MEJOR - Secretaría Distrital de Movilidad

PROYECTO DE PREPLIEGO DE CONDICIONES
PROCESO DE SELECCIÓN ABREVIADA DE MENOR CUANTIA
SDM-PSA-MC-044-2016
"DESARROLLAR LAS ACTIVIDADES CONTEMPLADAS DENTRO DEL PLAN DE BIENESTAR
E INCENTIVOS DE LA SECRETARIA DISTRITAL DE MOVILIDAD"
SUBSECRETARIA DE GESTIÓN CORPORATIVA
DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA
SUBDIRECCIÓN ADMINISTRATIVA
OCTUBRE DE 2016
COLOMBIA, BOGOTÁ D.C.
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NOTA IMPORTANTE
Este Pliego de Condiciones ha sido elaborado siguiendo los postulados señalados por la Ley 80
de 1993, la Ley 1150 de 2007 y el Decreto 1082 de 2015 y demás normas que la modifican o
complementan; para tal efecto, se han realizado los estudios de conveniencia y oportunidad con
base en los requerimientos de la Secretaria Distrital de Movilidad, los cuales se plasman en las
condiciones del presente pliego.
Se solicita seguir en la elaboración de la propuesta, la metodología señalada en este pliego, con el
objeto de obtener claridad y ofrecimientos de la misma índole, que permitan una selección
ob etiva, transparente y responsable.
Se recuerda a los proponentes, que de acuerdo con la Ley 80 de 1993, el particular que
contrata con el Estado adquiere la calidad de colaborador del mismo, en el logro de sus fines y
por lo tanto, cumple una función social que implica obligaciones, sin perjuicio de los derechos que
la misma Ley le otorga.
Igualmente, para efectos de la responsabilidad penal, los contratistas se consideran particulares
que cumplen funciones públicas en todo lo concerniente a la celebración, ejecución y liquidación
del contrato, razón por la cual están sujetos a la responsabilidad que en esta materia señala la Ley
para los servidores públicos.
Por lo anteriormente expuesto, se recomienda a los aspirantes interesados en participar en este
proceso de selección, leer debidamente el presente pliego de condiciones y seguir las instrucciones
en él consagradas.
RECOMENDACIONES INICIALES
Lea cuidadosamente el contenido de este documento.
Verifique, en forma exhaustiva, que no esté incurso en ninguna de las inhabilidades e
incompatibilidades generales ni especificas para contratar.
Cerciórese que cumple las condiciones y reúne los requisitos aquí señalados.
Proceda a reunir la Información y documentación exigida y verifique la vigencia de aquélla que
la requiera.
Tenga en cuenta el presupuesto oficial establecido para este proceso de selecció
Cumpla las instrucciones que en este pliego de condiciones se imparten para la elaboración de
su propuesta.
Revise la póliza de seriedad de la propuesta y verifique que;
Sea otorgada a favor del LA SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD
Como tomador, que figure su razón social completa, e incluir la sigla; siempre y cuando, ésta
también figure en el correspondiente certificado de existencia y representación legal.
El valor asegurado corresponda al fijado en este documento.
La vigencia corresponda a lo estipulado en este documento.
El objeto y el número de este proceso de selección, coincida con el de la propuesta que
presente.
Esté suscrita por el tomador — proponente — afianzado.
Identifique su propuesta, tanto el original como las copias en la forma indicada en este
documento.
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Tenga presente la fecha y hora previstas para el cierre del presente proceso de selección,
en ningún caso se recibirán propuestas radicadas fuera del término previsto.
Toda consulta debe formularse por escrito radicada en la Dirección de Asuntos Legales o
enviada via e-mail a través del Portal de Contratación a la Vista o SECOP, cuya dirección
electrónica es https://www.contratacionboclotatiov.co/es/web/cav3/ciudadano o vía fax al
teléfono 3649400 ext. 4461, no se atenderán consultas telefónicas ni personales. Ningún
convenio verbal con el personal de la SECRETARIA DISTRITAL DE MOVILIDAD antes,
durante o después de la firma del contrato, podrá afectar o modificar ninguno de los
términos y obligaciones aquí estipuladas.
Toda comunicación enviada por los proponentes debe ser dirigida a nombre de la
SECRETARIA DISTRITAL DE MOVILIDAD, Dirección de Asuntos Legales y radicada en la
Calle 13 N° 37-35, dentro del horario comprendido entre las 7:00 am. y 4:30 p.m.
Los proponentes, con la sola presentación de su propuesta, autorizan a la SECRETARIA
DISTRITAL DE MOVILIDAD DE BOGOTÁ, para verificar toda la información que en ella
suministren.
Cuando se presente una presunta falsedad, en la información suministrada por el proponente, o
en la de uno de los miembros del Consorcio o de la Unión Temporal, acorde con las
exigencias o requisitos establecidos en el pliego de condiciones, la SECRETARIA DISTRITAL
DE MOVILIDAD podrá rechazar la propuesta y/o dar aviso a las autoridades competentes,
previa evaluación de la Entidad.
Tenga presente llegar con suficiente tiempo al cierre, debido a inconvenientes que se pudieran
presentar al ingreso a las instalaciones de la SECRETARIA DISTRITAL DE MOVILIDAD.
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DE BOGOTÁ D.C.
11FCII[TPRIA DF MOVIL IriA0
CAPITULO I
1 INFORMACIÓN GENERAL
1.1
NATURALEZA JURÍDICA DE LA ENTIDAD CONTRATANTE
La Entidad interesada en la contratación es la Secretada Distrital de Movilidad, domiciliada en la Calle 13 N° 3735 de Bogotá, D.C., organismo del Sector central con autonomía administrativa y financiera, cuya creación,
estructura, organización y funcionamiento encuentra reglamentada en el Acuerdo 257 del 30 de noviembre
de 2006 y el Decreto 567 del 29 de diciembre de 2006.
1.2 INSTRUCCIONES Y RECOMENDACIONES PREVIAS
Antes de preparar la propuesta, lea cuidadosamente el Pliego de Condiciones, con el fin de evitar errores u
omisiones que impidan tener en cuenta su propuesta para efectos de adjudicación.
Se recomienda de manera general observar todos los requerimientos jurldicos, financieros, técnicos y
económicos, de tal forma que la oferta se ajuste a este Pliego de Condiciones, que a la vez hará parte del
contrato que se suscriba como resultado de la adjudicación del presente proceso.
Verifique cuidadosamente que se anexe la totalidad de los documentos exigidos e igualmente está prohibido
formular consultas en forma personal o telefónica y tener contacto con los funcionarios o asesores externos de la
entidad que participen en el trámite, en aras de garantizar la transparencia del proceso y preservar la igualdad
y calidad de la información que todos deben obtener en forma simultánea.
La presentación de la oferta implica la aceptación por parte del proponente de las reglas contenidas en el
presente documento y en la normatividad antes mencionada, Igualmente la presentación de la oferta implica que
el proponente examinó las condiciones de á contratación y que está enterado de los elementos generales y
particulares del negocio jurídico.
1.3 INTERPRETACION Y ACEPTACION DEL PLIEGO DE CONDICIONES
Con la presentación de la oferta, el proponente manifiesta que estudió el pliego de condiciones y todos los
documentos del presente proceso de selección Abreviada de Menor Cuantía, que obtuvo las aclaraciones sobre
las estipulaciones que haya considerado inciertas o dudosas, que conoce la naturaleza de las actividades, su
costo y su tiempo de ejecución, que formuló su oferta de manera libre, sena, precisa ycoherente.
Todos los documentos del presente proceso de selección se complementan mutuamente, de tal manera que lo
indicado en cada uno de ellos se entenderá como indicado enlodas.
Las interpretaciones o deducciones que el proponente haga de lo establecido en este pliego de condiciones,
serán de su exclusiva responsabilidad, por lo tanto, la SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD no será
responsable por descuidos, errores, omisiones, conjeturas, suposiciones, mala Interpretación u otros hechos en
que incurra el proponente que le sean desfavorables y que puedan incidir en la elaboración de su oferta.
El hecho de que el proponente no se informe y documente debidamente sobre los detalles y condiciones bajo
los cuales será ejecutado el objeto del presente proceso de Selección no se considerará como fundamento
válido de futuras reclamaciones.
El oferente deberá elaborar la propuesta, de acuerdo con lo establecido en este pliego y anexar la
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DE BOGOTÁ .C.
CE MOVILIDAD
documentación exigida.
Igualmente deberán tener en cuenta el objeto a contratar, los precios, plazos, especificaciones técnicas,
económicas y/o financieras, condiciones de ejecución del contrato y demás elementos que influyan directa e
indirectamente durante la ejecución del contrato y sobre el valor de su oferta.
Los Pliegos de Condiciones deben ser interpretados como un todo y sus disposiciones no deben ser entendidas
de manera separada; por lo tanto, al mismo se integran los estudios y documentos previos, Anexos y
Adendas.
El orden de los capítulos y cláusulas de estos pliegos de condiciones no deben ser interpretados como un
grado de prelación entre los mismos.
Los títulos utilizados en estos pliegos de condiciones sirven sólo para identificar textos, y no afectará la
interpretación de los mismos.
Cuando el día de vencimiento de un plazo fuese un día inhábil para la SDM, o cuando esta Entidad no ofrezca
durante este día, por cualquier razón, atención al público, dicho vencimiento se entenderá trasladado al primer
día hábil siguiente.
1.4 JUSTIFICACIÓN
El Acuerdo 257 del 30 de noviembre de 2006 "Por el cual se dictan normas básicas sobre la estructura,
organización y funcionamiento de los organismos y de las entidades de Bogotá DC, y se dictan otras
disposiciones" dispuso en sus articulas 105 y 108, la creación de la SECRETARIA DISTRITAL DE MOVILIDAD
como autoridad de tránsito y transporte del Distrito Capital, la cual hace parte del Sector Central y goza de
autonomía administrativa y financiera.
La Secretaria Distrital de Movilidad, en tanto entidad pública, debe cumplir con lo establecido en el Articulo 69
del Decreto Nacional 1227 de 2005, "por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 909 de 2004 y el
Decreto-ley 1567 de 1998" el cual establece que: las entidades deberán organizar programas de estímulos con
el fin de motivar el desempeño eficaz y el compromiso de sus empleados. Los estímulos se implementarán a
través de programas de bienestar social".
Los programas de bienestar tienen como fin prestar servicios sociales a los servidores públicos y a sus familias,
a través de planes deportivos, recreativos, vacacionales, artisticos, saludables, etc.
En ese sentido, el Capitulo II del Titulo II del Decreto 1567 de 1998 (por el cual se crean (sic) el sistema
nacional de capacitación y el sistema de estímulos para los empleados del Estado) constituye el marco
conceptual que gula el proceso de construcción de los programas de estímulos, y enseña que los planes de
bienestar e incentivos deben construirse a partir de las iniciativas de los servidores públicos como procesos
permanentes orientados a crear, mantener y mejorar las condiciones que favorezcan el desarrollo integral del
empleado, el mejoramiento de su nivel de vida y el de su familia; y asi mismo deben permitir elevar los niveles de
satisfacción, eficacia, eficiencia, efectividad e identificación del empleado con el servicio de la entidad en la cual
labora'.
La Subsecretaria de Gestión Corporativa, en tanto es la dependencia facultada por el Decreto Distrital 567 de
2006 para "Formular, evaluar y controlar las políticas sobre administración, desarrollo y bienestar de los
'Articulo 20, Decrete Neelonel 1567 de 1998.
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ALcurris MA os
DE BOGOTÁ Eit.
IDAri
funcionarios2", realizó el procedimiento conducente a adoptar el programa de Bienestar Social y el Plan de
Incentivos de la Secretaria Distrital de Movilidad para sus servidores, mediante la Resolución SDM No, 41 del 30
de marzo de 2016.
La Resolución SDM No. 41 de 2016 estableció los programas de protección y servicios sociales de los servidores
públicos de la Secretaria Distrital de Movilidad, así corno el contenido del Plan de Incentivos para la vigencia
2016.
Así, para efectos de materializar las actividades previstas en el Plan de Bienestar e Incentivos, la Secretaría
Distrital de Movilidad tiene el deber de llevar a cabo un proceso público de contratación que, a partir de criterios
de calidad y precio, le permita seleccionar a un contratista que desarrolle los compromisos específicos
adoptados en la Resolución No. 041 de 2016, y los generales establecidos por los Decretos 1567 de 1998 y
1227 de 2005.
1.5 CONTROL SOCIAL — CONVOCATORIA A VEEDURÍAS CIUDADANAS
De conformidad con lo establecido en el artículo 66 de la Ley 80 de 1993, la Ley 850 de 2003 y del numeral 50
del artículo 22.1.1.2.1,5 del Decreto 1082 de 2015, se convoca a las veedurías ciudadanas, a las diferentes
asociaciones cívicas, comunitarias, de profesionales, benéficas o de utilidad común, gremiales, universidades y
centros especializados de investigación, para que realicen control social al presente proceso de contratación y,
de considerarlo procedente, formulen las recomendaciones escritas que estimen necesarias para buscar la
eficiencia institucional, señalándoles que pueden intervenir en todas las audiencias que se realicen dentro del
proceso de selección,
1.6 RÉGIMEN JURÍDICO APLICABLE
Son aplicables al presente proceso los principios de la Constitución Política, el Estatuto General de
Contratación de la Administración Pública, Ley 80 de 1993, Ley 1474 de 2011, Ley 1150 de 2007 y sus
Decretos reglamentarios, Y en lo no regulado particularmente, las normas civiles y comerciales, las reglas
previstas en estos pliegos de condiciones y las adendas, aclaraciones y demás documentos que se expidan
durante el desarrollo del proceso de selección.
La presente SELECCIÓN ABREVIADA DE MENOR CUANTIA, cumple con los principios consagrados en el
Ley 80 de 1993 y aquellos que la modifiquen o adicionen, en especial los de transparencia, economia y
responsabilidad. En desarrollo de estos principios, la selección de la propuesta se hará en forma objetiva
teniendo en cuenta la más favorable para los intereses de la SECRETARIA y a los fines que ella persigue.
1.7 DOCUMENTOS INTEGRANTES DEL PLIEGO DE CONDICIONES
Forman parte del presente pliego de condiciones el análisis de sector, los estudios y documentos previos, la
matriz de estimación, tipificación y asignación de los riesgos previsibles, las adendas y demás documentos que
conformen el presente proceso.
1.5 PROGRAMA PRESIDENCIAL "MODERNIZACIÓN, EFICIENCIA, TRANSPARENCIA Y LUCHA
CONTRA LA CORRUPCIÓN"
En el evento de conocerse casos especiales de corrupción en las Entidades del Estado, se debe reportar el
hecho al Programa Presidencial de Modernización, Eficiencia, Transparencia y Lucha contra la Corrupción:
'Literal
c Articulo 21 del Decreto Disaltal 567 de 2006
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al teléfono (1) 587 05 55, vía fax al número telefónico 1) 565 8671; la linea transparente del programa,
número telefónico 9800- 9130 40; correo electrónico, en la dirección: [email protected]: al sitio
de denuncias del programa en la página web www.anticorrupcion.00v.co correspondencia o
personalmente, en la dirección Calle 14 No. 7-19, piso 9; Bogotá D.C.
En todas las actuaciones derivadas de las estipulaciones del presente pliego de condiciones y el
contrato que forma parte del mismo, el proponente obra con la transparencia y la moralidad que la
Constitución Política y las leyes consagran. En el caso en que la Secretaria, comprobare hechos
constitutivos de corrupción por parte de un proponente durante el proceso de selección, sin perjuicio de
las acciones legales a que hubiere lugar, podrá rechazar la respectiva propuesta.
1.9 OBJETO A CONTRATAR
La Secretaria Distrital de Movilidad está interesada en recibir propuestas para seleccionar en igualdad
de oportunidades a una persona natural o juridica que presente la mejor propuesta de acuerdo a los
parámetros estipulados en el presente pliego para contratar la "DESARROLLAR LAS ACTIVIDADES
CONTEMPLADAS DENTRO DEL PLAN DE BIENESTAR E INCENTIVOS DE LA SECRETARIA
DISTRITAL DE MOVILIDAD"
1.10 ALCANCE DEL OBJETO
Los servicios a contratar se derivan de las familias de actividades definidas en el Plan de Bienestar e
Incentivos adoptado por la Secretaría Distrital de Movilidad mediante Resolución No. 041 de 2016.
Las condiciones mínimas exigidas para la prestación de los servicios que se enuncian a continuación se
encuentran contenidas en el Anexo Técnico No. 1, el cual hace parte integral de este documento.
Dentro de las actividades que derivan del Plan de Bienestar se desarrollarán eventos que corresponden a
las siguientes categorías:
a.
b.
c.
Deportivos, recreativos y vacacionales
Artísticos y Culturales
Capacitación informal en artes o artesanías
En lo que respecta a las actividades que emanan del Plan de Incentivos se tienen las siguientes
categorías:
a.
b.
Reconocimiento del rendimiento en niveles de excelencia a partir de la calificación obtenida en la
evaluación del desempeño laboral y acuerdos de gestión a:
- El me or funcionario de carrera de la entidad
- El me or funcionario de carrera de cada uno de los niveles jerárquicos
- El me or funcionario de libre nombramiento y remoción
- Los mejores equipos de trabajo
Otros reconocimientos no pecuniarios.
A continuación se enuncian las actividades que la SDM se propone desarrollar, las cuales se encuentran
descritas de manera detallada en el Anexo Técnico No. 2 de este pliego de condiciones:
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Vacaciones Recreativas
Caminata Ecológica para los servidores públicos de la SDM
Stand Up Comedy para servidores públicos de la Secretarla Distrital de Movilidad
Obra de teatro de temporada
Práctica de Yoga
Reconocimiento Cumpleaños de los Funcionarios
Talleres de natación para os hijos de los funcionarios
Talleres para mejorar la calidad de vida laboral y fortalecer el trabajo en equipo de los
funcionarios de la SOK
Cursos en artes y manualidades
Programa para Pre pensionados
Acto de proclamación de mejores funcionarios
Aguinaldo navideño para los hijos de los funcionarios deja SDM
Celebración Día de la Familia
La reahzación efectiva de las actividades enunciadas en las fechas establecidas por el Supervisor,
dependerá de la confluencia de las condiciones de modo y tiempo que propicien su desarrollo.
1.11. CLASIFICACIÓN EN EL SISTEMA UNSPSC
GRUPO
SEGMENTO
FAMILIA
CLASE
Descripción UNSPC
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RECRETARIAOP MONLIDA13
GRUPO
SEGMENTO
(F) Servicios
(50) Servicios de Gestión,
Servicios Profesionales de
Empresa y Servicios
Empresariales
FAMILIA
(14)
Comercialización y
Distribución
CLASE
(16) Actividades de
Ventas y Promoción
de Negocios
Descripción UNSPC
(80141604) Gestión de
Eventos
80111500
Servicios de Gestión,
Servicios Profesionales de
Empresas y Servicios
Administrativos
(F) servicios
80— Servicios de Gestión
11 — Servicios de
Recursos Humanos
15— Desarrollo de
Recursos Humanos
(F) servicios
86— Servidos Educativos
10 — Formación
Profesional
17- Servicios de
capacitación
vocacional — no
clentifica
10 — Restaurantes y
Catering
16 — Servicios de
Banquetes y de
Catering
90101500 Servicios de
viajes, alimentación,
alojamiento y
entretenimiento
90 —Servicios de Viajes
10 —Restaurantes y
Catering
ele — Servicios de
omida para llevar a
domicilio
90101800 Servicios de
viajes, alimentación,
alojamiento y
entretenimiento
90— Servicios de Viajes
15 — Servicios de
Entretenimiento
17 — Parques de
Diversiones
(F) servicios
90 — Servicios de Viajes
14 — Servidos de
Entretenimiento
15 — Eventos
Profesionales y
Deportivos
90141500 Servicios de
viajes, alimentación,
alojamiento y
entretenimiento
(F) servicios
94 — Organización y
Clubes
12 — Clubes
18— Clubes Sociales
94121800 Organización y
Clubes
(F) servicios
(F) servidos
(F) servicios
90— Servicios de Viajes
85101700 - Servicios
Educativos y de Formación
90151700 Servidos de
viajes, alimentación,
alojamiento y
entretenimiento
.12 PRESUPUESTO OFICIAL
El valor estimado del contrato establecido es hasta la suma de CUATROCIENTOS TRES MILLONES
CUATROCIENTOS SETENTA Y TRES MIL PESOS MONEDA LEGAL COLOMBIANA M/CTE
($403'473.000), suma que incluye IVA, impuestos, tasas, gravámenes y todos los costos directos o
indirectos derivados de la ejecución del contrato, respaldados con los CDPS N°: 597 del 13 de septiembre
del 2016, por un valor de CIENTO VEINTICINCO MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL
CUATROCIENTOS OCHENTA Y CINCO PESOS M/CTE ($125'298.485.00); y 598 del 13 de septiembre
de 2016, por valor de DOSCIENTOS SETENTA Y OCHO MILLONES CIENTO SETENTA Y CUATRO MIL
QUINIENTOS QUINCE PESOS M/CTE ($278.174.515).
Éste valor incluye todos los gastos en que deba incurrir el contratista para el cumplimiento del objeto del
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ME J OR
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DE BOGOTÁ D.C.
Ec.RFTRFA 0€ MOVIl.IDAO
presente proceso selectivo y el pago de los impuestos y descuentos de ley a que haya lugar.
La necesidad planteada se encuentra prevista en el Plan Anual de Adquisiciones en las lineas NSGC-53 y
SGCF-41, los cuales se enmarcan en los proyectos de inversión No. 3-3-1-15-07-43-6094-190 y de
funcionamiento 3-1-2-02-10-00-0000-00, respectivamente.
El valor adjudicado será hasta por el valor del presupuesto oficial. La diferencia entre el valor de la oferta
final y el presupuesto oficial será destinada para atender mayores cantidades de servicios relacionados con
el objeto del contrato.
1.13 JUSTIFICACIÓN DEL PRESUPUESTO OFICIAL
El mercado no fue consultado sin que antes la Secretaria Distrital de Movilidad definiera en detalle el
conjunto de servicios a contratar. En ese sentido fue necesario, en primer lugar, que el Comité de
Capacitación, Bienestar e Incentivos de la Secretada Distrital de Movilidad estableciera las familias de
actividades que debían desarrollarse en el Plan de Bienestar. Posteriormente la Entidad adoptó mediante
la Resolución No. 41 de 2016, y que corresponden Actividades Deportivas, Recreativas; Culturales;
Integración;; Infantiles; Familiares; de Reconocimiento y Cursos Artísticos o de Oficios.
Acto seguido se definieron los aspectos técnicos de cada una de las actividades a desarrollar y se envió la
solicitud de cotización de los servicios a tres (3) cajas de compensación que han realizado actividades de
Bienestar e Incentivos a favor de entidades públicas y privadas en la ciudad de Bogotá D.C.
