resolución directoral regional sectorial_n° 03019-2016-gra

.:
~
S"1)iItectoI«Jt ~
$eetoIti,a/;
en; 030l ' -2016-GRAlGOB-GG-GRDS-DREA-DR
Ayacucho.
19 OCT. 2016
Vistos. el Oficio N° 2101-2016-GRA-GG-GRDS-DRSADESC/DPS-DR. la Directiva N° 021-2016-GRA/GOB-GG-GRDS-DRE-OA-APER-EBS
y la Orden
de Proyección N° 3404-2016-GRA-DRE/OA-APER
del Área de Personal en 16 folios acumulados;
CONSIDERANDO:
Que. según la Ley N° 28044 -Ley General de Educación. la
Dirección Regional de Educación de Ayacucho es un órgano especializado del Gobierno Regional.
responsable del servicio educativo en el ámbito de su respectiva circunscripción territorial. Teniendo
una relación normativa con el Ministerio de Educación. Además. asegura los servicios educativos y
los Programas de atención integral a los estudiantes con calidad y equidad;
Que. los numerales I y II del título preliminar de la Ley N°
26842. Ley General de Salud disponen que la salud es condición indispensable del desarrollo
humano y medio fundamental para alcanzar el bienestar individual y colectivo y que la protección
de la salud es de interés público;
Que. con la intención de consolidar la eliminación del
arampión-rubeola y disminuir el acumulo de susceptibles. el Sector Salud ha programado la
que está dirigida para la población de niños/niñas de 2 a 5 años 11 meses 29 días con la
administración de una dosis adicional de vacuna doble viral (contra sarampión y rubéola):
Que. de otro lado. la vacuna contra el virus del PAPILOMA
HUMANO ofrece protección contra la infección por los principales genotipos oncológicos del virus
q,~ .e~;'~to'l.0<-1; antes indicado. asociados con el desarrollo del cáncer cervical. dirigida para las niñas de 9 a 13
R~·,·.'.~~I~\~
z años 11 meses y 29 días de edad y de 5° y 6° grado de educación primaria. con la vacunación de 2
<'\:,?~i . dosis con intervalo de 6 meses entre dosis. Quienes serán vacunadas en sus respectivas
"YACIlt.~O
instituciones educativas. en coordinación con los establecimientos de salud de su jurisdicción.
debiendo tener el consentimiento informado de los padres y/o apoderado;
ci
.l DE~
Que. en el marco del Convenio de Cooperación Técnica
entre el Ministerio de Salud y el Ministerio de Educación se fijan objetivos comunes de trabajo con
la finalidad de mejorar la calidad de vida del educando en su entorno familiar. escolar y comunitario.
mediante la promoción de la salud. Además de optimizar los recursos humanos. materiales.
informativos. informáticos y financieros de los programas. estrategias y proyectos de salud en
beneficio de la niñez. la familia y la comunidad;
Que. con el fin de dar cumplimiento a lo anteriormente
indicado. el Área de Personal a través del Equipo de Bienestar Social ha elaborado los Proyectos
-2 -
de Directiva denominadas "BARRIDO REGIONAL DE VACUNACION CONTRA SARAMPION y
RUBEOLA 2016", Dirigido a la Comunidad Educativa de la Dirección Regional de Educación de
Ayacucho y "VACUNACiÓN CONTRA EL VIRUS DE PAPILOMA HUMANO", Dirigido a las niñas
de 9 a 13 años 11 meses y 29 días de edad y 5° Y 6° grado de primaria de la Dirección Regional de
Educación de Ayacucho;
Estando a lo dispuesto por el Especialista Administrativo 11
(e) del Área de Personal mediante la Orden de Proyección N° 3404-2016-GRA-DRE/OA-APER,
visado por la Directora de la Oficina de Administración de la Dirección Regional de Educación
Ayacucho; y,
De conformidad a lo dispuesto por la Ley N° 28044, Ley N°
28010, la Ley N° 27444, el Decreto Supremo N° 015-2002-ED, el Decreto Supremo N° 011-2012ED, la Resolución Ministerial N° 651-2016/MINSA;
y, en uso de las facultades conferidas en la
Resolución Ejecutiva Regional N° 0028-2015-GRA/GR rectificada mediante la Resolución Ejecutiva
Regional N° 0029-2016-GRA/GR;
SE RESUELVE:
1° APROBAR
la Directiva N° 021-2016-GRA/GOB-GG-
GRDS-DRE-OA-APER-EBS "BARRIDO REGIONAL DE VACUNACION CONTRA SARAMPION y
RUBEOLA 2016", Dirigido a la Comunidad Educativa de la Dirección Regional de Educación de
Ayacucho, la misma que como anexo forma parte integrante de la presente resolución.
2° APROBAR
la Directiva N° 022-2016-GRA/GOB-GG-
GRDS-DRE-OA-APER-EBS "VACUNACiÓN
CONTRA EL VIRUS DE PAPILOMA HUMANO",
Dirigido a las niñas de 9 a 13 años 11 meses y 29 días de edad y 5° y 6° grado de primaria de la
Dirección Regional de Educación de Ayacucho, la misma que como anexo forma parte integrante
de la presente resolución.
3° PUBLICAR
la presente resolución y las Directivas
aprobadas anteriormente en el Portal Institucional de la Dirección Regional de Educación de
Ayacucho (http://www.dreaya.gob.pe).
en la fecha de su emisión.
4° ENCARGAR
a la Dirección de Gestión Pedagógica de
la Dirección Regional de Educación Ayacucho y de las Unidades de Gestión Educativa Local, la
Supervisión y monitoreo del cumplimiento de las Directivas aprobadas, para ello deben brindar las
facilidades del caso al personal de salud en las distintas instituciones públicas y privadas para
asegurar la protección de:
a)
b)
Niñas y niños de 2 a 5 años 11 meses 29, días de vacunación contra el Sarampión y
Rubeola: Del 06 al 20 de Noviembre 2016.
Niñas, días vacunación contra el virus de papiloma humano: A partir de la fecha.
-3 -
5° ESTABLECER
que el Área de Secretaría General
transcriba la presente a todos los Órganos Estructurados de la Dirección Regional de Educación de
Ayacucho, a la Dirección Regional de Salud de Ayacucho y a las Unidades de Gestión Educativa
Local que la integran, con las formalidades y dentro del término de Ley.
Regístrese y Comuníquese
ORlnrNAL ":IRMADO
__
-",..."
.v."
_
..Á
.-'"
Director de Programa Sectorial IV
Dirección Regional de Educación de Ayacucho
SCM/DREA
NCP/DOA
JMRRI APER(e)
Proy. 3404·2016
18·10·2016
PAY 3404-2016
APR DIRECTIVA
021 Y 022·2016