LA GACETA N° 187 de la fecha 29 09 2016

Firmado digitalmente
CARLOS
por CARLOS ALBERTO
ALBERTO
RODRIGUEZ PEREZ
RODRIGUEZ (FIRMA)
Fecha: 2016.09.28
PEREZ (FIRMA) 15:29:49 -06'00'
La Uruca, San José, Costa Rica, jueves 29 de setiembre del 2016
AÑO CXXXVIII
Nº 187
40 páginas
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La Gaceta Nº 187 — Jueves 29 de setiembre del 2016
Artículo 2°—Rige. El rige será de conformidad con la fecha
indicada para cada funcionario.
CONTENIDO
PODER EJECUTIVO
Pág
Nº
Acuerdos............................................................................ 2
DOCUMENTOS VARIOS................................................. 7
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
Dado en la Presidencia de la República el día 28 de junio del
2016.
Ana Helena Chacón Echeverría.—El Ministro de
Hacienda, Helio Fallas V.—1 vez.—O. C. N° 27484.—
Solicitud N° 13620.—( IN2016063120 ).
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Nº 030-2016
Edictos.............................................................................. 13
Avisos............................................................................... 14
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS................. 22
En uso de las facultades que les confieren los incisos 3),
18) y 20) del artículo 140 y 146 de la Constitución Política, y con
fundamento en los numerales 25, 27, 28 y 103 de la Ley General
de la Administración Pública y el artículo 5º de la Ley Nº 14, Ley
General de Pensiones.
RÉGIMEN MUNICIPAL................................................. 26
ACUERDAN:
CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA........................ 14
REGLAMENTOS............................................................. 20
AVISOS.............................................................................. 30
NOTIFICACIONES......................................................... 39
PODER EJECUTIVO
ACUERDOS
MINISTERIO DE HACIENDA
N° 0031-2016-H
LA SEGUNDA VICEPRESIDENTA
EN EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE HACIENDA
Con fundamento en lo que establecen los Artículos 140 inciso
2) y 146 de la Constitución Política y los Artículos 25 inciso 1°, 27
inciso 1°, 28 inciso 2° acápite b) de la Ley N°6227 Ley General de
Administración Pública del 2 de mayo de 1978, y el artículo 12,
inciso a) de la Ley N°1581 Estatuto de Servicio Civil.
ACUERDAN:
Artículo 1°—Nombrar en Propiedad a los siguientes servidores
del Ministerio de Hacienda:
Artículo 1º—Que mediante acuerdo Nº 06-2016 de fecha 12
de abril del 2016, el señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social
nombra como Oficial Mayor y Director General Administrativo y
Financiero al señor Ciro Barbosa Toribio, cédula de identidad Nº
155804659433.
Artículo 2º—Que conforme al artículo 5º de la Ley Nº 14,
Ley General de Pensiones, se nombra al señor Ciro Barbosa Toribio,
cédula de identidad Nº 155804659433, en el cargo de miembro
propietario, ante la Junta Nacional de Pensiones de Gracia, en
representación del Ministro de Trabajo y Seguridad Social. Y
como miembro suplente a la señora Mavis Arley Castro, cédula de
identidad Nº 1-933-558, conforme el artículo 5º de la Ley Nº 14,
Ley General de Pensiones.
Artículo 3º—Asimismo, se nombra a la señora Yara Vanessa
Jiménez Fallas, cédula de identidad Nº 1-871-251, en el cargo de
miembro propietario, ante la Junta Nacional de Pensiones de Gracia,
en representación de la Tesorería Nacional. Y como miembro
suplente a la señora Daniela López Hernández, cédula de identidad
Nº 1-933-558, en representación de la Tesorería Nacional, conforme
el artículo 5º de la Ley Nº 14, Ley General de Pensiones.
Artículo 4º—Rige a partir de su publicación.
Dado en el Despacho del Ministro de Trabajo y Seguridad
Social.—San José, a los 21 días del mes de julio del 2016.
LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de
Trabajo y Seguridad Social, Carlos Alvarado Quesada.—1 vez.—O.
C. Nº 62293.—Solicitud Nº 9644.—( IN2016064660 ).
MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR
N° 263-2016
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR
De conformidad con lo que establecen los artículos 140
inciso 20) y 146 de la Constitución Política; los artículos 25 inciso
1, 28 inciso 2 acápite b de la Ley General de la Administración
Pública, Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978; así como el artículo
4 inciso c) del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para
Funcionarios Públicos;
Carlos Alberto Rodríguez Pérez
Said Orlando de la Cruz Boschini
Carmen Muñoz Quesada
Mario Enrique Alfaro Rodríguez
DIRECTOR GENERAL IMPRENTA NACIONAL
DIRECTOR EJECUTIVO JUNTA ADMINISTRATIVA
MINISTERIO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA
REPRESENTANTE MINISTERIO
DE CULTURA Y JUVENTUD
REPRESENTANTE EDITORIAL COSTA RICA
La Gaceta Nº 187 — Jueves 29 de setiembre del 2016
Considerando:
I.—Que Costa Rica aspira a alcanzar mayores niveles de
desarrollo y la Organización para la Cooperación y Desarrollo
Económicos (OCDE) es una herramienta para proporcionar apoyo y
guía en este proceso, ya que está orientada a promover las mejores
políticas públicas para mejorar la calidad de vida de las personas.
El Gobierno de la República ha venido trabajando con la OCDE
desde el 2009 en procura de llegar a convertirse en miembro y
alcanzar, con ello, los objetivos trazados. Las acciones, actividades
e iniciativas desarrolladas en el marco de este proceso de ingresoincluyendo todas las actividades preparatorias relacionadas con
la organización, promoción, impulso y apoyo del mismo- fueron
declaradas de interés público mediante el Decreto Ejecutivo N°
37.983- COMEX-MP, del 09 de setiembre de 2013, en el cual se
designa a COMEX como coordinador del proceso por parte del
Poder Ejecutivo. Asimismo, en el Plan Nacional de Desarrollo 20142018 se incluyó el fortalecimiento de las políticas públicas, a través
del ingreso de Costa Rica a la OCDE, como una meta prioritaria de
la gestión gubernamental.
II.—Que a partir de la Decisión Ministerial adoptada en mayo
de 2013 y la invitación formal cursada por la organización en abril
de 2015 para iniciar el proceso de adhesión, se vienen ejecutando
una serie de tareas que conforman el plan de acción de Costa Rica.
Posteriormente, en julio de 2015, el Consejo de la OCDE aprobó
la hoja de ruta que establece el proceso y fija los términos para su
futura membresía, por tanto el país ha venido trabajando fuertemente
en el cumplimiento de estos requisitos. En el mes de octubre de
2015, se llevó a cabo la misión oficial de lanzamiento del proceso de
adhesión a la OCDE y desde ahora y hasta el 2018, se espera que se
lleve a cabo la implementación de la hoja de ruta respectiva.
III.—Que en este sentido, dos de los estudios previos al
proceso de adhesión son la Evaluación Completa para la adhesión
a la Convención para Combatir el Cohecho de Servidores Públicos
Extranjeros en Transacciones Comerciales Internacionales; y la
Evaluación de Competencia. Al respecto, es de suma importancia
la participación de la delegación oficial que representará al país en
las reuniones del Comité de Competencia y del Grupo de Trabajo
de la OCDE sobre Cohecho en las Transacciones Comerciales
Internacionales (Grupo de Trabajo sobre Cohecho), con motivo de
la presentación de los principales hallazgos y desafíos en ambos
temas ante los representantes de los 34 gobiernos de la OCDE y los
demás países que integran el Grupo de Trabajo sobre Cohecho. La
reunión de este Grupo de Trabajo en la cual se hará la presentación
de Costa Rica se celebrará el 16 de junio de 2016, en la sede de la
OCDE en París, Francia.
IV.—Que en relación con la reunión del Grupo de Trabajo
sobre Cohecho, es de alto interés para el Ministerio de Comercio
Exterior y el Gobierno de la República, la participación activa en la
presentación citada. Por lo anterior, resulta pertinente incluir en la
delegación oficial que representará al país en dicha presentación a
los funcionarios: Jeffrey Gonzaga Flory del Poder Judicial; Tatiana
Gutiérrez Delgado de la Procuraduría General de la República y Eric
Alfredo Chirino Sánchez de la Universidad de Costa Rica, quienes
asistirán en razón de su experiencia y conocimientos técnicos en
la materia, con el fin de asesorar a dicha delegación oficial en las
reuniones que se llevarán a cabo; tales funcionarios cuentan con la
anuencia de sus respectivas instituciones.
V.—Que, por otra parte, en materia de política de competencia,
Costa Rica ha trabajado intensamente en su proceso de acercamiento
a la OCDE, para lo cual voluntariamente se sometió a una revisión
inter-pares de su política de competencia a cargo de la OCDE y del
Banco Interamericano de Desarrollo (BID) en el año 2014. De igual
forma, como parte de este proceso, el país ha venido participando
en las reuniones de los diferentes grupos de trabajo que atienden
este tema, así como en las reuniones del Comité de Competencia
de la OCDE. La reunión del Comité de Competencia de la OCDE
en la cual se tiene previsto realizar la presentación de Costa Rica
en el tema de política de competencia, será el 16 de junio de 2016,
en la sede de la OCDE en París, Francia. Esta es la última etapa
de un proceso para el cual un grupo de trabajo interinstitucional,
que incluye a COMEX, ha venido reuniéndose durante los últimos
meses, para atender los requerimientos de información formulados
por la OCDE y los funcionarios de su Secretaría, así como la
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elaboración de una reforma de Ley que refleja las recomendaciones
emanadas del examen inter-pares. Por ello es de suma importancia
integrar a la delegación oficial de Costa Rica para esta presentación,
a las funcionarias Marcela Gómez Masís, Presidenta de la Comisión
para Promover la Competencia (COPROCOM) y Hazel Orozco
Chavarría, de la Unidad Técnica de COPROCOM, órgano adscrito al
Ministerio de Economía Industria y Comercio; ambas funcionarias
cuentan con la anuencia de su respectivo jerarca.
VI.—Que la participación en estas reuniones es clave, ya que
se requiere que la Delegación de Costa Rica realice una presentación
sobre la situación del país y responda las preguntas de los delegados
de los distintos países; de igual forma permitirá identificar y discutir
con los expertos de la OCDE sobre los compromisos en estas áreas
de cara al proceso de adhesión a esa organización. Por tanto,
ACUERDAN:
Artículo 1º—Designar a las siguientes personas como
integrantes de la delegación oficial que representará al país en la
presentación de Costa Rica en el tema de cohecho ante el Grupo de
Trabajo de la OCDE sobre Cohecho y en la presentación de Costa
Rica sobre política de competencia ante el Comité de Competencia
de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos
(OCDE). Ambas actividades se llevarán a cabo el 16 de junio de
2016, en París, Francia:
Señor Jeffrey Gonzaga Flory, portador de la cédula de
identidad número 05-0349-0886, funcionario del Poder
Judicial, señora Tatiana Gutiérrez Delgado, portadora de la
cédula de identidad número 1-0838-0944, funcionaria de la
Procuraduría General de la República y el señor Eric Alfredo
Chirino Sánchez, portador de la cédula de identidad número
1-0623-0155 funcionario de la Universidad de Costa Rica,
quienes participarán en la presentación de Costa Rica ante el
Grupo de Trabajo de la OCDE sobre Cohecho el 16 de junio
de 2016. Participarán en las diferentes discusiones que tendrán
lugar durante las reuniones, con el fin de conocer sobre los
desafíos y experiencias de los países miembros en la atención
e implementación de acciones sobre dicha materia.
Por su parte, la señoras Marcela Gómez Masís, portadora
de la cédula de identidad número 1-1062-0408 y Hazel
Orozco Chavarría, portadora de la cédula de identidad número
1-0719-0255, funcionarias de COPROCOM, órgano del
Ministerio de Economía, Industria y Comercio, participarán
en la presentación de Costa Rica en el marco del proceso
de adhesión específicamente en las áreas sobre política de
competencia que se realizará ante el Comité de Competencia
de la OCDE, el 16 de junio de 2016. Participarán en las
diferentes discusiones que tendrán lugar durante las reuniones,
con el fin de conocer sobre los desafíos y experiencias de los
países miembros en la definición e implementación de la
política de competencia.
Los miembros de la Delegación Oficial que representará
al país en los eventos precitados, mantendrá reuniones de
coordinación previas, el día 15 de junio de 2016, con el fin de
preparar todos los aspectos relacionados con las presentaciones
del 16 de junio de 2016. Todos se trasladarán de Costa Rica
hacia París, Francia, a partir del 13 de junio de 2016.
Artículo 2º—Los gastos del señor Jeffrey Gonzaga Flory, por
concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban pagar en las
terminales de transporte y de alimentación y hospedaje, ascienden
a $925,96 (novecientos veinticinco dólares con noventa y seis
centavos); para el resto de los funcionarios indicados ascienden a
la suma de $1.050,40 (mil cincuenta dólares con cuarenta centavos)
para cada uno y en todos los casos sujetos a liquidación. Tales gastos
serán costeados con recursos de COMEX de las subpartidas 10501,
10503 y 10504 del Programa 792. Los gastos de transporte aéreo
serán cubiertos con recursos de la subpartida 10503 del programa
792. Cualquier erogación que por concepto de penalización deba
girarse por cambios imprevistos y debidamente justificados en los
tiquetes aéreos, serán cubiertos con recursos de la subpartida 10503
del programa 792. El transporte terrestre en Costa Rica y en París,
Francia, será cubierto por la subpartida 10501 y 10503 del programa
792. Por efectos de itinerario y rutas de vuelo desde y hacia el lugar
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La Gaceta Nº 187 — Jueves 29 de setiembre del 2016
de destino viajan a partir del 13 de junio y retornan a Costa Rica el
17 de junio del 2016. Al señor Gonzaga Flory, se le autoriza para
hacer escala en Madrid, España por conexión, dado que no cuenta
con visa de los Estados Unidos de América; los demás funcionarios
quedan autorizados para hacer escala en Dallas y en Miami, Estados
Unidos de América, por conexión.
Artículo 3º—Las personas indicadas en el artículo segundo
del precitado acuerdo, no harán uso de las millas que pudieran
derivarse del boleto aéreo adquirido para reslizar este viaje.
Artículo 4º—Rige a partir del 13 y hasta el 17 de junio dos
mil dieciséis.
San José, a los siete días del mes de junio del año dos mil
dieciséis.
LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de
Comercio Exterior, Alexander Mora Delgado.—1 vez.—O. C. N°
28758.—Solicitud N° 14913.—( IN2016062497 ).
Nº 410-2016
EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 inciso
20) y 146 de la Constitución Política; artículo 25 inciso 1), 28 inciso
2) acápite b de la Ley General de la Administración Pública, Ley
N° 6227 del 2 de mayo de 1978; el artículo 8, inciso b) de la Ley
7638 del 30 de octubre de 1996, Ley de Creación del Ministerio
de Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de
Costa Rica; así como lo dispuesto en la Ley Nº 9341, publicada
en el Diario Oficial La Gaceta el 10 de diciembre de 2015, Ley
de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para
el Ejercicio Económico del 2016 y en los artículos 7, 31 y 34 del
Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios
Públicos emitido por la Contraloría General de la República, y
Considerando
I.—Que los países que integran el istmo centroamericano
son socios comerciales estratégicos para nuestro país, ocupando
el segundo lugar en el intercambio comercial de Costa Rica. Con
el fin de potenciar los beneficios derivados de esta relación, la
agenda de política comercial se ha enfocado en la modernización y
profundización de la integración económica centroamericana. Una
parte fundamental de estas labores la constituye la consolidación
de la Unión Aduanera Centroamericana, como eje fundamental
en el proceso de consolidar la región como un bloque más fuerte
y dinámico, así como la implementación de los compromisos
regionales para el cumplimiento del Acuerdo de Asociación entre
Centroamérica y la Unión Europea (AACUE).
II.—Que de igual forma, la integración económica regional es
un elemento esencial para el AACUE y la Unión Europea, acuerdo
negociado bajo una estructura de región a región, en el que las partes
reafirman su voluntad de fortalecer y profundizar sus respectivos
procesos de integración económica regional y asumen una serie
de compromisos en ese sentido. Por ello, el grado de avance de
los países centroamericanos en su integración regional permitirá
aprovechar el AACUE de una mejor manera.
III.—Que en este contexto, del 29 de agosto al 02 de setiembre
de 2016, en la ciudad de Managua, Nicaragua se llevará a cabo la
I ronda de negociación del segundo semestre 2016 del Proceso de
Unión Aduanera Centroamericana. Lo anterior de conformidad con
el plan de acción acordado por los Ministros Responsables de la
Integración Económica Centroamericana, para el segundo semestre
2016 y como mecanismo para alcanzar una integración comercial
más profunda y sólida en la región centroamericana, así como el
cumplimiento de los compromisos regionales del Acuerdo de
Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea.
IV.—Que la participación del señor Carlos Marín Castro,
resulta de particular relevancia para el Ministerio de Comercio
Exterior.
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al señor Carlos Marín Castro, cédula
número 1-1138-0362, funcionario de la, Dirección General de
Comercio Exterior para participar en la I ronda de negociación
del segundo semestre 2016 del Proceso de Unión Aduanera
Centroamericana que se llevará a cabo del 29 de agosto al 02 de
setiembre de 2016, en la ciudad de Managua, Nicaragua. Participará
en la reunión del Grupo Técnico de Origen que se realizará del 31
de agosto al 02 de setiembre de 2016. El objetivo de la reunión
es continuar como la revisión de los temas pendientes para la
implementación del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y
la Unión Europea, así como las modificaciones al Reglamento de
Origen Centroamericano.
Artículo 2º—Cubrir los gastos del señor Carlos Marín
Castro, por concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban
pagar en las terminales de transporte, alimentación y hospedaje, a
saber, US$328,32 (trescientos veintiocho dólares con treinta y dos
centavos), sujeto a liquidación, con recursos de la Promotora del
Comercio Exterior de Costa Rica (PROCOMER). El transporte
terrestre en Costa Rica y en Nicaragua también será cubierto con
recursos de la Promotora. Los gastos correspondientes a llamadas
telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía fax e Internet
al Ministerio de Comercio Exterior y gastos conexos por pago de
equipaje, según los artículos 31 y 52 del Reglamento de Gastos de
Viaje y Transporte para funcionarios públicos, dado que por política
de algunas aerolíneas se está cobrando por cada maleta que sea
chequeada tanto a la salida como al regreso a Costa Rica, también
serán cubiertos con recursos de la Promotora. El transporte aéreo
de ida y de regreso, serán cubiertos con recursos del Ministerio de
Comercio Exterior (COMEX), por la subpartida 10503 del programa
796. De igual manera, el seguro médico viajero, por la subpartida
10601 del programa 796.
Artículo 3º—El funcionario no hará uso de las millas que
pudieran derivarse del boleto aéreo adquirido para realizar este viaje.
Artículo 4º—Rige a partir del 31 de agosto al 02 de setiembre
de 2016.
San José, a los veinticuatro días del mes de agosto de dos mil
dieciséis.
Jhon Fonseca Ordóñez, Ministro de Comercio Exterior a. í.—
1 vez.—O. C. N° 28758.—Solicitud N° 14915.—( IN2016063196 ).
N°411-2016
EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 inciso
20) y 146 de la Constitución Política; artículo 25 inciso 1), 28 inciso
2) acápite b de la Ley General de la Administración Pública, Ley
N° 6227 del 2 de mayo de 1978; el artículo 8, inciso b) de la Ley
7638 del 30 de octubre de 1996, Ley de Creación del Ministerio
de Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de
Costa Rica; así como lo dispuesto en la Ley N° 9341, publicada
en el Diario Oficial La Gaceta el 10 de diciembre de 2015, Ley
de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para
el Ejercicio Económico del 2016 y en los artículos 7, 31 y 34 del
Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios
Públicos emitido por la Contraloría General de la República, y
Considerando:
I.—Que los países que integran el istmo centroamericano
son socios comerciales estratégicos para nuestro país, ocupando
el segundo lugar en el intercambio comercial de Costa Rica. Con
el fin de potenciar los beneficios derivados de esta relación, la
agenda de política comercial se ha enfocado en la modernización y
profundización de la integración económica centroamericana. Una
parte fundamental de estas labores la constituye la consolidación
de la Unión Aduanera Centroamericana, como eje fundamental
en el proceso de consolidar la región como un bloque más fuerte
y dinámico, así como la implementación de los compromisos
regionales para el cumplimiento del Acuerdo de Asociación entre
Centroamérica y la Unión Europea (AACUE).
II.—Que de igual forma, la integración económica regional es
un elemento esencial para el AACUE y la Unión Europea, acuerdo
negociado bajo una estructura de región a región, en el que las partes
reafirman su voluntad de fortalecer y profundizar sus respectivos
procesos de integración económica regional y asumen una serie
de compromisos en ese sentido. Por ello, el grado de avance de
los países centroamericanos en su integración regional permitirá
aprovechar el AACUE de una mejor manera.
La Gaceta Nº 187 — Jueves 29 de setiembre del 2016
III.—Que en este contexto, del 29 de agosto al 02 de setiembre
de 2016, en la ciudad de Managua, Nicaragua se llevará a cabo la
I ronda de negociación del segundo semestre 2016 del Proceso de
Unión Aduanera Centroamericana. Lo anterior de conformidad con
el plan de acción acordado por los Ministros Responsables de la
Integración Económica Centroamericana, para el segundo semestre
2016 y como mecanismo para alcanzar una integración comercial
más profunda y sólida en la región centroamericana, así como el
cumplimiento de los compromisos regionales del Acuerdo de
Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea.
IV.—Que la participación del señor Federico Arias López,
resulta de particular relevancia para el Ministerio de Comercio
Exterior.
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al señor Federico Arias López, portador
de la cédula de identidad número 01-0855-0658, funcionario de la
Dirección General de Comercio Exterior para participar en la I ronda
de negociación del segundo semestre 2016 del Proceso de Unión
Aduanera Centroamericana que se llevará a cabo del 29 de agosto
al 02 de setiembre de 2016, en la ciudad de Managua, Nicaragua.
Participará en la reunión de los Subgrupos de Alimentos y Medidas
Sanitarias y Fitosanitarias que se realizará del 29 al 31 de agosto.
El objetivo de la reunión es continuar con la negociación
del Reglamento Técnico Centroamericano Leche UHT e iniciar
con la negociación del Reglamento Técnico Centroamericano
Quesos Madurados. Asimismo, participará en la negociación de
los formularios de inspección para plantas procesadoras de carne y
productos lácteos.
Artículo 2º—Cubrir los gastos del señor Federico Arias
López por concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban
pagar en las terminales de transporte, alimentación y hospedaje, a
saber, US$328,32 (trescientos veintiocho dólares con treinta y dos
centavos), sujeto a liquidación, con recursos de la Promotora del
Comercio Exterior de Costa Rica (PROCOMER). El transporte
terrestre en Costa Rica y en Nicaragua también será cubierto con
recursos de la Promotora. Los gastos correspondientes a llamadas
telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía fax e Internet
al Ministerio de Comercio Exterior y gastos conexos por pago de
equipaje, según los artículos 31 y 52 del Reglamento de Gastos de
Viaje y Transporte para funcionarios públicos, dado que por política
de algunas aerolíneas se está cobrando por cada maleta que sea
chequeada tanto a la salida como al regreso a Costa Rica, también
serán cubiertos con recursos de la Promotora. El transporte aéreo
de ida y de regreso, serán cubiertos con recursos del Ministerio de
Comercio Exterior (COMEX), por la subpartida 10503 del programa
796. De igual manera, el seguro médico viajero, por la subpartida
10601 del programa 796.
Artículo 3º—El funcionario no hará uso de las millas que
pudieran derivarse del boleto aéreo adquirido para realizar este
viaje.
Artículo 4º—Rige a partir del 29 al 31 de agosto del 2016.
San José, a los veinticuatro días del mes de agosto del dos mil
dieciséis.
Jhon Fonseca Ordoñez, Ministro de Comercio a. í.—
1 vez.—O. C. N° 28758.—Solicitud N° 14915.—( IN2016063197 ).
N° 414-2016
EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 inciso
20) y 146 de la Constitución Política; artículo 25 inciso 1), 28 inciso
2) acápite b de la Ley General de la Administración Pública, Ley
N° 6227 del 2 de mayo de 1978; el artículo 8, inciso b) de la Ley
7638 del 30 de octubre de 1996, Ley de Creación del Ministerio
de Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de
Costa Rica; así como lo dispuesto en la Ley N° 9341, publicada
en el Diario Oficial La Gaceta el 10 de diciembre de 2015, Ley
de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para
el Ejercicio Económico del 2016 y en los artículos 7, 31 y 34 del
Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios
Públicos emitido por la Contraloría General de la República, y
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Considerando:
I.—Que los países que integran el istmo centroamericano
son socios comerciales estratégicos para nuestro país, ocupando
el segundo lugar en el intercambio comercial de Costa Rica. Con
el fin de potenciar los beneficios derivados de esta relación, la
agenda de política comercial se ha enfocado en la modernización y
profundización de la integración económica centroamericana. Una
parte fundamental de estas labores la constituye la consolidación
de la Unión Aduanera Centroamericana, como eje fundamental
en el proceso de consolidar la región como un bloque más fuerte
y dinámico, así como la implementación de los compromisos
regionales para el cumplimiento del Acuerdo de Asociación entre
Centroamérica y la Unión Europea (AACUE).
II.—Que de igual forma, la integración económica regional es
un elemento esencial para el AACUE y la Unión Europea, acuerdo
negociado bajo una estructura de región a región, en el que las partes
reafirman su voluntad de fortalecer y profundizar sus respectivos
procesos de integración económica regional y asumen una serie
de compromisos en ese sentido. Por ello, el grado de avance de
los países centroamericanos en su integración regional permitirá
aprovechar el AACUE de una mejor manera.
III.—Que en este contexto, del 29 de agosto al 02 de setiembre
de 2016, en la ciudad de Managua, Nicaragua se llevará a cabo la
I ronda de negociación del segundo semestre 2016 del Proceso de
Unión Aduanera Centroamericana. Lo anterior de conformidad con
el plan de acción acordado por los Ministros Responsables de la
Integración Económica Centroamericana, para el segundo semestre
2016 y como mecanismo para alcanzar una integración comercial
más profunda y sólida en la región centroamericana, así como el
cumplimiento de los compromisos regionales del Acuerdo de
Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea.
IV.—Que la participación de la señora Paola Orozco Alpízar,
resulta de particular relevancia para el Ministerio de Comercio
Exterior.
ACUERDA:
Artículo 1°—Designar a la señora Paola Orozco Alpízar,
portadora de la cédula número 01-1277-0230, funcionaria de la,
Dirección General de Comercio Exterior para participar en la I ronda
de negociación del segundo semestre 2016 del Proceso de Unión
Aduanera Centroamericana que se llevará a cabo del 29 de agosto
al 02 de setiembre de 2016, en la ciudad de Managua, Nicaragua.
Participará en las siguientes actividades: 1) en la reunión del Grupo
Técnico de Facilitación del Comercio que se realizará del 29 al 31
de agosto de 2016 hasta las 14:00 horas. El objetivo de la reunión es
continuar con la implementación de Estrategia Centroamericana de
Facilitación del Comercio y Competitividad con énfasis en la gestión
coordinada de fronteras, así como con las medidas prioritarias
a corto plazo; 2) en la reunión de Viceministros de Integración
Económica a partir de las 14:00 horas del 31 de agosto de 2016. El
objetivo de la reunión de Viceministros es analizar los diferentes
temas que se incluyen en la agenda de la reunión en cumplimiento
con el plan de acción de este semestre como son, los compromisos
derivados del AACUE, compromisos derivados del Protocolo de
Incorporación de Panamá, integración económica centroamericana,
procedimientos aduaneros y facilitación de comercio y; 3) en las
reuniones del Consejo de Ministros de Integración Económica
Centroamericana, a celebrarse el 01 de setiembre de 2016, fecha
en que participará en calidad de Asesora del señor Alexander Mora
Delgado, Ministro de Comercio Exterior. El objetivo de la reunión
de ministros es analizar los diferentes temas que se incluyen en las
agendas de estas reuniones en cumplimiento con el plan de acción
de este semestre, como son los compromisos derivados del AACUE,
compromisos derivados del Protocolo de Incorporación de Panamá,
integración económica centroamericana, procedimientos aduaneros
y facilitación del comercio. Por efectos de itinerario y rutas de vuelo
regresa a Costa Rica hasta el 02 de setiembre de 2016.
Artículo 2°—Cubrir los gastos de la señora Paola Orozco
Alpízar por concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban
pagar en las terminales de transporte, alimentación y hospedaje,
a saber, US$601,00 (seiscientos un dólares), sujeto a liquidación,
con recursos de la Promotora del Comercio Exterior de Costa
Rica (PROCOMER). El transporte terrestre en Costa Rica y en
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La Gaceta Nº 187 — Jueves 29 de setiembre del 2016
Nicaragua también será cubierto con recursos de la Promotora. Los
gastos correspondientes a llamadas telefónicas, fotocopiado y envío
de documentos vía fax e Internet al Ministerio de Comercio Exterior
y gastos conexos por pago de equipaje, según los artículos 31 y 52
del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para funcionarios
públicos, dado que por política de algunas aerolíneas se está
cobrando por cada maleta que sea chequeada tanto a la salida como
al regreso a Costa Rica, también serán cubiertos con recursos de la
Promotora. El transporte aéreo de ida y de regreso, serán cubiertos
con recursos del Ministerio de Comercio Exterior (COMEX), por
la subpartida 10503 del programa 796. De igual manera, el seguro
médico viajero, por la subpartida 10601 del programa 796.
Artículo 3°—La funcionaria no hará uso de las millas que
pudieran derivarse del boleto aéreo adquirido para realizar este viaje.
Artículo 4°—Rige a partir del 29 de agosto al 02 de setiembre
del 2016.
San José, a los veinticuatro días del mes de agosto de dos mil
dieciséis.
Jhon Fonseca Ordóñez, Ministro de Comercio Exterior a. í.—
1 vez.—O. C. N° 28758.—Solicitud N° 14915.—( IN2016063198 ).
N° 415-2016
EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 inciso
20) y 146 de la Constitución Política; artículo 25 inciso 1), 28 inciso
2) acápite b) de la Ley General de la Administración Pública, Ley
N° 6227 del 2 de mayo de 1978; el artículo 8, inciso b) de la Ley
7638 del 30 de octubre de 1996, Ley de Creación del Ministerio
de Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de
Costa Rica; así como lo dispuesto en la Ley N° 9341, publicada
en el Diario Oficial La Gaceta el 10 de diciembre de 2015, Ley
de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para
el Ejercicio Económico del 2016 y en los artículos 7, 31 y 34 del
Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios
Públicos emitido por la Contraloría General de la República, y
Considerando:
1º—Que los países que integran el istmo centroamericano
son socios comerciales estratégicos para nuestro país, ocupando
el segundo lugar en el intercambio comercial de Costa Rica. Con
el fin de potenciar los beneficios derivados de esta relación, la
agenda de política comercial se ha enfocado en la modernización y
profundización de la integración económica centroamericana. Una
parte fundamental de estas labores la constituye la consolidación
de la Unión Aduanera Centroamericana, como eje fundamental
en el proceso de consolidar la región como un bloque más fuerte
y dinámico, así como la implementación de los compromisos
regionales para el cumplimiento del Acuerdo de Asociación entre
Centroamérica y la Unión Europea (AACUE).
II.—Que de igual forma, la integración económica regional es
un elemento esencial para el AACUE y la Unión Europea, acuerdo
negociado bajo una estructura de región a región, en el que las partes
reafirman su voluntad de fortalecer y profundizar sus respectivos
procesos de integración económica regional y asumen una serie
de compromisos en ese sentido. Por ello, el grado de avance de
los países centroamericanos en su integración regional permitirá
aprovechar el AACUE de una mejor manera.
III.—Que en este contexto, del 29 de agosto al 02 de setiembre
de 2016, en la ciudad de Managua, Nicaragua se llevará a cabo la
I ronda de negociación del segundo semestre 2016 del Proceso de
Unión Aduanera Centroamericana. Lo anterior de conformidad con
el plan de acción acordado por los Ministros Responsables de la
Integración Económica Centroamericana, para el segundo semestre
2016 y como mecanismo para alcanzar una integración comercial
más profunda y sólida en la región centroamericana, así como el
cumplimiento de los compromisos regionales del Acuerdo de
Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea.
IV.—Que la participación de la señora Laura Rodríguez
Vargas, resulta de particular relevancia para el Ministerio de
Comercio Exterior.