Una vez recibidas las cotizaciones se procedió a ponderar cada uno de los 'tenis cotizables teniendo en
cuenta su valor unitario y el número de personas esperadas en cada evento a realizar.
De manera que el total del presupuesto oficial se asignó conforme a la sumatoria de los valores unitarios
presentados en la oferta económica.
Los Ítems y los valores cotizados se relacionan en el Anexo: Estudio de Mercado
1.14 RESPALDO PRESUPUESTAL
La contratación que se pretende celebrar será financiada con recursos provenientes del presupuesto de
la Secretaría Distrital de Movilidad para la vigencia 2016, según el Certificado de Disponibilidad
Presupuestal que se relaciona a continuación, expedido por el responsable del presupuesto de la Entidad:
1F.EDHA
'bloc* ,
' ac
13 de septiembre
597
de 2016
598
13 de septiembre
de 2016
CÓDIGO
CONCEPTO
3-1-2-02-10-00-0000-00
Bienestar e Incentivos
3-3-1-15-07-43-6094-190 Fortalecimiento Institucional
V
5125298,485
$278174.515
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DEBOGOTA
SECREIMIA 1W MI:VILOAD
1.15 VIGENCIA DE LA OFERTA
La propuesta deberá tener una vigencia minina de seis (6) meses, contados a partir de la fecha limite
de presentación. Esta manifestación deberá hacerse en la respectiva carta de presentación de la propuesta.
1.16 GLOSARIO
Las palabras definidas en el glosario que se mencionen en cualquier parte del pliego de condiciones,
deberán ser entendidas únicamente en el sentido que a las mismas se les conceda según su definición.
A las palabras que no estén definidas en el glosario ni en las definiciones de la minuta del contrato, se
les dará la definición que establezca en el diccionario de la Real Academia Española de la Lengua, según
su uso común o el lenguaje técnico respectivo.
ANEXO TÉCNICO: Es el documento adjunto al pliego de condiciones (ANEXO N° 1 y No. 2) que contiene
las descripciones, condiciones y características generales y especificas de los bienes y/o servicios a
contratar, y hacen parte integrante del presente proceso de selección.
CERTIFICADO DE DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL (CDP): Documento que acredita la disponibilidad
de presupuesto para el presente proceso de selección.
CONFLICTO DE INTERESES: Son las circunstancias que el interesado o proponente dará a conocer a la
entidad y que considera puede tener incidencia en la imparcialidad con la que se debe adoptar las
decisiones en el curso del proceso.
CONTRATISTA: Adjudicatario que suscribe el Contrato derivado del presente proceso.
CONSORCIO: Modalidad de asociación que permite que dos o más personas o naturales jurídicas, en
forma conjunta, presenten una misma Propuesta en el presente proceso de selección para la Adjudicación,
celebración y ejecución del Contrato, respondiendo solidariamente por todas y cada una de las
obligaciones derivadas del mismo, y por los efectos que generen o lleguen a generar las actuaciones,
hechos u omisiones de todos o cualquiera de los participantes en estos actos.
CONTRATO: Negocio juridico que se suscribirá entre la SECRETARIA DISTRITAL DE MOVILIDAD y el
Adjudicatario, por medio del cual se imponen a las partes las obligaciones reciprocas y se le conceden
los derechos correlativos que instrumentan la relación contractual que se busca establecer a través del
presente proceso.
DIA(S) CALENDARIO: Es cualquier día del calendario, sin tener en cuenta si se trata de un Día Hábil o No
hábil.
DIA(S) HÁBIL(ES): Cualquier die comprendido entre lunes y viernes (ambos inclusive) de cada semana,
excluyendo de éstos los días sábados, domingos y los feriados determinados por ley en la República de
Colombia. Se incluirán también aquellos días que sin ser hábiles la SECRETARIA DISTRITAL DE
MOVILIDAD mediante acto administrativo motivado determine como tales para este proceso.
DÍA(S) NO HÁBIL(ES): Se entenderán de conformidad con el Código de Régimen Político y Municipal.
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e.ECRÉTAIIIA bE MOY,LIDAP
DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA O US$: Es la moneda de curso legal en los
Estados Unidos de América, la que, para todos los efectos se tomará por su valor equivalente respecto
de la moneda de origen del proponente, según la tasa de cambio oficial o, en defecto de aquella, según la
tasa de cambio certificada por la autoridad competente del país de origen.
INTERESADO(S): Personas naturales o jurídicas o el grupo de personas jurídicas y/o naturales asociadas
entre si mediante las figuras de Consorcio, Unión Temporal o cualquier otro tipo de asociación que
actuaran en el proceso previamente a la presentación de ofertas.
MES: Para efecto del presente proceso de selección los términos previstos en meses se tendrán en
cuenta según el calendario.
PESOS COLOMBIANOS O SCOP: Es la moneda de curso legal en la República de Colombia.
PROPONENTE: Es la persona jurldica o natural, consorcio o unión temporal o promesa de sociedad, que
presenta Propuesta para participar en el proceso de selección que se rige a través del presente Pliego.
PROPONENTE PLURAL: Formas de asociación previstas en la Ley y regladas en el pliego de condiciones
(Consorcio, Unión Temporal o Promesa de Sociedad Futura)
PROPUESTA: Se entiende por tal aquella oferta con carácter irrevocable, presentada conforme a los
requisitos establecidos en el presente Pliego de Condiciones; debidamente suscrita por quien goza de la
representación del proponente y acompañada de una garantía de seriedad de la misma.
PROPUESTA HÁBIL: Es la propuesta presentada por un interesado, que además de cumplir con los
requisitos legales, técnicos y financieros señalados en estos Pliegos de Condiciones, cumple con los
criterios mínimos para ser evaluada dentro del proceso de calificación
PROPUESTA RECHAZADA: Es la propuesta presentada por un interesado, que incurre en alguna de las
causales de rechazo establecidas en el pliego de condiciones.
SECOP: Sistema Electrónico para la Contratación Pública -www.contratos.gov.co
SMMLV: Se entenderá como salarios mínimos mensuales legales vigentes.
1.17 INTERPRETACIÓN Y ACEPTACIÓN DEL PLIEGO DE CONDICIONES
Con la presentación de la oferta, el proponente manifiesta que estudió el pliego de condiciones y todos
los documentos del presente proceso de selección Abreviada de menor cuantía, que obtuvo las
aclaraciones sobre las estipulaciones que haya considerado inciertas o dudosas, que conoce la naturaleza
de las actividades, su costo y su tiempo de ejecución, que formuló su oferta de manera libre, seria, precisa
y coherente.
Todos los documentos del presente proceso de selección Abreviada de Menor Cuantía se
complementan mutuamente, de tal manera que b indicado en cada uno de ellos se entenderá como
Indicado entodos.
Las interpretaciones o deducciones que el proponente haga de lo establecido en este pliego de
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LIE BOGOTÁ D.C.
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condiciones, serán de su exclusiva responsabilidad, por lo tanto, la SECRETARÍA DISTRITAL DE
MOVILIDAD no será responsable por descuidos, errores, omisiones, conjeturas, suposiciones, mala
interpretación u otros hechos en que incurra el proponente que le sean desfavorables y que puedan incidir
en la elaboración de su oferta.
El hecho de que el proponente no se informe y documente debidamente sobre los detalles y condiciones
bajo los cuales será ejecutado el objeto del presente proceso de selección Abreviada de Menor Cuantía no
se considerará como fundamento válido de futuras reclamaciones.
El oferente deberá elaborar la propuesta, de acuerdo con lo establecido en este pliego y anexar la
documentación exigida.
Igualmente deberán tener en cuenta el objeto a contratar, los precios, plazos, especificaciones
técnicas, económicas yto financieras, condiciones de ejecución del contrato y demás elementos que
influyan directa e indirectamente durante la ejecución del contrato y sobre el valor de su oferta.
Los pliegos de condiciones deben ser interpretados como un todo y sus disposiciones no deben ser
entendidas de manera separada; por lo tanto, al mismo se integran los estudios y documentos
previos, Anexos y adendas.
El orden de los capítulos y cláusulas de estos pliegos de condiciones no deben ser interpretados como
un grado de prelación entre los mismos.
Los títulos utilizados en estos pliegos de condiciones sirven sólo para identificar textos, y no afectará la
interpretación de los mismos.
Cuando el día de vencimiento de un plazo fuese un día Inhábil para la SDM, o cuando esta Entidad no
ofrezca durante este día, por cualquier razón, atención al público, dicho vencimiento se entenderá
trasladado al primer día hábil siguiente.
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CAPÍTULO II
DESARROLLO DEL PROCESO DE SELECCIÓN
2 MODALIDAD DE SELECCIÓN
La selección de la oferta más favorable para la Secretaría Distrital de Movilidad (SDM), se realizará
mediante un proceso de SELECCIÓN ABREVIADA DE MENOR CUANTÍA, de conformidad con lo
contemplado en el literal b) numeral 2 de la ley 1150 de 2007 y el artículo 2.2.12.1.2.20 del Decreto
1082 de 2015.
El presente proceso de selección, así como el contrato que de él se derive, se sujetarán a la Constitución
Polltica, al Estatuto General de Contratación de la Administración Pública, contenido en las Leyes 80 de
1993 y 1150 de 2007, a sus Decretos reglamentarios, a las normas que lo modifiquen y/o complementen
y a lo estipulado en los presentes estudios previos y Pliego de Condiciones y demás documentos del
proceso de selección.
La evaluación se realizará sobre la base de las ofertas que presenten los oferentes, las cuales deberán
ajustarse a todas las exigencias y requerimientos establecidos en la Selección Abreviada de Menor
Cuantía.
La Secretaria Distrital de Movilidad, previo análisis comparativo de las ofertas que se ciñan a los
requisitos establecidos en el presente proceso de Selección Abreviada de Menor Cuantía, seleccionará
el ofrecimiento más favorable a la secretaría y a los fines que él busca y que no constituya un precio
artificialmente bajo.
El ofrecimiento más favorable de acuerdo con lo establecido en el artículo 5 de la Ley 1150 de 2007,
modificado por el 88 de la Ley 1474 de 2011 y reglamentado por el articulo 2.2.1.1.2.2.2 del Decreto
1082 de 2015 que dispone:
. pe....'110 . iiiiiLi-ri
"Artfcul
cS--2.0 Ofrecimiento más favorable. La entidad estatal debe determinar la oferta más
favorable éniendo en cuenta las normas aplicables a cada modalidad de selección del contratista.
En la licitación y la selección abreviada de menor cuantía, la Entidad Estatal debe
determinar la oferta más favorable teniendo en cuenta:
a-La ponderación de los elementos de calidad y precios soportados en puntajes y formulas; o,
b-la ponderación de los elementos de calidad y precio que representen la mejor relación de
costo-beneficio".
2.1 CRONOGRAMA DEL PROCESO
Para el presente proceso los proponentes deberán tener en cuenta el cronograma establecido en el
presente pliego de condiciones.
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DE BOGOTÁ OC
SECRETARIA PE' AKIILICIACI
ACTIVIDAD
FECHA Y HORA
LUGAR
Publicación Aviso de convocatoria
pública — Estudios Previos Proyecto de pliego de condiciones
11 de octubre de 2016
Colombia Compra Efidente-SECOP
www.colombiacomora.dov.co
Contratación a la Vista www.contratadonbocota gov co
Observaciones al proyecto de
pliego de condiciones (5 días
hábiles art 2.2.1.1.2.1.4. Decreto
1082)
Del 12 al 19 de octubre de
2016
Correo: [email protected]
Contratación ala Vistawww.contratacionboctotámov.co
Respuesta a las observaciones
presentadas al proyecto de pliego
de condiciones
Publicación del acto administrativo
de apertura y del pliego de
condiciones definitivo
25 de octubre de 2018
25 de octubre de 2016
Colombia Compra Eficiente-SECOP
www.colombiacomPraeOv.Co
Contratación a la Vista www.contratacionbogotablovoo
Colombia Compra Eficiente-SECOP
www.colombiacompra.gov.co
Contratación a la Vista www.contratacionbocota ciov.co
Manifestaciones de Interés para
participar en el proceso
Del 26 de octubre al 28 de
octubre de 2016
Plazo para presentar
observaciones al pliego de
condiciones definitivo
Del 26 de octubre al 28 de
octubre de 2016
Correo: jmontovarlmovilidadb000ttoov.co
Contratación a la Vista www.contratacionb000támov.co
1 de noviembre de 2016
Colombia Compra Eficiente-SECOP
www.colombiacompramovoo
Contratación a la Vista www.contratacionbogotáoov.co
Termino máximo para publicación
de adendas
2 de noviembre de 2016
Colombia Compra Eficiente-SECOP
www.colombiacompra.qov.co
Contratación a la Vista www.contratacionb000taoov.co
Fecha y hora del cierre (plazo
máximo para presentación de
ofertas)
3 de noviembre de 2016,
hora 9:00 am
Presentación ofertas: Avenida Calle 13 No.3735, ventanilla de correspondencia primer piso.
Cierre: Dirección de Asuntos Legales tercer
piso.
Verificación de requisitos
habilitantes
Del el 3 al 4 de noviembre
de 2016
Secretaria Distrital de Movilidad
Pubficación del informe de
evaluación
8 de noviembre de 2016
Colombia Compra Eficiente-SECOP
www.colomblacompra.CIOV.00
Contratación a la Vista www.contratacionbogota.ciov.co
Traslado del informe de
evaluación preliminar y plazo para
subsanar la ausencia de
requisitos o la falta de
documentos habílitantes
Del el 9 al 11 de noviembre
de 2016
Colombia Compra Eficiente-SECOP
www.colombiacompra.cov.co
Contratación a la Vista www.contratacionboqotá,00v.co
Publicación de respuesta a las
observaciones pliego de
condiciones definitivo
www.contratacionb000tloov.co
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se BOGOTA D.C.
SECRETNIIAOF MOVILOAD
requeridos por la entidad
FECHA LIMITE PARA
SUBSANAR
En cumplimiento de lo establecido
en el art. 5 de la Ley 1150 de
2007, el plazo para subsanar la
ausencia de requisitos o a la falta
de documentos habilitantes
requeridos por la Entidad está
comprendido entre el periodo de
publicidad del informe de
evaluación preliminar y hasta la
adjudicación
Publicación de las respuesta a las
observaciones al Informe de
evaluación e informe de
evaluación modificado (en caso
de proceder)
Resolución de adjudicación o
declaratoria desierto
Suscripción del contrato y
legalización
Publicación SECOP
Expedición Registro Presupuestal
Aprobación Garantías
16 de noviembre de 2016
17 de noviembre de 2016I
17 de noviembre de 2016
Dentro de los cinco (5) ellas
hábiles siguientes a la
adjudicación.
Dentro de los tres (03) dias
hábiles siguientes a la
suscripción
Dentro de los tres (03) dlas
hábiles siguientes a la
suscripción
Dentro de los tres (05) dias
hábiles siguientes a la
suscripción
Hasta: 4:00 p.m.
www.colombiacomPrAgov.co
www.contratacionbodottoov.co
Colombia Compra Eficiente-SECOP
www.colombiacompramov.co
Contratación a la Vista www.coptratacionboctota .11CAl .00
Avenida Calle 13 No.37-35 Piso 3° Dirección de
Asuntos Legales
Avenida Calle 13 No.37-35 Piso 3° Dirección de
Asuntos Legales
Avenida Calle 13 No.37-35 Piso 3° Dirección de
Asuntos Legales
Avenida Calle 13 No.37-35 Piso 3° Dirección de
Asuntos Legales
Según los términos
establecido en el estudio
Secretaria Distrital de Movilidad
previo y minuta contractual.
El horario do atención en la Ventanilla de radicación de correspondencia de la SDM es desde las 7:00 am.
hasta las 4:30 p.m.
Pagos contractuales
2.2 PUBLICIDAD DE LOS DOCUMENTOS DEL PROCESO DE SELECCION
El pliego de condiciones y demás documentos deberán ser consultados en el portal único de
contratación www colombiacompramov.co a partir de la fecha de apertura de la Selección
Abreviada. Las versiones que allí aparezcan de los documentos de la Selección Abreviada, tienen el
carácter de oficiales,
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Adicionalmente la consulta podrá realizarse en la siguiente dirección: www.contratacionbogota.gov.co
No obstante, los participantes podrán solicitar por escrito copia en medio físico de los mismos a la
Secretaria Distrital de Movilidad para lo cual se seguirá lo previsto en el Código de Procedimiento
administrativo y de la Contencioso Administrativo.
El valor de las copias del pliego definitivo y demás documentos, se cobrarán de conformidad con
lo dispuesto en la Resolución No. 340 del 5 de junio de 2002, expedida por la Tesorería Distrital, D.C. El
valor de las copias deberá ser pagado en la Tesorería Distrital (carrera 30 N. 24-90), a nombre de la
Secretaria Distrital de Movilidad NIT. 899.999.061-9, y se acreditará con el correspondiente recibo de
pago, el cual debe ser allegado a la Dirección de Asuntos Legales.
2.3 CORRESPONDENCIA — CORREO ELECTRÓNICO
Para efectos del presente proceso de selección establece la siguiente dirección:
SECRETARIA DISTRITAL DE MOVILIDAD • SDM.
Dirección de Asuntos Legales
AC 13 No. 37-35 PISO 3°
Bogotá D. C.
El correo electrónico de contacto es [email protected].
Toda comunicación o solicitud referente al presente proceso deberá formularse por escrito y radicarse en
la Oficina de Correspondencia de la SDM ubicada en el primer piso, en el horario de 7:00 am, a 4:30
p.m. debidamente identificada con el nombre, número correspondiente del proceso de selección,
dirigida a la Dirección de Asuntos Legales de la SDM, único despacho que canalizará cualquier tipo de
comunicación entre los proponentes y la SDM.
Las respuestas a las solicitudes u observaciones presentadas por cualquier medio, se darán a conocer
a todos los interesados en el proceso selectivo, mediante la publicación en la página web SECOP,
CONTRATACION A LA VISTA - (www.contratos.gov.co-www.bogotá.gov.co/contratacion), y/o en la
Dirección de Asuntos Legales de la SDM, en adelante y para efectos de este documento, se denominará
La DAL, en donde se podrá seguir el desarrollo de todo el proceso.
En ningún caso habrá aclaraciones ni comunicaciones verbales con los proponentes que
puedan afectar los términos y condiciones de este pliego y sus adendas.
2.4 MANIFESTACIONES DE INTERÉS
De conformidad con lo establecido en el articulo 2.2.1.21.2.20 del Decreto 1082 de 2015, dentro del
cronograma del presente proceso de selección, se establecerá el término para recibir las manifestaciones
de interés de los futuros proponentes, a través de la página web contratación a la vista
www contratacionbogota.gov coi o al correo electrónico jmontova@movilidadbogotá.gov.ccr o por escrito
dirigido a la Dirección de Asuntos Legales, indicando el número de proceso, radicado en la ventanilla
de correspondencia de la entidad, ubicada en la Av. Calle 13 No. 37 -35.
La entidad procederá a evaluar todas las propuestas, de aquellos interesados que hayan realizado su
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SE CRE TMIA DE MOVIÉELNO
manifestación de interés en participar en el proceso, dentro de los términos establecidos.
La manifestación deberá contener documento escrito de interés en participar en el proceso, firmado
por el representante legal.
2.5 PRESENTACIÓN DE OBSERVACIONES AL PROYECTO DE PLIEGO DE CONDICIONES
Las observaciones á presente proceso deberán ser presentadas durante el término establecido en el
cronograma del presente documento.
Los interesados podrán solicitar aclaraciones o realizar observaciones al correo electrónico
jmontovaemovilidadbociota.ciov.co y/o dirigirlas a la Dirección de Asuntos Legales radicándolas en la Av.
Ca11e13 N° 37 — 35 oficina de radicación y correspondencia piso 1 de la ciudad de Bogotá.
La Secretaria de Movilidad publicará en la página WEB del Sistema Electrónico para la contratación
Pública las observaciones que formulen los posibles oferentes, asi como las respuestas a las mismas.
NOTA. De acuerdo con b facultado por el 2.2.1,2.1.2.20 del Decreto 1082 de 2015 en su numeral 24, la
entidad determino proceder a evaluar todas las propuestas alienadas en tiempo de aquellos
interesados que hayan realizado su manifestación de interés en participar en el proceso, dentro de término
establecido para ello y alleguen la correspondiente propuesta en la fecha del cierre.
2.6 PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA
Los oferentes deberán presentar su propuesta en un (1) sobre, el cual debe estar debidamente marcado,
sellado yro lacrado. El sobre deberá radicarse en la ventanilla de correspondencia de la Entidad ubicada en
AC 13 N° 37-35, dirigidos a Dirección de Asuntos Legales.
La propuesta se debe radicar en el horario de 7:00 a.m. a 4:30 pm. en días hábiles desde la fecha
de apertura del proceso de selección y hasta la fecha y hora prevista para el cierre de este proceso de
selección, de acuerdo con el cronograma del presente proceso de selección.
Todas las propuestas radicadas y recibidas hasta la fecha y hora fijada para el cierre de este proceso
de selección, se abrirán públicamente en el acto de cierre realizado en la Secretaría — Dirección de
Asuntos Legales.
No se aceptan propuestas enviadas por correo, ni entregadas con posterioridad a la fecha y hora de cierre.
No se admiten propuestas complementarias o modificaciones que fueren presentadas con posterioridad al
cierre del proceso de selección; lo cual no impide que puedan solicitarse las aclaraciones que fueren
necesarias.
Las propuestas deben presentarse en idioma castellano, a máquina o en impresión de computador, en
original y dos (2) copias legibles (indicando cuál de estas corresponde al documento original); el original y
las copias de idéntico contenido, deben estar foliadas en orden consecutivo ascendente, sin incluir
hojas en blanco, incluyendo en cada ejemplar todos los documentos y requisitos exigidos en el
presente pliego de condiciones, con su respectivo indice.
Nota: Toda la información y datos que presente el proponente deberán estar en idioma castellano, en
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ftECRETMIA DE UtMUDAID
os casos de encontrarse en otro idioma, deberán acompañarse de una traducción al castellano. Para
efectos de interpretación de la propuesta prevalecerá el texto en castellano, En caso contrario, no
serán tenidos en cuenta para efectos de evaluación Los documentos otorgados en el extranjero deberán
cumplir con los requisitos previstos en los &t'etilos 259 y 260 del Código de Procedimiento Civil
Colombiano y 480 del Código de Comercio Colombiano o con los requisitos de apostille previsto en la Ley
455 de 1998, según sea el caso.
En caso de presentarse diferencia en la información contenida en los documentos y anexos originales
frente a las copias, para todos los efectos prevalecerá la información contenida en la propuesta original.
