SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MUNICIPIO DE PIEDECUESTA SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO OFICINA DE EJECUCIONES FISCALES PUBLICACION No: 04-2016 FECHA DE PUBLICACION: Octubre 5 de 2.016 RESPONSABLE: Oficina de Ejecuciones Fiscales de la Secretaria de Hacienda y del Tesoro. “NOTIFICACIÓN POR AVISO DE MANDAMIENTOS DE PAGO PROFERIDOS POR LA SECRETARÍA DE HACIENDA DEL MUNICIPIO DE PIEDECUESTA EN CONTRA DE DEUDORES DE IMPUESTO PREDIAL UNIFICADO.” “La Secretaría de Hacienda y del Tesoro del Municipio de Piedecuesta, Área de Ejecuciones Fiscales, en cumplimiento de sus funciones, hoy 5 de Octubre de 2.016, procede a notificar en la Página web de la Alcaldía de Piedecuesta de conformidad con lo establecido en el Acuerdo 022 de Diciembre 19 de 2014 en su artículo 463, el cual determina: “ Los actos administrativos enviados por correo, que por cualquier razón sean devueltos, serán notificados mediante aviso, con transcripción de la parte resolutiva del acto administrativo, en el portal web de la Entidad Territorial que incluya mecanismos de búsqueda por número identificación personal y, en todo caso en un lugar de acceso al público de la misma entidad. La notificación se entenderá surtida para efecto de los términos de la administración, en la primera fecha de introducción al correo, pero para el contribuyente, el término para responder o impugnar se contará desde el día hábil siguiente a la publicación del aviso en el portal o de la corrección de la notificación. Lo anterior no se aplicará cuando la devolución se produzca por notificación a una dirección distinta a la informada en el RUT o en los registros de la Entidad Territorial, en cuyo caso se deberán notificar a la dirección correcta dentro del término legal”. La publicación de este aviso se realizará conjuntamente en la cartelera oficial de la Oficina de Ejecuciones Fiscales, adscrita a la Secretaría de Hacienda y del Tesoro, según lo establecido en el Decreto Municipal 067 de 2014 y el Acuerdo 022 del 2014. Para lo cual esta Administración Municipal lo publica en un lugar visible y de acceso al público por el término de quince (15) días. Los Mandamientos de Pago dictados por la Secretaría de Hacienda y del Tesoro contra los deudores morosos de impuesto predial unificado, que fueron devueltas por el correo certificado se proceden a notificar mediante aviso publicado en la página web de la Alcaldía del Municipio de Piedecuesta de conformidad con lo estipulado en el Acuerdo No. 022 de Diciembre 19 de 2014 a las siguientes personas: “Ver listado”, que podrá consultar por No. de documento de identidad “C.C. – NIT”, Apellidos, dirección y/o Número predial. Cada una de las personas notificadas mediante ésta publicación cuenta con quince (15) días hábiles contados a partir del día hábil siguiente a la presente publicación, de conformidad con lo previsto en el artículo 726 del Acuerdo No. 022 de Diciembre 19 de 2014 para cancelar el monto de la deuda con sus respectivos intereses o proponer mediante escrito las excepciones contra el mandamiento de pago librado en su contra. Los Mandamientos de pago que son objeto de esta notificación, mediante aviso en la Página WEB DE LA ALCALDIA DE PIEDECUESTA, se relacionan a continuación y su parte resolutiva se encuentra trascrita en el Anexo Mandamientos de Pago; EL CUAL PODRA VER EN LA PARTE FINAL DE ESTA PUBLICACION.–VER ANEXO MANDAMIENTOS DE PAGO. Secretaria de Hacienda y del Tesoro Centro Comercial de la Cuesta Local B-10 piso 1 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO PROCESOS COBRO IMPUESTO PREDIAL UNIFICADO VIGENCIA 2009 -2013 NO 1 EXP NO PREDIAL CONTRIBUYENTE 22417 000000280018000 22579 000000040288000 22580 000000040289000 22197 000000160485000 SEQUEDA JAIMES JULIO LOPEZ COMBITA WILLIAMOCTAVIO PEREZ COMBITA JUANFRANCISCO CORREDOR RUEDA JULIANANDRES 5 21892 000000080423018 PARRA MENDOZA ANDELFO 6 22292 000000320022000 2 3 4 C.C-NIT DIRECCION RES MAND FECHA D/M/A VIGENCIA VALOR DE HASTA 5650564 EL DIVISO 194 30/03/2016 2012 2013 170 91348103 LO 2 VDA SAN JAVIER 195 30/03/2016 2012 2013 202 91349488 LOS PINOS-LOS CAYENOS LO 1 196 30/03/2016 2012 2013 460 91356548 LO 7 VDA LOS CUROS 197 30/03/2016 2012 2013 866 91343652 EL MORICHAL VDA GUATIGUARA 198 30/03/2016 2011 2013 885 EL VADO 199 30/03/2016 2013 2013 844 22198 000000040313000 RODRIGUEZ CHACON IGNACIO DELGADO HERNANDEZ MARIAVIOLETA 27940136 LO 3 VDA SAN JAVIER 200 30/03/2016 2012 2013 1032 8 22762 000000150148000 MEZA CASTELLANOS MYRIAM 63344964 LOS ARRAYANES VDA SAN FRANCISCO 201 30/03/2016 2012 2013 1250 9 21293 000000040315000 28351746 LO 5 VDA SAN JAVIER 202 30/03/2016 2011 2013 1634 21294 000000040314000 LEAL PLATA ALBA-LUCIA DELGADO HERNANDEZ MARIAVIOLETA 27940136 LO 4 VDA SAN JAVIER 203 30/03/2016 2011 2013 1634 11 21295 000000040312000 INGECAR-LIMITADA 8902076410 LO 2 VDA SAN JAVIER 204 30/03/2016 2011 2013 1634 12 21296 000000040311000 INGECAR-LIMITADA 8902076410 LO 1 VDA SAN JAVIER 205 30/03/2016 2011 2013 1634 13 21324 000000160478000 91344933 LO 2 VDA LOS CUROS 206 30/03/2016 2011 2013 1634 22729 000000130361000 63274320 LO 1 LA LOMITA VDA LAS AMARILLAS 207 30/03/2016 2013 2013 1552 7 10 22294 000000350006000 LARROTA MANTILLA ALFONSO GARCIA FUENTES ANGELAMARIA CABALLERO * LUISDEOGRACIAS-SUC EL TAMBOR 208 30/03/2016 2013 2013 1694 16 21044 010009910002000 FUNDACION-PAZ-Y-VIVIENDA 8040095481 C 1E 19 06 L 3 209 30/03/2016 2011 2011 3098 17 22775 000000180137000 1102362785 EL PORVENIR VDA SAN ISIDRO 210 30/03/2016 2013 2013 2130 22560 000000030172000 TIRADO ROJAS ANTONIO-JOSE AREVALO DURAN PABLOELIECER 91253453 VILLA DONALDO EL GUAMO 211 30/03/2016 2013 2013 2259 19 22779 000000200163000 PEREZ PAEZ LUIS-ERNESTO 88168399 VILLA SILVIA VDA SEVILLA 212 30/03/2016 2013 2013 2330 20 22212 010011840012000 FLOREZ PINZON ISMAEL 5628585 C 14B 0 51 LO 12 MZ G UR BRISAS DE 213 30/03/2016 2012 2013 2990 21 22788 000000210086000 FLOREZ VILLAMIZAR ELIAS 2139630 EL PEDREGAL VDA FALTRIQUERAS 214 30/03/2016 2012 2013 3456 22 21292 000000230032000 CAMPAMENTO K 43 215 30/03/2016 2009 2013 132 14 15 18 21911 010000220572901 LA-NACION GALEANO PENAGOS LUZSTELLA 63365184 K 5 11 28 L L-4005 C.C. ORBE 216 30/03/2016 2013 2013 3344 24 21912 010000220573901 ANGARITA ARDILA ALDIDES 13842970 K 5 11 28 L L-4006 C.C. ORBE 217 30/03/2016 2013 2013 3344 25 21914 010000220592901 63492468 K 5 11 28 L L-4025 C.C. ORBE 218 30/03/2016 2013 2013 3344 23 21916 010000220611901 MORENO RIOS CLAUDIA-ROCIO SAAVEDRA ANAYA JOSEGABRIEL 1102358151 K 5 11 28 L L-4044 C.C. ORBE 219 30/03/2016 2013 2013 3344 27 21919 010000220632901 ANGARITA ARDILA ALDIDES 13842970 K 5 11 28 L L-4065 C.C. ORBE 220 30/03/2016 2013 2013 3344 28 21968 010000220660901 ANGARITA ARDILA ALDIDES 13542970 K 5 11 28 L L-4093 C.C. ORBE 221 30/03/2016 2013 2013 3344 29 21969 010000220661901 ANGARITA ARDILA ALDIDES 13842970 K 5 11 28 L L-4094 C.C. ORBE 222 30/03/2016 2013 2013 3344 30 21971 010000220663901 13842970 K 5 11 28 L L-4096 C.C. ORBE 223 30/03/2016 2013 2013 3344 22044 010000220300901 ANGARITA ARDILA ALDIDES CARRIZOSA RUIZ MARIAESPERANZA 45620299 K 5 11 28 L L-2080 C.C. ORBE 224 30/03/2016 2013 2013 3344 32 22045 010000220299901 QUINONEZ MORENO CARMEN 63312425 K 5 11 28 L L-2079 C.C. ORBE 225 30/03/2016 2013 2013 3344 33 22048 010000220288901 ANGARITA ARDILA ALCIDES 13842970 K 5 11 28 L L-2068 C.C. ORBE 226 30/03/2016 2013 2013 3344 34 22049 010000220287901 13842970 K 5 11 28 L L-2067 C.C. ORBE 227 30/03/2016 2013 2013 3344 22053 010000220273901 1102368563 K 5 11 28 L L-2053 C.C. ORBE 228 30/03/2016 2013 2013 3344 22055 010000220270901 8902067351 K 5 11 28 L L-2050 C.C. ORBE 229 30/03/2016 2013 2013 3344 22059 010000220253901 8902067351 K 5 11 28 L L-2033 C.C. ORBE 230 30/03/2016 2013 2013 3344 26 31 22060 010000220252901 ANGARITA ARDILA ALCIDES SANCHEZ CACERES YULYTATIANA DISTRUBUCIONES-COLOMBIALIMITADA DISTRIBUCIONES-COLOMBIALIMITADA DISTRIBUCIONES-COLOMBIALIMITADA 8902067351 K 5 11 28 L L-2032 C.C. ORBE 231 30/03/2016 2013 2013 3344 39 22065 010000220243901 ANGARITA ARDILA ALCIDES 3242970 K 5 11 28 L L-2023 C.C. ORBE 232 30/03/2016 2013 2013 3344 40 22066 010000220241901 RODRIGUEZ JIMENEZ RAFAEL 6771942 K 5 11 28 L L-2021 C.C. ORBE 233 30/03/2016 2013 2013 3344 41 22067 010000220238901 ANGARITA ARDILA ALCIDES 13842970 K 5 11 28 L L-2018 C.C. ORBE 234 30/03/2016 2013 2013 3344 42 22068 010000220237901 13242970 K 5 11 28 L L-2017 C.C. ORBE 235 30/03/2016 2013 2013 3344 22131 010000220183901 1098671422 K 5 11 28 L L-1132 C.C. ORBE 236 30/03/2016 2013 2013 3744 22132 010000220184901 ANGARITA ARDILA ALCIDES GELVEZ JACOME KAROLNATHALIA GELVEZ JACOME KAROLNATHALIA 1098671422 K 5 11 28 L L-1133 C.C. ORBE 237 30/03/2016 2013 2013 3744 22133 010000220191901 37231706 K 5 11 28 L L-1140 C.C. ORBE 238 30/03/2016 2013 2013 3744 35 36 37 38 43 44 45 22134 010000220194901 VARGAS YANEZ ANA-DOLORES LAVERDE PEDRAZA HENRYHERNAN 7125946 K 5 11 28 L L-1143 C.C. ORBE 239 30/03/2016 2013 2013 3744 47 22135 010000220693901 FRANCO * OSCAR-ORLANDO 457403 K 5 11 28 L L-4126 C.C. ORBE 240 30/03/2016 2013 2013 3344 48 22138 010000220703901 13842970 K 5 11 28 L L-4136 C.C. ORBE 241 30/03/2016 2013 2013 3344 22151 010000220679901 ANGARITA ARDILA ALDIDES CAMARGO FLOREZ MARIAYORLEYTH 63352395 K 5 11 28 L L-4112 C.C. ORBE 242 30/03/2016 2013 2013 3344 50 22193 010000220452901 ANGARITA ARDILA ALDIDES 13842970 K 5 11 28 L L-3073 C.C. ORBE 243 30/03/2016 2013 2013 3344 51 22222 010000220427901 ANGARITA ARDILA ALDIDES 13842970 K 5 11 28 L L-3048 C.C. ORBE 244 30/03/2016 2013 2013 3344 52 22223 010000220428901 13842970 K 5 11 28 L L-3049 C.C. ORBE 245 30/03/2016 2013 2013 3344 22224 010000220429901 ANGARITA ARDILA ALDIDES LUNA RINCON FLORINDAMARIA 28404047 K 5 11 28 L L-3050 C.C. ORBE 246 30/03/2016 2013 2013 3344 54 22225 010000220432901 FRANCO * ORCAR-ORLANDO 457403 K 5 11 28 L L-3053 C.C. ORBE 247 30/03/2016 2013 2013 3344 55 22228 010000220461901 ANGARITA ARDILA ALDIDES 13842970 K 5 11 28 L L-3082 C.C. ORBE 248 30/03/2016 2013 2013 3344 56 22568 000000030330000 63441998 LO 6 VDA EL GUAMO 249 30/03/2016 2013 2013 3787 21053 010011840028000 AGUILAR RUEDA MAYELID ASOVIPOPULAR-ASOCIACIONDE-VIVIEN C 14B 0 03 LO 28 MZ G UR BRISAS DE 250 30/03/2016 2011 2013 4831 22291 000000320008000 BADILLO 251 30/03/2016 2012 2013 5018 21325 000000130724000 VILLA XIOMARA VDA LAS AMARILLAS 252 2011 2013 6026 46 49 53 57 58 59 PEREZ PEREZ CELEANO BALLESTEROS GARZON OSCAR 8040050468 2014958 91281801 Secretaria de Hacienda y del Tesoro Centro Comercial de la Cuesta Local B-10 piso 1 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co 30/03/2016 SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES 60 61 62 63 64 65 66 22221 000000120657000 22117 010010940004000 22331 010010950007000 22334 010010970002000 21998 000000160496000 21987 000000091041000 22539 000000011399000 22407 010009990041904 22408 010009990042904 22409 010009990043904 22410 010009990046904 22411 010009990044904 22412 010009990045904 22235 000000190391000 21993 000000091055000 Cód. Dependencia: 630-76-9 RODRIGUEZ SALAMANCA ERIKA LANCHEROS MANTILLA LUZMIREYA LEAL MENDEZ LUISALEJANDRO RONDON SANABRIA MARIAELIA 1095813764 No. Consecutivo: 01 SAN ANGEL LO 3 VDA GRANADILLO 253 30/03/2016 2012 2013 6362 37615449 C 15B 1W 10 UR EDIMAR 254 30/03/2016 2013 2013 5634 5707757 C 15D 1W 03 UR EDIMAR 256 30/03/2016 2013 2013 5634 21241912 C 15E 1W 28 UR EDIMAR 257 30/03/2016 2013 2013 5634 MARIN URREA FANNY ESPINOSA SANCHEZ RAIMUNDA 37618882 LO 5 VDA LOS CUROS 258 30/03/2016 2013 2013 6275 27934482 LO 1-1 VDA LA MESA DE RUITOQUE 259 30/03/2016 2013 2013 6370 13847046 LOS GUAYACANES VDA MESA DE JERIDAS 260 30/03/2016 2013 2013 6453 91287753 PARQ MOTO 01 ED TORRE CRISTAL 261 30/03/2016 2013 2013 6498 91287753 PARQ MOTO 02 ED TORRE CRISTAL 262 30/03/2016 2013 2013 6498 91287753 PARQ MOTO 03 ED TORRE CRISTAL 263 30/03/2016 2013 2013 6498 91287753 PARQ MOTO 06 ED TORRE CRISTAL 264 30/03/2016 2013 2013 6498 91287753 PARQ MOTO 04 ED TORRE CRISTAL 265 30/03/2016 2013 2013 6498 91287753 PARQ MOTO 05 ED TORRE CRISTAL 266 30/03/2016 2013 2013 6498 91344551 LO 2 VDA PLANADAS 267 30/03/2016 2012 2013 6210 91222687 LO 1-4 VDA MESA DE RUITOQUE 268 30/03/2016 2013 2013 7051 21990 000000091051000 ORDUZ JAIMES HORACIO PRADA RODRIGUEZ PABLOANTONIO PRADA RODRIGUEZ PABLOANTONIO PRADA RODRIGUEZ PABLOANTONIO PRADA RODRIGUEZ PABLOANTONIO PRADA RODRIGUEZ PABLOANTONIO PRADA RODRIGUEZ PABLOANTONIO VILLAMIZAR ARENAS CARLOSMIGUEL SANCHEZ ESPINOSA LUISALFONSO ESPINOSA SANCHEZ RAIMUNDA 27934482 LO 3 VDA MESA DE RUITOQUE 269 30/03/2016 2013 2013 7092 76 22329 030000390098000 MORALES * GRACIELA 27915987 LOTE VDA LA ESPERANZA 270 30/03/2016 2013 2013 7114 77 21910 010000220571901 ANGARITA ARDILA ALDIDES 13842970 K 5 11 28 L L-4004 C.C. ORBE 271 30/03/2016 2012 2013 6599 78 21915 010000220594901 ANGARITA ARDILA ALDIDES 13842970 K 5 11 28 L L-4027 C.C. ORBE 272 30/03/2016 2012 2013 6599 79 21917 010000220612901 ANGARITA ARDILA ALDIDES 13842970 K 5 11 28 L L-4045 C.C. ORBE 273 30/03/2016 2012 2013 6599 80 21920 010000220640901 ANGARITA ARDILA ALDIDES 13842970 K 5 11 28 L L-4073 C.C. ORBE 274 30/03/2016 2012 2013 6599 81 21922 010000220643901 13842970 K 5 11 28 L L-4076 C.C. ORBE 275 30/03/2016 2012 2013 6599 21924 010000220648901 ANGARITA ARDILA ALDIDES ARIAS BONILLA FREDYANDRES 5774269 K 5 11 28 L L-4081 C.C. ORBE 276 30/03/2016 2012 2013 6599 83 21964 010000220652901 ANGARITA ARDILA ALDIDES 13842970 K 5 11 28 L L-4085 C.C. ORBE 277 30/03/2016 2012 2013 6599 84 21965 010000220653901 ANGARITA ARDILA ALDIDES 13842970 K 5 11 28 L L-4086 C.C. ORBE 278 30/03/2016 2012 2013 6599 85 21966 010000220654901 ANGARITA ARDILA ALDIDES 13842970 K 5 11 28 L L-4087 C.C. ORBE 279 30/03/2016 2012 2013 6599 86 21967 010000220655901 BANDERA GARCIA ALCIRA 28403921 K 5 11 28 L L-4088 C.C. ORBE 280 30/03/2016 2012 2013 6599 87 21970 010000220662901 ANGARITA ARDILA ALDIDES 13842970 K 5 11 28 L L-4095 C.C. ORBE 281 30/03/2016 2012 2013 6599 88 21974 010000220669901 JAIMES PENA EVER-FABIAN 13862721 K 5 11 28 L L-4102 C.C. ORBE 282 30/03/2016 2012 2013 6599 89 21976 010000220674901 ANGARITA ARDILA ALDIDES 13842970 K 5 11 28 L L-4107 C.C. ORBE 283 30/03/2016 2012 2013 6599 90 21977 010000220675901 13842970 K 5 11 28 L L-4108 C.C. ORBE 284 30/03/2016 2012 2013 6599 21978 010000220676901 63352395 K 5 11 28 L L-4109 C.C. ORBE 285 30/03/2016 2012 2013 6599 21979 010000220677901 63352395 K 5 11 28 L L-4110 C.C. ORBE 286 30/03/2016 2012 2013 6599 21980 010000220678901 63352395 K 5 11 28 L L-4111 C.C. ORBE 287 30/03/2016 2012 2013 6599 67 68 69 70 71 72 73 74 75 82 22040 010000220308901 ANGARITA ARDILA ALDIDES CAMARGO FLOREZ MARIAYORLEYTH CAMARGO FLOREZ MARIAYORLEYTH CAMARGO FLOREZ MARIAYORLEYTH ADARME MAYORGA LUISFERNANDO 91202868 K 5 11 28 L L-2088 C.C. ORBE 288 30/03/2016 2012 2013 6599 95 22046 010000220294901 RIBERO TOBON HERIBERTO 13805633 K 5 11 28 L L-2074 C.C. ORBE 289 30/03/2016 2012 2013 6599 96 22047 010000220290901 13842970 K 5 11 28 L L-2070 C.C. ORBE 290 30/03/2016 2012 2013 6599 22054 010000220272901 ANGARITA ARDILA ALCIDES CAMARGO FLOREZ MARIAYORLEYTH 63352395 K 5 11 28 L L-2052 C.C. ORBE 291 30/03/2016 2012 2013 6599 98 22057 010000220267901 MORENO RIOS CLAUDIA-ROCIO 63492468 K 5 11 28 L L-2047 C.C. ORBE 292 30/03/2016 2012 2013 6599 99 22058 010000220266901 ANGARITA ARDILA ALCIDES 13542970 K 5 11 28 L L-2046 C.C. ORBE 293 30/03/2016 2012 2013 6599 100 22062 010000220246901 MORENO RIOS CLAUDIA-ROCIO 63492468 K 5 11 28 L L-2026 C.C. ORBE 294 30/03/2016 2012 2013 6599 101 22063 010000220245901 MORENO RIOS CLAUDIA-ROCIO 36492468 K 5 11 28 L L-2025 C.C. ORBE 295 30/03/2016 2012 2013 6599 102 22064 010000220244901 ANGARITA ARDILA ALCIDES 13842970 K 5 11 28 L L-2024 C.C. ORBE 296 30/03/2016 2012 2013 6599 103 22070 010000220221901 ANGARITA ARDILA ALCIDES 13842970 K 5 11 28 L L-2001 C.C. ORBE 297 30/03/2016 2012 2013 6599 104 22072 010000220216901 PARRA RINCON HERNANDO 9129226 K 5 11 28 L L-1165 C.C. ORBE 298 30/03/2016 2012 2013 6599 105 22073 010000220215901 PARRA RINCON HERNANDO 9129226 K 5 11 28 L L-1164 C.C. ORBE 299 30/03/2016 2012 2013 6599 106 22074 010000220214901 ANGARITA ARDILA ALCIDES 13842970 K 5 11 28 L L-1163 C.C. ORBE 300 30/03/2016 2012 2013 6599 107 22076 010000220213901 ANGARITA ARDILA ALCIDES 13842970 K 5 11 28 L L-1162 C.C. ORBE 301 30/03/2016 2012 2013 6599 108 22077 010000220212901 ANGARITA ARDILA ALCIDES 13842970 K 5 11 28 L L-1161 C.C. ORBE 302 30/03/2016 2012 2013 6599 109 22078 010000220211901 ANGARITA ARDILA ALCIDES 13842970 K 5 11 28 L L-1160 C.C. ORBE 303 30/03/2016 2012 2013 6599 110 22130 010000220181901 ANGARITA ARDILA ALCIDES 13842970 K 5 11 28 L L-1130 C.C. ORBE 304 30/03/2016 2013 2013 8399 111 22137 010000220701901 ANGARITA ARDILA ALDIDES 13842970 K 5 11 28 L L-4134 C.C. ORBE 305 30/03/2016 2012 2013 6599 112 22152 010000220673901 ANGARITA ARDILA ALDIDES 13842970 K 5 11 28 L L-4106 C.C. ORBE 306 30/03/2016 2012 2013 6599 113 22191 010000220492901 ALVAREZ BLANCO GUSTAVO 91227111 K 5 11 28 L L-3113 C.C. ORBE 307 30/03/2016 2012 2013 6599 114 22192 010000220485901 13842970 K 5 11 28 L L-3106 C.C. ORBE 308 30/03/2016 2012 2013 6599 22194 010000220420901 91260657 K 5 11 28 L L-3041 C.C. ORBE 309 30/03/2016 2012 2013 6599 91 92 93 94 97 22226 010000220435901 ANGARITA ARDILA ALDIDES CARLIER TORRES JULIANOGERARDO AMAYA PEDROZA DIANAMIREYA 63551678 K 5 11 28 L L-3056 C.C. ORBE 310 30/03/2016 2012 2013 6599 117 22229 010000220464901 ANGARITA ARDILA ALDIDES 13842970 K 5 11 28 L L-3085 C.C. ORBE 311 30/03/2016 2012 2013 6599 118 22230 010000220488901 ANGARITA ARDILA ALDIDES 1342970 K 5 11 28 L L-3109 C.C. ORBE 312 30/03/2016 2012 2013 6599 119 22231 010000220489901 ANGARITA ARDILA ALDIDES 13842970 K 5 11 28 L L-3110 C.C. ORBE 313 30/03/2016 2012 2013 6599 120 22232 010000220491901 ALVAREZ BLANCO GUSTAVO 91227111 K 5 11 28 L L-3112 C.C. ORBE 314 30/03/2016 2012 2013 6599 121 22233 010000220493901 26343 K 5 11 28 L L-3114 C.C. ORBE 315 30/03/2016 2012 2013 6599 122 21991 000000091053000 ALVAREZ BLANCO GUSTAVO ESPINOSA SANCHEZ RAIMUNDA 27934482 LO 1-2 VDA MESA DE RUITOQUE 316 30/03/2016 2013 2013 7817 123 21709 000000130378000 BARRAGAN JAIMES NUBIA 63443487 EL DIVISO VDA LAS AMARILLAS 318 30/03/2016 2011 2013 10430 115 116 Secretaria de Hacienda y del Tesoro Centro Comercial de la Cuesta Local B-10 piso 1 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 124 125 21992 000000091054000 ESPINOSA SANCHEZ RAIMUNDA 27934482 LO 1-3 VDA MESA DE RUITOQUE 319 30/03/2016 2013 2013 8426 21999 000000180167000 ROJAS ROJAS SATURNINA 28289126 COCORA VDA SAN ISIDRO 320 30/03/2016 2013 2013 8440 126 22242 000000190398000 91343426 LO 1 VDA PLANADAS 321 30/03/2016 2012 2013 8068 127 22035 010011270014000 SANDOVAL JAIMES EVELIO PEDRO-C-GOMEZCONSTRUCTORA-&-CIA- 323 30/03/2016 2011 2013 128 21906 000000140323000 QUINTERO JAIMES PEDRO 91351108 EL TACHUELO LO 5 VDA LOS LLANITOS 324 30/03/2016 2012 2013 129 22768 000000150329000 HIGUERA BARRIOS JEFFERSON 13740314 EL CHEVECHE VDA SAN FRANCISCO 325 30/03/2016 2013 2013 9721 130 21882 000000120532000 RAMIREZ YANEZ JOSE-RAUL 91277936 YERBABUENA VDA GRANADILLO 326 30/03/2016 2011 2013 12403 131 21371 010000220171901 ANGARITA ARDILA ALCIDES 13842970 K 5 11 28 L L-1120 C.C. 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ORBE 352 30/03/2016 2011 2013 20985 157 21369 010000220154901 MANTILLA ARIZA YANETH 63309431 K 5 11 28 L L-1103 C.C. ORBE 353 30/03/2016 2011 2013 20985 158 21370 010000220153901 ANGARITA ARDILA ALCIDES 13842970 K 5 11 28 L L-1102 C.C. ORBE 354 30/03/2016 2011 2013 20985 159 21372 010000220170901 ANGARITA ARDILA ALCIDES 13842970 K 5 11 28 L L-1119 C.C. ORBE 355 30/03/2016 2011 2013 20985 160 21375 010000220167901 13842970 K 5 11 28 L L-1116 C.C. 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TORRES DE SA 364 30/03/2016 2013 2013 20183 21329 000000190377000 91341966 LO SEIS VDA PLANADAS 365 30/03/2016 2011 2013 25849 22737 000000140131000 13809480 EL PORVENIR VDA LOS LLANITOS 366 30/03/2016 2013 2013 20920 22726 000000130171000 FLOREZ ARENAS PEDRO-LEON ACEVEDO MANTILLA LUISARTURO MORALES CONTRERAS HUMBERTO 91341360 LAS ACACIAS VDA LAS AMARILLAS 367 30/03/2016 2012 2013 23944 22327 050000030001003 CASA 03 BR VILLA REAL CHICAMOCHA 368 30/03/2016 2013 2013 22100 22209 030000400148000 144 147 151 152 153 154 155 161 162 163 168 169 170 171 172 27959679 8300641161 22301 030000400148000 RIANO * HILDA CRISTANCHO MENDEZ JOSEVICENTE CRISTANCHO MENDEZ JOSEVICENTE 13894403 LOTE 9 370 30/03/2016 2013 2013 22271 175 22202 000000190383000 FLOREZ MORENO JORGE 2141336 VILLA LUZ VDA PLANADAS 371 30/03/2016 2013 2013 22282 176 22264 000000170049000 CASTELLANOS JAIMES EFRAIN 2198414 EL SITIO 372 30/03/2016 2012 2013 25254 177 22071 010000220218901 13842970 K 5 11 28 L L-1167 C.C. 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Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 22187 010001300044903 K 5 3 53 PARQ 7 ED TORRE DE SAN FE 383 30/03/2016 2013 2013 24981 010009990040904 RANGEL PARRA GLADYS PRADA RODRIGUEZ PABLOANTONIO 63440568 22406 91287753 PARQ AUTO 03 ED TORRE CRISTAL 384 30/03/2016 2013 2013 25049 188 22562 000000030208000 PRADA OROZCO JUAN-JOSE 91249699 VILLA DANY VDA EL GUAMO 385 30/03/2016 2012 2013 28698 189 22278 010009080013000 8001223562 C 23D 1 PAR UR LOS CISNES 386 30/03/2016 2013 2013 25665 21884 000000120505000 28297929 LO 16 VDA GRANADILLO 387 30/03/2016 2011 2013 33219 22204 030000360222000 2095028 LOTE PARC LA ESPERANZA 388 30/03/2016 2013 2013 26671 22794 010002180024901 13253361 K 17A 6 19 CS 201 UR CABECERA DEL 389 30/03/2016 2010 2013 346117 22263 000000180013000 2137879 SAN JORGE 390 30/03/2016 2012 2013 30636 21994 000000091056000 ASOCIACION-LOS-CISNES BOHORQUEZ MARTINEZ BEATRIZ QUINONES DELGADO ANTONIO-MARIA MENDEZ DELGADO JOSEDANIEL RODRIGUEZ JEREZ LUISALFREDO ESPINOSA SANCHEZ RAIMUNDA 27934482 LO 1-5 VDA MESA DE RUITOQUE 391 30/03/2016 2013 2013 27791 21056 000000120658000 91344017 LOS NARANJOS LO 1 VDA GRANADILLO 392 30/03/2016 2011 2013 35994 22207 030000400146000 13894403 LOTE 7 393 30/03/2016 2013 2013 28688 22303 030000400146000 SUAREZ * LUIS-ALBERTO CRISTANCHO MENDEZ JOSEVICENTE CRISTANCHO MENDEZ JOSEVICENTE 13894403 LOTE 7 394 30/03/2016 2013 2013 28688 198 21030 000000320006000 PEREZ BONILLA JUAN-SUC NULL 395 30/03/2016 2009 2013 13126 199 22144 010000220721901 MANTILLA ARIZA YANETH 63309431 K 5 11 28 L L-4154 C.C. ORBE 396 30/03/2016 2012 2013 26502 200 22142 010000220718901 MANTILLA ARIZA JANETH 63309431 K 5 11 28 L L-4151 C.C. ORBE 397 30/03/2016 2013 2013 26898 201 22759 000000150073000 MALDONADO * LORENZO-SUC SAN FRANCISCO VDA SAN FRANCISCO 398 30/03/2016 2013 2013 30664 202 22741 000000140161000 63299002 LA ESPERANZA VDA LOS LLANITOS 399 30/03/2016 2012 2013 34934 21300 000000050162000 63443291 LO 3 VDA PAJONAL 400 30/03/2016 2011 2013 39288 22404 010009990002904 MORA * DILIA JURADO CARVAJAL ESPERANZA PRADA RODRIGUEZ PABLOANTONIO 91287753 PARQ AUTO 01 ED TORRE CRISTAL 401 30/03/2016 2013 2013 255202 22547 000000011608000 2154999 LO B VDA MES DE JERIDAS 402 30/03/2016 2013 2013 31739 187 190 191 192 193 194 195 196 197 203 204 205 21937 030000400143000 REYES * SAMUEL CRISTANCHO MENDEZ JOSEVICENTE 13894430 LOTE 4 403 30/03/2016 2013 2013 31849 207 22248 000000190404000 JAIMEZ ARANDA VICTOR 91348549 EL NARANJITO LO 2 VDA PLANADAS 404 30/03/2016 2012 2013 28108 208 21250 000000050148000 91341189 LO 3 VDA PAJONAL 405 30/03/2016 2009 2013 44365 22284 010010020018000 LO 18 MZ J UR PALERMO I 406 30/03/2016 2013 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MENDEZ JOSEVICENTE CRISTANCHO MENDEZ JOSEVICENTE 13894403 LOTE 11 442 30/03/2016 2013 2013 44465 22764 000000150210000 MEZA CASTELLANOS MYRIAM 63344964 GUAYABALES VDA SAN FRANCISCO 443 30/03/2016 2012 2013 50632 238 239 244 245 246 63557011 Secretaria de Hacienda y del Tesoro Centro Comercial de la Cuesta Local B-10 piso 1 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co 30/03/2016 2013 2013 47990 42595 SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. 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TORRES DE S 495 30/03/2016 2011 2013 92906 BECERRA VILLAMIZAR HECTOR SANDOVAL JAIMES CARLOSARTURO 91353601 EL PORVENIR VDA FALTRIQUERAS 496 30/03/2016 2012 2013 84232 91350041 LO 7 VDA PLANADAS 497 30/03/2016 2012 2013 65640 63287376 C 23B 1W 53 LO 1 CS 1 MZ A UR PORT 498 30/03/2016 2012 2013 89189 22592 000000060409000 QUINTERO MARIN ESPERANZA MILLAN CONTRERAS ELIZABETH 63344566 C 24 1W 69 MZ F LO 73 PORTAL DEL V 499 30/03/2016 2012 2013 89189 300 22505 010002070015901 RODRIGUEZ JEREZ JAIME 13840642 K 18B 9 42 CS 101 BR CABECERA DEL 500 30/03/2016 2013 2013 80602 301 22341 010009100012000 MACIAS * MARIA-LUPERCIA 23156719 C 24A 1 38 LO 8 MZ 3 UR LOS CISNES 501 30/03/2016 2012 2013 93355 302 21333 010002740026000 CEBALLOS MONCADA ELIDER 60300179 K 15D PEAT 6A 01 UR CABECERA II ET 502 30/03/2016 2011 2013 628373 303 22800 010002740026000 K 15D PEAT 6A 01 UR CABECERA II ET 503 2013 620973 22463 000000020060000 LO 16 VDA EL VOLADORDOR 504 22783 000000210025000 91341143 EL ROBLE VDA FALTRIQUERAS 505 30/03/2016 2012 2013 22470 010005000016000 CEBALLOS MONCADA ELIDER PAEZ SERRANO JUAN-DEJESUS SANDOVAL FLOREZ PROSPERO CARRILLO MORALES ESPERANZA 60300179 304 63441139 K 5 3 48 UR LA TACHUELA 506 30/03/2016 2013 2013 83403 21352 010009570005000 PATINO FORERO ELIZABETH LOTE BR BARROBLANCO 507 30/03/2016 2011 2013 106187 299 305 306 307 91346282 Secretaria de Hacienda y del Tesoro Centro Comercial de la Cuesta Local B-10 piso 1 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co 30/03/2016 30/03/2016 2011 2013 2013 83167 188776 SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 308 22217 000000011736000 BARAJAS GARCIA AMINTA 28297958 LO 1 VDA MESA DE JERIDAS 508 30/03/2016 2012 2013 95462 309 21275 030000390034000 TENJO MORALES VILMA 63307453 LT PARCELACIONES LA ESPERANZA 509 30/03/2016 2009 2013 128500 310 21021 030000390146000 5773863 LT 12 SECT 1 PARC LA ESPERANZA 510 30/03/2016 2010 2013 118124 22769 000000180011000 MENDOZA PABON CRISTIAN BERMUDEZ RIVERA FREDDYALEXANDER 22025 030000220012000 311 312 91518653 EL CUCUBAL VDA SAN ISIDRO 511 30/03/2016 2013 2013 85084 5555405 MZ 1B LT 1P PARC. 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ORTIZ JAIROANDRES MONTANEZ * MIGUELSANTIAGO CALDERON ARAQUE ISMAELENRIQUE CARRERO CARRERO ESPERANZA RAMIREZ HERNANDEZ WILSONJAVIER 13718651 T 2A 1W 16 MZ D CS 4 UR PORTAL DEL 530 30/03/2016 2012 2013 224546 331 22215 010011720016000 CORREDOR CORZO ADRIANA 37754404 T 2B 1W 07 MZ D CS 19 UR PORTAL DE 531 30/03/2016 2013 2013 100664 332 22376 000000010140000 ROA REYES LUIS-ANTONIO 5704358 LA GUADUA 532 30/03/2016 2012 2013 113950 333 22258 000000180087000 2140507 EL CURO 533 30/03/2016 2012 2013 114320 22245 000000190400000 LO 3 VDA PLANADAS 535 30/03/2016 2012 2013 90008 21020 030000390163000 ROJAS LANDAZABAL SAUL SANDOVAL JAIMES ROSAAMELIA USCATEGUI GONZALEZ LUZMARINA 37836621 LO 29 SECT 2 PARC LA ESPERANZA 536 30/03/2016 2009 2013 156992 336 22680 010009390006000 ORTEGA VEGA ELSA 63441247 C 15B 4W 30 LO 6 MZ 7 UR LOS TEJAD 538 30/03/2016 2013 2013 104711 337 22681 010009390012000 DURAN * ZAIDA 63359122 C 16 4W 11 LO 12 MZ 7 UR LOS TEJAD 539 30/03/2016 2013 2013 104711 338 22683 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28 BR EL REFUGIO 560 30/03/2016 2013 2013 238832 LOS OLIVOS VDA MESA DE JERIDAS 561 30/03/2016 2013 2013 120312 LA PALMA 562 30/03/2016 2013 2013 120271 347 350 351 21055 030000380206000 FONSECA ROJAS LUZ-MARINA MALDONADO MEDINA MARIAELIVER PROMOTORA-FONTANARLIMITADA 354 22782 000000210037000 PATINO GUIO CESAR-CES 355 21849 010009500007000 22337 010009480013000 HERRERA PEREIRA LINA-MARIA SANCHEZ CUBILLOS LILIAAMPARO 22474 010003440004000 21989 000000011771000 22271 000000190018000 352 353 356 357 358 359 360 2137650 21977 63513580 ORDUZ LUNA JAIRO ALVARADO MALDONADO GABINO JAIMES RODRIGUEZ EVARISTOSUC SECRETARIA-DE-SALUD-DESANTANDER 21756 000000090142000 361 22087 000000130881000 362 22088 000000130875000 363 22089 000000130856000 DUARTE VECINO CLAUDIABIBIANA 364 365 22090 22706 000000130846000 010008540001000 MUNOZ MATEUS ELIZABETH QUESADA GUEVARA LETICIA 366 21326 000000220104000 CALVO CLARO LUZ-MARINA CABALLERO CASTELLANOS PASTORA LT 262 LAS COLINAS 563 30/03/2016 2009 2013 120226 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ORBE 571 30/03/2016 2012 2013 112681 369 21317 000000100213000 CONTRERAS MARTINEZ ISAIAS 91346560 BUENOS AIRES VDA MENSULI 572 30/03/2016 2011 2009 164096 367 Secretaria de Hacienda y del Tesoro Centro Comercial de la Cuesta Local B-10 piso 1 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 22418 010009540002000 21309 000000120200000 LIZCANO FLOREZ YESSICAFERNANDA CAPACHO VELANDIA PEDROFRANCISCO 372 21273 030000390048000 373 21954 000000070506000 22767 000000150295000 22922 010001560012000 370 371 LO 12 MZ D UR PALERMO II 573 30/03/2016 2013 2013 130388 MONTERREY VDA EL GRANADILLO 574 30/03/2016 2011 2013 165100 CRISTANCHO RAMOS MAXIMO 14444195 LT PARCELACIONES LA ESPERANZA 575 30/03/2016 2009 2013 128500 91238449 LO VDA BARROBLANCO 576 30/03/2016 2013 2013 133073 63280045 LO 84 IV ET PARC EL PARAMITO VDA S 577 30/03/2016 2012 2013 152240 91344095 C 16 6 20 578 30/03/2016 2012 2013 153564 13905942 K 16 13 41 CS 111 MZ D ET 1 MOLINO 579 30/03/2016 2013 2013 136754 680159 LT PARC LA ESPERANZA 580 30/03/2016 2009 2013 128500 C 16 6 10 581 30/03/2016 2012 2013 158038 K 17 13 89 CS 663 MZ R PORTAL DEL 582 30/03/2016 2012 2013 243229 LOTE 2 PARC LA ESPERANZA 583 30/03/2016 2011 2013 177636 C 3 9 28 584 30/03/2016 2012 2013 629623 22886 000000130529000 377 21019 030000400091000 RIOS RIVERA LUCAS-JOSE 378 22521 010001560013000 GOMEZ LEON LORENZO 379 22081 000000131138000 CARVAJAL MEJIA LEIDY-NATALI 380 21271 030000390245000 BECERRA MARTINEZ ERLADIZ 381 22515 010008530009000 374 375 376 01 91341070 BLANCO MEJIA HUGO HERNANDEZ CUELLO MARCELA-CECILIA GOMEZ LEON CARLOSARTURO REYES HERNANDEZ JULIOERNESTO 1090419139 No. Consecutivo: 1098611227 63449413 21015 030000100018000 ESPARZA JAIMES CELMIRA SOCIEDAD-PROVIVIENDAPOPULAR-DE-S LO 9 PARCELACIONES LA ESPERANZA 585 30/03/2016 2009 2013 215527 383 22267 010006860014000 VILLAMIZAR * OTONIEL 5563625 PEAT CS 7 MZ G UR CHACARITA 586 30/03/2016 2011 2013 1075278 384 22554 000000020329000 PEREZ FONSECA BLANCA-INES 63280703 LOTE 3 MZ B VDA EL VOLADOR 587 30/03/2016 2012 2013 162332 385 22786 000000210059000 VILLAMIZAR SANDOVAL ELVIRA 28289529 EL TOPACIO VDA FALTRIQUERAS 588 30/03/2016 2013 2013 143816 386 21751 000000090074000 VALBUENA * ISABEL 27936824 LT 109 MZ 38 VDA MESA DE RUITOQUE 589 30/03/2016 2009 2013 120226 387 22347 010001720017000 28296077 K 9A 3 33 590 30/03/2016 2013 2013 144931 22307 010002050009901 63475154 K 17B 9 18 CS 101 BR CABECERA DEL 591 30/03/2016 2013 2013 146240 TANQUE DE AGUA EL CAFETO VDA RUITO 592 30/03/2016 2011 2013 573479 EL PARAISO VDA MESA DE JERIDAS 593 30/03/2016 2012 2012 187095 30/03/2016 2011 2013 514402 382 21017 060000120042000 GALVAN CACERES CELINA ANAYA VILLABONA MARIAOLIVA MUNICIPIO-DEFLORIDABLANCA 390 22540 000000011405000 CAMPOS JEREZ CRUZ-DELINA 391 21245 010008910019000 22494 010008910029000 22381 010002880010000 21931 010007820003000 22239 000000190395000 22004 010002090021901 388 389 392 393 394 395 396 INVERSIONES-LA-PENINSULALTDA PEREZ CASTANEDA LUISENRIQUE SUAREZ SUAREZ PEDROVICENTE GARCIA HERNANDEZ JORGEELIECER SANDOVAL JAIMES CARLOSARTURO 8902051768 28465716 8001495666 T VILLA CONCHA 5 02 CS 185 MZ N UR 594 79540664 T VILLA CONCHA 5 62 CS 195 MZ N UR 595 30/03/2016 2013 2013 147786 5671967 K 15C PEAT 8 32 II ET UR CABECERA 596 30/03/2016 2012 2013 169755 91344155 C 13 1 24 UR BELLAVISTA 597 30/03/2016 2013 2013 150310 91350041 LO 6 VDA PLANADAS 598 30/03/2016 2012 2013 132946 13283273 K 18 8 17 CS 101 BR CABECERA DEL L 599 30/03/2016 2012 2013 337500 21823 010009220002000 ANAYA * RAMIRO GOMEZ VESGA MARIACELMIRA 27560679 K 5B 19 06 MZ L LO 2 CS 2 UR PASEO 600 30/03/2016 2009 2013 630664 398 22677 010009220024000 PROYECTOS-MARVAL-LTDA 8040007881 K 5A 19 83 CS 24 MZ L LO 24 UR PAS 601 30/03/2016 2013 2013 151294 399 21360 000000230107000 27909675 BUENAVISTA 602 30/03/2016 2011 2013 191784 22536 000000011278000 VELANDIA * ROSA-FLORIPES SANTAMARIA RIVERA GUILLERMO 5706341 LOTE VDA MESA DE JERIDAS 604 30/03/2016 2013 2013 152957 401 21280 010007520004000 SOCIEDAD-MARVAL-S-A LO DE CESION 3 ZONA VERDE UR SAN F 606 30/03/2016 2009 2013 202522 402 22727 000000130217000 RODRIGUEZ VARGAS MARTHA 60354121 LA PRIMAVERA VDA LAS AMARILLAS 607 30/03/2016 2012 2013 178188 403 22196 010001160079000 MANTILLA OCHOA ESTHER 28296594 C 5 3 IMP 608 30/03/2016 2012 2013 178666 404 21815 010010680005001 5676601 K 3 MZ B CS 5 609 30/03/2016 2010 2013 480451 22465 010007710003901 PEREZ QUEZADA LUCIANO RIVERA VILLAMIZAR ANADOLORES 37828521 K 3B PEAT 6AN 42 AP 101 EL DIVINO 611 30/03/2016 2012 2013 360429 406 21949 010008900004000 BARBOSA TAMAYO RUVIELA 63491645 C 1B 5 73 CS 138 UR VILLAS DE NAVA 612 30/03/2016 2013 2013 161438 407 22697 010008900004000 63491645 C 1B 5 73 CS 138 UR VILLAS DE NAVA 613 30/03/2016 2013 2013 161438 397 400 405 8902056450 21946 010002040031901 BARBOSA TAMAYO RUVIELA SANCHEZ ROMANO DORACECILIA 37310693 K 17 9 31 CS 102 BR CABECERA DEL L 614 30/03/2016 2013 2013 161769 409 22507 010002050024901 JAIMES CABALLERO LEONILDE 37617468 C 10 17A 07 CS 202 BR CABECERA DEL 615 30/03/2016 2013 2013 161769 410 22143 010000220720901 13842970 K 5 11 28 L L-4153 C.C. ORBE 617 30/03/2016 2012 2013 145782 22402 010007850014000 ANGARITA ARDILA ALDIDES GUTIERREZ GONZALEZ SALVADOR 5703846 C 12A 1 43 UR BELLAVISTA 618 30/03/2016 2013 2013 165580 412 22606 010009690001026 TARAZONA FLOREZ MARLENE CS 183 MZ N UR VILLAS DE SAN JUAN 620 30/03/2016 2010 2013 224932 413 22182 010002120002901 2019146 K 17A 7A 05 CS 201 BR CABECERA DEL 622 30/03/2016 2013 2013 167237 408 411 22924 010003750005000 LEON PRIETO GILBERTO SANCHEZ HURTADO CESARAUGUSTO 91343750 C 1 0W 58 UR EL REFUGIO 623 30/03/2016 2013 2013 169378 415 22031 030000150007000 COTE DELGADO OMAIRA 53441817 MZ 3 LT 11 PARC LA ESPERANZA 624 30/03/2016 2009 2013 214429 416 22363 010000170017000 CASTRO LOZANO HIPOLITO 2127173 C 13 4 71 625 30/03/2016 2013 2013 170103 417 21846 010008560003000 2210892 C 6 19 27 626 30/03/2016 2009 2009 354546 21717 010002690016000 13809654 K 15B PEAT 6 39 ET 2UR CABECERA DE 627 30/03/2016 2011 2013 628373 22799 010002690016000 PELAEZ BEDOYA JORGE-LUIS CASTELLANOS GONZALEZ FELIPE CASTELLANOS GONZALEZ FELIPE 13809654 K 15B PEAT 6 39 ET 2UR CABECERA DE 628 30/03/2016 2011 2013 622273 21323 000000140319000 2036425 EL BALCONCITO VDA LOS LLANITOS 629 30/03/2016 2011 2013 216832 21026 030000300006000 CARRENO RUEDA TIMOLEON PARCELACIONES-LAESPERANZA-LTDA MZ 10B LT 8 630 30/03/2016 2009 2013 214429 21331 000000190372000 2198685 LO DOS VDA PLANADAS 631 30/03/2016 2011 2013 219143 22388 000000010844000 ROJAS VALENCIA RAMIRO GOMEZ MOGOLLON GERMANRAMON 91203497 LO 28 CONJ RES CAMPO CAMPINA 632 30/03/2016 2013 2013 173971 424 22609 010000210042000 PALACIO RUEDA ANA-FELISA 28280936 K 3 11 IMP 633 30/03/2016 2011 2013 225297 425 22023 030000250002000 FLOREZ BLANCO RUDY 42497031 LO 12 13 MZ 1A PARCELACIONES LA ES 634 30/03/2016 2011 2013 220985 426 22859 010008610013000 91202706 K 2A 7BN 22 UR BRISAS DE GUATIGUAR 635 30/03/2016 2012 2012 224279 22700 010008820042000 GOMEZ ACEVEDO SAMUEL CONARING-LTDACONSULTORES-CONSTRU 8902067407 K 3A 1NB 04 LO 32 UR BOSQUES DE AR 636 30/03/2016 2012 2013 200247 428 22462 010011950024000 ARIZA * ANAIR-MARIA 23782236 K 3 22 21 MZ 17 LO 1724 CS 1724 UR 637 30/03/2016 2013 2013 177168 429 21928 010007390012902 37541166 K 1C 11A 46 P 1 638 30/03/2016 2012 2013 157166 13743982 C 1A BIS 6 60 CS 619 UR VILLAS DE 639 30/03/2016 2013 2013 180064 37797109 C 14A 4W 05 LO 7 MZ 17 UR LOS TEJA 640 30/03/2016 2012 2013 203767 K 3A 1NB 14 LO 30 UR BOSQUES DE AR 641 30/03/2016 2012 2013 203833 414 418 419 420 421 422 423 427 22289 010010280010000 DULCEY MENESES SANDRA SANCHEZ MARTINEZ RICARDOAUGUSTO 431 22675 010009310007000 GARCES LUNA ZORAIDA 432 22701 010008820040000 CONARING-LTDA- 430 8902067407 Secretaria de Hacienda y del Tesoro Centro Comercial de la Cuesta Local B-10 piso 1 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 CONSULTORES-CONSTRU 433 22439 010002430027901 DURAN * MARTHA-VERONICA 63317273 C 3A 16 41 CS 101 II ET UR SAN CRI 642 30/03/2016 2013 2013 180307 434 22850 010001120036901 91343009 C 5 12 46 AP 2 ED PRADA CARRILLO 643 30/03/2016 2012 2013 415010 22297 010000050013000 C 16 4 13 644 30/03/2016 2012 2013 204481 21995 000000100626000 22171 010003340018000 22174 010002440011901 DIAZ GOMEZ RUFINO GOMEZ RODRIGUEZ FREDYJOSE LA-NACION-FONDO-VIALNACIONAL MUNOZ SERRANO MARIANELLY VILLAR ROMERO ALIDAVIRGINIA 21845 010009640010001 22624 010002430024901 21014 010002590012000 22702 010008820012000 PICO GUTIERREZ PEDRO-ELIAS JAIMES BAUTISTA LUZADRIANA MARVAL-S-A-MARIN-VALENCIAS-A OVALLE SANCHEZ MARIACECILIA 22448 010004570010000 22601 010011960014000 21289 000000370009000 435 436 437 438 439 440 441 442 443 444 445 LO DE TERRENO VDA MANSULI 645 30/03/2016 2013 2013 182331 63287967 K 3C 3AN 21 EL REFUGIO 646 30/03/2016 2013 2013 182217 63326316 C 3A 16 42 CS 101 II ET UR SAN CRI 648 30/03/2016 2012 2013 232207 91152321 K 3 MZ A CS 9 649 30/03/2016 2010 2013 247776 37540622 C 3A 16 55 CS 201 II ET UR SAN CRI 650 30/03/2016 2011 2013 538562 890205645 LO Z-2 BR SAN CARLOS 651 30/03/2016 2009 2013 168109 63346171 K 3 1NB 39 UR BOSQUES DE ARANJUEZ 652 30/03/2016 2013 2013 184819 RAMIREZ SUAREZ EMERITA RODRIGUEZ ORTIZ ANAMILENA 28241081 D 4E 1GN 15 UR CIUDADELA ARGENTINA 653 30/03/2016 2012 2013 825582 37544199 K 3B 22 56 MZ 18 LO 1814 CS 1814 U 654 30/03/2016 2011 2013 684547 2191690 LUCENCIO LLANO DE TABAC 655 30/03/2016 2009 2013 112970 22431 010003600008000 CARRENO RUEDA BENJAMIN RINCON RIVERA MARIA-DELCARMEN 37808028 C 4AN 1W 16 UR EL REFUGIO 656 30/03/2016 2013 2013 185945 447 22911 010002300012901 MANTILLA LEIVA LUIS-MANUEL 91239507 C 1C PEAT 8A 42 CS 201 I ET BR LA 657 30/03/2016 2012 2013 420465 448 21244 010002080041901 MEDINA URIBE ELSA 63274201 K 18A 7B 31 CS 102 BR CABECERA DEL 658 30/03/2016 2011 2013 353911 449 21958 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247005 37841973 C 4A 17 21 CS 202 IV ET UR SAN CRI 671 30/03/2016 2011 2013 501159 C 6A 14 15 672 30/03/2016 2013 2013 195359 37650988 K 2A 22 25 LO 1423 MZ 14 UR PASEO 673 30/03/2016 2012 2013 222861 37544870 K 2C 22 16 LO 1504 CS 1504 MZ 15 U 674 30/03/2016 2012 2013 222861 63366908 446 22266 000000160080000 BOLIVAR DUARTE LUZ-DARY MANOSALVA ISABELLA ROBERTO 451 21320 010007350009904 ORTEGATE IBANEZ MARITZA 452 22481 010002440004901 22544 000000011565000 ORDUZ GUERRERO FIDEL PENA SANCHEZ YOLANDALUCILA 22797 000000060862000 22809 000000060884000 21343 000000190179000 22605 010002510020901 22687 010009200036000 22241 000000190397000 21877 000000010763000 22798 010002970019901 22866 010001020024000 22124 010012110023000 22126 010012120004000 450 453 454 455 456 457 458 459 460 22127 010012120011000 SERRANO RUEDA JORGE ZAMBRANO FERNANDEZ NELIDA-ROSA PARRA VALDERRAMA DIEGOARMANDO TORRES TORRES RUBBYAMPARO CERON SUAREZ SANDRAMILENA GOMEZ VILLAVECES ELIZABETH 466 21303 010009150005000 PROYECTOS-MARVAL-LTDA 467 22528 010005280007000 468 22566 000000030312000 461 462 463 464 465 1102356413 K 2C 22 44 LO 1511 CS 1511 MZ 15 U 675 30/03/2016 2012 2013 222861 8040007881 K 5 18A 14 II ET UR PASEO DEL PUEN 676 30/03/2016 2011 2013 745419 PARRA VESGA LIBARDO 7924092 C 3AN K 6 CS 7 MZ R SM I UR SAN TE 677 30/03/2016 2013 2013 196674 4239240 VILLA STEFANNY VDA EL GUAMO 678 30/03/2016 2013 2013 196596 63436127 K 3W 14 146 AP 301 TO 5 ET I CONJ 679 30/03/2016 2011 2013 755518 K 4A 18A 22 II ET UR PASEO DEL PUE 680 30/03/2016 2013 2013 198106 21807 010009840193901 VASQUEZ MONTOYA SANTOS ORTIZ ALVAREZ SANDRAPATRICIA 470 22424 010009170007000 PROYECTOS-MARVAL-LTDA 471 21856 000000010776000 SILVA RUEDA OSWALDO 13815604 LT 2 COYOACAN I VDA MESA DE JERIDA 681 30/03/2016 2011 2013 251014 472 21857 000000010777000 SILVA RUEDA OSWALDO 13815604 LT 1 LA LOMA VDA MESA DE JERIDAS 682 30/03/2016 2011 2013 251014 473 21903 010007890005000 ESTEVEZ CASTILLO ENRIQUE 91176503 K 13 1 14 CS 5 III ET UR LA CASTEL 684 30/03/2016 2011 2013 733873 474 22652 000000100046000 RANGEL ROSAS FLORENTINO 2013690 LA AURORA 685 30/03/2016 2011 2013 254627 475 21355 000000050152000 91258666 LOS SAMANES LO 2 VDA PAJONAL 686 30/03/2016 2011 2013 255498 22422 010009190019000 63489293 K 4A 19 55 II ET UR PASEO DEL PUEN 687 30/03/2016 2013 2013 202330 22425 010009160023000 PARRA SUAREZ LEONARDO CORREDOR CARRENO MARIESBI MELENDEZ LEON BLANCAMIREYA 17533336 K 4A 18A 11 II ET UR PASEO DEL PUE 688 30/03/2016 2013 2013 202330 22691 010009180039000 63508093 K 4 19 07 II ET UR PASEO DEL PUENT 689 30/03/2016 2012 2013 451655 22728 000000130224000 63542282 VILLA CLEOFELINA CONJ CAMPESTRE PI 691 30/03/2016 2012 2013 229966 22852 010002500015901 ARIZA OTERO WINELLI MARTINEZ GELVEZ LUCIADEJANIRA LUNA NIEVES CESARFERNANDO C 4 16A 70 MII ET CS 101 UR SAN CR 692 30/03/2016 2013 2013 202954 22872 010007740007000 5628590 K 2A 6AN 18 BR EL DIVINO NINO 693 30/03/2016 2012 2012 258250 469 476 477 478 479 480 481 8040007881 22401 010007840020000 GARCIA FLOREZ JESUS RODRIGUEZ CRISTANCHO ELEAZAR 88217739 C 12B 1 31 CS 10 MZ E UR BELLAVIST 694 30/03/2016 2013 2013 203508 483 22018 010008490010000 PENA PRADA JUAN-DE-DIOS 91340514 C 4 9 27 695 30/03/2016 2011 2013 180278 484 22581 000000050001000 13836170 LOS MANGOS LAS VEGAS VDA PAJONAL 696 30/03/2016 2013 2013 203704 22181 010002200012000 DIAZ SUAREZ LUIS-FRANCISCO HERNANDEZ URIBE JORGEELIECER 91347880 K 15A 1 NA 03 UR SAN CARLOS 697 30/03/2016 2013 2013 205767 21817 010009370013000 37616145 C 15B 4W 11 CS 13 MZ 9 UR LOS TEJA 698 30/03/2016 2009 2013 1482161 22339 010009400001000 VILLALOBOS AMADO MARISELA ROLON BALAGUERA ANAMERCEDES 60436360 C 16 5W 30 LO 1 MZ 10 UR LOS TEJAD 699 30/03/2016 2012 2013 233924 22698 010008830064901 28253914 C 2N 7 197 157 TO 4 AP 302 UR EL P 700 30/03/2016 2013 2013 206740 22855 010008830093901 37841875 C 2N 7 197 157 TO 5 AP 503 UR EL P 701 30/03/2016 2013 2013 206740 22342 010008850010000 91489771 C 1E 5 01 CS 28 MZ H UR VILLAS DE 702 30/03/2016 2012- 2012- 263243 21061 030000380210000 CORZO * MARTHA-LUCIA CARDENAS CARRENO LUZESTELLA ORTIZ AVILA WILSON FERNANDO PROMOTORA-FONTANARLIMITADA 800715694 LOTE 9 704 30/03/2016 2011 2013 264440 482 485 486 487 488 489 490 491 Secretaria de Hacienda y del Tesoro Centro Comercial de la Cuesta Local B-10 piso 1 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES 492 22346 010001730013000 22308 010002050004901 21731 010009180013000 22122 496 497 493 494 495 498 499 500 Cód. Dependencia: 630-76-9 ARGUELLO ROMERO MERCEDES ARIAS CARDONA AMPAROLUCIA No. Consecutivo: 01 63441046 C 3 15E 28 BR SAN CRISTOBAL 705 30/03/2016 2012 2013 466737 37800985 K 17B 9 06 CS 202 BR CABECERA DEL 706 30/03/2016 2013 2013 209300 8040007881 K 4A 19 50 LO 13 MZ H UR PASEO DEL 708 30/03/2016 2011 2013 777255 010012110001000 PROYECTOS-MARVAL-LTDA HERNANDEZ VESGA DIEGOALEXANDER 1102348965 K 2B 22 04 LO 1401 MZ 14 UR PASEO 709 30/03/2016 2012 2013 238597 22170 010003370016000 BAEZ CARDENAS LIBERTO 743000098 C 3AN 3 03 UR EL REFUGIO 711 30/03/2016 2013 2013 210562 22920 010001690010000 37640107 K 11A 2A 23 UR VILLANUEVA 712 30/03/2016 2012 2013 269037 21356 000000040303000 37514925 LO 3 VDA SAN JAVIER 714 30/03/2016 2011 2013 271007 21891 000000090144000 CARRILLO PENA ADELAIDA GARCIA GALVIS MILENAMIREYA SANDOVAL LAGOS PEDROABEL VILLA EVA VDA RUITOQUE 715 30/03/2016 2011 2013 270641 22856 010008840008000 37725712 C 1F 5 01A CS 8 MZ G UR VILLAS DE 716 30/03/2016 2012 2013 476785 22871 010008850014000 ARIZA CEPEDA LUDY-JOANA SILVA CALDERON GLORIASTELLA 63361762 C 1D BIS 5 20 CS 32 MZ H UR VILLAS 717 30/03/2016 2013 2013 213542 502 22340 010009130008000 MACHUCA ABRIL ENRIQUE 91263804 K 5A 18A 63 I ET UR PASEO DEL PUEN 718 30/03/2016 2013 2013 214284 503 22860 010009130011000 PROYECTOS-MARVAL-LTDA 8040007881 K 5A 18A 51 I ET UR PASEO DEL PUEN 719 30/03/2016 2012 2013 478357 504 22400 010007840015000 74323267 C 12B 1 61 UR BELLAVISTA 720 30/03/2016 2013 2013 214945 22345 010002050015901 HERNANDEZ * FREDY RIVERO ALARCON SANDRAMILENA 63508423 K 17B 9 42 CS 102 BR CABECERA DEL 721 30/03/2016 2012 2013 243329 22172 010003340004000 1384514 K 3D 3AN 64 EL REFUGIO 722 30/03/2016 2012 2013 481548 501 505 506 21277 030000380121000 CENTENO DIAZ BENJAMIN CABALLERO * PEDROFERNANDO 5718730 LT MZ 54 PARC LA ESPERANZA 723 30/03/2016 2012 2013 245255 508 22159 010004990017000 JEREZ DELGADO GLADYS 63430602 K 4A 3 53 UR LA TACHUELA 724 30/03/2016 2012 2013 245691 509 22919 010001670016000 GARCIA GARCIA LUCIA 38816387 C 2B 11 06 725 30/03/2016 2012 2013 485846 510 22689 010009190026000 PROYECTOS-MARVAL-LTDA 8040007881 K 4A 19 27 II ET UR PASEO DEL PUEN 726 30/03/2016 2013 2013 218177 511 22864 010007780003000 91341075 C 4 PEAT 2 CS 24 BR VILLAS DE COAV 727 30/03/2016 2012 2013 247733 22721 010008000006000 63289862 C 1D 2B 32 UR VILLA LINA 728 30/03/2016 2012 2012 277778 22518 010011890004000 91155029 K 5 21 20 MZ 3 LO 0305 CS 0305 UR 729 30/03/2016 2013 2013 221496 22880 010011880008000 ORDUZ DUARTE ARMANDO MANTILLA OREJARENA MARIANOHEMA PINZON ROMERO CESARAUGUSTO PACHECO NUNEZ JHOJANALEXANDER 91489341 K 5A 21 36 MZ 2 LO 0209 CS 0209 UR 730 30/03/2016 2013 2013 221496 21269 040000010012000 2036794 K 6 2 23 731 30/03/2016 2009 2013 199635 22421 010009200014000 91000856 K 5 19 54 II ET UR PASEO DEL PUENT 732 30/03/2016 2012 2013 198948 21036 010007260001000 BARON MANTILLA GUSTAVO HERNANDEZ MANRIQUE BENJAMIN BOHORQUEZ SILVA MAURICIOHERNANDO 21955 010000050032000 507 512 513 514 515 516 517 518 91258870 K 16B 5C 10 UR SAN MARCOS 733 30/03/2016 2011 2013 197197 63291468 K 5 15 98 734 30/03/2016 2013 2013 223332 284209 21330 000000190376000 PEREZ OROZCO GLORIA-ELSA FLOREZ ARENAS GERARDOMARIA 5705077 LO CINCO VDA PLANADAS 735 30/03/2016 2011 2013 520 22639 010011890012000 VASQUEZ RUIZ MARTINA 28228837 K 5 21 52 MZ 3 LO 0313 CS 0313 UR 736 30/03/2016 2011 2013 838998 521 21287 010000130137901 JAIMES PEREZ CLARA-INES 63286730 K 6 13 18 AP 504 TO 6 CAMINO DEL P 737 30/03/2016 2009 2013 1609808 522 22255 010000130102901 8040010792 K 6 13 18 AP 501 TO 5 CAMINO DEL P 738 30/03/2016 2012 2013 499933 519 22498 010000130074901 CONSTRUCTORA-G-M-H-LTDA BLANCO ACEVEDO SERGIOALFONSO 5678237 K 6 13 18 AP 204 TO 3 CAMINO DEL P 739 30/03/2016 2012 2013 499933 524 22467 010002040036901 OVIEDO BOHORQUEZ ADELA 37815265 K 17 9 17 CS 202 BR CABECERA DEL L 740 30/03/2016 2012 2013 255261 525 22480 010003450006000 FORERO SALCEDO HECTOR 91353322 C 3BN 0W 34 LO 7 MZ 20 I ET UR EL 741 30/03/2016 2013 2013 225267 526 21734 000000020746000 GOMEZ * JOSE 91227865 LO 13 MZ G VDA EL VOLADOR 742 30/03/2016 2011 2013 286968 527 21054 030000360208000 MONSALVE SIERRA JULIO 13825868 VILLA CLARA PARC LA ESPERANZA 743 30/03/2016 2011 2013 286905 528 22907 010009860180901 SUAREZ CAMACHO ROBINSON 91498125 C 21 2 61 AP 104 TO 1 ET 1 CONJ RE 745 30/03/2016 2013 2013 227335 529 22477 010009860109901 MARVAL-S-A 8902056450 C 21 2 61 AP 311 TO 3 ET I CONJ RE 747 30/03/2016 2013 2013 227371 530 22514 010001160041000 MATAGIRA * BENJAMIN 5734289 K 3A 4 59 748 30/03/2016 2013 2013 227933 531 22461 010012040003000 63475699 K 5A 22 12 MZ 23 LO 2303 CS 2303 U 749 30/03/2016 2013 2013 230042 91345660 C 3N 17 61 I ET UR QUINTA GRANADA 750 30/03/2016 2010 2013 2471479 CR. CENTRAL 751 30/03/2016 2009 2013 220260 523 21003 010006300021000 ANAYA SANDOVAL FLORENCIA FIGUEROA PARRA HENRYARNULFO 533 21267 050000020005000 NINO CARRILLO MARGARITA 534 20996 010009520015000 BARBOSA PENA LUZ-CARIME 37546688 LO 07 MZ B UR PALERMO II 752 30/03/2016 2009 2010 457040 535 21322 000000160480000 ALDANA LOPEZ ANA-GRACIELA 28356823 LA BATEA LO 1 VDA LOS CUROS 753 30/03/2016 2011 2013 891018 536 21246 030000240012000 SERRANO * LUIS-EDUARDO 5672436 LO 55 MZ 1 754 30/03/2016 2009 2013 215592 537 22784 000000210071000 91345850 LA PALMERA VDA FALTRIQUERAS 755 30/03/2016 2012 2013 270808 22166 010005980017000 ARIAS GARCIA LUIS-ERNESTO MEDINA RODRIGUEZ LUISFELIPE 91153826 K 11B PEAT 1A 55 MZ F UR LA CASTEL 756 30/03/2016 2013 2013 238996 22557 000000030077000 1141468 LOMAS DE GUATIGUARA VDA EL GUAMO 758 30/03/2016 2012 2013 271640 22479 010009840323901 1098621285 K 3W 14 146 AP 202 TO 10 CONJ RES 759 30/03/2016 2013 2013 240411 22488 010009840304901 MARTINEZ ESCOBAR EULOGIO COLMENARES CELIS LUDWINGFERNEY RIANO CASTILLO PABLOALBERTO TOVAR FLOREZ ANDRESMAURICIO 11276604 K 3W 14 146 AP 203 TO 9 CONJ RES P 760 30/03/2016 2013 2013 240411 91520269 K 3W 14 146 AP 302 TO 9 CONJ RES P 761 30/03/2016 2013 2013 240411 60420404 K 3W 14 146 AP 504 TO 9 CONJ RES P 762 30/03/2016 2013 2013 240411 532 538 539 540 541 542 22489 010009840307901 543 22887 010009840317901 544 22889 010009840256901 ALVAREZ RUBIO OLGA-SOFIA DOMINGUEZ OCHOA MARITZAJOHANA 63557414 K 3W 14 146 AP 503 TO 6 CONJ RES P 763 30/03/2016 2013 2013 240411 545 22890 010009840250901 GUTIERREZ PALACIO SASHAMIGHELLE 1142717592 K 3W 14 146 AP 401 TO 6 CONJ RES P 764 30/03/2016 2013 2013 240411 546 22895 010009840325901 ALFREDO-AMAYA-H-CIA-LTDA 8040013805 K 3W 14 146 AP 204 TO 10 CONJ RES 768 30/03/2016 2013 2013 240411 547 22901 010009840351901 JIMENEZ * YANETH-MARYORI 63505913 K 3W 14 146 AP 402 TO 11 CONJ RES 769 30/03/2016 2013 2013 240411 548 22902 010009840329901 91492542 K 3W 14 146 AP 304 TO 10 CONJ RES 770 30/03/2016 2013 2013 240411 22908 010009840337901 63557414 K 3W 14 146 AP 504 TO 10 CONJ RES 771 30/03/2016 2013 2013 240411 22082 000000130955000 37620626 K 17A 12A 50 CS 425 MZ N MOLINO DE 772 30/03/2016 2012 2013 213126 22084 000000130946000 LIZCANO MORENO ORLANDO DOMINGUEZ OCHOA MARITZAJOHANA CAICEDO SANMIGUEL JUDITHMARCELA PEREZ CARRENO JORGEARMANDO 91183719 K 17A 12A 14 CS 416 MZ N MOLINO DE 773 30/03/2016 2012 2013 213126 22085 000000130945000 91287304 K 17 12A 10 CS 415 MZ N MOLINO DEL 774 30/03/2016 2012 2013 213126 22086 000000130909000 GARCIA QUINTERO WILSON INVERSIONES-LA-PENINSULALTDA 8001495566 K 18 11A 66 CS 525 MZ L MOLINO DEL 775 30/03/2016 2012 2013 213126 22427 010008350013000 VILLAMIZAR PINTO ELSA- 63316969 K 5C 19 50 LO 13 MZ M UR PASEO DEL 776 30/03/2016 2013 2013 241362 549 550 551 552 553 554 Secretaria de Hacienda y del Tesoro Centro Comercial de la Cuesta Local B-10 piso 1 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 CONSTANZA 22712 010008350030000 MORENO ROZO MARIAYOLANDA 60312465 K 5B 19 11 LO 30 MZ M UR PASEO DEL 777 30/03/2016 2013 2013 241362 556 22529 010005250010000 DURAN ROJAS NICANOR 91321851 C 3AN K 6 CS 10 MZ O SM 1 SAN TELM 778 30/03/2016 2013 2013 242730 557 22506 010003350003000 MARTINEZ DIAZ JAIRO 91269673 K 3B 3AN 7O EL REFUGIO 779 30/03/2016 2012 2012 310005 558 21334 010002780012000 MARTINEZ CHAPARRO MARIO 91341409 C 7A PEAT 15A 23 ET 2 UR CABECERA 780 30/03/2016 2011 2013 900107 559 22832 010007690012000 27920135 K 3C PEAT 6AN 19 BR EL DIVINO NINO 781 30/03/2016 2011 2013 368060 22296 010000030059000 DUARTE * GUILLERMINA MENDEZ CHACON MARIA-DELCARMEN 63440787 K 4A 16 17 19 782 30/03/2016 2013 2013 246092 561 22148 010000220725901 ANGARITA ARDILA ALDIDES 13842970 K 5 11 28 L L-5004 C.C. 