MUNICIPALIDAD DE USHUAIA Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur REPUBLICA ARGENTINA BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL AÑO XXVI - Nº 125/16 – 1 DE NOVIEMBRE DE 2016 Intendente Municipal: Sr. Walter VUOTO Secretario de Coordinación de Gestión: Sr. Oscar Horacio SOUTO Secretario de Gobierno: Sr. Omar Enrique BECERRA Secretaria de Economía y Finanzas: C.P. Andrea ONTORIA Secretario de Planificación e Inversión Pública: Ing. Christian HERVIAS Secretaria de Hábitat y Ordenamiento Territorial: Sra. María Teresa FERNÁNDEZ Secretaria de la Mujer: Sra. Laura Beatriz AVILA Secretaria de Políticas Sociales, Sanitarias y Derechos Humanos: Sra. Malena Yuqueri TESZKIEWICZ Secretario de Turismo: Sr. Juan Valerio CHERAÑUK Secretaria Legal y Técnica: Dra. María Victoria VUOTO Secretario de Cultura y Educación: Sr. Nahuel Alcides MIERES Escribana General Municipal: Dra. Patricia Ivon BORLA Secretario de Medio Ambiente: Sr. Damián Alejandro DE MARCO CONCEJO DELIBERANTE Presidente: Sr. Juan Carlos PINO Vicepresidente Primero: Sr. Tomás BERTOTTO Vicepresidente Segundo: Sr. Silvio BOCCHICCHIO Concejal: Sr. Gastón AYALA Concejal: Prof. Juan Manuel ROMANO Concejal: Sr. Hugo ROMERO Concejal: Sr. Ricardo GARRAMUÑO Secretario: Dr. Eduardo Alejandro BEROLA JUZGADO ADMINISTRATIVO MUNICIPAL DE FALTAS Juez interino: Dr. Hugo Daniel MORATO SINDICATURA GENERAL MUNICIPAL USHUAIA Presidente: Ing. Martín Ariel MOREYRA Vocal: Abog. Silvina Lorena OYARZÚN SANTANA Vocal: C.P. María Teresa MONTILLA Ushuaia, 1 de noviembre de 2016 Provincia de Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur República Argentina MUNICIPALIDAD DE USHUAIA Año XXVI - N° 125/2016 página 1 1 47 “2016- Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional” USHUAIA, 07 OCT 2616 VISTO el expediente CG N° 6500/ 2016 del registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que mediante Ordenanza Municipal N° 4136, se autorizó al Departamento Ejecutivo Municipal a contratar en forma directa con las Cooperativas de Trabajo y sociedades de hechos consignadas en el Anexo 1 de la misma, siempre que cumplieran con las condiciones de encontrarse inscriptas y con carácter de regular ante la Inspección General de Justicia y que hubieran dado cumplimiento a las condiciones de la contratación. Que a fs. 05, se solicito a la Dirección de Parques y Jardines comunique sobre el servicio prestado por la Cooperativa de Trabajo Trabajadores del Sur Limitada y la necesidad operativa de mantener las mismas condiciones o no del mismo. Que a fs. 06 obra la contestación de la Dirección de Parques y Jardines informando la necesidad de continuar los servicios prestados bajo las mismas condiciones. Que a fs. 07 se adjunta informe emitido por la I.G.J. (Inspección General de Justicia) de fecha siete (7) de Septiembre de 2016, donde consta que la Cooperativa de trabajo Trabajadores del Sur, se encuentra en situación irregular. Que de fs. 11 a 43 se adjunta la documental requerida a la Cooperativa de Trabajo Trabajadores del Sur Limitada. Que a fs. 44 se adjunta copia fiel del certificado emitido por la I.G.J. con fecha seis (6) de Octubre de 2016, donde acredita que la Cooperativa de Trabajo Trabajadores del Sur Limitada se encuadra en Proceso de Regularización, modificando el estado denunciado a foja 07. Que a fs. 44 Vta. el Sr. Secretario de Coordinación de Gestión, autoriza la continuidad del tramite previa intervención de la Secretaría de Economía y Finanzas. Que a fs. 45 la Sra. Secretaria de Economía y Finanzas C.P.N. Andrea ONTORIA, no ha emitido objeciones, autorizando la continuidad de la contratación. Que, a fs. 69 se adjunta la estructura de costos emitida por la Dirección de Compras Mayores y Menores, la cual es compartida por el Sr. Secretario de Coordinación de Gestión, instruyendo la contratación por el plazo de doce (12) meses. Que, en concordancia con lo solicitado y en el marco de la Ordenanza Municipal mencionada ut supra, se autoriza la Contratación Directa con la Cooperativa de Trabajo TRABAJADORES DEL SUR LIMITADA; a fin de realizar tareas de producción floral, jardinería urbana en los diferentes espacios públicos de la ciudad y veredas, su mantenimiento y conservación; como así también la reparación general y mantenimiento en las instalaciones del Departamento de Producción Floral y Jardinería perteneciente a la Dirección de Parques y Jardines dependiente de la Subsecretaria de Servicios Públicos, por el término de doce (12) ¡/1.2.. “Las Islas Mak mas, Georgias y Sandwich de Sur, Son y Serán Argentin’es” Ushuaia, 1 de noviembre de 2016 Año XXVI - N° 125/2016 página 2 Provincia de Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur “2016-Año del Bicentenario de la Declaración de la lndependenea Nacional” RepúblicaArgentina MUNICIPALIDAD DE USHUAIA /11.2.. meses a razón de la suma de PESOS DE NOVENTA Y DOS MIL DIESCINUEVE CON 19/100 ($92.019,19) mensuales. Que el servicio, se concretará, con mano de obra y equipamiento a su cargo, desde el día diez (10) de Octubre del año 2016. Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto administrativo, de acuerdo a lo establecido en los artículos N° 152 inciso 1) y 18), de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia y Ordenanza Municipal N° 4136. Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA DECRETA ARTICULO 1°.- Autorizar la contratación directa con la Cooperativa de Trabajo TRABAJADORES DEL SUR LIMITADA, por la suma de PESOS NOVENTA Y DOS MIL DIESCINUEVE CON 19/100 ($92.019,19) mensuales, a partir del día diez (10) de Octubre de 2016, para cumplir servicio destinados a tareas de producción floral, jardinería urbana en los diferentes espacios públicos de la ciudad y veredas, su mantenimiento y conservación; como así también la reparación general y mantenimiento en las instalaciones del Departamento de Producción Floral y Jardinería perteneciente a la Dirección de Parques y Jardines dependiente de la Subsecretaria de Servicios Públicos, con su respectivo equipamiento a su cargo, la cual se encuentra inscripta y en condición regular ante la Inspección General de Justicia, por el término de DOCE (12) meses. Ello, por las razones expuestas en el exordio. ARTICULO 2°.- Autorizar a la Dirección de Compras Mayores y Menores dependiente de la Secretaria de Economía y Finanzas a suscribir la documentación respaldatoria, como así también a emitir las correspondiente Orden de Compras. Ello por lo indicado precedentemente. ARTICULO 3°.- Notificar al Concejo Deliberante de la ciudad de Ushuaia, conforme a lo previsto en el artículo 3° de la Ordenanza Municipal N°4136. ARTICULO 4°.-El gasto que demande el cumplimiento del presente deberá ser imputado a los Titulares Presupuestarios correspondientes, Partida 013. ARTICULO 5°.-Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia, Cumplido, archivar. DECRETO MUNICIPAL N° 1 /2016.- S Ad:aOFRIA Finizas 1 a de Ecoromía ‘ MurscipalldaO ca Ushuaia “Las Islas Malvinas. Georgias y Sandwich de Sur, Son y Serán Argentinas” de Ushui Ushuaia, 1 de noviembre de 2016 Año XXVI - N° 125/2016 Provincia de Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur República Argentina Municipalidad de Ushuaia página 3 “2016— Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional 13 OCT 2016 USHUAIA, VISTO el expediente S.E.. N° 6918/2016, del registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que el Presidente de la Sociedad del Estado Municipal denominada “Ushuaia Integral Sociedad del Estado”, Sr. GARRIBIA, Darío Alejandro, DNI N° 30969.315, se trasladará de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por comisión de seMcios desde el 14 al 24 de octubre del corriente año, para realizar gestiones inherentes a sus funciones. Que el suscripto ha tomado intervención autorizando lo solicitado en el Formulario Vi. Que para llevar adelante dicha comisión deviene procedente otorgar la suma total de PESOS SIETE MIL NOVECIENTOS TREINTA Y SEIS CON 04/1 00 de pasajes aéreos ida y vuelta, Ushuaia — ($ T936,04), en concepto Buenos Aires. Que en consecuencia corresponde dictar un acto administrativo, autorizando la Comisión de Servicios. Que el suscripto se encuentra facultado para dictar el presente acto administrativo, conforme a lo establecido en el artículo 152 inciso 1) y 32) de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia. Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA DECRETA ARTÍCULO 1°.- Autorizar el traslado en comisión de servicios del Presidente de la Sociedad del Estado Municipal denominada “Ushuaia Integral Sociedad del Estado”, Sr. GARRÍBIA, Darío Alejandro, DNI N° 30969.3i5, desde el 14 AL 24 de octubre del corriente año, para realizar gestiones inherentes a sus funciones en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. ARTÍCULO 2°.- Autorizar e pago de la suma de PESOS SIETE MIL NOVECIENTOS TREINTA Y SEIS CON 04/100 ($ 736,04) en concepto de pasajes aéreos ida y vuelta, Ushuaia , — Buenos Aires. Ello, por los motivos expuestos en el exordio. ARTÍCULO 3°.- Imputar la suma indicada en el Artículo 2° con cargo al titular presupuestario: Secretaria de Economía y Finanzas - Partida 13. ARTÍCULO 4°.- Comunicar. Dar co:a al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia para su publicación. Cumplido, archiva, 475 DECRETO MUNICIPAL N° /2016.- VP / /• 1 ¿ /‘ / ‘‘c o. ri. SQJ i/ Sec. Cc. c6n c c “Las Islas Malvina Georgia y Sándwich del Sur son y serán argentinas” Ushuaia, 1 de noviembre de 2016 Año XXVI - N° 125/2016 Provincia de Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur =República Argentina= Municipalidad de Ushuaia página 4 “2016-Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional USHUAIA, 14 OCI 2[i1 VISTO el expediente N° CD-6942/2016 del registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que mediante el mismo tramita la promulgación de la Ordenanza Municipal sancionada por el Concejo Deliberante de esta ciudad, en segunda jornada del día 28/09/2016 correspondiente a la octava sesión ordinaria del día 21/09/2016, por medio de la cual se sustituye el Anexo 1 de la Ordenanza Municipal N° 3693, modificada por la Ordenanza Municipal N° 4602, de acuerdo al Anexo 1 que corre agregado a la misma; se agrega al inciso b) del artículo 97 de la Ordenanza Municipal N° 3693 el siguiente texto: y fondos permanentes “y se * modifica el punto 2 del inciso d) del articulo 110 de la Ordenanza Municipal N° 3693. Que ha tomado la intervención pertinente el Servicio Jurídico Permanente de esta Municipalidad emitiendo el Dictamen S.L y T N° 2 /2016, recomendado su promulgación. Que el suscripto comparte el criterio sustentado por ese Servicio Jurídico, encontrándose facultado para el dictado del presente acto administrativo, en atención a las prescripciones de los artículos 152 inciso 3) de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia. Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA DECRETA ARTICULO 1°.- Promulgar la Ordenanza Municipal N° 5Ii5 sancionada por el Concejo Deliberante de la ciudad de Ushuaia en segunda jornada del día 28/09/2016 correspondiente a la octava sesión ordinaria del día 21/09/2016, por medio de la cual se , sustituye el Anexo 1 de la Ordenanza Municipal N° 3693, modificada por la Ordenanza Municipal N° 4602, de acuerdo al Anexo 1 que corre agregado a la misma; se agrega al inciso b) del artículo 97 de la Ordenanza Municipal N° 3693 el siguiente texto: « y fondos permanentes “y se modifica el punto 2 del inciso d) del articulo 110 de la Ordenanza Municipal N° 3693. Ello, en virtud de lo expresado en el exordio. ARTICULO 2°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia. Cumplido, archivar. DECRETO MUNICIPAL N° 1476 /2016. / ‘1 Seccpad “Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, son y serán Argentinas” Ushuaia, 1 de noviembre de 2016 Año XXVI - N° 125/2016 J de “Mo del BieenLendrO ante concejo Deliber W 9 V N ‘L página 5 / de la la Declaración lndepefldeCIaNa4 ANEXO 1. ORDENANZA N° y Patdci FENEZ Na O D LI.L.ANT. USHUMA ADJUDICA AUTORIZA COMPRA DIRECTA (Hasta $300 000,00) CONCURSO O (Hasta $ 800000,00) SUBSECRETARÍA DE SECRETARIA DEL ÁREA REQUIRENTE SUBSECRETARÍA DE ECONOMIAY FINANZAS L1CITACION PRIVADA (Hasta $ 1 500 000,00) LICITAC1ON PUBLICA esd ‘D e $1 50000001 1 e en ade 1 ant’ ‘ SECRETARÍA DE LCONOMLAY FINANZAS SECRETARÍA DEL AREA CON SECRETARÍA DE ECONOMIAY FINANZAS SERVICIOS PUBLICOS (sm limite de montos) ECONOMAY SECRETARÍA DE ECONOMIAY FINANZAS SECRETARÍA DEL AREA CON LA SECRETARiA DE ECONOMIAY FINANZAS INTENDENTE APRUEBA SECRETARIA DE FINANZAS SECRETARIA DE ECONOMIAY FINANZAS SECRETARÍA DE ECONOMIAY FINANZAS SECRETARIA DE ECONOMIAY FINANZAS SECRETARIA DE ECONOMIA Y FINANZAS O LOSPlN OCIO fleIiberwt’ 1 i , Georgias “Las Islas Malvinas Sur, son y seran y Sandwich del Argentinas” Ushuaia, 1 de noviembre de 2016 : Concejo De(iberan te ¿e ía Ciudad de ‘Ushuaia Año XXVI - N° 125/2016 página 6 CO’i FIEL D ORIGINAL Cr)NCEJO ELIBERANTIJUA,A pendencia Nacional.” “Aio del Bicentenario de la Declaración de la Inde 18 7/2009 çj L COWC’fEIO CJXELIfNnItE VsPV)II)l (DE Lj4 cIVD SWCIW’íJ4 COWVZ4 ØE OJ4NZ)I Municipal N°3693, modificada ARTÍCULO 1°.- SUSTITUIR el Anexo 1 de la Ordenanza o 1 que corre agregado a la por la Ordenanza Municipal N° 4602, de acuerdo al Anex presente. 97 de la Ordenanza Municipal N° ARTÍCULO 2°.- AGREGAR al inciso b) del artículo 3693 el siguiente texto: “y fondos permanentes”. del artículo 110 de la Ordenanza ARTÍCULO 3°.- MODIFICAR el punto 2 del inciso d) siguiente manera: “Cuando se trate Municipal N° 3693 el cual quedará redactado de Ja o luz, gas, gas envasado, agua, de servicios tarifados y/o servicios básicos com e y otros servicios de similares teléfono, telefonía celular, internet, combustibl características.” mento Ejecutivo Municipal para su ARTÍCULO 4°.- REGISTRAR. Pasar al Departa para su publicación y ARCHIVAR. promulgación. Dar al Boletín Oficial Municipal ‘ i ‘ ORDENANZA MUNICIPAL N° LA SEGUNDA EN SANCIONADA r . JORNADA DEL DÍA 28/09/201 6, 2016.IÓN ORDINARIA DE FECHA 21/09/ CORRESPONDIENTE A LA OCTAVA SES EROLf\ aUVO S6CÇetaO LogIO USII” e bAr.flt De ° CC Las Islas ¡Vía/cinas, Georiasj Sandwich del Sur, Ushuaia sonj serán Argentinas Ushuaia, 1 de noviembre de 2016 Provincia de lierra del Fuego Antártida e islas dci Atlántico Sur Año XXVI - N° 125/2016 “2016-Año del RepúbIica Argentina Municipalidad de Ushuaia Bicentenario USHUAIA, página 7 de la Declaraeion de la Independencia Nacional’ 14OC12 VISTO el expediente N° CD-6939/2016 del registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que mediante el mismo tramita la promulgación de la Ordenanza Municipal sancionada por el Concejo Deliberante de esta ciudad, en segunda lectura en segunda jornada del día 28/09/2016 correspondiente a la octava sesión ordinaria del día 21/09/2016, por medio de la cual se autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal a contratar una operación de préstamo comercial con el Banco Macro S.A. destinado a la adquisición de colectivos para prestar el Servicio Público de Transporte Urbano Colectivo de Pasajeros por hasta la suma de pesos treinta y cinco millones ( $ 35.000.000).; se aprueban las condiciones financieras ofrecidas por el Banco Macro S.A según se detalla en el Anexo 1 que forma parte de la misma y se autoriza a otorgar en garantía y como medio de pago del endeudamiento autorizado en el articulo 1° de la misma los recursos provenientes de la Coparticipación Provincial o régimen que lo reemplace y/o recursos propios de la Municipalidad de Ushuaia para hacer frente a las obligaciones derivadas de la operatoria. Que ha tomado la intervención pertinente el Servicio Jurídico Permanente de esta Municipalidad emitiendo el Dictamen S.L y T N° /2016, recomendado su promulgación. Que el suscripto comparte el criterio sustentado por ese Servicio Jurídico, - encontrándose facultado para el dictado del presente acto administrativo, en atención a las prescripciones de los artículos 152 inciso 3) de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia. Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA DECRETA ARTICULO 1°.- Promulgar la Ordenanza Municipal N° 5 1 1 6 cancionada por el Concejo Deliberante de la ciudad de Ushuaia en segunda lectura en segunda jornada del día . 28/09/2016 correspondiente a la octava sesión ordinaria del día 21/09/2016, por medio de la cual se autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal a contratar una operación de préstamo comercial con el Banco Macro S.A. destinado a la adquisición de colectivos para prestar el Servicio Público de Transporte Urbano Colectivo de Pasajeros por hasta la suma de pesos treinta y cinco millones ( $ 35.000.000).; se aprueban las condiciones financieras ofrecidas por el Banco Macro S.A según se detalla en el Anexo 1 que forma parte de la misma y se autoriza a otorgar en garantía y como medio de pago del endeudamiento autorizado en el articulo 1° de la misma los recursos provenientes de la Coparticipación Provincial o régimen que lo reemplace . “Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, son y serán Argentinas” Ushuaia, 1 de noviembre de 2016 Año XXVI - N° 125/2016 Provincia de Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur República Argentina= Municipalidad de Ushuaia página 8 “2016-Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional” 1/1.2.. y/o recursos propios de la Municipalidad de Ushuaia para hacer frente a las obligaciones derivadas de la operatoria. Ello, en virtud de lo expresado en el exordio. ARTICULO 2°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia. Cumplido, archivar. DECRETO MUNICIPAL N° / /2016. “Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, son y serán Argentinas” Ushuaia, 1 de noviembre de 2016 Año XXVI - N° 125/2016 página 9 L3 COPIA FIEL ( 2, y Patrici f REZ Responsbe Co di ación y Despacho Concejo fDeízberante ¿e (a Ciruftuíiíe ‘Ushuaia CflCF O 00,ERANTE USHOI 5 1 1 6 “Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional.” 237/1990 EL COJ’ícfEJO qxE L)L CIV(DD LXE vs1’-eLrnI)l srcIog’fJ4 co VEqzJ4 qq ARTÍCULO 1°.- AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo Municipal a contratar una operación de préstamo comercial con el Banco Macro S.A. destinado a la adquisición de colectivos para prestar el Servicio Público de Transporte Urbano Colectivo de Pasajeros por hasta la suma de pesos treinta y cinco millones ($35.000.000). ARTÍCULO 2°.- APROBAR las condiciones financieras ofrecidas por el Banco Macro S.A. según se detalla en el Anexo 1 que forma parte de la presente. ARTÍCULO 3°.- AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo Municipal a otorgar en garantía y como medio de pago del endeudamiento autorizado por el artículo 1° de la presente los recursos provenientes de la Coparticipación Provincial o régimen que lo reemplace y/o los recursos propios de la Municipalidad de Ushuaia para hacer frente a las obligaciones derivadas de la presente operatoria. ARTÍCULO 4°.- Los fondos del préstamo comercial serán afectados íntegramente con los fondos de los Presupuestos 2016 y sucesivos que resulten necesarios para cancelar todos y cada uno de los cánones, valor residual, como así también todo importe que usualmente corresponda abonar en la operatoria de crédito aprobada. ARTÍCULO 5°.- OTORGAR poder especial a favor de la Contaduría General de la Provincia, a fin de que, a pedido del Banco Macro S.A., proceda a retener de los Fondos Coparticipables los montos que correspondan hasta la suma comprometida, con el objeto de hacer efectiva la garantía y el medio dispuesta en el artículo 3°. ARTÍCULO 6°.- En caso que el empréstito, Sociedad del Estado, no funcione, el De artamento Ejecutivo Municipal deberá llamar a licitación en un plazo de un (1) año. — - —fs Islas Malvinas, Geoiasy Sandwich del Sur, sonj serán A7genhinas f Ushuaia, 1 de noviembre de 2016 Año XXVI - N° 125/2016 página 10 ARTÍCULO 7°.- FACULTAR al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir los contratos y demás documentación que fuera menester a fin de dar cumplimiento a la presente ordenanza. ARTÍCULO 8°.- REGISTRAR. Pasar al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación. Dar al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVAR. ORDENANZA MUNICIPAL N° 5 1 1 6 SANCIONADA EN SEGUNDA LECTURA EN LA SEGUNDA JORNADA DEL DÍA 28/09/2016, CORRESPONDIENTE A LA OCTAVA SESIÓN ORDINARIA DE FECHA 21/09/2016.- ¿— E. ALEDRO 8ERO Secetaro Legilauvo ushuaia Cancelo Deliberan 6 Concelo Deliberante de Ushuaia Ushuaia, 1 de noviembre de 2016 Año XXVI - N° 125/2016 página 11 ES CORA FEL DL CONCEJO DELIdFRAN USHUA Concejo De(i6erante ¡fe [a Ciuéadde ‘Ushuaia “Año del Bicentenario de la Declaración de ¡a Independencia Nacon,d.” ANEXO 1----— — ORDENANZA MUNICIPAL N° VENCIMIENTO FINAL: la FacHidad tendrá su vencimiento final (el “vencimiento final”) a los treinta y seis (36) meses contados a partir de la fecha del desembolso. GRACIA DE CAPITAL: seis (6) meses. AMORTIZACIÓN: el capital de la Facilidad será cancelado en treinta (30) cuotas mensuales iguales y consecutivas, contados a partir del mes siete (inclusive) desde la fecha de desembolso. MARKET FLEX: si durante el período comprendido entre la aceptación de la propuesta y la suscripción de la documentación de la Facilidad existiera un cambio en las condiciones de mercado para este tipo de operaciones que hiciera necesario, según el razonable criterio del organizador, modificar la tasa de interés (según se define más adelante), éste podrá ser modificado a fin de adecuarse a tales nuevas condiciones de mercado; estableciéndose, sin embargo, que el municipio podrá dar por terminada la propuesta en caso de no estar conforme con el nuevo margen aplicable. TASA DE INTERÉS: la Facilidad devengará intereses compensatorios sobre saldos pendientes de pago, siendo los mismos pagaderos en forma mensual y por período vencido, a una tasa compensatoria del veintisiete por ciento (27%) para los primeros doce (12) meses. Para los veinticuatro (24) meses restantes Facilidad devengará intereses compensatorios sobre saldos pendientes de pago a una tasa compensatoria equivalente a la tasa de referencia más cuatro coma noventa por ciento (4,90%) nominal anual (el “margen aplicable”). Los intereses compensatorios serán calculados desde la fecha de desembolso y hasta la fecha en que el Municipio haga íntegra y efectiva devolución del monto de la Facilidad. TASA DE REFERENCIA: la “Tasa de Referencia” (“TR”) será determinada por la siguiente fórmula: KrR=[TRSC — (EM * RRML) * (1 - IIBB) + SEDESA] / [(1 — EM) * (1 Las ls/as Ala/cinas, Georiasj Sandwich del Sur, sonj senín Argeniina.r //L — IIBB)} Ushuaia, 1 de noviembre de 2016 Año XXVI - N° 125/2016 página 12 Donde: • “TRSC” es la tasa de referencia sin corregir, equivalente al promedio aritmético simple de los valores de Tasas BADLAR disponibles desde siete (7) días hábiles anteriores a la fecha en que se comiencen a devengar los intereses de cada período de intereses, hasta ocho (8) días antes de que finalice dicho período de intereses, ambas fechas inclusive; • “EM” es el efectivo mínimo de liquidez para captaciones de plazos fijos a un plazo de veintinueve (29) días residuales, vigente al momento de cada cálculo de la TR; • “RRML” es la tasa nominal anual de remuneración de los depósitos en cuentas corrientes de las entidades financieras en el BCRA, informada diariamente por el BCRA y disponible en su página web www.bcra.govar (“requisito mínimo de liquidez”) vigente al momento de cada cálculo de la TR; • “SEDESA” es el porcentaje del promedio mensual de saldos diarios de depósitos en pesos y en moneda extranjera constituidos en las entidades financieras, que las mismas deberán destinar mensualmente al Fondo de Garantía de los Depósitos (FGD) de acuerdo a lo establecido en el Decreto N° 540/95 del Poder Ejecutivo Nacional y sus normas reglamentarias, vigente al momento de cada cálculo de la TR; e • “llBB” es la tasa correspondiente al impuesto sobre Ingresos Brutos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires vigente al momento de cada cálculo de la TR. “TASA BADLAR” es la tasa de interés publicada por el Banco Central de la República Argentina que surge del promedio ponderado de las tasas de interés pagadas por bancos privados de la República Argentina para depósitos a plazo fijos en pesos por un monto mayor a pesos un millón ($1.000.000) y por períodos de entre treinta (30) y treinta y cinco (35) días y que se publica diariamente en el ) Ushuaia, 1 de noviembre de 2016 Año XXVI - N° 125/2016 página 13 E C9 AFEL DE ORIGINAL Nan sabIe Coordic/acón I(p % 5 y Despacho 1 1 CONCEJO DELIBERANTE concejo fDeíiberante de (a Ciuéaéde ‘Ushuaia Nicznal.” “Año del Bicentenario de la Declaración de la Independiciz ANEXO ORDENANZA MUNICIPAL N° En caso de que Boletín Estadístico del Banco Central de la República Argentina. ación de dicha el Banco Central de la República Argentina suspenda la public que informe el tasa de interés (i) se considerará la tasa sustitutiva de dicha tasa existir dicha tasa Banco Central de la República Argentina, o (u) en caso de no ndo como tasa sustituta, el agente administrativo la calculará considera por los cinco representativa el promedio de tasas informadas para idéntico plazo sitos disponibles (5) primeros bancos privados según el último informe de depó publicados por el Banco Central de la República Argentina. fecha de pago de BASE DE CÁLCULO: los intereses serán calculados desde la spondiente intereses anterior (inclusive) hasta la fecha de pago de intereses corre dos y a un año (exclusive) en basé a la cantidad de días efectivamente transcurri de trescientos sesenta y cinco (365) días. ipio bajo la COMISIONES: las únicas comisiones previstas a cargo del Munic Facilidad serán las siguientes: isión de a) Comisión de Estructuración: el organizador cobrará una com de uno estructuración de la Facilidad (la “Comisión de Estructuración”) caso de coma veinticinco por ciento (1,25%) con más el IVA, en a vez. La corresponder, calculado sobre el monto de la Facilidad, por únic lso. comisión será pagadera al organizador en la fecha del desembo /,( E. AA DRO nas Ltis Islas Malvinas, Geoigiasj Sandwich del Sur, sonj seráiz Aretzti Ushuaia, 1 de noviembre de 2016 Año XXVI - N° 125/2016 USHUAIA, página 14 14 OCT 2016 VISTO el expediente N° CD-6938/2016 del registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que mediante el mismo tramita la promulgación de la Ordenanza Municipal sancionada por el Concejo Deliberante de esta ciudad, en segunda jornada del día 28/0912016 correspondiente a la octava sesión ordinaria del día 21)09/2016, por medio de la cual se crea el Programa de Responsabilidad Social tendiente a promover los comportamientos voluntarios, socialmente responsables, de las organizaciones empresariales y de la sociedad civil que canalizadas a través del Departamento Ejecutivo Municipal, contribuyen al desarrollo sostenible de la ciudad, Que ha tomado la intervención pertinente el Servicio Jurídico Permanente de esta Municipalidad emitiendo el Dictamen S.L y T N° L /2016, recomendado su promulgación. Que el suscripto comparte el criterio sustentado por ese Servicio Jurídico, encontrándose facultado para el dictado del presente acto administrativo, en atención a las prescripciones de los artículos 152 inciso 3) de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia. Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA DE CRETA ARTICULO 1°.- Promulgar la Ordenanza Municipal N° 5 ‘ 7, ancionada por el Concejo Deliberante de la ciudad de Ushuaia en segunda jornada del día 28/09/2016 correspondiente a la octava sesión ordinaria del día 21/09/2016, por medio de la cual se crea el Programa de Responsabilidad Social tendiente a promover los comportamientos voluntarios, socialmente responsables, de las organizaciones empresariales y de la sociedad civil que canalizadas a través del Departamento Ejecutivo Municipal, contribuyen al desarrollo sostenible de la ciudad. Ello, en virtud de lo expresado en el exordio. ARTICULO 2°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia. Cumplido, 1 4 78 archivar. DECRETO MUNICIPAL N° o.íçop /2016. - ut “Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, son y serán Argentinas” Ushuaia, 1 de noviembre de 2016 Año XXVI - N° 125/2016 página 15 ‘s ‘fl C00 Concejo fDe[dierante d€ (a Ciudad de ‘Ushuaia esPOfl5)te Despacho CflFCLO L,LL ANTL U AlA “Año del Bicentenario de la Declaración de la independencia Nacional.” 68/20 16 EL GOWUE.JO LIflJtE 5 1 17 YE LA CIV(DM (DL VS.PVAlA SAWCIO.qV4 rn ARTÍCULO lO. OBJETO. CREAR el Programa de Responsabilidad Social tendiente a promover los comportamientos voluntarios, socialmente responsables, de las organizaciones empresariales y de la sociedad civil que, canalizadas a través del Departamento Ejecutivo Municipal, contribuyan al desarrollo sostenible de la ciudad. ARTÍCULO 2°.- PUBLICACIÓN DE OBJETIVOS. El Departamento Ejecutivo Municipal publicará anualmente los objetivos y prioridades para le gestión municipal, de acuerdo a las necesidades de la comunidad. Los objetivos se clasificarán en: inversión social, ambiental y económica. El aspecto social se refiere a la promoción de proyectos culturales, educativos, de salud, participación ciudadana, equidad de género y todos aquellos que busquen el desarrollo sostenible del capital social y humano. El aspecto ambiental abarca la interacción con el entorno, promoviendo acciones que reduzcan la contaminación y propugnen un uso sustentable de los recursos naturales. Y el aspecto económico incluye el desarrollo de infraestructura, nuevas tecnologías y demás acciones y proyectos que promuevan las habilidades laborales y productivas. ARTÍCULO 3°.- PRESENTACIÓN DE INICIATIVAS. Las empresas o instituciones intermedias que voIuntaramente se inscriban en el Programa de Responsabilidad Social, deberán seleccionar alguno de los objetivos y prioridades fijadas por el Departamento Ejecutivo Municipal, y presentar sus iniciativas, las que serán aprobadas por la autoridad de aplicación. / Lis Islas Malvinas, Georiasj Sandwich del Sur, sony serán Aigen1inas Ushuaia, 1 de noviembre de 2016 Año XXVI - N° 125/2016 página 16 ARTÍCULO 4°.- INSTRUMENTACIÓN. Toda iniciativa enmarcada en el presente programa que desarrollen las empresas o instituciones intermedias, una vez aprobadas por la autoridad de aplicación, serán instrumentadas a través de Convenios de Responsabilidad Social, los que establecerán las condiciones particulares: objeto, plazo para su cumplimiento, responsabilidad ante el incumplimiento, y demás circunstancias relacionadas. ARTÍCULO 5°.- DISTINTIVO. Aquellas empresas e instituciones intermedias que realicen obras, actividades, proyectos y cualquier otra herramienta enmarcada en los objetivos del programa obtendrán el distintivo “Empresa Comprometida con la Responsabilidad Social”, el que tendrá una vigencia de un (1) año, pudiendo en este sentido, obtenerlo de acuerdo a distintas y progresivas categorías. El mismo será otorgado por la autoridad de aplicación. ARTÍCULO 6°.- UTILIZACIÓN. La empresa tiene el derecho de utilizar públicamente el distintivo de “Empresa Comprometida con la Responsabilidad Social”, con la identificación de la marca: “Municipalidad de Ushuaia”. ARTÍCULO 7°.- BENEFICIOS. Las Empresas que obtengan el distintivo de “Empresa Comprometida con la Responsabilidad Social” podrán acceder, de acuerdo a las pautas y categorías que oportunamente determine la autoridad de aplicación, a los siguientes beneficios: a) prioridades en las contrataciones con el Estado Municipal, cuando exista igualdad de condiciones en la oferta; b) la bonificación de hasta un diez por ciento (10%) en el pago de tributos municipales, según lo determine la reglamentación, para las empresas acreedoras del “Premio Anual” a la RS; c) contar con espacio físico a los fines que las empresas publiciten sus productos o servicios en eventos públicos de índole municipal. A tal efecto se faculta al Poder Ejecutivo a proveer los mismos; d) representar al Municipio con sus productos o servicios en las ferias nacionales e internacionales en las cuales el Municipio concurra, debiendo la reglamentación establecer modo de priorización entre las mismas. Ushuaia, 1 de noviembre de 2016 Año XXVI - N° 125/2016 OP flEL DE Concejo fDe(iberante de fa Ciudad de ‘Ushuaia onsabeC00t yDespach CflNcFiO DEL laRAN página 17 RICÍNI4L US UAIA 5 1 1 7 “Alio del Bicentenario de la Declaración de la hidependencia Nacional.” 68/2016 ncia de las ARTÍCULO 8°.- PREMIO ANUAL. Se crea el premio anual a la excele por empresas socialmente responsables, cuya reglamentación quedará formalizada deberán la autoridad de aplicación. Para acceder a este premio las empresas marco presentar sus balances, reportes o memorias, de los aportes realizados en el de los objetivos fijados por el Departamento Ejecutivo Municipal. Desarrollo ARTÍCULO 9°.- AUTORIDAD DE APLICACIÓN. La Subsecretaría de en un Económico dependiente de la Secretaría de Economía y Finanzas, o el que nza, futuro lo reemplace, será la autoridad de aplicación de la presente ordena quedando facultado para dictar su respectiva reglamentación. ad de ARTÍCULO 10.- FUNCIONES DE LA AUTORIDAD DE APLICACIÓN. La autorid aplicación tiene las siguientes responsabilidades: a) publicar los objetivos y prioridades en materia de desarrollo social, ambiental y económico de la ciudad que establezca el Departamento Ejecutivo; las b) establecer la forma de presentación, su contenido y publicación de iniciativas de las empresas y organizaciones intermedias; c) reglamentar oportunamente los requisitos de la evaluación del cumplimiento de Las iniciativas; fines d) suscribir convenios con Universidades o Institutos especializados, a los del perfeccionamiento y especialización en la materia; e) elaborar el Índice de Responsabilidad Social (IRS); la f) emitir un informe anualmente sobre el grado de implementación de vas ordenanza, las empresas y organizaciones adheridas, sus iniciati presentadas y cumplidas; y g) promover el cumplimiento de esta norma a través de la participación promoción de la misma, procurando la consolidación definitiva de la cultura de la RSE; ente h) reglamentar el premio anual a la excelencia de las empresas socialm responsables, y establecer las bases y condiciones; s Islas Malvinas, Geoiasj Sandwi’h del Sur, sonj serán A,enrinas Ushuaia, 1 de noviembre de 2016 Año XXVI - N° 125/2016 página 18 i) otorgar el distintivo “Empresa Comprometida con la Responsabili dad Social” de acuerdo a las pautas establecidas en el presente; j) evaluar el otorgamiento de los beneficios acordados en el artículo 7° de la presente. CLÁUSULA TRANSITORIA: AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo Municipal a aceptar incorporar al Programa de Responsabilidad Social a crearse por esta ordenanza las iniciativas propuestas por empresas o instituciones en desarrollo o a desarrollarse durante el Ejercicio 2016 y que por sus características se enmarq uen en los objetivos del programa y sean consideradas a efectos de lo dispue sto en el artículo 5°, 6°, 7°y8°. ARTÍCULO 11.