Consultar Instructivo de ELECCIONES OSUNLaR 2016

JUNTA ELECTORAL
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INSTRUCTIVO
“ELECCIONES OSUNLaR 2016”
¿Qué se elige?
En este proceso electoral de OSUNLaR, se elegirán 2 Consejeros para
representación de sus Estamentos, uno por el Estamento Docente y
otro por el Estamento Nodocente, junto a sus respectivos suplentes.
¿Cómo se elige?
La elección de los miembros del Consejo Directivo se efectuará por el
sistema de lista completa.
¿Quiénes son electores?
Son electores de la Obra Social de la Universidad Nacional de La
Rioja, los afiliados titulares, docentes y nodocentes que sean
aportantes a la Obra Social a la fecha de cierre del padrón electoral,
posean una antigüedad mínima de tres meses como afiliados a
OSUNLaR de acuerdo al art. 15 del Reglamento Electoral.
¿Qué sucede si un elector no figura en el padrón o tiene algún
dato incorrecto?
Los electores que por cualquier causa no figurasen en el padrón
provisorio o estuviesen anotados erróneamente tienen derecho a
reclamar personalmente, ante la Junta Electoral durante el plazo de
DOS (2) días hábiles a partir de la publicación del padrón general
provisorio.
¿En qué Sede le corresponde votar al elector?
Corresponde votar en la Sede del domicilio real. Los electores que
posean domicilio real en un lugar distinto donde se desempeñan
laboralmente, podrán optar durante el plazo de publicación del
padrón provisorio, en qué Sede desean ejercer su derecho.
¿Qué sucede con los electores que son Docente y Nodocentes
simultáneamente?
Los electores Docentes y Nodecentes que registren aportes
simultáneamente figuraran en el padrón del estamento en que
registren mayor antigüedad.
JUNTA ELECTORAL
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¿Qué otro derecho tiene el elector?
Cualquier elector tiene derecho a pedir a la Junta Electoral que se
eliminen o tachen del padrón a los electores fallecidos, a los
inscriptos más de una vez o los que se encuentren comprendidos en
las inhabilidades e inhabilitaciones establecidas en la normativa del
Estatuto de la Obra Social.
¿Ante estas situaciones de los electores que se debe hacer?
Tendrán que completar un formulario que puede descargar de la
página web o formulario que también podrá ser brindado por cada
auxiliar o delegado de la Junta Electoral.
La presentación es personal, por mesa de entrada de la Junta
Electoral, ubicadas en cada sede de OSUNLaR, de 9:00 a 12:00hs y
de 17:00 a 19:30.
Hasta el día 13 de octubre de 2016 a las 19:30 horas se recibirán los
reclamos, observaciones, pedidos de tachas y opción de sede.
¿Quienes pueden ser candidatos?
Para ser candidato se requiere figurar en el padrón definitivo
aprobado por la Junta Electoral, sin perjuicio de lo establecido en el
artículo 8º del Estatuto de OSUNLaR:
• Ser afiliado titular
• Ser argentino mayor de 25 años
• No tener pendiente causa criminal por delito doloso o haber
sido condenado por igual motivo.
• No ser concursado o fallido, con sentencia definitiva.
• No haber sido exonerado por la administración Pública,
Provincial, Municipal o sancionado por causa grave en la UNLaR.
• Registrar una antigüedad mínima de 2 (dos) años consecutivos
como afiliados.
• No tener causa judicial o reclamo administrativo pendiente
contra OSUNLaR.
• Realizar una declaración patrimonial, en carácter de declaración
jurada.
¿Cómo se conforman las listas de candidatos?
Las listas de candidatos al Consejo Directivo deberán contener los
datos personales de cada uno de ellos y de los apoderados, con su
expresa conformidad. Las firmas de los candidatos y apoderados se
considerarán a los efectos del cómputo del aval, como integrante de
tal afianzamiento.
La presentación de listas deberán ser avaladas de la siguiente forma:
JUNTA ELECTORAL
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1. Las listas de candidatos al Consejo Directivo deben estar
avaladas un mínimo de CIEN (100) afiliados de cada estamento
aportante con derecho a voto del padrón general de cada uno
de los estamentos.
2. Los avales deben ser presentados en un documento en el que
consten apellido(s) y nombre(s), estamento, número de
documento de identidad y firma. Todos los avales deben ser
renovados en cada proceso electoral.
3. Los candidatos pueden presentarse y actuar ante la Junta
Electoral por sí o por medio de un apoderado.
¿Hasta quéfecha se pueden presentar las listas de candidatos?
Las listas deben ser presentadas ante la Junta Electoral hasta el día
27 de octubre de 2016 a horas 19:30.
¿Qué es una Campaña Electoral?
La campaña electoral es el conjunto de actividades desarrolladas por
las agrupaciones políticas, los candidatos o terceros, mediante actos
de movilización, difusión, publicidad, consulta de opinión y
comunicación, presentación de planes y proyectos, debates a los fines
de captar la voluntad política del electorado, las que se deberán
desarrollar en un clima de tolerancia democrática. Las actividades
académicas, las conferencias, la realización de simposios, no son
considerados como partes integrantes de la campaña electoral.
Ninguna lista de candidatos puede contratar de manera privada
espacios publicitarios en medios radiales, audiovisuales o gráficos.
En caso de que alguna agrupación, fórmula o lista de candidatos
violara dicha prohibición la Junta Electoral deberá solicitar el cese de
dicha propaganda en un plazo no mayor a VEINTICUATRO (24) horas
de practicada la intimación, bajo apercibimiento de excluir del acto
comicial a los infractores.
En caso de resultar necesario, para determinar dicha infracción y sus
responsables, la Junta Electoral queda habilitada para recurrir ante la
Justicia Federal.
¿Cuándo comienza la Campaña Electoral?
Comienza el día 06 de noviembre de 2016.
La campaña finaliza CUARENTA Y OCHO (48) horas antes del inicio de
los comicios.
JUNTA ELECTORAL
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¿Qué día se realizara la elección?
La elección se llevará a cabo el día martes 6 de diciembre de 2016.
La Junta Electoral fijara el lugar donde funcionaran las mesas
receptoras de votos, en cada Sede de OSUNLaR, ubicadas en Capital,
Chamical, Villa Unión, Chepes, Aimogasta, Catuna y Córdoba; en el
horario de ocho (8) a dieciocho (18) horas.