BOP Cáceres Número 191 Martes 4 de Octubre de 2016 Página Diputación Provincial Cáceres BOP-2016 -4052 Modificación de la base 5º de la convocatoria Ayudas a municipios menores de 20.000 habitantes y entidades locales menores consistentes en la entrega de elementos integrantes para personas con discapacidad La Ilma. Sra. Doña Rosario Cordero Martín, Presidenta de ésta Excma. ha dictado la siguiente: RESOLUCIÓN: Vista la propuesta de la Jefa de Area de desarrollo y turismo sostenible, de 30 de septiembre del 2016, sobre modificación de la base 5º base Quinta, publicada en BOP de Cáceres de 19/09/2016 relativo a la convocatoria AYUDAS A MUNICIPIOS MENORES DE 20.000 HABITANTES Y ENTIDADES LOCALES MENORES CONSISTENTES EN LA ENTREGA DE ELEMENTOS INTEGRANTES PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD, CON DESTINO A SU UBICACIÓN EN PARQUES INFANTILES Y ESPACIOS PÚBLICOS, EJERCICIO 2016. RESUELVO: - PRIMERO: Corregir la base Quinta, publicada en BOP de Cáceres de 19/09/2016 relativo a la convocatoria AYUDAS A MUNICIPIOS MENORES DE 20.000 HABITANTES Y ENTIDADES LOCALES MENORES CONSISTENTES EN LA ENTREGA DE ELEMENTOS INTEGRANTES PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD, CON DESTINO A SU UBICACIÓN EN PARQUES INFANTILES Y ESPACIOS PÚBLICOS, EJERCICIO 2016. por la siguiente redacción Base Quinta. BENEFICIARIOS: REQUISITOS Y OBLIGACIONES. Donde dice : “ Para ser beneficiarios de la subvención, las entidades solicitantes habrán de reunir los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones (en adelante, LGS) y el artículo 5 de la Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación, publicada en BOP de Cáceres 15 marzo 2016 (en adelante, OGS) siempre y cuando no hayan resultado beneficiarias de las subvenciones dinerarias para la adquisición de Parques Infantiles en las convocatorias correspondientes a los años 2015 o 2016.” Debe decir: “Para ser beneficiarios de la subvención, las entidades solicitantes habrán de reunir los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones (en adelante, LGS) y el artículo 5 de la Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación, publicada en BOP de Cáceres 15 marzo 2016 (en adelante, OGS) siempre y cuando no hayan resultado beneficiarias de las subvenciones dinerarias para la adquisición de Parques Infantiles en la convocatoria correspondiente al año 2016.” - SEGUNDO: Conceder la apertura de nueva plazo de solicitud por 15 días naturales, teniendo por presentadas las solicitudes presentadas hasta la fecha, sin que sea necesario www.dip-caceres.es D.L.CC-1-1958 BOP Cáceres Número 191 Martes 4 de Octubre de 2016 Página que los Ayuntamientos que lo hayan presentado en el plazo desde 20 septiembre al 4 de octubre tenga que presentar solicitud alguna. - TERCERO: Comuníquese al presente resolución al Área de desarrollo local y turismo sostenible. A los efectos de lo dispuesto en el artículo 89.3º de la Ley 30/1992 se hace constar que la presente Resolución es definitiva en vía administrativa y frente a la misma puede interponerse, en el plazo de dos meses a partir de su recepción, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de dicha jurisdicción de Cáceres, o con carácter potestativo, recurso de reposición ante ésta Presidencia, en el plazo de 1 mes a partir de su notificación; todo ello sin perjuicio de la interposición de cualquier otro que estime procedente. Lo decreta, manda y firma V.I. de lo que como Secretario, certifico. Cáceres, a 3 de octubre de 2016. D.S.M. EL SECRETARIO, Fdo. Augusto Cordero Ceballos. LA PRESIDENTA, Rosario Cordero Martín. www.dip-caceres.es D.L.CC-1-1958
© Copyright 2024