CARLOS ALBERTO RODRIGUEZ PEREZ (FIRMA) Año CXXXVIII San José, Costa Rica, jueves 6 de octubre del 2016 57 páginas ALCANCE N° 210 PODER LEGISLATIVO LEYES PROYECTOS TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES DECRETOS DOCUMENTOS VARIOS 2016 Imprenta Nacional La Uruca, San José, C. R. Firmado digitalmente por CARLOS ALBERTO RODRIGUEZ PEREZ (FIRMA) Fecha: 2016.10.05 13:20:32 -06'00' PODER LEGISLATIVO LEYES 9398 LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA DECRETA: LEY PARA PERFECCIONAR LA RENDICIÓN DE CUENTAS ARTÍCULO 1.Como parte de la obligación constitucional que tienen los funcionarios públicos de rendir cuentas por su labor y en aras de que dicho ejercicio contribuya al mejoramiento continuo en la calidad del accionar estatal, se establece la obligación de los rectores sectoriales, jerarcas ministeriales, de entes descentralizados institucionales y de órganos de desconcentración máxima, de elaborar, publicar y divulgar un informe anual, escrito, de la labor desarrollada por la o las instituciones a su cargo. ARTÍCULO 2.El informe indicado en el artículo anterior se deberá presentar ante la Asamblea Legislativa de la República dentro de los primeros quince días del mes de mayo. Adicionalmente, y a efectos de garantizar su máxima divulgación, se incorporará copia de dicho informe en la página web de la respectiva entidad u órgano; se remitirá, de manera digital, a los colegios profesionales, escuelas universitarias, organizaciones sociales, comunales y productivas de áreas afines a su ámbito de acción, además a los medios de comunicación colectiva y partidos políticos con dirección electrónica conocida. ARTÍCULO 3.- El informe ha de incluir los siguientes contenidos mínimos: a) Objetivos legales que dan origen y fundamento a la respectiva entidad, órgano o sector. b) Recursos financieros, humanos y materiales disponibles, con una justificación de su necesidad y vigencia en orden al interés público y cometidos de la institución. c) El organigrama institucional vigente, que contendrá una descripción de las diferentes áreas de trabajo y un recuento del número de funcionarios, así como su clase (clasificación de puestos) y salarios brutos. d) Metas trazadas para el período en análisis, con indicación clara y específica de los resultados concretos obtenidos para cada una de ellas, tanto en el contexto del plan nacional de desarrollo, el plan sectorial y el plan operativo institucional. e) Descripción y justificación de créditos asumidos, modificaciones salariales acordadas, procesos de contratación iniciados u adjudicados, así como procesos o demandas judiciales enfrentadas o promovidas, PLENARIO -2- viajes realizados departamentos. f) por jerarcas LEY N.º 9398 institucionales y directores de Limitaciones u obstáculos encontrados. g) Retos, objetivos e inversiones visualizados para el mediano y largo plazos, tanto en el contexto institucional, como en el sectorial y nacional. ARTÍCULO 4.Aquellos informes de los rectores sectoriales que sean designados por la Asamblea Legislativa se presentarán directamente ante el Plenario, que los escuchará y discutirá conforme se establezca en el Reglamento de la Asamblea Legislativa. ARTÍCULO 5.Los sectores, las entidades y los órganos regulados por esta ley deberán promover mecanismos participativos, no solo para dar a conocer los informes aquí establecidos, sino también para escuchar las inquietudes y sugerencias de grupos organizados y de la población en general. Rige a partir de su publicación. ASAMBLEA LEGISLATIVA PLENARIO -3- LEY N.º 9398 ASAMBLEA LEGISLATIVA.- Aprobado a los treinta días del mes de agosto de dos mil dieciséis. COMUNÍCASE AL PODER EJECUTIVO Antonio Álvarez Desanti PRESIDENTE Gonzalo Alberto Ramírez Zamora PRIMER SECRETARIO Marta Arabela Arauz Mora SEGUNDA SECRETARIA Fr.- ASAMBLEA LEGISLATIVA PLENARIO -4- 1 vez.—O. C. N° 3400029841.—( IN2016072774 ). ASAMBLEA LEGISLATIVA LEY N.º 9398 PROYECTOS PROYECTO DE LEY LEY DE IMPUESTO A LAS GANANCIAS EXCESIVAS DE LOS BANCOS E INCENTIVO PARA EL REBAJO DE INTERESES A LAS PERSONAS ADICIÓN DE UN INCISO C) AL ARTÍCULO 15 DE LA LEY N.° 7092, DE 21 DE ABRIL DE 1988, LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA Y SUS REFORMAS Expediente N.° 20.100 ASAMBLEA LEGISLATIVA: El mercado financiero costarricense presenta, en los últimos años, dos características: a) una configuración oligopólica y, b) un crecimiento muy superior al del resto de la economía nacional. Primero, respecto al carácter oligopólico, este carácter no competitivo ha sido claramente analizado por el estudio Margen de Intermediación Financiera y Poder de Mercado: El caso de Costa Rica, de Alejandro Castro Arias y Allechar Serrano López, del Departamento de Investigaciones Económicas del Banco Central de Costa Rica. En el citado estudio se concluye: “Los resultados empíricos confirman las premisas en torno al comportamiento bancario que lo ubican como una estructura no competitiva tipo oligopólica. La conjetura propuesta en estudios previos sobre un comportamiento al estilo Stackelberg parece razonable en el sentido de que la evidencia sugiere que las entidades toman sus decisiones en forma secuencial y no de manera simultánea. El hecho de que la banca costarricense opere en un mercado no competitivo implica que el precio no es igual a su costo marginal y por lo tanto la producción no sea ´optima, es decir, se ofrecen menores servicios financieros a los que existirían en un equilibrio competitivo.” 1 Segundo, es evidente el elevado dinamismo del sector financiero, en comparación con el resto de la economía nacional, al observarse que el crecimiento promedio del PIB real ha sido de un 3,9% anual, en el período (20111 En Castro y Serrano, (2013), Margen de Intermediación Financiera y Poder de Mercado: El caso de Costa Rica, Documento de Investigación DI-04-2013 del Departamento de Investigación Económica del Banco Central de Costa Rica, p. 16. -2- 2015), mientras que, para este mismo período, el crecimiento promedio (real) del sector “servicios financieros y seguros” asciende a un 6,8% anual. Tasa de variación anual del PIB, y del PIB en sector servicios financieros y seguros, Costa Rica, (2011-2015) 9.00 8.00 7.00 6.00 5.00 4.00 3.00 2.00 1.00 .00 Producto interno bruto a precios de mercado Servicios financieros y seguros 2011 2012 2013 2014 2015 Fuente: Elaboración propia, según datos del Banco Central de Costa Rica (BCCR). Solo considerando el año anterior (2015), resalta que mientras la economía nacional creció solo un 2,8% (crecimiento real del PIB), el crecimiento del sector “servicios financieros y seguros” fue de un 7,7% en términos reales. Es decir, el sector “servicios financieros y seguros” creció, el año anterior, a un ritmo más de dos veces superior al crecimiento general de la economía nacional. Así, existe evidencia del carácter oligopólico del mercado financiero nacional y del elevado dinamismo de este sector económico respecto al resto de la economía nacional. El alto dinamismo y el carácter oligopólico producen elevados rendimientos para los integrantes del sector financiero. Durante los últimos 5 años (2011-2015), las entidades del Sistema Financiero Nacional han acumulado ganancias netas, después de impuestos y participaciones (resultado final), de más de 1,2 billones de colones (₡1.207.665.847.000,00), según datos de la Superintendencia General de Entidades Financieras (Sugef). Estas dos características (carácter oligopólico del mercado financiero y alto dinamismo) demuestran que los integrantes de este sector económico poseen una capacidad económica superior. Por tanto, y en congruencia con la necesidad de construir una estructura tributaria progresiva, respetuosa del principio de capacidad económica, es necesario que se establezcan tarifas diferenciadas y superiores para aquellas entidades integrantes del Sistema Financiero Nacional que presenten altas rentabilidades, para asegurar así que aquellas entidades con grandes -3- rentabilidades aporten de conformidad con esa capacidad económica superior. En este proyecto de ley se propone que a las entidades del Sistema Financiero nacional con alta rentabilidad y con altos rendimientos se aplique una tarifa, del impuesto sobre las utilidades, 7,5 puntos porcentuales superior a la aplicada al resto de personas jurídicas (30%). La determinación de la recepción de altos rendimientos se realiza por medio del “indicador de rentabilidad nominal sobre patrimonio promedio”, según la definición actual realizada por la Sugef. Este indicador permite establecer la rentabilidad de cada entidad financiera, considera el tamaño de su patrimonio, para hacer así comparable la rentabilidad de entidades de tamaño distinto. Entre enero 2013 y marzo 2016, el “indicador de rentabilidad nominal sobre patrimonio promedio” total para todo el Sistema Financiero Nacional ha variado entre un mínimo de 7,06% y un máximo de 10,83%, resultando en un promedio de 8,48%. Rentabilidad nominal sobre patrimonio promedio, Sistema Financiero Nacional Costa Rica, enero 2013-marzo 2016 12 10 8 Rentabilidad nominal sobre Patrimonio Promedio 6 Media (Ene/13-Mar16) 4 2 ene-16 oct-15 jul-15 abr-15 ene-15 oct-14 jul-14 abr-14 ene-14 oct-13 jul-13 abr-13 ene-13 0 Fuente: Elaboración propia, según datos de Sugef. El resultado de las entidades integrantes del Sistema Financiero Nacional, en lo que respecta a este indicador de rentabilidad, es profundamente desigual. Para marzo de 2016, mientras que el 59% de las entidades del Sistema Financiero Nacional reportan un indicador de rentabilidad nominal sobre patrimonio promedio inferior al 8%, el restante 41% reportan valores en este indicador que superan el 8%, llegando algunas entidades a reportar valores superiores al 15% (cerca del doble del indicador de rendimiento de todo el Sistema Financiero Nacional). -4- Es claro que una porción amplia de las entidades del Sistema Financiero Nacional presentan altos rendimientos económicos, y por tanto, una capacidad económica superior. En este proyecto, como se señaló antes, se propone que las entidades del Sistema Financiero Nacional, que presenten, durante el período fiscal correspondiente, un indicador de rentabilidad nominal sobre patrimonio promedio superior al 8%, tributen una tarifa de un 37,5% en lo que corresponde al impuesto sobre las utilidades (7,5 puntos porcentuales mayor que la tarifa del 30% establecida para la generalidad de personas jurídicas en el inciso a) del artículo 15 de la Ley N.