BOLETÍN JUDICIAL N° 192 DEL 06 DE OCTUBRE DEL 2016

CARLOS
ALBERTO
RODRIGUEZ
PEREZ (FIRMA)
AÑO CXXII
La Uruca, San José, Costa Rica, jueves
6 de octubre
lunes 1°
febrero del 2016
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL
SEGUNDA PUBLICACIÓN
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de
la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el
acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de
Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 01-2015 de fecha 12 de agosto
de 2015, artículo XIII y el acuerdo del Consejo Superior N° 92-15 del
15 de octubre de 2015, artículo XCII, se hace del conocimiento de
las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se
procederá a la eliminación de Documentación Administrativa del año
2012 al 2015 de la Dirección de Gestión Humana. La documentación,
se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.
Remesa:
A 5 S 12
Cajas:15
Años:2012-2015
Asunto:
Documentación Administrativa: 15 cajas de
expedientes psicológicos de proceso selectivo de
2012-2015, cuya documentación sufrió daño por
una inundación en el depósito de archivo, donde se
resguardaban las cajas.
Dan fe que el proceso de selección en el despacho
cumplió con lo establecido en circular Nº 36-2010 de
la Secretaría General de la Corte.
Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar
alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva,
dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de
este aviso. Publíquese por tres veces en el Boletín Judicial.
San José, 09 de agosto de 2016.
MBA. Ana Eugenia Romero Jenkins,
Directora Ejecutiva
Exonerado.—( IN2016065898 ).
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de
la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el
acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación
de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 01-2015, celebrada el 12 de agosto
del 2015, artículo V y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión Nº 79-15,
celebrada el 03 de setiembre del 2015, artículo XCI, se hace del conocimiento de
las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se
procederá a la eliminación de Documentación Administrativa del año
2009 al 2014 del Fiscalía Flagrancia de Cartago. La documentación,
se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.
Remesa:
A 3 C 09
Boletas:1806
Año:2009-2014
Asunto:
Documentación Administrativa: 35 Órdenes de
Libertad del año 2010, 48 Órdenes de Libertad del
año 2011, 102 Órdenes de Libertad del año 2012, 96
Órdenes de Libertad del año 2013, 71 Órdenes de
Libertad del año 2014.
4 Tener a la Orden del año 2009, 206 Tener a la
Orden del año 2010, 311 Tener a la Orden del año
2011, 425 Tener a la Orden del año 2012, 481 Tener
a la Orden del año 2013, 27 Tener a la Orden del año
2014.
Firmado digitalmente
por CARLOS ALBERTO
RODRIGUEZ PEREZ
(FIRMA)
Fecha: 2016.10.05
13:19:57 -06'00'
Nº 192 — 36 Páginas
Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea
conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la
Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de
la primera publicación de este aviso. Publíquese por tres veces en el
Boletín Judicial.
San José, 12 de agosto de 2016.
MBA. Ana Eugenia Romero Jenkins,
Directora Ejecutiva
Exonerado.—( IN2016065899 ).
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de
la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el
acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de
Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 01-2015 de fecha 12 de agosto
del 2015, artículo XI y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión
Nº 79-15 celebrada el 03 de septiembre del 2015, artículo LXXIX,
se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y
del público en general, que se procederá a la eliminación de Boletas
de Tránsito del año 2006 al 2012 del Juzgado Contravencional de
Puntarenas. La documentación, se encuentra remesada y custodiada
en ese Despacho.
Remesa:
G 16 P 06
Expedientes:1
Paquetes:1
Año:2006
Asunto:
Expedientes de Faltas y Contravenciones;
Archivados: LESIONES LEVISIMAS 1
Remesa:
G 16 P 07
Expedientes:15
Paquetes: 1
Año:2007
Asunto:
Expedientes de Faltas y Contravenciones;
Archivados: LESIONES LEVISIMAS: 8, HURTO:
2, AMENAZAS PERSONALES:5,
Remesa:
G 9 P 08
Expedientes:1189
Paquetes:24
Año:2008
Asunto:
Expedientes de Faltas y Contravenciones; Archivados:
LESIONES
LEVISIMAS:176,
AMENAZAS
PERSONALES: 378, DAÑOS:70 ATIPICA:112,
HURTO:114, DESORDENES:17, PELEA DUAL:2,
PROVOCACIÓN A RIÑA:73,
LLAMADAS
MORTIFICANTES:89, GOLPES:59, LANZAMIENTO
DE OBJETOS:59,DIFICULTAR ACCIÓN A LA
AUTORIDAD:5,
CRUELDAD
ANIMAL:3,
PORTACIÓN DE ARMAS:1, INFRACCIÓN A LA LEY
DE SALUD:1, DELITO:1, EXCIBICIONISMO:11,
ENTRADA A TERRENO AJENO:12, MOLESTIA
A TRANSEUNTE:1, CASTIGO INMODERADO:1,
MIRADAS INDISCRETAS:4.
Remesa:
G 6 P 09
Expedientes:1168
Paquetes:35
Año:2009
Asunto:
Expedientes de Faltas y Contravenciones;
Archivados:
LESIONES
LEVISIMAS
144,
AMENAZAS
PERSONALES
447,
Pág 2 — BOLETIN JUDICIAL Nº 192
Jueves 6 de octubre del 2016
LLAMADAS
MORTIFICANTES:119,
DESORDENES:27, PROVOCACION A RIÑA:50,
INCENDIOS:1, INFRACCIÓN A LA LEY
CIVIL:1, LANZAMIENTO DE OBJETO:48,
ESCANDALOS:1,
ACTOS
OBSCENOS:6,
TIPICA:88, ENTRADA SIN PERMISO A
TERRENO AJENO:10, INFRACCIÓN A LA LEY
DE SALUD:2, PALABRAS OBSCENAS:48,
INFRACCIÓN A LEY DE SEGURIDAD
PRIVADA:4, ALBOROTOS:9, INFRACCIÓN A LA
LEY DE LICORES:21, ABANDONO ANIMAL:11,
PROPOSICIONES
IRRESPETUOSAS:3M
INFRACCIÓN A LA LEY DE QUEMAS:2, PELEA
DUAL:7, NEGATIVA A IDENTIFICARSE:1,
DIBUJO EN PAREDED:1,DAÑOS:28,GOLPES
:24,HURTO:41,TOCAMIENTO:3,ACOMETIM
IENTO CONTRA MUJER EMBARAZADA:2,
EXCIBICIONISMO:3,
REGULACIÓN
DE
LA LEY FUMADA:12, CPLISIÓN CONTRA
SEMOVIENTE: 2, MIRADAS INDISCRETAS:1,
VIOLENCIA DOMESTICA:1
Remesa:
G 5 P 10
Expedientes:724
Paquetes:31
Año:2010
Asunto:
Expedientes de Faltas y Contravenciones;
Archivados:
LESIONES
LEVISIMAS:75,
AMENAZAS PERSONALES:272,LLAMADADS
MORTIFICANTES:79,
DESORDENES:12,
PROVOCACIÓN A RIÑA:45, ESCANDALOS:2,
ATIPICA:60
LANZAMIENTO
DE
OBJETO:20,
ESCANDALOS:2,
ACTOS
OBSCENOS:9,DESORDENES
A
LA
AUTORIDAD:1, CASTIGO INMODERADO A LOS
HIJOS:1, CIRCULACIÓN DE FOTOGRAFÍA:1,
EXCIBICIONISMO:5,TOCAMIENTO:3,
ENTRADA SIN PERMISO A TERRENO AJENO:9,
INFRACCIÓNALALEYDE SALUD:1,PALABRAS
OBSCENAS:31, INFRACCIÓN A LA LEY DE
SEGURIDAD PRIVADA:7, ALBOROTOTS;5,
INFRACCIÓN A LA LEY DE LICORES:2,
ABANDONO ANIMAL:7, PROPOSICIONES
IRRESPETUOSAS:8,
OBSTRUCCIÓN
VÍA
PUBLICA:1, HURTO MENOR:1, LEY DE
SEGURIDAD:1, INFRACCIÓN A LALEY
DE JUEGO:1, INFRACCIÓN A LALEY
PATENTE:1 ACOMETIMIENTO DE MUJER
EMBARAZADA:2,
OBSTRUCCIÓN
ACEQUIAS:1, COLISION A SEMOVIENTES:1,
DAÑOS:1, PELEA DUAL:6 NEGATIVA A
IDENTIFICARSE:1 DELITOS CONTRA EL
HONOR:2, USURPACIÓN DE NOMBRE:2
GOLPES:46
Remesa:
G 6 P 11
Expedientes:143
Paquetes:11
Año:2011
Asunto:
Expedientes de Faltas y Contravenciones;
Archivados:
LESIONES
LEVISIMAS:20,
AMENAZAS PERSONALES:48, LLAMADAS
PERSONALES:13,
DESORDENES:2,
PROVOCACIÓN A RIÑA:12, ATIPICA:25,
LANZAMIENTO DE OBJETOS:1, ACTOS
OBSCENOS:1, ENTRADA SIN PERMISO A
TERRENO AJENO:1, INFRACCIÓN A LA LEY
DE SEGURIDAD PRIVADA:1, DIFICULTAR
ACCIÓN A LA AUTORIDAD:1, ALBOROTOS:1,
ABANDONO ANIMAL:2, PROPOSICIÓNES
IRRESPETUOSAS:5, PELEA DUAL:4 NEGATIVA
A IDENTIFICARSE:1, INFRACCIÓN A LA
LEY DE ARMAS:1, PORTACIÓN FALSA DE
DISTINTIVO:4
Remesa:
G 4 P 12
Expedientes:620
Paquetes:28
Año:2012
Asunto:
Expedientes de Faltas y Contravenciones;
Archivados:
LESIONES
LEVISIMAS:130,
AMENAZAS PERSONALES:208, LLAMADAS
MORTIFICANTES:63,
DESORDENES:15
PROVOCACIÓN A RIÑA:48, ESCANDALOS:4,
ATIPICA:86, ENTRADA SIN PERMISO A
TERRENO AJENO:3, INFRACCIÓN A LA LEY
DE SALUD:2, PALABRAS OBSCENAS:9,
ESCANDALOS:2, DIFICULTAR ACCIÓN A LA
AUTORIDA:2, ALBOROTOS:7, PARTICIPACIÓN
A RIÑA:12, INFRACCIÓN A LA LEY DE
LICORES:1, NO PAGO DE BEBIDAS:1,
ABANDONO
ANIMA:6,
PROPOSICIONES
IRRESPETUOSAS:10, INFRACCIÓN A LA LEY
DE QUEMAS:1, PELEA DUAL:2, NEGATIVA
A IDENTIFICARSE:2,DIBUJO EN PAREDES:1,
DELITO CONTRA EL HONOR:1, USURPACIÓN
DE NOMBRE:2, INFRACCIÓN A LA LEY
DE ARMAS:1, INFRACCIÓN A LA LEY DE
SALUD:1.
Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea
conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la
Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de
la primera publicación de este aviso. Publíquese por tres veces en el
Boletín Judicial.
San José, 12 de agosto de 2016.
MBA. Ana Eugenia Romero Jenkins,
Directora Ejecutiva
Exonerado.—( IN2016065900 ).
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la
Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo
de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos
(C.I.S.E.D.) en Acta Nº 01-2015, celebrada el 12 de agosto del 2015, artículo
V y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión Nº 79-15, celebrada el 03 de
setiembre del 2015, artículo XCI, se hace del conocimiento de las instituciones
públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la
eliminación de Documentación Administrativa del año 2004 al
2014 del Fiscalía Penal Juvenil de Cartago. La documentación, se
encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.
Remesa:
A 7 C 04
Agendas:3
Libros:5
Año:2004-2014
Asunto: Documentación Administrativa: 1 Libro de
Conocimiento del 4 de octubre del 2004 al 17 de abril
del 2008.
1 Libro de Conocimiento del 17 de abril del 2008 al
05 de agosto del 2009.
1 Libro de Conocimiento del 11 de agosto del 2009 al
06 de mayo del 2011.
1 Libro de Conocimiento del 06 de mayo del 2011 al
29 de noviembre del 2012.
1 Libro de Control de Partes Policiales-Decomisos de
Drogas del 17 de noviembre del 2011 al 07 de febrero
del 2014.
1 Agenda del año 2006.
1 Agenda del año 2007.
1 Agenda del año 2008.
Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar
alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección
Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera
publicación de este aviso. Publíquese por tres veces en el Boletín Judicial.
San José, 12 de agosto de 2016.
MBA. Ana Eugenia Romero Jenkins,
Directora Ejecutiva
Exonerado.—( IN2016065901 )
Jueves 6 de octubre del 2016
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de
la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el
acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de
Documentos (C.I.S.E.D.) en acta Nº 01-2014 de fecha 14 de marzo
del 2014, artículo IX y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión
N° 34-14, celebrada el 22 de abril del 2014, artículo L, se hace del
conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público
en general, que se procederá a la eliminación de Expedientes
Penales del año 2009 al 2010 del Tribunal Penal de San Ramón.
La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese
Despacho.
Remesa:
P 31 A 09
Expedientes:42
Paquetes:4
Año:2009
Asunto:
Penales Varios: (1 Robo Simple, 2 Daños,
3 Injurias, 2 Daño Agravado, 2 Estafa,
2 Libramientos de Cheques sin Fondo,1
Lesiones Culposas, 1 Calumnias,1 Estafa
Mediante Cheque) Expedientes Unipersonales
con Sentencia de Sobreseimiento Definitivo
Firme.
(2 Robo Simple, 1 Daños, 2 Injurias, 1
Lesiones Leves, 3 Agresión con Arma, 1
Amenazas contra Mujer, 1 Receptación, 1
Incumplimiento de Medida de Protección,
1 Infracción a la Ley Forestal, 3 Portación
ilícita de Arma Permitida,1 Apropiación y
Retención Indebida, 2 Conducción Temeraria,
2 Receptación de Cosas Dudosa Procedencia,1
Amenazas a un Funcionario Público,1 Lesiones
Culposas,1 Atentado, 1 Lesiones en Riña, 1
Hurto Simple, 1 Tentativa de Hurto Simple)
Expedientes con Sentencia Absolutoria Firme.
Remesa:
P 28 A 10
Expedientes:17
Paquetes:2
Año:2010
Asunto:
Penales Varios: (1 Robo Simple, 5 Injurias,
2 Conducción Temeraria, 1 Apropiación
y
Retención
Indebida)
Expedientes
Unipersonales con Sentencia de Sobreseimiento
Definitivo Firme.
(1 Receptación de Cosas Dudosa Procedencia,
1 Injurias, 2 Agresión con Arma, 1 Portación
ilícita de Arma Blanca, 1 Hurto Menor, 1
Incumplimiento de Medida de Protección,1
Portación ilícita de Arma Permitida)
Expedientes Unipersonales con Sentencia
Absolutoria Firme.
Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea
conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la
Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de
la primera publicación de este aviso. Publíquese por tres veces en el
Boletín Judicial.
San José, 12 de agosto del 2016.
MBA. Ana Eugenia Romero Jenkins,
Directora Ejecutiva
Exonerado.—( IN2016065902 ).
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de
la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el
acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación
de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 01-2015, celebrada el 12
de agosto del 2015, artículo V y el acuerdo del Consejo Superior
en Sesión Nº 79-15, celebrada el 03 de setiembre del 2015, artículo
XCI, se hace del conocimiento de las instituciones públicas,
privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación
de Documentación Administrativa del año 2008 al 2014 del Fiscalía
Adjunta de Cartago. La documentación, se encuentra remesada y
custodiada en ese Despacho.
BOLETIN JUDICIAL Nº 192 — Pág 3
Remesa:
A 3 C 08
Boletas:8627
Agendas:34
Ampos:8
Boletas de Fotocopias: 60
Libros:24
Año:2008-2014
Asunto:
Documentación Administrativa: 984
Ordenes de Libertad del año 2009, 861
Ordenes de Libertad del año 2010, 746
Ordenes de Libertad del año 2011, 570
Ordenes de Libertad del año 2012, 685
Ordenes de Libertad del año 2013, 842
Ordenes de Libertad del año 2014.
757 Tener a la Orden del año 2009, 721
Tener a la Orden del año 2010, 492 Tener
a la Orden del año 2011, 367 Tener a
la Orden del año 2012, 243 Tener a
la Orden del año 2013, 341 Tener a la
Orden del año 2014.
83 Remisión de Detenidos del año 2008,
128 Remisión de Detenidos del año
2009, 165 Remisión de Detenidos del
año 2010, 178 Remisión de Detenidos
del año 2011, 251 Remisión de
Detenidos del año 2012, 213 Remisión
de Detenidos del año 2013.
1 Agenda del año 2007, 2 Agendas del
año 2008, 3 Agendas del año 2009, 9
Agendas del año 2010, 5 Agendas del
año 2011, 7 Agendas del año 2012, 4
Agendas del año 2013, 3 Agendas del
año 2014.
1 Ampo con informes estadístico del año
2007, 2008, 2009, 2010.
1 Ampo con registros de Asistencia
del año 2008, 1 Ampo con registros de
Asistencia del año 2009, 1 Ampo con
registros de Asistencia del año 2010,
1 Ampo con registros de Asistencia
del año 2011, 1 Ampo con registros de
Asistencia del año 2012, 1 Ampo con
registros de Asistencia del año 2013, 1
Ampo con registros de Asistencia del
año 2014.
12 blocs de Boletas de Fotocopias
del año 2010, 12 blocs de Boletas de
Fotocopias del año 2011, 12 blocs de
Boletas de Fotocopias del año 2012, 12
blocs de Boletas de Fotocopias del año
2013, 12 blocs de Boletas de Fotocopias
del año 2014.
1 Libro de Correo Certificado del año
2008 al 2009.
1 Libro de Correo Certificado del año
2009 al 2010.
1 Libro de Correo Certificado del año
2010 al 2011.
1 Libro de Correo Certificado del año
2011 al 2013.
1 Libro de Conocimiento del año 2008 al
2009.
3 Libros de Conocimiento del año 2009.
1 Libro de Conocimiento del año 2009 al
2010.
2 Libros de Conocimiento del año 2010.
1 Libro de Conocimiento del año 2010 al
2011.
1 Libro de Conocimiento del año 2011.
1 Libro de Conocimiento del año 2011 al
2012.
2 Libros de Conocimiento del año 2012.
1 Libro de Conocimiento del año 2012 al
Pág 4 — BOLETIN JUDICIAL Nº 192
Jueves 6 de octubre del 2016
2013.
1
Libro
de
Conocimiento
Desestimaciones Orales del año 2009.
1
Libro
de
Conocimiento
Desestimaciones Orales del año 2009 al
2010.
1
Libro
de
Conocimiento
Desestimaciones Orales del año 2010 al
2011.
1
Libro
de
Conocimiento
Desestimaciones Orales del año 2011.
1
Libro
de
Conocimiento
Desestimaciones Orales del año 2011 al
2012.
1
Libro
de
Conocimiento
Desestimaciones Orales del año 2012 al
2013.
1
Libro
de
Conocimiento
Desestimaciones Orales del año 2013.
Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea
conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la
Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de
la primera publicación de este aviso. Publíquese por tres veces en el
Boletín Judicial.
San José, 12 de agosto de 2016.
MBA. Ana Eugenia Romero Jenkins,
Directora Ejecutiva
Exonerado.—( IN2016065903 ).
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de
la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el
acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de
Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 01-2014 de fecha 14 de marzo
del 2014, artículo IX y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión
N° 34-14, celebrada el 22 de abril del 2014, artículo L, se hace del
conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público
en general, que se procederá a la eliminación de Expedientes
Penales del año 2007 al 2008 del Fiscalía Adjunta de Cartago.
La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese
Despacho.
Remesa:
P 13 C 07
Expedientes:32
Paquetes:1
Año:2007
Asunto:
Expedientes Fiscalía: 17 Robo simple, 05 Hurto
simple, 05 Hurto agravado, 02 Atípico, 02 Daños, 1
Estafa.
Remesa:
P 16 C 08
Expedientes:921
Paquetes24
Año:2008
Asunto:
Expedientes Fiscalía: 495 Robo simple, 126 Hurto
simple, 135 Hurto agravado, 11 Atípico, 52 Daños, 30
Estafa, 17 Agresión calificada, 13 Uso documentos
falso, 09 Robo agravado, 08 Amenazas personales,
05 Lesiones leves, 04 Abuso autoridad, 04 Amenazas
agravadas, 04 Incendio o Explosión, 02 Privación de
libertad, 02 Agresión con arma, 01 Tentativa de robo,
01 Coacción, 01 Violación de domicilio, 01 Lesiones
levísimas.
Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea
conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la
Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de
la primera publicación de este aviso. Publíquese por tres veces en el
Boletín Judicial.
San José, 12 de agosto de 2016.
MBA. Ana Eugenia Romero Jenkins
Directora Ejecutiva
Exonerado.—( IN2016065904 )
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de
la Ley Orgánica del Poder Judicial y para el caso específico los
siguientes acuerdos: de la Comisión Institucional de Selección y
Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 01-2016 de
fecha 04 de mayo de 2016, artículo III y el acuerdo del Consejo
Superior en Sesión N° 51-16 celebrada el 24 de mayo de 2016,
artículo CI; De la Comisión Institucional de Selección y Eliminación
de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 01-2014 de fecha 14 de
marzo del 2014, artículo IX y el acuerdo del Consejo Superior en
Sesión N° 34-14, celebrada el 22 de abril del 2014, artículo L.; se
hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del
público en general, que procederá a la destrucción de expedientes
civil y laboral de los despachos que a continuación se detallan. Los
expedientes se encuentran remesados en el Archivo Judicial.
Jueves 6 de octubre del 2016
BOLETIN JUDICIAL Nº 192 — Pág 5
Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea
conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la
Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la
primera publicación de este aviso. Publíquese por tres veces en el Boletín
Judicial. MBA. Dinorah Álvarez Acosta, Subdirectora Ejecutiva.
San José 09 de agosto del 2016.
MBA. Ana Eugenia Romero Jenkins,
Directora ejecutiva
Exonerado.—( IN2016065911 ).
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley
Orgánica del Poder Judicial y para el caso específico los siguientes
acuerdos: de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación
de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 01-2016 de fecha 04
de mayo de 2016, artículo III y el acuerdo del Consejo Superior
en Sesión N° 51-16 celebrada el 24 de mayo de 2016, artículo
CI; De la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de
Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 01-2014 de fecha 14 de marzo
del 2014, artículo IX y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión
N° 34-14, celebrada el 22 de abril del 2014, artículo L.; se hace del
conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en
general, que procederá a la destrucción de expedientes civil y laboral
de los despachos que a continuación se detallan. Los expedientes se
encuentran remesados en el Archivo Judicial.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial y para el caso específico los siguientes
acuerdos:De la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 01-2016 de fecha 04 de mayo de
2016, artículo III y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión N° 51-16 celebrada el 24 de mayo de 2016, artículo CI; De la Comisión
Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 01-2014 de fecha 14 de marzo del 2014, artículo IX y el
acuerdo del Consejo Superior en Sesión N° 34-14, celebrada el 22 de abril del 2014, artículo L.; se hace del conocimiento de las
instituciones públicas, privadas y del público en general, que procederá a la destrucción de expedientes civil y laboral de los despachos que
a continuación se detallan. Los expedientes se encuentran remesados en el Archivo Judicial.
Pág 6 — BOLETIN JUDICIAL Nº 192
Remesa
Despacho
Materia
Asuntos
Jueves 6 de octubre del 2016
Cantidad de
Expedientes a
Eliminar
Periodo
Paquetes a
Eliminar
C-7-A-95
JUZ. MEN.CTIA II
CIRC.JUD.ALAJUE
CIVIL
LA
EJECUTIVO SIMPLE
1995
236
4
C-34-A-95
JUZ.
CIVIL
CIRC.JUD.
ALAJUELA
EJECUTIVO SIMPLE
1995
35
2
C-56-A-95
JUZ.
ESPEC.COBRO Y
MEN.CTIA
I
CIRC.JUD.ALAJUE
CIVIL
LA
C-70-A-95
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial y para el caso específico los siguientes
acuerdos:De la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 01-2016 de fecha 04 de mayo de
2016, artículo III y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión N° 51-16 celebrada el 24 de mayo de 2016, artículo CI; De la Comisión
Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 01-2014 de fecha 14 de marzo del 2014, artículo IX y el
acuerdo del Consejo Superior en Sesión N° 34-14, celebrada el 22 de abril del 2014, artículo L.; se hace del conocimiento de las
instituciones públicas, privadas y del público en general, que procederá a la destrucción de expedientes civil y laboral de los despachos que
a continuación se detallan. Los expedientes se encuentran remesados en el Archivo Judicial.
I
Remesa
JUZ. COBRO Y
MENOR
CTIA.
CIVIL
SAN RAMON
1995
136
1995
43
C-7-H-95
JUZ. CIV. MAY.
CIVIL
CTIA. HEREDIA
C-21-L-95
JUZ.
CIV.MAY.CTIA.II
CIRC.JUD.ZONA
ATLANTICA
C-3-P-95
JUZ. COBRO Y
MENOR
CTIA.
CIVIL
PUNTARENAS
C-9-P-95
JUZ. CIVIL
AGRARIO
PUNTARENAS
C-29-P-95
JUZ. CIV. TRAB.
CIVIL
CORREDORES
C-1-S-95
JUZ. 4TO. CIV.
MAY. CTIA SAN
CIVIL
JOSE
C-8-S-95
JUZ. 6TO. CIV.
MAY. CTIA SAN
CIVIL
JOSE
C-20-S-95
JUZ. 2DO. CIV.
MAY. CTIA SAN
CIVIL
JOSE
C-33-S-95
JUZ. 1ERO. CIV.
MAY. CTIA SAN
CIVIL
JOSE
EJECUTIVO SIMPLE
1995
225
6
C-48-S-95
JUZ. 6TO. CIV.
MEN. CTIA SAN
CIVIL
JOSE
EJECUTIVO SIMPLE
1995
930
16
C-53-S-95
JUZ. 3RO. CIV.
MEN. CTIA SAN
CIVIL
JOSE
EJECUTIVO SIMPLE
1995
825
16
C-54-S-95
JUZ. 2DO. CIV.
MEN. CTIA SAN
CIVIL
JOSE
EJECUTIVO SIMPLE
1995
695
12
C-59-S-95
JUZ. 1ERO. CIV.
MEN. CTIA SAN
JOSE
CIVIL
EJECUTIVO SIMPLE
1995
817
11
C-63-S-95
JUZ. 5TO. CIV.
MEN. CTIA SAN
JOSE
CIVIL
EJECUTIVO SIMPLE
1995
731
13
C-81-S-95
JUZ.
CONTR.
PEREZ ZELEDON CIVIL
EJECUTIVO SIMPLE
1995
314
4
C-2-S-96
JUZ.
CIV.TRAB.MAY.CT
IA.PEREZ
ZELEDON
CIVIL
C-11-A-96
JUZ. MEN.CTIA II
CIRC.JUD.ALAJUE
LA
CIVIL
CIVIL
EJECUTIVO SIMPLE
EJECUTIVO SIMPLE
1995
1995
207
85
1995
1996
236
121
43
C-34-A-95
EJECUTIVO SIMPLE
1995
35
2
EJECUTIVO SIMPLE
1996
55
1
C-56-A-95
JUZ.
JUZ.
CIVIL Y
ESPEC.COBRO Y
AGRARIO
MEN.CTIA
I
PUNTARENAS
CIVIL
CIRC.JUD.ALAJUE
LA
JUZ. CIV. TRAB. CIVIL
EJECUTIVO SIMPLE
1995
136
2
C-30-P-96
CORREDORES
JUZ.
COBRO
Y CIVIL
EJECUTIVO SIMPLE
1996
72
1
C-70-A-95
MENOR
JUZ. 3RO. CTIA.
CIV.
CIVIL
SAN RAMON
EJECUTIVO SIMPLE
1995
43
1
JOSE CIV. MAY. CIVIL
JUZ.
CIVIL
CTIA. HEREDIA
EJECUTIVO SIMPLE
1996
470
15
EJECUTIVO SIMPLE
1995
207
3
EJECUTIVO SIMPLE
1996
172
1
2
C-7-H-95
EJECUTIVO SIMPLE
1995
144
3
EJECUTIVO SIMPLE
1995
63
2
EJECUTIVO SIMPLE
1995
119
3
EJECUTIVO SIMPLE
EJECUTIVO SIMPLE
1995
1995
267
230
254
8
5
7
EJECUTIVO SIMPLE
1995
85
JOSE
CIVIL
EJECUTIVO SIMPLE
1996
416
9
C-3-P-95
EJECUTIVO SIMPLE
1995
144
3
C-28-S-96
C-35-S-96
EJECUTIVO SIMPLE
1995
1996
46
113
1
I
C-39-A-96
JUZ.
CIVIL
CIRC.JUD.
ALAJUELA
I
C-46-A-96
JUZ.
CIVIL
CIRC.JUD.
ALAJUELA
C-65-A-96
JUZ.
ESPEC.COBRO Y
MEN.CTIA
I
CIRC.JUD.ALAJUE
CIVIL
LA
C-78-A-96
JUZ. COBRO Y
MENOR
CTIA.
CIVIL
SAN RAMON
EJECUTIVO SIMPLE
1996
104
1
C-86-A-96
JUZ.
CONTR.MEN.CTIA
CIVIL
GRECIA
EJECUTIVO SIMPLE
1996
122
2
C-9-C-95
JUZ. CIV. MAY.
CTIA. CARTAGO CIVIL
EJECUTIVO SIMPLE
1995
140
4
C-2-C-96
JUZ. CIV. MAY.
CTIA. CARTAGO CIVIL
C-11-C-96
JUZ. CIV. MAY.
CTIA. CARTAGO CIVIL
EJECUTIVO SIMPLE
1996
146
3
C-24-C-96
JUZ.
MEN.CTIA
CIVIL
CARTAGO
EJECUTIVO SIMPLE
1996
412
7
C-1-G-96
JUZ.
CONTR.MEN.CTIA
CIVIL
LIBERIA
EJECUTIVO SIMPLE
1996
111
2
C-1-H-96
JUZ.
MEN.CTIA
CIVIL
HEREDIA
EJECUTIVO SIMPLE
1996
354
6
C-7-H-96
JUZ. CIV. MAY.
CIVIL
CTIA. HEREDIA
EJECUTIVO SIMPLE
1996
125
4
C-18-H-96
JUZ. CIV. MAY.
CIVIL
CTIA. HEREDIA
EJECUTIVO SIMPLE
1996
111
3
C-10-L-96
JUZ. MEN.CTIA I
CIRC.JUD.ZONA
CIVIL
ATLANTICA
C-18-L-96
JUZ.
CIV.MAY.CTIA.II
CIRC.JUD.ZONA
ATLANTICA
C-13-L-96
JUZ.
CIVIL I
CIRC.JUD.ZONA
CIVIL
ATLANTICA
CIVIL
C-62-S-96
JUZ.
CIVIL
Y
AGRARIO
JUZ. 4TO. CIV.
PUNTARENAS
MAY. CTIA SAN CIVIL
JOSE
EJECUTIVO SIMPLE
1996
560
13
EJECUTIVO SIMPLE
1995
63
2
JOSE CIV. TRAB. CIVIL
JUZ.
CIVIL
CORREDORES
EJECUTIVO SIMPLE
1996
454
14
EJECUTIVO SIMPLE
1995
119
3
MAY. 4TO.
CTIA SAN
JUZ.
CIV.
MAY.
JOSE CTIA SAN CIVIL
CIVIL
JOSE
EJECUTIVO SIMPLE
1996
403
9
EJECUTIVO SIMPLE
1995
267
8
JUZ.
EJECUTIVO SIMPLE
EJECUTIVO SIMPLE
EJECUTIVO SIMPLE
EJECUTIVO SIMPLE
EJECUTIVO SIMPLE
EJECUTIVO SIMPLE
EJECUTIVO SIMPLE
EJECUTIVO SIMPLE
1996
1996
1996
1996
1996
1996
1996
1996
110
46
38
329
171
38
36
16
3
1
1
4
4
CIVIL
2DO.
5TO.
CIV.
CIV.
JUZ.
CIV.
MAY. 6TO.
CTIA SAN
MAY.
JOSE CTIA SAN CIVIL
CIVIL
JOSE
2DO.
EJECUTIVO SIMPLE
EJECUTIVO SIMPLE
1996
1995
471
230
11
5
CIV.
C-20-S-95
JUZ. 2DO. CIV.
MEN. CTIA SAN
MAY. CTIA SAN
CIVIL
JOSE
CIVIL
JOSE
EJECUTIVO SIMPLE
1995
254
7
C-73-S-96
C-33-S-95
JUZ. 1ERO.
6TO. CIV.
CIV.
JUZ.
MEN. CTIA
CTIA SAN
SAN
MAY.
CIVIL
JOSE
CIVIL
JOSE
EJECUTIVO SIMPLE
SIMPLE
EJECUTIVO
1996
1995
1242
225
624
C-48-S-95
C-78-S-96
JUZ. 3RO.
6TO. CIV.
