MUNICIPALIDAD DE USHUAIA Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur REPUBLICA ARGENTINA BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL AÑO XXVI - Nº 102/16 – 26 DE SEPTIEMBRE DE 2016 Intendente Municipal: Sr. Walter VUOTO Secretaria de Coordinación de Gestión: Sra. María Teresa MENDEZ Secretario de Gobierno: Sr. Oscar Horacio SOUTO Secretaria de Economía y Finanzas: C.P. Andrea ONTORIA Secretario de Planificación e Inversión Pública: Ing. Christian HERVIAS Secretaria de Hábitat y Ordenamiento Territorial: Sra. María Teresa FERNÁNDEZ Secretaria de la Mujer: Sra. Laura Beatriz AVILA Secretaria de Políticas Sociales, Sanitarias y Derechos Humanos: Sra. Malena Yuqueri TESZKIEWICZ Secretario de Turismo: Sr. Juan Valerio CHERAÑUK Secretaria Legal y Técnica: Dra. María Victoria VUOTO Secretario de Cultura y Educación: Sr. Nahuel Alcides MIERES Escribana General Municipal: Dra. Patricia Ivon BORLA Secretario de Medio Ambiente: Sr. Damián Alejandro DE MARCO CONCEJO DELIBERANTE Presidente: Sr. Juan Carlos PINO Vicepresidente Primero: Sr. Tomás BERTOTTO Vicepresidente Segundo: Sr. Silvio BOCCHICCHIO Concejal: Sr. Gastón AYALA Concejal: Prof. Juan Manuel ROMANO Concejal: Sr. Hugo ROMERO Concejal: Sr. Ricardo GARRAMUÑO Secretario: Dr. Eduardo Alejandro BEROLA JUZGADO ADMINISTRATIVO MUNICIPAL DE FALTAS Juez interino: Dr. Hugo Daniel MORATO SINDICATURA GENERAL MUNICIPAL USHUAIA Presidente: Abog. Silvina Lorena OYARZÚN SANTANA Vocal: C.P. María Teresa MONTILLA Vocal: Ing. Martín Ariel MOREYRA Ushuaia, 26 de septiembre de 2016 Año XXVI - N° 102/2016 Provincia de Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur =República Argentina= Municipalidad de Ushuaia página 1 “2016- Alio del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional” 20 SEPZIJ16 USHUAIA, VISTO el Decreto Municipal N° 1210/2016 del registro de esta municipalidad; y CONSIDERANDO: Que por el mismo se autorizó el traslado a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires del Sr. Secretario de Planificación e Inversión Pública Ing. Christian HERVIAS desde el día seis (06) a partir de las 20.00 Hs. y hasta el día diez (10) de septiembre del año en curso. , Que se hace necesario comunicar la reasunción del Secretario de Planificación e Inversión Pública a sus funciones. Que el suscripto se encuentra facultado para dictar el presente acto administrativo, de acuerdo al artículo 152 inciso 1) de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia. Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA DECRETA ARTÍCULO 1°.- Comunicar que a partir del día doce (12) de septiembre de 2016, el Sr. Secretario de Planificación e Inversión Pública, lng.Christian HERVIAS reasumió sus funciones. ARTÍCULO 2°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia. Cumplido, archivar. DECRETO MUNICIPAL N° 1 331 /2016.- Las Islas Malvinas Georgias y Sandwich del Sur son y seran Argentinas Ushuaia, 26 de septiembre de 2016 Año XXVI - N° 102/2016 página 2 “2016 —Año del Bicenlenario de la Declai ación de la Independencia Nacional’ Piovincia de Tierra (tel Fuego Antarlida e Islas del Atlántico Sur Republica Argentina Municipalidad de Ushuaia USH UAIA, 2 SEP216 VISTO el Decreto Municipal N°277/2016; y CONSIDERANDO: Que mediante el mismo se designó transitoriamente a partir del día primero (1) de marzo de 2016 a la empleada municipal de Planta Permanente, Grado “3”, Graciela Miriam SOLER. D.N.l. N° 13.564.969, Legajo N° 2813 a cargo de la Dirección de Gestión Cultural, Comunitaria y Artística del Centro Cultural “Esther Fadul”, dependiente de la Secretaría de Cultura y Educación. Que ha tomado intervención el Secretario de Cultura y Educación mediante Nota N° 201/2016 en la cual ha expresado la necesidad funcional y operativa de dejar sin efecto la misma. Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto administrativo, de acuerdo a lo estipulado en el artículo 117 de la ley 141 y artículo 152 Inciso 1), 5) y 32) de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia. Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA DE CRETA ARTÍCULO 1 Dejar sin efecto a partir del día de la notificación del presente, el Decreto Municipal N° 277/2016 por medio del cual se designó de manera transitoria a la empleada municipal de Planta Permanente Grado “3”, Graciela Miriam SOLER, D.N.I. N° 13.564.969, Legajo N° 2813 a cargo de la Dirección de Gestión Cultural, Comunitaria y Artística del Centro Cultural “Esther Fadul”, dependiente de la Secretaría de Cultura y Educación. Ello en virtud de lo expuesto en los considerandos. ARTICULO 2°.- Notificar a la empleada citado en el artículo primero, a la Dirección de Bienestar del Personal y a la Dirección de Haberes, con copia autenticada del presente. ARTICULO 3°.- Comunicar. Dar Copia al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia para su publicación. Cumplido, archivar.DECRETO MUNICIPAL N° 13 L 3 /2.016.- 4 ,/ / /vvaitervuoto ) W UN .1 ‘,U) Dt U SUUMA “Las Islas Malvinas, Georgias, Sándwich del Sur, son y serán Argentinas” Ushuaia, 26 de septiembre de 2016 Año XXVI - N° 102/2016 Provincia de Ficrra del Fuego, Antártida e isIa% dci Atlántico Sur I?epública lrgenIinn Municipalidad de Ushuaia página 3 “2016— Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional” USHUMA, 21 SEP216 VISTO el expediente S.G. N° 5823/201 6, deI registro de ésta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que mediante el mismo tramita el Acta Acuerdo de registrada bajo el número 10667, celebrada con fecha ocho (8) de Septiembre de 2016, entre la Municipalidad de Ushuaia, representada por el señor Secretario de Gobierno, C.P. Oscar Horacio SOUTO, D.N.I. N° 11,320.201, y la Fundación Vida Nueva, CUIT N° 30-71081401-1, por el uso de un inmueble destinado al evento “Fiestas de las Colectividades”, Que corre adjunta y forma parte integrante del presente Decreto, copia autenticada del Acta Acuerdo mencionada, registrada bajo el número 10667, resultando procedente su aprobación. Que el suscripto se encuentra facultado para dictar el presente acto administrativo de conformidad a lo prescripto en el artículo 152°, inciso 1) y 32), de la Carta Orgánica Municipal de la Ciudad de Ushuaia. Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA DECRETA ARTICULO 1°: Aprobar el Acta Acuerdo, registrada bajo el N° 10667, cuya copia autenticada se adjunta y forma parte del presente, suscripto con fecha ocho (08) de Septiembre de 2016, entre la Municipalidad de Ushuaia, representada por el señor Secretario de Gobierno, C.P. Oscar Horacio SOUTO, D.N.I. N°11.320.201, y la Fundación Vida Nueva, CUIT N° 30-71081401-1, por el uso de un inmueble destinado al evento “Fiestas de las Colectividades”. Ello, por los motivos expuestos en el exordio. ARTICULO 2°: Notificar a los interesados con copia autenticada del presente. ARTICULO 3°: Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia. Cumplido, archivar. 1 333 DECRETO MUNICIPAL N° /2016.- Maria Sec Cooí ft’deZ nia Miinjopahdad d2 eUorI sliua!a ‘LAS iSLAS MALVINAS, GEO1?G)AS Y SAND WINCH DEL SUR, SON Y SERÁN ARGENTINAS’ Ushuaia, 26 de septiembre de 2016 Año XXVI - N° 102/2016 página 4 1D667 O9SEP 2B16 ACTA AC U E R DO 1i -‘ En la Ciudad Ushuaia, Provincia de Tierra del Fuego, a los 8 días del mes de Septiembre de 2016, entre la FUNDACION VIDA NUEVA, CUIT N 3071081401-1, con domicilio en Avda. Perito Moreno N° 1565 de esta ciudad, representada en este acto por Walter Enrique Vega D.N.I. N° 16.365.601, en su carácter de Presidente (en adelante “LA FUNDACION”) y la MUNICIPALIDAD DE USHUAIA, CUIT N 30-54666281-7, con domicilio en calle San Martín N 660, de esta ciudad, representada en este acto por el Sr. Oscar Horacio SOUTO, D.NJ. N 11.320.201, en su carácter de Secretario de Gobierno, ad-referéndum del Sr. Intendente Municipal (en adelante el “USUARIO”) y junto con la FUNDACION (en adelante las “Partes”) convienen celebrar el presente Acta Acuerdo que se regirá por las siguientes cláusulas y condiciones: PRIMERA: LA FUNDACION autoriza en este acto al USUARIO, el uso del espacio planta baja del inmueble ubicado en Avda. Perito Moreno N° 1565, de esta ciudad, para el desarrollo del evento Fiesta de Colectividades. EL inmueble se encuentra en buen estado de uso y conservación, lo cual el USUARIO declara conocer y aceptar, comprometiéndose este último a restituirlo de