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Expediente Factum: 2016/001370
Nº Expediente Rg. Interno: 56/2016.
PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES DEL CONTRATO DE SERVICIO DE
COORDINACIÓN E IMPARTICIÓN DE UN PROGRAMA FORMATIVO SOBRE EXPERTO/A EN
DINAMIZACIÓN Y COACHING PARA APOYO DE PROYECTOS DE ECONOMÍA E INNOVACIÓN SOCIAL
EN LA CIUDAD DE SEVILLA.
1. OBJETO DEL CONTRATO: El objeto del contrato será el servicio de "Coordinación e impartición de un
programa formativo sobre experto/a en dinamización y coaching para apoyo de Proyectos de Economía e
Innovación Social en la ciudad de Sevilla".
2. NECESIDAD ADMINISTRATIVA A SATISFACER: Las descritas en el Informe de necesidad suscrito por la
Jefa de Servicio de Administración de Empleo, de fecha 14 de octubre de 2016.
3. CARACTERISTICAS TECNICAS DEL SERVICIO: Las establecidas en el PPT.
4. NATURALEZA JURÍDICA DEL CONTRATO: Contrato Administrativo de Servicios, de acuerdo con lo
establecido en el artículo 10 y 19 del Real Decreto Leg. 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba
el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
CATEGORIA DEL ANEXO II TRLCSP: 24.; CODIGO CPV: 80500000 - Servicio de formación.
5. PRESUPUESTO MÁXIMO DE LICITACIÓN:
CUANTÍA DEL CONTRATO: 17.900,00 €.
IMPORTE DEL IVA 21%: 3.759,00 €.
IMPORTE TOTAL: 21.659,00 €.
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: 60401 24185 22706
El importe de adjudicación del contrato no coincidirá con el de licitación, de forma que las bajas económicas
ofertadas supondrán una economía para la entidad contratante.
6. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN: Contrato menor sin fiscalización previa, de acuerdo con lo
establecido en los artículos 138.3 del TR de la LCSP, en relación con el art. 111 de la referida norma y el art.
20.4 del Reglamento de Contratación del Ayuntamiento de Sevilla (aprobado por acuerdo del Excmo.
Ayuntamiento Pleno de la Ciudad de Sevilla, en sesión de 16 de marzo de 2006 y publicado en BOP de Sevilla
nº 74 de 31 de marzo de 2006).
7.- CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LAS OFERTAS: De conformidad con lo establecido en el PPT el
contrato se adjudicará mediante la valoración de los siguientes criterios siendo la puntuación máxima de 100
puntos:
Numeración Criterio
Puntuación máxima
asignada (100)
1
PRECIO MÁS BAJO.
40
Descripción del criterio: Se asignará la puntuación máxima al
precio mas bajo, puntuándose el resto proporcionalmente de forma
inversa.
Documentación a aportar: Proposición económica conforme al al
modelo de que se adjunta a este pliego (ANEXO IV).
2
30
PROPUESTA TÉCNICA.
Descripción del criterio: Calidad e innovación en el desarolo
de la Propuesta Técnica.
La puntuación se aplicará de la siguiente forma:
- Solo nombra los apartados de diseño del estudio tal y como
aparecen en la licitación: 0 puntos
- La propuesta presentada aporta aspectos no contemplados en la
licitación: 15 puntos
- Presenta aspectos novedosos y va más allá de lo recogido en la
licitación: 30 puntos.
Documentación a aportar:
Propuesta Técnica de conformidad con las directrices contenidas
en el PPT.
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3
EXPERIENCIA EQUIPO HUMANO.
10
Descripción del criterio:
Experiencia profesional de mas de tres años del equipo
humano propuesto para la impartición del progrmama
formativo sobre Coaching y Emprendimiento en proyectos de
Economía e Innovación Social .
La puntuación se aplicará de la siguiente forma:
- No presenta acreditación documental . 0 Puntos.
- Presenta acreditación documental donde se indica que el equipo
para la impartición del progrmama tiene mas de tres años de
experiencia profesional en al docencia de programas formativos
sobre Coaching y Emprendimiento en proyectos de Economía e
Innovación Social. 10 Puntos.
