores los resultados del Concurso
Interno para el cargo de Consejero en la Misión Permanente de Costa
Rica ante la Organización de Naciones Unidas en Ginebra, Suiza.
III.—Que mediante Resolución DM-284-2016, el señor
Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, declaró la inopia de
funcionarios de carrera diplomática del Servicio Interno para el
puesto de Consejero en la Misión Permanente de Costa Rica ante la
Organización de Naciones Unidas en Ginebra, Suiza, en virtud de
no haber existido oferentes.
IV.—Que mediante Acuerdo Ejecutivo N° 0074-2015-SERE del 04 agosto del 2016 se nombró a la señora Diana Gladys
Murillo Solís, cédula de identidad número 1-11490326, en el cargo
de Primer Secretario con funciones consulares, en promoción, en la
Embajada de Costa Rica en Berna, Confederación Suiza, con rige
del 01 agosto del 2015 y hasta el 01 de agosto del 2018.
V.—Que la señora Diana Gladys Murillo Solís solicitó su
traslado a ocupar el cargo de Consejero, en promoción, en Misión
Permanente de Costa Rica ante la Organización de Naciones Unidas
en Ginebra, Suiza, declarado en inopia.
VI.—Que de conformidad con el artículo 51 del Reglamento
al Estatuto de Servicio Exterior de la República, el Ministerio
puede trasladar a los funcionarios del Servicio Exterior, según las
necesidades del servicio.
VII.—Que el Ministro ha aceptado la solicitud de trasladar a la
Agregada de carrera diplomática, señora Diana Gladys Murillo Solís,
de su actual cargo de Primer Secretario con funciones consulares,
en promoción, en la Embajada de Costa Rica en Berna, a ocupar
el cargo de Consejero, en promoción, en la Misión Permanente de
Costa Rica ante la Organización de Naciones Unidas en Ginebra,
Suiza. Por tanto,
ACUERDAN:
Artículo 1°—Trasladar a la Agregada de carrera diplomática,
señora Diana Gladys Murillo Solís, cédula de identidad número
1-1149-0326, de su actual cargo de Primer Secretario con funciones
consulares, en promoción, en la Embajada de Costa Rica en
Berna, a ocupar el cargo de Consejero, en promoción, en la Misión
Permanente de Costa Rica ante la Organización de Naciones Unidas
en Ginebra, Suiza, a partir del 01 de setiembre del 2016.
Artículo 2°—La persona designada en este cargo debe
asumir funciones el 01 de setiembre del 2016, deberá cumplir
con los procedimientos correspondientes en los casos de traslado,
presentación de informes y colaborar en lo correspondiente al
traspaso de funciones de su puesto actual, ajustándose a las normas
laborales del Servicio Exterior del Ministerio de Relaciones
Exteriores y Culto.
Artículo 3°—Rige a partir del 01 de setiembre del 2016 y
hasta el 31 de julio 2018.
Dado en la Presidencia de la República, a los 28 días de julio
del 2016.
LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de
Relaciones Exteriores y Culto, Manuel A. González Sanz.—1
vez.—O. C. N° 29101.—Solicitud N° 16651.—( IN2016076172 ).
Nº 0088-2016-SE-RE
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 140, incisos 8,
12, 20, y el artículo 146 de la Constitución Política de la República
de Costa Rica; los artículos 48 y 49 del Estatuto del Servicio
Exterior de la República y los artículos 15, 18 y 26 del Reglamento
al Estatuto del Servicio Exterior de la República,
Pág 11
Considerando:
I.—Que es labor del Ministerio de Relaciones Exteriores y
Culto buscar la excelencia y la idoneidad del personal, de acuerdo
con las necesidades del servicio y la importancia de las funciones que
se deben desempeñar, en concordancia con la estrategia establecida
en la Política Exterior de Costa Rica.
II.—Que el Poder Ejecutivo propone incorporar, en la mayor
medida posible, al desenvolvimiento de la Política Internacional,
recursos humanos calificados para promover una Política Exterior
acorde con los intereses del Estado.
III.—Que la Administración fundamenta su actuar en razones
objetivas y que el Ministerio basa su proceder en el principio
de continuidad orgánica de la Administración y en el principio
de eficiencia consagrado en el artículo 4 de la Ley General de
Administración Pública.
IV.—Que con miras a realizar el nombramiento de un
Consejero y Cónsul en la Embajada de Costa Rica en la ciudad de
Panamá, Panamá, el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto
ordenó la apertura del Concurso Interno número CCSE-C-002-16
del 16 de mayo del 2016, con el fin de que el personal de carrera
diplomática destacado en el Servicio Interno de este Ministerio
concursara para obtener el puesto de referencia.
V.—Que la Comisión Calificadora del Servicio Exterior
mediante oficio CCSE-032-16 del 24 de junio del 2016, remitió al
señor Ministro de Relaciones Exteriores los resultados del Concurso
Interno para el cargo de Consejero y Cónsul en la Embajada de
Costa Rica en la ciudad de Panamá, Panamá.
VI.—Que mediante Resolución DM-284-2016, el señor
Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, declaró la inopia de
funcionarios de carrera diplomática para el puesto de Consejero
y Cónsul en la Embajada de Costa Rica en la ciudad de Panamá,
Panamá, en virtud de no haber existido oferentes.
VII.—Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo
48 del Estatuto del Servicio Exterior de la República, el Ministerio
de Relaciones Exteriores y Culto puede hacer nombramientos
en comisión cuando existe inopia de los funcionarios de carrera
diplomática o por razones de conveniencia nacional. En el mismo
sentido, se recuerda que de conformidad con el artículo 49 del
mismo Estatuto: “Los funcionarios en Comisión serán libremente
nombrados y removidos por el Poder Ejecutivo (...)”, de manera que
con el presente nombramiento no se suspende ni limita de ninguna
manera dicha potestad de la Administración.
VIII.—Que en virtud de la inopia de funcionarios de carrera
diplomática, el Ministro de Relaciones Exteriores y Culto ha
decidido nombrar a Jorge Luis Murillo González, cédula 1-09810324, en el cargo de Consejero y Cónsul, en comisión, en la
Embajada de Costa Rica en la ciudad de Panamá, Panamá, quien
figura en el Registro de Oferentes del concurso público RRHH001-15. Esto en virtud de que es Licenciado en Derecho y Notario
Público, con una especialidad en Derecho Comercial; ha laborado
en la Dirección General de Migración y Extranjería y en Defensoría
de los Habitantes, cuenta con experiencia diplomática y consular
por haber desempeñado un cargo en el Servicio Exterior. Por estas
razones la Administración considera que es una persona idónea para
desempeñar el cargo antes mencionado.
IX.—Que el señor Jorge Luis Murillo González ha cumplido
con los requisitos que se establecen en el artículo número dieciocho
del Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior de la República de
Costa Rica y aprobó el examen sobre materia consular con una nota
de 95%. Por tanto,
ACUERDAN:
Artículo 1º—Nombrar a Jorge Luis Murillo González, cédula
1-0981-0324, en el cargo de Consejero y Cónsul, en comisión, en la
Embajada de Costa Rica en la ciudad de Panamá, Panamá, a partir
del 16 de setiembre del 2016 y hasta el 30 de setiembre de 2018;
en virtud de que cumple con todos los requisitos establecidos en el
Reglamento del Estatuto del Servicio Exterior de la República.
Artículo 2º—La persona designada en este cargo deberá
asumir funciones en un plazo máximo de 60 días naturales, período
en el que deberá recibir la inducción respectiva, ajustándose a las
normas laborales del Servicio Interno del Ministerio de Relaciones
Exteriores y Culto.
Pág 12
La Gaceta Nº 211 — Jueves 3 de noviembre del 2016
Artículo 3º—Rige a partir del 16 de setiembre del 2016 y
hasta el 30 de setiembre del 2018.
Dado en la Presidencia de la República, el 18 de agosto del
2016.
LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—Manuel A. González
Sanz Ministro de Relaciones Exteriores y Culto.—1 vez.—O. C. N°
29101.—Solicitud N° 16651.—( IN2016076173 ).
N° 0089-2016-SE-RE
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
De conformidad con los artículos 140 inciso 12 y 146 de la
Constitución Política de la República de Costa Rica; los artículos
19, 20 y 22 del Estatuto del Servicio Exterior de la República, y los
artículos 41 y 43 del Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior
de la República,
Considerando:
I.—Que mediante Acuerdo Ejecutivo N° 111-11 SE del 7 de
julio del 2011, se nombró a la señora Carol Viviana Arce Echeverría,
cédula de identidad 1-0923-0984, en el cargo de Ministra Consejera
de Costa Rica, en la Misión Permanente de Costa Rica ante la
Organización de las Naciones Unidas con sede en Nueva York,
Estados Unidos de América, a partir del 01 de diciembre del 2011.
II.—Que mediante Acuerdo Ejecutivo N° 0170-2011-SE-RE
del 14 de setiembre 2011, se modificó el rige del Acuerdo Ejecutivo
N° 111-11 SE, para hacer efectivo el nombramiento de la señora
Carol Viviana Arce Echeverría, a partir del 1 de enero 2012.
III.—Que conforme el artículo 21 del Estatuto del Servicio
Exterior de la República la funcionaria Arce Echeverría, solicitó
al Ministro, por escrito y debidamente motivada, su petición de
rotación al Servicio Interno del Ministerio.
IV.—Que se ha decidido rotar al Servicio Interno a la Consejera
de carrera diplomática, señora Carol Viviana Arce Echeverría, del
cargo de Ministra Consejera de Costa Rica en la Misión Permanente
de Costa Rica ante la Organización de las Naciones Unidas con sede
en Nueva York, Estados Unidos de América. Por tanto,
ACUERDAN:
Artículo 1°—Rotar a la Consejera de carrera diplomática,
señora Carol Viviana Arce Echeverría, cédula de identidad 1-09230984, del cargo de Ministra Consejera de Costa Rica en la Misión
Permanente de Costa Rica ante la Organización de las Naciones
Unidas con sede en Nueva York, Estados Unidos de América, a
ocupar un puesto en el Servicio Interno del Ministerio de Relaciones
Exteriores y Culto, a partir del 01 de diciembre del 2016.
Artículo 2°—Rige a partir del 01 de diciembre del 2016.
Dado en la Presidencia de la República, el 19 de agosto del
2016.
LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de
Relaciones Exteriores y Culto, Manuel A. González Sanz.—1
vez.—O. C. N° 29101.—Solicitud N° 16651.—( IN2016076174 ).
Nº 0092-2016-SE-RE
EL PRIMER VICEPRESIDENTE EN EJERCICIO
DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE RELACIONES
EXTERIORES Y CULTO
De conformidad con los artículos 140 inciso 8 y 146 de la
Constitución Política de la República de Costa Rica; los artículos
52, 53, 54 y 55 del Estatuto del Servicio Exterior de la República,
Considerando:
I.—Que mediante Acuerdo Ejecutivo Nº0021-2015-SE-RE,
del 13 de abril del 2015, se nombró a la señora Ivannia Lucía Balma
Corrales, cédula de identidad 1-0580-0423, en la plaza de Secretaria
Administrativa en el Consulado General de Costa Rica en Managua,
República de Nicaragua, a partir del 01 de abril del 2015.
II.—Que la funcionaria Balma Corrales presentó su renuncia al
Viceministro Administrativo, al cargo de Secretaria Administrativa
en el Consulado General de Costa Rica en Managua, con el pedido
de reintegrarla en su plaza en propiedad en este Ministerio, a partir
del 01 noviembre 2016.
III.—Que la Administración estima conveniente aceptar
la renuncia a la señora Balma Corrales de la plaza de Secretaria
Administrativa en el Consulado General de Costa Rica en Managua
y trasladarla a su plaza en propiedad en este Ministerio. Por tanto,
ACUERDAN:
Artículo 1º—Aceptar la renuncia a la señora Ivannia Lucía
Balma Corrales, cédula 1-0580-0423, de la plaza como Secretaria
Administrativa en el Consulado General de Costa Rica en Managua,
República de Nicaragua y trasladarla a su plaza en propiedad en
el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, a partir del 01 de
noviembre del 2016.
Artículo 2º—Rige a partir del 01 de noviembre del 2016.
Dado en la Presidencia de la República, el 22 de setiembre
del 2016.
HELIO FALLAS VENEGAS.—El Ministro de Relaciones
Exteriores y Culto a. í., Alejandro Solano Ortiz.—1 vez.—O. C. N°
29101.—Solicitud N° 16651.—( IN2016076176 ).
N° 0091-2016-SE-RE
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE RELACIONES
EXTERIORES Y CULTO
De conformidad con los artículos 140 inciso 12 y 146 de la
Constitución Política de la República de Costa Rica, el artículo 49
del Estatuto del Servicio Exterior de la República, el artículo 72
de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y las
resoluciones No.14235-2015 (DJ-1868) de las 16:15 horas del 1° de
octubre del 2015 y N° 16473-2015 (DJ-2105) de las 15:40 horas del
10 de noviembre del 2015, ambas de la Contraloría General de la
República, División Jurídica, y la resolución R-DC-033-2016 (DC0112) de las 15:00 horas del 9 de mayo del 2016, de la Contraloría
General de la República, Despacho Contralor.
Considerando:
I.—Que por Acuerdo Ejecutivo N° 0040-2016-SE-RE del 17
de marzo del 2016, se nombró a la señora Evelyn Patricia Gutiérrez
Soto, cédula 6-0191-0336 en el cargo de Consejero y Cónsul, en
comisión, en la Embajada de Costa Rica en la ciudad de Puerto
España, Trinidad y Tobago, a partir del 16 de abril del 2016 y hasta
el 16 de abril de 2018.
II.—Que la Contraloría General de la República comunicó
mediante nota de CGR/DJ-1400, del 08 de agosto del 2016, la
prohibición de ingreso o reingreso a cualquier cargo de la Hacienda
Pública, por un plazo de dos arios a partir del 10 de mayo del 2016,
impuesta a la señora Evelyn Gutiérrez Soto, Consejera y Cónsul en
comisión en la Embajada de Costa Rica en Trinidad y Tobago.
III.—Que la señora Gutiérrez, en su cargo de Consejera
diplomática, tiene dentro de sus obligaciones y deberes coordinar
las actividades administrativas de la Misión Diplomática y
dar seguimiento efectivo a las labores de control y ejecución
administrativa, y contribuir en la ejecución de las buenas prácticas
de la representación diplomática. En el cumplimiento de esas
funciones, ante la ausencia del superior inmediato en la Embajada ha
ejercido como Encargada de Negocios a. i., y, por ende, responsable
directa del manejo de fondos públicos, por lo que indefectiblemente
ostenta la condición de funcionaria de la hacienda pública.
IV.—Que además la señora Gutiérrez, en su cargo de
Cónsul, tiene la responsabilidad de dar seguimiento efectivo a los
asuntos consulares, administrativos y financieros como verificar la
recaudación de las tasas por concepto de los servicios consulares,
velar por su transferencia al Ministerio de Hacienda y rendir
cuentas de dichos dineros a la Tesorería Nacional, por lo que toma
determinadas decisiones o acciones como funcionaria de la hacienda
pública en relación con esos fondos de derechos consulares.
V.—Que de acuerdo con la nota de la Contraloría citada en
el considerando II anterior, la resolución del órgano contralor se
encuentra firme contra la funcionaria, y ese hecho fue de pleno
conocimiento de la funcionaria quien no lo informó al Ministerio ni
a su superior inmediata en la Embajada.
La Gaceta Nº 211 — Jueves 3 de noviembre del 2016
VI.—Que según la normativa vigente y la jurisprudencia de la
Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, los funcionarios
nombrados en comisión pueden ser removidos libremente por el
Poder Ejecutivo.
VII.—Que en aplicación de lo resuelto dentro del
procedimiento administrativo seguido por la Contraloría General
de la República en el expediente DJ-93-2011, y lo indicado en el
Considerando V. se debe cesar sin responsabilidad patronal a la
señora Evelyn Patricia Gutiérrez Soto, cédula 6-0191-0336 en el
cargo de Consejero y Cónsul, en comisión, en la Embajada de Costa
Rica en la ciudad de Puerto España, Trinidad y Tobago. Por tanto,
ACUERDAN:
Artículo 1º—Cesar a la señora Evelyn Patricia Gutiérrez
Soto, cédula 6-0191-0336 en el cargo de Consejero y Cónsul, en
comisión, en la Embajada de Costa Rica en la ciudad de Puerto
España, Trinidad y Tobago, a partir del 16 de setiembre del 2016.
Artículo 2º—Rige a partir del 16 de setiembre del 2016.
Dado en la Presidencia de la República, el 12 de setiembre
del 2016.
LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de
Relaciones Exteriores y Culto, Manuel A. González Sanz.—1
vez.—O. C. N° 29101.—Solicitud N° 16652.—( IN2016076179 ).
MINISTERIO DE ECONOMÍAINDUSTRIAYCOMERCIO
N° 100-MEIC-2016
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 28 inciso 2
acápite b) de la Ley General de la Administración Pública, Ley N°
6227 del 2 de mayo de 1978. Así como lo establecido en la Ley
del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el
Ejercicio Económico 2016, Ley N° 9341 del 01 de diciembre de
2015; la Ley de Formación Profesional y Capacitación del Personal
de la Administración Pública, Ley N° 6362 del 03 de setiembre de
1979; y el Reglamento de Viajes y Transportes para funcionarios
Públicos de la Contraloría General de la República, y sus reformas.
Considerando:
I.—Que es de interés para el Ministerio de Economía, Industria
y Comercio (MEIC), participar en el Programa Ejecutivo Global
“El Futuro de la Manufactura: tendencias y opciones de política”,
cuyo objetivo es dotar a los participantes de un conocimiento
práctico sobre el potencial de las nuevas tecnologías, los patrones
de comercio e inversión globales, soluciones para el avance de la
producción verde y sostenible, así como las estrategias empresariales
destinadas a hacer frente a la creciente ola de retos que plantea la
“nueva revolución industrial”.
II.—Que dicha actividad se llevará a cabo del día 15 al día 21
de octubre de 2016, en Chlewiska, Polonia.
III.—Que la participación del MEIC reviste especial interés,
pues permite el intercambio de mejores prácticas en materia de
política industrial y la adquisición de conocimientos que pueden
ayudar a crear estrategias enfoques innovadores y dar forma a las
estrategias industriales y reformas de política. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar al señor Carlos Mora Gómez, portador
de la cédula de identidad número 1-903-886, Viceministro de
Economía, Industria y Comercio, para que participe en el Programa
Ejecutivo Global “El Futuro de la Manufactura: tendencias y
opciones de política”, actividad que se llevará a cabo en ciudad de
Chlewiska, Polonia, del 15 al 21 de octubre de 2016.
Artículo 2º—Los gastos por concepto de transporte aéreo,
hospedaje y alimentación en el lugar de la actividad, le serán
financiados por la Organización para las Naciones Unidas y el
Desarrollo Industrial (ONUDI) y los gastos que no cubra la actividad
correspondiente a viáticos le serán cancelados por el programa 215
“Actividades Centrales”, subpartida 10504 “Viáticos al Exterior”, del
Ministerio de Economía, Industria y Comercio con la presentación
de las facturas. El funcionario cede el millaje generado por el viaje
al Ministerio de Economía, Industria y Comercio.
Pág 13
Artículo 3º—Rige a partir del día 15 de octubre y hasta su
regreso el día 21 de octubre del 2016, devengando el funcionario el
100% de su salario.
Dado en el Ministerio de Economía Industria y Comercio, a
los doce días del mes octubre de dos mil dieciséis.
Welmer Ramos González, Ministro de Economía,
Industria y Comercio.—1 vez.—O. C. N° 29116.—
Solicitud N° 11419.—( IN2016076425 ).
MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR
N° 0264-2016
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR
Con fundamento en los artículos 140, incisos 3) y 18) y 146 de
la Constitución Política, los numerales 25, 27 párrafo primero, 28,
párrafo segundo, inciso b) de la Ley General de la Administración
Pública, Ley N° 6227 del 02 de mayo de 1978; la Ley de Régimen
de Zonas Francas, Ley N° 7210 del 23 de noviembre de 1990 y
sus reformas, la Ley de Creación del Ministerio de Comercio
Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica,
Ley N° 7638 del 30 de octubre de 1996 y el Decreto Ejecutivo
N’ 34739-COMEX-H del 29 de agosto de 2008 y sus reformas,
denominado Reglamento a la Ley de Régimen de Zonas Francas,
Considerando:
I.—Que el señor Samuel Bermúdez Ureña, mayor, casado
dos veces, arquitecto, portador de la cédula de identidad N° 1-1106929, vecino de San José, en su condición de apoderado especial
con facultades suficientes para estos efectos de la empresa Gensler
Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica
N° 3-102-423170, presentó solicitud para acogerse al Régimen de
Zonas Francas ante la Promotora del Comercio Exterior de Costa
Rica (en adelante PROCOMER), de conformidad con la Ley N°
7210, sus reformas y su Reglamento.
II.—Que la instancia interna de la Administración de
PROCOMER, con arreglo al acuerdo adoptado por la Junta
Directiva de la citada Promotora en la sesión N° 177-2006 del 30 de
octubre de 2006, conoció la solicitud de la empresa Gensler Costa
Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica N°
3-102-423170, y con fundamento en las consideraciones técnicas
y legales contenidas en el informe de la Dirección de Regímenes
Especiales de PROCOMER N° 17-2016, acordó recomendar al
Poder Ejecutivo el otorgamiento del Régimen de Zonas Francas a la
mencionada empresa, al tenor de lo dispuesto por la Ley N° 7210,
sus reformas y su Reglamento.
III.—Que se ha cumplido con el procedimiento de Ley. Por
tanto,
ACUERDAN:
1°—Otorgar el Régimen de Zonas Francas a la empresa
Gensler Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula
jurídica N° 3-102-423170 (en adelante denominada la beneficiaria),
clasificándola como Industria de Servicios, de conformidad con el
inciso c) del artículo 17 de la Ley N° 7210 y sus reformas.
2°—La actividad de la beneficiaria consistirá en brindar
servicios de diseño de la imagen, identidad visual, gráficos
ambientales y señalética, modelado tridimensional; diseño,
desarrollo y confección de modelos y dibujos técnicos, preparación de
manuales con especificaciones técnicas y modelos tridimensionales
para el desarrollo de productos de consumo masivo, así como la
revisión de materiales, dirección de fabricación y corroboración de
las especificaciones técnicas en el proceso de implementación.
3°—La beneficiaria operará en el parque industrial denominado
Zona Franca del Este (ZFE) S.A., específicamente en su ubicación
del distrito San Rafael, del cantón Escazú, de la provincia de San
José.
4°—La beneficiaria gozará de los incentivos y beneficios
contemplados en la Ley N° 7210 y sus reformas, con las
limitaciones y condiciones que allí se establecen y con apego a las
regulaciones que al respecto establezcan tanto el Poder Ejecutivo
como PROCOMER.
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La Gaceta Nº 211 — Jueves 3 de noviembre del 2016
Los plazos, términos y condiciones de los beneficios otorgados
en virtud de la Ley N° 7210 quedan supeditados a los compromisos
asumidos por Costa Rica en los tratados internacionales relativos a
la Organización Mundial del Comercio (OMC), incluyendo, entre
otros, el Acuerdo sobre Subvenciones y Medidas Compensatorias
(ASMC) y las decisiones de los órganos correspondientes de la
OMC al amparo del artículo 27 párrafo 4 del ASMC. En particular,
queda establecido que el Estado costarricense no otorgará los
beneficios previstos en la Ley N° 7210 que de acuerdo con el ASMC
constituyan subvenciones prohibidas, más allá de los plazos para la
concesión de las prórrogas previstas en el artículo 27 párrafo 4 del
ASMC a determinados países en desarrollo.
Para los efectos de las exenciones otorgadas debe tenerse en
consideración lo dispuesto por los artículos 62 y 64 del Código de
Normas y Procedimientos Tributarios, Ley N° 4755, del 3 de mayo
de 1971 y sus reformas, en lo que resulten aplicables.
Asimismo, la empresa beneficiaria podrá solicitar la aplicación
de lo dispuesto en el artículo 20 bis de la Ley N° 7210 del 23 de
noviembre de 1990 y sus reformas, si cumple con los requisitos
y condiciones establecidos en tal normativa y sin perjuicio de la
discrecionalidad que, para tales efectos, asiste al Poder Ejecutivo.
5°—De conformidad con lo dispuesto por el artículo 20, inciso
g) de la Ley de Régimen de Zonas Francas (Ley N° 7210 del 23 de
noviembre de 1990 y sus reformas) la beneficiaria gozará de exención
de todos los tributos a las utilidades, así como cualquier otro, cuya
base imponible se determine en relación con las ganancias brutas o
netas, con los dividendos abonados a los accionistas o ingresos o
ventas, según las diferenciaciones que dicha norma contiene.
Dicha beneficiaria sólo podrá introducir sus servicios al
mercado local, observando rigurosamente los requisitos establecidos
al efecto por el artículo 22 de la Ley N° 7210 y sus reformas,
en particular los que se relacionan con el pago de los impuestos
respectivos.
6°—La beneficiaria se obliga a cumplir con un nivel mínimo
de empleo de 150 trabajadores, a más tardar el 01 de diciembre del
2016. Asimismo, se obliga a realizar y mantener una inversión nueva
inicial y mínima total en activos fijos de al menos US $200.000,00
(doscientos mil dólares, moneda de curso legal de los Estados
Unidos de América), a más tardar el 01 de diciembre del 2018.
Finalmente, la empresa beneficiaria se obliga a mantener un
porcentaje mínimo de valor agregado nacional de un 100%.
PROCOMER vigilará el cumplimiento del nivel de inversión
antes indicado, de conformidad con los criterios y parámetros
establecidos por el Reglamento a la Ley de Régimen de Zonas
Francas. Tal facultad deberá ser prevista en el respectivo Contrato
de Operaciones que suscribirá la beneficiaria, como un obligación a
cargo de ésta. Consecuentemente, el Poder Ejecutivo podrá revocar
el Régimen a dicha empresa en caso de que, conforme con aquellos
parámetros, la misma no cumpla con el nivel mínimo de inversión
anteriormente señalado.
7°—Una vez suscrito el Contrato de Operaciones, la
empresa se obliga a pagar el canon mensual por derecho de uso del
Régimen de Zonas Francas. La fecha prevista para el inicio de las
operaciones productivas es el 01 de diciembre del 2016. En caso
de que por cualquier circunstancia la beneficiaria no inicie dicha
etapa de producción en la fecha antes señalada, continuará pagando
el referido canon, para lo cual la Promotora de Comercio Exterior
de Costa Rica seguirá tomando como referencia para su cálculo las
proyecciones de ventas consignadas en su respectiva solicitud.
Para efectos de cobro del canon, la empresa deberá informar a
PROCOMER de las ventas mensuales realizadas. El incumplimiento
de esta obligación provocará el cobro retroactivo del canon, para
lo cual PROCOMER tomará como referencia para su cálculo, las
proyecciones de ventas consignadas en su respectiva solicitud.
8°—La beneficiaria se obliga a cumplir con las regulaciones
ambientales exigidas por el Ministerio de Ambiente y Energía
(MINAE) y la Secretaría Técnica Nacional Ambiental (SETENA)
y deberá presentar ante dichas dependencias o ante el Ministerio
de Salud, según sea el caso, los estudios y documentos que le sean
requeridos. Asimismo, la beneficiaria se obliga a cumplir con todas
las normas de protección del medio ambiente que la legislación
costarricense e internacional disponga para el desarrollo sostenible
de las actividades económicas, lo cual será verificado por las
autoridades competentes.
9°—La beneficiaria se obliga a presentar ante PROCOMER
un informe anual de operaciones, en los formularios y conforme a las
condiciones que PROCOMER establezca, dentro de los cuatro meses
siguientes al cierre del año fiscal. Asimismo, la beneficiaria estará
obligada a suministrar a PROCOMER y, en su caso, al Ministerio
de Hacienda, toda la información y las facilidades requeridas para
la supervisión y control del uso del Régimen de Zonas Francas y de
los incentivos recibidos. Además, deberá permitir que funcionarios
de la citada Promotora ingresen a sus instalaciones, en el momento
que lo consideren oportuno, y sin previo aviso, para verificar el
cumplimiento de las obligaciones de la Ley de Régimen de Zonas
Francas y su Reglamento.
10.—En caso de incumplimiento por parte de la beneficiaria
de las condiciones de este Acuerdo o de las leyes, reglamentos
y directrices que le sean aplicables, el Poder Ejecutivo podrá
imponerle multas, suprimir, por un plazo desde un mes hasta un
año, uno o varios incentivos de los indicados en el artículo 20 de
la Ley N° 7210, o revocarle el otorgamiento del Régimen de Zona
Franca, sin responsabilidad para el Estado, todo de conformidad
con lo dispuesto en la Ley N° 7210, sus reformas y su Reglamento.
La eventual imposición de estas sanciones será sin perjuicio de
las demás responsabilidades administrativas, civiles o penales que
pudieren corresponderle a la beneficiaria o sus personeros.
11.—Una vez comunicado el presente Acuerdo Ejecutivo, la
empresa beneficiaria deberá suscribir con PROCOMER un Contrato
de Operaciones. En caso de que la empresa no se presente a firmar
el Contrato de Operaciones, y no justifique razonablemente esta
situación, PROCOMER procederá a confeccionar un Acuerdo
Ejecutivo que dejará sin efecto el que le otorgó el Régimen.
Para el inicio de operaciones productivas al amparo del
Régimen, la empresa deberá haber sido autorizada por la Dirección
General de Aduanas como auxiliar de la función pública aduanera,
según lo dispuesto en la Ley General de Aduanas y su Reglamento.
12.—Las directrices que, para la promoción, administración y
supervisión del Régimen emita PROCOMER, serán de acatamiento
obligatorio para los beneficiarios y las personas que directa o
indirectamente tengan relación con ellos o con la citada Promotora.
13.—El uso indebido de los bienes o servicios exonerados
será causa suficiente para que el Ministerio de Hacienda proceda a
la liquidación de tributos exonerados o devueltos y ejerza las demás
acciones que establece el Código de Normas y Procedimientos
Tributarios en materia de defraudación fiscal, sin perjuicio de las
demás sanciones que establece la Ley N° 7210 y sus reformas y
demás leyes aplicables.
14.—La empresa beneficiaria se obliga a cumplir con todos
los requisitos de la Ley N° 7210, sus reformas y reglamentos, así
como con las obligaciones propias de su condición de auxiliar de la
función pública aduanera.
15.—De conformidad con el artículo 74 de la Ley Constitutiva
de la Caja Costarricense de Seguro Social, Ley N° 17 del 22 octubre
de 1943 y sus reformas, el incumplimiento de las obligaciones
para con la seguridad social, podrá ser causa de pérdida de las
exoneraciones e incentivos otorgados, previa tramitación del
procedimiento administrativo correspondiente.
Rige a partir de su comunicación.
Comuníquese y publíquese.
Dado en la Presidencia de la República. San José, a los
dieciséis días del mes de agosto de dos mil dieciséis.
LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro
de Comercio Exterior, Alexander Mora Delgado.—1
vez.—( IN2016076470 ).
N° 0402-2016
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR
Con fundamento en los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de
la Constitución Política; los numerales 25, 27 párrafo primero, 28
párrafo segundo, inciso b) de la Ley General de la Administración
Pública; la Ley de Régimen de Zonas Francas, Ley N° 7210 del
23 de noviembre de 1990 y sus reformas; la Ley de Creación del
La Gaceta Nº 211 — Jueves 3 de noviembre del 2016
Ministerio de Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio
Exterior de Costa Rica, Ley N° 7638 del 30 de octubre de 1996 y el
Decreto Ejecutivo N° 34739-COMEX-H del 29 de agosto de 2008,
denominado Reglamento a la Ley de Régimen de Zonas Francas; y
Considerando:
I.—Que mediante Acuerdo Ejecutivo N° 546-2004 de fecha 05
de octubre de 2004, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 235
del 01 de diciembre de 2004; modificado por el Acuerdo Ejecutivo
N° 33-2006 de fecha 21 de febrero de 2006, publicado en el Diario
Oficial La Gaceta N° 133 del 11 de julio de 2006; por el Acuerdo
Ejecutivo N° 322-2007 de fecha 22 de agosto de 2007, publicado
en el Diario Oficial La Gaceta N° 188 del 01 de octubre de 2007;
por el Acuerdo Ejecutivo N° 588-2009 de fecha 22 de septiembre
de 2009, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 205 del 22 de
octubre de 2009; por el Acuerdo Ejecutivo N° 644-2009 de fecha 06
de noviembre de 2009, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N°
12 del 19 de enero de 2010; por el Acuerdo Ejecutivo N° 645-2010
de fecha 16 de diciembre de 2010, publicado en el Diario Oficial La
Gaceta N° 20 del 28 de enero de 2011; por el Acuerdo Ejecutivo
N° 071-2012 de fecha 17 de abril de 2012, publicado en el Diario
Oficial La Gaceta N° 105 del 31 de mayo de 2012; por el Acuerdo
Ejecutivo N’ 388-2012 de fecha 28 de setiembre de 2012, publicado
en el Diario Oficial La Gaceta N° 232 del 30 de noviembre de 2012;
por el Acuerdo Ejecutivo N° 0009-2013 de fecha 16 de enero de
2013, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 43 del 01 de
marzo de 2013; por el Acuerdo Ejecutivo N° 329-2013 de fecha 15
de noviembre de 2013, publicado en el Diario Oficial La Gaceta
N° 20 del 29 de enero de 2014; por el Acuerdo Ejecutivo N° 00492014 de fecha 05 de mará de 2014, publicado en el Diario Oficial
La Gaceta N° 79 del 25 de abril de 2014; por el Acuerdo Ejecutivo
N° 120-2014 de fecha 02 de junio de 2014, publicado en el Diario
Oficial La Gaceta N° 164 del 27 de agosto de 2014; por el Informe
número 95-2014 de fecha 04 de agosto de 2014, emitido por
PROCOMER; y por el Acuerdo Ejecutivo N° 247-2015 de fecha 03
de agosto de 2015, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 182
del 18 de setiembre de 2015; a la empresa Eurocenter Inmobiliaria
de Costa Rica ECR S. A., cédula jurídica número 3-101-223734, se
le concedieron los beneficios e incentivos contemplados por la Ley
de Régimen de Zonas Francas, Ley N° 7210 del 23 de noviembre de
1990, sus reformas y su Reglamento, como empresa administradora
de parque, de conformidad con el inciso eh) del artículo 17 de dicha
Ley.
II.—Que mediante documentos presentados los días 04, 11
y 18 de agosto de 2016, en la Dirección de Regímenes Especiales
de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica, en adelante
PROCOMER, la empresa Eurocenter Inmobiliaria de Costa Rica
ECR S. A., cédula jurídica número 3-101-223734, solicitó la
disminución del área declarada como Zona Franca y la actualización
de los inmuebles en los cuales se ubica dicha área declarada Zona
Franca.
III.—Que la instancia interna de la Administración de
PROCOMER, con arreglo al Acuerdo adoptado por la Junta
Directiva de PROCOMER en la sesión N° 177-2006 del 30 de
octubre de 2006, conoció la solicitud de la empresa Eurocenter
Inmobiliaria de Costa Rica ECR S. A., cédula jurídica número
3-101-223734, y con fundamento en las consideraciones técnicas
y legales contenidas en el informe de la Dirección de Regímenes
Especiales de PROCOMER número 106-2016, acordó recomendar
al Poder Ejecutivo la respectiva modificación del Acuerdo Ejecutivo,
al tenor de lo dispuesto por la Ley N° 7210 del 23 de noviembre de
1990, sus reformas y su Reglamento.
IV.—Que se han observado los procedimientos de Ley. Por
tanto;
ACUERDAN:
1°—Modificar el Acuerdo Ejecutivo N° 546-2004 de fecha 05
de octubre de 2004, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 235
del 01 de diciembre de 2004 y sus reformas, para que en el futuro la
cláusula segunda se lea de la siguiente manera:
Pág 15
“2. Declárese Zona Franca el área donde se desarrollará
el proyecto, de conformidad con la Ley N° 7210 del 23 de
noviembre de 1990 y su Reglamento:
A) El piso 3 de la torre este así como el pasillo interno
que comunica las dos oficinas de este piso, el piso 4 de la
torre este, los pisos 2, 3 y 4 de la torre oeste, los módulos
centrales que unen los pisos 3 y 4 de la torre este con los
pisos 3 y 4 de la torre oeste, y el piso 5 del área central,
todos del Centro de Negocios denominado Eurocenter 1,
situado en el Distrito Ulloa, Cantón Central-Heredia, de
la provincia de Heredia, matrícula de folio real número
150394-F-000.
B) Los pisos 1, 2, 3, 4 y 5 de la torre este, los pisos 1, 2,
3, 4, 5, de la torre norte, incluyendo los módulos centrales
de cada piso que unen ambas torres, y el piso 6 de la
torre norte, todos del Centro de Negocios denominado
Eurocenter II, situado en el distrito Ulloa, cantón central
Heredia de la provincia de Heredia, matrícula de folio real
número 150395-P-000”.
2°—En todo lo que no ha sido expresamente modificado, se
mantiene lo dispuesto en el Acuerdo Ejecutivo N° 546-2004 de fecha
05 de octubre de 2004, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N°
235 del 01 de diciembre de 2004 y sus reformas.
3°—Rige a partir de su notificación.
Comuníquese y publíquese.
Dado en la Presidencia de la República. San José, a los doce
días del mes de setiembre del año dos mil dieciséis.
LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro
de Comercio Exterior, Alexander Mora Delgado.—1
vez.—( IN2016076243 ).
RESOLUCIONES
MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Res. N° 949-2016-MEP.—San José, a las once horas con
treinta minutos del dieciocho de marzo del dos mil dieciséis.
Se conoce solicitud formulada por la señora Dinorah Vallejo
Ortiz, viuda, mayor de edad, cédula de identidad número 5-143219, en calidad de representante legal con facultad de apoderada
generalísima sin límite de suma de Navarro Vallejo Sociedad
Anónima, con número de cédula jurídica 3-101-307209, de
conformidad con lo que establece el Decreto N° 24017-MEP
Reglamento sobre Centros Docentes Privados, del nueve de febrero
del año mil novecientos noventa y cinco, para la oficialización,
reconocimiento, equiparación, certificación y acreditación de los
niveles de la Educación Diversificada, impartidos en el Centro
Educativo Sistema Educativo CENIT.
Resultando:
I.—Que según certificación CERT 13-2016, de fecha 24 de
febrero del 2016, emitida por el Departamento de Análisis Técnico
de la Dirección de Educación Privada, el Centro Educativo Sistema
Educativo CENIT, tiene acreditado los niveles de Educación
Preescolar (Ciclo Materno Infantil Interactivo II y Ciclo de
Transición) mediante Resolución N° CP-080-2002-MEP-de fecha
20 de noviembre del 2002, I Ciclo de la Educación General Básica
a través de la Resolución N° CP 051-05-MEP, de fecha 22 de
noviembre del 2005, II Ciclo de la Educación General Básica según
Resolución N° CP 010-07-MEP de fecha 19 de enero del 2007 y
III Ciclo de la Educación General Básica mediante Resolución N°
2636-2014-MEP de fecha 02 de octubre del 2014. (Vista a folio 102
del Expediente Administrativo).
II.—Que mediante escrito del día 17 de agosto del 2015, la
señora Dinorah Vallejo Ortiz, de calidades dichas, presentó formal
solicitud para la oficialización, reconocimiento, equiparación,
certificación y acreditación de los niveles de la Educación
Diversificada, impartidos en el Centro Educativo Sistema Educativo
CENIT, situado en Guanacaste, cantón Liberia, barrio el Capulín de
Mcdonals 500 mts al norte y 200 mts al oeste, Dirección Regional
de Educación de Liberia, circuito escolar 04. (Vista a folio 101 del
Expediente Administrativo).