igual modo que lo recibe en este acto. SEGUNDA: El presente Acta Acuerdo se celebra con el objeto fin de realizar la “Fiesta de las colectividades” en las instalaciones, estándole prohibido cambiar el destino mencionado. El evento deberá desarrollarse únicamente en planta baja, estando prohibido el acceso a la planta alta del edificio. TERCERA: El presente Acta Acuerdo entrará en vigór a partir de las 12 horas del día 9 de Septiembre de 2016 y se rescindirá el día 11 de Septiembre de 2016 a las 12 hs. En caso de no proceder a reintegrar el inmueble el USUARIO estará obligado al pago de una multa diaria de PESOS MIL ($1000.-) durante todo el período que dure la ocupación indebida, y sin perjuicio de la acción de desalojo que pueda iniciar LA FUNDACION contra el USUARIO y/o todo otro ocupante. CUARTA: El USUARIO se obliga y compromete a: a) no ceder total o parcialmente este Acta Acuerdo ni el inmueble, sea en forma gratuita u onerosa y a no subalquilar el mismo; b) no introducir mejoras en el inmueble sin el consentimiento expreso y por escrito de LA FUNDACION, y para el supuesto de que las realizara, LA FUNDACION podrá hacer restituir las cosas al estado anterior con cargo para el USUARIO, o bien quedarán a beneficio del inmueble sin cargo alguno para LA FUNDACION; c) no modificarel destino que se ha señalado en la Cláusula Segunda del presente Acta Acuerdo. En caso de incumplimiento por parte del USUARIO de la presente cláusula, LA FUNDACION podrá dar por rescindido el presente Acta Acuerdo. QUINTA: Son obligaciones de LA FUNDACION: a) pagar los gastos extraordinarios o que sean a su cargo; b) reparar los daños causados por los vicios ocultos o aquellos daños que no sean imputables al USUARIO; c) permitir al USUARIO el uso de la cosa y sus accesorios, y demás obligaciones establecidas en el Código Civil y Comercial Argentino. SEXTA: El USUARIO se hará cargo de disponer del servicio de bomberos, tránsito, ambulancia y seguridad policial. SEPTIMA: Queda Prohibida la elaboración de comida dentro del salón, solo podrán prepararse los que no demanden proceso de cocción (sándwiches, panchos), todo lo que sea fritura y demás no podrá realizarse dentro del Auditorio. OCTAVA: Se permite el expendio de bebidas alcohólica, siempre que acrediten el permiso por parte del consejo deliberante para ello, caso contrario estará prohibido. /11.2. Z Ushuaia, 26 de septiembre de 2016 Año XXVI - N° 102/2016 página 5 /11.2. NOVENA: Toda la logística del auditorio estará a cargo de personal de LA FUNDACION, siendo el encargado en dicha área Emilio Benitez (D.N.I. N° 28.915.977), como así también en lo que se refiere a limpieza estará a cargo del personal de LA FUNDACION, no requiriendo ningún tipo de colaboración por parte del USUARIO. DECIMA: Sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula Cuarta, conforme Art. 1539 (CCYC).- Restitución anticipada. LA FUNDACION puede exigir la restitución de la cosa antes del vencimiento del plazo: a. si la necesita en razón de una circunstancia imprevista y urgente; b. si el USUARIO ¡a usa para un destino distinto al pactado, aunque no la deteriore. DECIMO PRIMERA: Se deja expresa constancia que el USUARIO no guarda con LA FUNDACION y/o sus representantes, ningún tipo de relación laboral ni se encuentra bajo su dependencia; DEOMO SEGUNDA: Queda prohibido al USUARIO, realizar todo tipo de actos y/o hechos que impliquen una contravención al art. 2 del estatuto social de la Fundación Vida nueva, así como también todo otro acto y/o hechos que se aparten de la moral, buenas costumbres y ética ciudadana. DECIMO TERCERA: Las Partes constituyen domicilios en los indicados en el encabezamiento. En caso de cualquier divergencia en torno al presente Contrato las Partes se someten a la jurisdicción exclusiva de los Tribunales de a Provincia de Tierra del Fuego en lo Civil y Comercial, con renuncia a cualquier otro fuero y/o jurisdicción que pudiera corresponderles. En prueba de conformidad a lo pactado, se firman tres ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento. FIRMA Y ACLARACIONJDE LA FUNDACION / USUARIO 106 67 D9 r - , n3r dmírtstrativa Leg 292 Subsec Asu,to Phtico y