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SANDRAMARIA SOLANO SEPULVEDA MARCOANTONIO HERNANDEZ GUTIERREZ EMERITA ARRIETA NUNEZ DAVINENRIQUE 574 22517 010007590011000 LOPEZ JIMENEZ ESPERANZA 575 22523 000000020116000 21346 010005190009000 22716 010008330037000 22111 010007080001000 22574 000000040200000 570 571 572 573 8040007881 4250507 1098630524 91341269 LO 2-PARQ ANDEN Y VIA 791 30/03/2016 2011 2013 322704 37615319 D 4B 4B 32 LO 13 MZ F UR PALERMO I 792 30/03/2016 2012 2013 291114 2140897 C 6 17A 18 CS 201 UR CABECERA DEL 793 30/03/2016 2011 2013 325191 63475969 LO CUATRO VDA CRISTALES 794 30/03/2016 2011 2013 326858 5117319 C 1E 2B 27 UR VILLA LINA 798 30/03/2016 2013 2013 261019 63345485 K 3D 7N 19 BR EL DIVINO NINO 799 30/03/2016 2013 2013 263184 LA ESPERANZA VDA EL VOLADOR 800 30/03/2016 2012 2013 298790 22253 030000010001000 GONZALEZ DIAZ JORGE-LUIS DIAZ MORENO VICTORMANUEL CARVAJAL FIGUEROA FLORELBA HINCAPIE RESTREPO EMILSEYANETH PRADA MARTINEZ JOSEANTONIO PROVIVIENDA-POPULAR-DESANTANDER- LOTES 1 AL 7 Y 10-11 MZ 8B 805 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I CONJ RE 841 30/03/2016 2013 2013 293055 605 21806 010009840205901 ARENAS MENDEZ ELIZABETH 63442541 K 3W 14 146 CS 1 ET I CONJ RES PAL 842 30/03/2016 2011 2013 1072246 606 21365 010002140009901 LEON NIEVES INELDA 63434756 C 7A 18 19 CS 102 UR CABECERA DEL 843 30/03/2016 2012 2013 332276 607 22391 010007280003000 AYALA URIBE SANDRA-YANET 63286298 C 6 16A 51 CS 01 UR SAN MARCOS 844 30/03/2016 2013 2013 260402 608 22816 010006120004000 DIAZ SANTOS RAUL 91257813 CS 4 MZ O UR CHACARITA 845 30/03/2016 2013 2013 294602 609 22162 010005170018000 NIEVES BARRERA PATRICIA 37615792 K 4C 1C 23 UR CAMPO VERDE 1 846 30/03/2016 2013 2013 296271 610 21005 010006120017000 VELANDIA BRICENO WILSON 91258310 CS 17 MZ O UR CHACARITA 847 30/03/2016 2009 2013 2136013 611 22686 010009210009000 8040007881 K 5A 19 34 MZ K LO 9 CS 9 UR PASEO 848 30/03/2016 2012 2013 337694 21048 010000060003000 21373378 C 15 5 70 849 30/03/2016 2011 2013 557285 22868 010008890015000 PROYECTOS-MARVAL-LTDA ANAYA HERNANDEZ LUISEDUARDO-SUC JAIMES RINCON MARTHAYANETH 63329503 C 1B 5 08 CS 121 UR VILLAS DE NAVA 850 30/03/2016 2013 2013 298648 21345 010005160003000 10691157 C 1F 4B 53 UR CAMPO VERDE 1 851 30/03/2016 2011 2013 1104196 22397 010007590005000 91295159 K 3E 7N 22 BR EL DIVINO NINO 852 30/03/2016 2013 2013 300070 22116 010009030005000 91342805 C 23 1 13 LO 2 MZ 10 UR LOS CISNES 853 30/03/2016 2013 2013 300153 589 592 593 594 595 596 597 598 599 600 603 604 612 613 614 615 616 MARIN RIOS NELSON-ALBERTO BELTRAN SANTAMARIA JAIROEDGAR LOPEZ SALAZAR GERMAN MORANTES MENESES MARCOANTONIO PENA SALAZAR RUSBEL INVERSIONES-LA-PENINSULALTDA GOMEZ LASSO JAHIR JIMENEZ ACUNA CARLOSERNESTO ORDUZ BERMUDEZ JUANCARLOS Secretaria de Hacienda y del Tesoro Centro Comercial de la Cuesta Local B-10 piso 1 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES 617 Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 22321 010001510038903 K 13 2 22 AP 3 MULTIF TARAZONA CRI 854 30/03/2016 2012 2013 340419 010002260018901 CALDERON MARTINEZ CELINA CACERES SOTO YOHANNAYASMIN 51702085 22179 37510077 C 8 1C 07 CS 201 I ET BR LA CANTER 856 30/03/2016 2012 2013 345277 619 22600 010000130017000 PINZON OCHOA LUIS-ANTONIO 13929921 K 6 13 76 857 30/03/2016 2011 2013 391012 620 22378 010002520002000 63285808 K 16 1N 26 BR SAN CARLOS 858 30/03/2016 2012 2013 350578 22309 010002050035901 K 17A 9 17 CS 102 BR CABECERA DEL 859 30/03/2016 2012 2013 351245 22719 010008020019000 PORTILLA RODRIGUEZ AMINTA PINZON MURILLO PAOLAANDREA BOHORQUEZ MALDONADO AMANDA 63444676 C 1D 2 03 UR VILLA LINA 860 30/03/2016 2012 2013 352387 623 22918 010006600019000 RIOS HERNANDEZ MAYERLINE 63506288 C 1D 16 84 MZ N LO 22 UR SAN FRAN 861 30/03/2016 2013 2013 312090 624 22180 010002250008901 BUENO * CLAUDIA-LILIANA 37615389 K 1C 7 60 CS 201 I ET BR LA CANTER 862 30/03/2016 2012 2013 354293 625 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CAMPO-ELIAS RICO GONZALEZ MARCOANTONIO 2139016 K 6 16 40 871 30/03/2016 2013 2013 318313 634 22863 010007970013000 GAMBOA QUESADA WILSON 91342292 C 2 2 33 UR VILLA LINA 872 30/03/2016 2012 2013 362169 635 22403 010009960019901 HERRERA AREVALO CARMEN 63273366 K 3B 3AN 02 AP 201 MULTIF NICOL 873 30/03/2016 2013 2013 320504 636 22603 010003380014000 CACERES NINO LUIS-ANTONIO 5621964 C 3AN 2B 15 UR EL REFUGIO 874 30/03/2016 2011 2013 1181839 637 22387 000000010823000 91227681 CONJ RES CAMPO CAMPINA LO 7 VDA ME 875 30/03/2016 2012 2013 408936 633 22354 010000860034000 GARCIA TOLOSA LIBARDO RODRIGUEZ MARTINEZ ALBAMARIA 63325352 C 7A 11 IMP K 11 Y 12 876 30/03/2016 2012 2013 363930 639 22343 010002060019901 REY GARZON JOSE-HERNANDO 91233215 K 18A 9 54 CS 102 BR CABECERA DEL 877 30/03/2016 2012 2013 366757 640 22504 010002040035901 MEDRANO * CLEOFELINA 28355515 K 17 9 17 CS 102 BR CABECERA DEL L 879 30/03/2016 2012 2013 370665 641 22010 010002180013901 37826897 K 18 6 30 CS 102 UR CABECERA DEL L 880 30/03/2016 2012 2013 373467 22107 010003310010000 VELASCO ESTEVEZ IRMA ROPERO PINEDA MARLONFABIAN 22227 010000200044000 22638 010000170025000 22496 010006010018000 22443 010003620004000 22495 010003190008000 21328 000000220094000 21863 010010490231801 21830 010010500220901 638 642 643 644 645 646 647 648 649 650 C 3A 19 16 BR SAN CRISTOBAL V ET 881 30/03/2016 2013 2013 333017 ARIZA * RAMON AGUILAR ESCOBAR JOSE-DELA-CRUZ 1102362366 91342042 LO CESION V PUBLICA C 14 BR HOYO 882 30/03/2016 2012 2013 294873 2042191 C 12A 4 IMP 883 30/03/2016 2011 2013 423241 AYALA DIAZ JOSE-ANTONIO HERNANDEZ VANEGAS FREDYALEXANDER GOMEZ CASALLAS MIGUELANGEL 91342724 K 2 C 2A D 5 CS 18 MZ B UR BARILOC 884 30/03/2016 2013 2013 335109 13720032 C 5AN 1W 40 BR EL REFUGIO 885 30/03/2016 2012 2013 381692 14873546 K 11 1B 03 MZ D ET II 886 30/03/2016 2013 2013 338295 OSORIO ORDUZ ELVIS OSORIO RODRIGUEZ TULIAINES 91347159 LO DOS VDA CRISTALES 887 30/03/2016 2011 2013 431605 63487688 C 6N 4 200 LO 12 MZ N CONJ 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ALEXANDER LOPEZ VARGAS JUANA-DE-LASMERCEDE 30657191 C 2 0W 19 LO 5 MZ 18 UR PAYSANDU 905 30/03/2016 2013 2013 354293 667 22373 010012070008000 LEON LIZARAZO ANGE-MIGUEL 91283253 C 2 0W 37 LO 8 MZ 18 UR PAYSANDU 906 30/03/2016 2013 2013 354293 668 22520 000000020088000 ARIZA ARDILA NELLY 63292488 VILLA LAURA VDA EL VOLADOR 907 30/03/2016 2013 2013 354804 669 22704 010008620014000 13822568 C 7BN 2 03 UR BRISAS DE GUATIGUARA 908 30/03/2016 2012 2013 402582 670 22189 010001130034000 ALVAREZ DELGADO GONZALO REYES MANTILLA MARTINENRIQUE 91343420 K 15 5 26 C 6 13A 75 BR SAN RAFAEL 909 30/03/2016 2013 2013 356714 671 22114 010007290014000 91348874 C 5E 16 16 CS 13 MZ D UR SAN MARCO 910 30/03/2016 2013 2013 316252 22883 010003410007000 K 2 3AN 34 EL REFUGIO 911 30/03/2016 2012 2013 406838 22613 010008510012000 K 9B 2 04 912 30/03/2016 2011 2013 1327546 21948 010005220032000 K 6 2 45 913 30/03/2016 2012 2013 385848 LT 63 LAS COLINAS 914 30/03/2016 2009 2013 300889 K 3E 7N 38 BR EL DIVINO NINO 915 30/03/2016 2013 2013 361579 666 672 673 674 ROJAS PAEZ EDGARHERNANDO PAREDES ANGULO LUISCARLOS CARRILLO CARRILLO ANA-DELCARMEN 28295060 21755 000000090135000 MANTILLA ROJAS FABIO GOMEZ ESCALANTE LUISALFREDO 676 22396 010007590002000 MARY-PACKS-LTDA 677 22655 010003580005000 PALACIO CORREA RAMIRO 13922473 K 0CW 5N 46 BR EL REFUGIO 916 30/03/2016 2011 2013 909474 678 20999 010005010027901 91217331 C 3A 4 64 UR LA TACHUELA 917 30/03/2016 2009 2013 1575064 21718 010003030010000 AGUILLON * PEDRO SERRANO ALARCON VICTORRAUL 91228030 C 1E 15A 23 BR SAN CARLOS 918 30/03/2016 2011 2013 1341760 675 679 2087735 9000828667 Secretaria de Hacienda y del Tesoro Centro Comercial de la Cuesta Local B-10 piso 1 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 21714 010002480017901 22631 010002480017901 SANDOVAL LEON MARIA-DELCARMEN SANDOVAL LEON MARIA-DELCARMEN 682 21031 010002990010901 683 22017 684 680 No. Consecutivo: 01 63330253 C 3 16A 70 CS 101 III ET BR SAN CR 919 30/03/2016 2011 2013 676389 63330253 C 3 16A 70 CS 101 III ET BR SAN CR 920 30/03/2016 2011 2013 683189 MANRIQUE IBANEZ HERACLITO 91343516 K 18 3 81 CS 101 IV ET UR SAN CRIS 921 30/03/2016 2011 2013 686525 010006790015000 GONZALEZ * ORLANDO 91340205 PEAT CS 6 MZ Q UR BARILOCHE 922 30/03/2016 2011 2013 692306 22320 010006460016000 5747538 C 1E 3 35 UR CAMPO VERDE 1 923 30/03/2016 2012 2013 420382 22927 010003690003000 13809598 C 7BN 1W 28 MZ 21 BR EL REFUGIO 924 30/03/2016 2012 2013 421001 22524 010006600017000 13830866 C 1D 16 76 MZ N LT 20 UR SAN FRAN 925 30/03/2016 2012 2013 833334 22459 010006720028000 ORTIZ RUIZ HERIBERTO CASTELLANOS DUARTE RODRIGO TRISTANCHO FLOREZ EDGARMANUEL GARCIA RICHARD GLORIANANCY 63310412 C 1G 16 63 UR SAN FRANCISCO DE LA 926 30/03/2016 2013 2013 373971 688 22849 010006720038000 GUERRERO PINTO BASILIO 19476459 C 1G 16 23 UR SAN FRANCISCO DE LA 927 30/03/2016 2013 2013 373971 689 22445 010002170004901 28355515 K 17A 6 06 CS 201 BR CABECERA DEL 928 30/03/2016 2012 2013 424021 681 685 686 687 22460 010001630018000 MEDRANO * CLEOFELINA LEON SANCHEZ LUISFRANCISCO 5705308 K 16 4 40 929 30/03/2016 2012 2013 840039 691 22444 010002150016901 BARCENAS MANTILLA MYRIAM 63277059 C 6B 18 07 CS 201 UR CABECERA DEL 930 30/03/2016 2012 2013 427688 692 22205 000000050156000 91212381 LO 2 VDA PAJONAL 932 30/03/2016 2012 2013 433850 22688 010009200026000 GAMBOA GARCES LUIS-ANGEL VIRGUETT OROZCO JOSEANTONIO 91441438 K 4B 19 59 II ET UR PASEO DEL PUEN 933 30/03/2016 2012 2013 432498 22472 010006570013000 37916174 K 16 1B 08 UR SAN FRANCISCO DE LA 934 30/03/2016 2013 2013 382677 22917 010007560008000 63310294 K 4A 7N 16 CS 15 I ET CONJ RES CAL 935 30/03/2016 2013 2013 383331 22453 010000090028902 DURAN VIANCHA GELSOMINA MOSQUERA RUEDA CLAUDIAPATRICIA MERCADO PUERTA CARLOSALBERTO 13851982 K 4A 14 96 AP 102 BIF DUARTE GOMEZ 936 30/03/2016 2012 2013 434121 22599 010003450018000 13880303 C 3AN 0W 39 938 30/03/2016 2011 2013 724269 22843 010005390010000 HERNANDEZ * PABLO MENDOZA ALVAREZ JOSEGABRIEL 91260524 C 3AN K 6 CS 10 MZ M SM 1 UR SAN T 939 30/03/2016 2013 2013 388309 21027 010006960021000 ROA SILVA ESPERANZA LEON BETANCOURT GUILLERMINA 63430474 K 2 C 6 CS 18 MZ B LO 18 BUENOS AI 940 30/03/2016 2012 2013 439820 63441002 K 10 2 18 941 30/03/2016 2012 2013 442806 2019798 LAS COLINAS MZ 18 VDA MESA DE RUIT 942 30/03/2016 2009 2013 337579 63367525 K 13 1 19 CS 9 III ET UR LA CASTEL 943 30/03/2016 2012 2013 448689 K 16B 13 74 CS 176 MZ E ET 1 MOLIN 944 30/03/2016 2011 2013 503641 CS 1 MZ O I ET BR BRISAS DE PRIMAV 945 30/03/2016 2012 2013 451183 K 5A 18A 22 CS 7 III ET UR PASEO D 946 30/03/2016 2011 2013 745419 690 693 694 695 696 697 698 699 700 22466 010001480078000 701 21748 000000090022001 702 22865 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CALIFORN 961 30/03/2016 2009 2013 591952 721 22896 010008310018000 ALVARADO VASQUEZ HENRY 91267731 SM G MZ F CS 119 UR VILLAS DE NAVA 962 30/03/2016 2012 2013 484425 722 22837 000000130548000 ORTIZ MARTINEZ WILSON 91347160 K 16B 13 46 CS 169 MZ E ET 1 MOLIN 963 30/03/2016 2011 2013 543430 723 22398 010007600001000 VILLAMIZAR PENA JOSE-ANGEL 13846790 K 3E 7N 39 BR EL DIVINO NINO 964 30/03/2016 2012 2013 486017 724 22612 010009150018000 PROYECTOS-MARVAL-LTDA K 4B 18A 31 II ET UR PASEO DEL PUE 965 30/03/2016 2011 2013 803846 725 22469 010003640009000 C 5BN 1W 09 BR EL REFUGIO 966 30/03/2016 2012 2013 486760 22316 010007330010000 C 1 16 104 UR SAN FRANCISCO DE LA 967 30/03/2016 2013 2013 380822 22923 010001640031901 MORENO FLETCHER MARLENY QUINTERO SUAREZ ANAFARIDE MARULANDA MARTINEZ MAYERLING-ANDR 22497 010004150019000 713 716 720 726 727 728 9000945062 8040007881 37830813 1098669884 C 3 3 91 P.H. BIFAMILIAR 968 30/03/2016 2012 2013 488311 91494107 K 19A 8 83 UR COLINA CAMPESTRE 969 30/03/2016 2012 2013 490239 22160 010005000014000 NAVARRO BAYONA LEONARDO CARRILLO MORALES ESPERANZA 63441139 K 5 3 42 UR LA TACHUELA 970 30/03/2016 2013 2013 434190 730 22450 010011910005000 LAMUS AGUILAR HORACIO 91363246 K 4A 21 24 MZ 5 LO 0506 CS 0506 UR 971 30/03/2016 2012 2013 494204 731 22508 010009160007000 PROYECTOS-MARVAL-LTDA 8040007881 K 4B 18A 22 II ET UR PASEO DEL PUE 972 30/03/2016 2012 2013 495864 732 22717 010008330035000 URIBE MARTINEZ MATILDE 633338951 K 5C 18A 27 CS 35 UR PASEO DEL PUE 973 30/03/2016 2012 2013 496949 733 22857 010005230024902 91285075 D 6 1A 09 AP 301 ED EDNA LIZETH SI 974 30/03/2016 2012 2013 497185 22457 010001610017000 CORZO LAGUADO RAMIRO GARCIA FAJARDO MARIA-DELROSARIO 37513252 C 4 15B 40 BR SAN CRISTOBAL 975 30/03/2016 2013 2013 439699 21335 010009220026000 91440056 K 5A 19 75 CS 26 MZ L LO 26 PASEO 976 30/03/2016 2011 2013 577318 22314 010007330002000 NINO NINO ISIDRO CABALLERO CABALLERO EDMUNDO 91232407 C 1 16 72 UR SAN FRANCISCO DE LA C 977 30/03/2016 2013 2013 389554 22636 010000130028901 K 6 13 18 AP 103 TO 1 CAMINO DEL P 978 30/03/2016 2011 2013 825009 22814 010006290022000 13386188 K 15B 3N 09 UR QUINTA GRANADA 979 30/03/2016 2013 2013 442576 22844 010005400009000 27955812 C 3AN K 6 CS 9 MZ S SM 1 UR SAN TE 980 30/03/2016 2013 2013 443420 22510 010007100013000 96185355 K 0W PEAT 1 04 UR PAYSANDU 981 30/03/2016 2012 2013 392468 22879 010001140002000 30/03/2016 2013 2013 444518 729 734 735 736 737 738 739 740 741 CONSTRUCTORA-G-M-H-LTDA MUNOZ OROZCO LUISENRIQUE ROA ACERO AURA-MARIA MARROQUIN MARROQUIN WILSON 8040010792 CENTRO-DE-BIENESTAR-DELANCIANO-H C 5 9 12 Secretaria de Hacienda y del Tesoro Centro Comercial de la Cuesta Local B-10 piso 1 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co 982 SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES 742 743 21720 010003820022000 22817 010006110018000 Cód. Dependencia: 630-76-9 BALLESTEROS PORRAS ALBAROCIO No. Consecutivo: 01 37747554 C 0N 1W 39 BR EL REFUGIO 983 30/03/2016 2011 2013 563166 79327995 CS 18 MZ Q UR CHACARITA 984 30/03/2016 2013 2013 445626 22366 010001270013000 HERNANDEZ OSORIO HUGO CACERES ROBAYO ROSAHELENA C 4 13A 04 985 30/03/2016 2013 2013 447750 745 22815 010006590028000 PRIETO MASMELA BEATRIZ 37615370 C 1E 15 23 UR SAN FRANCISCO DE LA 986 30/03/2016 2013 2013 449913 746 22909 010000130037901 ANAYA * CLAUDIA-PATRICIA 63480238 K 6 13 18 AP 504 TO 1 CAMINO DEL P 987 30/03/2016 2012 2013 511124 747 22848 010012010002000 PRADO VARGAS ALIRIO 13956626 K 4A 22 08 MZ 20 LO 2002 CS 2002 U 988 30/03/2016 2012 2013 513473 744 748 21789 000000100497000 AREA-METROPOLITANA-DEBUCARAMANGA 2011 2013 573799 989 30/03/2016 749 22360 010000730031000 ROJAS JAIMES JOHANA 37541325 K 13 8 43 990 30/03/2016 2012 2013 513068 750 22910 010003420010000 5745601 C 3AN 1A 15 BR EL REFUGIO 991 30/03/2016 2013 2013 453193 21933 010007820025902 PINTO AVILA MIGUEL SALAZAR MARINO HECTOREDUARDO 91541130 C 13A 1 47 UNID HABITACIONAL 2 992 30/03/2016 2012 2013 514182 752 21058 000000130565000 BARAJAS * PEDRO-ANTONIO 52162493 K 16A 13 45 CS 148 MZ E ET 1 MOLIN 993 30/03/2016 2011 2013 578787 753 21363 010002450024901 5705790 C 4A 16 41 CS 201 II ET UR SAN CRI 994 30/03/2016 2011 2013 583675 21315 010002250002901 37816061 K 1B 7 51 CS 202 I ET BR LA CANTER 995 30/03/2016 2011 2013 584783 22106 010003310005000 GOMEZ GUEVARA HUMBERTO ARENAS COLMENARES ESPERANZA MANRIQUE CABRERA BRAYANALEXIS K 19 3B 24 BR SAN CRISTOBAL V ET 996 30/03/2016 2012 2013 526069 22218 000000011737000 19209227 LO 2 VDA MESA DE JERIDAS 997 30/03/2016 2012 2013 528972 13453552 751 754 755 756 8902105818 FRANJA DE TERRENO 22813 010006390009000 PENA GOMEZ EDUARDO ALVARADO MANCHEGO OMARGUILLERMO C 1A 4A 42 MZ C-2 UR CAMPO VERDE # 998 30/03/2016 2012 2013 524451 758 22014 010008940009000 ASOCIACION-LOS-CISNES 8001223562 C 20A 1 12 LO 11 MZ 19 UR LOS CISN 999 30/03/2016 2012 2013 529907 759 22037 000000110564000 AREA-METROPOLITANA-DEBUCARAMANGA 8902105818 FRANJA DE TERRENO VDA LA MATA 1001 30/03/2016 2012 2013 532782 760 22881 010001400014000 22484 010002180012901 22377 763 757 28261967 K 11A 3 84 BR VILLANUEVA 1002 30/03/2016 2013 2013 468474 22880984 K 18 6 18 CS 201 UR CABECERA DEL L 1003 30/03/2016 2012 2013 532863 010002480004901 RIOS MEJIA IRMA LUNA DOMINGUEZ CARMENYOLANDA COLMENA-CORPORACIONSOCIAL-DE-AHO C 3 16A 28 CS 202 III ET BR SAN CR 1004 30/03/2016 2012 2013 534147 21754 000000090107000 ORDONEZ GALINDO GABRIEL 2063227 LAS COLINAS MZ 38 VDA MESA DE RUIT 1005 30/03/2016 2009 2013 299046 764 21716 010002480026901 ALMEYDA DELGADO PEDRO 5677223 C 3A 16A 55 CS 201 III ET UR SAN C 1006 30/03/2016 2011 2013 665702 765 22428 010008350011000 91491353 K 5C 19 42 CS 11 MZ M PASEI DEL PU 1007 30/03/2016 2012 2013 538817 22429 010008350004000 MENESES GARCIA ABDEL LIZARAZO BUENO VICTORJULIO 91522865 K 5C 19 14 LO 4 MZ M UR PASEO DEL 1008 30/03/2016 2012 2013 538817 22713 010008350005000 91322750 K 5C 19 18 LO 5 MZ M UR PASEO DEL 1009 30/03/2016 2012 2013 538817 21715 010002480034901 915040443 C 3A 16A 27 CS 201 III SAN CRISTOB 1010 30/03/2016 2011 2013 603020 22552 000000011658000 LA FORTUNA VDA MESA DE JERIDAS 1011 30/03/2016 2013 2013 479279 21272 030000390057000 GALLARDO JAIMES WILLIAM ORTIZ BARRAZA SERGIOAUGUSTO CARRILLO SUAREZ BRAYANANDRES TARAZONA HERNANDEZ ALICIA-SUC LOTE 1012 30/03/2016 2009 2013 513786 21785 010002630030000 2011 2013 609466 761 762 766 767 768 769 770 771 AREA-METROPOLITANA-DEBUCARAMANGA 8902105818 772 21761 000000090193000 DULCEY OCHOA ABELARDO 18936891 773 22564 000000030262000 13744695 774 21787 000000110558000 CHAPARRO LANDINEZ RAUL AREA-METROPOLITANA-DEBUCARAMANGA 775 22731 000000130437000 22541 000000011497000 8902105818 FRANJA DE TERRENO 1013 30/03/2016 LAS COLINAS LO 2 VDA MESA DE RUITO 1014 30/03/2016 2011 2013 609707 LO 6 VDA EL GUAMO 1015 30/03/2016 2012 2013 547812 2011 2013 612496 FRANJA DE TERRENO 1016 30/03/2016 22365 010001270014000 CORREA RODRIGUEZ ELIAS MANRIQUE TARAZONA NESTOR-RAMON CACERES ROBAYO ROSAHELENA 28237470 C 4 13A 08 10 1019 30/03/2016 2013 2013 487508 778 22608 010001170032000 ACOSTA LIZCANO GLADYS 63295378 C 4B PEAT 4 58 BR ALBANIA 1020 30/03/2016 2011 2013 912491 779 22838 010006020017000 13862165 C 2A D 5 CS 17 MZ C UR BARILOCHE 1021 30/03/2016 2011 2013 619713 22323 010008300015000 FLOREZ RAMIREZ CHRISTIAN HERNANDEZ BARAHONA NASER 5030091 SM G MZ E CS 101 UR VILLAS DE NAVA 1022 30/03/2016 2012 2013 555620 781 21752 000000090078000 ZUNIGA * ISABEL 20305493 LAS COLINAS MZ 21 LO 389 VDA MESA 1023 30/03/2016 2009 2013 545548 782 22829 010001080008000 GARCIA JIMENEZ RAMON 2138624 C 5 8 64 1025 30/03/2016 2011 2013 624938 783 22878 010008290012000 RINCON SOLANO GUSTAVO 91344285 SM G MZ D CS 80 UR VILLAS DE NAVAR 1026 30/03/2016 2012 2013 561310 784 22452 010002020004000 28297108 K 7 14 06 UR LA CANDELARIA 1027 30/03/2016 2012 2013 560858 22647 010002170043000 91353522 C 6A PEAT 16A 05 CABECERA DEL LLAN 1029 30/03/2016 2011 2013 628373 22825 010000910019000 28455516 C 7 3 01 1030 30/03/2016 2012 2013 562908 21367 010011150044000 13475019 LO 6 CS 6 UR SAN FRANCISCO DE LA C 1031 30/03/2016 2011 2012 698634 22571 000000040063000 22829093 LA ALBORADA VDA SAN JAVIER 1032 30/03/2016 2012 2013 564800 789 20995 010009490012000 LEON LIZARAZO LUZ-MARINA ALMEIDA VILLAMIZAR FABIOGASPAR ROJAS ARIAS ANA-DELCARMEN GONZALEZ SANTOS YOJANLINDON DEL-REAL-DE-SALAZAR CANDELARIA VARGAS VERA SANDRA MILENA 37843012 LO 04 MZ F UR PALERMO II 1033 30/03/2016 2010 2013 696692 790 20997 010009480014000 JURADO CLARA LILIANA 63319109 LO 06 MZ G UR PALERMO II 1034 30/03/2016 2010 2013 696692 791 22352 010000990045902 PRADA * JUAN-DE-DIOS 91340759 C 7 11 59 AP 401 TO 1 P.H. TORRES 1035 30/03/2016 2012 2013 566882 792 22870 010008270005000 FIALLO GARCIA GIOVANNI 91725365 SM G MZ B LO 54 UR VILLAS DE NAVAR 1036 30/03/2016 2012 2013 571292 793 21336 010009680015000 SOLANO JAIMES MARIA-ELODIA 63360508 T 2 D 0W 52 CS 9 UR PORTAL DEL TAL 1037 30/03/2016 2011 2013 640045 794 21018 030000400126000 VILLAMIZAR LOZANO ELSA 63324125 PARC. LA ESPERANZA VDA. RUITOQUE 1038 30/03/2016 2010 2013 708642 795 21025 030000320010000 5544144 MZ 10 LTS 63 64 65 PARC LA ESPERAN 1039 30/03/2016 2009 2013 646091 22792 000000230035000 LA CALERA 1040 30/03/2016 2013 2013 510733 22113 010007140010000 JARAMILLO PINTO GUSTAVO SUAREZ PARADA RITAHERMINIA PROVICO-LTDA-PROMOTORADE-VIVIEND 22861 010005230005000 776 777 780 785 786 787 788 796 797 798 91264160 LO 2 VDA LAS AMARILLAS 1017 30/03/2016 2012 2013 549288 5561161 LO 20 PARC GEQUICA VDA MESA DE JER 1018 30/03/2016 2012 2013 551918 8001775540 K 1 PEAT 1N 16 UR PAYSANDU 1041 30/03/2016 2012 2013 452011 8305088023 K 7 1A 24 BR LA ARGENTINA 1042 30/03/2016 2013 2013 511841 22781 000000210021000 PRADA-MARTIN-S-EN-C-S ORDONEZ DURAN PABLOEMILIO 5645915 TAN ANTONIO VDA FALTRIQUERAS 1043 30/03/2016 2012 2013 649368 800 22616 010011950021000 OSORIO TRIVINO VLADIMIR 88210783 K 3 22 33 MZ 17 LO 1721 CS 1721 UR 1044 30/03/2016 2011 2013 652581 801 22622 010011960016000 MORENO DUARTE YENIT-LIZET 37512625 K 3A 22 53 MZ 18 LO 1816 CS 1816 U 1045 30/03/2016 2011 2013 652581 799 Secretaria de Hacienda y del Tesoro Centro Comercial de la Cuesta Local B-10 piso 1 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 802 21059 000000130541000 RAMIREZ AYALA DELLANIRA 63331184 K 16B 13 18 CS 162 MZ E ET 1 MOLIN 1046 30/03/2016 2011 2013 653847 803 22756 000000140254000 JAIMES * YOLANDA 37835054 PARCELA 36 CONJ CAMPESTRE EL REMIE 1047 30/03/2016 2013 2013 517455 804 22757 000000140263000 FLOREZ GALVIS ZULAY 63532312 PARCELA 45 CONJ CAMPESTRE EL REMIE 1048 30/03/2016 2013 2013 518013 805 22804 010002660046801 91340919 K 15 1A 12 CS 44 MZ B HABITARES DE 1049 30/03/2016 2011 2013 1916504 21314 030000140008000 FIGUEROA ACOSTA HENRY PROVIVIENDA-POPULAR-DESANTANDER- LTS 4 6 7 8 PARCELACIONES LA ESPER 1050 30/03/2016 2011 2013 661263 22858 010005240004000 28296088 C 3AN K 6 CS 4 MZ N SM I UR SAN TE 1051 30/03/2016 2013 2013 522888 22399 010007610006000 5734863 K 3G 7N 18 BR EL DIVINO NINO 1052 30/03/2016 2013 2013 524121 21945 010001900014000 5609658 K 6B 13 65 BR LA CANDELARIA 1053 30/03/2016 2012 2013 593956 806 807 22165 010005970028000 RINCON SANDOVAL JOBA RONDON CARDENAS JOSEDEL-CARMEN GARCIA RINCON EDUYALONSO CALA HERNANDEZ EDWARYAIR 91293939 K 11A PEAT 1A 05 MZ E UR LA CASTEL 1054 30/03/2016 2012 2013 594182 811 22511 010007070006000 AMADO URIBE ESTHER 63483108 K 1 PEAT 1AN 15 UR PAYSANDU 1055 30/03/2016 2012 2013 463988 812 22384 010003970013000 CERON MARTINEZ ABEL 91340064 K 17B 1N 22 MZ W BR SAN CARLOS III 1056 30/03/2016 2012 2013 468734 813 22664 010002990041901 NEIRA REYES NELLY 28427548 K 19 3 96 CS 102 IV ET UR SAN CRIS 1057 30/03/2016 2011 2013 704887 814 21713 010001300019000 36455050 K 5 3 63 1058 30/03/2016 2011 2013 999144 22447 010007060019000 68286042 K 2 C 6 CS 17 MZ H UR BUENOS AIRES 1059 30/03/2016 2012 2013 472638 21753 000000090087000 ROJAS ROPERO FRANCISCA SANTOS MANOSALVA RUDTHPATRICIA GOMEZ ESCALANTE LUISALFREDO 2087735 LAS COLINAS VDA MESA DE RUITOQUE 1060 30/03/2016 2009 2013 447448 817 22173 010003170004000 PENA PABON MARGARITA 37801318 K 10B PEAT 1A 33 UR LA CASTELLANA 1061 30/03/2016 2012 2013 606670 818 22824 010000910026000 AGUDELO REY ORLANDO 91344411 C 7 3 75 1062 30/03/2016 2012 2013 608533 819 22663 010000230017000 VILLAMIZAR MORGADO OLIVA 63312795 C 12 5 57 1063 30/03/2016 2011 2013 679475 820 22634 060000010125802 63275730 CABANA 113 LAGUITO CABANAS IV C 1064 30/03/2016 2011 2013 2106634 21852 010009410003000 8040010889 K 5W 16 11 LO 3 MZ 5 UR LOS TEJADI 1065 30/03/2016 2009 2013 752553 22755 000000140242000 PARCELA 24 CONJ CAMPESTRE EL REMIE 1066 30/03/2016 2013 2013 539859 808 809 810 815 816 21290 000000290021000 AMADO LIZARAZO ROSA-ELVIA GERENCIA-DE-PROYECTOSLTDA RUIZ JIMENEZ ANTONIOSANTIAGO CARRENO PAREDES MARCELIANO LAS VEGAS 1067 30/03/2016 2009 2013 315580 824 21905 010008100009801 LAGUADO BAEZ LUIS-ERNESTO 13444964 A 5N 19 24 CS 9 CONJ RES ALTOS DE 1068 30/03/2016 2011 2013 1328435 825 22801 010002770015000 63358895 K 17 PEAT 6A 41 ET 2 UR CABECERA D 1069 30/03/2016 2009 2013 1290029 22645 010002430035901 37887623 C 3A 16 13 CS 101 II ET UR SAN CRI 1070 30/03/2016 2011 2013 693965 821 822 823 22155 010004430004000 SILVA NINO RUTH-ISBELIA AVENDANO ROZO NOHORAINES PINEDA OROZCO MIREYAESTELA 37919912 T 1IN 5 12 MZ X CIUDADELA LA ARGEN 1071 30/03/2016 2012 2013 627005 828 22145 010000220722901 ANGARITA ARDILA ALDIDES 1384970 K 5 11 28 L L-5001 C.C. ORBE 1072 30/03/2016 2012 2013 490369 829 21858 000000010778000 SILVA RUEDA OSWALDO 13815604 LT 6 COYOACAN II VDA MESA DE JERID 1073 30/03/2016 2011 2013 703619 830 22318 010002160012901 2081745 C 6B 17A 19 CS 202 UR CABECERA DEL 1074 30/03/2016 2011 2013 707769 826 827 21008 000000020082000 LAGUADO MENDOZA LEANDRO URIBE SIERRA LEONARDOANTONIO 2897647 LA SELVA 1075 30/03/2016 2009 2013 318482 832 22667 010007890014000 VALDERRAMA BARBA ZORAIDA 28312895 K 12 1 37 CS 14 ET III UR LA CASTE 1076 30/03/2016 2011 2013 709170 833 22268 010008310012000 5742127 SM G MZ F CS 125 UR VILLAS DE NAVA 1077 30/03/2016 2012 2013 636008 22840 010005210023000 86004661 C 1B 4A 48 UR CAMPO VERDE 1 1078 30/03/2016 2012 2013 637417 22216 000000011735000 641528 22753 000000140230000 PINTO VARGAS LUIS-DOMINGO VARGAS GUIZA NESTORALONSO RANGEL BARRERA MARIAFERNANDA VALLEJO GOMEZ HECTORGONZALO 21348 010004450002000 22306 000000080827000 22386 010004040005000 22311 010002070010901 22531 000000011069000 22350 843 844 831 834 835 LO VDA MESA DE JERIDAS 1079 30/03/2016 2012 2013 70066779 PARCELA 12 CONJ CAMPESTRE EL REMIE 1080 30/03/2016 2013 2013 568539 ASCENCIO * JESUS-EDUARDO OROZCO LEON JORGEENRIQUE 17103363 D 5B 1GN 08 CIUDADELA LA ARGENTINA 1081 30/03/2016 2011 2013 1063378 91213169 LOTE 1 VDA GUATIGUARA 1082 30/03/2016 2013 2013 572930 SANDOVAL JAIMES GONZALO LAGUADO VARGAS CARMENCECILIA 91350293 C 5C 16 28 VII ET UR SAN CRISTOBAL 1083 30/03/2016 2012 2013 649700 K 18B 9 18 CS 202 BR CABECERA DEL 1084 30/03/2016 2011 2013 727924 13610013 LA ESMERALDA VDA MESA DE JERIDAS 1085 30/03/2016 2012 2013 617960 010001230009000 PEREZ BUENO HERNANDO GONZALEZ RAMIREZ GLORIAEUGENIA 63441579 K 10 4 66 1086 30/03/2016 2012 2013 1297927 21843 010009180038000 PROYECTOS-MARVAL-LTDA 8040007881 K 4 19 11 II ET UR PASEO DEL PUENT 1087 30/03/2016 2011 2013 745419 21046 010002810003000 JAIMES * REYNALDO 5705325 C 7 17 28 UR CABECERA DEL LLANO 1088 30/03/2016 2011 2012 1632107 845 22874 010000740003000 ALARCON PARRA ANA-JOSEFA 28288707 C 8 14 30 1089 30/03/2016 2012 2013 670272 846 21321 010005250004000 MARTINEZ CARVAJAL NAYR 63338451 C 3AN K 6 CS 4 MZ O SM 1 SAN TELMO 1090 30/03/2016 2011 2013 894041 847 21809 010009840179901 63488282 K 3W 14 146 AP 403 TO 4 ET I CONJ 1091 30/03/2016 2011 2013 755518 21810 010009840175901 ROMERO OLAYA ESMERALDA MALUENDAS JIMENEZ CAROLINA 63357826 K 3W 14 146 AP 303 TO 4 ET I CONJ 1092 30/03/2016 2011 2013 755518 21812 010009840169901 63365577 K 3W 14 146 AP 201 TO 4 ET I CONJ 1093 30/03/2016 2011 2013 755518 22711 010008360003000 GOMEZ * DORIS-OTILIA ZABALA MUNOZ ELKINALBERTO 91472330 K 6 19 10 I ET CS 3 MZ N UR PASEO 1094 30/03/2016 2012 2013 675976 851 22353 010000990042902 28295382 C 7 11 59 AP 202 TO 1 TORRES DE SA 1095 30/03/2016 2012 2013 676273 852 21283 010006220009000 63515538 MZ E CS 9 SM II UR SAN TELMO 1096 30/03/2016 2009 2013 2187079 22812 010006220007000 ARANDA VILLAMIZAR SARA TORRES MENDEZ ZORAIDAMILENA OLEJUA LOZANO MARIAPAULINA 28238808 MZ E CS 7 SM II UR SAN TELMO 1097 30/03/2016 2012 2013 679387 21276 030000390015000 91225321 LO PAR LA ESPERANZA 1098 30/03/2016 2010 2013 838386 21872 000000080039000 63480159 BUENOS AIRES VDA GUATIGUARA 1099 30/03/2016 2011 2013 761287 21023 030000350001001 27914433 MEJORAS PARCELACIONES LA ESPERANZA 1100 30/03/2016 2009 2013 595515 22828 010001810009000 13512014 C 3 13 29 BR SAN LUIS 1101 30/03/2016 2013 2013 604220 22714 010008350001000 ORTIZ LOPEZ PABLO-EMILIO MONTANEZ RIVERO LUZSTELLA BLANCO RODRIGUEZ MARIAEDILIA MUNOZ PENALOZA LUDWINGVAN QUIROGA BERNAL LUISCARLOS 91224137 K 5C 19 02 II ET UR PASEO DEL PUEN 1102 30/03/2016 2012 2013 685258 22325 010001270056907 27978596 K 13A 4 26 AP 302 ED MULTIF DURAN 1103 30/03/2016 2013 2013 686629 22530 010005290016000 13848917 C 3AN K 6 CS 16 MZ J SM I UR SAN T 1104 30/03/2016 2013 2013 606178 21313 010011740013000 SIERRA GARCIA ERIKA CEPEDA RINCON LUISANTONIO MARTINEZ SANCHEZ MARIATRINIDAD 63474545 T 2C 1W 04 MZ F CS 1 UR PORTAL DEL 1105 30/03/2016 2011 2013 770716 862 22658 010003650019000 LOPEZ PATINO TRINO 91202991 K 2W 6N 09 BR EL REFUGIO 1106 30/03/2016 2011 2013 1174503 863 22394 010007300017000 MEDINA * MARTHA-ROCIO 65497823 C 5D 16 34 UR SAN MARCOS 1107 30/03/2016 2012 2013 540453 864 22831 010001170007000 DUARTE PEREZ ANA-DEL- 28293704 C 5 4 23 1108 30/03/2016 2011 2013 773861 836 837 838 839 840 841 842 848 849 850 853 854 855 856 857 858 859 860 861 1098680176 Secretaria de Hacienda y del Tesoro Centro Comercial de la Cuesta Local B-10 piso 1 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 CARMEN 865 22811 010006230011000 866 22725 000000130140000 21285 010000410013000 SEQUEDA BRICENO FRANCISCA 868 22653 010000040032901 FLOREZ DURAN RODRIGO 869 22842 010001620017000 22846 010001620001000 GOMEZ JIMENEZ LUZ-MARINA DIAZ GUALDRON NANCYYUCELY 22183 000000100199000 21820 010009360008000 22823 010000900013000 21344 010005170019000 21765 000000011520000 867 870 871 872 873 874 CARVAJAL NINO ISOLINA VELEZ GARZON OLGA-ALICIA DURAN GOMEZ MARIO-ANDRES SANABRIA BERNAL HAELYINELYA VERGARA GONZALEZ ROBERTO 28074742 MZ F CS 11 SAN TELMO SM II 31907454 LO 12 LA SULTANA VDA LAS AMARILLAS 1109 30/03/2016 2012 2013 693849 1110 30/03/2016 2013 2013 614149 K 9 10 99 C 11 9 17 1111 30/03/2016 2009 2013 1815040 91424795 K 5 16 89 PISO 2 ED PATINO 1112 30/03/2016 2011 2013 783633 28271375 K 15F 4 34 UR SAN CRISTOBAL 1113 30/03/2016 2012 2013 702582 27984857 K 15F 4 58 1114 30/03/2016 2012 2013 702582 LO 1 VDA MENSULI 1115 30/03/2016 2012 2013 708670 37617248 C 15B 5W 17 LO 8 MZ 14 UR LOS TEJA 1116 30/03/2016 2009 2013 752553 5704873 K 3 6 58 BR LA CANTERA 1117 30/03/2016 2012 2013 694056 21366 010002420008000 CARVAJAL ROJAS GONZALO CAMARGO DUARTE OLGAPATRICIA ROBAYO AMAYA MARTHACECILIA 37828659 K 7D 14 30 BR LA CANDELARIA 1120 30/03/2016 2011 2012 881685 877 22905 010005010007000 ROJAS LANDAZABAL SAUL 2140507 C 3A 4 44 UR LA TACHUELA 1121 30/03/2016 2012 2013 713744 878 21340 010003650011000 FIGUEROA TORRES BEATRIZ 27944838 C 6N 1W 09 MZ 25 BR EL REFUGIO 1122 30/03/2016 2011 2013 799826 879 21045 010009690001089 ORTEGA RODRIGUEZ JOHANA 63440567 CS 14 BR VILLAS DE SAN JUAN 1123 30/03/2016 2011 2013 791501 880 21730 010007350019902 FORERO AMAYA MAGDALENA 63440603 K 2 11 22 AP PISO 2 BIF LANDINEZ U 1124 30/03/2016 2011 2013 563054 881 22640 010000710001000 CORREA HERRERA JORGE 5705420 K 11 8 03 1125 30/03/2016 2011 2013 2347290 882 22178 010002310020000 HERNANDEZ CAMACHO RAUL 5692136 C 4A PEAT 4 03 BR ALBANIA 1126 30/03/2016 2011 2013 806575 883 22597 010003430016000 91247168 K 1 3AN 39 BR EL REFUGIO 1127 30/03/2016 2011 2013 813118 22650 010011900008000 79767392 K 4B 21 36 MZ 4 LO 0409 CS 0409 UR 1128 30/03/2016 2011 2013 815390 22389 010006500013000 13849554 C 1D PEAT 7 09 VILLANUEVA DEL CAMP 1129 30/03/2016 2012 2013 510221 21364 010002420007000 CANO HERNANDEZ MAURICIO HERRERA JIMENEZ CARLOSEDILSON CORDERO CARVAJAL PEDROFELIPE ANAYA GRIMALDOS PEDROELIAS 91343163 K 7D 14 24 BR LA CANDELARIA 1130 30/03/2016 2012 2013 733159 22440 010000040009000 28288069 K 6 16 50 1131 30/03/2016 2012 2013 733666 22659 010003690013000 72179948 C 7AN 1W 33 UR EL REFUGIO 1133 30/03/2016 2011 2013 821732 22635 010000130027901 DELGADO JIMENEZ JULIA-SUC FERNANDEZ SALDANA JUANCARLOS GONZALEZ MARTINEZ JAIMEALFONSO 91239685 K 6 13 18 AP 502 TO 1 CAMINO DEL P 1134 30/03/2016 2011 2013 825009 890 22803 010002840003000 MANTILLA PEDRAZA MARIELA 63306605 K 16 7A 10 ET 2 UR CABECERA DEL LL 1135 30/03/2016 2010 2013 872186 891 22584 000000050055000 GAMBOA GARCES LUIS-ANGEL 91212381 LA ESMERALDA LOTE 1 VDA PAJONAL 1136 30/03/2016 2012 2013 746660 892 22643 010006000008000 91248430 CS 8 MZ K UR BARILOCHE 1137 30/03/2016 2011 2013 834716 22619 010012040022000 TORRES NINO WILSON MENESES LIZARAZO LUISALFONSO 5430245 K 5 22 13 MZ 23 LO 2322 CS 2322 UR 1138 30/03/2016 2011 2013 847269 22468 010001360014000 28294785 K 11 3A 11 BR VILLANUEVA 1139 30/03/2016 2012 2013 766266 20993 010012000006000 37713679 K 2A 21 24 MZ 12 LO 1206 CS 1206 U 1140 30/03/2016 2010 2013 945786 21359 010002830022000 GUTIERREZ PICO LEONOR PEREZ BENAVIDES CLAUDIALILIANA OROZCO ACEVEDO MARTHALUCIA 37830554 K 15B PEAT 7A 67 ET 2 UR CABECERA 1141 30/03/2016 2011 2013 857194 21860 010010280018000 91235764 C 1A BIS 6 108 CS 611 UR VILLAS DE 1142 30/03/2016 2009 2013 1032318 22674 010009520009000 79044801 K 4 0 45 LO 1 MZ B UR PALERMO II 1143 30/03/2016 2012 2013 770810 21362 010000990054902 VERA CARRILLO HERNANDO SANTAMARIA USMA JESUSERNESTO ACEVEDO RODRIGUEZ OLGAPATRICIA 63478015 C 7 11 59 AP 301 TO II P.H. TORRES 1144 30/03/2016 2011 2013 864550 21265 000000030336000 27948909 VILLA BETTY VDA EL GUAMO 1145 30/03/2016 2009 2013 1048335 22315 010007330007000 13826831 C 1 16 92 UR SAN FRANCISCO DE LA C 1146 30/03/2016 2012 2013 607901 875 876 884 885 886 887 888 889 893 894 895 896 897 898 899 900 5651378 K 4C 1C 17 UR CAMPO VERDE 1 1118 30/03/2016 2011 2013 794083 63327503 PARCELA 4 CONJ LA PALMITA VDA MESA 1119 30/03/2016 2011 2013 796285 22620 010010480025000 BAEZ NINO BEATRIZ JAIMES LANDAZABAL LUISERNESTO INVERSIONES-LA-PENINSULALTDA C 1 5 90 MZ O CS 235 UR VILLAS DE 1147 30/03/2016 2009 2013 776695 903 22666 000000140303000 PAEZ * EMILSE 63306450 PARCELA 6A CONJ CAMPESTRE MEDELLIN 1148 30/03/2016 2011 2013 2595368 904 22437 010005290018000 PEREZ FORERO NANCY 63332428 C 3AN K 6 CS 18 MZ J SM I UR SAN T 1149 30/03/2016 2012 2013 785038 905 22882 010003410019000 VILLAMIZAR VERA GERMAN 13353640 K 1B 3AN 39 BR EL REFUGIO 1150 30/03/2016 2012 2013 784892 906 22476 010001370009000 ANAYA PEDRAZA JOSE-ANGEL 5707805 K 12 3 19 1151 30/03/2016 2012 2013 787650 907 22163 010005800001000 RODRIGUEZ RINCON MANUEL 13811728 T 11 D 13A 03 UR LA NUEVA CANDELAR 1152 30/03/2016 2012 2013 788741 908 22862 010001020033000 2119461 C 6A 14 21 1153 30/03/2016 2012 2013 788311 21848 010009500008000 ALVAREZ * JOSE-ASCENSION RINCON ESPINOSA JOSEARISTIDES 5734326 C 1 4B 09 LO 7 MZ E UR PALERMO II 1154 30/03/2016 2009 2013 1109894 22538 000000011385000 PENA GOMEZ EDUARDO CAPACHO VELANDIA NOHORALUCIA MARTINEZ BOHORQUEZ PEDRO-ANTONIO 19209227 LOTE VDA MESA DE JERIDAS 1155 30/03/2016 2009 2013 781039 63443745 K 5C 19 35 LO 15 MZ N UR PASEO DEL 1156 30/03/2016 2011 2013 889142 901 902 909 910 911 8001495566 21839 010008360015000 912 21901 010007270014000 27765042 C 5D 16A 10 CS 12 UR SAN MARCOS 1157 30/03/2016 2011 2013 1078770 913 22150 010010690003001 QUIJANO TIBADUIZA LUCIA 28377776 C 17 MZ C CS 3 1158 30/03/2016 2010 2013 956832 914 21757 000000090613000 2109867 LO VDA MESA DE RUITOQUE 1159 30/03/2016 2009 2013 949902 915 22349 010001270036000 DIAZ SANTAMARIA MISAEL VILLAMIZAR MEJIA CARLOSANDRES C 4A 13 21 I ET UR LAS DELICIAS 1160 2012 2013 825321 916 21750 000000090052000 91228346 LAS COLINAS MZ 20 LO 150 VDA MESA 1161 30/03/2016 2009 2013 982360 30/03/2016 21875 000000010620000 ARIZA GUERRA OTTO GOMEZ DURAN AUGUSTOJOSE 17179188 LO 2 VDA MESA DE JERIDAS 1162 30/03/2016 2011 2013 2751100 918 22629 010002000018000 MEJIA ALVAREZ MARIA-INES 28290981 K 6A 14 25 UR LA CANDELARIA 1163 30/03/2016 2011 2013 925426 919 22186 010001300059903 RANGEL PARRA GLADYS 63440568 K 5 3 51 AP PN ED TORRE SAN FELIPE 1164 30/03/2016 2013 2013 737752 920 22898 010001500006000 5707645 C 3 11A 23 1165 30/03/2016 2012 2013 847050 917 21746 010009400006000 VELOSA MORENO JAIME ARCHILA HERRERA LUZMARINA 63292078 K 5W 16 18 LO 6 MZ 10 UR LOS TEJAD 1166 30/03/2016 2009 2013 752553 922 21349 010004460006000 CESPEDES PINTO ESTELLA 63445100 T 1GN 5B 24 1167 30/03/2016 2011 2013 1404083 923 21861 010007340095801 A 10N 16 02 CS 95 UR PINARES DE GR 1168 30/03/2016 2009 2013 1656154 010006020004000 RUBIO PAREJA MARIO JAIMES BAUTISTA CARLOSSAUL 19361914 22598 13818746 CS 4 MZ C UR BARILOCHE 1169 30/03/2016 2011 2013 953363 925 22016 010006780005000 CABALLERO ALMEIDA NEFTALI 5555710 K 2 C 2A D 5 CS 5 UR BAROLOCHE 1171 30/03/2016 2011 2013 1168966 926 22269 010008280018000 GALVIS PIMIENTO GUILLERMO 91071191 SM G MZ C LO 60 UR VILLAS DE NAVAR 1172 30/03/2016 2012 2013 543448 927 22718 010008080010000 JURADO CARVAJAL DANIEL 91153216 C 1D 18 52 UR SAN FRANCISCO DE LA 1173 30/03/2016 2012 2013 881428 921 924 Secretaria de Hacienda y del Tesoro Centro Comercial de la Cuesta Local B-10 piso 1 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 22724 010007880314801 MEDINA MARTINEZ JAVIERJULIAN C 3 AN 8 150 CS 14 MZ C 02 CONJ LA 1174 30/03/2016 2012 2013 929 21039 010007060017000 OSPINA REINA CARLOS-JULIO 91269288 K 2 C 6 CS 15 MZ H UR BUENOS AIRES 1175 30/03/2016 2011 2013 698679 930 22596 010005010005000 91343795 C 3A 4 32 UR LA TACHUELA 1176 30/03/2016 2011 2013 1000983 752553 928 840977 21851 010009430009000 MARTINEZ BARRERA RICARDO JURADO CONTRERAS CLAUDIA-YANETH 52401114 C 16B 4W 11 LO 9 MZ 3 UR LOS TEJAD 1177 30/03/2016 2009 2013 932 22104 010001200011000 AYALA RUEDA SAMUEL 2138426 C 5 6 89 1178 30/03/2016 2013 2013 801804 933 21722 010006710003000 MOSQUERA * MARIA-EUGENIA 37814763 K 16 1G 09 UR SAN FRANCISCO DE LA 1179 30/03/2016 2011 2013 1123358 934 22617 010006710003000 MOSQUERA * MARIA-EUGENIA 37814763 K 16 1G 09 UR SAN FRANCISCO DE LA 1180 30/03/2016 2011 2012 1125758 935 22821 010000850028000 19472128 K 10 7 27 1181 30/03/2016 2012 2013 909477 22364 010001270017000 NINO BAEZ HERNANDO CADENA RAMIREZ CARLOSJAVIER 7166055 K 13A 4 40 1182 30/03/2016 2012 2012 1028908 937 22348 010001490003000 REYES RODRIGUEZ EDGAR 91209100 C 2A 12 IMP BR VILLANUEVA 1183 30/03/2016 2013 2013 821862 938 22847 000000100270000 MORENO ALVAREZ MAURICIO 71185877 VILLA 19 COND MENZULY CAMPESTRE VD 1184 30/03/2016 2013 2013 825884 939 21727 010007810010000 PENA RICO LINA-CRISTINA 63352964 K 2 13A 18 CS 03 MZ B UR BELLAVIST 1185 30/03/2016 2011 2013 1045350 940 21816 010009370018000 63483059 C 15B 4W 41 LO 18 MZ 9 UR LOS TEJA 1186 30/03/2016 2009 2013 752553 21853 010009370019000 91343796 C 15B 4W 47 LO 19 MZ 9 UR LOS TEJA 1187 30/03/2016 2009 2013 752553 22627 010001710020000 ANGARITA PAREDES PATRICIA CHIQUILLO MONTOYA JUANDE-LA-CRUZ BELTRAN ORDUZ FRANCYJOHANA K 9 3 15 BR VILLA LUZ I ET 1188 30/03/2016 2011 2013 1046148 943 20994 010009540012000 BLANCO GOMEZ LUIS-JAVIER 63439594 LO 03 MZ D UR PALERMO II 1189 30/03/2016 2009 2013 937625 944 21041 010006640002000 K 1 7N 51 BR EL PARAISO 1190 30/03/2016 2011 2013 680258 21819 010009370007000 21347 010005130014000 22618 010004620008000 HERNANDEZ ACEROS RAMIRO MENDOZA MENDOZA JOSEJOAQUIN GOMEZ GOMEZ MARIADOLORES CORAL MARTINEZ GUILLERMOFERNEY 22839 010006280001000 21803 010009840222901 21804 951 931 936 941 942 945 946 947 5706772 C 15A 4W 36 LO 7 MZ 9 UR LOS TEJAD 1191 30/03/2016 2009 2013 752553 28199459 T 1N 6B 13 UR CIUDADELA LA ARGENTI 1192 30/03/2016 2011 2013 1063878 80437773 T 1DN 4D 36 CIUDADELA LA ARGENTINA 1193 30/03/2016 2011 2013 1061878 91348707 C 3N 15B 16 I ET UR QUINTA GRANADA 1194 30/03/2016 2012 2013 953272 63532762 K 3W 14 146 CS 18 ET I CONJ RES PA 1195 30/03/2016 2011 2013 1072246 010009840216901 SANDOVAL ROJAS ADRIAN REYES VILLAMIZAR DIANACAROLINA BELTRAN LUQUE MARIANOHORA-ALBA 28495693 K 3W 14 146 CS 12 ET I CONJ RES PA 1196 30/03/2016 2011 2013 1072246 21805 010009840213901 CHITIVA BARRERA OLGA 51804896 K 3W 14 146 CS 9 ET I CONJ RES PAL 1197 30/03/2016 2011 2013 1072246 952 22649 010008090009000 OSORIO GALVAN BERTHA 28267817 C 1C 18 48 LO 9 MZ T UR SAN FRANC 1198 30/03/2016 2011 2013 1077512 953 21828 010010500270901 91475485 C 3AN 8 145 AP 223 TO 6 ET II CONJ 1199 30/03/2016 2011 2013 1079842 21833 010010500200901 37546806 C 3AN 8 145 AP 914 TO 4 ET 1 CONJ 1200 30/03/2016 2011 2013 1079842 21818 010009370011000 JAIMES PEDRAZA JUAN-LUCAS ESPINOSA MUNOZ SANDRAPATRICIA FLOREZ LEON OSCARORLANDO 91269254 C 15A 4W 12 LO 11 MZ 9 UR LOS TEJA 1201 30/03/2016 2009 2013 752553 21821 010009360003000 91153959 C 15A 5W 18 LO 3 MZ 14 UR LOS TEJA 1202 30/03/2016 2009 2013 752553 21899 010007270005000 DIAZ SOTO FREDY-ALBERTO MEDINA CASIQUE FRANCISCOJAVIER 88239846 C 5E 16A 45 CS 03 UR PARQUE RES SA 1203 30/03/2016 2011 2013 758670 21900 010007270007000 91340591 C 5E 16A 33 CS 05 UR SAN MARCOS 1204 30/03/2016 2011 2013 758670 21943 010001770007000 91228934 K 15 1 PAR BR SAN LUIS 1205 30/03/2016 2012 2013 982818 21035 010007150007000 C 0N PEAT 1 13 UR PAYSANDU 1206 30/03/2016 2011 2013 771874 21732 010007480011000 AYALA RAMIREZ OSCAR RODRIGUEZ MARTINEZ ERASMO PROVICO-LTDA-PROMOTORADE-VIVIEND MARQUEZ VILLEGAS LUISALFONSO 22833 010008280011000 22900 010001650005000 21898 010006990017000 21879 966 967 948 949 950 954 955 956 957 958 959 960 961 962 963 964 965 8001775540 91433039 C 2 18 63 CS 11 MZ X UR SAN FRANCI 1207 30/03/2016 2011 2013 1627671 63496023 LO 67 MZ C SM G UR VILLAS DE NAVAR 1208 30/03/2016 2011 2013 1115025 91351390 C 3A 7 28 UR AMARAL 1209 30/03/2016 2012 2013 1001622 17952098 K 2 C 6 CS 15 MZ D UR BUENOS AIRES 1211 30/03/2016 2011 2013 1124221 000000130108000 ROBAYO ARCHILA CAROLINA BARRAGAN ACEVEDO DIOGENES-DANIEL CARTAGENA CABALLERO ARGEMIRO ESPINDOLA CHAPARRO CARLOS-JULIO 13250831 LOS LLANITOS VDA LAS AMARILLAS 1212 30/03/2016 2011 2013 1126983 22146 010000220723901 ANGARITA ARDILA ALDIDES 13842970 K 5 11 28 L L-5002 C.C. ORBE 1213 30/03/2016 2012 2013 795221 21721 010006600003000 37809866 C 1D 16 20 MZ N LT 6 UR SAN FRANC 1214 30/03/2016 2011 2013 1142998 21814 010010680002001 ROSAS DURAN FANNY NARANJO VILLAMIZAR PEDROJOSE 5705009 C 17 MZ B CS 2 1215 30/03/2016 2010 2013 1208408 969 22654 010004550001000 TORRES SANCHEZ JAIME 13875942 D 4E 1JN 02 CUIDADELA LA ARGENTINA 1216 30/03/2016 2011 2013 1169395 970 22672 010007730011000 QUINTERO PACHECO DAMARIS 26766139 K 2B 6AN 07 LO 10 MZ 10 EL DIVINO 1217 30/03/2016 2011 2013 1179173 971 21822 010009330003000 ALVARADO DAVILA ROSALBA 63288230 C 15 4W 12 LO 3 MZ 13 UR LOS TEJAD 1218 30/03/2016 2009 2013 810875 972 21874 000000010037000 SERRANO COLLAZOS JUDITH CASTELLANOS MUNOZ MARIAJAKELINE ESTUPINAN PINZON ROBINSON-NOEL 63287276 LA CASCADA VDA MESA DE JERIDAS 1219 30/03/2016 2011 2013 1195479 28358409 C 1NA 3A 15 UR BOSQUES DE ARANJUEZ 1220 30/03/2016 2009 2013 1804292 968 973 22019 010008140010000 974 22628 010001730010000 K 15E 3 33 BR SAN CRISTOBAL 1221 30/03/2016 2011 2013 1236470 975 22707 010008450022000 SANTOS COTE ALVARO 5707101 K 12 4 33 1222 30/03/2016 2012 2013 1117371 976 22611 010003350008000 NUNEZ PINZON JUSTINIANO 5795065 K 3B 3AN 40 UR EL REFUGIO 1223 30/03/2016 2011 2013 1248082 977 22854 010001120003000 C 5 12 54 1224 30/03/2016 2012 2013 2278366 21799 010010500058901 49782591 C 3AN 8 145 AP 904 TO 1 ET 1 CONJ 1225 30/03/2016 2011 2013 1256993 21800 010010500046901 91270832 C 3AN 8 145 AP 604 TO 1 ET 1 CONJ 1226 30/03/2016 2011 2013 1256993 21801 010010500043901 FIGUEROA PARRA JAIME OCHOA QUINTANA ELIDAMARIA GOMEZ VALDERRAMA LUISEDUARDO ANAYA BARAJAS NELLYRUBIELA 28258235 C 3AN 8 145 AP 601 TO 1 ET 1 CONJ 1227 30/03/2016 2011 2013 1256993 981 21802 010010500035901 DURAN DURAN GABINO 91345001 C 3AN 8 145 AP 401 