PROYECTO DE PREPLIEGO DE CONDICIONES PROCESO DE SELECCIÓN ABREVIADA DE MENOR CUANTIA SDM-PSA-MC-044-2016 "DESARROLLAR LAS ACTIVIDADES CONTEMPLADAS DENTRO DEL PLAN DE BIENESTAR E INCENTIVOS DE LA SECRETARIA DISTRITAL DE MOVILIDAD" SUBSECRETARIA DE GESTIÓN CORPORATIVA DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA SUBDIRECCIÓN ADMINISTRATIVA OCTUBRE DE 2016 COLOMBIA, BOGOTÁ D.C. Versión Impresa no controlada, verificar su vigencia en el Listado Maestro de Documentos Página 1 de 1 AC 13 No. 37 — 35 Tel: 3649400 www.movilidadbogota.gov.co Info: Linea 195 BoGOTA MEJOR PARA TODOS NOTA IMPORTANTE Este Pliego de Condiciones ha sido elaborado siguiendo los postulados señalados por la Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007 y el Decreto 1082 de 2015 y demás normas que la modifican o complementan; para tal efecto, se han realizado los estudios de conveniencia y oportunidad con base en los requerimientos de la Secretaria Distrital de Movilidad, los cuales se plasman en las condiciones del presente pliego. Se solicita seguir en la elaboración de la propuesta, la metodología señalada en este pliego, con el objeto de obtener claridad y ofrecimientos de la misma índole, que permitan una selección ob etiva, transparente y responsable. Se recuerda a los proponentes, que de acuerdo con la Ley 80 de 1993, el particular que contrata con el Estado adquiere la calidad de colaborador del mismo, en el logro de sus fines y por lo tanto, cumple una función social que implica obligaciones, sin perjuicio de los derechos que la misma Ley le otorga. Igualmente, para efectos de la responsabilidad penal, los contratistas se consideran particulares que cumplen funciones públicas en todo lo concerniente a la celebración, ejecución y liquidación del contrato, razón por la cual están sujetos a la responsabilidad que en esta materia señala la Ley para los servidores públicos. Por lo anteriormente expuesto, se recomienda a los aspirantes interesados en participar en este proceso de selección, leer debidamente el presente pliego de condiciones y seguir las instrucciones en él consagradas. RECOMENDACIONES INICIALES Lea cuidadosamente el contenido de este documento. Verifique, en forma exhaustiva, que no esté incurso en ninguna de las inhabilidades e incompatibilidades generales ni especificas para contratar. Cerciórese que cumple las condiciones y reúne los requisitos aquí señalados. Proceda a reunir la Información y documentación exigida y verifique la vigencia de aquélla que la requiera. Tenga en cuenta el presupuesto oficial establecido para este proceso de selecció Cumpla las instrucciones que en este pliego de condiciones se imparten para la elaboración de su propuesta. Revise la póliza de seriedad de la propuesta y verifique que; Sea otorgada a favor del LA SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD Como tomador, que figure su razón social completa, e incluir la sigla; siempre y cuando, ésta también figure en el correspondiente certificado de existencia y representación legal. El valor asegurado corresponda al fijado en este documento. La vigencia corresponda a lo estipulado en este documento. El objeto y el número de este proceso de selección, coincida con el de la propuesta que presente. Esté suscrita por el tomador — proponente — afianzado. Identifique su propuesta, tanto el original como las copias en la forma indicada en este documento. Versión impresa no controlada, verificar su vigencia en el Listado Maestro de Documentos Página 2 de 2 AC 13 No. 37 — 35 Tel: 3649400 vld www.movilidadbogota.gov.co Info: Línea 195 BOGOTA PARA T ODOS 7 • • • • • Tenga presente la fecha y hora previstas para el cierre del presente proceso de selección, en ningún caso se recibirán propuestas radicadas fuera del término previsto. Toda consulta debe formularse por escrito radicada en la Dirección de Asuntos Legales o enviada via e-mail a través del Portal de Contratación a la Vista o SECOP, cuya dirección electrónica es https://www.contratacionboclotatiov.co/es/web/cav3/ciudadano o vía fax al teléfono 3649400 ext. 4461, no se atenderán consultas telefónicas ni personales. Ningún convenio verbal con el personal de la SECRETARIA DISTRITAL DE MOVILIDAD antes, durante o después de la firma del contrato, podrá afectar o modificar ninguno de los términos y obligaciones aquí estipuladas. Toda comunicación enviada por los proponentes debe ser dirigida a nombre de la SECRETARIA DISTRITAL DE MOVILIDAD, Dirección de Asuntos Legales y radicada en la Calle 13 N° 37-35, dentro del horario comprendido entre las 7:00 am. y 4:30 p.m. Los proponentes, con la sola presentación de su propuesta, autorizan a la SECRETARIA DISTRITAL DE MOVILIDAD DE BOGOTÁ, para verificar toda la información que en ella suministren. Cuando se presente una presunta falsedad, en la información suministrada por el proponente, o en la de uno de los miembros del Consorcio o de la Unión Temporal, acorde con las exigencias o requisitos establecidos en el pliego de condiciones, la SECRETARIA DISTRITAL DE MOVILIDAD podrá rechazar la propuesta y/o dar aviso a las autoridades competentes, previa evaluación de la Entidad. Tenga presente llegar con suficiente tiempo al cierre, debido a inconvenientes que se pudieran presentar al ingreso a las instalaciones de la SECRETARIA DISTRITAL DE MOVILIDAD. Versión impresa no controlada, verificar su vigencla en el Listado Maestro de Documentos Página 3 de 3 AC 13 No. 37 —35 Tel: 3649400 www.movilidadbogota.gov.co Info: Línea 195 LegGOTÁ MEJOR I PARA TODOS ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C. 11FCII[TPRIA DF MOVIL IriA0 CAPITULO I 1 INFORMACIÓN GENERAL 1.1 NATURALEZA JURÍDICA DE LA ENTIDAD CONTRATANTE La Entidad interesada en la contratación es la Secretada Distrital de Movilidad, domiciliada en la Calle 13 N° 3735 de Bogotá, D.C., organismo del Sector central con autonomía administrativa y financiera, cuya creación, estructura, organización y funcionamiento encuentra reglamentada en el Acuerdo 257 del 30 de noviembre de 2006 y el Decreto 567 del 29 de diciembre de 2006. 1.2 INSTRUCCIONES Y RECOMENDACIONES PREVIAS Antes de preparar la propuesta, lea cuidadosamente el Pliego de Condiciones, con el fin de evitar errores u omisiones que impidan tener en cuenta su propuesta para efectos de adjudicación. Se recomienda de manera general observar todos los requerimientos jurldicos, financieros, técnicos y económicos, de tal forma que la oferta se ajuste a este Pliego de Condiciones, que a la vez hará parte del contrato que se suscriba como resultado de la adjudicación del presente proceso. Verifique cuidadosamente que se anexe la totalidad de los documentos exigidos e igualmente está prohibido formular consultas en forma personal o telefónica y tener contacto con los funcionarios o asesores externos de la entidad que participen en el trámite, en aras de garantizar la transparencia del proceso y preservar la igualdad y calidad de la información que todos deben obtener en forma simultánea. La presentación de la oferta implica la aceptación por parte del proponente de las reglas contenidas en el presente documento y en la normatividad antes mencionada, Igualmente la presentación de la oferta implica que el proponente examinó las condiciones de á contratación y que está enterado de los elementos generales y particulares del negocio jurídico. 1.3 INTERPRETACION Y ACEPTACION DEL PLIEGO DE CONDICIONES Con la presentación de la oferta, el proponente manifiesta que estudió el pliego de condiciones y todos los documentos del presente proceso de selección Abreviada de Menor Cuantía, que obtuvo las aclaraciones sobre las estipulaciones que haya considerado inciertas o dudosas, que conoce la naturaleza de las actividades, su costo y su tiempo de ejecución, que formuló su oferta de manera libre, sena, precisa ycoherente. Todos los documentos del presente proceso de selección se complementan mutuamente, de tal manera que lo indicado en cada uno de ellos se entenderá como indicado enlodas. Las interpretaciones o deducciones que el proponente haga de lo establecido en este pliego de condiciones, serán de su exclusiva responsabilidad, por lo tanto, la SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD no será responsable por descuidos, errores, omisiones, conjeturas, suposiciones, mala Interpretación u otros hechos en que incurra el proponente que le sean desfavorables y que puedan incidir en la elaboración de su oferta. El hecho de que el proponente no se informe y documente debidamente sobre los detalles y condiciones bajo los cuales será ejecutado el objeto del presente proceso de Selección no se considerará como fundamento válido de futuras reclamaciones. El oferente deberá elaborar la propuesta, de acuerdo con lo establecido en este pliego y anexar la Página 4 de 4 AC 13 No. 37 — 35 Ten 3649400 )14( www.movilidadbogota.gov.co info: Linea 195 I• ct)GOTA MEJOR PARA TODOS ALCALDIA MAYOR DE BOGOTÁ .C. CE MOVILIDAD documentación exigida. Igualmente deberán tener en cuenta el objeto a contratar, los precios, plazos, especificaciones técnicas, económicas y/o financieras, condiciones de ejecución del contrato y demás elementos que influyan directa e indirectamente durante la ejecución del contrato y sobre el valor de su oferta. Los Pliegos de Condiciones deben ser interpretados como un todo y sus disposiciones no deben ser entendidas de manera separada; por lo tanto, al mismo se integran los estudios y documentos previos, Anexos y Adendas. El orden de los capítulos y cláusulas de estos pliegos de condiciones no deben ser interpretados como un grado de prelación entre los mismos. Los títulos utilizados en estos pliegos de condiciones sirven sólo para identificar textos, y no afectará la interpretación de los mismos. Cuando el día de vencimiento de un plazo fuese un día inhábil para la SDM, o cuando esta Entidad no ofrezca durante este día, por cualquier razón, atención al público, dicho vencimiento se entenderá trasladado al primer día hábil siguiente. 1.4 JUSTIFICACIÓN El Acuerdo 257 del 30 de noviembre de 2006 "Por el cual se dictan normas básicas sobre la estructura, organización y funcionamiento de los organismos y de las entidades de Bogotá DC, y se dictan otras disposiciones" dispuso en sus articulas 105 y 108, la creación de la SECRETARIA DISTRITAL DE MOVILIDAD como autoridad de tránsito y transporte del Distrito Capital, la cual hace parte del Sector Central y goza de autonomía administrativa y financiera. La Secretaria Distrital de Movilidad, en tanto entidad pública, debe cumplir con lo establecido en el Articulo 69 del Decreto Nacional 1227 de 2005, "por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 909 de 2004 y el Decreto-ley 1567 de 1998" el cual establece que: las entidades deberán organizar programas de estímulos con el fin de motivar el desempeño eficaz y el compromiso de sus empleados. Los estímulos se implementarán a través de programas de bienestar social". Los programas de bienestar tienen como fin prestar servicios sociales a los servidores públicos y a sus familias, a través de planes deportivos, recreativos, vacacionales, artisticos, saludables, etc. En ese sentido, el Capitulo II del Titulo II del Decreto 1567 de 1998 (por el cual se crean (sic) el sistema nacional de capacitación y el sistema de estímulos para los empleados del Estado) constituye el marco conceptual que gula el proceso de construcción de los programas de estímulos, y enseña que los planes de bienestar e incentivos deben construirse a partir de las iniciativas de los servidores públicos como procesos permanentes orientados a crear, mantener y mejorar las condiciones que favorezcan el desarrollo integral del empleado, el mejoramiento de su nivel de vida y el de su familia; y asi mismo deben permitir elevar los niveles de satisfacción, eficacia, eficiencia, efectividad e identificación del empleado con el servicio de la entidad en la cual labora'. La Subsecretaria de Gestión Corporativa, en tanto es la dependencia facultada por el Decreto Distrital 567 de 2006 para "Formular, evaluar y controlar las políticas sobre administración, desarrollo y bienestar de los 'Articulo 20, Decrete Neelonel 1567 de 1998. Página 5 de 5 AC 13 No. 37 — 35 Tel: 3649400 www.movilidadhogota.gov.co mío: Linea 195 RoGOTÁ A MEJOR PARA TODOS 10 ALcurris MA os DE BOGOTÁ Eit. IDAri funcionarios2", realizó el procedimiento conducente a adoptar el programa de Bienestar Social y el Plan de Incentivos de la Secretaria Distrital de Movilidad para sus servidores, mediante la Resolución SDM No, 41 del 30 de marzo de 2016. La Resolución SDM No. 41 de 2016 estableció los programas de protección y servicios sociales de los servidores públicos de la Secretaria Distrital de Movilidad, así corno el contenido del Plan de Incentivos para la vigencia 2016. Así, para efectos de materializar las actividades previstas en el Plan de Bienestar e Incentivos, la Secretaría Distrital de Movilidad tiene el deber de llevar a cabo un proceso público de contratación que, a partir de criterios de calidad y precio, le permita seleccionar a un contratista que desarrolle los compromisos específicos adoptados en la Resolución No. 041 de 2016, y los generales establecidos por los Decretos 1567 de 1998 y 1227 de 2005. 1.5 CONTROL SOCIAL — CONVOCATORIA A VEEDURÍAS CIUDADANAS De conformidad con lo establecido en el artículo 66 de la Ley 80 de 1993, la Ley 850 de 2003 y del numeral 50 del artículo 22.1.1.2.1,5 del Decreto 1082 de 2015, se convoca a las veedurías ciudadanas, a las diferentes asociaciones cívicas, comunitarias, de profesionales, benéficas o de utilidad común, gremiales, universidades y centros especializados de investigación, para que realicen control social al presente proceso de contratación y, de considerarlo procedente, formulen las recomendaciones escritas que estimen necesarias para buscar la eficiencia institucional, señalándoles que pueden intervenir en todas las audiencias que se realicen dentro del proceso de selección, 1.6 RÉGIMEN JURÍDICO APLICABLE Son aplicables al presente proceso los principios de la Constitución Política, el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública, Ley 80 de 1993, Ley 1474 de 2011, Ley 1150 de 2007 y sus Decretos reglamentarios, Y en lo no regulado particularmente, las normas civiles y comerciales, las reglas previstas en estos pliegos de condiciones y las adendas, aclaraciones y demás documentos que se expidan durante el desarrollo del proceso de selección. La presente SELECCIÓN ABREVIADA DE MENOR CUANTIA, cumple con los principios consagrados en el Ley 80 de 1993 y aquellos que la modifiquen o adicionen, en especial los de transparencia, economia y responsabilidad. En desarrollo de estos principios, la selección de la propuesta se hará en forma objetiva teniendo en cuenta la más favorable para los intereses de la SECRETARIA y a los fines que ella persigue. 1.7 DOCUMENTOS INTEGRANTES DEL PLIEGO DE CONDICIONES Forman parte del presente pliego de condiciones el análisis de sector, los estudios y documentos previos, la matriz de estimación, tipificación y asignación de los riesgos previsibles, las adendas y demás documentos que conformen el presente proceso. 1.5 PROGRAMA PRESIDENCIAL "MODERNIZACIÓN, EFICIENCIA, TRANSPARENCIA Y LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN" En el evento de conocerse casos especiales de corrupción en las Entidades del Estado, se debe reportar el hecho al Programa Presidencial de Modernización, Eficiencia, Transparencia y Lucha contra la Corrupción: 'Literal c Articulo 21 del Decreto Disaltal 567 de 2006 Página 6 de 6 Sil AC 13 No. 37 — 35 Tel: 3649400 www.movilidadbogota.gov.co info: Línea 195 BOGOTÁ MEJOR PARA TODOS ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D,C. ";"1"1" c'" al teléfono (1) 587 05 55, vía fax al número telefónico 1) 565 8671; la linea transparente del programa, número telefónico 9800- 9130 40; correo electrónico, en la dirección: [email protected]: al sitio de denuncias del programa en la página web www.anticorrupcion.00v.co correspondencia o personalmente, en la dirección Calle 14 No. 7-19, piso 9; Bogotá D.C. En todas las actuaciones derivadas de las estipulaciones del presente pliego de condiciones y el contrato que forma parte del mismo, el proponente obra con la transparencia y la moralidad que la Constitución Política y las leyes consagran. En el caso en que la Secretaria, comprobare hechos constitutivos de corrupción por parte de un proponente durante el proceso de selección, sin perjuicio de las acciones legales a que hubiere lugar, podrá rechazar la respectiva propuesta. 1.9 OBJETO A CONTRATAR La Secretaria Distrital de Movilidad está interesada en recibir propuestas para seleccionar en igualdad de oportunidades a una persona natural o juridica que presente la mejor propuesta de acuerdo a los parámetros estipulados en el presente pliego para contratar la "DESARROLLAR LAS ACTIVIDADES CONTEMPLADAS DENTRO DEL PLAN DE BIENESTAR E INCENTIVOS DE LA SECRETARIA DISTRITAL DE MOVILIDAD" 1.10 ALCANCE DEL OBJETO Los servicios a contratar se derivan de las familias de actividades definidas en el Plan de Bienestar e Incentivos adoptado por la Secretaría Distrital de Movilidad mediante Resolución No. 041 de 2016. Las condiciones mínimas exigidas para la prestación de los servicios que se enuncian a continuación se encuentran contenidas en el Anexo Técnico No. 1, el cual hace parte integral de este documento. Dentro de las actividades que derivan del Plan de Bienestar se desarrollarán eventos que corresponden a las siguientes categorías: a. b. c. Deportivos, recreativos y vacacionales Artísticos y Culturales Capacitación informal en artes o artesanías En lo que respecta a las actividades que emanan del Plan de Incentivos se tienen las siguientes categorías: a. b. Reconocimiento del rendimiento en niveles de excelencia a partir de la calificación obtenida en la evaluación del desempeño laboral y acuerdos de gestión a: - El me or funcionario de carrera de la entidad - El me or funcionario de carrera de cada uno de los niveles jerárquicos - El me or funcionario de libre nombramiento y remoción - Los mejores equipos de trabajo Otros reconocimientos no pecuniarios. A continuación se enuncian las actividades que la SDM se propone desarrollar, las cuales se encuentran descritas de manera detallada en el Anexo Técnico No. 2 de este pliego de condiciones: Página 7 de 7 AC 13 No. 37 — 35 Tel: 3649400 www.movilidadbogota.gov.co info: Línea 195 l y BOGOTÁ MEJOR PARA TODOS ALCALDÍA MA OR DE BOGOTÁ D.C. 5FCRETNIIA D NOVIUDA0 - - Vacaciones Recreativas Caminata Ecológica para los servidores públicos de la SDM Stand Up Comedy para servidores públicos de la Secretarla Distrital de Movilidad Obra de teatro de temporada Práctica de Yoga Reconocimiento Cumpleaños de los Funcionarios Talleres de natación para os hijos de los funcionarios Talleres para mejorar la calidad de vida laboral y fortalecer el trabajo en equipo de los funcionarios de la SOK Cursos en artes y manualidades Programa para Pre pensionados Acto de proclamación de mejores funcionarios Aguinaldo navideño para los hijos de los funcionarios deja SDM Celebración Día de la Familia La reahzación efectiva de las actividades enunciadas en las fechas establecidas por el Supervisor, dependerá de la confluencia de las condiciones de modo y tiempo que propicien su desarrollo. 1.11. CLASIFICACIÓN EN EL SISTEMA UNSPSC GRUPO SEGMENTO FAMILIA CLASE Descripción UNSPC Página 8 de 8 AC 13 No. 37 — 35 Tel: 3649400 www.movilidadbogota.gov.co Info: Línea 195 BoGOTA MEJOR PARA TODOS ALCALDÍA MA OH DE BOGOTÁ D.C. RECRETARIAOP MONLIDA13 GRUPO SEGMENTO (F) Servicios (50) Servicios de Gestión, Servicios Profesionales de Empresa y Servicios Empresariales FAMILIA (14) Comercialización y Distribución CLASE (16) Actividades de Ventas y Promoción de Negocios Descripción UNSPC (80141604) Gestión de Eventos 80111500 Servicios de Gestión, Servicios Profesionales de Empresas y Servicios Administrativos (F) servicios 80— Servicios de Gestión 11 — Servicios de Recursos Humanos 15— Desarrollo de Recursos Humanos (F) servicios 86— Servidos Educativos 10 — Formación Profesional 17- Servicios de capacitación vocacional — no clentifica 10 — Restaurantes y Catering 16 — Servicios de Banquetes y de Catering 90101500 Servicios de viajes, alimentación, alojamiento y entretenimiento 90 —Servicios de Viajes 10 —Restaurantes y Catering ele — Servicios de omida para llevar a domicilio 90101800 Servicios de viajes, alimentación, alojamiento y entretenimiento 90— Servicios de Viajes 15 — Servicios de Entretenimiento 17 — Parques de Diversiones (F) servicios 90 — Servicios de Viajes 14 — Servidos de Entretenimiento 15 — Eventos Profesionales y Deportivos 90141500 Servicios de viajes, alimentación, alojamiento y entretenimiento (F) servicios 94 — Organización y Clubes 12 — Clubes 18— Clubes Sociales 94121800 Organización y Clubes (F) servicios (F) servidos (F) servicios 90— Servicios de Viajes 85101700 - Servicios Educativos y de Formación 90151700 Servidos de viajes, alimentación, alojamiento y entretenimiento .12 PRESUPUESTO OFICIAL El valor estimado del contrato establecido es hasta la suma de CUATROCIENTOS TRES MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y TRES MIL PESOS MONEDA LEGAL COLOMBIANA M/CTE ($403'473.000), suma que incluye IVA, impuestos, tasas, gravámenes y todos los costos directos o indirectos derivados de la ejecución del contrato, respaldados con los CDPS N°: 597 del 13 de septiembre del 2016, por un valor de CIENTO VEINTICINCO MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y CINCO PESOS M/CTE ($125'298.485.00); y 598 del 13 de septiembre de 2016, por valor de DOSCIENTOS SETENTA Y OCHO MILLONES CIENTO SETENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS QUINCE PESOS M/CTE ($278.174.515). Éste valor incluye todos los gastos en que deba incurrir el contratista para el cumplimiento del objeto del Página 9 de 9 AC 13 No. 37 — 35 Tel: 3649400 www.movilidadbogota.gov.co info: Línea 195 BOGOTÁ ME J OR PARA TODOS ALCALDiA MAYOR DE BOGOTÁ D.C. Ec.RFTRFA 0€ MOVIl.IDAO presente proceso selectivo y el pago de los impuestos y descuentos de ley a que haya lugar. La necesidad planteada se encuentra prevista en el Plan Anual de Adquisiciones en las lineas NSGC-53 y SGCF-41, los cuales se enmarcan en los proyectos de inversión No. 3-3-1-15-07-43-6094-190 y de funcionamiento 3-1-2-02-10-00-0000-00, respectivamente. El valor adjudicado será hasta por el valor del presupuesto oficial. La diferencia entre el valor de la oferta final y el presupuesto oficial será destinada para atender mayores cantidades de servicios relacionados con el objeto del contrato. 1.13 JUSTIFICACIÓN DEL PRESUPUESTO OFICIAL El mercado no fue consultado sin que antes la Secretaria Distrital de Movilidad definiera en detalle el conjunto de servicios a contratar. En ese sentido fue necesario, en primer lugar, que el Comité de Capacitación, Bienestar e Incentivos de la Secretada Distrital de Movilidad estableciera las familias de actividades que debían desarrollarse en el Plan de Bienestar. Posteriormente la Entidad adoptó mediante la Resolución No. 41 de 2016, y que corresponden Actividades Deportivas, Recreativas; Culturales; Integración;; Infantiles; Familiares; de Reconocimiento y Cursos Artísticos o de Oficios. Acto seguido se definieron los aspectos técnicos de cada una de las actividades a desarrollar y se envió la solicitud de cotización de los servicios a tres (3) cajas de compensación que han realizado actividades de Bienestar e Incentivos a favor de entidades públicas y privadas en la ciudad de Bogotá D.C. Una vez recibidas las cotizaciones se procedió a ponderar cada uno de los 'tenis cotizables teniendo en cuenta su valor unitario y el número de personas esperadas en cada evento a realizar. De manera que el total del presupuesto oficial se asignó conforme a la sumatoria de los valores unitarios presentados en la oferta económica. Los Ítems y los valores cotizados se relacionan en el Anexo: Estudio de Mercado 1.14 RESPALDO PRESUPUESTAL La contratación que se pretende celebrar será financiada con recursos provenientes del presupuesto de la Secretaría Distrital de Movilidad para la vigencia 2016, según el Certificado de Disponibilidad Presupuestal que se relaciona a continuación, expedido por el responsable del presupuesto de la Entidad: 1F.EDHA 'bloc* , ' ac 13 de septiembre 597 de 2016 598 13 de septiembre de 2016 CÓDIGO CONCEPTO 3-1-2-02-10-00-0000-00 Bienestar e Incentivos 3-3-1-15-07-43-6094-190 Fortalecimiento Institucional V 5125298,485 $278174.515 Página 10 de 10 k AC 13 No. 37-35 Teli 3649400 www.movilidadbogota.gov.co Info: Línea 195 1 BOGOTA MEJOR PARA TODOS ALCA' DIA MAYOR DEBOGOTA SECREIMIA 1W MI:VILOAD 1.15 VIGENCIA DE LA OFERTA La propuesta deberá tener una vigencia minina de seis (6) meses, contados a partir de la fecha limite de presentación. Esta manifestación deberá hacerse en la respectiva carta de presentación de la propuesta. 