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Deberes tributarios
Hacienda aclarará si el médico debe
declarar las invitaciones a congresos
Tributos tiene ya sobre la mesa una pregunta sobre si los pagos para formación tributan. OMC,
Farmaindustria y Facme prevén consultar también sobre la cuestión.
DIARIO MEDICO. Laura G. Ibañes. Madrid | [email protected] | 17/10/2016 00:00
http://www.diariomedico.com/2016/10/17/area-profesional/sanidad/hacienda-aclararasi-el-medico-debe-declarar-las-invitaciones-a-congresos
La legislación no ha cambiado. Los deberes tributarios de los médicos son hoy los
mismos que antes de que entrara en vigor el Código de Buenas Prácticas de la
patronal Farmaindustria por el que voluntariamente los laboratorios se comprometen a
publicar todo pago que realicen a entidades o profesionales sanitarios, tanto en
concepto de honorarios por asesorías, como por invitaciones a congresos y patrocinios
de reuniones científicas. Pero, aunque la legislación no haya cambiado, esto es,
aunque las obligaciones fiscales de los médicos sean las mismas que antes, es
evidente que la publicación de estos datos (los primeros se hicieron públicos en junio
de este año, pero a partir de junio de 2018, en referencia a los datos de 2017, los
datos identificarán cada pago o invitación con nombres y apellidos del médico) ha
sembrado de dudas al sector.
Hace ya meses que colegios y sociedades expresaron su preocupación por las
posibles consecuencias fiscales para el médico que podría tener la publicación de
estos datos, sobre todo los referentes a invitaciones a congresos, que tradicionalmente
se ha entendido que no debían figurar en la declaración de la renta del médico
(sobre los honorarios percibidos por asesorías siempre ha estado claro que sí debían
declararse en el IRPF). El hecho de que la Agencia de Protección de Datos aclarase
que los datos publicados por los laboratorios no pueden ser utilizados para otro fin
diferente del que publican (ni siquiera por Hacienda) no ha evitado las dudas.
De hecho, hace sólo unos días que el diario económico Cinco Días publicó que la
primera pregunta formal a Hacienda sobre la cuestión está ya encima de la mesa
de la Dirección General de Tributos, que tendrá que pronunciarse y aclarar si los
médicos deben o no declarar estos pagos.

Expertos jurídicos opinan que la invitación a un congreso no
es una retribución en especie puesto que su utilidad
primordial es profesional, no personal
Fuentes de la Dirección General de Tributos han explicado a DM que, con todo, esta
pregunta que habría formulado "una asociación profesional del sector sanitario"
todavía no tiene respuesta por parte de Hacienda y la respuesta podría todavía
tardar en llegar. No en vano, no se descarta que lleguen más preguntas sobre la
cuestión. Entre ellas la que podrían presentar la Organización Médica Colegial (OMC),
la Federación de Asociaciones Científico Médicas (Facme) y la propia patronal de
laboratorios Farmaindustria, que están estudiando el asunto para hacer la pregunta
más adecuada a la Dirección General de Tributos, cuya interpretación de la ley será
vinculante para la Administración.
Un deber ético
Así lo ha confirmado a DM el presidente de Facme, Carlos Macaya, que explica que
"es fundamental que preparemos bien lo que queremos preguntarle a Hacienda
porque en esa pregunta debemos hacerle entender la realidad: que la formación
continuada es un deber ético del médico y que se financia a través de terceros porque
no la financia el sistema público que es, junto al paciente, el que realmente se
beneficia de que el médico se forme. Queremos que cuando Hacienda conteste si
la invitación a un congreso debe considerarse una retribución en especie que
percibe el médico antes haya comprendido qué es exactamente un congreso y
qué no; que sepa que las sociedades científicas velamos por los contenidos científicos
de los congresos y que el código de la industria es muy estricto sobre el resto de
cuestiones" como los hoteles, el tipo de viaje, etc. Macaya insiste: "No se trata de
buscar triquiñuelas legales para que no se declare, sino de que se entienda que
no es lo mismo un congreso científico que una reunión promocional", y que el
tratamiento fiscal no puede ser el mismo para la formación continuada que para otras
cuestiones.

La ley sobre los deberes tributarios del médico no ha
cambiado, pero la publicación de los datos de los pagos ha
recordado las dudas fiscales que había
En la misma línea se han expresado fuentes de Farmaindustria, que detallan que
"transparentar estas ayudas no cambia la situación, ni la naturaleza de las
mismas; simplemente evidencia una realidad: cuál es el papel clave e
indispensable que juega hoy la industria en el apoyo a la formación médica. Por
ello, y para evitar que este paso de la industria, que abunda en la eficiencia de estas
ayudas, pueda tener consecuencias irreparables en el acceso de los profesionales a la
formación, estamos haciendo nuestros mejores esfuerzos, en diálogo abierto con
colegios profesionales y sociedades científicas, y facilitando a la Administración
toda la información útil para aclarar esta cuestión y encontrar una solución que elimine
las incertidumbres actuales sobre el tratamiento fiscal de estos patrocinios".
Tratando de despejar las dudas legales sobre la cuestión, Antonio Molins, socio del
área de Farmacia del despacho de abogados Garrigues, explica que "hubo ya dos
preguntas a Hacienda sobre esta cuestión, en 2002 y 2006, en una situación muy
distinta a la actual", en las que la Dirección General de Tributos (DGT) interpretó que
el médico sí debía declarar las invitaciones a congresos;"pero en las dos consultas la
DGT parte de la base de que la asistencia a los congresos es una retribución en
especie, sin analizar esta cuestión en detalle".
