8 NACIONALES OCTUBRE 2016 > viernes 21 En torno a cómo continuar mejorando nuestra sociedad, publicamos tres respuestas y dos opiniones, con las que se puede estar o no de acuerdo Dos respuestas a la carta Verano, entre alegrías y desencantos El Centro Provincial de Patrimonio Cultural de Santiago de Cuba y la Empresa de Campismo de la misma provincia contestan la misiva de la lectora María Julia Rodríguez Saif Damos respuesta a la carta publicada el 23 de septiembre Verano, entre alegrías y desencantos en la que se alude al «derecho a fotos» en el Museo Cafetal La Isabélica, Patrimonio Cultural de la Humanidad ubicado en el Paisaje Natural Protegido Gran Piedra, provincia de Santiago de Cuba. En tal sentido, en fecha 24 de septiembre del 2016, un grupo de trabajo creado al efecto integrado por el director del Centro Provincial del Patrimonio Cultural de Santiago de Cuba y experimentados directores de museos, visitó a la compañera María Julia Rodríguez Saif, vecina del edificio 18 plantas, 5 Palmas, piso 8, apartamento A, Avenida Victoriano Garzón, en esta ciudad, para escuchar sus argumentos y se le explicó que las tarifas para el cobro de entradas a museos y otros servicios culturales que brindan dichas instituciones están definidas por las normativas legales emitidas por el Ministerio de Finanzas y Precios para el caso del peso cubano convertible y por el Consejo de la Administración Provincial del Poder Popular en la provincia de Santiago de Cuba para el peso cubano y que la entidad es la responsable del cumplimiento de las tarifas minoristas establecidas por dichas normas. Inmediatamente se revisaron los aspectos planteados por la compañera durante su visita, quien fue atendida el 27 de julio del 2016 por la técnica en museo Masiel Dinza Menéndez, quien le brindó detallada información sobre las tarifas de precios establecidas en pesos cubanos para las visitas a museos que ostenten la condición de Patrimonio Cultural de la Humanidad. VerificamosquemedianteResoluciónNo.099/07 de fecha 13 de agosto del 2007 emitida por el Consejo de la Administración Provincial del Poder Popular en Santiago de Cuba se fijaron las 17 tarifas técnico-productivas que son utilizadas por el Centro Provincial del Patrimonio Cultural de Santiago de Cuba, entre las que se encuentra el cobro de 20,00 CUP por la entrada de cada unidad de cámara fotográfica a los museos que ostenten la condición de Patrimonio Cultural de la Humanidad y de $10,00 CUP por igual concepto en el resto de los museos no importa la categoría que ostenten. El museo Cafetal La Isabélica, como parte del Paisaje Arqueológico Cafetalero Suroriental, fue declarado Patrimonio Cultural de la Humanidad por la Unesco el 29 de noviembre del 2000 como reconocimiento a los valores históricos, arquitectónicos y arqueológicos que atesora el sitio, por lo que la tarifa que se le informó a la compañera Rodríguez Saif responde a lo establecido para el cobro de este tipo de servicio en las instituciones museables que posean la condición de Patrimonio Mundial en nuestra provincia. Todo ello fue informado a la compañera quien quedó complacida con la respuesta y el tratamiento brindado, reconociendo que en su visita al museo igualmente se le dieron con profesionalidad y respeto todos los argumentos y se le presentaron los documentos que regulan este tema. Los ingresos que perciben los museos por concepto de entradas y otros servicios culturales responden a la política económica y cultural del Estado cubano y se revierten en la conservación y protección del patrimonio cultural material e inmaterial de la nación cubana. Ing. Suitberto Frutos Heredia, Director Centro Provincial Patrimonio Cultural, Santiago de Cuba El día 23 de septiembre del año en curso se publica una carta referida al campismo Caletón Blanco, emitida por la campista María Julia Rodríguez Saif, quien disfrutó de una estancia no muy placentera en nuestra instalación el 25 de julio del presente año. Para analizar los cuestionamientos referidos se creó una comisión investigadora a los efectos de investigar y dar respuesta a la clienta y a esta instancia, integrada por los siguientes compañeros: César Vega Rodríguez, director de Operaciones de la OSDE . Fausto Rota Otero, director de Logística. Yanisel Arzuaga Pérez, especialista de Alojamiento (directora de Operaciones en funciones). Isabel Asin Fariñas: especialista de Alojamiento (directora de Operaciones en funciones). Reinier Rodríguez Borrero, especialista en Gestión Económica. Dasell Lago Quiñones, especialista de Calidad. Después de analizar todos los elementos expuestos por la clienta consideramos que la queja se concluye Con razón, ya que de siete elementos, cuatro concluyeron con razón, uno con razón en parte, uno que no se pudo comprobar y uno sin razón. Necesario es referir que a finales del mismo mes, una comisión integrada por miembros de la Empresa Campismo Popular, Santiago de Cuba, realizó una inspección y se emitió un informe que arrojó resultados e insatisfacciones parecidas a las que refirió nuestra clienta. A raíz de estas irregularidades no dilatamos la ejecución de las acciones necesarias para erradicar todas las deficiencias detectadas. El 25 de julio se realizaron las tareas de limpieza y saneamiento del área de las piscina natural, (oportuno es referir que estas piedras que se encontraban en esta área cuando se produce la visita a la que se alude habían sido sacadas de la piscina el día anterior como una acción de mejora a esta área) y preciso es decir que no faltó premura en retirarlas de la zona