Deberes tributarios Hacienda aclarará si el médico debe declarar las invitaciones a congresos Tributos tiene ya sobre la mesa una pregunta sobre si los pagos para formación tributan. OMC, Farmaindustria y Facme prevén consultar también sobre la cuestión. DIARIO MEDICO. Laura G. Ibañes. Madrid | [email protected] | 17/10/2016 00:00 http://www.diariomedico.com/2016/10/17/area-profesional/sanidad/hacienda-aclararasi-el-medico-debe-declarar-las-invitaciones-a-congresos La legislación no ha cambiado. Los deberes tributarios de los médicos son hoy los mismos que antes de que entrara en vigor el Código de Buenas Prácticas de la patronal Farmaindustria por el que voluntariamente los laboratorios se comprometen a publicar todo pago que realicen a entidades o profesionales sanitarios, tanto en concepto de honorarios por asesorías, como por invitaciones a congresos y patrocinios de reuniones científicas. Pero, aunque la legislación no haya cambiado, esto es, aunque las obligaciones fiscales de los médicos sean las mismas que antes, es evidente que la publicación de estos datos (los primeros se hicieron públicos en junio de este año, pero a partir de junio de 2018, en referencia a los datos de 2017, los datos identificarán cada pago o invitación con nombres y apellidos del médico) ha sembrado de dudas al sector. Hace ya meses que colegios y sociedades expresaron su preocupación por las posibles consecuencias fiscales para el médico que podría tener la publicación de estos datos, sobre todo los referentes a invitaciones a congresos, que tradicionalmente se ha entendido que no debían figurar en la declaración de la renta del médico (sobre los honorarios percibidos por asesorías siempre ha estado claro que sí debían declararse en el IRPF). El hecho de que la Agencia de Protección de Datos aclarase que los datos publicados por los laboratorios no pueden ser utilizados para otro fin diferente del que publican (ni siquiera por Hacienda) no ha evitado las dudas. De hecho, hace sólo unos días que el diario económico Cinco Días publicó que la primera pregunta formal a Hacienda sobre la cuestión está ya encima de la mesa de la Dirección General de Tributos, que tendrá que pronunciarse y aclarar si los médicos deben o no declarar estos pagos. Expertos jurídicos opinan que la invitación a un congreso no es una retribución en especie puesto que su utilidad primordial es profesional, no personal Fuentes de la Dirección General de Tributos han explicado a DM que, con todo, esta pregunta que habría formulado "una asociación profesional del sector sanitario" todavía no tiene respuesta por parte de Hacienda y la respuesta podría todavía tardar en llegar. No en vano, no se descarta que lleguen más preguntas sobre la cuestión. Entre ellas la que podrían presentar la Organización Médica Colegial (OMC), la Federación de Asociaciones Científico Médicas (Facme) y la propia patronal de laboratorios Farmaindustria, que están estudiando el asunto para hacer la pregunta más adecuada a la Dirección General de Tributos, cuya interpretación de la ley será vinculante para la Administración. Un deber ético Así lo ha confirmado a DM el presidente de Facme, Carlos Macaya, que explica que "es fundamental que preparemos bien lo que queremos preguntarle a Hacienda porque en esa pregunta debemos hacerle entender la realidad: que la formación continuada es un deber ético del médico y que se financia a través de terceros porque no la financia el sistema público que es, junto al paciente, el que realmente se beneficia de que el médico se forme. Queremos que cuando Hacienda conteste si la invitación a un congreso debe considerarse una retribución en especie que percibe el médico antes haya comprendido qué es exactamente un congreso y qué no; que sepa que las sociedades científicas velamos por los contenidos científicos de los congresos y que el código de la industria es muy estricto sobre el resto de cuestiones" como los hoteles, el tipo de viaje, etc. Macaya insiste: "No se trata de buscar triquiñuelas legales para que no se declare, sino de que se entienda que no es lo mismo un congreso científico que una reunión promocional", y que el tratamiento fiscal no puede ser el mismo para la formación continuada que para otras cuestiones. La ley sobre los deberes tributarios del médico no ha cambiado, pero la publicación de los datos de los pagos ha recordado las dudas fiscales que había En la misma línea se han expresado fuentes de Farmaindustria, que detallan que "transparentar estas ayudas no cambia la situación, ni la naturaleza de las mismas; simplemente evidencia una realidad: cuál es el papel clave e indispensable que juega hoy la industria en el apoyo a la formación médica. Por ello, y para evitar que este paso de la industria, que abunda en la eficiencia de estas ayudas, pueda tener consecuencias irreparables en el acceso de los profesionales a la formación, estamos haciendo nuestros mejores esfuerzos, en diálogo abierto con colegios profesionales y sociedades científicas, y facilitando a la Administración toda la información útil para aclarar esta cuestión y encontrar una solución que elimine las incertidumbres actuales sobre el tratamiento fiscal de estos patrocinios". Tratando de despejar las dudas legales sobre la cuestión, Antonio Molins, socio del área de Farmacia del despacho de abogados Garrigues, explica que "hubo ya dos preguntas a Hacienda sobre esta cuestión, en 2002 y 2006, en una situación muy distinta a la actual", en las que la Dirección General de Tributos (DGT) interpretó que el médico sí debía declarar las invitaciones a congresos;"pero en las dos consultas la DGT parte de la base de que la asistencia a los congresos es una retribución en especie, sin analizar esta cuestión en detalle". En el caso de los congresos, Molins opina que es discutible que puedan considerarse retribuciones en especie del médico (y