bases legales - HappyVuelos.com

BASES DE LA PROMOCIÓN
“HAPPYVUELOS.COM”
Fundación Educación y Cooperación (Educo) (en adelante el ORGANIZADOR), con
domicilio en C/ Guillem Tell nº 47 08006 Barcelona.. y con C.I.F. número G60541554,
organiza la presente acción “HAPPYVUELOS.COM”.
El objetivo de la presente acción promocional es concienciar a padres y madres de niños
menores de edad sobre la necesidad de informar y formar a sus hijos sobre los riesgos
existentes en Internet. Es por ello que se ha creado una página web específica sólo para
la presente acción promocional (www.happyvuelos.com) que tiene por objetivo poner
en evidencia lo fácil que es obtener los datos personales de usuarios de internet a
cambio de una participación en un sorteo de un viaje.
En este sentido, y sin perjuicio de la información más detallada que se indica a
continuación, se informa que los datos que sean facilitados en el formulario de
participación, serán utilizados única y exclusivamente para gestionar la presente
promoción y, en su caso, poder entregar el premio obtenido en la misma.
1. Ámbito de aplicación
1.1. Temporal
La promoción se inicia a partir del 3 de octubre de 2016 (12:00 h am) y finalizará el
17 de octubre de 2016 a las 12:00 h am). El ORGANIZADOR se reserva el derecho
de cancelar anticipadamente dicha promoción, o prolongarla en el tiempo, caso de
concurrir causas que así lo justifiquen y previa comunicación en la página web
habilitada para esta promoción.
1.2 Personal
Podrán participar las personas físicas mayores de 18 años a la fecha de finalización
del plazo de presentación de las solicitudes, con residencial legal en España, que
cumplan con las presentes bases. Quedan excluidos de participar los empleados del
ORGANIZADOR, sus familiares de primer grado y personas de las empresas que
colaboren en la gestión de la presente acción promocional.
1.3 Territorial
El ámbito territorial de la promoción es el estado español.
2. Mecánica de la Promoción
Para participar, los usuarios deberán rellenar el formulario de participación dispuesto en
la página web www.happyvuelos.com y aceptar las presentes bases legales.
Una vez realizada la participación, todos los usuarios recibirán un mensaje por
Whatsapp confirmando su participación en la presente acción promocional, así como
remarcando el objetivo de la misma, esto es, concienciar de los riesgos inherente a
Internet y la facilidad con la que los usuarios de Internet facilitan sus datos personales.
En este sentido, el participante autoriza desde el envío de la participación a recibir esta
comunicación. El ORGANIZADOR se compromete a no utilizar los datos personales
del usuario más que para poder gestionar la acción promocional y, en su caso, entrega
del premio, procediendo al cancelación de los mismos una vez finalizada la acción
promocional, con arreglo a lo dispuesto en el punto 5(Protección de Datos de Carácter
Personal).
Cada participante sólo se podrá registrar y participar una única vez en la promoción.
Sólo será posible un registro y participación por persona y hogar/unidad familiar.
3. Premio
3.1 El premio consistirá en un viaje para dos personas a la localidad de San Francisco,
situado en Almería (España).
3.2 El premio comprenderá las siguientes prestaciones:
• Viaje de ida y vuelta desde la ciudad de origen de los agraciados a la localidad
de San Francisco (Almería).
• Una (1) noche de hotel de cuatro estrellas (categoría lujo/superior), en una
habitación doble, en régimen de alojamiento y media pensión.
• No incluye seguro de viaje, por lo que, en su caso, deberá ser contratado por los
agraciados.
El viaje deberá realizarse entre el 9 de enero de 2017 y el 15 de junio de 2017, salvo
festivos nacionales y periodo comprendido de Semana Santa (entre el 10 de abril y el 17
de abril). Los datos para poder cerrar el viaje (fecha, datos personales para traslados y
hotel, etc) deberán ser facilitados como mínimo con un mes de antelación.
3.3 La persona agraciada deberá ser mayor de edad, quién se hará cargo, en su caso, del
cuidado y vigilancia de los acompañantes menores de edad y asumirá, la plena
responsabilidad de dichas personas durante el viaje y la estancia. El ORGANIZADOR
recabará, en su caso, de los padres y/o tutores el consentimiento, conforme éstos
asumen las obligaciones antes referidas así como cualquier otra información
identificativa (DNI, etc) para la realización de cualquier trámite con la compañía de
transporte, hoteles o la Agencias de Viajes designada por el ORGANIZADOR.
3.4 La persona agraciada y su acompañante serán las únicas responsables de disponer de
los documentos necesarios (DNI o pasaporte o documento equivalente, permisos etc)
para viajar y poder disfrutar del premio.
3.5 Para el disfrute del premio, será necesario atenerse a los vuelos, horarios, hoteles y a
las fechas previstas por el ORGANIZADOR o por la agencia que, en su caso, se cuide
de la organización. Una vez realizadas las reservas no podrán modificarse ni cancelarse
los vuelos ni el hotel.
