Gobierno Cooperativo Tegucigalpa, MDC, 4 de Agosto de 2016 Facilitador: MF José Jorge Peña AGENDA 1. OBJETIVOS DE LA PRESENTACIÓN 2. ANTECEDENTES DEL GOBIERNO COOPERATIVO 3. GOBIERNO COOPERATIVO EN HONDURAS 4. BUEN GOBIERNO COOPERTIVO: PRINCIPIOS BÁSICOS 5. GESTION DEL RIESGO: GOBERNABILIDAD 6. CONFLICTO DE INTERESES 7. DEBILIDADES EN GOBERNABILIDAD 8. CONCLUSIONES 1. OBJETIVOS Dotar a Directivos, Alta Gerencia, Principales Funcionarios y demas colaboradores, con nuevos conocimientos sobre Gobernabilidad para mejorar sus competencias y estandarizar conceptos al respecto. Concientizar sobre la importancia del Gobierno Cooperativo en la operación de la institución. Contribuir a establecer la Cultura de Gobernabilidad en la Cooperativa Ceibeña, Ltda 2. ANTECEDENTES: GOBIERNO CORPORATIVO ANTECEDENTES: GOBIERNO CORPORATIVO (Cont…) El ámbito de control interno y las prácticas internacionales han determinado que es necesario establecer un conjunto mínimo de medidas de Gobierno Corporativo, con el fin de señalar de manera clara la responsabilidad de los órganos de dirección de las instituciones supervisadas Principales Objetivos •Atraer capitales (Nuevas Aportaciones y Depósitos). •Asegurar el buen manejo y administración de las Instituciones • Proteger los derechos de los Cooperativistas y demás grupos de interés. • Fomentar la confianza en los mercados financieros. • Promover la competitividad en la economía de mercado. ANTECEDENTES DE LAS REFORMAS A LA LEY DE COOPERATIVAS Y SU REGLAMENTO 1987 7 MAYO Ley de Cooperativas de Honduras. Decreto Legislativo No. 65-87 2011 Lineamientos mínimos que deben cumplir las cooperativas que voluntariamente se sujeten a la supervisión de la CNBS 2014, 1 DE FEBRERO. Decreto No. 174-2013 del 1-09-2013 Reformas a la ley de cooperativas de Honduras. 2014, 16 DE JUNIO Acuerdo 41-2014 del 23-4-2014 Reformas al Reglamento de la Ley de cooperativas de Honduras Articulo 20 de la LEY. Principios de un Buen Gobierno Cooperativo. •Articulo 2 del REGLAMENTO. Definiciones: Gobierno Cooperativo Art. 119-F. CAC TAN>500.0 MM. 3 miembros de JD, deben acreditar ante el CONSUCOOP conocimientos y experiencia en el negocio financiero y/o Cooperativo ANTECEDENTES DE LAS REFORMAS A LA LEY DE COOPERATIVAS Y SU REGLAMENTO (Cont…) Articulo 20 de la LEY. Principios de un Buen Gobierno Cooperativo. •Articulo 2 del REGLAMENTO. Definiciones: Gobierno Cooperativo Art. 119-G. CAC <100.0 MM. 1 miembro de JV, debe acreditar (al CONSUCOOP) experiencia en el área de fiscalización. Tener Auditor Interno. Art. 119-B. Intermediación Financiera Cooperativa. Captación Irregular de Fondos. Art. 119-J. Liquidación Forzosa de Cooperativas Art. 124 Operaciones de Riesgo (Constitución de Reservas) 3. GOBIERNO COOPERATIVO EN HONDURAS Reglamento de la Ley de Cooperativas de Honduras (La Gaceta, 16 DE Junio 2014. NUMERO 33,454) •Articulo 2 Definiciones: GOBIERNO COOPERATIVO Conjunto de reglas y directrices que regulan las relaciones internas entre la asamblea general, directivos, comités de apoyo, órganos de vigilancia y de supervisión, gerencia, funcionarios y empleados y demás personas que tienen influencia en una cooperativa; con el propósito que al actuar y desempeño de los mismos procure siempre la protección del patrimonio, el bienestar de los afiliados y la confianza del publico en general. Mediante la sana administración, responsabilidad social con la comunidad y cumplir con los principios y valores cooperativos. Es decir resumidamente, Gobierno Cooperativo es el sistema para dirigir y controlar la cooperativa. 