Seguro de vida - Banco Provincia

PROMOCIÓN “e-Provincia”
I. La siguiente promoción denominada “e-Provincia” (en adelante la “Promoción”),
organizada por el Banco de la Provincia de Buenos Aires (en adelante “El
Organizador”) y la manera de acceder a los premios, se ajustará a las siguientes
Bases y Condiciones (en adelante las “Bases”), que determinan la forma y condiciones
para participar y acceder a los premios, las que se encontrarán disponibles en
sucursales,
Centro
de
Contacto
Telefónico
0810
222
2776
y
http://www.bancoprovincia.com.ar.
II. Podrán participar en esta promoción personas humanas mayores de 18 años
clientes del Banco de la Provincia de Buenos Aires, titulares de cuenta corriente y/o
tarjeta de crédito adheridos a Banca Internet Provincia (BIP), que se encuentren
suscriptos o se suscriban al servicio e-Provincia, entre el 01/10/2016 hasta el
21/10/2016 inclusive (en adelante, la vigencia). La adhesión al servicio de e-Provincia
importará para el cliente un cambio en la forma de recepción de su resumen de tarjeta,
extractos de cuentas corrientes y notificaciones. El cliente comenzará a recibir la
documentación mencionada en su correo electrónico. Los clientes que hubieran
optado por la adhesión al servicio de e-Provincia (antes “eco-correo”) y que cumplan
con las condiciones de estas Bases, participarán del sorteo, no debiendo realizar una
nueva registración.
III. La presente promoción tendrá validez y será de aplicación en el ámbito de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires y Provincia de Buenos Aires. Se encuentran
excluidos los empleados del Banco y aquellos clientes que registren mora o situación
irregular con cualquiera de los productos del Banco de la Provincia de Buenos Aires.
IV. Mediante la adhesión al servicio de e-Provincia, el Banco Provincia ofrece la
posibilidad de participar del sorteo de 4 Ipads.
V. La adhesión al servicio de e-Provincia deberá realizarse hasta las 23:59 horas del
21/10/2016, inclusive (en adelante la “vigencia”).
VI.SORTEO
VI.1. El cliente que cumpla con las condiciones establecidas en estas Bases
participará de un sorteo mensual de 4 Ipads a realizarse el día 07/11/2016 entre los
clientes adheridos hasta el 21/10/2016 inclusive. Se establecerá un (1) ganador por
cada premio y luego 10 ganadores más, que conformaran el listado de suplentes
según orden del sorteo.
VI.2. El beneficio mencionado en el punto VI.1 deriva de la adquisición, por parte de
“El Organizador” de cuatro (4) IPads, de acuerdo a las siguientes especificaciones
técnicas IPad Air 2 16 Gb AIR 2.
VI.3. Aquel que resulte ganador del sorteo será contactado vía correo electrónico
dentro de las 48 hábiles de realizado el sorteo. Para el contacto se utilizará el mail
registrado para el envío de e-Provincia. El premio será entregado por correo en el
domicilio registrado por el cliente. La entrega del premio se hará dentro de los 30 días
(corridos) de realizado el sorteo. El premio consiste en un (1) IPad por ganador. Se
otorgará un premio por cliente.
1
VI.4. La mecánica del sorteo será la siguiente: los sorteos se efectuarán los días
establecidos en el punto VI.1 en San Martín 137 piso 5, a las 16:00 ante la presencia
de un Escribano Público. La selección de los ganadores se efectuará mediante la
utilización de un sistema que genera un número aleatorio de distribución uniforme
(proceso disponible en los sistemas operativos Windows) en el intervalo 0 (n-1), si el
número generado es inferior o igual a 4 corresponde a un caso exitoso, si es mayor a
4 corresponde a un caso no exitoso, donde “n” es el número esperado de participantes
y 4 es la cantidad de premios disponibles.
VI.5. La probabilidad matemática de adjudicación del premio de cada participante
dependerá de la cantidad de intervinientes de conformidad a las condiciones previstas
en las presentes Bases. A título de ejemplo si hubiera 4 premios y se encontraren
habilitados a participar 100.000 clientes con una chance cada uno, la posibilidad sería
de 4/100.000, es decir 0,004% para obtener cada uno de los 4 premios determinados.
VI.6. Se adicionará a la nómina de ganadores una nómina de diez (10) suplentes a fin
de poder asignar el premio en el caso que no se cumplan las condiciones de
asignación establecidas en estas bases.