° 7092, Ley del Impuesto sobre la Renta). El problema del déficit fiscal alto, sostenido y creciente, que vivencia la nación desde el 2009, exige que se tomen medidas para aumentar los ingresos tributarios. Pero esas medidas de aumento de tributos deben guiarse hacia la mayor progresividad posible, siendo que los nuevos ingresos deben ser aportados, solidariamente, por aquellos contribuyentes de mayor capacidad económica. La reforma fiscal necesaria no solo debe servir para cerrar una brecha macroeconómica, sino también para construir una estructura tributaria más progresiva. Es decir, la reforma tributaria, al mismo tiempo que una medida para paliar la dinámica de la deuda pública creciente, debe ser una reconstrucción del pacto social costarricense, una reconstrucción orientada hacia el crecimiento económico inclusivo. Por otra parte, otro problema de primera importancia que experimenta la nación es el alto nivel de las tasas de interés que las entidades cobran por los créditos. El margen de intermediación financiera, la diferencia entre las tasas de interés pasivas y activas, es alto, derivado como se señaló previamente, del alto nivel de concentración de poder de mercado que presenta el Sistema Financiero Nacional. Este alto costo del crédito deriva en un desincentivo para la inversión y la generación de empleos de calidad. Así, considerando lo previamente expuesto, en el presente proyecto de ley se propone establecer una tarifa del impuesto sobre utilidades superior para las entidades financieras que cumplan con las siguientes condiciones: a) Presenten un indicador de rentabilidad nominal sobre patrimonio superior al 8%. b) No hayan ofrecido, para todos los créditos otorgados, tasas de interés activas inferiores al promedio del Sistema Financiero Nacional. Así, se gravará con una tarifa superior a las rentas de aquellas entidades financieras que obtengan rendimientos muy altos y no otorguen créditos con tasas de interés menores que las promedio del Sistema Financiero Nacional. Así, por un lado, se estará gravando, de forma más ajustada a la capacidad económica de las entidades, las rentas extraordinarias obtenidas por las entidades financieras, y por -5- otra parte, se incentiva a las entidades a reducir sus tasas de interés activas, pues si otorgan créditos a tasas de interés inferiores al promedio del Sistema Financiero Nacional, no tendrán que pagar una tarifa superior a pesar de obtener rendimientos superiores. Hacer más progresivo el impuesto a las utilidades de las entidades financieras e incentivar la reducción de las tasas de interés, son los objetivos que se persiguen con la iniciativa que aquí se presenta. En concordancia con ese objetivo de construir una reforma fiscal orientada hacia el crecimiento inclusivo y de incentivar la reducción de las tasas de interés en el mercado financiero nacional, la fracción legislativa del Frente Amplio somete a consideración de las señoras diputadas y los señores diputados el siguiente proyecto de ley. LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA DECRETA: LEY DE IMPUESTO A LAS GANANCIAS EXCESIVAS DE LOS BANCOS E INCENTIVO PARA EL REBAJO DE INTERESES A LAS PERSONAS ADICIÓN DE UN INCISO C) AL ARTÍCULO 15 DE LA LEY N.° 7092, DE 21 DE ABRIL DE 1988, LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA Y SUS REFORMAS ARTÍCULO ÚNICO.Adiciónese un inciso c), al artículo 15 de la Ley N.° 7092, de 21 de abril de 1988, Ley del Impuesto sobre la Renta y sus reformas, corriéndose la respectiva numeración, y que se leerá como sigue: “Artículo 15.[…] c) Cuando el promedio, durante el periodo fiscal correspondiente, del indicador de rentabilidad nominal sobre patrimonio, de una entidad del Sistema Financiero Nacional, regulada por la Superintendencia General de Entidades Financieras (Sugef), exceda el ocho por ciento (8%), a la tarifa a aplicar a la renta imponible de dicha entidad será de un treinta y siete coma cinco por ciento (37,5%). Si el promedio, durante el período fiscal correspondiente, del indicador de rentabilidad nominal sobre patrimonio de una entidad del Sistema Financiero Nacional, regulada por la Sugef, no excede el ocho por ciento (8%), la tarifa a aplicar a la renta imponible será la establecida en el inciso a) de este artículo. -6- Si el promedio, durante el período fiscal correspondiente, del indicador de rentabilidad nominal sobre patrimonio, de una entidad del Sistema Financiero Nacional, regulada por la Sugef, exceda el ocho por ciento (8%), pero la entidad demuestra que durante el período fiscal correspondiente ha ofrecido, para todos los créditos otorgados, tasas de interés activas inferiores a cero punto veinticinco puntos porcentuales al promedio del Sistema Financiero Nacional para el mismo período, entonces la tarifa a aplicar a la renta imponible será la establecida en el inciso a) de este artículo. Se comprende rentabilidad nominal de las entidades como el saldo acumulado de los últimos doce meses, de la diferencia entre las cuentas de ingresos y gastos, sin considerar la inflación. Y se comprende por patrimonio promedio de las entidades el saldo promedio de los últimos doce meses, de las cuentas representativas del derecho de los propietarios, (capital) sobre los activos netos (activos menos pasivos) de la entidad, menos el interés minoritario (en el caso de grupos o conglomerados financieros). […]” TRANSITORIO ÚNICO.- La reforma al artículo 15 de, a la Ley N.° 7092, de 21 de abril de 1988, Ley del Impuesto sobre la Renta y sus reformas, que se incluye en esta ley, entrará a regir a partir del siguiente período fiscal posterior a la publicación de esta ley. Rige a partir de su publicación. Edgardo Vinicio Araya Sibaja Suray Carrillo Guevara Jorge Arturo Mora Arguedas Ana Patricia Mora Castellanos José Antonio Ramírez Aguilar Gerardo Vargas Varela Carlos Enrique Hernández Álvarez DIPUTADOS Y DIPUTADAS 22 de setiembre de 2016 NOTA: -Este proyecto pasó a estudio e informe de la Comisión Permanente de Asuntos Jurídicos. 1 vez.—O. C. N° 26002.—( IN2016072668 ). TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES DECRETOS N.º 10-2016 EL TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES De conformidad con los artículos 99 de la Constitución Política, 12 inciso a), y k) y 143 del Código Electoral, Decreto Ejecutivo nº 67-2014-MGP, publicado en La Gaceta nº 48 , Alcance Digital Nº 38, del 09 de marzo de 2016. DECRETA 1 SAN JOSE 01 CANTON SAN JOSE V DISTRITO ZAPOTE Mapa 069 Ju 002 ZAPOTE*D/. POBLADOS: ABOGADOS, AGUILAR, ALBORADA, CALLE LOS MORA, CALVO, CARVAJAL, COLONIA BANCARIA, COND. TORRE BLANCA, COOPERATIVA, COOPERATIVA MOP, DIAMANTES, FINSA, GARGOLLO, GLORIA, INVU, JARDIN, LARA, LUISAS, MONTOYA, MORENO CAÑAS, NICHOLAS, PRADERA, QUESADA DURAN, RAMIREZ VALIDO, SAN GERARDO (PARTE SUR)*, VISTA HERMOSA. Nota: El poblado Maria Aguilar (San Cristóbal) se elimina del electoral Zapote (1-01-V-002) y se reubica al electoral Cordoba (1-01-V-032). 069 Js 032 CORDOBA*. POBLADOS: Nota: El poblado Maria Aguilar (San Cristóbal) se elimina del electoral Zapote (1-01-V-002), se reubica al electoral Cordoba (1-01-V-032) y se le modifica la denominación por San Cristóbal. El poblado Cond. del Sur se incluye oficialmente en la DTE. CALDERON MUÑOZ, CASTRO MADRIZ, CERRITO (PARTE ESTE)*, COND. DEL SUR, MANGOS, SAN CRISTOBAL, MONTEALEGRE*, SAN DIMAS, TREBOL, UJARRAS, YOSES SUR. VIII DISTRITO MATA REDONDA 069 Io 005 MATA REDONDA*D/. POBLADOS: Nota: El poblado Calle Lang se elimina del electoral Mata Redonda (1-01-VIII-005) y se reubica al electoral Perpetuo Socorro (1-01-VIII-035). 069 Io 035 PERPETUO SOCORRO*. POBLADOS: ANONOS (PARTE ESTE), BAJO AMERICAS, CALLE ALVAREZ, CALLE GOLF, CALLE LUISA, CASTRO, COLON, DEL PINO, FERNANDEZ CASTRO, FINSA, GENERAL CAÑAS, LA LUISA, MADRIZ, PORRAS, RANCHO LUNA, RESID. AMERICANAS, ROHRMOSER (PARTE ESTE), SASSON. ANONOS (PARTE ESTE), BAJO CAÑADA (PARTE NORTE), BALCON VERDE, CALLE LANG, CALLE MORENOS, HOLANDA*, LA SALLE, LAS VEGAS*, LOMA LINDA, NIZA, PINOS, ROMA, TENIS, TOVAR, URB. NOSARA. Nota: El poblado Calle Lang se elimina del electoral Mata Redonda (1-01-VIII-005) y se reubica al electoral Perpetuo Socorro (1-01-VIII-035). 1 SAN JOSE 02 CANTON ESCAZU Mapa III DISTRITO SAN RAFAEL 069 Im 003 SAN RAFAEL*D/. POBLADOS: Nota: El poblado Miravalles se elimina del electoral San Rafael (1-02-III-003) y se reubica al electoral Guachipelín (San Gabriel) (1-02-III-005). 069 Gj 005 GUACHIPELIN (SAN GABRIEL)*. POBLADOS: CALLE DEL MANGO, CALLE GUACHIPELIN, CALLE MATAPALO, CALLE VIRILLA, LOMA REAL, COND. MIRAVALLES, QUINTANA, REAL PEREIRA (PARTE ESTE), REAL DE PEREIRA NORTE, URB. CARREZ, URB. PINAR DEL RIO. Nota: El poblado Miravalles se elimina del electoral San Rafael (1-02-III-003), se reubica al electoral Guachipelín (San Gabriel) (1-02-III-005) y se le modifica la denominación por Cond. Miravalles. ALTO PALOMAS (PARTE ESTE), ANONOS (PARTE OESTE), AYALA, BAJO ANONOS (PARTE OESTE), BAJO PALOMAS, BETINA*, CALLE BARRO, CALLE CHAVES (PARTE NORTE), CALLE CONVENTO, CALLE PAVAS, CALLE PRIMAVERA, CALLE SOCOLA, CARAZO, CARCHITA, COUNTRY CLUB, DELFINA, DESARROLLO UNIVERSAL, FACIO CASTRO, LAGUNILLA, LAURELES, MADRES CARMELITAS, MAYNARD, MIRADOR, PALERMO, PALMA DE MAYORCA, QUESADA, SANTA MARTA, TENA, TREJOS MONTEALEGRE, URB. AMERICANA, URB. CEIBA, URB. MONTE ROCA, URIBE. 03 CANTON DESAMPARADOS Mapa I DISTRITO DESAMPARADOS 069 Lt 001 DESAMPARADOS*/. POBLADOS: BARRIO DAMAS, COLONIA DEL SUR, DORADOS, METROPOLI, MORA ROJAS, PALO GRANDE, RESID. MARSCHALL, ROJAS, BARRIO SAN JOSE, TRONCOS O TUCONADA, VISTA VERDE. Nota: El poblado San José se elimina del electoral Calle Fallas (1-03-I-018) y se reubica al electoral Desamparados (1-03-I-001) y se le modifica la denominación por Barrio San José. 069 Ms 018 CALLE FALLAS*/. POBLADOS: BELLAVISTA, CALIFORNIA, CALLE ANGULO, CALLE CONTADORES, CALLE JORCO, CALLE NARANJOS, CAPILLA, CARMEN MURILLO, CENTRO DE AMIGOS, CERAMICA, CIUD. CUCUBRES, CRUCE (PARTE OESTE), FLORITA, JARDIN, LOS DURAZNOS, MONSEÑOR SANABRIA, MONTE CLARO, RETOÑOS, RIO JORCO, SABARA, SAN ESTEBAN REY, SAN ROQUE, TICA LINDA, TORREMOLINOS*, URB. GARCIA MONGE. Nota: El poblado San José se elimina del electoral Calle Fallas (1-03-I-018) y se reubica al electoral Desamparados (1-03-I-001). 069 Ls 028 SAN JERONIMO*. POBLADOS: ALTAMIRA, CALLE ARAYA, CIUD. LA PAZ, COCORI (KAMAKIRI), LOMA LINDA, LOTO, PINOS, TAURO, URB. PINAR DEL RIO, URB. KIRIA, VENECIA. 069 Ls 036 H. A. OFELIA CARVAJAL DE NARANJO. XI DISTRITO SAN RAFAEL ABAJO 069 Mr 007 SAN RAFAEL ABAJO*D/. POBLADOS: ANGELES, AUTOFORES, BALBOA, BARRIO LA TABLA, BARRIO SAN JOSE, CALLE BRUJO (PARTE OESTE), COOPELOT, GARDENIA, SAN BUENAVENTURA, SANTA CECILIA, TEJAR, UNIDAS, URB. LAREDO, URB. LOS FRUTALES, URB. PABLO PRESBERE. Nota: El poblado Trevisa se elimina del electoral San Rafael Abajo (1-03-XI-007) y se reubica al electoral Valencia (1-03-XI-031). 069 Lr 031 VALENCIA*. POBLADOS: CALLE LA UNION, IMAS (FUENTES MARTINEZ), LAS TRES MARIAS, LEO, LOS PINARES DE SEVILLA, MARJO, RESID. HIGUERONES, SAGITARIO, TREVISA*, URB. MONACO, URB. VALENCIA, VIZCAYA. Nota: El poblado Trevisa se elimina del electoral San Rafael Abajo (1-03-XI-007) y se reubica al electoral Valencia (1-03-XI-031). 04 CANTON PURISCAL Mapa I DISTRITO SANTIAGO 060 Rs 001 SANTIAGO *RD/. POBLADOS: BAJO MORAS, BARRIO CORAZON DE MARIA, BARRIO EL CARMEN*, BARRIO LOS ANGELES, BUENOS AIRES, CALLE BARBACOAS, CALLE SAN JUAN, CHARCON DE BARRIO LOS ANGELES (PARTE OESTE), JARAZAL, JUNQUILLO ABAJO*, JUNQUILLO ARRIBA (PARTE NORTE), KAMAKIRI, PUEBLO NUEVO, SAN FRANCISCO*, SAN ISIDRO, SAN MARTIN, URB. LOS LAGOS. Nota: El poblado Junquillo Arriba* se le modifica la denominación por Junquillo Arriba (Parte Norte) y se elimina el símbolo de escuela. 061 Dv 002 POZOS*/. POBLADOS: ALTO POZOS, BAJO BARRANCO, BAJO LAGUNA, BAJO MAQUINA (PARTE OESTE), BAJO POZOS, CALLE POZOS, CAÑALES ABAJO, CAÑALES ARRIBA O LLANO DE LIMON*. 060 Pr 034 CARIT*. POBLADOS: ALTO PARARRAYOS, BARRIO SANTA LUCIA, CIRRI, ZAPOTE. 061 Fw 042 BAJO BADILLA*. 060 Rs 045 H. A. CORAZON DE JESUS. 060 Qq 046 SANTA CECILIA*. POBLADO: CALLE SAN RAFAEL. II DISTRITO MERCEDES SUR 061 Bo 003 MERCEDES SUR*/. POBLADOS: ALTO LA LEGUA*, BAJO LA LEGUA*, BAJO LA LEGUITA*, EL CRUCE, LOS CARMONA, SAN JOSECITO, VIBORA O BEDOYA. 