3. GOBIERNO COOPERATIVO EN HONDURAS (Cont…) Normas sobre Gestión Integral de Riesgos (Resolución SB No. 1320/02-08-2011, emitida por la CNBS) •Articulo 3, literal f), definición: RIESGO Es la posibilidad de generarse una pérdida económica por la ocurrencia de un evento adverso que afecte negativamente el logro de los objetivos de la institución RIESGO DE GOBERNABILIDAD Es la probabilidad de pérdida por omisiones, inadecuadas o contradicciones en la visión, estrategias, planes y liderazgo de la institución, que le restan capacidad de responder adecuadamente a las señales de mercado y con ello a perder oportunidades de negocio. VALOR SUPERIOR DE UN BUEN GOBIERNO COOPERATIVO: AUTOSOSTENIBILIDAD EN EL TIEMPO INTERMEDIACIÓN FINANCIERA COOPERATIVA FUNCIONES DEL GOBIERNO CORPORATIVO Establece las normas que rigen las funciones de los Órganos decisorios (Dirección – Alta Gerencia). Establece las políticas para cumplir los objetivos societarios, por todo el personal en toda la institución. Asegura que las actividades se cumplan con niveles de seguridad y solvencia necesarios y que se ajusten a las leyes y normas vigentes. Define los riesgos a asumir. Protege los intereses de los Afiliados: Aportaciones y sus depósitos. Define las responsabilidades frente a los Afiliados y considera los intereses de terceros relevantes. ¿PORQUE IMPLEMENTAR BUENAS PRÁCTICAS DE GOBERNABILIDAD: ALGUNOS BENEFICIOS 4. BUEN GOBIERNO COOPERTIVO: PRINCIPIOS BÁSICOS Principio 1: Valores Cooperativos o Corporativos La responsabilidad del Consejo y de Vigilancia, incluye la aprobación y el monitoreo de la implementación de los objetivos estratégicos, de la estrategia de riesgos y valor corporativo, siendo también responsable de monitorear a la Alta Gerencia Principio 2: Aptitud y Buen Juicio Los miembros del Consejo y de Vigilancia deberían ser calificados, aptos para sus cargos. Deberían tener una clara comprensión de su rol en el Gobierno Corporativo y ser capaces de ejercer con juicio criterioso y objetivo, sobre los asuntos de la institución. Principio 3: Responsabilidad El Consejo debería definir prácticas de gobierno para su propia tarea y asegurarse por si mismo que tales prácticas son seguidas periódicamente y revisadas para su mejora. 4. BUEN GOBIERNO COOPERTIVO: PRINCIPIOS BÁSICOS (Cont…) Principio 4: Responsabilidad En estructuras de Grupo, el Consejo de la Compañía principal o del Grupo tiene la responsabilidad de fijar y adecuar el buen Gobierno Corporativo a lo largo del Grupo, asegurando políticas de gobierno y mecanismos apropiados a la estructura, negocios y riesgos del Grupo y sus Entidades Principio 5: Bajo la dirección del Consejo, la Alta Gerencia debera asegurar que las actividades de la institución son consistentes con la estrategia de negocios, tolerancia y apetito al riesgo y políticas aprobadas por el Consejo. Principio 6: La Cooperativa debería tener una administración de riesgos independiente (incluye una Gerencia u Oficina de Riesgo) con suficiente autoridad, status, independencia, recursos y acceso al Consejo. 4. BUEN GOBIERNO COOPERTIVO: PRINCIPIOS BÁSICOS (Cont…) Principio 7: Los riesgos deben ser medidos y monitoreados en continuo a lo largo del Grupo y cada Entidad que lo integra y la administración de riesgos y la infraestructura del control interno debería actualizarse en función del cambio del perfil de riesgo (incluido su crecimiento) y los cambios externos producto del entorno. Principio 8: Comunicación Una efectiva administración de riesgos requiere de una comunicación interna robusta a lo largo de la Organización, en relación al tratamiento del riesgo, con reportes al Consejo, Vigilancia y a la Alta Gerencia o Gerencia Ejecutiva. Principio 9: Controles Internos El Consejo y la Alta Gerencia o Gerencia Ejecutiva, deberían utilizar con eficacia, la labor y reportes de la Auditoría Interna, Auditoría Externa y de las funciones de control interno (incluidas las de cumplimiento). 