VI.7. De producirse circunstancias no imputables al El Organizador y no previstas en
estas bases o que constituyan caso fortuito o fuerza mayor que lo justifiquen, éste
podrá a su sólo juicio, cancelar, suspender o modificar este beneficio sin derecho a
indemnización alguna por parte de los participantes y/o ganadores previa autorización
de Lotería Nacional.
VI.8. El Organizador no será responsable por los daños o perjuicios que pudieren sufrir
los ganadores y/o los terceros con motivo y/u ocasión de la participación en la
Promoción y/o del uso de los premios, declinando todo tipo de responsabilidad
contractual y/o extracontractual frente a los ganadores y/o terceros, lo que es aceptado
incondicionalmente por cada participante. Tampoco será responsable El Organizador
por lesiones y/o pérdidas sufridas por los ganadores que utilicen el premio. El
Organizador no se hará cargo de ningún gasto en el que puedan incurrir los
ganadores, incluyendo, aunque no limitándose, gastos de traslado o cualquier otro
gasto en que se incurra al hacer uso de su premio. Todos estos gastos correrán por
cuenta exclusiva de los ganadores. Tampoco será responsable por lesiones o pérdidas
de cualquier persona o propiedad en relación a la entrega y/o ulterior uso de los
premios otorgados. El Organizador no emite ninguna declaración de garantías sobre
la apariencia, seguridad, o desempeño del premio otorgado.
VI.9. La designación como ganador implicará la aceptación y su autorización a El
Organizador para que éste difunda su nombre, número de documento, imagen y/o voz
con fines publicitarios por el término de un año en los mismos medios y formas
utilizados para la promoción de la presente, sin derecho a compensación y/o
resarcimiento alguno. No obstante, y de acuerdo al artículo 16 de la Ley 25.326, toda
persona que haya participado o resultado ganadora de algún premio tiene derecho a
que sean rectificados, actualizados y suprimidos o sometidos a confidencialidad los
datos personales de los que sea titular y que estén incluidos en un banco de datos
debiendo para ello comunicarse al Centro de Contacto Telefónico 0810-22-22776. El
Banco de la Provincia de Buenos Aires se compromete a tratar con total
confidencialidad la información suministrada por el usuario, no revelando ni
compartiendo la misma con otras empresas u organizaciones, salvo que exista una
obligación legal, requerimiento de autoridad judicial o autorización expresa del titular
2
de la información. El suministro o ingreso de cualquier información o datos incluso
personales que pueda efectuar el usuario en el sitio recibirá el tratamiento establecido
por las normas y reglamentaciones vigentes en materia de protección de datos
personales conforme lo establecido por la Ley 25.326 y sus complementarias.
Los datos personales recabados a través de este Sitio Web son objeto de tratamiento
automatizado y son almacenados en servidores propiedad del Banco de la Provincia
de Buenos Aires.
VI.10. Los premios no adjudicados por alguna de las razones establecidas en estas
Bases, o por falta de respuesta dentro de las 24 horas de notificado el cliente por el
canal establecido en el punto VI.3, serán asignados a la nómina de suplentes según el
orden establecido en la misma.
VII. La difusión de la presente promoción se hará a través de la página
https://www.bancoprovincia.com.ar y/o https://www.facebook.com/bancoprovincia y/o
a través de envío de mails a la base de clientes del banco.
VIII. La participación en la Promoción es sin obligación de compra, podrán participar
completando el formulario vigente en
http://www.mylanderpages.com/bancoprovinciamail/BPBA
promo“e-Provincia”, con el que podrá participar con una (1) chance.
IX. La participación en la Promoción implica el conocimiento y la aceptación lisa y llana
de las presentes Bases, como también de las decisiones que, conforme a derecho,
adopte El Organizador sobre cualquier cuestión no prevista en las mismas, previa
autorización de Lotería Nacional.
X. En ningún caso se podrá exigir el canje del premio por dinero u otros bienes
distintos al ofrecido.
XI. El Organizador se reserva el derecho de modificar la duración de la Promoción, los
premios a entregar, o cualquiera de los términos y condiciones de las bases, dando la
debida comunicación y publicidad por el mismo medio utilizado para la difusión de esta
promoción, previa autorización de Lotería Nacional.
XII. La nómina de ganadores estará disponible en sucursales, en el Centro de
Contacto telefónico 0810 222 2776 y web del Banco a las 96 horas hábiles de
efectuado el sorteo.
XIII. Cualquier controversia sobre el presente concurso será dirimida ante los
Tribunales Contencioso Administrativos de la Ciudad de La Plata, Provincia de Buenos
Aires, renunciando expresamente a cualquier otra jurisdicción.
3