Resolución Ministerial N° 282-2016-MINAM

CJ(po[ución 9t1.inisteria[
g.¡o 2~~ -2016 -9t1.IN,ft9t1.
Lima,
O 3'OCT. 2016
Visto, el Memorando W 241-2016-MINAM/SG/OCNI, de fecha 26 de setiembre de 2016, del
Director de la Oficina de Cooperación y Negociaciones Internacionales; el Memorando W 477-2016MINAMNMGA, de fecha 30 de setiembre de 2016, del Viceministerio de Gestión Ambiental; los
Informe Nos. 394 y 395-2016-MINAM/SG/OGA, ambos de fecha 30 de setiembre de 2016, del
Director de la Oficina General de Administración, y demás antecedentes que se adjuntan;
CONSIDERANDO:
Que, el Ministerio del Ambiente es un organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica
de derecho público y constituye pliego presupuestal del Estado;
Que, de acuerdo a lo señalado en el Decreto Legislativo W 1013, que aprueba la Ley de
Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, éste tiene la función general de
diseñar, establecer, ejecutar y supervisar la política nacional y sectorial ambiental, asumiendo la
rectoría con respecto a ella;
Que, mediante OF.RE (DGA-SUD) W 22-6-BB/141 de fecha 7 de setiembre de 2016, el
Director de América del Sur del Ministerio de Relaciones Exteriores informa sobre la realización del
Encuentro Presidencial y X Reunión del Gabinete Binacional de Ministros del Perú y Ecuador, a
realizarse el 7 de octubre de 2016 en la ciudad de Macas, provincia de Morona Santiago, República
del Ecuador; evento que será precedido los días 5 y 6 de octubre, por reuniones preparatorias para el
referido Gabinete Binacional;
DE
~\o (..,
~ ~
~f
~<i'J.
~
Que, que en dicha oportunidad se evaluarán los avances alcanzados en el cumplimiento de
los compromisos acordados en el IX Gabinete Binacional, celebrado el 18 de diciembre de 2015 en
Jaén, Cajamarca, y se acordarán los nuevos compromisos que serán aprobados por los mandatarios
del Perú y Ecuador;
Que, mediante Memorando W 241-2016-MINAM/SG/OCNI de fecha 26 de setiembre de
1.~016, el Director de la Oficina de Cooperación y Negociaciones Internacionales, propone a la señorita
~~
'~::\l<'
Adela Laura Solís La Hoz, Especialista en Cooperación Bilateral de la Oficina de Cooperación y
Negociaciones Internacionales, para que participe en las reuniones preparatorias en el marco del
Encuentro Presidencial y X Gabinete Binacional de Ministros Perú y Ecuador; asistiendo a las
reuniones técnicas y al Encuentro Presidencial, además de efectuar el seguimiento de los acuerdos
adoptados en la reunión anterior en Jaén y en la consideración de nuevos compromisos binacionales
a ser adoptados en Macas;
Que, por otra parte, mediante Memorando W 477-2016-MINAMNMGA, el Viceministro de
Gestión Ambiental remite el Anexo W 2: Solicitud de autorización de viaje al exterior, de la Ingeniera
Maria del Carmen Quevedo Caiña, Coordinadora de Área de Gestión de la Calidad Ambiental de
Agua y Efluentes, de la Dirección General de Calidad Ambiental, a fin que participe en las reuniones
preparatorias en el marco del Encuentro Presidencial y X Gabinete Binacional de Ministros Perú y
Ecuador, y asista a la alta dirección en el Encuentro Presidencial; así como, sustente las propuestas y
opiniones del Ministerio del Ambiente en relación a los temas vinculados a la calidad ambiental, en las
diferentes reuniones;
Que, estando a que el citado viaje irrogará gasto al Estado, mediante Informes Nos. 394 y
395-2016-MINAM/SG/OGA
de fecha 30 de setiembre de 2016, el Director de la Oficina General de
Administración remite las Planillas de Viáticos y Certificación Presupuestal correspondientes;
Que, el citado Encuentro Presidencial y X Reunión del Gabinete Binacional de Ministros
Perú y Ecuador, tiene como objetivo evaluar los avances alcanzados en el cumplimiento de
compromisos asumidos en la Declaración de Jaén; formular nuevos compromisos con el fin
profundizar la integración e impulsar la agenda común entre ambos países; así como, fortalecer
relaciones bilaterales Perú - Ecuador;
del
los
de
las
Que, el Reglamento sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios
públicos, aprobado por Decreto Supremo W 047-2002-PCM, y sus modificatorias, dispone que la