4. BUEN GOBIERNO COOPERTIVO: PRINCIPIOS BÁSICOS (Cont…) Principio 10: Prácticas Retributivas El Consejo debería supervisar activamente el diseño y la operatividad del sistema de compensaciones y revisar y monitorear el mismo para asegurarse de que funciona conforme a lo previsto. Principio 11: Prácticas Retributivas La compensación de los empleados debera estar eficazmente alineada con los riesgos que asume la Organización, deberían ajustarse por todos los tipos de riesgos. El diagrama o programa de compensaciones debería ser sensible a los riesgos en un horizonte de tiempo y la mezcla de pago en efectivo, acciones u otras formas de compensación, deberían ser también consistentes con lo riesgos que se asumen. Principio 12: Política Conozca su Estructura El Consejo y la Alta Gerencia o Gerencia Ejecutiva deberían conocer y comprender la estructura operativa de la institución y sus riesgos asociados (Know-your-structure). 4. BUEN GOBIERNO COOPERTIVO: PRINCIPIOS BÁSICOS (Cont…) Principio 13: Donde la cooperativa opere con propósitos especiales, estructuras relativas, o en jurisdicciones que impiden la transparencia o no adhieren a estándares internacionales, los Consejos y las Altas Gerencias o Gerencias Ejecutivas, deberían conocer, los propósitos, estructuras y riesgos específicos de este tipo de operatorias. También deberían intervenir en la búsqueda de mitigantes para los riesgos identificados. Principio 14: Transparencia El Gobierno de la Cooperativa, debera ser transparente con sus accionistas, depositantes, otros grupos de interés (stakeholders) y participantes del mercado. 5. GESTION DE LA GOBERNABILIDAD El Gobierno Cooperativo: Forma en que la Junta Directiva, Vigilancia y la Gerencia dirigen las actividades y negocios de la cooperativa, considerando lo siguiente: a) Fijar los objetivos; b) Velar por el funcionamiento adecuado de la institución; c) Velar por los intereses de los afiliados y demás grupos de interés; d) Asegurar que las actividades y negocios de la cooperativa cumplan con las leyes y regulaciones aplicables; e) Incorporar en el desarrollo de sus negocios y actividades la protección de los derechos de sus usuarios. 5. GESTION DE LA GOBERNABILIDAD (Cont…) 1. Derechos y Trato Equitativo Hacia Asociados 1.1 Derechos y Obligaciones de Cooperativistas 1.2 Quórum para Sesiones 1.3 Derecho de Adhesión y Retiro Voluntario 1.4 Información Previo a Asamblea 2. Independencia e Idoneidad Técnica de Órganos 2.1 Separación de Dirección y Gestión 2.2 Permanencia en Cargos de Dirección y Relación entre Ellos y Perfil de Junta Directiva 2.3 Gestión de los Negocios 2.4 Retribución a Directivos 2.5 Informe sobre Retribuciones a Directivos 5. GESTION DE LA GOBERNABILIDAD (Cont…) 3. Cultura Ética y Control 3.1 Objetivos y Valores 3.2 Cultura Organizativa 3.3 Comunicación de Situaciones 3.4 Estatutos 4. Régimen de Funciones y Responsabilidades 4.1 Funciones de Asamblea General 4.2 Reglamento Interno de Trabajo 4.3 Procedimientos para Convocatoria a Asamblea 4.4 Procedimientos para Participación de Asociados Asamblea 4.5 Nombramiento y Cancelación de Directivos 4.6 Asistencia a Asamblea de Personas Externas 5. GESTION DE LA GOBERNABILIDAD (Cont…) 4. Régimen de Funciones y Responsabilidades (Cont…) 4.7 Número de Miembros Junta Directiva 4.8 Funciones de Junta Directiva y Junta de Vigilancia 4.9 Funciones de Presidente de Junta Directiva 4.10 Funciones de