ya que causaron malestar a los clientes que pretendían disfrutar del baño allí; al técnico en actividades recreativas y deportivas se le aplicó una medida disciplinaria. En cuanto a la higiene y condiciones de los baños públicos nos disculpamos, pues al lado existe otro baño que está en reparación, motivos por los que se ocasionaron estas molestias por el que se le aplicaron medidas disciplinarias al compañero de mantenimiento y al limpiador de áreas. Además se le aplicó una amonestación pública ante el consejo de dirección al director asistente, quien estaba asumiendo las tareas de director en funciones de dicha instalación. A pesar de las molestias que ocasiona en nuestros clientes el pago del cover (dinero que se cobra al visitante, 15 CUP, por el disfrute de los servicios que brindamos, excepto el restaurante), está establecido en la Resolución 44 del año 2016 y presupuestado como un ingreso, además esta información se les brinda a todos los visitantes y se encuentra escrita en un poster a la entrada de nuestro campismo. Debemos aclarar que el precio del alquiler de las tumbonas está establecido en resolución derogada existiendo en su lugar una nueva y el precio que se le pretendía cobrar al cliente no era el establecido por falta de conocimiento al respecto. Nos encontramos complacidos de que nuestros clientes adopten estas actitudes que nos hagan mejorar continuamente nuestro trabajo, aunque esperamos que estas insuficiencias nos las hagan llegar a la dirección de las instalaciones y dirección de la empresa, lugares idóneos para darle respuesta a sus insatisfacciones. Le significamos nuestro agradecimiento y le sugerimos en que siga visitando nuestras instalaciones ya que el cliente es nuestra razón de ser. Lic. Adrián Vázquez Vidueiro, Director Adjunto en funciones, Empresa de Campismo Santiago de Cuba Contesta Cimex a carta Comercio sin pesas con productos mal pesados El pasado 19 de agosto se publicó una carta remitida por Yasmel Andina donde plantea su preocupación respecto al pesaje de los paquetes de pollo en el Bodegón de 3ra. y 10 perteneciente a la sucursal Gastronomía y Recreación del grupo empresarial Cimex. En virtud de lo planteado, se realizaron las siguientes acciones: Se realizó una visita a la clienta Yasmel Andina, con el propósito de esclarecer lo descrito en su queja. Durante la entrevista manifestó que su queja se basa fundamentalmente en la carnicería El Carmelo de 23 y H, lugar donde procesan o pesan los productos cárnicos destinados a comercializar en el Bodegón; y que estos tienen problemas en su pesaje. También aclaró que el trato de la administradora del Bodegón de 3ra. y 10 fue muy bueno y de ella tiene la mejor opinión. Agregó además, que las cajeras le devolvieron el dinero pero se negaron a pasarle el producto, alegando que la pesa se encontraba rota y que nunca antes había visto a una de las cajeras en esa unidad comercial. Agradeció la rapidez con que se ha atendido esta queja, esperando que cosas como estas se logren erradicar. • Se realizó una visita a la administradora Carmen Cancino Sosa, en la unidad comercial El Carmelo de 23 y H, donde se verificaron los precios, organización, el pesaje y la higiene del centro porcionador, sin detectarse violaciones en lo establecido. • Se entrevistó de igual manera a Débora Laura Benítez Cáceres, administradora de la unidad comercial Bodegón 3ra. y 10, la cual corroboró que la clienta acudió a ella hace más de dos meses para tratar respecto al precio y al gramaje de la pechuga de pollo que se estaba ofertando, ya que le parecía que pesaba menos de 1 kg; aclarándole que de estar inconforme, con la mejor disposición se le devolvía su efectivo, puesto que la pesa tenía problemas técnicos. • La administradora Débora manifestó que la cajera a la que se refiere la clienta trabajó solo en dos turnos, sin la capacitación requerida (ante la situación de carencia del personal); la misma renunció con posterioridad. Es necesario comunicar que actualmente la administradora se encuentra de licencia por el término de un mes por presentar serios problemas personales. La Sucursal de Gastronomía reconoce que no se pudo brindar un servicio óptimo a la clienta Yasmel, quien debido al mal funcionamiento de la pesa no pudo comprobar el peso a los productos que deseaba adquirir. •Se comunica que la administradora Débora Laura, a la cual se le había aceptado su solicitud de renuncia del cargo administrativo y encontrándose actualmente de licencia sin sueldo por graves problemas personales, no procede aplicarle medida disciplinaria alguna, pero de incorporarse se le trasladará a un cargo de menor categoría y remuneración respecto al que ocupaba. Respecto a la cajera mencionada por la clienta, no procede la aplicación de medidas disciplinarias por causar baja de la sucursal Gastronomía y Recreación y por ende del sistema empresarial de Cimex. • La sucursal Gastronomía y Recreación solicitó la reposición de la pesa del Bodegón de 3ra. y 10 por un equipo nuevo con la mayor prontitud posible, para erradicar las afectaciones ocasionadas en el servicio de protección al consumidor en dicha unidad comercial. Por lo antes expuesto se considera Con razón la queja formulada por la clienta Yasmel Andina en su misiva. La sucursal Gastronomía y Recreación del grupo empresarial Cimex está en la disposición de atender cualquier planteamiento sobre sus servicios y ofertas. Nilda Velázquez Fernández, Gerente General Sucursal Gastronomía y Recreación, del grupo empresarial Cimex
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