ACUERDA:
Artículo Primero.—Designar a la señora Laura Rodríguez
Vargas, portadora de la cédula número 02-0353-0794, funcionaria
de la Dirección General de Comercio Exterior para participar en
la I ronda de negociación del segundo semestre 2016 del Proceso
de Unión Aduanera Centroamericana que se llevará a cabo del 29
de agosto al 02 de setiembre de 2016, en la ciudad de Managua,
Nicaragua. Participará en las siguientes actividades: 1) en la reunión
de Directores de Integración Económica del 29 al 31 de agosto de
2016 hasta las 14:00 horas. El objetivo de la reunión de Directores
es analizar los diferentes temas que se incluyen en la agenda de esta
reunión, entre los cuales están negociar las solicitudes pendientes
de modificaciones arancelarias para insumos no producidos en la
región, continuar con la discusión de los reglamentos técnicos en
proceso de armonización y tomar decisiones en relación con los
resultados de la negociación de los grupos técnicos que se reúnen
durante la ronda, así como otros asuntos relacionados con la
Integración Económica y elevar las respectivas recomendaciones a
los Viceministros y Ministros de integración económica. Asimismo,
analizar el avance en los temas relacionados con la implementación
del Protocolo de Incorporación de Panamá al Subsistema Económico
y el cumplimiento de los compromisos establecidos en el AACUE;
2) en la reunión de Viceministros de Integración Económica a
partir de las 14:00 horas del 31 de agosto de 2016. El objetivo de
la reunión de Viceministros es analizar los diferentes temas que se
incluyen en la agenda de la reunión en cumplimiento con el plan de
acción de este semestre como son, los compromisos derivados del
AACUE, compromisos derivados del Protocolo de Incorporación de
Panamá, Integración Económica Centroamericana, procedimientos
aduaneros y facilitación de comercio y; 3) en las reuniones del
Consejo de Ministros de Integración Económica Centroamericana,
a celebrarse el 01 de setiembre de 2016, fecha en que participará
en calidad de Asesora del señor Alexander Mora Delgado, Ministro
de Comercio Exterior. El objetivo de la reunión de Ministros es
analizar los diferentes temas que se incluyen en las agendas de estas
reuniones en cumplimiento con el plan de acción de este semestre,
como son los compromisos derivados del AACUE, compromisos
derivados del Protocolo de Incorporación de Panamá, Integración
Económica Centroamericana, Procedimientos Aduaneros y
Facilitación del Comercio. Por efectos de itinerario y rutas de vuelo
regresa a Costa Rica hasta el 02 de setiembre de 2016.
Artículo Segundo.—Cubrir los gastos de la señora Laura
Rodríguez Vargas, por concepto de impuestos, tributos o cánones
que se deban pagar en las terminales de transporte, alimentación
y hospedaje, a saber, US$601,00 (seiscientos un dólares), sujeto a
liquidación, con recursos de la Promotora del Comercio Exterior de
Costa Rica (PROCOMER). El transporte terrestre en Costa Rica y en
Nicaragua también será cubierto con recursos de la Promotora. Los
gastos correspondientes a llamadas telefónicas, fotocopiado y envío
de documentos vía fax e Internet al Ministerio de Comercio Exterior
y gastos conexos por pago de equipaje, según los artículos 31 y 52
del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para funcionarios
públicos, dado que por política de algunas aerolíneas se está
cobrando por cada maleta que sea chequeada tanto a la salida como
al regreso a Costa Rica, también serán cubiertos con recursos de la
Promotora. El transporte aéreo de ida y de regreso, serán cubiertos
con recursos del Ministerio de Comercio Exterior (COMEX), por
la subpartida 10503 del programa 796. De igual manera, el seguro
médico viajero, por la subpartida 10601 del programa 796.
Artículo Tercero.—La funcionaria no hará uso de las millas
que pudieran derivarse del boleto aéreo adquirido para realizar este
viaje.
Artículo Cuarto.—Rige a partir del 29 de agosto al 02 de
setiembre de 2016.
San José, a los veinticuatro días del mes de agosto del dos mil
dieciséis.
Jhon Fonseca Ordoñez, Ministro de Comercio Exterior a. í.—
1 vez.—O. C. N° 28758.—Solicitud N° 14915.—( IN2016063199).
La Gaceta Nº 187 — Jueves 29 de setiembre del 2016
Nº 416-2016
EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 inciso
20) y 146 de la Constitución Política; artículo 25 inciso 1), 28 inciso
2) acápite b de la Ley General de la Administración Pública, Ley
N° 6227 del 2 de mayo de 1978; el artículo 8, inciso b) de la Ley
7638 del 30 de octubre de 1996, Ley de Creación del Ministerio
de Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de
Costa Rica; así como lo dispuesto en la Ley Nº 9341, publicada
en el Diario Oficial La Gaceta el 10 de diciembre de 2015, Ley
de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para
el Ejercicio Económico del 2016 y en los artículos 7, 31 y 34 del
Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios
Públicos emitido por la Contraloría General de la República, y
Considerando:
I.—Que los países que integran el istmo centroamericano
son socios comerciales estratégicos para nuestro país, ocupando
el segundo lugar en el intercambio comercial de Costa Rica. Con
el fin de potenciar los beneficios derivados de esta relación, la
agenda de política comercial se ha enfocado en la modernización y
profundización de la integración económica centroamericana. Una
parte fundamental de estas labores la constituye la consolidación
de la Unión Aduanera Centroamericana, como eje fundamental
en el proceso de consolidar la región como un bloque más fuerte
y dinámico, así como la implementación de los compromisos
regionales para el cumplimiento del Acuerdo de Asociación entre
Centroamérica y la Unión Europea (AACUE).
II.—Que de igual forma, la integración económica regional es
un elemento esencial para el AACUE y la Unión Europea, acuerdo
negociado bajo una estructura de región a región, en el que las partes
reafirman su voluntad de fortalecer y profundizar sus respectivos
procesos de integración económica regional y asumen una serie
de compromisos en ese sentido. Por ello, el grado de avance de
los países centroamericanos en su integración regional permitirá
aprovechar el AACUE de una mejor manera.
III.—Que en este contexto, del 29 de agosto al 02 de setiembre
de 2016, en la ciudad de Managua, Nicaragua se llevará a cabo la
I ronda de negociación del segundo semestre 2016 del Proceso de
Unión Aduanera Centroamericana. Lo anterior de conformidad con
el plan de acción acordado por los Ministros Responsables de la
Integración Económica Centroamericana, para el segundo semestre
2016 y como mecanismo para alcanzar una integración comercial
más profunda y sólida en la región centroamericana, así como el
cumplimiento de los compromisos regionales del Acuerdo de
Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea.
IV.—Que la participación de la señora Marcela Chavarría
Pozuelo, resulta de particular relevancia para el Ministerio de
Comercio Exterior.
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a la señora Marcela Chavarría
Pozuelo, portadora de la cédula Nº 1-0847-0321, Directora de la
Dirección General de Comercio Exterior para participar en la I
ronda de negociación del segundo semestre 2016 del Proceso de
Unión Aduanera Centroamericana que se llevará a cabo del 29
de agosto al 02 de setiembre de 2016, en la ciudad de Managua,
Nicaragua. Participará en las siguientes actividades: 1) en la
reunión de Viceministros de Integración Económica a partir de las
14:00 horas del 31 de agosto de 2016. El objetivo de la reunión de
Viceministros es analizar los diferentes temas que se incluyen en
la agenda de la reunión en cumplimiento con el plan de acción de
este semestre como son, los compromisos derivados del AACUE,
compromisos derivados del Protocolo de Incorporación de Panamá,
integración económica centroamericana, procedimientos aduaneros
y facilitación de comercio y; 2) en las reuniones del Consejo de
Ministros de Integración Económica Centroamericana, a celebrarse
el 01 de setiembre de 2016, fecha en que participará en calidad de
Asesora del señor Alexander Mora Delgado, Ministro de Comercio
Exterior. El objetivo de la reunión de Ministros es analizar los
diferentes temas que se incluyen en las agendas de estas reuniones
en cumplimiento con el plan de acción de este semestre, como son
los compromisos derivados del AACUE, compromisos derivados
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del Protocolo de Incorporación de Panamá, integración económica
centroamericana, procedimientos aduaneros y facilitación del
comercio. Por efectos de itinerario y rutas de vuelo regresa a Costa
Rica hasta el 02 de setiembre de 2016.
Artículo 2º—Cubrir los gastos de la señora Marcela Chavarría
Pozuelo, por concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban
pagar en las terminales de transporte, alimentación y hospedaje,
a saber, US$338,00 (trescientos treinta y ocho dólares), sujeto a
liquidación, con recursos de la Promotora del Comercio Exterior de
Costa Rica (PROCOMER). El transporte terrestre en Costa Rica y
en Nicaragua también será cubierto con recursos de la Promotora.
Los gastos correspondientes a llamadas telefónicas, fotocopiado y
envío de documentos vía fax e Internet al Ministerio de Comercio
Exterior y gastos conexos por pago de equipaje, según los artículos
31 y 52 del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para
funcionarios públicos, dado que por política de algunas aerolíneas
se está cobrando por cada maleta que sea chequeada tanto a la
salida como al regreso a Costa Rica, también serán cubiertos con
recursos de la Promotora. El transporte aéreo de ida y de regreso,
serán cubiertos con recursos del Ministerio de Comercio Exterior
(COMEX), por la subpartida 10503 del programa 796. De igual
manera, el seguro médico viajero, por la subpartida 10601 del
programa 796. Se le autoriza para el uso de la firma digital para la
suscripción de documentos en trámites bajo su competencia.
Artículo 3º—La funcionaria no hará uso de las millas que
pudieran derivarse del boleto aéreo adquirido para realizar este viaje.
Artículo 4º—Rige a partir del 31 de agosto al 02 de setiembre
de 2016.
San José, a los veinticuatro días del mes de agosto de dos mil
dieciséis.
Jhon Fonseca Ordóñez, Ministro de Comercio Exterior a. í.—
1 vez.—O. C. Nº 28758.—Solicitud Nº 14915.—( IN2016063201 ).
DOCUMENTOS VARIOS
GOBERNACIÓN Y POLICÍA
DIRECCIÓN NACIONAL DE DESARROLLO
DE LA COMUNIDAD
AVISO
El Registro Público de Asociaciones de Desarrollo de la
Comunidad de la Dirección Nacional de Desarrollo de la Comunidad,
hace constar: Que la Asociación de Desarrollo Integral de Sabana
Grande de Nicoya. Por medio de su representante: Sven Trankle
Sancho, cédula 5-336-990, ha hecho solicitud de inscripción de la
siguiente reforma al estatuto, Artículo N° 01, para que en adelante
se lea así:
Artículo 01: Límites
Norte: Del Cementerio de Sabana Grande- Nambí trasando
línea imaginaria hasta el Cerro Azul.
Oeste: De los Pochotes línea imaginaria hasta el Cerro Azul.
Este: De la desembocadura de la Quebrada la Chorrera el
Río Grande siguiendo el cause del río hasta el cementerio de
Sabana Grande- Nambí.
Sur: De la desembocadura de la Quebrada la Chorrera en el
Río Grande siguiendo línea imaginaria hasta los Pochotes.
Dicha reforma fue realizada en la Asamblea del 12 de junio
del 2016, folio 195 del acta 47; que se encuentra en tomo I del
expediente de la organización comunal en mención que se encuentra
en el Departamento de Registro de la Dirección Nacional de
Desarrollo de la Comunidad.
En cumplimiento de lo establecido en los artículos 17, 19 y 34
del Reglamento a la Ley 3859 “Sobre Desarrollo de la Comunidad”
que rige esta materia, se emplaza por el termino de ocho días hábiles,
a partir de la publicación de este aviso, a cualquier persona, pública
o privada y en especial a la Municipalidad, para que formulen
los reparos que estimen pertinentes a la inscripción en trámite,
manifestándolo por escrito a esta Dirección Legal y de Registro.—
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La Gaceta Nº 187 — Jueves 29 de setiembre del 2016
San José, a las diez horas treinta minutos del primero de setiembre
del dos mil dieciséis.—Departamento de Registro.—Licda. Rosibel
Cubero Paniagua, Jefa.—1 vez.—( IN2016063044 ).
EDUCACIÓN PÚBLICA
Resolución N° 2220-2016-MEP.—Consejo Nacional de
Enseñanza Superior Universitaria Privada (CONESUP), al ser las
diez horas veintiséis minutos del 29 de julio de dos mil dieciséis.
En ejercicio de las atribuciones contenidas en los artículos
1° y 2° de la Ley Nº 6693 del 27 de noviembre de 1981 y en los
artículos 2°, 3°, 4°, y 5° del Reglamento General del CONESUP Nº
29631-MEP del 18 de junio de 2001, se resuelve lo siguiente:
Resultando:
1º—El 22 de junio del 2016, la señora Olga Marta Sánchez
Oviedo, en calidad de Ministra de Planificación Nacional y
Política Económica (MIDEPLAN), mediante oficio DM-410-16
(consecutivo 1232-16) comunica que el señor Jorge Ortega Vindas,
cédula de identidad 1-1090-0948 fue designado como representante
Titular de ese Ministerio desde el 20 de junio del 2016, hasta el 20
de junio del 2018.
2º—El 22 de junio del 2016, en cumplimiento de lo dispuesto
en los artículos 11 de la Constitución Política, 1 y 2 de la Ley de
Creación del Consejo Nacional de Enseñanza Superior Universitaria
Privada (CONESUP), número 6693 del 27 de noviembre de 1981,
se procedió a juramentar al Lic. Jorge Ortega Vindas, cédula de
identidad 1-1090-0948, lo cual fue debidamente consignado en el
acta de juramentación correspondiente, por un periodo de dos años,
el cual rige desde el 20 de junio del 2016 hasta el 20 de junio del
2018.
Considerando:
I.—Que el artículo 2 de la Ley de Creación del Consejo
Nacional de Enseñanza Superior Universitaria Privada (CONESUP),
número 6693 del 27 de noviembre de 1981, señala: Artículo 2°—
El Ministerio de Educación Pública, mediante acta, juramentará
a los representantes y les dará posesión en sus cargos. Para la
integración del Consejo, requerirá a las entidades con derecho a
ello, el nombramiento de sus representantes, cuando éste proceda.
Si dentro del plazo de un mes, contado a partir de la comunicación
respectiva, no se le hubiere comunicado el nombramiento, el
Ministerio lo hará de oficio.
El Consejo, en su primera sesión, elegirá, de entre sus
miembros, un vicepresidente, quien suplirá al presidente durante
sus ausencias temporales.
II.—Que el artículo 3 del Reglamento General del Consejo
Nacional de Enseñanza Superior Universitaria Privada (CONESUP),
Decreto Ejecutivo 29631, del 18 de junio del 2001 indica: “Artículo
3°—E1 CONESUP tendrá la integración que determina el artículo
1° de su Ley Constitutiva y sus miembros deberán necesariamente
cumplir con los requisitos ahí señalados.
La designación de los miembros de las entidades y
dependencias con derecho a representación se hará conforme a
los procedimientos internos que al efecto tengan éstas, excepto el
representante del conjunto de todas las universidades privadas que
se hará conforme a lo dispuesto en el artículo siguiente.”
III.—Que de conformidad con lo razonado en el oficio LYD5828/07-2012-L de fecha 10 de julio del 2012, así emitido por la
Dirección de Leyes y Decretos, debe interpretarse que de las normas
transcritas anteriormente, se desprenden dos trámites específicos
para el nombramiento de los representantes de las instituciones
con derecho a ello ante el CONESUP. El primero de ellos es la
designación de los miembros conforme los procedimientos internos
que al efecto tenga cada entidad y dependencia (artículo 3 del
Decreto Ejecutivo 29631), y el segundo, la juramentación de los
representantes y puesta en posesión del cargo que hará el Ministerio
de Educación Pública (artículo 2 de la Ley 6693), todo lo cual según
se manifiesta en los resultandos 1 y 2 de la presente resolución, ya
fue realizado, siendo lo procedente tener por debidamente nombrado
al Lic. Jorge Ortega Vindas, cédula de identidad 1-1090-0948, como
Representante Titular del Ministerio de Planificación Nacional y
Política Económica (MIDEPLAN), ante el Consejo Nacional de
Enseñanza Superior Universitaria Privada (CONESUP), por el
plazo legal correspondiente de dos años, contabilizados a partir del
20 de junio del 2016 hasta el 20 de junio del 2018. Por tanto,
Considérese formal y válidamente nombrado al Lic.
Jorge Ortega Vindas, cédula de identidad 1-1090-0948, como
Representante Titular del Ministerio de Planificación Nacional y
Política Económica (MIDEPLAN), ante el Consejo Nacional de
Enseñanza Superior Universitaria Privada (CONESUP), por el
plazo’ legal correspondiente de dos años, contabilizados a partir del
20 de junio del 2016 hasta el 20 de junio del 2018. Publíquese.—
Dra. Sonia Marta Mora Escalante, Ministra, Presidenta del Consejo
Nacional de Enseñanza Superior Universitaria Privada.—1 vez.—O.
C. N° 28534.—Solicitud N° 19093.—( IN2016062872 ).
DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN
DE LA CALIDAD
REPOSICIÓN DE TÍTULO
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición
del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada,
Rama Académica, modalidad de Ciencias y Letras, inscrito en el
tomo 1, folio 30, título Nº 530, en el año mil novecientos ochenta
y seis, emitido por el Colegio María Auxiliadora, a nombre de
Rosabal Lizano María Gabriela, cédula Nº 1-0775-0451. Se solicita
la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se
publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada
dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los treinta días del
mes de agosto del dos mil dieciséis.—MEd. Lilliam Mora Aguilar,
Directora.—( IN2016064340 ).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición
del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada,
inscrito en el tomo 1, folio 76, asiento N° 1449, emitido por el
Colegio La Salle, en el año mil novecientos ochenta y dos, a nombre
de Hernández Cañas Luis Alberto, cédula: 1-0657-0954. Se solicita
la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se
pública este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada
dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los veintitrés
días del mes de agosto del dos mil dieciséis.—Dirección de
Gestión y Evaluación de la Calidad.—MEd. Lilliam Mora Aguilar,
Directora.—( IN2016062457 ).
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición
del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1,
folio 153, asiento N° 702, emitido por el Colegio Técnico Profesional
de Sardinal, en el año dos mil ocho, a nombre de Vallejos Espinoza
Diego Alonso, cédula: 5-0372-0521. Se solicita la reposición
del título indicado por pérdida del título original. Se publica este
edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los
quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario
Oficial La Gaceta.—San José, 9 de agosto del 2016.—Dirección de
Gestión y Evaluación de la Calidad.—MEd. Lilliam Mora Aguilar,
Directora.—( IN2016062657 ).
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de
reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito
en el tomo 1, folio 29, título N° 362, emitido por el Liceo
Experimental Bilingüe de Turrialba, en el año dos mil nueve,
a nombre de Ramírez Pérez Sofía, cédula N° 1-1533-0983. Se
solicita la reposición del título indicado por pérdida del título
original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José,
dieciocho días del mes de agosto del dos mil dieciséis.—MEd.
Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2016062702 ).
La Gaceta Nº 187 — Jueves 29 de setiembre del 2016
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Ante esta dirección se ha presentado la solicitud de
reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito
en el Tomo 1, Folio 90, Título N° 545, emitido por el Colegio
Académico de Jiménez, en el año dos mil catorce, a nombre de
Vargas Jiménez María de los Ángeles, cédula 7-0248-0213. Se
solicita la reposición del título indicado por pérdida del título
original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los
nueve días del mes de agosto del dos mil dicieséis.—Dirección de
Gestión y Evaluación de la Calidad.—Med. Lilliam Mora Aguilar,
Directora.—( IN2016063143 ).
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de
reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 1, folio 159, título N° 1605 en el año dos mil tres, emitido
por el Colegio de Limón Diurno, a nombre de Ugalde Ramírez
Gary Alberto, cédula N° 7-0197-0213. Se solicita la reposición
del título indicado por pérdida del título original. Se publica este
edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los
quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario
Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los treinta y un días del
mes de agosto del dos mil dieciséis.—MEd. Lilliam Mora Aguilar,
Directora.—( IN2016063194 ).
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición
del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1,
folio 55, título N° 211, emitido por el Colegio Técnico Profesional
de Turrubares, en el año dos mil cinco, a nombre de Yendry
Guadamuz Agüero. Se solicita la reposición del título indicado por
deterioro del título original y corrección del nombre, cuyos nombres
y apellidos correctos son: Jendry Patricia Guadamuz Agüero, cédula
N° 1-1206-0722. Se pública este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la
tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San
José, a los veintiséis días del mes de agosto del dos mil dieciséis.—
MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2016063231 ).
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición
del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada
en el Área de Ciencias, inscrito en el tomo 1, folio 40, título Nº 279,
emitido por el Liceo Nocturno de Gravilias, en el año mil novecientos
ochenta y cinco, a nombre de Mora Chacón Grethel, cédula Nº
1-0705-0753. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida
del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de
la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José,
a los ocho días del mes de setiembre del dos mil dieciséis.—MEd.
Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2016064001 ).
TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
REGISTRO DE ORGANIZACIONES SOCIALES
DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS LABORALES
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
De conformidad con la autorización extendida por la
Dirección de Asuntos Laborales, este Registro ha procedido a
la inscripción de la reforma aprobada por la organización social
denominada: Unión de Comerciantes Detallistas del Mercado
Central, siglas UCODEMEC, acordada en asamblea celebrada el 27
de abril del 2016. 59-SI. Habiéndose cumplido con lo dispuesto en
el artículo 344 del Código de Trabajo y 49 de la Ley Orgánica del
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, se procede a la inscripción
correspondiente. La reforma ha sido inscrita en los libros de registro
que al efecto lleva este Registro visible Tomo 16, Folio 232, Asiento
4910 del 26 de agosto del 2016. La reforma afecta el artículo 36
del Estatuto.—26 de agosto del 2016.—Lic. Eduardo Díaz Alemán,
Jefe.—Exonerado.—( IN2016062851 ).
Pág 9
JUSTICIA Y PAZ
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
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PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Luis Pal Hegedüs, casado una vez, cédula de identidad Nº
105580219, en calidad de apoderado especial de UPL Limited, con
domicilio en UPL House, 610 B/2, Bandra Village, Off Western
Express Highway, Bandra East, Mumbai-400 051, India, solicita la
inscripción de: PRODENCE como marca de fábrica y comercio, en
clases: 1 y 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente, en
clase 1: productos fertilizantes y químicos para uso en la agricultura,
fertilizantes multi-micro nutrientes, nutriente orgánico para el
crecimiento de plantas, aditivos químicos para fungicidas, aditivos
químicos para insecticidas, conservantes para flores, químicos para
silvicultura, fósforo. Clase 5: pesticidas, insecticidas, fungicidas,
herbicidas, vermicidas, sustancias para malar roedores, vermicidas,
preparaciones para eliminar mala hierba y destruir plagas. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el
31 de mayo del 2016. Solicitud Nº 2016-0005196. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley Nº 7978.—San José, 07 de junio del 2016.—Randall Abarca
Aguilar, Registrador.—( IN2016055888 ).
Marcas de ganado
Solicitud N° 2016-1782.—Carmen Lidia López Porras, cédula
de identidad 6-0101-1121, solicita la inscripción de:
L Z
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como marca de ganado, que usará preferentemente en Puntarenas,
Montes de Oro, San Isidro, Río Tiocinto, centro del poblado
de Río Tiocinto, 3 kilómetros norte de la Iglesia Católica de
Mesetas Abajo. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10
días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto.
Presentada el 24 de agosto del 2016, según el expediente N°
2016-1782.—San José, 31 de agosto del 2016.—Karol Claudel
Palma, Registradora.—1 vez.—( IN2016062931 ).
Solicitud N° 2016-1748.—Wilfrido Acuña Valverde, cédula
de identidad 0105420336, solicita la inscripción de:
A W
3
como marca de ganado, que usará preferentemente en San José,
Pérez Zeledón, Rivas, La Piedra, 500 metros sur de la escuela.
Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles
contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada el
19 de agosto del 2016, según el expediente N° 2016-1748.—
San José, 22 de agosto del 2016.—Viviana Segura De la O,
Registradora.—1 vez.—( IN2016063062 ).
Solicitud N° 2016-1693.—Carlos Roberto Solano Ramírez,
Cédula de identidad 0401510779, solicita la inscripción de:
T X
1
como marca de ganado, que usará preferentemente en Heredia,
Sarapiquí, Puerto Viejo, La Aldea, del cementerio 2 kilómetros
norte, calle a San Luis. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días
hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada
el 12 de agosto del 2016. Según el expediente N° 2016-1693.—Elda
Cerdas Badilla, Registradora.—1 vez.—( IN2016063115 ).
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La Gaceta Nº 187 — Jueves 29 de setiembre del 2016
Solicitud N° 2016-1743.—Etelvida Mora Garbanzo, cédula
de identidad 0102440753, solicita la inscripción de:
E C
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como marca de ganado, que usará preferentemente en Puntarenas,
Buenos Aires, Potrero Grande, 1000 metros al oeste de la escuela
de la comunidad de Changuena. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro
de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este
edicto. Presentada el 18 de agosto del 2016. Según el expediente N°
2016-1743.—San José, 31 de agosto del 2016.—Viviana Segura de
la O, Registradora.—1 vez.—( IN2016063224 ).
Solicitud N° 2016-1427.—Marcelo Castelli, pasaporte
YA2778462, en calidad de apoderado generalísimo sin límite de
suma de Complejo Turístico Palo Verde CPT Sociedad Anónima,
cédula jurídica 3-101-204629, solicita la inscripción de:
P V
3
como marca de ganado, que usará preferentemente en
Guanacaste, Bagaces, Bagaces, Farconiana, 2 kilómetros camino
a Palo Verde. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10
días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto.
Presentada el 14 de julio del 2016. Según el expediente N° 20161427.—San José, 16 de agosto del 2016.—Karol Claudel Palma,
Registradora.—1 vez.—( IN2016063242 ).
REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS
Asociaciones civiles
AVISOS
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Se hace saber a: Miguel Ángel Carrillo Flores, cédula
de identidad 1-0655-0688, en calidad de Albacea Provisional
nombrado dentro de sucesorio notarial expediente 3-2015,
nombramiento visible en certificación notarial N° 23-3 de fecha
12 de junio del 2015 emitida por el Notario Público Carlos
Alberto Vargas Chavarría, que a través del Expediente DPJ-0762016 del Registro de Personas Jurídicas se ha iniciado diligencia
administrativa de oficio por cuanto: De acuerdo al Oficio DRI-040674-2016 del 25 de agosto del 2016 suscrito por el licenciado
César Alexander Hernández Umaña, en calidad de Asesor Jurídico
del Registro Inmobiliario, mediante el cual pone en conocimiento de
este Despacho lo siguiente, se transcribe lo de importancia: “Es de
advertir que en el escrito rubricado por el Notario Vargas Chavarría
menciona que se le extravió la boleta de seguridad 1054366 serie
Q, la cual, es asociada con la presentación tomo 2016 asiento
491449. Dicha presentación corresponde a un documento anotado
en el Registro de Personas Jurídicas y versa sobre la inscripción
de un albaceazgo...”, se decreta la apertura oficiosa de esta gestión
administrativa y su tramitación de estilo, con sustento en la circular
DRPJ-011-2010 de 25 de agosto de 2010, decretada por la Dirección
del Registro de Personas Jurídicas. A efecto de proceder como en
derecho corresponde, por este medio se le confiere audiencia por
el plazo de quince días hábiles contados a partir del día siguiente
al de la tercera publicación del presente edicto, a efecto de que
dentro del plazo indicado, presente los alegatos que a sus derechos
convenga. Publíquese por 3 veces consecutivas en el Diario Oficial
La Gaceta.—Curridabat, 07 de setiembre del 2016.—Lic. Juan
Carlos Sánchez García, Asesor Jurídico.—( IN2016063221 ).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción
la Reforma del estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-087412,
denominación: Asociación de Vivienda Autogestión y Ayuda Mutua
de Curridabat. Por cuanto dicha reforma cumple con lo exigido por
la Ley N° 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15
días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para
que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo:
2016 asiento: 499794.—Dado en el Registro Nacional, a las 10 horas
25 minutos y 49 segundos, del 09 de agosto del 2016.—Lic. Luis
Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2016062911 ).
Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción
la reforma del estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002207264, denominación: Asociación de Productores La Amistad,
por cuanto dicha reforma cumple con lo exigido por la Ley Nº 218
del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a
partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule
reparos a la inscripción en trámite. Documento Tomo: 2016 Asiento:
515826.—Dado en el Registro Nacional, a las 7 horas 59 minutos y
23 segundos, del 19 de agosto del 2016.—Lic. Luis Gustavo Álvarez
Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2016062933 ).
Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción
la Reforma del estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-507601,
denominación: ASOCIACIÓN DE VECINOS DE URBANIZACIÓN
HERMOSA PALMS. Por cuanto dicha reforma cumple con lo exigido
por la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15
días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para
que formule reparos a la inscripción en trámite. Dado en el Registro
Nacional, a las 15 horas 24 minutos y 3 segundos, del 10 de junio
del 2016- Documento Tomo: 2016 Asiento: 324057.—Lic. Luis
Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2016063066 ).
El Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su
inscripción el estatuto de la entidad: Asociación de Agricultores
Orgánicos Luz del Sol, con domicilio en la provincia de:
Alajuela, Upala, cuyos fines principales entre otros son los
siguientes: promover la agricultura orgánica como un tipo de
actividad económica actual que beneficia a los consumidores con
productos libres de contaminantes. Cuyo representante será el
presidente: José Ángel Castillo Hurtado, con las facultades que
establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las
prescripciones establecidas en la Ley N° 218 del 08/08/1939 y
sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta
publicación a cualquier interesado para que formule reparos
a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2016, asiento:
430787.—Dado en el Registro Nacional, a las 14 horas 1 minuto
y 28 segundos del 5 de setiembre del 2016.—Lic. Luis Gustavo
Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2016063091 ).
Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su
inscripción el Estatuto de la entidad: Asociación de Vecinos de
Hispania-Pavas, con domicilio en la provincia de: San José-San
José, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes:
Promover actividades sociales, culturales, espirituales y
recreativas en las que puedan participar todas las personas
de la comunidad. Cuyo representante, será el presidente:
José Irigoyen Tortolero, con las facultades que establece
el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las
prescripciones establecidas en la Ley N° 218 del 08/08/1939,
y sus reformas. Se emplaza por quince días hábiles a partir
de esta publicación a cualquier interesado para que formule
reparos a la inscripción en trámite. Documento Tomo: 2016
Asiento: 169099 con adicional(es): 2016-394340.—Dado en
el Registro Nacional, a las 9 horas 15 minutos y 26 segundos,
del 3 de agosto del 2016.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez,
Director.—1 vez.—( IN2016063155 ).
El Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su
inscripción el estatuto de la entidad: Asociación Deportiva de
Taekwondo San Isidro, Pérez Zeledón, con domicilio en la provincia
de: San José, Pérez Zeledón, cuyos fines principales entre otros son
los siguientes: Fomentar la salud de sus asociados a través de la
práctica del taekwondo. Cuyo representante será el presidente: Hugo
Loaiza Martínez, con las facultades que establece el estatuto. Por
encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas
en la Ley N° 218 del 08/08/1939 y sus reformas. Se emplaza por
15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado
para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento
tomo: 2016, asiento: 140120, con adicional: 2016-499377.—Dado
en el Registro Nacional, a las 12 horas 20 minutos y 40 segundos
del 18 de agosto del 2016.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez,
Director.—1 vez.—( IN2016063186 ).
Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción
el Estatuto de la entidad: Asociación Amigos de La Fe, con domicilio
en la provincia de: San José- Pérez Zeledón, cuyos fines principales,
entre otros son los siguientes: fomentar los principios cristianos
en la zona sur de Costa Rica, propiciar espacios de reflexión sobre
las bases bíblicas teológicas del cristianismo como doctrina social
que propicia la reflexión critica y comprometida con los sectores
menos favorecidos de la sociedad, fomentar campañas misioneras a
nivel local nacional e internacional, con enfoque de inclusión social,
desarrollar actividades de formación y capacitación en áreas afines a
la fe cristiana. Cuya representante, será la presidenta: Ivannia Arias
La Gaceta Nº 187 — Jueves 29 de setiembre del 2016
Zúñiga, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse
dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº
218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles
a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule
reparos a la inscripción en trámite. Documento Tomo: 2016 Asiento:
192545 con adicional(es): 2016-388390, 2016-552665.—Dado en
el Registro Nacional, a las 14 horas 52 minutos y 33 segundos,
del 25 de agosto del 2016.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez,
Director.—1 vez.—( IN2016063188 ).
El Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su
inscripción la reforma del estatuto de la persona jurídica cédula:
3-002-297158, denominación: Asociación Administradora del
Acueducto y Alcantarillado Sanitario de Residencial Zurquí de
San Josecito de San Isidro de Heredia. Por cuanto dicha reforma
cumple con lo exigido por la Ley N° 218 del 08/08/1939 y sus
reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación
a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción
en trámite. Documento tomo: 2016, asiento: 567215.—Dado en
el Registro Nacional, a las 7 horas 56 minutos y 22 segundos del
30 de agosto del 2016.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez,
Director.—1 vez.—( IN2016063227 ).
El Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su
inscripción el estatuto de la entidad: Asociación Movimiento
Costarricense para la Defensa de los Derechos de las Personas
Afectadas por la Aplicación de Productos Químicos Asoproq, con
domicilio en la provincia de: Limón, Pococí, cuyos fines principales
entre otros son los siguientes: defensa a nivel nacional e internacional
de todas aquellas personas que en forma directa o indirecta se vieron
afectados por el producto químico denominado Nemagon, para lo cual
agruparán a los diferentes sectores de la sociedad civil, respetando
sus estructuras y objetivos propios, otorgándoles apoyo y respaldo
con miras a: promover ante la asamblea legislativa proyectos de ley
encaminados a proteger los derechos de aquellas personas afectadas
por el Nemagon. Cuyo representante será el presidente: Salvador
Mesen Mesen, con las facultades que establece el estatuto. Por
encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas
en la Ley N° 218 del 08/08/1939 y sus reformas. Se emplaza por 15
días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para
que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo:
2015, asiento: 447444, con adicional (es): 2015-545023, 2016249053.—Dado en el Registro Nacional, a las 9 horas 19 minutos y
51 segundos, del 3 de agosto del 2016.—Lic. Luis Gustavo Álvarez
Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2016063241 ).
El Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su
inscripción el estatuto de la entidad: Asociación Administradora del
Acueducto Rural y Alcantarillado Sanitario de Salitral, con domicilio
en la provincia de: San José, Aserrí, cuyos fines principales entre
otros son los siguientes: Administrar, operar, dar mantenimiento,
desarrollo y conservar en buenas condiciones el acueducto. Cuyo
representante será el presidente: Edgar Fernando De San Gerardo
Abarca Mata, con las facultades que establece el estatuto. Por
encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas
en la Ley N° 218 del 08/08/1939 y sus reformas. Se emplaza por 15
días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para
que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo:
2016, asiento: 534017.—Dado en el Registro Nacional, a las 9 horas
51 minutos y 47 segundos del 6 de setiembre del 2016.—Lic. Luis
Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2016063278 ).
Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción
el Estatuto de la entidad: Asociación Cristiana Iglesia del Nazareno
Ciudad Refugio, con domicilio en la provincia de: San José San
José, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes:
Promover la fe cristiana. proyectarse a la comunidad, dentro y
fuera del pais, con programas de bien social, predicar y enseñar
el evangelio de nuestro señor Jesucristo. Cuyo representante, será
el presidente: Raúl Alberto de San Martin Rojas Hernández, con
las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha
entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley N° 218
del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a
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partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule
reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2016
asiento: 271639.—Dado en el Registro Nacional, a las 13 horas
25 minutos y 17 segundos, del 8 de junio del 2016.—Lic. Luis
Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2016063289 ).
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Patentes de invención
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
El señor Mauricio Bonilla Robert, cédula de identidad
109030770, en calidad de apoderado especial de Nozala S.A.P.I.
de C. V., solicita el diseño industrial denominada MODELO
INDUSTRIAL DE BOLÍGRAFO. Modelo industrial de bolígrafo.
La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños
quedan depositados, la clasificación internacional de diseños
industriales es: 19-06; cuyos inventores son: Silva Rubio, Miguel
Ángel (MX) y Hernández Vázquez Ernesto (MX). Prioridad: N°
/f/2016/000379 del 05/02/2016 (MX). La solicitud correspondiente
lleva el número 2016-0000354, y fue presentada a las 13:52:00 del
5 de agosto del 2016. Cualquier interesado podrá oponerse dentro
de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso.
Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y
una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 23 de
agosto del 2016.—María Leonor Hernández Bustamante, Oficina de
Patentes.—( IN2016062281 ).
El señor Mauricio Bonilla Robert, cédula de identidad
109030770, en calidad de Apoderado Especial de Nozala, S. A.P.I.
de C.V., solicita la Patente Nacional París denominada
ARO
DE
SOPORTE
PARA
INSTRUMENTOS DE ESCRITURA EN
La
SUPERFICIES
VERTICALES.
presente invención se refiere a medios de
soporte de instrumentos de escritura en
superficies verticales como pizarrones,
rota folios u hojas de control, dichos
medios de soporte comprenden un aro
donde se inserta el instrumento de escritura
u medios de adhesión a la superficie
vertical. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la
Clasificación Internacional de Patentes es: B43L 1/00, B43L 1/02 y
B43L 27/04; cuyos inventores son Silva Rubio, Miguel Ángel (MX)
y Hernández Vázquez, Ernesto (MX). Prioridad: N°
MX/a/2016/001786 del 09/02/2016 (MX). La solicitud
correspondiente lleva el número 2016- 0000357, y fue presentada a
las 11:17:40 del 9 de agosto de 2016. Cualquier interesado podrá
oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación
de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial
La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San
José, 23 de agosto de 2016.—María Leonor Hernández B,
Registradora.—( IN2016062286 ).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
El señor Uri Weinstok Mendelewicz, cédula de identidad
108180430, en calidad de apoderado especial de Rum Creations &
Products Inc., solicita la diseño industrial denominado BOTELLA.
Diseño ornamental para una botella. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la
clasificación internacional de diseños industriales es: 09-01; cuyos
inventores son: Marco Leone (US); Lurent Hainaut (US); Javier
de la Viuda (US); Pamela Marie Penn (US); Samantha Reader
(NL) y Lucía Martín Gómez (NL). Prioridad: N° 29/553,117
del 28/01/2016 (US). Publicación Internacional: la solicitud
correspondiente lleva el número 2016-0000204, y fue presentada
a las 13:55:54 del 2 de mayo del 2016. Cualquier interesado
podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera
publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el
diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación
nacional.—San José, 2 de setiembre de 2016.—Randall Piedra
Fallas, Registrador.—( IN2016063030 ).
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La Gaceta Nº 187 — Jueves 29 de setiembre del 2016
La señora Giselle Reuben Hatounian, cédula de identidad
1010550703, en calidad de Apoderada Especial de Basf, SE, solicita la
Patente PCT denominada COMPUESTOS HETEROCÍCLICOS
DE N-ACILIMINO. La presente invención se refiere a compuestos
de N-acilimino de la Fórmula (I): en donde X es O o S, en particular,
O;m es un entero seleccionado de 0, 1, 2, 3, 4, 5 o 6; Het es un
anillo heterocíclico de 5 o 6 miembros unido a carbono o unido
a nitrógeno, W1-W2-W3-W4 representa un grupo de la cadena de
carbono conectado a N y C=N, y que así forma un heterociclo que
contiene nitrógeno saturado, insaturado o parcialmente insaturado de
5 o 6 miembros , en donde W1, W2, W3 y W4 representan, cada uno
individualmente, CRvRw, R1, R2 pueden ser hidrógeno, halógeno,
etc. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños
quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es:
A01N 43/00, C07D 401/06, C07D 405/06, C07D 405/14 y C07D
417/06; cuyos inventores son Dietz, Jochen (DE); Von Deyn,
Wolfgang; (DE); Bandur, Nina Gertrud; (DE); Pohlman, Matthias;
(DE) y Mclaughlin, Martin John; (DE). Prioridad: N° 61/879,691
del 19/09/2013 (US). Publicación Internacional: WO2015/040116.
La solicitud correspondiente lleva el número 2016-0000180, y
fue presentada a las 14:17:13 del 19 de abril de 2016. Cualquier
interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la
tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos
en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación
nacional.—San José, 26 de agosto de 2016.—Lic. Randall Piedra
Fallas, Registrador.—( IN2016063031 ).
El señor Marck Van Der Laat Robles, cédula de identidad
1011960018, en calidad de apoderado especial de Valent
Biosciences Corporation, solicita la patente PCT denominada
FORMULACIONES DE GIBERELINA CON BAJA
CANTIDAD DE PRODUCTOS QUÍMICOS ORGÁNICOS
VOLÁTILES. La invención refiere a ácido giberélico (“GA3”),
giberelina 4 (“GA4”), giberelina 4/7 (“GA4/7”) con baja cantidad
de productos químicos orgánicos volátiles o combinaciones de las
mismas, formulaciones y métodos para su uso; específicamente,
las formulaciones de la presente invención se dirigen a las
formulaciones agrícolas que incluyen de aproximadamente 1 a
aproximadamente 10% de por lo menos una giberelina seleccionada
del grupo que consiste GA3, GA4, y GA4/7, de aproximadamente
85 a aproximadamente 99% de polietilen glicol con un peso
molecular de aproximadamente 190 a aproximadamente 420, y
de aproximadamente 0.1 a aproximadamente 5% de un agente
tensoactivo no iónico o aniónico, en donde la formulación no incluye
alcohol isopropílico, y en donde los porcentajes son porcentajes en
peso de la formulación. La memoria descriptiva, reivindicaciones,
resumen y diseños quedan depositados, la clasificación internacional
de patentes es: A01N 43/12; cuyos inventores son: Devisetty, Bala,
N (US); Venburg, Gregory, D (US); Pienaar, Johan, Daniel (US)
y Fritts, Robert (US). Prioridad: N° 61/918,821 del 20/12/2013
(US). Publicación internacional: WO2015/095312. La solicitud
correspondiente lleva el número 2016-0000281, y fue presentada
a las 14:43:00 del 20 de junio de 2016. Cualquier interesado podrá
oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación
de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial
La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San
José, 12 de agosto del 2016.—María Leonor Hernández Bustamante,
Registradora.—( IN2016063077 ).
La señora(ita) Mariana Vargas Roqhuett, cédula de identidad
304260709, en calidad de apoderada especial de Albeniz Etiquetaje
Industrial S.L., solicita la Patente PCT denominada MÁQUINA
ETIQUETADORA. Máquina etiquetadora, que comprende
una serie de dispensadores de etiquetas (2), dispuestos en
columna, un aplicador de etiquetas (3) y medios de transporte
de las etiquetas desde los dispensadores (2) hasta el aplicador
(3), estando estos vídeos constituidos por un primer módulo
de transporte (4) verticalmente desplazable y un segundo
módulo de transporte (5) basculante a través de un eje vertical.
La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños
quedan depositados, la clasificación internacional de patentes
es: B65C 1/02 y B65C 9/18; cuyos inventores son: Albeniz
García-Falces, Eduardo (ES) y Lorente Roda, Josu (ES). Prioridad:
N° P201331664 del 15/11/2013 (ES). Publicación Internacional:
WO2015/071519. La solicitud correspondiente lleva el número
2016-0000219, y fue presentada a las 10:10:13 del 11 de mayo
de 2016. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres
meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese
tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en
un periódico de circulación nacional.—San José, 24 de agosto del
2016.—Randall Piedra Fallas, Registrador.—( IN2016063087 ).
La señor(a)(ita) Ana Catalina Monge Rodríguez, cédula de
identidad 108120604, en calidad de apoderada especial de Conair
Corporation, solicita la Diseño Industrial denominada
APARATO PARA ONDULAR EL
CABELLO. Aparato para ondular
el cabello cuyo distintivo es su
aspecto
original
y
detalles
ornamentales.
La
memoria
descriptiva,
reivindicaciones,
resumen
y
diseños
quedan
depositados,
la
Clasificación
Internacional
de
Diseños
Industriales es: 28-03; cuyos
inventores son: Po Kwan Yue,
Brenda (CN) y Man Siu, Kiy (CN). Prioridad: Publicación
Internacional: La solicitud correspondiente lleva el número 20160000267, y fue presentada a las 13:19:50 del 15 de junio de 2016.
Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses
siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres
días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un
periódico de circulación nacional.—San José, 10 de agosto de
2016.—Randall Piedra Fallas, Registrador.—( IN2016063174 ).
La señora(ita) Ana Catalina Monge Rodríguez, cédula de
identidad 108120604, en calidad de apoderada especial de Bayer
Pharma Aktiengesellschaft, solicita la patente PCT denominada
Benzimidazol-2-Aminas como inhibidores de midh1.la presente
invención se refiere a Benzimidazol-2-Aminas con la fórmula general
(i): donde R1, R2, R3, R4, R5, R6, R7, R8, R9, R10, R11 y R12
son por ejemplo según se los define aquí. Métodos para elaborarlos.
Compuestos intermediarios útiles su elaboración. Composiciones
y combinaciones farmacéuticas que los comprenden. Su uso en la
manufactura de composiciones farmacéuticas útiles en la profilaxis
o el tratamiento de diversas enfermedades, particularmente de los
neoplasmas, en forma de agentes individuales o en combinación
con otros ingredientes activos.. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la
clasificación internacional de patentes es: A61K 31/4184, A61P
35/00 y C07D 235/30; cuyos inventores son: Rehwinkel, Hartmut
(DE); Ring, Sven (DE); Panknin, Olaf (DE); Anlauf, Sonja
(DE); Siebeneicher, Holger (DE); Nguyen, Duy (DE); Schwede,
Wolfgang (DE); Bauser, Marcus (DE); Zimmermann, Katja (DE);
Kaulfuss, Stefan (DE); Neuhaus, Roland (DE) y Blaney, Paul
Matthew (GB). Prioridad: N° 14154680.4 del 11/02/2014 (EM) y
N° 14182002.7 del 22/08/2014 (EM). Publicación internacional:
WO2015/121210. La solicitud correspondiente lleva el número
2016-0000361, y fue presentada a las 9:28:45 del 11 de agosto
del 2016. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres
meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese
tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en
un periódico de circulación nacional.—San José, 17 de agosto del
2016.—Randall Piedra Fallas, Registrador.—( IN2016063175 ).
AMBIENTE Y ENERGÍA
DIRECCIÓN DE AGUA
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Exp. 16987A.—Albergue De Luna S. A, solicita concesión
de: 0,34 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la
captación en finca de en Jiménez (Golfito), Golfito, Puntarenas, para
uso turístico hotel - piscinas. Coordenadas 50.559 / 596.633 hoja
carate. 0,10 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando
la captación en finca de su propiedad en Jiménez (Golfito), Golfito,
La Gaceta Nº 187 — Jueves 29 de setiembre del 2016
Puntarenas, para uso turístico hotel - piscinas. Coordenadas 50.012
/ 596.068 hoja Carate. Predios inferiores: No se indican. Quienes se
consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado
a partir de la primera publicación. Dirección de Agua.—San José,
23 de febrero de 2016.—Departamento de Información.—Douglas
Alvarado Rojas, Coordinador.—( IN2016066786 )
Exp. 10459A.—Rita Iris Fuentes Méndez, solicita
concesión de: 0,06 litros por segundo del nacimiento sin nombre,
efectuando la captación en finca de su propiedad en San Pablo,
Turrubares, San José, para uso consumo humano - doméstico.
Coordenadas 210.000 / 491.100 hoja Río Grande. Quienes se
consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado
a partir de la primera publicación.—San José, 04 de febrero de
2016.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador Departamento de
Información.—( IN2016066845 ).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
ED-0715-2016. Exp. Nº 17246A.—Molicas KCA S. A.,
solicita concesión de: 1,88 litros por segundo del nacimiento sin
nombre, efectuando la captación en finca de Kircua S. A., en San
Francisco (Cartago), Cartago, Cartago, para uso agropecuario-riego.
Coordenadas: 210.980 / 542.580, hoja Istarú. Predios inferiores: no
se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo
dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San
José, 23 de agosto del 2016.—Departamento de Información.—
Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—( IN2016066817 ).
ED-0753-2016. Exp. Nº 17271P.—Víctor Manuel Pedro
Batista, María Leoni Prevaas, solicita concesión de: 1 litros por
segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo
NA-850 en finca de su propiedad en San Rafael (Poás), Poás,
Alajuela, para uso industrial-envasado de agua. Coordenadas:
230.839 / 508.564, hoja Naranjo. Quienes se consideren
lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir
de la primera publicación.—San José, 12 de setiembre del
2016.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado
Rojas, Coordinador.—( IN2016067028 ).
ED-0742-2016. Exp. Nº 17264A.—Sergio Miranda Torres,
solicita concesión de: 0.05 litros por segundo de la quebrada sin
nombre, efectuando la captación en finca de Free Town S. A., en
Sierpe, Osa, Puntarenas, para uso consumo humano y turístico.
Coordenadas: 531.470 / 958.677, hoja Sierpe. Predios inferiores: no
se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo
dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San
José, 07 de setiembre del 2016.—Departamento de Información.—
Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—( IN2016067078 ).
ED-0766-2016. Exp. Nº 17288A.—Gerardo Franci Acosta
sco Castro Villegas y Ana Lorena García Camacho, solicita
concesión de: 0.006 litros por segundo del nacimiento sin nombre,
efectuando la captación en finca de El Aliento de la Montaña S. A.,
en Concepción, San Rafael, Heredia, para uso consumo humanodoméstico. Coordenadas: 225.400 / 529.200, hoja Barva. Quienes se
consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado
a partir de la primera publicación.—San José, 21 de setiembre del
2016.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas,
Coordinador.—( IN2016067175 ).
ED-0760-2016. Exp. Nº 17282A.—La Tertulia Familiar
Dos Mil Uno Sociedad Anónima, solicita concesión de: 0.006
litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando
la captación en finca de El Aliento de la Montaña S. A., en
Concepción, San Rafael, Heredia, para uso consumo humano
doméstico. Coordenadas: 225.400 / 529.200, hoja Barva.
Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del
mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 20 de
setiembre del 2016.—Departamento de Información.—Douglas
Alvarado Rojas, Coordinador.—( IN2016067178 ).
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ED-0739-2016.—Exp. N° 17262-A.—Punta Carbonera
Sociedad Anónima, solicita concesión de: 1,08 litros por segundo de
la Quebrada Carbonera, efectuando la captación en finca de Lapa Río
S. A. en Jiménez (Golfito), Golfito, Puntarenas, para uso turístico.
Coordenadas 261.689 / 539.961 hoja Carate. Predios inferiores: No
se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo
dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San
José, 5 de setiembre del 2016.—Departamento de Información.—
Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—( IN2016067379 ).
ED-0733-2016.—Exp. 17231-P.—Inversiones Misabueso
Sociedad Anónima, solicita concesión de: 0.05 litros por segundo
del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo DM-92
en finca de su propiedad en Savegre, Aguirre, Puntarenas, para uso
consumo humano. Coordenadas 255.770 / 434.815 hoja Dominical.
Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del
mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 1° de
setiembre del 2016.—Departamento de Información.—Douglas
Alvarado Rojas, Coordinador.—( IN2016067417 ).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
ED-0752-2016.—Exp. N° 17267P.—Condominio Horizontal
Residencial Turístico y Comercial de Fincas Filiales Primarias
Individualizadas Monte del Barco, solicita concesión de: 70 litros
por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del
pozo CN-672 en finca de su propiedad en Sardinal, Carrillo,
Guanacaste, para uso Autoabastecimiento en Condominio,
Agropecuario Abrevadero, Riego y Turístico Hotel-PiscinaRestaurante. Coordenadas 287.044 / 360.705 hoja Carrillo Norte. 70
litros por segundo del efectuando la captación por medio del pozo
CN-674 en finca de su propiedad en Sardinal, Carrillo, Guanacaste,
para uso autoabastecimiento en Condominio, Agropecuario
Abrevadero, Riego y Turístico Hotel-Piscina-Restaurante. Quienes
se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado
a partir de la primera publicación.—San José, 12 de setiembre del
2016.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas,
Coordinador.—( IN2016067485 ).
ED-0736-2016.—Exp. N° 11352A.—Jorge Mario Vargas
Herrera, solicita concesión de: 0.5 litros por segundo del nacimiento
sin nombre, efectuando la captación en finca de Jorge López Ocampo
en Sabana Redonda, Poás, Alajuela, para uso AgropecuarioAbrevadero y Consumo Humano-Doméstico. Coordenadas 233.200
/ 513.400 hoja Barva. Predios inferiores: No se indican. Quienes se
consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado
a partir de la primera publicación.—San José, 02 de setiembre del
2016.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas,
Coordinador.—( IN2016067505 ).
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
EDICTOS
Registro civil-Departamento civil
SECCIÓN DE ACTOS JURÍDICOS
Se hace saber que este Registro Civil en diligencias de ocurso
incoadas por Judith Waleska Castillo Castillo, ha dictado una
resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 262-2014.
Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos.
San José, a las quince horas treinta minutos del veintitrés de enero
del dos mil catorce. Exp. N° 51419-2013. Resultando 1º—..., 2º—...
Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Sobre el fondo:... Por
tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Allison Priscilla
Vindas Castillo, en el sentido que el nombre y los apellidos de la
madre... son “Judith Waleska Castillo Castillo”.—Lic. Rodrigo
Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes
Molina, Jefe.—1 vez.—( IN2016062942 ).
Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por
Scarleth Guadalupe López López, se ha dictado la resolución N°
4688-2016, que en lo conducente dice: Registro Civil, Departamento
Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las nueve horas y
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La Gaceta Nº 187 — Jueves 29 de setiembre del 2016
veintinueve minutos del veinticinco de agosto de dos mil dieciséis.
Exp. N° 49181-2015. Resultando 1°—... 2°—... Considerando: I.—
Hechos probados:... II.—Sobre el fondo:... Por tanto: rectifíquese
el asiento de nacimiento de Logan Alexander Méndez López, en
el sentido que el nombre de la madre es Scarleth Guadalupe.—Lic.
Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Licda.
Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2016063149 ).
Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por
Carmen Villachica Matamoros, se ha dictado la resolución N° 36922016, que en lo conducente dice: Registro Civil, Departamento Civil,
Sección de Actos Jurídicos. San José, a las trece horas del veintidós
de junio de dos mil dieciséis. Exp. N° 17251-2016. Resultando
1º—... 2º—… Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Sobre el
fondo:... Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Gipsy
Fiorella Zeas Viachica, en el sentido que el nombre y los apellidos
de la madre son Carmen María Villachica Matamoro.—Lic. Luis
Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Licda. Irene
Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2016063152 ).
Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Sandra
del Socorro Méndez no indica segundo apellido, se ha dictado la
resolución N° 3926-2016, que en lo conducente dice: Registro Civil,
Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las
ocho horas treinta minutos del once de julio de dos mil dieciséis.
Exp. N° 37436-2012. Resultando 1º—... 2º—... Considerando: I.—
Hechos Probados:... II.—Sobre el fondo:... Por tanto: Rectifíquense
los asientos de nacimiento de Jipsy Dayana Castellón Méndez, en
el sentido que el apellido del padre, el nombre y el apellido de
la madre son Castellón no indica segundo apellido y Sandra del
Socorro Méndez no indica segundo apellido, respectivamente y
de Angie Valeska Castellón Méndez en el sentido, que el nombre
del padre y el apellido de la madre son Bismark y Méndez no
indica segundo apellido, respectivamente.—Lic. Luis Guillermo
Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Lic. lrene Montanaro
Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2016063207 ).
Se hace saber que este Registro, en diligencias de ocurso
incoadas por Dominga Hernández no indica segundo apellido, ha
dictado la resolución N° 2692-2016, que en lo conducente dice:
Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos.
San José, a las once horas del dos de mayo de dos mil dieciséis.
Exp. N° 14374-2016. Resultando 1°—... 2°— Considerando: I.—
Hechos probados: ... II.—Sobre el fondo: ... Por tanto: rectifíquense
los asientos de nacimiento de Laura Jaquelines Morales Hernández,
de José David Morales Hernández, Gladis Paulina Araya Hernández
y de Maidelyn Guadalupe Araya Hernández, en el sentido que el
apellido de la madre es Hernández no indica segundo apellido.—
Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Lic.
Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—( IN2016063279 ).
AVISOS
Registro Civil - Departamento Civil
SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES
Avisos de solicitud de naturalización
Francisco Roberto Sequeira Medina, mayor, soltero,
administrador, salvadoreño, cédula de residencia N° 122200349923,
vecino de San José, Santa Ana, ha presentado solicitud para obtener
la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y
Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan
reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los
presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez
días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp.1327712014.—San José, 09 de agosto del 2016.—German Alberto Rojas
Flores, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2016062350 ).
José Bonifacio Rivas Rivas, mayor, soltero, supervisor de cajas,
nicaragüense, cédula de residencia N° DI 155814909619, vecino de
Barrio Corazón de Jesús, en Escazú, 150 oeste del Club Campestre Monte
Clib, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense
ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil.
Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha
solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del
término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso.
Exp.138417-2015.—San José, 1° de junio del 2016.—Vinicio Mora
Mora, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2016062990 ).
Jacqueline del Socorro Cruz Sáenz, mayor, soltera, operaria de
empacado, nicaragüense, cédula de residencia N° 155802175826,
vecina de Alajuela, Río Segundo, 600 norte del Supermercado
Santiago, casa de alto esquinera color azul, ha presentado solicitud
para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de
Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a
quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud,
para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término
de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp.
N° 671-2016.—San José, 9 de agosto del 2016.—German Alberto
Rojas Flores, Jefe a í.—1 vez.—( IN2016063051 ).
Santiago Gómez Cubillo, mayor, casado, mecánico
automotriz, nicaragüense, cédula de residencia N° 155813545314,
vecino de San Rafael Abajo, Desamparados, San José, Valencia,
400 norte de Mini Súper Velencia, ha presentado solicitud
para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de
Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a
quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud,
para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del
término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este
aviso. Exp.753-2016.—San José, 9 de agosto del 2016.—German
Alberto Rojas Flores, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2016063086 ).
Holmer Javier Ortiz Ubeda, mayor, soltero, estudiante,
nicaragüense, cédula de residencia N° DI 155807280515,
vecino de Limón, Centro, Bella Vista; 25 este, de Taller Chivi,
apartamento color verde, ha presentado solicitud para obtener
la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y
Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan
reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los
presenten por escrito a este registro, dentro del término de diez
días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. N°
137729-2015.—San José, 06 de setiembre del 2016.—German
Alberto Rojas Flores, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2016063126 ).
Juan Carlos Solano Potosme, mayor, soltero, técnico de
electrónica, nicaragüense, cédula de residencia N° 155808663611,
vecino de Heredia, San Pedro de Barva, ha presentado solicitud
para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de
Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a
quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud,
para que los presenten por escrito a este registro, dentro del
término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este
aviso. Exp. N° 136865-2015.—San José, 6 de abril del 2016.—
Vinicio Mora Mora, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2016063134 ).
CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
MODIFICACIONES A LOS PROGRAMAS
GOBERNACIÓN Y POLICÍA
JUNTA ADMINISTRATIVA DE LA DIRECCIÓN GENERAL
DE MIGRACIÓN Y EXTRANJERÍA
III Modificación al Plan de Compras
Periodo 2016 Setiembre
La Gestión de Proveeduría informa a todos los interesados que
la III Modificación al Plan de Compras correspondiente al periodo
2016, se encuentra disponible en el Sistema Merk-Link/SICOP, en
la dirección www.merk-link.co.cr de Internet.
San José, 19 de setiembre del 2016.—Proveeduría
Institucional.—MBA. Erika García Díaz, Gestora.—1 vez.—O. C.
N° 3400026841.—Solicitud N° 66241.—( IN2016067783 ).
La Gaceta Nº 187 — Jueves 29 de setiembre del 2016
SEGURIDAD PÚBLICA
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
MODIFICACIÓN PLAN ANUAL DE ADQUISICIONES 2016
La Dirección de Proveeduría Institucional les informa a todos
los interesados que a partir de esta fecha se ha publicado Modificación
al Plan Anual de Adquisiciones del Ministerio de Seguridad Pública
correspondiente al siguiente programa presupuestario 09003
SEGURIDAD CIUDADANA, el cual se encuentra a su disposición
en la dirección electrónica www.hacienda.go.cr, en el link de
COMPRARED, así como en la dirección electrónica www.sicop.
go.cr.
San José, 23 de setiembre del 2016.—Dirección de Proveeduría
Institucional.—Lic. Mario Umaña Mora, Director.—1 vez.—O. C.
N° 3400026692.—Solicitud N° 66166.—( IN2016067582 ).
OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
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SUBÁREA PROGRAMACIÓN DE BIENES Y SERVICIOS
Addendum Plan Anual de Compras 2016
Área Gestión de Medicamentos-PEC.—Lic. Jorge Arturo
González Cuadra, Jefe.—1 vez.—O. C. N° 1147.—Solicitud N°
6484.—( IN2016067648 ).
LICITACIONES
INVITACIÓN A PRESENTAR EXPRESIONES DE INTERÉS
SERVICIOS DE CONSULTORÍA PARA REALIZAR EL
APOYO A LA SUPERVISIÓN DE MEJORAMIENTO
DE LA RUTA NACIONAL N° 160: SECCIÓN PLAYA NARANJO - PAQUERA, LONGITUD 22,5 KM.
Institución: Ministerio de Obras Públicas y Transportes
País: Costa Rica
Proyecto: Programa de Infraestructura de Transporte
Sector: Transporte
Préstamo N°/ 3071/OC-CR y n.° 3072/CH-CR.
Proyecto N°/ CR-L1032
Fecha límite de entrega: 14 de octubre 2016
El Gobierno de la República de Costa Rica ha recibido financiamiento del Banco Interamericano de Desarrollo, y se propone utilizar
parte de los fondos para efectuar los servicios de apoyo a la supervisión del proyecto mencionado anteriormente. El propósito es seleccionar
una firma consultora que proporcione el personal especializado, con la experiencia necesaria para realizar las labores de supervisión y
que suministre todos los recursos necesarios para llevar a cabo los controles técnicos, mediciones de cantidades de obra, levantamientos
y controles topográficos, verificación del cumplimiento del plan de gestión de la calidad enfatizando en la verificación de la calidad de la
obra, comprobación del cumplimiento de las obligaciones ambientales, durante el periodo de ejecución del contrato de construcción de las
obras, comprobación del plan de seguridad y salud ocupacional entre otros.
El Ministerio de Obras Públicas y Transportes de Costa Rica, invita a firmas consultoras provenientes de países elegibles para el
Banco Interamericano de Desarrollo (BID) a expresar su interés en prestar los servicios de consultoría, que posean experiencia profesional
especializada en la Supervisión de la construcción de obras viales de al menos 10 años, obtenida esta experiencia en forma efectiva
durante el periodo 2006 al 2016, tomando como referencia la fecha cierre de esta expresión de interés. Las firmas consultoras interesadas
deberán proporcionar información que indique que están calificadas para suministrar los servicios (descripción de trabajos de supervisión
de obras viales, indicación de características básicas de los proyectos supervisados (monto, longitud, plazo), hojas de vida empresarial,
disponibilidad de personal que tenga los conocimientos pertinentes, certificación en sistemas de calidad que posea la firma, entre otros).
Para presentar la información de la experiencia deberán completar el siguiente cuadro:
Nº
Nombre del proyecto
realizado
Organismo contratante
País donde se realizó
Duración exacta meses o años,
fecha de inicio fecha de fin
Monto del Contrato (US$)
Monto de las obras
supervisadas (US$)
1
…
…
…
….
2
…
…
…
…
3
…
…
…
…
Completar según sea necesario. Para comparar y valorar las experiencias se considerarán sólo las realizadas en los últimos diez años
(2006-2016).
Las firmas consultoras serán seleccionadas conforme a los procedimientos indicados en las Políticas para la Selección y Contratación
de Consultores financiados por el Banco Interamericano de Desarrollo GN-2350-9, y podrán participar en ella todos los concursantes de
países de origen que sean elegibles, según se especifica en dichas políticas. El objetivo es conformar una lista corta, en esta lista se incluirán
seis firmas con una amplia representación geográfica; no más de dos firmas podrán pertenecer al mismo país. Las firmas consultoras
serán seleccionadas con base en el método de Selección Basada en la Calidad y el Costo (SBCC), descrito en las Políticas del BID para
contratación de servicios de Consultoría. Las firmas consultoras se podrán asociar con otras firmas en forma de asociación en participación
(Joint Venture) o subcontratistas con el fin de mejorar sus calificaciones, en este caso deberán indicar cuál es la empresa líder. A los efectos
de establecer la lista corta, la nacionalidad de la firma será la del país en que se encuentre legalmente constituida o incorporada y en el
caso de asociación en participación, será la nacionalidad de la firma que se designe como representante. Los interesados deberán indicar el
país de nacionalidad de la firma. Las firmas consultoras interesadas pueden obtener información, mediante consultas al correo electrónico:
[email protected]. Las expresiones de interés y toda la información de las firmas interesadas deberán confeccionarse en idioma
español. La información puede ser presentada y registrada en la dirección mencionada abajo, a más tardar hasta las 18:00 horas del día 14
de octubre 2016 (hora local Costa Rica), mediante correo ordinario, courier o correo electrónico. La información recibida después de esa
hora y fecha no será considerada.
Atención: Programa de Infraestructura de Transporte.
Dirección: San José, Piso 8 de la Torre Mercedes, Paseo Colón, oficina de la Unidad Ejecutora INECO&ACCIONA, ubicada en
Costa Rica. Teléfono: (506) 4020-4800. E-mail: [email protected].
Carlos Luis Villalta Villegas.—1 vez.—( IN2016067775 ).
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La Gaceta Nº 187 — Jueves 29 de setiembre del 2016
CULTURA Y JUVENTUD
INSTITUTO DE DESARROLLO RURAL
TEATRO NACIONAL
CONTRATACIÓN DIRECTA
Aplicación del recubrimiento para protección pasiva contra
fuego para el Teatro Nacional de Costa Rica
La Proveeduría Institucional del Teatro Nacional de Costa
Rica, invita a participar a los interesados en el presente concurso,
para lo cual, se le informa que la apertura de las ofertas se realizará
el 07 de octubre del 2016, a las 11:00 a.m., así mismo se indica que
se realizará una visita al sitio el día 30 de setiembre a las 9:00 a.m.
Las especificaciones cartelarias pueden ser accesadas por medio del
Sistema de Compras Públicas SICOP del Ministerio de Hacienda.
San José, 23 de setiembre del 2016.—Proveeduría
Institucional.—Magister
Adriana
Quesada
Chavarría,
Proveedora.—1 vez.—O. C. N° CD-227-09-20.—Solicitud N°
66102.—( IN2016067432 ).
El Instituto de Desarrollo Rural comunica la apertura del
siguiente proceso:
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2016LA-000027-01
Compra de terreno para construcción de la Oficina
Subregional en Turrialba
Fecha y hora de recepción de ofertas: Viernes, 21 de octubre
2016, a las 14:00 horas (2:00 p.m.).
El cartel está a disposición a partir de su publicación en el
Diario Oficial La Gaceta, puede retirarse personalmente en nuestras
Oficinas Centrales, ubicadas en San José, San Vicente de Moravia,
del antiguo Colegio Lincoln; 200 metros al oeste, 100 metros al sur
y 250 metros al oeste, Área de Contratación y Suministros, Planta
alta del Edificio B, en horario de 8:00 horas hasta las 16:00 horas;
el cartel no tiene costo. Puede descargarse de la página Web del
INDER www.inder.go.cr menú de Contrataciones Administrativas,
Carteles, Área de Contratación y Suministros, o puede solicitarse
enviando un correo electrónico a la dirección [email protected]
sin embargo la legalidad de las ofertas está condicionada a que se
ajusten al cartel en forma digital original que posee el INDER,
del cual se tiene impresión adjunta en el expediente del proceso
licitatorio para fines de verificación y evaluación de ofertas.
Área de Contratación y Suministros.—Licda. Karen Valverde
Soto.—1 vez.—( IN2016067555 ).
