Secretaria de Hacienda y del Tesoro Conmutador

SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MUNICIPIO DE PIEDECUESTA
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
OFICINA DE EJECUCIONES FISCALES
PUBLICACION No: 04-2016
FECHA DE PUBLICACION:
Octubre 5 de 2.016
RESPONSABLE: Oficina de Ejecuciones Fiscales de la Secretaria de Hacienda y
del Tesoro.
“NOTIFICACIÓN POR AVISO DE MANDAMIENTOS DE PAGO PROFERIDOS
POR LA SECRETARÍA DE HACIENDA DEL MUNICIPIO DE PIEDECUESTA EN
CONTRA DE DEUDORES DE IMPUESTO PREDIAL UNIFICADO.”
“La Secretaría de Hacienda y del Tesoro del Municipio de Piedecuesta, Área de
Ejecuciones Fiscales, en cumplimiento de sus funciones, hoy 5 de Octubre de 2.016,
procede a notificar en la Página web de la Alcaldía de Piedecuesta de conformidad con lo
establecido en el Acuerdo 022 de Diciembre 19 de 2014 en su artículo 463, el cual
determina: “ Los actos administrativos enviados por correo, que por cualquier razón sean
devueltos, serán notificados mediante aviso, con transcripción de la parte resolutiva del
acto administrativo, en el portal web de la Entidad Territorial que incluya mecanismos de
búsqueda por número identificación personal y, en todo caso en un lugar de acceso al
público de la misma entidad. La notificación se entenderá surtida para efecto de los
términos de la administración, en la primera fecha de introducción al correo, pero para el
contribuyente, el término para responder o impugnar se contará desde el día hábil
siguiente a la publicación del aviso en el portal o de la corrección de la notificación. Lo
anterior no se aplicará cuando la devolución se produzca por notificación a una dirección
distinta a la informada en el RUT o en los registros de la Entidad Territorial, en cuyo caso
se deberán notificar a la dirección correcta dentro del término legal”.
La publicación de este aviso se realizará conjuntamente en la cartelera oficial de la Oficina
de Ejecuciones Fiscales, adscrita a la Secretaría de Hacienda y del Tesoro, según lo
establecido en el Decreto Municipal 067 de 2014 y el Acuerdo 022 del 2014. Para lo cual
esta Administración Municipal lo publica en un lugar visible y de acceso al público por el
término de quince (15) días.
Los Mandamientos de Pago dictados por la Secretaría de Hacienda y del Tesoro contra
los deudores morosos de impuesto predial unificado, que fueron devueltas por el correo
certificado se proceden a notificar mediante aviso publicado en la página web de la
Alcaldía del Municipio de Piedecuesta de conformidad con lo estipulado en el Acuerdo
No. 022 de Diciembre 19 de 2014 a las siguientes personas: “Ver listado”, que podrá
consultar por No. de documento de identidad “C.C. – NIT”, Apellidos, dirección y/o
Número predial.
Cada una de las personas notificadas mediante ésta publicación cuenta con quince (15)
días hábiles contados a partir del día hábil siguiente a la presente publicación, de
conformidad con lo previsto en el artículo 726 del Acuerdo No. 022 de Diciembre 19 de
2014 para cancelar el monto de la deuda con sus respectivos intereses o proponer
mediante escrito las excepciones contra el mandamiento de pago librado en su contra.
Los Mandamientos de pago que son objeto de esta notificación, mediante aviso en la
Página WEB DE LA ALCALDIA DE PIEDECUESTA, se relacionan a continuación y su
parte resolutiva se encuentra trascrita en el Anexo Mandamientos de Pago; EL CUAL
PODRA VER
EN LA PARTE
FINAL DE ESTA PUBLICACION.–VER ANEXO
MANDAMIENTOS DE PAGO.
Secretaria de Hacienda y del Tesoro
Centro Comercial de la Cuesta Local B-10 piso 1
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
PROCESOS COBRO IMPUESTO PREDIAL UNIFICADO VIGENCIA 2009 -2013
NO
1
EXP
NO PREDIAL
CONTRIBUYENTE
22417
000000280018000
22579
000000040288000
22580
000000040289000
22197
000000160485000
SEQUEDA JAIMES JULIO
LOPEZ COMBITA WILLIAMOCTAVIO
PEREZ COMBITA JUANFRANCISCO
CORREDOR RUEDA JULIANANDRES
5
21892
000000080423018
PARRA MENDOZA ANDELFO
6
22292
000000320022000
2
3
4
C.C-NIT
DIRECCION
RES
MAND
FECHA
D/M/A
VIGENCIA
VALOR
DE
HASTA
5650564
EL DIVISO
194
30/03/2016
2012
2013
170
91348103
LO 2 VDA SAN JAVIER
195
30/03/2016
2012
2013
202
91349488
LOS PINOS-LOS CAYENOS LO 1
196
30/03/2016
2012
2013
460
91356548
LO 7 VDA LOS CUROS
197
30/03/2016
2012
2013
866
91343652
EL MORICHAL VDA GUATIGUARA
198
30/03/2016
2011
2013
885
EL VADO
199
30/03/2016
2013
2013
844
22198
000000040313000
RODRIGUEZ CHACON IGNACIO
DELGADO HERNANDEZ MARIAVIOLETA
27940136
LO 3 VDA SAN JAVIER
200
30/03/2016
2012
2013
1032
8
22762
000000150148000
MEZA CASTELLANOS MYRIAM
63344964
LOS ARRAYANES VDA SAN FRANCISCO
201
30/03/2016
2012
2013
1250
9
21293
000000040315000
28351746
LO 5 VDA SAN JAVIER
202
30/03/2016
2011
2013
1634
21294
000000040314000
LEAL PLATA ALBA-LUCIA
DELGADO HERNANDEZ MARIAVIOLETA
27940136
LO 4 VDA SAN JAVIER
203
30/03/2016
2011
2013
1634
11
21295
000000040312000
INGECAR-LIMITADA
8902076410
LO 2 VDA SAN JAVIER
204
30/03/2016
2011
2013
1634
12
21296
000000040311000
INGECAR-LIMITADA
8902076410
LO 1 VDA SAN JAVIER
205
30/03/2016
2011
2013
1634
13
21324
000000160478000
91344933
LO 2 VDA LOS CUROS
206
30/03/2016
2011
2013
1634
22729
000000130361000
63274320
LO 1 LA LOMITA VDA LAS AMARILLAS
207
30/03/2016
2013
2013
1552
7
10
22294
000000350006000
LARROTA MANTILLA ALFONSO
GARCIA FUENTES ANGELAMARIA
CABALLERO * LUISDEOGRACIAS-SUC
EL TAMBOR
208
30/03/2016
2013
2013
1694
16
21044
010009910002000
FUNDACION-PAZ-Y-VIVIENDA
8040095481
C 1E 19 06 L 3
209
30/03/2016
2011
2011
3098
17
22775
000000180137000
1102362785
EL PORVENIR VDA SAN ISIDRO
210
30/03/2016
2013
2013
2130
22560
000000030172000
TIRADO ROJAS ANTONIO-JOSE
AREVALO DURAN PABLOELIECER
91253453
VILLA DONALDO EL GUAMO
211
30/03/2016
2013
2013
2259
19
22779
000000200163000
PEREZ PAEZ LUIS-ERNESTO
88168399
VILLA SILVIA VDA SEVILLA
212
30/03/2016
2013
2013
2330
20
22212
010011840012000
FLOREZ PINZON ISMAEL
5628585
C 14B 0 51 LO 12 MZ G UR BRISAS DE
213
30/03/2016
2012
2013
2990
21
22788
000000210086000
FLOREZ VILLAMIZAR ELIAS
2139630
EL PEDREGAL VDA FALTRIQUERAS
214
30/03/2016
2012
2013
3456
22
21292
000000230032000
CAMPAMENTO K 43
215
30/03/2016
2009
2013
132
14
15
18
21911
010000220572901
LA-NACION
GALEANO PENAGOS LUZSTELLA
63365184
K 5 11 28 L L-4005 C.C. ORBE
216
30/03/2016
2013
2013
3344
24
21912
010000220573901
ANGARITA ARDILA ALDIDES
13842970
K 5 11 28 L L-4006 C.C. ORBE
217
30/03/2016
2013
2013
3344
25
21914
010000220592901
63492468
K 5 11 28 L L-4025 C.C. ORBE
218
30/03/2016
2013
2013
3344
23
21916
010000220611901
MORENO RIOS CLAUDIA-ROCIO
SAAVEDRA ANAYA JOSEGABRIEL
1102358151
K 5 11 28 L L-4044 C.C. ORBE
219
30/03/2016
2013
2013
3344
27
21919
010000220632901
ANGARITA ARDILA ALDIDES
13842970
K 5 11 28 L L-4065 C.C. ORBE
220
30/03/2016
2013
2013
3344
28
21968
010000220660901
ANGARITA ARDILA ALDIDES
13542970
K 5 11 28 L L-4093 C.C. ORBE
221
30/03/2016
2013
2013
3344
29
21969
010000220661901
ANGARITA ARDILA ALDIDES
13842970
K 5 11 28 L L-4094 C.C. ORBE
222
30/03/2016
2013
2013
3344
30
21971
010000220663901
13842970
K 5 11 28 L L-4096 C.C. ORBE
223
30/03/2016
2013
2013
3344
22044
010000220300901
ANGARITA ARDILA ALDIDES
CARRIZOSA RUIZ MARIAESPERANZA
45620299
K 5 11 28 L L-2080 C.C. ORBE
224
30/03/2016
2013
2013
3344
32
22045
010000220299901
QUINONEZ MORENO CARMEN
63312425
K 5 11 28 L L-2079 C.C. ORBE
225
30/03/2016
2013
2013
3344
33
22048
010000220288901
ANGARITA ARDILA ALCIDES
13842970
K 5 11 28 L L-2068 C.C. ORBE
226
30/03/2016
2013
2013
3344
34
22049
010000220287901
13842970
K 5 11 28 L L-2067 C.C. ORBE
227
30/03/2016
2013
2013
3344
22053
010000220273901
1102368563
K 5 11 28 L L-2053 C.C. ORBE
228
30/03/2016
2013
2013
3344
22055
010000220270901
8902067351
K 5 11 28 L L-2050 C.C. ORBE
229
30/03/2016
2013
2013
3344
22059
010000220253901
8902067351
K 5 11 28 L L-2033 C.C. ORBE
230
30/03/2016
2013
2013
3344
26
31
22060
010000220252901
ANGARITA ARDILA ALCIDES
SANCHEZ CACERES YULYTATIANA
DISTRUBUCIONES-COLOMBIALIMITADA
DISTRIBUCIONES-COLOMBIALIMITADA
DISTRIBUCIONES-COLOMBIALIMITADA
8902067351
K 5 11 28 L L-2032 C.C. ORBE
231
30/03/2016
2013
2013
3344
39
22065
010000220243901
ANGARITA ARDILA ALCIDES
3242970
K 5 11 28 L L-2023 C.C. ORBE
232
30/03/2016
2013
2013
3344
40
22066
010000220241901
RODRIGUEZ JIMENEZ RAFAEL
6771942
K 5 11 28 L L-2021 C.C. ORBE
233
30/03/2016
2013
2013
3344
41
22067
010000220238901
ANGARITA ARDILA ALCIDES
13842970
K 5 11 28 L L-2018 C.C. ORBE
234
30/03/2016
2013
2013
3344
42
22068
010000220237901
13242970
K 5 11 28 L L-2017 C.C. ORBE
235
30/03/2016
2013
2013
3344
22131
010000220183901
1098671422
K 5 11 28 L L-1132 C.C. ORBE
236
30/03/2016
2013
2013
3744
22132
010000220184901
ANGARITA ARDILA ALCIDES
GELVEZ JACOME KAROLNATHALIA
GELVEZ JACOME KAROLNATHALIA
1098671422
K 5 11 28 L L-1133 C.C. ORBE
237
30/03/2016
2013
2013
3744
22133
010000220191901
37231706
K 5 11 28 L L-1140 C.C. ORBE
238
30/03/2016
2013
2013
3744
35
36
37
38
43
44
45
22134
010000220194901
VARGAS YANEZ ANA-DOLORES
LAVERDE PEDRAZA HENRYHERNAN
7125946
K 5 11 28 L L-1143 C.C. ORBE
239
30/03/2016
2013
2013
3744
47
22135
010000220693901
FRANCO * OSCAR-ORLANDO
457403
K 5 11 28 L L-4126 C.C. ORBE
240
30/03/2016
2013
2013
3344
48
22138
010000220703901
13842970
K 5 11 28 L L-4136 C.C. ORBE
241
30/03/2016
2013
2013
3344
22151
010000220679901
ANGARITA ARDILA ALDIDES
CAMARGO FLOREZ MARIAYORLEYTH
63352395
K 5 11 28 L L-4112 C.C. ORBE
242
30/03/2016
2013
2013
3344
50
22193
010000220452901
ANGARITA ARDILA ALDIDES
13842970
K 5 11 28 L L-3073 C.C. ORBE
243
30/03/2016
2013
2013
3344
51
22222
010000220427901
ANGARITA ARDILA ALDIDES
13842970
K 5 11 28 L L-3048 C.C. ORBE
244
30/03/2016
2013
2013
3344
52
22223
010000220428901
13842970
K 5 11 28 L L-3049 C.C. ORBE
245
30/03/2016
2013
2013
3344
22224
010000220429901
ANGARITA ARDILA ALDIDES
LUNA RINCON FLORINDAMARIA
28404047
K 5 11 28 L L-3050 C.C. ORBE
246
30/03/2016
2013
2013
3344
54
22225
010000220432901
FRANCO * ORCAR-ORLANDO
457403
K 5 11 28 L L-3053 C.C. ORBE
247
30/03/2016
2013
2013
3344
55
22228
010000220461901
ANGARITA ARDILA ALDIDES
13842970
K 5 11 28 L L-3082 C.C. ORBE
248
30/03/2016
2013
2013
3344
56
22568
000000030330000
63441998
LO 6 VDA EL GUAMO
249
30/03/2016
2013
2013
3787
21053
010011840028000
AGUILAR RUEDA MAYELID
ASOVIPOPULAR-ASOCIACIONDE-VIVIEN
C 14B 0 03 LO 28 MZ G UR BRISAS DE
250
30/03/2016
2011
2013
4831
22291
000000320008000
BADILLO
251
30/03/2016
2012
2013
5018
21325
000000130724000
VILLA XIOMARA VDA LAS AMARILLAS
252
2011
2013
6026
46
49
53
57
58
59
PEREZ PEREZ CELEANO
BALLESTEROS GARZON
OSCAR
8040050468
2014958
91281801
Secretaria de Hacienda y del Tesoro
Centro Comercial de la Cuesta Local B-10 piso 1
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
30/03/2016
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
60
61
62
63
64
65
66
22221
000000120657000
22117
010010940004000
22331
010010950007000
22334
010010970002000
21998
000000160496000
21987
000000091041000
22539
000000011399000
22407
010009990041904
22408
010009990042904
22409
010009990043904
22410
010009990046904
22411
010009990044904
22412
010009990045904
22235
000000190391000
21993
000000091055000
Cód. Dependencia: 630-76-9
RODRIGUEZ SALAMANCA
ERIKA
LANCHEROS MANTILLA LUZMIREYA
LEAL MENDEZ LUISALEJANDRO
RONDON SANABRIA MARIAELIA
1095813764
No. Consecutivo:
01
SAN ANGEL LO 3 VDA GRANADILLO
253
30/03/2016
2012
2013
6362
37615449
C 15B 1W 10 UR EDIMAR
254
30/03/2016
2013
2013
5634
5707757
C 15D 1W 03 UR EDIMAR
256
30/03/2016
2013
2013
5634
21241912
C 15E 1W 28 UR EDIMAR
257
30/03/2016
2013
2013
5634
MARIN URREA FANNY
ESPINOSA SANCHEZ
RAIMUNDA
37618882
LO 5 VDA LOS CUROS
258
30/03/2016
2013
2013
6275
27934482
LO 1-1 VDA LA MESA DE RUITOQUE
259
30/03/2016
2013
2013
6370
13847046
LOS GUAYACANES VDA MESA DE JERIDAS
260
30/03/2016
2013
2013
6453
91287753
PARQ MOTO 01 ED TORRE CRISTAL
261
30/03/2016
2013
2013
6498
91287753
PARQ MOTO 02 ED TORRE CRISTAL
262
30/03/2016
2013
2013
6498
91287753
PARQ MOTO 03 ED TORRE CRISTAL
263
30/03/2016
2013
2013
6498
91287753
PARQ MOTO 06 ED TORRE CRISTAL
264
30/03/2016
2013
2013
6498
91287753
PARQ MOTO 04 ED TORRE CRISTAL
265
30/03/2016
2013
2013
6498
91287753
PARQ MOTO 05 ED TORRE CRISTAL
266
30/03/2016
2013
2013
6498
91344551
LO 2 VDA PLANADAS
267
30/03/2016
2012
2013
6210
91222687
LO 1-4 VDA MESA DE RUITOQUE
268
30/03/2016
2013
2013
7051
21990
000000091051000
ORDUZ JAIMES HORACIO
PRADA RODRIGUEZ PABLOANTONIO
PRADA RODRIGUEZ PABLOANTONIO
PRADA RODRIGUEZ PABLOANTONIO
PRADA RODRIGUEZ PABLOANTONIO
PRADA RODRIGUEZ PABLOANTONIO
PRADA RODRIGUEZ PABLOANTONIO
VILLAMIZAR ARENAS CARLOSMIGUEL
SANCHEZ ESPINOSA LUISALFONSO
ESPINOSA SANCHEZ
RAIMUNDA
27934482
LO 3 VDA MESA DE RUITOQUE
269
30/03/2016
2013
2013
7092
76
22329
030000390098000
MORALES * GRACIELA
27915987
LOTE VDA LA ESPERANZA
270
30/03/2016
2013
2013
7114
77
21910
010000220571901
ANGARITA ARDILA ALDIDES
13842970
K 5 11 28 L L-4004 C.C. ORBE
271
30/03/2016
2012
2013
6599
78
21915
010000220594901
ANGARITA ARDILA ALDIDES
13842970
K 5 11 28 L L-4027 C.C. ORBE
272
30/03/2016
2012
2013
6599
79
21917
010000220612901
ANGARITA ARDILA ALDIDES
13842970
K 5 11 28 L L-4045 C.C. ORBE
273
30/03/2016
2012
2013
6599
80
21920
010000220640901
ANGARITA ARDILA ALDIDES
13842970
K 5 11 28 L L-4073 C.C. ORBE
274
30/03/2016
2012
2013
6599
81
21922
010000220643901
13842970
K 5 11 28 L L-4076 C.C. ORBE
275
30/03/2016
2012
2013
6599
21924
010000220648901
ANGARITA ARDILA ALDIDES
ARIAS BONILLA FREDYANDRES
5774269
K 5 11 28 L L-4081 C.C. ORBE
276
30/03/2016
2012
2013
6599
83
21964
010000220652901
ANGARITA ARDILA ALDIDES
13842970
K 5 11 28 L L-4085 C.C. ORBE
277
30/03/2016
2012
2013
6599
84
21965
010000220653901
ANGARITA ARDILA ALDIDES
13842970
K 5 11 28 L L-4086 C.C. ORBE
278
30/03/2016
2012
2013
6599
85
21966
010000220654901
ANGARITA ARDILA ALDIDES
13842970
K 5 11 28 L L-4087 C.C. ORBE
279
30/03/2016
2012
2013
6599
86
21967
010000220655901
BANDERA GARCIA ALCIRA
28403921
K 5 11 28 L L-4088 C.C. ORBE
280
30/03/2016
2012
2013
6599
87
21970
010000220662901
ANGARITA ARDILA ALDIDES
13842970
K 5 11 28 L L-4095 C.C. ORBE
281
30/03/2016
2012
2013
6599
88
21974
010000220669901
JAIMES PENA EVER-FABIAN
13862721
K 5 11 28 L L-4102 C.C. ORBE
282
30/03/2016
2012
2013
6599
89
21976
010000220674901
ANGARITA ARDILA ALDIDES
13842970
K 5 11 28 L L-4107 C.C. ORBE
283
30/03/2016
2012
2013
6599
90
21977
010000220675901
13842970
K 5 11 28 L L-4108 C.C. ORBE
284
30/03/2016
2012
2013
6599
21978
010000220676901
63352395
K 5 11 28 L L-4109 C.C. ORBE
285
30/03/2016
2012
2013
6599
21979
010000220677901
63352395
K 5 11 28 L L-4110 C.C. ORBE
286
30/03/2016
2012
2013
6599
21980
010000220678901
63352395
K 5 11 28 L L-4111 C.C. ORBE
287
30/03/2016
2012
2013
6599
67
68
69
70
71
72
73
74
75
82
22040
010000220308901
ANGARITA ARDILA ALDIDES
CAMARGO FLOREZ MARIAYORLEYTH
CAMARGO FLOREZ MARIAYORLEYTH
CAMARGO FLOREZ MARIAYORLEYTH
ADARME MAYORGA LUISFERNANDO
91202868
K 5 11 28 L L-2088 C.C. ORBE
288
30/03/2016
2012
2013
6599
95
22046
010000220294901
RIBERO TOBON HERIBERTO
13805633
K 5 11 28 L L-2074 C.C. ORBE
289
30/03/2016
2012
2013
6599
96
22047
010000220290901
13842970
K 5 11 28 L L-2070 C.C. ORBE
290
30/03/2016
2012
2013
6599
22054
010000220272901
ANGARITA ARDILA ALCIDES
CAMARGO FLOREZ MARIAYORLEYTH
63352395
K 5 11 28 L L-2052 C.C. ORBE
291
30/03/2016
2012
2013
6599
98
22057
010000220267901
MORENO RIOS CLAUDIA-ROCIO
63492468
K 5 11 28 L L-2047 C.C. ORBE
292
30/03/2016
2012
2013
6599
99
22058
010000220266901
ANGARITA ARDILA ALCIDES
13542970
K 5 11 28 L L-2046 C.C. ORBE
293
30/03/2016
2012
2013
6599
100
22062
010000220246901
MORENO RIOS CLAUDIA-ROCIO
63492468
K 5 11 28 L L-2026 C.C. ORBE
294
30/03/2016
2012
2013
6599
101
22063
010000220245901
MORENO RIOS CLAUDIA-ROCIO
36492468
K 5 11 28 L L-2025 C.C. ORBE
295
30/03/2016
2012
2013
6599
102
22064
010000220244901
ANGARITA ARDILA ALCIDES
13842970
K 5 11 28 L L-2024 C.C. ORBE
296
30/03/2016
2012
2013
6599
103
22070
010000220221901
ANGARITA ARDILA ALCIDES
13842970
K 5 11 28 L L-2001 C.C. ORBE
297
30/03/2016
2012
2013
6599
104
22072
010000220216901
PARRA RINCON HERNANDO
9129226
K 5 11 28 L L-1165 C.C. ORBE
298
30/03/2016
2012
2013
6599
105
22073
010000220215901
PARRA RINCON HERNANDO
9129226
K 5 11 28 L L-1164 C.C. ORBE
299
30/03/2016
2012
2013
6599
106
22074
010000220214901
ANGARITA ARDILA ALCIDES
13842970
K 5 11 28 L L-1163 C.C. ORBE
300
30/03/2016
2012
2013
6599
107
22076
010000220213901
ANGARITA ARDILA ALCIDES
13842970
K 5 11 28 L L-1162 C.C. ORBE
301
30/03/2016
2012
2013
6599
108
22077
010000220212901
ANGARITA ARDILA ALCIDES
13842970
K 5 11 28 L L-1161 C.C. ORBE
302
30/03/2016
2012
2013
6599
109
22078
010000220211901
ANGARITA ARDILA ALCIDES
13842970
K 5 11 28 L L-1160 C.C. ORBE
303
30/03/2016
2012
2013
6599
110
22130
010000220181901
ANGARITA ARDILA ALCIDES
13842970
K 5 11 28 L L-1130 C.C. ORBE
304
30/03/2016
2013
2013
8399
111
22137
010000220701901
ANGARITA ARDILA ALDIDES
13842970
K 5 11 28 L L-4134 C.C. ORBE
305
30/03/2016
2012
2013
6599
112
22152
010000220673901
ANGARITA ARDILA ALDIDES
13842970
K 5 11 28 L L-4106 C.C. ORBE
306
30/03/2016
2012
2013
6599
113
22191
010000220492901
ALVAREZ BLANCO GUSTAVO
91227111
K 5 11 28 L L-3113 C.C. ORBE
307
30/03/2016
2012
2013
6599
114
22192
010000220485901
13842970
K 5 11 28 L L-3106 C.C. ORBE
308
30/03/2016
2012
2013
6599
22194
010000220420901
91260657
K 5 11 28 L L-3041 C.C. ORBE
309
30/03/2016
2012
2013
6599
91
92
93
94
97
22226
010000220435901
ANGARITA ARDILA ALDIDES
CARLIER TORRES JULIANOGERARDO
AMAYA PEDROZA DIANAMIREYA
63551678
K 5 11 28 L L-3056 C.C. ORBE
310
30/03/2016
2012
2013
6599
117
22229
010000220464901
ANGARITA ARDILA ALDIDES
13842970
K 5 11 28 L L-3085 C.C. ORBE
311
30/03/2016
2012
2013
6599
118
22230
010000220488901
ANGARITA ARDILA ALDIDES
1342970
K 5 11 28 L L-3109 C.C. ORBE
312
30/03/2016
2012
2013
6599
119
22231
010000220489901
ANGARITA ARDILA ALDIDES
13842970
K 5 11 28 L L-3110 C.C. ORBE
313
30/03/2016
2012
2013
6599
120
22232
010000220491901
ALVAREZ BLANCO GUSTAVO
91227111
K 5 11 28 L L-3112 C.C. ORBE
314
30/03/2016
2012
2013
6599
121
22233
010000220493901
26343
K 5 11 28 L L-3114 C.C. ORBE
315
30/03/2016
2012
2013
6599
122
21991
000000091053000
ALVAREZ BLANCO GUSTAVO
ESPINOSA SANCHEZ
RAIMUNDA
27934482
LO 1-2 VDA MESA DE RUITOQUE
316
30/03/2016
2013
2013
7817
123
21709
000000130378000
BARRAGAN JAIMES NUBIA
63443487
EL DIVISO VDA LAS AMARILLAS
318
30/03/2016
2011
2013
10430
115
116
Secretaria de Hacienda y del Tesoro
Centro Comercial de la Cuesta Local B-10 piso 1
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
124
125
21992
000000091054000
ESPINOSA SANCHEZ
RAIMUNDA
27934482
LO 1-3 VDA MESA DE RUITOQUE
319
30/03/2016
2013
2013
8426
21999
000000180167000
ROJAS ROJAS SATURNINA
28289126
COCORA VDA SAN ISIDRO
320
30/03/2016
2013
2013
8440
126
22242
000000190398000
91343426
LO 1 VDA PLANADAS
321
30/03/2016
2012
2013
8068
127
22035
010011270014000
SANDOVAL JAIMES EVELIO
PEDRO-C-GOMEZCONSTRUCTORA-&-CIA-
323
30/03/2016
2011
2013
128
21906
000000140323000
QUINTERO JAIMES PEDRO
91351108
EL TACHUELO LO 5 VDA LOS LLANITOS
324
30/03/2016
2012
2013
129
22768
000000150329000
HIGUERA BARRIOS JEFFERSON
13740314
EL CHEVECHE VDA SAN FRANCISCO
325
30/03/2016
2013
2013
9721
130
21882
000000120532000
RAMIREZ YANEZ JOSE-RAUL
91277936
YERBABUENA VDA GRANADILLO
326
30/03/2016
2011
2013
12403
131
21371
010000220171901
ANGARITA ARDILA ALCIDES
13842970
K 5 11 28 L L-1120 C.C. ORBE
327
30/03/2016
2011
2013
12396
132
22034
010011270041000
JAIMES OSMA LUIS-ROBERTO
91341269
A 17 15A 120 MZ A LO 41 UR PORTAL
328
30/03/2016
2011
2013
13394
133
21306
010009840095000
GARNICA REY JAVIER
91349290
LO No 11
329
30/03/2016
2011
2013
13502
134
22332
010010990006000
REY BLANCO JOSE-ANTONIO
91346336
C 16A 1W 28 UR EDIMAR
330
30/03/2016
2012
2013
12625
135
22333
010010970007000
PABON * FLOR-DE-MARIA
37828935
C 16 1W 03 UR EDIMAR
331
30/03/2016
2012
2013
12625
136
21888
000000120114000
TELLEZ CRUZ HERNANDO
5568345
BUENAVISTA VDA EL GRANADILLO
332
30/03/2016
2011
2013
14880
137
22777
000000180151000
13807574
LT 3 VDA SAN ISIDRO
333
30/03/2016
2012
2013
14270
22730
000000130366000
PICO ARENAS ALBERO
TORRES JAIMES MARIACONCEPCION
28162002
LA ESPERANZA VDA LAS AMARILLAS
334
30/03/2016
2012
2013
14434
22776
000000180146000
91264342
MI TERRUNO VDA SAN ISIDRO
335
30/03/2016
2012
2013
14506
22565
000000030278000
28295603
EL MAMEY VDA EL GUAMO
336
30/03/2016
2012
2013
15172
21010
000000050016000
VILLAMIZAR SERRANO DANILO
JAIMES JIMENEZ MARIAHERSILIA
EMPRESA-DE-OBRASSANITARIAS-DE
LOTE
337
30/03/2016
2009
2013
14754
142
22246
000000190401000
SANDOVAL JAIMES MANUEL
LO 4 VDA PLANADAS
338
30/03/2016
2012
2013
12418
143
22275
000000190367000
EL TREBOL VDA PLANADAS
339
30/03/2016
2013
2013
14126
138
139
140
141
693481
T 3WA 15A 47 MZ A LO 14 UR PORTAL
11717
8290
22330
030000390077000
GARNICA REY EUGENIA
PINTO CESPEDES CARMENELVIRA
LOTE 16 M 5
340
30/03/2016
2013
2013
14391
145
21291
000000290016000
AVENDANO * THOMAS
NULL
341
30/03/2016
2009
2013
17785
146
22770
000000180027000
LA LOMITA SITIO BUENAVISTA VDA SAN
342
30/03/2016
2013
2013
16214
22091
010009920005000
GARCIA * CECILIA-SUC
ALMEYDA MENESES JOHNJAIRO
91352625
K 4 D 4A 26 LO 5 MZ A SEC 1 UR PAL
343
30/03/2016
2013
2013
16202
148
22094
010009930011000
AYA * JOSE-RAMOS
19051354
K 3C 2AN 33
344
30/03/2016
2013
2013
16202
149
22282
010010010012000
BERTOIA * DANIELE
LO 12 MZ I UR PALERMO I
345
30/03/2016
2013
2013
16202
150
22283
010010010013000
LO 13 MZ I UR PALERMO I
346
30/03/2016
2013
2013
16202
22288
010010090003000
BERTOIA * DANIELE
OREJARENA ARCINIEGAS
JOSE-IGNACIO
13847021
LO 03 MZ Q UR PALERMO I
347
30/03/2016
2013
2013
16202
21051
010010930007000
63320672
C 15B 1W 09 UR EDIMAR
348
30/03/2016
2011
2013
20872
21052
010010930004000
30209527
C 15A 1W 10 UR EDIMAR
349
30/03/2016
2011
2013
20872
22545
000000011595000
28294084
LA ROSITA VDA MESA DE JERIDAS
350
30/03/2016
2013
2013
16721
22763
000000150186000
PICO SERRANO MARTHA-LIGIA
ROBAYO SALAMANCA LUZYADIRA
TASCO RAMIREZ CARMENROSA
VILLAMIZAR GUTIERREZ
MARIA-ELSA
37541992
VILLA ELSA VDA SAN FRANCISCO
351
30/03/2016
2013
2013
16721
156
21368
010000220155901
MANTILLA ARIZA YANETH
63309431
K 5 11 28 L L-1104 C.C. ORBE
352
30/03/2016
2011
2013
20985
157
21369
010000220154901
MANTILLA ARIZA YANETH
63309431
K 5 11 28 L L-1103 C.C. ORBE
353
30/03/2016
2011
2013
20985
158
21370
010000220153901
ANGARITA ARDILA ALCIDES
13842970
K 5 11 28 L L-1102 C.C. ORBE
354
30/03/2016
2011
2013
20985
159
21372
010000220170901
ANGARITA ARDILA ALCIDES
13842970
K 5 11 28 L L-1119 C.C. ORBE
355
30/03/2016
2011
2013
20985
160
21375
010000220167901
13842970
K 5 11 28 L L-1116 C.C. ORBE
356
30/03/2016
2011
2013
20985
22583
000000050033000
91154609
MIRALINDO VDA PAJONAL
357
30/03/2016
2013
2013
17647
22101
000000100242000
91353550
LA ESPANOLITA VDA MENSULI
358
30/03/2016
2013
2013
17670
22773
000000180071000
ANGARITA ARDILA ALCIDES
SAAVEDRA GOMEZ
EUGENIANO
GUALDRON CHAPARRO
RODRIGO
JEREZ DELGADO LUISANTONIO
91348673
GUARUMALES VDA SAN ISIDRO
359
30/03/2016
2012
2013
20696
164
21985
030000390277000
ORTIZ SUAREZ LISANDRO-SUC
5704821
VILLA INES
360
30/03/2016
2012
2013
20768
165
22015
030000380186000
INGYSERV-LTDA
LO 27C VILLAS DE FONTANAR II ETAPA
361
30/03/2016
2013
2013
18744
166
22569
000000040013000
BARRIOS DOMINGUEZ MILTON
91537351
EL GRANADO VDA SAN JAVIER
362
30/03/2016
2013
2013
18780
167
22586
000000050097000
5705790
PARCELA 9 VILLA CAROLINA VDA PAJON
363
30/03/2016
2012
2013
22026
22003
010000990074902
GOMEZ GUEVARA HUMBERTO
FUENTES MANRIQUE CIROALFONSO
5605909
C 7 11 61 PARQ 1 P.H. TORRES DE SA
364
30/03/2016
2013
2013
20183
21329
000000190377000
91341966
LO SEIS VDA PLANADAS
365
30/03/2016
2011
2013
25849
22737
000000140131000
13809480
EL PORVENIR VDA LOS LLANITOS
366
30/03/2016
2013
2013
20920
22726
000000130171000
FLOREZ ARENAS PEDRO-LEON
ACEVEDO MANTILLA LUISARTURO
MORALES CONTRERAS
HUMBERTO
91341360
LAS ACACIAS VDA LAS AMARILLAS
367
30/03/2016
2012
2013
23944
22327
050000030001003
CASA 03 BR VILLA REAL CHICAMOCHA
368
30/03/2016
2013
2013
22100
22209
030000400148000
144
147
151
152
153
154
155
161
162
163
168
169
170
171
172
27959679
8300641161
22301
030000400148000
RIANO * HILDA
CRISTANCHO MENDEZ JOSEVICENTE
CRISTANCHO MENDEZ JOSEVICENTE
13894403
LOTE 9
370
30/03/2016
2013
2013
22271
175
22202
000000190383000
FLOREZ MORENO JORGE
2141336
VILLA LUZ VDA PLANADAS
371
30/03/2016
2013
2013
22282
176
22264
000000170049000
CASTELLANOS JAIMES EFRAIN
2198414
EL SITIO
372
30/03/2016
2012
2013
25254
177
22071
010000220218901
13842970
K 5 11 28 L L-1167 C.C. ORBE
373
30/03/2016
2012
2013
19887
22405
010009990039904
21266
010011460009000
ANGARITA ARDILA ALCIDES
PRADA RODRIGUEZ PABLOANTONIO
ASOCIACION-DE-VIVIENDACOMUNITARI
SANDOVAL JAIMES CARLOSARTURO
HERNANDEZ-GOMEZCONSTRUCTORA-S-A
173
174
178
179
180
22238
000000190394000
181
22096
010010880009000
182
22097
010010880010000
183
184
185
22254
010010850004000
21961
010010510003000
21963
010010530011000
HERNANDEZ-GOMEZCONSTRUCTORA-S-A
BARRIOS ALONSO MIGUELALFREDO
VILLABONA MARTINEZ
LEONARDO
PRADA FORERO CARLOSAUGUSTO
13874403
LOTE 9
369
30/03/2016
2013
2013
22271
91287753
PARQ AUTO 02 ED TORRE CRISTAL
375
30/03/2016
2013
2013
23047
550117635
MZ D LO 75 UR LOS COMUNEROS
376
30/03/2016
2009
2013
35127
377
30/03/2016
2012
2013
21344
2013
2013
24612
2013
2013
24612
30/03/2016
2013
2013
91350041
LO 5 VDA PLANADAS
8902035224
K 6 7N 35 UR JUNIN I
8902035224
K 6 7N 29 UR JUNIN I
378
30/03/2016
379
30/03/2016
79279572
C 6N 3A 161 UR JUNIN I
13885905
K 9 4N 63 LO 15 UR JUNIN IV
381
30/03/2016
2013
2013
24630
91211999
C 5N 9 87 LO 11 UR JUNIN IV
382
30/03/2016
2013
2013
24630
Secretaria de Hacienda y del Tesoro
Centro Comercial de la Cuesta Local B-10 piso 1
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
380
24612
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
186
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
22187
010001300044903
K 5 3 53 PARQ 7 ED TORRE DE SAN FE
383
30/03/2016
2013
2013
24981
010009990040904
RANGEL PARRA GLADYS
PRADA RODRIGUEZ PABLOANTONIO
63440568
22406
91287753
PARQ AUTO 03 ED TORRE CRISTAL
384
30/03/2016
2013
2013
25049
188
22562
000000030208000
PRADA OROZCO JUAN-JOSE
91249699
VILLA DANY VDA EL GUAMO
385
30/03/2016
2012
2013
28698
189
22278
010009080013000
8001223562
C 23D 1 PAR UR LOS CISNES
386
30/03/2016
2013
2013
25665
21884
000000120505000
28297929
LO 16 VDA GRANADILLO
387
30/03/2016
2011
2013
33219
22204
030000360222000
2095028
LOTE PARC LA ESPERANZA
388
30/03/2016
2013
2013
26671
22794
010002180024901
13253361
K 17A 6 19 CS 201 UR CABECERA DEL
389
30/03/2016
2010
2013
346117
22263
000000180013000
2137879
SAN JORGE
390
30/03/2016
2012
2013
30636
21994
000000091056000
ASOCIACION-LOS-CISNES
BOHORQUEZ MARTINEZ
BEATRIZ
QUINONES DELGADO
ANTONIO-MARIA
MENDEZ DELGADO JOSEDANIEL
RODRIGUEZ JEREZ LUISALFREDO
ESPINOSA SANCHEZ
RAIMUNDA
27934482
LO 1-5 VDA MESA DE RUITOQUE
391
30/03/2016
2013
2013
27791
21056
000000120658000
91344017
LOS NARANJOS LO 1 VDA GRANADILLO
392
30/03/2016
2011
2013
35994
22207
030000400146000
13894403
LOTE 7
393
30/03/2016
2013
2013
28688
22303
030000400146000
SUAREZ * LUIS-ALBERTO
CRISTANCHO MENDEZ JOSEVICENTE
CRISTANCHO MENDEZ JOSEVICENTE
13894403
LOTE 7
394
30/03/2016
2013
2013
28688
198
21030
000000320006000
PEREZ BONILLA JUAN-SUC
NULL
395
30/03/2016
2009
2013
13126
199
22144
010000220721901
MANTILLA ARIZA YANETH
63309431
K 5 11 28 L L-4154 C.C. ORBE
396
30/03/2016
2012
2013
26502
200
22142
010000220718901
MANTILLA ARIZA JANETH
63309431
K 5 11 28 L L-4151 C.C. ORBE
397
30/03/2016
2013
2013
26898
201
22759
000000150073000
MALDONADO * LORENZO-SUC
SAN FRANCISCO VDA SAN FRANCISCO
398
30/03/2016
2013
2013
30664
202
22741
000000140161000
63299002
LA ESPERANZA VDA LOS LLANITOS
399
30/03/2016
2012
2013
34934
21300
000000050162000
63443291
LO 3 VDA PAJONAL
400
30/03/2016
2011
2013
39288
22404
010009990002904
MORA * DILIA
JURADO CARVAJAL
ESPERANZA
PRADA RODRIGUEZ PABLOANTONIO
91287753
PARQ AUTO 01 ED TORRE CRISTAL
401
30/03/2016
2013
2013
255202
22547
000000011608000
2154999
LO B VDA MES DE JERIDAS
402
30/03/2016
2013
2013
31739
187
190
191
192
193
194
195
196
197
203
204
205
21937
030000400143000
REYES * SAMUEL
CRISTANCHO MENDEZ JOSEVICENTE
13894430
LOTE 4
403
30/03/2016
2013
2013
31849
207
22248
000000190404000
JAIMEZ ARANDA VICTOR
91348549
EL NARANJITO LO 2 VDA PLANADAS
404
30/03/2016
2012
2013
28108
208
21250
000000050148000
91341189
LO 3 VDA PAJONAL
405
30/03/2016
2009
2013
44365
22284
010010020018000
LO 18 MZ J UR PALERMO I
406
30/03/2016
2013
2013
36290
206
21909
000000170142000
PINEDA GOMEZ ALONSO
HERNANDEZ-GOMEZCONSTRUCTORA-S-A
BARAJAS GARCIA LUISCARLOS
91347691
BUENAVISTA VDA LA VEGA
407
30/03/2016
2012
2013
28662
211
22793
000000230038000
LOPEZ ROJAS MISAEL
91265435
LA CALERA (PARTE) VDA LAS VEGAS
408
30/03/2016
2013
2013
32616
212
21710
000000130377000
91458077
BUENOS AIRES VDA LAS AMARILLAS
409
30/03/2016
2011
2013
42048
22553
000000020281000
RUEDA AMAYA CUSTODIO
MOSQUERA VARGAS LINAANDREA
LO 11 M 5 VDA EL VOLADOR
410
30/03/2016
2013
2013
33179
22102
000000110042000
28459746
SAN JERONIMO VDA LA MATA
411
30/03/2016
2013
2013
33442
21708
000000130439000
63441807
LO 5 VDA LAS AMARILLAS
412
30/03/2016
2011
2013
42390
21938
030000400144000
13894403
LOTE 5
413
30/03/2016
2013
2013
35918
21297
000000040307000
LO 3 VDA SAN JAVIER
414
30/03/2016
2011
2013
46589
22543
000000230073000
22208
030000400145000
22304
030000400145000
22210
030000400147000
22302
030000400147000
22772
000000180052000
22274
225
226
209
210
213
214
215
216
217
218
219
220
221
222
223
224
227
228
229
230
VILLAMIZAR FLOREZ ROSA
SALAMANCA FORERO MARIANUBIA
CRISTANCHO MENDEZ JOSEVICENTE
LUENGAS SUAREZ CLAUDIAMARCELA
1095910863
1098647648
LLANES DIAZ MATILDE
CRISTANCHO MENDEZ JOSEVICENTE
CRISTANCHO MENDEZ JOSEVICENTE
CRISTANCHO MENDEZ JOSEVICENTE
CRISTANCHO MENDEZ JOSEVICENTE
27923007
LA CALERA VDA VEGAS
415
30/03/2016
2013
2013
36851
13894403
LOTE 6
416
30/03/2016
2013
2013
38224
13894403
LOTE 6
417
30/03/2016
2013
2013
38224
13874403
LOTE 8
418
30/03/2016
2013
2013
38714
13894403
LOTE 8
419
30/03/2016
2013
2013
38714
63494286
LA ESMERALDA VDA SAN ISIDRO
420
30/03/2016
2013
2013
38549
000000120651000
PULIDO REY ANA-YADIRA
BERNAL PUERTO ADOLFO
JOSE
76602816
LOTE A VDA GRANADILLO
421
30/03/2016
2013
2013
39693
21939
000000060532000
CRISTANCHO ALVAREZ MIREYA
37559755
C 24C 1W 24 MZ M PORTAL DEL VALLE
422
30/03/2016
2013
2013
39957
21940
000000060593000
38852702
C 23 1W 68 LO 28 CS 28 MZ B UR POR
423
30/03/2016
2013
2013
39957
21941
000000060636000
63446051
C 22B 1W 73 LO 71 CS 71 MZ E UR PO
424
30/03/2016
2013
2013
39957
21942
000000060689000
37864401
C 22A 1W 28 LO 124 CS 124 MZ H UR
425
30/03/2016
2013
2013
39957
22008
000000060765000
MORATO * MARIA-CECILIA
CARDOZO ROJAS MARIAEUGENIA
DOMINGUEZ MENESES
AMPARO
VERA PABON OSCARMAURICIO
91160864
22512
000000060474000
C 23A 1W 12 LO 201 CS 201 MZ L UR
426
30/03/2016
2013
2013
39957
8040007881
C 24 1W 24 MZ J UR PORTAL DEL VALL
427
30/03/2016
2013
2013
39957
22526
000000060524000
PROYECTOS-MARVAL-LTDA
NIEVES NARANJO MARTHACELIA
63495018
C 24C 1W 25 CS 187 MZ L PORTAL DEL
428
30/03/2016
2013
2013
39957
232
22590
000000060343000
TORRES RUEDA MARCELA
63346488
C 24D 1W 64 LO 9 MZ A ET 1 UR PORT
429
30/03/2016
2013
2013
39957
233
22591
000000060377000
ARDILA MELO NESTOR
5795693
C 24B 1W 53 MZ D UR PORTAL DEL VAL
430
30/03/2016
2013
2013
39957
234
22594
000000060415000
OCHOA JAIMES EMILSEN
63497106
C 23C 1W 64 MZ F UR PORTAL DEL VAL
431
30/03/2016
2013
2013
39957
235
22293
000000330017000
NINO LIZARAZO DOLORES
EL LIMONCITO
432
30/03/2016
2013
2013
40024
236
22791
000000220091000
GUARIN CABALLERO GUSTAVO
91470368
LO VDA CRISTALES
433
30/03/2016
2013
2013
40296
237
22260
000000180076000
5705513
SAN AGUSTIN
434
30/03/2016
2012
2013
46020
22593
000000060411000
63494173
C 24 1W 77 MZ F UR PORTAL DEL VALL
435
30/03/2016
2013
2013
40608
TERRENO VDA EL VOLADOR
436
30/03/2016
2013
2013
41616
CASA 09 BR VILLA REAL CHICAMOCHA
437
30/03/2016
2012
2013
47529
47990
231
22899
000000020067000
GARCIA PORTILLA RODOLFO
MANTILLA LOPEZ ZULMAROCIO
DURAN GOMEZ MICAELINASUC
240
21377
050000030001009
ALMEIDA LUZ-MARINA
241
22277
030000400142000
CAICEDO GELVEZ SILVINO
91232377
LOTE 3
438
30/03/2016
2012
2013
242
22305
030000400142000
91232377
LOTE 3
439
30/03/2016
2012
2013
243
22742
000000140164000
LOTE VDA LAS AMARILLAS
440
22211
030000400150000
13874403
LOTE 11
441
30/03/2016
2013
2013
44465
22300
030000400150000
CAICEDO GELVEZ SILVINO
PRADA APARICIO GLADYSYOMAIRA
CRISTANCHO MENDEZ JOSEVICENTE
CRISTANCHO MENDEZ JOSEVICENTE
13894403
LOTE 11
442
30/03/2016
2013
2013
44465
22764
000000150210000
MEZA CASTELLANOS MYRIAM
63344964
GUAYABALES VDA SAN FRANCISCO
443
30/03/2016
2012
2013
50632
238
239
244
245
246
63557011
Secretaria de Hacienda y del Tesoro
Centro Comercial de la Cuesta Local B-10 piso 1
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
30/03/2016
2013
2013
47990
42595
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
247
21762
000000090192000
DULCEY OCHOA ABELARDO
248
22693
010009120007000
ASOCIACION-LOS-CISNES
249
21307
000000040072000
18936891
No. Consecutivo:
01
LAS COLINAS LT 1 VDA MESA DE RUITO
444
30/03/2016
2011
2013
57021
C 25 1 11 LO 2 MZ 1 UR LOS CISNES
445
30/03/2016
2013
2013
46637
5682369
LOTE N 1
446
30/03/2016
2011
2013
60026
8001223562
21339
010010030016000
DIAZ SUAREZ PEDRO-ANTONIO
CAMARGO SANTIAGO
RODRIGO
13740395
C 6AN 2D 32 UR PALERMO I
447
30/03/2016
2011
2013
59965
251
21342
010010040022000
CORREA PINZON HERNAN
91247843
K 2C 6AN 15
448
30/03/2016
2011
2013
59965
252
22766
000000150275000
37887089
LO 64 III ET PARC EL PARAMITO VDA
449
30/03/2016
2013
2013
48256
22000
010000990097902
RODRIGUEZ VARGAS ROSARIO
ROMERO VALERO CLAUDIAJANNETH
37615567
C 7 11 61 PARQ 24 P.H. TORRES DE S
451
30/03/2016
2012
2013
56177
254
22262
000000170061000
RAMIREZ * ROSALBA
28296403
CHIVECHE
452
30/03/2016
2013
2013
51454
255
22021
030000380020000
