boletin oficial municipal - Municipalidad de Ushuaia

MUNICIPALIDAD DE USHUAIA
Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
REPUBLICA ARGENTINA
BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL
AÑO XXVI - Nº 125/16 – 1 DE NOVIEMBRE DE 2016
Intendente Municipal: Sr. Walter VUOTO
Secretario de Coordinación de Gestión: Sr. Oscar Horacio SOUTO
Secretario de Gobierno: Sr. Omar Enrique BECERRA
Secretaria de Economía y Finanzas: C.P. Andrea ONTORIA
Secretario de Planificación e Inversión Pública: Ing. Christian HERVIAS
Secretaria de Hábitat y Ordenamiento Territorial: Sra. María Teresa FERNÁNDEZ
Secretaria de la Mujer: Sra. Laura Beatriz AVILA
Secretaria de Políticas Sociales, Sanitarias y Derechos Humanos: Sra. Malena Yuqueri TESZKIEWICZ
Secretario de Turismo: Sr. Juan Valerio CHERAÑUK
Secretaria Legal y Técnica: Dra. María Victoria VUOTO
Secretario de Cultura y Educación: Sr. Nahuel Alcides MIERES
Escribana General Municipal: Dra. Patricia Ivon BORLA
Secretario de Medio Ambiente: Sr. Damián Alejandro DE MARCO
CONCEJO DELIBERANTE
Presidente: Sr. Juan Carlos PINO
Vicepresidente Primero: Sr. Tomás BERTOTTO
Vicepresidente Segundo: Sr. Silvio BOCCHICCHIO
Concejal: Sr. Gastón AYALA
Concejal: Prof. Juan Manuel ROMANO
Concejal: Sr. Hugo ROMERO
Concejal: Sr. Ricardo GARRAMUÑO
Secretario: Dr. Eduardo Alejandro BEROLA
JUZGADO ADMINISTRATIVO MUNICIPAL DE FALTAS
Juez interino: Dr. Hugo Daniel MORATO
SINDICATURA GENERAL MUNICIPAL USHUAIA
Presidente: Ing. Martín Ariel MOREYRA
Vocal: Abog. Silvina Lorena OYARZÚN SANTANA
Vocal: C.P. María Teresa MONTILLA
Ushuaia, 1 de noviembre de 2016
Provincia de Tierra del Fuego
Antártida e Islas del Atlántico Sur
República Argentina
MUNICIPALIDAD DE USHUAIA
Año XXVI - N° 125/2016
página 1
1 47
“2016- Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional”
USHUAIA,
07 OCT 2616
VISTO el expediente CG N° 6500/ 2016 del registro de esta Municipalidad; y
CONSIDERANDO:
Que mediante Ordenanza Municipal N° 4136, se autorizó al Departamento
Ejecutivo Municipal a contratar en forma directa con las Cooperativas de Trabajo y sociedades de
hechos consignadas en el Anexo 1 de la misma, siempre que cumplieran con las condiciones de
encontrarse inscriptas y con carácter de regular ante la Inspección General de Justicia y que
hubieran dado cumplimiento a las condiciones de la contratación.
Que a fs. 05, se solicito a la Dirección de Parques y Jardines comunique sobre el
servicio prestado por la Cooperativa de Trabajo Trabajadores del Sur Limitada y la necesidad
operativa de mantener las mismas condiciones o no del mismo.
Que a fs. 06 obra la contestación de la Dirección de Parques y Jardines informando
la necesidad de continuar los servicios prestados bajo las mismas condiciones.
Que a fs. 07 se adjunta informe emitido por la I.G.J. (Inspección General de
Justicia) de fecha siete (7) de Septiembre de 2016, donde consta que la Cooperativa de trabajo
Trabajadores del Sur, se encuentra en situación irregular.
Que de fs. 11 a 43 se adjunta la documental requerida a la Cooperativa de Trabajo
Trabajadores del Sur Limitada.
Que a fs. 44 se adjunta copia fiel del certificado emitido por la I.G.J. con fecha seis
(6) de Octubre de 2016, donde acredita que la Cooperativa de Trabajo Trabajadores del Sur
Limitada se encuadra en Proceso de Regularización, modificando el estado denunciado a foja 07.
Que a fs. 44 Vta. el Sr. Secretario de Coordinación de Gestión, autoriza la
continuidad del tramite previa intervención de la Secretaría de Economía y Finanzas.
Que a fs. 45 la Sra. Secretaria de Economía y Finanzas C.P.N. Andrea ONTORIA,
no ha emitido objeciones, autorizando la continuidad de la contratación.
Que, a fs. 69 se adjunta la estructura de costos emitida por la Dirección de
Compras Mayores y Menores, la cual es compartida por el Sr. Secretario de Coordinación de
Gestión, instruyendo la contratación por el plazo de doce (12) meses.
Que, en concordancia con lo solicitado y en el marco de la Ordenanza Municipal
mencionada ut supra, se autoriza la Contratación Directa con la Cooperativa de Trabajo
TRABAJADORES DEL SUR LIMITADA; a fin de realizar tareas de producción floral, jardinería
urbana en los diferentes espacios públicos de la ciudad y veredas, su mantenimiento y
conservación; como así también la reparación general y mantenimiento en las instalaciones del
Departamento de Producción Floral y Jardinería perteneciente a la Dirección de Parques y
Jardines dependiente de la Subsecretaria de Servicios Públicos, por el término de doce (12)
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“Las Islas Mak mas, Georgias y Sandwich de Sur, Son y Serán Argentin’es”
Ushuaia, 1 de noviembre de 2016
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Provincia de Tierra del Fuego
Antártida e Islas del Atlántico Sur
“2016-Año del Bicentenario de la Declaración de la lndependenea Nacional”
RepúblicaArgentina
MUNICIPALIDAD DE USHUAIA
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meses a razón de la suma de PESOS DE NOVENTA Y DOS MIL DIESCINUEVE CON 19/100
($92.019,19) mensuales.
Que el servicio, se concretará, con mano de obra y equipamiento a su cargo, desde
el día diez (10) de Octubre del año 2016.
Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto
administrativo, de acuerdo a lo establecido en los artículos N° 152 inciso 1) y 18), de la Carta
Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia y Ordenanza Municipal N° 4136.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
DECRETA
ARTICULO 1°.- Autorizar la contratación directa con la Cooperativa de Trabajo TRABAJADORES
DEL SUR LIMITADA, por la suma de PESOS NOVENTA Y DOS MIL DIESCINUEVE CON 19/100
($92.019,19) mensuales, a partir del día diez (10) de Octubre de 2016, para cumplir servicio
destinados a tareas de producción floral, jardinería urbana en los diferentes espacios públicos de
la ciudad y veredas, su mantenimiento y conservación; como así también la reparación general y
mantenimiento en las instalaciones del Departamento de Producción Floral y Jardinería
perteneciente a la Dirección de Parques y Jardines dependiente de la Subsecretaria de Servicios
Públicos, con su respectivo equipamiento a su cargo, la cual se encuentra inscripta y en
condición regular ante la Inspección General de Justicia, por el término de DOCE (12) meses.
Ello, por las razones expuestas en el exordio.
ARTICULO 2°.- Autorizar a la Dirección de Compras Mayores y Menores dependiente de la
Secretaria de Economía y Finanzas a suscribir la documentación respaldatoria, como así también
a emitir las correspondiente Orden de Compras. Ello por lo indicado precedentemente.
ARTICULO 3°.- Notificar al Concejo Deliberante de la ciudad de Ushuaia, conforme a lo previsto
en el artículo 3° de la Ordenanza Municipal N°4136.
ARTICULO 4°.-El gasto que demande el cumplimiento del presente deberá ser imputado a los
Titulares Presupuestarios correspondientes, Partida 013.
ARTICULO 5°.-Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia, Cumplido,
archivar.
DECRETO MUNICIPAL N°
1
/2016.-
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“Las Islas Malvinas. Georgias
y Sandwich de Sur, Son y Serán Argentinas”
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Antártida e Islas del Atlántico Sur
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“2016— Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional
13 OCT 2016
USHUAIA,
VISTO el expediente S.E.. N° 6918/2016, del registro de esta Municipalidad; y
CONSIDERANDO:
Que el Presidente de la Sociedad del Estado Municipal denominada “Ushuaia
Integral Sociedad del Estado”, Sr. GARRIBIA, Darío Alejandro, DNI N° 30969.315, se trasladará
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por comisión de seMcios desde el 14 al 24 de octubre
del corriente año, para realizar gestiones inherentes a sus funciones.
Que el suscripto ha tomado intervención autorizando lo solicitado en el Formulario
Vi.
Que para llevar adelante dicha comisión deviene procedente otorgar la suma total de
PESOS SIETE MIL NOVECIENTOS TREINTA Y SEIS CON 04/1 00
de pasajes aéreos ida y vuelta, Ushuaia
—
($ T936,04), en concepto
Buenos Aires.
Que en consecuencia corresponde dictar un acto administrativo, autorizando la
Comisión de Servicios.
Que el suscripto se encuentra facultado para dictar el presente acto administrativo,
conforme a lo establecido en el artículo 152 inciso 1) y 32) de la Carta Orgánica Municipal de la
ciudad de Ushuaia.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
DECRETA
ARTÍCULO 1°.- Autorizar el traslado en comisión de servicios del Presidente de la Sociedad del
Estado Municipal denominada “Ushuaia Integral Sociedad del Estado”, Sr. GARRÍBIA, Darío
Alejandro, DNI N° 30969.3i5, desde el 14 AL 24 de octubre del corriente año, para realizar
gestiones inherentes a sus funciones en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
ARTÍCULO 2°.- Autorizar e pago de la suma de PESOS SIETE MIL NOVECIENTOS TREINTA
Y SEIS CON 04/100
($ 736,04)
en concepto de pasajes aéreos ida y vuelta, Ushuaia
,
—
Buenos Aires. Ello, por los motivos expuestos en el exordio.
ARTÍCULO 3°.- Imputar la suma indicada en el Artículo 2° con cargo al titular presupuestario:
Secretaria de Economía y Finanzas
-
Partida 13.
ARTÍCULO 4°.- Comunicar. Dar co:a al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia para su
publicación. Cumplido, archiva,
475
DECRETO MUNICIPAL N°
/2016.-
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“Las Islas Malvina Georgia y Sándwich del Sur son y serán argentinas”
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Antártida e Islas del Atlántico Sur
=República Argentina=
Municipalidad de Ushuaia
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“2016-Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional
USHUAIA,
14 OCI 2[i1
VISTO el expediente N° CD-6942/2016 del registro de esta Municipalidad; y
CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo tramita la promulgación de la Ordenanza Municipal sancionada
por el Concejo Deliberante de esta ciudad, en segunda jornada del día 28/09/2016
correspondiente a la octava sesión ordinaria del día 21/09/2016, por medio de la cual se
sustituye el Anexo 1 de la Ordenanza Municipal N° 3693, modificada por la Ordenanza Municipal
N° 4602, de acuerdo al Anexo 1 que corre agregado a la misma; se agrega al inciso b) del
artículo 97 de la Ordenanza Municipal N° 3693 el siguiente texto: y fondos permanentes “y se
*
modifica el punto 2 del inciso d) del articulo 110 de la Ordenanza Municipal N° 3693.
Que ha tomado la intervención pertinente el Servicio Jurídico Permanente de esta
Municipalidad emitiendo el Dictamen S.L y T N°
2
/2016, recomendado su promulgación.
Que el suscripto comparte el criterio sustentado por ese Servicio Jurídico,
encontrándose facultado para el dictado del presente acto administrativo, en atención a las
prescripciones de los artículos 152 inciso 3) de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad de
Ushuaia.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
DECRETA
ARTICULO 1°.- Promulgar la Ordenanza Municipal N° 5Ii5 sancionada por el Concejo
Deliberante de la ciudad de Ushuaia
en segunda jornada del día 28/09/2016
correspondiente a la octava sesión ordinaria del día 21/09/2016, por medio de la cual se
,
sustituye el Anexo 1 de la Ordenanza Municipal N° 3693, modificada por la Ordenanza Municipal
N° 4602, de acuerdo al Anexo 1 que corre agregado a la misma; se agrega al inciso b) del
artículo 97 de la Ordenanza Municipal N° 3693 el siguiente texto: « y fondos permanentes “y se
modifica el punto 2 del inciso d) del articulo 110 de la Ordenanza Municipal N° 3693. Ello, en
virtud de lo expresado en el exordio.
ARTICULO 2°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia. Cumplido,
archivar.
DECRETO MUNICIPAL N°
1476
/2016.
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“Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, son y serán Argentinas”
Ushuaia, 1 de noviembre de 2016
Año XXVI - N° 125/2016
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ANEXO 1.
ORDENANZA N°
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O D LI.L.ANT. USHUMA
ADJUDICA
AUTORIZA
COMPRA DIRECTA
(Hasta $300 000,00)
CONCURSO
O
(Hasta $ 800000,00)
SUBSECRETARÍA DE
SECRETARIA DEL
ÁREA REQUIRENTE
SUBSECRETARÍA DE
ECONOMIAY
FINANZAS
L1CITACION
PRIVADA
(Hasta $ 1 500 000,00)
LICITAC1ON
PUBLICA
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‘D e $1 50000001
1
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‘
SECRETARÍA DE
LCONOMLAY
FINANZAS
SECRETARÍA DEL
AREA CON
SECRETARÍA DE
ECONOMIAY
FINANZAS
SERVICIOS
PUBLICOS
(sm limite de montos)
ECONOMAY
SECRETARÍA DE
ECONOMIAY
FINANZAS
SECRETARÍA DEL
AREA CON LA
SECRETARiA DE
ECONOMIAY
FINANZAS
INTENDENTE
APRUEBA
SECRETARIA DE
FINANZAS
SECRETARIA DE
ECONOMIAY
FINANZAS
SECRETARÍA DE
ECONOMIAY
FINANZAS
SECRETARIA DE
ECONOMIAY
FINANZAS
SECRETARIA DE
ECONOMIA Y
FINANZAS
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“Las Islas Malvinas
Sur, son y seran
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Ushuaia, 1 de noviembre de 2016
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Año XXVI - N° 125/2016
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Municipal N°3693, modificada
ARTÍCULO 1°.- SUSTITUIR el Anexo 1 de la Ordenanza
o 1 que corre agregado a la
por la Ordenanza Municipal N° 4602, de acuerdo al Anex
presente.
97 de la Ordenanza Municipal N°
ARTÍCULO 2°.- AGREGAR al inciso b) del artículo
3693 el siguiente texto: “y fondos permanentes”.
del artículo 110 de la Ordenanza
ARTÍCULO 3°.- MODIFICAR el punto 2 del inciso d)
siguiente manera: “Cuando se trate
Municipal N° 3693 el cual quedará redactado de Ja
o luz, gas, gas envasado, agua,
de servicios tarifados y/o servicios básicos com
e y otros servicios de similares
teléfono, telefonía celular, internet, combustibl
características.”
mento Ejecutivo Municipal para su
ARTÍCULO 4°.- REGISTRAR. Pasar al Departa
para su publicación y ARCHIVAR.
promulgación. Dar al Boletín Oficial Municipal
‘
i
‘
ORDENANZA MUNICIPAL N°
LA SEGUNDA
EN
SANCIONADA
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.
JORNADA
DEL
DÍA
28/09/201 6,
2016.IÓN ORDINARIA DE FECHA 21/09/
CORRESPONDIENTE A LA OCTAVA SES
EROLf\
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Las Islas ¡Vía/cinas, Georiasj Sandwich del Sur,
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Ushuaia, 1 de noviembre de 2016
Provincia de lierra del Fuego
Antártida e islas dci Atlántico Sur
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“2016-Año del
RepúbIica Argentina
Municipalidad de Ushuaia
Bicentenario
USHUAIA,
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de la Declaraeion de la Independencia Nacional’
14OC12
VISTO el expediente N° CD-6939/2016 del registro de esta Municipalidad; y
CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo tramita la promulgación de la Ordenanza Municipal sancionada
por el Concejo Deliberante de esta ciudad, en segunda lectura en segunda jornada del día
28/09/2016 correspondiente a la octava sesión ordinaria del día 21/09/2016, por medio de la
cual se autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal a contratar una operación de préstamo
comercial con el Banco Macro S.A. destinado a la adquisición de colectivos para prestar el
Servicio Público de Transporte Urbano Colectivo de Pasajeros por hasta la suma de pesos
treinta y cinco millones ( $ 35.000.000).; se aprueban las condiciones financieras ofrecidas por
el Banco Macro S.A según se detalla en el Anexo 1 que forma parte de la misma y se autoriza a
otorgar en garantía y como medio de pago del endeudamiento autorizado en el articulo 1° de la
misma los recursos provenientes de la Coparticipación Provincial o régimen que lo reemplace
y/o recursos propios de la Municipalidad de Ushuaia para hacer frente a las obligaciones
derivadas de la operatoria.
Que ha tomado la intervención pertinente el Servicio Jurídico Permanente de esta
Municipalidad emitiendo el Dictamen S.L y T N°
/2016, recomendado su promulgación.
Que el suscripto comparte el criterio sustentado por ese Servicio Jurídico,
-
encontrándose facultado para el dictado del presente acto administrativo, en atención a las
prescripciones de los artículos 152 inciso 3) de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad de
Ushuaia.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
DECRETA
ARTICULO 1°.- Promulgar la Ordenanza Municipal N° 5 1 1 6 cancionada por el Concejo
Deliberante de la ciudad de Ushuaia en segunda lectura en segunda jornada del día
.
28/09/2016 correspondiente a la octava sesión ordinaria del día 21/09/2016, por medio de la
cual se autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal a contratar una operación de préstamo
comercial con el Banco Macro S.A. destinado a la adquisición de colectivos para prestar el
Servicio Público de Transporte Urbano Colectivo de Pasajeros por hasta la suma de pesos
treinta y cinco millones ( $ 35.000.000).; se aprueban las condiciones financieras ofrecidas por
el Banco Macro S.A según se detalla en el Anexo 1 que forma parte de la misma y se autoriza a
otorgar en garantía y como medio de pago del endeudamiento autorizado en el articulo 1° de la
misma los recursos provenientes de la Coparticipación Provincial o régimen que lo reemplace
.
“Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, son y serán Argentinas”
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Antártida e Islas del Atlántico Sur
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“2016-Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional”
1/1.2..
y/o recursos propios de la Municipalidad de Ushuaia para hacer frente a las obligaciones
derivadas de la operatoria. Ello, en virtud de lo expresado en el exordio.
ARTICULO 2°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia. Cumplido,
archivar.
DECRETO MUNICIPAL N°
/
/2016.
“Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, son y serán Argentinas”
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ARTÍCULO 1°.- AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo Municipal a contratar una
operación de préstamo comercial con el Banco Macro S.A. destinado a la adquisición
de colectivos para prestar el Servicio Público de Transporte Urbano Colectivo de
Pasajeros por hasta la suma de pesos treinta y cinco millones ($35.000.000).
ARTÍCULO 2°.- APROBAR las condiciones financieras ofrecidas por el Banco Macro
S.A. según se detalla en el Anexo 1 que forma parte de la presente.
ARTÍCULO 3°.- AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo Municipal a otorgar en
garantía y como medio de pago del endeudamiento autorizado por el artículo 1° de la
presente los recursos provenientes de la Coparticipación Provincial o régimen que lo
reemplace y/o los recursos propios de la Municipalidad de Ushuaia para hacer frente
a las obligaciones derivadas de la presente operatoria.
ARTÍCULO 4°.- Los fondos del préstamo comercial serán afectados íntegramente con
los fondos de los Presupuestos 2016 y sucesivos que resulten necesarios para
cancelar todos y cada uno de los cánones, valor residual, como así también todo
importe que usualmente corresponda abonar en la operatoria de crédito aprobada.
ARTÍCULO 5°.- OTORGAR poder especial a favor de la Contaduría General de la
Provincia, a fin de que, a pedido del Banco Macro S.A., proceda a retener de los
Fondos Coparticipables los montos que correspondan hasta la suma comprometida,
con el objeto de hacer efectiva la garantía y el medio dispuesta en el artículo 3°.
ARTÍCULO 6°.- En caso que el empréstito, Sociedad del Estado, no funcione, el
De artamento Ejecutivo Municipal deberá llamar a licitación en un plazo de un (1) año.
—
-
—fs Islas Malvinas, Geoiasy Sandwich del Sur, sonj serán A7genhinas
f
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ARTÍCULO 7°.- FACULTAR al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir los
contratos y demás documentación que fuera menester a fin de dar cumplimiento a la
presente ordenanza.
ARTÍCULO 8°.- REGISTRAR. Pasar al Departamento Ejecutivo Municipal para su
promulgación. Dar al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVAR.
ORDENANZA MUNICIPAL N°
5 1 1 6
SANCIONADA EN SEGUNDA LECTURA EN LA SEGUNDA JORNADA DEL DÍA
28/09/2016, CORRESPONDIENTE A LA OCTAVA SESIÓN ORDINARIA DE FECHA
21/09/2016.-
¿—
E. ALEDRO 8ERO
Secetaro Legilauvo
ushuaia
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Concelo Deliberante de Ushuaia
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página 11
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CONCEJO DELIdFRAN
USHUA
Concejo De(i6erante
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“Año del Bicentenario de la Declaración de ¡a Independencia Nacon,d.”
ANEXO 1----—
—
ORDENANZA MUNICIPAL N°
VENCIMIENTO FINAL: la FacHidad tendrá su vencimiento final (el “vencimiento
final”) a los treinta y seis (36) meses contados a partir de la fecha del
desembolso.
GRACIA DE CAPITAL: seis (6) meses.
AMORTIZACIÓN: el capital de la Facilidad será cancelado en treinta (30) cuotas
mensuales iguales y consecutivas, contados a partir del mes siete (inclusive)
desde la fecha de desembolso.
MARKET FLEX: si durante el período comprendido entre la aceptación de la
propuesta y la suscripción de la documentación de la Facilidad existiera un
cambio en las condiciones de mercado para este tipo de operaciones que hiciera
necesario, según el razonable criterio del organizador, modificar la tasa de
interés (según se define más adelante), éste podrá ser modificado a fin de
adecuarse a tales nuevas condiciones de mercado; estableciéndose, sin
embargo, que el municipio podrá dar por terminada la propuesta en caso de no
estar conforme con el nuevo margen aplicable.
TASA DE INTERÉS: la Facilidad devengará intereses compensatorios sobre
saldos pendientes de pago, siendo los mismos pagaderos en forma mensual y
por período vencido, a una tasa compensatoria del veintisiete por ciento (27%)
para los primeros doce (12) meses. Para los veinticuatro (24) meses restantes
Facilidad devengará intereses compensatorios sobre saldos pendientes de pago
a una tasa compensatoria equivalente a la tasa de referencia más cuatro coma
noventa por ciento (4,90%) nominal anual (el “margen aplicable”).
Los intereses compensatorios serán calculados desde la fecha de
desembolso y hasta la fecha en que el Municipio haga íntegra y efectiva
devolución del monto de la Facilidad.
TASA DE REFERENCIA: la “Tasa de Referencia” (“TR”) será determinada por la
siguiente fórmula:
KrR=[TRSC
—
(EM
*
RRML) * (1
-
IIBB)
+
SEDESA] / [(1
—
EM)
*
(1
Las ls/as Ala/cinas, Georiasj Sandwich del Sur, sonj senín Argeniina.r
//L
—
IIBB)}
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página 12
Donde:
•
“TRSC” es la tasa de referencia sin corregir, equivalente al promedio
aritmético simple de los valores de Tasas BADLAR disponibles desde
siete (7) días hábiles anteriores a la fecha en que se comiencen a
devengar los intereses de cada período de intereses, hasta ocho (8) días
antes de que finalice dicho período de intereses, ambas fechas inclusive;
•
“EM” es el efectivo mínimo de liquidez para captaciones de plazos fijos a
un plazo de veintinueve (29) días residuales, vigente al momento de cada
cálculo de la TR;
•
“RRML” es la tasa nominal anual de remuneración de los depósitos en
cuentas corrientes de las entidades financieras en el BCRA, informada
diariamente por el BCRA y disponible en su página web www.bcra.govar
(“requisito mínimo de liquidez”) vigente al momento de cada cálculo de la
TR;
•
“SEDESA” es el porcentaje del promedio mensual de saldos diarios de
depósitos en pesos y en moneda extranjera constituidos en las entidades
financieras, que las mismas deberán destinar mensualmente al Fondo de
Garantía de los Depósitos (FGD) de acuerdo a lo establecido en el
Decreto N° 540/95 del Poder Ejecutivo Nacional y sus normas
reglamentarias, vigente al momento de cada cálculo de la TR; e
•
“llBB” es la tasa correspondiente al impuesto sobre Ingresos Brutos de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires vigente al momento de cada cálculo
de la TR.
“TASA BADLAR” es la tasa de interés publicada por el Banco Central de la
República Argentina que surge del promedio ponderado de las tasas de interés
pagadas por bancos privados de la República Argentina para depósitos a plazo
fijos en pesos por un monto mayor a pesos un millón ($1.000.000) y por períodos
de entre treinta (30) y treinta y cinco (35) días y que se publica diariamente en el
)
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página 13
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sabIe Coordic/acón
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5
y Despacho 1 1
CONCEJO DELIBERANTE
concejo fDeíiberante
de (a Ciuéaéde ‘Ushuaia
Nicznal.”
“Año del Bicentenario de la Declaración de la Independiciz
ANEXO
ORDENANZA MUNICIPAL N°
En caso de que
Boletín Estadístico del Banco Central de la República Argentina.
ación de dicha
el Banco Central de la República Argentina suspenda la public
que informe el
tasa de interés (i) se considerará la tasa sustitutiva de dicha tasa
existir dicha tasa
Banco Central de la República Argentina, o (u) en caso de no
ndo como tasa
sustituta, el agente administrativo la calculará considera
por los cinco
representativa el promedio de tasas informadas para idéntico plazo
sitos disponibles
(5) primeros bancos privados según el último informe de depó
publicados por el Banco Central de la República Argentina.
fecha de pago de
BASE DE CÁLCULO: los intereses serán calculados desde la
spondiente
intereses anterior (inclusive) hasta la fecha de pago de intereses corre
dos y a un año
(exclusive) en basé a la cantidad de días efectivamente transcurri
de trescientos sesenta y cinco (365) días.
ipio bajo la
COMISIONES: las únicas comisiones previstas a cargo del Munic
Facilidad serán las siguientes:
isión de
a) Comisión de Estructuración: el organizador cobrará una com
de uno
estructuración de la Facilidad (la “Comisión de Estructuración”)
caso de
coma veinticinco por ciento (1,25%) con más el IVA, en
a vez. La
corresponder, calculado sobre el monto de la Facilidad, por únic
lso.
comisión será pagadera al organizador en la fecha del desembo
/,(
E. AA DRO
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Ltis Islas Malvinas, Geoigiasj Sandwich del Sur, sonj seráiz Aretzti
Ushuaia, 1 de noviembre de 2016
Año XXVI - N° 125/2016
USHUAIA,
página 14
14 OCT 2016
VISTO el expediente N° CD-6938/2016 del registro de esta Municipalidad; y
CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo tramita la promulgación de la Ordenanza Municipal sancionada
por el Concejo Deliberante de esta ciudad, en segunda jornada del día 28/0912016
correspondiente a la octava sesión ordinaria del día 21)09/2016, por medio de la cual se crea
el Programa de Responsabilidad Social tendiente a promover los comportamientos voluntarios,
socialmente responsables, de las organizaciones empresariales y de la sociedad civil que
canalizadas a través del Departamento Ejecutivo Municipal, contribuyen al desarrollo sostenible
de la ciudad,
Que ha tomado la intervención pertinente el Servicio Jurídico Permanente de esta
Municipalidad emitiendo el Dictamen S.L y T N° L
/2016, recomendado su promulgación.
Que el suscripto comparte el criterio sustentado por ese Servicio Jurídico,
encontrándose facultado para el dictado del presente acto administrativo, en atención a las
prescripciones de los artículos 152 inciso 3) de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad de
Ushuaia.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
DE CRETA
ARTICULO 1°.- Promulgar la Ordenanza Municipal N°
5
‘
7,
ancionada por el Concejo
Deliberante de la ciudad de Ushuaia en segunda jornada del día 28/09/2016 correspondiente
a la octava sesión ordinaria del día 21/09/2016, por medio de la cual se crea el Programa de
Responsabilidad Social tendiente a promover los comportamientos voluntarios, socialmente
responsables, de las organizaciones empresariales y de la sociedad civil que canalizadas a
través del Departamento Ejecutivo Municipal, contribuyen al desarrollo sostenible de la ciudad.
Ello, en virtud de lo expresado en el exordio.
ARTICULO 2°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia. Cumplido,
1 4 78
archivar.
DECRETO MUNICIPAL N°
o.íçop
/2016.
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“Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, son y serán Argentinas”
Ushuaia, 1 de noviembre de 2016
Año XXVI - N° 125/2016
página 15
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ARTÍCULO lO. OBJETO. CREAR el Programa de Responsabilidad Social tendiente
a promover los comportamientos voluntarios, socialmente responsables, de las
organizaciones empresariales y de la sociedad civil que, canalizadas a través del
Departamento Ejecutivo Municipal, contribuyan al desarrollo sostenible de la ciudad.
ARTÍCULO 2°.- PUBLICACIÓN DE OBJETIVOS. El Departamento Ejecutivo
Municipal publicará anualmente los objetivos y prioridades para le gestión municipal,
de acuerdo a las necesidades de la comunidad. Los objetivos se clasificarán en:
inversión social, ambiental y económica. El aspecto social se refiere a la promoción
de proyectos culturales, educativos, de salud, participación ciudadana, equidad de
género y todos aquellos que busquen el desarrollo sostenible del capital social y
humano. El aspecto ambiental abarca la interacción con el entorno, promoviendo
acciones que reduzcan la contaminación y propugnen un uso sustentable de los
recursos naturales. Y el aspecto económico incluye el desarrollo de infraestructura,
nuevas tecnologías y demás acciones y proyectos que promuevan las habilidades
laborales y productivas.
ARTÍCULO 3°.- PRESENTACIÓN DE INICIATIVAS. Las empresas o instituciones
intermedias que voIuntaramente se inscriban en el Programa de Responsabilidad
Social, deberán seleccionar alguno de los objetivos y prioridades fijadas por el
Departamento Ejecutivo Municipal, y presentar sus iniciativas, las que serán
aprobadas por la autoridad de aplicación.
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Lis Islas Malvinas, Georiasj Sandwich del Sur, sony serán Aigen1inas
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ARTÍCULO 4°.- INSTRUMENTACIÓN. Toda iniciativa enmarcada en el presente
programa que desarrollen las empresas o instituciones intermedias, una vez
aprobadas por la autoridad de aplicación, serán instrumentadas a través de Convenios
de Responsabilidad Social, los que establecerán las condiciones particulares: objeto,
plazo para su cumplimiento, responsabilidad ante el incumplimiento, y demás
circunstancias relacionadas.
ARTÍCULO 5°.- DISTINTIVO. Aquellas empresas e instituciones intermedias que
realicen obras, actividades, proyectos y cualquier otra herramienta enmarcada en los
objetivos del programa obtendrán el distintivo “Empresa Comprometida con la
Responsabilidad Social”, el que tendrá una vigencia de un (1) año, pudiendo en este
sentido, obtenerlo de acuerdo a distintas y progresivas categorías. El mismo será
otorgado por la autoridad de aplicación.
ARTÍCULO 6°.- UTILIZACIÓN. La empresa tiene el derecho de utilizar públicamente
el distintivo de “Empresa Comprometida con la Responsabilidad Social”, con la
identificación de la marca: “Municipalidad de Ushuaia”.
ARTÍCULO 7°.- BENEFICIOS. Las Empresas que obtengan el distintivo de “Empresa
Comprometida con la Responsabilidad Social” podrán acceder, de acuerdo a las
pautas y categorías que oportunamente determine la autoridad de aplicación, a los
siguientes beneficios:
a) prioridades en las contrataciones con el Estado Municipal, cuando exista
igualdad de condiciones en la oferta;
b) la bonificación de hasta un diez por ciento (10%) en el pago de tributos
municipales, según lo determine la reglamentación, para las empresas
acreedoras del “Premio Anual” a la RS;
c) contar con espacio físico a los fines que las empresas publiciten sus productos
o servicios en eventos públicos de índole municipal. A tal efecto se faculta al
Poder Ejecutivo a proveer los mismos;
d) representar al Municipio con sus productos o servicios en las ferias nacionales
e internacionales en las cuales el Municipio concurra,
debiendo la
reglamentación establecer modo de priorización entre las mismas.
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“Alio del Bicentenario de la Declaración de la hidependencia Nacional.”
68/2016
ncia de las
ARTÍCULO 8°.- PREMIO ANUAL. Se crea el premio anual a la excele
por
empresas socialmente responsables, cuya reglamentación quedará formalizada
deberán
la autoridad de aplicación. Para acceder a este premio las empresas
marco
presentar sus balances, reportes o memorias, de los aportes realizados en el
de los objetivos fijados por el Departamento Ejecutivo Municipal.
Desarrollo
ARTÍCULO 9°.- AUTORIDAD DE APLICACIÓN. La Subsecretaría de
en un
Económico dependiente de la Secretaría de Economía y Finanzas, o el que
nza,
futuro lo reemplace, será la autoridad de aplicación de la presente ordena
quedando facultado para dictar su respectiva reglamentación.
ad de
ARTÍCULO 10.- FUNCIONES DE LA AUTORIDAD DE APLICACIÓN. La autorid
aplicación tiene las siguientes responsabilidades:
a) publicar los objetivos y prioridades en materia de desarrollo social, ambiental y
económico de la ciudad que establezca el Departamento Ejecutivo;
las
b) establecer la forma de presentación, su contenido y publicación de
iniciativas de las empresas y organizaciones intermedias;
c) reglamentar oportunamente los requisitos de la evaluación del cumplimiento de
Las iniciativas;
fines
d) suscribir convenios con Universidades o Institutos especializados, a los
del perfeccionamiento y especialización en la materia;
e) elaborar el Índice de Responsabilidad Social (IRS);
la
f) emitir un informe anualmente sobre el grado de implementación de
vas
ordenanza, las empresas y organizaciones adheridas, sus iniciati
presentadas y cumplidas;
y
g) promover el cumplimiento de esta norma a través de la participación
promoción de la misma, procurando la consolidación definitiva de la cultura de
la RSE;
ente
h) reglamentar el premio anual a la excelencia de las empresas socialm
responsables, y establecer las bases y condiciones;
s Islas Malvinas, Geoiasj Sandwi’h del Sur, sonj serán A,enrinas
Ushuaia, 1 de noviembre de 2016
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página 18
i)
otorgar el distintivo “Empresa Comprometida con la Responsabili
dad Social” de
acuerdo a las pautas establecidas en el presente;
j)
evaluar el otorgamiento de los beneficios acordados en el
artículo 7° de la
presente.
