RD N° 30-14/2016.

R.D. N° 30-14/2016.Montevideo, 14 de setiembre 2016.CONVENIO ENTRE BPS - FUNDACIÓN
SISTEMA DE ORQUESTAS JUVENILES E
INFANTILES DEL URUGUAY (FSOJIU)
Aprobación._______________________________________
SEC.GRAL./1980
VISTO: la propuesta de Convenio interinstitucional presentada por la Fundación
Sistema de Orquestas Juveniles e Infantiles del Uruguay (FSOJIU) para vincular a dicha
institución con el BPS a los efectos de continuar sentando las bases de un canal de
cooperación entre ambos;
RESULTANDO: I) que la FSOJIU se define como una fundación sin fines de
lucro que desarrolla, a través de la música, un programa de inclusión social que se
encuentra en expansión en todo el país y para el que se ha generado una innovadora
metodología en la formación y gestión de orquestas y coros infantiles y juveniles;
II) que según afirman, la mayoría de los niños y jóvenes que
participan están relacionados con el BPS ya que son beneficiarios de asignaciones
familiares;
III) que a modo de antecedente, desde 2013 se vienen
realizando actividades de cooperación e intercambio entre las dos instituciones;
CONSIDERANDO: I) que desde la citada Fundación se plantea fortalecer las
bases y lineamientos generales de cooperación, uniendo esfuerzos, recursos y
capacidades en el desarrollo del Sistema Nacional de Orquestas y Coros con un enfoque
de acción social. Se desarrollarán programas, proyectos y actividades de inclusión social,
educativas, artísticas y culturales en el área de la música, que beneficien en general a la
sociedad y a los niños y jóvenes participantes, apuntando a democratizar el acceso a la
cultura y educación de calidad, a los sectores más vulnerables;
II) que a efectos de suscribir un Convenio, se ofrece por
parte de FSOJIU:
- 50 entradas en todos los conciertos de la temporada principal de la Orquesta Juvenil
del Sodre en el Auditorio Nacional.
- 250 entradas en la temporada de Vacaciones de Invierno realizada por la Orquesta
Juvenil del Sodre.
- Incluir a BPS como socio institucional del Sistema de Orquestas y Coros.
- Brindar a BPS hasta 5 conciertos de música de cámara por año para eventos
institucionales.
- A solicitud de BPS podrán realizarse hasta 5 conciertos en complejos habitacionales
o dependencias del Banco con las orquestas y coros del sistema (incluyendo las
dependencias del interior donde el Sistema está activo, que hasta el momento son:
San José, Canelones, Florida, Lavalleja, Paysandú y Durazno);
III) que como contrapartida, el Sistema de Orquestas y
Coros podrá utilizar la Colonia de Vacaciones del BPS en Raigón sin costo para la
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para 120 niños y jóvenes participantes;
IV) que la vigencia del mismo será de un año a partir de la
fecha de firma y renovable automáticamente en forma anual, salvo que cualquiera de las
partes manifieste su decisión de no renovar;
ATENTO: a lo expuesto precedentemente;
EL DIRECTORIO DEL BANCO DE PREVISIÓN SOCIAL
RESUELVE:
1°) APRUÉBASE LA REALIZACIÓN DE UN CONVENIO INTERINSTITUCIONAL
CON LA FUNDACIÓN SISTEMA DE ORQUESTAS JUVENILES E
INFANTILES DEL URUGUAY (FSOJIU), EN LOS TÉRMINOS DE LOS
CONSIDERANDOS DE LA PRESENTE RESOLUCIÓN.2°) AUTORIZAR A LA SECRETARÍA GENERAL, EN CONSULTA CON LA
PRESIDENCIA Y CON CONOCIMIENTO DEL DIRECTORIO DEL
ORGANISMO, A EFECTUAR LOS AJUSTES DEL TEXTO DEL CONVENIO
QUE PUDIERAN SURGIR PREVIO A SU SUSCRIPCIÓN.3°) COMUNÍQUESE A LA FUNDACIÓN SISTEMA DE ORQUESTAS JUVENILES
E INFANTILES DEL URUGUAY, A GERENCIA GENERAL, A
PRESTACIONES SOCIALES, A COMUNICACIONES INSTITUCIONALES Y
PASE A GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN A SUS EFECTOS.-
EDUARDO GIORGI BONINI
Secretario General
/mtm
HEBER GALLI
Presidente