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
HOSPITAL SAN RAFAEL DE ALAJUELA
LICITACIÓN PÚBLICA N° 2016LN-000001-2205
Frutas, verduras y legumbres
Se informa a los interesados que está disponible el cartel
correspondiente a la Licitación Pública N° 2016LN-000001-2205,
para la adquisición de frutas, verduras y legumbres, su apertura se
realizara el día 21 de octubre del 2016 a las 9:00 a. m.; ver detalles y
más información en www.ccss.sa.cr, o venir a retirar el cartel físico
al Área de Contratación Administrativa.
Alajuela, 22 de setiembre del 2016.—Dirección General.—
Dra. Marcela Leandro Ulloa.—1 vez.—( IN2016067560 ).
ÁREA DE GESTIÓN DE BIENES Y SERVICIOS
El Hospital San Vito, comunica que se encuentra a disposición
de los interesados, el cartel para la Licitación Abreviada 2016LA000002-2705, para la compra del “Suministro Continuo según
Demanda de Gases Medicinales e Industriales para el Hospital San
Vito”; para mayor información ingresar al Link: http://www.ccss.
sa.cr/licitaciones_detalle?up=2705&tipo=LA de la página.
La apertura será el próximo 13 de octubre del 2016 al ser las
10:00 horas”
Lic. Pedro Castillo Espinoza, Jefe.—1 vez.—( IN2016067736 ).
HOSPITAL DR. RAFAEL A. CALDERON GUARDIA
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2016LA-000044-2101
DASATINIB 100MG Comprimidos
Se informa a los interesados a participar en la Licitación
Abreviada N° 2016LA-000044-2101, por concepto de DASATINIB
100MG Comprimidos, que la fecha de apertura de las ofertas es para
el día 21 de octubre del 2016, a las 10:00 a.m. El cartel se puede
adquirir en la Administración del Hospital, por un costo de ¢500.
Vea detalles en http://www.ccss.sacr.
San José, 27 de setiembre del 2016.—Subárea de Contratación
Administrativa.—Lic. Glen Aguilar Solano, Coordinador.—
1 vez.—( IN2016067763 ).
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS
Y ALCANTARILLADOS
LICITACIÓN ABREVIADA 2016LA-000038-PRI (Convocatoria)
Construcción y mejoras para el acueducto de Golfito
El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados
(AyA), cédula jurídica N° 4-000-042138, comunica que se recibirán
ofertas hasta las 9:00 horas del 26 de octubre del 2016, para la
“Construcción y Mejoras para el Acueducto de Golfito”.
El archivo que conforma el cartel podrá accesarse en la página
www.aya.go.cr, o bien adquirirse previo pago de ¢500,00, en la
Dirección de Proveeduría de AyA, sita en el del módulo C, piso 3
del edificio sede del AyA en Pavas.
Dirección
de
Proveeduría.—Licda.
Jeniffer
Fernández Guillén.—1 vez.—O. C. N° 6000001412.—
Solicitud N° 66371.—( IN2016067692 ).
El Instituto de Desarrollo Rural comunica la apertura del
siguiente proceso:
LICITACIÓN ABREVIADA 2016LA-000026-01
Adquisición de plantas e insumos para la siembra de café
y cacao en territorios de la subregión de Turrialba
Fecha y hora de recepción de ofertas: viernes 21 de octubre
del 2016, a las 10:00 horas (10:00 a. m.).
El cartel está a disposición a partir de su publicación en el
Diario Oficial La Gaceta, puede retirarse personalmente en nuestras
oficinas centrales, ubicadas en San José, San Vicente de Moravia, del
antiguo Colegio Lincoln, 200 metros al oeste, 100 metros al sur y 250
metros al oeste, Área de Contratación y Suministros, planta alta del
Edificio B, en horario de 8:00 horas hasta las 16:00 horas; el cartel
no tiene costo. Puede descargarse de la página web del Inder www.
inder.go.cr menú de CONTRATACIONES ADMINISTRATIVAS,
CARTELES, AREA DE CONTRATACIÓN Y SUMINISTROS,
o puede solicitarse enviando un correo electrónico a la dirección
[email protected], sin embargo la legalidad de las ofertas está
condicionada a que se ajusten al cartel en forma digital original que
posee el Inder, del cual se tiene impresión adjunta en el expediente
del proceso licitatorio para fines de verificación y evaluación de
ofertas.
Área de Contratación y Suministros.—Licda. Karen Valverde
Soto.—1 vez.—( IN2016067556 ).
El Instituto de Desarrollo Rural comunica la APERTURA del
siguiente proceso:
CONTRATACIÓN DIRECTA 2016CD-000060-01
Adquisición de equipo de cómputo y audiovisual
para oficinas varias del Inder
Fecha y hora de recepción de ofertas: Jueves 06 de octubre del
2016, a las 10:00 horas.
El cartel está a disposición a partir de su publicación en el
Diario Oficial La Gaceta, puede retirarse personalmente en nuestras
Oficinas Centrales, ubicadas en San José, San Vicente de Moravia,
del antiguo Colegio Lincoln 200 metros al oeste, 100 metros al sur
y 250 metros al oeste, Área de Contratación y Suministros, Planta
alta del Edificio B, en horario de 8:00 horas hasta las 16:00 horas;
el cartel no tiene costo. Puede descargarse de la página web del
Inder www.inder.go.cr, en el apartado Contratación Administrativa,
Carteles, unidad de Compra: 01, o bien solicitarlo correo electrónico
a la dirección [email protected] sin embargo la legalidad de las
La Gaceta Nº 187 — Jueves 29 de setiembre del 2016
ofertas está condicionada a que se ajusten al cartel en forma digital
original que posee el Inder, del cual se tiene impresión adjunta en
el expediente del proceso licitatorio para fines de verificación y
evaluación de ofertas.
Área de Contratación y Suministros.—Licda. Karen Valverde
Soto.—1 vez.—( IN2016067557 ).
INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE
PROCESO DE ADQUISICIONES
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2016LA-000022-01
Servicios de un Profesional de la Salud
en la Especialidad de Urología
El Proceso de Adquisiciones de la Sede Central del Instituto
Nacional de Aprendizaje, estará recibiendo ofertas por escrito hasta
las 08:00 horas del 21 de octubre del 2016. Los interesados podrán
retirar el pliego de condiciones el cual es gratuito, en el Proceso de
Adquisiciones, sita La Uruca, 2.5 kilómetros al oeste, del Hospital
México, o bien ver la página Web del INA, dirección http://infoweb.
ina.ac.cr/consultacarteles.
Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan
Altamirano Díaz, Jefe.—1 vez.—O. C. N° 24626.—
Solicitud N° 66341.—( IN2016067441 ).
COMPRA DIRECTA N° 2016CD-000149-07
Equipo de refrigeración comercial
El Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional Pacífico
Central del Instituto Nacional de Aprendizaje estará recibiendo
ofertas por escrito hasta las 9:00 horas del 06 de octubre del 2016.
Los interesados podrán retirar el pliego de condiciones el cual
es gratuito, en el Proceso de Adquisiciones, sita en Barranca de
Puntarenas; 200 metros al norte, de la entrada principal de la fábrica
INOLASA, o bien ver la página web del INA, dirección http://
infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.
Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan
Altamirano Díaz, Jefe.—1 vez.—O. C. N° 24626.—
Solicitud N° 66339.—( IN2016067445 ).
AVISOS
BCR OPERADORA DE PLANES DE PENSIONES S. A.
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2016LA-000004-12
Contratación de servicios profesionales para realizar
desarrollos evolutivos en el módulo de tesorería
y presupuesto de BCR Pensiones S. A.
Se informa a los interesados en la licitación en referencia, que
el BCR Pensiones S. A., recibirá ofertas por escrito hasta las once
horas con treinta minutos (11:30 a.m.) del 10 de octubre del 2016,
las cuales deben ser depositadas en el buzón ubicado en la Oficina
de Contratación Administrativa, en el tercer piso Oficinas Centrales
del BCR, entre avenida central y segunda, calles 4 y 6.
El cartel que incluye las especificaciones técnicas y condiciones
generales, lo pueden retirar en esa misma oficina, en un horario de
9:00 a.m. a 3:00 p.m. Además, pueden obtenerlo ingresando a la
página electrónica del Banco de Costa Rica, www.bancobcr.com
San José, 26 de octubre del 2016.—Oficina Compras y
Pagos.—Rodrigo Aguilar Solórzano, Supervisor.—1 vez.—O. C.
N° 65540.—Solicitud N° 66311.—( IN2016067430 ).
JUNTA DE EDUCACIÓN ESCUELA JULIA
FERNÁNDEZ RODRÍGUEZ
La Junta de Educación de la Escuela Julia Fernández
Rodríguez, perteneciente al Circuito Educativo 04 de la Dirección
Regional Educativa de Alajuela, sita en el distrito San Rafael, cantón
Alajuela, provincia Alajuela; costado norte, de la plaza de deportes,
bajo la personería jurídica 3-008114674 debidamente acreditada,
según el Reglamento General de Juntas de Educación y Juntas
Administrativas vigente, en su sesión ordinaria número 183-2016
celebrada al ser las 13:00 horas, del día 13 del mes setiembre del
2016, en su artículo 5 y con fundamento en los términos y alcances
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de la Ley de Contratación Administrativa su reglamento vigente y
sus reformas y modificaciones, Ley General de la administración
pública, Ley de Control Interno, Código de la Niñez y la
Adolescencia y Normas Supletorias, procede a invitar a los posibles
interesados a participar en los siguientes procesos de contratación
abreviada que se impulsan para suplir las necesidades existentes de
estos productos a fin de brindar el servicio de alimentación a los
niños y las niñas del Centro Educativo Julia Fernández Rodríguez,
por el periodo del curso lectivo de los años 2017-2018-2019-2020.
Estas contrataciones se ejecutarán bajo la modalidad de entrega
según demanda y quedan sujetas a disponibilidad presupuestaria.
Los carteles de contratación en mención, pueden ser retirados
en las oficinas administrativas, del centro educativo, previa
cancelación de diez mil colones, por cada uno de ellos en la cuenta
100-1-0020014679-9 del Banco Nacional de Costa Rica, a nombre
de la Junta de Educación. Información a la dirección del correo
electrónico [email protected]
San Rafael de Alajuela, 13 días del mes setiembre del 2016.—
Junta de Educación.—Guiselle Sanabria Jiménez, Presidenta.—
1 vez.—( IN2016067546 ).
JUNTA ADMINISTRATIVA I.E.G.B
REPÚBLICA DE PANAMÁ
LICITACIÓN PÚBLICA N° 0001-2016
Proveedor de alimentos para el comedor escolar curso lectivo 2017
Se invita a participar licitación pública para proveedor
alimentos al comedor escolar del I.E.G.B República de Panamá
para el curso lectivo 2017. El cartel lo puede adquirir en el Centro
Educativo a partir del 28 de setiembre del 2016 en el horario de 8:00
am a 4:00 pm. Las ofertas se recibirán durante quince días hábiles
a partir del 28 de setiembre en el horario de 8:00 a. m. hasta 4:00 p.
m. en la dirección del Centro Educativo.
Firma ilegible.—1 vez.—( IN2016067578 ).
JUNTA DE EDUCACIÓN ESCUELA ULLOA
LICITACIÓN PÚBLICA N° EU-001-2017
Contratación de proveedor de alimentos para el comedor
Escolar Ulloa para el curso lectivo 2017
Se hace conocimiento el proceso de Licitación Pública N°
EU-001-2017, “Contratación de proveedor de alimentos para el
comedor escolar ulloa para el curso lectivo 2017”.
La Junta de Educación Escuela Ulloa, (ubicada contigua a la
Iglesia Católica, Barreal de Heredia), cédula jurídica 3-008-151890,
tiene el agrado de invitarle a participar en la Licitación Pública
N° EU-001-2017, “Contratación de proveedor de alimentos para
el comedor escolar Escuela Ulloa para el curso lectivo 2017” el
cronograma será el siguiente:
Comunicado a los oferentes (invitación) y entrega de carteles:
03 de octubre del 2016 en un horario de 8:00 a. m. a 3:00 p. m.
recepción de ofertas: 24 de octubre del 2016. Apertura de ofertas: 24
de octubre del 2016. Adjudicación de ofertas: 14 de noviembre del
2016. Objeciones: del 15 al 17 de noviembre del 2016. Ratificación
del contrato: 22 al 28 de noviembre del 2016. Firma del contrato: 28
de noviembre del 2016.
El costo del cartel es de ¢30.000, depositarlo a la cuenta 10001-004-010166-3 del Banco Nacional, favor presentar el depósito
del Banco para retirar el cartel.
Las ofertas se entregarán el 17 de octubre del 2016 hasta las
14 horas, en la secretaría de la institución ubicada en el Edificio de
la Escuela Ulloa, contiguo a la iglesia Católica, Barreal de Heredia.
Cualquier consulta la puede realizar a la siguiente dirección
electrónica [email protected]. y a los teléfonos 22390994.
Cintya E. Rodríguez Naranjo, Presidenta.—1 vez.—
( IN2016067767 ).
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La Gaceta Nº 187 — Jueves 29 de setiembre del 2016
MUNICIPALIDADES
MUNICIPALIDAD DE SANTA ANA
LICITACIÓN PÚBLICA N° 2016LP-000004-01
Adquisición de camiones recolectores de desechos sólidos
nuevos, modelo 2017, para 13.000 KG de carga útil
La Municipalidad de Santa Ana invita a los potenciales
oferentes a participar en este proceso de contratación administrativa.
La documentación para esta licitación podrá obtenerse en el
Departamento de Proveeduría de la Municipalidad de Santa Ana,
ubicada de la esquina noroeste de la iglesia, 50 metros norte, Santa
Ana Centro, a partir del día 15 de julio del 2016, en el horario de
lunes a jueves de 2:30 a 4:30 pm, solicitarlo al correo proveeduría@
santaana.go.cr o en la página web, www.santaana.go.cr sección
transparencia, procesos de compra. Si lo adquieren por medio de
la página web favor informarlo a proveeduría, para poder tener el
registro correspondiente.
La Apertura se realizará el día lunes 31 de octubre de 2016 a
las 10:00 horas en la Municipalidad de Santa Ana.
Karla Guerrero Mora, Encargada de Licitaciones.—
1 vez.—( IN2016067549 ).
MUNICIPALIDAD DE PUNTARENAS
LICITACIÓN ABREVIADA 2016LA-000003-01
Adquisición de equipo y maquinaria utilizados para la limpieza
de la playa del cantón Central de Puntarenas” (Tractor
agrícola,
vagonetas de volquete de carga liviana, triturador de madera)
La Municipalidad de Puntarenas invita a los potenciales
oferentes, a participar en el proceso de licitación que seguidamente
se detalla, para que retiren el cartel, que estará disponible en el
Departamento de Proveeduría, a partir de esta publicación.
ØLicitación Abreviada 2016LA-000003-01 “Adquisición de
equipo y maquinaria utilizados para la limpieza de la playa del
Cantón Central de Puntarenas” (Tractor agrícola, vagonetas
de volquete de carga liviana, triturador de madera).
Límite de recepción de ofertas: Hasta las 10:00 horas del 10
de octubre de 2016.
Para mayor información al teléfono 2661-2104 de la
Proveeduría Municipal.
Puntarenas, 23 de setiembre del 2016.—Lic. Luis Edward
Rojas Barrantes, Proveedor Municipal.—1 vez.—( IN2016067617 ).
ADJUDICACIONES
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
GERENCIA DE LOGÍSTICA
ÁREA DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS
SUBÁREA DE REACTIVOS Y OTROS
LICITACIÓN PÚBLICA 2015LN-000022-05101
Pruebas para la determinación de hemoglobina
glicosilada (HBA1 C) automatizada en sangre
Se informa a todos los interesados, que el ítem único “Pruebas
para la determinación de hemoglobina glicosilada (HBA1 C)
automatizada en sangre” de este concurso se adjudicó a la empresa
Tecno Diagnóstica S. A., bajo la modalidad de entrega según
demanda, precio unitario de $2,99, por un monto total estimado de
$4.485.000,00, lo anterior conforme a la sesión N° 8863, artículo 10
celebrada el 19 de setiembre de 2016 por junta directiva.
San José, 27 de setiembre de 2016.—Lic. Andrea
Vargas Vargas, Jefa.—1 vez.—O. C. N° 1142.—Solicitud
N° 13898.—( IN2016067637 ).
INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE
PROCESO DE ADQUISICIONES
CONTRATACIÓN DIRECTA 2016CD-000136-07
Servicio de lavado de equipo de protección en la lucha
contra incendios (Trajes de bombero)
El Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional Pacífico
Central del Instituto Nacional de Aprendizaje, comunica que el
concurso de la Contratación Directa 2016CD-000136-07 “Servicio
de lavado de equipo de protección en la lucha contra incendios
(trajes de bombero)”, según acta del Proceso de Adquisiciones Nº
157-2016 del 23 de setiembre del 2016 y con base al estudio técnico
del Núcleo Náutico Pesquero NNP-128-16, se adjudica según se
detalla:
Oferta N° 1 (única):
Línea:
Monto anual adjudicado:
Javier Villalobos Araya, cédula de identidad:
1
¢3.480.000,00
N° 602270894
Lic. Allan Altamirano Díaz, Jefe Unidad de Compras
Institucionales.—1 vez.—O. C. N° 24626.—Solicitud N°
66431.—( IN2016067867 ).
SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES
LICITACIÓN ABREVIADA 2016LA-000015-SUTEL
Contratación de servicios profesionales para el desarrollo de
un
Benchmarking Internacional de metodologías de cálculo
para el factor de ajuste por eficiencia de la industria
de telecomunicaciones en Costa Rica
La Superintendencia de Telecomunicaciones (SUTEL),
con cédula jurídica N° 3-007-566209, según lo autoriza el punto
4.4 del Procedimiento de Compras de la SUTEL y con base en lo
recomendado en el oficio 06753-SUTEL-DGM-2016 de la Dirección
General de Mercados, comunica a los interesados en la contratación
de referencia, que se adjudica el bien indicado, por cumplir legal
y técnicamente con lo requerido en el cartel, por ofrecer un precio
razonable y por obtener el mayor puntaje en la metodología de
evaluación, según lo siguiente:
A la empresa Telecommunications Management Group
Inc (TMG), empresa radicada en 1600 Wilson Blvd., suite 710,
Arlinton, VA 22209, EE.UU por un monto de $USD 94.167,55 para
el desarrollo de un comparativo o Benchmarking de metodologías
de cálculo a nivel internacional de varios países para la estimación
del factor de eficiencia de la industria de telecomunicaciones,
para servicios fijos y móviles, con el objetivo de determinar cuál
metodología resultaría más viable para aplicar en el caso de la
industria de Costa Rica.
A la vez se le informa al proveedor adjudicado, que una vez
que este acto adquiera firmeza, cuenta con un plazo de 03 días
hábiles como máximo, para que entregue en la recepción de la
SUTEL (tercer piso), en horario de lunes a viernes de 8:00 a. m. a
4:00 p. m. lo siguiente:
1- Timbres fiscales de Ley o el entero de gobierno que
corresponde, por un monto de $USD 235,41.
3- Garantía de cumplimiento por el 10% del monto adjudicado.
Se cuenta con los fondos suficientes para asumir esta
contratación y se autoriza que sean utilizados de la partida “Ciencias
Económicas y Sociales” asignados a la Dirección General de
Mercados.
Área de Proveeduría.—Juan Carlos Sáenz Chaves.—1 vez.—O.
C. N° 2307-16.—Solicitud N° 66407.—( IN2016067813 ).
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2016LA-000017-SUTEL
Contratación de servicios profesionales para la definición
de los parámetros técnicos y procedimientos de medición
sobre los servicios radioeléctricos del PNAF y mejores
prácticas para la disminución de interferencias
generadas por los servicios de radiodifusión
La Superintendencia de Telecomunicaciones (SUTEL),
con cédula jurídica N° 3-007-566209, según lo autoriza el punto
4.4 del Procedimiento de Compras de la SUTEL y con base en lo
recomendado en el oficio 07069-SUTEL-DGC-2016 de la Dirección
General de Calidad, comunica a los interesados en la contratación
de referencia, que se adjudica el bien indicado, por cumplir legal
y técnicamente con lo requerido en el cartel, por ofrecer un precio
razonable y por obtener el mayor puntaje en la metodología de
evaluación, según lo siguiente:
A la empresa Convertel CR S. A., ID: 3-101-022894, por
un monto de $USD 177.433,47 (compuesto por $USD 171,116.04
por una oferta base y $USD 6.317,43 por la oferta opcional). Para
La Gaceta Nº 187 — Jueves 29 de setiembre del 2016
definir los parámetros técnicos y proponer los procedimientos de
medición para los servicios radioeléctricos presentes en el PNAF,
basados en recomendaciones de la UIT y en mejores prácticas a nivel
internacional, que permitan una disminución de las interferencias
perjudiciales. Todo de conformidad con lo indicado en el cartel y en
la respectiva oferta.
A la vez se le informa al proveedor adjudicado, que una vez
que este acto adquiera firmeza, cuenta con un plazo de 03 días
hábiles como máximo, para que entregue en la recepción de la
SUTEL (tercer piso), en horario de lunes a viernes de 8:00 a.m. a
4:00 p.m. lo siguiente:
1- En seguimiento al punto 6.2 del cartel, personería jurídica
actualizada.
2- Timbres fiscales de Ley o el entero de gobierno que
corresponde, por un monto de $USD 443.5.
3- Garantía de cumplimiento por el 5% del monto adjudicado.
Se cuenta con los fondos suficientes para asumir esta
contratación y se autoriza que sean utilizados de la partida “Servicios
de Ingeniería” asignados a la Dirección General de Operaciones.
Proveeduría.—Juan Carlos Sáenz.—1 vez.—O. C. N° OC2307-16.—Solicitud N° 66405.—( IN2016067815 ).
AVISOS
FEDERACIÓN DE MUNICIPALIDADES DE GUANACASTE
Para su conocimiento y trámites respectivos transcribo
acuerdo tomado por el Consejo Directivo de la Federación de
Municipalidades de Guanacaste en sesión extraordinaria N° 092016, celebrada el pasado viernes 23 de setiembre en el cantón de
Cañas, Guanacaste, que textualmente dice:
“Considerando:
Que con base en las calificaciones y recomendaciones del
equipo de evaluación y del Asesor Legal y por encontrarse a derecho
con la garantía de cumplimiento, se adjudica la Licitación Pública
2016LN-000001-01, a: a la empresa Constructora CONTEK
S. A., cédula jurídica 3-101-225198, por un monto total de
¢220.000.000,00 (doscientos veinte millones con 00/céntimos). Por
tanto, se acuerda:
Acuerdo 1-ext.09-2016:
Adjudicar en base a las calificaciones y recomendación
técnica del equipo técnico de evaluación y del asesor legal, la
Licitación Pública 2016LN-000001-01, a, la empresa Constructora
Contek S. A., cédula jurídica 3-101-225198, por un monto total de
¢220.000.000,00 (doscientos veinte millones con 00/ céntimos), para
la Licitación Pública con el nombre “Construcción de edificación
de concreto reforzado de la Federación de Municipalidades de
Guanacaste”.
Acuerdo definitivamente aprobado y con dispensa de trámite
de comisión.
Cañas, 26 de setiembre del 2016.—Guiselle Segura Sánchez,
Secretaria Administrativa.—1 vez.—( IN2016067620 ).
MUNICIPALIDADES
MUNICIPALIDAD DE FLORES
CONTRATACIÓN DIRECTA N° 2016CD-000047-01
Compra e instalación de basureros para el cantón de Flores
y centros verdes para el Concejo Municipal
y el Edificio Municipal
A los interesados en el procedimiento de Contratación N°
2016CD-000047-01, se les informa que el proceso de proveeduría y
bodega de la Municipalidad de Flores en oficio PMF-AF-2016-048
del pasado 20 de setiembre, dictó el respectivo acto final, en el cual
se adjudica dicho procedimiento de la siguiente forma:
• A la empresa PIE Promotores Inmobiliarios Especializados
S. A., con cédula jurídica 3-101-575276, por un monto total
de ¢7.250.000,00, de conformidad con las condiciones
estipuladas en el cartel y la oferta y según el siguiente detalle:
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En el Proceso de Proveeduría de la Municipalidad se
brindará toda la información adicional (Tel 265-71-25 Ext. 107
Fax 265-56-52).
Proveeduría.—Lic. Miguel Hernández Mejía, Proveedor
Municipal.—1 vez.—( IN2016067612 ).
FE DE ERRATAS
BANCO NACIONAL DE COSTA RICA
LICITACIÓN PÚBLICA N° 2016LN-000034-01
(Modificación número 1 al cartel)
Contratación de una (1) empresa que brinde los servicios
de horas por demanda para la atención de requerimientos
y desarrollo de nuevos módulos para aplicaciones informáticas
utilizadas en el Banco Nacional
La Proveeduría General del Banco Nacional comunica a
los interesados en la Licitación Pública Nº 2016LN-000034-01 lo
siguiente:
En el artículo 05 de la sesión ordinaria Nº 1327-2016,
celebrada por el Comité de Licitaciones 21 de setiembre del 2016,
autorizan la primera modificación al cartel del proceso de cita.
Modificaciones al cartel:
En el Apartado C. Condiciones Especiales para todos los
ítems, inciso 6.2), se deberá leer de la siguiente manera:
6.2.El líder técnico deberá contar con la acreditación de
Project Management Profesional, emitida por el Project
Management Institute, o una Maestría en Administración de
Proyectos. Por lo que el oferente deberá presentar una copia
certificada de la documentación que acredite que su personal
cumple con dicho requisito
En el Apartado D. Criterios de Evaluación para cada uno
de los ítems, en el punto 1 asignación de puntaje para el ítem
número 1 (herramientas y ambiente Microsoft), se deberá
leer de la siguiente manera:
b.3 Ley 8204 y la normativa 105 SUGEF (5 puntos). Se asignarán
dos punto cinco (2.5) puntos, hasta un máximo de cinco (05)
puntos, por cada desarrollo y mantenimiento donde se haya
aplicado la Ley 8204 y la normativa 105 SUGEF, que el
oferente haya realizado dentro de los cinco (05) años previos
a la fecha para la apertura de las ofertas.
En el Apartado C. Condiciones Especiales para todos los
ítems, inciso 8.2 (Experiencia en herramientas tecnológicas),
se deberá leer de la siguiente manera:
8.2.Experiencia en herramientas tecnológicas:
El oferente dentro de los diez (10) años anteriores a la fecha
para la apertura de ofertas, deberá computar dos (02) años de
experiencia en cada una de las herramientas solicitadas en el
inciso 8.2.1 siguiente.
El cómputo de los dos (02) años de experiencia se realizará
de la siguiente manera: el oferente documentará los servicios de
desarrollo y mantenimiento que haya realizado dentro del plazo
establecido (diez (10) años anteriores a la fecha de apertura de
las ofertas). Se tomará el plazo entre la fecha final e inicial que
el oferente indique invirtió en cada uno de los servicios que
documente. Esto dará como resultado una cierta cantidad de días
naturales. Para los efectos de esta contratación setecientos veinte
(720) días naturales, se computarán como dos (02) años.
Los servicios de desarrollo y mantenimiento de software
deberán haberse brindado a entidades financieras, según se
definen en los artículos 117 de la Ley Orgánica del Banco
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La Gaceta Nº 187 — Jueves 29 de setiembre del 2016
Central y 1 de la Ley de Regulación de Sociedades Financieras
de Inversión y de Crédito Especial de carácter no bancario. Se
aclara al oferente que la experiencia se puede haber efectuado en
un solo servicio o que la suma de varios servicios den la cantidad
de herramientas y años que se solicitan.
En el Apartado C. Condiciones Especiales para todos los
ítems, incisos 8.3.2 (Requisitos técnicos para los desarrolladores
Oracle) y 8.3.2.1 (Herramientas tecnológicas en las que todos los
profesionales deben demostrar su experiencia o conocimiento),
se deberá leer de la siguiente manera:
8.3.2 Requisitos técnicos para los desarrolladores Oracle.
Los profesionales incluidos por el oferente, deberán
haber realizado dentro de los diez (10) años anteriores
a la fecha para la apertura de las ofertas, como mínimo
dos (02) proyectos en desarrollo y mantenimiento de
aplicaciones, utilizando las herramientas indicadas en este
mismo apartado incisos 8.3.2.1, 8.3.2.2, 8.3.2.3 y 8.3.2.4
de acuerdo a como se específica.
8.3.2.1. Herramientas tecnológicas en las que todos los
profesionales deben demostrar su experiencia o
conocimiento:
i. Base de Datos Oracle 10G, 11C y 12C o
superior.
ii.
Oracle Business Intelligence Enterprise
Edition 11C.
iii.WebLogic Server 11C R1 y Superior.
iv.Oracle BI Publisher 11.1.1.7 o superior.
v. Programación Oracle PL/SQL.
Al menos tres (03) de los profesionales ofertados deberán
tener experiencia en las herramientas:
i.
Oracle Forms 3.0, 6i, 10G, 11C o superior.
ii. Oracle Report 3.0, 6i ,10G, 11C o superior.
Las demás condiciones del cartel permanecen invariables.
La Uruca, 30 de setiembre del 2016.—Proveeduría General.—
Alejandra Trejos Céspedes, Supervisora Operativa.—1 vez.—O. C.
N° 522965.—Solicitud N° 66364.—( IN2016067723 ).
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
GERENCIA LOGÍSTICA
ÁREA DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS
SUBÁREA DE INSUMOS MÉDICOS
2016LN-000024-05101
(Aviso N° 02 prorroga y modificación)
Bolsa de colostomía para adultos, sistema
de una pieza con medida parche 65 ±5mm
A todos los interesados en el presente concurso se les informa
que se encuentra en el sistema comprared la nueva ficha técnica
versión 0046 y además se prórroga la fecha de apertura de las ofertas
para el de 18 octubre del 2016 a las 8:00 horas
Además se les informa que el tiempo de la primera entrega se
modificó según oficio AGM-5846-2016, quedando de la siguiente
forma: 60 días naturales a partir del día posterior a la notificación de
la orden de compra o contrato.
El resto del cartel permanece invariable.
San José, 26 de setiembre del 2016.—Línea de Producción de
Insumos Médicos.—Licda. Vilma Arias Marchena, Jefa.—1 vez.—
O.C. N° 1142.—Solicitud N° 13835.—( IN2016067644 ).
HOSPITAL MÉXICO
ADMINISTRACIÓN-SUBÁREA DE CONTRATACIÓN
ADMINISTRATIVA
LICITACIÓN NACIONAL 2016LN-000013-2104
Adquisición de camas eléctricas para pacientes,
mesas de noche y mesas puente
La Subárea de Contratación Administrativa del Hospital
México comunica a los interesados que la fecha de apertura del
presente concurso, se prorrogará hasta nuevo aviso. Además
les informamos que en caso de haber modificaciones estas se
comunicarán por este mismo medio.
San José, 27 de setiembre del 2016.—Subárea de Contratación
Administrativa.—Licda. Carmen Rodríguez Castro, Jefa.—1 vez.—
( IN2016067664 ).
LICITACIÓN ABREVIADA 2016LA-000055-2104
Por la adquisición de Carro para atender
Paro Cardio Respiratorio
La Subárea de Contratación Administrativa del Hospital
México comunica a los interesados que la fecha de apertura del
presente concurso, se prorrogará hasta nuevo aviso.
Además les informamos que en caso de haber modificaciones
estas se comunicarán por este mismo medio.
San José, 27 de setiembre del 2016.—Subárea de Contratación
Administrativa.—Licda. Carmen Rodríguez Castro, Jefa.—1 vez.—
( IN2016067666 ).
INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE
LICITACIÓN PÚBLICA N° 2016LN-000016-01
Contratación de Servicios de Mantenimiento y Desarrollo
de Sistemas de Información en Microsoft.Net,
según demanda por cuantía estimada
El Proceso de Adquisiciones del Instituto Nacional de
Aprendizaje, informa a los proveedores interesados en participar
en la Licitación Pública N° 2016LN000016-01, “Contratación de
Servicios de Mantenimiento y Desarrollo de Sistemas de Información
en Microsoft.Net, según demanda por cuantía estimada”, que el
cartel de la supramencionada licitación se modifica de la siguiente
manera:
En el punto 3.5, Personal Técnico, Programador:, los siguientes
puntos deben leerse correctamente de la siguiente manera:
ü Debe estar certificado en Microsoft MCSD:Web Applications.
üEn conjunto, el personal ofertado para este apartado deberá
contar con la siguiente certificación o superior:
• Scrum Fundamentals Certified Credential.
El resto de especificaciones y condiciones de este cartel, se
mantienen invariables.
Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan
Altamirano Díaz, Jefe.—1 vez.—O. C. N° 24626.—
Solicitud N° 66340.—( IN2016067443 ).
MUNICIPALIDADES
MUNICIPALIDAD DE ALAJUELA
LICITACIÓN PÚBLICA 2015LN-000006-01
Limpieza de Colectores de Residuos Ubicados
en las Vías y Sitios Públicos del Cantón Alajuela
El día 22 de setiembre de 2016 se publicó en el Diario Oficial
La Gaceta N° 182, la adjudicación de la supracitada licitación, por
error material se indicó el Artículo N° 5, Capítulo X, de la sesión
ordinaria N° 27-2016, del 05 de julio de 2016, siendo lo correcto:
“Artículo N° 2, Capítulo VIII, de la sesión ordinaria N° 352016, del 30 de agosto de 2016”
Lic. Johanna Madrigal Vindas, Proveedora Municipal.—
1 vez.—( IN2016067850 ).
REGLAMENTOS
BANCO CENTRAL DE COSTA RICA
SUPERINTENDENCIA GENERAL DE VALORES
La Superintendencia General de Valores de conformidad
con lo establecido en la Ley 8220 “Protección del ciudadano del
exceso de requisitos y trámites administrativos” publica el siguiente
acuerdo:
SGV-A-217. Superintendencia General de Valores. Despacho
del Superintendente, a las catorce horas del veintiocho de junio del
dos mil dieciséis.