CLÁUSULA TRANSITORIA: AUTORIZAR al Departamento
Ejecutivo Municipal a
aceptar incorporar al Programa de Responsabilidad Social a
crearse por esta
ordenanza las iniciativas propuestas por empresas o instituciones
en desarrollo o a
desarrollarse durante el Ejercicio 2016 y que por sus características se enmarq
uen en
los objetivos del programa y sean consideradas a efectos de lo dispue
sto en el artículo
5°, 6°, 7°y8°.
ARTÍCULO 11.- REGISTRAR. Pasar al Departamento Ejecutivo Municipal
para su
promulgación. Dar al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVAR.
ORDENANZA MUNICIPAL N°
SANCIONADA
EN
LA
1 1 7
SEGUNDA
JORNADA
DEL
DÍA
28/09/201 6,
CORRESPONDIENTE A LA OCTAVA SESIÓN ORDINARIA DE FECHA 21/09/2016.-
Ushuaia, 1 de noviembre de 2016
Provincia de Tierra del Fuego
Antártida e Islas del Atlántico Sur
República Argentina
MUNICIPALIDAD DE USHUAIA
Año XXVI - N° 125/2016
“2016
—
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Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional”
USHUAIA,
14
zOlb
VISTO el expediente N° SM/929/2016, del registro de esta Municipalidad; y
CONSI DERAN DO:
Que mediante el mismo tramita el Contrato de Locación de Servicios celebrado el uno (01) de
septiembre de 2016, entre la Municipalidad de Ushuaia, representada por la señora Secretaria de
Economía y Finanzas, C.P.N. Andrea ONTORIA, D.N.I. N° 22.885.647, y la Técnica Superior en
Análisis e Intervención en los Campos Grupal, Institucional y Comunitario Carolina Gabriela
ESPOSITO, D.NJ. N° 22.080.978, a efectos de que la misma realice tareas de asistencia comunitaria
y articulación referidos a la salud en el marco de las actuaciones, del Programa de Inclusión Social,
con un total de 35 horas semanales.
Que dicha contratación se encuadra en el artículo 110, inciso d), apartado 10), de la
Ordenanza Municipal N° 3693 de Administración Financiera y Contrataciones promulgada por Decreto
Municipal N° 239/2010, modificada por Ordenanza Municipal N° 4602, promulgada por Decreto
Municipal N° 103212014, Anexo 1 del Decreto Municipal N° 1255/2013 y el artículo 1251 y
concordantes del Código Civil y Comercial.
Que corre anexada y forma parte integrante del presente Decreto Municipal, copia autenticada
del Contrato registrado bajo el N° 10777, correspondiendo su aprobación.
Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto administrativo,
conforme lo establecido en el artículo 152, incisos 1) y 32) de la Carta Orgánica Municipal de la
ciudad de Ushuaia.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
DE CRETA
ARTÍCULO 1°.- Aprobar el Contrato de Locación de Servicios registrado bajo el N° 10777, cuya copia
autenticada se adjunta y forma parte del presente, celebrado el día uno (01) de septiembre de 2016,
entre la Municipalidad de Ushuaia, representada por la señora Secretaria de Economía y Finanzas,
C.RN. Andrea ONTORIA, D.N.I. N° 22.885.647, y la Técnica Superior en Análisis e Intervención en
los Campos Grupal, Institucional y Comunitario Carolina Gabriela ESPOSITO, D.N.I. N° 22.080.978.
Ello por los motivos expuestos en el exordio.
ARTICULO 2°.- Notificar a la parte interesada con copia autenticada del presente.
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente deberá imputarse con cargo al
titular presupuestario: Secretaría de Coordinación de Gestión y Secretaría de la Mujer. Partida 13.
ARTÍCULO 4°.- Comunicar. Dar copia al Boletín Oficial de la Municipalidad de
publicación. Cumplido, archivar.
DECRETO MUNICIPAL N°
14 /
/2016.-
s.m
“Las Islas Malvinas, Georas y Sandwich de Sur son y serán argentinas”
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Provuici, de Tierra del Fuego,
Antártida e Islas del Atlántico Sur.
República Argentina
MUNICIPALIDAD DE USHUAIA
Secretaría de Economía y Finanzas
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--
-
2O16
—
Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia NaconaF
CONTRATO DE LOCACIÓN DE SERVICIOS
Entre la Municipalidad de Ushuaia, representada en este acto por la señora Secretaria de
Economía y Finanzas, C.P.N. Andrea ONTORIA, D.N.I. N° 22.885.647, con domicilio en la
calle Arturo Coronado N° 486, 1° Piso, de la ciudad de Ushuaia, ad-referéndum del Sr.
Intendente Municipal, en adelante LA MUNICIPALIDAD, por una parte; y por la otra la
Técnica Superior en Análisis e Intervención en los Campos Grupal,
Institucional y
Comunitario Carolina Gabriela ESPÓSITO, D.N.l. N° 22.080.978, con domicilio en calle De la
Plaza N° 3442, de la ciudad de Ushuaia, en adelante llamada LA LOCADORA, convienen en
celebrar el presente Contrato de Locación de Servicios, de acuerdo a las siguientes
cláusulas:
PRIMERA: LA MUNICIPALIDAD contrata los servicios de LA LOCADORA a efectos de
realizar tareas de asistencia comunitaria y articulación referidos a la salud en el marco de las
actuaciones del Programa de Inclusión Social. Los servicios se cubrirán con una carga
horaria total de treinta y cinco (35) horas semanales.
SEGUNDA: El presente contrato se formaliza por el término comprendido entre el PRIMERO
(01) de Septiembre de 2016 al veintiocho (28) de Febrero de 2017, inclusive.
TERCERA: Se acuerda en concepto de honorarios por la labor que se contratada, la suma
total de PESOS DOSCIENTOS CUARENTA MIL CON 00/100 ($240.000,00), pagaderos en
SEIS (06) cuotas iguales, mensuales y consecutivas de PESOS CUARENTA MIL CON
00/100 ($40.000,00). Los pagos se efectivizarán del día 1° al 15° de cada mes vencido,
debiendo
LA
LOCADORA
otorgar el
pertinente
recibo
o
factura
a
favor
de
la
MUNICIPALIDAD, conforme a las normas vigentes, adjuntando Certificado de Situación
Regular emitido por la Agencia de Recaudación Fueguina, Comprobante de pago de aportes
de AFIP, correspondiente al período facturado y último recibo de pago del seguro por
accidentes personales, el cuál deberá cubrir el período que dure el contrato, debiendo
adjuntar copia de la póliza.
CUARTA: La celebración del presente contrato no implica ninguna relación de dependencia
y/o empleo público, rigiéndose el mismo por las normas de la Ordenanza Municipal N° 3693
(de Administración Financiera y Contrataciones), por el art. 1251 y concordantes del Código
Civil y Comercial, debiendo asumir LA LOCADORA las obligaciones fiscales y previsionales
del caso por el desarrollo de su actividad, así como la contratación de un seguro de vida por
accidentes personales con vigencia durante el periodo contractual.
QUINTA: El presente contrato podrá ser rescindido por ambas partes en cualquier momento
de su vigencia, previa comunicación fehaciente cursada a la contraparte con quince (15)
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Provincia de Tierra del Fuego,
Antártida e Islas del Atlántico Sur.
República Argentina
MUNICIPALIDAD DE USHUAIA
Secretaría de Economía y Finanzas
2O16
—
Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia NacionaI
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días
corridos de antelación, sin necesidad de expresión de causa, sin que ello genere
derecho a reclamar indemnización, daño, ni perjuicio alguno.
SEXTA: Los servicios que se presentarán para la realización de las tareas deberán ser a
ciencia y conciencia de LA LOCADORA, la que deberá actuar dentro de las prescripciones
éticas y legales que hacen su disciplina u oficio, pero siempre teniendo como mira y finalidad
el objeto del presente contrato y de la contratación de sus servicios efectuados por LA
MUNICIPALIDAD. Si en el curso se su labor surgieran imposibilidades o incompatibilidades
legales respecto del ejercicio profesional las hará saber a LA MUNICIPALIDAD a fin de
buscar los medios idóneos para solucionar las mismas para proceder a la resolución del
contrato, en cuyo caso el precio convenido pasará a ser proporcional a los servicios
prestados.
SÉPTIMA: LA LOCADORA será responsable de las discrecionalidad con que manejará a
información confidencial a la que tenga acceso para desarrollar las tareas encomendada y no
podrá ser entregada a terceros sin previo consentimiento escrito a LA MUNICIPALIDAD. LA
LOCADORA se compromete a suscribir el ACUERDO DE CONFIDENCIALIDAD establecido
por Resolución S.M. 01/2016, que deberá ser adjuntado al expediente por el que se tramita el
presente contrato.
OCTAVA:Ante cualquier divergencia que pudiera surgir en la interpretación y/o ejecución del
presente contrato, ambas partes se someten exclusivamente a la jurisdicción de los
Tribunales ordinarios de la ciudad de Ushuaia, renunciando a cualquier otro fuero o
jurisdicción,
indicados
constituyendo
domicilio
en
el
encabezamiento,
extrajudiciales
y
judiciales
LA
MUNICIPALIDAD
donde
serán
válidas
LA LOCADORA en los
y
todas
notificaciones
las
que se cursen, salvo cambio de domicilio notificando a la
otra parte por un medio fehaciente.
En prueba de conformidad las partes suscriben tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un
solo efecto, en la ciudad de Ushuaia, Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del
Atlántico
Sur,
al
primero
(01)
deI
mes
de
Septiembre
del
año
dieciséis.
CDN TRATO REGISTRADO
BAJOELN1_0777
USHUAIA,
05 UGT 216
“LAS ISLAS MALVINAS, GEORGIAS, SANDWICH DEL SUR, SON Y SERAN ARGENTINAS”
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Antártida e Islas del Atlántico Sur
REPUBLICA ARGENTINA
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1 4 Uí 2Ut
USHUAIA,
VISTO el expediente SD N° 5113/2016, del registro de esta Municipalidad; y
CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo tramita el Convenio Marco de Colaboración celebrado entre la
Municipalidad de Ushuaia, representada por la Sra. Secretaría de Políticas Sociales, Sanitarias y de
Derechos Humanos, Malena Yuqueri TESZKIEWICZ, D.N.I. N° 23.326.526 y la Asociación
Trabajadores del Estado TDF, representada por el Señor Carlos Hipólito CORDOBA, D.NJ N°
12.042.578, en su carácter de Secretario General de dicha Asociación, con el objeto de desarrollar
en forma conjunta el “Curso de Capacitación Introducción al Lenguaje de Señas para trabajadores
estatales’.
Que corren anexada y forma parte del Decreto, copia autenticada del Convenio mencionado
precedentemente, el cual se encuentra registrado bajo N° 10712 correspondiendo su aprobación.
Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal,
conforme lo establecido en el artículo 152 incisos 1) y 32), de la Carta Orgánica Municipal de la
ciudad de Ushuaia.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
D EC R ETA
ARTÍCULO 1°.- Aprobar el Convenio Marco de Colaboración registrado bajo el N° 10712, cuya
copia autentificada se adjunta y forma parte del presente, celebrado en fecha dieciséis (16) de
Septiembre de 2016, entre la Municipalidad de Ushuaia, representada por la Sra. Secretaria ce
Políticas Sociales, Sanitarias y de Derechos Humanos, Malena Yuquen TESZKIEWICZ, D.N.I. N
23.326.526 y la Asociación de Trabajadores del Estado TDF, representada por el Señor Carlos
Hipólito CORDOBA, D.N.I N° 12.042.578. Ello por los motivos expuestos en el exordio.
ARTICULO 2°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente deberá imputarse a las
partidas presupuestarias correspondientes.
ARTÍCULO 3°.- Notificar a la parte interesada con copia autenticada del presente.
ARTÍCULO 4°.-Comunicar. Dar copia al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia para su
publicación. Cumplido, archivar.480
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DECRETO MUNICIPAL N°
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“Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur, son y serán Argentinas”
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la Independencia Nacional
CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA ASOCIACIÓN TRABAJADORES
DEL ESTADO (CDP-TDF) Y LA MUNICIIALIDAI) DE USHUAIA
REUNIDOS
Por una parte, el Señor Secretario General de la Asociación Trabajadores dci Estado TDE.
CARLOS HIPOLITO CORDOBA, D.N.1. N° 12.042.578, con domicilio legal cn calle
Kuanip N° 198 de esta ciudad, y por la otra, la Municipalidad de Ushuaia, rcprcscntada po la
Señora Secretaria de Políticas Sociales, Sanitarias y Derechos Humanos Malcna Yuqucri
TESZKIEWICZ DNI N
11 23.326.526 suscriben ci presente Convenio de Colaboración, pilca el
desan-ollo del “Curso de Capacitación Inti-oducción al Lenguaje de Señas p-’’ trabajadores
estatales” con el objetivo coincidente de dar oportunidad al trabajador municipal encargado de
la atención al público en todos los órganos locales, de adquirir y combinar los conocimientos
teóricos con los de contenido práctico en lenguaje de señas entendiendo a la comunicación
como pilar necesario que permita la interacción con personas con discapacidad auditiva pum la
interacción diaria y para el acceso a la información.
El presente Convenio es destinado a los empleados estatales que se desempeñan en la atención
al público en todos los organismos gubernamentales de la Ciudad de Ushuaia y el mismo se
desarrollará de acuerdo con las siguientes
CLA U SU LAS
PRIMERA.— La Asociación Trabajadores del Estado se compromete a brindar el espacio
físico y la capacitadora para realizar el “Curso de Capacitación Introducción al Lenguaje de
Señas para trabajadores estatales”, totalmente gratuito
SEGUNDA.- El presente Convenio se establece para la formación de emplcados;a
municipales que hayan superado el ochenta por ciento (80%) de asistencia necesarios para
obtener el certificado.TERCERA.- El presente Curso de Capacitación se realizará, desde el 12 cje agosto cje 2Db
hasta el día 16 de Diciembre dei 2016: todos los días miércoles y viernes, en el horario de
13:30 a 1 5 hrs. en la sede de la Asociación Trabajadores del Estado, sita en Kuuinip N.c 1 9 de
nuestra ciudad, para lo que la Municipalidad de Ushuaia se compromete a justificar (permitiii
la ausencia de sus puestos de trabajo de todos los asistentes a esta capacitación.
CUARTA.—Ei período de capacitación tendrá una duración máxima de 58 horas (4 meses y
medio), y
QUINTA.- Para el dictado de esta capacitación, la A.T.E designará a la Señora Miriani
CAMI; D.N.l: 14.145.03 1 como responsable de la capacitación que deberá emitir un informe
final del período de prácticas, sobre la valoración, aprovechamiento, actitudes y aptitudes
detectadas durante dicho periodo.
SEXTA.- La Organización del presente Convenio será realizada por la Secretaria de
Comunicación de la ATE y coordinada por el Programa de Diseapacidad de la Municipalidad
de Ushuaia. Entre otras funciones, tendrán las de controlar la efectividad y el correcto
desarrollo de prácticas, sobre la valoración, aprovechamiento, actitudes y aptitudes dciectada
ci urantc d icho período.
SEPTIMA.— La selección de los trabajadores municipales a capacitar estará a cargo de i
Programa de Discapacidad de la Municipalidad de Ushuaia
OCTAVA.— Una vez seleccionados a dichos trabajadores, el Programa de Diseapacidad de la
Municipalidad de Ushuaia elevará listas de los mismos a la Dirección de Recursos Humanos a
fin de justificar su ausencia del puesto de trabajo
NOVENA.— El trabajador/a asistente quedará a sometido/a a la capacitación en tanto y en
cuanto no perjudique el funcionamiento del área de trabajo al cual pertenece, debiendo
acreditar una asistencia no menor al ochenta por ciento (80%).—
DECIMA.— El presente Convenio se podrá denunciar por cualquiera de las puirles en ci
momento que consideren oportuno, sin otro requisito que comunicarlo por escrito con un mes
de antelación como mínimo, sin que esto afecte a las prácticas que se venían realizando antes
de la comunicación de la rescisión y hasta tanto se agote la duración pactada.
“Las Islas Malvinas,
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(icorgias y
Sandwich del Sur,
son y serán Argentinas”
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Año del Bicentenario de la Declarauon de la Independenco Nicionl
///.2.
DECIMOPRIMERA.- La Asociacion Trabajadores del Estado y la Municipalidad de
Ushuaia, una vez finalizadas a capacitación, deberá emitir un certificado por el que se
reconozca al trabajador/a el tiempo de capacitación realizado.
DECIMOSEGUNDA.- Cualquier modificación que altere sustancialmente lo establecido en
el presente convenio habrá de ser pactada para ser válida, previo acuerdo dc las parles.
mediante escrito que se adjuntará al presente convenio como anexo.
En prueba de conformidad se firman TRES (03) ejemplares de un mismo tenor y al solo
mencionados.
efecto, en ci lugar y fecha ut-supra
Y
Malena 1 ESZKIEWICL
Secritara de Pluticas Sociales,
Snitaá y de Dreciios Hunanos
U USiUOÇ
“Las Islas Malvinas, (icurgias y Sandwich dci Sur, son y scrin Argentinas
Ushuaia, 1 de noviembre de 2016
Provincia de Tierra del Fuego
Antártida e Islas del Atlántico Sur
República Argentina
Municipalidad de Ushuaia
Año XXVI - N° 125/2016
página 25
“2016-Año del Bicentenario de la declaracion de la Independencia Nacional
USHUAIA,
14 OCI 2016
VISTO el expediente administrativo S.G. N° 6818/2011 deI registro
de
esta
Municipalidad, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo tramita la presentación efectuada por el empleado municipal
Rodrigo Martín ZALAZAR, Legajo N° 3012 obrante en fs. 27, solicitando ser encuadrado en el grado 1
(uno) de Agrupamiento Profesional y Técnico atento haber finalizado la carrera de Licenciado en
Informática”, adjuntando copia autenticada del titulo a fs. 38, legalizado por el Ministerio del Interior y
Transporte.
Que a fs. 52, el Director de Informática en tanto superior jerárquico del sr. ZALAZAR,
informó que el mismo se desempeña en el Departamento Tecnología y Redes, dependiente de esa
Dirección a su cargo, indicando además:”.. .en cuanto a su desempeño, lo considero excelente sobre
su conocimientos técnicos para apoyar su labor, alto grado de compromiso, responsabilidad y
predisposición para abordar las tareas que le son asignadas e investigar e implementar nuevas
soluciones tecnológicas que se requieren para implementar soluciones de TlCs”.
Que ha tomado intervención la Sra. Secretaria de Coordinación de Gestión a fs. 52.
Que a fs. 54, la Dirección de Haberes informó que ha realizado reserva presupuestaria
correspondiente a la recategorización del empleado de marras.
Que el titulo obtenido por el empleado de marras constituye un titulo de grado (nivel
universitario) en los términos del artículo 63.3 a)
Que el empleado de marras desarrolla en este Municipio, funciones propias de su
especialidad de acuerdo lo informado por sus superior jerárquico a fs. 52.
Que el empleado ZALAZAR reúne los requisitos previstos ara el Grado 1 (uno) del
Agrupamiento Profesional y Técnico, dé acuerdo a lo informado por la Directora de Bienestar de
Personal a fs. 55.
Que la Secretaría Legal y Técnica ha tomado intervención mediante Dictamen S.L. y
T. N° 165/2016, entendiendo que correspondería otorgar el grado solicitado por el presentante.
Que el suscripto comparte y hace suyo le criterió vertido por el servicio Jurídico
Permanente, encontrándose facultado para el dictado del presente acto administrativo, en virtUd de lo
establecido en el artículo 152 incisos 1), 2) y 5) de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad de
Ushuaia.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
DE CRETA
ARTICULO 1°.-Hacer lugar a la presentación realizada a fs. 27 por el empleado municipal Rodrigo
Martín ZALAZAR, Legajo N° 3012 y en consecuencia modificar su encuadre otorgando el Grado 1
(uno) del Agrupamiento Profesional y Técnico, a partir del presente acto administrativo. Ello por las
¡/12.
“Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur son y serán Argentinas
Ushuaia, 1 de noviembre de 2016
Año XXVI - N° 125/2016
Provincia de Tierra del Fuego
Antártida e Islas del Atlántico Sur
República Argentina
Municipalidad de Ushuaia
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2016-Año del Bicentenario de la declaracion de la Independencia Nacional’
111.2.
razones expuestas en el exordio.
ARTICULO 2°.-
Notificar al empleado de mención con copia autenticada del presente y del Dictamen
S.L. y T. N° 165/2016, haciéndole saber que puede interponer recurso de reconsideración dentro de
los diez (10) dias contados desde la notificación del presente, conforme lo establecido por el artículo
127 de la Ley Provincial N° 141.
ARTICULO 3°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia para su publicación.
Cumplido, archivar.
1
1 4
DECRETO MUNICIPALN°
/2016.
OarH. CU’T°
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‘Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur son y serán Argentinas’
Ushuaia, 1 de noviembre de 2016
Año XXVI - N° 125/2016
Provincia de Tierra del Fuego
Antártida e Islas del Atlántico Sur
República Argentina
Municipalidad de Ushuaia
página 27
“2016— Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional
14 DCT 2O1
USHUAIA,
VISTO el expediente S.D. N° 4056/2014, del registro de esta Municipalidad; y
CONSIDERANDO:
Que por el mismo tramita la contratación del señor Ruben Alejandro
CANTISANI YURCHAG, D.N.I. N° 33757.183.
Que se ha suscripto entre el mencionado y el Señor Presidente del Instituto
Municipal de Deportes, Lic. Franco GERGO, D.N.I. N° 13.264.124, el contrato registrado
bajo el N° 10770, celebrado el día tres (3) de octubre de 2016.
Que dicho contrato se ajusta al régimen aprobado por el Decreto Municipal N°
234/97 y sus modificatorios N° 028/2001 y N° 028/2006.
Que el mencionado reúne los requisitos previstos para el ingreso a la
Administración Pública, según la normativa vigente en la materia.
Que se cuenta con la vacante disponible.
Que en consecuencia corresponde la aprobación de dicho acuerdo.
Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto
administrativo, en virtud de lo establecido por el artículo 152 incisos 1) y 5) de la Carta
Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
DE CRETA
ARTICULO 1°.- Aprobar el contrato administrativo registrado bajo el N° 10770, cuya copia
autenticada se adjunta y forma parte del presente, celebrado el día tres (3) de octubre de
2016, entre esta Municipalidad, representada por el Señor Presidente del Instituto
Municipal de Deportes, Lic. Franco GERGO, D.N.I. N° 13.264.124 y el señor Ruben
Alejandro CANTISANI YURCHAG, D.N.I. N° 33.757.183, mediante el cual se contratan
sus servicios para realizar tareas inherentes a su profesión de Profesor de Educación
Física en el complejo Polideportivo Augusto Lasserre y/o Polodeportivo Héroes de
Malvinas dependientes del Instituto Municipal de Deportes. Ello de acuerdo a lo
expresado en el exordio.
ARTICULO 2°.- Imputar
presupuestario
—
la
presente
erogación
Instituto Municipal de Deportes
—
con
Presidencia
-
cargo
al
titular
Partida 011.
ARTICULO 3°.- Notificar al interesado con copia autenticada del presente.
ARTICULO 4°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia y
archivar.14 b 2
DECRETO MUNICIPAL N°
/2016
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“‘Las Islas Malvinas. Georgias y Sandwich del Sur, son y serán Argentinas”
Ushuaia, 1 de noviembre de 2016
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Año XXVI - N° 125/2016
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CONTRATO ADMINISTRATiVO PARA EL PERSONAL TECNICO, DE
FORMACION Y ENTRENAMIENTO DEPORTIVO, GUARDAVI DAS Y
ACTIVIDADES CULTURALES
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En la ciudad de Ushuaia, el día
se reúnen en representación de la
Municipalidad de Ushuaia, el Señor Presidente del Instituto Municipal de Deporte, Lic.
Franco GERGO, D.N.I. N° 13264.124, con domicilio en Avda. Malvinas Argentinas calle
y
12 de Octubre de esta ciudad, en adelante LA MUNICIPALIDAD y el Señor Rubén
Alejandro CANTISANI YURCHAG, D.N,I. N° 33.757.183, con domicilio en calle Austral
N° 2529, de esta ciudad, en adelante EL CONTRATADO, quienes acuerdan en celebrar ad
referéndum del Señor Intendente Municipal el CONTRATO ADMINISTRAtiVO de
prestación de servicios, que se regirá por las siguientes cláusulas:CLAUSULA PRIMERA: LA MUNICIPALIDAD contrata los servicios del
CONTRATADO. quien se desempeñará en el Complejo Polideportivo Augusto Lasscrne
y/o Polodeportivo Héroes de Malvinas, dependientes del Instituto Municipal de Deporte,
realizando tareas inherentes á su profesión de Profesor de Educación Física, con una carga
horaria de OCHENTA ($0) horas reloj mensuales.
CLAUSULA SEGUNDA: EL CONTRATADO responderá a las directivas sobre
modalidad, horarios y días de prestación impartidas por el instituto Municipal de Deporte.—
CLÁUSULA TERCERA: El presente contrato tendrá vigencia a partir del día uno (1) de
julio de 2016 y hasta el día treinta y uno (31) de diciembre de 2016.
CLAUSULA CUARTA: LA MUNICIPALIDAD asigna y EL CONTRATADO acepta por
los servicios prestados, una retribución de PESOS DOSCIENTOS CUATRO CON
68/1 00 ($204,68) por cada hora reloj efectivamente prestada, la que será abonada durante
los diez primeros días hábiles del mes siguiente a la prestación efectiva de los
servicios.
CLAUSULA QUINTA: EL CO] TRATADO queda sometido jerárquicamente a las
disposiciones, órdenes y demás reglamentaciones establecidas por LA MUNICIPALIDAD
que se vinculen con las tareas asignadas y reglamentaciones en vigencia que rigen para el
Personal (le la Administración Pública Municipal, las que serán transmitidas por intermedio
del Superior a cargo.
CLÁUSULA SEXTA: El presente contrato se regirá conforme el Anexo 1 del Decreto
Municipal N° 234/97 y toda reglamentación complementaria. Supletoriamenie se utilizarán
las normas del Convenio Municipal de Empleo, el Régimen Jurídico Básico de la Función
Pública Ley 22. 140 y su Decreto Reglamentario 1 797/80.
CLÁUSULA SEPTIIVIA: El incumplimiento en tiempo, forma y modalidad (le las funciones
encomendadas al CONTRATADO será causal automática de rescisión del presente sin
derecho a reclamar indemnización alguna y sin perjuicio de las responsabilidades
disciplinarias y legales que el mismo pudiere originan
CLÁUSULA OCTAVA: LA MUNICIPALIDAD podrá rescindir en cualquier momento y
sin necesidad de interpelación judicial el preseitc contrato, si los servicios de la contratada
no fueran necesarios, en este caso EL CONTRATADO no tendrá derecho a reclamar
indemnización alguna. Por su parte EL CONTRATADO podrá rescindir la presente
obligación, debiendo cursar comunicación por escrito en tal sentido a la
MUNICIPALIDAD con una antelación de 30 días.
CLAUSULA NOVENA: Ante cualquier divergencia suscitada en la ejecución del presente,
las partes se someten a la jurisdicción de los Juzgados Provinciales de Ushuaia. A todo
efecto legal se fijan los domicilios T
’ut supra” citados, donde se reputan válidas todas las
notificaciones cursadas entre las ptrtes.
En prueba de conformidad se firman tres ejemplares de un mismo tenor y a un solo
,
Municipalidad doUshuuia
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Sandnic’lt del Sur.
SOB y
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Ushuaia, 1 de noviembre de 2016
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Provincia de Tierra del Fuego
Antártida e Islas del Atlántico Sur
República Argentina
Municipalidad de Ushuaia
2O16
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Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional
14 OCT 2O1
USHUAIA,
VISTO el expediente O.P. N° 4925 /2014, del registro de esta Municipalidad; y
CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo tramita la contratación de la señora Viviana REMY,
D.NJ. N° 17.389.197.
Que se ha suscripto entre la mencionada y el entonces Secretario de
Gobierno, Dn. Oscar Horacio SOUTO, D.N.I. N° 11 .320.201 el contrato registrado bajo el
N° 10766, celebrado el día veintisiete (27) de septiembre de 2016.
Que dicho contrato se regirá por lo dispuesto para el personal no permanente
por la Ley 22.140 y el Convenio Municipal de Empleo.
Que la mencionada reúne los requisitos previstos para el ingreso a la
Administración Pública, según la normativa vigente en la materia.
Que se cuenta con la vacante disponible.
Que en consecuencia, corresponde la aprobación de dicho acuerdo.
Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto
administrativo, en virtud de lo establecido por el artículo 152 incisos 1) y 5) de la Carta
Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
DE CRETA
ARTICULO 1°.- Aprobar el contrato administrativo registrado bajo el N° 10766, cuya copia
autenticada se adjunta y forma parte del presente, celebrado el día veintisiete (27) de
septiembre de 2016, entre esta Municipalidad, representada por el entonces Secretario
de Gobierno, Dn. Oscar Horacio SOUTO, D.N.I. N° 11.320.201 y la señora Viviana
REMY, D.N.I. N° 17.389.197, mediante el cual se contratan sus servicios para
desempeñarse en la Dirección de Zoonosis, realizando tareas de concientización en
tenencia responsable de mascotas, implantación de microchip en perros, entrega y/o
aplicación de antiparasitarios y tareas administrativas. Ello de acuerdo a lo expresado en
el exordio.
ARTICULO 2°.- Imputar la presente erogación con cargo al titular presupuestario
Secretaria de Gobierno
-
—
Partida 011.
ARTICULO 3°.- Notificar a la interesada con copia autenticada del presente.
ARTICULO 4°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia.
Cumplido, archivar.DECRETO MUNICIPAL N°
1
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Año XXVI - N° 125/2016
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CONTRATO ADMINISTRATIVO
Entre LA MUNICIPALIDAD DE USHUAIA, representada en este acto por el
señor Secretario de Gobierno, Dn. Oscar Horacio SOUTO, DN.I. N° 11.320.201, en
adelante llamado LA MUNICIPALIDAD, por una parte y la señora Viviana REMY, D,N.1.
N° 17.389.197, en adelante llamada LA CONTRATADA por la oira, se conviene en
celebrar el presente CONTRATO ADMINISTRATIVO de prestación de servicios, ad
referéndum del Señor Intendente Municipal de Ushuaia, que se regirá bajo las siguientes
el áusu las:—
PRIMERA: LA MUNICIPALIDAD contrata los servicios de LA CONTRATADA. quien se
desempeñará en ¡a Dirección de Zoonosis, realizando tareas de concientización en tenencia
responsable de mascotas. implantación de microchip en perros, entrega y/o aplicación (le
antiparasitarios y tareas administrativas, de lunes a viernes de 09:00 a 16:00 hs. La duración
del contrato será a partir del día uno (1) de agosto de 201 6 y hasta ci treinta y uno (3 ¡ ) de
diciembre de 2016.
SEGUNDA: LA MUNICIPALIDAD asigna y LA CONTRATADA acepta ior los servicios
prestados una retribución equivalente al cargo de agente ubicado provisoriamente en el
grado “3”, que se abonará a fin de cada mes y la que será modificada cada vez que lo sea
para el personil de la Administración Pública Municipal.
\: La asignación de referencia estará sujeta a los descuentos Juhilatorios de
1
TERCER
acuerdo a la Ley 561 y sus modificatorias y LA CONTRATADA queda eompren(lido (lenirO
del régimen Jurídico Básico de la Función Pública como Personal no Permanente siendo
acreedor de los beneficios de rigor.
CUARTA: LA CONTRATADA queda sometida jerárquicamente a las disposiciones.
órdenes y demás reglamentaciones establecidas por LA MUNICIPALIDAD y que se
vinculen con las tareas asignadas y reglamentaciones en vigencia que rigen para el Personal
Permanente, las que serán transmitidas por intermedio del Superior.
QUINTA: LA MUNICIPALIDAD podrá rescindir en cualquier momento y sin necesidad de
interpelación judicial el presente contrato, si los servicios de LA CON1’RATAD;-\ no íbcrar
necesarios, cii este caso LA CONTRATADA no tendrá derecho a reclamar indemnización
alguna. Por su parte LA CON1’RATADA podrá rescindir la presente obligación en el
momento que lo estime oportuno debiendo cursar comunicación por escrito en tal sentido a
LA M UN ICI PA LIDAD con quince (15) días de antieipaeión.
SEXTA: El presente contrato se regirá por lo dispuesto para el personal no Permanente por
la Ley 22.140 y el Convenio Municipal de Empleo.
SEPTIMA: Por cualquier divergencia que se suscitare en el cumplimiento del preseiite y
deba ser dirimida en los estrados judiciales, las partes se someten a la jurisdicción (le los
Juzgados Provinciales de Ushuaia, a cuyos fines fijan domicilio legal en la ciudad de
Ushuaia, LA MUNICIPALIDAD en calle San Martin N° 660 y LA CONTRATADA en
aldez N° 349.
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En prueba de con forniidad se firman tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un
solo efecto el día 27 SEP 7O1.
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Ushuaia, 1 de noviembre de 2016
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Provincia de Tierra del Fuego
Antártida e Islas del Atlántico Sur
República Argentina
Municipalidad de Ushuaia
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“2016— Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional:
USHUAIA,
1
OCT 2016
VISTO el expediente S.C. N° 1045/2015, del registro de esta Municipalidad; y
CONSI DERANDO:
Que mediante el mismo tramita la contratación de la señora María Lorena
MORENO, D.N.I. N° 23.298.679.
Que se ha suscripto entre la mencionada y el señor Secretario de Cultura y
Educación, Dn. Nahuel Alcides MIERES, D.N.I. N° 26.121.813, el contrato registrado bajo
el N° 10776, celebrado el día cuatro (4) de octubre de 2016.
Que dicho contrato se regirá por lo dispuesto para el personal no permanente
por la Ley 22.140 y el Convenio Municipal de Empleo.
Que la mencionada reúne los requisitos previstos para el ingreso a la
Administración Pública, según la normativa vigente en la materia.