En caso de existir discrepancia entre los datos contenidos en la propuesta, incluidos sus anexos,
tratándose de obligaciones del proponente, se adopta la declaración que sea más favorable a la Secretaria.
En caso de discrepancias surgidas entre números y letras, prevalece lo escrito en letras sobre los
números.
Las propuestas se deben presentar sin borrones, tachaduras o enmendaduras, a menos que se haga
la respectiva salvedad, la cual se entiende manifestada con la aclaración firmada por el proponente o el
representante legal, debidamente autorizado para ello. Si no se efectúa la respectiva salvedad y esta
obedece a un criterio de comprobación y/o calificación, no será objeto de verificación y si es de
calificación no se evaluará en el respectivo criterio.
En la propuesta no se debe colocar, pegar, recortar o sobreponer elementos como propaganda, cintas,
fotos, y/o autoadhesivos que alteren o impidan conocer la información original.
No se debe cambiar la redacción de los formularios contenidos en cada uno de los anexos del
presente documento; no obstante serán objeto de adecuación y/o modificación aquellos espacios que sean
necesarios para la presentación de la propuesta como son a saber, tiempo y lugar de ejecución, aspectos
económicos y/o técnicos, según la clase de proceso.
La Secretaria no se hace responsable por la no apertura o apertura prematura de una propuesta que no
esté presentada y rotulada como aquí se especifica, o que no sea entregada en el sitio señalado, dentro
de los términos establecidos y antes de la hora de cierre.
La Secretaria no es responsable por los costos o expensas en que pudieren incurrir los proponentes para
la preparación y/o presentación de sus propuestas los cuales son de cargo exclusivo de los proponentes.
La presentación de la propuesta implica el conocimiento de la legislación colombiana en materia de
contratación y la aceptación por parte del proponente de todas las condiciones y obligaciones establecidas
en el presente pliego, al igual que de cualquier modificación que realice la Secretaria durante el proceso.
La propuesta debe estar firmada por el proponente, o por el representante legal de la persona juridica, o
por la persona legalmente autorizada de conformidad con los estatutos, por el representante del consorcio o
unión temporal, o por el agente comercial y/o mandatario con poder debidamente conferido para tal efecto.
Una vez efectuado el cierre del proceso de selección las propuestas no pueden ser mejoradas,
adicionadas, modificadas o reemplazadas. El proponente debe elaborar una tabla de contenido, con la
referencia exacta de la página donde se encuentra el tema o documento incluido en la propuesta.
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DE BOGOTÁ
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Las tablas, cuadros y anexos deberán presentarse en formato digital, adjunto a la propuesta.
Nota: Los proponentes podrán dentro de los treinta 30) días siguientes a la fecha de adjudicación o
declaratoria de desierta resultante del proceso, retirar de la Dirección de Asuntos Legales las copias de
las propuestas no ganadoras. Transcurrido dicho érmino si el proponente no ha reclamado por
escrito las mencionadas copias, se da por entendid que autoriza a la Secretaria para llevar a cabo
el proceso de destrucción, perdiendo el proponente el derecho a realizar cualquier reclamación legal.
2.7 CONSULTA DEL PLIEGO DE CONDICIONES DEFINITIVO Y DEMÁS DOCUMENTOS DEL
PROCESO DE SELECCIÓN
En la Dirección de Asuntos legales, ubicada en la Av. Calle 13 No. 37 -35, en Bogotá D. C., a partir del
die y hora indicados en el cronograma, se pondrá a disposición de los interesados los pliegos de
condiciones junto con los documentos y estudios previos, para consulta de los mismos y hasta un día hábil
antes del cierre del plazo para presentar propuesta, en horario de 7:00 am, a 4:30 p.m., asi mismo los
pfiegos también se pueden consultar en las páginas Web Contratación a la vista
www.contratacionbociota.qov.co y COLOMBIA COMPRA: www.colombiacompra.gov.co.
De conformidad con lo establecido en el parágrafo 4 del articulo 2 de la Ley 1150 de 2007, los pliegos
de condiciones no podrán ser objeto de cobro, salvo lo relacionado con la expedición decopias.
2.8 ACLARACIONES A LOS PLIEGOS DE CONDICIONES Y ADENDAS
Con el fin de poder dar el trámite oportuno a las aclaraciones sobre el contenido del pliego de condiciones,
se solicita atentamente a los posibles proponentes presentar las observaciones dentro del término
señalado en el cronograma del proceso.
Si fuere necesario, según lo señalado en el articulo 2.2.1.12.2.1 del Decreto 1082 de 2015, se expedirán
las modificaciones pertinentes al pliego de condiciones mediante Adonde, comunicados a través de la
página de la Alcaldía Mayor de Bogotá Contratación a la vista www.contratacionbogota.gov.co y
COLOMBIA COMPRA ww.colombiacompra.gov.co.
Así mismo, estará a disposición de los proponentes en la Dirección de Asuntos Legales.
NOTA: Corresponde a todos os interesados en el presente proceso informarse de todas las
modificaciones y hacer seguimiento al proceso por este medio.
Las consultas y respuestas no suspenderán el plazo para la presentación de las ofertas.
En ningún caso habrá aclaraciones, ni comunicaciones verbales con los proponentes que puedan afectar
los términos y condiciones de este pliego y sus adendas.
2.9 RETIRO DE PROPUESTAS
Los proponentes podrán solicitar el retiro de la propuesta presentada por escrito dirigido a la Dirección
de Asuntos Legales, antes de la fecha y hora previstas para el cierre del proceso de selección. La
propuesta será devuelta sin abrir al proponente o la persona autorizada por escrito para el efecto.
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2.10 PRÓRROGA DEL PLAZO PARA LA PRESENTACIÓN DE OFERTAS
Cuando las necesidades de la administración así lo exijan, el plazo del cierre del proceso se podrá
prorrogar mediante Adenda, por un término no superior a la mitad del inicialmente fijado.
2.11CORRECCIONES Y ACLARACIONES A LAS PROPUESTAS
Una vez presentada la propuesta y antes de la fecha y hora señaladas para el cierre, se aceptarán
las correcciones o aclaraciones que el proponente estime pertinentes, por razón de las adendas o
aclaraciones al Pliego de Condiciones o para corregir errores de la propuesta. Para este efecto, el
proponente deberá presentar el escrito correspondiente, en sobre cerrado y marcado con el número del
presente proceso de selección, el nombre del proponente e indicar "CORRECCIÓN" omACLARACIÓN".
Se recibirán propuestas, modificaciones o aclaraciones a partir de la fecha de apertura y hasta la fecha y
hora establecida en el cronograma del Pliego o en la última Adenda que se expida, (si fuere el caso).
2.12APERTURA Y CIERRE
Mediante acto administrativo, se ordena la apertura del proceso correspondiente, quedando establecidas
la duración del proceso y la fecha de cierre del mismo,
2.13 ACTO DE APERTURA DE LAS PROPUESTAS Y CIERRE DEL PROCESO DE SELECCIÓN
No se aceptarán as propuestas que llegaren después de la hora fijada en el cronograma del presente
pliego para el cierre del proceso. En estos eventos, los sobres respectivos serán devueltos al proponente,
sin abrir.
La audiencia de cierre se llevará a cabo de acuerdo con lo establecido en el cronograma de estos pliegos, a
la cual podrán asistir los proponentes que lo deseen.
Para verificar la hora señalada, se aplicará lo indicado en b Directiva N° 013 de 2005 de la
Procuradurla General de la Nación, con lo cual se establece que b hora oficial de los procesos de
contratación corresponde a la hora legal de la República de Colombia, señalada por la División de
Metrologla de la Superintendencia de Industria y Comercio, realizando la conexión en la hora prevista
para el cierre, en la página Web www.sic.gov.co.
Seguido al acto de cierre, se realizará la apertura de cada una de las propuestas y se levantará un acta
que contendrá la relación de los participantes, se verificará el número de folios de cada oferta y se
procederá a leer y consignar en el acta los siguientes datos:
1 Número de ofertas recibidas
2 Nombre de cada proponente
3 Apertura del primer sobre oferta original
4 Número de folios de las propuestas.
5 Número dé la póliza de seriedad de la propuesta, nombre de la compañia aseguradora, valor asegurado
y vigencia,
6 Apertura sobre oferta económica
7 Valor de las propuestas
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4, ME
BOGOTA
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J
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ALCALDÍA MAYOR
DE BOGOTÁ Me
sECRETARIAOP MosarDAD
8 Retiros de propuestas recibidas por el proponente que así lo haya solicitado.
El acta de cierre será suscrita por los servidores públicos que asistan y se anexará un control de asistencia
de quienes participen. Los asistentes podrán dejar las constancias que estimen pertinentes.
2.14 TRASLADO DEL INFORME DE VERIFICACIÓN
En la fecha y hora establecida por estos pliegos de condiciones en el cronograma, se pondrá a disposición
de los oferentes el informe de verificación de as propuestas.
Los proponentes que hayan sido considerados como no habilitados podrán, dentro de este término y hasta
el momento indicado por la Entidad, subsanar la ausencia de requisitos o la falta de documentos
habilitantes. La Secretaria podrá solicitar a los proponentes dentro del término que ella señale, dentro del
lapso para verificación de requisitos habilitantes y en todo caso, también dentro del término establecido en
el traslado del informe de verificación, para que aclaren o subsanen sus propuestas, dichos requerimientos
serán realizados mediante emelt a la dirección electrónica suministrada por el proponente en su oferta, en
el requerimiento que se realizará mediante email se expresaran los requisitos que deben ser objeto de
subsanación y plazo para entrega de los mismos.
Así también, podrán presentar observaciones al informe de verificación, a través de escrito dirigido a
la Dirección de Asuntos Legales de M SDM, durante los cuales permanecerán a su disposición. El
horario de atención será de 7:00 a.m. a las 4:30 p.m.
De conformidad con lo dispuesto en el articulo 2.2.1.2.1.1.2 del Decreto 1082 de 2015, en ningún caso
se podrán subsanar asuntos relacionados con la falta de capacidad, ni acreditar circunstancias
ocurridas con posterioridad a M entrega de las propuestas del presente proceso. Lo anterior, sin perjuicio
de las disposiciones previstas en la Circular Externa N° 13 de fecha 13 de junio de 2014 expedida por la
Agencia Nacional para la Contratación Pública — Colombia Compra Eficiente.
2.15 ADJUDICACION
En la fecha establecida en el cronograma se hará público ei acto administrativo motivado de adjudicación.
2.18 DECLARATORIA DE DESIERTO DEL PROCESO
La Secretaria Distrital de Movilidad declarará desierto el proceso únicamente por los motivos o causas
que impidan la escogencia objetiva del contratista y lo hará mediante acto administrativo en el que se
señalarán en forma expresa y detallada las razones que condujeron a esa decisión, de conformidad con lo
dispuesto por el numeral 18 articulo 25 de la Ley 80 de 1993.
La Secretaria podrá modificar los elementos de la futura contratación que a su criterio hayan sido
determinantes en la declaratoria de desierta, sin que en ningún caso se cambie el objeto de la
contratación. Entre otras y a titulo enunciativo, se tienen como causales de no selección objetiva las
siguientes:
a) Cuando el procedimiento se adelante sin ajustarse a las normas de contratación estatal vigentes y
sus reglamentos.
b) Cuando ninguna de las ofertas sea declarada hábil por no ajustarse a los requerimientos mínimos
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exigidos, estipulados en los Pliegos de Condiciones, o los precios no se ajusten a los del mercado, o al
presupuesto de la Entidad.
c) Cuando no se presenten ofertas.
d) Cuando ninguno de los oferentes habilitados suscriba el contrato en el plazo previsto,
e) Las demás contempladas en la Ley.
f) La SDM podrá modificar los elementos de la futura contratación que a su criterio hayan sido
determinantes en la declaratoria de desierta, sin que en ningún caso se cambie el objeto de la contratación.
2.17 TÉRMINO PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO
Quien resulte adjudicatario del presente proceso selectivo deberá suscribir el contrato dentro del
término establecido en el cronograma.
Si el adjudicatario no suscribe el contrato o no allega oportunamente los documentos requeridos al efecto,
se aplicará la sanción prevista en el literal e) del numeral 1 del articulo 80 de la Ley 80 de 1993.
218 DEVOLUCIÓN DE LAS PROPUESTAS
A solicitud del (los) proponente(s) no favorecido(s) con la adjudicación, las copias de las propuestas
no ganadoras serán devueltas dentro de los tres (3) meses siguientes a la fecha de la adjudicación, de no
haber solicitud, la SDM procederá de acuerdo con las normas de archivo. El original de la propuesta no
ganadora, será archivado en los términos de las disposiciones legalesvigentes.
Para tal efecto, deberán presentar una solicitud escrita, elevada por el representante legal de la persona
juridica o del Consorcio, o Unión Temporal, o por la persona natural proponente, a la Dirección de
Asuntos Legales, dentro del término arriba referido.
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CAPITULO III
CONTENIDO DE LA PROPUESTA
3IDIOMA DE LA PROPUESTA
En acatamiento a la Ley 14 de 1979 (Defensa del Idioma) y de su Decreto reglamentario 2744 de 1980,
todos los documentos de la propuesta, correspondencia y todos os documentos intercambiados entre los
Proponentes y la Secretaria Distrital de 'Movilidad, deberán estar escritos en cualquier medio mecánico
en idioma Español, salvo los términos técnicos que podrán expresarse en idioma distinto. Los documentos
privados en idioma extranjero deberán venir acompañados de traducción simple y los documentos públicos
en idioma extranjero se presentarán legalizados en la forma prevista en las normas vigentes sobre la
materia.
3.1 CONDICIONES DE LA PROPUESTA
La propuesta se presentará en dos sobres, un original y una copia y un CD que se entregarán
cerrados, separados e identificados con el número del proceso.
Los documentos se presentarán legajados, completamente foliados (incluso las hojas en blanco o de
presentación), escritos en idioma castellano y a máquina y/o computadora. Todas las páginas de la
propuesta que tengan modificaciones o enmiendas, deberán ser validadas con la firma al pie de las
mismas de quien suscribe la carta de presentación, de lo contrario se tendrán por no escritas
La carta de presentación original deberá estar debidamente firmada por el representante legal o el
apoderado constituido para el efecto.
No se aceptarán las propuestas que sean allegadas por correo.
NOTA 1: Será responsabilidad exclusiva del proponente la correcta identificación de la propuesta original
as( como sus copias, por lo tanto la SDM no asume responsabilidad alguna en el proceso de apertura
de los sobres que contienen las propuestas si alguna viniere incorrectamente identificada.
3.2 COSTOS Y PREPARACIÓN DE LA PROPUESTA
Serán de cargo del proponente todos los costos asociados a la preparación y presentación de su
propuesta, y la SDM en ningún caso será responsable de los mismos.
3.3 DOCUMENTOS OTORGADOS EN COLOMBIA
Los documentos que hayan sido expedidos por particulares o entidades púbhcas no requerirán de
autenticación de conformidad con lo establecido en el articulo 24 de la ley 962 de 2005, por lo tanto,
se presumen auténticos con la sola firma del suscriptor. Lo anterior salvo que normas especiales
prevean la necesidad de algún procedimiento especifico para determinado documento.
3.4 DOCUMENTOS EXPEDIDOS EN EL EXTRANJERO
Los proponentes en todo caso deberán cumplir todos y cada uno de los requisitos legales relacionados con
la legalización, consularización o apostille; con el fin de que los documentos otorgados en el extranjero
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SECRETARIA 011.10VILOAO
gocen de validez y oponibilidad en Colombia y por tanto, que puedan obrar como pruebas dentro del
proceso de selección en los términos del articulo 480 del Código de Comercio.
Teniendo en cuenta b anterior, los mencionados documentos deberán contar con los anteriores
procedimientos, así:
Consularización: De conformidad con lo previsto por el Articulo 480 del Código de Comercio, "los
documentos otorgados en el exterior se autenticarán por los funcionarios competentes pare ello en el
respectivo país, y la firma de tales funcionarios lo será a su vez por el cónsul colombiano A a falta de
éste, por e/ de una nación amiga, sin perjuicio de /o establecido en convenios internacionales sobre el
régimen de los poderes". Tratándose de sociedades, expresa además el citado Artículo que "al
autenticar los documentos a que se refiere este Articulo los cónsules harán constar que existe la sociedad
y ejerce su objeto conforme a las leyes del respectivo pais".
Surtido el trámite señalado en el presente numeral, estos documentos deben ser presentados ante el
Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia (Oficina de Legalizaciones Transversal 17 N° 98-55
Bogotá D.C.) para la correspondiente legalización de la firma del cónsul y demás trámites pertinentes
Apostilla: Cuando se trate de documentos de naturaleza pública otorgados en el exterior, en atención a
los dispuesto por la Ley 455 del 4 de agosto de 1998, no se requiere de la autenticación consular ni
de la posterior legalización por parte del Ministerio de Relaciones, siempre que provenga de uno de los
paises signatarios de la Convención de la Haya del 5 de octubre de 1961 sobre la abolición del
requisito de legalización de los documentos públicos extranjeros.
Por lo tanto, en este caso solo será exigible la apostilla, trámite que consiste en el certificado mediante el
cual se avala la autenticidad de la firma y el titulo con el que ha actuado la persona firmante del documento
y que se surte ante la autoridad competente en el país de origen. Si el apostille está dado en idioma
distinto al español, deberá presentarse acompañado de una traducción oficial a dicho idioma y la firma
del traductor legalizada de conformidad con las normas vigentes.
Se excluyen del convenio en mención, los documentos expedidos por agentes diplomáticos o consulares,
los documentos administrativos que se ocupen directamente de operaciones comerciales o aduaneras.
Estos documentos públicos se siguen rigiendo según lo estipulado en los artículos 259 260 del código de
procedimiento civil, 480 del código del comercio, y la Resolución 2201 del 22 de agosto de 1997, es decir
CERTIFICACIÓN CONSULAR Y LEGALIZACIÓN por parte del Ministerio de relaciones Exteriores, Área
de Gestión de Legalizaciones.
De conformidad con lo previsto por el Articulo 480 del Código de Comercio, "los documentos otorgados en
el exterior se autenticarán por los funcionarios competentes para ello en el respectivo país, y la firma de
tales funcionarios lo será a su vez por el cónsul colombiano o, a falta de éste, por el de una nación
amiga, sin perjuicio de lo establecido en convenios internacionales sobre el régimen de los poderes".
Tratándose de sociedades, expresa además el citado Articulo que "al autenticar los documentos a que se
refiere este Artículo los cónsules harán constar que existe la sociedad y ejerce su objeto conforme a las
leyes del respectivo país".
Surtido el trámite señalado en el presente numeral, estos documentos deben ser presentados ante el
Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia para la correspondiente legalización de la firma del cónsul
y demás trámites pertinentes.
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PECRETtRIA DE MOVILIDAD
Los documentos expedidos por Estados que no forman parte de á Convención seguirán requiriendo de
la autenticación consular y de la posterior legalización ante la cancillería colombiana.
Los formatos que debe anexarse a los pliegos no deberán contar con los procedimientos antes descritos.
3.5 CONTENIDO DEL SOBRE
SECRETARIA DISTRITAL DE MOVILIDAD
PROCESO SELECCIÓN ABREVIADA DE MENOR CUANTÍA
N° SDM-PSA-MC•OXX/2015
SOBRE N°1
NOMBRE DEL PROPONENTE:
DIRECCIÓN:
TELÉFONO:
FAX:
MAIL:
NUMERO DE FOLIOS:
Original o Número de Copia
En relación con este sobre, el proponente deberá entregar un original de estos documentos, junto con dos
(2) copias. Estos documentos deberán estar debidamente foliados y las copias contendrán la misma
información que contenga el original.
El Sobre contendrá los documentos de carácter Juridico, Financiero, técnico, las condiciones de
experiencia, la propuesta económica y los documentos para la ponderación de calidad. Se deberá
adjuntar copia digital de la información suministrada.
Información Reservada: SI dentro del sobre de la propuesta se incluye información que conforme a la ley
colombiana tiene el carácter de información reservada, dicha circunstancia deberá ser indicada con
absoluta claridad y precisión, identificando el documento o información que tiene el carácter de reservado y
la disposición legal que la ampara como tal. Sin perjuicio de lo anterior y para efectos de la evaluación
de las manifestaciones, la Secretaria Distrital de Movilidad se reserva el derecho de dar a conocer la
mencionada información a sus funcionarios, empleados, contratistas, agentes o asesores, que designe para
el efecto.
En todo caso, la Secretaria Distrital de Movilidad, sus funcionarios, empleados, contratistas, agentes y
asesores están obligados a mantener la reserva de la información que por disposición legal tenga
dicha calidad y que haya sido debidamente identificada por el Interesado. De no identificarse dicha
información o no citarse las normas que amparan ese derecho, la Secretaria no tendrá la obligación
de guardar reserva respecto de la misma.
NOTA: Será responsabilidad exclusiva del proponente la correcta identificación de la propuesta original
así como sus copias, por lo tanto la Secretaria no asume responsabilidad alguna en el proceso de apertura
de los sobres que contienen las propuestas si alguna viniere incorrectamente identificada.
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Secretaría Distntal de Movilidad.
Oficina de Correspondencia
Primer Piso — Supercade de Movilidad
Av. Calle 13 No. 37 - 35
Bogotá D. C.
La Entidad no tendrá en cuenta las propuestas allegadas por correo o las radicadas en dependencia
diferente a la indicada, dichas propuestas serán devueltas al remitente en el estado recibido.
Las propuestas deben contener todos los requisitos exigidos en este pliego de condiciones y la
Secretaria Distrital de Movilidad, podrá verificar toda la información y documentación presentada con las
mismas y su autenticidad. Asi mismo, podrá solicitar aclaración sobre los datos consignados en ellas, sin
que ello implique que las propuestas puedan ser modificadas, corregidas o complementadas.
En el evento que la propuesta contenga información reservada, el proponente y/o representante legal
debe señalarlo en la forma indicada en la carta de presentación de la propuesta, del presente pliego de
condiciones.
Entregadas las propuestas y cerrado el proceso de selección no se permitirá el retiro total o parcial de
los documentos que las componen, hasta tanto no se haya legalizado el respectivocontrato.
La propuesta debe estar integrada por los documentos que se relacionan en el presente pliego y sus
respectivos anexos.
En lo que respecta a la propuesta económica, debe tenerse en cuenta que el precio de la propuesta
deberá presentarse en pesos colombianos y que no se aceptarán propuestas presentadas en otras
monedas.
Los precios así determinados, que presenten decimales, serán redondeados al peso mediante la
siguiente metodología: cuando la fracción decimal del peso sea igual o superior a cinco (5) se
aproximará por exceso al eso y cuando la fracción del peso sea inferior a cinco (5) se aproximará por
defecto al peso.