Pág 16
La Gaceta Nº 211 — Jueves 3 de noviembre del 2016
III.—Que la señora Dinorah Vallejo Ortiz, mediante solicitud
número 2014-0003585, promovió ante el Registro Público de
la Propiedad Industrial del Registro Nacional de la República de
Costa Rica, la inscripción de Marca de Servicios Sistema Educativo
CENIT, quedando inscrita a partir del 8 de noviembre del 2014, con
Registro N° 238417, para proteger en clase 41 servicio de enseñanza
privada. (Vista a folio 99 del Expediente Administrativo).
IV.—El Departamento de Análisis Técnico de la Dirección
de Educación Privada, mediante oficio DEP-AT-1038-2015,
rinde informe ocular donde constató los aspectos relativos a las
instalaciones físicas, equipo y mobiliario del Centro Educativo
Sistema Educativo CENIT, determinando que cumple con todos
los requerimientos técnico administrativos e infraestructurales
necesarios para recibir la autorización por parte del MEP, para los
niveles de la Educación Diversificada. Todo ello, de conformidad
con lo dispuesto por el artículo 120 del Decreto Ejecutivo 38170MEP (Organización Administrativa de las Oficinas Central
del Ministerio de Educación Pública). (Vista a folios 3 al 9 del
Expediente Administrativo).
V.—El Departamento de Investigación y Desarrollo de
la Dirección de Infraestructura y Equipamiento Educativo
del Ministerio de Educación Pública, mediante oficio DIEEDEI-063-2015 del 18 de febrero del 2015, le comunicó a la
Dirección de Educación Privada la aprobación de la infraestructura
física del Centro Educativo Sistema Educativo CENIT, para el nivel
de IV Ciclo (10 y 11 año), sobre la base del oficio DIEE DEI-0632015, el cual indica en lo que interesa “...Para que proceda según
corresponda, hago de su conocimiento que las instalaciones físicas
del Centro Educativo CENIT; fueron analizadas el presente día, ya
que las mismas fueron concluidas en concordancia con los planos
presentados a esta Dirección según oficio: DIEE-DEI-0202-2014
con fecha 24 de junio del 2014 y cumplen con lo estipulado en la Ley
y Reglamento de Construcciones N° 833 reforma N° 7029 del 23 de
abril de 1986, Ley 7600 del 29 de mayo de 1996 y demás normativa
conexa”. (Vista a folios 11 y 12 del Expediente Administrativo).
VI.—El Departamento de Análisis Técnico de la Dirección de
Educación Privada, realizó el estudio de la documentación presentada
que corresponde al Plan de Estudios, Programas, Calendario
Escolar, Distribución Horaria Semanal, Normas de Evaluación
del Aprendizaje y Normas de Promoción, Nómina de Autoridades
Docentes Institucionales y Nómina de Personal Docente y mediante
oficio DEP-AT-81-2016, del 29 de febrero del 2016, remitió a la
Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Educación Pública
la solicitud, para el procedimiento correspondiente de oficialización,
reconocimiento, equiparación, certificación y acreditación de
los niveles de la Educación Diversificada, impartida en el Centro
Educativo Sistema Educativo CENIT, indicando que la solicitud
cumple con los requisitos establecidos en los artículos 5 y 6 del
Decreto N° 24017-MEP, (Reglamento sobre Centros Docentes
Privados, del nueve de febrero del año mil novecientos noventa y
cinco). (Vista a folio 119 del Expediente Administrativo).
Considerando único:
La solicitud presentada por la señora Dinorah Vallejo Ortiz, de
calidades citadas, en su condición de representante legal con facultad
de apoderada generalísima sin límite de suma de Navarro Vallejo
Sociedad Anónima, con número de cédula jurídica 3-101-307209,
para la oficialización, reconocimiento, equiparación, certificación y
acreditación de los niveles de la Educación Diversificada, impartido
en el Centro Educativo Sistema Educativo CENIT, fue revisada por
el Departamento de Análisis Técnico de la Dirección de Educación
Privada, de conformidad con lo dispuesto en el artículo ocho del
Decreto N° 24017-MEP, (Reglamento sobre Centros Docentes
Privados, del nueve de febrero del año mil novecientos noventa y
cinco), determinándose que cumple con los requisitos que exige
dicha norma.
Por otra parte, el Departamento de Investigación y Desarrollo
de la Dirección de Infraestructura y Equipamiento Educativo del
Ministerio de Educación Pública, realizó la inspección ocular de
las instalaciones físicas del Centro Educativo Sistema Educativo
CENIT, indicando que las mismas fueron aprobadas por cumplir
con los requisitos exigidos.
Que la documentación aportada para el trámite correspondiente
a la oficialización, reconocimiento, equiparación, certificación y
acreditación de los niveles de la Educación Diversificada, impartido
en el Centro Educativo Sistema Educativo CENIT, fue revisada por
la Dirección de Asuntos Jurídicos, determinándose que se realiza
conforme a derecho. Por tanto,
EL PRIMER VICEPRESIDENTE
EN EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
Y LA MINISTRA DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Con fundamento en las consideraciones y citas normativas
que anteceden;
RESUELVEN:
Primero.—Que los estudios que se realicen en el Centro
Educativo Sistema Educativo CENIT situado en Guanacaste, cantón
Liberia, barrio el Capulín de McDonals 500 mts al norte y 200 mts
al oeste, Dirección Regional de Educación de Liberia, circuito
escolar 04, tendrán correspondencia con los niveles de la Educación
Diversificada.
Segundo.—En consecuencia, dicho Centro de Enseñanza
podrá emitir el Título de Bachiller de la Educación Media.
Tercero.—La solicitante está en la obligación de mantener
actualizado el expediente, que para tales efectos educativos se
encuentra resguardado en la Dirección de Educación Privada,
aportando todos aquellos documentos, durante la vigencia de la
oficialización, equiparación, certificación y acreditación de los
estudios aprobados por el Ministerio de Educación Pública.
Cuarto.—Rige a partir del curso lectivo correspondiente al
año dos mil dieciséis.
Publíquese la presente Resolución en el Diario Oficial La
Gaceta, así como en la página web del Ministerio de Educación
Pública.
Notifíquese.
HELIO FALLAS VENEGAS.—La Ministra de Educación
Pública, Sonia Marta Mora Escalante.—1 vez.—O. C. N° 28534.—
Solicitud N° 11552.—( IN2016076494 ).
DOCUMENTOS VARIOS
PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
DIRECCIÓN GENERAL DEL SERVICIO CIVIL
N° SC-015-2016.—San José, 14 de octubre del 2016.
Se hace saber que la Dirección General de Servicio Civil ha
emitido las siguientes resoluciones:
DG-199-2016: Se modifica el Manual de Especialidades
Docentes, específicamente en el apartado de “Atinencias
Académicas” de la especialidad que se detalla, para que se
incluya la carrera de Maestría Profesional en Gestión Ambiental
y Desarrollo Sostenible, tal y como se detalla en la presente
resolución.
DG-200-2016: Se modifica el Manual Descriptivo de
Especialidades Docentes (Resolución DG-399-2010), en
particular las especialidades “Agropecuario en Producción
Pecuaria” y “Agropecuario en Producción Agrícola”, de manera
que en el apartado “Atinencias Académicas” se incluya el título
académico de Diplomado en Agroecoturismo de la Escuela
Centroamericana de Ganadería, según se indica en la presente
resolución.
DG-201-2016: Se modifica la Resolución DG-399-2010 que
contiene el Manual de Especialidades Docentes, específicamente
en cuanto al apartado de “Atinencias Académicas” de las
especialidades detalladas a continuación para que se modifique
el nombre de la carrera Bachillerato en Gestión Empresarial
del Turismo Sostenible con sus énfasis de Negocios Turísticos,
Agencias de Viajes y Líneas Aéreas, Hotelería y Turismo
Alternativo, todas de la Universidad Nacional, de la manera
como se muestra en la presente resolución.
DG-202-2016: Se modifica el Manual Descriptivo de
Especialidades Docentes, específicamente en el apartado
de “Atinencias Académicas” de la especialidad que se
La Gaceta Nº 211 — Jueves 3 de noviembre del 2016
detalla, para que se incluyan las carreras de Bachillerato y
Licenciatura en Comercio Internacional y Licenciatura en
Comercio Internacional con énfasis en Gestión Aduanera de
la Universidad Internacional de las Américas, tal y como se
detalla en la presente resolución.
DG-203-2016: Se modifica el artículo 6 y 7 de la
resolución DG-156-2015 emitida el 21 de setiembre del 2015
sobre la asignación del pago de sobresueldos por funciones
administrativas del Ministerio de Educación Pública propias
de puestos sujetos al Título I del Estatuto de Servicio Civil,
limitándolo a funcionarios que desempeñen labores de índole
operativo y calificado, correspondientes a clases de puestos del
Manual de Clases Anchas. Rige a partir del 1° de enero del 2017
y queda sujeto a disponibilidad presupuestaria.
DG-204-2016: Se prorroga la modificación temporal de
requisitos dispuestas para las clases de Asistente de Salud de
Servicio Civil 1,2 y 3, Grupo de Especialidad Microbiología
Asistencial, dictada conforme a la Resolución DG-165-2014 de
fecha 03 de setiembre del 2014. Rige a partir del 07 de octubre
del 2016 y hasta por dos años, en el tanto persista la situación de
inopia de personal para dichas clases y especialidad.
DG-209-2016: Se elimina de la Escala de Sueldos de
la Administración Pública, la clase Formador Artístico de
Servicio Civil y se modifica el Manual Descriptivo de Clases
Artísticas (Resolución DG-037-2010 del 10 de febrero de
2010), correspondiente al Título IV del Régimen Artístico, de
conformidad tal y como se detalla en la presente resolución.
Publíquese.—Lic. Hernán A. Rojas Angulo. MBA,
Director General.—1 vez.—O. C. 340002818.—Sol.
68165.—( IN2016076131 ).
HACIENDA
DIRECCIÓN GENERAL DE TRIBUTACIÓN
Que de conformidad con lo establecido en el segundo párrafo
del artículo 174 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios,
adicionado por el artículo 2 de la Ley de Fortalecimiento de la
Gestión Tributaria, N° 9069 de 10 de setiembre del 2012, se concede
a las entidades representativas de intereses de carácter general,
corporativo o de intereses difusos, un plazo de diez días hábiles
contados a partir de la primera publicación del presente aviso,
con el objeto de que expongan su parecer respecto del proyecto
de resolución denominado “Resolución Procedimiento para la
Eliminación o Disminución de pagos parciales del Impuesto Sobre la
Renta”. Las observaciones sobre el proyecto en referencia, deberán
expresarse por escrito y dirigirlas al correo electrónico “herrerack@
hacienda.go.cr”, o a la Dirección de Recaudación, sita San José,
Edificio La Llacuna, calle 5, avenidas central y primera, Dirección
de Recaudación, piso número 12. Para los efectos indicados, el
citado proyecto se encuentra disponible en el sitio Web: http://www.
hacienda.go.cr en la sección “propuestas en consulta pública”.
San José, a las doce horas del diez de octubre del dos mil
dieciséis. —Carlos Vargas Durán, Director General.—O. C. N°
3400029381.—Solicitud N° 67759.—( IN2016075730 ).
2 v. 2.
EDUCACIÓN PÚBLICA
DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS
RESOLUCION N°DRH-1655-2016-LEG
Dirección de Recursos Humanos.—Al ser las once horas y
cincuenta y un minutos del día veintinueve de setiembre del 2016.
Se procede a delegar trámites, actos administrativos, así como
la firma de estos, todo de conformidad con lo establecido en la Ley
General de la Administración Pública (artículos del 89 al 92) y las
potestades otorgadas a través del ordenamiento jurídico específico.
Resultando:
I.—Que el Artículo 117 del Reglamento del Estatuto de
Servicio Civil, establece que para efectos de pago de salario, toda
reasignación de puestos regirá a partir del primer día del siguiente
mes calendario de conformidad con la fecha indicada en la resolución
Pág 17
que dicte la Dirección General, y con sujeción a las disposiciones
de la Ley de Salarios de la Administración Pública, en cuanto a la
disponibilidad de contenido presupuestario.
II.—Que de conformidad con la certificación de fecha cuatro
de enero del 2016, suscrita por mi persona, se acreditó el presupuesto
aprobado en la partida de remuneraciones, para la coletilla 180
“reasignaciones” en la subpartida 00101 “sueldos para cargos fijos
correspondiente al año 2016.
III.—Que en virtud de la especialidad de la materia y dadas las
distintas responsabilidades que le atañen a la Directora de Recursos
Humanos de esta cartera, (en adelante delegante), así dispuesto
en el Decreto Ejecutivo 38170-MEP denominado “Organización
administrativa de la oficinas centrales del Ministerio de Educación
Pública”, se estima procedente la delegación de trámites, actos
administrativos y su respectiva firma, en los términos establecidos
por la Ley General de la Administración Pública, artículos del 89
al 92, actividades administrativas que se procederá a detallar en
adelante.
IV.—Que en virtud de lo que establece el artículo 90 de la
Ley General de la Administración Pública, la delegación de los
trámites, actos y procedimientos que aquí se conocen, tendrán los
límites regulados conforme este numeral, y podrá ésta ser revocada
en cualquier momento por el órgano que la ha conferido.
V.—Que conforme a la regla del artículo 91 de la Ley General
de la Administración Pública, “El delegante tendrá siempre la
obligación de vigilar la gestión del delegado.”
VI.—Que para el presente dictado se han observado a fin de
no causar nulidad de los actos y/o daños y perjuicios a terceros, la
Constitución Política, el Estatuto de Servicio Civil, la Ley General
de la Administración Pública y los Principios Rectores de las normas
que aquí soportan, así como los Usos y las Costumbres.
Considerando Único
El proceso que aquí se conoce, se torna imperiosamente
necesario en razón de la cantidad de funciones que actualmente
atiende la Directora de Recursos Humanos, y responde a la traslación
de un ente u órgano superior a otro de nivel inferior del ejercicio de
una competencia, reteniendo el delegante (en este caso la señora
Directora de Recursos Humanos), la titularidad de la misma.
La delegación supone, por cierto, que la autoridad delegante
esté facultada por Ley para realizar la delegación, (como ocurre en
el presente caso facultación otorgada a través del decreto ejecutivo
N°38170-MEP denominado “Organización administrativa de
la oficinas centrales del Ministerio de Educación Pública), así
como ajustada a los artículos 89 al 92 de la Ley General de la
Administración Pública. El acto de delegación que aquí se atiende,
se hace en virtud de un acto administrativo de carácter específico.
Por esta misma razón, la delegación es esencialmente revocable
por la autoridad delegante (Artículo 90 de la Ley general de la
Administración Pública).
Debe destacarse que la responsabilidad por las decisiones
administrativas que se adopten o por las actuaciones que se ejecuten
recaerá en el órgano delegante. El órgano delegante conserva su
deber de control jerárquico sobre el delegado. Del mismo modo, en
la denominada delegación de firma, la responsabilidad permanece
en la autoridad delegante.
Una vez aclarada la figura de la delegación, de conformidad
con lo descrito en la Ley General de la Administración Pública,
artículos ya citados, se procede a delegar a quien ocupe el cargo
de Jefe del Departamento de Promoción del Recurso Humano de
la Dirección de Recursos Humanos, y en ausencia del mismo le
corresponde a quien ocupe el cargo de Jefe de la Unidad de Análisis
Ocupacional, el trámite y acto administrativo que a continuación se
describe:
“La firma de certificaciones que acrediten la disponibilidad
presupuestaria para los estudios de clasificación de puestos
que impliquen aumento salarial, según los controles y
administración establecida por la Unidad de Análisis
Ocupacional del Departamento de Promoción del Recurso
Humano sobre la coletilla 180, la cual da contenido económico
a todos los estudios de clasificación de puestos y reajustes de
salario del Ministerio de Educación Pública.” Por tanto,
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La Gaceta Nº 211 — Jueves 3 de noviembre del 2016
LA DIRECTORA DE RECURSOS HUMANOS
DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA,
CON BASE EN LAS CONSIDERACIONES
Y CITAS LEGALES QUE ANTECEDEN,
RESUELVE:
I.—Delegar en quien ocupe el cargo de Jefe del Departamento
de Promoción del Recurso Humano de la Dirección de Recursos
Humanos, y en ausencia del mismo a quien ocupe el cargo de Jefe
de la Unidad de Análisis Ocupacional, la firma, los trámites y actos
administrativos de las competencias anotadas en el considerando
único de la presente resolución.
II.—Este acto rige a partir de su publicación.
Notifíquese.
Dirección de Recursos Humanos.—Yaxinia Díaz
Mendoza, Directora.—1 vez.—O. C. N° 28534.—Solicitud
N° 11558.—( IN2016076493 ).
DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN
DE LA CALIDAD
REPOSICIÓN DE TÍTULO
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición
del título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 2,
Folio 27, Título N° 3149, emitido por el Colegio Vocacional de
Artes y Oficios de Cartago, en el año dos mil siete, a nombre de
Jiménez Méndez Alex Francisco, cédula Nº 1-1376-0755. Se solicita
la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se
publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada
dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los cuatro
días del mes de octubre del dos mil dieciséis.—MEd. Lilliam Mora
Aguilar, Directora.—( IN2016074631 ).
Ante esta dirección se ha presentado la solicitud de reposición
del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 1,
Folio 102, Asiento 12.Título N° 657, y del Título de Técnico Medio
en la Especialidad Informática Redes, inscrito en el Tomo 2, Folio
33, Asiento 04.Título N° 1847, ambos títulos fueron emitidos por
el Colegio Técnico Profesional Carlos M.L Vicente Castro, en el
año dos mil cuatro, a nombre de Acuña Monge Steven Rigoberto,
cédula: 6-0355-0601. Se solicita la reposición de los títulos
indicados por pérdida de los títulos originales. Se publica este edicto
para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince
días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
La Gaceta.—San José, a los tres días del mes de octubre del dos
mil dieciséis.—Dirección de Gestión y Evaluación de la Calidad.—
Med. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2016074820 ).
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición
del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo
II, folio 17, título N° 718, emitido por el Colegio Bilingüe Jorge
Volio Jiménez, en el año dos mil nueve, a nombre de Román Acuña
José Fabián, cédula Nº 1-1434-0681. Se solicita la reposición del
título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto
para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince
días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
La Gaceta.—Dado en San José, a los veintiocho días del mes de
setiembre del dos mil dieciséis.—MEd. Lilliam Mora Aguilar,
Directora.—( IN2016074953 ).
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de
reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito
en el Tomo I, Folio 41, Título N° 175, emitido por el Colegio
Técnico Profesional de Cóbano, en el año dos mil dos, a nombre
de Céspedes Mora José Luis, cédula: 6-0329-0364. Se solicita la
reposición del título indicado por pérdida del título original. Se
publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada
dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los seis días
del mes de octubre del dos mil dieciséis.—Med. Lilliam Mora
Aguilar, Directora.—( IN2016074956 ).
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de
reposición del título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 2, folio 68, título N° 559, emitido por la Unidad Pedagógica
José Rafael Araya Rojas, en el año dos mil catorce, a nombre de
Fallas Porras Dayan Melissa, cédula Nº 1-1689-0294. Se solicita
la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se
publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada
dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los veintidós
días del mes de agosto del dos mil dieciséis.—MEd. Lilliam Mora
Aguilar, Directora.—( IN2016074958 ).
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición
del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1,
folio 146, título N° 1031, emitido por el Instituto de Guanacaste,
en el año dos mil, a nombre de Bonilla Mora Rosa Haydee, cédula:
5-0337-0082. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida
del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la
tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San
José, a los siete días del mes de octubre del dos mil dieciséis.—
MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2016074974 ).
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición
del título de Bachiller en Ciencias y Letras, inscrito en el tomo II,
folio 31, título N° 355, emitido por el Colegio Los Ángeles, en
el año mil novecientos sesenta, a nombre de Constenla Umaña
Guillermo, cédula: 1-0314-0677. Se solicita la reposición del título
indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para
oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días
hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La
Gaceta.—Dado en San José, 4 de julio del 2016.— MEd. Lilliam
Mora Aguilar, Directora.—( IN2016075107 ).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición
del título de Bachiller en Ciencias y Letras, inscrito en el Tomo
I, Folio 44, título N° 286, emitido por el Colegio Nocturno José
Martí, en el año mil novecientos cincuenta y nueve, a nombre de
Olmos Villegas María Esther, cédula Nº 6-0045-0653. Se solicita
la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se
publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada
dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en
el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los cinco días del
mes de octubre del dos mil dieciséis.—MEd. Lilliam Mora Aguilar,
Directora.—( IN2016075349 ).
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición
del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo
2, folio 026, título N° 6300, emitido por el Colegio Vocacional
Monseñor Sanabria, en el año dos mil siete, a nombre de Molina
Fernández Wendy Valeria, cédula Nº 1-1401-0530. Se solicita la
reposición del título indicado por pérdida del título original. Se
publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada
dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en
el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los veinticuatro
días del mes de junio del dos mil dieciséis.—MEd. Lilliam Mora
Aguilar, Directora.—( IN2016075366 ).
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición
del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo II,
folio 37, título N° 423, emitido por el Colegio Nocturno José Martí,
en el año dos mil siete, a nombre de León Duarte Yorlene, cédula N°
6-0268-0802. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida
del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la
tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San
José, a los doce días del mes de setiembre del dos mil dieciséis.—
MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2016075736 ).
La Gaceta Nº 211 — Jueves 3 de noviembre del 2016
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición
del título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 1,
Folio 8, Título N° 38, emitido por el Centro Educativo Católico
Eulogio López, en el año dos mil cinco, a nombre de Porras Bolívar
Diego Armando, cédula Nº 5-0366-0438. Se solicita la reposición
del título indicado por pérdida del título original. Se publica este
edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los
quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario
Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los seis días del mes
de octubre del dos mil dieciséis.—MEd. Lilliam Mora Aguilar,
Directora.—( IN2016075774 ).
Ante esta dirección se ha presentado la solicitud de reposición
del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1,
folio 09, título N° 113, emitido por el Colegio Experimental Bilingüe
de Palmares, en el año mil novecientos ochenta y nueve, a nombre
de Rojas Rojas Manuel Antonio, cédula: 2-0473-0805. Se solicita
la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se
publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada
dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en
el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los treinta días
del mes de setiembre del dos mil dieciséis.—MEd. Lilliam Mora
Aguilar, Directora.—( IN2016075895 ).
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición
del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1,
folio 137, asiento 10, título N° 837, y del título de Técnico Medio
en la Especialidad de Turismo Ecológico, inscrito en el tomo 2,
folio 46, asiento 12, título N° 1997, ambos títulos fueron emitidos
por el Colegio Técnico Profesional Carlos M.L. Vicente Castro,
en el año dos mil siete, a nombre de Campos Pérez Mauricio de
Jesús, cédula Nº 6-0375-0536. Se solicita la reposición de los
títulos indicados por pérdida de los títulos originales. Se publica
este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro
de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el
Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los veinticuatro
días del mes de junio del dos mil dieciséis.—MEd. Lilliam Mora
Aguilar, Directora.—( IN2016075952 ).
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición
del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo
2, folio 42, título N° 1385, emitido por el Liceo Fernando Volio
Jiménez, en el año dos mil quince, a nombre de Rojas Ceciliano
Jean Carlos, cédula: 1-1703-0131. Se solicita la reposición del título
indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para
oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días
hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La
Gaceta.—San José, 21 de setiembre del 2016.—MEd. Lilliam Mora
Aguilar, Directora.—( IN2016075994 ).
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de
reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el Tomo 1, Folio 82, Asiento N° 841, emitido por el Colegio María
Auxiliadora Heredia, en el año dos mil uno, a nombre de Navarrete
Vargas Stephanie, cédula: 1-1164-0549. Se solicita la reposición
del título indicado por pérdida del título original. Se publica este
edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los
quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario
Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los veintiocho días del mes
de setiembre del dos mil dieciséis.—MEd. Lilliam Mora Aguilar,
Directora.—( IN2016075995 ).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición
del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 01,
folio 118, título N° 670, emitido por el Liceo experimental Bilingüe
de Santa Cruz, en el año dos mil trece, a nombre de Sergio Ramón
Rivera. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del
título original y cambios de apellidos cuyos nombres y apellidos
correctos son: Rojas Castro Sergio Ramón, cédula: 9-0134-0480.
Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada
dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en
Pág 19
el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los treinta y un
días del mes de agosto del dos mil dieciséis.—MEd. Lilliam Mora
Aguilar, Directora.—( IN2016076062 ).
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de
reposición del título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el Tomo 1, Folio 65, título N° 212, emitido por el Liceo Manuel
Emilio Rodríguez Echeverría, en el año dos mil diez, a nombre de
Brenes Castillo Brenda Yerlin, cédula Nº 3-0472-0564. Se solicita
la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se
publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada
dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en
el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, al primer día del
mes de setiembre del dos mil quince.—MEd. Lilliam Mora Aguilar,
Directora.—( IN2016076100 ).
Ante esta dirección se ha presentado la solicitud de
reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito
en el tomo 3, folio 57, título N° 2765, emitido por el Colegio de
Santa Ana, en el año dos mil trece, a nombre de Yimmy Fernando
Sandi Vargas. Se solicita la reposición del título indicado por
corrección del nombre, cuyos nombres y apellidos correctos son:
Jimmy Fernando Sandi Vargas, cedula: 1-1597-0030. Se publica
este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro
de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en
el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los seis días
del mes de octubre del dos mil dieciséis.—MEd. Lilliam Mora
Aguilar, Directora.—( IN2016076328 ).
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de
reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito
en el Tomo 1, Folio 139, Título N° 459, emitido por el Liceo
Hernán Vargas Ramírez, en el año dos mil ocho, a nombre de
Rivera Zamora Esteban Alonso, cédula 3-0452-0286. Se solicita
la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se
publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada
dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los tres días
del mes de diciembre del dos mil quince.—MEd. Lilliam Mora
Aguilar, Directora.—( IN2016076343 ).
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de
reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito
en el tomo 1, folio 12, título N° 154, emitido por el Colegio
Calasanz, en el año mil novecientos ochenta y nueve, a nombre
de Hidalgo Díaz Mariamalia, cédula 2-0473-0590. Se solicita la
reposición del título indicado por pérdida del título original. Se
publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada
dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los catorce días
del mes de octubre del dos mil dieciséis.—Med. Lilliam Mora
Aguilar, Directora.—( IN2016076372 ).
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición
del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1,
folio 1, asiento 19, título N° 19-88, emitido por el Liceo Nocturno de
Pérez Zeledón, en el año mil novecientos ochenta y ocho, a nombre
de Hernández Mora Ricardo, cédula N° 1-0816-0229. Se solicita
la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se
publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada
dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en
el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los veintinueve días del
mes de febrero del dos mil dieciséis.—Med. Lilliam Mora Aguilar,
Directora.—( IN2016076377 ).
Ante esta dirección se ha presentado la solicitud de
reposición del Título de Bachiller en Educación Media , inscrito
en el Tomo III, Folio 10, Título N° 3879, emitido por el Colegio
Técnico Profesional Jesús Ocaña Rojas, en el año dos mil diez,
a nombre de Fernández Agüero Gerald Andrés, cédula: 2-06880726. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida
del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a
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La Gaceta Nº 211 — Jueves 3 de noviembre del 2016
la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir
de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San
José, a los catorce días del mes de octubre del dos mil dieciséis.—
Dirección de Gestión y Evaluación de la Calidad.—Med. Lilliam
Mora Aguilar, Directora.—( IN2016076438 ).
SALUD
INSTITUTO COSTARRICENSE DEL DEPORTE
Y LA RECREACIÓN
Congreso Nacional del Deporte
CONVOCATORIA
El Instituto Costarricense del Deporte y la Recreación convoca
a los interesados a participar en el VIII Congreso Nacional del
Deporte y la Recreación, según acuerdo número 10, tomado por el
Consejo Nacional del Deporte y la Recreación en su sesión ordinaria
Nº 988-2016, del 28 de julio del 2016.
Este se llevará a cabo, los días sábado 26 y domingo 27 de
noviembre, a partir de las 9:00 horas, en primera convocatoria. En
caso de no contar con el quórum establecido por la Ley, se hará
una segunda convocatoria 30 minutos después, con el número de
miembros presentes. Se realizará en el Cariai Country Club.
La acreditación para este Congreso está establecida por el
Artículo Nº 5 de la Ley 7800 y por los Artículos Nº 4, Nº 5, Nº 6, Nº
7 y Nº 8 del Reglamento de la misma ley.
Se estableció como periodo de acreditación de Delegados los
días comprendidos entre el 14 de noviembre, a partir de las 8:00
horas y hasta el 18 de noviembre hasta las 16:00 horas, en la oficina
de Cooperación Institucional, sita: cuarto piso del Estadio Nacional,
La Sabana.
El orden del día será el siguiente:
26 de noviembre
1- Registro y acreditación de los señores Delegados
2- Comprobación del quórum
3- Lectura del acta anterior
4- Informes: Anual de Labores y Liquidación Presupuestaria
5- Charlas inaugurales
27 de noviembre
1- Instalación de grupos
2- Trabajo de grupos
3-Plenaria
4-Clausura
Los temas para las mesas de trabajo son los siguientes: 1Educación y prevención como herramientas contra el Dopaje.
2- La sostenibilidad social, ambiental y económica de proyectos
de infraestructura deportiva y recreativa. 3-Fortalecimiento de
la cooperación entre federaciones deportivas con los Comités
Cantonales de Deporte y Recreación.
Licda. Alba Quesada Rodríguez, Directora Nacional.—
1 vez.—( IN2016079280 ).
TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
REGISTRO DE ORGANIZACIONES SOCIALES
DIRECCIÓN DE ASUNTOS LABORALES
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
De conformidad con la autorización extendida por la
Dirección de Asuntos Laborales, este Registro ha procedido a la
inscripción de la reforma que acordó introducir a su Estatuto Social
de la organización social denominada Sindicato de Profesionales del
Grupo ICE, siglas SIPROCEICE, acordada en asamblea celebrada el
día 24 de junio de 2016. Expediente S-P110. En cumplimiento con
lo dispuesto en el artículo 344 del Código de Trabajo y 49 de la Ley
Orgánica del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, se envía un
extracto de la inscripción para su publicación en el Diario Oficial
La Gaceta. La reforma ha sido inscrita en los libros de registro que
al efecto lleva este Registro mediante tomo: 16, folio: 239, asiento:
4918 del 07 de octubre de 2016. La reforma afecta el artículo 18,
se elimina el inciso c) del Estatuto.—San José, 07 de octubre de
2016.—Departamento de Organizaciones Sociales.—Lic. Eduardo
Díaz Alemán, Jefe.—( IN2016074749 ).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
De conformidad con la autorización extendida por la
Dirección de Asuntos Laborales, se ha procedido a la inscripción
de la organización social denominada: Cooperativa de Servicios
Múltiples de Trabajadores Limoneneses R. L., siglas Coopetrabali
R. L constituida en asamblea celebrada el 29 setiembre del 2015.
Número de resolución 1587-CO. En cumplimiento con lo dispuesto
en el artículo 29 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y 49 de la
Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo, se procede a la inscripción
correspondiente y se envía un extracto para su publicación en el
Diario Oficial La Gaceta.
Presidenta:
Yannett Gómez Devy
Vicepresidente Iván Pérez Gómez
Secretaria
Ranell Gómez Devy
Vocal 1
Johnyka Williams Scot
Vocal 2
Reymark Gómez Devy
Suplente 1
Jossie Smith Gómez
Suplente 2
Leceksha Banard Gipson
Gerente:
Rachel Gómez Devy
San José, 12 de octubre del 2016.—Lic. Eduardo Días Alemán,
Jefe, Registro de Organizaciones Sociales.—( IN2016075594 ).
JUSTICIA Y PAZ
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Mark Beckford Douglas, casado una vez, cédula de identidad
108570192, en calidad de apoderado especial de Gloria S. A., con
domicilio en Avenida República de Panamá, 2461, Lima 13, Perú ,
solicita la inscripción de: GLORIA
como marca de fábrica y comercio en
clase: 29 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: Carnes, extractos
de carne, frutas y verduras, hortalizas y
legumbres en conserva, congeladas, secas
y cocidas; jaleas, confituras, compotas;
huevos, leche y productos lácteos; aceites
y grasas comestibles. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 31 de julio del
2014. Solicitud Nº 2014-0006546. A efectos de publicación, téngase
en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San
José, 5 de agosto del 2016.—Johnny Rodríguez Garita,
Registrador.—( IN2016075605 ).
Cambio de nombre Nº 105964
Que Kristel Faith Neurohr, cédula de identidad N° 111430447,
en calidad de apoderado especial de Controladora De Acciones
Posadas S. A., de C.V., solicita a este Registro se anote la inscripción
de cambio de nombre de POSADAS DE MÉXICO S. A. de C.V.
por el de CONTROLADORA DE ACCIONES POSADAS S. A.,
de C.V., presentada el día 21 de setiembre del 2016 bajo expediente
N° 105964. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 20050009460 Registro Nº 159549 AQUA BY FIESTAMERICANA en
clase 43 Marca Mixto, 2005-0009462 Registro Nº 163590 AQUA
BY FIESTA AMERICANA en clase 43 Marca Mixto, 20050009464 Registro Nº 159552 AQUA BY POSADAS en clase 43
Marca Mixto, 2006-0000681 Registro Nº 170678 AQUA en clase
39 Marca Denominativa y 2007-0012204 Registro Nº 183129
AQUA By A en clase 43 Marca Mixto. Publicar en La Gaceta
Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley
Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto
en el artículo 85 de la Ley 7978.—Rolando Cardona Monge,
Registrador.—1 vez.—( IN2016076051 ).
La Gaceta Nº 211 — Jueves 3 de noviembre del 2016
Cambio de Nombre N° 105972
Que Kristel Faith Neurohr, cédula de identidad 111430447,
en calidad de apoderada especial de Grupo Posadas S.A.B., de
C.V., solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de
nombre de Controladora de Acciones Posadas S. A. de C.V., por el
de Grupo Posadas S.A.B., de C.V., presentada el 21 de setiembre
de 2016, bajo expediente 105972. El nuevo nombre afecta a las
siguientes marcas: 2005-0009460 Registro N° 159549 AQUA BY
FIESTAMERICANA en clase 43 Marca Mixto, 2005-0009462
Registro N° 163590 AQUA BY FIESTA AMERICANA en clase
43 Marca Mixto, 2005-0009464 Registro N° 159552 AQUA BY
POSADAS en clase 43 Marca Mixto, 2006-0000681 Registro N°
170678 AQUA en clase 39 Marca Denominativa y 2007-0012204
Registro N° 183129 AQUA By A en clase 43 Marca Mixto. Publicar
en La Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo
32 de la Ley N° 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—Rolando Cardona
Monge, Registrador.—1 vez.—( IN2016076052 ).
Cambio de nombre Nº 101987
Que Edgar Zurcher Gurdian, divorciado, cédula de identidad
105320390, en calidad de apoderado especial de Alcantara Asociados
S.A.S., solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de
nombre de Alcantara Asociados S. A., por el de Alcantara Asociados
S.A.S., presentada el día 23 de febrero del 2016 bajo expediente
101987, el nuevo nombre afecta a la siguiente marca: 2006-0001331
Registro N° 162271 ADDICT BY BOSI en clase 25 marca mixto.
Publicar en La Gaceta oficial por única vez, de conformidad con el
artículo 32 de la Ley N° 7978. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—Ildreth Araya
Mesén, Registradora.—1 vez.—( IN2016076519 ).
Cambio de Nombre N° 105813
Que Edgar Zurcher Gurdián, divorciado, cédula de
identidad 105320390, en calidad de apoderado especial de
Accolade Wines Chile SPA, solicita a este Registro se anote la
inscripción de cambio de nombre de Agrícola y Forestal Arco Iris
S. A. por el de Accolade Wines Chile SPA, presentada el 14 de
setiembre de 2016, bajo expediente 105813. El nuevo nombre
afecta a las siguientes marcas: 2015-0005699 Registro N° 247050
ANAKENA en clase 33 Marca Denominativa. Publicar en La
Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32
de la Ley N° 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—Alex Villegas
Méndez, Registrador.—1 vez.—( IN2016076547 ).
Marcas de Ganado
Solicitud Nº 2016-2120.—María Cecilia Cascante Alfaro,
cédula de identidad N° 020445059, solicita la inscripción de:
C N
6
como marca de ganado, que usará preferentemente en Alajuela,
Grecia, Río Cuarto, El Carmen, 1 kilómetro al este y 800 metros
al sur del Banco de Costa Rica. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro
de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este
edicto. Presentada el 10 de octubre del 2016. Según el expediente
N° 2016-2120.—San José, 11 de octubre del 2016.—Viviana Segura
De la O, Registradora.—1 vez.—( IN2016076090 ).
Solicitud Nº 2016-2149.—José Adán Paon Valdivia, cédula de
identidad 0800440429, solicita la inscripción de:
A
6 P
como marca de ganado, que usará preferentemente en: Guanacaste,
La Cruz, Santa Cecilia, El Nance, 2 km al este de la Escuela
Piedras Azules. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10
días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto.
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Presentada el 12 de octubre del 2016. Según el expediente Nº
2016-2149.—San José, 18 de octubre del 2016.—Elda Cerdas
Badilla, Registradora.—1 vez.—( IN2016076404 ).
Solicitud N° 2016-2150.—Oscar Daniel Jiménez Saborío,
Cédula de identidad 0106650994, solicita la inscripción de:
como marca de ganado, que usará
preferentemente en Guanacaste, La Cruz,
Santa Cecilia, Arguendora, 400 metros al
norte, de la escuela de Arguendora. Se cita a
terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los 10 días hábiles
contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada el
12 de octubre del 2016. Según la Solicitud N° 2016-2150.—San
José, 13 de octubre del 2016.—Licda. Vivian Segura De la O,
Registradora.—1 vez.—( IN2016076405 ).
Solicitud N° 2016-2151.—Saúl Rojas Ramírez, cédula de
identidad 0205450905, solicita la inscripción de:
como marca de ganado, que usará preferentemente en
Alajuela, Guatuso, San Rafael, San Luis, 300 metros al
sur de la Escuela de San Luis. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles
contados a partir de la publicación de este edicto.
Presentada el 12 de octubre del 2016, según el
expediente N° 2016-2151.—San José, 13 de octubre del 2016.—
Luz Vega, Registradora.—1 vez.—( IN2016076408 ).
Solicitud N° 2016-2061.—José Carrillo Sánchez, cédula de
identidad 9-0061-0541, solicita la inscripción de:
S
6 D
como marca de ganado, que usará preferentemente en Heredia,
Sarapiquí, Las Horquetas, Río Frío, Finca Dos del Bar Tecas 500
oeste. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles
contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada
el 3 de octubre del 2016. Según la Solicitud N° 2016-2061.—
San José, 11 de octubre del 2016.—Lic. Karol Claudel Palma,
Registradora.—1 vez.—( IN2016076434 ).
REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS
Asociaciones civiles
AVISOS
El Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su
inscripción la reforma del estatuto de la persona jurídica cédula:
3-002-327992, denominación: Asociación Educación Plus de Costa
Rica. Por cuanto dicha reforma cumple con lo exigido por la Ley N°
218 del 08/08/1939 y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles
a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule
reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2016, asiento:
608049.—Dado en el Registro Nacional, a las 9 horas 29 minutos
y 31 segundos del 20 de setiembre del 2016.—Lic. Luis Gustavo
Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2016076239 ).
Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción
el Estatuto de la entidad: Asociación El Amor de Jesús, con domicilio
en la provincia de: Alajuela-Alajuela, cuyos fines principales,
entre otros son los siguientes: Atender las necesidades básicas de
la población habitante de la calle con o sin consumo de sustancias
psicoactivas con enfoque de reducción de daños, para generar
acciones comunitarias que les permita vivir con calidad, integrando la
prevención, atención, tratamiento, rehabilitación y reinserción en la
sociedad, a través de la coordinación con las instituciones del estado
costarricense, la empresa privada, y el aporte solidario de personas
y organizaciones sociales. Cuyo representante, será el presidente:
Tony Leal Salas, con las facultades que establece el estatuto. Por
encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas
en la Ley N°. 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por
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La Gaceta Nº 211 — Jueves 3 de noviembre del 2016
15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado
para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento
Tomo:2016 Asiento:382895.—Dado en el Registro Nacional, a las
12 horas 14 minutos y 44 segundos, del 4 de octubre del 2016.—Lic.
Henry Jara Solís, Director a. í.—1 vez.—( IN2016076268 ).
El Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su
inscripción el estatuto de la entidad: Asociación Costarricense de
Food Trucks, con domicilio en la provincia de: San José, San José,
cuyos fines principales entre otros son los siguientes: fomentar,
desarrollar, proteger y defender los derechos de los empresarios
de los camiones destinados a la prestación y venta de servicios de
alimentación al público. Cuyo representante será el presidente:
Jorge Eduardo López Alvarado, con las facultades que establece el
estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones
establecidas en la Ley N° 218 del 08/08/1939 y sus reformas.
Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a
cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en
trámite. Documento tomo: 2016, asiento: 469420.—Dado en el
Registro Nacional, a las 13 horas 11 minutos y 21 segundos del
13 de octubre del 2016.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez,
Director.—1 vez.—( IN2016076315 ).
El Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su
inscripción la reforma del estatuto de la persona jurídica cédula:
3-002-548565, denominación: Asociación de Servicios Funerarios
Dulce Nombre de Jesús. Por cuanto dicha reforma cumple con
lo exigido por la Ley N° 218 del 08/08/1939, y sus reformas.
Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a
cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción
en trámite. Documento tomo: 2016, asiento: 515126.—Dado en
el Registro Nacional, a las 14 horas 21 minutos y 32 segundos
del 26 de agosto del 2016.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez,
Director.—1 vez.—( IN2016076349 ).
Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción
el Estatuto de la entidad: Asociación de Parceleros del Irazu ASOPAI,
con domicilio en la provincia de: Cartago-Cartago, cuyos fines
principales, entre otros son los siguientes: Promoción y divulgación
entre sus asociados de técnicas agrícolas propias para suelos de
la zona, promover asistencia técnica y financiera para impulsar
programas sobre nuevas técnicas y métodos a fin de que los asociados
obtengan mayores rendimientos en sus cultivos, propiciar entre sus
miembros la cooperación mutua y el intercambio de ideas que sean
de utilidad para sus miembros, promocionar entre los asociados
la apertura de un centro de acopio de productos horticulas. Cuyo
representante, será el presidente: Rodolfo Antonio Garita Ramírez,
con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha
entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley No. 218
del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a
partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule
reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2016 asiento:
578716.—Dado en el Registro Nacional, a las 11 horas 59 minutos
y 45 segundos, del 20 de setiembre del 2016.—Lic. Luis Gustavo
Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2016076350 ).
El Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su
inscripción la reforma del estatuto de la persona jurídica cédula:
3-002-171832, denominación: Asociación de Corrugadores del
Caribe Centro y Sur América. Por cuanto dicha reforma cumple
con lo exigido por la Ley N° 218 del 08/08/1939 y sus reformas.
Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a
cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción
en trámite. Documento tomo: 2016, asiento: 639362.—
Dado en el Registro Nacional, a las 9 horas 47 minutos y 35
segundos del 4 de octubre del 2016.—Lic. Henry Jara Solís,
Director a. í.—1 vez.—( IN2016076356 ).
Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción
el estatuto de la entidad: Asociación Sporting Asociación Deportiva,
con domicilio en la provincia de: San José-San José, cuyos fines
principales, entre otros son los siguientes: Salud, procesos
fundamentales de desarrollo, útil uso del tiempo libre, desarrollo
de carácter (personalidad), espíritu cívico y familiar, vocación,
todo por medio del patrocinio de actividades deportivas, cuyo
representante, será el presidente: Erick Fernando Ortiz Jiménez,
con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha
entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218
del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a
partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule
reparos a la inscripción en trámite. Documento Tomo: 2016
Asiento: 400885.—Dado en el Registro Nacional, a las 9 horas 23
minutos y 31 segundos, del 4 de julio del 2016.—Lic. Luis Gustavo
Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2016076568 ).
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Patentes de invención
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
El señor Simón Alfredo Valverde Gutiérrez, cédula de
identidad 303760289, en calidad de apoderado especial de Coflex S.
A., de C.V., solicita el Diseño Industrial denominado
MODELO
INDUSTRIAL
DE
MANERAL PARA TUERCAS DE
CONECTOR CON ALAS CURVAS.
El modelo industrial de maneral para
tuercas de conector con alas curvas
caracterizada por su forma especial y
ornato que le dan un aspecto peculiar
y propio. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños
quedan depositados, la Clasificación
Internacional de Diseños Industriales
es: cuyo inventor es García Morlet,
Andrés Rodrigo (MX). Prioridad: N°
29/548,099 del 10/12/2015 (US).
Publicación Internacional: La solicitud correspondiente lleva
el número 2016- 0000258, y fue presentada a las 14:19:51 del
9 de junio de 2016. Cualquier interesado podrá oponerse
dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de
este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario
Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación
nacional.—San José, 6 de setiembre de 2016.—Randall Piedra
Fallas, Registrador.—( IN2016073206 ).
El señor Marco Antonio Jiménez Carmiol, cédula de
identidad 102990846, en calidad de apoderado especial de Mistral
Valve Technologuies SARL, solicita la Patente PCT denominada
ANCLAJE EN ESPIRAL PARA SOPORTAR UNA VÁLVULA
CARDIACA
PROTÉSICA,
VÁLVULA
CARDÍACA
PROTÉSICA, Y DISPOSITIVO DE IMPLEMENTACIÓN.
Un anclaje en espiral para la conexión de una prótesis de válvula
mitral en una válvula mitral natal de un corazón tiene un primer
extremo, un segundo extremo y un eje central que se extiende
entre los primero y segundo extremos, y define un espacio interior
coaxial con el eje central. El anclaje en espiral incluye un núcleo en
espiral que incluye un metal o aleación de metal biocompatible y
que tiene una pluralidad de giros que se extienden alrededor del eje
central en una primera posición, y una capa de cubierta alrededor
del núcleo, la capa de cubierta incluye un material biocompatible
que es menos rígido que el metal o aleación de metal del núcleo
en espiral. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y
diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de
Patentes es: A61F 2/24; cuyos inventores son Siegel, Alexander J.
(CH) y Chau, Mark; (CH). Prioridad: N° 61/942,300 del 20/02/2014
(US). Publicación Internacional: WO2015/127264. La solicitud
correspondiente lleva el número 2016-0000365, y fue presentada
a las 12:10:56 del 12 de agosto de 2016. Cualquier interesado
podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera
publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el
Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación
nacional.—San José, 5 de octubre del 2016.—Walter Campos
Fernández, Registrador.—( IN2016074811 ).
La Gaceta Nº 211 — Jueves 3 de noviembre del 2016
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
El señor Pedro Oller Taylor, cédula de identidad 107870425,
en calidad de apoderado especial de Acrílicos Sablón S. A. de C.V.,
solicita la Diseño Industrial denominado
ESTUCHE PARA ARTÍCULOS DE
PAPELERÍA. Estuche para artículos
de papelería de que está relacionado
con el material escolar y de oficina y es
totalmente diferente a los conocidos, ya
que está caracterizado por la forma
especial y de ornato que le dan un
aspecto peculiar y propio. La memoria
descriptiva, reivindicaciones, resumen
y diseños quedan depositados, la
Clasificación Internacional de Diseños
Industriales es: 19-02; cuyo inventor es Torre Sierra Ignacio (MX).
Prioridad.
Publicación
internacional:…
La
solicitud
correspondiente lleva el número 2016-0000315, y fue presentada a
las 09:46:00 del 8 de julio de 2016. Cualquier interesado podrá
oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación
de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial
La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—
San José, 31 de agosto del 2016.—Randall Piedra Fallas,
Registrador.—( IN2016075464 ).
La señora Roxana Cordero Pereira, cédula de identidad N°
1011610034, en calidad de apoderado especial de Paragón Films
Inc., solicita la Patente PCT denominada PELÍCULAS ESTIRABLES
MOLDEADAS DE ALTO RENDIMIENTO CON APLICACIÓN
MEJORADA Y PROPIEDADES DE USO FINAL. Una película
estirable que incluye al menos una primera capa y una segunda capa,
donde la primera capa incluye un polietileno metalocénico lineal de
baja densidad (m-PELBD) con resina ramificada de cadena larga
incorporada y una resina m-PELBD de menor densidad; y la segunda
capa incluye una resina m-PELBD con un índice de fusión más
bajo. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños
quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es:
CO8J 5/18; cuyo inventor es: Pirtle, Shaun, Eugene (US). Prioridad:
N° 14/551,673 del 24/11/2014 (US) y N° 61/907,658 del 22/11/2013
(US). Publicación Internacional: WO2015/077711. La solicitud
correspondiente lleva el número 2016- 0000280, y fue presentada
a las 14:29:44 del 20 de junio de 2016. Cualquier interesado podrá
oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación
de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial
La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—
San José, 28 de septiembre del 2016.—María Leonor Hernández
Bustamante, Registradora.—( IN2016075692).
El señor José Antonio Muñoz Fonseca, cédula de identidad
104330939, en calidad de apoderado especial de Crystal Lagoons
(Curacao) B.V., solicita la Patente PCT denominada SISTEMA
Y MÉTODO PARA MANTENER LA CALIDAD DE AGUA
EN GRANDES CUERPOS DE AGUA. La presente invención
se relaciona con un método y sistema innovativo y optimizado
para mantener la calidad de agua en cuerpos de agua, tales
como estructuras excavadas en tierra y estructuras flotantes
con fondos que comprenden membranas flexibles, utilizando
un método económico y simplificado de filtración y un sistema
desgrasador que requiere equipos de filtración más pequeños
que los sistemas convencionales de filtración centralizada y
que además permite un consumo de energía considerablemente
menor. El método de la presente invención permite activar un
sistema de aplicación de químicos, un dispositivo succionador,
y/o sistema desgrasador basado en la información de la turbidez,
del color del fondo, y la cantidad de grasas en la capa superficial
de agua, para ajustar los parámetros de calidad de agua dentro de
sus límites. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen
y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de
Patentes es: CO2F 1/00, CO2F 1/40, CO2F 1/52, CO2F 1/76,
CO2F 103/00, CO2F 103/42 y CO2F 9/00; cuyo inventor es
Fischmann Torres, Fernando Benjamin (CL). Prioridad: N°
14/564,957 del 09/12/2014 (US) y N° 61/915,331 del 12/12/2013
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(US). Publicación Internacional: WO2015/087156. La solicitud
correspondiente lleva el número 2016- 0000193, y fue presentada
a las 14:25:10 del 26 de abril de 2016. Cualquier interesado
podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera
publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el
Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación
nacional.—San José, 12 de setiembre del 2016.—Walter Campos
Fernández, Registrador.—( IN2016075913 ).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
El señor Néstor Morera Víquez, cédula de identidad
1010180975, en calidad de apoderado especial de Novartis AG.,
solicita la Patente PCT denominada AMINO-HETEROARILBENZAMIDAS COMO INHIBIDORES DE CINASA. La
presente invención proporciona un compuesto de la fórmula (I),
o una sal del mismo y los usos terapéuticos de estos compuestos.
La presente invención proporciona además composiciones
farmacéuticas que comprenden estos compuestos, y composiciones
que comprenden estos compuestos con un co-agente terapéutico. La
memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan
depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61K
31/4418, A61P 35/00, C07D 213/73, C07D 241/20, C070 401/04,
CO7D 401/06, CO7D 401/12, CO7D 403/06, CO7D 405/04, CO7D
405/14, CO7D 409/04 y CO7D 413/14; cuyo(s) inventor(es) es(son)
Lindvall, Mika (FI); Min, Zhongcheng (CN); Pecchi, Sabina (IT);
Kou, Xiang (CN); Jiang, Qun (CN); WANG, Xiaojing Michael
(US); Poon, Daniel (US); Han, Wooseok (KR); Huang, Zilin
(CN); Rauniyar, Vivek (NP); Zhu, Shejin (CN); ZHOU, Jianguang
(CN); Pfister, Keith Bruce (US); Ding, Yu (CA); Pan, Yue (CN);
Bagdanoff, Jeffrey T (US); Lee, Patrick (US); Zhang, Qiong (CN) y
Jin, Jeff Xianming (US). Prioridad: N° 61/898,761 del 01/11/2013
(US). Publicación Internacional: WO2015/066188. La solicitud
correspondiente lleva el número 2016-0000175, y fue presentada
a las 11:30:53 del 15 de abril de 2016. Cualquier interesado podrá
oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación
de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial
La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—
San José, 12 de setiembre del 2016.—Walter Campos Fernández,
Registrador.—( IN2016076200 ).
El señor Néstor Morera Víquez, cédula de identidad
1-1018-0975, en calidad de apoderado especial de Pfizer Inc.,
solicita la patente PCT denominada INHIBIDORES DE
DIACILGLICEROL ACILTRANSFERASA 2.En la presente
se describen compuestos de la fórmula I que inhiben la actividad
de la diacilglicerol aciltransferasa 2 (DGAT2) y sus usos en el
tratamiento de enfermedades relacionadas con estos en animales.
La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños
quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes
es: A61K 31/4545, A61K 31/506, A61K 31/5377, A61P 3/00,
C07D 401/04, C07D 401/14, C07D 413/14, C07D 487/04 y
C07D 491/08; cuyos inventores son Futatsugi, Kentaro (US);
Cabral, Shawn; (US); Hepworth, David; (US); Huard, Kim; (US);
Kung, Daniel Wei-Shung; (US); Orr, Suvi Tuula Marjukka; (FI)
y Song, Kun; (CN). Prioridad: N° 61/954,351 del 17/03/2014
(US). Publicación Internacional: WO2015/140658. La solicitud
correspondiente lleva el número 2016-0000405 y fue presentada
a las 11:23:26 del 9 de setiembre de 2016. Cualquier interesado
podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera
publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el
diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación
nacional.—San José, 13 de setiembre del 2016.—Walter Campos
Fernández, Registrador.—( IN2016076201 ).
La señora Giselle Reuben Hatounian, Cédula de identidad
1010550703, en calidad de apoderado especial de Qualcomm
Incorporated, solicita la Patente PCT denominada MÉTODOS
Y APARATOS PARA PROVISIÓN DE CREDENCIALES
EN DESPLIEGUES DE REDES. Un método, un aparato y un
producto de programa de computadora para la comunicación
inalámbrica donde se proporciona provisión de credenciales para
el despliegue de redes. Como tal, el método, aparato y producto de
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La Gaceta Nº 211 — Jueves 3 de noviembre del 2016
programa de computadora puede proveer a un equipo de usuario
(UE) a pesar de que el UE no tiene ninguna credencial de seguridad
válida, a fin de proporcionar acceso a una red (por ejemplo, una
red que utiliza una banda de frecuencia basada en contención, tal
como red avanzada de evolución a largo plazo (LTE) en la banda
de frecuencia de radio basada en contención). En consecuencia,
en algunos aspectos, el método, aparato y producto de programa
de computadora de la presente pueden permitir al UE realizar un
procedimiento de provisión con una o más entidades de red para
obtener uno o más parámetros de credenciales de seguridad.. La
memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan
depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: HO4L
29/06 yHO4W 12/04; cuyo(s) inventor(es) es(son) Horn, Gavin
Bernard; (US); Palanigounder, Anand; (US); Ahmavaara, Kalle
Ilmari (US) y Griot, Miguel; (US). Prioridad: N° 14/528,848 del
30/10/2014 (US) y N° 61/916,580 del 16/12/2013 (US). Publicación
Internacional: WO2015/094491. La solicitud correspondiente lleva
el número 2016- 0000324, y fue presentada a las 14:25:10 del 14
de julio de 2016. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los
tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. San José,
29 de septiembre de 2016. Publíquese tres días consecutivos en el
Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación
nacional.—Randall Piedra Fallas, Registrador.—( IN2016076323 ).
Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción
el Estatuto de la entidad: Asociación de Marcha de Cartagena, con
domicilio en la provincia de: Guanacaste-Santa Cruz, cuyos fines
principales, entre otros son los siguientes: Dotar de mejores recursos
a la banda de marcha de Cartagena de Santa Cruz de Guanacaste
para un mejor desempeño de sus integrantes en las presentaciones
que realizaran en los diferentes lugares del país, Cuyo representante,
será el presidente: Jose Tomas Guadamuz Zúñiga, con las facultades
que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las
prescripciones establecidas en la Ley No. 218 del 08/08/1939, y sus
reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación
a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción
en trámite. Documento tomo: 2016 asiento: 384055.—Dado en el
Registro Nacional, a las 14 horas 32 minutos y 46 segundos, del
22 de setiembre del 2016.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez,
Director.—1 vez.—( IN2016076329 ).
La señora(ita) María Vargas Uribe, cédula de identidad
107850618, en calidad de apoderada especial de F. HoffmannLa Roche AG, solicita la patente PCT denominada NUEVOS
COMPUESTOS BICICLICOS DE 7 ESLABONES. La invención
proporciona nuevos compuestos que tienen la fórmula general
(i) en la que R1, R2, A1 y a2 tienen el significado aquí descrito,
composiciones que incluyen estos compuestos y métodos de uso
de dichos compuestos. La memoria descriptiva, reivindicaciones,
resumen y diseños quedan depositados, la clasificación internacional
de patentes es: A61K 31/551, A61P 1/16, A61P 3/00, A61P 37/08
y C07D 487/04; cuyos inventores son: Kuehne, Holger (DE);
Hunziker, Daniel; (CH); Hert, Jérôme; (CH); Mattei, Patrizio; (CH)
y Rudolph, Markus; (CH). Prioridad: N° 14161756.3 del 26/03/2014
(EP). Publicación internacional: WO2015/144609. La solicitud
correspondiente lleva el número 2016-0000418, y fue presentada
a las 14:20:07 del 13 de septiembre del 2016. Cualquier interesado
podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera
publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el
Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación
nacional.—San José, 16 de setiembre del 2016.—Walter Campos
Fernández, Registrador.—( IN2016076546 ).
La señora María Vargas Uribe, cédula de identidad 107850618,
en calidad de apoderada especial de F. Hoffmann-La Roche AG,
solicita la patente PCT denominada: NUEVOS COMPUESTOS
BICÍCLICOS. La invención proporciona nuevos compuestos que
tienen la fórmula general (I): en la que R1, R2, A, W, m, n, p y q
tienen los significados aquí descritos, composiciones que incluyen
dichos compuestos y métodos de uso de los compuestos. La
memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan
depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61K
31/407, A61K 31/55, A61P 1/16, A61P 3/00 y C07D 487/04; cuyos
inventores son Hert, Jérôme (CH); Mattei, Patrizio (CH); Hunziker,
Daniel (CH); Kuehne, Holger (DE); Di Giorgio, Patrick (CH) y
Rudolph, Markus (CH). Prioridad: N° 14161760.5 del 26/03/2014
(EM). Publicación Internacional: WO2015/144605. La solicitud
correspondiente lleva el número 2016-0000419 y fue presentada
a las 14:21:29 del 13 de setiembre del 2016. Cualquier interesado
podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera
publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el
diario oficial La Gaceta y una vez vez en un periódico de circulación
nacional.—Randall Piedra Fallas, Registrador.—( IN2016076548 ).
La señora María Vargas Uribe, cédula de identidad
107850618, en calidad de apoderada especial de E Hoffmann-La
Roche AG., solicita la patente PCT denominada DERIVADOS
DE ETILINO. La presente invención se refiere a compuestos de
fórmula I en el que Y es N o C-R1’; R1’ es hidrógeno o F; R1 es
hidrógeno, halógeno o alquilo inferior sustituido con halógeno; R2
es hidrógeno o alquilo inferior; o R2 forma junto con R4 un anillo
heterocíclico de 6 miembros que contiene -CH2-CH2-0-CH2-o
CH2-CH2-NR-C(O); R es hidrógeno, alquilo inferior, fenilo o
bencilo; R3 es fenilo o piridinilo, en el que el átomo de N en el grupo
de piridinilo puede estar en diferentes posiciones; R4’ es hidrógeno,
alquilo inferior o alcoxialquilo inferior; R4 es hidrógeno, alquilo
inferior, fenilo opcionalmente sustituido con halógeno o alcoxi
inferior, o es cicloalquilo, o es piridinilo opcionalmente sustituido
con halógeno, alquilo inferior, alcoxi inferior o =0, o es pirimidinilo
opcionalmente sustituido con alquilo inferior, alcoxi inferior o =0,
o es 1-alquilo inferior-piridinilo, o es pirazinilo, o es piridazinilo
opcionalmente sustituido con alquilo inferior, alcoxi inferior o =0, o
es 1-metilpirrolo[2,3-b]piridin-5-il, o es 6-imidazo[1,2-b]piridazin6-il; o R4 forma junto con R4’ un anillo heterocíclico de 4, 5 o 6
miembros que contiene -(CH2)5-, -CH2-CH2-O-CH2-CH2-, -CH2CH2-CH2-, -CH2-CH2-CH2-CH2-, -CH2-O-CH2-CH2- o CH2CH2-CH2-O-CH2; R5 y R5’ son hidrógeno o alquilo inferior; o R4
forma junto con R5 un anillo saturado de 5 miembros que contiene
-CH2-CH2-CH2-; o a una sal farmacéuticamente aceptable o sal de
adición de ácido, a una mezcla racémica, o a su correspondiente
enantiómero y/o isómero óptico y/o estereoisómeros del mismo. La
memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan
depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61K
31/505, A61K 31/506, A61K 31/519, A61K 31/527, A61P 25/16,
A61P 25/22, C07D 239/22, C07D 401/04, C07D 401/10, C07D
401/14, C07D 403/04, C07D 471/04, C07D 487/04, C07D 491/107
y C07D 498/04; cuyos inventores son Jaeschke, Georg (DE); Guba,
Wolfgang (DE); Ricci, Antonio (IT); Rueher, Daniel (CH); Vieira,
Eric (CH); Biemans, Barbara (NL); Plancher, Jean, Marc (FR) y
O’hara, Fionn (GB). Prioridad: N° 14156461.7 del 25/02/2014
(EM). Publicación Internacional: WO/2015/128307. La solicitud
correspondiente lleva el número 2016-0000384 y fue presentada a
las 14:30:28 del 23 de agosto de 2016. Cualquier interesado podrá
oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación
de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial
La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—
San José, 16 de setiembre de 2016.—Walter Campos Fernández,
Registrador.—( IN2016076549 ).
La señora María Vargas Uribe, cédula de identidad 107850618,
en calidad de apoderado especial de Janssen Biotech, Inc., solicita
la Patente PCT denominada TERAPIAS DE COMBINACIÓN
CON ANTICUERPOS ANTI-CD38. La presente invención se
refiere a terapias de combinación con anticuerpos anti-CD38. La
memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan
depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: C07K
16/00; cuyo(s) inventor(es) es(son) Doshi, Parul (US). Prioridad: N°
61/946,002 del 28/02/2014 (US) y N° 62/006,386 del 02/06/2014
(US). Publicación Internacional: WO/2015/130728. La solicitud
correspondiente lleva el número 2016-0000388, y fue presentada a
las 13:59:01 del 25 de agosto de 2016. Cualquier interesado podrá
oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación
de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial
La Gaceta Nº 211 — Jueves 3 de noviembre del 2016
Pág 25
La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—
San José, 3 de octubre del 2016.—María Leonor Hernández B.,
Registradora.—( IN2016076552 ).
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 32 de
la ley citada.—San José, 3 de octubre del 2016.—María Leonor
Hernández Bustamante, Registradora.—1 vez.—( IN2016076202 ).
La señora(ita) María Vargas Uribe, en calidad de
apoderada especial de Janssen Biotech Inc., solicita la patente
PCT denominada ANTICUERPOS ANTI-CD38 PARA EL
TRATAMIENTO DE LA LEUCEMIA LINFOBLÁSTICA
AGUDA. La descripción se refiere a terapias de combinación que
usan anticuerpos ANTI-CD38. Específicamente, la descripción
proporciona métodos para tratar a un sujeto que tiene leucemia
linfoblásfica aguda (ALL), con el uso de un anticuerpo anti-CD38,
en donde el anticuerpo anti-CD38 induce la muerte de células de
ALL in vitro por citotoxicidad mediada por células dependiente
de anticuerpos (ADCC), fagocitosis celular dependiente de
anticuerpos (ADCP), citotoxicidad dependiente de complemento
(CDC), apoptosis, o modulación de la actividad enzimática de
CD38 in vitro. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen
y diseños quedan depositados, la clasificación internacional de
patentes es: A61k 31/475, A61K 39/00, A61K 39/395 y CO7K
16/40; cuyos inventores son: Doshi, Parul (US). Prioridad: N°
61/946,008 del 28/02/2014 (US) y N° 62/004,540 del 29/05/2014
(US). Publicación internacional: WO/2015/130732. La solicitud
correspondiente lleva el número 2016-0000387, y fue presentada
a las 13:58:22 del 25 de agosto del 2016. Cualquier interesado
podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera
publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el
Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación
nacional.—San José, 3 de octubre del 2016.—María Leonor
Hernández B., Registradora.—( IN2016076554 ).
Anotación de traspaso N°. 6
Que Néstor Morera Víquez, cédula de identidad 110180975,
en calidad de apoderado especial de Laboratorios Andromaco S. A.
RUT 76.237.266-5 solicita a este Registro se inscriba el traspaso
de Laboratorios Andromaco S. A. RUT 92.448.000-9 compañía
titular de la solicitud de la patente de invención denominada TAPA
DE ENVASE, a favor de Laboratorios Andromaco S. A., RUT
76.237.266-5 de conformidad con el documento de traspaso por
cesión así como el poder; aportados el dos de setiembre de dos mil
dieciséis. Publicar en La Gaceta por única vez, de conformidad
con el artículo 27 del Reglamento a la Ley N°. 6867. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 32 de
la ley citada.—6 de setiembre del 2016.—Randall Piedra Fallas,
Registrador.—1 vez.—( IN2016076203 ).
La señora María Vargas Uribe, cédula de identidad
107850618, en calidad de apoderado especial de Riboscience
LLC., solicita la patente PCT denominada DERIVADOS DE
NUCLEOSIDO SUSTITUIDOS CON 4´-DIFLUOROMETILO
COMO INHIBIDORES DE LA REPLICACIÓN DE ARN
DE LA INFLUENZA. La solicitud describe derivados de
nucleósido de la Fórmula I como inhibidores de la replicación de
ARN de la influenza. En particular, la solicitud describe el uso
de derivados de nucleósido de purina y pirimidina de la Fórmula
I como inhibidores de la replicación de ARN de la influenza y
composiciones farmacéuticas que contienen tales compuestos. . La
memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan
depositados, la clasificación internacional de patentes es: C07H
19/06 y C07H 19/207; cuyos inventores son: Smith, Mark (US) y
Klumpp, Klauss G. (US). Prioridad: N° 61/936,569 del 06/02/2014
(US). Publicación internacional: WO2015/120237. La solicitud
correspondiente lleva el número 2016-0000400, y fue presentada
a las 13:59:45 del 1° de setiembre del 2016. Cualquier interesado
podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera
publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el
Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación
nacional.—San José, 3 de octubre del 2016.—María Leonor
Hernández Bustamante, Registradora.—( IN2016076555 ).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Anotación de traspaso N° 5
Que Néstor Morera Víquez, cédula de identidad 110180975,
en calidad de apoderado especial de Laboratorios Andrómaco
S. A. y Universidad de Chile, solicita a este Registro se inscriba
el traspaso de Laboratorios Andrómaco S. A. y Universidad de
Chile, compañía titular de la solicitud de la patente de invención
denominada ANILLO VAGINAL QUE COMPRENDE DHEA O DHEA
SULFATO Y OPCIONALMENTE UN AGENTE MODULADOR DE LA
LIBERACIÓN DEL PRINCIPIO ACTIVO, UTIL PARA AUMENTAR LA
RESERVA OVÁRICA EN MUJERES Y PARA ALIVIAR LOS SÍNTOMAS
ASOCIADOS A LA MENOPAUSIA, a favor de Laboratorios
Andrómaco S. A. RUT 76.237.266-5, de conformidad con el
documento de traspaso por cesión así como el poder; aportados el
02/09/2016. Publicar en La Gaceta por única vez, de conformidad
con el artículo 27 del Reglamento a la Ley N° 6867. A efectos de
Anotación de traspaso N° 7
Que Néstor Morera Víquez, cédula de identidad 110180975,
en calidad de apoderado especial de Laboratorios Andrómaco S.A.
RUT 76.237.266-5, solicita a este Registro se inscriba el traspaso
de Laboratorios Andrómaco S. A. RUT 92.448.000-9, compañía
titular de la solicitud de la patente de invención denominada
ANILLO VAGINAL QUE COMPRENDE MELOXICAM Y
UN AGENTE MODULADOR DE LA LIBERACIÓN DEL
PRINCIPIO ACTIVO, ÚTIL COMO ANTICONCEPTIVO
DE USO CONTINUO EN MUJERES, a favor de Laboratorios
Andrómaco S.A RUT 76.237.266-5 de conformidad con el
documento de traspaso por cesión así como el poder; apodados el
02/09/2016. Publicar en La Gaceta por única vez, de conformidad
con el artículo 27 del Reglamento a la Ley N° 6867. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 32 de la
ley citada.—San José, 6 de octubre del 2016.—Walter Campos
Fernández, Registrador.—1 vez.—( IN2016076204 ).
REGISTRO DE DERECHOS DE AUTOR
Y DERECHOS CONEXOS
Profesionales en Software Prosoft S. A., cédula jurídica N°
3-101-328391, solicita la inscripción de los derechos morales y
patrimoniales a su nombre en la obra literaria (software), divulgada
y colectiva que se titula CENTRO DE GESTIÓN DE PAGOS
(CGP). La obra consiste en una solución informática que permite
a las entidades financieras y gubernamentales acelerar el proceso
de incorporación y utilización de servicios SINPE, posibilitando
brindar a sus clientes servicios de transferencias electrónicas de
fondos y cobros a cualquier destinatario en cualquier entidad
financiera de país. Publíquese por una sola vez en el Diario Oficial
La Gaceta, para que terceros quienes crean tener derechos puedan
oponerse a la inscripción solicitada dentro de los 30 días hábiles
siguientes a esta publicación, conforme al artículo 113 de la Ley de
Derecho de Autor y Derechos Conexos Nº 6683. Expediente 8832.—
Curridabat, 5 de octubre del 2016.—Licda. Adriana Bolaños Guido,
Registradora.—1 vez.—( IN2016076135 ).
Temporalidades de la iglesia católica diócesis de Ciudad
Quesada, cédula jurídica 3-010-179406 y domiciliada en Alajuela,
San Carlos, en la Casa Cural de Ciudad Quesada, solicita la
inscripción de la titularidad de los derechos patrimoniales en la
obra individual, artística y divulgada que se titula HIMNO DEL
COLEGIO DIOCESANO PADRE ELADIO SANCHO. La
obra musical es la letra y la partitura de la música del Himno del
Colegio Diocesano Padre Eladio Sancho y se presenta impresa en
papel. Publíquese por una sola vez en el Diario Oficial La Gaceta,
para que terceros quienes crean tener derechos puedan oponerse
a la inscripción solicitada dentro de los 30 días hábiles siguientes
a esta publicación, conforme al artículo 113 de la Ley de Derecho
de Autor y Derechos Conexos N° 6683. Expediente 8905.—
Curridabat, 6 de octubre del 2016.—Lic. Andrés Hemández Osti,
Registrador.—1 vez.—( IN2016076271 ).
Pág 26
La Gaceta Nº 211 — Jueves 3 de noviembre del 2016
Inscripción N° 3301.—Por resolución de las 13:37 horas del
3 de octubre de 2016, fue inscrita la patente denominada PANEL
DE CONEXIÓN DE SUSPENSIÓN CON CIRCUITO DE
COMPENSACIÓN PARA EQUIPO TERMINAL DE DATOS,
INSERCIÓN DE ENERGÍA Y RECOPILACIÓN DE DATOS
a favor de la compañía Hubbell Incorporated, cuyos inventores
son: Shadi Abughazaleh (JO); Robert Baxter (US); Alan Miller
(US) y Michael O’connor (US). Se le ha otorgado el número de
inscripción 3301 y estará vigente hasta el 2 de marzo de 2025,
la Clasificación Internacional de Patentes H05K 7/06 2016.01.
Publicar en La Gaceta por única vez, de conformidad con
el artículo 22 del Reglamento a la Ley N° 6867. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 32 de
la Ley citada.—San José, 3 de octubre del 2016.—Melissa Solís
Zamora, Registradora.—1 vez.—( IN2016076565 ).
AMBIENTE Y ENERGÍA
Por resolución de las 10:29 horas del 28 de setiembre de
2016, fue inscrito(a) la Patente denominado(a) TERAPIA DE
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
ED-0822-2016.—Exp. N° 17337A.—Alexander Canales
Soto, solicita concesión de: 0.006 litros por segundo del nacimiento
sin nombre, efectuando la captación en Finca de Aliento de La
Montaña S. A., en concepción, San Rafael, Heredia, para uso
consumo humano doméstico. Coordenadas 225.400 / 529.200 hoja
Barva. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro
del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 14
de octubre del 2016.—Departamento de Información.—Douglas
Alvarado Rojas, Coordinador.—( IN2016079475 ).
COMBINACIÓN DE UN ANTICUERPO ANTI-CD20 DE TIPO
II CON CITOTOXICIDAD CELULAR DEPENDIENTE DE
ANTICUERPOS (CCDA) AUMENTADA a favor de la compañía
Roche Glycart AG, cuyos inventores son: Dumontet, Charles (FR);
Klein, Christian (DE); Herting, Frank (DE); Friess, Thomas (DE)
y Umaña, Pablo (CR). Se le ha otorgado el número de inscripción
3300 y estará vigente hasta el 23 de marzo de 2029, la Clasificación
Internacional de Patentes A61K 39/395, A61P 35/00 y CO7K 16/28
2016.01. Publicar en La Gaceta por única vez, de conformidad
con el artículo 22 del Reglamento a la Ley Nº 6867. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 32 de la
Ley citada.—28 de setiembre de 2016.—Melissa Solís Zamora,
Registradora.—1 vez.—( IN2016076567 ).
Anotación de renuncia N° 15.—Que Víctor Vargas Valenzuela,
cédula de identidad 103350794, en calidad de apoderado general de
San José, calle 19 avenidas 2 y 6, casa N° 259 SANOFI-AVENTIS.
174, Avenue de France, F-75013 París, Francia solicita a este Registro
la renuncia de la patente de invención denominada DIMEROS
DE DERIVADOS DE ARTEMISININA, SU PREPARACIÓN
Y SU APLICACIÓN EN TERAPÉUTICA, tramitada bajo la
anotación número 15 e inscrita mediante resolución de las 09:00
del 26/11/2013, a la cual se le otorgó el número de registro 2997,
cuyo titular es SANOFI-AVENTIS, con domicilio en 174, Avenue
de France, F-75013 París, Francia. La renuncia presentada surtirá
efectos a partir de su publicación. Publicar en La Gaceta por única
vez, de conformidad con el artículo 27 del Reglamento a la Ley N°
6867. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en
el artículo 32 de la ley citada.—San José, 6 de octubre del 2016.—
Randall Piedra Fallas, Registrador.—1 vez.—( IN2016076569 ).
Anotación de renuncia N° 14
Que Víctor Vargas Valenzuela, cédula de identidad
103350794, en calidad de apoderado especial de Ranka, Seema,
Ajay, domiciliado en 9/10 Akashvan Complex, Sevasi, Vadodara
391101, Guajarat, India solicita a este Registro la renuncia total de
la patente de invención denominada MÉTODOS PARA TRATAR
SUPERFICIES CON COMPOSICIONES IÓNICAS DE
ORGANOSILICIO, tramitada bajo la anotación número 14 e
inscrita mediante resolución de inscripción de las 13:18:00 horas
del 28 de enero de 2016, a la cual se le otorgó el número de registro
3257, cuyo titular es Ranka, Seema, Ajay, con domicilio en 9/10
Akashvan Complex, Sevasi, Vadodara 391101, Guajarat, India.
La renuncia presentada surtirá efectos a partir de su publicación.
Publicar en La Gaceta por única vez, de conformidad con el artículo
27 del Reglamento a la Ley N° 6867. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley citada.—
San José, 06 de octubre de 2016.—María Leonor Hernández B.,
Registradora.—1 vez.—( IN2016076573 ).
DIRECCIÓN DE AGUA
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
ED-0805-2016.—Exp. N° 17320A.—Centro de Pinturas
Jorcel Sociedad Anónima, solicita concesión de: 0.05 litros
por segundo del Río Grande de San Ramón, efectuando la
captación en finca de su propiedad en Santiago (San Ramón),
San Ramón, Alajuela, para uso consumo humano. Coordenadas
227.955 / 483.456 Hoja Naranjo. Predios inferiores: José Luis
Quesada Fernández, Eduardo y Gonzalo Alpízar Mora quienes se
consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado
a partir de la primera publicación.—San José, 06 de octubre del
2016.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas,
Coordinador.—( IN2016079151 ).
ED-0698-2014.—Exp. N° 16041P.—3-102-607840 SRL, solicita
concesión de: 2,5 litros por segundo del acuífero, efectuando la
captación por medio del pozo CU-63 en finca de su propiedad
en Curubandé, Liberia, Guanacaste, para uso consumo humano
y agropecuario-riego. Coordenadas 297.841 / 376.978 hoja
Curubandé. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo
dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San
José, 01 de diciembre de 2014.—Departamento de Información.—
Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—( IN2016079862 ).
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
EDICTOS
Registro Civil -Departamento Civil
OFICINA DE ACTOS JURÍDICOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Exp. N° 12257-2016.—Registro Civil.—Departamento
Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas del
catorce de julio del dos mil dieciséis. Procedimiento administrativo
de rectificación del asiento de nacimiento de Billy Damián Noguera
Murillo, número seiscientos sesenta y nueve, folio trescientos
treinta y cinco, tomo dos mil doscientos cuarenta, de la provincia
de San José, como hijo de Ingrid Vanessa Noguera Murillo, en el
sentido que la persona inscrita es del matrimonio de José Wilson
León Moreno con Ingrid Vanessa Noguera Murillo, de conformidad
con lo establecido en los artículos 69 del Código de Familia y 53 de
la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro
Civil. Conforme lo señala el artículo 66 de la precitada ley, se
confiere audiencia por ocho días a partir de la primera publicación
en el Diario Oficial La Gaceta a los señores José Wilson León
Moreno, Jorge Mario Rodríguez Borbón e Ingrid Vanessa Noguera
Murillo, con el propósito que se pronuncien en relación con este
proceso y se previene a las partes interesadas para que hagan valer
sus derechos dentro del término señalado.—Lic. Luis Guillermo
Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—O. C. N° 3400029935.—
Solicitud N° 67751.—( IN2016074860 ).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Se hace saber que este Registro Civil en diligencias de ocurso
incoadas por Laura Moreira Badilla, ha dictado una resolución que
en lo conducente dice: Resolución Nº 4051-2013. Registro Civil,
La Gaceta Nº 211 — Jueves 3 de noviembre del 2016
Pág 27
Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las
quince horas del seis de diciembre del dos mil trece. Expediente Nº
36791-2013. Resultando: 1.-..., 2.-..., 3.-... Considerando: 1.-Hechos
probados:..., II.-Sobre el fondo:..., Por tanto: rectifíquese el asiento
de nacimiento de Briyith Rachani Morales Badilla... en el sentido que
los apellidos de la madre.., consecuentemente el segundo apellido
de la misma son “Moreira Badilla” y “Moreira” respectivamente.—
Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis
Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—( IN2016076032 ).
Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José,
a las catorce horas siete minutos del treinta de enero del dos mil
doce. Ocurso. Exp. N° 44760-2011. Resultando 1º—..., 2º—...,
3º—..., Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Hechos no
Probados:..., III.—Sobre el fondo:..., Por tanto: rectifíquese el
asiento de nacimiento de Geylin Michelle Salazar Hernández...; en
el sentido que los apellidos del padre... son “Avilés Salazar”.—Lic.
Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Hugo Montero
Hernández, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2016076488 ).
Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por
Mirjana Begovich Curach, se ha dictado la resolución N° 48372016, que en lo conducente dice: Registro Civil, Departamento
Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las once horas cinco
minutos del primero de setiembre de dos mil dieciséis. Expediente
N° 50779-2015. Resultando: 1.-..., 2.-... Considerando: I.-Hechos
probados:..., II.-Sobre el fondo:... Por tanto: rectifíquese el asiento
de defunción de Francisco Banichevich Pecotich, en el sentido que
los apellidos son Banicevic Pecotic, hijo de Antonio Banicevic y
Jacoba Pecotic, no indican segundo apellido.—Lic. Luis Guillermo
Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Licda. Irene Montanaro
Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2016076129 ).
Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Hisel
Banesa Huerta Salazar, en expediente Nº 29478-02, este Registro
ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Nº 0712-03.
Registro Civil. Departamento Civil. Oficina de Actos Jurídicos.
San José, a las doce horas veinticinco minutos del catorce de mayo
del des mil tres. Diligencias de ocurso incoadas por Hisel Banesa
Huerta Salazar, soltera, ama de casa, nicaragüense, pasaporte
número C-cuatrocientos noventa y ocho mil quinientos ochenta
y siete, vecina de Barrio México, San José. Resultando: 1º—…,
2º—…; Considerando: I.—Hechos probados:…, II.—Hechos no
probados:…, III.—Sobre el fondo:…; Por tanto: Rectifíquese el
asiento de nacimiento de Margarita Valeska Huertas Salazar… en
el sentido de que el nombre y apellidos de la madre… son “Hisel
Banesa Huerta Salazar”.—Lic. Luis Antonio Bolaños Bolaños,
Oficial Mayor a. í.—Licda. Ligia María González Richmond,
Jefa.—1 vez.—( IN2016077556 ).
Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por
Vanessa Aracelly Cubas Cavero, se ha dictado la resolución N°
1755-2016, que en lo conducente dice: Registro Civil, Departamento
Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las once horas veinte
minutos del diecisiete de marzo de dos mil dieciséis. Exp. N°
3244-2016. Resultando 1°—..., 2°—... Considerando: I.—Hechos
probados:... II.—Sobre el fondo:... Por tanto: rectifíquese el asiento
de nacimiento de Paula León Páez Cubas, en el sentido que el
nombre de la madre es Vanessa Aracelly.—Lic. Luis Guillermo
Chinchilla Mora, Oficial Mayor.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina,
Jefe.—1 vez.—( IN2016076146 ).
Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por
Alejandro Llano Velázquez, se ha dictado la resolución N° 42042016, que en lo conducente dice: Registro Civil, Departamento
Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las diez horas cuarenta
y siete minutos del veintisiete de julio de dos mil dieciséis. Exp. N°
48572-2013. Resultando: 1°—... 2°—... 3°—... Considerando: I.—
Hechos probados:... II.—Sobre el fondo:... Por tanto: rectifíquense
el asiento de naturalización de Alejandro Llano Velázquez,
en el sentido que los apellidos de la persona inscrita son Llano
Velásquez, hijo de Germán Llano no indica segundo apellido y
Bertha Velásquez no indica segundo apellido y el asiento de
matrimonio de Alejandro Llano Velázquez con Cecilia Sidey
del Carmen Martínez Badilla, en el sentido que los apellidos del
cónyuge son Llano Velásquez, hijo de Germán Llano no indica
segundo apellido y Bertha Velásquez no indica segundo apellido.—
Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Licda.
Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2016076178 ).
Se hace saber que este Registro Civil en diligencias de ocurso
incoadas por Hilda Dunkley Fuller, ha dictado una resolución
que en lo conducente dice: Resolución N° 3401-2013. Registro
Civil, Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José,
a las trece horas cuarenta y tres minutos del primero de octubre de
dos mil trece. Exp. N° 30386-2013. Resultando: 1°—... 2°—....
Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Sobre el fondo:...
Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Nilda Linnette
Dunkley Fuller... en el sentido que el primer apellido del padre...es
“Gallimore”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—
Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—( IN2016076217 ).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso
incoadas por Geiner Avilés Salazar, ha dictado una resolución
que en lo conducente dice: Resolución Nº 378-2012.—Registro
AVISOS
Registro Civil - Departamento Civil
SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES
Avisos de solicitud de naturalización
Jahaira del Socorro Fonseca Vega, mayor, soltera, operadora
de radio, nicaragüense, cédula de residencia N° DI 155814288309,
vecino/a de Limón, Siquirres, San Martín, ha presentado solicitud
para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de
Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a
quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud,
para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término
de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp.
138064-2015.—San José, 18 de octubre del 2016.—German Alberto
Rojas Flores, Jefe a. í.—( IN2016076097 ).
Hazel Lucía Lagos Rivera, mayor, soltera, niñera, nicaragüense,
cédula de residencia N° 155820032026, vecina de San José, Montes
de Oca, San Pedro, barrio Betania, del CONAVI, 225 m norte, ha
presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense
ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro
Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que
hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este
Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a
la publicación de este aviso. Expediente Nº 1257-2016.—San
José, 18 de octubre de 2016.—German Alberto Rojas Flores,
Jefe a. í.—1 vez.—( IN2016076117 ).
Ana Del Socorro Valverde Oporta, mayor, soltera, ama de
casa, nicaragüense, cédula de residencia N° 155800593321, vecina
de San José, Vásquez de Coronado, 50 norte de La Cruz Roja, ha
presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante
la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil Se
emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha
solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro
del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este
aviso. Exp.1764-2016.—San José, 22 de setiembre del 2016.—
German Alberto Rojas Flores, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2016076342 ).
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La Gaceta Nº 211 — Jueves 3 de noviembre del 2016
CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
LICITACIONES
EDUCACIÓN PÚBLICA
FUNDACIÓN MUNDO DE OPORTUNIDADES
CENTRO NACIONAL DE RECURSOS
PARA LA EDUCACIÓN INCLUSIVA-CENAREC
CONCURSO N° 2016PP-000007-01
Concurso selección de empresa para la adquisición
de siete CPU’s para el Centro Nacional de Recursos
para la Educación Inclusión - CENARECEl CENAREC recibirá ofertas hasta las diez horas del día
lunes 21 de noviembre de 2016, para contratar los servicios antes
indicados. El cartel puede ser retirado, sin costo alguno, a partir de
la presente publicación en nuestras oficinas, ubicadas 100 metros al
este del cementerio de Guadalupe, Goicoechea.
San José, noviembre del 2016.—Departamento
Administrativo.—Lic. Iván Quesada Granados, Jefe.—1
vez.—( IN2016079326 ).
BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2016LN-000005-DCADM
Suministro e instalación de rotulación interna para
el Banco Popular a nivel nacional
(Consumo según demanda)
Apertura: Para las 10:00 horas del día 25 de noviembre del
2016. Retiro del cartel: Oficinas Centrales, de lunes a viernes de 8:15
a.m. a 4:00 p.m., 6to piso, División de Contratación Administrativa.
Costo: ¢2.500.00 (dos mil quinientos colones con 00/100).
Área de Gestión y Análisis de Compras.—Licda. Ana Victoria
Monge Bolaños, Jefa.—1 vez.—( IN2016083427 ).
BANCO HIPOTECARIO DE LA VIVIENDA
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2016LA-000005-01
Contratación de una empresa Calificadora de Riesgos
El Banco Hipotecario de la Vivienda a través de la Gerencia
General, resolvió dar apertura a la Licitación Abreviada 2016LA000005-01, para la “Contratación de una empresa Calificadora de
Riesgos”, de conformidad con las condiciones específicas del cartel.
Los interesados pueden acceder al cartel que regirá este
procedimiento de contratación en la página oficial del Banco
Hipotecario de la Vivienda, cita www.banhvi.fi.cr sección
Publicaciones, Área de Proveeduría, Contrataciones.
La fecha límite para recibir ofertas será el 11 de noviembre del
2016 a las 14:00 horas, fecha y hora en que se procederá a realizar
el acto de apertura de ofertas, en las instalaciones del BANHVI
ubicado en Barrio Dent, San Pedro de Montes de Oca, de la Facultad
de Derecho de la Universidad de Costa Rica, 300 metros oeste y 100
metros norte.
Margoth Campos Barrantes, Directora Administrativa.—1
vez.—( IN2016079356 ).
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
DIRECCIÓN DE SERVICIOS INSTITUCIONALES
COMPRA DIRECTA Nº 2016CD-000028-1161
Adquisición vehículo rural 4x4
La Dirección Servicios Institucionales de la Caja Costarricense
de Seguro Social, recibirá ofertas hasta las 10:00 horas del 10 de
noviembre 2016, para la adquisición de -01- vehículo rural 4x4.
Los interesados podrán retirar el cartel en la Dirección Servicios
Institucionales, ubicada en el piso 3 del edificio Jenaro Valverde,
Oficinas Centrales, avenida 4, calles 5 y 7, San José, solicitarlo vía
correo electrónico a las direcciones [email protected] o hvargasr@
ccss.sa.cr o encontrarlo en la dirección electrónica: http://www.ccss.
sa.cr/licitaciones_detalle?up=1161&tipo=CD
Licda. Jennifer Zúñiga Ruiz, Coordinación Logística.—1
vez.—( IN2016081264 ).
HOSPITAL MÉXICO
ADMINISTRACIÓN-SUBÁREA
DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2016LA-000061-2104
Por la adquisición de Sildenafil 50 mg
Se comunica: Fecha de recepción de ofertas hasta el día 24 de
noviembre del 2016, a las 10:00 a. m.
San José, 01 de noviembre del 2016.—Licda. Carmen
Rodríguez Castro, Coordinadora.—1 vez.—( IN2016082503 ).
JUNTA DE ADMINISTRACIÓN PORTUARIA
Y DE DESARROLLO ECONÓMICO
DE LA VERTIENTE ATLÁNTICA
ADMINISTRACIÓN DE DESARROLLO
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2016LA-000004-02
La Proveeduría de la Administración de Desarrollo invita a
potenciales oferentes a participar en la contratación promovida para
la compra de Montacargas.
La fecha límite para la recepción y apertura de ofertas será el
día 21 de noviembre del 2016, hasta las 11:00 horas, en la Oficina
de la Proveeduría de la Administración de Desarrollo, sita en Moín
Limón. (Prevalecerá la hora oficial de la Proveeduría).
El cartel con las especificaciones técnicas, estará a la
disposición en la oficina de la Proveeduría de la Administración de
Desarrollo, así como en la página Web de JAPDEVA, http://www.
japdeva.go.cr
Proveeduría Admón. Desarrollo.—Lic. Denny
Douglas Leslie.—1 vez.—O. C. N° 1975.—Solicitud N°
69385.—( IN2016083446 ).
AVISOS
JUNTA DE EDUCACIÓN IEGB
PRESB. YANUARIO QUESADA
LICITACIÓN PÚBLICA N° 2016-LP-001
Contratación de servicios de proveedor de alimentos
para el comedor escolar
La Junta de Educación de la IEGB Presb. Yanuario Quesada,
cedula jurídica: 3-008-092576, invita a proveedores de alimentos
a participar en la Licitación Pública N° LP-2016-LP-001 que
consiste en la adquisición de alimentos: Cárnicos, lácteos, frutas,
verduras, legumbres y abarrotes, para el servicio de alimentos de
los estudiantes de la IEGB para el curso lectivo 2017. El cartel
puede ser retirado en la oficina de la Junta en las instalaciones de
la Institución a partir del 06 de noviembre hasta el 10 de noviembre
inclusive en horario de 9:00 a.m. a 4:00 p.m. La Institución se ubica
en San Rafael de Escazú, frente a la Plaza de Deportes, a partir del
presente comunicado, sin costo alguno.
San Rafael de Escazú, 01 de noviembre del 2016.—Oscar
Zeledón Carazo, Presidente.—1 vez.—( IN2016083447 ).
MUNICIPALIDADES
MUNICIPALIDAD DE POAS
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2016LA-000007-ASISTA
Construcción de 3600 metros lineales de Cuneta desde
la Estación 0+350 hasta 2+150 en ambos lados
del camino La Legua del distrito San Juan
código 2-08-022 con Recubrimiento de
Concreto Hidráulico desde la Estación
0+350 hasta 2+150 de: Ent. Ruta
Nacional 120 a: Ent. Ruta
Cantonal 2-08-021 Cabuyal
La suscrita Roxana Chinchilla Fallas, Secretaria del Concejo
Municipal de la Municipalidad de Poás, hago constar que: El
Concejo Municipal del Cantón de Poás, en su Sesión Ordinaria Nº
026-2016, celebrada el 25 de octubre del 2016, en forma unánime
La Gaceta Nº 211 — Jueves 3 de noviembre del 2016
y definitivamente aprobado, tomó el acuerdo N° 381-10-2016,
para autorizar a la Administración Municipal a llevar a cabo el
proceso para sacar a Licitación Abreviada N° 2016LA-000007ASISTA, “Construcción de 3600 metros lineales de Cuneta desde
la Estación 0+350 hasta 2+150 en ambos lados del camino La
Legua del distrito San Juan código 2-08-022 con Recubrimiento de
Concreto Hidráulico desde la Estación 0+350 hasta 2+150 de: Ent.
Ruta Nacional 120 a: Ent. Ruta Cantonal 2-08-021 Cabuyal”. La
apertura de oferta se realizará el 11 de noviembre del 2016, a las
10:00 horas. El cartel tiene un costo de ¢10.000 (diez mil colones
exactos), c/u, y podrán ser retirados en la Proveeduría en horas de
oficina. Publíquese en el Diario Oficial La Gaceta.
San Pedro de Poás, 27 de noviembre del 2016.—Licda.
Roxana Chinchilla Fallas, Secretaria.—1 vez.—( IN2016079320 ).
MUNICIPALIDAD DE FLORES
PROCESO DE PROVEEDURÍA Y BODEGA
PMF-2016-479
CONTRATACIÓN DIRECTA Nº 201CD-000081-01
Contratación del servicio de mantenimiento preventivo,
reparaciones y pintura de vehículos municipales
El departamento de Proveeduría de la Municipalidad de
Flores, informa a todos los interesados, que se estarán recibiendo
ofertas por escrito hasta las 08:00 horas del día 08 de noviembre del
2016, para el procedimiento de Contratación Directa N° 2016CD000081-01.
La Municipalidad de Flores tendrá a su cargo el presente
proceso de contratación directa, donde los potenciales oferentes
podrán descargar el cartel en la página de la Municipalidad de
Flores, para lo cual deberán ingresar a la siguiente dirección: www.
flores.go.cr (sección de Contratación Administrativa).
En el Proceso de Proveeduría y Bodega de la Municipalidad
se brindará toda la información adicional (Tel: 265-71-25 Ext. 107
Fax: 265-56-52).
Proveeduría.—Miguel
Hernández
Mejía,
Proveedor
Municipal.—1 vez.—( IN2016079375 ).
ADJUDICACIONES
BANCO DE COSTA RICA
LICITACIÓN PÚBLICA N° 2016LN-000001-01
Servicio de mantenimiento a los bienes inmuebles
adjudicados en pago de obligaciones en Remate
Judicial al Banco de Costa Rica, a nivel Nacional
El Banco de Costa Rica informa que el Comité Ejecutivo
en reunión 37-16 CCE del 19/10/2016, acordó declarar desierta la
contratación en referencia.
Oficina de Compras y Pagos.—Rodrigo Aguilar
Solórzano, Supervisor.—1 vez.—O. C. N° 65540.—
Solicitud N° 69367 .—( IN2016079893 ).
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
GERENCIA DE INFRAESTRUCTURA Y TECNOLOGÍAS
DIRECCIÓN ARQUITECTURA E INGENIERÍA
LICITACIÓN PÚBLICA N° 2015LN-000002-4402
Etapa 2 Servicios Técnicos, Construcción, Equipamiento y
Mantenimiento Edificio Torre Este y Obras Complementarias
Hospital Dr. Rafael Ángel Calderón Guardia
A los interesados en el presente concurso, se les comunica
que por medio de la resolución de junta directiva, artículo 17°, de
la sesión 8869, del 20 de octubre del 2016; se adjudicó la oferta N°
2: Estructuras S. A., con un monto total de: ¢25.972.251.435,75
(veinticinco mil novecientos setenta y dos millones doscientos
cincuenta y un mil cuatrocientos treinta y cinco colones con setenta
y cinco céntimos) y $34.236.138,55 (treinta y cuatro millones
doscientos treinta y seis mil ciento treinta y ocho dólares con
cincuenta y cinco centavos). Ver detalles en la página www.ccss.
sa.cr/licitaciones_detalle?up=4402&tipo=ADJ
San José, 31 de octubre de 2016.—Subárea Gestión
Administrativa y Logística.—Licda. Carla Salgado Reina, Jefa.—
1 vez.—( IN2016079301 ).
Pág 29
JUNTA DE ADMINISTRACIÓN PORTUARIA
Y DE DESARROLLO ECONÓMICO
DE LA VERTIENTE ATLÁNTICA
ADMINISTRACIÓN DESARROLLO
LICITACIÓN PÚBLICA N° 2016LN-000001-02
Venta de madera en pie por metro cúbico
El Consejo de Administración, mediante acuerdo Nº 447-16,
Artículo III-H, de la Sesión Ordinaria Nº 38-2016, celebrada el 20
de octubre del 2016, adjudica la Licitación Pública N° 2016LN000001-02 promovida para la venta de madera en pie por metro
cúbico al oferente Ulises Angulo Trejos, por haber cumplido con
todas las condiciones y especificaciones solicitadas en el cartel
y haber obtenido el mayor porcentaje de calificación, según el
siguiente detalle:
Monto total adjudicado
Vigencia oferta
Plazo de entrega
Forma de cancelación
Garantía de cumplimiento
¢73.310.379,30
35 días hábiles
150 días naturales
Según el Cartel
5% del monto total adjudicado.
Administración Desarrollo.—Lic. Denny Douglas
Leslie.—Proveedor.—1 vez.—O. C. N° 1975.—Solicitud
N° 69320.—( IN2016079870 ).
AVISOS
POPULAR SOCIEDAD DE FONDOS DE INVERSIÓN
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2016LA-000004-CL
Contratación de servicios de limpieza
Popular Sociedad de Fondos de Inversión hace del
conocimiento de los interesados que el Comité de Licitaciones
en sesión ordinaria Nº 08-2016, acordó adjudicar la licitación de
referencia de la siguiente manera:
Adjudicatario:
Cédula jurídica:
Costo mensual adjudicado:
VMA Servicios Integrales de
Limpieza S. A.
Nº 3-101-086923
¢717.075,82 (setecientos diecisiete
mil setenta y cinco colones con
82/100).
San José, 01 de noviembre del 2016.—Lic. Vilma Arana
Asencio, Proveedora.—1 vez.—( IN2016079354 ).
MUNICIPALIDADES
MUNICIPALIDAD DE POÁS
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2016LA-000002-ASISTA
Proyecto optimización hidráulica en sector de redes
de los subacueductos Pinitos y San Rafael
de la Municipalidad de Poás
La suscrita Roxana Chinchilla Fallas, Secretaria del Concejo
Municipal de la Municipalidad de Poás, hago constar que: El
Concejo Municipal del cantón de Poás, en su Sesión Ordinaria Nº
026-2016, celebrada el 25 de octubre del 2016, en forma unánime
y definitivamente aprobado, tomó el Acuerdo Nº 382-10-2016, para
adjudicar la Licitación Abreviada Nº 2016LA-000002-ASISTA
“Proyecto optimización hidráulica en sector de redes de los
subacueductos Pinitos y San Rafael de la Municipalidad de Poás” a
Consultora Costarricense para Programas de Desarrollo S. A.,
cédula jurídica Nº 3-101-026507, por un monto de ¢17.780.000,00.
Publíquese en el Diario Oficial La Gaceta. Acuerdo unánime y
definitivamente aprobado.
San Pedro de Poás, 27 de noviembre 2016.—Roxana Chinchilla
F., Secretaria Concejo Municipal.—1 vez.—( IN2016079322 ).
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La Gaceta Nº 211 — Jueves 3 de noviembre del 2016
REMATES
BANCO NACIONAL DE COSTA RICA
Remate de bien propio inmueble del
Banco Nacional ubicado en Aserrí
(Invitación)
La Proveeduría General del Banco Nacional de Costa
Rica, realizara el remate del bien propio de las diez (10:00 a.
m.) horas hasta las once (11:00) horas del 18 de noviembre
del 2016, para el “Remate de bien propio inmueble del banco
nacional ubicado en Aserrí”, de forma electrónica mediante la
plataforma de Mer-Link.
El bien inmueble objeto de esta contratación podrá ser
inspeccionado, a tales efectos se ha programado una visita conjunta
al sitio para el día 8 de noviembre del 2016, a las 10:00 a. m., el cual
se encuentra ubicado en la provincia de San José, cantón Aserrí,
distrito Aserrí; diagonal al parque de Aserrí, costado norte de la
iglesia católica. El compañero que mostrará el bien inmueble será
el señor MBA. Johnny Daniel Campos Montenegro, Supervisor
Unidad de Seguros y Servicios del Banco Nacional de Costa Rica,
teléfono 2211-4027.
Las demás condiciones del remate pueden ser consultadas en
la plataforma de Merlink a partir del 4 de noviembre del año en
curso.
La Uruca, 1° de noviembre del 2016.—Ing. Douglas Noguera
Porras, Supervisor Operativo.—1 vez.—O. C. N° 522965.—
Solicitud N° 69358.—( IN2016079889 ).
FE DE ERRATAS
SALUD
PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL
LICITACIÓN PÚBLICA N° 2016LN-000001-UPIMS
Servicio de importación y distribución
de drogas estupefacientes
La Proveeduría Institucional del Ministerio de Salud, informa
que la recepción de propuestas para esta Licitación se prorroga para
el viernes 18 de noviembre 2016, a las 11:00 horas.
El cartel con las especificaciones técnicas y condiciones
generales de dicha contratación administrativa podrán retirarse por
parte de los interesados, sin costo alguno, a partir de la presente
publicación en la Proveeduría Institucional de ese Ministerio, sita
tercer piso del edificio sur del Ministerio de Salud, ubicado en la
calle 16 avenidas 6 y 8.
San José, 28 de octubre 2016.—Licda. Vanessa Arroyo
Chavarría, Proveedora Institucional.—1 vez.—O. C. Nº
3400026955.—Solicitud Nº 69228.—( IN2016079650 ).
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS
Y ALCANTARILLADOS
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2016LA-00048-PRI
(Circular Nº 2)
Compra de repuestos para perforadora
A todos los interesados en participar en la presente contratación,
se les comunica que mediante esta circular, se aplican las siguientes
modificaciones y aclaraciones a los documentos de licitación.
Sección A: Modificaciones al volumen 1
Se modifican los artículos N° 7 Plazo de entrega y N° 23
Cláusula Penal del Volumen 1, quedando de la siguiente forma:
Plazo de Entrega
Artículo Nº 7:
• El plazo de entrega máximo será de 70 días hábiles.
Los plazos de entrega se contarán de la siguiente forma:
Ofertas de importación:
a)Si los pagos son Giro a la Vista, a partir del día hábil
siguiente del recibo del pedido por parte del contratista.
b)Si es carta de crédito, a partir de la apertura de la misma,
en un Banco en Costa Rica, la cual se tendrá hecha hasta la
fecha en el que el banco local envía la comunicación de la
carta de crédito al banco corresponsal en el exterior.
Ofertas en Plaza:
a) Si la oferta es en plaza, a partir del día hábil siguiente del
recibo del Pedido por parte del contratista.
Presentación de la Garantía
Si el contratista no se presenta a retirar el Pedido, pero rinde
la Garantía de Cumplimiento, el plazo de entrega comenzará a regir
a partir del día hábil siguiente a la presentación de ésta.
Entrega inmediata.
Cuando un oferente ofrezca plazo de entrega inmediata, se
entenderá que corresponde a un día hábil posterior a la entrega o
notificación del pedido respectivo.
Cláusula Penal.
Artículo Nº23:
• El atraso en la entrega de los bienes facultará al AyA para
la aplicación de la cláusula penal por incumplimiento en
el plazo de entrega, correspondiente a 0,17% de la línea
donde se incumplió por cada día de atraso, esto hasta
alcanzar el 25% del monto total de cada línea en la que se
presente el incumplimiento.
Dirección Proveeduría.—Licda. Jeniffer Fernández
Guillén.—1 vez.—O. C. Nº 6000001412.—Solicitud Nº
69276.—( IN2016079406).
DIRECCION PROVEEDURIA
LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL
Nº 2016LI-000003-PRI
(Circular Nº 1)
Consultor Especializado para el Proyecto RANC-EE
El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados
(AyA) cédula jurídica Nº 4-000-042138, comunica a todos los
interesados en participar en la licitación arriba indicada, que se
prorroga la fecha de recepción de “Solicitudes de Precalificación”,
para el 25 de noviembre del 2016 a las 11:00 horas. Además a partir
de la presente publicación está disponible la Circular N° 1, en la
Dirección de Proveeduría del AyA sita en el Módulo C, piso 3 del
edificio Sede del AyA, ubicado en Pavas, o en el web www.aya.
go.cr, Link Proveeduría, Expediente Digital.
Licda. Jeniffer Fernández Guillén.—1 vez.—O. C. Nº
6000001412.—Solicitud Nº 69324.—( IN2016079881 ).
AVISOS
JUNTA DE EDUCACIÓN
ESCUELA JUAN XXIII
CONTRATACIÓN PÚBLICA N° 002-2016
Modificaciones al Cartel de la Contratación Pública N° 0022016, promovida por la Junta de Educación Escuela Juan XXIII, de
Escazú.
Con relación al plazo de entrega, léase correctamente 50
días naturales a partir del día hábil siguiente a la notificación de
adjudicación. La entrega e instalación del equipo se hará en las
instalaciones de la Escuela Juan XXIII, ubicada en San Antonio de
Escazú, San José, costado sur del Templo Católico.
En cuanto a los requerimientos y especificaciones técnicas,
pizarra interactiva, del punto 8 Sistemas operativos y otros, léase
correctamente: Tecnología infrarroja o por medio inalámbrico
conexión bluetooth, en el mismo punto donde indica Puerto USB
(a-b), léase correctamente o puede tener puerto USB (a o b). En
el punto 13 donde dice lápiz extendible, léase correctamente
lápiz para alcanzar los puntos más altos de la pizarra interactiva.
En la Línea de Proyector Tiro Corto, punto 2, proyección, léase
correctamente: Tecnología de proyección 3LCD o DLP. En el
punto 8, Entrada del ordenador 1: 15-PIN MINI D-SUB X 1, léase
correctamente Entrada del ordenador 1: 15-PIN MINI D-SUB X
1 o más; Entrada del ordenador 2: 15-PIN MINI D-SUB X 1, léase
La Gaceta Nº 211 — Jueves 3 de noviembre del 2016
correctamente Entrada del ordenador 2: 15-PIN MINI D-SUB X 1
o más. En el punto 9 donde indica USB TIPO A X 2 (presentación
SIN PC, adaptador inalámbrico) y tipo B X 1 (pantalla USB o el
control de ratón), léase correctamente USB TIPO A X 2 o A X
1 (presentación SIN PC, que incluya adaptador inalámbrico), el
aspecto B X 1 con o sin B X 1. Con relación a las capacitaciones, las
mismas se realizarán en las instalaciones de la Escuela Juan XXIII.
Con relación a la exoneración del impuesto de ventas, la Junta
de Educación entregará fórmula (donde se justifica el no pago de
impuesto de ventas) a la empresa adjudicada con fundamento a la
Ley 8788 según resolución RES-DGH-0020-2010. Además se les
indica a los oferentes que se va a realizar visita al sitio, la misma
será el lunes 7 de noviembre de los corrientes, a las 10:00 de la
mañana en la institución.
Wi l f r i d o R o d r í g u e z S o l í s , P r e s i d e n t e . — 1 v e z . —
( IN2016079871 ).
INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS
UNIVERSIDAD DE COSTA RICA
VICERRECTORÍA DE VIDA ESTUDIANTIL
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
ORI-4444-2016.—Mijares Rondón Mariella Josefina, R-3142016, pasaporte 064043764, solicitó reconocimiento y equiparación
del título de Médico Cirujano, Universidad Centroccidental
Lisandro Alvarado, Venezuela. La persona interesada en aportar
información de la solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta
Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación
del tercer aviso.—Ciudad Universitaria, Rodrigo Facio, 21 de
setiembre del 2016.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A.
José A. Rivera Monge, Director.—O. C. N° 128682.—Solicitud N°
67502.—( IN2016074848 ).
ORI-4479-2016.—Sewell Parada Edgar, R-315-2016,
cédula: 9-0125-0044, solicitó reconocimiento y equiparación del
título Licenciado en Derecho y Ciencias Políticas, Universidad de
Panamá, Panamá. La persona interesada en aportar información
del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina
dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer
aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 21 de setiembre
del 2016.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José
A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 128682.—Solicitud Nº
67503.—( IN2016074852 ).
ORI-4468-2016.—Castillo Pérez José Fabio, R-3162016, cédula de identidad 1-1086-0305, solicitó reconocimiento
y equiparación del título Máster Universitario en Seguridad
Informática, Universidad Internacional de La Rioja, España.
La persona interesada en aportar información del solicitante,
podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días
hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad
Universitaria Rodrigo Facio, 22 de setiembre del 2016.—M.B.A.
José Rivera Monge, Director.—O. C. N° 128682.—Solicitud N°
67504.—( IN2016074856 ).
ORI-4436-2016.—Pocaterra Huerfano Rebeca Esmeralda,
R-317-2016, pasaporte Nº 068276395, solicitó reconocimiento
y equiparación del título Licenciada en Enfermería, Universidad
Central de Venezuela, Venezuela. La persona interesada en aportar
información de la solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta
Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación
del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 21 de
setiembre de 2016.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A.
José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 128682.—Solicitud Nº
67505.—( IN2016074858 ).
ORI-4437-2016.—Zúñiga García Aura Lila, R-319-2016,
pasaporte: C02049707, solicitó reconocimiento y equiparación
del título Doctora en Medicina y Cirugía, Universidad Nacional
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autónoma de Nicaragua, Nicaragua. La persona interesada en aportar
información de la solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta
Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación
del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 21 de
setiembre del 2016.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A.
José Rivera Monge, Director.—O. C. N° 128682.—Solicitud N°
67507.—( IN2016074859 ).
ORI-4543-2016.—Platero López Roberto Alonso, R-3252016, residente 148400396426, solicitó reconocimiento y
equiparación del título Arquitecto, Universidad Centroamericana
José Simeón Cañas, El Salvador. La persona interesada en aportar
información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta
Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación
del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 28 de
setiembre del 2016.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A.
José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 128682.—Solicitud Nº
67716.—( IN2016074861 ).
ORI-4255-2016.—Ruiz Loría Marianna, R-300-2016,
cédula Nº 1-1480-0012, solicitó reconocimiento y equiparación
del título de Máster en Ciencias en Neurociencia del Desarrollo y
Psicopatología, Colegio Universitario de Londres, Inglaterra. La
persona interesada en aportar información de la solicitante, podrá
hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles
siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria
Rodrigo Facio, 09 de setiembre de 2016.—Oficina de Registro e
Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O.C. Nº
128682.—Solicitud Nº 67460.—( IN2016074865 ).
ORI-4196-2016.—Romero de Arévalo Brenda Eloísa, R-3012016, pasaporte: 135358445, solicitó reconocimiento y equiparación
del título Médico Cirujano, Universidad Central de Venezuela,
Venezuela. La persona interesada en aportar información del
solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los
5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad
Universitaria Rodrigo Facio, 07 de setiembre del 2016.—M.B.A.
José A. Rivera Monge, Director.—O. C. N° 128682.—Solicitud N°
67462.—( IN2016074869 ).
ORI-4227-2016.—Verenzuela Narváez Luz Elena, R-3022016, pasaporte: 064832818, solicitó reconocimiento y equiparación
del título Ingeniera en Procesos Químicos, Instituto Universitario
de Tecnología “Dr. Federico Rivero Palacio”, Venezuela. La
persona interesada en aportar información de la solicitante, podrá
hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles
siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria
Rodrigo Facio, 8 de setiembre del 2016.—Oficina de Registro e
Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº
128682.—Solicitud Nº 67464.—( IN2016074873 ).
ORI-4224-2016.—Carcamo Novoa Francisco Román,
R-303-2016, Residente Permanente 155822375027, solicitó
reconocimiento y equiparación del título Ingeniero Civil, La
Universidad Nacional de Ingeniería, Nicaragua. La persona
interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo
por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes
a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo
Facio, 08 de setiembre del 2016.—Oficina de Registro e
Información.—M.B.A. José Antonio Rivera Monge, Director.—O.
C. N° 128682.—Solicitud N° 67465.—( IN2016074875 ).
ORI-4214-2016.—Muñoz Guzmán Carlos Eduardo,
R-298-2016, pasaporte: AQ720885, solicitó reconocimiento y
equiparación del título Ingeniero Civil, Universidad del Cauca,
Colombia. La persona interesada en aportar información del
solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los
5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad
Universitaria Rodrigo Facio, 08 de setiembre del 2016.—M.B.A.
José Rivera Monge, Director.—O. C. N° 128682.—Solicitud N°
67458.—( IN2016074883 ).
Pág 32
La Gaceta Nº 211 — Jueves 3 de noviembre del 2016
ORI-3910-2016.—Samper Villarreal Jimena, R-185-2010-B,
cédula Nº 1-1155-0955, solicitó reconocimiento y equiparación del
título de Doctora de Filosofía, Universidad de Queensland, Australia.
La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá
hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles
siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria
Rodrigo Facio, 25 de agosto de 2016.—Oficina de Registro e
Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O.C. Nº
128682.—Solicitud Nº 67713.—( IN2016074884).
ORI-4313-2016.—Noé Alberto Ramírez Elizondo, R-2962016, cédula 1-1118-0671, solicitó reconocimiento y equiparación
del título Doctor en Enfermería, Universidad de Concepción, Chile.
La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá
hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles
siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria
Rodrigo Facio, 13 de setiembre, 2016.—Oficina de Registro e
Información.—MBA. José Rivera Monge, Director.—O. C. N°
128682.—Solicitud N° 67451.—( IN2016074897 ).
ORI-4270-2016.—Murillo Suárez Juan José, R-292-2016,
cédula 1-1468-0123, solicitó reconocimiento y equiparación del
título Doctor en Medicina, Escuela Latinoamericana de Medicina,
Cuba. La persona interesada en aportar información del solicitante,
podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los cinco
días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad
Universitaria Rodrigo Facio, 12 de setiembre de 2016.—M.B.A.
José Antonio Rivera Monge, Director.—O. C. N° 128682.—
Solicitud N° 67445.—(IN2016074886 ).
ORI-4437-2016.—Zúñiga García Aura Lila, R-319-2016,
pasaporte: C02049707, solicitó reconocimiento y equiparación
del título Doctora en Medicina y Cirugía, Universidad Nacional
Autónoma de Nicaragua, Nicaragua. La persona interesada en
aportar información de la solicitante, podrá hacerlo por escrito ante
esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación
del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 21 de
setiembre del 2016.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A.
José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 128682.—Solicitud Nº
67715.—( IN2016074902 ).
ORI-3466-2016.—Retana Zúñiga Amelia María, R-2122016, cédula 1-0908-0806, solicitó reconocimiento y equiparación
del título Bachiller en Artes de las Comunicaciones, Universidad
Ozarks, Estados Unidos. La persona interesada en aportar
información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta
Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación
del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 03 de
agosto de 2016.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A.
José Rivera Monge, Director.—O. C. N° 128682.—Solicitud N°
67714.—( IN2016074887 ).
ORI-4159-2016.—Castillo Fernández José Luis, R-291-2016,
pasaporte: 119766073, solicitó reconocimiento y equiparación
del título Médico Cirujano, Universidad del Zulia, Venezuela. La
persona interesada en aportar información del solicitante, podrá
hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles
siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria
Rodrigo Facio, 06 de setiembre del 2016.—Oficina de Registro e
Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O.C. Nº
128682.—Solicitud Nº 67439.—( IN2016074888 ).
ORI-4261-2016.—Brenes Arroliga Peter Jesús, R-293-2016,
pasaporte: C01716600, solicitó reconocimiento y equiparación
del título de Doctor en Medicina y Cirugía, Universidad Nacional
Autónoma de Nicaragua, Nicaragua. La persona interesada en
aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante
esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación
del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 09 de
setiembre de 2016.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A.
José Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 128682.—Solicitud Nº
67447.—( IN2016074890 ).
ORI-4204-2016.—Sánchez González Milagros Coromoto,
R-297-2016, pasaporte: 064986610, solicitó reconocimiento y
equiparación del título Médico Cirujano, Universidad Central de
Venezuela, Venezuela. La persona interesada en aportar información
del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro
de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer
aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 07 de setiembre del
2016.—M.B.A. José Antonio Rivera Monge, Director.—O. C. N°
128682.—Solicitud N° 67455.—( IN2016074904 ).
ORI-4197-2016.—Viejo Allende Elena, R-299-2016,
pasaporte PAC744512, solicitó reconocimiento y equiparación del
título Licenciada en Psicología, Universidad de Málaga, España. La
persona interesada en aportar información de la solicitante, podrá
hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles
siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria,
Rodrigo Facio, 8 de setiembre del 2016.—Oficina de Registro e
Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O. C. N°
128682.—Solicitud N° 67459.—( IN2016074907 ).
ORI-4336-2016.—Romero Hughes Nicoll Shamara, R-3042016, cédula 7-0192-0116, solicitó reconocimiento y equiparación
del título Doctora en Medicina, Escuela Latinoamericana de
Medicina, Cuba. La persona interesada en aportar información del
solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los
5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad
Universitaria Rodrigo Facio, 14 de setiembre de 2016.—Oficina de
Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O.
C. N° 128682.—Solicitud N° 67466.—( IN2016074911 ).
ORI-4244-2016.—Moss Joseph Glason Fernando, R-2942016, cédula Nº 1 1155 0733, solicitó reconocimiento y equiparación
del título Magister en Ciencias de la Familia con mención en Terapia
Familiar, Universidad Peruana Unión, Perú. La persona interesada
en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante
esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación
del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 07 de
setiembre del 2016.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A.