060 Sr 004 MERCEDES NORTE*/. POBLADOS: Nota: Los poblados Barrio Girasol y Junquillo Arriba (Parte Sur)* se incluyen oficialmente en la DTE. BAJO MURILLO*, BARRIO GIRASOL, CALLE VINDAS, JUNQUILLO ARRIBA (PARTE SUR)*, PLANCHA. 061 Gn 005 BOCANA*. POBLADO: BAJO QUESADA. 061 Dj 006 JILGUERAL*. POBLADOS: ALTO PAVERO, POTENCIANA, QUEBRADA AZUL, QUEBRADILLAS. 061 Im 008 TUFARES*. POBLADOS: ALTO LIMON, ORATORIO, VARA BLANCA, CHARQUILLOS, ZAPOTAL. 061 Hk 009 SALITRALES*/. POBLADOS: TULIN. LAJAS O SAN RAMON, SURTUBAL, 061 Fm 011 ALTO LA PALMA*. POBLADOS: ALTO QUIVEL, LOS PERAZA. 061 Mg 016 LLANO GRANDE*. POBLADOS: BAJO LANAS O GUADALUPE*, LAJAS, PLAYA BONITA (PARTE ESTE), QUEBRADA HONDA*, RANCHO LARGO, SANGUIJUELAR, VENADO. IX DISTRITO CHIRES 061 Qi 023 GUARUMAL*. POBLADOS: CERDAS, GUARUMALITO, SAN VICENTE*, SANTA ROSA. 061 Qq 024 ZAPATON (SAN CARLOS)*. POBLADOS: ALTO CONCEPCION*, ALTO PEREZ ASTUA*, BEJUCO, MUÑECO, REY*. 062 Gf 028 GAMALOTILLO*. POBLADOS: COLONIA*, QUEBRADA BONITA, TIERRA FERTIL. 062 Ei 029 LOS ANGELES*. 062 Be 030 LA GLORIA*D/. POBLADOS: ALTO GLORIA, ANGOSTURA (PARTE ESTE)*, ARENAL*, BAJO GUARUMAL, BAJO VEGA, CRISTO REY*, El PLANTEL, NARANJAL*, PERICOS, PUEBLO NUEVO*, SAN GABRIEL. Nota: Los electorales La Gloria (1-04-IX-030) y Cristo Rey (1-04-IX-039) se refunden en el electoral La Gloria (1-04-IX-030). El poblado El Plantel se incluye oficialmente en la DTE 061 Rn 031 MASTATAL*. 061 Kl 037 SAN MARTIN*. POBLADOS: ALTO PELON, LAJAS O SAN RAMON (MONO CHINGO). 062 Cm 040 SAN MIGUEL*. POBLADOS: FILA DEL AGUACATE*, AGUACATE, RIO NEGRO (PARTE NORTE). 062 Hi LAJAS DE 043 VISTA DE MAR NORTE*. POBLADOS: BAJO CHIRES, CHIRES (NORTE DEL RIO). 062 Bt 044 BAJO REY*. 1 SAN JOSE 05 CANTON TARRAZU Mapa II DISTRITO SAN LORENZO 071 Hv 004 SAN MARTIN*. POBLADOS: ALTO GUARUMAL, BAJO REYES, SAN RAMON O NARANJILLO*. 071 Dw 005 SAN LORENZO*/. POBLADOS: ARDILLA, BAJO ZAPOTAL, CALLE MONTERO, CALLE VARGAS, COTOS, DELICIAS, LAGUNA (ESTE DE SAN LORENZO), MATA DE CAÑA*, MIRAMAR, PALMA, SAN ANTONIO, SAN BERNARDO*, SANTA CECILIA DE SAN LORENZO, SANTA MARTA*, SANTA ROSA. Nota: El poblado San Francisco se elimina del electoral San Lorenzo (1-05-II-005) y se reubica al electoral San Carlos (1-05-III-008). 072 Bv 009 ESQUIPULAS*. POBLADOS: CERRO NARA*, PASO REAL ARRIBA, RODEO (SAN ISIDRO)*. JILGUERO, PAQUITA, 071 Bv 012 SAN MIGUEL O SALADO*. 071 Cv 013 ZAPOTAL*. POBLADOS: ALTO ZAPOTAL, CUESTA DE MORAS*. 071 Gs 014 NAPOLES*. POBLADOS: ALTO PACAYAS, ALTO PORTAL, BAJO QUEBRADA HONDA, CHILAMATE, CONCEPCION, ESPERANZA*, SANTA TERESA. 072 Ey 015 QUEBRADA ARROYO*. III DISTRITO SAN CARLOS 071 Ep 008 SAN CARLOS*/. POBLADOS: ALTO CHIRAL, ALTO DEL CARMEN, ALTO PAVON, BARRIO SANTA ANA, EL CURA, JAMAICA, LLANO DE LA VIRGEN, PALMILERA, QUEBRADA SECA*, SAN FRANCISCO*, SAN JOSE*. Nota: El poblado San Francisco se elimina del electoral San Lorenzo (1-05-II-005) y se reubica al electoral San Carlos (1-05-III-008). 071 Eñ 010 SAN JERONIMO*. POBLADOS: ALTO SAN JUAN*, BAJO DE JENARO O SAN CAYETANO, SAN JOSECITO. 06 CANTON ASERRI Mapa V DISTRITO LEGUA 070 Ko 010 LEGUA*. POBLADOS: ALTO BUENA VISTA, BAJO MAQUINAS, LOS ITABOS, OJO DE AGUA (PARTE SUROESTE). 070 Pn 011 BAJO DE PARRITA*. POBLADO: BAJO VENEGAS (PARTE NORTE). 071 Ah 018 ALTO AGUACATE*. POBLADOS: LOMA DE JAMAICA. LA PALMA, LOMA CALVARIO, 071 Cf 020 LAGUNA (BAJO BIJAGUAL)*. POBLADO: CARMEN (PARTE NORTE). Nota: El poblado Carmen (Parte Norte) se incluye oficialmente en la DTE Nota: El electoral Carmen (1-06-V-021) se elimina del administrativo Legua (1-06-V), se reubica al administrativo Parrita (6-09-I) con el código 6-09-I-028 y se le modifica la denominación por Carmen (Parte Sur) 07 CANTON MORA Mapa III DISTRITO TABARCIA 069 Rb 004 TABARCIA*D/. POBLADOS: BAJO LIMA, CALLE LOS MARIN, CAÑAS, SAN JUAN, SALTO, URB. CALLE VARGAS. Nota: El poblado San Juan se incluye oficialmente en la DTE. 070 Ab 005 PIEDRAS BLANCAS*. POBLADOS: CARMONA. CALLE BLANCA, CALLE 069 Qa 006 MORADO*. POBLADO: CALLE UREÑA. 069 Rd 013 CORRALAR*. POBLADO: PUEBLO NUEVO (PARTE OESTE). 061 Bz 015 BAJO DE LOAIZA (SAN LORENZO)*. 060 Rz 022 BAJO DE BUSTAMANTE O ANGELES*. 10 CANTON ALAJUELITA Mapa II DISTRITO SAN JOSECITO 069 Mo 002 SAN JOSECITO*. POBLADOS: AGUILAR MACHADO, CALLE ALTO (PARTE SUR)*, CALLE CALDERON, CALLE COCHEA, CALLE MANGOS, CALLE MASTATE, CALLE NUEVA, CALLE TANQUE, LOS FILTROS*, MANGO, OFELIA, PUEBLO ESCONDIDO, TU CASA, VISTAS DE ALAJUELITA. Nota: El poblado Doce de Julio se elimina del electoral San Josecito (1-10-II-002) y se reubica al electoral San Antonio o El Llano (1-10-III-003). III DISTRITO SAN ANTONIO 069 Nñ 003 SAN ANTONIO O EL LLANO*. POBLADOS: ARCANGELES, CALLE AGUACATE, CALLE ALTO (PARTE OESTE), CALLE CALDERON, CALLE CHANFAINA, CALLE COMUN O DE GRANADILLA, CALLE LA MORA O SANTA MARIA, CALLE RABO DE MICO, CARACAS, CASCABELA, CALLE DOCE DE JULIO, EL CODO, FARO DEL SURESTE, MESON, PIEDRA DE FUEGO. Nota: El poblado Doce de Julio se elimina del electoral San Josecito (1-10-II-002) se reubica al electoral San Antonio o El Llano (1-10-III-003) y se le modifica la denominación por Calle Doce de Julio. 069 Oo 006 LAMPARAS O CORAZON DE JESUS*. EVANGELINA, POASITO, TEQUENDAMA. POBLADOS: FINCA 17 CANTON DOTA Mapa III DISTRITO COPEY 080 Ci 003 COPEY*/. POBLADOS: Nota: El poblado Rio Blanco se elimina del electoral Trinidad (1-17-III-006) y se reubica al electoral Copey (1-17-III-003). ALTO CAÑAZO, ALTO MIRAMAR, BARRIO IMAS, BERNARDO UREÑA, CRUCE CHINCHILLA, FLORIDA, LAGUNA CERRADA, PEDREGOSO, QUEBRADA GRANDE (PARTE ESTE), RIO BLANCO*, SAN CARLOS, SAN LUCAS. 080 Mñ 004 PROVIDENCIA*. POBLADOS: BAJO AZUL, EL BRUJO, OJO DE AGUA (SUR CARRETERA), PIEDRA, RINCON, ZAPOTAL. 079 Rk 005 LA CIMA*/. POBLADO: CAÑON (PARTE SUR). 079 Sl 006 TRINIDAD*. POBLADOS: ALTO INDIO, CRUCES (SUR CARRETERA), DOS AMIGOS (SUR CARRETERA), GARRAFA, MADRESELVA (PARTE SUR), PASO MACHO (PARTE SUR), QUEBRADOR (SUR CARRETERA), RIO HUMO (SUR CARRETERA), TRES DE JUNIO (SUR CARRETERA), VUELTAS. Nota: El poblado Rio Blanco se elimina del electoral Trinidad (1-17-III-006) y se reubica al electoral Copey (1-17-III-003). 080 Kt 008 SAN GERARDO*. POBLADO: JABONCILLO*. 19 CANTON PEREZ ZELEDON Mapa VI DISTRITO PLATANARES 093 Qn 017 BOLIVIA*/. POBLADO: SAN GERARDO*. 093 Nl 025 SAN RAFAEL DE PLATANARES*D/. POBLADOS: NARANJO*. BONITAS*, 093 Mñ 035 SAN PABLO*/. POBLADOS: NARANJOS, SAN PABLITO*. Nota: BAJO ESPINOZA, MOLLEJONCITO, El poblado Lourdes (Parte Norte) se elimina del electoral San Pablo (1-19-VII-035) y se reubica al electoral San Gabriel (1-19-XII-029). 093 Mg 050 AGUAS BUENAS*. POBLADO: ORATORIO*. 094 Cn 057 SIERRA*. 093 Qk 063 VISTA DE MAR NORTE*. POBLADOS: MASTATAL, VILLA FLOR (CANTARRANA). 093 Jn 093 Ll ALTO DEL CARMEN, 079 RIO GRANDE*. POBLADO: CRISTO REY. 088 MOLLEJONES*. POBLADOS: BUENOS AIRES*, CONCEPCION (PARTE OESTE)*. 093 Nj 089 SOCORRO*. 093 Ql 099 VILLA ARGENTINA*. POBLADO: BAJO BONITAS*. Nota: El electoral San Carlos (1-19-VI-058) se elimina del administrativo Platanares (1-19-VI) y se reubica al administrativo La Amistad (1-19-XII) con el código 1-19-XII-058. VII DISTRITO PEJIBAYE 031 PEJIBAYE*D/. POBLADOS: 094 Bs ACHIOTAL O VILLA HERMOSA*, ASENTAMIENTO EL PROGRESO*, BARRIO NUEVO*, CIUD. EL RIO, GIBRE, PARAISO*. 094 Fx 034 AGUILA ABAJO*. POBLADO: DELICIAS*. 094 Et 036 ZAPOTE*. 094 Cp 038 DESAMPARADOS*. 093 So 039 SAN MIGUEL*. POBLADOS: BAJO MINAS, MATASANOS. 093 Pq 040 MESAS*/. POBLADOS: MINAS, SAN MARCOS*. 094 Ez 077 SAN MARTIN (LAS MULAS)*. POBLADOS: ALTO LOS ANGELES O SAN DIMAS, LIMONCITO. 094 Gu 078 GUADALUPE*/. POBLADO: SANTA FE DE AGUILA*. 094 Fr 086 TRINIDAD*. POBLADOS: ALTO TRINIDAD (PUÑAL)*, BELLA VISTA*. 094 Hv 087 VERACRUZ*. POBLADOS: BAJO CALIENTE, CALIENTILLO. Nota: El electoral San Gabriel (1-19-VII-029) se elimina del administrativo Pejibaye (1-19-VII) y se reubica al administrativo La Amistad (1-19-XII) con el código 1-19-XII-029. El electoral Santa Lucia (Santa Luisa) (1-19-VII-047) se elimina del administrativo Pejibaye (1-19-VII) y se reubica al administrativo La Amistad (1-19-XII) con el código 1-19-XII-047. El electoral China Kicha (119-VII-069) se elimina del administrativo Pejibaye (1-19-VII) y se reubica al administrativo La Amistad (1-19-XII) con el código 1-19-XII-069. El electoral San Antonio (1-19-VII-070) se elimina del administrativo Pejibaye (1-19-VII) y se reubica al administrativo La Amistad (1-19XII) con el código 1-19-XII-070. XII DISTRITO LA AMISTAD 093 Or 029 SAN GABRIEL*/. POBLADOS: LOURDES (SAN ROQUE)*, SANTA CECILIA*. Nota: El electoral San Gabriel (1-19-VII-029) se elimina del administrativo Pejibaye (1-19-VII) y se reubica al administrativo La Amistad (1-19-XII) con el código 1-19-XII-029. El poblado Lourdes (Parte Norte) se elimina del electoral San Pablo (1-19-VII-035), se reubica al electoral San Gabriel (1-19-XII-029) y se le modifica la denominación por Lourdes (San Roque). El poblado Lourdes (Parte Sur) se elimina de la DTE 093 Ms 047 SANTA LUCIA (SANTA LUISA)*. POBLADO: ORATORIO. Nota: El electoral Santa Lucia (Santa Luisa) (1-19-VII-047) se elimina del administrativo Pejibaye (1-19VII) y se reubica al administrativo La Amistad (1-19-XII) con el código 1-19-XII-047. El poblado Oratorio se incluye oficialmente en la DTE. 093 Kp 058 SAN CARLOS*. Nota: El electoral San Carlos (1-19-VI-058) se elimina del administrativo Platanares (1-19-VI) y se reubica al administrativo La Amistad (1-19-XII) con el código 1-19-XII-058. 093 Rz 069 CHINA KICHA*. POBLADO: MOCTEZUMA*. Nota: El electoral China Kicha (1-19-VII-069) se elimina del administrativo Pejibaye (1-19-VII) y se reubica al administrativo La Amistad (1-19-XII) con el código 1-19-XII-069. 093 Pv 070 SAN ANTONIO*. POBLADOS: BELLAVISTA, CORRALILLO*, SAN ANTONIO ABAJO*. Nota: El electoral San Antonio (1-19-VII-070) se elimina del administrativo Pejibaye (1-19-VII) y se reubica al administrativo La Amistad (1-19-XII) con el código 1-19-XII-070. El poblado Bellavista se incluye oficialmente en la DTE. Distrito Administrativo La Amistad, creado por Decreto Ejecutivo Nº 67-2014-MGP, publicado en La Gaceta Nº 48 , Alcance Digital Nº 38, del 09 de marzo de 2016. 20 CANTON LEON CORTES CASTRO Mapa I DISTRITO SAN PABLO 070 Qv 001 SAN PABLO*D/. POBLADOS: BARRIO SAN FRANCISCO, LA CLARA, LOS ANGELES, MONTES DE ORO, ROSARIO, SAGRADA FAMILIA. Nota: El poblado Abejonal se elimina del electoral San Pablo (1-20-I-001). El poblado Barrio La Virgen se elimina del electoral San Pablo (1-20-I-001) y se reubica al electoral Angostura Abajo (1-20-II006). 070 Ru 018 CARRIZALES*. II DISTRITO SAN ANDRES 070 Kr 002 SAN ANDRES*/. POBLADOS: (PARTE ESTE)*, RASTROJALES. 070 Ls 006 ANGOSTURA ABAJO*. POBLADO: ABEJONAL (BARRIO LA VIRGEN). Nota: El poblado Barrio La Virgen se elimina del electoral San Pablo (1-20-I-001), se reubica al electoral Angostura Abajo (1-20-II-006) y se le modifica la denominación por Abejonal (Barrio La Virgen). BAJO LOS ANGELES*, OJO DE AGUA 070 Mr 016 HIGUERON*. POBLADOS: BAJO BONILLA, BAJO GAMBOA, LLANO GRANDE. III DISTRITO LLANO BONITO 070 So 003 LLANO BONITO (SAN RAFAEL ARRIBA)*/. POBLADOS: BAJOS DE PARRITA OESTE, BARRIO DURAN BONILLA, EL LLANO, Nota: Los poblados Santa Rosa Abajo Oeste* y Santa Rosa Arriba Oeste* se eliminan del electoral Llano Bonito (San Rafael Arriba) (1-20-III-003) y se reubican al electoral San Rafael Abajo (Beneficio Café) (1-20-III-007) 071 Bo 007 SAN RAFAEL ABAJO (BENEFICIO CAFE)*. POBLADOS: BARRIO SAN JUAN, BARRIO SAN LUIS*, SANTA ROSA ABAJO OESTE, SANTA ROSA ARRIBA OESTE. Nota: Los poblados Santa Rosa Abajo Oeste* y Santa Rosa Arriba Oeste* se eliminan del electoral Llano Bonito (San Rafael Arriba) (1-20-III-003), se reubican al electoral San Rafael Abajo (Beneficio Café) (1-20-III-007) y se les elimina el símbolo de escuela*. 