1.16 GLOSARIO Las palabras definidas en el glosario que se mencionen en cualquier parte del pliego de condiciones, deberán ser entendidas únicamente en el sentido que a las mismas se les conceda según su definición. A las palabras que no estén definidas en el glosario ni en las definiciones de la minuta del contrato, se les dará la definición que establezca en el diccionario de la Real Academia Española de la Lengua, según su uso común o el lenguaje técnico respectivo. ANEXO TÉCNICO: Es el documento adjunto al pliego de condiciones (ANEXO N° 1 y No. 2) que contiene las descripciones, condiciones y características generales y especificas de los bienes y/o servicios a contratar, y hacen parte integrante del presente proceso de selección. CERTIFICADO DE DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL (CDP): Documento que acredita la disponibilidad de presupuesto para el presente proceso de selección. CONFLICTO DE INTERESES: Son las circunstancias que el interesado o proponente dará a conocer a la entidad y que considera puede tener incidencia en la imparcialidad con la que se debe adoptar las decisiones en el curso del proceso. CONTRATISTA: Adjudicatario que suscribe el Contrato derivado del presente proceso. CONSORCIO: Modalidad de asociación que permite que dos o más personas o naturales jurídicas, en forma conjunta, presenten una misma Propuesta en el presente proceso de selección para la Adjudicación, celebración y ejecución del Contrato, respondiendo solidariamente por todas y cada una de las obligaciones derivadas del mismo, y por los efectos que generen o lleguen a generar las actuaciones, hechos u omisiones de todos o cualquiera de los participantes en estos actos. CONTRATO: Negocio juridico que se suscribirá entre la SECRETARIA DISTRITAL DE MOVILIDAD y el Adjudicatario, por medio del cual se imponen a las partes las obligaciones reciprocas y se le conceden los derechos correlativos que instrumentan la relación contractual que se busca establecer a través del presente proceso. DIA(S) CALENDARIO: Es cualquier día del calendario, sin tener en cuenta si se trata de un Día Hábil o No hábil. DIA(S) HÁBIL(ES): Cualquier die comprendido entre lunes y viernes (ambos inclusive) de cada semana, excluyendo de éstos los días sábados, domingos y los feriados determinados por ley en la República de Colombia. Se incluirán también aquellos días que sin ser hábiles la SECRETARIA DISTRITAL DE MOVILIDAD mediante acto administrativo motivado determine como tales para este proceso. DÍA(S) NO HÁBIL(ES): Se entenderán de conformidad con el Código de Régimen Político y Municipal. Página 11 de 11 AC 13 No. 37 — 35 Tel: 3649400 www.movilidadbogota.gov.co mío: Línea 195 IP sOGOTA PARA4rODOS ALCALDÍA MAYOR 0£ BOGOTÁ D.C. e.ECRÉTAIIIA bE MOY,LIDAP DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA O US$: Es la moneda de curso legal en los Estados Unidos de América, la que, para todos los efectos se tomará por su valor equivalente respecto de la moneda de origen del proponente, según la tasa de cambio oficial o, en defecto de aquella, según la tasa de cambio certificada por la autoridad competente del país de origen. INTERESADO(S): Personas naturales o jurídicas o el grupo de personas jurídicas y/o naturales asociadas entre si mediante las figuras de Consorcio, Unión Temporal o cualquier otro tipo de asociación que actuaran en el proceso previamente a la presentación de ofertas. MES: Para efecto del presente proceso de selección los términos previstos en meses se tendrán en cuenta según el calendario. PESOS COLOMBIANOS O SCOP: Es la moneda de curso legal en la República de Colombia. PROPONENTE: Es la persona jurldica o natural, consorcio o unión temporal o promesa de sociedad, que presenta Propuesta para participar en el proceso de selección que se rige a través del presente Pliego. PROPONENTE PLURAL: Formas de asociación previstas en la Ley y regladas en el pliego de condiciones (Consorcio, Unión Temporal o Promesa de Sociedad Futura) PROPUESTA: Se entiende por tal aquella oferta con carácter irrevocable, presentada conforme a los requisitos establecidos en el presente Pliego de Condiciones; debidamente suscrita por quien goza de la representación del proponente y acompañada de una garantía de seriedad de la misma. PROPUESTA HÁBIL: Es la propuesta presentada por un interesado, que además de cumplir con los requisitos legales, técnicos y financieros señalados en estos Pliegos de Condiciones, cumple con los criterios mínimos para ser evaluada dentro del proceso de calificación PROPUESTA RECHAZADA: Es la propuesta presentada por un interesado, que incurre en alguna de las causales de rechazo establecidas en el pliego de condiciones. SECOP: Sistema Electrónico para la Contratación Pública -www.contratos.gov.co SMMLV: Se entenderá como salarios mínimos mensuales legales vigentes. 1.17 INTERPRETACIÓN Y ACEPTACIÓN DEL PLIEGO DE CONDICIONES Con la presentación de la oferta, el proponente manifiesta que estudió el pliego de condiciones y todos los documentos del presente proceso de selección Abreviada de menor cuantía, que obtuvo las aclaraciones sobre las estipulaciones que haya considerado inciertas o dudosas, que conoce la naturaleza de las actividades, su costo y su tiempo de ejecución, que formuló su oferta de manera libre, seria, precisa y coherente. Todos los documentos del presente proceso de selección Abreviada de Menor Cuantía se complementan mutuamente, de tal manera que b indicado en cada uno de ellos se entenderá como Indicado entodos. Las interpretaciones o deducciones que el proponente haga de lo establecido en este pliego de Página 12 de 12 AC 13 No. 37 — 35 Tel: 3649400 www.movilidadbogota.gov.co mío: Línea 195 BOGOTÁ MEJOR PARA TODOS ALCALDÍA MAYOR LIE BOGOTÁ D.C. SEMETION LIZ ~LOAD condiciones, serán de su exclusiva responsabilidad, por lo tanto, la SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD no será responsable por descuidos, errores, omisiones, conjeturas, suposiciones, mala interpretación u otros hechos en que incurra el proponente que le sean desfavorables y que puedan incidir en la elaboración de su oferta. El hecho de que el proponente no se informe y documente debidamente sobre los detalles y condiciones bajo los cuales será ejecutado el objeto del presente proceso de selección Abreviada de Menor Cuantía no se considerará como fundamento válido de futuras reclamaciones. El oferente deberá elaborar la propuesta, de acuerdo con lo establecido en este pliego y anexar la documentación exigida. Igualmente deberán tener en cuenta el objeto a contratar, los precios, plazos, especificaciones técnicas, económicas yto financieras, condiciones de ejecución del contrato y demás elementos que influyan directa e indirectamente durante la ejecución del contrato y sobre el valor de su oferta. Los pliegos de condiciones deben ser interpretados como un todo y sus disposiciones no deben ser entendidas de manera separada; por lo tanto, al mismo se integran los estudios y documentos previos, Anexos y adendas. El orden de los capítulos y cláusulas de estos pliegos de condiciones no deben ser interpretados como un grado de prelación entre los mismos. Los títulos utilizados en estos pliegos de condiciones sirven sólo para identificar textos, y no afectará la interpretación de los mismos. Cuando el día de vencimiento de un plazo fuese un día Inhábil para la SDM, o cuando esta Entidad no ofrezca durante este día, por cualquier razón, atención al público, dicho vencimiento se entenderá trasladado al primer día hábil siguiente. Página 13 de 13 AC 13 No. 37 — 35 Tel: 3649400 www.movilidadbogota.gov.co info: Linea 195 O BOGOTÁ -L-MEJOR PARA TODOS ALCALDIA MAYOR DE BOGOTÁ .C. SECREFARIA nr nma qi 'Den CAPÍTULO II DESARROLLO DEL PROCESO DE SELECCIÓN 2 MODALIDAD DE SELECCIÓN La selección de la oferta más favorable para la Secretaría Distrital de Movilidad (SDM), se realizará mediante un proceso de SELECCIÓN ABREVIADA DE MENOR CUANTÍA, de conformidad con lo contemplado en el literal b) numeral 2 de la ley 1150 de 2007 y el artículo 2.2.12.1.2.20 del Decreto 1082 de 2015. El presente proceso de selección, así como el contrato que de él se derive, se sujetarán a la Constitución Polltica, al Estatuto General de Contratación de la Administración Pública, contenido en las Leyes 80 de 1993 y 1150 de 2007, a sus Decretos reglamentarios, a las normas que lo modifiquen y/o complementen y a lo estipulado en los presentes estudios previos y Pliego de Condiciones y demás documentos del proceso de selección. La evaluación se realizará sobre la base de las ofertas que presenten los oferentes, las cuales deberán ajustarse a todas las exigencias y requerimientos establecidos en la Selección Abreviada de Menor Cuantía. La Secretaria Distrital de Movilidad, previo análisis comparativo de las ofertas que se ciñan a los requisitos establecidos en el presente proceso de Selección Abreviada de Menor Cuantía, seleccionará el ofrecimiento más favorable a la secretaría y a los fines que él busca y que no constituya un precio artificialmente bajo. El ofrecimiento más favorable de acuerdo con lo establecido en el artículo 5 de la Ley 1150 de 2007, modificado por el 88 de la Ley 1474 de 2011 y reglamentado por el articulo 2.2.1.1.2.2.2 del Decreto 1082 de 2015 que dispone: . pe....'110 . iiiiiLi-ri "Artfcul cS--2.0 Ofrecimiento más favorable. La entidad estatal debe determinar la oferta más favorable éniendo en cuenta las normas aplicables a cada modalidad de selección del contratista. En la licitación y la selección abreviada de menor cuantía, la Entidad Estatal debe determinar la oferta más favorable teniendo en cuenta: a-La ponderación de los elementos de calidad y precios soportados en puntajes y formulas; o, b-la ponderación de los elementos de calidad y precio que representen la mejor relación de costo-beneficio". 2.1 CRONOGRAMA DEL PROCESO Para el presente proceso los proponentes deberán tener en cuenta el cronograma establecido en el presente pliego de condiciones. Página 14 de 14 AC 13 No. 37 — 35 Tel: 3649400 www.movilidadbogota.gov.co Info: Línea 195 BOGOTÁ MEJOR PARA TODOS ALCALINA MA OR DE BOGOTÁ OC SECRETARIA PE' AKIILICIACI ACTIVIDAD FECHA Y HORA LUGAR Publicación Aviso de convocatoria pública — Estudios Previos Proyecto de pliego de condiciones 11 de octubre de 2016 Colombia Compra Efidente-SECOP www.colombiacomora.dov.co Contratación a la Vista www.contratadonbocota gov co Observaciones al proyecto de pliego de condiciones (5 días hábiles art 2.2.1.1.2.1.4. Decreto 1082) Del 12 al 19 de octubre de 2016 Correo: [email protected] Contratación ala Vistawww.contratacionboctotámov.co Respuesta a las observaciones presentadas al proyecto de pliego de condiciones Publicación del acto administrativo de apertura y del pliego de condiciones definitivo 25 de octubre de 2018 25 de octubre de 2016 Colombia Compra Eficiente-SECOP www.colombiacomPraeOv.Co Contratación a la Vista www.contratacionbogotablovoo Colombia Compra Eficiente-SECOP www.colombiacompra.gov.co Contratación a la Vista www.contratacionbocota ciov.co Manifestaciones de Interés para participar en el proceso Del 26 de octubre al 28 de octubre de 2016 Plazo para presentar observaciones al pliego de condiciones definitivo Del 26 de octubre al 28 de octubre de 2016 Correo: jmontovarlmovilidadb000ttoov.co Contratación a la Vista www.contratacionb000támov.co 1 de noviembre de 2016 Colombia Compra Eficiente-SECOP www.colombiacompramovoo Contratación a la Vista www.contratacionbogotáoov.co Termino máximo para publicación de adendas 2 de noviembre de 2016 Colombia Compra Eficiente-SECOP www.colombiacompra.qov.co Contratación a la Vista www.contratacionb000taoov.co Fecha y hora del cierre (plazo máximo para presentación de ofertas) 3 de noviembre de 2016, hora 9:00 am Presentación ofertas: Avenida Calle 13 No.3735, ventanilla de correspondencia primer piso. Cierre: Dirección de Asuntos Legales tercer piso. Verificación de requisitos habilitantes Del el 3 al 4 de noviembre de 2016 Secretaria Distrital de Movilidad Pubficación del informe de evaluación 8 de noviembre de 2016 Colombia Compra Eficiente-SECOP www.colomblacompra.CIOV.00 Contratación a la Vista www.contratacionbogota.ciov.co Traslado del informe de evaluación preliminar y plazo para subsanar la ausencia de requisitos o la falta de documentos habílitantes Del el 9 al 11 de noviembre de 2016 Colombia Compra Eficiente-SECOP www.colombiacompra.cov.co Contratación a la Vista www.contratacionboqotá,00v.co Publicación de respuesta a las observaciones pliego de condiciones definitivo www.contratacionb000tloov.co Página 15 de 15 AC 13 No. 37 — 35 Tel: 3649400 www.movilidadbogota.gov.co info: Línea 195 4 00GOTÁ -%PARA MEJOR TODOS AL ALDIA MAYOR se BOGOTA D.C. SECRETNIIAOF MOVILOAD requeridos por la entidad FECHA LIMITE PARA SUBSANAR En cumplimiento de lo establecido en el art. 5 de la Ley 1150 de 2007, el plazo para subsanar la ausencia de requisitos o a la falta de documentos habilitantes requeridos por la Entidad está comprendido entre el periodo de publicidad del informe de evaluación preliminar y hasta la adjudicación Publicación de las respuesta a las observaciones al Informe de evaluación e informe de evaluación modificado (en caso de proceder) Resolución de adjudicación o declaratoria desierto Suscripción del contrato y legalización Publicación SECOP Expedición Registro Presupuestal Aprobación Garantías 16 de noviembre de 2016 17 de noviembre de 2016I 17 de noviembre de 2016 Dentro de los cinco (5) ellas hábiles siguientes a la adjudicación. Dentro de los tres (03) dias hábiles siguientes a la suscripción Dentro de los tres (03) dlas hábiles siguientes a la suscripción Dentro de los tres (05) dias hábiles siguientes a la suscripción Hasta: 4:00 p.m. www.colombiacomPrAgov.co www.contratacionbodottoov.co Colombia Compra Eficiente-SECOP www.colombiacompramov.co Contratación a la Vista www.coptratacionboctota .11CAl .00 Avenida Calle 13 No.37-35 Piso 3° Dirección de Asuntos Legales Avenida Calle 13 No.37-35 Piso 3° Dirección de Asuntos Legales Avenida Calle 13 No.37-35 Piso 3° Dirección de Asuntos Legales Avenida Calle 13 No.37-35 Piso 3° Dirección de Asuntos Legales Según los términos establecido en el estudio Secretaria Distrital de Movilidad previo y minuta contractual. El horario do atención en la Ventanilla de radicación de correspondencia de la SDM es desde las 7:00 am. hasta las 4:30 p.m. Pagos contractuales 2.2 PUBLICIDAD DE LOS DOCUMENTOS DEL PROCESO DE SELECCION El pliego de condiciones y demás documentos deberán ser consultados en el portal único de contratación www colombiacompramov.co a partir de la fecha de apertura de la Selección Abreviada. Las versiones que allí aparezcan de los documentos de la Selección Abreviada, tienen el carácter de oficiales, Página 16 de 16 AC 13 No. 37 —35 rot Tel: 3649400 www.movilidadbogote.gov.co info: Linea 195 BOGOTA J PARA TODOS ME OR A1,41 DIA MA OR DE BOGOTÁ 0.C. Adicionalmente la consulta podrá realizarse en la siguiente dirección: www.contratacionbogota.gov.co No obstante, los participantes podrán solicitar por escrito copia en medio físico de los mismos a la Secretaria Distrital de Movilidad para lo cual se seguirá lo previsto en el Código de Procedimiento administrativo y de la Contencioso Administrativo. El valor de las copias del pliego definitivo y demás documentos, se cobrarán de conformidad con lo dispuesto en la Resolución No. 340 del 5 de junio de 2002, expedida por la Tesorería Distrital, D.C. El valor de las copias deberá ser pagado en la Tesorería Distrital (carrera 30 N. 24-90), a nombre de la Secretaria Distrital de Movilidad NIT. 899.999.061-9, y se acreditará con el correspondiente recibo de pago, el cual debe ser allegado a la Dirección de Asuntos Legales. 2.3 CORRESPONDENCIA — CORREO ELECTRÓNICO Para efectos del presente proceso de selección establece la siguiente dirección: SECRETARIA DISTRITAL DE MOVILIDAD • SDM. Dirección de Asuntos Legales AC 13 No. 37-35 PISO 3° Bogotá D. C. El correo electrónico de contacto es [email protected]. Toda comunicación o solicitud referente al presente proceso deberá formularse por escrito y radicarse en la Oficina de Correspondencia de la SDM ubicada en el primer piso, en el horario de 7:00 am, a 4:30 p.m. debidamente identificada con el nombre, número correspondiente del proceso de selección, dirigida a la Dirección de Asuntos Legales de la SDM, único despacho que canalizará cualquier tipo de comunicación entre los proponentes y la SDM. Las respuestas a las solicitudes u observaciones presentadas por cualquier medio, se darán a conocer a todos los interesados en el proceso selectivo, mediante la publicación en la página web SECOP, CONTRATACION A LA VISTA - (www.contratos.gov.co-www.bogotá.gov.co/contratacion), y/o en la Dirección de Asuntos Legales de la SDM, en adelante y para efectos de este documento, se denominará La DAL, en donde se podrá seguir el desarrollo de todo el proceso. En ningún caso habrá aclaraciones ni comunicaciones verbales con los proponentes que puedan afectar los términos y condiciones de este pliego y sus adendas. 2.4 MANIFESTACIONES DE INTERÉS De conformidad con lo establecido en el articulo 2.2.1.21.2.20 del Decreto 1082 de 2015, dentro del cronograma del presente proceso de selección, se establecerá el término para recibir las manifestaciones de interés de los futuros proponentes, a través de la página web contratación a la vista www contratacionbogota.gov coi o al correo electrónico jmontova@movilidadbogotá.gov.ccr o por escrito dirigido a la Dirección de Asuntos Legales, indicando el número de proceso, radicado en la ventanilla de correspondencia de la entidad, ubicada en la Av. Calle 13 No. 37 -35. La entidad procederá a evaluar todas las propuestas, de aquellos interesados que hayan realizado su Página 17 de 17 AC 13 No. 37 — 35 Tel: 3649400 www.movilidadbogota.gov.co info: Linea 195 A BOGOTÁ i_MEJOR PARA TODOS ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C. SE CRE TMIA DE MOVIÉELNO manifestación de interés en participar en el proceso, dentro de los términos establecidos. La manifestación deberá contener documento escrito de interés en participar en el proceso, firmado por el representante legal. 2.5 PRESENTACIÓN DE OBSERVACIONES AL PROYECTO DE PLIEGO DE CONDICIONES Las observaciones á presente proceso deberán ser presentadas durante el término establecido en el cronograma del presente documento. Los interesados podrán solicitar aclaraciones o realizar observaciones al correo electrónico jmontovaemovilidadbociota.ciov.co y/o dirigirlas a la Dirección de Asuntos Legales radicándolas en la Av. Ca11e13 N° 37 — 35 oficina de radicación y correspondencia piso 1 de la ciudad de Bogotá. La Secretaria de Movilidad publicará en la página WEB del Sistema Electrónico para la contratación Pública las observaciones que formulen los posibles oferentes, asi como las respuestas a las mismas. NOTA. De acuerdo con b facultado por el 2.2.1,2.1.2.20 del Decreto 1082 de 2015 en su numeral 24, la entidad determino proceder a evaluar todas las propuestas alienadas en tiempo de aquellos interesados que hayan realizado su manifestación de interés en participar en el proceso, dentro de término establecido para ello y alleguen la correspondiente propuesta en la fecha del cierre. 2.6 PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA Los oferentes deberán presentar su propuesta en un (1) sobre, el cual debe estar debidamente marcado, sellado yro lacrado. El sobre deberá radicarse en la ventanilla de correspondencia de la Entidad ubicada en AC 13 N° 37-35, dirigidos a Dirección de Asuntos Legales. La propuesta se debe radicar en el horario de 7:00 a.m. a 4:30 pm. en días hábiles desde la fecha de apertura del proceso de selección y hasta la fecha y hora prevista para el cierre de este proceso de selección, de acuerdo con el cronograma del presente proceso de selección. Todas las propuestas radicadas y recibidas hasta la fecha y hora fijada para el cierre de este proceso de selección, se abrirán públicamente en el acto de cierre realizado en la Secretaría — Dirección de Asuntos Legales. No se aceptan propuestas enviadas por correo, ni entregadas con posterioridad a la fecha y hora de cierre. No se admiten propuestas complementarias o modificaciones que fueren presentadas con posterioridad al cierre del proceso de selección; lo cual no impide que puedan solicitarse las aclaraciones que fueren necesarias. Las propuestas deben presentarse en idioma castellano, a máquina o en impresión de computador, en original y dos (2) copias legibles (indicando cuál de estas corresponde al documento original); el original y las copias de idéntico contenido, deben estar foliadas en orden consecutivo ascendente, sin incluir hojas en blanco, incluyendo en cada ejemplar todos los documentos y requisitos exigidos en el presente pliego de condiciones, con su respectivo indice. Nota: Toda la información y datos que presente el proponente deberán estar en idioma castellano, en Página 18 de 18 AC 13 No. 37 — 35 Tel: 3649400 www.movilidadbogota.gov.co Info: Línea 195 ,L oGOTÁ MEJOR PARA TODOS ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTA D.C. ftECRETMIA DE UtMUDAID os casos de encontrarse en otro idioma, deberán acompañarse de una traducción al castellano. Para efectos de interpretación de la propuesta prevalecerá el texto en castellano, En caso contrario, no serán tenidos en cuenta para efectos de evaluación Los documentos otorgados en el extranjero deberán cumplir con los requisitos previstos en los &t'etilos 259 y 260 del Código de Procedimiento Civil Colombiano y 480 del Código de Comercio Colombiano o con los requisitos de apostille previsto en la Ley 455 de 1998, según sea el caso. En caso de presentarse diferencia en la información contenida en los documentos y anexos originales frente a las copias, para todos los efectos prevalecerá la información contenida en la propuesta original. En caso de existir discrepancia entre los datos contenidos en la propuesta, incluidos sus anexos, tratándose de obligaciones del proponente, se adopta la declaración que sea más favorable a la Secretaria. En caso de discrepancias surgidas entre números y letras, prevalece lo escrito en letras sobre los números. Las propuestas se deben presentar sin borrones, tachaduras o enmendaduras, a menos que se haga la respectiva salvedad, la cual se entiende manifestada con la aclaración firmada por el proponente o el representante legal, debidamente autorizado para ello. Si no se efectúa la respectiva salvedad y esta obedece a un criterio de comprobación y/o calificación, no será objeto de verificación y si es de calificación no se evaluará en el respectivo criterio. En la propuesta no se debe colocar, pegar, recortar o sobreponer elementos como propaganda, cintas, fotos, y/o autoadhesivos que alteren o impidan conocer la información original. No se debe cambiar la redacción de los formularios contenidos en cada uno de los anexos del presente documento; no obstante serán objeto de adecuación y/o modificación aquellos espacios que sean necesarios para la presentación de la propuesta como son a saber, tiempo y lugar de ejecución, aspectos económicos y/o técnicos, según la clase de proceso. La Secretaria no se hace responsable por la no apertura o apertura prematura de una propuesta que no esté presentada y rotulada como aquí se especifica, o que no sea entregada en el sitio señalado, dentro de los términos establecidos y antes de la hora de cierre. La Secretaria no es responsable por los costos o expensas en que pudieren incurrir los proponentes para la preparación y/o presentación de sus propuestas los cuales son de cargo exclusivo de los proponentes. La presentación de la propuesta implica el conocimiento de la legislación colombiana en materia de contratación y la aceptación por parte del proponente de todas las condiciones y obligaciones establecidas en el presente pliego, al igual que de cualquier modificación que realice la Secretaria durante el proceso. La propuesta debe estar firmada por el proponente, o por el representante legal de la persona juridica, o por la persona legalmente autorizada de conformidad con los estatutos, por el representante del consorcio o unión temporal, o por el agente comercial y/o mandatario con poder debidamente conferido para tal efecto. Una vez efectuado el cierre del proceso de selección las propuestas no pueden ser mejoradas, adicionadas, modificadas o reemplazadas. El proponente debe elaborar una tabla de contenido, con la referencia exacta de la página donde se encuentra el tema o documento incluido en la propuesta. Página 19 de 19 AC 13 No. 37 — 35 Tel: 3649400 www.movilidadbogota.gov.co Info: Linea 195 e BOGOTÁ PARA TODOS ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ .C. „uyµti L 1„0 Las tablas, cuadros y anexos deberán presentarse en formato digital, adjunto a la propuesta. Nota: Los proponentes podrán dentro de los treinta 30) días siguientes a la fecha de adjudicación o declaratoria de desierta resultante del proceso, retirar de la Dirección de Asuntos Legales las copias de las propuestas no ganadoras. Transcurrido dicho érmino si el proponente no ha reclamado por escrito las mencionadas copias, se da por entendid que autoriza a la Secretaria para llevar a cabo el proceso de destrucción, perdiendo el proponente el derecho a realizar cualquier reclamación legal. 