MEN. CTIA SAN
CIVIL
JOSE
EJECUTIVO SIMPLE
SIMPLE
1995
1996
930
1030
16
20
C-53-S-95
C-83-S-96
JUZ. 3RO.
4TO. CIV.
MEN.
MEN. CTIA
CTIA SAN
SAN
CIVIL
JOSE
CIVIL
JOSE
EJECUTIVO
EJECUTIVO SIMPLE
SIMPLE
1995
1996
825
945
16
13
C-54-S-95
JUZ.
JUZ. 2DO.
5TO. CIV.
CIV.
MEN. CTIA SAN
MEN. CTIA SAN
CIVIL
JOSE
EJECUTIVO SIMPLE
1995
695
12
C-4-A-97
JUZ. CIV.TRAB.II
CIRC.JUD.ALAJUE
CIVIL
LA
EJECUTIVO SIMPLE
1997
18
1
I
C-18-A-97
JUZ.
CIVIL
CIRC.JUD.
ALAJUELA
CIVIL
EJECUTIVO SIMPLE
1997
17
1
I
C-25-A-97
JUZ.
CIVIL
CIRC.JUD.
ALAJUELA
CIVIL
EJECUTIVO SIMPLE
1997
18
1
C-55-A-97
JUZ.
ESPEC.COBRO Y
MEN.CTIA
I
CIRC.JUD.ALAJUE
CIVIL
LA
EJECUTIVO SIMPLE
1997
130
3
C-68-A-97
JUZ. COBRO Y
MENOR
CTIA.
CIVIL
SAN RAMON
EJECUTIVO SIMPLE
1997
362
4
C-8-C-97
JUZ.
MEN.CTIA
CARTAGO
CIVIL
EJECUTIVO SIMPLE
1997
186
5
C-18-C-97
JUZ. CIV. MAY.
CTIA. CARTAGO
CIVIL
EJECUTIVO SIMPLE
1997
29
2
C-24-C-97
JUZ. CIV. MAY.
CTIA. CARTAGO
CIVIL
EJECUTIVO SIMPLE
1997
69
3
C-1-H-97
JUZ.
MEN.CTIA
HEREDIA
CIVIL
EJECUTIVO SIMPLE
1997
50
1
C-8-H-97
JUZ. CIV. MAY.
CTIA. HEREDIA
CIVIL
EJECUTIVO SIMPLE
1997
38
2
C-15-H-97
JUZ. CIV. MAY.
CTIA. HEREDIA
CIVIL
EJECUTIVO SIMPLE
1997
22
1
C-27-H-97
JUZ. CIV. MAY.
CTIA. HEREDIA
CIVIL
EJECUTIVO SIMPLE
1997
24
1
C-1-L-97
JUZ. MEN.CTIA II
CIRC.JUD.ZONA
ATLANTICA
CIVIL
EJECUTIVO SIMPLE
1997
26
1
C-11-L-97
JUZ. MEN.CTIA I
CIRC.JUD.ZONA
ATLANTICA
CIVIL
EJECUTIVO SIMPLE
1997
399
6
C-15-P-97
JUZ. COBRO Y
MENOR
CTIA.
CIVIL
PUNTARENAS
EJECUTIVO SIMPLE
1997
69
2
C-25-P-97
JUZ. CIV. TRAB.
CIVIL
CORREDORES
EJECUTIVO SIMPLE
1997
21
1
C-1-S-97
JUZ. 1ERO. CIV.
MAY. CTIA SAN
JOSE
CIVIL
EJECUTIVO SIMPLE
1997
118
4
C-2-S-97
JUZ. 3RO. CIV.
MAY. CTIA. SAN
CIVIL
JOSE
EJECUTIVO SIMPLE
1997
252
8
C-19-S-97
JUZ. 4TO. CIV.
MAY. CTIA SAN
CIVIL
JOSE
EJECUTIVO SIMPLE
1997
186
8
C-26-S-97
JUZ. 2DO. CIV.
MAY. CTIA SAN
CIVIL
JOSE
EJECUTIVO SIMPLE
1997
129
6
C-39-S-97
JUZ. 6TO. CIV.
MAY. CTIA SAN
CIVIL
JOSE
EJECUTIVO SIMPLE
1997
218
6
C-46-S-97
JUZ. 2DO. CIV.
MEN. CTIA SAN
CIVIL
JOSE
EJECUTIVO SIMPLE
1997
75
4
C-51-S-97
JUZ. 6TO. CIV.
MEN. CTIA SAN
CIVIL
JOSE
EJECUTIVO SIMPLE
1997
170
5
C-56-S-97
JUZ. 3RO. CIV.
MEN. CTIA SAN
CIVIL
JOSE
EJECUTIVO SIMPLE
1997
238
8
C-61-S-97
JUZ. 4TO. CIV.
MEN. CTIA SAN
CIVIL
JOSE
EJECUTIVO SIMPLE
1997
322
5
C-65-S-97
JUZ.
MEN.CTIA.PEREZ
CIVIL
ZELEDON
EJECUTIVO SIMPLE
1997
82
2
C-68-S-97
JUZ. 1ERO. CIV.
MEN. CTIA SAN
CIVIL
JOSE
EJECUTIVO SIMPLE
1997
299
8
C-81-S-97
JUZ.
MEN.CTIA
DESAMPARADOS CIVIL
EJECUTIVO SIMPLE
1997
115
2
C-68-S-96
2
C-13-A-96
CIVIL
C-49-S-96
C-1-S-95
C-106-S-96
EJECUTIVO SIMPLE
3
JUZ. COBRO Y
JUZ. 6TO. CTIA.
CIV.
MENOR
PUNTARENAS
MAY. CTIA SAN CIVIL
JUZ.
1995
213
C-22-S-96
C-8-S-95
EJECUTIVO SIMPLE
1996
C-21-L-95
JUZ.
JUZ. CIV.TRAB.II
CIRC.JUD.ALAJUE
LA
CIVIL
CIVIL
MAY. CTIA. SAN
EJECUTIVO SIMPLE
CIV.MAY.CTIA.II
JUZ. 1ERO. CIV.
CIRC.JUD.ZONA
MAY. CTIA SAN CIVIL
ATLANTICA
C-29-P-95
CIVIL
CIVIL
JUZ.
CONTR.
PEREZ ZELEDON CIVIL
JUZ.
C-9-P-95
Y
PUNTARENAS
C-21-S-96
3
2
Paquetes a
Eliminar
EJECUTIVO
EJECUTIVO SIMPLE
SIMPLE
2
1
Cantidad de
Expedientes a
Eliminar
Periodo
JUZ.
CIVIL YI
JUZ. COBRO
CIRC.JUD.
MENOR
CTIA.
CIVIL
ALAJUELA
C-9-S-96
EJECUTIVO SIMPLE
Asuntos
JUZ. MEN.CTIA II
CIRC.JUD.ALAJUE
CIRC.JUD.ZONA
CIVIL
LA
ATLANTICA
CIVIL
C-14-P-96
EJECUTIVO SIMPLE
Materia
C-7-A-95
C-21-L-96
C-1-P-96
CIVIL
Despacho
CIVIL
JOSE
EJECUTIVO SIMPLE
EJECUTIVO SIMPLE
1996
1996
926
189
20
4
1
1
1
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial y para el caso específico los siguientes
acuerdos:De la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 01-2016 de fecha 04 de mayo de
2016, artículo III y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión N° 51-16 celebrada el 24 de mayo de 2016, artículo CI; De la Comisión
Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 01-2014 de fecha 14 de marzo del 2014, artículo IX y el
acuerdo del Consejo Superior en Sesión N° 34-14, celebrada el 22 de abril del 2014, artículo L.; se hace del conocimiento de las
instituciones públicas, privadas y del público en general, que procederá a la destrucción de expedientes civil y laboral de los despachos que
a continuación se detallan. Los expedientes se encuentran remesados en el Archivo Judicial.
Jueves 6 de octubre del 2016
Remesa
Despacho
Materia
Asuntos
Periodo
Cantidad de
Expedientes a
Eliminar
Paquetes a
Eliminar
C-7-A-95
JUZ. MEN.CTIA II
CIRC.JUD.ALAJUE
CIVIL
LA
EJECUTIVO SIMPLE
1995
236
4
C-34-A-95
JUZ.
CIVIL
CIRC.JUD.
ALAJUELA
CIVIL
EJECUTIVO SIMPLE
1995
35
2
C-56-A-95
JUZ.
ESPEC.COBRO Y
MEN.CTIA
I
CIRC.JUD.ALAJUE
CIVIL
LA
EJECUTIVO SIMPLE
1995
136
2
C-70-A-95
JUZ. COBRO Y
MENOR
CTIA.
CIVIL
SAN RAMON
EJECUTIVO SIMPLE
1995
43
1
C-7-H-95
JUZ. CIV. MAY.
CIVIL
CTIA. HEREDIA
EJECUTIVO SIMPLE
1995
207
3
C-21-L-95
JUZ.
CIV.MAY.CTIA.II
CIRC.JUD.ZONA
ATLANTICA
CIVIL
EJECUTIVO SIMPLE
1995
85
2
C-3-P-95
JUZ. COBRO Y
MENOR
CTIA.
CIVIL
PUNTARENAS
EJECUTIVO SIMPLE
1995
144
3
C-9-P-95
JUZ.
CIVIL
AGRARIO
PUNTARENAS
CIVIL
EJECUTIVO SIMPLE
1995
63
2
C-29-P-95
JUZ. CIV. TRAB.
CIVIL
CORREDORES
EJECUTIVO SIMPLE
1995
119
3
C-1-S-95
JUZ. 4TO. CIV.
MAY. CTIA SAN
CIVIL
JOSE
EJECUTIVO SIMPLE
1995
267
8
C-8-S-95
JUZ. 6TO. CIV.
MAY. CTIA SAN
CIVIL
JOSE
EJECUTIVO SIMPLE
1995
230
5
C-20-S-95
JUZ. 2DO. CIV.
MAY. CTIA SAN
CIVIL
JOSE
EJECUTIVO SIMPLE
1995
254
7
C-33-S-95
JUZ. 1ERO. CIV.
MAY. CTIA SAN
CIVIL
JOSE
EJECUTIVO SIMPLE
1995
225
6
C-48-S-95
JUZ. 6TO. CIV.
MEN. CTIA SAN
CIVIL
JOSE
EJECUTIVO SIMPLE
1995
930
16
C-53-S-95
JUZ. 3RO. CIV.
MEN. CTIA SAN
CIVIL
JOSE
EJECUTIVO SIMPLE
1995
825
16
C-54-S-95
JUZ. 2DO. CIV.
MEN. CTIA SAN
CIVIL
JOSE
EJECUTIVO SIMPLE
1995
695
12
I
Y
Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea
conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la
Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego
de la primera publicación de este aviso. Publíquese por tres veces
en el Boletín Judicial. MBA. Dinorah Álvarez Acosta, Subdirectora
Ejecutiva
San José 9 de agosto del2016.
Ana Eugenia Romero Jenkins,
Directora Ejecutiva
Exonerado.—( IN2016065912 ).
SALA CONSTITUCIONAL
SEGUNDA PUBLICACIÓN
ASUNTO: Acción de Inconstitucionalidad
A LOS TRIBUNALES Y AUTORIDADES DE LA REPÚBLICA
HACE SABER:
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 81 de la Ley de la
Jurisdicción Constitucional, dentro de la acción de
inconstitucionalidad número 16-011878- 0007-CO que promueve
ASOCIACIÓN CÁMARA DE INDUSTRIAS DE COSTA RICA,
se ha dictado la resolución que literalmente dice: «SALA
CONSTITUCIONAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA.
San José, a las quince horas y cero minutos de dieciséis de setiembre
de dos mil dieciséis./Se da curso a la acción de inconstitucionalidad
interpuesta por Enrique Egloff Gerli, portador de la cédula de
identidad Nº 01-0399-262, en su condición de presidente de la
Asociación Cámara de Industrias de Costa Rica, para que se declare
inconstitucional la resolución N° RJD-230-2015 de las 15:10 hrs. de
15 de octubre del 2015, de la Junta Directiva de la Autoridad
BOLETIN JUDICIAL Nº 192 — Pág 7
Reguladora de los Servicios Públicos (ARESEP). Se confiere
audiencia por quince días a la Procuraduría General de la República
y al Regulador General de los Servicios Públicos. La norma se
impugna por estimarla contraria a los intereses económicos de los
consumidores, al derecho del empresario a obtener un lucro
razonable y a no salir del mercado por razones ajenas a su voluntad,
protegidos por los artículos 37 y 46 de la Constitución Política, así
como al principio de razonabilidad constitucional. Explica que,
mediante la resolución impugnada, la Autoridad Reguladora de los
Servicios Públicos (ARESEP), aprobó la nueva metodología para
las fijaciones tarifarias ordinarias y extraordinarias de los
combustibles. Acota que, en el modelo anterior, se distribuían los
costos fijos de operación de la Refinadora Costarricense de Petróleo
S. A. (RECOPE), así como de depreciación, planilla, costos
asociados a trasiego y almacenamiento entre los combustibles,
manteniendo una relación con el precio internacional, es decir,
según los ingresos que le genera a RECOPE, cada combustible.
Detalla que, la nueva metodología, al hacer una acumulación de
costos que corresponden a cada combustible, pero sumar una
asignación de una serie de costos fijos de RECOPE por litro de
combustible, sin ninguna consideración del tipo-producto o
subproducto-o valor-precio-del insumo que se trate, distorsiona,
totalmente, el precio de combustibles, como el gas licuado de
petróleo y búnker, alejándolo del precio internacional. Enfatiza que
se distorsiona el mercado, al rebajar mínimamente la gasolina y el
diésel, y aumentar de manera exorbitante los precios del LP Gas, el
búnker y el asfalto. Destaca que, en el caso del LP Gas, se ha subido
la inversión en capacidad de almacenamiento, lo cual agrava la
situación. Señala que, la aplicación del nuevo modelo rebajaría en
un 2% el precio actual de la gasolina y el diésel, en tanto subiría en
un 72,16% el precio del LP Gas, en 35,2 % el del búnker y en 15,64
% el del asfalto. Sostiene que, el búnker y el gas son subproductos,
por lo cual en una refinería tienen un precio diferente al de los
productos principales que se obtienen en el proceso de refinación.
Desde su punto de vista, no puede aplicarse la asignación de costos
igual entre los productos principales y los subproductos o sobrantes
del proceso. Considera que la resolución impugnada es
inconstitucional en sus efectos. Explica que el acto infringe los
intereses económicos de los consumidores, porque establece precios
exorbitantes respecto de los consumidores de LP Gas, lo que
perjudicaría a núcleos importantes de la población y del sector
productivo, tales como las personas de menores ingresos y el sector
hotelero. Insiste en que un incremento del gas tan alto, y una rebaja
poco significativa en los combustibles, como se produciría si se aplicara
el nuevo modelo tarifario, sería regresivo y afectaría, significativamente,
a los hogares de la población en pobreza y pobreza extrema, favoreciendo
a los hogares de mayores ingresos. Puntualiza que el sector productivo
utiliza el búnker como combustible, para sus actividades industriales,
por lo que también se vería afectado, por cuanto los costos de producción
subirían, desproporcionadamente, restándole competitividad al país en
el mercado internacional, obligando a los empresarios a salir del
mercado, en contra de su voluntad. Alegan que, si se aumentaran los
precios del búnker y del LP Gas, conforme a la nueva metodología
tarifaria aprobada por la ARESEP, se estaría acabando con la capacidad
exportadora de la industria nacional y muy pocas empresas podrían
sobrevivir para abastecer el mercado interno. Señala que con esto,
RECOPE vería mermados sus ingresos al perder sus principales clientes
industriales, razón por la cual tendría que cargar los costos a la
gasolina y al diésel. Apunta que, como consecuencia de lo anterior,
se aumentaría el desempleo al cerrar numerosas industrias, que se
verían en la imposibilidad de competir en el mercado internacional;
de la misma forma, el aumento del asfalto en un 15,64 % elevaría los
costos de operación del CONAVI, el cual tendría que construir
menos carreteras y reparar menos vías públicas que en la actualidad.
Subraya que el nuevo modelo tarifario de la ARESEP, vulnera el
derecho del emprendedor a obtener un lucro razonable en el ejercicio
de su actividad empresarial, así como el derecho del empresario a no
salir del mercado por razones ajenas a su voluntad, como
componentes del contenido esencial de la libertad de empresa. Con
el alza de los precios -desde su punto de vista- ninguna empresa que
utiliza esos combustibles como parte esencial de su producción
industrial, podría subsistir en el mercado y mucho menos obtener un
lucro. Agrega que la nueva metodología distribuye costos según
Pág 8 — BOLETIN JUDICIAL Nº 192
Jueves 6 de octubre del 2016
volúmenes; es claro que por el gran volumen de consumo de la
gasolina y el diésel, ambos combustibles logran un ahorro de menos
del 2%, mientras que respecto de los productos de bajo volumen,
entre estos el búnker y el LP Gas, los aumentos son enormes, pues
no pueden diluir el alto costo fijo de RECOPE. Considera que
también se vulnera el principio de razonabilidad constitucional, ya
que, la nueva metodología no es necesaria, por cuanto si el acto no
se hubiera emitido, los intereses públicos tampoco se hubieran visto
lesionados; la eventual aplicación del modelo tarifario produciría graves
dislocaciones en la paz social al generar el cierre de empresas y el
aumento de desempleo. Estima que la nueva metodología tampoco es
idónea, pues existían otros mecanismos que en mejor manera
solucionaban la necesidad existente, pudiendo algunos de estos cumplir
con la finalidad propuesta, sin restringir el disfrute de los derechos
fundamentales de los productores nacionales y de los consumidores de
LP Gas. Si lo que pretendía la ARESEP, con la aplicación de la nueva
metodología era reducir el precio de la gasolina y el diésel -según
criterio del accionante- no tiene sentido hacerlo subiendo el costo de
otros combustibles, que tienen un impacto directo en la economía y en
el empleo. Finalmente, subraya que la nueva metodología no es
proporcional, pues la finalidad perseguida por el nuevo modelo tarifario
y el tipo de restricción que pretende imponer a los usuarios de LP Gas,
bunker, y asfalto, es de entidad marcadamente superior, al beneficio
que con esta se puede obtener en beneficio de la colectividad. Esta
acción se admite por reunir los requisitos a que se refiere la Ley de
la Jurisdicción Constitucional en sus artículos 73 a 79. La
legitimación del accionante proviene del párrafo segundo del
artículo 75 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, en tanto
asegura ostentar un interés corporativo. Publíquese por tres veces
consecutivas un aviso en el Boletín Judicial sobre la interposición
de la acción, para que en los procesos o procedimientos en que se
discuta la aplicación de lo cuestionado, no se dicte resolución final
mientras la Sala no haya hecho el pronunciamiento del caso. Este
aviso sólo afecta los procesos judiciales pendientes en los cuales se
discuta la aplicación de lo impugnado y se advierte que lo único que
no puede hacerse en dichos procesos, es dictar sentencia o bien, el
acto en que haya de aplicarse lo cuestionado en el sentido en que lo
ha sido. Igualmente, lo único que la acción suspende en vía
administrativa es el dictado de la resolución final en los
procedimientos tendentes a agotar esa vía, que son los que se inician
con y a partir del recurso de alzada o de reposición interpuestos
contra el acto final, salvo, claro está, que se trate de normas que
deben aplicarse durante la tramitación, en cuyo caso la suspensión
opera inmediatamente. Dentro de los quince días posteriores a la
primera publicación del citado aviso, podrán apersonarse quienes
figuren como partes en asuntos pendientes a la fecha de interposición
de esta acción, en los que se discuta la aplicación de lo impugnado
o aquellos con interés legítimo, a fin de coadyuvar en cuanto a su
procedencia o improcedencia, o para ampliar, en su caso, los motivos
de inconstitucionalidad en relación con el asunto que les interese. Se
hace saber además, que de conformidad con los artículos 81 y 82 de
la Ley de Jurisdicción Constitucional y conforme lo ha resuelto en
forma reiterada la Sala (resoluciones 0536-91, 0537-91, 0554-91 y
0881-91) esta publicación no suspende la vigencia de la norma en
general, sino únicamente su aplicación en los casos y condiciones
señaladas. Notifíquese. Fernando Cruz Castro, Presidente a. í.
San José, 19 de setiembre del 2016.
Gerardo Madriz Piedra,
Secretario
Exonerado.—( IN2016065897).
PRIMERA PUBLICACIÓN
ASUNTO: Acción de inconstitucionalidad
A LOS TRIBUNALES Y AUTORIDADES
DE LA REPÚBLICA
HACE SABER:
Para los efectos del artículo 90 párrafo primero de la Ley de la
Jurisdicción Constitucional, que en la acción de inconstitucionalidad
que se tramita con el Nº 16-009196-0007-CO promovida por
<<Nombre 0001>> en contra del Reglamento de Actuaciones para
el Centro Judicial de Interceptación de Comunicaciones, dictado
por Corte Plena en la sesión Nº 44-12 de 17 de diciembre de 2012,
artículo XXIII y la modificación a la cláusula “sede”, que aprobó en
la sesión Nº 37-13 de 02 de septiembre de 2013, se ha dictado el voto
Nº 2016-013506 de las nueve horas y diez minutos de veintiuno de
setiembre de dos mil dieciséis, que literalmente dice:
«Se rechaza de plano la acción.-»
San José, 22 de setiembre del 2016.
Gerardo Madriz Piedra,
Secretario
Exonerado.—( IN2016067008 ).
ASUNTO: Acción de Inconstitucionalidad
A LOS TRIBUNALES Y AUTORIDADES
DE LA REPÚBLICA
HACE SABER:
Para los efectos de los artículos 88 párrafo segundo y 90
párrafo primero de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que en la
acción de inconstitucionalidad que se tramita con el N° 15-0087650007-CO promovida por Wilfredo de Jesús Molina Camacho
contra la frase final del artículo 5º de la Ley Nº 7302, “Creación del
Régimen General de Pensiones con cargo al presupuesto nacional,
de otros regímenes especiales y reforma a la ley Nº 7092 del 21 de
abril de 1988 y sus reformas, Ley del Impuesto sobre la Renta”,
y el artículo 15 del Reglamento a esa Ley -Decreto Ejecutivo Nº
33080-MTSS-H-, por estimarlos contrarios al artículo 57 de la
Constitución Política y la jurisprudencia constitucional en la
materia, se ha dictado el voto N° 2016-013555 de las once horas y
treinta y dos minutos de veintiuno de setiembre de dos mil dieciséis,
que literalmente dice:
«Se declara con lugar la acción. En consecuencia, debe
entenderse la frase final del artículo 5 de la Ley N° 7302
denominada “Creación del Régimen General de Pensiones
con cargo al Presupuesto Nacional, de otros regímenes
especiales y reforma a la Ley N° 7092 del 21 de abril de
1988 y sus reformas, Ley del Impuesto sobre la Renta”, y
el artículo 15 del Reglamento a esa Ley (Decreto Ejecutivo
N° 33080-MTSS-H), en el sentido de que, en ambas normas,
deben tenerse incluidos todos los rubros salariales devengados,
sin exclusión alguna, para el cálculo de la jubilación y,
específicamente, el denominado “responsabilidad en el
ejercicio de la función electoral”. Esta sentencia tiene efectos
declarativos, sin perjuicio de derechos adquiridos de buena fe.
Sin embargo, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 91
de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, se dimensionan los
efectos en el sentido de que la inconstitucionalidad declarada
surte efectos generales a partir de la publicación del primer
aviso en el Boletín Judicial acerca de la admisión a trámite
de la presente acción. Comuníquese este pronunciamiento a
los Poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, y a la Dirección
Nacional de Pensiones del Ministerio de Trabajo y Seguridad
Social. Reséñese este pronunciamiento en el Diario Oficial
La Gaceta y publíquese íntegramente en el Boletín Judicial.
Notifíquese. Los Magistrados Castillo Víquez, Hernández
López y Hernández Gutiérrez salvan el voto y declaran sin
lugar la acción. La Magistrada Hernández López pone nota.»
Se hace saber que la anulación, inconstitucionalidad o
eliminación indicada, rige a partir del momento que se indica en la
parte dispositiva del voto.
San José, 22 de setiembre del 2016.
Gerardo Madriz Piedra,
Secretario
Exonerado.—( IN2016067055 ).
JUZGADO NOTARIAL
HACE SABER A:
La Dirección Nacional de Notariado, al Archivo Notarial, al
Registro Nacional y al Registro Civil, que en el proceso disciplinario
notarial N° 15-000623-0627-NO, de Registro Civil contra Ricardo
Goodwin Picado (cédula de identidad 1-1112-0576), este Juzgado
Jueves 6 de octubre del 2016
mediante resolución N° 75-2016 de las doce horas del veintinueve
de febrero del dos mil dieciséis (folio 23), dispuso imponerle al
citado notario la corrección disciplinaria de un mes de suspensión en
el ejercicio de la función notarial. Rige ocho días naturales después
de su publicación en el Boletín Judicial, de conformidad con el
artículo 161 del Código Notarial. Notifíquese.
San José, 10 de agosto del 2016
Licda. Derling Talavera Polanco
Jueza
1 vez.—Exonerado.—( IN2016066416 ).
A: Fanny Peña Sandí, mayor, notaria, cédula de identidad
número 0105460221, de demás calidades ignoradas, que en proceso
disciplinario notarial N° 15-000899-0627-NO, establecido en su
contra por sucesión de Luis Diego Rojas Méndez, se han dictado
las resoluciones que literalmente dicen: “Juzgado Notarial, a las
once horas y nueve minutos del veinticinco de abril de dos mil
dieciséis. Se tiene por establecido el presente proceso disciplinario
notarial con pretensión resarcitoria de sucesión de Luis Diego Rojas
Méndez contra Fanny Peña Sandí, a quien se confiere traslado por
el plazo de ocho días dentro de ese plazo debe informar respecto
de los hechos denunciados y ofrecer la prueba de descargo que
estime de su interés. Para los efectos del artículo 153 del Código
Notarial, se tiene como parte a la Dirección Nacional de Notariado,
entidad que dentro del plazo señalado debe referirse respecto de la
presente denuncia y aportar la prueba que considere pertinente. Se
le previene a las partes que dentro del plazo citado, deben indicar
medio en el cual recibir notificaciones, ya sea: Correo electrónico,
fax, casillero o en estrados, en el entendido de que, mientras no
lo hagan, o si la notificación no se pudiere efectuar por el(los)
medio(s) señalado(s) por la parte, las resoluciones posteriores que
se dicten se le tendrán automáticamente notificadas con el solo
transcurso de veinticuatro horas después de dictadas, incluidas las
sentencias. De manera simultánea como máximo y dentro de los ya
citados, podrán señalarse dos medios distintos o iguales para recibir
notificaciones, pero deberá indicarse en forma expresa, cuál de ellos
se utilizará como principal; en caso de omisión, será esta Autoridad
la que realizará la elección. Si se señalare correo electrónico, la
cuenta de correo deberá de estar acreditada por el Departamento de
Tecnología de la Información del Poder Judicial. En caso de señalar
fax, éste deberá de estar instalado dentro del territorio nacional.
Asimismo se le previene a cada parte, que si no escogiere alguno de
los medios anteriormente detallados u otro medio autorizado para
atender notificaciones, deberá necesariamente designar en estrados;
si no lo hiciere se producirán iguales consecuencias a las señaladas
respecto a la notificación automática. En caso de señalar en estrados,
se hace saber a la parte, que las listas de los procesos se exhibirán
para su consulta, en la Oficina Centralizada de Notificaciones del
Primer Circuito Judicial de San José (tercer piso del Edificio de los
Tribunales de Justicia de este Circuito Judicial), los días martes y
jueves de cada semana. Con respecto al medio, se le hace saber a
las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08,
celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 1692008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de
notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y
recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también
como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un medio
de localización lo más ágil y eficiente posible, particularmente
recomendamos un “celular o un correo electrónico”, siendo mucho
mejor señalar las dos alternativas a la vez. Esta petición es para
cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando
la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los
medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción
de notificaciones.” Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo
Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder
Judicial, sesión 78-07, celebrada el 18 de octubre del 2007, artículo
LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas
físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de
trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si
cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de
cédula, h) Lugar de residencia.- De conformidad con los artículos 153
del Código Notarial y 19 de la Ley de Notificaciones, notifíquesele
BOLETIN JUDICIAL Nº 192 — Pág 9
esta resolución a la parte denunciada, mediante cédula y copias de
ley; ya sea personalmente o en su casa de habitación o domicilio
registral. Al respecto, se debe tener en cuenta que si la notificación
es en la casa de habitación del denunciado o en su domicilio
registral, la cédula de notificación y copias podrán ser recibidas
por cualquier persona que aparente ser mayor de quince años o por
la propia persona denunciada; pero si la notificación se realiza en
el lugar de trabajo u oficina, esta debe ser entregada únicamente
a la persona denunciada. La notificación en el domicilio registral
de la parte denunciada ubicada en Calle Blancos, Goicoechea, de
la Gasolinera Shell, 300 norte, 50 este, Urbanización Montelimar,
se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales y Otras
Comunicaciones del II Circuito Judicial de San José, (Goicoechea).
La notificación en la oficina notarial de la parte denunciada ubicada
en San Vicente de Moravia, de Pollos Tuto, 600 metros oeste, 100
metros norte y 100 metros oeste, casa 12-C , se comisiona a la
Oficina de Comunicaciones Judiciales y Otras Comunicaciones del
II Circuito Judicial de San José, (Goicoechea). Asimismo, se ordena
notificar a la Dirección Nacional de Notariado, mediante comisión
dirigida a la Oficina de Comunicaciones del Segundo Circuito
Judicial de San José, en San Pedro Montes de Oca, costado oeste
del Mall San Pedro, Edificio SIGMA, quinto piso. En el caso de que
la notificación de esta resolución deba realizarse en un lugar o zona
de acceso restringido, se ordena permitir el ingreso al funcionario
notificador a fin de realizar la diligencia encomendada; y en caso
de que se impida tal ingreso, se tendrá por válida la notificación
con la entrega de la cédula correspondiente a la persona encargada
de regular la entrada (artículos 4, 11, 34, 36, 39, 47, 58 y 59 de
la Ley de Notificaciones Judiciales vigente N° 8687, publicada en
La Gaceta N° 20 del jueves 29 de enero del 2009). Obténgase, por
medio de intranet, las direcciones reportadas por la parte denunciada
en la Dirección Nacional de Notariado y Registro Civil. Conforme al
numeral 153, párrafo IV del Código Notarial, remítase mandamiento
a la Dirección de Servicios Registrales del Registro Nacional, para
que certifique si la parte denunciada tiene apoderado inscrito en
ese Registro. En caso de tenerlo, remita copia literal certificada
del poder en que así conste. De conformidad con el artículo 313
del Código Procesal Civil, se hace ver a la parte accionante que
en el caso de que desee presentar una pretensión resarcitoria contra
la parte denunciada, tendrá oportunidad para realizar dicha gestión
hasta antes de que esa parte procesal conteste esta denuncia; y para
tal efecto, tendrá que cumplir con los requerimientos del numeral
152 del Código Notarial, en su necesaria relación con el artículo 290
del Código Procesal Civil. Notifíquese.
Licda. Derling Talavera Polanco,
Jueza
1 vez.—Exonerado.—( IN2016066417 ).
la Dirección Nacional de Notariado, al Archivo Notarial, al
Registro Nacional y al Registro Civil, que en el proceso disciplinario
notarial N° 16-000093-0627-NO, de Archivo Nacional contra
Andrea Carazo Campos (cédula de identidad 3-334-550), este
Juzgado mediante resolución N° 268-2016 de las diecisiete horas y
treinta minutos del treinta de junio del dos mil dieciséis (folio 25),
dispuso imponerle al citado notario la corrección disciplinaria de un
mes de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Rige ocho
días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial, de
conformidad con el artículo 161 del Código Notarial. Notifíquese.
San José, 24 de agosto del 2016
Licda. Derling Talavera Polanco
Jueza
1 vez.—Exonerado.—( IN2016066423 ).