Para la presentación de la oferta económica el proponente contemplará los costos directos, indirectos,
impuestos, tasas, contribuciones y cualquier otra erogación necesaria para la ejecución del contrato
resultado del presente proceso, teniendo en cuenta las especificaciones técnicas contempladas en el
presente pliego de condiciones.
Cualquier error en la determinación de los valores relacionados en el ANEXO N° 9, no dará lugar a
su modificación, con excepción de las aproximaciones que realice la SDM, y el contratista deberá asumir
dichas aproximaciones como el valor de su propuesta económica
Los precios finales propuestos, y los que llegaren a pactarse en desarrollo de á ejecución del contrato,
no estarán sujetos a ajuste alguno; razón por la cual, el proponente deberá prever en su oferta que
tiene que asumir los posibles incrementos que se ocasionen, inclusive aquellos que se presenten en la
ejecución del contrato por cambio de año.
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SEGFIETPRIADE mowunAo
La relación de cantidades de actividades y/o componentes, precios y las correspondientes
especificaciones técnicas, formarán parte del contrato que se celebre con el proponentefavorecido.
Si existiere discrepancia entre cifras y textos, se dará prelación a los textos. Si es entre cifras, a las
correcciones aritméticas que haga la SDM, en las discrepancias entre textos, que no puedan despejarse
con simple raciocinio, prevalecerá el último texto consignado.
Si hay diferencias entre la información suministrada en los formatos y los documentos de la propuesta,
prevalecerá lo señalado en los documentos de la propuesta.
La propuesta económica deberá estar suscrita por el representante legal del proponente o apoderado
debidamente Acreditado.
Si se presentaren tachaduras, borrones o enmendaduras, éstas deberán acompañarse de la salvedad
correspondiente mediante confirmación con la firma del proponente, a fin de que sea válida la corrección.
En caso contrario se tomará como váfido el texto original.
3.6 EFECTOS DE LA PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS
El solo hecho presentar un a propuesta no obliga en forma alguna a la Secretaría Distrital de Movilidad
a aceptarlas, ni confiere ningún derecho para celebrar contrato con quienes las presentan.
CAPITULO IV
4REQUISITOS HABILITANTES
De conformidad con lo dispuesto en el numeral 1° del articulo 5° de la Ley 1150 de 2007, la entidad
verificará los siguientes requisitos, los cuales no otorgan puntaje, pero habilita a los proponentes para
participar en el presente proceso de selección.
El cumplimiento de los requisitos jurídicos, financieros, de experiencia y requerimientos técnicos,
contenidos en el pliego de condiciones, con la verificación de la información contenida en el Certificado
del Registro Único de Proponentes (RUP) expedido por la Cámara de Comercio y los demás
documentos habilitantes exigidos para continuar el proceso de selección.
Si una propuesta no cumple con los requisitos habilitantes exigidos, se determinará la causal de rechazo o
de NO HABILITADO de la misma y su consecuente exclusión de ser considerada para la adjudicación.
Se entenderán taxativamente como requisitos habllitantes los señalados por el numeral 1° del Articulo 5°
de la Ley 1150 de 2007 y a lo contemplado en el Articulo 2.2.1.1,1.5.3 del Decreto 1082 de 2015.
(Capacidad jurídica, las condiciones de experiencia, la capacidad financiera y de organización de los
proponentes).
Para que una propuesta sea evaluada, el proponente debe cumplir con todos y cada uno de los
factores habilitantes.
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BECRETMIA DE MOZunan
CRITERIOS DE
VERIFICACIÓN
CRITERIO
RESULTADO
JURÍDICA
Verificación requerimientos juridicos
Habilitado/ No habilitado
FINANCIERA
Verificación de los requerimientos
Financieros mínimos
Habilitado!No habilitado
TÉCNICA
Verificación de los requerimientos técnicos
mínimos
Habilitado No habilitado
En caso que la propuesta no cumpla con alguno de los indicadores anteriormente mencionados, la oferta
será calificada como NO HABILITADA.
4.1 CAPACIDAD JURIDICA
Se efectuará el análisis del cumplimiento de los requerimientos establecidos en el pliego de condiciones.
Serán rechazadas las propuestas que no cumplan con los requisitos exigidos para ser consideradas en
la adjudicación, sin perjuicio de que les sea efectuada la evaluación de los demás factores previstos.
Las propuestas que se ajusten a las exigencias del pliego de condiciones, se calificarán como hábiles.
Los siguientes serán los requisitos de verificación jurídica que se deben aportar:
1. Carta de Presentación de la propuesta. Debe estar firmada por el representante proponente o
apoderado (si fuere el caso), debidamente facultado para ello.
2. Fotocopia del documento de identidad del representante legal de la persona jurídica o de la
persona natural.
3. Situación militar definida.
4. Documento de Constitución del Consorcio, Unión Temporal.
5. Certificado de existencia y representación legal expedido por autoridad competente.
6. Autorización para presentar oferta y comprometer a personas jurídicas, consorcios o uniones
temporales.
7. Garantla de Seriedad de la Oferta.
6. Certificación de pago de seguridad social y aportes parafiscales (Original o Copia)
9 Compromiso anticorrupción — transparencia
10. Boletín de responsables fiscales expedido por la Contraloría General de la Republica, certificado de
antecedentes disciplinarios expedido por la Procuradurla General de la Nación, y certificado judicial
expedido por la Policía Nacional.
11. Declaración juramentada de pagos correspondientes a los sistemas de seguridad social y aportes
parafiscales persona natural.
12. Certificación de pagos de seguridad social y aportes parafiscales persona jurldica.
13. Certificado de Inscripción en el Registro único de proponentes - RUP
14. Documentos de personas naturales y jurídicas extranjeras que no cuentan con domicilio en
Colombia.
15. Documentos expedidos en el exterior.
4.1.1 CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA (ANEXO N° 3)
El proponente deberá diligenciar en su totalidad el ANEXO N° 3, adjunto al presente pliego de
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SECRETARIA Off PlOviunno
condiciones y el original deberá estar debidamente firmado por el representante legal del proponente.
4.1.2 FOTOCOPIA DE LA CEDULA DEL PROPONENTE (persona natural) o del representante legal
(persona jurídica) y/o sus apoderados
4.13 DOCUMENTO DE CONSTITUCIÓN DEL CONSORCIO, UNIÓN TEMPORAL (Anexos Nos. 6 Y 6A)
Para Consorcios o Uniones Temporales, se deberá anexar el documento que los constituye, con todos
los requisitos exigidos en los presentes pliegos de condiciones.
El proponente deberá presentar (en original) el documento de constitución del Consorcio o Unión Temporal
enel cual deberá cumplir lo siguiente:
a) Identificar de manera precisa a cada uno de los integrantes del Consorcio o Unión Temporal.
b) Expresar si la participación es a titulo de Consorcio o de Unión Temporal. Si se trata de Unión Temporal,
sus integrantes deberán señalar los términos y extensión (actividades y porcentaje) de su participación en la
propuesta y en la ejecución del futuro contrato, los cuales no podrán ser modificados sin el consenfirniento
previo y escrito de la SDM.
c) Hacer la designación de la persona natural que tendrá la representación legal del Consorcio o de la
Unión Temporal, con facultad expresa para actuar en nombre y representación del mismo, de presentar
la oferta y de celebrar, modificar y liquidar el contrato en caso de resultar adiudicatarlo, como
también de suscribir la totalidad de los documentos contractuales que resulten necesarios quien
deberá firmar el documento de constitución, manifestando su aceptación como representante legal.
d) Señalar que la duración del Consorcio o Unión Temporal no será inferior a la del plazo de
ejecución y liquidación del contrato y un (1) año más.
e) Los consorcios, uniones temporales, bajo ninguna circunstancia podrán utilizar dentro de su
nombre, denominación o razón social expresiones sinónimas, análogas o similares a la razón social de la
Entidad, ni sus logos, enseñas, colores corporativos o marcas comerciales de la misma, que puedan
generar confusión frente a terceros. Los Proponentes que no observen la anterior prohibición, serán
rechazados por La Entidad para la presente contratación si no subsanan dicha prohibición.
f) El proponente deberá tener en cuenta que una vez presentada la propuesta, para su evaluación, no se
podrá modificar los integrantes del consorcio o unión temporal, como tampoco el porcentaje de participación y
actividades de cada uno de ellos.
4.1.4 CERTIFICADOS DE EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL O INSCRIPCIÓN EN EL
REGISTRO MERCANTIL
Los proponentes personas jurídicas (Colombiana o Extranjera), deberán anexar el Certificado de Existencia
y Representación Legal expedido por la Cámara de Comercio o la autoridad competente; con fecha de
expedición no superior a treinta (30) días, contados retroactivamente a partir de la fecha de cierre
del presente proceso, cuya matricula debe estar renovada y vigente a la fecha de presentación de la oferta.
En este certificado debe constar que el término de duración de la persona jurídica no es inferior a la del
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plazo de ejecución y liquidación del contrato y un (1) año más, salvo que el proponente aporte el
documento del órgano social o Institucional competente, que demuestre su intención de prorrogar M
existencia de la persona jurídica.
En el caso de los consorcios o uniones temporales, cada uno de sus integrantes que sea persona
jurídica deberá cumplir individualmente con estas reglas.
Si llegare a prorrogarse el plazo del presente proceso, el certificado conservará su validez.
En el evento que el proponente sea persona jurídica extranjera con sucursal en Colombia, deberá
aportar Certificado de Existencia y Representación Legal expedido por la Cámara de Comercio del lugar
donde se haya registrado la constitución de dicha sucursal.
Las personas naturales extranjeras sin residencia en Colombia y las sociedades extranjeras sin sucursal
en Colombia deberán acreditar que cuentan con un apoderado debidamente constituido, con domicilio en
Colombia y ampliamente facultado para representarlas judicial o extrajudicialmente hasta la constitución de
la sucursal en Colombia en caso de resultar aceptada su propuesta. Sin embargo, en caso de ser
adjudicatario del contrato una persona jurídica extranjera sin domicilio en Colombia, para la suscripción del
contrato deberá allegar el certificado de inscripción en el registro mercantil otorgado por cualquier
Cámara de Comercio de Colombia
NOTA: Las disposiciones contenidas en este Pliego de Condiciones, en cuanto a proponentes extranjeros
se refiere, se aplicarán sin perjuicio de dar cumplimiento a lo pactado en tratados o convenios
internacionales, debidamente ratificados por Colombia. A las Sociedades extranjeras con sucursal en
Colombia se les aplicarán las reglas de las Sociedades Colombianas, salvo que estuvieren sometidas a
normas especiales.
4.1.5 OBJETO SOCIAL
Cuando el proponente o os integrantes de consorcio o unión temporal sean persona jurídica, el objeto
social de este (os), debe(n) guardar relación con el objeto a contratar, lo cual se determinará por
medio del respectivo Certificado de Existencia y Representación Legal.
4.1.6 AUTORIZACIÓN DE LA JUNTA DIRECTIVA U ÓRGANO SOCIAL COMPETENTE
Cuando el representante legal del proponente (persona jurídica) tenga restricciones para contraer
obllgacionesen nombre de la misma, deberá adjuntar el documento de Autorización Expresa del órgano
Social competente, en el cual conste que está facultado para presentar la oferta y firmar el contrato hasta
por el valor del Presupuesto total del presente proceso.
En el caso de los Consorcios y Uniones Temporales, el representante legal de cada una de las
personas jurídicas que los integren y lo requiera, deberá contar con dicha autorización, también hasta
el valor del Presupuesto Oficial total, teniendo en cuenta que la responsabilidad de todos sus integrantes es
solidaria, de acuerdo con lo dispuesto en el articulo 7° de la Ley 80 de 1993 y en los artículos 1568,
1569 y 1571 del Código Civil.
De conformidad con lo estipulado en el articulo 28 del Código de Comercio, los proponentes,
personas jurídicas o NATURALES nacionales, deberán acreditar su existencia y representación legal o
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matricula en el registro mercantil respectivamente, mediante la presentación del certificado otorgado por la
Cámara de Comercio o por la entidad competente, con fecha de expedición no superior a treinta (30)
días, contados retroactivamente a partir de la fecha de cierre del presente proceso prevista en el
cronograma, cuya matricula debe estar renovada y viaente a la fecha de presentación de la oferta.
En caso de ser persona jurídica, la vigencia de la sociedad deberá tener un término de duración igual
o superior al del plazo de ejecución y liquidación del contrato y un (1) año más.
Si llegare a prorrogarse el plazo del presente proceso, el certificado conservará su validez. El representante
legal del proponente deberá presentar copia de la cédula de ciudadanía,
Si el representante legal del oferente tiene limitadas sus facultades para contratar u obligar al
proponente, éste deberá estar autorizado previamente por el órgano social correspondiente. Copia de la
autorización deberá anexarse a la propuesta.
Las propuestas presentadas por personas naturales de origen extranjero que se encuentren dentro del
país, además de los requisitos previstos anteriormente, deberán estar acompañadas de la autorización
correspondiente, conforme a las normas de control migratorio vigente.
Las personas naturales extranjeras sin residencia en Colombia y las sociedades extranjeras sin sucursal
en Colombia deberán acreditar que cuentan con un apoderado debidamente constituido, con domicilio en
Colombia y ampliamente facultado para representarlas judicial o extrajudicialmente hasta la constitución de
la sucursal en Colombia en caso de resultar aceptada su propuesta. Sin embargo, en caso de ser
adjudicatario del contrato una persona juriclica extranjera sin domicilio en Colombia, para la suscripción del
contrato deberá allegar a la CAL, el certificado de inscripción en el registro mercantil otorgado por
cualquier Cámara de Comercio de Colombia.
Las personas jurídicas extranjeras sin sucursal en Colombia deberán acreditar su existencia y
representación legal con el documento idóneo expedido por la autoridad competente en el país de su
domicilio, con una vigencia no mayor a treinta (30) dias contados retroactivamente a partir de la fecha
de cierre del presente proceso, en donde se demuestre su capacidad jurídica para contratar.
El proponente o los miembros del consorcio o unión temporal, deberán anexar los certificados de
Existencia y Representación Legal de persona jurldica o el certificado de matricula en el registro
mercantil de persona natural, respectivamente, en los términos consignados en los presentes pliegos de
Condiciones.
NOTA: Las disposiciones contenidas en este Pliego de Condiciones, en cuanto a proponentes extranjeros
se refiere, se aplicarán sin perjuicio de dar cumplimiento a lo pactado en tratados o convenios
internacionales, debidamente ratificados por Colombia! A las Sociedades extranjeras con sucursal en
Colombia se les aplicarán las reglas de las Sociedades Colombianas, salvo que el proponente extranjero
estuviere sometido a normas especiales.
4.1.7 PARTICIPANTES
4.1.7.1 PERSONAS NATURALES
Podrán participar las personas naturales cuya actividad comprenda la realización de la actividad objeto
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del proceso de Selección, con domicilio en Colombia y/o agencia y/o sucursal y/o sede permanente en
Bogotá, lo cual será objeto de verificación, deberá estar legalmente autorizado para tal efecto según
el certificado expedido por la Cámara de Comercio. En caso de consorcios o uniones temporales, éste
requisito se cumplirá con el cumplimiento de uno de ellos.
Lo anterior, lo verificará la Secretaria Distrital de Movilidad mediante la información contenida en el
certificado expedido por la Cámara de Comercio, el cual no podrá tener una fecha de expedición superior
a los treinta (30) días calendario, anteriores al cierre del presente proceso de selección.
4.1.7.2 PERSONAS JURÍDICAS
Podrán participar las personas jurídicas, cuyo objeto social comprenda la realización de la actividad objeto
de este proceso de selección, con domicilio en Colombia y/o agencia y/o sucursal y/o sede
permanente en Bogotá, lo cual será objeto de verificación, deberá estar legalmente autorizado para tal
efecto, según el certificado de Existencia y Representación Legal expedido por la Cámara de Comercio. En
caso de consorcios o uniones temporales, este requisito se cumplirá con el cumplimiento de uno de ellos.
Tener una igual o superior al del plazo de ejecución y liquidación del contrato y un (1) año más.
Acreditar su existencia y representación legal, mediante la presentación del certificado expedido por la
Cámara de Comercio, con vigencia no superior a treinta (30) dias calendario a la fecha de cierre del
proceso de selección.
Aportar la autorización del órgano social o junta directiva para comprometer a la sociedad, por el valor de
la propuesta y para suscribir el contrato en caso de ser adjudicado, cuando la facultad del Representante
Legal se encuentre limitada.
Acreditar el pago de sus obligaciones y aportes de sus empleados a los sistemas de salud, riesgos
profesionales, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de
Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje, mediante certificación expedida por el Revisor
Fiscal (original o copia), cuando exista de acuerdo con los requerimientos de ley, o por el representante
legal durante un lapso equivalente al que exija el respectivo régimen de contratación, para el que se
hubiera constituido la sociedad, el cual en todo caso no será inferior a los seis (6) meses anteriores a la
celebración del contrato.
En caso de haber suscrito un acuerdo de pago con las entidades recaudadoras respecto de alguna de
las obligaciones mencionadas, el Revisor Fiscal o el Representante Legal, debe manifestar en la
certificación que tal acuerdo existe y que se encuentra al día en el cumplimiento del mismo.
4.1.7.3 CONSORCIO O UNIÓN TEMPORAL
Los proponentes deben indicar si su participación es a titulo de consorcio o unión temporal, conforme a
lo señalado en el parágrafo 1° del articulo 7° de la Ley 80 de 1993, para lo cual se debe adjuntar con la
oferta, debidamente diligenciado y firmado para cada caso en particular, el documento de conformación
del consorcio o la unión temporal,
El objeto social, de todos los integrantes del consorcio o unión temporal, debe comprender la realización
de actividades relacionadas directamente con el objeto del proceso de selección, con domicilio en
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Colombia y/o agenda y/o sucursal y/o sede permanente en Bogotá, lo cual será objeto de verificación.
Es de anotar que para el requisito de la agenda y/o sucursal y/o sede, este será subsanado con el
cumplimiento del mismo por parte de alguno de los integrantes.
Designar la persona que para todos los efectos tendrá la representación del Consorcio o de la Unión
Temporal. Este representante debe contar con facultades amplias y suficientes para formular la
propuesta, suscribir el contrato y obligar a todos los integrantes del Consorcio o Unión Temporal.
Cada uno de los integrantes del consorcio o unión temporal debe cumplir los requisitos legales y
acompañar los documentos requeridos en este pliego de condiciones La duración del Consorcio o de la
Unión Temporal, debe extenderse, mínimo, por el lapso de la a la del plazo de ejecución y liquidación del
contrato y un (1) año más. Lo anterior, sin perjuicio que con posterioridad los integrantes del Consorcio o
Unión Temporal, estén llamados a responder por hechos u omisiones ocurridos durante la ejecución
del contrato que se celebrarla corno conclusión del presente proceso de selección.
El máximo órgano social de las personas juridicas que participen a titulo de consorcio o unión temporal,
debe manifestar expresamente que autoriza la constitución del Consorcio o la Unión Temporal, cuando la
facultad se encuentre limitada.
La propuesta debe estar firmada por el representante que hayan designado para tal efecto los integrantes
del consorcio o unión temporal o por intermedio de su agente comercial y/o mandatario con poder
debidamente conferido para el efecto, de acuerdo con la ley y demás figuras establecidas en el
Código de Comercio, Código Civil y Código de Procedimiento Civil Colombiano, casos en los cuales
deberán adjuntarse el (los) documentos(s) que lo acredite(n) como tal.
En caso de resultar favorecidos con la adjudicación del proceso de selección, para la suscripción del
contrato se debe presentar el respectivo Número de Identificación Tributaria — NIT como consorcio o unión
temporal.
Los integrantes del consorcio o unión temporal no pueden ceder sus derechos a terceros, sin obtener la
autorización previa y expresa de la Secretaria Distrital de Movilidad. En ningún caso podrá haber cesión
del contrato entre quienes integran el consorcio o unión temporal.
4.1.7.4 PERSONA NATURAL O JURÍDICA NACIONAL Y/0 EXTRANJERA CON SUCURSAL EN EL
PAÍS
Deberán acreditar su existencia mediante la presentación de copia de su cédula de ciudadanía y si
es persona natural extranjera residenciado en Colombia, mediante la copia de la Cédula de Extranjería
expedida por M autoridad competente.
Si el interesado es una persona jurídica nacional o extranjera con sucursal en Colombia, deberá acreditar
su existencia y representación legal, mediante original o copia del certificado expedido por la Cámara de
Comercio en el cual se verificará:
1 Que la fecha de expedición del certificado de existencia y representación legal y/o registro mercantil, no
sea mayor a treinta (30) días anteriores a la fecha de recepción de los documentos habilitantes soportes
de la precalificación.
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2 Que el objeto de la sociedad incluya ias actividades principales objeto del presente proceso.
3 Que las personas jurídicas extranjeras con actividades permanentes en la República de Colombia
(Contratos de consultoría) deberán estar legalmente establecidas en el territorio nacional de acuerdo con
los artículos 471 y 474 del Código de Comercio.
Si la propuesta es presentada por una persona jurídica extranjera a través de la sucursal que tenga abierta
en Colombia, se deberá acreditar la capacidad legal de la sucursal y de su representante o mandatario,
mediante la presentación del original o de la copia del Certificado del Registro Único de Proponentes y
Certificado de existencia y representación legal con fecha de expedición no mayor a 30 dlas hábiles
anteriores a la fecha de recepción de documentos soportes del proceso de selección por la Cámara de
Comercio de la ciudad de la República de Colombia, en la cual se encuentre establecida la sucursal.
Deberá acreditar autorización suficiente del órgano competente social respectivo para contraer
obligaciones en nombre de la sociedad. Dicha autorización debe haber sido otorgada previamente a ia
fechado recepción de los documentos habilitantes.
4.1.7.5 PERSONAS NATURALES Y JURÍDICAS EXTRANJERAS SIN DOMICILIO O SUCURSAL EN
COLOMBIA
La persona natural extranjera sin domicilio en Colombia acreditará su existencia mediante la presentación
de copia de su pasaporte.
Las personas jurídicas extranjeras sin domicilio en Colombia deberán cumplir los siguientes requisitos:
1 Acreditar su existencia y representación legal, con el documento idóneo y equivalente expedido por
la autoridad competente en el país de su domicilio, expedido a más tardar dentro 30 días hábiles anteriores
a la fecha de recepción de la propuesta, en el que conste su existencia, su fecha de constitución, objeto,
vigencia, nombre del representante legal, o de la(s) persona(s) que tengan la capacidad para
comprometerla jurídicamente y sus facultades, señalando expresamente que el representante no tiene
limitaciones para contraer obligaciones en nombre de la misma, o aportando la autorización o documento
correspondiente del órgano directivo que le faculte expresamente.