Documentación a aportar: Acreditación documental o declaración
responsable del/la representante legal de la entidad donde se
indique que el equipo propuesto tiene mas de tres años de
experiencia profesional en al docencia de programas formativos
sobre Coaching y Emprendimiento en proyectos de Economía e
Innovación Social.
4
CRITERIOS SOCIALES
20
Descripción del criterio: Estabilidad de la plantilla del personal
trabajador de la empresa y/o colaboradores.
La puntuación se aplicará de la siguiente forma:
- Ninguna persona trabajadora prevista para la ejecución del
contrato tiene un año de antigüedad en la empresa.0 puntos
- El 50% de las personas trabajadoras previstas para la ejecución
del contrato tienen un año de antigüedad de la misma.10 puntos.
- Todas las personas trabajadoras previstas para la ejecución del
contrato tienen un año de antigüedad de la misma.20 puntos.
Documentación a aportar: Vida laboral de las personas
trabajadoras previstas para la ejecución del contrato.
8. PRESENTACION DE OFERTAS: La licitación se publicará en el perfil del contratante del Ayuntamiento
de Sevilla.
Cada licitador no podrá presentar más de una oferta.
La presentación de una oferta supone la aceptación por el licitador de la totalidad de las clausulas
contenidas en los documentos que rigen este contrato.
8.1. Plazo de presentación: Las ofertas se presentarán dentro del plazo señalado en el anuncio de
licitación.
8.2. Lugar de presentación: Registro de las oficinas del Servicio de Administración de Empleo, Pabellón
Real, sito en la Plaza de América s/n planta baja.
Horario: De 9 h a 14 h.
Cuando la documentación se envíe por correo, se deberá justificar la fecha de imposición del envío en la
oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante fax que se indica
en el anuncio de licitación del Perfil del Contratante en el mismo día. También podrá anunciarse por correo
electrónico (el indicado/s en el anuncio de licitación del Perfil del Contratante) que sólo será válido si existe
constancia de la transmisión y recepción, de sus fechas y del contenido íntegro de las comunicaciones y se
identifica fidedignamente al remitente y al destinatario.
8.3. Documentación a presentar y Forma de presentación:
SOBRE Nº1: Documentación General.
- Solicitud de participación (Anexo I).
- Autorización para realizar las notificaciones telemáticamente (ANEXO II).
- Declaración responsable de cumplimiento de las condiciones establecidas legalmente para contratar con el
Ayuntamiento de Sevilla (ANEXO III).
SOBRE Nº 2: Documentación acreditativa de los criterios cuya valoración depende de un juicio de valor
( PROPUESTA TÉCNICA).
Propuesta Técnica conforme a las directrices contenidas en PPT.
SOBRE Nº3: Documentación acreditativa de los criterios cuya valoración se realiza de forma automática
(Criterios nº1, 3 y 4).
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Amalia Rodrigo Orgaz
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1.
2.
3.
Proposición económica conforme al modelo que se adjunta a este pliego (ANEXO IV).
Acreditación documental o declaración responsable del/la representante legal de la entidad
donde se indique que el equipo propuesto tiene mas de tres años de experiencia profesional en
al docencia de programas formativos sobre Coaching y Emprendimiento en proyectos de
Economía e Innovación Social.
Vida laboral de las personas trabajadoras previstas para la ejecución del contrato.
Nota: Cada sobre deberá estar cerrado, de forma que se garantice el secreto de su contenido, figurando en
el mismo:
- Nombre del licitador.
- Domicilio social, teléfono y correo electrónico.
- Número del expediente y título.
Las ofertas presentadas por las empresas que no cumplan los requisitos exigidos o las disposiciones
contenidas en este Pliego quedarán excluidas de la licitación.
9. EJECUCIÓN DEL CONTRATO:
9.1. La ejecución de las actuaciones objeto de este contrato se llevarán a cabo con sujeción al contenido de
las presentes prescripciones y a la oferta presentada por el licitador que resulte adjudicatario.