José A. Rivera Monge, Director.—O.C. Nº 128682.—Solicitud Nº
67449.—( IN2016074894 ).
ORI-4202-2016.—Muñoz Portillo Juan Manuel, R-2882016, cédula 8-0073-0938, solicitó reconocimiento y equiparación
del título Doctor en Filosofía, Dublin City University, Irlanda.
La persona interesada en aportar información del solicitante,
podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días
hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad
Universitaria Rodrigo Facio, 08 de setiembre del 2016.—M.B.A.
José Rivera Monge, Director.—O. C. N° 128682.—Solicitud N°
67426.—( IN2016074913 ).
ORI-4209-2016.—González González Leslie Dayana, R-2952016, Pasaporte 134532488, solicitó reconocimiento y equiparación
del título Médico Cirujano, Universidad Central de Venezuela,
Venezuela. La persona interesada en aportar información del
solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los
5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad
Universitaria Rodrigo Facio, 08 de setiembre del 2016.—M.B.A.
José Rivera Monge, Director.—O. C. N° 128682.—Solicitud N°
67450.—( IN2016074895 ).
ORI-4419-2016.—Rincon Colmenares Lisandro Enrique,
R-313-2016, pasaporte 091448048, solicitó reconocimiento y
equiparación del título Médico Cirujano, Universidad de Oriente,
Venezuela. La persona interesada en aportar información del
solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los
5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad
Universitaria, Rodrigo Facio, 21 de setiembre del 2016.—Oficina de
Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O.
C. N° 128682.—Solicitud N° 67480.—( IN2016074915 ).
La Gaceta Nº 211 — Jueves 3 de noviembre del 2016
Pág 33
ORI-4338-2016.—Peña Díaz Carlos Alberto, R-289-2016,
residente temporal 186200541416, solicitó reconocimiento y
equiparación del título Abogado, Universidad de Carabobo,
Venezuela. La persona interesada en aportar información del
solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los
5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad
Universitaria Rodrigo Facio, 14 de setiembre de 2016.—Oficina de
Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O.
C. N° 128682.—Solicitud N° 67428.—( IN2016074918 ).
ORI-4184-2016.—Matarrita Carrillo Wilmar, R-290-2016,
cédula: 5 0389 0051, solicitó reconocimiento y equiparación del
título Doctor en Medicina, Escuela Latinoamericana de Medicina,
Cuba. La persona interesada en aportar información del solicitante,
podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días
hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad
Universitaria Rodrigo Facio, 07 de setiembre del 2016.—M.B.A.
José A. Rivera Monge, Director.—O. C. N° 128682.—Solicitud N°
67429.—( IN2016074935 ).
ORI-4235-2016.—Rodríguez Argueta Delmira, R-286-2016,
residente: 122200795213, solicitó reconocimiento y equiparación
del título Licenciatura en Tecnología de la Salud en el Perfil de
Microbiología, Universidad de Ciencias Médicas de Matanzas,
Cuba. La persona interesada en aportar información del solicitante,
podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días
hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad
Universitaria Rodrigo Facio, 08 de setiembre del 2016.—M.B.A.
José A. Rivera Monge, Director.—O. C. N° 128682.—Solicitud N°
67421.—( IN2016074919 ).
Baltodano Gutiérrez Donald Belarmino, R-306-2016,
pasaporte: C01777995, solicitó reconocimiento y equiparación
del título Doctor en Medicina y Cirugía, Universidad Nacional
Autónoma de Nicaragua, Nicaragua. La persona interesada en
aportar información del solicitante podrá hacerlo por escrito ante
esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación
del tercer aviso.—Ciudad Universitaria, Rodrigo Facio, 8 de
setiembre del 2016.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A.
José Rivera Monge, Director.—O. C. N° 128682.—Solicitud N°
67470.—( IN2016074941 ).
ORI-4187-2016.—Aldana Portillo Karim Cecilia, R-2832016, pasaporte: 186200479924, solicitó reconocimiento y
equiparación del título Médico Cirujano, Universidad Central de
Venezuela, Venezuela. La persona interesada en aportar información
del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de
los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad
Universitaria Rodrigo Facio, 07 de setiembre del 2016.—M.B.A.
José A. Rivera Monge, Director.—O. C. N° 128682.—Solicitud N°
67418.—( IN2016074922 ).
ORI-4267-2016.—Boccafogli
Lorenzo,
R-307-2016,
pasaporte YA7288571, solicitó reconocimiento y equiparación
del título Doctor Philosophiae, Universidad de Berna, Suiza.
La persona interesada en aportar información del solicitante,
podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días
hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad
Universitaria Rodrigo Facio, 12 de setiembre del 2016.—M.B.A.
José Rivera Monge, Director.—O. C. N° 128682.—Solicitud N°
67471.—( IN2016074945 ).
ORI-4217-2016.—Bustos Diego Martín, R-281-2016,
pasaporte AAA124006, solicitó reconocimiento y equiparación del
título Doctor en Medicina, Escuela Latinoamericana de Medicina,
Cuba. La persona interesada en aportar información del solicitante,
podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles
siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria
Rodrigo Facio, 08 de setiembre de 2016.—Oficina de Registro e
Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O.C. Nº
128682.—Solicitud Nº 67414.—( IN2016074924 ).
ORI-4308-2016.—Becerra de Piñango Abby Lisbeth, R-2822016, pasaporte 135923605, solicitó reconocimiento y equiparación
del título Licenciada en Psicología, Universidad Yacambú, Venezuela.
La persona interesada en aportar información de la solicitante, podrá
hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles
siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria
Rodrigo Facio, 13 de setiembre del 2016.—Oficina de Registro e
Información.—MBA. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº
128682.—Solicitud Nº 67416.—( IN2016074927 ).
ORI-4163-2016.—Mena Criollo Ronal Vicente, R-284-2016,
pasaporte: AS385174, solicitó reconocimiento y equiparación
del título Fisioterapeuta, Universidad Autónoma de Manizales,
Colombia. La persona interesada en aportar información del
solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los
5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad
Universitaria Rodrigo Facio, 06 de setiembre del 2016.—M.B.A.
José Rivera Monge, Director.—O. C. N° 128682.—Solicitud N°
67419.—( IN2016074928 ).
ORI-4161-2016.—Arévalo Rodríguez Ignacio Antonio,
R-287-2016, pasaporte: 089019351, solicitó reconocimiento y
equiparación del título médico cirujano, Universidad Central
de Venezuela, Venezuela. La persona interesada en aportar
información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta
Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación
del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 06 de
setiembre del 2016.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A.
José Rivera Monge, Director.—O. C. N° 128682.—Solicitud N°
67423.—( IN2016074932 ).
ORI-4500-2016.—Campos Ávila Josué Mesías, R-321-2016,
cédula Nº 1-0994-0508, solicitó reconocimiento y equiparación del
título de Máster Universitario en Biotecnología, Universidad de La
Laguna, España. La persona interesada en aportar información del
solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los
5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad
Universitaria Rodrigo Facio, 23 de setiembre de 2016.—Oficina de
Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—
O.C. Nº 128682.—Solicitud Nº 67508.—( IN2016074948 ).
ORI-4489-2016.—Yendes Méndez Pablo Avean, R-323-2016,
pasaporte: 062803559, solicitó reconocimiento y equiparación del
título Ingeniero de Computación, Universidad Alonso de Ojeda,
Venezuela. La persona interesada en aportar información del
solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los
5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad
Universitaria Rodrigo Facio, 23 de setiembre del 2016.—Oficina de
Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O.
C. N° 128682.—Solicitud N° 67509.—( IN2016074950 ).
ORI-4220-2016.—Aguilera Elis Rafael, R-277-2016,
Residente Permanente 186200325223, solicitó reconocimiento
y equiparación del título Licenciado en Contaduría Pública,
Universidad de Carabobo, Venezuela. La persona interesada en
aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante
esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación
del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 08 de
setiembre de 2016.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O. C.
N° 128682.—Solicitud N° 67410.—( IN2016074960 ).
ORI-4146-2016.—Muñoz Rojas Derby, R-276-2016,
cédula de identidad: 3-0362-0532, solicitó reconocimiento y
equiparación del título Doctor en Filosofía, Universidad de Miami,
Estados Unidos. La persona interesada en aportar información del
solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los
5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad
Universitaria Rodrigo Facio, 06 de setiembre del 2016.—M.B.A.
José Rivera Monge, Director.—O. C. N° 128682.—Solicitud N°
67408.—( IN2016074962 ).
Pág 34
La Gaceta Nº 211 — Jueves 3 de noviembre del 2016
ORI-4250-2016.—Chin Wo Astúa David, R-278-2016, cédula
Nº 1-1219-0847, solicitó reconocimiento y equiparación del título
de Especialista en Periodoncia, Pontificia Universidad Javeriana,
Colombia. La persona interesada en aportar información del
solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los
5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad
Universitaria Rodrigo Facio, 09 de setiembre de 2016.—Oficina de
Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O.
C. Nº 128682.—Solicitud Nº 67411.—( IN2016074965 ).
ORI-4482-2016.—Porta Sandoval Ernesto Antonio, R-3092016, cédula: 1-1350-0655, solicitó reconocimiento y equiparación
del título Maestría en Ciencias, Universidad de Durham, Inglaterra.
La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá
hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles
siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria
Rodrigo Facio, 21 de setiembre del 2016.—Oficina de Registro e
Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. N°
128682.—Solicitud N° 67473.—( IN2016074985 ).
ORI-3633-2016.—Muñoz Solano Néfer, R-138-2015-B,
cédula Nº 1-0884-0161, solicitó reconocimiento y equiparación del
título de Master en Artes, Universidad de New York, Estados Unidos.
La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá
hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles
siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria
Rodrigo Facio, once de agosto de 2016.—Oficina de Registro e
Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O.C. Nº
128682.—Solicitud Nº 67711.—( IN2016074968 ).
ORI-4416-2016.—Franco Malaver Belkis Gabriela, R-3102016, pasaporte 088929042, solicitó reconocimiento y equiparación
del título Médico Cirujano, Universidad de Oriente, Venezuela. La
persona interesada en aportar información de la solicitante, podrá
hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles
siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria
Rodrigo Facio, 21 de setiembre de 2016.—Oficina de Registro e
Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O.C. Nº
128682.—Solicitud Nº 67474.—( IN2016074986 ).
ORI-4331-2016.—Chaparro Castro Florángel María,
R-274-2016, pasaporte 135267068, solicitó reconocimiento y
equiparación del título Médica Cirujana, Universidad del Zulia,
Venezuela. La persona interesada en aportar información del
solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los
5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad
Universitaria Rodrigo Facio, 14 de setiembre de 2016.—M.B.A.
José Rivera Monge, Director.—O. C. N° 128682.—Solicitud N°
67406.—( IN2016074969 ).
ORI-4481-2016.—Carrión González Yara Iveth, R-311-2016,
residente: 155816842619, solicitó reconocimiento y equiparación
del título Cirujano Dentista, Universidad Nacional Autónoma de
Nicaragua, Nicaragua. La persona interesada en aportar información
del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de
los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad
Universitaria Rodrigo Facio, 21 de setiembre del 2016.—M.B.A.
José A. Rivera Monge, Director.—( IN2016074988 ).
ORI-4195-2016.—Arandia Cardozo Héctor Alfredo, R-2752016, pasaporte: 134381527, solicitó reconocimiento y equiparación
del título Médico Cirujano, Universidad del Zulia, Venezuela. La
persona interesada en aportar información del solicitante, podrá
hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles
siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria
Rodrigo Facio, 07 de setiembre del 2016.—Oficina de Registro e
Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O.C. Nº
128682.—Solicitud Nº 67407.—( IN2016074972 ).
ORI-4234-2016.—González Torres Víctor Manuel,
R-279-2016, residente: 186200526308, solicitó reconocimiento
y equiparación del título Ingeniero Electricista, Universidad
Central de Venezuela, Venezuela. La persona interesada en aportar
información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta
Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación
del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 08 de
setiembre del 2016.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A.
José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 128682.—Solicitud Nº
67412.—( IN2016074976 ).
ORI-4143-2016.—Castro
Sánchez
Franci
Nenive,
R-280-2016, residencia permanente: 186200337903, solicitó
reconocimiento y equiparación del título Abogado, Universidad de
Carabobo, Venezuela. La persona interesada en aportar información
del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina
dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer
aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 06 de setiembre de
2016.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O. C. 128682.—
Sol. 67413.—( IN2016074980 ).
ORI-4259-2016.—Abinazar Agüiño Doris Gabriela, R-3082016, residente Nº 186200483316, solicitó reconocimiento y
equiparación del título de Abogado, Universidad Bicentenaria de
Aragua, Venezuela. La persona interesada en aportar información del
solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los
5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad
Universitaria Rodrigo Facio, 09 de setiembre de 2016.—Oficina de
Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O.
C. Nº 128682.—Solicitud Nº 67472.—( IN2016074982 ).
ORI-4435-2016.—Perdomo Gómez José Roberto, R-3122016, pasaporte: 080460547, solicitó reconocimiento y equiparación
del título Médico Cirujano, Universidad de Oriente, Venezuela. La
persona interesada en aportar información del solicitante, podrá
hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles
siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria
Rodrigo Facio, 21 de setiembre del 2016.—Oficina de Registro e
Información.—M.B.A. José Antonio Rivera Monge, Director.—O.
C. N° 128682.—Solicitud N° 67478.—(IN2016074990).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
ORI-4645-2016.—Arguedas
Hernández
Floribeth,
costarricense, 6 0318 0281, ha solicitado reposición del título
Bachillerato en Ingeniería Industrial, cualquier persona interesada
en aportar datos sobre la vida y costumbres del solicitante, podrá
hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina
dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer
aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, a los cuatro días del
mes de octubre del dos mil dieciséis.—MBA José Rivera Monge,
Director.—1 vez.—( IN2016075346 ).
ORI-4215-2016.—Ramírez Chan Karol Gariela, R-192007-C, cédula 1-0987-0022, solicitó reconocimiento y equiparación
del título Maestra Perito de las Ciencias en Investigación Clínica,
Universidad de Puerto Rico, Puerto Rico. La persona interesada en
aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante
esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación
del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 08 de
setiembre del 2016.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O. C.
N° 128682.—Solicitud N° 67365.—( IN2016075648 ).
ORI-4484-2016.—Chacón Solís Lilliana Alicia, R-0492009-B, cédula: 1-1030-0401, solicitó reconocimiento y
equiparación del título Doctora en Artes, Universidad Nacional
De La Plata, Argentina. La persona interesada en aportar
información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta
Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación
del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 21 de
setiembre del 2016.—Oficina de Registro e Información.—
M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 128682.—
Solicitud Nº 67374.—( IN2016075652 ).
La Gaceta Nº 211 — Jueves 3 de noviembre del 2016
ORI-4057-2016.—González Porras Andrés José, R-2612016, cédula 1-0988-0921, solicitó reconocimiento y equiparación
del título Doctor, Universidad De Castilla-La Mancha, España. La
persona interesada en aportar información del solicitante, podrá
hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles
siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria
Rodrigo Facio, 1° de setiembre del 2016.—Oficina de Registro e
Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº
128682.—Solicitud Nº 67377.—( IN2016075656 )
ORI-4057-2016.—González Porras Andrés José, R-261-2016,
cédula N° 1-0988-0921, solicitó reconocimiento y equiparación
del título Doctor, Universidad de Castilla-La Mancha, España. La
persona interesada en aportar información del solicitante, podrá
hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles
siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria
Rodrigo Facio, 01 de setiembre del 2016.—Oficina de Registro e
Información.—M.B.A. José Antonio Rivera Monge, Director.—O.
C. N° 128682.—Solicitud N° 67380.—( IN2016075661 ).
ORI-4129-2016.—Vásquez Villamizar Paula Andrea, R-2622016, pasaporte: AN609598, solicitó reconocimiento y equiparación
del título Enfermera, Universidad Santiago de Cali, Colombia. La
persona interesada en aportar información del solicitante, podrá
hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles
siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria
Rodrigo Facio, 6 de setiembre del 2016.—Oficina de Registro e
Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. N°
128682.—Solicitud N° 67383.—( IN2016075663 ).
ORI-4138-2016.—Campos López Ronald, R-263-2016,
cédula de identidad: 1-1224-0966, solicitó reconocimiento y
equiparación del título Doctor, Universidad de Valladolid, España.
La persona interesada en aportar información del solicitante,
podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días
hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad
Universitaria Rodrigo Facio, 6 de setiembre del 2016.—M.B.A.
José Rivera Monge, Director.—O. C. N° 128682.—Solicitud N°
67390.—( IN2016075667 ).
ORI-4060-2016.—Leiva Velásquez Flor de María,
R-264-2016, pasaporte A03194832, solicitó reconocimiento
y equiparación del título Doctora en Medicina, Escuela
Latinoamericana de Medicina, Cuba. La persona interesada en
aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante
esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación
del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 1° de
setiembre del 2016.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A.
José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 128682.—Solicitud Nº
67392.—( IN2016075672 ).
ORI-4126-2016.—Víquez Vargas Luis Ernesto, R-2652016, cédula: 2 0581 0145, solicitó reconocimiento y equiparación
del título Médico, Universidad Federal de Pelotas, Brasil.
La persona interesada en aportar información del solicitante,
podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días
hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad
Universitaria Rodrigo Facio, 06 de setiembre del 2016.—M.B.A.
José A. Rivera Monge, Director.—O. C. N° 128682.—Solicitud
N° 67393.—( IN2016075675 ).
ORI-4076-2016.—García Ruiz Ronald, R-268-2016, cédula
1-1450-0122, solicitó reconocimiento y equiparación del título
Médico Cirujano, Universidad Autónoma de Guadalajara, México.
La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá
hacerlo por escrito ante esta oficina dentro de los cinco días hábiles
siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria,
Rodrigo Facio, 2 de setiembre del 2016.—Oficina de Registro e
Información.—MBA. José Rivera Monge, Director.—O. C. N°
128682.—Solicitud N° 67397.—( IN2016075697 ).
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ORI-4125-2016.—Uribe
Escobar
Jaime
Alberto,
R-269-2016, cédula: 8 0098 0819, solicitó reconocimiento
y equiparación del título Ingeniero Agrónomo, Universidad
Nacional De Colombia, Colombia. La persona interesada en
aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito
ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la
publicación del tercer aviso—Ciudad Universitaria Rodrigo
Facio, 6 de setiembre del 2016.—Oficina de Registro e
Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C.
Nº 128682.—Solicitud Nº 67399.—( IN2016075702 ).
ORI-4155-2016.—Murillo Jiménez Maynor Johanan, R-2702016, cédula de identidad: 2-0725-0244, solicitó reconocimiento
y equiparación del título Licenciado en Comercio Internacional
y Administración Aduanera, Universidad Latinoamericana de
Comercio Exterior, Panamá. La persona interesada en aportar
información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta
Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación
del tercer aviso.—Ciudad Universitaria, Rodrigo Facio, 06 de
setiembre del 2016.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A.
José Rivera Monge, Director.—O. C. N° 128682.—Solicitud N°
67400.—( IN2016075707 ).
ORI-4240-2016.—Porto Mata Martín Roberto, R-272-2016,
residente: N° 159100633907, solicitó reconocimiento y equiparación
del título Licenciado en Bellas Artes con Especialización en Artes
Teatral, Universidad de Panamá, Panamá. La persona interesada en
aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante
esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación
del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 07 de
setiembre del 2016.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A.
José Antonio Rivera Monge, Director.—O. C. N° 128682.—
Solicitud N° 67402.—( IN2016075710).
ORI-4168-2016.—Garbanzo León Jaime, R-273-2016,
cédula de identidad: 6-0359-0561, solicitó reconocimiento y
equiparación del título Maestría en Ciencias de la Ingeniería en
Ingeniería Geomática, Universidad de New Brunswick, Canadá.
La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá
hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles
siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria
Rodrigo Facio, 7 de setiembre del 2016.—Oficina de Registro e
Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº
128682.—Solicitud Nº 67405.—( IN2016075728 ).
INSTITUTO NACIONALDE FOMENTO COOPERATIVO
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
D.E. N° 1228-1463-2016.—Instituto Nacional de Fomento
Cooperativo.—San José, a las 15 horas del 1° de setiembre del 2016.
Declárese liquidada la Cooperativa Empresarial Autogestionaria
Solidarista R.L. (COOPECOSMUS R.L.), originalmente inscrita
mediante resolución N° 1463 del Departamento de Organizaciones
Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, por haber
rendido la Comisión Liquidadora, designada al efecto, el informe
final de liquidación y ajustarse el mismo a las disposiciones de los
artículos 88 a 93 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y Creación
del Instituto Nacional de Fomento Cooperativo. Dicho informe se
encuentra bajo la custodia del Área de Supervisión Cooperativa de
este Instituto. Comuníquese al Departamento de Organizaciones
Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social para que
proceda a su cancelación definitiva. Publíquese.
Ronald Fonseca Vargas, Director Ejecutivo a. í.—O. C. N°
36641.—Solicitud N° 66962.—( IN2016074291 ).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
D.E. Nº 1357-1305-2014.—Instituto Nacional de Fomento
Cooperativo.—San José, 9 horas del 30 de setiembre de 2016.
Declárese liquidada la Cooperativa Autogestionaria de Artesanos
y Artesanas de Costa Rica R. L. (COOPEARTECO, R.L.)
originalmente inscrita mediante resolución C-184 del Departamento
Pág 36
La Gaceta Nº 211 — Jueves 3 de noviembre del 2016
de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad
Social, por haber rendido la Comisión Liquidadora, designada al
efecto, el informe final de liquidación y, ajustarse el mismo a las
disposiciones de los artículos 88 a 93 de la Ley de Asociaciones
Cooperativas y Creación del Instituto Nacional de Fomento
Cooperativo. Dicho informe se encuentra bajo la custodia del Área
de Supervisión Cooperativa de este Instituto. Comuníquese al
Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo
y Seguridad Social para que proceda a su cancelación definitiva.
Publíquese.
Ronald Fonseca Vargas, Director Ejecutivo a. í.—O.C. Nº
36658.—Solicitud Nº 67699.—( IN2016076085 ).
PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
A Karen Cristina Madrigal Calderón, se le comunica la
resolución de las 15:00 horas del 03 de octubre del 2016, dictada
por ésta oficina local, que ordenó inicio de proceso especial de
protección dictando medida de cuido provisional de la persona
menor de edad Jacob Samuel Madrigal Calderón, en el hogar de
la señora Kattia Calderón Fernández, por el periodo máximo de
seis meses. Notifíquese la presente resolución a Karen Cristina
Madrigal Calderón, así como a los demás legítimos interesados.
Se advierte a las partes la necesidad de señalar lugar conocido para
recibir sus notificaciones, preferiblemente, dentro del perímetro
de un kilómetro a la redonda de la sede oficina local o bien,
señalar número de facsímil para recibir aquellas notificaciones
que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de
no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto, se
mantuviere cerrado o llegare a desaparecer, las notificaciones
futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas.
Se les hace saber además, que contra la presente resolución
procede el recurso de apelación para ante la presidencia ejecutiva
de ésta institución, el cual podrá interponerse verbalmente o
por escrito en la Oficina Local de San José Oeste, dentro de
las cuarenta y ocho horas siguientes a su notificación. Expediente
N° OLSJO-00239-2016.—Oficina Local San José Oeste.—Licda.
Seidy Chavarría Ramírez, Órgano Director del Procedimiento.—O.
C. N° 39442.—Solicitud N° 16000052.—( IN2016074517 ).
Al señor Mario Viales Cruz, titular de la cédula de identidad
costarricense 1 1186 0419, con domicilio desconocido, se le
comunica la resolución de las 14:00 horas del 29 de setiembre
del 2016, con la cual se resuelve a favor de la persona menor de
edad Alexa Sofía Viales Rojas, medida de protección de Inclusión
en programas oficiales o comunitarios de auxilio a la familia,
y a la persona menor de edad Alexa Sofía Viales Rojas, en la
organización no gubernamental Hogar Bíblico Roblealto, lugar
donde permanecerá y seguirá el proceso respectivo. Se indica que
la presente medida de protección no tiene un plazo de vigencia
determinado por cuanto, la permanencia de la persona menor de
edad quedará sujeta al periodo de duración del proceso que brinda
la alternativa de acuerdo a la situación en particular, y en tanto no se
modifique en vía administrativa o judicial. Se le confiere audiencia
por tres días hábiles, para que presente los alegatos de su interés,
y ofrezca las pruebas que estime necesarias, y se le advierte que
tiene derecho a hacerse asesorar y representar por abogados y
técnicos de su elección, así como consultar el expediente en días y
horas hábiles, se hace la salvedad que para fotocopiar el expediente
administrativo se cuenta con el horario de siete horas con treinta
minutos a las once horas con treinta minutos en días hábiles, el cual
permanecerá a su disposición en esta oficina local, ubicada en San
José, distrito Hospital, sita en calle catorce, avenidas seis y ocho, del
costado suroeste del parque La Merced, ciento cincuenta metros al
sur. Así mismo se les hace saber que deberá señalar lugar conocido
o número de facsímil para recibir sus notificaciones, en el entendido
que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto
o llegare a desaparecer, o si el medio electrónico seleccionado
fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión
de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución
se interrumpiere la comunicación, las resoluciones futuras
quedarán firmes 24 horas después de dictadas, conforme la Ley
de Notificaciones Judiciales. Se le hace saber, además, que contra
las indicada resolución procede Recurso de Apelación para ante la
Presidencia Ejecutiva de esta institución, el cual deberán interponer
ante esta Representación Legal dentro de las 48 horas siguientes,
contadas a partir del día hábil inmediato siguiente a la fecha de
publicación del tercer aviso en el Diario Oficial, en el entendido que
hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible
(Artículo 139 del Código de la Niñez y la Adolescencia). Exp.
Nº111-00058-2014.—Oficina Local de San José Oeste.—Licda.
Marisol Piedra Mora, Representante Legal.—O. C. N° 39442.—
Solicitud N° 16000052.—( IN2016074518 ).
Se le comunica a Óscar Sánchez Enríquez y a Flor de María
Astúa Ortega, la resolución de las dieciocho horas con diez minutos
del veintiséis de setiembre de dos mil dieciséis, mediante la cual
se única a Jimena Natasha Sánchez Astúa, en una alternativa de
protección institucional, específicamente en “Albergue Moravia 2”,
en contra de la presente resolución procede el recurso de apelación
para ante el superior en grado dentro de un plazo de 48 horas
contados a partir de la tercera publicación del presente edicto.
Deberá además señalar lugar o medio electrónico para recibir
sus notificaciones dentro del perímetro de esta oficina local, si el
lugar señalado fuere inexacto o incierto o el medio ineficaz las
resoluciones posteriores se tendrán por notificada con el solo
transcurso de 24 horas después de dictada. Expediente: OLG00104-2016.—Oficina Local de Guadalupe, 03 de octubre del
2016.—Lic. Roberto Marín A., Representante Legal.—O. C. N°
39442.—Solicitud N° 16000052.—( IN2016074519 ).
A Deydania Solórzano Vargas y Carlos Omar Urbina Gross
se le comunica la resolución de las once horas del veintinueve
de junio y once horas del treinta de septiembre ambos del dos
mil dieciséis que ordenó el cuido provisional y modificación a
abrigo temporal de la persona menor de edad Jeyred Jesús Urbina
Solórzano, quien se ubica actualmente en hogar cuna. Medida
seis meses, con fecha de vencimiento treinta de diciembre del
2016. Notifíquese la anterior resolución a las partes interesadas,
a quienes se les advierte que deberán señalar lugar conocido para
recibir sus notificaciones, o bien, señalar número de facsímile
para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse
por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar
señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si
el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado,
sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no
imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las
notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después
-de dictadas. Se les hace saber además, que contra la presente
resolución procede el recurso ordinario de apelación, que deberán
interponer ante esta Representación Legal dentro del plazo de
cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha de la última notificación
a las partes, el de recurso será de conocimiento de la Presidencia
Ejecutiva de esta institución, en el entendido que hacerlo fuera de
dicho término el recurso deviene en inadmisible. Expediente PANI:
OLAL-00003-2016.—Oficina Local de Alajuelita—Lic. Milton
Gutiérrez Quesada.—Órgano Director del Procedimiento.—O. C.
Nº 39442.—Solicitud Nº 16000052.—( IN2016074520 ).
Hace saber: a los señores padres Angie Jazmín Salas
Umaña y José Joaquín Orozco Navas de la PME Naila Fabiola
Orozco Salas, que con el fin de enderezar procesos y cumplir con
el debido proceso, se les comunican las siguientes resoluciones
administrativas emitidas todas por la Oficina Local de Hatillo como
sigue: 1) Que por Resolución Administrativa, de las nueve horas y
veinte minutos del día trece de julio del año dos mil dos mil dieciséis
se dicta medida de protección en beneficio de la persona menor de
edad, Naila Fabiola Orozco Salas ubicándola en Nuevos Horizontes
Hospital psiquiátrico. 2) Que de fecha veintiuno de setiembre del
año en curso, se da Inicio de Proceso Especial de Protección en
Sede Judicial a favor de la persona menor de edad Naila Fabiola
La Gaceta Nº 211 — Jueves 3 de noviembre del 2016
Orozco Salas con el fin de que la Juez correspondiente ordene el
internamiento de la joven Naila a Nuevos Horizontes del Hospital
psiquiátrico. Que el plazo para oposiciones será de cuarenta y ocho
horas a partir de la segunda publicación de este edicto, mediante
recurso de apelación el cual deberá interponerse ante esta Oficina
Local, en forma verbal o escrita; oficina que lo elevara ante el
órgano superior. La presentación del recurso no suspende los
efectos de las resoluciones dictadas. Asimismo se les emplaza
a señalar lugar o medio para notificaciones presentes y futuras.
bajo apercibimiento que de no harcelo o si el lugar señalado
fuera impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, las resoluciones
posteriores quedarán notificadas con el simple transcurrir de
veinticuatro horas después de dictadas. Igual sucederá cuando se
haga imposible la notificación en el medio señalado, expediente
administrativo Nº OLHT-00345-2016.—Oficina Local de Hatillo.—
Licdo. Wálter Soto Mora, Representante Legal.—O.C. Nº 39442.—
Solicitud Nº 16000052.—( IN2016074522 ).
A Karla Patricia Mendoza Reyes C.C Karla Patricia Reyes
López C.C. Karla Patricia Mendoza López, Se le comunica la
resolución de las quince horas del veintiocho de setiembre del
dos mil dieciséis, donde se resuelve, declarar la adoptabilidad
de las personas menores de edad Isaura Reyes López y Pedro
David Mendoza López, de conformidad con la normativa
supracitada, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 113
del Código de Familia, toda vez que se ha constatado que la
adopción en cuestión conviene a su interés superior. Notifíquese
la anterior resolución a la parte interesada, personalmente o en
su casa de habitación, a quien se le advierte que deberá señalar
lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar
número de facsímile para recibir aquellas notificaciones que
pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de
no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto
o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere
defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de
papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución
se interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras
quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Se le
hace saber además, que contra la presente resolución procede el
recurso ordinario de apelación, que deberán interponer ante esta
Representación Legal dentro del plazo de cuarenta y ocho horas
siguientes a la fecha de la última notificación a las partes, el de
recurso será de conocimiento de la Presidencia Ejecutiva de esta
institución, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término
el recurso deviene en inadmisible. Expediente número 24600014-2013.—Oficina Local del PANI de Alajuela.—Licda.
Marianela Acon Chan, Órgano Director del Procedimiento.—O.
C. N° 39442.—Solicitud N° 16000052.—( IN2016074523 ).
A Cristian David Benavides Chacón se le comunica la
resolución de las diez horas del veintiuno de junio del dos mil
dieciséis, que ordenó inicio del proceso especial de protección y
dictado de medida especial de protección de cuido provisional en
familia sustituta, hogar de la señora Flor Bonilla Díaz, quien se
ubica en Pavas, San José, en beneficio de la persona menor de edad
Keisy Valeria Benavides Cordero. Notifíquese la anterior resolución
a las partes interesadas, personalmente o en su casa de habitación,
a quienes se les advierte que deberán señalar lugar conocido para
recibir sus notificaciones, o bien, señalar número de facsímile
para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse
por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar
señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si
el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado,
sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no
imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación,
las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas
después de dictadas. Se les hace saber además, que contra la
presente resolución procede el recurso ordinario de apelación,
que deberán interponer ante esta representación legal dentro
del plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha de la
última notificación a las partes, el recurso será de conocimiento
de la Presidencia Ejecutiva de esta institución, en el entendido que
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hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible.
Expediente Olca N° 00137-2014.—Oficina Local de Cañas.—
Licda. Dinnia María Marín Vega, Representante Legal.—O. C. N°
39442.—Solicitud N° 16000052.—( IN2016074524 )
A Walter Gerardo Anchía Badilla, se le comunica la resolución
de las catorce horas cincuenta minutos del diecisiete de junio del dos
mil dieciséis, misma que deja sin efecto medida administrativa que
ordenaba la separación del grupo de hermanas con respecto a su
madre, en su lugar se define que las personas menores de edad María
Elena Anchía Morales y Megan Naomy Anchía Morales retornen
al hogar materno, en consecuencia se ordena dictar medida de
orientación, apoyo y seguimiento temporal a la familia en beneficio
de María Elena, Yansel Cristina y Megan Naomy todas de apellidos
Anchía Morales. Notifíquese la anterior resolución a las partes
interesadas, personalmente o en su casa de habitación, a quienes
se les advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus
notificaciones, o bien, señalar número de facsímile para recibir
aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el
entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso,
inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere
defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de
papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se
interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras quedarán
firmes veinticuatro horas después de dictadas. Se les hace saber
además, que contra la presente resolución procede el recurso ordinario
de apelación, que deberán interponer ante esta representación legal
dentro del plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha de
la última notificación a las partes, el recurso será de conocimiento
de la Presidencia Ejecutiva de esta institución, en el entendido que
hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible.
Expediente: OLCA 00009-2013.—Oficina Local de Cañas.—
Licda. Dinnia María Marín Vega, Representante Legal.—O. C. N°
39442.—Solicitud N° 16000052.—( IN2016074525 ).
A Jenny del Rosario López, de un solo apellido por razón
de su nacionalidad nicaragüense, se le comunica la resolución de
las quince horas cuarenta minutos del veintidós de septiembre
del dos mil dieciséis, misma que ordena Medida Especial de
Protección de Abrigo Temporal de la persona menor de edad
Génesis Margarita López en la ONG Hogar Cristiano, ubicado en El
Roble de Puntarenas. Notifíquese la anterior resolución a las partes
interesadas, personalmente o en su casa de habitación, a quienes
se les advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus
notificaciones, o bien, señalar número de facsímile para recibir
aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el
entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso,
inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere
defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de
papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se
interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras quedarán
firmes veinticuatro horas después -de dictadas. Se les hace saber
además, que contra la presente resolución procede el recurso ordinario
de apelación, que deberán interponer ante esta Representación Legal
dentro del plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha de
la última notificación a las partes, el recurso será de conocimiento
de la Presidencia Ejecutiva de esta institución, en el entendido que
hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible.
Expediente OLCA 00032-2016.—Oficina Local de Cañas, PANI.—
Licda. Dinnia María Marín Vega, Representante Legal.—O. C. Nº
39442.—Solicitud Nº 16000052.—( IN2016074527 ).
A Marta Rivera Bejarano y Luberto Abrego Abrego, de
calidades desconocidas, se les comunica la resolución de las
quince horas cuarenta y tres minutos del treinta de octubre del año
dos mil quince, dictada por este despacho en virtud de la cual se
resuelve dar inicio del proceso especial de protección, a favor de
la persona menor de edad: Leticia Abrego Rivera, de nacionalidad
panameña, con fecha de nacimiento: once de enero del año dos mil
diez. Notifíquese. Y la resolución, doce horas doce minutos del
veinte de setiembre del año dos mil dieciséis, en la cual se ordena
cuido provisional a favor de la niña Leticia Abrego Rivera, para
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La Gaceta Nº 211 — Jueves 3 de noviembre del 2016
que permanezca en el hogar de la señora Sofía Corella Lezcano.
Notifíquese. Con la advertencia de que deben señalar lugar o un
fax o correo electrónico donde recibir notificaciones, en caso de no
hacerlo o si el lugar fuera inexacto, impreciso o llegara a desaparecer
o el medio seleccionado fuera defectuoso estuviera desconectado,
sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no
imputable a esta Institución se interrumpiera, la comunicación de
las resoluciones futuras quedaran firmes veinticuatro horas después
de ser dictadas. En contra de esta resolución procede únicamente
el Recurso Ordinario de Apelación que deberá interponerse ante
esta Representación legal dentro de las 48 horas hábiles después
de notificada la presente resolución, Recurso que será resuelto por
la presidencia ejecutiva de la entidad. Expediente OLCO-001462015.—Oficina Local PANI-Corredores.—Licda. Arelys Ruiz
Bojorge, Representante Legal.—O.C. Nº 39442.—Solicitud Nº
16000052.—( IN2016074528 ).
A Reylin López López, mayor, cedula 6-384-907, demás
calidades desconocidas, se les comunica la resolución de las ocho
horas del diecinueve de setiembre del año dos mil dieciséis, en
virtud de la cual se ordena medida de cuido provisional a favor
de la persona menor de edad Rachel Paola Solórzano López, con
fecha de nacimiento el 06-08-2004, citas de inscripción 208560203,
en el hogar de la señora Melba Rodríguez Cerda, abuela paterna.
Notifíquese. Con la advertencia de que deben señalar lugar o un
fax o correo electrónico donde recibir notificaciones, en caso de no
hacerlo o si el lugar fuera inexacto, impreciso o llegara a desaparecer
o el medio seleccionado fuera defectuoso estuviera desconectado,
sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no
imputable a esta institución se interrumpiera, la comunicación de
las resoluciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después
de ser dictadas. En contra de esta resolución procede únicamente
el recurso ordinario de apelación que deberá interponerse ante
esta representación legal dentro de las 48 horas hábiles después de
notificada la presente resolución, recurso que será resuelto por la
presidencia ejecutiva de la entidad. Notifíquese. Expediente OLCO00042-2016.—Oficina Local PANI-Corredores.—Licda. Arelys
Ruiz Bojorge, Representante Legal.—O. C. N° 39442.—Solicitud
N° 16000052.—( IN2016074529 ).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
A Juan Carlos Vanega Sabreda, se le comunica la resolución
de las 11:30 del 16 de agosto del 2016, que ordenó el Inicio del
Proceso Especial de Protección a favor de su hija Suriely Dariela
Vanega Carvajal. Notifíquese la anterior resolución a las partes
interesadas, personalmente o en su casa de habitación, a quienes
se les advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus
notificaciones, o bien, señalar número de facsímile para recibir
aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el
entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso,
inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere
defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de
papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución
se interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras
quedarán firmes veinticuatro horas después -de dictadas. Se les
hace saber además, que contra la presente resolución procede el
recurso ordinario de apelación, que deberán interponer ante esta
Representación Legal dentro del plazo de cuarenta y ocho horas
siguientes a la fecha de la última notificación a las partes, el de
recurso será de conocimiento de la Presidencia Ejecutiva de esta
institución, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el
recurso deviene en inadmisible. Exp. N° OLSCA-00288-2013.—
Naranjo, 06 de octubre de 2016.—Licda. Rosario Cruz Carvajal,
Órgano Director del Procedimiento Administrativo.—O. C. N°
39442.—Solicitud N° 16000055.—( IN2016075866 ).