Que se cuenta con la vacante disponible.
Que en consecuencia, corresponde la aprobación de dicho acuerdo.
Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto
administrativo, en virtud de lo establecido por el artículo 152 incisos 1) y 5) de la Carta
Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
DE CRETA
ARTICULO 1°.- Aprobar el contrato administrativo registrado bajo el N° 10776, cuya copia
autenticada se adjunta y forma parte del presente, celebrado el día cuatro (4) de octubre
de 2016, entre esta Municipalidad, representada por el señor Secretario de Cultura y
Educación, Dn. Nahuel Alcides MIERES, D.N.I. N° 26.121.813 y la señora María Lorena
MORENO, D.N.I. N° 23.298.679, mediante el cual se contratan sus servicios para realizar
tareas administrativas en la Dirección de Gestión Cultural Comunitaria y Artística
dependiente de la Secretaría de Cultura y Educación. Ello de acuerdo a lo expresado en
el exordio.
ARTICULO 2°.- Imputar la presente erogación con cargo al titular presupuestario
Secretaría de Cultura y Educación
—
—
Partida 011.
ARTICULO 3°.- Notificar a la interesada con copia autenticada del presente.
ARTICULO 4°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia.
Cumplido, archivar.
DECRETOMUNICIPALN°
/2016.-
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““Las Islas Malvinas. Georgias y Sandwich del Sur, son y serán Argentinas”
Ushuaia, 1 de noviembre de 2016
Año XXVI - N° 125/2016
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CONTRATO ADMINISTRATIVO
Entre LA MUNICIPALIDAD DE USHUAIA, representada en este neto por el
señor Secretario de Cultura y Educación, Dn. Nahucl Alcides MIERES, D:N.I. N
26.121 . 1 3, en adelante llamado LA MUNICIPALIDAD, por una parte y la señora Maria
Lorena MORENO, D.N.I. N° 23.298.679, en adelante llamada LA CONTRATADA por la
otra, se conviene en celebrar el presente CONTRATO ADMINISTRATIVO de prestación dc
servicios, ad re€bréndum del Señor intendente Municipal de Ushuaia, que se regirá bajo las
siguientes cláusulas:PRIMERA: LA MUNICIPALIDAD contrata los servicios de la CONTRATADA. quien se
desempeñará en el Centro Cultural “Esther Fadul”, dependiente de la Dirección de Gestión
Cultural Comunitaria y Artística, realizando tareas administrativas de lunes a viernes de
09:00 a 1 6:00 Ls. L.a duración del presente contrato será a partir del día uno (1) de
septiembre de 2016 y hasta el treinta y uno (3 1) de diciembre de 2016.
SEGUNDA: LA MUNICIPALIDAD asigna y LA CONTRATADA acepta por los servicios
prestados una retribución equivalente al cargo de agente ubicado p1ovisorie1te en el grado
“5”, que se abonará a ñu de cada mes y la que será modificada cada vez que lo sea para el
personal de la Administración Pública M unicipal.
IERCERA: La asignación de referencia estará sujeta a los descuentos Jubilatorios de
acuerdo a la Ley 561 y sus modificatorias y LA CONTRATADA queda comprendido dentro
del régimen Jurídico Básico de la Función Pública como Personal no Permanente siendo
acreedor de los beneficios de rigor.
CUARTA: LA CONTRATADA queda sometida jerárquicamente a las disposiciones,
órdenes y demás reglamentaciones establecidas por LA MUNICIPALIDAD y que se
vinculen con las tareas asignadas y reglamentaciones en vigencia que rigen para el Personal
Permanente, las que serán transmitidas por intermedio del Superior.
jNTA: LA MUNICIPALIDAD podrá rescindir en cualquier momento y sin necesidad de
interpelación judicial el presente contrato. si los servicios de LA CONTRATADA no fueran
necesarios, en este caso LA CONTRATADA no tendrá derecho a reclamar indemnización
alguna. Por su parte LA CONTRATADA podrá rescindir la presente obligación en el
momento que lo estime oportuno debiendo cursar comunicación por escrito en tal sentido a
LA MLYNICIPALIDAD con quince (15) días de anticipación.
SEXTA: El presente contrato se regirá por lo dispuesto para el personal
la Lev 22. 140 y el Convenio Municipal de Empleo.
no Permanente por
SiPTIMA: Por cualquier divergencia que se suscitare en el cumplimiento del presente y
deba ser dirimida en los estrados judiciales, las partes se someten a la jurisdicción de los
Juzgados Provinciales de Ushuaia, a cuyos fi nes fijan domici 1 jo legal en la ciudad de
Ushuaia, LA MUNICIPALIDAD en Avda. Malvinas Argentinas y calle 12 de Octubre,
edificio Municipal “Enriqueta Gastelumendi” y LA CONTRATADA en calle Remedios de
Escalada N° 1293.
En prueba de conformidad se firman tres (3) cjemplares de un mismo tenor y a un
solo etccto el día
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Año XXVI - N° 125/2016
Provincia de Tierra del Fuego
Antártida e Islas del Atlántico Sur
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Municipalidad de Ushuaia
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Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia NacionaL
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USHUAIA,
VISTO el expediente S.D. N° 666/2014, deI registro de esta Municipalidad; y
CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo tramita la contratación del señor Martin Ezequiel
ARANA, D.N.I. N° 35.162.308.
Que se ha suscripto entre el mencionado y el Señor Presidente del Instituto
Municipal de Deportes, Lic. Franco GERGO, D.N.I. N° 13.264.124, el contrato registrado
bajo el N° 10769, celebrado el día veinte (20) de septiembre de 2016.
Que dicho contrato se regirá por lo dispuesto para el personal no permanente
por la Ley 22.140 y el Convenio Municipal de Empleo.
Que el mencionado reúne los requisitos previstos para el ingreso a la
Administración Pública, según la normativa vigente en la materia.
Que se cuenta con la vacante disponible.
Que en consecuencia, corresponde la aprobación de dicho contrato.
Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto
administrativo, en virtud de lo establecido por el artículo 152 incisos 1) y 5) de la Carta
Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
DECRETA
ARTICULO 1°.- Aprobar el contrato administrativo registrado bajo el N° 10769, cuya copia
autenticada se adjunta y forma parte del presente, celebrado el día veinte (20) de
septiembre de 2016, entre esta Municipalidad, representada por el Señor Presidente del
Instituto Municipal de Deportes, Lic. Franco GERGO, D.N.I. N° 13.264.124 y el señor
Martin Ezequiel ARANA, D.N.I. N° 35.162.308, quien se desempeñará en el Instituto
Municipal de Deportes, realizando tareas de control y vigilancia. Ello de acuerdo a lo
expresado en el exordio.
ARTICULO 2°.- Imputar la presente erogación con cargo al titular presupuestario
Instituto Municipal de Deportes Presidencia Partida 011.
-
—
-
ARTICULO 3°.- Notificar al interesado con copia autenticada del presente.
ARTICULO 4°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia.
Cumplido, archivar.
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Año XXVI - N° 125/2016
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CONTRATO ADMINISTRATIVO
Entrc LA MUNICIPALIDAD DE USHUAIA, reprcscntada ca este acto por ci Sr.
Prcsidcnte dci Instituto Municipal de Deportcs, Lic. Franco GERGO, D.N.I. N° 13.264.124,
cn adclantc llamado LA MUNICIPALIDAD, por una partc y ci señor Martin Ezequiel
ARANA, D.N.I. N° 35.162.308, en adelantc llamado EL CONTRATADO por la otra, se
conviene cn cclcbrar ci prcsentc CONTRATO ADMINISTRATIVO dc prcstación dc
servicios, ad rcferéndum dci Señor Intendente Municipal de Ushuaia, que sc rcgirá bajo las
siguientes cláusulas:PRIMERA: LA MUNICIPALIDAD contrata los servicios dcl CONTRATADO, quicn se
desempeñará ca ci instituto Municipal de Deportes, realizando tareas de control y vigilancia,
dc lunes a viernes de 17:00 a 24:00 hs. La duración del contrato será a partir del día siete (7)
de octubre de 2016 y hasta el’día treinta y uno (31)de diciembre de 2016.
SEGUNDA: LA MUNICIPALIDAD asigna y EL CONTRATADO acepta por los servicios
prestados una retribución equivalente al cargo de empleado ubicado provisoriamente en el
grado “5”, que se abonará a fin de cada mes y la que será modificada cada vez que lo sea
para el personal de la Administ
ción Pública Municipal.—
6
TERCERA: La asignación de referencia estará sujeta a los descuentos Jubilatorios de
acuerdo a la Ley 561 y sus modificatorias y EL CONTRATADO queda comprendido dentro
del régimen Jurídico Básico de la Función Pública como Personal no Permanente siendo
acreedor de los beneficios de rigor.
CUARTA: EL CONTRATADO queda sometido jerárquicamente a las disposiciones,
órdenes y demás reglamentaciones establecidas por LA MUNICIPALIDAD y que se
vinculen con las tareas asignadas y reglamentaciones en vigencia que rigen para el Personal
Permanente, las que serán transmitidas por intermedio del Superior.
OUINTA: LA MUNICIPALIDAD podrá rescindir en cualquier momento y sin necesidad de
interpetación judicial el presente contrato, si los servicios de EL CONTRATADO no fueran
necesarios, en este caso EL CONTRATADO no tendrá derecho a reclamar indemnización
alguna. Por su parte EL CONTRATADO podrá rescindir la presente obligación en el
momento que lo estime oportuño debiendo cursar comunicación por escrito en tal sentido a
LA MUNICIPALIDAD con quince (15) días de anticipaeión.
SEXTA: El presente contrato se regirá por lo dispuesto para el personal no Permanente por
la Ley 22.140 y el Convenio Municipal de Empleo.
SEPTIMA: Por cualquier divergencia que se suscitare en el cumplimiento del presente y
deba ser dirimida en los estrados judiciales, las partes se someten a la jurisdicción de los
Juzgados Provinciales de Ushuaia, a cuyos fines fijan domicilio legal en la ciudad de
Uihuaia, LA MUNICIPAliDAD Avda. Malvinas Argentinas y calle 12 de Octubre, Edilicio
Municipal y EL CONTRATADO en calle Facundo Quiroga N° 1499.-----En prueba de conformidad se firman tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un
soioefectoeldía 20SEp2o
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Provincia de Tierra del Fuego
Antártida e Islas del Atlántico Sur
República Argentina
Municipalidad de Ushuaia
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14 0C1 2016
USHUAIA,
VISTO el expediente S.D. N°2495/2015, del registro de esta Municipalidad; y
CON SI D E RAN DO:
Que por el mismo tramita la contratación del señor Juan Matias AVENDAÑO,
D.N.l. N° 32.769.536.
Que se ha suscripto entre el mencionado y el Sr. Presidente del Instituto
Municipal de Deportes, Lic. Franco GERGO, D.N.l. N° 13.264.124, el contrato registrado
bajo el N° 10767, celebrado el día dos (2) de septiembre de 2016.
Que dicho contrato se ajusta al régimen aprobado por el Decreto Municipal N°
234/97 y sus modificatorios N° 028/2001 y N° 028/2006.
Que el mencionado reúne los requisitos previstos para el ingreso a la
Administración Pública, según la normativa vigente en la materia.
Que se cuenta con la vacante disponible.
Que en consecuencia corresponde la aprobación de dicho acuerdo.
Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto
administrativo, en virtud de lo establecido por el artículo 152 incisos 1) 5) de la Carta
y
Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
DE CRETA
ARTICULO 1°.- Aprobar el contrato administrativo registrado bajo el N° 10767, cuya copia
autenticada se adjunta y forma parte del presente, celebrado el día dos (2) de septiembre
de 2016, entre esta Municipalidad, representada por el Sr. Presidente del Instituto
Municipal de Deportes, Lic. Franco GERGO, D.N.l. N° 13.264.124 el señor Juan Matias
y
AVENDAÑO, D.N.l. N° 32.769.536, mediante el cual se contratan sus servicios para
desempeñarse en el Instituto Municipal de Deportes, realizando tareas inherentes a su
profesión de Profesor de Educación Física. Ello de acuerdo a lo expresado en el exordio.
ARTICULO 2°.- Imputar
la
presente
erogación
con cargo
titular
al
presupuestario Instituto Municipal de Deportes Presidencia Partida 011.
—
—
-
ARTICULO 4°.- Notificar al interesado con copia autenticada del presente.
ARTICULO 5°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia y
archivar.-
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“las Isla.s Malvinas. Gorgias y Sandwich del Sur. son y serán Argentinas”
Ushuaia, 1 de noviembre de 2016
Año XXVI - N° 125/2016
Provincia de Tierra del Iueo
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CONTRATO ADM 1
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-\CION Y ENTRENAMIENTO DEPORTIVO, GLARI)AVIDAS Y
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R)RM
AC FR’IDADES CULFLRALES
En la ciudad (le Ushuaia, a los 02 SEP 2Ü1 se reúnen en representación de la
Municipalidad de Ushuaia, ci Sr. Presidente del instituto Municipal de Deportes, Lic.
Franco 6 ERGO, D.N. 1.
1 3 2M. 1 24, con domiciLio en Avda. MaR mas A ruentinas ‘y ca le
12 de Octubre de esta ciudad, en adelante LA MUNICIPALIDAD y ci Señor Juan Maltas
A\:ENDr\NO L).N.I. N° 32.760.536. de profesión Profesor de Educación Física, con
domicilio en Cabo de Hornos N° 57. de esta ciudad, en adelante EL (‘ONTRA1 ,\ DO.
quienes acuerdan en celebrar ad—referúndum del Señor Intendente Municipal el
CONTRATO ADMINISTRATI\’O de prestación de servicios, que se regirá por las
siguientes cláusulas:
\ PRIMERA: LA M LNlC IPALIDAD contrala los ser ICIOS del
1
C’LAUSLiL
CON FR ATA DO, quien se desempeñará en el instituto M umeipal de Deportes, realizando
tareas inherentes a su profesión de Profesor de Educación Física con una carga horaria de
CUA RE NTA (60) horas reloj mensuales.
CLAUSULA SEGUNDA: EL CONTRMr\DO responderá. a las directivas sobre
modalidad, horarios ‘y días de prestación impartidas por ci Instituto \‘I unicipal del Deporte.
( Lr\ USE L/-\ TI RCER
\ : 11 presente comrato tendrá vigencia a partir del día uno (1) (le
1
julio de 2016 y hasta el treinta y uno (3 1) de diciembre de 2016.
C[-\USUJL-\ CUARTA: L.-\ 1
MUNICIPAL
\
D
ID asigna y EL CONTRATADO acepla por
los servicios prestados, una retribución de PESOS DOSCIENTOS CUATRO CON
1 00 (S20’-I,6S ), por cadi hora reloj el’ectR ameme prestada. la que será abonada dura u e
los diet primeros días hábiLes del fliC sicuiente a la prestación electiva de los servicios.
CL\ USU[ A QUINTA: EL CONTRATADO queda sometido jerárquicamente a las
Jiposicioncs, órdenes \ demás reglaniemacioncs establecidas por LA MUNICIPA DAD
y que se \ inculen eon las turcas asignadas y reglamentaciones en vigencia que rigen p1t’I el
Personal de la Adniinistración Pública Municipal, las que serán transmitidas por intermed ¡o
del Su pL’rior a cargo.
C L\1 TSI. ;LA SLXTr\: El presente contrato se regirá conforme el J\ttexo 1 del Decreto
\ 1 unicipa 1 N 23 1i97 y toda reglamentación complementaria. Supletoriamente se uti 1 arán
las normas del Convenio \ lunicipal de Empleo, el Régimen Jurídico Básico de la Función
Pública Ley 22.140 y su Decreto Reglamentario 1 797/i0.
( LA USE I_ \ SEPTI MA: [1 incumplimiento cii tiempo, Forma y modalidad de las l’uncione
encomendadas al ( ‘ONTR
-VI’-\DO será causal automática (le rescisión del presente sin
1
derecho a reclamar indemnizac[on alguna y sin perJuicio de las responsabilidades
disciplinarias y legal es que el mismo pudiere originar.
CI. ‘\LSUL,\ (X”IA\/A: L-\ M UN lE ¡PA LIDAI) podrá rescmdir en cualquier momento
sin necesidad (le interpelación judicial el presente contrato. 5
i los servicios (le la contratada
no lieran necesarios, en este caso EL CONTRATADO no tendrá derecho a reclamar
indemnización alguna. Por su parte EL CONTRATADO podrá rescindir ¡a prese
obligación, debiendo cursar comunicación i,or escrito en tal sen! ido a la
M EN ICI PA 1.1 DAD con una antelación (le SO días.
CLA USE LA NOV LN/-\: r\nte cualquier divergencia suscitada en la ejecución del prcsente.
las ptrtes se someten a la jurisdicción de los .Iuzgados Provinciales de Ushuaia. A todo
efecto legal se tijan los domicilios “ut supnl” citados, donde se reputan ál idas todas las
iit i lteaeione,s cursadas ciii re las partes.
U u prueba de con tm idad se firman tres jeniplares de un mismo tenor y a Ufl 5010
electo.
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República Argentina
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USHUAIA,
1
216
VISTO el expediente S.G. N° 9790 /2014, del registro de esta Municipalidad: y
CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo tramita la contratación de la señora Gabriela
Elizabeth TEVEZ, D.N.I. N° 25.633.194.
Que se ha suscripto entre la mencionada y el entonces Subsecretario de
Gobierno, a cargo de la Secretaría de Gobierno, Dn. Omar Enrique BECERRA, D.N.l. N°
13.972.557, el contrato registrado bajo el N° 10758, celebrado el día veintiocho (28) de
septiembre de 2016.
Que dicho contrato se regirá por lo dispuesto para el personal no permanente
por la Ley 22.140 y el Convenio Municipal de Empleo.
Que la mencionada reúne los requisitos previstos para el ingreso a la
Administración Pública, según la normativa vigente en la materia.
Que se cuenta con la vacante disponible.
Que en consecuencia, corresponde la aprobación de dicho contrato.
Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto
administrativo, en virtud de lo establecido por el artículo 152 incisos 1) y 5) de la Carta
Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
DECRETA
ARTICULO 1°.- Aprobar el contrato administrativo registrado bajo el N° 10758, cuya copia
autenticada se adjunta y forma parte del presente, celebrado el día veintiocho (28) de
septiembre de 2016, entre
esta
Municipalidad, representada
por
el
entonces
Subsecretario de Gobierno, a cargo de la Secretaría de Gobierno, Dn. Omar Enrique
BECERRA, D.N.l. N° 13.972.557, y la señora Gabriela Elizabeth TEVEZ, D.N.I. N°
25.633.194, mediante el cual se contratan sus servicios para realizar tareas de
inspectora en la Dirección de Tránsito. Ello de acuerdo a lo expresado en el exordio.
ARTICULO 2°.-lmputar la presente erogación con cargo al titular presupuestarío
Subsecretaría de Seguridad Urbana
—
—
Partida 011.
ARTICULO 3°.- Notificar a la interesada con copia autenticada del presente.
ARTICULO 4°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia.
Cumplido, archivar.-
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DECRETO MUNICIPAL N°
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Ushuaia, 1 de noviembre de 2016
Año XXVI - N° 125/2016
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lvi ti cipalidad dc 1 ishuaia
página 38
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pcdciria Çacr,ncL
CONTRATO ADMINISTRATIVO
Entre LA MUNICIPALiDAD DE USHUAIA, rcprcsontada en este acto por el
señor Subsecretario dc Gobierno, Dn. Omar Enrique BECERRA, D.N.I. Nui 13.972.557, en
adelante llamado LA MUNICIPALIDAD, por una parte y la señora Gabriela Elizabeth
TEVEZ, D.N.I. N° 25.633.194, en adelante llamada LA CONTRATADA por la otra, se
conviene en celebrar el presente CONTRATO ADMINISTRATIVO de prestación de
servicios, ad referéndum del Señor intendente Municipal de Ushuaia, que se regirá bajo las
siguientes cláusulas:
PRiMERA: LA MUNiCIPALIDAD contrata los servicios de la CONTRATADA. quien se
desempeñará en la Dirección de Tránsito, realizando tareas de inspectora, de lunes a viernes
en horario de 13:00 a 19:00 hs., cumplimentando una carga horaria de treinta (30) horas
semanales. La duración del prescnte contrato será a partir del día cuatro (4) de julio de 2016
y hasta el día treinta y uno (3 1) de diciembre de 2016.
iGDA: LA MUNICIPALIDAD asigna y LA CONTRATADA acepta por los servicios
prestados una retribución equivalente al cargo de agente ubicado provisoriamente en el
grado “4”, que se abonará a fin de cada mes y la que será modificada cada vez que lo sea
el persoial de la Administración Pública Municipal.
TERCERA: La asignación de referencia estará sujeta a los descuentos Jubilatorios de
acuerdo a la Ley 561 y sus modificatorias y LA CONTRATADA queda comprendido dentro
del régimen Jurídico Básico de la Función Pública como Personal no Permanente siendo
acreedor de los beneficios de rigor.
CUARTA: LA CONTRATADA queda sometida jerárquicamente a las disposiciones.
órdenes y demás reglamentaciones establecidas por LA MUNICIPALiDAD y que se
vinculen con las tareas asignadas y reglamentaciones en vigencia que rigen para el Personal
Permanente, las que serán transmitidas por imermedio del Superior.
OUINTA: LA MUNICIPALIDAD rodrá rescindir en cualquier momento y sin necesidad de
interpelacion judicial el presente comrato, si los servicios de LA CONTRATADA no fueran
necesarios, en este caso LA CONTRATADA no tendrá derecho a reclamar indemnización
alguna. Por su parte LA CONTRATADA podrá rescindir la preseite obligación en el
momento ue lo estime oportuno debiendo cursar comunicación por escrito en tal sentido a
LA MUNICIPALIDAD con quince (15) días de anticipación.
SEXI: El presente contrato se regirá por lo dispuesto para el personal no Permanente por
la Ley 22.140 y el Convenio Municipal de Empleo.
SEPTI MA: Por cualquier divergencia que se suscitare en el cumplimiento del prcselite y
deba ser dirimida en los estrados judiciales, la partes se someten a la jurisdicción de los
Juzgados Provinciales de Ushuaia, a cuyos fines fijan domicilio legal en la ciudad de
Ushmua, LA MUNIClPAL1AD en calle San Martín N° 660 y LA CONTRATADA en
calle Bahía Margarita NU 3044.
En prueba de conlbrmidad se firman tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un
2 EV 2li4E
solo efecto el día
CONTRATO RECISTRALO
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“las sOs lvlal\-i,itis.
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Sandwich dci Sur, son y scRn Arcciuiitas”
de Gobierno
de Ushuaia
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República Argentina
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Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia NacionaL”
USHUAIA,
1 4 ÜC 2Ü16
VISTO el expediente O.P. N°282/2013, del registro de esta Municipalidad; y
CON SI D E RAN DO:
Que mediante el mismo tramita la contratación del señor Martin Eduardo
BORBAS, D.N.l. N° 26.974.813.
Que se ha suscripto entre el mencionado y el Sr. Secretario de Medio
Ambiente, Dn. Damian Alejandro DE MARCO, D.N.l. N° 26.959.332, el contrato registrado
bajo el N° 10775, celebrado el día veintisiete (27) de septiembre de 2016.
Que dicho contrato se regirá por lo dispuesto para el personal no permanente
por la Ley 22.140 y el Convenio Municipal de Empleo.
Que el mencionado reúne los requisitos previstos para el ingreso a la
Administración Pública, según la normativa vigente en la materia.
Que se cuenta con la vacante disponible.
Que en consecuencia, corresponde la aprobación de dicho contrato.
Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto
administrativo, en virtud de lo establecido por el artículo 152 incisos 1) y 5) de la Carta
Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
DE CRETA
ARTICULO 1°.- Aprobar el contrato administrativo registrado bajo el N° 10775, cuya copia
autenticada se adjunta y forma parte del presente, celebrado el día veintisiete (27) de
septiembre de 2016, entre esta Municipalidad, representada por el Sr. Secretario de
Medio Ambiente, Dn. Damian Alejandro DE MARCO, D.N.l. N° 26.959.332 y el señor
Martin Eduardo BORBAS, D.N.l. N° 26.974.813, mediante el cual se contratan sus
servicios para realizar tareas de inspector en la vía pública en la Dirección de Higiene
Urbana. Ello de acuerdo a ¡o expresado en el exordio.
ARTICULO 2°.- Imputar la presente erogación con cargo al titular presupuestario
Subsecreta ría de Servicios Públicos Partida 011.
—
-
ARTICULO 3°.- Notificar al interesado con copia autenticada del presente.
ARTICULO 4°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia.
Cumplido, archivar.
DECRETO MUNICIPAL N°
/2016.-
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Municipalidad de Ushuaia
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CONTRATO ADMINLSTRATIVO
-———-Entre LA MUNICIPALiDAD DE USHUAiA, representada en este acto por ci
señor Secretario de Medio Ambiente, Dn. Damian Alejandro DE MARCO. D.N.l. N°
26.959.332, en adelante llamado LA MUNICIPALIDAD, por una parte y el señor Martin
Eduardo BORBAS, D.N.1. N° 26.974.813, en adelante llamado EL CONTRATADO por la
otra, se conviene en celebrar el presente CONTRATO ADMiNISTRATIVO de prestaei6n
de servicios, ad referéndum del Señor intendente Municipal de Ushuaia, que se regirá bajo
las siguientes cláusulas:
PRIMERA: LA MUNICIPALIDAD contrata los servicios del CONTRATADO, quien se
desempeñará en la Dirección de Higiene Urbana Subsecretaría de Servicios Públicos,
realizando tareas de inspector en lí vía pública, de Lunes a Viernes de 08:00 a 15:00 hs. La
duración del contrato será a partir del día veinte (20) de septiembre de 2016 hasta el dia
y
treinta y uno (31) de diciembre de 2016.
SEGUNDA: LA MUNICIPALIDAD asigna y EL CONTRATADO acepta por los servicios
prestados una retribución e4uivalentc al cargo de agente ubicado provisoriamente cii el
grado “4”, que se abonará a fin de cada mes y la que será modificada cada vez que lo sea
para el personal de la Administración Pública Municipal.
TERCERA: La asignación de referencia estará sujeta a los descuentos Jubilatorios de
acuerdo a la Ley 561 y sus modificatorias y EL CONTRATADO queda comprendido dentro
del régimen Jurídico Básico de la Función Pública como Personal no Permanente siendo
acreedor de los beneficios de rigor.
CUARTA: EL CONTRATADO queda sometido jerárquicamente a las disposiciones,
órdenes y demás reglamentaciones establecidas por LA MUNICIPALIDAD y que se
vinculen con las tareas asignadas y reglamentaciones en vigencia que rigen para el Personal
Permanente, las que serán transmitidas por intermedio del Superior.
OUINTA: LA MUNICIPALIDAD podrá rescindir en cualquier momento y sin necesidad de
interpelación judiciaL el presente contrato, silos servicios de EL CONTRATADO no fueran
necesarios, en este caso EL CONTRATADO no tendrá derecho a reclamar indemnización
alguna. Por su parte EL CONTRATADO podrá rescindir la presente obligación en el
momento que lo estime oportuno debiendo cursar comunicación por escrito en tal sentido a
LA MUNICIPALIDAD con quince (15) días de anticipación.
SEXTA: El presente contrato se regirá por lo dispuesto para el personal no Permanente por
la Ley 22.140 y el Convenio Municipal de Empleo.—
SEPTIMA: Por cualquier divergencia que se suscitare en ci cumplimiento del presente y
dcba ser dirimida en los estradós judiciales, las partes se someten a la jurisdicción de las
Juzgados Provinciales de Ushuaia, a cuyos fines fijan domicilio legal en la ciudad de
Ushuaia, LA MUNICIPALIDAD en Darniana Fiquc y Tekenika y EL CONTRATADO en
——
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Año XXVI - N° 125/2016
Provincia de Tierra del Fuego
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‘2016 —Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional’
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VISTO el expediente S.D. N° 2478/2015, del registro de esta Municipalidad; y
CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo tramita la contratación de la señora Claudia Graciela
QUIROGA, D.N.l. N° 27.056.578.
Que se ha suscripto entre la mencionada y el señor Presidente del Instituto
Municipal de Deportes, Lic. Franco GERGO, D.N.I. N° 13.264.124, el contrato registrado
bajo el N° 10768, celebrado el día tres (3) de octubre de 2016.
Que dicho contrato se regirá por lo dispuesto para el personal no permanente
por la Ley 22.140 y el Convenio Municipal de Empleo.
Que la mencionada reúne los requisitos previstos para el ingreso a la
Administración Pública, según la normativa vigente en la materia.
Que se cuenta con la vacante disponible.
Que en consecuencia, corresponde la aprobación de dicho acuerdo.
Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto
administrativo, en virtud de lo establecido por el artículo 152 incisos 1) 5) de la Carta
y
Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia.
Por ello:
-
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
DE CRETA
ARTICULO 1°.- Aprobar el contrato administrativo registrado bajo el N° 10768, cuya copia
autenticada se adjunta y forma parte del presente, celebrado el día tres (3) de octubre de
2016, entre esta Municipalidad, representada por el señor Presidente del Instituto
Municipal de Deportes, Lic. Franco GERGO, D.N.l. N° 13.264.124 la señora Claudia
y
Graciela QUIROGA, D.N.l. N° 27.056.578, mediante el cual se contratan sus ser’iicios
para realizar tareas de control y vigilancia en el Instituto Municipal de Deportes. Ello de
acuerdo a lo expresado en el exordio.
ARTICULO 2°.- Imputar la presente erogación con cargo al titular presupuestario
Instituto Municipal de Deportes Presidencia Partida 011.
ARTICULO 3°.- Notificar a la interesada con copia autenticada del presente.
ARTICULO 4°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia.
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CONTRATO ADMINISTRATiVO
Entre LA MUNICIPALIDAD DE USHUAIA, representada cn este acto por el
Señor Presidente del Instituto Municipal de Deporte, Lic. Franco GERGO, D.N.I. N
13.264.124, en adelante llamado LA MUNICIPALIDAD, por una parte y la señora Claudia
Graciela QUIROGA, D.N.I. N° 27.056.575, en adelante llamada LA CONTRATADA por la
otra, se conviene en celebrar el presente CONTRATO ADMINISTRATIVO de prestación
de servicios, ad referéndum del Señor intendente Municipal de Ushuaia, que se regirú bajo
las siguientes cláusulas:PRIMERA: LA MUNICIPALIDAD contrata los servicios de LA CONTRATADA, quien e
desempeñará en el Instituto iViunicipal de Deporte, realizando tareas de control y vigilancia
de lunes a viernes de 12:00 a 19:00 hs. La duración del presente contrato será a partir del día
Cuatro (4) de julio de 2016 hasta el día treinta y uno (31) de diciembre de 2016.
SEGUNDA: LA MUNICIPALIDAD asigna y LA CONTRATADA acepta por los servicios
prestados una retribución equivalente al cargo de agente ubicado provisoranlente en el
grado 5I), que se abonará a fin de cada mes y la que será modificada cada vez que lo sea
para el personal de la Administración Pública Municipal.
TERCERA: La asignación de referencia estará sujeta a los descuentos Jubilatorios (le
acuerdo a la Ley 561 y sus modificatorias y LA CONTRATADA queda comprendido dentro
del régimen Jurídico Básico de la Función Pública como Personal no Permanente siendo
acreedor de los beneficios de rigor.
CUARTA: LA CONTRATADA queda sometida jerárquicamente a las disposiciones.
órdenes y demás reglamentaciones establecidas por LA MUNICIPALIDAD y que se
vinculen con las tareas asignadas y reglamentaciones en vigencia que rigen para el Personal
Permanente, las que serán transmitidas por intermedio del Superior.
QlNT: LA MUNICIPALIDAD podrá rescindir en cualquier momento y sin necesidad de
interpelacion judicial el presente contrato, si los servicios de LA CONTRATADA no fueran
necesarios, en este caso LA CONTRATADA no tendrá derecho a reclamar indemnización
alguna. Por su parte LA CONTRATADA podrá rescindir la presente obligación en el
momento que lo estime oportuno debiendo cursar comunicación por escrito en tal sentido a
LA MUNICIPALIDAD con quince (15) días de anticipación.
SEXTA: El presente contrato se regirá ior lo dispuesto para el personal no Permanente por
la Ley 22.140 y el Convenio Municipal de Empleo.
SJPTIMA: Por cualquier divergencia que se suscitare en el cumplimiento del presente y
deba ser dirimida en los estrados judiciales, [as partes se someten a la jurisdicción de los
Juzgados Provinciales (le Ushuaia, a cuyos fines fijan domicilio legal en la ciudad de
Ushuaia, LA MUNICiPALIDAD en Avda. Malvinas Argentinas y calle 12 de Octubre y LA
CONT RATA DA en Campos N° 1 090.
En prueba de conformidad se firman tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un
solo efecto el día
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Ushuaia, 1 de noviembre de 2016
Año XXVI - N° 125/2016
Provincia de Tierra del Fuego
Antártida e Islas del Atlántico Sur
República Argentina
Municipalidad de Ushuaia
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‘2016— Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional
1 4OCT 2018
USH UAIA,
VISTO el expediente S.D. N° 4052/2014, deI registro de esta Municipalidad; y
CONSIDERANDO:
Que por el mismo tramita la contratación de la señora Eliana Andrea
KATABIAN, D.N.I. N° 17Á82.404.
Que se ha suscripto entre la mencionada y el Señor Presidente del Instituto
Municipal de Deportes, Lic. Franco GERGO, D.N.I. N° 13.264.124, el contrato registrado
bajo el N° 10764, celebrado el día tres (3) de octubre de 2016.
Que dicho contrato se ajusta al regimen aprobado por el Decreto Municipal N°
234/97 y sus modificatorios N° 028/2001 y N° 028/2006.
Que la mencionada reúne los requisitos previstos para el ingreso a la
Administración Pública, según la normativa vigente en la materia.
Que se cuenta con la vacante disponible
Que en consecuencia corresponde la aprobacion de dicho acuerdo
Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto
administrativo, en virtud de lo establecido por el artículo 152 incisos 1) y 5) de la Carta
Organica Municipal de la ciudad de Ushuaia
Por ello
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
DECRETA
ARTICULO 1°.- Aprobar el contrato administrativo registrado bajo el N° 10764, cuya copia
autenticada se adjunta y forma parte del presente, celebrado el día tres (3) de octubre de
2Ü16, entre esta Municipalidad, representada por el Señor Presidente del Instituto
Municipal de Deportes, Lic. Franco GERGO, D.N.I. N° 13.264.124 y la señora Eliana
Andrea KATABIAN, D.N.I. N° 17.482.404, mediante el cual se contratan sus servicios
para realizar tareas inherentes a su profesión de Profesora de Educación Física en el
complejo Polideportivo Augusto Lasserre y/o
Polodeportivo Héroes de Malvinas
dependientes del Instituto Municipal de Deportes. Ello de acuerdo a lo expresado en el
exordio.