Álvaro Gerardo Brenes Barrantes, mayor, notario, cédula
de identidad número 0104470780, de demás calidades ignoradas,
que en proceso disciplinario notarial número 16-000168-0627-NO
establecido en su contra por María de Los Ángeles Camacho Díaz,
se ha dictado la resolución que literalmente dice: “Juzgado Notarial,
a las catorce horas y veintiocho minutos del veintinueve de abril
de dos mil dieciséis.- De conformidad con el artículo 290 inciso
7 del Código Procesal Civil, donde se establece como elemento
indispensable de la demanda, la estimación de ésta y visto el escrito
Pág 10 — BOLETIN JUDICIAL Nº 192
Jueves 6 de octubre del 2016
presentado por la Licda. Guiselle Chacón Araya, en su condición
de apoderada especial judicial del actor (folio 23 al 24), se logra
determinar que no se cumplió cabalmente con lo prevenido mediante
la resolución de las quince horas cincuenta y ocho minutos del
catorce de marzo del dos mil dieciséis (folio 21), y considerando esta
juzgadora que en el artículo 163 del Código Notarial, establece que
el Código Procesal Civil es de aplicación supletoria en los procesos
de esta jurisdicción y que lo solicitado en su oportunidad a la parte
actora no resulta arbitrario sino que obedece a formalidades que
expresamente señala la ley, así las cosas lo procedente es declarar
la inadmisibilidad de la pretensión civil resarcitoria, para continuar
únicamente con la acción disciplinaria. En razón de lo anterior, se
tiene por establecido el presente proceso disciplinario notarial de
María de Los Ángeles Camacho Díaz Contra Álvaro Gerardo Brenes
Barrantes, a quien se confiere traslado por el plazo de ocho días; dentro
de ese plazo debe informar respecto de los hechos denunciados y
ofrecer la prueba de descargo que estime de su interés. Para los efectos
del artículo 153 del Código Notarial, se tiene como parte a la Dirección
Nacional de Notariado, entidad que dentro del plazo señalado debe
referirse respecto de la presente denuncia y aportar la prueba que
considere pertinente. Se le previene a las partes que dentro del plazo
citado, deben indicar medio en el cual recibir notificaciones, ya sea:
Correo electrónico, fax, casillero o en estrados, en el entendido de que,
mientras no lo hagan, o si la notificación no se pudiere efectuar por el(los)
medio(s) señalado(s) por la parte, las resoluciones posteriores que se
dicten se le tendrán automáticamente notificadas con el solo transcurso
de veinticuatro horas después de dictadas, incluidas las sentencias. De
manera simultánea como máximo y dentro de los ya citados, podrán
señalarse dos medios distintos o iguales para recibir notificaciones,
pero deberá indicarse en forma expresa, cuál de ellos se utilizará como
principal; en caso de omisión, será esta Autoridad la que realizará la
elección. Si se señalare correo electrónico, la cuenta de correo deberá de
estar acreditada por el Departamento de Tecnología de la Información
del Poder Judicial. En caso de señalar fax, éste deberá de estar instalado
dentro del territorio nacional. Asimismo se le previene a cada parte,
que si no escogiere alguno de los medios anteriormente detallados
u otro medio autorizado para atender notificaciones, deberá
necesariamente designar en estrados; si no lo hiciere se producirán
iguales consecuencias a las señaladas respecto a la notificación
automática. En caso de señalar en estrados, se hace saber a la parte,
que las listas de los procesos se exhibirán para su consulta, en la
Oficina Centralizada de Notificaciones del Primer Circuito Judicial
de San José (tercer piso del Edificio de los Tribunales de Justicia de
este Circuito Judicial), los días martes y jueves de cada semana. Con
respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el
Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre
del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si
desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe
ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por
lo que no pueden utilizarlo también como teléfono.- “Se exhorta a
las partes a que suministren un medio de localización lo más ágil y
eficiente posible, particularmente recomendamos un “celular o un
correo electrónico”, siendo mucho mejor señalar las dos alternativas
a la vez. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de
trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún
momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo
legal para la recepción de notificaciones”. Asimismo, por haberlo
así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de
Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre
2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que
resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente
información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento,
d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad,
f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. De
conformidad con los artículos 153 del Código Notarial y 19 de
la Ley de Notificaciones, notifíquesele esta resolución a la parte
denunciada, mediante cédula y copias de ley; ya sea personalmente
o en su casa de habitación o domicilio registral. Al respecto, se debe
tener en cuenta que si la notificación es en la casa de habitación
del denunciado o en su domicilio registral, la cédula de notificación
y copias podrán ser recibidas por cualquier persona que aparente
ser mayor de quince años o por la propia persona denunciada;
pero si la notificación se realiza en el lugar de trabajo u oficina,
esta debe ser entregada únicamente a la persona denunciada. La
notificación en el domicilio registral de la parte denunciada ubicada
en Cipreses de Curridabat, Guayabos, 1 km norte 300 oeste, 75 sur
de bomba la galera, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones
Judiciales y Otras Comunicaciones; II Circuito Judicial de San
José (Goicoechea).- Asimismo, se ordena notificar a la Dirección
Nacional de Notariado, mediante comisión dirigida a la Oficina de
Comunicaciones del Segundo Circuito Judicial de San José, en: San
Pedro Montes de Oca, costado oeste del Mall San Pedro, Edificio
SIGMA, quinto piso. En el caso de que la notificación de esta
resolución deba realizarse en un lugar o zona de acceso restringido,
se ordena permitir el ingreso al funcionario notificador a fin de
realizar la diligencia encomendada; y en caso de que se impida tal
ingreso, se tendrá por válida la notificación con la entrega de la
cédula correspondiente a la persona encargada de regular la entrada.
(artículos 4, 11, 34, 36, 39, 47, 58 y 59 de la Ley de Notificaciones
Judiciales vigente N° 8687, publicada en La Gaceta N° 20 del
jueves 29 de enero del 2009). Obténgase, por medio de intranet,
las direcciones reportadas por la parte denunciada en La Dirección
Nacional de Notariado y Registro Civil. Conforme al numeral 153,
párrafo IV del Código Notarial, remítase mandamiento a la Dirección
de Servicios Registrales del Registro Nacional, para que certifique
si la parte denunciada tiene apoderado inscrito en ese Registro. En
caso de tenerlo, remita copia literal certificada del poder en que así
conste. En otro orden de ideas y vista la solicitud realizada por la
accionante de que se remita el testimonio de piezas al Ministerio
Publico (folio 17 y 23); se resuelve: se le indica al gestionante que
en caso de valorar la existencia de un delito, deberá acudir a la vía
legal correspondiente y presentar el proceso para la investigación
pertinente. Remítase oficio a la Dirección Nacional de Notariado,
a fin de que se indique la última dirección de la casa de habitación
y oficina notarial registrados por Álvaro Gerardo Brenes Barrantes,
para que notifique la presente resolución a la parte denunciada,
para lo cual se pone a su disposición la comisión correspondiente.
Notifíquese.- Se publicará por una vez en el Boletín Judicial.
Licda. Derling Talavera Polanco,
Jueza
1 vez.—Exonerado.—( IN2016066425 ).
En el proceso Disciplinario Notarial N° 11-000490-0627-NO
de Luis Alfonso Jiménez Umaña, contra el notario público Maykol
Vinicio Lara Herrera (cédula de identidad Nº 6-0279-0934), este
Juzgado mediante resolución N° 365-2013 de las catorce horas
diez minutos del diecisiete de junio del año dos mil trece, dispuso
imponerle la corrección disciplinaria de tres años de suspensión en
el ejercicio de la función notarial al citado notario. Dicha sanción
comienza a regir ocho días naturales después de su publicación en
el Boletín Judicial.
San José, 5 de enero del 2016.
Licda. Derling Talavera Polanco,
Jueza
1 vez.—Exonerado.—( IN2016067044 ).
A Harold Chaves Ramos, mayor, notario público, cédula de
identidad número , de demás calidades ignoradas; que en proceso
disciplinario notarial Nº 15-000703-0627-NO establecido en su
contra por Archivo Notarial, se ha dictado la sentencia Nº 227-2016
que en lo conducente dice: “Juzgado Notarial. A las dieciséis horas
y veintisiete minutos del treinta y uno de mayo de dos mil dieciséis.
Proceso disciplinario notarial establecido por el Archivo Notarial,
representado por la licenciada Ana Lucía Jiménez Monge, mayor,
abogada, casada, cédula de identidad Nº 1-0576-0282, vecina de
Curridabat, en contra del licenciado Harold Chaves Ramos, quien
es mayor, abogado y notario, cédula de identidad Nº 3-0327-0489,
carné del Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica Nº 15566.
Por disposición del artículo 153 del Código Notarial, se tiene como
parte a la Dirección Nacional de Notariado, pero no se apersonó
al proceso. Resultando: ..., Considerando: ..., Por tanto: se declara
con lugar el proceso disciplinario notarial establecido por el Archivo
Notarial, contra la notario Harold Chaves Ramos, a quien se le
impone la corrección disciplinaria de ocho días de suspensión en el
ejercicio de la función notarial. Dicha sanción al tenor de lo estipulado
Jueves 6 de octubre del 2016
en el artículo 161 ibídem, regirá ocho días naturales después
de su publicación en el Boletín Judicial. Firme esta resolución,
comuníquese a la Dirección Nacional de Notariado, al Registro
Nacional, al Archivo Notarial y al Registro Civil. Confecciónese
y publíquese el edicto respectivo en el Boletín Judicial. M.Sc.
Juan Carlos Granados Vargas. Juez.-” y la providencia que dice:
“Juzgado notarial. San José, a las dieciséis horas quince minutos del
veinticuatro de agosto del dos mil dieciséis. De conformidad con lo
dispuesto por el numeral 263 del Código Procesal Civil, reformado
por el artículo 19 de la Ley de Notificaciones, Citaciones y otras
Comunicaciones Oficiales, aplicado supletoriamente por disposición
del artículo 163, párrafo 2° del Código Notarial, notifíquese al
notario Harold Chaves Ramos, la presente resolución, así como la
parte dispositiva de la sentencia Nº 227-2016, dictada a las dieciséis
horas y veintisiete minutos del treinta y uno de mayo del dos mil
dieciséis (folio 20), por medio de edicto que se publicará por una
vez en el Boletín Judicial. Notifíquese.
San José, 24 de agosto del 2016.
Licda. Derling Talavera Polanco,
Jueza
1 vez.—Exonerado.—( IN2016067053 ).
TRIBUNALES DE TRABAJO
Remates
SEGUNDA PUBLICACIÓN
A las diez horas del veintiuno de noviembre del dos mil
dieciséis, en la puerta exterior de este Despacho, al mejor postor,
libre de gravámenes hipotecarios comunes y anotaciones y con
la base del valor declarado en la Municipalidad de San Carlos,
según certificación expedida por dicho ente a las 08:33 horas del
5 de agosto del 2016, sea la base de ¢7,386,046,00, remataré: finca
inscrita en Propiedad del Partido de Alajuela, folio real, matrícula
N° 335.130-000, que es terreno de agricultura de piña de figura
triangular, sita en La Palmera de San Carlos, distrito nueve del
cantón diez de la provincia de Alajuela. Linda al norte: Israel
Vargas Cubero, al sur Yaneth Arias Jiménez, Mario Enrique Arias
Jiménez, María Nidia Arias Jiménez, Hernán Arias Salazar, al este:
Inversiones Rey Rojo Sociedad Anónima y Alexis Jiménez, al oeste:
Yaneth Arias Jiménez, Mario Enrique Arias Jiménez, María Nidia
Arias Jiménez, y Hernán Arias Salazar, y al suroeste: Inversiones
Rey Rojo Sociedad Anónima, Yaneth, Mario Enrique, María Nidia,
todos Arias Jiménez y Hernán Arias Aguilar. Mide: veintidós mil
setecientos treinta y dos metros con cincuenta y nueve decímetros
cuadrados, según plano N° A-0459940-1998. Se remata por estar
así ordenado en expediente: 06-300071-0297-LA, ordinario laboral
de Humberto Gerardo González Ballestero contra Israel Vargas
Cubero.—Juzgado Civil y Trabajo Segundo Circuito Judicial
de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 7 de setiembre del
2016.—Elio Campos López, Juez.—Exonerado.—( IN2016070127 ).
Avisos
MSc. Silvia Elena Vargas Soto Jueza del Juzgado de Trabajo
del Segundo Circuito Judicial de San José; Sección Primera; hace
saber a Cerma Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3-101101680, representada por Mariela Madrigal Cervantes, que en este
Despacho se tramita un proceso otros ord. sector privado en su
contra, bajo el expediente N° 12-000515-1178-LA, donde se dictó la
resolución que literalmente dicen: Juzgado de Trabajo del Segundo
Circuito Judicial de San José (Oral-Electrónico). A las trece horas y
diez minutos del diecinueve de junio del dos mil doce. Acorde con
las modernas tecnologías, siendo el ser humano el eje central de la
Administración de Justicia, y para promover una justicia de calidad,
se ha establecido en el despacho la implementación del expediente
electrónico, cuyo objetivo primordial es el brindar a los usuarios
del sistema judicial, una opción ágil, de solucionar sus conflictos, a
través de un procedimiento cero papel y la realización de audiencias
orales, bajo el anterior contexto, se resuelve: De la anterior demanda
BOLETIN JUDICIAL Nº 192 — Pág 11
ordinaria laboral y documentos aportados por Carlos Alfaro Mata
cédula N° 1-0488-0728, se concede traslado por el plazo de diez días,
a Cerma S. A., cédula jurídica N° 3-101-101680 representada por
Mariela Madrigal Cervantes, para que la conteste por escrito (esto
preferiblemente a través de formato digital), debiendo manifestarse
respecto de los hechos, si reconoce éstos como ciertos o si los rechaza
por inexactos, o bien, si los admite con variantes o rectificaciones,
bajo el apercibimiento de que si así no lo hiciere, se tendrán por
probados aquéllos sobre los cuales no haya dado contestación en
forma debida. Asimismo, se le previene que al contestar la demanda
deberá ofrecer la prueba que le interese, igualmente se le(s) previene
que en el primer escrito que presente(n) debe(n) señalar un medio
para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras
no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas
con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las
sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación
no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50
de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del
2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con
respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el
Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre
del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si
desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe
ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por
lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. Asimismo, por
haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la
Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el
18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este
asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar
la siguiente información: a) Lugar de trabajo. b) Sexo. c) Fecha de
nacimiento. d) Profesión u oficio. e) Si cuenta con algún tipo de
discapacidad. f) Estado civil. g) Número de cédula. h) Lugar de
residencia. Remítase mandamiento al señor Jefe del Departamento
de Cuenta Individual y Custodia de Planillas de la C.C.S.S., a efecto
de que certifique el tiempo laborado, los salarios devengados, así
como para cuáles patronos laboró el actor Carlos Alfaro Mata,
cédula N° 0104880728, durante el período de noviembre del 2009
a enero del 2011. Notifíquese a la sociedad demandada la presente
resolución o por medio de su representante, personalmente o por
medio de cédula o copias de ley en su domicilio real. Artículos 19
y 20 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Para estos efectos, se
comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales del Segundo
Circuito Judicial de San José (Goicoechea). La parte demandada
puede ser localizada en el siguiente domicilio real: Calle Blancos, del
Supermercado Pali, 300 metros al sur. M.Sc. Ronald Cruz Álvarez,
Juez. Expediente N° 12-000515-1178-LA. Notifíquese. Lo anterior
se ordena así en proceso ord. sector privado de Carlos Alfaro Mata
contra Cerma Sociedad Anónima; Expediente Nº 12-000515-1178LA.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San
José; Sección Primera, 27 de junio del 2016.—M.Sc. Silvia Elena
Vargas Soto, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016067045 ).
ADMINISTRACIÓN JUDICIAL
Remates
SEGUNDA PUBLICACIÓN
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; a las quince horas y cero minutos del veintidós de
noviembre del dos mil dieciséis y con la base de nueve millones
ochocientos cuarenta y tres mil quinientos setenta colones con
sesenta y tres céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
finca inscrita en el Registro Público, Partido de Limón, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 136.160000, la cual es terreno para construir casa de interés social. Situada
en el distrito 01 Guápiles, cantón 02 Pococí de la provincia de
Limón. Colinda: al norte: Juan Badilla Castro; sur: calle pública
con un frente a ella de 9.02 metros lineales; este: Henry Camacho
Castro; oeste: Miguel Ángel Boza Loaiza y Noemy Valverde Sojo.
Mide: trescientos siete metros cuadrados. Plano: L-1467160-2010.
Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos
Pág 12 — BOLETIN JUDICIAL Nº 192
Jueves 6 de octubre del 2016
del siete de diciembre del dos mil dieciséis, con la base de siete
millones trescientos ochenta y dos mil seiscientos setenta y siete
colones con noventa y siete céntimos (rebajada en un veinticinco
por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y
cero minutos del veintitrés de diciembre del dos mil dieciséis, con la
base de dos millones cuatrocientos sesenta mil ochocientos noventa
y dos colones con sesenta y seis céntimos (un veinticinco por ciento
de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Coocique R.L. contra Keneth Boza Valverde.
Expediente: 16-000728-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor
Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, (Materia
Cobro), 21 de setiembre del 2016.—Licda. Lilliam Ruth Álvarez
Villegas, Jueza.—( IN2016070000 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando servd. Condic. bajo las citas 022800002499-01-0902-001, servidumbre de paso bajo las citas 052600018606-02-0005-001 y 0526- 00018606-02-0006-001, plazo
de convalidación (rectificación de medida) bajo las citas 057600082554-01-0022-001; a las nueve horas y cuarenta y cinco
minutos del seis de febrero de dos mil diecisiete, y con la base de
setenta mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección
de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número
cuatrocientos cuarenta y siete mil doscientos setenta y dos cero
cero cero la cual es terreno de caña. Situada en el distrito Santa
Eulalia, cantón Atenas, de la provincia de Alajuela. Colinda: al
norte, Lewis David y Luz Aurea ambos Dossier Espinoza; al sur, G
Y Z Sistemas Periféricos S. A.; al este, Román Barrantes Castillo y
al oeste, servidumbre en medio. Mide: cinco mil veintiséis metros
con veintinueve decímetros cuadrados. Plano A-1099128-2006 para
el segundo remate se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco
minutos del veintiuno de febrero de dos mil diecisiete, con la base
de cincuenta y dos mil quinientos dólares exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve
horas y cuarenta y cinco minutos del ocho de marzo de dos mil
diecisiete con la base de diecisiete mil quinientos dólares exactos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado
a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Francisco Javier
Morelli Astua contra Once Lares Belén DEF Sociedad Anónima.
Exp. N° 16-005685-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de
Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 5 de setiembre del
2016.—M.sc. Nidia Durán Oviedo, Jueza.—( IN2016070001 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de anotaciones
y gravámenes prendarios, pero soportando colisión bajo la sumaria
16-000222-0495-TR; a las ocho horas y treinta minutos del veinte
de febrero del año dos mil diecisiete, y con la base de setenta y dos
mil trescientos veintinueve dólares con sesenta centavos (moneda
de curso legal de los Estados Unidos de América), en el mejor
postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número CL 318530.
Marca RAM. Estilo 2500. Categoría carga liviana. Capacidad 6
personas. Año 2015. Color plateado. Vin 3C6UR5FL1FG552091.
Cilindrada 6700 CC. Combustible diesel. Motor Nº no aplica. Para
el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del
siete de marzo del año dos mil diecisiete, con la base de cincuenta
y cuatro mil doscientos cuarenta y siete dólares con veinte centavos
(moneda de curso legal de los Estados Unidos de América)
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta
se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintidós de marzo
del año dos mil diecisiete con la base de dieciocho mil ochenta y
dos dólares con cuarenta centavos (moneda de curso legal de los
Estados Unidos de América) (un veinticinco por ciento de la base
inicial). NOTA: Se le informa a las personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho.
La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica Sociedad Anónima
contra Juan Carlos Arguedas Vega. Exp. N° 16-002117-1204-CJ.—
Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Grecia
(Materia Cobro), 4 de agosto del 2016.—Licda. Patricia Cedeño
Leitón, Jueza.—( IN2016070006 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada; a las quince
horas y treinta minutos (03:30 p. m.) del ocho de noviembre del dos
mil dieciséis y con la base de veinticinco millones quinientos noventa
y siete mil ochocientos cuarenta y un colones con treinta céntimos,
en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro
Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema
de folio real, matrícula número 89702-000, la cual es terreno de café
con una casa. Situada en el distrito 03 Orosi, cantón 02 Paraíso de
la provincia de Cartago. Colinda: al norte calle pública con frente
de 28.12 metros; al sur Emilio Portuguez Miranda, construido; al
este Carlos Ramírez Sánchez, casa contigua y al oeste calle pública
con frente de 10.99 metros. Mide: trescientos cuatro metros con
sesenta decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las
quince horas y treinta minutos del veintitrés de noviembre del dos
mil dieciséis, con la base de diecinueve millones ciento noventa y
ocho mil trescientos ochenta colones con noventa y ocho céntimos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se
señalan las quince horas y treinta minutos del catorce de diciembre
del dos mil dieciséis, con la base de seis millones trescientos noventa
y nueve mil cuatrocientos sesenta colones con Treinta y dos céntimos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las
personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en
caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a
favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805
párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Luis
Mariano De La Trinidad Portuguez Miranda. Expediente: 16-005569-1164CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 22 de setiembre del
2016.—Licda. Pilar Gómez Marín, Jueza.—( IN2016070010 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas: 27103970-01-0901-001; a las catorce horas y quince minutos del
cuatro de noviembre de dos mil dieciséis, y con la base de veintidós
millones quinientos veintisiete mil quinientos cuarenta y un colones
con cinco céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 96330000, la cual es naturaleza: terreno para construir con una casa,
situada en el distrito 1-Nicoya cantón 2-Nicoya de la provincia de
Guanacaste. Linderos: norte, Herminia Soto Araya, sur, quebrada
Matabuey, este, José Ángel Herra Herra, América Chacón Durán,
oeste, calle pública con frente de 12,78 metros. Mide: doscientos
cincuenta y dos metros con tres decímetros cuadrados, plano:
G-0913739-1990. Para el segundo remate se señalan las catorce horas
y quince minutos del veintiuno de noviembre de dos mil dieciséis,
con la base de dieciséis millones ochocientos noventa y cinco mil
seiscientos cincuenta y cinco colones con setenta y nueve céntimos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las catorce horas y quince minutos del seis de diciembre de
dos mil dieciséis con la base de cinco millones seiscientos treinta y
un mil ochocientos ochenta y cinco colones con veintiséis la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho.
La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco Popular y Desarrollo Comunal
contra Cristian Medina Obregón. Exp. N° 16-000579-1206-CJ.—
Juzgado de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito Judicial de
Guanacaste, Santa Cruz (Materia Cobro), 29 de agosto del año
2016.—Lic. Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez.—( IN2016070018 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada citas: 35515409-01-0984-001; a las nueve horas y cero minutos del siete
de noviembre del dos mil dieciséis y con la base de tres millones
Jueves 6 de octubre del 2016
seiscientos treinta y dos mil ochocientos veinticinco colones con
veintiocho céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca
inscrita en el Registro Público, Partido de San José, sección de
propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 334123000, la cual es terreno para construir lote 85. Situada en el distrito
02 Cinco Esquinas, cantón 13 Tibás de la provincia de San José.
Linderos: norte: lote 84, sur: lote 86, este: servidumbre, oeste:
calle pública. Mide: ciento setenta y cinco metros con setenta y
seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las
nueve horas y cero minutos del veintidós de noviembre del dos mil
dieciséis, con la base de dos millones setecientos veinticuatro mil
seiscientos dieciocho colones con noventa y seis céntimos (rebajada
en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las nueve horas y cero minutos del siete de diciembre del dos mil
dieciséis, con la base de novecientos ocho mil doscientos seis
colones con treinta y dos céntimos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho.
La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco Popular y Desarrollo Comunal
contra El Talibán Sociedad Anónima, María Maribel Bustos Ortiz.
Expediente: 16-001229-1206-CJ.—Juzgado de Cobro y Tránsito
del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, (Santa Cruz),
(Materia Cobro), 30 de agosto del año 2016.—Lic. Luis Alberto
Pineda Alvarado, Juez.—( IN2016070019 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada citas: 40101314-01-0804-001; a las ocho horas y cero minutos del siete de
noviembre del dos mil dieciséis, y con la base de seis millones
doscientos catorce mil noventa y nueve colones con veintidós
céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita
en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de folio real, matrícula número 400429-001 y 002 la
cual es terreno con una casa lote 6-a situada en el distrito 3-hospital
cantón 1-San José de la provincia de San José. Linderos: norte,
Jesús Gamboa y Franco Sequeira; sur, calle publica este, lote 5-A,
oeste: lote 7-A. Mide: ciento diecisiete metros con trece decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero
minutos del veintidós de noviembre de dos mil dieciséis, con la base de
cuatro millones seiscientos sesenta mil quinientos setenta y cuatro colones
con cuarenta y dos céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para
la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del siete de
diciembre de dos mil dieciséis con la base de un millón quinientos cincuenta
y tres mil quinientos veinticuatro colones con ochenta y un céntimos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado
a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular
y Desarrollo Comunal contra Ana Patricia Isabel Montero Solano,
Gerardo Guillermo Agüero Castillo, Michael Gerardo Agüero
Montero. Exp. N° 16-000581-1206-CJ.—Juzgado de Cobro y
Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa
Cruz) (Materia Cobro), 29 de agosto del 2016.—Lic. Luis Alberto
Pineda Alvarado, Juez.—( IN2016070020 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; a las quince horas y cero minutos del diez de noviembre
de dos mil dieciséis, y con la base de veintinueve millones sesenta y
un mil setecientos setenta y dos colones con noventa y seis céntimos,
en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro
Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema
de folio real, matrícula número 110296-000, la cual es naturaleza:
terreno de frutales con una casita , situada en el distrito 3-Veintisiete
Abril cantón 3-Santa Cruz de la provincia de Guanacaste. Linderos:
norte, calle pública con un frente de 45 metros 37centímetros; sur,
Mayra Álvarez Leal y Alejandro Leal Leal; este, calle pública con
un frente de 45 metros 48 centímetros; oeste, calle pública con
un frente d 48 metros 48 centímetros. Mide: dos mil novecientos
BOLETIN JUDICIAL Nº 192 — Pág 13
ochenta y seis metros con setenta y tres decímetros cuadrados.
Plano: G-0175533-1994. Para el segundo remate se señalan las
quince horas y cero minutos del veinticinco de noviembre del dos
mil dieciséis, con la base de veintiún millones setecientos noventa y
seis mil trescientos veintinueve colones con setenta y dos céntimos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se
señalan las quince horas y cero minutos del trece de diciembre del dos
mil dieciséis, con la base de siete millones doscientos sesenta y cinco
mil cuatrocientos cuarenta y tres colones con veinticuatro céntimos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a
favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo
805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular
y Desarrollo Comunal contra Hugo Francisco Zúñiga Pizarro, Luis
Antonio Agustin Zuñiga Oviedo, Luis Fernando Zúñiga Pizarro.
Exp. N° 16-001321-1206-CJ.—Juzgado de Cobro y Tránsito del
Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, Santa Cruz, (Materia
Cobro), 14 de setiembre del 2016.—Lic. Luis Alberto Pineda
Alvarado, Juez.—( IN2016070021 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas 29610959-01-0964-001; a las nueve horas y cero minutos del nueve
de noviembre de dos mil dieciséis, (primer remate) y con la base
de ¢27.000.000,00, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste,
Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula
número 191313-000 la cual es terreno para construir, situada en
el distrito 03- Puerto Carrillo cantón 11-Hojancha de la provincia
de Guanacaste. Linderos: Norte, servidumbre de paso con un frente
de 17.12 metros y un ancho de 6 metros; sur, calle pública con un
frente de 18.16 metros; este, Inmobiliaria Celajes Playa Carrillo
Sociedad Anónima; oeste, Inmobiliaria Celajes Playa Carrillo
Sociedad Anónima. Mide: Seiscientos tres metros cuadrados.
Plano: G-1537379-2011. Para el segundo remate se señalan las
nueve horas y cero minutos del veinticuatro de noviembre de
dos mil dieciséis, con la base de ¢20.250.000,00 (rebajada en
un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las nueve horas y cero minutos del doce de diciembre de dos mil
dieciséis con la base de ¢6.750.000,00 (un veinticinco por ciento
de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo
805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa
Rica contra Julio Cesar Segura Cordero. Exp. N° 16-000873-1206CJ.—Juzgado de Cobro y Tránsito del segundo Circuito Judicial
de Guanacaste, Santa Cruz (Materia Cobro), 07 de setiembre del
2016.—Lic. Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez.—( IN2016070030 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando citas: 351-03092-01-0904-001
condiciones ref:00032405 000, plazo de convalidación (rectificación
de medida) citas: 556-12003-01- 0005-001; a las diez horas y cuarenta
y cinco minutos del nueve de noviembre de dos mil dieciséis, y
con la base de ¢20.000.000,00, (primer remate) en el mejor postor
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido
de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real,
matrícula número 54961-001 y 002 la cual es terreno de solar con
una cabina y árboles frutales situada en el distrito 3-San Antonio
cantón 2-Nicoya de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte,
Asociación de Desarrollo Integral de Moracia de Nicoya, UR: Junta
de Educación de Moracia de Nicoya este, Corina Díaz Obando,
oeste: calle publica con un frente de 51,27 metros. Mide: cuatro
mil setecientos setenta y cinco metros con veintiún decímetros
cuadrados, plano: G-0598953-1985. Para el segundo remate se
señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del veinticuatro
de noviembre de dos mil dieciséis, con la base de ¢15.000.000,00
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta
se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del doce de
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Jueves 6 de octubre del 2016
diciembre de dos mil dieciséis con la base de ¢5.000.000,00 (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las
personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en
caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado
a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de
Costa Rica Contra Kennia Milena Villafuerte Marchena, Luis
Ademar Fonseca Orias. Exp. 16-000872-1206-CJ.—Juzgado de
Cobro y Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste,
Santa Cruz, (Materia Cobro), 8 de setiembre del 2016.—Lic. Luis
Alberto Pineda Alvarado, Juez.—( IN2016070032 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones y servidumbre
de líneas eléctricas y de paso; a las diez horas y cero minutos del
diecisiete de noviembre de dos mil dieciséis, y con la base de tres
millones seiscientos cincuenta mil colones exactos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público,
partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio
Real, matrícula número ochenta y seis mil novecientos diecisiete
cero cero cero la cual es terreno lote 12, terreno para construir
actualmente con una casa en el construida. Situada en el distrito
01 Guápiles, cantón 02 Pococí, de la provincia de Limón. Colinda:
al norte calle pública con 10,18 metros de frente; al sur Juan de Dios
Aguilar Barboza; al este, Juan de Dios Aguilar Barboza y al oeste, Juan
de Dios Aguilar Barboza. Mide: doscientos tres metros con sesenta
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas
y cero minutos del dos de diciembre de dos mil dieciséis, con la base de
dos millones setecientos treinta y siete mil quinientos colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las diez horas y cero minutos del veinte de diciembre de dos mil
dieciséis con la base de novecientos doce mil quinientos colones exactos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las
personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en
caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado
a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de
Costa Rica contra Arnold Rolando Chacon Valenciano. Exp. N°
16- 000740-1209-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía de
Pococí, (Materia Cobro), 23 de mayo del año 2016.—Lic. Johnny
Esquivel Vargas, Juez.—( IN2016070073 ).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando condiciones citas: 371-0816301-0961-001, a las diez horas y treinta minutos del catorce de
noviembre del dos mil dieciséis, y con la base de dos millones
seiscientos catorce mil ochocientos treinta y un colones con
veinticinco céntimos, en el mejor postor, remataré lo siguiente:
Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Heredia, Sección
de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número
ciento setenta y cinco mil seiscientos veintiocho-cero cero cero
(175628-000), la cual es terreno para construir. Situada en el
distrito 03-Las Horquetas, cantón 10-Sarapiquí, de la provincia
de Heredia. Colinda: Al norte, Aquilino Carrillo Carrillo y Basilia
Carrillo Gómez; al sur, calle pública con un frente de 11 metros;
al este, Aquilino Carrillo Carrillo y Basilia Carrillo Gómez, y al
oeste, Aquilino Carrillo Carrillo y Basilia Carrillo Gómez. Mide:
Doscientos noventa y siete metros con quince decímetros cuadrados.
Para el segundo remate, se señalan las diez horas y treinta minutos
del veintinueve de noviembre del dos mil dieciséis, con la base de
un millón novecientos sesenta y un mil ciento veintitrés colones
con cuarenta y cuatro céntimos (rebajada en un veinticinco por
ciento), y para la tercera subasta, se señalan las diez horas y treinta
minutos del quince de diciembre del dos mil dieciséis, con la base
de seiscientos cincuenta y tres mil setecientos siete colones con
ochenta y un céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar
en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código
de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Ana Cecilia
Gómez Carrillo, José Wilmer Gómez Carrillo. Expediente Nº 16004157-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía
de Heredia (Materia Cobro), 22 de setiembre del 2016.—Licda.