LOPEZ * ALFONSO
860638
LOTE
453
30/03/2016
2011
2013
65961
256
22633
030000360079000
ESCAMILLA * RODOLFO
1111709
LOTE 10 MZ 162
454
30/03/2016
2011
2013
65961
257
22195
010009840098000
BAUTISTA GELVEZ BIANET
28044914
LO ANDENES Y ZONAS VERDES
455
30/03/2016
2012
2013
59905
258
21908
000000150343000
37540882
LO 2 VDA SAN FRANCISCO
456
30/03/2016
2012
2013
47320
22326
050000030001001
27919636
CS 01 BR VILLA REAL CHICAMOCHA
457
30/03/2016
2012
2013
60872
22290
000000300014000
37555011
QUEBRADA ARRIBA
458
30/03/2016
2012
2013
61156
22576
000000040248000
CAIRASCO SUAREZ ANA-TILCIA
GONZALEZ VEGA HERMINDADEL-TRANSI
SEQUEDA JEREZ MARIAADELAIDA
HURTADO ESCOBAR JESUSANTONIO
91343012
VILLA MELISSA VDA SAN JAVIER
459
30/03/2016
2013
2013
54620
262
22464
010007710008000
BELLO VANEGAS AMILDE
28331326
K 3B PEAT 6AN 10 BR EL DIVINO NINO
460
30/03/2016
2012
2012
66624
263
22374
000000060316000
FALCON GUTIERREZ LEONOR
CONTRERAS RODRIGUEZ
EDUVIGES
QUINTERO REYES CANDIDAROSA
28212236
LO 43 O AREA DE ZONA VERDE Y ANDEN
461
30/03/2016
2012
2013
62853
28294657
EL ENCENILLO
462
30/03/2016
2013
2013
C 14A 4W 23 LO 4 MZ 17 UR LOS TEJA
463
30/03/2016
2011
91479175
LO 2 VDA MESA DE JERIDAS
464
30/03/2016
2013
2013
56279
28294657
C 8 13 PAR LO 2
465
30/03/2016
2013
2013
56952
91477810
CANARIOS 2 VDA LOS LLANITOS
467
30/03/2016
2012
2013
66450
MZ 4 LOTE 18
468
30/03/2016
2012
2013
66992
250
253
259
260
261
264
22257
000000210002000
265
21338
010009310004000
266
22550
000000011646000
22499
010000730048000
28095313
2013
55807
415525
22739
000000140159000
GOMEZ LOPEZ LUISFRANCISCO
CONTRERAS RODRIGUEZ
EDUVIGES
BECERRA ORTIZ JAIROANDRES
269
22251
030000100009000
GAMBOA MANTILLA ZORAIDA
270
21760
000000090593000
VERA FORERO RAMIRO
16632083
LO 3 VDA MESA DE RUITOQUE
469
30/03/2016
2011
2013
75006
271
22252
030000090002000
63337090
MZ 4B LOTES 13 14 PARC LA ESPERANZ
470
30/03/2016
2013
2013
59958
21016
060000130006000
22236
000000190392000
TOLEDO CARRENO ROSMIRA
URBANAS-S-A-SOCIEDADURBANIZADORA
SANDOVAL JAIMES CARLOSARTURO
22561
000000030180000
21378
050000030001017
22237
000000190393000
21813
010009640015001
22582
000000050012000
21312
000000210020000
267
268
272
273
274
275
276
277
LO B TRAMO VIA MESA DE RITOQUE
471
30/03/2016
2009
2013
92735
91350041
LO 3 VDA PLANADAS
472
30/03/2016
2012
2013
53860
RAMIREZ ARIAS DIDIER
MORENO MENDOZA
ESPERANZA
SANDOVAL JAIMES CARLOSJULIO
91277336
VILLA GABY VDA EL GUAMO
473
30/03/2016
2012
2013
69196
63311447
CASA 19 BR VILLA REAL CHICAMOCHA
474
30/03/2016
2011
2013
78541
91350041
LO 4 VDA PLANADAS
475
30/03/2016
2012
2013
54774
91472428
K 2B MZ A CS 14
476
30/03/2016
2010
2013
83943
91238751
EL LUCERO VDA PAJONAL
477
30/03/2016
2013
2013
62106
2012832
EL PEDRAL
478
30/03/2016
2011
2013
472298
63551308
LO 2 VDA PAJONAL
479
30/03/2016
2013
2013
63509
91340476
LA VEGA
480
30/03/2016
2012
2013
72476
EL PORVENIR LO 7 VDA PLANADAS
481
30/03/2016
2013
2013
56881
28095313
K 4W 13 77 UR MIRADORES DE TEJADIT
482
30/03/2016
2013
2013
64665
63340918
K 4W 13 17 UR MIRADORES DE TEJADIT
483
30/03/2016
2012
2013
73834
5706420
LA CORCOVA VDA SAN ISIDRO
484
30/03/2016
2013
2013
65327
63443339
K6C2
485
30/03/2016
2012
2013
75725
LOS MIRADORES LO 1 PARTE VDA RUITO
486
30/03/2016
2011
2013
84687
22199
000000050161000
LIZARAZO DIAZ ALONSO
PINZON ARIAS FRANCISCOJOSE
DELGADO VANEGAS LUISALFONSO
JURADO CARVAJAL MARTHACECILIA
281
22416
000000280012000
BARRAGAN OSORIO JAIME
282
22234
000000190390000
22676
010009280016000
22272
010009280026000
LIZCANO CAMACHO JAVIER
QUINTERO REYES CANDIDAROSA
CACERES MANTILLA MARIACRISTINA
22771
000000180044000
21947
010005220031000
21890
000000090415000
22313
010002160020901
22006
000000130500000
22265
000000170039000
22559
000000030096000
22778
293
294
278
279
280
283
284
285
286
287
288
289
290
291
292
295
296
297
298
JAIMES JEREZ JOSE-ANTONIO
PABON QUINTERO OLGAPAULINA
MORENO GOMEZ REYNALDO
MARTINEZ ORDUZ ANAMIRYAM
8902008771
28297930
K 17A 6A 19 CS 202 UR CABECERA DEL
487
30/03/2016
2011
2013
250869
JAIMES VILLAREAL WILSON
RODRIGUEZ VILLAMIZAR LUISEMIL
91423814
K 17 12A 53 CS 335 MZ N MOLINO DEL
488
30/03/2016
2013
2013
68476
2139324
EL MOPAS
489
30/03/2016
2013
2013
69059
37804665
LO 1 VDA EL GUAMO
490
30/03/2016
2013
2013
69950
000000200013000
ROBLES TORRES ROSA-MARIA
GARCIA ANAYA CARLOSWILLIAM
91215865
LA VEGA VDA SEVILLA
491
30/03/2016
2013
2013
71590
21354
000000011686000
QUINTERO JEREZ ROSIBEL
28295744
LA TACHUELA LO 2 VDA MESA DE JERID
492
30/03/2016
2011
2013
91839
21868
000000080324000
5565848
LOTE AREA VIA DE RESERVA VDA GUATI
493
30/03/2016
2010
2013
92323
22001
010000990084902
GARCIA PEREZ LUIS-REINALDO
ACEVEDO RODRIGUEZ OLGAPATRICIA
22789
000000210083000
22240
000000190396000
22525
000000060566000
63478015
C 7 11 61 PARQ 11 P.H. TORRES DE S
495
30/03/2016
2011
2013
92906
BECERRA VILLAMIZAR HECTOR
SANDOVAL JAIMES CARLOSARTURO
91353601
EL PORVENIR VDA FALTRIQUERAS
496
30/03/2016
2012
2013
84232
91350041
LO 7 VDA PLANADAS
497
30/03/2016
2012
2013
65640
63287376
C 23B 1W 53 LO 1 CS 1 MZ A UR PORT
498
30/03/2016
2012
2013
89189
22592
000000060409000
QUINTERO MARIN ESPERANZA
MILLAN CONTRERAS
ELIZABETH
63344566
C 24 1W 69 MZ F LO 73 PORTAL DEL V
499
30/03/2016
2012
2013
89189
300
22505
010002070015901
RODRIGUEZ JEREZ JAIME
13840642
K 18B 9 42 CS 101 BR CABECERA DEL
500
30/03/2016
2013
2013
80602
301
22341
010009100012000
MACIAS * MARIA-LUPERCIA
23156719
C 24A 1 38 LO 8 MZ 3 UR LOS CISNES
501
30/03/2016
2012
2013
93355
302
21333
010002740026000
CEBALLOS MONCADA ELIDER
60300179
K 15D PEAT 6A 01 UR CABECERA II ET
502
30/03/2016
2011
2013
628373
303
22800
010002740026000
K 15D PEAT 6A 01 UR CABECERA II ET
503
2013
620973
22463
000000020060000
LO 16 VDA EL VOLADORDOR
504
22783
000000210025000
91341143
EL ROBLE VDA FALTRIQUERAS
505
30/03/2016
2012
2013
22470
010005000016000
CEBALLOS MONCADA ELIDER
PAEZ SERRANO JUAN-DEJESUS
SANDOVAL FLOREZ
PROSPERO
CARRILLO MORALES
ESPERANZA
60300179
304
63441139
K 5 3 48 UR LA TACHUELA
506
30/03/2016
2013
2013
83403
21352
010009570005000
PATINO FORERO ELIZABETH
LOTE BR BARROBLANCO
507
30/03/2016
2011
2013
106187
299
305
306
307
91346282
Secretaria de Hacienda y del Tesoro
Centro Comercial de la Cuesta Local B-10 piso 1
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
30/03/2016
30/03/2016
2011
2013
2013
83167
188776
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
308
22217
000000011736000
BARAJAS GARCIA AMINTA
28297958
LO 1 VDA MESA DE JERIDAS
508
30/03/2016
2012
2013
95462
309
21275
030000390034000
TENJO MORALES VILMA
63307453
LT PARCELACIONES LA ESPERANZA
509
30/03/2016
2009
2013
128500
310
21021
030000390146000
5773863
LT 12 SECT 1 PARC LA ESPERANZA
510
30/03/2016
2010
2013
118124
22769
000000180011000
MENDOZA PABON CRISTIAN
BERMUDEZ RIVERA FREDDYALEXANDER
22025
030000220012000
311
312
91518653
EL CUCUBAL VDA SAN ISIDRO
511
30/03/2016
2013
2013
85084
5555405
MZ 1B LT 1P PARC. LA ESPERANZA
512
30/03/2016
2011
2013
110661
22027
030000210001000
RODRIGUEZ VARGAS RAUL
GUERRERO VILLAMIZAR JOSEELIAS
5567064
M 2A LOTE 7P
513
30/03/2016
2011
2013
110661
314
22028
030000150018000
GARCIA CALLE ADRIANA
43735550
LT 24 MZ 3 PARC LA ESPERANZA
514
30/03/2016
2011
2013
110661
315
22029
030000150015000
GARCIA CALLE ADRIANA
43735550
LT 18 MZ 3 PARC LA ESPERANZA
515
30/03/2016
2011
2013
110661
316
22030
030000150014000
GARCIA CALLE ADRIANA
4375550
LT 21 MZ 3 PARC LA ESPERANZA
516
30/03/2016
2011
2013
110661
317
22032
030000150003000
21765656
MZ 3 LOTE 4
517
30/03/2016
2011
2013
110661
22573
000000040198000
HOYOS HOYOS LUZ-ELENA
CASTILLA GRANADOS CIROALFONSO
URINTIVE PLAZAS JAIMEHERNANDO
LANCHEROS CABEZA JOSEJULIAN
13815566
VILLA JULIANA VDA SAN JAVIER
518
30/03/2016
2011
2013
106650
9519151
EL PEDREGAL VDA SAN JAVIER
519
30/03/2016
2013
2013
90652
2137747
C 3 12 23 BR VILLANUEVA
520
30/03/2016
2011
2013
334587
313
318
319
22575
000000040233000
320
22841
010001510023000
321
22175
010002440009901
PINZON MEZA OLGA-CECILIA
28132080
C 3A 16 42 CS 102 II ET UR SAN CRI
521
30/03/2016
2012
2013
292565
322
22703
010008640007000
13832318
K 2 7N 45 UR BRISAS DE GUATIGUARA
522
30/03/2016
2012
2012
119441
119741
21332
000000190370000
ORTIZ BLANCO MARCO-FIDEL
JAIMES QUINTERO MARIA-DEJESUS
28294804
LA MORA LO 2 VDA PLANADAS
523
30/03/2016
2011
2013
324
21930
010007820002000
BENITEZ BUITRAGO ROBERTO
2013977
C 13 1 18 UR BELLAVISTA
524
30/03/2016
2013
2013
89002
325
22760
000000150099000
28293690
EL CAUCHO VDA SAN RANCISCO
525
30/03/2016
2012
2013
107794
22740
000000140160000
91477810
CANARIOS 1 VDA LOS LLANITOS
526
30/03/2016
2012
2013
108294
22790
000000230029000
2010521
LA CALERA LA PALMITA PRADO VERDE L
527
30/03/2016
2012
2013
109968
22383
010003480012000
91229511
LOTE BR EL REFUGIO
528
30/03/2016
2013
2013
97730
22310
010002060030901
37837086
K 18 9 43 CS 201 BR CABECERA DEL L
529
30/03/2016
2011
2013
726286
323
22214
010011720011000
MARIN BAUTISTA MIRIAM
BECERRA ORTIZ JAIROANDRES
MONTANEZ * MIGUELSANTIAGO
CALDERON ARAQUE ISMAELENRIQUE
CARRERO CARRERO
ESPERANZA
RAMIREZ HERNANDEZ WILSONJAVIER
13718651
T 2A 1W 16 MZ D CS 4 UR PORTAL DEL
530
30/03/2016
2012
2013
224546
331
22215
010011720016000
CORREDOR CORZO ADRIANA
37754404
T 2B 1W 07 MZ D CS 19 UR PORTAL DE
531
30/03/2016
2013
2013
100664
332
22376
000000010140000
ROA REYES LUIS-ANTONIO
5704358
LA GUADUA
532
30/03/2016
2012
2013
113950
333
22258
000000180087000
2140507
EL CURO
533
30/03/2016
2012
2013
114320
22245
000000190400000
LO 3 VDA PLANADAS
535
30/03/2016
2012
2013
90008
21020
030000390163000
ROJAS LANDAZABAL SAUL
SANDOVAL JAIMES ROSAAMELIA
USCATEGUI GONZALEZ LUZMARINA
37836621
LO 29 SECT 2 PARC LA ESPERANZA
536
30/03/2016
2009
2013
156992
336
22680
010009390006000
ORTEGA VEGA ELSA
63441247
C 15B 4W 30 LO 6 MZ 7 UR LOS TEJAD
538
30/03/2016
2013
2013
104711
337
22681
010009390012000
DURAN * ZAIDA
63359122
C 16 4W 11 LO 12 MZ 7 UR LOS TEJAD
539
30/03/2016
2013
2013
104711
338
22683
010009370003000
VERA SEPULVEDA ANA-ILCE
27694389
K 5W 15A 11 CS 3 MZ 9 LOS TEJADITO
540
30/03/2016
2013
2013
104711
339
22684
010009350005000
REY ESTUPINAN JOEL
5724362
C 15A 4W 17 LO 16 MZ 11 UR LOS TEJ
541
30/03/2016
2013
2013
104711
340
22243
000000190399000
SANDOVAL JAIMES MANUEL
LO 2 VDA PLANADAS
542
30/03/2016
2012
2013
93944
341
21350
010009740007000
NINO GONZALEZ DIOCELINA
45620685
CS 5 BR HOYOGRANDE
544
30/03/2016
2011
2013
267229
342
22577
000000040253000
1102350146
VILLA ANDREINA VDA SAN JAVIER
545
30/03/2016
2012
2013
123508
22578
000000040271000
37861003
LO 11 VDA SAN JAVIER
546
30/03/2016
2013
2013
110091
22069
010000460043000
91341688
K 14A 10 23
547
30/03/2016
2013
2013
111367
22161
010005160010000
AGUDELO REY LUZ-DARY
HERNANDEZ CUEVAS NURYDELMIRA
PEDRAZA BARRERA MIGUELANGEL
SANTANA MANOSALVA
MARTHA-LUCY
21050
000000060335000
326
327
328
329
330
334
335
343
344
345
346
63393227
C 1F 4B 19 LO 1 MZ A2 UR CAMPO VER
548
30/03/2016
2013
2013
111577
63337077
C 25 1W 53 MZ A UR PORTAL DEL VALL
549
30/03/2016
2011
2013
141932
21065
000000140326000
CARRILLO PINZON LUZ-STELLA
DURAN HERNANDEZ GUSTAVOADOLFO
91349212
VILLA CLAUDIA LO 2-2 VDA LOS LLANI
550
30/03/2016
2012
2013
99488
348
22201
000000011719000
NINO LIZARAZO DORYS
37543120
LA JULIANA VDA MESA DE JERIDAS
551
30/03/2016
2012
2013
128488
349
22247
000000190402000
LO 5 VDA PLANADAS
552
30/03/2016
2012
2013
100014
010003760012000
SANDOVAL JAIMES EVELIO
CARDENAS SANTOS
EVANGELINA
91343426
22370
28131768
C 1A OW 28 BR EL REFUGIO
553
30/03/2016
2012
2013
509697
21959
010009690001037
28479644
CS 156A MZ L UR VILLAS DE SAN JUAN
554
30/03/2016
2011
2013
144432
22642
000000060569000
36435389
C 23B 1W 65 LO 4 CS 4 MZ A UR PORT
555
30/03/2016
2011
2013
147223
800715694
LOTE 4
556
30/03/2016
2011
2013
150014
SAN FRANCISCO SITIO HELECHALES VDA
557
30/03/2016
2012
2013
134498
C 1 4B 15 LO 06 MZ E UR PALERMO II
558
30/03/2016
2010
2010
216107
D 4B 4B 21 AP 101 ED SANCHEZ CARRE
559
30/03/2016
2010
2010
216107
K 1 3AN 28 BR EL REFUGIO
560
30/03/2016
2013
2013
238832
LOS OLIVOS VDA MESA DE JERIDAS
561
30/03/2016
2013
2013
120312
LA PALMA
562
30/03/2016
2013
2013
120271
347
350
351
21055
030000380206000
FONSECA ROJAS LUZ-MARINA
MALDONADO MEDINA MARIAELIVER
PROMOTORA-FONTANARLIMITADA
354
22782
000000210037000
PATINO GUIO CESAR-CES
355
21849
010009500007000
22337
010009480013000
HERRERA PEREIRA LINA-MARIA
SANCHEZ CUBILLOS LILIAAMPARO
22474
010003440004000
21989
000000011771000
22271
000000190018000
352
353
356
357
358
359
360
2137650
21977
63513580
ORDUZ LUNA JAIRO
ALVARADO MALDONADO
GABINO
JAIMES RODRIGUEZ EVARISTOSUC
SECRETARIA-DE-SALUD-DESANTANDER
21756
000000090142000
361
22087
000000130881000
362
22088
000000130875000
363
22089
000000130856000
DUARTE VECINO CLAUDIABIBIANA
364
365
22090
22706
000000130846000
010008540001000
MUNOZ MATEUS ELIZABETH
QUESADA GUEVARA LETICIA
366
21326
000000220104000
CALVO CLARO LUZ-MARINA
CABALLERO CASTELLANOS
PASTORA
LT 262 LAS COLINAS
563
30/03/2016
2009
2013
120226
53533766
K 17A 11A 53 CS 497 MZ L MOLINO DE
564
30/03/2016
2013
2013
108136
28239151
K 17A 11A 66 CS 411 MZ K MOLINO DE
565
30/03/2016
2013
2013
108136
37511898
K 17 11A 17 CS 362 MZ K MOLINO DEL
566
30/03/2016
2013
2013
108136
63535201
37813591
K 17 11A 57 CS 352 MZ K MOLINO DEL
C 2 9A 04
567
568
30/03/2016
30/03/2016
2013
2012
2013
2013
108136
547842
1102350041
LO DOCE VDA CRISTALES
569
30/03/2016
2011
2013
467378
22738
000000140083000
NINO SANDOVAL EDITH-ROCIO
RODRIGUEZ MARTINEZ ALBAMARIA
63325352
EL REGALO VDA LOS LLANITOS
570
30/03/2016
2012
2013
143322
368
22147
010000220724901
ANGARITA ARDILA ALDIDES
13842970
K 5 11 28 L L-5003 C.C. ORBE
571
30/03/2016
2012
2013
112681
369
21317
000000100213000
CONTRERAS MARTINEZ ISAIAS
91346560
BUENOS AIRES VDA MENSULI
572
30/03/2016
2011
2009
164096
367
Secretaria de Hacienda y del Tesoro
Centro Comercial de la Cuesta Local B-10 piso 1
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
22418
010009540002000
21309
000000120200000
LIZCANO FLOREZ YESSICAFERNANDA
CAPACHO VELANDIA PEDROFRANCISCO
372
21273
030000390048000
373
21954
000000070506000
22767
000000150295000
22922
010001560012000
370
371
LO 12 MZ D UR PALERMO II
573
30/03/2016
2013
2013
130388
MONTERREY VDA EL GRANADILLO
574
30/03/2016
2011
2013
165100
CRISTANCHO RAMOS MAXIMO
14444195
LT PARCELACIONES LA ESPERANZA
575
30/03/2016
2009
2013
128500
91238449
LO VDA BARROBLANCO
576
30/03/2016
2013
2013
133073
63280045
LO 84 IV ET PARC EL PARAMITO VDA S
577
30/03/2016
2012
2013
152240
91344095
C 16 6 20
578
30/03/2016
2012
2013
153564
13905942
K 16 13 41 CS 111 MZ D ET 1 MOLINO
579
30/03/2016
2013
2013
136754
680159
LT PARC LA ESPERANZA
580
30/03/2016
2009
2013
128500
C 16 6 10
581
30/03/2016
2012
2013
158038
K 17 13 89 CS 663 MZ R PORTAL DEL
582
30/03/2016
2012
2013
243229
LOTE 2 PARC LA ESPERANZA
583
30/03/2016
2011
2013
177636
C 3 9 28
584
30/03/2016
2012
2013
629623
22886
000000130529000
377
21019
030000400091000
RIOS RIVERA LUCAS-JOSE
378
22521
010001560013000
GOMEZ LEON LORENZO
379
22081
000000131138000
CARVAJAL MEJIA LEIDY-NATALI
380
21271
030000390245000
BECERRA MARTINEZ ERLADIZ
381
22515
010008530009000
374
375
376
01
91341070
BLANCO MEJIA HUGO
HERNANDEZ CUELLO
MARCELA-CECILIA
GOMEZ LEON CARLOSARTURO
REYES HERNANDEZ JULIOERNESTO
1090419139
No. Consecutivo:
1098611227
63449413
21015
030000100018000
ESPARZA JAIMES CELMIRA
SOCIEDAD-PROVIVIENDAPOPULAR-DE-S
LO 9 PARCELACIONES LA ESPERANZA
585
30/03/2016
2009
2013
215527
383
22267
010006860014000
VILLAMIZAR * OTONIEL
5563625
PEAT CS 7 MZ G UR CHACARITA
586
30/03/2016
2011
2013
1075278
384
22554
000000020329000
PEREZ FONSECA BLANCA-INES
63280703
LOTE 3 MZ B VDA EL VOLADOR
587
30/03/2016
2012
2013
162332
385
22786
000000210059000
VILLAMIZAR SANDOVAL ELVIRA
28289529
EL TOPACIO VDA FALTRIQUERAS
588
30/03/2016
2013
2013
143816
386
21751
000000090074000
VALBUENA * ISABEL
27936824
LT 109 MZ 38 VDA MESA DE RUITOQUE
589
30/03/2016
2009
2013
120226
387
22347
010001720017000
28296077
K 9A 3 33
590
30/03/2016
2013
2013
144931
22307
010002050009901
63475154
K 17B 9 18 CS 101 BR CABECERA DEL
591
30/03/2016
2013
2013
146240
TANQUE DE AGUA EL CAFETO VDA RUITO
592
30/03/2016
2011
2013
573479
EL PARAISO VDA MESA DE JERIDAS
593
30/03/2016
2012
2012
187095
30/03/2016
2011
2013
514402
382
21017
060000120042000
GALVAN CACERES CELINA
ANAYA VILLABONA MARIAOLIVA
MUNICIPIO-DEFLORIDABLANCA
390
22540
000000011405000
CAMPOS JEREZ CRUZ-DELINA
391
21245
010008910019000
22494
010008910029000
22381
010002880010000
21931
010007820003000
22239
000000190395000
22004
010002090021901
388
389
392
393
394
395
396
INVERSIONES-LA-PENINSULALTDA
PEREZ CASTANEDA LUISENRIQUE
SUAREZ SUAREZ PEDROVICENTE
GARCIA HERNANDEZ JORGEELIECER
SANDOVAL JAIMES CARLOSARTURO
8902051768
28465716
8001495666
T VILLA CONCHA 5 02 CS 185 MZ N UR
594
79540664
T VILLA CONCHA 5 62 CS 195 MZ N UR
595
30/03/2016
2013
2013
147786
5671967
K 15C PEAT 8 32 II ET UR CABECERA
596
30/03/2016
2012
2013
169755
91344155
C 13 1 24 UR BELLAVISTA
597
30/03/2016
2013
2013
150310
91350041
LO 6 VDA PLANADAS
598
30/03/2016
2012
2013
132946
13283273
K 18 8 17 CS 101 BR CABECERA DEL L
599
30/03/2016
2012
2013
337500
21823
010009220002000
ANAYA * RAMIRO
GOMEZ VESGA MARIACELMIRA
27560679
K 5B 19 06 MZ L LO 2 CS 2 UR PASEO
600
30/03/2016
2009
2013
630664
398
22677
010009220024000
PROYECTOS-MARVAL-LTDA
8040007881
K 5A 19 83 CS 24 MZ L LO 24 UR PAS
601
30/03/2016
2013
2013
151294
399
21360
000000230107000
27909675
BUENAVISTA
602
30/03/2016
2011
2013
191784
22536
000000011278000
VELANDIA * ROSA-FLORIPES
SANTAMARIA RIVERA
GUILLERMO
5706341
LOTE VDA MESA DE JERIDAS
604
30/03/2016
2013
2013
152957
401
21280
010007520004000
SOCIEDAD-MARVAL-S-A
LO DE CESION 3 ZONA VERDE UR SAN F
606
30/03/2016
2009
2013
202522
402
22727
000000130217000
RODRIGUEZ VARGAS MARTHA
60354121
LA PRIMAVERA VDA LAS AMARILLAS
607
30/03/2016
2012
2013
178188
403
22196
010001160079000
MANTILLA OCHOA ESTHER
28296594
C 5 3 IMP
608
30/03/2016
2012
2013
178666
404
21815
010010680005001
5676601
K 3 MZ B CS 5
609
30/03/2016
2010
2013
480451
22465
010007710003901
PEREZ QUEZADA LUCIANO
RIVERA VILLAMIZAR ANADOLORES
37828521
K 3B PEAT 6AN 42 AP 101 EL DIVINO
611
30/03/2016
2012
2013
360429
406
21949
010008900004000
BARBOSA TAMAYO RUVIELA
63491645
C 1B 5 73 CS 138 UR VILLAS DE NAVA
612
30/03/2016
2013
2013
161438
407
22697
010008900004000
63491645
C 1B 5 73 CS 138 UR VILLAS DE NAVA
613
30/03/2016
2013
2013
161438
397
400
405
8902056450
21946
010002040031901
BARBOSA TAMAYO RUVIELA
SANCHEZ ROMANO DORACECILIA
37310693
K 17 9 31 CS 102 BR CABECERA DEL L
614
30/03/2016
2013
2013
161769
409
22507
010002050024901
JAIMES CABALLERO LEONILDE
37617468
C 10 17A 07 CS 202 BR CABECERA DEL
615
30/03/2016
2013
2013
161769
410
22143
010000220720901
13842970
K 5 11 28 L L-4153 C.C. ORBE
617
30/03/2016
2012
2013
145782
22402
010007850014000
ANGARITA ARDILA ALDIDES
GUTIERREZ GONZALEZ
SALVADOR
5703846
C 12A 1 43 UR BELLAVISTA
618
30/03/2016
2013
2013
165580
412
22606
010009690001026
TARAZONA FLOREZ MARLENE
CS 183 MZ N UR VILLAS DE SAN JUAN
620
30/03/2016
2010
2013
224932
413
22182
010002120002901
2019146
K 17A 7A 05 CS 201 BR CABECERA DEL
622
30/03/2016
2013
2013
167237
408
411
22924
010003750005000
LEON PRIETO GILBERTO
SANCHEZ HURTADO CESARAUGUSTO
91343750
C 1 0W 58 UR EL REFUGIO
623
30/03/2016
2013
2013
169378
415
22031
030000150007000
COTE DELGADO OMAIRA
53441817
MZ 3 LT 11 PARC LA ESPERANZA
624
30/03/2016
2009
2013
214429
416
22363
010000170017000
CASTRO LOZANO HIPOLITO
2127173
C 13 4 71
625
30/03/2016
2013
2013
170103
417
21846
010008560003000
2210892
C 6 19 27
626
30/03/2016
2009
2009
354546
21717
010002690016000
13809654
K 15B PEAT 6 39 ET 2UR CABECERA DE
627
30/03/2016
2011
2013
628373
22799
010002690016000
PELAEZ BEDOYA JORGE-LUIS
CASTELLANOS GONZALEZ
FELIPE
CASTELLANOS GONZALEZ
FELIPE
13809654
K 15B PEAT 6 39 ET 2UR CABECERA DE
628
30/03/2016
2011
2013
622273
21323
000000140319000
2036425
EL BALCONCITO VDA LOS LLANITOS
629
30/03/2016
2011
2013
216832
21026
030000300006000
CARRENO RUEDA TIMOLEON
PARCELACIONES-LAESPERANZA-LTDA
MZ 10B LT 8
630
30/03/2016
2009
2013
214429
21331
000000190372000
2198685
LO DOS VDA PLANADAS
631
30/03/2016
2011
2013
219143
22388
000000010844000
ROJAS VALENCIA RAMIRO
GOMEZ MOGOLLON GERMANRAMON
91203497
LO 28 CONJ RES CAMPO CAMPINA
632
30/03/2016
2013
2013
173971
424
22609
010000210042000
PALACIO RUEDA ANA-FELISA
28280936
K 3 11 IMP
633
30/03/2016
2011
2013
225297
425
22023
030000250002000
FLOREZ BLANCO RUDY
42497031
LO 12 13 MZ 1A PARCELACIONES LA ES
634
30/03/2016
2011
2013
220985
426
22859
010008610013000
91202706
K 2A 7BN 22 UR BRISAS DE GUATIGUAR
635
30/03/2016
2012
2012
224279
22700
010008820042000
GOMEZ ACEVEDO SAMUEL
CONARING-LTDACONSULTORES-CONSTRU
8902067407
K 3A 1NB 04 LO 32 UR BOSQUES DE AR
636
30/03/2016
2012
2013
200247
428
22462
010011950024000
ARIZA * ANAIR-MARIA
23782236
K 3 22 21 MZ 17 LO 1724 CS 1724 UR
637
30/03/2016
2013
2013
177168
429
21928
010007390012902
37541166
K 1C 11A 46 P 1
638
30/03/2016
2012
2013
157166
13743982
C 1A BIS 6 60 CS 619 UR VILLAS DE
639
30/03/2016
2013
2013
180064
37797109
C 14A 4W 05 LO 7 MZ 17 UR LOS TEJA
640
30/03/2016
2012
2013
203767
K 3A 1NB 14 LO 30 UR BOSQUES DE AR
641
30/03/2016
2012
2013
203833
414
418
419
420
421
422
423
427
22289
010010280010000
DULCEY MENESES SANDRA
SANCHEZ MARTINEZ RICARDOAUGUSTO
431
22675
010009310007000
GARCES LUNA ZORAIDA
432
22701
010008820040000
CONARING-LTDA-
430
8902067407
Secretaria de Hacienda y del Tesoro
Centro Comercial de la Cuesta Local B-10 piso 1
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
CONSULTORES-CONSTRU
433
22439
010002430027901
DURAN * MARTHA-VERONICA
63317273
C 3A 16 41 CS 101 II ET UR SAN CRI
642
30/03/2016
2013
2013
180307
434
22850
010001120036901
91343009
C 5 12 46 AP 2 ED PRADA CARRILLO
643
30/03/2016
2012
2013
415010
22297
010000050013000
C 16 4 13
644
30/03/2016
2012
2013
204481
21995
000000100626000
22171
010003340018000
22174
010002440011901
DIAZ GOMEZ RUFINO
GOMEZ RODRIGUEZ FREDYJOSE
LA-NACION-FONDO-VIALNACIONAL
MUNOZ SERRANO MARIANELLY
VILLAR ROMERO ALIDAVIRGINIA
21845
010009640010001
22624
010002430024901
21014
010002590012000
22702
010008820012000
PICO GUTIERREZ PEDRO-ELIAS
JAIMES BAUTISTA LUZADRIANA
MARVAL-S-A-MARIN-VALENCIAS-A
OVALLE SANCHEZ MARIACECILIA
22448
010004570010000
22601
010011960014000
21289
000000370009000
435
436
437
438
439
440
441
442
443
444
445
LO DE TERRENO VDA MANSULI
645
30/03/2016
2013
2013
182331
63287967
K 3C 3AN 21 EL REFUGIO
646
30/03/2016
2013
2013
182217
63326316
C 3A 16 42 CS 101 II ET UR SAN CRI
648
30/03/2016
2012
2013
232207
91152321
K 3 MZ A CS 9
649
30/03/2016
2010
2013
247776
37540622
C 3A 16 55 CS 201 II ET UR SAN CRI
650
30/03/2016
2011
2013
538562
890205645
LO Z-2 BR SAN CARLOS
651
30/03/2016
2009
2013
168109
63346171
K 3 1NB 39 UR BOSQUES DE ARANJUEZ
652
30/03/2016
2013
2013
184819
RAMIREZ SUAREZ EMERITA
RODRIGUEZ ORTIZ ANAMILENA
28241081
D 4E 1GN 15 UR CIUDADELA ARGENTINA
653
30/03/2016
2012
2013
825582
37544199
K 3B 22 56 MZ 18 LO 1814 CS 1814 U
654
30/03/2016
2011
2013
684547
2191690
LUCENCIO LLANO DE TABAC
655
30/03/2016
2009
2013
112970
22431
010003600008000
CARRENO RUEDA BENJAMIN
RINCON RIVERA MARIA-DELCARMEN
37808028
C 4AN 1W 16 UR EL REFUGIO
656
30/03/2016
2013
2013
185945
447
22911
010002300012901
MANTILLA LEIVA LUIS-MANUEL
91239507
C 1C PEAT 8A 42 CS 201 I ET BR LA
657
30/03/2016
2012
2013
420465
448
21244
010002080041901
MEDINA URIBE ELSA
63274201
K 18A 7B 31 CS 102 BR CABECERA DEL
658
30/03/2016
2011
2013
353911
449
21958
010003990015000
38285157
K 21B 7A 16 UR COLINA CAMPESTRE
659
30/03/2016
2013
2013
189879
91217905
VILLA ROMAI
660
30/03/2016
2012
2013
215562
37541529
K 1E 11 51 AP 101 BIF JUAN JOSE UR
661
30/03/2016
2011
2012
168246
C 3A 16 14 CS 201 II ET UR SAN CRI
662
30/03/2016
2013
2013
190469
20469139
LO 3 EL LAGO VDA MESA DE JERIDAS
663
30/03/2016
2013
2013
190634
FLOREZ DIAZ JUAN-CARLOS
CRISTANCHO ARIAS JESUSALBERTO
MARTINEZ GELVEZ LUCIADEJANIRA
HERNANDEZ LIZCANO MARIAAMPARO
91156054
C 20D 1W 28 LO 74 CS 74 MZ D UR PO
664
30/03/2016
2009
2013
282521
13492325
C 20C 1W 20 LO 96 CS 96 MZ E UR PO
665
30/03/2016
2009
2013
279921
63542282
LA COLINA
666
30/03/2016
2011
2013
242176
63270478
C 5 16A 55 CS 201 III ET UR SAN CR
667
30/03/2016
2011
2013
710647
GALVIS CORREA OSCAR
SANDOVAL JAIMES CARLOSARTURO
91349922
K 4B 19 19 II ET UR PASEO DEL PUEN
668
30/03/2016
2013
2013
193594
91350041
LO 8 VDA PLANADAS
669
30/03/2016
2012
2013
171282
17061683
LOTE VDA MESA DE JERIDAS
670
30/03/2016
2011
2013
247005
37841973
C 4A 17 21 CS 202 IV ET UR SAN CRI
671
30/03/2016
2011
2013
501159
C 6A 14 15
672
30/03/2016
2013
2013
195359
37650988
K 2A 22 25 LO 1423 MZ 14 UR PASEO
673
30/03/2016
2012
2013
222861
37544870
K 2C 22 16 LO 1504 CS 1504 MZ 15 U
674
30/03/2016
2012
2013
222861
63366908
446
22266
000000160080000
BOLIVAR DUARTE LUZ-DARY
MANOSALVA ISABELLA
ROBERTO
451
21320
010007350009904
ORTEGATE IBANEZ MARITZA
452
22481
010002440004901
22544
000000011565000
ORDUZ GUERRERO FIDEL
PENA SANCHEZ YOLANDALUCILA
22797
000000060862000
22809
000000060884000
21343
000000190179000
22605
010002510020901
22687
010009200036000
22241
000000190397000
21877
000000010763000
22798
010002970019901
22866
010001020024000
22124
010012110023000
22126
010012120004000
450
453
454
455
456
457
458
459
460
22127
010012120011000
SERRANO RUEDA JORGE
ZAMBRANO FERNANDEZ
NELIDA-ROSA
PARRA VALDERRAMA DIEGOARMANDO
TORRES TORRES RUBBYAMPARO
CERON SUAREZ SANDRAMILENA
GOMEZ VILLAVECES
ELIZABETH
466
21303
010009150005000
PROYECTOS-MARVAL-LTDA
467
22528
010005280007000
468
22566
000000030312000
461
462
463
464
465
1102356413
K 2C 22 44 LO 1511 CS 1511 MZ 15 U
675
30/03/2016
2012
2013
222861
8040007881
K 5 18A 14 II ET UR PASEO DEL PUEN
676
30/03/2016
2011
2013
745419
PARRA VESGA LIBARDO
7924092
C 3AN K 6 CS 7 MZ R SM I UR SAN TE
677
30/03/2016
2013
2013
196674
4239240
VILLA STEFANNY VDA EL GUAMO
678
30/03/2016
2013
2013
196596
63436127
K 3W 14 146 AP 301 TO 5 ET I CONJ
679
30/03/2016
2011
2013
755518
K 4A 18A 22 II ET UR PASEO DEL PUE
680
30/03/2016
2013
2013
198106
21807
010009840193901
VASQUEZ MONTOYA SANTOS
ORTIZ ALVAREZ SANDRAPATRICIA
470
22424
010009170007000
PROYECTOS-MARVAL-LTDA
471
21856
000000010776000
SILVA RUEDA OSWALDO
13815604
LT 2 COYOACAN I VDA MESA DE JERIDA
681
30/03/2016
2011
2013
251014
472
21857
000000010777000
SILVA RUEDA OSWALDO
13815604
LT 1 LA LOMA VDA MESA DE JERIDAS
682
30/03/2016
2011
2013
251014
473
21903
010007890005000
ESTEVEZ CASTILLO ENRIQUE
91176503
K 13 1 14 CS 5 III ET UR LA CASTEL
684
30/03/2016
2011
2013
733873
474
22652
000000100046000
RANGEL ROSAS FLORENTINO
2013690
LA AURORA
685
30/03/2016
2011
2013
254627
475
21355
000000050152000
91258666
LOS SAMANES LO 2 VDA PAJONAL
686
30/03/2016
2011
2013
255498
22422
010009190019000
63489293
K 4A 19 55 II ET UR PASEO DEL PUEN
687
30/03/2016
2013
2013
202330
22425
010009160023000
PARRA SUAREZ LEONARDO
CORREDOR CARRENO MARIESBI
MELENDEZ LEON BLANCAMIREYA
17533336
K 4A 18A 11 II ET UR PASEO DEL PUE
688
30/03/2016
2013
2013
202330
22691
010009180039000
63508093
K 4 19 07 II ET UR PASEO DEL PUENT
689
30/03/2016
2012
2013
451655
22728
000000130224000
63542282
VILLA CLEOFELINA CONJ CAMPESTRE PI
691
30/03/2016
2012
2013
229966
22852
010002500015901
ARIZA OTERO WINELLI
MARTINEZ GELVEZ LUCIADEJANIRA
LUNA NIEVES CESARFERNANDO
C 4 16A 70 MII ET CS 101 UR SAN CR
692
30/03/2016
2013
2013
202954
22872
010007740007000
5628590
K 2A 6AN 18 BR EL DIVINO NINO
693
30/03/2016
2012
2012
258250
469
476
477
478
479
480
481
8040007881
22401
010007840020000
GARCIA FLOREZ JESUS
RODRIGUEZ CRISTANCHO
ELEAZAR
88217739
C 12B 1 31 CS 10 MZ E UR BELLAVIST
694
30/03/2016
2013
2013
203508
483
22018
010008490010000
PENA PRADA JUAN-DE-DIOS
91340514
C 4 9 27
695
30/03/2016
2011
2013
180278
484
22581
000000050001000
13836170
LOS MANGOS LAS VEGAS VDA PAJONAL
696
30/03/2016
2013
2013
203704
22181
010002200012000
DIAZ SUAREZ LUIS-FRANCISCO
HERNANDEZ URIBE JORGEELIECER
91347880
K 15A 1 NA 03 UR SAN CARLOS
697
30/03/2016
2013
2013
205767
21817
010009370013000
37616145
C 15B 4W 11 CS 13 MZ 9 UR LOS TEJA
698
30/03/2016
2009
2013
1482161
22339
010009400001000
VILLALOBOS AMADO MARISELA
ROLON BALAGUERA ANAMERCEDES
60436360
C 16 5W 30 LO 1 MZ 10 UR LOS TEJAD
699
30/03/2016
2012
2013
233924
22698
010008830064901
28253914
C 2N 7 197 157 TO 4 AP 302 UR EL P
700
30/03/2016
2013
2013
206740
22855
010008830093901
37841875
C 2N 7 197 157 TO 5 AP 503 UR EL P
701
30/03/2016
2013
2013
206740
22342
010008850010000
91489771
C 1E 5 01 CS 28 MZ H UR VILLAS DE
702
30/03/2016
2012-
2012-
263243
21061
030000380210000
CORZO * MARTHA-LUCIA
CARDENAS CARRENO LUZESTELLA
ORTIZ AVILA WILSON
FERNANDO
PROMOTORA-FONTANARLIMITADA
800715694
LOTE 9
704
30/03/2016
2011
2013
264440
482
485
486
487
488
489
490
491
Secretaria de Hacienda y del Tesoro
Centro Comercial de la Cuesta Local B-10 piso 1
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
492
22346
010001730013000
22308
010002050004901
21731
010009180013000
22122
496
497
493
494
495
498
499
500
Cód. Dependencia: 630-76-9
ARGUELLO ROMERO
MERCEDES
ARIAS CARDONA AMPAROLUCIA
No. Consecutivo:
01
63441046
C 3 15E 28 BR SAN CRISTOBAL
705
30/03/2016
2012
2013
466737
37800985
K 17B 9 06 CS 202 BR CABECERA DEL
706
30/03/2016
2013
2013
209300
8040007881
K 4A 19 50 LO 13 MZ H UR PASEO DEL
708
30/03/2016
2011
2013
777255
010012110001000
PROYECTOS-MARVAL-LTDA
HERNANDEZ VESGA DIEGOALEXANDER
1102348965
K 2B 22 04 LO 1401 MZ 14 UR PASEO
709
30/03/2016
2012
2013
238597
22170
010003370016000
BAEZ CARDENAS LIBERTO
743000098
C 3AN 3 03 UR EL REFUGIO
711
30/03/2016
2013
2013
210562
22920
010001690010000
37640107
K 11A 2A 23 UR VILLANUEVA
712
30/03/2016
2012
2013
269037
21356
000000040303000
37514925
LO 3 VDA SAN JAVIER
714
30/03/2016
2011
2013
271007
21891
000000090144000
CARRILLO PENA ADELAIDA
GARCIA GALVIS MILENAMIREYA
SANDOVAL LAGOS PEDROABEL
VILLA EVA VDA RUITOQUE
715
30/03/2016
2011
2013
270641
22856
010008840008000
37725712
C 1F 5 01A CS 8 MZ G UR VILLAS DE
716
30/03/2016
2012
2013
476785
22871
010008850014000
ARIZA CEPEDA LUDY-JOANA
SILVA CALDERON GLORIASTELLA
63361762
C 1D BIS 5 20 CS 32 MZ H UR VILLAS
717
30/03/2016
2013
2013
213542
502
22340
010009130008000
MACHUCA ABRIL ENRIQUE
91263804
K 5A 18A 63 I ET UR PASEO DEL PUEN
718
30/03/2016
2013
2013
214284
503
22860
010009130011000
PROYECTOS-MARVAL-LTDA
8040007881
K 5A 18A 51 I ET UR PASEO DEL PUEN
719
30/03/2016
2012
2013
478357
504
22400
010007840015000
74323267
C 12B 1 61 UR BELLAVISTA
720
30/03/2016
2013
2013
214945
22345
010002050015901
HERNANDEZ * FREDY
RIVERO ALARCON SANDRAMILENA
63508423
K 17B 9 42 CS 102 BR CABECERA DEL
721
30/03/2016
2012
2013
243329
22172
010003340004000
1384514
K 3D 3AN 64 EL REFUGIO
722
30/03/2016
2012
2013
481548
501
505
506
21277
030000380121000
CENTENO DIAZ BENJAMIN
CABALLERO * PEDROFERNANDO
5718730
LT MZ 54 PARC LA ESPERANZA
723
30/03/2016
2012
2013
245255
508
22159
010004990017000
JEREZ DELGADO GLADYS
63430602
K 4A 3 53 UR LA TACHUELA
724
30/03/2016
2012
2013
245691
509
22919
010001670016000
GARCIA GARCIA LUCIA
38816387
C 2B 11 06
725
30/03/2016
2012
2013
485846
510
22689
010009190026000
PROYECTOS-MARVAL-LTDA
8040007881
K 4A 19 27 II ET UR PASEO DEL PUEN
726
30/03/2016
2013
2013
218177
511
22864
010007780003000
91341075
C 4 PEAT 2 CS 24 BR VILLAS DE COAV
727
30/03/2016
2012
2013
247733
22721
010008000006000
63289862
C 1D 2B 32 UR VILLA LINA
728
30/03/2016
2012
2012
277778
22518
010011890004000
91155029
K 5 21 20 MZ 3 LO 0305 CS 0305 UR
729
30/03/2016
2013
2013
221496
22880
010011880008000
ORDUZ DUARTE ARMANDO
MANTILLA OREJARENA MARIANOHEMA
PINZON ROMERO CESARAUGUSTO
PACHECO NUNEZ JHOJANALEXANDER
91489341
K 5A 21 36 MZ 2 LO 0209 CS 0209 UR
730
30/03/2016
2013
2013
221496
21269
040000010012000
2036794
K 6 2 23
731
30/03/2016
2009
2013
199635
22421
010009200014000
91000856
K 5 19 54 II ET UR PASEO DEL PUENT
732
30/03/2016
2012
2013
198948
21036
010007260001000
BARON MANTILLA GUSTAVO
HERNANDEZ MANRIQUE
BENJAMIN
BOHORQUEZ SILVA MAURICIOHERNANDO
21955
010000050032000
507
512
513
514
515
516
517
518
91258870
K 16B 5C 10 UR SAN MARCOS
733
30/03/2016
2011
2013
197197
63291468
K 5 15 98
734
30/03/2016
2013
2013
223332
284209
21330
000000190376000
PEREZ OROZCO GLORIA-ELSA
FLOREZ ARENAS GERARDOMARIA
5705077
LO CINCO VDA PLANADAS
735
30/03/2016
2011
2013
520
22639
010011890012000
VASQUEZ RUIZ MARTINA
28228837
K 5 21 52 MZ 3 LO 0313 CS 0313 UR
736
30/03/2016
2011
2013
838998
521
21287
010000130137901
JAIMES PEREZ CLARA-INES
63286730
K 6 13 18 AP 504 TO 6 CAMINO DEL P
737
30/03/2016
2009
2013
1609808
522
22255
010000130102901
8040010792
K 6 13 18 AP 501 TO 5 CAMINO DEL P
738
30/03/2016
2012
2013
499933
519
22498
010000130074901
CONSTRUCTORA-G-M-H-LTDA
BLANCO ACEVEDO SERGIOALFONSO
5678237
K 6 13 18 AP 204 TO 3 CAMINO DEL P
739
30/03/2016
2012
2013
499933
524
22467
010002040036901
OVIEDO BOHORQUEZ ADELA
37815265
K 17 9 17 CS 202 BR CABECERA DEL L
740
30/03/2016
2012
2013
255261
525
22480
010003450006000
FORERO SALCEDO HECTOR
91353322
C 3BN 0W 34 LO 7 MZ 20 I ET UR EL
741
30/03/2016
2013
2013
225267
526
21734
000000020746000
GOMEZ * JOSE
91227865
LO 13 MZ G VDA EL VOLADOR
742
30/03/2016
2011
2013
286968
527
21054
030000360208000
MONSALVE SIERRA JULIO
13825868
VILLA CLARA PARC LA ESPERANZA
743
30/03/2016
2011
2013
286905
528
22907
010009860180901
SUAREZ CAMACHO ROBINSON
91498125
C 21 2 61 AP 104 TO 1 ET 1 CONJ RE
745
30/03/2016
2013
2013
227335
529
22477
010009860109901
MARVAL-S-A
8902056450
C 21 2 61 AP 311 TO 3 ET I CONJ RE
747
30/03/2016
2013
2013
227371
530
22514
010001160041000
MATAGIRA * BENJAMIN
5734289
K 3A 4 59
748
30/03/2016
2013
2013
227933
531
22461
010012040003000
63475699
K 5A 22 12 MZ 23 LO 2303 CS 2303 U
749
30/03/2016
2013
2013
230042
91345660
C 3N 17 61 I ET UR QUINTA GRANADA
750
30/03/2016
2010
2013
2471479
CR. CENTRAL
751
30/03/2016
2009
2013
220260
523
21003
010006300021000
ANAYA SANDOVAL FLORENCIA
FIGUEROA PARRA HENRYARNULFO
533
21267
050000020005000
NINO CARRILLO MARGARITA