Gerencia General 4.11 Reuniones de Junta Directiva 4.12 Operaciones con Partes Relacionadas 4.13 Uso de Activos a Miembros de Junta Directiva 5. GESTION DE LA GOBERNABILIDAD (Cont…) 5. Concordancia Entre Información Proporcionada y Desempeño de la Institución 5.1 Nombramiento de Auditores Externos 5.2 Normas para Contratación de Auditor 5.3 Prohibición de Nombramiento de Auditor Externo 5.4 Información a Disposición de Asociados 6. Mecanismos para la Resolución de Conflictos 6.1 Conflictos de Interés 6.2 Identificación de Directivos con Personas Vinculantes 5. GESTION DE LA GOBERNABILIDAD (Cont…) 7. Grupos de Interés 7.1 Expectativas de Grupos de Interés 7.2 Participación de los Cooperativistas 7.3 Ambiente Laboral 7.4 Plan de Carrera 7.5 Plan de Sucesión 8. Control Interno 8.1 Sistema de Control Interno 8.2 Aprobación del Sistema de Control Interno 8.3 Subsanación e Implementación de Observaciones 8.4 Auditoría de Operaciones 8.5 Informe Situación Legal 8.6 Verificación de Cumplimiento de Funciones de Junta Directiva y Comités. 5. GESTION DE LA GOBERNABILIDAD (Cont…) 8. Control Interno (Continuación) 8.7 Políticas y Seguimiento de Seguimiento y Control de Gobierno Corporativo 8.8 Cumplimiento de Norma de Gobierno Corporativo 6. CONFLICTO DE INTERESES Se entiende por conflicto de interés toda situación o evento de regulación, administración, operación o control institucional, en la que deba intervenir o participar un miembro de la Junta Directiva en razón del ejercicio de sus funciones, cuya decisión tenga relación directa o indirecta con sus propios intereses personales o familiares y/o esa decisión institucional está en contra de los intereses de la entidad. 6. CONFLICTO DE INTERESES (Cont..) Los Directores deben evitar incurrir en conflictos como los siguientes ejemplos: realizar operaciones sobre la base de amistad o relación familiar; realizar cualquier actividad que pueda generar o parezca generar la obtención de favores personales; recibir remuneración, dádivas o cualquier otro tipo de compensación en dinero o en especie, en razón del trabajo o servicio prestado a la entidad. Los miembros deberán comunicar, a la mayor brevedad posible, cualquier situación de conflicto, directo o indirecto, que pudieran tener frente al interés general de la entidad, proporcionando la información necesaria para que se pueda adoptar una decisión neutral e informada. 6. CONFLICTO DE INTERESES (Cont..) Los Directores se abstendrán de intervenir en las votaciones que afecten a asuntos en los que ellos o personas a ellos vinculadas se hallen directa o indirectamente interesados. Ante toda situación que presente duda en relación con la posible existencia de un conflicto de interés, el miembro de la Junta Directiva estará obligado a proceder como si éste efectivamente existiera. 6. CONFLICTO DE INTERESES (Cont..) El código de Conducta El código de Conducta debe formar parte de la cultura organizacional, tiene como propósito establecer normas que oriente el comportamiento ético de todos los integrantes de la organización, Asamblea General, Directivos, Funcionarios y empleados en su desempeño diario, en las relaciones e interrelaciones entre Directivos, administradores y empleados, actuaciones con los Afiliados, proveedores, competidores y la comunidad. 6. CONFLICTO DE INTERESES (Cont..) Segregación de funciones. Es un Control Interno que busca evitar que una misma persona tenga control sobre dos o más transacciones sensibles e incompatibles. El control interno son los sistemas, las políticas, los procedimientos, y los procesos establecidos por el Consejo de Administración y la Alta Dirección para salvaguardar los activos de la institución, limitar o controlar los riesgos, y lograr los objetivos del banco. Conflicto de segregación de funciones. La combinación de dos transacciones o actividades de negocios sensibles e incompatibles. 