070 Pñ 011 SAN FRANCISCO*. POBLADOS: BAJO MORAS, BAJO VENEGAS (PARTE SUR), BARRIO CONCEPCION*, BARRIO SAN MIGUEL. 071 Cn 019 SANTA JUANA*. POBLADO: TABACALES. IV DISTRITO SAN ISIDRO 070 Rs 004 SAN ISIDRO*/. POBLADOS: ALTO CARRIZAL, LOMA DE LA ALTURA. 070 Pp 008 SANTA ROSA ABAJO ESTE*. POBLADO: SANTA ROSA ARRIBA ESTE*. Nota: Al electoral Santa Rosa Arriba Este (1-20-IV-008) se le reubica la cabecera a Santa Rosa Abajo Este (1-20-IV-008) y se le elimina el símbolo de escuela*. 071 Bq 012 TRINIDAD*. POBLADO: BAJO DE PARRITA ESTE O DE SAN RAFA*. 2 ALAJUELA 03 CANTON GRECIA Mapa III DISTRITO SAN JOSE 059 Iw 004 SAN JOSE Y SANTA GERTRUDIS NORTE*. POBLADOS: CALLE CANGREJOS, CALLE EMERITA ARAYA, CALLE JOAQUIN ROJAS (PARTE ESTE), CALLE OJO DE AGUA (PARTE NORTE), CALLE SAN ANTONIO (EL BURRO), LA ERMITA, LOMA O SAN MARTIN, URB. EL ACHIOTE. 059 Kx 005 SANTA GERTRUDIS SUR*. POBLADOS: CALLE GUAYABAL, CALLE LOS CHORROS, CALLE LOS TRAPICHES, CALLE OJO DE AGUA (PARTE SUR), CALLE SOLIS (PARTE OESTE), CALLE UGALDE, CALLE ZAMORA (PARTE OESTE), ROJAS, URB. ANIBAL GONZALEZ. 059 Lu 012 LA ARENA (PARTE NORTE)*. POBLADOS: CALLE DE LA ARENA, DELICIAS O SANTA BARBARA, GUAYABAL (PARTE NORTE). Nota: Al electoral La Arena (2-03-III-012) se le modifica la denominación por La Arena (Parte Norte). 059 Fy 014 CALLE RODRIGUEZ*. 059 Ix 033 CALLE SAN JOSE*. POBLADOS: CALLE GEOVANNY ARGUEDAS, CALLE QUESADA, CALLE RESBALON, EL CRUCE, SANTA ROSA (PARTE OESTE). 059 Jx 037 CEDRO*. POBLADOS: CALLE BARRANTES, PUNTA DE CAÑA, ULATE 04 CANTON SAN MATEO Mapa II DISTRITO DESMONTE 060 Fc 005 DESMONTE*/. POBLADOS: CONCEPCION, CUESTA COLORADA, EL LIMON, FINCA LA SIERRA, FINCA SACRA FAMILIA, HELADO O LA LIBERTAD*, LA UNION, PATIO DE AGUA NORTE, QUEBRADA HONDA, SAN JUAN UNO, ZAPOTE. 060 Ce 010 ESTANQUILLOS O SAN ANTONIO (PARTE OESTE)*/. POBLADOS: CALLE A CARRIZAL, PATO DE AGUA (PARTE OESTE). Nota: El electoral Estanquillo (San Antonio) (2-05-II-005) se elimina del administrativo Jesús (2-05-II), se reubica al administrativo Desmonte (2-04-II) con el código 2-04-II-010 y se le modifica la denominación por Estanquillos o San Antonio (Parte Oeste). 05 CANTON ATENAS Mapa II DISTRITO JESUS 060 Di 003 JESUS*/. POBLADOS: ALTO DEL MONTE*, BARROETA*, BOCA DEL MONTE, CUAJINIQUIL, VUELTA POLACO. 060 Dk 004 SABANA LARGA*/. POBLADOS: FINCA ESPAVELES, SAN VICENTE. Nota: GUACALILLO, El electoral Estanquillo (San Antonio) (2-05-II-005) se elimina del administrativo Jesús (2-05-II), se reubica al administrativo Desmonte (2-04-II) con el código 2-04-II-010 y se le modifica la denominación por Estanquillos o San Antonio (Parte Oeste). 13 CANTON UPALA Mapa V DISTRITO DELICIAS 025 Fw 011 DELICIAS*D/. POBLADOS: ASUNCION, EL MANZANO, FINCA ARGENTINA (LLANOS ARGENTINA), FINCA CHIRIPA, FINCA MERCEDES (FRONTERA), FINCA SAN SEBASTIAN, FINCA SANTA ROSA (FRONTERA), FINCA SANTA ROSA SUR, LA CRUZ*, PATASTE, PAVAS*. 025 Jp 012 SANTA CLARA (PARTE ESTE)*. POBLADOS: FINCA BUENAVISTA, FINCA MONTERREY, PERLA*, SAN JUAN. Nota: El poblado Perla se elimina del electoral Quebradón (2-13-V-034) y se reubica al electoral Santa Clara (Parte Este) (2-13-V-012). 025 Bq 020 SAN RAMON*. POBLADOS: FINCA AMALITA, FINCA CONCEPCION, FINCA SANTA LUCIA, LA PUEBLA, MEXICO*, MOCORON. 025 Jt 034 QUEBRADON*. POBLADOS: ASENT. TINAJAS, FINCA ESPERANZA. Nota: El poblado Perla se elimina del electoral Quebradon (2-13-V-034) y se reubica al electoral Santa Clara (Parte Este) (2-13-V-012). 3 CARTAGO 01 CANTON CARTAGO Mapa V DISTRITO AGUACALIENTE O SAN FRANCISCO 078 Si 005 SAN FRANCISCO*D/. POBLADOS: 079 Aj 006 LOURDES*. POBLADOS: BARRO MORADO, CENICERO, EL MUÑECO*, FINCA TRINIDAD, GRANADILLA, JUCOSAL, MATA DE GUINEO, NAVARRITO, URB. INCSA, URB. LAS LOMAS. AGUA CALIENTE*, CALLE PITAHAYA, CIUDAD DE LOS NIÑOS*, COCORI*, LA CHACONA, LOS FRAILES, LOS PINARES, SALITRAL, ZANJON. 078 Qh 027 PITAHAYA*. POBLADOS: IMAS, LOPEZ, RESID. JARDINES DE AGUACALIENTE, SAN ANTONIO DE PADUA, URB. CASTILLO, URB. CIUDAD DE ORO, URB. MONTEALTO, VASQUEZ DE CORONADO. Nota: 078 Ri El poblado Resid. Cartago se elimina del electoral Pitahaya (3-01-I-027) y se reubica al electoral Manuel de Jesús Jimenez (3-01-I-031). 031 MANUEL DE JESUS JIMENEZ*. POBLADOS: CALLE ZOPILOTA, RESID. CARTAGO. Nota: El poblado Resid. Cartago se elimina del electoral Pitahaya (3-01-I-027) y se reubica al electoral Manuel de Jesús Jimenez (3-01-I-031). 078 Sg 035 GUAYABAL (PARTE ESTE)*. POBLADO: RESID. LA CAMPIÑA Nota: El electoral C.P. San Francisco (3-01-V-032) se elimina del administrativo Agua Caliente o San Francisco (3-01-V) y se reubica al administrativo El Tejar (3-08-I) con el código 3-08-I-017 02 CANTON PARAISO Mapa I DISTRITO PARAISO 078 Sñ 001 PARAISO*D/. POBLADOS: BARRIO FLORENCIO DEL CASTILLO, BARRIO LA CASTILLA, BARRIO SAN ESTEBAN, BARRO HONDO, CALVARIO, CHIVERRE O SAN ANTONIO*, CRUZ ROJA, CUCARACHO, CUESTA GRANDE, CUESTA MADRIZ, DULCE NOMBRE, ESTACION, FINCA CASTILLO, GUTIERREZ, HOGAR PUEBLITO DE COSTA RICA, INVU, JORA, JOYA, LAGUNA*, LLANO, LUISIANA, MORALES, MOZOTAL, PALMA, PEDREGAL, PEIPUTE, PERICO, PIEDRA GRANDE, PITALILLO, PUCARES, RADIO, RINCON, SALTO, SANCHIRI, SANTA MARTA, SOLARES, SOLEDAD*, URB. CERRO VERDE, URB. EL ANGEL, URB. LA MISION, URB. LA VICENTINA, VEINTIOCHO DE DICIEMBRE. 078 Rp 002 BIRRISITO*D/. POBLADOS: ALTO BIRRISITO, ASENT. ROGELIO COTO, CERRO CHIQUITO, CHIRAL, CHIRRITALES, EL HUECO, LA CACHIMBA, PANDORA, PARRUAS, TITERES. Nota: El poblado Barrio San Francisco se elimina del electoral Birrisito (3-02-I-002) y se reubica al electoral Lapuente (3-02-II-019). 079 Ar 013 UJARRAS*. POBLADOS: CALLE LOS PERICOS, FINCA SAN JUAN, HACIENDA LA FLORA, LA MINITA, RESID. LOS CAPIROS, URB. FLORENCIO DEL CASTILLO, VILLA ISABEL. II DISTRITO SANTIAGO 078 Ou 003 SANTIAGO*/. POBLADOS: BARRIO LAS TROJAS, BIRRIS (PARTE ESTE), CASA BLANCA, CORREDORES, CUSCARES, LA LOMA, MESAS*, MESITAS, URB. EL BENEFICIO. 078 Qs 004 EL YAS*/. POBLADOS: JETA TUERTA, JUNQUILLAL, CALLE EL NARANJO (PARTE NORTE), PUENTE FAJARDO, URB. ARBOLES DEL YAS. 078 Ps 011 LA FLOR*D/. POBLADOS: ARRABARA, DESENGAÑO, TALOLINGA. 078 Ss 015 AJENJAL*D. POBLADOS: CALLE DEL VALLE, CIUD. MARIA REINA, FINCA ASENSAL O AJENJAL, NUEVA UJARRAS, URB. CUATRO CALLES. 078 Oq 019 LAPUENTE*. POBLADOS: MIGUEL. BARRIO SAN FRANCISCO, FINCA SAN Nota: El poblado Barrio San Francisco se elimina del electoral Birrisito (3-02-I-002) y se reubica al electoral Lapuente (3-02-II-19). 078 Rs 021 RIO REGADO*. POBLADOS: CALLE ACEVEDO, CALLE EL NARANJO (PARTE SUR), CALLE VALE, EL CIRJUELO, LA FORTUNA (EL ALTO), LOS VIVES, PIEDRA AZUL*. IV DISTRITO CACHI 079 At 009 CACHI*D/. POBLADOS: BAJOS URASCA, BARRIO CIENEGUITA, CALLE VOLIO, LA MURRAY, NARANJO, PEÑAS BLANCAS*, PIEDRA GRANDE, PUEBLO NUEVO, RIO DE OROS, URB. LAS ROSAS, URB. ROBLES DE CACHI, URB. VISTA AL LAGO, VOLIO*. 078 Sv 010 URASCA*/. POBLADOS: BAJOS DE DOROTEA, FAJARDO, SURTUBAL. 079 Br 012 LA LOAIZA*. POBLADOS: CALLE LOAIZA, CUESTA SEGURA, GUABATA (PARTE NORTE), GUAIRA, GUARIA, MATA DE GUINEO, PUENTE CASIMIRO. 078 Qu 017 SAN JERONIMO O GUATUSO*. POBLADOS: GUATUSITO, JOYAS. 078 Py 018 SAN MIGUEL O HAMACA (PARTE OESTE). Nota: Al electoral San Miguel o Hamaca (Parte Oeste)* se le elimina el símbolo de escuela*. 03 CANTON LA UNION Mapa II DISTRITO SAN DIEGO 069 Lz 002 SAN DIEGO*D/. POBLADOS: BARRIO SAN MARTIN, CALLE NORTE O RICHMOND, CALLE PADILLA, CALLE PIEDRA ENCANTO, LA ITABA, MARIANA, OMEGA (PARTE SUR), PUEBLO NUEVO, RESID. PASO REAL, TACORA, URB. DON EFRAIN, URB. FLORENCIO DEL CASTILLO, URB. MANOS UNIDAS, URB. MECANIZADA, URB. PALMIRA, URB. SAN JUAN, URB. SANTA MOHAL, URB. TORONJAS, URB. VILLA FLORIDA, VILLA SOFIA. Nota: El poblado Urb. El Cedro se elimina del electoral San Diego (3-03-II-002) y se reubica al electoral San Rafael (3-03-IV-005). 078 Ma 009 SANTIAGO DEL MONTE*. POBLADOS: CALLE GIRALES*, CALLE PEREZ, EULALIA, RESID. VILLA FLORENCIA, URB. LA YENY, URB. LAS MARGARITAS, URB. TINOCO. 069 Mz 012 RINCON MESEN ESTE*. POBLADO: CALLE MESEN*. IV DISTRITO SAN RAFAEL 078 Kc 005 SAN RAFAEL*D. POBLADOS: BARRIO PINAR DEL RIO, BELLELANDIA, CALLE MUÑOZ, CARLOS MALAVASI, RESID. LA CARPINTERA, ESTANCIA ANTIGUA, LA CRUZ, RESID. GENOVA, SAN CARLOS, SAN MIGUEL*, SIERRAS DE LA UNION, URB. EL PILAR, URB. EL CEDRO. Nota: El poblado Urb. El Cedro se elimina del electoral San Diego (3-03-II-002) y se reubica al electoral San Rafael (3-03-IV-005). 078 Ld 010 QUEBRADA DEL FIERRO*. POBLADO: URB. ENTEBE. 078 Lc 013 SAN VICENTE*. POBLADOS: PILARICA, SAUCEDO (SAUCES), URB. ARBOLEDA, URB. VILLA ALEGRE. 078 Jb 016 YERBABUENA*. POBLADO: IZTARU. 05 CANTON TURRIALBA Mapa II DISTRITO LA SUIZA 089 Nr 013 PACAYITAS*/. POBLADOS: (GUADALUPE), MARGARITA. Nota: El poblado Barrio El Progreso se elimina del electoral Pacayitas (3-05-II-013) y se reubica al electoral San Vicente (3-05-II-050). BARRIO ARAYA, BUENOS AIRES 089 Qo 014 LA SUIZA*D/. POBLADOS: ARCANGELES, BARRO DE OLLA, CARRIZAL, DAVID, FINCA NUBES, FINCA ROMA, HACIENDA CRISTINA*, LAS COLONIAS*, LEONA (PARTE OESTE), PIEDRA GRANDE, SELVA (PARTE SUR), SONIA, URB. FRANCISCO MENDEZ, URB. HUGO SMITH. 089 Sk 016 ATIRRO*/. POBLADOS: MAQUINA VIEJA, PUEBLO NUEVO. 089 Lt 033 MOLLEJONES*. 089 Pn 049 CARMEN*. POBLADO: SAN GERARDO. 089 Ns 050 SAN VICENTE*. POBLADO: EL PROGRESO*. Nota: El poblado Barrio El Progreso se elimina del electoral Pacayitas (3-05-II-013), se reubica al electoral San Vicente (3-05-II-050) y se le modifica la denominación por El Progreso 089 Oñ 065 EL SILENCIO*. POBLADOS: ALTO ALEMANIA, BALALAICA, DANTA, SILENCIO ARRIBA. 089 Qn 070 CANADA*. POBLADOS: BARRIO GONZALEZ, BARRIO SAN MARTIN, CIUD. ABELARDO ROJAS, CIUD. ROJAS QUIROS, CRUZADA DE ATIRRO, PROYECTO LAS GAVIOTAS. 089 Jt 074 PACUARE*. 08 CANTON EL GUARCO Mapa I DISTRITO EL TEJAR 078 Rg 001 EL TEJAR*D/. POBLADOS: BARAHONA, BARRIO LOS ANGELES, BARRIO SAN FRANCISCO, CALDERON, CALLE A TOBOSI, CHAVARRIA, GONZALEZ, RESID. ANDREA, SAN RAFAEL, SANTA CLARA*, SANTA GERTRUDIS*, SAUCES, SILO, URB. EL GUARCO, URB. VICTORIA, URB. VILLA FLORESTA, URB. ZORZALES, VIENTO FRESCO. 078 Se 006 BARRIO NUEVO*. POBLADOS: RESID. CACIQUE, SANTO CRISTO, URB. FUNDACION, URB. LAS CATALINAS, URB. LOS LLANOS. 078 Rh 015 ASUNCION (CANGREJAL)*/. POBLADOS: VIEJA, VILLA FRANCISCA. COLONIA, HACIENDA 078 Re 016 SABANA GRANDE*. 078 Si 017 C. P. SAN FRANCISCO. Nota: El electoral C.P. San Francisco (3-01-V-032) se elimina del administrativo Agua Caliente o San Francisco (3-01-V) y se reubica al administrativo El Tejar (3-08-I) con el código 3-08-I-017. 