534
20996
010009520015000
BARBOSA PENA LUZ-CARIME
37546688
LO 07 MZ B UR PALERMO II
752
30/03/2016
2009
2010
457040
535
21322
000000160480000
ALDANA LOPEZ ANA-GRACIELA
28356823
LA BATEA LO 1 VDA LOS CUROS
753
30/03/2016
2011
2013
891018
536
21246
030000240012000
SERRANO * LUIS-EDUARDO
5672436
LO 55 MZ 1
754
30/03/2016
2009
2013
215592
537
22784
000000210071000
91345850
LA PALMERA VDA FALTRIQUERAS
755
30/03/2016
2012
2013
270808
22166
010005980017000
ARIAS GARCIA LUIS-ERNESTO
MEDINA RODRIGUEZ LUISFELIPE
91153826
K 11B PEAT 1A 55 MZ F UR LA CASTEL
756
30/03/2016
2013
2013
238996
22557
000000030077000
1141468
LOMAS DE GUATIGUARA VDA EL GUAMO
758
30/03/2016
2012
2013
271640
22479
010009840323901
1098621285
K 3W 14 146 AP 202 TO 10 CONJ RES
759
30/03/2016
2013
2013
240411
22488
010009840304901
MARTINEZ ESCOBAR EULOGIO
COLMENARES CELIS LUDWINGFERNEY
RIANO CASTILLO PABLOALBERTO
TOVAR FLOREZ ANDRESMAURICIO
11276604
K 3W 14 146 AP 203 TO 9 CONJ RES P
760
30/03/2016
2013
2013
240411
91520269
K 3W 14 146 AP 302 TO 9 CONJ RES P
761
30/03/2016
2013
2013
240411
60420404
K 3W 14 146 AP 504 TO 9 CONJ RES P
762
30/03/2016
2013
2013
240411
532
538
539
540
541
542
22489
010009840307901
543
22887
010009840317901
544
22889
010009840256901
ALVAREZ RUBIO OLGA-SOFIA
DOMINGUEZ OCHOA MARITZAJOHANA
63557414
K 3W 14 146 AP 503 TO 6 CONJ RES P
763
30/03/2016
2013
2013
240411
545
22890
010009840250901
GUTIERREZ PALACIO SASHAMIGHELLE
1142717592
K 3W 14 146 AP 401 TO 6 CONJ RES P
764
30/03/2016
2013
2013
240411
546
22895
010009840325901
ALFREDO-AMAYA-H-CIA-LTDA
8040013805
K 3W 14 146 AP 204 TO 10 CONJ RES
768
30/03/2016
2013
2013
240411
547
22901
010009840351901
JIMENEZ * YANETH-MARYORI
63505913
K 3W 14 146 AP 402 TO 11 CONJ RES
769
30/03/2016
2013
2013
240411
548
22902
010009840329901
91492542
K 3W 14 146 AP 304 TO 10 CONJ RES
770
30/03/2016
2013
2013
240411
22908
010009840337901
63557414
K 3W 14 146 AP 504 TO 10 CONJ RES
771
30/03/2016
2013
2013
240411
22082
000000130955000
37620626
K 17A 12A 50 CS 425 MZ N MOLINO DE
772
30/03/2016
2012
2013
213126
22084
000000130946000
LIZCANO MORENO ORLANDO
DOMINGUEZ OCHOA MARITZAJOHANA
CAICEDO SANMIGUEL JUDITHMARCELA
PEREZ CARRENO JORGEARMANDO
91183719
K 17A 12A 14 CS 416 MZ N MOLINO DE
773
30/03/2016
2012
2013
213126
22085
000000130945000
91287304
K 17 12A 10 CS 415 MZ N MOLINO DEL
774
30/03/2016
2012
2013
213126
22086
000000130909000
GARCIA QUINTERO WILSON
INVERSIONES-LA-PENINSULALTDA
8001495566
K 18 11A 66 CS 525 MZ L MOLINO DEL
775
30/03/2016
2012
2013
213126
22427
010008350013000
VILLAMIZAR PINTO ELSA-
63316969
K 5C 19 50 LO 13 MZ M UR PASEO DEL
776
30/03/2016
2013
2013
241362
549
550
551
552
553
554
Secretaria de Hacienda y del Tesoro
Centro Comercial de la Cuesta Local B-10 piso 1
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
CONSTANZA
22712
010008350030000
MORENO ROZO MARIAYOLANDA
60312465
K 5B 19 11 LO 30 MZ M UR PASEO DEL
777
30/03/2016
2013
2013
241362
556
22529
010005250010000
DURAN ROJAS NICANOR
91321851
C 3AN K 6 CS 10 MZ O SM 1 SAN TELM
778
30/03/2016
2013
2013
242730
557
22506
010003350003000
MARTINEZ DIAZ JAIRO
91269673
K 3B 3AN 7O EL REFUGIO
779
30/03/2016
2012
2012
310005
558
21334
010002780012000
MARTINEZ CHAPARRO MARIO
91341409
C 7A PEAT 15A 23 ET 2 UR CABECERA
780
30/03/2016
2011
2013
900107
559
22832
010007690012000
27920135
K 3C PEAT 6AN 19 BR EL DIVINO NINO
781
30/03/2016
2011
2013
368060
22296
010000030059000
DUARTE * GUILLERMINA
MENDEZ CHACON MARIA-DELCARMEN
63440787
K 4A 16 17 19
782
30/03/2016
2013
2013
246092
561
22148
010000220725901
ANGARITA ARDILA ALDIDES
13842970
K 5 11 28 L L-5004 C.C. ORBE
783
30/03/2016
2012
2013
218709
562
21735
000000020786000
DURAN ROA ELIZABETH
378229701
LO 5 MZ H VDA EL VOLADOR
784
30/03/2016
2011
2013
314454
563
22483
010006030002000
LIZARAZO ROSAS ELIZABETH
63309411
CS 2 MZ D UR BARILOCHE
785
30/03/2016
2012
2013
394316
564
21353
000000200233000
HERNANDEZ FLOREZ ELKIN
91350167
LO 2 EL MANZANO VDA SEMILLA
786
30/03/2016
2011
2013
317185
565
22715
010008340007000
K 5C 18A 22 CS 7 UR PASEO DEL PUEN
787
30/03/2016
2013
2013
253063
21001
010006360019000
PQ 12 UR QUINTA GRANADA II
788
30/03/2016
2009
2013
254082
22380
010002530014000
K 15 1E 07
789
30/03/2016
2013
2013
253329
22733
000000140005000
PROYECTOS-MARVAL-LTDA
INVERSIONES-EL-GRANADILLOS-A
ACONCHA SUAREZ OSCARALONSO
RODRIGUEZ CARVAJAL LEIDYMARITZA
LA TACHUELA LO 2-3 VDA LOS LLANITO
790
30/03/2016
2012
2013
288034
21305
010009840100000
22335
010009490005000
22644
010002180008901
21327
000000220096000
555
560
566
567
568
569
22720
010008000008000
JAIMES OSMA LUIS-ROBERTO
PALACIOS JAIMES SANDRAMARIA
SOLANO SEPULVEDA MARCOANTONIO
HERNANDEZ GUTIERREZ
EMERITA
ARRIETA NUNEZ DAVINENRIQUE
574
22517
010007590011000
LOPEZ JIMENEZ ESPERANZA
575
22523
000000020116000
21346
010005190009000
22716
010008330037000
22111
010007080001000
22574
000000040200000
570
571
572
573
8040007881
4250507
1098630524
91341269
LO 2-PARQ ANDEN Y VIA
791
30/03/2016
2011
2013
322704
37615319
D 4B 4B 32 LO 13 MZ F UR PALERMO I
792
30/03/2016
2012
2013
291114
2140897
C 6 17A 18 CS 201 UR CABECERA DEL
793
30/03/2016
2011
2013
325191
63475969
LO CUATRO VDA CRISTALES
794
30/03/2016
2011
2013
326858
5117319
C 1E 2B 27 UR VILLA LINA
798
30/03/2016
2013
2013
261019
63345485
K 3D 7N 19 BR EL DIVINO NINO
799
30/03/2016
2013
2013
263184
LA ESPERANZA VDA EL VOLADOR
800
30/03/2016
2012
2013
298790
22253
030000010001000
GONZALEZ DIAZ JORGE-LUIS
DIAZ MORENO VICTORMANUEL
CARVAJAL FIGUEROA
FLORELBA
HINCAPIE RESTREPO EMILSEYANETH
PRADA MARTINEZ JOSEANTONIO
PROVIVIENDA-POPULAR-DESANTANDER-
LOTES 1 AL 7 Y 10-11 MZ 8B
805
30/03/2016
2013
2013
270289
581
21944
010001770008000
DELGADO NAVAS GRACIELA
28294347
C 2 13 43 LO 7 MZ E BR SAN LUIS
806
30/03/2016
2012
2013
305558
582
21935
070000030004000
RIVERA DELGADO ISIDRO
5564267
K 3 2 29
807
30/03/2016
2012
2013
307646
583
22041
010002070017901
NINO MARTINEZ OLGA-LUCIA
63494674
K 18B 9 42 CS 102 BR CABECERA DEL
808
30/03/2016
2011
2013
344671
584
22897
010008270006000
GALVIS ROJAS JOSE-ALFREDO
91111789
SM G MZ B LO 53 UR VILLAS DE NAVAR
809
30/03/2016
2012
2013
608833
585
22115
010008980002000
ASOCIACION-LOS-CISNES
8001223562
C 21A 1 37 LO 5 MZ 15 UR LOS CISNE
810
30/03/2016
2013
2013
274945
586
22079
000000131167000
PLATA SERRANO EDUARDO
91207367
K 17 14 85 CS 692 MZ R PORTAL DEL
811
30/03/2016
2012
2013
243229
587
21907
000000150340000
ACUNA CARRILLO BRICEIDA
37828157
LO 1 VDA SAN FRANCISCO
812
30/03/2016
2012
2013
249536
588
22826
010005840016000
13820947
T 11A 12 65 MZ K UR LA NUEVA CANDE
813
30/03/2016
2013
2013
282907
91346243
LO GLOBO 3 VDA SEVILLA
814
30/03/2016
2012
2013
251948
CS 4 MZ J UR BARILOCHE
815
30/03/2016
2012
2013
637023
63442464
C 5E 16A 16 CS 12 UR SAN MARCOS
816
30/03/2016
2013
2013
253524
91511054
K 17 1NB 14 BR SAN CARLOS
817
30/03/2016
2013
2013
287078
K 18B 9 54 CS 101 BR CABECERA DEL
818
30/03/2016
2011
2013
363301
13817118
C 6N 4 200 LO 9 MZ N CONJ RES JUNI
819
30/03/2016
2009
2013
440104
5636763
MI SOCORRO VDA FALTRIQUERAS
820
30/03/2016
2011
2013
365536
91259147
T 1IN 5A 12 CIUDADELA LA ARGENTINA
821
30/03/2016
2013
2013
288552
62226032
T 1GN 5B 13 MZ V CIUDADELA LA ARGE
822
30/03/2016
2013
2013
288552
8001495666
C 1A BIS 5 49 CS 176 MZ N UR VILLA
823
30/03/2016
2012
2013
329960
13513863
C 21 2 61 AP 425 TO 7 ET I CONJ RE
824
30/03/2016
2013
2013
293055
91361806
C 21 2 61 AP 529 TO 8 ET I CONJ RE
826
30/03/2016
2013
2013
293055
576
577
578
579
580
1100919
A 1D 4A 07 UR CAMPO VERDE 1
801
30/03/2016
2011
2013
972133
63393706
K 5C 18A 19 UR PASEO DEL PUENTE
802
30/03/2016
2013
2013
265077
91512725
K 0W PEAT 1N 16 UR PAYSANDU
803
30/03/2016
2013
2013
235422
5707845
BRISAS DE MESITAS VDA SAN JAVIER
804
30/03/2016
2012
2013
295908
22249
000000200251000
TRIANA URIBE CARLOS-RAUL
HERNANDEZ PABON LUISALBERTO
590
22818
010006070004000
MARTINEZ SILVA UBALDO
591
22392
010007280014000
22382
010003150018000
FLOREZ ARANDA OLGA
GUTIERREZ AMAYA EDWINYAIR
22312
010002070019901
21747
010010490232801
22787
000000210084000
22156
010004440004000
22157
010004450018000
22695
010008910010000
22432
010009860131901
22434
010009860155901
RUEDA TOBO RICARDO
GUIZA HERRENO JESUSANTONIO
601
22503
010009860185901
MARVAL-S-A
8902056450
C 21 2 61 AP 213 TO 4 ET II CONJ R
834
30/03/2016
2013
2013
293055
602
22884
010009860163901
8902056450
C 21 2 61 AP 233 TO 9 ET I CONJ RE
835
30/03/2016
2013
2013
293055
22915
010009860142901
63474507
C 21 2 61 AP 132 TO 8 ET I CONJ RE
840
30/03/2016
2013
2013
293055
22916
010009860135901
MARVAL-S-A
GARCIA MANTILLA RUTHESTELA
TORRES TARAZONA CARLOSMANUEL
91263089
C 21 2 61 AP 525 TO 7 ET I CONJ RE
841
30/03/2016
2013
2013
293055
605
21806
010009840205901
ARENAS MENDEZ ELIZABETH
63442541
K 3W 14 146 CS 1 ET I CONJ RES PAL
842
30/03/2016
2011
2013
1072246
606
21365
010002140009901
LEON NIEVES INELDA
63434756
C 7A 18 19 CS 102 UR CABECERA DEL
843
30/03/2016
2012
2013
332276
607
22391
010007280003000
AYALA URIBE SANDRA-YANET
63286298
C 6 16A 51 CS 01 UR SAN MARCOS
844
30/03/2016
2013
2013
260402
608
22816
010006120004000
DIAZ SANTOS RAUL
91257813
CS 4 MZ O UR CHACARITA
845
30/03/2016
2013
2013
294602
609
22162
010005170018000
NIEVES BARRERA PATRICIA
37615792
K 4C 1C 23 UR CAMPO VERDE 1
846
30/03/2016
2013
2013
296271
610
21005
010006120017000
VELANDIA BRICENO WILSON
91258310
CS 17 MZ O UR CHACARITA
847
30/03/2016
2009
2013
2136013
611
22686
010009210009000
8040007881
K 5A 19 34 MZ K LO 9 CS 9 UR PASEO
848
30/03/2016
2012
2013
337694
21048
010000060003000
21373378
C 15 5 70
849
30/03/2016
2011
2013
557285
22868
010008890015000
PROYECTOS-MARVAL-LTDA
ANAYA HERNANDEZ LUISEDUARDO-SUC
JAIMES RINCON MARTHAYANETH
63329503
C 1B 5 08 CS 121 UR VILLAS DE NAVA
850
30/03/2016
2013
2013
298648
21345
010005160003000
10691157
C 1F 4B 53 UR CAMPO VERDE 1
851
30/03/2016
2011
2013
1104196
22397
010007590005000
91295159
K 3E 7N 22 BR EL DIVINO NINO
852
30/03/2016
2013
2013
300070
22116
010009030005000
91342805
C 23 1 13 LO 2 MZ 10 UR LOS CISNES
853
30/03/2016
2013
2013
300153
589
592
593
594
595
596
597
598
599
600
603
604
612
613
614
615
616
MARIN RIOS NELSON-ALBERTO
BELTRAN SANTAMARIA JAIROEDGAR
LOPEZ SALAZAR GERMAN
MORANTES MENESES MARCOANTONIO
PENA SALAZAR RUSBEL
INVERSIONES-LA-PENINSULALTDA
GOMEZ LASSO JAHIR
JIMENEZ ACUNA CARLOSERNESTO
ORDUZ BERMUDEZ JUANCARLOS
Secretaria de Hacienda y del Tesoro
Centro Comercial de la Cuesta Local B-10 piso 1
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
617
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
22321
010001510038903
K 13 2 22 AP 3 MULTIF TARAZONA CRI
854
30/03/2016
2012
2013
340419
010002260018901
CALDERON MARTINEZ CELINA
CACERES SOTO YOHANNAYASMIN
51702085
22179
37510077
C 8 1C 07 CS 201 I ET BR LA CANTER
856
30/03/2016
2012
2013
345277
619
22600
010000130017000
PINZON OCHOA LUIS-ANTONIO
13929921
K 6 13 76
857
30/03/2016
2011
2013
391012
620
22378
010002520002000
63285808
K 16 1N 26 BR SAN CARLOS
858
30/03/2016
2012
2013
350578
22309
010002050035901
K 17A 9 17 CS 102 BR CABECERA DEL
859
30/03/2016
2012
2013
351245
22719
010008020019000
PORTILLA RODRIGUEZ AMINTA
PINZON MURILLO PAOLAANDREA
BOHORQUEZ MALDONADO
AMANDA
63444676
C 1D 2 03 UR VILLA LINA
860
30/03/2016
2012
2013
352387
623
22918
010006600019000
RIOS HERNANDEZ MAYERLINE
63506288
C 1D 16 84 MZ N LO 22 UR SAN FRAN
861
30/03/2016
2013
2013
312090
624
22180
010002250008901
BUENO * CLAUDIA-LILIANA
37615389
K 1C 7 60 CS 201 I ET BR LA CANTER
862
30/03/2016
2012
2013
354293
625
22190
010003400026901
63440987
K 2A 3AN 50 AP 201 UNID BIF VILLA
863
30/03/2016
2013
2013
277076
22509
010007700008000
63475540
K 3C PEAT 6AN 10 BR EL DIVINO NINO
864
30/03/2016
2012
2012
398678
618
621
622
22344
010002060003901
ROJAS RAMIREZ OMAIRA
PARRA CAMARGO SANDRABIBIANA
RUIZ GONZALEZ LUISEDUARDO
13827974
K 18A 9 06 CS 102 BR CABECERA DEL
865
30/03/2016
2012
2013
355697
628
22020
010010480002000
LEON APARICIO DIOSELINA
28241679
C 1 5 12 MZ O CS 222 UR VILLAS DE
866
30/03/2016
2011
2013
398315
629
22754
010009440010000
63505852
C 16C 5W 29 LO 10 MZ 6 UR LOS TEJA
867
30/03/2016
2012
2013
357694
21712
010001040018000
63440449
C 6 4 15
868
30/03/2016
2011
2013
784271
22279
010010680011001
RUEDA TRIANA LUZ-MARINA
MANTILLA GELVEZ CLAUDIAPATRICIA
ORTIZ BOHORQUEZ JOSE-DEJESUS
91242475
C 17B MZ B CS 11
869
30/03/2016
2012
2013
360598
21950
010008900013000
91349343
C 1B 5 19 CS 147 UR VILLAS DE NAVA
870
30/03/2016
2013
2013
161438
626
627
630
631
632
22441
010000040008000
ARDILA AVILA CAMPO-ELIAS
RICO GONZALEZ MARCOANTONIO
2139016
K 6 16 40
871
30/03/2016
2013
2013
318313
634
22863
010007970013000
GAMBOA QUESADA WILSON
91342292
C 2 2 33 UR VILLA LINA
872
30/03/2016
2012
2013
362169
635
22403
010009960019901
HERRERA AREVALO CARMEN
63273366
K 3B 3AN 02 AP 201 MULTIF NICOL
873
30/03/2016
2013
2013
320504
636
22603
010003380014000
CACERES NINO LUIS-ANTONIO
5621964
C 3AN 2B 15 UR EL REFUGIO
874
30/03/2016
2011
2013
1181839
637
22387
000000010823000
91227681
CONJ RES CAMPO CAMPINA LO 7 VDA ME
875
30/03/2016
2012
2013
408936
633
22354
010000860034000
GARCIA TOLOSA LIBARDO
RODRIGUEZ MARTINEZ ALBAMARIA
63325352
C 7A 11 IMP K 11 Y 12
876
30/03/2016
2012
2013
363930
639
22343
010002060019901
REY GARZON JOSE-HERNANDO
91233215
K 18A 9 54 CS 102 BR CABECERA DEL
877
30/03/2016
2012
2013
366757
640
22504
010002040035901
MEDRANO * CLEOFELINA
28355515
K 17 9 17 CS 102 BR CABECERA DEL L
879
30/03/2016
2012
2013
370665
641
22010
010002180013901
37826897
K 18 6 30 CS 102 UR CABECERA DEL L
880
30/03/2016
2012
2013
373467
22107
010003310010000
VELASCO ESTEVEZ IRMA
ROPERO PINEDA MARLONFABIAN
22227
010000200044000
22638
010000170025000
22496
010006010018000
22443
010003620004000
22495
010003190008000
21328
000000220094000
21863
010010490231801
21830
010010500220901
638
642
643
644
645
646
647
648
649
650
C 3A 19 16 BR SAN CRISTOBAL V ET
881
30/03/2016
2013
2013
333017
ARIZA * RAMON
AGUILAR ESCOBAR JOSE-DELA-CRUZ
1102362366
91342042
LO CESION V PUBLICA C 14 BR HOYO
882
30/03/2016
2012
2013
294873
2042191
C 12A 4 IMP
883
30/03/2016
2011
2013
423241
AYALA DIAZ JOSE-ANTONIO
HERNANDEZ VANEGAS FREDYALEXANDER
GOMEZ CASALLAS MIGUELANGEL
91342724
K 2 C 2A D 5 CS 18 MZ B UR BARILOC
884
30/03/2016
2013
2013
335109
13720032
C 5AN 1W 40 BR EL REFUGIO
885
30/03/2016
2012
2013
381692
14873546
K 11 1B 03 MZ D ET II
886
30/03/2016
2013
2013
338295
OSORIO ORDUZ ELVIS
OSORIO RODRIGUEZ TULIAINES
91347159
LO DOS VDA CRISTALES
887
30/03/2016
2011
2013
431605
63487688
C 6N 4 200 LO 12 MZ N CONJ RES JUN
888
30/03/2016
2009
2013
440104
13822964
C 3AN 8 145 AP 218 TO 5 ET 1 CONJ
889
30/03/2016
2011
2013
1256993
21247
030000400153000
SANDOVAL ORTIZ JUAN-JOSE
MONROY RINCON JOSE-DELOS-ANGELES
17053012
PARCELA 2 PARC LA ESPERANZA
890
30/03/2016
2009
2013
385278
652
21248
030000400152000
SARMIENTO ACELAS HECTOR
9110190
VILLA JULIANA PARC LA ESPERANZA
891
30/03/2016
2009
2013
385278
653
22482
010002440014901
CASTRO ALVAREZ EMILSE
20492691
C 3A 16 56 CS 202 II ET UR SAN CRI
892
30/03/2016
2012
2013
389409
654
22660
010003700007000
ROZO OVALLE AVINICIA
41309851
C 2AN 0W 64 UR EL REFUGIO
893
30/03/2016
2011
2013
437853
655
22158
010004460020902
CAMARGO DURAN HORACIO
5564557
T 1FN 5B 07 AP 2 ED CAMARGO CAMPO
894
30/03/2016
2012
2013
393289
656
21737
010011950004000
80451939
K 3A 22 16 MZ 17 LO 1704 CS 1704 U
895
30/03/2016
2011
2013
652581
22456
010011950006000
MANTILLA HERNANDEZ MARIO
ORTIZ CAMACHO NESTORABRAHAM
13845381
K 3A 22 24 MZ 17 LO 1706 CS 1706 U
896
30/03/2016
2012
2013
395481
658
22651
010011950004000
MANTILLA HERNANDEZ MARIO
80451939
K 3A 22 16 MZ 17 LO 1704 CS 1704 U
897
30/03/2016
2011
2013
655281
659
21925
010007320032000
POVEDA GONZALEZ PAULINA
37965128
C 1B 16 99 LO 32 SAN FRANCISCO DE
898
30/03/2016
2013
2013
308441
660
21926
010007330018000
28068486
C 1A 16 87 CS 18 MZ Q UR SAN FRANC
899
30/03/2016
2013
2013
308441
21934
010007870023000
CHIVATA CALDERON OLGA
CERVANTES LABARCES ROSAISABEL
36546163
C 1G 18 59 LO 23 MZ W UR SAN FRANC
900
30/03/2016
2013
2013
349041
662
22317
010007330021000
VARGAS GOMEZ EDGAR-RENE
C 1A 16 75 UR SAN FRANCISCO DE LA
901
30/03/2016
2012
2013
607901
663
22013
010008410013000
28465200
C 7 2 78
902
30/03/2016
2013
2013
351307
22493
010005380010000
RIVERA ROJAS TILCIA
SANGUINO JACOME RAULHERNANDO
13372820
C 3AN K 6 CS 10 MZ A SM 1 UR SAN T
903
30/03/2016
2012
2013
785038
22206
010012000027000
91491757
K 2 21 09 MZ 12 LO 1227 CS 1227 UR
904
30/03/2016
2012
2013
399077
651
657
661
664
665
22372
010012070005000
GOMEZ FERREIRA ALEXANDER
LOPEZ VARGAS JUANA-DE-LASMERCEDE
30657191
C 2 0W 19 LO 5 MZ 18 UR PAYSANDU
905
30/03/2016
2013
2013
354293
667
22373
010012070008000
LEON LIZARAZO ANGE-MIGUEL
91283253
C 2 0W 37 LO 8 MZ 18 UR PAYSANDU
906
30/03/2016
2013
2013
354293
668
22520
000000020088000
ARIZA ARDILA NELLY
63292488
VILLA LAURA VDA EL VOLADOR
907
30/03/2016
2013
2013
354804
669
22704
010008620014000
13822568
C 7BN 2 03 UR BRISAS DE GUATIGUARA
908
30/03/2016
2012
2013
402582
670
22189
010001130034000
ALVAREZ DELGADO GONZALO
REYES MANTILLA MARTINENRIQUE
91343420
K 15 5 26 C 6 13A 75 BR SAN RAFAEL
909
30/03/2016
2013
2013
356714
671
22114
010007290014000
91348874
C 5E 16 16 CS 13 MZ D UR SAN MARCO
910
30/03/2016
2013
2013
316252
22883
010003410007000
K 2 3AN 34 EL REFUGIO
911
30/03/2016
2012
2013
406838
22613
010008510012000
K 9B 2 04
912
30/03/2016
2011
2013
1327546
21948
010005220032000
K 6 2 45
913
30/03/2016
2012
2013
385848
LT 63 LAS COLINAS
914
30/03/2016
2009
2013
300889
K 3E 7N 38 BR EL DIVINO NINO
915
30/03/2016
2013
2013
361579
666
672
673
674
ROJAS PAEZ EDGARHERNANDO
PAREDES ANGULO LUISCARLOS
CARRILLO CARRILLO ANA-DELCARMEN
28295060
21755
000000090135000
MANTILLA ROJAS FABIO
GOMEZ ESCALANTE LUISALFREDO
676
22396
010007590002000
MARY-PACKS-LTDA
677
22655
010003580005000
PALACIO CORREA RAMIRO
13922473
K 0CW 5N 46 BR EL REFUGIO
916
30/03/2016
2011
2013
909474
678
20999
010005010027901
91217331
C 3A 4 64 UR LA TACHUELA
917
30/03/2016
2009
2013
1575064
21718
010003030010000
AGUILLON * PEDRO
SERRANO ALARCON VICTORRAUL
91228030
C 1E 15A 23 BR SAN CARLOS
918
30/03/2016
2011
2013
1341760
675
679
2087735
9000828667
Secretaria de Hacienda y del Tesoro
Centro Comercial de la Cuesta Local B-10 piso 1
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
21714
010002480017901
22631
010002480017901
SANDOVAL LEON MARIA-DELCARMEN
SANDOVAL LEON MARIA-DELCARMEN
682
21031
010002990010901
683
22017
684
680
No. Consecutivo:
01
63330253
C 3 16A 70 CS 101 III ET BR SAN CR
919
30/03/2016
2011
2013
676389
63330253
C 3 16A 70 CS 101 III ET BR SAN CR
920
30/03/2016
2011
2013
683189
MANRIQUE IBANEZ HERACLITO
91343516
K 18 3 81 CS 101 IV ET UR SAN CRIS
921
30/03/2016
2011
2013
686525
010006790015000
GONZALEZ * ORLANDO
91340205
PEAT CS 6 MZ Q UR BARILOCHE
922
30/03/2016
2011
2013
692306
22320
010006460016000
5747538
C 1E 3 35 UR CAMPO VERDE 1
923
30/03/2016
2012
2013
420382
22927
010003690003000
13809598
C 7BN 1W 28 MZ 21 BR EL REFUGIO
924
30/03/2016
2012
2013
421001
22524
010006600017000
13830866
C 1D 16 76 MZ N LT 20 UR SAN FRAN
925
30/03/2016
2012
2013
833334
22459
010006720028000
ORTIZ RUIZ HERIBERTO
CASTELLANOS DUARTE
RODRIGO
TRISTANCHO FLOREZ EDGARMANUEL
GARCIA RICHARD GLORIANANCY
63310412
C 1G 16 63 UR SAN FRANCISCO DE LA
926
30/03/2016
2013
2013
373971
688
22849
010006720038000
GUERRERO PINTO BASILIO
19476459
C 1G 16 23 UR SAN FRANCISCO DE LA
927
30/03/2016
2013
2013
373971
689
22445
010002170004901
28355515
K 17A 6 06 CS 201 BR CABECERA DEL
928
30/03/2016
2012
2013
424021
681
685
686
687
22460
010001630018000
MEDRANO * CLEOFELINA
LEON SANCHEZ LUISFRANCISCO
5705308
K 16 4 40
929
30/03/2016
2012
2013
840039
691
22444
010002150016901
BARCENAS MANTILLA MYRIAM
63277059
C 6B 18 07 CS 201 UR CABECERA DEL
930
30/03/2016
2012
2013
427688
692
22205
000000050156000
91212381
LO 2 VDA PAJONAL
932
30/03/2016
2012
2013
433850
22688
010009200026000
GAMBOA GARCES LUIS-ANGEL
VIRGUETT OROZCO JOSEANTONIO
91441438
K 4B 19 59 II ET UR PASEO DEL PUEN
933
30/03/2016
2012
2013
432498
22472
010006570013000
37916174
K 16 1B 08 UR SAN FRANCISCO DE LA
934
30/03/2016
2013
2013
382677
22917
010007560008000
63310294
K 4A 7N 16 CS 15 I ET CONJ RES CAL
935
30/03/2016
2013
2013
383331
22453
010000090028902
DURAN VIANCHA GELSOMINA
MOSQUERA RUEDA CLAUDIAPATRICIA
MERCADO PUERTA CARLOSALBERTO
13851982
K 4A 14 96 AP 102 BIF DUARTE GOMEZ
936
30/03/2016
2012
2013
434121
22599
010003450018000
13880303
C 3AN 0W 39
938
30/03/2016
2011
2013
724269
22843
010005390010000
HERNANDEZ * PABLO
MENDOZA ALVAREZ JOSEGABRIEL
91260524
C 3AN K 6 CS 10 MZ M SM 1 UR SAN T
939
30/03/2016
2013
2013
388309
21027
010006960021000
ROA SILVA ESPERANZA
LEON BETANCOURT
GUILLERMINA
63430474
K 2 C 6 CS 18 MZ B LO 18 BUENOS AI
940
30/03/2016
2012
2013
439820
63441002
K 10 2 18
941
30/03/2016
2012
2013
442806
2019798
LAS COLINAS MZ 18 VDA MESA DE RUIT
942
30/03/2016
2009
2013
337579
63367525
K 13 1 19 CS 9 III ET UR LA CASTEL
943
30/03/2016
2012
2013
448689
K 16B 13 74 CS 176 MZ E ET 1 MOLIN
944
30/03/2016
2011
2013
503641
CS 1 MZ O I ET BR BRISAS DE PRIMAV
945
30/03/2016
2012
2013
451183
K 5A 18A 22 CS 7 III ET UR PASEO D
946
30/03/2016
2011
2013
745419
690
693
694
695
696
697
698
699
700
22466
010001480078000
701
21748
000000090022001
702
22865
010007900009000
CRISTANCHO * JOSE
FUENTES RUIZ SOLESMERALDA
22836
000000130555000
INVERSIONES-LA-PENINSULALTDA
704
22280
010009650001056
CRUZ FAJARDO YOLANDA
705
21302
010009140007000
PROYECTOS-MARVAL-LTDA
706
21850
010009460003000
OCHOA CASTELLANOS JAIRO
13808133
C 16D 5W 18 LO 3 MZ 2 UR LOS TEJAD
947
30/03/2016
2010
2013
559167
707
22435
010003640007000
91347111
C 5BN 1W 21 UR EL REFUGIO
948
30/03/2016
2012
2013
894607
22646
010006010005000
PEREZ FERREIRA JAIME
OVIEDO GOMEZ MIGUELANGEL
91264607
CS 5 MZ B UR BARILOCHE
949
30/03/2016
2011
2012
563604
709
21298
000000030345000
MORENO ESPINOSA YANETH
37540578
VILLA LORENA VDA EL GUAMO
950
30/03/2016
2011
2013
514374
710
22699
010008830029901
91342110
C 2N 7 197 157 TO 2 AP 202 UR EL P
951
30/03/2016
2012
2013
461359
22819
010006060016000
LIZCANO CAMACHO ALVARO
HERNANDEZ MONTANEZ
JAVIER
13843294
CS 16 MZ I UR BARILOCHE
952
30/03/2016
2012
2013
463683
22615
010010470044000
63341494
C 1 5 71 MZ P CS 251 VILLAS DE NAV
953
30/03/2016
2010
2013
577176
703
708
711
712
8001495566
8040007881
22835
000000130584000
CARRENO RAMIREZ AMPARO
INVERSIONES-LA-PENINSULALTDA
8001495566
K 17 13 42 CS 298 MZ F ET 1 MOLINO
954
30/03/2016
2011
2013
523287
714
22690
010009190025000
ROJAS DAVILA LUIS-ERNESTO
13924444
K 4A 19 31 LO 25 MZ I UR PASEO DEL
955
30/03/2016
2012
2013
469443
715
22513
010002510009901
91233060
C 4A 16A 70 CS 102 III ET UR SAN C
956
30/03/2016
2012
2013
475081
22853
010008870005000
CENTENO RUEDA OSWALDO
BECERRA MATAJIRA JOSEANGEL
91276194
C 1D 5 31 CS 64 MZ J UR VILLAS DE
957
30/03/2016
2012
2013
476785
717
22436
010007560003000
PEREZ VILLAMIZAR YOLIMA
60387015
C 7AN 4 10 CS 19 I ET CONJ RES CAL
958
30/03/2016
2013
2013
421037
718
22673
010006350023000
GOMEZ PULIDO ESGAR
91237130
C 6N 17A 09 MZ C2 UR QUINTA GRANAD
959
30/03/2016
2013
2013
422606
719
22928
010001500007000
5707645
C 3 11A 15
960
30/03/2016
2012
2013
478713
22806
000000080472801
VELOZA MORENO JAIME
ARCINIEGAS-ORDUZ-&-CIA-S-CA
PARCELA 26 CONDOMINIO HDA CALIFORN
961
30/03/2016
2009
2013
591952
721
22896
010008310018000
ALVARADO VASQUEZ HENRY
91267731
SM G MZ F CS 119 UR VILLAS DE NAVA
962
30/03/2016
2012
2013
484425
722
22837
000000130548000
ORTIZ MARTINEZ WILSON
91347160
K 16B 13 46 CS 169 MZ E ET 1 MOLIN
963
30/03/2016
2011
2013
543430
723
22398
010007600001000
VILLAMIZAR PENA JOSE-ANGEL
13846790
K 3E 7N 39 BR EL DIVINO NINO
964
30/03/2016
2012
2013
486017
724
22612
010009150018000
PROYECTOS-MARVAL-LTDA
K 4B 18A 31 II ET UR PASEO DEL PUE
965
30/03/2016
2011
2013
803846
725
22469
010003640009000
C 5BN 1W 09 BR EL REFUGIO
966
30/03/2016
2012
2013
486760
22316
010007330010000
C 1 16 104 UR SAN FRANCISCO DE LA
967
30/03/2016
2013
2013
380822
22923
010001640031901
MORENO FLETCHER MARLENY
QUINTERO SUAREZ ANAFARIDE
MARULANDA MARTINEZ
MAYERLING-ANDR
22497
010004150019000
713
716
720
726
727
728
9000945062
8040007881
37830813
1098669884
C 3 3 91 P.H. BIFAMILIAR
968
30/03/2016
2012
2013
488311
91494107
K 19A 8 83 UR COLINA CAMPESTRE
969
30/03/2016
2012
2013
490239
22160
010005000014000
NAVARRO BAYONA LEONARDO
CARRILLO MORALES
ESPERANZA
63441139
K 5 3 42 UR LA TACHUELA
970
30/03/2016
2013
2013
434190
730
22450
010011910005000
LAMUS AGUILAR HORACIO
91363246
K 4A 21 24 MZ 5 LO 0506 CS 0506 UR
971
30/03/2016
2012
2013
494204
731
22508
010009160007000
PROYECTOS-MARVAL-LTDA
8040007881
K 4B 18A 22 II ET UR PASEO DEL PUE
972
30/03/2016
2012
2013
495864
732
22717
010008330035000
URIBE MARTINEZ MATILDE
633338951
K 5C 18A 27 CS 35 UR PASEO DEL PUE
973
30/03/2016
2012
2013
496949
733
22857
010005230024902
91285075
D 6 1A 09 AP 301 ED EDNA LIZETH SI
974
30/03/2016
2012
2013
497185
22457
010001610017000
CORZO LAGUADO RAMIRO
GARCIA FAJARDO MARIA-DELROSARIO
37513252
C 4 15B 40 BR SAN CRISTOBAL
975
30/03/2016
2013
2013
439699
21335
010009220026000
91440056
K 5A 19 75 CS 26 MZ L LO 26 PASEO
976
30/03/2016
2011
2013
577318
22314
010007330002000
NINO NINO ISIDRO
CABALLERO CABALLERO
EDMUNDO
91232407
C 1 16 72 UR SAN FRANCISCO DE LA C
977
30/03/2016
2013
2013
389554
22636
010000130028901
K 6 13 18 AP 103 TO 1 CAMINO DEL P
978
30/03/2016
2011
2013
825009
22814
010006290022000
13386188
K 15B 3N 09 UR QUINTA GRANADA
979
30/03/2016
2013
2013
442576
22844
010005400009000
27955812
C 3AN K 6 CS 9 MZ S SM 1 UR SAN TE
980
30/03/2016
2013
2013
443420
22510
010007100013000
96185355
K 0W PEAT 1 04 UR PAYSANDU
981
30/03/2016
2012
2013
392468
22879
010001140002000
30/03/2016
2013
2013
444518
729
734
735
736
737
738
739
740
741
CONSTRUCTORA-G-M-H-LTDA
MUNOZ OROZCO LUISENRIQUE
ROA ACERO AURA-MARIA
MARROQUIN MARROQUIN
WILSON
8040010792
CENTRO-DE-BIENESTAR-DELANCIANO-H
C 5 9 12
Secretaria de Hacienda y del Tesoro
Centro Comercial de la Cuesta Local B-10 piso 1
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
982
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
742
743
21720
010003820022000
22817
010006110018000
Cód. Dependencia: 630-76-9
BALLESTEROS PORRAS ALBAROCIO
No. Consecutivo:
01
37747554
C 0N 1W 39 BR EL REFUGIO
983
30/03/2016
2011
2013
563166
79327995
CS 18 MZ Q UR CHACARITA
984
30/03/2016
2013
2013
445626
22366
010001270013000
HERNANDEZ OSORIO HUGO
CACERES ROBAYO ROSAHELENA
C 4 13A 04
985
30/03/2016
2013
2013
447750
745
22815
010006590028000
PRIETO MASMELA BEATRIZ
37615370
C 1E 15 23 UR SAN FRANCISCO DE LA
986
30/03/2016
2013
2013
449913
746
22909
010000130037901
ANAYA * CLAUDIA-PATRICIA
63480238
K 6 13 18 AP 504 TO 1 CAMINO DEL P
987
30/03/2016
2012
2013
511124
747
22848
010012010002000
PRADO VARGAS ALIRIO
13956626
K 4A 22 08 MZ 20 LO 2002 CS 2002 U
988
30/03/2016
2012
2013
513473
744
748
21789
000000100497000
AREA-METROPOLITANA-DEBUCARAMANGA
2011
2013
573799
989
30/03/2016
749
22360
010000730031000
ROJAS JAIMES JOHANA
37541325
K 13 8 43
990
30/03/2016
2012
2013
513068
750
22910
010003420010000
5745601
C 3AN 1A 15 BR EL REFUGIO
991
30/03/2016
2013
2013
453193
21933
010007820025902
PINTO AVILA MIGUEL
SALAZAR MARINO HECTOREDUARDO
91541130
C 13A 1 47 UNID HABITACIONAL 2
992
30/03/2016
2012
2013
514182
752
21058
000000130565000
BARAJAS * PEDRO-ANTONIO
52162493
K 16A 13 45 CS 148 MZ E ET 1 MOLIN
993
30/03/2016
2011
2013
578787
753
21363
010002450024901
5705790
C 4A 16 41 CS 201 II ET UR SAN CRI
994
30/03/2016
2011
2013
583675
21315
010002250002901
37816061
K 1B 7 51 CS 202 I ET BR LA CANTER
995
30/03/2016
2011
2013
584783
22106
010003310005000
GOMEZ GUEVARA HUMBERTO
ARENAS COLMENARES
ESPERANZA
MANRIQUE CABRERA BRAYANALEXIS
K 19 3B 24 BR SAN CRISTOBAL V ET
996
30/03/2016
2012
2013
526069
22218
000000011737000
19209227
LO 2 VDA MESA DE JERIDAS
997
30/03/2016
2012
2013
528972
13453552
751
754
755
756
8902105818
FRANJA DE TERRENO
22813
010006390009000
PENA GOMEZ EDUARDO
ALVARADO MANCHEGO OMARGUILLERMO
C 1A 4A 42 MZ C-2 UR CAMPO VERDE #
998
30/03/2016
2012
2013
524451
758
22014
010008940009000
ASOCIACION-LOS-CISNES
8001223562
C 20A 1 12 LO 11 MZ 19 UR LOS CISN
999
30/03/2016
2012
2013
529907
759
22037
000000110564000
AREA-METROPOLITANA-DEBUCARAMANGA
8902105818
FRANJA DE TERRENO VDA LA MATA
1001
30/03/2016
2012
2013
532782
760
22881
010001400014000
22484
010002180012901
22377
763
757
28261967
K 11A 3 84 BR VILLANUEVA
1002
30/03/2016
2013
2013
468474
22880984
K 18 6 18 CS 201 UR CABECERA DEL L
1003
30/03/2016
2012
2013
532863
010002480004901
RIOS MEJIA IRMA
LUNA DOMINGUEZ CARMENYOLANDA
COLMENA-CORPORACIONSOCIAL-DE-AHO
C 3 16A 28 CS 202 III ET BR SAN CR
1004
30/03/2016
2012
2013
534147
21754
000000090107000
ORDONEZ GALINDO GABRIEL
2063227
LAS COLINAS MZ 38 VDA MESA DE RUIT
1005
30/03/2016
2009
2013
299046
764
21716
010002480026901
ALMEYDA DELGADO PEDRO
5677223
C 3A 16A 55 CS 201 III ET UR SAN C
1006
30/03/2016
2011
2013
665702
765
22428
010008350011000
91491353
K 5C 19 42 CS 11 MZ M PASEI DEL PU
1007
30/03/2016
2012
2013
538817
22429
010008350004000
MENESES GARCIA ABDEL
LIZARAZO BUENO VICTORJULIO
91522865
K 5C 19 14 LO 4 MZ M UR PASEO DEL
1008
30/03/2016
2012
2013
538817
22713
010008350005000
91322750
K 5C 19 18 LO 5 MZ M UR PASEO DEL
1009
30/03/2016
2012
2013
538817
21715
010002480034901
915040443
C 3A 16A 27 CS 201 III SAN CRISTOB
1010
30/03/2016
2011
2013
603020
22552
000000011658000
LA FORTUNA VDA MESA DE JERIDAS
1011
30/03/2016
2013
2013
479279
21272
030000390057000
GALLARDO JAIMES WILLIAM
ORTIZ BARRAZA SERGIOAUGUSTO
CARRILLO SUAREZ BRAYANANDRES
TARAZONA HERNANDEZ
ALICIA-SUC
LOTE
1012
30/03/2016
2009
2013
513786
21785
010002630030000
2011
2013
609466
761
762
766
767
768
769
770
771
AREA-METROPOLITANA-DEBUCARAMANGA
8902105818
772
21761
000000090193000
DULCEY OCHOA ABELARDO
18936891
773
22564
000000030262000
13744695
774
21787
000000110558000
CHAPARRO LANDINEZ RAUL
AREA-METROPOLITANA-DEBUCARAMANGA
775
22731
000000130437000
22541
000000011497000
8902105818
FRANJA DE TERRENO
1013
30/03/2016
LAS COLINAS LO 2 VDA MESA DE RUITO
1014
30/03/2016
2011
2013
609707
LO 6 VDA EL GUAMO
1015
30/03/2016
2012
2013
547812
2011
2013
612496
FRANJA DE TERRENO
1016
30/03/2016
22365
010001270014000
CORREA RODRIGUEZ ELIAS
MANRIQUE TARAZONA
NESTOR-RAMON
CACERES ROBAYO ROSAHELENA
28237470
C 4 13A 08 10
1019
30/03/2016
2013
2013
487508
778
22608
010001170032000
ACOSTA LIZCANO GLADYS
63295378
C 4B PEAT 4 58 BR ALBANIA
1020
30/03/2016
2011
2013
912491
779
22838
010006020017000
13862165
C 2A D 5 CS 17 MZ C UR BARILOCHE
1021
30/03/2016
2011
2013
619713
22323
010008300015000
FLOREZ RAMIREZ CHRISTIAN
HERNANDEZ BARAHONA
NASER
5030091
SM G MZ E CS 101 UR VILLAS DE NAVA
1022
30/03/2016
2012
2013
555620
781
21752
000000090078000
ZUNIGA * ISABEL
20305493
LAS COLINAS MZ 21 LO 389 VDA MESA
1023
30/03/2016
2009
2013
545548
782
22829
010001080008000
GARCIA JIMENEZ RAMON
2138624
C 5 8 64
1025
30/03/2016
2011
2013
624938
783
22878
010008290012000
RINCON SOLANO GUSTAVO
91344285
SM G MZ D CS 80 UR VILLAS DE NAVAR
1026
30/03/2016
2012
2013
561310
784
22452
010002020004000
28297108
K 7 14 06 UR LA CANDELARIA
1027
30/03/2016
2012
2013
560858
22647
010002170043000
91353522
C 6A PEAT 16A 05 CABECERA DEL LLAN
1029
30/03/2016
2011
2013
628373
22825
010000910019000
28455516
C 7 3 01
1030
30/03/2016
2012
2013
562908
21367
010011150044000
13475019
LO 6 CS 6 UR SAN FRANCISCO DE LA C
1031
30/03/2016
2011
2012
698634
22571
000000040063000
22829093
LA ALBORADA VDA SAN JAVIER
1032
30/03/2016
2012
2013
564800
789
20995
010009490012000
LEON LIZARAZO LUZ-MARINA
ALMEIDA VILLAMIZAR FABIOGASPAR
ROJAS ARIAS ANA-DELCARMEN
GONZALEZ SANTOS YOJANLINDON
DEL-REAL-DE-SALAZAR
CANDELARIA
VARGAS VERA SANDRA
MILENA
37843012
LO 04 MZ F UR PALERMO II
1033
30/03/2016
2010
2013
696692
790
20997
010009480014000
JURADO CLARA LILIANA
63319109
LO 06 MZ G UR PALERMO II
1034
30/03/2016
2010
2013
696692
791
22352
010000990045902
PRADA * JUAN-DE-DIOS
91340759
C 7 11 59 AP 401 TO 1 P.H. TORRES
1035
30/03/2016
2012
2013
566882
792
22870
010008270005000
FIALLO GARCIA GIOVANNI
91725365
SM G MZ B LO 54 UR VILLAS DE NAVAR
1036
30/03/2016
2012
2013
571292
793
21336
010009680015000
SOLANO JAIMES MARIA-ELODIA
63360508
T 2 D 0W 52 CS 9 UR PORTAL DEL TAL
1037
30/03/2016
2011
2013
640045
794
21018
030000400126000
VILLAMIZAR LOZANO ELSA
63324125
PARC. LA ESPERANZA VDA. RUITOQUE
1038
30/03/2016
2010
2013
708642
795
21025
030000320010000
5544144
MZ 10 LTS 63 64 65 PARC LA ESPERAN
1039
30/03/2016
2009
2013
646091
22792
000000230035000
LA CALERA
1040
30/03/2016
2013
2013
510733
22113
010007140010000
JARAMILLO PINTO GUSTAVO
SUAREZ PARADA RITAHERMINIA
PROVICO-LTDA-PROMOTORADE-VIVIEND
22861
010005230005000
776
777
780
785
786
787
788
796
797
798
91264160
LO 2 VDA LAS AMARILLAS
1017
30/03/2016
2012
2013
549288
5561161
LO 20 PARC GEQUICA VDA MESA DE JER
1018
30/03/2016
2012
2013
551918
8001775540
K 1 PEAT 1N 16 UR PAYSANDU
1041
30/03/2016
2012
2013
452011
8305088023
K 7 1A 24 BR LA ARGENTINA
1042
30/03/2016
2013
2013
511841
22781
000000210021000
PRADA-MARTIN-S-EN-C-S
ORDONEZ DURAN PABLOEMILIO
5645915
TAN ANTONIO VDA FALTRIQUERAS
1043
30/03/2016
2012
2013
649368
800
22616
010011950021000
OSORIO TRIVINO VLADIMIR
88210783
K 3 22 33 MZ 17 LO 1721 CS 1721 UR
1044
30/03/2016
2011
2013
652581
801
22622
010011960016000
MORENO DUARTE YENIT-LIZET
37512625
K 3A 22 53 MZ 18 LO 1816 CS 1816 U
1045
30/03/2016
2011
2013
652581
799
Secretaria de Hacienda y del Tesoro
Centro Comercial de la Cuesta Local B-10 piso 1
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
802
21059
000000130541000
RAMIREZ AYALA DELLANIRA
63331184
K 16B 13 18 CS 162 MZ E ET 1 MOLIN
1046
30/03/2016
2011
2013
653847
803
22756
000000140254000
JAIMES * YOLANDA
37835054
PARCELA 36 CONJ CAMPESTRE EL REMIE
1047
30/03/2016
2013
2013
517455
804
22757
000000140263000
FLOREZ GALVIS ZULAY
63532312
PARCELA 45 CONJ CAMPESTRE EL REMIE
1048
30/03/2016
2013
2013
518013
805
22804