- REGISTRAR. Pasar al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación. Dar al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVAR. ORDENANZA MUNICIPAL N° SANCIONADA EN LA 1 1 7 SEGUNDA JORNADA DEL DÍA 28/09/201 6, CORRESPONDIENTE A LA OCTAVA SESIÓN ORDINARIA DE FECHA 21/09/2016.- Ushuaia, 1 de noviembre de 2016 Provincia de Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur República Argentina MUNICIPALIDAD DE USHUAIA Año XXVI - N° 125/2016 “2016 — página 19 Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional” USHUAIA, 14 zOlb VISTO el expediente N° SM/929/2016, del registro de esta Municipalidad; y CONSI DERAN DO: Que mediante el mismo tramita el Contrato de Locación de Servicios celebrado el uno (01) de septiembre de 2016, entre la Municipalidad de Ushuaia, representada por la señora Secretaria de Economía y Finanzas, C.P.N. Andrea ONTORIA, D.N.I. N° 22.885.647, y la Técnica Superior en Análisis e Intervención en los Campos Grupal, Institucional y Comunitario Carolina Gabriela ESPOSITO, D.NJ. N° 22.080.978, a efectos de que la misma realice tareas de asistencia comunitaria y articulación referidos a la salud en el marco de las actuaciones, del Programa de Inclusión Social, con un total de 35 horas semanales. Que dicha contratación se encuadra en el artículo 110, inciso d), apartado 10), de la Ordenanza Municipal N° 3693 de Administración Financiera y Contrataciones promulgada por Decreto Municipal N° 239/2010, modificada por Ordenanza Municipal N° 4602, promulgada por Decreto Municipal N° 103212014, Anexo 1 del Decreto Municipal N° 1255/2013 y el artículo 1251 y concordantes del Código Civil y Comercial. Que corre anexada y forma parte integrante del presente Decreto Municipal, copia autenticada del Contrato registrado bajo el N° 10777, correspondiendo su aprobación. Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto administrativo, conforme lo establecido en el artículo 152, incisos 1) y 32) de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia. Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA DE CRETA ARTÍCULO 1°.- Aprobar el Contrato de Locación de Servicios registrado bajo el N° 10777, cuya copia autenticada se adjunta y forma parte del presente, celebrado el día uno (01) de septiembre de 2016, entre la Municipalidad de Ushuaia, representada por la señora Secretaria de Economía y Finanzas, C.RN. Andrea ONTORIA, D.N.I. N° 22.885.647, y la Técnica Superior en Análisis e Intervención en los Campos Grupal, Institucional y Comunitario Carolina Gabriela ESPOSITO, D.N.I. N° 22.080.978. Ello por los motivos expuestos en el exordio. ARTICULO 2°.- Notificar a la parte interesada con copia autenticada del presente. ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente deberá imputarse con cargo al titular presupuestario: Secretaría de Coordinación de Gestión y Secretaría de la Mujer. Partida 13. ARTÍCULO 4°.- Comunicar. Dar copia al Boletín Oficial de la Municipalidad de publicación. Cumplido, archivar. DECRETO MUNICIPAL N° 14 / /2016.- s.m “Las Islas Malvinas, Georas y Sandwich de Sur son y serán argentinas” Ushuaia, 1 de noviembre de 2016 Provuici, de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur. República Argentina MUNICIPALIDAD DE USHUAIA Secretaría de Economía y Finanzas Año XXVI - N° 125/2016 - página 20 -- - 2O16 — Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia NaconaF CONTRATO DE LOCACIÓN DE SERVICIOS Entre la Municipalidad de Ushuaia, representada en este acto por la señora Secretaria de Economía y Finanzas, C.P.N. Andrea ONTORIA, D.N.I. N° 22.885.647, con domicilio en la calle Arturo Coronado N° 486, 1° Piso, de la ciudad de Ushuaia, ad-referéndum del Sr. Intendente Municipal, en adelante LA MUNICIPALIDAD, por una parte; y por la otra la Técnica Superior en Análisis e Intervención en los Campos Grupal, Institucional y Comunitario Carolina Gabriela ESPÓSITO, D.N.l. N° 22.080.978, con domicilio en calle De la Plaza N° 3442, de la ciudad de Ushuaia, en adelante llamada LA LOCADORA, convienen en celebrar el presente Contrato de Locación de Servicios, de acuerdo a las siguientes cláusulas: PRIMERA: LA MUNICIPALIDAD contrata los servicios de LA LOCADORA a efectos de realizar tareas de asistencia comunitaria y articulación referidos a la salud en el marco de las actuaciones del Programa de Inclusión Social. Los servicios se cubrirán con una carga horaria total de treinta y cinco (35) horas semanales. SEGUNDA: El presente contrato se formaliza por el término comprendido entre el PRIMERO (01) de Septiembre de 2016 al veintiocho (28) de Febrero de 2017, inclusive. TERCERA: Se acuerda en concepto de honorarios por la labor que se contratada, la suma total de PESOS DOSCIENTOS CUARENTA MIL CON 00/100 ($240.000,00), pagaderos en SEIS (06) cuotas iguales, mensuales y consecutivas de PESOS CUARENTA MIL CON 00/100 ($40.000,00). Los pagos se efectivizarán del día 1° al 15° de cada mes vencido, debiendo LA LOCADORA otorgar el pertinente recibo o factura a favor de la MUNICIPALIDAD, conforme a las normas vigentes, adjuntando Certificado de Situación Regular emitido por la Agencia de Recaudación Fueguina, Comprobante de pago de aportes de AFIP, correspondiente al período facturado y último recibo de pago del seguro por accidentes personales, el cuál deberá cubrir el período que dure el contrato, debiendo adjuntar copia de la póliza. CUARTA: La celebración del presente contrato no implica ninguna relación de dependencia y/o empleo público, rigiéndose el mismo por las normas de la Ordenanza Municipal N° 3693 (de Administración Financiera y Contrataciones), por el art. 1251 y concordantes del Código Civil y Comercial, debiendo asumir LA LOCADORA las obligaciones fiscales y previsionales del caso por el desarrollo de su actividad, así como la contratación de un seguro de vida por accidentes personales con vigencia durante el periodo contractual. QUINTA: El presente contrato podrá ser rescindido por ambas partes en cualquier momento de su vigencia, previa comunicación fehaciente cursada a la contraparte con quince (15) II!.. .2 CCNTATO REGISTADQ 1 CPN .tndreajONTOiA Secretai3 de Eccnf1li1lrrZ Municipulidad óe Usnui’3 ¡ 3AJQ EL N - USHUAIA, 05 ‘LAS ISLAS MALVINAS, GEORGIAS, SÁNDWICH DEL SSON ÁT 7 YSERAÑ 1 Ushuaia, 1 de noviembre de 2016 Año XXVI - N° 125/2016 página 21 -/ 1 Çj Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur. República Argentina MUNICIPALIDAD DE USHUAIA Secretaría de Economía y Finanzas 2O16 — Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia NacionaI /1/. ..2 días corridos de antelación, sin necesidad de expresión de causa, sin que ello genere derecho a reclamar indemnización, daño, ni perjuicio alguno. SEXTA: Los servicios que se presentarán para la realización de las tareas deberán ser a ciencia y conciencia de LA LOCADORA, la que deberá actuar dentro de las prescripciones éticas y legales que hacen su disciplina u oficio, pero siempre teniendo como mira y finalidad el objeto del presente contrato y de la contratación de sus servicios efectuados por LA MUNICIPALIDAD. Si en el curso se su labor surgieran imposibilidades o incompatibilidades legales respecto del ejercicio profesional las hará saber a LA MUNICIPALIDAD a fin de buscar los medios idóneos para solucionar las mismas para proceder a la resolución del contrato, en cuyo caso el precio convenido pasará a ser proporcional a los servicios prestados. SÉPTIMA: LA LOCADORA será responsable de las discrecionalidad con que manejará a información confidencial a la que tenga acceso para desarrollar las tareas encomendada y no podrá ser entregada a terceros sin previo consentimiento escrito a LA MUNICIPALIDAD. LA LOCADORA se compromete a suscribir el ACUERDO DE CONFIDENCIALIDAD establecido por Resolución S.M. 01/2016, que deberá ser adjuntado al expediente por el que se tramita el presente contrato. OCTAVA:Ante cualquier divergencia que pudiera surgir en la interpretación y/o ejecución del presente contrato, ambas partes se someten exclusivamente a la jurisdicción de los Tribunales ordinarios de la ciudad de Ushuaia, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción, indicados constituyendo domicilio en el encabezamiento, extrajudiciales y judiciales LA MUNICIPALIDAD donde serán válidas LA LOCADORA en los y todas notificaciones las que se cursen, salvo cambio de domicilio notificando a la otra parte por un medio fehaciente. En prueba de conformidad las partes suscriben tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la ciudad de Ushuaia, Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, al primero (01) deI mes de Septiembre del año dieciséis. CDN TRATO REGISTRADO BAJOELN1_0777 USHUAIA, 05 UGT 216 “LAS ISLAS MALVINAS, GEORGIAS, SANDWICH DEL SUR, SON Y SERAN ARGENTINAS” dos mil Ushuaia, 1 de noviembre de 2016 Año XXVI - N° 125/2016 Provincia de Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur REPUBLICA ARGENTINA MUNICIPALIDAD DE USHUAIA 2O16 - página 22 Año del Bicentenario de la Declaración de a Independencia Nacional 1 4 Uí 2Ut USHUAIA, VISTO el expediente SD N° 5113/2016, del registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que mediante el mismo tramita el Convenio Marco de Colaboración celebrado entre la Municipalidad de Ushuaia, representada por la Sra. Secretaría de Políticas Sociales, Sanitarias y de Derechos Humanos, Malena Yuqueri TESZKIEWICZ, D.N.I. N° 23.326.526 y la Asociación Trabajadores del Estado TDF, representada por el Señor Carlos Hipólito CORDOBA, D.NJ N° 12.042.578, en su carácter de Secretario General de dicha Asociación, con el objeto de desarrollar en forma conjunta el “Curso de Capacitación Introducción al Lenguaje de Señas para trabajadores estatales’. Que corren anexada y forma parte del Decreto, copia autenticada del Convenio mencionado precedentemente, el cual se encuentra registrado bajo N° 10712 correspondiendo su aprobación. Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal, conforme lo establecido en el artículo 152 incisos 1) y 32), de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia. Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA D EC R ETA ARTÍCULO 1°.- Aprobar el Convenio Marco de Colaboración registrado bajo el N° 10712, cuya copia autentificada se adjunta y forma parte del presente, celebrado en fecha dieciséis (16) de Septiembre de 2016, entre la Municipalidad de Ushuaia, representada por la Sra. Secretaria ce Políticas Sociales, Sanitarias y de Derechos Humanos, Malena Yuquen TESZKIEWICZ, D.N.I. N 23.326.526 y la Asociación de Trabajadores del Estado TDF, representada por el Señor Carlos Hipólito CORDOBA, D.N.I N° 12.042.578. Ello por los motivos expuestos en el exordio. ARTICULO 2°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente deberá imputarse a las partidas presupuestarias correspondientes. ARTÍCULO 3°.- Notificar a la parte interesada con copia autenticada del presente. ARTÍCULO 4°.-Comunicar. Dar copia al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia para su publicación. Cumplido, archivar.480 i DECRETO MUNICIPAL N° /2016 Ig Ma TESZKEWÇZ ‘e 4.. ç* “Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur, son y serán Argentinas” Ushuaia, 1 de noviembre de 2016 Año XXVI - N° 125/2016 1.U 7 11 5L J 1 Q (e - página 23 1 ES COPIA FIEL / 1... L (Ø€.ttw A rninistratva Leg. 3809 DeariamentQ DesachQ HiL Provincia de Tierra del Fuepo Anhrlida e Islas del Alt nlico Sur REPUBLICA ARGENTINA MUNICIPALIDAD DE USHUAIA DASPSS.yDDRH. MUNICIPAUDADDEUSHUMA !j, DVCCr 1 . — la Independencia Nacional CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA ASOCIACIÓN TRABAJADORES DEL ESTADO (CDP-TDF) Y LA MUNICIIALIDAI) DE USHUAIA REUNIDOS Por una parte, el Señor Secretario General de la Asociación Trabajadores dci Estado TDE. CARLOS HIPOLITO CORDOBA, D.N.1. N° 12.042.578, con domicilio legal cn calle Kuanip N° 198 de esta ciudad, y por la otra, la Municipalidad de Ushuaia, rcprcscntada po la Señora Secretaria de Políticas Sociales, Sanitarias y Derechos Humanos Malcna Yuqucri TESZKIEWICZ DNI N 11 23.326.526 suscriben ci presente Convenio de Colaboración, pilca el desan-ollo del “Curso de Capacitación Inti-oducción al Lenguaje de Señas p-’’ trabajadores estatales” con el objetivo coincidente de dar oportunidad al trabajador municipal encargado de la atención al público en todos los órganos locales, de adquirir y combinar los conocimientos teóricos con los de contenido práctico en lenguaje de señas entendiendo a la comunicación como pilar necesario que permita la interacción con personas con discapacidad auditiva pum la interacción diaria y para el acceso a la información. El presente Convenio es destinado a los empleados estatales que se desempeñan en la atención al público en todos los organismos gubernamentales de la Ciudad de Ushuaia y el mismo se desarrollará de acuerdo con las siguientes CLA U SU LAS PRIMERA.— La Asociación Trabajadores del Estado se compromete a brindar el espacio físico y la capacitadora para realizar el “Curso de Capacitación Introducción al Lenguaje de Señas para trabajadores estatales”, totalmente gratuito SEGUNDA.- El presente Convenio se establece para la formación de emplcados;a municipales que hayan superado el ochenta por ciento (80%) de asistencia necesarios para obtener el certificado.TERCERA.- El presente Curso de Capacitación se realizará, desde el 12 cje agosto cje 2Db hasta el día 16 de Diciembre dei 2016: todos los días miércoles y viernes, en el horario de 13:30 a 1 5 hrs. en la sede de la Asociación Trabajadores del Estado, sita en Kuuinip N.c 1 9 de nuestra ciudad, para lo que la Municipalidad de Ushuaia se compromete a justificar (permitiii la ausencia de sus puestos de trabajo de todos los asistentes a esta capacitación. CUARTA.—Ei período de capacitación tendrá una duración máxima de 58 horas (4 meses y medio), y QUINTA.- Para el dictado de esta capacitación, la A.T.E designará a la Señora Miriani CAMI; D.N.l: 14.145.03 1 como responsable de la capacitación que deberá emitir un informe final del período de prácticas, sobre la valoración, aprovechamiento, actitudes y aptitudes detectadas durante dicho periodo. SEXTA.- La Organización del presente Convenio será realizada por la Secretaria de Comunicación de la ATE y coordinada por el Programa de Diseapacidad de la Municipalidad de Ushuaia. Entre otras funciones, tendrán las de controlar la efectividad y el correcto desarrollo de prácticas, sobre la valoración, aprovechamiento, actitudes y aptitudes dciectada ci urantc d icho período. SEPTIMA.— La selección de los trabajadores municipales a capacitar estará a cargo de i Programa de Discapacidad de la Municipalidad de Ushuaia OCTAVA.— Una vez seleccionados a dichos trabajadores, el Programa de Diseapacidad de la Municipalidad de Ushuaia elevará listas de los mismos a la Dirección de Recursos Humanos a fin de justificar su ausencia del puesto de trabajo NOVENA.— El trabajador/a asistente quedará a sometido/a a la capacitación en tanto y en cuanto no perjudique el funcionamiento del área de trabajo al cual pertenece, debiendo acreditar una asistencia no menor al ochenta por ciento (80%).— DECIMA.— El presente Convenio se podrá denunciar por cualquiera de las puirles en ci momento que consideren oportuno, sin otro requisito que comunicarlo por escrito con un mes de antelación como mínimo, sin que esto afecte a las prácticas que se venían realizando antes de la comunicación de la rescisión y hasta tanto se agote la duración pactada. “Las Islas Malvinas, í (icorgias y Sandwich del Sur, son y serán Argentinas” Ushuaia, 1 de noviembre de 2016 Año XXVI - N° 125/2016 página 24 N”iNlU RL L R,\L) ES COPIA FIEL ‘— r eparla Provincia de Tierra del Fueqo Anlárlida e Islas riel Al/áulico Sur REPUBLICA ARGENTINA MUNICIPALIDAD DE USHUAIA - II 2O16 _ Daupacha MUNICIPAL{OAD DE USHUAIA - Año del Bicentenario de la Declarauon de la Independenco Nicionl ///.2. DECIMOPRIMERA.- La Asociacion Trabajadores del Estado y la Municipalidad de Ushuaia, una vez finalizadas a capacitación, deberá emitir un certificado por el que se reconozca al trabajador/a el tiempo de capacitación realizado. DECIMOSEGUNDA.- Cualquier modificación que altere sustancialmente lo establecido en el presente convenio habrá de ser pactada para ser válida, previo acuerdo dc las parles. mediante escrito que se adjuntará al presente convenio como anexo. En prueba de conformidad se firman TRES (03) ejemplares de un mismo tenor y al solo mencionados. efecto, en ci lugar y fecha ut-supra Y Malena 1 ESZKIEWICL Secritara de Pluticas Sociales, Snitaá y de Dreciios Hunanos U USiUOÇ “Las Islas Malvinas, (icurgias y Sandwich dci Sur, son y scrin Argentinas Ushuaia, 1 de noviembre de 2016 Provincia de Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur República Argentina Municipalidad de Ushuaia Año XXVI - N° 125/2016 página 25 “2016-Año del Bicentenario de la declaracion de la Independencia Nacional USHUAIA, 14 OCI 2016 VISTO el expediente administrativo S.G. N° 6818/2011 deI registro de esta Municipalidad, y; CONSIDERANDO: Que mediante el mismo tramita la presentación efectuada por el empleado municipal Rodrigo Martín ZALAZAR, Legajo N° 3012 obrante en fs. 27, solicitando ser encuadrado en el grado 1 (uno) de Agrupamiento Profesional y Técnico atento haber finalizado la carrera de Licenciado en Informática”, adjuntando copia autenticada del titulo a fs. 38, legalizado por el Ministerio del Interior y Transporte. Que a fs. 52, el Director de Informática en tanto superior jerárquico del sr. ZALAZAR, informó que el mismo se desempeña en el Departamento Tecnología y Redes, dependiente de esa Dirección a su cargo, indicando además:”.. .en cuanto a su desempeño, lo considero excelente sobre su conocimientos técnicos para apoyar su labor, alto grado de compromiso, responsabilidad y predisposición para abordar las tareas que le son asignadas e investigar e implementar nuevas soluciones tecnológicas que se requieren para implementar soluciones de TlCs”. Que ha tomado intervención la Sra. Secretaria de Coordinación de Gestión a fs. 52. Que a fs. 54, la Dirección de Haberes informó que ha realizado reserva presupuestaria correspondiente a la recategorización del empleado de marras. Que el titulo obtenido por el empleado de marras constituye un titulo de grado (nivel universitario) en los términos del artículo 63.3 a) Que el empleado de marras desarrolla en este Municipio, funciones propias de su especialidad de acuerdo lo informado por sus superior jerárquico a fs. 52. Que el empleado ZALAZAR reúne los requisitos previstos ara el Grado 1 (uno) del Agrupamiento Profesional y Técnico, dé acuerdo a lo informado por la Directora de Bienestar de Personal a fs. 55. Que la Secretaría Legal y Técnica ha tomado intervención mediante Dictamen S.L. y T. N° 165/2016, entendiendo que correspondería otorgar el grado solicitado por el presentante. Que el suscripto comparte y hace suyo le criterió vertido por el servicio Jurídico Permanente, encontrándose facultado para el dictado del presente acto administrativo, en virtUd de lo establecido en el artículo 152 incisos 1), 2) y 5) de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia. Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA DE CRETA ARTICULO 1°.-Hacer lugar a la presentación realizada a fs. 27 por el empleado municipal Rodrigo Martín ZALAZAR, Legajo N° 3012 y en consecuencia modificar su encuadre otorgando el Grado 1 (uno) del Agrupamiento Profesional y Técnico, a partir del presente acto administrativo. Ello por las ¡/12. “Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur son y serán Argentinas Ushuaia, 1 de noviembre de 2016 Año XXVI - N° 125/2016 Provincia de Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur República Argentina Municipalidad de Ushuaia página 26 2016-Año del Bicentenario de la declaracion de la Independencia Nacional’ 111.2. razones expuestas en el exordio. ARTICULO 2°.- Notificar al empleado de mención con copia autenticada del presente y del Dictamen S.L. y T. N° 165/2016, haciéndole saber que puede interponer recurso de reconsideración dentro de los diez (10) dias contados desde la notificación del presente, conforme lo establecido por el artículo 127 de la Ley Provincial N° 141. ARTICULO 3°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia para su publicación. Cumplido, archivar. 1 1 4 DECRETO MUNICIPALN° /2016. OarH. CU’T° Sec. Ccc Iac:T ‘Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur son y serán Argentinas’ Ushuaia, 1 de noviembre de 2016 Año XXVI - N° 125/2016 Provincia de Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur República Argentina Municipalidad de Ushuaia página 27 “2016— Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional 14 DCT 2O1 USHUAIA, VISTO el expediente S.D. N° 4056/2014, del registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que por el mismo tramita la contratación del señor Ruben Alejandro CANTISANI YURCHAG, D.N.I. N° 33757.183. Que se ha suscripto entre el mencionado y el Señor Presidente del Instituto Municipal de Deportes, Lic. Franco GERGO, D.N.I. N° 13.264.124, el contrato registrado bajo el N° 10770, celebrado el día tres (3) de octubre de 2016. Que dicho contrato se ajusta al régimen aprobado por el Decreto Municipal N° 234/97 y sus modificatorios N° 028/2001 y N° 028/2006. Que el mencionado reúne los requisitos previstos para el ingreso a la Administración Pública, según la normativa vigente en la materia. Que se cuenta con la vacante disponible. Que en consecuencia corresponde la aprobación de dicho acuerdo. Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto administrativo, en virtud de lo establecido por el artículo 152 incisos 1) y 5) de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia. Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA DE CRETA ARTICULO 1°.- Aprobar el contrato administrativo registrado bajo el N° 10770, cuya copia autenticada se adjunta y forma parte del presente, celebrado el día tres (3) de octubre de 2016, entre esta Municipalidad, representada por el Señor Presidente del Instituto Municipal de Deportes, Lic. Franco GERGO, D.N.I. N° 13.264.124 y el señor Ruben Alejandro CANTISANI YURCHAG, D.N.I. N° 33.757.183, mediante el cual se contratan sus servicios para realizar tareas inherentes a su profesión de Profesor de Educación Física en el complejo Polideportivo Augusto Lasserre y/o Polodeportivo Héroes de Malvinas dependientes del Instituto Municipal de Deportes. Ello de acuerdo a lo expresado en el exordio. ARTICULO 2°.- Imputar presupuestario — la presente erogación Instituto Municipal de Deportes — con Presidencia - cargo al titular Partida 011. ARTICULO 3°.- Notificar al interesado con copia autenticada del presente. ARTICULO 4°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia y archivar.14 b 2 DECRETO MUNICIPAL N° /2016 ami /2 4 fr7 / / / / / O:carHSCflO ciñaci.in “‘Las Islas Malvinas. Georgias y Sandwich del Sur, son y serán Argentinas” Ushuaia, 1 de noviembre de 2016 CONTuATO ‘a Año XXVI - N° 125/2016 O77O di \Ulelcc de Vierta del duect Anicicticla e Inlcis del Acidictico icci Idepti h ea A página 28 la l)eclcic;cciotc de cc Itidepecideciecci \,cei,Ic,’’ ceccI ial MIlcilcilel 1 dad de Usliuci a CONTRATO ADMINISTRATiVO PARA EL PERSONAL TECNICO, DE FORMACION Y ENTRENAMIENTO DEPORTIVO, GUARDAVI DAS Y ACTIVIDADES CULTURALES 9 Í1Ç En la ciudad de Ushuaia, el día se reúnen en representación de la Municipalidad de Ushuaia, el Señor Presidente del Instituto Municipal de Deporte, Lic. Franco GERGO, D.N.I. N° 13264.124, con domicilio en Avda. Malvinas Argentinas calle y 12 de Octubre de esta ciudad, en adelante LA MUNICIPALIDAD y el Señor Rubén Alejandro CANTISANI YURCHAG, D.N,I. N° 33.757.183, con domicilio en calle Austral N° 2529, de esta ciudad, en adelante EL CONTRATADO, quienes acuerdan en celebrar ad referéndum del Señor Intendente Municipal el CONTRATO ADMINISTRAtiVO de prestación de servicios, que se regirá por las siguientes cláusulas:CLAUSULA PRIMERA: LA MUNICIPALIDAD contrata los servicios del CONTRATADO. quien se desempeñará en el Complejo Polideportivo Augusto Lasscrne y/o Polodeportivo Héroes de Malvinas, dependientes del Instituto Municipal de Deporte, realizando tareas inherentes á su profesión de Profesor de Educación Física, con una carga horaria de OCHENTA ($0) horas reloj mensuales. CLAUSULA SEGUNDA: EL CONTRATADO responderá a las directivas sobre modalidad, horarios y días de prestación impartidas por el instituto Municipal de Deporte.— CLÁUSULA TERCERA: El presente contrato tendrá vigencia a partir del día uno (1) de julio de 2016 y hasta el día treinta y uno (31) de diciembre de 2016. CLAUSULA CUARTA: LA MUNICIPALIDAD asigna y EL CONTRATADO acepta por los servicios prestados, una retribución de PESOS DOSCIENTOS CUATRO CON 68/1 00 ($204,68) por cada hora reloj efectivamente prestada, la que será abonada durante los diez primeros días hábiles del mes siguiente a la prestación efectiva de los servicios. CLAUSULA QUINTA: EL CO] TRATADO queda sometido jerárquicamente a las disposiciones, órdenes y demás reglamentaciones establecidas por LA MUNICIPALIDAD que se vinculen con las tareas asignadas y reglamentaciones en vigencia que rigen para el Personal (le la Administración Pública Municipal, las que serán transmitidas por intermedio del Superior a cargo. CLÁUSULA SEXTA: El presente contrato se regirá conforme el Anexo 1 del Decreto Municipal N° 234/97 y toda reglamentación complementaria. Supletoriamenie se utilizarán las normas del Convenio Municipal de Empleo, el Régimen Jurídico Básico de la Función Pública Ley 22. 140 y su Decreto Reglamentario 1 797/80. CLÁUSULA SEPTIIVIA: El incumplimiento en tiempo, forma y modalidad (le las funciones encomendadas al CONTRATADO será causal automática de rescisión del presente sin derecho a reclamar indemnización alguna y sin perjuicio de las responsabilidades disciplinarias y legales que el mismo pudiere originan CLÁUSULA OCTAVA: LA MUNICIPALIDAD podrá rescindir en cualquier momento y sin necesidad de interpelación judicial el preseitc contrato, si los servicios de la contratada no fueran necesarios, en este caso EL CONTRATADO no tendrá derecho a reclamar indemnización alguna. Por su parte EL CONTRATADO podrá rescindir la presente obligación, debiendo cursar comunicación por escrito en tal sentido a la MUNICIPALIDAD con una antelación de 30 días. CLAUSULA NOVENA: Ante cualquier divergencia suscitada en la ejecución del presente, las partes se someten a la jurisdicción de los Juzgados Provinciales de Ushuaia. A todo efecto legal se fijan los domicilios T ’ut supra” citados, donde se reputan válidas todas las notificaciones cursadas entre las ptrtes. En prueba de conformidad se firman tres ejemplares de un mismo tenor y a un solo , Municipalidad doUshuuia ‘‘l_,as Islas Malvinas. (Jcurgias Sandnic’lt del Sur. SOB y setail Argentinas’’ Ushuaia, 1 de noviembre de 2016 Año XXVI - N° 125/2016 Provincia de Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur República Argentina Municipalidad de Ushuaia 2O16 página 29 Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional 14 OCT 2O1 USHUAIA, VISTO el expediente O.P. N° 4925 /2014, del registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que mediante el mismo tramita la contratación de la señora Viviana REMY, D.NJ. N° 17.389.197. Que se ha suscripto entre la mencionada y el entonces Secretario de Gobierno, Dn. Oscar Horacio SOUTO, D.N.I. N° 11 .320.201 el contrato registrado bajo el N° 10766, celebrado el día veintisiete (27) de septiembre de 2016. Que dicho contrato se regirá por lo dispuesto para el personal no permanente por la Ley 22.140 y el Convenio Municipal de Empleo. Que la mencionada reúne los requisitos previstos para el ingreso a la Administración Pública, según la normativa vigente en la materia. Que se cuenta con la vacante disponible. Que en consecuencia, corresponde la aprobación de dicho acuerdo. Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto administrativo, en virtud de lo establecido por el artículo 152 incisos 1) y 5) de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia. Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA DE CRETA ARTICULO 1°.- Aprobar el contrato administrativo registrado bajo el N° 10766, cuya copia autenticada se adjunta y forma parte del presente, celebrado el día veintisiete (27) de septiembre de 2016, entre esta Municipalidad, representada por el entonces Secretario de Gobierno, Dn. Oscar Horacio SOUTO, D.N.I. N° 11.320.201 y la señora Viviana REMY, D.N.I. N° 17.389.197, mediante el cual se contratan sus servicios para desempeñarse en la Dirección de Zoonosis, realizando tareas de concientización en tenencia responsable de mascotas, implantación de microchip en perros, entrega y/o aplicación de antiparasitarios y tareas administrativas. Ello de acuerdo a lo expresado en el exordio. ARTICULO 2°.- Imputar la presente erogación con cargo al titular presupuestario Secretaria de Gobierno - — Partida 011. ARTICULO 3°.- Notificar a la interesada con copia autenticada del presente. ARTICULO 4°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia. Cumplido, archivar.DECRETO MUNICIPAL N° 1 /2016.- am / Osc H. seD. Cc / :accfl dó o “Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, 5 son iLev’uQtO TENDENTE d! U-- y serán Argentinas” Ushuaia, 1 de noviembre de 2016 lSovmeia de liena (lel Fue&o Anlarilda e islas del Adlintico Sur Año XXVI - N° 125/2016 ‘2016 — página 30 Alio del lliceienarlo de la l)ec(jtadón de la independetien Nucnul 1)11 ca A gen lvi mdci m lidad (le [fslnm a CONTRATO ADMINISTRATIVO Entre LA MUNICIPALIDAD DE USHUAIA, representada en este acto por el señor Secretario de Gobierno, Dn. Oscar Horacio SOUTO, DN.I. N° 11.320.201, en adelante llamado LA MUNICIPALIDAD, por una parte y la señora Viviana REMY, D,N.1. N° 17.389.197, en adelante llamada LA CONTRATADA por la oira, se conviene en celebrar el presente CONTRATO ADMINISTRATIVO de prestación de servicios, ad referéndum del Señor Intendente Municipal de Ushuaia, que se regirá bajo las siguientes el áusu las:— PRIMERA: LA MUNICIPALIDAD contrata los servicios de LA CONTRATADA. quien se desempeñará en ¡a Dirección de Zoonosis, realizando tareas de concientización en tenencia responsable de mascotas. implantación de microchip en perros, entrega y/o aplicación (le antiparasitarios y tareas administrativas, de lunes a viernes de 09:00 a 16:00 hs. La duración del contrato será a partir del día uno (1) de agosto de 201 6 y hasta ci treinta y uno (3 ¡ ) de diciembre de 2016. SEGUNDA: LA MUNICIPALIDAD asigna y LA CONTRATADA acepta ior los servicios prestados una retribución equivalente al cargo de agente ubicado provisoriamente en el grado “3”, que se abonará a fin de cada mes y la que será modificada cada vez que lo sea para el personil de la Administración Pública Municipal. \: La asignación de referencia estará sujeta a los descuentos Juhilatorios de 1 TERCER acuerdo a la Ley 561 y sus modificatorias y LA CONTRATADA queda eompren(lido (lenirO del régimen Jurídico Básico de la Función Pública como Personal no Permanente siendo acreedor de los beneficios de rigor. CUARTA: LA CONTRATADA queda sometida jerárquicamente a las disposiciones. órdenes y demás reglamentaciones establecidas por LA MUNICIPALIDAD y que se vinculen con las tareas asignadas y reglamentaciones en vigencia que rigen para el Personal Permanente, las que serán transmitidas por intermedio del Superior. QUINTA: LA MUNICIPALIDAD podrá rescindir en cualquier momento y sin necesidad de interpelación judicial el presente contrato, si los servicios de LA CON1’RATAD;-\ no íbcrar necesarios, cii este caso LA CONTRATADA no tendrá derecho a reclamar indemnización alguna. Por su parte LA CON1’RATADA podrá rescindir la presente obligación en el momento que lo estime oportuno debiendo cursar comunicación por escrito en tal sentido a LA M UN ICI PA LIDAD con quince (15) días de antieipaeión. SEXTA: El presente contrato se regirá por lo dispuesto para el personal no Permanente por la Ley 22.140 y el Convenio Municipal de Empleo. SEPTIMA: Por cualquier divergencia que se suscitare en el cumplimiento del preseiite y deba ser dirimida en los estrados judiciales, las partes se someten a la jurisdicción (le los Juzgados Provinciales de Ushuaia, a cuyos fines fijan domicilio legal en la ciudad de Ushuaia, LA MUNICIPALIDAD en calle San Martin N° 660 y LA CONTRATADA en aldez N° 349. 7 ca Ile Gdor. Fernandez \ En prueba de con forniidad se firman tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto el día 27 SEP 7O1. 4/ O Oi 1 1\ Ó6 BAJQELN1 7 0 —- ‘1 as Islas ‘víalvama, Gcorgas y Sandwich del Sur. son y serin Arnenlinas’ Ushuaia, 1 de noviembre de 2016 Año XXVI - N° 125/2016 Provincia de Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur República Argentina Municipalidad de Ushuaia página 31 “2016— Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional: USHUAIA, 1 OCT 2016 VISTO el expediente S.C. N° 1045/2015, del registro de esta Municipalidad; y CONSI DERANDO: Que mediante el mismo tramita la contratación de la señora María Lorena MORENO, D.N.I. N° 23.298.679. Que se ha suscripto entre la mencionada y el señor Secretario de Cultura y Educación, Dn. Nahuel Alcides MIERES, D.N.I. N° 26.121.813, el contrato registrado bajo el N° 10776, celebrado el día cuatro (4) de octubre de 2016. Que dicho contrato se regirá por lo dispuesto para el personal no permanente por la Ley 22.140 y el Convenio Municipal de Empleo. Que la mencionada reúne los requisitos previstos para el ingreso a la Administración Pública, según la normativa vigente en la materia. Que se cuenta con la vacante disponible. Que en consecuencia, corresponde la aprobación de dicho acuerdo. Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto administrativo, en virtud de lo establecido por el artículo 152 incisos 1) y 5) de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia. Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA DE CRETA ARTICULO 1°.