2 Acreditar que su objeto social incluya las actividades principales objeto del presente proceso.
3 Los interesados personas jurídicas o integrantes del interesado plural deben acreditar autorización
suficiente del órgano social respectivo para contraer obligaciones en nombre de la sociedad. Dicha
autorización debe haber sido otorgada previamente a la recepción de la oferta.
La ausencia definitiva de autorización suficiente o el no aporte de dicho documento, en el término
establecido en éste documento, determinará la falta de capacidad jurídica para presentar la oferta.
Si una parte de la información solicitada no se encuentra incorporada en el certificado que acredita
la existencia y representación, o si éste tipo de certificados no existen de acuerdo con las leyes que rijan
estos aspectos en el país de origen de la persona jurídica, la información deberá presentarse en
documento Independiente expedido por una autoridad competente de tal país o en su defecto, en
documento expedido por el máximo órgano directivo de la persona jurídica.
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Las personas jurldicas extranjeras que se encuentren dentro del supuesto de hecho señalado en éste
párrafo, deberán declarar que según la legislación del país de origen, las certificaciones o información
no puede aportarse en los términos exigidos en éste documento, tal como lo dispone el articulo 177 del
Código General del Proceso.
Siempre deberán cumplirse todos y cada uno de los requisitos legales relacionados con la
legalización, consularización o apostille y traducción de documentos otorgados en el extranjero, exigidos
para la validez y oponibilidad en Colombia de documentos expedidos en el exterior y que puedan obrar
con) prueba, conforme a lo dispuesto en el artículo 480 del Código de Comercio de la República de
Colombia y lo previsto en éste documento.
En el evento de la legalización de documentos emanados de autoridades de paises miembros del
Convenio de la Haya de 1961, se requerirá únicamente la Apostilla como mecanismo de legalización, de
conformidad con lo señalado en la Ley 455 de 1998.
4.1.8 APODERADOS DE PERSONAS EXTRANJERAS
Las personas naturales extranjeras sin residencia en Colombia, y las personas jurídicas extranjeras
sin domicilio en Colombia, deberán constituir un apoderado domiciliado en nuestro país, debidamente
facultado para manifestar interés, presentar la Oferta, participar y comprometer a su representado en
las diferentes Instancias del proceso, suscribir los documentos y declaraciones que se requieran, así
como el Contrato, suministrar la información que le sea solicitada, y demás actos necesarios de
acuerdo con la ley y este documento, así como para representarla judicial °extrajudicialmente,
Las personas extranjeras que participen en Consorcio o Unión Temporal o Promesa de Sociedad
Futura podrán constituir un solo apoderado común y, en tal caso, bastará para todos los efectos la
presentación del poder común otorgado por todos los integrantes, con los requisitos de autenticación,
consularizacion o apostille y traducción exigidos en el Código de Comercio de Colombia, además de los
señalados en éste documento. El poder a que se refiere este párrafo podrá otorgarse en el mismo
acto de constitución del Consorcio o Unión Temporal o promesa de sociedad futura.
4.1.9 DOCUMENTOS OTORGADOS EN EL EXTERIOR
Los documentos otorgados en el exterior que no estén en idioma Español deberán presentarse
acompañados de una traducción oficial a dicho idioma.
Los documentos otorgados en el exterior deberán presentarse legalizados o apostillados en la forma
prevista en las normas vigentes sobre la materia, en especial en los artículos 74 y 251 del Código General
del Proceso (ley 1564/12), artículo 480 del Código de Comercio y en la Resolución 4300 de julio 24 de 2012
proferida por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia,
4.1.10 CONSULARIZACIÓN
De conformidad con lo previsto por el artículo 480 del Código de Comercio, "los documentos otorgados en
el exterior se autenticarán por los funcionarios competentes para ello en el respectivo país, y la firma de
tales funcionarios lo será a su vez por el cónsul colombiano o, a falta de éste, por e/ de una nación
amiga, sin perjuicio de lo establecido en convenios internacionales sobre el régimen de los poderes?
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sarTÁtiitrAIOVILIDAll
Tratándose de sociedades, expresa además el citado articulo del Código de Comercio que "al autenticar
los documentos a que se refiere este artículo los cónsules harán constar que existe la sociedad y ejerce su
objeto conforme a las leyes del respectivo país".
Surtido el trámite señalado en el presente numeral, estos documentos deben ser presentados ante el
Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia para la correspondiente legalización de la firma del cónsul
y demás trámites pertinentes.
4.1.11 APOSTILLE
Cuando se trate de documentos de naturaleza pública otorgados en el exterior, de conformidad con lo
previsto en la Ley 455 de 1998, no se requerirá del trámite de Consularización señalado en este numeral,
siempre que provenga de uno de los paises signatarios de la Convención de La Haya del 5 de octubre
de 1961, sobre abolición del requisito de legalización para documentos públicos extranjeros, aprobada
por la Ley 455 de 1998. En este caso solo será exigible la apostille, trámite que consiste en el
certificado mediante el cual se avala la autenticidad de la firma y el titulo a que ha actuado la persona
firmante del documento y que se surte ante la autoridad competente en el país de origen.
Los documentos otorgados en el exterior que no estén en idioma Español proveniente de paises
signatarios de la convención de La Haya, deberán ser presentados acompañados de una traducción a
este idioma, la cual podrá ser oficial en los términos del Código de Procedimiento Civil o efectuada por
traductora intérprete no oficial pero cumpliendo el trámite del Apostille.
4.1.12 INFORMACIÓN RESERVADA
Si dentro del sobre Uno (1) de la propuesta se incluye información que conforme a la ley colombiana tiene
el carácter de información reservada, dicha circunstancia deberá ser indicada con absoluta claridad y
precisión, identificando el documento o información que tiene el carácter de reservado y la disposición
legal que la ampara como tal. Sin perjuicio de lo anterior y para efectos de la evaluación de las
manifestaciones, la Secretaria Distrital De Movilidad se reserva el derecho de dar a conocer la mencionada
información a sus funcionarios, empleados, contratistas, agentes o asesores, que designe para el efecto.
En todo caso, la Secretaria Distrital de Movilidad, sus funcionarios, empleados, contratistas, agentes y
asesores están obligados a mantener la reserva de la información que por disposición legal tenga
dicha calidad y que haya sido debidamente identificada por el interesado. De no identificarse dicha
información o no citarse las normas que amparan ese derecho, la Secretaria no tendrá la obligación de
guardar reserva respecto de la misma.
4.1.13 POTESTAD VERIFICATORIA
La Secretaria Distrital de Movilidad se reserva el derecho de verificar integralmente la autenticidad,
exactitud y coherencia de la totalidad de la información aportada por el proponente, pudiendo acudir
para ello a las fuentes, personas, empresas, entidades estatales o aquellos medios que considere
necesarias para el cumplimiento de dicha verificación.
4.1.14 CERTIFICACIÓN DE PAGOS DE SEGURIDAD SOCIAL Y APORTES PARAFISCALES
PERSONA JURÍDICA (ANEXO N°4)
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nreP/IMIA DCMONI 10.4
Cuando el proponente sea una persona jurídica, deberá diligenciar el ANEXO N°4, en original, firmado por
el Revisor Fiscal (original o copia), cuando este exista de acuerdo con los requerimientos de la ley, o por el
Representante Legal cuando no se requiera Revisor Fiscal, donde se certifique el pago de los aportes de
sus empleados a los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las Cajas de
Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje.
Dicho documento debe certificar que, a la fecha de presentación de su oferta, ha realizado el pago de los
aportes correspondientes a la nómina de los últimos seis (6) meses, contados a partir del mes anterior de la
citada fecha, en los cuales se haya causado la obligación de efectuar dichos pagos. En el evento en que
la sociedad no tenga más de seis (6) meses de constituida, deberá acreditar los pagos a partir de la
fecha de su constitución.
En caso de presentar acuerdo de pago con las entidades recaudadoras respecto de alguna de las
obligaciones mencionadas deberá manifestar que existe el acuerdo y que se encuentra al día en el
cumplimiento del mismo.
para las sociedades extranjeras sin SUCIlinai an Colombia Pi revisor fiscal cuando exista v
representante leoal deberá certificar me IP enrnentra al din en el naon a sus oblinarional
laborales y fin VIS abortes narafisrales o eouivalentes de acuerdo ron la normatividad anlirahla
an el domicilio de constitución de la sociadari axtraniera.
Cuando se trate de Consorcios o Uniones Temporales, cada uno de sus miembros integrantes que
sea persona jurídica, deberá apodar el ANEXO N°3 aqui exigido.
Adicionalmente, el proponente adjudicatario deberá presentar para la suscripción del respectivo contrato
la certificación donde se acredite el pago correspondiente, a la fecha de suscripción del mismo.
NOTA 1: En caso que el proponente no tenga personal a cargo dentro del periodo certificado y por ende
no esté obligado a efectuar el pago de aportes parafiscales y seguridad social debe certificar esta
circunstancia, en el mencionado (Anexo N° 4A)
4.115 DECLARACIÓN JURAMENTADA DE PAGOS CORRESPONDIENTES A LOS SISTEMAS DE
SEGURIDAD SOCIAL Y APORTES PARAFISCALES PERSONA NATURAL (ANEXO N° 4B)
Cuando el proponente sea una persona natural, deberá diligenciar el ANEXO N° 4B, según
corresponda, donde certifique el pago de sus aportes al Sistema de Seguridad Social y/o el de sus
empleados como también los aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de
Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje. Dicho documento debe certificar que, a la fecha
de presentación de su oferta, ha realizado el pago de sus aportes personales y de los aportes
correspondientes a la nómina de los últimos seis (6) meses, contados a partir del mes anterior a la citada
fecha, en los cuales se haya causado la obligación de efectuar dichos pagos.
En caso de presentar acuerdo de pago con las entidades recaudadoras respecto de alguna de las
obligaciones mencionadas deberá manifestar que existe el acuerdo y que se encuentra al día en el
cumplimiento del mismo.
Adicionalmente, el proponente adjudicatario deberá presentar para la suscripción del respectivo contrato
la certificación donde se acredite el pago correspondiente a á fecha de suscripción del mismo.
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En caso que el proponente no tenga personal a cargo y por ende no esté obligado a efectuar el pago de
aportes parafiscales y seguridad social en relación con personal, debe también bajo la gravedad del
juramento indicar esta circunstancia en el mencionado (Anexo N° 4C), manifestando que se encuentra al
día en relación con sus propios pagos de seguridad social.
En caso que el proponente esté en la obligación de cotizar al sistema de salud y pensiones (seguridad
social) pero no de realizar aportes a parafiscales, deberá bajo la gravedad del juramento indicar esta
circunstancia en el Anexo N° 4D.
4116 COMPROMISO ANTICORRUPCIÓN (ANEXO N°5)
Este compromiso deberá hacerse por escrito (Anexo N° 5) y se contraerá bajo la gravedad de juramento,
el que se entiende prestado por M sola presentación del ANEXO del presente pliegos decondiciones.
En caso de los Consorcios o Uniones Temporales, todos y cada uno de los integrantes, deberán
diligenciar este ANEXO.
4,1.17 CERTIFICADO DE ANTECEDENTES FISCALES C.G.R.
Los miembros del Comité Asesor y Evaluador verificaran en el Boletín de Responsables fiscales si cada
uno de los proponentes a evaluar aparece allí relacionado. No obstante, el proponente, persona natural o
jurídica, y cada uno de los integrantes del consorcio o unión temporal, según corresponda, podrá presentar
el Boletín de Responsables Fiscales de la Contraloría General de la República.
4.1.18 CERTIFICADO DE ANTECEDENTES DISCIPLINARIOS - SIRI
Los miembros del Comité Asesor y Evaluador verificaran los antecedentes disciplinarios de cada uno de
los proponentes. No obstante, el proponente, persona natural o jurídica, y cada uno de los
integrantes del consorcio o unión temporal podrá presentar el Certificado de Antecedentes
Disciplinarios expedido por la Procuraduría General de La Nación.
4.1.19 GARANTÍA DE SERIEDAD
De acuerdo con el articulo 2.2.1./3.1.2 del Decreto 1082 de 2015, la oferta deberá acompañarse de
una de las siguientes garantías:
1 Contrato de seguro contenido en una póliza
2 Patrimonio autónomo
3 Garantla Bancaria
La garantía debe haber sido otorgada por una compañia y/o entidad legalmente establecida en Colombia
y autorizada para expedirlas de acuerdo con las leyes vigentes, con el fin de asegurar la firma y
perfeccionamiento del contrato por parte del proponente favorecido con la adjudicación, de conformidad con
lo establecido en la Ley 80 de 1993, ley 1150 de 2007 y decreto reglamentario 1082 de 20153 y demás
normas vigentes, la cual contendrá.
1> ASEGURADO: SECRETARIA DISTRITAL DE MOVILIDAD, con NIT 899.999.061-9 y presentar con
su propuesta, una garantía de seriedad.
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S. CUANTÍA: DIEZ POR CIENTO (10%) DEL PRESUPUESTO OFICIAL ESTIMADO. En el evento de
que el valor liquidado arroje decimales estos deberán ser redondeados al peso inmediatamente
superior.
>
VIGENCIA: Cuatro (4) meses, contados a partir de á fecha de cierre del presente Proceso de
Selección abreviada de menor Cuantía y en todo caso el proponente deberá mantenerla vigente hasta
la aprobación de la garantía única de cumplimiento del contrato.
TOMADOR/AFIANZADO: La póliza o garantía deberá tomarse con el nombre o razón social que figura en
el Certificado de Existencia y Representación Legal expedido por la Cámara de Comercio respectiva, y no
sólo con su sigla, a no ser que en el referido documento se exprese que la sociedad podrá denominarse
de esa manera. Cuando la propuesta se presente en consorcio o unión temporal, la póliza deberá tomarse
por todos sus integrantes, señalando su porcentaje de participación.
RECIBO DE PAGO DE LA GARANTÍA.- Se deberá anexar a la póliza de seriedad el recibo de pago de
la prima o su constancia de que no expira por falta de pago.
DEVOLUCIÓN DE LA GARANTÍA.- La Garantía de Seriedad de la Propuesta les será devuelta a los
proponentes calificados del tercer lugar en adelante que no resulten favorecidos con la adjudicación, que
así lo soliciten. Con relación al segundo calificado, se dará aplicación a lo previsto en el numeral 12
Inciso segundo del articulo 30 de la Ley 80 de 1993.
Al proponente favorecido, y al segundo elegible, se les devolverá la garantía de seriedad de la
propuesta cuanto esté perfeccionado el contrato.
RIESGOS DERIVADOS DEL INCUMPLIMIENTO DEL OFRECIMIENTO,- La garantía de seriedad de
la oferta cubrirá los perjuicios derivados del incumplimiento del ofrecimiento, en los siguientes eventos;
• La no suscripción del contrato sin justa causa por parte del proponente seleccionado.
• La no ampliación de la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta cuando el termino previsto en
el pliego de condiciones, para la adjudicación del contrato se prorrogue o cuando el termino previsto
para la suscripción del contrato se prorrogue, siempre y cuando esas prorrogas no excedan un
término de tres meses.
• La falta de otorgamiento por parte del proponente seleccionado, de la garantía de cumplimiento exigida
por la entidad para amparar el incumplimiento de las obligaciones del contrato.
• El retiro de la oferta después de la presentación de las propuestas.
• Yen aquellos previstos en el decreto 1082 de 2015, en su artículo 110 y siguientes.
4.1.20 REGISTRO ÚNICO DE PROPONENTES
Con el fin de dar cumplimiento a lo previsto en el art. 6° de la Ley 1150 de 2007, el proponente
deberá presentar certificado de inscripción, clasificación y calificación en el Registro Único de Proponentes
RUP, de conformidad con el preceptuado en el Decreto 1082 de 2015, en los siguientes términos:
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4.1.21 VIGENCIA
El certificado vigente de inscripción clasificación y calificación en el Registro Único de Proponentes (RUP)
con fecha de expedición no superior a treinta (30) días, contados retroactivamente a partir de la fecha de
cierre del presente proceso.
De conformidad con lo consagrado en el articulo 2.2.1.1.1.5.1 del Decreto 1082 de 2015 la inscripción del
proponente debe encontrarse vigente para el momento del cierre del proceso.
Si se actualiza o renueva el Certificado durante el plazo del presente proceso, el proponente deberá
adjuntar tanto el certificado vigente como el anterior, con el fin de verificar el cumplimiento de los requisitos
solicitados en el presente numeral
4.1.22 INFORME DE VERIFICACIÓN DE CAPACIDAD JURIDICA
El informe jurídico no tiene ponderación; se trata de un estudio que se realiza para determinar si la
propuesta se ajusta a los requerimientos de los pliegos de condiciones desde el punto de vista juridico. Se
efectuará el análisis del cumplimiento de los requerimientos establecidos en el pliego de condiciones.
Serán rechazadas las propuestas que no cumplan con los requisitos exigidos para ser consideradas en la
adjudicación.
4.2 REQUISITOS FINANCIEROS HABILITANTES
En cumplimiento del articulo 2.2.1.1.1.5.3 numeral 3° del Decreto 1082 de 2015, la Capacidad Financiera
de los proponentes se acredita mediante el RUP vigente y en firme al momento de adjudicar el presente
proceso el cual deberá ser presentado por los oferentes.
La SDM verificará el cumplimiento de los siguientes indicadores financieros a titulo de requisito habilitante.
La verificación del cumplimiento de los Indices financieros, se efectuará mediante la obtención de los
siguientes indicadores: Capital de Trabajo; Indice de Liquidez; Indice de Endeudamiento y Razón de
Cobertura de Intereses y de capacidad organizacional la rentabilidad del patrimonio y rentabilidad del
activo. El resultado determinará la habilitación o no de la propuesta, es decir, para el proceso de selección
de los proponentes, se debe tener en cuenta el cumplimiento de la totalidad de los indicadores financieros;
En el componente financiero de las empresas que están dispuestas a ofertar, es importante tener en
cuenta indicadores para verificar la capacidad financiera, en este sentido, a continuación, se definen los
más útiles para obtener información pertinente tomando como base las recomendaciones del Decreto 1082
de 2015 y la Gula para la Elaboración del Estudios del Sector de Colombia Compra Eficiente.
La evaluación de la capacidad financiera se verificará con las cifras acreditadas y registradas en el Registro
Único de Proponentes en cumplimiento de los requisitos del articulo 2.2.1.1.1.5.3 del Decreto 1082 de
2015, conforme a su vigencia, teniendo en cuenta que esta información ha sido objeto de verificación
documental por parte de la Cámara de Comercio y debe encontrarse en firme al momento de adjudicarse.
NOTA 1: En caso que el proponente sea consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura, la
acreditación de la capacidad financiera, se realizará igualmente mediante la presentación del RUP, con la
información financiera debidamente actualizada, por cada uno de los participantes o con la información
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SSCRETARIAOE MOVil DAD
reportada en los Estados Financieros Básicos según sea el caso.
NOTA 2: Las personas jurídicas extranjeras deberán presentar la información de las condiciones
financieras Reportadas en el RUP y cuando no se cuente con sucursal establecida en Colombia deberá
soportar con el Balance y Estado de Resultados de la sucursal, que será la que se inscriba como
proponente, estas cifras deben presentarse en moneda colombiana, de conformidad con los artículos 50 y
51 del Decreto 2649 de 1993.
NOTA 3: Para el caso de las personas naturales extranjeras sin residencia en Colombia y las sociedades
extranjeras sin sucursal en Colombia, deberán presentar el Balance General Clasificado, el Estado de
Resultados comparativos corte al (31-12-2013 y 31-12-2014), firmados por, el representante legal y
avalados con la firma de quien se encuentre en obligación de hacerlo, de conformidad con la legislación
propia del país de origen, debidamente consularizado o apostillado, acompañado de traducción simple al
idioma español con los valores expresados en moneda legal colombiana, a la tasa de cambio de la fecha
de cierre del Balance General, avalados por un Contador Público debidamente inscrito ante la Junta
Central de Contadores, quien deberá presentar el Certificado de Vigencia de Inscripción y Antecedentes
Disciplinarios, vigente a la fecha de cierre del presente proceso. En caso que el cierre fiscal no coincida
con la fecha exigida de 31 de diciembre de 2013 y 2014, deberán certificar la fecha del cierre fiscal del país
de origen.
La Secretaria Distrital de Movilidad advierte que la información financiera acreditada se realiza con los
efectos previstos en el articulo 43 de la Ley 222 de. 1995, que al tenor reza: "Responsabilidad penal. Sin
perjuicio de lo dispuesto en otras normas, serán sancionados con prisión de uno a seis años, quienes a
sabiendas:
1.Suministren datos a las autoridades o expidan constancias o certificaciones contrarias a la realidad.
2. Ordenen, toleren, hagan o encubran falsedades en los estados financieros o en sus notas." La entidad
se reserva el derecho de solicitar de manera adicional los documentos de carácter financiero que requiera
para realizar la constatación de la información consignada en el RUP, la cual deberá ajustarse a las
Normas de Contabilidad Generalmente Aceptadas en Colombia.
4.2.1 CAPACIDAD FINANCIERA
La verificación del cumplimiento de los indices financieros, se efectuará mediante la obtención de los
Indicadores Indice de Liquidez, indice de Endeudamiento, Razón de Cobertura de Intereses y Capital de
Trabajo. El resultado determinará la habilitación o no de la propuesta, es decir, para el proceso de
selección de los proponentes, se debe tener en cuenta el cumplimiento de la totalidad de los indices
financieros, con fundamento lo dispuesto en el artículo 2.2.1.1.1.5.3 del Decreto 1082 de 2015 y la Gula
para la Elaboración del Estudios del Sector de Colombia Compra Eficiente.
El proponente deberá acreditar mediante el Registro Único de Proponentes la información financiera con
corte a 31 de diciembre de 2015, de acuerdo con las reglas generales establecidas en el presente
documento para efectos de la información consignada en el RUP.
1. INDICE DE LIQUIDEZ
Indice de Liquidez = Activo Corriente! Pasivo Corriente
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Liquidez:
Condición:
Deberá ser mayor o igual a uno punto uno (z1.0)
Si el Indice de liquidez es Mayor o Igual que 1.0 la propuesta se calificará HABILITADA.
Para los consorcios y uniones temporales, el cálculo se realizará tomando la sumatoria ponderada del
activo corriente de cada participante en el consorcio o unión temporal, sobre la sumatoria del pasivo
corriente ponderado, según porcentaje de participación en el consorcio o unión temporal de los
participantes del mismo.