9.2. La Dirección General de Empleo, Apoyo a la Economía e Innovación Social, antes de la ejecución, cursará
al contratista cuantas instrucciones sean necesarias en orden a la buena ejecución del contrato, designando a
tal efecto a una persona responsable del contrato. Asimismo, la empresa que resulte adjudicataria deberá
facilitar una persona de contacto que se haga responsable de la comunicación con el Ayuntamiento.
9. 3. El plazo de ejecución será de 2 MESES, a contar desde el día siguiente al de la notificación de la
adjudicación.
9.4. Cualquier incidencia en la ejecución del contrato será resuelta por los responsables que a tal efecto se
designen por la Dirección General de Empleo y Apoyo a la Economía e Innovación Social. Todas las
posibles incidencias que se produzcan en el desarrollo de los diversos trabajos debe ser aprobada por la
Dirección General de Empleo y Apoyo a la Economía e Innovación Social.
9.5. De conformidad con lo establecido en el PPT el precio comprenderá todos los gastos necesarios para la
realización del objeto del contrato.
9.6. Con relación a todas las cuestiones relativas a la imagen corporativa del Ayuntamiento, así como las
relativas al uso y derechos de propiedad intelectual del informes y materiales incluidos en el objeto de este
contrato se estará a lo establecido en el PPT.
9.7. La realización del objeto del contrato será supervisada y conformada por la persona responsable del
contrato; así, será la persona responsable del contrato la encargada del conformar y validar la prestacion
del servico y los informes a entregar a efecto de pago, de conformidad a lo establecido en el PPT.
9.8. La empresa adjudicataria y el personal a su servicio en la prestación del contrato, en el cumplimiento de
sus funciones, estarán obligados, en lo que les afecten, al cumplimiento de lo dispuesto en la LO 15/1999,
de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y en el R.D. 1720/2007, de 21 de
diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la LO 15/1999, de 13 de diciembre, así
como en las demás disposiciones que en materia de protección de datos, estén en vigor en cada momento.
9.9. El Ayuntamiento de Sevilla no asumirá obligación alguna de carácter laboral y de ninguna otra clase,
respecto al personal de la empresa, el cual deberá ser aportado por la empresa, a cuyo cargo correrán las
respectivas relaciones jurídico-laborales o de otra índole que puedan existir. En cualquier caso, indemnizará
a la Administración de toda cantidad que se viese obligada a pagar por incumplimiento de las obligaciones aquí
consignadas, aunque ello le venga impuesto por resolución judicial o administrativa.
Asimismo, el contratista deberá realizar el objeto del contrato con sujeción a la normativa que resulte de
aplicación y en particular la que se refiere a las características del suministro objeto del contrato.
10. OBLIGACIONES CONTRACTUALES ESENCIALES: Se considerarán obligaciones contractuales
esenciales, las siguientes:
10.1.La empresa adjudicataria deberá estar al corriente durante toda la ejecución del contrato del
cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social. Se aportará certificación positiva de su
cumplimiento en la fase previa a la adjudicación, tal y como establece el artículo 151 del Real Decreto
Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, TRLCSP, así como una vez transcurridos seis meses de la ejecución
del servicio y en su caso de la prórroga. Asimismo, en el plazo de un mes desde la formalización del contrato,
así como en los casos de nuevas contrataciones, cobertura de las bajas u otras sustituciones que se precisen
durante toda la ejecución del contrato y de su posible prórroga, se aportará la documentación relativa al alta en
la Seguridad Social del personal adscrito a la prestación del servicio.
10.2. La empresa adjudicataria deberá cumplir durante toda la ejecución del contrato el Convenio Colectivo de
aplicación. Se considerará obligación contractual esencial:
a) El establecimiento en el contrato de cada persona trabajadora adscrita a la ejecución del servicio, de la
categoría profesional correspondiente a las funciones efectivamente desempeñadas.
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b) El establecimiento en el contrato y el abono del salario correspondiente a la categoría profesional que
corresponda a cada persona trabajadora adscrita a la ejecución del servicio.
c) El abono del salario de cada persona trabajadora, en la fecha de pago fijado en el Convenio Colectivo
aplicable.
El Ayuntamiento podrá requerir la documentación que crea conveniente si existen indicios de irregularidades
puestas de manifiesto por terceros o detectadas por la propia Administración.