TO 1 ET 1 CONJ 1228 30/03/2016 2011 2013 1256993 982 21829 010010500226901 PINTO FERREIRA NELLY 63356684 C 3AN 8 145 AP 320 TO 5 ET 1 CONJ 1229 30/03/2016 2011 2013 1256993 983 21832 010010500210901 63442523 C 3AN 8 145 AP 1116 TO 4 ET 1 CONJ 1230 30/03/2016 2011 2013 1256993 21837 010010500078901 63474984 C 3AN 8 145 AP 208 TO 2 ET 1 CONJ 1231 30/03/2016 2011 2013 1256993 985 21838 010010500075901 TORREZ LIZARAZO EVIDALIA GUERRERO PEREZ SONIAPATRICIA BOHORQUEZ ARDILA MAGDAXIMENA 63528893 C 3AN 8 145 AP 205 TO 2 ET 1 CONJ 1232 30/03/2016 2011 2013 1256993 986 22795 010001750010000 MORALES ZABALA ANA-DORIS 28427570 C 4 15A 33 1233 30/03/2016 2011 2013 2462862 987 22621 010001410027000 VELOZA MORENO JAIME 5700645 K 12 3 02 04 C 3 1234 30/03/2016 2011 2013 1268766 988 21279 010008860007000 91277603 C 1D BIS 5 19 CS 45 MZ I UR VILLAS 1235 30/03/2016 2009 2013 1534824 989 21004 010006300015000 LOPEZ VERA ALEJANDRO RODRIGUEZ RODRIGUEZ VICTOR 5472517 C 4N 17 68 I ET UR QUINTA GRANADA 1236 30/03/2016 2010 2013 2271370 978 979 980 984 Secretaria de Hacienda y del Tesoro Centro Comercial de la Cuesta Local B-10 piso 1 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 990 21904 010008080014000 DURAN DURAN GABINO 91345001 C 1D 18 68 LO 14 MZ U UR SAN FRAN 1238 30/03/2016 2011 2013 1305104 991 21037 010007870025000 CHAGUALA CARRILLO SAUL 14195222 C 1G 18 51 UR SAN FRANCISCO DE LA 1239 30/03/2016 2011 2013 1308749 992 22537 000000011384000 19209227 PARCELA 13 VDA MESA DE JERIDAS 1240 30/03/2016 2012 2013 1179162 21723 010007300016000 PENA GOMEZ EDUARDO PENA RODRIGUEZ LIBIAYANETH 63347574 C 5D 16 28 CS 15 MZ E UR SAN MARCO 1242 30/03/2016 2011 2013 921380 21047 010002080031901 13848212 C 9 18 A 07 CS 101 BR CABECERA DEL 1243 30/03/2016 2011 2013 344337 21268 050000010013000 21057 000000130574000 21725 010007880238801 21880 000000130107000 22723 010007880330801 993 994 22200 000000030348000 SANCHEZ SARMIENTO ROQUE DEPARTAMENTO-DE SANTANDER FIGUEREDO CAMACHO YORLEY-AMPARO SANCHEZ ANGEL NORMACLAUDIA ESPINDOLA CHAPARRO CARLOS-JULIO VILLAMIZAR BERMUDEZ BENJAMIN-HERN AMAYA ROMERO KARINAYULIGZZA VILLA AURA VDA EL GUAMO 1249 30/03/2016 2012 2013 1229530 1001 22802 010002960016901 ALMEIDA ARDILA GUSTAVO 91341641 C 4 17 35 CS 201 IV ET UR SAN CRIS 1250 30/03/2016 2009 2013 1381870 1002 22625 010006570026000 63440305 C 1C 15 15 UR SAN FRANCISCO DE LA 1252 30/03/2016 2011 2013 1424201 22805 010002660087801 ROJAS GALVIS MYRIAM-ROCIO BELTRAN SANDOVAL WILLIAMARMANDO 80470251 K 15 1A 12 CS 85 MZ D HABITARES DE 1253 30/03/2016 2012 2013 1286157 21281 010007520003000 8902056450 LO CESION 2 VIA C 2A UR SAN FRANCI 1254 30/03/2016 2009 2013 1476843 22913 060000120175901 8902008771 L 05 P 1 ALDEA CIAL I ET 1256 30/03/2016 2013 2013 1158169 22912 060000120197901 39780990 L 24 P 1 ALDEA CIAL I ET 1257 30/03/2016 2013 2013 1168297 22356 010000830005000 SOCIEDAD-MARVAL-S-A URBANAS-S-A-URBANIZADORADAVID-PU COMBARIZA ORTEGA CLARAPATRICIA SANTOS GALVIS MIGUELANGEL 5707641 C 7 9 68 1258 30/03/2016 2012 2013 1320201 20998 010006400010000 5657521 K 4 1A 13 UR CAMPO VERDE 1 1259 30/03/2016 2009 2013 1785700 22588 000000060009000 20282364 EL MANDARINO VDA LOS COLORADOS 1260 30/03/2016 2013 2013 1172893 995 996 997 998 999 1000 1003 1004 1005 1006 1007 1008 PTO DE SALUD PESCADERO 1244 30/03/2016 2009 2013 975801 63397710 K 16A 13 09 CS 157 MZ E ET 1 MOLIN 1245 30/03/2016 2011 2013 1334671 51725801 C 3 AN 8 150 CS 8 MZ B 03 CONJ RES 1246 30/03/2016 2011 2012 1485440 13250831 LOTE DE TERRENO VDA LAS AMARILLAS 1247 30/03/2016 2011 2013 1346412 79555538 C 3AN 8 150 CS 10 MZ C 02 CONJ RES 1248 30/03/2016 2012 2013 1215288 1098636241 21865 010010290026000 ARDILA PENA CAROLIPO BUITRAGO GOMEZ AURAMARIA INVERSIONES-LA-PENINSULALTDA 8001495566 T VILLA CONCHA 6 113 CS 559 UR VIL 1261 30/03/2016 2009 2013 1293560 1011 22610 010009140003000 PALLARES * RUTH-ELIZABET 60374454 C 18A 5 10 LO 3 CS 3 MZ D UR PASEO 1262 30/03/2016 2011 2013 1530187 1012 22533 000000011135000 CONTRERAS RIVERA CARLOS 13825285 LOTE VDA MESA DE JERIDAS 1263 30/03/2016 2012 2013 1380148 1013 21847 010009510013000 GONZALEZ NINO PATRICIA 63360643 C 1 4A 02 LO 12 MZ C UR PALERMO II 1264 30/03/2016 2009 2013 1894946 1014 22669 010001080006000 28288163 C 5 8 54 1265 30/03/2016 2011 2013 1573916 22164 010005960004000 8002008844 LO SALON SOCIAL Y BAHIAS UR VILLA 1266 30/03/2016 2012 2013 1582933 22641 010005370011000 91214098 C 3AN K 6 CS 11 MZ B SM 1 UR SAN T 1267 30/03/2016 2011 2013 1618573 22876 010007770008801 MANTILLA TARAZONA MYRIAM ASODEBIP-ASOCIACION-DEDESARROLLO GUTIERREZ MORALES HECTOR-MANUEL SERRANO SUAREZ CLAUDIAMARCELA 30210450 LO 1-8 CONJ CAMPEST SANTILLANA I E 1268 30/03/2016 2013 2013 1287107 22705 010008580010000 K 5 2 71 1269 30/03/2016 2012 2013 1468001 22589 000000060052000 5554991 LA VILLA VDA LOS COLORADOS 1270 30/03/2016 2012 2013 1472406 21759 000000120205000 21897 010006910017000 22877 010000740014000 21854 010008200003000 21011 010003750027000 21876 000000010621000 22556 1027 1009 1010 1015 1016 1017 1018 1019 1020 CALDERON PINTO RAMIRO RODRIGUEZ RUEDA SEGUNDOVICENTE QUIJANO NIETO BERNARDAINES 27956652 LOTE 1 VDA GRANADILLO 1271 30/03/2016 2011 2013 4963625 SOLANO ESPINOSA MILTON CEPEDA VELASCO OLGAPATRICIA 91218409 C 6 CS 14 MZ J III ET UR CHACARITA 1273 30/03/2016 2011 2013 1681797 37754885 C 9 14 67 1274 30/03/2016 2012 2013 1510398 24078553 K 19 5N 71 BR QINTA GRANADA 1275 30/03/2016 2011 2013 2620927 C 1A 0W 75 BR EL REFUGIO 1276 30/03/2016 2009 2013 1763400 17179188 LO 1 VDA MESA DE JERIDAS 1278 30/03/2016 2011 2013 5225641 000000030057000 CELIS DUARTE MARIA-ELENA FIGUEROA MORALES PEDROPABLO GOMEZ DURAN AUGUSTOJOSE GAMBOA GALVIS EDGARFERNANDO 79426866 VILLA MARTICA VDA EL GUAMO 1279 30/03/2016 2012 2013 1592892 21301 010005200006000 FLOREZ VEGA BLANCA 63306910 K 4A 1C 08 UR CAMPO VERDE 1 1280 30/03/2016 2011 2013 1155627 1028 22822 010000860003000 MARTINEZ LEON MARINA 28095502 C 7 11 24 1281 30/03/2016 2012 2013 1677422 1029 21927 010007340047801 BARRERA ARIAS FRANCISCO 91232969 A 10N 16 02 CS 47 UR PINARES DE GR 1282 30/03/2016 2012 2013 1349814 1030 21724 010007880141801 MALDONADO BENITEZ CESAR 91476655 C 3AN 8 150 CS 07 MZ A 04 CONJ RES 1283 30/03/2016 2011 2013 1949811 1031 22551 000000011656000 REYES ARENAS ALFONSO PINEDA OROZCO MIREYAESTELA LOTE 1 VDA JERIDAS 1284 30/03/2016 2012 2013 1782030 D 5B 1JN 09 CIUDADELA ARGENTINA 1285 30/03/2016 2012 2013 627005 LA MESETA 1286 30/03/2016 2009 2013 1293368 52218804 C 3AN 8 150 CS 20 MZ C 02 CONJ RES 1287 30/03/2016 2011 2013 2005186 8902056450 LO CESION 1 VIA K 18 UR SAN FRANCI 1288 30/03/2016 2009 2013 2071896 63364756 K 14 4A 15 II ET UR LAS DELICIAS 1289 30/03/2016 2009 2013 2446719 912258934 LO DE TERRENO VDA GUATIGUARA 1290 30/03/2016 2011 2013 2057796 1021 1022 1023 1024 1025 1026 1032 22154 010004420010000 1033 21009 000000020098000 1034 21902 010007880320801 1035 21282 010007520002000 SOCIEDAD-MARVAL-S-A 1036 21013 010004970017000 1037 21893 000000080334000 22662 010000190045000 RUEDA CADENA LUZ-ADRIANA RODRIGUEZ MARTINEZ ERASMO PINZON OCHOA CARLOSHUMBERTO 21783 000000060015000 21278 030000380021000 22875 010007770014801 21319 010007340182000 1038 1039 1040 1041 VEGA AMAYA MARIA-EUGENIA MORALES RUEDA LAURACONSTANZA 37919912 13928396 K 6 12 53 55 BR EL CENTRO 1291 30/03/2016 2011 2013 2159025 MANTILLA GARCIA ARTURO ANGARITA RUIZ MARTHACECILIA 2139112 PARCELA 5 VIA DE ACCESO VDA LOS CO 1292 30/03/2016 2009 2013 2256495 LT PARC LA ESPERANZA 1293 30/03/2016 2009 2013 1283518 91204932 LT 1-14 CONJ CAMPESTRE SANTILLANA 1294 30/03/2016 2013 2013 1746246 A 7N 17A 09 CS 09 UR QUINTA GRANAD 1295 30/03/2016 2011 2013 1566792 21040 010006680008000 GONZALEZ PORRAS ALVARO OSORIO MARTINEZ JOSEENRIQUE QUINTERO CARTAGENA ESPERANZA 63432685 C 6BN 1 46 UR EL PARAISO 1296 30/03/2016 2009 2013 1446017 1044 21869 000000080259000 PINTO ACUNA ISAIAS 91267748 PARCELA 1 VDA GUATIGUARA 1297 30/03/2016 2011 2013 2289515 1045 21841 010008580012000 DUITAMA NOVA ALCIRA 37540959 K 5 2 67 1298 30/03/2016 2011 2013 2401610 1046 21007 010006370025000 MEJIA LEON ABELARDO 8827129 K 15 6N 15 UR QUINTA GRANADA 1299 30/03/2016 2009 2013 2102585 1047 22614 010001210004000 C 4 7 50 1300 30/03/2016 2011 2013 2438335 21028 010006880009000 91350046 PEAT CS 6 MZ H UR CHACARITA 1301 30/03/2016 2009 2013 2061961 22033 020000020001000 63443390 LO 2 UR TABLANCA 1302 30/03/2016 2011 2013 7516295 21796 010002630029000 DIAZ ARDILA LILIA ARCINIEGAS CARRILLO ALEXANDER RICO BARAJAS CLAUDIAPATRICIA AREA-METROPOLITANA-DEBUCARAMANGA 2011 2013 2636447 1042 1043 1048 1049 1050 8902105818 FRANJA DE TERRENO Secretaria de Hacienda y del Tesoro Centro Comercial de la Cuesta Local B-10 piso 1 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co 1303 30/03/2016 SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES 1051 22602 000000100276000 80097018 VILLA 25 COND MENZULY CAMPESTRE VD 1308 30/03/2016 2011 2013 3117160 22656 010001570001000 ALVAREZ CARVAJAL ERNESTO 5707953 C 10 16 02 AU A B/GA 1309 30/03/2016 2011 2013 6398673 1055 21029 010002110014901 VARGAS ANAYA RAMIRO 13825486 K 18 A 7A 30 CS 202 BR CABECERA DE 1310 30/03/2016 2009 2013 1281243 1056 21288 010000130068901 8040010792 K 6 13 18 AP 103 TO 3 CAMINO DEL P 1311 30/03/2016 2009 2013 1609808 21284 010003540012000 K 3 2N 03 BR EL REFUGIO 1312 30/03/2016 2009 2013 1512785 21002 010006350004000 CONSTRUCTORA-G-M-H-LTDA RIVERO CHAUX JORGEALBERTO MANRIQUE DELGADO JOSEHERMES 17181689 AV 7N 17A 22 II ET UR QUINTA GRANA 1313 30/03/2016 2009 2013 3133421 22736 000000140112000 91209599 HAWAI VDA LOS LLANITOS 1314 30/03/2016 2013 2013 2843465 1057 1058 1059 22623 000000110451000 01 1054 1053 010007430015000 No. Consecutivo: NINO PRIETO MANUEL PARDO PARRA JORGEALCIDES GONZALEZ CARDENAS DAVIDRICARDO 1052 21862 Cód. Dependencia: 630-76-9 91105878 K 1 11A 27 ASODEBIP 1304 30/03/2016 2009 2013 1245033 13811047 PARC 4 COND CAMP LA ALAMEDA VDA LA 1305 30/03/2016 2011 2013 2835113 21871 000000080045000 MONTANEZ * LUIS-ARMANDO ARIAS GARZON GERARDO-DEJESUS 98498066 VILLA ALEJANDRA VDA GUATIGUARA 1316 30/03/2016 2011 2013 4422325 1061 21022 030000360144000 SUAREZ * ALFONSO 13807184 PARCELA LA ESPERANZA 1317 30/03/2016 2009 2013 2686732 1062 22873 010007770033801 VASQUEZ BOBADILLA DIVA 51636458 LO 2-5 CONJ CAMPEST SANTILLANA 1318 30/03/2016 2012 2013 4178197 1063 21825 000000010758000 19058816 LO 4 VDA MESA DE JERIDAS 1319 30/03/2016 2009 2013 9733215 21012 010004960008000 91347064 K 15 4 42 I ET UR LAS DELICIAS 1320 30/03/2016 2009 2013 5965591 22153 010004360001000 8040074097 LO SALDO UNID RES CAMELOT 1321 30/03/2016 2012 2013 4887694 22185 000000080014000 BERMUDEZ SUAREZ FABIO NAVARRO DELGADO LUISAURELIO NORIEGA-CAMPINO-&-CIA-SEN-C IGLESIA-MINISTERIOEVANGELISTICO- LAS CHATAS 1322 30/03/2016 2012 2013 9465128 22535 000000011193000 VILLA ALEJANDRA VDA MESA DE JERIDA 1323 30/03/2016 2012 2013 7801608 22661 000000080651000 VILLA 16 COND CAMPESTRE MANSION DE 1324 30/03/2016 2011 2013 25371403 22532 000000010899000 90210071 LO 1 VDA MESA DE JERIDAS 1325 30/03/2016 2011 2013 8729563 21859 000000010813000 5556144 LO 2 VDA MESA DE JERIDAS 1326 30/03/2016 2011 2013 9318789 22471 060000090021801 1060 1064 1065 1066 1067 1068 1069 1070 1071 PARRA GOMEZ GONZALO GARNICA-DELGADO-Y-CIA-SEN-C AGRICOLA-DE-INVERSIONESSANTA-CRU ORDONEZ MALDONADO MIGUEL 22734 000000140048000 RETROMAQUINAS-S-A ORGANIZACION-RECREATIVAMONKOGUA- 1073 22276 010004260007000 RAMIREZ-MARTINEZ-CIA-LTDA 1074 20992 010009900001000 ACUASUR-COMPANIA-DEACUEDUCTO-Y-A 1072 13884478 9002263469 8070047597 LO 20 CONJ RES PENON DEL LAGO 1328 30/03/2016 2012 2013 16645044 804009373 LO VDA LOS LLANITOS 1329 30/03/2016 2012 2013 20239590 8040056141 LO 2 1330 30/03/2016 2012 2012 27114601 C 6 C 7 K 21 BR ACUASUR 1331 30/03/2016 2009 2013 49896093 Se Advierte al deudor(es) que dispone (n) de quince (15) días hábiles, después de notificada esta providencia para cancelar o proponer las excepciones legales que estime (n) pertinentes (s) conforme al artículo 726 del Acuerdo 022 de 2014. JUAN DE JESUS BERNAL OJEDA Secretario de Hacienda y del Tesoro Proyecto: Alberto Luis Gamboa Martínez – Profesional Universitario Revisó: Dra. Ana Valeria Mantilla Sierra- abogada- Cobro coactivo Elaboró: Jenny Carreño - contratista - Cobro coactivo. Secretaria de Hacienda y del Tesoro Centro Comercial de la Cuesta Local B-10 piso 1 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 194 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes SEQUEDA JAIMES JULIO, ROJAS * VERONICA, , , , con Cedula de Ciudadanía No 5650564, 63475914, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000280018000, ubicado en EL DIVISO de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000015063 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de CIENTO SETENTA PESOS ($170) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes SEQUEDA JAIMES JULIO, ROJAS * VERONICA, , , , con Cedula de Ciudadanía No 5650564, 63475914, , , , propietarios del predio No 000000280018000, ubicado en EL DIVISO de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de CIENTO SETENTA PESOS ($170) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000015063), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a EL DIVISO, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22417 Secretaria de Hacienda y del Tesoro Centro Comercial de la Cuesta Local B-10 piso 1 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 195 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes LOPEZ COMBITA WILLIAM-OCTAVIO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 91348103, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000040288000, ubicado en LO 2 VDA SAN JAVIER de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000012717 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de DOSCIENTOS DOS PESOS ($202) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes LOPEZ COMBITA WILLIAM-OCTAVIO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 91348103, , , , , propietarios del predio No 000000040288000, ubicado en LO 2 VDA SAN JAVIER de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de DOSCIENTOS DOS PESOS ($202) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000012717), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LO 2 VDA SAN JAVIER, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22579 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 196 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes PEREZ COMBITA JUAN-FRANCISCO, ALMEIDA HERNANDEZ MARIAGRISELDA, , , , con Cedula de Ciudadanía No 91349488, 63442046, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000040289000, ubicado en LOS PINOS-LOS CAYENOS LO 1 de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000012718 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de CUATROCIENTOS SESENTA PESOS ($460) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes PEREZ COMBITA JUAN-FRANCISCO, ALMEIDA HERNANDEZ MARIAGRISELDA, , , , con Cedula de Ciudadanía No 91349488, 63442046, , , , propietarios del predio No 000000040289000, ubicado en LOS PINOS-LOS CAYENOS LO 1 de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de CUATROCIENTOS SESENTA PESOS ($460) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000012718), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LOS PINOS-LOS CAYENOS LO 1, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22580 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 197 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes CORREDOR RUEDA JULIAN-ANDRES, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 91356548, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000160485000, ubicado en LO 7 VDA LOS CUROS de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000025327 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de OCHOCIENTOS SESENTA Y SEIS PESOS ($866) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes CORREDOR RUEDA JULIAN-ANDRES, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 91356548, , , , , propietarios del predio No 000000160485000, ubicado en LO 7 VDA LOS CUROS de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de OCHOCIENTOS SESENTA Y SEIS PESOS ($866) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000025327), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LO 7 VDA LOS CUROS, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22197 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 198 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes PARRA MENDOZA ANDELFO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 91343652, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000080423018, ubicado en EL MORICHAL VDA GUATIGUARA de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000013246 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de OCHOCIENTOS OCHENTA Y CINCO PESOS ($885) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2011 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes PARRA MENDOZA ANDELFO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 91343652, , , , , propietarios del predio No 000000080423018, ubicado en EL MORICHAL VDA GUATIGUARA de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de OCHOCIENTOS OCHENTA Y CINCO PESOS ($885) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000013246), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a EL MORICHAL VDA GUATIGUARA, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 21892 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 199 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes RODRIGUEZ CHACON IGNACIO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 0, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000320022000, ubicado en EL VADO de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000015116 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de OCHOCIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS ($844) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes RODRIGUEZ CHACON IGNACIO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 0, , , , , propietarios del predio No 000000320022000, ubicado en EL VADO de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de OCHOCIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS ($844) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000015116), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a EL VADO, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22292 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 200 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes DELGADO HERNANDEZ MARIA-VIOLETA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 27940136, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000040313000, ubicado en LO 3 VDA SAN JAVIER de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000025193 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de MIL TREINTA Y DOS PESOS ($1032) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes DELGADO HERNANDEZ MARIA-VIOLETA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 27940136, , , , , propietarios del predio No 000000040313000, ubicado en LO 3 VDA SAN JAVIER de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de MIL TREINTA Y DOS PESOS ($1032) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000025193), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LO 3 VDA SAN JAVIER, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22198 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 201 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes MEZA CASTELLANOS MYRIAM, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 63344964, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000150148000, ubicado en LOS ARRAYANES VDA SAN FRANCISCO de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000014250 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de MIL DOSCIENTOS CINCUENTA PESOS ($1250) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes MEZA CASTELLANOS MYRIAM, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 63344964, , , , , propietarios del predio No 000000150148000, ubicado en LOS ARRAYANES VDA SAN FRANCISCO de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de MIL DOSCIENTOS CINCUENTA PESOS ($1250) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000014250), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LOS ARRAYANES VDA SAN FRANCISCO, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22762 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 202 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes LEAL PLATA ALBA-LUCIA, SANDOVAL MORALES OMAIRA, , , , con Cedula de Ciudadanía No 28351746, 63351060, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000040315000, ubicado en LO 5 VDA SAN JAVIER de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000025195 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de MIL SEISCIENTOS TREINTA Y CUATRO PESOS ($1634) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2011 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes LEAL PLATA ALBA-LUCIA, SANDOVAL MORALES OMAIRA, , , , con Cedula de Ciudadanía No 28351746, 63351060, , , , propietarios del predio No 000000040315000, ubicado en LO 5 VDA SAN JAVIER de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de MIL SEISCIENTOS TREINTA Y CUATRO PESOS ($1634) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000025195), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LO 5 VDA SAN JAVIER, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 21293 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 203 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes DELGADO HERNANDEZ MARIA-VIOLETA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 27940136, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000040314000, ubicado en LO 4 VDA SAN JAVIER de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000025194 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de MIL SEISCIENTOS TREINTA Y CUATRO PESOS ($1634) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2011 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes DELGADO HERNANDEZ MARIA-VIOLETA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 27940136, , , , , propietarios del predio No 000000040314000, ubicado en LO 4 VDA SAN JAVIER de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de MIL SEISCIENTOS TREINTA Y CUATRO PESOS ($1634) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000025194), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LO 4 VDA SAN JAVIER, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 21294 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 204 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes INGECAR-LIMITADA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 8902076410, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000040312000, ubicado en LO 2 VDA SAN JAVIER de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000025192 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de MIL SEISCIENTOS TREINTA Y CUATRO PESOS ($1634) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2011 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes INGECAR-LIMITADA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 8902076410, , , , , propietarios del predio No 000000040312000, ubicado en LO 2 VDA SAN JAVIER de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de MIL SEISCIENTOS TREINTA Y CUATRO PESOS ($1634) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000025192), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LO 2 VDA SAN JAVIER, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 21295 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 205 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes INGECAR-LIMITADA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 8902076410, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000040311000, ubicado en LO 1 VDA SAN JAVIER de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000025191 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de MIL SEISCIENTOS TREINTA Y CUATRO PESOS ($1634) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2011 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes INGECAR-LIMITADA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 8902076410, , , , , propietarios del predio No 000000040311000, ubicado en LO 1 VDA SAN JAVIER de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de MIL SEISCIENTOS TREINTA Y CUATRO PESOS ($1634) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000025191), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LO 1 VDA SAN JAVIER, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 21296 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 206 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes LARROTA MANTILLA ALFONSO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 91344933, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000160478000, ubicado en LO 2 VDA LOS CUROS de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000025324 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de MIL SEISCIENTOS TREINTA Y CUATRO PESOS ($1634) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2011 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes LARROTA MANTILLA ALFONSO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 91344933, , , , , propietarios del predio No 000000160478000, ubicado en LO 2 VDA LOS CUROS de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de MIL SEISCIENTOS TREINTA Y CUATRO PESOS ($1634) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000025324), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LO 2 VDA LOS CUROS, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 21324 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 207 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes GARCIA FUENTES ANGELA-MARIA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 63274320, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000130361000, ubicado en LO 1 LA LOMITA VDA LAS AMARILLAS de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000014066 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y DOS PESOS ($1552) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes GARCIA FUENTES ANGELA-MARIA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 63274320, , , , , propietarios del predio No 000000130361000, ubicado en LO 1 LA LOMITA VDA LAS AMARILLAS de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y DOS PESOS ($1552) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000014066), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LO 1 LA LOMITA VDA LAS AMARILLAS, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22729 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 208 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes CABALLERO * LUIS-DEOGRACIAS-SUC, CABALLERO JAIMES NEMESIO, , , , con Cedula de Ciudadanía No 0, 2138304, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000350006000, ubicado en EL TAMBOR de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000015139 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y CUATRO PESOS ($1694) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes CABALLERO * LUIS-DEOGRACIAS-SUC, CABALLERO JAIMES NEMESIO, , , , con Cedula de Ciudadanía No 0, 2138304, , , , propietarios del predio No 000000350006000, ubicado en EL TAMBOR de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y CUATRO PESOS ($1694) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000015139), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a EL TAMBOR, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22294 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 209 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes FUNDACION-PAZ-Y-VIVIENDA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 8040095481, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010009910002000, ubicado en C 1E 19 06 L 3 de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000022415 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de TRES MIL NOVENTA Y OCHO PESOS ($3098) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2011 al 2011, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes FUNDACION-PAZ-Y-VIVIENDA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 8040095481, , , , , propietarios del predio No 010009910002000, ubicado en C 1E 19 06 L 3 de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de TRES MIL NOVENTA Y OCHO PESOS ($3098) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000022415), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a C 1E 19 06 L 3, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 21044 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 210 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes TIRADO ROJAS ANTONIO-JOSE, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 1102362785, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000180137000, ubicado en EL PORVENIR VDA SAN ISIDRO de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000014597 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de DOS MIL CIENTO TREINTA PESOS ($2130) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes TIRADO ROJAS ANTONIO-JOSE, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 1102362785, , , , , propietarios del predio No 000000180137000, ubicado en EL PORVENIR VDA SAN ISIDRO de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de DOS MIL CIENTO TREINTA PESOS ($2130) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000014597), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a EL PORVENIR VDA SAN ISIDRO, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22775 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 211 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes AREVALO DURAN PABLO-ELIECER, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 91253453, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000030172000, ubicado en VILLA DONALDO EL GUAMO de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000012571 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de DOS MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE PESOS ($2259) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes AREVALO DURAN PABLO-ELIECER, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 91253453, , , , , propietarios del predio No 000000030172000, ubicado en VILLA DONALDO EL GUAMO de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de DOS MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE PESOS ($2259) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000012571), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a VILLA DONALDO EL GUAMO, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22560 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 212 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes PEREZ PAEZ LUIS-ERNESTO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 88168399, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000200163000, ubicado en VILLA SILVIA VDA SEVILLA de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000014826 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de DOS MIL TRESCIENTOS TREINTA PESOS ($2330) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes PEREZ PAEZ LUIS-ERNESTO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 88168399, , , , , propietarios del predio No 000000200163000, ubicado en VILLA SILVIA VDA SEVILLA de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de DOS MIL TRESCIENTOS TREINTA PESOS ($2330) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000014826), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a VILLA SILVIA VDA SEVILLA, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22779 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 213 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes FLOREZ PINZON ISMAEL, PARRA DUARTE MARIA-STELLA, , , , con Cedula de Ciudadanía No 5628585, 63341976, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010011840012000, ubicado en C 14B 0 51 LO 12 MZ G UR BRISAS DE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000024746 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de DOS MIL NOVECIENTOS NOVENTA PESOS ($2990) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes FLOREZ PINZON ISMAEL, PARRA DUARTE MARIA-STELLA, , , , con Cedula de Ciudadanía No 5628585, 63341976, , , , propietarios del predio No 010011840012000, ubicado en C 14B 0 51 LO 12 MZ G UR BRISAS DE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de DOS MIL NOVECIENTOS NOVENTA PESOS ($2990) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000024746), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a C 14B 0 51 LO 12 MZ G UR BRISAS DE, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22212 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 214 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes FLOREZ VILLAMIZAR ELIAS, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 2139630, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000210086000, ubicado en EL PEDREGAL VDA FALTRIQUERAS de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000014903 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de TRES MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y SEIS PESOS ($3456) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes FLOREZ VILLAMIZAR ELIAS, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 2139630, , , , , propietarios del predio No 000000210086000, ubicado en EL PEDREGAL VDA FALTRIQUERAS de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de TRES MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y SEIS PESOS ($3456) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000014903), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a EL PEDREGAL VDA FALTRIQUERAS, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22788 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 215 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes LA-NACION, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 0, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000230032000, ubicado en CAMPAMENTO K 43 de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000014977 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de CIENTO TREINTA Y DOS PESOS ($132) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2009 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes LA-NACION, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 0, , , , , propietarios del predio No 000000230032000, ubicado en CAMPAMENTO K 43 de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de CIENTO TREINTA Y DOS PESOS ($132) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000014977), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a CAMPAMENTO K 43, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 21292 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 216 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes GALEANO PENAGOS LUZ-STELLA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 63365184, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010000220572901, ubicado en K 5 11 28 L L-4005 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000026396 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de TRES MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS ($3344) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes GALEANO PENAGOS LUZ-STELLA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 63365184, , , , , propietarios del predio No 010000220572901, ubicado en K 5 11 28 L L-4005 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de TRES MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS ($3344) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000026396), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-4005 C.C. ORBE, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 21911 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 217 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALDIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con Cedula de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010000220573901, ubicado en K 5 11 28 L L-4006 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000026397 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de TRES MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS ($3344) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALDIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con Cedula de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , propietarios del predio No 010000220573901, ubicado en K 5 11 28 L L-4006 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de TRES MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS ($3344) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000026397), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-4006 C.C. ORBE, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 21912 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 218 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes MORENO RIOS CLAUDIA-ROCIO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 63492468, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010000220592901, ubicado en K 5 11 28 L L-4025 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000026408 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de TRES MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS ($3344) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes MORENO RIOS CLAUDIA-ROCIO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 63492468, , , , , propietarios del predio No 010000220592901, ubicado en K 5 11 28 L L-4025 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de TRES MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS ($3344) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000026408), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-4025 C.C. ORBE, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 21914 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 219 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes SAAVEDRA ANAYA JOSE-GABRIEL, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 1102358151, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010000220611901, ubicado en K 5 11 28 L L-4044 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000026418 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de TRES MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS ($3344) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes SAAVEDRA ANAYA JOSE-GABRIEL, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 1102358151, , , , , propietarios del predio No 010000220611901, ubicado en K 5 11 28 L L-4044 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de TRES MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS ($3344) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000026418), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-4044 C.C. ORBE, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 21916 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 220 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALDIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con Cedula de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010000220632901, ubicado en K 5 11 28 L L-4065 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000026432 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de TRES MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS ($3344) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALDIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con Cedula de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , propietarios del predio No 010000220632901, ubicado en K 5 11 28 L L-4065 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de TRES MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS ($3344) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000026432), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-4065 C.C. ORBE, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 21919 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 221 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALDIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con Cedula de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010000220660901, ubicado en K 5 11 28 L L-4093 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000026455 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de TRES MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS ($3344) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALDIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con Cedula de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , propietarios del predio No 010000220660901, ubicado en K 5 11 28 L L-4093 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de TRES MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS ($3344) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000026455), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-4093 C.C. ORBE, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 21968 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 222 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALDIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con Cedula de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010000220661901, ubicado en K 5 11 28 L L-4094 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000026456 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de TRES MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS ($3344) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALDIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con Cedula de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , propietarios del predio No 010000220661901, ubicado en K 5 11 28 L L-4094 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de TRES MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS ($3344) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000026456), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-4094 C.C. ORBE, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 21969 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 223 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALDIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con Cedula de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010000220663901, ubicado en K 5 11 28 L L-4096 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000026458 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de TRES MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS ($3344) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALDIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con Cedula de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , propietarios del predio No 010000220663901, ubicado en K 5 11 28 L L-4096 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de TRES MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS ($3344) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000026458), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-4096 C.C. ORBE, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 21971 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 224 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes CARRIZOSA RUIZ MARIA-ESPERANZA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 45620299, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010000220300901, ubicado en K 5 11 28 L L-2080 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000026193 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de TRES MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS ($3344) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes CARRIZOSA RUIZ MARIA-ESPERANZA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 45620299, , , , , propietarios del predio No 010000220300901, ubicado en K 5 11 28 L L-2080 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de TRES MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS ($3344) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000026193), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-2080 C.C. ORBE, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22044 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 225 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes QUINONEZ MORENO CARMEN, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 63312425, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010000220299901, ubicado en K 5 11 28 L L-2079 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000026192 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de TRES MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS ($3344) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes QUINONEZ MORENO CARMEN, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 63312425, , , , , propietarios del predio No 010000220299901, ubicado en K 5 11 28 L L-2079 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de TRES MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS ($3344) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000026192), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-2079 C.C. ORBE, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22045 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 226 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALCIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con Cedula de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010000220288901, ubicado en K 5 11 28 L L-2068 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000026182 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de TRES MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS ($3344) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALCIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con Cedula de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , propietarios del predio No 010000220288901, ubicado en K 5 11 28 L L-2068 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de TRES MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS ($3344) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000026182), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-2068 C.C. ORBE, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22048 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 227 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALCIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con Cedula de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010000220287901, ubicado en K 5 11 28 L L-2067 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000026181 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de TRES MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS ($3344) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALCIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con Cedula de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , propietarios del predio No 010000220287901, ubicado en K 5 11 28 L L-2067 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de TRES MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS ($3344) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000026181), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-2067 C.C. ORBE, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22049 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 