De conformidad con el manual para determinar y verificar os requisitos habilitantes en los procesos de
contratación expedido por la Agencia Nacional de Contratación Pública- Colombia. Compra Eficiente, LA
FORMULA que se tendrá en cuenta será la siguiente:
Indicador =
(r. Componente 1 del indicador, X porcentaje de participación)
(11 Componente 2 del Indicador, X porcentaje de participación)
2. INDICE DE ENDEUDAMIENTO
Indice de Endeudamiento = Pasivo Total / Activo Total
Deberá ser menor o igual que sesenta y cuatro por ciento (564%)
Endeudamiento:
Si el indice de endeudamiento es Menor o Igual que 64% la propuesta se calificará
Condición:
HABILITADA
Para los consorcios y uniones temporales, el cálculo se realizará tomando la sumatoria ponderada del
pasivo total de cada participante en el consorcio o unión temporal, sobre la sumatoria del activo total
ponderado, según porcentaje de participación en el consorcio o unión temporal de los participantes del
mismo.
De conformidad con el manual para determinar y verificar los requisitos habilitantes en los procesos de
contratación expedido por la Agencia Nacional de Contratación Pública- Colombia. Compra Eficiente, LA
FORMULA que se tendrá en cuenta será la siguiente.
(L, Componente 1 del indicador, X porcentaje de participación)
Indicador =
(r. Componente 2 del indicadori X porcentaje de participación)
3. RAZÓN DE COBERTURA DE INTERESES
Razón de Cobertura de Intereses = Utilidad Operacional / Gastos de Intereses
Deberá ser mayor o igual que dos punto uno (12.1).
Cobertura de Intereses:
SI el indice de Cobertura de Intereses es Mayor o igual que z2.1 la propuesta se calificará
Condición:
HABILITADA
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Para los consorcios y uniones temporales, el cálculo se realizará tomando la sumatoria ponderada de la
Utilidad Operacional de cada participante en el consorcio o unión temporal, sobre la sumatoria del Gasto
de Intereses ponderado, según porcentaje de participación en el consorcio o unión temporal de los
participantes del mismo.
Para el caso que el indicador "Razón de Cobertura de Intereses" arroje como resultado "indeterminado",
será válido para la administración y por lo tanto será habilitado, siempre y cuando la cuenta "gastos de
intereses" sea valor cero (0).
Para el caso de consorcios y uniones temporales, el indicador "Razón de Cobertura de Intereses" cuando
arroje como resultado "indeterminado" para algún miembro del consorcio o unión temporal, será válido para
la administración y por lo tanto será habilitado, asignándole el mínimo exigido de dos punto uno (2 1) veces
por su participación ponderada y su cálculo se realizará tomando la sumatoria ponderada de la Utilidad
Operacional de cada participante en el consorcio o unión temporal, sobre la sumatoria del Gasto de
Intereses ponderado, según porcentaje de participación en el consorcio o unión temporal de los
participantes del mismo.
De conformidad con el manual para determinar y verificar los requisitos habilitantes en los procesos de
contratación expedido por la Agencia Nacional de Contratación Pública- Colombia, Compra Eficiente, LA
FORMULA que se tendrá en cuenta será la siguiente:
(I: Componente 1 del indicador, X porcentaje de participación,)
Indicador = (r: Componente 2 de/indicador X porcentaje de participacien)
4.
CAPITAL DE TRABAJO
Capital de Trabajo = Activo Corriente — Pasivo Corriente =
Capital de Trabajo:Deberá ser mayor o igual que veinticinco (é25%) del presupuesto oficial asignado.
Condición:Si el indice de Capital de Trabajo es Mayor o igual que é253/0 del presupuesto oficial la
propuesta se calificará HABILITADA
Este indicador representa la liquidez operativa del proponente, es decir el remanente del proponente luego
de liquidar sus activos corrientes (convertirlos en efectivo) y pagar el pasivo de corto plazo. Un capital de
trabajo positivo contribuye con el desarrollo eficiente de la actividad económica del proponente. Es
recomendable su uso cuando la Entidad Estatal requiere analizar el nivel de liquidez en términos absolutos.
El capital de trabajo es la medida de efectivo y activos líquidos disponibles para financiar las operaciones
diarias de una empresa Tener esta información puede ayudar a administrar el contrato y tomar buenas
decisiones.
Mediante el cálculo del capital de trabajo, se determinará por cuánto tiempo el oferente puede cumplir con
las obligaciones del contrato. Una empresa con un capital muy bajo o nulo probablemente no tenga la
capacidad para ejecutar las obras. Calcular el capital de trabajo también es útil para evaluar si una
empresa hace un uso eficaz de sus recursos.
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SECREIMIA DE movkioíkb
Por lo anteriormente expuesto, los proponentes que pretenden presentar oferta en marco del proceso de
selección, deben acreditar como requisito habilitante, un indicador de Capital de Trabajo mayor o igual al
25% del presupuesto Oficial.
Para el caso del capital de trabajo, y de acuerdo a lo sugerido en el Manual de Colombia compra EficienteM-DVRHPC-04 publicado en septiembre de 2014, en el caso de consorcios y/o Uniones Temporales el
cálculo se realizará tomando el Activo corriente menos el Pasivo corriente de cada uno de los integrantes,
de manera individual, para posteriormente sumar el resultado de cada uno de ellos, de acuerdo con la
siguiente fórmula:
Capital de trabajo absoluto = Elndicador i
a. CAPACIDAD ORGANIZACIONAL
En cumplimiento del articulo 2.2.1.1.1.5.3. del Decreto 1082 de 2015, la Capacidad Organizacional de los
proponentes se acredita mediante el RUP vigente y en firme que deberá ser presentado por los oferentes.
La SDM verificará el cumplimiento de los siguientes indicadores financieros a titulo de requisito habilitante.
1. RENTABILIDAD DEL PATRIMONIO
Rentabilidad sobre patrimonio: Utilidad Operacional / Patrimonio
Rentabilidad del patrimonio: Deberá ser mayor o igual que seis por ciento (4%), 0.06
Si el indice de Rentabilidad del Patrimonio endeudamiento es Mayor o igual que 6% la
Condición:
propuesta se calificará HABILITADA
Para los consorcios y uniones temporales, el cálculo se realizará tomando la sumatoria ponderada de la
Utilidad Operacional de cada participante en el consorcio o unión temporal, sobre la sumatoria del
patrimonio ponderado, según porcentaje de participación en el consorcio o unión temporal de los
participantes del mismo.
De conformidad con el manual para determinar y verificar los requisitos habilitantes en los procesos de
contratación expedido por la Agencia Nacional de Contratación Pública- Colombia Compra Eficiente, LA
FORMULA que se tendrá en cuenta será la siguiente:
Componente 1 del IndicadocX porcentaje de participación)
Indicador =
(r. Componente 2 del indicador X porcentaje de participación)
2. RENTABILIDAD DEL ACTIVO
Rentabilidad sobre activos: Utilidad Operacional / Activo Total
Deberá ser mayor o igual que cinco por ciento (a5%), 0.05
Rentabilidad del Activo:
Si el Indice de Rentabilidad del Activo es Mayor o igual que 5% la propuesta se calificará
Condición:
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HABILITADA
Para los consorcios y uniones temporales, el cálculo se realizará tomando la sumatoria ponderada de la
Utilidad Operacional de cada participante en el consorcio o unión temporal, sobre la sumatoria del Activo
Total ponderado, según porcentaje de participación en el consorcio o unión temporal de los participantes
del mismo.
Se considera que el oferente cumple con la Capacidad Financiera y Capacidad Organizacional solicitada y
que está habilitado para continuar en el proceso, si obtiene en cada indicador los márgenes anteriormente
establecidos.
De conformidad con el manual para determinar y verificar los requisitos habifitantes en los procesos de
contratación expedido por la Agencia Nacional de Contratación Pública- Colombia. Compra Eficiente, LA
FORMULA que se tendrá en cuenta será la siguiente:
Indicador = (II Componente 1 del indicador; X porcentaje de participación,)
Componente 2 del indicador, X porcentaje de participecidni)
Se considera que el oferente cumple con la capacidad financiera y Capacidad Organizacional solicitada y
que está habilitado para continuar en el proceso, si obtiene en cada indicador los márgenes anteriormente
establecidos y que se resumen en la siguiente tabla:
Márgenes establecidos para cada indicador financiero
Indice de liquidez
Indice de endeudamiento
Razón
de
cobertura
intereses
Capital de Trabajo
7.1LUEA .:
Activonte Corriente / Pasivo
Conie
Pasivo Total! Activo Total
de Utilidad Operacional / Gastos
de Intereses
Acfivo Corriente — Pasivo
Corriente
Rentabilidad del patrimonio
Rentabilidad del activo
Utilidad
Operacional
Patrimonio
Utilidad Operacional/ Activo
/
> 1 veces
—
5 64%
> 2.1 veces ó
determinado
in
—
1 25% del presupuesto oficial
a 6%
k 5%
En caso que la propuesta no cumpla con alguno de los indicadores anteriormente mencionados, será
calificada como NO HABILITADO.
Para garantizar la participación de las Personas Extranjeras no Inscritas en el Registro Único de
Proponentes por no tener domicilio o sucursal en el país, a estas no se les podrá exigir el requisito de
inscripción en el registro único de proponentes.
En consecuencia, los citados oferentes deberán aportar la misma información indicada anteriormente, es
decir, los Estados Financieros (balance general y estado de resultados) a 31-12-2015, debidamente
aprobados por el representante legal y por el Contador Público o Revisor Fiscal según corresponda, asi
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mismo, una certificación del revisor fiscal o contador publico, en la cual certifique y especifique las cifras
utilizadas para verificar la capacidad financiera.
Las personas jurídicas extranjeras deberán presentar los Estados Financieros y la certificación firmada por
el Representante legal y Revisor Fiscal o Contador Público, acompañada de traducción simple al idioma
español, con los valores re-expresados a la moneda funcional colombiana, a la tasa de cambio de la fecha
de cierre de los mismos, avalados con la firma de un contador público con Tarjeta Profesional expedida por
la Junta Central de Contadores de Colombia.
La información debe ser presentada en español y moneda legal colombiana, por ser ésta la unidad de
medida por disposición legal.
Los indicadores para los consorcios o uniones temporales se calcularán con la sumatoria de cada
certificación presentada. Es decir, se sumaran las variables que se utilizan para el cálculo de los
indicadores por cada uno de los integrantes y sobre los totales se obtendrá el Indice del Consorcio o Unión
Temporal.
La exigencia de los anteriores requisitos tiene la finalidad de garantizar que el proponente favorecido tenga
la capacidad financiera, experticia y respaldo necesario para el cumplimento adecuado de cada una de las
obligaciones surgidas del contrato que se llegue a celebrar, y se ajustan a la naturaleza y cuantia del
negocio jurfdico resultante del presente proceso.
4.3 REQUISITOS TÉCNICOS HABILITANTES:
4.3.1 EXPERIENCIA
REGISTRO ÚNICO DE PROPONENTES: Para valorar la experiencia general del oferente la Secretaria
tendrá en cuenta la experiencia certificada en el (RUP). El oferente deberá acreditar experiencia mediante
la relación de tres máximo (3) contratos ejecutados e inscritos en al menos tres (3) de los códigos UNSPC
definidos en el cuadro que se presenta a continuación, cuyo valor sumado Iguale o supere el presupuesto
oficial del presente proceso. Dos (2) de los contratos deben estar inscritos en los códigos (80141604) y/o
(90101600).
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GRUPO
(F) Servicios
SEGMENTO
FAMILIA
(80)Serviciosde
Gesfión,Servidos
Profesionalesde
(14)Comercializació
Empresa y Servicios
Empresariales
n y Distribución
CLASE
(16)Actividades
deVentasy
Promociónde
Negocios
Descripción UNSPC
(80141604)Gestiónde
Eventos
(10)Formación
Profesional
(17)Serviciosde
capacitación
vocacional—no
cientifica
(F) servicios
(90)Serviciosde
Viajes
(10) Restaurantes y
Catering
(16)Serviciosde
Banquetesyde
Catering
(90101600) Servicios de
viajes,alimentación,
alojamiento Y
entretenimiento
(F) servicios
(90)Serviciosde
Viajes
(10) Restaurantes y
Catering
(18)Serviciosde
Comida para llevar
a domicilio
(90101800) Servicios de
viajes,alimentación,
alojamientor
entretenimiento
(F) servicios
(86)Servicios
Educativos
(F) servicios
(90)Serviciosde
Viajes
(15)Serviciosde
Entretenimiento
(17) Parquesde
Diversiones
(F) servicios
(94) Organización y
Clubes
(12) Clubes
(18)
Sociales
Clubes
(85101700)Servicios
Educativosyde
Formación
(90151700) Servicios de
viajes,alimentación,
alojamiento Y
entreteMmiento
(94121800)
Organización y Clubes
4.3.2 Características de la experiencia solicitada
Adicional a la experiencia expuesta en el Registro Único de Proponentes (RUP), el proponente deberá
acreditar experiencia especifica en la realización de las siguientes actividades.
• Realización de vacaciones recreativas dirigidas a niños y adolescentes.
• Realización de uno o varios eventos de bienestar relacionados con las actividades No. 3 o No.
16 del Anexo Técnico No. 2. Las actividades certificadas en este tipo de eventos deben estar
dirigidas a mínimo quinientas (500) personas.
• Realización de talleres para el desarrollo de habilidades relacionados con los temas descritos
en la actividad No. 5 del Anexo Técnico No. 2
El oferente deberá presentar máximo tres (3) certificaciones de contratos ejecutados y finalizados,
celebrados con entidades públicas o privadas. En cada una de las certificaciones deberá constar que
realizó la totalidad de las tres (3) actividades arriba descritas o bien una parte de éstas. Para el caso de
acreditar la totalidad de la experiencia en solo una (1) certificación de contrato ejecutado terminado, esta
deberá incluir tanto las actividades antes descritas y que la misma esté inscrita en el RUP con los códigos
señalados en el cuadro anterior.
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sEcitErSonianuoro
Por su parte, las certificaciones que acrediten la experiencia especifica deben contener, como minimo, la
siguiente información:
• Nombre de la entidad o empresa que certifica la experiencia;
• Nombre e identificación del proponente o integrante del proponente;
• Objeto u obligaciones o actividades;
• Fecha de inicio, fecha de terminación y fecha de expedición de la certificación;
• Valor ejecutado del contrato¡
• En caso de haber participado como proponente plural, número de integrantes y el correspondiente
porcentaje real de participación;
• Dirección y teléfono de quien expide la certificación;
• Firma, nombre y cargo del representante legal o persona autorizada para expedir la certificación.
a. Debe tenerse en cuenta que la Secretaria Distrital de Movilidad acepta como equivalente a la
certificación de experiencia, copia de los contratos, siempre que se acompañen con la respectiva acta
de liquidación o de recibo final y de tales documentos se derive, como mínimo, la totalidad de la
información que permita verificar el cumplimiento de la experiencia requerida al proponente.
17. El proponente, para acreditar la experiencia exigida, podrá adjuntar a la(s) certificación(es) todos los
documentos que sirvan de soporte o prueba de la(s) misma(s), siempre que de dichos documentos se
derive la información que permita verificar el cumplimiento de la experiencia requerida al proponente.
c. Los valores de las certificaciones deben ser expresados en pesos colombianos. Si dichos valores se
expresan en dólares americanos, los mismos se convertirán a la tasa de cambio del dólar americano a
la fecha de iniciación del respectivo contrato.
d. Cuando el proponente certifique contratos en los cuales participó en unión temporal o consorcio, la
certificación deberá indicar el número de integrantes y el correspondiente porcentaje real de
participación y se le acreditará en la evaluación el porcentaje real de participación dentro de la Unión
Temporal o Consorcio. En caso de no ser posible la determinación del porcentaje de participación, no se
tendrá en cuenta en la certificación. La experiencia acreditada en contratos en los cuales el proponente
haya participado en consorcios o uniones temporales, se tendrá en cuenta de manera proporcional a su
participación en el mismo. Para calculare] número de los safarios mínimos mensuales legales vigentes
(SMMLV) del contrato certificado, la Entidad tomará el valor total ejecutado y lo dividirá por el valor del
salario mínimo mensual vigente a la fecha de terminación del mismo. La Secretaría Distrital de
Movilidad se reserva la facultad de comprobar la autenticidad de los documentos aportados.
4.3.2.1 ACREDITACIÓN DE EXPERIENCIA GENERAL DE PROPONENTES EXTRANJEROS
En el caso de los proponentes extranieros quienes no están obligados a estar inscritos en el RUP, deberán
acreditar la experiencia general mediante la presentación tres (3) certificaciones de contratos ejecutados,
cuyo objeto se relacione con este proceso de selección y la sumatoria de los valores de los contratos
ejecutados sean iguales o superiores al presupuesto oficial del presente proceso.
•
ACREDITACIÓN DE EXPERIENCIA ESPECÍFICA DE PROPONENTES EXTRANJEROS
Los proponentes extranjeros deberán acreditar la experiencia especifica teniendo en cuenta las
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9.ECRETAMA DE MOVILIDAD
condiciones de contenido y de forma establecidas en el numeral 5.1.3.2.
La experiencia general y específica podrá ser validada conjuntamente mediante tres (3) certificaciones
cuyos objetos, individualmente considerados se relacionen con las actividades descritas en el numeral
5.1.3.2, siempre que la sumatoria de sus valores iguale o supere el presupuesto oficial del presente
proceso.
• ACREDITACIÓN DE EXPERIENCIA GENERAL DE CONSORCIOS O UNIONES TEMPORALES
Los consorcios o Uniones Temporales deberán acreditar experiencia mediante la relación de contratos
ejecutados e inscritos en al Menos tres (3) de los códigos UNSPC cuyo valor sumado iguale o supere el
presupuesto oficial del presente proceso. Así mismo, Dos (2) de los contratos deben estar inscritos en los
códigos (80141604) y/o (90101600).
La experiencia de los proponentes que participen en el presente proceso como consorcios o uniones
temporales, se establecerá sumando la experiencia de sus miembros proporcional al porcentaje de
participación en el mismo, siempre que ésta se encuentre clasificada en los códigos UNSPSC descritos
anteriormente, al igual que para la verificación de las certificaciones.
La experiencia de los socios de una persona jurídica se podrá acumular a la de esta cuando ella no cuente
con más de tres (3) años de constituida. La acumulación se hará en proporción a la participación de los
socios en el capital de la persona jurídica, condición que se verificará mediante el certificado de existencia
y representación legal. En el caso de sociedades que se escindan, la experiencia de la misma se podrá
trasladar a cada uno de los socios escindidos, y se contabilizará en proporción a la participación de éstos
en el capital de la persona jurídica escindida, para lo cual deberá aportarse el documento de la escisión.
Las personas naturales extranjeras sin domicilio en el país, o personas jurídicas extranjeras que no tengan
establecida sucursal en Colombia, podrán presentar certificaciones para acreditar su experiencia.
Todos los documentos otorgados en el exterior para acreditar lo dispuesto en este numeral, deberán
presentarse legalizados en la forma prevista en el Código General del Proceso y el del Código de
Comercio. Si se tratare de documentos expedidos por autoridades de paises miembros del Convenio de La
Haya de 1961, se requerirá únicamente del Apostille.
• ACREDITACIÓN DE EXPERIENCIA ESPECÍFICA DE CONSORCIOS O UNIONES TEMPORALES
La experiencia especifica podrá ser validada conjuntamente por los miembros del Consorcio o Unión
Temporal mediante tres (3) certificaciones cuyos objetos, individualmente considerados, se relacionen con
las actividades descritas en el numeral 5.1.3.2, siempre que la sumatoria de sus valores iguale o supere el
presupuesto oficial del presente proceso.
NOTA 1: La Secretaría Distrital de Movilidad se reserva la facultad de comprobar la autenticidad de los
documentos aportados.
5.3.3 CUMPLIMIENTO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
El proponente deberá manifestar en la Carta de Presentación, que ha leído, entiende, acepta y cumplirá
todas las especificaciones técnicas mínimas establecidas en el ANEXO TECNICO.
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SEatrAit ne McmUbAD
CAPITULO V
5 FACTORES DE PONDERACIÓN
En virtud del articulo 2.2.1.1.2.2.2 del Decreto 1082 de 2015, el ofrecimiento más favorable para la Entidad
se determinará, por la ponderación entre calidad y precio ofrecido. Es decir que una vez la propuesta sea
considerada HÁBIL, la Secretaria Distrital de Movilidad, de acuerdo con los criterios estipulados en la Ley
1150 de 2007 y el Decreto 1082 de 2015, efectuará los estudios del caso y el análisis comparativo para
seleccionar la propuesta más favorable y que esté ajustada al Pliego de Condiciones, teniendo en cuenta
los factores de evaluación y ponderación detallados en este aparte:
La ponderación se efectuará sobre los elementos de calidad y precio señalados en el presente pliego de
condiciones, de acuerdo con los criterios establecidos para cada uno de ellos.
La ponderación se hará únicamente a las ofertas que hayan sido habilitadas.
El puntaje en este componente se otorgará a los proponentes que ofrezcan como valor agregado (sin costo
adicional) a su propuesta los factores que se describen a continuación.
Las propuestas serán ponderadas, teniendo en cuenta los siguientes factores sobre una asignación
máxima total de cien (100) puntos, así:
El proponente que ofrezca los siguientes servicios sin costo adicional para la Entidad obtendrá el puntaje
máximo.
Este ofrecimiento debe constar clara y expresamente al momento de la presentación de la oferta.
CRITERIO
PUNTAJE MÁXIMO
Ponderación de Calidad
60
Ponderación Económica
30
Estimulo a la Industria Nacional
10
Servicios Nacionales
10
Servicios Extranjeros
5
100
Total Puntos
5.1 Ponderación de Calidad
El puntaje en este componente se otorgará a los proponentes que ofrezcan como valor agregado (sin costo
adicional) a su propuesta los factores que se describen a continuación.
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91" CR, l'ARIA DE MOVILIDAD
CONCEPTO
PUNTAJE
a. De siete (7) a diez (10) sesiones de SPA
10 puntos
De once (11) a veinte (20) sesiones de SPA
15 puntos
De veinte (21) a treinta (30) sesiones de SPA
a. Doscientos Cuarenta (240) Termos
b. Cincuenta (50) Canguros Deportivos
Total Puntos
20 puntos
20 puntos
20 puntos
60 Puntos
a. Sesiones de SPA
Se otorgará un máximo de veinte (20) puntos al proponente que ofrezca entre (21) y (30) sesiones de
sesiones de cuatro (4) horas de spa. Actividad que deberá desarrollarse por cuenta del contratista sin que
represente ningún costo para la Entidad, en un lugar en donde los funcionarios beneficiarios experimenten
y aprendan técnicas de manejo de estrés a través de terapias físicas para el mejoramiento de condiciones
osteomusculares.
Las condiciones mininos del proveedor del servicio de (Spa) deben corresponder con las exigidas en el
Anexo No. 2, en lo relativo a la actividad de No. 10— denominada: Programa para pre-pensionados.
En caso de que el proponente se comprometa a ofrecer entre once (11) y veintiún (21) sesiones de SPA se
le otorgarán quince puntos (15) puntos.