4 HEREDIA 08 CANTON FLORES Mapa I DISTRITO SAN JOAQUIN 068 Sk 001 SAN JOAQUIN*D/. POBLADOS: CALLE CEMENTERIO, CALLE REAL (PARTE NORTE), HACIENDA LUISIANA, LOS JOAQUINEÑOS, SANTA MARTA, SANTISIMA TRINIDAD, URB. EL CAMPANARIO, URB. LAS FLORES, URB. SAN JOAQUIN, URB. SANTA CECILIA, VILLA LICO, VILLA LUISIANA. Nota: El poblado Villa María se elimina del electoral San Joaquin (4-08-I-001) y se reubica al electoral San Lorenzo (4-08-II-002). II DISTRITO BARRANTES 068 Rl 002 SAN LORENZO*. POBLADOS: Nota: El poblado Villa María se elimina del electoral San Joaquín (4-08-I-001), se reubica al electoral San Lorenzo (4-08-II-002) y se le modifica la denominación por Resid,. Campos de Maria o Villa Maria BARRIO BARRANTES*, CALLE RINCONADA, RESID. CAMPOS DE MARIA O VILLA MARIA, UGALDE, URB. BARILOCHE, URB. SAN LORENZO, URB. VILLAS DEL RIO. 5 GUANACASTE 01 CANTON LIBERIA Mapa I DISTRITO LIBERIA 018 Eh 001 LIBERIA*RD/. POBLADOS: ARIZONA, BARRIO LOS ANGELES, BARRIO MANUEL CORDOBA (IMAS), BOCANA, CACAO, CERROS, COND. LUNA LIBERIANA, CONDEGA*, COYOLAR, DELICIAS*, FINCA BIRMANIA, FINCA CEBADILLA, FINCA CHACARA, FINCA ESPERANZA DOS, FINCA GLORIA, FINCA GUACHIPELIN, FINCA HERRADURA, FINCA MACONDO, FINCA SAN JOCOBO, FINCA TIERRA BLANCA, FINCA ZELANDIA, HACIENDA CAÑADA, HACIENDA EL REAL, HACIENDA LIRIAMBA, HACIENDA SAN HERNAN, ISLETA (NORTE DEL RIO), JUANILAMA, MALINCHE, OREGANO, PASO TEMPISQUE (PARTE ESTE), PLAZUELA, POLVAZALES, PUERCOS, SAN BENITO, SAN LUCAS, SANTA INES, TRES MARIAS, TROZAS, VILLANUEVA. 018 Lm 010 SALTO OESTE*/. POBLADOS: CARAÑA, FINCA BELLAVISTA, FINCA CHUMBULUN, FINCA FORMOSA, FINCA HUACAS, FINCA IBERIA, FINCA RESCATE, FINCA SAN ANTONIO, FINCA SAN BOSCO, FINCA ZOPILOTA, HACIENDA ASIENTILLO, HACIENDA PELON DE LA BAJURA*, HACIENDA PALENQUE, MONTAÑITA, TERREROS*. Nota: El poblado Caraña se elimina del electoral La Victoria (5-01-I-015) y se reubica al electoral Salto Oeste (5-01-I-010). 018 Gj 011 C. P. LIBERIA (MODULO B CASITAS). 018 Eg 012 H. A. LIBERIA. 018 Hg 013 BARRIO LA CRUZ*. POBLADOS: FINCA MATA DE CAÑA, FINCA SAN JERONIMO, ROBLE DE SABANA, SANTA LUISA, URB. EL GOLFO. 018 Df 014 CORAZON DE JESUS*. POBLADOS: BARRIO SAN ANTONIO, BUENOS AIRES, CAMBALACHE*, ENCINOS, JICARO, LAS BRISAS, ANGELES*, URB. SANTA ANA*. 018 Fh URB. LOS 015 LA VICTORIA*. POBLADOS: ARENA, BARRIO LAS BRISAS, BARRIO PELONCITO*, BARRIO SAN MIGUEL, CHORICERA, FINCA ESPERANZA, FINCA LAURELES, LA CARRETA, MOCHO, RESID. CASA BLANCA, RESID. DANIEL ODUBER, SANTA LUCIA, URB. ALASKA. Nota: El poblado Caraña se elimina del electoral La Victoria (5-01-I-015) y se reubica al electoral Salto Oeste (5-01-I-010). 018 Dh 016 SAN ROQUE*. POBLADOS: BARRIO MARTINA BUSTOS, CIUD. ROJAS CHAVES, GUARIA, INVU SABANERO 1 y 2/, LA GALLERA, LOTES DE GUALBERTO, NAZARETH*, URB. CURIME, VEINTICINCO DE JULIO. 017 Jt 017 SANTA MARIA*. POBLADO: EL ESCOBIO. 018 Db 020 RODEITO*. 018 Dh 021 MORACIA*/. POBLADOS: RAFAEL, URB. CHOROTEGA. FELIPE PEREZ, PUEBLO NUEVO*, SAN 018 Gj 022 C. P. LIBERIA (MODULO D1-D2). 018 Ff 023 CAPULIN*. POBLADOS: BARRIO LOS LAGOS, BARRIO SANTA ANA, COND. DEL RIO, COND. TAYACAN, FINCA LA CHOCOLATA, RESID. CAMINO DE LUNA, RESID. CHOROTEGA, RESID. DEL RIO, RESID. EL SITIO, RESID. LA AMERICA, RESID. ROBLE SABANA, ZANJITA. 018 Gj 024 C. P. LIBERIA (MODULO D3-D4). IV DISTRITO NACASCOLO 010 Lq 002 GUARDIA*D/. POBLADOS: BARRIO BUENOS AIRES, BARRIO CHINO, BARRIO EL FOSFORO, BEJUCO, CABUYAL, CACAO, EXPERIMENTAL HORIZONTE, FINCA CEBADILLA, FINCA IGUANITA, FINCA SAN MIGUEL, FINCA SANTO TOMAS, HACIENDA CULEBRA, HACIENDA EL JOBO, HACIENDA GUAPOTE, HACIENDA ORIENTE, HACIENDA PELON DE LA ALTURA, HACIENDA RANCHO ALEGRE, HACIENDA SAN MIGUEL, HACIENDA SANTA ROSA, HACIENDA TRINIDAD, LAS BRISAS, LAS TRANQUERAS, LOS LAGOS DE GUARDIA*, NACASCOLO, ORATORIO, PASO LAJAS, PLAYA NARANJO, PUERTO CULEBRA, SAN FELIPE, SITIO GUANACASTILLO, TRIUNFO*. Nota: El poblado Finca Monte Galan se elimina del electoral Guardia (5-01-IV-002) y se reubica al electoral Comunidad (5-05-II-003). 03 CANTON SANTA CRUZ Mapa IV DISTRITO TEMPATE 011 Jc 018 TEMPATE*/. POBLADOS: TEMPATE, TEMPATE. Nota: BEJUCO*, CUESTA SARDINAL, CUESTA FINCA PALO DE ARCO, HACIENDA LUPITA, PARAISO DE El poblado Finca Juan Viñas se elimina del electoral Tempate (5-03-IV-018) y se reubica al electoral Cartagena (5-03-V-019). 011 Rb 020 PORTEGOLPE*/. POBLADOS: CHILES, RINCON. FINCA GLORIA, FINCA ZANJA, LOS 003 Ox 021 HUACAS*/. 003 Ex 027 POTRERO*. POBLADO: PLAYA POTRERO. 011 Pa 040 EL LLANO (EL CHORRO)*. POBLADOS: FINCA CARRERA BUENA, FINCA SALTO. V DISTRITO CARTAGENA 011 Nh 019 CARTAGENA*D/. POBLADOS: CALLE ZORRA, CAÑAFISTULA, COROCITOS, CUESTA ARENAL, EDEN, FINCA ALCORNOQUE, FINCA COROCITO, FINCA JUAN VIÑAS, FINCA PEÑAS BLANCAS, FINCA TAJO, HIGUERON, JOBO, LOURDES, ORATORIO, TOYOSA, VILLA ROSARIO (HUACALES), ZACATIPE. Nota: El poblado Finca Juan Viñas se elimina del electoral Tempate (5-03-IV-018) y se reubica al electoral Cartagena (5-03-V-019). 011 Pd 032 LORENA*. 04 CANTON BAGACES Mapa I DISTRITO BAGACES 018 Qz 001 BAGACES*D/. POBLADOS: ARBOLITO*, BARRIO CHILE*, BARRIO SAN ANTONIO, BRISAS, CINCO DE JUNIO, CORAZON DE JESUS (PUENTE QUEMADO)*, EL COLMENAR, FINCA ENCANTO, FINCA ESPAÑA, FINCA FELICIDAD, FINCA FRANCESA, FINCA GAVIOTA, FINCA LOBA, FINCA SAN GERARDO, FINCA SANTA ROSA, FINCA SIERRA, FINCA TRINIDAD, HACIENDA BRASIL, HACIENDA LORAS, HACIENDA MARSELLESA (CHIRICANO), HACIENDA PALO VERDE, HACIENDA RECREO, HACIENDA YOJAN, HORQUETILLA, LA LIMA, PARCELAS SAN MARTIN, URB. EL REDONDEL, URB. EL RODEO, URB. PEDRO NOLASCO, URB. VALLE DORADO, VILLA VIEJA. 027 Qg 002 MONTANO*/. POBLADOS: CASA VIEJA, COFRADIA, CORRALILLO, CUESTA CAMBALACHE, CUESTA JOBO, FINCA OSCAR MIGUEL, HACIENDA AURORA, LOMA ALTA, RIO BLANCO. 028 Of 003 BEBEDERO (NORTE DEL RIO)*. POBLADOS: FINCA LAS PIEDRAS, FINCA PALMITA, FINCA SAN JERONIMO, HACIENDA MOJICA, URB. BEBEDERO. 027 Ia HACIENDA CATALINA, 009 SALITRAL*. POBLADOS: FINCA COYOL, FINCA RIO BLANCO, FINCA VENTANAS, MICO PINTADO, PITAL, SANTA ROSA. 028 Cd 011 MONTENEGRO*/. POBLADOS: HACIENDA RANCHO REY. FINCA LA FLOR, FINCA MASAVI, 018 Op 014 PIJIJE*. POBLADOS: FINCA FLOR DE LIZ, FINCA LUCHA, FINCA RIO POTRERO, FINCA SAN CAYETANO NORTE, FINCA SAN CAYETANO SUR, FINCA SANTA ELENA, HACIENDA CIRUELAS, HACIENDA CORTES, HACIENDA MONTEVERDE, LA ZANJA DE BARRO, SALTO ESTE, SAN RAMON O PAPAYITO*. Nota: El poblado Pelón de la Bajura (Este Rio) se elimina de la DTE. 019 Ku 018 BAGATZI*. POBLADOS: ASENTAMIENTO FALCONIANA*, HACIENDA TAMARINDO, LAS PLAYITAS*. 018 Qu 019 LLANOS DE CORTES*. POBLADO: ASENTAMIENTO MARAÑONAL. 028 Dc 020 AGUA CALIENTE*. POBLADOS: BARRIO POZA LINDA, FINCA CULEBRA, FINCA PAMPA MIA, FINCA SAN JERONIMO (PARTE NORTE), FINCA SANTA ISABEL, FINCA SONORA, PARCELAS LA SOGA. III DISTRITO MOGOTE 026 Oc 008 GUAYABO*D/. POBLADOS: BARRIO 2000, BARRIO MIRAVALLES, BARRIO OSES, FINCA TIZONA, HORCONES, LA ESE, LOS ANGELES*, MOCHADERO, SAN PEDRO*, URB. YIYI. Nota: 026 La El poblado Torno se elimina del electoral Guayabo (5-04-III-008) y se reubica al electoral San Isidro de Limonal (5-04-III-017). 013 PUEBLO NUEVO*. POBLADOS: HACIENDA LA GLORIA, RINCON DE LA CRUZ*, SAN JORGE*. 018 Bz 017 SAN ISIDRO DE LIMONAL*. POBLADOS: BARRO DE OLLA, FINCA CAJON, FINCA PARAISO, LIMONAL*, TORNO. Nota: El poblado Torno se elimina del electoral Guayabo (5-04-III-008) y se reubica al electoral San Isidro de Limonal (5-04-III-017). 05 CANTON CARRILLO Mapa II DISTRITO PALMIRA 010 Rr 002 PALMIRA*D/. POBLADOS: BARRIO CIELO AZUL, BARRIO LA COYOLERA, BARRIO SAN PEDRO, INVU 1, INVU 2, LOS ANGELES, PALMIRA TRES (INVU). 010 Nq 003 COMUNIDAD*/. POBLADOS: ASENT. MONTE GALAN, BARRIO MARIA AUXILIADORA, COND. PRADOS DEL RIO, GAVILAN, HACIENDA LAS TRANCAS, HACIENDA MONTE CLARO, KUKUI (SAN LUIS). Nota: 011 As El poblado Finca Monte Galan se elimina del electoral Guardia (5-01-IV-002) y se reubica al electoral Comunidad (5-05-II-003) y se le modifica la denominación por Asent. Monte Galan 021 PASO TEMPISQUE (PARTE OESTE)*/. POBLADOS: FINCA DELICIAS, SAN RAFAEL. III DISTRITO SARDINAL 010 Rl 004 SARDINAL*D/. POBLADOS: BARRIO EL GUANACASTE, BARRIO LAS PALMAS*, BARRIO SIMON BOLIVAR, BARRIO VERDUN, BEJUCO, CARPINTERO, COLEGIO, IMAS (VIETNAM), NANCITAL, OBANDITO*, PILAS, PLAYONES, TABORES. 011 Bñ 005 SAN BLAS*/. POBLADOS: EL MORAL (PARTE NORTE), FINCA ANITA, FINCA RASTROJO, FINCA SANTA ISABEL, GUAYABAL. 010 Rh 006 ARTOLA*. POBLADOS: ARTOLITA, HUAQUITAS. 010 Ne 011 EL COCO*D/. POBLADOS: El PORVENIR, LA CHORRERA, CANALES, OCOTAL, SAN MARTIN, URB. LA SEGOVIA. LOS 010 Jj 015 PANAMA O CACIQUE*. POBLADOS: HACIENDA MONTE DEL BARCO, PLAYA HERMOSA*. Nota: El poblado Hacienda El Roble se elimina del electoral Panamá o Cacique (5-05-III-015) y se crea como distrito electoral con la denominación de Altos del Roble (5-05-III-022). 010 Sd 018 NUEVO COLON*. POBLADOS: DELICIAS, FINCA VASCONIA, FINCA VOLCAN, GUACAMAYA, PASO REAL, PASO VAINILLA, PLAYA BLANCA, PLAYA MATAPALO, ZAPOTAL. 010 Om 019 SANTA RITA*. POBLADOS: ASENT. DANIEL ODUBER, FINCA LIBANO, NANCITE DULCE, TABLAZO. 011 Am 020 LIBERTADAD (HUACAS)*. 010 Gn 022 ALTOS DEL ROBLE*. POBLADO: LA CASCADA. Nota: El poblado Hacienda El Roble se elimina del electoral Panamá o Cacique (5-05-III-015) y se crea como distrito electoral con la denominación de Altos del Roble (5-05-III-022). El poblado La Cascada se incluye oficialmente en la DTE. 06 CANTON CAÑAS Mapa I DISTRITO CAÑAS 028 Ip 001 CAÑAS*RD/. POBLADOS: ALBANIA, ANDEZA, BARRIO SANTA ISABEL ABAJO, BARRIO SANTA ISABEL ARRIBA, BARRIO MIGUEL ARAYA, BELLO HORIZONTE*, CANTARRANAS O SAN LUIS*, CONCEPCION, CUESTA DIABLO, CUESTA EL MICO, IMAS, INVU VIEJO*, KENNEDY, LA CORTE, LA CUEVA, LOS ANGELES, MIRAVALLES, PEDREGAL (URB. VERGEL), PUEBLO NUEVO, RESID. NACAOME, RESID. VERGEL, SAN CRISTOBAL*, SAN PEDRO, SANDIAL*, SANTA ROSA, URB. LA GRAN PIEDRA, URB. LAS BRISAS (INVU), URB. LOS MALINCHES, URB. TENORIO. Nota: Los poblados Pochota y Villa Esperanza se eliminan del electoral Cañas (5-06-I-001) y se reubican al electoral Urb. Las Cañas (5-06-I-018). 028 On 010 HOTEL*. POBLADOS: COLONIA SAN LUIS*, SANTA PAULA, LIBERTAD*. FINCA NILO, FINCA 028 Eo 011 SANDILLAL*/. POBLADOS: BARRIO LAS ROMANITAS, CEDROS*, COROBICI*, CORRENTADAS, EL CEPO, FINCA CONGOJAS, FINCA GUARIA, FINCA MARIA CRISTINA, FINCA PACIFICA, FINCA UNION, MONTES DE ORO, SAN ISIDRO*. 028 Gu 012 EL VERGEL*. POBLADOS: FINCA CHARCONES, FINCA REJOYA. 028 Lr 014 JABILLA ABAJO*. POBLADOS: BARRIO LOS ULATE, FINCA SALITRAL, JABILLA ARRIBA, PASO LAJAS*, SAN ANTONIO. 028 Io 015 SAN MARTIN*. POBLADOS: BARRIO UNION, FINCA POZO DE AGUA, TRES MARIAS, URB. VEROLIZ. Nota: El poblado Finca Paso Hondo se elimina del electoral San Martin (5-06-I-015) y se reubica al electoral Urb. Las Cañas (5-06-I-018). 028 Hp 016 LAS PALMAS*. POBLADOS: BARRIO EL BOSQUE, CASTILLO, BARRIO SAN ANTONIO, URB. CHOROTEGA. BARRIO EL 028 Kq 017 H. A. MARY BLANCO. 028 Ip 018 URB. LAS CAÑAS*. POBLADOS: TERRAPEZ, VILLA ESPERANZA. Nota: FINCA PASO HONDO, POCHOTA, El electoral creado es Urb. Las Cañas (5-06-I-018). Los poblados Pochota y Villa Esperanza se eliminan del electoral Cañas (5-06-I-001) y se reubican al electoral Urb. Las Cañas (5-06-I-018). El poblado Finca Paso Hondo se elimina del electoral San Martin (5-06-I-015) y se reubica al electoral Urb. Las Cañas (5-06-I-018). El poblado Terrapez se incluye oficialmente en la DTE 08 CANTON TILARAN Mapa I DISTRITO TILARAN 038 Dd 001 TILARAN*D/. POBLADOS: ASENT. MONSEÑOR MORERA*, BARRIO BONANZA, BARRIO BUENOS AIRES*, BARRIO DOS PINOS, BARRIO SAN ANTONIO, BARRIO SANTA ROSA, BARRIO TOVAR, CAPRI (CABRA), CARMEN*, CIUD. JUAN XXIII, FINCA BELLA VISTA, FINCA MANDELA, FINCA QUESERA, HACIENDA SILENCIO, INVU, LOMA LINDA, LOMBARDIA, PIAMONTE, TRES ESQUINAS, URB. CENIZAROS, URB. LINDA VISTA, URB. LOMAS DEL CARMEN, URB. LOMAS DEL SOL, URB. QUEBRADA AZUL. Nota: El poblado Colonia ICE se elimina del electoral Tilarán (5-08-I-001) y se reubica al electoral Los Ángeles de Santa Rosa (5-08-IV-007). 038 Hn 017 RIO CHIQUITO*. POBLADOS: CHIRIPA. 037 Rg 023 SAN LUIS*. 