BOCYL n.º 186 26-septiembre-2016

Boletín Oficial de Castilla y León
Núm. 186
Lunes, 26 de septiembre de 2016
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I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN
D. ANUNCIOS
D.3. Otros Anuncios Oficiales
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA
RESOLUCIÓN de 19 de septiembre de 2016, de la Dirección General de Producción
Agropecuaria e Infraestructuras Agrarias, por la que se procede a convocar edictalmente
al levantamiento de las actas previas a la ocupación de determinados bienes y derechos
pertenecientes al término municipal de Almenara de Tormes (Salamanca), afectados por
las obras del: «Proyecto de mejora y modernización del regadío de la Comunidad de
Regantes del Canal de Zorita (Salamanca). Fase I: Estación de bombeo e instalaciones
eléctricas».
En virtud de lo dispuesto en el artículo 7 del Real Decreto Ley 10/2005, de 21 de
junio, por el que se adoptan medidas urgentes para paliar los daños producidos en el sector
agrario por la sequía y otras adversidades climáticas («B.O.E.» n.º 147 de 21 de junio
de 2005), se declaran de interés general determinadas obras de mejora y modernización
de regadíos que figuran en el Anexo, entre las que figura la «Modernización de regadíos
de la Comunidad de Regantes del Canal de Zorita, Términos Municipales de Valverdón,
Almenara de Tormes y Juzbago». Dichas obras llevan implícita la declaración de utilidad
pública a los efectos previstos en los artículos 9, 10 y 11 de la Ley de 16 de diciembre de
1954 de Expropiación Forzosa y la declaración de urgencia a los efectos de la ocupación
de los bienes afectados a que se refiere el artículo 52 de la citada Ley.
Por Orden de la Consejería de Agricultura y Ganadería de 29 de noviembre de 2012
se encomendó al Instituto Tecnológico Agrario de Castilla y León la gestión de determinadas
actuaciones, entre las que se encuentra la obra «Proyecto de Modernización del Regadío
de la Comunidad de Regantes del Canal de Zorita (Salamanca)». En consecuencia,
al Instituto Tecnológico Agrario le correspondió la redacción del «PROYECTO DE
MODERNIZACIÓN DEL REGADÍO DE LA COMUNIDAD DE REGANTES DEL CANAL
DE ZORITA (SALAMANCA)», cuya aprobación técnica se realizó mediante Resolución
de 3 de septiembre de 2015, de la Directora General del Instituto Tecnológico Agrario de
Castilla y León.
Con fecha 12 de septiembre de 2016, la Consejería de Agricultura y Ganadería de
la Junta de Castilla y León acordó ordenar la iniciación del expediente de expropiación
forzosa para la obra anteriormente referenciada, y declarar Beneficiaria de la expropiación
a la «COMUNIDAD DE REGANTES DEL CANAL DE ZORITA (SALAMANCA)».
En consecuencia, en cumplimiento de la Orden de la Consejería de Agricultura y
Ganadería de fecha 12 de septiembre de 2016, y atendiendo a lo señalado en las reglas
2.ª y 3.ª del Art. 52 de la citada Ley de Expropiación Forzosa, se procede a convocar a los
propietarios, de acuerdo con los Edictos publicados en el «Boletín Oficial de la Provincia de
Salamanca» y en el diario «La Gaceta» y Edicto con relación de propietarios publicado en el
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«Boletín Oficial de Castilla y León», y expuesto en el tablón de anuncios del Ayuntamiento
de Almenara de Tormes (Salamanca), donde radican los bienes y derechos afectados, así
como en la Dirección General de Producción Agropecuaria e Infraestructura Agrarias, sita
en Ctra. de Burgos, Km. 119 - Apdo. 172 - 47080 VALLADOLID, para que, sin perjuicio de
trasladarse al lugar de las fincas, asistan al levantamiento de las correspondientes Actas
Previas a la Ocupación en el lugar, fecha y horas que a continuación se indican:
OBRA: «PROYECTO DE MEJORA Y MODERNIZACIÓN DEL REGADÍO DE LA COMUNIDAD
DE REGANTES DEL CANAL DE ZORITA (SALAMANCA). FASE I: ESTACIÓN DE BOMBEO
E INSTALACIONES ELÉCTRICAS»
LUGAR
FECHA
HORAS
Ayuntamiento de Almenara de Tormes
20-10-2016
9:30 a 12:30
La especificación de las distintas afecciones se pormenoriza de la siguiente forma:
1. Expropiación en pleno dominio de los terrenos sobre los que se han de construir
o en su caso ocupar las instalaciones fijas en superficie. Las arquetas de válvulas
tendrán una ocupación de 4 m² mientras que en el supuesto de la colocación de
los postes del tendido eléctrico, se estima la expropiación permanente de una
superficie máxima de 4 m² por poste.