010002660046801
91340919
K 15 1A 12 CS 44 MZ B HABITARES DE
1049
30/03/2016
2011
2013
1916504
21314
030000140008000
FIGUEROA ACOSTA HENRY
PROVIVIENDA-POPULAR-DESANTANDER-
LTS 4 6 7 8 PARCELACIONES LA ESPER
1050
30/03/2016
2011
2013
661263
22858
010005240004000
28296088
C 3AN K 6 CS 4 MZ N SM I UR SAN TE
1051
30/03/2016
2013
2013
522888
22399
010007610006000
5734863
K 3G 7N 18 BR EL DIVINO NINO
1052
30/03/2016
2013
2013
524121
21945
010001900014000
5609658
K 6B 13 65 BR LA CANDELARIA
1053
30/03/2016
2012
2013
593956
806
807
22165
010005970028000
RINCON SANDOVAL JOBA
RONDON CARDENAS JOSEDEL-CARMEN
GARCIA RINCON EDUYALONSO
CALA HERNANDEZ EDWARYAIR
91293939
K 11A PEAT 1A 05 MZ E UR LA CASTEL
1054
30/03/2016
2012
2013
594182
811
22511
010007070006000
AMADO URIBE ESTHER
63483108
K 1 PEAT 1AN 15 UR PAYSANDU
1055
30/03/2016
2012
2013
463988
812
22384
010003970013000
CERON MARTINEZ ABEL
91340064
K 17B 1N 22 MZ W BR SAN CARLOS III
1056
30/03/2016
2012
2013
468734
813
22664
010002990041901
NEIRA REYES NELLY
28427548
K 19 3 96 CS 102 IV ET UR SAN CRIS
1057
30/03/2016
2011
2013
704887
814
21713
010001300019000
36455050
K 5 3 63
1058
30/03/2016
2011
2013
999144
22447
010007060019000
68286042
K 2 C 6 CS 17 MZ H UR BUENOS AIRES
1059
30/03/2016
2012
2013
472638
21753
000000090087000
ROJAS ROPERO FRANCISCA
SANTOS MANOSALVA RUDTHPATRICIA
GOMEZ ESCALANTE LUISALFREDO
2087735
LAS COLINAS VDA MESA DE RUITOQUE
1060
30/03/2016
2009
2013
447448
817
22173
010003170004000
PENA PABON MARGARITA
37801318
K 10B PEAT 1A 33 UR LA CASTELLANA
1061
30/03/2016
2012
2013
606670
818
22824
010000910026000
AGUDELO REY ORLANDO
91344411
C 7 3 75
1062
30/03/2016
2012
2013
608533
819
22663
010000230017000
VILLAMIZAR MORGADO OLIVA
63312795
C 12 5 57
1063
30/03/2016
2011
2013
679475
820
22634
060000010125802
63275730
CABANA 113 LAGUITO CABANAS IV C
1064
30/03/2016
2011
2013
2106634
21852
010009410003000
8040010889
K 5W 16 11 LO 3 MZ 5 UR LOS TEJADI
1065
30/03/2016
2009
2013
752553
22755
000000140242000
PARCELA 24 CONJ CAMPESTRE EL REMIE
1066
30/03/2016
2013
2013
539859
808
809
810
815
816
21290
000000290021000
AMADO LIZARAZO ROSA-ELVIA
GERENCIA-DE-PROYECTOSLTDA
RUIZ JIMENEZ ANTONIOSANTIAGO
CARRENO PAREDES
MARCELIANO
LAS VEGAS
1067
30/03/2016
2009
2013
315580
824
21905
010008100009801
LAGUADO BAEZ LUIS-ERNESTO
13444964
A 5N 19 24 CS 9 CONJ RES ALTOS DE
1068
30/03/2016
2011
2013
1328435
825
22801
010002770015000
63358895
K 17 PEAT 6A 41 ET 2 UR CABECERA D
1069
30/03/2016
2009
2013
1290029
22645
010002430035901
37887623
C 3A 16 13 CS 101 II ET UR SAN CRI
1070
30/03/2016
2011
2013
693965
821
822
823
22155
010004430004000
SILVA NINO RUTH-ISBELIA
AVENDANO ROZO NOHORAINES
PINEDA OROZCO MIREYAESTELA
37919912
T 1IN 5 12 MZ X CIUDADELA LA ARGEN
1071
30/03/2016
2012
2013
627005
828
22145
010000220722901
ANGARITA ARDILA ALDIDES
1384970
K 5 11 28 L L-5001 C.C. ORBE
1072
30/03/2016
2012
2013
490369
829
21858
000000010778000
SILVA RUEDA OSWALDO
13815604
LT 6 COYOACAN II VDA MESA DE JERID
1073
30/03/2016
2011
2013
703619
830
22318
010002160012901
2081745
C 6B 17A 19 CS 202 UR CABECERA DEL
1074
30/03/2016
2011
2013
707769
826
827
21008
000000020082000
LAGUADO MENDOZA LEANDRO
URIBE SIERRA LEONARDOANTONIO
2897647
LA SELVA
1075
30/03/2016
2009
2013
318482
832
22667
010007890014000
VALDERRAMA BARBA ZORAIDA
28312895
K 12 1 37 CS 14 ET III UR LA CASTE
1076
30/03/2016
2011
2013
709170
833
22268
010008310012000
5742127
SM G MZ F CS 125 UR VILLAS DE NAVA
1077
30/03/2016
2012
2013
636008
22840
010005210023000
86004661
C 1B 4A 48 UR CAMPO VERDE 1
1078
30/03/2016
2012
2013
637417
22216
000000011735000
641528
22753
000000140230000
PINTO VARGAS LUIS-DOMINGO
VARGAS GUIZA NESTORALONSO
RANGEL BARRERA MARIAFERNANDA
VALLEJO GOMEZ HECTORGONZALO
21348
010004450002000
22306
000000080827000
22386
010004040005000
22311
010002070010901
22531
000000011069000
22350
843
844
831
834
835
LO VDA MESA DE JERIDAS
1079
30/03/2016
2012
2013
70066779
PARCELA 12 CONJ CAMPESTRE EL REMIE
1080
30/03/2016
2013
2013
568539
ASCENCIO * JESUS-EDUARDO
OROZCO LEON JORGEENRIQUE
17103363
D 5B 1GN 08 CIUDADELA LA ARGENTINA
1081
30/03/2016
2011
2013
1063378
91213169
LOTE 1 VDA GUATIGUARA
1082
30/03/2016
2013
2013
572930
SANDOVAL JAIMES GONZALO
LAGUADO VARGAS CARMENCECILIA
91350293
C 5C 16 28 VII ET UR SAN CRISTOBAL
1083
30/03/2016
2012
2013
649700
K 18B 9 18 CS 202 BR CABECERA DEL
1084
30/03/2016
2011
2013
727924
13610013
LA ESMERALDA VDA MESA DE JERIDAS
1085
30/03/2016
2012
2013
617960
010001230009000
PEREZ BUENO HERNANDO
GONZALEZ RAMIREZ GLORIAEUGENIA
63441579
K 10 4 66
1086
30/03/2016
2012
2013
1297927
21843
010009180038000
PROYECTOS-MARVAL-LTDA
8040007881
K 4 19 11 II ET UR PASEO DEL PUENT
1087
30/03/2016
2011
2013
745419
21046
010002810003000
JAIMES * REYNALDO
5705325
C 7 17 28 UR CABECERA DEL LLANO
1088
30/03/2016
2011
2012
1632107
845
22874
010000740003000
ALARCON PARRA ANA-JOSEFA
28288707
C 8 14 30
1089
30/03/2016
2012
2013
670272
846
21321
010005250004000
MARTINEZ CARVAJAL NAYR
63338451
C 3AN K 6 CS 4 MZ O SM 1 SAN TELMO
1090
30/03/2016
2011
2013
894041
847
21809
010009840179901
63488282
K 3W 14 146 AP 403 TO 4 ET I CONJ
1091
30/03/2016
2011
2013
755518
21810
010009840175901
ROMERO OLAYA ESMERALDA
MALUENDAS JIMENEZ
CAROLINA
63357826
K 3W 14 146 AP 303 TO 4 ET I CONJ
1092
30/03/2016
2011
2013
755518
21812
010009840169901
63365577
K 3W 14 146 AP 201 TO 4 ET I CONJ
1093
30/03/2016
2011
2013
755518
22711
010008360003000
GOMEZ * DORIS-OTILIA
ZABALA MUNOZ ELKINALBERTO
91472330
K 6 19 10 I ET CS 3 MZ N UR PASEO
1094
30/03/2016
2012
2013
675976
851
22353
010000990042902
28295382
C 7 11 59 AP 202 TO 1 TORRES DE SA
1095
30/03/2016
2012
2013
676273
852
21283
010006220009000
63515538
MZ E CS 9 SM II UR SAN TELMO
1096
30/03/2016
2009
2013
2187079
22812
010006220007000
ARANDA VILLAMIZAR SARA
TORRES MENDEZ ZORAIDAMILENA
OLEJUA LOZANO MARIAPAULINA
28238808
MZ E CS 7 SM II UR SAN TELMO
1097
30/03/2016
2012
2013
679387
21276
030000390015000
91225321
LO PAR LA ESPERANZA
1098
30/03/2016
2010
2013
838386
21872
000000080039000
63480159
BUENOS AIRES VDA GUATIGUARA
1099
30/03/2016
2011
2013
761287
21023
030000350001001
27914433
MEJORAS PARCELACIONES LA ESPERANZA
1100
30/03/2016
2009
2013
595515
22828
010001810009000
13512014
C 3 13 29 BR SAN LUIS
1101
30/03/2016
2013
2013
604220
22714
010008350001000
ORTIZ LOPEZ PABLO-EMILIO
MONTANEZ RIVERO LUZSTELLA
BLANCO RODRIGUEZ MARIAEDILIA
MUNOZ PENALOZA LUDWINGVAN
QUIROGA BERNAL LUISCARLOS
91224137
K 5C 19 02 II ET UR PASEO DEL PUEN
1102
30/03/2016
2012
2013
685258
22325
010001270056907
27978596
K 13A 4 26 AP 302 ED MULTIF DURAN
1103
30/03/2016
2013
2013
686629
22530
010005290016000
13848917
C 3AN K 6 CS 16 MZ J SM I UR SAN T
1104
30/03/2016
2013
2013
606178
21313
010011740013000
SIERRA GARCIA ERIKA
CEPEDA RINCON LUISANTONIO
MARTINEZ SANCHEZ MARIATRINIDAD
63474545
T 2C 1W 04 MZ F CS 1 UR PORTAL DEL
1105
30/03/2016
2011
2013
770716
862
22658
010003650019000
LOPEZ PATINO TRINO
91202991
K 2W 6N 09 BR EL REFUGIO
1106
30/03/2016
2011
2013
1174503
863
22394
010007300017000
MEDINA * MARTHA-ROCIO
65497823
C 5D 16 34 UR SAN MARCOS
1107
30/03/2016
2012
2013
540453
864
22831
010001170007000
DUARTE PEREZ ANA-DEL-
28293704
C 5 4 23
1108
30/03/2016
2011
2013
773861
836
837
838
839
840
841
842
848
849
850
853
854
855
856
857
858
859
860
861
1098680176
Secretaria de Hacienda y del Tesoro
Centro Comercial de la Cuesta Local B-10 piso 1
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
CARMEN
865
22811
010006230011000
866
22725
000000130140000
21285
010000410013000
SEQUEDA BRICENO
FRANCISCA
868
22653
010000040032901
FLOREZ DURAN RODRIGO
869
22842
010001620017000
22846
010001620001000
GOMEZ JIMENEZ LUZ-MARINA
DIAZ GUALDRON NANCYYUCELY
22183
000000100199000
21820
010009360008000
22823
010000900013000
21344
010005170019000
21765
000000011520000
867
870
871
872
873
874
CARVAJAL NINO ISOLINA
VELEZ GARZON OLGA-ALICIA
DURAN GOMEZ MARIO-ANDRES
SANABRIA BERNAL HAELYINELYA
VERGARA GONZALEZ
ROBERTO
28074742
MZ F CS 11 SAN TELMO SM II
31907454
LO 12 LA SULTANA VDA LAS AMARILLAS
1109
30/03/2016
2012
2013
693849
1110
30/03/2016
2013
2013
614149
K 9 10 99 C 11 9 17
1111
30/03/2016
2009
2013
1815040
91424795
K 5 16 89 PISO 2 ED PATINO
1112
30/03/2016
2011
2013
783633
28271375
K 15F 4 34 UR SAN CRISTOBAL
1113
30/03/2016
2012
2013
702582
27984857
K 15F 4 58
1114
30/03/2016
2012
2013
702582
LO 1 VDA MENSULI
1115
30/03/2016
2012
2013
708670
37617248
C 15B 5W 17 LO 8 MZ 14 UR LOS TEJA
1116
30/03/2016
2009
2013
752553
5704873
K 3 6 58 BR LA CANTERA
1117
30/03/2016
2012
2013
694056
21366
010002420008000
CARVAJAL ROJAS GONZALO
CAMARGO DUARTE OLGAPATRICIA
ROBAYO AMAYA MARTHACECILIA
37828659
K 7D 14 30 BR LA CANDELARIA
1120
30/03/2016
2011
2012
881685
877
22905
010005010007000
ROJAS LANDAZABAL SAUL
2140507
C 3A 4 44 UR LA TACHUELA
1121
30/03/2016
2012
2013
713744
878
21340
010003650011000
FIGUEROA TORRES BEATRIZ
27944838
C 6N 1W 09 MZ 25 BR EL REFUGIO
1122
30/03/2016
2011
2013
799826
879
21045
010009690001089
ORTEGA RODRIGUEZ JOHANA
63440567
CS 14 BR VILLAS DE SAN JUAN
1123
30/03/2016
2011
2013
791501
880
21730
010007350019902
FORERO AMAYA MAGDALENA
63440603
K 2 11 22 AP PISO 2 BIF LANDINEZ U
1124
30/03/2016
2011
2013
563054
881
22640
010000710001000
CORREA HERRERA JORGE
5705420
K 11 8 03
1125
30/03/2016
2011
2013
2347290
882
22178
010002310020000
HERNANDEZ CAMACHO RAUL
5692136
C 4A PEAT 4 03 BR ALBANIA
1126
30/03/2016
2011
2013
806575
883
22597
010003430016000
91247168
K 1 3AN 39 BR EL REFUGIO
1127
30/03/2016
2011
2013
813118
22650
010011900008000
79767392
K 4B 21 36 MZ 4 LO 0409 CS 0409 UR
1128
30/03/2016
2011
2013
815390
22389
010006500013000
13849554
C 1D PEAT 7 09 VILLANUEVA DEL CAMP
1129
30/03/2016
2012
2013
510221
21364
010002420007000
CANO HERNANDEZ MAURICIO
HERRERA JIMENEZ CARLOSEDILSON
CORDERO CARVAJAL PEDROFELIPE
ANAYA GRIMALDOS PEDROELIAS
91343163
K 7D 14 24 BR LA CANDELARIA
1130
30/03/2016
2012
2013
733159
22440
010000040009000
28288069
K 6 16 50
1131
30/03/2016
2012
2013
733666
22659
010003690013000
72179948
C 7AN 1W 33 UR EL REFUGIO
1133
30/03/2016
2011
2013
821732
22635
010000130027901
DELGADO JIMENEZ JULIA-SUC
FERNANDEZ SALDANA JUANCARLOS
GONZALEZ MARTINEZ JAIMEALFONSO
91239685
K 6 13 18 AP 502 TO 1 CAMINO DEL P
1134
30/03/2016
2011
2013
825009
890
22803
010002840003000
MANTILLA PEDRAZA MARIELA
63306605
K 16 7A 10 ET 2 UR CABECERA DEL LL
1135
30/03/2016
2010
2013
872186
891
22584
000000050055000
GAMBOA GARCES LUIS-ANGEL
91212381
LA ESMERALDA LOTE 1 VDA PAJONAL
1136
30/03/2016
2012
2013
746660
892
22643
010006000008000
91248430
CS 8 MZ K UR BARILOCHE
1137
30/03/2016
2011
2013
834716
22619
010012040022000
TORRES NINO WILSON
MENESES LIZARAZO LUISALFONSO
5430245
K 5 22 13 MZ 23 LO 2322 CS 2322 UR
1138
30/03/2016
2011
2013
847269
22468
010001360014000
28294785
K 11 3A 11 BR VILLANUEVA
1139
30/03/2016
2012
2013
766266
20993
010012000006000
37713679
K 2A 21 24 MZ 12 LO 1206 CS 1206 U
1140
30/03/2016
2010
2013
945786
21359
010002830022000
GUTIERREZ PICO LEONOR
PEREZ BENAVIDES CLAUDIALILIANA
OROZCO ACEVEDO MARTHALUCIA
37830554
K 15B PEAT 7A 67 ET 2 UR CABECERA
1141
30/03/2016
2011
2013
857194
21860
010010280018000
91235764
C 1A BIS 6 108 CS 611 UR VILLAS DE
1142
30/03/2016
2009
2013
1032318
22674
010009520009000
79044801
K 4 0 45 LO 1 MZ B UR PALERMO II
1143
30/03/2016
2012
2013
770810
21362
010000990054902
VERA CARRILLO HERNANDO
SANTAMARIA USMA JESUSERNESTO
ACEVEDO RODRIGUEZ OLGAPATRICIA
63478015
C 7 11 59 AP 301 TO II P.H. TORRES
1144
30/03/2016
2011
2013
864550
21265
000000030336000
27948909
VILLA BETTY VDA EL GUAMO
1145
30/03/2016
2009
2013
1048335
22315
010007330007000
13826831
C 1 16 92 UR SAN FRANCISCO DE LA C
1146
30/03/2016
2012
2013
607901
875
876
884
885
886
887
888
889
893
894
895
896
897
898
899
900
5651378
K 4C 1C 17 UR CAMPO VERDE 1
1118
30/03/2016
2011
2013
794083
63327503
PARCELA 4 CONJ LA PALMITA VDA MESA
1119
30/03/2016
2011
2013
796285
22620
010010480025000
BAEZ NINO BEATRIZ
JAIMES LANDAZABAL LUISERNESTO
INVERSIONES-LA-PENINSULALTDA
C 1 5 90 MZ O CS 235 UR VILLAS DE
1147
30/03/2016
2009
2013
776695
903
22666
000000140303000
PAEZ * EMILSE
63306450
PARCELA 6A CONJ CAMPESTRE MEDELLIN
1148
30/03/2016
2011
2013
2595368
904
22437
010005290018000
PEREZ FORERO NANCY
63332428
C 3AN K 6 CS 18 MZ J SM I UR SAN T
1149
30/03/2016
2012
2013
785038
905
22882
010003410019000
VILLAMIZAR VERA GERMAN
13353640
K 1B 3AN 39 BR EL REFUGIO
1150
30/03/2016
2012
2013
784892
906
22476
010001370009000
ANAYA PEDRAZA JOSE-ANGEL
5707805
K 12 3 19
1151
30/03/2016
2012
2013
787650
907
22163
010005800001000
RODRIGUEZ RINCON MANUEL
13811728
T 11 D 13A 03 UR LA NUEVA CANDELAR
1152
30/03/2016
2012
2013
788741
908
22862
010001020033000
2119461
C 6A 14 21
1153
30/03/2016
2012
2013
788311
21848
010009500008000
ALVAREZ * JOSE-ASCENSION
RINCON ESPINOSA JOSEARISTIDES
5734326
C 1 4B 09 LO 7 MZ E UR PALERMO II
1154
30/03/2016
2009
2013
1109894
22538
000000011385000
PENA GOMEZ EDUARDO
CAPACHO VELANDIA NOHORALUCIA
MARTINEZ BOHORQUEZ
PEDRO-ANTONIO
19209227
LOTE VDA MESA DE JERIDAS
1155
30/03/2016
2009
2013
781039
63443745
K 5C 19 35 LO 15 MZ N UR PASEO DEL
1156
30/03/2016
2011
2013
889142
901
902
909
910
911
8001495566
21839
010008360015000
912
21901
010007270014000
27765042
C 5D 16A 10 CS 12 UR SAN MARCOS
1157
30/03/2016
2011
2013
1078770
913
22150
010010690003001
QUIJANO TIBADUIZA LUCIA
28377776
C 17 MZ C CS 3
1158
30/03/2016
2010
2013
956832
914
21757
000000090613000
2109867
LO VDA MESA DE RUITOQUE
1159
30/03/2016
2009
2013
949902
915
22349
010001270036000
DIAZ SANTAMARIA MISAEL
VILLAMIZAR MEJIA CARLOSANDRES
C 4A 13 21 I ET UR LAS DELICIAS
1160
2012
2013
825321
916
21750
000000090052000
91228346
LAS COLINAS MZ 20 LO 150 VDA MESA
1161
30/03/2016
2009
2013
982360
30/03/2016
21875
000000010620000
ARIZA GUERRA OTTO
GOMEZ DURAN AUGUSTOJOSE
17179188
LO 2 VDA MESA DE JERIDAS
1162
30/03/2016
2011
2013
2751100
918
22629
010002000018000
MEJIA ALVAREZ MARIA-INES
28290981
K 6A 14 25 UR LA CANDELARIA
1163
30/03/2016
2011
2013
925426
919
22186
010001300059903
RANGEL PARRA GLADYS
63440568
K 5 3 51 AP PN ED TORRE SAN FELIPE
1164
30/03/2016
2013
2013
737752
920
22898
010001500006000
5707645
C 3 11A 23
1165
30/03/2016
2012
2013
847050
917
21746
010009400006000
VELOSA MORENO JAIME
ARCHILA HERRERA LUZMARINA
63292078
K 5W 16 18 LO 6 MZ 10 UR LOS TEJAD
1166
30/03/2016
2009
2013
752553
922
21349
010004460006000
CESPEDES PINTO ESTELLA
63445100
T 1GN 5B 24
1167
30/03/2016
2011
2013
1404083
923
21861
010007340095801
A 10N 16 02 CS 95 UR PINARES DE GR
1168
30/03/2016
2009
2013
1656154
010006020004000
RUBIO PAREJA MARIO
JAIMES BAUTISTA CARLOSSAUL
19361914
22598
13818746
CS 4 MZ C UR BARILOCHE
1169
30/03/2016
2011
2013
953363
925
22016
010006780005000
CABALLERO ALMEIDA NEFTALI
5555710
K 2 C 2A D 5 CS 5 UR BAROLOCHE
1171
30/03/2016
2011
2013
1168966
926
22269
010008280018000
GALVIS PIMIENTO GUILLERMO
91071191
SM G MZ C LO 60 UR VILLAS DE NAVAR
1172
30/03/2016
2012
2013
543448
927
22718
010008080010000
JURADO CARVAJAL DANIEL
91153216
C 1D 18 52 UR SAN FRANCISCO DE LA
1173
30/03/2016
2012
2013
881428
921
924
Secretaria de Hacienda y del Tesoro
Centro Comercial de la Cuesta Local B-10 piso 1
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
22724
010007880314801
MEDINA MARTINEZ JAVIERJULIAN
C 3 AN 8 150 CS 14 MZ C 02 CONJ LA
1174
30/03/2016
2012
2013
929
21039
010007060017000
OSPINA REINA CARLOS-JULIO
91269288
K 2 C 6 CS 15 MZ H UR BUENOS AIRES
1175
30/03/2016
2011
2013
698679
930
22596
010005010005000
91343795
C 3A 4 32 UR LA TACHUELA
1176
30/03/2016
2011
2013
1000983
752553
928
840977
21851
010009430009000
MARTINEZ BARRERA RICARDO
JURADO CONTRERAS
CLAUDIA-YANETH
52401114
C 16B 4W 11 LO 9 MZ 3 UR LOS TEJAD
1177
30/03/2016
2009
2013
932
22104
010001200011000
AYALA RUEDA SAMUEL
2138426
C 5 6 89
1178
30/03/2016
2013
2013
801804
933
21722
010006710003000
MOSQUERA * MARIA-EUGENIA
37814763
K 16 1G 09 UR SAN FRANCISCO DE LA
1179
30/03/2016
2011
2013
1123358
934
22617
010006710003000
MOSQUERA * MARIA-EUGENIA
37814763
K 16 1G 09 UR SAN FRANCISCO DE LA
1180
30/03/2016
2011
2012
1125758
935
22821
010000850028000
19472128
K 10 7 27
1181
30/03/2016
2012
2013
909477
22364
010001270017000
NINO BAEZ HERNANDO
CADENA RAMIREZ CARLOSJAVIER
7166055
K 13A 4 40
1182
30/03/2016
2012
2012
1028908
937
22348
010001490003000
REYES RODRIGUEZ EDGAR
91209100
C 2A 12 IMP BR VILLANUEVA
1183
30/03/2016
2013
2013
821862
938
22847
000000100270000
MORENO ALVAREZ MAURICIO
71185877
VILLA 19 COND MENZULY CAMPESTRE VD
1184
30/03/2016
2013
2013
825884
939
21727
010007810010000
PENA RICO LINA-CRISTINA
63352964
K 2 13A 18 CS 03 MZ B UR BELLAVIST
1185
30/03/2016
2011
2013
1045350
940
21816
010009370018000
63483059
C 15B 4W 41 LO 18 MZ 9 UR LOS TEJA
1186
30/03/2016
2009
2013
752553
21853
010009370019000
91343796
C 15B 4W 47 LO 19 MZ 9 UR LOS TEJA
1187
30/03/2016
2009
2013
752553
22627
010001710020000
ANGARITA PAREDES PATRICIA
CHIQUILLO MONTOYA JUANDE-LA-CRUZ
BELTRAN ORDUZ FRANCYJOHANA
K 9 3 15 BR VILLA LUZ I ET
1188
30/03/2016
2011
2013
1046148
943
20994
010009540012000
BLANCO GOMEZ LUIS-JAVIER
63439594
LO 03 MZ D UR PALERMO II
1189
30/03/2016
2009
2013
937625
944
21041
010006640002000
K 1 7N 51 BR EL PARAISO
1190
30/03/2016
2011
2013
680258
21819
010009370007000
21347
010005130014000
22618
010004620008000
HERNANDEZ ACEROS RAMIRO
MENDOZA MENDOZA JOSEJOAQUIN
GOMEZ GOMEZ MARIADOLORES
CORAL MARTINEZ GUILLERMOFERNEY
22839
010006280001000
21803
010009840222901
21804
951
931
936
941
942
945
946
947
5706772
C 15A 4W 36 LO 7 MZ 9 UR LOS TEJAD
1191
30/03/2016
2009
2013
752553
28199459
T 1N 6B 13 UR CIUDADELA LA ARGENTI
1192
30/03/2016
2011
2013
1063878
80437773
T 1DN 4D 36 CIUDADELA LA ARGENTINA
1193
30/03/2016
2011
2013
1061878
91348707
C 3N 15B 16 I ET UR QUINTA GRANADA
1194
30/03/2016
2012
2013
953272
63532762
K 3W 14 146 CS 18 ET I CONJ RES PA
1195
30/03/2016
2011
2013
1072246
010009840216901
SANDOVAL ROJAS ADRIAN
REYES VILLAMIZAR DIANACAROLINA
BELTRAN LUQUE MARIANOHORA-ALBA
28495693
K 3W 14 146 CS 12 ET I CONJ RES PA
1196
30/03/2016
2011
2013
1072246
21805
010009840213901
CHITIVA BARRERA OLGA
51804896
K 3W 14 146 CS 9 ET I CONJ RES PAL
1197
30/03/2016
2011
2013
1072246
952
22649
010008090009000
OSORIO GALVAN BERTHA
28267817
C 1C 18 48 LO 9 MZ T UR SAN FRANC
1198
30/03/2016
2011
2013
1077512
953
21828
010010500270901
91475485
C 3AN 8 145 AP 223 TO 6 ET II CONJ
1199
30/03/2016
2011
2013
1079842
21833
010010500200901
37546806
C 3AN 8 145 AP 914 TO 4 ET 1 CONJ
1200
30/03/2016
2011
2013
1079842
21818
010009370011000
JAIMES PEDRAZA JUAN-LUCAS
ESPINOSA MUNOZ SANDRAPATRICIA
FLOREZ LEON OSCARORLANDO
91269254
C 15A 4W 12 LO 11 MZ 9 UR LOS TEJA
1201
30/03/2016
2009
2013
752553
21821
010009360003000
91153959
C 15A 5W 18 LO 3 MZ 14 UR LOS TEJA
1202
30/03/2016
2009
2013
752553
21899
010007270005000
DIAZ SOTO FREDY-ALBERTO
MEDINA CASIQUE FRANCISCOJAVIER
88239846
C 5E 16A 45 CS 03 UR PARQUE RES SA
1203
30/03/2016
2011
2013
758670
21900
010007270007000
91340591
C 5E 16A 33 CS 05 UR SAN MARCOS
1204
30/03/2016
2011
2013
758670
21943
010001770007000
91228934
K 15 1 PAR BR SAN LUIS
1205
30/03/2016
2012
2013
982818
21035
010007150007000
C 0N PEAT 1 13 UR PAYSANDU
1206
30/03/2016
2011
2013
771874
21732
010007480011000
AYALA RAMIREZ OSCAR
RODRIGUEZ MARTINEZ
ERASMO
PROVICO-LTDA-PROMOTORADE-VIVIEND
MARQUEZ VILLEGAS LUISALFONSO
22833
010008280011000
22900
010001650005000
21898
010006990017000
21879
966
967
948
949
950
954
955
956
957
958
959
960
961
962
963
964
965
8001775540
91433039
C 2 18 63 CS 11 MZ X UR SAN FRANCI
1207
30/03/2016
2011
2013
1627671
63496023
LO 67 MZ C SM G UR VILLAS DE NAVAR
1208
30/03/2016
2011
2013
1115025
91351390
C 3A 7 28 UR AMARAL
1209
30/03/2016
2012
2013
1001622
17952098
K 2 C 6 CS 15 MZ D UR BUENOS AIRES
1211
30/03/2016
2011
2013
1124221
000000130108000
ROBAYO ARCHILA CAROLINA
BARRAGAN ACEVEDO
DIOGENES-DANIEL
CARTAGENA CABALLERO
ARGEMIRO
ESPINDOLA CHAPARRO
CARLOS-JULIO
13250831
LOS LLANITOS VDA LAS AMARILLAS
1212
30/03/2016
2011
2013
1126983
22146
010000220723901
ANGARITA ARDILA ALDIDES
13842970
K 5 11 28 L L-5002 C.C. ORBE
1213
30/03/2016
2012
2013
795221
21721
010006600003000
37809866
C 1D 16 20 MZ N LT 6 UR SAN FRANC
1214
30/03/2016
2011
2013
1142998
21814
010010680002001
ROSAS DURAN FANNY
NARANJO VILLAMIZAR PEDROJOSE
5705009
C 17 MZ B CS 2
1215
30/03/2016
2010
2013
1208408
969
22654
010004550001000
TORRES SANCHEZ JAIME
13875942
D 4E 1JN 02 CUIDADELA LA ARGENTINA
1216
30/03/2016
2011
2013
1169395
970
22672
010007730011000
QUINTERO PACHECO DAMARIS
26766139
K 2B 6AN 07 LO 10 MZ 10 EL DIVINO
1217
30/03/2016
2011
2013
1179173
971
21822
010009330003000
ALVARADO DAVILA ROSALBA
63288230
C 15 4W 12 LO 3 MZ 13 UR LOS TEJAD
1218
30/03/2016
2009
2013
810875
972
21874
000000010037000
SERRANO COLLAZOS JUDITH
CASTELLANOS MUNOZ MARIAJAKELINE
ESTUPINAN PINZON
ROBINSON-NOEL
63287276
LA CASCADA VDA MESA DE JERIDAS
1219
30/03/2016
2011
2013
1195479
28358409
C 1NA 3A 15 UR BOSQUES DE ARANJUEZ
1220
30/03/2016
2009
2013
1804292
968
973
22019
010008140010000
974
22628
010001730010000
K 15E 3 33 BR SAN CRISTOBAL
1221
30/03/2016
2011
2013
1236470
975
22707
010008450022000
SANTOS COTE ALVARO
5707101
K 12 4 33
1222
30/03/2016
2012
2013
1117371
976
22611
010003350008000
NUNEZ PINZON JUSTINIANO
5795065
K 3B 3AN 40 UR EL REFUGIO
1223
30/03/2016
2011
2013
1248082
977
22854
010001120003000
C 5 12 54
1224
30/03/2016
2012
2013
2278366
21799
010010500058901
49782591
C 3AN 8 145 AP 904 TO 1 ET 1 CONJ
1225
30/03/2016
2011
2013
1256993
21800
010010500046901
91270832
C 3AN 8 145 AP 604 TO 1 ET 1 CONJ
1226
30/03/2016
2011
2013
1256993
21801
010010500043901
FIGUEROA PARRA JAIME
OCHOA QUINTANA ELIDAMARIA
GOMEZ VALDERRAMA LUISEDUARDO
ANAYA BARAJAS NELLYRUBIELA
28258235
C 3AN 8 145 AP 601 TO 1 ET 1 CONJ
1227
30/03/2016
2011
2013
1256993
981
21802
010010500035901
DURAN DURAN GABINO
91345001
C 3AN 8 145 AP 401 TO 1 ET 1 CONJ
1228
30/03/2016
2011
2013
1256993
982
21829
010010500226901
PINTO FERREIRA NELLY
63356684
C 3AN 8 145 AP 320 TO 5 ET 1 CONJ
1229
30/03/2016
2011
2013
1256993
983
21832
010010500210901
63442523
C 3AN 8 145 AP 1116 TO 4 ET 1 CONJ
1230
30/03/2016
2011
2013
1256993
21837
010010500078901
63474984
C 3AN 8 145 AP 208 TO 2 ET 1 CONJ
1231
30/03/2016
2011
2013
1256993
985
21838
010010500075901
TORREZ LIZARAZO EVIDALIA
GUERRERO PEREZ SONIAPATRICIA
BOHORQUEZ ARDILA MAGDAXIMENA
63528893
C 3AN 8 145 AP 205 TO 2 ET 1 CONJ
1232
30/03/2016
2011
2013
1256993
986
22795
010001750010000
MORALES ZABALA ANA-DORIS
28427570
C 4 15A 33
1233
30/03/2016
2011
2013
2462862
987
22621
010001410027000
VELOZA MORENO JAIME
5700645
K 12 3 02 04 C 3
1234
30/03/2016
2011
2013
1268766
988
21279
010008860007000
91277603
C 1D BIS 5 19 CS 45 MZ I UR VILLAS
1235
30/03/2016
2009
2013
1534824
989
21004
010006300015000
LOPEZ VERA ALEJANDRO
RODRIGUEZ RODRIGUEZ
VICTOR
5472517
C 4N 17 68 I ET UR QUINTA GRANADA
1236
30/03/2016
2010
2013
2271370
978
979
980
984
Secretaria de Hacienda y del Tesoro
Centro Comercial de la Cuesta Local B-10 piso 1
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
990
21904
010008080014000
DURAN DURAN GABINO
91345001
C 1D 18 68 LO 14 MZ U UR SAN FRAN
1238
30/03/2016
2011
2013
1305104
991
21037
010007870025000
CHAGUALA CARRILLO SAUL
14195222
C 1G 18 51 UR SAN FRANCISCO DE LA
1239
30/03/2016
2011
2013
1308749
992
22537
000000011384000
19209227
PARCELA 13 VDA MESA DE JERIDAS
1240
30/03/2016
2012
2013
1179162
21723
010007300016000
PENA GOMEZ EDUARDO
PENA RODRIGUEZ LIBIAYANETH
63347574
C 5D 16 28 CS 15 MZ E UR SAN MARCO
1242
30/03/2016
2011
2013
921380
21047
010002080031901
13848212
C 9 18 A 07 CS 101 BR CABECERA DEL
1243
30/03/2016
2011
2013
344337
21268
050000010013000
21057
000000130574000
21725
010007880238801
21880
000000130107000
22723
010007880330801
993
994
22200
000000030348000
SANCHEZ SARMIENTO ROQUE
DEPARTAMENTO-DE
SANTANDER
FIGUEREDO CAMACHO
YORLEY-AMPARO
SANCHEZ ANGEL NORMACLAUDIA
ESPINDOLA CHAPARRO
CARLOS-JULIO
VILLAMIZAR BERMUDEZ
BENJAMIN-HERN
AMAYA ROMERO KARINAYULIGZZA
VILLA AURA VDA EL GUAMO
1249
30/03/2016
2012
2013
1229530
1001
22802
010002960016901
ALMEIDA ARDILA GUSTAVO
91341641
C 4 17 35 CS 201 IV ET UR SAN CRIS
1250
30/03/2016
2009
2013
1381870
1002
22625
010006570026000
63440305
C 1C 15 15 UR SAN FRANCISCO DE LA
1252
30/03/2016
2011
2013
1424201
22805
010002660087801
ROJAS GALVIS MYRIAM-ROCIO
BELTRAN SANDOVAL WILLIAMARMANDO
80470251
K 15 1A 12 CS 85 MZ D HABITARES DE
1253
30/03/2016
2012
2013
1286157
21281
010007520003000
8902056450
LO CESION 2 VIA C 2A UR SAN FRANCI
1254
30/03/2016
2009
2013
1476843
22913
060000120175901
8902008771
L 05 P 1 ALDEA CIAL I ET
1256
30/03/2016
2013
2013
1158169
22912
060000120197901
39780990
L 24 P 1 ALDEA CIAL I ET
1257
30/03/2016
2013
2013
1168297
22356
010000830005000
SOCIEDAD-MARVAL-S-A
URBANAS-S-A-URBANIZADORADAVID-PU
COMBARIZA ORTEGA CLARAPATRICIA
SANTOS GALVIS MIGUELANGEL
5707641
C 7 9 68
1258
30/03/2016
2012
2013
1320201
20998
010006400010000
5657521
K 4 1A 13 UR CAMPO VERDE 1
1259
30/03/2016
2009
2013
1785700
22588
000000060009000
20282364
EL MANDARINO VDA LOS COLORADOS
1260
30/03/2016
2013
2013
1172893
995
996
997
998
999
1000
1003
1004
1005
1006
1007
1008
PTO DE SALUD PESCADERO
1244
30/03/2016
2009
2013
975801
63397710
K 16A 13 09 CS 157 MZ E ET 1 MOLIN
1245
30/03/2016
2011
2013
1334671
51725801
C 3 AN 8 150 CS 8 MZ B 03 CONJ RES
1246
30/03/2016
2011
2012
1485440
13250831
LOTE DE TERRENO VDA LAS AMARILLAS
1247
30/03/2016
2011
2013
1346412
79555538
C 3AN 8 150 CS 10 MZ C 02 CONJ RES
1248
30/03/2016
2012
2013
1215288
1098636241
21865
010010290026000
ARDILA PENA CAROLIPO
BUITRAGO GOMEZ AURAMARIA
INVERSIONES-LA-PENINSULALTDA
8001495566
T VILLA CONCHA 6 113 CS 559 UR VIL
1261
30/03/2016
2009
2013
1293560
1011
22610
010009140003000
PALLARES * RUTH-ELIZABET
60374454
C 18A 5 10 LO 3 CS 3 MZ D UR PASEO
1262
30/03/2016
2011
2013
1530187
1012
22533
000000011135000
CONTRERAS RIVERA CARLOS
13825285
LOTE VDA MESA DE JERIDAS
1263
30/03/2016
2012
2013
1380148
1013
21847
010009510013000
GONZALEZ NINO PATRICIA
63360643
C 1 4A 02 LO 12 MZ C UR PALERMO II
1264
30/03/2016
2009
2013
1894946
1014
22669
010001080006000
28288163
C 5 8 54
1265
30/03/2016
2011
2013
1573916
22164
010005960004000
8002008844
LO SALON SOCIAL Y BAHIAS UR VILLA
1266
30/03/2016
2012
2013
1582933
22641
010005370011000
91214098
C 3AN K 6 CS 11 MZ B SM 1 UR SAN T
1267
30/03/2016
2011
2013
1618573
22876
010007770008801
MANTILLA TARAZONA MYRIAM
ASODEBIP-ASOCIACION-DEDESARROLLO
GUTIERREZ MORALES
HECTOR-MANUEL
SERRANO SUAREZ CLAUDIAMARCELA
30210450
LO 1-8 CONJ CAMPEST SANTILLANA I E
1268
30/03/2016
2013
2013
1287107
22705
010008580010000
K 5 2 71
1269
30/03/2016
2012
2013
1468001
22589
000000060052000
5554991
LA VILLA VDA LOS COLORADOS
1270
30/03/2016
2012
2013
1472406
21759
000000120205000
21897
010006910017000
22877
010000740014000
21854
010008200003000
21011
010003750027000
21876
000000010621000
22556
1027
1009
1010
1015
1016
1017
1018
1019
1020
CALDERON PINTO RAMIRO
RODRIGUEZ RUEDA SEGUNDOVICENTE
QUIJANO NIETO BERNARDAINES
27956652
LOTE 1 VDA GRANADILLO
1271
30/03/2016
2011
2013
4963625
SOLANO ESPINOSA MILTON
CEPEDA VELASCO OLGAPATRICIA
91218409
C 6 CS 14 MZ J III ET UR CHACARITA
1273
30/03/2016
2011
2013
1681797
37754885
C 9 14 67
1274
30/03/2016
2012
2013
1510398
24078553
K 19 5N 71 BR QINTA GRANADA
1275
30/03/2016
2011
2013
2620927
C 1A 0W 75 BR EL REFUGIO
1276
30/03/2016
2009
2013
1763400
17179188
LO 1 VDA MESA DE JERIDAS
1278
30/03/2016
2011
2013
5225641
000000030057000
CELIS DUARTE MARIA-ELENA
FIGUEROA MORALES PEDROPABLO
GOMEZ DURAN AUGUSTOJOSE
GAMBOA GALVIS EDGARFERNANDO
79426866
VILLA MARTICA VDA EL GUAMO
1279
30/03/2016
2012
2013
1592892
21301
010005200006000
FLOREZ VEGA BLANCA
63306910
K 4A 1C 08 UR CAMPO VERDE 1
1280
30/03/2016
2011
2013
1155627
1028
22822
010000860003000
MARTINEZ LEON MARINA
28095502
C 7 11 24
1281
30/03/2016
2012
2013
1677422
1029
21927
010007340047801
BARRERA ARIAS FRANCISCO
91232969
A 10N 16 02 CS 47 UR PINARES DE GR
1282
30/03/2016
2012
2013
1349814
1030
21724
010007880141801
MALDONADO BENITEZ CESAR
91476655
C 3AN 8 150 CS 07 MZ A 04 CONJ RES
1283
30/03/2016
2011
2013
1949811
1031
22551
000000011656000
REYES ARENAS ALFONSO
PINEDA OROZCO MIREYAESTELA
LOTE 1 VDA JERIDAS
1284
30/03/2016
2012
2013
1782030
D 5B 1JN 09 CIUDADELA ARGENTINA
1285
30/03/2016
2012
2013
627005
LA MESETA
1286
30/03/2016
2009
2013
1293368
52218804
C 3AN 8 150 CS 20 MZ C 02 CONJ RES
1287
30/03/2016
2011
2013
2005186
8902056450
LO CESION 1 VIA K 18 UR SAN FRANCI
1288
30/03/2016
2009
2013
2071896
63364756
K 14 4A 15 II ET UR LAS DELICIAS
1289
30/03/2016
2009
2013
2446719
912258934
LO DE TERRENO VDA GUATIGUARA
1290
30/03/2016
2011
2013
2057796
1021
1022
1023
1024
1025
1026
1032
22154
010004420010000
1033
21009
000000020098000
1034
21902
010007880320801
1035
21282
010007520002000
SOCIEDAD-MARVAL-S-A
1036
21013
010004970017000
1037
21893
000000080334000
22662
010000190045000
RUEDA CADENA LUZ-ADRIANA
RODRIGUEZ MARTINEZ
ERASMO
PINZON OCHOA CARLOSHUMBERTO
21783
000000060015000
21278
030000380021000
22875
010007770014801
21319
010007340182000
1038
1039
1040
1041
VEGA AMAYA MARIA-EUGENIA
MORALES RUEDA LAURACONSTANZA
37919912
13928396
K 6 12 53 55 BR EL CENTRO
1291
30/03/2016
2011
2013
2159025
MANTILLA GARCIA ARTURO
ANGARITA RUIZ MARTHACECILIA
2139112
PARCELA 5 VIA DE ACCESO VDA LOS CO
1292
30/03/2016
2009
2013
2256495
LT PARC LA ESPERANZA
1293
30/03/2016
2009
2013
1283518
91204932
LT 1-14 CONJ CAMPESTRE SANTILLANA
1294
30/03/2016
2013
2013
1746246
A 7N 17A 09 CS 09 UR QUINTA GRANAD
1295
30/03/2016
2011
2013
1566792
21040
010006680008000
GONZALEZ PORRAS ALVARO
OSORIO MARTINEZ JOSEENRIQUE
QUINTERO CARTAGENA
ESPERANZA
63432685
C 6BN 1 46 UR EL PARAISO
1296
30/03/2016
2009
2013
1446017
1044
21869
000000080259000
PINTO ACUNA ISAIAS
91267748
PARCELA 1 VDA GUATIGUARA
1297
30/03/2016
2011
2013
2289515
1045
21841
010008580012000
DUITAMA NOVA ALCIRA
37540959
K 5 2 67
1298
30/03/2016
2011
2013
2401610
1046
21007
010006370025000
MEJIA LEON ABELARDO
8827129
K 15 6N 15 UR QUINTA GRANADA
1299
30/03/2016
2009
2013
2102585
1047
22614
010001210004000
C 4 7 50
1300
30/03/2016
2011
2013
2438335
21028
010006880009000
91350046
PEAT CS 6 MZ H UR CHACARITA
1301
30/03/2016
2009
2013
2061961
22033
020000020001000
63443390
LO 2 UR TABLANCA
1302
30/03/2016
2011
2013
7516295
21796
010002630029000
DIAZ ARDILA LILIA
ARCINIEGAS CARRILLO
ALEXANDER
RICO BARAJAS CLAUDIAPATRICIA
AREA-METROPOLITANA-DEBUCARAMANGA
2011
2013
2636447
1042
1043
1048
1049
1050
8902105818
FRANJA DE TERRENO
Secretaria de Hacienda y del Tesoro
Centro Comercial de la Cuesta Local B-10 piso 1
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
1303
30/03/2016
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
1051
22602
000000100276000
80097018
VILLA 25 COND MENZULY CAMPESTRE VD
1308
30/03/2016
2011
2013
3117160
22656
010001570001000
ALVAREZ CARVAJAL ERNESTO
5707953
C 10 16 02 AU A B/GA
1309
30/03/2016
2011
2013
6398673
1055
21029
010002110014901
VARGAS ANAYA RAMIRO
13825486
K 18 A 7A 30 CS 202 BR CABECERA DE
1310
30/03/2016
2009
2013
1281243
1056
21288
010000130068901
8040010792
K 6 13 18 AP 103 TO 3 CAMINO DEL P
1311
30/03/2016
2009
2013
1609808
21284
010003540012000
K 3 2N 03 BR EL REFUGIO
1312
30/03/2016
2009
2013
1512785
21002
010006350004000
CONSTRUCTORA-G-M-H-LTDA
RIVERO CHAUX JORGEALBERTO
MANRIQUE DELGADO JOSEHERMES
17181689
AV 7N 17A 22 II ET UR QUINTA GRANA
1313
30/03/2016
2009
2013
3133421
22736
000000140112000
91209599
HAWAI VDA LOS LLANITOS
1314
30/03/2016
2013
2013
2843465
1057
1058
1059
22623
000000110451000
01
1054
1053
010007430015000
No. Consecutivo:
NINO PRIETO MANUEL
PARDO PARRA JORGEALCIDES
GONZALEZ CARDENAS DAVIDRICARDO
1052
21862
Cód. Dependencia: 630-76-9
91105878
K 1 11A 27 ASODEBIP
1304
30/03/2016
2009
2013
1245033
13811047
PARC 4 COND CAMP LA ALAMEDA VDA LA
1305
30/03/2016
2011
2013
2835113
21871
000000080045000
MONTANEZ * LUIS-ARMANDO
ARIAS GARZON GERARDO-DEJESUS
98498066
VILLA ALEJANDRA VDA GUATIGUARA
1316
30/03/2016
2011
2013
4422325
1061
21022
030000360144000
SUAREZ * ALFONSO
13807184
PARCELA LA ESPERANZA
1317
30/03/2016
2009
2013
2686732
1062
22873
010007770033801
VASQUEZ BOBADILLA DIVA
51636458
LO 2-5 CONJ CAMPEST SANTILLANA
1318
30/03/2016
2012
2013
4178197
1063
21825
000000010758000
19058816
LO 4 VDA MESA DE JERIDAS
1319
30/03/2016
2009
2013
9733215
21012
010004960008000
91347064
K 15 4 42 I ET UR LAS DELICIAS
1320
30/03/2016
2009
2013
5965591
22153
010004360001000
8040074097
LO SALDO UNID RES CAMELOT
1321
30/03/2016
2012
2013
4887694
22185
000000080014000
BERMUDEZ SUAREZ FABIO
NAVARRO DELGADO LUISAURELIO
NORIEGA-CAMPINO-&-CIA-SEN-C
IGLESIA-MINISTERIOEVANGELISTICO-
LAS CHATAS
1322
30/03/2016
2012
2013
9465128
22535
000000011193000
VILLA ALEJANDRA VDA MESA DE JERIDA
1323
30/03/2016
2012
2013
7801608
22661
000000080651000
VILLA 16 COND CAMPESTRE MANSION DE
1324
30/03/2016
2011
2013
25371403
22532
000000010899000
90210071
LO 1 VDA MESA DE JERIDAS
1325
30/03/2016
2011
2013
8729563
21859
000000010813000
5556144
LO 2 VDA MESA DE JERIDAS
1326
30/03/2016
2011
2013
9318789
22471
060000090021801
1060
1064
1065
1066
1067
1068
1069
1070
1071
PARRA GOMEZ GONZALO
GARNICA-DELGADO-Y-CIA-SEN-C
AGRICOLA-DE-INVERSIONESSANTA-CRU
ORDONEZ MALDONADO
MIGUEL
22734
000000140048000
RETROMAQUINAS-S-A
ORGANIZACION-RECREATIVAMONKOGUA-
1073
22276
010004260007000
RAMIREZ-MARTINEZ-CIA-LTDA
1074
20992
010009900001000
ACUASUR-COMPANIA-DEACUEDUCTO-Y-A
1072
13884478
9002263469
8070047597
LO 20 CONJ RES PENON DEL LAGO
1328
30/03/2016
2012
2013
16645044
804009373
LO VDA LOS LLANITOS
1329
30/03/2016
2012
2013
20239590
8040056141
LO 2
1330
30/03/2016
2012
2012
27114601
C 6 C 7 K 21 BR ACUASUR
1331
30/03/2016
2009
2013
49896093
Se Advierte al deudor(es) que dispone (n) de quince (15) días hábiles, después de
notificada esta providencia para cancelar o proponer las excepciones legales que estime
(n) pertinentes (s) conforme al artículo 726 del Acuerdo 022 de 2014.