038 Dd 024 H. A. TILARAN. IV DISTRITO SANTA ROSA 028 Bx 007 LOS ANGELES (SANTA ROSA)*/. POBLADOS: AGUILARES, COLONIA ICE, CUESTA MUERTO, FINCA ESPERANZA, LA PALMA*, LOS MOISOS, SAN JUAN, SAN RAFAEL. Nota: El poblado Colonia ICE se elimina del electoral Tilarán (5-08-I-001) y se reubica al electoral Los Ángeles de Santa Rosa (5-08-IV-007). 037 Oa 008 PARCELAS DE QUEBRADA AZUL (LINDA VISTA)*/. POBLADOS: CAMPOS AZULES, FINCA ALTAMIRA, FINCA LIRIO BLANCO, FINCA RETIRO, HACIENDA MONTECRISTO, NARANJOS AGRIOS, RANCHITOS*, SANTA CECILIA. VI DISTRITO TIERRAS MORENAS 037 Lg 006 AGUACATE (PARTE OESTE)*. Nota: Al electoral Aguacate se le modifica la denominación por Aguacate (Parte Oeste). 027 Lx 011 TIERRAS MORENAS*/. POBLADOS: AGUAS GATAS, BAJO PAIRES, FINCA INDIA, FINCA ISLA, PARAISO (PARTE ESTE)*, SABALITO*, SAN LORENZO. 037 Ld 019 RIO PIEDRAS (GUADALAJARA)*. Nota: Al electoral Guadalajara se le modifica la denominación por Río Piedras (Guadalajara). 09 CANTON NANDAYURE Mapa II DISTRITO SANTA RITA 021 Py 002 SANTA RITA*/. POBLADOS: GUASTOMATAL, ZANJONES. ANGOSTURA, FINCA PALMICHAL, MOROTE (PARTE SUR)*, YERBABUENA (PARTE SUR), Nota: El poblado Hacienda Roxana se elimina del electoral Santa Rita (5-09-II-002) y se reubica al electoral Cacao (5-09-II-024). 021 Ot 016 TACANIS*/. 021 Mw 024 CACAO*. POBLADOS: GUARIA, HACIENDA ROXANA*, UVITA (PARTE SUR)*. Nota: El poblado Hacienda Roxana se elimina del electoral Santa Rita (5-09-II-002) y se reubica al electoral Cacao (5-09-II-024). IV DISTRITO SAN PABLO 030 Pb 004 SAN PABLO*/. POBLADOS: BARRIO LA UVITA, FINCA LAGUNA, FINCA POZO DE PIEDRA, ISLA BERRUGATE, MATADERO DE BERRUGATE, PUERTO THIEL*, SAN PABLO VIEJO. Nota: El poblado Puerto Thiel se elimina del electoral Pavones (5-09-IV-018) y se reubica al electoral San Pablo (5-09-IV-004). 031Ae 018 PAVONES*/. POBLADOS: CANJEL*, CHAMARRO, COROZAL OESTE. Nota: El poblado Puerto Thiel se elimina del electoral Pavones (5-09-IV-018) y se reubica al electoral San Pablo (5-09-IV-004). CANJELITO (LAS PARCELAS)*/, 6 PUNTARENAS 05 CANTON OSA Mapa VI DISTRITO BAHIA DRAKE 096 Nk 016 DRAKE*/. POBLADOS: AGUJITAS*, BOCA GANADO, BUENA VISTA, CALETAS*, EL PROGRESO*, GUERRA*, ISLA DEL CAÑO, LLORONA, LOS ANGELES*, PIEDRA EL ARCO, PLAYA COLORADA, QUEBRADA GANADO, SAN PEDRILLO. 110 Da 027 RIYITO DE SIERPE*. POBLADOS: QUEBRADA SUCIA. 096 Pr BANEGAS (PARTE SUR), FINCA 033 RANCHO QUEMADO O DELICIAS*. POBLADO: CHIQUERON. 096 Sh 038 LOS PLANES*. POBLADO: SAN JOSECITO (RINCON)*. 097 Hy 039 ALTO LAGUNA*/. POBLADO: DOS BRAZOS (CIUDADELA GUAYMI). Nota: El poblado Ciudadela Guaymi se elimina del electoral La Palma o Independencia (6-07-II-003) y se reubica al electoral Alto Laguna (6-05-VI-039). El poblado Ciudadela Guaymi se le modifica la denominación por dos Brazos (Ciudadela Guaymi). 06 CANTON QUEPOS Mapa I DISTRITO QUEPOS 072 Ij 001 QUEPOS*RD/. POBLADOS: ARENAL, BARRIO BELLAVISTA, BARRIO EL CERRO O TIPO H, BARRIO PARAISO, BARRIO VISTA BOSQUE, COLINAS DEL ESTE*, ESPADILLA, ZONA AMERICANA, LOS ANGELES, RANCHO GRANDE (INVU)*, TAJO. 072 Al 002 CERRITOS*. POBLADOS: GALLEGA*, GUACALILLO, LAS PARCELAS. 072 Be 006 DAMAS*. POBLADOS: FINCA PIRRIS, PAPATURRO, RIOS. 071 Rh 012 SAN RAFAEL (CERROS)*. POBLADOS: CAÑAS, CERROS ARRIBA*, EL PRECARIO. 072 Jp APAGON, CANTA RANA, 016 RONCADOR*. POBLADOS: BOCA DE NARANJO, FINCA BARTOLO, FINCA MONA*, PASTORA. FINCA QUEBRADA AZUL, LLAMARON, LLORONA*, 072 Ov 021 MARITIMA*. POBLADO: DELICIAS. 072 Fh 025 PAQUITA*. POBLADOS: CAÑITAS, ESTERO DAMAS, FINCA ANITA*, JUNTA NARANJO O EL SWITCH, PUEBLO REAL, VISTA DE MAR. 072 Gl 031 LA INMACULADA*. POBLADOS: BARRIO LAS PALMAS, BARRIO LOURDES, BARRIO SAN MARTIN, FINCA PASCUA, LA MANAGUA, LOMAS DEL CRUCE. Nota: El poblado Barrio Lourdes se elimina del electoral Naranjito (6-06-III-003) y se reubica al electoral Inmaculada (6-06-I-031). 072 Kk 033 MANUEL ANTONIO*. POBLADOS: EL CRUCE, SECTOR LOS LIRIOS. 072 Hj 034 BOCA VIEJA*. POBLADOS: BAHIA AZUL, CALLE LOS ALFARO, VENECIA. 072 Hi 035 COCAL*. 072 Fh 038 H. A. PAQUITA. III DISTRITO NARANJITO 072 Do 003 NARANJITO*/. POBLADOS: CONCEPCION, PASCUA. Nota: 072 Ds El poblado Barrio Lourdes se elimina del electoral Naranjito (6-06-III-003) y se reubica al electoral Inmaculada (6-06-I-031). 007 VILLANUEVA*. POBLADOS: COTOS, NENE, PASO REAL, SANTA JUANA*, TOCORI. 072 Et 027 LONDRES*/. POBLADOS: BUENOS AIRES, CAPITAL, PASO DE LOS INDIOS. 072 It 036 SABALO*. POBLADOS: BAJO SAVEGRE, BIJAGUAL, FINCA EL NEGRO*. 07 CANTON GOLFITO Mapa II DISTRITO PUERTO JIMENEZ 002 PUERTO JIMENEZ*D/. POBLADOS: 110 Ot BALSA, COYUNDA, FINCA BAMBU*, FINCA CATALINA, FINCA COROZAL, FINCA DELICIAS, FINCA SAN MARTIN, FINCA ZAPOTE, LACONTE, PLAYA TIGRE, PUEBLO NUEVO, RIO NUEVO, URB. EL COLEGIO, URB. FABRI, URB. SAN LAZARO. Nota: El poblado Carbonera se elimina del electoral Puerto Jimenez (6-07-I-002) y se crea como distrito electoral con la denominación de Carbonera (6-07-II-038). Los poblados Agua Buena, Carate, Piro, Playa Matapalo, Playa Sombrero y Río Oro se eliminan del electoral Puerto Jimenez (5-06-I-002) y se reubican al electoral Carbonera (6-07-II-038). 110 Cf 003 LA PALMA O INDEPENDENCIA*D. POBLADOS: AMAPOLA*, CERRO DE ORO, GUADALUPE*, JIMENEZ*, URB. CERRITOS. PLAYA BLANCA, PUERTO ESCONDIDO DE Nota: El poblado Ciudadela Guaymi se elimina del electoral La Palma o Independencia (6-07-II-003) y se reubica al electoral Alto Laguna (6-05-VI-039). 110 Jj 004 CAÑAZA DE JIMENEZ*. POBLADOS: AGUJAS ABAJO (BARRIO BONITO)*, AGUJAS ARRIBA, CONTE DE PALO SECO*, MONTERREY, SAN MIGUEL*. 110 Oñ 009 BOCA GALLARDO DE SANDALO*. POBLADOS: DOS BRAZOS DE RIO TIGRE*, LAJITAS, PLAYA ÑEQUE*, SANDALO*, TERRONES, TIGRE DE JIMENEZ. 111 Kv 038 CARBONERA*. POBLADOS: AGUA BUENA, CARATE, MATAPALO, PIRO*, PLAYA SOMBRERO, RIO ORO*. Nota: El poblado Carbonera se elimina del electoral Puerto Jimenez (6-07-I-002) y se crea como distrito electoral con la denominación de Carbonera (6-07-II-038). Los poblados Agua Buena, Carate, Piro, Playa Matapalo, Playa Sombrero y Río Oro se eliminan del electoral Puerto Jimenez (5-06-I-002) y se reubican al electoral Carbonera (6-07-II-038). El poblado Playa Matapalo se le modifica la denominación por Matapalo. III DISTRITO GUAYCARA 120 Mj 005 VILLA BRICEÑO (KILOMETRO 37)*. POBLADOS: ACAPULCO, BOLSA, EL ALTO (VINCENZI), GAMBA*D, KILOMETRO 33*, LA JULIETA (KILOMETRO 35)*, RIO BONITO. Nota: Al electoral Villa Briceño se le modifica la denominación por Villa Briceño (Kilometro 37) 120 Rt 010 RIO CLARO*D/. POBLADOS: BAMBEL 1*, BAMBEL 2 Y 3*, BAMBEL 4, BARRIO RASTRO (POLIDEPORTIVO), BARRIO RITA CALDERON, BARRIO SANTIAGO*, CHIQUEROS, COLONIA LUZ DEL MUNDO, FINCA RIO CLARO, GORRION*, LA ESPERANZA (IDA)*, LA GLORIA, LA GRANJA CAMPESINA, LA GUARIA, LOS ANGELES*, URB. GUAYCARA, URB. GUAYMI, URB. SILVERIO. 120 Mu 015 LLANO BONITO*. POBLADO: LINDA VISTA*. 120 Mñ 016 UNION DE COTO NORTE*. POBLADO: BUENA VISTA. 120 Ik 017 VALLE DE LOS CEDROS O SAN MIGUEL*. POBLADO: BAJO CEDROS. 120 Qz 023 CARACOL NORTE (PARTE)*. POBLADOS: LAS NUBES (PARTE OESTE)*, SANTIAGO DE CARACOL (PARTE OESTE)*, TIGRA*. 120 Rñ 026 VIQUILLAS*. POBLADOS: KILOMETRO 30, KILOMETRO 31, VILLA FOSTER (KILOMETRO 29)*. 120 Os 031 LAGARTO (LA LUCHA)*. POBLADO: SAN FRANCISCO*. 120 Qt 035 SAN RAMON*. POBLADOS: LAS DELICIAS*, LAS VEGAS*, PARCELAS IDA, URB. EL ESFUERZO. 121 Fz 036 FINCA 54*. POBLADOS: COTO 63*, FINCA COOPERATIVA*, FINCA 55, FINCA 56*, FINCA 57, FINCA 58*, FINCA 59, GORRION, PUEBLO TRISTE. 09 CANTON PARRITA Mapa I DISTRITO PARRITA 062 Rr 001 PARRITA*D/. POBLADOS: ISLA PALO SECO*, LOS ALMENDROS, PUEBLO NUEVO*/ , URB. CESAR. 052 Pz 002 ESTERILLOS OESTE*. POBLADOS: FINCA RANCHO NUEVO, HIGUITO*, PUNTA MALA, SAN JULIAN*, VILLAS XIHU, VISTA DE MAR*. 062 Mh 004 CHIRES ARRIBA*. POBLADOS: CHIRES ABAJO, GUAPINOL*, JICOTE ARRIBA*. 062 Kr 005 SARDINAL SUR*. POBLADO: MONTE SIERPE. 062 Ok 006 LOMAS DE PARRITA*. POBLADOS: FINCA ESPERANZA, LA LOMA*, LA PALMA*, LA 45, LOS SUEÑOS*, PROYECTO GRUPOS 1 AL 9. 062 Po 007 LOS ANGELES*. POBLADO: RESID. LAS ACACIAS 062 Nq 008 EL TIGRE*. POBLADOS: JICOTE, TECA, VALLADOLID ETAPAS I y II. LA CORONA, REFORMADORES, 062 Hp 010 CHIRRACA*. POBLADOS: MESAS*, RINCON DE MORALES. 062 Ht 011 SAN ISIDRO DE PLAYON*/. 062 Ht 012 SURUBRES*. POBLADOS: FILA DE SURUBRES, I GRIEGA. 062 Ou 013 PALO SECO*. POBLADOS: BARBUDAL*, FINCA NICOYA*, SANTA RITA, LOURDES (SARDINAL)*, SAN BOSCO. FINCA 062 Ow 014 VUELTA DE POCARES*. POBLADO: LA PLANTA. 071 Pa 015 POCARES*. POBLADO: SAN ISIDRO DE POCARES. 062 Jz 016 PORVENIR O LAS VEGAS*. POBLADO: SAN JUAN*. 071 Mc 017 SAN RAFAEL NORTE (RIO SECO)*. POBLADOS: POCARITOS (RIO SECO), SAN RAFAEL SUR. 071 Of ASENTAMIENTO 018 LAS PARCELAS O DAMITAS (PIRRIS)*. POBLADOS: SAN ANTONIO*, VALERIA Nota: Al electoral Asentamiento Pirris (Las Parcelas) se le modifica la denominación por Las Parcelas o Damitas (Pirris) 072 Fd 019 ISLA DAMAS*. 062 Fr 020 PIRRIS*. 062 Ew 021 BAMBU*. 062 Et 023 VALLE VASCONIA (BARRO)*. POBLADO: SAN GERARDO*. 062 Pg 024 BEJUCO*. POBLADO: ESTERILLOS ESTE*. 062 Qr 025 LA JULIETA*. POBLADOS: FINCA LIGIA, INVU LA GUARIA*, LOMA LINDA, SITRADIQUE. 062 Iq 026 PLAYON SUR*/. 062 Rm 027 BANDERA*. POBLADO: PLAYA DE PALMA*. 071 Ee 028 CARMEN (PARTE SUR)*. POBLADOS: CHONTA, PALMAS, PIEDRAS DE FUEGO, ROBLAR*. Nota: El electoral Carmen (1-06-V-021) se elimina del administrativo Legua (1-06-V), se reubica al administrativo Parrita (6-09-I) con el código 6-09-I-028 y se le modifica la denominación por Carmen (Parte Sur). 10 CANTON CORREDORES Mapa I DISTRITO CORREDOR 132 Cg 001 NEILY*RD/. POBLADOS: BARRIO CARTONERA, BARRIO EL CARMEN*D, BARRIO EMPLEADOS MUNICIPALES, BARRIO ESTADIO, BARRIO LAS PISCINAS, BARRIO EL PROGRESO, BARRIO LA UNION, BARRIO REDONDEL, BARRIO SALAS VINDAS (CANTU), BOSQUE, CAÑO SECO, CAPRI, CIUD. GONZALEZ*, CIUD. LA COLINA, CIUD. 22 DE OCTUBRE*, INVU, LA ESPERANZA, LA FUENTE*, SAN JUAN, SAN RAFAEL*. 131 Ph 002 CAMPO DOS Y MEDIO*. POBLADOS: CAMPO DOS, CUESTA DE CAL, FLORIDA. 131 Rl 003 BAJO LOS INDIOS*. POBLADO: GUAYABI*. 132 Hh 004 COTO CUARENTA Y DOS*. POBLADOS: ARGENTINA, BETEL, COTO CUARENTA Y TRES, FINCA 45*, SAN JOSECITO, TROPEZON. 132 Hd 005 COTO CUARENTA Y SIETE*/. POBLADOS: CAÑADA, CASTAÑOS*, CENTRAL CAMPESINA (FINCA 20)*, COTO CUARENTA Y OCHO, COTO CUARENTA Y SEIS, ESTRELLA DEL SUR*, FINCA EL CLAVO, FINCA 44*, FINCA 49*, FINCA 50*, FINCA 51*, FINCA 52*, FINCA 53, PANGAS*, SANTA RITA. 132 Gn 006 ABROJO NORTE (VEGAS DE ABROJO NORTE)*. POBLADOS: ALTO ABROJO (CACORAGUA)*, MIRAMAR*. 121 Ry 007 CAMPIÑA*. POBLADOS: EL BARRIDO, PUEBLO NUEVO DE COTO*/. 131 Pn 015 LOS PLANES*. POBLADOS: ALTO LIMONCITO, VILLA ROMA. 132 Fj 016 CARMEN (COLORADITO NORTE)*. POBLADOS: Nota: Al electoral Carmen se le modifica la denominación por Carmen (Coloradito Norte). 132 Be ABROJO OESTE, FINCA MIRLAS, SAN ANTONIO/, SANTA MARTA (PARTE OESTE). 022 RIO BONITO DE NEILY*. POBLADOS: AGUILARES, CARACOL SUR, UNION. 132 De 024 FORTUNA*. 132 Bn 027 ABROJO-MONTEZUMA*/. POBLADOS: (FRONTERA)*, MONTEZUMA O BELLAVISTA. 132 Cc BAJO LIMONCITO 029 RIO NUEVO*. POBLADOS: CARACOL NORTE (PARTE SUR), CEIBO, LAS NUBES (PARTE ESTE), SANTIAGO DE CARACOL (PARTE ESTE), URB. PALMA REAL. 132 Bc 030 H. A. NEILY. III DISTRITO CANOAS 132 Pq 011 CANOAS*D. POBLADOS: ALTO BRUJO*, BARRIO CARTIN, BARRIO LA LIBERTAD, BETANIA, CANOAS ABAJO (PARTE NORTE), CANOAS, URB. CAMPOBELLO. CAÑAZA DE 012 BARRIO NUEVO DE VERACRUZ*. POBLADOS: 132 Jn ALTO SAN ANTONIO*/, BAJO BRUJO, CERRO BRUJO, GUAYABAL, PALO SECO, SANTA MARTA (PARTE ESTE) (COLORADITO SUR), URB. BARRIO NUEVO. Nota: Al poblado Santa Marta (Parte Este) se le modifica la denominación por Santa Marta (Parte este) (Coloradito Sur). 