Noelia Prendas Ugalde, Jueza.—( IN2016070112 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas: 031100005678-01-0901-001, reservas y restricciones citas: 386-1377001-0811-001, obligaciones Ref: 1600 312 001 citas: 386-13770-010812-001, reservas y restricciones citas: 386-13770-01-0813-001;
a las siete horas y treinta minutos del seis de marzo de dos mil
diecisiete, y con la base de cuarenta y tres mil diecisiete dólares
con cincuenta y cuatro centavos, la finca primera y la segunda finca
ocho mil ciento noventa y tres dólares con ochenta centavos de
dólar en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca 1 inscrita en
el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento cuarenta y
cinco mil novecientos doce cero cero cero la cual es terreno lote 25
para construir lote 28. Situada en el distrito 01 Miramar, cantón 04
Montes de Oro, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte,
servidumbre agrícola en medio de lotes 10 y 11; al sur, lotes 31 y
32; al este, lote 27 y al oeste, lote 27. Mide: diez mil cuarenta y un
metros con sesenta y seis decímetros cuadrados. Finca 2 inscrita
en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de folio real, matrícula número 620032-000 la cual
es terreno repasto. Situada en el distrito 05 San Rafael, cantón 04
Puriscal, de la provincia de San José. Colinda: al noreste, Asdrubal
Salazar Jiménez; al noroeste, yurro en medio, Dagoberto Jiménez
Chavarría; al sureste, calle pública en una extensión de diecinueve
metros con tres centímetros lineales y al suroeste, Belsevi Salazar
Jiménez. Mide: siete mil trescientos veintiséis metros con cero
decímetros cuadrados. para el segundo remate se señalan las siete
horas y treinta minutos del veintiuno de marzo del dos mil diecisiete,
con la base de treinta y dos mil doscientos sesenta y tres dólares con
quince centavos de dólar la primera finca, la segunda finca seis mil
ciento cuarenta y cinco dólares con treinta y seis centavos de dólar
(rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta
se señalan las siete horas y treinta minutos del cinco de abril del
dos mil diecisiete, con la base de diez mil setecientos cincuenta y
cuatro dólares con treinta y ocho centavos de dólar la primer finca
y la segunda finca dos mil cuarenta y ocho dólares con cuarenta
y cinco centavos de dólar (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho.
La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Cera
Corp. Inc. Sociedad de Responsabilidad Limitada, Lizzett Cecilia
Arce Vargas. Exp. N° 14-001250-1207-CJ.—Juzgado de Cobro y
Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, 27 de julio del 2016.—
Msc. Hazel Murillo Parajón, Juez.—( IN2016070115 ).
En la puerta exterior de este Despacho; 1) Libre de
gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones
citas: 0307-00016446-01-0901-002; a las nueve horas y treinta
minutos del veintitrés de febrero del dos mil diecisiete, y con la
base de cincuenta y tres mil novecientos veintiocho dólares con
tres centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: 1) Finca
inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento
noventa y cuatro mil setecientos sesenta y nueve cero cero cero
la cual es terreno para construir lote 1. Situada en el distrito 01
Quepos, cantón 06 Quepos, de la provincia de Puntarenas. Colinda:
al norte, Condohotel Hacienda Pacifica S. A.; al sur, Condohotel
Hacienda Pacifica S. A.; al este, calle pública con 18.05 metros y
al oeste, Banco Improsa S. A. en calidad de fiduciario. Mide: mil
metros con cero decímetros cuadrados. De no haber postores, para
llevar a cabo el segundo remate, se señalan las nueve horas y treinta
minutos del diez de marzo del dos mil diecisiete, con la base de
cuarenta mil cuatrocientos cuarenta y seis dólares con dos centavos
(rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer
Jueves 6 de octubre del 2016
remate, se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintisiete
de marzo de dos mil diecisiete, con la base de trece mil cuatrocientos
ochenta y dos dólares con un centavos (un 25% de la base original).
2) Libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y
restricciones citas: 0307-00016446-01-0901-002; a las nueve horas
y treinta minutos del veintitrés de febrero del dos mil diecisiete, y
con la base de cincuenta y tres mil novecientos veintiocho dólares
con tres centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: 1) Finca
inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento
noventa y cuatro mil setecientos setenta mil cero cero cero la cual
es terreno para construir lote 2. Situada en el distrito 01 Quepos,
cantón 06 Quepos, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte,
Condohotel Hacienda Pacifica S. A.; al sur, Condohotel Hacienda
Pacifica S. A.; al este, calle pública con 20.19 metros y al oeste,
Banco Improsa S. A. en calidad de fiduciario. Mide: mil metros con
cero decímetros cuadrados.- de no haber postores, para llevar a cabo
el segundo remate, se señalan las nueve horas y treinta minutos del
diez de marzo del dos mil diecisiete, con la base de cuarenta mil
cuatrocientos cuarenta y seis dólares con dos centavos (rebajada en
un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se
señalan las nueve horas y treinta minutos del veintisiete de marzo
del dos mil diecisiete, con la base de trece mil cuatrocientos ochenta
y dos dólares con un centavos (un 25% de la base original). Nota:
Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar
en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código
de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Johan Enrique
Fernández Hernández. Exp. N° 16-000821-1207-CJ.—Juzgado de
Cobro y Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, 4 de agosto del
2016.—Lic. Alejandro Brenes Cubero, Juez.—( IN2016070133 ).
En la puerta exterior de este Despacho; Soportando Hipoteca
de primer grado Citas: 2012-00211850-01-0003-001 y Reservas
y Restricciones 0374-00009322-01-0900-001; a las diez horas y
treinta minutos del quince de noviembre de dos mil dieciséis, y con
la base de nueve millones de colones exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido
de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real,
matrícula número cuarenta y un mil seiscientos nueve-cero cero
uno y cero cero dos, la cual es terreno de agricultura con una casa
de habitación. Situada en el distrito Cariari, cantón Pococí, de la
provincia de Limón. Colinda: Al norte, Río Carlos Luna; al sur, frente
a calle pública de 105.33 m; al este, Óscar Hidalgo Chinchilla y al oeste,
Río Carlos Luna. Mide: Nueve mil novecientos veintisiete metros con
cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez
horas y treinta minutos del treinta de noviembre de dos mil dieciséis,
con la base de seis millones setecientos cincuenta mil colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las diez horas y treinta minutos del quince de diciembre de
dos mil dieciséis con la base de dos millones doscientos cincuenta
mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Kenneth Calderón Mora contra Inversiones Sharon del Sur S. A.
Exp. N° 15-040756-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado
de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 18 de abril del
2016.—Licda. Jessica Vargas Barboza, Jueza.—( IN2016070207 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando servidumbre de paso según la citas:
0441-00018473-01-0021-001, servidumbre de acueductos según
citas: 0569-00014617-01-0040-001; a las diez horas y cero minutos
del veintiséis de octubre del dos mil dieciséis, y con la base de sesenta
y tres millones quinientos seis mil ciento setenta y un colones con
cuarenta y dos céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento
noventa y siete mil quinientos ochenta y nueve- cero cero cero la
cual es terreno para construir. Situada en el distrito Cobano, cantón
Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, calle
pública con un frente de 29.03 metros; al sur, Tango Mar S. A.; al
BOLETIN JUDICIAL Nº 192 — Pág 15
este, Odino de Genova S. A. y al oeste, Odino de Genova S. A. Mide:
mil quinientos cuarenta y un metros con cuarenta y cinco decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero
minutos del diez de noviembre del dos mil dieciséis, con la base
de cuarenta y siete millones seiscientos veintinueve mil seiscientos
veintiocho colones con cincuenta y siete céntimos (rebajada en
un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las
diez horas y cero minutos del veinticinco de noviembre del dos mil
dieciséis, con la base de quince millones ochocientos setenta y seis
mil quinientos cuarenta y dos colones con ochenta y cinco céntimos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado
a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Crédito
Agrícola Cartago contra William Enrique de los Ángeles Flores
Mora. Exp. N° 14-004752-1207-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil
de Menor Cuantía de Puntarenas, 11 de agosto del 2016.—Lic.
Alejandro Brenes Cubero, Juez.—( IN2016070689 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; a las catorce horas y cero minutos del nueve de
noviembre del dos mil dieciséis y con la base de cincuenta millones
quinientos treinta y siete mil ochocientos cinco colones con
cincuenta y cinco céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 623275000 cero cero cero, la cual es terreno con 5 casas y una bodega.
Situada en el distrito 12 Gravilias, cantón 03 Desamparados de la
provincia de San José. Colinda: al norte calle pública con 25 mts 51
cms cuadrados; al sur Viviana Gamboa Bermúdez; al este Juan Alfaro
Segura y al oeste Furo de Costa Rica S. A. Mide: seiscientos cuarenta
y un metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo remate se
señalan las catorce horas y cero minutos del veinticuatro de noviembre
del dos mil dieciséis, con la base de treinta y siete millones novecientos
tres mil trescientos cincuenta y cuatro colones con dieciséis céntimos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se
señalan las catorce horas y cero minutos del doce de diciembre del dos
mil dieciséis, con la base de doce millones seiscientos treinta y cuatro
mil cuatrocientos cincuenta y un colones con treinta y nueve céntimos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado
a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional
de Costa Rica contra Carlos Ivo Gamboa Salazar. Expediente: 15027713-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo
Circuito Judicial de San José, 13 de setiembre del 2016.—Lic.
Marco Vinicio Alfaro Rodríguez, Juez.—( IN2016070845 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
prendarios y colisiones; a las nueve horas y quince minutos del
veintitrés de enero de dos mil diecisiete, y con la base de cinco
millones doscientos diecinueve mil sesenta colones exactos, en
el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo Placa 602341,
marca Suzuki, estilo Gran Vitara, categoría automóvil, capacidad 7
personas, año 2001, color gris, carrocería Station Wagon o familiar,
tracción 4x4, combustible gasolina. Para el segundo remate se
señalan las nueve horas y quince minutos del siete de febrero de
dos mil diecisiete, con la base de tres millones novecientos catorce
mil doscientos noventa y cinco colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve
horas y quince minutos del veintidós de febrero de dos mil diecisiete
con la base de un millón trescientos cuatro mil setecientos sesenta y
cinco colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de
Máxima Capitales Sociedad Anónima contra Martha Isabel Cedano
Becerra, Víctor Alexander Martínez Ramírez. Exp. N° 12-0222261170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer
Circuito Judicial de San José, 14 de setiembre del 2016.—MDE.
José Manuel Chaves Redondo, Juez.—( IN2016071189 ).
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En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando servidumbre de aguas pluviales citas:
574-05234-01-0652-001, servidumbre de aguas pluviales, citas:
574-05234-01-0476-001, serv canal riegref: citas: 343-04417-010001-001, servidumbre trasladada citas: 335-10332-01-0901-001,
reservas y restricciones citas: 311-09049-01-0901-001; a las trece
horas y treinta minutos (una hora treinta minutos pasado meridiano)
del siete de noviembre de dos mil dieciséis, y con la base de once
millones quinientos noventa y ocho mil setecientos treinta y seis
colones con treinta y cuatro céntimos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela,
Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula
número 65113 F-000 la cual es naturaleza: finca filial primaria
individualizada número cuatro-A apta para construir que se destinara
a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos.
Situada en el distrito 6-San Isidro, cantón 1-Alajuela, de la provincia
de Alajuela. Colinda: al norte, finca filial primaria individualizada
número tres-A sur, finca filial primaria individualizada número
cinco-A este, finca filial primaria individualizada número trece-A
oeste, área común libre de acceso dos. Mide: trescientos dos metros
con cuarenta Decímetros cuadrados. Para el segundo remate se
señalan las trece horas y treinta minutos (una hora treinta minutos
pasado meridiano) del veintidós de noviembre de dos mil dieciséis,
con la base de ocho millones seiscientos noventa y nueve mil
cincuenta y dos colones con veinticinco céntimos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece
horas y treinta minutos (una hora treinta minutos pasado meridiano)
del siete de diciembre de dos mil dieciséis con la base de dos millones
ochocientos noventa y nueve mil seiscientos ochenta y cuatro colones
con ocho céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar
en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código
de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Banco Nacional DE Costa Rica contra Roger Martín
González Alfaro. Exp: 12-008264-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y
Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela
(Materia Cobro), 14 de setiembre del año 2016.—Licda. Cinthia
Pérez Moncada, Jueza.—( IN2016071404 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones (citas: 29606446-01-0953-002); a las trece horas y quince minutos (una hora y
quince minutos pasado meridiano) del catorce de noviembre del dos
mil dieciséis, y con la base de noventa y un millones ochocientos mil
colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en
el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el
sistema de folio real, matrícula número ciento sesenta y un mil ochocientos
setenta y seis cero cero cero la cual es de naturaleza: terreno para construir
con una edificación. Situada en el distrito 6-Nosara, cantón 2-Nicoya, de la
provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Marcial Bejarano Bejarano; al
sur, María Antonia Ruiz Noguera; al este calle a Nosara y al oeste, María
Antonia Ruiz Noguera. Mide: mil cuatrocientos sesenta y tres metros con
sesenta y seis decímetros cuadrados.- para el segundo remate se señalan
las trece horas y quince minutos (una hora y quince minutos pasado
meridiano) del veintinueve de noviembre del dos mil dieciséis,
con la base de sesenta y ocho millones ochocientos cincuenta mil
colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la
tercera subasta se señalan las trece horas y quince minutos (una
hora y quince minutos pasado meridiano) del quince de diciembre
de dos mil dieciséis con la base de veintidós millones novecientos
cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho.
La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Jorge
Arturo López Ruiz. Exp. N° 15-008809-1157-CJ.—Juzgado de
Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial
de Alajuela (Materia Cobro), 20 de setiembre del 2016.—Licda.
Cinthia Pérez Moncada, Jueza.—( IN2016071465 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
prendarios; a las catorce horas y treinta minutos del veinticuatro de
octubre del año dos mil dieciséis y con la base de veintidós mil
dólares exactos en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo
placa BCF612. Marca: Chevrolet, categoría: Automóvil, serie:
KL1JJ5CE7CB105382, carrocería: Sedan 4 puertas, tracción:
4X2, Chasis: KL1JJ5CE7CB105382, Vin: KL1JJ5CE7CB105382,
Cabina: Sencilla, Techo: Techo duro, Est. Tribut: Pago derechos de
aduana, uso: Particular, capacidad: 5 personas, año: 2012, Color:
Negro. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y treinta
minutos del ocho de noviembre del año dos mil dieciséis con la
base de dieciséis mil quinientos dólares exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las
catorce horas y treinta minutos del veintitrés de noviembre del año
dos mil dieciséis con la base de cinco mil quinientos dólares exactos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado
a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco de Costa
Rica contra Mauricio Manuel Ferllini Morice. Exp: 15-0009771012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito
Judicial de San José, 23 de setiembre del 2016.—Msc. Christian
Mora Acosta, Juez.—( IN2016071466 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando reservas Ley Forestal, citas: 32914352-01-0004-001, reservas Ley Aguas, citas: 329-14352-010003-001 y Reservas Ley Caminos, citas: 329-14352-01-0002001; a las diez horas y cero minutos del dieciséis de enero del dos
mil diecisiete y con la base de diecisiete millones quinientos mil
colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en
el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de folio real, matrícula número cuarenta y dos mil
seiscientos diez-cero cero cero, la cual es terreno para agricultura,
lote 76. Situada en el distrito 05 Pittier, cantón 08 Coto Brus de la
provincia de Puntarenas. Colinda: al norte calle pública con 386.32
cm de frente; al sur Rodrigo Solano Calderón; al este Javier Garita
Madrigal y al oeste Javier Garita Madrigal. Mide: cincuenta y cinco
mil seiscientos noventa y cuatro metros con sesenta y dos decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero
minutos del treinta y uno de enero del año dos mil diecisiete, con
la base de trece millones ciento veinticinco mil colones (rebajada
en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan
las diez horas y cero minutos del quince de febrero del dos mil
diecisiete, con la base de cuatro millones trescientos setenta y cinco
mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se
le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo
deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a
la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Javier Antonio Garita
Madrigal. Expediente: 16-003745-1200-CJ.—Juzgado de Cobro
y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur,
Pérez Zeledón, (Materia Cobro), 14 de setiembre del 2016.—
Licda. Eileen Chaves Mora, Jueza.—( IN2016072663 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; a las nueve horas y treinta minutos del nueve de
noviembre de dos mil dieciséis y con la base de cincuenta y nueve
mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca
inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 57278000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 01
Oriental, cantón 01 Cartago de la provincia de Cartago. Colinda: al
norte avenida quinta; al sur Enrique Morales; al este José Joaquín
Jiménez y al oeste Lillian Jiménez. Mide: ciento noventa metros con
dieciséis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan
las nueve horas y treinta minutos del veinticuatro de noviembre de
dos mil dieciséis, con la base de cuarenta y cuatro mil doscientos
cincuenta dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y,
Jueves 6 de octubre del 2016
para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos
del quince de noviembre de dos mil dieciséis, con la base de catorce
mil setecientos cincuenta dólares exactos (un veinticinco por ciento
de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Agrícola Cartago Mil Novecientos
Cincuenta y Uno Sociedad Anónima contra Ligia María De Los
Remedios Jiménez Díaz. Expediente: 16-005650-1164-CJ.—
Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 22 de setiembre del
2016.—Licda. Pilar Gómez Marín, Jueza.—( IN2016072669 ).
PRIMERA PUBLICACIÓN
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes
prendarios, pero soportando colisión: sumaria Nº 14-005989-0174TR; colisión sumaria Nº 15-004800-0174-TR, a las catorce horas y
cero minutos del veintisiete de octubre del dos mil dieciséis, y con la
base de seis mil cuatrocientos tres dólares con sesenta y un centavos,
en el mejor postor, remataré lo siguiente: Vehículo: placa 579385,
marca: Mitsubishi, estilo: Montero Sport, capacidad: 5 personas,
Nº chasis: JMY0RK9605J000216, año fabricación: 2005, color:
plateado número. Para el segundo remate, se señalan las catorce
horas y cero minutos del once de noviembre del dos mil dieciséis,
con la base de cuatro mil ochocientos dos dólares con setenta
centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera
subasta, se señalan las catorce horas y cero minutos del veintiocho
de noviembre del dos mil dieciséis, con la base de mil seiscientos
dólares con noventa centavos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Previo a realizar la publicación del edicto, deberá la
parte actora verificar los datos del mismo, en caso de que exista
algún error informar al Despacho para su debida corrección. Nota:
Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar
en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código
de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
prendaria de Vehículos Internacionales (VEINSA) Sociedad
Anónima contra Luis Ricardo Sandoval Carpio. Expediente Nº 16004716-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del
Primer Circuito Judicial de San José, 27 de setiembre del 2016.—
Licda. Andrea Latiff Brenes, Jueza.—( IN2016065684 ).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de anotaciones
y gravámenes prendarios, a las diez horas y treinta minutos del
veinticuatro de octubre del dos mil dieciséis, y con la base de un
millón de colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente:
Vehículo: placas número CL-097288, marca: Toyota, estilo: Hilux,
categoría: carga liviana, capacidad: 2 personas, año: 1983, color:
negro, vin: no indicado, cilindrada: 2366 cc, combustible: gasolina,
motor Nº: no indicado. Para el segundo remate, se señalan las diez
horas y treinta minutos del ocho de noviembre del dos mil dieciséis,
con la base de setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada
en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las
diez horas y treinta minutos del veintitrés de noviembre del dos mil
dieciséis, con la base de doscientos cincuenta mil colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las
personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso
de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor
de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805
párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución prendaria de José Francisco Barrantes
Campos contra Kattya Vanessa Gómez Hernández. Expediente Nº
16-001377-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Menor Cuantía y
Contravencional de Grecia, (Materia Cobro), 27 de junio del
2016.—Lic. José Joaquín Murillo Montero, Juez.—( IN2016066035 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
prendarios; a las nueve horas y cero minutos (9:00 a. m.) del
nueve de noviembre de dos mil dieciséis, y con la base de un
millón seiscientos veintisiete mil ciento cincuenta y cinco colones
BOLETIN JUDICIAL Nº 192 — Pág 17
con cincuenta céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Vehículo placa N° CL-169039, marca: Isuzu, categoría: Carga
liviana, chasis: 4S1CL11L2L4212410, capacidad: 3 personas, año:
1990. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero
minutos del veinticinco de noviembre de dos mil dieciséis, con la
base de un millón doscientos veinte mil trescientos sesenta y seis
colones con sesenta y dos céntimos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero
minutos del catorce de diciembre de dos mil dieciséis con la base
de cuatrocientos seis mil setecientos ochenta y ocho colones con
ochenta y siete céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar
en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código
de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
prendaria de Po Sheng Tseng Lu contra Mainor Alexander Chacon
Cordero. Exp. N° 14-007649-1164-CJ.—Juzgado Especializado
de Cobro de Cartago, 21 de setiembre del 2016.—Licda. Karina
Quesada Blanco, Jueza.—( IN2016070069 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; a las catorce horas y cero minutos (dos horas y cero
minutos pasado meridiano) del veinticuatro de octubre del dos
mil dieciséis y con la base de treinta y nueve millones quinientos
diecinueve mil quinientos colones con cincuenta y un céntimos, en
el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro
Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema
de folio real, matrícula número ciento ochenta y dos mil quinientos
veintiuno cero cero cero, la cual es de naturaleza: terreno para
construir con 2 casas y local comercial. Situada en el distrito 01
Escazú, cantón 02 Escazú de la provincia de San José. Colinda: al
norte avenida 5 con 16 m; al sur Leonidas Hidalgo; al este Ramón
Altamirano y al oeste calle 2 con 8 m 20 cm. Mide: ciento sesenta y
tres metros con veinticinco decímetros cuadrados. Para el segundo
remate se señalan las catorce horas y cero minutos (dos horas y
cero minutos pasado meridiano) del ocho de noviembre del dos mil
dieciséis, con la base de veintinueve millones seiscientos treinta
y nueve mil seiscientos veinticinco colones con treinta y ocho
céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera
subasta se señalan las catorce horas y cero minutos (dos horas y
cero minutos pasado meridiano) del veintitrés de noviembre del dos
mil dieciséis, con la base de nueve millones ochocientos setenta y
nueve mil ochocientos setenta y cinco colones con doce céntimos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado
a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Crédito
Agrícola de Cartago contra Gino Alberto Batista Altamirano, María
Elena Umaña Solís. Expediente: 11-001532-0638-CI.—Juzgado de
Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial
de Alajuela, (Materia Cobro), 21 de setiembre del 2016.—Licda.
Cinthia Pérez Moncada, Jueza.—( IN2016070184 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; a las diez horas del tres de noviembre de dos mil
dieciséis, y con la base de veinte millones ochocientos mil colones
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en
el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo
el sistema de Folio Real, matrícula N° 393263-000 la cual es terreno
con una casa. Situada en el distrito 01 Naranjo, cantón 06 Naranjo,
de la provincia de Alajuela. Colinda: al noreste, Óscar Montero
Torres; al noroeste, Adita y Luz Mary Montero Torres; al sureste,
Óscar Montero Torres, y al suroeste, servidumbre de paso con un
frente de nueve metros lineales. Mide: ciento veintiséis metros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas del
veintitrés de noviembre de dos mil dieciséis, con la base de quince
millones seiscientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco
por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas
del nueve de diciembre de dos mil dieciséis con la base de cinco
Pág 18 — BOLETIN JUDICIAL Nº 192
Jueves 6 de octubre del 2016
millones doscientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento
de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Gilber
Sibaja Montero y Olga Rojas Paniagua. Exp. N° 16-004566-1164CJ.—Juzgado Especializado De Cobro De Cartago, 9 de setiembre
del 2016.—Licda. Karina Quesada Blanco, Jueza.—( IN2016072704 ).
En la puerta exterior de este Despacho; soportando
servidumbre de paso bajo las citas tomo 2011 asiento 110946; a
las diez horas y cero minutos del cuatro de noviembre de dos mil
dieciséis, y con la base de dieciséis millones de colones exactos, en
el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro
Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema
de Folio Real, matrícula número seiscientos cuatro mil cuatrocientos
veinticuatro-cero cero cero la cual es terreno de café. Situada en
el distrito (02) San Lorenzo, cantón (05) Tarrazú, de la provincia
de San José. Colinda: al norte, calle pública, Alexis Andrey Leiva
Gamboa; al sur, Oldemar Vargas Jiménez Juan Camacho Rodríguez
Alexis Andrey Leiva Gamboa; al este, Oldemar Vargas Jiménez
Aurea de Tarrazú S. A., Alexis Andrey Leiva Gamboa, y al oeste,
José Gerardo Jiménez Barca. Mide: Dos mil trescientos veintidós
metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas
y cero minutos del veintiuno de noviembre de dos mil dieciséis,
con la base de doce millones de colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez
horas y cero minutos del siete de diciembre de dos mil dieciséis
con la base de cuatro millones de colones exactos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805
párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Cooperativa de Productores
Agrícolas y Servicios Múltiples de La Zona de Los Santos R.L contra
Erick Yanuario Picado Navarro. Exp. N° 16-005323-1164-CJ.—
Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 13 de setiembre del
2016.—Licda. Marcela Brenes Piedra, Jueza.—( IN201672707 ).
Público, Partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
Folio Real, matrícula número ciento cincuenta y seis mil seiscientos
sesenta y uno cero cero uno, cero cero dos, la cual es terreno de solar
y una casa. Situada en el distrito 01 Guácimo, cantón 06 Guácimo,
de la provincia de Limón. Colinda: Al norte, calle pública con un
frente de 22 metros 68 centímetros; al sur, Mauricio Mora Ortega; al
este, Juan José Díaz Gutiérrez y al oeste, Zacatecoluca S. A. Mide:
Novecientos setenta y cuatro cuadrados. Para el segundo remate se
señalan las quince horas y cero minutos del diecisiete de febrero
de dos mil diecisiete, con la base de once millones doscientos
cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero
minutos del seis de marzo de dos mil diecisiete con la base de tres
millones setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805
párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa
Rica contra Miriam de los Ángeles Mora Navarro, Ricardo Martín
Morales Castillo Exp: 16- 001516-1209-CJ.—Juzgado de Cobro
y Menor Cuantía de Pococí (Materia Cobro), 11 de agosto del
2016.—Lic. Johnny Esquivel Vargas, Juez.—( IN2016072726 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando Reservas y restricciones bajo las citas
319-14679-01-0901-016 y 319- 14679-01-0910-001; a las trece
horas y treinta minutos del dieciocho de enero de dos mil diecisiete,
y con la base de quince mil dólares exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido
de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real,
matrícula número sesenta y tres mil ciento veintidós F cero cero cero
la cual es terreno finca filial primaria individualizada ocho apta para
construir que se destinara a uso habitacional la cual podrá tener una
altura máxima de dos plantas. Situada en el distrito 1 Parrita, cantón 9
Parrita, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, filial siete, área
común destinada a acera y acceso vehicular numero dos; al sur, área
común destinada a acera, calle pública con un frente de ochenta y cuatro
metros ochenta y seis centímetros y línea de retiro de ampliación vial; al
este filial nueve y al oeste filial siete. Mide: Dos mil trescientos treinta y
cuatro metros con cincuenta y cuatro decímetros cuadrados. Para el
segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del dos
de febrero de dos mil diecisiete, con la base de once mil doscientos
cincuenta dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y,
para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos
del diecisiete de febrero de dos mil diecisiete con la base de tres mil
setecientos cincuenta dólares exactos (un veinticinco por ciento de
la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Jorge Luis León González contra Costa Esterillos
Estates Albahaca Cero Cero Ocho S. A. Exp. N° 16-008044-1170CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito
Judicial de San José, 12 de setiembre del 2016.—Licda. Peggy
Corrales Chaves, Jueza.—( IN2016072711 ).
En la puerta exterior de este Despacho; a las ocho horas y
treinta minutos del cinco de diciembre del año dos mil dieciséis,
libres de gravámenes hipotecarios y con sus respectivas bases,
en el mejor postor remataré lo siguiente: 1) Con la base de cinco
millones seiscientos cuarenta y ocho mil cuatrocientos noventa y
nueve colones con ochenta y ocho céntimos, la finca del Partido
de Alajuela, matrícula N° 426.332-001-002, la cual es terreno de
potrero. Situada en el distrito 3, Cote cantón 15, Guatuso, de la
provincia de Alajuela. Colinda: al norte, río Treminio; sur, camino
público y Elí Campos Pineda; este, Adelia Murillo Murillo y Milady
Alvarado Murillo; oeste, río Treminio. Mide: trescientos cincuenta
mil un metros con noventa y nueve decímetros cuadrados. Plano:
A-0995136-1992. 2) Con la base de seis millones cuatrocientos
cincuenta y siete mil ciento cincuenta y siete colones con ochenta y
tres céntimos, la finca del Partido de Alajuela, matrícula N° 198.368001-003-004, la cual es terreno de repasto y bosques con una casa.
Situada en el distrito 3, Cote cantón 15, Guatuso, de la provincia
de Alajuela. Colinda: al norte, camino público y río Treminio; sur,
Elí Campos Pineda y río Treminio; este, río Treminio; oeste, Adelia
Murillo Murillo y Milady Alvarado Murillo. Mide: Cuatrocientos
noventa mil setecientos sesenta y un metros con noventa decímetros
cuadrados. Plano: A-0995137-1991. Para llevar a cabo el segundo remate,
se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintiuno de diciembre del
año dos mil dieciséis, con la base de cuatro millones doscientos treinta y
seis mil trescientos setenta y cuatro colones con noventa y un céntimos
(rebajada en un 25%) por la finca número 426.332-001-002; y con la base
de cuatro millones ochocientos cuarenta y dos mil ochocientos sesenta y
ocho colones con treinta y siete céntimos por la finca número 198.368001-003-004. De no apersonarse rematantes, para el tercer remate,
se señalan las ocho horas y treinta minutos del diecinueve de enero
del año dos mil diecisiete, con la base de un millón cuatrocientos
doce mil ciento veinticuatro colones con noventa y siete céntimos
(un 25% de la base original) por la finca número 426.332-001-002; y
con la base de un millón seiscientos catorce mil doscientos ochenta
y nueve colones con cuarenta y seis céntimos por la finca número
198.368-001-003-004. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Coocique R. L. contra Adelia María Murillo
Murillo, Eddie Alberto Aguilar Alvarado, Milady Alvarado Murillo.
Exp. N° 16-000994-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor
Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela (Materia
Cobro), 22 de setiembre del 2016.—Licda. Lilliam Ruth Álvarez
Villegas, Jueza.—( IN2016072730 ).
En la puerta exterior de este Despacho; soportando hipotecas
en primer, segundo, tercer y cuarto grado y reservas y restricciones;
a las quince horas y cero minutos del dos de febrero de dos mil
diecisiete, y con la base de quince millones de colones exactos, en
el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios pero soportando anotación de demanda ordinaria bajo
las citas 469-07178-01-0001-001 y servidumbre trasladada bajo las
citas 378-07484-01-0935-001; a las nueve horas y cero minutos
del veinte de octubre del dos mil dieciséis, y con la base de treinta
Jueves 6 de octubre del 2016
millones colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento
veintitrés mil cuatrocientos veintiséis guión cero cero uno y cero
cero dos, la cual es terreno para construir lote 4B. Situada en el
distrito 01 Tejar, cantón 08 El Guarco, de la provincia de Cartago.
Colinda: Al norte, Humberto Ortiz Leiva; al sur, Humberto Ortiz
Leiva; al este, calle pública con 10.04 cm y al oeste, Guarco S.
A. Mide: Ciento veintidós metros con sesenta y nueve decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y
cero minutos del cuatro de noviembre de dos mil dieciséis, con la
base de veintidós millones quinientos mil colones exactos (rebajada
en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las
nueve horas y cero minutos del veintiuno de noviembre de dos mil
dieciséis con la base de siete millones quinientos mil colones exactos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado
a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por
ordenarse así en proceso abreviado de Jorge Mario Fuentes Rojas
contra María Calvo Uva Exp: 10-000540-0640-CI.—Juzgado
Civil de Cartago, 01 de agosto del 2016.—Lic. Mateo Ivankovich
Fonseca, Juez.—( IN2016072733 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
prendarios; pero soportando anotación de cambio de características
de bien mueble al tomo 2014, asiento 00044122, secuencia 001; a las
catorce horas y treinta minutos del veintisiete de octubre de dos mil
dieciséis, y con la base de un millón seiscientos cincuenta y cuatro
mil seiscientos cuarenta y ocho colones exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: vehículo: placas N° 537410, marca Mitsubishi,
estilo Montero, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año
1999, color azul, vin JA4LS21G0XP009615, cilindrada 2400 cc,
combustible gasolina, motor Nº 4G64YB5447. Para el segundo remate
se señalan las catorce horas treinta minutos del once de noviembre de
dos mil dieciséis, con la base de un millón doscientos cuarenta mil
novecientos ochenta y seis colones exactos (rebajada en un veinticinco
por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y
treinta minutos del veintiocho de noviembre de dos mil dieciséis con
la base de cuatrocientos trece mil seiscientos sesenta y dos colones
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Grupo Canafin S.
A. contra Comandos Inteligencia Y Seguridad Cis S. A. Exp. N°
15-018854-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro
Primer Circuito Judicial de San José, 29 de marzo del 2016.—
Lic. Raúl Buendía Ureña, Juez.—( IN2016072742 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
prendarios; a las diez horas y cero minutos del veintiséis de
octubre del año dos mil dieciséis, y con la base de siete millones
trescientos cincuenta mil ochocientos cuatro colones con sesenta y
cinco céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo:
Placas número SJB-012344, marca Nissan, estilo Urvan, categoría
microbús, capacidad 15 personas, año 2010, color blanco, Vin
JN1VG4E25Z0780245, cilindrada 2953 c.c., combustible diesel,
motor Nº ZD30237488K. Para el segundo remate se señalan las diez
horas y cero minutos del diez de noviembre del año dos mil dieciséis,
con la base de cinco millones quinientos trece mil ciento tres colones
con cuarenta y nueve céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento)
y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del
veinticinco de noviembre del año dos mil dieciséis con la base de
un millón ochocientos treinta y siete mil setecientos un colones con
dieciséis céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar
en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código
de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
prendaria de Credi Q Inversiones CR S. A. contra Luis Gerardo De
Jesús Arias Méndez. Exp. N° 15-000532-1200-CJ.—Juzgado de
Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona
Sur, Pérez Zeledón (Materia Cobro), 19 de agosto del 2016.—Lic.
