Lo Barnechea 5553

Lo Barnechea
municipolidad
DIRECCIÓN A SORIA
,Í.
JURIDICA
PL, A
APRUEBA CONSTITUCION DE
SERVIDUMBRES PERPETUAS
INMOBILIARIA RESERVA LA
LIMITADA
A
DEHESA
MUNICIPALIDAD DE LO
BARNECHEA.
DECRETO N°
5553
LO BARNECHEA, 1 6 DCT 2014
VISTOS: La solicitud de fecha 16 de junio de 2014, emanada de don Carlos González Barriga,
en representación de Inmobiliaria Reserva La Dehesa Limitada, donde manifiesta su intención
de suscribir escritura pública de constitución de servidumbres perpetuas a favor de la
Municipalidad de Lo Barnechea, con el objeto de limitar el número máximo de terrenos
habitacionales en que podrá ser subdividido el lote 1 A 1 del plano LB-107-A, aprobado por
resolución sección tercera N° 042 de fecha 20 de octubre de 2006, el que se encuentra
archivado bajo el N° 43.293-BIS, con fecha 1 de diciembre de 2006, en el Conservador de
nes Raíces de Santiago, ubicado en calle Nueva La Dehesa N° 12.210, comuna de Lo
nechea, limitando el número máximo de pisos en altura, fijando un destino residencial y
talbleciendo destinaciones de áreas verdes. Lo anterior, sujeto al cumplimiento de que la
cipalidad haya dictado el Decreto Alcaldicio que fija norma urbanística para la zona que
empla la superficie en que recaen las servidumbres, con los requisitos y de conformidad con
cedimiento que establece el artículo 59 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones,
ue se haya publicado en el Diario Oficial, y, que el citado Decreto Alcaldicio fije normas
urbanísticas correspondientes a la zona ",/ " consultada en el PRC-LB; la escritura pública de
constitución de servidumbres perpetuas celebrada con fecha 29 de julio de 2014 en la Notaría
de/ don Armando Ulloa Contreras, entre Inmobiliaria Reserva La Dehesa Limitada y la
Municipalidad; el Ordinario Alcaldicio N° 579 de fecha 6 de agosto de 2014 dirigido al Sr. Aldo
Ramaciotti Fracchia, Secretario Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo Región
Metropolitana, en donde se remite la propuesta de Decreto Alcaldicio que asigna nuevas
normas urbanísticas a terrenos cuyas declaratorias de utilidad pública caducaron,
correspondiente a los terrenos destinados al parque intercomunal "Cerro Isla" denominado parte
del Cerro del Medio, en los lotes que allí indica;
TENIENDO PRESENTE: lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 18.695 Orgánica
Constitucional de Municipalidades; y en uso de las facultades que me confieren los
artículos 56 y 63 letra i) y j) del mismo cuerpo legal,
DECRETO:
1.- APRUÉBASE la Constitución de servidumbres perpetuas, celebradas mediante
escritura pública de fecha 29 de julio de 2014, en la Notaría de Santiago de don Armando
Ulloa Contreras, entre esta Municipalidad y la Inmobiliaria Reserva La Dehesa Limitada,
Rol Único Tributario N° 76.027.120-9, representada por don CARLOS GONZALEZ
1
5,13ARRIGA, cédula nacional de identidad N° 9.755.820-5, ambos con domicilio en Avenida
&residente Kennedy N° 5.735, Torre Poniente, oficina 1.602, de la comuna de las Condes,
ciudad de Santiago.
2.- Dese cumplimiento a lo dispuesto en la cláusula quinta de la citada escritura pública de
Constitución de servidumbres perpetuas, en el sentido de que Inmobiliaria Reserva La
LoBarnechea
mun,ciporid..
Dehesa Limitada, deberá requerir debidamente la inscripción de la presente escritura
ública en el Registro de Hipotecas y Gravámenes del Conservador de Bienes Raíces de
ntiago, dentro de los cinco días siguientes hábiles de la publicación en el Diario Oficial
Decreto Alcaldicio que fija las correspondientes normas urbanísticas.
ANÓTESE, COMUNÍQUESE Y ARCHÍVESE
0) LUIS FELIPE GUEVARA STEPHENS - ALCALDE
PQ 01 LOe9VIVIAN BARRA PEÑALOZA - SECRETARIA MUNICIPAL
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SECRETARIA MUNICIPAL
DISTRIBUCIÓN:
• Alcaldía;
• Administración Municipal;
01, Secretaría Municipal;
GsV. Dirección Control Interno;
o
Dirección de Obras;
Secpla;
• Archivo.