Por su parte, en caso de ofrecer menos entre siete (7) y diez (10) sesiones la entidad asignará diez (10)
puntos.
Finalmente, si el proponente ofrece menos de siete sesiones o no ofrece ninguna, la Entidad no le asignará
puntaje alguno por este concepto.
De siete (7) a diez (10) sesiones de SPA
10 puntos
De once (11) a veinte (20) sesiones de SPA
15 puntos
De veinte (21) a treinta (30) sesiones de
SPA
20 untos
b. Termos
Se otorgará un máximo de veinte (20) puntos al proponente que, sin ningún costo para la Entidad, ofrezca
Doscientos Cuarenta (240) termos reutilizables, cada uno con capacidad minina de veinte (20) onzas,
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ETC a A 1 DIító vrtlio
material plástico, con diseño ergonómico y válvula extraible.
Los termos serán entregados por parte del contratista a los funcionarios que asistan a la actividad prevista
en el Anexo No. 2 denominada Caminata Ecológica.
La Entidad no otorgará puntaje al proponente que ofrezca una cantidad inferior a doscientos cuarenta (240)
termos o no ofrezca cantidad alguna.
Doscientos Cuarenta (240) Termos
20 puntos
c. Canguros Deportivos
Se otorgará un máximo de veinte (20) puntos al proponente que, sin ningún costo para la Entidad, ofrezca
cincuenta (50) canguros deportivos, que cumplan con las siguientes características mlnimas:
•
•
•
•
Cinturón ajustable a la cintura
Dos bolsillos principales grandes
Combinación de materiales con poliéster y ripstop estructurado dentro y fuera
Dimensiones: Mimo 7 cm x 35 cm x 14 cm
Los canguros serán entregados por parte del contratista a los hijos de los funcionarios que asistan a la
actividad prevista en el Anexo No. 2 denominada: Vacaciones Recreativas.
La Entidad no otorgará puntaje al proponente que ofrezca una cantidad inferior a cincuenta (50) canguros
deportivos.
Cincuenta (50) Canguros Deportivos
20 puntos
5.2 Factor Económico (Punta» máximo 30 puntos)
Los proponentes deberán presentar su oferta económica en las condiciones señaladas en el pliego de
condiciones, expresada en pesos colombianos, incluido el IVA. En dicho precioso encuentran incluidos los
costos directos e indirectos, incluidos las tasas e impuestos, administración, imprevistos y utilidades.
Si el proponente no incluye el costo del IVA en los valores ofertados, se entenderá que en el valor señalado
está incluido tal impuesto.
El valor de la propuesta económica no podrá superar el valor del presupuesto oficial del contrato
determinado por la entidad.
Cuando a criterio de la SDM, alguna de las ofertas económicas presente algún valor que pueda parecer
artificialmente bajo, se procederá de conformidad con lo establecido el articulo 2.2.1.1.2.2.4 del Decreto
1082 de 2015
El proponente deberá indicar el valor de todos los Rens establecidos en el FORMATO — PROPUESTA
ECONÓMICA.
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El mayor puntaje se asignará a la propuesta que presente el menor valor incluido IVA.
La calificación de las demás propuestas será el resultado de dividir el valor de la propuesta más económica
entre el valor de la oferta presentada multiplicado por sesenta (60).
PA = (VMNNA)/PMAX
Donde:
PA = Puntaje a asignar a la oferta
VMN = Valor de la menor oferta
VA = Valor de la Oferta a evaluar
PMAX = Puntaje Máximo (30 puntos)
5.3 Apoyo a la Industria Nacional (Puntaje único 10 puntos)
En los términos de la ley 816 del 7 de julio de 2003 "Por medio de/a cual se apoya a la Industria Nacional a
través de la contratación pública", la Secretaria asignará el siguiente puntaje, de acuerdo con lo
manifestado en la carta de presentación de la propuesta y el diligenciamiento del anexo respectivo:
PUNTAJE MÁXIMO A
ASIGNAR
10
5
CONDICIÓN
Proponente que ofrezca mano de obra 100%
Nacional
Proponente Extranjero que ofrezca mano de
obra con componente nacional
En el caso de Consorcios o Uniones Temporales conformados por integrantes nacionales y extranjeros, el
puntaje se asignará en proporción al porcentaje de participación de cada integrante, según sea su
condición de nacional o extranjero.
De la propuesta de personas jurídicas extranjeras
La Entidad concederá trato nacional a: (a) los bienes y servicios provenientes de Estados con los cuales
Colombia tenga Acuerdos Comerciales, en los términos establecidos en tales Acuerdos Comerciales; (b) a
los bienes y servicios provenientes de paises con los que existe pacto de reciprocidad debidamente
validado por el Ministerio de Relaciones Exteriores; y (c) a los bienes y servicios prestados por oferentes
miembros de la Comunidad Andina de Naciones teniendo en cuenta la regulación andina aplicable a la
Materia.
Acreditación de la Reciprocidad
La reciprocidad aplica para aquellos proponentes extranjeros, que participen individualmente o como
integrantes de estructuras plurales, que deseen el tratamiento de proponente colombiano,
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El Ministerio de Relaciones Exteriores debe expedir el certificado por medio del cual se acredite la situación
mencionada en el literal b) anterior, en relación con un Estado en particular, lo cual no es requerido para
acreditar las situaciones a las que se refieren los literales a) y c) anteriores. Para constatar que los
oferentes y servicios nacionales gozan de trato nacional en un Estado, el Ministerio de Relaciones
Exteriores debe revisar y comparar la normativa en materia de compras y contratación pública del
respectivo Estado para lo cual puede solicitar el apoyo técnico del Ministerio de Comercio, Industria y
Turismo y de Colombia Compra Eficiente, dentro de sus competencias legales.
La información para acreditar reciprocidad, en el evento que un Oferente Extranjero pretenda recibir trato
nacional, será la que corresponda a la publicada en el SECOP.
En caso que la información anterior no esté publicada en el SECOP, el Oferente deberá aportarla en su
oferta, en caso de no hacerlo no será causal de rechazo de la Oferta, pero hará que el factor de Apoyo a la
Industria Nacional y Reciprocidad sea calificado con cero
Incorporación de componente nacional a servicios extranjeros
Para la aplicación de este criterio se tendrá en cuenta lo dispuesto por el segundo inciso del articulo 2° de
la Ley 816 de 2003, el cual establece:
"Tratándose de bienes o servicios extranjeros, la entidad contratante establecerá un puntaje comprendido
entre el cinco (5) y e/ quince por ciento (15%), para incentivar la incorporación de componente colombiano
de bienes y servicios profesionales, técnicos y operativos."
Dado que la Protección a la Industria Nacional es factor de evaluación de las propuestas, el proponente no
podrá modificar los porcentajes totales de componente nacional y extranjero ofrecidos en la ejecución del
contrato.
5.4 CRITERIOS DE DESEMPATE
Se entenderá que hay empate entre dos o más propuestas, cuando presenten un número idéntico en el
total de la calificación de las propuestas.
Para el caso de empate entre varias propuestas, se aplicarán los siguientes criterios de desempate
de manera sucesiva y excluyente, según lo dispuesto en el articulo 33 del Decreto 1082 de 2015, en el
siguiente orden:
a) Preferir la oferta de bienes o servicios nacionales frente a la oferta de bienes o servicios extranjeros.
b) Preferir las ofertas presentadas por una Mipyme nacional.
c) Preferir la oferta presentada por un consorcio, Unión Temporal o promesa de sociedad futura siempre
que:
Esté conformado por al menos una Mipyme nacional que tenga una participación de por
lo menos el veinticinco por ciento (25%); - La Mipyme aporte mlnimo el veinticinco (25%) de la
experiencia acreditada en la oferta; - ni la Mipyme, ni sus accionistas, socios o representantes
legales sean empleados, socios o accionistas de los miembros del consorcio, Unión Temporal
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o promesa de sociedad futura.
d) Preferir la propuesta presentada por el oferente que acredite en las condiciones establecidas en la Ley
que por lo menos el 10% de su nómina está en condición de discapacidad a la que se refiere la Ley 361 de
1997. Si la oferta es presentada por un Consorcio, Unión Temporal, o promesa de sociedad futura y aporta
mínimo el veinticinco (25%) de la experiencia acreditada en la oferta.
¡VOTA. Para verificar la condición de Minvme se deberá anPxar (tinto cnn la nronuosta Jp
"'edificación por parte del REPRESFNTANTE I F.GAL Y EL CONTADOR O RFVISOR FISCAL sappg
sea PI raso en la gua se acredite tal condirión,
e) En caso de persistir el empate se preferirá a á primera propuesta radicada en la Secretaria Distrital de
Movilidad.
5.5 VERIFICACIÓN DE LA INFORMACIÓN
La Secretaría Distrital de la Movilidad se reserva el derecho de verificar la información suministrada,
además podrá designar funcionarios para que realicen visitas en las instalaciones o sedes de cada
uno de los proponentes con el fin de verificar la información que los mismos han consignado en sus
propuestas y confirmar que cumplen con cada uno de los requerimientosseñalados en el presente pliego.
5.6 CAUSALES DE RECHAZO DE LAS PROPUESTAS:
1 Cuando se presenten dos o más propuestas por el mismo oferente, bajo el mismo nombre o con
nombres diferentes o bajo diferentes modos de asociación para el mismo proceso, en este caso se
rechazarán todas las propuestas que incurran en esta situación.
2 Cuando la propuesta sea presentada extemporáneamente.
3 El proponente o alguno de los integrantes del consorcio o unión temporal esté incurso en
inhabilidades e incompatibilidades,
4 El proponente o alguno de los integrantes del consorcio o unión temporal se encuentren registrados
en el boletín expedido por la Contraloría General de á República como responsable s fiscales.
5 No presentar el documento de constitución del consorcio o unión temporal, segun el caso, o sea
presentado sin la suscripción de los integrantes, o no se designe el representante legal en el mismo, o
que en el mismo se impongan limitaciones al representante legal y este las exceda.
6 Cuando el objeto social del proponente o de los integrantes del consorcio o unión temporal que sean
persona juridica, no guarde relación con el objeto a contratar.
7 Cuando el proponente no cumpla con los requisitos habilitantes exigidos, de Capacidad Jurídica, o
Condiciones de Experiencia o Capacidad Financiera o Capacidad Organizacional..
8 Cuando el proponente no cumpla con las condiciones de acreditación de la experiencia exigidas en caso
de presentar propuesta en forma individual o en consorcio o unión temporal.
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9 Cuando el proponente no subsane o no subsane correctamente hasta el término que establezca la
entidad, la información o documentación solicitada por la SDM. Lo anterior, sin perjuicio de las
disposiciones previstas en la Circular Externa N° 13 de fecha 13 de junio de 2014 expedida por la
Agencia Nacional para la Contratación Pública — Colombia Compra Eficiente.
10 Cuando se compruebe que la información contenida en los documentos que componen la oferta no es
veraz o no corresponde con la realidad, siempre que la mencionada inconsistencia le permita cumplir con un
requisito habilitante o mejore la propuesta presentada para efectos de laevaluación
11 Cuando el proponente persona natural o jurídica o alguno de los integrantes del consorcio o
unión temporal haya participado como contratista o subcontratista en la elaboración de los estudios,
que tengan relación directa con el objeto del presente proceso de selección.
12 Cuando no se presente la propuesta económica.
13 Cuando el proponente modifique, condicione, altere, excluya o incluya apartes que impidan la
evaluación del Anexo correspondiente a la oferta económica.
14 Cuando no se oferten todos los items que aplican y que componen la oferta.
15 Que el oferente esté o hubiera estado involucrado en la preparación o ejecución del proyecto. Lo
mismo rige para oferentes que pertenezcan al mismo consorcio de empresas o a una o varias empresas o
personas que estén vinculadas a tal consorcio.
16 La Secretaria efectuara la revisión aritmética de la información contenida en el Anexo 9 verificando
la suma de subtotales y totales. Se verificará que en la propuesta económica, cada uno de los Ítems allí
relacionados cuente con un valor mayor a cero pesos, so pena de rechazo la respectiva propuesta.
17 Si la propuesta corregida presenta una diferencia igual o mayor al 1% por exceso o por defecto
con respecto al valor por item original de la propuesta, será retirada del proceso de selección.
NOTA: Las anteriores causales de rechazo en este documento serán las únicas descritas para el rechazo
de la oferta, y las contenidas en los documentos técnicos y anexos se tomarán como no escritas. Los
demás deberes y obligaciones que contiene estas reglas de selección podrán subsanarse por parte de los
PROPONENTES.
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CAPITULO VI
6CONDICIONES PARA LA SUSCRIPCIÓN Y LEGALIZACIÓN DEL CONTRATO
6.1 SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO
Una vez adjudicado el proceso el oferente adjudicatario previa suscripción del contrato, deberá allegar a
la Dirección de Asuntos Legales los documentos que se indican a continuación;
1 Certificación de cuenta bancaria, en la que se realizarán los pagos por parte de la SDM,
2 Presentación del RUT, en caso de consorcios o uniones temporales o promesa de sociedad futura
deberá presentar el RUT del proponente plural.
Una vez suscrito el contrato por las partes el contratista procederá a constituir la garantía en los
términos, porcentajes y vigencias establecidas en el presente pliego de condiciones, dentro de los tres (3)
días hábiles siguientes a la suscripción del contrato.
El presente Pliego de Condiciones junto con el anexo técnico y la propuesta seleccionada harán parte
integral del contrato que se llegare a suscribir.
6.2 TIPO DE CONTRATO A CELEBRAR
El tipo de contrato a celebrarse de acuerdo a las características señaladas del bien a adquirir es el
de PRESTACION DE SERVICIOS, que se regirá por las disposiciones comerciales y civiles
pertinentes, de acuerdo a lo señalado por el artículo 13 de la Ley 80 de 1993 y el artículo 1849 del Código
Civil.
6.3 PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO
El plazo de ejecución del contrato es de SIETE (7) MESES, Contados a partir de la fecha de suscripción del
acta de inicio.
El plazo de vigencia será igual al plazo de ejecución y cuatro (4) meses más tiempo en el cual se liquidará
el contrato.
6.4 INDEMNIDAD
1 El contratista mantendrá indemne y defenderá a su costa a la Secretaria Distrital de la Movilidad (SDM),
de cualquier pleito, queja, demanda y responsabilidad de cualquier naturaleza, incluyendo costos y gastos
provenientes de actos y omisiones de este frente a reclamaciones de terceros en el desarrollo y ejecución
del contrato.
2 Se obliga a evitar que sus empleados y/o los familiares de los mismos, sus acreedores, sus proveedores
y/o terceros, presenten reclamaciones (judiciales o extrajudiciales) contra la SDM, con ocasión o por
razón de acciones u omisiones suyas relacionadas con la ejecución del contrato. SI ello no fuere posible y
se presentaren reclamaciones o demandas contra la SDM, dentro de los cinco (5) días hábiles
siguientes a la fecha en que le sean notificadas o en que se radiquen aquellas, podrá comunicarle la
situación por escrito al CONTRATISTA o llamarlo en garantía.
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6.5 CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN
El CONTRATISTA no podrá ceder, total ni parcialmente, la ejecución del objeto contractual sin el
consentimiento y la aprobación previa y escrita de la SDM, quien podrá reservarse las razones que tenga
para negar la autorización de la cesión. La autorización para subcontratar en ningún caso exonera al
CONTRATISTA de la responsabilidad ni del cumplimiento de la totalidad de las obligaciones derivadas
de este contrato. No habrá ninguna relación contractual entre los subcontratistas y la SDM, por lo
cual el CONTRATISTA será el único responsable de los actos, errores u omisiones de sus subcontratistas
y proveedores, quienes carecerán de todo derecho para hacer reclamaciones ante la SDM.
El CONTRATISTA será responsable ante las autoridades de los actos u omisiones en ejercicio de las
actividades que desarrolle en virtud del presente contrato, cuando con ellos se cause perjuicio a la SDM o
a terceros, en los términos del articulo 52 de la Ley 80 de 1993.
6.6 SUPERVISIÓN
La supervisión del contrato a celebrar con ocasión del presente proceso de selección, será ejercida por
la Directora Administrativa y Financiera o por quien delegue el Ordenador del Gasto.
El supervisor estará autorizado para impartir instrucciones al contratista sobre asuntos de su
responsabilidad y éste se encuentra obligado a acatarlas. Todas las comunicaciones o instrucciones
destinadas al contratista serán expedidas o ratificadas por escrito y formarán parte de los documentos
del contrato. Así mismo, el supervisor cumplirá con las responsabilidades previstas en los artículos 51 y 53
de la Ley 80 de 1993, modificado por el articulo 82 de la Ley 1474 de 2011 y de los artículos 83 y 84 de la
Ley 1474 de 2011 y deberá dar cumplimento con lo establecido en el Numeral 4.8 SEGUIMIENTO DEL
CONTRATO, del Manual de contratación de la SDM, adoptado mediante Resolución No 360 del 26 de
Diciembre de 2012 y actualizado mediante resolución No 450 del 30 de diciembre de 2013.
Además tendrá las siguientes funciones:
1 Solicitar y revisar los informes de ejecución del contrato.
2 Elaborar la certificación de cumplimiento y/o recibo a satisfacción del objeto contractual, con el fin
de proceder al pago correspondiente.
3 Verificar al momento de certificar el cumplimiento del objeto contractual, el cumplimiento por parte
del contratista de sus obligaciones con los sistemas de salud y pensión, y los pagos de parafiscales en
caso de ser procedente.
4 Impulsar el trámite de los pagos a favor del contratista en los términos establecidos para tales efectos.
5 Informar oportunamente sobre cualquier irregularidad o incumplimiento que se presente en la ejecución
del contrato.
6 Solicitar oportunamente las adiciones o modificaciones al contrato cuando sea procedente.
7 Una vez vencido el término de ejecución del contrato, enviar a la Dirección de Asuntos Legales el acta
de liquidación del contrato para su respectiva revisión según sea el caso.
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8 Las demás que por su naturaleza y esencia sean necesarias para el buen desarrollo del contrato.
El contratista deberá respetar, facilitar y acatar los requerimientos y observaciones de la supervisión,
así mismo entregar la información que le sea solicitada por parte de estos o a quien se designe.
El Supervisor está autorizado para impartir instrucciones u órdenes al Contratista sobre asuntos de su
responsabilidad, relacionados con los servicios y éste estará obligado a cumplirlas. Todas las
comunicaciones u órdenes del interventor al Contratista, serán expedidas o ratificadas por escrito, al igual
que las de Supervisor.
Serán funciones del Supervisor asegurar para la SDM, que el Contratista cumpla con las obligaciones
pactadas en el contrato, para la correcta ejecución en los aspectos técnicos y administrativos del mismo.
El Supervisor está facultado para solicitar informes, aclaraciones y explicaciones sobre el desarrollo de
la ejecución contractual, y serán responsables por mantener informada a la entidad de los hechos o
circunstancias que puedan constituir actos de corrupción tipificados como conductas punlbles, o que
puedan poner o pongan en riesgo el cumplimiento del contrato, o cuando tal incumplimiento se presente.
6.7 FORMA DE PAGO
El contrato resultante se cancelará en mensualidades vencidas de la siguiente manera:
Pagos mensuales que se cancelarán de acuerdo con los bienes y servicios efectivamente prestados, previo
recibo a satisfacción por el/los supervisor/res del contrato, durante el mes o fracción del mes
correspondiente.
El objeto contractual se ejecutará hasta el agotamiento del valor total del contrato, o la terminación del
plazo, lo primero que ocurra.
Los pagos de la factura se efectuarán dentro de los treinta (30) días hábiles siguientes a la radicación de
ésta en debida forma, con el cumplimiento de la totalidad de los requisitos señalados por la Dirección
Administrativa y Financiera de la Secretaría Distrital de Movilidad. La expedición de facturas o cuentas de
cobro se deberán ceñir en su totalidad a las fechas del Plan Anualizado de Caja (PAC) de la Secretaria
Adicionalmente, el contratista deberá anexar la siguiente documentación minina para verificación por parte
del/los supervisor/res:
a. Acta de recibo a satisfacción de tos servicios y materiales objeto del contrato, donde se deje
constancia del correcto funcionamiento de los bienes y servicios objeto del contrato,
b. Factura debidamente expedida de acuerdo a lo establecido en el estatuto tributario para los casos
correspondientes.
c. Certificación de pago de aportes de seguridad social (salud, pensión, riesgos laborales) parafiscales
(ICBF, caja de compensación, SENA), según articulo 50 ley 789 de 2002 y demás normas
concordantes.
d. Demás documentos requeridos por la Dirección Administrativa y Financiera de la Secretaria Distrital
de Movilidad.
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Nota 1: La Secretaria Distrital de Movilidad podrá formular por escrito las observaciones u objeciones que
tenga a las facturas y soportes que presente para el pago el contratista, dentro de los cinco (5) días
siguientes a la fecha de la radicación de la factura o cuenta de cobro.
Durante el tiempo que utilice el contratista para analizar y decidir sobre las observaciones formuladas por la
Secretaria Distrital de Movilidad, se suspenderá el plazo para el pago y una vez realizadas las aclaraciones
pertinentes por parte del contratista se reanudará dicho plazo.
Nota 2: El contratista acepta con W suscripción del presente contrato que en el evento en que el valor total
a pagar por cada mes o fracción tenga centavos, estos se ajustarán o aproximarán al peso, ya sea por
exceso o por defecto, si la suma es mayor o menor a 0,50 centavos. Lo anterior, sin que sobrepase el valor
total establecido en el presente Contrato.
Nota 3: El contratista está obligado a presentar toda la documentación que solicite de manera expresa la
Subdireccion Financiera de la SECRETARIA DISTRITAL DE MOVILIDAD. El último pago no estará sujeto
al acta de liquidación del contrato.
Nota 4: Para la cancelación del valor asignado a este contrato se exigirán los siguientes documentos:
•
•
•
•
Certificado de supervisión (según sea el caso), firmado por el contratista, el supervisor designado
por la Secretaria (formato suministrado por la Subdirección Financiera de la SDM).
Factura original debidamente expedida de acuerdo a lo establecido en el estatuto tributario, para
los casos correspondientes.
Certificado de número de cuenta y entidad bancaria, expedido por la entidad financiera. La cuenta
debe estar a nombre del contratista.
Certificación del recibo a satisfacción de las actividades ejecutadas en el periodo facturado, firmado
por el contratista y el Supervisor.
Nota 5: Sólo para el primer pago se deberá entregar:
a) Formato de 'Vinculación de Transferencia Electrónica" debidamente diligenciado, en original
sin ningún Upo de enmendadura. El titular de la cuenta bancaria registrado en este formato
debe coincidir con el beneficiario de la factura.
b) Formato de Información tributaria para descuentos de ley -persona jurldica". Los dos formatos
mencionados serán suministrados por la SDM.
c) Certificación del pago de nómina, seguridad social y parafiscal, expedida por el representante
legal o revisor fiscal según corresponda
d) Fotocopia de la cédula de ciudadania del revisor fiscal.
e) Fotocopia del certificado disciplinario expedido por la Junta Central de Contadores en
vencimiento no mayor a tres (3) meses a partir de su expedición.