2.7 CONSULTA DEL PLIEGO DE CONDICIONES DEFINITIVO Y DEMÁS DOCUMENTOS DEL PROCESO DE SELECCIÓN En la Dirección de Asuntos legales, ubicada en la Av. Calle 13 No. 37 -35, en Bogotá D. C., a partir del die y hora indicados en el cronograma, se pondrá a disposición de los interesados los pliegos de condiciones junto con los documentos y estudios previos, para consulta de los mismos y hasta un día hábil antes del cierre del plazo para presentar propuesta, en horario de 7:00 am, a 4:30 p.m., asi mismo los pfiegos también se pueden consultar en las páginas Web Contratación a la vista www.contratacionbociota.qov.co y COLOMBIA COMPRA: www.colombiacompra.gov.co. De conformidad con lo establecido en el parágrafo 4 del articulo 2 de la Ley 1150 de 2007, los pliegos de condiciones no podrán ser objeto de cobro, salvo lo relacionado con la expedición decopias. 2.8 ACLARACIONES A LOS PLIEGOS DE CONDICIONES Y ADENDAS Con el fin de poder dar el trámite oportuno a las aclaraciones sobre el contenido del pliego de condiciones, se solicita atentamente a los posibles proponentes presentar las observaciones dentro del término señalado en el cronograma del proceso. Si fuere necesario, según lo señalado en el articulo 2.2.1.12.2.1 del Decreto 1082 de 2015, se expedirán las modificaciones pertinentes al pliego de condiciones mediante Adonde, comunicados a través de la página de la Alcaldía Mayor de Bogotá Contratación a la vista www.contratacionbogota.gov.co y COLOMBIA COMPRA ww.colombiacompra.gov.co. Así mismo, estará a disposición de los proponentes en la Dirección de Asuntos Legales. NOTA: Corresponde a todos os interesados en el presente proceso informarse de todas las modificaciones y hacer seguimiento al proceso por este medio. Las consultas y respuestas no suspenderán el plazo para la presentación de las ofertas. En ningún caso habrá aclaraciones, ni comunicaciones verbales con los proponentes que puedan afectar los términos y condiciones de este pliego y sus adendas. 2.9 RETIRO DE PROPUESTAS Los proponentes podrán solicitar el retiro de la propuesta presentada por escrito dirigido a la Dirección de Asuntos Legales, antes de la fecha y hora previstas para el cierre del proceso de selección. La propuesta será devuelta sin abrir al proponente o la persona autorizada por escrito para el efecto. Página 20 de 20 AC 13 No. 37 — 35 Tel: 3649400 www.movilidadbogota.govto mío: Línea 195 BOGOTÁ MEJOR PARA TODOS ALCALDIA MAYOR DE BOGOTÁ D.C. SECREMAN DE ^D.n 2.10 PRÓRROGA DEL PLAZO PARA LA PRESENTACIÓN DE OFERTAS Cuando las necesidades de la administración así lo exijan, el plazo del cierre del proceso se podrá prorrogar mediante Adenda, por un término no superior a la mitad del inicialmente fijado. 2.11CORRECCIONES Y ACLARACIONES A LAS PROPUESTAS Una vez presentada la propuesta y antes de la fecha y hora señaladas para el cierre, se aceptarán las correcciones o aclaraciones que el proponente estime pertinentes, por razón de las adendas o aclaraciones al Pliego de Condiciones o para corregir errores de la propuesta. Para este efecto, el proponente deberá presentar el escrito correspondiente, en sobre cerrado y marcado con el número del presente proceso de selección, el nombre del proponente e indicar "CORRECCIÓN" omACLARACIÓN". Se recibirán propuestas, modificaciones o aclaraciones a partir de la fecha de apertura y hasta la fecha y hora establecida en el cronograma del Pliego o en la última Adenda que se expida, (si fuere el caso). 2.12APERTURA Y CIERRE Mediante acto administrativo, se ordena la apertura del proceso correspondiente, quedando establecidas la duración del proceso y la fecha de cierre del mismo, 2.13 ACTO DE APERTURA DE LAS PROPUESTAS Y CIERRE DEL PROCESO DE SELECCIÓN No se aceptarán as propuestas que llegaren después de la hora fijada en el cronograma del presente pliego para el cierre del proceso. En estos eventos, los sobres respectivos serán devueltos al proponente, sin abrir. La audiencia de cierre se llevará a cabo de acuerdo con lo establecido en el cronograma de estos pliegos, a la cual podrán asistir los proponentes que lo deseen. Para verificar la hora señalada, se aplicará lo indicado en b Directiva N° 013 de 2005 de la Procuradurla General de la Nación, con lo cual se establece que b hora oficial de los procesos de contratación corresponde a la hora legal de la República de Colombia, señalada por la División de Metrologla de la Superintendencia de Industria y Comercio, realizando la conexión en la hora prevista para el cierre, en la página Web www.sic.gov.co. Seguido al acto de cierre, se realizará la apertura de cada una de las propuestas y se levantará un acta que contendrá la relación de los participantes, se verificará el número de folios de cada oferta y se procederá a leer y consignar en el acta los siguientes datos: 1 Número de ofertas recibidas 2 Nombre de cada proponente 3 Apertura del primer sobre oferta original 4 Número de folios de las propuestas. 5 Número dé la póliza de seriedad de la propuesta, nombre de la compañia aseguradora, valor asegurado y vigencia, 6 Apertura sobre oferta económica 7 Valor de las propuestas Página 21 de 21 AC 13 No. 37 — 35 Tel: 3649400 www.movIlidadbogota.gov.co Info: Línea 195 4, ME BOGOTA OR J PAPA TODOS ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ Me sECRETARIAOP MosarDAD 8 Retiros de propuestas recibidas por el proponente que así lo haya solicitado. El acta de cierre será suscrita por los servidores públicos que asistan y se anexará un control de asistencia de quienes participen. Los asistentes podrán dejar las constancias que estimen pertinentes. 2.14 TRASLADO DEL INFORME DE VERIFICACIÓN En la fecha y hora establecida por estos pliegos de condiciones en el cronograma, se pondrá a disposición de los oferentes el informe de verificación de as propuestas. Los proponentes que hayan sido considerados como no habilitados podrán, dentro de este término y hasta el momento indicado por la Entidad, subsanar la ausencia de requisitos o la falta de documentos habilitantes. La Secretaria podrá solicitar a los proponentes dentro del término que ella señale, dentro del lapso para verificación de requisitos habilitantes y en todo caso, también dentro del término establecido en el traslado del informe de verificación, para que aclaren o subsanen sus propuestas, dichos requerimientos serán realizados mediante emelt a la dirección electrónica suministrada por el proponente en su oferta, en el requerimiento que se realizará mediante email se expresaran los requisitos que deben ser objeto de subsanación y plazo para entrega de los mismos. Así también, podrán presentar observaciones al informe de verificación, a través de escrito dirigido a la Dirección de Asuntos Legales de M SDM, durante los cuales permanecerán a su disposición. El horario de atención será de 7:00 a.m. a las 4:30 p.m. De conformidad con lo dispuesto en el articulo 2.2.1.2.1.1.2 del Decreto 1082 de 2015, en ningún caso se podrán subsanar asuntos relacionados con la falta de capacidad, ni acreditar circunstancias ocurridas con posterioridad a M entrega de las propuestas del presente proceso. Lo anterior, sin perjuicio de las disposiciones previstas en la Circular Externa N° 13 de fecha 13 de junio de 2014 expedida por la Agencia Nacional para la Contratación Pública — Colombia Compra Eficiente. 2.15 ADJUDICACION En la fecha establecida en el cronograma se hará público ei acto administrativo motivado de adjudicación. 2.18 DECLARATORIA DE DESIERTO DEL PROCESO La Secretaria Distrital de Movilidad declarará desierto el proceso únicamente por los motivos o causas que impidan la escogencia objetiva del contratista y lo hará mediante acto administrativo en el que se señalarán en forma expresa y detallada las razones que condujeron a esa decisión, de conformidad con lo dispuesto por el numeral 18 articulo 25 de la Ley 80 de 1993. La Secretaria podrá modificar los elementos de la futura contratación que a su criterio hayan sido determinantes en la declaratoria de desierta, sin que en ningún caso se cambie el objeto de la contratación. Entre otras y a titulo enunciativo, se tienen como causales de no selección objetiva las siguientes: a) Cuando el procedimiento se adelante sin ajustarse a las normas de contratación estatal vigentes y sus reglamentos. b) Cuando ninguna de las ofertas sea declarada hábil por no ajustarse a los requerimientos mínimos Página 22 de 22 Sig AC 13 No. 37 — 35 Tel: 3649400 www.movilidadbogota.gov,co info: Linea 195 HoGOTÁ MEJOR PARA TODOS ALCALDIA MAYOR DE BOGOTÁ ac. SECREIMME""LeAD exigidos, estipulados en los Pliegos de Condiciones, o los precios no se ajusten a los del mercado, o al presupuesto de la Entidad. c) Cuando no se presenten ofertas. d) Cuando ninguno de los oferentes habilitados suscriba el contrato en el plazo previsto, e) Las demás contempladas en la Ley. f) La SDM podrá modificar los elementos de la futura contratación que a su criterio hayan sido determinantes en la declaratoria de desierta, sin que en ningún caso se cambie el objeto de la contratación. 2.17 TÉRMINO PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO Quien resulte adjudicatario del presente proceso selectivo deberá suscribir el contrato dentro del término establecido en el cronograma. Si el adjudicatario no suscribe el contrato o no allega oportunamente los documentos requeridos al efecto, se aplicará la sanción prevista en el literal e) del numeral 1 del articulo 80 de la Ley 80 de 1993. 218 DEVOLUCIÓN DE LAS PROPUESTAS A solicitud del (los) proponente(s) no favorecido(s) con la adjudicación, las copias de las propuestas no ganadoras serán devueltas dentro de los tres (3) meses siguientes a la fecha de la adjudicación, de no haber solicitud, la SDM procederá de acuerdo con las normas de archivo. El original de la propuesta no ganadora, será archivado en los términos de las disposiciones legalesvigentes. Para tal efecto, deberán presentar una solicitud escrita, elevada por el representante legal de la persona juridica o del Consorcio, o Unión Temporal, o por la persona natural proponente, a la Dirección de Asuntos Legales, dentro del término arriba referido. Página 23 de 23 AC 13 No. 37 — 35 Tel: 3649400 www.movilidadbogota.gov.co info: Linea 195 fr O cb PÉSTA PARA TODOS pLfel DIA MAYOR DE BOGOTÁ DC °R"Irl"Rikpr CAPITULO III CONTENIDO DE LA PROPUESTA 3IDIOMA DE LA PROPUESTA En acatamiento a la Ley 14 de 1979 (Defensa del Idioma) y de su Decreto reglamentario 2744 de 1980, todos los documentos de la propuesta, correspondencia y todos os documentos intercambiados entre los Proponentes y la Secretaria Distrital de 'Movilidad, deberán estar escritos en cualquier medio mecánico en idioma Español, salvo los términos técnicos que podrán expresarse en idioma distinto. Los documentos privados en idioma extranjero deberán venir acompañados de traducción simple y los documentos públicos en idioma extranjero se presentarán legalizados en la forma prevista en las normas vigentes sobre la materia. 3.1 CONDICIONES DE LA PROPUESTA La propuesta se presentará en dos sobres, un original y una copia y un CD que se entregarán cerrados, separados e identificados con el número del proceso. Los documentos se presentarán legajados, completamente foliados (incluso las hojas en blanco o de presentación), escritos en idioma castellano y a máquina y/o computadora. Todas las páginas de la propuesta que tengan modificaciones o enmiendas, deberán ser validadas con la firma al pie de las mismas de quien suscribe la carta de presentación, de lo contrario se tendrán por no escritas La carta de presentación original deberá estar debidamente firmada por el representante legal o el apoderado constituido para el efecto. No se aceptarán las propuestas que sean allegadas por correo. NOTA 1: Será responsabilidad exclusiva del proponente la correcta identificación de la propuesta original as( como sus copias, por lo tanto la SDM no asume responsabilidad alguna en el proceso de apertura de los sobres que contienen las propuestas si alguna viniere incorrectamente identificada. 3.2 COSTOS Y PREPARACIÓN DE LA PROPUESTA Serán de cargo del proponente todos los costos asociados a la preparación y presentación de su propuesta, y la SDM en ningún caso será responsable de los mismos. 3.3 DOCUMENTOS OTORGADOS EN COLOMBIA Los documentos que hayan sido expedidos por particulares o entidades púbhcas no requerirán de autenticación de conformidad con lo establecido en el articulo 24 de la ley 962 de 2005, por lo tanto, se presumen auténticos con la sola firma del suscriptor. Lo anterior salvo que normas especiales prevean la necesidad de algún procedimiento especifico para determinado documento. 3.4 DOCUMENTOS EXPEDIDOS EN EL EXTRANJERO Los proponentes en todo caso deberán cumplir todos y cada uno de los requisitos legales relacionados con la legalización, consularización o apostille; con el fin de que los documentos otorgados en el extranjero Página 24 de 24 541 AC 13 No. 37 — 35 Tel: 3649400 www.movindadbogota.gov.co Info: Línea 195 BOGOTA ME JOR PARA TODOS Al no DIA MAYOR DE BOGOTÁ D.C. SECRETARIA 011.10VILOAO gocen de validez y oponibilidad en Colombia y por tanto, que puedan obrar como pruebas dentro del proceso de selección en los términos del articulo 480 del Código de Comercio. Teniendo en cuenta b anterior, los mencionados documentos deberán contar con los anteriores procedimientos, así: Consularización: De conformidad con lo previsto por el Articulo 480 del Código de Comercio, "los documentos otorgados en el exterior se autenticarán por los funcionarios competentes pare ello en el respectivo país, y la firma de tales funcionarios lo será a su vez por el cónsul colombiano A a falta de éste, por e/ de una nación amiga, sin perjuicio de /o establecido en convenios internacionales sobre el régimen de los poderes". Tratándose de sociedades, expresa además el citado Artículo que "al autenticar los documentos a que se refiere este Articulo los cónsules harán constar que existe la sociedad y ejerce su objeto conforme a las leyes del respectivo pais". Surtido el trámite señalado en el presente numeral, estos documentos deben ser presentados ante el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia (Oficina de Legalizaciones Transversal 17 N° 98-55 Bogotá D.C.) para la correspondiente legalización de la firma del cónsul y demás trámites pertinentes Apostilla: Cuando se trate de documentos de naturaleza pública otorgados en el exterior, en atención a los dispuesto por la Ley 455 del 4 de agosto de 1998, no se requiere de la autenticación consular ni de la posterior legalización por parte del Ministerio de Relaciones, siempre que provenga de uno de los paises signatarios de la Convención de la Haya del 5 de octubre de 1961 sobre la abolición del requisito de legalización de los documentos públicos extranjeros. Por lo tanto, en este caso solo será exigible la apostilla, trámite que consiste en el certificado mediante el cual se avala la autenticidad de la firma y el titulo con el que ha actuado la persona firmante del documento y que se surte ante la autoridad competente en el país de origen. Si el apostille está dado en idioma distinto al español, deberá presentarse acompañado de una traducción oficial a dicho idioma y la firma del traductor legalizada de conformidad con las normas vigentes. Se excluyen del convenio en mención, los documentos expedidos por agentes diplomáticos o consulares, los documentos administrativos que se ocupen directamente de operaciones comerciales o aduaneras. Estos documentos públicos se siguen rigiendo según lo estipulado en los artículos 259 260 del código de procedimiento civil, 480 del código del comercio, y la Resolución 2201 del 22 de agosto de 1997, es decir CERTIFICACIÓN CONSULAR Y LEGALIZACIÓN por parte del Ministerio de relaciones Exteriores, Área de Gestión de Legalizaciones. De conformidad con lo previsto por el Articulo 480 del Código de Comercio, "los documentos otorgados en el exterior se autenticarán por los funcionarios competentes para ello en el respectivo país, y la firma de tales funcionarios lo será a su vez por el cónsul colombiano o, a falta de éste, por el de una nación amiga, sin perjuicio de lo establecido en convenios internacionales sobre el régimen de los poderes". Tratándose de sociedades, expresa además el citado Articulo que "al autenticar los documentos a que se refiere este Artículo los cónsules harán constar que existe la sociedad y ejerce su objeto conforme a las leyes del respectivo país". Surtido el trámite señalado en el presente numeral, estos documentos deben ser presentados ante el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia para la correspondiente legalización de la firma del cónsul y demás trámites pertinentes. Página 25 de 25 AC 13 No. 37 — 35 Tel: 3649400 www.movilidadbogota.gov.co Info: Línea 195 130GOTA *MEJOR PARA TODOS ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C. PECRETtRIA DE MOVILIDAD Los documentos expedidos por Estados que no forman parte de á Convención seguirán requiriendo de la autenticación consular y de la posterior legalización ante la cancillería colombiana. Los formatos que debe anexarse a los pliegos no deberán contar con los procedimientos antes descritos. 3.5 CONTENIDO DEL SOBRE SECRETARIA DISTRITAL DE MOVILIDAD PROCESO SELECCIÓN ABREVIADA DE MENOR CUANTÍA N° SDM-PSA-MC•OXX/2015 SOBRE N°1 NOMBRE DEL PROPONENTE: DIRECCIÓN: TELÉFONO: FAX: MAIL: NUMERO DE FOLIOS: Original o Número de Copia En relación con este sobre, el proponente deberá entregar un original de estos documentos, junto con dos (2) copias. Estos documentos deberán estar debidamente foliados y las copias contendrán la misma información que contenga el original. El Sobre contendrá los documentos de carácter Juridico, Financiero, técnico, las condiciones de experiencia, la propuesta económica y los documentos para la ponderación de calidad. Se deberá adjuntar copia digital de la información suministrada. Información Reservada: SI dentro del sobre de la propuesta se incluye información que conforme a la ley colombiana tiene el carácter de información reservada, dicha circunstancia deberá ser indicada con absoluta claridad y precisión, identificando el documento o información que tiene el carácter de reservado y la disposición legal que la ampara como tal. Sin perjuicio de lo anterior y para efectos de la evaluación de las manifestaciones, la Secretaria Distrital de Movilidad se reserva el derecho de dar a conocer la mencionada información a sus funcionarios, empleados, contratistas, agentes o asesores, que designe para el efecto. En todo caso, la Secretaria Distrital de Movilidad, sus funcionarios, empleados, contratistas, agentes y asesores están obligados a mantener la reserva de la información que por disposición legal tenga dicha calidad y que haya sido debidamente identificada por el Interesado. De no identificarse dicha información o no citarse las normas que amparan ese derecho, la Secretaria no tendrá la obligación de guardar reserva respecto de la misma. NOTA: Será responsabilidad exclusiva del proponente la correcta identificación de la propuesta original así como sus copias, por lo tanto la Secretaria no asume responsabilidad alguna en el proceso de apertura de los sobres que contienen las propuestas si alguna viniere incorrectamente identificada. Página 26 de 26 AC 13 No. 37 — 35 ti Tel: 3649400 S www.movilidadbogota.gov.co info: Línea 195 BOGOTA PARA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C. SECRETI" PE MCMLIDAD Secretaría Distntal de Movilidad. Oficina de Correspondencia Primer Piso — Supercade de Movilidad Av. Calle 13 No. 37 - 35 Bogotá D. C. La Entidad no tendrá en cuenta las propuestas allegadas por correo o las radicadas en dependencia diferente a la indicada, dichas propuestas serán devueltas al remitente en el estado recibido. Las propuestas deben contener todos los requisitos exigidos en este pliego de condiciones y la Secretaria Distrital de Movilidad, podrá verificar toda la información y documentación presentada con las mismas y su autenticidad. Asi mismo, podrá solicitar aclaración sobre los datos consignados en ellas, sin que ello implique que las propuestas puedan ser modificadas, corregidas o complementadas. En el evento que la propuesta contenga información reservada, el proponente y/o representante legal debe señalarlo en la forma indicada en la carta de presentación de la propuesta, del presente pliego de condiciones. Entregadas las propuestas y cerrado el proceso de selección no se permitirá el retiro total o parcial de los documentos que las componen, hasta tanto no se haya legalizado el respectivocontrato. La propuesta debe estar integrada por los documentos que se relacionan en el presente pliego y sus respectivos anexos. En lo que respecta a la propuesta económica, debe tenerse en cuenta que el precio de la propuesta deberá presentarse en pesos colombianos y que no se aceptarán propuestas presentadas en otras monedas. Los precios así determinados, que presenten decimales, serán redondeados al peso mediante la siguiente metodología: cuando la fracción decimal del peso sea igual o superior a cinco (5) se aproximará por exceso al eso y cuando la fracción del peso sea inferior a cinco (5) se aproximará por defecto al peso. Para la presentación de la oferta económica el proponente contemplará los costos directos, indirectos, impuestos, tasas, contribuciones y cualquier otra erogación necesaria para la ejecución del contrato resultado del presente proceso, teniendo en cuenta las especificaciones técnicas contempladas en el presente pliego de condiciones. Cualquier error en la determinación de los valores relacionados en el ANEXO N° 9, no dará lugar a su modificación, con excepción de las aproximaciones que realice la SDM, y el contratista deberá asumir dichas aproximaciones como el valor de su propuesta económica Los precios finales propuestos, y los que llegaren a pactarse en desarrollo de á ejecución del contrato, no estarán sujetos a ajuste alguno; razón por la cual, el proponente deberá prever en su oferta que tiene que asumir los posibles incrementos que se ocasionen, inclusive aquellos que se presenten en la ejecución del contrato por cambio de año. Página 27 de 27 AC 13 No. 37 — 35 Tel: 3649400 www.movilidadbogota.gov.co Info: Línea 195 e p9GOTA 9-MEJOR - PARA TODOS ALCALDÍA MAYOR CE BOGOTÁ D.C. SEGFIETPRIADE mowunAo La relación de cantidades de actividades y/o componentes, precios y las correspondientes especificaciones técnicas, formarán parte del contrato que se celebre con el proponentefavorecido. Si existiere discrepancia entre cifras y textos, se dará prelación a los textos. Si es entre cifras, a las correcciones aritméticas que haga la SDM, en las discrepancias entre textos, que no puedan despejarse con simple raciocinio, prevalecerá el último texto consignado. Si hay diferencias entre la información suministrada en los formatos y los documentos de la propuesta, prevalecerá lo señalado en los documentos de la propuesta. La propuesta económica deberá estar suscrita por el representante legal del proponente o apoderado debidamente Acreditado. Si se presentaren tachaduras, borrones o enmendaduras, éstas deberán acompañarse de la salvedad correspondiente mediante confirmación con la firma del proponente, a fin de que sea válida la corrección. En caso contrario se tomará como váfido el texto original. 