- Aprobar el contrato administrativo registrado bajo el N° 10776, cuya copia autenticada se adjunta y forma parte del presente, celebrado el día cuatro (4) de octubre de 2016, entre esta Municipalidad, representada por el señor Secretario de Cultura y Educación, Dn. Nahuel Alcides MIERES, D.N.I. N° 26.121.813 y la señora María Lorena MORENO, D.N.I. N° 23.298.679, mediante el cual se contratan sus servicios para realizar tareas administrativas en la Dirección de Gestión Cultural Comunitaria y Artística dependiente de la Secretaría de Cultura y Educación. Ello de acuerdo a lo expresado en el exordio. ARTICULO 2°.- Imputar la presente erogación con cargo al titular presupuestario Secretaría de Cultura y Educación — — Partida 011. ARTICULO 3°.- Notificar a la interesada con copia autenticada del presente. ARTICULO 4°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia. Cumplido, archivar. DECRETOMUNICIPALN° /2016.- am // /‘ ““Las Islas Malvinas. Georgias y Sandwich del Sur, son y serán Argentinas” Ushuaia, 1 de noviembre de 2016 Año XXVI - N° 125/2016 I’iovmcia Viena del I6ieg Arlir ida e ¡ales del Ailínico Su ¡lep6 II ica .‘\ cccl ini NI i “21)16 — !‘.dn del lic página 32 lenario de la Declaración de la Independencia Nacal’ 1 c Iidd de lIabais CONTRATO ADMINISTRATIVO Entre LA MUNICIPALIDAD DE USHUAIA, representada en este neto por el señor Secretario de Cultura y Educación, Dn. Nahucl Alcides MIERES, D:N.I. N 26.121 . 1 3, en adelante llamado LA MUNICIPALIDAD, por una parte y la señora Maria Lorena MORENO, D.N.I. N° 23.298.679, en adelante llamada LA CONTRATADA por la otra, se conviene en celebrar el presente CONTRATO ADMINISTRATIVO de prestación dc servicios, ad re€bréndum del Señor intendente Municipal de Ushuaia, que se regirá bajo las siguientes cláusulas:PRIMERA: LA MUNICIPALIDAD contrata los servicios de la CONTRATADA. quien se desempeñará en el Centro Cultural “Esther Fadul”, dependiente de la Dirección de Gestión Cultural Comunitaria y Artística, realizando tareas administrativas de lunes a viernes de 09:00 a 1 6:00 Ls. L.a duración del presente contrato será a partir del día uno (1) de septiembre de 2016 y hasta el treinta y uno (3 1) de diciembre de 2016. SEGUNDA: LA MUNICIPALIDAD asigna y LA CONTRATADA acepta por los servicios prestados una retribución equivalente al cargo de agente ubicado p1ovisorie1te en el grado “5”, que se abonará a ñu de cada mes y la que será modificada cada vez que lo sea para el personal de la Administración Pública M unicipal. IERCERA: La asignación de referencia estará sujeta a los descuentos Jubilatorios de acuerdo a la Ley 561 y sus modificatorias y LA CONTRATADA queda comprendido dentro del régimen Jurídico Básico de la Función Pública como Personal no Permanente siendo acreedor de los beneficios de rigor. CUARTA: LA CONTRATADA queda sometida jerárquicamente a las disposiciones, órdenes y demás reglamentaciones establecidas por LA MUNICIPALIDAD y que se vinculen con las tareas asignadas y reglamentaciones en vigencia que rigen para el Personal Permanente, las que serán transmitidas por intermedio del Superior. jNTA: LA MUNICIPALIDAD podrá rescindir en cualquier momento y sin necesidad de interpelación judicial el presente contrato. si los servicios de LA CONTRATADA no fueran necesarios, en este caso LA CONTRATADA no tendrá derecho a reclamar indemnización alguna. Por su parte LA CONTRATADA podrá rescindir la presente obligación en el momento que lo estime oportuno debiendo cursar comunicación por escrito en tal sentido a LA MLYNICIPALIDAD con quince (15) días de anticipación. SEXTA: El presente contrato se regirá por lo dispuesto para el personal la Lev 22. 140 y el Convenio Municipal de Empleo. no Permanente por SiPTIMA: Por cualquier divergencia que se suscitare en el cumplimiento del presente y deba ser dirimida en los estrados judiciales, las partes se someten a la jurisdicción de los Juzgados Provinciales de Ushuaia, a cuyos fi nes fijan domici 1 jo legal en la ciudad de Ushuaia, LA MUNICIPALIDAD en Avda. Malvinas Argentinas y calle 12 de Octubre, edificio Municipal “Enriqueta Gastelumendi” y LA CONTRATADA en calle Remedios de Escalada N° 1293. En prueba de conformidad se firman tres (3) cjemplares de un mismo tenor y a un solo etccto el día 2016 04 OCT ¡ CIII lT(f\l (3 13L (3 STRjFjC) El/LiC) EL N” 1 776 05 OCT 2Ü6 Y SLL0 1/ // ! CoP,!± FIEL Las Islas Malvinas, (leornias y Sandwich del Sur, son y seDn AryenIias’ vi vcCe MONI iIA -, Y Ushuaia, 1 de noviembre de 2016 Año XXVI - N° 125/2016 Provincia de Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur República Argentina Municipalidad de Ushuaia 2O16 — página 33 Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia NacionaL I1 3C2tfl6 USHUAIA, VISTO el expediente S.D. N° 666/2014, deI registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que mediante el mismo tramita la contratación del señor Martin Ezequiel ARANA, D.N.I. N° 35.162.308. Que se ha suscripto entre el mencionado y el Señor Presidente del Instituto Municipal de Deportes, Lic. Franco GERGO, D.N.I. N° 13.264.124, el contrato registrado bajo el N° 10769, celebrado el día veinte (20) de septiembre de 2016. Que dicho contrato se regirá por lo dispuesto para el personal no permanente por la Ley 22.140 y el Convenio Municipal de Empleo. Que el mencionado reúne los requisitos previstos para el ingreso a la Administración Pública, según la normativa vigente en la materia. Que se cuenta con la vacante disponible. Que en consecuencia, corresponde la aprobación de dicho contrato. Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto administrativo, en virtud de lo establecido por el artículo 152 incisos 1) y 5) de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia. Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA DECRETA ARTICULO 1°.- Aprobar el contrato administrativo registrado bajo el N° 10769, cuya copia autenticada se adjunta y forma parte del presente, celebrado el día veinte (20) de septiembre de 2016, entre esta Municipalidad, representada por el Señor Presidente del Instituto Municipal de Deportes, Lic. Franco GERGO, D.N.I. N° 13.264.124 y el señor Martin Ezequiel ARANA, D.N.I. N° 35.162.308, quien se desempeñará en el Instituto Municipal de Deportes, realizando tareas de control y vigilancia. Ello de acuerdo a lo expresado en el exordio. ARTICULO 2°.- Imputar la presente erogación con cargo al titular presupuestario Instituto Municipal de Deportes Presidencia Partida 011. - — - ARTICULO 3°.- Notificar al interesado con copia autenticada del presente. ARTICULO 4°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia. Cumplido, archivar. ETOMUNICIPALN° uscar H. SC naclor uncac as ec. . Ostc de U “Las Islas vtalvinas. (orgias y Sandwich del Sur, son y serán Argentinas” ‘M:-jV.’ •:?:t.,b.t: t!t Ushuaia, 1 de noviembre de 2016 Año XXVI - N° 125/2016 Provincia de Tierra del Punjo Anión ida e Islas del Allúnlica Sur Rqablica Anjontina Municipalidad de Ushuaia 2016 - ipr r itr página 34 Mo del l3iaancuario do la Declaracido de la lndqiendencia Nacitmal CONTRATO ADMINISTRATIVO Entrc LA MUNICIPALIDAD DE USHUAIA, reprcscntada ca este acto por ci Sr. Prcsidcnte dci Instituto Municipal de Deportcs, Lic. Franco GERGO, D.N.I. N° 13.264.124, cn adclantc llamado LA MUNICIPALIDAD, por una partc y ci señor Martin Ezequiel ARANA, D.N.I. N° 35.162.308, en adelantc llamado EL CONTRATADO por la otra, se conviene cn cclcbrar ci prcsentc CONTRATO ADMINISTRATIVO dc prcstación dc servicios, ad rcferéndum dci Señor Intendente Municipal de Ushuaia, que sc rcgirá bajo las siguientes cláusulas:PRIMERA: LA MUNICIPALIDAD contrata los servicios dcl CONTRATADO, quicn se desempeñará ca ci instituto Municipal de Deportes, realizando tareas de control y vigilancia, dc lunes a viernes de 17:00 a 24:00 hs. La duración del contrato será a partir del día siete (7) de octubre de 2016 y hasta el’día treinta y uno (31)de diciembre de 2016. SEGUNDA: LA MUNICIPALIDAD asigna y EL CONTRATADO acepta por los servicios prestados una retribución equivalente al cargo de empleado ubicado provisoriamente en el grado “5”, que se abonará a fin de cada mes y la que será modificada cada vez que lo sea para el personal de la Administ ción Pública Municipal.— 6 TERCERA: La asignación de referencia estará sujeta a los descuentos Jubilatorios de acuerdo a la Ley 561 y sus modificatorias y EL CONTRATADO queda comprendido dentro del régimen Jurídico Básico de la Función Pública como Personal no Permanente siendo acreedor de los beneficios de rigor. CUARTA: EL CONTRATADO queda sometido jerárquicamente a las disposiciones, órdenes y demás reglamentaciones establecidas por LA MUNICIPALIDAD y que se vinculen con las tareas asignadas y reglamentaciones en vigencia que rigen para el Personal Permanente, las que serán transmitidas por intermedio del Superior. OUINTA: LA MUNICIPALIDAD podrá rescindir en cualquier momento y sin necesidad de interpetación judicial el presente contrato, si los servicios de EL CONTRATADO no fueran necesarios, en este caso EL CONTRATADO no tendrá derecho a reclamar indemnización alguna. Por su parte EL CONTRATADO podrá rescindir la presente obligación en el momento que lo estime oportuño debiendo cursar comunicación por escrito en tal sentido a LA MUNICIPALIDAD con quince (15) días de anticipaeión. SEXTA: El presente contrato se regirá por lo dispuesto para el personal no Permanente por la Ley 22.140 y el Convenio Municipal de Empleo. SEPTIMA: Por cualquier divergencia que se suscitare en el cumplimiento del presente y deba ser dirimida en los estrados judiciales, las partes se someten a la jurisdicción de los Juzgados Provinciales de Ushuaia, a cuyos fines fijan domicilio legal en la ciudad de Uihuaia, LA MUNICIPAliDAD Avda. Malvinas Argentinas y calle 12 de Octubre, Edilicio Municipal y EL CONTRATADO en calle Facundo Quiroga N° 1499.-----En prueba de conformidad se firman tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un soioefectoeldía 20SEp2o — — — . — —. CON TH,n I(, -— .. . —_._. ——. .—.——— PE9JS re’4i BAJ( i—l IP’ ¡ PbhZ: iutual Uunldønfldeddeusliuaia iIf’ las Islas Malvinas. Cicorgias y Sandwich del Sur ana y actúa Argcntinaf Y Ushuaia, 1 de noviembre de 2016 Año XXVI - N° 125/2016 Provincia de Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur República Argentina Municipalidad de Ushuaia página 35 2O16 —Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional. 14 0C1 2016 USHUAIA, VISTO el expediente S.D. N°2495/2015, del registro de esta Municipalidad; y CON SI D E RAN DO: Que por el mismo tramita la contratación del señor Juan Matias AVENDAÑO, D.N.l. N° 32.769.536. Que se ha suscripto entre el mencionado y el Sr. Presidente del Instituto Municipal de Deportes, Lic. Franco GERGO, D.N.l. N° 13.264.124, el contrato registrado bajo el N° 10767, celebrado el día dos (2) de septiembre de 2016. Que dicho contrato se ajusta al régimen aprobado por el Decreto Municipal N° 234/97 y sus modificatorios N° 028/2001 y N° 028/2006. Que el mencionado reúne los requisitos previstos para el ingreso a la Administración Pública, según la normativa vigente en la materia. Que se cuenta con la vacante disponible. Que en consecuencia corresponde la aprobación de dicho acuerdo. Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto administrativo, en virtud de lo establecido por el artículo 152 incisos 1) 5) de la Carta y Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia. Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA DE CRETA ARTICULO 1°.- Aprobar el contrato administrativo registrado bajo el N° 10767, cuya copia autenticada se adjunta y forma parte del presente, celebrado el día dos (2) de septiembre de 2016, entre esta Municipalidad, representada por el Sr. Presidente del Instituto Municipal de Deportes, Lic. Franco GERGO, D.N.l. N° 13.264.124 el señor Juan Matias y AVENDAÑO, D.N.l. N° 32.769.536, mediante el cual se contratan sus servicios para desempeñarse en el Instituto Municipal de Deportes, realizando tareas inherentes a su profesión de Profesor de Educación Física. Ello de acuerdo a lo expresado en el exordio. ARTICULO 2°.- Imputar la presente erogación con cargo titular al presupuestario Instituto Municipal de Deportes Presidencia Partida 011. — — - ARTICULO 4°.- Notificar al interesado con copia autenticada del presente. ARTICULO 5°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia y archivar.- ., /‘ 7 / Osc&h. soJ: Cc•rdc.on cl GstIrt “las Isla.s Malvinas. Gorgias y Sandwich del Sur. son y serán Argentinas” Ushuaia, 1 de noviembre de 2016 Año XXVI - N° 125/2016 Provincia de Tierra del Iueo Anuir ida e islas del Al0unLuco Sur RepO O lira A gen tina Mumeipiuludad de Usluuuuia 2016 — Aiio del página 36 il ucenrcuuano de la 1)ecluuraeióuu de la Indepcuudeuiciu uiriOnai.’ CONTRATO ADM 1 [NIST V FIVO R RARA EL PERSONAL TECN ¡CO, DE -\CION Y ENTRENAMIENTO DEPORTIVO, GLARI)AVIDAS Y 1 R)RM AC FR’IDADES CULFLRALES En la ciudad (le Ushuaia, a los 02 SEP 2Ü1 se reúnen en representación de la Municipalidad de Ushuaia, ci Sr. Presidente del instituto Municipal de Deportes, Lic. Franco 6 ERGO, D.N. 1. 1 3 2M. 1 24, con domiciLio en Avda. MaR mas A ruentinas ‘y ca le 12 de Octubre de esta ciudad, en adelante LA MUNICIPALIDAD y ci Señor Juan Maltas A\:ENDr\NO L).N.I. N° 32.760.536. de profesión Profesor de Educación Física, con domicilio en Cabo de Hornos N° 57. de esta ciudad, en adelante EL (‘ONTRA1 ,\ DO. quienes acuerdan en celebrar ad—referúndum del Señor Intendente Municipal el CONTRATO ADMINISTRATI\’O de prestación de servicios, que se regirá por las siguientes cláusulas: \ PRIMERA: LA M LNlC IPALIDAD contrala los ser ICIOS del 1 C’LAUSLiL CON FR ATA DO, quien se desempeñará en el instituto M umeipal de Deportes, realizando tareas inherentes a su profesión de Profesor de Educación Física con una carga horaria de CUA RE NTA (60) horas reloj mensuales. CLAUSULA SEGUNDA: EL CONTRMr\DO responderá. a las directivas sobre modalidad, horarios ‘y días de prestación impartidas por ci Instituto \‘I unicipal del Deporte. ( Lr\ USE L/-\ TI RCER \ : 11 presente comrato tendrá vigencia a partir del día uno (1) (le 1 julio de 2016 y hasta el treinta y uno (3 1) de diciembre de 2016. C[-\USUJL-\ CUARTA: L.-\ 1 MUNICIPAL \ D ID asigna y EL CONTRATADO acepla por los servicios prestados, una retribución de PESOS DOSCIENTOS CUATRO CON 1 00 (S20’-I,6S ), por cadi hora reloj el’ectR ameme prestada. la que será abonada dura u e los diet primeros días hábiLes del fliC sicuiente a la prestación electiva de los servicios. CL\ USU[ A QUINTA: EL CONTRATADO queda sometido jerárquicamente a las Jiposicioncs, órdenes \ demás reglaniemacioncs establecidas por LA MUNICIPA DAD y que se \ inculen eon las turcas asignadas y reglamentaciones en vigencia que rigen p1t’I el Personal de la Adniinistración Pública Municipal, las que serán transmitidas por intermed ¡o del Su pL’rior a cargo. C L\1 TSI. ;LA SLXTr\: El presente contrato se regirá conforme el J\ttexo 1 del Decreto \ 1 unicipa 1 N 23 1i97 y toda reglamentación complementaria. Supletoriamente se uti 1 arán las normas del Convenio \ lunicipal de Empleo, el Régimen Jurídico Básico de la Función Pública Ley 22.140 y su Decreto Reglamentario 1 797/i0. ( LA USE I_ \ SEPTI MA: [1 incumplimiento cii tiempo, Forma y modalidad de las l’uncione encomendadas al ( ‘ONTR -VI’-\DO será causal automática (le rescisión del presente sin 1 derecho a reclamar indemnizac[on alguna y sin perJuicio de las responsabilidades disciplinarias y legal es que el mismo pudiere originar. CI. ‘\LSUL,\ (X”IA\/A: L-\ M UN lE ¡PA LIDAI) podrá rescmdir en cualquier momento sin necesidad (le interpelación judicial el presente contrato. 5 i los servicios (le la contratada no lieran necesarios, en este caso EL CONTRATADO no tendrá derecho a reclamar indemnización alguna. Por su parte EL CONTRATADO podrá rescindir ¡a prese obligación, debiendo cursar comunicación i,or escrito en tal sen! ido a la M EN ICI PA 1.1 DAD con una antelación (le SO días. CLA USE LA NOV LN/-\: r\nte cualquier divergencia suscitada en la ejecución del prcsente. las ptrtes se someten a la jurisdicción de los .Iuzgados Provinciales de Ushuaia. A todo efecto legal se tijan los domicilios “ut supnl” citados, donde se reputan ál idas todas las iit i lteaeione,s cursadas ciii re las partes. U u prueba de con tm idad se firman tres jeniplares de un mismo tenor y a Ufl 5010 electo. =—--——- .‘-- C )ru.a /-u ,.-- —* - / .-JL) CL / y-” uc.H’an ‘ti . 1 ;!’’ .--—— - « 1/ P. . urluif 5’ui. aun LJsnj,6a ESCOPIAFIEL sai’ -‘ sus: Muiiiripd E,Ttc ViiifliCi;içlrii,dç Y ,,ian Au’u n’nas” P 1 Ushuaia, 1 de noviembre de 2016 Año XXVI - N° 125/2016 Provincia de Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur República Argentina Municipalidad de Ushuaia página 37 2O16 —Año del Bicentenario de la Declaración de la lndepencia Nacional USHUAIA, 1 216 VISTO el expediente S.G. N° 9790 /2014, del registro de esta Municipalidad: y CONSIDERANDO: Que mediante el mismo tramita la contratación de la señora Gabriela Elizabeth TEVEZ, D.N.I. N° 25.633.194. Que se ha suscripto entre la mencionada y el entonces Subsecretario de Gobierno, a cargo de la Secretaría de Gobierno, Dn. Omar Enrique BECERRA, D.N.l. N° 13.972.557, el contrato registrado bajo el N° 10758, celebrado el día veintiocho (28) de septiembre de 2016. Que dicho contrato se regirá por lo dispuesto para el personal no permanente por la Ley 22.140 y el Convenio Municipal de Empleo. Que la mencionada reúne los requisitos previstos para el ingreso a la Administración Pública, según la normativa vigente en la materia. Que se cuenta con la vacante disponible. Que en consecuencia, corresponde la aprobación de dicho contrato. Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto administrativo, en virtud de lo establecido por el artículo 152 incisos 1) y 5) de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia. Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA DECRETA ARTICULO 1°.- Aprobar el contrato administrativo registrado bajo el N° 10758, cuya copia autenticada se adjunta y forma parte del presente, celebrado el día veintiocho (28) de septiembre de 2016, entre esta Municipalidad, representada por el entonces Subsecretario de Gobierno, a cargo de la Secretaría de Gobierno, Dn. Omar Enrique BECERRA, D.N.l. N° 13.972.557, y la señora Gabriela Elizabeth TEVEZ, D.N.I. N° 25.633.194, mediante el cual se contratan sus servicios para realizar tareas de inspectora en la Dirección de Tránsito. Ello de acuerdo a lo expresado en el exordio. ARTICULO 2°.-lmputar la presente erogación con cargo al titular presupuestarío Subsecretaría de Seguridad Urbana — — Partida 011. ARTICULO 3°.- Notificar a la interesada con copia autenticada del presente. ARTICULO 4°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia. Cumplido, archivar.- 1 DECRETO MUNICIPAL N° am /2016.- 1 H / / / Car H. SCO / eec. íiCiCíi G.túfl -- ‘tas Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, son y serán Argentinas” Ushuaia, 1 de noviembre de 2016 Año XXVI - N° 125/2016 2(3 16-- Ai2u dci iiiccntcnariu dc la l)cclaiacidn dc la clc icri, dci ducc ‘kc Auidriida u lOas dci Atldiilico Sur lcpiI6ica \iucntiiia lvi ti cipalidad dc 1 ishuaia página 38 hI pcdciria Çacr,ncL CONTRATO ADMINISTRATIVO Entre LA MUNICIPALiDAD DE USHUAIA, rcprcsontada en este acto por el señor Subsecretario dc Gobierno, Dn. Omar Enrique BECERRA, D.N.I. Nui 13.972.557, en adelante llamado LA MUNICIPALIDAD, por una parte y la señora Gabriela Elizabeth TEVEZ, D.N.I. N° 25.633.194, en adelante llamada LA CONTRATADA por la otra, se conviene en celebrar el presente CONTRATO ADMINISTRATIVO de prestación de servicios, ad referéndum del Señor intendente Municipal de Ushuaia, que se regirá bajo las siguientes cláusulas: PRiMERA: LA MUNiCIPALIDAD contrata los servicios de la CONTRATADA. quien se desempeñará en la Dirección de Tránsito, realizando tareas de inspectora, de lunes a viernes en horario de 13:00 a 19:00 hs., cumplimentando una carga horaria de treinta (30) horas semanales. La duración del prescnte contrato será a partir del día cuatro (4) de julio de 2016 y hasta el día treinta y uno (3 1) de diciembre de 2016. iGDA: LA MUNICIPALIDAD asigna y LA CONTRATADA acepta por los servicios prestados una retribución equivalente al cargo de agente ubicado provisoriamente en el grado “4”, que se abonará a fin de cada mes y la que será modificada cada vez que lo sea el persoial de la Administración Pública Municipal. TERCERA: La asignación de referencia estará sujeta a los descuentos Jubilatorios de acuerdo a la Ley 561 y sus modificatorias y LA CONTRATADA queda comprendido dentro del régimen Jurídico Básico de la Función Pública como Personal no Permanente siendo acreedor de los beneficios de rigor. CUARTA: LA CONTRATADA queda sometida jerárquicamente a las disposiciones. órdenes y demás reglamentaciones establecidas por LA MUNICIPALiDAD y que se vinculen con las tareas asignadas y reglamentaciones en vigencia que rigen para el Personal Permanente, las que serán transmitidas por imermedio del Superior. OUINTA: LA MUNICIPALIDAD rodrá rescindir en cualquier momento y sin necesidad de interpelacion judicial el presente comrato, si los servicios de LA CONTRATADA no fueran necesarios, en este caso LA CONTRATADA no tendrá derecho a reclamar indemnización alguna. Por su parte LA CONTRATADA podrá rescindir la preseite obligación en el momento ue lo estime oportuno debiendo cursar comunicación por escrito en tal sentido a LA MUNICIPALIDAD con quince (15) días de anticipación. SEXI: El presente contrato se regirá por lo dispuesto para el personal no Permanente por la Ley 22.140 y el Convenio Municipal de Empleo. SEPTI MA: Por cualquier divergencia que se suscitare en el cumplimiento del prcselite y deba ser dirimida en los estrados judiciales, la partes se someten a la jurisdicción de los Juzgados Provinciales de Ushuaia, a cuyos fines fijan domicilio legal en la ciudad de Ushmua, LA MUNIClPAL1AD en calle San Martín N° 660 y LA CONTRATADA en calle Bahía Margarita NU 3044. En prueba de conlbrmidad se firman tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un 2 EV 2li4E solo efecto el día CONTRATO RECISTRALO BAJOELN°_________ 2ç :FPn “las sOs lvlal\-i,itis. is y Sandwich dci Sur, son y scRn Arcciuiitas” de Gobierno de Ushuaia Ushuaia, 1 de noviembre de 2016 Año XXVI - N° 125/2016 Provincia de Tierra del Fuego Antártida e islas del Atlántico Sur República Argentina Municipalidad de Ushuaia 2O16 — página 39 Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia NacionaL” USHUAIA, 1 4 ÜC 2Ü16 VISTO el expediente O.P. N°282/2013, del registro de esta Municipalidad; y CON SI D E RAN DO: Que mediante el mismo tramita la contratación del señor Martin Eduardo BORBAS, D.N.l. N° 26.974.813. Que se ha suscripto entre el mencionado y el Sr. Secretario de Medio Ambiente, Dn. Damian Alejandro DE MARCO, D.N.l. N° 26.959.332, el contrato registrado bajo el N° 10775, celebrado el día veintisiete (27) de septiembre de 2016. Que dicho contrato se regirá por lo dispuesto para el personal no permanente por la Ley 22.140 y el Convenio Municipal de Empleo. Que el mencionado reúne los requisitos previstos para el ingreso a la Administración Pública, según la normativa vigente en la materia. Que se cuenta con la vacante disponible. Que en consecuencia, corresponde la aprobación de dicho contrato. Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto administrativo, en virtud de lo establecido por el artículo 152 incisos 1) y 5) de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia. Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA DE CRETA ARTICULO 1°.- Aprobar el contrato administrativo registrado bajo el N° 10775, cuya copia autenticada se adjunta y forma parte del presente, celebrado el día veintisiete (27) de septiembre de 2016, entre esta Municipalidad, representada por el Sr. Secretario de Medio Ambiente, Dn. Damian Alejandro DE MARCO, D.N.l. N° 26.959.332 y el señor Martin Eduardo BORBAS, D.N.l. N° 26.974.813, mediante el cual se contratan sus servicios para realizar tareas de inspector en la vía pública en la Dirección de Higiene Urbana. Ello de acuerdo a ¡o expresado en el exordio. ARTICULO 2°.- Imputar la presente erogación con cargo al titular presupuestario Subsecreta ría de Servicios Públicos Partida 011. — - ARTICULO 3°.- Notificar al interesado con copia autenticada del presente. ARTICULO 4°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia. Cumplido, archivar. DECRETO MUNICIPAL N° /2016.- Oc; H. SOu $c. Coc;adon de stión “Iss Islas vIaIvioas, Gcorgias y Sandwich del Sur, son y serán Argentinas” - ‘9• Ushuaia, 1 de noviembre de 2016 W F ‘W Año XXVI - N° 125/2016 Paivincia & r &i iia» Antidida e Islas del Allánlico Sur Repúblin Aiptilina Municipalidad de Ushuaia 2016 - r W página 40 Mo cid iiiccnicna,io de la Dedaración & la Independencia Nadenar CONTRATO ADMINLSTRATIVO -———-Entre LA MUNICIPALiDAD DE USHUAiA, representada en este acto por ci señor Secretario de Medio Ambiente, Dn. Damian Alejandro DE MARCO. D.N.l. N° 26.959.332, en adelante llamado LA MUNICIPALIDAD, por una parte y el señor Martin Eduardo BORBAS, D.N.1. N° 26.974.813, en adelante llamado EL CONTRATADO por la otra, se conviene en celebrar el presente CONTRATO ADMiNISTRATIVO de prestaei6n de servicios, ad referéndum del Señor intendente Municipal de Ushuaia, que se regirá bajo las siguientes cláusulas: PRIMERA: LA MUNICIPALIDAD contrata los servicios del CONTRATADO, quien se desempeñará en la Dirección de Higiene Urbana Subsecretaría de Servicios Públicos, realizando tareas de inspector en lí vía pública, de Lunes a Viernes de 08:00 a 15:00 hs. La duración del contrato será a partir del día veinte (20) de septiembre de 2016 hasta el dia y treinta y uno (31) de diciembre de 2016. SEGUNDA: LA MUNICIPALIDAD asigna y EL CONTRATADO acepta por los servicios prestados una retribución e4uivalentc al cargo de agente ubicado provisoriamente cii el grado “4”, que se abonará a fin de cada mes y la que será modificada cada vez que lo sea para el personal de la Administración Pública Municipal. TERCERA: La asignación de referencia estará sujeta a los descuentos Jubilatorios de acuerdo a la Ley 561 y sus modificatorias y EL CONTRATADO queda comprendido dentro del régimen Jurídico Básico de la Función Pública como Personal no Permanente siendo acreedor de los beneficios de rigor. CUARTA: EL CONTRATADO queda sometido jerárquicamente a las disposiciones, órdenes y demás reglamentaciones establecidas por LA MUNICIPALIDAD y que se vinculen con las tareas asignadas y reglamentaciones en vigencia que rigen para el Personal Permanente, las que serán transmitidas por intermedio del Superior. OUINTA: LA MUNICIPALIDAD podrá rescindir en cualquier momento y sin necesidad de interpelación judiciaL el presente contrato, silos servicios de EL CONTRATADO no fueran necesarios, en este caso EL CONTRATADO no tendrá derecho a reclamar indemnización alguna. Por su parte EL CONTRATADO podrá rescindir la presente obligación en el momento que lo estime oportuno debiendo cursar comunicación por escrito en tal sentido a LA MUNICIPALIDAD con quince (15) días de anticipación. SEXTA: El presente contrato se regirá por lo dispuesto para el personal no Permanente por la Ley 22.140 y el Convenio Municipal de Empleo.— SEPTIMA: Por cualquier divergencia que se suscitare en ci cumplimiento del presente y dcba ser dirimida en los estradós judiciales, las partes se someten a la jurisdicción de las Juzgados Provinciales de Ushuaia, a cuyos fines fijan domicilio legal en la ciudad de Ushuaia, LA MUNICIPALIDAD en Darniana Fiquc y Tekenika y EL CONTRATADO en —— — — —— -— —— bla de los Pájaros N° lOO. — -_________________________________________ _______ ——--En prueba de conformidad se firman tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un sólo efecto el día a ES COPIA FIEL (1 •?ire. :j $ ••f. CDlvj ROSAS •‘.fle;,tr •.::.. Personal !IIJL.4 la Islas Malvinas, Oeonjaa y Sandwich del Sur, am y sesin 4igcnlinaf r Ushuaia, 1 de noviembre de 2016 Año XXVI - N° 125/2016 Provincia de Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur República Argentina Municipalidad de Ushuaia página 41 ‘2016 —Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional’ USH UAIA, 1 4OCí VISTO el expediente S.D. N° 2478/2015, del registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que mediante el mismo tramita la contratación de la señora Claudia Graciela QUIROGA, D.N.l. N° 27.056.578. Que se ha suscripto entre la mencionada y el señor Presidente del Instituto Municipal de Deportes, Lic. Franco GERGO, D.N.I. N° 13.264.124, el contrato registrado bajo el N° 10768, celebrado el día tres (3) de octubre de 2016. Que dicho contrato se regirá por lo dispuesto para el personal no permanente por la Ley 22.140 y el Convenio Municipal de Empleo. Que la mencionada reúne los requisitos previstos para el ingreso a la Administración Pública, según la normativa vigente en la materia. Que se cuenta con la vacante disponible. Que en consecuencia, corresponde la aprobación de dicho acuerdo. Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto administrativo, en virtud de lo establecido por el artículo 152 incisos 1) 5) de la Carta y Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia. Por ello: - EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA DE CRETA ARTICULO 1°.- Aprobar el contrato administrativo registrado bajo el N° 10768, cuya copia autenticada se adjunta y forma parte del presente, celebrado el día tres (3) de octubre de 2016, entre esta Municipalidad, representada por el señor Presidente del Instituto Municipal de Deportes, Lic. Franco GERGO, D.N.l. N° 13.264.124 la señora Claudia y Graciela QUIROGA, D.N.l. N° 27.056.578, mediante el cual se contratan sus ser’iicios para realizar tareas de control y vigilancia en el Instituto Municipal de Deportes. Ello de acuerdo a lo expresado en el exordio. ARTICULO 2°.- Imputar la presente erogación con cargo al titular presupuestario Instituto Municipal de Deportes Presidencia Partida 011. ARTICULO 3°.- Notificar a la interesada con copia autenticada del presente. ARTICULO 4°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia. — — — 89 1 Cumplido, archivar. G& • / / / ,carh.SQUTÇ/’ - • on j t-- “Las s1as v1alvinas. Georgias y Sandwich del Sur, son y serán Argentinas” Ushuaia, 1 de noviembre de 2016 Pic’.mcia de t Año XXVI - N° 125/2016 Tlciia del lAcee ¡da e islas (a: Al dinhicO 2(116 — j\ñ del ljcenleldA diC la ( 1 1 Dcc1 cjÓfl ç d página 42 a iI(de endene ¡a 5(11 1((1)i( 1)1 ca 1 CCLII 11(1 Municipal id(Id (le UsllieIia CONTRATO ADMINISTRATiVO Entre LA MUNICIPALIDAD DE USHUAIA, representada cn este acto por el Señor Presidente del Instituto Municipal de Deporte, Lic. Franco GERGO, D.N.I. N 13.264.124, en adelante llamado LA MUNICIPALIDAD, por una parte y la señora Claudia Graciela QUIROGA, D.N.I. N° 27.056.575, en adelante llamada LA CONTRATADA por la otra, se conviene en celebrar el presente CONTRATO ADMINISTRATIVO de prestación de servicios, ad referéndum del Señor intendente Municipal de Ushuaia, que se regirú bajo las siguientes cláusulas:PRIMERA: LA MUNICIPALIDAD contrata los servicios de LA CONTRATADA, quien e desempeñará en el Instituto iViunicipal de Deporte, realizando tareas de control y vigilancia de lunes a viernes de 12:00 a 19:00 hs. La duración del presente contrato será a partir del día Cuatro (4) de julio de 2016 hasta el día treinta y uno (31) de diciembre de 2016. SEGUNDA: LA MUNICIPALIDAD asigna y LA CONTRATADA acepta por los servicios prestados una retribución equivalente al cargo de agente ubicado provisoranlente en el grado 5I), que se abonará a fin de cada mes y la que será modificada cada vez que lo sea para el personal de la Administración Pública Municipal. TERCERA: La asignación de referencia estará sujeta a los descuentos Jubilatorios (le acuerdo a la Ley 561 y sus modificatorias y LA CONTRATADA queda comprendido dentro del régimen Jurídico Básico de la Función Pública como Personal no Permanente siendo acreedor de los beneficios de rigor. CUARTA: LA CONTRATADA queda sometida jerárquicamente a las disposiciones. órdenes y demás reglamentaciones establecidas por LA MUNICIPALIDAD y que se vinculen con las tareas asignadas y reglamentaciones en vigencia que rigen para el Personal Permanente, las que serán transmitidas por intermedio del Superior. QlNT: LA MUNICIPALIDAD podrá rescindir en cualquier momento y sin necesidad de interpelacion judicial el presente contrato, si los servicios de LA CONTRATADA no fueran necesarios, en este caso LA CONTRATADA no tendrá derecho a reclamar indemnización alguna. Por su parte LA CONTRATADA podrá rescindir la presente obligación en el momento que lo estime oportuno debiendo cursar comunicación por escrito en tal sentido a LA MUNICIPALIDAD con quince (15) días de anticipación. SEXTA: El presente contrato se regirá ior lo dispuesto para el personal no Permanente por la Ley 22.140 y el Convenio Municipal de Empleo. SJPTIMA: Por cualquier divergencia que se suscitare en el cumplimiento del presente y deba ser dirimida en los estrados judiciales, [as partes se someten a la jurisdicción de los Juzgados Provinciales (le Ushuaia, a cuyos fines fijan domicilio legal en la ciudad de Ushuaia, LA MUNICiPALIDAD en Avda. Malvinas Argentinas y calle 12 de Octubre y LA CONT RATA DA en Campos N° 1 090. En prueba de conformidad se firman tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto el día . o í1 iif 1 CONl RATO REOSTRADO BAJO L — N°_.jjLL_L. 1 USHUAIA, “1 as Islas Malvinas, / lo. Franco (ieorgias 0 í Pte.,tns MunicipaL de!Üeparte MunicIpalidad de Ush eSa ‘J1’ y Sandwich dci Sur. son y seHn J\IelIi IIiIS’ Ushuaia, 1 de noviembre de 2016 Año XXVI - N° 125/2016 Provincia de Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur República Argentina Municipalidad de Ushuaia página 43 ‘2016— Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional 1 4OCT 2018 USH UAIA, VISTO el expediente S.D. N° 4052/2014, deI registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que por el mismo tramita la contratación de la señora Eliana Andrea KATABIAN, D.N.I. N° 17Á82.404. Que se ha suscripto entre la mencionada y el Señor Presidente del Instituto Municipal de Deportes, Lic. Franco GERGO, D.N.I. N° 13.264.124, el contrato registrado bajo el N° 10764, celebrado el día tres (3) de octubre de 2016. Que dicho contrato se ajusta al regimen aprobado por el Decreto Municipal N° 234/97 y sus modificatorios N° 028/2001 y N° 028/2006. Que la mencionada reúne los requisitos previstos para el ingreso a la Administración Pública, según la normativa vigente en la materia. Que se cuenta con la vacante disponible Que en consecuencia corresponde la aprobacion de dicho acuerdo Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto administrativo, en virtud de lo establecido por el artículo 152 incisos 1) y 5) de la Carta Organica Municipal de la ciudad de Ushuaia Por ello EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA DECRETA ARTICULO 1°.