CARLOS ALBERTO RODRIGUEZ PEREZ (FIRMA) AÑO CXXII La Uruca, San José, Costa Rica, jueves 6 de octubre lunes 1° febrero del 2016 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL SEGUNDA PUBLICACIÓN De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 01-2015 de fecha 12 de agosto de 2015, artículo XIII y el acuerdo del Consejo Superior N° 92-15 del 15 de octubre de 2015, artículo XCII, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Documentación Administrativa del año 2012 al 2015 de la Dirección de Gestión Humana. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho. Remesa: A 5 S 12 Cajas:15 Años:2012-2015 Asunto: Documentación Administrativa: 15 cajas de expedientes psicológicos de proceso selectivo de 2012-2015, cuya documentación sufrió daño por una inundación en el depósito de archivo, donde se resguardaban las cajas. Dan fe que el proceso de selección en el despacho cumplió con lo establecido en circular Nº 36-2010 de la Secretaría General de la Corte. Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso. Publíquese por tres veces en el Boletín Judicial. San José, 09 de agosto de 2016. MBA. Ana Eugenia Romero Jenkins, Directora Ejecutiva Exonerado.—( IN2016065898 ). De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 01-2015, celebrada el 12 de agosto del 2015, artículo V y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión Nº 79-15, celebrada el 03 de setiembre del 2015, artículo XCI, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Documentación Administrativa del año 2009 al 2014 del Fiscalía Flagrancia de Cartago. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho. Remesa: A 3 C 09 Boletas:1806 Año:2009-2014 Asunto: Documentación Administrativa: 35 Órdenes de Libertad del año 2010, 48 Órdenes de Libertad del año 2011, 102 Órdenes de Libertad del año 2012, 96 Órdenes de Libertad del año 2013, 71 Órdenes de Libertad del año 2014. 4 Tener a la Orden del año 2009, 206 Tener a la Orden del año 2010, 311 Tener a la Orden del año 2011, 425 Tener a la Orden del año 2012, 481 Tener a la Orden del año 2013, 27 Tener a la Orden del año 2014. Firmado digitalmente por CARLOS ALBERTO RODRIGUEZ PEREZ (FIRMA) Fecha: 2016.10.05 13:19:57 -06'00' Nº 192 — 36 Páginas Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso. Publíquese por tres veces en el Boletín Judicial. San José, 12 de agosto de 2016. MBA. Ana Eugenia Romero Jenkins, Directora Ejecutiva Exonerado.—( IN2016065899 ). De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 01-2015 de fecha 12 de agosto del 2015, artículo XI y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión Nº 79-15 celebrada el 03 de septiembre del 2015, artículo LXXIX, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Boletas de Tránsito del año 2006 al 2012 del Juzgado Contravencional de Puntarenas. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho. Remesa: G 16 P 06 Expedientes:1 Paquetes:1 Año:2006 Asunto: Expedientes de Faltas y Contravenciones; Archivados: LESIONES LEVISIMAS 1 Remesa: G 16 P 07 Expedientes:15 Paquetes: 1 Año:2007 Asunto: Expedientes de Faltas y Contravenciones; Archivados: LESIONES LEVISIMAS: 8, HURTO: 2, AMENAZAS PERSONALES:5, Remesa: G 9 P 08 Expedientes:1189 Paquetes:24 Año:2008 Asunto: Expedientes de Faltas y Contravenciones; Archivados: LESIONES LEVISIMAS:176, AMENAZAS PERSONALES: 378, DAÑOS:70 ATIPICA:112, HURTO:114, DESORDENES:17, PELEA DUAL:2, PROVOCACIÓN A RIÑA:73, LLAMADAS MORTIFICANTES:89, GOLPES:59, LANZAMIENTO DE OBJETOS:59,DIFICULTAR ACCIÓN A LA AUTORIDAD:5, CRUELDAD ANIMAL:3, PORTACIÓN DE ARMAS:1, INFRACCIÓN A LA LEY DE SALUD:1, DELITO:1, EXCIBICIONISMO:11, ENTRADA A TERRENO AJENO:12, MOLESTIA A TRANSEUNTE:1, CASTIGO INMODERADO:1, MIRADAS INDISCRETAS:4. Remesa: G 6 P 09 Expedientes:1168 Paquetes:35 Año:2009 Asunto: Expedientes de Faltas y Contravenciones; Archivados: LESIONES LEVISIMAS 144, AMENAZAS PERSONALES 447, Pág 2 — BOLETIN JUDICIAL Nº 192 Jueves 6 de octubre del 2016 LLAMADAS MORTIFICANTES:119, DESORDENES:27, PROVOCACION A RIÑA:50, INCENDIOS:1, INFRACCIÓN A LA LEY CIVIL:1, LANZAMIENTO DE OBJETO:48, ESCANDALOS:1, ACTOS OBSCENOS:6, TIPICA:88, ENTRADA SIN PERMISO A TERRENO AJENO:10, INFRACCIÓN A LA LEY DE SALUD:2, PALABRAS OBSCENAS:48, INFRACCIÓN A LEY DE SEGURIDAD PRIVADA:4, ALBOROTOS:9, INFRACCIÓN A LA LEY DE LICORES:21, ABANDONO ANIMAL:11, PROPOSICIONES IRRESPETUOSAS:3M INFRACCIÓN A LA LEY DE QUEMAS:2, PELEA DUAL:7, NEGATIVA A IDENTIFICARSE:1, DIBUJO EN PAREDED:1,DAÑOS:28,GOLPES :24,HURTO:41,TOCAMIENTO:3,ACOMETIM IENTO CONTRA MUJER EMBARAZADA:2, EXCIBICIONISMO:3, REGULACIÓN DE LA LEY FUMADA:12, CPLISIÓN CONTRA SEMOVIENTE: 2, MIRADAS INDISCRETAS:1, VIOLENCIA DOMESTICA:1 Remesa: G 5 P 10 Expedientes:724 Paquetes:31 Año:2010 Asunto: Expedientes de Faltas y Contravenciones; Archivados: LESIONES LEVISIMAS:75, AMENAZAS PERSONALES:272,LLAMADADS MORTIFICANTES:79, DESORDENES:12, PROVOCACIÓN A RIÑA:45, ESCANDALOS:2, ATIPICA:60 LANZAMIENTO DE OBJETO:20, ESCANDALOS:2, ACTOS OBSCENOS:9,DESORDENES A LA AUTORIDAD:1, CASTIGO INMODERADO A LOS HIJOS:1, CIRCULACIÓN DE FOTOGRAFÍA:1, EXCIBICIONISMO:5,TOCAMIENTO:3, ENTRADA SIN PERMISO A TERRENO AJENO:9, INFRACCIÓNALALEYDE SALUD:1,PALABRAS OBSCENAS:31, INFRACCIÓN A LA LEY DE SEGURIDAD PRIVADA:7, ALBOROTOTS;5, INFRACCIÓN A LA LEY DE LICORES:2, ABANDONO ANIMAL:7, PROPOSICIONES IRRESPETUOSAS:8, OBSTRUCCIÓN VÍA PUBLICA:1, HURTO MENOR:1, LEY DE SEGURIDAD:1, INFRACCIÓN A LALEY DE JUEGO:1, INFRACCIÓN A LALEY PATENTE:1 ACOMETIMIENTO DE MUJER EMBARAZADA:2, OBSTRUCCIÓN ACEQUIAS:1, COLISION A SEMOVIENTES:1, DAÑOS:1, PELEA DUAL:6 NEGATIVA A IDENTIFICARSE:1 DELITOS CONTRA EL HONOR:2, USURPACIÓN DE NOMBRE:2 GOLPES:46 Remesa: G 6 P 11 Expedientes:143 Paquetes:11 Año:2011 Asunto: Expedientes de Faltas y Contravenciones; Archivados: LESIONES LEVISIMAS:20, AMENAZAS PERSONALES:48, LLAMADAS PERSONALES:13, DESORDENES:2, PROVOCACIÓN A RIÑA:12, ATIPICA:25, LANZAMIENTO DE OBJETOS:1, ACTOS OBSCENOS:1, ENTRADA SIN PERMISO A TERRENO AJENO:1, INFRACCIÓN A LA LEY DE SEGURIDAD PRIVADA:1, DIFICULTAR ACCIÓN A LA AUTORIDAD:1, ALBOROTOS:1, ABANDONO ANIMAL:2, PROPOSICIÓNES IRRESPETUOSAS:5, PELEA DUAL:4 NEGATIVA A IDENTIFICARSE:1, INFRACCIÓN A LA LEY DE ARMAS:1, PORTACIÓN FALSA DE DISTINTIVO:4 Remesa: G 4 P 12 Expedientes:620 Paquetes:28 Año:2012 Asunto: Expedientes de Faltas y Contravenciones; Archivados: LESIONES LEVISIMAS:130, AMENAZAS PERSONALES:208, LLAMADAS MORTIFICANTES:63, DESORDENES:15 PROVOCACIÓN A RIÑA:48, ESCANDALOS:4, ATIPICA:86, ENTRADA SIN PERMISO A TERRENO AJENO:3, INFRACCIÓN A LA LEY DE SALUD:2, PALABRAS OBSCENAS:9, ESCANDALOS:2, DIFICULTAR ACCIÓN A LA AUTORIDA:2, ALBOROTOS:7, PARTICIPACIÓN A RIÑA:12, INFRACCIÓN A LA LEY DE LICORES:1, NO PAGO DE BEBIDAS:1, ABANDONO ANIMA:6, PROPOSICIONES IRRESPETUOSAS:10, INFRACCIÓN A LA LEY DE QUEMAS:1, PELEA DUAL:2, NEGATIVA A IDENTIFICARSE:2,DIBUJO EN PAREDES:1, DELITO CONTRA EL HONOR:1, USURPACIÓN DE NOMBRE:2, INFRACCIÓN A LA LEY DE ARMAS:1, INFRACCIÓN A LA LEY DE SALUD:1. Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso. Publíquese por tres veces en el Boletín Judicial. San José, 12 de agosto de 2016. MBA. Ana Eugenia Romero Jenkins, Directora Ejecutiva Exonerado.—( IN2016065900 ). De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 01-2015, celebrada el 12 de agosto del 2015, artículo V y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión Nº 79-15, celebrada el 03 de setiembre del 2015, artículo XCI, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Documentación Administrativa del año 2004 al 2014 del Fiscalía Penal Juvenil de Cartago. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho. Remesa: A 7 C 04 Agendas:3 Libros:5 Año:2004-2014 Asunto: Documentación Administrativa: 1 Libro de Conocimiento del 4 de octubre del 2004 al 17 de abril del 2008. 1 Libro de Conocimiento del 17 de abril del 2008 al 05 de agosto del 2009. 1 Libro de Conocimiento del 11 de agosto del 2009 al 06 de mayo del 2011. 1 Libro de Conocimiento del 06 de mayo del 2011 al 29 de noviembre del 2012. 1 Libro de Control de Partes Policiales-Decomisos de Drogas del 17 de noviembre del 2011 al 07 de febrero del 2014. 1 Agenda del año 2006. 1 Agenda del año 2007. 1 Agenda del año 2008. Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso. Publíquese por tres veces en el Boletín Judicial. San José, 12 de agosto de 2016. MBA. Ana Eugenia Romero Jenkins, Directora Ejecutiva Exonerado.—( IN2016065901 ) Jueves 6 de octubre del 2016 De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en acta Nº 01-2014 de fecha 14 de marzo del 2014, artículo IX y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión N° 34-14, celebrada el 22 de abril del 2014, artículo L, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Expedientes Penales del año 2009 al 2010 del Tribunal Penal de San Ramón. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho. Remesa: P 31 A 09 Expedientes:42 Paquetes:4 Año:2009 Asunto: Penales Varios: (1 Robo Simple, 2 Daños, 3 Injurias, 2 Daño Agravado, 2 Estafa, 2 Libramientos de Cheques sin Fondo,1 Lesiones Culposas, 1 Calumnias,1 Estafa Mediante Cheque) Expedientes Unipersonales con Sentencia de Sobreseimiento Definitivo Firme. (2 Robo Simple, 1 Daños, 2 Injurias, 1 Lesiones Leves, 3 Agresión con Arma, 1 Amenazas contra Mujer, 1 Receptación, 1 Incumplimiento de Medida de Protección, 1 Infracción a la Ley Forestal, 3 Portación ilícita de Arma Permitida,1 Apropiación y Retención Indebida, 2 Conducción Temeraria, 2 Receptación de Cosas Dudosa Procedencia,1 Amenazas a un Funcionario Público,1 Lesiones Culposas,1 Atentado, 1 Lesiones en Riña, 1 Hurto Simple, 1 Tentativa de Hurto Simple) Expedientes con Sentencia Absolutoria Firme. Remesa: P 28 A 10 Expedientes:17 Paquetes:2 Año:2010 Asunto: Penales Varios: (1 Robo Simple, 5 Injurias, 2 Conducción Temeraria, 1 Apropiación y Retención Indebida) Expedientes Unipersonales con Sentencia de Sobreseimiento Definitivo Firme. (1 Receptación de Cosas Dudosa Procedencia, 1 Injurias, 2 Agresión con Arma, 1 Portación ilícita de Arma Blanca, 1 Hurto Menor, 1 Incumplimiento de Medida de Protección,1 Portación ilícita de Arma Permitida) Expedientes Unipersonales con Sentencia Absolutoria Firme. Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso. Publíquese por tres veces en el Boletín Judicial. San José, 12 de agosto del 2016. MBA. Ana Eugenia Romero Jenkins, Directora Ejecutiva Exonerado.—( IN2016065902 ). De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 01-2015, celebrada el 12 de agosto del 2015, artículo V y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión Nº 79-15, celebrada el 03 de setiembre del 2015, artículo XCI, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Documentación Administrativa del año 2008 al 2014 del Fiscalía Adjunta de Cartago. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho. BOLETIN JUDICIAL Nº 192 — Pág 3 Remesa: A 3 C 08 Boletas:8627 Agendas:34 Ampos:8 Boletas de Fotocopias: 60 Libros:24 Año:2008-2014 Asunto: Documentación Administrativa: 984 Ordenes de Libertad del año 2009, 861 Ordenes de Libertad del año 2010, 746 Ordenes de Libertad del año 2011, 570 Ordenes de Libertad del año 2012, 685 Ordenes de Libertad del año 2013, 842 Ordenes de Libertad del año 2014. 757 Tener a la Orden del año 2009, 721 Tener a la Orden del año 2010, 492 Tener a la Orden del año 2011, 367 Tener a la Orden del año 2012, 243 Tener a la Orden del año 2013, 341 Tener a la Orden del año 2014. 83 Remisión de Detenidos del año 2008, 128 Remisión de Detenidos del año 2009, 165 Remisión de Detenidos del año 2010, 178 Remisión de Detenidos del año 2011, 251 Remisión de Detenidos del año 2012, 213 Remisión de Detenidos del año 2013. 1 Agenda del año 2007, 2 Agendas del año 2008, 3 Agendas del año 2009, 9 Agendas del año 2010, 5 Agendas del año 2011, 7 Agendas del año 2012, 4 Agendas del año 2013, 3 Agendas del año 2014. 1 Ampo con informes estadístico del año 2007, 2008, 2009, 2010. 1 Ampo con registros de Asistencia del año 2008, 1 Ampo con registros de Asistencia del año 2009, 1 Ampo con registros de Asistencia del año 2010, 1 Ampo con registros de Asistencia del año 2011, 1 Ampo con registros de Asistencia del año 2012, 1 Ampo con registros de Asistencia del año 2013, 1 Ampo con registros de Asistencia del año 2014. 12 blocs de Boletas de Fotocopias del año 2010, 12 blocs de Boletas de Fotocopias del año 2011, 12 blocs de Boletas de Fotocopias del año 2012, 12 blocs de Boletas de Fotocopias del año 2013, 12 blocs de Boletas de Fotocopias del año 2014. 1 Libro de Correo Certificado del año 2008 al 2009. 1 Libro de Correo Certificado del año 2009 al 2010. 1 Libro de Correo Certificado del año 2010 al 2011. 1 Libro de Correo Certificado del año 2011 al 2013. 1 Libro de Conocimiento del año 2008 al 2009. 3 Libros de Conocimiento del año 2009. 1 Libro de Conocimiento del año 2009 al 2010. 2 Libros de Conocimiento del año 2010. 1 Libro de Conocimiento del año 2010 al 2011. 1 Libro de Conocimiento del año 2011. 1 Libro de Conocimiento del año 2011 al 2012. 2 Libros de Conocimiento del año 2012. 1 Libro de Conocimiento del año 2012 al Pág 4 — BOLETIN JUDICIAL Nº 192 Jueves 6 de octubre del 2016 2013. 1 Libro de Conocimiento Desestimaciones Orales del año 2009. 1 Libro de Conocimiento Desestimaciones Orales del año 2009 al 2010. 1 Libro de Conocimiento Desestimaciones Orales del año 2010 al 2011. 1 Libro de Conocimiento Desestimaciones Orales del año 2011. 1 Libro de Conocimiento Desestimaciones Orales del año 2011 al 2012. 1 Libro de Conocimiento Desestimaciones Orales del año 2012 al 2013. 1 Libro de Conocimiento Desestimaciones Orales del año 2013. Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso. Publíquese por tres veces en el Boletín Judicial. San José, 12 de agosto de 2016. MBA. Ana Eugenia Romero Jenkins, Directora Ejecutiva Exonerado.—( IN2016065903 ). De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 01-2014 de fecha 14 de marzo del 2014, artículo IX y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión N° 34-14, celebrada el 22 de abril del 2014, artículo L, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Expedientes Penales del año 2007 al 2008 del Fiscalía Adjunta de Cartago. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho. Remesa: P 13 C 07 Expedientes:32 Paquetes:1 Año:2007 Asunto: Expedientes Fiscalía: 17 Robo simple, 05 Hurto simple, 05 Hurto agravado, 02 Atípico, 02 Daños, 1 Estafa. Remesa: P 16 C 08 Expedientes:921 Paquetes24 Año:2008 Asunto: Expedientes Fiscalía: 495 Robo simple, 126 Hurto simple, 135 Hurto agravado, 11 Atípico, 52 Daños, 30 Estafa, 17 Agresión calificada, 13 Uso documentos falso, 09 Robo agravado, 08 Amenazas personales, 05 Lesiones leves, 04 Abuso autoridad, 04 Amenazas agravadas, 04 Incendio o Explosión, 02 Privación de libertad, 02 Agresión con arma, 01 Tentativa de robo, 01 Coacción, 01 Violación de domicilio, 01 Lesiones levísimas. Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso. Publíquese por tres veces en el Boletín Judicial. San José, 12 de agosto de 2016. MBA. Ana Eugenia Romero Jenkins Directora Ejecutiva Exonerado.—( IN2016065904 ) De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial y para el caso específico los siguientes acuerdos: de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 01-2016 de fecha 04 de mayo de 2016, artículo III y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión N° 51-16 celebrada el 24 de mayo de 2016, artículo CI; De la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 01-2014 de fecha 14 de marzo del 2014, artículo IX y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión N° 34-14, celebrada el 22 de abril del 2014, artículo L.; se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que procederá a la destrucción de expedientes civil y laboral de los despachos que a continuación se detallan. Los expedientes se encuentran remesados en el Archivo Judicial. Jueves 6 de octubre del 2016 BOLETIN JUDICIAL Nº 192 — Pág 5 Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso. Publíquese por tres veces en el Boletín Judicial. MBA. Dinorah Álvarez Acosta, Subdirectora Ejecutiva. San José 09 de agosto del 2016. MBA. Ana Eugenia Romero Jenkins, Directora ejecutiva Exonerado.—( IN2016065911 ). De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial y para el caso específico los siguientes acuerdos: de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 01-2016 de fecha 04 de mayo de 2016, artículo III y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión N° 51-16 celebrada el 24 de mayo de 2016, artículo CI; De la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 01-2014 de fecha 14 de marzo del 2014, artículo IX y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión N° 34-14, celebrada el 22 de abril del 2014, artículo L.; se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que procederá a la destrucción de expedientes civil y laboral de los despachos que a continuación se detallan. Los expedientes se encuentran remesados en el Archivo Judicial. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial y para el caso específico los siguientes acuerdos:De la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 01-2016 de fecha 04 de mayo de 2016, artículo III y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión N° 51-16 celebrada el 24 de mayo de 2016, artículo CI; De la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 01-2014 de fecha 14 de marzo del 2014, artículo IX y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión N° 34-14, celebrada el 22 de abril del 2014, artículo L.; se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que procederá a la destrucción de expedientes civil y laboral de los despachos que a continuación se detallan. Los expedientes se encuentran remesados en el Archivo Judicial. Pág 6 — BOLETIN JUDICIAL Nº 192 Remesa Despacho Materia Asuntos Jueves 6 de octubre del 2016 Cantidad de Expedientes a Eliminar Periodo Paquetes a Eliminar C-7-A-95 JUZ. MEN.CTIA II CIRC.JUD.ALAJUE CIVIL LA EJECUTIVO SIMPLE 1995 236 4 C-34-A-95 JUZ. CIVIL CIRC.JUD. ALAJUELA EJECUTIVO SIMPLE 1995 35 2 C-56-A-95 JUZ. ESPEC.COBRO Y MEN.CTIA I CIRC.JUD.ALAJUE CIVIL LA C-70-A-95 De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial y para el caso específico los siguientes acuerdos:De la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 01-2016 de fecha 04 de mayo de 2016, artículo III y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión N° 51-16 celebrada el 24 de mayo de 2016, artículo CI; De la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 01-2014 de fecha 14 de marzo del 2014, artículo IX y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión N° 34-14, celebrada el 22 de abril del 2014, artículo L.; se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que procederá a la destrucción de expedientes civil y laboral de los despachos que a continuación se detallan. Los expedientes se encuentran remesados en el Archivo Judicial. I Remesa JUZ. COBRO Y MENOR CTIA. CIVIL SAN RAMON 1995 136 1995 43 C-7-H-95 JUZ. CIV. MAY. CIVIL CTIA. HEREDIA C-21-L-95 JUZ. CIV.MAY.CTIA.II CIRC.JUD.ZONA ATLANTICA C-3-P-95 JUZ. COBRO Y MENOR CTIA. CIVIL PUNTARENAS C-9-P-95 JUZ. CIVIL AGRARIO PUNTARENAS C-29-P-95 JUZ. CIV. TRAB. CIVIL CORREDORES C-1-S-95 JUZ. 4TO. CIV. MAY. CTIA SAN CIVIL JOSE C-8-S-95 JUZ. 6TO. CIV. MAY. CTIA SAN CIVIL JOSE C-20-S-95 JUZ. 2DO. CIV. MAY. CTIA SAN CIVIL JOSE C-33-S-95 JUZ. 1ERO. CIV. MAY. CTIA SAN CIVIL JOSE EJECUTIVO SIMPLE 1995 225 6 C-48-S-95 JUZ. 6TO. CIV. MEN. CTIA SAN CIVIL JOSE EJECUTIVO SIMPLE 1995 930 16 C-53-S-95 JUZ. 3RO. CIV. MEN. CTIA SAN CIVIL JOSE EJECUTIVO SIMPLE 1995 825 16 C-54-S-95 JUZ. 2DO. CIV. MEN. CTIA SAN CIVIL JOSE EJECUTIVO SIMPLE 1995 695 12 C-59-S-95 JUZ. 1ERO. CIV. MEN. CTIA SAN JOSE CIVIL EJECUTIVO SIMPLE 1995 817 11 C-63-S-95 JUZ. 5TO. CIV. MEN. CTIA SAN JOSE CIVIL EJECUTIVO SIMPLE 1995 731 13 C-81-S-95 JUZ. CONTR. PEREZ ZELEDON CIVIL EJECUTIVO SIMPLE 1995 314 4 C-2-S-96 JUZ. CIV.TRAB.MAY.CT IA.PEREZ ZELEDON CIVIL C-11-A-96 JUZ. MEN.CTIA II CIRC.JUD.ALAJUE LA CIVIL CIVIL EJECUTIVO SIMPLE EJECUTIVO SIMPLE 1995 1995 207 85 1995 1996 236 121 43 C-34-A-95 EJECUTIVO SIMPLE 1995 35 2 EJECUTIVO SIMPLE 1996 55 1 C-56-A-95 JUZ. JUZ. CIVIL Y ESPEC.COBRO Y AGRARIO MEN.CTIA I PUNTARENAS CIVIL CIRC.JUD.ALAJUE LA JUZ. CIV. TRAB. CIVIL EJECUTIVO SIMPLE 1995 136 2 C-30-P-96 CORREDORES JUZ. COBRO Y CIVIL EJECUTIVO SIMPLE 1996 72 1 C-70-A-95 MENOR JUZ. 3RO. CTIA. CIV. CIVIL SAN RAMON EJECUTIVO SIMPLE 1995 43 1 JOSE CIV. MAY. CIVIL JUZ. CIVIL CTIA. HEREDIA EJECUTIVO SIMPLE 1996 470 15 EJECUTIVO SIMPLE 1995 207 3 EJECUTIVO SIMPLE 1996 172 1 2 C-7-H-95 EJECUTIVO SIMPLE 1995 144 3 EJECUTIVO SIMPLE 1995 63 2 EJECUTIVO SIMPLE 1995 119 3 EJECUTIVO SIMPLE EJECUTIVO SIMPLE 1995 1995 267 230 254 8 5 7 EJECUTIVO SIMPLE 1995 85 JOSE CIVIL EJECUTIVO SIMPLE 1996 416 9 C-3-P-95 EJECUTIVO SIMPLE 1995 144 3 C-28-S-96 C-35-S-96 EJECUTIVO SIMPLE 1995 1996 46 113 1 I C-39-A-96 JUZ. CIVIL CIRC.JUD. ALAJUELA I C-46-A-96 JUZ. CIVIL CIRC.JUD. ALAJUELA C-65-A-96 JUZ. ESPEC.COBRO Y MEN.CTIA I CIRC.JUD.ALAJUE CIVIL LA C-78-A-96 JUZ. COBRO Y MENOR CTIA. CIVIL SAN RAMON EJECUTIVO SIMPLE 1996 104 1 C-86-A-96 JUZ. CONTR.MEN.CTIA CIVIL GRECIA EJECUTIVO SIMPLE 1996 122 2 C-9-C-95 JUZ. CIV. MAY. CTIA. CARTAGO CIVIL EJECUTIVO SIMPLE 1995 140 4 C-2-C-96 JUZ. CIV. MAY. CTIA. CARTAGO CIVIL C-11-C-96 JUZ. CIV. MAY. CTIA. CARTAGO CIVIL EJECUTIVO SIMPLE 1996 146 3 C-24-C-96 JUZ. MEN.CTIA CIVIL CARTAGO EJECUTIVO SIMPLE 1996 412 7 C-1-G-96 JUZ. CONTR.MEN.CTIA CIVIL LIBERIA EJECUTIVO SIMPLE 1996 111 2 C-1-H-96 JUZ. MEN.CTIA CIVIL HEREDIA EJECUTIVO SIMPLE 1996 354 6 C-7-H-96 JUZ. CIV. MAY. CIVIL CTIA. HEREDIA EJECUTIVO SIMPLE 1996 125 4 C-18-H-96 JUZ. CIV. MAY. CIVIL CTIA. HEREDIA EJECUTIVO SIMPLE 1996 111 3 C-10-L-96 JUZ. MEN.CTIA I CIRC.JUD.ZONA CIVIL ATLANTICA C-18-L-96 JUZ. CIV.MAY.CTIA.II CIRC.JUD.ZONA ATLANTICA C-13-L-96 JUZ. CIVIL I CIRC.JUD.ZONA CIVIL ATLANTICA CIVIL C-62-S-96 JUZ. CIVIL Y AGRARIO JUZ. 4TO. CIV. PUNTARENAS MAY. CTIA SAN CIVIL JOSE EJECUTIVO SIMPLE 1996 560 13 EJECUTIVO SIMPLE 1995 63 2 JOSE CIV. TRAB. CIVIL JUZ. CIVIL CORREDORES EJECUTIVO SIMPLE 1996 454 14 EJECUTIVO SIMPLE 1995 119 3 MAY. 4TO. CTIA SAN JUZ. CIV. MAY. JOSE CTIA SAN CIVIL CIVIL JOSE EJECUTIVO SIMPLE 1996 403 9 EJECUTIVO SIMPLE 1995 267 8 JUZ. EJECUTIVO SIMPLE EJECUTIVO SIMPLE EJECUTIVO SIMPLE EJECUTIVO SIMPLE EJECUTIVO SIMPLE EJECUTIVO SIMPLE EJECUTIVO SIMPLE EJECUTIVO SIMPLE 1996 1996 1996 1996 1996 1996 1996 1996 110 46 38 329 171 38 36 16 3 1 1 4 4 CIVIL 2DO. 5TO. CIV. CIV. JUZ. CIV. MAY. 6TO. CTIA SAN MAY. JOSE CTIA SAN CIVIL CIVIL JOSE 2DO. EJECUTIVO SIMPLE EJECUTIVO SIMPLE 1996 1995 471 230 11 5 CIV. C-20-S-95 JUZ. 2DO. CIV. MEN. CTIA SAN MAY. CTIA SAN CIVIL JOSE CIVIL JOSE EJECUTIVO SIMPLE 1995 254 7 C-73-S-96 C-33-S-95 JUZ. 1ERO. 6TO. CIV. CIV. JUZ. MEN. CTIA CTIA SAN SAN MAY. CIVIL JOSE CIVIL JOSE EJECUTIVO SIMPLE SIMPLE EJECUTIVO 1996 1995 1242 225 624 C-48-S-95 C-78-S-96 JUZ. 3RO. 6TO. CIV. MEN. CTIA SAN CIVIL JOSE EJECUTIVO SIMPLE SIMPLE 1995 1996 930 1030 16 20 C-53-S-95 C-83-S-96 JUZ. 3RO. 4TO. CIV. MEN. MEN. CTIA CTIA SAN SAN CIVIL JOSE CIVIL JOSE EJECUTIVO EJECUTIVO SIMPLE SIMPLE 1995 1996 825 945 16 13 C-54-S-95 JUZ. JUZ. 2DO. 5TO. CIV. CIV. MEN. CTIA SAN MEN. CTIA SAN CIVIL JOSE EJECUTIVO SIMPLE 1995 695 12 C-4-A-97 JUZ. CIV.TRAB.II CIRC.JUD.ALAJUE CIVIL LA EJECUTIVO SIMPLE 1997 18 1 I C-18-A-97 JUZ. CIVIL CIRC.JUD. ALAJUELA CIVIL EJECUTIVO SIMPLE 1997 17 1 I C-25-A-97 JUZ. CIVIL CIRC.JUD. ALAJUELA CIVIL EJECUTIVO SIMPLE 1997 18 1 C-55-A-97 JUZ. ESPEC.COBRO Y MEN.CTIA I CIRC.JUD.ALAJUE CIVIL LA EJECUTIVO SIMPLE 1997 130 3 C-68-A-97 JUZ. COBRO Y MENOR CTIA. CIVIL SAN RAMON EJECUTIVO SIMPLE 1997 362 4 C-8-C-97 JUZ. MEN.CTIA CARTAGO CIVIL EJECUTIVO SIMPLE 1997 186 5 C-18-C-97 JUZ. CIV. MAY. CTIA. CARTAGO CIVIL EJECUTIVO SIMPLE 1997 29 2 C-24-C-97 JUZ. CIV. MAY. CTIA. CARTAGO CIVIL EJECUTIVO SIMPLE 1997 69 3 C-1-H-97 JUZ. MEN.CTIA HEREDIA CIVIL EJECUTIVO SIMPLE 1997 50 1 C-8-H-97 JUZ. CIV. MAY. CTIA. HEREDIA CIVIL EJECUTIVO SIMPLE 1997 38 2 C-15-H-97 JUZ. CIV. MAY. CTIA. HEREDIA CIVIL EJECUTIVO SIMPLE 1997 22 1 C-27-H-97 JUZ. CIV. MAY. CTIA. HEREDIA CIVIL EJECUTIVO SIMPLE 1997 24 1 C-1-L-97 JUZ. MEN.CTIA II CIRC.JUD.ZONA ATLANTICA CIVIL EJECUTIVO SIMPLE 1997 26 1 C-11-L-97 JUZ. MEN.CTIA I CIRC.JUD.ZONA ATLANTICA CIVIL EJECUTIVO SIMPLE 1997 399 6 C-15-P-97 JUZ. COBRO Y MENOR CTIA. CIVIL PUNTARENAS EJECUTIVO SIMPLE 1997 69 2 C-25-P-97 JUZ. CIV. TRAB. CIVIL CORREDORES EJECUTIVO SIMPLE 1997 21 1 C-1-S-97 JUZ. 1ERO. CIV. MAY. CTIA SAN JOSE CIVIL EJECUTIVO SIMPLE 1997 118 4 C-2-S-97 JUZ. 3RO. CIV. MAY. CTIA. SAN CIVIL JOSE EJECUTIVO SIMPLE 1997 252 8 C-19-S-97 JUZ. 4TO. CIV. MAY. CTIA SAN CIVIL JOSE EJECUTIVO SIMPLE 1997 186 8 C-26-S-97 JUZ. 2DO. CIV. MAY. CTIA SAN CIVIL JOSE EJECUTIVO SIMPLE 1997 129 6 C-39-S-97 JUZ. 6TO. CIV. MAY. CTIA SAN CIVIL JOSE EJECUTIVO SIMPLE 1997 218 6 C-46-S-97 JUZ. 2DO. CIV. MEN. CTIA SAN CIVIL JOSE EJECUTIVO SIMPLE 1997 75 4 C-51-S-97 JUZ. 6TO. CIV. MEN. CTIA SAN CIVIL JOSE EJECUTIVO SIMPLE 1997 170 5 C-56-S-97 JUZ. 3RO. CIV. MEN. CTIA SAN CIVIL JOSE EJECUTIVO SIMPLE 1997 238 8 C-61-S-97 JUZ. 4TO. CIV. MEN. CTIA SAN CIVIL JOSE EJECUTIVO SIMPLE 1997 322 5 C-65-S-97 JUZ. MEN.CTIA.PEREZ CIVIL ZELEDON EJECUTIVO SIMPLE 1997 82 2 C-68-S-97 JUZ. 1ERO. CIV. MEN. CTIA SAN CIVIL JOSE EJECUTIVO SIMPLE 1997 299 8 C-81-S-97 JUZ. MEN.CTIA DESAMPARADOS CIVIL EJECUTIVO SIMPLE 1997 115 2 C-68-S-96 2 C-13-A-96 CIVIL C-49-S-96 C-1-S-95 C-106-S-96 EJECUTIVO SIMPLE 3 JUZ. COBRO Y JUZ. 6TO. CTIA. CIV. MENOR PUNTARENAS MAY. CTIA SAN CIVIL JUZ. 1995 213 C-22-S-96 C-8-S-95 EJECUTIVO SIMPLE 1996 C-21-L-95 JUZ. JUZ. CIV.TRAB.II CIRC.JUD.ALAJUE LA CIVIL CIVIL MAY. CTIA. SAN EJECUTIVO SIMPLE CIV.MAY.CTIA.II JUZ. 1ERO. CIV. CIRC.JUD.ZONA MAY. CTIA SAN CIVIL ATLANTICA C-29-P-95 CIVIL CIVIL JUZ. CONTR. PEREZ ZELEDON CIVIL JUZ. C-9-P-95 Y PUNTARENAS C-21-S-96 3 2 Paquetes a Eliminar EJECUTIVO EJECUTIVO SIMPLE SIMPLE 2 1 Cantidad de Expedientes a Eliminar Periodo JUZ. CIVIL YI JUZ. COBRO CIRC.JUD. MENOR CTIA. CIVIL ALAJUELA C-9-S-96 EJECUTIVO SIMPLE Asuntos JUZ. MEN.CTIA II CIRC.JUD.ALAJUE CIRC.JUD.ZONA CIVIL LA ATLANTICA CIVIL C-14-P-96 EJECUTIVO SIMPLE Materia C-7-A-95 C-21-L-96 C-1-P-96 CIVIL Despacho CIVIL JOSE EJECUTIVO SIMPLE EJECUTIVO SIMPLE 1996 1996 926 189 20 4 1 1 1 De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial y para el caso específico los siguientes acuerdos:De la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 01-2016 de fecha 04 de mayo de 2016, artículo III y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión N° 51-16 celebrada el 24 de mayo de 2016, artículo CI; De la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 01-2014 de fecha 14 de marzo del 2014, artículo IX y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión N° 34-14, celebrada el 22 de abril del 2014, artículo L.; se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que procederá a la destrucción de expedientes civil y laboral de los despachos que a continuación se detallan. Los expedientes se encuentran remesados en el Archivo Judicial. Jueves 6 de octubre del 2016 Remesa Despacho Materia Asuntos Periodo Cantidad de Expedientes a Eliminar Paquetes a Eliminar C-7-A-95 JUZ. MEN.CTIA II CIRC.JUD.ALAJUE CIVIL LA EJECUTIVO SIMPLE 1995 236 4 C-34-A-95 JUZ. CIVIL CIRC.JUD. ALAJUELA CIVIL EJECUTIVO SIMPLE 1995 35 2 C-56-A-95 JUZ. ESPEC.COBRO Y MEN.CTIA I CIRC.JUD.ALAJUE CIVIL LA EJECUTIVO SIMPLE 1995 136 2 C-70-A-95 JUZ. COBRO Y MENOR CTIA. CIVIL SAN RAMON EJECUTIVO SIMPLE 1995 43 1 C-7-H-95 JUZ. CIV. MAY. CIVIL CTIA. HEREDIA EJECUTIVO SIMPLE 1995 207 3 C-21-L-95 JUZ. CIV.MAY.CTIA.II CIRC.JUD.ZONA ATLANTICA CIVIL EJECUTIVO SIMPLE 1995 85 2 C-3-P-95 JUZ. COBRO Y MENOR CTIA. CIVIL PUNTARENAS EJECUTIVO SIMPLE 1995 144 3 C-9-P-95 JUZ. CIVIL AGRARIO PUNTARENAS CIVIL EJECUTIVO SIMPLE 1995 63 2 C-29-P-95 JUZ. CIV. TRAB. CIVIL CORREDORES EJECUTIVO SIMPLE 1995 119 3 C-1-S-95 JUZ. 4TO. CIV. MAY. CTIA SAN CIVIL JOSE EJECUTIVO SIMPLE 1995 267 8 C-8-S-95 JUZ. 6TO. CIV. MAY. CTIA SAN CIVIL JOSE EJECUTIVO SIMPLE 1995 230 5 C-20-S-95 JUZ. 2DO. CIV. MAY. CTIA SAN CIVIL JOSE EJECUTIVO SIMPLE 1995 254 7 C-33-S-95 JUZ. 1ERO. CIV. MAY. CTIA SAN CIVIL JOSE EJECUTIVO SIMPLE 1995 225 6 C-48-S-95 JUZ. 6TO. CIV. MEN. CTIA SAN CIVIL JOSE EJECUTIVO SIMPLE 1995 930 16 C-53-S-95 JUZ. 3RO. CIV. MEN. CTIA SAN CIVIL JOSE EJECUTIVO SIMPLE 1995 825 16 C-54-S-95 JUZ. 2DO. CIV. MEN. CTIA SAN CIVIL JOSE EJECUTIVO SIMPLE 1995 695 12 I Y Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso. Publíquese por tres veces en el Boletín Judicial. MBA. Dinorah Álvarez Acosta, Subdirectora Ejecutiva San José 9 de agosto del2016. Ana Eugenia Romero Jenkins, Directora Ejecutiva Exonerado.