228 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes SANCHEZ CACERES YULY-TATIANA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 1102368563, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010000220273901, ubicado en K 5 11 28 L L-2053 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000026173 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de TRES MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS ($3344) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes SANCHEZ CACERES YULY-TATIANA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 1102368563, , , , , propietarios del predio No 010000220273901, ubicado en K 5 11 28 L L-2053 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de TRES MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS ($3344) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000026173), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-2053 C.C. ORBE, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22053 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 229 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes DISTRUBUCIONES-COLOMBIA-LIMITADA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 8902067351, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010000220270901, ubicado en K 5 11 28 L L-2050 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000026170 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de TRES MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS ($3344) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes DISTRUBUCIONES-COLOMBIA-LIMITADA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 8902067351, , , , , propietarios del predio No 010000220270901, ubicado en K 5 11 28 L L-2050 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de TRES MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS ($3344) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000026170), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-2050 C.C. ORBE, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22055 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 230 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes DISTRIBUCIONES-COLOMBIA-LIMITADA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 8902067351, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010000220253901, ubicado en K 5 11 28 L L-2033 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000026162 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de TRES MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS ($3344) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes DISTRIBUCIONES-COLOMBIA-LIMITADA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 8902067351, , , , , propietarios del predio No 010000220253901, ubicado en K 5 11 28 L L-2033 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de TRES MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS ($3344) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000026162), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-2033 C.C. ORBE, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22059 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 231 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes DISTRIBUCIONES-COLOMBIA-LIMITADA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 8902067351, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010000220252901, ubicado en K 5 11 28 L L-2032 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000026161 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de TRES MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS ($3344) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes DISTRIBUCIONES-COLOMBIA-LIMITADA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 8902067351, , , , , propietarios del predio No 010000220252901, ubicado en K 5 11 28 L L-2032 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de TRES MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS ($3344) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000026161), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-2032 C.C. ORBE, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22060 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 232 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALCIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con Cedula de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010000220243901, ubicado en K 5 11 28 L L-2023 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000026155 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de TRES MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS ($3344) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALCIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con Cedula de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , propietarios del predio No 010000220243901, ubicado en K 5 11 28 L L-2023 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de TRES MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS ($3344) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000026155), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-2023 C.C. ORBE, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22065 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 233 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes RODRIGUEZ JIMENEZ RAFAEL, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 6771942, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010000220241901, ubicado en K 5 11 28 L L-2021 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000026154 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de TRES MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS ($3344) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes RODRIGUEZ JIMENEZ RAFAEL, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 6771942, , , , , propietarios del predio No 010000220241901, ubicado en K 5 11 28 L L-2021 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de TRES MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS ($3344) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000026154), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-2021 C.C. ORBE, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22066 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 234 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALCIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con Cedula de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010000220238901, ubicado en K 5 11 28 L L-2018 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000026152 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de TRES MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS ($3344) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALCIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con Cedula de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , propietarios del predio No 010000220238901, ubicado en K 5 11 28 L L-2018 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de TRES MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS ($3344) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000026152), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-2018 C.C. ORBE, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22067 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 235 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALCIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con Cedula de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010000220237901, ubicado en K 5 11 28 L L-2017 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000026151 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de TRES MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS ($3344) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALCIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con Cedula de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , propietarios del predio No 010000220237901, ubicado en K 5 11 28 L L-2017 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de TRES MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS ($3344) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000026151), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-2017 C.C. ORBE, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22068 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 236 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes GELVEZ JACOME KAROL-NATHALIA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 1098671422, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010000220183901, ubicado en K 5 11 28 L L-1132 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000025884 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de TRES MIL SETECIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS ($3744) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes GELVEZ JACOME KAROL-NATHALIA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 1098671422, , , , , propietarios del predio No 010000220183901, ubicado en K 5 11 28 L L-1132 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de TRES MIL SETECIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS ($3744) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000025884), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-1132 C.C. ORBE, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22131 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 237 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes GELVEZ JACOME KAROL-NATHALIA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 1098671422, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010000220184901, ubicado en K 5 11 28 L L-1133 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000025885 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de TRES MIL SETECIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS ($3744) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes GELVEZ JACOME KAROL-NATHALIA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 1098671422, , , , , propietarios del predio No 010000220184901, ubicado en K 5 11 28 L L-1133 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de TRES MIL SETECIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS ($3744) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000025885), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-1133 C.C. ORBE, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22132 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 238 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes VARGAS YANEZ ANA-DOLORES, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 37231706, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010000220191901, ubicado en K 5 11 28 L L-1140 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000025888 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de TRES MIL SETECIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS ($3744) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes VARGAS YANEZ ANA-DOLORES, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 37231706, , , , , propietarios del predio No 010000220191901, ubicado en K 5 11 28 L L-1140 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de TRES MIL SETECIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS ($3744) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000025888), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-1140 C.C. ORBE, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22133 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 239 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes LAVERDE PEDRAZA HENRY-HERNAN, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 7125946, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010000220194901, ubicado en K 5 11 28 L L-1143 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000025891 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de TRES MIL SETECIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS ($3744) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes LAVERDE PEDRAZA HENRY-HERNAN, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 7125946, , , , , propietarios del predio No 010000220194901, ubicado en K 5 11 28 L L-1143 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de TRES MIL SETECIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS ($3744) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000025891), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-1143 C.C. ORBE, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22134 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 240 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes FRANCO * OSCAR-ORLANDO, RODRIGUEZ * ARNULFO, , , , con Cedula de Ciudadanía No 457403, 457323, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010000220693901, ubicado en K 5 11 28 L L-4126 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000026485 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de TRES MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS ($3344) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes FRANCO * OSCAR-ORLANDO, RODRIGUEZ * ARNULFO, , , , con Cedula de Ciudadanía No 457403, 457323, , , , propietarios del predio No 010000220693901, ubicado en K 5 11 28 L L4126 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de TRES MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS ($3344) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000026485), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-4126 C.C. ORBE, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22135 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 241 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALDIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con Cedula de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010000220703901, ubicado en K 5 11 28 L L-4136 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000026488 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de TRES MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS ($3344) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALDIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con Cedula de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , propietarios del predio No 010000220703901, ubicado en K 5 11 28 L L-4136 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de TRES MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS ($3344) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000026488), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-4136 C.C. ORBE, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22138 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 242 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes CAMARGO FLOREZ MARIA-YORLEYTH, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 63352395, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010000220679901, ubicado en K 5 11 28 L L-4112 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000026472 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de TRES MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS ($3344) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes CAMARGO FLOREZ MARIA-YORLEYTH, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 63352395, , , , , propietarios del predio No 010000220679901, ubicado en K 5 11 28 L L-4112 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de TRES MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS ($3344) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000026472), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-4112 C.C. ORBE, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22151 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 243 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALDIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con Cedula de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010000220452901, ubicado en K 5 11 28 L L-3073 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000026311 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de TRES MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS ($3344) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALDIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con Cedula de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , propietarios del predio No 010000220452901, ubicado en K 5 11 28 L L-3073 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de TRES MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS ($3344) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000026311), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-3073 C.C. ORBE, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22193 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 244 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALDIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con Cedula de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010000220427901, ubicado en K 5 11 28 L L-3048 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000026286 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de TRES MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS ($3344) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALDIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con Cedula de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , propietarios del predio No 010000220427901, ubicado en K 5 11 28 L L-3048 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de TRES MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS ($3344) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000026286), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-3048 C.C. ORBE, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22222 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 245 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALDIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con Cedula de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010000220428901, ubicado en K 5 11 28 L L-3049 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000026287 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de TRES MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS ($3344) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALDIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con Cedula de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , propietarios del predio No 010000220428901, ubicado en K 5 11 28 L L-3049 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de TRES MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS ($3344) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000026287), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-3049 C.C. ORBE, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22223 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 246 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes LUNA RINCON FLORINDA-MARIA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 28404047, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010000220429901, ubicado en K 5 11 28 L L-3050 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000026288 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de TRES MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS ($3344) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes LUNA RINCON FLORINDA-MARIA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 28404047, , , , , propietarios del predio No 010000220429901, ubicado en K 5 11 28 L L-3050 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de TRES MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS ($3344) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000026288), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-3050 C.C. ORBE, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22224 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 247 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes FRANCO * ORCAR-ORLANDO, RODRIGUEZ * ARNULFO, , , , con Cedula de Ciudadanía No 457403, 457323, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010000220432901, ubicado en K 5 11 28 L L-3053 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000026291 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de TRES MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS ($3344) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes FRANCO * ORCAR-ORLANDO, RODRIGUEZ * ARNULFO, , , , con Cedula de Ciudadanía No 457403, 457323, , , , propietarios del predio No 010000220432901, ubicado en K 5 11 28 L L3053 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de TRES MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS ($3344) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000026291), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-3053 C.C. ORBE, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22225 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 248 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALDIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con Cedula de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010000220461901, ubicado en K 5 11 28 L L-3082 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000026319 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de TRES MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS ($3344) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALDIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con Cedula de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , propietarios del predio No 010000220461901, ubicado en K 5 11 28 L L-3082 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de TRES MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS ($3344) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000026319), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-3082 C.C. ORBE, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22228 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 249 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes AGUILAR RUEDA MAYELID, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 63441998, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000030330000, ubicado en LO 6 VDA EL GUAMO de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000012639 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de TRES MIL SETECIENTOS OCHENTA Y SIETE PESOS ($3787) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes AGUILAR RUEDA MAYELID, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 63441998, , , , , propietarios del predio No 000000030330000, ubicado en LO 6 VDA EL GUAMO de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de TRES MIL SETECIENTOS OCHENTA Y SIETE PESOS ($3787) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000012639), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LO 6 VDA EL GUAMO, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22568 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 250 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes ASOVIPOPULAR-ASOCIACION-DE-VIVIEN, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 8040050468, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010011840028000, ubicado en C 14B 0 03 LO 28 MZ G UR BRISAS DE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000024754 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de CUATRO MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y UN PESOS ($4831) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2011 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes ASOVIPOPULAR-ASOCIACION-DE-VIVIEN, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 8040050468, , , , , propietarios del predio No 010011840028000, ubicado en C 14B 0 03 LO 28 MZ G UR BRISAS DE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de CUATRO MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y UN PESOS ($4831) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000024754), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a C 14B 0 03 LO 28 MZ G UR BRISAS DE, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 21053 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 251 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes PEREZ PEREZ CELEANO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 2014958, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000320008000, ubicado en BADILLO de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000015108 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de CINCO MIL DIECIOCHO PESOS ($5018) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes PEREZ PEREZ CELEANO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 2014958, , , , , propietarios del predio No 000000320008000, ubicado en BADILLO de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de CINCO MIL DIECIOCHO PESOS ($5018) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000015108), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a BADILLO, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22291 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 252 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes BALLESTEROS GARZON OSCAR, GARZON * MARIA-LEONOR, , , , con Cedula de Ciudadanía No 91281801, 63270105, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000130724000, ubicado en VILLA XIOMARA VDA LAS AMARILLAS de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000025322 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de SEIS MIL VEINTISEIS PESOS ($6026) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2011 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes BALLESTEROS GARZON OSCAR, GARZON * MARIA-LEONOR, , , , con Cedula de Ciudadanía No 91281801, 63270105, , , , propietarios del predio No 000000130724000, ubicado en VILLA XIOMARA VDA LAS AMARILLAS de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de SEIS MIL VEINTISEIS PESOS ($6026) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000025322), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a VILLA XIOMARA VDA LAS AMARILLAS, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 21325 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 253 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes RODRIGUEZ SALAMANCA ERIKA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 1095813764, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000120657000, ubicado en SAN ANGEL LO 3 VDA GRANADILLO de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000025967 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de SEIS MIL TRESCIENTOS SESENTA Y DOS PESOS ($6362) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes RODRIGUEZ SALAMANCA ERIKA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 1095813764, , , , , propietarios del predio No 000000120657000, ubicado en SAN ANGEL LO 3 VDA GRANADILLO de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de SEIS MIL TRESCIENTOS SESENTA Y DOS PESOS ($6362) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000025967), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a SAN ANGEL LO 3 VDA GRANADILLO, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22221 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 254 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes LANCHEROS MANTILLA LUZ-MIREYA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 37615449, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010010940004000, ubicado en C 15B 1W 10 UR EDIMAR de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000023138 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de CINCO MIL SEISCIENTOS TREINTA Y CUATRO PESOS ($5634) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes LANCHEROS MANTILLA LUZ-MIREYA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 37615449, , , , , propietarios del predio No 010010940004000, ubicado en C 15B 1W 10 UR EDIMAR de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de CINCO MIL SEISCIENTOS TREINTA Y CUATRO PESOS ($5634) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000023138), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a C 15B 1W 10 UR EDIMAR, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22117 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 256 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes LEAL MENDEZ LUIS-ALEJANDRO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 5707757, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010010950007000, ubicado en C 15D 1W 03 UR EDIMAR de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000023148 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de CINCO MIL SEISCIENTOS TREINTA Y CUATRO PESOS ($5634) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes LEAL MENDEZ LUIS-ALEJANDRO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 5707757, , , , , propietarios del predio No 010010950007000, ubicado en C 15D 1W 03 UR EDIMAR de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de CINCO MIL SEISCIENTOS TREINTA Y CUATRO PESOS ($5634) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000023148), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a C 15D 1W 03 UR EDIMAR, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22331 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 257 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes RONDON SANABRIA MARIA-ELIA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 21241912, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010010970002000, ubicado en C 15E 1W 28 UR EDIMAR de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000023161 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de CINCO MIL SEISCIENTOS TREINTA Y CUATRO PESOS ($5634) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes RONDON SANABRIA MARIA-ELIA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 21241912, , , , , propietarios del predio No 010010970002000, ubicado en C 15E 1W 28 UR EDIMAR de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de CINCO MIL SEISCIENTOS TREINTA Y CUATRO PESOS ($5634) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000023161), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a C 15E 1W 28 UR EDIMAR, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22334 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 258 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes MARIN URREA FANNY, MORA MONTENEGRO JUAN-CARLOS, , , , con Cedula de Ciudadanía No 37618882, 79463626, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000160496000, ubicado en LO 5 VDA LOS CUROS de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000026738 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de SEIS MIL DOSCIENTOS SETENTA Y CINCO PESOS ($6275) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes MARIN URREA FANNY, MORA MONTENEGRO JUAN-CARLOS, , , , con Cedula de Ciudadanía No 37618882, 79463626, , , , propietarios del predio No 000000160496000, ubicado en LO 5 VDA LOS CUROS de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de SEIS MIL DOSCIENTOS SETENTA Y CINCO PESOS ($6275) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000026738), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LO 5 VDA LOS CUROS, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 21998 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 259 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes ESPINOSA SANCHEZ RAIMUNDA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 27934482, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000091041000, ubicado en LO 1-1 VDA LA MESA DE RUITOQUE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000026698 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de SEIS MIL TRESCIENTOS SETENTA PESOS ($6370) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes ESPINOSA SANCHEZ RAIMUNDA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 27934482, , , , , propietarios del predio No 000000091041000, ubicado en LO 1-1 VDA LA MESA DE RUITOQUE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de SEIS MIL TRESCIENTOS SETENTA PESOS ($6370) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000026698), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LO 1-1 VDA LA MESA DE RUITOQUE, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 21987 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 260 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes ORDUZ JAIMES HORACIO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 13847046, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000011399000, ubicado en LOS GUAYACANES VDA MESA DE JERIDAS de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000012172 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de SEIS MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y TRES PESOS ($6453) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes ORDUZ JAIMES HORACIO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 13847046, , , , , propietarios del predio No 000000011399000, ubicado en LOS GUAYACANES VDA MESA DE JERIDAS de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de SEIS MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y TRES PESOS ($6453) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000012172), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LOS GUAYACANES VDA MESA DE JERIDAS, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22539 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 261 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes PRADA RODRIGUEZ PABLO-ANTONIO, SUAREZ RUIZ JAZMIN-YESENIA, , , , con Cedula de Ciudadanía No 91287753, 63533096, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010009990041904, ubicado en PARQ MOTO 01 ED TORRE CRISTAL de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000027197 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de SEIS MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y OCHO PESOS ($6498) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes PRADA RODRIGUEZ PABLO-ANTONIO, SUAREZ RUIZ JAZMIN-YESENIA, , , , con Cedula de Ciudadanía No 91287753, 63533096, , , , propietarios del predio No 010009990041904, ubicado en PARQ MOTO 01 ED TORRE CRISTAL de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de SEIS MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y OCHO PESOS ($6498) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000027197), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a PARQ MOTO 01 ED TORRE CRISTAL, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22407 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 262 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes PRADA RODRIGUEZ PABLO-ANTONIO, SUAREZ RUIZ JAZMIN-YESENIA, , , , con Cedula de Ciudadanía No 91287753, 63533096, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010009990042904, ubicado en PARQ MOTO 02 ED TORRE CRISTAL de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000027198 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de SEIS MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y OCHO PESOS ($6498) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes PRADA RODRIGUEZ PABLO-ANTONIO, SUAREZ RUIZ JAZMIN-YESENIA, , , , con Cedula de Ciudadanía No 91287753, 63533096, , , , propietarios del predio No 010009990042904, ubicado en PARQ MOTO 02 ED TORRE CRISTAL de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de SEIS MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y OCHO PESOS ($6498) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000027198), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a PARQ MOTO 02 ED TORRE CRISTAL, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22408 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 263 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes PRADA RODRIGUEZ PABLO-ANTONIO, SUAREZ RUIZ JAZMIN-YESENIA, , , , con Cedula de Ciudadanía No 91287753, 63533096, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010009990043904, ubicado en PARQ MOTO 03 ED TORRE CRISTAL de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000027199 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de SEIS MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y OCHO PESOS ($6498) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes PRADA RODRIGUEZ PABLO-ANTONIO, SUAREZ RUIZ JAZMIN-YESENIA, , , , con Cedula de Ciudadanía No 91287753, 63533096, , , , propietarios del predio No 010009990043904, ubicado en PARQ MOTO 03 ED TORRE CRISTAL de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de SEIS MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y OCHO PESOS ($6498) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000027199), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a PARQ MOTO 03 ED TORRE CRISTAL, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22409 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 264 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes PRADA RODRIGUEZ PABLO-ANTONIO, SUAREZ RUIZ JAZMIN-YESENIA, , , , con Cedula de Ciudadanía No 91287753, 63533096, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010009990046904, ubicado en PARQ MOTO 06 ED TORRE CRISTAL de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000027202 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de SEIS MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y OCHO PESOS ($6498) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes PRADA RODRIGUEZ PABLO-ANTONIO, SUAREZ RUIZ JAZMIN-YESENIA, , , , con Cedula de Ciudadanía No 91287753, 63533096, , , , propietarios del predio No 010009990046904, ubicado en PARQ MOTO 06 ED TORRE CRISTAL de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de SEIS MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y OCHO PESOS ($6498) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000027202), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a PARQ MOTO 06 ED TORRE CRISTAL, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22410 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 265 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes PRADA RODRIGUEZ PABLO-ANTONIO, SUAREZ RUIZ JAZMIN-YESENIA, , , , con Cedula de Ciudadanía No 91287753, 63533096, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010009990044904, ubicado en PARQ MOTO 04 ED TORRE CRISTAL de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000027200 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de SEIS MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y OCHO PESOS ($6498) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes PRADA RODRIGUEZ PABLO-ANTONIO, SUAREZ RUIZ JAZMIN-YESENIA, , , , con Cedula de Ciudadanía No 91287753, 63533096, , , , propietarios del predio No 010009990044904, ubicado en PARQ MOTO 04 ED TORRE CRISTAL de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de SEIS MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y OCHO PESOS ($6498) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000027200), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a PARQ MOTO 04 ED TORRE CRISTAL, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22411 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 266 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes PRADA RODRIGUEZ PABLO-ANTONIO, SUAREZ RUIZ JAZMIN-YESENIA, , , , con Cedula de Ciudadanía No 91287753, 63533096, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010009990045904, ubicado en PARQ MOTO 05 ED TORRE CRISTAL de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000027201 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de SEIS MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y OCHO PESOS ($6498) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes PRADA RODRIGUEZ PABLO-ANTONIO, SUAREZ RUIZ JAZMIN-YESENIA, , , , con Cedula de Ciudadanía No 91287753, 63533096, , , , propietarios del predio No 010009990045904, ubicado en PARQ MOTO 05 ED TORRE CRISTAL de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de SEIS MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y OCHO PESOS ($6498) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000027201), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a PARQ MOTO 05 ED TORRE CRISTAL, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22412 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 267 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes VILLAMIZAR ARENAS CARLOS-MIGUEL, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 91344551, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000190391000, ubicado en LO 2 VDA PLANADAS de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000026117 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de SEIS MIL DOSCIENTOS DIEZ PESOS ($6210) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes VILLAMIZAR ARENAS CARLOS-MIGUEL, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 91344551, , , , , propietarios del predio No 000000190391000, ubicado en LO 2 VDA PLANADAS de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de SEIS MIL DOSCIENTOS DIEZ PESOS ($6210) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000026117), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LO 2 VDA PLANADAS, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22235 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 268 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes SANCHEZ ESPINOSA LUIS-ALFONSO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 91222687, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000091055000, ubicado en LO 1-4 VDA MESA DE RUITOQUE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000026732 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de SIETE MIL CINCUENTA Y UN PESOS ($7051) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes SANCHEZ ESPINOSA LUIS-ALFONSO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 91222687, , , , , propietarios del predio No 000000091055000, ubicado en LO 1-4 VDA MESA DE RUITOQUE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de SIETE MIL CINCUENTA Y UN PESOS ($7051) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000026732), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LO 1-4 VDA MESA DE RUITOQUE, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 21993 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 269 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes ESPINOSA SANCHEZ RAIMUNDA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 27934482, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000091051000, ubicado en LO 3 VDA MESA DE RUITOQUE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000026728 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de SIETE MIL NOVENTA Y DOS PESOS ($7092) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes ESPINOSA SANCHEZ RAIMUNDA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 27934482, , , , , propietarios del predio No 000000091051000, ubicado en LO 3 VDA MESA DE RUITOQUE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de SIETE MIL NOVENTA Y DOS PESOS ($7092) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000026728), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LO 3 VDA MESA DE RUITOQUE, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 21990 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 270 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes MORALES * GRACIELA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 27915987, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 030000390098000, ubicado en LOTE VDA LA ESPERANZA de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000023818 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de SIETE MIL CIENTO CATORCE PESOS ($7114) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes MORALES * GRACIELA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 27915987, , , , , propietarios del predio No 030000390098000, ubicado en LOTE VDA LA ESPERANZA de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de SIETE MIL CIENTO CATORCE PESOS ($7114) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000023818), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LOTE VDA LA ESPERANZA, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22329 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 271 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALDIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con Cedula de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010000220571901, ubicado en K 5 11 28 L L-4004 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000026395 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALDIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con Cedula de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , propietarios del predio No 010000220571901, ubicado en K 5 11 28 L L-4004 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000026395), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-4004 C.C. ORBE, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 21910 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 272 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALDIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con Cedula de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010000220594901, ubicado en K 5 11 28 L L-4027 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000026410 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALDIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con Cedula de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , propietarios del predio No 010000220594901, ubicado en K 5 11 28 L L-4027 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000026410), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-4027 C.C. ORBE, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 21915 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 273 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALDIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con Cedula de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010000220612901, ubicado en K 5 11 28 L L-4045 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000026419 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALDIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con Cedula de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , propietarios del predio No 010000220612901, ubicado en K 5 11 28 L L-4045 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000026419), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-4045 C.C. ORBE, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 21917 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 274 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALDIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con Cedula de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010000220640901, ubicado en K 5 11 28 L L-4073 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000026438 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALDIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con Cedula de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , propietarios del predio No 010000220640901, ubicado en K 5 11 28 L L-4073 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000026438), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-4073 C.C. ORBE, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 21920 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 275 