2. Imposición de servidumbre permanente de acueducto con una anchura de
5 metros (2,5 metros a cada lado de la tubería). Dicha servidumbre estará sujeta
a las siguientes limitaciones al dominio:
– Prohibición de levantar edificaciones o construcciones de cualquier tipo, ni
efectuar acto alguno que pueda dañar el buen funcionamiento de la tubería.
– Prohibición de efectuar trabajos de arada a una profundidad superior a 90 cm.,
así como de plantar árboles o arbustos a una distancia inferior a 5 m del eje de
la tubería.
– Libre acceso del personal, maquinaria y elementos necesarios para vigilar,
mantener, reparar y/o renovar las instalaciones, con pago en su caso de los
daños que se ocasionen.
3. Imposición de servidumbre de vuelo que vendrá delimitada por la anchura máxima
en proyección horizontal de la línea eléctrica, en este caso de 3,5 m.
4. Ocupación temporal de los terrenos necesarios de cada una de las fincas, en la
franja contemplada tanto en la relación de bienes y derechos afectados como
en los planos parcelarios de expropiación, con un período coincidente con los
plazos de ejecución de las obras, haciendo desaparecer temporalmente todo
obstáculo y ejecutando las obras u operaciones precisas a dichos fines.
Asimismo la presente publicación se realiza igualmente a los efectos previstos en la
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y
del Procedimiento Administrativo Común, según la nueva redacción dada por la Ley 4/1999,
de 13 de enero, sirviendo como notificación a los posibles interesados no identificados, a
los titulares de bienes y derechos afectados que sean desconocidos y a aquéllos de los
que se ignore su paradero.
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Por último y conforme establece el artículo 56.2 del Reglamento de Expropiación
Forzosa, los interesados así como las personas que siendo titulares de algún derecho o
interés económico sobre los bienes afectados radicados en el Término Municipal Almenara
de Tormes, y/o que se hayan podido omitir en la relación de Edictos expuestos en el
tablón de Anuncios del Ayuntamiento señalado y en la Dirección General de Producción
Agropecuaria e Infraestructuras Agrarias, puedan formular por escrito ante dicha Dirección
General de Producción Agropecuaria e Infraestructuras Agrarias (Ctra. de Burgos,
Km. 119 - Apdo. 172 - 47080 VALLADOLID), y hasta el momento en el que se proceda el
levantamiento de las citadas Actas Previas a la Ocupación, las alegaciones que estimen
oportunas, a los efectos de subsanar posibles errores que se hubieran podido cometer
al relacionar los bienes y derechos afectados por las expropiaciones, poniendo a su
disposición el número de teléfono de atención 983419500-Ext. 802271, para cualquier
aclaración o duda.
Valladolid, 19 de septiembre de 2016.
El Director General de Producción
Agropecuaria e Infraestructuras Agrarias,
Fdo.: Jorge Llorente Cachorro
CV: BOCYL-D-26092016-27
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ANEXO
RELACIÓN DE TITULARES, BIENES Y DERECHOS AFECTADOS, PERTENECIENTES AL TÉRMINO MUNICIPAL DE:
ALMENARA DE TORMES, CONVOCADOS AL LEVANTAMIENTO DE ACTAS PREVIAS A LA OCUPACIÓN, CON MOTIVO DE
LAS EXPROPIACIONES PARA LA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS CORRESPONDIENTES AL «PROYECTO DE MEJORA Y
MODERNIZACIÓN DEL REGADÍO DE LA COMUNIDAD DE REGANTES DEL CANAL DE ZORITA (SALAMANCA).
FASE I: ESTACIÓN DE BOMBEO E INSTALACIONES ELÉCTRICAS».