JUAN DE JESUS BERNAL OJEDA
Secretario de Hacienda y del Tesoro
Proyecto: Alberto Luis Gamboa Martínez – Profesional Universitario
Revisó: Dra. Ana Valeria Mantilla Sierra- abogada- Cobro coactivo
Elaboró: Jenny Carreño - contratista - Cobro coactivo.
Secretaria de Hacienda y del Tesoro
Centro Comercial de la Cuesta Local B-10 piso 1
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 194 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes SEQUEDA JAIMES JULIO, ROJAS * VERONICA, , , , con Cedula de Ciudadanía
No 5650564, 63475914, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No
000000280018000, ubicado en EL DIVISO de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se
encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000015063 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de CIENTO SETENTA PESOS ($170) moneda legal, (liquidación
realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012 al 2013, valor que no ha
sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes SEQUEDA JAIMES JULIO, ROJAS * VERONICA, , , , con Cedula de
Ciudadanía No 5650564, 63475914, , , , propietarios del predio No 000000280018000, ubicado en EL DIVISO
de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de CIENTO SETENTA PESOS ($170) (valor
liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000015063), por los conceptos y periodos
señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación
y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia
con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a EL DIVISO, para que comparezca dentro de
los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme
lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario
Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22417
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Conmutador: 6852020
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EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 195 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes LOPEZ COMBITA WILLIAM-OCTAVIO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
91348103, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000040288000, ubicado
en LO 2 VDA SAN JAVIER de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con
el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000012717 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de DOSCIENTOS DOS PESOS ($202) moneda legal, (liquidación
realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012 al 2013, valor que no ha
sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes LOPEZ COMBITA WILLIAM-OCTAVIO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
91348103, , , , , propietarios del predio No 000000040288000, ubicado en LO 2 VDA SAN JAVIER de la
jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de DOSCIENTOS DOS PESOS ($202) (valor liquidado
el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000012717), por los conceptos y periodos señalados
en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta
cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los
artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LO 2 VDA SAN JAVIER, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22579
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No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 196 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes PEREZ COMBITA JUAN-FRANCISCO, ALMEIDA HERNANDEZ MARIAGRISELDA, , , , con Cedula de Ciudadanía No 91349488, 63442046, , , , son propietarios del predio
identificado con el numero predial No 000000040289000, ubicado en LOS PINOS-LOS CAYENOS LO 1 de
la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de
Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000012718 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de CUATROCIENTOS SESENTA PESOS ($460) moneda legal,
(liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012 al 2013, valor
que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes PEREZ COMBITA JUAN-FRANCISCO, ALMEIDA HERNANDEZ MARIAGRISELDA, , , , con Cedula de Ciudadanía No 91349488, 63442046, , , , propietarios del predio No
000000040289000, ubicado en LOS PINOS-LOS CAYENOS LO 1 de la jurisdicción del Municipio de
Piedecuesta, por la suma de CUATROCIENTOS SESENTA PESOS ($460) (valor liquidado el día Agosto 12
de 2013 mediante la Resolución No 0000012718), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva,
más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen
conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y
867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LOS PINOS-LOS CAYENOS LO 1, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22580
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No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 197 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes CORREDOR RUEDA JULIAN-ANDRES, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
91356548, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000160485000, ubicado
en LO 7 VDA LOS CUROS de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con
el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000025327 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de OCHOCIENTOS SESENTA Y SEIS PESOS ($866) moneda
legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012 al 2013,
valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes CORREDOR RUEDA JULIAN-ANDRES, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
91356548, , , , , propietarios del predio No 000000160485000, ubicado en LO 7 VDA LOS CUROS de la
jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de OCHOCIENTOS SESENTA Y SEIS PESOS ($866)
(valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000025327), por los conceptos y
periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada
obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en
concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente
proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LO 7 VDA LOS CUROS, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22197
Casa de Gobierno
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Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 198 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes PARRA MENDOZA ANDELFO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 91343652, , , , ,
son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000080423018, ubicado en EL
MORICHAL VDA GUATIGUARA de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en
mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000013246 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de OCHOCIENTOS OCHENTA Y CINCO PESOS ($885) moneda
legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2011 al 2013,
valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes PARRA MENDOZA ANDELFO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 91343652, , ,
, , propietarios del predio No 000000080423018, ubicado en EL MORICHAL VDA GUATIGUARA de la
jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de OCHOCIENTOS OCHENTA Y CINCO PESOS
($885) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000013246), por los conceptos
y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada
obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en
concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente
proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a EL MORICHAL VDA GUATIGUARA, para
que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 21892
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
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EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 199 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes RODRIGUEZ CHACON IGNACIO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 0, , , , , son
propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000320022000, ubicado en EL VADO de la
jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de
Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000015116 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de OCHOCIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS ($844)
moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013
al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes RODRIGUEZ CHACON IGNACIO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 0, , , , ,
propietarios del predio No 000000320022000, ubicado en EL VADO de la jurisdicción del Municipio de
Piedecuesta, por la suma de OCHOCIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS ($844) (valor liquidado el día
Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000015116), por los conceptos y periodos señalados en la
parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando
se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos
634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a EL VADO, para que comparezca dentro de
los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme
lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario
Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22292
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 200 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes DELGADO HERNANDEZ MARIA-VIOLETA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
27940136, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000040313000, ubicado
en LO 3 VDA SAN JAVIER de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con
el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000025193 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de MIL TREINTA Y DOS PESOS ($1032) moneda legal,
(liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012 al 2013, valor
que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes DELGADO HERNANDEZ MARIA-VIOLETA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
27940136, , , , , propietarios del predio No 000000040313000, ubicado en LO 3 VDA SAN JAVIER de la
jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de MIL TREINTA Y DOS PESOS ($1032) (valor
liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000025193), por los conceptos y periodos
señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación
y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia
con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LO 3 VDA SAN JAVIER, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22198
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 201 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes MEZA CASTELLANOS MYRIAM, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 63344964, , ,
, , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000150148000, ubicado en LOS
ARRAYANES VDA SAN FRANCISCO de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra
en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000014250 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de MIL DOSCIENTOS CINCUENTA PESOS ($1250) moneda
legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012 al 2013,
valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes MEZA CASTELLANOS MYRIAM, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 63344964,
, , , , propietarios del predio No 000000150148000, ubicado en LOS ARRAYANES VDA SAN FRANCISCO de
la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de MIL DOSCIENTOS CINCUENTA PESOS
($1250) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000014250), por los
conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo
exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de
2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del
presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LOS ARRAYANES VDA SAN FRANCISCO,
para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término
fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y
566 del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22762
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 202 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes LEAL PLATA ALBA-LUCIA, SANDOVAL MORALES OMAIRA, , , , con Cedula de
Ciudadanía No 28351746, 63351060, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No
000000040315000, ubicado en LO 5 VDA SAN JAVIER de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el
cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000025195 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de MIL SEISCIENTOS TREINTA Y CUATRO PESOS ($1634)
moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2011
al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes LEAL PLATA ALBA-LUCIA, SANDOVAL MORALES OMAIRA, , , , con Cedula
de Ciudadanía No 28351746, 63351060, , , , propietarios del predio No 000000040315000, ubicado en LO 5
VDA SAN JAVIER de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de MIL SEISCIENTOS
TREINTA Y CUATRO PESOS ($1634) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No
0000025195), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen
desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo
720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario
nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LO 5 VDA SAN JAVIER, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 21293
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
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EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 203 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes DELGADO HERNANDEZ MARIA-VIOLETA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
27940136, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000040314000, ubicado
en LO 4 VDA SAN JAVIER de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con
el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000025194 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de MIL SEISCIENTOS TREINTA Y CUATRO PESOS ($1634)
moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2011
al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes DELGADO HERNANDEZ MARIA-VIOLETA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
27940136, , , , , propietarios del predio No 000000040314000, ubicado en LO 4 VDA SAN JAVIER de la
jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de MIL SEISCIENTOS TREINTA Y CUATRO PESOS
($1634) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000025194), por los
conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo
exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de
2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del
presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LO 4 VDA SAN JAVIER, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 21294
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 204 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes INGECAR-LIMITADA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 8902076410, , , , , son
propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000040312000, ubicado en LO 2 VDA SAN
JAVIER de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por
concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000025192 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de MIL SEISCIENTOS TREINTA Y CUATRO PESOS ($1634)
moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2011
al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes INGECAR-LIMITADA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 8902076410, , , , ,
propietarios del predio No 000000040312000, ubicado en LO 2 VDA SAN JAVIER de la jurisdicción del
Municipio de Piedecuesta, por la suma de MIL SEISCIENTOS TREINTA Y CUATRO PESOS ($1634) (valor
liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000025192), por los conceptos y periodos
señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación
y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia
con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LO 2 VDA SAN JAVIER, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 21295
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 205 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes INGECAR-LIMITADA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 8902076410, , , , , son
propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000040311000, ubicado en LO 1 VDA SAN
JAVIER de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por
concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000025191 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de MIL SEISCIENTOS TREINTA Y CUATRO PESOS ($1634)
moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2011
al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes INGECAR-LIMITADA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 8902076410, , , , ,
propietarios del predio No 000000040311000, ubicado en LO 1 VDA SAN JAVIER de la jurisdicción del
Municipio de Piedecuesta, por la suma de MIL SEISCIENTOS TREINTA Y CUATRO PESOS ($1634) (valor
liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000025191), por los conceptos y periodos
señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación
y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia
con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LO 1 VDA SAN JAVIER, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 21296
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 206 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes LARROTA MANTILLA ALFONSO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 91344933, ,
, , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000160478000, ubicado en LO 2
VDA LOS CUROS de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el
Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000025324 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de MIL SEISCIENTOS TREINTA Y CUATRO PESOS ($1634)
moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2011
al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes LARROTA MANTILLA ALFONSO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
91344933, , , , , propietarios del predio No 000000160478000, ubicado en LO 2 VDA LOS CUROS de la
jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de MIL SEISCIENTOS TREINTA Y CUATRO PESOS
($1634) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000025324), por los
conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo
exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de
2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del
presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LO 2 VDA LOS CUROS, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 21324
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 207 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes GARCIA FUENTES ANGELA-MARIA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
63274320, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000130361000, ubicado
en LO 1 LA LOMITA VDA LAS AMARILLAS de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se
encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000014066 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y DOS PESOS ($1552)
moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013
al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes GARCIA FUENTES ANGELA-MARIA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
63274320, , , , , propietarios del predio No 000000130361000, ubicado en LO 1 LA LOMITA VDA LAS
AMARILLAS de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de MIL QUINIENTOS CINCUENTA
Y DOS PESOS ($1552) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000014066),
por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se
hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022
de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del
presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LO 1 LA LOMITA VDA LAS AMARILLAS,
para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término
fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y
566 del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22729
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
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SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 208 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes CABALLERO * LUIS-DEOGRACIAS-SUC, CABALLERO JAIMES NEMESIO, , , ,
con Cedula de Ciudadanía No 0, 2138304, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial
No 000000350006000, ubicado en EL TAMBOR de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se
encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000015139 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y CUATRO PESOS ($1694)
moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013
al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes CABALLERO * LUIS-DEOGRACIAS-SUC, CABALLERO JAIMES NEMESIO, , ,
, con Cedula de Ciudadanía No 0, 2138304, , , , propietarios del predio No 000000350006000, ubicado en EL
TAMBOR de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y
CUATRO PESOS ($1694) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No
0000015139), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen
desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo
720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario
nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a EL TAMBOR, para que comparezca dentro
de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo
conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto
Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22294
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
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SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 209 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes FUNDACION-PAZ-Y-VIVIENDA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 8040095481, ,
, , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010009910002000, ubicado en C 1E 19
06 L 3 de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por
concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000022415 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de TRES MIL NOVENTA Y OCHO PESOS ($3098) moneda legal,
(liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2011 al 2011, valor
que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes FUNDACION-PAZ-Y-VIVIENDA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
8040095481, , , , , propietarios del predio No 010009910002000, ubicado en C 1E 19 06 L 3 de la jurisdicción
del Municipio de Piedecuesta, por la suma de TRES MIL NOVENTA Y OCHO PESOS ($3098) (valor
liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000022415), por los conceptos y periodos
señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación
y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia
con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a C 1E 19 06 L 3, para que comparezca dentro
de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo
conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto
Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 21044
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Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
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EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 210 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes TIRADO ROJAS ANTONIO-JOSE, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
1102362785, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000180137000,
ubicado en EL PORVENIR VDA SAN ISIDRO de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se
encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000014597 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de DOS MIL CIENTO TREINTA PESOS ($2130) moneda legal,
(liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013, valor
que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes TIRADO ROJAS ANTONIO-JOSE, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
1102362785, , , , , propietarios del predio No 000000180137000, ubicado en EL PORVENIR VDA SAN
ISIDRO de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de DOS MIL CIENTO TREINTA PESOS
($2130) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000014597), por los
conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo
exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de
2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del
presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a EL PORVENIR VDA SAN ISIDRO, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22775
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 211 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes AREVALO DURAN PABLO-ELIECER, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
91253453, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000030172000, ubicado
en VILLA DONALDO EL GUAMO de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en
mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000012571 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de DOS MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE PESOS
($2259) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos
fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes AREVALO DURAN PABLO-ELIECER, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
91253453, , , , , propietarios del predio No 000000030172000, ubicado en VILLA DONALDO EL GUAMO de
la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de DOS MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE
PESOS ($2259) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000012571), por los
conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo
exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de
2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del
presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a VILLA DONALDO EL GUAMO, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22560
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 212 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes PEREZ PAEZ LUIS-ERNESTO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 88168399, , , , ,
son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000200163000, ubicado en VILLA
SILVIA VDA SEVILLA de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el
Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000014826 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de DOS MIL TRESCIENTOS TREINTA PESOS ($2330) moneda
legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013,
valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes PEREZ PAEZ LUIS-ERNESTO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 88168399, , ,
, , propietarios del predio No 000000200163000, ubicado en VILLA SILVIA VDA SEVILLA de la jurisdicción
del Municipio de Piedecuesta, por la suma de DOS MIL TRESCIENTOS TREINTA PESOS ($2330) (valor
liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000014826), por los conceptos y periodos
señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación
y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia
con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a VILLA SILVIA VDA SEVILLA, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22779
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
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SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 213 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes FLOREZ PINZON ISMAEL, PARRA DUARTE MARIA-STELLA, , , , con Cedula de
Ciudadanía No 5628585, 63341976, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No
010011840012000, ubicado en C 14B 0 51 LO 12 MZ G UR BRISAS DE de la jurisdicción del Municipio de
Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y
complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000024746 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de DOS MIL NOVECIENTOS NOVENTA PESOS ($2990) moneda
legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012 al 2013,
valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes FLOREZ PINZON ISMAEL, PARRA DUARTE MARIA-STELLA, , , , con Cedula
de Ciudadanía No 5628585, 63341976, , , , propietarios del predio No 010011840012000, ubicado en C 14B 0
51 LO 12 MZ G UR BRISAS DE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de DOS MIL
NOVECIENTOS NOVENTA PESOS ($2990) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la
Resolución No 0000024746), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses
que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo
dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del
estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a C 14B 0 51 LO 12 MZ G UR BRISAS DE,
para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término
fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y
566 del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22212
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 214 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes FLOREZ VILLAMIZAR ELIAS, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 2139630, , , , ,
son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000210086000, ubicado en EL
PEDREGAL VDA FALTRIQUERAS de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en
mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000014903 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de TRES MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y SEIS PESOS
($3456) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos
fiscales 2012 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes FLOREZ VILLAMIZAR ELIAS, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 2139630, , , ,
, propietarios del predio No 000000210086000, ubicado en EL PEDREGAL VDA FALTRIQUERAS de la
jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de TRES MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y
SEIS PESOS ($3456) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000014903),
por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se
hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022
de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del
presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a EL PEDREGAL VDA FALTRIQUERAS, para
que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22788
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 215 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes LA-NACION, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 0, , , , , son propietarios del predio
identificado con el numero predial No 000000230032000, ubicado en CAMPAMENTO K 43 de la jurisdicción
del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto
Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000014977 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de CIENTO TREINTA Y DOS PESOS ($132) moneda legal,
(liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2009 al 2013, valor
que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes LA-NACION, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 0, , , , , propietarios del predio
No 000000230032000, ubicado en CAMPAMENTO K 43 de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por
la suma de CIENTO TREINTA Y DOS PESOS ($132) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la
Resolución No 0000014977), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses
que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo
dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del
estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a CAMPAMENTO K 43, para que comparezca
dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo
conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto
Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 21292
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 216 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes GALEANO PENAGOS LUZ-STELLA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
63365184, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010000220572901, ubicado
en K 5 11 28 L L-4005 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en
mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000026396 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de TRES MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS
($3344) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos
fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes GALEANO PENAGOS LUZ-STELLA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
63365184, , , , , propietarios del predio No 010000220572901, ubicado en K 5 11 28 L L-4005 C.C. ORBE de
la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de TRES MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y
CUATRO PESOS ($3344) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No
0000026396), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen
desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo
720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario
nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-4005 C.C. ORBE, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
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Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
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SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 217 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALDIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con Cedula
de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No
010000220573901, ubicado en K 5 11 28 L L-4006 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de
Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y
complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000026397 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de TRES MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS
($3344) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos
fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALDIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con
Cedula de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , propietarios del predio No 010000220573901, ubicado en
K 5 11 28 L L-4006 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de TRES MIL
TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS ($3344) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013
mediante la Resolución No 0000026397), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los
intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme
lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del
estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-4006 C.C. ORBE, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
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Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 218 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes MORENO RIOS CLAUDIA-ROCIO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 63492468, ,
, , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010000220592901, ubicado en K 5 11
28 L L-4025 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el
Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000026408 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de TRES MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS
($3344) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos
fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes MORENO RIOS CLAUDIA-ROCIO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
63492468, , , , , propietarios del predio No 010000220592901, ubicado en K 5 11 28 L L-4025 C.C. ORBE de
la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de TRES MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y
CUATRO PESOS ($3344) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No
0000026408), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen
desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo
720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario
nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-4025 C.C. ORBE, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 21914
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Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
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EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 219 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes SAAVEDRA ANAYA JOSE-GABRIEL, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
1102358151, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010000220611901,
ubicado en K 5 11 28 L L-4044 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se
encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000026418 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de TRES MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS
($3344) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos
fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes SAAVEDRA ANAYA JOSE-GABRIEL, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
1102358151, , , , , propietarios del predio No 010000220611901, ubicado en K 5 11 28 L L-4044 C.C. ORBE
de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de TRES MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y
CUATRO PESOS ($3344) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No
0000026418), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen
desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo
720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario
nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-4044 C.C. ORBE, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 21916
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Carrera 7 No. 9-43
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EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 220 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALDIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con Cedula
de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No
010000220632901, ubicado en K 5 11 28 L L-4065 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de
Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y
complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000026432 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de TRES MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS
($3344) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos
fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALDIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con
Cedula de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , propietarios del predio No 010000220632901, ubicado en
K 5 11 28 L L-4065 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de TRES MIL
TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS ($3344) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013
mediante la Resolución No 0000026432), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los
intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme
lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del
estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-4065 C.C. ORBE, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 21919
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 221 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALDIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con Cedula
de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No
010000220660901, ubicado en K 5 11 28 L L-4093 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de
Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y
complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000026455 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de TRES MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS
($3344) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos
fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALDIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con
Cedula de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , propietarios del predio No 010000220660901, ubicado en
K 5 11 28 L L-4093 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de TRES MIL
TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS ($3344) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013
mediante la Resolución No 0000026455), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los
intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme
lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del
estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-4093 C.C. ORBE, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 21968
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 222 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALDIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con Cedula
de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No
010000220661901, ubicado en K 5 11 28 L L-4094 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de
Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y
complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000026456 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de TRES MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS
($3344) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos
fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALDIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con
Cedula de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , propietarios del predio No 010000220661901, ubicado en
K 5 11 28 L L-4094 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de TRES MIL
TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS ($3344) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013
mediante la Resolución No 0000026456), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los
intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme
lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del
estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-4094 C.C. ORBE, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 21969
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
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SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 223 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALDIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con Cedula
de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No
010000220663901, ubicado en K 5 11 28 L L-4096 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de
Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y
complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000026458 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de TRES MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS
($3344) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos
fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALDIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con
Cedula de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , propietarios del predio No 010000220663901, ubicado en
K 5 11 28 L L-4096 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de TRES MIL
TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS ($3344) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013
mediante la Resolución No 0000026458), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los
intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme
lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del
estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-4096 C.C. ORBE, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
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Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
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No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 224 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes CARRIZOSA RUIZ MARIA-ESPERANZA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
45620299, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010000220300901, ubicado
en K 5 11 28 L L-2080 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en
mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000026193 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de TRES MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS
($3344) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos
fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes CARRIZOSA RUIZ MARIA-ESPERANZA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
45620299, , , , , propietarios del predio No 010000220300901, ubicado en K 5 11 28 L L-2080 C.C. ORBE de
la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de TRES MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y
CUATRO PESOS ($3344) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No
0000026193), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen
desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo
720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario
nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-2080 C.C. ORBE, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
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Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
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No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 225 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes QUINONEZ MORENO CARMEN, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 63312425, , , ,
, son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010000220299901, ubicado en K 5 11 28 L
L-2079 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el
Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000026192 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de TRES MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS
($3344) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos
fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes QUINONEZ MORENO CARMEN, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 63312425,
, , , , propietarios del predio No 010000220299901, ubicado en K 5 11 28 L L-2079 C.C. ORBE de la
jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de TRES MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y
CUATRO PESOS ($3344) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No
0000026192), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen
desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo
720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario
nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-2079 C.C. ORBE, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
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No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 226 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALCIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con Cedula
de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No
010000220288901, ubicado en K 5 11 28 L L-2068 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de
Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y
complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000026182 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de TRES MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS
($3344) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos
fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALCIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con
Cedula de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , propietarios del predio No 010000220288901, ubicado en
K 5 11 28 L L-2068 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de TRES MIL
TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS ($3344) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013
mediante la Resolución No 0000026182), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los
intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme
lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del
estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-2068 C.C. ORBE, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22048
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Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 227 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALCIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con Cedula
de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No
010000220287901, ubicado en K 5 11 28 L L-2067 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de
Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y
complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000026181 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de TRES MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS
($3344) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos
fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALCIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con
Cedula de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , propietarios del predio No 010000220287901, ubicado en
K 5 11 28 L L-2067 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de TRES MIL
TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS ($3344) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013
mediante la Resolución No 0000026181), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los
intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme
lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del
estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-2067 C.C. ORBE, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22049
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
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SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 228 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes SANCHEZ CACERES YULY-TATIANA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
1102368563, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010000220273901,
ubicado en K 5 11 28 L L-2053 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se
encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000026173 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de TRES MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS
($3344) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos
fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes SANCHEZ CACERES YULY-TATIANA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
1102368563, , , , , propietarios del predio No 010000220273901, ubicado en K 5 11 28 L L-2053 C.C. ORBE
de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de TRES MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y
CUATRO PESOS ($3344) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No
0000026173), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen
desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo
720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario
nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-2053 C.C. ORBE, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22053
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 229 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes DISTRUBUCIONES-COLOMBIA-LIMITADA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
8902067351, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010000220270901,
ubicado en K 5 11 28 L L-2050 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se
encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000026170 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de TRES MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS
($3344) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos
fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes DISTRUBUCIONES-COLOMBIA-LIMITADA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
8902067351, , , , , propietarios del predio No 010000220270901, ubicado en K 5 11 28 L L-2050 C.C. ORBE
de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de TRES MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y
CUATRO PESOS ($3344) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No
0000026170), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen
desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo
720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario
nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-2050 C.C. ORBE, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22055
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
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EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 230 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes DISTRIBUCIONES-COLOMBIA-LIMITADA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
8902067351, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010000220253901,
ubicado en K 5 11 28 L L-2033 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se
encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000026162 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de TRES MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS
($3344) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos
fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes DISTRIBUCIONES-COLOMBIA-LIMITADA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
8902067351, , , , , propietarios del predio No 010000220253901, ubicado en K 5 11 28 L L-2033 C.C. ORBE
de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de TRES MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y
CUATRO PESOS ($3344) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No
0000026162), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen
desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo
720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario
nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-2033 C.C. ORBE, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
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Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
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No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 231 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes DISTRIBUCIONES-COLOMBIA-LIMITADA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
8902067351, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010000220252901,
ubicado en K 5 11 28 L L-2032 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se
encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000026161 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de TRES MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS
($3344) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos
fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes DISTRIBUCIONES-COLOMBIA-LIMITADA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
8902067351, , , , , propietarios del predio No 010000220252901, ubicado en K 5 11 28 L L-2032 C.C. ORBE
de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de TRES MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y
CUATRO PESOS ($3344) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No
0000026161), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen
desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo
720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario
nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-2032 C.C. ORBE, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
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No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 232 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALCIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con Cedula
de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No
010000220243901, ubicado en K 5 11 28 L L-2023 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de
Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y
complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000026155 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de TRES MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS
($3344) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos
fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALCIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con
Cedula de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , propietarios del predio No 010000220243901, ubicado en
K 5 11 28 L L-2023 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de TRES MIL
TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS ($3344) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013
mediante la Resolución No 0000026155), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los
intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme
lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del
estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-2023 C.C. ORBE, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22065
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Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 233 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes RODRIGUEZ JIMENEZ RAFAEL, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 6771942, , , ,
, son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010000220241901, ubicado en K 5 11 28 L
L-2021 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el
Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000026154 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de TRES MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS
($3344) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos
fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes RODRIGUEZ JIMENEZ RAFAEL, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 6771942, ,
, , , propietarios del predio No 010000220241901, ubicado en K 5 11 28 L L-2021 C.C. ORBE de la
jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de TRES MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y
CUATRO PESOS ($3344) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No
0000026154), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen
desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo
720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario
nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-2021 C.C. ORBE, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22066
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 234 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALCIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con Cedula
de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No
010000220238901, ubicado en K 5 11 28 L L-2018 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de
Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y
complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000026152 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de TRES MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS
($3344) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos
fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALCIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con
Cedula de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , propietarios del predio No 010000220238901, ubicado en
K 5 11 28 L L-2018 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de TRES MIL
TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS ($3344) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013
mediante la Resolución No 0000026152), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los
intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme
lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del
estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-2018 C.C. ORBE, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22067
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SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 235 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALCIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con Cedula
de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No
010000220237901, ubicado en K 5 11 28 L L-2017 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de
Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y
complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000026151 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de TRES MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS
($3344) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos
fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALCIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con
Cedula de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , propietarios del predio No 010000220237901, ubicado en
K 5 11 28 L L-2017 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de TRES MIL
TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS ($3344) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013
mediante la Resolución No 0000026151), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los
intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme
lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del
estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-2017 C.C. ORBE, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22068
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
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EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 236 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes GELVEZ JACOME KAROL-NATHALIA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
1098671422, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010000220183901,
ubicado en K 5 11 28 L L-1132 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se
encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000025884 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de TRES MIL SETECIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS
($3744) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos
fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes GELVEZ JACOME KAROL-NATHALIA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
1098671422, , , , , propietarios del predio No 010000220183901, ubicado en K 5 11 28 L L-1132 C.C. ORBE
de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de TRES MIL SETECIENTOS CUARENTA Y
CUATRO PESOS ($3744) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No
0000025884), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen
desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo
720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario
nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-1132 C.C. ORBE, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22131
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 237 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes GELVEZ JACOME KAROL-NATHALIA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
1098671422, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010000220184901,
ubicado en K 5 11 28 L L-1133 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se
encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000025885 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de TRES MIL SETECIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS
($3744) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos
fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes GELVEZ JACOME KAROL-NATHALIA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
1098671422, , , , , propietarios del predio No 010000220184901, ubicado en K 5 11 28 L L-1133 C.C. ORBE
de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de TRES MIL SETECIENTOS CUARENTA Y
CUATRO PESOS ($3744) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No
0000025885), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen
desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo
720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario
nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-1133 C.C. ORBE, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22132
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Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 238 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes VARGAS YANEZ ANA-DOLORES, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 37231706, ,
, , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010000220191901, ubicado en K 5 11
28 L L-1140 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el
Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000025888 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de TRES MIL SETECIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS
($3744) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos
fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes VARGAS YANEZ ANA-DOLORES, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
37231706, , , , , propietarios del predio No 010000220191901, ubicado en K 5 11 28 L L-1140 C.C. ORBE de
la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de TRES MIL SETECIENTOS CUARENTA Y
CUATRO PESOS ($3744) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No
0000025888), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen
desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo
720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario
nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-1140 C.C. ORBE, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22133
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
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EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 239 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes LAVERDE PEDRAZA HENRY-HERNAN, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
7125946, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010000220194901, ubicado
en K 5 11 28 L L-1143 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en
mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000025891 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de TRES MIL SETECIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS
($3744) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos
fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes LAVERDE PEDRAZA HENRY-HERNAN, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
7125946, , , , , propietarios del predio No 010000220194901, ubicado en K 5 11 28 L L-1143 C.C. ORBE de la
jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de TRES MIL SETECIENTOS CUARENTA Y
CUATRO PESOS ($3744) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No
0000025891), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen
desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo
720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario
nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-1143 C.C. ORBE, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22134
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 240 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes FRANCO * OSCAR-ORLANDO, RODRIGUEZ * ARNULFO, , , , con Cedula de
Ciudadanía No 457403, 457323, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No
010000220693901, ubicado en K 5 11 28 L L-4126 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de
Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y
complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000026485 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de TRES MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS
($3344) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos
fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes FRANCO * OSCAR-ORLANDO, RODRIGUEZ * ARNULFO, , , , con Cedula de
Ciudadanía No 457403, 457323, , , , propietarios del predio No 010000220693901, ubicado en K 5 11 28 L L4126 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de TRES MIL TRESCIENTOS
CUARENTA Y CUATRO PESOS ($3344) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución
No 0000026485), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se
causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el
artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto
tributario nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-4126 C.C. ORBE, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22135
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 241 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALDIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con Cedula
de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No
010000220703901, ubicado en K 5 11 28 L L-4136 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de
Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y
complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000026488 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de TRES MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS
($3344) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos
fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALDIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con
Cedula de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , propietarios del predio No 010000220703901, ubicado en
K 5 11 28 L L-4136 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de TRES MIL
TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS ($3344) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013
mediante la Resolución No 0000026488), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los
intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme
lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del
estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-4136 C.C. ORBE, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22138
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 242 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes CAMARGO FLOREZ MARIA-YORLEYTH, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
63352395, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010000220679901, ubicado
en K 5 11 28 L L-4112 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en
mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000026472 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de TRES MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS
($3344) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos
fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes CAMARGO FLOREZ MARIA-YORLEYTH, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
63352395, , , , , propietarios del predio No 010000220679901, ubicado en K 5 11 28 L L-4112 C.C. ORBE de
la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de TRES MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y
CUATRO PESOS ($3344) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No
0000026472), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen
desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo
720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario
nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-4112 C.C. ORBE, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22151
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 243 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALDIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con Cedula
de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No
010000220452901, ubicado en K 5 11 28 L L-3073 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de
Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y
complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000026311 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de TRES MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS
($3344) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos
fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALDIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con
Cedula de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , propietarios del predio No 010000220452901, ubicado en
K 5 11 28 L L-3073 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de TRES MIL
TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS ($3344) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013
mediante la Resolución No 0000026311), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los
intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme
lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del
estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-3073 C.C. ORBE, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22193
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 244 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALDIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con Cedula
de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No
010000220427901, ubicado en K 5 11 28 L L-3048 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de
Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y
complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000026286 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de TRES MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS
($3344) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos
fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALDIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con
Cedula de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , propietarios del predio No 010000220427901, ubicado en
K 5 11 28 L L-3048 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de TRES MIL
TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS ($3344) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013
mediante la Resolución No 0000026286), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los
intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme
lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del
estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-3048 C.C. ORBE, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22222
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No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 245 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALDIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con Cedula
de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No
010000220428901, ubicado en K 5 11 28 L L-3049 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de
Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y
complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000026287 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de TRES MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS
($3344) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos
fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALDIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con
Cedula de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , propietarios del predio No 010000220428901, ubicado en
K 5 11 28 L L-3049 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de TRES MIL
TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS ($3344) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013
mediante la Resolución No 0000026287), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los
intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme
lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del
estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-3049 C.C. ORBE, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22223
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Conmutador: 6852020
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Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 246 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes LUNA RINCON FLORINDA-MARIA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 28404047,
, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010000220429901, ubicado en K 5 11
28 L L-3050 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el
Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000026288 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de TRES MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS
($3344) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos
fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes LUNA RINCON FLORINDA-MARIA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
28404047, , , , , propietarios del predio No 010000220429901, ubicado en K 5 11 28 L L-3050 C.C. ORBE de
la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de TRES MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y
CUATRO PESOS ($3344) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No
0000026288), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen
desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo
720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario
nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-3050 C.C. ORBE, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22224
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 247 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes FRANCO * ORCAR-ORLANDO, RODRIGUEZ * ARNULFO, , , , con Cedula de
Ciudadanía No 457403, 457323, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No
010000220432901, ubicado en K 5 11 28 L L-3053 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de
Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y
complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000026291 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de TRES MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS
($3344) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos
fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes FRANCO * ORCAR-ORLANDO, RODRIGUEZ * ARNULFO, , , , con Cedula de
Ciudadanía No 457403, 457323, , , , propietarios del predio No 010000220432901, ubicado en K 5 11 28 L L3053 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de TRES MIL TRESCIENTOS
CUARENTA Y CUATRO PESOS ($3344) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución
No 0000026291), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se
causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el
artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto
tributario nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-3053 C.C. ORBE, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22225
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 248 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALDIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con Cedula
de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No
010000220461901, ubicado en K 5 11 28 L L-3082 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de
Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y
complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000026319 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de TRES MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS
($3344) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos
fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALDIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con
Cedula de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , propietarios del predio No 010000220461901, ubicado en
K 5 11 28 L L-3082 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de TRES MIL
TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS ($3344) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013
mediante la Resolución No 0000026319), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los
intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme
lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del
estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-3082 C.C. ORBE, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22228
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 249 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes AGUILAR RUEDA MAYELID, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 63441998, , , , ,
son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000030330000, ubicado en LO 6 VDA
EL GUAMO de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio
por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000012639 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de TRES MIL SETECIENTOS OCHENTA Y SIETE PESOS
($3787) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos
fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes AGUILAR RUEDA MAYELID, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 63441998, , , ,
, propietarios del predio No 000000030330000, ubicado en LO 6 VDA EL GUAMO de la jurisdicción del
Municipio de Piedecuesta, por la suma de TRES MIL SETECIENTOS OCHENTA Y SIETE PESOS ($3787)
(valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000012639), por los conceptos y
periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada
obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en
concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente
proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LO 6 VDA EL GUAMO, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22568
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 250 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes ASOVIPOPULAR-ASOCIACION-DE-VIVIEN, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
8040050468, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010011840028000,
ubicado en C 14B 0 03 LO 28 MZ G UR BRISAS DE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual
se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000024754 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de CUATRO MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y UN PESOS
($4831) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos
fiscales 2011 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes ASOVIPOPULAR-ASOCIACION-DE-VIVIEN, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
8040050468, , , , , propietarios del predio No 010011840028000, ubicado en C 14B 0 03 LO 28 MZ G UR
BRISAS DE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de CUATRO MIL OCHOCIENTOS
TREINTA Y UN PESOS ($4831) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No
0000024754), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen
desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo
720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario
nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a C 14B 0 03 LO 28 MZ G UR BRISAS DE,
para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término
fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y
566 del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 21053
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 251 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes PEREZ PEREZ CELEANO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 2014958, , , , , son
propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000320008000, ubicado en BADILLO de la
jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de
Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000015108 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de CINCO MIL DIECIOCHO PESOS ($5018) moneda legal,
(liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012 al 2013, valor
que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes PEREZ PEREZ CELEANO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 2014958, , , , ,
propietarios del predio No 000000320008000, ubicado en BADILLO de la jurisdicción del Municipio de
Piedecuesta, por la suma de CINCO MIL DIECIOCHO PESOS ($5018) (valor liquidado el día Agosto 12 de
2013 mediante la Resolución No 0000015108), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva,
más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen
conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y
867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a BADILLO, para que comparezca dentro de
los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme
lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario
Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22291
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 252 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes BALLESTEROS GARZON OSCAR, GARZON * MARIA-LEONOR, , , , con Cedula
de Ciudadanía No 91281801, 63270105, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No
000000130724000, ubicado en VILLA XIOMARA VDA LAS AMARILLAS de la jurisdicción del Municipio de
Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y
complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000025322 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de SEIS MIL VEINTISEIS PESOS ($6026) moneda legal,
(liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2011 al 2013, valor
que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes BALLESTEROS GARZON OSCAR, GARZON * MARIA-LEONOR, , , , con
Cedula de Ciudadanía No 91281801, 63270105, , , , propietarios del predio No 000000130724000, ubicado en
VILLA XIOMARA VDA LAS AMARILLAS de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de
SEIS MIL VEINTISEIS PESOS ($6026) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No
0000025322), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen
desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo
720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario
nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a VILLA XIOMARA VDA LAS AMARILLAS,
para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término
fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y
566 del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 21325
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 253 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes RODRIGUEZ SALAMANCA ERIKA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
1095813764, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000120657000,
ubicado en SAN ANGEL LO 3 VDA GRANADILLO de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se
encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000025967 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de SEIS MIL TRESCIENTOS SESENTA Y DOS PESOS ($6362)
moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012
al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes RODRIGUEZ SALAMANCA ERIKA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
1095813764, , , , , propietarios del predio No 000000120657000, ubicado en SAN ANGEL LO 3 VDA
GRANADILLO de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de SEIS MIL TRESCIENTOS
SESENTA Y DOS PESOS ($6362) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No
0000025967), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen
desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo
720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario
nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a SAN ANGEL LO 3 VDA GRANADILLO,
para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término
fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y
566 del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22221
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 254 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes LANCHEROS MANTILLA LUZ-MIREYA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
37615449, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010010940004000, ubicado
en C 15B 1W 10 UR EDIMAR de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora
con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000023138 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de CINCO MIL SEISCIENTOS TREINTA Y CUATRO PESOS
($5634) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos
fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes LANCHEROS MANTILLA LUZ-MIREYA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
37615449, , , , , propietarios del predio No 010010940004000, ubicado en C 15B 1W 10 UR EDIMAR de la
jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de CINCO MIL SEISCIENTOS TREINTA Y CUATRO
PESOS ($5634) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000023138), por los
conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo
exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de
2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del
presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a C 15B 1W 10 UR EDIMAR, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22117
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 256 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes LEAL MENDEZ LUIS-ALEJANDRO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 5707757, ,
, , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010010950007000, ubicado en C 15D
1W 03 UR EDIMAR de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el
Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000023148 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de CINCO MIL SEISCIENTOS TREINTA Y CUATRO PESOS
($5634) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos
fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes LEAL MENDEZ LUIS-ALEJANDRO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
5707757, , , , , propietarios del predio No 010010950007000, ubicado en C 15D 1W 03 UR EDIMAR de la
jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de CINCO MIL SEISCIENTOS TREINTA Y CUATRO
PESOS ($5634) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000023148), por los
conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo
exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de
2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del
presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a C 15D 1W 03 UR EDIMAR, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22331
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 257 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes RONDON SANABRIA MARIA-ELIA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 21241912,
, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010010970002000, ubicado en C 15E
1W 28 UR EDIMAR de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el
Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000023161 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de CINCO MIL SEISCIENTOS TREINTA Y CUATRO PESOS
($5634) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos
fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes RONDON SANABRIA MARIA-ELIA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
21241912, , , , , propietarios del predio No 010010970002000, ubicado en C 15E 1W 28 UR EDIMAR de la
jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de CINCO MIL SEISCIENTOS TREINTA Y CUATRO
PESOS ($5634) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000023161), por los
conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo
exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de
2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del
presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a C 15E 1W 28 UR EDIMAR, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22334
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 258 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes MARIN URREA FANNY, MORA MONTENEGRO JUAN-CARLOS, , , , con Cedula
de Ciudadanía No 37618882, 79463626, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No
000000160496000, ubicado en LO 5 VDA LOS CUROS de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el
cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000026738 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de SEIS MIL DOSCIENTOS SETENTA Y CINCO PESOS ($6275)
moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013
al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes MARIN URREA FANNY, MORA MONTENEGRO JUAN-CARLOS, , , , con
Cedula de Ciudadanía No 37618882, 79463626, , , , propietarios del predio No 000000160496000, ubicado en
LO 5 VDA LOS CUROS de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de SEIS MIL
DOSCIENTOS SETENTA Y CINCO PESOS ($6275) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la
Resolución No 0000026738), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses
que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo
dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del
estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LO 5 VDA LOS CUROS, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 21998
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 259 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes ESPINOSA SANCHEZ RAIMUNDA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 27934482,
, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000091041000, ubicado en LO 1-1
VDA LA MESA DE RUITOQUE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora
con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000026698 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de SEIS MIL TRESCIENTOS SETENTA PESOS ($6370) moneda
legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013,
valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes ESPINOSA SANCHEZ RAIMUNDA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
27934482, , , , , propietarios del predio No 000000091041000, ubicado en LO 1-1 VDA LA MESA DE
RUITOQUE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de SEIS MIL TRESCIENTOS
SETENTA PESOS ($6370) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No
0000026698), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen
desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo
720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario
nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LO 1-1 VDA LA MESA DE RUITOQUE, para
que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
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EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 260 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes ORDUZ JAIMES HORACIO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 13847046, , , , ,
son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000011399000, ubicado en LOS
GUAYACANES VDA MESA DE JERIDAS de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se
encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000012172 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de SEIS MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y TRES PESOS
($6453) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos
fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes ORDUZ JAIMES HORACIO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 13847046, , , , ,
propietarios del predio No 000000011399000, ubicado en LOS GUAYACANES VDA MESA DE JERIDAS de
la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de SEIS MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y
TRES PESOS ($6453) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000012172),
por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se
hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022
de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del
presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LOS GUAYACANES VDA MESA DE
JERIDAS, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el
término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el
artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
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Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
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No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 261 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes PRADA RODRIGUEZ PABLO-ANTONIO, SUAREZ RUIZ JAZMIN-YESENIA, , , ,
con Cedula de Ciudadanía No 91287753, 63533096, , , , son propietarios del predio identificado con el
numero predial No 010009990041904, ubicado en PARQ MOTO 01 ED TORRE CRISTAL de la jurisdicción
del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto
Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000027197 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de SEIS MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y OCHO PESOS
($6498) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos
fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes PRADA RODRIGUEZ PABLO-ANTONIO, SUAREZ RUIZ JAZMIN-YESENIA, , ,