—( IN2016065912 ). SALA CONSTITUCIONAL SEGUNDA PUBLICACIÓN ASUNTO: Acción de Inconstitucionalidad A LOS TRIBUNALES Y AUTORIDADES DE LA REPÚBLICA HACE SABER: De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 81 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, dentro de la acción de inconstitucionalidad número 16-011878- 0007-CO que promueve ASOCIACIÓN CÁMARA DE INDUSTRIAS DE COSTA RICA, se ha dictado la resolución que literalmente dice: «SALA CONSTITUCIONAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. San José, a las quince horas y cero minutos de dieciséis de setiembre de dos mil dieciséis./Se da curso a la acción de inconstitucionalidad interpuesta por Enrique Egloff Gerli, portador de la cédula de identidad Nº 01-0399-262, en su condición de presidente de la Asociación Cámara de Industrias de Costa Rica, para que se declare inconstitucional la resolución N° RJD-230-2015 de las 15:10 hrs. de 15 de octubre del 2015, de la Junta Directiva de la Autoridad BOLETIN JUDICIAL Nº 192 — Pág 7 Reguladora de los Servicios Públicos (ARESEP). Se confiere audiencia por quince días a la Procuraduría General de la República y al Regulador General de los Servicios Públicos. La norma se impugna por estimarla contraria a los intereses económicos de los consumidores, al derecho del empresario a obtener un lucro razonable y a no salir del mercado por razones ajenas a su voluntad, protegidos por los artículos 37 y 46 de la Constitución Política, así como al principio de razonabilidad constitucional. Explica que, mediante la resolución impugnada, la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (ARESEP), aprobó la nueva metodología para las fijaciones tarifarias ordinarias y extraordinarias de los combustibles. Acota que, en el modelo anterior, se distribuían los costos fijos de operación de la Refinadora Costarricense de Petróleo S. A. (RECOPE), así como de depreciación, planilla, costos asociados a trasiego y almacenamiento entre los combustibles, manteniendo una relación con el precio internacional, es decir, según los ingresos que le genera a RECOPE, cada combustible. Detalla que, la nueva metodología, al hacer una acumulación de costos que corresponden a cada combustible, pero sumar una asignación de una serie de costos fijos de RECOPE por litro de combustible, sin ninguna consideración del tipo-producto o subproducto-o valor-precio-del insumo que se trate, distorsiona, totalmente, el precio de combustibles, como el gas licuado de petróleo y búnker, alejándolo del precio internacional. Enfatiza que se distorsiona el mercado, al rebajar mínimamente la gasolina y el diésel, y aumentar de manera exorbitante los precios del LP Gas, el búnker y el asfalto. Destaca que, en el caso del LP Gas, se ha subido la inversión en capacidad de almacenamiento, lo cual agrava la situación. Señala que, la aplicación del nuevo modelo rebajaría en un 2% el precio actual de la gasolina y el diésel, en tanto subiría en un 72,16% el precio del LP Gas, en 35,2 % el del búnker y en 15,64 % el del asfalto. Sostiene que, el búnker y el gas son subproductos, por lo cual en una refinería tienen un precio diferente al de los productos principales que se obtienen en el proceso de refinación. Desde su punto de vista, no puede aplicarse la asignación de costos igual entre los productos principales y los subproductos o sobrantes del proceso. Considera que la resolución impugnada es inconstitucional en sus efectos. Explica que el acto infringe los intereses económicos de los consumidores, porque establece precios exorbitantes respecto de los consumidores de LP Gas, lo que perjudicaría a núcleos importantes de la población y del sector productivo, tales como las personas de menores ingresos y el sector hotelero. Insiste en que un incremento del gas tan alto, y una rebaja poco significativa en los combustibles, como se produciría si se aplicara el nuevo modelo tarifario, sería regresivo y afectaría, significativamente, a los hogares de la población en pobreza y pobreza extrema, favoreciendo a los hogares de mayores ingresos. Puntualiza que el sector productivo utiliza el búnker como combustible, para sus actividades industriales, por lo que también se vería afectado, por cuanto los costos de producción subirían, desproporcionadamente, restándole competitividad al país en el mercado internacional, obligando a los empresarios a salir del mercado, en contra de su voluntad. Alegan que, si se aumentaran los precios del búnker y del LP Gas, conforme a la nueva metodología tarifaria aprobada por la ARESEP, se estaría acabando con la capacidad exportadora de la industria nacional y muy pocas empresas podrían sobrevivir para abastecer el mercado interno. Señala que con esto, RECOPE vería mermados sus ingresos al perder sus principales clientes industriales, razón por la cual tendría que cargar los costos a la gasolina y al diésel. Apunta que, como consecuencia de lo anterior, se aumentaría el desempleo al cerrar numerosas industrias, que se verían en la imposibilidad de competir en el mercado internacional; de la misma forma, el aumento del asfalto en un 15,64 % elevaría los costos de operación del CONAVI, el cual tendría que construir menos carreteras y reparar menos vías públicas que en la actualidad. Subraya que el nuevo modelo tarifario de la ARESEP, vulnera el derecho del emprendedor a obtener un lucro razonable en el ejercicio de su actividad empresarial, así como el derecho del empresario a no salir del mercado por razones ajenas a su voluntad, como componentes del contenido esencial de la libertad de empresa. Con el alza de los precios -desde su punto de vista- ninguna empresa que utiliza esos combustibles como parte esencial de su producción industrial, podría subsistir en el mercado y mucho menos obtener un lucro. Agrega que la nueva metodología distribuye costos según Pág 8 — BOLETIN JUDICIAL Nº 192 Jueves 6 de octubre del 2016 volúmenes; es claro que por el gran volumen de consumo de la gasolina y el diésel, ambos combustibles logran un ahorro de menos del 2%, mientras que respecto de los productos de bajo volumen, entre estos el búnker y el LP Gas, los aumentos son enormes, pues no pueden diluir el alto costo fijo de RECOPE. Considera que también se vulnera el principio de razonabilidad constitucional, ya que, la nueva metodología no es necesaria, por cuanto si el acto no se hubiera emitido, los intereses públicos tampoco se hubieran visto lesionados; la eventual aplicación del modelo tarifario produciría graves dislocaciones en la paz social al generar el cierre de empresas y el aumento de desempleo. Estima que la nueva metodología tampoco es idónea, pues existían otros mecanismos que en mejor manera solucionaban la necesidad existente, pudiendo algunos de estos cumplir con la finalidad propuesta, sin restringir el disfrute de los derechos fundamentales de los productores nacionales y de los consumidores de LP Gas. Si lo que pretendía la ARESEP, con la aplicación de la nueva metodología era reducir el precio de la gasolina y el diésel -según criterio del accionante- no tiene sentido hacerlo subiendo el costo de otros combustibles, que tienen un impacto directo en la economía y en el empleo. Finalmente, subraya que la nueva metodología no es proporcional, pues la finalidad perseguida por el nuevo modelo tarifario y el tipo de restricción que pretende imponer a los usuarios de LP Gas, bunker, y asfalto, es de entidad marcadamente superior, al beneficio que con esta se puede obtener en beneficio de la colectividad. Esta acción se admite por reunir los requisitos a que se refiere la Ley de la Jurisdicción Constitucional en sus artículos 73 a 79. La legitimación del accionante proviene del párrafo segundo del artículo 75 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, en tanto asegura ostentar un interés corporativo. Publíquese por tres veces consecutivas un aviso en el Boletín Judicial sobre la interposición de la acción, para que en los procesos o procedimientos en que se discuta la aplicación de lo cuestionado, no se dicte resolución final mientras la Sala no haya hecho el pronunciamiento del caso. Este aviso sólo afecta los procesos judiciales pendientes en los cuales se discuta la aplicación de lo impugnado y se advierte que lo único que no puede hacerse en dichos procesos, es dictar sentencia o bien, el acto en que haya de aplicarse lo cuestionado en el sentido en que lo ha sido. Igualmente, lo único que la acción suspende en vía administrativa es el dictado de la resolución final en los procedimientos tendentes a agotar esa vía, que son los que se inician con y a partir del recurso de alzada o de reposición interpuestos contra el acto final, salvo, claro está, que se trate de normas que deben aplicarse durante la tramitación, en cuyo caso la suspensión opera inmediatamente. Dentro de los quince días posteriores a la primera publicación del citado aviso, podrán apersonarse quienes figuren como partes en asuntos pendientes a la fecha de interposición de esta acción, en los que se discuta la aplicación de lo impugnado o aquellos con interés legítimo, a fin de coadyuvar en cuanto a su procedencia o improcedencia, o para ampliar, en su caso, los motivos de inconstitucionalidad en relación con el asunto que les interese. Se hace saber además, que de conformidad con los artículos 81 y 82 de la Ley de Jurisdicción Constitucional y conforme lo ha resuelto en forma reiterada la Sala (resoluciones 0536-91, 0537-91, 0554-91 y 0881-91) esta publicación no suspende la vigencia de la norma en general, sino únicamente su aplicación en los casos y condiciones señaladas. Notifíquese. Fernando Cruz Castro, Presidente a. í. San José, 19 de setiembre del 2016. Gerardo Madriz Piedra, Secretario Exonerado.—( IN2016065897). PRIMERA PUBLICACIÓN ASUNTO: Acción de inconstitucionalidad A LOS TRIBUNALES Y AUTORIDADES DE LA REPÚBLICA HACE SABER: Para los efectos del artículo 90 párrafo primero de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que en la acción de inconstitucionalidad que se tramita con el Nº 16-009196-0007-CO promovida por <<Nombre 0001>> en contra del Reglamento de Actuaciones para el Centro Judicial de Interceptación de Comunicaciones, dictado por Corte Plena en la sesión Nº 44-12 de 17 de diciembre de 2012, artículo XXIII y la modificación a la cláusula “sede”, que aprobó en la sesión Nº 37-13 de 02 de septiembre de 2013, se ha dictado el voto Nº 2016-013506 de las nueve horas y diez minutos de veintiuno de setiembre de dos mil dieciséis, que literalmente dice: «Se rechaza de plano la acción.-» San José, 22 de setiembre del 2016. Gerardo Madriz Piedra, Secretario Exonerado.—( IN2016067008 ). ASUNTO: Acción de Inconstitucionalidad A LOS TRIBUNALES Y AUTORIDADES DE LA REPÚBLICA HACE SABER: Para los efectos de los artículos 88 párrafo segundo y 90 párrafo primero de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que en la acción de inconstitucionalidad que se tramita con el N° 15-0087650007-CO promovida por Wilfredo de Jesús Molina Camacho contra la frase final del artículo 5º de la Ley Nº 7302, “Creación del Régimen General de Pensiones con cargo al presupuesto nacional, de otros regímenes especiales y reforma a la ley Nº 7092 del 21 de abril de 1988 y sus reformas, Ley del Impuesto sobre la Renta”, y el artículo 15 del Reglamento a esa Ley -Decreto Ejecutivo Nº 33080-MTSS-H-, por estimarlos contrarios al artículo 57 de la Constitución Política y la jurisprudencia constitucional en la materia, se ha dictado el voto N° 2016-013555 de las once horas y treinta y dos minutos de veintiuno de setiembre de dos mil dieciséis, que literalmente dice: «Se declara con lugar la acción. En consecuencia, debe entenderse la frase final del artículo 5 de la Ley N° 7302 denominada “Creación del Régimen General de Pensiones con cargo al Presupuesto Nacional, de otros regímenes especiales y reforma a la Ley N° 7092 del 21 de abril de 1988 y sus reformas, Ley del Impuesto sobre la Renta”, y el artículo 15 del Reglamento a esa Ley (Decreto Ejecutivo N° 33080-MTSS-H), en el sentido de que, en ambas normas, deben tenerse incluidos todos los rubros salariales devengados, sin exclusión alguna, para el cálculo de la jubilación y, específicamente, el denominado “responsabilidad en el ejercicio de la función electoral”. Esta sentencia tiene efectos declarativos, sin perjuicio de derechos adquiridos de buena fe. Sin embargo, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 91 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, se dimensionan los efectos en el sentido de que la inconstitucionalidad declarada surte efectos generales a partir de la publicación del primer aviso en el Boletín Judicial acerca de la admisión a trámite de la presente acción. Comuníquese este pronunciamiento a los Poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, y a la Dirección Nacional de Pensiones del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. Reséñese este pronunciamiento en el Diario Oficial La Gaceta y publíquese íntegramente en el Boletín Judicial. Notifíquese. Los Magistrados Castillo Víquez, Hernández López y Hernández Gutiérrez salvan el voto y declaran sin lugar la acción. La Magistrada Hernández López pone nota.» Se hace saber que la anulación, inconstitucionalidad o eliminación indicada, rige a partir del momento que se indica en la parte dispositiva del voto. San José, 22 de setiembre del 2016. Gerardo Madriz Piedra, Secretario Exonerado.—( IN2016067055 ). JUZGADO NOTARIAL HACE SABER A: La Dirección Nacional de Notariado, al Archivo Notarial, al Registro Nacional y al Registro Civil, que en el proceso disciplinario notarial N° 15-000623-0627-NO, de Registro Civil contra Ricardo Goodwin Picado (cédula de identidad 1-1112-0576), este Juzgado Jueves 6 de octubre del 2016 mediante resolución N° 75-2016 de las doce horas del veintinueve de febrero del dos mil dieciséis (folio 23), dispuso imponerle al citado notario la corrección disciplinaria de un mes de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial, de conformidad con el artículo 161 del Código Notarial. Notifíquese. San José, 10 de agosto del 2016 Licda. Derling Talavera Polanco Jueza 1 vez.—Exonerado.—( IN2016066416 ). A: Fanny Peña Sandí, mayor, notaria, cédula de identidad número 0105460221, de demás calidades ignoradas, que en proceso disciplinario notarial N° 15-000899-0627-NO, establecido en su contra por sucesión de Luis Diego Rojas Méndez, se han dictado las resoluciones que literalmente dicen: “Juzgado Notarial, a las once horas y nueve minutos del veinticinco de abril de dos mil dieciséis. Se tiene por establecido el presente proceso disciplinario notarial con pretensión resarcitoria de sucesión de Luis Diego Rojas Méndez contra Fanny Peña Sandí, a quien se confiere traslado por el plazo de ocho días dentro de ese plazo debe informar respecto de los hechos denunciados y ofrecer la prueba de descargo que estime de su interés. Para los efectos del artículo 153 del Código Notarial, se tiene como parte a la Dirección Nacional de Notariado, entidad que dentro del plazo señalado debe referirse respecto de la presente denuncia y aportar la prueba que considere pertinente. Se le previene a las partes que dentro del plazo citado, deben indicar medio en el cual recibir notificaciones, ya sea: Correo electrónico, fax, casillero o en estrados, en el entendido de que, mientras no lo hagan, o si la notificación no se pudiere efectuar por el(los) medio(s) señalado(s) por la parte, las resoluciones posteriores que se dicten se le tendrán automáticamente notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas, incluidas las sentencias. De manera simultánea como máximo y dentro de los ya citados, podrán señalarse dos medios distintos o iguales para recibir notificaciones, pero deberá indicarse en forma expresa, cuál de ellos se utilizará como principal; en caso de omisión, será esta Autoridad la que realizará la elección. Si se señalare correo electrónico, la cuenta de correo deberá de estar acreditada por el Departamento de Tecnología de la Información del Poder Judicial. En caso de señalar fax, éste deberá de estar instalado dentro del territorio nacional. Asimismo se le previene a cada parte, que si no escogiere alguno de los medios anteriormente detallados u otro medio autorizado para atender notificaciones, deberá necesariamente designar en estrados; si no lo hiciere se producirán iguales consecuencias a las señaladas respecto a la notificación automática. En caso de señalar en estrados, se hace saber a la parte, que las listas de los procesos se exhibirán para su consulta, en la Oficina Centralizada de Notificaciones del Primer Circuito Judicial de San José (tercer piso del Edificio de los Tribunales de Justicia de este Circuito Judicial), los días martes y jueves de cada semana. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 1692008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un medio de localización lo más ágil y eficiente posible, particularmente recomendamos un “celular o un correo electrónico”, siendo mucho mejor señalar las dos alternativas a la vez. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, sesión 78-07, celebrada el 18 de octubre del 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia.- De conformidad con los artículos 153 del Código Notarial y 19 de la Ley de Notificaciones, notifíquesele BOLETIN JUDICIAL Nº 192 — Pág 9 esta resolución a la parte denunciada, mediante cédula y copias de ley; ya sea personalmente o en su casa de habitación o domicilio registral. Al respecto, se debe tener en cuenta que si la notificación es en la casa de habitación del denunciado o en su domicilio registral, la cédula de notificación y copias podrán ser recibidas por cualquier persona que aparente ser mayor de quince años o por la propia persona denunciada; pero si la notificación se realiza en el lugar de trabajo u oficina, esta debe ser entregada únicamente a la persona denunciada. La notificación en el domicilio registral de la parte denunciada ubicada en Calle Blancos, Goicoechea, de la Gasolinera Shell, 300 norte, 50 este, Urbanización Montelimar, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales y Otras Comunicaciones del II Circuito Judicial de San José, (Goicoechea). La notificación en la oficina notarial de la parte denunciada ubicada en San Vicente de Moravia, de Pollos Tuto, 600 metros oeste, 100 metros norte y 100 metros oeste, casa 12-C , se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales y Otras Comunicaciones del II Circuito Judicial de San José, (Goicoechea). Asimismo, se ordena notificar a la Dirección Nacional de Notariado, mediante comisión dirigida a la Oficina de Comunicaciones del Segundo Circuito Judicial de San José, en San Pedro Montes de Oca, costado oeste del Mall San Pedro, Edificio SIGMA, quinto piso. En el caso de que la notificación de esta resolución deba realizarse en un lugar o zona de acceso restringido, se ordena permitir el ingreso al funcionario notificador a fin de realizar la diligencia encomendada; y en caso de que se impida tal ingreso, se tendrá por válida la notificación con la entrega de la cédula correspondiente a la persona encargada de regular la entrada (artículos 4, 11, 34, 36, 39, 47, 58 y 59 de la Ley de Notificaciones Judiciales vigente N° 8687, publicada en La Gaceta N° 20 del jueves 29 de enero del 2009). Obténgase, por medio de intranet, las direcciones reportadas por la parte denunciada en la Dirección Nacional de Notariado y Registro Civil. Conforme al numeral 153, párrafo IV del Código Notarial, remítase mandamiento a la Dirección de Servicios Registrales del Registro Nacional, para que certifique si la parte denunciada tiene apoderado inscrito en ese Registro. En caso de tenerlo, remita copia literal certificada del poder en que así conste. De conformidad con el artículo 313 del Código Procesal Civil, se hace ver a la parte accionante que en el caso de que desee presentar una pretensión resarcitoria contra la parte denunciada, tendrá oportunidad para realizar dicha gestión hasta antes de que esa parte procesal conteste esta denuncia; y para tal efecto, tendrá que cumplir con los requerimientos del numeral 152 del Código Notarial, en su necesaria relación con el artículo 290 del Código Procesal Civil. Notifíquese. Licda. Derling Talavera Polanco, Jueza 1 vez.—Exonerado.—( IN2016066417 ). la Dirección Nacional de Notariado, al Archivo Notarial, al Registro Nacional y al Registro Civil, que en el proceso disciplinario notarial N° 16-000093-0627-NO, de Archivo Nacional contra Andrea Carazo Campos (cédula de identidad 3-334-550), este Juzgado mediante resolución N° 268-2016 de las diecisiete horas y treinta minutos del treinta de junio del dos mil dieciséis (folio 25), dispuso imponerle al citado notario la corrección disciplinaria de un mes de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial, de conformidad con el artículo 161 del Código Notarial. Notifíquese. San José, 24 de agosto del 2016 Licda. Derling Talavera Polanco Jueza 1 vez.—Exonerado.—( IN2016066423 ). Álvaro Gerardo Brenes Barrantes, mayor, notario, cédula de identidad número 0104470780, de demás calidades ignoradas, que en proceso disciplinario notarial número 16-000168-0627-NO establecido en su contra por María de Los Ángeles Camacho Díaz, se ha dictado la resolución que literalmente dice: “Juzgado Notarial, a las catorce horas y veintiocho minutos del veintinueve de abril de dos mil dieciséis.- De conformidad con el artículo 290 inciso 7 del Código Procesal Civil, donde se establece como elemento indispensable de la demanda, la estimación de ésta y visto el escrito Pág 10 — BOLETIN JUDICIAL Nº 192 Jueves 6 de octubre del 2016 presentado por la Licda. Guiselle Chacón Araya, en su condición de apoderada especial judicial del actor (folio 23 al 24), se logra determinar que no se cumplió cabalmente con lo prevenido mediante la resolución de las quince horas cincuenta y ocho minutos del catorce de marzo del dos mil dieciséis (folio 21), y considerando esta juzgadora que en el artículo 163 del Código Notarial, establece que el Código Procesal Civil es de aplicación supletoria en los procesos de esta jurisdicción y que lo solicitado en su oportunidad a la parte actora no resulta arbitrario sino que obedece a formalidades que expresamente señala la ley, así las cosas lo procedente es declarar la inadmisibilidad de la pretensión civil resarcitoria, para continuar únicamente con la acción disciplinaria. En razón de lo anterior, se tiene por establecido el presente proceso disciplinario notarial de María de Los Ángeles Camacho Díaz Contra Álvaro Gerardo Brenes Barrantes, a quien se confiere traslado por el plazo de ocho días; dentro de ese plazo debe informar respecto de los hechos denunciados y ofrecer la prueba de descargo que estime de su interés. Para los efectos del artículo 153 del Código Notarial, se tiene como parte a la Dirección Nacional de Notariado, entidad que dentro del plazo señalado debe referirse respecto de la presente denuncia y aportar la prueba que considere pertinente. Se le previene a las partes que dentro del plazo citado, deben indicar medio en el cual recibir notificaciones, ya sea: Correo electrónico, fax, casillero o en estrados, en el entendido de que, mientras no lo hagan, o si la notificación no se pudiere efectuar por el(los) medio(s) señalado(s) por la parte, las resoluciones posteriores que se dicten se le tendrán automáticamente notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas, incluidas las sentencias. De manera simultánea como máximo y dentro de los ya citados, podrán señalarse dos medios distintos o iguales para recibir notificaciones, pero deberá indicarse en forma expresa, cuál de ellos se utilizará como principal; en caso de omisión, será esta Autoridad la que realizará la elección. Si se señalare correo electrónico, la cuenta de correo deberá de estar acreditada por el Departamento de Tecnología de la Información del Poder Judicial. En caso de señalar fax, éste deberá de estar instalado dentro del territorio nacional. Asimismo se le previene a cada parte, que si no escogiere alguno de los medios anteriormente detallados u otro medio autorizado para atender notificaciones, deberá necesariamente designar en estrados; si no lo hiciere se producirán iguales consecuencias a las señaladas respecto a la notificación automática. En caso de señalar en estrados, se hace saber a la parte, que las listas de los procesos se exhibirán para su consulta, en la Oficina Centralizada de Notificaciones del Primer Circuito Judicial de San José (tercer piso del Edificio de los Tribunales de Justicia de este Circuito Judicial), los días martes y jueves de cada semana. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono.- “Se exhorta a las partes a que suministren un medio de localización lo más ágil y eficiente posible, particularmente recomendamos un “celular o un correo electrónico”, siendo mucho mejor señalar las dos alternativas a la vez. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones”. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. De conformidad con los artículos 153 del Código Notarial y 19 de la Ley de Notificaciones, notifíquesele esta resolución a la parte denunciada, mediante cédula y copias de ley; ya sea personalmente o en su casa de habitación o domicilio registral. Al respecto, se debe tener en cuenta que si la notificación es en la casa de habitación del denunciado o en su domicilio registral, la cédula de notificación y copias podrán ser recibidas por cualquier persona que aparente ser mayor de quince años o por la propia persona denunciada; pero si la notificación se realiza en el lugar de trabajo u oficina, esta debe ser entregada únicamente a la persona denunciada. La notificación en el domicilio registral de la parte denunciada ubicada en Cipreses de Curridabat, Guayabos, 1 km norte 300 oeste, 75 sur de bomba la galera, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales y Otras Comunicaciones; II Circuito Judicial de San José (Goicoechea).- Asimismo, se ordena notificar a la Dirección Nacional de Notariado, mediante comisión dirigida a la Oficina de Comunicaciones del Segundo Circuito Judicial de San José, en: San Pedro Montes de Oca, costado oeste del Mall San Pedro, Edificio SIGMA, quinto piso. En el caso de que la notificación de esta resolución deba realizarse en un lugar o zona de acceso restringido, se ordena permitir el ingreso al funcionario notificador a fin de realizar la diligencia encomendada; y en caso de que se impida tal ingreso, se tendrá por válida la notificación con la entrega de la cédula correspondiente a la persona encargada de regular la entrada. (artículos 4, 11, 34, 36, 39, 47, 58 y 59 de la Ley de Notificaciones Judiciales vigente N° 8687, publicada en La Gaceta N° 20 del jueves 29 de enero del 2009). Obténgase, por medio de intranet, las direcciones reportadas por la parte denunciada en La Dirección Nacional de Notariado y Registro Civil. Conforme al numeral 153, párrafo IV del Código Notarial, remítase mandamiento a la Dirección de Servicios Registrales del Registro Nacional, para que certifique si la parte denunciada tiene apoderado inscrito en ese Registro. En caso de tenerlo, remita copia literal certificada del poder en que así conste. En otro orden de ideas y vista la solicitud realizada por la accionante de que se remita el testimonio de piezas al Ministerio Publico (folio 17 y 23); se resuelve: se le indica al gestionante que en caso de valorar la existencia de un delito, deberá acudir a la vía legal correspondiente y presentar el proceso para la investigación pertinente. Remítase oficio a la Dirección Nacional de Notariado, a fin de que se indique la última dirección de la casa de habitación y oficina notarial registrados por Álvaro Gerardo Brenes Barrantes, para que notifique la presente resolución a la parte denunciada, para lo cual se pone a su disposición la comisión correspondiente. Notifíquese.- Se publicará por una vez en el Boletín Judicial. Licda. Derling Talavera Polanco, Jueza 1 vez.—Exonerado.—( IN2016066425 ). En el proceso Disciplinario Notarial N° 11-000490-0627-NO de Luis Alfonso Jiménez Umaña, contra el notario público Maykol Vinicio Lara Herrera (cédula de identidad Nº 6-0279-0934), este Juzgado mediante resolución N° 365-2013 de las catorce horas diez minutos del diecisiete de junio del año dos mil trece, dispuso imponerle la corrección disciplinaria de tres años de suspensión en el ejercicio de la función notarial al citado notario. Dicha sanción comienza a regir ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial. San José, 5 de enero del 2016. Licda. Derling Talavera Polanco, Jueza 1 vez.—Exonerado.—( IN2016067044 ). A Harold Chaves Ramos, mayor, notario público, cédula de identidad número , de demás calidades ignoradas; que en proceso disciplinario notarial Nº 15-000703-0627-NO establecido en su contra por Archivo Notarial, se ha dictado la sentencia Nº 227-2016 que en lo conducente dice: “Juzgado Notarial. A las dieciséis horas y veintisiete minutos del treinta y uno de mayo de dos mil dieciséis. Proceso disciplinario notarial establecido por el Archivo Notarial, representado por la licenciada Ana Lucía Jiménez Monge, mayor, abogada, casada, cédula de identidad Nº 1-0576-0282, vecina de Curridabat, en contra del licenciado Harold Chaves Ramos, quien es mayor, abogado y notario, cédula de identidad Nº 3-0327-0489, carné del Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica Nº 15566. Por disposición del artículo 153 del Código Notarial, se tiene como parte a la Dirección Nacional de Notariado, pero no se apersonó al proceso. Resultando: ..., Considerando: ..., Por tanto: se declara con lugar el proceso disciplinario notarial establecido por el Archivo Notarial, contra la notario Harold Chaves Ramos, a quien se le impone la corrección disciplinaria de ocho días de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Dicha sanción al tenor de lo estipulado Jueves 6 de octubre del 2016 en el artículo 161 ibídem, regirá ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial. Firme esta resolución, comuníquese a la Dirección Nacional de Notariado, al Registro Nacional, al Archivo Notarial y al Registro Civil. Confecciónese y publíquese el edicto respectivo en el Boletín Judicial. M.Sc. Juan Carlos Granados Vargas. Juez.-” y la providencia que dice: “Juzgado notarial. San José, a las dieciséis horas quince minutos del veinticuatro de agosto del dos mil dieciséis. De conformidad con lo dispuesto por el numeral 263 del Código Procesal Civil, reformado por el artículo 19 de la Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Oficiales, aplicado supletoriamente por disposición del artículo 163, párrafo 2° del Código Notarial, notifíquese al notario Harold Chaves Ramos, la presente resolución, así como la parte dispositiva de la sentencia Nº 227-2016, dictada a las dieciséis horas y veintisiete minutos del treinta y uno de mayo del dos mil dieciséis (folio 20), por medio de edicto que se publicará por una vez en el Boletín Judicial. Notifíquese. San José, 24 de agosto del 2016. Licda. Derling Talavera Polanco, Jueza 1 vez.—Exonerado.—( IN2016067053 ). TRIBUNALES DE TRABAJO Remates SEGUNDA PUBLICACIÓN A las diez horas del veintiuno de noviembre del dos mil dieciséis, en la puerta exterior de este Despacho, al mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios comunes y anotaciones y con la base del valor declarado en la Municipalidad de San Carlos, según certificación expedida por dicho ente a las 08:33 horas del 5 de agosto del 2016, sea la base de ¢7,386,046,00, remataré: finca inscrita en Propiedad del Partido de Alajuela, folio real, matrícula N° 335.130-000, que es terreno de agricultura de piña de figura triangular, sita en La Palmera de San Carlos, distrito nueve del cantón diez de la provincia de Alajuela. Linda al norte: Israel Vargas Cubero, al sur Yaneth Arias Jiménez, Mario Enrique Arias Jiménez, María Nidia Arias Jiménez, Hernán Arias Salazar, al este: Inversiones Rey Rojo Sociedad Anónima y Alexis Jiménez, al oeste: Yaneth Arias Jiménez, Mario Enrique Arias Jiménez, María Nidia Arias Jiménez, y Hernán Arias Salazar, y al suroeste: Inversiones Rey Rojo Sociedad Anónima, Yaneth, Mario Enrique, María Nidia, todos Arias Jiménez y Hernán Arias Aguilar. Mide: veintidós mil setecientos treinta y dos metros con cincuenta y nueve decímetros cuadrados, según plano N° A-0459940-1998. Se remata por estar así ordenado en expediente: 06-300071-0297-LA, ordinario laboral de Humberto Gerardo González Ballestero contra Israel Vargas Cubero.