- Aprobar el contrato administrativo registrado bajo el N° 10764, cuya copia autenticada se adjunta y forma parte del presente, celebrado el día tres (3) de octubre de 2Ü16, entre esta Municipalidad, representada por el Señor Presidente del Instituto Municipal de Deportes, Lic. Franco GERGO, D.N.I. N° 13.264.124 y la señora Eliana Andrea KATABIAN, D.N.I. N° 17.482.404, mediante el cual se contratan sus servicios para realizar tareas inherentes a su profesión de Profesora de Educación Física en el complejo Polideportivo Augusto Lasserre y/o Polodeportivo Héroes de Malvinas dependientes del Instituto Municipal de Deportes. Ello de acuerdo a lo expresado en el exordio. ARTICULO 2°.- Imputar presupuestario — la presente erogación Instituto lVlunicipal de Deportes — con cargo al titular Presidencia Partida 011. - ARTICULO 3°.- Notificar a la interesada con copia autenticada del presente. ARTICULO 4°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia y archivar.TOMUNIClPALN° 1 /2016.- ‘J’- ‘/ / 1 as Isl \i.iI Loas. ( soLglas y Sand ih dd Sui. son SLdfl Aigentinis w ‘W ‘‘ Ushuaia, 1 de noviembre de 2016 ‘JF •:prf t$. •• ‘r “?7 Año XXVI - N° 125/2016 Pmvincia do Ticrm dci Fucgn Antártida e Islas dci Atlántico Sur República Arguntina Municipalidad da Ushuaia • iw- ‘er ‘epágina 44 ‘2016- Año del Biccnta,ario de la Dcdaracián de la ln&pcndcncia N&.r CONTRATO ADMINISTRATIVO PARA EL PERSONAL TECNICO, DE FORMACION y ENTRENAMiENTO DEPORTIVO, GUARDA VIDAS Y ACTIViDADES CULTURALES —----En la ciudad de Ushuaia, el día se reúnen en rCprcselitaCión dc la Municipalidad de Ushuaia, el Señor Presidente del Instituto Municipal de Deporte, Lic. Franco CERCO, D.N.I. N° 13.264.124, con domicilio en Avda. Malvinas Argentinas y calle 12 de Octubre de esta ciudad; en ade’ante LA MUNICIPALIDAD y la Señora Eliana Andrea KATABIAN, D.NJ. N° 17.482.404, con domicilio en calle del Tolkeycn N° 950, dc esta ciudad, en adelante LA CONTRATADA, quienes acuerdan cii celebrar ad referéndum dci Señor Intendente Municipal el CONTRATO ADMINISTRATIVO de prestación de servicios, que se regirá por las siguientes cláusulas: CLAUSULA PRIMERA: LA MUNICIPALIDAD contrata los servicios de la CONTRATADA, quien se desempeñará en el Complejo Polideportivo Augusto Lasscrrre y/o Polodeportivo Héroes dçMalvinas, dependientes del Instituto Municipal de Deporte, realizando tareas inherentes a su profesión de Profesora de Educación Física, con una carga horaria de OCHENTA (80) horas reloj mensuales. CLAUSULA SEGUNDA: LA CONTRATADA responderá a las directivas sobre modalidad, horarios y días de prestación impartidas por el instituto Municipal de Deporte.CLÁUSULA TERCERA: El presente contrato tendrá vigencia a partir del día uno (l)julio de 2016 y hasta el día treinta y uno (31) de diciembre de 2016. CLAUSULA CUARTA: LA MUNICIPALiDAD asigna y LA CONTRATADA accpta por los servicios prestados, una retribución de PESOS DOSCIENTOS CUATRO CON 68/100 ($204,68) por cada hora reloj efectivamente prestada, la que será abonada durante los diez primeros días hábiles del mes siguiente a la prestación efectiva de los servicios.— ‘ , CLAUSULA QUiNTA: LA CONTRATADA queda sometida jerárquicamente a las disposiciones, órdenes y demás reglamentaciones establecidas por LA MUNICIPALIDAD y.quc se vinculen con las tareas asignadas y reglamentaciones en vigencia que rigen para el Personal de la Administración Pública Municipal, las que serán transmitidas por intermedio del Superior a cargo. CLÁUSULA SEXTA: El presente contrato se regirá conforme el Anexo 1 del Decreto ---— — — -_____ Municipal N° 234/97 y toda reglamentación complementaria. Supletoriamente se utilizarán las normas del Convenio Municipal de Empleo, el Régimen Jurídico Básico de la Función Pública Ley 22.140 y su Decreto Reglamentario 1797/80. CLÁUSULA SEPTIMA: El incumplimiento en tiempo, forma y modalidad de las funciones encomendadas a la CONTRATADA será causal automática de rescisión del presente sin derecho a reclamar indemnización alguna y sin perjuicio de las responsabilidades disciplinarias y legales que el mismo pudiere originar.CLÁUSULA OCTAVA: LA MUNICIPALIDAD podrá rescindir en cualquier momento y sin necesidad de interpelación judicial el presente contrato, si los servicios de la contratada rió fueran necesarios, en este caso LA CONTRATADA no tendrá derecho a reclamar indemnización alguna. Por su parte LA CONTRATADA podrá rescindir la presente obligación, debiendo cursar comunicación por escrito cii tal sentido a la MUNICIPALIDAD con una antelación de 30 días. CLAUSULA NOVENA: Ante cualquier divergencia suscitada en la ejecución del presente, las partes se someten a la jurisdicción de los Juzgados Provinciales de Ushuaia. A todo efecto legal se fijan los domicilios “ut supra” citados, donde se reputan válidas todas las notificaciones cursadas entre Las partes. -———En prueba de conformidad se firman tres ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.—— — —______ - — CONTRATO ‘IROIaTRADO 7 03 DCI zos BAJOELNOJØ ES Ci (Ja Franco G PielItis. b&icipal de Oepodc )kird4slldeddeLbu&a USHURID “las Talas Malvinas, (kortjas y Sandwich dci Sur, acm y seda AcntinaC ‘r ‘ie Ushuaia, 1 de noviembre de 2016 Año XXVI - N° 125/2016 Provincia de Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur República Argentina Municipalidad de Ushuaia 2O16 — página 45 Año del Bicentenario de la Declaración de la lndependenda Nacionaif USHUAIA, VISTO el expediente S.G. N° 11488/2014, del registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que mediante el mismo tramita la contratación de la señorita Marisa Fabiola URIBE HERNANDEZ, D.N.l. N°33.688.281. Que se ha suscripto entre la mencionada y el señor Secretario de Gobierno, Dn. Oscar Horacio SOUTO, D.N.l. N° 11.320.201, el contrato registrado bajo el N° 10750, celebrado el día veintiséis (26) de septiembre de 2016. Que dicho contrato se regirá por lo dispuesto para el personal no permanente por la Ley 22.140 y el Convenio Municipal de Empleo. Que la mencionada reúne los requisitos previstos para el ingreso a la Administración Pública, según la normativa vigente en la materia. Que se cuenta con la vacante disponible. Que en consecuencia, corresponde la aprobación de dicho acuerdo. Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto administrativo, en virtud de lo establecido por los artículos 152 incisos 1) y 5) de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia. Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA D ECRETA ARTICULO 1°.- Aprobar el contrato administrativo registrado bajo el N° 10750, cuya copia autenticada se adjunta y forma parte del presente, celebrado el día veintiséis (26) de septiembre de 2016, entre esta Municipalidad, representada por el señor Secretario de Gobierno. Dn. Oscar Horacio SOUTO, D.N.l. N° 11.320.201, y la señorita Marisa Fabiola URIBE HERNANDEZ, D.N.I. N° 33.688.281, mediante el cual se contratan sus servicios para realizar tareas de telefonista, operadora y/o radio-operadora en la Central de Comunicaciones y Monitoreo Urbano, dependiente de la Dirección de Defensa Civil. Ello, de acuerdo a lo expresado en el exordio. ARTICULO 2°.- Imputar la presente erogación con cargo al titular presupuestario Subsecretaría de Seguridad Urbana Partida 011. — - ARTICULO 3°.- Notificar a la interesada con copia autenticada del presente. ARTICULO 4°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia. Cumplido, archivar.- 491 lo Oscar H. SOUTC / Sec. Ccora/acófl de astOfl de “Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, son y serán Argeminas’ — Ushuaia, 1 de noviembre de 2016 Año XXVI - N° 125/2016 — página 46 — — —.. t Provincia & r &i ru Antártida o blas dat Atlántico Sur Rcpúblicn Argentina Municipalidad do Ushuaia fl0I6 - Alio del Bicentenario do la Dcclamdán de de la Independencia Nacional.” CONTRATO ADMiNISTRATIVO Entrc LA MUNICIPALIDAD DE USHUAIA, representada cn estc acto por ci señor Sccrctario. de Gobierno, Dn. Oscar Horacio SOliTO, D.N.I. N° 11.320.201, en adelante llamado LA MUNICIPALIDAD, por una partc y la scñorita Marisa Fabiola URIBE HERNANDEZ, D.N.1. N° 33.688.281, cn adclantc llamada LA CONTRATADA por la otra, se conviene cn celebrar ci prcsente CONTRATO ADMiNISTRATIVO dc prcstación de servicios, ad rcferéndum dci Señor Intcndcntc Municipal dc Ushuaia, quc sc rcgirá bajo las siguicntcs cláusulas:PRIMERA: LA MUNICIPALiDAD contrata los servicios dc la CONTRATADA, quicn se dcscmpeñará en la Central de Comunicacioncs y Monitoreo Urbano dcpcndlente dc la Dirccción dc Defensa Civil, realizando tareas de telefonista, operadora yio radio-opcradora cn días hábiles, inhábilcs y fbriados con altcmación de horas diurnas con horas nocturnas, La duración dci contrato sci4a partir dci día siete (7) do julio dc 2016 y hasta ci treinta y uno (31) dc dicicmbrc dc 2016. SEGUNDA: LA MUNICIPALiDAD asigna y LA CONTRATADA accpta por los scrvicios prestados una retribución equivalcntc al cargo de agente ubicado prov isoriamcntc cn cI grado “5”, que sc abonará a fin do cada mes y la quc será modificada cada vez quc lo sea para ci personal dc la Administración Pública Municipal. TERCERA: La asignación dc refrrencia estará sujeta a los descuentos Jubilatorios de acuerdo a la Ley 561 y sus modificatorias y LA CONTRATADA queda comprendido dentro del régimen Jurídico Básico de la Función Pública como Personal no Permanente sicndo acreedor de los beneficios de rigor. CUARTA: LA CONTRATADA queda sometida jerárquicamente a las disposiciones, órdenes y demás reglamentaciones establecidas por LA MUNICIPALIDAD y que se vinculen con las tareas asignadas y reglamentaciones en vigencia que rigen para el Personal Permanente, las que serán transmitidas por intermedio del Superior. OUINTA: LA MUNICIPALIDAD podrá rescindir en cualquier momento y sin necesidad de interpelación judicial el presente contrato, silos servicios de LA CONTRATADA no fueran necesarios, en este caso LA CONTRATADA no tendrá derecho a reclamar indemnización alguna. Por su parte LA CONTRATADA podrá rescindir la presente obligación en el momentp que lo estime oportuno debiendo cursar comunicación por escrito en tal sentido a LA MUNICIPALIDAD con quince (15) días de anticipaeión. SEXTA: El presente contrato se regirá por lo dispuesto para el personal no Permanente por la Ley 22.140 y el Convenio Municipal dc Empleo. SEPTIMA: Por cualquier divergencia que se suscitare en el cumplimiento del presente y deba ser dirimida en los estrados judiciales, las partes se someten a la jurisdicción de los Juzgados Provinciales de Ushuaia, a cuyos fines fijan domicilio legal en la ciudad de Ushuaia, LA MUNICIPALiDAD en calle San Martín N° 660 y LA CONTRATADA en Ak’enida Alem N° 2680. En p eba de conformidad se firman tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un — 4’ — —— — — • CQNTRA1 O REClfrflc 6 tle •“j) Ushuaia 8AJOELNO USHUAIA. - i8 SEP 2015 - 4f “Las ¡ ES COPIA FIEL Malvinas, Gocrajas y Sandwich dci Sur, sen y serán Argentinas” Ushuaia, 1 de noviembre de 2016 Año XXVI - N° 125/2016 página 47 1492 Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur =República Argeritina= Municipalidad de Ushuaia 2O16 — USHUAIA, Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional 14 OCT 2016 VISTO el Expediente S.H. N° 8492/2013 deI registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Municipal N° 530/2014 se adjudicó la Licitación Pública N° 12/2013 a la firma NEXO S.R.L., por la suma de PESOS UN MILLON NOVECIENTOS SESENTA MIL QUINIENTOS SESENTA ($ 1.960.560,00), por la contratación del servicio de alquiler de equipos de fotocopiadoras, impresoras y scanners, destinados a diferentes dependencias municipales, por el término de VEINTICUATRO (24) meses, con opción de prórroga por SEIS (6) meses más, a razón de PESOS OCHENTA Y UN MIL SEISCIENTOS NOVENTA ($81.690,00) mensuales, de acuerdo al Acta de Pre-Adjudicación N° 03/2014, que corre agregada a fojas 126 deI presente expediente. Que a tal fin, la Dirección de Compras Mayores y Menores, dependiente de la entonces Secretaría de Hacienda y Finanzas ha emitido la Orden de Compra N° 472/2014. Que por Decreto Municipal N° 973/2015 se aprobó el Acta de Readecuación de Precios, registrada bajo el N° 9297, sobre la Orden de Compra citada, emitiéndose a tal fin la Orden de Compra N° 692/2015. Que de acuerdo a lo indicado a fojas 335 por la señora Directora de Compras Mayores y Menores, mediante Informe D.C.M. y M. N° 09/2016, se solicitó hacer uso de la opción de prórroga prevista en el Pliego de Bases y Condiciones de la Licitación Pública N° 12/2013, autorizando dicha tramitación la señora Secretaria de Economia y Finanzas. Que mediante el Decreto Municipal N° 420/2016, se hizo uso de la opción de prórroga establecida en el Pliego de Bases y Condiciones de la Licitación Pública N° 12/2013 en relación al contrato celebrado con la firma NEXO S.R.L., por la suma total de PESOS SEISCIENTOS VEINTICINCO MIL CUATROCIENTOS DIECIOCHO CON 64/1 00 ($ 625.418,64), discriminados Qe la siguiente manera: 1) por el servicio de alquiler de equipos fotocopiadoras/impresoras, destinados a diferentes reparticiones municipales, la suma total de PESOS CUATROCIENTOS DIECINUEVE MIL SETECIENTOS OCHENTA Y SEIS CON 64/100 ($419.786,64) a razón de PESOS SESENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS SESENTA Y CUATRO CON 44/100 ($69.964,44) mensuales, por el término de SEIS (6) meses; 2) por la provisión de CUATROCIENTAS (400) resmas de papei oficio/legal con gramaje y calidad apropiados a los equipos instalados, la suma total de PESOS CIENTO NOVENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y DOS ($191.862,00), a razón de PESOS TREINTA Y UN MIL NOVECIENTOS SETENTA Y SIETE ($31.977,00) mensuales, por el término de SEIS (6) meses y; 3) por el servicio de alquiler mensual de DOS (2) impresoras láser de bajo rendimiento, destinadas al Juzgado Administrativo Municipal de Faltas, la suma total de PESOS TRECE MIL SETECIENTOS SETENTA ($13.770,00) a razón de PESOS DOS MIL DOSCIENTOS /11.2. Las Islas Mahnas, Georgias y Sándwich del Sur, son y serán Argentinas Ushuaia, 1 de noviembre de 2016 Año XXVI - N° 125/2016 Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur =República Argentina Municipalidad de Ushuaia página 48 2O16 —Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia NaoonaI 111.2. NOVENTA Y CINCO ($2.295,00) mensuales, por el término de SEIS (6) meses. Que a tal fin, la Dirección de Compras Mayores y Menores, dependiente de la Secretaría de Economía y Finanzas ha emitido la Orden de Compra N° 145/2016. Que a fojas 410 la señora Directora de Compras Mayores y Menores, mediante Informe D.C.M. y M. N° 73/2016, ha solicitado la ampliación de la presente contratación en los términos del Artículo 106 Inc a), Apartado 1) deI Decreto Municipal 1255/2013, reglamentario de la Ordenanza Municipal N° 3693, en virtud de la culminación de la Orden de Compra antes mencionada y que aún no ha concluido el trámite de adjudicación de la Licitación Pública N° 14/2016 referente a la renovación del servicio de alquiler de equipos de fotocopiadoras, impresoras y scanners, destinados a diferentes dependencias municipales. Que ha tomado intervención la señora Secretaria de Economía y Finanzas a fojas 410 autorizando la continuidad del trámite. Que se cuenta con saldo presupuestario para afrontar el gasto. Que la presente erogación se encuadra en el Artículo 110°, inciso a) de la Ordenanza Municipal N° 3693 modificada por la Ordenanza Municipal N° 4602 y Anexo 1 del Decreto Municipal N°1 255/2013 reglamentario de la Ordenanza Municipal N°3693. Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal, conforme a lo establecido en el Articulo 152° incisos 1), 18) y 32) de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia. Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA D E C R E T A: ARTÍCULO 1°.- Incrementar la suma total de PESOS CIENTO TREINTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS TREINTA Y NUEVE CON 20/1 00 ($137.239,20), equivalente al SIETE (7%) porciento de la Orden de Compra N° 472/2014 emitida a favor de la firma NEXO S.R.L., por la contratación del servicio de alquiler de equipos de fotocopiadoras, impresoras y scanners, destinados a diferentes dependencias municipales. Ello por los motivos indicados en los considerandos. ARTÍCULO 2°.-Autorizar a la Dirección de Compras Mayores y Menores dependiente de la Secretaría de Economía y Finanzas a emitir la respectiva Orden de Compra. ARTÍCULO 3°.- Imputar la suma indicada en el Artículo 1° con cargo al Titular Presupuestario Secretaría de Economía y Finanzas, Partida 013. ARTÍCULO 4°.- Comunicar, dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia. Cumplido, archivar. DECRETO MUNICIPAL N° 1492 /2016. 1 Pl’? AndreabmoRIA Secretaja de Econornia y Fniz a Uhaa Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur, son y serán Argentinas Ushuaia, 1 de noviembre de 2016 Año XXVI - N° 125/2016 página 49 Provincia de Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atiantico Sur República Argentina= Municipalidad de Ushuaia “2.016—Año del Bicenwnario de la Dcclardclon de la Independencia Nacional’ USHUAIA, 14 ÜCT 2016 VISTO el Decreto Municipal N° 266 /2016; y CONSIDERANDO: Que mediante el mismo se designó transitoriamente a partir del día primero (1) de marzo de 2016 al empleado municipal de Planta Permanente, Grado “2”, Hernán Eduardo SOSA, D.N.l. N° 26.974.923, Legajo N° 2175 a cargo de la Dirección de Ceremonial y Protocolo, dependiente de la Coordinación de Relaciones Institucionales Ceremonial y Protocolo de la Subsecretaría Unidad Intendencia. Que el mismo no se desempeña en el cargo desde el día 28 de julio de 2016 por haber sido reubicado en la Secretaría de Cultura, conforme resolución conjunta S.C.Y.L. y S.U.l. N° 002/2016 del 1 de agosto de 2016.Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto administrativo, de acuerdo a lo estipulado en el artículo 152 Inciso 1) de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia. Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA DECRETA ARTiCULO 1°.- Dejar sin efecto a partir del día veintiocho (28) de julio de 2016 el Decreto Municipal N° 266/2016 por medio del cual se designó de manera transitoria al empleado municipal de Planta Permanente Grado “2”, Hernán Eduardo SOSA, D.N.I. N° 26.974.923, Legajo N° 2175, como titular de la Dirección de Ceremonial y Protocolo dependiente de la Coordinación de Relaciones Institucionales Ceremonial y Protocolo de la Subsecretaría Unidad Intendencia. Ello en virtud de lo expuesto en los considerandos. ARTICULO 2°.- Notificar al empleado citado en el artículo primero, a la Dirección de Bienestar del Personal y a la Dirección de Haberes, con copia autenticada del presente. ARTICULO 3°.- Comunicar. Dar Copia al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia para su publicación. Cumplido, archivar.DECRETO MUNICIPAL N° 1 i.016.- // Sec. Crdri.n de tián / / /r’ ENIDENTE -f:-JadcL.. “Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur son y serán Argentinos’ - Ushuaia, 1 de noviembre de 2016 Año XXVI - N° 125/2016 Provincia de Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur República Argentina= Municipalidad de Ushuaia 2016 — página 50 Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional’ USHUAIA, 14 OCT 216 VISTO el expediente CG N° 4837/2016, del registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que mediante el mismo tramita la licencia sin goce de salario por ejercicio transitorio de otro cargo del empleado municipal de la Planta de Personal Permanente, Hernan Eduardo SOSA, D.N.l. N° 26.974.923, Legajo N° 2175, por haber sido designado Subsecretario de Ceremonial y Protocolo dependiente de la Secretaría de Gestión Gubernamental de la Secretaría General del Gobierno de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, a partir del día veintinueve (29) de julio de 2016, conforme el Decreto Provincial N° 1450/16. Que en consecuencia corresponde otorgar licencia sin goce de salario por ejercicio transitorio de otro cargo, a partir de la fecha antes indicada y mientras se desempeñe en el cargo enunciado. Que dicha licencia se encuentra establecida en el artículo 35.2 inciso a) del Convenio Municipal de Empleo. Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto administrativo en virtud de lo establecido en el artículo 152 incisos 1) y 5) Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia. de la Carta Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA D ECRETA ARTICULO 1°.- Conceder licencia sin goce de salario por ejercicio transitorio de otro cargo al empleado municipal de la Planta de Personal Permanente, Hernan Eduardo SOSA, D.N.l. N° 26.974.923, Legajo N° 2175, a partir del día veintinueve (29) de julio de 2016 y mientras se desempeñe como Subsecretario de Ceremonial y Protocolo dependiente de la Secretaría de Gestión Gubernamental de la Secretaría General del Gobierno de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur. Ello, por los motivos expuestos en los considerandos. ARTICULO 2°.- Notificar al interesado con copia autenticada del presente. ARTICULO 3°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia para su publicación. Cumplido, archivar. DECRETO MUNICIPAL N° 149 /2016. mcc / Sec. / : rackr 3estófl aiL8r VuOtO INTENDENT uicip&iciad Q “Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, son y serán Argentinas Ushuaia, 1 de noviembre de 2016 Año XXVI - N° 125/2016 Provincia de Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur “República Argentina” Municipalidad de Ushuaia página 51 “2016 —Año del flicentenario de ¡a Declaración de ¡a independencia Nacional” USHUAIA, VISTO el Expediente N° 5 — 1 2000/2015 del registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que mediante el mismo tramita el Convenio de Ocupación y Uso celebrado en fecha catorce (14) de diciembre de 2015, entre esta Municipalidad y la Agrupación Tradicionalista Jujeña ‘Tacita de Plata”, representada por su Presidente la Sra. Patricia del Carmen LAMAS, DNI N° 16.487.171, a través del cual el Municipio cede en uso con carácter precario a dicha Agrupación, una superficie de TRES MIL METROS CUADRADOS (3.000 m ) aproximadamente, denominada en forma 2 provisoria como Sección Q, Macizo 1, Parcela id, para la construcción de una sede y un espacio para realizar actividades deportivas, sociales y culturales, con fines comunitarios. Que a fs. 102 vta, la Sra. Jefa del Programa de Urbanización y el Sr. Coordinador de Producción Social del Hábitat han tomado debida intervención. Que corre anexada y forma parte del presente Decreto, copia autenticada del Convenio de Ocupación y Uso registrado bajo el N° 10048, el que consta de diez (10) cláusulas, correspondiendo su aprobación. Que es facultad del suscripto el dictado del presente acto administrativo, de conformidad con la competencia que le atribuye el art. 173 Incisos 5) y 15) de la Constitución Provincial y arts. 37 Incisos 4) y 11) y 152 Incisos 1) y 15) de la Carta Orgánica Municipal de la Ciudad de Ushuaia. Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA DECRETA ARTÍCULO 10. Apruébese en todos sus términos, el Convenio de Ocupación y Uso registrado bajo el N° 10048, celebrado el día catorce (14) de diciembre de 2015, entre esta Municipalidad y la Agrupación Tradicionalista Jujeña “Tacita de Plata”, representada por su Presidente la Sra. Patricia del Carmen LAMAS, DNI N° 16.487.171. ElIo, por los motivos expuestos en el exordio. ARTÍCULO 2°.- Notifíquese a la Agrupación Tradicionalista Jujeña “Tacita de Plata” con copia autenticada del presente. ARTÍCULO 3°.- Corrxiíquese. Dese al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia y archívese. o 1 I201F- Arq. Maria Te4’esa FERNANOEZ &cittuía de Habitat y Oid. 1tti MuÑcápaIdad de Uia Las Islas MaMnas, Georgias y Sándwich del Sur, son y serán Argentinas.” Ushuaia, 1 de noviembre de 2016 Año XXVI - N° 125/2016 página 52 CONVENlO REGI’TRAflO 100 ¡ 1 ¡ DiC 21 LAJO EL Usnuaia, 1’ AnJsr Rcpública Argcntina “2015- Año del l3icentenario del Congreso de los Pueblos Ubres” Municipalidad de Ushuani CONVENIO DE OCUPACIÓN Y USO Entrc la Municipalidad de Ushuaia, representada en éste acto por el Sr. intendente, Don Federico SCIURANO, Documento Nacional de Identidad N° 18.258.173, con domicilio en calle San Martín N° 660 de la Ciudad de Ushuaia, en adelante LA MUNICIPALiDAD, y la Agrupación Tradicionalista Jujcña”Tacita de Plata”, representada en éste acto por la Sra. Patricia del Carmen LAMAS, Documento Nacional de identidad N° 16.487.171, en su carácter de Presidente, con domicilio en Calle Hipólito Bouchard N° 651 de la Ciudad de Ushuaia, en adelante LA AGRUPACiÓN, convienen en celebrar el presente Convenio de Ocupación y Uso, ad referéndum del Concejo Deliberante de la Ciudad de Ushuaia, de conformidad a las Cláusulas que a continuación se enumeran: PRIMERA: LA MUNICiPALiDAD, cede en uso con carácter precario, y LA AGRUPACIÓN ) aproximadamente, 2 acepta, una superficie de TRES MIL METROS CUADRADOS (3000,00 m denominada en forma provisoria como Sección Q, Macizo 1, Parcela Id, debiendo la misma ser amojonad4 de acuerdo croquis que corre agregado al presente como Anexo 1. SEGUNDA: LA MUNICIPALiDAD, cede en uso con carácter precario, la superficie mencionada “ut-supra”, con el objeto de que LA AGRUPACIÓN construya su sede y un espacio para realizar actividades deportivas, sociales y culturales, con fines comunitarios, encuadrando a LA AGRUPACiÓN; dentro las instituciones mencionadas en el inciso a), dci artículo 6 de la Ordenanza Municipal N° 2025. — TERCERA: LA AGRUPACIÓN contará con un plazo no mayor a noventa (90) días para cercar y limpiar l sector establecido en la Cláusula Primera, quedando obligada a tramitar la documentación de obra que proponga realizar, las que deberán contar con la Aprobación y Permiso de Obra correspondientes, debiendo dar inicio de la construcción dentro del año de la ratificación dci liresente por parte del Concejo Deliberante de la Ciudad de Ushuaia. CUARTA: El plazo de vigencia del presente convenio es de un (01) año corrido, a partir de su ratificación por parte del Concejo Deliberante tfc la ciudad de Ushuaia, prorrogable por periodos iguales y consecutivos, una vez verificado el cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Cláusula Tercera. QUINTA: Queda prohibida la cesión y/o transferencia total o parcial del presente Convenio, como así también el cambio o incorporación de usos no autorizados, bajo pena de rescisión automática. SEXTA: LA MUNICIPALIDAD podrá requerir la restitución inmediata del sector mencionado en la Cláusula Primera en caso de comprobación fehaciente del incumplimiento por parte de LA AGRUPACIÓN de cualquiera de las obligaciones asumidas en el presente, sin derecho a reclamo o indemnización alguna a su favor. - LA MUNICIPALiDAD se el estado del sector /1/2... 1) “Las lslas Ushuaia, 1 de noviembre de 2016 Año XXVI - N° 125/2016 página 53 CONVENIO REGISTRADÇ 1004 BAJO EL N___--—— D Ushuaia, Provincia de Tierra dci Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur Rcpúhlica Argentina— Municipalidad de Ushuaia ‘2015- Año del I3iccntcnario del Congreso de los Pueblos Libres /1/2... objeto del presente, en cualquier momento y sin necesidad de comunicación previa a LA AGRUPACiÓN. - OCTAVA: LA MUNICIPALIDAD se compromete a adjudicar la parcela mencionada en la Cláusula Primera, una vez cumplidas las condiciones establecidas en el presente, y registrada la mensura del sector. —- NOVENA: Las divergencias que se produzcan como consecuencia del presente convenio serán sometidas a la jurisdicción y competencia de los Tribunales Ordinarios de la Provincia de Tierra del Fuego, con asiento en la ciudad de Ushuaia, renunciando expresamente a cualquier otro fuero o jurisdicción. DECMA: A todo efecto las partes constituyen domicilio en los “ut-supra” mencionados, donde se reputarán válidas todas las notificaciones con causa en el presente, salvo modificación de los mismos, fehacientemente notificada a la parte contraria. En prueba de conformidad, las partes firman tres (03) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efccto, en la Ciudad de Ushuaia, capital de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas delAtláhticoSur,alós - )Lt del año 2.015.--— ¿ ¿tt) “Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, non y serán Argenlinas” ( Ushuaia, 1 de noviembre de 2016 Año XXVI - N° 125/2016 página 54 REGISTRADO 8 4 fl gp 1 ¡¡ r/? ¿)/ MUNICIPALIDAD DE USHUAIA SUBSECRETARIA DE PLANEAMIENTO Y PROYECTOS URBANOS visado: iE rna: ANEXO ¡ - CONVENIO N° dreccidn: Agrim.J.A.RQLÁNDO ou. fecha: 09/2015 ubICoan: PARCELA id DEi. MACIZO 1 DE LA SECCION Q (ANTE PRCr’ECTO DE MENSURA) 1btijo: F.NACUCIII esca’a: s/E Ushuaia, 1 de noviembre de 2016 Año XXVI - N° 125/2016 página 55 3 Provincia de Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur República Argentina Municipalidad de Ushuaia 2O16 —Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional” USH UAIA, L jL .ii1b VISTO el expediente N° M-300225569/2009 del registro de la Dirección de Suelo Urbano; y CONSIDERANDO: Que mediante el mismo la Sra. Micaela MARTINEZ, D.N.l N° 30.022.569, con domicilio en calle Puerto Remolino N° 3941, tramita la adjudicación en venta de un predio ubicado en el ejido municipal de esta ciudad. Que por Decreto Municipal N° 1425/2010, de fecha nueve (09) de noviembre de 2010, se preadjudicó a los beneficiarios de soluciones habitacionales nucleados en el Sindicato Único de Trabajadores de la Educación Fueguina -SUTEF- fracciones de predios municipales identificadas catastralmente en forma provisoria, en virtud de encontrarse el plano de mensura en trámite de registro ante la Dirección de Catastro Provincial. Que se desprende del Punto 44, del Anexo 1 del instrumento mencionado en el considerando anterior que a la Sra. MARTINEZ, le correspondería el predio identificado catastralmente en forma provisoria como Sección Q, Macizo 7A, Parcela 24, ascendiendo su valor de venta provisorio a la suma de PESOS VEINTISIETE MIL SETECIENTOS CINCO CON 82/100 ($ 27.705,82), con destino a vivienda unifamiliar. Que a fs. 76 el Instituto Provincial de Vivienda, mediante Nota N° 1044, Letra: l.P.V., (S.G.D.N N/Z) de fecha veintisiete (27) de junio de 2016, solicita se informe si la Sra. Micaela MARTINEZ, DNI N° 30.022.569, se encuentra alcanzada por el beneficio de la Ordenanza Municipal N° 3843, en su artículo 2°, u Ordenanzas vigentes a la fecha para aquellos casos en que la adjudicataria haya cancelado íntegramente el precio de venta referente al predio denominado catastralmente como Sección Q, Macizo 7A, Parcela 24. Que a fs. 92/93 obra verificación de ocupantes de fecha veinticinco (25) de julio de 2016, de la cual se desprende que el predio Q-7A-24, se encuentra baldío sin cerco perimetra 1. Que a fs. 95 obra certificado de situación fiscal regular N° 0003518/2016, deI cual surge que la venta de tierras fiscales del predio identificado catastralmente como Sección Q, Macizo 7A, Parcela 24, se encuentra cancelado según valor establecido en Decreto Municipal N° 1425/2010, sin bonificación prevista en Ordenanza Municipal N° 3799, y se mantiene en situación fiscal regular por Impuesto Inmobiliario y Tasa General por Servicios Municipales. Que a fs. 100/101 mediante Nota N° 183/1 0, Letra: Of. S.I.C., se informa que la superficie del predio Q-7A-24, es de TRESCIENTOS METROS CUADRADOS CON SESENTA Y SÉIS DECÍMETROS CUADRADOS (300,66 2 m ) , correspondiéndole aplicar el precio de PESOS NOVENTA Y DOS CON 15/100 ($ 92,15) por metro cuadrado, para vivienda unifamiliar, ascendiendo el valor de venta a la suma de PESOS VEINTISIETE MIL SETECIENTOS CINCO CON 82/100 ($27.705,82), para la superficie indicada. Que mediante Ordenanza Municipal N° 5099, se establece que los valores / ¿:4 1 !- “Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur son y serán Argentinas” Ushuaia, 1 de noviembre de 2016 Provincia de Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur República Argentina Municipalidad de Ushuaia Año XXVI - N° 125/2016 página 56 2O16—Año del Bicentenario de la Declaración dela Independencia Nacional” .2// fijados respecto de los predios municipales destinados a vivienda unifamiliar mediante convenios de custodia/uso/ocupación y/o decretos de preadjudicación u otro instrumento mediante el cual se realizara la pre-asignación y que se encuentren cancelados o con planes de pago vigentes, serán tomados como valores de venta definitivos al momento de dictarse el correspondiente Decreto de adjudicación. Que a fs. 102 obra Nota N° 18/2012, Letra: D.l.O.P., a través de la cual la Dirección de Obras Públicas informa que el Macizo 7A, de la Sección Q, cuenta con red cloacal ejecutada y funcionando. Que a fs. 103 obra Informe D.T. y M. N° 10/12, de fecha veinticinco (25) de abril de 2012, a través del cual el Departamento de Topografía y Mensura, informa que mediante Plano TE 1 —76 — 10, se modifica y divide el Macizo 7A, de la Sección Q. Que a fs. 104 obra Subdivisión Parcelaria, Escritura N° 79/2011, de la cual surge que mediante Matrícula ll-A-13012, se inscribió el predio Q-7A-24, ante el Registro de la Propiedad Inmueble. Que a fs. 105 y 106 obran resumen de situación parcelaria y plancheta catastral, respectivamente, de las cuales surge que el predio Q-7A-24, posee una superficie de TRESCIENTOS METROS CUADRADOS CON SESENTA Y SÉIS DECÍMETROS CUADRADOS (300,66 2 m ) , no surgiendo diferencia con la informada por la entonces Oficina de Sistema de Información Catastral, mediante Nota N° 183/10, Letra: Of. S.l.C.. Que a fs. 107 la Sra. MARTINEZ suscribe solicitud de emisión de Obligaciones Cumplidas encuadradas en la Ordenanza vigente, por el predio Q-7A-24. Que a fs. 108/109 obra Informe Div. Ev. Doc. N° 73/2016, de fecha veintitrés (23) de septiembre de 2016, mediante el cual se informa que la Sra. MARTINEZ cumple con toda la documentación solicitada acorde a la normativa vigente y su trámite se encuadra con lo estipulado en el artículo 29 de la Ordenanza Municipal N° 5055. Que a fs. 111 mediante Nota N° 370/1 6, Letra: D.S.U., de fecha veintitrés (23) de septiembre de 2016, se informó al Instituto Provincial de Vivienda que el presente caso se encuadra con lo establecido en el artículo 29 de la Ordenanza Municipal N° 5055, con destino a vivienda unifamiliar, y se dió conformidad a la firma de la Escritura, en forma simultánea con la constitución de la Hipoteca a favor del Instituto Provincial de Vivienda sobre el predio Q-7A24, el cual se encuentra inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble y Preadjudicado a favor de la Sra. Micaela MARTINEZ, D.N.I N° 30.022.569. Que a fs. 111 vta, la Dirección de Suelo Urbano indica realizar Proyecto de Decreto en el marco del artículo 29 de la Ordenanza Municipal N° 5055. Que el expediente de marras contiene la documentación oportunamente requerida a la solicitante conforme a la normativa vigente. Que se ha dado estricto cumplimiento a los recaudos formales impuestos por la legislación vigente, expidiéndose la Secretaría de Hábitat y Ordenamiento Territorial a través de sus áreas pertinentes. Que a fs. 114 vta., la Sra. Jefa del Programa de Urbanización y el /113... “Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur son y serán Argentinas” Ushuaia, 1 de noviembre de 2016 Provincia de Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur República Argentina Municipalidad de Ushuaia Año XXVI - N° 125/2016 página 57 2O16 —Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional” .3/Ii Sr. Coordinador de Producción Social del Hábitat, han intervenido indicando la continuidad del trámite. Que es facultad del suscripto el dictado del presente acto administrativo, de conformidad con la competencia que le atribuye el art. 173° Incisos 5) y 15) de la Constitución Provincial, arts. 37° Incisos 4) y 11) y 152° Inciso 1) y 15) de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia, arts. 5° y 29 de la Ordenanza Municipal N° 5055 y Ordenanza Municipal N° 5099.. Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA D E C R ETA ARTÍCULO 1°.- Adjudicar en venta a la Sra. Micaela MARTINEZ, D.N.l N° 30.022.569, con domicilio en calle Puerto Remolino N° 3941, el predio municipal catastralmente identificado como Sección Q, Macizo 7A, Parcela 24, de la ciudad de Ushuaia, con una superficie de TRESCIENTOS METROS CUADRADOS CON SESENTA Y SEIS DECIMETROS CUADRADOS (300,66 2 m ) , con destino a vivienda unifamiliar. ARTICULO 2°.- Establecer como valor de venta definitivo del predio descripto en el artículo primero del presente, la suma de PESOS VEINTISIETE MIL SETECIENTOS CINCO CON 82/100 ($ 27.705,82), el cual se encuentra totalmente abonado. Ello, por los motivos expuestos en el exordio. ARTiCULO 3°.- Declarar cumplidas las obligaciones contraídas por la Sra. Micaela MARTINEZ, D.N.l N° 30.022.569, sobre el predio identificado catastralmente como Sección Q, Macizo 7A,. Parcela 24, de esta ciudad, conforme lo establecido en el artículo 29 de la Ordenanza Municipal N° 5055. ARTÍCULO 4°.- Proceder a la escrituración del predio identificado catastralmente como Sección Q, Macizo 7A, Parcela 24, a nombre de la Sra. Micaela MARTINEZ, D.N.l N° 30.022.569, en forma simultánea con la constitución de la hipoteca a favor del Instituto Provincial de Vivienda, ante el Escribano que designen las partes. ARTÍCULO 5°.- Notificar a la adjudicataria con copia autenticada del presente, haciéndole saber que podrá interponer recurso de reconsideración ante el mismo órgano que lo dictó dentro de los diez (10) días hábiles desde su notificación conforme lo establecido por el artículo 127 de la Ley Provincial N° 141. ARTÍCULO 6°.- comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia y Maria Teea da Kabitity cd. 1 MunicÁpalidad de Lha “Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur son y serán Argentinas’ iivar. Ushuaia, 1 de noviembre de 2016 Año XXVI - N° 125/2016 u página 58 17 Provincia de Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur República Argentina Municipalidad de Ushuaia 2O16 — Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional USHUAIA, 1 jL üib VISTO el expediente N° CIG-3147308312010 del registro de la Dirección de Suelo Urbano; y CONSIDERANDO: Que mediante el mismo la Sra. Yamila Vanesa, COLIVORO GÓMEZ D.N.l N° 31 .473.083, con domicilio en calle Gdor. Valdéz N° 471, tramita la adjudicación en venta de un predio ubicado en el ejido municipal de esta ciudad. Que por Decreto Municipal N° 183/2011, de fecha veintisiete (27) de enero de 2012, se preadjudicó fracciones de predios municipales identificadas catastralmente en forma provisoria, en virtud de encontrarse el plano de mensura en trámite de registro ante la Dirección de Catastro Provincial. Que se desprende del Punto 8, deI Anexo 1, del instrumento mencionado en el considerando anterior que a la Sra. COLIVORO GÓMEZ, le correspondería el predio identificado catastralmente en forma provisoria como Sección O, Macizo DD, Parcela 18. Que por Decreto Municipal N° 171 8/2010, de fecha veintisiete (27) de diciembre de 2010, se establecieron los valores de venta de los predios ubicados en la Vertiente Sudoccidental del Valle de Andorra en el Anexo 1, quedando la mensura de división Parcelaria con carácter de provisorio. Que por Decreto Municipal N° 434/2011, de fecha trece (13) de abril de 2011, se sustituye el Anexo 1 del Decreto Municipal N° 1718/2010, por haberse detectado un error material. Que se desprende del Punto 222 del Anexo 1, del instrumento mencionado en el considerando anterior, que al predio identificado catastralmente en forma provisoria como Sección O, Macizo DD, Parcela 18, le correspondería aplicar el precio de venta de PESOS SESENTA Y CINCO CON 82/1 00 ($ 65,82), por metro cuadrado para vivienda unifamiliar, para una superficie de DOSCIENTOS METROS CUADRADOS (200,00 m ), por lo que el valor de 2 venta provisorio asciende a la suma de PESOS TRECE MIL CIENTO SESENTA Y CUATRO CON 00/1 00 ($ 13.164,00). Que a fs. 112/113 la Dirección de Urbanismo, mediante Nota N° 031/13, Letra: D.U., comunica que se registró la mensura de división parcelaria del sector mediante Plano de Mensura TF 1 84 09 y que para el predio provisorio O-DD-18, le correspondería definitivamente la nomenclatura catastral identificada como Sección O, Macizo 11, Parcela 19. Que a fs. 114 obra subdivisión parcelaria Escritura N° 01 1/1 3, de la cual surge — — que a través de Matrícula lI-A-13828, se inscribió el predio 0-11-19, ante el Registro de la Propiedad Inmueble. / Que a fs. 115 la Dirección de Obras, dependiente de la Subsecretaría de Obras Públicas, informa que las sesenta y cuatro (64) Hectáreas correspondientes a la urbanización del ‘3// / - Valle de Andorra, cuentan con seMcio de cloacas habilitada y funcionando. e a fs. 116 y 117 obran resumen de situación parcelaria y plancheta catastral 9 Q ¡1 1/12... Las Islas Malsinas Georgias y Sandwich del Sur son y ser Argentinas Ushuaia, 1 de noviembre de 2016 Año XXVI - N° 125/2016 página 59 1497 Provincia de Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur República Argentina Municipalidad de Ushuaia ‘2016 —Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional” .2/II respectivamente, de los cuales surge que el predio 0-11-19, posee una superficie de DOSCIENTOS METROS CUADRADOS (200,00 m ), no existiendo diferencia de superficie 2 con la establecida en el Decreto Municipal N° 434/2011. Que a fs. 123 obra certificado de situación fiscal regular N° 0003303/2016, del cual surge que la venta de tierras fiscales del predio identificado catastralmente como Sección O, Macizo 11, Parcela 19, se encuentra cancelada según valor establecido en Decreto Municipal N° 434/2011, sin bonificación prevista en Ordenanza Municipal N° 3799, y se mantiene en situación fiscal regular por Tasa General por Servicios Municipales e Impuesto Inmobiliario. Que mediante Ordenanza Municipal N° 5099, se establece que los valores fijados respecto de los predios municipales destinados a vivienda unifamiliar mediante convenios de custodia/uso/ocupación y/o decretos de preadjudicación u otro instrumento mediante el cual se realizara la pre-asignación y que se encuentren cancelados o con planes de pago vigentes, serán tomados como valores de venta definitivos al momento de dictarse el correspondiente Decreto de adjudicación. Que a fs. 125 el Instituto Provincial de Vivienda, mediante Nota N° 1386, Letra: l.RV., (D.N.S/Z), de fecha nueve (09) de agosto de 2016, solicita se informe si la Sra. Yamila Vanesa, COLIVORO GÓMEZ D.N.l. N° 31.473.083, ha cancelado íntegramente el precio de venta del predio identificado catastralmente como Sección O, Macizo 11, Parcela 19. Que a fs. 126/127 obra verificación de ocupantes de fecha veintidós (22) de agosto de 2016, de la cual se desprende que el predio 0-11-19, se encuentra implantada una construcción, con cerco parcial. Que a fs. 129 la Sra. COLIVORO GÓMEZ, suscribe solicitud de emisión de Obligaciones Cumplidas encuadradas en la Ordenanza vigente, por el predio 0-11-19. Que a fs. 130/131 obra Informe Div. Ev. Doc. N° 68/2016, de fecha veintitrés (23) de Septiembre de 2016, mediante el cual se informa que la Sra. COLIVORO GÓMEZ, cumple con toda la documentación solicitada acorde a la normativa vigente y su trámite se encuadra con lo estipulado en el artículo 29 de la Ordenanza Municipal N° 5055. Que a fs. 133 mediante Nota N° 372/2016, Letra: D.S.U., de fecha veintitrés (23) de septiembre de 2016, se informó al Instituto Provincial de Vivienda, que la Sra. Yamila Vanesa, COLIVORO GÓMEZ, D.N.l. N° 31.473.083, se encuentra alcanzada por el beneficio de lo establecido en el artículo 29 de la Ordenanza Municipal N° 5055, con destino a vivienda unifamiliar, y se dió conformidad a la firma de la Escritura, en forma simultánea con la constitución de la Hipoteca a favor del Instituto Provincial de Vivienda, sobre el predio 0-1119, el cual se encuentra inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble y Preadjudicado a favor de la Sra. Yamila Vanesa, COLIVORO GÓMEZ D.N.l N°31.473.083. Que a fs. 133 vta, la Dirección de Suelo Urbano indica realizar Proyecto de Decreto en el marco del artículo 29 de la Ordenanza Municipal N° 5055. Que el expediente de marras contiene la documentación oportunamente 1) /1/3... “Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur son y serán Argentinas” Ushuaia, 1 de noviembre de 2016 Año XXVI - N° 125/2016 Provincia de Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur República Argentina Municipalidad de Ushuaia 2O16 — página 60 Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacionaf .3//I requerida a la solicitante conforme a la normativa vigente. Que se ha dado estricto cumplimiento a los recaudos formales impuestos por la legislación vigente, expidiéndose la Secretaría de Hábitat y Ordenamiento Territorial a través de sus áreas pertinentes. Que a fs. 137 vta, la Sra. Jefa del Programa de Urbanización y el Sr. Coordinador de Producción Social del Hábitat, han intervenido indicando la continuidad del trámite. Que es facultad del suscripto el dictado del presente acto administrativo, de conformidad con la competencia que le atribuye el art. 173° Incisos 5) y 15) de la Constitución Provincial, arts. 37° Incisos 4) y 11) y 152° Inciso 1) y 15) de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia, arts. 5° y 29° de la Ordenanza Municipal N° 5055 y Ordenanza Municipal N° 5099. Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA D ECRETA ARTÍCULO 1°.- Adjudicar en venta a la Sra. Yamila Vanesa, COLIVORO GÓMEZ D.N.l N° 31.473.083, con domicilio en calle Gdor. Valdéz N° 471, el predio municipal catastralmente identificado como Sección O, Macizo 11, Parcela 19, de la ciudad de Ushuaia, con una superficie de DOSCIENTOS METROS CUADRADOS (200,00 m ), con destino a vivienda 2 un ifa miliar. ARTÍCULO 2°.- Establecer como valor de venta definitivo del predio descripto en el artículo primero del presente, la suma de PESOS TRECE MIL CIENTO SESENTA Y CUATRO CON 00/100 ($ 13.164,00), el cual se encuentra totalmente abonado. Ello, por los motivos expuestos en el exordio. ARTÍCULO 3°.- Declarar cumplidas las obligaciones contraídas por la Sra. Yamila Vanesa, COLIVORO GÓMEZ D.N.I N° 31 .473.083, sobre el predio identificado catastralmente como Sección O, Macizo 11, Parcela 19 de esta ciudad, conforme lo establecido en el artículo 29 de la Ordenanza Municipal N° 5055. ARTÍCULO 4°.- Proceder a la escrituración del predio identificado catastralmente como Sección O, Macizo 11, Parcela 19, a nombre de la Sra. Yamila Vanesa, COLIVORO GÓMEZ D.N.I N° 31.473.083, en forma simultánea con la constitución de la hipoteca a favor del Instituto Provincial de Vivienda, ante el Escribano que designen las partes. ARTÍCULO 5rNOtificar a la adjudicataria con copia autenticada del presente, haciéndole saber que ppdrá\ interponer recurso de reconsideración ante el mismo órgano que lo dictó dentro de ¡ys die (10) días hábiles desde su notificación conforme lo establecido por el artículo 12de la 1.y Provincial N° 141 ÍCULcj 6°.- Comunicayar al Boletín Oficial de la Municipalidad de 1 Maria Teresa FERNANDEZ 97 &aia d Kbftat y Ord. TeniteÑ Muniapaidad de Uliula “Las Islas Malvinas, Georgi’ Sandwich del Sur son y serán Ushuaia, 1 de noviembre de 2016 Provincia de Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur República Argentina= Municipalidad de Ushuaia Año XXVI - N° 125/2016 página 61 “2016— Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional” USHUAIA, 14 VISTO el expediente N° D-27553100/2010 del registro de la Dirección de Suelo Urbano; y CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Municipal N° 357/2013, de fecha veintiséis (26) de marzo de 2013, se adjudicó en venta a la Sra. Claudia Alejandra DUARTE, Documento Nacional de Identidad N° 27.523.100, con domicilio en calle Houssay 200, CADIC, el predio identificado catastralmente como Sección Q, Macizo 3A, Parcela 18, de esta ciudad, con una superficie de TRESCIENTOS OCHO METROS CUADRADOS CON CINCUENTA Y SEIS DECMETROS CUADRADOS (308,56 m ), fijándose el precio de venta en la suma de 2 PESOS VEINtICUATRO MIL SETECIENTOS VEINTICUATRO CON 91/1 00 ($ 24124,91) y declarándose cumplidas las obligaciones conforme a lo establecido en el artículo 2° de la Ordenanza Municipal N° 3843. Que en el artículo 4° del instrumento antes citado, se indicó proceder a la escrituración del predio a favor de la Sra. DUARTE, en forma simultánea con la constitución de la hipoteca a favor del Banco Hipotecario S.A., ante el escribano que designen las partes. Que a fs. 67 obra certificado de situación fiscal regular N° 0013296/2012, del cual surge que la venta de tierras fiscales se encuentra cancelada según Decreto Municipal N° 1672/2010, sobre el predio Q-3A-18. Que a fs. 97, mediante Nota registrada por este Municipio bajo el N° 03339, en fecha diecinueve (19) de junio de 2014, la Sra. DUARTE informa que ha desistido del crédito hipotecario a favor del Banco Hipotecario S.A.. Que a fs. 97 vta., la Sra. DUARTE solicita formular un nuevo Decreto con el fin de escriturar por el artículo 30 de la Ordenanza Municipal N° 2025. Que a fs. 98/99 y 1321133, obran Verificaciones de Ocupantes, de fechas veintiocho (28) de julio de 2014 y trece (13) de noviembre de 2015, mediante las cuales se constató que la Sra. DUARTE habita en el predio desde el mes de noviembre de 2013 aproximadamente. Que a fs. 107 la Sra. DUARTE solicita se emitan las Obligaciones Cumplidas encuadradas en la Ordenanza Vigente. Que a fs. 118 obra Nota registrada por este Municipio bajo el N° 04010, en fecha veintiocho (28) de agosto de 2015, mediante la cual el Banco Hipotecario S.A. informa que la Sra. DUARTE no ha ingresado documentación para solicitar préstamo hipotecario y afectar el predio catastralmente identificado como Sección Q, Macizo 3A, Parcela 18. Que del resumen de situación parcelaria y de la plancheta catastral obrantes a fs. 128 y 129, surge que el predio Q-3A-18 posee una superficie de TRESCIENTOS OCHO METROS CUADRADOS CON CINCUENTA Y SEIS DECÍMETROS CUADRADOS (308,56 ), no existiendo diferencia con la establecida en Decreto Municipal N° 357/2013. 2 m Que a fs. 134 obra Informe de la División Ev. Doc. N° 288/2015 mediante el cual se infoçna que la Sra. DUARTE cumple con toda la documentación solicitada acorde a /1/2... 7 —1 y “LAS ISLAS MALVINAS, GEORGIAS, SANDWICH DEL SLR SON Y SER’N ARGENTINAS’ Ushuaia, 1 de noviembre de 2016 Provincia de Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur ‘“República Aígentina’» Municipalidad de Ushuaia • . Año XXVI - N° 125/2016 página 62 2016— Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional” .2// la normativa vigente y su trámite se encuadra con lo estipulado en el artículo 30 de la Ordenanza Municipal N° 2025. Que a fs. 134 vta., la Dirección de Suelo Urbano indicó realizar Proyecto de Decreto modificando lo relativo a la declaración del cumplimiento de las Obligaciones la y emisión del título de Propiedad con gravamen hipotecario, declarándolas por el artículo 30 de la Ordenanza Municipal N° 2025. Que corresponde, en consecuencia, dejar sin efecto los Considerandos decimocuarto y decimoquinto y los artículos 3° y 4° del Decreto Municipal N° 357/2013, de fecha veintiséis (26) de marzo de 2013, y establecer las Obligaciones conforme lo dispuesto por el artículo 30 de la Ordenanza Municipal N° 2025. Que a fs. 138 vta, la Dirección de A.D. y Bco. T., indicó readecuar Proyecto de Decreto, previo solicitar certificado de situación fiscal regular. Que a fs. 140 obra certificado de situación fiscal regular N° 0004349/2016, del cual surge que la Sra. DUARTE mantiene regularizada su situación tributaria de Tasa General por Servicios Municipales e Impuesto Inmobiliario, sobre el predio Q-3A-18. Que a fs. 138 y 149 vta, la Sra. Jefa del Programa de Urbanización y el Sr. Coordinador de Producción Social del Hábitat, han tomado debida intervención indicando la continuidad del trámite. Que es facultad del suscripto el dictado del presente acto administrativo, de conformidad con la competencia que le atribuye el art. 173, incisos 5) y 15) de la Constitución Provincial, arts. 37 incisos 4) y 11) y 152 incisos 1) 15) de la Carta Orgánica Municipal de la y ciudad de Ushuaia, artículo 5° y 28 de la Ordenanza Municipal N° 5055 artículo 117° de la y Ley Provincial N° 141. Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA DECRETA ARTÍCULO 10. Dejar sin efecto el decimocuarto y decimoquinto Considerando, y modificar los artículos 3° y 4° deI Decreto Municipal N° 357/2013, de fecha veintiséis (26) de marzo de 2013. ARTÍCULO 2°.- Sustituir el artículo 3° del Decreto Municipal N° 357/2013 de fecha trece (13) de noviembre de 2013, el que quedará redactado de la siguiente manera “ARTÍCULO : 3°.- Declarar cumplidas las obligaciones contraídas por la Sra. Claudia Alejandra DUARTE, Documento Nacional de Identidad N° 27.523.100, por el predio identificado catastr almente como sección Q, macizo 3A, parcela 18, conforme lo establecido en el artículo 28 de ¡a Ordenanza Municipal N° 5055.”. ¿7 n ARTÍCULO 3°.- Sustituir el artículo 4° del Decreto Municipal N° 357/2013 de fecha trece (13) de noviembre de 2013, el que quedará redactado de la siguiente manera: “ARTÍCULO 4°.con el trámite a los fines de la extensión del correspondiente Titulo de Propiedad Continuar en favor de la Sra. Claudia Alejandra DUARTE, Documento Nacional de Identidad N° 27.523.100sobre la Parcela 18, Macizo 3A, Sección Q, de esta ciudad.”. ARTíCULc °.- Notificar a la interesada con copia autenticada del presen hacién te, dole 1/13... S ISS LVINAS GEORGS S4D ¡CH DEL SUR SO Y AGENAS Ushuaia, 1 de noviembre de 2016 Año XXVI - N° 125/2016 Provincia de Tierni del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur República Argentina” Municipalidad de Ushuaia “2016 página 63 Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional” • .3//I saber que podrá interponer recurso de reconsideración ante el mismo órgano que lo dictó, dentro de los diez (10) días hábiles desde su notificación conforme lo establecido por el artículo 127° de la Ley Provincial N° 141. ARTICULO 5°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia y archivar. I2íHR- Arq. Marta Tre Stcretaiia de Hbitjt y Uunkcpaijdad del . “LAS ISLAS MALVINAS, GEORGIAS, SANDWICH DEL SUR SON Y SERÁN ARGENTINAS” Ushuaia, 1 de noviembre de 2016 Año XXVI - N° 125/2016 página 64 1*99 Provincia de Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur República Argentina MUNICIPALIDAD DE USHUAIA “2016- Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional USHUAIA, 14 IJCT 2016 VISTO el expediente OP N° 3085/ 2016 del registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que mediante Ordenanza Municipal N° 4136, se autorizó al Departamento Ejecutivo Municipal a contratar en forma directa con ¡as Cooperativas de Trabajo y sociedades de hecho consignadas en el Anexo I de la misma, siempre que cumplieran con las condiciones de encontrarse inscriptas y con carácter de regular ante la Inspección General de Justicia y que hubieran dado cumplimiento a las condiciones de la contratación. Que la Dirección de Parques y Jardines informa ¡a necesidad de continuar los servicios prestados bajo las mismas condiciones, con la firma Alvear S.H. Que desde la fs.12 a la fs. 29 y desde la fs, 32 a la fs. 37 se adjunta la documental requerida a la firma ALVEAR SM. Que a fs. 30 se adjunta estructura de costos emitido por la Dirección de Compras Mayores y Menores; de la cual la Sra. Secretaria de Economía y Finanzas C.P.N. Andrea ONTORIA, no ha emitido objeciones, autorizando la continuidad de la contratación. Que a fs. 37 vta, se autoriza la contratación Directa por el Secretario de Coordinación de Gestión Prof. Oscar SOUTO, por el período de doce (12) meses. Que, en concordancia con lo solicitado y en el marco de la Ordenanza Municipal mencionada ut supra, se autoriza la Contratación Directa con la firma ALVEAR S.H.; a fin de realizar tareas de producción floral, jardinería urbana en los diferentes espacios públicos de la ciudad, a razón de la suma de PESOS SESENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS VEINTISIETE CON 99/ 100 ($65.727.99) mensuales. Que el servicio, se concretará, con mano de obra y equipamiento a su cargo, desde el día catorce (14) de Octubre del año 2016. Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto administrativo, de acuerdo a lo establecido en los artículos N° 152 inciso 1) y 18), de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia y Ordenanza Municipal N°4136. Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA DECRETA ARTICULO 1°.-. Autorizar la contratación directa con la firma ALVEAR S.H., por la suma de PESOS SESENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS VEINTISIETE CON 99/ 100 ($65.727.99) mensuales, a partir del día catorce (14) de Octubre de 2016, para cumplir servicios destinados a tareas de producción floral, jardinería urbana en los diferentes espacios públicos de la ciudad, con su respectivo equipamiento a su cargo, por el término de DOCE (12) meses. Ello, por las razones expuestas en el exordio. ARTICULO 2°.- Autorizar a la Dirección de Compras Mayores y Menores dependiente de la Secretaría /1/.. .2 “Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich de Sur, Son y Serán Argentinas” Ushuaia, 1 de noviembre de 2016 Año XXVI - N° 125/2016 página 65 Provincia de Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur “2016- Mo del Bicentenario de la Declaración de la Independencia NaconaF República Argentina MUNICIPALIDAD DE USHUAiA .1112 de Economía y Finanzas a suscribir la documentación respaldatoria, como así también a emitir la correspondiente Orden de Compra. Ello por lo indicado precedentemente. ARTICULO 3°.- Notificar al Concejo Deliberante de la ciudad de Ushuaia, conforme a lo previsto en el artículo 3° de la Ordenanza Municipal N° 4136. ARTICULO 4°.-El gasto que demande el cumplimiento del presente deberá ser imputado a los Titulares Presupuestarios correspondientes, Partida 013. ARTICULO 5°.-Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia, Cumplido, archivar. DECRETO MUNICIPAL N° 1 499 /2016.- vr. CP’i ‘‘“ _)i . VbCZD ,.‘. IlUflcpjJ ce Ushta “Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich de Sur, Son y Serán Argentinas” Ushuaia, 1 de noviembre de 2016 Año XXVI - N° 125/2016 Provincia de Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur República Argentina Municipalidad de Ushuaia página 66 2C16 —Año del Bicentenario de la Declaración de la Iridependencia Nacional USHUAIA, 1 DC 12ilh VISTO Y CONSIDERANDO: Que el día diecisiete (17) de octubre de 2016, ha fallecido el empleado municipal Héctor Hugo ROJAS, D.N.I. N° 13.395.589, Legajo N° 1007, quien prestaba servicios en el Instituto Municipal de Deportes. Que el fallecimiento del mismo, conmociona y enluta a la comunidad municipal toda. Que el Departamento Ejecutivo estima conveniente declarar duelo municipal para el día dieciocho (18) de octubre de 2016. Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto administrativo, en atención a las prescripciones del Artículo 152 incisos 1) y 32) de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia. Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA DECRETA ARTICULO 1°.- Declarar un (1) día de duelo municipal, para el día dieciocho (18) de octubre de 2016, con motivo del fallecimiento del empleado municipal Héctor Hugo ROJAS, D.N.l. N° 13.395.589, Legajo N° 1007, quien prestaba servicios en el Instituto Municipal de Deportes. Ello, por los motivos expuestos en el exordio. ARTICULO 2°.- Notificar a quienes corresponda. ARTICULO 3°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia para su publicación. Cumplido, archivr 5 DECRETO MUNICIPAL N° o /2016.- mcícr // ,// / //. 1 , 4 ‘Y/’- - 1 , / ‘% Dar H. c S(jUTO ,/ / / // ‘ - _i NEóENTE svlu1cIpliad de L..- Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich oel Sur, son y serán Argemnas -- Ushuaia, 1 de noviembre de 2016 Año XXVI - N° 125/2016 Provincia de Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur =República Argentina= Municipalidad de Ushuaia página 67 “2016- Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional” USHUAIA, ü1 2i6 VISTO el Decreto Municipal N°2007/2015 del registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que mediante el mismo se crean y aprueban los Programas con sus respectivas estructuras orgánicas, misiones y funciones, conforme los detallados en los anexos 1 a XXXIII que forman parte del mismo. Que de los Anexos 1, II y III surge que los Programas denominados: de Prensa, de Comunicación y Publicidad y de Comunicación Audiovisual dependen de la Secretaría de Gobierno. Que por una cuestión de reestructuración administrativa resulta necesario que los citados Programas pasen a depender de la Secretaría de Coordinación de Gestión Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto administrativo en uso de las facultades atribuidas por el artículo 152 inciso 5) y 153) de la Carta Orgánica Municipal de la Ciudad de Ushuaia y articulo 117 de la Ley Provincial N° 141 — Ley de Procedimientos Administrativos-. Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA DE CRETA ARTÍCULO 1°.- Modificar a partir de la emisión del presente los Anexos 1, II y III del Decreto Municipal N° 200712015, en relación a la dependencia de los Programas de Prensa; de Comunicación y Publicidad y de Comunicación Audiovisual, donde dice: “...dependerá de ¡a Secretaría de Gobierno...” debe decir: “...dependerá de la Secretaría de Coordinación de Gestión...”. Ello, en virtud de expuesto en el exordio. ARTÍCULO 2°.- Notificar a los titulares de los Programas, a la Dirección de Bienestar del Personal y a la Dirección de Haberes con copia del presente. ARTÍCULO 3°.- Imputar el gasto que demande la presente a las partidas presupuestarias correspondiente. ARTÍCULO 4°.- Comunicar. Dar copia al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia. Cumplido, archivar. DECRETO MUNICIPAL N° 1501 /2016.- ‘tr Vot 0 / lNTENt-j-E de Ushua:a “Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, son y serán Argentinas” Ushuaia, 1 de noviembre de 2016 Año XXVI - N° 125/2016 Provincia de Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur =República Argentina= Municipalidad de Ushuaia página 68 “2016- Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional” USHUAIA, U rT VISTO el Decreto Municipal N° 305/2016; y CONSIDERANDO: Que mediante el mismo se designó como Coordinadora de Bienestar del Personal dependiente de la Secretaría de Coordinación de Gestión a la Sra. Gabriela Lorena BORRE, DNI N° 25.479.743. Que la Sra. Gabriela Lorena BORRE, DNI N° 25.479.743. ha presentado la renuncia al cargo. Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto administrativo de acuerdo a lo establecido en los Artículos 152 inciso 5) y 153) de la Carta Orgánica Municipal de la Ciudad de Ushuaia. Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA DECRETA ARTICULO 1°.- Aceptar a partir de la emisión del presente la renuncia presentada por la Sra. Gabriela Lorena BORRE, DNI N° 25.479.743 al cargo de la Coordinación de Bienestar del Personal dependiente de la Secretaría de Coordinación de Gestión Ello, por los motivos expuestos en el exordio. ARTICULO 2°.-Agradecer a la Sra. Gabriela Lorena BORRE, DNI N° 25.479.743, los servicios prestados por el período en que se desempeñó en dicho cargo. ARTICULO 3°.- Notificar a la interesada, con copia autenticada del presente. ARTICULO 4°.- Comunicar. Dar copia al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia. Cumplido, archivar. DECRETO MUNICIPAL N° 2 /2016- : Oscar H. SOUT Sec. Coordjn6n d Gán r’uctpall5J de Ushua — - - /verVuoto INTENDENTE Muncpada4e Ushia “Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, son y serán Argentinas” Ushuaia, 1 de noviembre de 2016 Año XXVI - N° 125/2016 página 69 1503 Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur =República Argentinaz Municipalidad de Ushuaia “2018— Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Naciona USHUAIA, 19 QCT 2016 VISTO el Expediente M.A. N° 2083/2016 del registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que mediante el mismo se tramita la contratación de los servicios de provisión de agua mediante DOS (2) camiones cisternas o camiones con tanque cisterna, con capacidad de 8.000/10.000 litros, a viviendas familiares carentes de agua corriente por red, por causas debidamente justificadas en distintos barrios y/o sectores de nuestra ciudad, exclusivamente para el uso humano o doméstico, por el término de VEINTICUATRO (24) meses, con opción de prórroga por UN (1) mes más, conforme lo requerido por la Secretaría de Medio Ambiente y a través de la Nota de Pedido N° 454/2016, obrante a fojas 7. Que a través de la Resolución Conjunta S. E. y F. y 5. M. A. N° 04/2016 se autorizó el llamado a Licitación Pública N° 10/2016. Que la Comisión de Pre-adjudicación nombrada por Decreto Municipal N° 801/99, Resolución S. S. E. y F. N° 018/03 y Resoluciones S. 5. H. y F. Nros. 01 3/2006, 320/2007, 41/2010, 95/2013 y 580/2015, se expidió mediante Acta de Pre-adjudicación N°31/2016, que corre agregada a fojas 163. Que habiéndose analizado las ofertas recepcionadas y de acuerdo a lo expuesto por el Subsecretario de Gestión Operativa a fojas 162 dicha Comisión aconseja adjudicar la Licitación Pública N° 1012016 de la siguiente manera: a) el Renglón N° 1 a la firma CIRO BRUNO ISAIAS SEVILLA, por la suma total de PESOS TRES MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA MIL CON 00/100 ($ 3.480.000,00), por la contratación de UN (1) camión cisterna o camión con tanque cisterna, con capacidad de 8.000/10.000 litros, con chofer, por el término de VEINTICUATRO (24) meses, a razón de PESOS CIENTO CUARENTA Y CINCO MIL CON 00/1 00 ($ 145.000,00) mensuales; y b) el Renglón N° 2 a la firma ARMANDO RIGOBERTO MORALES URIBE, por la suma total de PESOS TRES MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA Y DOS MIL CON 00/100 ($ 3.432.000,00), por la contratación de UN (1) camión cisterna o camión con tanque cisterna, con capacidad de 8.000/10.000 litros, con chofer por el término de VEINTICUATRO (24) meses, a razón de PESOS CIENTO CUARENTA Y TRES MIL CON 00/100 ($ 143.00Ó,00) mensuales, ambos para el suministro del servicio de provisión de agua para uso domiciliario, por ser sus ofertas convenientes a los intereses municipales y ajustarse técnicamente a los requerimientos del área. Que en fecha 29/09/2016, el señor CIRO BRUNO ISAIAS SEVILLA presentó una impugnación sobre el Acta de Pre-adjudicación antes mencionada. Que por Informe D. C. M. y M. N° 70/2016 obrante a fojas 172 y 173 inclusive, la Dirección de Compras Mayores y Menores ha informado que la observación efectuada por la firma impugnante no resulta una causal de desestimación de la oferta presentada por el señor ARMANDO (IGoBERTo MORALES URIBE. Que a través de la resolución S. E. y F. N° 3893/2016 no se hizo lugar a la impugnación ///.2. Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur, son y serán Argentinas Ushuaia, 1 de noviembre de 2016 Año XXVI - N° 125/2016 Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur =República Argentina= Municipalidad de Ushuaia página 70 2O16 —Mo del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nadonal 1/1.2. efectuada por el señor CIRO BRUNO ISAIAS SEVILLA, obrando a fojas 181 la notificación pertinente, compartiendose el contenido del Acto Administrativo aludido en los términos del artículo 78 deI decreto Municipal N° 1255/1 3. Que la presente erogación se encuadra en el Artículo 110°, inciso a) de la Ordenanza Municipal N° 3693 modificada por la Ordenanza Municipal N° 4602 y Anexo 1 del Decreto Municipal N°1255/2013 reglamentario de la Ordenanza Municipal N°3693. Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal, conforme a lo establecido en el Artículo 152 incisos 1), 18) y 32) de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia. Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA D E C R E TA: ARTÍCULO 1°.