A Rocío Yasmín Rivas Lovos, se le comunica la resolución de
las 08:00 horas del 10 de octubre del 2016, dictada por esta oficina
local que ordenó inicio de proceso especial de protección en sede
administrativa dictando medida de cuido provisional de la persona
menor de edad Teresa Yamileth Rivas Lovos, en el hogar de la
señora Susana Esperanza González y el señor Bladimir Lozano
Alvarado, por el periodo máximo de seis meses. Notifíquese la
presente resolución a Rocío Yasmín Rivas Lovos, así como a los
demás legítimos interesados. Se advierte a las partes la necesidad
de señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones,
preferiblemente, dentro del perímetro de un kilómetro a la redonda
de la sede Oficina Local de San José Oeste, o bien, señalar número
de facsímil para recibir aquellas notificaciones que pudieren
practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si
el lugar señalado fuere impreciso, inexacto, se mantuviere cerrado
o llegare a desaparecer las notificaciones futuras quedarán firmes
veinticuatro horas después de dictadas. Se les hace saber además,
que contra la presente resolución procede el recurso de apelación
para ante la Presidencia Ejecutiva de ésta institución, el cual podrá
interponerse verbalmente o por escrito en la Oficina Local de
San José Oeste, dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes
a su notificación. Expediente: OLSJO-00255-2016.—Oficina
Local San José Oeste.—Licda. Seidy Chavarría Ramírez, Órgano
Director del Procedimiento.—O. C. N° 39442.—Solicitud N°
16000055.—( IN2016075867 ).
A la señora Kendy Mariela Álvarez Flores, titular de la
cedula de identidad costarricense N° 115150763, con domicilio
desconocido, se le comunica la resolución de las 11:00 horas del siete
de octubre del 2016, con la cual se resuelve a favor de la persona
menor de edad Liam Arturo Alvarez Flores, abrigo temporal, por el
término de hasta seis meses en Asociación de Bienestar Social del
Centro Evangelistero, Hogar Cuna. No se fija régimen de visitas
en este momento procesal a la progenitora de la persona menor de
edad. Y se ordena valoración y posible tratamiento a padres por
indicadores de consumo de sustancias adictivas. La presente medida
de protección rige hasta el día siete de abril del dos mil dieciséis.
Se le confiere audiencia por tres días hábiles, para que presente los
alegatos de su interés, y ofrezca las pruebas que estime necesarias,
y se le advierte que tiene derecho a hacerse asesorar y representar
por abogados y técnicos de su elección, así como consultar el
expediente en días y horas hábiles, se hace la salvedad que para
fotocopiar el expediente administrativo se cuenta con el horario
de siete horas con treinta minutos a las once horas con treinta
minutos en días hábiles, el cual permanecerá a su disposición en
esta oficina local, ubicada en San José, Distrito Hospital, sita en
calle catorce, avenidas seis y ocho, del costado suroeste del parque
La Merced, ciento cincuenta metros al sur. Así mismo se les hace
saber que Deberá señalar lugar conocido o número de facsímil para
recibir sus notificaciones, en el entendido que de no hacerlo, o si
el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer,
o si el medio electrónico seleccionado fuere defectuoso, estuviere
desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier
otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la
comunicación, las resoluciones futuras quedarán firmes 24 horas
después de dictadas, conforme la Ley de Notificaciones Judiciales.
Se le hace saber, además, que contra las indicada resolución procede
Recurso de Apelación para ante la Presidencia Ejecutiva de esta
institución, el cual deberán interponer ante esta Representación
Legal dentro de las 48 horas siguientes, contadas a partir del día
hábil inmediato siguiente a la fecha de publicación del tercer aviso
en el Diario Oficial, en el entendido que hacerlo fuera de dicho
término el recurso deviene en inadmisible (Artículo 139 del Código
de la Niñez y la Adolescencia). Expediente Nº OLHN-00020-2013.
Publíquese tres veces.—Oficina Local de San José Oeste.—Licda.
Marisol Piedra Mora. Representante Legal.—O. C. Nº 39442.—
Solicitud Nº 16000055.—( IN2016075868 ).
A Delmar Carrillo Obregón, cédula de identidad Nº 5-02890648 y demás calidades desconocidas. Se le comunica la resolución
administrativa de las ocho horas con diecisiete minutos del veinte de
septiembre del año dos mil dieciséis en virtud de la cual se resuelve:
se ordena como medida especial de protección el cuido provisional
de la adolescente madre Yeraly Michelle Carrillo Rodríguez y su hijo
Edry Gael Jiménez Carrillo bajo la responsabilidad de hogar recurso
comunal de la señora María Fernanda Rodríguez Sirias, por un
plazo de seis meses. Notifíquese la presente resolución a las partes,
en su lugar de domicilio, con la advertencia de que deben señalar
La Gaceta Nº 211 — Jueves 3 de noviembre del 2016
lugar o un fax o correo electrónico donde recibir notificaciones, en
caso de no hacerlo o si el lugar fuera inexacto, impreciso o llegara
a desaparecer o el medio seleccionado fuera defectuoso estuviera
desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier
otro modo no imputable a esta institución se interrumpiera,
la comunicación de las resoluciones futuras quedarán firmes
veinticuatro horas después de ser dictadas. En contra de la presente
resolución procede únicamente el recurso ordinario de apelación
que deberá interponerse ante esta representación legal dentro de
las cuarenta y ocho horas hábiles después de notificada la presente
resolución. Recurso que será resuelto por la Presidencia Ejecutiva
de la entidad. Se previene a las partes involucradas en el Proceso
que les asiste todo el derecho de hacerse asesorar o representar
por un profesional en derecho así como tener acceso al expediente
administrativo para el estudio, revisión o fotocopias. Expediente
Nº OLPA-00065-2015.—Oficina Local PANI-Paquera.—MSC.
Luis Carlos Barquero Rodríguez, Coordinador.—O.C. Nº 39442.—
Solicitud Nº 16000055.—( IN2016075870 ).
A Rafael Castro Masís, se les comunica la resolución de las
quince horas del treinta de setiembre del dieciséis, mediante la cual
se ordena medida de protección de orden de inclusión a programa de
auxilio de internamiento a centro especializado para rehabilitación
por drogadicción a favor de la persona menor de edad Jordy Daniel
Castro Cordero, para lo cual permanecerá ubicado en la organización
no gubernamental Hogares Crea-Birrisito, y cumplirá con el plan
de rehabilitación durante el tiempo que requiera. Lugar donde
permanecerá y seguirá el tratamiento respectivo para su problema de
adicción. Notifíquese la anterior resolución a las partes interesadas,
personalmente o en su casa de habitación, a quienes se les advierte
que deberán señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o
bien, señalar medio electrónico para recibir aquellas notificaciones
que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que
de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o
llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso,
estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por
cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere
la comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes
veinticuatro horas después -de dictadas. Se les hace saber además,
que contra la presente resolución procede el recurso ordinario de
apelación, que deberán interponer ante esta Representación Legal
dentro del plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha de la
última notificación a las partes, el de recurso será de conocimiento
de la Presidencia Ejecutiva de esta institución, en el entendido que
hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible.
Expediente: OLAO-00453-2016.—Oficina Local de Alajuela
Oeste.—Mag. Hazel Oreamuno Sánchez, Órgano Director.—O.C.
N° 39442.—Solicitud N° 16000055.—( IN2016075871 ).
Se le comunica a Jairo Enrique Sandí Mora, la resolución de las
ocho horas treinta minutos del diez de octubre de dos mil dieciséis,
en la que se dispuso revocar parcialmente medida de protección de
abrigo temporal a favor de la persona menor de edad Hilary Pamela
Sandí Hernández y en su lugar la persona menor de edad retorne al
lado de su señora madre Lineth Hernández, así mismo se le ordena
a dicha señora asistir obligatoriamente a la Academia de Crianza los
días martes de 13:00 horas hasta las 15:00 horas que se desarrolla en
esta oficina local. Continúese el seguimiento de la situación a cargo
de la psicóloga en un plazo de seis meses. El Área Legal archiva
el presente expediente sin perjuicio de su reapertura en caso de
existir elementos que lo ameriten. Deberá señalar lugar conocido o
número de facsímil para recibir sus notificaciones, en el entendido
que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto
o llegare a desaparecer, o si el medio electrónico seleccionado
fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión
de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución
se interrumpiere la comunicación, las resoluciones futuras
quedarán firmes 24 horas después de dictadas, conforme la Ley de
Notificaciones Judiciales. Se le hace saber además, que contra las
indicadas resoluciones procede recurso de apelación para ante la
presidencia ejecutiva de esta institución, el cual deberán interponer
ante esta representación legal de la Oficina Local de Puriscal dentro
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de las 48 horas siguientes, contadas a partir del día hábil inmediato
siguiente a la fecha de publicación del tercer aviso en el Diario
Oficial en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso
deviene en inadmisible (artículo 139 del Código de la Niñez y la
Adolescencia). Expediente N° OLPU-00122-2016.—Oficina Local
de Puriscal.—Licda. Liu Li Martínez, Representante Legal.—O. C.
N° 39442.—Solicitud N° 16000055.—( IN2016075872 ).
Patronato Nacional de la Infancia. Oficina local de Limón
notifica Resolución de declaratoria administrativa de abandono en
el caso de la persona menor Isis Milena Shirley Francis, hija de
Lilliana Judith Shirley Francis, titular de la cédula Nº 7-0074-0095,
la última fallecida el 17 de agosto del 2016. Resolución donde se
resuelve: Por tanto:
A tenor de la autorización establecida en el artículo 116
del Código de Familia se declara en estado de abandono, en sede
administrativa a la persona menor de edad Isis Milena Shirley Francis
de quince años de edad, costarricense, nacida el 20 de setiembre del
2000, inscrita en el Registro Civil, Sección de Nacimientos de la
provincia de Limón al tomo 276 Asiento 769 hija de Liliana Judith
Shirle Francis, por motivo de fallecimiento de su madre.
1.De conformidad con las atribuciones otorgadas a esta
institución por el inciso m) del artículo 4 de su ley orgánica,
relacionado con lo dispuesto en el artículo 3 de la Convención
sobre los derechos del niño. Y el artículo 5 de Código de la
Niñez y la Adolescencia, se confiere la custodia en forma
indefinida de la persona menor de edad en mención a cargo
de esta institución quien a su vez delega el mismo a Vivian
Shirley Francis, mayor de edad, costarricense, desempleada,
soltera, portadora de la cédula de identidad Nº 7-0137-0007,
vecina de Heredia, Puerto Viejo de Sarapiquí, de la Clínica
200 metros al este y 50 metros norte, teléfono 86690711.
2. Una vez firme la presente resolución y a los fines de lo indicado
en el numeral 116 del Código de Familia, elévese la presente
situación, en consulta, ante el juzgado que corresponda según
el domicilio de la menor de edad.
3. Notifíquese la presente resolución a quien interese mediante
la publicación de un edicto, por tres veces consecutivas en
el Diario Oficial, con la advertencia que deberán señalar
lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar
lugar conocido para recibir sus notificaciones , o bien señalar
número de facsímil para recibir aquellas notificaciones que
pudieran practicarse por ese medio, en el entendido que de
no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso inexacto
o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere
defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente papel
o por cualquier otro modo no imputable a esta institución
se interrumpiere la comunicación, la notificación futuras
quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Se
les hace saber, además que contra la presente resolución
proceden los recursos ordinarios de revocatoria con apelación
en subsidio, que deberán interponer ante esta representación
legal dentro del tercer día hábil inmediato siguiente a la
fecha de la última notificación a las partes, siendo que el de
revocatoria será de conocimiento de esta representación, y el
de apelación de la Presidencia Ejecutiva de esta institución.
Oficina Local de Limón.—Licda. Rosibel Morales Fallas,
Representante Legal.—Lic. Richard Dean Hamm Royes, Apoderado
General Judicial y Administrativo.—O. C. Nº 39442.—Solicitud Nº
16000055.—( IN2016075873 ).
AUTORIDADREGULADORADELOSSERVICIOSPÚBLICOS
CONVOCA A AUDIENCIA PÚBLICA
La Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos convoca a
Audiencia Pública para exponer la solicitud de otorgamiento de la
concesión de servicio público de generación eléctrica, interpuesta
por la empresa Hidrodesarrollos del Río Platanares S. A. para el
Proyecto Hidroeléctrico Bonilla 1320, al amparo de la Ley N° 7200,
que se detalla de la siguiente manera:
Pág 40
La Gaceta Nº 211 — Jueves 3 de noviembre del 2016
1) Hidrodesarrollos del Río Platanares S. A., solicita aprobación
por parte de esta Autoridad Reguladora para que se le otorgue
una concesión de servicio público de suministro de energía
eléctrica, en su etapa de generación, al amparo de lo dispuesto
en los artículos 5° y 9° de la Ley N° 7593, y el Capítulo I de
la Ley N° 7200 y sus reformas.
2)Lo anterior para efectos del desarrollo y operación del
Proyecto Hidroeléctrico Bonilla 1320, por una potencia
nominal de 5.58 MW y por el plazo de 20 años, teniendo como
fuente el agua, para generar electricidad, que se destinará para
autoconsumo y venta al ICE.
3)
Que según lo establecido en la resolución N°
1722-2016-SETENA del 22 de setiembre de 2016, expediente
administrativo N° D1-11791-2013-SETENA, el proyecto
cuenta con estudio de impacto ambiental otorgado.
4)La planta se ubica en el distrito de Santa Teresita, del cantón
de Turrialba, de la provincia de Cartago.
La Audiencia Pública se llevará a cabo el día martes 29
de noviembre del 2016 a las 17:00 horas (5:00 p. m.) en el salón
Comunal de la Asociación de Desarrollo Integral de Santa Teresita,
ubicado 25 metros al oeste del Parque de Santa Teresita, Turrialba,
Cartago.
Quien tenga interés legítimo podrá presentar su posición
(oposición o coadyuvancia) ►en forma oral en la audiencia pública,
(para lo cual debe presentar su documento de identidad vigente)
►o por escrito firmado (en este caso se debe adjuntar copia de su
documento de identidad vigente) en las oficinas de la Autoridad
Reguladora en horario regular, hasta el día de realización de la
audiencia, por medio del fax 2215-6002 o del correo electrónico(*):
[email protected] hasta la hora programada de inicio de la
respectiva audiencia pública.
Las oposiciones o coadyuvancias deben estar sustentadas
con las razones de hecho y derecho que se consideren pertinentes
e indicar un medio para recibir notificaciones (correo electrónico,
número de fax, apartado postal o dirección exacta).
En el caso de personas jurídicas, las posiciones (oposición o
coadyuvancia) deben ser interpuestas por medio del representante
legal de dicha entidad y aportar certificación de personería jurídica
vigente donde se haga constar dicha representación.
Se informa que la presente propuesta se tramita en el
expediente CE-003-2016 y se puede consultar en las instalaciones
de la ARESEP y en la siguiente dirección electrónica: www.aresep.
go.cr (Consulta de expedientes).
Asesorías e información adicional: comunicarse con el
Consejero del Usuario al correo electrónico [email protected]
o a la línea gratuita 8000 273737.
(*) En el caso de que la oposición o coadyuvancia sea enviada
por medio de correo electrónico, esta debe estar suscrita mediante
firma digital, o en su defecto, el documento con la firma debe ser
escaneado y cumplir con todos los requisitos arriba señalados,
además el tamaño de dicho correo electrónico no puede exceder a
10,5 megabytes.
Marta Monge Marín, Dirección General de Atención al
Usuario.—1 vez.—O. C. N° 8781-2016.—Solicitud N° 69266.—
( IN2016079543 ).
INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS
AVISO
El Instituto Nacional de Estadística y Censos avisa que el índice
de precios al consumidor (IPC) base junio 2015, correspondiente
a setiembre de 2016 es de 99,604, el cual muestra una variación
mensual de -0,47 % y una variación acumulada del primero de
octubre de 2015 al treinta de setiembre de 2016 (doce meses) de
0,39 %.
Esta oficialización se hace con base en estudios realizados en
el Instituto Nacional de Estadística y Censos.
San José, siete de octubre del dos mil dieciséis.—Elizabeth
Solano Salazar, Subgerente.—1 vez.—O. C. N° 4474.—Solicitud
N° 67865.—( IN2016076263 ).
RÉGIMEN MUNICIPAL
MUNICIPALIDAD DE ALAJUELA
Para los fines legales correspondientes, le transcribo y notifico
artículo N° 2, Cap. X de la sesión extraordinaria N° 17-2016 del 08
de setiembre del 2016.
Artículo segundo: Víctor Hugo Solís Campo suscribe moción
considerando que nuestra Selección Nacional de Fútbol clasificó
a segunda ronda eliminatorias del próximo mundial Rusia 2018 y
que el próximo martes 15 noviembre del 2016, juega en horas de
la noche contra EEUU. Por tanto, mocionamos cambiar la sesión
del martes 15 de noviembre del 2016, al lunes 14 de noviembre del
2016, con el fin de que todos podamos ir apoyar a nuestra selección
nacional de futbol en el mismo horario de las 18 horas. Exímase de
trámite de Comisión y désele acuerdo firme.”
Lic. Humberto Soto Herrera, Presidente.—
1 vez.—( IN2016076588 ).
MUNICIPALIDAD DE TURRIALBA
El Alcalde Municipal de la Municipalidad de Turrialba Luis
Fernando León Alvarado, se adhiere a la publicación del documento
Manual de Valores Base Unitarios por Tipología Constructiva,
publicado en el Alcance Digital N° 19, del Diario Oficial a La Gaceta
57 del lunes 23 de marzo del 2015, por el Órgano de Normalización
Técnica del Ministerio de Hacienda.
Turrialba, 11 de octubre del 2016.—Luis Fernando León
Alvarado, Alcalde Municipal.—1 vez.—( IN2016076468 ).
MUNICIPALIDAD DE HEREDIA
En el Cementerio Central de Heredia, existe un derecho a
nombre de González Segura Juan Bta., sus hijos desean traspasar el
derecho, además desea incluir beneficiarios indicándose así:
Arrendatario:Miguel Ángel González Hidalgo, cédula 04-0090-0397
Beneficiarios:José Enrique González Hidalgo, cédula 04-0092-0202
María Virginia González Hidalgo, cédula 04-0094-0507
Juan Bautista González Hidalgo, cédula 04-0101-1162
Pedro Antonio González Hidalgo, cédula 04-0119-0614
Armenia González Hidalgo, cédula 04-0105-1015
Fermina González Hidalgo, cédula 04-0099-0368
Elizabeth González Hidalgo, cédula 04-0110-0944
Franklin Gerardo González Hidalgo, cédula 04-0148-0199
Lote N° 32 Bloque L, medida 6 metros cuadrados para 4
nichos, solicitud 1530, recibo 8552, inscrito en Folio 44 Libro 1.
Datos confirmados según constancia extendida por la Administración
de Cementerios con fecha 10 de octubre de 2016. Se emplaza por
30 días hábiles a todo aquel que pretenda tener derecho sobre el
mismo, para que se apersone a la oficina de Asesoría Jurídica de la
Municipalidad de Heredia, a fin de hacer valer sus derechos, caso
contrario se inscribirá dicho derecho a nombre de la petente.
Lic. Juan José Carmona Chaves, Administrador.—
1 vez.—( IN2016076206 ).
En el Cementerio Central de Heredia, existe un derecho
a nombre de Zamora Lizano Juan, sus hijos desean traspasar el
derecho, indicándose así:
Arrendatario: Pedro Manuel Zamora Guerrero, cédula 01-0472-0091.
Beneficiarios: Juan Francisco Zamora Guerrero, cédula 04-0144-0100.
Rafael Ángel Zamora Guerrero, cédula 04-0137-0784.
María Auxiliadora Zamora Guerrero, cédula 04-0126-0667.
Alonso José Zamora Castillo, cédula 01-1116-0763.
Juan Andrés Zamora Castillo, cédula 01-1173-0872.
Lote N° 03, Bloque H, medida 12 metros cuadrados para 9
nichos, solicitud 237, recibo 76, inscrito en folio 47, libro 2. Datos
confirmados según constancia extendida por la Administración
de Cementerios con fecha 01 de octubre de 2016. Se emplaza por
La Gaceta Nº 211 — Jueves 3 de noviembre del 2016
30 días hábiles a todo aquel que pretenda tener derecho sobre el
mismo, para que se apersone a la oficina de Asesoría Jurídica de la
Municipalidad de Heredia, a fin de hacer valer sus derechos, caso
contrario se inscribirá dicho derecho a nombre de la petente.
Lic. Juan José Carmona Chaves, Administrador de
Cementerios.—1 vez.—( IN2016076207 ).
En el Cementerio Central de Heredia, existe un derecho a
nombre de Espinoza Cubero Edelmira, sus hijos, desea traspasar el
derecho, además desea incluir beneficiarios indicándose así:
Arrendatario:
Beneficiarios:
Rafael Ángel Castillo Espinoza,
cédula 02-0252-0367
María Mireya Castillo Espinoza,
cédula 02-0323-0971
Rafael Daniel Castillo Pietry,
cédula 01-0981-0500
Lucy Minerva Castillo,
cédula 184001074522
Lote Nº 91 Bloque Q, medida 3 metros cuadrados para 2
nichos, solicitud 203, recibo 77575, inscrito en Folio 15 Libro 2.
Datos confirmados según constancia extendida por la Administración
de Cementerios con fecha 01 de octubre del 2016.
Se emplaza por 30 días hábiles a todo aquel que pretenda
tener derecho sobre el mismo, para que se apersone a la oficina de
Asesoría Jurídica de la Municipalidad de Heredia, a fin de hacer
valer sus derechos, caso contrario se inscribirá dicho derecho a
nombre de la petente.
Lic. Juan José Carmona Chaves, Administrador.—
1 vez.—( IN2016076388 ).
En el Cementerio Central de Heredia, existe un derecho a
nombre de Familia Montero García, los hermanos de la familia,
desean traspasar el derecho, además desea incluir beneficiarios
indicándose así:
Arrendatario: Flor María Montero García, cédula 04-0095-0403
Beneficiarios: Kattia Lorena Yannarella Montero, cédula 01-0756-0242
Lote Nº 62 Bloque N, medida 6 metros cuadrados para 4
nichos, solicitud 2933, recibo no indica, inscrito en Folio 65 Libro 1.
Datos confirmados según constancia extendida por la Administración
de Cementerios con fecha 02 de octubre de 2016. Se emplaza por
treinta días hábiles a todo aquel que pretenda tener derecho sobre
el mismo, para que se apersone a la oficina de Asesoría Jurídica
de la Municipalidad de Heredia, a fin de hacer valer sus derechos,
caso contrario se inscribirá dicho derecho a nombre de la petente.
Publíquese.
Juan José Carmona Chaves, Administrador de Cementerios.—
1 vez.—( IN2016076391 ).
En el Cementerio Central de Heredia, existe un derecho a
nombre de Familia Sibaja Campos y Jesús Sibaja Rodríguez, una
de sus nietas desea traspasar el derecho, además desea incluir
beneficiarios indicándose así:
Arrendatario:
Beneficiarios:
Estefanie María González Sibaja, cédula 04-0194-0112
María Esther Sibaja Campos, cédula 04-0116-0547
Grace Sibaja Campos, cédula 01-0517-0774
Enrique González Sánchez, cédula 04-0092-0111
José Armando González Sibaja, cédula 04-0194-0111
José Pablo Sánchez Sibaja, cédula 04-0197-0411
Lote N° 86 Bloque L, medida 3 metros cuadrados para 2
nichos, solicitud 2075, recibo no indica, inscrito en folio 59, libro 1.
Datos confirmados según constancia extendida por la Administración
de Cementerios con fecha 10 de octubre de 2016. Se emplaza por
30 días hábiles a todo aquel que pretenda tener derecho sobre el
mismo, para que se apersone a la oficina de Asesoría Jurídica de la
Municipalidad de Heredia, a fin de hacer valer sus derechos, caso
contrario se inscribirá dicho derecho a nombre de la petente.
Lic. Juan José Carmona Chaves, Administrador de
Cementerios.—1 vez.—( IN2016076403 ).
Pág 41
MUNICIPALIDAD DE SANTO DOMINGO
DIRECCIÓN DE SERVICIO Y ORDENAMIENTO
TERRITORIAL
Recepción de trámites para permisos constructivos, uso
de suelo, visado de planos y vistos buenos
de ubicación, de manera digital
Por este medio se le comunica a todos los contribuyentes que a
partir del momento de la publicación en el Diario Oficial La Gaceta,
todos los trámites para la obtención de permisos de construcción,
salvo las excepciones que se dirán, se deberán realizar mediante la
plataforma digital del Colegio de Ingenieros y Arquitectos APC, en
los siguientes sitios puede encontrar mayor información:
http://infoapc.cfia.or.cr/
http://www.santodomingo.go.cr/.
Se
excluye los trámites para antenas de telecomunicación y permisos
de obra menor, que se estarán recibiendo en Plataforma de Servicios,
de la Municipalidad, bajo la modalidad física.
Además se comunica que los tramites de uso de suelo, visado
de planos de catastro y vistos buenos de ubicación se podrán realizar
de manera digital completando los formularios que se encuentran en
la página web de la Municipalidad de Santo Domingo http://www.
santodomingo.go.cr/ enviando dichas solicitudes, con los requisitos
respectivos en formato PDF al siguiente correo (catastro@
munisantodomingo.go.cr) del cual se estará respondiendo dichos
trámites.
Transitorio: las solicitudes que ingresen antes de esta
publicación serán resueltos conforme a la forma que ingresaron sea
física o digital.
Control Urbano y Rural.—Esteban Marín Bolaños.—1 vez.—
( IN2016076169 ).
MUNICIPALIDAD DE LEÓN CORTÉS
El Concejo Municipal de León Cortés, en sesión ordinaria Nº
22, celebrada el día 26 de octubre 2016 acuerda:
Aprobar moción presentada por la Síndica Alejandra Camacho
Camacho, representante del distrito de San Pablo de León Cortés,
para que se cambie el horario de las sesiones municipales, para que
se realicen a la 1:30 de la tarde, los días lunes. Secundan la moción
los Regidores Propietarios Francisco Mora Mena, Jefry Abarca
Valverde, María Gabriela Gutiérrez Bonilla, Yorleny Quesada
Valverde, Alfredo Venegas Monge y Regidor Suplente Guido
Ramón Mora Fernández.
Rige a partir de su publicación.
Maribel Ureña Solís, Secretaria de Concejo.—
1 vez.—( IN2016076064 ).
AVISOS
CONVOCATORIAS
COLEGIO PROFESIONAL DE PSICÓLOGOS
DE COSTA RICA
Cédula jurídica 3007045287
Acuerdo Nº V.1.2-9-22-10-16
a. Esta Junta Directiva acuerda debido a la suspensión de la
asamblea general extraordinaria Nº 101-2016, del día 17 de
octubre, publicada en el Diario Oficial La Gaceta los días 28 y
29 de setiembre, que la misma se reprograma para el lunes 21
de noviembre del 2016, en primera convocatoria a las 16.30
horas y en segunda convocatoria a las 17:30 horas, sita en
las instalaciones del Colegio de Profesional de Psicólogos
de Costa Rica y que tiene como punto único el Recurso de
Apelación interpuesto por el Lic. Óscar Lorenzo Chaverri
Orozco. Exp. N° 01-2015. Acuerdo firme.
San José, 6 de octubre del 2016.—Junta Directiva.—Weiner
Guillén Jiménez, Presidente.—( IN2016075758 ).
2 v. 2.
Pág 42
La Gaceta Nº 211 — Jueves 3 de noviembre del 2016
Asamblea general ordinaria, diciembre 2016
AVISO
Acuerdo de Junta Directiva Nº V.1.1-7-22-10-16, sesión
Nº 22-2016, que indica lo siguiente: esta Junta Directiva acuerda
proceder con la publicación del aviso que modifique e incluya en
la convocatoria de la Asamblea General Ordinaria Nº 103-2016, el
punto de elección del puesto para la Fiscalía período 2017.
Nótese el punto 6 la inclusión para elección del puesto de la
Fiscalía
Agenda asamblea general ordinaria Nº 103-2016
1. Comprobación del quórum.
2. Lectura y aprobación del orden del día.
3. Lectura de la tabla de distribución de tiempos.
4.Lectura y aprobación de los acuerdos del acta Nº 101-1022016.
5. Presentación de la Memoria Anual del Colegio.
• Informe de Presidencia
• Informe de Tesorería
• Informe de Fiscalía
• Informe de Tribunal de Honor.
6. Elección de los miembros de Junta Directiva, para el periodo
2017-2018.
Presidente (a) (periodo 2017 - 2018)
Secretario (a) (periodo 2017 - 2018)
Tesorero (a) (periodo 2017- 2018)
Vocal I (periodo 2017- 2018)
Fiscalía (periodo 2017)
7. Juramentación de los miembros electos.
8. Elección y Juramentación de miembros del Tribunal de Honor
2017.
9.Varios
a. Se delega a la Dirección Ejecutiva tomar las medidas del
caso, para que se cumpla con las fechas establecidas de las
publicaciones y la logística en relación con la celebración
de la asamblea 103-2016.
Acuerdo firme.—Weiner Guillén Jiménez, Presidente.—
( IN2016075731 ).
2 v. 2.
EL RINCÓN ARGENTINO DE OSA SOCIEDAD ANÓNIMA
VARGAS PEREIRA S. A.
La entidad denominada Vargas Pereira S. A., cédula jurídica
3-101-053171, por este medio comunica y hace convocatoria para
la asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas, que se
llevará a cabo el día dieciocho de noviembre del 2016, a las 17:00
horas en la ciudad de Alajuela, cantón Central, distrito primero;
costado oeste, de Plaza Iglesias, casa de habitación portones
negros, según la agenda se tratará el tema de aprobación de estados
financieros, aprobación de dividendos del período 2016. Se iniciará
conforme a la ley, sino está presente la totalidad del capital social de
esta entidad a la hora supra indicada se dará inicio a la misma con el
capital que se encuentre en segunda convocatoria a las 17:30 horas
del dieciocho de noviembre del 2016.—Angelita Vargas Pereira,
Representante Legal.—( IN2016083445 ).
2.v.1
El suscrito Leandro Tiribelli, de un solo apellido en razón
de mi nacionalidad, actuando en mi condición de presidente de
la sociedad denominada El Rincón Argentino de Osa Sociedad
Anónima, con cédula jurídica Nº 3-101-181191, convoca a sus
socios a la Asamblea general ordinaria y extraordinaria a llevarse
a cabo en su domicilio social, en primera convocatoria a las trece
horas del día lunes veintiocho de noviembre del año dos mil
dieciséis, y en segunda convocatoria a la catorce horas del mismo
día, fecha y año. Lo anterior con el fin de conocer en asamblea
ordinaria sobre aspectos ordinarios que indica el ordinal 155
del Código de Comercio, y en asamblea extraordinaria sobre el
aumento del capital social en la empresa y la reforma de estatutos
correspondiente. Es todo.—San José, 26 de octubre del 2016.—
Leandro Tiribelli, Presidente.—1 vez.—( IN2016079282 ).
SE REPRODUCE POR ERROR DE IMPRENTA
PRODUCTOS LIO S. A.
Asamblea ordinaria y extraordinaria
Asamblea ordinaria y extraordinaria de la empresa Productos
Lio S. A., a celebrarse en sus instalaciones en Zona Franca Zeta, El
Guarco de Cartago, bodegas números 22 y 23. Asamblea ordinaria
primera convocatoria a las 9:00 a. m. del día 24 de noviembre del 2016,
de no existir el quórum de ley se celebrará en segunda convocatoria
una hora después de la señalada para la primera convocatoria.
Orden del día
1- Verificación del quórum de primera convocatoria para
asamblea ordinaria y extraordinaria. Se dispone que al
celebrarse ambas, se verificará quórum requerido para ambas.
2- Elección de presidente y secretarios ad-hoc para dirigir la
asamblea de socios.
3- Informe del presidente del estado económico del período
fiscal 2015-2016 y discusión, aprobación o improbación del
informe indicado.
4- Presentación de los Estados Financieros de la empresa del
periodo 2015-2016 que rendirá la Junta Directiva y votación
para la aprobación o improbación de los Estados Financieros
de la empresa del período fiscal 2015-2016.
4- Aprobación o improbación de la revocación del nombramiento
al puesto de secretario de la junta directiva, por el conflicto de
interés actual con el secretario en ejercicio, quien tiene deudas
desatendidas con la compañía que están en proceso de cobro y
que se considera inconveniente para la empresa.
8-Recibo de postulantes para someter a votación el puesto de
secretario que hubiese quedado vacante en caso de votarse
afirmativamente el punto de agenda anterior y elección del
puesto de secretario en caso de requerirse.
Asamblea extraordinaria:
Orden del día para la asamblea extraordinaria:
1- Aprobación o improbación de un aumento de capital hasta
por la suma de sesenta millones de colones, proporcional a
cada socio, para atender disminución de pasivos a largo plazo
que la empresa tiene registrados en sus estados financieros
y por ende modificación a la cláusula quinta, capital social.
Se registrará el aporte de los socios que hagan el aporte
proporcional completo. No se permitirá aportes parciales de
socios.
2- Declarar firmes los acuerdos de la asamblea ordinaria y
extraordinaria.
3- Autorizar al notario Alfredo Núñez Gamboa o Francisco Soto
Vega a protocolizar el acta e inscribir en lo conducente lo
necesario en el Registro Mercantil.
4- Se cierra la sesión
Abg. Francisco Soto Vega, Notario.—1 vez.—( IN2016078848 ).
ASOCIACIÓN INSTITUTO
COSTARRICENSE DE VALUACIÓN
La Asociación Instituto Costarricense de Valuación convoca
a asamblea general ordinaria y extraordinaria 2016 a realizarse en
salón Cahuita 2 del Hotel Crowne Plaza Corobici el jueves 17 de
noviembre del 2016 a las 5:30 p. m. en primera convocatoria y 6:00
p. m. en segunda convocatoria
AGENDA ASAMBLEA ORDINARIA:
a. Lectura del acta de la última asamblea general ordinaria.
b.Lectura de los informes de labores: Presidencia, tesorería y
fiscalía.
c.Elección de miembros de junta directiva que vencen su
periodo.
La Gaceta Nº 211 — Jueves 3 de noviembre del 2016
AGENDA ASAMBLEA EXTRAORDINARIA:
c.Elección del puesto de vicepresidente, ante su reciente
renuncia.
d. Asuntos varios.
Ing. Eduardo Páez Campos, cédula N° 3-215-217.—
1 vez.—( IN2016079349 ).
INVERSIONES ARISTOSA DE HEREDIA S. A.
Se convoca a los accionistas de Inversiones Aristosa de
Heredia S. A. a una Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria
de Accionistas de la empresa, que se celebrará el próximo 29 de
noviembre del 2016, a las diez horas, en el domicilio social en San
Joaquín de Flores, Heredia, para conocer de lo siguiente:
A.Como Asamblea Ordinaria:
De los asuntos ordinarios que señala el artículo 155 del
Código de Comercio.
B.Como Asamblea Extraordinaria:
1. En vista del sensible fallecimiento del presidente de la
empresa, se acuerda reorganizar la Junta Directiva y
modificar el pacto social en lo pertinente para esos fines.
2. Conocer el informe de la Auditoría Externa en relación a
la situación financiera de la empresa y tomar los acuerdos
necesarios para normalizar la operación y la relación entre
los accionistas para un mejor manejo de la compañía,
tomando al respecto los acuerdos necesarios y modificando
si es pertinente, las cláusulas sociales que se requiera.
De no haber quórum a la hora señalada, la Asamblea se reunirá
una hora después con cualquier número de socios presentes.—San
Joaquín de Flores, a los 28 días del mes de octubre del 2016.—Ofelia
Torres Campos, 1a. Vicepresidenta.—1 vez.—( IN2016079411 ).
ARIAS COMERCIAL S. A.
Se convoca a los accionistas de Arias Comercial S. A. a una
asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la
empresa, que se celebrará el próximo 29 de noviembre del 2016, a
las nueve horas, en el domicilio social en Mercedes Sur de Heredia,
para conocer de lo siguiente:
A. Como Asamblea Ordinaria:
De los asuntos ordinarios que señala el artículo 155 del
Código de Comercio así como el cierre fiscal de los
períodos pendientes de su aprobación.
B. Como Asamblea Extraordinaria:
1. En vista del sensible fallecimiento del presidente de la
empresa, se acuerda reorganizar la Junta Directiva y
modificar el pacto social en lo pertinente para esos fines.
2. Conocer el informe de la Auditoría Externa en relación
a la situación financiera de la empresa y tomar los
acuerdos necesarios para normalizar la operación y la
relación entre los accionistas para un mejor manejo de la
compañía, tomando al respecto los acuerdos necesarios
y modificando si es pertinente, las cláusulas sociales
que se requiera.
De no haber quórum a la hora señalada, la Asamblea se reunirá
una hora después con cualquier número de socios presentes.
Mercedes Sur de Heredia, a los 28 días del mes
de octubre del 2016.—Ofelia Torres Campos, 1ª.
Vicepresidenta.—1 vez.—( IN2016079412 ).
CONDOMINIO RESIDENCIAL MAR DEL PLATA
A todos los propietarios del Condominio Residencial Mar del
Plata, se les convoca para el día sábado 26 de noviembre del 2016,
a las ocho horas, a la asamblea general ordinaria de condóminos, en
primera convocatoria, una hora más tarde la segunda convocatoria,
a celebrarse en el mismo Condominio, con el siguiente orden del
día: Comprobación de quórum, Designación del secretario(a) y
presidente de la asamblea, Lectura del acta anterior, Informe de
junta directiva y administración, Informe de tesorería, Elección
del administrador(a), Elección de junta directiva, Aprobación del
presupuesto para el 2016, Asuntos varios: Presentación del proyecto
de construcción del área de derrumbe, mociones varias. Es todo.—
San José, 02 de noviembre 2016.—Giovanni Campos Marín,
Administrador.—1 vez.—( IN2016079430 ).
Pág 43
INMOBILIARIA CARTAGINESA S. A.
Inmobiliaria Cartaginesa S. A., convoca a todos sus accionistas
a asamblea general ordinaria, a celebrarse el día miércoles 7 de
diciembre de 2016, en sus instalaciones, a las 6:00 p.m., en primera
convocatoria. De no existir el quórum de ley en primera convocatoria,
la asamblea se realizará una hora después en segunda convocatoria
con los accionistas presentes.—Jorge Eduardo Sanabria Rosito,
Secretario.—1 vez.—( IN2016083441 ).
AVISOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Por escritura otorgada ante mí Laura Virginia Baltodano
Acuña el día 30 de setiembre del 2016, Grace Brenes Campos,
portadora de la cédula de identidad número 4-0133-0798, vende
el establecimiento mercantil denominado Farmacia Fabi, el cual es
negocio de venta y comercialización de medicamentos farmacéuticos
ubicado en: San José, Santa Ana, frente a la Municipalidad, la venta
se realiza a la sociedad Jajuly & Co Sociedad Anónima, con cédula
jurídica 3-101-472671. Se cita a los acreedores e interesados para
los efectos del artículo 479 del Código de Comercio, se presenten en
el término de 15 días contados a partir de este aviso, para hacer valer
sus derechos. Actúa como depositaria del precio la Licenciada Laura
Virginia Baltodano Acuña con domicilio en San José, Montes de
Oca, Los Yoses, Barrio Dent, 250 metros norte de Grupo Q, Bufete
Alpha Legal.—San José, 10 de octubre del 2016.—Licda. Laura
Virginia Baltodano Acuña, Notaria.—( IN2016074466 ).
PRAXAIR COSTA RICA S. A.