132 Oh 013 COLORADO*. POBLADOS: GUAY, LOS BAJOS, PALMA*, VEGUITAS DE COLORADO*. 132 Mk 014 MARIPOSA*. POBLADOS: LA GLORIA, NISPERO. 132 Lr 023 SAN MARTIN*. POBLADOS: CANOAS ARRIBA, SAN MIGUEL*. 132 Mo 031 DARIZARA*. POBLADOS: CIUD. EL TRIUNFO*, SAN ISIDRO*, VILLAS DE DARIZARA. 132 Oq 032 BARRIO SAN JORGE*D. POBLADOS: ASENT. PADILLA, BARRIO BRIGADA, BARRIO SAN GIL. 7 LIMON 01 CANTON LIMON Mapa III DISTRITO RIO BLANCO 113 Bm 002 LIVERPOOL*/. POBLADOS: LIMON 2000*, MEXICO, NUEVE MILLAS DE LIVERPOOL, RESID. CARIBE, RIO MADRE, SAN ANTONIO, SANDOVAL. Nota: El poblado San Antonio se elimina del electoral Santa Rita (7-01-III-033) y se reubica al electoral Liverpool (7-01-III-002). 113 Dk 011 RIO BLANCO*D. POBLADOS: QUITO*, VICTORIA*. 113 Ge 018 BRISAS DE VERAGUA*. 112 Ri 020 BUFALO*. POBLADOS: LOMAS DE BUFALO, BUFALO. CEDRO O CEDAR CREEK*, LA LAGUNA, LOMAS DEL TORO (PARTE ESTE), PLANTEL DE 113 Dm 033 SANTA RITA*. POBLADOS: MIRAVALLES (SANTA RITA SUR)*. Nota: El poblado San Antonio se elimina del electoral Santa Rita (7-01-III-033) y se reubica al electoral Liverpool (7-01-III-002). 113 Dk 037 C. P. RIO BLANCO (SANDOVAL). 113 As 047 LOMA LINDA*. 02 CANTON POCOCI Mapa V DISTRITO CARIARI 086 Pb 006 CARIARI (CAMPO KENNEDY)*D/. POBLADOS: BARRIO SAN JUAN, BOREAL, CALLE ALVARADO, CAMPO DE ATERRIZAJE*, CRISTO REY, ESPAÑA, FINCA FORMOSA*, FINCA URANIA, HERMANOS, LA FLORESTA, LA GLORIA, LA GUARIA, LA ORQUIDEA, PALERMO*, SAGRADA FAMILIA*, URB. EL LLANO. Nota: Al electoral Campo Kennedy se le modifica la denominación por Cariari (Campo Kennedy) 075 Rw 012 BANAMOLA*. POBLADOS: FINCA PERDIZ, NAZARETH*, PROYECTO LA SOLE. 086 Nd 015 CAMPO CINCO (SEMILLERO)*. POBLADOS: CAMPO 3*, CAMPO 4*, FINCA COOPECABAN, PAVANA (IDA), TEL AVIV, URB. EL ENCANTO*, VILLA HERMOSA (URB. LAS GAVIOTAS). 086 Kd 024 LOS ANGELES*. POBLADOS: CAROLINA TICA*, FINCA PONDEROSA, HOJANCHA*. 086 Kf 025 CAMPO DOS*. POBLADOS: CANTARRANA, COOPECARIARI. 086 Fi 026 CUATRO ESQUINAS*D. POBLADOS: ASENT. MANA*, ASENT. MONTERREY*, CASA VERDE*, FINCA FRUTERA, LA ESPERANZA*, VEGAS DEL RIO PALACIO*. 086 Eñ 027 EL CEIBO*. POBLADOS: ASENT. LA LUCHA, CAÑO CHIQUERO, SAN FRANCISCO*, ZACATALES. 086 Rb 042 ASTUA Y PIRIE*. POBLADOS: BARRIO EL CARMEN, BARRIO LAS GAVIOTAS, COLONIA ZELEDON (PARTE OESTE)*, FINCA TORTUGUERO, PUEBLO NUEVO, ROXANITA, SAN MARCOS, SAN MIGUEL. 086 Na 043 PROGRESO*. POBLADOS: FINCA ALGARBA, FINCA CARIBE, FINCA OESTE, FRUTERA ATLANTICA*, LA VUELTA, LOS LAGOS*, LOS LIRIOS, URB. LAS BRISAS*, URB. NUEVO CARIBE. 086 Ob 052 H. A. CARIARI. 03 CANTON SIQUIRRES Mapa VI DISTRITO ALEGRIA 088 Ip 005 ALEGRIA*. POBLADOS: RIO PEJE, VUELTAS. 088 Fr 013 SAN ISIDRO (ALTO HEREDIANA)*. POBLADOS: ALTO GERMANIA*, BARRIO NUEVO DE SAN ISIDRO, ESMERALDA, LA Y GRIEGA. EL CRUCE*, GRANO DE ORO*, LA Nota: Al electoral Alto Herediana (San Isidro) se le modifica la denominación por San Isidro (Alto Herediana). 088 Fp 036 PORTON IBERIA*. POBLADO: EL CEIBO* 04 CANTON TALAMANCA Mapa IV DISTRITO TELIRE 126 Qf 002 AMUBRI*/. POBLADOS: ALTO BUICHPANI, ALTO CACHABRI*, ALTO CHINANGUCH, ALTO SURISAM, ALTO UREN*, BARRIO LOS DIQUES, BOCA TSUIDI, CACHABRI (CACHABALI)*, CERRO SIOLA, CERRO STUTUK, CORBITA, CRORIÑAC, CUESTA BUGU, CWACHCA, GUACHALAVA, KAMUK, KIVUT, LUMBETA, NAMU O UOKI*, NIMASO, OURUT, PURISQUI, PURITA, SIPURIO (TSPURIO), SOQI (TSOQI PARTE OESTE)*, SUKUT, SURAYO, SWIRI*. 126 Oa 003 COROMA (COLOQCHA)*/. POBLADOS: ALTO LARI, BAJO CUEN (CWEYKE)*, DURIÑAC*, FINCA SURUGURA, PIEDRA PINTADA, RIO COEN. 126 Rh 013 KATSI*. POBLADOS: BOCA UREN (ULEYÑAC)*, BRIS*, DURURPE*, NAMUWOQI (TULUBOC QICHA)*, TSOQI (PARTE ESTE). 126 Mb 015 SEPEQUE*. POBLADOS: BARRIO ESCALANTE, FINCA JURUGURA, KICHUGUECHA, MOJONCITO*, OROCHICO*, SAN JOSE CABECAR. 115 Gd 020 BAJO TELIRE (BAJO BLEY)*D. POBLADOS: ALTO BLEY, BISULARI, BROY, CERRO AGUILA, DYESQIRA, NAQEAGRI, PJUJU, RANGALLE (BICOLORI), TQEY, XORBATA. Nota: Al electoral Telire (Bley) se le modifica la denominación por Bajo Telire (Bajo Bley)*. El poblado AltoTelire (Telire Tawa) se elimina de la DTE. 126 Qo 022 YORKIN*. POBLADOS: BRAI, SHUABB*. 104 Ls 023 ALTO TELIRE (BAJO PIEDRA MESA)*. POBLADOS: ALTO PIEDRA MESA, BATUBATA (TORTUGAL), BECBTA (GUAYABAL)*, DATZIRIBATA (MONTEVERDE), XIQEY (RIO EXEY). Nota: Al electoral Jakcatacla (Mesa de Piedra) se le modifica la denominación por Alto Telire (Bajo Piedra Mesa)*. El poblado Alto Piedra Mesa se incluye oficialmente en la DTE. 06 CANTON GUACIMO Mapa I DISTRITO GUACIMO 087 Oh 001 GUACIMO*D/. POBLADOS: AFRICA*, ANGELINA, CABAÑA, CAMINO LA GUAIRA*, CANTARRANA, EL TRES, FINCA RUDIN, FOX HALL, GUAYACAN, INVU, LA PERLA*, LANDHURST, LAS PALMITAS*, LIBANO, LOS GERANIOS*, LOS OLIVOS, LUCANIA, MANZANOS, OTILIA, PARAISO, REINALDO KENNEDY, RESID. LAS ARALIAS, ROCA, SAN GERARDO, SELVA*, SIRIA, SUCESO, URB. LOS COLEGIOS. 087 Me 002 HOGAR*. POBLADOS: CALLE CINCO, CALLE CUATRO, CALLE SEIS, EDEN*. 087 Jh 003 BOSQUE*. POBLADOS: TORRENTES, LA MANUDITA*. Nota: El poblado El Uno se elimina del electoral Bosque (7-06-I-003) y se reubica al electoral San Luis (7-06-I-012). 087 Pk 004 PARISMINA*. POBLADOS: ESTACION RUDIN, LINDA VISTA. Nota: El poblado Agrimaga se elimina del electoral Parismina (7-06-I-004) y se reubica al electoral Río Jimenez (Balsaville) (7-06-IV-007). 087 Kj 012 SAN LUIS*. POBLADOS: EL UNO, FINCA COBAL. Nota: El poblado El Uno se elimina del electoral Bosque (7-06-I-003) y se reubica al electoral San Luis (7-06-I-012). 88 Ai 017 LAS COLINAS*. POBLADO: ISLETA*. AGUACATE*, FINCA ROSALIA, FINCA 087 Nh 018 H. A. DAVID GARRO. IV DISTRITO RIO JIMENEZ 087 Ko 007 RIO JIMENEZ (BALSAVILLE)*D/. POBLADOS: AGRIMAGA*, CARTAGENA*, CRUCE A CARTAGENA, DULCE NOMBRE, ESCOCIA DE RIO JIMENEZ*, FINCA CLEMENCIA, FINCA ESMERALDA, FINCA RIO JIMENEZ, FINCA TRINIDAD, JARDIN, LAS ORQUIDEAS, LIGIA (PUEBLO NUEVO)*, NARANJOS*, RAMAL DE PARISMINA, SANTA MARIA*, SOCORRO (IDA). Nota: El poblado Agrimaga se elimina del electoral Parismina (7-06-I-004) y se reubica al electoral Río Jimenez (Balsaville) (7-06-IV-007). 087 Iu 008 SANTA ROSA*. POBLADOS: BOCAS DEL RIO SILENCIO*, EL CAMARON*, FINCA ENCANTO, FINCA ESCONDIDO, FINCA IRLANDA*, LA LUCHA*. 087 Fu 011 LOS ANGELES*. POBLADO: FINCA SIRENA. Dado en San José a los veintitrés días del mes de agosto de dos mil dieciséis. Luis Antonio Sobrado González Presidente Eugenia María Zamora Chavarría Vicepresidenta 1 vez.—( IN2016072776 ). Max Alberto Esquivel Faerron Magistrado DOCUMENTOS VARIOS OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES DIVISIÓN ADMINISTRATIVA PROCESO DE DONACIÓN DE VEHÍCULOS, LEY 9078 COMUNICA: A todas las personas físicas, jurídicas e instituciones públicas o privadas, interesadas y legitimadas en la devolución de los vehículos o chatarra de vehículos, que se encuentran detenidos en los Depósitos de Vehículos del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, así como en los patios de las delegaciones de la Policía de Tránsito, se hace saber que: De conformidad con lo que establece el Transitorio I y el artículo 155, ambos de la Ley Nº 9078 Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres y Seguridad Vial, que cuentan con un plazo de quince (15) días hábiles contados a partir de la presente publicación, para hacer valer sus derechos y para presentar ante la Delegación de Tránsito o Depósito del COSEVI del lugar donde se custodia el vehículo, las órdenes judiciales o administrativas de devolución de los mismos. Se advierte que vencido el plazo indicado de los 15 días, sin que haya comparecido el interesado a reclamar el bien o gestionado la devolución; se ejecutará el trámite para que los bienes sean entregados (donados) por lotes a instituciones u organizaciones de bienestar social, tal y como lo dispone el artículo 155 de la Ley Nº 9078 Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres y Seguridad Vial y el Dictamen Nº 292 del 3 de diciembre del 2012, de la Procuraduría General de la República. De conformidad con el indicado transitorio I en concordancia con el artículo 155 de la Ley de Tránsito y el Manual de Procedimientos para el Proceso de Donación o remate de vehículos en aplicación de la Ley Nº 9078, aprobado por este Ministerio; todo vehículo o chatarra de vehículo entregado en donación no podrá circular por las vías públicas terrestres y se procederá a la desinscripción en el Registro de Vehículos del Registro Nacional y el levantamiento de los gravámenes del mismo. Las autoridades donantes están facultadas por dicha Ley para ordenar la detención de los vehículos que circulen en violación a esta disposición y para revocar la donación, y así como para tener, por no merecedora de futuras donaciones, a las beneficiarias incumplientes. Así, a los efectos referidos y la normativa legal citada y vigente en la materia, se realiza la presente publicación de vehículos, incluyendo bicicletas, detenidos en los Depósitos de Vehículos de: Cartago y Pavas y las delegaciones de Policía de Tránsito de: Puntarenas, Liberia y Ciudad Quesada. PLANTEL DE CARTAGO PLACA S/P S/P MARCA FREEDOM YAMAHA Nº MOTOR VIN /MARCO BORRADO LZSJ CML007 5006620 2NO 2N0-052314 S/P GEELY JL162FMJ804130013 LBZACKl3586040013 M 217068 GENESIS LC 1E50FMG002 l 42 LLCLPM6068CK00228 FREEDOM TP47FMD9 I 000574 FR3YCD3029D000058 S/P FREEDOM BZI 520MI-U605467 LD5TCJPA57 l 000074 S/P QINGQI FARR KAWASAKI KI66FMI-30062769 LAEMNZ4069B930854 N/D 9FNCTEJL 781000602 MXI25AE-003566 MX l 25A-002295 SUZUKI N/D ZONG ZHEN ZS 156FMI-25 I 00902 M 269206 M 213926 S/P S/P S/P S/P S/P YAMAHA SUZUKI NID LE50FMC42 l 602 N/D LZSPCJLG855 l 60544 N/D N/D N/D YAMAHA N/D VESPA N/0 M 124998 BAJAJ FDCBKM59227 FDCBKM59228 S/P JUMBO ZS l 54FMI-56701051 N/D S/P SUZUKI N/D LC6PAGA 1110030432 IRO IR0-102837 YAMAHA 202-019684 2M2-0l 9684 S/P SUZUKI 7BlOM86040 7810F138478 S/P YAMAHA 3HB241400 N/D M 29673 YAMAHA IX0-017969 lX0-017969 M 210235 HONDA SDHI 57FMI-C73068458 LAPCJF8273233608 S/P SUZUKI A8073410 M8073398 01980 DX200B-000990 3360066 IX0-019228 NID TS 100-58311 I S 100-63454 HONDA CT125El022074 CTI25-1022022 S/P HONDA AF l SE-2023469 N/D M 115155 LING YANG l 50FMG20313648 N/D S/P SUZUKI TS I 252-2283 79 TS 1252-3393 75 S/P S/P M 49950 S/P M 40543 S/P M 14394 S/P YAMAHA KAWASAKI YAMAHA N/D M 76194 YAMAHA 3 3-707867 S/P SUZUKI TS 1252-138673 TS1252-137032 M 71398 VESPA 193130 N/D S/P YAMAHA N/D N/D S/P BAJAJ DFM5HM07213 DFFBHM32620 S/P YAMAHA N/0 V50-4042692 S/P YAMAHA N/D H3-707649 M 102801 YAMAHA 1Ll-648005 lLl-648005 M 31892 YAMAHA lX0-018777 lX0-018777 M 69835 KAWASAKI GSE-175909 KEI OOB-017372 S/P TRAXX TAl2502062600009 TA125AGR-020625524 M 108145 YAMAHA 3NS 3N9-000966 M 90186 YESPA E12RE-016505EE C5R-016012CE M 18933 HONDA XL 125E-1226618 l 25E-l 226618 M 13553 YAMAHA N/D N/D S/P JIAILING l 50F-009504 U25-930287 S/P SUZUKI TS 1252-195040 TS1252-324466 S/P XINGFU XJl 47FM-98005803 LAGPCF419Xl 030017 S/P N/D GS650G-121408 JS 1GP71G2100493 S/P LONCIN N/D LLCLPM603111002093 M 77959 KAWASAKI DX125AE-004347 MX125A002711 M 34704 SUZUKI A 100-604830 Al 00-437861 S/P YAMAHA 444-102434 444-102434 M 57182 SUZUKI 1E50FMG2I5198 907 BM 17582 YAMAHA 1T9-07I529 N/D M 49637 YAMAHA 3TS-003216 3TS-0032 l 6 S/P N/0 N/0 S541B-101683 S/P YAMAHA 1T9-063638 1T9-063638 S/P JIAILING CT l 25E-1024525 N/D M 39273 HONDA CB125NE1006737 CB125N-1006714 S/P N/D TS 1852-103062 SF41B-104015 M 14060 VESPA VBCL-166754 N/D S/P HONDA AFI 8E-2042987 