—Juzgado Civil y Trabajo Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 7 de setiembre del 2016.—Elio Campos López, Juez.—Exonerado.—( IN2016070127 ). Avisos MSc. Silvia Elena Vargas Soto Jueza del Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José; Sección Primera; hace saber a Cerma Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3-101101680, representada por Mariela Madrigal Cervantes, que en este Despacho se tramita un proceso otros ord. sector privado en su contra, bajo el expediente N° 12-000515-1178-LA, donde se dictó la resolución que literalmente dicen: Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José (Oral-Electrónico). A las trece horas y diez minutos del diecinueve de junio del dos mil doce. Acorde con las modernas tecnologías, siendo el ser humano el eje central de la Administración de Justicia, y para promover una justicia de calidad, se ha establecido en el despacho la implementación del expediente electrónico, cuyo objetivo primordial es el brindar a los usuarios del sistema judicial, una opción ágil, de solucionar sus conflictos, a través de un procedimiento cero papel y la realización de audiencias orales, bajo el anterior contexto, se resuelve: De la anterior demanda BOLETIN JUDICIAL Nº 192 — Pág 11 ordinaria laboral y documentos aportados por Carlos Alfaro Mata cédula N° 1-0488-0728, se concede traslado por el plazo de diez días, a Cerma S. A., cédula jurídica N° 3-101-101680 representada por Mariela Madrigal Cervantes, para que la conteste por escrito (esto preferiblemente a través de formato digital), debiendo manifestarse respecto de los hechos, si reconoce éstos como ciertos o si los rechaza por inexactos, o bien, si los admite con variantes o rectificaciones, bajo el apercibimiento de que si así no lo hiciere, se tendrán por probados aquéllos sobre los cuales no haya dado contestación en forma debida. Asimismo, se le previene que al contestar la demanda deberá ofrecer la prueba que le interese, igualmente se le(s) previene que en el primer escrito que presente(n) debe(n) señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar de trabajo. b) Sexo. c) Fecha de nacimiento. d) Profesión u oficio. e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad. f) Estado civil. g) Número de cédula. h) Lugar de residencia. Remítase mandamiento al señor Jefe del Departamento de Cuenta Individual y Custodia de Planillas de la C.C.S.S., a efecto de que certifique el tiempo laborado, los salarios devengados, así como para cuáles patronos laboró el actor Carlos Alfaro Mata, cédula N° 0104880728, durante el período de noviembre del 2009 a enero del 2011. Notifíquese a la sociedad demandada la presente resolución o por medio de su representante, personalmente o por medio de cédula o copias de ley en su domicilio real. Artículos 19 y 20 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Para estos efectos, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales del Segundo Circuito Judicial de San José (Goicoechea). La parte demandada puede ser localizada en el siguiente domicilio real: Calle Blancos, del Supermercado Pali, 300 metros al sur. M.Sc. Ronald Cruz Álvarez, Juez. Expediente N° 12-000515-1178-LA. Notifíquese. Lo anterior se ordena así en proceso ord. sector privado de Carlos Alfaro Mata contra Cerma Sociedad Anónima; Expediente Nº 12-000515-1178LA.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José; Sección Primera, 27 de junio del 2016.—M.Sc. Silvia Elena Vargas Soto, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016067045 ). ADMINISTRACIÓN JUDICIAL Remates SEGUNDA PUBLICACIÓN En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las quince horas y cero minutos del veintidós de noviembre del dos mil dieciséis y con la base de nueve millones ochocientos cuarenta y tres mil quinientos setenta colones con sesenta y tres céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 136.160000, la cual es terreno para construir casa de interés social. Situada en el distrito 01 Guápiles, cantón 02 Pococí de la provincia de Limón. Colinda: al norte: Juan Badilla Castro; sur: calle pública con un frente a ella de 9.02 metros lineales; este: Henry Camacho Castro; oeste: Miguel Ángel Boza Loaiza y Noemy Valverde Sojo. Mide: trescientos siete metros cuadrados. Plano: L-1467160-2010. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos Pág 12 — BOLETIN JUDICIAL Nº 192 Jueves 6 de octubre del 2016 del siete de diciembre del dos mil dieciséis, con la base de siete millones trescientos ochenta y dos mil seiscientos setenta y siete colones con noventa y siete céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del veintitrés de diciembre del dos mil dieciséis, con la base de dos millones cuatrocientos sesenta mil ochocientos noventa y dos colones con sesenta y seis céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coocique R.L. contra Keneth Boza Valverde. Expediente: 16-000728-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, (Materia Cobro), 21 de setiembre del 2016.—Licda. Lilliam Ruth Álvarez Villegas, Jueza.—( IN2016070000 ). En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servd. Condic. bajo las citas 022800002499-01-0902-001, servidumbre de paso bajo las citas 052600018606-02-0005-001 y 0526- 00018606-02-0006-001, plazo de convalidación (rectificación de medida) bajo las citas 057600082554-01-0022-001; a las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del seis de febrero de dos mil diecisiete, y con la base de setenta mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número cuatrocientos cuarenta y siete mil doscientos setenta y dos cero cero cero la cual es terreno de caña. Situada en el distrito Santa Eulalia, cantón Atenas, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Lewis David y Luz Aurea ambos Dossier Espinoza; al sur, G Y Z Sistemas Periféricos S. A.; al este, Román Barrantes Castillo y al oeste, servidumbre en medio. Mide: cinco mil veintiséis metros con veintinueve decímetros cuadrados. Plano A-1099128-2006 para el segundo remate se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del veintiuno de febrero de dos mil diecisiete, con la base de cincuenta y dos mil quinientos dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del ocho de marzo de dos mil diecisiete con la base de diecisiete mil quinientos dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Francisco Javier Morelli Astua contra Once Lares Belén DEF Sociedad Anónima. Exp. N° 16-005685-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 5 de setiembre del 2016.—M.sc. Nidia Durán Oviedo, Jueza.—( IN2016070001 ). En la puerta exterior de este Despacho; libre de anotaciones y gravámenes prendarios, pero soportando colisión bajo la sumaria 16-000222-0495-TR; a las ocho horas y treinta minutos del veinte de febrero del año dos mil diecisiete, y con la base de setenta y dos mil trescientos veintinueve dólares con sesenta centavos (moneda de curso legal de los Estados Unidos de América), en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número CL 318530. Marca RAM. Estilo 2500. Categoría carga liviana. Capacidad 6 personas. Año 2015. Color plateado. Vin 3C6UR5FL1FG552091. Cilindrada 6700 CC. Combustible diesel. Motor Nº no aplica. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del siete de marzo del año dos mil diecisiete, con la base de cincuenta y cuatro mil doscientos cuarenta y siete dólares con veinte centavos (moneda de curso legal de los Estados Unidos de América) (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintidós de marzo del año dos mil diecisiete con la base de dieciocho mil ochenta y dos dólares con cuarenta centavos (moneda de curso legal de los Estados Unidos de América) (un veinticinco por ciento de la base inicial). NOTA: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica Sociedad Anónima contra Juan Carlos Arguedas Vega. Exp. N° 16-002117-1204-CJ.— Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Grecia (Materia Cobro), 4 de agosto del 2016.—Licda. Patricia Cedeño Leitón, Jueza.—( IN2016070006 ). En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada; a las quince horas y treinta minutos (03:30 p. m.) del ocho de noviembre del dos mil dieciséis y con la base de veinticinco millones quinientos noventa y siete mil ochocientos cuarenta y un colones con treinta céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 89702-000, la cual es terreno de café con una casa. Situada en el distrito 03 Orosi, cantón 02 Paraíso de la provincia de Cartago. Colinda: al norte calle pública con frente de 28.12 metros; al sur Emilio Portuguez Miranda, construido; al este Carlos Ramírez Sánchez, casa contigua y al oeste calle pública con frente de 10.99 metros. Mide: trescientos cuatro metros con sesenta decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y treinta minutos del veintitrés de noviembre del dos mil dieciséis, con la base de diecinueve millones ciento noventa y ocho mil trescientos ochenta colones con noventa y ocho céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las quince horas y treinta minutos del catorce de diciembre del dos mil dieciséis, con la base de seis millones trescientos noventa y nueve mil cuatrocientos sesenta colones con Treinta y dos céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Luis Mariano De La Trinidad Portuguez Miranda. Expediente: 16-005569-1164CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 22 de setiembre del 2016.—Licda. Pilar Gómez Marín, Jueza.—( IN2016070010 ). En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas: 27103970-01-0901-001; a las catorce horas y quince minutos del cuatro de noviembre de dos mil dieciséis, y con la base de veintidós millones quinientos veintisiete mil quinientos cuarenta y un colones con cinco céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 96330000, la cual es naturaleza: terreno para construir con una casa, situada en el distrito 1-Nicoya cantón 2-Nicoya de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, Herminia Soto Araya, sur, quebrada Matabuey, este, José Ángel Herra Herra, América Chacón Durán, oeste, calle pública con frente de 12,78 metros. Mide: doscientos cincuenta y dos metros con tres decímetros cuadrados, plano: G-0913739-1990. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y quince minutos del veintiuno de noviembre de dos mil dieciséis, con la base de dieciséis millones ochocientos noventa y cinco mil seiscientos cincuenta y cinco colones con setenta y nueve céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y quince minutos del seis de diciembre de dos mil dieciséis con la base de cinco millones seiscientos treinta y un mil ochocientos ochenta y cinco colones con veintiséis la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y Desarrollo Comunal contra Cristian Medina Obregón. Exp. N° 16-000579-1206-CJ.— Juzgado de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, Santa Cruz (Materia Cobro), 29 de agosto del año 2016.—Lic. Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez.—( IN2016070018 ). En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada citas: 35515409-01-0984-001; a las nueve horas y cero minutos del siete de noviembre del dos mil dieciséis y con la base de tres millones Jueves 6 de octubre del 2016 seiscientos treinta y dos mil ochocientos veinticinco colones con veintiocho céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 334123000, la cual es terreno para construir lote 85. Situada en el distrito 02 Cinco Esquinas, cantón 13 Tibás de la provincia de San José. Linderos: norte: lote 84, sur: lote 86, este: servidumbre, oeste: calle pública. Mide: ciento setenta y cinco metros con setenta y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del veintidós de noviembre del dos mil dieciséis, con la base de dos millones setecientos veinticuatro mil seiscientos dieciocho colones con noventa y seis céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del siete de diciembre del dos mil dieciséis, con la base de novecientos ocho mil doscientos seis colones con treinta y dos céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y Desarrollo Comunal contra El Talibán Sociedad Anónima, María Maribel Bustos Ortiz. Expediente: 16-001229-1206-CJ.—Juzgado de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, (Santa Cruz), (Materia Cobro), 30 de agosto del año 2016.—Lic. Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez.—( IN2016070019 ). En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada citas: 40101314-01-0804-001; a las ocho horas y cero minutos del siete de noviembre del dos mil dieciséis, y con la base de seis millones doscientos catorce mil noventa y nueve colones con veintidós céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 400429-001 y 002 la cual es terreno con una casa lote 6-a situada en el distrito 3-hospital cantón 1-San José de la provincia de San José. Linderos: norte, Jesús Gamboa y Franco Sequeira; sur, calle publica este, lote 5-A, oeste: lote 7-A. Mide: ciento diecisiete metros con trece decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del veintidós de noviembre de dos mil dieciséis, con la base de cuatro millones seiscientos sesenta mil quinientos setenta y cuatro colones con cuarenta y dos céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del siete de diciembre de dos mil dieciséis con la base de un millón quinientos cincuenta y tres mil quinientos veinticuatro colones con ochenta y un céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y Desarrollo Comunal contra Ana Patricia Isabel Montero Solano, Gerardo Guillermo Agüero Castillo, Michael Gerardo Agüero Montero. Exp. N° 16-000581-1206-CJ.—Juzgado de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz) (Materia Cobro), 29 de agosto del 2016.—Lic. Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez.—( IN2016070020 ). En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las quince horas y cero minutos del diez de noviembre de dos mil dieciséis, y con la base de veintinueve millones sesenta y un mil setecientos setenta y dos colones con noventa y seis céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 110296-000, la cual es naturaleza: terreno de frutales con una casita , situada en el distrito 3-Veintisiete Abril cantón 3-Santa Cruz de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, calle pública con un frente de 45 metros 37centímetros; sur, Mayra Álvarez Leal y Alejandro Leal Leal; este, calle pública con un frente de 45 metros 48 centímetros; oeste, calle pública con un frente d 48 metros 48 centímetros. Mide: dos mil novecientos BOLETIN JUDICIAL Nº 192 — Pág 13 ochenta y seis metros con setenta y tres decímetros cuadrados. Plano: G-0175533-1994. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del veinticinco de noviembre del dos mil dieciséis, con la base de veintiún millones setecientos noventa y seis mil trescientos veintinueve colones con setenta y dos céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del trece de diciembre del dos mil dieciséis, con la base de siete millones doscientos sesenta y cinco mil cuatrocientos cuarenta y tres colones con veinticuatro céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y Desarrollo Comunal contra Hugo Francisco Zúñiga Pizarro, Luis Antonio Agustin Zuñiga Oviedo, Luis Fernando Zúñiga Pizarro. Exp. N° 16-001321-1206-CJ.—Juzgado de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, Santa Cruz, (Materia Cobro), 14 de setiembre del 2016.—Lic. Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez.—( IN2016070021 ). En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas 29610959-01-0964-001; a las nueve horas y cero minutos del nueve de noviembre de dos mil dieciséis, (primer remate) y con la base de ¢27.000.000,00, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 191313-000 la cual es terreno para construir, situada en el distrito 03- Puerto Carrillo cantón 11-Hojancha de la provincia de Guanacaste. Linderos: Norte, servidumbre de paso con un frente de 17.12 metros y un ancho de 6 metros; sur, calle pública con un frente de 18.16 metros; este, Inmobiliaria Celajes Playa Carrillo Sociedad Anónima; oeste, Inmobiliaria Celajes Playa Carrillo Sociedad Anónima. Mide: Seiscientos tres metros cuadrados. Plano: G-1537379-2011. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del veinticuatro de noviembre de dos mil dieciséis, con la base de ¢20.250.000,00 (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del doce de diciembre de dos mil dieciséis con la base de ¢6.750.000,00 (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Julio Cesar Segura Cordero. Exp. N° 16-000873-1206CJ.—Juzgado de Cobro y Tránsito del segundo Circuito Judicial de Guanacaste, Santa Cruz (Materia Cobro), 07 de setiembre del 2016.—Lic. Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez.—( IN2016070030 ). En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando citas: 351-03092-01-0904-001 condiciones ref:00032405 000, plazo de convalidación (rectificación de medida) citas: 556-12003-01- 0005-001; a las diez horas y cuarenta y cinco minutos del nueve de noviembre de dos mil dieciséis, y con la base de ¢20.000.000,00, (primer remate) en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 54961-001 y 002 la cual es terreno de solar con una cabina y árboles frutales situada en el distrito 3-San Antonio cantón 2-Nicoya de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, Asociación de Desarrollo Integral de Moracia de Nicoya, UR: Junta de Educación de Moracia de Nicoya este, Corina Díaz Obando, oeste: calle publica con un frente de 51,27 metros. Mide: cuatro mil setecientos setenta y cinco metros con veintiún decímetros cuadrados, plano: G-0598953-1985. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del veinticuatro de noviembre de dos mil dieciséis, con la base de ¢15.000.000,00 (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del doce de Pág 14 — BOLETIN JUDICIAL Nº 192 Jueves 6 de octubre del 2016 diciembre de dos mil dieciséis con la base de ¢5.000.000,00 (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica Contra Kennia Milena Villafuerte Marchena, Luis Ademar Fonseca Orias. Exp. 16-000872-1206-CJ.—Juzgado de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, Santa Cruz, (Materia Cobro), 8 de setiembre del 2016.—Lic. Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez.—( IN2016070032 ). En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones y servidumbre de líneas eléctricas y de paso; a las diez horas y cero minutos del diecisiete de noviembre de dos mil dieciséis, y con la base de tres millones seiscientos cincuenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ochenta y seis mil novecientos diecisiete cero cero cero la cual es terreno lote 12, terreno para construir actualmente con una casa en el construida. Situada en el distrito 01 Guápiles, cantón 02 Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte calle pública con 10,18 metros de frente; al sur Juan de Dios Aguilar Barboza; al este, Juan de Dios Aguilar Barboza y al oeste, Juan de Dios Aguilar Barboza. Mide: doscientos tres metros con sesenta decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del dos de diciembre de dos mil dieciséis, con la base de dos millones setecientos treinta y siete mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del veinte de diciembre de dos mil dieciséis con la base de novecientos doce mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Arnold Rolando Chacon Valenciano. Exp. N° 16- 000740-1209-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía de Pococí, (Materia Cobro), 23 de mayo del año 2016.—Lic. Johnny Esquivel Vargas, Juez.—( IN2016070073 ). En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando condiciones citas: 371-0816301-0961-001, a las diez horas y treinta minutos del catorce de noviembre del dos mil dieciséis, y con la base de dos millones seiscientos catorce mil ochocientos treinta y un colones con veinticinco céntimos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento setenta y cinco mil seiscientos veintiocho-cero cero cero (175628-000), la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 03-Las Horquetas, cantón 10-Sarapiquí, de la provincia de Heredia. Colinda: Al norte, Aquilino Carrillo Carrillo y Basilia Carrillo Gómez; al sur, calle pública con un frente de 11 metros; al este, Aquilino Carrillo Carrillo y Basilia Carrillo Gómez, y al oeste, Aquilino Carrillo Carrillo y Basilia Carrillo Gómez. Mide: Doscientos noventa y siete metros con quince decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las diez horas y treinta minutos del veintinueve de noviembre del dos mil dieciséis, con la base de un millón novecientos sesenta y un mil ciento veintitrés colones con cuarenta y cuatro céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las diez horas y treinta minutos del quince de diciembre del dos mil dieciséis, con la base de seiscientos cincuenta y tres mil setecientos siete colones con ochenta y un céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Ana Cecilia Gómez Carrillo, José Wilmer Gómez Carrillo. Expediente Nº 16004157-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia (Materia Cobro), 22 de setiembre del 2016.—Licda. Noelia Prendas Ugalde, Jueza.—( IN2016070112 ). En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas: 031100005678-01-0901-001, reservas y restricciones citas: 386-1377001-0811-001, obligaciones Ref: 1600 312 001 citas: 386-13770-010812-001, reservas y restricciones citas: 386-13770-01-0813-001; a las siete horas y treinta minutos del seis de marzo de dos mil diecisiete, y con la base de cuarenta y tres mil diecisiete dólares con cincuenta y cuatro centavos, la finca primera y la segunda finca ocho mil ciento noventa y tres dólares con ochenta centavos de dólar en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca 1 inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento cuarenta y cinco mil novecientos doce cero cero cero la cual es terreno lote 25 para construir lote 28. Situada en el distrito 01 Miramar, cantón 04 Montes de Oro, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, servidumbre agrícola en medio de lotes 10 y 11; al sur, lotes 31 y 32; al este, lote 27 y al oeste, lote 27. Mide: diez mil cuarenta y un metros con sesenta y seis decímetros cuadrados. Finca 2 inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 620032-000 la cual es terreno repasto. Situada en el distrito 05 San Rafael, cantón 04 Puriscal, de la provincia de San José. Colinda: al noreste, Asdrubal Salazar Jiménez; al noroeste, yurro en medio, Dagoberto Jiménez Chavarría; al sureste, calle pública en una extensión de diecinueve metros con tres centímetros lineales y al suroeste, Belsevi Salazar Jiménez. Mide: siete mil trescientos veintiséis metros con cero decímetros cuadrados. para el segundo remate se señalan las siete horas y treinta minutos del veintiuno de marzo del dos mil diecisiete, con la base de treinta y dos mil doscientos sesenta y tres dólares con quince centavos de dólar la primera finca, la segunda finca seis mil ciento cuarenta y cinco dólares con treinta y seis centavos de dólar (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las siete horas y treinta minutos del cinco de abril del dos mil diecisiete, con la base de diez mil setecientos cincuenta y cuatro dólares con treinta y ocho centavos de dólar la primer finca y la segunda finca dos mil cuarenta y ocho dólares con cuarenta y cinco centavos de dólar (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Cera Corp. Inc. Sociedad de Responsabilidad Limitada, Lizzett Cecilia Arce Vargas. Exp. N° 14-001250-1207-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, 27 de julio del 2016.— Msc. Hazel Murillo Parajón, Juez.—( IN2016070115 ). En la puerta exterior de este Despacho; 1) Libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas: 0307-00016446-01-0901-002; a las nueve horas y treinta minutos del veintitrés de febrero del dos mil diecisiete, y con la base de cincuenta y tres mil novecientos veintiocho dólares con tres centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: 1) Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento noventa y cuatro mil setecientos sesenta y nueve cero cero cero la cual es terreno para construir lote 1. Situada en el distrito 01 Quepos, cantón 06 Quepos, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Condohotel Hacienda Pacifica S. A.; al sur, Condohotel Hacienda Pacifica S. A.; al este, calle pública con 18.05 metros y al oeste, Banco Improsa S. A. en calidad de fiduciario. Mide: mil metros con cero decímetros cuadrados. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las nueve horas y treinta minutos del diez de marzo del dos mil diecisiete, con la base de cuarenta mil cuatrocientos cuarenta y seis dólares con dos centavos (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer Jueves 6 de octubre del 2016 remate, se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintisiete de marzo de dos mil diecisiete, con la base de trece mil cuatrocientos ochenta y dos dólares con un centavos (un 25% de la base original). 2) Libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas: 0307-00016446-01-0901-002; a las nueve horas y treinta minutos del veintitrés de febrero del dos mil diecisiete, y con la base de cincuenta y tres mil novecientos veintiocho dólares con tres centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: 1) Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento noventa y cuatro mil setecientos setenta mil cero cero cero la cual es terreno para construir lote 2. Situada en el distrito 01 Quepos, cantón 06 Quepos, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Condohotel Hacienda Pacifica S. A.; al sur, Condohotel Hacienda Pacifica S. A.; al este, calle pública con 20.19 metros y al oeste, Banco Improsa S. A. en calidad de fiduciario. Mide: mil metros con cero decímetros cuadrados.- de no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las nueve horas y treinta minutos del diez de marzo del dos mil diecisiete, con la base de cuarenta mil cuatrocientos cuarenta y seis dólares con dos centavos (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintisiete de marzo del dos mil diecisiete, con la base de trece mil cuatrocientos ochenta y dos dólares con un centavos (un 25% de la base original). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Johan Enrique Fernández Hernández. Exp. N° 16-000821-1207-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, 4 de agosto del 2016.—Lic. Alejandro Brenes Cubero, Juez.—( IN2016070133 ). En la puerta exterior de este Despacho; Soportando Hipoteca de primer grado Citas: 2012-00211850-01-0003-001 y Reservas y Restricciones 0374-00009322-01-0900-001; a las diez horas y treinta minutos del quince de noviembre de dos mil dieciséis, y con la base de nueve millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuarenta y un mil seiscientos nueve-cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno de agricultura con una casa de habitación. Situada en el distrito Cariari, cantón Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: Al norte, Río Carlos Luna; al sur, frente a calle pública de 105.33 m; al este, Óscar Hidalgo Chinchilla y al oeste, Río Carlos Luna. Mide: Nueve mil novecientos veintisiete metros con cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del treinta de noviembre de dos mil dieciséis, con la base de seis millones setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del quince de diciembre de dos mil dieciséis con la base de dos millones doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Kenneth Calderón Mora contra Inversiones Sharon del Sur S. A. Exp. N° 15-040756-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 18 de abril del 2016.—Licda. Jessica Vargas Barboza, Jueza.—( IN2016070207 ). En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre de paso según la citas: 0441-00018473-01-0021-001, servidumbre de acueductos según citas: 0569-00014617-01-0040-001; a las diez horas y cero minutos del veintiséis de octubre del dos mil dieciséis, y con la base de sesenta y tres millones quinientos seis mil ciento setenta y un colones con cuarenta y dos céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento noventa y siete mil quinientos ochenta y nueve- cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito Cobano, cantón Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, calle pública con un frente de 29.03 metros; al sur, Tango Mar S. A.; al BOLETIN JUDICIAL Nº 192 — Pág 15 este, Odino de Genova S. A. y al oeste, Odino de Genova S. A. Mide: mil quinientos cuarenta y un metros con cuarenta y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del diez de noviembre del dos mil dieciséis, con la base de cuarenta y siete millones seiscientos veintinueve mil seiscientos veintiocho colones con cincuenta y siete céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del veinticinco de noviembre del dos mil dieciséis, con la base de quince millones ochocientos setenta y seis mil quinientos cuarenta y dos colones con ochenta y cinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Crédito Agrícola Cartago contra William Enrique de los Ángeles Flores Mora. Exp. N° 14-004752-1207-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, 11 de agosto del 2016.—Lic. Alejandro Brenes Cubero, Juez.—( IN2016070689 ). En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las catorce horas y cero minutos del nueve de noviembre del dos mil dieciséis y con la base de cincuenta millones quinientos treinta y siete mil ochocientos cinco colones con cincuenta y cinco céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 623275000 cero cero cero, la cual es terreno con 5 casas y una bodega. Situada en el distrito 12 Gravilias, cantón 03 Desamparados de la provincia de San José. Colinda: al norte calle pública con 25 mts 51 cms cuadrados; al sur Viviana Gamboa Bermúdez; al este Juan Alfaro Segura y al oeste Furo de Costa Rica S. A. Mide: seiscientos cuarenta y un metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del veinticuatro de noviembre del dos mil dieciséis, con la base de treinta y siete millones novecientos tres mil trescientos cincuenta y cuatro colones con dieciséis céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del doce de diciembre del dos mil dieciséis, con la base de doce millones seiscientos treinta y cuatro mil cuatrocientos cincuenta y un colones con treinta y nueve céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Carlos Ivo Gamboa Salazar. Expediente: 15027713-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 13 de setiembre del 2016.