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALDIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con Cedula de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010000220643901, ubicado en K 5 11 28 L L-4076 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000026440 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALDIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con Cedula de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , propietarios del predio No 010000220643901, ubicado en K 5 11 28 L L-4076 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000026440), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-4076 C.C. ORBE, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 21922 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 276 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes ARIAS BONILLA FREDY-ANDRES, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 5774269, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010000220648901, ubicado en K 5 11 28 L L-4081 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000026444 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes ARIAS BONILLA FREDY-ANDRES, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 5774269, , , , , propietarios del predio No 010000220648901, ubicado en K 5 11 28 L L-4081 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000026444), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-4081 C.C. ORBE, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 21924 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 277 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALDIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con Cedula de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010000220652901, ubicado en K 5 11 28 L L-4085 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000026448 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALDIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con Cedula de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , propietarios del predio No 010000220652901, ubicado en K 5 11 28 L L-4085 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000026448), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-4085 C.C. ORBE, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 21964 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 278 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALDIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con Cedula de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010000220653901, ubicado en K 5 11 28 L L-4086 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000026449 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALDIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con Cedula de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , propietarios del predio No 010000220653901, ubicado en K 5 11 28 L L-4086 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000026449), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-4086 C.C. ORBE, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 21965 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 279 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALDIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con Cedula de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010000220654901, ubicado en K 5 11 28 L L-4087 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000026450 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALDIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con Cedula de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , propietarios del predio No 010000220654901, ubicado en K 5 11 28 L L-4087 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000026450), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-4087 C.C. ORBE, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 21966 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 280 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes BANDERA GARCIA ALCIRA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 28403921, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010000220655901, ubicado en K 5 11 28 L L-4088 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000026451 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes BANDERA GARCIA ALCIRA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 28403921, , , , , propietarios del predio No 010000220655901, ubicado en K 5 11 28 L L-4088 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000026451), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-4088 C.C. ORBE, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 21967 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 281 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALDIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con Cedula de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010000220662901, ubicado en K 5 11 28 L L-4095 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000026457 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALDIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con Cedula de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , propietarios del predio No 010000220662901, ubicado en K 5 11 28 L L-4095 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000026457), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-4095 C.C. ORBE, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 21970 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 282 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes JAIMES PENA EVER-FABIAN, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 13862721, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010000220669901, ubicado en K 5 11 28 L L-4102 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000026463 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes JAIMES PENA EVER-FABIAN, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 13862721, , , , , propietarios del predio No 010000220669901, ubicado en K 5 11 28 L L-4102 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000026463), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-4102 C.C. ORBE, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 21974 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 283 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALDIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con Cedula de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010000220674901, ubicado en K 5 11 28 L L-4107 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000026467 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALDIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con Cedula de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , propietarios del predio No 010000220674901, ubicado en K 5 11 28 L L-4107 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000026467), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-4107 C.C. ORBE, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 21976 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 284 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALDIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con Cedula de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010000220675901, ubicado en K 5 11 28 L L-4108 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000026468 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALDIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con Cedula de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , propietarios del predio No 010000220675901, ubicado en K 5 11 28 L L-4108 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000026468), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-4108 C.C. ORBE, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 21977 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 285 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes CAMARGO FLOREZ MARIA-YORLEYTH, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 63352395, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010000220676901, ubicado en K 5 11 28 L L-4109 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000026469 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes CAMARGO FLOREZ MARIA-YORLEYTH, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 63352395, , , , , propietarios del predio No 010000220676901, ubicado en K 5 11 28 L L-4109 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000026469), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-4109 C.C. ORBE, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 21978 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 286 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes CAMARGO FLOREZ MARIA-YORLEYTH, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 63352395, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010000220677901, ubicado en K 5 11 28 L L-4110 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000026470 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes CAMARGO FLOREZ MARIA-YORLEYTH, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 63352395, , , , , propietarios del predio No 010000220677901, ubicado en K 5 11 28 L L-4110 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000026470), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-4110 C.C. ORBE, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 21979 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 287 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes CAMARGO FLOREZ MARIA-YORLEYTH, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 63352395, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010000220678901, ubicado en K 5 11 28 L L-4111 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000026471 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes CAMARGO FLOREZ MARIA-YORLEYTH, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 63352395, , , , , propietarios del predio No 010000220678901, ubicado en K 5 11 28 L L-4111 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000026471), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-4111 C.C. ORBE, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 21980 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 288 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes ADARME MAYORGA LUIS-FERNANDO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 91202868, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010000220308901, ubicado en K 5 11 28 L L-2088 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000026198 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes ADARME MAYORGA LUIS-FERNANDO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 91202868, , , , , propietarios del predio No 010000220308901, ubicado en K 5 11 28 L L-2088 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000026198), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-2088 C.C. ORBE, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22040 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 289 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes RIBERO TOBON HERIBERTO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 13805633, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010000220294901, ubicado en K 5 11 28 L L-2074 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000026187 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes RIBERO TOBON HERIBERTO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 13805633, , , , , propietarios del predio No 010000220294901, ubicado en K 5 11 28 L L-2074 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000026187), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-2074 C.C. ORBE, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22046 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 290 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALCIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con Cedula de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010000220290901, ubicado en K 5 11 28 L L-2070 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000026184 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALCIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con Cedula de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , propietarios del predio No 010000220290901, ubicado en K 5 11 28 L L-2070 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000026184), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-2070 C.C. ORBE, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22047 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 291 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes CAMARGO FLOREZ MARIA-YORLEYTH, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 63352395, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010000220272901, ubicado en K 5 11 28 L L-2052 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000026172 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes CAMARGO FLOREZ MARIA-YORLEYTH, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 63352395, , , , , propietarios del predio No 010000220272901, ubicado en K 5 11 28 L L-2052 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000026172), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-2052 C.C. ORBE, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22054 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 292 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes MORENO RIOS CLAUDIA-ROCIO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 63492468, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010000220267901, ubicado en K 5 11 28 L L-2047 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000026168 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes MORENO RIOS CLAUDIA-ROCIO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 63492468, , , , , propietarios del predio No 010000220267901, ubicado en K 5 11 28 L L-2047 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000026168), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-2047 C.C. ORBE, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22057 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 293 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALCIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con Cedula de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010000220266901, ubicado en K 5 11 28 L L-2046 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000026167 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALCIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con Cedula de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , propietarios del predio No 010000220266901, ubicado en K 5 11 28 L L-2046 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000026167), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-2046 C.C. ORBE, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22058 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 294 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes MORENO RIOS CLAUDIA-ROCIO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 63492468, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010000220246901, ubicado en K 5 11 28 L L-2026 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000026158 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes MORENO RIOS CLAUDIA-ROCIO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 63492468, , , , , propietarios del predio No 010000220246901, ubicado en K 5 11 28 L L-2026 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000026158), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-2026 C.C. ORBE, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22062 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 295 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes MORENO RIOS CLAUDIA-ROCIO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 63492468, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010000220245901, ubicado en K 5 11 28 L L-2025 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000026157 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes MORENO RIOS CLAUDIA-ROCIO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 63492468, , , , , propietarios del predio No 010000220245901, ubicado en K 5 11 28 L L-2025 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000026157), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-2025 C.C. ORBE, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22063 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 296 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALCIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con Cedula de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010000220244901, ubicado en K 5 11 28 L L-2024 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000026156 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALCIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con Cedula de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , propietarios del predio No 010000220244901, ubicado en K 5 11 28 L L-2024 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000026156), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-2024 C.C. ORBE, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22064 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 297 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALCIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con Cedula de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010000220221901, ubicado en K 5 11 28 L L-2001 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000026144 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALCIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con Cedula de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , propietarios del predio No 010000220221901, ubicado en K 5 11 28 L L-2001 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000026144), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-2001 C.C. ORBE, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22070 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 298 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes PARRA RINCON HERNANDO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 91279226, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010000220216901, ubicado en K 5 11 28 L L-1165 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000026141 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes PARRA RINCON HERNANDO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 91279226, , , , , propietarios del predio No 010000220216901, ubicado en K 5 11 28 L L-1165 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000026141), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-1165 C.C. ORBE, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22072 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 299 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes PARRA RINCON HERNANDO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 91279226, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010000220215901, ubicado en K 5 11 28 L L-1164 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000026140 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes PARRA RINCON HERNANDO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 91279226, , , , , propietarios del predio No 010000220215901, ubicado en K 5 11 28 L L-1164 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000026140), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-1164 C.C. ORBE, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22073 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 300 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALCIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con Cedula de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010000220214901, ubicado en K 5 11 28 L L-1163 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000026139 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALCIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con Cedula de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , propietarios del predio No 010000220214901, ubicado en K 5 11 28 L L-1163 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000026139), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-1163 C.C. ORBE, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22074 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 301 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALCIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con Cedula de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010000220213901, ubicado en K 5 11 28 L L-1162 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000026138 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALCIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con Cedula de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , propietarios del predio No 010000220213901, ubicado en K 5 11 28 L L-1162 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000026138), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-1162 C.C. ORBE, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22076 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 302 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALCIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con Cedula de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010000220212901, ubicado en K 5 11 28 L L-1161 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000026137 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALCIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con Cedula de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , propietarios del predio No 010000220212901, ubicado en K 5 11 28 L L-1161 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000026137), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-1161 C.C. ORBE, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22077 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 303 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALCIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con Cedula de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010000220211901, ubicado en K 5 11 28 L L-1160 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000026136 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALCIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con Cedula de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , propietarios del predio No 010000220211901, ubicado en K 5 11 28 L L-1160 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000026136), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-1160 C.C. ORBE, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22078 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 304 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALCIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con Cedula de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010000220181901, ubicado en K 5 11 28 L L-1130 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000025882 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de OCHO MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($8399) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALCIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con Cedula de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , propietarios del predio No 010000220181901, ubicado en K 5 11 28 L L-1130 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de OCHO MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($8399) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000025882), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-1130 C.C. ORBE, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22130 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 305 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALDIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con Cedula de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010000220701901, ubicado en K 5 11 28 L L-4134 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000026487 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALDIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con Cedula de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , propietarios del predio No 010000220701901, ubicado en K 5 11 28 L L-4134 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000026487), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-4134 C.C. ORBE, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22137 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 306 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALDIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con Cedula de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010000220673901, ubicado en K 5 11 28 L L-4106 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000026466 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALDIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con Cedula de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , propietarios del predio No 010000220673901, ubicado en K 5 11 28 L L-4106 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000026466), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-4106 C.C. ORBE, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22152 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 307 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes ALVAREZ BLANCO GUSTAVO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 91227111, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010000220492901, ubicado en K 5 11 28 L L-3113 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000026342 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes ALVAREZ BLANCO GUSTAVO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 91227111, , , , , propietarios del predio No 010000220492901, ubicado en K 5 11 28 L L-3113 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000026342), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-3113 C.C. ORBE, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22191 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 308 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALDIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con Cedula de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010000220485901, ubicado en K 5 11 28 L L-3106 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000026335 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALDIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con Cedula de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , propietarios del predio No 010000220485901, ubicado en K 5 11 28 L L-3106 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000026335), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-3106 C.C. ORBE, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22192 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 309 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes CARLIER TORRES JULIANO-GERARDO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 91260657, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010000220420901, ubicado en K 5 11 28 L L-3041 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000026281 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes CARLIER TORRES JULIANO-GERARDO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 91260657, , , , , propietarios del predio No 010000220420901, ubicado en K 5 11 28 L L-3041 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000026281), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-3041 C.C. ORBE, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22194 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 310 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes AMAYA PEDROZA DIANA-MIREYA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 63551678, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010000220435901, ubicado en K 5 11 28 L L-3056 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000026294 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes AMAYA PEDROZA DIANA-MIREYA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 63551678, , , , , propietarios del predio No 010000220435901, ubicado en K 5 11 28 L L-3056 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000026294), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-3056 C.C. ORBE, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22226 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 311 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALDIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con Cedula de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010000220464901, ubicado en K 5 11 28 L L-3085 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000026321 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALDIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con Cedula de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , propietarios del predio No 010000220464901, ubicado en K 5 11 28 L L-3085 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000026321), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-3085 C.C. ORBE, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22229 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 312 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALDIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con Cedula de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010000220488901, ubicado en K 5 11 28 L L-3109 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000026338 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALDIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con Cedula de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , propietarios del predio No 010000220488901, ubicado en K 5 11 28 L L-3109 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000026338), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-3109 C.C. ORBE, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22230 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 313 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALDIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con Cedula de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010000220489901, ubicado en K 5 11 28 L L-3110 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000026339 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALDIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con Cedula de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , propietarios del predio No 010000220489901, ubicado en K 5 11 28 L L-3110 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000026339), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-3110 C.C. ORBE, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22231 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 314 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes ALVAREZ BLANCO GUSTAVO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 91227111, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010000220491901, ubicado en K 5 11 28 L L-3112 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000026341 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes ALVAREZ BLANCO GUSTAVO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 91227111, , , , , propietarios del predio No 010000220491901, ubicado en K 5 11 28 L L-3112 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000026341), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-3112 C.C. ORBE, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22232 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 315 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes ALVAREZ BLANCO GUSTAVO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 91227111, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010000220493901, ubicado en K 5 11 28 L L-3114 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000026343 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes ALVAREZ BLANCO GUSTAVO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 91227111, , , , , propietarios del predio No 010000220493901, ubicado en K 5 11 28 L L-3114 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($6599) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000026343), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-3114 C.C. ORBE, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22233 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 316 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes ESPINOSA SANCHEZ RAIMUNDA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 27934482, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000091053000, ubicado en LO 1-2 VDA MESA DE RUITOQUE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000026730 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de SIETE MIL OCHOCIENTOS DIECISIETE PESOS ($7817) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes ESPINOSA SANCHEZ RAIMUNDA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 27934482, , , , , propietarios del predio No 000000091053000, ubicado en LO 1-2 VDA MESA DE RUITOQUE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de SIETE MIL OCHOCIENTOS DIECISIETE PESOS ($7817) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000026730), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LO 1-2 VDA MESA DE RUITOQUE, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 21991 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 318 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes BARRAGAN JAIMES NUBIA, TORRES BARRAGAN LEONEL, TORRES BARRAGAN SILVIA-JULIANA, , , con Cedula de Ciudadanía No 63443487, 1098646652, 1102366697, , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000130378000, ubicado en EL DIVISO VDA LAS AMARILLAS de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000014077 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de DIEZ MIL CUATROCIENTOS TREINTA PESOS ($10430) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2011 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes BARRAGAN JAIMES NUBIA, TORRES BARRAGAN LEONEL, TORRES BARRAGAN SILVIA-JULIANA, , , con Cedula de Ciudadanía No 63443487, 1098646652, 1102366697, , , propietarios del predio No 000000130378000, ubicado en EL DIVISO VDA LAS AMARILLAS de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de DIEZ MIL CUATROCIENTOS TREINTA PESOS ($10430) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000014077), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a EL DIVISO VDA LAS AMARILLAS, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 21709 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 319 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes ESPINOSA SANCHEZ RAIMUNDA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 27934482, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000091054000, ubicado en LO 1-3 VDA MESA DE RUITOQUE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000026731 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de OCHO MIL CUATROCIENTOS VEINTISEIS PESOS ($8426) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes ESPINOSA SANCHEZ RAIMUNDA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 27934482, , , , , propietarios del predio No 000000091054000, ubicado en LO 1-3 VDA MESA DE RUITOQUE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de OCHO MIL CUATROCIENTOS VEINTISEIS PESOS ($8426) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000026731), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LO 1-3 VDA MESA DE RUITOQUE, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 21992 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 320 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes ROJAS ROJAS SATURNINA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 28289126, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000180167000, ubicado en COCORA VDA SAN ISIDRO de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000026739 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de OCHO MIL CUATROCIENTOS CUARENTA PESOS ($8440) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes ROJAS ROJAS SATURNINA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 28289126, , , , , propietarios del predio No 000000180167000, ubicado en COCORA VDA SAN ISIDRO de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de OCHO MIL CUATROCIENTOS CUARENTA PESOS ($8440) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000026739), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a COCORA VDA SAN ISIDRO, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 21999 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 321 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes SANDOVAL JAIMES EVELIO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 91343426, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000190398000, ubicado en LO 1 VDA PLANADAS de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000026124 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de OCHO MIL SESENTA Y OCHO PESOS ($8068) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes SANDOVAL JAIMES EVELIO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 91343426, , , , , propietarios del predio No 000000190398000, ubicado en LO 1 VDA PLANADAS de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de OCHO MIL SESENTA Y OCHO PESOS ($8068) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000026124), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LO 1 VDA PLANADAS, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22242 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 323 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes PEDRO-C-GOMEZ-CONSTRUCTORA-&-CIA-, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 9000693481, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010011270014000, ubicado en T 3WA 15A 47 MZ A LO 14 UR PORTAL de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000023390 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de ONCE MIL SETECIENTOS DIECISIETE PESOS ($11717) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2011 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes PEDRO-C-GOMEZ-CONSTRUCTORA-&-CIA-, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 9000693481, , , , , propietarios del predio No 010011270014000, ubicado en T 3WA 15A 47 MZ A LO 14 UR PORTAL de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de ONCE MIL SETECIENTOS DIECISIETE PESOS ($11717) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000023390), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a T 3WA 15A 47 MZ A LO 14 UR PORTAL, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22035 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 324 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes QUINTERO JAIMES PEDRO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 91351108, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000140323000, ubicado en EL TACHUELO LO 5 VDA LOS LLANITOS de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000026102 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de OCHO MIL DOSCIENTOS NOVENTA PESOS ($8290) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes QUINTERO JAIMES PEDRO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 91351108, , , , , propietarios del predio No 000000140323000, ubicado en EL TACHUELO LO 5 VDA LOS LLANITOS de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de OCHO MIL DOSCIENTOS NOVENTA PESOS ($8290) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000026102), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a EL TACHUELO LO 5 VDA LOS LLANITOS, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 21906 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 325 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes HIGUERA BARRIOS JEFFERSON, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 13740314, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000150329000, ubicado en EL CHEVECHE VDA SAN FRANCISCO de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000014286 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de NUEVE MIL SETECIENTOS VEINTIUN PESOS ($9721) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes HIGUERA BARRIOS JEFFERSON, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 13740314, , , , , propietarios del predio No 000000150329000, ubicado en EL CHEVECHE VDA SAN FRANCISCO de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de NUEVE MIL SETECIENTOS VEINTIUN PESOS ($9721) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000014286), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a EL CHEVECHE VDA SAN FRANCISCO, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22768 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 326 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes RAMIREZ YANEZ JOSE-RAUL, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 91277936, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000120532000, ubicado en YERBABUENA VDA GRANADILLO de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000013919 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de DOCE MIL CUATROCIENTOS TRES PESOS ($12403) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2011 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes RAMIREZ YANEZ JOSE-RAUL, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 91277936, , , , , propietarios del predio No 000000120532000, ubicado en YERBABUENA VDA GRANADILLO de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de DOCE MIL CUATROCIENTOS TRES PESOS ($12403) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000013919), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a YERBABUENA VDA GRANADILLO, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 21882 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 327 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALCIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con Cedula de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010000220171901, ubicado en K 5 11 28 L L-1120 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000025876 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de DOCE MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y SEIS PESOS ($12396) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2011 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALCIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con Cedula de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , propietarios del predio No 010000220171901, ubicado en K 5 11 28 L L-1120 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de DOCE MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y SEIS PESOS ($12396) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000025876), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-1120 C.C. ORBE, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 21371 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 328 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes JAIMES OSMA LUIS-ROBERTO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 91341269, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010011270041000, ubicado en A 17 15A 120 MZ A LO 41 UR PORTAL de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000023398 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de TRECE MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y CUATRO PESOS ($13394) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2011 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes JAIMES OSMA LUIS-ROBERTO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 91341269, , , , , propietarios del predio No 010011270041000, ubicado en A 17 15A 120 MZ A LO 41 UR PORTAL de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de TRECE MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y CUATRO PESOS ($13394) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000023398), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a A 17 15A 120 MZ A LO 41 UR PORTAL, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22034 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 329 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes GARNICA REY JAVIER, GARNICA REY ISABEL, , , , con Cedula de Ciudadanía No 91349290, 63486599, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010009840095000, ubicado en LO No 11 de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000025367 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de TRECE MIL QUINIENTOS DOS PESOS ($13502) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2011 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes GARNICA REY JAVIER, GARNICA REY ISABEL, , , , con Cedula de Ciudadanía No 91349290, 63486599, , , , propietarios del predio No 010009840095000, ubicado en LO No 11 de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de TRECE MIL QUINIENTOS DOS PESOS ($13502) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000025367), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LO No 11, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 21306 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 330 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes REY BLANCO JOSE-ANTONIO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 91346336, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010010990006000, ubicado en C 16A 1W 28 UR EDIMAR de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000023173 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de DOCE MIL SEISCIENTOS VEINTICINCO PESOS ($12625) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes REY BLANCO JOSE-ANTONIO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 91346336, , , , , propietarios del predio No 010010990006000, ubicado en C 16A 1W 28 UR EDIMAR de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de DOCE MIL SEISCIENTOS VEINTICINCO PESOS ($12625) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000023173), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a C 16A 1W 28 UR EDIMAR, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22332 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 331 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes PABON * FLOR-DE-MARIA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 37828935, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010010970007000, ubicado en C 16 1W 03 UR EDIMAR de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000023164 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de DOCE MIL SEISCIENTOS VEINTICINCO PESOS ($12625) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes PABON * FLOR-DE-MARIA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 37828935, , , , , propietarios del predio No 010010970007000, ubicado en C 16 1W 03 UR EDIMAR de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de DOCE MIL SEISCIENTOS VEINTICINCO PESOS ($12625) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000023164), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a C 16 1W 03 UR EDIMAR, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22333 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 332 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes TELLEZ CRUZ HERNANDO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 5568345, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000120114000, ubicado en BUENAVISTA VDA EL GRANADILLO de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000013795 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de CATORCE MIL OCHOCIENTOS OCHENTA PESOS ($14880) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2011 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes TELLEZ CRUZ HERNANDO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 5568345, , , , , propietarios del predio No 000000120114000, ubicado en BUENAVISTA VDA EL GRANADILLO de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de CATORCE MIL OCHOCIENTOS OCHENTA PESOS ($14880) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000013795), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a BUENAVISTA VDA EL GRANADILLO, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 21888 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 333 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes PICO ARENAS ALBERO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 13807574, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000180151000, ubicado en LT 3 VDA SAN ISIDRO de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000014606 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de CATORCE MIL DOSCIENTOS SETENTA PESOS ($14270) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes PICO ARENAS ALBERO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 13807574, , , , , propietarios del predio No 000000180151000, ubicado en LT 3 VDA SAN ISIDRO de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de CATORCE MIL DOSCIENTOS SETENTA PESOS ($14270) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000014606), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LT 3 VDA SAN ISIDRO, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22777 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 334 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes TORRES JAIMES MARIA-CONCEPCION, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 28162002, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000130366000, ubicado en LA ESPERANZA VDA LAS AMARILLAS de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000014069 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de CATORCE MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y CUATRO PESOS ($14434) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes TORRES JAIMES MARIA-CONCEPCION, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 28162002, , , , , propietarios del predio No 000000130366000, ubicado en LA ESPERANZA VDA LAS AMARILLAS de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de CATORCE MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y CUATRO PESOS ($14434) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000014069), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LA ESPERANZA VDA LAS AMARILLAS, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22730 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 335 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes VILLAMIZAR SERRANO DANILO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 91264342, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000180146000, ubicado en MI TERRUNO VDA SAN ISIDRO de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000014604 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de CATORCE MIL QUINIENTOS SEIS PESOS ($14506) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes VILLAMIZAR SERRANO DANILO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 91264342, , , , , propietarios del predio No 000000180146000, ubicado en MI TERRUNO VDA SAN ISIDRO de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de CATORCE MIL QUINIENTOS SEIS PESOS ($14506) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000014604), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a MI TERRUNO VDA SAN ISIDRO, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22776 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 336 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes JAIMES JIMENEZ MARIA-HERSILIA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 28295603, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000030278000, ubicado en EL MAMEY VDA EL GUAMO de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000012620 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de QUINCE MIL CIENTO SETENTA Y DOS PESOS ($15172) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes JAIMES JIMENEZ MARIA-HERSILIA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 28295603, , , , , propietarios del predio No 000000030278000, ubicado en EL MAMEY VDA EL GUAMO de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de QUINCE MIL CIENTO SETENTA Y DOS PESOS ($15172) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000012620), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a EL MAMEY VDA EL GUAMO, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22565 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 337 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes EMPRESA-DE-OBRAS-SANITARIAS-DE, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 0, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000050016000, ubicado en LOTE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000012724 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de CATORCE MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y CUATRO PESOS ($14754) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2009 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes EMPRESA-DE-OBRAS-SANITARIAS-DE, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 0, , , , , propietarios del predio No 000000050016000, ubicado en LOTE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de CATORCE MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y CUATRO PESOS ($14754) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000012724), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LOTE, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 21010 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 338 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes SANDOVAL JAIMES MANUEL, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 0, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000190401000, ubicado en LO 4 VDA PLANADAS de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000026127 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de DOCE MIL CUATROCIENTOS DIECIOCHO PESOS ($12418) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes SANDOVAL JAIMES MANUEL, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 0, , , , , propietarios del predio No 000000190401000, ubicado en LO 4 VDA PLANADAS de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de DOCE MIL CUATROCIENTOS DIECIOCHO PESOS ($12418) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000026127), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LO 4 VDA PLANADAS, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22246 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 339 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes GARNICA REY EUGENIA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 0, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000190367000, ubicado en EL TREBOL VDA PLANADAS de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000024506 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de CATORCE MIL CIENTO VEINTISEIS PESOS ($14126) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes GARNICA REY EUGENIA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 0, , , , , propietarios del predio No 000000190367000, ubicado en EL TREBOL VDA PLANADAS de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de CATORCE MIL CIENTO VEINTISEIS PESOS ($14126) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000024506), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a EL TREBOL VDA PLANADAS, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22275 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 340 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes PINTO CESPEDES CARMEN-ELVIRA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 27959679, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 030000390077000, ubicado en LOTE 16 M 5 de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000023809 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de CATORCE MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y UN PESOS ($14391) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes PINTO CESPEDES CARMEN-ELVIRA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 27959679, , , , , propietarios del predio No 030000390077000, ubicado en LOTE 16 M 5 de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de CATORCE MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y UN PESOS ($14391) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000023809), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LOTE 16 M 5, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22330 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 341 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes AVENDANO * THOMAS, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 0, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000290016000, ubicado en NULL de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000015072 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de DIECISIETE MIL SETECIENTOS OCHENTA Y CINCO PESOS ($17785) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2009 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes AVENDANO * THOMAS, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 0, , , , , propietarios del predio No 000000290016000, ubicado en NULL de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de DIECISIETE MIL SETECIENTOS OCHENTA Y CINCO PESOS ($17785) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000015072), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a NULL, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 21291 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 342 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes GARCIA * CECILIA-SUC, ORTIZ * LEONARDO-SUC, DELGADO JEREZ ALICIA, , , con Cedula de Ciudadanía No 0, , 28293234, , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000180027000, ubicado en LA LOMITA SITIO BUENAVISTA VDA SAN de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000014539 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de DIECISEIS MIL DOSCIENTOS CATORCE PESOS ($16214) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes GARCIA * CECILIA-SUC, ORTIZ * LEONARDO-SUC, DELGADO JEREZ ALICIA, , , con Cedula de Ciudadanía No 0, , 28293234, , , propietarios del predio No 000000180027000, ubicado en LA LOMITA SITIO BUENAVISTA VDA SAN de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de DIECISEIS MIL DOSCIENTOS CATORCE PESOS ($16214) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000014539), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LA LOMITA SITIO BUENAVISTA VDA SAN, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22770 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 343 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes ALMEYDA MENESES JOHN-JAIRO, PARRA PRADA SANDRA-MILENA, , , , con Cedula de Ciudadanía No 91352625, 37543679, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010009920005000, ubicado en K 4 D 4A 26 LO 5 MZ A SEC 1 UR PAL de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000022421 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de DIECISEIS MIL DOSCIENTOS DOS PESOS ($16202) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes ALMEYDA MENESES JOHN-JAIRO, PARRA PRADA SANDRA-MILENA, , , , con Cedula de Ciudadanía No 91352625, 37543679, , , , propietarios del predio No 010009920005000, ubicado en K 4 D 4A 26 LO 5 MZ A SEC 1 UR PAL de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de DIECISEIS MIL DOSCIENTOS DOS PESOS ($16202) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000022421), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 4 D 4A 26 LO 5 MZ A SEC 1 UR PAL, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22091 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 344 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes AYA * JOSE-RAMOS, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 19051354, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010009930011000, ubicado en K 3C 2AN 33 de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000022429 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de DIECISEIS MIL DOSCIENTOS DOS PESOS ($16202) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes AYA * JOSE-RAMOS, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 19051354, , , , , propietarios del predio No 010009930011000, ubicado en K 3C 2AN 33 de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de DIECISEIS MIL DOSCIENTOS DOS PESOS ($16202) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000022429), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 3C 2AN 33, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22094 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 345 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes BERTOIA * DANIELE, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 0, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010010010012000, ubicado en LO 12 MZ I UR PALERMO I de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000022457 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de DIECISEIS MIL DOSCIENTOS DOS PESOS ($16202) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes BERTOIA * DANIELE, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 0, , , , , propietarios del predio No 010010010012000, ubicado en LO 12 MZ I UR PALERMO I de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de DIECISEIS MIL DOSCIENTOS DOS PESOS ($16202) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000022457), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LO 12 MZ I UR PALERMO I, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22282 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 346 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes BERTOIA * DANIELE, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 0, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010010010013000, ubicado en LO 13 MZ I UR PALERMO I de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000022458 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de DIECISEIS MIL DOSCIENTOS DOS PESOS ($16202) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes BERTOIA * DANIELE, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 0, , , , , propietarios del predio No 010010010013000, ubicado en LO 13 MZ I UR PALERMO I de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de DIECISEIS MIL DOSCIENTOS DOS PESOS ($16202) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000022458), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LO 13 MZ I UR PALERMO I, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22283 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 347 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes OREJARENA ARCINIEGAS JOSE-IGNACIO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 13847021, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010010090003000, ubicado en LO 03 MZ Q UR PALERMO I de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000022499 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de DIECISEIS MIL DOSCIENTOS DOS PESOS ($16202) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes OREJARENA ARCINIEGAS JOSE-IGNACIO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 13847021, , , , , propietarios del predio No 010010090003000, ubicado en LO 03 MZ Q UR PALERMO I de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de DIECISEIS MIL DOSCIENTOS DOS PESOS ($16202) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000022499), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LO 03 MZ Q UR PALERMO I, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22288 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 348 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes PICO SERRANO MARTHA-LIGIA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 63320672, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010010930007000, ubicado en C 15B 1W 09 UR EDIMAR de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000023131 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de VEINTE MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y DOS PESOS ($20872) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2011 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes PICO SERRANO MARTHA-LIGIA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 63320672, , , , , propietarios del predio No 010010930007000, ubicado en C 15B 1W 09 UR EDIMAR de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de VEINTE MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y DOS PESOS ($20872) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000023131), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a C 15B 1W 09 UR EDIMAR, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 21051 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 349 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes ROBAYO SALAMANCA LUZ-YADIRA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 30209527, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010010930004000, ubicado en C 15A 1W 10 UR EDIMAR de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000023129 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de VEINTE MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y DOS PESOS ($20872) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2011 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes ROBAYO SALAMANCA LUZ-YADIRA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 30209527, , , , , propietarios del predio No 010010930004000, ubicado en C 15A 1W 10 UR EDIMAR de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de VEINTE MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y DOS PESOS ($20872) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000023129), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a C 15A 1W 10 UR EDIMAR, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 21052 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 350 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes TASCO RAMIREZ CARMEN-ROSA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 28294084, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000011595000, ubicado en LA ROSITA VDA MESA DE JERIDAS de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000012280 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de DIECISEIS MIL SETECIENTOS VEINTIUN PESOS ($16721) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes TASCO RAMIREZ CARMEN-ROSA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 28294084, , , , , propietarios del predio No 000000011595000, ubicado en LA ROSITA VDA MESA DE JERIDAS de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de DIECISEIS MIL SETECIENTOS VEINTIUN PESOS ($16721) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000012280), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LA ROSITA VDA MESA DE JERIDAS, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22545 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 351 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes VILLAMIZAR GUTIERREZ MARIA-ELSA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 37541992, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000150186000, ubicado en VILLA ELSA VDA SAN FRANCISCO de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000014261 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de DIECISEIS MIL SETECIENTOS VEINTIUN PESOS ($16721) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes VILLAMIZAR GUTIERREZ MARIA-ELSA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 37541992, , , , , propietarios del predio No 000000150186000, ubicado en VILLA ELSA VDA SAN FRANCISCO de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de DIECISEIS MIL SETECIENTOS VEINTIUN PESOS ($16721) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000014261), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a VILLA ELSA VDA SAN FRANCISCO, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22763 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 352 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes MANTILLA ARIZA YANETH, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 63309431, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010000220155901, ubicado en K 5 11 28 L L-1104 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000025867 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de VEINTE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y CINCO PESOS ($20985) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2011 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes MANTILLA ARIZA YANETH, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 63309431, , , , , propietarios del predio No 010000220155901, ubicado en K 5 11 28 L L-1104 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de VEINTE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y CINCO PESOS ($20985) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000025867), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-1104 C.C. ORBE, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 21368 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 353 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes MANTILLA ARIZA YANETH, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 63309431, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010000220154901, ubicado en K 5 11 28 L L-1103 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000025866 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de VEINTE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y CINCO PESOS ($20985) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2011 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes MANTILLA ARIZA YANETH, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 63309431, , , , , propietarios del predio No 010000220154901, ubicado en K 5 11 28 L L-1103 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de VEINTE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y CINCO PESOS ($20985) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000025866), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-1103 C.C. ORBE, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 21369 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 354 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALCIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con Cedula de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010000220153901, ubicado en K 5 11 28 L L-1102 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000025865 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de VEINTE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y CINCO PESOS ($20985) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2011 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALCIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con Cedula de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , propietarios del predio No 010000220153901, ubicado en K 5 11 28 L L-1102 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de VEINTE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y CINCO PESOS ($20985) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000025865), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-1102 C.C. ORBE, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 21370 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 355 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALCIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con Cedula de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010000220170901, ubicado en K 5 11 28 L L-1119 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000025875 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de VEINTE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y CINCO PESOS ($20985) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2011 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALCIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con Cedula de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , propietarios del predio No 010000220170901, ubicado en K 5 11 28 L L-1119 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de VEINTE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y CINCO PESOS ($20985) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000025875), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-1119 C.C. ORBE, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 21372 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 357 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes SAAVEDRA GOMEZ EUGENIANO, SAAVEDRA SUAREZ TOMAS, SAAVEDRA SUAREZ NICOLAS, , , con Cedula de Ciudadanía No 91154609, , 98092752208, , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000050033000, ubicado en MIRALINDO VDA PAJONAL de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000012731 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de DIECISIETE MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y SIETE PESOS ($17647) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes SAAVEDRA GOMEZ EUGENIANO, SAAVEDRA SUAREZ TOMAS, SAAVEDRA SUAREZ NICOLAS, , , con Cedula de Ciudadanía No 91154609, , 98092752208, , , propietarios del predio No 000000050033000, ubicado en MIRALINDO VDA PAJONAL de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de DIECISIETE MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y SIETE PESOS ($17647) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000012731), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a MIRALINDO VDA PAJONAL, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22583 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 358 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes GUALDRON CHAPARRO RODRIGO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 91353550, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000100242000, ubicado en LA ESPANOLITA VDA MENSULI de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000013559 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de DIECISIETE MIL SEISCIENTOS SETENTA PESOS ($17670) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes GUALDRON CHAPARRO RODRIGO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 91353550, , , , , propietarios del predio No 000000100242000, ubicado en LA ESPANOLITA VDA MENSULI de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de DIECISIETE MIL SEISCIENTOS SETENTA PESOS ($17670) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000013559), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LA ESPANOLITA VDA MENSULI, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22101 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 359 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes JEREZ DELGADO LUIS-ANTONIO, JEREZ DELGADO NELSON, JEREZ DELGADO ALEXANDER, , , con Cedula de Ciudadanía No 91348673, 91349908, 91353956, , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000180071000, ubicado en GUARUMALES VDA SAN ISIDRO de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000014560 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de VEINTE MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y SEIS PESOS ($20696) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes JEREZ DELGADO LUIS-ANTONIO, JEREZ DELGADO NELSON, JEREZ DELGADO ALEXANDER, , , con Cedula de Ciudadanía No 91348673, 91349908, 91353956, , , propietarios del predio No 000000180071000, ubicado en GUARUMALES VDA SAN ISIDRO de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de VEINTE MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y SEIS PESOS ($20696) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000014560), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a GUARUMALES VDA SAN ISIDRO, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22773 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 360 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes ORTIZ SUAREZ LISANDRO-SUC, ROZO CASTILLO ELIANNE-BERNEY-CES, , , , con Cedula de Ciudadanía No 5704821, 36087339, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 030000390277000, ubicado en VILLA INES de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000026695 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de VEINTE MIL SETECIENTOS SESENTA Y OCHO PESOS ($20768) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes ORTIZ SUAREZ LISANDRO-SUC, ROZO CASTILLO ELIANNE-BERNEY-CES, , , , con Cedula de Ciudadanía No 5704821, 36087339, , , , propietarios del predio No 030000390277000, ubicado en VILLA INES de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de VEINTE MIL SETECIENTOS SESENTA Y OCHO PESOS ($20768) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000026695), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a VILLA INES, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 21985 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 361 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes INGYSERV-LTDA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 8300641161, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 030000380186000, ubicado en LO 27C VILLAS DE FONTANAR II ETAPA de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000024765 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de DIECIOCHO MIL SETECIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS ($18744) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes INGYSERV-LTDA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 8300641161, , , , , propietarios del predio No 030000380186000, ubicado en LO 27C VILLAS DE FONTANAR II ETAPA de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de DIECIOCHO MIL SETECIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS ($18744) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000024765), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LO 27C VILLAS DE FONTANAR II ETAPA, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22015 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 362 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes BARRIOS DOMINGUEZ MILTON, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 91537351, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000040013000, ubicado en EL GRANADO VDA SAN JAVIER de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000012643 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de DIECIOCHO MIL SETECIENTOS OCHENTA PESOS ($18780) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes BARRIOS DOMINGUEZ MILTON, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 91537351, , , , , propietarios del predio No 000000040013000, ubicado en EL GRANADO VDA SAN JAVIER de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de DIECIOCHO MIL SETECIENTOS OCHENTA PESOS ($18780) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000012643), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a EL GRANADO VDA SAN JAVIER, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22569 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 363 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes GOMEZ GUEVARA HUMBERTO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 5705790, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000050097000, ubicado en PARCELA 9 VILLA CAROLINA VDA PAJON de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000012752 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de VEINTIDOS MIL VEINTISEIS PESOS ($22026) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes GOMEZ GUEVARA HUMBERTO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 5705790, , , , , propietarios del predio No 000000050097000, ubicado en PARCELA 9 VILLA CAROLINA VDA PAJON de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de VEINTIDOS MIL VEINTISEIS PESOS ($22026) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000012752), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a PARCELA 9 VILLA CAROLINA VDA PAJON, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22586 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 364 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes FUENTES MANRIQUE CIRO-ALFONSO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 5605909, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010000990074902, ubicado en C 7 11 61 PARQ 1 P.H. TORRES DE SA de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000016185 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de VEINTE MIL CIENTO OCHENTA Y TRES PESOS ($20183) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes FUENTES MANRIQUE CIRO-ALFONSO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 5605909, , , , , propietarios del predio No 010000990074902, ubicado en C 7 11 61 PARQ 1 P.H. TORRES DE SA de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de VEINTE MIL CIENTO OCHENTA Y TRES PESOS ($20183) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000016185), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a C 7 11 61 PARQ 1 P.H. TORRES DE SA, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22003 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 365 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes FLOREZ ARENAS PEDRO-LEON, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 91341966, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000190377000, ubicado en LO SEIS VDA PLANADAS de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000025331 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de VEINTICINCO MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y NUEVE PESOS ($25849) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2011 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes FLOREZ ARENAS PEDRO-LEON, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 91341966, , , , , propietarios del predio No 000000190377000, ubicado en LO SEIS VDA PLANADAS de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de VEINTICINCO MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y NUEVE PESOS ($25849) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000025331), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LO SEIS VDA PLANADAS, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 21329 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 366 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes ACEVEDO MANTILLA LUIS-ARTURO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 13809480, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000140131000, ubicado en EL PORVENIR VDA LOS LLANITOS de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000014111 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de VEINTE MIL NOVECIENTOS VEINTE PESOS ($20920) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes ACEVEDO MANTILLA LUIS-ARTURO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 13809480, , , , , propietarios del predio No 000000140131000, ubicado en EL PORVENIR VDA LOS LLANITOS de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de VEINTE MIL NOVECIENTOS VEINTE PESOS ($20920) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000014111), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a EL PORVENIR VDA LOS LLANITOS, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22737 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 367 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes MORALES CONTRERAS HUMBERTO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 91341360, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000130171000, ubicado en LAS ACACIAS VDA LAS AMARILLAS de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000014016 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de VEINTITRES MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS ($23944) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes MORALES CONTRERAS HUMBERTO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 91341360, , , , , propietarios del predio No 000000130171000, ubicado en LAS ACACIAS VDA LAS AMARILLAS de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de VEINTITRES MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS ($23944) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000014016), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LAS ACACIAS VDA LAS AMARILLAS, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22726 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 368 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes RIANO * HILDA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 0, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 050000030001003, ubicado en CASA 03 BR VILLA REAL CHICAMOCHA de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000024005 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de VEINTIDOS MIL CIEN PESOS ($22100) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes RIANO * HILDA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 0, , , , , propietarios del predio No 050000030001003, ubicado en CASA 03 BR VILLA REAL CHICAMOCHA de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de VEINTIDOS MIL CIEN PESOS ($22100) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000024005), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a CASA 03 BR VILLA REAL CHICAMOCHA, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22327 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 369 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes CRISTANCHO MENDEZ JOSE-VICENTE, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 13894403, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 030000400148000, ubicado en LOTE 9 de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000024779 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de VEINTIDOS MIL DOSCIENTOS SETENTA Y UN PESOS ($22271) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes CRISTANCHO MENDEZ JOSE-VICENTE, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 13894403, , , , , propietarios del predio No 030000400148000, ubicado en LOTE 9 de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de VEINTIDOS MIL DOSCIENTOS SETENTA Y UN PESOS ($22271) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000024779), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LOTE 9, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22209 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 370 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes CRISTANCHO MENDEZ JOSE-VICENTE, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 13894403, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 030000400148000, ubicado en LOTE 9 de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000024779 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de VEINTIDOS MIL DOSCIENTOS SETENTA Y UN PESOS ($22271) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes CRISTANCHO MENDEZ JOSE-VICENTE, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 13894403, , , , , propietarios del predio No 030000400148000, ubicado en LOTE 9 de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de VEINTIDOS MIL DOSCIENTOS SETENTA Y UN PESOS ($22271) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000024779), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LOTE 9, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22301 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 371 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes FLOREZ MORENO JORGE, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 2141336, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000190383000, ubicado en VILLA LUZ VDA PLANADAS de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000025166 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de VEINTIDOS MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y DOS PESOS ($22282) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes FLOREZ MORENO JORGE, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 2141336, , , , , propietarios del predio No 000000190383000, ubicado en VILLA LUZ VDA PLANADAS de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de VEINTIDOS MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y DOS PESOS ($22282) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000025166), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a VILLA LUZ VDA PLANADAS, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22202 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 372 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes CASTELLANOS JAIMES EFRAIN, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 2198414, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000170049000, ubicado en EL SITIO de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000014483 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de VEINTICINCO MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO PESOS ($25254) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes CASTELLANOS JAIMES EFRAIN, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 2198414, , , , , propietarios del predio No 000000170049000, ubicado en EL SITIO de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de VEINTICINCO MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO PESOS ($25254) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000014483), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a EL SITIO, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22264 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 373 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALCIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con Cedula de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010000220218901, ubicado en K 5 11 28 L L-1167 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000026142 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de DIECINUEVE MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y SIETE PESOS ($19887) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes ANGARITA ARDILA ALCIDES, VELANDIA SALAZAR MARIELA, , , , con Cedula de Ciudadanía No 13842970, 63345092, , , , propietarios del predio No 010000220218901, ubicado en K 5 11 28 L L-1167 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de DIECINUEVE MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y SIETE PESOS ($19887) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000026142), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-1167 C.C. ORBE, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22071 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 375 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes PRADA RODRIGUEZ PABLO-ANTONIO, SUAREZ RUIZ JAZMIN-YESENIA, , , , con Cedula de Ciudadanía No 91287753, 63533096, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010009990039904, ubicado en PARQ AUTO 02 ED TORRE CRISTAL de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000027195 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de VEINTITRES MIL CUARENTA Y SIETE PESOS ($23047) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes PRADA RODRIGUEZ PABLO-ANTONIO, SUAREZ RUIZ JAZMIN-YESENIA, , , , con Cedula de Ciudadanía No 91287753, 63533096, , , , propietarios del predio No 010009990039904, ubicado en PARQ AUTO 02 ED TORRE CRISTAL de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de VEINTITRES MIL CUARENTA Y SIETE PESOS ($23047) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000027195), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a PARQ AUTO 02 ED TORRE CRISTAL, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22405 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 376 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes ASOCIACION-DE-VIVIENDA-COMUNITARI, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 550117635, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010011460009000, ubicado en MZ D LO 75 UR LOS COMUNEROS de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000024216 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de TREINTA Y CINCO MIL CIENTO VEINTISIETE PESOS ($35127) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2009 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes ASOCIACION-DE-VIVIENDA-COMUNITARI, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 550117635, , , , , propietarios del predio No 010011460009000, ubicado en MZ D LO 75 UR LOS COMUNEROS de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de TREINTA Y CINCO MIL CIENTO VEINTISIETE PESOS ($35127) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000024216), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a MZ D LO 75 UR LOS COMUNEROS, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 21266 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 377 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes SANDOVAL JAIMES CARLOS-ARTURO, SANDOVAL JAIMES GABRIEL, SANDOVAL JAIMES LIDY-JOHANA, SANDOVAL JAIMES OLGA, SANDOVAL JAIMES OTONIEL, con Cedula de Ciudadanía No 91350041, 91344260, 37616230, 37542406, 91348407, son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000190394000, ubicado en LO 5 VDA PLANADAS de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000026120 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de VEINTIUN MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS ($21344) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes SANDOVAL JAIMES CARLOS-ARTURO, SANDOVAL JAIMES GABRIEL, SANDOVAL JAIMES LIDY-JOHANA, SANDOVAL JAIMES OLGA, SANDOVAL JAIMES OTONIEL, con Cedula de Ciudadanía No 91350041, 91344260, 37616230, 37542406, 91348407, propietarios del predio No 000000190394000, ubicado en LO 5 VDA PLANADAS de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de VEINTIUN MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS ($21344) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000026120), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LO 5 VDA PLANADAS, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22238 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 378 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes HERNANDEZ-GOMEZ-CONSTRUCTORA-S-A, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 8902035224, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010010880009000, ubicado en K 6 7N 35 UR JUNIN I de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000023098 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de VEINTICUATRO MIL SEISCIENTOS DOCE PESOS ($24612) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes HERNANDEZ-GOMEZ-CONSTRUCTORA-S-A, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 8902035224, , , , , propietarios del predio No 010010880009000, ubicado en K 6 7N 35 UR JUNIN I de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de VEINTICUATRO MIL