6. CONFLICTO DE INTERESES (Cont..) La Junta de Directiva: Es el órgano de administración permanente subordinado a las directrices y políticas de la Asamblea General. Las funciones de la Junta de vigilancia, o del órgano que haga sus veces, están relacionadas con actividades de control social, por tanto, su actividad debe ser diferente a la que corresponde al Consejo de Administración. Su rol en el Buen Gobierno es vital, si se cumple con objetividad, entendiendo que no es competencia o rival del consejo de administración, no tiene la condición de administradores, sino un complemento para garantizar el cabal cumplimiento de la Ley, de la Misión y Visión institucional, de los objetivos estratégicos y de la normativa interna vigente en lo estrictamente social. FLUJO DE INFORMACIÓN EN Y ENTRE JUNTAS a) b) c) d) e) f) g) h) i) j) Estatutos Actas de Asambleas (Ordinarias y Extraordinarias) Actas de Junta Directiva Actas de Junta de Vigilancia Informes de la Unidad o Responsable de Riesgos Informes de Junta de Vigilancia (Hallazgos de Auditoría Interna Plan Estratégico, Plan Operativo, Presupuestos Estados Financieros (Auditados e Internos) Informes de Cumplimiento Regulatorio y Legal Información No Financiera Relevante La información antes detallada, se puede realizar una adecuada gobernanza a través de la institución DEBILIDADES EN CAC´S: Se carece de un plan estratégico, POA y presupuesto (ó sin implementarse y no están alineados entre sí. Estructuras organizativas bien detalladas, pero no implementadas. JD, JV y Personal no han asimilado las nuevas regulaciones y disciplinas financieras o carecen de las competencias para su implementación No se celebran las sesiones mensuales de la JD, ni la JV. Empleados no obedecen al gerente y se respaldan en Directivos. No se cumplen los manuales de créditos en cuanto a los límites de crédito, constitución de reservas, consultas a la CIC y control de garantías. No cuentan con procedimientos para castigos de créditos y de activos eventuales, la JD aprueba préstamos y No el Comité Crédito respectivo. 7. DEBILIDADES DE GOBERNABILIDAD: JUNTA DIRECTIVA 7. DEBILIDADES DE GOBERNABILIDAD: JUNTA DIRECTIVA (Cont…) No dedicar tiempo suficiente al ejercicio de sus funciones y participar activamente en los asuntos de su competencia. Participar en las actividades de ejecución que correspondan al gerente y, en general, a las áreas ejecutivas de la organización, así sea temporalmente por la ausencia de alguno de ellos. El gobierno cooperativo debe ser transmitido en forma “descendente” de arriba hacia abajo. en este sentido se exige un alto compromiso de la dirección quien debe ser la que de “el ejemplo” Debe lograse una cultura de gobierno corporativa. 7.DEBILIDADES DE GOBERNABILIDAD: AREAS EJECUTIVAS . 7. DEBILIDADES DE GOBERNABILIDAD: AUDITORIA INTERNA, EXTERNA Y CONTROL INTERNO ALGUNAS RECOMENDACIONES PARA FORTALECER LA GOBERNABILIDAD: ALGUNAS RECOMENDACIONES PARA FORTALECER LA GOBERNABILIDAD: 8. GOBERNABILIDAD COOPERATIVA: ALGUNAS CONCLUSIONES El buen gobierno cooperativo no se declama, simplemente se practica. El gobierno cooperativo deben ser transmitidos en forma “descendente” de arriba hacia abajo. en este sentido se exige un alto compromiso de la dirección quien debe ser la que de “el ejemplo” Debe lograse una cultura de gobierno corporativa. AGRADECIMIENTO GRACIAS
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