AF28- l 00703 7 S/P SUZUKI N/D N/D S/P JIAILING l 56FMI-95003067 95003158 S/P FREEDOM l 63FM-27 l 000539 LF3 YCM5057D000008 S/P FREEDOM l 56FMI-275000981 LF3PCJ7097B000192 M 126782 BAJAJ FDEBLC63525 FDCBLC63385 S/P YAMAHA 3TS-004498 3TS-004498 S/P SHINERAY MD03E-1003250 JKADXNA 12EA00589 l S/P BAJAJ DFMBJE88980 DFFBJE46479 S/P YAMAHA IKT lKT-021032 M 85944 HONDA N/D JH2MC l 50XKM 1O1525 S/P SUZUKI Jll3-104429 SJ 13A-1044 14 M 69851 BAJA] CDEBHf 69354 06CBHF97471 S/P SUZUKI AI00-332469 AI00-231887 M 31072 VESPA VNL3M70838 KDl 92075 S/P HOFAI 169FML-6D052224 LXYPCML0460B699 AS S/P VESPA FCS4M-l 25661 N/D S/P KAWASAKI MX200AEO 10084 MX200A-001261 S/P YAMAHA lRO lR0-114881 S/P N/D N/D N/D M 153410 SIKSKI XSJ 152QMI05005455 LXEEK24026A000022 S/P YAMAHA 558-014015 558-014015 S/P HONDA L250SE-l O100469 L250S-1010469 S/P YAMAHA 052380 N/D M 51179 VESPA 758173 DGM 167720MVLXL T801869 S/P HONDA XLI 25E-2038565 XL125-2034741 l S/P HONDA SDHl 57FMI-73068366 LALPCJF8873233533 M 254578 MAXMOTOR 157QMJ7301 l 952 LP6TCK3B77020076 l S/P SUZUKI 1ESOFMG-448363 LC6PAGA 1750805413 S/P JUMBO 157QMJ07090147 LFPWKT13281000462 S/P YAMAHA 505-003488 505-003488 S/P NID N/D TLI 25-1005129 S/P SUZUKI l E50FM8BW089855 LJCY AGLA 7X6000679 S/P NID l 56FMI-5A592020 LC6PCJD5360800023 S/P N/D TS 1252-228298 SF15A-101311 M 226140 LIGHT 156FMI06008250889 4271000889 S/P N/D QJ153QMI62000114 LA WTEJCC36B0031 l 6 M 23070 HONDA CT125E-1022028 CTl 25-1022033 S/P HONDA AFI 8E-4052386 AF28-1471356 S/P SUZUKI l 57FMI-3P002 l 608 LC6PC1G9460817752 S/P N/0 TS 1252-152129 TS 1252-1494 79 M 17018 VESPA VNL2M120I 56 NID S/P YAMAHA lX0-016884 lX0-016884 S/P YAMAHA lX0-006739 lX0-006739 S/P YAMAHA N/D 2N0-051239 S/P YAMAHA 2X5-003824 2X5-003824 S/P YAMAHA 3M2-106312 3M2-106312 BM 23056 N/D ENS0-22083 CGBCGB0-44291 M49107 1IAILING l 56FM-L9500 l 077 95000053 S/P YAMAHA 3GT-000621 930 S/P HONDA MD09E-1014610 MD09-1 O14608 S/P SUZUKI IESOFMG-446991 7805F030467 S/P YAMAHA IKH lKH-0 S/P llAILING l 56FM-19600194 7 N/D S/P YAMAHA 311-065569 311-065569 S/P SUZUKT E103-161350 151 DC13A3E2100585 S/P YAMAHA lRO 9C5M 1OB2X1C000569 S/P HONDA N/D XL 75-5003086 S/P YAMAHA 558-006272 17W-414751 S/P YAMAHA D-608270 233 M 219510 YAMAHA RL7-002025 4L7-002025 S/P LONCIN LCLE50FNGA0339970 LLCLPM6062 l 078828 S/P SUZUKI TS1002-127464 TS 1002-117382 M 213130 N/D XYl 57QM1070012522 L4STCKDK072300311 S/P QINGQI K166FML-30022825 LAEMNZ4087B933350 S/P ZONGSHEN ZSTl 56FMI-AA26100030 DFMBLC20339 M 109410 GENESIS NF 100 E-1 021 100 KMYONFl OOYC006078 S/P SUZUKI f 103-127624 N/D S/P YAMAHA 3HB-287807 NID S/P SUZUKI N/0 NID S/P YAMAHA N/D NID S/P SUZUKI H401-112937 SH41A-102995 S/P HONDA N/0 N/D 191 M 143636 SUZUKI LE50FMG5 l 8 l 56 LC6P AGA 1160820541 S/P MCMOTOR ZS l 56FMI-2A56 l O1370 LZSPCJLG655 l 63158 S/P NID XY l 57QMJ070011 O13 4STCKDK472002294 M 175085 XGJAO 162FMJ61103326 LX8PCKPOX6F000597 M 281062 MCMOTOR ZSI69FML57l19235 LZSJCMLOX760029 S/P YAMAHA 21B-1003857 MEIFE43C7-72003857 M 243337 GEELY JL162FMJ712I30104 LB2ACK09876l20104 M 178953 FREEDOM 1P47FMD-71002394 LF3 YCD30970000094 S/P NID 1T9-062333 17W-447738 S/P GENESIS 156FMI6 l 592082 LC6PCJDSX60800407 S/P VENTO El 57FM2A-08H03755 5KMMSG2P097001089 S/P TIGER 1P39FMA-08050231 LB404 P 103 7C810231 S/P GENESIS 156FMI-W00063 l 6 LC6PC1B8770806l 63 M 194777 LIGHT 156FMI0600825091 LZ4SI52ll71000916 S/P GENESIS ZF169FML6030050 LB 7YMC 1026C030068 S/P QINGQI PI 52QM131057180 LAGEAF4027B910308 M 244818 LIGHT 167FML-87000232 FML 17000232 S/P MCMOTOR ZS169FML57119235 LZ5JDL067500293 l S/P YAMAHA 3HB-297077 N/D S/P AGV T07 07 113506 KINETIC BIE-118316 BIF-YLl 16297 UM L62FMJ-07L00632 L5DPCKB2572L00555 S/P YAMAHA H3 H3-709674 S/P MOTOTEK N/0 NID M 131817 YUMBO l 52QMI-041201379 LLFW JT6C441O14739 M 154101 FREEDOM BZI 52QM106054274 LD5TCPA071 l00048 S/P N/D N/D SFD0407233 M 106518 SUZUKI Fl28-131871 BF14B-105576 S/P KINETIC BIEVM068556 B1F-VM067303 M 222936 LIFAN l 62FMJ- 71507219 LF3YCK3A87D003064 M 248596 KATANA Kl 66FML-3005775 l LAEMNZ4629GA0003 8 S/P JIAILING 161FM2-2006000484 FNAEKKC06000532 l M 156748 N/D 164FML-06055618 B420-Pl G36C055613 M 265102 GEELY JL162F11J803130109 LB2ACK097860300 M 49367 YAMAHA 506-0033 784 506-0033784 S/P HONDA N/D N/D S/P FREEDOM ZS162FMJ58301628 LZSJKL078500071 O S/P FREEDOM ZS l 56FMl-2-56 I 02759 N/D S/P N/D 152QMl3AQ10371 N/D S/P FREEDOM WY156FMI07500098 LWYPCJ90776000028 S/P N/D 094565 CG125BRE15l7620 S/P YAMAHA N/D N/D S/P GENESlS 156FMISOOO 1990 LC6PCJD5580800429 S/P N/D IL1523261 95F 1L 1-523261 S/P FREEDOM 167FMM88100737 LLCLYM10X8F000553 M 107338 HONDA HA07E-1540004 9C2HA07001R540004 S/P YAMAHA 22E-004307 22E-004307 S/P SUZUKI 1E50FMG-406978 LC6P AGA 1540806946 S/P YAMAHA SGD279 NID M 83056 KAWASAKI KHIEX500AE 150465 JKAEXVD185A011532 S/P MOTO CRUISER LC 161 FMJXD252614 M 145110 SUZUKl l57FMI-3D073790 LC6PCJG9X60805010 S/P YAMAHA 3JM-004024 N/D S/P HONDA 5DH 157FMI730246 I 1 LALFCJF83 73077109 M 67347 HONDA L250SE-5 l 05102 L2505-5105094 S/P HONDA 1E05E-2129632 N/D S/P YAMAHA lLO N/D S/P SUZUKI F410-1 91600 N/D S/P HERCHEE 91409 CB 125N-100630 l S/P S/P S/P M 37473 M 10463 S/P S/P BM 19092 S/P M 48546 M 169644 M115991 S/P YAMAHA SUZUKl SUZUKI SUZUKI YAMAHA QINGQI YAMAHA YAMAHA N/D KAWASAKT GENESIS BAJAJ HONDA 36L-412485 LC6PAGA 1960852024 1E50FMG408746 PEl 75-203660 N/D Kl 66FML30020408 3ET 4CY-005954 N/D MX 125AE03 7841 l 56FMlS0000672 DFMBJC36207 DHGBNL51585 36L-412485 TESOFMG-POOI 7929 LC6P AGA 1540809345 PEl 75-203685 N/D LACMNZ40X78932328 3ET-007578 4CY-005954 N/D MX125A-020501 LC6PC.JD5370800153 DFFBJC50269 NID LLCLPJF0371 B75046 M 149849 M 124016 M 216032 S/P M 33024 S/P S/P S/P M 145632 S/P S/P BM 19546 S/P S/P S/P M 145538 S/P M 64725 M 223954 S/P S/P S/P M 129818 M 158438 S/P S/P M 74647 S/P M 232305 M 117636 S/P S/P S/P S/P S/P M 34203 S/P M 63811 S/P S/P M 144900 SUZUKI lE50FMG-P000308 AEOLUS 1PE400MB206163429 UM l 52QMI07050793 5 YUMBO N/D YAMAHA 3G8-003747 HONDA CG 125BRE6 l 17908 YUMBO ZS169FML57803l3l N/D IP39FMA07030072 FREEDOM ZS l 56FMI-25610225 YAMAHA IKT HONDA SDHI 57FMI83015880 YAMAHA H3 MOTO CRUISER MCI P390MB96295635 SYM XS1P52QMI-B072501669 FISHBONE N/D GENESIS I56KMI\V0003468 QINGQI 157FMI0406009259 tr YAMAHA 2RM SUZUKI P0026252 N/D SUZUKI YAMAHA 361-427460 MC MOTOR ZS 169FMl571192 l 6 AEOLUS l 56FMI0205 l 8845 FREEDOM BZ l 52QM l06065134 LIGHT DJ 156FMI0607300009 GENESIS 156FMI5A592009 N/D 6S850-154808 YAMAHA 17F UM ST156FMI07216110 GENESIS 156FM-32007001753 LIFAN I P47FMD61118341 SIN SKI XSJ 162FMJ06916030 N/D MX125AE000694 FREEDOM N/0 FREEDOM l 56FMI-28500009 I SUZUKI N/0 GENESIS 162FMJ ... SANYANG AA700929 SUZUKI F103-145551 YAMAHA 417-000673 FREEDOM ZS 156FMI2A56 l O1341 LC6PAGA1260837235 LB2TAB1523 I M7457 LFFUJT6C881000243 N/D 3G8-003747 XLl25BR-1017956 LZSJCML0575208 I 43 LB404P1026C703072 LZSJCJL0365 l 62938 2YK-069373 LALBCJF85831203 l 7 H3-725985 LML TCBPLU966004 l 85 LXMTCJPM670052634 N/0 LC6PCJB8X70801135 1AELGZ40088650173 2RM-009563 LC6PCJK6X808 l 7 l 25 N/D 361-227460 LZSJCML0475002933 ALl25 1D5TCJPA771 l00l27 LAAJCJL I061057609 C6P6JD5260800028 3C2103112 17F-103214 L3Jl CB2B68C740055 9FNAAKJC870013682 LF3 YCD3036D002535 LXEMA14016A001557 MX 125A-000543 LZSJCJL0065162265 LF3PCJ70888000024 N/D N/0 SYS35T125FN000963 JH2JEO 102CC3 417-000673 LZSPCJLG l 65163111 S/P M 24360 S/P S/P M 19842 S/P S/P S/P S/P S/P S/P S/P S/P S/P S/P S/P S/P S/P S/P S/P S/P S/P S/P S/P S/P S/P S/P S/P S/P S/P SIP S/P S/P S/P HONDA FREEDOM YAMAHA GENESIS YAMAHA FLASH N/D VPT MAGNUM CANONDALE BENOTO SAPRIBIKE MTB BC ALVARADO N/D N/D N/D N/0 SHOGUN N/D CONDOR TREK BENOTO JAISA N/D N/D MARIN FLASH JAISA MAGNUM BENOTO MAGNUM AVALANCHE WH 156FMI-203G00482 BZ1520MI25120601 lRO l 56FMI56793011 N/0 BICICLETA BICICLETA BICICLETA BICICLETA BICICLETA BICICLETA BICICLETA BICICLETA BICICLETA BICICLETA BICICLETA BICICLETA BICICLETA BICICLETA BICICLETA BICICLETA BICICLETA BICICLETA BICICLETA BICICLETA BICICLETA BICICLETA BICICLETA BICICLETA BICICLETA BICICLETA BICICLETA BICICLETA BICICLETA LWBPCJF532A64230 ...... JP AX6100031 lR0-107778 LC6PCJB825080205 N/D JL02703202 N/D N/D G060731755 N/D N/0 N/D N/D HFQV001238 N/D N/D N/D 376870 N/D HZ4061203 794 5SJ31713 1502 N/0 8702065 N/0 N/D N/D 825M DF3G0834 1809 HZ21401930 EL7639 N/D 231 DEPÓSITO DE PAVAS PLACA S/P CB 555 HONDA MERCEDES BENZ VIN/MARCO MOTOR MARCA N/D JHA4DA935XLS050650 314,948-10-077767 N/D S/P EL3-831440A LB 11 M-C70851 S/P NISSAN MERCEDES BENZ N/D 116024 12 126960 S/P HYUNDAI N/D KMHJF31JPNU259345 91924 HONDA EB2-3662033 N/0 S/P HYUNDAI N/0 KMHVF31JPNU7 l l 536 S/P HYUNDAI N/D KMHLF3 l JOGU03 l 798 S/P DATSUN N/D NID CL 44571 N/D N/D S/P HINO MERCEDES BENZ 343,910-10-155695 NID S/P INTERNA TIONAL N/D S/P HYlJNDAI N/D 23618 DATSUN Al2-018582B N/D S/P VOLKSWAGEN NID 9BWZZZ30ZGT042 l 31 246246 HONDA N/D JHMAH5339ES033055 S/P YAMAHA NID L2-128922 S/P YAMAHA N/0 4L8-000150 S/P YAMAHA IKH LKH-030677 S/P VESPA VLX 1M202288 N/D 303275CIE-020, 100 DELEGACIÓN DE PUNTARENAS PLACA 91240 TOYOTA VIN /MARCO MOTOR MARCA KP36-110582 N/D DELEGACIÓN DE CIUDAD QUESADA PLACA VIN /MARCO MOTOR MARCA S/P YAMAHA 2TW-041948 9C62TWOOOVOO 11918 S/P SINSKI XSJ l 57FMI-07905944 N/D S/P YAiv1AHA NID 30X001222 S/P AGRALE N/D 9C5M l 2D2XKC0022 l 2 M 12155 HONDA SLIOOE-134777 N/D S/P YAMAHA lRO IR0-107742 S/P YAMAHA 594-201495 594-201495 S/P IIONDA XL 1OOE-1126648 N/D S/P YAMAHA lKH lKH-000133 S/P HONDA MD08-l 006936 MD08-1006901 S/P HONDA L 1855E-5020366 L 1855-5020135 S/P YAMAHA 558-006676 558-006618 S/P DAELIM VF125E-1207488 VF 125E-l 20736 S/P KAWASAKI DX l 25AE005638 DX125A-003291 S/P N/D 1FS2FMH-08G10289 L4GADHLBX85000159 S/P YAMAHA 3TS-Ol 9454 3TS-019454 M 49934 YAMAHA 3TS-003861 3TS-003861 S/P YAMAHA 4BL-023913 4BL-023913 S/P HONDA MD03E-1015640 N/0 S/P HONDA 156FM-015023 N/D M 63265 YAMAHA N/0 34X-003855 S/P YAMAHA JT-040864 3TT-040864 S/P N/0 055683 007459 S/P YAMAHA A7-086956 2A7-086956 S/P HONDA L250SE-5008165 N/D S/P UM 157FM-80AOOO 15 LJEPCJL298000121 S/P HONDA N/D N/D S/P YAMAHA 3TS-010317 3TS-010317 S/P YAMAHA N/D 3SR-008670 CL 64480 DATSUN A 12-127701 N/D DELEGACIÓN DE CAÑAS PLACA MARCA MOTOR YIN/MARCO 392127 NISSAN N/D JN 1GB2286LU516902 CL91377 MISTUBISHI N/D JB7FL25E3JP02l659 534827 HYUNDAI N/D KMHJF31 JPMU039355 CL 149973 NISSAN N/0 1N6SD l 6YXMC399792 M 94838 YAMAHA 17T001103 17T-001103 M 49508 YAMAHA 3UJ-001141 3UJ-001141 M 163351 BAJAJ N/D MD2DU56Z06FB02 l 82 M 104659 YAMAHA 3HB-255327 N/D M 51238 YAMAHA 3TS-004507 3TS-004507 M 374986 KATANA 162FMJ1306051374 LV7MGZ4050A900899 M 75474 YESLING 95010634 M 57681 YAMAHA 1,' 1,' M 109577 HONDA J017E31640042 1,' M 22880 HONDA XL l 25E-2023177 XLI 25-1206215 M 93435 YAI'v1AHA 1K1427 2YK070488 M 103013 YAMAHA N/D l T9-0l 6463 M 204667 WAYSTAIR 1,' N/D M 49899 YAMAHA lRO lR0-112318 M 28231 1,' N/D I S 1852-23143 M 224778 FORMULA LC 161FMJFD300149 LLCLPS2E38 l 080602 M 43367 YAMAHA 40R-009503 N/D M 160540 HAOJUE l 56FMIW0000952 N/D BM 22340 1,' N/D C6D04266 l LJ M 60869 YAMAHA LTW-041875 9062TWOOON0041875 M 58975 YAMAHA X3MD-036494 X3MD-036494 M 61590 +?'$ 156F-007422 N/D M 134271 KINETTC 8JE-XA097509 B 1FXA095959 M 36793 YAMAHA 4L8-002203 418-002203 154764 JEEP N/D 1,' CL 84296 TOYOTA 1,' N/D 3TS-016405 DELEGACIÓN DE LIBERIA PLACA MARCA VIN /MARCO MOTOR M 62003 YAMAHA 3TS-020162 3TS-016220 M 123406 MElTIAN LP52FMH30176285 N/D M 196053 YUMBO 157QMJ070610353 LFFWKT6Cl 710018005 M 69449 YAMAHA 3TS-003772 1 vez.—Solicitud N° 12383.—O. C. N° 27898.—( IN2016066402 ).
© Copyright 2024