resolución de autorización de viajes al exterior de la República será debidamente sustentada en el
interés nacional o en el interés específico de la institución, y deberá indicar expresamente el motivo
del viaje, el número de días de duración, el monto los gastos de desplazamiento, viáticos, entre otros;
Que, el artículo 10, numeral 10.1, inciso a), de la Ley W 30372, Ley de Presupuesto del
Sector Público para el Año Fiscal 2016, prohíbe los viajes al exterior de servidores o funcionarios
públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, exceptuándose los viajes que se
efectúen en el marco de la negociación de acuerdos comerciales o tratados comerciales y
ambientales, negociaciones económicas y financieras y las acciones de promoción de importancia
para el Perú, autorizándose mediante resolución del titular de la entidad;
Que, asimismo, el numeral 10.2 del artículo 10 de la citada Ley W 30372, dispone que la
Oficina General de Administración, antes de la autorización de los gastos en materia de viajes al
exterior (viáticos y pasajes), para la participación de las personas señaladas en el numeral 10.1, debe
verificar que estos no hayan sido cubiertos por el ente organizador del evento internacional u otro
organismo;
DE
{
~\o
.9_
t...,
~
ii -OO' ¡'m
~~'"
.A.~~
'\.. -''''8''6'''' ""
Que, conforme a lo señalado precedentemente, resulta de importancia autorizar el viaje al
exterior en comisión de servicios de la señorita Adela Laura Solís La Hoz, Especialista en
Cooperación Bilateral de la Oficina de Cooperación y Negociaciones Internacionales, y de la
Ingeniera Maria del Carmen Quevedo Caiña, Coordinadora de Área de Gestión de la Calidad
Ambiental de Agua y Efluentes de la Dirección General de Calidad Ambiental, a la ciudad de Macas,
República del Ecuador entre el 4 y 7 de octubre de 2016, en el marco de la excepción prescrita en la
Ley de Presupuesto y con cargo al presupuesto institucional;
. 4I'NAtA
Con el visado del Director de la Oficina General de Administración
Oficina de Asesoría Jurídica, y;
y de la Directora de la
De conformidad con la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de
servidores y funcionarios públicos; su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo N° 0472002-PCM Y sus modificatorias; la Ley W 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año
Fiscal 2016; el Decreto Legislativo W 1013, Ley que aprueba la Creación, Organización y Funciones
del Ministerio del Ambiente; el Decreto Supremo W 007-2008-MINAM que aprueba el Reglamento de
Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar, por excepción, el viaje al exterior en comlSlon de servicios de la
señorita Adela Laura Solís La Hoz, Especialista en Cooperación Bilateral de la Oficina de
Cooperación y Negociaciones Internacionales, y de la Ingeniera Maria del Carmen Quevedo Caiña,
Coordinadora de Área de Gestión. de la Calidad Ambiental de Agua y Efluentes, de la Dirección
General de Calidad Ambiental, a la ciudad de Macas, provincia de Morona Santiago, República del
Ecuador, del 4 al 7 octubre de 2016, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente
Resolución Ministerial.
Artículo 2°._ Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial
serán cubiertos por el Pliego Presupuestal 005: Ministerio del Ambiente, de acuerdo al siguiente
detalle:
Adela Laura Solís La Hoz
•
Pasajes internacionales aéreos
•
Pasajes internacionales terrestres
•
Viáticos (por 03 días más 01 día de instalación)
US$ 1251.86
US$
150.00
US$ 1480.00
Maria del Carmen Quevedo Caiña
•
Pasajes internacionales aéreos
•
Pasajes internacionales terrestres
•
Viáticos (por 03 días más 01 día de instalación)
US$ 1251.86
US$
150.00
US$ 1480.00
Artículo 3°._ Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, las
servidoras autorizadas en el artículo 1 de la presente Resolución, deberán presentar ante la Titular
del Ministerio del Ambiente un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados
obtenidos; así como, la respectiva rendición de cuentas por los viáticos entregados.
Artículo 4°._ La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación del pago
de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación
Regístrese, comuníquese y publíquese.