-Adjudicar la Licitación Pública N° 10/2016 referente a la contratación de los servicios de provisión de agua para uso domiciliario por camión cisterna o camión con tanque cisterna de la siguiente manera: a) el Renglón N° 1 a la firma CIRO BRUNO ISAIAS SEVILLA, por la suma total de PESOS TRES MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA MIL CON 00/100 ($ 3.480.000,00), por la contratación de UN (1) camión cisterna o camión con tanque cisterna, con capacidad de 8.000/10.000 litros, con chofer, por el término de VEINTICUATRO (24) meses, a razón de PESOS CIENTO CUARENTA Y CINCO MIL CON 00/1 00 ($ 145.000,00) mensuales; y b) el Renglón N° 2 a la firma ARMANDO RIGOBERTO MORALES URIBE, por la suma total de PESOS TRES MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA Y DOS MIL CON 00/1 00 ($ 3.432.000,00), por la contratación de UN (1) camión cisterna o camión con tanque cisterna, con capacidad de 8.000/10.000 litros, con chofer por el término de VEINTICUATRO (24) meses, a razón de PESOS CIENTO CUARENTA Y TRES MIL CON 00/100 ($143.000,00) mensuales, en un todo de acuerdo a la opinión vertida en el Acta de Pre adjudicación N° 31/2016, obrante a fojas 163. ElIo por los motivos indicados precedentemente. ARTÍCULO 2°.- Autorizar a la Dirección de Compras Mayores y Menores dependiente de la Secretaría de Economía y Finanzas a emitir las respectivas Órdenes de Compra. ARTÍCULO 3°.- Imputar el gasto que demande la presente contratación con cargo al Titular Presupuestario Subsecretaría de Servicios Públicos, Partida 013. ARTICULO 4°.- Comunicar, dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia. Cumplido, archivar. pqRETO MUNICIPAL N° 1503 /2016. n. / -..‘. CPN Andrea ONTOR1A Secretada de Econornia y Finanza5 Muclcpcodad cte Ushuata - - -‘ \.I UOtO fENDNTE unj&Inad Usic Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur, son y seinn Argentinas Ushuaia, 1 de noviembre de 2016 PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR” REPÚBLICA ARGENTINA MUNICIPALIDAD DE USHUAIA Año XXVI - N° 125/2016 página 71 15O “2016 —Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional” USHUAIA, 19 OCI 2ü16 VISTO el expediente SE. N° 7043/2016, del registro de esta Municipalidad de Ushuaia; y CONSIDERANDO Que mediante Decreto Municipal N° 001/2016 se aprobó la Reconducción Automática del Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos para el ejercicio 2016, siendo modificado por Decretos Municipales 063/2016 y 960/2016 y Ordenanza Municipal N° 5065.Que por Ordenanza Municipal N° 5116 se autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal a contratar una operación de préstamo comercial con el Banco Macro S.A. destinado a la adquisición de colectivos para prestar el Servicio Público de Transporte Urbano Colectivo de Pasajeros por h:asta la suma de PESOS TREINTA Y CINCO MILLONES ($35.00ft000). Que para hacer frente a las obligaciones derivadas de la operatoria, se autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal al otorgamiento como garantía y como medio de pago de dicho endeudamiento, los recursos provenientes de la Coparticipación Provincial o régimen que lo reemplace y/o recursos propios de la Municipalidad de Ushuaia. Que el empréstito tendrá su vencimiento final a los treinta y seis (36) meses contados a partir de la fecha del desembolso; y que el mismo deberá ser cancelado en treinta (30) cuotas mensuales iguales y consecutivas, contadas a partir del mes siete (inclusive) desde la fecha del mismo. Que el mismo devengará intereses compensatorios sobre saldos pendientes de pago, a una tasa compensatoria del 27% para los primeros 12 meses; y a una tasa compensatoria equivalente a la tasa de referencia más 4,90% nominal anual para los 24 meses restantes. Que es necesario dar ingreso presupuestario al recurso señalado al Ejercicio 2016. Que la Sra. Secretaria de Economía y Finanzas ha tomado la debida intervención autorizando la continuidad del trámite. Que la Ordenanza Municipal N° 3693 de Administración Financiera Municipal; en su Artículo 27° y la Carta Orgánica Municipal en su Artículo 173° faculta al Departamento Ejecutivo Municipal a introducir ajustes al Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos del Ejercicio 2016, cuando el mismo ha sido Reconducido del ejercicio anterior. Que a los fines de mantener vigente el principio de equilibrio presupuestario, dicha incorporación de recursos será compensada a través de un aumento presupuestario del gasto en Bienes de Capital (Partida 51). Que el suscripto se encuentra facultado para dictar el presente acto administrativo, en virtud de lo establecido en los Artículos 98°,172°, 173°; y 152° incisos 1), 2) y 32) de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia; Ordenanza Municipal N° 5116; Artículos 27°, 28°; y 55° a 59° de la Ordenanza Municipal N° 3693. Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA DECRETA ARTICULO 1°.- Incorporar la Fuente Financiera 003 002 015 Empréstito — Transporte Público de /11.2. Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur, son y serán Argentinas Ushuaia, 1 de noviembre de 2016 Año XXVI - N° 125/2016 PROVI NC lA DE TIERRA DEL FUEGO ANTARTIDAE ISLAS DELATLANTICO SUR” REPÚBLICAARGENTINA MUNICIPALIDAD DE USHUAIA página 72 “2016 —Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional’ /11.2. Pasajeros; por la suma de PESOS TREINTA Y CINCO MILLONES ($35.000.000), al Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos del Ejercicio 2016. Ello en virtud de lo expuesto en el exordio. ARTICULO 2°.- Aumentar el gasto del Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos del Ejercicio 2016; por la suma de PESOS TREINTA Y CINCO MILLONES ($35.000.000) en la Partida 51 (Bienes de Capital). Ello en virtud de lo expuesto en el exordio. ARTICULO 3°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia. Cumplido, archivar. 1506 DECRETO MUNICIPAL N° c.P.N Ance3 ONTOR )r’onia FcnanZa cje Ushua3 secíeta8 dc /2016.- y Mccjjdadd Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur, son y serán Argentinas UsrLa Ushuaia, 1 de noviembre de 2016 Año XXVI - N° 125/2016 Prov mcm de Tic n.a del fuego. Aniartida e Islas del AtIáni k.o Sur República Argentina MUNICiPALIDAD DE USHUAIA 2ü ( Ano JO cmIuuio d página 73 lo ind. D.Jai ci i JnOa \o_a = USHUAIA, 19 OCT 2016 VISTO el expediente S.1-1. N° 5072i2d05. del reoistro de esta Municipalidad: y CONSIDERAN DO: Que mediante Decreto Municipal N° 1209/2005, se eximió del pago del Impuesto Inmobiliario y Tasa General por Ser icios Municipales. a partir de la cuota 40 del año 2005. y hasta tamo se prudu7ca cualquier cambio que signifique variar las condiciones ci dieron lLigar a la mNma. a la señora Alicia del Carmen GIOR.G1, D.N.l. N° F2.957.31 2, en su condición de jubilada, titular del Inmueble identificado catastralmente como Scccion C. Macizo Si D, Parcela 9, de ja ciudad de Ushuaia. Que a Fs. 35 obra copia del ccrd ficado de defunción que acredita que la mencionada contribu ente falleció ci dia diecinLic e (1 9) de Mayo de 201 e. Que en consecuencia y temendo en cuenta que el bene[icio otorgado es de caracter personal. corresponde dejar sin efecto la exención otorgada mediante Decreto Municipal N° 1209, 20d5, a pan U del día veinte (20) de Mayo de 2U16. Que ha tomado inter ención la Dirección General de Rentas Municipal, mediante lnijrme D.G.R.Mun.U. N° 154, le), obrante a fojas 36. Que el suscripto se encuentra flicultado pu el dictado del presente acto adininitrari o, en de lo dispuesto en ci artículo 152 inc. 1) \ irtud de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad de Lsluiuia. en concordancia con el titulo lii, articulo 12 y el título X. artículo 77 de la Ordenanza Piscal vigente. Por ello: EL INTENDENTE MUNlClPL DE LSHL-\L-\ DECREA ARTICULO 1°.- Dejar sin efecto a partir del dia veinte (20) de Mayo de 2016, el Decreto Municipal N° 1209/2005. mediante el cual se Municipales e\imió del pago del impuesto Inmobiliario y Tasa General por Servicios a la seflota Alicia dci Canmen GIORGI D.N.i. N° F2.957.312, sobi’e ci IRmLICDIC identificado catastraimente como Secc ion C, Macizo 51 D, Parcela 9 de esta ciudad. hilo, por los moti os expuestos en el exordio. ARTICULO 2°.- Notificar de los alcances del presente a los derechohabiemes de la persona mencionada en e] articulo 1°, con copia certificada haciendole saber qie podrán interponer Recurso de Reconsidcración dentro de los diez (10) días de notificados según aitícuio 127 de la Ley Provincial iS” 141. ARTICULO 30•_ Comunicar a la Dirección General de Rentas. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia i.Jara su pubhcacion. Cumplido, archivar.— DECRLTO MLNICIPALN° 1SO 5 /2016.- . cmr ONTORt & Eco”orn’ y Fin ruc ‘-o de UshuaIC PN - ¿.1 I. .‘, 11 .... .. 5 (;1..O., 1)’ Y5.\aai( Li 1):.. - WIL1’ Vuoo ¡NNDENTP ? ?‘ ‘,r, Ushuaia, 1 de noviembre de 2016 Año XXVI - N° 125/2016 Provincia de TiciTa del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur República Argentina MUNICIPALIDAD DE USHUAIA ‘2Ol 6 — Año del Bicemenario de la Declaración de la USHUAIA, página 74 lI1dependdncIa Nacional” 19 UCí VISTO el expediente S.H. N° 8158/20 1, del registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Municipal N° 548/2012, se eximió del pago del Impuesto Inmobiliario y Tasa General por Servicios Municipales, a partir de la cuota 50 del año 20 11. y hasta tanto se produzca cualquier cambio que signifique variar las condiciones que dieron lugar a la misma, al señor Antonio Anibal BORRE, D.NJ. N° M- 4.917.023, en su condición de jubilado, adjudicatario del Inmueble identificado catastralmente como Sección J Macizo 62, Parcela 2. PB -E de la ciudad de Ushuaia. Que a fs.50 obra copia del certificado de inhumación que acrcdita que el mencionado contribuyente se encuentra sepultado en el cementerio Parque del Mar desde el día veinticuatro (24) de Junio de 2016, habiéndosc ocurrido el deceso el día veintitrés (23) del citado mes y año. Que en consecuencia y teniendo en cuenta que ci beneficio otorgado es de carácter personal. corresponde dejar sin efecto la exención otorgada mediante Decreto Municipal N° 548/2012, a partir del día veinticuatro (24) tIc Junio de 2016. Que ha tomado intervención la Dirección General de Rentas Municipal, mediante Informe D.G.R.Mun.U. N° 12 1/16, obrante a fojas 52. Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto administrativo, en virtud de lo dispuesto en el articulo 152 inc. 1) de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia. en concordancia con el titulo III, artículo 1 2 y el título X, artículo 77 de la Ordenanza Fiscal vigente. Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA DECRETA ARTICULO 1°.- Dejar sin efecto a partir del día veinticuatro (24) de Junio de 2016. el Decreto Municipal N° 548/2012, mediante el cual se eximió del pago del Impuesto inmobiliario y Tasa General por Servicios Municipales, al señor Antonio Anibal BORRE, D.N.I. N° M- 04.917.023. sobre el Inmueble identificado catastralmente como Sección J, Macizo 62, Parcela 2, PB-E (le esta ciudad. Ello. por los motivos expuestos en el exordio. ARTICULO 2°.- Notificar de los alcances del presente a los dcrcchohabicntes de la persona mencionada en el artículo 1°, con copia certificada haciéndole saber que podrán interponer Recursu de Reconsideración dentro de los diez (10) días de notificados según artículo 127 de la Ley Provincial N 141. ARTiCULO 3°.- Comunicar a la Dirección General de Rentas. Dar al Boletín Oficial de la \iuñicipalidad de Ushuaia para su publicación. Cumplido, archivar. DECRETO MLNICIPALNI 506 ,20l6 LIS 1SLISIíALi7\4S, GEOR JI-lS YSA LDiVICR DEL SUR, so’ YSERAN!RGEATi,’LS Ushuaia, 1 de noviembre de 2016 Año XXVI - N° 125/2016 página 75 PROVINÇIA DE TIERRA DEL FUEGO ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR REPUBLICA ARGENTINA MUNICIPALIDAD DE USHUAIA 2016-Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional” USHUAIA, 19 DCI 2016 VISTO el Expediente SG. N° 3761/2016 del registro de esta Municipalidad: y CONSIDERANDO: Que mediante el mismo tramita el Contrato de Locación de Servicios, celebrado con fecha uno (01) de agosto de 2016, entre la Municipalidad de Ushuaia representada por la Sra. Secretaria de Economía Finanzas, y C.P.N. Andrea ONTORIA, D.N.l. N° 22.885.647, y el Sr. Denise Alejandro SALDIVIA CHACON D.N.l. N° 32169169, quien prestará tareas de asistencia en la Secretaría de Gobierno. Que por su parte en fecha veinte (20) de septiembre de 2016 se celebró una modificación al contrato mencionado, la cual se registró bajo el N° 10780. Que dicha contratación se encuadra en lo dispuesto en el artículo 110°, inciso d), apartado 1) de la Ordenanza Municipal N° 3693, modificada por Ordenanza Municipal N° 4602, Anexo 1 del Decreto Municipal N° 1255/2013 y Artículo 1251 y cctes. del Código Civil y Comercial. Que corren agregadas y forman parte del presente Decreto, copias autenticadas del contrato registrado bajo el N° 10565 y su modificación registrada bajo el N° 10780, correspondiendo su aprobación. Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal, conforme a lo establecido en el artículo 152° incisos 1) y 32) de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia. Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA DECRETA: ARTICULO 1°.- Aprobar el Contrato de Locación de Servicios registrado bajo el N° 10565 y la modificación de contrato registrada bajo el N° 10780, cuyas copias autenticadas se adjuntan y forman parte del presente, celebrados en fecha uno (01) de agosto y veinte( 20) de septiembre de 2016 respectivamente, entre la Municipalidad de Ushuaia representada por la Sra. Secretaria de Economía y Finanzas, C.P.N. Andrea ONTORIA, D.N.l. N° 22.885.647 y el Sr. Denise Alejandro SALDIVIA CHACON D.N.l. N° 32.769.769. ElIo de acuerdo a lo expresado en el exordio. ARTICULO 2°.- Notificar al Sr. Denise Alejandro SALDIVIA CHACON, con copia autenticada del presente. ARTICULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente contrato deberá imputarse con cargo al Titular Presupuestario Secretaría de Gobierno, Partida 013. ARTICULO 4°.- Comunicar, dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia. Cumplido, archivar. DECRETO MUNICIPAL N° 15 ti? /2016.- fr - NTEkIOENrE iiciad de Ush “Las Islas Malvinas nrniSnHwirh HI iir nn rr1r*inf” Ushuaia, 1 de noviembre de 2016 Año XXVI - N° 125/2016 Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur República Argentina MUNICIPALIDAD DE USHUAIA página 76 la Independencia Nacional MODIFICACION AL CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS REGISTRADO BAJO EL N° 10565 En la Municipalidad de Ushuaia, a los veinte (20) días del mes de septiembre del año 2016, entre la Municipalidad de Ushuaia, representada en este acto por la señora Secretaria de Economía y Finanzas, C.P. Andrea ONTORIA, D.N.l. N° 22.685.647, con domicilio legal en la calle Arturo Coronado N° 486 1° piso, de la ciudad de Ushuaia, ad referéndum del Sr. Intendente Municipal, en adelante LA MUNICIPALIDAD, y el Sr. Denise Alejandro SALDIVIA CHACON, D.N.I. N° 32.769.769, con domicilio en la calle Soberanía Nacional N° 2748, en adelante EL CONTRATADO, convienen en celebrar la presente modificación al Contrato de Locación de Servicios, conforme a las siguientes cláusulas: PRIMERA: Las partes acuerdan modificar la Cláusula Primera del Contrato de Locación de Servicios registrado bajo el N° 10565, el que quedará redactado de la siguiente manera: “PRIMERA: LA MUNICIPALIDAD contrata los servicios de EL CONTRATADO, a efectos de que éste último, preste tareas de asistencia en la Secretaria de Gobierno. SEGUNDA: Se deja expresamente establecido que las restantes cláusulas del Contrato de Locación se Servicios Registrado bajo el N° 10565 mantienen plenamente vigencia. TERCERA: Ante cualquier divergencia que pudiera surgir en la interpretación y/o ejecución del presente contrato, ambas partes se someten exclusivamente a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la ciudad de Ushuaia, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción, constituyendo domicilio las partes en los ut indicados, donde serán válidas todas cursarse. las — notificaciones que - supra deban — En prueba de conformidad las partes suscriben tres (3) ejemplares de un mismo efecto, en el lugar y fecha ut-supra indicados. /7/ ‘Las islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, son y serán argentinas” Ushuaia, 1 de noviembre de 2016 Año XXVI - N° 125/2016 página 77 2O16 Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional” — Provincia de Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur República Argentina Municipalidad de Ushuaia USHUAIA, 19 OCI 7016 VISTO el expediente N° SC —3615/2016 del registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que mediante el mismo se tramita el Contrato de Locación de Servicios, celebrado el día tres (03) de agosto de 2016, entre la Municipalidad de Ushuaia representada por la Sra. Secretaria de Economía y Finanzas, C.P.N. Andrea Fabiana ONTORIA, D.NJ. N° 22.885.647 y el Sr. Rubén Dario CHAVEZ, D.N.I. N° 21.138.381, a efectos que realice tareas de apoyo y asistencia a requerimientos del Secretario de Cultura y Educación. Que dicho Contrato se encuadra en lo dispuesto en el articulo 110, inciso d) apartado 1 de la Ordenanza Municipal N° 3693, promulgada por Decreto Municipal N° 239/2010, modificada por Ordenanza Municipal N° 4602, promulgada por Decreto N° 1032/2014 y Artículo 1251 y concordantes del Código Civil y Comercial. Que corre anexada y forma parte del presente Decreto, copia autenticada del Contrato de Locación de Servicios referenciado, el cual se encuentra registrado bajo el N° 107 94 correspondiendo su aprobación. Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal, conforme a lo establecido en el artículo 152, incisos 1) y 32), de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia. Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA DECRETA ARTÍCULO 1°.- Aprobar el Contrato de Locación de Servicios registrado bajo el N° 10794 celebrado el día tres (03) de agosto de 2016, entre la Municipalidad de Ushuaia representada por la Sra. Secretaria de Economía y Finanzas, C.P.N. Andrea Fabiana ONTORIA, D.N.I. N° 22.885.647 y el Sr. Rubén Dario CHAVEZ, D.N.I. N° 21.138.381. Ello por los motivos expuestos en el exordio. ARTÍCULO 2°.- Notificar al interesado con copia autenticada del presente. ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente deberá imputarse al Titular Presupuestario: Secretaria de Cultura y Educación. Partida 13. ARTÍCULO 4°.- Comunicar. Dar copia al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia para su publicación. Cumplido, archivar. DECRETO MUN1CIPALN° 15118 /2016.- dv / /-n1! Q ORI W&ter V oto / l1ENDNTE MQifaidad de Ushuaia “Las Islas Malvinas, Georgias, Sándwich del Sur, son y serán Argentinas” Ushuaia, 1 de noviembre de 2016 Año XXVI - N° 125/2016 página 78 ES COPIA FIEL OEORAL ¿016 — Ano del Biceizienarzo de la Anto4 Mmiiir2’ Leg N 2 Anwnas cje Ushuaia Provinc.ia (Ic rwria IeI Iucgo Aniícríida e Islas del ALhntico Sur Repú Id ea Argeniina MUNICiPALIDAD DE USIIUAIA CONTRATO DE LOCACIÓN DE SERVICIOS Entre la Municipalidad de Ushuaia, representada en este acto por la Sra. Secretaria de Economía y Finanzas, C.P.N. Andrea Fabiana ONTORIA, D.N.I. N° 22.885.647, ad-rcferéndum del Sr. Intendente Municipal, con domicilio en la calle Arturo Coronado N° 486 1° piso de la ciudad de Ushuaia, en adelante “LA MUNICIPALIDAD”, por una parte; y por la otra, el Sr. Rubén Dario CHAVEZ, D.N.I. N° 21.138.381, con domicilio en la calle José Ignacio Rucci N° 2710, ambos de la ciudad de Ushuaia, en adelante EL LOCADOR, convienen en celebrar el presente contrato de locación de Servicios, de acuerdo a las siguientes cláusulas:PRiMERA: LA MUNICiPALIDAD contrata los servicios de EL LOCADOR, a efectos de que el misma realice apoyo y asistencia a requerimiento del Secretario de Cultura y Educación. SEGUNDA: La duración del presente contrato será a partir del tres (03) de agosto de 2016, por lo que su vencimiento operará de pleno derecho el día treinta y uno (31) de enero de 2017. TERCERA: En concepto de retribución por los servicios prestados, LA MUNICIPALIDAD abonará a EL LOCADOR la suma de PESOS SETENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS CON 00/100 ($ 77.400,00), pagaderos en seis (06) cuotas, iguales y consecutivas de PESOS DOCE MIL NOVECIENTOS CON 00/100 ($12.900,00), pagaderas entre los días cinco (5) y quince (15) de cada mes, contra entrega de factura correspondiente a favor de la MUNiCIPALiDAD por parte de EL LOCADOR; adjuntando Certificación de Situación Fiscal Regular, emitido por la Dirección General de Rentas Municipal y por la Agencia de Recaudación Fueguina (AREF), Comprobante de pago AF1P, correspondiente al período facturado y último recibo de pago del Seguro por accidentes personales, debiendo adjuntar copia de la Póliza. CUARTA: EL LOCADOR prestará servicios en la Secretaria de Cultura y Educación, cumpliendo siete (7) horas diarias de 09:00 a 16:00 horas de lunes a viernes. QUiNTA: Las partes podrán rescindir sin invocación de causa el presente contrato en cualquier momento de su vigencia y previa comunicación fehaciente cursada a la contraparte con un mínimo de QUINCE (15) días de anticipaeión, sin que ello genere derecho a reclamar indemnización, daiio, ni perjuicio alguno a favor de la otra. SEXTA: El presente contrato no implica relación de dependencia de EL LOCADOR respecto de LA MUNICIPALIDAD, rigiéndose por las normas de la Ordenanza Municipal N° 3693, Promulgada aprobada por Decreto Municipal N° 239/2010, Ordenanza Municipal N° 4602, promulgada por Decreto Municipal N° 1032/2014 y Artículo 1251 y concordantes del Código Civil y Comercial, correspondiendo por ello asumir a cargo de LA LOCADORA las obligaciones fiscales y previsionales del caso. SEPTIMA: Ante cualquier divergencia que pudiera suscitarse en relación a la interpretación o cumplimiento del presente, las partes constituyen domicilio en los mencionados en el encabezamiento del presente contrato, donde serán válidas todas las notificaciones que deban cursarse, y se someten a la jurisdicción de los Tribunales Judiciales Ordinarios con asiento en la ciudad de Ushuaia, con expresa renuncia a cualquier fuero y/o jurisdicción que pudiera corresponder. En prueba de conformidad, las partes firman TRES (3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efe to, en la ciudad de Ushuaia, a los tres (03) días del mes de agosto de 2016. — & it’ / /t / /7 RLLIS C N rea ON RIA Secretan. e .conomía y Finanzas Municipalidad de Ushuace 107 94 FCQNFRAfO BAJO EL N’________________ 1 1 i (iCf / “Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur a son y serán Argentinas” Ushuaia, 1 de noviembre de 2016 Año XXVI - N° 125/2016 Proviicia de Tierra del Fuego, 4ntái1ida e Islas del Atlántico Sur República Argentina MÍJNICIPALII)AD DE USHUAIA = página 79 “Ol6 —Año del Bicontenano de la Declaración de la Independencia Nacionnf’ = 19OCT 2016 USHUAIA, ViSTO el expediente S.H. N° 5197/2004, del registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Municipal N° 354/2005, se eximió del pago del Impuesto Inmobiliario y Tasa General por Servicios Municipales, a partir de la cuota 4° del año 2004, hasta tanto se produzca y cualquier cambio que signifique variar las condiciones que dieron lugar a la misma, al señor Teodoro Socorro AGUIRRE, D.N.I. N° M-4.l98.715, en su condición de jubilado, adjudicatario del Inmueble identificado catastralmente como Sección C, Macizo 51 E, Parcela 5 de la ciudad de Ushuaia. Que a fs. 42 obra copia del certificado de defunción que acredita que el mencionado contribuyente falleció el dia doce (12) de Enero de 2010. Que en consecuencia y teniendo en cuenta que el beneficio otoreado es de carácter personal, corresponde dejar sin efecto la exención otorgada mediante Decreto Municipal N° 354/2005, a panir del día trece (13) de Enero de 2010. Que ha tomado intervención la Dirección General de Remas Municipal, mediante Informe D.G.RMun.U. N° 152/16, obrante a fojas 43. Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto administrativo, en virtud de lo dispuesto en el articulo 152 inc. 1) de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia, en concordancia con el título III. artículo 12 y el título X, articulo 77 de la Ordenanza Fiscal vigente. Por ello: EL iNTENDENTE MLN1CIPAL DE USHUAIA DECRETA ARTICO 1°.- Dejar sin efcto a partir del día trece (13) de Enero de 2010, el Decreto Municipal N° 354/2005, mediante el cual se eximió del pago del lmpuesio Inmobiliario y Tasa General por Servicios Municipales. al señor Teodoro Socorro AGUIRRE, D.N.L N° M-4.198.715, sobre el Inmueble identificado catasnalmente como Secion C Macizo 5lE Paicela 5 de esta ciudad Ello poi los moti\ os expuestos en el exordio. ARTICULO 2°.- Notificar de los alcances del presente a los derechohabientes de la persona mencionada en el artículo 10, con copia certificada haciéndole saber que podrán interponer Recurso de Reconsideración dentro de los diez (10) días de notificados sen artículo 127 de la Ley Provincial N° 141. T1CULO 3°.- Comunicar a la Dirección General de Rentas. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia para su publicación. Cumplido, archivanDECRETO MUNICIPALN° /20 16 - 1 / /4 CiIN40IT0 Bnanza$ Secf3t-’ Ecencjía y Muniñpadad ç Us’UI L15I5LIS IIAS ñLOi GIlS óÁD5JCFIDLLSók SO\ 1 SEKI\ IR( T\TJ\ í5 WaiPrVU0t0 IÑTBNDENTE cje USóU Ushuaia, 1 de noviembre de 2016 Año XXVI - N° 125/2016 página 80 1510 Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur zRepública Argentina Municipalidad de Ushuaia 2O16 —Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional” USHUAIA, 19 DLI’ iilb VISTO el Expediente M.A. N° 2782/2016 del registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que mediante el mismo se tramita la contratación de los servicios de UN (1) camión de SEIS ) metros cúbicos con caja volcadora, chofer y DOS (2) operarios, destinado al transporte de 3 (6m material de residuos, generalmente embolsado, tarea que realiza la Dirección de Higiene Urbana, por el término de VEINTICUATRO (24) meses, con opción a UN (1) mes de prórroga, conforme lo requerido por la Dirección de Administración de la Subsecretaría de Medio Ambiente mediante Informe N° 17/2016 Letra D.A.S.M.A., obrante a fojas 2 y a través de la Nota de Pedido N° 523/2016, obrante a fojas 5. Que a través de la Resolución S. E. y F. y 5. M. A. N° 05/2016 se autorizó el llamado a Licitación Pública N° 11/2016. Que la Comisión de Pre-adjudicación nombrada por Decreto Municipal N° 801/99, Resolución 5. S. E. y F. N° 018/03 y Resoluciones S. S. H. y E. Nros. 013/2006, 320/2007, 41/2010, 95/2013 y 580/2015, se expidió mediante Acta de Pre-adjudicación N°27/2016, que corre agregada a fojas 46. Que ante la no presentación de ofertas al momento de apertura de la Licitación Pública N° 11/2016 y de acuerdo a lo expresado por el Director de la Administración de la Secretaría de Medio Ambiente a fojas 45 (vuelta) dicha Comisión aconseja declarar desierta la Licitación Pública 11/2016 correspondiente a la contratación de los servicios de UN (1) camión de SEIS (6 m ) metros cúbicos 3 con caja volcadora, con chofer y DOS (2) operarios, destinado al transporte de material de residuos, generalmente embolsado, tarea que realiza la Dirección de Higiene Urbana, por el término de VEINTICUATRO (24) meses, con opción de prórroga por UN (1) mes más, sugiriendo realizar un nuevo proceso licitatorio bajo las mismas condiciones establecidas en la Licitación Pública antes mencionada. Que ha tomado intervención la señora Secretaria de Economía y Finanzas a fojas 46 (vuelta) y el señor Secretario de Medio Ambiente a fojas 47 autorizando la continuidad del trámite. Que la presente erogación se encuadra en el Artículo 110°, inciso a) de la Ordenanza Municipal N° 3693 modificada por la Ordenanza Municipal N° 4602 y Anexo 1 del Decreto Municipal N°1 255/2013 reglamentario de la Ordenanza Municipal N° 3693. Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal, conforme a lo establecido en el Artículo 152° incisos 1), 18) y 32) de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia. Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA D ECRETA: /“.RTÍCULO 1°.- Declarar desierta la Licitación Pública N° 11/201 6, correspondiente a la contratación 1/1.2. “4 Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur, son y serán Argentinas Ushuaia, 1 de noviembre de 2016 Año XXVI - N° 125/2016 Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur República Argentinaz Municipalidad de Ushuaia página 81 2O1 6— Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional /11.2. de los servicios de UN (1) camión de SEIS (6 m ) metros cúbicos con caja volcadora, con chofer y 3 DOS (2) operarios, destinado al transporte de material de residuos, generalmente embolsado, tarea que realiza la Dirección de Higiene Urbana, por el término de VEINTICUATRO (24) meses, con opción de prórroga por UN (1) mes más, en un todo de acuerdo a la opinión vertida en el Acta de Pre adjudicación N° 27/2016, obrante a fojas 46. ElIo por los motivos indicados precedentemente. ARTÍCULO 2°.- Autorizar a ¡a Dirección de Compras Mayores y Menores a realizar un nuevo llamado para la contratación de los servicios de UN (1) camión de SEIS (6 m ) metros cúbicos con caja 3 volcadora, con chofer y DOS (2) operarios, destinado al transporte de material de residuos, generalmente embolsado, tarea que realiza la Dirección de Higiene Urbana, por el término de VEINTICUATRO (24) meses, con opción de prórroga por UN (1) mes más, bajo las mismas condiciones de la Licitación Pública N° 11/201 6. ElIo por los motivos indicados precedentemente. ARTÍCULO 3°.- Comunicar, dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia. Cumplido, archivar. Scretans de Oy Hnana INi Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur, son y serún Argentinas Ushuaia, 1 de noviembre de 2016 Año XXVI - N° 125/2016 página 82 “2016— Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia NacivizaL’ Provincia de Tierra del Fuego Antáitida e Islas del Atlántico Sur REPUBLICA ARGENTINA MUNICIPALIDAD DE USHUAIA USHUAIA, VISTO el expediente N° SC — 190 C 916 3610/2016 del registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que mediante el mismo tramita la Modificación al Contrato de Locación de Servicios N° 10588, aprobado por Decreto Municipal N° 1151/2016 celebradas entre la Municipalidad de Ushuaia representada por la Sra. Secretaria de Economía y Finanzas, C.P.N. Andrea Fabiana ONTORIA, D.N.I. N° 22.885.647 y el Sr. Gustavo Adrián MOLLO, D.N.I. N° 26.285.983, a efectos que realice tareas de apoyo y asistencia a requerimientos del Secretario de Cultura y Educación. Que dichoContrato se encuadra en lo dispuesto en el articulo 110, inciso d) apartado 1 de la Ordenanza Municipal N° 3693, promulgada por Decreto Municipal N° 239/2010, modificada por Ordenanza Municipal N° 4602, promulgada por Decreto N° 1032/2014 y Artículo 1251 y concordantes del Código Civil y Comercial. Que corre anexada y forma parte del presente Decreto, copia autenticada de la Modificación al Contrato de Locación de Servicios referenciado, el cual se encuentra registrado bajo el N° 10761 correspondiendo su aprobación. Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal, conforme a lo establecido en el artículo 152, incisos 1) y 32), de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia. Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA DECRETA ARTÍCULO 1°.- Aprobar la Modificación al Contrato de Locación de Servicios N° 10588, siendo registrada bajo el N° 10761, cuya copia autenticada se adjunta y forma parte del presente, celebrado el día quince (15) del mes de septiembre del año 2016, entre la Municipalidad de Ushuaia, representada por la Sra. Secretaria de Economía y Finanzas, C.P.N. Andrea Fabiana ONTORIA, D.N.I. N° 22.885.647 y el Sr. Gustavo Adrián MOLLO, D.N.I. N° 26.285.983 Ello por los motivos expuestos en el exordio. ARTÍCULO 2°.- Notificar al interesado con copia autenticada del presente. ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente deberá imputarse al Titular Presupuestario: Secretaría de Cultura y Educación. Partida 13. ARTÍCULO 4°.- Comunicar. Dar copia al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia para su publicación. Cumplido, archivar. iÇRETO MUNICiPAL N° dv 15 1 /2016./ / C ONTOA N EnOma y nanzas —-4 - INTgÑ-L JflcJ4IQad ce ‘1 ç IçI MIr ,-i.-i c,, :f / Ushuaia, 1 de noviembre de 2016 Año XXVI - N° 125/2016 página 83 ‘2O]6 ,1ñ, del Biceizienario de la Declaración de 1(1 Independenci a Nacwiutl — Provincia de Tierra dci Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur República Argentina Municipalidad (le Ushuaia MODLFICACIÓN DE CONTRATO DE LOCACIÓN DE SERVICIOS REGISTRADO BAJO EL N° 10588 En la ciudad de Ushuaia, Provincia de Tierra dci Fuego, Antárt ida e Islas dci Atlántico Sur, a los 15 días dci mes de septiembre de 2016, entre la Municipalida d de Ushuaia, representada en este acto por Sra. Secretaria de Economía y Finanzas, C.P.N. Andrea Fabian a ONTOR1A, D.N.i. N° 22.885.647, y el Sr. Gustavo Adrián MOLLO, D.N.1. N° 26.285.983, con domicilio en la calle Anuka N° 2039, en adelante EL LOCADOR, convienen celebrar ad-refcréndum del Sr. Intendente Municipal la presente MODIFICACIÓN DE CONTRATO DE LOCACIÓN DE SERVICIOS registrado balo N° 10588, conforme a las siguientes cláusulas:PRIMIRA: Ambas partes acuerdan modificar la cláusula SEGUNDA del Contrato de Locación de Servicios, registrado bajo N° 10588, en la cual quedar á redactada de la siguiente manera: “...SEGUNDA: La duración del presente contrato será a partir del tres (03) de agosto de 2016, por lo que su vencimiento operará de pleno derecho el día treinta uno y (31) de enero de 201 7...” SEGUNDA: Todo lo no previsto en la presente se regirá de acuerd o a lo establecido en cI Contrato de Locación de Servicios registrado bajo N° .10588. En prueba de conformidad, se firman TRES (3) ejemplares de un mismo tenor y a un mismo efecto, en el lugar y fecha ut-supra indicados. ( /2 C P N /ndre3 ONTORA Sectznna de Lmnoriii y Fnanza Kl c’aind çie ua TRATO REGISTRADO ..... ... .. .. .. ••.•...•• ..... .... .... ..... .•• •..•. •. ••.•••• Ushuaia, 1 de noviembre de 2016 Año XXVI - N° 125/2016 Provincia de Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur =RepúbIica Argentina= Municipalidad de Ushuaia página 84 “2016-Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional” USHUAIA, 1 OLJ 16 VISTO el expediente SD N° 5593/2016, del registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que a través del mismo se tramita el Contrato de Locación de Servicios, celebrado en fecha veinte (20) de septiembre de 2016, entre la Municipalidad de Ushuaia, representada por la Secretaria de Economía y Finanzas, CPN Andrea ONTORIA, D.N.l. N° 22.885.647 el y Sr. Eduardo Gabriel MATEU BOERI, D.N.l. N° M 4.545.705, para que éste último preste servicios de tareas relacionadas a capacitaciones gastronómicas en las diferentes actividades programadas en el ámbito de la Subsecretaría de Economía Social dependiente de la Secretaria de Políticas Sociales, Sanitarias y de Derechos Humanos, con un total de 35 horas semanales. Que dicha contratación se encuadra en lo establecido por el Artículo 110°, inciso d), apartado 1) de la Ordenanza Municipal N° 3693, de Administración Financiera y Contrataciones, modificada por Ordenanza Municipal N° 4602, Anexo 1 del Decreto Municipal N° 1255/2013 y Artículo 1251 y concordantes del Código Civil y Comercial. Que corre Anexada y forma parte del presente Decreto, copia autenticada del Contrato aludido, el cual se encuentra Registrado bajo el N° 10763, correspondiendo su aprobación. Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto administrativo, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 152° incisos 1) y 32) de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia. Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA DECRETA ARTÍCULO 1°.- Aprobar en todos sus términos el Contrato de Locación de Servicios registrado bajo el N° 10763, cuya copia autenticada se adjunta y forma parte del presente, celebrado en fecha veinte (20) de septiembre de 2016, entre la Municipalidad de Ushuaia, representada por la Secretaria de Economía y Finanzas, CPN Andrea ONTORIA, D.N.I. N° 22.885.647 y el Sr. Eduardo Gabriel MATEU BOERI, D.N.l. N° M 4.545.705. Ello por las razones expuestas en el exordio. ARTICULO 2°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente, deberá imputarse con cargo al Titular Presupuestario: Secretaria de Coordinación de Gestión. Partida 13. ARTÍCULO 3°.- Notificar al interesado con copia autenticada del presente. ARTÍCULO 4°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia. Cumplido, archivar DECRETO MUNICIPAL N° T Sil 2 / /2016- AJ L C Satanomla y nanzas M c’ daCeUs as ,- f - t-V_ to TEricNTE j—tUs “Las Islas Malvinas, Georgas y Sandwich del Sur, son y seran rgentinas — Ushuaia, 1 de noviembre de 2016 Año XXVI - N° 125/2016 Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur. República Argentina MUNICIPALIDAD DE USHUAIA Secretaría de Economía y Finanzas página 85 de la Declaración de la Independencia Nacionaí 1/ Entre la Municipalidad de Ushuaiá representada en este acto por la señora Secretaria de Economía y Finanzas, C.P.N. Andrea ONTORIA, D.N.I. N° 22.885.647, con domicilio en la calle Arturo Coronado N° 486, 1° Piso, de la ciudad de Ushuaia, ad referéndum del Sr. Intendente Municipal, en adelante LA MUNICIPALIDAD, por una parte; y por la otra el señor Eduardo Gabriel MATEU BOERI, D.N.I. N° M 4.545.705, con domicilio en la calle Kayen N° 324, de la ciudad de Ushuaia, en adelante llamado EL CONTRATADO, convienen en celebrar el presente Contrato de Locación de Servicios, de acuerdo a las siguientes cláusulas: — PRIMERA: LA MUNICIPALIDAD contrata los servicios de EL CONTRATADO a efectos de que el mismo preste servicios realizando tareas relacionadas a las capacitaciones gastronómicas en las diferentes actividades programadas en el ámbito de la Subsecretaría de Economía Social, dependiente de la Secretaría de Políticas Sociales Sanitarias y de Derechos Humanos, con un total de 35 horas semanales. — SEGUNDA: El presente contrato se formaliza por el período comprendido entre el PRIMERO (01) de octubre de 2016 al TREINTA Y UNO (31) de marzo de 2017, inclusive. TERCERA: Se acuerda en concepto de honorarios por la labor que se contrata la suma total de PESOS CIENTO OCHO MIL CON 00/100 ($108.000,00), pagaderos en seis (06) cuotas iguales, mensuales y consecutivas de PESOS DIECIOCHO MIL CON 00/100 ($18.000,00) cada una, cuyo pago se efectivizará deI 1° al 15° día de cada mes vencido, debiendo EL CONTRATADO otorgar el pertinente recibo o factura a favor de LA MUNICIPALIDAD, adjuntando Certificado de Situación Regular emitido por la Agencia de Recaudación Fueguina, Certificado de Situación Fiscal Regular emitido por la Dirección General de Rentas Municipal, Comprobante de pago de aportes de AFIP, correspondiente al período facturado y último recibo de pago del seguro por accidentes personales, el cúal deberá cubrir el período que dure el contrato, debiendo adjuntar copia de la póliza..— — CUARTA: La celebración del presente contrato no implica ninguna relación de dependencia yio empleo público, rigiéndose el mismo por las normas de la Ordenanza Municipal N° 3693 (de Administración Financiera y Contrataciones), por el art. 1251 concordantes del Código y Civil y Comercial, debiendo asumir EL CONTRATADO las obligaciones fiscales y pe’isionaIes del caso por el desarrollo de su actividad.---QUINTA: El presente contrato podrá ser rescindido por ambas partes en cualquier momento de,-u vigencia, previa comunicación fehaciente cursada a la contraparte con quince (15) CONTRATO REGISTRADO t/\ JLP.YAl A FiRMA Y SELLO i.AS ISLAS MAI.VINAS. GEORGIAS, SÁNDWICII Iii SUR. SON Y SERÁN ARGlli>AS //I,..2 Ushuaia, 1 de noviembre de 2016 Año XXVI - N° 125/2016 Provincia de Tierra del Fuego. Antártida e Islas del Atlántico Sur. República Argentina MUNICIPALIDAD DE USHUAIA Secretaria cte Economía y Finanzas página 86 la Declaración de la Independencia NaconaI III...2 días corridos de antelación, sin necesidad de ejresión de causa, sin que ello genere derecho a reclamar indemnización, daño, ni perjuic(o alguno.--—-SEXTA: Ante cualquier divergencia que pudiera surgir en la interpretación yio ejecución del presente contrato ambas partes se someten exclusivamente a la jurisdicción de los Tribunales ordinarios de la ciudad de Ushuaia, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción, indicados constituyendo domicilio en el encabezamiento, extrajudiciales y judiciales LA donde MUNICIPALIDAD y EL CONTRATADO en los serán válidas todas las notificaciones que se cursen, salvo cambio de domicilio notificando a la otra parte por un medio fehaciente — En prueba de conformidad las partes suscriben tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la ciudad de Ushuaia, Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, a los VEINTE (20) días del mes de septiembre del año dos mil dieciséis.— CuN 1 1 0 REGl3I NADO SAJOELN° N Andrea ONiOiIf Cr.a3 (le Eornia y Ican.is Mtre:pale1ad de lJShIa3 USHUAIA 107 63 SEP 16 Dr I.AS ISLAS MAI.VINAS, GEORGIAS. SÁNDWICII DEL SUR. SON Y SERAN ARGIiNT1NAS Ushuaia, 1 de noviembre de 2016 Año XXVI - N° 125/2016 página 87 1 513 Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e islas del Atlántico Sur República Argntina MUNICIPALIDAD DE USHUAIA 2Ol6 —Mo del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional = 19 Q USHUAiA, 16 L0 VISTO el expediente S.E. N° 6798/2016, del registro de esta Municipalidad; y CONSiDERANDO: Que mediante el mismo se tramita la solicitud de exención del pago del impuesto Automotor presentada por el señor Gaston PAJIAGUA, D N.1. N° 30.137.301, en su carácter de integrante de la “ASOCIACIÓN CIVIL BOMBEROS VOLUNTARIOS DE USHUAiA”, correspondiente al Dominio AA 501 RC, de conformidad con lo dispuesto mediante Ordenanza Municipal N° 2660 y sus modificatorias. Que ha tomado intervención la Dirección General de Rentas Municipal, mediante Informe D.G.R.Mun.U. N° 153/16, informando que el contribuyente habría cumplido con la presentación de la documentación exigida por la normativa vigente, correspondiendo la exención del Impuesto Automotora partir de la Cuota 5° año 2016. Que la exención del pago del impuesto Automotor para los vehículos automotores de propiedad de los integrantes de los Cuerpos de Bomberos Voluntarios, se encuentra prevista en el anexo VII, articulo 18 inc. j) de la Ordenanza Fiscal vigente. Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto administrativo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 152 inc. 1) de la Carta Orgánica IVlunicipal de la ciudad Ushuaia, en concordancia con el título Iii, artículo 12 el título X, y artículo 79 de la Ordenanza Municipal N° 3500. Por ello: EL INTENDENTE MUNiCIPAL DE USHUAIA DECRETA ARTiCULO 1°.- Eximir del pago del Impuesto Automotor a partir de la Cuota 5° año 2016. al señor Gaston PANIAGUA, D.N.I. N° 30.137.301, en su carácter de integrante del cuerpo de bomberos voluntarios perteneciente a la “ASOCiACIÓN CIVIL BOMBEROS VOLUNAMOS DE USAiA”, por el dominio AA 501 RC. Ello, por los motivos expuestos en el exordio. ARTICULO 2°.- Notificar al beneficiario del presente con copia autenticada, haciéndole saber que de acuerdo a lo establecido en el título X, articulo 78 de la Ordenanza Ivlunicipal N° 3500 está obligado a declarar dentro de los veinte (20) días de producido cualquier cambio que signifique variar las condiciones que dan lugar a la exención. La omisión de la declaración establecida precedentemente, hará pasible al responsable de una multa por incumplimiento de los deberes formales, sin perjuicio de las ciones que correspondan por evasión y el pago de los gravámenes e intereses ‘LAS ISLAS ifAL7.\ 15. GEOSGS1S Y SLVD WIcH DEL SUR. SON Y SE]&LVA]?GLVITNAS” Ushuaia, 1 de noviembre de 2016 Año XXVI - N° 125/2016 Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e islas del Atlántico Sur República Argentina MUNICiPALIDAD DE USHUAIA página 88 “2016 —Año del Bicentenario de la Declaración de la independencia iacionaE = adeudados, como así también del artículo 5° de la Ordenanza Municipal N° 2660, modificada por Ordenanza Municipal N° 2957, el cual establece que en caso de transferencia de titularidad del vehículo afectado al beneficio establecido por la presente, deberá comunicar dicha novedad por escrito a la autoridad de aplicación en un plazo no mayor a las NOVENTA Y SEIS (96) horas de efectuado el trámite oficial de transferencia; de no cumplir este requisito, perderá el beneficio correspondiente al ao fiscal en curso. ARTICULO 3°.- Comunicar a la Dirección General de Rentas y a quienes corresponda. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia y archivar.DECRETO MIJNICIPALN° 151 3 u /(J-t.f / i2016.- / / —. 1 p aa:. .icU°= \AIaerVuOtO lNTgNDNTE 1 •/ ‘, . i.. 13, CeD13LS0RSO\taEAA RGE’JI\AS Ushuaia, 1 de noviembre de 2016 Año XXVI - N° 125/2016 página 89 1514 Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur República Argentina = MUNICIPALIDAD DE USHUAIA ‘2016 -Año del Bicentenario de la Declaración de la tadependenciaNacional” USHUAIA, 19 Oi ¡1b VISTO el expediente S.H. N° 9028/2011, del registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Municipal N° 020/2012, se eximió del pago del Impuesto Automotor al Sr. César Franco ALVARADO, titular del D.N.I. N° 28.160.181, en su carácter de integrante del cuerpo de bomberos voluntarios perteneciente a la “ASOCIACIÓN CIVIL BOMBEROS VOLUNTARIOS DE USHUAIA”, por el Dominio KMQ-804, de conformidad con lo dispuesto mediante Ordenanza Municipal N° 2660 sus y modificatorias, a partir de la Cuota 6° año 2011. Que a fs. 16 obra copia de la Transferencia del Automotor, en la cual consta que el día quince (15) de Octubre del año 2015, el Sr. César Franco ALVARADO procedió a la venta del vehículo automotor Dominio KMQ-804. Que ha tomado intervención la Dirección General de Rentas Municipal, mediante Informe D.G.R.Mun.U. N° 173/15, obrante a fojas 18. Que la exención del pago del Impuesto Automotor para los vehículos automotores de propiedad de los integrantes de los Cuerpos de Bomberos Voluntarios, se encuentra prevista en el anexo VII, artículo 18° inc. j) de la Ordenanza Fiscal vigente. Que atento a lo expuesto resulta pertinente dejar sin efecto el Decreto Municipal N° 020/2012, por el cual se eximió al Sr. César Franco ALVARADO, titular del D.N.I. N° 28.160.181, por el Dominio KMQ-804. Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto administrativo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 152 inc. 1) de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad Ushuaia, en concordancia con el título III, artículo 12 el título X, y artículo 77 de la Ordenanza Fiscal vigente. Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA DECRETA ARTICULO 1°.- Dejar sin efecto a partir del día dieciseis (16) de Octubre de 2015, el Decreto Municipal N° 020/20 12, el cual exime del pago del Impuesto Automotor sobre el Dominio KMQ-804, al Sr. César Franco ALVARADO, titular del D .N .1. N° 28.160.181, en su carácter de integrante del cuerpo de bomberos voluntarios perteneciente a la “ASOCIACIÓN CIVIL BOMBEROS VOLUNTARIOS DE USHUAIA”. Ello, por los motivos expuestos en el exordio. ARTICULR 2°.- Notificar de los alcances del presente al contribuyente citado en el ¡/12... JS1SSL1L-qNAS, GEORGLJS Y&4V WJcH DEL SER, SON YSEGET4S Ushuaia, 1 de noviembre de 2016 Año XXVI - N° 125/2016 Provincia de TielTa del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur República Argentina MUNICIPALIDAD DE USHUAIA página 90 “2016 —Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional” ///2... artículo l. ARTICULO 3°.- Comunicar a la Dirección General de Rentas y a quienes corresponda. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia para su publicación y archivar. DECRETO MUNICIPALN° 1 1 L /2016.- c.d. /7 7 in r 9hrlOd Có LAS ISIÁSM4L VINAS, GEORGIAS YSAZO)WJCHDEL STJR, SON YSERANARGENTJdS Ushuaia, 1 de noviembre de 2016 Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur República Argentina MUNICIPALIDAD DE USHUAIA = Año XXVI - N° 125/2016 “2016 — página 91 Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional” = USHUAJA, 19 UL zU16 VISTO el expediente S.H. N° 1035!2006, del registro de esta Municipalidad; y CONSiDERANDO: Que mediante Decreto Municipal N° 737/2006, se eximió del pago del Impuesto Inmobiliario y Tasa General por Servicios Municipales, a partir de la cuota 1° del afio 2006, y hasta tanto se produzca cualquier cambio que signifique variar las condiciones que dieron lugar a la misma. a la seiiora Elba Carmelina SARTORI, D.N.I. N° Fi .056.766, en su condición de jubilada, titular del Inmueble identificado catastralmente como Sección C, Macizo 27, Parcela 1 de la ciudad de Ushuaia. Que a fs. 36 obra copia del certificado de defunción que acredita que la mencionada contribuyente falleció el día veintisiete (27) de Julio de 2016. Que en consecuencia y teniendo en cuenta que el beneficio otorgado es de carácter personal, corresponde dejar sin efecto la exención otorgada mediante Decreto Municipal N° 737/2006, a partir del día veintiocho (28) de Julio de 2016. Que ha tomado intervención la Dirección General de Rentas Municipal, mediante Informe D.G.R.Mun.U. N° 151/16, obrante a fojas 37. Que el suscripto se encuentra fctcuhado para el dictado del presente acto administrativo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 152 inc. 1) de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia, en concordancia con el titulo III, articulo 12 y el título X, articulo 77 de la Ordenanza Fiscal vigente. Por ello: EL INTENDENTE MUNICiPAL DE USHUAIA DECRETA ARTICULO 1°.- Dejar sin efecto a partir del día veintiocho (28) de Julio de 2016, el Decreto Municipal N° 737/2006, mediante el cual se eximió del pago del Impuesto Inmobiliario y Tasa General por Servicios Municipales, a la señora Elba Carmelina SARTORI, D.N.I. N° F1.056.766, sobre el Inmueble identificado catasiralmente como Sección C, Macizo 27, Parcela 1 de esta ciudad. Ello, por los motivos expuestos en el exordio. ARTiCULO 2°.- Notificar de los alcances del presente a los derechohabientes de la persona mencionada en el articulo 10, con copia certificada haciéndole saber que podrán interponer Recurso de Reconsideración dentro de los diez (10) días cíe notificados según artículo 127 de la Ley Provincial N° 141. ARTICULO 3°.- Comunicar a la Dirección General de Rentas. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia para su publicación. Cumplido, archivar.DECRETO MUNICIPALN° 1515 /20 16.- CPN Aan Socrtaria de Economte y de dOP1OE3IC LS ISL4S LLUñfS. GEOLGIAS YS.LVDdiJ1 DEL SUR, 5(5V YSERAViRGEA7L\lS ENTE Ushuaia, 1 de noviembre de 2016 Año XXVI - N° 125/2016 PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR REPUBLICA ARGENTINA MUNICIPALIDAD DE USHUAIA página 92 2016-Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional” 1 9W ‘)O1$ USHUAIA, - VISTO el Expediente S.G. N° 9059/2015 deI registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que mediante el mismo tramita el Contrato de Locación de Servicios, celebrado con fecha cinco (05) de septiembre de 2016, entre la Municipalidad de Ushuaia representada por la Sra. Secretaria de Economía y Finanzas, C.P.N. Andrea ONTORIA, D.N.l. N° 22.885.647, y el Sr. Maximiliano Alejandro LLANES D.N.l. N° 35.574.802, para que éste último preste servicios en el centro de atención SUBE, asesorando y colaborando con el usuario de transporte público, en el ámbito de la Subsecretaría de Gobierno. Que dicha contratación se encuadra en lo dispuesto en el artículo 1100, inciso d), apartado 10) de la Ordenanza Municipal N° 3693, modificada por Ordenanza Municipal N° 4602, y Artículo en el 1251 y cctes. del Código Civil y Comercial. Que corre agregada y forma parte del presente Decreto, copia autenticada del Contrato aludido, el cual se encuentra registrado bajo el N° 10778 correspondiendo su aprobación. Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal, , conforme a lo establecido en el artículo 152° incisos 1) 32) de la Carta Orgánica Municipal de la y ciudad de Ushuaia. Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA DECRETA: ARTICULO 1°.- Aprobar el Contrato de Locación de Servicios registrado bajo el N° 10778 cuya copia autenticada se adjunta y forma parte del presente, celebrado en fecha cinco (05) de septiembre de 2016, entre la Municipalidad de Ushuaia representada por la Sra. Secretaria de Economía y Finanzas, C.P.N. Andrea ONTORIA, D.N.I. N° 22.885.647 y el Sr. Maximiliano Alejandro LLANES D.N.l. N 35.574.802. Ello de acuerdo a lo expresado en el exordio. ARTICULO 2°.- Notificar al Sr. Maximiliano Alejandro LLANES, con copia autenticada del presente. ARTICULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente contrato deberá imputarse con cargo al Titular Presupuestario Secretaría de Coordinación de Gestión, Partida 013. ARTICULO 4°.- Comunicar, dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia. Cumplido, archivar. DECRETO MUNICIPAL N° 1 1 6 /201 6.- ‘Las Islas Malvinas, GeorQias. Sándwich del Sur. son y serán Arnenins” Ushuaia, 1 de noviembre de 2016 Año XXVI - N° 125/2016 ¡ ¡ Provincia de Tierra deI Antártida e Islas del Atlántico Sur República Argentina MUNICIPALIDAD DE USHUAIA / 1 ¡ de Ushuaia “2016-Año del Bicentenario de Iá-fl página 93 Lj j ATQ REC; B,jC) EL N Ü 1 778 °‘ ‘ti la IR ependenciNippaF CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS Entre la Municipalidad de Ushuaia, representada en este acto por la señora Secretaria de Economía y Finanzas, C.P. Andrea ONTORIA, D.N.l. N° 22.885.647, con domicilio legal en la calle Arturo Coronado N° 486 1° piso, de la ciudad de Ushuaia, ad-referéndum del Sr. Intendente Municipal, en adelante LA MUNICIPALIDAD, por una parte, y por la otra el Sr. Maximiliano Alejandro LLANES D.N.l. N° 35.574.802, con domicilio en la calle Guanaco N° 343 de la ciudad de Ushuaia, en adelante EL CONTRATADO, convienen en celebrar el presente Contrato de Locación de Servicios, conforme a las siguientes cláusulas: PRIMERA: LA MUNICIPALIDAD contrata los servicios de EL CONTRATADO a efectos de prestar servicios en el ámbito de la Subsecretaría de Gobierno en funciones y tareas inherentes al Centro de Atención S.U.B.E. en este Municipio, asesorando y colaborando con el usuario del transporte público, de Lunes a Viernes con una carga horaria de siete (7) horas —---— diarias. — .-— SEGUNDA: El presente contrato se formaliza por el término de seis (6) meses, a partir del día uno (01) de noviembre de 2016, operando su vencimiento el día treinta (30) de abril de 2017. — —----------—-—--—----— —---- — —--— TERCERA: Se acuerda en concepto de honorarios por la labor que se contrata, la suma total de PESOS SETENTA Y SIETE MIlL CUATROCIENTOS ($77.400,00> pagadera en seis (6) cuotas iguales, mensuales y consecutivas de PESOS DOCE MIL NOVECIENTOS ($12.900,00). Los pagos se efectivizarán del día 1° al 15° de cada mes vencido, debiendo EL CONTRATADO otorgar el pertinente recibo o factura a favor de la MUNICIPALIDAD, conforme normas vigentes, adjuntando el Certificado de Situación Fiscal Municipal (D.G.R. Municipal) de la totalidad de los bienes que posea EL CONTRATADO y de las actividades en que se encuentre vigente a la fecha prevista de pago. Además deberá acompañar comprobante de pago de AFIP del mes de prestación y la póliza de Seguro de Accidentes Personales por el período que dure la contratación y su correspondiente comprobante de pago total o mensual. CUARTA: El presente contrato no implica ninguna relación de dependencia y/o de empleo público, rigiéndose por las normas de la Ordenanza Municipal N° 3693 (de Administración Financiera y Contrataciones), por el art. 1251 del Código Civil y Comercial, debiendo asumir EL CONTRATADO las obligaciones fiscales y previsionales del caso por el desarrollo de su —----—-------—---------—--------------—--------—----------------——-actividad.--— QUINTA: El presente contrato podrá ser rescindido a solicitud de cualquiera de las partes, sin invocación de causa, previa notificación a la otra parte en forma fehaciente, con quince (15) días de anticipación, sin que genere derecho o reclamo alguno.---------SEXTA: Ante cualquier divergencia que pudiera surgir en la interpretación y/o ejecución Tribunales Ordinarios de la ciudad de Ushuaia, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción, constituyendo domicilio LA MUNICIPALIDAD y EL CONTRATADO en los /1/2. / 6 ci— de EcenQTTl y Muí pahdOd i - “Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, son y serán argentinas” Ushuaia, 1 de noviembre de 2016 Año XXVI - N° 125/2016 página 94 LQR1 ¿ fl3 A — Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur República Argentina MUNICIPALIDAD DE USHUAIA r- no “2Q1-Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacion 11/2. indicados jo C Mieic3palda de Ushuaia en el encabezamiento, donde serán válidas todas las notificaciones extrajudiciales y judiciales que se cursen, salvo cambio de domicilio notific ado a Ja otra por un medio fehaciente.----—----—---—--— —----- —-—-—----—------— —-------— En prueba de conformidad las panes suscriben tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la ciudad de Ushuaia, a los cinco (05) días del mes de septiembre de -— 2016. — — —- —---—- —---------- Secretafle le I.:Cfl( Murucipaload (le lisIe “Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, son y serán argentinas’ . . .* . Ushuaia, 1 de noviembre de 2016 Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur República Argentina Año XXVI - N° 125/2016 “2016 página 95 Ano del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional.” Municipalidad de Ushuaia USHUAIA, 19 OCI 2Ü16 VISTO: El Decreto Municipal N° 1338/2016; y CONSIDERANDO: Que mediante el mismo se aprobaron los Convenios Individuales de Pasantías registrados bajo los números 10703 y 10704 suscriptos entre esta Municipalidad, indicándose que en representación de esta lo hacia el entonces Sr. Secretario de Gobierno, Oscar Horacio SOUTO, D.N.I. N° 11.320.201, la Universidad Tecnológica Nacional, representada por su Decano Ing. Mario Félix FERREYRA D.N.I. N° 7.645.915, y los alumnos de la mencionada Universidad, Claudia Alejandra ROCHA D.N.I. N°32.769.484 y Marie! Lucía RACCA D.N.I. N° 37.823.782. Que por un error involuntario la Sra. Secretaria de Economía y Finanzas C.P Andrea ONTORIA D.N.I. N° 22.885.647, ha suscripto los convenios mencionados, aún cuando se mencionaba en aquellos al señor Secretario de Gobierno. Que a fin de disipar todo tipo de dudas e interpretaciones, es necesario dar plena validez a los Convenios Individuales de Pasantías registrados bajo los números 10703 y 10704 subsanando el error aludido dando eficacia a la firma de la sra. Secretaria de Economía y Finanzas, aún cuando se haya mencionado en el texto al entonces Secretario de Gbierno. Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto administrativo, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 152°, incisos 1 32) de la y Carta Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia, y en el Artículo 146 de la Ley Provincial N°141. Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA DECRETA ARTÍCULO 1°.- Dar plena validez a los Convenios Individuales de Pasantías registrados bajo los números 10703 y 10704, aprobados mediante Decreto Municipal N°1338/2016. Ello, por los motivos expuestos en el exordio. ARTÍCULO 2°.- Notificar a las partes interesadas con copia autenticada del presente. ARTÍCULO 3°.- Comunicar. Dar copia al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia y archivar. - i7 DECRETO MUNICIPALN° 1 /2016.// 4 / . // / / H SD Sec, Cocí 0a040fl e -. 1 7 / ‘., Mu;)4 ic1aç .stin ce “Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur,son y serán argentinas” / ce Ushuaia, 1 de noviembre de 2016 Año XXVI - N° 125/2016 Provincia de Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur República Argentina Municipalidad de Ushuaia página 96 2016— Arto del Bicentenario de la Declaración dele Independencia Nacional. USHUAIA, 19 OCT 2Ü16 VISTO el expediente S.G. N° 10301/2013, del registro de esta Municipalidad; y CON S DE RAN DO: Que mediante el mismo tramita la contratación del señor Jorge Emanuel PEREYRA PRADENA, D.N.l. N° 34.978.712. Que se ha suscripto entre el mencionado y el entonces Secretario de Gobierno, Dn. Oscar Horacio SOUTO, D.N.I. N° 11.320.201, el contrato registrado bajo el N° 10757, celebrado el día veintisiete (27) de septiembre de 2016. Que dicho contrato se regirá por lo dispuesto para el personal no permanente por la Ley 22.140 y el Convenio Municipal de Empleo. Que el mencionado reúne los requisitos previstos para el ingreso a la Administración Pública, según la normativa vigente en la materia. Que se cuenta con la vacante disponible. Que en consecuencia, corresponde la aprobación de dichos contratos. Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto administrativo, en virtud de lo establecido por el artículo 152 incisos 1) y 5) de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia. Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA DECRETA ARTICULO 1°.- Aprobar el contrato administrativo registrado bajo el N° 10757, cuya copia autenticada se adjunta y forma parte del presente, celebrado el día veintisiete (27) de septiembre de 2016, entre esta Municipalidad, representada por el entonces Secretario de Gobierno, Dn. Oscar Horacio SOUTO, D.N.I. N° 11.320.201 y el señor Jorge Emanuel PEREYRA PRADENA, D.N.I. N° 34.978.712, mediante el cual se contratan sus servicios para realizar tareas administrativas en el Programa de Comunicación y Publicidad. Ello de acuerdo a lo expresado en el exordio. ARTICULO 2°.- Imputar la presente erogación con cargo al titular presupuestario Secretaría de Gobierno Partida 011. — - ARTICULO 3°.- Notificar al interesado con copia autenticada del presente. ARTICULO 4°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia. Cumplido, archivar.DECRETO MUNICIPAL N° am 1 51 /2016.- 1 /... ...... /7 QscrHSOU / ‘1 WTEDENTE MunlcipailQad Las IsI’is M’ihinis Goi,ias Sandwu.h di Sur son y s1an Argntuns Uón7a .. Ushuaia, 1 de noviembre de 2016 Año XXVI - N° 125/2016 PF(t\. t(1a (u lelia (ltd ltiei_ut e ¡alas del Ai2iido Sti[ Repultl ca Al ecnt aa ivi uit ci pal dad de sltua a ‘‘2010 — Aiio (ltd BiCciiLci(lili() de ¡ti l)celtiiticiOii de página 97 la ¡iidt.pciidciida aeitiitaL CONTRATO ADMINISTRATIVO Entre LA MUNICIPALIDAD DE USHUAIA, representada en este acto por el señor Secretario de Gobierno, Dn. Oscar Horacio SOUTO, D.N.I. N° 11.320.201, en adelante llamado LA MUNiCIPALIDAD, por una parte y el señor Jorge Emanuel PEREYRA PRADENA, DNA. N° 34.978.712, en adelante llamado EL CONTRATADO por la otra, se conviene en celebrar el presente CONTRATO ADMINISTRATIVO de prestación de servicios, ad referéndum del Señor Intendente Municipal de Ushuaia, que se regirá bajo las sigu entes cláusulas: PRIMERA: LA MUNICIPALIDAD contrata los servicios de EL CONTRATADO, quien se desempeñará en el Programa de Comunicación y Publicidad, realizando tareas administrativas, de lunes a viernes de 09:00 a 17:00 hs. La duración del contrato será a ptrtir del día veintiuno (2 1) de julio de 2016 y hasta el día treinta y uno (3 1) de diciembre de 2016. SEGUNDA: LA MUNICIPALIDAD asigna y EL CONTRATADO acepta por los servicios prestados una retribución equivalente al cargo de agente ubicado provisoriarnente en el grado “3”, que se abonará a fin de cada mes y la que será modificada cada vez que lo sea para el personal de la Administración Pública Municipal. TERCERA: La asignación de referencia estará sujeta a los descuentos Jubilatorios (le acuerdo a la Ley 561 y sus modificatorias y EL CONTRATADO queda comprendido dentro del régimen Jurídico Básico de la Función Pública como Personal no Permanente siendo acreedor de los beneficios de rigor. CUARTA: EL CONTRATADO queda sometido jerárquicamente a las disposiciones. órdenes y demás reglamentaciones establecidas por LA MUNICIPALIDAD y que se vinculen con las tareas asignadas reglamentaciones en vigencia que rigen para el Personal Permanente, las que serán transmitidas por intermedio del Superior. QUINTA: LA MUNICIPALIDAD podrá rescindir en cualquier momento y sin necesidad de interpelación judicial el presente contrato, si los servicios del CONTRATADO no fueran necesarios, en este caso EL CONTRATADO no tendrá derecho a reclamar indemnización alguna. Por su parte EL CONTRATADO podrá rescindir la presente obligación en el momento que lo estime oportuno debiendo cursar comunicación por escrito en tal sentido t LA M UNICI PALIDAD con quince (15) días de anticipación. SEXTA: El presente contrato se regirá por lo dispuesto para el personal no Permanente por la Ley 22. 140 y el Convenio Municipal de Empleo. SEPTIMA: Por cualquier divergencia que se suscitare en el cumplimiento del pi’eseiite y deba ser dirimida en los estrados judiciales, las partes se someten a la jurisdiccion de los .iuzgados Provinciales de Ushuaia, a cuyos fines fijan domicilio legal en la ciudad de Ushuaia, LA MUNICIPALIDAD en Arturo Coronado N° 486 y EL CONTRATADO en 640 viviendas Tira 3 B P.B. Dpto. “B”. En prueba de conformidad se firman tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto el (lía 27 SEP ZOi — — - ‘--- / / 7) 1/ /7 ... .- CONTRATO RL lSTíd.DO BAjO EL / USHUAIA, ¡ alalia u il\ iii L (Uil a ( coii 1 111 sim iitcI\\ cli del S seria \íeiitui is Ushuaia, 1 de noviembre de 2016 Provincia de Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur República Argentina Municipalidad de Ushuaia Año XXVI - N° 125/2016 2O16 — página 98 Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia NacionaL USHUAIA, 19 üC i6 VISTO el expediente S.S N° 749/2016, deI registro de esta Municipalidad; y CON SI D E RAN DO: Que mediante el mismo tramita la contratación del señor Lucas SERNA, D.N.I. N° 25.990.407. Que se ha suscripto entre el mencionado y el entonces Secretario de Gobierno, Dn. Oscar Horacio SOUTO, D.N.l. N° 11.320.201, el contrato registrado bajo el N° 10756, celebrado el día veintisiete (27) de septiembre de 2016. Que dicho contrato se regirá por lo dispuesto para el personal no permanente por la Ley 22.140 y el Convenio Municipal de Empleo. Que el mencionado reúne los requisitos previstos para el ingreso a la Administración Pública, según la normativa vigente en la materia. Que se cuenta con la vacante disponible. Que en consecuencia, corresponde la aprobación de dicho contrato. Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto administrativo, en virtud de lo establecido por el artículo 152 incisos 1) y 5) de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia. Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA DECRETA ARTICULO 1°.- Aprobar el contrato administrativo registrado bajo el N° 10756, cuya copia autenticada se adjunta y forma parte del presente, celebrado el día veintisiete (27) de septiembre de 2016, entre esta Municipalidad, representada por el entonces Secretario de Gobierno, Dn. Oscar Horacio SOUTO, D.N.I. N° 11.320.201 y el señor Lucas SERNA, D.N.L N° 25.990.407, mediante el cual se contratan sus servicios para realizar tareas de acompañamiento al Sr. Delegado Municipal en la Delegación Municipal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Ello de acuerdo a lo expresado en el exordio. ARTICULO 2°.- Imputar la presente erogación con cargo al titular presupuestario Secretaría de Gobierno Partida 011. — - ARTICULO 3°.- Notificar al interesado con copia autenticada del presente. ARTICULO 4°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia. Cumplido, archivar.151 DECRETO MUNICIPAL N° /2016.Li / — 1 Vuoto NTEÇDEÑtE Mucialidad de Ushi. “ “Las Islas Malvinas, Gcorgias y Sandwich del Sur, son y serán Argentinas” / Ushuaia, 1 de noviembre de 2016 Año XXVI - N° 125/2016 Pioáeia de liena del UCU() /\nau(la e ls0ts del •\idiiiee Sur “20 6 -— !\ñO del liwentenaj O página 99 (le la l)ceIicoo de la Independencia Nc lepuhIica /\íCel)tla Municiplidad (le Uslnjaci CONTRATO A DM I 1 STRATI yO Entre LA MUNICIPALIDAD DE USHUAIA, representada en este acto por ci señor Secretario de Gobierno, Dn. Oscar Horacio SOUTO, D.N.I. N° 11 .320.20!. en adelante llamado LA MUNICIPALiDAD, por una parte y el señor Lucas SERNA, D.N.I. N 25.990.407, en adelante llamado EL CONTRATADO 1)01 la otra, se conviene en celebrar el presente CONTRATO ADMINISTRATIVO de prestación de servicios, ad referéndum del Señor intendente Municipal de Ushuaia, que se regirá bajo las siguientes cláusulas:PRIMERA: LA MUNICIPALIDAD contrata los servicios del CONTRATADO, quien se desempeñará en la Delegación Municipal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, realizando tareas de acompañamiento del Sr. Delegado Municipal en sus diversas actividades, en horario a convenir con el superior del área, cumplimentando una carga horaria de treinta y cinco (35) horas semanales. La duración del presente contrato será a partir del día uno (1) agosto del 201 6 hasta el día treinta y uno (3 1’) de enero de 2017. SEGUNDA: LA MUNICIPALIDAD asigna y EL CONTRATADO acepta I)Or los servicios prestados una retribución equivalente al cargo de agente ubicado provisoriamente en el grado “1”, que se abonará a fin de cada mes y la que será modificada cada vez que lo sea lra el personal de la Administración Pública lvi unicipal. TERCERA: La asignación de referencia estará sujeta a los descuentos Jubilatorios de acuerdo a la Ley 56] y sus modificatorias y EL CONTRATADO queda comprendido dentro del régimen Jurídico Básico de la Función Pública como Personal no Permanente siendo acreedor de los beneficios de rigor. CUARTA: EL CONTRATADO queda sometido jerárquicamente a las disposiciones, órdenes y demás reglamentaciones establecidas por LA MUNICIPALIDAD y que se vinculen con las tareas asirnadas y reglamentaciones en vigencia que rigen para el Personal Permanente. las que serán transmitidas por intermedio del Superior. QjN]\: LA MUNICIPALIDAD podrá rescindir en cualquier momento y sin necesidad de interpelación judicial el presente contrato, si los servicios del CONTRATADO no fueran necesarios, en este caso EL CONTRATADO no tendrá derecho a reclamar indemnización alguna. Por su parte EL CONTRATADO podrá rescindir la prcscttc obligación en el momento que lo estime oportuno debiendo cursar comunicación por escrito en tal sentido a LA MUNICIPALIDAD con quince (15) días de anticipación. SEXTA: El presente contrato se regirá por lo dispuesto para el pcrsoiI no Permanente por la Ley 22. 