C.A. de Temuco Temuco, veintitrés de septiembre de dos mil dieciséis. A los folios 42642, 42634 y 42631: Téngase presente. VIS TOS: Atendido el mérito de los antecedentes y lo informado por la Fiscalía Judicial a fojas mil trescientos cincuenta y dos, SE APRUEBA, en lo consultado y SE CONFIRMA la sentencia definitiva de fecha dieciocho de abril de dos mil diecis éis, escrita a fojas mil doscientos dos y siguientes. Regístrese y devuélvase, con sus agregados. N°Criminal-90-2016. En Temuco, veintitrés de septiembre de dos mil dieciséis, al Fiscal Judicial (S) se le notificó personalmente la resoluci ón que antecede, quien no firmó por estimarlo innecesario. 01926614617982 Pronunciado por la Segunda Sala de la C.A. de Temuco integrada por los Ministros (as) Julio Cesar Grandon C., Maria Georgina Gutierrez A. y Abogado Integrante Ricardo Andres Fonseca G. Temuco, veintitrés de septiembre de dos mil dieciséis. En Temuco, a veintitrés de septiembre de dos mil dieciséis, notifiqué en Secretaría por el Estado Diario la resolución precedente. 01926614617982
© Copyright 2024