con a Comunjdai MufljcIpojdac de lis Ushuaia, 26 de septiembre de 2016 Año XXVI - N° 102/2016 página 6 fW Provincia de Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántica Sur —República Argentina 2016-Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional’ Municipalidad de Ushuaia USHUAIA, 21 SEP 2016 VISTO: el expediente N° LT- 5827/2016 del registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que mediante el mismo tramita el contrato de locación de servicios suscripto en fecha catorce (14) de septiembre de 2016, entre la Municipalidad de Ushuaia, represe ntada por la Sra. Secretaria de Economía y Finanzas, C.P. Andrea ONTORIA, D.N.I. N° 22.885 .647 y el Dr. Sebastian BOGADO DN.I. N° 31.571 .797, para que el mismo preste servicios relacio nados a su profesión de abogado en el ámbito de la Coordinación de Asuntos Jurídicos, depend iente de la Secretaria Legal y Técnica, en especial, en relación con la Secretaría de Políticas Sociales, Sanitarias y Derechos Humanos, fortaleciendo dicha área en el ambito de las políticas sociales y derechos humanos, y de las consultas que esta requiera con un total de treinta y cinco (35) horas semanales. Que dicha contratación se encuadra en el Artículo 1100, inciso d), punto 10) de la Ordenanza Municipal 3693, de Administración Financiera y Contratacione s, modificada por Ordenanza Municipal N°4602 y Anexo 1 del Decreto Municipal N° 1255/2013 y Artículo 1251° y concordantes del Código Civil y Comercial. Que corre anexada y forma parte del presente decreto, copia autenticada del contrat o registrado bajo el N° 10708, correspondiendo su aprobación. Que el suscripto se encuadra facultado para el dictado del presente acto administrativo , de acuerdo a lo establecido en el Artículo 152 incisos 1) y 32) de la Carta Orgáni Munic ca ipal de la ciudad de Ushuaia. Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA D E C R E T A: ARTICULO 1°.- Aprobar el contrato de locación de servicios registrado bajo el N° 10708, cuya copia autenticada se adjunta y forma parte del presente, celebrado el día catorce (14) de septiembre de 2016, entre la Municipalidad de Ushuaia, representada por la Sra. Secretaria de Economía y Finanzas, C.P. Andrea ONTORIA, D.N.l. N° 22.885.647 y el Dr. Sebastian BOGADO D.NJ. N° 31 .571.797, a fin de que éste último preste servicios en el ámbito de la Secretaría Legal y Técnica Municipal. Ello en virtud de lo expuesto en el exordi o. ARTICULO 2°.— Imputar la presente erogación al titular presupuestario: Secretaría Legal y Técnica, Partida 13. ARTICULO 3°.- Notificar a la parte interesada con copia autenticada del presen te. ARTICULO 4°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalida d de Ushuaia. Cumplido, archivar. 1 334 DECRETO MUNICIPAL N° /2016.- Dra Maria Tere SeD. Coord1 Muflcipal aij . U. “LAS ISLAS MALVINAS, GEORGIAS Y SANDWICH DEL SUR, SON Y SERÁN ARGENTINAS” Ushuaia, 26 de septiembre de 2016 Año XXVI - N° 102/2016 4 1 U EL. N página 7 IQ 1 7_08 Leqa / 1 Hicpi•J dc FlRMf Y SÍLLO Provincia de Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur Repiblica Argentina= 2018-Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional’ - MunIcipalidad de Ushuaia CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS Entre la Municipalidad de Ushuaia, representa da en este acto por la Sra. Secretaria de Economía y Finanzas, C.P. Andrea ONTORIA, D.N.I. N° 22.885.647 con domicilio en calle Arturo Coronado N° 486, de la ciudad de Ushuaia, ad-referendum del Sr. Intendente Municipal, en adelante LA MUNICIPALIDAD, por una parte; y por la otra el Dr. Sebastian BOGADO D.N.I. N° 31.571.797, con domicilio en la calle Chubut N° 1808, P.A., de la ciudad de Ushuaia, en adelante EL CONTRATADO, convie nen en celebrar el presente Contrato de Locación de Servicios, de acuerdo a las siguientes cláusu las: , PRIMERA: LA MUNICIPALIDAD contrata los servicios del CONTRATADO a efectos de que el mismo preste servicios relacionados a su profesión de abogado en el ámbito de la Coordinación de Asuntos Jurídicos, dependie nte de la Secretaria Legal y Técnica especialmente en relación con la Secretaria de Polític as Sociales, Sanitarias y Derechos