Yo, Christian Sauter Miller, cédula de identidad número
1-0548-0387, en mi condición de apoderado generalísimo con
facultades suficientes para este acto de Praxair Costa Rica S. A.,
cédula de persona jurídica N° 3-101-063829, manifiesto que mi
representada se encuentra tramitando la reposición del certificado de
depósito a plazo número: BNV206-166316-2/400-02-208-166316;
emitido por el Banco Nacional de Costa Rica el 27 de noviembre del
2003; a la orden de: Praxair Costa Rica S. A.; por la suma de ocho
mil quinientos dólares exactos, moneda de curso legal en los Estados
Unidos de Norte América; tasa de intereses: 2.400% anual; fecha de
vencimiento: 23 de marzo del 2005. Se solicita la reposición del
título indicado por extravío del título original. De acuerdo con el
artículo 709 del Código de Comercio, se solicita la publicación de
este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de
los 15 días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario
Oficial La Gaceta.—San José, 5 de octubre del 2016.—Christian
Sauter Miller, Apoderado Generalísimo.—( IN2016074581 ).
UNIVERSIDAD INTERNACIONAL DE LAS AMÉRICAS
La Universidad Internacional de las Américas, hace constar
que ante la Oficina de Registro se ha presentado por parte del señor
Huelat Quirós Itzamn, cédula de identidad uno-cero siete siete
cinco-cero uno siete siete, la solicitud de reposición de su título
de Licenciatura en Administración de Empresas, emitido por esta
Universidad, registrado en el libro de títulos bajo el tomo 1, folio
13, asiento 1215 con fecha del 30 de abril de 1994. El señor Huelat
Quirós Itzamn, solicita la reposición del mismo por haber extraviado
el original. Se publica este edicto con el fin de escuchar oposiciones
a dicha reposición, dentro del término de 15 días hábiles a partir
de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Se emite
el presente a solicitud del interesado, a los cinco días del mes de
octubre de dos mil dieciséis.—Doctor Máximo Sequeira Alemán,
Rector.—( IN2016074629 ).
La compañía Auto Repuestos B.E.C.A. S. A., cedula
jurídica tres-ciento uno-uno tres cinco ocho nueve tres, gestiona
ante esta notaria el proceso de disminución de capital social, para
que en adelante el capital social sea la suma de veinte mil colones,
representado por diez acciones comunes y nominativas de dos mil
colones cada una. Los socios solicitan la publicación del presente
edicto para cumplir con los requerimientos del artículo 19 del
Código de Comercio y lo que conforme a derecho corresponda.—
Heredia, 10 de octubre del 2016.—Lic. Manrique González Venegas,
Notario.—( IN2016074971 ).
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La Gaceta Nº 211 — Jueves 3 de noviembre del 2016
UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CENTRO AMÉRICA
Ante el registro de la Universidad Autónoma de Centro
América se ha presentado la solicitud de reposición del título de:
Licenciatura en Medicina, emitido por esta casa de estudios el 15
de junio del 1987, inscrito en el Tomo: II, Folio V4, Nº 0827, y
registrado por CONESUP con el Anotado: Tomo: I, Folio: 078, Nº
2768, a nombre de Marco Hermógenes Prado Marenco, cédula de
identidad Nº 8-0081-0062. Se solicita la reposición por haberse
extraviado el original. Se publica este edicto para oír oposición a
la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de
la publicación en el Diario Oficial. Campus J. Guillermo Malavassi
V.—Cipreses, Curridabat, 20 de setiembre del 2016.—Adrián
Espinoza Potoy, Registrador.—( IN2016075010 ).
COCA COLA INDUSTRIAS LTD
1. Para lo que corresponda se comunica que se ha solicitado
la reposición del cheque N° 54908, a nombre de JMC
Corporation por un monto de Mil trecientos sesenta y cinco
dólares con cero céntimos, el cual se encuentra extraviado a
la fecha. El cheque se emitió a través del Banco CitiBank el
día 01 de abril del 2015. San José, 22 de setiembre del 2016,
interesado, Coca-Cola Industrias Ltda.
2. Para lo que corresponda se comunica que se ha solicitado
la reposición del cheque N° 264502, a nombre de Scanco
Tecnología S. A. por un monto de cincuenta y nueve mil
doscientos colones con cero céntimos, el cual se encuentra
extraviado a la fecha. El cheque se emitió a través del Banco
CitiBank el día 02 de febrero del 2016. San José, 22 de
setiembre del 2016, interesado, Coca-Cola Industrias Ltda.”
San José, 22 de setiembre del 2016.—Erick Rojas, Gerente de
Planta de Concentrados.—( IN2016075147 ).
ATARDECERES DE ENSUEÑO LIMITADA
La sociedad Atardeceres de Ensueño Limitada, hace de
conocimiento de sus acreedores e interesados que la señora Mary
Van Gelder Gutiérrez, como dueña de las acciones que componen
la totalidad del capital social y por tener derecho irrestricto con
todos los atributos de la propiedad y posesión sobre las mismas
para venderlas cederlas y traspasarlas ha decidido ceder la
propiedad de las mismas, al señor Gastón Rodolfo Arce Cordero,
por lo que se cita a acreedores e interesados para que se presenten
al domicilio en Jacó, Garabito, Urbanización Jaco Sol, casa N°
11, dentro del término de quince días a partir de la primera
publicación a hacer valer sus derechos.—Lic. Giovanni Vega
Cordero, Notario.—( IN2016075162 ).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
MPESO SOCIEDAD ANÓNIMA
Para los efectos del artículo 689 del Código de Comercio
de Costa Rica, Mpeso Sociedad Anónima, con cédula de persona
jurídica número tres-ciento uno-seiscientos ochenta y un mil
trescientos veinte, hace de conocimiento público que por motivo de
extravío a su propietario, repondrá el certificado de acciones número
uno representativo de novecientas noventa y nueve mil novecientas
noventa y nueve acciones comunes y nominativas con un valor
de un colón cada una, y cuyo propietario es el señor Haroldo José
Montealegre Lacayo, de nacionalidad nicaragüense, portador del
pasaporte de su país número C-uno siete siete cuatro cero tres cuatro,
y el certificado de acciones número dos representativo de una acción
común y nominativa con un valor de un colón, y cuyo propietario
es el señor Haroldo José Montealegre Lacayo, de nacionalidad
nicaragüense, portador del pasaporte de su país número C-uno
siete siete cuatro cero tres cuatro Se emplaza a cualquier interesado
para que en el término de un mes a partir de la última publicación
de este aviso, manifieste su oposición dirigida a la sociedad en
Santa Ana, Pozos, Centro Empresarial Fórum Uno, oficina uno C
uno, atención Licda. Melania Dittel.—Haroldo José Montealegre
Sansón, Secretario.—( IN2016075216).
HOTEL PUNTA LEONA S. A.
Para efectos del artículo 689 del Código de Comercio Real
de Punta Leona S. A., (antes Hotel Punta Leona S. A.), hace saber a
quien interese que por haberse extraviado al propietario, repondrá
la acción preferida Nº 26 de la serie C a nombre de Inversiones
Paco S. A., cédula de persona jurídica N° 3-101-032453-32,
endosada Eduardo Miranda Meza, con cédula de identidad
número 2-397-436, cualquier persona interesada al respecto podrá
oponerse durante un mes a partir de la última publicación de este
aviso. Inversiones Paco S. A. Apoderado generalísimo Eugenio
Gordienko Orlich, Responsable con cédula de identidad número
2-0148-0602.—( IN2016075647 ).
Conforme el artículo 689 del Código de Comercio,
Inmobiliaria Árbol de Carao S. A., cédula jurídica: 3-101-382000,
Inmobiliaria de Oriente Río Amarillo S. A., cédula jurídica: 3-101447366, e Inmobiliaria de Oriente Río Rojo S. A., cédula jurídica:
3-101-446934, hacen saber que por haberse extraviado repondrá
diez acciones comunes y nominativas de mil colones cada una,
representativas del capital social de cada sociedad; emitidas a razón
de cinco acciones a nombre de Limbanio Zacaría Muñoz, de un único
apellido en razón de su nacionalidad estadounidense, pasaporte de
los Estados Unidos de Norte América: cinco cero seis tres cinco
siete seis seis ocho: y cinco acciones a nombre de Bárbara Muñoz,
de un único apellido en razón de su nacionalidad estadounidense,
pasaporte de los Estados Unidos de Norte América: cuatro nueve
siete cuatro cuatro seis tres cero cero. Cualquier interesado podrá
oponerse en notaría ubicada en San José, Goicoechea, 750 metros
al este del parque de Guadalupe, durante un mes contado a partir de
la última publicación de este aviso.—Lic. Gustavo Arián Sánchez
Masís, Notario.—( IN2016075899 ).
PRETENSADOS NACIONALES SOCIEDAD ANÓNIMA
Yo, Miguel Ángel González Volio, con cédula de identidad
Nº 1-0266-0897, en mi condición de presidente con facultades
de apoderado generalísimo sin límite de suma de la empresa
Pretensados Nacionales Sociedad Anónima, cédula de persona
jurídica Nº 3-101-005034, domiciliada en San José, San Francisco de
Dos Ríos, de la iglesia católica un kilómetro al este, conforme a los
artículos 708 y 709 del Código de Comercio, comunico el extravío
del certificado de depósito a plazo Nº 90005176 del Banco BCT,
Agencia Oficinas Centrales, suscrito por un monto de ¢4.200.000,oo
junto a sus cupones de intereses Nos. 90005176-1 por un monto de
¢262.500,07 y 90005176-2 por un monto de ¢2.916,67, por lo que
se solicita la reposición del título valor. Quienes se sientan afectados
deben formular oposición por escrito ante el citado Banco, en el
plazo de 15 días contados a partir de la última publicación de este
aviso.—San José, 13 de octubre de 2016.—Miguel Ángel González
Volio, por Pretensados Nacionales S. A.—José Fernando Fernández
Alvarado.—( IN2016075937 ).
QUALITY IS OUR RECIPE LLC
El suscrito Francisco José Guzmán Ortiz, mayor, soltero,
abogado, vecino de San José, Montes de Oca, Mercedes, Barrio Dent,
Oficentro Holland House N° 3 y portador de la cédula de identidad
1-434-595 en mi calidad de apoderado especial de la sociedad Quality
is Our Recipe LLC, hago constar por este medio que mi representada
adquirió los nombres comerciales inscritos ante el Registro de la
Propiedad Industrial identificados con los números de registro ochenta
mil cuatrocientos cuarenta y dos y setenta y nueve mil novecientos
treinta y tres, junto con todo el haber comercial de la empresa. Lo
anterior se publica de acuerdo al artículo 479 del Código de Comercio
para citar a acreedores e interesados para que se presenten a hacer
valer sus derechos dentro de los quince días posteriores a la primera
publicación.—San José, 12 de octubre del 2016.—Francisco José
Guzmán Ortiz, Abogado.—( IN2016075988 ).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
REPOSICIÓN DE TÍTULO ABOGADA EN DERECHO
Yo, Cindy Dayana Murillo Artavia, mayor, soltera, vecina
de Tilarán, Guanacaste, Nuevo Arenal, un kilómetro al sur del
cementerio, portadora de la cédula de identidad número 2-626163, solicito la reposición de Titulo de Abogada en Derecho,
por motivo de haberse extraviado el original, ante el Colegio de
Abogados y Abogadas de Costa Rica. Se solicita publicar este
edicto para oír oposiciones a la reposición indicada, a partir de su
última publicación.—Liberia, 5 de octubre del 2016.—Licda. Cindy
Dayana Murillo Artavia.—( IN2016076254 ).
La Gaceta Nº 211 — Jueves 3 de noviembre del 2016
GRUPO EMPRESARIAL ESCAZÚ L Y M S. A.
Se cita a acreedores e interesados para que se presenten ante
esta notaria, sita en San Antonio de Escazú, Centro Comercial El
Descanso, local número ocho, dentro del término de 15 días a partir
de la primera publicación de este aviso, a hacer valer sus derechos
respecto a la compraventa del establecimiento mercantil denominado:
Los Pooles, situado en Escazú Centro; 75 metros al norte, de la
esquina noroeste, del parque de Escazú, dedicado a sala de juegos,
pooles y maquinas, efectuada el día 19 de setiembre del 2016, ante
esta notaria, por parte de Grupo Empresarial Escazú L Y M S. A. a
favor de Los Paisajes S. A.—Escazú, 23 de setiembre del 2016.—
Licda. Marta Ramírez Fonseca, Notaria.—( IN2016076326 ).
MOKALY PRODUCTIVE CORPORATION LIMITADA
Mokaly Productive Corporation Limitada, con cédula jurídica
número tres-ciento dos trescientos setenta y siete mil cincuenta y
siete, con domicilio social en San José, Montes de Oca, San Pedro,
Los Yoses, del Restaurante Le Chandelier cincuenta metros al sur,
solicita ante El Registro de Personas Jurídicas, Sección Mercantil,
Registro Público, la reposición de los siguientes libros: Registro
de Cuotistas N° 1 y Asamblea General N° 1. Quien se considere
afectado puede manifestar su oposición ante dicho Registro, en
el término de ocho (8) días hábiles contados a partir de la última
publicación en un Diario de Circulación Nacional.—Pamela Kamer,
Gerente y Representante Legal.—( IN2016076351 ).
MOKALY PRODUCTIVE CORPORATION LIMITADA
Mokaly Productive Corporation Limitada, con cédula jurídica
número tres-ciento dos-trescientos setenta y siete mil cincuenta y
siete, con domicilio social en San José, Montes de Oca, San Pedro,
Los Yoses, del Restaurante Le Chandelier cincuenta metros al sur,
solicita ante El Registro de Personas Jurídicas, Sección Mercantil,
del Registro Público, la reposición de los siguientes libros: Registro
de cuotistas N° 1 y Asamblea General N° 1. Quien se considere
afectado puede manifestar su oposición ante dicho Registro, en
el término de ocho (8) días hábiles contados a partir de la última
publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Publíquese por tres (3)
veces consecutivas en el Diario oficial La Gaceta.—Pamela Kamer
Gerente.—1 vez.—( IN2016076353 ).
UNIVERSIDAD INTERNACIONAL DE LAS AMÉRICAS
La Universidad Internacional de las Américas hace constar
que, ante la Oficina de Registro, se ha presentado por parte del
señor Buchheim Kern Sebastian, cédula de identidad ocho cero
cero siete tres cero cero cinco uno, la solicitud de reposición de su
Título de Bachillerato en Administración de Empresas, emitido por
esta Universidad, registrado en el libro de títulos bajo el tomo I,
folio 242, asiento 4109, con fecha del 15 de diciembre del 2000. El
señor Buchheim Kern Sebastian, solicita la reposición del mismo
por haber extraviado el original. Se publica este edicto con el fin de
escuchar oposiciones a dicha reposición dentro del término de 15
días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
La Gaceta. Se emite el presente, a solicitud del interesado, a los
diez días del mes de octubre del dos mil dieciséis.—Dr. Máximo
Sequeira Alemán, Rector.—( IN2016076575 ).
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uno cero dos, de los cuales se procederá a la reposición. Es todo.—
San José, Santa Ana, 11 de octubre del 2016.—Licda. Irene Cruz
Solís, Notaria.—1 vez.—( IN2016076168 ).
CAMASI0 SOCIEDAD ANÓNIMA
Reposición de libros de la sociedad Camasio Sociedad
Anónima, con cédula jurídica tres-ciento uno-ciento veintiséis mil
setecientos ochenta. Es todo.—San José.—Licda. María Isabel
González Rojas, Notaria.—1 vez.—( IN2016076183 ).
ASOCIACIÓN COSTARRICENSE
DE OPERADORAS DE PENSIONES
Yo, Hermes Alvarado Salas, portador de la cedula de
identidad número 4-0137-0532, en mí calidad de presidente y
representante legal de la Asociación Costarricense de Operadoras
de Pensiones, cédula jurídica: 3-002-311839, solicito al
departamento de asociaciones del registro de personas jurídicas la
reposición de los Libros Registro de Asociados número uno y actas
del Órgano Directivo número uno, los cuales fueron extraviados.
Se emplaza por ocho días hábiles a partir de la publicación a
cualquier interesado a fin de oír objeciones ante el registro de
asociaciones.—20 de agosto del 2016.—Lic. Hermes Alvarado
Salas, Presidente.—1 vez.—( IN2016076195 ).
IMPULSO DEPORTIVO SOCIEDAD ANÓNIMA
Barry Fred (nombres) Barad (apellido), de un único apellido
en razón de mi nacionalidad canadiense, casado en primeras
nupcias, abogado, vecino de San José, Escazú, Alto de Las Palomas,
Condominio Villa Vento, casa número dos, portador del pasaporte
de mi país número GA dos tres tres uno uno nueve, actuando en mi
condición de presidente con facultades de apoderado generalísimo
sin límite de suma, conforme lo dispuesto en el artículo mil
doscientos cincuenta y tres del Código Civil de la República de
Costa Rica, de la sociedad denominada Impulso Deportivo S. A.,
titular de la cédula de persona jurídica número tres-ciento uno
trescientos ochenta mil novecientos cuatro, solicito la reposición
de los libros de i) Actas de asamblea de socios, ii) Actas de junta
directiva, y iii) Registro de socios, ya que se desconoce su paradero,
considerándose los mismos extraviados. La presente publicación
se hace con la finalidad de que quien se pueda considerar afectado
pueda manifestar su oposición, en el término de ley, en el domicilio
de la sociedad, sea San José, San Sebastián, cien metros al este de
Hipermás; caso contrario se procederá con la reposición inmediata
de los libros señalados. Es Todo.—San José primero de setiembre
de dos mil dieciséis.—Firma ilegible.—1 vez.—( IN2016076208 ).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
CORPORACIÓN CHEVAN S. A.
Corporación Chevan S. A., cédula jurídica Nº 3-101-248882,
con domicilio en Heredia, Heredia, residencial Los Arcos, casa
número uno-ciento once, solicita ante el Registro Nacional, la
reposición por extravío del libro Nº 1 de Registro de Socios.
Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el
Registro Nacional, dentro del término de 8 días hábiles a partir de
la publicación de este aviso.—Atenas, 14 de octubre de 2016.—Lic.
Eduardo Sancho Arce, Notario.—1 vez.—( IN2016076074 ).
FASHION STORE CORP SOCIEDAD ANONIMA
Barry Fred (nombres) Barad (apellido), de un único apellido
en razón de mi nacionalidad canadiense, casado en primeras
nupcias, abogado, vecino de San José, Escazú, Alto de Las Palomas,
Condominio Villa Vento, casa número dos, portador del pasaporte
de mi país número GA dos tres tres uno uno nueve, actuando en mi
condición de presidente con facultades de apoderado generalísimo
sin límite de suma, conforme lo dispuesto en el artículo mil
doscientos cincuenta y tres del Código Civil de la República de Costa
Rica, de la sociedad denominada Fashion Store Corp S. A., titular
de la cédula de persona jurídica número tres-ciento uno seiscientos
cincuenta y seis mil ochocientos treinta y ocho, solicito la reposición
de los libros de i) Actas de Asamblea de Socios, ii) Actas de Junta
Directiva y iii) Registro de Socios, ya que se desconoce su paradero,
considerándose los mismos extraviados. La presente publicación
se hace con la finalidad de que quien se pueda considerar afectado
pueda manifestar su oposición, en el término de ley, en el domicilio
de la sociedad, sea San José, San Sebastián, cien metros al este de
Walmart; caso contrario se procederá con la reposición inmediata
de los libros señalados. Es todo.—San José, 1° de setiembre del
2016.—Barry Fred Barad, Presidente.—1 vez.—( IN2016076209 ).
E.P. PRODUCTOS DOÑA MERCE SOCIEDAD ANÓNIMA
Ante esta notaría se hace de conocimiento público el extravío
del tomo primero de los libros: a-Registro de Socios, b-libro de
Actas de Asamblea de Socios y c-libro de Actas del Consejo de
Administración, de la sociedad E.P. Productos Doña Merce Sociedad
Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno- tres ocho dos
COMERCIAL ALBATROZ
DE SAN JOSÉ SOCIEDAD ANÓNIMA
Barry Fred (nombres) Barad (apellido), de un único apellido
en razón de mi nacionalidad canadiense, casado en primeras
nupcias, abogado, vecino de San José, Escazú, Alto de Las Palomas,
Condominio Villa Vento, casa número dos, portador del pasaporte
Pág 46
La Gaceta Nº 211 — Jueves 3 de noviembre del 2016
de mi país número GA dos tres tres uno uno nueve, actuando en mi
condición de presidente con facultades de apoderado generalísimo
sin límite de suma, conforme lo dispuesto en el artículo mil
doscientos cincuenta y tres del Código Civil de la República de
Costa Rica, de la sociedad denominada Comercial Albatroz de San
José S. A., titular de la cédula de persona jurídica número tres-ciento
uno-ciento sesenta y dos mil trescientos cincuenta y dos, solicito la
reposición de los libros de i) actas de asamblea de socios, ii) actas
de junta directiva, y iii) registro de socios, ya que se desconoce
su paradero, considerándose los mismos extraviados. La presente
publicación se hace con la finalidad de que quien se pueda considerar
afectado pueda manifestar su oposición, en el término de ley, en el
domicilio de la sociedad, sea San José, Calle Uno, Avenidas Nueve
y Once, número novecientos cincuenta y nueve; caso contrario se
procederá con la reposición inmediata de los libros señalados. Es
Todo.—San José primero de setiembre de dos mil dieciséis.—Firma
ilegible.—1 vez.—( IN2016076210 ).
SPORT BOOK SOCIEDAD ANÓNIMA
Barry Fred (nombres) Barad (apellido), de un único apellido
en razón de mi nacionalidad canadiense, casado en primeras
nupcias, abogado, vecino de San José, Escazú, Alto de Las Palomas,
Condominio Villa Vento, casa número dos, portador del pasaporte
de mi país número GA dos tres tres uno uno nueve, actuando en mi
condición de presidente con facultades de apoderado generalísimo
sin límite de suma, conforme lo dispuesto en el artículo mil
doscientos cincuenta y tres del Código Civil de la República de
Costa Rica, de la sociedad denominada Sport Book S.A., titular de
la cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-seiscientos
cincuenta y seis mil seiscientos treinta y ocho, solicito la reposición
de los libros de i) Actas de Asamblea de Socios, ii) Actas de Junta
Directiva y iii) Registro de Socios, ya que se desconoce su paradero,
considerándose los mismos extraviados. La presente publicación
se hace con la finalidad de que quien se pueda considerar afectado
pueda manifestar su oposición, en el término de ley, en el domicilio
de la sociedad, sea San José, San Sebastián, cien metros al este de
Walmart; caso contrario se procederá con la reposición inmediata
de los libros señalados. Es todo.—San José, 1° de setiembre del
2016.—Barry Fred Barad, Presidente.—1 vez.—( IN2016076211 ).
TRES-CIENTO UNO-QUINIENTOS CINCUENTA
Y SIETE MIL QUINIENTOS SETENTA Y TRES S. A.
Por escritura otorgada ante mí a las catorce horas treinta
minutos del catorce de octubre del dos mil dieciséis, se solicita
reposición por extravío de los libros legales de la sociedad
denominada Tres-Ciento Uno-Quinientos Cincuenta y Siete
Mil Quinientos Setenta y Tres S. A.—Liberia, dieciocho de
octubre de dos mil dieciséis.—Licda. Eugenia Abellán Morera,
Notaria.—1 vez.—( IN2016076220 ).
INVERSIONES FELLOSA, SOCIEDAD ANÓNIMA
Yo, Alfredo Lara Soto, mayor, casado una vez, Médico,
vecino de San José, con cédula de identidad cuatro-cero cincuenta
y nueve-setecientos ochenta y tres, en mi condición de presidente
y representante legal de la compañía Inversiones Fellosa, Sociedad
Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno
ciento cincuenta y ocho mil quinientos cuarenta y cinco, solicito al
Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional la reposición
de los libros números uno de Asambleas de Socios, y de Consejo de
Administración, de dicha compañía, los cuales fueron extraviados.
Se emplaza por ocho días hábiles a partir de la publicación del
presente aviso a cualquier interesado a fin de oír objeciones ante el
Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional. Lo anterior de
conformidad con lo establecido en el procedimiento de reposición de
libros sociales por extravío, pérdida, daño o sustracción, estipulado
en el artículo catorce del Reglamento del Registro Nacional para la
Legalización de libros de Sociedades Mercantiles.—San José, 03 de
octubre del 2016.—Alfredo Lara Soto, Presidente y Representante
Legal.—1 vez.—( IN2016076276 ).
ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO SOCIAL
Y HUMANO RICHMOND FELLOWSHIP
Yo Guillermo Alberto Rosabal Ramírez, cédula de identidad
número 1-533-967, en mi calidad de Presidente y Representante
Legal de la Asociación para el Desarrollo Social y Humano Richmond
Fellowship (ADESOH) cédula jurídica 3-002-138934, solicito al
Departamento de Asociaciones del Registro de Personas Jurídicas
la reposición del libro de Acta de Asamblea General Numero Uno,
el cual fue extraviado. Se emplaza por ocho días hábiles a partir de
la publicación a cualquier interesado a fin de oír objeciones ante
el Registro de Asociaciones.—San José, 18 de octubre del 2016.—
Guillermo Alberto Rosabal Ramírez.—1 vez.—( IN2016076314 ).
Yo Leonardo del Campo Weight, cédula de residencia
148400161435, en mi calidad de vicepresidente y representante
legal de la asociación por ausencia del presidente quien falleció,
cédula jurídica: 3-002-531393, solicito al Departamento de
Asociaciones del Registro de Personas Jurídicas la reposición de
los libros Mayor y el de Inventarios y Balances, ambos N° uno, los
cuales fueron extraviados. Se emplaza por ocho días hábiles a partir
de la publicación a cualquier interesado a fin de oír objeciones ante
el Registro de Asociaciones.—28 de setiembre del 2016.—Licda.
Jenny Ramos González, Notaria.—1 vez.—( IN2016076394 ).
TRES-CIENTO DOS-CINCO CINCO
SIETE SIETE UNO OCHO S.R.L.
Ante la notaria Laura Coto Rojas, por medio de escritura
pública número 66-VIII, otorgada en Guanacaste a las 9:00 horas
del 19 de octubre del 2016, se solicita la reposición del libro de
Asamblea General y Registro de Socios de la sociedad Tres-ciento
dos-cinco cinco siete siete uno ocho S.R.L., cédula jurídica 3-10257718, en razón de haberse dañado el tomo primero de dichos
libros.—Guanacaste, 19 de octubre del 2016.—Licda. Laura Coto
Rojas, Notaria.—1 vez.—( IN2016076451 ).
MOYA & ZAIGA CONSTRUCCIÓN E INGENIERÍA
SOCIEDAD ANÓNIMA
Por este medio se hace saber del extravío de los libros
de Actas de Asamblea de Socios, Registro de Socios y
Actas de Junta Directiva de Moya & Zaiga Construcción e
Ingeniería Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento
uno-seiscientos setenta y seis mil quinientos noventa. Se
emplaza a partir de la publicación a cualquier interesado a fin
de oír objeciones en el domicilio de la sociedad.—San José,
veintinueve de setiembre del dos mil dieciséis.—Andrés
Zúñiga Rivera, Secretario.—1 vez.—( IN2016076491 ).
ALMACENAMIENTO FUMIGACIÓN Y EXPORTACIÓN
AFE SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
En escritura cincuenta y cuatro, tomo cuarto del protocolo
de la suscrita notaria a las diecisiete horas del once de octubre del
año en curso, solicita la sociedad Almacenamiento Fumigación
y Exportación AFE Sociedad de Responsabilidad Limitada,
cédula jurídica número tres-ciento dos-seiscientos cuarenta y
ocho mil trescientos ochenta y nueve, la reposición por extravió
de los libros de asambleas de socios uno, junta directiva uno
y registro de socios uno.—Atenas, dieciocho de octubre del
dos mil dieciséis.—Licda. Natalia Carolina Espinoza Cháves,
Notaria.—1 vez.—( IN2016076499 ).
CONDOMINIO AVICENIA NÚMERO CIENTO DOS
SATURNO SOCIEDAD ANÓNIMA
Byron Campos Umaña, mayor, soltero, empresario, cédula
cinco-trescientos cuarenta y ocho-quinientos ochenta y nueve,
vecino de Liberia, Guanacaste, en su condición de presidente
y secretario apoderado generalísimo sin límite de suma de
Condominio Avicenia número ciento dos Saturno Sociedad
Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-trecientos siete mil
setecientos diecisiete, comunica que va a realizar la reposición de
los tomo uno del libro uno de Actas de Asamblea y el tomo uno del
libro uno de Registro de Accionistas y Consejo de Administración
de mi representada en razón de haberse extraviado los mismos.—
Liberia, Guanacaste, a las 10:00 horas del 6 de octubre de 2016.—
Byron Campos Umaña, Presidente y Apoderado Generalísimo sin
Límite de Suma.—1 vez.—( IN2016076502 ).
TIENDAS SIETE SIETE SIETE SOCIEDAD ANÓNIMA
Ante esta notaría se hace de conocimiento público el
extravío de los tres libros sociales de la sociedad Tiendas Siete
Siete Siete Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-338090 de
La Gaceta Nº 211 — Jueves 3 de noviembre del 2016
los cuales se procederá a la reposición. Cualquier persona que
tenga interés o reclamo a la reposición de estos libros deberá
notificarlo a la sociedad en su domicilio social, ubicado en la
ciudad de Cartago, frente a la escuela Jesús Jiménez. Es todo.—
San José, 18 de octubre del 2016.—Lic. Andrés Oviedo Sánchez,
Notario.—1 vez.—( IN2016076509 ).
ASOCIACIÓN MISIÓN INTERNACIONAL
DE JESUCRISTO NUEVA JERUSALÉN
Yo, Darwin Herrera Collins, de nacionalidad nicaragüense,
cédula de residencia número 155800629704, en mi calidad
de presidente y representante legal de la Asociación Misión
Internacional de Jesucristo Nueva Jerusalén, cédula jurídica N°
3-002-404389, solicito al Departamento de Asociaciones del
Registro de Personas Jurídicas, la reposición de los libros: Actas de
Asamblea General uno, Actas de Órgano Directivo uno, Registro de
Asociados uno, Diario uno, Mayor uno, Inventarios y Balances uno,
los cuales fueron extraviados. Se emplaza por ocho días hábiles a
partir de la publicación a cualquier interesado a fin de oír objeciones
ante el Registro de Asociaciones.—San José, a las ocho horas del
diez de octubre del dos mil dieciséis.—Darwin Herrera Collins,
Presidente.—1 vez.—( IN2016076530 ).
EEDC EVENTOS ESPECIALES DE OCCIDENTE
SOCIEDAD ANÓNIMA
Yo, Celia Moreira Villalobos, cédula dos-cuatro tres
cuatro-siete cero nueve; presidente con facultades de apoderada
generalísima sin límite de suma de EEDC Eventos Especiales de
Occidente Sociedad Anónima, con domicilio en San José, avenida
segunda calle nueve cien metros al norte de la Iglesia de La Soledad,
cédula jurídica tres-ciento uno-dos cuatro cuatro uno cero siete;
solicito al Registro Nacional la reposición de los libros de: Registro
de Socios, Actas de Asambleas de Socios y Actas de Consejo de
Administración, números: uno, los cuales fueron extraviados. Se
emplaza por ocho días hábiles a partir de la publicación a cualquier
interesado a fin de oír objeciones ante el Registro Nacional.—
Alajuela, 14 de octubre del 2016.—Celia Moreira Villalobos,
Notaria.—1 vez.—( IN2016076560 ).
ASOCIACIÓN DE VOLUNTARIOS PARA EL SERVICIO
EN LAS ÁREAS PROTEGIDAS
Yo, Gilberto Carvajal Gutiérrez, cédula de identidad número
1-0664-0521 en mí calidad de presidente y representante legal
de la Asociación de Voluntarios para el Servicio en las Áreas
Protegidas, cédula jurídica 3-002-098217 solicito al Departamento
de Asociaciones del Registro de Personas Jurídicas la reposición
de los libros Diario Nº 1, Mayor Nº 1. Inventarios y Balances Nº 1,
Registro de Asociados N° 1 y Actas del Órgano Directivo Nº 2, los
cuales fueron extraviados. Se emplaza por ocho días hábiles a partir
de la publicación a cualquier interesado a fin de oír objeciones ante el
Registro de Asociaciones.—San losé, 19 de octubre del 2016.—Róger
Trejos Sánchez, Director General.—1 vez.—( IN2016076574 ).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
A las diez horas del día veintiocho de Abril, dos mil dieciséis,
protocolicé acta de Basilic S.A, en que se disminuye el capital
preferente mediante reembolso a los socios; asimismo se liquida y
disuelve la sociedad.—Veintinueve de setiembre, dos mil dieciséis.—
Licda. Jimena Ramírez Meza, Notaria.—( IN2016069280 ).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 16:00 horas
del 16 de agosto del 2016, se protocolizó acta de asamblea general
extraordinaria de accionistas de la sociedad Productos de Concreto
S. A., cédula N° 3-101-4016. Se reforma cláusula quinta de los
Estatutos Sociales.—San José, 05 de octubre del 2016.—Licda.
Alejandra Montiel Quirós, Notaria.—( IN2016075508 ).
NOTIFICACIONES
HACIENDA
DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS
RES-APB-DN-AP-033-2016.—Aduana Peñas Blancas, La
Cruz, Guanacaste, al ser las nueve horas treinta y nueve minutos
del seis de setiembre del dos mil dieciséis. La administración
inicia de oficio procedimiento ordinario en contra del señor José
Pág 47
Guillermo Quesada Móvil Pasaporte 199834982 en su calidad de
propietario del vehículo placa de Guatemala M0809CCP, marca
KAWASAKI, modelo KLE650A9F, color azul, estilo motocicleta,
VIN JKALEEA149A033913, número de motor ER650AE104509
con tarjeta de circulación No. 118294 de Guatemala , decomisado
mediante acta de decomiso APB-DT-316-2016 del 28/07/2016
por presumirse que no fue sometida a control aduanero al no tener
documentación que ampare su situación legal en el país.
Resultando:
1º—Que a fecha 22/07/2016 la Aduana de Peñas Blancas emite
el Certificado de Importación Temporal de Vehículos Para Fines No
Lucrativos N° 119978-2016, siendo el titular del Permiso el señor
José Guillermo Quesada Móvil Pasaporte 199834982 en su calidad
de propietario del vehículo placa de Guatemala M0809CCP, marca
Kawasaki, modelo KLE650A9F, color azul, estilo motocicleta, Vin
JKALEEA149A033913, número de motor ER650AE104509 con
tarjeta de circulación No. 118294 de Guatemala, aplicando Acuerdo
Regional Ley 3110, sea un mes de vigencia, Certificado suscrito por
el funcionario aduanero y el titular del Certificado. No quedando
registrado ningún otro conductor autorizado. Siendo finalizado por
la parte dicho certificado a fecha 23/07/2016 en la Aduana de Paso
Canoas por motivo de salida del país (Folios 01, 02 y 24).
2º—Que a fecha 28/07/2016 funcionarios de esta aduana
decomisaron al señor José Guillermo Quesada Móvil Pasaporte
199834982, mediante Acta de Decomiso N° APB-DT-316-2016
el vehículo placa de Guatemala M0809CCP, marca Kawasaki,
modelo KLE650A9F, color azul, estilo motocicleta, Vin
JKALEEA149A033913, número de motor ER650AE104509 con
tarjeta de circulación N° 118294 de Guatemala, en las instalaciones
de esta aduana al no tener su conductor la documentación que
ampare su ingreso al país (Folios 01-08). Asimismo también le
decomisaron la tarjeta de circulación 118294 de Guatemala de dicho
vehículo (Folio 06).
3º—El vehículo decomisado fue ingresado al Depositario
Aduanero Peñas Blancas código A235 bajo el movimiento de
inventario No. 32730-2016 (folio 28) a nombre de Jose Guillermo
Quesada Móvil Pasaporte 199834982 y puesto a las órdenes de esta
aduana.
4º—Que sobre dichas actuaciones la Sección Técnica
Operativa de esta aduana remite a fecha 10/08/2016 al Departamento
de Normativa de esta aduana el informe APB-DT-330-2016 sobre
el presente decomiso en razón de que no portaba documentación
que demostrara su situación legal en el país. Asimismo remite el
criterio técnico sobre el cálculo del monto de la obligación tributaria
aduanera al que estaría eventualmente afecto, donde determinan
que le corresponde por concepto de obligación tributaria aduanera
el monto de ¢880.659,75 más timbres de ley, asimismo que al
momento de su decomiso no se encuentra declarado en ningún
régimen aduanero, dicho monto se desglosa:
Vehículo marca Kawasaki, modelo Versys LE 650 A, color azul,
estilo motocicleta, vin número JKALEEA149A033913, número de
motor ER650AE104509, placas de Guatemala M0809CCP, tarjeta
de circulación número 118294, clase tributaria 2439552 con un
valor de importación de ¢1.516.110,00 al tipo de cambio dólar de
los EE.UU venta ¢554,16 de fecha decomiso 28/07/2016 dando
como resultado US$2735,87, partida arancelaria 87.11.40.90.30,
total a pagar ¢880.859,75 más timbres de ley.
Impuesto Selectivo
Ley 6946
Ventas
Total de Impuestos
¢530.638,40
¢15.161,10
¢335.060,25
¢880.859,75
5º—Que a la fecha del día de hoy la parte no ha cancelado los
impuestos al vehículo decomisado.
6º—Que esta administración considera necesario el proceder
a través de un eventual procedimiento ordinario, el determinar
la procedencia de efectuar el cobro de impuestos al que estaría
eventualmente afecto el vehículo decomisado y que se encuentra
ingresado en el Depositario Aduanero Peñas Blancas código A235
bajo el movimiento de inventario 22037-2015 y bajo las ordenes de
esta aduana al presumirse que dicho vehículo no fue sometido a las
formalidades de ley a su ingreso al país.
Pág 48
La Gaceta Nº 211 — Jueves 3 de noviembre del 2016
7º—Que en el presente procedimiento se han observados las
prescripciones de ley.
Considerando:
1. Régimen legal aplicable: Que esta aduana tiene competencia
para ejercer el control aduanero sobre el cumplimiento de las
disposiciones de esta Ley, sus reglamentos y las demás normas
reguladoras de los ingresos o las salidas de mercancías del
territorio nacional, así como de las personas físicas o jurídicas
que intervienen en las operaciones de comercio exterior. Lo
anterior de conformidad con los artículos 22, 23, 24, 62,
68, 165, 166, 168, 196, 234 de la Ley General de Aduanas,
artículos 35, 35 bis, 320, 321 y 322 43 de su Reglamento,
artículos 6,7,9,97,98 del CAUCA.
2. Objeto del procedimiento: Que se procede a determinar la
procedencia de dar inicio a un procedimiento administrativo
ordinario de cobro de la obligación tributaria aduanera
en contra del señor Jose Guillermo Quesada Móvil
Pasaporte 199834982 en su calidad de propietario del
vehículo placa de Guatemala M0809CCP, marca Kawasaki,
modelo KLE650A9F, color azul, estilo motocicleta, Vin
JKALEEA149A033913, decomisado por la Sección Técnica
Operativa de esta aduana mediante acta APB-DT-316-2016,
en razón de no haber sido sometido a las formalidades de ley
al momento de su ingreso al país.