3.6 EFECTOS DE LA PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS El solo hecho presentar un a propuesta no obliga en forma alguna a la Secretaría Distrital de Movilidad a aceptarlas, ni confiere ningún derecho para celebrar contrato con quienes las presentan. CAPITULO IV 4REQUISITOS HABILITANTES De conformidad con lo dispuesto en el numeral 1° del articulo 5° de la Ley 1150 de 2007, la entidad verificará los siguientes requisitos, los cuales no otorgan puntaje, pero habilita a los proponentes para participar en el presente proceso de selección. El cumplimiento de los requisitos jurídicos, financieros, de experiencia y requerimientos técnicos, contenidos en el pliego de condiciones, con la verificación de la información contenida en el Certificado del Registro Único de Proponentes (RUP) expedido por la Cámara de Comercio y los demás documentos habilitantes exigidos para continuar el proceso de selección. Si una propuesta no cumple con los requisitos habilitantes exigidos, se determinará la causal de rechazo o de NO HABILITADO de la misma y su consecuente exclusión de ser considerada para la adjudicación. Se entenderán taxativamente como requisitos habllitantes los señalados por el numeral 1° del Articulo 5° de la Ley 1150 de 2007 y a lo contemplado en el Articulo 2.2.1.1,1.5.3 del Decreto 1082 de 2015. (Capacidad jurídica, las condiciones de experiencia, la capacidad financiera y de organización de los proponentes). Para que una propuesta sea evaluada, el proponente debe cumplir con todos y cada uno de los factores habilitantes. Página 28 de 28 AC 13 No. 37 — 35 yTel: 3649400 )1•6 www.movilidadbogota.gov.co Info: Línea 195 BOGOTA ME JOR PARA TODOS ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ 1:1‘. BECRETMIA DE MOZunan CRITERIOS DE VERIFICACIÓN CRITERIO RESULTADO JURÍDICA Verificación requerimientos juridicos Habilitado/ No habilitado FINANCIERA Verificación de los requerimientos Financieros mínimos Habilitado!No habilitado TÉCNICA Verificación de los requerimientos técnicos mínimos Habilitado No habilitado En caso que la propuesta no cumpla con alguno de los indicadores anteriormente mencionados, la oferta será calificada como NO HABILITADA. 4.1 CAPACIDAD JURIDICA Se efectuará el análisis del cumplimiento de los requerimientos establecidos en el pliego de condiciones. Serán rechazadas las propuestas que no cumplan con los requisitos exigidos para ser consideradas en la adjudicación, sin perjuicio de que les sea efectuada la evaluación de los demás factores previstos. Las propuestas que se ajusten a las exigencias del pliego de condiciones, se calificarán como hábiles. Los siguientes serán los requisitos de verificación jurídica que se deben aportar: 1. Carta de Presentación de la propuesta. Debe estar firmada por el representante proponente o apoderado (si fuere el caso), debidamente facultado para ello. 2. Fotocopia del documento de identidad del representante legal de la persona jurídica o de la persona natural. 3. Situación militar definida. 4. Documento de Constitución del Consorcio, Unión Temporal. 5. Certificado de existencia y representación legal expedido por autoridad competente. 6. Autorización para presentar oferta y comprometer a personas jurídicas, consorcios o uniones temporales. 7. Garantla de Seriedad de la Oferta. 6. Certificación de pago de seguridad social y aportes parafiscales (Original o Copia) 9 Compromiso anticorrupción — transparencia 10. Boletín de responsables fiscales expedido por la Contraloría General de la Republica, certificado de antecedentes disciplinarios expedido por la Procuradurla General de la Nación, y certificado judicial expedido por la Policía Nacional. 11. Declaración juramentada de pagos correspondientes a los sistemas de seguridad social y aportes parafiscales persona natural. 12. Certificación de pagos de seguridad social y aportes parafiscales persona jurldica. 13. Certificado de Inscripción en el Registro único de proponentes - RUP 14. Documentos de personas naturales y jurídicas extranjeras que no cuentan con domicilio en Colombia. 15. Documentos expedidos en el exterior. 4.1.1 CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA (ANEXO N° 3) El proponente deberá diligenciar en su totalidad el ANEXO N° 3, adjunto al presente pliego de Página 29 de 29 AC 13 No. 37 — 35 Tel: 3649400 www.movilidadbogota.govto Info: Línea 195 O 92GOTA MEJOR PARA TODOS PLCALDL4 MAYOR DE BOGOTÁ D.C. SECRETARIA Off PlOviunno condiciones y el original deberá estar debidamente firmado por el representante legal del proponente. 4.1.2 FOTOCOPIA DE LA CEDULA DEL PROPONENTE (persona natural) o del representante legal (persona jurídica) y/o sus apoderados 4.13 DOCUMENTO DE CONSTITUCIÓN DEL CONSORCIO, UNIÓN TEMPORAL (Anexos Nos. 6 Y 6A) Para Consorcios o Uniones Temporales, se deberá anexar el documento que los constituye, con todos los requisitos exigidos en los presentes pliegos de condiciones. El proponente deberá presentar (en original) el documento de constitución del Consorcio o Unión Temporal enel cual deberá cumplir lo siguiente: a) Identificar de manera precisa a cada uno de los integrantes del Consorcio o Unión Temporal. b) Expresar si la participación es a titulo de Consorcio o de Unión Temporal. Si se trata de Unión Temporal, sus integrantes deberán señalar los términos y extensión (actividades y porcentaje) de su participación en la propuesta y en la ejecución del futuro contrato, los cuales no podrán ser modificados sin el consenfirniento previo y escrito de la SDM. c) Hacer la designación de la persona natural que tendrá la representación legal del Consorcio o de la Unión Temporal, con facultad expresa para actuar en nombre y representación del mismo, de presentar la oferta y de celebrar, modificar y liquidar el contrato en caso de resultar adiudicatarlo, como también de suscribir la totalidad de los documentos contractuales que resulten necesarios quien deberá firmar el documento de constitución, manifestando su aceptación como representante legal. d) Señalar que la duración del Consorcio o Unión Temporal no será inferior a la del plazo de ejecución y liquidación del contrato y un (1) año más. e) Los consorcios, uniones temporales, bajo ninguna circunstancia podrán utilizar dentro de su nombre, denominación o razón social expresiones sinónimas, análogas o similares a la razón social de la Entidad, ni sus logos, enseñas, colores corporativos o marcas comerciales de la misma, que puedan generar confusión frente a terceros. Los Proponentes que no observen la anterior prohibición, serán rechazados por La Entidad para la presente contratación si no subsanan dicha prohibición. f) El proponente deberá tener en cuenta que una vez presentada la propuesta, para su evaluación, no se podrá modificar los integrantes del consorcio o unión temporal, como tampoco el porcentaje de participación y actividades de cada uno de ellos. 4.1.4 CERTIFICADOS DE EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL O INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO MERCANTIL Los proponentes personas jurídicas (Colombiana o Extranjera), deberán anexar el Certificado de Existencia y Representación Legal expedido por la Cámara de Comercio o la autoridad competente; con fecha de expedición no superior a treinta (30) días, contados retroactivamente a partir de la fecha de cierre del presente proceso, cuya matricula debe estar renovada y vigente a la fecha de presentación de la oferta. En este certificado debe constar que el término de duración de la persona jurídica no es inferior a la del Página 30 de 30 AC 13 No. 37-35 Tel: 3649400 www.movilidadbogota.gov.co info: Línea 195 BOGOTÁ MEJOR PARA TODOS ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C, UCRETARIA rie ManDAC plazo de ejecución y liquidación del contrato y un (1) año más, salvo que el proponente aporte el documento del órgano social o Institucional competente, que demuestre su intención de prorrogar M existencia de la persona jurídica. En el caso de los consorcios o uniones temporales, cada uno de sus integrantes que sea persona jurídica deberá cumplir individualmente con estas reglas. Si llegare a prorrogarse el plazo del presente proceso, el certificado conservará su validez. En el evento que el proponente sea persona jurídica extranjera con sucursal en Colombia, deberá aportar Certificado de Existencia y Representación Legal expedido por la Cámara de Comercio del lugar donde se haya registrado la constitución de dicha sucursal. Las personas naturales extranjeras sin residencia en Colombia y las sociedades extranjeras sin sucursal en Colombia deberán acreditar que cuentan con un apoderado debidamente constituido, con domicilio en Colombia y ampliamente facultado para representarlas judicial o extrajudicialmente hasta la constitución de la sucursal en Colombia en caso de resultar aceptada su propuesta. Sin embargo, en caso de ser adjudicatario del contrato una persona jurídica extranjera sin domicilio en Colombia, para la suscripción del contrato deberá allegar el certificado de inscripción en el registro mercantil otorgado por cualquier Cámara de Comercio de Colombia NOTA: Las disposiciones contenidas en este Pliego de Condiciones, en cuanto a proponentes extranjeros se refiere, se aplicarán sin perjuicio de dar cumplimiento a lo pactado en tratados o convenios internacionales, debidamente ratificados por Colombia. A las Sociedades extranjeras con sucursal en Colombia se les aplicarán las reglas de las Sociedades Colombianas, salvo que estuvieren sometidas a normas especiales. 4.1.5 OBJETO SOCIAL Cuando el proponente o os integrantes de consorcio o unión temporal sean persona jurídica, el objeto social de este (os), debe(n) guardar relación con el objeto a contratar, lo cual se determinará por medio del respectivo Certificado de Existencia y Representación Legal. 4.1.6 AUTORIZACIÓN DE LA JUNTA DIRECTIVA U ÓRGANO SOCIAL COMPETENTE Cuando el representante legal del proponente (persona jurídica) tenga restricciones para contraer obllgacionesen nombre de la misma, deberá adjuntar el documento de Autorización Expresa del órgano Social competente, en el cual conste que está facultado para presentar la oferta y firmar el contrato hasta por el valor del Presupuesto total del presente proceso. En el caso de los Consorcios y Uniones Temporales, el representante legal de cada una de las personas jurídicas que los integren y lo requiera, deberá contar con dicha autorización, también hasta el valor del Presupuesto Oficial total, teniendo en cuenta que la responsabilidad de todos sus integrantes es solidaria, de acuerdo con lo dispuesto en el articulo 7° de la Ley 80 de 1993 y en los artículos 1568, 1569 y 1571 del Código Civil. De conformidad con lo estipulado en el articulo 28 del Código de Comercio, los proponentes, personas jurídicas o NATURALES nacionales, deberán acreditar su existencia y representación legal o Página 31 de 31 AC 13 No. 37 — 35 Tel: 3649400 www.movilidadbogota.gov.co info: Línea 195 A BOGOTÁ 4- MEJOR PARA TODOS ALCALDÍA MA oR DE BOGOTÁ D.C. SfearTARIADF MC .LiOno matricula en el registro mercantil respectivamente, mediante la presentación del certificado otorgado por la Cámara de Comercio o por la entidad competente, con fecha de expedición no superior a treinta (30) días, contados retroactivamente a partir de la fecha de cierre del presente proceso prevista en el cronograma, cuya matricula debe estar renovada y viaente a la fecha de presentación de la oferta. En caso de ser persona jurídica, la vigencia de la sociedad deberá tener un término de duración igual o superior al del plazo de ejecución y liquidación del contrato y un (1) año más. Si llegare a prorrogarse el plazo del presente proceso, el certificado conservará su validez. El representante legal del proponente deberá presentar copia de la cédula de ciudadanía, Si el representante legal del oferente tiene limitadas sus facultades para contratar u obligar al proponente, éste deberá estar autorizado previamente por el órgano social correspondiente. Copia de la autorización deberá anexarse a la propuesta. Las propuestas presentadas por personas naturales de origen extranjero que se encuentren dentro del país, además de los requisitos previstos anteriormente, deberán estar acompañadas de la autorización correspondiente, conforme a las normas de control migratorio vigente. Las personas naturales extranjeras sin residencia en Colombia y las sociedades extranjeras sin sucursal en Colombia deberán acreditar que cuentan con un apoderado debidamente constituido, con domicilio en Colombia y ampliamente facultado para representarlas judicial o extrajudicialmente hasta la constitución de la sucursal en Colombia en caso de resultar aceptada su propuesta. Sin embargo, en caso de ser adjudicatario del contrato una persona juriclica extranjera sin domicilio en Colombia, para la suscripción del contrato deberá allegar a la CAL, el certificado de inscripción en el registro mercantil otorgado por cualquier Cámara de Comercio de Colombia. Las personas jurídicas extranjeras sin sucursal en Colombia deberán acreditar su existencia y representación legal con el documento idóneo expedido por la autoridad competente en el país de su domicilio, con una vigencia no mayor a treinta (30) dias contados retroactivamente a partir de la fecha de cierre del presente proceso, en donde se demuestre su capacidad jurídica para contratar. El proponente o los miembros del consorcio o unión temporal, deberán anexar los certificados de Existencia y Representación Legal de persona jurldica o el certificado de matricula en el registro mercantil de persona natural, respectivamente, en los términos consignados en los presentes pliegos de Condiciones. NOTA: Las disposiciones contenidas en este Pliego de Condiciones, en cuanto a proponentes extranjeros se refiere, se aplicarán sin perjuicio de dar cumplimiento a lo pactado en tratados o convenios internacionales, debidamente ratificados por Colombia! A las Sociedades extranjeras con sucursal en Colombia se les aplicarán las reglas de las Sociedades Colombianas, salvo que el proponente extranjero estuviere sometido a normas especiales. 4.1.7 PARTICIPANTES 4.1.7.1 PERSONAS NATURALES Podrán participar las personas naturales cuya actividad comprenda la realización de la actividad objeto Página 32 de 32 AC 13 No. 37 —35 Tel: 3649400 www.movilidadbogota.gov.co Info: Línea 195 • 9c?GOTA MEJOR PARA TOPOS ALCA wia MAYOR DEBOGOTADZ 'zona-nal De MOVILIDAD del proceso de Selección, con domicilio en Colombia y/o agencia y/o sucursal y/o sede permanente en Bogotá, lo cual será objeto de verificación, deberá estar legalmente autorizado para tal efecto según el certificado expedido por la Cámara de Comercio. En caso de consorcios o uniones temporales, éste requisito se cumplirá con el cumplimiento de uno de ellos. Lo anterior, lo verificará la Secretaria Distrital de Movilidad mediante la información contenida en el certificado expedido por la Cámara de Comercio, el cual no podrá tener una fecha de expedición superior a los treinta (30) días calendario, anteriores al cierre del presente proceso de selección. 4.1.7.2 PERSONAS JURÍDICAS Podrán participar las personas jurídicas, cuyo objeto social comprenda la realización de la actividad objeto de este proceso de selección, con domicilio en Colombia y/o agencia y/o sucursal y/o sede permanente en Bogotá, lo cual será objeto de verificación, deberá estar legalmente autorizado para tal efecto, según el certificado de Existencia y Representación Legal expedido por la Cámara de Comercio. En caso de consorcios o uniones temporales, este requisito se cumplirá con el cumplimiento de uno de ellos. Tener una igual o superior al del plazo de ejecución y liquidación del contrato y un (1) año más. Acreditar su existencia y representación legal, mediante la presentación del certificado expedido por la Cámara de Comercio, con vigencia no superior a treinta (30) dias calendario a la fecha de cierre del proceso de selección. Aportar la autorización del órgano social o junta directiva para comprometer a la sociedad, por el valor de la propuesta y para suscribir el contrato en caso de ser adjudicado, cuando la facultad del Representante Legal se encuentre limitada. Acreditar el pago de sus obligaciones y aportes de sus empleados a los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje, mediante certificación expedida por el Revisor Fiscal (original o copia), cuando exista de acuerdo con los requerimientos de ley, o por el representante legal durante un lapso equivalente al que exija el respectivo régimen de contratación, para el que se hubiera constituido la sociedad, el cual en todo caso no será inferior a los seis (6) meses anteriores a la celebración del contrato. En caso de haber suscrito un acuerdo de pago con las entidades recaudadoras respecto de alguna de las obligaciones mencionadas, el Revisor Fiscal o el Representante Legal, debe manifestar en la certificación que tal acuerdo existe y que se encuentra al día en el cumplimiento del mismo. 4.1.7.3 CONSORCIO O UNIÓN TEMPORAL Los proponentes deben indicar si su participación es a titulo de consorcio o unión temporal, conforme a lo señalado en el parágrafo 1° del articulo 7° de la Ley 80 de 1993, para lo cual se debe adjuntar con la oferta, debidamente diligenciado y firmado para cada caso en particular, el documento de conformación del consorcio o la unión temporal, El objeto social, de todos los integrantes del consorcio o unión temporal, debe comprender la realización de actividades relacionadas directamente con el objeto del proceso de selección, con domicilio en Página 33 de 33 AC 13 No. 37 — 35 Tel: 3649400 www.movilidadbogota.gov.co Irifo: Línea 195 I BOGOTÁ -N-MEJOR PARA TODOS ALCALIYA MAYOR DE BOGOTÁ D.C. SFCRITARIADfMCZLIOPS Colombia y/o agenda y/o sucursal y/o sede permanente en Bogotá, lo cual será objeto de verificación. Es de anotar que para el requisito de la agenda y/o sucursal y/o sede, este será subsanado con el cumplimiento del mismo por parte de alguno de los integrantes. Designar la persona que para todos los efectos tendrá la representación del Consorcio o de la Unión Temporal. Este representante debe contar con facultades amplias y suficientes para formular la propuesta, suscribir el contrato y obligar a todos los integrantes del Consorcio o Unión Temporal. Cada uno de los integrantes del consorcio o unión temporal debe cumplir los requisitos legales y acompañar los documentos requeridos en este pliego de condiciones La duración del Consorcio o de la Unión Temporal, debe extenderse, mínimo, por el lapso de la a la del plazo de ejecución y liquidación del contrato y un (1) año más. Lo anterior, sin perjuicio que con posterioridad los integrantes del Consorcio o Unión Temporal, estén llamados a responder por hechos u omisiones ocurridos durante la ejecución del contrato que se celebrarla corno conclusión del presente proceso de selección. El máximo órgano social de las personas juridicas que participen a titulo de consorcio o unión temporal, debe manifestar expresamente que autoriza la constitución del Consorcio o la Unión Temporal, cuando la facultad se encuentre limitada. La propuesta debe estar firmada por el representante que hayan designado para tal efecto los integrantes del consorcio o unión temporal o por intermedio de su agente comercial y/o mandatario con poder debidamente conferido para el efecto, de acuerdo con la ley y demás figuras establecidas en el Código de Comercio, Código Civil y Código de Procedimiento Civil Colombiano, casos en los cuales deberán adjuntarse el (los) documentos(s) que lo acredite(n) como tal. En caso de resultar favorecidos con la adjudicación del proceso de selección, para la suscripción del contrato se debe presentar el respectivo Número de Identificación Tributaria — NIT como consorcio o unión temporal. Los integrantes del consorcio o unión temporal no pueden ceder sus derechos a terceros, sin obtener la autorización previa y expresa de la Secretaria Distrital de Movilidad. En ningún caso podrá haber cesión del contrato entre quienes integran el consorcio o unión temporal. 4.1.7.4 PERSONA NATURAL O JURÍDICA NACIONAL Y/0 EXTRANJERA CON SUCURSAL EN EL PAÍS Deberán acreditar su existencia mediante la presentación de copia de su cédula de ciudadanía y si es persona natural extranjera residenciado en Colombia, mediante la copia de la Cédula de Extranjería expedida por M autoridad competente. Si el interesado es una persona jurídica nacional o extranjera con sucursal en Colombia, deberá acreditar su existencia y representación legal, mediante original o copia del certificado expedido por la Cámara de Comercio en el cual se verificará: 1 Que la fecha de expedición del certificado de existencia y representación legal y/o registro mercantil, no sea mayor a treinta (30) días anteriores a la fecha de recepción de los documentos habilitantes soportes de la precalificación. Página 34 de 34 AC 13 No. 37 — 35 Tel: 3649400 www.movilidadbogota.gov.co info: Línea 195 BOGOTA MEJOR PARAr000s ALCALIYA MAYOR DE BOGOTÁ DT. SECAZTARIA DE memuoso 2 Que el objeto de la sociedad incluya ias actividades principales objeto del presente proceso. 3 Que las personas jurídicas extranjeras con actividades permanentes en la República de Colombia (Contratos de consultoría) deberán estar legalmente establecidas en el territorio nacional de acuerdo con los artículos 471 y 474 del Código de Comercio. Si la propuesta es presentada por una persona jurídica extranjera a través de la sucursal que tenga abierta en Colombia, se deberá acreditar la capacidad legal de la sucursal y de su representante o mandatario, mediante la presentación del original o de la copia del Certificado del Registro Único de Proponentes y Certificado de existencia y representación legal con fecha de expedición no mayor a 30 dlas hábiles anteriores a la fecha de recepción de documentos soportes del proceso de selección por la Cámara de Comercio de la ciudad de la República de Colombia, en la cual se encuentre establecida la sucursal. Deberá acreditar autorización suficiente del órgano competente social respectivo para contraer obligaciones en nombre de la sociedad. Dicha autorización debe haber sido otorgada previamente a ia fechado recepción de los documentos habilitantes. 4.1.7.5 PERSONAS NATURALES Y JURÍDICAS EXTRANJERAS SIN DOMICILIO O SUCURSAL EN COLOMBIA La persona natural extranjera sin domicilio en Colombia acreditará su existencia mediante la presentación de copia de su pasaporte. Las personas jurídicas extranjeras sin domicilio en Colombia deberán cumplir los siguientes requisitos: 1 Acreditar su existencia y representación legal, con el documento idóneo y equivalente expedido por la autoridad competente en el país de su domicilio, expedido a más tardar dentro 30 días hábiles anteriores a la fecha de recepción de la propuesta, en el que conste su existencia, su fecha de constitución, objeto, vigencia, nombre del representante legal, o de la(s) persona(s) que tengan la capacidad para comprometerla jurídicamente y sus facultades, señalando expresamente que el representante no tiene limitaciones para contraer obligaciones en nombre de la misma, o aportando la autorización o documento correspondiente del órgano directivo que le faculte expresamente. 2 Acreditar que su objeto social incluya las actividades principales objeto del presente proceso. 