ARTICULO 2°.- Imputar
presupuestario
—
la
presente
erogación
Instituto lVlunicipal de Deportes
—
con
cargo
al
titular
Presidencia Partida 011.
-
ARTICULO 3°.- Notificar a la interesada con copia autenticada del presente.
ARTICULO 4°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia y
archivar.TOMUNIClPALN°
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‘2016- Año del Biccnta,ario de la Dcdaracián de la ln&pcndcncia N&.r
CONTRATO ADMINISTRATIVO PARA EL PERSONAL TECNICO, DE
FORMACION y ENTRENAMiENTO DEPORTIVO, GUARDA VIDAS Y
ACTIViDADES CULTURALES
—----En la ciudad de Ushuaia, el día
se reúnen en rCprcselitaCión dc la
Municipalidad de Ushuaia, el Señor Presidente del Instituto Municipal de Deporte, Lic.
Franco CERCO, D.N.I. N° 13.264.124, con domicilio en Avda. Malvinas Argentinas y
calle 12 de Octubre de esta ciudad; en ade’ante LA MUNICIPALIDAD y la Señora Eliana
Andrea KATABIAN, D.NJ. N° 17.482.404, con domicilio en calle del Tolkeycn N° 950,
dc esta ciudad, en adelante LA CONTRATADA, quienes acuerdan cii celebrar ad
referéndum dci Señor Intendente Municipal el CONTRATO ADMINISTRATIVO de
prestación de servicios, que se regirá por las siguientes cláusulas:
CLAUSULA PRIMERA: LA MUNICIPALIDAD contrata los servicios de la
CONTRATADA, quien se desempeñará en el Complejo Polideportivo Augusto Lasscrrre
y/o Polodeportivo Héroes dçMalvinas, dependientes del Instituto Municipal de Deporte,
realizando tareas inherentes a su profesión de Profesora de Educación Física, con una
carga horaria de OCHENTA (80) horas reloj mensuales.
CLAUSULA SEGUNDA: LA CONTRATADA responderá a las directivas sobre
modalidad, horarios y días de prestación impartidas por el instituto Municipal de Deporte.CLÁUSULA TERCERA: El presente contrato tendrá vigencia a partir del día uno (l)julio
de 2016 y hasta el día treinta y uno (31) de diciembre de 2016.
CLAUSULA CUARTA: LA MUNICIPALiDAD asigna y LA CONTRATADA accpta por
los servicios prestados, una retribución de PESOS DOSCIENTOS CUATRO CON
68/100 ($204,68) por cada hora reloj efectivamente prestada, la que será abonada durante
los diez primeros días hábiles del mes siguiente a la prestación efectiva de los servicios.—
‘
,
CLAUSULA QUiNTA: LA CONTRATADA queda sometida jerárquicamente a las
disposiciones, órdenes y demás reglamentaciones establecidas por LA MUNICIPALIDAD
y.quc se vinculen con las tareas asignadas y reglamentaciones en vigencia que rigen para el
Personal de la Administración Pública Municipal, las que serán transmitidas por intermedio
del Superior a cargo.
CLÁUSULA SEXTA: El presente contrato se regirá conforme el Anexo 1 del Decreto
---—
—
—
-_____
Municipal N° 234/97 y toda reglamentación complementaria. Supletoriamente se utilizarán
las normas del Convenio Municipal de Empleo, el Régimen Jurídico Básico de la Función
Pública Ley 22.140 y su Decreto Reglamentario 1797/80.
CLÁUSULA SEPTIMA: El incumplimiento en tiempo, forma y modalidad de las
funciones encomendadas a la CONTRATADA será causal automática de rescisión del
presente sin derecho a reclamar indemnización alguna y
sin perjuicio de las
responsabilidades disciplinarias y legales que el mismo pudiere originar.CLÁUSULA OCTAVA: LA MUNICIPALIDAD podrá rescindir en cualquier momento y
sin necesidad de interpelación judicial el presente contrato, si los servicios de la contratada
rió fueran necesarios, en este caso LA CONTRATADA no tendrá derecho a reclamar
indemnización alguna. Por su parte LA CONTRATADA podrá rescindir la presente
obligación, debiendo cursar comunicación por escrito cii tal sentido a la
MUNICIPALIDAD con una antelación de 30 días.
CLAUSULA NOVENA: Ante cualquier divergencia suscitada en la ejecución del presente,
las partes se someten a la jurisdicción de los Juzgados Provinciales de Ushuaia. A todo
efecto legal se fijan los domicilios “ut supra” citados, donde se reputan válidas todas las
notificaciones cursadas entre Las partes.
-———En prueba de conformidad se firman tres ejemplares de un mismo tenor y a un solo
efecto.——
—
—______
-
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CONTRATO ‘IROIaTRADO
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Provincia de Tierra del Fuego
Antártida e Islas del Atlántico Sur
República Argentina
Municipalidad de Ushuaia
2O16
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Año del Bicentenario de la Declaración de la lndependenda Nacionaif
USHUAIA,
VISTO el expediente S.G. N° 11488/2014, del registro de esta Municipalidad;
y
CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo tramita la contratación de la señorita Marisa Fabiola
URIBE HERNANDEZ, D.N.l. N°33.688.281.
Que se ha suscripto entre la mencionada y el señor Secretario de Gobierno,
Dn. Oscar Horacio SOUTO, D.N.l. N° 11.320.201, el contrato registrado bajo el N° 10750,
celebrado el día veintiséis (26) de septiembre de 2016.
Que dicho contrato se regirá por lo dispuesto para el personal no permanente
por la Ley 22.140 y el Convenio Municipal de Empleo.
Que la mencionada reúne los requisitos previstos para el ingreso a la
Administración Pública, según la normativa vigente en la materia.
Que se cuenta con la vacante disponible.
Que en consecuencia, corresponde la aprobación de dicho acuerdo.
Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto
administrativo, en virtud de lo establecido por los artículos 152 incisos 1) y 5) de la Carta
Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
D ECRETA
ARTICULO 1°.- Aprobar el contrato administrativo registrado bajo el N° 10750, cuya copia
autenticada se adjunta y forma parte del presente, celebrado el día veintiséis (26) de
septiembre de 2016, entre esta Municipalidad, representada por el señor Secretario de
Gobierno. Dn. Oscar Horacio SOUTO, D.N.l. N° 11.320.201, y la señorita Marisa Fabiola
URIBE HERNANDEZ, D.N.I. N° 33.688.281, mediante el cual se contratan sus servicios
para realizar tareas de telefonista, operadora y/o radio-operadora en la Central de
Comunicaciones y Monitoreo Urbano, dependiente de la Dirección de Defensa Civil. Ello,
de acuerdo a lo expresado en el exordio.
ARTICULO 2°.- Imputar la presente erogación con cargo al titular presupuestario
Subsecretaría de Seguridad Urbana Partida 011.
—
-
ARTICULO 3°.- Notificar a la interesada con copia autenticada del presente.
ARTICULO 4°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia.
Cumplido, archivar.-
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“Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, son y serán Argeminas’
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Ushuaia, 1 de noviembre de 2016
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Municipalidad do Ushuaia
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Alio del Bicentenario do la Dcclamdán de de la Independencia Nacional.”
CONTRATO ADMiNISTRATIVO
Entrc LA MUNICIPALIDAD DE USHUAIA, representada cn estc acto por ci
señor Sccrctario. de Gobierno, Dn. Oscar Horacio SOliTO, D.N.I. N° 11.320.201, en
adelante llamado LA MUNICIPALIDAD, por una partc y la scñorita Marisa Fabiola URIBE
HERNANDEZ, D.N.1. N° 33.688.281, cn adclantc llamada LA CONTRATADA por la otra,
se conviene cn celebrar ci prcsente CONTRATO ADMiNISTRATIVO dc prcstación de
servicios, ad rcferéndum dci Señor Intcndcntc Municipal dc Ushuaia, quc sc rcgirá bajo las
siguicntcs cláusulas:PRIMERA: LA MUNICIPALiDAD contrata los servicios dc la CONTRATADA, quicn se
dcscmpeñará en la Central de Comunicacioncs y Monitoreo Urbano dcpcndlente dc la
Dirccción dc Defensa Civil, realizando tareas de telefonista, operadora yio radio-opcradora
cn días hábiles, inhábilcs y fbriados con altcmación de horas diurnas con horas nocturnas,
La duración dci contrato sci4a partir dci día siete (7) do julio dc 2016 y hasta ci treinta y
uno (31) dc dicicmbrc dc 2016.
SEGUNDA: LA MUNICIPALiDAD asigna y LA CONTRATADA accpta por los scrvicios
prestados una retribución equivalcntc al cargo de agente ubicado prov isoriamcntc cn cI
grado “5”, que sc abonará a fin do cada mes y la quc será modificada cada vez quc lo sea
para ci personal dc la Administración Pública Municipal.
TERCERA: La asignación dc refrrencia estará sujeta a los descuentos Jubilatorios de
acuerdo a la Ley 561 y sus modificatorias y LA CONTRATADA queda comprendido dentro
del régimen Jurídico Básico de la Función Pública como Personal no Permanente sicndo
acreedor de los beneficios de rigor.
CUARTA: LA CONTRATADA queda sometida jerárquicamente a las disposiciones,
órdenes y demás reglamentaciones establecidas por LA MUNICIPALIDAD y que se
vinculen con las tareas asignadas y reglamentaciones en vigencia que rigen para el Personal
Permanente, las que serán transmitidas por intermedio del Superior.
OUINTA: LA MUNICIPALIDAD podrá rescindir en cualquier momento y sin necesidad de
interpelación judicial el presente contrato, silos servicios de LA CONTRATADA no fueran
necesarios, en este caso LA CONTRATADA no tendrá derecho a reclamar indemnización
alguna. Por su parte LA CONTRATADA podrá rescindir la presente obligación en el
momentp que lo estime oportuno debiendo cursar comunicación por escrito en tal sentido a
LA MUNICIPALIDAD con quince (15) días de anticipaeión.
SEXTA: El presente contrato se regirá por lo dispuesto para el personal no Permanente por
la Ley 22.140 y el Convenio Municipal dc Empleo.
SEPTIMA: Por cualquier divergencia que se suscitare en el cumplimiento del presente y
deba ser dirimida en los estrados judiciales, las partes se someten a la jurisdicción de los
Juzgados Provinciales de Ushuaia, a cuyos fines fijan domicilio legal en la ciudad de
Ushuaia, LA MUNICIPALiDAD en calle San Martín N° 660 y LA CONTRATADA en
Ak’enida Alem N° 2680.
En p eba de conformidad se firman tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un
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Ushuaia, 1 de noviembre de 2016
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Antártida e Islas del Atlántico Sur
=República Argeritina=
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2O16
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USHUAIA,
Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional
14 OCT 2016
VISTO el Expediente S.H. N° 8492/2013 deI registro de esta Municipalidad; y
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto Municipal N° 530/2014 se adjudicó la Licitación Pública N° 12/2013 a la
firma NEXO S.R.L., por la suma de PESOS UN MILLON NOVECIENTOS SESENTA MIL
QUINIENTOS SESENTA
($
1.960.560,00), por la contratación del servicio de alquiler de equipos de
fotocopiadoras, impresoras y scanners, destinados a diferentes dependencias municipales, por el
término de VEINTICUATRO (24) meses, con opción de prórroga por SEIS (6) meses más, a razón de
PESOS OCHENTA Y UN MIL SEISCIENTOS NOVENTA ($81.690,00) mensuales, de acuerdo al Acta
de Pre-Adjudicación N° 03/2014, que corre agregada a fojas 126 deI presente expediente.
Que a tal fin, la Dirección de Compras Mayores y Menores, dependiente de la entonces
Secretaría de Hacienda y Finanzas ha emitido la Orden de Compra N° 472/2014.
Que por Decreto Municipal N° 973/2015 se aprobó el Acta de Readecuación de Precios,
registrada bajo el N° 9297, sobre la Orden de Compra citada, emitiéndose a tal fin la Orden de
Compra N° 692/2015.
Que de acuerdo a lo indicado a fojas 335 por la señora Directora de Compras Mayores y
Menores, mediante Informe D.C.M. y M. N° 09/2016, se solicitó hacer uso de la opción de prórroga
prevista en el Pliego de Bases y Condiciones de la Licitación Pública N° 12/2013, autorizando dicha
tramitación la señora Secretaria de Economia y Finanzas.
Que mediante el
Decreto Municipal N° 420/2016, se hizo uso de la opción de prórroga
establecida en el Pliego de Bases y Condiciones de la Licitación Pública N° 12/2013 en relación al
contrato celebrado con la firma NEXO S.R.L., por la suma total de PESOS SEISCIENTOS
VEINTICINCO MIL CUATROCIENTOS DIECIOCHO CON 64/1 00 ($ 625.418,64), discriminados Qe la
siguiente manera: 1) por el servicio de alquiler de equipos fotocopiadoras/impresoras, destinados a
diferentes reparticiones municipales, la suma total de PESOS CUATROCIENTOS DIECINUEVE MIL
SETECIENTOS OCHENTA Y SEIS CON 64/100 ($419.786,64) a razón de PESOS SESENTA Y
NUEVE MIL NOVECIENTOS SESENTA Y CUATRO CON 44/100 ($69.964,44) mensuales, por el
término de SEIS (6) meses; 2) por la provisión de CUATROCIENTAS (400) resmas de papei
oficio/legal con gramaje y calidad apropiados a los equipos instalados, la suma total de PESOS
CIENTO NOVENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y DOS ($191.862,00), a razón de PESOS
TREINTA Y UN MIL NOVECIENTOS SETENTA Y SIETE ($31.977,00) mensuales, por el término de
SEIS (6) meses y; 3) por el servicio de alquiler mensual de DOS (2) impresoras láser de bajo
rendimiento, destinadas al Juzgado Administrativo Municipal de Faltas, la suma total de PESOS
TRECE MIL SETECIENTOS SETENTA ($13.770,00) a razón de PESOS DOS MIL DOSCIENTOS
/11.2.
Las Islas Mahnas, Georgias y Sándwich del Sur, son y serán Argentinas
Ushuaia, 1 de noviembre de 2016
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Antártida e Islas del Atlántico Sur
=República Argentina
Municipalidad de Ushuaia
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2O16 —Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia NaoonaI
111.2.
NOVENTA Y CINCO ($2.295,00) mensuales, por el término de SEIS (6) meses.
Que a tal fin, la Dirección de Compras Mayores y Menores, dependiente de la Secretaría de
Economía y Finanzas ha emitido la Orden de Compra N° 145/2016.
Que a fojas 410 la señora Directora de Compras Mayores y Menores, mediante Informe
D.C.M. y M. N° 73/2016, ha solicitado la ampliación de la presente contratación en los términos del
Artículo 106 Inc a), Apartado 1) deI Decreto Municipal 1255/2013, reglamentario de la Ordenanza
Municipal N° 3693, en virtud de la culminación de la Orden de Compra antes mencionada y que aún
no ha concluido el trámite de adjudicación de la Licitación Pública N° 14/2016 referente a la
renovación del servicio de alquiler de equipos de fotocopiadoras, impresoras y scanners, destinados a
diferentes dependencias municipales.
Que ha tomado intervención la señora Secretaria de Economía y Finanzas a fojas 410
autorizando la continuidad del trámite.
Que se cuenta con saldo presupuestario para afrontar el gasto.
Que la presente erogación se encuadra en el Artículo 110°, inciso a) de la Ordenanza
Municipal N° 3693 modificada por la Ordenanza Municipal N° 4602 y Anexo 1 del Decreto Municipal
N°1 255/2013 reglamentario de la Ordenanza Municipal N°3693.
Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal,
conforme a lo establecido en el Articulo 152° incisos 1), 18) y 32) de la Carta Orgánica Municipal de
la ciudad de Ushuaia.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1°.- Incrementar la suma total de PESOS CIENTO TREINTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS
TREINTA Y NUEVE CON 20/1 00 ($137.239,20), equivalente al SIETE (7%) porciento de la Orden de
Compra N° 472/2014 emitida a favor de la firma NEXO S.R.L., por la contratación del servicio de
alquiler de equipos de fotocopiadoras, impresoras y scanners, destinados a diferentes dependencias
municipales. Ello por los motivos indicados en los considerandos.
ARTÍCULO 2°.-Autorizar a la Dirección de Compras Mayores y Menores dependiente de la Secretaría
de Economía y Finanzas a emitir la respectiva Orden de Compra.
ARTÍCULO 3°.- Imputar la suma indicada en el Artículo 1° con cargo al Titular Presupuestario
Secretaría de Economía y Finanzas, Partida 013.
ARTÍCULO 4°.- Comunicar, dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia. Cumplido, archivar.
DECRETO MUNICIPAL N° 1492
/2016.
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Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur, son y serán Argentinas
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Provincia de Tierra del Fuego
Antártida e Islas del Atiantico Sur
República Argentina=
Municipalidad de Ushuaia
“2.016—Año del Bicenwnario de la Dcclardclon de la Independencia Nacional’
USHUAIA,
14 ÜCT 2016
VISTO el Decreto Municipal N° 266 /2016; y
CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo se designó transitoriamente a partir del día primero (1) de marzo de
2016 al empleado municipal de Planta Permanente, Grado “2”, Hernán Eduardo SOSA, D.N.l. N°
26.974.923, Legajo N° 2175 a cargo de la Dirección de Ceremonial y Protocolo, dependiente de la
Coordinación de Relaciones Institucionales Ceremonial y Protocolo de la Subsecretaría Unidad
Intendencia.
Que el mismo no se desempeña en el cargo desde el día 28 de julio de 2016 por haber sido
reubicado en la Secretaría de Cultura, conforme resolución conjunta S.C.Y.L. y S.U.l. N° 002/2016
del 1 de agosto de 2016.Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto administrativo, de
acuerdo a lo estipulado en el artículo 152 Inciso 1) de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad de
Ushuaia.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
DECRETA
ARTiCULO 1°.- Dejar sin efecto a partir del día veintiocho (28) de julio de 2016 el Decreto Municipal
N° 266/2016 por medio del cual se designó de manera transitoria al empleado municipal de Planta
Permanente Grado “2”, Hernán Eduardo SOSA, D.N.I. N° 26.974.923, Legajo N° 2175, como titular de
la Dirección de Ceremonial y Protocolo dependiente de la Coordinación de Relaciones Institucionales
Ceremonial y Protocolo de la Subsecretaría Unidad Intendencia. Ello en virtud de lo expuesto en los
considerandos.
ARTICULO 2°.- Notificar al empleado citado en el artículo primero, a la Dirección de Bienestar del
Personal y a la Dirección de Haberes, con copia autenticada del presente.
ARTICULO 3°.- Comunicar. Dar Copia al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia para su
publicación. Cumplido, archivar.DECRETO MUNICIPAL N°
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i.016.-
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“Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur son y serán Argentinos’
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Ushuaia, 1 de noviembre de 2016
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Antártida e Islas del Atlántico Sur
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2016
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Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional’
USHUAIA,
14 OCT 216
VISTO el expediente CG N° 4837/2016, del registro de esta Municipalidad; y
CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo tramita la licencia sin goce de salario por ejercicio
transitorio de otro cargo del empleado municipal de la Planta de Personal Permanente,
Hernan Eduardo SOSA, D.N.l. N° 26.974.923, Legajo N° 2175, por haber sido designado
Subsecretario de Ceremonial y Protocolo dependiente de la Secretaría de Gestión
Gubernamental de la Secretaría General del Gobierno de la Provincia de Tierra del Fuego,
Antártida e Islas del Atlántico Sur, a partir del día veintinueve (29) de julio de 2016, conforme
el Decreto Provincial N° 1450/16.
Que en consecuencia corresponde otorgar licencia sin goce de salario por
ejercicio transitorio de otro cargo, a partir de la fecha antes indicada y mientras se
desempeñe en el cargo enunciado.
Que dicha licencia se encuentra establecida en el artículo 35.2 inciso a) del
Convenio Municipal de Empleo.
Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto
administrativo en virtud de lo establecido en el artículo 152 incisos 1) y 5)
Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia.
de la Carta
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
D ECRETA
ARTICULO 1°.- Conceder licencia sin goce de salario por ejercicio transitorio de otro cargo
al empleado municipal
de la
Planta de Personal
Permanente, Hernan Eduardo SOSA,
D.N.l. N° 26.974.923, Legajo N° 2175, a partir del día veintinueve (29) de julio de 2016 y
mientras se desempeñe como Subsecretario de Ceremonial y Protocolo dependiente de la
Secretaría de Gestión Gubernamental de la Secretaría General del Gobierno de la Provincia
de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur. Ello, por los motivos expuestos en los
considerandos.
ARTICULO 2°.- Notificar al interesado con copia autenticada del presente.
ARTICULO 3°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia para su
publicación. Cumplido, archivar.
DECRETO MUNICIPAL N°
149 /2016.
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“Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, son y serán Argentinas
Ushuaia, 1 de noviembre de 2016
Año XXVI - N° 125/2016
Provincia de Tierra del Fuego
Antártida e Islas del Atlántico Sur
“República Argentina”
Municipalidad de Ushuaia
página 51
“2016 —Año del flicentenario de ¡a Declaración de ¡a independencia Nacional”
USHUAIA,
VISTO el Expediente N° 5
—
1
2000/2015 del registro de esta Municipalidad; y
CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo tramita el Convenio de Ocupación y Uso celebrado en fecha
catorce (14) de diciembre de 2015, entre esta Municipalidad y la Agrupación Tradicionalista Jujeña
‘Tacita de Plata”, representada por su Presidente la Sra. Patricia del Carmen LAMAS, DNI N°
16.487.171, a través del cual el Municipio cede en uso con carácter precario a dicha Agrupación, una
superficie de TRES MIL METROS CUADRADOS (3.000 m
) aproximadamente, denominada en forma
2
provisoria como Sección Q, Macizo 1, Parcela id, para la construcción de una sede y un espacio para
realizar actividades deportivas, sociales y culturales, con fines comunitarios.
Que a fs. 102 vta, la Sra. Jefa del Programa de Urbanización y el Sr. Coordinador de
Producción Social del Hábitat han tomado debida intervención.
Que corre anexada y forma parte del presente Decreto, copia autenticada del Convenio
de Ocupación y Uso registrado bajo el N° 10048, el que consta de diez (10) cláusulas,
correspondiendo su aprobación.
Que es facultad del suscripto el dictado del presente acto administrativo, de
conformidad con la competencia que le atribuye el art. 173 Incisos 5) y 15) de la Constitución
Provincial y arts. 37 Incisos 4) y 11) y 152 Incisos 1) y 15) de la Carta Orgánica Municipal de la
Ciudad de Ushuaia.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
DECRETA
ARTÍCULO 10. Apruébese en todos sus términos, el Convenio de Ocupación y Uso registrado bajo el
N° 10048, celebrado el día catorce (14) de diciembre de 2015, entre esta Municipalidad y la
Agrupación Tradicionalista Jujeña “Tacita de Plata”, representada por su Presidente la Sra. Patricia
del Carmen LAMAS, DNI N° 16.487.171. ElIo, por los motivos expuestos en el exordio.
ARTÍCULO 2°.- Notifíquese a la Agrupación Tradicionalista Jujeña “Tacita de Plata” con copia
autenticada del presente.
ARTÍCULO 3°.- Corrxiíquese. Dese al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia y archívese.
o
1
I201F-
Arq. Maria Te4’esa FERNANOEZ
&cittuía de Habitat y Oid. 1tti
MuÑcápaIdad de Uia
Las Islas MaMnas, Georgias y Sándwich del Sur, son y serán Argentinas.”
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CONVENlO REGI’TRAflO
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Rcpública Argcntina
“2015- Año del l3icentenario del Congreso de los Pueblos Ubres”
Municipalidad de Ushuani
CONVENIO DE OCUPACIÓN Y USO
Entrc la Municipalidad de Ushuaia, representada en éste acto por el Sr. intendente, Don
Federico SCIURANO, Documento Nacional de Identidad N° 18.258.173, con domicilio en calle
San Martín N° 660 de la Ciudad de Ushuaia, en adelante LA MUNICIPALiDAD, y la Agrupación
Tradicionalista Jujcña”Tacita de Plata”, representada en éste acto por la Sra. Patricia del Carmen
LAMAS, Documento Nacional de identidad N° 16.487.171, en su carácter de Presidente, con
domicilio en Calle Hipólito Bouchard N° 651 de la Ciudad de Ushuaia, en adelante LA
AGRUPACiÓN, convienen en celebrar el presente Convenio de Ocupación y Uso, ad
referéndum del Concejo Deliberante de la Ciudad de Ushuaia, de conformidad a las Cláusulas
que a continuación se enumeran:
PRIMERA: LA MUNICiPALiDAD, cede en uso con carácter precario, y LA AGRUPACIÓN
) aproximadamente,
2
acepta, una superficie de TRES MIL METROS CUADRADOS (3000,00 m
denominada en forma provisoria como Sección
Q, Macizo 1, Parcela Id, debiendo la misma ser
amojonad4 de acuerdo croquis que corre agregado al presente como Anexo 1.
SEGUNDA: LA MUNICIPALiDAD, cede en uso con carácter precario, la superficie
mencionada “ut-supra”, con el objeto de que LA AGRUPACIÓN construya su sede y un espacio
para realizar actividades deportivas, sociales y culturales, con fines comunitarios, encuadrando a
LA AGRUPACiÓN; dentro las instituciones mencionadas en el inciso a), dci artículo 6 de la
Ordenanza Municipal N° 2025.
—
TERCERA: LA AGRUPACIÓN contará con un plazo no mayor a noventa (90) días para cercar
y limpiar l sector establecido en la Cláusula Primera, quedando obligada a tramitar la
documentación de obra que proponga realizar, las que deberán contar con la Aprobación y
Permiso de Obra correspondientes, debiendo dar inicio de la construcción dentro del año de la
ratificación dci liresente por parte del Concejo Deliberante de la Ciudad de Ushuaia.
CUARTA: El plazo de vigencia del presente convenio es de un (01) año corrido, a partir de su
ratificación por parte del Concejo Deliberante tfc la ciudad de Ushuaia, prorrogable por periodos
iguales y consecutivos, una vez verificado el cumplimiento de las obligaciones establecidas en la
Cláusula Tercera.
QUINTA: Queda prohibida la cesión y/o transferencia total o parcial del presente Convenio,
como así también el cambio o incorporación de usos no autorizados, bajo pena de rescisión
automática.
SEXTA: LA MUNICIPALIDAD podrá requerir la restitución inmediata del sector mencionado
en la Cláusula Primera en caso de comprobación fehaciente del incumplimiento por parte de LA
AGRUPACIÓN de cualquiera de las obligaciones asumidas en el presente, sin derecho a reclamo
o indemnización alguna a su favor.
-
LA MUNICIPALiDAD se
el estado del sector
/1/2...
1)
“Las lslas
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CONVENIO REGISTRADÇ
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BAJO EL N___--——
D
Ushuaia,
Provincia de Tierra dci Fuego
Antártida e Islas del Atlántico Sur
Rcpúhlica Argentina—
Municipalidad de Ushuaia
‘2015- Año del I3iccntcnario del Congreso de los Pueblos Libres
/1/2...
objeto del presente, en cualquier momento y sin necesidad de comunicación previa a LA
AGRUPACiÓN.
-
OCTAVA: LA MUNICIPALIDAD se compromete a adjudicar la parcela mencionada en la
Cláusula Primera, una vez cumplidas las condiciones establecidas en el presente, y registrada la
mensura del sector.
—-
NOVENA: Las divergencias que se produzcan como consecuencia del presente convenio serán
sometidas a la jurisdicción y competencia de los Tribunales Ordinarios de la Provincia de Tierra
del Fuego,
con asiento en
la ciudad de Ushuaia, renunciando expresamente a cualquier otro fuero
o jurisdicción.
DECMA: A todo efecto las partes constituyen domicilio en los “ut-supra” mencionados, donde
se reputarán válidas todas las notificaciones con causa en el presente, salvo modificación de los
mismos, fehacientemente notificada a la parte contraria.
En prueba de conformidad, las partes firman tres (03) ejemplares de un mismo tenor y a un
solo efccto, en la Ciudad de Ushuaia, capital de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas
delAtláhticoSur,alós
-
)Lt
del año 2.015.--—
¿ ¿tt)
“Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, non y serán Argenlinas”
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REGISTRADO
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MUNICIPALIDAD
DE
USHUAIA
SUBSECRETARIA DE PLANEAMIENTO Y PROYECTOS URBANOS
visado:
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ANEXO ¡
-
CONVENIO N°
dreccidn:
Agrim.J.A.RQLÁNDO
ou.
fecha:
09/2015
ubICoan:
PARCELA id DEi. MACIZO 1 DE LA SECCION Q
(ANTE PRCr’ECTO DE MENSURA)
1btijo:
F.NACUCIII
esca’a:
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3
Provincia de Tierra del Fuego
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USH UAIA,
L
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.ii1b
VISTO el expediente N° M-300225569/2009 del registro de la Dirección de
Suelo Urbano; y
CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo la Sra. Micaela MARTINEZ, D.N.l N° 30.022.569, con
domicilio en calle Puerto Remolino N° 3941, tramita la adjudicación en venta de un predio
ubicado en el ejido municipal de esta ciudad.
Que por Decreto Municipal N° 1425/2010, de fecha nueve (09) de noviembre de
2010, se preadjudicó a los beneficiarios de soluciones habitacionales nucleados en el
Sindicato Único de Trabajadores de la Educación Fueguina -SUTEF- fracciones de predios
municipales identificadas catastralmente en forma provisoria, en virtud de encontrarse el plano
de mensura en trámite de registro ante la Dirección de Catastro Provincial.
Que se desprende del Punto 44, del Anexo 1 del instrumento mencionado en el
considerando anterior que a la Sra. MARTINEZ, le correspondería el predio identificado
catastralmente en forma provisoria como Sección Q, Macizo 7A, Parcela 24, ascendiendo su
valor de venta provisorio a la suma de PESOS VEINTISIETE MIL SETECIENTOS CINCO
CON 82/100
($ 27.705,82), con destino a vivienda unifamiliar.
Que a fs. 76 el Instituto Provincial de Vivienda, mediante Nota N° 1044, Letra:
l.P.V., (S.G.D.N N/Z) de fecha veintisiete (27) de junio de 2016, solicita se informe si la Sra.
Micaela MARTINEZ, DNI N° 30.022.569, se encuentra alcanzada por el beneficio de la
Ordenanza Municipal N° 3843, en su artículo 2°, u Ordenanzas vigentes a la fecha para
aquellos casos en que la adjudicataria haya cancelado íntegramente el precio de venta
referente al predio denominado catastralmente como Sección Q, Macizo 7A, Parcela 24.
Que a fs. 92/93 obra verificación de ocupantes de fecha veinticinco (25) de julio
de 2016, de la cual se desprende que el predio Q-7A-24, se encuentra baldío sin cerco
perimetra 1.
Que a fs. 95 obra certificado de situación fiscal regular N° 0003518/2016, deI
cual surge que la venta de tierras fiscales del predio identificado catastralmente como Sección
Q, Macizo 7A, Parcela 24, se encuentra cancelado según valor establecido en Decreto
Municipal N° 1425/2010, sin bonificación prevista en Ordenanza Municipal N° 3799,
y se
mantiene en situación fiscal regular por Impuesto Inmobiliario y Tasa General por Servicios
Municipales.
Que a fs. 100/101 mediante Nota N° 183/1 0, Letra: Of. S.I.C., se informa que la
superficie del predio Q-7A-24, es de TRESCIENTOS METROS CUADRADOS CON SESENTA
Y SÉIS DECÍMETROS CUADRADOS (300,66 2
m
)
, correspondiéndole aplicar el precio de
PESOS NOVENTA Y DOS CON 15/100 ($ 92,15) por metro cuadrado, para vivienda
unifamiliar, ascendiendo el valor de venta a la suma de PESOS VEINTISIETE MIL
SETECIENTOS CINCO CON 82/100 ($27.705,82), para la superficie indicada.
Que mediante Ordenanza Municipal N° 5099, se establece que los valores
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1 !-
“Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur son y serán Argentinas”
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.2//
fijados respecto de los predios municipales destinados a vivienda unifamiliar mediante
convenios de custodia/uso/ocupación y/o decretos de preadjudicación u otro instrumento
mediante el cual se realizara la pre-asignación y que se encuentren cancelados o con planes
de pago vigentes, serán tomados como valores de venta definitivos al momento de dictarse el
correspondiente Decreto de adjudicación.
Que a fs. 102 obra Nota N° 18/2012, Letra: D.l.O.P., a través de la cual la
Dirección de Obras Públicas informa que el Macizo 7A, de la Sección Q, cuenta con red
cloacal ejecutada y funcionando.
Que a fs. 103 obra Informe D.T. y M. N° 10/12, de fecha veinticinco (25) de abril
de 2012, a través del cual el Departamento de Topografía y Mensura, informa que mediante
Plano TE 1 —76
—
10, se modifica y divide el Macizo 7A, de la Sección Q.
Que a fs. 104 obra Subdivisión Parcelaria, Escritura N° 79/2011, de la cual
surge que mediante Matrícula ll-A-13012, se inscribió el predio Q-7A-24, ante el Registro de la
Propiedad Inmueble.
Que a fs. 105 y 106 obran resumen de situación parcelaria y plancheta
catastral, respectivamente, de las cuales surge que el predio Q-7A-24, posee una superficie
de TRESCIENTOS METROS CUADRADOS CON SESENTA Y SÉIS DECÍMETROS
CUADRADOS (300,66 2
m
)
, no surgiendo diferencia con la informada por la entonces Oficina
de Sistema de Información Catastral, mediante Nota N° 183/10, Letra: Of. S.l.C..
Que a fs. 107 la Sra. MARTINEZ suscribe solicitud de emisión de Obligaciones
Cumplidas encuadradas en la Ordenanza vigente, por el predio Q-7A-24.