10.3. Asimismo, constituye obligación contractual esencial el cumplimiento del contrato de acuerdo con el
contenido de la oferta formulada.
El incumplimiento por parte de la empresa adjudicataria de estas obligaciones contractuales
esenciales conlleva:
- La consideracion de infracción grave a los efectos establecidos en el artículo 60.2 apartado c del
TRLCSP (“Prohibiciones de contratar”).
- La imposición de las siguientes penalidades:
1. Por no estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social: Se penalizará
con un importe de 2.000,00 euros, sin perjuicio de lo establecido en el apartado anterior.
2. Por retraso de 10 días en el pago mensual de la nómina a uno/a o más trabajadores/as adscritos/as a la
ejecución del contrato, tomando como referencia la fecha de pago fijado en el convenio colectivo aplicable:
Se penalizará con un importe de 200,00 € por trabajador/a que hubiese sufrido retraso en el pago. Por cada
día de retraso del salario a cada persona trabajadora a partir del décimo, se penalizará con un importe
adicional de 30 € diarios, sin perjuicio de lo establecido en el apartado anterior.
3. Por establecimiento en el contrato y/o abono de salario al personal adscrito a la ejecución del contrato por
debajo de las retribuciones mínimas establecidas en el Convenio Colectivo de aplicación para la categoría
profesional correspondiente según las funciones desempeñadas: Se penalizará con un importe de 1.000,00
euros por cada uno/a de los/as trabajadores/as que hubiesen sufrido disminución en el pago en su nómina
por debajo de lo estipulado en el convenio colectivo de aplicación, sin perjuicio de lo establecido en el
apartado anterior.
11. PAGO: La facturación se realizará una vez realizado el servicio objeto del contrato. La facturación se
realizara en el plazo establecido en el art. 11 del el R.D. 1619/2012 de 30 de noviembre, por el que se
aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación. Por lo tanto, el pago del
precio, se efectuará previa expedición de la correspondiente factura, una vez acreditada la realización del
objeto del contrato, y que deberá ir acompañada del documento de conformidad suscrito por le responsable
del contrato (punto 9.7 de este Pliego); todo lo anterior conforme a lo dispuesto en el art. 216 del Texto
Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de
14 de noviembre. Todas las facturas deberán cumplir los requisitos especificados en el art. 72.1 del
Reglamento General de la Ley de Contratos de las AAPP, aprobado por RD 1098/2001, de 12 de octubre y
en el R.D. 1619/2012 de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las
obligaciones de facturación. De conformidad con lo dispuesto en la Disposición Adicional trigésima tercera
del TRLCSP, el contratista tendrá la obligación de presentar la factura que haya expedido por los servicios
prestados o bienes entregados ante el correspondiente registro administrativo a efectos de su remisión al
órgano administrativo o unidad a quien corresponda la tramitación de la misma. En la factura
correspondiente deberá hacerse constar:
- Órgano Gestor: Ayuntamiento de Sevilla, CIF: (P4109100J)
- Oficina Contable: Intervención
- Unidad Tramitadora: Servicio de Administración de Empleo
- El número del expediente de contratación.
- Fecha de realización del servicio.
- Denominación del servicio e identificación.
- Precio.
- Importe de IVA.
Conforme a la Ley 25/2013 de impulso de la Factura Electrónica si procede la utilización de Factura
electrónica, su presentación habrá de efectuarse, según dispuesto en la citada Ley, en el Punto general de
Entrada FACE, (Sistema de recepción de facturas electrónicas de la administración General del Estado, al
que se halla adherido el Ayuntamiento de Sevilla), en la dirección electrónica https://face.gob.es/es/
especificando los códigos que se indican a continuación:
ORGANO GESTOR: LO1410917 AYUNTAMIENTO DE SEVILLA
OFICINA CONTABLE: LA0002175 INTERVENCION
UNIDAD TRAMITADORA: LA0002348 SERVICIO ADMINISTRACIÓN DE EMPLEO.
12.-ACEPTACIÓN: La empresa que resulte adjudicataria acepta todas las especificaciones contenidas en el
presente pliego de prescripciones técnicas.
En Sevilla, al día de la fecha, la Jefe del Servicio de Administración de Empleo.
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