3 Los interesados personas jurídicas o integrantes del interesado plural deben acreditar autorización suficiente del órgano social respectivo para contraer obligaciones en nombre de la sociedad. Dicha autorización debe haber sido otorgada previamente a la recepción de la oferta. La ausencia definitiva de autorización suficiente o el no aporte de dicho documento, en el término establecido en éste documento, determinará la falta de capacidad jurídica para presentar la oferta. Si una parte de la información solicitada no se encuentra incorporada en el certificado que acredita la existencia y representación, o si éste tipo de certificados no existen de acuerdo con las leyes que rijan estos aspectos en el país de origen de la persona jurídica, la información deberá presentarse en documento Independiente expedido por una autoridad competente de tal país o en su defecto, en documento expedido por el máximo órgano directivo de la persona jurídica. Página 35 de 35 AC 13 No. 37 — 35 Tel: 3649400 www.movilidadbogota.gov.co Info: Línea 195 1( _(DGOTA . M EJOR PARA TODOS ALCALDIA MAYOR DE BOGOTÁ 0.C. SECRETAMil DE MOVILIDAD Las personas jurldicas extranjeras que se encuentren dentro del supuesto de hecho señalado en éste párrafo, deberán declarar que según la legislación del país de origen, las certificaciones o información no puede aportarse en los términos exigidos en éste documento, tal como lo dispone el articulo 177 del Código General del Proceso. Siempre deberán cumplirse todos y cada uno de los requisitos legales relacionados con la legalización, consularización o apostille y traducción de documentos otorgados en el extranjero, exigidos para la validez y oponibilidad en Colombia de documentos expedidos en el exterior y que puedan obrar con) prueba, conforme a lo dispuesto en el artículo 480 del Código de Comercio de la República de Colombia y lo previsto en éste documento. En el evento de la legalización de documentos emanados de autoridades de paises miembros del Convenio de la Haya de 1961, se requerirá únicamente la Apostilla como mecanismo de legalización, de conformidad con lo señalado en la Ley 455 de 1998. 4.1.8 APODERADOS DE PERSONAS EXTRANJERAS Las personas naturales extranjeras sin residencia en Colombia, y las personas jurídicas extranjeras sin domicilio en Colombia, deberán constituir un apoderado domiciliado en nuestro país, debidamente facultado para manifestar interés, presentar la Oferta, participar y comprometer a su representado en las diferentes Instancias del proceso, suscribir los documentos y declaraciones que se requieran, así como el Contrato, suministrar la información que le sea solicitada, y demás actos necesarios de acuerdo con la ley y este documento, así como para representarla judicial °extrajudicialmente, Las personas extranjeras que participen en Consorcio o Unión Temporal o Promesa de Sociedad Futura podrán constituir un solo apoderado común y, en tal caso, bastará para todos los efectos la presentación del poder común otorgado por todos los integrantes, con los requisitos de autenticación, consularizacion o apostille y traducción exigidos en el Código de Comercio de Colombia, además de los señalados en éste documento. El poder a que se refiere este párrafo podrá otorgarse en el mismo acto de constitución del Consorcio o Unión Temporal o promesa de sociedad futura. 4.1.9 DOCUMENTOS OTORGADOS EN EL EXTERIOR Los documentos otorgados en el exterior que no estén en idioma Español deberán presentarse acompañados de una traducción oficial a dicho idioma. Los documentos otorgados en el exterior deberán presentarse legalizados o apostillados en la forma prevista en las normas vigentes sobre la materia, en especial en los artículos 74 y 251 del Código General del Proceso (ley 1564/12), artículo 480 del Código de Comercio y en la Resolución 4300 de julio 24 de 2012 proferida por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia, 4.1.10 CONSULARIZACIÓN De conformidad con lo previsto por el artículo 480 del Código de Comercio, "los documentos otorgados en el exterior se autenticarán por los funcionarios competentes para ello en el respectivo país, y la firma de tales funcionarios lo será a su vez por el cónsul colombiano o, a falta de éste, por e/ de una nación amiga, sin perjuicio de lo establecido en convenios internacionales sobre el régimen de los poderes? Página 36 de 36 \s. AC 13 No. 37 — 35 Tel: 3649400 www.movilidadbogota.gov.co info: Línea 195 BoGOTÁ MEJOR PARA TODOS ALCALINA MAYOR DE EIDSOTA OC sarTÁtiitrAIOVILIDAll Tratándose de sociedades, expresa además el citado articulo del Código de Comercio que "al autenticar los documentos a que se refiere este artículo los cónsules harán constar que existe la sociedad y ejerce su objeto conforme a las leyes del respectivo país". Surtido el trámite señalado en el presente numeral, estos documentos deben ser presentados ante el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia para la correspondiente legalización de la firma del cónsul y demás trámites pertinentes. 4.1.11 APOSTILLE Cuando se trate de documentos de naturaleza pública otorgados en el exterior, de conformidad con lo previsto en la Ley 455 de 1998, no se requerirá del trámite de Consularización señalado en este numeral, siempre que provenga de uno de los paises signatarios de la Convención de La Haya del 5 de octubre de 1961, sobre abolición del requisito de legalización para documentos públicos extranjeros, aprobada por la Ley 455 de 1998. En este caso solo será exigible la apostille, trámite que consiste en el certificado mediante el cual se avala la autenticidad de la firma y el titulo a que ha actuado la persona firmante del documento y que se surte ante la autoridad competente en el país de origen. Los documentos otorgados en el exterior que no estén en idioma Español proveniente de paises signatarios de la convención de La Haya, deberán ser presentados acompañados de una traducción a este idioma, la cual podrá ser oficial en los términos del Código de Procedimiento Civil o efectuada por traductora intérprete no oficial pero cumpliendo el trámite del Apostille. 4.1.12 INFORMACIÓN RESERVADA Si dentro del sobre Uno (1) de la propuesta se incluye información que conforme a la ley colombiana tiene el carácter de información reservada, dicha circunstancia deberá ser indicada con absoluta claridad y precisión, identificando el documento o información que tiene el carácter de reservado y la disposición legal que la ampara como tal. Sin perjuicio de lo anterior y para efectos de la evaluación de las manifestaciones, la Secretaria Distrital De Movilidad se reserva el derecho de dar a conocer la mencionada información a sus funcionarios, empleados, contratistas, agentes o asesores, que designe para el efecto. En todo caso, la Secretaria Distrital de Movilidad, sus funcionarios, empleados, contratistas, agentes y asesores están obligados a mantener la reserva de la información que por disposición legal tenga dicha calidad y que haya sido debidamente identificada por el interesado. De no identificarse dicha información o no citarse las normas que amparan ese derecho, la Secretaria no tendrá la obligación de guardar reserva respecto de la misma. 4.1.13 POTESTAD VERIFICATORIA La Secretaria Distrital de Movilidad se reserva el derecho de verificar integralmente la autenticidad, exactitud y coherencia de la totalidad de la información aportada por el proponente, pudiendo acudir para ello a las fuentes, personas, empresas, entidades estatales o aquellos medios que considere necesarias para el cumplimiento de dicha verificación. 4.1.14 CERTIFICACIÓN DE PAGOS DE SEGURIDAD SOCIAL Y APORTES PARAFISCALES PERSONA JURÍDICA (ANEXO N°4) Página 37 de 37 AC 13 No. 37 — 35 Tel: 3649400 www.movilidadbogota.gov.co info: Linea 195 • BoGOTA MEJOR PARA TODOS ALCA/U.4 MAYOR DE BOGOTÁ t. nreP/IMIA DCMONI 10.4 Cuando el proponente sea una persona jurídica, deberá diligenciar el ANEXO N°4, en original, firmado por el Revisor Fiscal (original o copia), cuando este exista de acuerdo con los requerimientos de la ley, o por el Representante Legal cuando no se requiera Revisor Fiscal, donde se certifique el pago de los aportes de sus empleados a los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje. Dicho documento debe certificar que, a la fecha de presentación de su oferta, ha realizado el pago de los aportes correspondientes a la nómina de los últimos seis (6) meses, contados a partir del mes anterior de la citada fecha, en los cuales se haya causado la obligación de efectuar dichos pagos. En el evento en que la sociedad no tenga más de seis (6) meses de constituida, deberá acreditar los pagos a partir de la fecha de su constitución. En caso de presentar acuerdo de pago con las entidades recaudadoras respecto de alguna de las obligaciones mencionadas deberá manifestar que existe el acuerdo y que se encuentra al día en el cumplimiento del mismo. para las sociedades extranjeras sin SUCIlinai an Colombia Pi revisor fiscal cuando exista v representante leoal deberá certificar me IP enrnentra al din en el naon a sus oblinarional laborales y fin VIS abortes narafisrales o eouivalentes de acuerdo ron la normatividad anlirahla an el domicilio de constitución de la sociadari axtraniera. Cuando se trate de Consorcios o Uniones Temporales, cada uno de sus miembros integrantes que sea persona jurídica, deberá apodar el ANEXO N°3 aqui exigido. Adicionalmente, el proponente adjudicatario deberá presentar para la suscripción del respectivo contrato la certificación donde se acredite el pago correspondiente, a la fecha de suscripción del mismo. NOTA 1: En caso que el proponente no tenga personal a cargo dentro del periodo certificado y por ende no esté obligado a efectuar el pago de aportes parafiscales y seguridad social debe certificar esta circunstancia, en el mencionado (Anexo N° 4A) 4.115 DECLARACIÓN JURAMENTADA DE PAGOS CORRESPONDIENTES A LOS SISTEMAS DE SEGURIDAD SOCIAL Y APORTES PARAFISCALES PERSONA NATURAL (ANEXO N° 4B) Cuando el proponente sea una persona natural, deberá diligenciar el ANEXO N° 4B, según corresponda, donde certifique el pago de sus aportes al Sistema de Seguridad Social y/o el de sus empleados como también los aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje. Dicho documento debe certificar que, a la fecha de presentación de su oferta, ha realizado el pago de sus aportes personales y de los aportes correspondientes a la nómina de los últimos seis (6) meses, contados a partir del mes anterior a la citada fecha, en los cuales se haya causado la obligación de efectuar dichos pagos. En caso de presentar acuerdo de pago con las entidades recaudadoras respecto de alguna de las obligaciones mencionadas deberá manifestar que existe el acuerdo y que se encuentra al día en el cumplimiento del mismo. Adicionalmente, el proponente adjudicatario deberá presentar para la suscripción del respectivo contrato la certificación donde se acredite el pago correspondiente a á fecha de suscripción del mismo. Página 38 de 38 AC 13 No. 37 — 35 Tel: 3649400 www.movilidadbogota.gov.co Info: Línea 195 E.OGOTÁ MEJOR PARA TODOS ALCALDIA MAYOR DE BOGOTÁ LIG al-CF11411ADE MOVIULI&D En caso que el proponente no tenga personal a cargo y por ende no esté obligado a efectuar el pago de aportes parafiscales y seguridad social en relación con personal, debe también bajo la gravedad del juramento indicar esta circunstancia en el mencionado (Anexo N° 4C), manifestando que se encuentra al día en relación con sus propios pagos de seguridad social. En caso que el proponente esté en la obligación de cotizar al sistema de salud y pensiones (seguridad social) pero no de realizar aportes a parafiscales, deberá bajo la gravedad del juramento indicar esta circunstancia en el Anexo N° 4D. 4116 COMPROMISO ANTICORRUPCIÓN (ANEXO N°5) Este compromiso deberá hacerse por escrito (Anexo N° 5) y se contraerá bajo la gravedad de juramento, el que se entiende prestado por M sola presentación del ANEXO del presente pliegos decondiciones. En caso de los Consorcios o Uniones Temporales, todos y cada uno de los integrantes, deberán diligenciar este ANEXO. 4,1.17 CERTIFICADO DE ANTECEDENTES FISCALES C.G.R. Los miembros del Comité Asesor y Evaluador verificaran en el Boletín de Responsables fiscales si cada uno de los proponentes a evaluar aparece allí relacionado. No obstante, el proponente, persona natural o jurídica, y cada uno de los integrantes del consorcio o unión temporal, según corresponda, podrá presentar el Boletín de Responsables Fiscales de la Contraloría General de la República. 4.1.18 CERTIFICADO DE ANTECEDENTES DISCIPLINARIOS - SIRI Los miembros del Comité Asesor y Evaluador verificaran los antecedentes disciplinarios de cada uno de los proponentes. No obstante, el proponente, persona natural o jurídica, y cada uno de los integrantes del consorcio o unión temporal podrá presentar el Certificado de Antecedentes Disciplinarios expedido por la Procuraduría General de La Nación. 4.1.19 GARANTÍA DE SERIEDAD De acuerdo con el articulo 2.2.1./3.1.2 del Decreto 1082 de 2015, la oferta deberá acompañarse de una de las siguientes garantías: 1 Contrato de seguro contenido en una póliza 2 Patrimonio autónomo 3 Garantla Bancaria La garantía debe haber sido otorgada por una compañia y/o entidad legalmente establecida en Colombia y autorizada para expedirlas de acuerdo con las leyes vigentes, con el fin de asegurar la firma y perfeccionamiento del contrato por parte del proponente favorecido con la adjudicación, de conformidad con lo establecido en la Ley 80 de 1993, ley 1150 de 2007 y decreto reglamentario 1082 de 20153 y demás normas vigentes, la cual contendrá. 1> ASEGURADO: SECRETARIA DISTRITAL DE MOVILIDAD, con NIT 899.999.061-9 y presentar con su propuesta, una garantía de seriedad. Página 39 de 39 AC 13 No. 37 —35 Tel: 3649400 www.movilidadbogota.gov.co Info: línea 195 aGOTA PARA TODOS ALCALDIA MAYOR DE BOGOTÁ D.C. SECPEIMIA E MOVIIIroAD S. CUANTÍA: DIEZ POR CIENTO (10%) DEL PRESUPUESTO OFICIAL ESTIMADO. En el evento de que el valor liquidado arroje decimales estos deberán ser redondeados al peso inmediatamente superior. > VIGENCIA: Cuatro (4) meses, contados a partir de á fecha de cierre del presente Proceso de Selección abreviada de menor Cuantía y en todo caso el proponente deberá mantenerla vigente hasta la aprobación de la garantía única de cumplimiento del contrato. TOMADOR/AFIANZADO: La póliza o garantía deberá tomarse con el nombre o razón social que figura en el Certificado de Existencia y Representación Legal expedido por la Cámara de Comercio respectiva, y no sólo con su sigla, a no ser que en el referido documento se exprese que la sociedad podrá denominarse de esa manera. Cuando la propuesta se presente en consorcio o unión temporal, la póliza deberá tomarse por todos sus integrantes, señalando su porcentaje de participación. RECIBO DE PAGO DE LA GARANTÍA.- Se deberá anexar a la póliza de seriedad el recibo de pago de la prima o su constancia de que no expira por falta de pago. DEVOLUCIÓN DE LA GARANTÍA.- La Garantía de Seriedad de la Propuesta les será devuelta a los proponentes calificados del tercer lugar en adelante que no resulten favorecidos con la adjudicación, que así lo soliciten. Con relación al segundo calificado, se dará aplicación a lo previsto en el numeral 12 Inciso segundo del articulo 30 de la Ley 80 de 1993. Al proponente favorecido, y al segundo elegible, se les devolverá la garantía de seriedad de la propuesta cuanto esté perfeccionado el contrato. RIESGOS DERIVADOS DEL INCUMPLIMIENTO DEL OFRECIMIENTO,- La garantía de seriedad de la oferta cubrirá los perjuicios derivados del incumplimiento del ofrecimiento, en los siguientes eventos; • La no suscripción del contrato sin justa causa por parte del proponente seleccionado. • La no ampliación de la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta cuando el termino previsto en el pliego de condiciones, para la adjudicación del contrato se prorrogue o cuando el termino previsto para la suscripción del contrato se prorrogue, siempre y cuando esas prorrogas no excedan un término de tres meses. • La falta de otorgamiento por parte del proponente seleccionado, de la garantía de cumplimiento exigida por la entidad para amparar el incumplimiento de las obligaciones del contrato. • El retiro de la oferta después de la presentación de las propuestas. • Yen aquellos previstos en el decreto 1082 de 2015, en su artículo 110 y siguientes. 4.1.20 REGISTRO ÚNICO DE PROPONENTES Con el fin de dar cumplimiento a lo previsto en el art. 6° de la Ley 1150 de 2007, el proponente deberá presentar certificado de inscripción, clasificación y calificación en el Registro Único de Proponentes RUP, de conformidad con el preceptuado en el Decreto 1082 de 2015, en los siguientes términos: Página 40 de 40 AC 13 No. 37 — 35 Te': 3649400 www.movilidadbogota.gov.co Info: Línea 195 BOGOTA MEJ OR PARA TODOS ALCALOIA MA OR DE &m'U D.a SECRETARIA DE 14011LIDA0 4.1.21 VIGENCIA El certificado vigente de inscripción clasificación y calificación en el Registro Único de Proponentes (RUP) con fecha de expedición no superior a treinta (30) días, contados retroactivamente a partir de la fecha de cierre del presente proceso. De conformidad con lo consagrado en el articulo 2.2.1.1.1.5.1 del Decreto 1082 de 2015 la inscripción del proponente debe encontrarse vigente para el momento del cierre del proceso. Si se actualiza o renueva el Certificado durante el plazo del presente proceso, el proponente deberá adjuntar tanto el certificado vigente como el anterior, con el fin de verificar el cumplimiento de los requisitos solicitados en el presente numeral 4.1.22 INFORME DE VERIFICACIÓN DE CAPACIDAD JURIDICA El informe jurídico no tiene ponderación; se trata de un estudio que se realiza para determinar si la propuesta se ajusta a los requerimientos de los pliegos de condiciones desde el punto de vista juridico. Se efectuará el análisis del cumplimiento de los requerimientos establecidos en el pliego de condiciones. Serán rechazadas las propuestas que no cumplan con los requisitos exigidos para ser consideradas en la adjudicación. 4.2 REQUISITOS FINANCIEROS HABILITANTES En cumplimiento del articulo 2.2.1.1.1.5.3 numeral 3° del Decreto 1082 de 2015, la Capacidad Financiera de los proponentes se acredita mediante el RUP vigente y en firme al momento de adjudicar el presente proceso el cual deberá ser presentado por los oferentes. La SDM verificará el cumplimiento de los siguientes indicadores financieros a titulo de requisito habilitante. La verificación del cumplimiento de los Indices financieros, se efectuará mediante la obtención de los siguientes indicadores: Capital de Trabajo; Indice de Liquidez; Indice de Endeudamiento y Razón de Cobertura de Intereses y de capacidad organizacional la rentabilidad del patrimonio y rentabilidad del activo. El resultado determinará la habilitación o no de la propuesta, es decir, para el proceso de selección de los proponentes, se debe tener en cuenta el cumplimiento de la totalidad de los indicadores financieros; En el componente financiero de las empresas que están dispuestas a ofertar, es importante tener en cuenta indicadores para verificar la capacidad financiera, en este sentido, a continuación, se definen los más útiles para obtener información pertinente tomando como base las recomendaciones del Decreto 1082 de 2015 y la Gula para la Elaboración del Estudios del Sector de Colombia Compra Eficiente. La evaluación de la capacidad financiera se verificará con las cifras acreditadas y registradas en el Registro Único de Proponentes en cumplimiento de los requisitos del articulo 2.2.1.1.1.5.3 del Decreto 1082 de 2015, conforme a su vigencia, teniendo en cuenta que esta información ha sido objeto de verificación documental por parte de la Cámara de Comercio y debe encontrarse en firme al momento de adjudicarse. NOTA 1: En caso que el proponente sea consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura, la acreditación de la capacidad financiera, se realizará igualmente mediante la presentación del RUP, con la información financiera debidamente actualizada, por cada uno de los participantes o con la información Página 41 de 41 AC 13 No. 37 — 35 Tel: 3649400 www.movilidadbogota.gov.co info: Linea 195 BoGOTÁ 1,MEJOR PARA TODOS ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C. SSCRETARIAOE MOVil DAD reportada en los Estados Financieros Básicos según sea el caso. NOTA 2: Las personas jurídicas extranjeras deberán presentar la información de las condiciones financieras Reportadas en el RUP y cuando no se cuente con sucursal establecida en Colombia deberá soportar con el Balance y Estado de Resultados de la sucursal, que será la que se inscriba como proponente, estas cifras deben presentarse en moneda colombiana, de conformidad con los artículos 50 y 51 del Decreto 2649 de 1993. NOTA 3: Para el caso de las personas naturales extranjeras sin residencia en Colombia y las sociedades extranjeras sin sucursal en Colombia, deberán presentar el Balance General Clasificado, el Estado de Resultados comparativos corte al (31-12-2013 y 31-12-2014), firmados por, el representante legal y avalados con la firma de quien se encuentre en obligación de hacerlo, de conformidad con la legislación propia del país de origen, debidamente consularizado o apostillado, acompañado de traducción simple al idioma español con los valores expresados en moneda legal colombiana, a la tasa de cambio de la fecha de cierre del Balance General, avalados por un Contador Público debidamente inscrito ante la Junta Central de Contadores, quien deberá presentar el Certificado de Vigencia de Inscripción y Antecedentes Disciplinarios, vigente a la fecha de cierre del presente proceso. En caso que el cierre fiscal no coincida con la fecha exigida de 31 de diciembre de 2013 y 2014, deberán certificar la fecha del cierre fiscal del país de origen. La Secretaria Distrital de Movilidad advierte que la información financiera acreditada se realiza con los efectos previstos en el articulo 43 de la Ley 222 de. 1995, que al tenor reza: "Responsabilidad penal. Sin perjuicio de lo dispuesto en otras normas, serán sancionados con prisión de uno a seis años, quienes a sabiendas: 1.Suministren datos a las autoridades o expidan constancias o certificaciones contrarias a la realidad. 2. Ordenen, toleren, hagan o encubran falsedades en los estados financieros o en sus notas." La entidad se reserva el derecho de solicitar de manera adicional los documentos de carácter financiero que requiera para realizar la constatación de la información consignada en el RUP, la cual deberá ajustarse a las Normas de Contabilidad Generalmente Aceptadas en Colombia. 