Humanos, fortaleciendo dicha área en el ambito de las políticas sociales y derechos humanos, y de las consultas que esta requiera con un total de TREINTA Y CINCO (35) horas semanales. SEGUNDA: El presente contrato se formaliza por el lapso comprendido entre el quince (15) de septiembre de 2016 y el treinta y uno (31) de agos to de 2017 TERCERA: Se acuerda en concepto de honorarios por la labor que se contrata la suma total de PESOS TRESCIENTOS QUINCE MIL CUAT ROCIENTOS DIECISEIS CON 25/100 ($315.416,25), pagadera en: 1) una (1) cuota de PESOS TRECE MIL SETECIENTOS TRECE CON 75/100 ($13.713,75) y 2) once (11) cuotas, mensuales y consecutivas de PESOS VEINTISIETE MIL CUATROCIENTOS VEINT ISIETE CON 50/100 ($ 27.427,50), cuyo pago se efectivizará del 1° al 15 de cada mes vencido, debiendo EL CONTRATADO otorgar el pertinente recibo a favor de la MUNICIPALIDAD, conforme normas vigentes, adjuntando el certificado de Situación Fiscal Regular Provincial, certificado cJe Situación Fiscal Regular Municipal, de la totalid ad de los bienes que posea EL CONTRATADO y de las actividades en que se encuentre inscripto vigente a la fecha prevista de pago. Además, deberá acompaña r comprobante de pago de aportes en AFIP del mes de prestación del servicio y la póliza de Seguro por accidentes personales, por el período que dure la contratación y su correspondien te comprobante de pago total o mensual. CUARTA: La celebración del presente contrat o no implica ninguna relación de dependencia y/o de empleo público, rigiéndose el mismo por las normas de la Ordenanza Municipal N° 3693 (de Administración Financiera y Contrataciones) y por el art. 1251 y concordantes del Código Civil y Comercial, debiendo asumir EL CONTRATADO las 7 \Ç() (:,“\ LAS ISLAS MALVINAS, X) GEORGIAS Y SANDWICH DEL SUR, SON Y SERÁN ARGENTINAS” Ushuaia, 26 de septiembre de 2016 Año XXVI - N° 102/2016 página 8 1 Crtaria FIRMA Y Provincia de Tierra del Fuego Antártida e lelas del Atlántico =Repúbiica Argeetina= Hunicipalidad de Ushuaia ‘nich Legav Técn d Y da de Ushu4l saio 2016-Año del Bicentenario de la Declaración de la independencia Nacional obligaciones fiscales y previsionales del caso por el desarrollo de su actividad. QUINTA: El presente contrato podrá ser rescindido sin invocación de causa por ambas partes, notificando a la otra parte con quince (15) días de antelación sin que genere derecho o reclamo alguno. SEXTA: Ante cualquier divergencia que pudiera surgir en la interpretación y/o ejecución del presente contrato, ambas partes se someten exclusivamen te a la jurisdicción de los Tribunales ordinarios de la ciudad de Ushuaia, renunc iando a cualquier otro fuero o jurisdicción, constituyendo domicilio La MUNICIPALIDAD y EL CONTRATADPO en los indicados precedentemente, donde serán válidas todas las notificaciones extrajudiciales y judiciales que se cursen, salvo cambio de domicilio notific ado a la otra parte por un medio fehaciente. En prueba de conformidad las partes suscriben tres (3) ejempl ares de un mismo tenor y a un solo efecto, en Ushuaia, a los catorce (14) días del mes de septiembre del año dos mil dieci eis. ION IOR cre ir) tie Fcnr Xfl cicrsrctç1 t- Jsr !d ‘L4S ISLAS MALVINAS, GEORGIAS Y SANDWICH DEL SUR, SOS Y SERÁN E’,rlTINS” Ushuaia, 26 de septiembre de 2016 Año XXVI - N° 102/2016 Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur = República Argentina = MUNICiPALIDAD DE USHUAIA página 9 “2016 —Año del Bicenienario de la Declaración de la Independencia Nacional” 21 SLPZB16 USHUAIA, VISTO el expediente S,H. N° 2210/2006, dci registro de esta Municipalidad; y CONS [DERAN DO: Que mediante Decreto Municipal N° 836/2006, se eximió del pago del impuesto Inmobiliario y Tasa General por Servicios Municipales, a partir de la cuota 2° dci año 2006, hasta tanto se produzca y cualquier cambio que signifique variar las condiciones que dieron lugar a la misma, a la señora Ana Maria RIEDEL, L.C. N° 6.837.247, en su condición (le pensionada, titular del Inmueble identificado catastraimente como Sección C Macizo 79, Parcela 13 A (le la ciudad de Ushuaia. Que a fs.93 obra copia del certificado de defunción que acredita que la mencionada contribuyent