—Lic. Marco Vinicio Alfaro Rodríguez, Juez.—( IN2016070845 ). En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios y colisiones; a las nueve horas y quince minutos del veintitrés de enero de dos mil diecisiete, y con la base de cinco millones doscientos diecinueve mil sesenta colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo Placa 602341, marca Suzuki, estilo Gran Vitara, categoría automóvil, capacidad 7 personas, año 2001, color gris, carrocería Station Wagon o familiar, tracción 4x4, combustible gasolina. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y quince minutos del siete de febrero de dos mil diecisiete, con la base de tres millones novecientos catorce mil doscientos noventa y cinco colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y quince minutos del veintidós de febrero de dos mil diecisiete con la base de un millón trescientos cuatro mil setecientos sesenta y cinco colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Máxima Capitales Sociedad Anónima contra Martha Isabel Cedano Becerra, Víctor Alexander Martínez Ramírez. Exp. N° 12-0222261170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 14 de setiembre del 2016.—MDE. José Manuel Chaves Redondo, Juez.—( IN2016071189 ). Pág 16 — BOLETIN JUDICIAL Nº 192 Jueves 6 de octubre del 2016 En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre de aguas pluviales citas: 574-05234-01-0652-001, servidumbre de aguas pluviales, citas: 574-05234-01-0476-001, serv canal riegref: citas: 343-04417-010001-001, servidumbre trasladada citas: 335-10332-01-0901-001, reservas y restricciones citas: 311-09049-01-0901-001; a las trece horas y treinta minutos (una hora treinta minutos pasado meridiano) del siete de noviembre de dos mil dieciséis, y con la base de once millones quinientos noventa y ocho mil setecientos treinta y seis colones con treinta y cuatro céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 65113 F-000 la cual es naturaleza: finca filial primaria individualizada número cuatro-A apta para construir que se destinara a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada en el distrito 6-San Isidro, cantón 1-Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, finca filial primaria individualizada número tres-A sur, finca filial primaria individualizada número cinco-A este, finca filial primaria individualizada número trece-A oeste, área común libre de acceso dos. Mide: trescientos dos metros con cuarenta Decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos (una hora treinta minutos pasado meridiano) del veintidós de noviembre de dos mil dieciséis, con la base de ocho millones seiscientos noventa y nueve mil cincuenta y dos colones con veinticinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos (una hora treinta minutos pasado meridiano) del siete de diciembre de dos mil dieciséis con la base de dos millones ochocientos noventa y nueve mil seiscientos ochenta y cuatro colones con ocho céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional DE Costa Rica contra Roger Martín González Alfaro. Exp: 12-008264-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 14 de setiembre del año 2016.—Licda. Cinthia Pérez Moncada, Jueza.—( IN2016071404 ). En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones (citas: 29606446-01-0953-002); a las trece horas y quince minutos (una hora y quince minutos pasado meridiano) del catorce de noviembre del dos mil dieciséis, y con la base de noventa y un millones ochocientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento sesenta y un mil ochocientos setenta y seis cero cero cero la cual es de naturaleza: terreno para construir con una edificación. Situada en el distrito 6-Nosara, cantón 2-Nicoya, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Marcial Bejarano Bejarano; al sur, María Antonia Ruiz Noguera; al este calle a Nosara y al oeste, María Antonia Ruiz Noguera. Mide: mil cuatrocientos sesenta y tres metros con sesenta y seis decímetros cuadrados.- para el segundo remate se señalan las trece horas y quince minutos (una hora y quince minutos pasado meridiano) del veintinueve de noviembre del dos mil dieciséis, con la base de sesenta y ocho millones ochocientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las trece horas y quince minutos (una hora y quince minutos pasado meridiano) del quince de diciembre de dos mil dieciséis con la base de veintidós millones novecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Jorge Arturo López Ruiz. Exp. N° 15-008809-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 20 de setiembre del 2016.—Licda. Cinthia Pérez Moncada, Jueza.—( IN2016071465 ). En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las catorce horas y treinta minutos del veinticuatro de octubre del año dos mil dieciséis y con la base de veintidós mil dólares exactos en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placa BCF612. Marca: Chevrolet, categoría: Automóvil, serie: KL1JJ5CE7CB105382, carrocería: Sedan 4 puertas, tracción: 4X2, Chasis: KL1JJ5CE7CB105382, Vin: KL1JJ5CE7CB105382, Cabina: Sencilla, Techo: Techo duro, Est. Tribut: Pago derechos de aduana, uso: Particular, capacidad: 5 personas, año: 2012, Color: Negro. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del ocho de noviembre del año dos mil dieciséis con la base de dieciséis mil quinientos dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del veintitrés de noviembre del año dos mil dieciséis con la base de cinco mil quinientos dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco de Costa Rica contra Mauricio Manuel Ferllini Morice. Exp: 15-0009771012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, 23 de setiembre del 2016.—Msc. Christian Mora Acosta, Juez.—( IN2016071466 ). En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas Ley Forestal, citas: 32914352-01-0004-001, reservas Ley Aguas, citas: 329-14352-010003-001 y Reservas Ley Caminos, citas: 329-14352-01-0002001; a las diez horas y cero minutos del dieciséis de enero del dos mil diecisiete y con la base de diecisiete millones quinientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número cuarenta y dos mil seiscientos diez-cero cero cero, la cual es terreno para agricultura, lote 76. Situada en el distrito 05 Pittier, cantón 08 Coto Brus de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte calle pública con 386.32 cm de frente; al sur Rodrigo Solano Calderón; al este Javier Garita Madrigal y al oeste Javier Garita Madrigal. Mide: cincuenta y cinco mil seiscientos noventa y cuatro metros con sesenta y dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del treinta y uno de enero del año dos mil diecisiete, con la base de trece millones ciento veinticinco mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del quince de febrero del dos mil diecisiete, con la base de cuatro millones trescientos setenta y cinco mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Javier Antonio Garita Madrigal. Expediente: 16-003745-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, (Materia Cobro), 14 de setiembre del 2016.— Licda. Eileen Chaves Mora, Jueza.—( IN2016072663 ). En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y treinta minutos del nueve de noviembre de dos mil dieciséis y con la base de cincuenta y nueve mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 57278000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 01 Oriental, cantón 01 Cartago de la provincia de Cartago. Colinda: al norte avenida quinta; al sur Enrique Morales; al este José Joaquín Jiménez y al oeste Lillian Jiménez. Mide: ciento noventa metros con dieciséis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del veinticuatro de noviembre de dos mil dieciséis, con la base de cuarenta y cuatro mil doscientos cincuenta dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, Jueves 6 de octubre del 2016 para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del quince de noviembre de dos mil dieciséis, con la base de catorce mil setecientos cincuenta dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Agrícola Cartago Mil Novecientos Cincuenta y Uno Sociedad Anónima contra Ligia María De Los Remedios Jiménez Díaz. Expediente: 16-005650-1164-CJ.— Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 22 de setiembre del 2016.—Licda. Pilar Gómez Marín, Jueza.—( IN2016072669 ). PRIMERA PUBLICACIÓN En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, pero soportando colisión: sumaria Nº 14-005989-0174TR; colisión sumaria Nº 15-004800-0174-TR, a las catorce horas y cero minutos del veintisiete de octubre del dos mil dieciséis, y con la base de seis mil cuatrocientos tres dólares con sesenta y un centavos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Vehículo: placa 579385, marca: Mitsubishi, estilo: Montero Sport, capacidad: 5 personas, Nº chasis: JMY0RK9605J000216, año fabricación: 2005, color: plateado número. Para el segundo remate, se señalan las catorce horas y cero minutos del once de noviembre del dos mil dieciséis, con la base de cuatro mil ochocientos dos dólares con setenta centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las catorce horas y cero minutos del veintiocho de noviembre del dos mil dieciséis, con la base de mil seiscientos dólares con noventa centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Previo a realizar la publicación del edicto, deberá la parte actora verificar los datos del mismo, en caso de que exista algún error informar al Despacho para su debida corrección. Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales (VEINSA) Sociedad Anónima contra Luis Ricardo Sandoval Carpio. Expediente Nº 16004716-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 27 de setiembre del 2016.— Licda. Andrea Latiff Brenes, Jueza.—( IN2016065684 ). En la puerta exterior de este Despacho, libre de anotaciones y gravámenes prendarios, a las diez horas y treinta minutos del veinticuatro de octubre del dos mil dieciséis, y con la base de un millón de colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Vehículo: placas número CL-097288, marca: Toyota, estilo: Hilux, categoría: carga liviana, capacidad: 2 personas, año: 1983, color: negro, vin: no indicado, cilindrada: 2366 cc, combustible: gasolina, motor Nº: no indicado. Para el segundo remate, se señalan las diez horas y treinta minutos del ocho de noviembre del dos mil dieciséis, con la base de setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las diez horas y treinta minutos del veintitrés de noviembre del dos mil dieciséis, con la base de doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de José Francisco Barrantes Campos contra Kattya Vanessa Gómez Hernández. Expediente Nº 16-001377-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Menor Cuantía y Contravencional de Grecia, (Materia Cobro), 27 de junio del 2016.—Lic. José Joaquín Murillo Montero, Juez.—( IN2016066035 ). En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas y cero minutos (9:00 a. m.) del nueve de noviembre de dos mil dieciséis, y con la base de un millón seiscientos veintisiete mil ciento cincuenta y cinco colones BOLETIN JUDICIAL Nº 192 — Pág 17 con cincuenta céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placa N° CL-169039, marca: Isuzu, categoría: Carga liviana, chasis: 4S1CL11L2L4212410, capacidad: 3 personas, año: 1990. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del veinticinco de noviembre de dos mil dieciséis, con la base de un millón doscientos veinte mil trescientos sesenta y seis colones con sesenta y dos céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del catorce de diciembre de dos mil dieciséis con la base de cuatrocientos seis mil setecientos ochenta y ocho colones con ochenta y siete céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Po Sheng Tseng Lu contra Mainor Alexander Chacon Cordero. Exp. N° 14-007649-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 21 de setiembre del 2016.—Licda. Karina Quesada Blanco, Jueza.—( IN2016070069 ). En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las catorce horas y cero minutos (dos horas y cero minutos pasado meridiano) del veinticuatro de octubre del dos mil dieciséis y con la base de treinta y nueve millones quinientos diecinueve mil quinientos colones con cincuenta y un céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento ochenta y dos mil quinientos veintiuno cero cero cero, la cual es de naturaleza: terreno para construir con 2 casas y local comercial. Situada en el distrito 01 Escazú, cantón 02 Escazú de la provincia de San José. Colinda: al norte avenida 5 con 16 m; al sur Leonidas Hidalgo; al este Ramón Altamirano y al oeste calle 2 con 8 m 20 cm. Mide: ciento sesenta y tres metros con veinticinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos (dos horas y cero minutos pasado meridiano) del ocho de noviembre del dos mil dieciséis, con la base de veintinueve millones seiscientos treinta y nueve mil seiscientos veinticinco colones con treinta y ocho céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos (dos horas y cero minutos pasado meridiano) del veintitrés de noviembre del dos mil dieciséis, con la base de nueve millones ochocientos setenta y nueve mil ochocientos setenta y cinco colones con doce céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Crédito Agrícola de Cartago contra Gino Alberto Batista Altamirano, María Elena Umaña Solís. Expediente: 11-001532-0638-CI.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, (Materia Cobro), 21 de setiembre del 2016.—Licda. Cinthia Pérez Moncada, Jueza.—( IN2016070184 ). En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas del tres de noviembre de dos mil dieciséis, y con la base de veinte millones ochocientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula N° 393263-000 la cual es terreno con una casa. Situada en el distrito 01 Naranjo, cantón 06 Naranjo, de la provincia de Alajuela. Colinda: al noreste, Óscar Montero Torres; al noroeste, Adita y Luz Mary Montero Torres; al sureste, Óscar Montero Torres, y al suroeste, servidumbre de paso con un frente de nueve metros lineales. Mide: ciento veintiséis metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas del veintitrés de noviembre de dos mil dieciséis, con la base de quince millones seiscientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas del nueve de diciembre de dos mil dieciséis con la base de cinco Pág 18 — BOLETIN JUDICIAL Nº 192 Jueves 6 de octubre del 2016 millones doscientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Gilber Sibaja Montero y Olga Rojas Paniagua. Exp. N° 16-004566-1164CJ.—Juzgado Especializado De Cobro De Cartago, 9 de setiembre del 2016.—Licda. Karina Quesada Blanco, Jueza.—( IN2016072704 ). En la puerta exterior de este Despacho; soportando servidumbre de paso bajo las citas tomo 2011 asiento 110946; a las diez horas y cero minutos del cuatro de noviembre de dos mil dieciséis, y con la base de dieciséis millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número seiscientos cuatro mil cuatrocientos veinticuatro-cero cero cero la cual es terreno de café. Situada en el distrito (02) San Lorenzo, cantón (05) Tarrazú, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública, Alexis Andrey Leiva Gamboa; al sur, Oldemar Vargas Jiménez Juan Camacho Rodríguez Alexis Andrey Leiva Gamboa; al este, Oldemar Vargas Jiménez Aurea de Tarrazú S. A., Alexis Andrey Leiva Gamboa, y al oeste, José Gerardo Jiménez Barca. Mide: Dos mil trescientos veintidós metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del veintiuno de noviembre de dos mil dieciséis, con la base de doce millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del siete de diciembre de dos mil dieciséis con la base de cuatro millones de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Cooperativa de Productores Agrícolas y Servicios Múltiples de La Zona de Los Santos R.L contra Erick Yanuario Picado Navarro. Exp. N° 16-005323-1164-CJ.— Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 13 de setiembre del 2016.—Licda. Marcela Brenes Piedra, Jueza.—( IN201672707 ). Público, Partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento cincuenta y seis mil seiscientos sesenta y uno cero cero uno, cero cero dos, la cual es terreno de solar y una casa. Situada en el distrito 01 Guácimo, cantón 06 Guácimo, de la provincia de Limón. Colinda: Al norte, calle pública con un frente de 22 metros 68 centímetros; al sur, Mauricio Mora Ortega; al este, Juan José Díaz Gutiérrez y al oeste, Zacatecoluca S. A. Mide: Novecientos setenta y cuatro cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del diecisiete de febrero de dos mil diecisiete, con la base de once millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del seis de marzo de dos mil diecisiete con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Miriam de los Ángeles Mora Navarro, Ricardo Martín Morales Castillo Exp: 16- 001516-1209-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía de Pococí (Materia Cobro), 11 de agosto del 2016.—Lic. Johnny Esquivel Vargas, Juez.—( IN2016072726 ). En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando Reservas y restricciones bajo las citas 319-14679-01-0901-016 y 319- 14679-01-0910-001; a las trece horas y treinta minutos del dieciocho de enero de dos mil diecisiete, y con la base de quince mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número sesenta y tres mil ciento veintidós F cero cero cero la cual es terreno finca filial primaria individualizada ocho apta para construir que se destinara a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos plantas. Situada en el distrito 1 Parrita, cantón 9 Parrita, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, filial siete, área común destinada a acera y acceso vehicular numero dos; al sur, área común destinada a acera, calle pública con un frente de ochenta y cuatro metros ochenta y seis centímetros y línea de retiro de ampliación vial; al este filial nueve y al oeste filial siete. Mide: Dos mil trescientos treinta y cuatro metros con cincuenta y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del dos de febrero de dos mil diecisiete, con la base de once mil doscientos cincuenta dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del diecisiete de febrero de dos mil diecisiete con la base de tres mil setecientos cincuenta dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Jorge Luis León González contra Costa Esterillos Estates Albahaca Cero Cero Ocho S. A. Exp. N° 16-008044-1170CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 12 de setiembre del 2016.—Licda. Peggy Corrales Chaves, Jueza.—( IN2016072711 ). En la puerta exterior de este Despacho; a las ocho horas y treinta minutos del cinco de diciembre del año dos mil dieciséis, libres de gravámenes hipotecarios y con sus respectivas bases, en el mejor postor remataré lo siguiente: 1) Con la base de cinco millones seiscientos cuarenta y ocho mil cuatrocientos noventa y nueve colones con ochenta y ocho céntimos, la finca del Partido de Alajuela, matrícula N° 426.332-001-002, la cual es terreno de potrero. Situada en el distrito 3, Cote cantón 15, Guatuso, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, río Treminio; sur, camino público y Elí Campos Pineda; este, Adelia Murillo Murillo y Milady Alvarado Murillo; oeste, río Treminio. Mide: trescientos cincuenta mil un metros con noventa y nueve decímetros cuadrados. Plano: A-0995136-1992. 2) Con la base de seis millones cuatrocientos cincuenta y siete mil ciento cincuenta y siete colones con ochenta y tres céntimos, la finca del Partido de Alajuela, matrícula N° 198.368001-003-004, la cual es terreno de repasto y bosques con una casa. Situada en el distrito 3, Cote cantón 15, Guatuso, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, camino público y río Treminio; sur, Elí Campos Pineda y río Treminio; este, río Treminio; oeste, Adelia Murillo Murillo y Milady Alvarado Murillo. Mide: Cuatrocientos noventa mil setecientos sesenta y un metros con noventa decímetros cuadrados. Plano: A-0995137-1991. Para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintiuno de diciembre del año dos mil dieciséis, con la base de cuatro millones doscientos treinta y seis mil trescientos setenta y cuatro colones con noventa y un céntimos (rebajada en un 25%) por la finca número 426.332-001-002; y con la base de cuatro millones ochocientos cuarenta y dos mil ochocientos sesenta y ocho colones con treinta y siete céntimos por la finca número 198.368001-003-004. De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas y treinta minutos del diecinueve de enero del año dos mil diecisiete, con la base de un millón cuatrocientos doce mil ciento veinticuatro colones con noventa y siete céntimos (un 25% de la base original) por la finca número 426.332-001-002; y con la base de un millón seiscientos catorce mil doscientos ochenta y nueve colones con cuarenta y seis céntimos por la finca número 198.368-001-003-004. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coocique R. L. contra Adelia María Murillo Murillo, Eddie Alberto Aguilar Alvarado, Milady Alvarado Murillo. Exp. N° 16-000994-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 22 de setiembre del 2016.—Licda. Lilliam Ruth Álvarez Villegas, Jueza.—( IN2016072730 ). En la puerta exterior de este Despacho; soportando hipotecas en primer, segundo, tercer y cuarto grado y reservas y restricciones; a las quince horas y cero minutos del dos de febrero de dos mil diecisiete, y con la base de quince millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios pero soportando anotación de demanda ordinaria bajo las citas 469-07178-01-0001-001 y servidumbre trasladada bajo las citas 378-07484-01-0935-001; a las nueve horas y cero minutos del veinte de octubre del dos mil dieciséis, y con la base de treinta Jueves 6 de octubre del 2016 millones colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento veintitrés mil cuatrocientos veintiséis guión cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno para construir lote 4B. Situada en el distrito 01 Tejar, cantón 08 El Guarco, de la provincia de Cartago. Colinda: Al norte, Humberto Ortiz Leiva; al sur, Humberto Ortiz Leiva; al este, calle pública con 10.04 cm y al oeste, Guarco S. A. Mide: Ciento veintidós metros con sesenta y nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del cuatro de noviembre de dos mil dieciséis, con la base de veintidós millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del veintiuno de noviembre de dos mil dieciséis con la base de siete millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso abreviado de Jorge Mario Fuentes Rojas contra María Calvo Uva Exp: 10-000540-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 01 de agosto del 2016.—Lic. Mateo Ivankovich Fonseca, Juez.—( IN2016072733 ). En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; pero soportando anotación de cambio de características de bien mueble al tomo 2014, asiento 00044122, secuencia 001; a las catorce horas y treinta minutos del veintisiete de octubre de dos mil dieciséis, y con la base de un millón seiscientos cincuenta y cuatro mil seiscientos cuarenta y ocho colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas N° 537410, marca Mitsubishi, estilo Montero, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 1999, color azul, vin JA4LS21G0XP009615, cilindrada 2400 cc, combustible gasolina, motor Nº 4G64YB5447. Para el segundo remate se señalan las catorce horas treinta minutos del once de noviembre de dos mil dieciséis, con la base de un millón doscientos cuarenta mil novecientos ochenta y seis colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del veintiocho de noviembre de dos mil dieciséis con la base de cuatrocientos trece mil seiscientos sesenta y dos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Grupo Canafin S. A. contra Comandos Inteligencia Y Seguridad Cis S. A. Exp. N° 15-018854-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 29 de marzo del 2016.— Lic. Raúl Buendía Ureña, Juez.—( IN2016072742 ). En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las diez horas y cero minutos del veintiséis de octubre del año dos mil dieciséis, y con la base de siete millones trescientos cincuenta mil ochocientos cuatro colones con sesenta y cinco céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número SJB-012344, marca Nissan, estilo Urvan, categoría microbús, capacidad 15 personas, año 2010, color blanco, Vin JN1VG4E25Z0780245, cilindrada 2953 c.c., combustible diesel, motor Nº ZD30237488K. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del diez de noviembre del año dos mil dieciséis, con la base de cinco millones quinientos trece mil ciento tres colones con cuarenta y nueve céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del veinticinco de noviembre del año dos mil dieciséis con la base de un millón ochocientos treinta y siete mil setecientos un colones con dieciséis céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Credi Q Inversiones CR S. A. contra Luis Gerardo De Jesús Arias Méndez. Exp. N° 15-000532-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón (Materia Cobro), 19 de agosto del 2016.—Lic. José Ricardo Cerdas Monge, Juez.—( IN2016072772 ). BOLETIN JUDICIAL Nº 192 — Pág 19 En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 35919554-01-0905-001, a las nueve horas y cero minutos (antes meridiano) del veintiuno de noviembre de dos mil dieciséis, y con la base de doscientos setenta y cinco mil cuatrocientos ochenta y dos dólares con treinta y seis centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cincuenta mil quinientos ochenta y dos cero cero cero la cual es naturaleza: finca filial once apartamento destinado a uso habitacional de dos plantas en proceso de construcción. Situada en el distrito 1-Jacó, cantón 11-Garabito, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Corporación Jacotur Sociedad Anónima; sur, área común; este, filial diez y oeste, filial doce. Mide: doscientos siete metros con treinta y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos (antes meridiano) del seis de diciembre de dos mil dieciséis, con la base de doscientos seis mil seiscientos once dólares con setenta y siete centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos (antes meridiano) del veintidós de diciembre de dos mil dieciséis con la base de sesenta y ocho mil ochocientos setenta dólares con cincuenta y nueve centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Elio Alejandro Ahumada Acosta, expediente Nº 10-002065-0638-CI.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 23 de setiembre del 2016.—Licda. Cinthia Pérez Moncada, Jueza.—( IN2016072784 ). En la puerta exterior de este Despacho; 1-) libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando hipoteca de primer grado citas: 057600026179-01-0002-001, a las diez horas y treinta minutos del uno de noviembre de dos mil dieciséis, y con la base de dieciséis millones quinientos dieciocho mil novecientos cuatro colones con once céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento treinta mil trescientos diecinueve cero cero cero la cual es terreno para construir, bloque D, lote uno. Situada en el distrito San Isidro, cantón Montes de Oro, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, resto destinado a calle pública avenida primera; al sur, lote-20-D; al este, lote 2-D y al oeste, resto destinado a calle pública-calle primera. Mide: ciento noventa y nueve metros con noventa y tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del dieciséis de noviembre de dos mil dieciséis, con la base de doce millones trescientos ochenta y nueve mil ciento setenta y ocho colones con ocho céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del uno de diciembre de dos mil dieciséis con la base de cuatro millones ciento veintinueve mil setecientos veintiséis colones con tres céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). 2-) Libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando hipoteca de primer grado citas: 2011-00069303-01-0002-001; a las diez horas y treinta minutos del uno de noviembre de dos mil dieciséis, y con la base de doce millones tres mil setecientos treinta y seis colones con noventa y nueve céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cincuenta y cuatro mil cuatrocientos sesenta y nueve cero cero cero la cual es terreno para con casa número treinta y cinco. Situada en el distrito San Isidro, cantón Montes de Oro, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Los Olivos S. A.; al este, lote 36 y al oeste, lote 34. Mide: trescientos treinta metros con ochenta y tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del dieciséis de noviembre de dos mil dieciséis, con la base de nueve millones dos mil ochocientos dos colones con setenta y cuatro céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan Pág 20 — BOLETIN JUDICIAL Nº 192 Jueves 6 de octubre del 2016 las diez horas y treinta minutos del uno de diciembre de dos mil dieciséis con la base de tres millones novecientos treinta y cuatro colones con veinticinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Álvaro Carrillo Campos contra Álvaro López Sánchez, expediente Nº 13-004146-1207-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, 16 de mayo del 2016.—Lic. Douglas Quesada Zamora, Juez.—( IN2016072793 ). En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las diez horas y treinta minutos del tres de noviembre del dos mil dieciséis, y con la base de dos millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas 573156, marca Ssang Yong, estilo Rexton, capacidad: 7 personas, serie: KPTG0B1DS5P150475, año: 2005, carrocería: Station wagon familiar, color: Negro, tracción: 4x4, chasis: KPTG0B1DS5P150475, Vin: KPTG0B1DS5P150475, N. Motor: 66292510009799. Para el segundo remate, se señalan las diez horas y treinta minutos del dieciocho de noviembre del dos mil dieciséis, con la base de un millón ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las diez horas y treinta minutos del seis de diciembre del dos mil dieciséis, con la base de seiscientos veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Kalmich S. A. contra Jakeline de San Martín Delgado Solano. Expediente N° 15-002926-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 08 de setiembre del 2016.