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NACIONALES
OCTUBRE 2016 > viernes 21
En torno a cómo continuar mejorando nuestra sociedad, publicamos
tres respuestas y dos opiniones, con las que se puede estar o no de acuerdo
Dos respuestas a la carta Verano, entre alegrías y desencantos
El Centro Provincial de Patrimonio Cultural
de Santiago de Cuba y la Empresa de Campismo
de la misma provincia contestan la misiva
de la lectora María Julia Rodríguez Saif
Damos respuesta a la carta publicada el 23
de septiembre Verano, entre alegrías y desencantos en la que se alude al «derecho a fotos» en
el Museo Cafetal La Isabélica, Patrimonio Cultural de la Humanidad ubicado en el Paisaje
Natural Protegido Gran Piedra, provincia de
Santiago de Cuba.
En tal sentido, en fecha 24 de septiembre del
2016, un grupo de trabajo creado al efecto integrado por el director del Centro Provincial del
Patrimonio Cultural de Santiago de Cuba y experimentados directores de museos, visitó a la
compañera María Julia Rodríguez Saif, vecina
del edificio 18 plantas, 5 Palmas, piso 8, apartamento A, Avenida Victoriano Garzón, en esta
ciudad, para escuchar sus argumentos y se le
explicó que las tarifas para el cobro de entradas
a museos y otros servicios culturales que brindan dichas instituciones están definidas por las
normativas legales emitidas por el Ministerio de
Finanzas y Precios para el caso del peso cubano
convertible y por el Consejo de la Administración Provincial del Poder Popular en la provincia de Santiago de Cuba para el peso cubano
y que la entidad es la responsable del cumplimiento de las tarifas minoristas establecidas por
dichas normas.
Inmediatamente se revisaron los aspectos
planteados por la compañera durante su visita,
quien fue atendida el 27 de julio del 2016 por la
técnica en museo Masiel Dinza Menéndez,
quien le brindó detallada información sobre las
tarifas de precios establecidas en pesos cubanos
para las visitas a museos que ostenten la condición de Patrimonio Cultural de la Humanidad.
VerificamosquemedianteResoluciónNo.099/07
de fecha 13 de agosto del 2007 emitida por el
Consejo de la Administración Provincial del
Poder Popular en Santiago de Cuba se fijaron las
17 tarifas técnico-productivas que son utilizadas por el Centro Provincial del Patrimonio
Cultural de Santiago de Cuba, entre las que se
encuentra el cobro de 20,00 CUP por la entrada
de cada unidad de cámara fotográfica a los museos que ostenten la condición de Patrimonio
Cultural de la Humanidad y de $10,00 CUP por
igual concepto en el resto de los museos no importa la categoría que ostenten.
El museo Cafetal La Isabélica, como parte del
Paisaje Arqueológico Cafetalero Suroriental, fue
declarado Patrimonio Cultural de la Humanidad por la Unesco el 29 de noviembre del 2000
como reconocimiento a los valores históricos,
arquitectónicos y arqueológicos que atesora el
sitio, por lo que la tarifa que se le informó a la
compañera Rodríguez Saif responde a lo establecido para el cobro de este tipo de servicio en
las instituciones museables que posean la condición de Patrimonio Mundial en nuestra provincia. Todo ello fue informado a la compañera
quien quedó complacida con la respuesta y el
tratamiento brindado, reconociendo que en su
visita al museo igualmente se le dieron con profesionalidad y respeto todos los argumentos y
se le presentaron los documentos que regulan
este tema.
Los ingresos que perciben los museos por
concepto de entradas y otros servicios culturales responden a la política económica y cultural
del Estado cubano y se revierten en la conservación y protección del patrimonio cultural material e inmaterial de la nación cubana.
Ing. Suitberto Frutos Heredia,
Director Centro Provincial
Patrimonio Cultural,
Santiago de Cuba
El día 23 de septiembre del año en curso se
publica una carta referida al campismo Caletón
Blanco, emitida por la campista María Julia Rodríguez Saif, quien disfrutó de una estancia no
muy placentera en nuestra instalación el 25 de
julio del presente año.
Para analizar los cuestionamientos referidos se creó una comisión investigadora a los
efectos de investigar y dar respuesta a la clienta
y a esta instancia, integrada por los siguientes
compañeros:
César Vega Rodríguez, director de Operaciones de la OSDE .
Fausto Rota Otero, director de Logística.
Yanisel Arzuaga Pérez, especialista de Alojamiento (directora de Operaciones en funciones).
Isabel Asin Fariñas: especialista de Alojamiento (directora de Operaciones en funciones).
Reinier Rodríguez Borrero, especialista en
Gestión Económica.
Dasell Lago Quiñones, especialista de Calidad.
Después de analizar todos los elementos
expuestos por la clienta consideramos que la
queja se concluye Con razón, ya que de siete
elementos, cuatro concluyeron con razón, uno
con razón en parte, uno que no se pudo comprobar y uno sin razón.
Necesario es referir que a finales del mismo
mes, una comisión integrada por miembros de
la Empresa Campismo Popular, Santiago de
Cuba, realizó una inspección y se emitió un
informe que arrojó resultados e insatisfacciones parecidas a las que refirió nuestra clienta.
A raíz de estas irregularidades no dilatamos
la ejecución de las acciones necesarias para
erradicar todas las deficiencias detectadas. El
25 de julio se realizaron las tareas de limpieza y
saneamiento del área de las piscina natural,
(oportuno es referir que estas piedras que se
encontraban en esta área cuando se produce la
visita a la que se alude habían sido sacadas de
la piscina el día anterior como una acción de
mejora a esta área) y preciso es decir que no
faltó premura en retirarlas de la zona ya que
causaron malestar a los clientes que pretendían
disfrutar del baño allí; al técnico en actividades
recreativas y deportivas se le aplicó una medida disciplinaria.