, con Cedula de Ciudadanía No 91287753, 63533096, , , , propietarios del predio No 010009990041904,
ubicado en PARQ MOTO 01 ED TORRE CRISTAL de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la
suma de SEIS MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y OCHO PESOS ($6498) (valor liquidado el día Agosto
12 de 2013 mediante la Resolución No 0000027197), por los conceptos y periodos señalados en la parte
motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se
cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634,
635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a PARQ MOTO 01 ED TORRE CRISTAL, para
que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22407
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01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 262 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes PRADA RODRIGUEZ PABLO-ANTONIO, SUAREZ RUIZ JAZMIN-YESENIA, , , ,
con Cedula de Ciudadanía No 91287753, 63533096, , , , son propietarios del predio identificado con el
numero predial No 010009990042904, ubicado en PARQ MOTO 02 ED TORRE CRISTAL de la jurisdicción
del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto
Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000027198 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de SEIS MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y OCHO PESOS
($6498) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos
fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes PRADA RODRIGUEZ PABLO-ANTONIO, SUAREZ RUIZ JAZMIN-YESENIA, , ,
, con Cedula de Ciudadanía No 91287753, 63533096, , , , propietarios del predio No 010009990042904,
ubicado en PARQ MOTO 02 ED TORRE CRISTAL de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la
suma de SEIS MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y OCHO PESOS ($6498) (valor liquidado el día Agosto
12 de 2013 mediante la Resolución No 0000027198), por los conceptos y periodos señalados en la parte
motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se
cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634,
635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a PARQ MOTO 02 ED TORRE CRISTAL, para
que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22408
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No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 263 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes PRADA RODRIGUEZ PABLO-ANTONIO, SUAREZ RUIZ JAZMIN-YESENIA, , , ,
con Cedula de Ciudadanía No 91287753, 63533096, , , , son propietarios del predio identificado con el
numero predial No 010009990043904, ubicado en PARQ MOTO 03 ED TORRE CRISTAL de la jurisdicción
del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto
Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000027199 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de SEIS MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y OCHO PESOS
($6498) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos
fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes PRADA RODRIGUEZ PABLO-ANTONIO, SUAREZ RUIZ JAZMIN-YESENIA, , ,
, con Cedula de Ciudadanía No 91287753, 63533096, , , , propietarios del predio No 010009990043904,
ubicado en PARQ MOTO 03 ED TORRE CRISTAL de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la
suma de SEIS MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y OCHO PESOS ($6498) (valor liquidado el día Agosto
12 de 2013 mediante la Resolución No 0000027199), por los conceptos y periodos señalados en la parte
motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se
cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634,
635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a PARQ MOTO 03 ED TORRE CRISTAL, para
que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22409
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
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EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 264 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes PRADA RODRIGUEZ PABLO-ANTONIO, SUAREZ RUIZ JAZMIN-YESENIA, , , ,
con Cedula de Ciudadanía No 91287753, 63533096, , , , son propietarios del predio identificado con el
numero predial No 010009990046904, ubicado en PARQ MOTO 06 ED TORRE CRISTAL de la jurisdicción
del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto
Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000027202 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de SEIS MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y OCHO PESOS
($6498) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos
fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes PRADA RODRIGUEZ PABLO-ANTONIO, SUAREZ RUIZ JAZMIN-YESENIA, , ,
, con Cedula de Ciudadanía No 91287753, 63533096, , , , propietarios del predio No 010009990046904,
ubicado en PARQ MOTO 06 ED TORRE CRISTAL de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la
suma de SEIS MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y OCHO PESOS ($6498) (valor liquidado el día Agosto
12 de 2013 mediante la Resolución No 0000027202), por los conceptos y periodos señalados en la parte
motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se
cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634,
635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a PARQ MOTO 06 ED TORRE CRISTAL, para
que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22410
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 265 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes PRADA RODRIGUEZ PABLO-ANTONIO, SUAREZ RUIZ JAZMIN-YESENIA, , , ,
con Cedula de Ciudadanía No 91287753, 63533096, , , , son propietarios del predio identificado con el
numero predial No 010009990044904, ubicado en PARQ MOTO 04 ED TORRE CRISTAL de la jurisdicción
del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto
Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000027200 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de SEIS MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y OCHO PESOS
($6498) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos
fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes PRADA RODRIGUEZ PABLO-ANTONIO, SUAREZ RUIZ JAZMIN-YESENIA, , ,
, con Cedula de Ciudadanía No 91287753, 63533096, , , , propietarios del predio No 010009990044904,
ubicado en PARQ MOTO 04 ED TORRE CRISTAL de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la
suma de SEIS MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y OCHO PESOS ($6498) (valor liquidado el día Agosto
12 de 2013 mediante la Resolución No 0000027200), por los conceptos y periodos señalados en la parte
motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se
cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634,
635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a PARQ MOTO 04 ED TORRE CRISTAL, para
que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22411
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 266 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes PRADA RODRIGUEZ PABLO-ANTONIO, SUAREZ RUIZ JAZMIN-YESENIA, , , ,
con Cedula de Ciudadanía No 91287753, 63533096, , , , son propietarios del predio identificado con el
numero predial No 010009990045904, ubicado en PARQ MOTO 05 ED TORRE CRISTAL de la jurisdicción
del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto
Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000027201 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de SEIS MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y OCHO PESOS
($6498) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos
fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes PRADA RODRIGUEZ PABLO-ANTONIO, SUAREZ RUIZ JAZMIN-YESENIA, , ,
, con Cedula de Ciudadanía No 91287753, 63533096, , , , propietarios del predio No 010009990045904,
ubicado en PARQ MOTO 05 ED TORRE CRISTAL de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la
suma de SEIS MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y OCHO PESOS ($6498) (valor liquidado el día Agosto
12 de 2013 mediante la Resolución No 0000027201), por los conceptos y periodos señalados en la parte
motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se
cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634,
635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a PARQ MOTO 05 ED TORRE CRISTAL, para
que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22412
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Conmutador: 6852020
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SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 267 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes VILLAMIZAR ARENAS CARLOS-MIGUEL, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
91344551, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000190391000, ubicado
en LO 2 VDA PLANADAS de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con
el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000026117 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de SEIS MIL DOSCIENTOS DIEZ PESOS ($6210) moneda legal,
(liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012 al 2013, valor
que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes VILLAMIZAR ARENAS CARLOS-MIGUEL, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
91344551, , , , , propietarios del predio No 000000190391000, ubicado en LO 2 VDA PLANADAS de la
jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de SEIS MIL DOSCIENTOS DIEZ PESOS ($6210)
(valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000026117), por los conceptos y
periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada
obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en
concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente
proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LO 2 VDA PLANADAS, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22235
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 268 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes SANCHEZ ESPINOSA LUIS-ALFONSO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
91222687, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000091055000, ubicado
en LO 1-4 VDA MESA DE RUITOQUE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra
en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000026732 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de SIETE MIL CINCUENTA Y UN PESOS ($7051) moneda legal,
(liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013, valor
que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes SANCHEZ ESPINOSA LUIS-ALFONSO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
91222687, , , , , propietarios del predio No 000000091055000, ubicado en LO 1-4 VDA MESA DE RUITOQUE
de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de SIETE MIL CINCUENTA Y UN PESOS
($7051) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000026732), por los
conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo
exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de
2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del
presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LO 1-4 VDA MESA DE RUITOQUE, para
que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 21993
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 269 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes ESPINOSA SANCHEZ RAIMUNDA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 27934482,
, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000091051000, ubicado en LO 3
VDA MESA DE RUITOQUE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con
el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000026728 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de SIETE MIL NOVENTA Y DOS PESOS ($7092) moneda legal,
(liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013, valor
que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes ESPINOSA SANCHEZ RAIMUNDA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
27934482, , , , , propietarios del predio No 000000091051000, ubicado en LO 3 VDA MESA DE RUITOQUE
de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de SIETE MIL NOVENTA Y DOS PESOS
($7092) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000026728), por los
conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo
exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de
2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del
presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LO 3 VDA MESA DE RUITOQUE, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 21990
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 270 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes MORALES * GRACIELA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 27915987, , , , , son
propietarios del predio identificado con el numero predial No 030000390098000, ubicado en LOTE VDA LA
ESPERANZA de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio
por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000023818 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de SIETE MIL CIENTO CATORCE PESOS ($7114) moneda legal,
(liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013, valor
que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes MORALES * GRACIELA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 27915987, , , , ,
propietarios del predio No 030000390098000, ubicado en LOTE VDA LA ESPERANZA de la jurisdicción del
Municipio de Piedecuesta, por la suma de SIETE MIL CIENTO CATORCE PESOS ($7114) (valor liquidado el
día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000023818), por los conceptos y periodos señalados en
la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta
cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los
artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LOTE VDA LA ESPERANZA, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22329
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 271 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALDIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con Cedula
de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No
010000220571901, ubicado en K 5 11 28 L L-4004 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de
Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y
complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000026395 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599)
moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012
al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALDIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con
Cedula de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , propietarios del predio No 010000220571901, ubicado en
K 5 11 28 L L-4004 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de SEIS MIL
QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la
Resolución No 0000026395), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses
que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo
dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del
estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-4004 C.C. ORBE, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 21910
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 272 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALDIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con Cedula
de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No
010000220594901, ubicado en K 5 11 28 L L-4027 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de
Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y
complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000026410 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599)
moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012
al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALDIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con
Cedula de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , propietarios del predio No 010000220594901, ubicado en
K 5 11 28 L L-4027 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de SEIS MIL
QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la
Resolución No 0000026410), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses
que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo
dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del
estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-4027 C.C. ORBE, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 21915
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 273 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALDIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con Cedula
de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No
010000220612901, ubicado en K 5 11 28 L L-4045 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de
Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y
complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000026419 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599)
moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012
al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALDIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con
Cedula de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , propietarios del predio No 010000220612901, ubicado en
K 5 11 28 L L-4045 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de SEIS MIL
QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la
Resolución No 0000026419), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses
que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo
dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del
estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-4045 C.C. ORBE, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
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EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 274 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALDIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con Cedula
de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No
010000220640901, ubicado en K 5 11 28 L L-4073 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de
Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y
complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000026438 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599)
moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012
al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALDIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con
Cedula de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , propietarios del predio No 010000220640901, ubicado en
K 5 11 28 L L-4073 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de SEIS MIL
QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la
Resolución No 0000026438), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses
que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo
dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del
estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-4073 C.C. ORBE, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
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No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 275 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALDIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con Cedula
de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No
010000220643901, ubicado en K 5 11 28 L L-4076 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de
Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y
complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000026440 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599)
moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012
al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALDIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con
Cedula de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , propietarios del predio No 010000220643901, ubicado en
K 5 11 28 L L-4076 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de SEIS MIL
QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la
Resolución No 0000026440), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses
que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo
dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del
estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-4076 C.C. ORBE, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 21922
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Conmutador: 6852020
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EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 276 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes ARIAS BONILLA FREDY-ANDRES, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 5774269, ,
, , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010000220648901, ubicado en K 5 11
28 L L-4081 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el
Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000026444 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599)
moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012
al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes ARIAS BONILLA FREDY-ANDRES, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
5774269, , , , , propietarios del predio No 010000220648901, ubicado en K 5 11 28 L L-4081 C.C. ORBE de la
jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE
PESOS ($6599) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000026444), por los
conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo
exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de
2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del
presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-4081 C.C. ORBE, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 21924
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
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EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 277 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALDIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con Cedula
de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No
010000220652901, ubicado en K 5 11 28 L L-4085 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de
Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y
complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000026448 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599)
moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012
al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALDIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con
Cedula de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , propietarios del predio No 010000220652901, ubicado en
K 5 11 28 L L-4085 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de SEIS MIL
QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la
Resolución No 0000026448), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses
que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo
dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del
estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-4085 C.C. ORBE, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 21964
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 278 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALDIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con Cedula
de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No
010000220653901, ubicado en K 5 11 28 L L-4086 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de
Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y
complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000026449 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599)
moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012
al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALDIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con
Cedula de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , propietarios del predio No 010000220653901, ubicado en
K 5 11 28 L L-4086 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de SEIS MIL
QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la
Resolución No 0000026449), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses
que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo
dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del
estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-4086 C.C. ORBE, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 21965
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 279 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALDIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con Cedula
de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No
010000220654901, ubicado en K 5 11 28 L L-4087 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de
Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y
complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000026450 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599)
moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012
al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALDIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con
Cedula de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , propietarios del predio No 010000220654901, ubicado en
K 5 11 28 L L-4087 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de SEIS MIL
QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la
Resolución No 0000026450), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses
que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo
dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del
estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-4087 C.C. ORBE, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 21966
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
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SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 280 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes BANDERA GARCIA ALCIRA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 28403921, , , , ,
son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010000220655901, ubicado en K 5 11 28 L
L-4088 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el
Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000026451 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599)
moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012
al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes BANDERA GARCIA ALCIRA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 28403921, , , ,
, propietarios del predio No 010000220655901, ubicado en K 5 11 28 L L-4088 C.C. ORBE de la jurisdicción
del Municipio de Piedecuesta, por la suma de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599)
(valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000026451), por los conceptos y
periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada
obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en
concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente
proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-4088 C.C. ORBE, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
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No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 281 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALDIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con Cedula
de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No
010000220662901, ubicado en K 5 11 28 L L-4095 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de
Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y
complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000026457 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599)
moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012
al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALDIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con
Cedula de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , propietarios del predio No 010000220662901, ubicado en
K 5 11 28 L L-4095 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de SEIS MIL
QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la
Resolución No 0000026457), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses
que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo
dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del
estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-4095 C.C. ORBE, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
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Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
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No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 282 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes JAIMES PENA EVER-FABIAN, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 13862721, , , , ,
son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010000220669901, ubicado en K 5 11 28 L
L-4102 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el
Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000026463 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599)
moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012
al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes JAIMES PENA EVER-FABIAN, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 13862721, , ,
, , propietarios del predio No 010000220669901, ubicado en K 5 11 28 L L-4102 C.C. ORBE de la jurisdicción
del Municipio de Piedecuesta, por la suma de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599)
(valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000026463), por los conceptos y
periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada
obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en
concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente
proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-4102 C.C. ORBE, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 21974
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Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 283 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALDIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con Cedula
de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No
010000220674901, ubicado en K 5 11 28 L L-4107 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de
Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y
complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000026467 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599)
moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012
al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALDIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con
Cedula de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , propietarios del predio No 010000220674901, ubicado en
K 5 11 28 L L-4107 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de SEIS MIL
QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la
Resolución No 0000026467), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses
que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo
dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del
estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-4107 C.C. ORBE, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
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Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 284 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALDIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con Cedula
de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No
010000220675901, ubicado en K 5 11 28 L L-4108 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de
Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y
complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000026468 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599)
moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012
al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALDIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con
Cedula de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , propietarios del predio No 010000220675901, ubicado en
K 5 11 28 L L-4108 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de SEIS MIL
QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la
Resolución No 0000026468), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses
que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo
dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del
estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-4108 C.C. ORBE, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 21977
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 285 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes CAMARGO FLOREZ MARIA-YORLEYTH, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
63352395, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010000220676901, ubicado
en K 5 11 28 L L-4109 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en
mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000026469 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599)
moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012
al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes CAMARGO FLOREZ MARIA-YORLEYTH, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
63352395, , , , , propietarios del predio No 010000220676901, ubicado en K 5 11 28 L L-4109 C.C. ORBE de
la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE
PESOS ($6599) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000026469), por los
conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo
exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de
2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del
presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-4109 C.C. ORBE, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 21978
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
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EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 286 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes CAMARGO FLOREZ MARIA-YORLEYTH, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
63352395, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010000220677901, ubicado
en K 5 11 28 L L-4110 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en
mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000026470 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599)
moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012
al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes CAMARGO FLOREZ MARIA-YORLEYTH, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
63352395, , , , , propietarios del predio No 010000220677901, ubicado en K 5 11 28 L L-4110 C.C. ORBE de
la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE
PESOS ($6599) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000026470), por los
conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo
exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de
2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del
presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-4110 C.C. ORBE, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 21979
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EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 287 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes CAMARGO FLOREZ MARIA-YORLEYTH, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
63352395, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010000220678901, ubicado
en K 5 11 28 L L-4111 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en
mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000026471 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599)
moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012
al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes CAMARGO FLOREZ MARIA-YORLEYTH, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
63352395, , , , , propietarios del predio No 010000220678901, ubicado en K 5 11 28 L L-4111 C.C. ORBE de
la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE
PESOS ($6599) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000026471), por los
conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo
exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de
2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del
presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-4111 C.C. ORBE, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
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Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
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No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 288 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes ADARME MAYORGA LUIS-FERNANDO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
91202868, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010000220308901, ubicado
en K 5 11 28 L L-2088 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en
mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000026198 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599)
moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012
al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes ADARME MAYORGA LUIS-FERNANDO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
91202868, , , , , propietarios del predio No 010000220308901, ubicado en K 5 11 28 L L-2088 C.C. ORBE de
la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE
PESOS ($6599) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000026198), por los
conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo
exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de
2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del
presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-2088 C.C. ORBE, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
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No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 289 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes RIBERO TOBON HERIBERTO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 13805633, , , , ,
son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010000220294901, ubicado en K 5 11 28 L
L-2074 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el
Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000026187 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599)
moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012
al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes RIBERO TOBON HERIBERTO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 13805633, , ,
, , propietarios del predio No 010000220294901, ubicado en K 5 11 28 L L-2074 C.C. ORBE de la jurisdicción
del Municipio de Piedecuesta, por la suma de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599)
(valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000026187), por los conceptos y
periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada
obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en
concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente
proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-2074 C.C. ORBE, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22046
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Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 290 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALCIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con Cedula
de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No
010000220290901, ubicado en K 5 11 28 L L-2070 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de
Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y
complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000026184 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599)
moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012
al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALCIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con
Cedula de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , propietarios del predio No 010000220290901, ubicado en
K 5 11 28 L L-2070 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de SEIS MIL
QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la
Resolución No 0000026184), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses
que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo
dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del
estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-2070 C.C. ORBE, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22047
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
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SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 291 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes CAMARGO FLOREZ MARIA-YORLEYTH, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
63352395, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010000220272901, ubicado
en K 5 11 28 L L-2052 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en
mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000026172 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599)
moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012
al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes CAMARGO FLOREZ MARIA-YORLEYTH, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
63352395, , , , , propietarios del predio No 010000220272901, ubicado en K 5 11 28 L L-2052 C.C. ORBE de
la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE
PESOS ($6599) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000026172), por los
conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo
exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de
2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del
presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-2052 C.C. ORBE, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22054
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 292 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes MORENO RIOS CLAUDIA-ROCIO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 63492468, ,
, , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010000220267901, ubicado en K 5 11
28 L L-2047 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el
Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000026168 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599)
moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012
al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes MORENO RIOS CLAUDIA-ROCIO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
63492468, , , , , propietarios del predio No 010000220267901, ubicado en K 5 11 28 L L-2047 C.C. ORBE de
la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE
PESOS ($6599) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000026168), por los
conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo
exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de
2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del
presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-2047 C.C. ORBE, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22057
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 293 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALCIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con Cedula
de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No
010000220266901, ubicado en K 5 11 28 L L-2046 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de
Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y
complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000026167 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599)
moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012
al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALCIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con
Cedula de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , propietarios del predio No 010000220266901, ubicado en
K 5 11 28 L L-2046 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de SEIS MIL
QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la
Resolución No 0000026167), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses
que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo
dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del
estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-2046 C.C. ORBE, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22058
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
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EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 294 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes MORENO RIOS CLAUDIA-ROCIO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 63492468, ,
, , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010000220246901, ubicado en K 5 11
28 L L-2026 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el
Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000026158 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599)
moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012
al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes MORENO RIOS CLAUDIA-ROCIO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
63492468, , , , , propietarios del predio No 010000220246901, ubicado en K 5 11 28 L L-2026 C.C. ORBE de
la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE
PESOS ($6599) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000026158), por los
conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo
exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de
2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del
presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-2026 C.C. ORBE, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
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Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
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No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 295 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes MORENO RIOS CLAUDIA-ROCIO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 63492468, ,
, , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010000220245901, ubicado en K 5 11
28 L L-2025 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el
Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000026157 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599)
moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012
al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes MORENO RIOS CLAUDIA-ROCIO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
63492468, , , , , propietarios del predio No 010000220245901, ubicado en K 5 11 28 L L-2025 C.C. ORBE de
la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE
PESOS ($6599) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000026157), por los
conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo
exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de
2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del
presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-2025 C.C. ORBE, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
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01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 296 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALCIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con Cedula
de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No
010000220244901, ubicado en K 5 11 28 L L-2024 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de
Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y
complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000026156 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599)
moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012
al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALCIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con
Cedula de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , propietarios del predio No 010000220244901, ubicado en
K 5 11 28 L L-2024 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de SEIS MIL
QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la
Resolución No 0000026156), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses
que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo
dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del
estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-2024 C.C. ORBE, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
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No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 297 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALCIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con Cedula
de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No
010000220221901, ubicado en K 5 11 28 L L-2001 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de
Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y
complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000026144 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599)
moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012
al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALCIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con
Cedula de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , propietarios del predio No 010000220221901, ubicado en
K 5 11 28 L L-2001 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de SEIS MIL
QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la
Resolución No 0000026144), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses
que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo
dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del
estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-2001 C.C. ORBE, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22070
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Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 298 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes PARRA RINCON HERNANDO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 91279226, , , , ,
son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010000220216901, ubicado en K 5 11 28 L
L-1165 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el
Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000026141 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599)
moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012
al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes PARRA RINCON HERNANDO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 91279226, , ,
, , propietarios del predio No 010000220216901, ubicado en K 5 11 28 L L-1165 C.C. ORBE de la jurisdicción
del Municipio de Piedecuesta, por la suma de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599)
(valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000026141), por los conceptos y
periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada
obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en
concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente
proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-1165 C.C. ORBE, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22072
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Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 299 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes PARRA RINCON HERNANDO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 91279226, , , , ,
son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010000220215901, ubicado en K 5 11 28 L
L-1164 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el
Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000026140 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599)
moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012
al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes PARRA RINCON HERNANDO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 91279226, , ,
, , propietarios del predio No 010000220215901, ubicado en K 5 11 28 L L-1164 C.C. ORBE de la jurisdicción
del Municipio de Piedecuesta, por la suma de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599)
(valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000026140), por los conceptos y
periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada
obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en
concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente
proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-1164 C.C. ORBE, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22073
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 300 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALCIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con Cedula
de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No
010000220214901, ubicado en K 5 11 28 L L-1163 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de
Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y
complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000026139 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599)
moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012
al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALCIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con
Cedula de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , propietarios del predio No 010000220214901, ubicado en
K 5 11 28 L L-1163 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de SEIS MIL
QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la
Resolución No 0000026139), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses
que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo
dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del
estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-1163 C.C. ORBE, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22074
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 301 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALCIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con Cedula
de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No
010000220213901, ubicado en K 5 11 28 L L-1162 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de
Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y
complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000026138 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599)
moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012
al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALCIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con
Cedula de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , propietarios del predio No 010000220213901, ubicado en
K 5 11 28 L L-1162 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de SEIS MIL
QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la
Resolución No 0000026138), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses
que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo
dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del
estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-1162 C.C. ORBE, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
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Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
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Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 302 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALCIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con Cedula
de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No
010000220212901, ubicado en K 5 11 28 L L-1161 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de
Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y
complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000026137 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599)
moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012
al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALCIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con
Cedula de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , propietarios del predio No 010000220212901, ubicado en
K 5 11 28 L L-1161 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de SEIS MIL
QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la
Resolución No 0000026137), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses
que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo
dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del
estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-1161 C.C. ORBE, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
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01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 303 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALCIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con Cedula
de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No
010000220211901, ubicado en K 5 11 28 L L-1160 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de
Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y
complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000026136 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599)
moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012
al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALCIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con
Cedula de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , propietarios del predio No 010000220211901, ubicado en
K 5 11 28 L L-1160 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de SEIS MIL
QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la
Resolución No 0000026136), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses
que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo
dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del
estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-1160 C.C. ORBE, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22078
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Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 304 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALCIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con Cedula
de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No
010000220181901, ubicado en K 5 11 28 L L-1130 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de
Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y
complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000025882 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de OCHO MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS
($8399) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos
fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALCIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con
Cedula de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , propietarios del predio No 010000220181901, ubicado en
K 5 11 28 L L-1130 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de OCHO MIL
TRESCIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($8399) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la
Resolución No 0000025882), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses
que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo
dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del
estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-1130 C.C. ORBE, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22130
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SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 305 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALDIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con Cedula
de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No
010000220701901, ubicado en K 5 11 28 L L-4134 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de
Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y
complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000026487 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599)
moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012
al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALDIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con
Cedula de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , propietarios del predio No 010000220701901, ubicado en
K 5 11 28 L L-4134 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de SEIS MIL
QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la
Resolución No 0000026487), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses
que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo
dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del
estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-4134 C.C. ORBE, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22137
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 306 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALDIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con Cedula
de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No
010000220673901, ubicado en K 5 11 28 L L-4106 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de
Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y
complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000026466 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599)
moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012
al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALDIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con
Cedula de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , propietarios del predio No 010000220673901, ubicado en
K 5 11 28 L L-4106 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de SEIS MIL
QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la
Resolución No 0000026466), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses
que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo
dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del
estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-4106 C.C. ORBE, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22152
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 307 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes ALVAREZ BLANCO GUSTAVO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 91227111, , , ,
, son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010000220492901, ubicado en K 5 11 28 L
L-3113 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el
Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000026342 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599)
moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012
al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes ALVAREZ BLANCO GUSTAVO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 91227111, ,
, , , propietarios del predio No 010000220492901, ubicado en K 5 11 28 L L-3113 C.C. ORBE de la
jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE
PESOS ($6599) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000026342), por los
conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo
exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de
2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del
presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-3113 C.C. ORBE, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22191
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 308 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALDIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con Cedula
de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No
010000220485901, ubicado en K 5 11 28 L L-3106 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de
Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y
complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000026335 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599)
moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012
al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALDIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con
Cedula de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , propietarios del predio No 010000220485901, ubicado en
K 5 11 28 L L-3106 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de SEIS MIL
QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la
Resolución No 0000026335), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses
que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo
dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del
estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-3106 C.C. ORBE, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22192
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 309 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes CARLIER TORRES JULIANO-GERARDO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
91260657, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010000220420901, ubicado
en K 5 11 28 L L-3041 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en
mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000026281 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599)
moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012
al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes CARLIER TORRES JULIANO-GERARDO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
91260657, , , , , propietarios del predio No 010000220420901, ubicado en K 5 11 28 L L-3041 C.C. ORBE de
la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE
PESOS ($6599) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000026281), por los
conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo
exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de
2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del
presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-3041 C.C. ORBE, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22194
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 310 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes AMAYA PEDROZA DIANA-MIREYA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 63551678,
, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010000220435901, ubicado en K 5 11
28 L L-3056 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el
Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000026294 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599)
moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012
al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes AMAYA PEDROZA DIANA-MIREYA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
63551678, , , , , propietarios del predio No 010000220435901, ubicado en K 5 11 28 L L-3056 C.C. ORBE de
la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE
PESOS ($6599) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000026294), por los
conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo
exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de
2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del
presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-3056 C.C. ORBE, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22226
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 311 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALDIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con Cedula
de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No
010000220464901, ubicado en K 5 11 28 L L-3085 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de
Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y
complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000026321 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599)
moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012
al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALDIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con
Cedula de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , propietarios del predio No 010000220464901, ubicado en
K 5 11 28 L L-3085 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de SEIS MIL
QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la
Resolución No 0000026321), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses
que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo
dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del
estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-3085 C.C. ORBE, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22229
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 312 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALDIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con Cedula
de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No
010000220488901, ubicado en K 5 11 28 L L-3109 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de
Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y
complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000026338 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599)
moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012
al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALDIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con
Cedula de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , propietarios del predio No 010000220488901, ubicado en
K 5 11 28 L L-3109 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de SEIS MIL
QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la
Resolución No 0000026338), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses
que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo
dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del
estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-3109 C.C. ORBE, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22230
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 313 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALDIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con Cedula
de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No
010000220489901, ubicado en K 5 11 28 L L-3110 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de
Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y
complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000026339 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599)
moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012
al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALDIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con
Cedula de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , propietarios del predio No 010000220489901, ubicado en
K 5 11 28 L L-3110 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de SEIS MIL
QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la
Resolución No 0000026339), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses
que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo
dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del
estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-3110 C.C. ORBE, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22231
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 314 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes ALVAREZ BLANCO GUSTAVO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 91227111, , , ,
, son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010000220491901, ubicado en K 5 11 28 L
L-3112 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el
Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000026341 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599)
moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012
al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes ALVAREZ BLANCO GUSTAVO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 91227111, ,
, , , propietarios del predio No 010000220491901, ubicado en K 5 11 28 L L-3112 C.C. ORBE de la
jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE
PESOS ($6599) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000026341), por los
conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo
exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de
2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del
presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-3112 C.C. ORBE, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22232
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Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 315 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes ALVAREZ BLANCO GUSTAVO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 91227111, , , ,
, son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010000220493901, ubicado en K 5 11 28 L
L-3114 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el
Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000026343 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599)
moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012
al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes ALVAREZ BLANCO GUSTAVO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 91227111, ,
, , , propietarios del predio No 010000220493901, ubicado en K 5 11 28 L L-3114 C.C. ORBE de la
jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE
PESOS ($6599) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000026343), por los
conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo
exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de
2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del
presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-3114 C.C. ORBE, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22233
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 316 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes ESPINOSA SANCHEZ RAIMUNDA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 27934482,
, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000091053000, ubicado en LO 1-2
VDA MESA DE RUITOQUE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con
el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000026730 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de SIETE MIL OCHOCIENTOS DIECISIETE PESOS ($7817)
moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013
al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes ESPINOSA SANCHEZ RAIMUNDA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
27934482, , , , , propietarios del predio No 000000091053000, ubicado en LO 1-2 VDA MESA DE RUITOQUE
de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de SIETE MIL OCHOCIENTOS DIECISIETE
PESOS ($7817) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000026730), por los
conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo
exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de
2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del
presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LO 1-2 VDA MESA DE RUITOQUE, para
que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 21991
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 318 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes BARRAGAN JAIMES NUBIA, TORRES BARRAGAN LEONEL, TORRES
BARRAGAN SILVIA-JULIANA, , , con Cedula de Ciudadanía No 63443487, 1098646652, 1102366697, , ,
son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000130378000, ubicado en EL DIVISO
VDA LAS AMARILLAS de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el
Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000014077 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de DIEZ MIL CUATROCIENTOS TREINTA PESOS ($10430)
moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2011
al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes BARRAGAN JAIMES NUBIA, TORRES BARRAGAN LEONEL, TORRES
BARRAGAN SILVIA-JULIANA, , , con Cedula de Ciudadanía No 63443487, 1098646652, 1102366697, , ,
propietarios del predio No 000000130378000, ubicado en EL DIVISO VDA LAS AMARILLAS de la
jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de DIEZ MIL CUATROCIENTOS TREINTA PESOS
($10430) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000014077), por los
conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo
exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de
2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del
presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a EL DIVISO VDA LAS AMARILLAS, para
que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 21709
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 319 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes ESPINOSA SANCHEZ RAIMUNDA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 27934482,
, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000091054000, ubicado en LO 1-3
VDA MESA DE RUITOQUE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con
el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000026731 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de OCHO MIL CUATROCIENTOS VEINTISEIS PESOS ($8426)
moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013
al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes ESPINOSA SANCHEZ RAIMUNDA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
27934482, , , , , propietarios del predio No 000000091054000, ubicado en LO 1-3 VDA MESA DE RUITOQUE
de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de OCHO MIL CUATROCIENTOS VEINTISEIS
PESOS ($8426) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000026731), por los
conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo
exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de
2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del
presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LO 1-3 VDA MESA DE RUITOQUE, para
que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 21992
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 320 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes ROJAS ROJAS SATURNINA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 28289126, , , , ,
son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000180167000, ubicado en COCORA
VDA SAN ISIDRO de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el
Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000026739 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de OCHO MIL CUATROCIENTOS CUARENTA PESOS ($8440)
moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013
al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes ROJAS ROJAS SATURNINA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 28289126, , , ,
, propietarios del predio No 000000180167000, ubicado en COCORA VDA SAN ISIDRO de la jurisdicción del
Municipio de Piedecuesta, por la suma de OCHO MIL CUATROCIENTOS CUARENTA PESOS ($8440)
(valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000026739), por los conceptos y
periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada
obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en
concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente
proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a COCORA VDA SAN ISIDRO, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 21999
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 321 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes SANDOVAL JAIMES EVELIO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 91343426, , , , ,
son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000190398000, ubicado en LO 1 VDA
PLANADAS de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio
por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000026124 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de OCHO MIL SESENTA Y OCHO PESOS ($8068) moneda legal,
(liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012 al 2013, valor
que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes SANDOVAL JAIMES EVELIO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 91343426, , ,
, , propietarios del predio No 000000190398000, ubicado en LO 1 VDA PLANADAS de la jurisdicción del
Municipio de Piedecuesta, por la suma de OCHO MIL SESENTA Y OCHO PESOS ($8068) (valor liquidado el
día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000026124), por los conceptos y periodos señalados en
la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta
cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los
artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LO 1 VDA PLANADAS, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22242
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 323 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes PEDRO-C-GOMEZ-CONSTRUCTORA-&-CIA-, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
9000693481, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010011270014000,
ubicado en T 3WA 15A 47 MZ A LO 14 UR PORTAL de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual
se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000023390 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de ONCE MIL SETECIENTOS DIECISIETE PESOS ($11717)
moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2011
al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes PEDRO-C-GOMEZ-CONSTRUCTORA-&-CIA-, , , , , con Cedula de Ciudadanía
No 9000693481, , , , , propietarios del predio No 010011270014000, ubicado en T 3WA 15A 47 MZ A LO 14
UR PORTAL de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de ONCE MIL SETECIENTOS
DIECISIETE PESOS ($11717) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No
0000023390), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen
desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo
720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario
nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a T 3WA 15A 47 MZ A LO 14 UR PORTAL,
para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término
fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y
566 del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22035
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 324 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes QUINTERO JAIMES PEDRO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 91351108, , , , ,
son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000140323000, ubicado en EL
TACHUELO LO 5 VDA LOS LLANITOS de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra
en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000026102 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de OCHO MIL DOSCIENTOS NOVENTA PESOS ($8290)
moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012
al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes QUINTERO JAIMES PEDRO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 91351108, , , ,
, propietarios del predio No 000000140323000, ubicado en EL TACHUELO LO 5 VDA LOS LLANITOS de la
jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de OCHO MIL DOSCIENTOS NOVENTA PESOS
($8290) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000026102), por los
conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo
exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de
2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del
presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a EL TACHUELO LO 5 VDA LOS LLANITOS,
para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término
fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y
566 del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
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Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
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No. Consecutivo:
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MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 325 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes HIGUERA BARRIOS JEFFERSON, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 13740314, ,
, , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000150329000, ubicado en EL
CHEVECHE VDA SAN FRANCISCO de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en
mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000014286 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de NUEVE MIL SETECIENTOS VEINTIUN PESOS ($9721)
moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013
al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes HIGUERA BARRIOS JEFFERSON, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
13740314, , , , , propietarios del predio No 000000150329000, ubicado en EL CHEVECHE VDA SAN
FRANCISCO de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de NUEVE MIL SETECIENTOS
VEINTIUN PESOS ($9721) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No
0000014286), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen
desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo
720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario
nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a EL CHEVECHE VDA SAN FRANCISCO,
para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término
fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y
566 del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22768
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Conmutador: 6852020
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No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 326 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes RAMIREZ YANEZ JOSE-RAUL, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 91277936, , , , ,
son
propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000120532000, ubicado en
YERBABUENA VDA GRANADILLO de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en
mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000013919 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de DOCE MIL CUATROCIENTOS TRES PESOS ($12403)
moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2011
al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes RAMIREZ YANEZ JOSE-RAUL, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 91277936, ,
, , , propietarios del predio No 000000120532000, ubicado en YERBABUENA VDA GRANADILLO de la
jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de DOCE MIL CUATROCIENTOS TRES PESOS
($12403) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000013919), por los
conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo
exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de
2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del
presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a YERBABUENA VDA GRANADILLO, para
que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 21882
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
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EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 327 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALCIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con Cedula
de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No
010000220171901, ubicado en K 5 11 28 L L-1120 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de
Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y
complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000025876 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de DOCE MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y SEIS PESOS
($12396) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos
fiscales 2011 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALCIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con
Cedula de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , propietarios del predio No 010000220171901, ubicado en
K 5 11 28 L L-1120 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de DOCE MIL
TRESCIENTOS NOVENTA Y SEIS PESOS ($12396) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la
Resolución No 0000025876), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses
que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo
dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del
estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-1120 C.C. ORBE, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 21371
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 328 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes JAIMES OSMA LUIS-ROBERTO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 91341269, , ,
, , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010011270041000, ubicado en A 17 15A
120 MZ A LO 41 UR PORTAL de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora
con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000023398 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de TRECE MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y CUATRO PESOS
($13394) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos
fiscales 2011 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes JAIMES OSMA LUIS-ROBERTO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 91341269,
, , , , propietarios del predio No 010011270041000, ubicado en A 17 15A 120 MZ A LO 41 UR PORTAL de la
jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de TRECE MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y
CUATRO PESOS ($13394) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No
0000023398), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen
desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo
720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario
nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a A 17 15A 120 MZ A LO 41 UR PORTAL,
para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término
fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y
566 del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22034
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 329 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes GARNICA REY JAVIER, GARNICA REY ISABEL, , , , con Cedula de Ciudadanía
No 91349290, 63486599, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No
010009840095000, ubicado en LO No 11 de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se
encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000025367 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de TRECE MIL QUINIENTOS DOS PESOS ($13502) moneda
legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2011 al 2013,
valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes GARNICA REY JAVIER, GARNICA REY ISABEL, , , , con Cedula de
Ciudadanía No 91349290, 63486599, , , , propietarios del predio No 010009840095000, ubicado en LO No 11
de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de TRECE MIL QUINIENTOS DOS PESOS
($13502) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000025367), por los
conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo
exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de
2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del
presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LO No 11, para que comparezca dentro de
los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme
lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario
Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 21306
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 330 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes REY BLANCO JOSE-ANTONIO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 91346336, , , ,
, son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010010990006000, ubicado en C 16A 1W
28 UR EDIMAR de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el
Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000023173 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de DOCE MIL SEISCIENTOS VEINTICINCO PESOS ($12625)
moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012
al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes REY BLANCO JOSE-ANTONIO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 91346336, ,
, , , propietarios del predio No 010010990006000, ubicado en C 16A 1W 28 UR EDIMAR de la jurisdicción del
Municipio de Piedecuesta, por la suma de DOCE MIL SEISCIENTOS VEINTICINCO PESOS ($12625) (valor
liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000023173), por los conceptos y periodos
señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación
y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia
con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a C 16A 1W 28 UR EDIMAR, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22332
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 331 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes PABON * FLOR-DE-MARIA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 37828935, , , , ,
son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010010970007000, ubicado en C 16 1W 03
UR EDIMAR de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio
por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000023164 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de DOCE MIL SEISCIENTOS VEINTICINCO PESOS ($12625)
moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012
al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes PABON * FLOR-DE-MARIA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 37828935, , , , ,
propietarios del predio No 010010970007000, ubicado en C 16 1W 03 UR EDIMAR de la jurisdicción del
Municipio de Piedecuesta, por la suma de DOCE MIL SEISCIENTOS VEINTICINCO PESOS ($12625) (valor
liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000023164), por los conceptos y periodos
señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación
y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia
con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a C 16 1W 03 UR EDIMAR, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22333
Casa de Gobierno
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Conmutador: 6852020
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SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 332 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes TELLEZ CRUZ HERNANDO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 5568345, , , , , son
propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000120114000, ubicado en BUENAVISTA
VDA EL GRANADILLO de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el
Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000013795 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de CATORCE MIL OCHOCIENTOS OCHENTA PESOS ($14880)
moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2011
al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes TELLEZ CRUZ HERNANDO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 5568345, , , , ,
propietarios del predio No 000000120114000, ubicado en BUENAVISTA VDA EL GRANADILLO de la
jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de CATORCE MIL OCHOCIENTOS OCHENTA
PESOS ($14880) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000013795), por los
conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo
exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de
2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del
presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a BUENAVISTA VDA EL GRANADILLO, para
que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 21888
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 333 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes PICO ARENAS ALBERO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 13807574, , , , , son
propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000180151000, ubicado en LT 3 VDA SAN
ISIDRO de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por
concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000014606 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de CATORCE MIL DOSCIENTOS SETENTA PESOS ($14270)
moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012
al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes PICO ARENAS ALBERO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 13807574, , , , ,
propietarios del predio No 000000180151000, ubicado en LT 3 VDA SAN ISIDRO de la jurisdicción del
Municipio de Piedecuesta, por la suma de CATORCE MIL DOSCIENTOS SETENTA PESOS ($14270) (valor
liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000014606), por los conceptos y periodos
señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación
y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia
con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LT 3 VDA SAN ISIDRO, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22777
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 334 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes TORRES JAIMES MARIA-CONCEPCION, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
28162002, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000130366000, ubicado
en LA ESPERANZA VDA LAS AMARILLAS de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se
encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000014069 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de CATORCE MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y CUATRO
PESOS ($14434) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los
periodos fiscales 2012 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes TORRES JAIMES MARIA-CONCEPCION, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
28162002, , , , , propietarios del predio No 000000130366000, ubicado en LA ESPERANZA VDA LAS
AMARILLAS de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de
CATORCE MIL
CUATROCIENTOS TREINTA Y CUATRO PESOS ($14434) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013
mediante la Resolución No 0000014069), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los
intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme
lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del
estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LA ESPERANZA VDA LAS AMARILLAS,
para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término
fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y
566 del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22730
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 335 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes VILLAMIZAR SERRANO DANILO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 91264342, ,
, , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000180146000, ubicado en MI
TERRUNO VDA SAN ISIDRO de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora
con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000014604 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de CATORCE MIL QUINIENTOS SEIS PESOS ($14506) moneda
legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012 al 2013,
valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes VILLAMIZAR SERRANO DANILO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
91264342, , , , , propietarios del predio No 000000180146000, ubicado en MI TERRUNO VDA SAN ISIDRO
de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de CATORCE MIL QUINIENTOS SEIS PESOS
($14506) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000014604), por los
conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo
exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de
2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del
presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a MI TERRUNO VDA SAN ISIDRO, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22776
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 336 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes JAIMES JIMENEZ MARIA-HERSILIA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
28295603, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000030278000, ubicado
en EL MAMEY VDA EL GUAMO de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en
mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000012620 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de QUINCE MIL CIENTO SETENTA Y DOS PESOS ($15172)
moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012
al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes JAIMES JIMENEZ MARIA-HERSILIA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
28295603, , , , , propietarios del predio No 000000030278000, ubicado en EL MAMEY VDA EL GUAMO de la
jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de QUINCE MIL CIENTO SETENTA Y DOS PESOS
($15172) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000012620), por los
conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo
exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de
2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del
presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a EL MAMEY VDA EL GUAMO, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22565
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 337 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes EMPRESA-DE-OBRAS-SANITARIAS-DE, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 0, , ,
, , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000050016000, ubicado en LOTE de
la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de
Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000012724 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de CATORCE MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y CUATRO
PESOS ($14754) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los
periodos fiscales 2009 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes EMPRESA-DE-OBRAS-SANITARIAS-DE, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 0,
, , , , propietarios del predio No 000000050016000, ubicado en LOTE de la jurisdicción del Municipio de
Piedecuesta, por la suma de CATORCE MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y CUATRO PESOS ($14754)
(valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000012724), por los conceptos y
periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada
obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en
concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente
proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LOTE, para que comparezca dentro de los
diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo
dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 21010
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 338 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes SANDOVAL JAIMES MANUEL, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 0, , , , , son
propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000190401000, ubicado en LO 4 VDA
PLANADAS de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio
por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000026127 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de DOCE MIL CUATROCIENTOS DIECIOCHO PESOS ($12418)
moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012
al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes SANDOVAL JAIMES MANUEL, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 0, , , , ,
propietarios del predio No 000000190401000, ubicado en LO 4 VDA PLANADAS de la jurisdicción del
Municipio de Piedecuesta, por la suma de DOCE MIL CUATROCIENTOS DIECIOCHO PESOS ($12418)
(valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000026127), por los conceptos y
periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada
obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en
concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente
proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LO 4 VDA PLANADAS, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22246
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Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 339 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes GARNICA REY EUGENIA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 0, , , , , son
propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000190367000, ubicado en EL TREBOL VDA
PLANADAS de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio
por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000024506 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de CATORCE MIL CIENTO VEINTISEIS PESOS ($14126)
moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013
al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes GARNICA REY EUGENIA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 0, , , , ,
propietarios del predio No 000000190367000, ubicado en EL TREBOL VDA PLANADAS de la jurisdicción del
Municipio de Piedecuesta, por la suma de CATORCE MIL CIENTO VEINTISEIS PESOS ($14126) (valor
liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000024506), por los conceptos y periodos
señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación
y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia
con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a EL TREBOL VDA PLANADAS, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22275
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 340 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes PINTO CESPEDES CARMEN-ELVIRA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
27959679, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 030000390077000, ubicado
en LOTE 16 M 5 de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el
Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000023809 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de CATORCE MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y UN PESOS
($14391) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos
fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes PINTO CESPEDES CARMEN-ELVIRA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
27959679, , , , , propietarios del predio No 030000390077000, ubicado en LOTE 16 M 5 de la jurisdicción del
Municipio de Piedecuesta, por la suma de CATORCE MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y UN PESOS
($14391) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000023809), por los
conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo
exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de
2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del
presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LOTE 16 M 5, para que comparezca dentro
de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo
conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto
Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22330
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 341 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes AVENDANO * THOMAS, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 0, , , , , son
propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000290016000, ubicado en NULL de la
jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de
Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000015072 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de DIECISIETE MIL SETECIENTOS OCHENTA Y CINCO PESOS
($17785) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos
fiscales 2009 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes AVENDANO * THOMAS, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 0, , , , , propietarios
del predio No 000000290016000, ubicado en NULL de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la
suma de DIECISIETE MIL SETECIENTOS OCHENTA Y CINCO PESOS ($17785) (valor liquidado el día
Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000015072), por los conceptos y periodos señalados en la
parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando
se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos
634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a NULL, para que comparezca dentro de los
diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo
dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 21291
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 342 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes GARCIA * CECILIA-SUC, ORTIZ * LEONARDO-SUC, DELGADO JEREZ ALICIA, ,
, con Cedula de Ciudadanía No 0, , 28293234, , , son propietarios del predio identificado con el numero
predial No 000000180027000, ubicado en LA LOMITA SITIO BUENAVISTA VDA SAN de la jurisdicción del
Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial
Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000014539 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de DIECISEIS MIL DOSCIENTOS CATORCE PESOS ($16214)
moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013
al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes GARCIA * CECILIA-SUC, ORTIZ * LEONARDO-SUC, DELGADO JEREZ
ALICIA, , , con Cedula de Ciudadanía No 0, , 28293234, , , propietarios del predio No 000000180027000,
ubicado en LA LOMITA SITIO BUENAVISTA VDA SAN de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la
suma de DIECISEIS MIL DOSCIENTOS CATORCE PESOS ($16214) (valor liquidado el día Agosto 12 de
2013 mediante la Resolución No 0000014539), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva,
más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen
conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y
867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LA LOMITA SITIO BUENAVISTA VDA SAN,
para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término
fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y
566 del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22770
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 343 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes ALMEYDA MENESES JOHN-JAIRO, PARRA PRADA SANDRA-MILENA, , , , con
Cedula de Ciudadanía No 91352625, 37543679, , , , son propietarios del predio identificado con el numero
predial No 010009920005000, ubicado en K 4 D 4A 26 LO 5 MZ A SEC 1 UR PAL de la jurisdicción del
Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial
Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000022421 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de DIECISEIS MIL DOSCIENTOS DOS PESOS ($16202) moneda
legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013,
valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes ALMEYDA MENESES JOHN-JAIRO, PARRA PRADA SANDRA-MILENA, , , ,
con Cedula de Ciudadanía No 91352625, 37543679, , , , propietarios del predio No 010009920005000,
ubicado en K 4 D 4A 26 LO 5 MZ A SEC 1 UR PAL de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la
suma de DIECISEIS MIL DOSCIENTOS DOS PESOS ($16202) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013
mediante la Resolución No 0000022421), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los
intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme
lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del
estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 4 D 4A 26 LO 5 MZ A SEC 1 UR PAL,
para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término
fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y
566 del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22091
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 344 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes AYA * JOSE-RAMOS, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 19051354, , , , , son
propietarios del predio identificado con el numero predial No 010009930011000, ubicado en K 3C 2AN 33 de
la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de
Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000022429 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de DIECISEIS MIL DOSCIENTOS DOS PESOS ($16202) moneda
legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013,
valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes AYA * JOSE-RAMOS, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 19051354, , , , ,
propietarios del predio No 010009930011000, ubicado en K 3C 2AN 33 de la jurisdicción del Municipio de
Piedecuesta, por la suma de DIECISEIS MIL DOSCIENTOS DOS PESOS ($16202) (valor liquidado el día
Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000022429), por los conceptos y periodos señalados en la
parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando
se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos
634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 3C 2AN 33, para que comparezca dentro
de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo
conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto
Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22094
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 345 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes BERTOIA * DANIELE, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 0, , , , , son propietarios
del predio identificado con el numero predial No 010010010012000, ubicado en LO 12 MZ I UR PALERMO I
de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto
de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000022457 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de DIECISEIS MIL DOSCIENTOS DOS PESOS ($16202) moneda
legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013,
valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes BERTOIA * DANIELE, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 0, , , , , propietarios
del predio No 010010010012000, ubicado en LO 12 MZ I UR PALERMO I de la jurisdicción del Municipio de
Piedecuesta, por la suma de DIECISEIS MIL DOSCIENTOS DOS PESOS ($16202) (valor liquidado el día
Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000022457), por los conceptos y periodos señalados en la
parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando
se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos
634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LO 12 MZ I UR PALERMO I, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22282
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 346 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes BERTOIA * DANIELE, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 0, , , , , son propietarios
del predio identificado con el numero predial No 010010010013000, ubicado en LO 13 MZ I UR PALERMO I
de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto
de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000022458 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de DIECISEIS MIL DOSCIENTOS DOS PESOS ($16202) moneda
legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013,
valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes BERTOIA * DANIELE, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 0, , , , , propietarios
del predio No 010010010013000, ubicado en LO 13 MZ I UR PALERMO I de la jurisdicción del Municipio de
Piedecuesta, por la suma de DIECISEIS MIL DOSCIENTOS DOS PESOS ($16202) (valor liquidado el día
Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000022458), por los conceptos y periodos señalados en la
parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando
se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos
634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LO 13 MZ I UR PALERMO I, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22283
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 347 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes OREJARENA ARCINIEGAS JOSE-IGNACIO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
13847021, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010010090003000, ubicado
en LO 03 MZ Q UR PALERMO I de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en
mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000022499 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de DIECISEIS MIL DOSCIENTOS DOS PESOS ($16202) moneda
legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013,
valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes OREJARENA ARCINIEGAS JOSE-IGNACIO, , , , , con Cedula de Ciudadanía
No 13847021, , , , , propietarios del predio No 010010090003000, ubicado en LO 03 MZ Q UR PALERMO I de
la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de DIECISEIS MIL DOSCIENTOS DOS PESOS
($16202) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000022499), por los
conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo
exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de
2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del
presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LO 03 MZ Q UR PALERMO I, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22288
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 348 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes PICO SERRANO MARTHA-LIGIA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 63320672, , ,
, , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010010930007000, ubicado en C 15B 1W
09 UR EDIMAR de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el
Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000023131 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de VEINTE MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y DOS PESOS
($20872) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos
fiscales 2011 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes PICO SERRANO MARTHA-LIGIA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
63320672, , , , , propietarios del predio No 010010930007000, ubicado en C 15B 1W 09 UR EDIMAR de la
jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de VEINTE MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y DOS
PESOS ($20872) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000023131), por los
conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo
exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de
2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del
presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a C 15B 1W 09 UR EDIMAR, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 21051
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 349 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes ROBAYO SALAMANCA LUZ-YADIRA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
30209527, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010010930004000, ubicado
en C 15A 1W 10 UR EDIMAR de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora
con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000023129 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de VEINTE MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y DOS PESOS
($20872) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos
fiscales 2011 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes ROBAYO SALAMANCA LUZ-YADIRA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
30209527, , , , , propietarios del predio No 010010930004000, ubicado en C 15A 1W 10 UR EDIMAR de la
jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de VEINTE MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y DOS
PESOS ($20872) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000023129), por los
conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo
exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de
2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del
presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a C 15A 1W 10 UR EDIMAR, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 21052
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 350 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes TASCO RAMIREZ CARMEN-ROSA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 28294084,
, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000011595000, ubicado en LA
ROSITA VDA MESA DE JERIDAS de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en
mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000012280 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de DIECISEIS MIL SETECIENTOS VEINTIUN PESOS ($16721)
moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013
al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes TASCO RAMIREZ CARMEN-ROSA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
28294084, , , , , propietarios del predio No 000000011595000, ubicado en LA ROSITA VDA MESA DE
JERIDAS de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de DIECISEIS MIL SETECIENTOS
VEINTIUN PESOS ($16721) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No
0000012280), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen
desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo
720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario
nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LA ROSITA VDA MESA DE JERIDAS, para
que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22545
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 351 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes VILLAMIZAR GUTIERREZ MARIA-ELSA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
37541992, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000150186000, ubicado
en VILLA ELSA VDA SAN FRANCISCO de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra
en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000014261 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de DIECISEIS MIL SETECIENTOS VEINTIUN PESOS ($16721)
moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013
al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes VILLAMIZAR GUTIERREZ MARIA-ELSA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
37541992, , , , , propietarios del predio No 000000150186000, ubicado en VILLA ELSA VDA SAN
FRANCISCO de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de DIECISEIS MIL SETECIENTOS
VEINTIUN PESOS ($16721) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No
0000014261), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen
desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo
720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario
nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a VILLA ELSA VDA SAN FRANCISCO, para
que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22763
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 352 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes MANTILLA ARIZA YANETH, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 63309431, , , , ,
son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010000220155901, ubicado en K 5 11 28 L
L-1104 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el
Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000025867 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de VEINTE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y CINCO PESOS
($20985) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos
fiscales 2011 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes MANTILLA ARIZA YANETH, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 63309431, , , , ,
propietarios del predio No 010000220155901, ubicado en K 5 11 28 L L-1104 C.C. ORBE de la jurisdicción
del Municipio de Piedecuesta, por la suma de VEINTE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y CINCO PESOS
($20985) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000025867), por los
conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo
exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de
2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del
presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-1104 C.C. ORBE, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 21368
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 353 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes MANTILLA ARIZA YANETH, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 63309431, , , , ,
son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010000220154901, ubicado en K 5 11 28 L
L-1103 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el
Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000025866 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de VEINTE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y CINCO PESOS
($20985) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos
fiscales 2011 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes MANTILLA ARIZA YANETH, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 63309431, , , , ,
propietarios del predio No 010000220154901, ubicado en K 5 11 28 L L-1103 C.C. ORBE de la jurisdicción
del Municipio de Piedecuesta, por la suma de VEINTE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y CINCO PESOS
($20985) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000025866), por los
conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo
exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de
2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del
presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-1103 C.C. ORBE, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 21369
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No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 354 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALCIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con Cedula
de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No
010000220153901, ubicado en K 5 11 28 L L-1102 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de
Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y
complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000025865 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de VEINTE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y CINCO PESOS
($20985) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos
fiscales 2011 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALCIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con
Cedula de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , propietarios del predio No 010000220153901, ubicado en
K 5 11 28 L L-1102 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de VEINTE MIL
NOVECIENTOS OCHENTA Y CINCO PESOS ($20985) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante
la Resolución No 0000025865), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses
que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo
dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del
estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-1102 C.C. ORBE, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 21370
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EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 355 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALCIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con Cedula
de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No
010000220170901, ubicado en K 5 11 28 L L-1119 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de
Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y
complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000025875 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de VEINTE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y CINCO PESOS
($20985) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos
fiscales 2011 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALCIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con
Cedula de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , propietarios del predio No 010000220170901, ubicado en
K 5 11 28 L L-1119 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de VEINTE MIL
NOVECIENTOS OCHENTA Y CINCO PESOS ($20985) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante
la Resolución No 0000025875), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses
que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo
dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del
estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-1119 C.C. ORBE, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 21372
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 357 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes SAAVEDRA GOMEZ EUGENIANO, SAAVEDRA SUAREZ TOMAS, SAAVEDRA
SUAREZ NICOLAS, , , con Cedula de Ciudadanía No 91154609, , 98092752208, , , son propietarios del
predio identificado con el numero predial No 000000050033000, ubicado en MIRALINDO VDA PAJONAL de
la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de
Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000012731 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de DIECISIETE MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y SIETE PESOS
($17647) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos
fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes
SAAVEDRA GOMEZ EUGENIANO, SAAVEDRA SUAREZ TOMAS,
SAAVEDRA SUAREZ NICOLAS, , , con Cedula de Ciudadanía No 91154609, , 98092752208, , , propietarios
del predio No 000000050033000, ubicado en MIRALINDO VDA PAJONAL de la jurisdicción del Municipio de
Piedecuesta, por la suma de DIECISIETE MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y SIETE PESOS ($17647) (valor
liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000012731), por los conceptos y periodos
señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación
y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia
con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a MIRALINDO VDA PAJONAL, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22583
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 358 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes GUALDRON CHAPARRO RODRIGO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
91353550, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000100242000, ubicado
en LA ESPANOLITA VDA MENSULI de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en
mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000013559 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de DIECISIETE MIL SEISCIENTOS SETENTA PESOS ($17670)
moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013
al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes GUALDRON CHAPARRO RODRIGO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
91353550, , , , , propietarios del predio No 000000100242000, ubicado en LA ESPANOLITA VDA MENSULI
de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de DIECISIETE MIL SEISCIENTOS SETENTA
PESOS ($17670) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000013559), por los
conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo
exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de
2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del
presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LA ESPANOLITA VDA MENSULI, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22101
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 359 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes JEREZ DELGADO LUIS-ANTONIO, JEREZ DELGADO NELSON, JEREZ
DELGADO ALEXANDER, , , con Cedula de Ciudadanía No 91348673, 91349908, 91353956, , , son
propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000180071000, ubicado en GUARUMALES
VDA SAN ISIDRO de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el
Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000014560 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de VEINTE MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y SEIS PESOS
($20696) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos
fiscales 2012 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes JEREZ DELGADO LUIS-ANTONIO, JEREZ DELGADO NELSON, JEREZ
DELGADO ALEXANDER, , , con Cedula de Ciudadanía No 91348673, 91349908, 91353956, , , propietarios
del predio No 000000180071000, ubicado en GUARUMALES VDA SAN ISIDRO de la jurisdicción del
Municipio de Piedecuesta, por la suma de VEINTE MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y SEIS PESOS ($20696)
(valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000014560), por los conceptos y
periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada
obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en
concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente
proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a GUARUMALES VDA SAN ISIDRO, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22773
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 360 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes ORTIZ SUAREZ LISANDRO-SUC, ROZO CASTILLO ELIANNE-BERNEY-CES, , , ,
con Cedula de Ciudadanía No 5704821, 36087339, , , , son propietarios del predio identificado con el numero
predial No 030000390277000, ubicado en VILLA INES de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual
se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000026695 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de VEINTE MIL SETECIENTOS SESENTA Y OCHO PESOS
($20768) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos
fiscales 2012 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes ORTIZ SUAREZ LISANDRO-SUC, ROZO CASTILLO ELIANNE-BERNEY-CES,
, , , con Cedula de Ciudadanía No 5704821, 36087339, , , , propietarios del predio No 030000390277000,
ubicado en VILLA INES de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de VEINTE MIL
SETECIENTOS SESENTA Y OCHO PESOS ($20768) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la
Resolución No 0000026695), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses
que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo
dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del
estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a VILLA INES, para que comparezca dentro
de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo
conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto
Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 21985
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 361 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes INGYSERV-LTDA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 8300641161, , , , , son
propietarios del predio identificado con el numero predial No 030000380186000, ubicado en LO 27C VILLAS
DE FONTANAR II ETAPA de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con
el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000024765 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de DIECIOCHO MIL SETECIENTOS CUARENTA Y CUATRO
PESOS ($18744) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los
periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes INGYSERV-LTDA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 8300641161, , , , ,
propietarios del predio No 030000380186000, ubicado en LO 27C VILLAS DE FONTANAR II ETAPA de la
jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de DIECIOCHO MIL SETECIENTOS CUARENTA Y
CUATRO PESOS ($18744) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No
0000024765), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen
desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo
720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario
nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LO 27C VILLAS DE FONTANAR II ETAPA,
para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término
fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y
566 del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22015
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 362 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes BARRIOS DOMINGUEZ MILTON, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 91537351, , ,
, , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000040013000, ubicado en EL
GRANADO VDA SAN JAVIER de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora
con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000012643 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de DIECIOCHO MIL SETECIENTOS OCHENTA PESOS ($18780)
moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013
al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes BARRIOS DOMINGUEZ MILTON, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 91537351,
, , , , propietarios del predio No 000000040013000, ubicado en EL GRANADO VDA SAN JAVIER de la
jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de DIECIOCHO MIL SETECIENTOS OCHENTA
PESOS ($18780) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000012643), por los
conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo
exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de
2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del
presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a EL GRANADO VDA SAN JAVIER, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22569
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 363 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes GOMEZ GUEVARA HUMBERTO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 5705790, , , ,
, son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000050097000, ubicado en PARCELA
9 VILLA CAROLINA VDA PAJON de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en
mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000012752 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de VEINTIDOS MIL VEINTISEIS PESOS ($22026) moneda legal,
(liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012 al 2013, valor
que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes GOMEZ GUEVARA HUMBERTO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 5705790, ,
, , , propietarios del predio No 000000050097000, ubicado en PARCELA 9 VILLA CAROLINA VDA PAJON
de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de VEINTIDOS MIL VEINTISEIS PESOS
($22026) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000012752), por los
conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo
exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de
2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del
presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a PARCELA 9 VILLA CAROLINA VDA
PAJON, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el
término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el
artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22586
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 364 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes FUENTES MANRIQUE CIRO-ALFONSO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
5605909, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010000990074902, ubicado
en C 7 11 61 PARQ 1 P.H. TORRES DE SA de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se
encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000016185 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de VEINTE MIL CIENTO OCHENTA Y TRES PESOS ($20183)
moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013
al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes FUENTES MANRIQUE CIRO-ALFONSO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
5605909, , , , , propietarios del predio No 010000990074902, ubicado en C 7 11 61 PARQ 1 P.H. TORRES
DE SA de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de VEINTE MIL CIENTO OCHENTA Y
TRES PESOS ($20183) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000016185),
por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se
hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022
de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del
presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a C 7 11 61 PARQ 1 P.H. TORRES DE SA,
para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término
fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y
566 del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22003
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 365 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes FLOREZ ARENAS PEDRO-LEON, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 91341966, ,
, , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000190377000, ubicado en LO SEIS
VDA PLANADAS de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el
Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000025331 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de VEINTICINCO MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y NUEVE
PESOS ($25849) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los
periodos fiscales 2011 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes FLOREZ ARENAS PEDRO-LEON, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
91341966, , , , , propietarios del predio No 000000190377000, ubicado en LO SEIS VDA PLANADAS de la
jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de VEINTICINCO MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y
NUEVE PESOS ($25849) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No
0000025331), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen
desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo
720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario
nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LO SEIS VDA PLANADAS, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 21329
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 366 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes ACEVEDO MANTILLA LUIS-ARTURO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
13809480, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000140131000, ubicado
en EL PORVENIR VDA LOS LLANITOS de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra
en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000014111 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de VEINTE MIL NOVECIENTOS VEINTE PESOS ($20920)
moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013
al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes ACEVEDO MANTILLA LUIS-ARTURO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
13809480, , , , , propietarios del predio No 000000140131000, ubicado en EL PORVENIR VDA LOS
LLANITOS de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de VEINTE MIL NOVECIENTOS
VEINTE PESOS ($20920) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No
0000014111), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen
desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo
720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario
nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a EL PORVENIR VDA LOS LLANITOS, para
que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22737
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 367 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes MORALES CONTRERAS HUMBERTO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
91341360, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000130171000, ubicado
en LAS ACACIAS VDA LAS AMARILLAS de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se
encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000014016 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de VEINTITRES MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y CUATRO
PESOS ($23944) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los
periodos fiscales 2012 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes MORALES CONTRERAS HUMBERTO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
91341360, , , , , propietarios del predio No 000000130171000, ubicado en LAS ACACIAS VDA LAS
AMARILLAS de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de
VEINTITRES MIL
NOVECIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS ($23944) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013
mediante la Resolución No 0000014016), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los
intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme
lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del
estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LAS ACACIAS VDA LAS AMARILLAS,
para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término
fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y
566 del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22726
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Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
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SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 368 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes RIANO * HILDA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 0, , , , , son propietarios del
predio identificado con el numero predial No 050000030001003, ubicado en CASA 03 BR VILLA REAL
CHICAMOCHA de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio
por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000024005 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de VEINTIDOS MIL CIEN PESOS ($22100) moneda legal,
(liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013, valor
que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes RIANO * HILDA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 0, , , , , propietarios del
predio No 050000030001003, ubicado en CASA 03 BR VILLA REAL CHICAMOCHA de la jurisdicción del
Municipio de Piedecuesta, por la suma de VEINTIDOS MIL CIEN PESOS ($22100) (valor liquidado el día
Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000024005), por los conceptos y periodos señalados en la
parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando
se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos
634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a CASA 03 BR VILLA REAL CHICAMOCHA,
para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término
fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y
566 del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
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Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
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EJECUCIONES FISCALES
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No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 369 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes CRISTANCHO MENDEZ JOSE-VICENTE, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
13894403, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 030000400148000, ubicado
en LOTE 9 de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por
concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000024779 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de VEINTIDOS MIL DOSCIENTOS SETENTA Y UN PESOS
($22271) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos
fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes CRISTANCHO MENDEZ JOSE-VICENTE, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
13894403, , , , , propietarios del predio No 030000400148000, ubicado en LOTE 9 de la jurisdicción del
Municipio de Piedecuesta, por la suma de VEINTIDOS MIL DOSCIENTOS SETENTA Y UN PESOS ($22271)
(valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000024779), por los conceptos y
periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada
obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en
concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente
proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LOTE 9, para que comparezca dentro de los
diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo
dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
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No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 370 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes CRISTANCHO MENDEZ JOSE-VICENTE, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
13894403, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 030000400148000, ubicado
en LOTE 9 de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por
concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000024779 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de VEINTIDOS MIL DOSCIENTOS SETENTA Y UN PESOS
($22271) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos
fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes CRISTANCHO MENDEZ JOSE-VICENTE, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
13894403, , , , , propietarios del predio No 030000400148000, ubicado en LOTE 9 de la jurisdicción del
Municipio de Piedecuesta, por la suma de VEINTIDOS MIL DOSCIENTOS SETENTA Y UN PESOS ($22271)
(valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000024779), por los conceptos y
periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada
obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en
concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente
proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LOTE 9, para que comparezca dentro de los
diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo
dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22301
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
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SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
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Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 371 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes FLOREZ MORENO JORGE, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 2141336, , , , , son
propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000190383000, ubicado en VILLA LUZ VDA
PLANADAS de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio
por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000025166 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de VEINTIDOS MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y DOS PESOS
($22282) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos
fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes FLOREZ MORENO JORGE, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 2141336, , , , ,
propietarios del predio No 000000190383000, ubicado en VILLA LUZ VDA PLANADAS de la jurisdicción del
Municipio de Piedecuesta, por la suma de VEINTIDOS MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y DOS PESOS
($22282) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000025166), por los
conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo
exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de
2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del
presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a VILLA LUZ VDA PLANADAS, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22202
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SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 372 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes CASTELLANOS JAIMES EFRAIN, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 2198414, , ,
, , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000170049000, ubicado en EL SITIO
de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto
de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000014483 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de VEINTICINCO MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO
PESOS ($25254) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los
periodos fiscales 2012 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes CASTELLANOS JAIMES EFRAIN, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 2198414,
, , , , propietarios del predio No 000000170049000, ubicado en EL SITIO de la jurisdicción del Municipio de
Piedecuesta, por la suma de VEINTICINCO MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO PESOS ($25254)
(valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000014483), por los conceptos y
periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada
obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en
concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente
proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a EL SITIO, para que comparezca dentro de
los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme
lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario
Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22264
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 373 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALCIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con Cedula
de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No
010000220218901, ubicado en K 5 11 28 L L-1167 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de
Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y
complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000026142 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de DIECINUEVE MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y SIETE
PESOS ($19887) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los
periodos fiscales 2012 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALCIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con
Cedula de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , propietarios del predio No 010000220218901, ubicado en
K 5 11 28 L L-1167 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de DIECINUEVE
MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y SIETE PESOS ($19887) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013
mediante la Resolución No 0000026142), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los
intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme
lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del
estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-1167 C.C. ORBE, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22071
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 375 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes PRADA RODRIGUEZ PABLO-ANTONIO, SUAREZ RUIZ JAZMIN-YESENIA, , , ,
con Cedula de Ciudadanía No 91287753, 63533096, , , , son propietarios del predio identificado con el
numero predial No 010009990039904, ubicado en PARQ AUTO 02 ED TORRE CRISTAL de la jurisdicción
del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto
Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000027195 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de VEINTITRES MIL CUARENTA Y SIETE PESOS ($23047)
moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013
al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes PRADA RODRIGUEZ PABLO-ANTONIO, SUAREZ RUIZ JAZMIN-YESENIA, , ,
, con Cedula de Ciudadanía No 91287753, 63533096, , , , propietarios del predio No 010009990039904,
ubicado en PARQ AUTO 02 ED TORRE CRISTAL de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la
suma de VEINTITRES MIL CUARENTA Y SIETE PESOS ($23047) (valor liquidado el día Agosto 12 de
2013 mediante la Resolución No 0000027195), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva,
más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen
conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y
867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a PARQ AUTO 02 ED TORRE CRISTAL, para
que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22405
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 376 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes ASOCIACION-DE-VIVIENDA-COMUNITARI, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
550117635, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010011460009000,
ubicado en MZ D LO 75 UR LOS COMUNEROS de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se
encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000024216 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de TREINTA Y CINCO MIL CIENTO VEINTISIETE PESOS
($35127) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos
fiscales 2009 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes ASOCIACION-DE-VIVIENDA-COMUNITARI, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
550117635, , , , , propietarios del predio No 010011460009000, ubicado en MZ D LO 75 UR LOS
COMUNEROS de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de TREINTA Y CINCO MIL
CIENTO VEINTISIETE PESOS ($35127) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución
No 0000024216), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se
causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el
artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto
tributario nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a MZ D LO 75 UR LOS COMUNEROS, para
que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 21266
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Conmutador: 6852020
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SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 377 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes SANDOVAL JAIMES CARLOS-ARTURO, SANDOVAL JAIMES GABRIEL,
SANDOVAL JAIMES LIDY-JOHANA, SANDOVAL JAIMES OLGA, SANDOVAL JAIMES OTONIEL, con
Cedula de Ciudadanía No 91350041, 91344260, 37616230, 37542406, 91348407, son propietarios del predio
identificado con el numero predial No 000000190394000, ubicado en LO 5 VDA PLANADAS de la
jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de
Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000026120 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de VEINTIUN MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO
PESOS ($21344) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los
periodos fiscales 2012 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes SANDOVAL JAIMES CARLOS-ARTURO, SANDOVAL JAIMES GABRIEL,
SANDOVAL JAIMES LIDY-JOHANA, SANDOVAL JAIMES OLGA, SANDOVAL JAIMES OTONIEL, con
Cedula de Ciudadanía No 91350041, 91344260, 37616230, 37542406, 91348407, propietarios del predio No
000000190394000, ubicado en LO 5 VDA PLANADAS de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la
suma de VEINTIUN MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS ($21344) (valor liquidado el día
Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000026120), por los conceptos y periodos señalados en la
parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando
se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos
634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LO 5 VDA PLANADAS, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22238
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Conmutador: 6852020
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EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 378 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes HERNANDEZ-GOMEZ-CONSTRUCTORA-S-A, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
8902035224, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010010880009000,
ubicado en K 6 7N 35 UR JUNIN I de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en
mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000023098 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de VEINTICUATRO MIL SEISCIENTOS DOCE PESOS ($24612)
moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013
al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes HERNANDEZ-GOMEZ-CONSTRUCTORA-S-A, , , , , con Cedula de Ciudadanía
No 8902035224, , , , , propietarios del predio No 010010880009000, ubicado en K 6 7N 35 UR JUNIN I de la
jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de VEINTICUATRO MIL SEISCIENTOS DOCE
PESOS ($24612) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000023098), por los
conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo
exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de
2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del
presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 6 7N 35 UR JUNIN I, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22096
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 379 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes HERNANDEZ-GOMEZ-CONSTRUCTORA-S-A, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
8902035224, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010010880010000,
ubicado en K 6 7N 29 UR JUNIN I de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en
mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000023099 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de VEINTICUATRO MIL SEISCIENTOS DOCE PESOS ($24612)
moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013
al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes HERNANDEZ-GOMEZ-CONSTRUCTORA-S-A, , , , , con Cedula de Ciudadanía
No 8902035224, , , , , propietarios del predio No 010010880010000, ubicado en K 6 7N 29 UR JUNIN I de la
jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de VEINTICUATRO MIL SEISCIENTOS DOCE
PESOS ($24612) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000023099), por los
conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo
exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de
2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del
presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 6 7N 29 UR JUNIN I, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22097
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 380 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes BARRIOS ALONSO MIGUEL-ALFREDO, PARRA GOMEZ ADRIANA-AMPARO, , ,
, con Cedula de Ciudadanía No 79279572, 63321214, , , , son propietarios del predio identificado con el
numero predial No 010010850004000, ubicado en C 6N 3A 161 UR JUNIN I de la jurisdicción del Municipio
de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y
complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000023048 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de VEINTICUATRO MIL SEISCIENTOS DOCE PESOS ($24612)
moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013
al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes BARRIOS ALONSO MIGUEL-ALFREDO, PARRA GOMEZ ADRIANAAMPARO, , , , con Cedula de Ciudadanía No 79279572, 63321214, , , , propietarios del predio No
010010850004000, ubicado en C 6N 3A 161 UR JUNIN I de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por
la suma de VEINTICUATRO MIL SEISCIENTOS DOCE PESOS ($24612) (valor liquidado el día Agosto 12
de 2013 mediante la Resolución No 0000023048), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva,
más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen
conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y
867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a C 6N 3A 161 UR JUNIN I, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22254
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 381 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes VILLABONA MARTINEZ LEONARDO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
13885905, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010010510003000, ubicado
en K 9 4N 63 LO 15 UR JUNIN IV de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en
mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000022858 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de VEINTICUATRO MIL SEISCIENTOS TREINTA PESOS
($24630) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos
fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes VILLABONA MARTINEZ LEONARDO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
13885905, , , , , propietarios del predio No 010010510003000, ubicado en K 9 4N 63 LO 15 UR JUNIN IV de
la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de VEINTICUATRO MIL SEISCIENTOS TREINTA
PESOS ($24630) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000022858), por los
conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo
exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de
2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del
presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 9 4N 63 LO 15 UR JUNIN IV, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 21961
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 382 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes PRADA FORERO CARLOS-AUGUSTO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
91211999, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010010530011000, ubicado
en C 5N 9 87 LO 11 UR JUNIN IV de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en
mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000022872 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de VEINTICUATRO MIL SEISCIENTOS TREINTA PESOS
($24630) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos
fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes PRADA FORERO CARLOS-AUGUSTO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
91211999, , , , , propietarios del predio No 010010530011000, ubicado en C 5N 9 87 LO 11 UR JUNIN IV de
la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de VEINTICUATRO MIL SEISCIENTOS TREINTA
PESOS ($24630) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000022872), por los
conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo
exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de
2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del
presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a C 5N 9 87 LO 11 UR JUNIN IV, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 21963
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 383 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes RANGEL PARRA GLADYS, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 63440568, , , , ,
son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010001300044903, ubicado en K 5 3 53
PARQ 7 ED TORRE DE SAN FE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en
mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000026777 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de VEINTICUATRO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y UN
PESOS ($24981) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los
periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes RANGEL PARRA GLADYS, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 63440568, , , , ,
propietarios del predio No 010001300044903, ubicado en K 5 3 53 PARQ 7 ED TORRE DE SAN FE de la
jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de VEINTICUATRO MIL NOVECIENTOS OCHENTA
Y UN PESOS ($24981) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000026777),
por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se
hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022
de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del
presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 3 53 PARQ 7 ED TORRE DE SAN FE,
para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término
fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y
566 del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22187
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SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 384 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes PRADA RODRIGUEZ PABLO-ANTONIO, SUAREZ RUIZ JAZMIN-YESENIA, , , ,
con Cedula de Ciudadanía No 91287753, 63533096, , , , son propietarios del predio identificado con el
numero predial No 010009990040904, ubicado en PARQ AUTO 03 ED TORRE CRISTAL de la jurisdicción
del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto
Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000027196 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de VEINTICINCO MIL CUARENTA Y NUEVE PESOS ($25049)
moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013
al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes PRADA RODRIGUEZ PABLO-ANTONIO, SUAREZ RUIZ JAZMIN-YESENIA, , ,
, con Cedula de Ciudadanía No 91287753, 63533096, , , , propietarios del predio No 010009990040904,
ubicado en PARQ AUTO 03 ED TORRE CRISTAL de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la
suma de VEINTICINCO MIL CUARENTA Y NUEVE PESOS ($25049) (valor liquidado el día Agosto 12 de
2013 mediante la Resolución No 0000027196), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva,
más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen
conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y
867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a PARQ AUTO 03 ED TORRE CRISTAL, para
que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
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Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 385 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes PRADA OROZCO JUAN-JOSE, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 91249699, , , , ,
son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000030208000, ubicado en VILLA
DANY VDA EL GUAMO de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el
Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000012590 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de VEINTIOCHO MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y OCHO PESOS
($28698) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos
fiscales 2012 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes PRADA OROZCO JUAN-JOSE, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 91249699, ,
, , , propietarios del predio No 000000030208000, ubicado en VILLA DANY VDA EL GUAMO de la
jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de VEINTIOCHO MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y
OCHO PESOS ($28698) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000012590),
por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se
hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022
de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del
presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a VILLA DANY VDA EL GUAMO, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22562
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
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EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 386 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes ASOCIACION-LOS-CISNES, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 8001223562, , , , ,
son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010009080013000, ubicado en C 23D 1
PAR UR LOS CISNES de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el
Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000024298 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de VEINTICINCO MIL SEISCIENTOS SESENTA Y CINCO
PESOS ($25665) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los
periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes ASOCIACION-LOS-CISNES, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 8001223562, , ,
, , propietarios del predio No 010009080013000, ubicado en C 23D 1 PAR UR LOS CISNES de la jurisdicción
del Municipio de Piedecuesta, por la suma de VEINTICINCO MIL SEISCIENTOS SESENTA Y CINCO
PESOS ($25665) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000024298), por los
conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo
exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de
2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del
presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a C 23D 1 PAR UR LOS CISNES, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22278
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 387 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes BOHORQUEZ MARTINEZ BEATRIZ, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
28297929, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000120505000, ubicado
en LO 16 VDA GRANADILLO de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora
con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000013908 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de TREINTA Y TRES MIL DOSCIENTOS DIECINUEVE PESOS
($33219) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos
fiscales 2011 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes BOHORQUEZ MARTINEZ BEATRIZ, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
28297929, , , , , propietarios del predio No 000000120505000, ubicado en LO 16 VDA GRANADILLO de la
jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de TREINTA Y TRES MIL DOSCIENTOS
DIECINUEVE PESOS ($33219) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No
0000013908), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen
desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo
720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario
nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LO 16 VDA GRANADILLO, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 21884
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 388 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes QUINONES DELGADO ANTONIO-MARIA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
2095028, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 030000360222000, ubicado
en LOTE PARC LA ESPERANZA de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en
mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000025149 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de VEINTISEIS MIL SEISCIENTOS SETENTA Y UN PESOS
($26671) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos
fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes QUINONES DELGADO ANTONIO-MARIA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
2095028, , , , , propietarios del predio No 030000360222000, ubicado en LOTE PARC LA ESPERANZA de la
jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de VEINTISEIS MIL SEISCIENTOS SETENTA Y UN
PESOS ($26671) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000025149), por los
conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo
exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de
2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del
presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LOTE PARC LA ESPERANZA, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22204
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 389 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes MENDEZ DELGADO JOSE-DANIEL, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 13253361,
, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010002180024901, ubicado en K 17A 6
19 CS 201 UR CABECERA DEL de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en
mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000017117 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de TRESCIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL CIENTO DIECISIETE
PESOS ($346117) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los
periodos fiscales 2010 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes MENDEZ DELGADO JOSE-DANIEL, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
13253361, , , , , propietarios del predio No 010002180024901, ubicado en K 17A 6 19 CS 201 UR
CABECERA DEL de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de TRESCIENTOS
CUARENTA Y SEIS MIL CIENTO DIECISIETE PESOS ($346117) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013
mediante la Resolución No 0000017117), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los
intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme
lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del
estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 17A 6 19 CS 201 UR CABECERA DEL,
para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término
fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y
566 del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22794
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 390 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes RODRIGUEZ JEREZ LUIS-ALFREDO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
2137879, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000180013000, ubicado
en SAN JORGE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el
Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000014531 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de TREINTA MIL SEISCIENTOS TREINTA Y SEIS PESOS
($30636) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos
fiscales 2012 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes RODRIGUEZ JEREZ LUIS-ALFREDO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
2137879, , , , , propietarios del predio No 000000180013000, ubicado en SAN JORGE de la jurisdicción del
Municipio de Piedecuesta, por la suma de TREINTA MIL SEISCIENTOS TREINTA Y SEIS PESOS ($30636)
(valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000014531), por los conceptos y
periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada
obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en
concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente
proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a SAN JORGE, para que comparezca dentro
de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo
conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto
Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22263
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 391 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes ESPINOSA SANCHEZ RAIMUNDA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 27934482,
, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000091056000, ubicado en LO 1-5
VDA MESA DE RUITOQUE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con
el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000026733 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de VEINTISIETE MIL SETECIENTOS NOVENTA Y UN PESOS
($27791) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos
fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes ESPINOSA SANCHEZ RAIMUNDA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
27934482, , , , , propietarios del predio No 000000091056000, ubicado en LO 1-5 VDA MESA DE RUITOQUE
de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de VEINTISIETE MIL SETECIENTOS NOVENTA
Y UN PESOS ($27791) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000026733),
por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se
hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022
de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del
presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LO 1-5 VDA MESA DE RUITOQUE, para
que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 21994
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 392 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes SUAREZ * LUIS-ALBERTO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 91344017, , , , ,
son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000120658000, ubicado en LOS
NARANJOS LO 1 VDA GRANADILLO de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra
en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000025705 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de TREINTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y
CUATRO PESOS ($35994) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente
a los periodos fiscales 2011 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes SUAREZ * LUIS-ALBERTO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 91344017, , , , ,
propietarios del predio No 000000120658000, ubicado en LOS NARANJOS LO 1 VDA GRANADILLO de la
jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de TREINTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS
NOVENTA Y CUATRO PESOS ($35994) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución
No 0000025705), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se
causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el
artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto
tributario nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LOS NARANJOS LO 1 VDA GRANADILLO,
para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término
fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y
566 del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 21056
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 393 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes CRISTANCHO MENDEZ JOSE-VICENTE, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
13894403, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 030000400146000, ubicado
en LOTE 7 de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por
concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000024777 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de VEINTIOCHO MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y OCHO PESOS
($28688) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos
fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes CRISTANCHO MENDEZ JOSE-VICENTE, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
13894403, , , , , propietarios del predio No 030000400146000, ubicado en LOTE 7 de la jurisdicción del
Municipio de Piedecuesta, por la suma de VEINTIOCHO MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y OCHO PESOS
($28688) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000024777), por los
conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo
exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de
2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del
presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LOTE 7, para que comparezca dentro de los
diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo
dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22207
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 394 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes CRISTANCHO MENDEZ JOSE-VICENTE, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
13894403, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 030000400146000, ubicado
en LOTE 7 de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por
concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000024777 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de VEINTIOCHO MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y OCHO PESOS
($28688) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos
fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes CRISTANCHO MENDEZ JOSE-VICENTE, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
13894403, , , , , propietarios del predio No 030000400146000, ubicado en LOTE 7 de la jurisdicción del
Municipio de Piedecuesta, por la suma de VEINTIOCHO MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y OCHO PESOS
($28688) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000024777), por los
conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo
exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de
2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del
presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LOTE 7, para que comparezca dentro de los
diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo
dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22303
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 395 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes PEREZ BONILLA JUAN-SUC, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 0, , , , , son
propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000320006000, ubicado en NULL de la
jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de
Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000015106 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de TRECE MIL CIENTO VEINTISEIS PESOS ($13126) moneda
legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2009 al 2013,
valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes PEREZ BONILLA JUAN-SUC, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 0, , , , ,
propietarios del predio No 000000320006000, ubicado en NULL de la jurisdicción del Municipio de
Piedecuesta, por la suma de TRECE MIL CIENTO VEINTISEIS PESOS ($13126) (valor liquidado el día
Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000015106), por los conceptos y periodos señalados en la
parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando
se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos
634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a NULL, para que comparezca dentro de los
diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo
dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 21030
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 396 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes MANTILLA ARIZA YANETH, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 63309431, , , , ,
son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010000220721901, ubicado en K 5 11 28 L
L-4154 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el
Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000026500 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de VEINTISEIS MIL QUINIENTOS DOS PESOS ($26502)
moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012
al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes MANTILLA ARIZA YANETH, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 63309431, , , , ,
propietarios del predio No 010000220721901, ubicado en K 5 11 28 L L-4154 C.C. ORBE de la jurisdicción
del Municipio de Piedecuesta, por la suma de VEINTISEIS MIL QUINIENTOS DOS PESOS ($26502) (valor
liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000026500), por los conceptos y periodos
señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación
y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia
con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-4154 C.C. ORBE, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22144
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 397 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes MANTILLA ARIZA JANETH, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 63309431, , , , ,
son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010000220718901, ubicado en K 5 11 28 L
L-4151 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el
Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000026497 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de VEINTISEIS MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y OCHO PESOS
($26898) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos
fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes MANTILLA ARIZA JANETH, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 63309431, , , , ,
propietarios del predio No 010000220718901, ubicado en K 5 11 28 L L-4151 C.C. ORBE de la jurisdicción
del Municipio de Piedecuesta, por la suma de VEINTISEIS MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y OCHO PESOS
($26898) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000026497), por los
conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo
exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de
2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del
presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-4151 C.C. ORBE, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22142
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 398 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes MALDONADO * LORENZO-SUC, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 0, , , , , son
propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000150073000, ubicado en SAN
FRANCISCO VDA SAN FRANCISCO de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en
mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000014223 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de TREINTA MIL SEISCIENTOS SESENTA Y CUATRO PESOS
($30664) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos
fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes MALDONADO * LORENZO-SUC, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 0, , , , ,
propietarios del predio No 000000150073000, ubicado en SAN FRANCISCO VDA SAN FRANCISCO de la
jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de TREINTA MIL SEISCIENTOS SESENTA Y
CUATRO PESOS ($30664) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No
0000014223), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen
desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo
720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario
nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a SAN FRANCISCO VDA SAN FRANCISCO,
para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término
fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y
566 del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22759
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 399 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes MORA * DILIA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 63299002, , , , , son propietarios
del predio identificado con el numero predial No 000000140161000, ubicado en LA ESPERANZA VDA LOS
LLANITOS de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por
concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000014129 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de TREINTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS TREINTA Y
CUATRO PESOS ($34934) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente
a los periodos fiscales 2012 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes MORA * DILIA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 63299002, , , , , propietarios
del predio No 000000140161000, ubicado en LA ESPERANZA VDA LOS LLANITOS de la jurisdicción del
Municipio de Piedecuesta, por la suma de TREINTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS TREINTA Y CUATRO
PESOS ($34934) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000014129), por los
conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo
exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de
2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del
presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LA ESPERANZA VDA LOS LLANITOS,
para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término
fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y
566 del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22741
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 400 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes JURADO CARVAJAL ESPERANZA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 63443291,
, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000050162000, ubicado en LO 3
VDA PAJONAL de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el
Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000025199 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de TREINTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y OCHO
PESOS ($39288) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los
periodos fiscales 2011 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes JURADO CARVAJAL ESPERANZA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
63443291, , , , , propietarios del predio No 000000050162000, ubicado en LO 3 VDA PAJONAL de la
jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de TREINTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS OCHENTA
Y OCHO PESOS ($39288) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No
0000025199), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen
desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo
720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario
nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LO 3 VDA PAJONAL, para que comparezca
dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo
conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto
Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 21300
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 401 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes PRADA RODRIGUEZ PABLO-ANTONIO, SUAREZ RUIZ JAZMIN-YESENIA, , , ,
con Cedula de Ciudadanía No 91287753, 63533096, , , , son propietarios del predio identificado con el
numero predial No 010009990002904, ubicado en PARQ AUTO 01 ED TORRE CRISTAL de la jurisdicción
del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto
Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000027188 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de DOSCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS DOS
PESOS ($255202) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los
periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes PRADA RODRIGUEZ PABLO-ANTONIO, SUAREZ RUIZ JAZMIN-YESENIA, , ,
, con Cedula de Ciudadanía No 91287753, 63533096, , , , propietarios del predio No 010009990002904,
ubicado en PARQ AUTO 01 ED TORRE CRISTAL de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la
suma de DOSCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS DOS PESOS ($255202) (valor liquidado
el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000027188), por los conceptos y periodos señalados
en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta
cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los
artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a PARQ AUTO 01 ED TORRE CRISTAL, para
que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22404
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 402 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes REYES * SAMUEL, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 2154999, , , , , son
propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000011608000, ubicado en LO B VDA MES