— Licda. Pilar Gómez Marín, Jueza.—( IN2016072795 ). En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del doce de enero de dos mil diecisiete, y con la base de seis millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo, placa quinientos ochenta y siete mil doscientos sesenta y cinco (587265), marca Hyundai, estilo Tucson GL, capacidad cinco personas, automóvil, serie, chasis y vin KMHJM81BP5U136718, motor N° G4GC5198063, carrocería familiar, tracción cuatro por cuatro, cilindrada 2.000 c.c., modelo 2005, color champagne, combustible gasolina. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del veintisiete de enero de dos mil diecisiete, con la base de cuatro millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del trece de febrero de dos mil diecisiete con la base de un millón quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso monitorio de El Colono San Carlos S. A. contra Ramon Alejandro Medina Navarrete, expediente Nº 12-004289-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 19 de setiembre del 2016.—Lic. Carlos Manuel Contreras Reyes, Juez.—( IN2016072799 ). En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios a las nueve horas y cero minutos del once de noviembre del dos mil dieciséis y con la base de cuarenta y tres millones de colones exactos en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula N° 591935-001 y 002 la cual es terreno lote uno, terreno para construir, con una casa. Situada: en el distrito: 3-La Trinidad, cantón:14-Moravia, de la provincia de San José. Colinda: norte, calle pública con ocho metros cincuenta centímetros de frente, sur, Sione Zúñiga Méndez, este, calle pública con frente de trece metros dieciséis centímetros, oeste, Inversiones Horizontales Laguna IHL S. A. Mide: ciento cincuenta y ocho metros con ochenta y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas y cero minutos del veintiocho de noviembre del dos mil dieciséis, con la base de treinta y dos millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas y cero minutos del catorce de diciembre del dos mil dieciséis, con la base de diez millones setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Omar Gianino Zelvaggio Tovar, Cinthya Vanessa Rubio Quirós. Expediente N° 16-020280-1012-CJ.— Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, 05 de agosto del 2016.—MSc. Cristian Mora Acosta Juez, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2016072820 ). En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas de ley de aguas y ley de caminos públicos tomo 319 asiento 4925; a las diez horas y cero minutos del veintiséis de octubre del año dos mil dieciséis, y con la base de dos millones quinientos cincuenta y un mil trescientos setenta y ocho colones con once céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula treinta y un mil ochocientos ochenta y dos cero cero cero, Naturaleza: lote 55-44 terreno para agricultura. Situada en el distrito 03 Potrero Grande, cantón 03 Buenos Aires, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, calle; al sur, calle; al este, calle, y al oeste, calle. Mide: Seiscientos cincuenta metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del diez de noviembre del año dos mil dieciséis, con la base de un millón novecientos trece mil quinientos treinta y tres colones con cincuenta y ocho céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del veinticinco de noviembre del año dos mil dieciséis con la base de seiscientos treinta y siete mil ochocientos cuarenta y cuatro colones con cincuenta y tres céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Evelyn Johanna Cedeño Murillo. Exp. N° 12-000659-0188-CI.—Juzgado de Cobro Y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, (Materia Cobro), 3 de octubre del 2016.—Licda. Lidia Mayela Díaz Anchía, Jueza.—( IN2016072821 ). En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando Reservas y Restricciones citas: 22000904-01-0905-001 y Afectaciones y Limitaciones Ley Forestal 7575 citas: 2016-51281-01-0007-001; a las catorce horas y treinta minutos del nueve de noviembre de dos mil dieciséis, y con la base de siete millones setecientos cincuenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Un derecho de un quinto de la finca inscrita en el Registro Público Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento veinticinco mil setecientos noventa y tres cero cero cero, la cual es terreno: Provincia: San José finca: 125793 duplicado: Horizontal: Derecho: 000 naturaleza: Terreno pastos y otros con casa. Situada: En el distrito 03-Dulce Nombre de Jesús, cantón 11-Vazquez de Coronado de la provincia de San José. Linderos: Norte, José María Vargas, sur, Alberto Vargas, este, terrenos baldíos, oeste, calle y río sucio. Mide: Doscientos noventa y nueve mil novecientos noventa y ocho metros cuadrados. Plano: SJ-0017961-1951. Para el segundo remate, se señalan las catorce horas y treinta minutos del veinticuatro de noviembre del dos mil dieciséis, con la base de cinco millones ochocientos doce mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las catorce horas y treinta minutos del trece de diciembre Jueves 6 de octubre del 2016 del dos mil dieciséis, con la base de un millón novecientos treinta y siete mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio.- Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Vanessa María Gamboa Naranjo contra Karina Tamara Díaz Vargas. Expediente N° 16-005167-1044CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 18 de agosto del 2016.—Licda. Yessenia Brenes González, Jueza.—( IN2016072822 ). En la puerta exterior de este Despacho;1) Libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas: 35100764-01-0901-001 y reservas y restricciones citas: 351-00764-010902-001; y con la base de ocho millones setecientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento nueve mil ciento setenta y seis-cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno para construir con una casa de habitación. Situada en el distrito 08 Tayutic, cantón 05 Turrialba, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Ana Sanabria Sanabria; al sur, Célimo Velásquez Pérez; al este, calle pública con 14.78 metros de frente, y al oeste, Ana Sanabria Sanabria. Mide: Trescientos tres metros con sesenta y seis decímetros cuadrados. 2) Con la base de nueve millones doscientos mil colones exactos, Libre de gravámenes hipotecarios en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuarenta y cinco mil cuatrocientos setenta y nueve secuencia cero cero cero, la cual es terreno de café, caña y charral con una casa. Situada en el distrito 08-Tayutic, cantón 05 Turrialba, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Gerardo Arley Castro y quebrada en medio calle pública con 22,00 metros de frente y Juan Rafael Arley Madrigal; al sur, Flor Arley Castro; al este, Luis Rojas Calderón, y al oeste, Juan Brenes Araya y calle pública con 24.05 metros de frente. Mide: Ciento treinta y tres mil cuatrocientos veinte metros con veinticuatro decímetros cuadrados. 3) Con la base de un millón seiscientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre de paso citas: 2013-201069-001, reservas y restricciones citas 335-0435001-0900-002, servidumbre de paso citas 2009-17642-01-002-001, la Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuarenta y cinco mil cuatrocientos setenta y nueve secuencia cero cero cero, la cual es terreno charral. Situada en el distrito 08 Tayutic, cantón 05 Turrialba, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Ronald Velásquez Sanabria y servidumbre de paso con 67,42 metros de frente; al sur, Edgar Velásquez Sanabria y quebrada en medio; al este, Ronald Velásquez Sanabria y quebrada en medio, y al oeste, Miguel Ángel Hidalgo Fernández. Mide: once mil cuatrocientos cincuenta y dos metros con cincuenta decímetros cuadrados, a las catorce horas cero minutos del cuatro de noviembre del año dos mil dieciséis. para el segundo remate se señalan las catorce horas cero minutos del veintidós de noviembre del año dos mil dieciséis: 1) Con la base de seis millones quinientos veinticinco mil colones exactos, para la finca Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, Matrícula número ciento nueve mil ciento setenta y seis-cero cero uno. 2) Con la base de seis millones novecientos mil colones exactos, para la finca partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuarenta y cinco mil cuatrocientos setenta y nueve secuencia cero cero cero. 3) Con la base de un millón doscientos mil colones exactos, para la Finca partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número doscientos dieciséis mil ochocientos cincuenta secuencia cero cero cero (todas las anteriores rebajadas en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas cero minutos del siete de diciembre del año dos mil dieciséis, 1)Con la base de dos millones ciento setenta y cinco mil colones exactos, para la Finca partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento nueve mil ciento setenta y seis-cero cero uno. 2) Con la base de BOLETIN JUDICIAL Nº 192 — Pág 21 dos millones trescientos mil colones exactos, para la Finca partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuarenta y cinco mil cuatrocientos setenta y nueve secuencia cero cero cero. 3)Con la base de cuatrocientos mil colones exactos, para la Finca partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número doscientos dieciséis mil ochocientos cincuenta secuencia cero cero cero (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Esdar Manuel De Los Ángeles Velázquez Sanabria, Flor De María De La Concepción Arley Madrigal. Exp. N° 16-000107-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago., 13 de setiembre del 2016.—Licda. Yanin Torrentes Ávila, Jueza.—( IN2016072831 ). En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando plazo de convalidación (rectificación de medida) citas 2015-00433407-01-0005-001; a las catorce horas y cero minutos del uno de noviembre del dos mil dieciséis -2:00 p.m. 01/11/2016-, y con la base de tres millones ciento dieciséis mil seiscientos veinticinco colones con diez céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 67.994- 000 la cual es terreno para construir con 1 casa. Situada en el distrito 01 San Rafael, cantón 07 Oreamuno, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, calle pública con 9 m. 68cm.; al sur, Isaias Rivera Meza; al este, Constructora Norma de Costa Rica S. A. y al oeste, Constructora Norma de Costa Rica S. A. Mide: Doscientos setenta y dos metros con cincuenta y un decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del diecisiete de noviembre del dos mil dieciséis -2:00 p.m. 17/11/2016- con la base de dos millones trescientos treinta y siete mil cuatrocientos sesenta y ocho colones con ochenta y dos céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del cinco de diciembre del dos mil dieciséis -2:00 p.m. 05/12/2016- con la base de setecientos setenta y nueve mil ciento cincuenta y seis colones con veintisiete céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: En caso de que existan postores el día de efectuarse el remate y estos aporten la suma correspondiente en moneda diferente a la indicada -en el presente edicto-, se consigna que el tipo de cambio a utilizar será el correspondiente al día en que se realice la almoneda, según lo establezca el Banco de Costa Rica. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Helen Lisseth Méndez Rojas. Exp. N° 16-005312-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 6 de setiembre del 2016.— Licda. Yanin Torrentes Ávila, Juez.—( IN2016072833 ). En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando serv y condic ref: 1700-387-005 citas: 305-16187-01-0901-001 y servidumbre de paso citas: 2013-9660302-0004-001, a las nueve horas y cero minutos del diez de noviembre de dos mil dieciséis, y con la base de dos millones trescientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número doscientos cuarenta y tres mil novecientos cuarenta-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito Santa Teresita, cantón Turrialba, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, calle pública con un frente de 10 metros lineales; al sur, Luis Emilio Vargas Guillén; al este, Steven Vargas Oviedo y al oeste, Luis Emilio Vargas Guillén. Mide: ciento noventa y ocho metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del veintiocho de noviembre de dos mil dieciséis, con la base de un millón setecientos veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del quince de diciembre de dos mil dieciséis con la base de quinientos setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las Pág 22 — BOLETIN JUDICIAL Nº 192 Jueves 6 de octubre del 2016 personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Marlon de los Ángeles Varela Vargas, expediente Nº 16-004585-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 23 de setiembre del 2016.— Licda. Karina Quesada Blanco, Jueza.—( IN2016072837 ). En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones; a las nueve horas y treinta minutos del veintisiete de octubre de dos mil dieciséis, y con la base de dos millones seiscientos setenta y cinco mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 356501-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 02 Buena Vista, cantón 15 Guatuso, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Olga Chinchilla Hidalgo; al sur, Olga Chinchilla Hidalgo; al este, Olga Chinchilla Hidalgo, y al oeste, calle pública con frente de 20 metros. Mide: novecientos noventa y tres metros con veintitrés decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del catorce de noviembre de dos mil dieciséis, con la base de dos millones seis mil doscientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del treinta de noviembre de dos mil dieciséis con la base de seiscientos sesenta y ocho mil setecientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Ana Gladys Alvarado Zambrano. Exp. N° 16-001064-1164-CJ.— Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 30 de agosto del 2016.—Licda. Karina Quesada Blanco, Jueza.—( IN2016072838 ). En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las nueve horas y cero minutos del trece de diciembre del año dos mil dieciséis y con la base de cinco millones cuatrocientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento diez mil cuatrocientos noventa y cinco derechos cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno de café. Situada en el distrito San Ramón, cantón San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con 9 m 02 cm; al sur, lote 2; al este, lote 4 y al oeste, lote 5. Mide: trescientos ochenta y dos metros con diecinueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del once de enero del año dos mil diecisiete, con la base de cuatro millones cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del veintiséis de enero del año dos mil diecisiete con la base de un millón trescientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Manuel Antonio del S Chaves Arrollo, Pilar Miranda Guzmán, expediente Nº 16-000804-1203-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, (Materia Cobro), 26 de setiembre del 2016.—Licda. María Auxiliadora Cruz Cruz, Jueza.—( IN2016072845 ). En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones bajo las citas: 390-11462-01-0900-001; a las catorce horas y cero minutos del veintiocho de noviembre del dos mil dieciséis, y con la base de un millón de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula N° 257953000, la cual es terreno de solar con 1 pulpería. Situada: en el distrito 05 Venecia, cantón 10 San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Río Caño Grande; sur, calle pública con 27 metros 82 centímetros; este, Río Caño Grande; oeste, calle publica con 26 metros 43 centímetros. Mide: cuatrocientos veinticuatro metros con sesenta y seis decímetros cuadrados. Plano: A-0816275-1989. Para el segundo remate, se señalan las catorce horas y cero minutos del catorce de diciembre del dos mil dieciséis, con la base de setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las catorce horas y cero minutos del doce de enero del dos mil diecisiete, con la base de doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de sucesión de Álvaro Cascante Barrantes contra Guillermo Paniagua Vega. Expediente N° 16-001104-1202CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, (Materia Cobro), 23 de setiembre del 2016.— Licda. Lilliam Ruth Álvarez Villegas, Juez.—( IN2016072848 ). En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones bajo las citas 312-10486-01-0901-001; a las ocho horas y treinta minutos del veintiocho de noviembre del año dos mil dieciséis, y con la base de cinco millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 457.357-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 13, Pocosol cantón 10, San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Gerardo Rafael, Jimmy, Mauren, Sandra, Milton Enrique, Molina Jiménez; sur, calle pública con frente de doce metros lineales; este, Gerardo Rafael, Jimmy, Mauren, Sandra y Milton Enrique, Molina Jiménez, oeste, Gerardo Rafael, Jimmy, Mauren, Sandra y Milton Enrique, Molina Jiménez. Mide: Ochocientos treinta y nueve metros con setenta decímetros cuadrados. Plano: A-1290838-2008. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del catorce de diciembre del año dos mil dieciséis, con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del doce de enero del año dos mil diecisiete con la base de un millón doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Milton Enrique Molina Jiménez. Exp. N° 16-001226-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 14 de setiembre del 2016.—Licda. Lilliam Ruth Álvarez Villegas, Jueza.—( IN2016072853 ). En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las diez horas y cero minutos del veintiuno de noviembre del año dos mil dieciséis, y con la base de dieciocho millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento cincuenta y tres mil ochocientos cincuenta y nueve- cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 01 Turrialba, cantón 05 Turrialba, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Godofredo Ramírez Rojas; al sur, calle pública; al este, María Elena Jiménez Amador y al oeste, Godofredo Ramírez Rojas. Mide: ciento veinte metros con sesenta y nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del seis de diciembre del año dos mil dieciséis, con la base de trece millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del veintidós de diciembre del año dos mil dieciséis con la base de cuatro millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Ana Cecilia Ramírez Rojas, expediente Nº 16025286-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 20 de setiembre del 2016.—Lic. Pablo José Porras Barahona, Juez.—( IN2016072872 ). Jueves 6 de octubre del 2016 En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las ocho horas y cero minutos (08:00 am) del diez de noviembre de dos mil dieciséis, y con la base de seis millones ochocientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placa Nº BFV563, marca: Suzuki, estilo: Swift D Zire GA, categoría: automóvil, color: beige, año: 2014, chasis: MA3ZF62SOEA418998, capacidad: 5 personas. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos (08:00 a.m.) del veintiocho de noviembre de dos mil dieciséis, con la base de cinco millones cien mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos (08:00 a.m.) del quince de diciembre de dos mil dieciséis con la base de un millón setecientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco de Costa Rica contra Jonathan Gerardo Núñez Ugalde, expediente Nº 15-001593-1164-CJ.— Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 22 de setiembre del 2016.—Licda. Karina Quesada Blanco, Jueza.—( IN2016072875 ). En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada citas: 035700004929-01-0800-001; a las siete horas y treinta minutos del nueve de marzo de dos mil diecisiete, y con la base de seis millones ochocientos noventa y dos mil seiscientos cuarenta y un colones con veintiún céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número sesenta mil ciento once cero cero cero la cual es terreno con una casa de habitación y solar que es la numero ocho mil ciento treinta y uno-A. Situada en el distrito 01 Golfito, cantón 07 Golfito, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, calle pública con diez metros sesenta y seis centímetros de frente; al sur, Compañía Bananera de Costa Rica; al este, Compañía Bananera de Costa Rica, y al oeste, calle publica con seis metros diez centímetros de frente. Mide: Sesenta y seis metros con veinte decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las siete horas y treinta minutos del veinticuatro de marzo de dos mil diecisiete, con la base de cinco millones ciento sesenta y nueve mil cuatrocientos ochenta colones con noventa céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las siete horas y treinta minutos del diez de abril de dos mil diecisiete con la base de un millón setecientos veintitrés mil ciento sesenta colones con treinta céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Jorge Kenneth Alvarado Rodríguez. Exp. N° 16-001070-1207-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, 18 de agosto del 2016.— Lic. Douglas Quesada Zamora, Juez.—( IN2016072885 ). En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones 319-001595801-0916-006 y 324-00017192-01-0070-001 a las diez horas treinta minutos del quince de noviembre del dos mil dieciséis, y con la base de un millón quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ochenta y siete mil ochocientos ochenta y uno cero cero cero, (87881-000), la cual es terreno para construir, lote B-33. Situada en el distrito Cariari, cantón Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, calle pública con un frente de 14 metros; al sur, este y oeste, Asociación Solidarista de Empleados de Finca Palacios S. A. Mide: doscientos siete metros con sesenta decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas treinta minutos del treinta de noviembre del dos mil dieciséis, con la base de un millón ciento veinticinco mil colones exactos (rebajada en un BOLETIN JUDICIAL Nº 192 — Pág 23 veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas treinta minutos del dieciséis de diciembre del dos mil dieciséis con la base de trescientos setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Jorge Alberto Coto Rodríguez contra Dinorah Carmona Zúñiga, expediente Nº 15000502-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia, (Materia Cobro), 23 de setiembre del 2016.—Licda. Noelia Prendas Ugalde, Jueza.—( IN2016072908 ). En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las catorce horas y quince minutos del uno de diciembre de dos mil dieciséis, y con la base de mil doscientos cuarenta y cuatro dólares con cuarenta y un centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas S-022951, marca Great Dane, estilo semiremolque, año 1990, capacidad 0 personas, color blanco, carrocería caja cerrada o furgón, chasis 1GRAA0624LS054832, número de motor no transmitido, combustible desconocido. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y quince minutos del diecinueve de diciembre de dos mil dieciséis, con la base de novecientos treinta y tres dólares con treinta centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y quince minutos del diecisiete de enero de dos mil diecisiete con la base de trescientos once dólares con diez centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de ATR Atlantic Trailer S. A. contra Inversiones Nayna El Guarco Del Este S. A. Exp. N° 14-014392-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 19 de agosto del 2016.—Licda. Yessenia Zúñiga Ugarte, Jueza.—( IN2016072964 ). En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada; a las catorce horas (14:00 p m) del veintisiete de octubre del dos mil dieciséis, y con la base de trece millones trescientos ocho mil ochocientos cincuenta y siete colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula N° 525863-000, la cual es terreno para construir con una casa lote 75. Situada: en el distrito 11 San Sebastián, cantón 01 San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, INVU; al sur, INVU; al este, acera 8 con 6 metros de frente, y al oeste, INVU. Mide: noventa y tres metros con diez decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las catorce horas (14:00 p m) del catorce de noviembre del dos mil dieciséis, con la base de nueve millones novecientos ochenta y un mil seiscientos cuarenta y dos colones con setenta y cinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las catorce horas (14:00 p m) del treinta de noviembre del dos mil dieciséis, con la base de tres millones trescientos veintisiete mil doscientos catorce colones con veinticinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago Ahorro y Préstamo contra Saylin Solano Castro y Heiner Ramírez Valerio. Expediente N° 16-000158-1164-CJ.— Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 30 de agosto del 2016.—Licda. Karina Quesada Blanco, Jueza.—( IN2016072991 ). En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las quince horas y cero minutos del dieciocho de noviembre del año dos mil dieciséis, y con la base de cuarenta millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos veintisiete mil seiscientos noventa y uno cero cero cero, la cual es terreno con una casa de habitación. Situada en Pág 24 — BOLETIN JUDICIAL Nº 192 Jueves 6 de octubre del 2016 el distrito 01 Aserrí, cantón 06 Aserrí, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública con 14 metros con 20 centímetros; al sur, María Isabel Arias Gamboa; al este, María Isabel Arias Gamboa, y al oeste, María Isabel Arias Gamboa. Mide: Trescientos cincuenta y cuatro metros con sesenta y siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del cinco de diciembre del año dos mil dieciséis, con la base de treinta millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del veintiuno de diciembre del año dos mil dieciséis con la base de diez millones de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Rodney Martín González Arias. Exp. N° 16-026721-1012-CJ. Notifíquese.— Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, 27 de setiembre del 2016.—Lic. Bernardo Goldstein Rosales, Juez.—( IN2016072995 ). Convocatorias Se convoca a todas las personas interesadas en la sucesión de Francisco Ugalde López, a una junta que se verificará en este Juzgado a las nueve horas del cuatro de noviembre del año dos mil dieciséis, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil, expediente Nº 12-0003880504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 23 de agosto del 2016.— Licda. Adriana Brenes Castro, Jueza.—1 vez.—( IN2016072773 ). Títulos Supletorios Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 16-000050-1129-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Kattia Marcela Naranjo Varela quien es mayor, soltera, vecino(a) de Naranjo de Platanares, Pérez Zeledón, seiscientos metros suroeste de la Escuela, portador(a) de la cédula de identidad vigente que exhibe número 01-1078-0068, educadora, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Terreno de café. Situada en el distrito sexto (Platanares), cantón diecinueve (Pérez Zeledón), de la provincia de San José. Colinda: al norte, Kattia Naranjo Varela; al sur, Caja Negra del Sur S. A.; al este, Franklin Quesada Varela y al oeste, calle pública, con un frente a ella de 35.3 metros. Mide: cinco mil ochenta y tres metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número SJ 1852145-2015. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de un millón de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por compra que le hiciera a la señora Blanca Enid Quesada Varela, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de diez años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en mantener el terreno debidamente deslindado, así como mantenerlo limpio y en buen estado de conservación y trabajar el cafetal que se encuentra en esta propiedad y darle todo el mantenimiento requerido. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Kattia Marcela Naranjo Varela. Exp. 16-000050-1129-AG.— Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón),8 de setiembre del 2016.—Lic. Gerardo Mora Zúñiga, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016066418 ). Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente N° 16-000063-1129-AG, donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Saúl Rojas Angulo, quien es mayor, estado civil casado una vez, vecino de Calle Moras de Pérez Zeledón, seiscientos metros al sur de la Escuela, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 1-0347-0483, profesión agricultor, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza es terreno de uso agropecuario. Situada en el distrito Rio Nuevo, cantón Pérez Zeledón de la provincia de San José. Colinda: al norte Marcelli Díaz Cerdas; al sur Rosa Quesada Badilla; al este calle pública con una medida de 89.18 metros y al oeste Miguel Castro Mora y Juan Carlos Herrera Arguedas. Mide: diez mil trescientos noventa y dos metros con veinticinco decímetros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado N° 1-1153773-2007. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir NO pesan cargas reales o gravámenes y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de un millón quinientos mil colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por compra al señor Ricardo Rojas Muñoz y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de 37 años. Que existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en mantener el terreno debidamente deslindado, así como mantenerlo limpio y en buen estado de conservación durante todos estos años. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad.- Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria promovida por Saúl Rojas Angulo. Expediente: 16-000063-1129-AG.—Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, 30 de agosto del 2016.