3.6 El ORGANIZADOR se reserva el derecho de solicitar a la persona ganadora su
identificación mediante exhibición del DNI o pasaporte. La negativa a proporcionar
dicha documentación, o la no concordancia del mismo con los datos que se
proporcionen para la gestión del premio conllevará la pérdida del derecho a percibir el
premio.
3.7 En ningún caso se podrá canjear el premio por su valor en metálico o por otro
premio distinto. Queda prohibido la comercialización y/o venta del premio.
4. Sorteo, publicación de los ganadores y entrega de premio
4.1 Sorteo
Entre todas las participaciones, se sorteará ante Notario el día 18 de octubre de 2016 el
premio anteriormente descrito. El Notario elegirá de forma aleatoria o con la ayuda de
un programa informático de entre la totalidad de los participantes a una (1) persona
ganadora y cinco (5) reservas (Posición 2º a 6º). La lista de reservas se realizará por
orden de extracción y sucesivamente se irá eligiendo al primero de ellos (y así
sucesivamente) para el caso en que la persona ganadora no cumpliese con las presentes
bases o rehusase el premio por cualquier causa o motivo o no fuera posible contactar
con ella o realizar la entrega del premio.
4.2 Comunicación y entrega del premio
El ORGANIZADOR se pondrá en contacto con la persona ganadora en un plazo no
superior a 7 días naturales a contar a partir desde la fecha de celebración del sorteo a
través de la dirección de correo electrónico y/o teléfono facilitados en el registro de
participación.
Si realizadas las gestiones de localización, y transcurridos 7 días naturales desde el
intento de contactar con la persona ganadora, o por cualquier causa ajena al
ORGANIZADOR, no se proporcionan los datos necesarios para hacer efectiva la
entrega del premio, se designará al siguiente reserva, y así sucesivamente y en su
defecto, se declarará el premio desierto.
5. Protección de datos de carácter personal.
Los datos de los participantes y de las personas ganadoras se tratarán conforme a las
disposiciones de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de Diciembre de Protección de Datos
de carácter personal y del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se
aprueba el Reglamento de Desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de13 de diciembre,
de protección de datos de carácter personal.
Los datos personales que faciliten los participantes en el registro, serán incorporados a
un fichero titularidad del ORGANIZADOR con la única finalidad gestionar la presente
promoción. El ORGANIZADOR procederá a eliminar dichos datos en el momento en
que su conservación deje de ser necesaria para la adecuada gestión de la presente
promoción.
Los datos personales que sean trasladados por la persona ganadora para la recepción y,
en su caso, comunicación pública del premio, serán utilizados exclusivamente para
llevar a cabo la correcta gestión de dicha comunicación pública y entrega del premio.
La indicación de los datos personales de la persona ganadora tendrá carácter obligatorio,
en la medida en que serán necesarios para la gestión del premio.
El ejercicio de los derechos de acceso, rectificación oposición y cancelación podrán
ejercitarse a través del correo electrónico [email protected]
6. Retención fiscal
De conformidad con la normativa del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas, el
premio concedido por la participación en juegos, concursos, rifas o combinaciones
aleatorias vinculadas a la venta o promoción de bienes o servicios están sujetos a
retención o ingreso a cuenta siempre que el valor del premio sea superior a 300 euros.
En el caso de que el valor del premio sea superior a 300 € (dependiendo del coste del
viaje y alojamiento) dicho premio estará sujeto a retención. Dicha retención o ingreso a
correrá a cargo del ORGANIZADOR, quien ingresará en la Hacienda pública las
cantidades retenidas en nombre de los ganadores, obligándose, asimismo, al
cumplimiento de las obligaciones de información a la Agencia Tributaria y a los
ganadores. Por su parte, el premio obtenido en la presente promoción quedará sujeto a
las pertinentes obligaciones fiscales en la declaración del Impuesto sobre la Renta de las
Personas Físicas de los ganadores.
7. Generales
a) La participación en la presente promoción supone el conocimiento y aceptación
de las presentes base y el criterio del ORGANIZADOR para la resolución de
cualquier incidencia.
b) La participación en la presente promoción es gratuita, sin coste para el
participante, salvo los inherentes a la utilización de Internet.
c) El ORGANIZADOR se reserva el derecho de efectuar cualquier cambio,
suspender, cancelar o ampliar esta promoción siempre que exista una causa que
lo justifique, incluido el incumplimiento de los niveles de participación previstos
en el momento de elaborar la campaña de promoción, sin que ello suponga un
deber de indemnización de ningún tipo.
d) El ORGANIZADOR se reserva el derecho de dejar fuera de la presente
promoción a aquellos participantes, y en su caso ganadores, que realicen una
utilización abusiva o fraudulenta de estas Bases, faciliten datos falsos o no
veraces o, en general, que no cumplan con alguna de las condiciones aquí
establecidas o no acepten su contenido. Se entenderá, a título enunciativo pero
no limitativo, que se produce fraude cuando se intente introducir un código
falso, o falsificar el código de alguno de los productos, o registrarse con
identidad falsa o identidades de terceros sin su consentimiento.
e) El ORGANIZADOR depositará las presentes Bases ante el Notario del Ilustre
Colegio de Catalunya, D. Tomás Giménez Duart.