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Considerando que:
I. En el artículo 11 del acta de la Sesión 1259-2016, celebrada el
14 de junio del 2016, el Consejo Nacional de Supervisión del
Sistema Financiero aprobó el “Reglamento de Intermediación
y Actividades Complementarias (RIAC)”.
II.En este reglamento se regulan las condiciones para la
prestación del servicio de asesoría de inversión y de gestión
de portafolios.
III. Como parte del servicio de asesoría de inversión y de gestión
de portafolios surge la necesidad de regular la relación entre
la entidad que le preste los servicios de intermediación de
valores y la entidad que le preste el servicio de custodia,
de forma tal, que el intermediario pueda tener acceso a la
composición del portafolio del inversionista con el fin de dar
seguimiento al desempeño de dicho portafolio. Por esta razón,
el intermediario de valores debe facilitarle al inversionista la
contratación del servicio de custodia a través de una entidad
autorizada, quien a su vez permita al intermediario el acceso
antes indicado.
IV.Para cumplir con lo anterior el RIAC establece que los
intermediarios de valores que ofrezcan servicios de gestión de
portafolios deben contar con un contrato suscrito con alguna
entidad de custodia autorizada, a través de la cual puedan
actuar como ordenante en la cuenta y dar seguimiento al
portafolio del inversionista.
V. Para cumplir con esto, la entidad de custodia contratada
debe abrir la cuenta a nombre del titular de los valores o
instrumentos financieros y permitir el acceso del intermediario
a la información del portafolio.
VI.Esta autorización de acceso y la designación del ordenante
deben también quedar explícitas en el contrato de servicios
que se suscriba entre el custodio y el inversionista.
VII.En la prestación del servicio de gestión de portafolios, el
intermediario de valores debe verificar que la entidad de
custodia autorice que el cliente pueda ejecutar estrategias de
apalancamiento.
VIII.En la prestación del servicio de asesoría de inversión, el
intermediario de valores debe suscribir un contrato de
servicios con una o más entidades de custodia autorizadas a
través de las cuales pueda dar seguimiento al portafolio del
inversionista.
IX. Para estos efectos, la entidad de custodia contratada debe abrir
la cuenta a nombre del titular de los valores o instrumentos
financieros y permitir el acceso del intermediario a la
información del portafolio.
X. Esta autorización de acceso debe quedar explícita en el
contrato de servicios que se suscriba entre el custodio y el
inversionista, pero no implica que ese intermediario sea
ordenante en la cuenta de custodia del titular.
XI. De conformidad con el artículo 8 de la Ley Reguladora del
Mercado de Valores, le corresponde al Superintendente realizar
todas las acciones necesarias para el efectivo cumplimiento de
las funciones de regulación, supervisión y fiscalización que
competen a la Superintendencia General de Valores.
XII. Según lo previsto en la “Ley General de Administración
Pública” y en la “Ley de Protección al Ciudadano del exceso
de trámites y requisitos”, por tratarse de una modificación
de normas a partir de una normativa aprobada que salió en
su momento a consulta, y no establecerse nuevos requisitos
a los administrados, se omite la realización de una consulta
particular al mercado sobre el presente acuerdo.
Por tanto dispone el presente acuerdo:
SGV-A-217. MODIFICACIÓN AL ACUERDO “SGV-A-198
ACUERDO PARA LA IMPLANTACIÓN
DEL REGLAMENTO DE CUSTODIA”
Artículo 1. Modificaciones
Se modifica el transitorio I para que en adelante se lea de la
siguiente forma:
“Transitorio I
Las entidades de custodia cuentan con un plazo de 8 meses
contados a partir del 30 de junio de 2016 para actualizar
los contratos con sus clientes, si esto se requiere para que
ostenten las facultades necesarias para la prestación de los
servicios, en consideración de las disposiciones aprobadas
en el Reglamento de Intermediación de Valores y Actividades
Complementarias”.
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Artículo 2. Adiciones
Se adiciona el Transitorio V para que se lea de la siguiente
forma:
“Transitorio V
Al vencimiento del Transitorio I cada entidad debe remitir
un plan de actualización para los contratos de los clientes
activos para su autorización a la Superintendencia General
de Valores”.
Artículo 3. Vigencia
Rige a partir del 30 de junio del 2016.
Consulte en el sitio web de la SUGEVAL (www.sugeval.fi.cr)
en su sesión de “Normativa/Acuerdos del Superintendente/Acuerdos
aplicados a Bolsas, puestos y otras entidades”, para acceder al texto
del acuerdo con todas sus reformas.
Carlos Arias Poveda, Superintendente General de
Valores.—1 vez.—O. C. Nº 4200000668.—Solicitud Nº
12905.—( IN2016062901 ).
AVISOS
COLEGIO DE MICROBIÓLOGOS
Y QUÍMICOS CLÍNICOS DE COSTA RICA
Colegio de Microbiólogos y Químicos Clínicos de Costa
Rica, comunica la inclusión del artículo 12 Bis en el Reglamento
de Requisitos y Funciones para Asistentes de Laboratorio de
Microbiología y Química Clínica:
Artículo 12.—Bis: Los Asistentes de Laboratorio debidamente
inscritos en el Colegio estarán habilitados para desempeñar
funciones propias de su categoría, así como de categorías
inferiores.
Aprobado en sesión 22:2016-2017 del 30 de agosto de 2016,
Acuerdo 14.
Dra. Lidette Salazar Palma, Presidenta.—1 vez.—( IN2016063019 ).
Colegio de Microbiólogos y Químicos Clínicos de Costa Rica,
comunica los siguientes cambios en la Reglamentación del Colegio:
MANUAL DE NORMAS Y REQUISITOS PARA INSCRIPCION
DE: ASISTENTE TECNICO, TECNICO 1, TECNICO 2
Y ASISTENTE DIPLOMADO EN LABORATORIO
DE MICROBIOLOGÍAY QUÍMICA CLÍNICA
Para optar por la autorización en alguna de las cuatro
categorías, el interesado deberá demostrar ante la junta directiva el
respectivo cumplimiento y obligatoriedad de las siguientes normas
de presentación *y los requisitos por categoría:
* NORMAS DEPRESENTACIÓN:
1 La presentación de documentos se hará en los formularios
vigentes al momento
2 El trámite debe llevarse a cabo por el interesado, de manera
presencial en la sede del Colegio (100 metros oeste y 75 metro
sur del Segundo Circuito Judicial, Goicoechea)
3 De no poder hacerlo personalmente puede efectuarlo a través
de una persona autorizada, con documento de autorización
original y expedito, firmado por el interesado y adjuntando
fotocopia de su cédula de identidad; la persona autorizada
aportará también fotocopia de su cédula de identidad que se
verificará en el Colegio al momento del trámite ante la cédula
del autorizado. Igual procedimiento se seguirá al retirar los
resultados del trámite.
4 Deberá aportar documentación completa al momento de la
solicitud para que sea admitido; si falta algún documento o
es incorrecta la presentación, se devolverán al solicitante para
completar o corregir.
5 Si el interesado cumple con estas normas de presentación y
los requisitos de la categoría, el solicitante debe cancelar los
aranceles dispuestos para el mismo, sin excepción.
6 La entrega y aceptación de los documentos, así como el pago
de aranceles correspondientes, no aseguran la aprobación de
la solicitud; solamente aseguran que la misma ha sido recibida
para el estudio pertinente.
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La Gaceta Nº 187 — Jueves 29 de setiembre del 2016
* Aprobado en acuerdo 3, de la sesión 21:2016-2017 de junta
directiva del Colegio de Microbiólogos y Químicos Clínicos,
el día 23 de agosto de 2016.
Dra. Lidiette Salazar Palma, Presidenta.— 1 vez.—( IN2016063020 ).
MUNICIPALIDADES
MUNICIPALIDAD DE SANTA BÁRBARA-HEREDIA
REGLAMENTO DE CAJA CHICA
El Concejo Municipal de la Municipalidad de Santa Bárbara
de Heredia, mediante el acuerdo Nº 118-2016, artículo II, sesión
ordinaria Nº 7-2016, celebrada el día 14 de junio de 2016, acuerda la
modificación al Reglamento de Caja Chica publicado en La Gaceta
Nº 7 del viernes 10 de enero de 1997 y modificado en La Gaceta
Nº 2 del martes 5 de enero del 2016, para que se lea como sigue:
“Modificación de los artículos 4° y 60 del Reglamento de Caja Chica
de la Municipalidad de Santa Bárbara, que realiza la Administración
Municipal, para que se lean:
Artículo 4º—Se establece en el Departamento de Tesorería un
fondo de tres cajas chicas para la compra de bienes y servicios,
cuyos montos se determinarán de la siguiente manera:
- Caja chica cuenta corriente ¢600.000,00 (seiscientos mil
colones).
- Caja Chica Acueducto ¢400.000,00 (cuatrocientos mil
colones).
- Caja Chica Ley 8114 ¢100.000,00 (cien mil colones). Este
fondo será asignado al funcionario (a) que ocupe el cargo
de Tesorero (a) Municipal”.
Artículo 6°—Se establece un tope máximo de ¢60.000,00
(sesenta mil colones) para compra de bienes y servicios. En casos
que califiquen de excepcionales, el Alcalde Municipal podrá
autorizar compras mayores de ¢60.000,00 (sesenta mil colones)
hasta un máximo de ¢100.000,00 (cien mil colones)”.
Santa Bárbara de Heredia, 27 de julio de 2016.—
Ana Cristina Murillo Fonseca, Secretaria Concejo
Municipal.—1 vez.—( IN2016063167 ).
INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS
BANCO CRÉDITO AGRÍCOLA DE CARTAGO
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
El señor Luis Alberto Gómez Solano, cédula Nº 03-02820086, ha solicitado la reposición de los siguientes documentos los
cuales fueron robados.
Certificado de depósito a plazo Nº 202-300-20210068 con
número de fórmula 1097457 por la suma de ¢2.860.587,00 (dos
millones ochocientos sesenta mil quinientos ochenta y siete 00/100),
el cual vence el día de 16 de setiembre del 2016, con un cupón de
intereses fórmula 1097458 por la suma ¢21.287,48 (veintiún mil
doscientos ochenta y siete 48/100), todos los documentos anteriores
a nombre de Luis Alberto Gómez Solano, cédula Nº 03-0282-0086.
Dichos documentos fueron emitidos por el Banco Crédito
Agrícola de Cartago.
Lo anterior para dar cumplimiento con lo que estipula nuestro
Código de Comercio, artículos 708 y 709. Transcurrido el término
de quince días a partir de la última publicación, se repondrá dicho
título valor.
Cartago, 16 de setiembre del 2016.—Melissa Solano Solano,
Plataforma Universal.—( IN2016066258 ).
UNIVERSIDAD DE COSTA RICA
VICERRECTORÍA DE VIDA ESTUDIANTIL
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
ORI-3816-2016.—Salazar Alpírez Waldyn, costarricense,
1 0761 0770. Ha solicitado reposición del título de Licenciado en
Administración de Negocios con Énfasis en Contaduría Pública.
Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y
costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha
de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles
siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria
Rodrigo Facio, veintidós días del mes de agosto del año dos mil
dieciséis.—Oficina de Registro e Información.— MBA José Rivera
Monge, Director..—( IN2016062303 ).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
ORI-4033-2016.—Sanabria Monney Óscar, costarricense,
cédula 1-0763-0289. Ha solicitado reposición de los títulos de
Licenciado en Medicina y Cirugía y Especialista en Anatomía
Patológica. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la
vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito
que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco
días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad
Universitaria Rodrigo Facio, a los treinta y un días del mes de agosto
del dos mil dieciséis.—Oficina de Registro e Información.—José
Antonio Rivera Monge, Director.—( IN2016062359 ).
PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Se le comunica a Hilda Rosa Cardoza, la resolución de las
nueve horas del once de agosto del dos mil dieciséis, en la que se
dispuso: inicio de los trámites para la repatriación de persona menor
de edad Gleidy Naomy Cardoza cardoza en condición migratoria
irregular y en riesgo social a Nicaragua para que sea ubicada con
la tía paterna Sayda María Sánchez, en Matagalpa, Nicaragua. Que
el Ministerio de la Familia, Adolescencia y Niñez de Nicaragua,
continúe el seguimiento y atención de la presente situación de la niña.
Deberá señalar lugar conocido o número de facsímil para recibir sus
notificaciones, en el entendido que de no hacerlo o si el lugar señalado
fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer o si el medio
electrónico seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado,
sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no
imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las
resoluciones futuras quedarán firmes 24 horas después de dictadas,
conforme la Ley de Notificaciones Judiciales. Se le hace saber,
además, que contra las indicadas resoluciones procede Recurso de
Apelación para ante la Presidencia Ejecutiva de esta institución,
el cual deberán interponer ante esta Representación Legal de la
Oficina Local de Puriscal dentro de las 48 horas siguientes, contadas
a partir del día hábil inmediato siguiente a la fecha de publicación
del tercer aviso en el Diario Oficial, en el entendido que hacerlo
fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible, (artículo
139 del Código de la Niñez y la Adolescencia). Expediente N°
OLPU-00297-2015.—Oficina Local de Puriscal.—Licda. Liu Li
Martínez, Representante Legal.—O. C. N° 39442.—Solicitud N°
16000043.—( IN2016062328 ).
A Brice Lee Quirós Carballo, se le comunica las resoluciones
de las 10 horas y 30 minutos del 7 de junio del 2016 en la que se
da inicio a proceso especial de protección a favor de Brais Mathias
Quirós Alfaro y de las 13 horas del 26 de julio del 2016, en la que
se ordena mantener proceso especial de protección. Notifíquese la
anterior resolución a las partes interesadas personalmente o en su
casa de habitación, a quienes se les advierte que deberán señalar
lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número
de facsímile para recibir aquellas notificaciones que pudieren
practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo o si el
lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o
si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado,
sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no
imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las
notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de
dictadas. se les hace saber además, que contra la presente resolución
procede el recurso ordinario de apelación, que deberán interponer
ante esta representación legal dentro del plazo de cuarenta y ocho
horas siguientes a la fecha de la última notificación a las partes, el
de recurso será de conocimiento de la presidencia ejecutiva de esta
institución en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el
recurso deviene en inadmisible. Expediente: OLA-00010-2016.—
Oficina Local de Alajuela.—Licda. Alejandra Solís Lara, Órgano
Director del Procedimiento.—O. C. N° 39442.—Solicitud N°
16000043.—( IN2016062329 ).
La Gaceta Nº 187 — Jueves 29 de setiembre del 2016
A Yuliana Alcira Solórzano González, se le comunica la
resolución de las 15 horas del 20 de julio del 2016 en la que se
ordenó inicio de proceso especial de protección a favor de la persona
menor de edad Alexis Fulopp Solórzano. Notifíquese la anterior
resolución a las partes interesadas, personalmente o en su casa
de habitación, a quienes se les advierte que deberán señalar lugar
conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número
de facsímile para recibir aquellas notificaciones que pudieren
practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el
lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o
si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado,
sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no
imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las
notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después -de
dictadas. Se les hace saber además, que contra la presente resolución
procede el recurso ordinario de apelación, que deberán interponer
ante esta Representación Legal dentro del plazo de cuarenta y ocho
horas siguientes a la fecha de la última notificación a las partes,
el de recurso será de conocimiento de la Presidencia Ejecutiva de
esta institución en el entendido que hacerlo fuera de dicho término
el recurso deviene en inadmisible.—Licda. Alejandra Solís Lara,
Órgano Director del Procedimiento.—O. C. N° 39442.—Solicitud
N° 16000043.—( IN2016062330 ).
A Eddy Antonio Padilla Martínez, se les comunica la
resolución de las ocho horas y veinte minutos del once de agosto
del dos mil dieciséis, que ordenó inicio del proceso especial de
protección en sede administrativa, y medida de cuido provisional
de Lipsy Paola Padilla Vargas, bajo la responsabilidad de la señora:
Sofía Matínez Obando, por un plazo de seis meses, siendo la fecha
de vencimiento el 11 de febrero del 2017. Aunado a ello ordenó
seguimiento social. Notifíquese la anterior resolución a las partes
interesadas, personalmente o en su casa de habitación, a quienes
se les advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus
notificaciones, o bien, señalar número de facsímile para recibir
aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el
entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso,
inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere
defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de
papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se
interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras quedarán
firmes veinticuatro horas después de dictadas. Se les hace saber
además, que contra la presente resolución procede el recurso ordinario
de apelación, que deberán interponer ante esta Representación
Legal dentro del plazo de dos días hábiles siguientes a la fecha de la
última notificación a las partes, el de recurso será de conocimiento
de la Presidencia Ejecutiva de esta institución, en el entendido que
hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible.
Expediente: OLSR-00218-2016.—San Ramón.—Lic. Ana Lorena
Fonseca Méndez, Órgano Director del Procedimiento.—O. C. N°
39442.—Solicitud N° 16000043.—( IN2016062331 ).
A Eric Roberto Mora Soto, portador de la cédula de identidad
número: 1-920-861, de domicilio exacto y demás calidades
desconocidas, progenitor de las personas menores de edad Alejandro
Enoc Mora Montoya, de seis años de edad, nacido el día veinticinco
de setiembre del año dos mil nueve, bajo las citas: 1-2067-067 y
Fabián Esteban Mora Montoya, de cuatro años de edad, nacido el
día ocho de junio del año dos mil doce, bajo las citas de nacimiento
número: 1-2143-449, ambos hijos de Anabelle Montoya Requene,
portadora de la cédula de identidad número: 1-1607-435, vecina de
San José, Aserrí, se le comunica las resoluciones administrativas
de las once horas con cincuenta y ocho minutos del día dos de
junio del año dos mil dieciséis, de esta Oficina Local, que en lo
que interesa ordenó el Deposito Administrativo por un plazo que
corre de manera retroactiva del 06 de mayo al 10 de junio del año
dos mil dieciséis, a favor de los niños indicados en la Organización
No Gubernamental Hogarcito Blanca Flor, a fin de ahondar en la
condición social actual de la progenitora. Se le comunica asimismo
la resolución administrativa de las quince horas de día treinta de
junio del año dos mil dieciséis, de esta Oficina Local, en la que
se ordena el retorno de los niños al hogar de su progenitora y la
orientación, apoyo y seguimiento por parte de esta Oficina Local
a la Familia por el plazo de un año. Se le previene al señor Mora
Soto, que debe señalar medio para recibir notificaciones de las
resoluciones que se dicten por la Oficina Local competente, bajo el
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apercibimiento de que en caso de omisión o si el medio señalado se
encontrara descompuesto o no recibiera las notificaciones por algún
motivo ajeno a la responsabilidad del ente emisor de la notificación,
ésta operará en forma automática y se le tendrán por notificadas
las resoluciones con el sólo transcurso de veinticuatro horas. Se
le hace saber, además, que contra la citada resolución procede
el recurso ordinario de apelación, que deberá interponer en forma
verbal o por escrito ante esta Oficina Local dentro de las cuarenta y
ocho horas siguientes a su notificación, el cual será elevado ante la
Presidencia Ejecutiva de esta Institución. Publíquese por tres veces
Consecutivas. Expediente Nº OLAS-00128-2015.—Oficina Local
de Aserrí.—Licda. Tatiana Torres López, Representante Legal.—O.
C. N° 39442.—Solicitud N° 16000043.—( IN2016062334 ).
A quien interese se le comunica que por resolución de las doce
horas cinco minutos del veintiuno de junio del dos mil dieciséis, se
declaró estado de abandono en sede administrativa de la persona
menor de edad: Josemar Gerzon Chaves Piedra. Notifíquese la
anterior resolución a las partes interesadas, personalmente o en su
casa de habitación a quienes se les advierte que deberán señalar lugar
conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número
de facsímile para recibir aquellas notificaciones que pudieren
practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el
lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si
el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin
suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable
a esta institución se interrumpiere la comunicación, las notificaciones
futuras quedarán firmes veinticuatro horas después -de dictadas. Se
les hace saber además, que contra la presente resolución proceden
los recursos ordinarios de revocatoria con apelación en subsidio, que
deberán interponer ante esta representación legal dentro del tercer
día hábil inmediato siguiente a la fecha de la última notificación a
las partes, siendo que el de revocatoria será de conocimiento de esta
representación legal, y el de apelación de la presidencia ejecutiva
de esta institución, en el entendido que hacerlo fuera de dicho
término el recurso deviene en inadmisible. Exp. N° OLCO-000312016.—Licda. Arelys Ruiz Bojorge, Representante Legal.—O. C.
N° 39442.—Solicitud N° 16000043.—( IN2016062335 ).
Se comunica al señor: Evenor Bustos Pomares, mayor de
edad, costarricense, soltero, portador de la cédula de identidad
número 701690852 de domicilio y demás calidades desconocidas, la
resolución administrativa dictada por esta oficina de las doce horas
del primero de agosto de dos mil dieciséis, en la que se ordena medida
de protección de cuido provisional a favor de la persona menor de
edad Yaslyn Yanan Bustos Gutiérrez, de cinco años un mes de edad,
costarricense, nacido el cuatro de julio del dos mil once, inscrito
en el Registro Civil, Sección de Nacimientos de la provincia de
Limón, bajo el tomo 360, asiento 851, para que permanezca bajo el
cargo de la señora Ana Ligia Mendoza Raude, mayor, costarricense,
unión libre, ama de casa, portadora de la cedula de identidad número
702010225, vecina de Siquirres, Pacuarito. Recursos: proceden los
recursos ordinarios de revocatoria con apelación en subsidio, que
deberán interponer ante esta representación legal dentro del tercer
día hábil inmediato siguiente a la fecha de la última notificación
a las partes, siendo que el de revocatoria será de conocimiento
de esta representación legal y el de apelación de la presidencia
ejecutiva de esta institución en el entendido que hacerlo fuera de
dicho término el recurso deviene en inadmisible. Exp. N° OLSI00068-2016.—Oficina Local de Siquirres.—Lic. Randall Quirós
Cambronero, Representante Legal.—O. C. N° 39442.—Solicitud
N° 16000043.—( IN2016062337 ).
Se comunica a la señora: Santos Auxiliadora Campos Valle,
mayor de edad, nicaragüense, de domicilio y demás calidades
desconocidas, la resolución administrativa dictada por esta oficina
de las diez horas del diez de junio de dos mil trece en la que se
ordena administrativamente la Modificación de Guarda, Crianza
y Educación Provisional de las personas menores de edad Yuscari
Yadira Tafalla Campos, de catorce años de edad, nacida el veintiséis
de octubre de 2003, inscrita en el Registro Civil, sección de
nacimientos de la provincia de Limón, al tomo 0303, folio: 350,
asiento 700 y Jefferson Jorge Tafalla Campos, de nueve años, cinco
meses de edad, nacido el veintitrés de diciembre de 2006, inscrita en
el Registro Civil, sección de nacimientos de la provincia de Limón, al
tomo 0328, folio: 444, asiento 887, a fin de que las personas menores
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La Gaceta Nº 187 — Jueves 29 de setiembre del 2016
de edad citadas permanezcan a cargo de su progenitor el señor
Jorge Luis Tafalla Chavarría, mayor de edad, costarricense, soltero,
portador de la cédula de identidad número 304050070, vecino de
Turrialba, La Angostura. Recursos: Proceden los recursos ordinarios
de revocatoria con apelación en subsidio, que deberán interponer
ante esta Representación Legal dentro del tercer día hábil inmediato
siguiente a la fecha de la última notificación a las partes, siendo que
el de revocatoria será de conocimiento de esta Representación Legal,
y el de apelación de la Presidencia Ejecutiva de esta institución, en
el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene
en inadmisible. Lic. Randall Quirós Cambronero. Representante
Legal. OLSI-00046-2016.—Oficina Local Pani de Siquirres.—O.
C. N° 39442.—Solicitud N° 16000043.—( IN2016062339 ).
A Erica González Duarte, mayor, cédula 6-382-502, demás
calidades desconocidas y Randal Quirós Ávalos, mayor, cédula
N° 6-106-124, demás calidades desconocidas, se les comunica
la resolución de las ocho horas cuarenta y siete minutos del dos
de mayo del dos mil dieciséis, dictada por este despacho en
virtud de la cual se resuelve dar inicio del proceso especial de
protección a favor de la persona menor de edad: Mónica Tatiana
Quirós González, citas de inscripción: 703290760, con fecha
de nacimiento nueve de febrero del dos mil siete. Notifíquese.
Expediente: OLCO-00021-2016.—Oficina Local de Corredores.—
Licda. Arelys Ruiz Bojorge, Representante Legal.—O. C. N°
39442.—Solicitud N° 16000044.—( IN2016062343 ).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
A quien interese se le comunica que por resolución de las
quince horas cuarenta minutos del cinco de abril del año dos mil
dieciséis, se declaró estado de abandono en sede administrativa de la
persona menor de edad: Steven Daniel Sibaja Gutiérrez. Notifíquese
la anterior resolución a las partes interesadas, personalmente o en
su casa de habitación, a quienes se les advierte que deberán señalar
lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número
de facsímile para recibir aquellas notificaciones que pudieren
practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el
lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si
el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin
suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable
a esta institución se interrumpiere la comunicación, las notificaciones
futuras quedarán firmes veinticuatro horas después -de dictadas. Se
les hace saber además, que contra la presente resolución proceden
los recursos ordinarios de revocatoria con apelación en subsidio, que
deberán interponer ante esta Representación Legal dentro del tercer
día hábil inmediato siguiente a la fecha de la última notificación
a las partes, siendo que el de revocatoria será de conocimiento
de esta Representación Legal, y el de apelación de la Presidencia
Ejecutiva de esta institución, en el entendido que hacerlo fuera de
dicho término el recurso deviene en inadmisible. Exp: 642-0009598.—Oficina Local de Corredores.—Lic. Arelys Ruiz Bojorge,
Representante Legal de Corredores.—O. C. N° 39442.—Solicitud
N° 16000043.—( IN2016062336 ).
A Ovidio Andrade González, cédula 6-497-450, demás
calidades desconocidas, se le comunica la resolución de las
diez horas cuarenta y nueve minutos del veintidós de julio del
año dos mil dieciséis, en virtud de la cual se ordena Medida de
Cuido Provisional a favor de las personas menores de edad Irma
Griselda y Ander Ramzaes ambos Andrade González, con fechas
de nacimiento el dieciocho de junio del año dos mil uno y once
de setiembre del dos mil seis, con citas de inscripción: 702850835
y 605010087, respectivamente. Notifíquese. Con la advertencia de
que deben señalar Lugar o un fax o Correo Electrónico donde recibir
notificaciones, en caso de no hacerlo o si el lugar fuera inexacto,
impreciso o llegara a desaparecer o el medio seleccionado fuera
defectuoso estuviera desconectado, sin suficiente provisión de
papel o por cualquier otro modo no imputable a esta Institución se
interrumpiera, la comunicación de las resoluciones futuras quedaran
firmes veinticuatro horas después de ser dictadas. En contra de esta
resolución procede únicamente el Recurso Ordinario de Apelación
que deberá interponerse ante esta Representación legal dentro de
las 48 horas hábiles después de notificada la presente resolución.
Recurso que será resuelto por la Presidencia Ejecutiva de la
entidad. Expediente OLCO-000133-2015.—Oficina Local PaniCorredores.—Licda. Arelys Ruiz Bojorge Representante Legal.—O.
C. N° 39442.—Solicitud N° 16000044.—( IN2016062344 ).
A Yina Jaén Meza, mayor, cedula: 6-409-830, demás calidades
desconocidas, y Geyner González Soto, mayor, cedula 5-349-455,
demás calidades desconocidas, se les comunica la resolución de
las once horas del cuatro de agosto del dos mil dieciséis, en virtud
de la cual se ordena Medida de Cuido Provisional a favor de la
persona menor de edad Keysy Lisbeth González Jaén, con fecha de
nacimiento el 06-11-2009, citas de inscripción: 120710589, en el
hogar de la señora: Nuria Soto Sotelo, abuela paterna. Notifíquese.
Con la advertencia de que deben señalar Lugar o un fax o Correo
Electrónico donde recibir notificaciones, en caso de no hacerlo o
si el lugar fuera inexacto, impreciso o llegara a desaparecer o el
medio seleccionado fuera defectuoso estuviera desconectado,
sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no
imputable a esta Institución se interrumpiera, la comunicación de
las resoluciones futuras quedaran firmes veinticuatro horas después
de ser dictadas. En contra de esta resolución procede únicamente el
Recurso Ordinario de Apelación que deberá interponerse ante esta
Representación legal dentro de las 48:00 horas hábiles después de
notificada la presente resolución, Recurso que será resuelto por la
presidencia ejecutiva de la entidad. Expediente N° OLCO-000102016.—Oficina Local PANI-Corredores.—Licda. Arelys Ruiz
Bojorge, Representante Legal.—O. C. N° 39442.—Solicitud N°
16000044.—( IN2016062348 ).
A Reylin López López, mayor, cedula 6-384-907, demás
calidades desconocidas, y Marcelo Solórzano Rodríguez, cedula
155804821607, demás calidades desconocidas, se les comunica
la resolución de las ocho horas del veinticinco minutos del
veinte de julio del dos mil dieciséis, en virtud de la cual se
ordena dar inicio al proceso especial de protección a favor
de la persona menor de edad Rachel Paola Solórzano López,
con fecha de nacimiento seis de agosto del dos mil cuatro,
citas de inscripción: 2-856-203. Expediente N° OLCO-000422015. Notifíquese. Oficina Local PANI-Corredores.—Licda.
Arelys Ruiz Bojorge, Representante Legal.—O. C. N° 39442.—
Solicitud N° 16000044.—( IN2016062345 ).
A Yorleny Gustavino Saldaña, número de cédulas 6392-857,
de domicilio y demás calidades desconocidas, se le comunica
la resolución de las trece horas cincuenta y nueve minutos del
veintinueve de setiembre del año dos mil quince, en virtud de
la cual se resuelve dar inicio al proceso especial de Protección a
favor de la persona menor de edad: Jerferson Daniel Gustavino
Saldaña, según citas de inscripción: 605270705, se da audiencia a
las partes para ser escuchadas y que aporten prueba. Se advertirá
también que deben señalar lugar donde recibir notificaciones con el
apercibiendo correspondiente. Comuníquese. Expediente OLCO00095-2015.—Oficina Local Pani-Corredores.—Licda. Arelys
Ruiz Bojorge, Representante Legal.—O.C. N° 39442.—Solicitud
N° 16000044.—( IN2016062349 ).
A Yendri María Gutiérrez Gutiérrez, mayor, cédula 6-390-801,
demás calidades desconocidas, se les comunica la resolución de las
ocho horas treinta y un minutos del ocho julio del año dos mil
dieciséis, dictada por este despacho en virtud de la cual se resuelve
resolución de inicio del proceso especial de protección, a favor de
la persona menor de edad: Génesis Massiel Gutiérrez Gutiérrez,
citas de inscripción: 120290655, con fecha de nacimiento trece
de julio del año dos mil ocho. Notifíquese. Expediente OLCO00079-2014.—Oficina Local Pani-Corredores.—Licda. Arelys
Ruiz Bojorge, Representante Legal.—O. C. N° 39442.—Solicitud
N° 16000044.—( IN2016062346 ).
A los señores Francisco Javier Segura Cascante, cédula de
identidad número uno-ocho seis siete-dos uno cero y Xinia María
Cascante Ramírez, cédula uno-siete tres nueve-siete uno tres ambos
mayores de edad, casados con domicilio exacto desconocido y
demás calidades desconocidas por esta oficina local se les comunica
la resolución de las nueve horas veinte minutos del cuatro de agosto
de dos mil dieciséis que ordenó la inclusión del joven Jordan
Javier Segura Cascante en Comunidad Encuentro en San Vito de
Coto Brus, para su rehabilitación por drogadicción por el plazo
que el mismo requiera para ese efecto remitiendo el expediente
administrativo al Área de Psicología de esta oficina local para que le
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brinden el seguimiento respectivo y realicen investigación ampliada
en el plazo de veinticinco días. Además les confiere audiencia para
que presente los alegatos y sea escuchada en el proceso, así como
su posibilidad de aportar la prueba que considere oportuna en este
proceso. Se les confiere el término de tres días para que manifiesten
cualquier oposición o manifiesten lo que tengan a bien manifestar.
Notifíquese la anterior resolución a las partes interesadas por edicto
al desconocer su domicilio actual exacto o ubicación de ambos, a
quienes se les advierte que deberá señalar lugar conocido para recibir
sus notificaciones, o bien, señalar número de facsímile para recibir
aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el
entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso,
inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere
defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de
papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se
interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras quedarán
firmes veinticuatro horas después -de dictadas. Se les hace saber
además, que contra la presente resolución inicial descrita procede
el recurso ordinario de apelación, que deberán interponer ante esta
Representación Legal dentro del plazo de cuarenta y ocho horas
siguientes a la fecha de la última notificación a las partes, el de
recurso será de conocimiento de la Presidencia Ejecutiva de esta
institución, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el
recurso deviene en inadmisible. Expediente OLHN-00594-2015.—
Oficina Local Heredia Norte.—Licda. Ana Julieta Hernández Issa El
Khoury, Órgano Director del Procedimiento.—O. C. N° 39442.—
Solicitud N° 16000045.—( IN2016062399 ).