—Gerardo Mora Zúñiga, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016066419 ). Se hace saber que ante este Despacho, se tramita el expediente N° 16-000069-1129-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Elio Cordero Castro quien es mayor, estado civil divorciado una vez, vecino de Pedregoso de Pérez Zeledón, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 01-0503-0362, profesión pensionado, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es terreno para uso agropecuario. Situada en el distrito décimo Río Nuevo, cantón diecinueve Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Eutrecia Mora Mora; al sur, María Yanuri Madriz Martínez; al este, Saúl Rojas Angulo y al oeste, calle pública. Mide: nueve mil ochenta y nueve metros con cuatro decímetros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número SJ-1127938-2007. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de un millón quinientos mil colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por venta, la cual fue realizada por Saúl Rojas Angulo, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de 52 años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en mantener el terreno debidamente deslindado, así como mantenerlo limpio y en buen estado de conservación. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, Otros Inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho, a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Elio Cordero Castro. Exp. N° 16-0000691129-AG.—Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), 7 de setiembre del 2016.—Lic. Gerardo Mora Zúñiga, Juez.—1 vez.—Exento.—( IN2016066420 ). Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente N° 16-000074-0188-CI, donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Guifer G Y F Chirripó del Sur S. A., cédula jurídica 3-101-386486, representada por Juan Fernando Ruiz Ceciliano, quien es mayor, estado civil casado una vez, vecino de Barrio Boston de Pérez Zeledón, exactamente ciento cincuenta metros noroeste de Cinco Esquinas , portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 1-0663-0298, profesión Jueves 6 de octubre del 2016 comerciante, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza es cultivos. Situada en el distrito San Isidro, cantón Pérez Zeledón de la provincia de San José. Colinda: al norte Denominaciones Celestiales San Vito S.R.L., Fernando Ruiz Ceciliano; al sur Jorge Meneses Meneses; al este Jorge Meneses Meneses y servidumbre de paso con un ancho de 4 metros de frente a calle pública y una longitud de 85,08 metros entre el derrotero una a calle pública y al oeste Denominaciones Celestiales San Vito S.R.L. y Jorge Meneses Meneses. Mide: mil ciento noventa y cinco metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número SJ-1698475-2013. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima el inmueble en la suma de dos millones de colones y las presentes diligencias en la suma de cinco millones de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por venta que le hizo el señor Juan Fernando Ruiz Ceciliano y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de cincuenta años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento de la propiedad, limpiando la maleza, así como construcción de cercas. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Guifer G Y F Chirripó del Sur S. A. Expediente: 16-000074-0188CI.—Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, 8 de setiembre del 2016.—Lic. Gerardo Mora Zúñiga, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016066421 ). Se hace saber que ante este Despacho, se tramita el expediente N° 16-000080-1129-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Eliecer Umaña Fallas quien es mayor, soltero, agricultor, vecino de San Rafael de Platanares de Pérez Zeledón; ciento cincuenta metros al oeste, de la escuela, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 9-0080-0864, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es actualmente tacotal. Situada en San Rafael, distrito quinto, San Pedro, cantón diecinueve, Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Efraín Fonseca Segura, al sur Río San Rafael; al este, Río San Rafael y al oeste, calle pública con un frente a ella de 382.36 centímetros lineales. Mide: 10.295 metros con 29 decímetros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número SJ-5788391999. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima el inmueble en la suma de doce millones de colones y las presentes diligencias en la suma de doce millones de colones. Que adquirió dicho inmueble del señor Oscar Hernández Fernández, mayor casado una vez, agricultor, vecino de San Pedro de Pérez Zeledón, detrás del templo católico, cédula 2-0337-0972, mediante escritura pública número doscientos cuarenta y tres-dos, otorgada al notario Ricardo Zúñiga Ureña, en Pérez Zeledón la cual fue ratificada a las trece horas del once de agosto del dos mil ocho, visible a folio 171 frente del tomo segundo del protocolo de dicho notario, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de dieciocho años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en sembrar y cosechar café. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Eliecer Gerardo Umaña Fallas. Exp. N° 16-000080-1129-AG.— Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), 16 de setiembre del 2016.—Lic. Gerardo Mora Zúñiga, Juez.—1 vez.—Exento.—( IN2016066422 ). BOLETIN JUDICIAL Nº 192 — Pág 25 Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente N° 16-000127-0465-AG-(A-2), donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Pedro Ramón Chavarría Vargas, quien es mayor, casado una vez, vecino de Limón, con cédula de identidad número 0700390043, chofer, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, los terrenos que se describen así: 1) Finca cuya naturaleza es huerto. Situada en el distrito tercero, cantón primero de la provincia de Limón. Colinda: al norte con Raúl Artavia Mora actualmente Pedro Chavarría Vargas y yurro; al sur con Claudio Sáenz González, actualmente la sucesión de Souza Tica Dos Mil Ocho Sociedad Anónima; al este con Juan Ramiro Hernández Martínez y al oeste con Mainor Solano Valerín, actualmente Pedro Chavarría Vargas. Mide: nueve mil novecientos diez metros con cincuenta y un decímetros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número L-37639-2001. 2) Finca cuya naturaleza es huerto. Situada en el distrito tercero, cantón primero de la provincia de Limón. Colinda: al norte con servidumbre de paso con una medida lineal a ella de cuarenta y seis metros cuadrados con trece decímetros cuadrados, al sur con Virginiett Valerín Sánchez actualmente Pedro Chavarría Vargas; al este con calle pública con una media lineal frente a calle pública de siete metros con cuarenta y ocho centímetros y al oeste con Mainor Solano Valerín actualmente Pedro Chavarría Vargas. Mide: nueve mil novecientos diez metros con cincuenta y un decímetros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número L-37639-2001. Ambos componen una sola unidad. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de seis millones de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por compra-venta, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de 20 años. Que no existen codueños. Que los actos de posesión han consistido en cultivo de árboles frutales, mantenimiento y construcción de una casa de habitación. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria promovida por Pedro Ramón Chavarría Vargas. Expediente N° 16-000127-0465-AG-(A-2).—Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 20 de setiembre del 2016.—Licda. Heilin Rojas Madrigal, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016066424 ). Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente N° 15-100078-1143-CI, donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Manuel Ortiz López, quien es mayor, casado una vez, educador, vecino de Barrio Los Ángeles de Upala, Alajuela, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe N° 6-0123-0216, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: terreno de solar con una casa. Situada en el distrito primero, cantón trece de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte con calle pública al oeste con Néstor Ubau Hernández y Yamileth Ortiz Oporta al este con Eduardo Ortiz Salazar y al sur con calle pública y Yamileth Ortiz Oporta. Mide: seiscientos cincuenta y nueve metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de tres millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por venta que le hiciera el señor Juan José Mora García y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en el pago de impuestos municipales y sacar el plano respectivo de la propiedad. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer Pág 26 — BOLETIN JUDICIAL Nº 192 Jueves 6 de octubre del 2016 valer sus derechos. Proceso información posesoria promovida por Manuel Ortiz López. Expediente: 15-100078-1143-CI.—Juzgado Civil, Trabajo y Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Sede Upala, Alajuela, 24 de noviembre del 2015.—Lic. Gersan Tapia Martínez, Juez.—1 vez.—( IN2016066485 ). Ganadera Las Bonitas Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-siete seis cinco cinco cinco-uno siete, domiciliada en San José, Puriscal, La Palma, representada por Gerardo Porras Corrales, cédula de identidad N° uno-cuatrocientos ochenta y tres-quinientos cuarenta y ocho, comerciante, vecino de San José, Cerbatana, Puriscal, promueve diligencias de información posesoria para que se ordene al Registro Público de la Propiedad, Partido de San José, inscribir a su nombre la finca que se describe así: Terreno para construir, situado en cantón cuarto Puriscal, distrito segundo Mercedes Sur. Mide: Tres mil ciento cincuenta metros, linda al norte, al sur y al este con Ganaderas Las Bonitas S. A. y al oeste con Ganadera Las Bonitas S. A. y Estrella Castro Badilla, todo conforme al plano catastrado N° SJ-1870929-2015. Se cita y emplaza a todos los interesados para que en el plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen en el asunto en defensa de sus derechos. Información posesoria N° 16-100086-0197-CI.—Juzgado Civil y de Trabajo de Puriscal, Santiago, 22 de agosto del 2016.—Licda. Susana Campos Cabezas, Jueza.—1 vez.—( IN2016066514 ). Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 16-000192-0930-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Diego Manuel Domínguez Bolaños, quien es mayor, divorciado, chofer, vecino de barrio San Martín de Siquirres, 800 metros al noreste del plantel del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, portador de la cédula de identidad número 800740580, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Limón, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito Siquirres, cantón Siquirres, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Rosario Anglin Anglin; al sur, Luz Marina Bolaños Bravo; al este, calle pública y al oeste, Luz Marina Bolaños Bravo. Mide: mil metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de cuatro millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por compra venta y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en asistencia, chapeas y limpieza. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Diego Manuel Domínguez Bolaños. Exp. N° 16-000192-0930-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Pococí, 8 de setiembre del 2016.— Lic. Gersan Tapia Martínez, Juez.—1 vez.—( IN2016066766 ). Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente N° 16-000119-0297-CI, donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Asociación de Vecinos de San Miguel de la Tigra de San Carlos de Alajuela, cedula jurídica 3002658316, representada por Gisselle Del Carmen Vásquez Camacho, quien es mayor, soltera, vecina de San Miguel de La Tigra de San Carlos de Alajuela, 800 metros al este de la escuela, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 2-539-551, comerciante, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Alajuela, la cual es terreno con una plaza de deportes y salón comunal. Situada en el distrito octavo La Tigra, cantón décimo San Carlos de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte: en parte con Cooperativa de Servicios Múltiples de San José de La Tigra y Manuel Gerardo González Duran; al sur: calle pública con un frente a la misma de 98.04 metros lineales; al este: en parte con Lucía Marín Hernández y servidumbre de paso con un frente a la misma de 14.69 metros lineales y al oeste en parte Manuel Gerardo González Duran y María del Milagro Araya Vega. Mide: seis mil ochocientos treinta y cuatro metros cuadrados. indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de un millón de colones. Que adquirió dicho inmueble por donación que le hiciera la señora Mercedes Vásquez Castillo, quien es mayor, viuda una vez, empresaria agraria, cédula 2-228-544, vecina de San Miguel de La Tigra de San Carlos, Alajuela y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en limpiarlo, cercarlo, construir una plaza para la práctica del deporte, así como un salón comunal, para las actividades sociales de la comunidad. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias otros inmuebles según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria promovida por Asociación de Vecinos de San Miguel de la Tigra de San Carlos de Alajuela. Expediente: 16-000119-0297CI.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, (Materia Civil), San Carlos, 14 de julio del 2016.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—1 vez.—( IN2016066775 ). Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N° 16-000024-0920-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Brains Nieto Cerdeiriña quien es mayor, estado civil soltero, vecino de Pavón de Golfito, portador del pasaporte vigente que exhibe Nº AAG 194815, profesión cocinero y Geraldine Ymg de Valensart Shoenmaeckers quien es mayor, estado civil soltera, vecina de Pavón de Golfito, portadora del pasaporte vigente que exhibe Nº EN 565766, profesión fotógrafa a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Puntarenas, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito Pavón, cantón Golfito, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, David Barton Baker; al sur, calle pública; al este, calle pública y al oeste, Irma Hernández Orozco. Mide: setecientos treinta y siete metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de quinientos mil colones. Que adquirió dicho inmueble por medio de posesión de más de 10 años del señor Víctor Julio Elizondo Sibaja, por medio de cesión de posesión y venta protocolizada, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta.- Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento y limpieza de las colindancias, siembra de árboles frutales y chapea de las rondas. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovido por Brains Nieto Cerdeiriña y Geraldine Ymg de Valensart Shoenmaeckers, expediente Nº 16000024-0920-CI.—Juzgado Civil y Trabajo de Golfito (Materia Civil), Golfito, 12 de julio del 2016.—Lic. Luis Diego Bonilla Alvarado, Juez.—( IN2016066821 ). Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N° 16-000139-0419-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Juan Carlos Porras Quirós, quien es mayor, estado civil soltero, vecino de Sabalito, Coto Brus, barrio Mercedes, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número uno-mil ciento cincuenta y uno-doscientos once, profesión agricultor, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es terreno sembrado de café. Situada en el distrito segundo Sabalito, cantón octavo Coto Brus, de la provincia de Puntarenas. Colinda: Jueves 6 de octubre del 2016 al norte, Isaías Porras Valverde; al sur, calle pública con un frente de ciento diez metros con ochenta centímetros cuadrados; al este, calle pública con un frente de cincuenta y ocho metros con once centímetros y al oeste, Francisco Mesén Porras. Mide: seis mil quinientos quince metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado Nº P-1870219-15. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima el inmueble en la suma de quinientos mil colones y las diligencias en la suma de doscientos cincuenta mil colones. Que adquirió dicho inmueble por donación, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de diez años. Que existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento y limpieza de carriles. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria promovida por Juan Carlos Porras Quirós. Expediente Nº 16-000139-0419-AG.— Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur, Corredores, 28 de julio del 2016.—Licda. Maricel Zamora Arias, Jueza.—1 vez.—( IN2016066825 ). Que los promoventes Bernal González González, cédula de identidad Nº 3-0183-0603, mayor, costarricense, masculino, casado una vez, odontólogo, vecino de Cartago, El Tejar del Guarco, 200 metros oeste del Bar El Quijongo, tramita diligencias de información posesoria, para inscribir ante el Registro Público de la Propiedad, Sección de Bienes Inmuebles, un predio que se describe así: terreno construido y solar, situado en la provincia de Puntarenas, cantón de Quepos, distrito Savegre, Matapalo. Colinda: al norte, con Luz Mary Alfaro Quesada y en medio servidumbre de paso con un frente de diecinueve punto ochenta y cinco metros lineales; al sur, Mandal Beach Properties Sociedad Anónima; al este, calle pública, con 25.94 metros lineales y al oeste, con Ronald Thomas Brustche, la propiedad mide quinientos treinta y cinco metros cuadrados, según plano catastrado Nº P-948858-1991. El predio descrito fue estimado en la suma de tres millones de colones. Dicho terreno está libre de cargas reales y gravámenes. Por medio de este edicto se llama a todos los interesados en estas diligencias para que dentro del plazo de un mes contados a partir de su publicación se apersonen en este Juzgado en defensa de sus derechos bajo apercibimiento legales en caso de omisión. Expediente Nº 16-100013-425-CI, que obedece a diligencias de información posesoria promovidas por Bernal González González, cédula de identidad Nº 3-0183-0603.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Quepos y Parrita, 30 de junio de 2016.—Licda. Sédyer Villegas Méndez, Jueza.—1 vez.—( IN2016066886 ). Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente N° 15-000033-0422-CI, donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Eulogio Sánchez Barrios, quien es mayor, estado civil soltero, vecino de Agujas, Puerto Jiménez, Golfito, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe N° 6-0218-0176, profesión policía, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Puntarenas Golfito, la cual es terreno de patio y jardín con una casa. Situada: en el distrito segundo Puerto Jiménez, cantón sétimo Golfito, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Guiselle Montoya Morales; al sur, Guiselle Montoya Morales; al este, calle pública, y al oeste, Guiselle Montoya Morales. Mide: tres mil setecientos cincuenta metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de tres millones quinientos mil colones. Que adquirió dicho inmueble mediante compra de venta, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en limpieza, siembra de zona verde, frutales, construcción de cercas de alambre y casa de habitación. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de BOLETIN JUDICIAL Nº 192 — Pág 27 Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria promovida por Eulogio Sánchez Barrios. Expediente N° 15-000033-0422-CI.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Golfito, 17 de junio del 2015.—Lic. Luis Diego Bonilla Alvarado, Juez.—1 vez.—( IN2016066997 ). Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N° 16-160059-1143-AG, donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Benjamín Girón Cruz, Francisco Javier Jirón Cruz, quienes son mayores, estado civil ambos casados una vez, vecinos de San Rafael de Guatuso, portadores de las cédulas de identidad vigente que exhibe número el primero N° 2-0475-0950 y el segundo N° 2-0422-0173, profesión ambos agricultores, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza es terreno de potrero. Situada: en el distrito San Rafael, cantón Guatuso, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Jorge Jiménez Ocampo; al sur, Clodermina Jirón Cruz, Marbely Amador Jirón, Mayra Amador Jirón, Francisco Amador Jirón y Gilbert Amador Jirón; al este, Jorge Jiménez Ocampo y al oeste, con calle pública con un frente de ciento setenta y seis metros sesenta y nueve centímetros. Mide: ciento doce mil novecientos cincuenta y nueve metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número A-1825742-2015. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de cinco millones de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por no, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de 22 años. Que si existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento de cercas, cuido y cría de ganado. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Benjamín Girón Cruz y Francisco Javier Jirón Cruz. Expediente N° 16-160059-1143AG.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Sede Upala (Materia Agraria). Alajuela, Upala, 19 de setiembre del 2016.—MSC. Silvia Elena Sánchez Blanco, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016067009 ). Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N° 14-000054-1143-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de María Cubero Alfaro, quien es mayor, estado civil casada una vez, vecina de El Edén de Guatuso, Alajuela, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe Nº 2-0281-1397, profesión ama de casa, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza es potrero. Situada en el distrito San Rafael, cantón Guatuso, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Mauricio Pérez Rodríguez; al sur, Olman Duarte Arias; al este, Edwin Solano Chavarría y calle pública con un frente de ciento cuarenta y un metros lineales y al oeste, Hugo Martínez Murillo. Mide: ciento ocho mil setecientos treinta y cuatro metros con veintiocho decímetros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado Nº A-886527-2003. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de cinco millones colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por donación, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de diez años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en cuido del terreno, mantenimiento de las cercas y actividad ganadera. Que no ha Pág 28 — BOLETIN JUDICIAL Nº 192 Jueves 6 de octubre del 2016 inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria promovida por María Cubero Alfaro. Expediente Nº 14-000054-1143-AG.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Sede Upala, (Materia Agraria), 16 de setiembre del 2016.—Msc. Silvia Elena Sánchez Blanco, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016067047 ). Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N° 15-000037-0815-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Ester del Carmen Umaña Villegas quien es mayor de edad, casada una vez, vecina de La Garita de Alajuela, portadora de la cédula de identidad Nº 5-214229, agricultora, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza es para mantenimiento de bosque y agricultura. Situada en el distrito trece La Garita, cantón primero Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte río Itiquís; al sur, carretera Bernardo Soto, con un frente a calle pública de diez metros con sesenta centímetros lineales; al este, Carlos Luis Alfaro González y al oeste, José Umaña Villalobos. Mide: mil setenta y un metros con un decímetro cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado Nº A-664688-1987. Indica el promovente que estima el inmueble en la suma de cuarenta y cinco millones de colones y las presentes diligencias en la suma de un millón de colones. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto que en el plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Ester del Carmen Umaña Villegas, expediente Nº 15-000037-0815-AG.— Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 19 de setiembre del 2016.—Licda. María Carolina Hurtado García, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016067050 ). Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente N° 16-000041-0507-AG, donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Yamileth Quesada Pérez, quien es mayor, casada una vez, vecina de San Antonio de Roxana de Guápiles-Limón, del Bar Netos 150 metros norte, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe N° 5-0252-0719, ama de casa, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza es para la agricultura con una casa de habitación. Situada: en el distrito cuarto de Roxana, cantón segundo de Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Efraín Pérez Espinoza; al sur, Yamileth Quesada Pérez; al este, Sara Martínez Martínez, y al oeste, Virginia Pérez Barquero. Mide: ciento ochenta y dos metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado N° L-1870201-2015. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio. Estima el inmueble en la suma de dos millones de colones y las diligencias en la suma de un millón de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por compra-venta, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de diez años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en actividades agrícolas. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Yamileth Quesada Pérez. Expediente N° 16-000041-0507-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica. Pococí, 16 de setiembre del 2016.—Msc. Sugeily Hernández Azofeifa, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016067059 ). Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N° 16-000072-0815-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de José Leonardo Benavides González quien es mayor de edad, casado una vez, vecino de Llano Brenes de San Rafael de San Ramón de Alajuela, portador de la cédula de identidad Nº 2-377-515, agricultor, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza es terreno de café. Situada en el distrito dos Desmonte, cantón cuatro San Mateo, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Édgar Román Rojas; al sur, calle pública con un frente de seiscientos treinta y cuatro metros con cincuenta centímetros; al este, Alfonso Ramírez Guerrero y al oeste, Édgar Román Rojas y calle pública con un frente de ciento cuatro metros con nueve centímetros. Mide: setenta y cuatro mil doscientos treinta y nueve metros con sesenta y ocho decímetros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado Nº A-6271782000. Indica el promovente que estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de veintidós millones de colones, respectivamente. Que adquirió dicho inmueble por donación, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de 15 años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en siembra de pasto, chapias, limpieza y mantenimiento del terreno. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por José Leonardo de Jesús Benavides González, expediente Nº 16-000072-0815-AG.—Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 12 de setiembre del 2016.—Licda. María Carolina Hurtado García, Jueza.—1 vez.— Exonerado.—( IN2016067060 ). Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N° 16-000073-0815-AG donde se promueven diligencias de información posesoria para rectificación de medida por parte de Ricardo Zumbado Chacón, cédula Nº 02-0299-0881, casado una vez, mecánico, vecino de Atenas, y Víctor Julio Zumbado Chacón, cédula Nº 02-0299-0880, casado una vez, agricultor, vecino de Atenas, a fin de rectificar la medida del inmueble inscrito en el Registro Público de la Propiedad, matrícula Nº 62.406-001 y 002; el terreno que se describe así: terreno de caña y café con dos casas; sito en distrito sétimo Santa Eulalia, cantón quinto Atenas de la provincia de Alajuela; linda: norte, Gabriel Zumbado Leitón; Carlos Manuel Alvarado González y calle pública con un frente a ella de sesenta y un metros con dos centímetros lineales; sur, calle pública con ciento cuarenta y cuatro metros con sesenta y siete centímetros lineales; este, Carlos Manuel Alvarado González y oeste, Gabriel Zumbado Leitón, Ólger Zumbado Chacón, y calle pública con un frente de trescientos ochenta y tres metros con cincuenta y siete centímetros lineales. Mide: según el Registro Público: once mil cuatrocientos cincuenta y siete metros sesenta decímetros cuadrados, pero su verdadera medida es de: cuarenta y nueve mil ciento ochenta y ocho metros cuadrados, descripción que se ajusta en un todo al plano catastrado A-uno seis cinco tres cero seis cerodos mil trece. Indica el promovente que estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de tres millones de colones cada una. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Ricardo Zumbado Chacón, expediente Nº 16-000073-0815-AG.—Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 12 de setiembre del 2016.—Lic. Rodolfo Vásquez Vásquez, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016067061 ). Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 16-000106-0391-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Lidiette Ángela Cristina Vásquez Contreras, quien es mayor, casada una vez, separada de hecho, educadora pensionada, vecina de Belén de Carrillo, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número 5-0116-0297, educadora pensionada, a fin de inscribir a su Jueves 6 de octubre del 2016 nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es tacotal. Situada Potrero en el distrito cuarto Tempate, cantón tercero Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, con Máxima Avelina Contreras y Donato Vásquez Moraga; al sur, con servidumbre agrícola constituida de catorce metros y un frente de trescientos ochenta y cinco metros con veintinueve centímetros lineales frente a la misma; al este, calle pública con un frente a la misma de trescientos dos metros con diez centímetros lineales frente a la misma, y al oeste, con Máxima Avelina Contreras y Donato Vásquez Moraga. Mide: Cinco hectáreas ocho mil ciento noventa y cuatro metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado N° G-1667732-2013. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de dos millones seiscientos veinticinco mil quinientos treinta y seis colones con veinticinco céntimos cada una. Que adquirió dicho inmueble por adjudicación que le realizara el sucesorio de Donato Vásquez Moraga y Máxima Avelina Contreras Contreras, conocida como Eva Contreras Pizarro del expediente número 84-1002650388-CI, tramitado en el Juzgado Civil de Santa Cruz, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica, ininterrumpida, y a título de dueño legítimo y propietario desde el veinte de diciembre del años dos mil trece y con posesión de los anteriores dueños, suman más de cuarenta años de poseer años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en limpieza del terreno, construcción y mantenimiento de cerco, rondas, cuido, zona boscosa, así como el cuido en general. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria promovida por Lidiette Ángela Cristina Vásquez Contreras. Exp. N° 16-0001060391-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, Santa Cruz, 18 de julio del 2016.—Lic. José Joaquín Piñar Ballestero, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016067062 ). Citaciones Se hace saber que en mi notaría, se abre proceso sucesorio notarial de quienes en vida fueran Humberto Ureña Salazar y Vilma Ureña Salazar. Se emplaza a herederos, acreedores y en general a todos los interesados para que en el plazo de treinta días a partir de la fecha de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer los derechos, con el apercibimiento de que si no lo hicieren en el plazo dicho, la herencia pasará a quien en derecho corresponda. Expediente N° 004-2016.—San Ramón de Alajuela, trece de setiembre del dos mil dieciséis.—Licda. Silvia María Chaves Quesada, Notaria.—1 vez.—( IN2016064784 ). Se cita y emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y demás interesados en el proceso sucesorio de quien en vida fue el señor Efraín Rivera Bonamuza, mayor, casado en únicas nupcias, Agricultor, vecino de San José, Desamparados, Residencial Los Dorados casa F seis, cédula de identidad: cinco- cero cero treinta-mil veintitrés; para que dentro del plazo de 30 días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a esta notaría, sita en San José, Escazú, Edificio Terraforte, piso dos, oficinas de Cordero & Cordero Abogados, a fin de hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento que si así no lo hicieren, la herencia pasará a quien corresponda. Sucesorio de Efraín Rivera Bonamuza- Expediente 0001-2016.— Gonzalo Velásquez Martínez, Notario.—1 vez.—( IN2016066564 ). Se cita y emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y demás interesados en el proceso sucesorio de quien en vida fue el señor Carlos Alberto Fallas Baldí, mayor, soltero, filósofo, vecino de San José, Desamparados, Gravillas, con cédula de identidad número: Dos-cero doscientos setenta y cuatro-cero trescientos catorce, costarricense y quien falleció en San José, Hospital Central, el dieciséis de junio del dos mil catorce, para que dentro del plazo de BOLETIN JUDICIAL Nº 192 — Pág 29 30 días contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen a esta notaría, sito en San José, Escazú, Edificio Terraforte, piso dos, oficinas de Cordero & Cordero Abogados, a fin de hacer valer sus derechos bajo apercibimiento que si así no lo hicieren la herencia pasará a quien corresponda. Sucesorio de Carlos Alberto Fallas Baldí. Expediente: 0002-2016.—Lic. Gonzalo Velásquez Martínez, Notario.—1 vez.—( IN2016066565 ). Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Mercedes Viales Guadamuz, mayor, viuda, ama de casa, cedula cinco-cero cuarenta y cinco-novecientos tres, vecina de Guanacaste, Sardinal de Carrillo, del Salón Comunal, cien sur y veinticinco al este, a las quince horas del diez de diciembre del dos mil trece y comprobado el fallecimiento, esta Notaría, declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida Jerónimo Chavarría Espinoza, quien fue mayor, casado una vez, agricultor, cédula cinco-cero noventa y cinco-quinientos dieciocho, cuyo último domicilio fue en Guanacaste, Sardinal de Carrillo. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. Expediente N° 0002-2013.—Lic. José Luis Ureña Díaz, Notario.—1 vez.—( IN2016066567 ). Se cita y emplaza a los herederos y demás interesados en la sucesión de quien en vida fue Flor De María Chavarría Aguilar, mayor de edad, casada dos veces, cedula de identidad N° sieteveintisiete-seiscientos cincuenta y ocho, vecino de Matina, Limón, lote diez proyecto la peligrosa, quien falleció el primero de marzo del dos mil nueve, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación del aviso en el Boletín Judicial, comparezcan ante este Despacho a hacer valer sus derechos bajo el apercibimiento de que si no comparecieren dentro de ese plazo, los bienes sucesorios pasarán a quien corresponda. El expediente se encuentra en la notaría del Lic. Alfredo Vargas Elizondo, situada en Zapote, San José, veinticinco metros sur de la Iglesia Católica, centro comercial Unicentro, local dieciocho. Exp. N° 001-SE-2016. Sucesión de Flor De María Chavarría Aguilar, promueve: Viviano Mendoza Morales.—San José, 8 de setiembre del 2016.—Lic. Alfredo Vargas Elizondo, Notario.—1 vez.—( IN2016066581 ). Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Elizabeth Marcelina Arguedas Arguedas, cedula siete-cero treinta y siete-setecientos ochenta y cuatro y Hugo Alberto Salas Arguedas cedula uno-setecientos trece-ochocientos sesenta y ocho. Que por resolución de las nueve horas del veintinueve de mayo del dos mil dieciséis y comprobando el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio de quien en vida fuera Hugo Eliecer Salas Díaz, mayor, casado una vez. Pensionado, cedula nueve-cero treinta y seis setecientos diez, vecino de San José, Zapote , Costado Sur de la Plaza de Toros, casa número sesenta y cinco. Se cita y emplaza atados los herederos e interesados en la sucesión, para que dentro del plazo de treinta días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. Rafael Ángel Morales Soto, San José, Barrio Vasconia de la Clínica Carlos Durán ciento cincuenta al oeste número mil setecientos sesenta.—San José veinte de agosto del dos mil dieciséis.—Lic. Rafael Ángel Morales Soto, Notario.—1 vez.—( IN2016066593 ). Mediante acta de apertura otorgada ante esta Notaría por Víctor Manuel, cédula tres-ciento noventa y uno-trescientos seis, Miguel Ángel, cédula tres-doscientos dos-setecientos siete y Mardo Isaías de los Ángeles, cédula tres-doscientos sesenta y tres-ciento noventa y Cuatro y Flor Lía, todos de apellido Araya Quirós, por resolución de las ocho horas del doce de agosto del dos mil dieciséis y comprobando los fallecimientos, esta Notaría declara abierto el proceso sucesorio acumulado de quienes en vida fueron Carmen Piedades Araya Solís, ama de casa, cédula tres-cero noventa y ocho-ochocientos cuatro y de José María del Socorro Quirós Araya, agricultor, cédula tres-cero setenta-quinientos setenta y nueve, ambos, mayores, casados entre sí, y vecinos de Cartago, Santa Teresita de Turrialba, Dulce Nombre frente a la Iglesia. Se cita y Pág 30 — BOLETIN JUDICIAL Nº 192 Jueves 6 de octubre del 2016 emplaza a todos los herederos e interesados en la sucesión, para que dentro del plazo de treinta días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. Rafael Ángel Morales Soto, San José, Barrio Vasconia; de la Clínica Carlos Durán; ciento cincuenta al oeste, número mil setecientos sesenta.—San José, veinte de agosto del dos mil dieciséis.—Lic. Rafael Ángel Morales Soto, Notario.—1 vez.—( IN2016066594 ). Se hace saber que ante mí notaría se tramita bajo expediente número cero cero dos-quince, el proceso sucesorio de quien en vida fuera Marcia Gloria Dapson Norman conocida como Marcia Dopson Norman, soltera, conserje, portadora de cédula de identidad número siete-cero sesenta y cuatro-setecientos dieciocho, vecina de San Gerardo de Guadalupe frente a la barbería Continental; con treinta días de plazo se cita a todos los herederos, legatarios y demás interesados para que dentro de ese plazo se apersonen a esta notaría cita en Guápiles Pococí Limón de la Agencia de Motos Yamaha setenta y cinco metros al este, con el fin de que hagan valer sus derechos apercibidos de que si no lo hicieren la herencia pasará a quien demuestre su derecho.— Guápiles, trece de setiembre del dos mil dieciséis.—Kattia Castillo Vargas, Notaria.—1 vez.—( IN2016066622 ). Se hace saber que ante mí notaría se tramita bajo expediente número cero cero uno-quince, el proceso sucesorio de quien en vida fuera Reiner Gilberto Bryan Arroyo, con cédula de identidad número siete-ciento setenta y seis-doscientos noventa y tres, mayor, soltero, comerciante, vecino de Guápiles, Pococí, Limón, Urbanización Zurki, del Súper El Sol, setecientos metros al norte, con treinta días de plazo se cita a todos los herederos, legatarios y demás interesados para que dentro de ese plazo se apersonen a esta notaría, sita en Guápiles, Pococí, Limón de la agencia de Motos Yamaha, setenta y cinco metros al este, con el fin de que hagan valer sus derechos apercibidos de que si no lo hicieren la herencia pasará a quien demuestre su derecho.— Guápiles, trece de setiembre del dos mil dieciséis.—Licda. Kattia Castillo Vargas, Notaria.—1 vez.—( IN2016066623 ). Por acta levantada ante la suscrita notaria, se solicita la apertura y tramitación extrajudicial del sucesorio del señor José Eliveth Castillo Castillo, quien fuera mayor de edad, casado una vez, ciudadano costarricense, vecino de Montaña Grande de Lepanto de la provincia de Puntarenas, cédula de identidad seis cero ciento cincuenta y ocho cero novecientos veintiséis, los herederos han aceptado la herencia a beneficio de inventario. Cito a todos los interesados en este sucesorio, concurran ante mi notaria, a hacer valer sus derechos. Licda. Magda González Salas, notaria, oficina en San José, avenida doce bis, edificio número mil novecientos noventa y ocho detrás de la Escuela República de Chile.—Licda. Magda González Salas, Notaria.—1 vez.—( IN2016066639 ). Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios e interesados en la sucesión ad intestato, en sede notarial, de doña Emma Iris Sepúlveda San Martín, quien fue mayor, viuda una vez, del hogar, vecina de San José, Tibás, Residencial Las Rosas, ciento cincuenta metros Sur del Asilo de Ancianos, cédula ocho-cero sesenta y ocho-ochocientos ochenta y uno, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de esta publicación comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a quienes crean tener calidad de herederos , que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Todo reclamo eventual deberá hacerse en Bufete Abogados & Asesores Marma S. A., sito en San José, 24 y 26, avenida 17, número 2436. Expediente 0003-2016.—San José, 16 de setiembre del 2016.—Lic. Ricardo Villalobos González, Notario.—1 vez.—( IN2016066668 ). Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por el Lic. José Ricardo Guevara Guevara, a las dieciséis horas treinta minutos del cuatro de agosto del dos mil dieciséis y comprobado el fallecimiento de Eugenio Bienvenido Nájera Santamaría, mayor, casado dos veces, técnico de rayos X, vecino de Ciudad Cortés de Osa, frente a la Escuela Nieborowsky, con cédula de identidad N° seis-ciento treinta y siete-ochocientos ochenta y tres, esta Notaría ha declarado abierto su proceso sucesorio ab intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. No se tiene como parte a la Procuraduría General de la República, tal como esta lo ha indicado. Notaría del Lic. José Ricardo Guevara Guevara. Ciudad Cortés de Osa, setenta y cinco metros al noroeste del antiguo Liceo Pacífico Sur, teléfono 2788-8356. 8383-1008.—Lic. José Ricardo Guevara Guevara, Notario.—1 vez.—( IN2016066734 ). Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Cinthya Anzoategui Marshall, representada por medio de su apoderada generalísima sin límite de suma, señora Rosa Natalia Alvarado Rodríguez, a las trece horas del veintiuno de setiembre del dos mil dieciséis y comprobado el fallecimiento esta notaría declara abierto el proceso sucesorio testamentario de quien en vida fuera David Linden (nombre) Marshall (apellido), mayor, de un solo apellido en razón de su nacionalidad inglesa, casado dos veces, Ingeniero Civil, vecino de Santo Tomás de Santo Domingo de Heredia, contiguo al Hotel Bouganvillea, portador de la cédula de residencia número uno ocho dos seis cero cero cero uno nueve cero uno tres. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. Eduardo Sancho Arce, con oficina en Alajuela, Atenas, Centro, quinientos metros al este de Coopeatenas R.L., casa a mano izquierda, segundo piso.—Atenas, veintiuno de setiembre del dos mil dieciséis.—Lic. Eduardo Sancho Arce, Notario.—1 vez.—( IN2016066777 ). Sucesión testamentaria de Gary Arce Arenales. Expediente: 01-2016. Por escritura número: sesenta y seis de las dieciséis horas del veintidós de setiembre del dos mil dieciséis, de esta notaría se ha solicitado la apertura y trámite del proceso sucesorio testamentario en sede notarial de quien en vida fue Gary Arce Arenales, mayor, divorciado en segundas nupcias, médico psiquiatra, costarricense cédula de identidad número nueve-cero cero veintinueve-cero trescientos treinta y ocho, vecino de San José, Moravia, Barrio La Guaria, Condominios La Guaria, casa número siete. Se cita a los interesados en esta sucesión para que dentro del plazo de 30 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto, concurran ante esta notaría a hacer valer sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 001-2016. Notaría del Lic. Daniel Befeler Scharf, Barrio Tournón, Oficentro Torres del Campo, Torre uno, segundo piso, Nassar Abogados.—San José, 22 de setiembre del 2016.—Lic. Daniel Befeler Scharf, Notario.—1 vez.—( IN2016066790 ). Por una sola vez se emplaza a todos los interesados en la sucesión notarial de quien en vida se llamó Laura María Sancho Chanto, mayor, soltera, oficinista, cédula de identidad número unosiete uno uno-uno cuatro cuatro, vecina de Aguas Zarcas, San Carlos, Calle Chacón, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que si no se apersonas dentro de ese plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente número uno - dos mil dieciséis. Promueven Rafael Ángel Sancho Alpízar y Adela Chanto Méndez. Publico con oficina en Aguas Zarcas, San Carlos, 200 sur del Banco Nacional.— Ciudad Aguas Zarcas, 3 de agosto del 2016.—Lic. Marco Vinicio Chinchilla Sánchez, Notario.—1 vez.—( IN2016066794 ). Por auto de apertura, de las nueve horas del primero de julio del 2016, bajo el expediente N° 0001-2016, se ha abierto actividad no contenciosa en sede notarial, sucesorio testamentario, conforme con lo establecido en los artículos ciento veintinueve del Código Notarial y novecientos cuarenta y cinco, siguientes y concordantes del Código Procesal Civil de Jeannette Madrigal Herrera, mayor de edad, divorciada, comerciante, vecina de San José, Concepción Abajo de Alajuelita, del Pochos Bar, doscientos metros al sur y veinticinco este, con cédula de identidad número 1-0318-0350. Se cita y emplaza a los posibles interesados a presentarse ante esta Jueves 6 de octubre del 2016 notaría, situada en San José, Paseo Colón, calles 38 y 40, avenida 5, número 3840, para que dentro del plazo de treinta días siguientes a la publicación del presente edicto para hacer valer sus derechos.— San José, 2 de julio del 2016.—Lic. Marvin Madrigal Bermúdez, Notario.—1 vez.—( IN2016066809 ). Ante esta notaría al ser las 16:30 horas del 16 de setiembre de 2016, se realizó el acta de apertura de la sucesión ab intestato de María del Carmen Navarro Picado, quien en vida fue mayor de edad, casada una vez, del hogar, cédula de identidad número unocero quinientos ocho-cero quinientos cincuenta y dos, vecina de Corralillo, Cartago, costado sur de la iglesia católica. Por lo tanto y en cumplimiento del artículo ochocientos noventa y cuatro del Código Procesal Civil, se procede a publicar por una vez en el Boletín Judicial, citando interesados para que dentro del plazo de treinta días comparezcan a hacer valer sus derechos. Es todo.— Cartago, 23 de setiembre de 2016.—Lic. Jeannette Fallas Hidalgo, Notaria.—1 vez.—( IN2016066813 ). Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión del señor Pedro Antonio Solano Ortega, quien en vida fuera divorciado una vez, pensionado, vecino de Cartago, de la oficina Regional del Ministerio de Agricultura, cien metros al norte, cédula tres-uno cuatro cuatro-cuatro seis seis, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, del mismo modo se apercibe a los que crean tener calidad de herederos, que si no, se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente: cero cero tres-dos mil dieciséis. Notaría del bufete licenciado José Enrique Brenes Montero, Notario Público, sita Cartago, avenida dos calles siete y once, edificio Torre Metrópoli.—Lic. José Enrique Brenes Montero, Notario.—1 vez.—( IN2016066831 ). Mediante acta de apertura otorgada ante esta Notaría por Shirley María Oviedo Darce, a las dieciséis horas del doce de agosto del dos mil dieciséis, y comprobado el fallecimiento de quien en vida se llamó Juan Espinoza Balladares, mayor, casado una vez, cédula de identidad número uno-cuatrocientos veintitrés-setecientos once, esta Notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato. Se cita y emplaza a todos los interesados, para que dentro del plazo máximo de treinta días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos, para el bien hereditario en este proceso, bien inmueble del partido de San José, folio real número ciento setenta y seis mil setecientos doce-cero cero cero.—Lic. Ana Isabel Chavarría Corrales, Notaria.—1 vez.—( IN2016066838 ). A los causahabientes de quien en vida se llamó Joaquín Jiménez Gamboa, quien fue soltero, domicilio San José, cien metros este del Ministerio de Transporte, cédula de identidad N° 2-270565, se les hace saber que: el señor José Rafael Jiménez Gamboa, domicilio de Heredia, San Rafael, se apersonó a esta Notaria en calidad de hermano de la persona fallecida, a fin de promover las presentes diligencias de sucesorio notarial. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de 30 días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen.— Lic. Nelson Ramírez Ramírez, Notario.—1 vez.—( IN2016066880 ). A los causahabientes de quién en vida se llamó María Elena Chaves Miranda, quien fue casada una vez, domicilio Heredia, San Rafael, cédula de identidad N° 4-920-117, se les hace saber que: Mario Mora Chaves, cédula de identidad documento de identidad N° 1-330-436, domicilio de Heredia, San Rafael, se apersonó a esta notaria en calidad de esposo de la persona fallecida, a fin de promover las presentes diligencias de sucesorio notarial. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de 30 días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen.— Lic. Nelson Ramírez Ramírez, Notario.—1 vez.—( IN2016066881 ). Se cita y emplaza a los herederos, legatarios, acreedores e interesados en el proceso sucesorio de Jaime Zamora Jiménez, mayor, casado segunda vez, pensionado, cédula uno-doscientos BOLETIN JUDICIAL Nº 192 — Pág 31 noventa y siete-setecientos trece y vecino de San José, barrio Cuba, para que dentro del plazo de treinta días se apersonen ante la notaría de la licenciada Virginia Portuguéz Sánchez, sita en Hatillo, de los semáforos ubicados a la entrada de Hatillo Uno, cincuenta metros al este, a hacer valer sus derechos y se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos, que si no, se apersonan en este plazo la herencia pasará a quien en derecho corresponda. Expediente notarial N° 03-2016.—San José, 22 de setiembre del 2016.—Licda. Virginia Portuguéz Sánchez, Notaria.—1 vez.—( IN2016066894 ). Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría; por Jenny Lorena Valverde Solano, mayor, casada una vez, abogada, vecina de Cartago, Tejar de El Guarco, con cédula uno-siete nueve cinco-tres ocho siete, a las doce horas del dieciséis de setiembre del dos mil dieciséis y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera Humberto Leonel Valverde Navarro, mayor, en unión libre, vecino de Cartago, Tejar de El Guarco, conocido como Marco Ney Valverde Navarro, con cédula: uno-cero dos cinco cuatro-cero uno ocho uno, fallecido el día dos de agosto del dos mil nueve. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del licenciado Carlos Enrique Leiva Rojas, Cartago, cantón Central, distrito primero, doscientos cincuenta metros al norte de La Cadena Comercial Cartaginesa; teléfono 8383-2742.—Lic. Carlos Enrique Leiva Rojas, Notario.—1 vez.—( IN2016066903 ). Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión del señor Rafael Álvarez Álvarez, quien fue mayor, casado una vez, contador privado, cédula número ocho-cero cero cinco cinco-cero nueve cinco cero, vecino de San José, Pavas, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos, para que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 001-2016. Notaría del bufete de la licenciada Vilma María Guevara Mora, Pavas, Rohrmoser, del Triángulo en el Boulevard 8 calles al norte y 75 metros este, avenida 45 A.—Lic. Vilma María Guevara Mora, Notaria.—1 vez.—( IN2016066980 ). Se hace saber que ante la notaria Eugenia Delgado Vargas, se tramita la sucesión de quien en vida se llamó Juan Diego Goméz Guevara, quien fue, mayor, casado una vez, pensionado, portador de la cédula de identidad número uno-doscientos docedoscientos catorce, vecino de San José, Hatillo Tres, casa doscientos veintinueve, falleció en San José, Hospital, el día dieciocho de agosto de mil novecientos noventa y siete, se emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y demás interesados en el presente proceso, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de éste edicto en el Boletín Judicial, comparezcan a hacer valer sus derechos con el apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia, de que si no, se presentan en ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Igualmente se hace saber que la notaría se encuentra situada en San José, San Vicente de Moravia, barrio La Guaria de la Escuela Saint Joseph doscientos metros sur y cincuenta metros oeste Bufete Delgado y Asociados Abogados, Moravia a las trece horas del veintitrés de setiembre del dos mil dieciséis. Eugenia Delgado Vargas. Notaria pública. Expediente número cero cero cero uno-dos mil dieciséis.— Lic. Eugenia Delgado Vargas, Notario.—1 vez.—( IN2016067042 ). Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Theodore Winston Beckford Ramírez, quien fue, mayor, soltero, administrador de empresas, portador de la cédula de identidad número siete cero doscientos trece cero trescientos ochenta, vecino de Limón, ciento veinticinco metros oeste de la escuela Rafael Iglesias Castro, portón negro, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° Pág 32 — BOLETIN JUDICIAL Nº 192 Jueves 6 de octubre del 2016 003-2016. Proceso sucesorio notarial. Causante: Theodore Winston Beckford Ramírez. Promovente: Winston Shirmon Beckford Noble y Libia Eusebia Ramírez Hernández. Notaría del Bufete Elena Espinoza Jonathan, Notaria Pública.—Lic. Elena Espinoza Jonathan, Notaria.—1 vez.—( IN2016067081 ). Se hace saber: Que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Lesme Ramírez Ramírez, c.c Lesmes Ramírez Ramírez mayor, casado una vez, nacionalidad costarricense, agricultor, con cédula de identidad número tres-ciento uno-cero setenta y uno y de Amable Montero Rojas, mayor, casada una vez, nacionalidad costarricense, con documento de identidad número tres-ciento catorce-trescientos cuarenta y tres y ambos fueron vecinos de Barrio Sinaí, Pérez Zeledón, provincia de San José, de la pulpería Las Bermudas veinticinco metros al noroeste. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº13-000158-0188CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, 12 de noviembre del 2013.—Lic. Luis Adrián Rojas Hernández, Juez.—1 vez.—( IN2016068561 ). Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Mayda Antonia Adela Campos Chanto, mayor, estado civil soltera, profesión educadora pensionada, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad 0400520557 y vecina de Heredia, del ICE 75 metros al este. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 16-000354-0504CI.—Juzgado Civil de Heredia, 21 de setiembre del 2016.—Lic. Alexander Solano Pérez, Juez.—1 vez.—( IN2016068592 ). Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de quienes en vida se llamaron Inés Cecilia Castro Leiton, mayor, casada una vez, ama de casa, con cédula de identidad número 0103920109 y Douglas de la Trinidad Happer Ugalde, mayor, viudo de su único matrimonio, chofer, con cédula de identidad 0600620628, ambos vecinos de Goicoechea. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº14-000944-0169-CI.— Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 14 de setiembre del 2016.—M.Sc. Fabio Enrique Delgado Hernández, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016068621 ). Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Flor Emilia Porras Araya, mayor, casada, ama de casa, nacionalidad costarricense, cédula de identidad número 06-0107-0153. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 16-000122-0181-CI.—Juzgado Segundo Civil de San José, 31 de mayo del 2016.—MSc. Rodrigo Brenes Vargas, Juez.—1 vez.—( IN2016068689 ). Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó José Alfonso Meneses Solano, mayor, estado civil casado, comerciante, costarricense, con documento de identidad 03-0192-0323 y vecino de Ochomogo, Cartago. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 16-000400-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 23 de setiembre del 2016.—MSc. Mateo Ivankovich Fonseca, Juez.—1 vez.—( IN2016068697 ). Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó German Walter de los Ángeles Mora Fonseca, mayor, viudo, pensionado, costarricense, con documento de identidad 0300700439 y vecino de Tibás. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº16000236-0893-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 16 de agosto del 2016. M.Sc. Fabio Enrique Delgado Hernández, Juez.—1 vez.—( IN2016069027 ). Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Marjorie Zamora Arguedas, mayor, casada, costarricense, con cédula de identidad 1-04091090 y vecina de Santo Domingo de Heredia y de Orlando Gamboa Altamirano, mayor, casado costarricense, con cédula de identidad 2-0211-0271 y vecino de Santo Domingo de Heredia. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 16-000164-0504CI.—Juzgado Civil de Heredia, 19 de setiembre del 2016.—Licda. Jeannory Martínez Castro, Jueza.—1 vez.—( IN2016069278 ). Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Enrique Alfaro Oviedo, mayor, casado una vez, Administrador, con cédula de identidad número dos-cero tres tres dos-cero siete ocho uno, vecino de Alajuela, Grecia, San Isidro, quinientos metros norte del Bar Sol y Luna. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 16-000074-0295-CI.—Juzgado Civil y Trabajo de Grecia (Materia Civil), 19 de julio del 2016.—Lic. Randall Briceño Solano, Juez.—1 vez.—( IN2016069383 ). Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Macario Mora Berrocal conocido como Antonio Mora Berrocal, mayor, soltero, costarricense, cédula de identidad uno-trescientos noventa-doscientos cincuenta y seis, vecino del Rosario de Naranjo.- Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº16-000121-0295-CI.—Juzgado Civil y Trabajo de Grecia (Materia Civil), 20 de julio del 2016.—Lic. Randall Briceño Solano, Juez.—1 vez.—( IN2016069405 ). Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Margarita Brenes Gómez, mayor, estado civil, casada de únicas nupcias, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad 0301550474 y vecina de Tierra Blanca, Cartago. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que Jueves 6 de octubre del 2016 dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº16-000381-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 05 de setiembre del 2016.—MSc. Mateo Ivankovich Fonseca, Juez.—1 vez.—( IN2016069406 ). Se emplaza a todos los interesados en la sucesión testamentaria del señor Carlos Manuel Flores Martínez, quien en vida fue mayor, costarricense, divorciado, comerciante, cédula de identidad número seis-cero ciento diecisiete-cero seiscientos treinta y siete, vecino de Quepos, dos kilómetros al oeste del Hospital Max Terán Valls, Quepos, Puntarenas, mil trescientos metros al norte de la escuela, fallecido el día 07 de febrero del 2016, para que dentro del plazo de treinta días hábiles, contados a partir de la primera y única publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de este plazo la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 16-100021-0425-1-CI, sucesorio testamentario de Carlos Manuel Flores Martínez, albacea propietaria Dilcia Rodríguez Ríos, Juez Civil de Mayor Cuantía de Quepos y Parrita.—Juzgado Mixto de Quepos y Parrita, 07 de setiembre del 2016.—Lic. Héctor Álvarez Jiménez, Juez.—1 vez.—( IN2016069574 ). Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Héctor Magno Olivas Guzmán, mayor, casado una vez, pintor de artes, de nacionalidad peruana, con cédula de residencia número 455193408002 y vecino de Guadalupe de Goicoechea, San José. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº16-000191-0893-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 20 de setiembre del 2016.—Lic. Freddy Bolaños Rodríguez, Juez.—1 vez.—( IN2016069656 ). Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Mario Solís Porras, mayor, estado civil Casado, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad 0101480448 y vecino de Heredia; y Nidia Teresa Saenz Ruiz, mayor, estado civil casada, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad 0400540055 y vecina de Heredia. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedor as y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº16-0002820504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 24 de agosto del 2016.— Licda. Adriana Brenes Castro, Jueza.—1 vez.—( IN2016069749 ). Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó: Barrantes Nájera José Gerardo, mayor, casado, jubilado, cédula Nº 6-0099-1207, vecino de Pérez Zeledón. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 13000162-0188-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), 05 de mayo del 2015.—Msc. Norman Herrera Vargas, Juez.—1 vez.