DE JERIDAS de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio
por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000012283 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de TREINTA Y UN MIL SETECIENTOS TREINTA Y NUEVE
PESOS ($31739) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los
periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes REYES * SAMUEL, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 2154999, , , , ,
propietarios del predio No 000000011608000, ubicado en LO B VDA MES DE JERIDAS de la jurisdicción del
Municipio de Piedecuesta, por la suma de TREINTA Y UN MIL SETECIENTOS TREINTA Y NUEVE PESOS
($31739) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000012283), por los
conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo
exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de
2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del
presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LO B VDA MES DE JERIDAS, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22547
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 403 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes CRISTANCHO MENDEZ JOSE-VICENTE, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
13894403, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 030000400143000, ubicado
en LOTE 4 de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por
concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000024774 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de TREINTA Y UN MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y NUEVE
PESOS ($31849) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los
periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes CRISTANCHO MENDEZ JOSE-VICENTE, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
13894403, , , , , propietarios del predio No 030000400143000, ubicado en LOTE 4 de la jurisdicción del
Municipio de Piedecuesta, por la suma de TREINTA Y UN MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y NUEVE
PESOS ($31849) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000024774), por los
conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo
exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de
2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del
presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LOTE 4, para que comparezca dentro de los
diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo
dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 21937
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 404 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes JAIMEZ ARANDA VICTOR, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 91348549, , , , , son
propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000190404000, ubicado en EL NARANJITO
LO 2 VDA PLANADAS de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el
Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000026129 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de VEINTIOCHO MIL CIENTO OCHO PESOS ($28108) moneda
legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012 al 2013,
valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes JAIMEZ ARANDA VICTOR, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 91348549, , , , ,
propietarios del predio No 000000190404000, ubicado en EL NARANJITO LO 2 VDA PLANADAS de la
jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de VEINTIOCHO MIL CIENTO OCHO PESOS
($28108) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000026129), por los
conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo
exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de
2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del
presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a EL NARANJITO LO 2 VDA PLANADAS,
para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término
fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y
566 del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22248
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Carrera 7 No. 9-43
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EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 405 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes PINEDA GOMEZ ALONSO, PEDRAZA BALLESTEROS ESPERANZA, , , , con
Cedula de Ciudadanía No 91341189, 63444129, , , , son propietarios del predio identificado con el numero
predial No 000000050148000, ubicado en LO 3 VDA PAJONAL de la jurisdicción del Municipio de
Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y
complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000024491 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de CUARENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS SESENTA Y
CINCO PESOS ($44365) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a
los periodos fiscales 2009 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes PINEDA GOMEZ ALONSO, PEDRAZA BALLESTEROS ESPERANZA, , , , con
Cedula de Ciudadanía No 91341189, 63444129, , , , propietarios del predio No 000000050148000, ubicado en
LO 3 VDA PAJONAL de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de CUARENTA Y
CUATRO MIL TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO PESOS ($44365) (valor liquidado el día Agosto 12 de
2013 mediante la Resolución No 0000024491), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva,
más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen
conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y
867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LO 3 VDA PAJONAL, para que comparezca
dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo
conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto
Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
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No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 406 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes HERNANDEZ-GOMEZ-CONSTRUCTORA-S-A, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
8902035224, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010010020018000,
ubicado en LO 18 MZ J UR PALERMO I de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra
en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000022464 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de TREINTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS NOVENTA PESOS
($36290) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos
fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes HERNANDEZ-GOMEZ-CONSTRUCTORA-S-A, , , , , con Cedula de Ciudadanía
No 8902035224, , , , , propietarios del predio No 010010020018000, ubicado en LO 18 MZ J UR PALERMO I
de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de TREINTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS
NOVENTA PESOS ($36290) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No
0000022464), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen
desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo
720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario
nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LO 18 MZ J UR PALERMO I, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
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No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 407 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes BARAJAS GARCIA LUIS-CARLOS, JAIMES QUINTERO MARINA, , , , con Cedula
de Ciudadanía No 91347691, 37616994, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No
000000170142000, ubicado en BUENAVISTA VDA LA VEGA de la jurisdicción del Municipio de
Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y
complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000026113 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de VEINTIOCHO MIL SEISCIENTOS SESENTA Y DOS PESOS
($28662) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos
fiscales 2012 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes BARAJAS GARCIA LUIS-CARLOS, JAIMES QUINTERO MARINA, , , , con
Cedula de Ciudadanía No 91347691, 37616994, , , , propietarios del predio No 000000170142000, ubicado en
BUENAVISTA VDA LA VEGA de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de VEINTIOCHO
MIL SEISCIENTOS SESENTA Y DOS PESOS ($28662) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante
la Resolución No 0000026113), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses
que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo
dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del
estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a BUENAVISTA VDA LA VEGA, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 21909
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Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 408 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes LOPEZ ROJAS MISAEL, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 91265435, , , , , son
propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000230038000, ubicado en LA CALERA
(PARTE) VDA LAS VEGAS de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con
el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000014980 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de TREINTA Y DOS MIL SEISCIENTOS DIECISEIS PESOS
($32616) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos
fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes LOPEZ ROJAS MISAEL, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 91265435, , , , ,
propietarios del predio No 000000230038000, ubicado en LA CALERA (PARTE) VDA LAS VEGAS de la
jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de TREINTA Y DOS MIL SEISCIENTOS DIECISEIS
PESOS ($32616) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000014980), por los
conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo
exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de
2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del
presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LA CALERA (PARTE) VDA LAS VEGAS,
para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término
fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y
566 del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22793
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
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SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 409 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes RUEDA AMAYA CUSTODIO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 91458077, , , , ,
son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000130377000, ubicado en BUENOS
AIRES VDA LAS AMARILLAS de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora
con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000014076 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de CUARENTA Y DOS MIL CUARENTA Y OCHO PESOS
($42048) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos
fiscales 2011 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes RUEDA AMAYA CUSTODIO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 91458077, , , ,
, propietarios del predio No 000000130377000, ubicado en BUENOS AIRES VDA LAS AMARILLAS de la
jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de CUARENTA Y DOS MIL CUARENTA Y OCHO
PESOS ($42048) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000014076), por los
conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo
exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de
2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del
presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a BUENOS AIRES VDA LAS AMARILLAS,
para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término
fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y
566 del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 21710
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 410 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes MOSQUERA VARGAS LINA-ANDREA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
1095910863, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000020281000,
ubicado en LO 11 M 5 VDA EL VOLADOR de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se
encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000012409 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de TREINTA Y TRES MIL CIENTO SETENTA Y NUEVE PESOS
($33179) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos
fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes MOSQUERA VARGAS LINA-ANDREA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
1095910863, , , , , propietarios del predio No 000000020281000, ubicado en LO 11 M 5 VDA EL VOLADOR
de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de TREINTA Y TRES MIL CIENTO SETENTA Y
NUEVE PESOS ($33179) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No
0000012409), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen
desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo
720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario
nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LO 11 M 5 VDA EL VOLADOR, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22553
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 411 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes VILLAMIZAR FLOREZ ROSA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 28459746, , , , ,
son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000110042000, ubicado en SAN
JERONIMO VDA LA MATA de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con
el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000013628 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de TREINTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y DOS
PESOS ($33442) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los
periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes VILLAMIZAR FLOREZ ROSA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 28459746, , ,
, , propietarios del predio No 000000110042000, ubicado en SAN JERONIMO VDA LA MATA de la
jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de TREINTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS
CUARENTA Y DOS PESOS ($33442) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No
0000013628), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen
desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo
720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario
nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a SAN JERONIMO VDA LA MATA, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22102
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
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SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 412 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes SALAMANCA FORERO MARIA-NUBIA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
63441807, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000130439000, ubicado
en LO 5 VDA LAS AMARILLAS de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en
mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000014087 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de CUARENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS NOVENTA PESOS
($42390) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos
fiscales 2011 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes SALAMANCA FORERO MARIA-NUBIA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
63441807, , , , , propietarios del predio No 000000130439000, ubicado en LO 5 VDA LAS AMARILLAS de la
jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de CUARENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS
NOVENTA PESOS ($42390) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No
0000014087), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen
desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo
720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario
nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LO 5 VDA LAS AMARILLAS, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
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Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
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No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 413 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes CRISTANCHO MENDEZ JOSE-VICENTE, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
13894403, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 030000400144000, ubicado
en LOTE 5 de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por
concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000024775 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de TREINTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS DIECIOCHO PESOS
($35918) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos
fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes CRISTANCHO MENDEZ JOSE-VICENTE, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
13894403, , , , , propietarios del predio No 030000400144000, ubicado en LOTE 5 de la jurisdicción del
Municipio de Piedecuesta, por la suma de TREINTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS DIECIOCHO PESOS
($35918) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000024775), por los
conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo
exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de
2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del
presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LOTE 5, para que comparezca dentro de los
diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo
dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
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No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 414 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes LUENGAS SUAREZ CLAUDIA-MARCELA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
1098647648, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000040307000,
ubicado en LO 3 VDA SAN JAVIER de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en
mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000025188 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de CUARENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS OCHENTA Y NUEVE
PESOS ($46589) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los
periodos fiscales 2011 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes LUENGAS SUAREZ CLAUDIA-MARCELA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
1098647648, , , , , propietarios del predio No 000000040307000, ubicado en LO 3 VDA SAN JAVIER de la
jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de CUARENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS OCHENTA
Y NUEVE PESOS ($46589) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No
0000025188), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen
desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo
720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario
nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LO 3 VDA SAN JAVIER, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 21297
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Conmutador: 6852020
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No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 415 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes LLANES DIAZ MATILDE, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 27923007, , , , , son
propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000230073000, ubicado en LA CALERA
VDA VEGAS de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio
por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000014990 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de TREINTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y UN
PESOS ($36851) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los
periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes LLANES DIAZ MATILDE, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 27923007, , , , ,
propietarios del predio No 000000230073000, ubicado en LA CALERA VDA VEGAS de la jurisdicción del
Municipio de Piedecuesta, por la suma de TREINTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y UN
PESOS ($36851) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000014990), por los
conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo
exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de
2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del
presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LA CALERA VDA VEGAS, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22543
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Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 416 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes CRISTANCHO MENDEZ JOSE-VICENTE, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
13894403, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 030000400145000, ubicado
en LOTE 6 de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por
concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000024776 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de TREINTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS VEINTICUATRO
PESOS ($38224) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los
periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes CRISTANCHO MENDEZ JOSE-VICENTE, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
13894403, , , , , propietarios del predio No 030000400145000, ubicado en LOTE 6 de la jurisdicción del
Municipio de Piedecuesta, por la suma de TREINTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS VEINTICUATRO PESOS
($38224) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000024776), por los
conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo
exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de
2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del
presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LOTE 6, para que comparezca dentro de los
diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo
dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22208
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
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EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 417 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes CRISTANCHO MENDEZ JOSE-VICENTE, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
13894403, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 030000400145000, ubicado
en LOTE 6 de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por
concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000024776 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de TREINTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS VEINTICUATRO
PESOS ($38224) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los
periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes CRISTANCHO MENDEZ JOSE-VICENTE, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
13894403, , , , , propietarios del predio No 030000400145000, ubicado en LOTE 6 de la jurisdicción del
Municipio de Piedecuesta, por la suma de TREINTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS VEINTICUATRO PESOS
($38224) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000024776), por los
conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo
exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de
2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del
presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LOTE 6, para que comparezca dentro de los
diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo
dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22304
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 418 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes CRISTANCHO MENDEZ JOSE-VICENTE, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
13894403, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 030000400147000, ubicado
en LOTE 8 de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por
concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000024778 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de TREINTA Y OCHO MIL SETECIENTOS CATORCE PESOS
($38714) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos
fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes CRISTANCHO MENDEZ JOSE-VICENTE, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
13894403, , , , , propietarios del predio No 030000400147000, ubicado en LOTE 8 de la jurisdicción del
Municipio de Piedecuesta, por la suma de TREINTA Y OCHO MIL SETECIENTOS CATORCE PESOS
($38714) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000024778), por los
conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo
exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de
2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del
presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LOTE 8, para que comparezca dentro de los
diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo
dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22210
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 419 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes CRISTANCHO MENDEZ JOSE-VICENTE, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
13894403, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 030000400147000, ubicado
en LOTE 8 de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por
concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000024778 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de TREINTA Y OCHO MIL SETECIENTOS CATORCE PESOS
($38714) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos
fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes CRISTANCHO MENDEZ JOSE-VICENTE, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
13894403, , , , , propietarios del predio No 030000400147000, ubicado en LOTE 8 de la jurisdicción del
Municipio de Piedecuesta, por la suma de TREINTA Y OCHO MIL SETECIENTOS CATORCE PESOS
($38714) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000024778), por los
conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo
exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de
2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del
presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LOTE 8, para que comparezca dentro de los
diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo
dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22302
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 420 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes PULIDO REY ANA-YADIRA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 63494286, , , , ,
son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000180052000, ubicado en LA
ESMERALDA VDA SAN ISIDRO de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en
mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000014548 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de TREINTA Y OCHO MIL QUINIENTOS CUARENTA Y NUEVE
PESOS ($38549) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los
periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes PULIDO REY ANA-YADIRA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 63494286, , , , ,
propietarios del predio No 000000180052000, ubicado en LA ESMERALDA VDA SAN ISIDRO de la
jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de TREINTA Y OCHO MIL QUINIENTOS CUARENTA
Y NUEVE PESOS ($38549) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No
0000014548), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen
desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo
720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario
nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LA ESMERALDA VDA SAN ISIDRO, para
que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22772
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 421 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes BERNAL PUERTO ADOLFO JOSE, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 76602816,
, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000120651000, ubicado en LOTE A
VDA GRANADILLO de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el
Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000024501 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de TREINTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y TRES
PESOS ($39693) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los
periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes BERNAL PUERTO ADOLFO JOSE, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
76602816, , , , , propietarios del predio No 000000120651000, ubicado en LOTE A VDA GRANADILLO de la
jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de TREINTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS
NOVENTA Y TRES PESOS ($39693) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No
0000024501), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen
desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo
720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario
nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LOTE A VDA GRANADILLO, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22274
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 422 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes CRISTANCHO ALVAREZ MIREYA, VARGAS RIVERA LUIS-ANTONIO, , , , con
Cedula de Ciudadanía No 37559755, 91240474, , , , son propietarios del predio identificado con el numero
predial No 000000060532000, ubicado en C 24C 1W 24 MZ M PORTAL DEL VALLE de la jurisdicción del
Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial
Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000012914 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de TREINTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y
SIETE PESOS ($39957) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a
los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes CRISTANCHO ALVAREZ MIREYA, VARGAS RIVERA LUIS-ANTONIO, , , , con
Cedula de Ciudadanía No 37559755, 91240474, , , , propietarios del predio No 000000060532000, ubicado en
C 24C 1W 24 MZ M PORTAL DEL VALLE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de
TREINTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y SIETE PESOS ($39957) (valor liquidado el día
Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000012914), por los conceptos y periodos señalados en la
parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando
se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos
634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a C 24C 1W 24 MZ M PORTAL DEL VALLE,
para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término
fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y
566 del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 21939
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 423 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes MORATO * MARIA-CECILIA, RODRIGUEZ LIZARAZO JESUS-ORLANDO, , , , con
Cedula de Ciudadanía No 38852702, 5419856, , , , son propietarios del predio identificado con el numero
predial No 000000060593000, ubicado en C 23 1W 68 LO 28 CS 28 MZ B UR POR de la jurisdicción del
Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial
Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000012933 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de TREINTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y
SIETE PESOS ($39957) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a
los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes MORATO * MARIA-CECILIA, RODRIGUEZ LIZARAZO JESUS-ORLANDO, , , ,
con Cedula de Ciudadanía No 38852702, 5419856, , , , propietarios del predio No 000000060593000, ubicado
en C 23 1W 68 LO 28 CS 28 MZ B UR POR de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de
TREINTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y SIETE PESOS ($39957) (valor liquidado el día
Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000012933), por los conceptos y periodos señalados en la
parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando
se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos
634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a C 23 1W 68 LO 28 CS 28 MZ B UR POR,
para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término
fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y
566 del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 21940
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 424 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes CARDOZO ROJAS MARIA-EUGENIA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
63446051, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000060636000, ubicado
en C 22B 1W 73 LO 71 CS 71 MZ E UR PO de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se
encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000012953 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de TREINTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y
SIETE PESOS ($39957) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a
los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes CARDOZO ROJAS MARIA-EUGENIA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
63446051, , , , , propietarios del predio No 000000060636000, ubicado en C 22B 1W 73 LO 71 CS 71 MZ E
UR PO de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de TREINTA Y NUEVE MIL
NOVECIENTOS CINCUENTA Y SIETE PESOS ($39957) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante
la Resolución No 0000012953), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses
que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo
dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del
estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a C 22B 1W 73 LO 71 CS 71 MZ E UR PO,
para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término
fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y
566 del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 21941
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 425 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes DOMINGUEZ MENESES AMPARO, GUEVARA NIEVES JUAN-ALFONSO, , , , con
Cedula de Ciudadanía No 37864401, 91077262, , , , son propietarios del predio identificado con el numero
predial No 000000060689000, ubicado en C 22A 1W 28 LO 124 CS 124 MZ H UR de la jurisdicción del
Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial
Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000012972 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de TREINTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y
SIETE PESOS ($39957) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a
los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes DOMINGUEZ MENESES AMPARO, GUEVARA NIEVES JUAN-ALFONSO, , , ,
con Cedula de Ciudadanía No 37864401, 91077262, , , , propietarios del predio No 000000060689000,
ubicado en C 22A 1W 28 LO 124 CS 124 MZ H UR de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la
suma de TREINTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y SIETE PESOS ($39957) (valor liquidado
el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000012972), por los conceptos y periodos señalados
en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta
cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los
artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a C 22A 1W 28 LO 124 CS 124 MZ H UR,
para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término
fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y
566 del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 21942
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 426 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes VERA PABON OSCAR-MAURICIO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 91160864, ,
, , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000060765000, ubicado en C 23A
1W 12 LO 201 CS 201 MZ L UR de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en
mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000013002 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de TREINTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y
SIETE PESOS ($39957) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a
los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes VERA PABON OSCAR-MAURICIO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
91160864, , , , , propietarios del predio No 000000060765000, ubicado en C 23A 1W 12 LO 201 CS 201 MZ L
UR de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de TREINTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS
CINCUENTA Y SIETE PESOS ($39957) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No
0000013002), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen
desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo
720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario
nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a C 23A 1W 12 LO 201 CS 201 MZ L UR, para
que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
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EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 427 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes PROYECTOS-MARVAL-LTDA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 8040007881, , ,
, , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000060474000, ubicado en C 24 1W
24 MZ J UR PORTAL DEL VALL de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en
mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000012887 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de TREINTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y
SIETE PESOS ($39957) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a
los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes PROYECTOS-MARVAL-LTDA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 8040007881,
, , , , propietarios del predio No 000000060474000, ubicado en C 24 1W 24 MZ J UR PORTAL DEL VALL de
la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de TREINTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS
CINCUENTA Y SIETE PESOS ($39957) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No
0000012887), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen
desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo
720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario
nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a C 24 1W 24 MZ J UR PORTAL DEL VALL,
para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término
fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y
566 del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22512
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No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 428 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes NIEVES NARANJO MARTHA-CELIA, RUEDA PIAMONTE EDGAR-LEANDRO, , , ,
con Cedula de Ciudadanía No 63495018, 91279043, , , , son propietarios del predio identificado con el
numero predial No 000000060524000, ubicado en C 24C 1W 25 CS 187 MZ L PORTAL DEL de la
jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de
Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000012912 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de TREINTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y
SIETE PESOS ($39957) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a
los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes NIEVES NARANJO MARTHA-CELIA, RUEDA PIAMONTE EDGAR-LEANDRO,
, , , con Cedula de Ciudadanía No 63495018, 91279043, , , , propietarios del predio No 000000060524000,
ubicado en C 24C 1W 25 CS 187 MZ L PORTAL DEL de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la
suma de TREINTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y SIETE PESOS ($39957) (valor liquidado
el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000012912), por los conceptos y periodos señalados
en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta
cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los
artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a C 24C 1W 25 CS 187 MZ L PORTAL DEL,
para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término
fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y
566 del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22526
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
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EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 429 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes TORRES RUEDA MARCELA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 63346488, , , , ,
son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000060343000, ubicado en C 24D 1W
64 LO 9 MZ A ET 1 UR PORT de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora
con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000012834 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de TREINTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y
SIETE PESOS ($39957) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a
los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes TORRES RUEDA MARCELA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 63346488, , , ,
, propietarios del predio No 000000060343000, ubicado en C 24D 1W 64 LO 9 MZ A ET 1 UR PORT de la
jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de TREINTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS
CINCUENTA Y SIETE PESOS ($39957) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No
0000012834), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen
desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo
720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario
nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a C 24D 1W 64 LO 9 MZ A ET 1 UR PORT,
para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término
fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y
566 del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22590
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 430 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes ARDILA MELO NESTOR, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 5795693, , , , , son
propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000060377000, ubicado en C 24B 1W 53 MZ
D UR PORTAL DEL VAL de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el
Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000012851 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de TREINTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y
SIETE PESOS ($39957) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a
los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes ARDILA MELO NESTOR, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 5795693, , , , ,
propietarios del predio No 000000060377000, ubicado en C 24B 1W 53 MZ D UR PORTAL DEL VAL de la
jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de TREINTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS
CINCUENTA Y SIETE PESOS ($39957) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No
0000012851), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen
desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo
720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario
nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a C 24B 1W 53 MZ D UR PORTAL DEL VAL,
para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término
fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y
566 del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22591
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 431 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes OCHOA JAIMES EMILSEN, AREVALO SANTAFE ELKY-JOSE, , , , con Cedula de
Ciudadanía No 63497106, 91473231, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No
000000060415000, ubicado en C 23C 1W 64 MZ F UR PORTAL DEL VAL de la jurisdicción del Municipio de
Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y
complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000012871 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de TREINTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y
SIETE PESOS ($39957) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a
los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes OCHOA JAIMES EMILSEN, AREVALO SANTAFE ELKY-JOSE, , , , con Cedula
de Ciudadanía No 63497106, 91473231, , , , propietarios del predio No 000000060415000, ubicado en C 23C
1W 64 MZ F UR PORTAL DEL VAL de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de
TREINTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y SIETE PESOS ($39957) (valor liquidado el día
Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000012871), por los conceptos y periodos señalados en la
parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando
se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos
634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a C 23C 1W 64 MZ F UR PORTAL DEL VAL,
para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término
fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y
566 del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22594
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 432 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes NINO LIZARAZO DOLORES, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 0, , , , , son
propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000330017000, ubicado en EL LIMONCITO
de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto
de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000015128 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de CUARENTA MIL VEINTICUATRO PESOS ($40024) moneda
legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013,
valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes NINO LIZARAZO DOLORES, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 0, , , , ,
propietarios del predio No 000000330017000, ubicado en EL LIMONCITO de la jurisdicción del Municipio de
Piedecuesta, por la suma de CUARENTA MIL VEINTICUATRO PESOS ($40024) (valor liquidado el día
Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000015128), por los conceptos y periodos señalados en la
parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando
se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos
634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a EL LIMONCITO, para que comparezca
dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo
conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto
Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22293
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 433 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes GUARIN CABALLERO GUSTAVO, HERNANDEZ NAVAS MARIA-LUDY, , , , con
Cedula de Ciudadanía No 91470368, 37710640, , , , son propietarios del predio identificado con el numero
predial No 000000220091000, ubicado en LO VDA CRISTALES de la jurisdicción del Municipio de
Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y
complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000014958 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de CUARENTA MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y SEIS PESOS
($40296) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos
fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes GUARIN CABALLERO GUSTAVO, HERNANDEZ NAVAS MARIA-LUDY, , , ,
con Cedula de Ciudadanía No 91470368, 37710640, , , , propietarios del predio No 000000220091000,
ubicado en LO VDA CRISTALES de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de
CUARENTA MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y SEIS PESOS ($40296) (valor liquidado el día Agosto 12 de
2013 mediante la Resolución No 0000014958), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva,
más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen
conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y
867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LO VDA CRISTALES, para que comparezca
dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo
conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto
Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22791
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SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 434 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes GARCIA PORTILLA RODOLFO, DELGADO FLOREZ LUCINDA, , , , con Cedula
de Ciudadanía No 5705513, 28294518, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No
000000180076000, ubicado en SAN AGUSTIN de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se
encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000014562 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de CUARENTA Y SEIS MIL VEINTE PESOS ($46020) moneda
legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012 al 2013,
valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes GARCIA PORTILLA RODOLFO, DELGADO FLOREZ LUCINDA, , , , con
Cedula de Ciudadanía No 5705513, 28294518, , , , propietarios del predio No 000000180076000, ubicado en
SAN AGUSTIN de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de CUARENTA Y SEIS MIL
VEINTE PESOS ($46020) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No
0000014562), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen
desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo
720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario
nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a SAN AGUSTIN, para que comparezca
dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo
conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto
Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22260
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Conmutador: 6852020
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EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 435 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes MANTILLA LOPEZ ZULMA-ROCIO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 63494173,
, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000060411000, ubicado en C 24
1W 77 MZ F UR PORTAL DEL VALL de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en
mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000012869 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de CUARENTA MIL SEISCIENTOS OCHO PESOS ($40608)
moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013
al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes MANTILLA LOPEZ ZULMA-ROCIO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
63494173, , , , , propietarios del predio No 000000060411000, ubicado en C 24 1W 77 MZ F UR PORTAL
DEL VALL de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de CUARENTA MIL SEISCIENTOS
OCHO PESOS ($40608) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000012869),
por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se
hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022
de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del
presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a C 24 1W 77 MZ F UR PORTAL DEL VALL,
para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término
fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y
566 del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22593
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
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EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 436 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes DURAN GOMEZ MICAELINA-SUC, GOMEZ * RAFAEL-SUC, DUARTE AYALA
ABELARDO, , , con Cedula de Ciudadanía No 0, , 2141082, , , son propietarios del predio identificado con el
numero predial No 000000020067000, ubicado en TERRENO VDA EL VOLADOR de la jurisdicción del
Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial
Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000012337 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de CUARENTA Y UN MIL SEISCIENTOS DIECISEIS PESOS
($41616) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos
fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes DURAN GOMEZ MICAELINA-SUC, GOMEZ * RAFAEL-SUC, DUARTE AYALA
ABELARDO, , , con Cedula de Ciudadanía No 0, , 2141082, , , propietarios del predio No 000000020067000,
ubicado en TERRENO VDA EL VOLADOR de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de
CUARENTA Y UN MIL SEISCIENTOS DIECISEIS PESOS ($41616) (valor liquidado el día Agosto 12 de
2013 mediante la Resolución No 0000012337), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva,
más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen
conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y
867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a TERRENO VDA EL VOLADOR, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22899
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 437 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes ALMEIDA LUZ-MARINA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 0, , , , , son
propietarios del predio identificado con el numero predial No 050000030001009, ubicado en CASA 09 BR
VILLA REAL CHICAMOCHA de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora
con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000024010 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de CUARENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS VEINTINUEVE
PESOS ($47529) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los
periodos fiscales 2012 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes ALMEIDA LUZ-MARINA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 0, , , , , propietarios
del predio No 050000030001009, ubicado en CASA 09 BR VILLA REAL CHICAMOCHA de la jurisdicción del
Municipio de Piedecuesta, por la suma de CUARENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS VEINTINUEVE PESOS
($47529) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000024010), por los
conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo
exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de
2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del
presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a CASA 09 BR VILLA REAL CHICAMOCHA,
para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término
fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y
566 del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 21377
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 438 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes CAICEDO GELVEZ SILVINO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 91232377, , , , ,
son propietarios del predio identificado con el numero predial No 030000400142000, ubicado en LOTE 3 de
la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de
Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000024773 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de CUARENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS NOVENTA PESOS
($47990) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos
fiscales 2012 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes CAICEDO GELVEZ SILVINO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 91232377, , , ,
, propietarios del predio No 030000400142000, ubicado en LOTE 3 de la jurisdicción del Municipio de
Piedecuesta, por la suma de CUARENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS NOVENTA PESOS ($47990) (valor
liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000024773), por los conceptos y periodos
señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación
y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia
con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LOTE 3, para que comparezca dentro de los
diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo
dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22277
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 439 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes CAICEDO GELVEZ SILVINO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 91232377, , , , ,
son propietarios del predio identificado con el numero predial No 030000400142000, ubicado en LOTE 3 de
la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de
Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000024773 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de CUARENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS NOVENTA PESOS
($47990) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos
fiscales 2012 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes CAICEDO GELVEZ SILVINO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 91232377, , , ,
, propietarios del predio No 030000400142000, ubicado en LOTE 3 de la jurisdicción del Municipio de
Piedecuesta, por la suma de CUARENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS NOVENTA PESOS ($47990) (valor
liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000024773), por los conceptos y periodos
señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación
y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia
con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LOTE 3, para que comparezca dentro de los
diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo
dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22305
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 440 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes PRADA APARICIO GLADYS-YOMAIRA, ESPARZA ROSAS MARIA-DELCARMEN, , , , con Cedula de Ciudadanía No 63557011, 63444509, , , , son propietarios del predio
identificado con el numero predial No 000000140164000, ubicado en LOTE VDA LAS AMARILLAS de la
jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de
Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000014131 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de CUARENTA Y DOS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y CINCO
PESOS ($42595) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los
periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes PRADA APARICIO GLADYS-YOMAIRA, ESPARZA ROSAS MARIA-DELCARMEN, , , , con Cedula de Ciudadanía No 63557011, 63444509, , , , propietarios del predio No
000000140164000, ubicado en LOTE VDA LAS AMARILLAS de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta,
por la suma de CUARENTA Y DOS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y CINCO PESOS ($42595) (valor
liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000014131), por los conceptos y periodos
señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación
y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia
con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LOTE VDA LAS AMARILLAS, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22742
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Carrera 7 No. 9-43
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SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 441 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes CRISTANCHO MENDEZ JOSE-VICENTE, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
13894403, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 030000400150000, ubicado
en LOTE 11 de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio
por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000024781 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de CUARENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y
CINCO PESOS ($44465) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a
los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes CRISTANCHO MENDEZ JOSE-VICENTE, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
13894403, , , , , propietarios del predio No 030000400150000, ubicado en LOTE 11 de la jurisdicción del
Municipio de Piedecuesta, por la suma de CUARENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y
CINCO PESOS ($44465) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000024781),
por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se
hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022
de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del
presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LOTE 11, para que comparezca dentro de
los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme
lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario
Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22211
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Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
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EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 442 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes CRISTANCHO MENDEZ JOSE-VICENTE, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
13894403, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 030000400150000, ubicado
en LOTE 11 de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio
por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000024781 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de CUARENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y
CINCO PESOS ($44465) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a
los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes CRISTANCHO MENDEZ JOSE-VICENTE, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
13894403, , , , , propietarios del predio No 030000400150000, ubicado en LOTE 11 de la jurisdicción del
Municipio de Piedecuesta, por la suma de CUARENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y
CINCO PESOS ($44465) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000024781),
por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se
hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022
de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del
presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LOTE 11, para que comparezca dentro de
los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme
lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario
Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22300
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 443 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes MEZA CASTELLANOS MYRIAM, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 63344964, , ,
, , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000150210000, ubicado en
GUAYABALES VDA SAN FRANCISCO de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra
en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000014271 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de CINCUENTA MIL SEISCIENTOS TREINTA Y DOS PESOS
($50632) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos
fiscales 2012 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes MEZA CASTELLANOS MYRIAM, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 63344964,
, , , , propietarios del predio No 000000150210000, ubicado en GUAYABALES VDA SAN FRANCISCO de la
jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de CINCUENTA MIL SEISCIENTOS TREINTA Y DOS
PESOS ($50632) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000014271), por los
conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo
exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de
2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del
presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a GUAYABALES VDA SAN FRANCISCO,
para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término
fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y
566 del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22764
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
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SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 444 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes DULCEY OCHOA ABELARDO, MUNOZ * JOSE-ANGEL, , , , con Cedula de
Ciudadanía No 18936891, 78294787, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No
000000090192000, ubicado en LAS COLINAS LT 1 VDA MESA DE RUITO de la jurisdicción del Municipio
de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y
complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000013401 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de CINCUENTA Y SIETE MIL VEINTIUN PESOS ($57021)
moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2011
al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes DULCEY OCHOA ABELARDO, MUNOZ * JOSE-ANGEL, , , , con Cedula de
Ciudadanía No 18936891, 78294787, , , , propietarios del predio No 000000090192000, ubicado en LAS
COLINAS LT 1 VDA MESA DE RUITO de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de
CINCUENTA Y SIETE MIL VEINTIUN PESOS ($57021) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante
la Resolución No 0000013401), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses
que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo
dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del
estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LAS COLINAS LT 1 VDA MESA DE RUITO,
para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término
fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y
566 del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 21762
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 445 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes ASOCIACION-LOS-CISNES, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 8001223562, , , , ,
son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010009120007000, ubicado en C 25 1 11
LO 2 MZ 1 UR LOS CISNES de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora
con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000021688 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de CUARENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS TREINTA Y SIETE
PESOS ($46637) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los
periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes ASOCIACION-LOS-CISNES, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 8001223562, , ,
, , propietarios del predio No 010009120007000, ubicado en C 25 1 11 LO 2 MZ 1 UR LOS CISNES de la
jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de CUARENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS TREINTA
Y SIETE PESOS ($46637) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No
0000021688), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen
desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo
720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario
nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a C 25 1 11 LO 2 MZ 1 UR LOS CISNES, para
que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22693
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 446 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes DIAZ SUAREZ PEDRO-ANTONIO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 5682369, , ,
, , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000040072000, ubicado en LOTE N 1
de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto
de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000012666 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de SESENTA MIL VEINTISEIS PESOS ($60026) moneda legal,
(liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2011 al 2013, valor
que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes DIAZ SUAREZ PEDRO-ANTONIO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 5682369,
, , , , propietarios del predio No 000000040072000, ubicado en LOTE N 1 de la jurisdicción del Municipio de
Piedecuesta, por la suma de SESENTA MIL VEINTISEIS PESOS ($60026) (valor liquidado el día Agosto 12
de 2013 mediante la Resolución No 0000012666), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva,
más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen
conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y
867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LOTE N 1, para que comparezca dentro de
los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme
lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario
Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 21307
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 447 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes CAMARGO SANTIAGO RODRIGO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 13740395, ,
, , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010010030016000, ubicado en C 6AN
2D 32 UR PALERMO I de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el
Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000022469 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de CINCUENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS SESENTA Y
CINCO PESOS ($59965) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a
los periodos fiscales 2011 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes CAMARGO SANTIAGO RODRIGO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
13740395, , , , , propietarios del predio No 010010030016000, ubicado en C 6AN 2D 32 UR PALERMO I de la
jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de CINCUENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS
SESENTA Y CINCO PESOS ($59965) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No
0000022469), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen
desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo
720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario
nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a C 6AN 2D 32 UR PALERMO I, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 21339
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 448 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes CORREA PINZON HERNAN, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 91247843, , , , ,
son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010010040022000, ubicado en K 2C 6AN
15 de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por
concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000022476 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de CINCUENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS SESENTA Y
CINCO PESOS ($59965) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a
los periodos fiscales 2011 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes CORREA PINZON HERNAN, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 91247843, , , ,
, propietarios del predio No 010010040022000, ubicado en K 2C 6AN 15 de la jurisdicción del Municipio de
Piedecuesta, por la suma de CINCUENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS SESENTA Y CINCO PESOS
($59965) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000022476), por los
conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo
exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de
2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del
presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 2C 6AN 15, para que comparezca dentro
de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo
conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto
Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 21342
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 449 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes RODRIGUEZ VARGAS ROSARIO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 37887089, ,
, , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000150275000, ubicado en LO 64 III
ET PARC EL PARAMITO VDA de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora
con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000014279 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de CUARENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y SEIS
PESOS ($48256) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los
periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes RODRIGUEZ VARGAS ROSARIO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
37887089, , , , , propietarios del predio No 000000150275000, ubicado en LO 64 III ET PARC EL PARAMITO
VDA de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de CUARENTA Y OCHO MIL
DOSCIENTOS CINCUENTA Y SEIS PESOS ($48256) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la
Resolución No 0000014279), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses
que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo
dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del
estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LO 64 III ET PARC EL PARAMITO VDA,
para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término
fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y
566 del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22766
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 451 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes ROMERO VALERO CLAUDIA-JANNETH, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
37615567, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010000990097902, ubicado
en C 7 11 61 PARQ 24 P.H. TORRES DE S de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se
encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000016195 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de CINCUENTA Y SEIS MIL CIENTO SETENTA Y SIETE PESOS
($56177) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos
fiscales 2012 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes ROMERO VALERO CLAUDIA-JANNETH, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
37615567, , , , , propietarios del predio No 010000990097902, ubicado en C 7 11 61 PARQ 24 P.H. TORRES
DE S de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de CINCUENTA Y SEIS MIL CIENTO
SETENTA Y SIETE PESOS ($56177) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No
0000016195), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen
desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo
720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario
nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a C 7 11 61 PARQ 24 P.H. TORRES DE S,
para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término
fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y
566 del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22000
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 452 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes RAMIREZ * ROSALBA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 28296403, , , , , son
propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000170061000, ubicado en CHIVECHE de la
jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de
Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000014490 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de CINCUENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y
CUATRO PESOS ($51454) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente
a los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes RAMIREZ * ROSALBA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 28296403, , , , ,
propietarios del predio No 000000170061000, ubicado en CHIVECHE de la jurisdicción del Municipio de
Piedecuesta, por la suma de CINCUENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO PESOS
($51454) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000014490), por los
conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo
exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de
2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del
presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a CHIVECHE, para que comparezca dentro de
los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme
lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario
Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22262
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 453 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes LOPEZ * ALFONSO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 830638, , , , , son
propietarios del predio identificado con el numero predial No 030000380020000, ubicado en LOTE de la
jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de
Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000023744 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de SESENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS SESENTA Y UN
PESOS ($65961) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los
periodos fiscales 2011 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes LOPEZ * ALFONSO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 830638, , , , ,
propietarios del predio No 030000380020000, ubicado en LOTE de la jurisdicción del Municipio de
Piedecuesta, por la suma de SESENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS SESENTA Y UN PESOS ($65961)
(valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000023744), por los conceptos y
periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada
obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en
concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente
proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LOTE, para que comparezca dentro de los
diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo
dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22021
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 454 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes ESCAMILLA * RODOLFO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 1111709, , , , , son
propietarios del predio identificado con el numero predial No 030000360079000, ubicado en LOTE 10 MZ 162
de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto
de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000023680 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de SESENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS SESENTA Y UN
PESOS ($65961) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los
periodos fiscales 2011 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes ESCAMILLA * RODOLFO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 1111709, , , , ,
propietarios del predio No 030000360079000, ubicado en LOTE 10 MZ 162 de la jurisdicción del Municipio de
Piedecuesta, por la suma de SESENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS SESENTA Y UN PESOS ($65961)
(valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000023680), por los conceptos y
periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada
obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en
concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente
proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LOTE 10 MZ 162, para que comparezca
dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo
conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto
Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22633
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 455 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes BAUTISTA GELVEZ BIANET, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 28044914, , , , ,
son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010009840098000, ubicado en LO
ANDENES Y ZONAS VERDES de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora
con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000025369 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de CINCUENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS CINCO PESOS
($59905) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos
fiscales 2012 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes BAUTISTA GELVEZ BIANET, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 28044914, , , ,
, propietarios del predio No 010009840098000, ubicado en LO ANDENES Y ZONAS VERDES de la
jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de CINCUENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS
CINCO PESOS ($59905) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000025369),
por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se
hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022
de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del
presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LO ANDENES Y ZONAS VERDES, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22195
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 456 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes CAIRASCO SUAREZ ANA-TILCIA, NINO CAIRASCO MARTHA-ERICA, NINO
CAIRASCO LAURA-MARCELA, , , con Cedula de Ciudadanía No 37540882, 9113005797, , , , son
propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000150343000, ubicado en LO 2 VDA SAN
FRANCISCO de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio
por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000026112 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de CUARENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS VEINTE PESOS
($47320) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos
fiscales 2012 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes CAIRASCO SUAREZ ANA-TILCIA, NINO CAIRASCO MARTHA-ERICA, NINO
CAIRASCO LAURA-MARCELA, , , con Cedula de Ciudadanía No 37540882, 9113005797, , , , propietarios
del predio No 000000150343000, ubicado en LO 2 VDA SAN FRANCISCO de la jurisdicción del Municipio de
Piedecuesta, por la suma de CUARENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS VEINTE PESOS ($47320) (valor
liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000026112), por los conceptos y periodos
señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación
y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia
con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LO 2 VDA SAN FRANCISCO, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
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Conmutador: 6852020
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SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 457 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes GONZALEZ VEGA HERMINDA-DEL-TRANSI, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
27919636, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 050000030001001, ubicado
en CS 01 BR VILLA REAL CHICAMOCHA de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se
encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000024003 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de SESENTA MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y DOS PESOS
($60872) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos
fiscales 2012 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes GONZALEZ VEGA HERMINDA-DEL-TRANSI, , , , , con Cedula de Ciudadanía
No 27919636, , , , , propietarios del predio No 050000030001001, ubicado en CS 01 BR VILLA REAL
CHICAMOCHA de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de
SESENTA MIL
OCHOCIENTOS SETENTA Y DOS PESOS ($60872) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la
Resolución No 0000024003), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses
que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo
dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del
estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a CS 01 BR VILLA REAL CHICAMOCHA,
para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término
fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y
566 del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22326
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Conmutador: 6852020
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SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 458 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes SEQUEDA JEREZ MARIA-ADELAIDA, SEQUEDA JEREZ MARIA-DEL-ROSARIO,
, , , con Cedula de Ciudadanía No 37555011, 37816529, , , , son propietarios del predio identificado con el
numero predial No 000000300014000, ubicado en QUEBRADA ARRIBA de la jurisdicción del Municipio de
Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y
complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000015085 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de SESENTA Y UN MIL CIENTO CINCUENTA Y SEIS PESOS
($61156) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos
fiscales 2012 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes SEQUEDA JEREZ MARIA-ADELAIDA, SEQUEDA JEREZ MARIA-DELROSARIO, , , , con Cedula de Ciudadanía No 37555011, 37816529, , , , propietarios del predio No
000000300014000, ubicado en QUEBRADA ARRIBA de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la
suma de SESENTA Y UN MIL CIENTO CINCUENTA Y SEIS PESOS ($61156) (valor liquidado el día Agosto
12 de 2013 mediante la Resolución No 0000015085), por los conceptos y periodos señalados en la parte
motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se
cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634,
635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a QUEBRADA ARRIBA, para que comparezca
dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo
conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto
Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22290
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 459 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes HURTADO ESCOBAR JESUS-ANTONIO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
91343012, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000040248000, ubicado
en VILLA MELISSA VDA SAN JAVIER de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra
en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000012696 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de CINCUENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS VEINTE PESOS
($54620) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos
fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes HURTADO ESCOBAR JESUS-ANTONIO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
91343012, , , , , propietarios del predio No 000000040248000, ubicado en VILLA MELISSA VDA SAN
JAVIER de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de CINCUENTA Y CUATRO MIL
SEISCIENTOS VEINTE PESOS ($54620) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución
No 0000012696), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se
causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el
artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto
tributario nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a VILLA MELISSA VDA SAN JAVIER, para
que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22576
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
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SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 460 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes BELLO VANEGAS AMILDE, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 28331326, , , , ,
son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010007710008000, ubicado en K 3B PEAT
6AN 10 BR EL DIVINO NINO de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora
con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000020835 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de SESENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS VEINTICUATRO
PESOS ($66624) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los
periodos fiscales 2012 al 2012, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes BELLO VANEGAS AMILDE, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 28331326, , , , ,
propietarios del predio No 010007710008000, ubicado en K 3B PEAT 6AN 10 BR EL DIVINO NINO de la
jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de SESENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS
VEINTICUATRO PESOS ($66624) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No
0000020835), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen
desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo
720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario
nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 3B PEAT 6AN 10 BR EL DIVINO NINO,
para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término
fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y
566 del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22464
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 461 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes FALCON GUTIERREZ LEONOR, LARA GUARGUATI LUIS-ANTONIO, , , , con
Cedula de Ciudadanía No 28212236, 2012667, , , , son propietarios del predio identificado con el numero
predial No 000000060316000, ubicado en LO 43 O AREA DE ZONA VERDE Y ANDEN de la jurisdicción del
Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial
Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000012828 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de SESENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y TRES
PESOS ($62853) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los
periodos fiscales 2012 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes FALCON GUTIERREZ LEONOR, LARA GUARGUATI LUIS-ANTONIO, , , , con
Cedula de Ciudadanía No 28212236, 2012667, , , , propietarios del predio No 000000060316000, ubicado en
LO 43 O AREA DE ZONA VERDE Y ANDEN de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de
SESENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y TRES PESOS ($62853) (valor liquidado el día
Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000012828), por los conceptos y periodos señalados en la
parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando
se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos
634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LO 43 O AREA DE ZONA VERDE Y
ANDEN, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el
término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el
artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22374
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 462 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes CONTRERAS RODRIGUEZ EDUVIGES, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
28294657, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000210002000, ubicado
en EL ENCENILLO de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el
Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000014859 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de CINCUENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS SIETE PESOS
($55807) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos
fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes CONTRERAS RODRIGUEZ EDUVIGES, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
28294657, , , , , propietarios del predio No 000000210002000, ubicado en EL ENCENILLO de la jurisdicción
del Municipio de Piedecuesta, por la suma de CINCUENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS SIETE PESOS
($55807) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000014859), por los
conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo
exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de
2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del
presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a EL ENCENILLO, para que comparezca
dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo
conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto
Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22257
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 463 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes QUINTERO REYES CANDIDA-ROSA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
28095313, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010009310004000, ubicado
en C 14A 4W 23 LO 4 MZ 17 UR LOS TEJA de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se
encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000021884 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de CUATROCIENTOS QUINCE MIL QUINIENTOS VEINTICINCO
PESOS ($415525) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los
periodos fiscales 2011 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes QUINTERO REYES CANDIDA-ROSA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
28095313, , , , , propietarios del predio No 010009310004000, ubicado en C 14A 4W 23 LO 4 MZ 17 UR LOS
TEJA de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de CUATROCIENTOS QUINCE MIL
QUINIENTOS VEINTICINCO PESOS ($415525) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la
Resolución No 0000021884), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses
que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo
dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del
estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a C 14A 4W 23 LO 4 MZ 17 UR LOS TEJA,
para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término
fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y
566 del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 21338
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 464 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes GOMEZ LOPEZ LUIS-FRANCISCO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 91479175,
, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000011646000, ubicado en LO 2
VDA MESA DE JERIDAS de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con
el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000012304 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de CINCUENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS SETENTA Y NUEVE
PESOS ($56279) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los
periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente.
4-Por lo antes expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a
cargo de los contribuyentes GOMEZ LOPEZ LUIS-FRANCISCO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
91479175, , , , , propietarios del predio No 000000011646000, ubicado en LO 2 VDA MESA DE JERIDAS de
la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de CINCUENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS
SETENTA Y NUEVE PESOS ($56279) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No
0000012304), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen
desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo
720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario
nacional, más las costas del presente proceso.
SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante
legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LO 2 VDA MESA DE JERIDAS, para que
comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado,
notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566
del Estatuto Tributario Nacional.
TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia
para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al
artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014.
CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA
Secretaria de Hacienda
Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP
Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada
EXP: 22550
Casa de Gobierno
Carrera 7 No. 9-43
Conmutador: 6852020
www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co
SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO
EJECUCIONES FISCALES
Cód. Dependencia: 630-76-9
No. Consecutivo:
01
MANDAMIENTO DE PAGO
RESOLUCION No. 465 DE Marzo 30 de 2016
Piedecuesta, Marzo 30 de 2016
El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los
el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO
1-Que los contribuyentes CONTRERAS RODRIGUEZ EDUVIGES, , , , , con Cedula de Ciudadanía No
28294657, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010000730048000, ubicado
en C 8 13 PAR LO 2 de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el
Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios.
2-Que mediante la Resolución No 0000015898 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial
respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio,
documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014.
3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado,
sobre tasas e intereses moratorios el valor de CINCUENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y DOS
PESOS ($56952) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los
periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no h