4.2.1 CAPACIDAD FINANCIERA La verificación del cumplimiento de los indices financieros, se efectuará mediante la obtención de los Indicadores Indice de Liquidez, indice de Endeudamiento, Razón de Cobertura de Intereses y Capital de Trabajo. El resultado determinará la habilitación o no de la propuesta, es decir, para el proceso de selección de los proponentes, se debe tener en cuenta el cumplimiento de la totalidad de los indices financieros, con fundamento lo dispuesto en el artículo 2.2.1.1.1.5.3 del Decreto 1082 de 2015 y la Gula para la Elaboración del Estudios del Sector de Colombia Compra Eficiente. El proponente deberá acreditar mediante el Registro Único de Proponentes la información financiera con corte a 31 de diciembre de 2015, de acuerdo con las reglas generales establecidas en el presente documento para efectos de la información consignada en el RUP. 1. INDICE DE LIQUIDEZ Indice de Liquidez = Activo Corriente! Pasivo Corriente Página 42 de 42 AC 13 No. 37 — 35 Tel: 3649400 www.movifidadbogota.gov.co info: Línea 195 BOGOTÁ MEJOR PARA TODOS Al, AL DiA MAYOR DE BOGOTÁ SECRETARIA El% MOVILIDAD Liquidez: Condición: Deberá ser mayor o igual a uno punto uno (z1.0) Si el Indice de liquidez es Mayor o Igual que 1.0 la propuesta se calificará HABILITADA. Para los consorcios y uniones temporales, el cálculo se realizará tomando la sumatoria ponderada del activo corriente de cada participante en el consorcio o unión temporal, sobre la sumatoria del pasivo corriente ponderado, según porcentaje de participación en el consorcio o unión temporal de los participantes del mismo. De conformidad con el manual para determinar y verificar os requisitos habilitantes en los procesos de contratación expedido por la Agencia Nacional de Contratación Pública- Colombia. Compra Eficiente, LA FORMULA que se tendrá en cuenta será la siguiente: Indicador = (r. Componente 1 del indicador, X porcentaje de participación) (11 Componente 2 del Indicador, X porcentaje de participación) 2. INDICE DE ENDEUDAMIENTO Indice de Endeudamiento = Pasivo Total / Activo Total Deberá ser menor o igual que sesenta y cuatro por ciento (564%) Endeudamiento: Si el indice de endeudamiento es Menor o Igual que 64% la propuesta se calificará Condición: HABILITADA Para los consorcios y uniones temporales, el cálculo se realizará tomando la sumatoria ponderada del pasivo total de cada participante en el consorcio o unión temporal, sobre la sumatoria del activo total ponderado, según porcentaje de participación en el consorcio o unión temporal de los participantes del mismo. De conformidad con el manual para determinar y verificar los requisitos habilitantes en los procesos de contratación expedido por la Agencia Nacional de Contratación Pública- Colombia. Compra Eficiente, LA FORMULA que se tendrá en cuenta será la siguiente. (L, Componente 1 del indicador, X porcentaje de participación) Indicador = (r. Componente 2 del indicadori X porcentaje de participación) 3. RAZÓN DE COBERTURA DE INTERESES Razón de Cobertura de Intereses = Utilidad Operacional / Gastos de Intereses Deberá ser mayor o igual que dos punto uno (12.1). Cobertura de Intereses: SI el indice de Cobertura de Intereses es Mayor o igual que z2.1 la propuesta se calificará Condición: HABILITADA Página 43 de 43 AC 13 No. 37 — 35 Tel: 3649400 www.movilidadbogota.gov.co info: Línea 195 aGorÁ EJ O R PARA TODOS ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D C SHOW-AMI...0r WYWPAD Para los consorcios y uniones temporales, el cálculo se realizará tomando la sumatoria ponderada de la Utilidad Operacional de cada participante en el consorcio o unión temporal, sobre la sumatoria del Gasto de Intereses ponderado, según porcentaje de participación en el consorcio o unión temporal de los participantes del mismo. Para el caso que el indicador "Razón de Cobertura de Intereses" arroje como resultado "indeterminado", será válido para la administración y por lo tanto será habilitado, siempre y cuando la cuenta "gastos de intereses" sea valor cero (0). Para el caso de consorcios y uniones temporales, el indicador "Razón de Cobertura de Intereses" cuando arroje como resultado "indeterminado" para algún miembro del consorcio o unión temporal, será válido para la administración y por lo tanto será habilitado, asignándole el mínimo exigido de dos punto uno (2 1) veces por su participación ponderada y su cálculo se realizará tomando la sumatoria ponderada de la Utilidad Operacional de cada participante en el consorcio o unión temporal, sobre la sumatoria del Gasto de Intereses ponderado, según porcentaje de participación en el consorcio o unión temporal de los participantes del mismo. De conformidad con el manual para determinar y verificar los requisitos habilitantes en los procesos de contratación expedido por la Agencia Nacional de Contratación Pública- Colombia, Compra Eficiente, LA FORMULA que se tendrá en cuenta será la siguiente: (I: Componente 1 del indicador, X porcentaje de participación,) Indicador = (r: Componente 2 de/indicador X porcentaje de participacien) 4. CAPITAL DE TRABAJO Capital de Trabajo = Activo Corriente — Pasivo Corriente = Capital de Trabajo:Deberá ser mayor o igual que veinticinco (é25%) del presupuesto oficial asignado. Condición:Si el indice de Capital de Trabajo es Mayor o igual que é253/0 del presupuesto oficial la propuesta se calificará HABILITADA Este indicador representa la liquidez operativa del proponente, es decir el remanente del proponente luego de liquidar sus activos corrientes (convertirlos en efectivo) y pagar el pasivo de corto plazo. Un capital de trabajo positivo contribuye con el desarrollo eficiente de la actividad económica del proponente. Es recomendable su uso cuando la Entidad Estatal requiere analizar el nivel de liquidez en términos absolutos. El capital de trabajo es la medida de efectivo y activos líquidos disponibles para financiar las operaciones diarias de una empresa Tener esta información puede ayudar a administrar el contrato y tomar buenas decisiones. Mediante el cálculo del capital de trabajo, se determinará por cuánto tiempo el oferente puede cumplir con las obligaciones del contrato. Una empresa con un capital muy bajo o nulo probablemente no tenga la capacidad para ejecutar las obras. Calcular el capital de trabajo también es útil para evaluar si una empresa hace un uso eficaz de sus recursos. Página 44 de 44 AC 13 No. 37 — 35 Tel: 3649400 BOGOTA www.movilidadbogota.gov.co MEJOR info: Línea 195 PAPA TODOS ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C. SECREIMIA DE movkioíkb Por lo anteriormente expuesto, los proponentes que pretenden presentar oferta en marco del proceso de selección, deben acreditar como requisito habilitante, un indicador de Capital de Trabajo mayor o igual al 25% del presupuesto Oficial. Para el caso del capital de trabajo, y de acuerdo a lo sugerido en el Manual de Colombia compra EficienteM-DVRHPC-04 publicado en septiembre de 2014, en el caso de consorcios y/o Uniones Temporales el cálculo se realizará tomando el Activo corriente menos el Pasivo corriente de cada uno de los integrantes, de manera individual, para posteriormente sumar el resultado de cada uno de ellos, de acuerdo con la siguiente fórmula: Capital de trabajo absoluto = Elndicador i a. CAPACIDAD ORGANIZACIONAL En cumplimiento del articulo 2.2.1.1.1.5.3. del Decreto 1082 de 2015, la Capacidad Organizacional de los proponentes se acredita mediante el RUP vigente y en firme que deberá ser presentado por los oferentes. La SDM verificará el cumplimiento de los siguientes indicadores financieros a titulo de requisito habilitante. 1. RENTABILIDAD DEL PATRIMONIO Rentabilidad sobre patrimonio: Utilidad Operacional / Patrimonio Rentabilidad del patrimonio: Deberá ser mayor o igual que seis por ciento (4%), 0.06 Si el indice de Rentabilidad del Patrimonio endeudamiento es Mayor o igual que 6% la Condición: propuesta se calificará HABILITADA Para los consorcios y uniones temporales, el cálculo se realizará tomando la sumatoria ponderada de la Utilidad Operacional de cada participante en el consorcio o unión temporal, sobre la sumatoria del patrimonio ponderado, según porcentaje de participación en el consorcio o unión temporal de los participantes del mismo. De conformidad con el manual para determinar y verificar los requisitos habilitantes en los procesos de contratación expedido por la Agencia Nacional de Contratación Pública- Colombia Compra Eficiente, LA FORMULA que se tendrá en cuenta será la siguiente: Componente 1 del IndicadocX porcentaje de participación) Indicador = (r. Componente 2 del indicador X porcentaje de participación) 2. RENTABILIDAD DEL ACTIVO Rentabilidad sobre activos: Utilidad Operacional / Activo Total Deberá ser mayor o igual que cinco por ciento (a5%), 0.05 Rentabilidad del Activo: Si el Indice de Rentabilidad del Activo es Mayor o igual que 5% la propuesta se calificará Condición: Página 45 de 45 AC 13 No. 37 — 35 Tel: 3649400 oGOTA _ www.movilidadbogota.gov.co 'N-MEJOR Info: Linea 195 PARA TODOS Al ALDiA MAYOR DE BOGOTÁ D.0 5ECRITARIACE MOvILIPAO HABILITADA Para los consorcios y uniones temporales, el cálculo se realizará tomando la sumatoria ponderada de la Utilidad Operacional de cada participante en el consorcio o unión temporal, sobre la sumatoria del Activo Total ponderado, según porcentaje de participación en el consorcio o unión temporal de los participantes del mismo. Se considera que el oferente cumple con la Capacidad Financiera y Capacidad Organizacional solicitada y que está habilitado para continuar en el proceso, si obtiene en cada indicador los márgenes anteriormente establecidos. De conformidad con el manual para determinar y verificar los requisitos habifitantes en los procesos de contratación expedido por la Agencia Nacional de Contratación Pública- Colombia. Compra Eficiente, LA FORMULA que se tendrá en cuenta será la siguiente: Indicador = (II Componente 1 del indicador; X porcentaje de participación,) Componente 2 del indicador, X porcentaje de participecidni) Se considera que el oferente cumple con la capacidad financiera y Capacidad Organizacional solicitada y que está habilitado para continuar en el proceso, si obtiene en cada indicador los márgenes anteriormente establecidos y que se resumen en la siguiente tabla: Márgenes establecidos para cada indicador financiero Indice de liquidez Indice de endeudamiento Razón de cobertura intereses Capital de Trabajo 7.1LUEA .: Activonte Corriente / Pasivo Conie Pasivo Total! Activo Total de Utilidad Operacional / Gastos de Intereses Acfivo Corriente — Pasivo Corriente Rentabilidad del patrimonio Rentabilidad del activo Utilidad Operacional Patrimonio Utilidad Operacional/ Activo / > 1 veces — 5 64% > 2.1 veces ó determinado in — 1 25% del presupuesto oficial a 6% k 5% En caso que la propuesta no cumpla con alguno de los indicadores anteriormente mencionados, será calificada como NO HABILITADO. Para garantizar la participación de las Personas Extranjeras no Inscritas en el Registro Único de Proponentes por no tener domicilio o sucursal en el país, a estas no se les podrá exigir el requisito de inscripción en el registro único de proponentes. En consecuencia, los citados oferentes deberán aportar la misma información indicada anteriormente, es decir, los Estados Financieros (balance general y estado de resultados) a 31-12-2015, debidamente aprobados por el representante legal y por el Contador Público o Revisor Fiscal según corresponda, asi Página 46 de 46 AC 13 No. 37 —35 Tel: 3649400 www.movilidadbogota.gov.co Info: Línea 195 BOGOTA ME J OR PARA TODOS ALCALDIA MAYOR DE BOGOTÁ D.C. sEarnalTee OvIUAO mismo, una certificación del revisor fiscal o contador publico, en la cual certifique y especifique las cifras utilizadas para verificar la capacidad financiera. Las personas jurídicas extranjeras deberán presentar los Estados Financieros y la certificación firmada por el Representante legal y Revisor Fiscal o Contador Público, acompañada de traducción simple al idioma español, con los valores re-expresados a la moneda funcional colombiana, a la tasa de cambio de la fecha de cierre de los mismos, avalados con la firma de un contador público con Tarjeta Profesional expedida por la Junta Central de Contadores de Colombia. La información debe ser presentada en español y moneda legal colombiana, por ser ésta la unidad de medida por disposición legal. Los indicadores para los consorcios o uniones temporales se calcularán con la sumatoria de cada certificación presentada. Es decir, se sumaran las variables que se utilizan para el cálculo de los indicadores por cada uno de los integrantes y sobre los totales se obtendrá el Indice del Consorcio o Unión Temporal. La exigencia de los anteriores requisitos tiene la finalidad de garantizar que el proponente favorecido tenga la capacidad financiera, experticia y respaldo necesario para el cumplimento adecuado de cada una de las obligaciones surgidas del contrato que se llegue a celebrar, y se ajustan a la naturaleza y cuantia del negocio jurfdico resultante del presente proceso. 4.3 REQUISITOS TÉCNICOS HABILITANTES: 4.3.1 EXPERIENCIA REGISTRO ÚNICO DE PROPONENTES: Para valorar la experiencia general del oferente la Secretaria tendrá en cuenta la experiencia certificada en el (RUP). El oferente deberá acreditar experiencia mediante la relación de tres máximo (3) contratos ejecutados e inscritos en al menos tres (3) de los códigos UNSPC definidos en el cuadro que se presenta a continuación, cuyo valor sumado Iguale o supere el presupuesto oficial del presente proceso. Dos (2) de los contratos deben estar inscritos en los códigos (80141604) y/o (90101600). Página 47 de 47 AC 13 No. 37 — 35 Tel: 3649400 www.movilidadbogota.gov.co Info: Línea 195 . BOGOTÁ c:L MEOR PARA ...TIODOS AbcAbolA MAYOR DE BOGOTÁ O C IECRETARIMIE MON I IDAP GRUPO (F) Servicios SEGMENTO FAMILIA (80)Serviciosde Gesfión,Servidos Profesionalesde (14)Comercializació Empresa y Servicios Empresariales n y Distribución CLASE (16)Actividades deVentasy Promociónde Negocios Descripción UNSPC (80141604)Gestiónde Eventos (10)Formación Profesional (17)Serviciosde capacitación vocacional—no cientifica (F) servicios (90)Serviciosde Viajes (10) Restaurantes y Catering (16)Serviciosde Banquetesyde Catering (90101600) Servicios de viajes,alimentación, alojamiento Y entretenimiento (F) servicios (90)Serviciosde Viajes (10) Restaurantes y Catering (18)Serviciosde Comida para llevar a domicilio (90101800) Servicios de viajes,alimentación, alojamientor entretenimiento (F) servicios (86)Servicios Educativos (F) servicios (90)Serviciosde Viajes (15)Serviciosde Entretenimiento (17) Parquesde Diversiones (F) servicios (94) Organización y Clubes (12) Clubes (18) Sociales Clubes (85101700)Servicios Educativosyde Formación (90151700) Servicios de viajes,alimentación, alojamiento Y entreteMmiento (94121800) Organización y Clubes 4.3.2 Características de la experiencia solicitada Adicional a la experiencia expuesta en el Registro Único de Proponentes (RUP), el proponente deberá acreditar experiencia especifica en la realización de las siguientes actividades. • Realización de vacaciones recreativas dirigidas a niños y adolescentes. • Realización de uno o varios eventos de bienestar relacionados con las actividades No. 3 o No. 16 del Anexo Técnico No. 2. Las actividades certificadas en este tipo de eventos deben estar dirigidas a mínimo quinientas (500) personas. • Realización de talleres para el desarrollo de habilidades relacionados con los temas descritos en la actividad No. 5 del Anexo Técnico No. 2 El oferente deberá presentar máximo tres (3) certificaciones de contratos ejecutados y finalizados, celebrados con entidades públicas o privadas. En cada una de las certificaciones deberá constar que realizó la totalidad de las tres (3) actividades arriba descritas o bien una parte de éstas. Para el caso de acreditar la totalidad de la experiencia en solo una (1) certificación de contrato ejecutado terminado, esta deberá incluir tanto las actividades antes descritas y que la misma esté inscrita en el RUP con los códigos señalados en el cuadro anterior. Página 48 de 48 AC 13 No. 37 — 35 . Tel: 3649400 www.movilidad bogota .gov.co Info: Linea 195 )1‘ BoGOTÁ MEJOR PARA TODOS ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C. sEcitErSonianuoro Por su parte, las certificaciones que acrediten la experiencia especifica deben contener, como minimo, la siguiente información: • Nombre de la entidad o empresa que certifica la experiencia; • Nombre e identificación del proponente o integrante del proponente; • Objeto u obligaciones o actividades; • Fecha de inicio, fecha de terminación y fecha de expedición de la certificación; • Valor ejecutado del contrato¡ • En caso de haber participado como proponente plural, número de integrantes y el correspondiente porcentaje real de participación; • Dirección y teléfono de quien expide la certificación; • Firma, nombre y cargo del representante legal o persona autorizada para expedir la certificación. a. Debe tenerse en cuenta que la Secretaria Distrital de Movilidad acepta como equivalente a la certificación de experiencia, copia de los contratos, siempre que se acompañen con la respectiva acta de liquidación o de recibo final y de tales documentos se derive, como mínimo, la totalidad de la información que permita verificar el cumplimiento de la experiencia requerida al proponente. 17. El proponente, para acreditar la experiencia exigida, podrá adjuntar a la(s) certificación(es) todos los documentos que sirvan de soporte o prueba de la(s) misma(s), siempre que de dichos documentos se derive la información que permita verificar el cumplimiento de la experiencia requerida al proponente. c. Los valores de las certificaciones deben ser expresados en pesos colombianos. Si dichos valores se expresan en dólares americanos, los mismos se convertirán a la tasa de cambio del dólar americano a la fecha de iniciación del respectivo contrato. d. Cuando el proponente certifique contratos en los cuales participó en unión temporal o consorcio, la certificación deberá indicar el número de integrantes y el correspondiente porcentaje real de participación y se le acreditará en la evaluación el porcentaje real de participación dentro de la Unión Temporal o Consorcio. En caso de no ser posible la determinación del porcentaje de participación, no se tendrá en cuenta en la certificación. La experiencia acreditada en contratos en los cuales el proponente haya participado en consorcios o uniones temporales, se tendrá en cuenta de manera proporcional a su participación en el mismo. Para calculare] número de los safarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV) del contrato certificado, la Entidad tomará el valor total ejecutado y lo dividirá por el valor del salario mínimo mensual vigente a la fecha de terminación del mismo. La Secretaría Distrital de Movilidad se reserva la facultad de comprobar la autenticidad de los documentos aportados. 4.3.2.1 ACREDITACIÓN DE EXPERIENCIA GENERAL DE PROPONENTES EXTRANJEROS En el caso de los proponentes extranieros quienes no están obligados a estar inscritos en el RUP, deberán acreditar la experiencia general mediante la presentación tres (3) certificaciones de contratos ejecutados, cuyo objeto se relacione con este proceso de selección y la sumatoria de los valores de los contratos ejecutados sean iguales o superiores al presupuesto oficial del presente proceso. • ACREDITACIÓN DE EXPERIENCIA ESPECÍFICA DE PROPONENTES EXTRANJEROS Los proponentes extranjeros deberán acreditar la experiencia especifica teniendo en cuenta las Página 49 de 49 AC 13 No. 37 — 35 Tel: 3649400 www.movilidadbogota.gov.co mío: Línea 195 soGOTÁ c°1---MEJOR PARA TODOS /Ir Á' DIA MAYOR DE BOGOTÁ D.C. 9.ECRETAMA DE MOVILIDAD condiciones de contenido y de forma establecidas en el numeral 5.1.3.2. La experiencia general y específica podrá ser validada conjuntamente mediante tres (3) certificaciones cuyos objetos, individualmente considerados se relacionen con las actividades descritas en el numeral 5.1.3.2, siempre que la sumatoria de sus valores iguale o supere el presupuesto oficial del presente proceso. • ACREDITACIÓN DE EXPERIENCIA GENERAL DE CONSORCIOS O UNIONES TEMPORALES Los consorcios o Uniones Temporales deberán acreditar experiencia mediante la relación de contratos ejecutados e inscritos en al Menos tres (3) de los códigos UNSPC cuyo valor sumado iguale o supere el presupuesto oficial del presente proceso. Así mismo, Dos (2) de los contratos deben estar inscritos en los códigos (80141604) y/o (90101600). La experiencia de los proponentes que participen en el presente proceso como consorcios o uniones temporales, se establecerá sumando la experiencia de sus miembros proporcional al porcentaje de participación en el mismo, siempre que ésta se encuentre clasificada en los códigos UNSPSC descritos anteriormente, al igual que para la verificación de las certificaciones. La experiencia de los socios de una persona jurídica se podrá acumular a la de esta cuando ella no cuente con más de tres (3) años de constituida. La acumulación se hará en proporción a la participación de los socios en el capital de la persona jurídica, condición que se verificará mediante el certificado de existencia y representación legal. En el caso de sociedades que se escindan, la experiencia de la misma se podrá trasladar a cada uno de los socios escindidos, y se contabilizará en proporción a la participación de éstos en el capital de la persona jurídica escindida, para lo cual deberá aportarse el documento de la escisión. Las personas naturales extranjeras sin domicilio en el país, o personas jurídicas extranjeras que no tengan establecida sucursal en Colombia, podrán presentar certificaciones para acreditar su experiencia. Todos los documentos otorgados en el exterior para acreditar lo dispuesto en este numeral, deberán presentarse legalizados en la forma prevista en el Código General del Proceso y el del Código de Comercio. Si se tratare de documentos expedidos por autoridades de paises miembros del Convenio de La Haya de 1961, se requerirá únicamente del Apostille. • ACREDITACIÓN DE EXPERIENCIA ESPECÍFICA DE CONSORCIOS O UNIONES TEMPORALES La experiencia especifica podrá ser validada conjuntamente por los miembros del Consorcio o Unión Temporal mediante tres (3) certificaciones cuyos objetos, individualmente considerados, se relacionen con las actividades descritas en el numeral 5.1.3.2, siempre que la sumatoria de sus valores iguale o supere el presupuesto oficial del presente proceso. NOTA 1: La Secretaría Distrital de Movilidad se reserva la facultad de comprobar la autenticidad de los documentos aportados. 5.3.3 CUMPLIMIENTO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS El proponente deberá manifestar en la Carta de Presentación, que ha leído, entiende, acepta y cumplirá todas las especificaciones técnicas mínimas establecidas en el ANEXO TECNICO. Página 50 de 50 AC 13 No. 37 —35 Tel: 3649400 www.movilidadbogota.gov.co info: Línea 195 B . cR GOTA MEJOR PAPA TODOS AJ rm DIA mAYOR DE BOGOTÁ fla SEatrAit ne McmUbAD CAPITULO V 5 FACTORES DE PONDERACIÓN En virtud del articulo 2.2.1.1.2.2.2 del Decreto 1082 de 2015, el ofrecimiento más favorable para la Entidad se determinará, por la ponderación entre calidad y precio ofrecido. Es decir que una vez la propuesta sea considerada HÁBIL, la Secretaria Distrital de Movilidad, de acuerdo con los criterios estipulados en la Ley 1150 de 2007 y el Decreto 1082 de 2015, efectuará los estudios del caso y el análisis comparativo para seleccionar la propuesta más favorable y que esté ajustada al Pliego de Condiciones, teniendo en cuenta los factores de evaluación y ponderación detallados en este aparte: La ponderación se efectuará sobre los elementos de calidad y precio señalados en el presente pliego de condiciones, de acuerdo con los criterios establecidos para cada uno de ellos. La ponderación se hará únicamente a las ofertas que hayan sido habilitadas. El puntaje en este componente se otorgará a los proponentes que ofrezcan como valor agregado (sin costo adicional) a su propuesta los factores que se describen a continuación. Las propuestas serán ponderadas, teniendo en cuenta los siguientes factores sobre una asignación máxima total de cien (100) puntos, así: El proponente que ofrezca los siguientes servicios sin costo adicional para la Entidad obtendrá el puntaje máximo. Este ofrecimiento debe constar clara y expresamente al momento de la presentación de la oferta. CRITERIO PUNTAJE MÁXIMO Ponderación de Calidad 60 Ponderación Económica 30 Estimulo a la Industria Nacional 10 Servicios Nacionales 10 Servicios Extranjeros 5 100 Total Puntos 5.1 Ponderación de Calidad El puntaje en este componente se otorgará a los proponentes que ofrezcan como valor agregado (sin costo adicional) a su propuesta los factores que se describen a continuación. Página 51 de 51 AC 13 No. 37 — 35 Tel: 3649400 www.movilidadbogota.gov.co info: Linea 195 po. GOTÁ e MEJOR PARA TODOS ALCALDiA MAYOR DE BOGOTÁ D.C. 91" CR, l'ARIA DE MOVILIDAD CONCEPTO PUNTAJE a. De siete (7) a diez (10) sesiones de SPA 10 puntos De once (11) a veinte (20) sesiones de SPA 15 puntos De veinte (21) a treinta (30) sesiones de SPA a. Doscientos Cuarenta (240) Termos b. Cincuenta (50) Canguros Deportivos Total Puntos 20 puntos 20 puntos 20 puntos 60 Puntos a. Sesiones de SPA Se otorgará un máximo de veinte (20) puntos al proponente que ofrezca entre (21) y (30) sesiones de sesiones de cuatro (4) horas de spa. Actividad que deberá desarrollarse por cuenta del contratista sin que represente ningún costo para la Entidad, en un lugar en donde los funcionarios beneficiarios experimenten y aprendan técnicas de manejo de estrés a través de terapias físicas para el mejoramiento de condiciones osteomusculares. Las condiciones mininos del proveedor del servicio de (Spa) deben corresponder con las exigidas en el Anexo No. 2, en lo relativo a la actividad de No. 10— denominada: Programa para pre-pensionados. En caso de que el proponente se comprometa a ofrecer entre once (11) y veintiún (21) sesiones de SPA se le otorgarán quince puntos (15) puntos. Por su parte, en caso de ofrecer menos entre siete (7) y diez (10) sesiones la entidad asignará diez (10) puntos. Finalmente, si el proponente ofrece menos de siete sesiones o no ofrece ninguna, la Entidad no le asignará puntaje alguno por este concepto. De siete (7) a diez (10) sesiones de SPA 10 puntos De once (11) a veinte (20) sesiones de SPA 15 puntos De veinte (21) a treinta (30) sesiones de SPA 20 untos b. Termos Se otorgará un máximo de veinte (20) puntos al proponente que, sin ningún costo para la Entidad, ofrezca Doscientos Cuarenta (240) termos reutilizables, cada uno con capacidad minina de veinte (20) onzas, Página 52 de 52 AC 13 No. 37-35 Tel: 3649400 )06 www.movIlidadbogota.gov.co info: Línea 195 5:2GOTÁ MEJOR PARA TODOS ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C. ETC a A 1 DIító vrtlio material plástico, con diseño ergonómico y válvula extraible. Los termos serán entregados por parte del contratista a los funcionarios que asistan a la actividad prevista en el Anexo No. 2 denominada Caminata Ecológica. La Entidad no otorgará puntaje al proponente que ofrezca una cantidad inferior a doscientos cuarenta (240) termos o no ofrezca cantidad alguna. Doscientos Cuarenta (240) Termos 20 puntos c. Canguros Deportivos Se otorgará un máximo de veinte (20) puntos al proponente que, sin ningún costo para la Entidad, ofrezca cincuenta (50) canguros deportivos, que cumplan con las siguientes características mlnimas: • • • • Cinturón ajustable a la cintura Dos bolsillos principales grandes Combinación de materiales con poliéster y ripstop estructurado dentro y fuera Dimensiones: Mimo 7 cm x 35 cm x 14 cm Los canguros serán entregados por parte del contratista a los hijos de los funcionarios que asistan a la actividad prevista en el Anexo No. 2 denominada: Vacaciones Recreativas. La Entidad no otorgará puntaje al proponente que ofrezca una cantidad inferior a cincuenta (50) canguros deportivos. Cincuenta (50) Canguros Deportivos 20 puntos 5.2 Factor Económico (Punta» máximo 30 puntos) Los proponentes deberán presentar su oferta económica en las condiciones señaladas en el pliego de condiciones, expresada en pesos colombianos, incluido el IVA. En dicho precioso encuentran incluidos los costos directos e indirectos, incluidos las tasas e impuestos, administración, imprevistos y utilidades. Si el proponente no incluye el costo del IVA en los valores ofertados, se entenderá que en el valor señalado está incluido tal impuesto. El valor de la propuesta económica no podrá superar el valor del presupuesto oficial del contrato determinado por la entidad. Cuando a criterio de la SDM, alguna de las ofertas económicas presente algún valor que pueda parecer artificialmente bajo, se procederá de conformidad con lo establecido el articulo 2.2.1.1.2.2.4 del Decreto 1082 de 2015 El proponente deberá indicar el valor de todos los Rens establecidos en el FORMATO — PROPUESTA ECONÓMICA. Página 53 de 53 AC 13 No. 37 — 35 Tel: 3649400 BoGOTA www.movilidadbogota.gov.co MEJOR info: Línea 195 PARA TODOS 4. ALCALDÍA MAYOR DE BOCATA D.C. IFC[ItTPRIADF MOVILIDAD El mayor puntaje se asignará a la propuesta que presente el menor valor incluido IVA. La calificación de las demás propuestas será el resultado de dividir el valor de la propuesta más económica entre el valor de la oferta presentada multiplicado por sesenta (60). PA = (VMNNA)/PMAX Donde: PA = Puntaje a asignar a la oferta VMN = Valor de la menor oferta VA = Valor de la Oferta a evaluar PMAX = Puntaje Máximo (30 puntos) 5.3 Apoyo a la Industria Nacional (Puntaje único 10 puntos) En los términos de la ley 816 del 7 de julio de 2003 "Por medio de/a cual se apoya a la Industria Nacional a través de la contratación pública", la Secretaria asignará el siguiente puntaje, de acuerdo con lo manifestado en la carta de presentación de la propuesta y el diligenciamiento del anexo respectivo: PUNTAJE MÁXIMO A ASIGNAR 10 5 CONDICIÓN Proponente que ofrezca mano de obra 100% Nacional Proponente Extranjero que ofrezca mano de obra con componente nacional En el caso de Consorcios o Uniones Temporales conformados por integrantes nacionales y extranjeros, el puntaje se asignará en proporción al porcentaje de participación de cada integrante, según sea su condición de nacional o extranjero. De la propuesta de personas jurídicas extranjeras La Entidad concederá trato nacional a: (a) los bienes y servicios provenientes de Estados con los cuales Colombia tenga Acuerdos Comerciales, en los términos establecidos en tales Acuerdos Comerciales; (b) a los bienes y servicios provenientes de paises con los que existe pacto de reciprocidad debidamente validado por el Ministerio de Relaciones Exteriores; y (c) a los bienes y servicios prestados por oferentes miembros de la Comunidad Andina de Naciones teniendo en cuenta la regulación andina aplicable a la Materia. Acreditación de la Reciprocidad La reciprocidad aplica para aquellos proponentes extranjeros, que participen individualmente o como integrantes de estructuras plurales, que deseen el tratamiento de proponente colombiano, Página 54 de 54 AC 13 No. 37 —35 Tel: 3649400 www.movilidadbogota.gov.co Info: Linea 195 BOGOTA J PARA TODOS ME OR ALCALDÍA MA OH DE BOGOTÁ O.C. llanta"! ile:MLInAD El Ministerio de Relaciones Exteriores debe expedir el certificado por medio del cual se acredite la situación mencionada en el literal b) anterior, en relación con un Estado en particular, lo cual no es requerido para acreditar las situaciones a las que se refieren los literales a) y c) anteriores. Para constatar que los oferentes y servicios nacionales gozan de trato nacional en un Estado, el Ministerio de Relaciones Exteriores debe revisar y comparar la normativa en materia de compras y contratación pública del respectivo Estado para lo cual puede solicitar el apoyo técnico del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y de Colombia Compra Eficiente, dentro de sus competencias legales. La información para acreditar reciprocidad, en el evento que un Oferente Extranjero pretenda recibir trato nacional, será la que corresponda a la publicada en el SECOP. En caso que la información anterior no esté publicada en el SECOP, el Oferente deberá aportarla en su oferta, en caso de no hacerlo no será causal de rechazo de la Oferta, pero hará que el factor de Apoyo a la Industria Nacional y Reciprocidad sea calificado con cero Incorporación de componente nacional a servicios extranjeros Para la aplicación de este criterio se tendrá en cuenta lo dispuesto por el segundo inciso del articulo 2° de la Ley 816 de 2003, el cual establece: "Tratándose de bienes o servicios extranjeros, la entidad contratante establecerá un puntaje comprendido entre el cinco (5) y e/ quince por ciento (15%), para incentivar la incorporación de componente colombiano de bienes y servicios profesionales, técnicos y operativos." Dado que la Protección a la Industria Nacional es factor de evaluación de las propuestas, el proponente no podrá modificar los porcentajes totales de componente nacional y extranjero ofrecidos en la ejecución del contrato. 5.4 CRITERIOS DE DESEMPATE Se entenderá que hay empate entre dos o más propuestas, cuando presenten un número idéntico en el total de la calificación de las propuestas. Para el caso de empate entre varias propuestas, se aplicarán los siguientes criterios de desempate de manera sucesiva y excluyente, según lo dispuesto en el articulo 33 del Decreto 1082 de 2015, en el siguiente orden: a) Preferir la oferta de bienes o servicios nacionales frente a la oferta de bienes o servicios extranjeros. b) Preferir las ofertas presentadas por una Mipyme nacional. c) Preferir la oferta presentada por un consorcio, Unión Temporal o promesa de sociedad futura siempre que: Esté conformado por al menos una Mipyme nacional que tenga una participación de por lo menos el veinticinco por ciento (25%); - La Mipyme aporte mlnimo el veinticinco (25%) de la experiencia acreditada en la oferta; - ni la Mipyme, ni sus accionistas, socios o representantes legales sean empleados, socios o accionistas de los miembros del consorcio, Unión Temporal Página 55 de 55 AC 13 No. 37 — 35 Tel: 3649400 www.movilidadbogota.gov.co info: Línea 195 BOGOTÁ 3e;R PARA TODOS ALCALDRI M OR DE BOGOTÁ .C. SECRETARIA DF MOVILIDAD o promesa de sociedad futura. d) Preferir la propuesta presentada por el oferente que acredite en las condiciones establecidas en la Ley que por lo menos el 10% de su nómina está en condición de discapacidad a la que se refiere la Ley 361 de 1997. Si la oferta es presentada por un Consorcio, Unión Temporal, o promesa de sociedad futura y aporta mínimo el veinticinco (25%) de la experiencia acreditada en la oferta. ¡VOTA. Para verificar la condición de Minvme se deberá anPxar (tinto cnn la nronuosta Jp "'edificación por parte del REPRESFNTANTE I F.GAL Y EL CONTADOR O RFVISOR FISCAL sappg sea PI raso en la gua se acredite tal condirión, e) En caso de persistir el empate se preferirá a á primera propuesta radicada en la Secretaria Distrital de Movilidad. 5.5 VERIFICACIÓN DE LA INFORMACIÓN La Secretaría Distrital de la Movilidad se reserva el derecho de verificar la información suministrada, además podrá designar funcionarios para que realicen visitas en las instalaciones o sedes de cada uno de los proponentes con el fin de verificar la información que los mismos han consignado en sus propuestas y confirmar que cumplen con cada uno de los requerimientosseñalados en el presente pliego. 5.6 CAUSALES DE RECHAZO DE LAS PROPUESTAS: 1 Cuando se presenten dos o más propuestas por el mismo oferente, bajo el mismo nombre o con nombres diferentes o bajo diferentes modos de asociación para el mismo proceso, en este caso se rechazarán todas las propuestas que incurran en esta situación. 2 Cuando la propuesta sea presentada extemporáneamente. 3 El proponente o alguno de los integrantes del consorcio o unión temporal esté incurso en inhabilidades e incompatibilidades, 4 El proponente o alguno de los integrantes del consorcio o unión temporal se encuentren registrados en el boletín expedido por la Contraloría General de á República como responsable s fiscales. 5 No presentar el documento de constitución del consorcio o unión temporal, segun el caso, o sea presentado sin la suscripción de los integrantes, o no se designe el representante legal en el mismo, o que en el mismo se impongan limitaciones al representante legal y este las exceda. 6 Cuando el objeto social del proponente o de los integrantes del consorcio o unión temporal que sean persona juridica, no guarde relación con el objeto a contratar. 7 Cuando el proponente no cumpla con los requisitos habilitantes exigidos, de Capacidad Jurídica, o Condiciones de Experiencia o Capacidad Financiera o Capacidad Organizacional.. 8 Cuando el proponente no cumpla con las condiciones de acreditación de la experiencia exigidas en caso de presentar propuesta en forma individual o en consorcio o unión temporal. Página 56 de 56 AC 13 No. 37 — 35 Tel: 3649400 www.movilidadbogota.gov.co Info: Linea 195 pG0TÁ MEJOR PARA TODOS ALCALDiA MAYOR DE BOGOTÁ D.C. SICI"4"511°Viiniai 9 Cuando el proponente no subsane o no subsane correctamente hasta el término que establezca la entidad, la información o documentación solicitada por la SDM. Lo anterior, sin perjuicio de las disposiciones previstas en la Circular Externa N° 13 de fecha 13 de junio de 2014 expedida por la Agencia Nacional para la Contratación Pública — Colombia Compra Eficiente. 10 Cuando se compruebe que la información contenida en los documentos que componen la oferta no es veraz o no corresponde con la realidad, siempre que la mencionada inconsistencia le permita cumplir con un requisito habilitante o mejore la propuesta presentada para efectos de laevaluación 11 Cuando el proponente persona natural o jurídica o alguno de los integrantes del consorcio o unión temporal haya participado como contratista o subcontratista en la elaboración de los estudios, que tengan relación directa con el objeto del presente proceso de selección. 12 Cuando no se presente la propuesta económica. 13 Cuando el proponente modifique, condicione, altere, excluya o incluya apartes que impidan la evaluación del Anexo correspondiente a la oferta económica. 14 Cuando no se oferten todos los items que aplican y que componen la oferta. 15 Que el oferente esté o hubiera estado involucrado en la preparación o ejecución del proyecto. Lo mismo rige para oferentes que pertenezcan al mismo consorcio de empresas o a una o varias empresas o personas que estén vinculadas a tal consorcio. 16 La Secretaria efectuara la revisión aritmética de la información contenida en el Anexo 9 verificando la suma de subtotales y totales. Se verificará que en la propuesta económica, cada uno de los Ítems allí relacionados cuente con un valor mayor a cero pesos, so pena de rechazo la respectiva propuesta. 17 Si la propuesta corregida presenta una diferencia igual o mayor al 1% por exceso o por defecto con respecto al valor por item original de la propuesta, será retirada del proceso de selección. NOTA: Las anteriores causales de rechazo en este documento serán las únicas descritas para el rechazo de la oferta, y las contenidas en los documentos técnicos y anexos se tomarán como no escritas. Los demás deberes y obligaciones que contiene estas reglas de selección podrán subsanarse por parte de los PROPONENTES. Página 57 de 57 AC 13 No. 37-35 Tel: 3649400 www.movilidadbogota.gov.co info: Línea 195 n BOGOTÁ 4_ MEJOR PARA TODOS AL ALOJA MAYOR DE BOGOTÁ D C CAPITULO VI 6CONDICIONES PARA LA SUSCRIPCIÓN Y LEGALIZACIÓN DEL CONTRATO 6.1 SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO Una vez adjudicado el proceso el oferente adjudicatario previa suscripción del contrato, deberá allegar a la Dirección de Asuntos Legales los documentos que se indican a continuación; 1 Certificación de cuenta bancaria, en la que se realizarán los pagos por parte de la SDM, 2 Presentación del RUT, en caso de consorcios o uniones temporales o promesa de sociedad futura deberá presentar el RUT del proponente plural. Una vez suscrito el contrato por las partes el contratista procederá a constituir la garantía en los términos, porcentajes y vigencias establecidas en el presente pliego de condiciones, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la suscripción del contrato. El presente Pliego de Condiciones junto con el anexo técnico y la propuesta seleccionada harán parte integral del contrato que se llegare a suscribir. 6.2 TIPO DE CONTRATO A CELEBRAR El tipo de contrato a celebrarse de acuerdo a las características señaladas del bien a adquirir es el de PRESTACION DE SERVICIOS, que se regirá por las disposiciones comerciales y civiles pertinentes, de acuerdo a lo señalado por el artículo 13 de la Ley 80 de 1993 y el artículo 1849 del Código Civil. 6.3 PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO El plazo de ejecución del contrato es de SIETE (7) MESES, Contados a partir de la fecha de suscripción del acta de inicio. El plazo de vigencia será igual al plazo de ejecución y cuatro (4) meses más tiempo en el cual se liquidará el contrato. 6.4 INDEMNIDAD 1 El contratista mantendrá indemne y defenderá a su costa a la Secretaria Distrital de la Movilidad (SDM), de cualquier pleito, queja, demanda y responsabilidad de cualquier naturaleza, incluyendo costos y gastos provenientes de actos y omisiones de este frente a reclamaciones de terceros en el desarrollo y ejecución del contrato. 2 Se obliga a evitar que sus empleados y/o los familiares de los mismos, sus acreedores, sus proveedores y/o terceros, presenten reclamaciones (judiciales o extrajudiciales) contra la SDM, con ocasión o por razón de acciones u omisiones suyas relacionadas con la ejecución del contrato. SI ello no fuere posible y se presentaren reclamaciones o demandas contra la SDM, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha en que le sean notificadas o en que se radiquen aquellas, podrá comunicarle la situación por escrito al CONTRATISTA o llamarlo en garantía. Página 58 de 58 AC 13 No. 37 — 35 Tel: 3649400 54 www.movilidadbogota.gov.co info: Línea 195 BOGOTÁ MEJOR PARA TODOS ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C. SECREIMI be MEMLIbAlll 6.5 CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN El CONTRATISTA no podrá ceder, total ni parcialmente, la ejecución del objeto contractual sin el consentimiento y la aprobación previa y escrita de la SDM, quien podrá reservarse las razones que tenga para negar la autorización de la cesión. La autorización para subcontratar en ningún caso exonera al CONTRATISTA de la responsabilidad ni del cumplimiento de la totalidad de las obligaciones derivadas de este contrato. No habrá ninguna relación contractual entre los subcontratistas y la SDM, por lo cual el CONTRATISTA será el único responsable de los actos, errores u omisiones de sus subcontratistas y proveedores, quienes carecerán de todo derecho para hacer reclamaciones ante la SDM. El CONTRATISTA será responsable ante las autoridades de los actos u omisiones en ejercicio de las actividades que desarrolle en virtud del presente contrato, cuando con ellos se cause perjuicio a la SDM o a terceros, en los términos del articulo 52 de la Ley 80 de 1993. 6.6 SUPERVISIÓN La supervisión del contrato a celebrar con ocasión del presente proceso de selección, será ejercida por la Directora Administrativa y Financiera o por quien delegue el Ordenador del Gasto. El supervisor estará autorizado para impartir instrucciones al contratista sobre asuntos de su responsabilidad y éste se encuentra obligado a acatarlas. Todas las comunicaciones o instrucciones destinadas al contratista serán expedidas o ratificadas por escrito y formarán parte de los documentos del contrato. Así mismo, el supervisor cumplirá con las responsabilidades previstas en los artículos 51 y 53 de la Ley 80 de 1993, modificado por el articulo 82 de la Ley 1474 de 2011 y de los artículos 83 y 84 de la Ley 1474 de 2011 y deberá dar cumplimento con lo establecido en el Numeral 4.8 SEGUIMIENTO DEL CONTRATO, del Manual de contratación de la SDM, adoptado mediante Resolución No 360 del 26 de Diciembre de 2012 y actualizado mediante resolución No 450 del 30 de diciembre de 2013. Además tendrá las siguientes funciones: 1 Solicitar y revisar los informes de ejecución del contrato. 2 Elaborar la certificación de cumplimiento y/o recibo a satisfacción del objeto contractual, con el fin de proceder al pago correspondiente. 3 Verificar al momento de certificar el cumplimiento del objeto contractual, el cumplimiento por parte del contratista de sus obligaciones con los sistemas de salud y pensión, y los pagos de parafiscales en caso de ser procedente. 4 Impulsar el trámite de los pagos a favor del contratista en los términos establecidos para tales efectos. 5 Informar oportunamente sobre cualquier irregularidad o incumplimiento que se presente en la ejecución del contrato. 6 Solicitar oportunamente las adiciones o modificaciones al contrato cuando sea procedente. 7 Una vez vencido el término de ejecución del contrato, enviar a la Dirección de Asuntos Legales el acta de liquidación del contrato para su respectiva revisión según sea el caso. Página 59 de 59 AC 13 No. 37 —35 Tel: 3649400 www.movilidadbogota.gov.co info: Linea 195 G OTA °vi EJOR PARA TODOS ALCALDÍA MAYOR PE BOGOTÁ D.C. SECILETADIA DF MOVILIDAD 8 Las demás que por su naturaleza y esencia sean necesarias para el buen desarrollo del contrato. El contratista deberá respetar, facilitar y acatar los requerimientos y observaciones de la supervisión, así mismo entregar la información que le sea solicitada por parte de estos o a quien se designe. El Supervisor está autorizado para impartir instrucciones u órdenes al Contratista sobre asuntos de su responsabilidad, relacionados con los servicios y éste estará obligado a cumplirlas. Todas las comunicaciones u órdenes del interventor al Contratista, serán expedidas o ratificadas por escrito, al igual que las de Supervisor. Serán funciones del Supervisor asegurar para la SDM, que el Contratista cumpla con las obligaciones pactadas en el contrato, para la correcta ejecución en los aspectos técnicos y administrativos del mismo. El Supervisor está facultado para solicitar informes, aclaraciones y explicaciones sobre el desarrollo de la ejecución contractual, y serán responsables por mantener informada a la entidad de los hechos o circunstancias que puedan constituir actos de corrupción tipificados como conductas punlbles, o que puedan poner o pongan en riesgo el cumplimiento del contrato, o cuando tal incumplimiento se presente. 6.7 FORMA DE PAGO El contrato resultante se cancelará en mensualidades vencidas de la siguiente manera: Pagos mensuales que se cancelarán de acuerdo con los bienes y servicios efectivamente prestados, previo recibo a satisfacción por el/los supervisor/res del contrato, durante el mes o fracción del mes correspondiente. El objeto contractual se ejecutará hasta el agotamiento del valor total del contrato, o la terminación del plazo, lo primero que ocurra. Los pagos de la factura se efectuarán dentro de los treinta (30) días hábiles siguientes a la radicación de ésta en debida forma, con el cumplimiento de la totalidad de los requisitos señalados por la Dirección Administrativa y Financiera de la Secretaría Distrital de Movilidad. La expedición de facturas o cuentas de cobro se deberán ceñir en su totalidad a las fechas del Plan Anualizado de Caja (PAC) de la Secretaria Adicionalmente, el contratista deberá anexar la siguiente documentación minina para verificación por parte del/los supervisor/res: a. Acta de recibo a satisfacción de tos servicios y materiales objeto del contrato, donde se deje constancia del correcto funcionamiento de los bienes y servicios objeto del contrato, b. Factura debidamente expedida de acuerdo a lo establecido en el estatuto tributario para los casos correspondientes. c. Certificación de pago de aportes de seguridad social (salud, pensión, riesgos laborales) parafiscales (ICBF, caja de compensación, SENA), según articulo 50 ley 789 de 2002 y demás normas concordantes. d. Demás documentos requeridos por la Dirección Administrativa y Financiera de la Secretaria Distrital de Movilidad. Página 60 de 60 AC 13 No. 37 —35 Tel: 3649400 www.movilidadbogota.gov.co info: Línea 195 BOGOTA MEJOR PARA TODOS ALCALDiA MAYOR DE BOGOTÁ D.C. enenALIDE ACMLIDACi Nota 1: La Secretaria Distrital de Movilidad podrá formular por escrito las observaciones u objeciones que tenga a las facturas y soportes que presente para el pago el contratista, dentro de los cinco (5) días siguientes a la fecha de la radicación de la factura o cuenta de cobro. Durante el tiempo que utilice el contratista para analizar y decidir sobre las observaciones formuladas por la Secretaria Distrital de Movilidad, se suspenderá el plazo para el pago y una vez realizadas las aclaraciones pertinentes por parte del contratista se reanudará dicho plazo. Nota 2: El contratista acepta con W suscripción del presente contrato que en el evento en que el valor total a pagar por cada mes o fracción tenga centavos, estos se ajustarán o aproximarán al peso, ya sea por exceso o por defecto, si la suma es mayor o menor a 0,50 centavos. Lo anterior, sin que sobrepase el valor total establecido en el presente Contrato. Nota 3: El contratista está obligado a presentar toda la documentación que solicite de manera expresa la Subdireccion Financiera de la SECRETARIA DISTRITAL DE MOVILIDAD. El último pago no estará sujeto al acta de liquidación del contrato. Nota 4: Para la cancelación del valor asignado a este contrato se exigirán los siguientes documentos: • • • • Certificado de supervisión (según sea el caso), firmado por el contratista, el supervisor designado por la Secretaria (formato suministrado por la Subdirección Financiera de la SDM). Factura original debidamente expedida de acuerdo a lo establecido en el estatuto tributario, para los casos correspondientes. Certificado de número de cuenta y entidad bancaria, expedido por la entidad financiera. La cuenta debe estar a nombre del contratista. Certificación del recibo a satisfacción de las actividades ejecutadas en el periodo facturado, firmado por el contratista y el Supervisor. Nota 5: Sólo para el primer pago se deberá entregar: a) Formato de 'Vinculación de Transferencia Electrónica" debidamente diligenciado, en original sin ningún Upo de enmendadura. El titular de la cuenta bancaria registrado en este formato debe coincidir con el beneficiario de la factura. b) Formato de Información tributaria para descuentos de ley -persona jurldica". Los dos formatos mencionados serán suministrados por la SDM. c) Certificación del pago de nómina, seguridad social y parafiscal, expedida por el representante legal o revisor fiscal según corresponda d) Fotocopia de la cédula de ciudadania del revisor fiscal. e) Fotocopia del certificado disciplinario expedido por la Junta Central de Contadores en vencimiento no mayor a tres (3) meses a partir de su expedición. Nota 6: Los impuestos que se generarán de acuerdo al tipo de contrato serán: Los impuestos a nivel nacional (IVA y retenciones en la fuente), a cargo del contratista, se aplicarán de acuerdo con la naturaleza del mismo establecida en el RUT, persona natural, persona juridica, de conformidad con el régimen que le resulte aplicable. Estampilla Universidad Distrital Francisco José de Caldas 1% Página 61 de 61 AC 13 No. 37 — 35 Tel: 3649400 www.movilidadbogota.gov.co info: Linea 195 1.91 11 PARA TODOS ALGALIA M OR DE BOGOTÁ .4 SErlirMiADE PIOVIL,DAD Estampilla Procultura 0.5% La retención del 15% del IVA para el régimen común. Estampilla Proadulto mayor 2% Impuesto de Industria y Comercio se aplicará de acuerdo con la actividad que realice el contratista según el RIT, el cual es La retención del 15% del IVA para el régimen común. Nota 7: Con la presentación de cada cuenta el contratista deberá presentar los documentos que se encuentran relacionados en el documento denominado "Lista de verificación de documentos soporte para pago a terceros", la cual se encuentra incluida en el procedimiento denominado "Trámite órdenes de pago y relación de autorización", que hace parte del Proceso de Gestión Financiera. Nota 8: El contratista está obligado a presentar toda la documentación que solicite de manera expresa la Subdirección Financiera de la SECRETARIA DISTRITAL DE MOVILIDAD. El último pago no estará sujeto al acta de liquidación del contrato. 