En cuanto a la higiene y condiciones de los
baños públicos nos disculpamos, pues al lado
existe otro baño que está en reparación, motivos por los que se ocasionaron estas molestias
por el que se le aplicaron medidas disciplinarias
al compañero de mantenimiento y al limpiador
de áreas.
Además se le aplicó una amonestación pública ante el consejo de dirección al director
asistente, quien estaba asumiendo las tareas de
director en funciones de dicha instalación.
A pesar de las molestias que ocasiona en
nuestros clientes el pago del cover (dinero que
se cobra al visitante, 15 CUP, por el disfrute de
los servicios que brindamos, excepto el restaurante), está establecido en la Resolución 44 del
año 2016 y presupuestado como un ingreso,
además esta información se les brinda a todos
los visitantes y se encuentra escrita en un poster a la entrada de nuestro campismo. Debemos aclarar que el precio del alquiler de las
tumbonas está establecido en resolución derogada existiendo en su lugar una nueva y el precio que se le pretendía cobrar al cliente no era
el establecido por falta de conocimiento al respecto.
Nos encontramos complacidos de que nuestros clientes adopten estas actitudes que nos
hagan mejorar continuamente nuestro trabajo,
aunque esperamos que estas insuficiencias
nos las hagan llegar a la dirección de las instalaciones y dirección de la empresa, lugares idóneos para darle respuesta a sus insatisfacciones. Le significamos nuestro agradecimiento y
le sugerimos en que siga visitando nuestras
instalaciones ya que el cliente es nuestra razón
de ser.
Lic. Adrián Vázquez Vidueiro,
Director Adjunto en funciones,
Empresa de Campismo Santiago de Cuba
Contesta Cimex a carta Comercio sin pesas
con productos mal pesados
El pasado 19 de agosto se publicó una carta remitida por
Yasmel Andina donde plantea su preocupación respecto al pesaje de los paquetes de pollo en el Bodegón de 3ra. y 10 perteneciente a la sucursal Gastronomía y Recreación del grupo empresarial Cimex.
En virtud de lo planteado, se realizaron las siguientes acciones:
Se realizó una visita a la clienta Yasmel Andina, con el propósito de esclarecer lo descrito en su queja.
Durante la entrevista manifestó que su queja se basa fundamentalmente en la carnicería El Carmelo de 23 y H, lugar donde
procesan o pesan los productos cárnicos destinados a comercializar en el Bodegón; y que estos tienen problemas en su pesaje. También aclaró que el trato de la administradora del Bodegón de 3ra. y 10 fue muy bueno y de ella tiene la mejor opinión. Agregó además, que las cajeras le devolvieron el dinero
pero se negaron a pasarle el producto, alegando que la pesa se
encontraba rota y que nunca antes había visto a una de las cajeras en esa unidad comercial. Agradeció la rapidez con que se ha
atendido esta queja, esperando que cosas como estas se logren
erradicar.
• Se realizó una visita a la administradora Carmen Cancino
Sosa, en la unidad comercial El Carmelo de 23 y H, donde se
verificaron los precios, organización, el pesaje y la higiene del
centro porcionador, sin detectarse violaciones en lo establecido.
• Se entrevistó de igual manera a Débora Laura Benítez Cáceres, administradora de la unidad comercial Bodegón 3ra. y 10,
la cual corroboró que la clienta acudió a ella hace más de dos
meses para tratar respecto al precio y al gramaje de la pechuga
de pollo que se estaba ofertando, ya que le parecía que pesaba
menos de 1 kg; aclarándole que de estar inconforme, con la mejor disposición se le devolvía su efectivo, puesto que la pesa tenía
problemas técnicos.
• La administradora Débora manifestó que la cajera a la que
se refiere la clienta trabajó solo en dos turnos, sin la capacitación
requerida (ante la situación de carencia del personal); la misma
renunció con posterioridad. Es necesario comunicar que actualmente la administradora se encuentra de licencia por el término
de un mes por presentar serios problemas personales.
La Sucursal de Gastronomía reconoce que no se pudo brindar un servicio óptimo a la clienta Yasmel, quien debido al mal
funcionamiento de la pesa no pudo comprobar el peso a los productos que deseaba adquirir.
•Se comunica que la administradora Débora Laura, a la cual
se le había aceptado su solicitud de renuncia del cargo administrativo y encontrándose actualmente de licencia sin sueldo por
graves problemas personales, no procede aplicarle medida disciplinaria alguna, pero de incorporarse se le trasladará a un
cargo de menor categoría y remuneración respecto al que ocupaba.
Respecto a la cajera mencionada por la clienta, no procede la
aplicación de medidas disciplinarias por causar baja de la sucursal Gastronomía y Recreación y por ende del sistema empresarial de Cimex.
• La sucursal Gastronomía y Recreación solicitó la reposición
de la pesa del Bodegón de 3ra. y 10 por un equipo nuevo con la
mayor prontitud posible, para erradicar las afectaciones ocasionadas en el servicio de protección al consumidor en dicha unidad comercial.
Por lo antes expuesto se considera Con razón la queja formulada por la clienta Yasmel Andina en su misiva. La sucursal
Gastronomía y Recreación del grupo empresarial Cimex está en
la disposición de atender cualquier planteamiento sobre sus servicios y ofertas.
Nilda Velázquez Fernández,
Gerente General
Sucursal Gastronomía y Recreación,
del grupo empresarial Cimex