—( IN2016072825 ). Se hace saber a interesados y presuntos herederos, que en esta notaría se tramita la sucesión de la señora: Nidia González Vergara, de nacionalidad cubana, quien fue mayor, casada dos veces, ama de casa, con cédula de residencia de nuestro país número ciento diecinueve-doscientos-ciento cuarenta y nueve mil novecientos BOLETIN JUDICIAL Nº 192 — Pág 33 trece, vecina de San José, Tibás, San Juan, Cuatro Reinas, del Asilo de Ancianos doscientos metros al oeste y veinticinco al norte, para que en el plazo de treinta días, a partir de la publicación de este aviso, se apersonen en reclamo de sus derechos, apercibidos de que si no lo hicieren dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien en derecho corresponda. Esta notaría está ubicada en Calle Blancos de Goicoechea, San José, cuatrocientos metros norte y trescientos oeste de la plaza de deportes. Expediente Nº 00012016.—San José, 03 de octubre del 2016.—Lic. Reinaldo Venegas Carrillo, Notario.—1 vez.—( IN2016072868 ). Avisos Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito judicial de las menores María Mileidy y Julia Noeli ambas de apellidos Calderón Mayorga, para que se apersonen al Juzgado de Familia de Buenos Aires dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado mediante la resolución de las dieciséis horas del trece de enero del dos mil quince.—Juzgado de Familia de Buenos Aires, 25 de agosto del 2016.—Lic. Allan Montero Valerio, Juez.— Exonerado.—( IN2016064764 ). 3 v. 3. Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito judicial del menor Leidy Guiselle Torres Mayorga, para que se apersonen al Juzgado de Familia de Buenos Aires dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado mediante la resolución de las once horas quince minutos del treinta y uno de agosto del dos mil dieciséis. 16-400130-1046-FA (144-16).—Juzgado de Familia de Buenos Aires, 31 de agosto del 2016.—Lic. Allan Montero Valerio, Juez.— Exonerado.—( IN2016064800 ). 3 v. 3. Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de la menor de edad Jimena Calvo Guadamuz, para que se apersonen a este juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Cañas, 02 de setiembre del 2016. Expediente N° 16-400225-0928-FA(233-2-2016)-B. Debe publicarse tres veces consecutivas en el Boletín Judicial.—Juzgado de Familia de Cañas, Guanacaste.—Lic. Luis Fernando Sáurez Jiménez, Juez.—Exonerado.—( IN2016064918 ). 3 v. 3. Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de la menor de edad Julio César Aguirre Flores, hijo de Yamileth Aguirre Flores, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N° 16-000812-1302-FA. Asunto: depósito judicial.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 29 de agosto del 2016.—Licda. Sandra Saborío Artavia, Jueza.—Exonerado.—( IN2016066004 ). 3 v. 2. Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita proceso de declaratoria de ausencia promovido por Shirley Matarrita Matarrita, mayor, casada una vez, ama de casa, con cédula seisdos ocho dos-cero tres cinco, encaminado a solicitar la ausencia de Jocksan González Cruz, mayor casado una vez, pescador, cédula de identidad número seis-dos ocho dos-seis catorce, en el cual se ha designado como curador a Carol Domingo Montes cédula seis-dos ocho cero-tres nueve dos, mayor casada una vez, estilista. Exp. N° 13-100034-0642-CI.—Juzgado Civil y Agrario de Puntarenas, 10 de enero del 2014.—Licda. Xinia González Grajales, Jueza.—( IN2016066671 ). 3 v.1 Se convoca por medio de este edicto a las personas a quienes corresponda la curatela, conforme con el artículo 236 del Código de familia, para que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso de insania promovido por Jorge Sabino Martínez Huete en favor de Adela Martínez Huete y Atanacia Estela Martínez Huete.Expediente número 16-001994-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, 19 de setiembre del 2016.—Msc. José Mauricio Reyes Jiménez, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016066434 ). Pág 34 — BOLETIN JUDICIAL Nº 192 Jueves 6 de octubre del 2016 Por escritura pública otorgada ante esta notaría, a las 10 horas del 08 de setiembre del 2016, los cónyuges Ronald De Los Ángeles Chinchilla Zapata, cédula 1-0826-658 y Criselda De La Trinidad Marín Barrientos, cédula: 1-0908-0473, iniciaron los trámites en sede notarial de la señorita Valeria Chinchilla Ureña, cédula 1-1661706, de adopción plena. Cualquier oposición en la oficina del notario autenticante, situada en San José, de la Gasolinera de Matute Gómez, 200 metros al sur, 25 al este, casa 2136, telefax 2257-03-42.—Lic. José Manuel Llibre Romero, Notario.—1 vez.—( IN2016066600 ). Lic. Pilar Gómez Marín, Jueza del Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, hace saber a Leopoldo Ismael Velásquez Castillo, María Nohemi Mejía Prudente, que en este Despacho se interpuso un proceso ejecución hipotecaria en el cual figura como acreedor anotante Nohemi Mejía Prudente, bajo el expediente Nº 14-0082291164-CJ donde se dictó resolución que literalmente y en lo que interesa dice: a las ocho horas y cincuenta y siete minutos del once de marzo de dos mil quince. Revisado los escritos presentados en fechas 03 y 06 de febrero del año 2015 y al tenor de los artículos 2 y 21.4, párrafo último de la Ley de Cobro Judicial, por el improrrogable plazo de ocho días, se cita y emplaza a los anotantes Nohemi Mejía Prudente, Caja Costarricense de Seguro Social, gestionadora de Crédito San José, Banco Crédito Agrícola de Cartago, Banco Popular y de Desarrollo Comunal, para que se apersonen a los autos en defensa de sus derechos. Se ordena expedir las comisiones respectivas. Ahora bien visto el escrito presentado por la parte actora en fecha 05 de marzo del 2015 se suspende el remate señalado en autos. Asimismo en cuanto a la solicitud de nuevos señalamientos para remate la gestión será conocida una vez notificadas todas las partes del presente proceso. Lic. Guillermo Ortega Monge, Juez. Lo anterior se ordena así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Crédito Agrícola de Cartago contra Leopoldo Ismael Velásquez Castillo y María Jeannette León Calvo. Expediente Nº 14-008229-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 14 de setiembre del 2016.— Lic. Pilar Gómez Marín, Jueza.—1 vez.—( IN2016066982 ). Se convoca a todas aquellas personas que tengan interés en las diligencias de insania que promueve Gladys Álvarez Ugalde a favor de Perfecto Eleuterio Álvarez Madrigal, quien es mayor, viudo, adulto mayor, cédula de identidad Nº 6-0081-0434, vecino de Alajuela, Upala, Llano Azul de Upala, para que se presenten dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto. Expediente Nº 16-400040-1143-FA, diligencias de insania de Perfecto Eleuterio Álvarez Madrigal.—Juzgado Civil, Trabajo y de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Sede Upala, 25 de mayo del 2016.—Lic. Luis Adrián Rojas Hernández, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016067012 ). Lic. Luis Adrián Rojas Hernández, Juez del Juzgado Civil de Trabajo y Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, sede Upala, (Materia Familia), hace saber a Katherine Vanessa Tijerino Mora, documento de identidad persona menor de edad 0207900796, soltero, se desconoce el oficio y el domicilio, que en este Despacho se interpuso un proceso declaratoria judicial abandono en su contra, bajo el expediente Nº 16-400046-1143-FA donde se dictaron las resoluciones que literalmente dicen: “Juzgado Civil de Trabajo y Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, sede Upala. Al ser las catorce horas con treinta y ocho minutos del veintinueve de marzo del dos mil dieciséis. Se tiene por establecido el presente proceso especial de declaratoria de abandono de la menor Keysha M. Tijerino Mora, planteado por el Patronato Nacional de la Infancia contra Katherine Vanessa Tijerino Mora, a quien se le concede el plazo de cinco días para que se pronuncie sobre la solicitud y ofrezca prueba de descargo si es del caso, de conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia. Se le previene a la parte, que deben en el primer escrito, señalar un medio para recibir notificaciones: correo electrónico, fax, en estrados u otra forma tecnológica, que permita la seguridad del acto de comunicación, como medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que si no lo hicieren, las resoluciones se tendrán por notificadas en forma automática con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar por medio señalado, en este caso, la resolución se tendrá por notificada con el comprobante de transmisión electrónica o la respectiva constancia, salvo que se demuestre que ello se debió a causas que no le sean imputables. Las copias de los escritos y de los documentos quedarán a disposición de las partes en este Despacho. En caso de no contar con medio la parte queda obligada a designar en Estrados, para lo cual el despacho confeccionará una lista de los procesos para notificar que se exhibirá únicamente para efectos de consulta los días Martes y Jueves de cada semana. Las partes podrán señalar hasta dos números de fax distintos de manera simultánea, pero la parte o el interesado deberá indicar en forma expresa, cuál de ellos se utilizará como principal. En caso de omisión corresponde al Juez la elección. (Artículos 4, 11, 34, 36, 41 y 58 Ley de Notificaciones Judiciales Nº 8687 publicada en La Gaceta Nº 20 del 29 de enero del año 2009). Se le advierte que si no contesta en el indicado plazo de cinco días, el proceso seguirá su curso con una convocatoria a una audiencia oral y privada, conforme lo estipula el articulo 123 Ibídem; y una vez recibidas las pruebas, se dictara sentencia. Se ordena el depósito provisional judicial de la menor Keysha M. Tijerino Mora, quien actualmente se encuentra en la ONG Asociación de la Protección a la Infancia de San Carlos, para lo cual se nombra como depositaria judicial provisional a la licenciada Kattia Corrales Medrano, a quien se le previene comparecer a este despacho a aceptar y jurar dicho cargo en un plazo de cinco días. Lo anterior bajo el apercibimiento de que de no hacerlo, se entenderá que no tiene interés en dicho nombramiento, y se procederá a la sustitución, sin necesidad de ulterior resolución que lo ordene, previa comunicación a la Dirección Ejecutiva del Poder Judicial para lo que corresponda. Notifíquese esta resolución a la demandada Katherine Vanesa Tijerino Mora, por medio de edicto judicial al no conocerse el paradero de dicha persona. Así mismo se ordena nombrar un Curador Procesal a efectos de que represente y vele por los intereses de la madre de la menor de quien se pretende la adoptabilidad. Así como envíese mandamiento al Registro Civil para que anoten la existencia de las presentes Diligencias Judiciales a fin de evitar reconocimientos posteriores mientras se resuelve el fondo del asunto. Notifíquese. Licda. Wendy Blanco Donaire Jueza.” Lo anterior se ordena así en proceso declaratoria judicial abandono de Patronato Nacional de la Infancia contra Katherine Vanessa Tijerino Mora; expediente Nº 16-400046-1143-FA.—Juzgado Civil de Trabajo y Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Sede Upala, (Materia Familia), 20 de setiembre del 2016.—Lic. Luis Adrián Rojas Hernández, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016067013 ). Lic. Luis Fernando Sáurez Jiménez, Juez, se encuentra la sentencia de las diez horas treinta minutos del diecinueve de setiembre de dos mil dieciséis, que literalmente dice: “Juzgado de Familia de Cañas, Guanacaste, a las diez horas treinta minutos del diecinueve de setiembre de dos mil dieciséis. Resultando 1) ... 2)... 3) ... Considerando: I.- Sobre omisiones y nulidades:... II.-Hechos probados: a) ... b)... c)... d)... e)... III.-Sobre el fondo: ...IV.-... V.-... VI.- ... VII.- ... VIII.-... IX.- ... X.- ... XI.- ... Por tanto de conformidad con lo expuesto, normas legales citadas y artículos 99, 153, 155, 316, 317, 432, 433 y 434 del Código Procesal Civil, 2, 158, 160 y 161 del Código de Familia. Se rechaza la excepción de falta de derecho opuesta por el curador procesal de la demandada.- Se declara con lugar el presente proceso de declaratoria de abandono, incoado por el Patronato Nacional de la Infancia representado por la licenciada Dinnia María Marín Vega, en contra de Brenda de los Ángeles Cruz Acosta, representada por su curador procesal Jorge Eduardo Ramos Ramos de la siguiente forma: 1) Se acoge la presente demanda. 2) En consecuencia, se declara el estado de abandono del menor Breixer Alonso Cruz Acosta, por parte de su madre. 3) Se nombra como persona depositaria judicial de Breixer Alonso Cruz Acosta a la señora María del Carmen Acosta Herrera; misma a que la que se le previene presentarse en un plazo de cinco días una vez firme la presente resolución para aceptar el cargo. 4) Con fundamento en los numerales 158, incisos c) y d) y 160 del Código de Familia, en vista de que el menor se hallaba en riesgo social, se da por terminada la patria potestad de la accionada, en relación con el niño dicho. Firme la presente sentencia inscríbase al margen del Tomo quinientos treinta y seis, Página doscientos cuarenta y seis, asiento cuatrocientos noventa y uno, del Registro de Nacimientos del Registro Civil, de la provincia de Puntarenas. Notifíquese esta sentencia a la accionada Jueves 6 de octubre del 2016 dicha, por medio de un edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, o en diario de circulación nacional. Lic. Luis Fernando Sáurez Jiménez, Juez, expediente N° 13-400234-0928FA (240-1-2013)-B. Proceso de declaratoria judicial de abandono. Actor: Patronato Nacional de la Infancia; demandada: Brenda de los Ángeles Cruz Acosta representada por Floribeth Acosta Herrera.— Juzgado de Familia de Cañas, Guanacaste, Cañas, 20 de setiembre del 2016.—Lic. Luis Fernando Sáurez Jiménez, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016067046 ). Edictos Matrimoniales Han comparecido ante este despacho solicitando matrimonio civil Adrián Sandí Marín, mayor, costarricense, de treinta y tres años de edad, con cédula de identidad número 1-1170-413, hijo de Elicinio Sandí Marín y Hilda Marín Corrales, ambos padres de nacionalidad costarricense; nativo de Hospital, Central, San José, el veintitrés de abril de mil novecientos ochenta y tres, de oficio construcción y Karen Vannessa Quirós Morales, de veinticinco años de edad, con cédula de identidad número 6-390-056, hija de Marvin Quirós Cordero y Nineth Morales Garbanzo, ambos padres de nacionalidad costarricense, nativa de San Vito, Coto Brus, Puntarenas, el veinte de octubre de mil novecientos noventa, de oficios domésticos. Quienes son: solteros y vecinos de: Coto Brus, Sabalito, Brasilia, dos kilómetros este del Colegio Nuevo de Sabalito, casa de madera color morado claro. Se insta a todas las personas que conozcan impedimento alguno para que este matrimonio se realice, que están en la obligación de manifestarlo a este Despacho dentro de los ocho días posteriores a la publicación de este edicto. Se solicita la publicación de este edicto para los efectos del artículo 25 del Código de Familia. Lo anterior en expediente Nº 16-000014-1440-CI.— Juzgado Contravencional de Menor Cuantía de Coto Brus, San Vito, veinte de setiembre del 2016.—Lic. Jorge Ortega Morales, Juez.—1 vez.—Exento.—( IN2016066199 ). Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Ramón Ovares Díaz, mayor, soltero, policía, cédula de identidad número 0701410605, vecino de Turrialba, Chitaría, 50 metros antes de la Iglesia Tres M, casa de cemento color terracota , hijo de Ramón Ovares León y Lucía Díaz Salazar, nacido en Centro Central Limón, el 15/05/1981, con 35 años de edad, y Marta María Fallas Álvarez, mayor, soltera, ama de casa, cédula de identidad número 0303470585, vecina de Turrialba, Chitaría, 50 metros antes de la Iglesia Tres M, casa de cemento color terracota, hija de Daniel Fallas Fallas y María Cristina Álvarez Obando, nacida en Centro Turrialba, Cartago, el 22/05/1977, actualmente con 39 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Exp. Nº 16-000406-0675-FA-DM1.—Juzgado de Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Turrialba (Materia Familia), 20 de setiembre del 2016.—Lic. Elmer Rojas Aguilar, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016066205 ). Se hace saber a quienes interese que ante este Juzgado han comparecido a efecto de contraer matrimonio civil los señores Laura Acuña Tobal, mayor, divorciada, vecina de Rincón Grande de Pavas, doscientos metros sur de la Iglesia Bautista, en Rincón Grande en el bloque 38, casa N° 30, portadora de la cédula de identidad número 1-1369-140, auxiliar de empaque y Luis Fabián Castillo Ruiz, mayor, soltero, vecino de Rincón Grande de Pavas, de la Iglesia Bautista doscientos metros sur casa N° 30 bloque 38, pilero, portador de la cédula de identidad número 1-1376-0575. Si alguna persona tuviere conocimiento de la existencia de algún impedimento legal para este matrimonio deberá comunicarlo a este Juzgado, dentro de los ocho días posteriores a la publicación de este edicto en el Boletín Judicial debiendo con ello señalar lugar o medio (fax/casillero/correo electrónico) dentro del perímetro judicial de este circuito judicial donde atenderá sus notificaciones, apercibido que si no lo hiciere, todas aquellas resoluciones que en lo futuro se dicten, se tendrán por notificadas en el solo transcurso de veinticuatro horas después de notificadas. Igual consecuencia ocurrirá si el lugar señalado fuere impreciso, no exista o existiendo se encuentre cerrado o si el medio escogido impida la notificación por causas ajenas al Despacho. Expediente N° 16-000869-187-FA Solicitud de matrimonio. Nota: Publíquese este edicto por única vez BOLETIN JUDICIAL Nº 192 — Pág 35 en el Boletín Judicial o en un periódico de circulación nacional. Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquél en que se hizo la publicación.—Juzgado Segundo de Familia de San José, a las quince horas cincuenta y seis minutos del veinte de setiembre de dos mil dieciséis —Lic. Jorge Arturo Marchena Rosabal, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016066206 ). Han comparecido a éste despacho solicitando contraer matrimonio civil Óscar Mario Obregón Torres y Estefani Line Chinchilla Calvo, el primero, mayor, soltero, costarricense, cocinero con cédula 6-0373-0915 hijo de Ángel Obregón Quesada y Anais Torres González, nativo de Quepos, Aguirre, Puntarenas, el día 01 de octubre de 1988, de 27 años de edad y vecino de Quepos, Barrio La Pascua, antes de llegar al Taller La marina, también al teléfono 8842-65-78 y la segunda mayor, soltera, costarricense, ama de casa, con cédula 1-1496-0944, hija de Oldemar Chinchilla Mena y Lisbeth Calvo Quesada, nativa de San José, Uruca, Central, el día 15 de abril de 1992, de 24 años de edad, vecina de Quepos, Barrio La Pascua, antes de llegar al Taller La Marina , también al teléfono 8727-95-65. Se pública este edicto por si alguna persona se considera con derecho a oponerse dentro de los siguientes ocho días a la publicación del mismo para hacer valer sus derechos. Expediente Nº 16-400154-0425-2-FA.—Juzgado de Familia de Quepos, 12 de setiembre del 2016.—Lic. Héctor Álvarez Jiménez, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016066215 ). Jazmín Patricia Segura Acuña, mayor, costarricense, cédula de identidad número 1-1495-724, soltera, de 24 años de edad, nacido el veintiséis de marzo de mil novecientos noventa y dos, en Hospital Central San José; vecina de Jarazal Abajo, frente a la casa de Cosme Jiménez, casa color verde de madera, ama de casa, hija de Maribel Acuña Godínez, vecina de mí mismo domicilio y de Adilio Segura Chavarría vecino de San José y Fabián Badilla Jiménez, mayor, costarricense, cédula de identidad número 1-1277-0354, soltero, de 30 años de edad, nacido el veintidós de abril de mil novecientos ochenta y seis, vecino de Barrio San Isidro; 175 metros suroeste, del Bar Santiago casa color verde, profesión u oficio mensajero y mantenimiento de ganadería, hijo de Misael Badilla Vargas y Flor Jiménez Jiménez, vecinos de Barrio San Isidro, han comparecido ante este Juzgado, solicitando contraer matrimonio civil. Si alguna persona conoce impedimento para que se realice este matrimonio deberá hacerlo saber a este Despacho, dentro de los ocho días siguientes a la publicación de este edicto. Publíquese por una vez. Exp. N° 16-400181-0197-FA.—Juzgado Civil, de Trabajo y Familia de Puriscal, Santiago, 07 de julio del 2016.—Licda. Adriana Jiménez Bonilla, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016066310 ). Han comparecido ante este Despacho solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Michael Andrés Álvarez Monge, mayor, de veintitrés años, soltero, trabaja en servicios generales, vecino de San Felipe de Alajuelita, de la escuela, veinticinco metros oeste y setenta y cinco sur, casa 12-b, nació el dieciséis de enero de mil novecientos noventa, nació en Hospital Central, San José, cédula uno-mil cuatrocientos veintiuno-cero cero cero ocho, hijo de Manuel Arturo Álvarez Jinesta y Kattia María Monge Bonilla y Karina Nenette Arévalo Pérez, mayor, soltera, de veintiséis años, nacida el trece de abril de mil novecientos noventa, en el Carmen Central, San José, profesora de Estudios Sociales, cédula uno-mil cuatrocientos veintisiete-setecientos sesenta y tres, vecina de la dirección, hija de William Arévalo Guadamúz y Norma Pérez Coronado, ambos de nacionalidad costarricense. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de Matrimonio). Expediente N° 2016-400423-0216-FA.—Juzgado de Familia de Hatillo, 12 de setiembre del 2016.—Alinne Solano Ramírez, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016066311 ). Han comparecido ante este Despacho solicitando contraer matrimonio civil las personas contrayentes Javier Oswaldo Rojas Blandon, mayor, viudo/a, gerente de ventas, nacionalizado costarricense, cédula de identidad número 8-109-102, vecino de Barrio Belén de San Juan de San Ramón, 25 metros norte de Pág 36 — BOLETIN JUDICIAL Nº 192 Jueves 6 de octubre del 2016 la Pulpería de Barrio Belén, hijo(a) de Alejandro Rojas Chavarría y Mercedes Blandon Escobar, nacido en Managua, Nicaragua, el 14 de enero de 1969, con 47 años de edad, y Carmen Patricia Ramírez Rodríguez, mayor, Soltera, ama de casa , costarricense, cédula de identidad número 2-587-326, vecina de Barrio Belén de San Juan de San Ramón, 25 metros norte de la Pulpería de Barrio Belén, hija de Félix Ángel Ramírez Jiménez y María Eugenia Rodríguez Rojas, nacida en San Ramón centro, el 08 de setiembre de 1983, actualmente con 33 años de edad. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de Matrimonio) Exp. 16-0005220688-FA.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia Familia), 16 de setiembre del 2016.—Msc. Ana Belly Umaña Quesada, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016066432 ). Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil José Vinicio Vargas Hidalgo, mayor, soltero, labora en arreo, cédula de identidad N° 01-1265-0621, vecino de Corralillo de Cartago, Loma Larga, 200 metros este de la Iglesia Católica, casa color verde, hijo de Gerardina Hidalgo Castillo y Jorge Luis Vargas Calvo, nacido en Hospital Central, San José, el 18/01/1986, con 30 años de edad y María Fernanda Ilama Sánchez, mayor, soltera, ama de casa, cédula de identidad número 03-0483-0620, vecina de Corralillo de Cartago, detrás del cementerio de La Guaria, casa color verde, hija de Margarita Ilama Sánchez, nacida en Oriental, Central, Cartago, el 18/12/1994, actualmente con 21 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 16-001707-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, 02 de setiembre del 2016.—Licda. Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016066433 ). Ante esta notaría, se han apersonado Carlos Jesús Soto Quesada, mayor, divorciado, pintor, vecino de la provincia de San José, Alajuelita, Concepción Abajo, frente a la Recicladora San Miguel, portador de la cédula de identidad número uno-novecientos cincuenta y tres-cero setenta y nueve, y María Fernanda Batista Gómez, mayor, divorciada, ama de casa, vecina de Limón, Guácimo, de la Escuela Geranios, cien metros al este, portadora de la cédula de identidad número cinco-trescientos cuarenta y ocho-ciento setenta y siete, ambos de nacionalidad costarricense, quienes manifiestan su deseo de unirse en matrimonio civil. Se emplaza a las partes interesadas para que muestren oposiciones en el plazo de ley, en esta notaría, sita en San José, Escazú, San Rafael, Centro Corporativo Plaza Roble, edificio Los Balcones, primer piso. Es todo.—San José, a los veintiún días del mes de setiembre del dos mil dieciséis.— Andrés Waisleder Goldberg, Notario.—1 vez.—( IN2016066876 ). Han comparecido ante este Despacho solicitando contraer matrimonio civil las personas contrayentes Daniel Josué Chaves Bermúdez, mayor, soltero, constructor, cédula de identidad Nº 0116940690, vecino de Cartago, barrio La Cruz, Fátima de Cartago hijo de Katherine Bermúdez Cantillo y Asdrúbal Chaves Rivas, ambos padres costarricenses, nacido en Uruca, Central, San José, el 09/11/1997, con 18 años de edad, y María Yazmín Ramírez Brenes, mayor, soltera, administradora del hogar, cédula de identidad Nº 0305090883, vecina de la misma dirección que el anterior, hija de Silvia Eugenia Brenes Ramírez y Javier Ramírez Masís, ambos padres costarricenses, nacida en Oriental, Central, Cartago, el 23/02/1998, actualmente con 18 años de edad. Las personas comparecientes manifiestan: venimos ante su autoridad con el fin de que mediante sus buenos oficios se nos una en matrimonio civil dado que no hay impedimento legal para ello y para comprobarlo solicitamos se llame a declarar a los testigos: Javier Ramírez Masís y Rebeca Benavides Ramírez. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de matrimonio), expediente Nº 16-002275-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, 23 de setiembre del 2016.—Licda. Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016067006 ). Han comparecido ante este Despacho solicitando contraer matrimonio civil las personas contrayentes Jorge Arturo Montoya Hernández, mayor, soltero, operario de máquinas, cédula de identidad N° 0303690180, vecino de Cartago, cien metros este y veinticinco metros norte de la Pulpería Linda Vista, San Nicolás, Taras, hijo de Nora Hernández Pacheco y Jorge Arturo Montoya Fernández, nacido en Oriental Central, Cartago, el 20/10/1980, con 35 años de edad, y Geannina Lucía Brenes Chacón, mayor, soltera, miscelánea, cédula de identidad N° 0111190739, vecina de Cartago, Ochomogo, doscientos metros este de la Guardia Rural, hija de Isabel Cristin Chacón Miranda y Raúl Joaquín Brenes Solano, nacida en Hospital Central San José, el 29/10/1981, actualmente con 34 años de edad. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de matrimonio). Expediente N° 16-002286-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, 23 de setiembre del 2016.—Licda. Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016067007 ). Edictos en lo penal Fiscalía de Pavas, Fiscalía de Pavas, a las ocho horas del veinte de setiembre del dos mil dieciséis. En vista de que la demandada civil Laura Víquez Ortega, quién conociendo de la sumaria penal no se apersono al despacho para ponerle en conocimiento la acción civil presentada en su contra, se procede a comunicarle la resolución que cursa la acción civil presentada en su contra por medio de edicto el cual se publicará una sola vez en el Boletín Judicial. Confeccionándose el oficio de estilo. Laura Mora Solís, Fiscal Auxiliar de la Fiscalía de Pavas: se pone en conocimiento la acción civil. Laura Mora Solís, Fiscal Auxiliar de la Fiscalía de pavas a la señora Laura Víquez Ortega, cédula de identidad número 108650015, mayor de edad, ama de casa, costarricense, se le hace saber que en el legajo de acción civil resarcitoria número 140018070283-PE, en el cual figura como Ofendida K.V.R. y su representante Patricia Acuña Arroyo contra Laura Víquez Ortega, se ha dictado resolución que literalmente dice: comunicación por edicto: Fiscalía de Pavas, siete horas con cuarenta y nueve minutos horas del veinte de setiembre de dos mil dieciséis. En vista de que a la demandada Civil Laura Víquez Ortega, no ha sido posible comunicarle la resolución dictada por este despacho, que da curso a la acción civil resarcitoria incoada por K.V.R. y su representante patricia acuña arroyo, se procede a comunicarle la resolución que cursa la acción civil en su contra por medio de edicto que se publicará una sola vez en el Boletín Judicial. Confeccionándose el oficio de estilo. Laura Mora Solís, Fiscal Auxiliar de Pavas: Se pone en conocimiento la acción civil: de conformidad con los artículos 115 y 120 del Código Procesal Penal, se pone en conocimiento de la demandada Civil Laura Víquez Ortega, la presente acción civil resarcitoria.. Cualquier interviniente podrá oponerse a la participación del actor civil planteando las excepciones que correspondan. La oposición se pondrá en conocimiento de las actoras y su resolución se reservará para la audiencia preliminar. Comuníquese.—Fiscalía de Pavas.—Fabián Corrales, Fiscal Coordinador a. í.—1 vez.—Exonerado—( IN2016066426 ). Fiscalía Adjunta del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, (Materia Penal), al ser las catorce horas y cuarenta minutos del catorce de setiembre del dos mil dieciséis. El suscrito Msc. Andrés Olsen Villegas, Fiscal de la Fiscalía Adjunta del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, comunica a Gustavo Adolfo Porras Monge, cédula N° 1-0615-0489, en calidad de representante legal y presidente de la empresa Transportes Tarrazú, cédula jurídica N° 3-101208699, que deberá de presentarse a este despacho judicial dentro de los próximos ocho días hábiles posterior a la publicación de este edicto a fin de dar Traslado de la Acción Civil Resarcitoria, resolución de las catorce horas y cincuenta y cinco minutos del veinticinco de febrero del dos mil dieciséis, dentro de la causa N° 14-001450-0066-PE, por el delito de homicidio culposo (Ley de Tránsito) contra José Joaquín Marín Jiménez en perjuicio de Gilberto Hernández Martínez.—Fiscalía Adjunta del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, (Materia Penal).—Msc. Andrés Olsen Villegas, Juez.—1 vez.— Exonerado.—( IN2016067048 ).
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