Se le comunica al señor Jonathan Kevin Matarrita Jhonson,
la resolución de las doce horas del día nueve de agosto del dos mil
dieciséis, que ordenó cuido provisional de los niños Aarón Castro
Solís y Larissa Matarrita Castro en el hogar de sus abuelos señores
Mario Alberto Castro Quesada y Vera Violeta Solís Solís. Notifíquese
la anterior resolución a las partes interesadas, personalmente o en su
casa de habitación, a quienes se les advierte que deberán señalar
lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número
de facsímile para recibir aquellas notificaciones que pudieren
practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el
lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o
si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado,
sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no
imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las
notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de
dictadas. Se les hace saber además, que contra la presente resolución
procede el recurso ordinario de apelación que deberán interponer
ante esta representación legal dentro del plazo de cuarenta y ocho
horas siguientes a la fecha de la última notificación a las partes, el
de recurso será de conocimiento de la Presidencia Ejecutiva de esta
institución en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el
recurso deviene en inadmisible. Expediente: OLHN 00169-2016.—
Oficina Local de Heredia Norte.—Licda. Marcela Ramírez Ulate,
Órgano Director del Procedimiento.—O. C. N° 39442.—Solicitud
N° 16000045.—( IN2016062400 ).
AL señor Ramón Esteban Mora Ayara, mayor, divorciado,
guía turístico, cédula de identidad número uno-novecientos sesenta y
dos-setecientos noventa y nueve, con domicilio exacto desconocido
y demás calidades desconocidas por esta oficina local se le comunica
la resolución de las quince horas treinta y seis minutos del nueve
de agosto de dos mil dieciséis que ordenó el inicio de Proceso
especial de protección y dictó medida de Orden de Internamiento a
centro especializado para rehabilitación por drogadicción en favor
de la persona menor de edad Jimena Mora Corrales, incluyéndola
en Hogar Crea Tres Ríos para su debido tratamiento por tiempo
indeterminado, remitiéndose el expediente al Área de Psicología de
esta oficina local para el seguimiento respectivo, para que realice
investigación ampliada de la situación en un plazo de veinticinco
días. Se les confiere el término de tres días para que manifiesten
cualquier oposición o manifiesten lo que tengan a bien manifestar.
Notifíquese la anterior resolución a las partes interesadas por edicto
al desconocer su domicilio actual exacto o ubicación de ambos, a
quienes se les advierte que deberá señalar lugar conocido para recibir
sus notificaciones, o bien, señalar número de facsímile para recibir
aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el
entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso,
inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere
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defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de
papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se
interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras quedarán
firmes veinticuatro horas después de dictadas. Se les hace saber
además, que contra la presente resolución inicial descrita procede
el recurso ordinario de apelación, que deberán interponer ante esta
Representación Legal dentro del plazo de cuarenta y ocho horas
siguientes a la fecha de la última notificación a las partes, el de
recurso será de conocimiento de la Presidencia Ejecutiva de esta
Institución, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el
recurso deviene en inadmisible. Expediente N° OLGO-000112014.—Licda. Ana Julieta Hernández Issa El Khoury.—O. C. N°
39442.—Solicitud N° 16000045.—( IN2016062401 ).
A la señora Ruth de María Esquivel Camareno, mayor,
divorciada, desempleada, cédula uno-setecientos ochenta y cincotrescientos seis y demás calidades desconocidas por esta oficina
local se le comunica la resolución de las catorce horas del once de
agosto de dos mil dieciséis que ordenó dio inicio al Proceso Especial
de Protección en sede administrativa y dictó Abrigo Temporal
a favor de la persona menor de edad Alejandro Daniel Esquivel
Camareno, ubicándolo en Albergue Institucional en San Rafael
de Heredia por el plazo de seis meses prorrogables judicialmente,
remitiendo el expediente administrativo al Área Psicosocial de esta
oficina local para que le brinden el seguimiento respectivo y realicen
investigación ampliada en un plazo de veinticinco días. Además les
confiere audiencia para que presente los alegatos y sea escuchada
en el proceso, así como su posibilidad de aportar la prueba que
considere oportuna en este proceso. Se les confiere el término de
tres días para que manifiesten cualquier oposición o manifiesten lo
que tengan a bien manifestar. Notifíquese la anterior resolución a
las partes interesadas por edicto al desconocer su domicilio actual
exacto o ubicación de ambos, a quienes se les advierte que deberá
señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar
número de facsímile para recibir aquellas notificaciones que pudieren
practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el
lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o
si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado,
sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no
imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las
notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después
-de dictadas. Se les hace saber además, que contra la presente
resolución inicial descrita procede el recurso ordinario de apelación,
que deberán interponer ante esta Representación Legal dentro del
plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha de la última
notificación a las partes, el de recurso será de conocimiento de
la Presidencia Ejecutiva de esta institución, en el entendido que
hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible.
Expediente OLHN-00205-2015.—Oficina Local Heredia Norte.—
Licda. Ana Julieta Hernández Issa El Khoury, Órgano Director del
Procedimiento.—( IN2016062402 ).
Le comunica a la señora Maryina Centeno Martínez,
mayor, de nacionalidad nicaragüense, de oficio, estado civil,
documento de identidad y domicilio desconocidos, progenitora
de la persona menor de edad Kenneth David Centeno Martínez:
que por resoluciones de las dieciséis horas del diecinueve de
agosto de dos mil quince; ocho horas del primero de octubre de
dos mil quince y trece horas veinticinco minutos del veintidós
de enero de dos mil dieciséis dictadas a favor del adolescente
Centeno Martínez, bajo el expediente administrativo número
643-00009-2011, en la primera resolución modificó medida de
Abrigo Temporal en Albergue Institucional a Tratamiento en
alternativa especializada; la segunda nuevamente se modificó
medida, en este caso de Tratamiento en alternativa especializada
a Abrigo Temporal en Albergue Institucional y Resolución de
Revocatoria de medida. Notifíquese: las anteriores resoluciones
a la parte interesada, personalmente o en su casa de habitación,
a quien se les advierte que deberá señalar lugar conocido para
recibir sus notificaciones, o bien, señalar número de facsímile
para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse
por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar
señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si
el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado,
sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no
imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación,
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La Gaceta Nº 187 — Jueves 29 de setiembre del 2016
las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas
después de dictadas. Se les hace saber además, que contra
la presente resolución proceden los recursos ordinarios de
revocatoria con apelación en subsidio, que deberán interponer
ante esta Representación Legal dentro del tercer día hábil
inmediato siguiente a la fecha de la última notificación a las
partes, siendo que el de revocatoria será de conocimiento de
esta Representación Legal, y el de apelación de la Presidencia
Ejecutiva de esta institución, en el entendido que de hacerlo fuera
de dicho término el recurso deviene en inadmisible.—Oficina
Local de Quepos.—Licda. Maribel Calderón Jiménez, Órgano
Director del Procedimiento.—O.C. N° 39442.—Solicitud N°
16000045.—( IN2016062403 ).
Presidencia Ejecutiva de esta institución, el cual deberán interponer
ante esta Representación Legal dentro de las 48 horas siguientes,
contadas a partir del día hábil inmediato siguiente a la fecha de
publicación del tercer aviso en el Diario Oficial, en el entendido que
hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible
(Artículo 139 del Código de la Niñez y la Adolescencia). Expediente
Nº OLSJO-00146-2016.—Oficina Local de San José Oeste.—Licda.
Marisol Piedra Mora, Representante Legal.—O. C. N° 39442.—
Solicitud N° 16000046.—( IN2016063254 ).
Le comunica al señor Ronald Merino Mora, mayor,
costarricense, soltero, cédula de identidad número 6-279-634, de
oficio y domicilio desconocidos, progenitor de la persona menor
de edad Fransuas Magaly Merino Zúñiga: que por resolución de
las catorce horas del once de agosto del dos mil dieciséis, bajo el
expediente administrativo número OLQ-00110-2016, se ordenó el
inicio de proceso especial de protección en sede administrativa a
favor de la persona menor de edad indicada ubicándola en recurso
comunal con la señora Sandra Alvarado Castillo. Notifíquese: la
anterior resolución a la parte interesada, personalmente o en su
casa de habitación, a quien se le advierte que deberá señalar lugar
conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número
de facsímile para recibir aquellas notificaciones que pudieren
practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el
lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o
si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado,
sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no
imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las
notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de
dictadas. Se le hace saber además, que contra la presente resolución
proceden los recursos ordinarios de revocatoria con apelación en
subsidio, que deberán interponer ante esta representación legal
dentro del tercer día hábil inmediato siguiente a la fecha de la
última notificación a las partes, siendo que el de revocatoria será
de conocimiento de esta representación legal, y el de apelación de
la Presidencia Ejecutiva de esta Institución, en el entendido que de
hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible.—
Oficina Local de Quepos.—Licda. Maribel Calderón Jiménez,
Órgano Director del Procedimiento.—O. C. N° 39442.—Solicitud
N°16000045 .—( IN2016062404 ).
MUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ
CONVOCATORIA A AUDIENCIA PÚBLICA
EN PROCESO DE REFORMA PARCIAL
A LOS REGLAMENTOS DE DESARROLLO URBANO
La Municipalidad de San José, informa que mediante acuerdo
municipal N° 1, artículo único de la sesión extraordinaria N°
002, celebrada por el Concejo Municipal de San José el día 12 de
mayo del año en curso, se ha iniciado proceso de reforma parcial
a los Reglamentos de Desarrollo Urbano, específicamente a fin de
cambiar la zonificación en parte del distrito Catedral, con ocasión
del proyecto Ciudad-Gobierno. Por tal razón, en cumplimiento del
artículo 17 inciso 1) de la Ley de Planificación Urbana, se convoca
a audiencia pública a todos los interesados, para que se conozca del
proyecto de reforma y de las observaciones verbales y/o escritas que
tengan a bien formular.
Esta audiencia se llevará a cabo en el auditorio del edificio
municipal José Figueres Ferrer sito en av. 10, calles 34 y 36, el día
sábado 22 de octubre, de 8:30 a.m. a 12 m.d.
Para efectos de lo anterior, a partir del 30 de setiembre
próximo los interesados pueden consultar los documentos
correspondientes a las modificaciones (textos y mapas), en el sitio
web de esta municipalidad www.msj.go.cr o bien obtener copia en
nuestra plataforma de servicios, ubicada en el 1° piso del edificio
José Figueres.
San José, 26 de septiembre de 2016.—Departamento de
Comunicación.—Teo Dinarte Guzmán, Jefa.—1 vez.—O. C. Nº
137610.—Solicitud Nº 66388.—( IN2016067670 ).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Al señor Manuel Dávila Miclin, con domicilio desconocido,
se le comunica la resolución de las 09:00 horas del 24 de agosto del
2016, con la cual se resuelve a favor de la persona menor de edad
Nora Dávila Castro, medida de orientación, apoyo y seguimiento
temporal a la familia, la cual rige hasta el veinticuatro de febrero
del dos mil diecisiete. Se le confiere audiencia por tres días hábiles,
para que presente los alegatos de su interés, y ofrezca las pruebas
que estime necesarias, y se le advierte que tiene derecho a hacerse
asesorar y representar por abogados y técnicos de su elección,
así como consultar el expediente en días y horas hábiles, se hace
la salvedad que para fotocopiar el expediente administrativo se
cuenta con el horario de siete horas con treinta minutos a las once
horas con treinta minutos en días hábiles, el cual permanecerá a
su disposición en esta oficina local, ubicada en San José, Distrito
Hospital, sita en calle catorce, avenidas seis y ocho, del costado
suroeste del parque La Merced, ciento cincuenta metros al sur.
Así mismo se les hace saber que Deberá señalar lugar conocido o
número de facsímil para recibir sus notificaciones, en el entendido
que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto
o llegare a desaparecer, o si el medio electrónico seleccionado
fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión
de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución
se interrumpiere la comunicación, las resoluciones futuras
quedarán firmes 24 horas después de dictadas, conforme la Ley
de Notificaciones Judiciales. Se le hace saber, además, que contra
la indicada resolución procede Recurso de Apelación para ante la
RÉGIMEN MUNICIPAL
MUNICIPALIDAD DE LA UNIÓN
El Concejo Municipal de La Unión, comunica el acuerdo
tomado en la sesión ordinaria N° 22, celebrada el jueves 4 de agosto
del año en curso, en la cual se traslada la sesión del jueves 15 de
setiembre, para el viernes 16 de setiembre del 2016, a las 7:00 p. m.
Acuerdo aprobado en firme.
La Unión, 12 de agosto del 2016.—Ana Eugenia Ramírez
Ruiz, Secretaria Municipal.—1 vez.—( IN2016063214 ).
MUNICIPALIDAD DE SANTA BARBARA-HEREDIA
El Concejo Municipal de la Municipalidad de Santa Bárbara
de Heredia, mediante el acuerdo Nº 221-2015 de la sesión ordinaria
Nº 12-2016, celebrada el día 18 de julio del 2016, acuerda aprobar
el Dictamen de Comisión de Hacienda y Presupuesto CHPMSB-006-2016 el cual indica: Primero: Fijar las tasas de intereses
moratorios para tasas y patentes municipales en un 1.275 por ciento
mensual, representado anualmente en un 15.30 por ciento. Segundo:
Fijar las tasas de intereses moratorios para impuestos sobre bienes
inmuebles en un 1.6926 por ciento mensual, representado en un 20.3
por ciento a año.
Santa Bárbara de Heredia, 11 de agosto del 2016.—Ana
Cristina Murillo Fonseca, Secretaria.—1 vez.—( IN2016063170 ).
El Departamento de Catastro y Bienes Inmuebles informa,
que mediante Resolución Administrativa N° 039-2016 de las nueve
horas treinta minutos del veintinueve de julio del dos mil dieciséis,
la Alcaldía Municipal autoriza a publicar en el Diario Oficial La
Gaceta la actualización de las Matrices de Información de Valores
de Terrenos por Zonas Homogéneas del Cantón de Santa Bárbara
de Heredia y sus seis distritos, dicho estudio fue realizado por el
Órgano de Normalización Técnica en el año 2015.
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La Gaceta Nº 187 — Jueves 29 de setiembre del 2016
Rige a partir de su publicación.
Alcaldía Municipal de Santa Bárbara, Heredia, 1° de agosto del 2016.—Firma ilegible.—1 vez.—( IN2016063185 ).
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La Gaceta Nº 187 — Jueves 29 de setiembre del 2016
MUNICIPALIDAD DE NANDAYURE
El Concejo Municipal de Nandayure procedió con la
juramentación del Funcionario Municipal José Alberto Espinoza
Arias, cédula 5-350-164, Inspector General Municipal para que
pueda entregar notificaciones de los diferentes Departamentos de
este Ayuntamiento, juramentación que consta en el artículo II de la
sesión ordinaria N° 14 celebrada el 03 de agosto de 2016.
4 de agosto del 2016.—Laura Ma. Naranjo Castillo, Secretaria
Municipal a. í.—1 vez.—( IN2016063128 ).
MUNICIPALIDAD DE LA CRUZ
DEPARTAMENTO DE ZONA MARÍTIMO-TERRESTRE
EDICTOS
El Departamento de la Zona Marítimo Terrestre de la
Municipalidad de La Cruz, Guanacaste, hace del conocimiento
público que la sociedad Asociación para el Desarrollo Turístico
y Ambiental Playa El Jobo, cédula jurídica 3-002-709930, con
domicilio en San José, Santa Ana, con base en la Ley de la Zona
Marítimo Terrestre 6043 del 2 marzo de 1977 y Decreto Ejecutivo
N° 7841-1P del 16 de diciembre de 1997, solicita en concesión un
terreno localizado en Playa El Jobo, distrito La Cruz, cantón La
Cruz, provincia de Guanacaste. Mide: tres mil ochocientos catorce
metros cuadrados, (3 814 m2). Sus linderos son: norte Patrimonio
Natural del Estado; sur, calle pública; este, zona restringida en
administración de la Municipalidad de La Cruz; oeste, zona
restringida en administración de la Municipalidad de La Cruz. El
uso solicitado es Área para Cooperativas (OAC). Se advierte que
la presente publicación no otorga derecho alguno y la misma se
realiza sin perjuicio de que el área, uso y frente queden sujetos
a las disposiciones del plan regulador aprobado para la zona. Se
conceden 30 días hábiles, contados a partir de esta publicación
para oír oposiciones, las cuales deberán ser presentadas en esta
Municipalidad de La Cruz en papel sellado y con los timbres
correspondientes, dichos documentos con original y copia, además
deberá identificarse debidamente el opositor.
La Cruz, 30 de agosto del 2016.—Ing. Alexandra Gonzaga
Peña, Coordinadora.—1 vez.—( IN2016063178 ).
El Departamento de la Zona Marítimo Terrestre de la
Municipalidad de La Cruz, Guanacaste hace del conocimiento
público que la sociedad Fourth Life EC S. A., cédula jurídica
3-101-689882 con domicilio en San José, Santa Ana; con base en
la Ley de la Zona Marítimo Terrestre 6043 del 2 marzo de 1977
y Decreto Ejecutivo N° 7841-1P del 16 de diciembre de 1997,
solicita en concesión un terreno localizado en Playa Rajada, distrito
La Cruz, cantón La Cruz, provincia de Guanacaste. Mide: mil
quinientos sesenta y tres metros cuadrados, (1563 m2). Sus linderos
son: norte, con calle pública; sur, Patrimonio Natural del Estado;
este, propiedad privada; oeste, zona restringida en administración
de la Municipalidad de La Cruz (calle pública propuesta en plan
regulador). El uso solicitado es Área Mixta para Turismo y la
Comunidad (MIX). Se advierte que la presente publicación no otorga
derecho alguno y la misma se realiza sin perjuicio de que el área,
uso y frente queden sujetos a las disposiciones del plan regulador
aprobado para la zona. Se conceden 30 días hábiles, contados a
partir de esta publicación para oír oposiciones, las cuales deberán
ser presentadas en esta Municipalidad de La Cruz en papel sellado
y con los timbres correspondientes, dichos documentos con original
y copia, además deberá identificarse debidamente el opositor.—
La Cruz, 30 de agosto del 2016.—Ing. Alexandra Gonzaga Peña,
Coordinadora.—1 vez.—( IN2016063179 ).
El Departamento de la Zona Marítimo Terrestre de la
Municipalidad de La Cruz, Guanacaste, hace del conocimiento
público que la sociedad Frenesí del Pacífico S. A., cédula jurídica
3-101-713281, con domicilio en San José, Santa Ana; con base en
la Ley de la Zona Marítimo Terrestre 6043 del 02 marzo de 1977
y Decreto Ejecutivo N° 7841-1P del 16 de diciembre de 1997,
solicita en concesión un terreno localizado en Playa El Jobo, distrito
La Cruz, cantón La Cruz, provincia de Guanacaste. Mide: seis mil
novecientos setenta y tres (6973 m2). Sus linderos son: norte con
calle pública y sendero peatonal; sur Patrimonio Natural del Estado;
este propiedad privada; oeste, zona pública. El uso solicitado
es Área Mixta para Turismo y la Comunidad (MIX). Se advierte
que la presente publicación no otorga derecho alguno y la misma
se realiza sin perjuicio de que el área, uso y frente queden sujetos
a las disposiciones del plan regulador aprobado para la zona. Se
conceden 30 días hábiles, contados a partir de esta publicación
para oír oposiciones, las cuales deberán ser presentadas en esta
Municipalidad de La Cruz en papel sellado y con los timbres
correspondientes, dichos documentos con original y copia, además
deberá identificarse debidamente el opositor.
La Cruz, 30 de agosto del 2016.—Ing. Alexandra Gonzaga
Peña, Coordinadora.—1 vez.—( IN2016063181 ).
El Departamento de la Zona Marítimo Terrestre de la
Municipalidad de La Cruz, Guanacaste hace del conocimiento
público que la sociedad Playa Piedritas S. A., cédula jurídica 3-101158317 con domicilio en San José, Santa Ana; con base en la Ley
de la Zona Marítimo Terrestre 6043 del 02 marzo de 1977 y Decreto
Ejecutivo N° 7841-1P del 16 de diciembre de 1997, solicita en
concesión un terreno localizado en Playa Piedritas, distrito La Cruz,
cantón La Cruz, provincia de Guanacaste. Mide: cinco mil quinientos
once metros cuadrados, (5 511m²). Sus linderos son: norte, propiedad
privada; sur, zona pública declarada como Patrimonio Natural del
Estado; este, calle pública; oeste, Patrimonio Natural del Estado.
El uso solicitado es el Desarrollo Turístico de Baja Densidad (TAPBD). Se advierte que la presente publicación no otorga derecho
alguno y la misma se realiza sin perjuicio de que el área, uso y frente
queden sujetos a las disposiciones del plan regulador aprobado
para la zona. Se conceden 30 días hábiles, contados a partir de esta
publicación para oír oposiciones, las cuales deberán ser presentadas
en esta Municipalidad de La Cruz en papel sellado y con los timbres
correspondientes, dichos documentos con original y copia, además
deberá identificarse debidamente el opositor.
La Cruz, 30 de agosto del 2016.—Ing. Alexandra Gonzaga
Peña, Coordinadora.—1 vez.—( IN2016063183 ).
El Departamento de la Zona Marítimo Terrestre de la
Municipalidad de La Cruz, Guanacaste hace del conocimiento
público que la sociedad Asociación Solidarista de Empleados de
Corporación Tenedora Montecristo AyS, S. A. y Afines cédula
jurídica 3-002-429626 con domicilio en Escuela Social Juan XXIII,
Curridabat; con base en la Ley de la Zona Marítimo Terrestre 6043
del 2 marzo de 1977 y Decreto Ejecutivo N° 7841-1P del 16 de
diciembre de 1997, solicita en concesión un terreno localizado
en Playa El Jobo, distrito La Cruz, cantón La Cruz, provincia de
Guanacaste. Mide: mil quinientos metros cuadrados, (1500m2). Sus
linderos son: norte, Patrimonio Natural del Estado; sur calle pública;
este, zona restringida en administración de la Municipalidad de La
Cruz; oeste, zona restringida en administración de la Municipalidad
de La Cruz. El uso solicitado es Área para Cooperativas (OAC).
Se advierte que la presente publicación no otorga derecho alguno
y la misma se realiza sin perjuicio de que el área, uso y frente
queden sujetos a las disposiciones del plan regulador aprobado
para la zona. Se conceden 30 días hábiles, contados a partir de esta
publicación para oír oposiciones, las cuales deberán ser presentadas
en esta Municipalidad de La Cruz en papel sellado y con los timbres
correspondientes, dichos documentos con original y copia, además
deberá identificarse debidamente el opositor.
La Cruz, 30 de agosto del 2016.—Ing. Alexandra Gonzaga
Peña, Coordinadora.—1 vez.—( IN2016063184 ).
AVISOS
CONVOCATORIAS
COLEGIO PROFESIONAL DE PSICÓLOGOS DE COSTA RICA
Acuerdo Nº V.1.5.9-20-09-16.—Esta Junta Directiva acuerda
debido a la suspensión de la asamblea general extraordinaria Nº
101-2016, del día 19 de setiembre, publicada en el Diario Oficial La
La Gaceta Nº 187 — Jueves 29 de setiembre del 2016
Gaceta los días 07 y 08 de setiembre, que la misma se reprograma
para el lunes 17 de octubre del 2016, en primera convocatoria a
las 16:30 horas y en segunda convocatoria a las 17:30 horas, sita
en las instalaciones del Colegio de Profesional de Psicólogos de
Costa Rica y que tiene como punto único el Recurso de Apelación
interpuesto por el Lic. Óscar Lorenzo Chaverri Orozco, Exp. Nº 012015.
Se delega a la Licda. Carolina Mena Ramírez, Directora
Ejecutiva, proceder con la publicación en el Diario Oficial La
Gaceta.
Comunicar a la Fiscalía, al Tribunal de Honor y al Lic. Óscar
Lorenzo Chaverri Orozco. Acuerdo firme.—Junta Directiva.—
Weiner Guillén Jiménez, Presidente.—( IN2016063726 ).
2 v. 2.
COLEGIO PROFESIONAL DE PSICÓLOGOS
DE COSTA RICA
El Colegio Profesional de Psicólogos de Costa Rica, cédula
jurídica N° 3007045287.
Acuerdo Nº V1.6.11-20-09-16.
a. Esta Junta Directiva acuerda una vez confirmado el
cumplimiento del artículo 15 de la Ley Nº 6144, convocar a
la Asamblea General Extraordinaria Nº 102-2016, el día lunes
07 de noviembre del 2016, en primera convocatoria a las 16:30
horas y en segunda convocatoria a las 17:30 horas, sita en las
instalaciones del Colegio Profesional de Psicólogos de Costa
Rica, ubicado 600 metros este de la Estación de Servicio La
Galera, carretera vieja a Tres Ríos. Como punto único Recurso
de Apelación interpuesto por la Licda. Carolayn Olmazo Ríos.
Exp. Nº 16-2015.
b. Comuníquese al Tribunal de Honor, a la Fiscalía, a la Licda.
Carolayn Olmazo Ríos y a la señora Jaqueline Morales Loaiza.
Acuerdo firme.
Junta Directiva.—Weiner Guillén Jiménez, Presidente.—
( IN2016064316 ).
2 v. 2.
COLEGIO DE INGENIEROS AGRÓNOMOS DE COSTA RICA
La Junta Directiva del Colegio de Ingenieros Agrónomos de
Costa Rica, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 29 y
47, inciso b) de la Ley N° 7221, convoca, a los miembros del colegio
a la asamblea general extraordinaria que se realizará en nuestra sede
central el sábado 24 de setiembre del 2016, a partir de las 9:00 a.
m. En caso de no haber quórum a la hora indicada, la Asamblea
General se reunirá una hora después 10:00 a. m. con un mínimo de
50 miembros presentes.
El orden del día fijado para esta asamblea es el siguiente:
1. Himno Nacional.
2. Dedicado a la asamblea: Ing. Agr. Bernal Méndez Arias.
3.Conocimiento, análisis y discusión del presupuesto para el
periodo 2016-2017.
4. Aprobación del presupuesto para el periodo 2016-2017.
5. Ratificación de la cuota del presupuesto.
Los documentos para esta asamblea (memoria), versión
digital, estarán disponibles en la página web del colegio www.
ing-agronomos.or.cr a partir del lunes 19 de setiembre 2016. En
cumplimiento del acuerdo N° 6 de la asamblea 136 del 31 de enero
del 2009, no se imprimirán los documentos.
Además, se informa que el día de la asamblea las instalaciones
sociales, recreativas y deportivas permanecerán cerradas.—Junta
Directiva.—Ing, Óscar Fonseca Rojas, Presidente.—Ing. Óscar
Valladares Araya, Prosecretario.—1 vez.—( IN2016062998 ).
INMOBILIARIA MAYORGA Y ASOCIADOS S. A.
Convocatoria a asamblea general extraordinaria. Se convoca
a los accionistas de Inmobiliaria Mayorga y Asociados S. A., a la
asamblea general extraordinaria de accionistas que se celebrará
en las instalaciones de la sociedad, sitas en San José, Barrio
Rohrmoser, el día 29 de octubre del 2016, a las dieciséis horas,
en primera convocatoria, o a las diecisiete horas, en segunda
convocatoria. El único punto de la agenda será autorizar o no a la
presidenta para ofrecer y vender el inmueble 2-290288-000 a un
tercero y, en su caso, fijar la condiciones para la venta.—San José,
21 de setiembre del 2016.—María del Milagro Mayorga Acuña,
Presidenta.—1 vez.—( IN2016067499 ).
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CORPORACIÓN INDUSTRIAL TECNOLOGÍA
AVANZADA S. A.
Se convoca a los socios y socias de la empresa Corporación
Industrial Tecnología Avanzada Sociedad Anónima, con cédula de
personería jurídica número tres-ciento uno-uno siete uno seis tres
siete, a la asamblea general extraordinaria de socios el día treinta
de setiembre del dos mil dieciséis; la convocatoria será a las ocho
horas. La asamblea se celebrará en el domicilio social de la empresa,
San José, Tibás San Juan, 100 norte y 450 oeste de la municipalidad
del lugar a mano izquierda. En dicha asamblea se conocerán los
siguientes puntos del orden del día. 1. Modificación de la cláusula
sétima del pacto social: analizar los puestos de junta directiva
y valorar nombramientos y remociones de la administración. 2.
Modificación de la cláusula sétima del pacto social nombrar los
puestos de secretario y fiscal por todo el resto del plazo social.
Se extiende la convocatoria el señor Juan Augusto Hernández
Hernández, cédula de identidad número uno-cuatrocientos noventa
y siete-ochocientos setenta y ocho, Presidente.—San Juan de Tibás,
San José, 26 de setiembre del dos mil dieciséis.—Juan Augusto
Hernández Hernández, Presidente.—1 vez.—( IN2016067548 ).
PANIFICADORA INDUSTRIAS ALIMENTICIAS
LA ORQUÍDEA SOCIEDAD ANÓNIMA
Se convoca a todos accionistas de la Panificadora Industrias
Alimenticias la Orquídea Sociedad Anónima, cédula jurídica
número tres-ciento uno-doscientos setenta y seis mil cincuenta
y cinco, a la asamblea general extraordinaria, la cual se celebrará
en su domicilio social, sito en Alajuela, Atenas, Villa Atenas, de
la entrada principal, trescientos metros al oeste, a las 17:00 horas
del 28 de octubre del 2016, en primera convocatoria y en segunda
convocatoria a las 18:00 horas del mismo día, en la cual el orden del
día será el siguiente punto único: Modificación de la cláusula sétima
del pacto constitutivo y revocatoria de nombramiento.—Atenas,
26 de setiembre del 2016.—Yenny del Socorro Uribe Vásquez,
Presidenta.—1 vez.—( IN2016067806 ).
AVISOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
MACROINVERSIONES M.C., S. A.
Mediante escritura de las 11 horas del 10 de agosto del
2016, se autoriza compraventa de establecimiento comercial de
Macroinversiones M.C. S. A., cédula jurídica: tres-ciento unoquinientos sesenta y nueve mil seiscientos veinticinco, domiciliada
en Alajuela, San Ramón, Ángeles, Bajo Rodríguez, quinientos
metros al sur de la Delegación de la Fuerza Pública: Bar y
Restaurante Rancho Maderos. Se cita y emplaza a los acreedores
e interesados, para que se presenten dentro del término de quince
días, a partir de la primera publicación a hacer valer sus derechos.—
San José, 10 de agosto del 2016.—Lic. Alberto Francisco Alfaro
Sánchez, Notario.—( IN2016062057 ).
Por suscripción de un Contrato Opción de Compraventa de
Acciones de Sociedad y de Establecimiento Comercial suscrito el
día 30 de agosto del 2016 entre Ryan Bishop, cédula de residencia
N° 184001361928; Thomas Turner, pasaporte estadounidense N°
21132164, y Richard Lacey, cédula de residencia N° 182600058024,
estas personas acordaron la venta del establecimiento mercantil
denominado “Coldwell Banker-Beach Properties (Brasilito)”,
propiedad de La Jolla Beach Properties, S. A., titular de la cédula
jurídica N° 3-101-397076, así como las acciones de ésta última,
dedicado a correduría de bienes inmuebles en Playa Brasilito,
Santa Cruz, Guanacaste, Costa Rica. Con el objeto de cumplir
con lo establecido en el artículo 481 del Código de Comercio, el
precio de venta de dicho establecimiento mercantil se encontrará
depositado con el abogado y notario Alfredo Gallegos Villanea,
localizable en San Rafael de Escazú, trescientos metros Oeste
del Centro Comercial Paco, oficina trescientos seis, piso tres del
Edificio Prisma; actuando como depositario. Todos los interesados
y acreedores podrán presentarse en dichas oficinas a hacer valer sus
derechos, dentro de los quince días siguientes contados a partir de
la primera publicación.—San José, 30 de agosto del 2016.—Ryan
Bishop.—( IN2016062096 ).
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La Gaceta Nº 187 — Jueves 29 de setiembre del 2016
HOLCIM COSTA RICA S. A.
N°
Carmen Edith Chacón Serrano cédula de identidad 1-01670953; solicita la reposición de los títulos Nº 4939 Serie A por 24,769
acciones; Nº 1975 Serie F por 5,945 acciones; Nº 1862 Serie G por
6,468 acciones, todos de la sociedad de esta plaza Holcim Costa Rica
S. A., titular de la cedula jurídica número tres-ciento uno-cero cero
seis mil ochocientos cuarenta y seis (antes Industria Nacional de
Cemento S. A.); inscrita en la Sección de Personas Jurídicas bajo el
tomo cuarenta y seis, folio quinientos treinta y dos, asiento dieciocho
mil seiscientos tres; los cuales fueron extraviados. Si hubiese alguna
persona interesada en que no se haga esta reposición, favor hacerlo
saber en las oficinas del emisor en los treinta días siguientes a esta
publicación.—29 de agosto del 2016.—Lic. Luis Alejandro Álvarez
Mora, Notario.—( IN2016062503 ).