e falleció el (lía veintiocho (28) de Junio de 2016. Que en consecuencia y teniendo en cuenta que el beneficio otorgado es de carácter persoia1, corresponde dejar sin efecto la exención otorgada mediante Decreto Municipal N° 836/2006, a partir del día veintinueve (29) de Junio de 2016. Que ha tomado intervención la Dirección General de Rentas D.G.R.Mun.U. N° 122/1 6, obrante a fojas 94. Municipal, mediante Informe Que ci suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto administrativo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 152 inc. 1) (le la Carta Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia, en concordancia con el título III, artículo 12 y el título X, artículo 77 de la Ordenanza Fiscal vigente. Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA DECRETA ARTICULO j0_ Dejar sin efecto a partir del (lía veintinueve (29) de Junio de 2016, el Decreto Municipal N° 836/2006, mediante el cual se eximió del pago del impuesto Inmobiliario y Tasa General por Servicios Municipales, a la señora Ana María RIEDEL, L.C. 6.837.247, sobre el inmueb le identificado catasti’almentc como Sección C, Macizo 79, Parcela 1 3 A de esta ciudad. Ello, por los motivos expuestos en el exordio. ARTICULO 2°.en el artículo de los alcances del presente a los derechohabientes de la persona mencionada 1°, con copia certificada haciéndole saber que podrán interponer Recurso de Notificar Reconsideración dentro de los diez (10) días de notificados según artículo 127 de la Ley Provincial N° 141. ARTiCULO 3°.- Comunicar a la Dirección General de Rentas. Dar al Boletín Oficial (le la Municipalida d (le Ushuaia para su publicación. Cumplido, archivar.— DECRETO MUNICIPAL N° 1335 /201 6.- Secdí1nZ3S L-1SZSI_1S MALVINAS. GROS CIAS Y.SANDWICFJ DEL SUR, SON Y5EI&ÍNAR GENTJNA.S’ Ushuaia, 26 de septiembre de 2016 Año XXVI - N° 102/2016 Provincia de Tierra del Fuego, AnBrtida e Islas del AllónOco Sur Rcpú FI ira Argen lina Iu ni cipal idad de Ushuaia página 10 “2016— Aóo del Bicentenario de la Declaración de Independencia Nacional” USHUAIA, 21 ‘ED16 VISTO el expediente SG N° 604812016 del registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que mediante el mismo el señor Julio Walter 1-IERNANDEZ, D.N.I. N° 7.827.104, concesionario de la licencia de Taxi N° 181, solicita la correspondiente autorización para transferir la concesión de la misma a favor del señor José Antonio GARCIA, D.N.I, N° 29.888.616. Que el solicitante ha abonado en la Secretaría de Economía y Finanzas, Dirección General de Rentas, la suma de PESOS TRECE MIL ($13.000), en concepto de pago por derecho de transferencia, equivalente a mii (1.000) U.F.A. (Unidad Fija a Aplicar), de acuerdo a lo establecido en la Cláusula Transitoria de la Ordenanza Municipal N° 2986. Que el señor José Antonio GARCIA, ha cumplido con los requisitos previstos por el articulo 5° de la Ordenanza Municipal N° 2986, para obtener la concesión de la Licencia de Taxi N° 181, según constancia obrante a fs. 43 no existiendo impedimento s en acceder a lo solicitado. de acuerdo a lo previsto en el artículo 4° Ordenanza Municipal N° 2986, reguladora del Servicio Público de Transporte de Taxi, resulta factible acceder a lo Que solicitado. Que la presente concesión se otorga por el término de DIEZ (10) años, conforme lo establecido en el artículo 6° de la Ordenanza Municipal N° 2986, pudiendo renovarse por iguales períodos siempre y cuando el concesionario de cumplimiento con lo establecido en la normativa vigente. Que ha tomado intervención la Sra. Directora de Transporte y el Sr. Subsecretario de Gobierno a fojas 10 y 43. Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto administrativo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 152 inciso 1) de la Carta Orgáni ca de la Municipalidad de Ushuaia, y en el artículo 4° de la Ordenanza Municipal 2986. Por ello: EL NTENDENTE MuNICIPAL DE USHUAIA DECRETA ARTICULO 1°.- Dejar sin efecto la concesión de la Licencia de Taxi N° 1 81, otorga da a favor del señor Julio Walter HERNANDEZ, D.I’. 1. N° 7.827.104, mediante Decret o Municipal N° 181/1988 de fecha 30 de marzo de 1988, a partir de la notificación del en virtud de la solicitud de transferencia efectuada. ARTICULO 2°.