Que a fs. 108/109 obra Informe Div. Ev. Doc. N° 73/2016, de fecha veintitrés
(23) de septiembre de 2016, mediante el cual se informa que la Sra. MARTINEZ cumple con
toda la documentación solicitada acorde a la normativa vigente y su trámite se encuadra con
lo estipulado en el artículo 29 de la Ordenanza Municipal N° 5055.
Que a fs. 111 mediante Nota N° 370/1 6, Letra: D.S.U., de fecha veintitrés (23)
de septiembre de 2016, se informó al Instituto Provincial de Vivienda que el presente caso se
encuadra con lo establecido en el artículo 29 de la Ordenanza Municipal N° 5055, con destino
a vivienda unifamiliar, y se dió conformidad a la firma de la Escritura, en forma simultánea con
la constitución de la Hipoteca a favor del Instituto Provincial de Vivienda sobre el predio Q-7A24, el cual se encuentra inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble y Preadjudicado a
favor de la Sra. Micaela MARTINEZ, D.N.I N° 30.022.569.
Que a fs. 111 vta, la Dirección de Suelo Urbano indica realizar Proyecto de
Decreto en el marco del artículo 29 de la Ordenanza Municipal N° 5055.
Que el expediente de marras contiene la documentación oportunamente
requerida a la solicitante conforme a la normativa vigente.
Que se ha dado estricto cumplimiento a los recaudos formales impuestos por la
legislación vigente, expidiéndose la Secretaría de Hábitat y Ordenamiento Territorial a través
de sus áreas pertinentes.
Que a
fs.
114 vta., la Sra. Jefa del Programa de Urbanización y el
/113...
“Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur son y serán Argentinas”
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.3/Ii
Sr. Coordinador de Producción Social del Hábitat, han intervenido indicando la continuidad del
trámite.
Que es facultad del suscripto el dictado del presente acto administrativo, de
conformidad con la competencia que le atribuye el art. 173° Incisos 5) y 15) de la Constitución
Provincial, arts. 37° Incisos 4) y 11) y 152° Inciso 1) y 15) de la Carta Orgánica Municipal de la
ciudad de Ushuaia, arts. 5° y 29 de la Ordenanza Municipal N° 5055 y Ordenanza Municipal
N° 5099..
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
D E C R ETA
ARTÍCULO 1°.- Adjudicar en venta a la Sra. Micaela MARTINEZ, D.N.l N° 30.022.569, con
domicilio en calle Puerto Remolino N° 3941, el predio municipal catastralmente identificado
como Sección Q, Macizo 7A, Parcela 24, de la ciudad de Ushuaia, con una superficie de
TRESCIENTOS METROS CUADRADOS CON SESENTA Y SEIS DECIMETROS
CUADRADOS (300,66 2
m
)
, con destino a vivienda unifamiliar.
ARTICULO 2°.- Establecer como valor de venta definitivo del predio descripto en el artículo
primero del presente, la suma de PESOS VEINTISIETE MIL SETECIENTOS CINCO CON
82/100
($
27.705,82), el cual se encuentra totalmente abonado. Ello, por los motivos
expuestos en el exordio.
ARTiCULO 3°.- Declarar cumplidas las obligaciones contraídas por la Sra. Micaela
MARTINEZ, D.N.l N° 30.022.569, sobre el predio identificado catastralmente como Sección Q,
Macizo 7A,. Parcela 24, de esta ciudad, conforme lo establecido en el artículo 29 de la
Ordenanza Municipal N° 5055.
ARTÍCULO 4°.- Proceder a la escrituración del predio identificado catastralmente como
Sección Q, Macizo 7A, Parcela 24, a nombre de la Sra. Micaela MARTINEZ, D.N.l N°
30.022.569, en forma simultánea con la constitución de la hipoteca a favor del Instituto
Provincial de Vivienda, ante el Escribano que designen las partes.
ARTÍCULO 5°.- Notificar a la adjudicataria con copia autenticada del presente, haciéndole
saber que podrá interponer recurso de reconsideración ante el mismo órgano que lo dictó
dentro de los diez (10) días hábiles desde su notificación conforme lo establecido por el
artículo 127 de la Ley Provincial N° 141.
ARTÍCULO 6°.- comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia y
Maria Teea
da Kabitity cd. 1
MunicÁpalidad de Lha
“Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur son y serán Argentinas’
iivar.
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Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional
USHUAIA,
1
jL
üib
VISTO el expediente N° CIG-3147308312010 del registro de la Dirección de
Suelo Urbano; y
CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo la Sra. Yamila Vanesa, COLIVORO GÓMEZ D.N.l N°
31 .473.083, con domicilio en calle Gdor. Valdéz N° 471, tramita la adjudicación en venta de un
predio ubicado en el ejido municipal de esta ciudad.
Que por Decreto Municipal N° 183/2011, de fecha veintisiete (27) de enero de
2012, se preadjudicó fracciones de predios municipales identificadas catastralmente en forma
provisoria, en virtud de encontrarse el plano de mensura en trámite de registro ante la
Dirección de Catastro Provincial.
Que se desprende del Punto 8, deI Anexo 1, del instrumento mencionado en el
considerando anterior que a la Sra. COLIVORO GÓMEZ, le correspondería el predio
identificado catastralmente en forma provisoria como Sección O, Macizo DD, Parcela 18.
Que por Decreto Municipal N° 171 8/2010, de fecha veintisiete (27) de diciembre
de 2010, se establecieron los valores de venta de los predios ubicados en la Vertiente
Sudoccidental del Valle de Andorra en el Anexo 1, quedando la mensura de división Parcelaria
con carácter de provisorio.
Que por Decreto Municipal N° 434/2011, de fecha trece (13) de abril de 2011,
se sustituye el Anexo 1 del Decreto Municipal N° 1718/2010, por haberse detectado un error
material.
Que se desprende del Punto 222 del Anexo 1, del instrumento mencionado en el
considerando anterior, que al predio identificado catastralmente en forma provisoria como
Sección O, Macizo DD, Parcela 18, le correspondería aplicar el precio de venta de PESOS
SESENTA Y CINCO CON 82/1 00
($ 65,82),
por metro cuadrado para vivienda unifamiliar, para
una superficie de DOSCIENTOS METROS CUADRADOS (200,00 m
), por lo que el valor de
2
venta provisorio asciende a la suma de PESOS TRECE MIL CIENTO SESENTA Y CUATRO
CON 00/1 00
($
13.164,00).
Que a fs. 112/113 la Dirección de Urbanismo, mediante Nota N° 031/13, Letra:
D.U., comunica que se registró la mensura de división parcelaria del sector mediante Plano de
Mensura TF 1
84
09 y que para el predio provisorio O-DD-18, le correspondería
definitivamente la nomenclatura catastral identificada como Sección O, Macizo 11, Parcela 19.
Que a fs. 114 obra subdivisión parcelaria Escritura N° 01 1/1 3, de la cual surge
—
—
que a través de Matrícula lI-A-13828, se inscribió el predio 0-11-19, ante el Registro de la
Propiedad Inmueble.
/
Que a fs. 115 la Dirección de Obras, dependiente de la Subsecretaría de Obras
Públicas, informa que las sesenta y cuatro (64) Hectáreas correspondientes a la urbanización
del
‘3//
/
-
Valle de Andorra, cuentan con seMcio de cloacas habilitada y funcionando.
e a fs. 116 y 117 obran resumen de situación parcelaria y plancheta catastral
9
Q
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Las Islas Malsinas Georgias y Sandwich del Sur son y ser Argentinas
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.2/II
respectivamente, de los cuales surge que el predio 0-11-19, posee una superficie de
DOSCIENTOS METROS CUADRADOS (200,00 m
), no existiendo diferencia de superficie
2
con la establecida en el Decreto Municipal N° 434/2011.
Que a fs. 123 obra certificado de situación fiscal regular N° 0003303/2016, del
cual surge que la venta de tierras fiscales del predio identificado catastralmente como Sección
O, Macizo 11, Parcela 19, se encuentra cancelada según valor establecido en Decreto
Municipal N° 434/2011, sin bonificación prevista en Ordenanza Municipal N° 3799,
y se
mantiene en situación fiscal regular por Tasa General por Servicios Municipales e Impuesto
Inmobiliario.
Que mediante Ordenanza Municipal N° 5099, se establece que los valores
fijados respecto de los predios municipales destinados a vivienda unifamiliar mediante
convenios de custodia/uso/ocupación y/o decretos de preadjudicación u otro instrumento
mediante el cual se realizara la pre-asignación y que se encuentren cancelados o con planes
de pago vigentes, serán tomados como valores de venta definitivos al momento de dictarse el
correspondiente Decreto de adjudicación.
Que a fs. 125 el Instituto Provincial de Vivienda, mediante Nota N° 1386, Letra:
l.RV., (D.N.S/Z), de fecha nueve (09) de agosto de 2016, solicita se informe si la Sra. Yamila
Vanesa, COLIVORO GÓMEZ D.N.l. N° 31.473.083, ha cancelado íntegramente el precio de
venta del predio identificado catastralmente como Sección O, Macizo 11, Parcela 19.
Que a fs. 126/127 obra verificación de ocupantes de fecha veintidós (22) de
agosto de 2016, de la cual se desprende que el predio 0-11-19, se encuentra implantada una
construcción, con cerco parcial.
Que a fs. 129 la Sra. COLIVORO GÓMEZ, suscribe solicitud de emisión de
Obligaciones Cumplidas encuadradas en la Ordenanza vigente, por el predio 0-11-19.
Que a fs. 130/131 obra Informe Div. Ev. Doc. N° 68/2016, de fecha veintitrés
(23) de Septiembre de 2016, mediante el cual se informa que la Sra. COLIVORO GÓMEZ,
cumple con toda la documentación solicitada acorde a la normativa vigente y su trámite se
encuadra con lo estipulado en el artículo 29 de la Ordenanza Municipal N° 5055.
Que a fs. 133 mediante Nota N° 372/2016, Letra: D.S.U., de fecha veintitrés
(23) de septiembre de 2016, se informó al Instituto Provincial de Vivienda, que la Sra. Yamila
Vanesa, COLIVORO GÓMEZ, D.N.l. N° 31.473.083, se encuentra alcanzada por el beneficio
de lo establecido en el artículo 29 de la Ordenanza Municipal N° 5055, con destino a vivienda
unifamiliar, y se dió conformidad a la firma de la Escritura, en forma simultánea con la
constitución de la Hipoteca a favor del Instituto Provincial de Vivienda, sobre el predio 0-1119, el cual se encuentra inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble y Preadjudicado a
favor de la Sra. Yamila Vanesa, COLIVORO GÓMEZ D.N.l N°31.473.083.
Que a fs. 133 vta, la Dirección de Suelo Urbano indica realizar Proyecto de
Decreto en el marco del artículo 29 de la Ordenanza Municipal N° 5055.
Que el expediente de marras contiene la documentación oportunamente
1)
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requerida a la solicitante conforme a la normativa vigente.
Que se ha dado estricto cumplimiento a los recaudos formales impuestos por la
legislación vigente, expidiéndose la Secretaría de Hábitat y Ordenamiento Territorial a través
de sus áreas pertinentes.
Que a fs. 137 vta, la Sra. Jefa del Programa de Urbanización y el Sr.
Coordinador de Producción Social del Hábitat, han intervenido indicando la continuidad del
trámite.
Que es facultad del suscripto el dictado del presente acto administrativo, de
conformidad con la competencia que le atribuye el art. 173° Incisos 5) y 15) de la Constitución
Provincial, arts. 37° Incisos 4) y 11) y 152° Inciso 1) y 15) de la Carta Orgánica Municipal de la
ciudad de Ushuaia, arts. 5° y 29° de la Ordenanza Municipal N° 5055 y Ordenanza Municipal
N° 5099.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
D ECRETA
ARTÍCULO 1°.- Adjudicar en venta a la Sra. Yamila Vanesa, COLIVORO GÓMEZ D.N.l N°
31.473.083, con domicilio en calle Gdor. Valdéz N° 471, el predio municipal catastralmente
identificado como Sección O, Macizo 11, Parcela 19, de la ciudad de Ushuaia, con una
superficie de DOSCIENTOS METROS CUADRADOS (200,00 m
), con destino a vivienda
2
un ifa miliar.
ARTÍCULO 2°.- Establecer como valor de venta definitivo del predio descripto en el artículo
primero del presente, la suma de PESOS TRECE MIL CIENTO SESENTA Y CUATRO CON
00/100
($
13.164,00), el cual se encuentra totalmente abonado. Ello, por los motivos
expuestos en el exordio.
ARTÍCULO 3°.- Declarar cumplidas las obligaciones contraídas por la Sra. Yamila Vanesa,
COLIVORO GÓMEZ D.N.I N° 31 .473.083, sobre el predio identificado catastralmente como
Sección O, Macizo 11, Parcela 19 de esta ciudad, conforme lo establecido en el artículo 29 de
la Ordenanza Municipal N° 5055.
ARTÍCULO 4°.- Proceder a la escrituración del predio identificado catastralmente como
Sección O, Macizo 11, Parcela 19, a nombre de la Sra. Yamila Vanesa, COLIVORO GÓMEZ
D.N.I N° 31.473.083, en forma simultánea con la constitución de la hipoteca a favor del
Instituto Provincial de Vivienda, ante el Escribano que designen las partes.
ARTÍCULO 5rNOtificar a la adjudicataria con copia autenticada del presente, haciéndole
saber que ppdrá\ interponer recurso de reconsideración ante el mismo órgano que lo dictó
dentro de ¡ys die (10) días hábiles desde su notificación conforme lo establecido por el
artículo 12de la 1.y Provincial N° 141
ÍCULcj 6°.- Comunicayar al Boletín Oficial de la Municipalidad de
1
Maria Teresa FERNANDEZ
97
&aia d Kbftat y Ord. TeniteÑ
Muniapaidad de Uliula
“Las Islas Malvinas, Georgi’ Sandwich del Sur son y serán
Ushuaia, 1 de noviembre de 2016
Provincia de Tierra del Fuego
Antártida e Islas del Atlántico Sur
República Argentina=
Municipalidad de Ushuaia
Año XXVI - N° 125/2016
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“2016— Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional”
USHUAIA,
14
VISTO el expediente N° D-27553100/2010 del registro de la Dirección de Suelo
Urbano; y
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto Municipal N° 357/2013, de fecha veintiséis (26) de
marzo de 2013, se adjudicó en venta a la Sra. Claudia Alejandra DUARTE, Documento
Nacional de Identidad N° 27.523.100, con domicilio en calle Houssay 200, CADIC, el predio
identificado catastralmente como Sección Q, Macizo 3A, Parcela 18, de esta ciudad, con una
superficie de TRESCIENTOS OCHO METROS CUADRADOS CON CINCUENTA Y SEIS
DECMETROS CUADRADOS (308,56 m
), fijándose el precio de venta en la suma de
2
PESOS VEINtICUATRO MIL SETECIENTOS VEINTICUATRO CON 91/1 00 ($ 24124,91) y
declarándose cumplidas las obligaciones conforme a lo establecido en el artículo 2° de la
Ordenanza Municipal N° 3843.
Que en el artículo 4° del instrumento antes citado, se indicó proceder a la
escrituración del predio a favor de la Sra. DUARTE, en forma simultánea con la constitución
de la hipoteca a favor del Banco Hipotecario S.A., ante el escribano que designen las partes.
Que a fs. 67 obra certificado de situación fiscal regular N° 0013296/2012, del
cual surge que la venta de tierras fiscales se encuentra cancelada según Decreto Municipal
N° 1672/2010, sobre el predio Q-3A-18.
Que a fs. 97, mediante Nota registrada por este Municipio bajo el N° 03339, en
fecha diecinueve (19) de junio de 2014, la Sra. DUARTE informa que ha desistido del crédito
hipotecario a favor del Banco Hipotecario S.A..
Que a fs. 97 vta., la Sra. DUARTE solicita formular un nuevo Decreto con el fin
de escriturar por el artículo 30 de la Ordenanza Municipal N° 2025.
Que a fs. 98/99 y 1321133, obran Verificaciones de Ocupantes, de fechas
veintiocho (28) de julio de 2014 y trece (13) de noviembre de 2015, mediante las cuales se
constató que la Sra. DUARTE habita en el predio desde el mes de noviembre de 2013
aproximadamente.
Que a fs. 107 la Sra. DUARTE solicita se emitan las Obligaciones Cumplidas
encuadradas en la Ordenanza Vigente.
Que a fs. 118 obra Nota registrada por este Municipio bajo el N° 04010, en
fecha veintiocho (28) de agosto de 2015, mediante la cual el Banco Hipotecario S.A. informa
que la Sra. DUARTE no ha ingresado documentación para solicitar préstamo hipotecario y
afectar el predio catastralmente identificado como Sección Q, Macizo 3A, Parcela 18.
Que del resumen de situación parcelaria y de la plancheta catastral obrantes a
fs. 128 y 129, surge que el predio Q-3A-18 posee una superficie de TRESCIENTOS OCHO
METROS CUADRADOS CON CINCUENTA Y SEIS DECÍMETROS CUADRADOS (308,56
), no existiendo diferencia con la establecida en Decreto Municipal N° 357/2013.
2
m
Que a fs. 134 obra Informe de la División Ev. Doc. N° 288/2015 mediante el
cual se infoçna que la Sra. DUARTE cumple con toda la documentación solicitada acorde a
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7
—1
y
“LAS ISLAS MALVINAS, GEORGIAS, SANDWICH DEL SLR SON Y SER’N ARGENTINAS’
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Antártida e Islas del Atlántico Sur
‘“República Aígentina’»
Municipalidad de Ushuaia
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la normativa vigente y su trámite se encuadra con lo estipulado en el artículo 30 de
la
Ordenanza Municipal N° 2025.
Que a fs. 134 vta., la Dirección de Suelo Urbano indicó realizar Proyecto de
Decreto modificando lo relativo a la declaración del cumplimiento de las Obligaciones la
y
emisión del título de Propiedad con gravamen hipotecario, declarándolas por el artículo 30 de
la Ordenanza Municipal N° 2025.
Que corresponde, en consecuencia, dejar sin efecto los Considerandos
decimocuarto y decimoquinto y los artículos 3° y 4° del Decreto Municipal N° 357/2013, de
fecha veintiséis (26) de marzo de 2013, y establecer las Obligaciones conforme lo dispuesto
por el artículo 30 de la Ordenanza Municipal N° 2025.
Que a fs. 138 vta, la Dirección de A.D. y Bco. T., indicó readecuar Proyecto de
Decreto, previo solicitar certificado de situación fiscal regular.
Que a fs. 140 obra certificado de situación fiscal regular N° 0004349/2016, del
cual surge que la Sra. DUARTE mantiene regularizada su situación tributaria de Tasa
General por Servicios Municipales e Impuesto Inmobiliario, sobre el predio Q-3A-18.
Que a fs. 138 y 149 vta, la Sra. Jefa del Programa de Urbanización y el Sr.
Coordinador de Producción Social del Hábitat, han tomado debida intervención indicando
la
continuidad del trámite.
Que es facultad del suscripto el dictado del presente acto administrativo, de
conformidad con la competencia que le atribuye el art. 173, incisos 5) y 15) de la Constitución
Provincial, arts. 37 incisos 4) y 11) y 152 incisos 1) 15) de la Carta Orgánica Municipal de la
y
ciudad de Ushuaia, artículo 5° y 28 de la Ordenanza Municipal N° 5055 artículo 117° de la
y
Ley Provincial N° 141.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
DECRETA
ARTÍCULO
10.
Dejar sin efecto el decimocuarto y decimoquinto Considerando, y modificar
los artículos 3° y 4° deI Decreto Municipal N° 357/2013, de fecha veintiséis (26) de marzo
de
2013.
ARTÍCULO 2°.- Sustituir el artículo 3° del Decreto Municipal N° 357/2013 de fecha
trece
(13) de noviembre de 2013, el que quedará redactado de la siguiente manera “ARTÍCULO
:
3°.- Declarar cumplidas las obligaciones contraídas por la Sra. Claudia Alejandra DUARTE,
Documento Nacional de Identidad N° 27.523.100, por el predio identificado catastr
almente
como sección Q, macizo 3A, parcela 18, conforme lo establecido en el artículo
28 de ¡a
Ordenanza Municipal N° 5055.”.
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n
ARTÍCULO 3°.- Sustituir el artículo 4° del Decreto Municipal N° 357/2013 de fecha trece (13)
de noviembre de 2013, el que quedará redactado de la siguiente manera: “ARTÍCULO
4°.con el trámite a los fines de la extensión del correspondiente Titulo de Propiedad
Continuar
en favor de la Sra. Claudia Alejandra DUARTE, Documento Nacional de Identidad
N°
27.523.100sobre la Parcela 18, Macizo 3A, Sección Q, de esta ciudad.”.
ARTíCULc °.- Notificar a la interesada con copia autenticada del presen hacién
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Antártida e Islas del Atlántico Sur
República Argentina”
Municipalidad de Ushuaia
“2016
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• .3//I
saber que podrá interponer recurso de reconsideración ante el mismo órgano que lo dictó,
dentro de los diez (10) días hábiles desde su notificación conforme lo establecido por el
artículo 127° de la Ley Provincial N° 141.
ARTICULO 5°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia y archivar.
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Arq. Marta Tre
Stcretaiia de Hbitjt y
Uunkcpaijdad del
.
“LAS ISLAS MALVINAS, GEORGIAS, SANDWICH DEL SUR SON Y SERÁN ARGENTINAS”
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MUNICIPALIDAD DE USHUAIA
“2016- Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional
USHUAIA,
14 IJCT 2016
VISTO el expediente OP N° 3085/ 2016 del registro de esta Municipalidad; y
CONSIDERANDO:
Que mediante Ordenanza Municipal N° 4136, se autorizó al Departamento Ejecutivo
Municipal a contratar en forma directa con ¡as Cooperativas de Trabajo y sociedades de hecho
consignadas en el Anexo I de la misma, siempre que cumplieran con las condiciones de encontrarse
inscriptas y con carácter de regular ante la Inspección General de Justicia y que hubieran dado
cumplimiento a las condiciones de la contratación.
Que la Dirección de Parques y Jardines informa ¡a necesidad de continuar los servicios
prestados bajo las mismas condiciones, con la firma Alvear S.H.
Que desde la fs.12 a la fs. 29 y desde la fs, 32 a la fs. 37 se adjunta la documental
requerida a la firma ALVEAR SM.
Que a fs. 30 se adjunta estructura de costos emitido por la Dirección de Compras
Mayores y Menores; de la cual la Sra. Secretaria de Economía y Finanzas C.P.N. Andrea ONTORIA,
no ha emitido objeciones, autorizando la continuidad de la contratación.
Que a fs. 37 vta, se autoriza la contratación Directa por el Secretario de Coordinación
de Gestión Prof. Oscar SOUTO, por el período de doce (12) meses.
Que, en concordancia con lo solicitado y en el marco de la Ordenanza Municipal
mencionada ut supra, se autoriza la Contratación Directa con la firma ALVEAR S.H.; a fin de realizar
tareas de producción floral, jardinería urbana en los diferentes espacios públicos de la ciudad, a razón
de la suma de PESOS SESENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS VEINTISIETE CON 99/ 100
($65.727.99) mensuales.
Que el servicio, se concretará, con mano de obra y equipamiento a su cargo, desde el
día catorce (14) de Octubre del año 2016.
Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto
administrativo, de acuerdo a lo establecido en los artículos N° 152 inciso
1) y 18), de la Carta
Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia y Ordenanza Municipal N°4136.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
DECRETA
ARTICULO 1°.-. Autorizar la contratación directa con la firma ALVEAR S.H., por la suma de PESOS
SESENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS VEINTISIETE CON 99/ 100 ($65.727.99) mensuales, a
partir del día
catorce (14) de Octubre de 2016, para cumplir servicios destinados a tareas de
producción floral, jardinería urbana en los diferentes espacios públicos de la ciudad, con su respectivo
equipamiento a su cargo, por el término de DOCE (12) meses. Ello, por las razones expuestas en el
exordio.
ARTICULO 2°.- Autorizar a la Dirección de Compras Mayores y Menores dependiente de la Secretaría
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“Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich de Sur, Son y Serán Argentinas”
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“2016- Mo del Bicentenario de la Declaración de la Independencia NaconaF
República Argentina
MUNICIPALIDAD DE USHUAiA
.1112
de Economía y Finanzas a suscribir la documentación respaldatoria, como así también a emitir la
correspondiente Orden de Compra. Ello por lo indicado precedentemente.
ARTICULO 3°.- Notificar al Concejo Deliberante de la ciudad de Ushuaia, conforme a lo previsto en el
artículo 3° de la Ordenanza Municipal N° 4136.
ARTICULO 4°.-El gasto que demande el cumplimiento del presente deberá ser imputado a los
Titulares Presupuestarios correspondientes, Partida 013.
ARTICULO 5°.-Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia, Cumplido, archivar.
DECRETO MUNICIPAL N°
1 499
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USHUAIA,
1
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VISTO Y CONSIDERANDO:
Que el día diecisiete (17) de octubre de 2016, ha fallecido el empleado
municipal Héctor Hugo ROJAS, D.N.I. N° 13.395.589, Legajo N° 1007, quien prestaba
servicios en el Instituto Municipal de Deportes.
Que el fallecimiento del mismo, conmociona y enluta a la comunidad
municipal toda.
Que el
Departamento
Ejecutivo
estima conveniente declarar duelo
municipal para el día dieciocho (18) de octubre de 2016.
Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto
administrativo, en atención a las prescripciones del Artículo 152 incisos 1) y 32) de la
Carta Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
DECRETA
ARTICULO 1°.- Declarar un (1) día de duelo municipal, para el día dieciocho (18) de
octubre de 2016, con motivo del fallecimiento del empleado municipal Héctor Hugo
ROJAS, D.N.l. N° 13.395.589, Legajo N° 1007, quien prestaba servicios en el Instituto
Municipal de Deportes. Ello, por los motivos expuestos en el exordio.
ARTICULO 2°.- Notificar a quienes corresponda.
ARTICULO 3°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia para su
publicación. Cumplido, archivr
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DECRETO MUNICIPAL N°
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VISTO el Decreto Municipal N°2007/2015 del registro de esta Municipalidad; y
CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo se crean y aprueban los Programas con sus respectivas
estructuras orgánicas, misiones y funciones, conforme los detallados en los anexos 1 a
XXXIII que forman parte del mismo.
Que de los Anexos 1, II y III surge que los Programas denominados: de Prensa,
de Comunicación y Publicidad y de Comunicación Audiovisual dependen de la
Secretaría de Gobierno.
Que por una cuestión de reestructuración administrativa resulta necesario que los
citados Programas pasen a depender de la Secretaría de Coordinación de Gestión
Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto
administrativo en uso de las facultades atribuidas por el artículo 152 inciso 5) y 153) de
la Carta Orgánica Municipal de la Ciudad de Ushuaia y articulo 117 de la Ley Provincial
N° 141
—
Ley de Procedimientos Administrativos-.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
DE CRETA
ARTÍCULO 1°.- Modificar a partir de la emisión del presente los Anexos 1, II y III del
Decreto Municipal N° 200712015, en relación a la dependencia de los Programas de
Prensa; de Comunicación y Publicidad y de Comunicación Audiovisual, donde dice:
“...dependerá de ¡a Secretaría de Gobierno...” debe decir: “...dependerá de la Secretaría
de Coordinación de Gestión...”. Ello, en virtud de expuesto en el exordio.
ARTÍCULO 2°.- Notificar a los titulares de los Programas, a la Dirección de Bienestar del
Personal y a la Dirección de Haberes con copia del presente.
ARTÍCULO 3°.- Imputar el gasto que demande la presente a las partidas presupuestarias
correspondiente.
ARTÍCULO 4°.- Comunicar. Dar copia al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia.
Cumplido, archivar.
DECRETO MUNICIPAL N°
1501
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“Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, son y serán Argentinas”
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VISTO el Decreto Municipal N° 305/2016; y
CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo se designó como Coordinadora de Bienestar del
Personal dependiente de la Secretaría de Coordinación de Gestión a la Sra. Gabriela Lorena
BORRE, DNI N° 25.479.743.
Que la Sra. Gabriela Lorena BORRE, DNI N° 25.479.743. ha presentado la
renuncia al cargo.
Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto
administrativo de acuerdo a lo establecido en los Artículos 152 inciso 5) y 153) de la Carta
Orgánica Municipal de la Ciudad de Ushuaia.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
DECRETA
ARTICULO 1°.- Aceptar a partir de la emisión del presente la renuncia presentada por la Sra.
Gabriela Lorena BORRE, DNI N° 25.479.743 al cargo de la Coordinación de Bienestar del
Personal dependiente de la Secretaría de Coordinación de Gestión Ello, por los motivos
expuestos en el exordio.
ARTICULO 2°.-Agradecer a la Sra. Gabriela Lorena BORRE, DNI N° 25.479.743, los servicios
prestados por el período en que se desempeñó en dicho cargo.
ARTICULO 3°.- Notificar a la interesada, con copia autenticada del presente.
ARTICULO 4°.- Comunicar. Dar copia al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia.
Cumplido, archivar.
DECRETO MUNICIPAL N°
2
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“2018— Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Naciona
USHUAIA,
19 QCT 2016
VISTO el Expediente M.A. N° 2083/2016 del registro de esta Municipalidad; y
CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo se tramita la contratación de los servicios de provisión de agua
mediante DOS (2) camiones cisternas o camiones con tanque cisterna, con capacidad de
8.000/10.000 litros, a viviendas familiares carentes de agua corriente por red, por causas
debidamente justificadas en distintos barrios y/o sectores de nuestra ciudad, exclusivamente para el
uso humano o doméstico, por el término de VEINTICUATRO (24) meses, con opción de prórroga por
UN (1) mes más, conforme lo requerido por la Secretaría de Medio Ambiente y a través de la Nota de
Pedido N° 454/2016, obrante a fojas 7.
Que a través de la Resolución Conjunta S. E. y F. y 5. M. A. N° 04/2016 se autorizó el llamado
a Licitación Pública N° 10/2016.
Que la Comisión de Pre-adjudicación nombrada por Decreto Municipal N° 801/99, Resolución
S. S. E. y F. N° 018/03 y Resoluciones S. 5. H. y F. Nros. 01 3/2006, 320/2007, 41/2010, 95/2013 y
580/2015, se expidió mediante Acta de Pre-adjudicación N°31/2016, que corre agregada a fojas 163.
Que habiéndose analizado las ofertas recepcionadas y de acuerdo a lo expuesto por el
Subsecretario de Gestión Operativa a fojas 162 dicha Comisión aconseja adjudicar la Licitación
Pública N° 1012016 de la siguiente manera: a) el Renglón N° 1 a la firma CIRO BRUNO ISAIAS
SEVILLA, por la suma total de PESOS TRES MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA MIL CON
00/100
($ 3.480.000,00), por la contratación de UN (1) camión cisterna o camión con tanque cisterna,
con capacidad de 8.000/10.000 litros, con chofer, por el término de VEINTICUATRO (24) meses, a
razón de PESOS CIENTO CUARENTA Y CINCO MIL CON 00/1 00 ($ 145.000,00) mensuales; y b) el
Renglón N° 2 a la firma ARMANDO RIGOBERTO MORALES URIBE, por la suma total de PESOS
TRES MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA Y DOS MIL CON 00/100 ($ 3.432.000,00), por la
contratación de UN (1) camión cisterna o camión con tanque cisterna, con capacidad de 8.000/10.000
litros, con chofer por el término de VEINTICUATRO (24) meses, a razón de PESOS CIENTO
CUARENTA Y TRES MIL CON 00/100 ($ 143.00Ó,00) mensuales, ambos para el suministro del
servicio de provisión de agua para uso domiciliario, por ser sus ofertas convenientes a los intereses
municipales y ajustarse técnicamente a los requerimientos del área.
Que en fecha 29/09/2016, el señor CIRO BRUNO ISAIAS SEVILLA presentó una
impugnación sobre el Acta de Pre-adjudicación antes mencionada.
Que por Informe D. C. M. y M. N° 70/2016 obrante a fojas 172 y 173 inclusive, la
Dirección de Compras Mayores y Menores ha informado que la observación efectuada por la firma
impugnante no resulta una causal de desestimación de la oferta presentada por el señor ARMANDO
(IGoBERTo MORALES URIBE.
Que a través de la resolución S. E. y F. N° 3893/2016 no se hizo lugar a la impugnación
///.2.
Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur, son y serán Argentinas
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2O16 —Mo del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nadonal
1/1.2.
efectuada por el señor CIRO BRUNO ISAIAS SEVILLA, obrando a fojas 181 la notificación pertinente,
compartiendose el contenido del Acto Administrativo aludido en los términos del artículo 78 deI
decreto Municipal N° 1255/1 3.
Que la presente erogación se encuadra en el Artículo 110°, inciso a) de la Ordenanza
Municipal N° 3693 modificada por la Ordenanza Municipal N° 4602 y Anexo 1 del Decreto Municipal
N°1255/2013 reglamentario de la Ordenanza Municipal N°3693.
Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal,
conforme a lo establecido en el Artículo 152 incisos 1), 18) y 32) de la Carta Orgánica Municipal de
la ciudad de Ushuaia.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
D E C R E TA:
ARTÍCULO 1°.-Adjudicar la Licitación Pública N° 10/2016 referente a la contratación de los servicios
de provisión de agua para uso domiciliario por camión cisterna o camión con tanque cisterna de la
siguiente manera: a) el Renglón N° 1 a la firma CIRO BRUNO ISAIAS SEVILLA, por la suma total de
PESOS TRES MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA MIL CON 00/100
($ 3.480.000,00), por la
contratación de UN (1) camión cisterna o camión con tanque cisterna, con capacidad de 8.000/10.000
litros, con chofer, por el término de VEINTICUATRO (24) meses, a razón de PESOS CIENTO
CUARENTA Y CINCO MIL CON 00/1 00
($ 145.000,00) mensuales; y b) el Renglón N° 2 a la firma
ARMANDO RIGOBERTO MORALES URIBE, por la suma total de PESOS TRES MILLONES
CUATROCIENTOS TREINTA Y DOS MIL CON 00/1 00
($ 3.432.000,00), por la contratación de UN (1)
camión cisterna o camión con tanque cisterna, con capacidad de 8.000/10.000 litros, con chofer por el
término de VEINTICUATRO (24) meses, a razón de PESOS CIENTO CUARENTA Y TRES MIL CON
00/100 ($143.000,00) mensuales, en un todo de acuerdo a la opinión vertida en el Acta de Pre
adjudicación N° 31/2016, obrante a fojas 163. ElIo por los motivos indicados precedentemente.
