JORNADA FORMATIVA AÑO DE LA CONVIVENCIA JORNADA MAÑANA 7:00 a 8:00 a.m. Charla de Policía Meval. Nuevo Código de la Policía. Capilla Bachillerato. 8:00 a 9:00 a.m. “Convivencia escolar: una oportunidad para hacer feliz la permanencia en la escuela”. Magíster, Alexánder Rodríguez Bustamante Fundación Universitaria Luis Amigó. 9:00 a 9:30 a.m. Descanso 9:30 a 11:15 a.m. “Corresponsabilidad de los educadores en la construcción de un país en paz”. Doctor Teodoro Pérez Pérez. Gerente Plan Nacional Decenal de Educación 2006-2016, MEN. 11:15 a.m. a 12:00 m. Socialización del Manual de Convivencia 2017. Coordinaciones de Sección. JORNADA TARDE 1:00 a 2:45 p.m. “Corresponsabilidad de los educadores en la construcción de un país en paz”. Doctor Teodoro Pérez Pérez. Gerente Plan Nacional Decenal de Educación 2006-2016, MEN. 2:45 a 3:15 p.m. Descanso 3:15 a 4:15 p.m. Charla de Policía Meval. Nuevo Código de la Policía. Capilla Bachillerato. 4:15 a 5:15 p.m. “Convivencia escolar: una oportunidad para hacer feliz la permanencia en la escuela”. Magíster, Alexánder Rodríguez Bustamante Fundación Universitaria Luis Amigó. 5:15 a 6:00 p.m. Socialización del Manual de Convivencia 2017. Coordinaciones de Sección. Magíster, Alexánder Rodríguez Bustamante “Convivencia escolar: una oportunidad para hacer feliz la permanencia en la escuela”. Fundación Universitaria Luis Amigó. Doctor Teodoro Pérez Pérez Gerente Plan Nacional Decenal de Educación 2006-2016, MEN “Corresponsabilidad de Los Educadores en la Construcción de un País en Paz” Sociólogo y magíster en desarrollo educativo y social, con amplia experiencia en investigación, diseño y ejecución de proyectos de cambio cultural hacia la democracia y el desarrollo social, así como en docencia universitaria a nivel de posgrado en el campo de la convivencia democrática, la responsabilidad social empresarial y el desarrollo social. Ha sido consultor de USAID y del PNUD en varios países de América Latina en buen gobierno y ética pública. Fue gerente Nacional del Plan Nacional Decenal de Educación 2006-2016 en el Ministerio de Educación Nacional de Colombia. Profesor de posgrado en la especialización en Planeación, gestión y control del desarrollo social en la Universidad de La Salle, y de la maestría en educación de la Pontificia Universidad Javeriana. Sus publicaciones más recientes son: Aprender a convivir en la diferencia, El poder transformador de los educadores, La corresponsabilidad de los docentes con los fines de la educación, Educar para convivir en comunidad: Paradigmas y estrategias para construir cultura democrática desde la escuela, Hacia una convivencia respetuosa, Manual de Ética Pública, Modelo de Gestión Ética para Entidades del Estado, y Gerencia Social Integral e Incluyente. LÍNEA DEL TIEMPO Revisión y ajustes al Manual de Convivencia MANUALES DE CONVIVENCIA Orientaciones del Ministerio de Educación Nacional para abordar el tema “Los alcances de la revisión de los Manuales de Convivencia y la Sentencia T-478 de 2015 de la Corte Constitucional, en la Escuela del Maestro. Tensiones de los Manuales de Convivencia. Libre Desarrollo Personalidad Debido Proceso. Igualdad. Situaciones de Convivencia. Disciplina. Sanciones. Discriminación. Delitos. IGUALDAD Artículo 13. Todas las personas nacen libres e iguales ante la ley, recibirán la misma protección y trato de las autoridades y gozarán de los mismos derechos, libertades y oportunidades sin ninguna discriminación por razones de sexo, raza, origen nacional o familiar, lengua, religión, opinión política o filosófica. El Estado promoverá las condiciones para que la igualdad sea real y efectiva y adoptará medidas en favor de grupos discriminados o marginados. El Estado protegerá especialmente a aquellas personas que por su condición económica, física o mental, se encuentren en circunstancia de debilidad manifiesta y sancionará los abusos o maltratos que contra ellas se cometan. PRINCIPIOS Dignidad Humana Igualdad y No discriminación Libre desarrollo de la personalidad Derechos vinculados a la sentencia 478 /2015 Debido Proceso Sentencia T-478 de 2015 de la Corte Constitucional Preguntas Orientadoras para la Revisión y Ajustes MANUAL DE CONVIVENCIA ABC DE LOS MANUALES DE CONVIVENCIA ABC DE LOS MANUALES DE CONVIVENCIA ASPECTOS DEL MANUAL DE CONVIVENCIA Para elaborar un manual