6.8 LUGAR DE EJECUCIÓN El servido a contratar se prestará en la ciudad de Bogotá Distrito Capital o en municipios del Departamento de Cundinamarca. En las instalaciones y/o lugares de trabajo ofrecidos por el contratista, bajo las condiciones establecidas en los estudios previos y los anexos técnicos No. 1 y No. 2. 6.9 OBLIGACIONES GENERALES DEL CONTRATISTA 1. Allegar oportunamente la documentación necesaria para suscribir y legalizar el Contrato 2. Facturar en debida forma los servicios y/o suministros hechos a la Secretada. 3. Presentar los informes requeridos con la cuenta de cobro sobre las actividades realizadas en desarrollo y/o ejecución, en los formatos establecidos por la Secretaría. 4. Cumplir con todas las obligaciones frente al sistema de seguridad social integral y aportes parafiscales (salud, pensiones, ICBF, caja de compensación, SENA y ARP) de conformidad con lo previsto en la Leyes 100 de 1993, 789 de 2002 y 828 de 2003, expedidos por el revisor fiscal o del representante legal (según corresponda). Además el contratista debe cumplir con las obligaciones legales de seguridad industrial, salud ocupacional, ambiental y de anticorrupción que surjan con ocasión de la suscripción y ejecución del contrato. 5. Responder ante la SDM, cuando por causas imputables al contratista o sus dependientes, se causen daños a la entidad. Entregar los elementos en las diferentes sedes y áreas, bajo las condiciones acordadas con el 6. supervisor del contrato ofrecidos en la propuesta que dio origen al contrato para su cabal y oportuno cumplimiento. (cuando aplique) 7. Mantener vigentes las garantías durante el término de ejecución y liquidación del contrato, por los valores y con los amparos previstos en el mismo. 8. Atender en forma inmediata todas las observaciones y requerimientos relacionados con el cumplimiento de las obligaciones contractuales que efectúe el Supervisor o Interventor del contrato. 9. Pagar por su cuenta y riesgo exclusivos, todos los salarios, prestaciones legales y extralegales de sus operarios, afiliación al sistema de seguridad social, cobertura en riesgos profesionales, pago de parafiscales, suministro de uniformes, elementos de higiene, según lo estipulado en el Código Página 62 de 62 AC 13 No. 37 — 35 kTel: 3649400 www.movilidadbogottgov.co Info: Línea 195 soGOTA MEJOR PARA TODOS Al 41 OiA MAYOR DE BOGOTÁ D.C. IECREDAN (*SSC Sustantivo del Trabajo y demás normas relacionadas, aspectos tributarios, laborales, de seguridad industrial y salud ocupacional, ambientales y de anticorrupción que surjan con ocasión de la suscripción y ejecución del contrato. 10. Asumir, por su cuenta y riesgo exclusivos, la carga laboral y prestacional en su calidad de empleador directo. 11. Garantizar el buen estado de los materiales de cada uno de los bienes y servicios prestados a la Secretaria Distrital de Movilidad. 12. Garantizar la disponibilidad de los elementos ofrecidos en la propuesta que dio origen al contrato, para su cabal y oportuno cumplimiento o del personal propuesto. 13. Mantener estricta reserva y salvaguardar la información confidencial que obtenga en desarrollo de sus actividades, salvo requerimiento de autoridad competente. 14. Suscribir las actas y presentar los informes requeridos durante la ejecución del contrato, solicitados por parte del supervisor del mismo. 15. Constituir la garantía a favor de la SECRETARIA DISTRITAL DE MOVILIDAD en los términos establecidos en este documento y mantenerla vigente durante la vigencia de ejecución del contrato, por los valores y los amparos previstos en el mismo. 16. Obrar con lealtad y buena fe, en las distintas etapas contractuales, evitando todo tipo de dilaciones o en trabamientos que pudieren presentarse. 17. En caso de cualquier novedad, reportar la situación de forma inmediata al supervisor del contrato de manera escrita 18. Las demás que se deriven de la naturaleza del presente contrato y que garanticen su cabal y oportuna ejecución. 6.10 OBLIGACIONES ESPECIFICAS DEL CONTRATISTA 1. Desarrollar el objeto del contrato cumpliendo con las especificaciones técnicas señaladas en los anexos técnicos No. 1 y No. 2, los estudios previos y el pliego de condiciones. 6.11 OBLIGACIONES DE LA SECRETARIA DISTRITAL DE MOVILIDAD 1. 2. 3. 4. 5. 6. Cancelar al contratista oportunamente el valor del contrato en la forma, plazos y condiciones que se indican en el mismo.2. Suministrar al contratista, en caso que este lo requiera, los elementos necesarios para la ejecución del objeto contratado. Dar respuesta oportuna a través del Supervisor del Contrato a las peticiones del contratista. Aprobar oportunamente la Garantía Única. Las inherentes a la naturaleza del contrato y las contempladas en el articulo 4 de la Ley 80 de 1993 Adelantar las visitas previas de verificación o reconocimiento a las instalaciones propuestas por el contratista para las actividades que lo requieran, conforme a lo indicado en el anexo técnico. Aprobar las diferentes opciones de alimentos que ofrezca el contratista para las actividades que se propone desarrollar. 6.12 CIRCULAR 001 DE 2011 ACCIONES AFIRMATIVAS La Secretaría Distrital de Movilidad con la finalidad de dar cumplimiento a la Directiva 001 de 2011, relacionada con la "Democratización de las oportunidades económicas en el Distrito Capital y promoción de Página 63 de 63 AC 13 No. 37 — 35 Tel: 3649400 ti 5:K2GOTA www.movilidadbogota.gov.co info: Línea 195 4-MEJOR PARA TODOS ALCALDIA MAYOR DE BOGOTÁ 114 5WtETARIA" M"LIDAD estrategias para la participación real y efectiva de las personas naturales vulnerables, marginadas y/o excluidas de la dinámica productiva de la ciudad', además de verificar las condiciones especificas de ejecución del contrato a suscribir como resultado del presente proceso de selección, considera pertinente la vinculación de población vulnerable, Por la naturaleza de las actividades a desarrollar en el contrato, se considera pertinente que dentro del personal de apoyo para los eventos se incluya personal proveniente de la población vulnerable de Bogotá, entre ellas desplazados, discapacitados, desempleados y empleados informales, que se encuentre inscrito en las bases de datos de las entidades públicas encargadas de adelantar los registros. En caso de que el modulo institucional de la Secretaria de Desarrollo Económico presente inconvenientes para la consulta de la base de datos de la población vulnerable, se podrá contactar al teléfono 4379420 ext.1107 o escribir al correo electrónico fmavomaedesarrolloeconomicagov.co En el evento de no contar con estas bases de datos, el contratista deberá fijar criterios objetivos y verificables que permitan la identificación del personal perteneciente a población vulnerable, bajo los preceptos de la Directiva 001 de 2011. El cumplimiento de esta directriz se encuentra dentro de los obligaciones especificas a desarrollar por el contratista. 6.13 GARANTÍA ÚNICA DE CUMPLIMIENTO Dentro de los tres (03) chas siguientes a la comunicación del acto administrativo de adjudicación, el contratista debe constituir a favor de la Secretaria, una póliza expedida por compañia de seguros legalmente establecida en Colombia, que avale el cumplimiento de las obligaciones surgidas del contrato, la cual se Mantendrá vigente hasta su liquidación. Cuando la entidad que expida la póliza de seguros sea intervenida por el Gobierno Nacional o por autoridad competente que genere incertidumbre respecto del pago del riesgo asegurado a la Secretaria (en caso de presentarse), el contratista deberá de manera inmediata presentar nuevas pólizas que reemplacen las expedidas por la entidad intervenida. La garantla única deberá cubrir los siguientes amparos: De conformidad con los estudios y documentos previos de la presente contratación, atendiendo a la naturaleza del objeto, plazo y valor del mismo, el contratista deberá constituir a favor de la SECRETARIA DISTRITAL DE MOVILIDAD, una póliza a favor de entidades Estatales que cubra: a. Cumplimiento: Por un monto equivalente al Treinta por ciento (30%) del valor total del contrato, con una vigencia igual al plazo de ejecución del mismo y seis (6) meses más, contados a partir de la fecha de suscripción del contrato b. Calidad del servicio: En cuantía equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del contrato y con una vigencia contada a partir de la terminación del contrato y hasta por un año más. 3 si Articulo 2.2.1.2.3.1.12. Suficiencia dele garantía de cumplimiento. La garantia de cumplimiento del contrato debe tener una vigencia mínima hasta la liquidación del contrato- El valor de esta garantla debe ser de por lo menos el diez por ciento (10%) del valor del contrato a menos que el valor del contrato sea superior a un millón (1.000.000) de SMMLV, caso en el cual la Entidad Estatal aplicará siguientes regias: (...) Página 64 de 64 AC 13 No. 37 —35 Tel: 3649400 BOGOTÁ www.movIlIdadbogota.gov.co MEJOR info: Línea 195 PARA TODOS oa ALCALDÍA MA OE BOGOTÁ P.C. SECAENCADEUOVILIJAD c Pago de Salarios, Prestaciones Sociales e indemnizaciones laborales: En cuanta equivalente al cinco por ciento (5%) del valor total del contrato y con una vigencia igual al plazo de ejecución del contrato y tres (3) años más, contados a partir de la suscripción del contrato. d. Responsabilidad Civil Extracontractual: Por un valor no inferior a doscientos (200) SMMLV, por el término de duración del contrato. Este amparo debe ser constituido a partir de la fecha de suscripción del contrato. Las garantías no podrán ser canceladas sin la autorización por escrito por parte de la SDM. NOTA: Cuando el valor de la garantía se reduzca con ocasión de las reclamaciones efectuadas por la ejecución del contrato el contratista estará en la obligación de restablecer el valor inicial de las garantlas. Cuando el contrato sea objeto de modificación, en especial para incrementar su valor o presupuesto, el contratista deberá ampliar el valor de las garantías otorgada o ampliar su vigencia, según el caso. 6.14 RÉGIMEN LABORAL Correrá totalmente por cuenta del futuro contratista el pago de los salarios, las prestaciones sociales y las indemnizaciones a que hubiere lugar, respecto del personal que el contratista emplee en la ejecución del objeto del contrato, personal que para todos los efectos legales no tendrá vinculación alguna, contractual o reglamentaria, con la Secretaria Distrital de la Movilidad. 6 15 CLAUSULAS EXCEPCIONALES Son aplicables al contrato los principios de terminación, modificación e interpretación unilaterales, de acuerdo con los articulas 14 al 17 de la ley 80 de 1993. 6.16 MULTAS, SANCIONES Y EFECTIVIDAD DE GARANTÍAS (ANEXO N°6) El proponente deberá relacionar en el Anexo N°6, las multas y demás sanciones por incumplimiento que le hayan impuesto como contratista, derivadas del incumplimiento de las obligaciones contenidas en el contrato respectivo, las cuales pueden haber sido impuestas directamente por la entidad contratante, ya sea pública o privada, así como los actos administrativos mediante los cuales se les haya hecho efectivas las garantias constituidas para respaldar los contratos. En caso de consorcios o uniones temporales, todos y cada uno de los participes deberán diligenciar este Anexo. Si el adjudicatario no suscribe el contrato dentro del término citado, quedará a favor de la Secretaria, en calidad de sanción, el valor del depósito o garantía constituidos para responder por la seriedad de la propuesta, sin menoscabo de las acciones legales conducentes al reconocimiento de perjuicios causados y no cubiertos por el valor del depósito o garantía. En este evento, la SDM mediante acto administrativo debidamente motivado, podrá adjudicar el contrato, dentro de los quince (15) días siguientes, al proponente calificado en segundo lugar, siempre y cuando su propuesta sea igualmente favorable para la entidad, de acuerdo con lo establecido en el inciso 2 numeral 12 del articulo 30 de la Ley 80 de 1993. Página 65 de 65 AC 13 No. 37 —35 Tel: 3649400 www.movilidadbogota.gov.co Info: Línea 195 151)2911 PARA TODOS Al CM CU MAYOR DE BOGOTÁ D.C. 6.17 MULTAS y CLÁUSULA PENAL En caso de incumplimiento total, incumplimiento parcial o retardo en el cumplimiento de cualquiera de las obligaciones previstas en el contrato por parte del CONTRATISTA, entendiéndose como contrato todos los documentos que hacen parte integral de éste, se iniciará por parte del Ordenador de Gasto, el procedimiento establecido en el Articulo 86 de la Ley 1474 de 2011. Como resultado del proceso sancionatorio el CONTRATISTA podrá hacerse acreedor de multas hasta del uno por ciento (1%) del valor del contrato, sin que en su totalidad excedan del diez por ciento (10%) del mismo; suma que el CONTRATISTA autoriza, con la firma del contrato, a descontar directamente de los saldos adeudados. En todo caso, la SECRETARIA podrá obtener el pago de la suma pactada ya sea a través del cobro de la garantía o por cualquier otro medio, incluyendo el de la jurisdicción coactiva. Lo anterior, sin perjuicio de la sanción penal pecuniaria y de las demás sanciones de ley, lo anterior en virtud a lo establecido en el Articulo 40 de la Ley 80 de 1993. 6.18 SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS Las diferencias y conflictos que surjan en desarrollo del objeto contractual, se solucionarán a través de los mecanismos alternativos de solución de conflictos, la transacción, conciliación y amigable composición, previstos en el articulo 68 de la Ley 80 de 1993, la Ley 446 de 1998 y el Decreto 1716 de 2009. CAPITULO VII ESTIMACIÓN, TIPIFICACIÓN Y ASIGNACIÓN DE RIESGOS 7.1 TIPIFICACIÓN, ESTIMACIÓN Y ASIGNACIÓN DE LOS RIESGOS PREVISIBLES La distribución de riesgos del contrato se basará en á Política Estatal sobre el manejo de riesgo contractual del Estado yen lo dispuesto en la Ley 1150 de 2007 y decreto 1082 de 2015. (Para lo cual deberá tenerse en cuenta el documento CONPES 3107 de 2001 y 3714 de 2011 que puede ser consultado en el SECOP (www.contratos.gov.co) En el presente capitulo se realiza la estimación, tipificación y asignación de los riesgos previsibles que puedan afectar el equilibrio económico del contrato que se derive del presente proceso de selección, al tenor de lo previsto en el articulo 2.2.1.1.2.1.3 del Decreto 1082 de 2015. Teniendo en cuenta la naturaleza del objeto a contratar, la forma de pago y plazo de ejecución del mismo, no aplican riesgos previsibles que puedan afectar el equilibrio económico del contrato que surja del proceso de selección adelantado. 7.2 TIPIFICACIÓN DE RIESGOS PREVISIBLES En el presente ítem se realiza la estimación, tipificación y asignación de los riesgos previsibles que puedan afectar el equilibrio económico del contrato que se derive del presente proceso de selección de acuerdo con el articulo 40 de la Ley 1150 de 2007. La distribución de riesgos del contrato se basará en la Política Estatal sobre el manejo de riesgo contractual del Estado y en lo dispuesto en la Ley 1150 de 2007 y decreto 1082 de 2015. (Para lo cual Página 66 de 66 s.1 AC 13 No. 37 —35 Tel: 3649400 www.movIlidadbogota.gozoo Info: Línea 195 BOGOTA PARA ALCALDiA MAYOR DE BOGOTÁ D.C. ewlsTm" deberá tenerse en cuenta el documento CONPES 3714 de 2011 que puede ser consultado en el SECOP www.contratos.gov.co) En el presente capitulo se realiza la estimación, tipificación y asignación de los riesgos previsibles que puedan afectar el equilibrio económico del contrato que se derive del presente proceso de selección, al tenor de lo previsto en el artículo 2.11.1.2.1.1 del Decreto 1082 de 2015. De acuerdo al articulo 22111.3.1 del Decreto 1082 de 2015 se entiende que el Riesgo es un evento que puede generar efectos adversos y de distinta magnitud en el logro de los objetivos del Proceso de Contratación o en la ejecución de un Contrato. El proponente debe proceder a su análisis con el fin de que la tipificación, estimación y asignación de riesgos definitiva se logre de manera concertada. De acuerdo a lo establecido en el documento CONPES 3714, DEL RIESGO PREVISIBLE EN EL MARCO DE LA POLÍTICA DE CONTRATACIÓN PÚBLICA, Consejo Nacional de Política Económica y Social República de Colombia; Departamento Nacional de Planeación; Diciembre 01 de 2011, se establece: ta tipificación es el proceso de caracterización de los riesgos que puedan preverse en las diferentes etapas del contrato, agrupándolos dentro de diferentes clases que presenten características similares. As!, la tipificación de los riesgos previsibles podrá consistir en la identificación de los distintos riesgos que pueden ocurrir durante la ejecución del contrato y su incorporación en una clase si ella existe" Los riesgos identificados, con su probabilidad, impacto y estimación son presentados en la siguiente tabla. Para tal efecto se utilizó la metodología utilizada por el documento CONPES 3714 de 01 de diciembre de 2011 y del aplicativo dispuesto para tal fin. En todo caso, el contratista frente a cualquier eventualidad que se presente en la ejecución del contrato relacionada con perjuicios a terceros o al medio ambiente entre otros, será el único responsable, dejando indemne a la Secretaria Distrital de Movilidad por toda situación, reclamación o condena, o cualquier decisión que comprometa la responsabilidad de la entidad por vía administrativa °judicial. Para el objeto del proceso contractual que nos compete, se identificaron los riesgos a asumir por el contratista seleccionado, los cuales se muestran en la matriz siguiente: Página 67 de 67 AC 13 No. 37 — 35 Tel: 3649400 www.movilidadbogota.gov.co info: Linea 195 Iv i5 119g R I4 PARA TODOS • -a • > o . 24; • •2 Ec' 2 • 2 113 a -29 1 5 ' ! l• 5 :13 211 51c. Ea-2 ° 1 011auCO laP~^5 o o V. o .1 ' 1 • rgeAtio, papiosA204n2 10/VILIAM 1 ! a 4Alí: 01121~11111111 15, a ' í2 A o;fllUoDsp.10~15 A A 2 ennallo2D INOE!00 o taannbilleow.i...1 . . . a b e onvm . . s'Altivan ron esue~0 nm~o nins 1nm~ 011V eneg ulPOIN ofe9 ohn/ eso NODflOW& a . . 2222112250101 . 2 -11 o -11 , 13 : : 2a , 1 . =- ,í 2 „ l'' 8Z ' :2 2....1. . e ze. 2 g PI -1 l'II -^ A a Mayores tostes, d'ameres, CADVAII á A EE Página 68de 68 LIMAISV II Z NA1113 Y? 2 a . 2 . ?TáZ 4.1 1 algunas, y una O hm da responsabilidad civil extrecontractue l > el 22 r• 1 maco durante red activorlad es de campo; am bulaneje en il -a 1 • contingencia; e ide lr co ndiciones ea riidOti a los allme Mol; moda los recientes dc ve bleulos de transportan 0n; peva TItsi ,.cp 212 6 2 sa 2 Operar con un plan de ..11 : E provecto A1 A 1 1 1 dl Impacto. Conocimiento del < Aceptare ' riesgo e Inco rporar costos en la oferta. Reducir monnievuoad Q 1a .,, . o -o .-a 5 P ^9 242N1.21 5 . 1 82t 5 11 .e o_ el i•. 1 b aalIN o bE rd Z 1 1 -2 -5 y r2i TZI 2 00 o Efl a co o Ivuaacr0 la.nnesa:10 ~muy clonWawil immeliado ..Pflaala ...me i49Pwah "I'm^52. 3 29~3 aman etiaal ounin tu/4n oLUSIUI iwavas 1~9 Mane- leatia9 0,11»d53 .. o 1 g• nr 5 m om o eu Z vi. m en toE. ri 3 ti t;4L' < 3P ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C. SECPETAIRt&DI ~Unan CAPITULO VIII 7.3 INDICACIÓN DE SI LA CONTRATACIÓN ESTÁ COBIJADA POR UN ACUERDO INTERNACIONAL O UN TRATADO DE LIBRE COMERCIO VIGENTE PARA EL ESTADO COLOMBIANO No Proceso de Contratación Cubierto por el Acuerdo Comercial No No No No Si No No No Canadá No No No No Chile Si No No No Corea No No No No Costa Rica Si No No No Estados AELC Estados Unidos El Salvador Triángulo Norte Guatemala Si No No No No No No No No Si No No Si Si No Si Honduras No No No No Unión Europea Si No No No Comunidad Andina de Naciones Si Si No Si Chile Si Presupuesto del Proceso de Contratación Superior al Valor del Acuerdo Comercial No México No Perú Entidad Estatal Incluida SI/NO ALIANZA PACIFICO Excepción Aplicable al Proceso de Contratación En virtud del análisis realizado para determinar cuáles acuerdos comerciales ratificados por Colombia son aplicables al presente proceso de contratación se concluyó que en este sentido lo son los Acuerdos de Guatemala y la CAN. Por consiguiente, la Secretada Distrital de Movilidad deberá brindar trato nacional a los bienes y servicios que puedan ofrecer los proveedores de los paises citados, así como darle publicidad a los documentos del proceso y brindar un plazo mínimo para la presentación de las ofertas. En lo que concierne al plazo minino para la presentación de ofertas, en virtud de lo establecido en el Página 69 de 69 AC 13 No. 37 — 35 Tel: 3649400 www.movilidadbogota.gov.co info: Línea 195 1151: 4 0 PARA TODOS Ai SI DIA MAYOR DE BOGOTÁ D.C. SITIIETARIA DE AdOVII 'PAD Manual para el manejo de los Acuerdos Comerciales en Procesos de Contratación de Colombia Compra Eficiente, debe tenerse en cuenta que, como quiera que en este proceso son aplicables más de un acuerdo comercial, el plazo mínimo que debe establecer en el cronograma del proceso para la preparación y presentación de las ofertas debe ser mayor o igual que el plazo más largo establecido en los Acuerdos Comerciales aplicables al Proceso, contados a partir de la fecha de publicación del aviso de convocatoria. La siguiente tabla muestra los plazos previstos en los Acuerdos Comerciales, incluyendo los plazos para los Procesos de Contratación de Bienes y Servicios de Caracterlsticas Técnicas Uniformes y de los Procesos de Contratación cuya información ha sido publicada en el Plan Anual de Adquisiciones. Plazo general Plazo Bienes y Servicios de características Técnicas Uniformes Plazo cuando hay publicidad en el Plan Anual de Adquisiciones Alianza PaShijo 30 días 10 días 10 días tanada 30 días 10 dias 10 días Chllb 10 días 10 días 10 días Corea 30 días 13 diasI4 ió días Cpaa—Rica 30 días 10 días 10 días Estados AELC 10 días 10 dias 10 días Estados Unidos ab días 10 días lp días Union Europea 30 días 10 días 10 días Dado que los acuerdos comerciales de Guatemala y la CAN no establecen plazos mínimos o generales para preparar y presentar propuestas, la Entidad no está sujeta a considerar este aspecto en la elaboración del cronograma del proceso. ANEXOS Anexo 1 Anexo 2 Anexo 3 Anexo 4 Anexo N° 4A Anexo N° 4B Anexo N° 4C Anexo N° 40 Anexo N° 5 Anexo Técnico No. 1 Anexo Técnico No. 2 Carta de Presentación de la Propuesta Certificación de pagos de seguridad social y aportes parafiscales (persona Jurídica). Declaración de no tener personal a cargo— persona juridica. Declaración juramentada aportes parafiscales (persona natural). Declaración no estar obligado efectuar pago parafiscales y seguridad social (persona natural). Declaración aportes seguridad social y de no aportar parafiscales (persona natural). Compromiso anticorrupción Página 70 de 70 AC 13 No. 37 —35 Tel: 3649400 www.movilidadbogota.gov.co info: Línea 195 MEJOR PARA TODOS Al r DIAMAYOR DE BOGOTÁ D.C. s'angla ittllulAD Anexo N° 6 Anexo N° 7 y 7A Anexo N° 8 Anexo N° 9 Anexo N° 10 Anexo N°11 Multas Sanciones y efect'vidad de las garantías. Documento de conformación de Consorcio o Unión Temporal. Relación de contratos ejecutados (EXPERIENCIA) Formato de presentación de propuesta económica Ofrecimiento de factores de calidad Minuta del contrato. Página 71 de 71 AC 13 No. 37 — 35 Tel: 3649400 www.movilidadbogota.gov.co Info: Línea 195 113. 11 Ç. PARA TODOS
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