- Autorizar la transferencia de la concesión de la Licencia de Taxi presente, //i’.2. “Las Islas Malvinas, Georgia y Sándwich del Sur son y serán Argeiitinas” Ushuaia, 26 de septiembre de 2016 Provincia de Tierra del Fuego, Antáiida e Islas dl Atlántico Sur Repó bu ce Argentina Municipalidad de Ushus a Año XXVI - N° 102/2016 página 11 “2016- Año del Bicentenario de la Declaración de Independencia Nacional” ///.2. N° 181, a favor del señor José Antonio GARCIA, D.N.L N°29.888.616, en virtud de lo expuesto en el exordio. ARTICULO 3°.- La presente concesión se otorga por el término de DIEZ (lO) aíos, contados a partir de la fecha de notificación del presente, conforme a lo establecido en el artículo 6° de la Ordenanza Municipal N° 2986, pudiendo renovarse por iguales períodos, siempre y cuando el concesionario de cumplimiento con lo estable cido en la normativa vigente. ARTICULO 4°.- E1 incumplimiento de las obligaciones emergentes del servicio regulado por la Ordenanza Municipal N° 2986, será causal para decretar la caducidad de la concesión Municipal para la explotación del Servicio Público de Transp orte de Pasajeros Taxi. ARTtCULO 5°.- Notificar a los interesados haciéndoles saber que contra el presente podrá interponer recurso de reconsideración en un plazo de diez (10) días desde la notificación según artículo 127 de la Ley de Procedimiento Admin istrativo Ley — Provincial N° 141. ARTÍCULO 6°.- Comunicar. Dar copia al Boletín Oficial de la Munic ipalidad de Ushuaia. Cumplido, archivar. 1 336 DECRETO MUNICIPAL N° /20 16.- Mi iNTENDENTE otiç1ad de UhUñie “Las Islas Malvinas, Georgia y Sáadwicii del Sur son y serán Argenhinas” Ushuaia, 26 de septiembre de 2016 Año XXVI - N° 102/2016 PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO ANTARTIDA E ISLAS DEI. ATLANTICO SUR REI’UHLICA ARR ENTINA MUNICIPALIDAD DE USHUAIA página 12 2016- Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional USHUAIA, 21 SEP’1016 VISTO el expediente O.P. N° 331 3/2014 deI registro de esta Municipalidad; y CONS 1 DERAN DO: Que mediante el mismo se tramita el Contrato de Locación de Servicios registrado bajo el N° 10680 celebrado el día cinco (05> de septiembre de 2016, entre la Municipalidad de Ushuaia, representada por la señora Secretaria de Economía y Finanzas, C.P. Andrea ONTORIA, D.N.I.N° 22.885.647, y el señor Guido Jaime HARARI, D.N.l.N° 31.859.988, quien realizará tareas de camarógrafo, editor, fotógrafo, y demás actividades que fije el Programa de Comunicación Audiovisual. Que dicha contratación se encuadra en el artículo 110, inciso d), apartado 10), de la Ordenanza Municipal N° 3693 de Administración Financiera y Contrataciones, modificada por Ordenanza Municipal N° 4602 y en el artículo 1251 y concordantes del Código Civil y Comercial. Que corre anexada y forma parte del presente Decreto copia autenticada del Contrato de Locación de Servicios mencionado precedentemente, el cual se encuentra registrado bajo el N° 10680, correspondiendo su aprobación. Que el suscripto se encuentra facultado para dictar el presente instrumento legal, conforme a lo establecido en el artículo 152, incisos 1) y 32), de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia. Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA DECRETA ARTICULO 1°.- Aprobar el Contrato de Locación de Servicios registrado bajo el N° 10680, cuya copia autenticada se adjunta y forma parte del presente, celebrado el día cinco (05) de septiembre de 2016, entre la Municipalidad de Ushuaia, representada por la señora Secretaria de Economía y Finanzas, C.P. Andrea ONTORIA, D.N.I.N° 22.885.647, y el señor Guido Jaime HARARI, D.N.I.N° 31.859.988. Ello, en virtud de lo expuesto en el exordio. ARTICULO 2°.- Notificar a la parte interesada con copia autenticada del presen te. ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente deberá imputa rse con cargo al titular presupuestario Secretaria de Gobierno, Partida 13. ARTICULO 4°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushua ia. Cumplido, archivar. DECRETO MUNICIPAL N° 3 37 /2016.