ALMENARA DE TORMES
N.º
FINCA
POLÍG.
PARC.
REF.
CATASTRAL
CALIF.
CATASTRAL
1
508
523
37027A508005230000FJ
CR-00
DEFINITIVA
(m²)
TEMPORAL
(m²)
RAMOS SANTOS CÁNDIDO
17,66
273,04
TITULARES
SERVIDUMBRE
LÍNEA ELÉCTRICA
(m²)
SERVIDUMRE
DE PASO (m²)
12,37
2
508
10526
37027A508105260000FP
CR-00
SÁNCHEZ BENITO M-PILAR
62,02
53,82
3
508
30526
37027A508305260000FA
CR-00
SÁNCHEZ BENITO M-PILAR
28,93
6,26
5,02
4
508
20526
37027A508205260000FX
CR-00
SÁNCHEZ BENITO M-PILAR
604,40
3177,61
84,04
210,10
5
508
527
37027A508005270000FU
CR-00
SANDOVAL FRAILE M. CARMEN
2610,00
0
46,07
471,43
6
508
10522
37027A508105220000FB
CR-00
FUNDACIÓN ENRIQUE ESTEVAN SANTOS
4,00
1978,03
7
508
20522
37027A508205220000FO
CR-00
FUNDACIÓN ENRIQUE ESTEVAN SANTOS
718,53
199
1431,03
149,85
1394,88
150,35
681,07
66,55
2.511,26
277,15
551,08
50,65
DORREGO GONZÁLEZ MARÍA CARMEN
8
508
5039
37027A508050390000FQ
CR-00
DORREGO GONZÁLEZ ANA MARÍA
DORREGO GONZÁLEZ DOLORES
HEREDEROS DE ALBERTO DORREGO GONZÁLEZ
9
508
521
10
508
10514
37027A508005210000FX
37027A508105140000FZ
CR-00
CR-00
11
508
515
37027A508005150000FK
CR-00
12
508
506
37027A508005060000FP
CR-00
HUIDOBRO SANDOVAL M. PILAR
REDONDO PAUL DIONISIO
HUIDOBRO SANDOVAL M. PILAR
RAMOS CABEZAS M. PURIFICACIÓN
RAMOS CABEZAS ISABEL
SÁNCHEZ SÁNCHEZ JUANA
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ALMENARA DE TORMES
N.º
FINCA
POLÍG.
PARC.
REF.
CATASTRAL
CALIF.
CATASTRAL
SERVIDUMBRE
LÍNEA ELÉCTRICA
(m²)
DEFINITIVA
(m²)
TEMPORAL
(m²)
1.095,86
146,50
94,36
6
1.848,88
300
MUÑOZ GARRIDO RAFAEL
1.811,22
267
TITULARES
SERVIDUMRE
DE PASO (m²)
SÁNCHEZ LUENGO ELOY NICOLÁS
SÁNCHEZ VENANCIO JUAN DOMINGO
13
508
505
37027A508005050000FQ
CR-00
SÁNCHEZ VENANCIO M.ª NATIVIDAD
SÁNCHEZ VENANCIO MÓNICA
SÁNCHEZ VENANCIO JACOBA
SÁNCHEZ VENANCIO NURIA
14
508
504
37027A508005040000FG
CR-00
HERNÁNDEZ BORREGO MARÍA ROSA
HERRERO PRIETO M.ª INMACULADA
15
508
501
37027A508005010000FA
CR-00
16
508
500
37027A508005000000FW
CR-00
SÁNCHEZ HERRERO ADOLFO
SÁNCHEZ HERRERO TERESA
SÁNCHEZ HERRERO JULIÁN
17
508
499
37027A508004990000FW
CR-00
GARCÍA RODRÍGUEZ BIENVENIDO
146,72
21
18
508
498
37027A508004980000FH
CR-00
RAMOS CONDE MARÍA SIMONA
187,87
35
19
508
519
37027A508005190000FI
CR-00
56,45
6,75
CABEZAS SÁNCHEZ DIONISIO
CABEZAS SÁNCHEZ BONIFACIA
CABEZAS SÁNCHEZ JUAN JOSÉ
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D.L.: BU 10-1979 - ISSN 1989-8959
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