Martes, 4 de octubre de 2016

BOP
Cáceres
Número 191 Martes 4 de Octubre de 2016
Página Diputación Provincial Cáceres
BOP-2016 -4052 Modificación de la base 5º de la convocatoria Ayudas a municipios
menores de 20.000 habitantes y entidades locales menores consistentes en la entrega
de elementos integrantes para personas con discapacidad
La Ilma. Sra. Doña Rosario Cordero Martín, Presidenta de ésta Excma. ha dictado la siguiente:
RESOLUCIÓN:
Vista la propuesta de la Jefa de Area de desarrollo y turismo sostenible, de 30 de septiembre
del 2016, sobre modificación de la base 5º base Quinta, publicada en BOP de Cáceres de
19/09/2016 relativo a la convocatoria AYUDAS A MUNICIPIOS MENORES DE 20.000 HABITANTES Y ENTIDADES LOCALES MENORES CONSISTENTES EN LA ENTREGA DE ELEMENTOS
INTEGRANTES PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD, CON DESTINO A SU UBICACIÓN EN
PARQUES INFANTILES Y ESPACIOS PÚBLICOS, EJERCICIO 2016.
RESUELVO:
- PRIMERO: Corregir la base Quinta, publicada en BOP de Cáceres de 19/09/2016
relativo a la convocatoria AYUDAS A MUNICIPIOS MENORES DE 20.000 HABITANTES Y
ENTIDADES LOCALES MENORES CONSISTENTES EN LA ENTREGA DE ELEMENTOS INTEGRANTES PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD, CON DESTINO A SU UBICACIÓN EN PARQUES
INFANTILES Y ESPACIOS PÚBLICOS, EJERCICIO 2016.
por la siguiente redacción
Base Quinta. BENEFICIARIOS: REQUISITOS Y OBLIGACIONES. Donde dice : “
Para ser beneficiarios de la subvención, las entidades solicitantes habrán de reunir los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones (en adelante, LGS)
y el artículo 5 de la Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación, publicada en
BOP de Cáceres 15 marzo 2016 (en adelante, OGS) siempre y cuando no hayan resultado
beneficiarias de las subvenciones dinerarias para la adquisición de Parques Infantiles en las
convocatorias correspondientes a los años 2015 o 2016.”
Debe decir:
“Para ser beneficiarios de la subvención, las entidades solicitantes habrán de reunir los
requisitos establecidos en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones (en adelante,
LGS) y el artículo 5 de la Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación, publicada en
BOP de Cáceres 15 marzo 2016 (en adelante, OGS) siempre y cuando no hayan resultado
beneficiarias de las subvenciones dinerarias para la adquisición de Parques Infantiles en la
convocatoria correspondiente al año 2016.”
- SEGUNDO: Conceder la apertura de nueva plazo de solicitud por 15 días naturales,
teniendo por presentadas las solicitudes presentadas hasta la fecha, sin que sea necesario
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Cáceres
Número 191 Martes 4 de Octubre de 2016
Página que los Ayuntamientos que lo hayan presentado en el plazo desde 20 septiembre al 4 de
octubre tenga que presentar solicitud alguna.
- TERCERO: Comuníquese al presente resolución al Área de desarrollo local y turismo
sostenible.
A los efectos de lo dispuesto en el artículo 89.3º de la Ley 30/1992 se hace constar que la
presente Resolución es definitiva en vía administrativa y frente a la misma puede interponerse, en el plazo de dos meses a partir de su recepción, recurso contencioso-administrativo
ante el Juzgado de dicha jurisdicción de Cáceres, o con carácter potestativo, recurso de
reposición ante ésta Presidencia, en el plazo de 1 mes a partir de su notificación; todo ello
sin perjuicio de la interposición de cualquier otro que estime procedente.
Lo decreta, manda y firma V.I. de lo que como Secretario, certifico.
Cáceres, a 3 de octubre de 2016.
D.S.M.
EL SECRETARIO,
Fdo. Augusto Cordero Ceballos.
LA PRESIDENTA,
Rosario Cordero Martín.
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