de convivencia en Colombia debe tenerse en cuenta el marco normativo anteriormente mencionado. A continuación compilaremos las normas que mencionan los componentes del manual de convivencia y realizaremos una tabla de contenido de los mínimos elementos que deben existir. ABC DE LOS MANUALES DE CONVIVENCIA CONTENIDO MÍNIMO. Derechos y Obligaciones: Directivos Docentes Personal administrativo Personal de servicios generales Padres de familia (PRIMER PERFIL DEL ESTUDIANTE) Obligaciones de la institución educativa: Con los directivos los docentes los estudiantes los padres de familia los órganos de control NORMA . Ley 115 de 1994, Dcto 1860 de 1994, Dcto 1290 de 2009, Ley 1620 de 2013, Dcto 1965 de 2013. Leyes 715 de 2001 y 1098 de 2006. Reglas para la elección de los representantes y voceros ante Dcto 1860 de 1994. el Gobierno Escolar y de otras instancias de participación de la comunidad educativa Consejo Directivo Consejo Académico Consejo Estudiantil Personero de los estudiantes Consejo de padres de familia y Asociación de padres Otros comités ABC DE LOS MANUALES DE CONVIVENCIA Pautas de presentación personal de los estudiantes y demás Dcto 1860 de 1994. integrantes de la comunidad educativa. Reglas de higiene personal y de salud. Dcto 1860 de 1994. Reglas para uso y mantenimiento de: Dcto 1860 de 1994. Mobiliario Material didáctico y de laboratorios Biblioteca escolar y bibliobanco Prevención al Consumo de Sustancias Pscioactivas. Embarazo adolescente Pautas de comportamiento en relación con el cuidado del medio ambiente escolar. Procedimientos para resolver con oportunidad y justicia los conflictos individuales o colectivos que se presenten entre miembros de la comunidad. Deben incluir instancias de diálogo y de conciliación Pautas de presentación personal que preserven a los estudiantes de la discriminación por razones de apariencia Definición de sanciones disciplinarias aplicables a los alumnos, incluyendo el derecho a la defensa. Dcto 1860 de 1994. Dcto 1860 de 1994. Dcto 1860 de 1994. Dcto 1860 de 1994. Dcto 1860 de 1994. ABC DE LOS MANUALES DE CONVIVENCIA Calidades y condiciones de los servicios de alimentación, transporte, recreación dirigida y demás conexos con el servicio de educación que ofrezca la institución a los alumnos. Dcto 1860 de 1994. Funcionamiento y operación de los medios de comunicación interna del establecimiento, tales como periódicos, revistas o emisiones radiales que sirvan de instrumentos efectivos al libre pensamiento y a la libre expresión Dcto 1860 de 1994. Identificar nuevas formas y alternativas para incentivar y fortalecer la convivencia escolar y los temas de la ley. Ley 1620 de 2013, Dcto 1965 de 2013. Dirimir los conflictos de manera pacífica, así como de posibles situaciones y conductas que atenten contra el ejercicio de sus derechos. Ley 1620 de 2013, Dcto 1965 de 2013. Respetar la diversidad. Ley 1620 de 2013, Dcto 1965 de 2013. Ley 1620 de 2013, Dcto 1965 de 2013. Conceder al educador el rol de orientador y mediador en situaciones que atenten contra los temas de la ley. Así como funciones en la detección temprana de estas mismas situaciones. Otorgar un rol activo a los estudiantes para participar en la definición de acciones para el manejo de estas situaciones, en el marco de la ruta de atención integral. Ley 1620 de 2013, Dcto 1965 de 2013. Los manuales deberán incluir la ruta de atención integral y los protocolos de que trata la ley. Ley 1620 de 2013, Dcto 1965 de 2013. ABC DE LOS MANUALES DE CONVIVENCIA Debe incorporar las definiciones, principios y responsabilidades que establece la ley, sobre los cuales se desarrollarán los factores de promoción y prevención y atención de la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar. Principios y responsabilidades que para todos los miembros de la comunidad educativa establece la Ley 1620 de 2013, los cuales servirán de base para que dentro del mismo manual se desarrollen los componentes de promoción, prevención, atención y seguimiento de la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar. Las situaciones más comunes que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos, las cuales deben ser identificadas y valoradas dentro del contexto propio del establecimiento educativo. Las pautas y acuerdos que deben atender todos los integrantes de la comunidad