José Ricardo Cerdas Monge, Juez.—( IN2016072772 ).
BOLETIN JUDICIAL Nº 192 — Pág 19
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 35919554-01-0905-001, a las nueve horas y cero minutos (antes
meridiano) del veintiuno de noviembre de dos mil dieciséis, y con
la base de doscientos setenta y cinco mil cuatrocientos ochenta y
dos dólares con treinta y seis centavos, en el mejor postor remataré
lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de
Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real,
matrícula número cincuenta mil quinientos ochenta y dos cero cero
cero la cual es naturaleza: finca filial once apartamento destinado
a uso habitacional de dos plantas en proceso de construcción.
Situada en el distrito 1-Jacó, cantón 11-Garabito, de la provincia
de Puntarenas. Colinda: al norte, Corporación Jacotur Sociedad
Anónima; sur, área común; este, filial diez y oeste, filial doce. Mide:
doscientos siete metros con treinta y cuatro decímetros cuadrados.
Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos
(antes meridiano) del seis de diciembre de dos mil dieciséis, con
la base de doscientos seis mil seiscientos once dólares con setenta
y siete centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos (antes
meridiano) del veintidós de diciembre de dos mil dieciséis con la
base de sesenta y ocho mil ochocientos setenta dólares con cincuenta
y nueve centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota:
se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo
deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio.
Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Elio Alejandro Ahumada
Acosta, expediente Nº 10-002065-0638-CI.—Juzgado de Cobro y
Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela
(Materia Cobro), 23 de setiembre del 2016.—Licda. Cinthia Pérez
Moncada, Jueza.—( IN2016072784 ).
En la puerta exterior de este Despacho; 1-) libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando hipoteca de primer grado citas: 057600026179-01-0002-001, a las diez horas y treinta minutos del uno de
noviembre de dos mil dieciséis, y con la base de dieciséis millones
quinientos dieciocho mil novecientos cuatro colones con once
céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en
el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad,
bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento treinta mil
trescientos diecinueve cero cero cero la cual es terreno para construir,
bloque D, lote uno. Situada en el distrito San Isidro, cantón Montes
de Oro, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, resto
destinado a calle pública avenida primera; al sur, lote-20-D; al este,
lote 2-D y al oeste, resto destinado a calle pública-calle primera.
Mide: ciento noventa y nueve metros con noventa y tres decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta
minutos del dieciséis de noviembre de dos mil dieciséis, con la base
de doce millones trescientos ochenta y nueve mil ciento setenta y
ocho colones con ocho céntimos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta
minutos del uno de diciembre de dos mil dieciséis con la base de
cuatro millones ciento veintinueve mil setecientos veintiséis colones
con tres céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). 2-)
Libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando hipoteca de
primer grado citas: 2011-00069303-01-0002-001; a las diez horas y
treinta minutos del uno de noviembre de dos mil dieciséis, y con la
base de doce millones tres mil setecientos treinta y seis colones con
noventa y nueve céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección
de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número
cincuenta y cuatro mil cuatrocientos sesenta y nueve cero cero cero
la cual es terreno para con casa número treinta y cinco. Situada
en el distrito San Isidro, cantón Montes de Oro, de la provincia
de Puntarenas. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Los Olivos
S. A.; al este, lote 36 y al oeste, lote 34. Mide: trescientos treinta
metros con ochenta y tres decímetros cuadrados. Para el segundo
remate se señalan las diez horas y treinta minutos del dieciséis de
noviembre de dos mil dieciséis, con la base de nueve millones dos
mil ochocientos dos colones con setenta y cuatro céntimos (rebajada
en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
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Jueves 6 de octubre del 2016
las diez horas y treinta minutos del uno de diciembre de dos mil
dieciséis con la base de tres millones novecientos treinta y cuatro
colones con veinticinco céntimos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho.
La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Álvaro Carrillo Campos contra Álvaro
López Sánchez, expediente Nº 13-004146-1207-CJ.—Juzgado de
Cobro y Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, 16 de mayo del
2016.—Lic. Douglas Quesada Zamora, Juez.—( IN2016072793 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
prendarios; a las diez horas y treinta minutos del tres de noviembre
del dos mil dieciséis, y con la base de dos millones quinientos
mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Vehículo: Placas 573156, marca Ssang Yong, estilo Rexton,
capacidad: 7 personas, serie: KPTG0B1DS5P150475, año: 2005,
carrocería: Station wagon familiar, color: Negro, tracción: 4x4,
chasis: KPTG0B1DS5P150475, Vin: KPTG0B1DS5P150475, N.
Motor: 66292510009799. Para el segundo remate, se señalan las
diez horas y treinta minutos del dieciocho de noviembre del dos
mil dieciséis, con la base de un millón ochocientos setenta y cinco
mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para
la tercera subasta, se señalan las diez horas y treinta minutos del
seis de diciembre del dos mil dieciséis, con la base de seiscientos
veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho.
La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Kalmich S. A. contra Jakeline de San Martín
Delgado Solano. Expediente N° 15-002926-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de Cartago, 08 de setiembre del 2016.—
Licda. Pilar Gómez Marín, Jueza.—( IN2016072795 ).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes
prendarios, a las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del doce
de enero de dos mil diecisiete, y con la base de seis millones de
colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo,
placa quinientos ochenta y siete mil doscientos sesenta y cinco
(587265), marca Hyundai, estilo Tucson GL, capacidad cinco
personas, automóvil, serie, chasis y vin KMHJM81BP5U136718,
motor N° G4GC5198063, carrocería familiar, tracción cuatro por
cuatro, cilindrada 2.000 c.c., modelo 2005, color champagne,
combustible gasolina. Para el segundo remate se señalan las nueve
horas y cuarenta y cinco minutos del veintisiete de enero de dos mil
diecisiete, con la base de cuatro millones quinientos mil colones
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos
del trece de febrero de dos mil diecisiete con la base de un millón
quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho.
La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
monitorio de El Colono San Carlos S. A. contra Ramon Alejandro
Medina Navarrete, expediente Nº 12-004289-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de
San José, 19 de setiembre del 2016.—Lic. Carlos Manuel Contreras
Reyes, Juez.—( IN2016072799 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios a las nueve horas y cero minutos del once de noviembre
del dos mil dieciséis y con la base de cuarenta y tres millones de
colones exactos en el mejor postor remataré lo siguiente: finca
inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de
Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula N° 591935-001
y 002 la cual es terreno lote uno, terreno para construir, con una
casa. Situada: en el distrito: 3-La Trinidad, cantón:14-Moravia, de la
provincia de San José. Colinda: norte, calle pública con ocho metros
cincuenta centímetros de frente, sur, Sione Zúñiga Méndez, este,
calle pública con frente de trece metros dieciséis centímetros, oeste,
Inversiones Horizontales Laguna IHL S. A. Mide: ciento cincuenta
y ocho metros con ochenta y cuatro decímetros cuadrados. Para
el segundo remate, se señalan las nueve horas y cero minutos del
veintiocho de noviembre del dos mil dieciséis, con la base de treinta
y dos millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada
en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan
las nueve horas y cero minutos del catorce de diciembre del dos
mil dieciséis, con la base de diez millones setecientos cincuenta mil
colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
de Costa Rica contra Omar Gianino Zelvaggio Tovar, Cinthya
Vanessa Rubio Quirós. Expediente N° 16-020280-1012-CJ.—
Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de
San José, 05 de agosto del 2016.—MSc. Cristian Mora Acosta Juez,
Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2016072820 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando reservas de ley de aguas y ley de
caminos públicos tomo 319 asiento 4925; a las diez horas y cero
minutos del veintiséis de octubre del año dos mil dieciséis, y con
la base de dos millones quinientos cincuenta y un mil trescientos
setenta y ocho colones con once céntimos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido
de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real,
matrícula treinta y un mil ochocientos ochenta y dos cero cero cero,
Naturaleza: lote 55-44 terreno para agricultura. Situada en el distrito
03 Potrero Grande, cantón 03 Buenos Aires, de la provincia de
Puntarenas. Colinda: al norte, calle; al sur, calle; al este, calle, y al
oeste, calle. Mide: Seiscientos cincuenta metros cuadrados. Para el
segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del diez
de noviembre del año dos mil dieciséis, con la base de un millón
novecientos trece mil quinientos treinta y tres colones con cincuenta y
ocho céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las diez horas y cero minutos del veinticinco de
noviembre del año dos mil dieciséis con la base de seiscientos treinta
y siete mil ochocientos cuarenta y cuatro colones con cincuenta y
tres céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota:
Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo
deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio.
Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Evelyn Johanna
Cedeño Murillo. Exp. N° 12-000659-0188-CI.—Juzgado de Cobro
Y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur,
Pérez Zeledón, (Materia Cobro), 3 de octubre del 2016.—Licda.
Lidia Mayela Díaz Anchía, Jueza.—( IN2016072821 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando Reservas y Restricciones citas: 22000904-01-0905-001 y Afectaciones y Limitaciones Ley Forestal
7575 citas: 2016-51281-01-0007-001; a las catorce horas y treinta
minutos del nueve de noviembre de dos mil dieciséis, y con la base
de siete millones setecientos cincuenta mil colones exactos, en el
mejor postor remataré lo siguiente: Un derecho de un quinto de la
finca inscrita en el Registro Público Partido de San José, Sección de
Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento
veinticinco mil setecientos noventa y tres cero cero cero, la cual es
terreno: Provincia: San José finca: 125793 duplicado: Horizontal:
Derecho: 000 naturaleza: Terreno pastos y otros con casa. Situada:
En el distrito 03-Dulce Nombre de Jesús, cantón 11-Vazquez de
Coronado de la provincia de San José. Linderos: Norte, José María
Vargas, sur, Alberto Vargas, este, terrenos baldíos, oeste, calle
y río sucio. Mide: Doscientos noventa y nueve mil novecientos
noventa y ocho metros cuadrados. Plano: SJ-0017961-1951. Para
el segundo remate, se señalan las catorce horas y treinta minutos
del veinticuatro de noviembre del dos mil dieciséis, con la base de
cinco millones ochocientos doce mil quinientos colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se
señalan las catorce horas y treinta minutos del trece de diciembre
Jueves 6 de octubre del 2016
del dos mil dieciséis, con la base de un millón novecientos treinta y
siete mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho.
La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio.- Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Vanessa María Gamboa Naranjo contra
Karina Tamara Díaz Vargas. Expediente N° 16-005167-1044CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito
Judicial de San José, 18 de agosto del 2016.—Licda. Yessenia
Brenes González, Jueza.—( IN2016072822 ).
En la puerta exterior de este Despacho;1) Libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas: 35100764-01-0901-001 y reservas y restricciones citas: 351-00764-010902-001; y con la base de ocho millones setecientos mil colones
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita
en el Registro Público, Partido de Partido de Cartago, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento
nueve mil ciento setenta y seis-cero cero uno y cero cero dos, la cual
es terreno para construir con una casa de habitación. Situada en el
distrito 08 Tayutic, cantón 05 Turrialba, de la provincia de Cartago.
Colinda: al norte, Ana Sanabria Sanabria; al sur, Célimo Velásquez
Pérez; al este, calle pública con 14.78 metros de frente, y al oeste, Ana
Sanabria Sanabria. Mide: Trescientos tres metros con sesenta y seis
decímetros cuadrados. 2) Con la base de nueve millones doscientos
mil colones exactos, Libre de gravámenes hipotecarios en el mejor
postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público,
Partido de Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema
de Folio Real, matrícula número cuarenta y cinco mil cuatrocientos
setenta y nueve secuencia cero cero cero, la cual es terreno de café,
caña y charral con una casa. Situada en el distrito 08-Tayutic, cantón
05 Turrialba, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Gerardo
Arley Castro y quebrada en medio calle pública con 22,00 metros
de frente y Juan Rafael Arley Madrigal; al sur, Flor Arley Castro;
al este, Luis Rojas Calderón, y al oeste, Juan Brenes Araya y calle
pública con 24.05 metros de frente. Mide: Ciento treinta y tres mil
cuatrocientos veinte metros con veinticuatro decímetros cuadrados.
3) Con la base de un millón seiscientos mil colones exactos, libre
de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre de paso
citas: 2013-201069-001, reservas y restricciones citas 335-0435001-0900-002, servidumbre de paso citas 2009-17642-01-002-001, la
Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuarenta
y cinco mil cuatrocientos setenta y nueve secuencia cero cero cero,
la cual es terreno charral. Situada en el distrito 08 Tayutic, cantón
05 Turrialba, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Ronald
Velásquez Sanabria y servidumbre de paso con 67,42 metros de
frente; al sur, Edgar Velásquez Sanabria y quebrada en medio; al este,
Ronald Velásquez Sanabria y quebrada en medio, y al oeste, Miguel
Ángel Hidalgo Fernández. Mide: once mil cuatrocientos cincuenta y
dos metros con cincuenta decímetros cuadrados, a las catorce horas
cero minutos del cuatro de noviembre del año dos mil dieciséis.
para el segundo remate se señalan las catorce horas cero minutos
del veintidós de noviembre del año dos mil dieciséis: 1) Con la base
de seis millones quinientos veinticinco mil colones exactos, para
la finca Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema
de Folio Real, Matrícula número ciento nueve mil ciento setenta
y seis-cero cero uno. 2) Con la base de seis millones novecientos
mil colones exactos, para la finca partido de Cartago, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuarenta
y cinco mil cuatrocientos setenta y nueve secuencia cero cero cero.
3) Con la base de un millón doscientos mil colones exactos, para la
Finca partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
Folio Real, matrícula número doscientos dieciséis mil ochocientos
cincuenta secuencia cero cero cero (todas las anteriores rebajadas
en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las catorce horas cero minutos del siete de diciembre del año dos
mil dieciséis, 1)Con la base de dos millones ciento setenta y cinco
mil colones exactos, para la Finca partido de Cartago, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento
nueve mil ciento setenta y seis-cero cero uno. 2) Con la base de
BOLETIN JUDICIAL Nº 192 — Pág 21
dos millones trescientos mil colones exactos, para la Finca partido
de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real,
matrícula número cuarenta y cinco mil cuatrocientos setenta y nueve
secuencia cero cero cero. 3)Con la base de cuatrocientos mil colones
exactos, para la Finca partido de Cartago, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de Folio Real, matrícula número doscientos dieciséis
mil ochocientos cincuenta secuencia cero cero cero (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho.
La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del
Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Esdar Manuel De
Los Ángeles Velázquez Sanabria, Flor De María De La Concepción Arley
Madrigal. Exp. N° 16-000107-1164-CJ.—Juzgado Especializado
de Cobro de Cartago., 13 de setiembre del 2016.—Licda. Yanin
Torrentes Ávila, Jueza.—( IN2016072831 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando plazo de convalidación (rectificación
de medida) citas 2015-00433407-01-0005-001; a las catorce horas
y cero minutos del uno de noviembre del dos mil dieciséis -2:00
p.m. 01/11/2016-, y con la base de tres millones ciento dieciséis mil
seiscientos veinticinco colones con diez céntimos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido
de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real,
matrícula número 67.994- 000 la cual es terreno para construir con
1 casa. Situada en el distrito 01 San Rafael, cantón 07 Oreamuno,
de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, calle pública con 9
m. 68cm.; al sur, Isaias Rivera Meza; al este, Constructora Norma
de Costa Rica S. A. y al oeste, Constructora Norma de Costa
Rica S. A. Mide: Doscientos setenta y dos metros con cincuenta
y un decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las
catorce horas y cero minutos del diecisiete de noviembre del dos
mil dieciséis -2:00 p.m. 17/11/2016- con la base de dos millones
trescientos treinta y siete mil cuatrocientos sesenta y ocho colones
con ochenta y dos céntimos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero
minutos del cinco de diciembre del dos mil dieciséis -2:00 p.m.
05/12/2016- con la base de setecientos setenta y nueve mil ciento
cincuenta y seis colones con veintisiete céntimos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: En caso de que existan postores el
día de efectuarse el remate y estos aporten la suma correspondiente
en moneda diferente a la indicada -en el presente edicto-, se
consigna que el tipo de cambio a utilizar será el correspondiente
al día en que se realice la almoneda, según lo establezca el Banco
de Costa Rica. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Helen
Lisseth Méndez Rojas. Exp. N° 16-005312-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de Cartago, 6 de setiembre del 2016.—
Licda. Yanin Torrentes Ávila, Juez.—( IN2016072833 ).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando serv y condic ref: 1700-387-005 citas:
305-16187-01-0901-001 y servidumbre de paso citas: 2013-9660302-0004-001, a las nueve horas y cero minutos del diez de noviembre
de dos mil dieciséis, y con la base de dos millones trescientos
mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección
de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número
doscientos cuarenta y tres mil novecientos cuarenta-cero cero cero,
la cual es terreno para construir. Situada en el distrito Santa Teresita,
cantón Turrialba, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, calle
pública con un frente de 10 metros lineales; al sur, Luis Emilio
Vargas Guillén; al este, Steven Vargas Oviedo y al oeste, Luis Emilio
Vargas Guillén. Mide: ciento noventa y ocho metros cuadrados. Para
el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del
veintiocho de noviembre de dos mil dieciséis, con la base de un
millón setecientos veinticinco mil colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve
horas y cero minutos del quince de diciembre de dos mil dieciséis
con la base de quinientos setenta y cinco mil colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las
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Jueves 6 de octubre del 2016
personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en
caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado
a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual
Cartago de Ahorro y Préstamo contra Marlon de los Ángeles
Varela Vargas, expediente Nº 16-004585-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de Cartago, 23 de setiembre del 2016.—
Licda. Karina Quesada Blanco, Jueza.—( IN2016072837 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones; a las nueve
horas y treinta minutos del veintisiete de octubre de dos mil dieciséis,
y con la base de dos millones seiscientos setenta y cinco mil colones
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en
el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo
el sistema de Folio Real, matrícula número 356501-000, la cual es
terreno para construir. Situada en el distrito 02 Buena Vista, cantón
15 Guatuso, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Olga
Chinchilla Hidalgo; al sur, Olga Chinchilla Hidalgo; al este, Olga
Chinchilla Hidalgo, y al oeste, calle pública con frente de 20 metros.
Mide: novecientos noventa y tres metros con veintitrés decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y
treinta minutos del catorce de noviembre de dos mil dieciséis, con la
base de dos millones seis mil doscientos cincuenta colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las nueve horas y treinta minutos del treinta de noviembre
de dos mil dieciséis con la base de seiscientos sesenta y ocho mil
setecientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de
la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Ana
Gladys Alvarado Zambrano. Exp. N° 16-001064-1164-CJ.—
Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 30 de agosto del
2016.—Licda. Karina Quesada Blanco, Jueza.—( IN2016072838 ).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes
hipotecarios, a las nueve horas y cero minutos del trece de
diciembre del año dos mil dieciséis y con la base de cinco millones
cuatrocientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela,
Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula
número ciento diez mil cuatrocientos noventa y cinco derechos cero
cero uno y cero cero dos, la cual es terreno de café. Situada en el
distrito San Ramón, cantón San Ramón, de la provincia de Alajuela.
Colinda: al norte, calle pública con 9 m 02 cm; al sur, lote 2; al este,
lote 4 y al oeste, lote 5. Mide: trescientos ochenta y dos metros
con diecinueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se
señalan las nueve horas y cero minutos del once de enero del año
dos mil diecisiete, con la base de cuatro millones cincuenta mil
colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para
la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del
veintiséis de enero del año dos mil diecisiete con la base de un
millón trescientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805
párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra
Manuel Antonio del S Chaves Arrollo, Pilar Miranda Guzmán,
expediente Nº 16-000804-1203-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor
Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón,
(Materia Cobro), 26 de setiembre del 2016.—Licda. María
Auxiliadora Cruz Cruz, Jueza.—( IN2016072845 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones bajo las citas:
390-11462-01-0900-001; a las catorce horas y cero minutos del
veintiocho de noviembre del dos mil dieciséis, y con la base de un
millón de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula N° 257953000, la cual es terreno de solar con 1 pulpería. Situada: en el distrito
05 Venecia, cantón 10 San Carlos, de la provincia de Alajuela.
Colinda: al norte, Río Caño Grande; sur, calle pública con 27 metros
82 centímetros; este, Río Caño Grande; oeste, calle publica con 26
metros 43 centímetros. Mide: cuatrocientos veinticuatro metros con
sesenta y seis decímetros cuadrados. Plano: A-0816275-1989. Para
el segundo remate, se señalan las catorce horas y cero minutos del
catorce de diciembre del dos mil dieciséis, con la base de setecientos
cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento), y para la tercera subasta, se señalan las catorce horas y
cero minutos del doce de enero del dos mil diecisiete, con la base
de doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de sucesión de Álvaro Cascante Barrantes
contra Guillermo Paniagua Vega. Expediente N° 16-001104-1202CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela, (Materia Cobro), 23 de setiembre del 2016.—
Licda. Lilliam Ruth Álvarez Villegas, Juez.—( IN2016072848 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones bajo las
citas 312-10486-01-0901-001; a las ocho horas y treinta minutos
del veintiocho de noviembre del año dos mil dieciséis, y con
la base de cinco millones de colones exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido
de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real,
matrícula número 457.357-000, la cual es terreno para construir.
Situada en el distrito 13, Pocosol cantón 10, San Carlos, de la
provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Gerardo Rafael, Jimmy,
Mauren, Sandra, Milton Enrique, Molina Jiménez; sur, calle pública
con frente de doce metros lineales; este, Gerardo Rafael, Jimmy,
Mauren, Sandra y Milton Enrique, Molina Jiménez, oeste, Gerardo
Rafael, Jimmy, Mauren, Sandra y Milton Enrique, Molina Jiménez.
Mide: Ochocientos treinta y nueve metros con setenta decímetros
cuadrados. Plano: A-1290838-2008. Para el segundo remate se
señalan las ocho horas y treinta minutos del catorce de diciembre
del año dos mil dieciséis, con la base de tres millones setecientos
cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento)
y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos
del doce de enero del año dos mil diecisiete con la base de un millón
doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento
de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Milton Enrique
Molina Jiménez. Exp. N° 16-001226-1202-CJ.—Juzgado de Cobro
y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela
(Materia Cobro), 14 de setiembre del 2016.—Licda. Lilliam Ruth
Álvarez Villegas, Jueza.—( IN2016072853 ).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes
hipotecarios, a las diez horas y cero minutos del veintiuno de
noviembre del año dos mil dieciséis, y con la base de dieciocho
millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de
Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento
cincuenta y tres mil ochocientos cincuenta y nueve- cero cero cero,
la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito
01 Turrialba, cantón 05 Turrialba, de la provincia de Cartago.
Colinda: al norte, Godofredo Ramírez Rojas; al sur, calle pública; al
este, María Elena Jiménez Amador y al oeste, Godofredo Ramírez
Rojas. Mide: ciento veinte metros con sesenta y nueve decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero
minutos del seis de diciembre del año dos mil dieciséis, con la base
de trece millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez
horas y cero minutos del veintidós de diciembre del año dos mil
dieciséis con la base de cuatro millones quinientos mil colones
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional
de Costa Rica contra Ana Cecilia Ramírez Rojas, expediente Nº 16025286-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo
Circuito Judicial de San José, 20 de setiembre del 2016.—Lic.
Pablo José Porras Barahona, Juez.—( IN2016072872 ).
Jueves 6 de octubre del 2016
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes
prendarios, a las ocho horas y cero minutos (08:00 am) del diez
de noviembre de dos mil dieciséis, y con la base de seis millones
ochocientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: vehículo placa Nº BFV563, marca: Suzuki, estilo: Swift
D Zire GA, categoría: automóvil, color: beige, año: 2014, chasis:
MA3ZF62SOEA418998, capacidad: 5 personas. Para el segundo
remate se señalan las ocho horas y cero minutos (08:00 a.m.)
del veintiocho de noviembre de dos mil dieciséis, con la base de
cinco millones cien mil colones exactos (rebajada en un veinticinco
por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero
minutos (08:00 a.m.) del quince de diciembre de dos mil dieciséis con
la base de un millón setecientos mil colones exactos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho.
La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Banco de Costa Rica contra Jonathan
Gerardo Núñez Ugalde, expediente Nº 15-001593-1164-CJ.—
Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 22 de setiembre del
2016.—Licda. Karina Quesada Blanco, Jueza.—( IN2016072875 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada citas: 035700004929-01-0800-001; a las siete horas y treinta minutos del
nueve de marzo de dos mil diecisiete, y con la base de seis millones
ochocientos noventa y dos mil seiscientos cuarenta y un colones con
veintiún céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número sesenta
mil ciento once cero cero cero la cual es terreno con una casa de
habitación y solar que es la numero ocho mil ciento treinta y uno-A.
Situada en el distrito 01 Golfito, cantón 07 Golfito, de la provincia de
Puntarenas. Colinda: al norte, calle pública con diez metros sesenta
y seis centímetros de frente; al sur, Compañía Bananera de Costa
Rica; al este, Compañía Bananera de Costa Rica, y al oeste, calle
publica con seis metros diez centímetros de frente. Mide: Sesenta
y seis metros con veinte decímetros cuadrados. Para el segundo
remate se señalan las siete horas y treinta minutos del veinticuatro
de marzo de dos mil diecisiete, con la base de cinco millones ciento
sesenta y nueve mil cuatrocientos ochenta colones con noventa
céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las siete horas y treinta minutos del diez de
abril de dos mil diecisiete con la base de un millón setecientos
veintitrés mil ciento sesenta colones con treinta céntimos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las
personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en
caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado
a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Popular y de Desarrollo Comunal contra Jorge Kenneth Alvarado
Rodríguez. Exp. N° 16-001070-1207-CJ.—Juzgado de Cobro y
Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, 18 de agosto del 2016.—
Lic. Douglas Quesada Zamora, Juez.—( IN2016072885 ).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones 319-001595801-0916-006 y 324-00017192-01-0070-001 a las diez horas treinta
minutos del quince de noviembre del dos mil dieciséis, y con la
base de un millón quinientos mil colones exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido
de Limón, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real,
matrícula número ochenta y siete mil ochocientos ochenta y uno cero cero cero, (87881-000), la cual es terreno para construir, lote
B-33. Situada en el distrito Cariari, cantón Pococí, de la provincia de
Limón. Colinda: al norte, calle pública con un frente de 14 metros;
al sur, este y oeste, Asociación Solidarista de Empleados de Finca
Palacios S. A. Mide: doscientos siete metros con sesenta decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas treinta
minutos del treinta de noviembre del dos mil dieciséis, con la base
de un millón ciento veinticinco mil colones exactos (rebajada en un
BOLETIN JUDICIAL Nº 192 — Pág 23
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez
horas treinta minutos del dieciséis de diciembre del dos mil dieciséis
con la base de trescientos setenta y cinco mil colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las
personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en
caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado
a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Jorge Alberto
Coto Rodríguez contra Dinorah Carmona Zúñiga, expediente Nº 15000502-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía
de Heredia, (Materia Cobro), 23 de setiembre del 2016.—Licda.
Noelia Prendas Ugalde, Jueza.—( IN2016072908 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
prendarios; a las catorce horas y quince minutos del uno de diciembre
de dos mil dieciséis, y con la base de mil doscientos cuarenta y
cuatro dólares con cuarenta y un centavos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Vehículo placas S-022951, marca Great Dane,
estilo semiremolque, año 1990, capacidad 0 personas, color blanco,
carrocería caja cerrada o furgón, chasis 1GRAA0624LS054832,
número de motor no transmitido, combustible desconocido. Para
el segundo remate se señalan las catorce horas y quince minutos
del diecinueve de diciembre de dos mil dieciséis, con la base de
novecientos treinta y tres dólares con treinta centavos (rebajada en
un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las
catorce horas y quince minutos del diecisiete de enero de dos mil
diecisiete con la base de trescientos once dólares con diez centavos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). nota: se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado
a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de ATR Atlantic
Trailer S. A. contra Inversiones Nayna El Guarco Del Este S. A.
Exp. N° 14-014392-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado
de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 19 de agosto del
2016.—Licda. Yessenia Zúñiga Ugarte, Jueza.—( IN2016072964 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada; a las catorce
horas (14:00 p m) del veintisiete de octubre del dos mil dieciséis,
y con la base de trece millones trescientos ocho mil ochocientos
cincuenta y siete colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José,
Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula N°
525863-000, la cual es terreno para construir con una casa lote 75.
Situada: en el distrito 11 San Sebastián, cantón 01 San José, de
la provincia de San José. Colinda: al norte, INVU; al sur, INVU;
al este, acera 8 con 6 metros de frente, y al oeste, INVU. Mide:
noventa y tres metros con diez decímetros cuadrados. Para el
segundo remate, se señalan las catorce horas (14:00 p m) del catorce
de noviembre del dos mil dieciséis, con la base de nueve millones
novecientos ochenta y un mil seiscientos cuarenta y dos colones con
setenta y cinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento),
y para la tercera subasta, se señalan las catorce horas (14:00 p m)
del treinta de noviembre del dos mil dieciséis, con la base de tres
millones trescientos veintisiete mil doscientos catorce colones con
veinticinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Mutual Cartago Ahorro y Préstamo contra Saylin Solano Castro
y Heiner Ramírez Valerio. Expediente N° 16-000158-1164-CJ.—
Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 30 de agosto del
2016.—Licda. Karina Quesada Blanco, Jueza.—( IN2016072991 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; a las quince horas y cero minutos del dieciocho de
noviembre del año dos mil dieciséis, y con la base de cuarenta
millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San
José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula
número cuatrocientos veintisiete mil seiscientos noventa y uno cero
cero cero, la cual es terreno con una casa de habitación. Situada en
Pág 24 — BOLETIN JUDICIAL Nº 192
Jueves 6 de octubre del 2016
el distrito 01 Aserrí, cantón 06 Aserrí, de la provincia de San José.
Colinda: al norte, calle pública con 14 metros con 20 centímetros;
al sur, María Isabel Arias Gamboa; al este, María Isabel Arias
Gamboa, y al oeste, María Isabel Arias Gamboa. Mide: Trescientos
cincuenta y cuatro metros con sesenta y siete decímetros cuadrados.
Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos
del cinco de diciembre del año dos mil dieciséis, con la base de
treinta millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero
minutos del veintiuno de diciembre del año dos mil dieciséis con la
base de diez millones de colones exactos (un veinticinco por ciento
de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Rodney Martín
González Arias. Exp. N° 16-026721-1012-CJ. Notifíquese.—
Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial
de San José, 27 de setiembre del 2016.—Lic. Bernardo Goldstein
Rosales, Juez.—( IN2016072995 ).
Convocatorias
Se convoca a todas las personas interesadas en la sucesión
de Francisco Ugalde López, a una junta que se verificará en este
Juzgado a las nueve horas del cuatro de noviembre del año dos
mil dieciséis, para conocer acerca de los extremos que establece el
artículo 926 del Código Procesal Civil, expediente Nº 12-0003880504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 23 de agosto del 2016.—
Licda. Adriana Brenes Castro, Jueza.—1 vez.—( IN2016072773 ).
Títulos Supletorios
Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente
N° 16-000050-1129-AG donde se promueven diligencias de
información posesoria por parte de Kattia Marcela Naranjo Varela
quien es mayor, soltera, vecino(a) de Naranjo de Platanares, Pérez
Zeledón, seiscientos metros suroeste de la Escuela, portador(a) de
la cédula de identidad vigente que exhibe número 01-1078-0068,
educadora, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público
de la Propiedad, el terreno que se describe así: Terreno de café.
Situada en el distrito sexto (Platanares), cantón diecinueve (Pérez
Zeledón), de la provincia de San José. Colinda: al norte, Kattia
Naranjo Varela; al sur, Caja Negra del Sur S. A.; al este, Franklin
Quesada Varela y al oeste, calle pública, con un frente a ella de 35.3
metros. Mide: cinco mil ochenta y tres metros cuadrados, tal como
lo indica el plano catastrado número SJ 1852145-2015. Indica el
promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales
o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir
la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y
estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma
de un millón de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por
compra que le hiciera a la señora Blanca Enid Quesada Varela, y
hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica,
ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de diez años.
Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en
mantener el terreno debidamente deslindado, así como mantenerlo limpio
y en buen estado de conservación y trabajar el cafetal que se encuentra
en esta propiedad y darle todo el mantenimiento requerido. Que no ha
inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros
inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se
emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información
Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir
de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a
hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida
por Kattia Marcela Naranjo Varela. Exp. 16-000050-1129-AG.—
Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur
(Pérez Zeledón),8 de setiembre del 2016.—Lic. Gerardo Mora
Zúñiga, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016066418 ).
Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente
N° 16-000063-1129-AG, donde se promueven diligencias de
información posesoria por parte de Saúl Rojas Angulo, quien es
mayor, estado civil casado una vez, vecino de Calle Moras de Pérez
Zeledón, seiscientos metros al sur de la Escuela, portador de la cédula
de identidad vigente que exhibe número 1-0347-0483, profesión
agricultor, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público
de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza
es terreno de uso agropecuario. Situada en el distrito Rio Nuevo,
cantón Pérez Zeledón de la provincia de San José. Colinda: al norte
Marcelli Díaz Cerdas; al sur Rosa Quesada Badilla; al este calle
pública con una medida de 89.18 metros y al oeste Miguel Castro
Mora y Juan Carlos Herrera Arguedas. Mide: diez mil trescientos
noventa y dos metros con veinticinco decímetros cuadrados, tal
como lo indica el plano catastrado N° 1-1153773-2007. Indica el
promovente que sobre el inmueble a inscribir NO pesan cargas reales
o gravámenes y que esta información no tiene por objeto evadir
la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y
estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma
de un millón quinientos mil colones cada una. Que adquirió dicho
inmueble por compra al señor Ricardo Rojas Muñoz y hasta la fecha
lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de
buena fe y a título de dueño por más de 37 años. Que existen condueños.
Que los actos de posesión han consistido en mantener el terreno
debidamente deslindado, así como mantenerlo limpio y en buen estado
de conservación durante todos estos años. Que no ha inscrito mediante
el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles,
según se constata del Registro Público de la Propiedad.- Se emplaza a
todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria,
a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la
publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso información posesoria promovida por
Saúl Rojas Angulo. Expediente: 16-000063-1129-AG.—Juzgado
Agrario del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez
Zeledón, 30 de agosto del 2016.—Gerardo Mora Zúñiga, Juez.—1
vez.—Exonerado.—( IN2016066419 ).
Se hace saber que ante este Despacho, se tramita el expediente
N° 16-000069-1129-AG donde se promueven diligencias de
información posesoria por parte de Elio Cordero Castro quien es
mayor, estado civil divorciado una vez, vecino de Pedregoso de
Pérez Zeledón, portador de la cédula de identidad vigente que
exhibe número 01-0503-0362, profesión pensionado, a fin de
inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad,
el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es terreno para
uso agropecuario. Situada en el distrito décimo Río Nuevo, cantón
diecinueve Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al
norte, Eutrecia Mora Mora; al sur, María Yanuri Madriz Martínez;
al este, Saúl Rojas Angulo y al oeste, calle pública. Mide: nueve mil
ochenta y nueve metros con cuatro decímetros cuadrados, tal como
lo indica el plano catastrado número SJ-1127938-2007. Indica el
promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales
o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir
la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y
estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma
de un millón quinientos mil colones cada una. Que adquirió dicho
inmueble por venta, la cual fue realizada por Saúl Rojas Angulo, y
hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica,
ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de 52
años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han
consistido en mantener el terreno debidamente deslindado, así como
mantenerlo limpio y en buen estado de conservación. Que no ha
inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias,
Otros Inmuebles, según se constata del Registro Público de la
Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias
de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un
mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen
ante el Despacho, a hacer valer sus derechos. Proceso información
posesoria, promovida por Elio Cordero Castro. Exp. N° 16-0000691129-AG.—Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de la
Zona Sur (Pérez Zeledón), 7 de setiembre del 2016.—Lic. Gerardo
Mora Zúñiga, Juez.—1 vez.—Exento.—( IN2016066420 ).
Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente
N° 16-000074-0188-CI, donde se promueven diligencias de
información posesoria por parte de Guifer G Y F Chirripó del
Sur S. A., cédula jurídica 3-101-386486, representada por Juan
Fernando Ruiz Ceciliano, quien es mayor, estado civil casado una
vez, vecino de Barrio Boston de Pérez Zeledón, exactamente ciento
cincuenta metros noroeste de Cinco Esquinas , portador de la cédula
de identidad vigente que exhibe número 1-0663-0298, profesión
Jueves 6 de octubre del 2016
comerciante, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público
de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza
es cultivos. Situada en el distrito San Isidro, cantón Pérez Zeledón
de la provincia de San José. Colinda: al norte Denominaciones
Celestiales San Vito S.R.L., Fernando Ruiz Ceciliano; al sur Jorge
Meneses Meneses; al este Jorge Meneses Meneses y servidumbre
de paso con un ancho de 4 metros de frente a calle pública y una
longitud de 85,08 metros entre el derrotero una a calle pública y al
oeste Denominaciones Celestiales San Vito S.R.L. y Jorge Meneses
Meneses. Mide: mil ciento noventa y cinco metros cuadrados,
tal como lo indica el plano catastrado número SJ-1698475-2013.
Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan
cargas reales o gravámenes y que esta información no tiene por
objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso
sucesorio y estima el inmueble en la suma de dos millones de
colones y las presentes diligencias en la suma de cinco millones
de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por venta que
le hizo el señor Juan Fernando Ruiz Ceciliano y hasta la fecha lo
ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de
buena fe y a título de dueño por más de cincuenta años. Que no
existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en
mantenimiento de la propiedad, limpiando la maleza, así como
construcción de cercas. Que no ha inscrito mediante el amparo
de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se
constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos
los interesados en estas diligencias de Información Posesoria a
efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la
publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por
Guifer G Y F Chirripó del Sur S. A. Expediente: 16-000074-0188CI.—Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de la Zona
Sur, Pérez Zeledón, 8 de setiembre del 2016.—Lic. Gerardo Mora
Zúñiga, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016066421 ).
Se hace saber que ante este Despacho, se tramita el expediente
N° 16-000080-1129-AG donde se promueven diligencias de
información posesoria por parte de Eliecer Umaña Fallas quien
es mayor, soltero, agricultor, vecino de San Rafael de Platanares
de Pérez Zeledón; ciento cincuenta metros al oeste, de la escuela,
portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número
9-0080-0864, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público
de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza
es actualmente tacotal. Situada en San Rafael, distrito quinto, San
Pedro, cantón diecinueve, Pérez Zeledón, de la provincia de San
José. Colinda: al norte, Efraín Fonseca Segura, al sur Río San Rafael;
al este, Río San Rafael y al oeste, calle pública con un frente a ella de
382.36 centímetros lineales. Mide: 10.295 metros con 29 decímetros
cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número SJ-5788391999. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan
cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto
evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio
y estima el inmueble en la suma de doce millones de colones y las
presentes diligencias en la suma de doce millones de colones. Que
adquirió dicho inmueble del señor Oscar Hernández Fernández,
mayor casado una vez, agricultor, vecino de San Pedro de Pérez
Zeledón, detrás del templo católico, cédula 2-0337-0972, mediante
escritura pública número doscientos cuarenta y tres-dos, otorgada al
notario Ricardo Zúñiga Ureña, en Pérez Zeledón la cual fue ratificada
a las trece horas del once de agosto del dos mil ocho, visible a folio
171 frente del tomo segundo del protocolo de dicho notario, y
hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica,
ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de dieciocho
años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han
consistido en sembrar y cosechar café. Que no ha inscrito mediante
el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles,
según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a
todos los interesados en estas diligencias de información posesoria,
a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la
publicación de este edicto, se apersonen ante el despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por
Eliecer Gerardo Umaña Fallas. Exp. N° 16-000080-1129-AG.—
Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur
(Pérez Zeledón), 16 de setiembre del 2016.—Lic. Gerardo Mora
Zúñiga, Juez.—1 vez.—Exento.—( IN2016066422 ).
BOLETIN JUDICIAL Nº 192 — Pág 25
Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente
N° 16-000127-0465-AG-(A-2), donde se promueven diligencias de
información posesoria por parte de Pedro Ramón Chavarría Vargas,
quien es mayor, casado una vez, vecino de Limón, con cédula
de identidad número 0700390043, chofer, a fin de inscribir a su
nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, los terrenos que
se describen así: 1) Finca cuya naturaleza es huerto. Situada en el
distrito tercero, cantón primero de la provincia de Limón. Colinda:
al norte con Raúl Artavia Mora actualmente Pedro Chavarría Vargas
y yurro; al sur con Claudio Sáenz González, actualmente la sucesión
de Souza Tica Dos Mil Ocho Sociedad Anónima; al este con Juan
Ramiro Hernández Martínez y al oeste con Mainor Solano Valerín,
actualmente Pedro Chavarría Vargas. Mide: nueve mil novecientos
diez metros con cincuenta y un decímetros cuadrados, tal como lo
indica el plano catastrado número L-37639-2001. 2) Finca cuya
naturaleza es huerto. Situada en el distrito tercero, cantón primero
de la provincia de Limón. Colinda: al norte con servidumbre de paso
con una medida lineal a ella de cuarenta y seis metros cuadrados con
trece decímetros cuadrados, al sur con Virginiett Valerín Sánchez
actualmente Pedro Chavarría Vargas; al este con calle pública con
una media lineal frente a calle pública de siete metros con cuarenta y
ocho centímetros y al oeste con Mainor Solano Valerín actualmente
Pedro Chavarría Vargas. Mide: nueve mil novecientos diez metros
con cincuenta y un decímetros cuadrados, tal como lo indica el
plano catastrado número L-37639-2001. Ambos componen una sola
unidad. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no
pesan cargas reales o gravámenes y que esta información no tiene
por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un
proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes
diligencias en la suma de seis millones de colones cada una. Que
adquirió dicho inmueble por compra-venta, y hasta la fecha lo ha
mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de
buena fe y a título de dueño por más de 20 años. Que no existen
codueños. Que los actos de posesión han consistido en cultivo
de árboles frutales, mantenimiento y construcción de una casa de
habitación. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de
Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del
Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados
en estas diligencias de información posesoria a efecto de que dentro
del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto
se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso
información posesoria promovida por Pedro Ramón Chavarría
Vargas. Expediente N° 16-000127-0465-AG-(A-2).—Juzgado
Agrario del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica,
Limón, 20 de setiembre del 2016.—Licda. Heilin Rojas Madrigal,
Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016066424 ).
Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente
N° 15-100078-1143-CI, donde se promueven diligencias de
información posesoria por parte de Manuel Ortiz López, quien es
mayor, casado una vez, educador, vecino de Barrio Los Ángeles
de Upala, Alajuela, portadora de la cédula de identidad vigente
que exhibe N° 6-0123-0216, a fin de inscribir a su nombre y ante
el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe
así: terreno de solar con una casa. Situada en el distrito primero,
cantón trece de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte con
calle pública al oeste con Néstor Ubau Hernández y Yamileth Ortiz
Oporta al este con Eduardo Ortiz Salazar y al sur con calle pública y
Yamileth Ortiz Oporta. Mide: seiscientos cincuenta y nueve metros
cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir
no pesan cargas reales o gravámenes y que esta información no
tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de
un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de tres
millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por venta que
le hiciera el señor Juan José Mora García y hasta la fecha lo ha
mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de
posesión han consistido en el pago de impuestos municipales y sacar
el plano respectivo de la propiedad. Que no ha inscrito mediante
el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles,
según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a
todos los interesados en estas diligencias de información posesoria,
a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la
publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
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Jueves 6 de octubre del 2016
valer sus derechos. Proceso información posesoria promovida por
Manuel Ortiz López. Expediente: 15-100078-1143-CI.—Juzgado
Civil, Trabajo y Familia del Segundo Circuito Judicial de
Alajuela, Sede Upala, Alajuela, 24 de noviembre del 2015.—Lic.
Gersan Tapia Martínez, Juez.—1 vez.—( IN2016066485 ).
Ganadera Las Bonitas Sociedad Anónima, cédula jurídica
tres-ciento uno-siete seis cinco cinco cinco-uno siete, domiciliada
en San José, Puriscal, La Palma, representada por Gerardo Porras
Corrales, cédula de identidad N° uno-cuatrocientos ochenta y
tres-quinientos cuarenta y ocho, comerciante, vecino de San José,
Cerbatana, Puriscal, promueve diligencias de información posesoria
para que se ordene al Registro Público de la Propiedad, Partido
de San José, inscribir a su nombre la finca que se describe así:
Terreno para construir, situado en cantón cuarto Puriscal, distrito
segundo Mercedes Sur. Mide: Tres mil ciento cincuenta metros,
linda al norte, al sur y al este con Ganaderas Las Bonitas S. A. y
al oeste con Ganadera Las Bonitas S. A. y Estrella Castro Badilla,
todo conforme al plano catastrado N° SJ-1870929-2015. Se cita
y emplaza a todos los interesados para que en el plazo de un mes
contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen en
el asunto en defensa de sus derechos. Información posesoria N°
16-100086-0197-CI.—Juzgado Civil y de Trabajo de Puriscal,
Santiago, 22 de agosto del 2016.—Licda. Susana Campos Cabezas,
Jueza.—1 vez.—( IN2016066514 ).
Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el
expediente N° 16-000192-0930-CI donde se promueven diligencias
de información posesoria por parte de Diego Manuel Domínguez
Bolaños, quien es mayor, divorciado, chofer, vecino de barrio
San Martín de Siquirres, 800 metros al noreste del plantel del
Ministerio de Obras Públicas y Transportes, portador de la cédula
de identidad número 800740580, a fin de inscribir a su nombre y
ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe
así: Finca ubicada en la provincia de Limón, la cual es terreno para
construir. Situada en el distrito Siquirres, cantón Siquirres, de la
provincia de Limón. Colinda: al norte, Rosario Anglin Anglin; al
sur, Luz Marina Bolaños Bravo; al este, calle pública y al oeste,
Luz Marina Bolaños Bravo. Mide: mil metros cuadrados. Indica el
promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales
o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir
la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y
estima dicho inmueble en la suma de cuatro millones de colones.
Que adquirió dicho inmueble por compra venta y hasta la fecha lo
ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de
posesión han consistido en asistencia, chapeas y limpieza. Que no ha
inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias,
otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la
Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias
de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un
mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen
ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información
posesoria, promovida por Diego Manuel Domínguez Bolaños. Exp.
N° 16-000192-0930-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito
Judicial de la Zona Atlántica, Pococí, 8 de setiembre del 2016.—
Lic. Gersan Tapia Martínez, Juez.—1 vez.—( IN2016066766 ).
Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente
N° 16-000119-0297-CI, donde se promueven diligencias de
información posesoria por parte de Asociación de Vecinos de San
Miguel de la Tigra de San Carlos de Alajuela, cedula jurídica
3002658316, representada por Gisselle Del Carmen Vásquez
Camacho, quien es mayor, soltera, vecina de San Miguel de La Tigra
de San Carlos de Alajuela, 800 metros al este de la escuela, portador
de la cédula de identidad vigente que exhibe número 2-539-551,
comerciante, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público
de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la
provincia de Alajuela, la cual es terreno con una plaza de deportes y
salón comunal. Situada en el distrito octavo La Tigra, cantón décimo
San Carlos de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte: en parte
con Cooperativa de Servicios Múltiples de San José de La Tigra y
Manuel Gerardo González Duran; al sur: calle pública con un frente
a la misma de 98.04 metros lineales; al este: en parte con Lucía
Marín Hernández y servidumbre de paso con un frente a la misma de
14.69 metros lineales y al oeste en parte Manuel Gerardo González
Duran y María del Milagro Araya Vega. Mide: seis mil ochocientos
treinta y cuatro metros cuadrados. indica el promovente que sobre el
inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta
información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias
legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma
de un millón de colones. Que adquirió dicho inmueble por donación
que le hiciera la señora Mercedes Vásquez Castillo, quien es mayor,
viuda una vez, empresaria agraria, cédula 2-228-544, vecina de San
Miguel de La Tigra de San Carlos, Alajuela y hasta la fecha lo
ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos
de posesión han consistido en limpiarlo, cercarlo, construir una
plaza para la práctica del deporte, así como un salón comunal,
para las actividades sociales de la comunidad. Que no ha inscrito
mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias
otros inmuebles según se constata del Registro Público de la
Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias
de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un
mes contado a partir de la publicación de este edicto se apersonen
ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información
posesoria promovida por Asociación de Vecinos de San Miguel de
la Tigra de San Carlos de Alajuela. Expediente: 16-000119-0297CI.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de
Alajuela, (Materia Civil), San Carlos, 14 de julio del 2016.—Lic.
Adolfo Mora Arce, Juez.—1 vez.—( IN2016066775 ).
Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente
N° 16-000024-0920-CI donde se promueven diligencias de
información posesoria por parte de Brains Nieto Cerdeiriña quien es
mayor, estado civil soltero, vecino de Pavón de Golfito, portador del
pasaporte vigente que exhibe Nº AAG 194815, profesión cocinero y
Geraldine Ymg de Valensart Shoenmaeckers quien es mayor, estado
civil soltera, vecina de Pavón de Golfito, portadora del pasaporte
vigente que exhibe Nº EN 565766, profesión fotógrafa a fin de inscribir
a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno
que se describe así: finca ubicada en la provincia de Puntarenas, la
cual es terreno para construir. Situada en el distrito Pavón, cantón
Golfito, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, David
Barton Baker; al sur, calle pública; al este, calle pública y al oeste,
Irma Hernández Orozco. Mide: setecientos treinta y siete metros
cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir
no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no
tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales
de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de
quinientos mil colones. Que adquirió dicho inmueble por medio de
posesión de más de 10 años del señor Víctor Julio Elizondo Sibaja,
por medio de cesión de posesión y venta protocolizada, y hasta la
fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta.- Que los
actos de posesión han consistido en mantenimiento y limpieza de
las colindancias, siembra de árboles frutales y chapea de las rondas.
Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público
de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas
diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del
plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto,
se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso
información posesoria, promovido por Brains Nieto Cerdeiriña y
Geraldine Ymg de Valensart Shoenmaeckers, expediente Nº 16000024-0920-CI.—Juzgado Civil y Trabajo de Golfito (Materia
Civil), Golfito, 12 de julio del 2016.—Lic. Luis Diego Bonilla
Alvarado, Juez.—( IN2016066821 ).
Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente
N° 16-000139-0419-AG donde se promueven diligencias de
información posesoria por parte de Juan Carlos Porras Quirós, quien
es mayor, estado civil soltero, vecino de Sabalito, Coto Brus, barrio
Mercedes, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe
número uno-mil ciento cincuenta y uno-doscientos once, profesión
agricultor, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público
de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza
es terreno sembrado de café. Situada en el distrito segundo Sabalito,
cantón octavo Coto Brus, de la provincia de Puntarenas. Colinda:
Jueves 6 de octubre del 2016
al norte, Isaías Porras Valverde; al sur, calle pública con un frente
de ciento diez metros con ochenta centímetros cuadrados; al este,
calle pública con un frente de cincuenta y ocho metros con once
centímetros y al oeste, Francisco Mesén Porras. Mide: seis mil
quinientos quince metros cuadrados, tal como lo indica el plano
catastrado Nº P-1870219-15. Indica el promovente que sobre el
inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta
información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias
legales de un proceso sucesorio y estima el inmueble en la suma de
quinientos mil colones y las diligencias en la suma de doscientos
cincuenta mil colones. Que adquirió dicho inmueble por donación,
y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica,
ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de diez años.
Que existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en
mantenimiento y limpieza de carriles. Que no ha inscrito mediante
el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles,
según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a
todos los interesados en estas diligencias de información posesoria,
a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la
publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso información posesoria promovida por
Juan Carlos Porras Quirós. Expediente Nº 16-000139-0419-AG.—
Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur,
Corredores, 28 de julio del 2016.—Licda. Maricel Zamora Arias,
Jueza.—1 vez.—( IN2016066825 ).
Que los promoventes Bernal González González, cédula de
identidad Nº 3-0183-0603, mayor, costarricense, masculino, casado
una vez, odontólogo, vecino de Cartago, El Tejar del Guarco, 200
metros oeste del Bar El Quijongo, tramita diligencias de información
posesoria, para inscribir ante el Registro Público de la Propiedad,
Sección de Bienes Inmuebles, un predio que se describe así: terreno
construido y solar, situado en la provincia de Puntarenas, cantón de
Quepos, distrito Savegre, Matapalo. Colinda: al norte, con Luz Mary
Alfaro Quesada y en medio servidumbre de paso con un frente de
diecinueve punto ochenta y cinco metros lineales; al sur, Mandal Beach
Properties Sociedad Anónima; al este, calle pública, con 25.94 metros
lineales y al oeste, con Ronald Thomas Brustche, la propiedad mide
quinientos treinta y cinco metros cuadrados, según plano catastrado
Nº P-948858-1991. El predio descrito fue estimado en la suma de
tres millones de colones. Dicho terreno está libre de cargas reales y
gravámenes. Por medio de este edicto se llama a todos los interesados
en estas diligencias para que dentro del plazo de un mes contados
a partir de su publicación se apersonen en este Juzgado en defensa
de sus derechos bajo apercibimiento legales en caso de omisión.
Expediente Nº 16-100013-425-CI, que obedece a diligencias de
información posesoria promovidas por Bernal González González,
cédula de identidad Nº 3-0183-0603.—Juzgado Civil de Mayor
Cuantía de Quepos y Parrita, 30 de junio de 2016.—Licda. Sédyer
Villegas Méndez, Jueza.—1 vez.—( IN2016066886 ).
Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente
N° 15-000033-0422-CI, donde se promueven diligencias de
información posesoria por parte de Eulogio Sánchez Barrios, quien
es mayor, estado civil soltero, vecino de Agujas, Puerto Jiménez,
Golfito, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe N°
6-0218-0176, profesión policía, a fin de inscribir a su nombre y
ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe
así: finca ubicada en la provincia de Puntarenas Golfito, la cual es
terreno de patio y jardín con una casa. Situada: en el distrito segundo
Puerto Jiménez, cantón sétimo Golfito, de la provincia de Puntarenas.
Colinda: al norte, Guiselle Montoya Morales; al sur, Guiselle Montoya
Morales; al este, calle pública, y al oeste, Guiselle Montoya Morales.
Mide: tres mil setecientos cincuenta metros cuadrados. Indica el
promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales
o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir
la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y
estima dicho inmueble en la suma de tres millones quinientos mil
colones. Que adquirió dicho inmueble mediante compra de venta, y
hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta.
Que los actos de posesión han consistido en limpieza, siembra de
zona verde, frutales, construcción de cercas de alambre y casa de
habitación. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de
BOLETIN JUDICIAL Nº 192 — Pág 27
Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del
Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados
en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro
del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto,
se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso
información posesoria promovida por Eulogio Sánchez Barrios.
Expediente N° 15-000033-0422-CI.—Juzgado Civil de Mayor
Cuantía de Golfito, 17 de junio del 2015.—Lic. Luis Diego Bonilla
Alvarado, Juez.—1 vez.—( IN2016066997 ).
Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente
N° 16-160059-1143-AG, donde se promueven diligencias de
información posesoria por parte de Benjamín Girón Cruz, Francisco
Javier Jirón Cruz, quienes son mayores, estado civil ambos casados
una vez, vecinos de San Rafael de Guatuso, portadores de las cédulas
de identidad vigente que exhibe número el primero N° 2-0475-0950
y el segundo N° 2-0422-0173, profesión ambos agricultores, a fin
de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad,
el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza es terreno de
potrero. Situada: en el distrito San Rafael, cantón Guatuso, de la
provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Jorge Jiménez Ocampo; al
sur, Clodermina Jirón Cruz, Marbely Amador Jirón, Mayra Amador
Jirón, Francisco Amador Jirón y Gilbert Amador Jirón; al este,
Jorge Jiménez Ocampo y al oeste, con calle pública con un frente
de ciento setenta y seis metros sesenta y nueve centímetros. Mide:
ciento doce mil novecientos cincuenta y nueve metros cuadrados,
tal como lo indica el plano catastrado número A-1825742-2015.
Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan
cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por
objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso
sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias
en la suma de cinco millones de colones cada una. Que adquirió
dicho inmueble por no, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma
quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de
dueño por más de 22 años. Que si existen condueños. Que los actos
de posesión han consistido en mantenimiento de cercas, cuido y cría
de ganado. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de
Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del
Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados
en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro
del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto,
se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso
información posesoria, promovida por Benjamín Girón Cruz y
Francisco Javier Jirón Cruz. Expediente N° 16-160059-1143AG.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial
de Alajuela, Sede Upala (Materia Agraria). Alajuela, Upala,
19 de setiembre del 2016.—MSC. Silvia Elena Sánchez Blanco,
Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016067009 ).
Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente
N° 14-000054-1143-AG donde se promueven diligencias de
información posesoria por parte de María Cubero Alfaro, quien es
mayor, estado civil casada una vez, vecina de El Edén de Guatuso,
Alajuela, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe
Nº 2-0281-1397, profesión ama de casa, a fin de inscribir a su
nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se
describe así: finca cuya naturaleza es potrero. Situada en el distrito
San Rafael, cantón Guatuso, de la provincia de Alajuela. Colinda:
al norte, Mauricio Pérez Rodríguez; al sur, Olman Duarte Arias;
al este, Edwin Solano Chavarría y calle pública con un frente de
ciento cuarenta y un metros lineales y al oeste, Hugo Martínez
Murillo. Mide: ciento ocho mil setecientos treinta y cuatro metros
con veintiocho decímetros cuadrados, tal como lo indica el plano
catastrado Nº A-886527-2003. Indica el promovente que sobre el
inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta
información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias
legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como
las presentes diligencias en la suma de cinco millones colones cada
una. Que adquirió dicho inmueble por donación, y hasta la fecha lo
ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de
buena fe y a título de dueño por más de diez años. Que no existen
condueños. Que los actos de posesión han consistido en cuido del
terreno, mantenimiento de las cercas y actividad ganadera. Que no ha
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Jueves 6 de octubre del 2016
inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias,
otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la
Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias
de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un
mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen
ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información
posesoria promovida por María Cubero Alfaro. Expediente Nº
14-000054-1143-AG.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo
Circuito Judicial de Alajuela, Sede Upala, (Materia Agraria),
16 de setiembre del 2016.—Msc. Silvia Elena Sánchez Blanco,
Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016067047 ).
Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente
N° 15-000037-0815-AG donde se promueven diligencias de
información posesoria por parte de Ester del Carmen Umaña
Villegas quien es mayor de edad, casada una vez, vecina de La
Garita de Alajuela, portadora de la cédula de identidad Nº 5-214229, agricultora, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro
Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya
naturaleza es para mantenimiento de bosque y agricultura. Situada
en el distrito trece La Garita, cantón primero Alajuela, de la
provincia de Alajuela. Colinda: al norte río Itiquís; al sur, carretera
Bernardo Soto, con un frente a calle pública de diez metros con
sesenta centímetros lineales; al este, Carlos Luis Alfaro González
y al oeste, José Umaña Villalobos. Mide: mil setenta y un metros
con un decímetro cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado
Nº A-664688-1987. Indica el promovente que estima el inmueble
en la suma de cuarenta y cinco millones de colones y las presentes
diligencias en la suma de un millón de colones. Se emplaza a todos
los interesados en estas diligencias de información posesoria, a
efecto que en el plazo de un mes contado a partir de la publicación
de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus
derechos. Proceso información posesoria, promovida por Ester del
Carmen Umaña Villegas, expediente Nº 15-000037-0815-AG.—
Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 19
de setiembre del 2016.—Licda. María Carolina Hurtado García,
Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016067050 ).
Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente
N° 16-000041-0507-AG, donde se promueven diligencias de
información posesoria por parte de Yamileth Quesada Pérez, quien
es mayor, casada una vez, vecina de San Antonio de Roxana de
Guápiles-Limón, del Bar Netos 150 metros norte, portadora de la
cédula de identidad vigente que exhibe N° 5-0252-0719, ama de
casa, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la
Propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza es
para la agricultura con una casa de habitación. Situada: en el distrito
cuarto de Roxana, cantón segundo de Pococí, de la provincia de
Limón. Colinda: al norte, Efraín Pérez Espinoza; al sur, Yamileth
Quesada Pérez; al este, Sara Martínez Martínez, y al oeste, Virginia
Pérez Barquero. Mide: ciento ochenta y dos metros cuadrados, tal
como lo indica el plano catastrado N° L-1870201-2015. Indica el
promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales
o gravámenes y que esta información no tiene por objeto evadir
la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio.
Estima el inmueble en la suma de dos millones de colones y las
diligencias en la suma de un millón de colones cada una. Que
adquirió dicho inmueble por compra-venta, y hasta la fecha lo ha
mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de
buena fe y a título de dueño por más de diez años. Que no existen
condueños. Que los actos de posesión han consistido en actividades
agrícolas. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de
Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del
Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados
en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que
dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este
edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos.
Proceso información posesoria, promovida por Yamileth Quesada
Pérez. Expediente N° 16-000041-0507-AG.—Juzgado Agrario del
Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica. Pococí, 16 de
setiembre del 2016.—Msc. Sugeily Hernández Azofeifa, Jueza.—1
vez.—Exonerado.—( IN2016067059 ).
Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente
N° 16-000072-0815-AG donde se promueven diligencias de
información posesoria por parte de José Leonardo Benavides
González quien es mayor de edad, casado una vez, vecino de Llano
Brenes de San Rafael de San Ramón de Alajuela, portador de la
cédula de identidad Nº 2-377-515, agricultor, a fin de inscribir a
su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno
que se describe así: finca cuya naturaleza es terreno de café.
Situada en el distrito dos Desmonte, cantón cuatro San Mateo, de
la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Édgar Román Rojas; al
sur, calle pública con un frente de seiscientos treinta y cuatro metros
con cincuenta centímetros; al este, Alfonso Ramírez Guerrero y al
oeste, Édgar Román Rojas y calle pública con un frente de ciento
cuatro metros con nueve centímetros. Mide: setenta y cuatro mil
doscientos treinta y nueve metros con sesenta y ocho decímetros
cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado Nº A-6271782000. Indica el promovente que estima tanto el inmueble como las
presentes diligencias en la suma de veintidós millones de colones,
respectivamente. Que adquirió dicho inmueble por donación, y
hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica,
ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de 15
años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han
consistido en siembra de pasto, chapias, limpieza y mantenimiento
del terreno. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias
de información posesoria, a efecto que dentro del plazo de un mes
contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen
ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información
posesoria, promovida por José Leonardo de Jesús Benavides
González, expediente Nº 16-000072-0815-AG.—Juzgado Agrario
del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 12 de setiembre del
2016.—Licda. María Carolina Hurtado García, Jueza.—1 vez.—
Exonerado.—( IN2016067060 ).
Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente
N° 16-000073-0815-AG donde se promueven diligencias de
información posesoria para rectificación de medida por parte de
Ricardo Zumbado Chacón, cédula Nº 02-0299-0881, casado una
vez, mecánico, vecino de Atenas, y Víctor Julio Zumbado Chacón,
cédula Nº 02-0299-0880, casado una vez, agricultor, vecino de
Atenas, a fin de rectificar la medida del inmueble inscrito en el
Registro Público de la Propiedad, matrícula Nº 62.406-001 y 002;
el terreno que se describe así: terreno de caña y café con dos casas;
sito en distrito sétimo Santa Eulalia, cantón quinto Atenas de la
provincia de Alajuela; linda: norte, Gabriel Zumbado Leitón; Carlos
Manuel Alvarado González y calle pública con un frente a ella de
sesenta y un metros con dos centímetros lineales; sur, calle pública
con ciento cuarenta y cuatro metros con sesenta y siete centímetros
lineales; este, Carlos Manuel Alvarado González y oeste, Gabriel
Zumbado Leitón, Ólger Zumbado Chacón, y calle pública con
un frente de trescientos ochenta y tres metros con cincuenta y
siete centímetros lineales. Mide: según el Registro Público: once
mil cuatrocientos cincuenta y siete metros sesenta decímetros
cuadrados, pero su verdadera medida es de: cuarenta y nueve mil
ciento ochenta y ocho metros cuadrados, descripción que se ajusta
en un todo al plano catastrado A-uno seis cinco tres cero seis cerodos mil trece. Indica el promovente que estima tanto el inmueble
como las presentes diligencias en la suma de tres millones de colones
cada una. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias
de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un
mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen
ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información
posesoria, promovida por Ricardo Zumbado Chacón, expediente
Nº 16-000073-0815-AG.—Juzgado Agrario del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, 12 de setiembre del 2016.—Lic. Rodolfo
Vásquez Vásquez, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016067061 ).
Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el
expediente N° 16-000106-0391-AG donde se promueven
diligencias de información posesoria por parte de Lidiette Ángela
Cristina Vásquez Contreras, quien es mayor, casada una vez,
separada de hecho, educadora pensionada, vecina de Belén de
Carrillo, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe
número 5-0116-0297, educadora pensionada, a fin de inscribir a su
Jueves 6 de octubre del 2016
nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se
describe así: Finca cuya naturaleza es tacotal. Situada Potrero en el
distrito cuarto Tempate, cantón tercero Santa Cruz, de la provincia
de Guanacaste. Colinda: al norte, con Máxima Avelina Contreras
y Donato Vásquez Moraga; al sur, con servidumbre agrícola
constituida de catorce metros y un frente de trescientos ochenta y
cinco metros con veintinueve centímetros lineales frente a la misma;
al este, calle pública con un frente a la misma de trescientos dos
metros con diez centímetros lineales frente a la misma, y al oeste,
con Máxima Avelina Contreras y Donato Vásquez Moraga. Mide:
Cinco hectáreas ocho mil ciento noventa y cuatro metros cuadrados,
tal como lo indica el plano catastrado N° G-1667732-2013. Indica el
promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales
o gravámenes y que esta información no tiene por objeto evadir
la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y
estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma
de dos millones seiscientos veinticinco mil quinientos treinta y seis
colones con veinticinco céntimos cada una. Que adquirió dicho
inmueble por adjudicación que le realizara el sucesorio de Donato
Vásquez Moraga y Máxima Avelina Contreras Contreras, conocida
como Eva Contreras Pizarro del expediente número 84-1002650388-CI, tramitado en el Juzgado Civil de Santa Cruz, y hasta la
fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica, ininterrumpida,
y a título de dueño legítimo y propietario desde el veinte de
diciembre del años dos mil trece y con posesión de los anteriores
dueños, suman más de cuarenta años de poseer años. Que no existen
condueños. Que los actos de posesión han consistido en limpieza del
terreno, construcción y mantenimiento de cerco, rondas, cuido, zona
boscosa, así como el cuido en general. Que no ha inscrito mediante
el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles,
según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a
todos los interesados en estas diligencias de información posesoria,
a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la
publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso información posesoria promovida por
Lidiette Ángela Cristina Vásquez Contreras. Exp. N° 16-0001060391-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de
Guanacaste, Santa Cruz, 18 de julio del 2016.—Lic. José Joaquín
Piñar Ballestero, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016067062 ).
Citaciones
Se hace saber que en mi notaría, se abre proceso sucesorio
notarial de quienes en vida fueran Humberto Ureña Salazar y
Vilma Ureña Salazar. Se emplaza a herederos, acreedores y en
general a todos los interesados para que en el plazo de treinta días
a partir de la fecha de la publicación de este edicto, comparezcan
a hacer valer los derechos, con el apercibimiento de que si no lo
hicieren en el plazo dicho, la herencia pasará a quien en derecho
corresponda. Expediente N° 004-2016.—San Ramón de Alajuela,
trece de setiembre del dos mil dieciséis.—Licda. Silvia María
Chaves Quesada, Notaria.—1 vez.—( IN2016064784 ).
Se cita y emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y
demás interesados en el proceso sucesorio de quien en vida fue el
señor Efraín Rivera Bonamuza, mayor, casado en únicas nupcias,
Agricultor, vecino de San José, Desamparados, Residencial Los
Dorados casa F seis, cédula de identidad: cinco- cero cero treinta-mil
veintitrés; para que dentro del plazo de 30 días contados a partir de la
publicación de este edicto, se apersonen a esta notaría, sita en San José,
Escazú, Edificio Terraforte, piso dos, oficinas de Cordero & Cordero
Abogados, a fin de hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento
que si así no lo hicieren, la herencia pasará a quien corresponda.
Sucesorio de Efraín Rivera Bonamuza- Expediente 0001-2016.—
Gonzalo Velásquez Martínez, Notario.—1 vez.—( IN2016066564 ).
Se cita y emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y
demás interesados en el proceso sucesorio de quien en vida fue el
señor Carlos Alberto Fallas Baldí, mayor, soltero, filósofo, vecino
de San José, Desamparados, Gravillas, con cédula de identidad
número: Dos-cero doscientos setenta y cuatro-cero trescientos
catorce, costarricense y quien falleció en San José, Hospital Central,
el dieciséis de junio del dos mil catorce, para que dentro del plazo de
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30 días contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen
a esta notaría, sito en San José, Escazú, Edificio Terraforte, piso dos,
oficinas de Cordero & Cordero Abogados, a fin de hacer valer sus
derechos bajo apercibimiento que si así no lo hicieren la herencia
pasará a quien corresponda. Sucesorio de Carlos Alberto Fallas
Baldí. Expediente: 0002-2016.—Lic. Gonzalo Velásquez Martínez,
Notario.—1 vez.—( IN2016066565 ).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría
por Mercedes Viales Guadamuz, mayor, viuda, ama de casa,
cedula cinco-cero cuarenta y cinco-novecientos tres, vecina de
Guanacaste, Sardinal de Carrillo, del Salón Comunal, cien sur
y veinticinco al este, a las quince horas del diez de diciembre
del dos mil trece y comprobado el fallecimiento, esta Notaría,
declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en
vida Jerónimo Chavarría Espinoza, quien fue mayor, casado una
vez, agricultor, cédula cinco-cero noventa y cinco-quinientos
dieciocho, cuyo último domicilio fue en Guanacaste, Sardinal de
Carrillo. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro
del plazo máximo de treinta días naturales, contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer
valer sus derechos. Expediente N° 0002-2013.—Lic. José Luis
Ureña Díaz, Notario.—1 vez.—( IN2016066567 ).
Se cita y emplaza a los herederos y demás interesados en la
sucesión de quien en vida fue Flor De María Chavarría Aguilar,
mayor de edad, casada dos veces, cedula de identidad N° sieteveintisiete-seiscientos cincuenta y ocho, vecino de Matina, Limón,
lote diez proyecto la peligrosa, quien falleció el primero de
marzo del dos mil nueve, para que dentro del plazo de treinta días
contados a partir de la publicación del aviso en el Boletín Judicial,
comparezcan ante este Despacho a hacer valer sus derechos bajo
el apercibimiento de que si no comparecieren dentro de ese plazo,
los bienes sucesorios pasarán a quien corresponda. El expediente
se encuentra en la notaría del Lic. Alfredo Vargas Elizondo, situada
en Zapote, San José, veinticinco metros sur de la Iglesia Católica,
centro comercial Unicentro, local dieciocho. Exp. N° 001-SE-2016.
Sucesión de Flor De María Chavarría Aguilar, promueve: Viviano
Mendoza Morales.—San José, 8 de setiembre del 2016.—Lic.
Alfredo Vargas Elizondo, Notario.—1 vez.—( IN2016066581 ).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por
Elizabeth Marcelina Arguedas Arguedas, cedula siete-cero treinta y
siete-setecientos ochenta y cuatro y Hugo Alberto Salas Arguedas
cedula uno-setecientos trece-ochocientos sesenta y ocho. Que por
resolución de las nueve horas del veintinueve de mayo del dos
mil dieciséis y comprobando el fallecimiento, esta notaría declara
abierto el proceso sucesorio de quien en vida fuera Hugo Eliecer
Salas Díaz, mayor, casado una vez. Pensionado, cedula nueve-cero
treinta y seis setecientos diez, vecino de San José, Zapote , Costado
Sur de la Plaza de Toros, casa número sesenta y cinco. Se cita y
emplaza atados los herederos e interesados en la sucesión, para
que dentro del plazo de treinta días naturales, contados a partir
de la publicación de este edicto, se apersonen ante esta notaría a
hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. Rafael Ángel Morales
Soto, San José, Barrio Vasconia de la Clínica Carlos Durán ciento
cincuenta al oeste número mil setecientos sesenta.—San José veinte
de agosto del dos mil dieciséis.—Lic. Rafael Ángel Morales Soto,
Notario.—1 vez.—( IN2016066593 ).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta Notaría por
Víctor Manuel, cédula tres-ciento noventa y uno-trescientos seis,
Miguel Ángel, cédula tres-doscientos dos-setecientos siete y Mardo
Isaías de los Ángeles, cédula tres-doscientos sesenta y tres-ciento
noventa y Cuatro y Flor Lía, todos de apellido Araya Quirós, por
resolución de las ocho horas del doce de agosto del dos mil dieciséis
y comprobando los fallecimientos, esta Notaría declara abierto el
proceso sucesorio acumulado de quienes en vida fueron Carmen
Piedades Araya Solís, ama de casa, cédula tres-cero noventa y
ocho-ochocientos cuatro y de José María del Socorro Quirós Araya,
agricultor, cédula tres-cero setenta-quinientos setenta y nueve,
ambos, mayores, casados entre sí, y vecinos de Cartago, Santa
Teresita de Turrialba, Dulce Nombre frente a la Iglesia. Se cita y
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emplaza a todos los herederos e interesados en la sucesión, para
que dentro del plazo de treinta días naturales, contados a partir de
la publicación de este edicto, se apersonen ante esta Notaría a hacer
valer sus derechos. Notaría del Lic. Rafael Ángel Morales Soto, San
José, Barrio Vasconia; de la Clínica Carlos Durán; ciento cincuenta
al oeste, número mil setecientos sesenta.—San José, veinte de
agosto del dos mil dieciséis.—Lic. Rafael Ángel Morales Soto,
Notario.—1 vez.—( IN2016066594 ).
Se hace saber que ante mí notaría se tramita bajo expediente
número cero cero dos-quince, el proceso sucesorio de quien en
vida fuera Marcia Gloria Dapson Norman conocida como Marcia
Dopson Norman, soltera, conserje, portadora de cédula de identidad
número siete-cero sesenta y cuatro-setecientos dieciocho, vecina de
San Gerardo de Guadalupe frente a la barbería Continental; con treinta
días de plazo se cita a todos los herederos, legatarios y demás interesados
para que dentro de ese plazo se apersonen a esta notaría cita en Guápiles
Pococí Limón de la Agencia de Motos Yamaha setenta y cinco metros
al este, con el fin de que hagan valer sus derechos apercibidos de que
si no lo hicieren la herencia pasará a quien demuestre su derecho.—
Guápiles, trece de setiembre del dos mil dieciséis.—Kattia Castillo
Vargas, Notaria.—1 vez.—( IN2016066622 ).
Se hace saber que ante mí notaría se tramita bajo expediente
número cero cero uno-quince, el proceso sucesorio de quien en vida
fuera Reiner Gilberto Bryan Arroyo, con cédula de identidad número
siete-ciento setenta y seis-doscientos noventa y tres, mayor, soltero,
comerciante, vecino de Guápiles, Pococí, Limón, Urbanización
Zurki, del Súper El Sol, setecientos metros al norte, con treinta días de
plazo se cita a todos los herederos, legatarios y demás interesados para
que dentro de ese plazo se apersonen a esta notaría, sita en Guápiles,
Pococí, Limón de la agencia de Motos Yamaha, setenta y cinco metros
al este, con el fin de que hagan valer sus derechos apercibidos de que
si no lo hicieren la herencia pasará a quien demuestre su derecho.—
Guápiles, trece de setiembre del dos mil dieciséis.—Licda. Kattia
Castillo Vargas, Notaria.—1 vez.—( IN2016066623 ).
Por acta levantada ante la suscrita notaria, se solicita la
apertura y tramitación extrajudicial del sucesorio del señor José
Eliveth Castillo Castillo, quien fuera mayor de edad, casado una
vez, ciudadano costarricense, vecino de Montaña Grande de
Lepanto de la provincia de Puntarenas, cédula de identidad seis cero
ciento cincuenta y ocho cero novecientos veintiséis, los herederos
han aceptado la herencia a beneficio de inventario. Cito a todos los
interesados en este sucesorio, concurran ante mi notaria, a hacer
valer sus derechos. Licda. Magda González Salas, notaria, oficina
en San José, avenida doce bis, edificio número mil novecientos
noventa y ocho detrás de la Escuela República de Chile.—Licda.
Magda González Salas, Notaria.—1 vez.—( IN2016066639 ).
Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios e
interesados en la sucesión ad intestato, en sede notarial, de doña
Emma Iris Sepúlveda San Martín, quien fue mayor, viuda una vez,
del hogar, vecina de San José, Tibás, Residencial Las Rosas, ciento
cincuenta metros Sur del Asilo de Ancianos, cédula ocho-cero
sesenta y ocho-ochocientos ochenta y uno, para que dentro del plazo
de treinta días, contados a partir de esta publicación comparezcan a
reclamar sus derechos y se apercibe a quienes crean tener calidad de
herederos , que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia
pasará a quien corresponda. Todo reclamo eventual deberá hacerse
en Bufete Abogados & Asesores Marma S. A., sito en San José,
24 y 26, avenida 17, número 2436. Expediente 0003-2016.—San
José, 16 de setiembre del 2016.—Lic. Ricardo Villalobos González,
Notario.—1 vez.—( IN2016066668 ).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por el
Lic. José Ricardo Guevara Guevara, a las dieciséis horas treinta
minutos del cuatro de agosto del dos mil dieciséis y comprobado
el fallecimiento de Eugenio Bienvenido Nájera Santamaría, mayor,
casado dos veces, técnico de rayos X, vecino de Ciudad Cortés de
Osa, frente a la Escuela Nieborowsky, con cédula de identidad N°
seis-ciento treinta y siete-ochocientos ochenta y tres, esta Notaría ha
declarado abierto su proceso sucesorio ab intestato. Se cita y emplaza
a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los
interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días hábiles
contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan ante
esta notaría a hacer valer sus derechos. No se tiene como parte a la
Procuraduría General de la República, tal como esta lo ha indicado.
Notaría del Lic. José Ricardo Guevara Guevara. Ciudad Cortés de
Osa, setenta y cinco metros al noroeste del antiguo Liceo Pacífico
Sur, teléfono 2788-8356. 8383-1008.—Lic. José Ricardo Guevara
Guevara, Notario.—1 vez.—( IN2016066734 ).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por
Cinthya Anzoategui Marshall, representada por medio de su
apoderada generalísima sin límite de suma, señora Rosa Natalia
Alvarado Rodríguez, a las trece horas del veintiuno de setiembre
del dos mil dieciséis y comprobado el fallecimiento esta notaría
declara abierto el proceso sucesorio testamentario de quien en
vida fuera David Linden (nombre) Marshall (apellido), mayor, de
un solo apellido en razón de su nacionalidad inglesa, casado dos
veces, Ingeniero Civil, vecino de Santo Tomás de Santo Domingo
de Heredia, contiguo al Hotel Bouganvillea, portador de la cédula
de residencia número uno ocho dos seis cero cero cero uno nueve
cero uno tres. Se cita y emplaza a todos los interesados para que
dentro del plazo máximo de treinta días, contados a partir de la
publicación de este edicto comparezcan ante esta notaría a hacer
valer sus derechos. Notaría del Lic. Eduardo Sancho Arce, con
oficina en Alajuela, Atenas, Centro, quinientos metros al este de
Coopeatenas R.L., casa a mano izquierda, segundo piso.—Atenas,
veintiuno de setiembre del dos mil dieciséis.—Lic. Eduardo Sancho
Arce, Notario.—1 vez.—( IN2016066777 ).
Sucesión testamentaria de Gary Arce Arenales. Expediente:
01-2016. Por escritura número: sesenta y seis de las dieciséis horas
del veintidós de setiembre del dos mil dieciséis, de esta notaría se ha
solicitado la apertura y trámite del proceso sucesorio testamentario
en sede notarial de quien en vida fue Gary Arce Arenales, mayor,
divorciado en segundas nupcias, médico psiquiatra, costarricense
cédula de identidad número nueve-cero cero veintinueve-cero
trescientos treinta y ocho, vecino de San José, Moravia, Barrio La
Guaria, Condominios La Guaria, casa número siete. Se cita a los
interesados en esta sucesión para que dentro del plazo de 30 días
hábiles contados a partir de la publicación de este edicto, concurran
ante esta notaría a hacer valer sus derechos y se apercibe a los que
crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de
dicho plazo la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N°
001-2016. Notaría del Lic. Daniel Befeler Scharf, Barrio Tournón,
Oficentro Torres del Campo, Torre uno, segundo piso, Nassar
Abogados.—San José, 22 de setiembre del 2016.—Lic. Daniel
Befeler Scharf, Notario.—1 vez.—( IN2016066790 ).
Por una sola vez se emplaza a todos los interesados en la
sucesión notarial de quien en vida se llamó Laura María Sancho
Chanto, mayor, soltera, oficinista, cédula de identidad número unosiete uno uno-uno cuatro cuatro, vecina de Aguas Zarcas, San Carlos,
Calle Chacón, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir
de la publicación de este edicto comparezcan a hacer valer sus derechos,
con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia,
de que si no se apersonas dentro de ese plazo, la herencia pasará a quien
corresponda. Expediente número uno - dos mil dieciséis. Promueven
Rafael Ángel Sancho Alpízar y Adela Chanto Méndez. Publico con
oficina en Aguas Zarcas, San Carlos, 200 sur del Banco Nacional.—
Ciudad Aguas Zarcas, 3 de agosto del 2016.—Lic. Marco Vinicio
Chinchilla Sánchez, Notario.—1 vez.—( IN2016066794 ).
Por auto de apertura, de las nueve horas del primero de julio
del 2016, bajo el expediente N° 0001-2016, se ha abierto actividad
no contenciosa en sede notarial, sucesorio testamentario, conforme
con lo establecido en los artículos ciento veintinueve del Código
Notarial y novecientos cuarenta y cinco, siguientes y concordantes
del Código Procesal Civil de Jeannette Madrigal Herrera, mayor
de edad, divorciada, comerciante, vecina de San José, Concepción
Abajo de Alajuelita, del Pochos Bar, doscientos metros al sur y
veinticinco este, con cédula de identidad número 1-0318-0350. Se
cita y emplaza a los posibles interesados a presentarse ante esta
Jueves 6 de octubre del 2016
notaría, situada en San José, Paseo Colón, calles 38 y 40, avenida 5,
número 3840, para que dentro del plazo de treinta días siguientes a
la publicación del presente edicto para hacer valer sus derechos.—
San José, 2 de julio del 2016.—Lic. Marvin Madrigal Bermúdez,
Notario.—1 vez.—( IN2016066809 ).
Ante esta notaría al ser las 16:30 horas del 16 de setiembre
de 2016, se realizó el acta de apertura de la sucesión ab intestato
de María del Carmen Navarro Picado, quien en vida fue mayor de
edad, casada una vez, del hogar, cédula de identidad número unocero quinientos ocho-cero quinientos cincuenta y dos, vecina de
Corralillo, Cartago, costado sur de la iglesia católica. Por lo tanto
y en cumplimiento del artículo ochocientos noventa y cuatro del
Código Procesal Civil, se procede a publicar por una vez en el
Boletín Judicial, citando interesados para que dentro del plazo de
treinta días comparezcan a hacer valer sus derechos. Es todo.—
Cartago, 23 de setiembre de 2016.—Lic. Jeannette Fallas Hidalgo,
Notaria.—1 vez.—( IN2016066813 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión del
señor Pedro Antonio Solano Ortega, quien en vida fuera divorciado
una vez, pensionado, vecino de Cartago, de la oficina Regional del
Ministerio de Agricultura, cien metros al norte, cédula tres-uno
cuatro cuatro-cuatro seis seis, para que dentro del plazo de treinta
días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan
a reclamar sus derechos, del mismo modo se apercibe a los que crean
tener calidad de herederos, que si no, se presentan dentro de dicho
plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente: cero cero
tres-dos mil dieciséis. Notaría del bufete licenciado José Enrique
Brenes Montero, Notario Público, sita Cartago, avenida dos calles
siete y once, edificio Torre Metrópoli.—Lic. José Enrique Brenes
Montero, Notario.—1 vez.—( IN2016066831 ).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta Notaría por
Shirley María Oviedo Darce, a las dieciséis horas del doce de agosto
del dos mil dieciséis, y comprobado el fallecimiento de quien en
vida se llamó Juan Espinoza Balladares, mayor, casado una vez,
cédula de identidad número uno-cuatrocientos veintitrés-setecientos
once, esta Notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato.
Se cita y emplaza a todos los interesados, para que dentro del plazo
máximo de treinta días naturales, contados a partir de la publicación
de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus
derechos, para el bien hereditario en este proceso, bien inmueble
del partido de San José, folio real número ciento setenta y seis
mil setecientos doce-cero cero cero.—Lic. Ana Isabel Chavarría
Corrales, Notaria.—1 vez.—( IN2016066838 ).
A los causahabientes de quien en vida se llamó Joaquín
Jiménez Gamboa, quien fue soltero, domicilio San José, cien metros
este del Ministerio de Transporte, cédula de identidad N° 2-270565, se les hace saber que: el señor José Rafael Jiménez Gamboa,
domicilio de Heredia, San Rafael, se apersonó a esta Notaria en
calidad de hermano de la persona fallecida, a fin de promover las
presentes diligencias de sucesorio notarial. Por ello, se les cita y
emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el
Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de 30 días
hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen.—
Lic. Nelson Ramírez Ramírez, Notario.—1 vez.—( IN2016066880 ).
A los causahabientes de quién en vida se llamó María Elena
Chaves Miranda, quien fue casada una vez, domicilio Heredia, San
Rafael, cédula de identidad N° 4-920-117, se les hace saber que:
Mario Mora Chaves, cédula de identidad documento de identidad
N° 1-330-436, domicilio de Heredia, San Rafael, se apersonó a esta
notaria en calidad de esposo de la persona fallecida, a fin de promover
las presentes diligencias de sucesorio notarial. Por ello, se les cita y
emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el
Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de 30 días
hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen.—
Lic. Nelson Ramírez Ramírez, Notario.—1 vez.—( IN2016066881 ).
Se cita y emplaza a los herederos, legatarios, acreedores
e interesados en el proceso sucesorio de Jaime Zamora Jiménez,
mayor, casado segunda vez, pensionado, cédula uno-doscientos
BOLETIN JUDICIAL Nº 192 — Pág 31
noventa y siete-setecientos trece y vecino de San José, barrio Cuba,
para que dentro del plazo de treinta días se apersonen ante la notaría
de la licenciada Virginia Portuguéz Sánchez, sita en Hatillo, de los
semáforos ubicados a la entrada de Hatillo Uno, cincuenta metros
al este, a hacer valer sus derechos y se apercibe a los que crean
tener la calidad de herederos, que si no, se apersonan en este plazo
la herencia pasará a quien en derecho corresponda. Expediente
notarial N° 03-2016.—San José, 22 de setiembre del 2016.—Licda.
Virginia Portuguéz Sánchez, Notaria.—1 vez.—( IN2016066894 ).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría; por
Jenny Lorena Valverde Solano, mayor, casada una vez, abogada,
vecina de Cartago, Tejar de El Guarco, con cédula uno-siete nueve
cinco-tres ocho siete, a las doce horas del dieciséis de setiembre
del dos mil dieciséis y comprobado el fallecimiento, esta notaría
declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida
fuera Humberto Leonel Valverde Navarro, mayor, en unión libre,
vecino de Cartago, Tejar de El Guarco, conocido como Marco Ney
Valverde Navarro, con cédula: uno-cero dos cinco cuatro-cero uno
ocho uno, fallecido el día dos de agosto del dos mil nueve. Se cita y
emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo
de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría
del licenciado Carlos Enrique Leiva Rojas, Cartago, cantón Central,
distrito primero, doscientos cincuenta metros al norte de La Cadena
Comercial Cartaginesa; teléfono 8383-2742.—Lic. Carlos Enrique
Leiva Rojas, Notario.—1 vez.—( IN2016066903 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión del
señor Rafael Álvarez Álvarez, quien fue mayor, casado una vez,
contador privado, cédula número ocho-cero cero cinco cinco-cero
nueve cinco cero, vecino de San José, Pavas, para que dentro del
plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este
edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, y se apercibe a los que
crean tener calidad de herederos, para que si no se presentan dentro
de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente
Nº 001-2016. Notaría del bufete de la licenciada Vilma María
Guevara Mora, Pavas, Rohrmoser, del Triángulo en el Boulevard 8
calles al norte y 75 metros este, avenida 45 A.—Lic. Vilma María
Guevara Mora, Notaria.—1 vez.—( IN2016066980 ).
Se hace saber que ante la notaria Eugenia Delgado Vargas,
se tramita la sucesión de quien en vida se llamó Juan Diego
Goméz Guevara, quien fue, mayor, casado una vez, pensionado,
portador de la cédula de identidad número uno-doscientos docedoscientos catorce, vecino de San José, Hatillo Tres, casa doscientos
veintinueve, falleció en San José, Hospital, el día dieciocho de
agosto de mil novecientos noventa y siete, se emplaza a todos
los herederos, legatarios, acreedores y demás interesados en el
presente proceso, para que dentro del plazo de treinta días contados
a partir de la publicación de éste edicto en el Boletín Judicial,
comparezcan a hacer valer sus derechos con el apercibimiento a
los que crean tener derecho a la herencia, de que si no, se presentan
en ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Igualmente se
hace saber que la notaría se encuentra situada en San José, San
Vicente de Moravia, barrio La Guaria de la Escuela Saint Joseph
doscientos metros sur y cincuenta metros oeste Bufete Delgado y
Asociados Abogados, Moravia a las trece horas del veintitrés de
setiembre del dos mil dieciséis. Eugenia Delgado Vargas. Notaria
pública. Expediente número cero cero cero uno-dos mil dieciséis.—
Lic. Eugenia Delgado Vargas, Notario.—1 vez.—( IN2016067042 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de
Theodore Winston Beckford Ramírez, quien fue, mayor, soltero,
administrador de empresas, portador de la cédula de identidad
número siete cero doscientos trece cero trescientos ochenta,
vecino de Limón, ciento veinticinco metros oeste de la escuela
Rafael Iglesias Castro, portón negro, para que dentro del plazo
de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que
crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de
dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N°
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Jueves 6 de octubre del 2016
003-2016. Proceso sucesorio notarial. Causante: Theodore Winston
Beckford Ramírez. Promovente: Winston Shirmon Beckford
Noble y Libia Eusebia Ramírez Hernández. Notaría del Bufete
Elena Espinoza Jonathan, Notaria Pública.—Lic. Elena Espinoza
Jonathan, Notaria.—1 vez.—( IN2016067081 ).
Se hace saber: Que en este despacho se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó Lesme Ramírez Ramírez, c.c
Lesmes Ramírez Ramírez mayor, casado una vez, nacionalidad
costarricense, agricultor, con cédula de identidad número tres-ciento
uno-cero setenta y uno y de Amable Montero Rojas, mayor, casada
una vez, nacionalidad costarricense, con documento de identidad
número tres-ciento catorce-trescientos cuarenta y tres y ambos
fueron vecinos de Barrio Sinaí, Pérez Zeledón, provincia de San
José, de la pulpería Las Bermudas veinticinco metros al noroeste.
Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos
los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados
a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer
sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener
derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo,
aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº13-000158-0188CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur,
Pérez Zeledón, 12 de noviembre del 2013.—Lic. Luis Adrián Rojas
Hernández, Juez.—1 vez.—( IN2016068561 ).
Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó Mayda Antonia Adela Campos
Chanto, mayor, estado civil soltera, profesión educadora pensionada,
nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad 0400520557
y vecina de Heredia, del ICE 75 metros al este. Se cita a las personas
herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas
interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a
partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus
derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a
la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella
pasará a quien corresponda. Expediente Nº 16-000354-0504CI.—Juzgado Civil de Heredia, 21 de setiembre del 2016.—Lic.
Alexander Solano Pérez, Juez.—1 vez.—( IN2016068592 ).
Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso
sucesorio de quienes en vida se llamaron Inés Cecilia Castro Leiton,
mayor, casada una vez, ama de casa, con cédula de identidad número
0103920109 y Douglas de la Trinidad Happer Ugalde, mayor,
viudo de su único matrimonio, chofer, con cédula de identidad
0600620628, ambos vecinos de Goicoechea. Se cita a las personas
herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas
interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a
partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus
derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a
la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella
pasará a quien corresponda. Expediente Nº14-000944-0169-CI.—
Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 14 de
setiembre del 2016.—M.Sc. Fabio Enrique Delgado Hernández,
Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016068621 ).
Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó Flor Emilia Porras Araya,
mayor, casada, ama de casa, nacionalidad costarricense, cédula de
identidad número 06-0107-0153. Se cita a los herederos, legatarios,
acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del
plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento
a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se
apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda.
Expediente Nº 16-000122-0181-CI.—Juzgado Segundo Civil de
San José, 31 de mayo del 2016.—MSc. Rodrigo Brenes Vargas,
Juez.—1 vez.—( IN2016068689 ).
Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó José Alfonso Meneses Solano,
mayor, estado civil casado, comerciante, costarricense, con
documento de identidad 03-0192-0323 y vecino de Ochomogo,
Cartago. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en
general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo
de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento
a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se
apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda.
Expediente Nº 16-000400-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago,
23 de setiembre del 2016.—MSc. Mateo Ivankovich Fonseca,
Juez.—1 vez.—( IN2016068697 ).
Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó German Walter de los Ángeles
Mora Fonseca, mayor, viudo, pensionado, costarricense, con
documento de identidad 0300700439 y vecino de Tibás. Se cita a
las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas
las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a
hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean
tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de
ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº16000236-0893-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial
de San José, 16 de agosto del 2016. M.Sc. Fabio Enrique Delgado
Hernández, Juez.—1 vez.—( IN2016069027 ).
Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó Marjorie Zamora Arguedas,
mayor, casada, costarricense, con cédula de identidad 1-04091090 y vecina de Santo Domingo de Heredia y de Orlando Gamboa
Altamirano, mayor, casado costarricense, con cédula de identidad
2-0211-0271 y vecino de Santo Domingo de Heredia. Se cita a las
personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas
las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer
valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener
derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo,
aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 16-000164-0504CI.—Juzgado Civil de Heredia, 19 de setiembre del 2016.—Licda.
Jeannory Martínez Castro, Jueza.—1 vez.—( IN2016069278 ).
Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó Enrique Alfaro Oviedo, mayor,
casado una vez, Administrador, con cédula de identidad número
dos-cero tres tres dos-cero siete ocho uno, vecino de Alajuela,
Grecia, San Isidro, quinientos metros norte del Bar Sol y Luna. Se
cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general
a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de
treinta días contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a
aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se
apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda.
Expediente Nº 16-000074-0295-CI.—Juzgado Civil y Trabajo
de Grecia (Materia Civil), 19 de julio del 2016.—Lic. Randall
Briceño Solano, Juez.—1 vez.—( IN2016069383 ).
Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó Macario Mora Berrocal conocido
como Antonio Mora Berrocal, mayor, soltero, costarricense, cédula
de identidad uno-trescientos noventa-doscientos cincuenta y seis,
vecino del Rosario de Naranjo.- Se cita a las personas herederas,
legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas,
para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos,
con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia,
de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien
corresponda. Expediente Nº16-000121-0295-CI.—Juzgado Civil y
Trabajo de Grecia (Materia Civil), 20 de julio del 2016.—Lic.
Randall Briceño Solano, Juez.—1 vez.—( IN2016069405 ).
Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó Margarita Brenes Gómez,
mayor, estado civil, casada de únicas nupcias, nacionalidad Costa
Rica, con documento de identidad 0301550474 y vecina de Tierra
Blanca, Cartago. Se cita a las personas herederas, legatarias,
acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que
Jueves 6 de octubre del 2016
dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación
de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el
apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de
que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien
corresponda. Expediente Nº16-000381-0640-CI.—Juzgado Civil
de Cartago, 05 de setiembre del 2016.—MSc. Mateo Ivankovich
Fonseca, Juez.—1 vez.—( IN2016069406 ).
Se emplaza a todos los interesados en la sucesión testamentaria
del señor Carlos Manuel Flores Martínez, quien en vida fue mayor,
costarricense, divorciado, comerciante, cédula de identidad número
seis-cero ciento diecisiete-cero seiscientos treinta y siete, vecino
de Quepos, dos kilómetros al oeste del Hospital Max Terán Valls,
Quepos, Puntarenas, mil trescientos metros al norte de la escuela,
fallecido el día 07 de febrero del 2016, para que dentro del plazo de
treinta días hábiles, contados a partir de la primera y única publicación
de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a
los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro
de este plazo la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N°
16-100021-0425-1-CI, sucesorio testamentario de Carlos Manuel
Flores Martínez, albacea propietaria Dilcia Rodríguez Ríos, Juez
Civil de Mayor Cuantía de Quepos y Parrita.—Juzgado Mixto de
Quepos y Parrita, 07 de setiembre del 2016.—Lic. Héctor Álvarez
Jiménez, Juez.—1 vez.—( IN2016069574 ).
Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó Héctor Magno Olivas Guzmán,
mayor, casado una vez, pintor de artes, de nacionalidad peruana,
con cédula de residencia número 455193408002 y vecino de
Guadalupe de Goicoechea, San José. Se cita a los herederos,
legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que
dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación
de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el
apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de
que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien
corresponda. Expediente Nº16-000191-0893-CI.—Juzgado Civil
de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José,
Goicoechea, 20 de setiembre del 2016.—Lic. Freddy Bolaños
Rodríguez, Juez.—1 vez.—( IN2016069656 ).
Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó Mario Solís Porras, mayor,
estado civil Casado, nacionalidad Costa Rica, con documento de
identidad 0101480448 y vecino de Heredia; y Nidia Teresa Saenz
Ruiz, mayor, estado civil casada, nacionalidad Costa Rica, con
documento de identidad 0400540055 y vecina de Heredia. Se cita a
las personas herederas, legatarias, acreedor as y en general a todas
las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a
hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean
tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese
plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº16-0002820504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 24 de agosto del 2016.—
Licda. Adriana Brenes Castro, Jueza.—1 vez.—( IN2016069749 ).
Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó: Barrantes Nájera José Gerardo,
mayor, casado, jubilado, cédula Nº 6-0099-1207, vecino de Pérez
Zeledón. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general
a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a
hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean
tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de
ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 13000162-0188-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial
de la Zona Sur (Pérez Zeledón), 05 de mayo del 2015.—Msc.
Norman Herrera Vargas, Juez.—1 vez.—( IN2016072825 ).
Se hace saber a interesados y presuntos herederos, que en esta
notaría se tramita la sucesión de la señora: Nidia González Vergara,
de nacionalidad cubana, quien fue mayor, casada dos veces, ama
de casa, con cédula de residencia de nuestro país número ciento
diecinueve-doscientos-ciento cuarenta y nueve mil novecientos
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trece, vecina de San José, Tibás, San Juan, Cuatro Reinas, del Asilo
de Ancianos doscientos metros al oeste y veinticinco al norte, para
que en el plazo de treinta días, a partir de la publicación de este
aviso, se apersonen en reclamo de sus derechos, apercibidos de
que si no lo hicieren dentro de dicho plazo, la herencia pasará a
quien en derecho corresponda. Esta notaría está ubicada en Calle
Blancos de Goicoechea, San José, cuatrocientos metros norte y
trescientos oeste de la plaza de deportes. Expediente Nº 00012016.—San José, 03 de octubre del 2016.—Lic. Reinaldo Venegas
Carrillo, Notario.—1 vez.—( IN2016072868 ).
Avisos
Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés
en el depósito judicial de las menores María Mileidy y Julia Noeli
ambas de apellidos Calderón Mayorga, para que se apersonen al
Juzgado de Familia de Buenos Aires dentro del plazo de treinta
días que se contarán a partir de la última publicación del edicto
ordenado mediante la resolución de las dieciséis horas del trece
de enero del dos mil quince.—Juzgado de Familia de Buenos
Aires, 25 de agosto del 2016.—Lic. Allan Montero Valerio, Juez.—
Exonerado.—( IN2016064764 ).
3 v. 3.
Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en
el depósito judicial del menor Leidy Guiselle Torres Mayorga, para
que se apersonen al Juzgado de Familia de Buenos Aires dentro del
plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación
del edicto ordenado mediante la resolución de las once horas
quince minutos del treinta y uno de agosto del dos mil dieciséis.
16-400130-1046-FA (144-16).—Juzgado de Familia de Buenos
Aires, 31 de agosto del 2016.—Lic. Allan Montero Valerio, Juez.—
Exonerado.—( IN2016064800 ).
3 v. 3.
Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés
en el depósito de la menor de edad Jimena Calvo Guadamuz, para
que se apersonen a este juzgado dentro del plazo de treinta días que se
contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Cañas, 02 de
setiembre del 2016. Expediente N° 16-400225-0928-FA(233-2-2016)-B.
Debe publicarse tres veces consecutivas en el Boletín Judicial.—Juzgado
de Familia de Cañas, Guanacaste.—Lic. Luis Fernando Sáurez
Jiménez, Juez.—Exonerado.—( IN2016064918 ).
3 v. 3.
Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés
en el depósito de la menor de edad Julio César Aguirre Flores,
hijo de Yamileth Aguirre Flores, para que se apersonen a este
Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir
de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N°
16-000812-1302-FA. Asunto: depósito judicial.—Juzgado de
Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad
Quesada, 29 de agosto del 2016.—Licda. Sandra Saborío Artavia,
Jueza.—Exonerado.—( IN2016066004 ).
3 v. 2.
Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita proceso
de declaratoria de ausencia promovido por Shirley Matarrita
Matarrita, mayor, casada una vez, ama de casa, con cédula seisdos ocho dos-cero tres cinco, encaminado a solicitar la ausencia
de Jocksan González Cruz, mayor casado una vez, pescador,
cédula de identidad número seis-dos ocho dos-seis catorce, en
el cual se ha designado como curador a Carol Domingo Montes
cédula seis-dos ocho cero-tres nueve dos, mayor casada una vez,
estilista. Exp. N° 13-100034-0642-CI.—Juzgado Civil y Agrario
de Puntarenas, 10 de enero del 2014.—Licda. Xinia González
Grajales, Jueza.—( IN2016066671 ).
3 v.1
Se convoca por medio de este edicto a las personas a quienes
corresponda la curatela, conforme con el artículo 236 del Código
de familia, para que se presenten a encargarse de ella dentro del
plazo de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso
de insania promovido por Jorge Sabino Martínez Huete en favor
de Adela Martínez Huete y Atanacia Estela Martínez Huete.Expediente número 16-001994-0338-FA.—Juzgado de Familia de
Cartago, 19 de setiembre del 2016.—Msc. José Mauricio Reyes
Jiménez, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016066434 ).
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Por escritura pública otorgada ante esta notaría, a las 10 horas
del 08 de setiembre del 2016, los cónyuges Ronald De Los Ángeles
Chinchilla Zapata, cédula 1-0826-658 y Criselda De La Trinidad
Marín Barrientos, cédula: 1-0908-0473, iniciaron los trámites en
sede notarial de la señorita Valeria Chinchilla Ureña, cédula 1-1661706, de adopción plena. Cualquier oposición en la oficina del notario
autenticante, situada en San José, de la Gasolinera de Matute Gómez,
200 metros al sur, 25 al este, casa 2136, telefax 2257-03-42.—Lic.
José Manuel Llibre Romero, Notario.—1 vez.—( IN2016066600 ).
Lic. Pilar Gómez Marín, Jueza del Juzgado Especializado de
Cobro de Cartago, hace saber a Leopoldo Ismael Velásquez Castillo,
María Nohemi Mejía Prudente, que en este Despacho se interpuso
un proceso ejecución hipotecaria en el cual figura como acreedor
anotante Nohemi Mejía Prudente, bajo el expediente Nº 14-0082291164-CJ donde se dictó resolución que literalmente y en lo que
interesa dice: a las ocho horas y cincuenta y siete minutos del once
de marzo de dos mil quince. Revisado los escritos presentados en
fechas 03 y 06 de febrero del año 2015 y al tenor de los artículos 2 y
21.4, párrafo último de la Ley de Cobro Judicial, por el improrrogable
plazo de ocho días, se cita y emplaza a los anotantes Nohemi Mejía
Prudente, Caja Costarricense de Seguro Social, gestionadora de Crédito
San José, Banco Crédito Agrícola de Cartago, Banco Popular y de
Desarrollo Comunal, para que se apersonen a los autos en defensa de
sus derechos. Se ordena expedir las comisiones respectivas. Ahora bien
visto el escrito presentado por la parte actora en fecha 05 de marzo del
2015 se suspende el remate señalado en autos. Asimismo en cuanto
a la solicitud de nuevos señalamientos para remate la gestión será
conocida una vez notificadas todas las partes del presente proceso.
Lic. Guillermo Ortega Monge, Juez. Lo anterior se ordena así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Crédito Agrícola de Cartago
contra Leopoldo Ismael Velásquez Castillo y María Jeannette
León Calvo. Expediente Nº 14-008229-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de Cartago, 14 de setiembre del 2016.—
Lic. Pilar Gómez Marín, Jueza.—1 vez.—( IN2016066982 ).
Se convoca a todas aquellas personas que tengan interés en
las diligencias de insania que promueve Gladys Álvarez Ugalde
a favor de Perfecto Eleuterio Álvarez Madrigal, quien es mayor,
viudo, adulto mayor, cédula de identidad Nº 6-0081-0434, vecino de
Alajuela, Upala, Llano Azul de Upala, para que se presenten dentro
del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este
edicto. Expediente Nº 16-400040-1143-FA, diligencias de insania
de Perfecto Eleuterio Álvarez Madrigal.—Juzgado Civil, Trabajo
y de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Sede
Upala, 25 de mayo del 2016.—Lic. Luis Adrián Rojas Hernández,
Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016067012 ).
Lic. Luis Adrián Rojas Hernández, Juez del Juzgado Civil de
Trabajo y Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, sede
Upala, (Materia Familia), hace saber a Katherine Vanessa Tijerino
Mora, documento de identidad persona menor de edad 0207900796,
soltero, se desconoce el oficio y el domicilio, que en este Despacho
se interpuso un proceso declaratoria judicial abandono en su contra,
bajo el expediente Nº 16-400046-1143-FA donde se dictaron las
resoluciones que literalmente dicen: “Juzgado Civil de Trabajo y
Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, sede Upala. Al
ser las catorce horas con treinta y ocho minutos del veintinueve de
marzo del dos mil dieciséis. Se tiene por establecido el presente
proceso especial de declaratoria de abandono de la menor Keysha
M. Tijerino Mora, planteado por el Patronato Nacional de la Infancia
contra Katherine Vanessa Tijerino Mora, a quien se le concede
el plazo de cinco días para que se pronuncie sobre la solicitud y
ofrezca prueba de descargo si es del caso, de conformidad con
los artículos 121 y 122 del Código de Familia. Se le previene a la
parte, que deben en el primer escrito, señalar un medio para recibir
notificaciones: correo electrónico, fax, en estrados u otra forma
tecnológica, que permita la seguridad del acto de comunicación,
como medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento
de que si no lo hicieren, las resoluciones se tendrán por notificadas
en forma automática con el transcurso de veinticuatro horas de
dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia
cuando la notificación no se pueda efectuar por medio señalado, en
este caso, la resolución se tendrá por notificada con el comprobante
de transmisión electrónica o la respectiva constancia, salvo que se
demuestre que ello se debió a causas que no le sean imputables. Las
copias de los escritos y de los documentos quedarán a disposición de
las partes en este Despacho. En caso de no contar con medio la parte
queda obligada a designar en Estrados, para lo cual el despacho
confeccionará una lista de los procesos para notificar que se exhibirá
únicamente para efectos de consulta los días Martes y Jueves de
cada semana. Las partes podrán señalar hasta dos números de fax
distintos de manera simultánea, pero la parte o el interesado deberá
indicar en forma expresa, cuál de ellos se utilizará como principal.
En caso de omisión corresponde al Juez la elección. (Artículos
4, 11, 34, 36, 41 y 58 Ley de Notificaciones Judiciales Nº 8687
publicada en La Gaceta Nº 20 del 29 de enero del año 2009). Se
le advierte que si no contesta en el indicado plazo de cinco días, el
proceso seguirá su curso con una convocatoria a una audiencia oral
y privada, conforme lo estipula el articulo 123 Ibídem; y una vez
recibidas las pruebas, se dictara sentencia. Se ordena el depósito
provisional judicial de la menor Keysha M. Tijerino Mora, quien
actualmente se encuentra en la ONG Asociación de la Protección a
la Infancia de San Carlos, para lo cual se nombra como depositaria
judicial provisional a la licenciada Kattia Corrales Medrano, a quien
se le previene comparecer a este despacho a aceptar y jurar dicho
cargo en un plazo de cinco días. Lo anterior bajo el apercibimiento
de que de no hacerlo, se entenderá que no tiene interés en dicho
nombramiento, y se procederá a la sustitución, sin necesidad de
ulterior resolución que lo ordene, previa comunicación a la Dirección
Ejecutiva del Poder Judicial para lo que corresponda. Notifíquese
esta resolución a la demandada Katherine Vanesa Tijerino Mora,
por medio de edicto judicial al no conocerse el paradero de dicha
persona. Así mismo se ordena nombrar un Curador Procesal a
efectos de que represente y vele por los intereses de la madre de
la menor de quien se pretende la adoptabilidad. Así como envíese
mandamiento al Registro Civil para que anoten la existencia de las
presentes Diligencias Judiciales a fin de evitar reconocimientos
posteriores mientras se resuelve el fondo del asunto. Notifíquese.
Licda. Wendy Blanco Donaire Jueza.” Lo anterior se ordena así en
proceso declaratoria judicial abandono de Patronato Nacional de
la Infancia contra Katherine Vanessa Tijerino Mora; expediente Nº
16-400046-1143-FA.—Juzgado Civil de Trabajo y Familia del
Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Sede Upala, (Materia
Familia), 20 de setiembre del 2016.—Lic. Luis Adrián Rojas
Hernández, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016067013 ).
Lic. Luis Fernando Sáurez Jiménez, Juez, se encuentra
la sentencia de las diez horas treinta minutos del diecinueve de
setiembre de dos mil dieciséis, que literalmente dice: “Juzgado de
Familia de Cañas, Guanacaste, a las diez horas treinta minutos del
diecinueve de setiembre de dos mil dieciséis. Resultando 1) ... 2)...
3) ... Considerando: I.- Sobre omisiones y nulidades:... II.-Hechos
probados: a) ... b)... c)... d)... e)... III.-Sobre el fondo: ...IV.-... V.-...
VI.- ... VII.- ... VIII.-... IX.- ... X.- ... XI.- ... Por tanto de conformidad
con lo expuesto, normas legales citadas y artículos 99, 153, 155, 316,
317, 432, 433 y 434 del Código Procesal Civil, 2, 158, 160 y 161
del Código de Familia. Se rechaza la excepción de falta de derecho
opuesta por el curador procesal de la demandada.- Se declara con
lugar el presente proceso de declaratoria de abandono, incoado por
el Patronato Nacional de la Infancia representado por la licenciada
Dinnia María Marín Vega, en contra de Brenda de los Ángeles Cruz
Acosta, representada por su curador procesal Jorge Eduardo Ramos
Ramos de la siguiente forma: 1) Se acoge la presente demanda. 2) En
consecuencia, se declara el estado de abandono del menor Breixer
Alonso Cruz Acosta, por parte de su madre. 3) Se nombra como
persona depositaria judicial de Breixer Alonso Cruz Acosta a la
señora María del Carmen Acosta Herrera; misma a que la que se
le previene presentarse en un plazo de cinco días una vez firme la
presente resolución para aceptar el cargo. 4) Con fundamento en los
numerales 158, incisos c) y d) y 160 del Código de Familia, en vista
de que el menor se hallaba en riesgo social, se da por terminada la
patria potestad de la accionada, en relación con el niño dicho. Firme
la presente sentencia inscríbase al margen del Tomo quinientos
treinta y seis, Página doscientos cuarenta y seis, asiento cuatrocientos
noventa y uno, del Registro de Nacimientos del Registro Civil, de la
provincia de Puntarenas. Notifíquese esta sentencia a la accionada
Jueves 6 de octubre del 2016
dicha, por medio de un edicto que se publicará por una sola vez en
el Boletín Judicial, o en diario de circulación nacional. Lic. Luis
Fernando Sáurez Jiménez, Juez, expediente N° 13-400234-0928FA (240-1-2013)-B. Proceso de declaratoria judicial de abandono.
Actor: Patronato Nacional de la Infancia; demandada: Brenda de los
Ángeles Cruz Acosta representada por Floribeth Acosta Herrera.—
Juzgado de Familia de Cañas, Guanacaste, Cañas, 20 de
setiembre del 2016.—Lic. Luis Fernando Sáurez Jiménez, Juez.—1
vez.—Exonerado.—( IN2016067046 ).
Edictos Matrimoniales
Han comparecido ante este despacho solicitando matrimonio
civil Adrián Sandí Marín, mayor, costarricense, de treinta y tres años
de edad, con cédula de identidad número 1-1170-413, hijo de Elicinio
Sandí Marín y Hilda Marín Corrales, ambos padres de nacionalidad
costarricense; nativo de Hospital, Central, San José, el veintitrés
de abril de mil novecientos ochenta y tres, de oficio construcción
y Karen Vannessa Quirós Morales, de veinticinco años de edad,
con cédula de identidad número 6-390-056, hija de Marvin Quirós
Cordero y Nineth Morales Garbanzo, ambos padres de nacionalidad
costarricense, nativa de San Vito, Coto Brus, Puntarenas, el veinte
de octubre de mil novecientos noventa, de oficios domésticos.
Quienes son: solteros y vecinos de: Coto Brus, Sabalito, Brasilia,
dos kilómetros este del Colegio Nuevo de Sabalito, casa de madera
color morado claro. Se insta a todas las personas que conozcan
impedimento alguno para que este matrimonio se realice, que están
en la obligación de manifestarlo a este Despacho dentro de los
ocho días posteriores a la publicación de este edicto. Se solicita la
publicación de este edicto para los efectos del artículo 25 del Código
de Familia. Lo anterior en expediente Nº 16-000014-1440-CI.—
Juzgado Contravencional de Menor Cuantía de Coto Brus, San
Vito, veinte de setiembre del 2016.—Lic. Jorge Ortega Morales,
Juez.—1 vez.—Exento.—( IN2016066199 ).
Han comparecido a este Despacho solicitando contraer
matrimonio civil Ramón Ovares Díaz, mayor, soltero, policía, cédula
de identidad número 0701410605, vecino de Turrialba, Chitaría, 50
metros antes de la Iglesia Tres M, casa de cemento color terracota ,
hijo de Ramón Ovares León y Lucía Díaz Salazar, nacido en Centro
Central Limón, el 15/05/1981, con 35 años de edad, y Marta María
Fallas Álvarez, mayor, soltera, ama de casa, cédula de identidad
número 0303470585, vecina de Turrialba, Chitaría, 50 metros antes
de la Iglesia Tres M, casa de cemento color terracota, hija de Daniel
Fallas Fallas y María Cristina Álvarez Obando, nacida en Centro
Turrialba, Cartago, el 22/05/1977, actualmente con 39 años de edad.
Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para
que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo
en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación
del edicto. Exp. Nº 16-000406-0675-FA-DM1.—Juzgado de
Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Turrialba
(Materia Familia), 20 de setiembre del 2016.—Lic. Elmer Rojas
Aguilar, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016066205 ).
Se hace saber a quienes interese que ante este Juzgado han
comparecido a efecto de contraer matrimonio civil los señores
Laura Acuña Tobal, mayor, divorciada, vecina de Rincón Grande
de Pavas, doscientos metros sur de la Iglesia Bautista, en Rincón
Grande en el bloque 38, casa N° 30, portadora de la cédula de identidad
número 1-1369-140, auxiliar de empaque y Luis Fabián Castillo
Ruiz, mayor, soltero, vecino de Rincón Grande de Pavas, de la Iglesia
Bautista doscientos metros sur casa N° 30 bloque 38, pilero, portador
de la cédula de identidad número 1-1376-0575. Si alguna persona
tuviere conocimiento de la existencia de algún impedimento legal para
este matrimonio deberá comunicarlo a este Juzgado, dentro de los ocho
días posteriores a la publicación de este edicto en el Boletín Judicial
debiendo con ello señalar lugar o medio (fax/casillero/correo electrónico)
dentro del perímetro judicial de este circuito judicial donde atenderá sus
notificaciones, apercibido que si no lo hiciere, todas aquellas resoluciones
que en lo futuro se dicten, se tendrán por notificadas en el solo transcurso
de veinticuatro horas después de notificadas. Igual consecuencia ocurrirá
si el lugar señalado fuere impreciso, no exista o existiendo se
encuentre cerrado o si el medio escogido impida la notificación
por causas ajenas al Despacho. Expediente N° 16-000869-187-FA
Solicitud de matrimonio. Nota: Publíquese este edicto por única vez
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en el Boletín Judicial o en un periódico de circulación nacional. Los
plazos comenzarán a correr tres días después de aquél en que se hizo
la publicación.—Juzgado Segundo de Familia de San José, a las
quince horas cincuenta y seis minutos del veinte de setiembre de
dos mil dieciséis —Lic. Jorge Arturo Marchena Rosabal, Juez.—1
vez.—Exonerado.—( IN2016066206 ).
Han comparecido a éste despacho solicitando contraer
matrimonio civil Óscar Mario Obregón Torres y Estefani Line
Chinchilla Calvo, el primero, mayor, soltero, costarricense, cocinero
con cédula 6-0373-0915 hijo de Ángel Obregón Quesada y Anais
Torres González, nativo de Quepos, Aguirre, Puntarenas, el día
01 de octubre de 1988, de 27 años de edad y vecino de Quepos,
Barrio La Pascua, antes de llegar al Taller La marina, también al
teléfono 8842-65-78 y la segunda mayor, soltera, costarricense, ama
de casa, con cédula 1-1496-0944, hija de Oldemar Chinchilla Mena
y Lisbeth Calvo Quesada, nativa de San José, Uruca, Central, el
día 15 de abril de 1992, de 24 años de edad, vecina de Quepos,
Barrio La Pascua, antes de llegar al Taller La Marina , también al
teléfono 8727-95-65. Se pública este edicto por si alguna persona
se considera con derecho a oponerse dentro de los siguientes ocho
días a la publicación del mismo para hacer valer sus derechos.
Expediente Nº 16-400154-0425-2-FA.—Juzgado de Familia de
Quepos, 12 de setiembre del 2016.—Lic. Héctor Álvarez Jiménez,
Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016066215 ).
Jazmín Patricia Segura Acuña, mayor, costarricense, cédula de
identidad número 1-1495-724, soltera, de 24 años de edad, nacido el
veintiséis de marzo de mil novecientos noventa y dos, en Hospital
Central San José; vecina de Jarazal Abajo, frente a la casa de Cosme
Jiménez, casa color verde de madera, ama de casa, hija de Maribel
Acuña Godínez, vecina de mí mismo domicilio y de Adilio Segura
Chavarría vecino de San José y Fabián Badilla Jiménez, mayor,
costarricense, cédula de identidad número 1-1277-0354, soltero,
de 30 años de edad, nacido el veintidós de abril de mil novecientos
ochenta y seis, vecino de Barrio San Isidro; 175 metros suroeste,
del Bar Santiago casa color verde, profesión u oficio mensajero y
mantenimiento de ganadería, hijo de Misael Badilla Vargas y Flor
Jiménez Jiménez, vecinos de Barrio San Isidro, han comparecido ante
este Juzgado, solicitando contraer matrimonio civil. Si alguna persona
conoce impedimento para que se realice este matrimonio deberá
hacerlo saber a este Despacho, dentro de los ocho días siguientes
a la publicación de este edicto. Publíquese por una vez. Exp. N°
16-400181-0197-FA.—Juzgado Civil, de Trabajo y Familia de
Puriscal, Santiago, 07 de julio del 2016.—Licda. Adriana Jiménez
Bonilla, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016066310 ).
Han comparecido ante este Despacho solicitando contraer
matrimonio civil los contrayentes Michael Andrés Álvarez Monge,
mayor, de veintitrés años, soltero, trabaja en servicios generales,
vecino de San Felipe de Alajuelita, de la escuela, veinticinco metros
oeste y setenta y cinco sur, casa 12-b, nació el dieciséis de enero
de mil novecientos noventa, nació en Hospital Central, San José,
cédula uno-mil cuatrocientos veintiuno-cero cero cero ocho, hijo
de Manuel Arturo Álvarez Jinesta y Kattia María Monge Bonilla
y Karina Nenette Arévalo Pérez, mayor, soltera, de veintiséis
años, nacida el trece de abril de mil novecientos noventa, en
el Carmen Central, San José, profesora de Estudios Sociales,
cédula uno-mil cuatrocientos veintisiete-setecientos sesenta y
tres, vecina de la dirección, hija de William Arévalo Guadamúz
y Norma Pérez Coronado, ambos de nacionalidad costarricense.
Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún
impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo
deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho
días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de
Matrimonio). Expediente N° 2016-400423-0216-FA.—Juzgado
de Familia de Hatillo, 12 de setiembre del 2016.—Alinne Solano
Ramírez, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016066311 ).
Han comparecido ante este Despacho solicitando contraer
matrimonio civil las personas contrayentes Javier Oswaldo
Rojas Blandon, mayor, viudo/a, gerente de ventas, nacionalizado
costarricense, cédula de identidad número 8-109-102, vecino
de Barrio Belén de San Juan de San Ramón, 25 metros norte de
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Jueves 6 de octubre del 2016
la Pulpería de Barrio Belén, hijo(a) de Alejandro Rojas Chavarría
y Mercedes Blandon Escobar, nacido en Managua, Nicaragua, el
14 de enero de 1969, con 47 años de edad, y Carmen Patricia Ramírez
Rodríguez, mayor, Soltera, ama de casa , costarricense, cédula de identidad
número 2-587-326, vecina de Barrio Belén de San Juan de San Ramón, 25
metros norte de la Pulpería de Barrio Belén, hija de Félix Ángel Ramírez
Jiménez y María Eugenia Rodríguez Rojas, nacida en San Ramón centro,
el 08 de setiembre de 1983, actualmente con 33 años de edad. Si alguna
persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal
para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este
Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la
publicación del edicto. (Solicitud de Matrimonio) Exp. 16-0005220688-FA.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Tercer
Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia Familia),
16 de setiembre del 2016.—Msc. Ana Belly Umaña Quesada,
Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016066432 ).
Han comparecido a este Despacho solicitando contraer
matrimonio civil José Vinicio Vargas Hidalgo, mayor, soltero, labora
en arreo, cédula de identidad N° 01-1265-0621, vecino de Corralillo
de Cartago, Loma Larga, 200 metros este de la Iglesia Católica, casa
color verde, hijo de Gerardina Hidalgo Castillo y Jorge Luis Vargas
Calvo, nacido en Hospital Central, San José, el 18/01/1986, con
30 años de edad y María Fernanda Ilama Sánchez, mayor, soltera,
ama de casa, cédula de identidad número 03-0483-0620, vecina
de Corralillo de Cartago, detrás del cementerio de La Guaria, casa
color verde, hija de Margarita Ilama Sánchez, nacida en Oriental,
Central, Cartago, el 18/12/1994, actualmente con 21 años de edad.
Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para
que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo
en este despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación
del edicto. Expediente N° 16-001707-0338-FA.—Juzgado de
Familia de Cartago, 02 de setiembre del 2016.—Licda. Patricia
Cordero García, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016066433 ).
Ante esta notaría, se han apersonado Carlos Jesús Soto
Quesada, mayor, divorciado, pintor, vecino de la provincia de San
José, Alajuelita, Concepción Abajo, frente a la Recicladora San
Miguel, portador de la cédula de identidad número uno-novecientos
cincuenta y tres-cero setenta y nueve, y María Fernanda Batista
Gómez, mayor, divorciada, ama de casa, vecina de Limón, Guácimo,
de la Escuela Geranios, cien metros al este, portadora de la cédula
de identidad número cinco-trescientos cuarenta y ocho-ciento setenta
y siete, ambos de nacionalidad costarricense, quienes manifiestan
su deseo de unirse en matrimonio civil. Se emplaza a las partes
interesadas para que muestren oposiciones en el plazo de ley, en esta
notaría, sita en San José, Escazú, San Rafael, Centro Corporativo
Plaza Roble, edificio Los Balcones, primer piso. Es todo.—San José,
a los veintiún días del mes de setiembre del dos mil dieciséis.—
Andrés Waisleder Goldberg, Notario.—1 vez.—( IN2016066876 ).
Han comparecido ante este Despacho solicitando contraer
matrimonio civil las personas contrayentes Daniel Josué Chaves
Bermúdez, mayor, soltero, constructor, cédula de identidad Nº
0116940690, vecino de Cartago, barrio La Cruz, Fátima de Cartago
hijo de Katherine Bermúdez Cantillo y Asdrúbal Chaves Rivas, ambos
padres costarricenses, nacido en Uruca, Central, San José, el 09/11/1997,
con 18 años de edad, y María Yazmín Ramírez Brenes, mayor, soltera,
administradora del hogar, cédula de identidad Nº 0305090883, vecina
de la misma dirección que el anterior, hija de Silvia Eugenia Brenes
Ramírez y Javier Ramírez Masís, ambos padres costarricenses, nacida
en Oriental, Central, Cartago, el 23/02/1998, actualmente con 18 años
de edad. Las personas comparecientes manifiestan: venimos ante su
autoridad con el fin de que mediante sus buenos oficios se nos una en
matrimonio civil dado que no hay impedimento legal para ello y para
comprobarlo solicitamos se llame a declarar a los testigos: Javier
Ramírez Masís y Rebeca Benavides Ramírez. Si alguna persona
tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para
que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este
Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la
publicación del edicto. (Solicitud de matrimonio), expediente Nº
16-002275-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, 23 de
setiembre del 2016.—Licda. Patricia Cordero García, Jueza.—1
vez.—Exonerado.—( IN2016067006 ).
Han comparecido ante este Despacho solicitando contraer
matrimonio civil las personas contrayentes Jorge Arturo Montoya
Hernández, mayor, soltero, operario de máquinas, cédula de
identidad N° 0303690180, vecino de Cartago, cien metros este y
veinticinco metros norte de la Pulpería Linda Vista, San Nicolás,
Taras, hijo de Nora Hernández Pacheco y Jorge Arturo Montoya
Fernández, nacido en Oriental Central, Cartago, el 20/10/1980, con
35 años de edad, y Geannina Lucía Brenes Chacón, mayor, soltera,
miscelánea, cédula de identidad N° 0111190739, vecina de Cartago,
Ochomogo, doscientos metros este de la Guardia Rural, hija de
Isabel Cristin Chacón Miranda y Raúl Joaquín Brenes Solano,
nacida en Hospital Central San José, el 29/10/1981, actualmente
con 34 años de edad. Si alguna persona tuviere conocimiento de que
existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve
a cabo deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de
ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud
de matrimonio). Expediente N° 16-002286-0338-FA.—Juzgado de
Familia de Cartago, 23 de setiembre del 2016.—Licda. Patricia
Cordero García, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016067007 ).
Edictos en lo penal
Fiscalía de Pavas, Fiscalía de Pavas, a las ocho horas del veinte
de setiembre del dos mil dieciséis. En vista de que la demandada
civil Laura Víquez Ortega, quién conociendo de la sumaria penal no
se apersono al despacho para ponerle en conocimiento la acción civil
presentada en su contra, se procede a comunicarle la resolución que
cursa la acción civil presentada en su contra por medio de edicto el cual
se publicará una sola vez en el Boletín Judicial. Confeccionándose el
oficio de estilo. Laura Mora Solís, Fiscal Auxiliar de la Fiscalía de
Pavas: se pone en conocimiento la acción civil. Laura Mora Solís,
Fiscal Auxiliar de la Fiscalía de pavas a la señora Laura Víquez
Ortega, cédula de identidad número 108650015, mayor de edad, ama
de casa, costarricense, se le hace saber que en el legajo de acción
civil resarcitoria número 140018070283-PE, en el cual figura como
Ofendida K.V.R. y su representante Patricia Acuña Arroyo contra
Laura Víquez Ortega, se ha dictado resolución que literalmente dice:
comunicación por edicto: Fiscalía de Pavas, siete horas con cuarenta y
nueve minutos horas del veinte de setiembre de dos mil dieciséis. En vista
de que a la demandada Civil Laura Víquez Ortega, no ha sido posible
comunicarle la resolución dictada por este despacho, que da curso a la
acción civil resarcitoria incoada por K.V.R. y su representante patricia
acuña arroyo, se procede a comunicarle la resolución que cursa la acción
civil en su contra por medio de edicto que se publicará una sola vez en el
Boletín Judicial. Confeccionándose el oficio de estilo. Laura Mora Solís,
Fiscal Auxiliar de Pavas: Se pone en conocimiento la acción civil: de
conformidad con los artículos 115 y 120 del Código Procesal Penal, se
pone en conocimiento de la demandada Civil Laura Víquez Ortega,
la presente acción civil resarcitoria.. Cualquier interviniente podrá
oponerse a la participación del actor civil planteando las excepciones
que correspondan. La oposición se pondrá en conocimiento de las
actoras y su resolución se reservará para la audiencia preliminar.
Comuníquese.—Fiscalía de Pavas.—Fabián Corrales, Fiscal
Coordinador a. í.—1 vez.—Exonerado—( IN2016066426 ).
Fiscalía Adjunta del Segundo Circuito Judicial de la Zona
Atlántica, (Materia Penal), al ser las catorce horas y cuarenta minutos
del catorce de setiembre del dos mil dieciséis. El suscrito Msc. Andrés
Olsen Villegas, Fiscal de la Fiscalía Adjunta del Segundo Circuito
Judicial de la Zona Atlántica, comunica a Gustavo Adolfo Porras
Monge, cédula N° 1-0615-0489, en calidad de representante legal y
presidente de la empresa Transportes Tarrazú, cédula jurídica N° 3-101208699, que deberá de presentarse a este despacho judicial dentro de
los próximos ocho días hábiles posterior a la publicación de este edicto
a fin de dar Traslado de la Acción Civil Resarcitoria, resolución de las
catorce horas y cincuenta y cinco minutos del veinticinco de febrero
del dos mil dieciséis, dentro de la causa N° 14-001450-0066-PE, por
el delito de homicidio culposo (Ley de Tránsito) contra José Joaquín
Marín Jiménez en perjuicio de Gilberto Hernández Martínez.—Fiscalía
Adjunta del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica,
(Materia Penal).—Msc. Andrés Olsen Villegas, Juez.—1 vez.—
Exonerado.—( IN2016067048 ).