SEISCIENTOS DOCE PESOS ($24612) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000023098), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 6 7N 35 UR JUNIN I, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22096 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 379 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes HERNANDEZ-GOMEZ-CONSTRUCTORA-S-A, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 8902035224, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010010880010000, ubicado en K 6 7N 29 UR JUNIN I de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000023099 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de VEINTICUATRO MIL SEISCIENTOS DOCE PESOS ($24612) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes HERNANDEZ-GOMEZ-CONSTRUCTORA-S-A, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 8902035224, , , , , propietarios del predio No 010010880010000, ubicado en K 6 7N 29 UR JUNIN I de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de VEINTICUATRO MIL SEISCIENTOS DOCE PESOS ($24612) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000023099), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 6 7N 29 UR JUNIN I, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22097 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 380 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes BARRIOS ALONSO MIGUEL-ALFREDO, PARRA GOMEZ ADRIANA-AMPARO, , , , con Cedula de Ciudadanía No 79279572, 63321214, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010010850004000, ubicado en C 6N 3A 161 UR JUNIN I de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000023048 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de VEINTICUATRO MIL SEISCIENTOS DOCE PESOS ($24612) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes BARRIOS ALONSO MIGUEL-ALFREDO, PARRA GOMEZ ADRIANAAMPARO, , , , con Cedula de Ciudadanía No 79279572, 63321214, , , , propietarios del predio No 010010850004000, ubicado en C 6N 3A 161 UR JUNIN I de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de VEINTICUATRO MIL SEISCIENTOS DOCE PESOS ($24612) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000023048), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a C 6N 3A 161 UR JUNIN I, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22254 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 381 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes VILLABONA MARTINEZ LEONARDO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 13885905, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010010510003000, ubicado en K 9 4N 63 LO 15 UR JUNIN IV de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000022858 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de VEINTICUATRO MIL SEISCIENTOS TREINTA PESOS ($24630) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes VILLABONA MARTINEZ LEONARDO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 13885905, , , , , propietarios del predio No 010010510003000, ubicado en K 9 4N 63 LO 15 UR JUNIN IV de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de VEINTICUATRO MIL SEISCIENTOS TREINTA PESOS ($24630) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000022858), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 9 4N 63 LO 15 UR JUNIN IV, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 21961 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 382 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes PRADA FORERO CARLOS-AUGUSTO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 91211999, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010010530011000, ubicado en C 5N 9 87 LO 11 UR JUNIN IV de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000022872 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de VEINTICUATRO MIL SEISCIENTOS TREINTA PESOS ($24630) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes PRADA FORERO CARLOS-AUGUSTO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 91211999, , , , , propietarios del predio No 010010530011000, ubicado en C 5N 9 87 LO 11 UR JUNIN IV de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de VEINTICUATRO MIL SEISCIENTOS TREINTA PESOS ($24630) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000022872), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a C 5N 9 87 LO 11 UR JUNIN IV, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 21963 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 383 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes RANGEL PARRA GLADYS, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 63440568, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010001300044903, ubicado en K 5 3 53 PARQ 7 ED TORRE DE SAN FE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000026777 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de VEINTICUATRO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y UN PESOS ($24981) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes RANGEL PARRA GLADYS, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 63440568, , , , , propietarios del predio No 010001300044903, ubicado en K 5 3 53 PARQ 7 ED TORRE DE SAN FE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de VEINTICUATRO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y UN PESOS ($24981) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000026777), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 3 53 PARQ 7 ED TORRE DE SAN FE, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22187 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 384 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes PRADA RODRIGUEZ PABLO-ANTONIO, SUAREZ RUIZ JAZMIN-YESENIA, , , , con Cedula de Ciudadanía No 91287753, 63533096, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010009990040904, ubicado en PARQ AUTO 03 ED TORRE CRISTAL de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000027196 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de VEINTICINCO MIL CUARENTA Y NUEVE PESOS ($25049) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes PRADA RODRIGUEZ PABLO-ANTONIO, SUAREZ RUIZ JAZMIN-YESENIA, , , , con Cedula de Ciudadanía No 91287753, 63533096, , , , propietarios del predio No 010009990040904, ubicado en PARQ AUTO 03 ED TORRE CRISTAL de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de VEINTICINCO MIL CUARENTA Y NUEVE PESOS ($25049) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000027196), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a PARQ AUTO 03 ED TORRE CRISTAL, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22406 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 385 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes PRADA OROZCO JUAN-JOSE, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 91249699, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000030208000, ubicado en VILLA DANY VDA EL GUAMO de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000012590 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de VEINTIOCHO MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y OCHO PESOS ($28698) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes PRADA OROZCO JUAN-JOSE, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 91249699, , , , , propietarios del predio No 000000030208000, ubicado en VILLA DANY VDA EL GUAMO de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de VEINTIOCHO MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y OCHO PESOS ($28698) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000012590), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a VILLA DANY VDA EL GUAMO, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22562 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 386 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes ASOCIACION-LOS-CISNES, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 8001223562, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010009080013000, ubicado en C 23D 1 PAR UR LOS CISNES de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000024298 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de VEINTICINCO MIL SEISCIENTOS SESENTA Y CINCO PESOS ($25665) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes ASOCIACION-LOS-CISNES, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 8001223562, , , , , propietarios del predio No 010009080013000, ubicado en C 23D 1 PAR UR LOS CISNES de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de VEINTICINCO MIL SEISCIENTOS SESENTA Y CINCO PESOS ($25665) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000024298), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a C 23D 1 PAR UR LOS CISNES, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22278 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 387 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes BOHORQUEZ MARTINEZ BEATRIZ, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 28297929, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000120505000, ubicado en LO 16 VDA GRANADILLO de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000013908 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de TREINTA Y TRES MIL DOSCIENTOS DIECINUEVE PESOS ($33219) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2011 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes BOHORQUEZ MARTINEZ BEATRIZ, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 28297929, , , , , propietarios del predio No 000000120505000, ubicado en LO 16 VDA GRANADILLO de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de TREINTA Y TRES MIL DOSCIENTOS DIECINUEVE PESOS ($33219) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000013908), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LO 16 VDA GRANADILLO, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 21884 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 388 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes QUINONES DELGADO ANTONIO-MARIA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 2095028, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 030000360222000, ubicado en LOTE PARC LA ESPERANZA de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000025149 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de VEINTISEIS MIL SEISCIENTOS SETENTA Y UN PESOS ($26671) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes QUINONES DELGADO ANTONIO-MARIA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 2095028, , , , , propietarios del predio No 030000360222000, ubicado en LOTE PARC LA ESPERANZA de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de VEINTISEIS MIL SEISCIENTOS SETENTA Y UN PESOS ($26671) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000025149), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LOTE PARC LA ESPERANZA, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22204 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 389 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes MENDEZ DELGADO JOSE-DANIEL, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 13253361, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010002180024901, ubicado en K 17A 6 19 CS 201 UR CABECERA DEL de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000017117 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de TRESCIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL CIENTO DIECISIETE PESOS ($346117) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2010 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes MENDEZ DELGADO JOSE-DANIEL, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 13253361, , , , , propietarios del predio No 010002180024901, ubicado en K 17A 6 19 CS 201 UR CABECERA DEL de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de TRESCIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL CIENTO DIECISIETE PESOS ($346117) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000017117), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 17A 6 19 CS 201 UR CABECERA DEL, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22794 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 390 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes RODRIGUEZ JEREZ LUIS-ALFREDO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 2137879, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000180013000, ubicado en SAN JORGE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000014531 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de TREINTA MIL SEISCIENTOS TREINTA Y SEIS PESOS ($30636) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes RODRIGUEZ JEREZ LUIS-ALFREDO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 2137879, , , , , propietarios del predio No 000000180013000, ubicado en SAN JORGE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de TREINTA MIL SEISCIENTOS TREINTA Y SEIS PESOS ($30636) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000014531), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a SAN JORGE, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22263 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 391 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes ESPINOSA SANCHEZ RAIMUNDA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 27934482, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000091056000, ubicado en LO 1-5 VDA MESA DE RUITOQUE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000026733 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de VEINTISIETE MIL SETECIENTOS NOVENTA Y UN PESOS ($27791) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes ESPINOSA SANCHEZ RAIMUNDA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 27934482, , , , , propietarios del predio No 000000091056000, ubicado en LO 1-5 VDA MESA DE RUITOQUE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de VEINTISIETE MIL SETECIENTOS NOVENTA Y UN PESOS ($27791) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000026733), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LO 1-5 VDA MESA DE RUITOQUE, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 21994 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 392 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes SUAREZ * LUIS-ALBERTO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 91344017, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000120658000, ubicado en LOS NARANJOS LO 1 VDA GRANADILLO de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000025705 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de TREINTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CUATRO PESOS ($35994) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2011 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes SUAREZ * LUIS-ALBERTO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 91344017, , , , , propietarios del predio No 000000120658000, ubicado en LOS NARANJOS LO 1 VDA GRANADILLO de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de TREINTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CUATRO PESOS ($35994) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000025705), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LOS NARANJOS LO 1 VDA GRANADILLO, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 21056 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 393 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes CRISTANCHO MENDEZ JOSE-VICENTE, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 13894403, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 030000400146000, ubicado en LOTE 7 de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000024777 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de VEINTIOCHO MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y OCHO PESOS ($28688) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes CRISTANCHO MENDEZ JOSE-VICENTE, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 13894403, , , , , propietarios del predio No 030000400146000, ubicado en LOTE 7 de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de VEINTIOCHO MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y OCHO PESOS ($28688) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000024777), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LOTE 7, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22207 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 394 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes CRISTANCHO MENDEZ JOSE-VICENTE, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 13894403, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 030000400146000, ubicado en LOTE 7 de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000024777 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de VEINTIOCHO MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y OCHO PESOS ($28688) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes CRISTANCHO MENDEZ JOSE-VICENTE, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 13894403, , , , , propietarios del predio No 030000400146000, ubicado en LOTE 7 de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de VEINTIOCHO MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y OCHO PESOS ($28688) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000024777), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LOTE 7, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22303 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 395 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes PEREZ BONILLA JUAN-SUC, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 0, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000320006000, ubicado en NULL de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000015106 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de TRECE MIL CIENTO VEINTISEIS PESOS ($13126) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2009 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes PEREZ BONILLA JUAN-SUC, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 0, , , , , propietarios del predio No 000000320006000, ubicado en NULL de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de TRECE MIL CIENTO VEINTISEIS PESOS ($13126) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000015106), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a NULL, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 21030 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 396 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes MANTILLA ARIZA YANETH, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 63309431, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010000220721901, ubicado en K 5 11 28 L L-4154 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000026500 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de VEINTISEIS MIL QUINIENTOS DOS PESOS ($26502) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes MANTILLA ARIZA YANETH, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 63309431, , , , , propietarios del predio No 010000220721901, ubicado en K 5 11 28 L L-4154 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de VEINTISEIS MIL QUINIENTOS DOS PESOS ($26502) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000026500), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-4154 C.C. ORBE, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22144 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 397 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes MANTILLA ARIZA JANETH, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 63309431, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010000220718901, ubicado en K 5 11 28 L L-4151 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000026497 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de VEINTISEIS MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y OCHO PESOS ($26898) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes MANTILLA ARIZA JANETH, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 63309431, , , , , propietarios del predio No 010000220718901, ubicado en K 5 11 28 L L-4151 C.C. ORBE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de VEINTISEIS MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y OCHO PESOS ($26898) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000026497), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 5 11 28 L L-4151 C.C. ORBE, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22142 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 398 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes MALDONADO * LORENZO-SUC, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 0, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000150073000, ubicado en SAN FRANCISCO VDA SAN FRANCISCO de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000014223 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de TREINTA MIL SEISCIENTOS SESENTA Y CUATRO PESOS ($30664) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes MALDONADO * LORENZO-SUC, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 0, , , , , propietarios del predio No 000000150073000, ubicado en SAN FRANCISCO VDA SAN FRANCISCO de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de TREINTA MIL SEISCIENTOS SESENTA Y CUATRO PESOS ($30664) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000014223), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a SAN FRANCISCO VDA SAN FRANCISCO, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22759 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 399 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes MORA * DILIA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 63299002, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000140161000, ubicado en LA ESPERANZA VDA LOS LLANITOS de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000014129 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de TREINTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS TREINTA Y CUATRO PESOS ($34934) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes MORA * DILIA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 63299002, , , , , propietarios del predio No 000000140161000, ubicado en LA ESPERANZA VDA LOS LLANITOS de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de TREINTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS TREINTA Y CUATRO PESOS ($34934) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000014129), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LA ESPERANZA VDA LOS LLANITOS, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22741 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 400 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes JURADO CARVAJAL ESPERANZA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 63443291, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000050162000, ubicado en LO 3 VDA PAJONAL de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000025199 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de TREINTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y OCHO PESOS ($39288) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2011 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes JURADO CARVAJAL ESPERANZA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 63443291, , , , , propietarios del predio No 000000050162000, ubicado en LO 3 VDA PAJONAL de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de TREINTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y OCHO PESOS ($39288) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000025199), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LO 3 VDA PAJONAL, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 21300 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 401 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes PRADA RODRIGUEZ PABLO-ANTONIO, SUAREZ RUIZ JAZMIN-YESENIA, , , , con Cedula de Ciudadanía No 91287753, 63533096, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010009990002904, ubicado en PARQ AUTO 01 ED TORRE CRISTAL de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000027188 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de DOSCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS DOS PESOS ($255202) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes PRADA RODRIGUEZ PABLO-ANTONIO, SUAREZ RUIZ JAZMIN-YESENIA, , , , con Cedula de Ciudadanía No 91287753, 63533096, , , , propietarios del predio No 010009990002904, ubicado en PARQ AUTO 01 ED TORRE CRISTAL de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de DOSCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS DOS PESOS ($255202) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000027188), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a PARQ AUTO 01 ED TORRE CRISTAL, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22404 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 402 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes REYES * SAMUEL, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 2154999, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000011608000, ubicado en LO B VDA MES DE JERIDAS de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000012283 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de TREINTA Y UN MIL SETECIENTOS TREINTA Y NUEVE PESOS ($31739) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes REYES * SAMUEL, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 2154999, , , , , propietarios del predio No 000000011608000, ubicado en LO B VDA MES DE JERIDAS de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de TREINTA Y UN MIL SETECIENTOS TREINTA Y NUEVE PESOS ($31739) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000012283), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LO B VDA MES DE JERIDAS, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22547 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 403 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes CRISTANCHO MENDEZ JOSE-VICENTE, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 13894403, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 030000400143000, ubicado en LOTE 4 de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000024774 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de TREINTA Y UN MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y NUEVE PESOS ($31849) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes CRISTANCHO MENDEZ JOSE-VICENTE, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 13894403, , , , , propietarios del predio No 030000400143000, ubicado en LOTE 4 de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de TREINTA Y UN MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y NUEVE PESOS ($31849) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000024774), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LOTE 4, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 21937 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 404 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes JAIMEZ ARANDA VICTOR, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 91348549, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000190404000, ubicado en EL NARANJITO LO 2 VDA PLANADAS de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000026129 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de VEINTIOCHO MIL CIENTO OCHO PESOS ($28108) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes JAIMEZ ARANDA VICTOR, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 91348549, , , , , propietarios del predio No 000000190404000, ubicado en EL NARANJITO LO 2 VDA PLANADAS de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de VEINTIOCHO MIL CIENTO OCHO PESOS ($28108) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000026129), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a EL NARANJITO LO 2 VDA PLANADAS, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22248 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 405 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes PINEDA GOMEZ ALONSO, PEDRAZA BALLESTEROS ESPERANZA, , , , con Cedula de Ciudadanía No 91341189, 63444129, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000050148000, ubicado en LO 3 VDA PAJONAL de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000024491 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de CUARENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO PESOS ($44365) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2009 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes PINEDA GOMEZ ALONSO, PEDRAZA BALLESTEROS ESPERANZA, , , , con Cedula de Ciudadanía No 91341189, 63444129, , , , propietarios del predio No 000000050148000, ubicado en LO 3 VDA PAJONAL de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de CUARENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO PESOS ($44365) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000024491), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LO 3 VDA PAJONAL, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 21250 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 406 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes HERNANDEZ-GOMEZ-CONSTRUCTORA-S-A, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 8902035224, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010010020018000, ubicado en LO 18 MZ J UR PALERMO I de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000022464 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de TREINTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS NOVENTA PESOS ($36290) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes HERNANDEZ-GOMEZ-CONSTRUCTORA-S-A, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 8902035224, , , , , propietarios del predio No 010010020018000, ubicado en LO 18 MZ J UR PALERMO I de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de TREINTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS NOVENTA PESOS ($36290) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000022464), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LO 18 MZ J UR PALERMO I, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22284 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 407 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes BARAJAS GARCIA LUIS-CARLOS, JAIMES QUINTERO MARINA, , , , con Cedula de Ciudadanía No 91347691, 37616994, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000170142000, ubicado en BUENAVISTA VDA LA VEGA de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000026113 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de VEINTIOCHO MIL SEISCIENTOS SESENTA Y DOS PESOS ($28662) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes BARAJAS GARCIA LUIS-CARLOS, JAIMES QUINTERO MARINA, , , , con Cedula de Ciudadanía No 91347691, 37616994, , , , propietarios del predio No 000000170142000, ubicado en BUENAVISTA VDA LA VEGA de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de VEINTIOCHO MIL SEISCIENTOS SESENTA Y DOS PESOS ($28662) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000026113), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a BUENAVISTA VDA LA VEGA, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 21909 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 408 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes LOPEZ ROJAS MISAEL, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 91265435, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000230038000, ubicado en LA CALERA (PARTE) VDA LAS VEGAS de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000014980 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de TREINTA Y DOS MIL SEISCIENTOS DIECISEIS PESOS ($32616) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes LOPEZ ROJAS MISAEL, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 91265435, , , , , propietarios del predio No 000000230038000, ubicado en LA CALERA (PARTE) VDA LAS VEGAS de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de TREINTA Y DOS MIL SEISCIENTOS DIECISEIS PESOS ($32616) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000014980), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LA CALERA (PARTE) VDA LAS VEGAS, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22793 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 409 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes RUEDA AMAYA CUSTODIO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 91458077, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000130377000, ubicado en BUENOS AIRES VDA LAS AMARILLAS de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000014076 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de CUARENTA Y DOS MIL CUARENTA Y OCHO PESOS ($42048) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2011 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes RUEDA AMAYA CUSTODIO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 91458077, , , , , propietarios del predio No 000000130377000, ubicado en BUENOS AIRES VDA LAS AMARILLAS de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de CUARENTA Y DOS MIL CUARENTA Y OCHO PESOS ($42048) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000014076), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a BUENOS AIRES VDA LAS AMARILLAS, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 21710 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 410 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes MOSQUERA VARGAS LINA-ANDREA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 1095910863, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000020281000, ubicado en LO 11 M 5 VDA EL VOLADOR de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000012409 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de TREINTA Y TRES MIL CIENTO SETENTA Y NUEVE PESOS ($33179) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes MOSQUERA VARGAS LINA-ANDREA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 1095910863, , , , , propietarios del predio No 000000020281000, ubicado en LO 11 M 5 VDA EL VOLADOR de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de TREINTA Y TRES MIL CIENTO SETENTA Y NUEVE PESOS ($33179) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000012409), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LO 11 M 5 VDA EL VOLADOR, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22553 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 411 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes VILLAMIZAR FLOREZ ROSA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 28459746, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000110042000, ubicado en SAN JERONIMO VDA LA MATA de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000013628 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de TREINTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y DOS PESOS ($33442) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes VILLAMIZAR FLOREZ ROSA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 28459746, , , , , propietarios del predio No 000000110042000, ubicado en SAN JERONIMO VDA LA MATA de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de TREINTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y DOS PESOS ($33442) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000013628), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a SAN JERONIMO VDA LA MATA, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22102 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 412 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes SALAMANCA FORERO MARIA-NUBIA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 63441807, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000130439000, ubicado en LO 5 VDA LAS AMARILLAS de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000014087 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de CUARENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS NOVENTA PESOS ($42390) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2011 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes SALAMANCA FORERO MARIA-NUBIA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 63441807, , , , , propietarios del predio No 000000130439000, ubicado en LO 5 VDA LAS AMARILLAS de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de CUARENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS NOVENTA PESOS ($42390) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000014087), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LO 5 VDA LAS AMARILLAS, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 21708 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 413 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes CRISTANCHO MENDEZ JOSE-VICENTE, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 13894403, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 030000400144000, ubicado en LOTE 5 de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000024775 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de TREINTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS DIECIOCHO PESOS ($35918) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes CRISTANCHO MENDEZ JOSE-VICENTE, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 13894403, , , , , propietarios del predio No 030000400144000, ubicado en LOTE 5 de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de TREINTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS DIECIOCHO PESOS ($35918) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000024775), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LOTE 5, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 21938 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 414 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes LUENGAS SUAREZ CLAUDIA-MARCELA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 1098647648, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000040307000, ubicado en LO 3 VDA SAN JAVIER de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000025188 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de CUARENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS OCHENTA Y NUEVE PESOS ($46589) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2011 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes LUENGAS SUAREZ CLAUDIA-MARCELA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 1098647648, , , , , propietarios del predio No 000000040307000, ubicado en LO 3 VDA SAN JAVIER de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de CUARENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS OCHENTA Y NUEVE PESOS ($46589) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000025188), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LO 3 VDA SAN JAVIER, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 21297 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 415 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes LLANES DIAZ MATILDE, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 27923007, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000230073000, ubicado en LA CALERA VDA VEGAS de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000014990 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de TREINTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y UN PESOS ($36851) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes LLANES DIAZ MATILDE, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 27923007, , , , , propietarios del predio No 000000230073000, ubicado en LA CALERA VDA VEGAS de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de TREINTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y UN PESOS ($36851) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000014990), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LA CALERA VDA VEGAS, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22543 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 416 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes CRISTANCHO MENDEZ JOSE-VICENTE, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 13894403, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 030000400145000, ubicado en LOTE 6 de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000024776 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de TREINTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS VEINTICUATRO PESOS ($38224) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes CRISTANCHO MENDEZ JOSE-VICENTE, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 13894403, , , , , propietarios del predio No 030000400145000, ubicado en LOTE 6 de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de TREINTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS VEINTICUATRO PESOS ($38224) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000024776), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LOTE 6, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22208 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 417 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes CRISTANCHO MENDEZ JOSE-VICENTE, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 13894403, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 030000400145000, ubicado en LOTE 6 de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000024776 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de TREINTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS VEINTICUATRO PESOS ($38224) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes CRISTANCHO MENDEZ JOSE-VICENTE, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 13894403, , , , , propietarios del predio No 030000400145000, ubicado en LOTE 6 de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de TREINTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS VEINTICUATRO PESOS ($38224) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000024776), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LOTE 6, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22304 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 418 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes CRISTANCHO MENDEZ JOSE-VICENTE, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 13894403, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 030000400147000, ubicado en LOTE 8 de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000024778 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de TREINTA Y OCHO MIL SETECIENTOS CATORCE PESOS ($38714) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes CRISTANCHO MENDEZ JOSE-VICENTE, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 13894403, , , , , propietarios del predio No 030000400147000, ubicado en LOTE 8 de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de TREINTA Y OCHO MIL SETECIENTOS CATORCE PESOS ($38714) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000024778), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LOTE 8, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22210 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 419 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes CRISTANCHO MENDEZ JOSE-VICENTE, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 13894403, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 030000400147000, ubicado en LOTE 8 de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000024778 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de TREINTA Y OCHO MIL SETECIENTOS CATORCE PESOS ($38714) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes CRISTANCHO MENDEZ JOSE-VICENTE, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 13894403, , , , , propietarios del predio No 030000400147000, ubicado en LOTE 8 de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de TREINTA Y OCHO MIL SETECIENTOS CATORCE PESOS ($38714) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000024778), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LOTE 8, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22302 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 420 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes PULIDO REY ANA-YADIRA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 63494286, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000180052000, ubicado en LA ESMERALDA VDA SAN ISIDRO de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000014548 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de TREINTA Y OCHO MIL QUINIENTOS CUARENTA Y NUEVE PESOS ($38549) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes PULIDO REY ANA-YADIRA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 63494286, , , , , propietarios del predio No 000000180052000, ubicado en LA ESMERALDA VDA SAN ISIDRO de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de TREINTA Y OCHO MIL QUINIENTOS CUARENTA Y NUEVE PESOS ($38549) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000014548), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LA ESMERALDA VDA SAN ISIDRO, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22772 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 421 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes BERNAL PUERTO ADOLFO JOSE, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 76602816, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000120651000, ubicado en LOTE A VDA GRANADILLO de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000024501 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de TREINTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y TRES PESOS ($39693) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes BERNAL PUERTO ADOLFO JOSE, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 76602816, , , , , propietarios del predio No 000000120651000, ubicado en LOTE A VDA GRANADILLO de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de TREINTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y TRES PESOS ($39693) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000024501), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LOTE A VDA GRANADILLO, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22274 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 422 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes CRISTANCHO ALVAREZ MIREYA, VARGAS RIVERA LUIS-ANTONIO, , , , con Cedula de Ciudadanía No 37559755, 91240474, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000060532000, ubicado en C 24C 1W 24 MZ M PORTAL DEL VALLE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000012914 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de TREINTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y SIETE PESOS ($39957) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes CRISTANCHO ALVAREZ MIREYA, VARGAS RIVERA LUIS-ANTONIO, , , , con Cedula de Ciudadanía No 37559755, 91240474, , , , propietarios del predio No 000000060532000, ubicado en C 24C 1W 24 MZ M PORTAL DEL VALLE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de TREINTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y SIETE PESOS ($39957) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000012914), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a C 24C 1W 24 MZ M PORTAL DEL VALLE, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 21939 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 423 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes MORATO * MARIA-CECILIA, RODRIGUEZ LIZARAZO JESUS-ORLANDO, , , , con Cedula de Ciudadanía No 38852702, 5419856, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000060593000, ubicado