educativa para garantizar la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos. La clasificación de las situaciones que afectan la convivencia escolar tipificadas por lo consagrado en el artículo 40 del presente decreto. Ley 1620 de 2013, Dcto 1965 de 2013. Ley 1620 de 2013, Dcto 1965 de 2013. Ley 1620 de 2013, Dcto 1965 de 2013. Ley 1620 de 2013, Dcto 1965 de 2013. ABC DE LOS MANUALES DE CONVIVENCIA Protocolos de atención integral para la convivencia escolar de Ley 1620 de 2013, Dcto 1965 que tratan los artículos 42, 43 y 44 del presente Decreto. de 2013. Las medidas pedagógicas y las acciones que contribuyan a la promoción de la convivencia escolar, a la prevención de las situaciones que la afectan y a la reconciliación, la reparación de los daños causados y el restablecimiento de un clima de relaciones constructivas en el establecimiento educativo cuando estas situaciones ocurran. Las estrategias pedagógicas que permitan y garanticen la divulgación y socialización de los contenidos del manual de convivencia a la comunidad educativa, haciendo énfasis en acciones dirigidas a los padres y madres de familia o acudientes Reglamento del Comité Escolar de Convivencia. Ley 1620 de 2013, Dcto 1965 de 2013. Ley 1620 de 2013, Dcto 1965 de 2013. Ley 1620 de 2013, Dcto 1965 de 2013. CIRCULAR 0025 SECRETARÍA DE EDUCACIÓN CAPACITACIÓN EN CONACED Rectores y Coordinadores de Colegios Católicos. MANUALES DE CONVIVENCIA Propuesta de Manual de Convivencia 2017 LOS MANUALES DE CONVIVENCIA DEBEN SER RESPETUOSOS DEL MARCO JURÍDICO CONVENCIONES INTERNACIONALES PREVALENCIA DE LOS DERECHOS DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES CONSTITUCIÓN NACIONAL DE COLOMBIA Art 16, 29, 67, 365. SENTENCIAS CORTE CONSTITUCIONAL. LEYES 1620 DE 2013, 115 DE 1994, 1098 DE 2006. 599 DE 2000. DECRETOS 1860 DE 1994, 1965 DE 2013, 804 DE 1995, 1038 DE 2015, DECRETO 1290 DE 2009 OTROS ACTOS (RESOLUCIONES) ORDENANZAS ACUERDOS Colombia es un estado laico, democrático, incluyente, plurietnico, multicultural que respeta los DERECHOS HUMANOS SANCIONES VS ACUERDOS Argentina http://club.ediba.com/esp/disciplina-positiva-en-la-escuela/ Argentina http://club.ediba.com/esp/disciplina-positiva-en-la-escuela/ Transformaciones al Manual de Convivencia 2017 Se incluyen medidas pedagógicas en el capítulo del Comité Escolar de Convivencia. Se incluye “El proceso disciplinario del derecho al debido proceso y los aspectos especiales en el ámbito educativo. (Sentencia T-356 de 2013. Debido proceso) Se ajustan las circunstancias atenuantes y agravantes a la Sentencia T-356 de 2013. Se elimina la tipificación de las faltas. Situaciones de fraude académico serán definidas por el Consejo Académico. Se incluye la definición del Manual de Convivencia referida por el MEN. Se elimina el menú de logros de comportamiento. Los correctivos pedagógicos y sanciones disciplinarias, serán modificadas a la luz de las medidas pedagógicas, bajo orientación del Comité Formativo. Se definen las medidas pedagógicas para el Colegio de la UPB. Se establecen los tipos de medidas pedagógicas. (Decreto 1860 de 1994, Artículo 17, Orientaciones MEN, ABC de manuales de convivencia). Definiciones de sanciones disciplinarias. Situaciones tipo I,II,III; según lo estipulado en la Ley 1620, que refieran procesos académicos, no afecten la convivencia escolar ni se constituyan en delito; serán incluidas en la clasificación de situaciones consagradas en el artículo 40 del decreto 1965. Todos aquellos logros formativos y comportamentales que afecten el alcance de los mismos, concernientes a procesos académicos, deben ser regulados desde cada una de las áreas, a la luz del Modelo Pedagógico Integral, capacidades humanas y competencias axiológicas. SITUACIONES TIPO I MANUAL DE CONVIVENCIA 2017 Situaciones Tipo I Son los conflictos manejados inadecuadamente y aquellas situaciones esporádicas que inciden negativamente en el clima escolar, y que en ningún caso generan daños al cuerpo o a la salud, tales como: • Celebrar inadecuadamente cualquier evento, arrojando elementos que atenten contra el aseo de la Institución. • Desplazarse de manera desordenada: empujar, gritar, lanzar objetos, no conservar la hilera o no ir en el lugar asignado. • Arrojar objetos personales, de sus compañeros o de la institución. • Fomentar o generar conflictos