En el caso de los congresos, Molins opina que es discutible que puedan considerarse
retribuciones en especie del médico (y que deba tributar por ellas) porque para serlo
"deberían tener una utilidad particular, y aunque al asistir a un congreso el
médico en parte se beneficie personalmente, la finalidad primordial es
profesional, no personal".
Finalidad profesional
Molins ejemplifica la cuestión: "Si una empresa paga a uno de sus empleados un viaje
turístico a Canarias debe considerarse una retribución en especie, pero si lo hace
porque el empleado tiene allí una reunión con uno de los clientes debe entenderse que
forma parte de su actividad profesional y no es por tanto una retribución en especie".
En el caso de los congresos, continúa Molins, "la cuestión es muy semejante
porque la finalidad es profesional, no personal; sólo buscan la formación del
profesional sanitario. Es como si se paga un curso de inglés a un empleado
porque va a tratar en adelante con clientes en inglés; muy diferente a facilitar un
curso de inglés a alguien que no lo necesita laboralmente".
Además, aun cuando Hacienda pudiera determinar que estas invitaciones sí son
retribuciones en especie, cabría discutir si deben estar exentas de tributación. En
este sentido, Gemma Colomé, del despacho de abogados Jausas, explica que "la ley
dice que no es retribución en especie la formación que pueda recibir un
empleado por parte de su empleador, pero en este caso el laboratorio no es el
empleador del médico así que no está clara la cuestión; el caso del sector sanitario
es muy específico y la ley no siempre contempla todas las opciones. Para saber cómo
va a interpretar la cuestión Hacienda habrá que ver también cómo se le ha formulado
la consulta".
Y es que para Daniel Autet, del despacho Durán Sindreu, la cuestión invita también
a interpretaciones porque la literalidad de la ley parece decir una cosa y la
motivación de la ley otra: "Para que sea retribución en especie exenta de declararse
por ser para formación debe haber una relación laboral entre el médico y el laboratorio
que paga el congreso, y no la hay. Si hubiese esa relación laboral sí que podría
quedar exenta de tributación. La cuestión es que aquí la motivación, la formación
del médico, es la misma que la que se desprende de la ley, pero literalmente al
no haber relación laboral sí habría que declararlo y Hacienda podría exigir que así
sea. Pero habrá que esperar a la respuesta que dé la DGT".
Gustavo Gutiérrez, del despacho Cuatrecasas, insiste en la idea de que "es crucial
saber cómo se ha planteado la pregunta para saber qué puede responder
Hacienda porque es un tema espinoso y complejo donde hay que conciliar lo
que debería ser con lo que literalmente pone en la ley". En su opinión, es probable
que todos opinaran lo mismo si se les preguntara si el médico debe tributar por ir a un
congreso que paga un laboratorio, teniendo en cuenta que el médico tiene obligación
de formarse, que esa formación va en beneficio de todos y que el sistema público
que debería financiarlo no lo hace. Pero la literalidad de la ley "no prevé una
cuestión como esta".
Gutiérrez insiste en que la duda ya estaba sobre la mesa hace tiempo e incluso hay
dos respuestas de Hacienda a consultas sobre la cuestión, en 2002 y 2006, que
coinciden en que el médico sí debe tributar por estas invitaciones, pero "no sería la
primera vez que, en el transcurso de los años, Tributos cambia de opinión sobre una
cuestión y en este caso, la verdad es que no está nada claro, sobre todo porque no
sabemos qué se le ha preguntado".
Diferente en la privada
Comoquiera que sea, Gutiérrez explica que la cuestión es diferente para quienes
trabajan en consulta privada porque como actividad profesional sí podrían deducirse
el gasto de acudir al congreso. Molins señala, además, lo incongruente que resultaría
que en hospitales mixtos donde se conjuga lo público y lo privado algunos
tuviesen que tributar por las invitaciones a congresos y otros no, según quien
pagara la asistencia, cuando bajo la óptica del médico se trata exactamente de la
misma formación y con el mismo objetivo profesional. La cuestión se complica aún
más si se piensa en los médicos que conjugan la pública y la privada.
Pendientes de la interpretación que haga Hacienda en los próximos meses, Molins
concluye explicando que, teniendo en cuenta la rigidez actual de los códigos
deontológicos de la industria sobre el contenido y la hospitalidad en los congresos y "el
hecho de que el propio hospital da permiso a los médicos para acudir a los congresos
para poder formarse", resulta complicado considerar que es un beneficio personal
del médico y no una actividad formativa que debiera quedar al margen del IRPF.
Transparencia
El pasado junio los laboratorios adheridos a Farmindustria publicaron las primeras
cifras de pagos a profesionales y entidades sanitarias. En conjunto, la industria declaró
haber pagado a médicos, sociedades científicas y organizaciones sanitarias 496
millones de euros en concepto de ayudas para congresos, prestación de servicios y
labores de investigación y desarrollo. Concretamente, habría pagado 119 millones de
euros directamente a los profesionales en concepto de ayudas para acudir a
congresos y reuniones profesionales y 66 millones de euros a sociedades científicas y
otras organizaciones sanitarias para la organización de estos eventos.
¿Qué datos se hacen públicos?
El compromiso de los laboratorios incluye la publicación de los datos de pagos a
entidades sanitarias y profesionales tanto directos como indirectos. Desde enero de
2017 (estos datos no se harán públicos hasta junio de 2018), tal y como aclaró la
Agencia de Protección de Datos, se identificará con nombres y apellidos al médico que
acepta dichos pagos, pero la publicación no debe permitir que se agreguen de forma
automática los datos de pagos de diferentes laboratorios a un mismo médico ni que los
datos se usen para otras cuestiones.