que deba tributar por ellas) porque para serlo "deberían tener una utilidad particular, y aunque al asistir a un congreso el médico en parte se beneficie personalmente, la finalidad primordial es profesional, no personal". Finalidad profesional Molins ejemplifica la cuestión: "Si una empresa paga a uno de sus empleados un viaje turístico a Canarias debe considerarse una retribución en especie, pero si lo hace porque el empleado tiene allí una reunión con uno de los clientes debe entenderse que forma parte de su actividad profesional y no es por tanto una retribución en especie". En el caso de los congresos, continúa Molins, "la cuestión es muy semejante porque la finalidad es profesional, no personal; sólo buscan la formación del profesional sanitario. Es como si se paga un curso de inglés a un empleado porque va a tratar en adelante con clientes en inglés; muy diferente a facilitar un curso de inglés a alguien que no lo necesita laboralmente". Además, aun cuando Hacienda pudiera determinar que estas invitaciones sí son retribuciones en especie, cabría discutir si deben estar exentas de tributación. En este sentido, Gemma Colomé, del despacho de abogados Jausas, explica que "la ley dice que no es retribución en especie la formación que pueda recibir un empleado por parte de su empleador, pero en este caso el laboratorio no es el empleador del médico así que no está clara la cuestión; el caso del sector sanitario es muy específico y la ley no siempre contempla todas las opciones. Para saber cómo va a interpretar la cuestión Hacienda habrá que ver también cómo se le ha formulado la consulta". Y es que para Daniel Autet, del despacho Durán Sindreu, la cuestión invita también a interpretaciones porque la literalidad de la ley parece decir una cosa y la motivación de la ley otra: "Para que sea retribución en especie exenta de declararse por ser para formación debe haber una relación laboral entre el médico y el laboratorio que paga el congreso, y no la hay. Si hubiese esa relación laboral sí que podría quedar exenta de tributación. La cuestión es que aquí la motivación, la formación del médico, es la misma que la que se desprende de la ley, pero literalmente al no haber relación laboral sí habría que declararlo y Hacienda podría exigir que así sea. Pero habrá que esperar a la respuesta que dé la DGT". Gustavo Gutiérrez, del despacho Cuatrecasas, insiste en la idea de que "es crucial saber cómo se ha planteado la pregunta para saber qué puede responder Hacienda porque es un tema espinoso y complejo donde hay que conciliar lo que debería ser con lo que literalmente pone en la ley". En su opinión, es probable que todos opinaran lo mismo si se les preguntara si el médico debe tributar por ir a un congreso que paga un laboratorio, teniendo en cuenta que el médico tiene obligación de formarse, que esa formación va en beneficio de todos y que el sistema público que debería financiarlo no lo hace. Pero la literalidad de la ley "no prevé una cuestión como esta". Gutiérrez insiste en que la duda ya estaba sobre la mesa hace tiempo e incluso hay dos respuestas de Hacienda a consultas sobre la cuestión, en 2002 y 2006, que coinciden en que el médico sí debe tributar por estas invitaciones, pero "no sería la primera vez que, en el transcurso de los años, Tributos cambia de opinión sobre una cuestión y en este caso, la verdad es que no está nada claro, sobre todo porque no sabemos qué se le ha preguntado". Diferente en la privada Comoquiera que sea, Gutiérrez explica que la cuestión es diferente para quienes trabajan en consulta privada porque como actividad profesional sí podrían deducirse el gasto de acudir al congreso. Molins señala, además, lo incongruente que resultaría que en hospitales mixtos donde se conjuga lo público y lo privado algunos tuviesen que tributar por las invitaciones a congresos y otros no, según quien pagara la asistencia, cuando bajo la óptica del médico se trata exactamente de la misma formación y con el mismo objetivo profesional. La cuestión se complica aún más si se piensa en los médicos que conjugan la pública y la privada. Pendientes de la interpretación que haga Hacienda en los próximos meses, Molins concluye explicando que, teniendo en cuenta la rigidez actual de los códigos deontológicos de la industria sobre el contenido y la hospitalidad en los congresos y "el hecho de que el propio hospital da permiso a los médicos para acudir a los congresos para poder formarse", resulta complicado considerar que es un beneficio personal del médico y no una actividad formativa que debiera quedar al margen del IRPF. Transparencia El pasado junio los laboratorios adheridos a Farmindustria publicaron las primeras cifras de pagos a profesionales y entidades sanitarias. En conjunto, la industria declaró haber pagado a médicos, sociedades científicas y organizaciones sanitarias 496 millones de euros en concepto de ayudas para congresos, prestación de servicios y labores de investigación y desarrollo. Concretamente, habría pagado 119 millones de euros directamente a los profesionales en concepto de ayudas para acudir a congresos y reuniones profesionales y 66 millones de euros a sociedades científicas y otras organizaciones sanitarias para la organización de estos eventos. ¿Qué datos se hacen públicos? El compromiso de los laboratorios incluye la publicación de los datos de pagos a entidades sanitarias y profesionales tanto directos como indirectos. Desde enero de 2017 (estos datos no se harán públicos hasta junio de 2018), tal y como aclaró la Agencia de Protección de Datos, se identificará con nombres y apellidos al médico que acepta dichos pagos, pero la publicación no debe permitir que se agreguen de forma automática los datos de pagos de diferentes laboratorios a un mismo médico ni que los datos se usen para otras cuestiones.
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