Reglamento de Requisitos y Condiciones de la Promoción “Campaña de Renovación Planes kolbi Pospago DEL ORGANIZADOR DE LA PROMOCIÓN Artículo 1: La mecánica, la organización, la publicidad y los derechos relacionados con la Promoción “Campaña de Renovación Planes kolbi Pospago”, en adelante denominada la “Promoción” son propiedad exclusiva del Instituto Costarricense de Electricidad, en adelante denominado “ICE”. presente Reglamento, los clientes que se encuentren en dicha base de clientes seleccionada entienden, que los beneficios de esta Promoción serán entregados, únicamente, a los “titulares de los servicios” y que por ende su nombre y número de identificación se encuentran registrados y asociados a dichos servicios en los sistemas corporativos del ICE. seleccionada definida por el Negocio de Información de la División de Mercadeo. DE LAS MECANICAS DE LA PROMOCIÓN Artículo 7: Los clientes que sean contactados y que acepten renovar su plan (12 o 24 meses) recibirán los siguientes beneficios: a. Descuento del 15% en la mensualidad en los DE LA PARTICIPACIÓN DE primeros 3 meses. b. Mejor precio en el LA PROMOCIÓN equipo terminal dentro del Artículo 5: Participan todos plan (en comparación con la aquellos clientes que se oferta masiva). encuentren en la base de clientes seleccionada; los DE LAS CONDICIONES DE cuáles para efectos de la LA PROMOCIÓN Promoción estarán sujetos a las condiciones propias de Artículo 8: Para la presente las “mecánicas descritas en promoción se aplicarán las siguientes condiciones: el presente Reglamento”. Artículo 2: El presente Reglamento de Requisitos y Condiciones de la Promoción “Campaña de Renovación Planes kolbi Pospago”, en adelante denominado “Reglamento”, establece las reglas para la Promoción que realiza el ICE entre los clientes que se encuentren en una base de clientes seleccionada definida por el Negocio de Información de la Artículo 6: No podrá participar División de Mercadeo. en la Promoción, ningún Artículo 3: La vigencia de cliente que no se encuentre la Promoción es por tiempo en la base de clientes limitado, iniciando el día 18 de octubre de 2016 y finalizando el día 31 de diciembre de 2016. Artículo 4: Para efectos del 8.1. La base de clientes seleccionada estará compuesta únicamente por servicios con un plan de datos el cual ya cumplió su tiempo sus extremos. Asimismo, de vigencia (12 o 24 meses) y es obligación de cada que no ha sido renovado. participante leer e informarse acerca del contenido del 8.2. Todos los clientes que mismo. se encuentren en la base de datos seleccionada serán Artículo 11: El ICE podrá contactados por el ICE para introducir todas las medidas ofrecerles la renovación de de seguridad que considere planes y sus beneficios. convenientes para el buen desarrollo de la Promoción, 8.3. Dentro de la renovación la cual será suspendida en el cliente deberá adquirir un forma inmediata sin asumir nuevo terminal (Datacard, responsabilidad alguna, si se Modem Wi-Fi, Modem Mi-Fi llegaren a detectar fraudes o o Tablet) dentro del plan. cualquier otra irregularidad que suceda con los servicios RESPONSABILIDADES Y de telecomunicaciones RESTRICCIONES asociados a esta Promoción, o si se presentara una Artículo 9: De acuerdo con lo circunstancia de fuerza establecido en el Artículo 1 del mayor, caso fortuito o presente Reglamento, el ICE hecho de tercero que afecte es el único organizador de la gravemente los intereses del Promoción. En este sentido, ICE. no se hace responsable por los daños y perjuicios Artículo 12: La Promoción ocasionados a cualquier está sujeta a las condiciones persona, en virtud del envío y limitaciones que se indican de mensajes de contenido vía en el presente Reglamento, SMS y/o llamadas telefónicas incluyendo las siguientes: provenientes de terceras 12.1 Cualquier situación personas, en los que se haga anormal que se presentara referencia a la Promoción. eventualmente con la Promoción y que no estuviera Artículo 10: Todos aquellos prevista en el presente clientes físicos y jurídicos Reglamento, será resuelta que pertenezcan a la Base por el ICE, en estricto apego Seleccionada y deseen a la legislación costarricense. participar en la presente 12.2 Los clientes deberán promoción, entienden y mantener actualizado en aceptan que con el sólo todo momento la información hecho de ejecutar cualquiera de las mecánicas descritas en este Reglamento, se obligan a someterse en todos personal suministrada en sus respectivos contratos de servicios o anexos suscritos con el ICE, así como el nombre o razón social, dirección exacta, número telefónico de referencia, correo electrónico y cualquier otra información que sea necesaria para su localización. Siendo así que los clientes y usuarios de esta Promoción aceptan como fidedignos y válidos para todos los efectos, los datos registrados en los sistemas corporativos y bases informáticas del ICE. 12.3 Los clientes que participan en la promoción aceptan y entienden que, con el solo hecho de realizar la mecánica de participación en la promoción, autorizan al ICE a enviar toda clase de información de cualquier tipo, sea o no de la misma promoción. El cliente tiene la posibilidad de solicitar en cualquier momento la suspensión del envío de esta información sin costo alguno adicional, llamando al 1115 o al 1193 para solicitar la exclusión de la base de datos. 12.4 Toda la publicidad de la Promoción es con fines ilustrativos. 12.5 El ICE no entregará acciones y/o certificados de forma física o impresa, por lo tanto no se hará responsable de los daños y perjuicios causados a cualquiera de los clientes en virtud de un engaño o cualquier tipo de acción fraudulenta por parte de un tercero. Artículo 13. El ICE se reserva el derecho de modificar las “Mecánicas de la Promoción” o este Reglamento en cualquier momento para introducir todas aquellas reformas necesarias que mejoren la Promoción. Estos cambios si se hicieran, se darán a conocer de forma automática en la página Web www.grupoice.com ó www. kolbi.cr. Artículo 14. Para mayor información, así como, para la atención de las consultas respectivas, los clientes pueden acceder la página web del Grupo ICE: www. grupoice.com ó www.kolbi.cr Artículo 14: El presente Reglamento rige a partir de su publicación en la página web del Grupo ICE: www. grupoice.com ó www.kolbi.cr. Derechos reservados 2016. Prohibida su reproducción por cualquier medio. Gerencia de Telecomunicaciones, División Mercadeo-ICE. La Mecánica y derechos contenidos en el presente Reglamento se encuentran amparados por la legislación nacional e internacional en materia de propiedad intelectual.
© Copyright 2024