en C 23 1W 68 LO 28 CS 28 MZ B UR POR de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000012933 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de TREINTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y SIETE PESOS ($39957) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes MORATO * MARIA-CECILIA, RODRIGUEZ LIZARAZO JESUS-ORLANDO, , , , con Cedula de Ciudadanía No 38852702, 5419856, , , , propietarios del predio No 000000060593000, ubicado en C 23 1W 68 LO 28 CS 28 MZ B UR POR de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de TREINTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y SIETE PESOS ($39957) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000012933), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a C 23 1W 68 LO 28 CS 28 MZ B UR POR, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 21940 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 424 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes CARDOZO ROJAS MARIA-EUGENIA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 63446051, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000060636000, ubicado en C 22B 1W 73 LO 71 CS 71 MZ E UR PO de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000012953 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de TREINTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y SIETE PESOS ($39957) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes CARDOZO ROJAS MARIA-EUGENIA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 63446051, , , , , propietarios del predio No 000000060636000, ubicado en C 22B 1W 73 LO 71 CS 71 MZ E UR PO de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de TREINTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y SIETE PESOS ($39957) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000012953), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a C 22B 1W 73 LO 71 CS 71 MZ E UR PO, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 21941 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 425 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes DOMINGUEZ MENESES AMPARO, GUEVARA NIEVES JUAN-ALFONSO, , , , con Cedula de Ciudadanía No 37864401, 91077262, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000060689000, ubicado en C 22A 1W 28 LO 124 CS 124 MZ H UR de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000012972 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de TREINTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y SIETE PESOS ($39957) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes DOMINGUEZ MENESES AMPARO, GUEVARA NIEVES JUAN-ALFONSO, , , , con Cedula de Ciudadanía No 37864401, 91077262, , , , propietarios del predio No 000000060689000, ubicado en C 22A 1W 28 LO 124 CS 124 MZ H UR de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de TREINTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y SIETE PESOS ($39957) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000012972), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a C 22A 1W 28 LO 124 CS 124 MZ H UR, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 21942 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 426 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes VERA PABON OSCAR-MAURICIO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 91160864, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000060765000, ubicado en C 23A 1W 12 LO 201 CS 201 MZ L UR de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000013002 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de TREINTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y SIETE PESOS ($39957) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes VERA PABON OSCAR-MAURICIO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 91160864, , , , , propietarios del predio No 000000060765000, ubicado en C 23A 1W 12 LO 201 CS 201 MZ L UR de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de TREINTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y SIETE PESOS ($39957) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000013002), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a C 23A 1W 12 LO 201 CS 201 MZ L UR, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22008 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 427 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes PROYECTOS-MARVAL-LTDA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 8040007881, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000060474000, ubicado en C 24 1W 24 MZ J UR PORTAL DEL VALL de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000012887 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de TREINTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y SIETE PESOS ($39957) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes PROYECTOS-MARVAL-LTDA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 8040007881, , , , , propietarios del predio No 000000060474000, ubicado en C 24 1W 24 MZ J UR PORTAL DEL VALL de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de TREINTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y SIETE PESOS ($39957) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000012887), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a C 24 1W 24 MZ J UR PORTAL DEL VALL, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22512 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 428 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes NIEVES NARANJO MARTHA-CELIA, RUEDA PIAMONTE EDGAR-LEANDRO, , , , con Cedula de Ciudadanía No 63495018, 91279043, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000060524000, ubicado en C 24C 1W 25 CS 187 MZ L PORTAL DEL de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000012912 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de TREINTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y SIETE PESOS ($39957) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes NIEVES NARANJO MARTHA-CELIA, RUEDA PIAMONTE EDGAR-LEANDRO, , , , con Cedula de Ciudadanía No 63495018, 91279043, , , , propietarios del predio No 000000060524000, ubicado en C 24C 1W 25 CS 187 MZ L PORTAL DEL de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de TREINTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y SIETE PESOS ($39957) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000012912), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a C 24C 1W 25 CS 187 MZ L PORTAL DEL, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22526 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 429 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes TORRES RUEDA MARCELA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 63346488, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000060343000, ubicado en C 24D 1W 64 LO 9 MZ A ET 1 UR PORT de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000012834 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de TREINTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y SIETE PESOS ($39957) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes TORRES RUEDA MARCELA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 63346488, , , , , propietarios del predio No 000000060343000, ubicado en C 24D 1W 64 LO 9 MZ A ET 1 UR PORT de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de TREINTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y SIETE PESOS ($39957) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000012834), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a C 24D 1W 64 LO 9 MZ A ET 1 UR PORT, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22590 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 430 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes ARDILA MELO NESTOR, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 5795693, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000060377000, ubicado en C 24B 1W 53 MZ D UR PORTAL DEL VAL de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000012851 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de TREINTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y SIETE PESOS ($39957) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes ARDILA MELO NESTOR, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 5795693, , , , , propietarios del predio No 000000060377000, ubicado en C 24B 1W 53 MZ D UR PORTAL DEL VAL de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de TREINTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y SIETE PESOS ($39957) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000012851), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a C 24B 1W 53 MZ D UR PORTAL DEL VAL, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22591 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 431 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes OCHOA JAIMES EMILSEN, AREVALO SANTAFE ELKY-JOSE, , , , con Cedula de Ciudadanía No 63497106, 91473231, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000060415000, ubicado en C 23C 1W 64 MZ F UR PORTAL DEL VAL de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000012871 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de TREINTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y SIETE PESOS ($39957) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes OCHOA JAIMES EMILSEN, AREVALO SANTAFE ELKY-JOSE, , , , con Cedula de Ciudadanía No 63497106, 91473231, , , , propietarios del predio No 000000060415000, ubicado en C 23C 1W 64 MZ F UR PORTAL DEL VAL de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de TREINTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y SIETE PESOS ($39957) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000012871), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a C 23C 1W 64 MZ F UR PORTAL DEL VAL, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22594 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 432 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes NINO LIZARAZO DOLORES, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 0, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000330017000, ubicado en EL LIMONCITO de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000015128 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de CUARENTA MIL VEINTICUATRO PESOS ($40024) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes NINO LIZARAZO DOLORES, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 0, , , , , propietarios del predio No 000000330017000, ubicado en EL LIMONCITO de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de CUARENTA MIL VEINTICUATRO PESOS ($40024) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000015128), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a EL LIMONCITO, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22293 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 433 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes GUARIN CABALLERO GUSTAVO, HERNANDEZ NAVAS MARIA-LUDY, , , , con Cedula de Ciudadanía No 91470368, 37710640, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000220091000, ubicado en LO VDA CRISTALES de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000014958 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de CUARENTA MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y SEIS PESOS ($40296) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes GUARIN CABALLERO GUSTAVO, HERNANDEZ NAVAS MARIA-LUDY, , , , con Cedula de Ciudadanía No 91470368, 37710640, , , , propietarios del predio No 000000220091000, ubicado en LO VDA CRISTALES de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de CUARENTA MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y SEIS PESOS ($40296) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000014958), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LO VDA CRISTALES, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22791 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 434 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes GARCIA PORTILLA RODOLFO, DELGADO FLOREZ LUCINDA, , , , con Cedula de Ciudadanía No 5705513, 28294518, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000180076000, ubicado en SAN AGUSTIN de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000014562 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de CUARENTA Y SEIS MIL VEINTE PESOS ($46020) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes GARCIA PORTILLA RODOLFO, DELGADO FLOREZ LUCINDA, , , , con Cedula de Ciudadanía No 5705513, 28294518, , , , propietarios del predio No 000000180076000, ubicado en SAN AGUSTIN de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de CUARENTA Y SEIS MIL VEINTE PESOS ($46020) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000014562), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a SAN AGUSTIN, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22260 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 435 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes MANTILLA LOPEZ ZULMA-ROCIO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 63494173, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000060411000, ubicado en C 24 1W 77 MZ F UR PORTAL DEL VALL de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000012869 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de CUARENTA MIL SEISCIENTOS OCHO PESOS ($40608) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes MANTILLA LOPEZ ZULMA-ROCIO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 63494173, , , , , propietarios del predio No 000000060411000, ubicado en C 24 1W 77 MZ F UR PORTAL DEL VALL de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de CUARENTA MIL SEISCIENTOS OCHO PESOS ($40608) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000012869), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a C 24 1W 77 MZ F UR PORTAL DEL VALL, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22593 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 436 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes DURAN GOMEZ MICAELINA-SUC, GOMEZ * RAFAEL-SUC, DUARTE AYALA ABELARDO, , , con Cedula de Ciudadanía No 0, , 2141082, , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000020067000, ubicado en TERRENO VDA EL VOLADOR de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000012337 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de CUARENTA Y UN MIL SEISCIENTOS DIECISEIS PESOS ($41616) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes DURAN GOMEZ MICAELINA-SUC, GOMEZ * RAFAEL-SUC, DUARTE AYALA ABELARDO, , , con Cedula de Ciudadanía No 0, , 2141082, , , propietarios del predio No 000000020067000, ubicado en TERRENO VDA EL VOLADOR de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de CUARENTA Y UN MIL SEISCIENTOS DIECISEIS PESOS ($41616) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000012337), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a TERRENO VDA EL VOLADOR, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22899 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 437 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes ALMEIDA LUZ-MARINA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 0, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 050000030001009, ubicado en CASA 09 BR VILLA REAL CHICAMOCHA de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000024010 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de CUARENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS VEINTINUEVE PESOS ($47529) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes ALMEIDA LUZ-MARINA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 0, , , , , propietarios del predio No 050000030001009, ubicado en CASA 09 BR VILLA REAL CHICAMOCHA de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de CUARENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS VEINTINUEVE PESOS ($47529) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000024010), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a CASA 09 BR VILLA REAL CHICAMOCHA, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 21377 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 438 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes CAICEDO GELVEZ SILVINO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 91232377, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 030000400142000, ubicado en LOTE 3 de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000024773 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de CUARENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS NOVENTA PESOS ($47990) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes CAICEDO GELVEZ SILVINO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 91232377, , , , , propietarios del predio No 030000400142000, ubicado en LOTE 3 de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de CUARENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS NOVENTA PESOS ($47990) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000024773), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LOTE 3, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22277 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 439 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes CAICEDO GELVEZ SILVINO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 91232377, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 030000400142000, ubicado en LOTE 3 de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000024773 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de CUARENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS NOVENTA PESOS ($47990) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes CAICEDO GELVEZ SILVINO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 91232377, , , , , propietarios del predio No 030000400142000, ubicado en LOTE 3 de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de CUARENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS NOVENTA PESOS ($47990) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000024773), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LOTE 3, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22305 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 440 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes PRADA APARICIO GLADYS-YOMAIRA, ESPARZA ROSAS MARIA-DELCARMEN, , , , con Cedula de Ciudadanía No 63557011, 63444509, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000140164000, ubicado en LOTE VDA LAS AMARILLAS de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000014131 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de CUARENTA Y DOS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y CINCO PESOS ($42595) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes PRADA APARICIO GLADYS-YOMAIRA, ESPARZA ROSAS MARIA-DELCARMEN, , , , con Cedula de Ciudadanía No 63557011, 63444509, , , , propietarios del predio No 000000140164000, ubicado en LOTE VDA LAS AMARILLAS de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de CUARENTA Y DOS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y CINCO PESOS ($42595) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000014131), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LOTE VDA LAS AMARILLAS, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22742 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 441 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes CRISTANCHO MENDEZ JOSE-VICENTE, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 13894403, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 030000400150000, ubicado en LOTE 11 de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000024781 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de CUARENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y CINCO PESOS ($44465) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes CRISTANCHO MENDEZ JOSE-VICENTE, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 13894403, , , , , propietarios del predio No 030000400150000, ubicado en LOTE 11 de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de CUARENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y CINCO PESOS ($44465) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000024781), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LOTE 11, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22211 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 442 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes CRISTANCHO MENDEZ JOSE-VICENTE, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 13894403, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 030000400150000, ubicado en LOTE 11 de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000024781 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de CUARENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y CINCO PESOS ($44465) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes CRISTANCHO MENDEZ JOSE-VICENTE, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 13894403, , , , , propietarios del predio No 030000400150000, ubicado en LOTE 11 de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de CUARENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y CINCO PESOS ($44465) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000024781), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LOTE 11, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22300 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 443 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes MEZA CASTELLANOS MYRIAM, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 63344964, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000150210000, ubicado en GUAYABALES VDA SAN FRANCISCO de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000014271 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de CINCUENTA MIL SEISCIENTOS TREINTA Y DOS PESOS ($50632) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes MEZA CASTELLANOS MYRIAM, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 63344964, , , , , propietarios del predio No 000000150210000, ubicado en GUAYABALES VDA SAN FRANCISCO de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de CINCUENTA MIL SEISCIENTOS TREINTA Y DOS PESOS ($50632) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000014271), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a GUAYABALES VDA SAN FRANCISCO, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22764 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 444 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes DULCEY OCHOA ABELARDO, MUNOZ * JOSE-ANGEL, , , , con Cedula de Ciudadanía No 18936891, 78294787, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000090192000, ubicado en LAS COLINAS LT 1 VDA MESA DE RUITO de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000013401 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de CINCUENTA Y SIETE MIL VEINTIUN PESOS ($57021) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2011 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes DULCEY OCHOA ABELARDO, MUNOZ * JOSE-ANGEL, , , , con Cedula de Ciudadanía No 18936891, 78294787, , , , propietarios del predio No 000000090192000, ubicado en LAS COLINAS LT 1 VDA MESA DE RUITO de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de CINCUENTA Y SIETE MIL VEINTIUN PESOS ($57021) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000013401), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LAS COLINAS LT 1 VDA MESA DE RUITO, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 21762 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 445 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes ASOCIACION-LOS-CISNES, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 8001223562, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010009120007000, ubicado en C 25 1 11 LO 2 MZ 1 UR LOS CISNES de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000021688 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de CUARENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS TREINTA Y SIETE PESOS ($46637) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes ASOCIACION-LOS-CISNES, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 8001223562, , , , , propietarios del predio No 010009120007000, ubicado en C 25 1 11 LO 2 MZ 1 UR LOS CISNES de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de CUARENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS TREINTA Y SIETE PESOS ($46637) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000021688), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a C 25 1 11 LO 2 MZ 1 UR LOS CISNES, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22693 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 446 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes DIAZ SUAREZ PEDRO-ANTONIO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 5682369, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000040072000, ubicado en LOTE N 1 de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000012666 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de SESENTA MIL VEINTISEIS PESOS ($60026) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2011 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes DIAZ SUAREZ PEDRO-ANTONIO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 5682369, , , , , propietarios del predio No 000000040072000, ubicado en LOTE N 1 de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de SESENTA MIL VEINTISEIS PESOS ($60026) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000012666), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LOTE N 1, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 21307 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 447 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes CAMARGO SANTIAGO RODRIGO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 13740395, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010010030016000, ubicado en C 6AN 2D 32 UR PALERMO I de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000022469 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de CINCUENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS SESENTA Y CINCO PESOS ($59965) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2011 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes CAMARGO SANTIAGO RODRIGO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 13740395, , , , , propietarios del predio No 010010030016000, ubicado en C 6AN 2D 32 UR PALERMO I de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de CINCUENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS SESENTA Y CINCO PESOS ($59965) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000022469), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a C 6AN 2D 32 UR PALERMO I, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 21339 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 448 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes CORREA PINZON HERNAN, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 91247843, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010010040022000, ubicado en K 2C 6AN 15 de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000022476 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de CINCUENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS SESENTA Y CINCO PESOS ($59965) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2011 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes CORREA PINZON HERNAN, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 91247843, , , , , propietarios del predio No 010010040022000, ubicado en K 2C 6AN 15 de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de CINCUENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS SESENTA Y CINCO PESOS ($59965) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000022476), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 2C 6AN 15, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 21342 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 449 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes RODRIGUEZ VARGAS ROSARIO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 37887089, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000150275000, ubicado en LO 64 III ET PARC EL PARAMITO VDA de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000014279 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de CUARENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y SEIS PESOS ($48256) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes RODRIGUEZ VARGAS ROSARIO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 37887089, , , , , propietarios del predio No 000000150275000, ubicado en LO 64 III ET PARC EL PARAMITO VDA de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de CUARENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y SEIS PESOS ($48256) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000014279), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LO 64 III ET PARC EL PARAMITO VDA, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22766 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 451 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes ROMERO VALERO CLAUDIA-JANNETH, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 37615567, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010000990097902, ubicado en C 7 11 61 PARQ 24 P.H. TORRES DE S de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000016195 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de CINCUENTA Y SEIS MIL CIENTO SETENTA Y SIETE PESOS ($56177) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes ROMERO VALERO CLAUDIA-JANNETH, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 37615567, , , , , propietarios del predio No 010000990097902, ubicado en C 7 11 61 PARQ 24 P.H. TORRES DE S de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de CINCUENTA Y SEIS MIL CIENTO SETENTA Y SIETE PESOS ($56177) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000016195), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a C 7 11 61 PARQ 24 P.H. TORRES DE S, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22000 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 452 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes RAMIREZ * ROSALBA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 28296403, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000170061000, ubicado en CHIVECHE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000014490 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de CINCUENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO PESOS ($51454) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes RAMIREZ * ROSALBA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 28296403, , , , , propietarios del predio No 000000170061000, ubicado en CHIVECHE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de CINCUENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO PESOS ($51454) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000014490), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a CHIVECHE, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22262 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 453 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes LOPEZ * ALFONSO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 830638, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 030000380020000, ubicado en LOTE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000023744 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de SESENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS SESENTA Y UN PESOS ($65961) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2011 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes LOPEZ * ALFONSO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 830638, , , , , propietarios del predio No 030000380020000, ubicado en LOTE de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de SESENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS SESENTA Y UN PESOS ($65961) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000023744), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LOTE, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22021 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 454 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes ESCAMILLA * RODOLFO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 1111709, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 030000360079000, ubicado en LOTE 10 MZ 162 de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000023680 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de SESENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS SESENTA Y UN PESOS ($65961) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2011 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes ESCAMILLA * RODOLFO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 1111709, , , , , propietarios del predio No 030000360079000, ubicado en LOTE 10 MZ 162 de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de SESENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS SESENTA Y UN PESOS ($65961) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000023680), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LOTE 10 MZ 162, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22633 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 455 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes BAUTISTA GELVEZ BIANET, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 28044914, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010009840098000, ubicado en LO ANDENES Y ZONAS VERDES de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000025369 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de CINCUENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS CINCO PESOS ($59905) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes BAUTISTA GELVEZ BIANET, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 28044914, , , , , propietarios del predio No 010009840098000, ubicado en LO ANDENES Y ZONAS VERDES de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de CINCUENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS CINCO PESOS ($59905) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000025369), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LO ANDENES Y ZONAS VERDES, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22195 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 456 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes CAIRASCO SUAREZ ANA-TILCIA, NINO CAIRASCO MARTHA-ERICA, NINO CAIRASCO LAURA-MARCELA, , , con Cedula de Ciudadanía No 37540882, 9113005797, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000150343000, ubicado en LO 2 VDA SAN FRANCISCO de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000026112 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de CUARENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS VEINTE PESOS ($47320) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes CAIRASCO SUAREZ ANA-TILCIA, NINO CAIRASCO MARTHA-ERICA, NINO CAIRASCO LAURA-MARCELA, , , con Cedula de Ciudadanía No 37540882, 9113005797, , , , propietarios del predio No 000000150343000, ubicado en LO 2 VDA SAN FRANCISCO de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de CUARENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS VEINTE PESOS ($47320) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000026112), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LO 2 VDA SAN FRANCISCO, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 21908 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 457 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes GONZALEZ VEGA HERMINDA-DEL-TRANSI, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 27919636, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 050000030001001, ubicado en CS 01 BR VILLA REAL CHICAMOCHA de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000024003 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de SESENTA MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y DOS PESOS ($60872) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes GONZALEZ VEGA HERMINDA-DEL-TRANSI, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 27919636, , , , , propietarios del predio No 050000030001001, ubicado en CS 01 BR VILLA REAL CHICAMOCHA de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de SESENTA MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y DOS PESOS ($60872) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000024003), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a CS 01 BR VILLA REAL CHICAMOCHA, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22326 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 458 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes SEQUEDA JEREZ MARIA-ADELAIDA, SEQUEDA JEREZ MARIA-DEL-ROSARIO, , , , con Cedula de Ciudadanía No 37555011, 37816529, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000300014000, ubicado en QUEBRADA ARRIBA de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000015085 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de SESENTA Y UN MIL CIENTO CINCUENTA Y SEIS PESOS ($61156) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes SEQUEDA JEREZ MARIA-ADELAIDA, SEQUEDA JEREZ MARIA-DELROSARIO, , , , con Cedula de Ciudadanía No 37555011, 37816529, , , , propietarios del predio No 000000300014000, ubicado en QUEBRADA ARRIBA de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de SESENTA Y UN MIL CIENTO CINCUENTA Y SEIS PESOS ($61156) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000015085), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a QUEBRADA ARRIBA, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22290 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 459 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes HURTADO ESCOBAR JESUS-ANTONIO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 91343012, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000040248000, ubicado en VILLA MELISSA VDA SAN JAVIER de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000012696 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de CINCUENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS VEINTE PESOS ($54620) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes HURTADO ESCOBAR JESUS-ANTONIO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 91343012, , , , , propietarios del predio No 000000040248000, ubicado en VILLA MELISSA VDA SAN JAVIER de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de CINCUENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS VEINTE PESOS ($54620) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000012696), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a VILLA MELISSA VDA SAN JAVIER, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22576 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 460 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes BELLO VANEGAS AMILDE, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 28331326, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010007710008000, ubicado en K 3B PEAT 6AN 10 BR EL DIVINO NINO de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000020835 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de SESENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS VEINTICUATRO PESOS ($66624) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012 al 2012, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes BELLO VANEGAS AMILDE, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 28331326, , , , , propietarios del predio No 010007710008000, ubicado en K 3B PEAT 6AN 10 BR EL DIVINO NINO de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de SESENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS VEINTICUATRO PESOS ($66624) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000020835), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a K 3B PEAT 6AN 10 BR EL DIVINO NINO, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22464 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 461 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes FALCON GUTIERREZ LEONOR, LARA GUARGUATI LUIS-ANTONIO, , , , con Cedula de Ciudadanía No 28212236, 2012667, , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000060316000, ubicado en LO 43 O AREA DE ZONA VERDE Y ANDEN de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000012828 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de SESENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y TRES PESOS ($62853) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2012 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes FALCON GUTIERREZ LEONOR, LARA GUARGUATI LUIS-ANTONIO, , , , con Cedula de Ciudadanía No 28212236, 2012667, , , , propietarios del predio No 000000060316000, ubicado en LO 43 O AREA DE ZONA VERDE Y ANDEN de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de SESENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y TRES PESOS ($62853) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000012828), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LO 43 O AREA DE ZONA VERDE Y ANDEN, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22374 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 462 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes CONTRERAS RODRIGUEZ EDUVIGES, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 28294657, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000210002000, ubicado en EL ENCENILLO de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000014859 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de CINCUENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS SIETE PESOS ($55807) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes CONTRERAS RODRIGUEZ EDUVIGES, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 28294657, , , , , propietarios del predio No 000000210002000, ubicado en EL ENCENILLO de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de CINCUENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS SIETE PESOS ($55807) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000014859), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a EL ENCENILLO, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22257 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 463 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes QUINTERO REYES CANDIDA-ROSA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 28095313, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010009310004000, ubicado en C 14A 4W 23 LO 4 MZ 17 UR LOS TEJA de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000021884 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de CUATROCIENTOS QUINCE MIL QUINIENTOS VEINTICINCO PESOS ($415525) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2011 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes QUINTERO REYES CANDIDA-ROSA, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 28095313, , , , , propietarios del predio No 010009310004000, ubicado en C 14A 4W 23 LO 4 MZ 17 UR LOS TEJA de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de CUATROCIENTOS QUINCE MIL QUINIENTOS VEINTICINCO PESOS ($415525) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000021884), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a C 14A 4W 23 LO 4 MZ 17 UR LOS TEJA, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 21338 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 464 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes GOMEZ LOPEZ LUIS-FRANCISCO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 91479175, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 000000011646000, ubicado en LO 2 VDA MESA DE JERIDAS de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000012304 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de CINCUENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS SETENTA Y NUEVE PESOS ($56279) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no ha sido cancelado por el contribuyente. 4-Por lo antes expuesto, RESUELVE: PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Piedecuesta y a cargo de los contribuyentes GOMEZ LOPEZ LUIS-FRANCISCO, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 91479175, , , , , propietarios del predio No 000000011646000, ubicado en LO 2 VDA MESA DE JERIDAS de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, por la suma de CINCUENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS SETENTA Y NUEVE PESOS ($56279) (valor liquidado el día Agosto 12 de 2013 mediante la Resolución No 0000012304), por los conceptos y periodos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo dispone el artículo 720 del Acuerdo 022 de 2014 en concordancia con los artículos 634, 635 y 867-1 del estatuto tributario nacional, más las costas del presente proceso. SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal y herederos, previa citación por correo certificado dirigida a LO 2 VDA MESA DE JERIDAS, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma, de no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispuesto en el Acuerdo 022 de 2014, concordante con el artículo 822 y 566 del Estatuto Tributario Nacional. TERCERO: Advertir al deudor(s) que dispone(n) de quince (15) días, después de notificada esta providencia para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al artículo 726 y siguientes del Acuerdo 022 de 2014. CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN DE JESÚS BERNAL OJEDA Secretaria de Hacienda Proyectó. Alberto Luis Gamboa Martínez- - Asesor SHTP Revisó: Ana Valeria mantilla -Abogada EXP: 22550 Casa de Gobierno Carrera 7 No. 9-43 Conmutador: 6852020 www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co SECRETARIA DE HACIENDA Y DEL TESORO EJECUCIONES FISCALES Cód. Dependencia: 630-76-9 No. Consecutivo: 01 MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCION No. 465 DE Marzo 30 de 2016 Piedecuesta, Marzo 30 de 2016 El Secretario de Hacienda y del Tesoro, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los el Acuerdo 022 de 2.014, artículos el artículo 717 al 720 y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO 1-Que los contribuyentes CONTRERAS RODRIGUEZ EDUVIGES, , , , , con Cedula de Ciudadanía No 28294657, , , , , son propietarios del predio identificado con el numero predial No 010000730048000, ubicado en C 8 13 PAR LO 2 de la jurisdicción del Municipio de Piedecuesta, el cual se encuentra en mora con el Municipio por concepto de Impuesto Predial Unificado y complementarios. 2-Que mediante la Resolución No 0000015898 de fecha Agosto 12 de 2013, se efectuó la Liquidación Oficial respectiva, contenida en ella una obligación clara, expresa y actualmente exigible a favor del Municipio, documento que presta merito ejecutivo de conformidad con el Artículo 722 del Acuerdo 022 de 2.014. 3-Que el contribuyente adeuda al Municipio de Piedecuesta por concepto de impuesto predial unificado, sobre tasas e intereses moratorios el valor de CINCUENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y DOS PESOS ($56952) moneda legal, (liquidación realizada el día Agosto 12 de 2013), correspondiente a los periodos fiscales 2013 al 2013, valor que no h
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