NOMBRE
CÉDULA
006436
RODRIGUEZ RODRÍGUEZ CESAR
111430632
006566
ALVARADO SANDI RONALD MAXIMO
204900577
006768
SONI CASTILLO NEETA
206480880
006816
ESPINOZA SING JEANNETTE
502030831
006882
ROJAS JIMENEZ VICTOR MANUEL
205690118
007085
VARELA ORDOÑEZ LAURA SOFIA
503710020
007117
VALERIO MADRIGAL ADRIANA DE LOS
401960879
ANGELES
007186
ROJAS ESQUIVEL CARLOS ALBERTO
112550199
007914
PEREZ MELENDEZ DIEGO ALONSO
207070822
007933
ARRIETA ROJAS MINOR
503960152
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
008114
VEGA HERNANDEZ JUAN MANUEL
113660656
CASA ESTRELLA TAHMASEBI SOCIEDAD ANÓNIMA
0AF436
GARCIA DIAZ FERNANDO
105270588
El señor Kourosh de único apellido Tahmasebi en virtud
de su nacionalidad estadounidense, portador del pasaporte de su
país número cinco cero cinco nueve cero nueve uno seis tres; y
la señora Marcie Elaine de único apellido Myers en virtud de su
nacionalidad estadounidense, portadora del pasaporte de su país
número cuatro cinco nueve ocho cinco seis ocho cinco tres, como
dueños de manera conjunta de la totalidad del capital social de la
sociedad Casa Estrella Tahmasebi Sociedad Anónima, con cédula
de persona jurídica número tres-ciento uno-seiscientos noventa
y tres mil trescientos setenta y tres (3-101-693373), tramitan la
reposición de todos los certificados de acciones emitidos al día
de hoy y que amparen acciones de dicha sociedad; lo anterior por
haberse extraviados los mismos, Cualquier persona que se considere
con derechos deberá apersonarse ante la oficina del Lic. Felipe
Esquivel Delgado, ubicada en San José, Escazú, San Rafael, Centro
Corporativo Plaza, Roble, Edificio El Pórtico, tercer piso, oficina
número tres, dentro del plazo Indicado en el artículo 709 del Código
de Comercio. Es todo.—San José, seis de setiembre del año dos mil
dieciséis. Publíquese 3 veces en el Diario Oficial La Gaceta y vez en
un Diario de Circulación Nacional.—Kourosh Tahmasebi.—Marcie
Elaine Myres.—( IN2016063082 ).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
COLEGIO DE INGENIEROS AGRONOMOS DE COSTA RICA
COMUNICA:
Que la Junta Directiva con fundamento en lo establecido en
el artículo 14 de la Ley N° 7221 y con base en la potestad que le
concede el inciso k) artículo 47 de la citada ley, acordó en su Sesión
14-2016, celebrada el 27 de junio del 2016, suspender del ejercicio
de la profesión a los siguientes colegiados:
N°
NOMBRE
CÉDULA
001413
SIBAJA QUESADA MARIA GABRIELA
203180920
001571
MARTINEZ CERDAS CLAUDIA
302250478
001978
FALLAS MORA EDGAR
104890919
002064
DIAZ MARTINEZ EDUARDO
501930719
002467
TORRES REDONDO LUIS
104910755
003533
ARIAS JIMENEZ ANTONIO RONALD
203320601
003627
SALAS SUAREZ MARCO ALEXIS
204040465
003703
DELGADO MATAMOROS SERGIO ANTONIO
700860991
004858
MENDEZ OSEGUEDA EDUARDO
108820023
004967
SALAZAR JIMENEZ EDUARDO
106830133
005728
GONZALEZ PICADO PABLO GABRIEL
107080382
005729
MAYORGA MARENCO ROSA CANDIDA
005929
MESA MUÑOZ JUAN PABLO
110470636
005975
MEJIA UREÑA IRINA YASLIN
111170609
006224
CASTILLO UMAÑA EILEEN
111240170
155811069110
0AF596
BOLAÑOS MENDEZ LUIS DIEGO
206760082
0AF643
ARAYA BONICHE LUIS ALFONSO
701660861
Así mismo informa que el Colegio efectuará la sanciones que
considere necesarias ante quien corresponda, con el propósito de
evitar que los colegiados citados ejerzan la profesión, mientras se
mantengan en su condición de suspendidos.
San José, 01 de julio del 2016.—Ing. Agr.. Oscar Fonseca
Rojas, Presidente.—Ing. For. María Lucía Valverde Muñoz,
Secretaria.—1 vez.—( IN2016062989 ).
E.I.E CORPORACIÓN SOCIEDAD ANÓNIMA
El suscrito, Eduard Haim (nombre) Betenas (apellido) de
único apellido en razón de su nacionalidad estadounidense, portador
de la cédula de residencia permanente uno ocho cuatro cero cero
cero uno ocho uno dos cero siete. Presidente con facultades de
apoderado generalísimo sin límite de suma de E.I.E Corporación
Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos
treinta y ocho mil doscientos sesenta y cuatro de conformidad
con el artículo catorce del Reglamento del Registro Nacional para
la Legalización de Libros de Sociedades Mercantiles solicita la
reposición de los libros legales: I) Registro de Socios (uno), Consejo
de Administración (uno) y Asambleas Generales (uno), en virtud
de su extravío.—San José, 25 de agosto del 2016.—Eduard Haim
Betenas, Apoderado Generalísimo.—1 vez.—( IN2016063083 ).
ASOCIACIÓN DE PEQUEÑOS PRODUCTORES
DE PLATANO DE SANTO DOMINGO DE SIQUIRRES
Yo, Mario Breckenridge Lobo, cédula N° 1-488-434, en
mi calidad de presidente y representante legal de la Asociación
de Pequeños Productores de Plátano de Santo Domingo de
Siquirres, cédula de persona jurídica N° 3-002-555028, solicito al
Departamento de Asociaciones del Registro de Personas Jurídicas
la Reposición del Libro Número Uno de Actas de Asamblea
General de Asociados, el cual fue extraviado. Se emplaza por
ocho días hábiles a partir de la publicación a cualquier interesado
a fin de oír objeciones ante el Registro de Asociaciones.—San
José, 7 de setiembre del 2016.—Mario Breckenridge Lobo,
Presidente.—1 vez.—( IN2016063212 ).
COMERCIAL INDUSTRIAL Y DE SERVICIOS COSTA RICA
CISCOSA SOCIEDAD ANÓNIMA
La suscrita Carol Giselle Guillén Leiva, mayor, casada una
vez, gerente administrativa, vecina de San José, calle blancos de la
plaza de deportes trescientos norte, cien este y setenta y cinco norte,
cédula de identidad número ocho-cero sesenta y seis-novecientos
noventa y cinco, en mí calidad de apoderada generalísimo sin
límite de suma de la sociedad denominada Comercial Industrial y
de Servicios Costa Rica Ciscosa Sociedad Anónima, cédula jurídica
número tres-ciento uno-quinientos cincuenta y nueve mil sesenta
y cuatro, está realizando la reposición por extravío de los libros de
actas de registro de accionistas, libro de actas asambleas generales
La Gaceta Nº 187 — Jueves 29 de setiembre del 2016
y libro de actas de junta directiva. Se escuchan oposiciones ante
el Registro Público Nacional.—San José, cinco de setiembre
del dos mil dieciséis.—Carol Giselle Guillén Leiva, Apoderada
Generalísima.—1 vez.—( IN2016063216 ).
Inversiones Automotrices Oreamuno S. A., cédula
jurídica 3-101-710286 realiza reforma del artículo noveno de
sus estatutos. Presidente: Eduardo Oreamuno Santamaría.—1
vez.—( IN2016063099 ).
Por escritura que autoricé a las nueve horas de hoy, se
protocoliza acta de la sociedad Inversiones C G R S. A., por la
cual se reforma la cláusula 5° del pacto social.—Tres Ríos, 7 de
setiembre del 2016.—Lic. Rigoberto Coto Abarca, Notario.—1
vez.—( IN2016063101 ).
Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas treinta
minutos del seis de setiembre del dos mil dieciséis, protocolicé
acta de Isabel María S. A., de las diez horas treinta minutos
del tres de setiembre del dos mil dieciséis, mediante la cual
se reforma la cláusula sétima.—Licda. Andrea Morúa Vega,
Notaria.—1 vez.—( IN2016063103 ).
Por escritura otorgada en esta fecha por esta notaría,
se constituye la sociedad denominada Especialistas en
Mantenimiento de la Construcción Xperts S. A.—San
José, 01 de agosto del dos mil dieciséis.—Lic. Jorge Sánchez
Garbanzo, Notario.—1 vez.—( IN2016063104 ).
Por escritura de protocolización de acta, otorgada ante esta
notaría, a las 14:00 horas del 7 de setiembre del 2016 de la empresa
Sogauno S. A., se reformaron las cláusulas segunda domicilio, sexta
administración.—Belén, Heredia, 7 de setiembre del 2016.—Lic.
Daniel Murillo Rodríguez, Notario.—1 vez.—( IN2016063106 ).
Por escritura de las 11:00 horas de hoy se protocolizó acta
de la sociedad Inversión Central S. A., en la que se modifica
la cláusula primera y séptima de los estatutos.—San José, 7 de
setiembre del 2016.—Lic. Bernal Chavarría Herrera, Notario.—1
vez.—( IN2016063107 ).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 16:00 horas
del día 5 de septiembre del 2016, se constituyó la empresa
denominada RE VI VA S. A., capital social diez mil colones,
mediante aporte de bienes muebles e inmuebles. Presidenta:
Virginia González Campos, cédula N° 4-155-442.—Belén,
Heredia, 5 de setiembre del 2016.—Lic. Daniel Murillo
Rodríguez, Notario.—1 vez.—( IN2016063108 ).
Por escritura de protocolización de acta, otorgada ante esta
notaría, a las 11 horas del 06 de setiembre del 2016 de la empresa
Empresas Saurios S. A., se reformaron las cláusulas segunda
domicilio, quinta, capital social, sexta ejercicio económico, y sétima
administración, se nombró nueva junta directiva y fiscal.—Belén,
Heredia, 06 de setiembre del 2016.—Lic. Daniel Murillo Rodríguez,
Notario.—1 vez.—( IN2016063112 ).
Por escritura de las once horas del doce de agosto del dos
mil dieciséis, se constituyó la sociedad denominada Detectives
Privados y Sistemas de Seguridad B Y B Limitada, cuyo
domicilio es la ciudad de Heredia, su objeto el comercio, su
plazo social noventa y nueve años, capital social de cincuenta mil
colones y su representación corresponde a dos gerentes.—San José,
8 de setiembre del 2016.—Lic. Edgar Omar Belloso Montoya,
Notario.—1 vez.—( IN2016063117 ).
Ante la notaría del suscrito Lic. Álvaro Alcibiales Moya
Ramírez, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria
de la sociedad Deca Producciones, en la que se modificaron las
cláusulas D y B del pacto constitutivo.—San José, siete de setiembre
del año dos mil dieciséis.— Lic. Álvaro Alcibiales Moya Ramírez,
Notario.—1 vez.—( IN2016063125 ).
Ante la notaría del Lic. Víctor Manuel González Loría,
mediante escritura número ciento cuarenta y tres, visible al folio
del sesenta y nueve vuelto, del tomo sexto del protocolo del suscrito
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notario, de fecha diecisiete horas del día diecisiete de agosto del año
dos mil dieciséis, se constituye la sociedad anónima denominada
Rutas Costa Rica Sociedad Anónima, con domicilio en Santa
Elena de Monteverde de Puntarenas en el Hotel Tucán.—San José
ocho de setiembre del año dos mil dieciséis.—Lic. Víctor Manuel
González Loría, Notario.—1 vez.—( IN2016063129 ).
Quien suscribe Lic. Rodrigo Bonilla Gamboa notario público,
cédula 3-289-454, hace de conocimiento público la solicitud hecha
ante su notaria del representante legal de la sociedad denominada
Transportes Paracito S. A, cédula jurídica número: 3- 101054120, para tramitar ante el Registro Nacional Sección Mercantil
la reposición y autorización de legalización por extravío del Tomo
uno del Libro de Registro de Socios, Libro de Actas de Asamblea
de Socios y Libro de Actas del Consejo de Administración, de
la sociedad antes indicada. Cualquier oposición a dicho acto se
atenderá en San José del Hospital de la Mujer 100 metros al este
y 25 metros al sur, Bufete Bonilla & Asociados. Es todo.—San
José, 07 de setiembre del dos mil dieciséis.—Lic. Rodrigo Bonilla
Gamboa, Notario.—1 vez.—( IN2016063133 ).
Por escritura otorgada en mi notaría a las 15:00 horas del 6 de
setiembre del 2016, se constituyó la empresa denominada Yeye y
Chalo Empresa Individual de Responsabilidad Limitada. Plazo
social 99 años. Capital empresarial 1000 colones.—Heredia 6 de
setiembre del dos mil dieciséis.—Licda. Marjorie Morales Acosta,
Notaria.—1 vez.—( IN2016063135 ).
Ante esta notaría mediante escritura N° 284-01 de
las 10:00 horas del 30 de agosto del 2016, se constituyó la
Fundación Paz y Bien sin fines de lucro, con plazo social
a perpetuidad, junta administrativa conformada por cinco
directores: presidente, secretario, tesorero y dos vocales. El
presidente tendrá las facultades de apoderado general sin límite
de suma.—San José, 30 de agosto del 2016.—Licda. Yorleni
Carballo Gómez, Notaria.—1 vez.—( IN2016063138 ).
Ante esta notaría han comparecido Douglas Castro
Villarevia, Sindy Nathalia Méndez Zamora y María Mayela
Villarevia Marín, a constituir la sociedad denominada
Parrillada Latina Sociedad Anónima, capital social: mil
colones; plazo social: cincuenta años; representación conjunta
del presidente y secretario, presidente: Douglas Castro
Villarevia.—San José, 08 de setiembre del 2016.—Lic. Luis
Diego Araya González, Notario.—1 vez.—( IN2016063146 ).
En mi notaría, mediante escritura número 10 de las 19:00
horas del 23 de agosto de 2016, se constituyó la sociedad Chrimar
de Costa Rica S. A. Capital social de diez mil colones, pagados por
los socios mediante la aportación de bienes muebles.—San José,
23 de agosto de 2016.—Licda. Monique María Zeller van Engelen,
Notaria.—1 vez.—( IN2016063150 ).
Por escritura otorgada ante mi notaría en Heredia, a las 13
horas del 06 de setiembre del 2016, se constituyó la sociedad
denominada Merk2 Creativos Sociedad Anónima, pudiendo
abreviarse Merk2 Creativos S. A., cuyo nombre es propio y de
fantasía. Plazo: 99 años. Capital: Totalmente suscrito y pagado.
Domicilio: Cubujuquí de Heredia, del Liceo Samuel Sáenz Flores,
200 metros norte y 350 metros oeste, edificio de dos plantas, segunda
planta. Objeto: Importación y exportación de bienes de comercio,
negocio inmobiliario y comercio en general. Presidenta: María
Fernanda Mora Escalante, cédula 4-0201-0841.—Lic. Manuel
Antonio Víquez Jiménez, Notario.—1 vez.—( IN2016063161 ).
Ante esta notaría, se protocolizó el acta número uno, de
asamblea general extraordinaria de accionistas de tres-ciento unocinco seis ocho cero nueve cero Sociedad Anónima, celebrada,
el día veinticuatro de julio del dos mil dieciséis; mediante la
cual, por acuerdo unánime de socios, se acordó la disolución
de la misma. Si existieran oposiciones formularlas al domicilio
social de la empresa, Río Segundo de Alajuela veinticinco
metros oeste, del templo católico.—San José, veintiocho de
agosto del dos mil dieciséis.—Licda. María del Rocío Cortes
Arias, Notaria.—1 vez.—( IN2016063162 ).
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La Gaceta Nº 187 — Jueves 29 de setiembre del 2016
Ante esta notaría, se protocolizó el acta número uno de
asamblea general extraordinaria de accionistas de Tres-Ciento
Uno-Seis Uno Nueve Cinco Ocho Uno Sociedad Anónima,
celebrada el veinticuatro de julio del dos mil dieciséis; mediante
la cual, por acuerdo unánime de socios, se acordó la disolución de
la misma. Si existieran oposiciones formuladas al domicilio social
de la empresa, Río Segundo de Alajuela, veinticinco metros oeste
del Templo Católico.—San José, veintiocho de agosto del dos mil
dieciséis.—Licda. María del Roció Cortés Arias, Notaria.—1 vez.—
( IN2016063163 ).
El suscrito notario público, Eduardo Rojas Piedra, hago
constar que por medio de la escritura 151-4 de las 9:00 horas
del 7 de setiembre del 2016, se protocolizó acta de la sociedad
Inversiones Sombri, S. A., por medio de la cual se reforma la
cláusula del domicilio, administración y representación.—San José,
8 de marzo del 2016.—Lic. Eduardo Rojas Piedra, Notario.—1
vez.—( IN2016063177 ).
El suscrito notario público, Eduardo Rojas Piedra, hago
constar que por medio de la escritura 150-4, de las 8:00 del
7 de setiembre del 2016, se protocolizó acta de la sociedad
Súper Carnes Seley S. A., por medio de la cual se reforma
la cláusula del domicilio, administración y representación.—
San José, 8 de marzo del 2016.—Lic. Eduardo Rojas Piedra,
Notario.—1 vez.—( IN2016063180 ).
Por escritura otorgada ante mí, a las catorce horas del día siete
del mes de setiembre del año dos mil dieciséis, se nombró nueva junta
directiva de la sociedad Inversiones Cataza del Valle Sociedad
Anonima, cédula de persona jurídica número tres-ciento unocuatrocientos cuarenta y nueve mil doscientos dieciséis.—Licda.
Florita Vásquez Calderón, Notaria.—1 vez.—( IN2016063182 ).
Mediante escritura de las 16 horas 00 minutos del 2 de
setiembre del 2016, se constituyó la sociedad denominada
Pinturas La Paleta Sociedad Anónima.—San José, 2 de
setiembre del 2016.—Lic. Randall Tamayo Oconitrillo,
Notario.—1 vez.—( IN2016063189 ).
El suscrito notario hago constar que en esta notaría se
protocolizó la asamblea general extraordinaria de la empresa Ati
Costa Rica Sociedad Anónima, con cedula jurídica número tresciento uno-quinientos cincuenta y cinco mil ochocientos sesenta y
ocho, a las catorce horas del siete de setiembre del dos mil dieciséis,
acordando unánimemente reformar la representación. Es todo.—
San José, siete de setiembre del dos mil dieciséis.—Lic. Hermmoth
Rothe P, Notario.—1 vez.—( IN2016063190 ).
Por escritura número 146-11, otorgada ante esta notaría a las a
las 09:00 horas del 7 de setiembre del año 2016, se protocolizó acta
de asamblea general de la sociedad Grand Yellow Bear Property
Holdings S. A., mediante la cual se reformó el domicilio social.—
San José, 7 de setiembre del 2016.—Lic. Jorge F. Baldioceda
Baltodano, Notario.—1 vez.—( IN2016063191 ).
NDSNG Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica
número tres-ciento uno-cuatrocientos cincuenta y un mil doscientos
ochenta, modifica el domicilio social y representación judicial y
extrajudicial de la citada sociedad.—Lic. Luis Diego Chaves Solís,
Notario.—1 vez.—( IN2016063195 ).
Costa Rica Moto Adventure Tours Limitada, cédula de
persona jurídica número tres-ciento dos-quinientos treinta y cinco
mil ciento treinta y siete, modifica el domicilio social, representación
judicial y extrajudicial de la citada sociedad, además acepta la
renuncia de los dos gerentes actuales y en su lugar nombra un nuevo
gerente por el resto del plazo social.—Lic. Luis Diego Chaves Solís,
Notario.—1 vez.—( IN2016063202 ).
Transportes Turísticos Melson Sociedad Anónima, cédula
de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos setenta y
ocho mil quinientos nueve, nombra por el resto del plazo social,
un nuevo secretario y además modifica la representación judicial y
extrajudicial de la citada sociedad.—Lic. Luis Diego Chaves Solís,
Notario.—1 vez.—( IN2016063203 ).
Protocolización de acta número siete de asamblea general
extraordinaria de la sociedad Comercializadora JS Asociados
Colombianos Sociedad de Responsabilidad Limitada, con cédula
de persona jurídica número tres-ciento dos-seiscientos sesenta y un
mil novecientos cincuenta y uno, cambio de gerente de junta directiva
y accionista. Escritura otorgada en la ciudad de Heredia a las quince
horas del treinta y uno de agosto del año 2016.—Lic. Gerardo
Alonso Benavides Sánchez, Notario.—1 vez.—( IN2016063204 ).
Ante esta notaría, bajo la escritura doscientos quince- uno de
las once horas con treinta minutos del día treinta de agosto del dos
mil dieciséis, el acta número diez de la Compañía Despacho de
Tornillos Herramientas y Materiales Sociedad Anónima. Donde
se modifica la cláusula segunda y se elige nueva junta directiva.—
San José 30 de agosto del año 2016.—Licda. Darlyn María Caballero
García, Notaria.—1 vez.—( IN2016063205 ).
Por escritura otorgada ante esta notaría, se protocolizó acta de
asamblea general extraordinaria de accionistas de Condominios Cr
veintinueve Bibijagua Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101318293. Los socios acuerdan disolver y liquidar la sociedad.—San
José, siete de setiembre del dos mil dieciséis.—Licda. Marianella
Quesada Brenes, Notaria.—1 vez.—( IN2016063206 ).
Tinaco de San José S. A., reforma cláusula sexta
sobre la administración, y se nombra presidente, secretario y
tesorero. Escritura otorgada en Alajuela, a las 10:00 horas del
08 de setiembre de 2016.—Licda. Monika Valerio de Ford,
Notaria.—1 vez.—( IN2016063209 ).
Por escritura otorgada hoy se protocolizó acta de asamblea
de Inmobiliaria Paseo del Sol Número Veintiséis Sociedad
Anónima, cédula número tres-ciento uno-seiscientos mil treinta y
cinco, se modifican estatutos.—San José, dos de setiembre del dos
mil dieciséis.—Lic. Steve Miguel Monge González, Notario.—1
vez.—( IN2016063210 ).
Ante esta notaría se constituyó la sociedad Centro de
Cuidado Personal Women & Men Arel Sociedad Anonima, y se
reformó la cláusula cuarta del pacto constitutivo siendo que el plazo
social será hasta el treinta de setiembre del dos mil dieciséis.—Lic.
Walter Solís Amen, Notario.—1 vez.—( IN2016063211 ).
Por escritura otorgada a las catorce horas del diecisiete
de junio dos mil dieciséis, protocolizo acta de creación
de sociedad anónima” presentes los señores Ángela María
Jiménez Trujillo, Laura Vanesa Hortúa Forero, Gustavo
Alejandro Hortúa Forero y Alcira Forero González, mediante
la cual se crea y se constituye una sociedad anónima.—San
Ramón, siete de setiembre del dos mil dieciséis.—Lic. José
Rafael Ortiz Carvajal, Notario.—1 vez.—( IN2016063213 ).
Mediante escritura autorizada por mí, a las 14:00 del 12
de agosto de 2016, se protocolizó el acta de la asamblea general
ordinaria y extraordinaria de Grupo CDISA DCR Sociedad
Anónima, cédula de persona jurídica número 3-101-670808;
mediante la cual se acordó aumentar su capital social.—San José,
7 de setiembre del 2016.—Lic. Carlos Manuel Valverde Retana,
Notario.—1 vez.—( IN2016063215 ).
En mi notaría el día 26 de agosto del 2016 se protocolizó
acta de reformas al pacto constitutivo de la sociedad Inversiones
Jomalca Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-183861.—Lic.
Luis Charpentier Acuña, Notario.—1 vez.—( IN2016063217 ).
Al ser las ocho horas del cinco de setiembre del dos mil
dieciséis escritura ciento sesenta y nueve-nueve folio noventa
vuelto, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de
socios de la entidad denominada Quinta Acoyapa AYG Limitada.
Se acuerda la disolución y liquidación de la sociedad.—Lic. Allan
Salazar López, Notario.—1 vez.—( IN2016063218 ).
En esta notaría, a las 19:00 horas del 30 de agosto del
2016, mediante escritura número 76 del tomo 7, se constituyó
CRI Sinergia Comercial S. A. El presidente y el vicepresidente
son los representantes judiciales y extrajudiciales, como
La Gaceta Nº 187 — Jueves 29 de setiembre del 2016
apoderados generalísimos sin límite de suma. Un gerente
general es apoderado general sin límite de suma.—San
Lorenzo de Flores, 8 de setiembre del 2016.—Max Alonso
Víquez García, Notario.—1 vez.—( IN2016063220 ).
Por escritura otorgada ante esta notaría, el día primero de
abril del dos mil dieciséis, se modifica nombre de la sociedad tresciento dos-quinientos veintiún mil trescientos setenta a Dos Rams
de Centro América Limitada.—San José, 5 de agosto del 2016.—
Licda. Alba Iris Ortiz Recio, Notario.—1 vez.—( IN2016063222 ).
A las 8:00 horas del 16 de diciembre del 2015, se modificaron
las cláusulas 2° y 6° del pacto constitutivo de la empresa A&M
Consultores Jurídicos Independientes S. A., cédula jurídica
3-101-328360.—San José, 22 de agosto del 2016.—Licda. Elive
Estela Muñoz Villafuerte, Notaria.—1 vez.—( IN2016063234 ).
Ante esta notaría se protocolizó el acta de la sociedad CR
Testing Associates Sociedad Anónima, cédula jurídica número
tres-ciento uno-quinientos veinte mil doscientos setenta y tres, en
donde se reformó la cláusula sexta del pacto constitutivo.—San José,
07 de setiembre del 2016.—Lic. Luis Garino Granados, Notario.—1
vez.—( IN2016063245 ).
Por escritura número ciento cuarenta y ocho-trece, otorgada
a las siete horas del siete de setiembre del dos mil dieciséis,
protocolizo los acuerdos de la asamblea general extraordinaria de
accionistas de la empresa: Porto Fiore S. A., cédula de persona
jurídica número: tres-ciento uno-quinientos sesenta y nueve mil
cuarenta y cinco, en donde se reforma el domicilio social.—San
José, siete de setiembre del dos mil dieciséis.—Lic. Luis Fernando
Castro Gómez, Notario.—1 vez.—( IN2016063277 )
Mediante escritura número 97, otorgada ante el suscrito
notario, a las once horas treinta minutos del treinta de agosto
de dos mil dieciséis, se constituye la sociedad En Busca de La
Verdad Sociedad Anónima.—San José, primero de setiembre
de dos mil dieciséis.—Lic. Frank Carlos Araya Kaudsen,
Notario.—1 vez.—( IN2016063296 ).
Mediante escritura otorgada en ésta notaría a las diecisiete
horas cero minutos del día treinta y uno de agosto del dos mil
dieciséis, se reforma la cláusula quinta del pacto constitutivo en
virtud de un aumento de capital de la entidad denominada Venko
Frigore S. A.—San José, 02 de septiembre del 2016.—Lic.
Alejandro Vargas Alfaro, Notario.—1 vez.—( IN2016063297 ).
Por escritura número ciento diecinueve-tres se
protocolizó acta de asamblea ordinaria extraordinaria de socios
de la sociedad denominada Constructora Teribe S. A., cédula
de persona jurídica número tres-ciento uno-setecientos once
mil ochocientos diecisiete, donde se reforman las cláusulas
segunda y octava del pacto constitutivo.—San José ocho de
setiembre del dos mil dieciséis.—Lic. Derroy Jeiner Navas
Beita, Notario.—1 vez.—( IN2016063306 ).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario a las 13:00
horas del 07 de setiembre de 2016 se modificó la cláusula segunda
y sexta del pacto constitutivo de Burmax Limitada, cédula jurídica
3-102-120894. Notaría del Lic. Federico Truque Arias, en San José,
Escazú, Plaza Roble, Edificio Los Balcones, cuarto piso, oficinas
Zurcher Odio & Raven.—San José, 07 de setiembre de 2016.—Lic.
Federico Truque Arias, Notario.—1 vez.—( IN2016063316 ).
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Por escritura otorgada ante esta notaría a las diez horas
del día ocho de setiembre del año en curso, se modificó la
cláusula cuarta de los estatutos de la sociedad Mañanero
Rojizo Real Estates Investments Sociedad Anonima.—San
José, 8 de setiembre del 2016.—Lic. Juan Carlos Hernández
Jiménez, Notario.—1 vez.—( IN2016063345 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15
horas 00 minutos del 11 de julio del 2016, se constituyó la
sociedad denominada Lichtenberger & Senno Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de julio del
2016.—Lic. Mario Eduardo Salazar Camacho, Notario.—1
vez.—CE2016008738.—( IN2016065101 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas
00 minutos del 11 de julio del 2016, se constituyó la sociedad
denominada Heymar Sociedad Anónima.—San José, 11 de julio
del 2016.—Licda. Ana Gabriela Acevedo Rivera, Notario.—1
vez.—CE2016008739.—( IN2016065102 )
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas
00 minutos del 11 de julio del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Proyectos Oasis Reforestación Sociedad Anónima.—
San José, 11 de julio del 2016.—Lic. Luis Bernardo Parini Segura,
Notario.—1 vez.—CE2016008740.—( IN2016065103 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas
00 minutos del 07 de julio del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Casa de Importaciones Los Andes Internacional
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de
julio del 2016.—Licda. Raquel Reyes Arias, Notario.—1 vez.—
CE2016008741.—( IN2016065104 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09
horas 30 minutos del 12 de julio del año 2016, se constituyó la
sociedad denominada Inmobiliaria Alfaro Morales CR Sociedad
Anónima.—San José, 12 de julio del 2016.—Lic. Fernando Jiménez
Mora, Notario.—1 vez.—CE2016008777.—( IN2016065140 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas
00 minutos del 07 de julio del 2016, se constituyó la sociedad
denominada Número Cédula Jurídica Sociedad Anónima.—San
José, 12 de julio del 2016.—Licda. Leticia María Molina Blanco,
Notaria.—1 vez.—CE2016008779.—( IN2016065142 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08
horas 30 minutos del 17 de junio del año 2016, se constituyó
la sociedad denominada Mainland Cargo Capital Group
Sociedad Anónima.—San José, 12 de julio del 2016.—
Lic. Edgar Alberto García Quirós, Notario.—1 vez.—
CE2016008782.—( IN2016065145 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11
horas 00 minutos del 06 de julio del año 2016, se constituyó la
sociedad denominada Bacco Limitada.—San José, 12 de julio del
2016.—Lic. Juan Antonio Casafont Álvarez, Notario.—1 vez.—
CE2016008785.—( IN2016065148 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas
00 minutos del 06 de julio del 2016, se constituyó la sociedad
denominada Grupo Arrocero San Roque Sociedad Anónima.—
San José, 12 de julio del 2016.—Lic. Johan Castillo Umaña,
Notario.—1 vez.—CE2016008786.—( IN2016065149 ).
Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 14:00 horas
del día de hoy, se constituyó la sociedad Ole Media S. A.
Capital social íntegramente suscrito y pagado.—San José,
7 de setiembre del 2016.—Licda. Mariela Mora Morales,
Notaria.—1 vez.—( IN2016063320 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas
00 minutos del 08 de julio del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Representaciones Exclusivas Arzus Sociedad
Anónima.—San José, 12 de julio del 2016.—Licda. Kattia Mena
Abarca, Notario.—1 vez.—CE2016008798.—( IN2016065161 ).
Ante esta notaría se protocolizó el acta de la sociedad Jaye
Investments CR Sociedad Anónima, con cédula de persona
jurídica número, tres-ciento uno-trescientos cincuenta y nueve
mil quinientos, en donde se reformó la cláusula tercera del pacto
constitutivo.—San José, 11 de agosto del 2016.—Lic. Luis Garino
Granados, Notario.—1 vez.—( IN2016063321 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas
00 minutos del 12 de julio del 2016, se constituyó la sociedad
denominada Foresta Desarrollos Inmobiliarios Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de julio del 2016.—Lic.
César Augusto Mora Zahner, Notario.—1 vez.—CE2016008799.—
( IN2016065162 ).