ARTÍCULO 2°.- Autorizar a la Dirección de Compras Mayores y Menores dependiente de la
Secretaría de Economía y Finanzas a emitir las respectivas Órdenes de Compra.
ARTÍCULO 3°.- Imputar el gasto que demande la presente contratación con cargo al Titular
Presupuestario Subsecretaría de Servicios Públicos, Partida 013.
ARTICULO 4°.- Comunicar, dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia. Cumplido, archivar.
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1503
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Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur, son y seinn Argentinas
Ushuaia, 1 de noviembre de 2016
PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO
ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR”
REPÚBLICA ARGENTINA
MUNICIPALIDAD DE USHUAIA
Año XXVI - N° 125/2016
página 71
15O
“2016 —Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional”
USHUAIA,
19 OCI 2ü16
VISTO el expediente SE. N° 7043/2016, del registro de esta Municipalidad de
Ushuaia; y
CONSIDERANDO
Que mediante Decreto Municipal N° 001/2016 se aprobó la Reconducción
Automática del Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos para el ejercicio 2016, siendo
modificado por Decretos Municipales 063/2016 y 960/2016 y Ordenanza Municipal N° 5065.Que por Ordenanza Municipal N° 5116 se autoriza al Departamento Ejecutivo
Municipal a contratar una operación de préstamo comercial con el Banco Macro S.A. destinado a la
adquisición de colectivos para prestar el Servicio Público de Transporte Urbano Colectivo de
Pasajeros por h:asta la suma de PESOS TREINTA Y CINCO MILLONES ($35.00ft000).
Que para hacer frente a las obligaciones derivadas de la operatoria, se autoriza al
Departamento Ejecutivo Municipal al otorgamiento como garantía y como medio de pago de dicho
endeudamiento, los recursos provenientes de la Coparticipación Provincial o régimen que lo
reemplace y/o recursos propios de la Municipalidad de Ushuaia.
Que el empréstito tendrá su vencimiento final a los treinta y seis (36) meses
contados a partir de la fecha del desembolso; y que el mismo deberá ser cancelado en treinta (30)
cuotas mensuales iguales y consecutivas, contadas a partir del mes siete (inclusive) desde la fecha
del mismo.
Que el mismo devengará intereses compensatorios sobre saldos pendientes de
pago, a una tasa compensatoria del 27% para los primeros 12 meses; y a una tasa compensatoria
equivalente a la tasa de referencia más 4,90% nominal anual para los 24 meses restantes.
Que es necesario dar ingreso presupuestario al recurso señalado al Ejercicio 2016.
Que la Sra. Secretaria de Economía y Finanzas ha tomado la debida intervención
autorizando la continuidad del trámite.
Que la Ordenanza Municipal N° 3693 de Administración Financiera Municipal; en
su Artículo 27° y la Carta Orgánica Municipal en su Artículo 173° faculta al Departamento
Ejecutivo Municipal a introducir ajustes al Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos del
Ejercicio 2016, cuando el mismo ha sido Reconducido del ejercicio anterior.
Que
a los fines de mantener vigente el principio de equilibrio presupuestario,
dicha incorporación de recursos será compensada a través de un aumento presupuestario del
gasto en Bienes de Capital (Partida 51).
Que el suscripto se encuentra facultado para dictar el presente acto administrativo,
en virtud de lo establecido en los Artículos 98°,172°, 173°; y 152° incisos 1), 2) y 32) de la Carta
Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia; Ordenanza Municipal N° 5116; Artículos
27°, 28°; y 55° a 59° de la Ordenanza Municipal N° 3693.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
DECRETA
ARTICULO 1°.- Incorporar la Fuente Financiera 003 002 015 Empréstito
—
Transporte Público de
/11.2.
Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur, son y serán Argentinas
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PROVI NC lA DE TIERRA DEL FUEGO
ANTARTIDAE ISLAS DELATLANTICO SUR”
REPÚBLICAARGENTINA
MUNICIPALIDAD DE USHUAIA
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“2016 —Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional’
/11.2.
Pasajeros; por la suma de PESOS TREINTA Y CINCO MILLONES ($35.000.000), al Presupuesto
de Gastos y Cálculo de Recursos del Ejercicio 2016. Ello en virtud de lo expuesto en el exordio.
ARTICULO 2°.- Aumentar el gasto del Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos del Ejercicio
2016; por la suma de PESOS TREINTA Y CINCO MILLONES ($35.000.000) en la Partida 51
(Bienes de Capital). Ello en virtud de lo expuesto en el exordio.
ARTICULO 3°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia. Cumplido,
archivar.
1506
DECRETO MUNICIPAL N°
c.P.N
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Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur, son y serán Argentinas
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Año XXVI - N° 125/2016
Prov mcm de Tic n.a del fuego.
Aniartida e Islas del AtIáni k.o Sur
República Argentina
MUNICiPALIDAD DE USHUAIA
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página 73
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USHUAIA,
19 OCT 2016
VISTO el expediente S.1-1. N° 5072i2d05. del reoistro de esta Municipalidad: y
CONSIDERAN DO:
Que mediante Decreto Municipal N° 1209/2005, se eximió del pago del Impuesto Inmobiliario y
Tasa General por Ser icios Municipales. a partir de la cuota 40 del año 2005. y hasta tamo se prudu7ca
cualquier cambio que signifique variar las condiciones ci dieron lLigar a la mNma. a la señora Alicia del
Carmen GIOR.G1, D.N.l. N° F2.957.31 2, en su condición de jubilada, titular del Inmueble identificado
catastralmente como Scccion C. Macizo Si D, Parcela 9, de ja ciudad de Ushuaia.
Que a Fs. 35 obra copia del ccrd ficado de
defunción
que acredita que la mencionada contribu ente
falleció ci dia diecinLic e (1 9) de Mayo de 201 e.
Que en consecuencia y temendo en cuenta que el bene[icio otorgado es de caracter personal.
corresponde dejar sin efecto la exención otorgada
mediante Decreto
Municipal N° 1209, 20d5, a pan
U
del
día veinte (20) de Mayo de 2U16.
Que ha
tomado inter ención
la Dirección General de Rentas Municipal, mediante lnijrme
D.G.R.Mun.U. N° 154, le), obrante a fojas 36.
Que el suscripto se encuentra flicultado pu el dictado del presente acto adininitrari o, en
de lo dispuesto en ci artículo 152
inc. 1)
\ irtud
de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad de Lsluiuia. en
concordancia con el titulo lii, articulo 12 y el título X. artículo 77 de la
Ordenanza Piscal
vigente.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNlClPL DE LSHL-\L-\
DECREA
ARTICULO 1°.- Dejar sin efecto a partir del dia veinte (20) de Mayo de 2016, el Decreto Municipal N°
1209/2005. mediante el cual se
Municipales
e\imió
del pago del impuesto Inmobiliario y Tasa General por Servicios
a la seflota Alicia dci Canmen GIORGI
D.N.i. N° F2.957.312, sobi’e ci
IRmLICDIC
identificado catastraimente como Secc ion C, Macizo 51 D, Parcela 9 de esta ciudad. hilo, por los moti os
expuestos en el exordio.
ARTICULO 2°.- Notificar de los alcances del presente a los derechohabiemes de la persona mencionada
en e] articulo
1°, con copia certificada haciendole saber
qie
podrán interponer Recurso de
Reconsidcración dentro de los diez (10) días de notificados según aitícuio 127 de la Ley Provincial iS”
141.
ARTICULO
30•_
Comunicar a la Dirección General de Rentas. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad
de Ushuaia i.Jara su pubhcacion. Cumplido, archivar.—
DECRLTO MLNICIPALN°
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Ushuaia, 1 de noviembre de 2016
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Provincia de TiciTa del Fuego,
Antártida e Islas del Atlántico Sur
República Argentina
MUNICIPALIDAD DE USHUAIA
‘2Ol 6
—
Año del Bicemenario de la Declaración de la
USHUAIA,
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lI1dependdncIa
Nacional”
19 UCí
VISTO el expediente S.H. N° 8158/20 1, del registro de esta Municipalidad; y
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto Municipal N° 548/2012, se eximió del pago del Impuesto Inmobiliario y
Tasa General por Servicios Municipales, a partir de la cuota 50 del año 20 11. y hasta tanto se produzca
cualquier cambio que signifique variar las condiciones que dieron lugar a la misma, al señor Antonio
Anibal BORRE, D.NJ. N° M- 4.917.023, en su condición de jubilado, adjudicatario del Inmueble
identificado catastralmente como Sección J Macizo 62, Parcela 2. PB -E de la ciudad de Ushuaia.
Que a fs.50 obra copia del certificado de inhumación que acrcdita que el mencionado
contribuyente se encuentra sepultado en el cementerio Parque del Mar desde el día veinticuatro (24) de
Junio de 2016, habiéndosc ocurrido el deceso el día veintitrés (23) del citado mes y año.
Que en consecuencia y teniendo en cuenta que ci beneficio otorgado es de carácter personal.
corresponde dejar sin efecto la exención otorgada mediante Decreto Municipal N° 548/2012, a partir del
día veinticuatro (24) tIc Junio de 2016.
Que ha tomado intervención la Dirección General de Rentas Municipal, mediante Informe
D.G.R.Mun.U. N° 12 1/16, obrante a fojas 52.
Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto administrativo, en virtud
de lo dispuesto en el articulo 152 inc. 1) de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia. en
concordancia con el titulo III, artículo 1 2 y el título X, artículo 77 de la Ordenanza Fiscal vigente.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
DECRETA
ARTICULO 1°.- Dejar sin efecto a partir del día veinticuatro (24) de Junio de 2016. el Decreto Municipal
N° 548/2012, mediante el cual se eximió del pago del Impuesto inmobiliario y Tasa General por Servicios
Municipales, al señor Antonio Anibal BORRE, D.N.I. N° M- 04.917.023. sobre el Inmueble identificado
catastralmente como Sección J, Macizo 62, Parcela 2, PB-E (le esta ciudad. Ello. por los motivos
expuestos en el exordio.
ARTICULO 2°.- Notificar de los alcances del presente a los dcrcchohabicntes de la persona mencionada
en el artículo
1°, con copia certificada haciéndole saber que podrán interponer Recursu de
Reconsideración dentro de los diez (10) días de notificados según artículo 127 de la Ley Provincial N
141.
ARTiCULO 3°.- Comunicar a la Dirección General de Rentas. Dar al Boletín Oficial de la \iuñicipalidad
de Ushuaia para su publicación. Cumplido, archivar.
DECRETO MLNICIPALNI
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LIS 1SLISIíALi7\4S, GEOR JI-lS YSA LDiVICR DEL SUR,
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Año XXVI - N° 125/2016
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PROVINÇIA DE TIERRA DEL FUEGO
ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR
REPUBLICA ARGENTINA
MUNICIPALIDAD DE USHUAIA
2016-Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional”
USHUAIA,
19 DCI 2016
VISTO el Expediente SG. N° 3761/2016 del registro de esta Municipalidad: y
CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo tramita el Contrato de Locación de Servicios, celebrado con fecha
uno (01) de agosto de 2016, entre la Municipalidad de Ushuaia representada por la Sra. Secretaria
de
Economía
Finanzas,
y
C.P.N.
Andrea
ONTORIA,
D.N.l.
N°
22.885.647,
y el Sr. Denise Alejandro SALDIVIA CHACON D.N.l. N° 32169169, quien prestará tareas de
asistencia en la Secretaría de Gobierno.
Que por su parte en fecha veinte (20) de septiembre de 2016 se celebró una modificación al
contrato mencionado, la cual se registró bajo el N° 10780.
Que dicha contratación se encuadra en lo dispuesto en el artículo 110°, inciso d), apartado 1)
de la Ordenanza Municipal N° 3693, modificada por Ordenanza Municipal N° 4602, Anexo 1 del
Decreto Municipal N° 1255/2013 y Artículo 1251 y cctes. del Código Civil y Comercial.
Que corren agregadas y forman parte del presente Decreto, copias autenticadas del contrato
registrado bajo el N° 10565 y su modificación registrada bajo el N° 10780, correspondiendo su
aprobación.
Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal,
conforme a lo establecido en el artículo 152° incisos 1) y 32) de la Carta Orgánica Municipal de la
ciudad de Ushuaia.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Aprobar el Contrato de Locación de Servicios registrado bajo el N° 10565 y la
modificación de contrato registrada bajo el N° 10780, cuyas copias autenticadas se adjuntan y
forman parte del presente, celebrados en fecha uno (01) de agosto y veinte( 20) de septiembre de
2016 respectivamente, entre la Municipalidad de Ushuaia representada por la Sra. Secretaria de
Economía y Finanzas, C.P.N. Andrea ONTORIA, D.N.l. N° 22.885.647 y el Sr. Denise Alejandro
SALDIVIA CHACON D.N.l. N° 32.769.769. ElIo de acuerdo a lo expresado en el exordio.
ARTICULO 2°.- Notificar al Sr. Denise Alejandro SALDIVIA CHACON, con copia autenticada del
presente.
ARTICULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente contrato deberá imputarse con
cargo al Titular Presupuestario Secretaría de Gobierno, Partida 013.
ARTICULO 4°.- Comunicar, dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia. Cumplido, archivar.
DECRETO MUNICIPAL N° 15 ti? /2016.-
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Ushuaia, 1 de noviembre de 2016
Año XXVI - N° 125/2016
Provincia de Tierra del Fuego,
Antártida e Islas del Atlántico Sur
República Argentina
MUNICIPALIDAD DE USHUAIA
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la Independencia Nacional
MODIFICACION AL CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS
REGISTRADO BAJO EL N° 10565
En la Municipalidad de Ushuaia, a los veinte (20) días del mes de septiembre del
año 2016, entre la Municipalidad de Ushuaia, representada en este acto por la señora
Secretaria de Economía y Finanzas, C.P. Andrea ONTORIA, D.N.l. N° 22.685.647, con
domicilio legal en la calle Arturo Coronado N° 486 1° piso, de la ciudad de Ushuaia, ad
referéndum del Sr. Intendente Municipal, en adelante LA MUNICIPALIDAD, y el Sr.
Denise Alejandro SALDIVIA CHACON, D.N.I. N° 32.769.769, con domicilio en la calle
Soberanía Nacional N° 2748, en adelante EL CONTRATADO, convienen en celebrar la
presente modificación al Contrato de Locación de Servicios, conforme a las siguientes
cláusulas:
PRIMERA: Las partes acuerdan modificar la Cláusula Primera del Contrato de Locación
de Servicios registrado bajo el N° 10565, el que quedará redactado de la siguiente
manera:
“PRIMERA: LA MUNICIPALIDAD contrata los servicios de EL CONTRATADO, a efectos
de que éste último, preste tareas de asistencia en la Secretaria de Gobierno.
SEGUNDA: Se deja expresamente establecido que las restantes cláusulas del Contrato
de Locación se Servicios Registrado bajo el N°
10565 mantienen plenamente
vigencia.
TERCERA: Ante cualquier divergencia que pudiera surgir en la interpretación y/o
ejecución del presente contrato, ambas partes se someten exclusivamente a la
jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la ciudad de Ushuaia, renunciando a
cualquier otro fuero o jurisdicción, constituyendo domicilio las partes en los ut
indicados,
donde
serán
válidas
todas
cursarse.
las
—
notificaciones
que
-
supra
deban
—
En prueba de conformidad las partes suscriben tres (3) ejemplares de un mismo
efecto, en el lugar y fecha ut-supra indicados.
/7/
‘Las islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, son y serán argentinas”
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Año XXVI - N° 125/2016
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2O16 Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional”
—
Provincia de Tierra del Fuego
Antártida e Islas del Atlántico Sur
República Argentina
Municipalidad de Ushuaia
USHUAIA,
19 OCI 7016
VISTO el expediente N° SC —3615/2016 del registro de esta Municipalidad; y
CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo se tramita el Contrato de Locación de Servicios, celebrado el día
tres (03) de agosto de 2016, entre la Municipalidad de Ushuaia representada por la Sra. Secretaria de
Economía y Finanzas, C.P.N. Andrea Fabiana ONTORIA, D.NJ. N° 22.885.647 y el Sr. Rubén
Dario CHAVEZ, D.N.I. N° 21.138.381, a efectos que realice tareas de apoyo y asistencia a
requerimientos del Secretario de Cultura y Educación.
Que dicho Contrato se encuadra en lo dispuesto en el articulo 110, inciso d) apartado 1 de la
Ordenanza Municipal N° 3693, promulgada por Decreto Municipal N° 239/2010, modificada por
Ordenanza Municipal N° 4602, promulgada por Decreto N° 1032/2014 y Artículo 1251 y
concordantes del Código Civil y Comercial.
Que corre anexada y forma parte del presente Decreto, copia autenticada del Contrato de
Locación de Servicios referenciado, el cual se encuentra registrado bajo el N°
107 94
correspondiendo su aprobación.
Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal,
conforme a lo establecido en el artículo 152, incisos 1) y 32), de la Carta Orgánica Municipal de la
ciudad de Ushuaia.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
DECRETA
ARTÍCULO 1°.- Aprobar el Contrato de Locación de Servicios registrado bajo el N°
10794
celebrado el día tres (03) de agosto de 2016, entre la Municipalidad de Ushuaia representada por la
Sra. Secretaria de Economía y Finanzas, C.P.N. Andrea Fabiana ONTORIA, D.N.I. N° 22.885.647 y
el Sr. Rubén Dario CHAVEZ, D.N.I. N° 21.138.381. Ello por los motivos expuestos en el exordio.
ARTÍCULO 2°.- Notificar al interesado con copia autenticada del presente.
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente deberá imputarse al Titular
Presupuestario: Secretaria de Cultura y Educación. Partida 13.
ARTÍCULO 4°.- Comunicar. Dar copia al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia para su
publicación. Cumplido, archivar.
DECRETO MUN1CIPALN°
15118
/2016.-
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“Las Islas Malvinas, Georgias, Sándwich del Sur, son y serán Argentinas”
Ushuaia, 1 de noviembre de 2016
Año XXVI - N° 125/2016
página 78
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Provinc.ia (Ic rwria IeI Iucgo
Aniícríida e Islas del ALhntico Sur
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MUNICiPALIDAD DE USIIUAIA
CONTRATO DE LOCACIÓN DE SERVICIOS
Entre la Municipalidad de Ushuaia, representada en este acto por la Sra. Secretaria de
Economía y Finanzas, C.P.N. Andrea Fabiana ONTORIA, D.N.I. N° 22.885.647, ad-rcferéndum
del Sr. Intendente Municipal, con domicilio en la calle Arturo Coronado N° 486 1° piso de la
ciudad de Ushuaia, en adelante “LA MUNICIPALIDAD”, por una parte; y por la otra, el Sr.
Rubén Dario CHAVEZ, D.N.I. N° 21.138.381, con domicilio en la calle José Ignacio Rucci N°
2710, ambos de la ciudad de Ushuaia, en adelante EL LOCADOR, convienen en celebrar el
presente contrato de locación de Servicios, de acuerdo a las siguientes cláusulas:PRiMERA: LA MUNICiPALIDAD contrata los servicios de EL LOCADOR, a efectos de que el
misma realice apoyo y asistencia a requerimiento del Secretario de Cultura y Educación.
SEGUNDA: La duración del presente contrato será a partir del tres (03) de agosto de 2016, por lo
que su vencimiento operará de pleno derecho el día treinta y uno (31) de enero de 2017.
TERCERA: En concepto de retribución por los servicios prestados, LA MUNICIPALIDAD
abonará a EL LOCADOR la suma de PESOS SETENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS
CON 00/100 ($ 77.400,00), pagaderos en seis (06) cuotas, iguales y consecutivas de PESOS
DOCE MIL NOVECIENTOS CON 00/100 ($12.900,00), pagaderas entre los días cinco (5) y
quince (15) de cada mes, contra entrega de factura correspondiente a favor de la
MUNiCIPALiDAD por parte de EL LOCADOR; adjuntando Certificación de Situación Fiscal
Regular, emitido por la Dirección General de Rentas Municipal y por la Agencia de Recaudación
Fueguina (AREF), Comprobante de pago AF1P, correspondiente al período facturado y último
recibo de pago del Seguro por accidentes personales, debiendo adjuntar copia de la Póliza.
CUARTA: EL LOCADOR prestará servicios en la Secretaria de Cultura y Educación,
cumpliendo siete (7) horas diarias de 09:00 a 16:00 horas de lunes a viernes.
QUiNTA: Las partes podrán rescindir sin invocación de causa el presente contrato en cualquier
momento de su vigencia y previa comunicación fehaciente cursada a la contraparte con un mínimo
de QUINCE (15) días de anticipaeión, sin que ello genere derecho a reclamar indemnización,
daiio, ni perjuicio alguno a favor de la otra.
SEXTA: El presente contrato no implica relación de dependencia de EL LOCADOR respecto de
LA MUNICIPALIDAD, rigiéndose por las normas de la Ordenanza Municipal N° 3693,
Promulgada aprobada por Decreto Municipal N° 239/2010, Ordenanza Municipal N° 4602,
promulgada por Decreto Municipal N° 1032/2014 y Artículo 1251 y concordantes del Código
Civil y Comercial, correspondiendo por ello asumir a cargo de LA LOCADORA las obligaciones
fiscales y previsionales del caso.
SEPTIMA: Ante cualquier divergencia que pudiera suscitarse en relación a la interpretación o
cumplimiento del presente, las partes constituyen domicilio en los mencionados en el
encabezamiento del presente contrato, donde serán válidas todas las notificaciones que deban
cursarse, y se someten a la jurisdicción de los Tribunales Judiciales Ordinarios con asiento en la
ciudad de Ushuaia, con expresa renuncia a cualquier fuero y/o jurisdicción que pudiera
corresponder.
En prueba de conformidad, las partes firman TRES (3) ejemplares de un mismo tenor y a un
solo efe to, en la ciudad de Ushuaia, a los tres (03) días del mes de agosto de 2016.
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Ushuaia, 1 de noviembre de 2016
Año XXVI - N° 125/2016
Proviicia de Tierra del Fuego,
4ntái1ida e Islas del Atlántico Sur
República Argentina
MÍJNICIPALII)AD DE USHUAIA
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“Ol6 —Año del Bicontenano de la Declaración de la Independencia Nacionnf’
=
19OCT 2016
USHUAIA,
ViSTO el expediente S.H. N° 5197/2004, del registro de esta Municipalidad; y
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto Municipal N° 354/2005, se eximió del pago del Impuesto Inmobiliario y
Tasa General por Servicios Municipales, a partir de la cuota 4° del año 2004, hasta tanto se produzca
y
cualquier cambio que signifique variar las condiciones que dieron lugar a la misma, al señor Teodoro
Socorro AGUIRRE, D.N.I. N° M-4.l98.715, en su condición de jubilado, adjudicatario del Inmueble
identificado catastralmente como Sección C, Macizo 51 E, Parcela 5 de la ciudad de Ushuaia.
Que a fs. 42 obra copia del certificado de defunción que acredita que el mencionado contribuyente
falleció el dia doce (12) de Enero de 2010.
Que en consecuencia y teniendo en cuenta que el beneficio otoreado es de carácter personal,
corresponde dejar sin efecto la exención otorgada mediante Decreto Municipal N° 354/2005, a panir del
día trece (13) de Enero de 2010.
Que ha tomado intervención la Dirección General de Remas Municipal, mediante Informe
D.G.RMun.U. N° 152/16, obrante a fojas 43.
Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto administrativo, en virtud
de lo dispuesto en el articulo 152 inc. 1) de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia, en
concordancia con el título III. artículo 12 y el título X, articulo 77 de la Ordenanza Fiscal vigente.
Por ello:
EL iNTENDENTE MLN1CIPAL DE USHUAIA
DECRETA
ARTICO 1°.- Dejar sin efcto a partir del día trece (13) de Enero de 2010, el Decreto Municipal N°
354/2005, mediante el cual se eximió del pago del lmpuesio Inmobiliario y Tasa General por Servicios
Municipales. al señor Teodoro Socorro AGUIRRE, D.N.L N° M-4.198.715, sobre el Inmueble identificado
catasnalmente como Secion C Macizo 5lE Paicela 5 de esta ciudad Ello poi los
moti\
os expuestos en
el exordio.
ARTICULO 2°.- Notificar de los alcances del presente a los derechohabientes de la persona mencionada
en el artículo
10,
con copia certificada haciéndole saber que podrán interponer Recurso de
Reconsideración dentro de los diez (10) días de notificados sen artículo 127 de la Ley Provincial N°
141.
T1CULO 3°.- Comunicar a la Dirección General de Rentas. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad
de Ushuaia para su publicación. Cumplido, archivanDECRETO MUNICIPALN°
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Ushuaia, 1 de noviembre de 2016
Año XXVI - N° 125/2016
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1510
Provincia de Tierra del Fuego,
Antártida e Islas del Atlántico Sur
zRepública Argentina
Municipalidad de Ushuaia
2O16 —Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional”
USHUAIA,
19 DLI’ iilb
VISTO el Expediente M.A. N° 2782/2016 del registro de esta Municipalidad; y
CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo se tramita la contratación de los servicios de UN (1) camión de SEIS
) metros cúbicos con caja volcadora, chofer y DOS (2) operarios, destinado al transporte de
3
(6m
material de residuos, generalmente embolsado, tarea que realiza la Dirección de Higiene Urbana, por
el término de VEINTICUATRO (24) meses, con opción a UN (1) mes de prórroga, conforme lo
requerido por la Dirección de Administración de la Subsecretaría de Medio Ambiente mediante
Informe N° 17/2016 Letra D.A.S.M.A., obrante a fojas 2 y a través de la Nota de Pedido N° 523/2016,
obrante a fojas 5.
Que a través de la Resolución S. E. y F. y 5. M. A. N° 05/2016 se autorizó el llamado a
Licitación Pública N° 11/2016.
Que la Comisión de Pre-adjudicación nombrada por Decreto Municipal N° 801/99, Resolución
5. S. E. y F. N° 018/03 y Resoluciones S. S. H. y E. Nros. 013/2006, 320/2007, 41/2010, 95/2013
y
580/2015, se expidió mediante Acta de Pre-adjudicación N°27/2016, que corre agregada a fojas 46.
Que ante la no presentación de ofertas al momento de apertura de la Licitación Pública N°
11/2016 y de acuerdo a lo expresado por el Director de la Administración de la Secretaría de Medio
Ambiente a fojas 45 (vuelta) dicha Comisión aconseja declarar desierta la Licitación Pública 11/2016
correspondiente a la contratación de los servicios de UN (1) camión de SEIS (6 m
) metros cúbicos
3
con caja volcadora, con chofer y DOS (2) operarios, destinado al transporte de material de residuos,
generalmente embolsado, tarea que realiza la Dirección de Higiene Urbana, por el término de
VEINTICUATRO (24) meses, con opción de prórroga por UN (1) mes más, sugiriendo realizar un
nuevo proceso licitatorio bajo las mismas condiciones establecidas en la Licitación Pública antes
mencionada.
Que ha tomado intervención la señora Secretaria de Economía y Finanzas a fojas 46 (vuelta) y
el señor Secretario de Medio Ambiente a fojas 47 autorizando la continuidad del trámite.
Que la presente erogación se encuadra en el Artículo 110°, inciso a) de la Ordenanza
Municipal N° 3693 modificada por la Ordenanza Municipal N° 4602 y Anexo 1 del Decreto Municipal
N°1 255/2013 reglamentario de la Ordenanza Municipal N° 3693.
Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal,
conforme a lo establecido en el Artículo 152° incisos 1), 18) y 32) de la Carta Orgánica Municipal de
la ciudad de Ushuaia.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
D ECRETA:
/“.RTÍCULO 1°.- Declarar desierta la Licitación Pública N° 11/201 6, correspondiente a la contratación
1/1.2.
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Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur, son y serán Argentinas
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Antártida e Islas del Atlántico Sur
República Argentinaz
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/11.2.
de los servicios de UN (1) camión de SEIS (6 m
) metros cúbicos con caja volcadora, con chofer y
3
DOS (2) operarios, destinado al transporte de material de residuos, generalmente embolsado, tarea
que realiza la Dirección de Higiene Urbana, por el término de VEINTICUATRO (24) meses, con
opción de prórroga por UN (1) mes más, en un todo de acuerdo a la opinión vertida en el Acta de Pre
adjudicación N° 27/2016, obrante a fojas 46. ElIo por los motivos indicados precedentemente.
ARTÍCULO 2°.- Autorizar a ¡a Dirección de Compras Mayores y Menores a realizar un nuevo llamado
para la contratación de los servicios de UN (1) camión de SEIS (6 m
) metros cúbicos con caja
3
volcadora, con chofer y DOS (2) operarios, destinado al transporte de material de residuos,
generalmente embolsado, tarea que realiza la Dirección de Higiene Urbana, por el término de
VEINTICUATRO (24) meses, con opción de prórroga por UN (1) mes más, bajo las mismas
condiciones de la Licitación Pública N° 11/201 6. ElIo por los motivos indicados precedentemente.
ARTÍCULO 3°.- Comunicar, dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia. Cumplido, archivar.
Scretans de
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Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur, son y serún Argentinas
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“2016— Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia NacivizaL’
Provincia de Tierra del Fuego
Antáitida e Islas del Atlántico Sur
REPUBLICA ARGENTINA
MUNICIPALIDAD DE USHUAIA
USHUAIA,
VISTO el expediente N° SC
—
190 C 916
3610/2016 del registro de esta Municipalidad; y
CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo tramita la Modificación al Contrato de Locación de Servicios N°
10588, aprobado por Decreto Municipal N° 1151/2016 celebradas entre la Municipalidad de
Ushuaia representada por la Sra. Secretaria de Economía y Finanzas, C.P.N. Andrea Fabiana
ONTORIA, D.N.I. N° 22.885.647 y el Sr. Gustavo Adrián MOLLO, D.N.I. N° 26.285.983, a efectos
que realice tareas de apoyo y asistencia a requerimientos del Secretario de Cultura y Educación.
Que dichoContrato se encuadra en lo dispuesto en el articulo 110, inciso d) apartado 1 de la
Ordenanza Municipal N° 3693, promulgada por Decreto Municipal N° 239/2010, modificada por
Ordenanza Municipal N° 4602, promulgada por Decreto N° 1032/2014 y Artículo 1251 y
concordantes del Código Civil y Comercial.
Que corre anexada y forma parte del presente Decreto, copia autenticada de la Modificación
al Contrato de Locación de Servicios referenciado, el cual se encuentra registrado bajo el N° 10761
correspondiendo su aprobación.
Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal,
conforme a lo establecido en el artículo 152, incisos 1) y 32), de la Carta Orgánica Municipal de la
ciudad de Ushuaia.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
DECRETA
ARTÍCULO 1°.- Aprobar la Modificación al Contrato de Locación de Servicios N° 10588, siendo
registrada bajo el N° 10761, cuya copia autenticada se adjunta y forma parte del presente, celebrado
el día quince (15) del mes de septiembre del año 2016, entre la Municipalidad de Ushuaia,
representada por la Sra. Secretaria de Economía y Finanzas, C.P.N. Andrea Fabiana ONTORIA,
D.N.I. N° 22.885.647 y el Sr. Gustavo Adrián MOLLO, D.N.I. N° 26.285.983 Ello por los motivos
expuestos en el exordio.
ARTÍCULO 2°.- Notificar al interesado con copia autenticada del presente.
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente deberá imputarse al Titular
Presupuestario: Secretaría de Cultura y Educación. Partida 13.
ARTÍCULO 4°.- Comunicar. Dar copia al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia para su
publicación. Cumplido, archivar.
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Provincia de Tierra dci Fuego
Antártida e Islas del Atlántico Sur
República Argentina
Municipalidad (le
Ushuaia
MODLFICACIÓN DE CONTRATO DE LOCACIÓN
DE SERVICIOS REGISTRADO BAJO
EL N° 10588
En la ciudad de Ushuaia, Provincia de Tierra dci Fuego, Antárt
ida e Islas dci Atlántico Sur, a los
15 días dci mes de septiembre de 2016, entre la Municipalida
d de Ushuaia, representada en este acto por
Sra. Secretaria de Economía y Finanzas, C.P.N. Andrea Fabian
a ONTOR1A, D.N.i. N° 22.885.647, y el
Sr. Gustavo Adrián MOLLO, D.N.1. N° 26.285.983, con
domicilio en la calle Anuka N° 2039, en
adelante EL LOCADOR, convienen celebrar ad-refcréndum
del Sr. Intendente Municipal la presente
MODIFICACIÓN DE CONTRATO DE LOCACIÓN DE
SERVICIOS registrado balo N° 10588,
conforme a las siguientes cláusulas:PRIMIRA: Ambas partes acuerdan modificar la cláusula
SEGUNDA del Contrato de Locación de
Servicios, registrado bajo N° 10588, en la cual quedar
á redactada de la siguiente manera:
“...SEGUNDA: La duración del presente contrato será a partir
del tres (03) de agosto de 2016, por lo
que su vencimiento operará de pleno derecho el día treinta uno
y
(31) de enero de 201 7...”
SEGUNDA: Todo lo no previsto en la presente se regirá de acuerd
o a lo establecido en cI Contrato de
Locación de Servicios registrado bajo N° .10588.
En prueba de conformidad, se firman TRES (3) ejemplares
de un mismo tenor y a un mismo
efecto, en el lugar y fecha ut-supra indicados.
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TRATO REGISTRADO
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Antártida e Islas del Atlántico Sur
=RepúbIica Argentina=
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USHUAIA,
1
OLJ 16
VISTO el expediente SD N° 5593/2016, del registro de esta Municipalidad; y
CONSIDERANDO:
Que a través del mismo se tramita el Contrato de Locación de Servicios, celebrado
en fecha veinte (20) de septiembre de 2016, entre la Municipalidad de Ushuaia, representada
por la Secretaria de Economía y Finanzas, CPN Andrea ONTORIA, D.N.l. N° 22.885.647 el
y
Sr. Eduardo Gabriel MATEU BOERI, D.N.l. N° M 4.545.705, para que éste último preste
servicios de tareas relacionadas a capacitaciones gastronómicas en las diferentes actividades
programadas
en el ámbito de la Subsecretaría de Economía Social dependiente de la
Secretaria de Políticas Sociales, Sanitarias y de Derechos Humanos, con un total de 35 horas
semanales.
Que dicha contratación se encuadra en lo establecido por el Artículo 110°, inciso d),
apartado 1) de la Ordenanza Municipal N° 3693, de Administración Financiera y Contrataciones,
modificada por Ordenanza Municipal N° 4602, Anexo 1 del Decreto Municipal N° 1255/2013
y
Artículo 1251 y concordantes del Código Civil y Comercial.