140 y el Convenio Municipal de Empico. SEPTI MA: Por cualquier divergencia que se suscitare en ci cumplimiento del presente y deba ser dirimida en los estrados judiciales, las partes se someten a la jurisdicción de los Juzgados Provinciales de Ushuaia, a cuyos fines fijan domicilio legal en la ciudad de Ushuaia, LA MUNICIPALIDAD en la calle San Martin N° 660 y EL CONTRATADO en calle Caracas N° 4833, 30 D, de la ciudad de Buenos Aires. En prueba (le conformidad se firman tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto el día 27 SEP Z18 / / L.. CONTRATC) LEGlTHAL) BAJO ELN UO-lUlA 2 las Islas Malvinas. Georgias y Sandwich del Sur, son y seran ArgeuLmas’’ ES COPIA flEL Ushuaia, 1 de noviembre de 2016 Año XXVI - N° 125/2016 Provincia de Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur República Argentina Municipalidad de Ushuaia página 100 “2016— Año del Bicentenaño de la Declaración de la Independencia NacionaL’ USHUAIA, 19 OCT 216 VISTO el expediente S.G. N°11250/2014, del registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que mediante el mismo tramita la contratación del señor Franco Agustin GALEANO, D.N.l. N° 34.978.644. Que se ha suscripto entre el mencionado y el señor Secretario de Turismo, Dn. Juan Valerio CHERAÑLIK, D.N.l. N° 29.657.812, el contrato registrado bajo el N° celebrado el día cinco (5) de septiembre de 2016. 1 08 0 5 Que dicho contrato se regirá por lo dispuesto para el personal no permanente por la Ley 22.140 y el Convenio Municipal de Empleo. Que el mencionado reúne los requisitos previstos para el ingreso a la Administración Pública, según la normativa vigente en la materia. Que se cuenta con la vacante disponible. Que en consecuencia, corresponde la aprobación de dicho acuerdo. Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto administrativo, en virtud de o establecido por el artículo 152 incisos 1) 5) de la Carta y Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia. Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA DECRETA ARTICULO 1°.- Aprobar el contrato administrativo registrado bajo el N° 1 09 Q 5, cuya copia autenticada se adjunta y forma parte del presente, celebrado el día cinco (5) de septiembre de 2016, entre esta Municipalidad, representada por el señor Secretario de Turismo, Dn. Juan Valerio CHERAÑUK, D.N.I. N° 29.657.812 y el señor Franco Agustin GALEANO, D.N.l. N° 34.978.644, mediante el cual se contratan sus servicios para realizar tareas de informante y fotógrafo en la Dirección Integral de Información Turística. Ello de acuerdo a lo expresado en el exordio. ARTICULO 2°.-lmputar la presente erogación con cargo al titular presupuestario Secreta ría de Turismo Partida 011. — — ARTICULO 3°.- Notificar al interesado con copia autenticada del presente. ARTICULO 4°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia. Cumplido, archivar.DECRETO MUNICIPAL N° 1 ee !2 tJ /2016./ nL - /VaerU0t0 t/EENTE de Ushi ““Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, son y serán Argentinas” Ushuaia, 1 de noviembre de 2016 Provincia de Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur República Argen tina Municipalidad de Ushuaia Año XXVI - N° 125/2016 página 101 “2016— Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional” CONTRATO ADMiNiSTRATIVO Entre LA MUNICIPALIDAD DE USHUAIA, representada en este acto por el señor Secretario de Turismo, Dn. Juan CHERAÑUK, D.N.I. N° 29.657.812, en adelante llamado LA MUNICIPALIDAD, por una parte y el señor Franco Agustin GALEANO, D.N.I. N° 34.978.644, en adelante llamado EL CONTRATADO por la otra, se conviene en celebrar el presente CONTRATO ADMINiSTRATiVO de prestación de servicios, ad referéndum del Señor intendente Municipal de Ushuaia, que se regirá bajo las siguientes cláusulas:PRIMERA: LA MUNICIPALiDAD contrata los servicios del CONTRATADO, quien se desempeñará en la Dirección Integral de Información Turística, realizando tareas de informante y fotógrafo, en días y horarios a convenir con el superior del área, cumplimentando una carga horaria de treinta y cinco (35) horas semanales. La duración del contrato será a partir del día siete (7) de enero de 2016 y hasta el treinta y uno (31) de diciembre de 2016. SEGUNDA: LA MUNICIPALIDAD asigna y EL CONTRATADO acepta por los servicios prestados una retribución equivalente al cargo de agente ubicado provisoriamente en el grado “5”, que se abonará a fin de cada mes y la que será modificada cada vez que lo sea para el personal de la Administración Pública Municipal. TERCERA: La asignación de referencia estará sujeta a los descuentos Jubilatorios de acuerdo a la Ley 561 y sus modificatorias y EL CONTRATADO queda comprendido dentro del régimen Jurídico Básico de la Función Pública como Personal no Permanente siendo acreedor de los beneficios de rigor. CUARTA: EL CONTRATADO queda sometido jerárquicamente a las disposiciones, órdenes y demás reglamentaciones establecidas por LA MUNICIPALiDAD y que se vinculen con las tareas asignadas y reglamentaciones en vigencia que rigen para el Personal Permanente, las que serán transmitidas por intermedio del Superior. QUINTA: LA MUNiCIPALiDAD podrá rescindir en cualquier momento y sin necesidad de interpelación judicial el presente contrato, silos servicios de EL CONTRATADO no fueran necesarios, en este caso EL CONTRATADO no tendrá derecho a reclamar indemnización alguna. Por su parte EL CONTRATADO podrá rescindir la presente obligación en el momento que lo estime oportuno debiendo cursar comunicación por escrito en tal sentido a LA MUNICIPALIDAD con quince (15) días de anticipación. SEXTA: El presente contrato se regirá por lo dispuesto para el personal no Permanente por la Ley 22.140 y el Convenio Municipal de Empleo. SEPT1MA: Por cualquier divergencia que se suscitare en el cumplimiento del presente y deba ser dirimida en los estrados judiciales, las partes se someten a la jurisdicción de los Juzgados Provinciales de Ushuaia, a cuyos fines fijan domicilio legal en la ciudad de Ushuaia, LA MUNICIPALIDAD en calle San Martín N° 660 y EL CONTRATADO en calle Ricardo Rojas N° 644. En prueba de conformidad se firman tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto el día cinco (05) de septiembre de Dos Mil Dieciséis. / / Sur, son y serán Argentinas” Ushuaia, 1 de noviembre de 2016 Año XXVI - N° 125/2016 Provincia de Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur República Argentina= Municipalidad de Ushuaia página 102 20 16—Ada del Bicentenacia de la Declamción de la independencia Nacienal. 9 USHUAIA, VISTO el expediente LT — Z016 N° 6880/2016, del registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que mediante el mismo se tramita la declaración de Interés Municipal del Iii Congreso Internacional y VI Jornadas de Administración y Justicia de la C.A.B.A., que se desarrollarán entre los días siete (7) y nueve (9) de noviembre de 2.016 inclusive, en el Aula Magna, Salón Rojo y Salón Verde de la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (U.B.A.). Que el evento aludido, además de llevarse a cabo “in situ”, se transmitirá “on une”, y en razón de ello se acondicionará un “aula virtual” a fin que quienes deseen asistir puedan hacerlo con las comodidades adecuadas. Que por Nota S.L. y T. N° 34 /16, ha tomado intervención la Señora Secretaria Legal y Técnica, solicitando la declaración de interés municipal de las jornadas de capacitación referenciadas. Que el suscripto promueve y apoya las actividades que contribuyen al enriquecimiento y perfeccionamiento de los profesionales de nuestra comunidad. Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado dci presente acto administrativo, en virtud a lo establecido en el artículo 152 incisos 1) y 25) de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia. Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA DECRETA ARTICULO 1°.- Declarar de Interés Municipal el 111 Congreso internacional y VI Jornadas de Administración y Justicia de la C.A.B.A., que se desarrollarán entre los días siete (7) nueve (9) y de noviembre de 2.016 inclusive, en el Aula Magna, Salón Rojo y Salón Verde de la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (U.B.A.), cuyas actividades se transmitirán “on une”, pudiendo ser presenciadas por quienes se inscriban, en el “aula virtual” acondiucionada a tales efectos, en el Edificio Municipal “Adolfo CANO”, sito en la calle Arturo Coronado N° 486, Piso 2° de la ciudad de Ushuaia. Ello por lo expuesto en el exordio. ARTICULO 2°.- Notificar a quienes corresponda con copia autenticada del presente. ARTiCULO 3°- Comunicar Dar copia al Boletrn Oficial de la Municipalidad de Ushuaia para su publicacion Cumplido, archivar - DECRETO MUNICIPAL N° 1 // 21 ‘2 016 - See Cord’rl.ofl de C de UshU lNTEftET; — 1 fr erVc:3 /1 ’-’ fr / - OscarHS(—L-r. / / / /2/ - rui e. d / / “Las lsas Malvinas, Georgias y Sandwich d& Sur son y serán Argentinos” Ushuaia, 1 de noviembre de 2016 Año XXVI - N° 125/2016 página 103 1 522 Provincia de Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur República Argentina Municipalidad de Ushuaia “2016-Año del Bicentenario de la declaracion de la Independencia Nacional USHUAIA, .- 11i .ti VISTO el expediente administrativo S.G. N° 1162112014 del registro de esta Municipalidad, y; CONSIDERANDO: Que mediante el mismo tramita la presentación efectuada a fs. 24/26 por la empleada municipal María Belen MOLINA, Legajo N° 2976, solicitando la recategorización en el grado 1 (uno) de agrupamiento Profesional y Técnico en función del título de “Técnica Superior en Administración”, expedido por la Universidad Tecnológica Nacional. Que la empleada de marras se encuentra encuadrada en forma definitiva en el Grado 2 (dos) del Agrupamiento Profesional y Técnico, mediante Decreto Municipal N° 612/2015 (fs. 21/23). Que el articulo 63.3 del Convenio Municipal de Empleo (C.M.E.) establece que el agrupamiento Profesional y Técnico: comprende al empleado que posea titulo reconocido por los Ministerios de Educación e Interior de la Nación, de nivel universitario, terciario o técnico de nivel medio, ó su equivalente, comprendiendo tres (3) grados:... d).- GRADO 1: UNIVERSITARIO: comprende al empleado con título universitario, que cumple funciones propias a su especialidad, contempladas especialmente en las actividades de la Dirección donde prestará servicios. Requisitos mínimos:- Titulo nivel universitario... “. Que el título de Técnico Superior en Administración”, no es de aquellos que habiliten el otorgamiento del Grado 1 (uno) del Agrupamiento Profesional y Técnico, toda vez que es necesario tener en cuenta la naturaleza del título, es decir, si es o “ no de grado y no su origen o lugar en el cual fue dictada la especialización (Conf. Dictamen S.S.L y T. N° 440/2009). Que la Secretaría de Políticas Universitarias del Ministerio de Educación de la Nación, dispone en su sitio oficial de un buscador de “Títulos Oficiales”, cuyo objeto es contener la información referida a todos los títulos que otorgan las universidades argentinas con reconocimiento oficial y su consecuente validez nacional, de donde se desprende, conforme copia se adjunta a fs. 41, que el nivel de título obtenido por la empleada es de pregrado. Que en consecuencia la empleada no reúne los requisitos previstos por el C.M.E. para ser encuadrada en el grado solicitado. Que la Secretaría Legal y Técnica, ha emitido opinión jurídica, mediante Dictamen S.L.yT. N°163/2016. Que el suscripto se encuentra facultado para dictar el presente acto ///.2. 7I/ “Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur son y serán Argentinas Ushuaia, 1 de noviembre de 2016 Año XXVI - N° 125/2016 Provincia de Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur República Argentina Municipalidad de Ushuaia página 104 “2016-Año del Bicentenario de la declaracion de la Independencia Nacional 1/1.2. administrativo, en virtud de lo dispuesto por el artículo 152, incisos 1) y 5) de la Carta Orgánica Municipal. Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA DE CRETA ARTICULO 1°.-No hacer lugar a la presentación efectuada por la empleada municipal María Belén MOLINA, Legajo N° 2976. ElIo por los motivos expuestos en el exordio. ARTICULO 2°.- Notificar a la empleada de marras, con copia fiel del presente y del Dictamen S.L. y T. N° 163/2016, haciéndole saber que puede interponer recurso de reconsideración, dentro de los diez (10) días, contados desde la notificación del presente, conforme lo establecido por el artículo 127 de la Ley Provicial N° 141. ARTICULO 3°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia, para su publicación. Cumplido, archivar. DECRETO MUNICIPAL N° 1 — 1 /2016.- 1’ / / (JV / / o adSG.,T - . - NTENENT “Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur son y serán Argentinas” Ushuaia, 1 de noviembre de 2016 Año XXVI - N° 125/2016 Provincia de Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur República Argentina= Municipalidad de Ushuaia página 105 “2016- Mo del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional” USHUAIA, 19 QCT 2.i1 VISTO Y CONSIDERANDO: Que la Señora Secretaria de la Mujer, Dña. Laura Beatriz AVILA, D.N.l. N° 28.223.875, se ausentará de la ciudad de Ushuaia por motivos particulares, a partir del día diecisiete (17) al día veinte (20) de de octubre del año en curso inclusive. Que mientras dure la ausencia de la funcionaria referenciada, quedará a cargo de la Secretaría de la Mujer, el Secretario de Coordinación de Gestión Dn. Oscar Horacio SOUTO, DNI N°11.320.201, sin perjuicio de sus obligaciones habituales. Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal, conforme lo establecido en el artículo 152, inciso 1) de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia. Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA DECRETA ARTICULO 1°.- Autorizar la ausencia de la ciudad por razones particulares, de la señora Secretaria de la Mujer Dña. Laura Beatriz AVILA, D.N.I. N° 28.223.875 a partir del día diecisiete (17) al día veinte (20) de de octubre del año en curso inclusive. Ello por los motivos expuestos en el exordio. ARTICULO 2°.- Designar a cargo de la Secretaría de Mujer mientras dure la ausencia de la titular al Sr. Secretario de Coordinación de Gestión Dn. Oscar Horacio SOUTO, DNI N° 11.320.201, sin perjuicio de sus obligaciones habituales. ARTICULO 3°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia. Cumplido, archivar. DECRETO MUNICIPAL N° 23 /201 6. cr scu :dinacofl cs Gestiofl lidad dUSa “Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, son y serán Argentinas” Ushuaia, 1 de noviembre de 2016 Año XXVI - N° 125/2016 Provincia de Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur República Argentina MUNICIPALIDAD DE USHUAIA página 106 “2016 —Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional” 19 DCT 216 USHUAIA, VISTO el Decreto Municipal N° 1385/20 16; y CONSIDERANDO: Que a través del acto administrativo citado en el visto, se sustituyó la Estructura de Nivel Directivo denominada Dirección de Ceremonial y Protocolo, creada por Anexo XII punto b) del Decreto Municipal N° 180/2016, por la denominada Dirección de Administración, Archivo y Despacho Protocolar, dependiente de la Coordinación de Relaciones Institucionales Ceremonial y Protocolo Subsecretaría Unidad Intendencia, con sus misiones y funciones. Que resulta necesario tramitar la designación de la empleada municipal de Planta — Permanente, Iris Amanda SANDOVAL, D.N.I. N° 22.855.242, Grado “2”, Legajo N° 1087, en la mencionada dirección, en tanto cumple con las condiciones de idoneidad para ocupar el cargo. Que dicho cargo se encuentra vacante. Que hasta tanto se instrumente la carrera administrativa, el carácter de la presente designación es transitoria. e el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal, conforme a lo prescripto en el artículo 152°, incisos 5) 153) de la Carta Orgánica Municipal y de la ciudad de Ushuaia. Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA DEC RETA ARTICULO 1- Designar transitoriamente, a partir del día 26 de septiembre de 2016, a la empleada municipal de Planta Permanente, Iris Amanda SANDOVAL, D.N.I. N° 22.855.242, Grado “2”, Legajo N° 1087, en la Dirección deAdniinistración, Archivo y Despacho Protocolai; dependiente de la Coordinación de Relaciones Institucionales Ceremonial y Protocolo Subsecretaria Unidad Intendencia. Ello en virtud de lo expuesto en los considerandos. ARTICULO 2°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente se imputará a las partidas — presupuestarias correspondientes. ARTICULO 3°.- Notificar a la empleada citada en el artículo primero, a la Dirección de Bienestar del Personal y a la Dirección de Haberes, con copia autenticada del presente. ARTICULO 4°.- Comunicar. Dar copia al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia. Cumplido archivar. / ¿ DECRETO MUNICIPALN° /2016 / - , Z 7 /_ / ce UsL a Qscar H souT Las IslaI çndwich del Sur, son y scrafrArgentlnas” dL)áhuaa 1 Ushuaia, 1 de noviembre de 2016 Año XXVI - N° 125/2016 página 107 1525 Provincia de Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur República Argentina= Municipalidad de Ushuaia “2016-Año del Bicentenario de la Declaración de la Independenc ia Nacional” USHUAIA, 19OCT 2Ü16 VISTO los Decretos Municipales Nros 1462/2016 1463/2016 deI registro de esta y Municipalidad; y CONSIDERANDO: 5114. Que mediante los mismos se promulgaron las Ordenanzas Municipales Nros. 5113 y Que se ha detectado un error involuntario en el primer y segundo considerando y en el artículo 1° de los actos administrativos en relación al númer o de Dictamen y al objeto de las Ordenanzas que resultaron promulgadas. Que corresponde sustituir el primero y segundo considerando y el primer artícul o de los Decretos citados en el visto. Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presen te acto administrativo en atención a las prescripciones del artículo 152 incisos 1) y 32) de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia y artículos 117 146 de la Ley Provincial N°141. y Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA D ECRETA ARTICULO 1°.- Sustituir el primer considerando del Decreto Munic ipal N° 1462/2016 por el siguiente texto: “...Que mediante el mismo tramita la promulgación de la Ordenanza Municipal sancionada por el Concejo Deliberante de esta ciudad, en sesión ordinaria del día 21/09/2016, por medio de la cual se incorpora al Anexo 1 de la Ordenanza Municipal N° 1494, con la numeración correlativa correspondiente las denominaciones de calles Intendente lng. Jorge Garramuño “y” Prefectura Naval Argentina “y se deroga la Ordena nza Municipal N° 3298 Ello, por los motivos expuestos en el exordio. “ ARTICULO 2°.- Sustituir el segundo considerando del Decreto Munic ipal N° 1462/2016 por el siguiente texto Que ha tomado la intervencion pertinente el Servicio Juridico Permanente de esta Municipalidad emitiendo el Dictamen S.L y T N° 187/20 16, recomendado su promulgación Ello, por los motivos expuestos en los considerandos. ARTICULO 3°.- Sustituir el Artículo 1° del Decreto Municipal N° 1462/2 016 por el siguiente texto: “...:ARTICULO 1°.- Promulgar la Ordenanza Municipal N° 5113, sancio nada por el Concejo Deliberante de la ciudad de Ushuaia en sesión ordinaria del día 21/09/ 2016, por medio de la cual se incorpora al Anexo 1 de la Ordenanza Municipal N° 1494 con la numeracion correlativa correspondiente las denominaciones de calles” Intendente lng. Jorge Garramuño “y “Prefectura Naval Argentina “y se deroga la Ordenanza Municipal N° 3298. Ello, en virtud de lo expresado en el exordio....”. Ello, por los motivos expuestos en el exordio. ARTICULO 4° Sustituir el primer considerando del Decreto Municipal N° 1463)2016 por el siguiente texto Que mediante el mismo tramita la promulgacion de la Ordenanza Municipal sancionada por el Concejo Deliberante de esta ciudad, en segund a lectura en sesión ordinaria . - ¡/1.2.. Las Islas Malvinas Georgias y Sandwich del Sur son y seran ArgentInas fr Ushuaia, 1 de noviembre de 2016 Año XXVI - N° 125/2016 Provincia de Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur =República Argentina= Municipalidad de Ushuaia página 108 “2016- Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional” //I.2.. del día 21/09/2016, por medio de la cual se desafecta del uso públic o el espacio verde denominado catastralmente como Sección B, Macizo 80 de la ciudad de Ushua ia, para ser cedido a la construcción del edificio propio del Centro de Actividades Alternativas para Discapacitados ( CAAD ) Ello, por los motivos expuestos en los considerandos. ARTICULO 5°.- Sustituir el segundo considerando del Decreto Munic ipal N° 1463/2016 por el siguiente texto: Que ha tomado la intervención pertinente el Servicio Jurídico Permanente de esta Municipalidad emitiendo el Dictamen S.L y T N° 186/2016, recomendado su promulgación...”. Ello, por los motivos expuestos en los considerandos. . “.. ARTICULO 6°.- Sustituir el Artículo 1° del Decreto Municipal N°146312016 por el siguiente texto: “...ARTICULO 1°.- Promulgar la Ordenanza Municipal N° 5114, sancio nada por el Concejo Deliberante de la ciudad de Ushuaia en segunda lectura en sesión ordina ria del día 21/09/2016, por medio de la cual se desafecta del uso público el espacio verde denominado catastralmente como Sección B, Macizo 80 de la ciudad de Ushuaia, para ser cedido a la construcción del edificio propio del Centro de Actividades Alternativas para Discapacitados (CAAD ). Ello, en virtud de lo expresado en el exordio Ello, por los motivos expuestos en el exordio. . ARTICULO 7°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushua ia. Cumplido, archivar. DECRETO MUNICIPAL N° - 2 /2016. / e CarH See Cordnacór Gestn co ‘E1UZNTE ce “Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, son y serán Argentinas Ushuaia, 1 de noviembre de 2016 Provincia de Tierro del Fuego Antártida e Blas dci Atlántico Sur Repúhlica AHentina Municipalidad de Ushuaia Secretaria de Hábitat y Ordenamiento Territorial Año XXVI - N° 125/2016 página 109 “2.016—Ano del Bicentenario de laDeclaiación de la Lndepessdenclá Nacional’ EDICTO “La Secretaría de Hábitat y Ordenamiento Territorial, cita y emplaza a las personas que se mencionan, o por interpósita persona, a presentarse ante Dirección de Suelo Urbano, sita en la calle Arturo Coronado N° 486, de la ciudad de Ushuaia, a los fines de solicitar la documentación correspondiente a la actualización de datos en el Registro Único de Demanda Habitacional, que permita verificar el cumplimiento de lo establecido en la Ordenanza Municipal N° 5055, debiendo presentar dicha documentación hasta el día 07 de noviembre de 2016, indefectiblemente. La no presentación de la totalidad de la documentación, en el lugar y plazo indicado, dará lugar a la exclusión de los mismos del Registro Unico de Demanda Habitacional.” y /.j 1 ¡ :. “Las Blas Malvinas. Georgias y Sandwich del Sur, son y serán Argentinas” Ushuaia, 1 de noviembre de 2016 Año XXVI - N° 125/2016 página 110 Listado 1 Nombre cevedo Ladislao Zoilo Aglieri Minan Ethel DM Ni,rnhre DM 7452061 24203031 Aguirre Veronica Beatriz 30384288 Albornoz Claudia Vanesa 26605123 Ortiz Jose Antonio Andreani Anabel Sabrina 27771555 Andreu Silvana Raquel 28527241 Angelotti Isaac Francisco 17147867 Aquino Nieves Alicia Soledad 29956089 Arce Mella Isnaldo Eloy 18810129 Arevalo David Carlos 1401 5888 Armani Leandro Daño Ruben 31473261 Alvarez Laura Elvira Arriondo Elisabet 32136177 Asselborn Maximiliano Cristhian 27031102 Avalos Burgos Ayelen Laura 34978621 Avendaóo Ojeda Cnistian Martin 26974860 Babi Alfredo Ismael 31473047 Rigano Jesica Carina Bacas Diego Martin 29126027 Bandiera Gustavo Ariel 24162046 Scardapane Sonia Silvana Barcena Campos Lucia Beatriz 29213357 Barragan Debora Mariel 30599065 Jofres Godoy Sebastian Andres Barreto Hector Gabriel 24358759 Barria Hector Ezequiel 30566344 Gavilan Patricia Paola Barrientos Berta Del Carmen 10626063 Barrientos Vargas Miguel Angel 32136037 Bustamante Julieta Benito Zamora Natalia 30566646 Bonaro Maria Ximena 30128640 Britos Mirta Dora 14476950 Buadas Omar David 28153032 27146083 23656984 29360740 24160821 31914620 27683018 35885255 Bustamante Heman David 27580318 Bustamente Maria Teresa 31613815 Lopez Rodrigo Martin 29681773 Caballero Hector Pedro 30128660 Benedetti Solsona Yesica 31472970 Cabrera Andrea Anabel 29565075 Campos Caimapo Samanta Veronica 29161399 Cancina Maña Celinda 29309104 Carazo Veronica Graciela 26305711 Cardozo Oscar Inocencio 30825408 Villalobos Calvo Angel Maximiliano 33653046 Castee Raul Daniel 20045807 Castro Bellavilla Sandía Analia 29970362 Ramirez Emilio Marcelo 28296887 Cazon Patricia Elsa 24672446 Dominguez Mario Angel 26451013 Ceballos Acosta Silvina Valeria 28509615 Centeno Juan Manuel 28509663 Abelleyra Estefania Clement Valeria 34483702 Coihuin Maldonado Manuel Alejandro 26509019 Correa Abdala Betiana Beatriz 33648514 Cuello Viviana Soledad 30128821 Godoy Juan Manuel Dalmas Juan Pablo 26960383 Del Pino Cosse Javier 25864947 Di PietroLuciano Ivan 30128962 Espino Yesica Liliana 33646608 Diaz Ollarzo Juana Ivonne 18758924 Ruiz Ignacio 16194155 Elsztein Victor 7817690 6276319 Enrique Raul 20601856 Arcos Betiana mes 25806260 Eucache Norberto Jesus 14550635 Siares Trinidad Del Huerto 22188616 Favale Hugo Esteban Francisco 32748605 Lopez Eliana Gisela 33677097 Femandez Chuliver Soledad Mañ 27461298 Gildstein Norma Yudith Ferrari Ampuero Verónica Soleda 25633154 Ferreiro Maria Florencia 23872220 De La Roza Ezequiel Ferreyra Malvina Soledad 30128849 Ferreyra Solange Tamara 34674728 32215902 30402966 22847670 Figueroa Angel Norberto 26185408 Foppoli Pickelny Leticia Soleda 30566498 Franco Maña Victoria 32033359 Fuentes Leonardo Raul 31786236 Caseres Maria Celeste 30074888 Gallastegui Matias Alfredo Rom 26226798 Rojas Laura Mabel 24895660 Garcia Hugo Eduardo 32769113 Garin Gustavo Daniel 26734989 Gssmann Belen 28509672 Gessaga Martin Ivan ¡ 285098?6 Año XXVI - N° 125/2016 o Ushuaia, 1 de noviembre de 2016 página 111 Ushuaia, 1 de noviembre de 2016 8 Año XXVI - N° 125/2016 página 112 a Listado Puebla Marcelo Alejandro 26974907 Garcia Maria Veronica 28652382 Quinteros Diana Roinina 26509172 Iriarte Alejandro 24987171 Quinteros Mauro Andres 27435037 Ramos Fernanda Elizabeth 27703164 Ramos Nelson Javier 26409698 Montes De Oca DaianaAntonella Ratto Florencia Edith 31963983 Ravaioli Alexis German 28407125 Rejas Jimena Soledad 32769253 Contardi Agustin Reynoso Cesaro Eleonora Samanta 28362057 Reynoso Juan Pablo 26509186 Rios Gonzalo Emanuel 30128694 Riquel Angela Adriana 32136094 Zunino Francisco Rivero Magali Solange 30128520 Rodriguez Veronica Ester 32136198 Cardenas Angel German Rogel Aguero Juan Angel 29161473 Romero Alicia Lorena 29161445 Aliberti Fernandez Alberto Sebastian Romero Hector Daniel 26185418 Romero Natalia Roxana Edith 29903407 Martin Marcos Andres RuhieJuan Antonio 27779230 Saez Alberto Fabian 20392904 Salguero Gabriela Jorgelina 29629705 Solis Claudio Alejandro Alfredo Salina Julio Hector 14779751 Sanchez Leonardo Norberto 26509005 Santana Facundo 26509076 Carlzon Danyla Ivonne Santillan Carlos Alfredo 27029754 Schulz Maria Rosa 32769290 Martin Grasso 1-lernan Gonzalo Serrudo Esther Leonor 17196979 Sinesi Sebastian Gabriel 29439744 Soto Hector Esteban 30566472 - Sotomayor Yanina De Lourdes Bel 27368516 Bourdetta Marcelo Cesar Fabian Steffens Cimaldoni Tatiana Mcli 32336272 Subiabre Vargas Carla Vanesa 29213420 Arce Ariel Alejandro Subiaga Gisela Daiana 35356136 Tardivo Maria Laura 34005266 TenefNahuelquin Alejandro Fabian 25075824 Vaquero Noelia Evangelina Tuninetti Cintia Pamela 28509568 Ijllua Pedro Jribe Hernandez Cesar Alejandro 23528019 28387983 Cami Nidia Edith Vega Locatelli Delia Miriam 18719791 ¡idoni Del Mestre Gabriela Fernanda 28237609 32214238 29488502 25148414 28903370 27675065 29476516 25025784 27230223 27771231 7815463 Valencia Ru Alejandro Martin ¡elazguez Tenorio Juan Carlos 34978771 26974980 Vargas David Orlando Velez Rosana Vanesa 37259458 28008559 Serpa Fabiana Pamela 32024036 30128751 20441688 27007026 Villagran Angel Omar 16626074 Villalba Silvia Maria 27789307 Gonzalez Gerardo Oscar Wallner Ruben Iguacio 21352836 Yacante Luis Norberto 29649779 Inostroza Leila Ayelen YbaiTa Vega Andrea Carolina 32336392 Zabaljauregui Morey Cesar Aleja 22855294 25075836 Zara Alberto Javier 25839596 Pancha Fernanda Daniela 27136930 29110452 32769219 ¡L 3 Ushuaia, 1 de noviembre de 2016 Año XXVI - N° 125/2016 página 113 ÍNDICE Ítem DECRETO MUNICIPAL Nº 1474/2016.- Autoriza contratación directa “TRABAJADORES DEL SUR LIMITADA”. DECRETO MUNICIPAL Nº 1475/2016.- Autoriza traslado, Sr. GARRIBIA Darío Alejandro. DECRETO MUNICIPAL Nº 1476/2016.- Promulga Ordenanza Municipal Nº 5115. DECRETO MUNICIPAL Nº 1477/2016.- Promulga Ordenanza Municipal Nº 5116. DECRETO MUNICIPAL Nº 1478/2016.- Promulga Ordenanza Municipal Nº 5117. DECRETO MUNICIPAL Nº 1479/2016.- Aprueba contrato de locación de servicios Nº 10777. DECRETO MUNICIPAL Nº 1480/2016.- Aprueba Convenio Marco de Colaboración Nº 10712. DECRETO MUNICIPAL Nº 1481/2016.- Hace lugar a presentación por empleado municipal Rodrigo Martín ZALAZAR. DECRETO MUNICIPAL Nº 1482/2016.- Aprueba contrato administrativo Nº 10770. DECRETO MUNICIPAL Nº 1483/2016.- Aprueba contrato administrativo Nº 10766. DECRETO MUNICIPAL Nº 1484/2016.- Aprueba contrato administrativo Nº 10776. DECRETO MUNICIPAL Nº 1485/2016.- Aprueba contrat357o administrativo Nº 10769. DECRETO MUNICIPAL Nº 1486/2016.- Aprueba contrato administrativo Nº 10767. DECRETO MUNICIPAL Nº 1487/2016.- Aprueba contrato administrativo Nº 10758. DECRETO MUNICIPAL Nº 1488/2016.- Aprueba contrato administrativo Nº 10775. DECRETO MUNICIPAL Nº 1489/2016.- Aprueba contrato administrativo Nº 10768. DECRETO MUNICIPAL Nº 1490/2016.- Aprueba contrato administrativo Nº 10764. DECRETO MUNICIPAL Nº 1491/2016.- Aprueba contrato administrativo Nº 10750. DECRETO MUNICIPAL Nº 1492/2016.- Incrementa 7% Orden de Compra Nº 472/2014 a favor “NEXO S.R.L.”. DECRETO MUNICIPAL Nº 1493/2016.- Deja sin efecto Decreto Municipal Nº 266/2016. DECRETO MUNICIPAL Nº 1494/2016.- Concede licencia sin goce de salario por ejercicio transitorio de otro cargo, Sr. Hernán Eduardo SOSA. DECRETO MUNICIPAL Nº 1495/2016.- Aprueba Convenio de Ocupación y Uso Nº 10084. DECRETO MUNICIPAL Nº 1496/2016.- Adjudica en venta predio municipal, Sra. Micaela MARTINEZ. DECRETO MUNICIPAL Nº 1497/2016.- Adjudica en venta predio municipal, Sra. Yamila Vanesa, COLIVORO GÓMEZ. DECRETO MUNICIPAL Nº 1498/2016.- Deja sin efecto considerandos y sustituye artículos de Decreto Municipal Nº 357/2013. DECRETO MUNICIPAL Nº 1499/2016.- Autoriza contratación directa “ALVEAR S.H.”. DECRETO MUNICIPAL Nº 1500/2016.- Declara día de duelo municipal, Sr. Héctor Hugo ROJAS. DECRETO MUNICIPAL Nº 1501/2016.- Modifica Anexos de Decreto Municipal Nº 2007/2015. DECRETO MUNICIPAL Nº 1502/2016.- Acepta renuncia a cargo, Srta. Gabriela Laura BORRE. DECRETO MUNICIPAL Nº 1503/2016.- Adjudica Licitación Pública Nº 10/2016. DECRETO MUNICIPAL Nº 1504/2016.- Incorpora Fuente Financiera 003 002 015 Empréstito – Transporte Público de Pasajeros. DECRETO MUNICIPAL Nº 1505/2016.- Deja sin efecto Decreto Municipal Nº 1209/2005. DECRETO MUNICIPAL Nº 1506/2016.- Deja sin efecto Decreto Municipal Nº 548/2012. DECRETO MUNICIPAL Nº 1507/2016.- Aprueba contrato de locación de servicios Nº 10780. DECRETO MUNICIPAL Nº 1508/2016.- Aprueba contrato de locación de servicios Nº 10794. DECRETO MUNICIPAL Nº 1509/2016.- Deja sin efecto Decreto Municipal Nº 354/2005. DECRETO MUNICIPAL Nº 1510/2016.- Declara desierta licitación Pública Nº 11/2016. DECRETO MUNICIPAL Nº 1511/2016.- Aprueba modificación de contrato de locación de servicios Nº 10761. DECRETO MUNICIPAL Nº 1512/2016.- Aprueba contrato de locación de servicios Nº 10763. DECRETO MUNICIPAL Nº 1513/2016.- Exime pago de Impuesto Automotor, Sr. Gastón PANIAGUA. DECRETO MUNICIPAL Nº 1514/2016.- Deja sin efecto Decreto Municipal Nº 020/2012. DECRETO MUNICIPAL Nº 1515/2016.- Deja sin efecto Decreto Municipal Nº 737/2006. DECRETO MUNICIPAL Nº 1516/2016.- Aprueba contrato de locación de servicios Nº 10778. DECRETO MUNICIPAL Nº 1517/2016.- Da plena validez a convenios individuales de pasantías Nros. 10703 y 10704. DECRETO MUNICIPAL Nº 1518/2016.- Aprueba contrato administrativo Nº 10757. DECRETO MUNICIPAL Nº 1519/2016.- Aprueba contrato administrativo Nº 10756. DECRETO MUNICIPAL Nº 1520/2016.- Aprueba contrato administrativo Nº 10805. DECRETO MUNICIPAL Nº 1521/2016.- Declara Interés Municipal “III Congreso Internacional y VI Jornadas Administración y Justicia de la C.A.B.A.. DECRETO MUNICIPAL Nº 1522/2016.- No hace lugar a presentación, Sra. María Belén MOLINA. DECRETO MUNICIPAL Nº 1523/2016.- Autoriza ausencia, Sra. Laura Beatriz AVILA. DECRETO MUNICIPAL Nº 1524/2016.- Designa transitoriamente función, Sra. Iris Amanda SANDOVAL. DECRETO MUNICIPAL Nº 1525/2016.- Sustituye considerando de Decreto Municipal Nº 1462/2016. Página 1 3 4 7 14 19 22 25 27 29 31 33 35 37 39 41 43 45 47 49 50 51 55 58 61 64 66 67 68 69 71 73 74 75 77 79 80 82 84 87 89 91 92 95 96 98 100 102 103 105 106 107 SECRETARÍA DE HÁBITAT Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL: EDICTO.- 109 MUNICIPALIDAD DE USHUAIA Secretaría Legal y Técnica Dirección Legal y Técnica y Despacho General Departamento Boletín Oficial
© Copyright 2024