Pág 36
La Gaceta Nº 187 — Jueves 29 de setiembre del 2016
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas
05 minutos del 07 de julio del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Billnet Solutions Sociedad Anónima.—San José, 12
de julio del 2016.—Licda. Marjorie Arroyo Ocampo, Notaria.—1
vez.—CE2016008800.—( IN2016065163 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas
30 minutos del 12 de julio del 2016, se constituyó la sociedad
denominada Thomas Preschool Sociedad Anónima.—San José,
12 de julio del 2016.—Licda. Laura Daniela Fernández Mora,
Notaria.—1 vez.—CE2016008801.—( IN2016065164 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas
30 minutos del 01 de junio del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Inmobiliaria Statera CJL Sociedad Anónima.—San
José, 12 de julio del 2016.—Lic. Geiner Enrique Molina Fernández,
Notario.—1 vez.—CE2016008802.—( IN2016065165 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13
horas 24 minutos del 22 de junio del año 2016, se constituyó
la sociedad denominada Constructora y Consultoría
Vega Sociedad Anónima.—San José, 12 de julio del
2016.—Lic. Wilberth Picado Portuguez, Notario.—1 vez.—
CE2016008803.—( IN2016065166 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas
00 minutos del 08 de julio del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Seguridad Limpieza y Afines SELIAFI Sociedad
Anónima.—San José, 12 de julio del 2016.—Lic. William Quiel
Rivera, Notario.—1 vez.—CE2016008804.—( IN2016065167 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas
00 minutos del 12 de julio del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Comercializadora de Carne M D L Sociedad
Anónima.—San José, 12 de julio del 2016.—Lic. Luis Adrián Quirós
Carmona, Notario.—1 vez.—CE2016008805.—( IN2016065168 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas
00 minutos del 30 de junio del 2014, se constituyó la sociedad
denominada Inversiones Rcelulas Sociedad Anónima.—San José,
12 de julio del 2016.—Licda. Karol Cristina Guzmán Ramírez,
Notaria.—1 vez.—CE2016008806.—( IN2016065169 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13
horas 00 minutos del 11 de julio del año 2016, se constituyó
la sociedad denominada Seguridad Integral El Coyote de
La Bajura Sociedad Anónima.—San José, 12 de julio del
2016.—Lic. Carlos Alberto Berrocal Arias, Notario.—1
vez.—CE2016008807.—( IN2016065170 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a
las 16 horas 00 minutos del 07 de julio del año 2016, se
constituyó la sociedad denominada Familia Elizondo Lobo
de Occidente Sociedad Anónima.—San José, 12 de julio
del 2016.—Licda. Isel Robles Villalobos, Notaria.—1 vez.—
CE2016008808.—( IN2016065171 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas
00 minutos del 11 de julio del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Inmobiliaria Hermanos H Dos Sociedad Anónima.—
San José, 12 de julio del 2016.—Lic. Luis Paulino Salas Rodríguez,
Notario.—1 vez.—CE2016008809.—( IN2016065172 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15
horas 45 minutos del 12 de julio del año 2016, se constituyó la
sociedad denominada Dandelion Life Investments Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de julio del 2016.—
Licda. Isabel Cristina Córdoba Hidalgo, Notario.—1 vez.—
CE2016008810.—( IN2016065173 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
15 horas 00 minutos del 12 de julio del 2016, se constituyó
la sociedad denominada Os & Os Fitness Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de julio del
2016.—Lic. Pablo Bogarín Bustamante, Notario.—1 vez.—
CE2016008811.—( IN2016065174 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09
horas 00 minutos del 11 de julio del año 2016, se constituyó
la sociedad denominada Consultora Cavalceta Vargasgroup
Sociedad Anónima.—San José, 12 de julio del 2016.—
Licda. Marta Viviana Corrales Trejos, Notaria.—1 vez.—
CE2016008812.—( IN2016065175 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17
horas 00 minutos del 19 de julio del año 2016, se constituyó
la sociedad denominada Motorepuestos Ramírez & Barboza
Sociedad Anónima.—San José, 19 de julio del 2016.—
Lic. Douglas Mauricio Marín Orozco, Notario.—1 vez.—
CE2016009141.—( IN2016065176 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas
00 minutos del 19 de julio del 2016, se constituyó la sociedad
denominada Desarrollos MQR Sociedad Anónima.—San José, 20
de julio del 2016.—Lic. Geovanny Astúa Arce, Notario.—1 vez.—
CE2016009142.—( IN2016065177 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas
00 minutos del 19 de julio del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Complete CRC Vacations Sociedad Anónima.—San
José, 20 de julio del 2016.—Lic. Adolfo Rojas Breedy, Notario.—1
vez.—CE2016009143.—( IN2016065178 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas
00 minutos del 20 de julio del 2016, se constituyó la sociedad
denominada Sport Fishing Cinco Cero Seis Limitada.—San
José, 20 de julio del 2016.—Lic. Óscar Manuel Funes Orellana,
Notario.—1 vez.—CE2016009144.—( IN2016065179 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas
00 minutos del 20 de julio del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada M A J U C H A Sociedad Anónima.—San José, 20
de julio del 2016.—Lic. Víctor Manuel Soto Piatkina, Notario.—1
vez.—CE2016009145.—( IN2016065180 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas
00 minutos del 14 de julio del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada El Fincamiento de la Amapola Sociedad Anónima.—
San José, 20 de julio del 2016.—Lic. Francisco Esquivel Sánchez,
Notario.—1 vez.—CE2016009146.—( IN2016065181 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas
00 minutos del 19 de julio del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Elmode Sociedad Anónima.—San José, 20 de julio
del 2016.—Lic. Luis Ricardo Garino Granados, Notario.—1 vez.—
CE2016009147.—( IN2016065182 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas
00 minutos del 19 de julio del 2016, se constituyó la sociedad
denominada Consultora Campo Sociedad Anónima.—San José,
20 de julio del 2016.—Lic. Luis Guillermo Murillo Rodríguez,
Notario.—1 vez.—CE2016009148.—( IN2016065183 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas
30 minutos del 15 de julio del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Anna D J A Limitada.—San José, 20 de julio
del 2016.—Lic. Gabriel Chaves Ledezma, Notario.—1 vez.—
CE2016009149.—( IN2016065184 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas
00 minutos del 15 de julio del 2016, se constituyó la sociedad
denominada Yago Sociedad Anónima.—San José, 20 de julio
del 2016.—Lic. Mauricio Alvarado Prada, Notario.—1 vez.—
CE2016009150.—( IN2016065185 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas
00 minutos del 24 de junio del 2016, se constituyó la sociedad
denominada Espacio Constructivo Sociedad Anónima.—San
José, 20 de julio del 2016.—Lic. Juan Manuel Gómez Mora,
Notario.—1 vez.—CE2016009151.—( IN2016065186 ).
La Gaceta Nº 187 — Jueves 29 de setiembre del 2016
Pág 37
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas
00 minutos del 09 de julio del 2016, se constituyó la sociedad
denominada Ito Kids Sociedad de Responsabilidad Limitada.—
San José, 20 de julio del 2016.—Lic. Roldan Morales Novoa,
Notario.—1 vez.—CE2016009152.—( IN2016065187 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas
00 minutos del 19 de julio del 2016, se constituyó la sociedad
denominada Legendarios Costa Rica Sociedad Anónima.—San
José, 20 de julio del 2016.—Lic. Santiago Eduardo Arguedas Pitti,
Notario.—1 vez.—CE2016009164.—( IN2016065199 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas
00 minutos del 17 de julio del 2016, se constituyó la sociedad
denominada Beyco Suministros Limitada.—San José, 20 de julio
del 2016.—Licda. Karla Vanessa Corrales Gutiérrez, Notaria.—1
vez.—CE2016009153.—( IN2016065188 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 07 horas
00 minutos del 20 de julio del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Inversiones El Izote Sociedad Anónima.—San José,
20 de julio del 2016.—Lic. Jorge Julián Ortega Volio, Notario.—1
vez.—CE2016009165.—( IN2016065200 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas
00 minutos del 13 de julio del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Inversiones Anjuma Car Sociedad Anónima.—San
José, 20 de julio del 2016.—Lic. Eduardo Sancho Arce, Notario.—1
vez.—CE2016009154.—( IN2016065189 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas
00 minutos del 15 de julio del 2016, se constituyó la sociedad
denominada Motoracing Sociedad Anónima.—San José, 20 de
julio del 2016.—Lic. Enrique Alvarado Peñaranda, Notario.—1
vez.—CE2016009166.—( IN2016065201 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 06 horas
00 minutos del 19 de julio del 2016, se constituyó la sociedad
denominada Corporación Nesyrosa Sociedad Anónima.—San
José, 20 de julio del 2016.—Lic. Santiago Eduardo Arguedas Pitti,
Notario.—1 vez.—CE2016009155.—( IN2016065190 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13
horas 00 minutos del 13 de junio del 2016, se constituyó
la sociedad denominada C Y C Cacor Sociedad Anónima
Sociedad Anónima.—San José, 20 de julio del 2016.—
Lic. Jonatan Javier López Arias, Notario.—1 vez.—
CE2016009167.—( IN2016065202 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas
00 minutos del 15 de julio del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Optosolutions Sociedad Anónima.—San José, 20 de
julio del 2016.—Licda. Grace Calderón Garita, Notaria.—1 vez.—
CE2016009156.—( IN2016065191 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17
horas 00 minutos del 14 de julio del año 2016, se constituyó
la sociedad denominada Constructora y Desarrolladora
Huguet Sociedad Anónima.—San José, 20 de julio del
2016.—Lic. Carlos Josué Morales Fallas, Notario.—1 vez.—
CE2016009157.—( IN2016065192 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas
00 minutos del 19 de julio del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Falcon Professional Security Services Sociedad
Anónima.—San José, 20 de julio del 2016.—Lic. Juan Luis Calderón
Castillo, Notario.—1 vez.—CE2016009168.—( IN2016065203 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas
00 minutos del 20 de julio del 2016, se constituyó la sociedad
denominada Inversiones M A J U C H A Sociedad Anónima.—
San José, 20 de julio del 2016.—Lic. Víctor Manuel Soto Piatkina,
Notario.—1 vez.—CE2016006196.—( IN2016065204 ) .
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
15 horas 00 minutos del 19 de julio del 2016, se constituyó
la sociedad denominada Inversiones Ajular Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de julio del
2016.—Lic. Gonzalo Eduardo Fajardo Lee, Notario.—1
vez.—CE2016009158.—( IN2016065193 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
13 horas 30 minutos del 12 de julio del 2016, se constituyó
la sociedad denominada Grupo Empresarial Murillo y
Asociados Sociedad Anónima.—San José, 20 de julio del
2016.—Licda. Angie María Rodríguez Ugalde, Notaria.—1
vez.—CE2016009170.—( IN2016065205 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas
00 minutos del 24 de junio del 2016, se constituyó la sociedad
denominada Espacio Constructivo V R Sociedad Anónima.—
San José, 20 de julio del 2016.—Lic. Juan Manuel Gómez Mora,
Notario.—1 vez.—CE2016009159.—( IN2016065194 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas
15 minutos del 01 de julio del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Pediagen Sociedad Anónima.—San José, 20 de julio
del 2016.—Licda. Magda González Salas, Notaria.—1 vez.—
CE2016009171.—( IN2016065206 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 06
horas 30 minutos del 19 de julio del 2016, se constituyó la
sociedad denominada Corporación Familiar Bremosa Sociedad
Anónima.—San José, 20 de julio del 2016.—Lic. Santiago
Eduardo Arguedas Pitti, Notario.—1 vez.—CE2016009160.—(
IN2016065195 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11
horas 00 minutos del 20 de julio del 2016, se constituyó la
sociedad denominada Reforestadora Alpenweiss Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de julio del
2016.—Lic. Slawomir Wiciak Gasiorowska, Notario.—1 vez.—
CE2016009172.—( IN2016065207 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas
00 minutos del 18 de julio del 2016, se constituyó la sociedad
denominada Milonga del Sur Tamarindo Sociedad Anónima.—
San José, 20 de julio del 2016.—Lic. Adrián Javier Fernández
Madrigal, Notario.—1 vez.—CE2016009161.—( IN2016065196 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas
00 minutos del 19 de julio del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Caño Seco Polaco Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 20 de julio del 2016.—Lic. Carlos Coto
Madrigal, Notario.—1 vez.—CE2016009173.—( IN2016065208 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10
horas 20 minutos del 20 de julio del 2016, se constituyó la
sociedad denominada Cayvi Limitada.—San José, 20 de julio
del 2016.—Licda. Alejandra Larios Trejos, Notaria.—1 vez.—
CE2016009162.—( IN2016065197 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a
las 08 horas 00 minutos del 20 de julio del año 2016, se
constituyó la sociedad denominada Casa Baurica Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de julio del
2016.—Lic. Slawomir Wiciak Gasiorowska, Notario.—1
vez.—CE2016009163.—( IN2016065198 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas
00 minutos del 18 de julio del 2016, se constituyó la sociedad
denominada Expectstar Limitada.—San José, 20 de julio del
2016.—Licda. Marielos Meléndez Hernández, Notaria.—1 vez.—
CE2016009174.—( IN2016065209 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16
horas 00 minutos del 19 de julio del año 2016, se constituyó la
sociedad denominada Empresa Aglomeradora Ugalde Sociedad
Anónima.—San José, 20 de julio del 2016.—Lic. Daniel Aguilar
González, Notario.—1 vez.—CE2016009175.—( IN2016065210 ).
Pág 38
La Gaceta Nº 187 — Jueves 29 de setiembre del 2016
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas
01 minutos del 18 de julio del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Design & Construcción Sociedad Anónima.—San
José, 20 de julio del 2016.—Lic. Antonio Gutiérrez Rodríguez,
Notario.—1 vez.—CE2016009176.—( IN2016065211 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas
00 minutos del 20 de julio del 2016, se constituyó la sociedad
denominada R Y Liang Sociedad Anónima.—San José, 20 de
julio del 2016.—Lic. Manuel Vargas Mora, Notario.—1 vez.—
CE2016009188.—( IN2016065223 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
14 horas 00 minutos del 15 de julio del 2016, se constituyó
la sociedad denominada Ebikes Costa Rica Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de julio del
2016.—Lic. Héctor Manuel Fallas Vargas, Notario.—1 vez.—
CE2016009177.—( IN2016065212 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas
20 minutos del 20 de julio del 2016, se constituyó la sociedad
denominada Cav Cayvi Cav Limitada.—San José, 20 de julio
del 2016.—Licda. Alejandra Larios Trejos, Notaria.—1 vez.—
CE2016009189.—( IN2016065224 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas
00 minutos del 02 de julio del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Fábrica Artesanal Sociedad Anónima.—San José,
20 de julio del 2016.—Licda. Rocío Villalobos Solís, Notaria.—1
vez.—CE2016009178.—( IN2016065213 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas
00 minutos del 20 de julio del 2016, se constituyó la sociedad
denominada Mandari Sociedad Anónima.—San José, 20 de
julio del 2016.—Lic. Hazel Sancho González, Notaria.—1 vez.—
CE2016009190.—( IN2016065225 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas
00 minutos del 19 de julio del 2016, se constituyó la sociedad
denominada Sin Nombre Sociedad Anónima.—San José, 20
de julio del 2016.—Licda. Laura Gabriela Chaverri Gómez,
Notaria.—1 vez.—CE2016009179.—( IN2016065214 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas
00 minutos del 20 de julio del 2016, se constituyó la sociedad
denominada Redga Sociedad Anónima.—San José, 20 de julio
del 2016.—Lic. Steven Joaquín Ferris Aguilar, Notario.—1 vez.—
CE2016009191.—( IN2016065226 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas
00 minutos del 16 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Productos Alimenticios El Pequeño Limitada.—
San José, 20 de julio del 2016.—Lic. Juan Luis Gómez Gamboa,
Notario.—1 vez.—CE2016009180.—( IN2016065215 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
08 horas 00 minutos del 20 de julio del 2016, se constituyó
la sociedad denominada Loveva Terrazas Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de julio del
2016.—Lic. Carlos Josué Morales Fallas, Notario.—1 vez.—
CE2016009192.—( IN2016065227 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas
00 minutos del 16 de julio del 2016, se constituyó la sociedad
denominada Tesdec Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 20
de julio del 2016.—Licda. Angélica Campos Barrantes, Notaria.—1
vez.—CE2016009181.—( IN2016065216 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas
00 minutos del 18 de julio del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Fantásticos Cuatro J.F. Sociedad Anónima.—San
José, 20 de julio del 2016.—Lic. Adrián Javier Fernández Madrigal,
Notario.—1 vez.—CE2016009182.—( IN2016065217 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas
20 minutos del 20 de julio del 2016, se constituyó la sociedad
denominada C.A.V. CAYVI C.A.V. Limitada.—San José, 20 de
julio del 2016.—Licda. Alejandra Larios Trejos, Notaria.—1 vez.—
CE2016009183.—( IN2016065218 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas
00 minutos del 20 de julio del 2016, se constituyó la sociedad
denominada Consorcio Avendaño Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 20 de julio del 2016.—Lic. Rolando Romero
Obando, Notario.—1 vez.—CE2016009184.—( IN2016065219 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas
30 minutos del 20 de julio del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Rosh Hanikra Sociedad Anónima.—San José, 20 de
julio del 2016.—Lic. Juan Carlos Bonilla Portocarrero, Notario.—1
vez.—CE2016009185.—( IN2016065220 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09
horas 00 minutos del 19 de julio del 2016, se constituyó la
sociedad denominada Grupo de Mercadeo de la Altura
GTE Sociedad Anónima.—San José, 20 de julio del
2016.—Lic. Eitel Eduardo Álvarez Ulate, Notario.—1 vez.—
CE2016009193.—( IN2016065228 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas
00 minutos del 20 de julio del 2016, se constituyó la sociedad
denominada Caoy Dos Mil Dieciseis Sociedad Anónima.—San
José, 20 de julio del 2016.—Lic. Jorge Fernando Salgado Portuguez,
Notario.—1 vez.—CE2016009194.—( IN2016065229 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10
horas 00 minutos del 19 de julio del 2016, se constituyó la
sociedad denominada Alora International A.I. Sociedad
de responsabilidad Limitada.—San José, 20 de julio del
2016.—Lic. Mario Alberto Vargas Arias, Notario.—1 vez.—
CE2016009195.—( IN2016065230 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas
00 minutos del 20 de julio del 2016, se constituyó la sociedad
denominada Daneve Sociedad de Responsabilidad Limitada.—
San José, 20 de julio del 2016.—Licda. Karen Ginneth López Jara,
Notaria.—1 vez.—CE2016009196.—( IN2016065231 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas
00 minutos del 27 de junio del 2016, se constituyó la sociedad
denominada Rafagon Seguridad Sociedad Anónima.—San José,
20 de julio del 2016.—Licda. Gabriela Oviedo Vargas, Notaria.—1
vez.—CE2016009186.—( IN2016065221 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13
horas 20 minutos del 20 de julio del 2016, se constituyó la
sociedad denominada Bufete Ramírez y Asociados Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de julio del
2016.—Licda. Xinia María Arias Naranjo, Notaria.—1 vez.—
CE2016009197.—( IN2016065232 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas
00 minutos del 15 de julio del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada GAM Alsaco Sociedad Anónima.—San José, 20
de julio del 2016.—Lic. Jonatan Javier López Arias, Notario.—1
vez.—CE2016009187.—( IN2016065222 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
11 horas 30 minutos del 20 de julio del 2016, se constituyó
la sociedad denominada El Poder de la Fe Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de Julio del
2016.—Lic. Freddy Guillermo Ureña Díaz, Notario.—1
vez.—CE2016009198.—( IN2016065233 ).
La Gaceta Nº 187 — Jueves 29 de setiembre del 2016
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas
00 minutos del 14 de julio del 2016, se constituyó la sociedad
denominada Chamonix Holdings Sociedad Anónima.—San José,
20 de julio del 2016.—Lic. Mauricio Bolaños Alvarado, Notario.—1
vez.—CE2016009199.—( IN2016065234 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas
00 minutos del 18 de julio del 2016, se constituyó la sociedad
denominada Distribuidora Moseca Sociedad Anónima.—San
José, 20 de julio del 2016.—Lic. José Joaquín Herrera Arias,
Notario.—1 vez.—CE2016009200.—( IN2016065235 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 00
horas 00 minutos del 02 de julio del 2016, se constituyó la
sociedad denominada Inversiones Pamplona y Micha S.
A. Sociedad Anónima.—San José, 20 de julio del 2016.—
Lic. Bismarck Adonis Gómez Zúñiga, Notario.—1 vez.—
CE2016009202.—( IN2016065237 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas
30 minutos del 15 de julio del 2016, se constituyó la sociedad
denominada Pizzería Montri de San Rafael Sociedad Anónima.—
San José, 20 de julio del 2016.—Licda. Karol Cristina Guzmán
Ramírez, Notaria.—1 vez.—CE2016009203.—( IN2016065238 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 20 horas
00 minutos del 18 de julio del 2016, se constituyó la sociedad
denominada Cerro las Vueltas de Dota Sociedad Anónima.—
San José, 20 de julio del 2016.—Lic. Lenin Mendiola Varela,
Notario.—1 vez.—CE2016009205.—( IN2016065240 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas
00 minutos del 18 de julio del 2016, se constituyó la sociedad
denominada ZF Administración Integral Sociedad Anónima.—
San José, 20 de julio del 2016.—Licda. Anabelle Porras Vargas,
Notaria.—1 vez.—CE2016009206.—( IN2016065241 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas
00 minutos del 20 de julio del 2016, se constituyó la sociedad
denominada Casa Motmot y Daniella Limitada.—San José, 20
de julio del 2016.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1
vez.—CE2016009207.—( IN2016065242 ).
NOTIFICACIONES
JUSTICIA Y PAZ
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
Documento Admitido Traslado al Titular
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
DEPARTAMENTO DE ASESORÍA JURÍDICA
Se hace saber a: Amelia María Varela Vásquez, cédula de
identidad 4-0137-0087, en su calidad personal, que a través del
Expediente DPJ-069-2016 del Registro de Personas Jurídicas se
ha iniciado diligencia administrativa por cuanto: Mediante escrito
presentado a este Registro, a las 12:17 horas del 10 de agosto del
2016, el señor José Manuel Varela Sánchez, mayor, cédula de
identidad 4-0064-0281, en su condición personal presenta gestión
administrativa a fin de solicitar la anotación de la advertencia
administrativa en la inscripción del Poder Generalísimo sin límite
de suma visible a citas Tomo: 2016 Asiento: 497983, basado en
el siguiente cuadro fáctico: 1) Que él nunca ha otorgado poder
generalísimo sin límite de suma a ninguna persona, pero que a
partir del 28 de julio del 2016 aparece inscrito en el Registro de
Personas al tomo 2016 asiento 497983 consecutivo 1 secuencia 1,
un poder generalísimo sin límite de suma falco que nunca otorgó,
consignándose como apoderada a Amelia María Varela Vásquez,
cédula de identidad número 4-0137-0087, quien es su sobrina;
2) Que no conoce al Notario Público Juan Carlos Vega Montoya,
quien autorizó la escritura pública número 240-7 de las 8 horas
del 27 de julio del 2016; que no ha comparecido a su oficina ni
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firmó dicha escritura; 3) Que por la inscripción de dicho poder
falso fue víctima de un delito, ya que a las 14:31 horas del 29 de
julio del 2016 se anotó en la finca de Heredia número 202923000, de su propiedad, una compraventa presentada al tomo 2016
asiento 505217, en la que comparece Amelia María Varela Vásquez
diciéndose apoderada generalísima sin límite de suma de su persona,
sin que él haya otorgado poder alguno; 4) Que el Notario que otorgó
la escritura adeuda cuotas del Fondo de Garantía Notarial por lo
que de conformidad con el inciso g) del artículo 4 del Código
Notarial estaba impedido para otorgar dicho instrumento público.
Que por todo lo anterior solicita se consigne nota de prevención
sobre el poder en cuestión. A efecto de proceder como en derecho
corresponde, otorgando el debido proceso a los interesados, todo
ello, con fundamento en la circular DRPJ 11- 2010 del 25 de agosto
del año dos mil diez, dictada por la Dirección de este registro, de
conformidad con lo estipulado por el artículo 97 del Reglamento
del Registro Público, que es Decreto Ejecutivo Nº veintiséis mil
setecientos setenta y uno-J de dieciocho de marzo de mil novecientos
noventa y ocho y sus reformas, se ha ordenado consignar advertencia
administrativa de manera preventiva en las inscripciones registrales
de la citado poder y por este medio se le confiere audiencia por
el plazo de quince días hábiles contados a partir del día siguiente
al de la tercera publicación del presente edicto, a efecto de que
dentro del plazo indicado, presente los alegatos que a sus derechos
convenga. Publíquese por 3 veces consecutivas en el Diario Oficial
La Gaceta.—Curridabat, 31 de agosto del 2016.—Lic. Juan Carlos
Sánchez García, Asesor Jurídico.—( IN2016062284 ).
Resolución de reconstrucción de expediente
Francisco Villegas Sánchez. Expediente: Inscripción de marca
de ganado. Nro. y fecha: 2011-825 de 01 de febrero del 2011. Marca
de ganado
“
” diseño.—Registro de la Propiedad Industrial, a
las 08:00:00 del 12 de setiembre del 2016.
Vista la solicitud de inscripción de la marca
de ganado
“
” diseño, presentada por Francisco Villegas
Sánchez, tramitada bajo el expediente Nº 2011825, la cual se encuentra en trámite, y
Considerando único:
I.—Que a efecto de conocer el fondo del asunto, y por
no constar en esta oficina la ubicación material del expediente
administrativo original Nº 2011-825, correspondiente a la solicitud
de inscripción de la marca de ganado
“
” diseño para utilizarla en el anca derecha de
semovientes que pastearán en la provincia de
Puntarenas, cantón de Montes de Oro, distrito
Miramar en Tajo Alto; se ordena la reconstrucción
del mismo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8º, 9º y
24 del Reglamento a la Ley de Marcas de Ganado, el Decreto
Ejecutivo Nº 16236 del 02 de mayo de 1985 publicado en La Gaceta
Nº 94 del 20 de mayo de 1985, denominado “Reglamento para
salvar las Inscripciones de Tomos en el Registro Público” y en la
Circular Nº DRPI-005-2007, de fecha 23 de febrero del 2007,
relativa a la reconstrucción de expedientes administrativos.
Asimismo en acatamiento a lo indicado en el artículo 8º del Decreto
Ejecutivo Nº 16236, se ordena la publicación una vez en el Diario
Oficial La Gaceta, de la presente resolución, para que en el plazo de
5 días hábiles, las personas interesadas comparezcan a hacer valer
sus derechos, aportando documentos, a fin de que se tomen en
cuenta en la reconstrucción. Por tanto,
Con base en las razones expuestas y citas de la Ley se
resuelve: 1. Ordenar la reconstrucción del expediente administrativo
tramitado bajo el número 2011-825, correspondiente a la solicitud
de inscripción de la marca de ganado
“
” diseño para utilizarla en el anca derecha de
semovientes que pastearán en la provincia de
Puntarenas, cantón de Montes de Oro, distrito
Miramar en Tajo Alto. 2. Ordenar la publicación
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La Gaceta Nº 187 — Jueves 29 de setiembre del 2016
por una vez en el Diario Oficial La Gaceta, de la presente resolución,
para que en el plazo de 5 días hábiles, las personas interesadas
comparezcan a hacer valer sus derechos, aportando documentos, a
fin de que se tomen en cuenta en la reconstrucción. Notifíquese.—
Lic. Jonathan Lizano Ortiz, Subdirector a. í.—1 vez.—O. C. Nº
OC16-0048.—Solicitud Nº 65599.—( IN2016066362 ).
CIENCIA, TECNOLOGÍAY TELECOMUNICACIONES
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Órgano Director del Procedimiento Administrativo.—
Ministerio de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones.—San
José, a las diez horas treinta minutos del siete de setiembre del dos
mil dieciséis. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 241,
242 y 246 de la Ley General de la Administración Pública, siendo
que materialmente resultó imposible localizar al señor Orfeo Figus
Piras, cédula de identidad N° 8-0077-0423,representante legal de la
empresa Cadena de Televisión Comunitaria del Caribe S. A., cédula
jurídica número 3-101-231637, en ninguna de las direcciones ni
números telefónicos señalados para dichos efectos dentro del
expediente de otorgamiento de concesión agotándose todas las
direcciones y medios posibles y que se ignora su domicilio actual; se
procede en esta vía a notificarle mediante edicto que deberá
publicarse tres veces consecutivas en el Diario Oficial La Gaceta, lo
indicado en el auto de apertura del procedimiento administrativo
ordinario de las trece horas del veintinueve de agosto de dos mil
dieciséis emitida por este órgano director y que dice: De conformidad
con lo indicado en la resolución N° 011-2016-R-TEL-MICITT de
las nueve horas del diecinueve de febrero de dos mil dieciséis
suscrita por el Ministro de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones,
en el Dictamen N° C-306-2015 de fecha 11 de noviembre de 2015
de la Procuraduría General de la República y lo dispuesto en los
artículos 4, 60, 89 inciso 1), 90, 214, 229 308, 309, 310, 311, 312,
313, 314, 315, 316, 317, 318 y 319 de la Ley General de la
Administración Pública y 12, 16, 18, 19, 20, 39 (principio de
paralelismo de las competencias y principio de paralelismo de las
formas) e inciso 1) in fine del artículo 22 (en concordancia con el
artículo 36 del Decreto Ejecutivo N° 34765-MINAET “Reglamento
a la Ley General de Telecomunicaciones”) todos de la Ley N° 8642,
“Ley General de Telecomunicaciones”; procede esta instancia a
iniciar procedimiento administrativo ordinario en contra de la
empresa Cadena de Televisión Comunitaria del Caribe Sociedad
Anónima, cédula jurídica número 3-101-231637, concesionaria del
uso de la frecuencia del canal de televisión 28 (rango de frecuencia
554 a 560 MHz) y representada conjuntamente por los señores
Orfeo Figus Piras cédula de identidad número 8-0077-0423, Edwin
Ortiz González cédula de identidad número 1-0226-0583 y Josiah
Emanuel Jobson Jobson cédula de identidad número 7-0035-0365; a
efectos de determinar su eventual responsabilidad en los siguientes
hechos: “1) No utilización del recurso asignado durante los años
2010, 2012 y 2016: No operación de las frecuencias 554 MHz a 560
MHz (Canal 28), Incumplimiento del mínimo de transmisión de
doce horas diarias. Incumplimiento de cobertura en la zona de
Limón. 2) Incumplimiento de pago del impuesto anual de
radiodifusión desde el año 2004 al 2016, deuda que asciende a la
suma de ¢1.500.000,00 (un millón quinientos mil colones sin
céntimos)”. Los hechos descritos constituyen una posible infracción
a lo dispuesto en los artículos 22 inciso 1) apartados a), b) y d) y 49
de la Ley General de Telecomunicaciones, artículos 74 incisos a) y
d), 99, 101 inciso c) del Reglamento a la Ley General de
Telecomunicaciones. De ser comprobada la comisión de dichas
faltas por parte de la empresa encausada, se le aplicara revocación
de la concesión de uso de frecuencia para radiodifusión televisiva
otorgada mediante Acuerdo Ejecutivo del 24 de noviembre de 1998.
Para tal propósito, recábese la prueba pertinente, mediante la
realización de una Comparecencia Oral y Privada, a celebrarse en
las instalaciones del Viceministerio de Telecomunicaciones ubicado
en el Edificio Almendros, en Barrio Tournón frente a la Ulacit, a
partir de las diez horas del día lunes 03 de octubre de 2016 (10:00
horas, del 03/10/16), y hasta concluir con la recepción de la prueba
que se presente durante la misma. En tal oportunidad, será atendido
por los licenciados Xaviera Portuguez Sánchez y Erick Sanabria
Calvo, funcionarios designados para que, con estricta observancia al
principio del debido proceso, instruyan la presente diligencia
administrativa. La documentación y pruebas habidas en el respectivo
Expediente N° GCP-702-2013, pueden ser consultadas y
fotocopiadas en la Unidad de Control Nacional de Radio del
Viceministerio de Telecomunicaciones, en días y horas hábiles,
siendo la siguiente: Documental: 1.) Oficio N° 4721-SUTELSCS-2013 del 20 de setiembre de 2013 (folio 1). 2.) Oficio N°
4629-SUTEL-DGC-2013 del 17 de setiembre de 2013 (folios 02 al
11). 3). Informe N° MICITT-GAER-INF-047-2014 del 02 de mayo
de 2014 (folios 13 al 24). 4) Fotocopia del Acuerdo Ejecutivo del 28
de noviembre de 1998 (folios 25 y 26). 5) Copia de la resolución N°
RCS-199-2012 de las diez horas cuarenta y cinco minutos del 27 de
junio de 2012 emitida por la SUTEL (folios 27 al 29). 6) Copia
oficio N° 3615-SUTEL-DGC-2012 de fecha 24 de noviembre de
2012 (folios 30 al 41). 7) Copia del Dictamen N° C-306-2015 de
fecha 11 de noviembre de 2015 (folios 43 al 51). 8) Resolución N°
011-2016-R-TEL-MICITT de as nueve horas del diecinueve de
febrero de dos mil dieciséis (folios 52 al 54). 9) Oficio N° MICITTDERRT-OF-007-2016 de fecha 06 de junio de 2016 (folios 61-64).
10) Oficio N° 04668-SUTEL-SCS-2016 de fecha 28 de junio de
2016 (folio 69). 11) Oficio N° 4361-SUTEL-DGC-2016 de fecha 17
de junio de 2016 (folios 70 al 83). 12) Fotocopia del Oficio N°
04692-SUTEL-RNT-2016 de fecha 28 de junio de 2016 (folio 84).
13) Oficio N° 5259-SUTEL-DGC-2016 de fecha 26 de julio de
2016 (folios 87 al 89). 14) Certificación N° 065-2016 del 04 de
agosto de 2016 Anexo CD información digital de mediciones Canal
28 (Folio 90). 15) Copia simple del expediente de otorgamiento de
frecuencias Canal 28. Testimonial no hay. Se le informa a los
representantes legales de la empresa Cadena de Televisión
Comunitaria del Caribe S. A., que la mencionada comparecencia
oral y privada señalada es el momento procesal oportuno para
aportar y recibir toda la prueba de descargo y los alegatos pertinentes,
por lo cual, la prueba que estimen necesaria aportar en defensa de
sus intereses, pueden hacerla llegar a este Proceso, antes o en el
momento de la celebración de dicha comparecencia; de hacerlo
antes, será por escrito, indicando en caso de ofrecer prueba
testimonial de descargo, sobre cuáles hechos específicos y
relacionados directamente con la falta intimada se referirán cada
uno de los deponentes. Lo anterior, de conformidad con la normativa
contenida en los artículo: 308, 309, inciso 1), 312, incisos 2) y 3) de
la Ley General de la Administración Pública, y artículos 354 y 356,
del Código Procesal Civil, todo al tenor de lo preceptuado por el
artículo 229 de la supra citada Ley General de la Administración
Pública. Asimismo, se le advierte que, de conformidad con el mismo
cuerpo legal, en sus artículos 343, 345 y 346, contra el presente Auto
de Apertura, proceden los recursos ordinarios que la ley prevé, sean
el de revocatoria y el de apelación. Siendo que el primero deberá
interponerse ante el mismo órgano que dicta el respectivo acto, y el
segundo, en contra del Superior de éste, sea el Ministro de esta
Cartera. Lo anterior, dentro de los plazos señalado por ley:
veinticuatro horas (24 Horas), contadas a partir de la debida
notificación del presente auto. De igual manera, se les hace saber,
que les asiste el derecho de hacerse acompañar por un abogado que
los represente durante el procedimiento. Se previene también que
deberán señalar lugar para atender futuras notificaciones, de lo
contrario se les estará notificando los actos del procedimiento y la
resolución final, en el último domicilio que conste en su respectivo
expediente administrativo de conformidad con lo preceptuado por el
artículo 243, inciso 1), de la ya citada Ley General de la
Administración Pública, de lo contrario se aplicará la notificación
por publicación según lo indicado en el artículo 241 del mismo
cuerpo legal. Notifíquese a las partes personalmente en la última
dirección señalada para dichos efectos dentro del expediente
administrativo de la Concesión.—Licda. Xaviera Portuguez Sánchez
y Lic. Erick Sanabria Calvo, Órgano Director.—O. C. N°
3400027420.—Solicitud N° 64994.—( IN2016063225 ).