Nota 6: Los impuestos que se generarán de acuerdo al tipo de contrato serán:
Los impuestos a nivel nacional (IVA y retenciones en la fuente), a cargo del contratista, se aplicarán de
acuerdo con la naturaleza del mismo establecida en el RUT, persona natural, persona juridica, de
conformidad con el régimen que le resulte aplicable.
Estampilla Universidad Distrital Francisco José de Caldas 1%
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SErlirMiADE PIOVIL,DAD
Estampilla Procultura 0.5%
La retención del 15% del IVA para el régimen común.
Estampilla Proadulto mayor 2%
Impuesto de Industria y Comercio se aplicará de acuerdo con la actividad que realice el contratista según el
RIT, el cual es La retención del 15% del IVA para el régimen común.
Nota 7: Con la presentación de cada cuenta el contratista deberá presentar los documentos que se
encuentran relacionados en el documento denominado "Lista de verificación de documentos soporte para
pago a terceros", la cual se encuentra incluida en el procedimiento denominado "Trámite órdenes de pago
y relación de autorización", que hace parte del Proceso de Gestión Financiera.
Nota 8: El contratista está obligado a presentar toda la documentación que solicite de manera expresa la
Subdirección Financiera de la SECRETARIA DISTRITAL DE MOVILIDAD. El último pago no estará sujeto
al acta de liquidación del contrato.
6.8 LUGAR DE EJECUCIÓN
El servido a contratar se prestará en la ciudad de Bogotá Distrito Capital o en municipios del Departamento
de Cundinamarca. En las instalaciones y/o lugares de trabajo ofrecidos por el contratista, bajo las
condiciones establecidas en los estudios previos y los anexos técnicos No. 1 y No. 2.
6.9 OBLIGACIONES GENERALES DEL CONTRATISTA
1. Allegar oportunamente la documentación necesaria para suscribir y legalizar el Contrato
2. Facturar en debida forma los servicios y/o suministros hechos a la Secretada.
3. Presentar los informes requeridos con la cuenta de cobro sobre las actividades realizadas en desarrollo
y/o ejecución, en los formatos establecidos por la Secretaría.
4. Cumplir con todas las obligaciones frente al sistema de seguridad social integral y aportes parafiscales
(salud, pensiones, ICBF, caja de compensación, SENA y ARP) de conformidad con lo previsto en la
Leyes 100 de 1993, 789 de 2002 y 828 de 2003, expedidos por el revisor fiscal o del representante
legal (según corresponda). Además el contratista debe cumplir con las obligaciones legales de
seguridad industrial, salud ocupacional, ambiental y de anticorrupción que surjan con ocasión de la
suscripción y ejecución del contrato.
5. Responder ante la SDM, cuando por causas imputables al contratista o sus dependientes, se causen
daños a la entidad.
Entregar
los elementos en las diferentes sedes y áreas, bajo las condiciones acordadas con el
6.
supervisor del contrato ofrecidos en la propuesta que dio origen al contrato para su cabal y oportuno
cumplimiento. (cuando aplique)
7. Mantener vigentes las garantías durante el término de ejecución y liquidación del contrato, por los
valores y con los amparos previstos en el mismo.
8. Atender en forma inmediata todas las observaciones y requerimientos relacionados con el
cumplimiento de las obligaciones contractuales que efectúe el Supervisor o Interventor del contrato.
9. Pagar por su cuenta y riesgo exclusivos, todos los salarios, prestaciones legales y extralegales de sus
operarios, afiliación al sistema de seguridad social, cobertura en riesgos profesionales, pago de
parafiscales, suministro de uniformes, elementos de higiene, según lo estipulado en el Código
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IECREDAN (*SSC
Sustantivo del Trabajo y demás normas relacionadas, aspectos tributarios, laborales, de seguridad
industrial y salud ocupacional, ambientales y de anticorrupción que surjan con ocasión de la
suscripción y ejecución del contrato.
10. Asumir, por su cuenta y riesgo exclusivos, la carga laboral y prestacional en su calidad de empleador
directo.
11. Garantizar el buen estado de los materiales de cada uno de los bienes y servicios prestados a la
Secretaria Distrital de Movilidad.
12. Garantizar la disponibilidad de los elementos ofrecidos en la propuesta que dio origen al contrato, para
su cabal y oportuno cumplimiento o del personal propuesto.
13. Mantener estricta reserva y salvaguardar la información confidencial que obtenga en desarrollo de sus
actividades, salvo requerimiento de autoridad competente.
14. Suscribir las actas y presentar los informes requeridos durante la ejecución del contrato, solicitados por
parte del supervisor del mismo.
15. Constituir la garantía a favor de la SECRETARIA DISTRITAL DE MOVILIDAD en los términos
establecidos en este documento y mantenerla vigente durante la vigencia de ejecución del contrato, por
los valores y los amparos previstos en el mismo.
16. Obrar con lealtad y buena fe, en las distintas etapas contractuales, evitando todo tipo de dilaciones o
en trabamientos que pudieren presentarse.
17. En caso de cualquier novedad, reportar la situación de forma inmediata al supervisor del contrato de
manera escrita
18. Las demás que se deriven de la naturaleza del presente contrato y que garanticen su cabal y oportuna
ejecución.
6.10 OBLIGACIONES ESPECIFICAS DEL CONTRATISTA
1. Desarrollar el objeto del contrato cumpliendo con las especificaciones técnicas señaladas en los
anexos técnicos No. 1 y No. 2, los estudios previos y el pliego de condiciones.
6.11 OBLIGACIONES DE LA SECRETARIA DISTRITAL DE MOVILIDAD
1.
2.
3.
4.
5.
6.
Cancelar al contratista oportunamente el valor del contrato en la forma, plazos y condiciones que se
indican en el mismo.2. Suministrar al contratista, en caso que este lo requiera, los elementos
necesarios para la ejecución del objeto contratado.
Dar respuesta oportuna a través del Supervisor del Contrato a las peticiones del contratista.
Aprobar oportunamente la Garantía Única.
Las inherentes a la naturaleza del contrato y las contempladas en el articulo 4 de la Ley 80 de 1993
Adelantar las visitas previas de verificación o reconocimiento a las instalaciones propuestas por el
contratista para las actividades que lo requieran, conforme a lo indicado en el anexo técnico.
Aprobar las diferentes opciones de alimentos que ofrezca el contratista para las actividades que se
propone desarrollar.
6.12 CIRCULAR 001 DE 2011 ACCIONES AFIRMATIVAS
La Secretaría Distrital de Movilidad con la finalidad de dar cumplimiento a la Directiva 001 de 2011,
relacionada con la "Democratización de las oportunidades económicas en el Distrito Capital y promoción de
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5WtETARIA" M"LIDAD
estrategias para la participación real y efectiva de las personas naturales vulnerables, marginadas y/o
excluidas de la dinámica productiva de la ciudad', además de verificar las condiciones especificas de
ejecución del contrato a suscribir como resultado del presente proceso de selección, considera pertinente
la vinculación de población vulnerable,
Por la naturaleza de las actividades a desarrollar en el contrato, se considera pertinente que dentro del
personal de apoyo para los eventos se incluya personal proveniente de la población vulnerable de Bogotá,
entre ellas desplazados, discapacitados, desempleados y empleados informales, que se encuentre inscrito
en las bases de datos de las entidades públicas encargadas de adelantar los registros.
En caso de que el modulo institucional de la Secretaria de Desarrollo Económico presente inconvenientes
para la consulta de la base de datos de la población vulnerable, se podrá contactar al teléfono 4379420
ext.1107 o escribir al correo electrónico fmavomaedesarrolloeconomicagov.co
En el evento de no contar con estas bases de datos, el contratista deberá fijar criterios objetivos y
verificables que permitan la identificación del personal perteneciente a población vulnerable, bajo los
preceptos de la Directiva 001 de 2011.
El cumplimiento de esta directriz se encuentra dentro de los obligaciones especificas a desarrollar por el
contratista.
6.13 GARANTÍA ÚNICA DE CUMPLIMIENTO
Dentro de los tres (03) chas siguientes a la comunicación del acto administrativo de adjudicación, el
contratista debe constituir a favor de la Secretaria, una póliza expedida por compañia de seguros
legalmente establecida en Colombia, que avale el cumplimiento de las obligaciones surgidas del contrato,
la cual se Mantendrá vigente hasta su liquidación.
Cuando la entidad que expida la póliza de seguros sea intervenida por el Gobierno Nacional o por
autoridad competente que genere incertidumbre respecto del pago del riesgo asegurado a la Secretaria (en
caso de presentarse), el contratista deberá de manera inmediata presentar nuevas pólizas que reemplacen
las expedidas por la entidad intervenida.
La garantla única deberá cubrir los siguientes amparos:
De conformidad con los estudios y documentos previos de la presente contratación, atendiendo a la
naturaleza del objeto, plazo y valor del mismo, el contratista deberá constituir a favor de la SECRETARIA
DISTRITAL DE MOVILIDAD, una póliza a favor de entidades Estatales que cubra:
a. Cumplimiento: Por un monto equivalente al Treinta por ciento (30%) del valor total del contrato, con
una vigencia igual al plazo de ejecución del mismo y seis (6) meses más, contados a partir de la
fecha de suscripción del contrato
b. Calidad del servicio: En cuantía equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del contrato y
con una vigencia contada a partir de la terminación del contrato y hasta por un año más.
3
si
Articulo 2.2.1.2.3.1.12. Suficiencia dele garantía de cumplimiento. La garantia de cumplimiento del contrato debe tener una vigencia
mínima hasta la liquidación del contrato- El valor de esta garantla debe ser de por lo menos el diez por ciento (10%) del valor del
contrato a menos que el valor del contrato sea superior a un millón (1.000.000) de SMMLV, caso en el cual la Entidad Estatal aplicará
siguientes regias: (...)
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BOGOTÁ
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PARA TODOS
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SECAENCADEUOVILIJAD
c Pago de Salarios, Prestaciones Sociales e indemnizaciones laborales: En cuanta equivalente al
cinco por ciento (5%) del valor total del contrato y con una vigencia igual al plazo de ejecución del
contrato y tres (3) años más, contados a partir de la suscripción del contrato.
d. Responsabilidad Civil Extracontractual: Por un valor no inferior a doscientos (200) SMMLV, por el
término de duración del contrato. Este amparo debe ser constituido a partir de la fecha de
suscripción del contrato. Las garantías no podrán ser canceladas sin la autorización por escrito por
parte de la SDM.
NOTA: Cuando el valor de la garantía se reduzca con ocasión de las reclamaciones efectuadas por la
ejecución del contrato el contratista estará en la obligación de restablecer el valor inicial de las garantlas.
Cuando el contrato sea objeto de modificación, en especial para incrementar su valor o presupuesto, el
contratista deberá ampliar el valor de las garantías otorgada o ampliar su vigencia, según el caso.
6.14 RÉGIMEN LABORAL
Correrá totalmente por cuenta del futuro contratista el pago de los salarios, las prestaciones sociales y
las indemnizaciones a que hubiere lugar, respecto del personal que el contratista emplee en la
ejecución del objeto del contrato, personal que para todos los efectos legales no tendrá vinculación
alguna, contractual o reglamentaria, con la Secretaria Distrital de la Movilidad.
6 15 CLAUSULAS EXCEPCIONALES
Son aplicables al contrato los principios de terminación, modificación e interpretación unilaterales, de
acuerdo con los articulas 14 al 17 de la ley 80 de 1993.
6.16 MULTAS, SANCIONES Y EFECTIVIDAD DE GARANTÍAS (ANEXO N°6)
El proponente deberá relacionar en el Anexo N°6, las multas y demás sanciones por incumplimiento que
le hayan impuesto como contratista, derivadas del incumplimiento de las obligaciones contenidas en el
contrato respectivo, las cuales pueden haber sido impuestas directamente por la entidad contratante, ya
sea pública o privada, así como los actos administrativos mediante los cuales se les haya hecho
efectivas las garantias constituidas para respaldar los contratos.
En caso de consorcios o uniones temporales, todos y cada uno de los participes deberán diligenciar
este Anexo.
Si el adjudicatario no suscribe el contrato dentro del término citado, quedará a favor de la Secretaria,
en calidad de sanción, el valor del depósito o garantía constituidos para responder por la seriedad de la
propuesta, sin menoscabo de las acciones legales conducentes al reconocimiento de perjuicios causados
y no cubiertos por el valor del depósito o garantía.
En este evento, la SDM mediante acto administrativo debidamente motivado, podrá adjudicar el contrato,
dentro de los quince (15) días siguientes, al proponente calificado en segundo lugar, siempre y cuando
su propuesta sea igualmente favorable para la entidad, de acuerdo con lo establecido en el inciso 2
numeral 12 del articulo 30 de la Ley 80 de 1993.
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6.17 MULTAS y CLÁUSULA PENAL
En caso de incumplimiento total, incumplimiento parcial o retardo en el cumplimiento de cualquiera de las
obligaciones previstas en el contrato por parte del CONTRATISTA, entendiéndose como contrato todos los
documentos que hacen parte integral de éste, se iniciará por parte del Ordenador de Gasto, el procedimiento
establecido en el Articulo 86 de la Ley 1474 de 2011.
Como resultado del proceso sancionatorio el CONTRATISTA podrá hacerse acreedor de multas hasta
del uno por ciento (1%) del valor del contrato, sin que en su totalidad excedan del diez por ciento (10%) del
mismo; suma que el CONTRATISTA autoriza, con la firma del contrato, a descontar directamente de los
saldos adeudados.
En todo caso, la SECRETARIA podrá obtener el pago de la suma pactada ya sea a través del cobro de la
garantía o por cualquier otro medio, incluyendo el de la jurisdicción coactiva. Lo anterior, sin perjuicio de la
sanción penal pecuniaria y de las demás sanciones de ley, lo anterior en virtud a lo establecido en el Articulo
40 de la Ley 80 de 1993.
6.18 SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
Las diferencias y conflictos que surjan en desarrollo del objeto contractual, se solucionarán a través de
los mecanismos alternativos de solución de conflictos, la transacción, conciliación y amigable composición,
previstos en el articulo 68 de la Ley 80 de 1993, la Ley 446 de 1998 y el Decreto 1716 de 2009.
CAPITULO VII
ESTIMACIÓN, TIPIFICACIÓN Y ASIGNACIÓN DE RIESGOS
7.1 TIPIFICACIÓN, ESTIMACIÓN Y ASIGNACIÓN DE LOS RIESGOS PREVISIBLES
La distribución de riesgos del contrato se basará en á Política Estatal sobre el manejo de riesgo
contractual del Estado yen lo dispuesto en la Ley 1150 de 2007 y decreto 1082 de 2015. (Para lo cual
deberá tenerse en cuenta el documento CONPES 3107 de 2001 y 3714 de 2011 que puede ser
consultado en el SECOP (www.contratos.gov.co)
En el presente capitulo se realiza la estimación, tipificación y asignación de los riesgos previsibles que
puedan afectar el equilibrio económico del contrato que se derive del presente proceso de selección, al
tenor de lo previsto en el articulo 2.2.1.1.2.1.3 del Decreto 1082 de 2015. Teniendo en cuenta la
naturaleza del objeto a contratar, la forma de pago y plazo de ejecución del mismo, no aplican riesgos
previsibles que puedan afectar el equilibrio económico del contrato que surja del proceso de selección
adelantado.
7.2 TIPIFICACIÓN DE RIESGOS PREVISIBLES
En el presente ítem se realiza la estimación, tipificación y asignación de los riesgos previsibles que
puedan afectar el equilibrio económico del contrato que se derive del presente proceso de selección de
acuerdo con el articulo 40 de la Ley 1150 de 2007.
La distribución de riesgos del contrato se basará en la Política Estatal sobre el manejo de riesgo
contractual del Estado y en lo dispuesto en la Ley 1150 de 2007 y decreto 1082 de 2015. (Para lo cual
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deberá tenerse en cuenta el documento CONPES 3714 de 2011 que puede ser consultado en el SECOP
www.contratos.gov.co)
En el presente capitulo se realiza la estimación, tipificación y asignación de los riesgos previsibles que
puedan afectar el equilibrio económico del contrato que se derive del presente proceso de selección, al
tenor de lo previsto en el artículo 2.11.1.2.1.1 del Decreto 1082 de 2015. De acuerdo al articulo
22111.3.1 del Decreto 1082 de 2015 se entiende que el Riesgo es un evento que puede generar
efectos adversos y de distinta magnitud en el logro de los objetivos del Proceso de Contratación o en la
ejecución de un Contrato. El proponente debe proceder a su análisis con el fin de que la tipificación,
estimación y asignación de riesgos definitiva se logre de manera concertada.
De acuerdo a lo establecido en el documento CONPES 3714, DEL RIESGO PREVISIBLE EN EL MARCO
DE LA POLÍTICA DE CONTRATACIÓN PÚBLICA, Consejo Nacional de Política Económica y Social
República de Colombia; Departamento Nacional de Planeación; Diciembre 01 de 2011, se establece: ta
tipificación es el proceso de caracterización de los riesgos que puedan preverse en las diferentes etapas
del contrato, agrupándolos dentro de diferentes clases que presenten características similares. As!, la
tipificación de los riesgos previsibles podrá consistir en la identificación de los distintos riesgos que
pueden ocurrir durante la ejecución del contrato y su incorporación en una clase si ella existe"
Los riesgos identificados, con su probabilidad, impacto y estimación son presentados en la siguiente
tabla. Para tal efecto se utilizó la metodología utilizada por el documento CONPES 3714 de 01 de
diciembre de 2011 y del aplicativo dispuesto para tal fin. En todo caso, el contratista frente a cualquier
eventualidad que se presente en la ejecución del contrato relacionada con perjuicios a terceros o al
medio ambiente entre otros, será el único responsable, dejando indemne a la Secretaria Distrital de
Movilidad por toda situación, reclamación o condena, o cualquier decisión que comprometa la
responsabilidad de la entidad por vía administrativa °judicial.
Para el objeto del proceso contractual que nos compete, se identificaron los riesgos a asumir por el
contratista seleccionado, los cuales se muestran en la matriz siguiente:
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CAPITULO VIII
7.3 INDICACIÓN DE SI LA CONTRATACIÓN ESTÁ COBIJADA POR UN ACUERDO
INTERNACIONAL O UN TRATADO DE LIBRE COMERCIO VIGENTE PARA EL ESTADO
COLOMBIANO
No
Proceso de
Contratación
Cubierto por el
Acuerdo
Comercial
No
No
No
No
Si
No
No
No
Canadá
No
No
No
No
Chile
Si
No
No
No
Corea
No
No
No
No
Costa Rica
Si
No
No
No
Estados AELC
Estados Unidos
El
Salvador
Triángulo
Norte
Guatemala
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No
No
No
No
No
No
No
Si
No
No
Si
Si
No
Si
Honduras
No
No
No
No
Unión Europea
Si
No
No
No
Comunidad Andina de
Naciones
Si
Si
No
Si
Chile
Si
Presupuesto del
Proceso de
Contratación Superior
al Valor del Acuerdo
Comercial
No
México
No
Perú
Entidad
Estatal
Incluida
SI/NO
ALIANZA
PACIFICO
Excepción
Aplicable al
Proceso de
Contratación
En virtud del análisis realizado para determinar cuáles acuerdos comerciales ratificados por Colombia son
aplicables al presente proceso de contratación se concluyó que en este sentido lo son los Acuerdos de
Guatemala y la CAN.
Por consiguiente, la Secretada Distrital de Movilidad deberá brindar trato nacional a los bienes y servicios
que puedan ofrecer los proveedores de los paises citados, así como darle publicidad a los documentos del
proceso y brindar un plazo mínimo para la presentación de las ofertas.
En lo que concierne al plazo minino para la presentación de ofertas, en virtud de lo establecido en el
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DE BOGOTÁ D.C.
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Manual para el manejo de los Acuerdos Comerciales en Procesos de Contratación de Colombia Compra
Eficiente, debe tenerse en cuenta que, como quiera que en este proceso son aplicables más de un acuerdo
comercial, el plazo mínimo que debe establecer en el cronograma del proceso para la preparación y
presentación de las ofertas debe ser mayor o igual que el plazo más largo establecido en los Acuerdos
Comerciales aplicables al Proceso, contados a partir de la fecha de publicación del aviso de convocatoria.
La siguiente tabla muestra los plazos previstos en los Acuerdos Comerciales, incluyendo los plazos para
los Procesos de Contratación de Bienes y Servicios de Caracterlsticas Técnicas Uniformes y de los
Procesos de Contratación cuya información ha sido publicada en el Plan Anual de Adquisiciones.
Plazo
general
Plazo Bienes y Servicios
de características
Técnicas Uniformes
Plazo cuando hay
publicidad en el
Plan Anual de
Adquisiciones
Alianza PaShijo
30 días
10 días
10 días
tanada
30 días
10 dias
10 días
Chllb
10 días
10 días
10 días
Corea
30 días
13 diasI4
ió días
Cpaa—Rica
30 días
10 días
10 días
Estados AELC
10 días
10 dias
10 días
Estados Unidos
ab días
10 días
lp días
Union Europea
30 días
10 días
10 días
Dado que los acuerdos comerciales de Guatemala y la CAN no establecen plazos mínimos o generales
para preparar y presentar propuestas, la Entidad no está sujeta a considerar este aspecto en la elaboración
del cronograma del proceso.
ANEXOS
Anexo 1
Anexo 2
Anexo 3
Anexo 4
Anexo N° 4A
Anexo N° 4B
Anexo N° 4C
Anexo N° 40
Anexo N° 5
Anexo Técnico No. 1
Anexo Técnico No. 2
Carta de Presentación de la Propuesta
Certificación de pagos de seguridad social y aportes parafiscales (persona
Jurídica).
Declaración de no tener personal a cargo— persona juridica.
Declaración juramentada aportes parafiscales (persona natural).
Declaración no estar obligado efectuar pago parafiscales y seguridad social
(persona natural).
Declaración aportes seguridad social y de no aportar parafiscales (persona
natural).
Compromiso anticorrupción
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DE BOGOTÁ D.C.
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Anexo N° 6
Anexo N° 7 y 7A
Anexo N° 8
Anexo N° 9
Anexo N° 10
Anexo N°11
Multas Sanciones y efect'vidad de las garantías.
Documento de conformación de Consorcio o Unión Temporal.
Relación de contratos ejecutados (EXPERIENCIA)
Formato de presentación de propuesta económica
Ofrecimiento de factores de calidad
Minuta del contrato.
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