en diferentes lugares como: bus escolar, biblioteca, capilla, templo, laboratorios, oficinas, actos en el patio, aulas, auditorios, baños, parque infantil, canchas y otras dependencias de la Universidad o durante salidas institucionales. • Interrumpir de manera sistemática el normal desarrollo de las clases o las actividades programadas con charlas, chistes, bromas, gritos, ruidos, apodos, consumo de alimentos, entre otros. • Manifestar desinterés, burla o apatía en las acciones programadas por la institución en el marco para la formación de la convivencia escolar, de los derechos humanos, sexuales y reproductivos. • Emplear vocabulario soez o descortés en sus relaciones cotidianas. Otras acciones o comportamientos que son considerados por el Colegio como Situaciones Tipo I: • Copiar tareas de otros compañeros, sin haber hecho el esfuerzo de hacerlas por sí mismo. • Dejar de asistir a las clases, actos comunitarios o eventos programados por la Institución sin presentar excusa válida. • No devolver a tiempo los desprendibles o la información solicitada por la Institución o sus docentes. • Llegar tarde a la jornada, las clases o eventos programados por la Institución. • Desordenar o ensuciar los enseres y espacios físicos de la Institución. • Portar el uniforme institucional inadecuadamente. Otras acciones o comportamientos que son considerados por el Colegio como Situaciones Tipo I: • Desacatar las observaciones y orientaciones que se le hacen • Presentar comportamientos inadecuados en los lugares y eventos en que participa. • Interrumpir las clases o actividades, por estar manipulando juguetes o aparatos que no se pueden traer al Colegio. • Dar respuestas inadecuadas ante sugerencias u observaciones hechas por los adultos de la Institución. • Ocultar, omitir o destruir información enviada por escrito a la familia, para evitar que esta la conozca. • No ingresar a la jornada escolar o ausentarse del Colegio sin autorización institucional. SITUACIONES TIPO II MANUAL DE CONVIVENCIA 2017 Situaciones Tipo II • Son aquellas situaciones de agresión escolar, acoso escolar (Bullying) y ciberacoso (Ciberbullying), que no revistan las características de la comisión de un delito y que cumplan cualquiera de las siguientes características: • Que se presenten de manera repetida o sistemática. • Que causen daños al cuerpo o a la salud sin generar incapacidad alguna para cualquiera de los involucrados. Ellas son: • Arrojar o utilizar objetos y materiales que lesionen a las personas. • Crear falsas alarmas, tendientes a provocar pánico. • Participar en “juegos de manos” y la práctica de juegos que generen violencia. • Faltar al respeto a cualquier miembro de la comunidad educativa mediante respuestas irreverentes, burlas, apodos, comentarios ofensivos, vocabulario soez o de cualquier otra forma. • Arrojar sustancias olorosas o extravagantes que incomoden o perturben la salud de las personas o el trabajo escolar. • Incitar a otros a cometer faltas que van en contra de la convivencia institucional. • Acosar a los compañeros o miembros de la comunidad educativa (acoso escolar). • Tomar fotografías, grabar en audio o vídeo a miembros de la comunidad educativa sin autorización y sin ser programados por la Institución. • Mal uso de internet, redes sociales y demás medios tecnológicos, para realizar o promover actos que atenten contra el buen nombre, la honra, la dignidad, o el derecho a la intimidad de cualquier integrante de la comunidad educativa. • Consumir licor, cigarrillos o sustancias psicoactivas dentro o fuera de la Institución. Otras acciones o comportamientos que son considerados por el Colegio como Situaciones Tipo II: • Comercializar productos o servicios dentro de la Institución o mientras se porte el uniforme del Colegio sin autorización • Participar en juegos de azar en los que se apueste dinero, bienes, etc. • Participar en desórdenes o saboteos dentro o fuera de clase. • Irrespetar las decisiones institucionales haciendo comentarios negativos. • Prestar prendas o documentos institucionales (uniforme, carné, etc.) a personas ajenas a la Institución. • Otras acciones o comportamientos que son considerados por el Colegio como Situaciones Tipo II: • Comercializar productos o servicios dentro de la Institución o mientras se porte el uniforme del Colegio sin autorización • Participar en juegos de azar en los que se apueste dinero, bienes, etc. • Participar en desórdenes o saboteos dentro o fuera de clase. • Irrespetar las decisiones institucionales haciendo comentarios negativos. • Prestar prendas o documentos institucionales (uniforme, carné, etc.) a personas ajenas a la Institución. • Otras acciones o comportamientos que son considerados por el Colegio como Situaciones Tipo II: • Cometer actos que van en contra de la honradez: retener objetos ajenos sin la autorización de su propietario; falsificar firmas, suplantar a otros o hacerse suplantar o presentar como propios documentos, archivos, cuadernos, que son de otra persona. • Publicar escritos anónimos en contra de la Institución o cualquier miembro de la comunidad educativa. • Utilizar o emplear el nombre del Colegio para cualquier actividad que no haya sido programada o autorizada expresamente por sus directivos. • Ingresar o salir de la Institución a través de las mallas de seguridad del Colegio. • Presentar un comportamiento indebido durante las salidas pedagógicas o eventos programados por fuera de la Institución. SITUACIONES TIPO III MANUAL DE CONVIVENCIA 2017 Situaciones Tipo III Son las situaciones de agresión escolar que sean constitutivas de presuntos delitos contra la libertad, integridad y formación sexual, referidos en el Título IV del Libro II de la Ley 599 de 2000 (Código Penal) o cuando constituyen cualquier otro delito establecido en la ley penal colombiana vigente, tales como: • Participar en mítines que generen actos violentos. • Atentar o poner en riesgo la vida o integridad de las personas que conforman la comunidad educativa. • Introducir, portar o usar armas, artefactos explosivos o pirotécnicos u objetos que atenten contra la integridad y el derecho a la vida de cualquier persona de la comunidad educativa. • Conformar o hacer parte de grupos, bandas y pandillas, dentro o fuera de la Institución con fines delictivos o para crear un mal ambiente escolar. • Amenazar o amedrentar a otro, de palabra o de hecho. • Agredir físicamente a otro u otros generándole daños físicos o incapacidad. • Atentar contra el buen nombre, la honra, la dignidad, o el derecho a la intimidad de cualquier miembro de la comunidad educativa. • Sobornar o extorsionar a otro para participar en actividades sancionables o para encubrir actos repudiables. • Cometer actos que van en contra de honradez afectando la integridad de algún miembro de la comunidad educativa y/o la convivencia escolar. • Servir de enlace o participar en actividades dedicadas a la prostitución o comercialización del cuerpo. • Tener relaciones sexuales dentro del campus • • • • universitario. Acosar, provocar o abusar sexualmente a cualquier miembro de la comunidad educativa. Retener o secuestrar a algún miembro de la Comunidad Educativa. Portar o negociar material pornográfico dentro o fuera de la Institución. Atentar contra la dignidad e integridad de algún miembro de la comunidad educativa empleando: la internet, las redes sociales, y demás medios tecnológicos. • Presentarse al Colegio con síntomas de alicoramiento, • • • • en estado de embriaguez o drogadicción. Fumar cigarrillo convencional o electrónico, inhalar o “vapear” sustancias que alteran el funcionamiento del organismo. Introducir, inducir, distribuir, comercializar o consumir licor, sustancias psicoactivas, durante las actividades programadas por la Institución o fuera de esta. Actos tipificados por las leyes colombianas como delitos, realizados dentro o fuera del Colegio. La extorsión, hurto, secuestro, amenazas y delincuencia en general, dentro y fuera de la Institución. Otras acciones o comportamientos que son considerados por el Colegio como Situaciones Tipo III: • Alterar archivos, libros reglamentarios, Diarios Históricos, informes de desempeño o planillas de seguimiento y demás documentos institucionales. • Intentar sobornar o extorsionar a otro para participar en actividades sancionables o para encubrir actos repudiables. • Utilizar software ilegal en los computadores del Colegio. • Alterar archivos, libros reglamentarios, Diarios Históricos, informes de desempeño o planillas de seguimiento y demás documentos institucionales. PROYECCIÓN MANUAL DE CONVIVENCIA 2017 Muchas Gracias
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