Que corre Anexada y forma parte del presente Decreto, copia autenticada del
Contrato aludido, el cual se encuentra Registrado bajo el N° 10763, correspondiendo su
aprobación.
Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto
administrativo, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 152° incisos 1) y 32) de la Carta
Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
DECRETA
ARTÍCULO 1°.- Aprobar en todos sus términos el Contrato de Locación de Servicios registrado
bajo el N° 10763, cuya copia autenticada se adjunta y forma parte del presente, celebrado en
fecha veinte (20) de septiembre de 2016, entre la Municipalidad de Ushuaia, representada por
la Secretaria de Economía y Finanzas, CPN Andrea ONTORIA, D.N.I. N° 22.885.647 y el
Sr. Eduardo Gabriel MATEU BOERI, D.N.l. N° M 4.545.705. Ello por las razones expuestas en
el exordio.
ARTICULO 2°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente, deberá imputarse con
cargo al Titular Presupuestario: Secretaria de Coordinación de Gestión. Partida 13.
ARTÍCULO 3°.- Notificar al interesado con copia autenticada del presente.
ARTÍCULO 4°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia. Cumplido,
archivar
DECRETO MUNICIPAL N°
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de la Declaración de la Independencia Nacionaí
1/
Entre la Municipalidad de Ushuaiá representada en este acto por la señora
Secretaria de Economía y Finanzas, C.P.N. Andrea ONTORIA, D.N.I. N° 22.885.647, con
domicilio en la calle Arturo Coronado N° 486, 1° Piso, de la ciudad de Ushuaia, ad
referéndum del Sr. Intendente Municipal, en adelante LA MUNICIPALIDAD, por una parte; y
por la otra el señor Eduardo Gabriel MATEU BOERI, D.N.I. N° M 4.545.705, con domicilio en
la calle Kayen N° 324, de la ciudad de Ushuaia, en adelante llamado EL CONTRATADO,
convienen en celebrar el presente Contrato de Locación de Servicios, de acuerdo a las
siguientes cláusulas:
—
PRIMERA: LA MUNICIPALIDAD contrata los servicios de EL CONTRATADO a efectos de
que el mismo preste servicios realizando tareas relacionadas a las capacitaciones
gastronómicas en las diferentes actividades programadas en el ámbito de la Subsecretaría
de Economía Social, dependiente de la Secretaría de Políticas Sociales Sanitarias y de
Derechos Humanos, con un total de 35 horas semanales.
—
SEGUNDA: El presente contrato se formaliza por el período comprendido entre el PRIMERO
(01) de octubre de 2016 al TREINTA Y UNO (31) de marzo de 2017, inclusive.
TERCERA: Se acuerda en concepto de honorarios por la labor que se contrata la suma total
de PESOS CIENTO OCHO MIL CON 00/100 ($108.000,00), pagaderos en seis (06) cuotas
iguales, mensuales y consecutivas de PESOS DIECIOCHO MIL CON 00/100 ($18.000,00)
cada una, cuyo pago se efectivizará deI 1° al 15° día de cada mes vencido, debiendo EL
CONTRATADO otorgar el pertinente recibo o factura a favor de LA MUNICIPALIDAD,
adjuntando Certificado de Situación Regular emitido por la Agencia de Recaudación
Fueguina, Certificado de Situación Fiscal Regular emitido por la Dirección General de Rentas
Municipal, Comprobante de pago de aportes de AFIP, correspondiente al período facturado
y
último recibo de pago del seguro por accidentes personales, el cúal deberá cubrir el período
que dure el contrato, debiendo adjuntar copia de la póliza..—
—
CUARTA: La celebración del presente contrato no implica ninguna relación de dependencia
yio empleo público, rigiéndose el mismo por las normas de la Ordenanza Municipal N° 3693
(de Administración Financiera y Contrataciones), por el art. 1251 concordantes del Código
y
Civil y Comercial, debiendo asumir EL CONTRATADO las obligaciones fiscales y
pe’isionaIes del caso por el desarrollo de su actividad.---QUINTA: El presente contrato podrá ser rescindido por ambas partes en cualquier momento
de,-u vigencia, previa comunicación fehaciente cursada a la contraparte con quince (15)
CONTRATO REGISTRADO
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III...2
días
corridos de antelación, sin necesidad de ejresión de causa, sin que ello genere
derecho a reclamar indemnización, daño, ni perjuic(o alguno.--—-SEXTA: Ante cualquier divergencia que pudiera surgir en la interpretación yio ejecución del
presente contrato ambas partes se someten exclusivamente a la jurisdicción de los
Tribunales ordinarios de la ciudad de Ushuaia, renunciando a cualquier otro fuero o
jurisdicción,
indicados
constituyendo
domicilio
en
el
encabezamiento,
extrajudiciales
y
judiciales
LA
donde
MUNICIPALIDAD y EL CONTRATADO en los
serán
válidas
todas
las
notificaciones
que se cursen, salvo cambio de domicilio notificando a la
otra parte por un medio fehaciente
—
En prueba de conformidad las partes suscriben tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un
solo efecto, en la ciudad de Ushuaia, Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del
Atlántico Sur, a los VEINTE (20) días del mes de septiembre del año dos mil dieciséis.—
CuN 1
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República Argntina
MUNICIPALIDAD DE USHUAIA
2Ol6 —Mo del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional
=
19 Q
USHUAiA,
16
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VISTO el expediente S.E. N° 6798/2016, del registro de esta Municipalidad; y
CONSiDERANDO:
Que mediante el mismo se tramita la solicitud de exención del pago del impuesto
Automotor presentada por el señor Gaston PAJIAGUA, D N.1. N° 30.137.301,
en su
carácter de integrante de la “ASOCIACIÓN CIVIL BOMBEROS VOLUNTARIOS
DE
USHUAiA”, correspondiente al Dominio AA 501 RC, de conformidad con lo dispuesto
mediante Ordenanza Municipal N° 2660 y sus modificatorias.
Que ha tomado intervención la Dirección General de Rentas Municipal, mediante
Informe D.G.R.Mun.U. N° 153/16, informando que el contribuyente habría cumplido con
la presentación de la documentación exigida por la normativa vigente, correspondiendo la
exención del Impuesto Automotora partir de la Cuota 5° año 2016.
Que la exención del pago del impuesto Automotor para los vehículos automotores
de propiedad de los integrantes de los Cuerpos de Bomberos Voluntarios, se encuentra
prevista en el anexo VII, articulo 18 inc. j) de la Ordenanza Fiscal vigente.
Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto
administrativo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 152 inc. 1) de la Carta Orgánica
IVlunicipal de la ciudad Ushuaia, en concordancia con el título Iii, artículo 12 el título X,
y
artículo 79 de la Ordenanza Municipal N° 3500.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNiCIPAL DE USHUAIA
DECRETA
ARTiCULO 1°.- Eximir del pago del Impuesto Automotor a partir de la Cuota 5° año 2016.
al señor Gaston PANIAGUA, D.N.I. N° 30.137.301, en su carácter de integrante del cuerpo
de bomberos voluntarios perteneciente a la “ASOCiACIÓN CIVIL BOMBEROS
VOLUNAMOS DE USAiA”, por el dominio AA 501 RC. Ello, por los motivos
expuestos en el exordio.
ARTICULO 2°.-
Notificar
al beneficiario
del
presente con copia
autenticada,
haciéndole saber
que de acuerdo a lo establecido en el título X, articulo 78 de la
Ordenanza Ivlunicipal N° 3500 está obligado a declarar dentro de los veinte (20) días de
producido cualquier cambio que signifique variar las condiciones que dan lugar a la
exención. La omisión de la declaración establecida precedentemente, hará pasible al
responsable de una multa por incumplimiento de los deberes formales, sin perjuicio de las
ciones que correspondan por evasión
y
el pago de los gravámenes e intereses
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MUNICiPALIDAD DE USHUAIA
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=
adeudados, como así también del artículo 5° de la Ordenanza Municipal N° 2660,
modificada por Ordenanza Municipal N° 2957, el cual establece que en caso de
transferencia de titularidad del vehículo afectado al beneficio establecido por la presente,
deberá comunicar dicha novedad por escrito a la autoridad de aplicación en un plazo
no mayor a las NOVENTA Y SEIS (96) horas de efectuado
el
trámite
oficial de
transferencia; de no cumplir este requisito, perderá el beneficio correspondiente al ao
fiscal en curso.
ARTICULO 3°.- Comunicar a la Dirección General de Rentas y a quienes corresponda. Dar
al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia y archivar.DECRETO MIJNICIPALN° 151 3
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República Argentina =
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‘2016 -Año del Bicentenario de la Declaración de la tadependenciaNacional”
USHUAIA,
19 Oi ¡1b
VISTO el expediente S.H. N° 9028/2011, del registro de esta Municipalidad; y
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto Municipal N° 020/2012, se eximió del pago del Impuesto
Automotor al Sr. César Franco ALVARADO, titular del D.N.I. N° 28.160.181, en su
carácter de integrante del cuerpo de bomberos voluntarios perteneciente a la
“ASOCIACIÓN CIVIL BOMBEROS VOLUNTARIOS DE USHUAIA”, por el Dominio
KMQ-804, de conformidad con lo dispuesto mediante Ordenanza Municipal N° 2660 sus
y
modificatorias, a partir de la Cuota 6° año 2011.
Que a fs. 16 obra copia de la Transferencia del Automotor, en la cual consta que el
día quince (15) de Octubre del año 2015, el Sr. César Franco ALVARADO procedió a la
venta del vehículo automotor Dominio KMQ-804.
Que ha tomado intervención la Dirección General de Rentas Municipal, mediante
Informe D.G.R.Mun.U. N° 173/15, obrante a fojas 18.
Que la exención del pago del Impuesto Automotor para los vehículos automotores
de propiedad de los integrantes de los Cuerpos de Bomberos Voluntarios, se encuentra
prevista en el anexo VII, artículo 18° inc. j) de la Ordenanza Fiscal vigente.
Que atento a lo expuesto resulta pertinente dejar sin efecto el Decreto Municipal N°
020/2012, por el cual se eximió al Sr. César Franco ALVARADO, titular del D.N.I. N°
28.160.181, por el Dominio KMQ-804.
Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto
administrativo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 152 inc. 1) de la Carta Orgánica
Municipal de la ciudad Ushuaia, en concordancia con el título III, artículo 12 el título X,
y
artículo 77 de la Ordenanza Fiscal vigente.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
DECRETA
ARTICULO 1°.- Dejar sin efecto a partir del día dieciseis (16) de Octubre de 2015, el
Decreto Municipal N° 020/20 12, el cual exime del pago del Impuesto Automotor sobre el
Dominio KMQ-804, al Sr. César Franco ALVARADO, titular del D .N .1. N° 28.160.181, en
su carácter de integrante del cuerpo de bomberos
voluntarios
perteneciente
a
la
“ASOCIACIÓN CIVIL BOMBEROS VOLUNTARIOS DE USHUAIA”. Ello, por los
motivos expuestos en el exordio.
ARTICULR 2°.- Notificar de los alcances del presente al contribuyente citado en el
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Año XXVI - N° 125/2016
Provincia de TielTa del Fuego,
Antártida e Islas del Atlántico Sur
República Argentina
MUNICIPALIDAD DE USHUAIA
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“2016 —Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional”
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artículo l.
ARTICULO 3°.- Comunicar a la Dirección General de Rentas y a quienes corresponda. Dar
al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia para su publicación y archivar.
DECRETO MUNICIPALN°
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Antártida e Islas del Atlántico Sur
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USHUAJA,
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VISTO el expediente S.H. N° 1035!2006, del registro de esta Municipalidad; y
CONSiDERANDO:
Que mediante Decreto Municipal N° 737/2006, se eximió del pago del Impuesto Inmobiliario y
Tasa General por Servicios Municipales, a partir de la cuota 1° del afio 2006, y hasta tanto se produzca
cualquier cambio que signifique variar las condiciones que dieron lugar a la misma. a la seiiora Elba
Carmelina SARTORI, D.N.I. N° Fi .056.766, en su condición de jubilada, titular del Inmueble identificado
catastralmente como Sección C, Macizo 27, Parcela 1 de la ciudad de Ushuaia.
Que a fs. 36 obra copia del certificado de defunción que acredita que la mencionada contribuyente
falleció el día veintisiete (27) de Julio de 2016.
Que en consecuencia y teniendo en cuenta que el beneficio otorgado es de carácter personal,
corresponde dejar sin efecto la exención otorgada mediante Decreto Municipal N° 737/2006, a partir del
día veintiocho (28) de Julio de 2016.
Que ha tomado intervención la Dirección General de Rentas Municipal, mediante Informe
D.G.R.Mun.U. N° 151/16, obrante a fojas 37.
Que el suscripto se encuentra fctcuhado para el dictado del presente acto administrativo, en virtud
de lo dispuesto en el artículo 152 inc. 1) de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia, en
concordancia con el titulo III, articulo 12 y el título X, articulo 77 de la Ordenanza Fiscal vigente.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICiPAL DE USHUAIA
DECRETA
ARTICULO 1°.- Dejar sin efecto a partir del día veintiocho (28) de Julio de 2016, el Decreto Municipal
N° 737/2006, mediante el cual se eximió del pago del Impuesto Inmobiliario y Tasa General por Servicios
Municipales, a la señora Elba Carmelina SARTORI, D.N.I. N° F1.056.766, sobre el Inmueble identificado
catasiralmente como Sección C, Macizo 27, Parcela 1 de esta ciudad. Ello, por los motivos expuestos en el
exordio.
ARTiCULO 2°.- Notificar de los alcances del presente a los derechohabientes de la persona mencionada
en el articulo
10,
con copia certificada haciéndole saber que podrán interponer Recurso de
Reconsideración dentro de los diez (10) días cíe notificados según artículo 127 de la Ley Provincial N°
141.
ARTICULO 3°.- Comunicar a la Dirección General de Rentas. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad
de Ushuaia para su publicación. Cumplido, archivar.DECRETO MUNICIPALN°
1515
/20 16.-
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Socrtaria de Economte y
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Ushuaia, 1 de noviembre de 2016
Año XXVI - N° 125/2016
PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO
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REPUBLICA ARGENTINA
MUNICIPALIDAD DE USHUAIA
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2016-Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional”
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USHUAIA,
-
VISTO el Expediente S.G. N° 9059/2015 deI registro de esta Municipalidad; y
CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo tramita el Contrato de Locación de Servicios, celebrado con fecha
cinco (05) de septiembre de 2016, entre la Municipalidad de Ushuaia representada por la Sra.
Secretaria
de
Economía
y
Finanzas,
C.P.N.
Andrea ONTORIA, D.N.l. N° 22.885.647,
y el Sr. Maximiliano Alejandro LLANES D.N.l. N° 35.574.802, para que éste último preste servicios en
el centro de atención SUBE, asesorando y colaborando con el usuario de transporte público, en
el
ámbito de la Subsecretaría de Gobierno.
Que dicha contratación se encuadra en lo dispuesto en el artículo 1100, inciso d), apartado 10)
de la Ordenanza Municipal N° 3693, modificada por Ordenanza Municipal N° 4602,
y Artículo en el
1251 y cctes. del Código Civil y Comercial.
Que corre agregada y forma parte del presente Decreto, copia autenticada del Contrato
aludido, el cual se encuentra registrado bajo el N° 10778 correspondiendo su aprobación.
Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal,
,
conforme a lo establecido en el artículo 152° incisos 1) 32) de la Carta Orgánica Municipal de la
y
ciudad de Ushuaia.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Aprobar el Contrato de Locación de Servicios registrado bajo el N° 10778 cuya copia
autenticada se adjunta y forma parte del presente, celebrado en fecha cinco (05) de septiembre de
2016, entre la Municipalidad de Ushuaia representada por la Sra. Secretaria de Economía y Finanzas,
C.P.N. Andrea ONTORIA, D.N.I. N° 22.885.647 y el Sr. Maximiliano Alejandro LLANES D.N.l. N
35.574.802. Ello de acuerdo a lo expresado en el exordio.
ARTICULO 2°.- Notificar al Sr. Maximiliano Alejandro LLANES, con copia autenticada del presente.
ARTICULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente contrato deberá imputarse con
cargo al Titular Presupuestario Secretaría de Coordinación de Gestión, Partida 013.
ARTICULO 4°.- Comunicar, dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia. Cumplido, archivar.
DECRETO MUNICIPAL N° 1 1 6 /201 6.-
‘Las Islas Malvinas, GeorQias. Sándwich del Sur. son y serán Arnenins”
Ushuaia, 1 de noviembre de 2016
Año XXVI - N° 125/2016
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CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS
Entre la Municipalidad de Ushuaia, representada en este acto por la señora Secretaria
de
Economía y Finanzas, C.P. Andrea ONTORIA, D.N.l. N° 22.885.647, con domicilio
legal en la
calle Arturo Coronado N° 486 1° piso, de la ciudad de Ushuaia, ad-referéndum del
Sr.
Intendente Municipal, en adelante LA MUNICIPALIDAD, por una parte, y por la otra el
Sr.
Maximiliano Alejandro LLANES D.N.l. N° 35.574.802, con domicilio en la calle Guanaco N° 343
de la ciudad de Ushuaia, en adelante EL CONTRATADO, convienen en celebrar el presente
Contrato de Locación de Servicios, conforme a las siguientes cláusulas:
PRIMERA: LA MUNICIPALIDAD contrata los servicios de EL CONTRATADO a efectos
de
prestar servicios en el ámbito de la Subsecretaría de Gobierno en funciones y tareas inherentes
al Centro de Atención S.U.B.E. en este Municipio, asesorando y colaborando con el usuario del
transporte público, de Lunes a Viernes con una carga horaria de siete (7) horas
—---—
diarias.
—
.-—
SEGUNDA: El presente contrato se formaliza por el término de seis (6) meses, a partir del día
uno (01) de noviembre de 2016, operando su vencimiento el día treinta (30) de abril de
2017.
—
—----------—-—--—----—
—----
—
—--—
TERCERA: Se acuerda en concepto de honorarios por la labor que se contrata, la suma total de
PESOS SETENTA Y SIETE MIlL CUATROCIENTOS ($77.400,00> pagadera en seis (6)
cuotas iguales, mensuales y consecutivas de PESOS DOCE MIL NOVECIENTOS ($12.900,00).
Los pagos se efectivizarán del día 1° al 15° de cada mes vencido, debiendo EL CONTRATADO
otorgar el pertinente recibo o factura a favor de la MUNICIPALIDAD, conforme normas vigentes,
adjuntando el Certificado de Situación Fiscal Municipal (D.G.R. Municipal) de la totalidad de los
bienes que posea EL CONTRATADO y de las actividades en que se encuentre vigente a la
fecha prevista de pago. Además deberá acompañar comprobante de pago de AFIP del mes de
prestación y la póliza de Seguro de Accidentes Personales por el período que dure la
contratación y su correspondiente comprobante de pago total o mensual.
CUARTA: El presente contrato no implica ninguna relación de dependencia y/o de empleo
público, rigiéndose por las normas de la Ordenanza Municipal N° 3693 (de Administración
Financiera y Contrataciones), por el art. 1251 del Código Civil y Comercial, debiendo asumir EL
CONTRATADO las obligaciones fiscales y previsionales del caso por el desarrollo de su
—----—-------—---------—--------------—--------—----------------——-actividad.--—
QUINTA: El presente contrato podrá ser rescindido a solicitud de cualquiera de las partes, sin
invocación de causa, previa notificación a la otra parte en forma fehaciente, con quince (15)
días de anticipación, sin que genere derecho o reclamo alguno.---------SEXTA: Ante cualquier divergencia que pudiera surgir en la interpretación y/o ejecución
Tribunales
Ordinarios
de la ciudad de Ushuaia, renunciando a cualquier otro fuero o
jurisdicción, constituyendo
domicilio
LA MUNICIPALIDAD y
EL CONTRATADO en los
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“Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, son y serán argentinas”
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en el encabezamiento,
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válidas
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las
notificaciones
extrajudiciales y judiciales que se cursen, salvo cambio de domicilio notific
ado a Ja otra por un
medio fehaciente.----—----—---—--—
—-----
—-—-—----—------—
—-------—
En prueba de conformidad las panes suscriben tres (3) ejemplares de un
mismo tenor y
a un solo efecto, en la ciudad de Ushuaia, a los cinco (05) días del mes
de septiembre de
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2016.
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“Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, son y serán argentinas’
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Provincia de Tierra del Fuego,
Antártida e Islas del Atlántico Sur
República Argentina
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“2016
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Ano del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional.”
Municipalidad de Ushuaia
USHUAIA,
19 OCI 2Ü16
VISTO: El Decreto Municipal N° 1338/2016; y
CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo se aprobaron los Convenios Individuales de Pasantías
registrados bajo los números 10703 y 10704 suscriptos entre esta Municipalidad,
indicándose que en representación de esta lo hacia el entonces Sr. Secretario de Gobierno,
Oscar Horacio SOUTO, D.N.I. N° 11.320.201, la Universidad Tecnológica Nacional,
representada por su Decano Ing. Mario Félix FERREYRA D.N.I. N° 7.645.915,
y los
alumnos de la mencionada Universidad, Claudia Alejandra ROCHA D.N.I. N°32.769.484 y
Marie! Lucía RACCA D.N.I. N° 37.823.782.
Que por un error involuntario la Sra. Secretaria de Economía y Finanzas C.P Andrea
ONTORIA D.N.I. N° 22.885.647, ha suscripto los convenios mencionados, aún cuando se
mencionaba en aquellos al señor Secretario de Gobierno.
Que a fin de disipar todo tipo de dudas e interpretaciones, es necesario dar plena
validez a los Convenios Individuales de Pasantías registrados bajo los números 10703 y
10704 subsanando el error aludido dando eficacia a la firma de la sra. Secretaria de
Economía y Finanzas, aún cuando se haya mencionado en el texto al entonces Secretario de
Gbierno.
Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto
administrativo, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 152°, incisos 1 32) de la
y
Carta Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia, y en el Artículo 146 de la Ley
Provincial N°141.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
DECRETA
ARTÍCULO 1°.- Dar plena validez a los Convenios Individuales de Pasantías registrados
bajo los números 10703 y 10704, aprobados mediante Decreto Municipal N°1338/2016.
Ello, por los motivos expuestos en el exordio.
ARTÍCULO 2°.- Notificar a las partes interesadas con copia autenticada del presente.
ARTÍCULO 3°.- Comunicar. Dar copia al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia y
archivar.
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Provincia de Tierra del Fuego
Antártida e Islas del Atlántico Sur
República Argentina
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2016— Arto del Bicentenario de la Declaración dele Independencia Nacional.
USHUAIA,
19 OCT 2Ü16
VISTO el expediente S.G. N° 10301/2013, del registro de esta Municipalidad; y
CON S DE RAN DO:
Que mediante el mismo tramita la contratación del señor Jorge Emanuel
PEREYRA PRADENA, D.N.l. N° 34.978.712.
Que se ha suscripto entre el mencionado y el entonces Secretario de Gobierno,
Dn. Oscar Horacio SOUTO, D.N.I. N° 11.320.201, el contrato registrado bajo el N° 10757,
celebrado el día veintisiete (27) de septiembre de 2016.
Que dicho contrato se regirá por lo dispuesto para el personal no permanente por
la Ley 22.140 y el Convenio Municipal de Empleo.
Que el mencionado reúne los requisitos previstos para el ingreso a la
Administración Pública, según la normativa vigente en la materia.
Que se cuenta con la vacante disponible.
Que en consecuencia, corresponde la aprobación de dichos contratos.
Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto
administrativo, en virtud de lo establecido por el artículo 152 incisos 1) y 5) de la Carta
Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
DECRETA
ARTICULO 1°.- Aprobar el contrato administrativo registrado bajo el N° 10757, cuya copia
autenticada se adjunta y forma parte del presente, celebrado el día veintisiete (27) de
septiembre de 2016, entre esta Municipalidad, representada por el entonces Secretario de
Gobierno, Dn. Oscar Horacio SOUTO, D.N.I. N° 11.320.201
y el señor Jorge Emanuel
PEREYRA PRADENA, D.N.I. N° 34.978.712, mediante el cual se contratan sus servicios
para realizar tareas administrativas en el Programa de Comunicación y Publicidad. Ello de
acuerdo a lo expresado en el exordio.
ARTICULO 2°.- Imputar la presente erogación con cargo al titular presupuestario
Secretaría de Gobierno Partida 011.
—
-
ARTICULO 3°.- Notificar al interesado con copia autenticada del presente.
ARTICULO 4°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia. Cumplido,
archivar.DECRETO MUNICIPAL N°
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Año XXVI - N° 125/2016
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CONTRATO ADMINISTRATIVO
Entre LA MUNICIPALIDAD DE USHUAIA, representada en este acto por el
señor Secretario de Gobierno, Dn. Oscar Horacio SOUTO, D.N.I. N° 11.320.201, en
adelante llamado LA MUNiCIPALIDAD, por una parte y el señor Jorge Emanuel
PEREYRA PRADENA, DNA. N° 34.978.712, en adelante llamado EL CONTRATADO
por la otra, se conviene en celebrar el presente CONTRATO ADMINISTRATIVO de
prestación de servicios, ad referéndum del Señor Intendente Municipal de Ushuaia, que se
regirá bajo las sigu entes cláusulas:
PRIMERA: LA MUNICIPALIDAD contrata los servicios de EL CONTRATADO, quien se
desempeñará en el Programa de Comunicación y Publicidad, realizando tareas
administrativas, de lunes a viernes de 09:00 a 17:00 hs. La duración del contrato será a ptrtir
del día veintiuno (2 1) de julio de 2016 y hasta el día treinta y uno (3 1) de diciembre de
2016.
SEGUNDA: LA MUNICIPALIDAD asigna y EL CONTRATADO acepta por los servicios
prestados una retribución equivalente al cargo de agente ubicado provisoriarnente en el
grado “3”, que se abonará a fin de cada mes y la que será modificada cada vez que lo sea
para el personal de la Administración Pública Municipal.
TERCERA: La asignación de referencia estará sujeta a los descuentos Jubilatorios (le
acuerdo a la Ley 561 y sus modificatorias y EL CONTRATADO queda comprendido dentro
del régimen Jurídico Básico de la Función Pública como Personal no Permanente siendo
acreedor de los beneficios de rigor.
CUARTA: EL CONTRATADO queda sometido jerárquicamente a las disposiciones.
órdenes y demás reglamentaciones establecidas por LA MUNICIPALIDAD y que se
vinculen con las tareas asignadas reglamentaciones en vigencia que rigen para el Personal
Permanente, las que serán transmitidas por intermedio del Superior.
QUINTA: LA MUNICIPALIDAD podrá rescindir en cualquier momento y sin necesidad de
interpelación judicial el presente contrato, si los servicios del CONTRATADO no fueran
necesarios, en este caso EL CONTRATADO no tendrá derecho a reclamar indemnización
alguna. Por su parte EL CONTRATADO podrá rescindir la presente obligación en el
momento que lo estime oportuno debiendo cursar comunicación por escrito en tal sentido t
LA M UNICI PALIDAD con quince (15) días de anticipación.
SEXTA: El presente contrato se regirá por lo dispuesto para el personal no Permanente por
la Ley 22. 140 y el Convenio Municipal de Empleo.
SEPTIMA: Por cualquier divergencia que se suscitare en el cumplimiento del pi’eseiite y
deba ser dirimida en los estrados judiciales, las partes se someten a la jurisdiccion de los
.iuzgados Provinciales de Ushuaia, a cuyos fines fijan domicilio legal en la ciudad de
Ushuaia, LA MUNICIPALIDAD en Arturo Coronado N° 486 y EL CONTRATADO en
640 viviendas Tira 3 B P.B. Dpto. “B”.
En prueba de conformidad se firman tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un
solo efecto el (lía 27 SEP ZOi
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USHUAIA,
19 üC i6
VISTO el expediente S.S N° 749/2016, deI registro de esta Municipalidad; y
CON SI D E RAN DO:
Que mediante el mismo tramita la contratación del señor Lucas SERNA, D.N.I.
N° 25.990.407.
Que se ha suscripto entre el mencionado y el entonces Secretario de Gobierno,
Dn. Oscar Horacio SOUTO, D.N.l. N° 11.320.201, el contrato registrado bajo el N° 10756,
celebrado el día veintisiete (27) de septiembre de 2016.
Que dicho contrato se regirá por lo dispuesto para el personal no permanente por
la Ley 22.140 y el Convenio Municipal de Empleo.
Que el mencionado reúne los requisitos previstos para el ingreso a la
Administración Pública, según la normativa vigente en la materia.
Que se cuenta con la vacante disponible.
Que en consecuencia, corresponde la aprobación de dicho contrato.
Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto
administrativo, en virtud de lo establecido por el artículo 152 incisos 1) y 5) de la Carta
Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
DECRETA
ARTICULO 1°.- Aprobar el contrato administrativo registrado bajo el N° 10756, cuya copia
autenticada se adjunta y forma parte del presente, celebrado el día veintisiete (27) de
septiembre de 2016, entre esta Municipalidad, representada por el entonces Secretario de
Gobierno, Dn. Oscar Horacio SOUTO, D.N.I. N° 11.320.201 y el señor Lucas SERNA, D.N.L
N° 25.990.407, mediante el cual se contratan sus servicios para realizar tareas de
acompañamiento al Sr. Delegado Municipal en la Delegación Municipal de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires. Ello de acuerdo a lo expresado en el exordio.
ARTICULO 2°.- Imputar la presente erogación con cargo al titular presupuestario
Secretaría de Gobierno Partida 011.
—
-
ARTICULO 3°.- Notificar al interesado con copia autenticada del presente.
ARTICULO 4°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia. Cumplido,
archivar.151
DECRETO MUNICIPAL N°
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Año XXVI - N° 125/2016
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Entre LA MUNICIPALIDAD DE USHUAIA, representada en este acto por ci
señor Secretario de Gobierno, Dn. Oscar Horacio SOUTO, D.N.I. N° 11 .320.20!. en
adelante llamado LA MUNICIPALiDAD, por una parte y el señor Lucas SERNA, D.N.I. N
25.990.407, en adelante llamado EL CONTRATADO 1)01 la otra, se conviene en celebrar el
presente CONTRATO ADMINISTRATIVO de prestación de servicios, ad referéndum del
Señor intendente Municipal de Ushuaia, que se regirá bajo las siguientes cláusulas:PRIMERA: LA MUNICIPALIDAD contrata los servicios del CONTRATADO, quien se
desempeñará en la Delegación Municipal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
realizando tareas de acompañamiento del Sr. Delegado Municipal en sus diversas
actividades, en horario a convenir con el superior del área, cumplimentando una carga
horaria de treinta y cinco (35) horas semanales. La duración del presente contrato será a
partir del día uno (1) agosto del 201 6 hasta el día treinta y uno (3 1’) de enero de 2017.
SEGUNDA: LA MUNICIPALIDAD asigna y EL CONTRATADO acepta
I)Or los servicios
prestados una retribución equivalente al cargo de agente ubicado provisoriamente en el
grado “1”, que se abonará a fin de cada mes y la que será modificada cada vez que lo sea
lra el personal de la Administración Pública lvi unicipal.
TERCERA: La asignación de referencia estará sujeta a los descuentos Jubilatorios de
acuerdo a la Ley 56] y sus modificatorias y EL CONTRATADO queda comprendido dentro
del régimen Jurídico Básico de la Función Pública como Personal no Permanente siendo
acreedor de los beneficios de rigor.
CUARTA: EL CONTRATADO queda sometido jerárquicamente a las disposiciones,
órdenes y demás reglamentaciones establecidas por LA MUNICIPALIDAD y que se
vinculen con las tareas asirnadas y reglamentaciones en vigencia que rigen para el Personal
Permanente. las que serán transmitidas por intermedio del Superior.
QjN]\: LA MUNICIPALIDAD podrá rescindir en cualquier momento y sin necesidad de
interpelación judicial el presente contrato, si los servicios del CONTRATADO no fueran
necesarios, en este caso EL CONTRATADO no tendrá derecho a reclamar indemnización
alguna. Por su parte EL CONTRATADO podrá rescindir la prcscttc obligación en el
momento que lo estime oportuno debiendo cursar comunicación por escrito en tal sentido a
LA MUNICIPALIDAD con quince (15) días de anticipación.
SEXTA: El presente contrato se regirá por lo dispuesto para el pcrsoiI no Permanente por
la Ley 22. 140 y el Convenio Municipal de Empico.
SEPTI MA: Por cualquier divergencia que se suscitare en ci cumplimiento del presente
y
deba ser dirimida en los estrados judiciales, las partes se someten a la jurisdicción de los
Juzgados Provinciales de Ushuaia, a cuyos fines fijan domicilio legal en la ciudad de
Ushuaia, LA MUNICIPALIDAD en la calle San Martin N° 660 y EL CONTRATADO en
calle Caracas N° 4833, 30 D, de la ciudad de Buenos Aires.
En prueba (le conformidad se firman tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un
solo efecto el día
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Ushuaia, 1 de noviembre de 2016
Año XXVI - N° 125/2016
Provincia de Tierra del Fuego
Antártida e Islas del Atlántico Sur
República Argentina
Municipalidad de Ushuaia
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“2016— Año del Bicentenaño de la Declaración de la Independencia NacionaL’
USHUAIA,
19 OCT 216
VISTO el expediente S.G. N°11250/2014, del registro de esta Municipalidad;
y
CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo tramita la contratación del señor Franco Agustin
GALEANO, D.N.l. N° 34.978.644.
Que se ha suscripto entre el mencionado y el señor Secretario de Turismo,
Dn. Juan Valerio CHERAÑLIK, D.N.l. N° 29.657.812, el contrato registrado bajo el N°
celebrado el día cinco (5) de septiembre de 2016.
1 08 0 5 Que dicho contrato se regirá por lo dispuesto para el personal no permanente
por la Ley 22.140 y el Convenio Municipal de Empleo.
Que el mencionado reúne los requisitos previstos para el ingreso a la
Administración Pública, según la normativa vigente en la materia.
Que se cuenta con la vacante disponible.
Que en consecuencia, corresponde la aprobación de dicho acuerdo.
Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto
administrativo, en virtud de o establecido por el artículo 152 incisos 1) 5) de la Carta
y
Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
DECRETA
ARTICULO 1°.- Aprobar el contrato administrativo registrado bajo el N° 1 09
Q 5, cuya
copia autenticada se adjunta y forma parte del presente, celebrado el día cinco (5) de
septiembre de 2016, entre esta Municipalidad, representada por el señor Secretario de
Turismo, Dn. Juan Valerio CHERAÑUK, D.N.I. N° 29.657.812
y el señor Franco Agustin
GALEANO, D.N.l. N° 34.978.644, mediante el cual se contratan sus servicios para
realizar tareas de informante y fotógrafo en la Dirección Integral de Información Turística.
Ello de acuerdo a lo expresado en el exordio.
ARTICULO 2°.-lmputar la presente erogación con cargo al titular presupuestario
Secreta ría de Turismo Partida 011.
—
—
ARTICULO 3°.- Notificar al interesado con copia autenticada del presente.
ARTICULO 4°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia.
Cumplido, archivar.DECRETO MUNICIPAL N° 1
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““Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, son y serán Argentinas”
Ushuaia, 1 de noviembre de 2016
Provincia de Tierra del Fuego
Antártida e Islas del Atlántico Sur
República Argen tina
Municipalidad de Ushuaia
Año XXVI - N° 125/2016
página 101
“2016— Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional”
CONTRATO ADMiNiSTRATIVO
Entre LA MUNICIPALIDAD DE USHUAIA, representada en este acto por el
señor Secretario de Turismo, Dn. Juan CHERAÑUK, D.N.I. N° 29.657.812, en adelante
llamado LA MUNICIPALIDAD, por una parte y el señor Franco Agustin GALEANO,
D.N.I. N° 34.978.644, en adelante llamado EL CONTRATADO por la otra, se conviene en
celebrar el presente CONTRATO ADMINiSTRATiVO de prestación de servicios, ad
referéndum del Señor intendente Municipal de Ushuaia, que se regirá bajo las siguientes
cláusulas:PRIMERA: LA MUNICIPALiDAD contrata los servicios del CONTRATADO, quien se
desempeñará en la Dirección Integral de Información Turística, realizando tareas de
informante y fotógrafo, en días y horarios a convenir con el superior del área,
cumplimentando una carga horaria de treinta y cinco (35) horas semanales. La duración del
contrato será a partir del día siete (7) de enero de 2016 y hasta el treinta y uno (31) de
diciembre de 2016.
SEGUNDA: LA MUNICIPALIDAD asigna y EL CONTRATADO acepta por los servicios
prestados una retribución equivalente al cargo de agente ubicado provisoriamente en el
grado “5”, que se abonará a fin de cada mes y la que será modificada cada vez que lo sea
para el personal de la Administración Pública Municipal.
TERCERA: La asignación de referencia estará sujeta a los descuentos Jubilatorios de
acuerdo a la Ley 561 y sus modificatorias y EL CONTRATADO queda comprendido dentro
del régimen Jurídico Básico de la Función Pública como Personal no Permanente siendo
acreedor de los beneficios de rigor.
CUARTA: EL CONTRATADO queda sometido jerárquicamente a las disposiciones,
órdenes y demás reglamentaciones establecidas por LA MUNICIPALiDAD y que se
vinculen con las tareas asignadas y reglamentaciones en vigencia que rigen para el Personal
Permanente, las que serán transmitidas por intermedio del Superior.
QUINTA: LA MUNiCIPALiDAD podrá rescindir en cualquier momento y sin necesidad de
interpelación judicial el presente contrato, silos servicios de EL CONTRATADO no fueran
necesarios, en este caso EL CONTRATADO no tendrá derecho a reclamar indemnización
alguna. Por su parte EL CONTRATADO podrá rescindir la presente obligación en el
momento que lo estime oportuno debiendo cursar comunicación por escrito en tal sentido a
LA MUNICIPALIDAD con quince (15) días de anticipación.
SEXTA: El presente contrato se regirá por lo dispuesto para el personal no Permanente por
la Ley 22.140 y el Convenio Municipal de Empleo.
SEPT1MA: Por cualquier divergencia que se suscitare en el cumplimiento del presente y
deba ser dirimida en los estrados judiciales, las partes se someten a la jurisdicción de los
Juzgados Provinciales de Ushuaia, a cuyos fines fijan domicilio legal en la ciudad de
Ushuaia, LA MUNICIPALIDAD en calle San Martín N° 660 y EL CONTRATADO en calle
Ricardo Rojas N° 644.
En prueba de conformidad se firman tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un
solo efecto el día cinco (05) de septiembre de Dos Mil Dieciséis.
/
/
Sur, son y serán Argentinas”
Ushuaia, 1 de noviembre de 2016
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Provincia de Tierra del Fuego
Antártida e Islas del Atlántico Sur
República Argentina=
Municipalidad de Ushuaia
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20 16—Ada del Bicentenacia de la Declamción de la independencia Nacienal.
9
USHUAIA,
VISTO el expediente LT
—
Z016
N° 6880/2016, del registro de esta Municipalidad; y
CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo se tramita la declaración de Interés Municipal del Iii Congreso
Internacional y VI Jornadas de Administración y Justicia de la C.A.B.A., que se desarrollarán
entre los días siete (7) y nueve (9) de noviembre de 2.016 inclusive, en el Aula Magna, Salón
Rojo y Salón Verde de la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (U.B.A.).
Que el evento aludido, además de llevarse a cabo “in situ”, se transmitirá “on une”, y en
razón de ello se acondicionará un “aula virtual” a fin que quienes deseen asistir puedan hacerlo
con las comodidades adecuadas.
Que por Nota S.L. y T. N°
34
/16, ha tomado intervención la Señora Secretaria
Legal y Técnica, solicitando la declaración de interés municipal de las jornadas de capacitación
referenciadas.
Que el suscripto promueve y apoya las actividades que contribuyen al enriquecimiento y
perfeccionamiento de los profesionales de nuestra comunidad.
Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado dci presente acto administrativo,
en virtud a lo establecido en el artículo 152 incisos 1) y 25) de la Carta Orgánica Municipal de la
ciudad de Ushuaia.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
DECRETA
ARTICULO 1°.- Declarar de Interés Municipal el 111 Congreso internacional y VI Jornadas de
Administración y Justicia de la C.A.B.A., que se desarrollarán entre los días siete (7) nueve (9)
y
de noviembre de 2.016 inclusive, en el Aula Magna, Salón Rojo y Salón Verde de la Facultad de
Derecho de la Universidad de Buenos Aires (U.B.A.), cuyas actividades se transmitirán “on une”,
pudiendo ser presenciadas por quienes se inscriban, en el “aula virtual” acondiucionada a tales
efectos, en el Edificio Municipal “Adolfo CANO”, sito en la calle Arturo Coronado N° 486, Piso
2° de la ciudad de Ushuaia. Ello por lo expuesto en el exordio.
ARTICULO 2°.- Notificar a quienes corresponda con copia autenticada del presente.
ARTiCULO 3°- Comunicar Dar copia al Boletrn Oficial de la Municipalidad de Ushuaia para su
publicacion Cumplido, archivar
-
DECRETO MUNICIPAL N°
1
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21
‘2 016
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“Las lsas Malvinas, Georgias y Sandwich d& Sur son y serán Argentinos”
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1 522
Provincia de Tierra del Fuego
Antártida e Islas del Atlántico Sur
República Argentina
Municipalidad de Ushuaia
“2016-Año del Bicentenario de la declaracion de la Independencia Nacional
USHUAIA,
.-
11i .ti
VISTO el expediente administrativo S.G. N° 1162112014 del registro de esta
Municipalidad, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo tramita la presentación efectuada a fs. 24/26 por la
empleada municipal María Belen MOLINA, Legajo N° 2976, solicitando la recategorización
en el grado 1 (uno) de agrupamiento Profesional y Técnico en función del título de “Técnica
Superior en Administración”, expedido por la Universidad Tecnológica Nacional.
Que la empleada de marras se encuentra encuadrada en forma definitiva en el
Grado 2 (dos) del Agrupamiento Profesional y Técnico, mediante Decreto Municipal N°
612/2015 (fs. 21/23).
Que el articulo 63.3 del Convenio Municipal de Empleo (C.M.E.) establece que
el agrupamiento Profesional y Técnico: comprende al empleado que posea titulo reconocido
por los Ministerios de Educación e Interior de la Nación, de nivel universitario, terciario o
técnico de nivel medio, ó su equivalente, comprendiendo tres (3) grados:... d).- GRADO 1:
UNIVERSITARIO: comprende al empleado con título universitario, que cumple funciones
propias a su especialidad, contempladas especialmente en las actividades de la Dirección
donde prestará servicios. Requisitos mínimos:- Titulo nivel universitario...
“.
Que el título de
Técnico Superior en Administración”, no es de
aquellos que habiliten el otorgamiento del Grado 1 (uno) del Agrupamiento Profesional y
Técnico, toda vez que es necesario tener en cuenta la naturaleza del título, es decir, si es o
“
no de grado y no su origen o lugar en el cual fue dictada la especialización (Conf. Dictamen
S.S.L y T. N° 440/2009).
Que la Secretaría de Políticas Universitarias del Ministerio de Educación de
la Nación, dispone en su sitio oficial de un buscador de “Títulos Oficiales”, cuyo objeto es
contener la información referida a todos los títulos que otorgan las universidades argentinas
con reconocimiento oficial y su consecuente validez nacional, de donde se desprende,
conforme copia se adjunta a fs. 41, que el nivel de título obtenido por la empleada es de
pregrado.
Que en consecuencia la empleada no reúne los requisitos previstos por el
C.M.E. para ser encuadrada en el grado solicitado.
Que la Secretaría Legal y Técnica, ha emitido opinión jurídica, mediante
Dictamen S.L.yT. N°163/2016.
Que
el suscripto
se encuentra facultado para dictar el presente acto
///.2.
7I/
“Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur son y serán Argentinas
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Antártida e Islas del Atlántico Sur
República Argentina
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“2016-Año del Bicentenario de la declaracion de la Independencia Nacional
1/1.2.
administrativo, en virtud de lo dispuesto por el artículo 152, incisos 1) y 5) de la Carta
Orgánica Municipal.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
DE CRETA
ARTICULO 1°.-No hacer lugar a la presentación efectuada por la empleada municipal María
Belén MOLINA, Legajo N° 2976. ElIo por los motivos expuestos en el exordio.
ARTICULO 2°.-
Notificar a la empleada de marras, con copia fiel del presente y del
Dictamen S.L. y T. N° 163/2016, haciéndole saber que puede interponer recurso de
reconsideración, dentro de los diez (10) días, contados desde la notificación del presente,
conforme lo establecido por el artículo 127 de la Ley Provicial N° 141.
ARTICULO 3°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia, para su
publicación. Cumplido, archivar.
DECRETO MUNICIPAL N°
1
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Antártida e Islas del Atlántico Sur
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“2016- Mo del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional”
USHUAIA,
19 QCT 2.i1
VISTO Y CONSIDERANDO:
Que la Señora Secretaria de la Mujer, Dña. Laura Beatriz AVILA, D.N.l. N°
28.223.875, se ausentará de la ciudad de Ushuaia por motivos particulares, a partir del
día
diecisiete (17) al día veinte (20) de de octubre del año en curso inclusive.
Que mientras dure la ausencia de la funcionaria referenciada, quedará a cargo de
la Secretaría de la Mujer, el Secretario de Coordinación de Gestión Dn. Oscar Horacio SOUTO,
DNI N°11.320.201, sin perjuicio de sus obligaciones habituales.
Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento
legal, conforme lo establecido en el artículo 152, inciso 1) de la Carta Orgánica Municipal de la
ciudad de Ushuaia.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
DECRETA
ARTICULO 1°.- Autorizar la ausencia de la ciudad por razones particulares, de la señora
Secretaria de la Mujer Dña. Laura Beatriz AVILA, D.N.I. N° 28.223.875 a partir del día diecisiete
(17) al día veinte (20) de de octubre del año en curso inclusive. Ello por los motivos expuestos
en el exordio.
ARTICULO 2°.- Designar a cargo de la Secretaría de Mujer mientras dure la ausencia de la
titular al Sr. Secretario de Coordinación de Gestión Dn. Oscar Horacio SOUTO, DNI N°
11.320.201, sin perjuicio de sus obligaciones habituales.
ARTICULO 3°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia. Cumplido,
archivar.
DECRETO MUNICIPAL N°
23
/201 6.
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“Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, son y serán Argentinas”
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Antártida e Islas del Atlántico Sur
República Argentina
MUNICIPALIDAD DE USHUAIA
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“2016 —Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional”
19 DCT 216
USHUAIA,
VISTO el Decreto Municipal N° 1385/20 16; y
CONSIDERANDO:
Que a través del acto administrativo citado en el visto, se sustituyó la Estructura de
Nivel Directivo denominada Dirección de Ceremonial y Protocolo, creada por Anexo XII punto
b) del Decreto Municipal N° 180/2016, por la denominada Dirección de Administración,
Archivo y Despacho Protocolar, dependiente de la Coordinación de Relaciones Institucionales
Ceremonial y Protocolo
Subsecretaría Unidad Intendencia, con sus misiones y funciones.
Que resulta necesario tramitar la designación de la empleada municipal de Planta
—
Permanente, Iris Amanda SANDOVAL, D.N.I. N° 22.855.242, Grado “2”, Legajo N° 1087, en la
mencionada dirección, en tanto cumple con las condiciones de idoneidad para ocupar el cargo.
Que dicho cargo se encuentra vacante.
Que hasta tanto se instrumente la carrera administrativa, el carácter de la presente
designación es transitoria.
e el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal,
conforme a lo prescripto en el artículo 152°, incisos 5) 153) de la Carta Orgánica Municipal
y
de la ciudad de Ushuaia.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
DEC RETA
ARTICULO 1- Designar transitoriamente, a partir del día 26 de septiembre de 2016, a la
empleada municipal de Planta Permanente, Iris Amanda SANDOVAL, D.N.I. N° 22.855.242,
Grado “2”, Legajo N° 1087, en la Dirección deAdniinistración, Archivo y Despacho Protocolai;
dependiente de la Coordinación de Relaciones Institucionales Ceremonial y Protocolo
Subsecretaria Unidad Intendencia. Ello en virtud de lo expuesto en los considerandos.
ARTICULO 2°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente se imputará a las partidas
—
presupuestarias correspondientes.
ARTICULO 3°.- Notificar a la empleada citada en el artículo primero, a la Dirección de
Bienestar del Personal y a la Dirección de Haberes, con copia autenticada del presente.
ARTICULO 4°.- Comunicar. Dar copia al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia.
Cumplido archivar.
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DECRETO MUNICIPALN°
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Ushuaia, 1 de noviembre de 2016
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Antártida e Islas del Atlántico Sur
República Argentina=
Municipalidad de Ushuaia
“2016-Año del Bicentenario de la Declaración de la Independenc
ia Nacional”
USHUAIA,
19OCT 2Ü16
VISTO los Decretos Municipales Nros 1462/2016 1463/2016
deI registro de esta
y
Municipalidad; y
CONSIDERANDO:
5114.
Que mediante los mismos se promulgaron las Ordenanzas Municipales Nros.
5113 y
Que se ha detectado un error involuntario en el primer y segundo considerando
y en
el artículo 1° de los actos administrativos en relación al númer
o de Dictamen y al objeto de las
Ordenanzas que resultaron promulgadas.
Que corresponde sustituir el primero y segundo considerando y el primer artícul
o de los
Decretos citados en el visto.
Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presen
te acto
administrativo en atención a las prescripciones del artículo 152
incisos 1) y 32) de la Carta
Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia y artículos 117 146
de la Ley Provincial N°141.
y
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
D ECRETA
ARTICULO 1°.- Sustituir el primer considerando del Decreto Munic
ipal N° 1462/2016 por el
siguiente texto: “...Que mediante el mismo tramita la promulgación
de la Ordenanza Municipal
sancionada por el Concejo Deliberante de esta ciudad, en sesión
ordinaria del día 21/09/2016,
por medio de la cual se incorpora al Anexo 1 de la Ordenanza
Municipal N° 1494, con la
numeración correlativa correspondiente las denominaciones
de calles Intendente lng. Jorge
Garramuño “y” Prefectura Naval Argentina “y se deroga la Ordena
nza Municipal N° 3298
Ello, por los motivos expuestos en el exordio.
“
ARTICULO 2°.- Sustituir el segundo considerando del Decreto Munic
ipal N° 1462/2016 por el
siguiente texto
Que ha tomado la intervencion pertinente el Servicio Juridico Permanente
de esta Municipalidad emitiendo el Dictamen S.L y T N° 187/20
16, recomendado su
promulgación
Ello, por los motivos expuestos en los considerandos.
ARTICULO 3°.- Sustituir el Artículo 1° del Decreto Municipal N° 1462/2
016 por el siguiente texto:
“...:ARTICULO 1°.- Promulgar la Ordenanza Municipal N° 5113, sancio
nada por el Concejo
Deliberante de la ciudad de Ushuaia en sesión ordinaria del día 21/09/
2016, por medio de
la cual se incorpora al Anexo 1 de la Ordenanza Municipal N° 1494
con la numeracion
correlativa correspondiente las denominaciones de calles” Intendente lng.
Jorge Garramuño “y
“Prefectura Naval Argentina “y se deroga la Ordenanza Municipal N° 3298.
Ello, en virtud de
lo expresado en el exordio....”. Ello, por los motivos expuestos en el exordio.
ARTICULO 4° Sustituir el primer considerando del Decreto Municipal
N° 1463)2016 por el
siguiente texto
Que mediante el mismo tramita la promulgacion de la Ordenanza Municipal
sancionada por el Concejo Deliberante de esta ciudad, en segund
a lectura en sesión ordinaria
.
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Las Islas Malvinas Georgias y Sandwich del Sur son y seran ArgentInas
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Ushuaia, 1 de noviembre de 2016
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Provincia de Tierra del Fuego
Antártida e Islas del Atlántico Sur
=República Argentina=
Municipalidad de Ushuaia
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“2016- Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional”
//I.2..
del día 21/09/2016, por medio de la cual se desafecta del uso públic
o el espacio verde
denominado catastralmente como Sección B, Macizo 80 de la ciudad de Ushua
ia, para ser
cedido a la construcción del edificio propio del Centro de Actividades
Alternativas para
Discapacitados ( CAAD
)
Ello, por los motivos expuestos en los considerandos.
ARTICULO 5°.- Sustituir el segundo considerando del Decreto Munic
ipal N° 1463/2016 por el
siguiente texto:
Que ha tomado la intervención pertinente el Servicio Jurídico Permanente
de esta Municipalidad emitiendo el Dictamen S.L y T N° 186/2016,
recomendado su
promulgación...”. Ello, por los motivos expuestos en los considerandos.
.
“..
ARTICULO 6°.- Sustituir el Artículo 1° del Decreto Municipal N°146312016
por el siguiente texto:
“...ARTICULO 1°.- Promulgar la Ordenanza Municipal N° 5114, sancio
nada por el Concejo
Deliberante de la ciudad de Ushuaia en segunda lectura en sesión ordina
ria del día
21/09/2016, por medio de la cual se desafecta del uso público el espacio
verde denominado
catastralmente como Sección B, Macizo 80 de la ciudad de Ushuaia, para
ser cedido a la
construcción del edificio propio del Centro de Actividades Alternativas
para Discapacitados
(CAAD ). Ello, en virtud de lo expresado en el exordio
Ello, por los motivos expuestos en
el exordio.
.
ARTICULO 7°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushua
ia. Cumplido,
archivar.
DECRETO MUNICIPAL N°
-
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“Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, son y serán Argentinas
Ushuaia, 1 de noviembre de 2016
Provincia de Tierro del Fuego
Antártida e Blas dci Atlántico Sur
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Municipalidad de Ushuaia
Secretaria de Hábitat y Ordenamiento Territorial
Año XXVI - N° 125/2016
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“2.016—Ano del Bicentenario de laDeclaiación de la Lndepessdenclá Nacional’
EDICTO
“La Secretaría de Hábitat y Ordenamiento Territorial, cita y emplaza a las personas que se
mencionan, o por interpósita persona, a presentarse ante Dirección de Suelo Urbano, sita en la
calle Arturo Coronado N° 486, de la ciudad de Ushuaia, a los fines de solicitar la documentación
correspondiente a la actualización de datos en el Registro Único de Demanda Habitacional, que
permita verificar el cumplimiento de lo establecido en la Ordenanza Municipal N° 5055,
debiendo presentar dicha documentación hasta el día 07 de noviembre de 2016,
indefectiblemente.
La no presentación de la totalidad de la documentación, en el lugar y plazo indicado, dará lugar a
la exclusión de los mismos del Registro Unico de Demanda Habitacional.”
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“Las Blas Malvinas. Georgias y Sandwich del Sur, son y serán Argentinas”
Ushuaia, 1 de noviembre de 2016
Año XXVI - N° 125/2016
página 110
Listado
1
Nombre
cevedo Ladislao Zoilo
Aglieri Minan Ethel
DM
Ni,rnhre
DM
7452061
24203031
Aguirre Veronica Beatriz
30384288
Albornoz Claudia Vanesa
26605123 Ortiz Jose Antonio
Andreani Anabel Sabrina
27771555
Andreu Silvana Raquel
28527241
Angelotti Isaac Francisco
17147867
Aquino Nieves Alicia Soledad
29956089
Arce Mella Isnaldo Eloy
18810129
Arevalo David Carlos
1401 5888
Armani Leandro Daño Ruben
31473261 Alvarez Laura Elvira
Arriondo Elisabet
32136177
Asselborn Maximiliano Cristhian
27031102
Avalos Burgos Ayelen Laura
34978621
Avendaóo Ojeda Cnistian Martin
26974860
Babi Alfredo Ismael
31473047 Rigano Jesica Carina
Bacas Diego Martin
29126027
Bandiera Gustavo Ariel
24162046 Scardapane Sonia Silvana
Barcena Campos Lucia Beatriz
29213357
Barragan Debora Mariel
30599065 Jofres Godoy Sebastian Andres
Barreto Hector Gabriel
24358759
Barria Hector Ezequiel
30566344 Gavilan Patricia Paola
Barrientos Berta Del Carmen
10626063
Barrientos Vargas Miguel Angel
32136037 Bustamante Julieta
Benito Zamora Natalia
30566646
Bonaro Maria Ximena
30128640
Britos Mirta Dora
14476950
Buadas Omar David
28153032
27146083
23656984
29360740
24160821
31914620
27683018
35885255
Bustamante Heman David
27580318
Bustamente Maria Teresa
31613815 Lopez Rodrigo Martin
29681773
Caballero Hector Pedro
30128660 Benedetti Solsona Yesica
31472970
Cabrera Andrea Anabel
29565075
Campos Caimapo Samanta Veronica
29161399
Cancina Maña Celinda
29309104
Carazo Veronica Graciela
26305711
Cardozo Oscar Inocencio
30825408
Villalobos Calvo Angel Maximiliano
33653046
Castee Raul Daniel
20045807
Castro Bellavilla Sandía Analia
29970362 Ramirez Emilio Marcelo
28296887
Cazon Patricia Elsa
24672446 Dominguez Mario Angel
26451013
Ceballos Acosta Silvina Valeria
28509615
Centeno Juan Manuel
28509663 Abelleyra Estefania
Clement Valeria
34483702
Coihuin Maldonado Manuel Alejandro
26509019
Correa Abdala Betiana Beatriz
33648514
Cuello Viviana Soledad
30128821 Godoy Juan Manuel
Dalmas Juan Pablo
26960383
Del Pino Cosse Javier
25864947
Di PietroLuciano Ivan
30128962 Espino Yesica Liliana
33646608
Diaz Ollarzo Juana Ivonne
18758924 Ruiz Ignacio
16194155
Elsztein Victor
7817690
6276319
Enrique Raul
20601856 Arcos Betiana mes
25806260
Eucache Norberto Jesus
14550635 Siares Trinidad Del Huerto
22188616
Favale Hugo Esteban Francisco
32748605 Lopez Eliana Gisela
33677097
Femandez Chuliver Soledad Mañ
27461298
Gildstein Norma Yudith
Ferrari Ampuero Verónica Soleda
25633154
Ferreiro Maria Florencia
23872220 De La Roza Ezequiel
Ferreyra Malvina Soledad
30128849
Ferreyra Solange Tamara
34674728
32215902
30402966
22847670
Figueroa Angel Norberto
26185408
Foppoli Pickelny Leticia Soleda
30566498
Franco Maña Victoria
32033359
Fuentes Leonardo Raul
31786236 Caseres Maria Celeste
30074888
Gallastegui Matias Alfredo Rom
26226798 Rojas Laura Mabel
24895660
Garcia Hugo Eduardo
32769113
Garin Gustavo Daniel
26734989
Gssmann Belen
28509672 Gessaga Martin Ivan
¡
285098?6
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a
Listado
Puebla Marcelo Alejandro
26974907 Garcia Maria Veronica
28652382
Quinteros Diana Roinina
26509172 Iriarte Alejandro
24987171
Quinteros Mauro Andres
27435037
Ramos Fernanda Elizabeth
27703164
Ramos Nelson Javier
26409698 Montes De Oca DaianaAntonella
Ratto Florencia Edith
31963983
Ravaioli Alexis German
28407125
Rejas Jimena Soledad
32769253 Contardi Agustin
Reynoso Cesaro Eleonora Samanta
28362057
Reynoso Juan Pablo
26509186
Rios Gonzalo Emanuel
30128694
Riquel Angela Adriana
32136094 Zunino Francisco
Rivero Magali Solange
30128520
Rodriguez Veronica Ester
32136198 Cardenas Angel German
Rogel Aguero Juan Angel
29161473
Romero Alicia Lorena
29161445 Aliberti Fernandez Alberto Sebastian
Romero Hector Daniel
26185418
Romero Natalia Roxana Edith
29903407 Martin Marcos Andres
RuhieJuan Antonio
27779230
Saez Alberto Fabian
20392904
Salguero Gabriela Jorgelina
29629705 Solis Claudio Alejandro Alfredo
Salina Julio Hector
14779751
Sanchez Leonardo Norberto
26509005
Santana Facundo
26509076 Carlzon Danyla Ivonne
Santillan Carlos Alfredo
27029754
Schulz Maria Rosa
32769290 Martin Grasso 1-lernan Gonzalo
Serrudo Esther Leonor
17196979
Sinesi Sebastian Gabriel
29439744
Soto Hector Esteban
30566472
-
Sotomayor Yanina De Lourdes Bel
27368516 Bourdetta Marcelo Cesar Fabian
Steffens Cimaldoni Tatiana Mcli
32336272
Subiabre Vargas Carla Vanesa
29213420 Arce Ariel Alejandro
Subiaga Gisela Daiana
35356136
Tardivo Maria Laura
34005266
TenefNahuelquin Alejandro Fabian
25075824 Vaquero Noelia Evangelina
Tuninetti Cintia Pamela
28509568
Ijllua Pedro
Jribe Hernandez Cesar Alejandro
23528019
28387983 Cami Nidia Edith
Vega Locatelli Delia Miriam
18719791
¡idoni Del Mestre Gabriela Fernanda
28237609
32214238
29488502
25148414
28903370
27675065
29476516
25025784
27230223
27771231
7815463
Valencia Ru Alejandro Martin
¡elazguez Tenorio Juan Carlos
34978771
26974980
Vargas David Orlando
Velez Rosana Vanesa
37259458
28008559 Serpa Fabiana Pamela
32024036
30128751
20441688
27007026
Villagran Angel Omar
16626074
Villalba Silvia Maria
27789307 Gonzalez Gerardo Oscar
Wallner Ruben Iguacio
21352836
Yacante Luis Norberto
29649779 Inostroza Leila Ayelen
YbaiTa Vega Andrea Carolina
32336392
Zabaljauregui Morey Cesar Aleja
22855294
25075836
Zara Alberto Javier
25839596 Pancha Fernanda Daniela
27136930
29110452
32769219
¡L
3
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Año XXVI - N° 125/2016
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ÍNDICE
Ítem
DECRETO MUNICIPAL Nº 1474/2016.- Autoriza contratación directa “TRABAJADORES DEL SUR LIMITADA”.
DECRETO MUNICIPAL Nº 1475/2016.- Autoriza traslado, Sr. GARRIBIA Darío Alejandro.
DECRETO MUNICIPAL Nº 1476/2016.- Promulga Ordenanza Municipal Nº 5115.
DECRETO MUNICIPAL Nº 1477/2016.- Promulga Ordenanza Municipal Nº 5116.
DECRETO MUNICIPAL Nº 1478/2016.- Promulga Ordenanza Municipal Nº 5117.
DECRETO MUNICIPAL Nº 1479/2016.- Aprueba contrato de locación de servicios Nº 10777.
DECRETO MUNICIPAL Nº 1480/2016.- Aprueba Convenio Marco de Colaboración Nº 10712.
DECRETO MUNICIPAL Nº 1481/2016.- Hace lugar a presentación por empleado municipal Rodrigo Martín ZALAZAR.
DECRETO MUNICIPAL Nº 1482/2016.- Aprueba contrato administrativo Nº 10770.
DECRETO MUNICIPAL Nº 1483/2016.- Aprueba contrato administrativo Nº 10766.
DECRETO MUNICIPAL Nº 1484/2016.- Aprueba contrato administrativo Nº 10776.
DECRETO MUNICIPAL Nº 1485/2016.- Aprueba contrat357o administrativo Nº 10769.
DECRETO MUNICIPAL Nº 1486/2016.- Aprueba contrato administrativo Nº 10767.
DECRETO MUNICIPAL Nº 1487/2016.- Aprueba contrato administrativo Nº 10758.
DECRETO MUNICIPAL Nº 1488/2016.- Aprueba contrato administrativo Nº 10775.
DECRETO MUNICIPAL Nº 1489/2016.- Aprueba contrato administrativo Nº 10768.
DECRETO MUNICIPAL Nº 1490/2016.- Aprueba contrato administrativo Nº 10764.
DECRETO MUNICIPAL Nº 1491/2016.- Aprueba contrato administrativo Nº 10750.
DECRETO MUNICIPAL Nº 1492/2016.- Incrementa 7% Orden de Compra Nº 472/2014 a favor “NEXO S.R.L.”.
DECRETO MUNICIPAL Nº 1493/2016.- Deja sin efecto Decreto Municipal Nº 266/2016.
DECRETO MUNICIPAL Nº 1494/2016.- Concede licencia sin goce de salario por ejercicio transitorio de otro cargo, Sr. Hernán
Eduardo SOSA.
DECRETO MUNICIPAL Nº 1495/2016.- Aprueba Convenio de Ocupación y Uso Nº 10084.
DECRETO MUNICIPAL Nº 1496/2016.- Adjudica en venta predio municipal, Sra. Micaela MARTINEZ.
DECRETO MUNICIPAL Nº 1497/2016.- Adjudica en venta predio municipal, Sra. Yamila Vanesa, COLIVORO GÓMEZ.
DECRETO MUNICIPAL Nº 1498/2016.- Deja sin efecto considerandos y sustituye artículos de Decreto Municipal Nº 357/2013.
DECRETO MUNICIPAL Nº 1499/2016.- Autoriza contratación directa “ALVEAR S.H.”.
DECRETO MUNICIPAL Nº 1500/2016.- Declara día de duelo municipal, Sr. Héctor Hugo ROJAS.
DECRETO MUNICIPAL Nº 1501/2016.- Modifica Anexos de Decreto Municipal Nº 2007/2015.
DECRETO MUNICIPAL Nº 1502/2016.- Acepta renuncia a cargo, Srta. Gabriela Laura BORRE.
DECRETO MUNICIPAL Nº 1503/2016.- Adjudica Licitación Pública Nº 10/2016.
DECRETO MUNICIPAL Nº 1504/2016.- Incorpora Fuente Financiera 003 002 015 Empréstito – Transporte Público de Pasajeros.
DECRETO MUNICIPAL Nº 1505/2016.- Deja sin efecto Decreto Municipal Nº 1209/2005.
DECRETO MUNICIPAL Nº 1506/2016.- Deja sin efecto Decreto Municipal Nº 548/2012.
DECRETO MUNICIPAL Nº 1507/2016.- Aprueba contrato de locación de servicios Nº 10780.
DECRETO MUNICIPAL Nº 1508/2016.- Aprueba contrato de locación de servicios Nº 10794.
DECRETO MUNICIPAL Nº 1509/2016.- Deja sin efecto Decreto Municipal Nº 354/2005.
DECRETO MUNICIPAL Nº 1510/2016.- Declara desierta licitación Pública Nº 11/2016.
DECRETO MUNICIPAL Nº 1511/2016.- Aprueba modificación de contrato de locación de servicios Nº 10761.
DECRETO MUNICIPAL Nº 1512/2016.- Aprueba contrato de locación de servicios Nº 10763.
DECRETO MUNICIPAL Nº 1513/2016.- Exime pago de Impuesto Automotor, Sr. Gastón PANIAGUA.
DECRETO MUNICIPAL Nº 1514/2016.- Deja sin efecto Decreto Municipal Nº 020/2012.
DECRETO MUNICIPAL Nº 1515/2016.- Deja sin efecto Decreto Municipal Nº 737/2006.
DECRETO MUNICIPAL Nº 1516/2016.- Aprueba contrato de locación de servicios Nº 10778.
DECRETO MUNICIPAL Nº 1517/2016.- Da plena validez a convenios individuales de pasantías Nros. 10703 y 10704.
DECRETO MUNICIPAL Nº 1518/2016.- Aprueba contrato administrativo Nº 10757.
DECRETO MUNICIPAL Nº 1519/2016.- Aprueba contrato administrativo Nº 10756.
DECRETO MUNICIPAL Nº 1520/2016.- Aprueba contrato administrativo Nº 10805.
DECRETO MUNICIPAL Nº 1521/2016.- Declara Interés Municipal “III Congreso Internacional y VI Jornadas Administración y
Justicia de la C.A.B.A..
DECRETO MUNICIPAL Nº 1522/2016.- No hace lugar a presentación, Sra. María Belén MOLINA.
DECRETO MUNICIPAL Nº 1523/2016.- Autoriza ausencia, Sra. Laura Beatriz AVILA.
DECRETO MUNICIPAL Nº 1524/2016.- Designa transitoriamente función, Sra. Iris Amanda SANDOVAL.
DECRETO MUNICIPAL Nº 1525/2016.- Sustituye considerando de Decreto Municipal Nº 1462/2016.
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SECRETARÍA DE HÁBITAT Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL:
EDICTO.-
109
MUNICIPALIDAD DE USHUAIA
Secretaría Legal y Técnica
Dirección Legal y Técnica y Despacho General
Departamento Boletín Oficial