3. Competencia de gerencia: Que de acuerdo con los artículos
13, 24 de la Ley General de Aduanas y los artículos 34, 35
y 36 del Decreto N° 32481-H, las Aduanas son las unidades
técnico administrativas con competencia territorial, siendo
una de sus atribuciones exigir y comprobar los elementos
que determinen la obligación tributaria aduanera e iniciar
los procedimientos administrativos y atender las gestiones
que puedan derivarse de la entrada, permanencia y salida de
las mercancías al territorio aduanero nacional por lo que le
compete al Gerente de la Aduana emitir actos finales ante
solicitudes de devoluciones por concepto de pago en exceso
de tributos, intereses y recargos de cualquier naturaleza y
por determinaciones de la obligación aduanera. Siendo que
el Subgerente en ausencia de la Gerencia tiene sus mismas
facultades de ley conforme al artículo 35 inciso bis del
Reglamento a la Ley General de Aduana.
4. Hechos probados: Que se tienen por demostrados los
siguientes hechos de relevancia para la resolución del fondo
de la presente gestión:
Que a fecha 28/07/2016 funcionarios de esta aduana
decomisaron al señor Jose Guillermo Quesada Móvil Pasaporte
199834982, mediante Acta de Decomiso N° APB-DT-316-2016
el vehículo placa de Guatemala M0809CCP, marca Kawasaki,
modelo KLE650A9F, color azul, estilo motocicleta, VIN
JKALEEA149A033913, número de motor ER650AE104509 con
tarjeta de circulación No. 118294 de Guatemala, en las instalaciones
de esta aduana al no tener su conductor la documentación que
ampare su ingreso al país (Folios 01-08). Asimismo también le
decomisaron la tarjeta de circulación 118294 de Guatemala de dicho
vehículo (Folio 06).
Siendo que en dicha tarje de circulación que equivale al título
de propiedad consta que el propietario del mismo es el señor José
Guillermo Queda Móvil Pasaporte 199834982.
El vehículo decomisado fue ingresado al Depositario
Aduanero Peñas Blancas código A235 bajo el movimiento de
inventario N° 32730-2016 (folio 28) a nombre de Jose Guillermo
Quesada Móvil Pasaporte 199834982 y puesto a las órdenes de esta
aduana.
Que sobre dichas actuaciones la Sección Técnica Operativa
de esta aduana remite a fecha 10/08/2016 al Departamento de
Normativa de esta aduana el informe APB-DT-330-2016 sobre
el presente decomiso en razón de que no portaba documentación
que demostrara su situación legal en el país. Asimismo remite el
criterio técnico sobre el cálculo del monto de la obligación tributaria
aduanera al que estaría eventualmente afecto, donde determinan
que le corresponde por concepto de obligación tributaria aduanera
el monto de ¢880.659,75 más timbres de ley, asimismo que al
momento de su decomiso no se encuentra declarado en ningún
régimen aduanero, dicho monto se desglosa:
Vehículo marca Kawasaki, modelo Versys le 650 a, color azul,
estilo motocicleta, Vin número JKALEEA149a033913, numero de
motor ER650AE104509, placas de Guatemala M0809CCP, tarjeta
de circulación número 118294, clase tributaria 2439552 con un
valor de importación de ¢1.516.110,00 al tipo de cambio dólar de
los EE.UU venta ¢554,16 de fecha decomiso 28/07/2016 dando
como resultado US$2735,87, partida arancelaria 87.11.40.90.30,
total a pagar ¢880.859,75 más timbres de ley.
Impuesto Selectivo
¢530.638,40
Ley 6946
¢15.161,10
Ventas
¢335.060,25
Total de Impuestos
¢880.859,75
Que a la fecha del día de hoy la parte no ha cancelado los
impuestos al vehículo decomisado. Asimismo se demuestra que
al momento de su decomiso no se encuentra declarado en ningún
régimen aduanero.
V.—Aspectos de fondo: Que de conformidad con el artículo
68 y 109 toda mercancía bajo control aduanero que ingrese o salga
del país deberá de declarar un régimen aduanero, entendiendo
como tal la destinación de la mercancía. Asimismo las mercancías
que no hayan cumplido las formalidades legales de importación
o internación ni los derechos transmitidos sobre ellas, quedarán
afectas al cumplimiento de la obligación tributaria aduanera y
demás cargos. Sobre este eventual cobro el Estado tiene derecho de
prelación.
Que a la fecha del día de hoy no consta registro sobre
declaración de régimen aduanero de la mercancía decomisada,
que ampare su permanencia dentro del país según así determina
la Sección Técnica Operativa de esta aduana en el criterio técnico
APB-DT-330-2016 (Folio 08), es decir que dicha mercancía no se
encuentra declarada en ningún régimen aduanero que le permita
poder circular en el interior del país.
Siendo necesario la apertura de un procedimiento ordinario
tendiente al cobro de la obligación tributaria aduanera en contra su
legítimo propietario, ya que con las mercancías se responde directa
y preferentemente al físico por los tributos, las multas y los demás
cargos que causen y que no hayan sido cubiertos ( artículo 71 Ley
General de Aduanas) a efectos de determinar la verdad real de los
hechos que se presumen en relación al supuesto incumplimiento de
las formalidades de importación al no haberlas sometidas a control
aduanero para la declaratoria de un régimen aduanero (importación
definitiva, transito aduanero, etc, artículo 109-110 LGA).
Sobre este eventual cobro el Estado tiene derecho de prelación.
Estando establecida dicha obligación y derecho de cobro de la
obligación tributaria aduanera dentro de los artículos 68 y 109 de la
Ley General de Aduanas. Por lo que dicho impedimento no es una
excusa de la parte para no dar cumplimiento a dichas formalidades
de importación o internamiento.
Que de comprobarse que lo anterior, dicha mercancía estaría
afecta al pago de la obligación tributaria aduanera por la suma de
¢880.859,75 más timbres de ley según clase tributaria 2439552,
partida 87.11.40.90.30, valor importacón $1.516.110,00, tipo de
cambio de fecha ¢554,16 de fecha del decomiso: 28/07/2016),
determinándose la procedencia de la apertura de un procedimiento
ordinario tendiente al cobro de la obligación tributaria aduanera
en contra su legítimo propietario, ya que con las mercancías se
responde directa y preferentemente al físico por los tributos, las
multas y los demás cargos que causen y que no hayan sido cubiertos
( artículo 71 Ley General de Aduanas) a efectos de determinar la
verdad real de los hechos que se presumen en relación al decomiso
de dicha mercancía. Dicha suma se determinó conforme al criterio
técnico emitido por el Departamento Técnico de esta aduana: APBDT-330-2016, suma que se desglosa de la siguiente forma:
Vehículo marca Kawasaki, modelo Versys le 650 a, color azul,
estilo motocicleta, Vin número JKALEEA149A033913, numero de
motor ER650AE104509, placas de Guatemala m0809ccp, tarjeta de
circulación número 118294, clase tributaria 2439552 con un valor
de importación de ¢1.516.110,00 al tipo de cambio dólar de los
EE.UU venta ¢554,16 de fecha decomiso 28/07/2016 dando como
resultado US$2735,87, partida arancelaria 87.11.40.90.30, total a
pagar ¢880.859,75 más timbres de ley.
La Gaceta Nº 211 — Jueves 3 de noviembre del 2016
Impuesto Selectivo
¢530.638,40
Ley 6946
¢15.161,10
Ventas
¢335.060,25
Total de Impuestos
¢880.859,75
Con fundamento en las anotadas consideraciones de hecho y
derecho y con base en las facultades otorgadas por ley a Gerencia,
conforme a los artículos 24, 36, 62, 59, 102 ,192 y 196 de la Ley
General de Aduanas, 35,35 bis y 525 de su Reglamento, se resuelve:
Iniciar procedimiento ordinario contra José Guillermo Quesada
Móvil Pasaporte 199834982 en su calidad de propietario del
vehículo marca Kawasaki, modelo Versys LE 650 A, color azul,
estilo motocicleta, Vin número JKALEEA149A033913, numero
de motor ER650AE104509, placas de Guatemala M0809CCP,
tarjeta de circulación número 118294, clase tributaria 2439552,
decomisado por funcionarios de la Sección Técnica Operativa de
esta aduana mediante acta APB-DT-316-2016 del 28/07/2016, que
se ubica actualmente en el Depositario Aduanero Peñas Blancas
código A235 bajo el movimiento de inventario 32730-2016 ,
tendiente a determinar: 1) La procedencia del cobro de la obligación
tributaria ¢ 880.859,75 (ochocientos ochenta mil ochocientos
cincuenta y nueve colones con 75/100) más timbres de ley como
impuestos dejados de percibir por el Estado, ya que se presume
que el propietario de la mercancía decomisada mediante acta de
decomiso No. APB-DT-316-2016: vehículo marca Kawasaki,
modelo Versys LE 650 a, color azul, estilo motocicleta, Vin número
JKALEEA149A033913, numero de motor ER650AE104509,
placas de Guatemala M0809CCP, tarjeta de circulación número
118294, clase tributaria 2439552 , no cumplió con las formalidades
de importación al no haberlas sometidas a control aduanero para la
declaratoria de un régimen aduanero. Siendo que de comprobarse
el anterior presupuesto, existiría un adeudo a favor del Fisco, por
la suma de ¢ 880.659,75 (ochocientos ochenta mil ochocientos
cincuenta y nueve colones con 75/100) más más timbres de ley
suma que en el cuadro siguiente se desglosa. 2. Siendo que de
comprobarse el anterior presupuesto, existiría un adeudo a favor
del Fisco, por la suma de ¢880.859,75 más timbres de ley, que se
desglosa de acuerdo a lo siguiente:
Vehículo marca Kawasaki, modelo Versys le 650 a, color azul,
estilo motocicleta, Vin numero JKALEEA149A033913, número de
motor ER650AE104509, placas de Guatemala M0809CCP, tarjeta
de circulación número 118294, clase tributaria 2439552 con un
valor de importación de ¢1.516.110,00 al tipo de cambio dólar de
los EE.UU venta ¢554,16 de fecha decomiso 28/07/2016 dando
como resultado US$2735,87, partida arancelaria 87.11.40.90.30,
total a pagar ¢880.659,75 más timbres de ley
Impuesto Selectivo
¢530.638,40
Ley 6946
¢15.161,10
Ventas
¢335.060,25
Total de Impuestos
¢880.859,75
III.—Que de conformidad con el artículo 196 de la Ley
General de Aduanas se otorga un plazo de 15 días hábiles
posteriores a la notificación de la presente resolución, para que se
refiera a los hechos que se atribuyen en esta y presente por escrito
sus alegatos, ofrezca y presente en el mismo acto toda la prueba
que estime pertinente ante esta aduana. Asimismo, deberá señalar
lugar o medio para notificaciones, bajo apercibimiento de que en
caso de omisión o si el lugar o medio señalado fuera impreciso o
no existiere, las futuras notificaciones se tendrán por notificadas
veinticuatro horas después de emitida. Se pone a su disposición el
expediente administrativo DN-APB-130-2016 levantado al efecto,
mismo que puede ser leído, consultado y fotocopiado en la Aduana
de Peñas Blancas. Notifíquese a José Guillermo Quesada Móvil
Pasaporte 199834982 en su calidad de propietario, por medio de una
única publicación en el Diario Oficial La Gaceta, por desconocerse
su domicilio actual de conformidad con el artículo 194 inciso e) de
la Ley General de Aduanas, en cuyo caso se tendrá por efectuada
al quinto día hábil posterior a esa publicación y Sección Técnica
Operativa.
MBA Yonder Alvarado Zúñiga, Gerente.—1 vez.—O. C. N°
3400028679.—Solicitud N° 68215.—( IN2016076292 ).
Pág 49
JUSTICIA Y PAZ
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
Resolución acoge cancelación
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Ref: 30/2016/28502.—Consorcio Comex S. A. de C.V., Grupo
Agroindustrial Numar Sociedad Anónima. Documento: Cancelación
por falta de uso (Interpuesta por GRUPO AGROINDU). Nro y fecha:
Anotación/2-97554 de 23/06/2015. Expediente: 1998-0004235
Registro N° 1112 LINKS en clase 16 Marca Denominativa.—
Registro de la Propiedad Industrial, a las 08:42:49 del 26 de julio
de 2016.
Conoce este Registro la solicitud de cancelación por no uso,
interpuesta por Guiselle Reuben Hatounian, cédula de identidad
número 1-1055-0703, en su condición de apoderada especial de la
sociedad Grupo Agroindustrial Numar Sociedad Anónima, contra
el registro de la marca “LINKS”, Registro N° 111253, inscrita el
21 de diciembre de 1998 y con vencimiento el 21 de diciembre de
2018, en clase 16 internacional, para proteger: Bandas adhesivas
para la papelería o la casa, cintas adhesivas para la papelería o la
casa, materias adhesivas para la papelería o para la casa, artículos
de papelería, adhesivas, adhesivas (materias tintóreas) para la
papelería o la casa, brochas (pinceles), brochas para pintores,
apoya —manos (tientos) para pintores, rodillos de pintores de
obras de construcción, con domicilio en Boulevard Manuel Ávila
Camacho N° 138 P.H. 1 y 2, Col Lomas de Chapultepec, Delegación
Miguel Hidalgo, DF, C.P. 11560, México.
Resultando:
I.—Que por memorial recibido el 23 de junio de 2015,
Guiselle Reuben Hatounian, en su condición de apoderada especial
de la sociedad Grupo Agroindustrial Numar Sociedad Anónima,
presentó la solicitud de cancelación por falta de uso contra el registro
de la marca “LINKS”, Registro N° 111253, descrita anteriormente.
(Folios 1 al 6).
II.—Que por resolución de las 14:40:29 del 01 de octubre de
2015, el Registro de la Propiedad Industrial procede a dar traslado al
titular del distintivo marcario, a efecto de que se pronuncie respecto
a la solicitud de cancelación presentada (folio 17), dicha resolución
fue notificada al solicitante de la cancelación el 16 de octubre de
2015. (Folio 17 vuelto).
III.—Que por resolución de las 15:52:03 del 12 de enero de
2016, el Registro de la Propiedad Industrial, ordena publicar el
traslado de la cancelación en La Gaceta por tres veces consecutivas,
quedando el edicto correspondiente a disposición de las partes.
Esta resolución fue debidamente notificada el 29 de enero de 2016
(folio 18 vuelto), lo anterior en vista de la imposibilidad material de
notificar al titular marcario luego de todos los intentos posibles y en
virtud de la manifestación expresa de la accionante quien mediante
escrito adicional de fecha 14 de agosto de 2015 (folio 10), manifestó
que no conoce otro domicilio del titular, ni de su representante legal
y que en caso de no lograr la notificación en la dirección indicada se
procediera efectuar por medio de edicto.
IV.—Que por memorial de fecha 11 de mayo de 2016 el
solicitante de la cancelación aporta copia de las publicaciones
del traslado de la cancelación por no uso en el Diario Oficial La
Gaceta N° 87, 88 y 89 con fechas 06, 09 y 10 de mayo de 2016
respectivamente. (Folios 19 al 22).
V.—Que a la fecha no consta en el expediente contestación
del traslado de la cancelación por no uso.
VI.—En el procedimiento no se nota defectos ni omisiones
capaces de producir nulidad de lo actuado.
Considerando:
I.—Sobre los hechos probados.
Primero.—Que en este registro se encuentra inscrita la marca
“ LINKS”, Registro N° 111253, inscrita el 21 de diciembre de
1998 y con vencimiento el 21 de diciembre de 2018, en clase 16
internacional, para proteger: Bandas adhesivas para la papelería
o la casa, cintas adhesivas para la papelería o la casa, materias
adhesivas para la papelería o para la casa, artículos de papelería,
adhesivas, adhesivas (materias tintóreas) para la papelería o
la casa, brochas (pinceles), brochas para pintores, apoya —
manos (tientos) para pintores, rodillos de pintores de obras de
construcción, propiedad de la empresa Consorcio Comex S. A. de
Pág 50
La Gaceta Nº 211 — Jueves 3 de noviembre del 2016
C.V., con domicilio en Boulevard Manuel Ávila Camacho N° 138
P.H. 1 y 2, Col Lomas de Chapultepec, Delegación Miguel Hidalgo,
DF, C.P. 11560, México. (Folio 23).
Segundo: En este registro en fecha 23 de junio de 2015, se
solicitó la marca “LINK” , expediente 2015-5981 para proteger en
clase 16 internacional: Papel aluminio, cartón y artículos de estas
materias no comprendidos en otras clases; productos de imprenta;
material de encuadernación; fotografías; artículos de papelería;
adhesivos (pegamentos) de papelería o para uso doméstico;
material para artistas; pinceles; máquinas de escribir y artículos
de oficina (excepto muebles); material de instrucción o material
didáctico (excepto aparatos); materias plásticas para embalar (no
comprendidas en otras clases); bolsas plásticas para sándwich,
bolsas plásticas para basura y uso en general, caracteres de imprenta;
clichés de imprenta, solicitada por la empresa, Grupo Agroindustrial
Numar Sociedad Anónima, y su estatus administrativo actual es auto
suspensión de oficio. (Folio 24).
II.—Sobre los hechos no probados. Ninguno relevante para
la resolución del presente asunto.
III.—Representación y facultad para actuar. Analizado el
poder especial, documento referido por el interesado en su escrito
de solicitud de la presente cancelación y que consta de folio 7
del expediente, se tiene por acreditada la facultad para actuar en
este proceso de Guiselle Reuben Hatounian, en su condición de
Apoderada Especial de la sociedad Grupo Agroindustrial Numar
Sociedad Anónima.
IV.—Sobre los elementos de prueba. Este registro ha tenido
a la vista para resolver las presentes diligencias lo manifestado por
la parte promovente en su escrito de solicitud de cancelación por
falta de uso. (Folios 1 al 6).
V.—En cuanto al Procedimiento de Cancelación. El
Reglamento de la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos, Decreto
Ejecutivo N° 30233-J, establece que una vez admitida a trámite la
solicitud de cancelación por no uso, se dará audiencia al titular
del distintivo por el plazo de un mes, el cual rige a partir del día
siguiente a la notificación de la resolución mediante la cual se le
da traslado de la solicitud de cancelación de marca; lo anterior, de
conformidad con el artículo 49 en concordancia con el numeral 8 del
Reglamento en cita.
Analizado el expediente, se observa que la resolución mediante
la cual se dio efectivo traslado de las diligencias de cancelación, se
notificó mediante edicto debidamente publicado en el Diario Oficial
La Gaceta N° 87, 88 y 89 con fechas 06, 09 y 10 de mayo de 2016
respectivamente (folios 19 al 22), sin embargo a la fecha, el titular
del distintivo marcario no contestó dicho traslado.
VI.—Contenido de la Solicitud de Cancelación. De la
solicitud de cancelación por no uso interpuesta, se desprenden
literalmente los siguientes alegatos:
...mi representada presentó en esta fecha solicitud de la marca
“LINK”, en clase 16 para proteger Papel aluminio, cartón y
artículos de estas materias no comprendidos en otras clases;
productos de imprenta; material de encuadernación; fotografías;
artículos de papelería; adhesivos (pegamentos) de papelería o
para uso doméstico; material para artistas; pinceles; máquinas
de escribir y artículos de oficina (excepto muebles); material de
instrucción o material didáctico (excepto aparatos); materias
plásticas para embalar (no comprendidas en otras clases);
bolsas plásticas para sándwich, bolsas plásticas para basura y
uso en general, caracteres de imprenta; clichés de imprenta. [...]
…la empresa Consorcio Comex S. A. de C. y. tiene inscrita a
su nombre la marca “LINKS”, Registro N° 111253, inscrita el
21 de diciembre de 1998 y con vencimiento el 21 de diciembre
de 2018, en clase 16 internacional, para proteger: Bandas
adhesivas para la papelería o la casa, cintas adhesivas para la
papelería o la casa, materias adhesivas para la papelería o para
la casa, artículos de papelería, adhesivas, adhesivas (materias
tintóreas) para la papelería o la casa, brochas (pinceles),
brochas para pintores, apoya -manos (tientos) para pintores,
rodillos de pintores de obras de construcción. [...]
... la marca “LINKS” no está siendo utilizada en el mercado,
por lo que mi representada procede a presentar acción de
cancelación por falta de uso. [...]
...fundamento la presente acción de cancelación por falta
de uso en la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos y en su
Reglamento correspondiente, en el Convenio de París para la
Protección de la Propiedad Industrial, Acuerdo sobre los aspectos
de los Derechos de la Propiedad Intelectual Relacionados con el
Comercio [...]
…solicito de forma respetuosa que se acoja la presente acción
y se cancele el registro de la marca “LINKS”, inscrito a favor
de Consorcio Comexli S.A.DE C. V. registro número 111253[...]
VII.—Sobre el fondo del asunto: Analizado el expediente y
tomando en cuenta lo anterior, se procede a resolver el fondo del
asunto:
Para la resolución de las presentes diligencias de cancelación
de marca por falta de uso es de gran importancia recalcar lo dispuesto
por el Tribunal Registral Administrativo en el Voto N° 333-2007, de
las diez horas treinta minutos del quince de noviembre de dos mil
siete, que señala respecto a los artículos 42 de la Ley de Marcas y
otros Signos Distintivos lo siguiente:
...Estudiando ese artículo, pareciera que la carga de la
prueba del uso de la marca, corresponde a quien alegue esa
causal, situación realmente difícil para el demandante dado que
la prueba de un hecho negativo, corresponde a quien esté en la
posibilidad técnica o práctica de materializar la situación que se
quiera demostrar.
...Ese artículo está incluido dentro del Capítulo VI de la Ley
de Marcas, concretamente en las formas de “Terminación del
Registro de la Marca”, y entre estas causales se establecen:
control de calidad referido al contrato de licencia; nulidad del
registro por aspectos de nulidad absoluta o relativa; cancelación
por generalización de la marca; cancelación del registro por
falta de uso de la marca y renuncia al registro a pedido del titular.
...Obsérvese como este Capítulo trata como formas de
terminación del registro de la marca, tanto causales de nulidad
como de cancelación, y aquí hay que establecer la diferencia
entre uno y otro instituto. Esta diferenciación entre los efectos
que produce la cancelación y los que produce la nulidad, se
basa en el distinto significado de las causas que provocan una
y otra. Las causas de nulidad afectan al momento de registro de
la marca, implicando así un vicio originario, mientras que las
causas de cancelación, tienen un carácter sobrevenido. Al efecto
la doctrina ha dispuesto lo siguiente:
...Las prohibiciones de registro y los motivos de nulidad de
marcas van indisolublemente unidos, de tal modo que éstos
son consecuencia de aquéllas. Así, si un signo contraviene una
prohibición de registro y, a pesar de ello es inscrito, adolece de
nulidad Las causas de caducidad de la marca son extrínsecas
a la misma, se producen durante su vida legal y no constituyen
defectos ab origine del signo distintivo, a diferencia de las
causas de nulidad (Manuel Lobato. Comentario a la Ley 17/2001
de Marcas. Editorial Civitas. Páginas 206 y 887.
...Bajo esta tesitura el artículo 37 de la ya citada Ley de
Marcas, establece la nulidad de registro de una marca cuando
se “contraviene alguna de las prohibiciones previstas en los
artículos 7 y 8 de la presente ley”, sea en el caso del artículo 7,
marcas inadmisibles por razones intrínsecas (nulidad absoluta),
o en el caso del artículo 8, marcas inadmisibles por derechos
de terceros (nulidad relativa). En ambos casos el Registro de la
Propiedad Industrial, previo a la aprobación de inscripción de
una marca, debe calificar la misma a efecto de que no incurra en
las prohibiciones establecidas en los artículos dichos, ya que si
se inscribe en contravención con lo dispuesto por esas normas
legales, es una marca que desde su origen contiene una causal
que puede provocar su nulidad, ya sea del signo como tal, como
de algunos productos o servicios.
...Como ya se indicó supra, el artículo 39 que específicamente
se refiere a la cancelación del registro por falta de uso de la
marca, establece que la cancelación de un registro por falta de
uso de la marca, también puede pedirse como defensa contra:
“un pedido de declaración de nulidad de un registro de marca”.
Pues bien, el artículo 42 que establece que la carga de la prueba
del uso de la marca corresponderá a quien alegue la existencia
de la nulidad se refiere específicamente a esa causal, cuya
marca desde su origen contiene vicios que contraviene en lo que
corresponda los supuestos de los artículos 7 u 8 citados, cuya
carga probatoria corresponde a quien alega esa causal.
La Gaceta Nº 211 — Jueves 3 de noviembre del 2016
...Por lo anterior, de modo alguno ese precepto normativo
puede ser interpretado en el sentido que lo hizo el Registro, ya
que cada norma cumple una función pero desde una integración
de ella con el resto del Ordenamiento Jurídico. No es posible
para el operador jurídico y en el caso concreto analizar la
norma 42, sin haber analizado la 39 que como se estableció,
es indicativa de varios supuestos para cancelar el registro de
una marca por falta de uso y ese precepto del 42, se refiere solo
a uno de ellos, por lo que lleva razón el apelante al decir que:
“su solicitud es cancelación por no uso y no nulidad por vicios
en el proceso de inscripción.” En tal sentido este Tribunal por
mayoría, concluye que la carga de la prueba le corresponde en
todo momento al titular de la marca.
En virtud de esto, en el caso de las cancelaciones por falta
de uso la carga de la prueba corresponde al titular marcado, en
este caso a la empresa Consorcio Comex S. A. de C.V., que por
cualquier medio de prueba debe de demostrar la utilización de la
marca “LINKS”, Registro N° 111253.
Ahora bien, una vez estudiados los argumentos del solicitante
de las presentes diligencias y analizadas las actuaciones que
constan en el expediente, se tiene por cierto que la sociedad
Grupo Agroindustrial Numar Sociedad Anónima, demuestra tener
legitimación y un interés directo para solicitar la cancelación por
falta de uso, de la solicitud de inscripción de marca que se presentó
bajo el expediente 2015-5981, tal y como consta en la certificación
de folio 24 del expediente, se desprende que las empresas son
competidores directos.
En cuanto al uso, es importante resaltar que el artículo 40 de
la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos señala:
...Se entiende que una marca registrada se encuentra en uso
cuando los productos o servicios que distingue han sido puestos
en el comercio con esa marca, en la cantidad y del modo que
normalmente corresponde, tomando en cuenta la dimensión del
mercado, la naturaleza de los productos o servicios de que se
trate y las modalidades bajo las cuales se comercializan. También
constituye uso de la marca su empleo en relación con productos
destinados a la exportación a partir del territorio nacional o con
servicios brindados en el extranjero desde el territorio nacional.
...Una marca registrada deberá usarse en el comercio tal
como aparece en el registro; sin embargo, el uso de la marca de
manera diferente de la forma en que aparece registrada solo en
cuanto a detalles o elementos que no son esenciales y no alteran
la identidad de la marca, no será motivo para cancelar el registro
ni disminuirá la protección que él confiere.
... El uso de una marca por parte de un licenciatario u otra
persona autorizada para ello será considerado como efectuado
por el titular del registro, para todos los efectos relativos al uso
de la marca.
Es decir, el uso de la marca debe ser real, la marca debe
necesariamente ser utilizada en el comercio y los productos a los que
la misma distingue, deberán encontrarse fácilmente en el mercado,
además deben estar disponibles al consumidor; sin embargo, si
por causas que no son imputables al titular marcario ésta no puede
usarse de la forma establecida no se procederá a la cancelación del
registro respectivo.
Visto el expediente se comprueba que el titular de la marca
“LINKS”, Registro N° 111253, al no contestar el traslado, ni señalar
argumentos y aportar prueba que indicara a este registro el uso real
y efectivo en el mercado costarricense de su marca, tales como,
pero no limitados a, facturas comerciales, documentos contables o
certificaciones de auditoría, incumple los requisitos establecidos por
los artículos 39 y 40 de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos.
En razón de lo anterior, se concluye que dicho titular en su
momento oportuno pudo haber aportado la prueba correspondiente
para demostrar que cumple con los requisitos que exige este
ordenamiento para que su marca no sea cancelada, siendo el requisito
subjetivo: que la marca es usada por su titular o persona autorizada
para dicho efecto; el requisito temporal: que no puede postergarse
o interrumpirse su uso por un espacio de 5 años precedentes a la
fecha en la que se instauró la acción de cancelación y el requisito
material: que este uso sea real y efectivo.
Pág 51
El uso de una marca es importante para su titular ya
que posiciona la marca en el mercado, es de interés para los
competidores, porque les permite formar una clientela por medio
de la diferenciación de sus productos; para los consumidores, ya
que adquieren el producto que realmente desean con solo identificar
el signo y para el Estado, pues se facilita el tráfico comercial. Por
otra parte, el mantener marcas registradas sin un uso real y efectivo
constituye un verdadero obstáculo para el comercio ya que restringe
el ingreso de nuevos competidores que sí desean utilizar marcas
idénticas o similares a éstas que no se usan.
Siendo la figura de la cancelación un instrumento que tiene
el Registro de la Propiedad Industrial que brinda una solución
al eliminar el registro de aquellos signos que por el no uso (real,
efectivo y comprobable) generan obstáculos para el ingreso de
nuevos competidores, descongestionando el registro de marcas
no utilizadas, aproximando de esta forma la realidad formal (del
registro) a la material (del mercado) lo procedente es cancelar por no
uso la marca “LINKS”, Registro N° 111253, descrita anteriormente.
VIII.—Sobre lo Que debe ser resuelto Analizados los autos
del presente expediente, queda demostrado que el titular de la marca
“LINKS”, Registro N° 111253 al no contestar el traslado otorgado
por ley no comprobó el uso real y efectivo de su marca, por lo que para
efectos de este registro y de la resolución del presente expediente,
se tiene por acreditado el no uso de la misma, procediendo a su
correspondiente cancelación.
Por consiguiente, y de conformidad con lo expuesto debe
declararse con lugar la solicitud de cancelación por no uso,
interpuesta por Guiselle Reuben Hatounian, en su condición de
Apoderada Especial de la sociedad Grupo Agroindustrial Numar
Sociedad Anónima, contra el registro de la marca “LINKS”,
Registro N° 111253. Por tanto,
Con base en las razones expuestas y citas de la Ley de
Marcas y otros Signos Distintivos N° 7978 y de su Reglamento,
I) Se declara con lugar la solicitud de cancelación por falta de uso,
interpuesta contra el registro de la marca “LINKS”, Registro N°
1112533 en clase 16 internacional, para proteger: Bandas adhesivas
para la papelería o la casa, cintas adhesivas para la papelería o la
casa, materias adhesivas para la papelería o para la casa, artículos
de papelería, adhesivas, adhesivas (materias tintóreas) para la
papelería o la casa, brochas (pinceles), brochas para pintores,
apoya —manos (tientos) para pintores, rodillos de pintores de
obras de construcción, propiedad de la empresa Consorcio Comex
S. A. de C.V. II) Se ordena notificar al titular del signo mediante la
publicación íntegra de la presente resolución por tres veces en el
Diario Oficial La Gaceta, de conformidad con lo establecido en el
artículo 334 de la Ley General de Administración Pública; así como
el artículo 86 de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos y el 49
de su Reglamento, a costa del interesado y se le advierte que hasta
tanto no sea publicado el edicto correspondiente y su divulgación
sea comprobada ante esta Oficina 410 mediante el aporte de los
documentos que así lo demuestren, no se cancelará el asiento
correspondiente. Comuníquese esta resolución a los interesados, a
efecto de que promuevan los recursos que consideren oportunos, sea
el de revocatoria y/o apelación, en el plazo de tres días hábiles y cinco
días hábiles, respectivamente, contados a partir del día siguiente a la
notificación de la misma, ante esta Autoridad Administrativa, quien
en el caso de interponerse apelación, si está en tiempo, la admitirá y
remitirá al Tribunal Registral Administrativo, conforme lo dispone
el artículo 26 de la Ley de Procedimientos de Observancia de los
Derechos de Propiedad Intelectual, N° 8039. Notifíquese.—Lic.
Cristián Chinchilla Mena, Director a. í.—( IN2016076312 ).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
REGISTRO INMOBILIARIO
Se hace saber a la sociedad Los Pandas de Santa Cruz
Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-412713, representada por
Frank Trejos Fernández, cédula de identidad 3-230-722, en calidad
de anotante en la finca del Partido de Puntarenas matrícula 21072A, que en este Registro se iniciaron Diligencias Administrativas de
oficio, por traslape de planos, en virtud de lo cual esta Asesoría,
mediante resolución de las 10:50 horas del 01/10/2012, ordenó
consignar Advertencia Administrativa sobre dicha finca, y con
Pág 52
La Gaceta Nº 211 — Jueves 3 de noviembre del 2016
el objeto de cumplir con el principio constitucional del debido
proceso, por resolución de las 8:30 horas del 30/08/2016, se autorizó
la publicación por única vez de un edicto para conferirle audiencia
por el término de quince días contados a partir del día siguiente de
la publicación del edicto en el Diario Oficial La Gaceta; a efecto de
que dentro de dicho término presente los alegatos que a sus derechos
convenga, y se le previene que dentro del término establecido, debe
señalar facsímil o en su defecto casa u oficina dentro de la ciudad de
San José donde oír notificaciones, conforme al artículo 22 inciso b) del
Decreto Ejecutivo 35509 que es el Reglamento de Organización del
Registro Inmobiliario, bajo apercibimiento, que de no cumplir con
lo anterior, las resoluciones se tendrán por notificadas veinticuatro
horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá
si el lugar señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere,
conforme a los artículos 20 y 21 de la Ley Sobre Inscripción de
Documentos en el Registro Público N° 3883 de 30 de mayo de
1967 y sus reformas, el artículo 11 de la Ley de Notificaciones
Judiciales N° 8687 vigente a esta fecha, en correlación con el
artículo 185 del Código Procesal Civil. Notifíquese. (Referencia
Exp. N° 2011-810-RIM). Curridabat, 30 de agosto de 2016. Licda.
Beatriz Beita Quirós, Asesoría Jurídica.—1 vez.—O. C. N° 160047.—Solicitud N° 67792.—( IN2016076095 )
Se hace saber al señor Moisés Vidal Figueroa, en calidad de
propietario de un terreno para titular, con un área de 31 hectáreas 7.011
metros cuadrados, graficado en el plano catastrado P-4465-1973,
situado en Buenos Aires, distrito primero del cantón tercero de la
provincia de Puntarenas, que en este Registro se iniciaron diligencias
administrativas de oficio, por una inconsistencia relacionada con el
plano dicho. En virtud de lo denunciado esta Asesoría mediante
resolución de las 15:00 horas del 29/09/2015, ordenó consignar
advertencia administrativa sobre el plano, y con el objeto de cumplir
con el principio constitucional del debido proceso, por resolución
de las 10:40 horas del 30/08/2016, se autorizó la publicación por
una única vez de un edicto para conferirle audiencia al señor
mencionado, por el término de quince días contados a partir del
día siguiente de la publicación del edicto en el Diario Oficial
La Gaceta; a efecto de que dentro de dicho término presente
los alegatos que a sus derechos convenga y se le previene que
dentro del término establecido, debe señalar facsímil o en su
defecto casa u oficina dentro de la ciudad de San José donde oír
notificaciones, conforme al artículo 22 inciso b) del Reglamento
de Organización del Registro Inmobiliario, bajo apercibimiento,
que de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se tendrán
por notificadas 24 horas después de dictadas. Igual consecuencia
se producirá si el lugar señalado fuere impreciso, incierto o ya
no existiere, conforme a los artículos 20 y 21 de la Ley Sobre
Inscripción de Documentos en el Registro Público, artículo 11 de la
Ley de Notificaciones Judiciales vigente a la fecha, en correlación
con el artículo 185 del Código Procesal Civil. Notifíquese.
(Referencia exp. 2015-2082-RIM).—Curridabat, 30 de agosto del
2016.—Licda. Beatriz Beita Quirós, Asesoría Jurídica.—1 vez.—O.
C. N° 16-0047.—Solicitud N° 67798.—( IN2016076099 ).
CAJA COSTARRICENSE DEL SEGURO SOCIAL
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
La suscrita Licda. Magdalena Quirós Seravalli, Jefa a. í. de
la Sucursal Caja Costarricense del Seguro Social de Fortuna de San
Carlos, mediante presente edicto por tres veces consecutivas; por
no haber sido posible notificarlos en el domicilio indicado, procede
a efectuar la siguiente notificación por publicación a los patronos y
trabajadores independientes que se detallan, de conformidad con los
artículos 240 y 241 de la Ley General de Administración Pública.
La institución le concede 5 días hábiles, para que se presenten
a normalizar su situación, caso contrario el adeudo quedará firme en
sede administrativa y se dará inicio a las acciones de cobro judicial.
Afro Centro S. A., número patronal 2-03101081550-001001, planilla adicional 03/2011, por un monto de ¢499.570,00;
ATV Adventures of Pacific S. A., número patronal 2-03101310478-
001-001, planilla adicional 10/2012, ordinarias 10/2012 a 04/2013,
otros conceptos 08/2014, por un monto de ¢2.669.124,00; Grupo
Agropecuario G & E de Costa Rica S. A., número patronal
2-03101621113-001-001, planilla ordinaria 02/2016, por un monto
de ¢71.986,00; Trans Mallys S. A., número patronal 2-03101178987001-001, planillas ordinarias 12/2011 a 04/2012, Servicios Médicos
02/2012, por un monto de ¢270.495,00; Nhorlan José McLean
Henry, número patronal 7-00017665486-001-001/999-001, planilla
ordinaria 03/2016, cuotas de trabajador independiente 04/2016 a
08/2016, por un monto de ¢185.384,00; Dieter Guerrero Gómez,
número patronal 0-00700910290-001-001, planillas ordinarias 03,
04, 05/2015, por un monto de ¢350.180,00, Xenia María Sánchez
Valverde, número patronal 0-00202890640-001-001, planillas
ordinarias 12/2009 a 04/2010, adicionales 04/2013 y 04/2015, por
un monto de ¢5.161.475,00.—Licda. Magdalena Quirós Seravalli,
Jefa a. í.—( IN2016074548 ).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
HOSPITAL MÉXICO
1. Sumas adeudadas ¢300.095,73 más intereses,
Luis Diego Ramírez Céspedes, cédula 1-1343-0312.
2.-Sumas adeudadas ¢491.597,30 más intereses,
Jorge Cascante Angulo, cédula 1-1535-0823.
3. Sumas adeudadas ¢645.362,14, más intereses,
Armando José Campos Corrales, cédula 2-0529-0545.
San José, 14 de octubre del 2016.—Unidad de Gestión Recursos
Humanos.—MSc. Luis Acuña Rojas, Jefe.—( IN2016076171 ).
FE DE ERRATAS
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
GERENCIA LOGÍSTICA
ÁREA DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS
SUBÁREA DE INSUMOS MÉDICOS
Nº 2016LN-000034-05101
(Aviso Nº 02 aclaración)
Guantes ambidextros de Nitrilo, color azul
o azul violeta, no estériles, tamaño pequeño
(equivalente 61/2)
A todos los interesados en el presente concurso se les aclara
lo siguiente:
“Guantes ambidextros de nitrilo, sin polvo, color azul o azul
violeta no estériles. Tamaño pequeño (equivalente 61/2). Se
adjunta la nueva ficha técnica versión 0038.
El resto del cartel permanece invariable.
San José, 31 de octubre 2016.—Línea de Producción de
Insumos Médicos.—Licda. Shirley Méndez Amador, Asistente.—
1 vez.—O. C. Nº 1142.—Solicitud Nº 13844.—( IN2016079313 ).
MUNICIPALIDADES
MUNICIPALIDAD DE OROTINA
El Concejo Municipal de Orotina acuerda publicar en el Diario
Oficial La Gaceta el siguiente aviso: Se corrige por error material
la fórmula referida a la tasa por aseo de vías y sitios públicos,
publicada en La Gaceta N°182 del jueves 22 de septiembre del 2016
con el fin de que se consigne correctamente: Costo del servicio +
10% de utilidad: = 271.49 costo por metro por mes Metros lineales
totales del servicio.
Kattia Ma. Salas Castro, Secretaria del Concejo.—
1 vez.—( IN2016079410 ).