- jmt Dra Maria resa\Me Sec LD11i i1 MuncIpaldPa Las Islas Malvinas, Georgias, Sandwich del Sur, son y serán Argentinas Ushuaia, 26 de septiembre de 2016 Piovineta de lierra del Fuego, Antártida e Ixl;is del Atlántico Sur RepúbIii Argentina Municipal idid ele ushuaia Año XXVI - N° 102/2016 (ON PATO nc is,reo N bAlo E LN1OLfl) página 13 7I11S USHUAIA, ‘ A “201 6—ño el1 Secrtari egl y leí . TéY SELLO de la Independencia Nacional” CONTRATO DE LOCACIÓN DE SERVICIOS Entre la Municipalidad de Ushuaia, representada en este acto por la señora Secretaria de Economía y Finanzas, C.P. Andrea ONTORIA D.N.I. N° 22.885.647, con domicilio legal en la calle Arturo Coronado N° 486 1° piso, de la ciud ad de Ushuaia, ad-referéndum del Sr, Intendente Municipal, en adelante LAMUNICIPA LIDAD, por una parte, y por la otra el Sr. Guido Jaime HARARI, D.N.I. N° 31.859,988, con dom icilio en Goleta Florencia N° 1686, de la ciudad de Ushuaia, en adelante EL CONTRATAD O, convienen en celebrar el presente Contrato de Locación de Servicios, conforme a las siguientes cláusulas: PRIMERA: LA MUNICIPALIDAD contrata los servi cios de EL CONTRATADO a efectos de realizar tareas de camarógrafo, editor, fotógrafo, y demás actividades que fije el Programa de Comunicación Audiovisual, con una carga horaria de treinta y cinco (35) horas semanales.---SEGUNDA El presente contrato se forma liza por el término de tres (03) meses, contados a partir del día 01 de Octubre de 2016, operando su vencimiento el día 31 de diciembre de 2016. TERCERA: Se acuerda en concepto de honorario s por la labor que se contrata, la suma total de PESOS SESENTA Y NUEVE MIL CON 00/1 00 ($ 69.000,00), pagadero en seis (3) cuotas iguales, mensuales y consecutivas de PES OS VEINTITRES MIL CON 00/100 ($ 23.000,00) cada una, Los pagos se efectiviza rán del día 1° al 15° de cada mes, debiendo EL CONTRATADO otorgar el pertinente recibo o factura a favor de la MUNICIPALIDAD, conforme normas vigentes, adjuntando el Cert ificado de Situación Fiscal Municipal (D.G.R. Municipal) de la totalidad de los bienes que pose a EL CONTRATADO y de las actividades en que se encuentre inscripto vigente a la fech a prevista de pago. Además deberá acompañar comprobante de pago de AFIP del mes de prestación y la póliza de Seguro por Accidentes Personales por el período que dure la contratación y su correspondiente pago comprobante de pago total o mensual. CUARTA: El presente contrato no implica ninguna relación de dependencia y/o de empleo público, rigiéndose por las normas de la Ordenanz a Municipal N° 3693 (de Administración Financiera y Contrataciones), por el art. 1251 y concordantes del Código Civil y Comercial, debiendo asumir EL CONTRATADO las obligacion es fiscales y previsionales del caso por el desarrollo de su actividad. QUINTk El presente contrato podrá ser rescindid o por ambas partes, sin invocación de causa, en cualquier momento de su vigencia, y previa comunicación fehaciente cursada a la contraparte con un mínimo de quince (15) días de anticipación, sin que ello genere derecho a reclamar indemnización, daño ni perjuicio alguno. JA: Ante cualquier divergencia que pudiera surgir en la interpretación y/o ejecución del rr FEL D Ofl’ /11.2. “Las ls/as Malvinas, Georgias y Sandwich del Su,; son y Ushuaia, 26 de septiembre de 2016 Año XXVI - N° 102/2016 l’iovincia dc lierra del l’ucgo, i\niárUda e lsIis del AtUnl ¡Co Sur Rcpi h ¡ ¡ A genl ¡ o a Municipalíd;i&l de Ushuaia página 14 ¡a Nacional” ¡11.2. presente contrato, ambas partes se someten exclu sivamente a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la ciudad de Ushuaia, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción, constituyendo domicilio LA MUNI CIPALIDAD y EL CONTRATADO en los indicados en el encabezamiento, donde serán válidas todas las notificaciones extrajudiciales y judiciales que se cursen, salvo cambio de domicilio notificando a la otra por un medio fehaciente. En prueba de conformidad las partes suscriben tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la ciudad de Ushuaia, a los dos (05) días del mes de septiembre de 6. € c !EL O’ Las Islas Ivíalvinas, Georgias y Sandwich del Sm; son y serán ulgentinas Ushuaia, 26 de septiembre de 2016 Año XXVI - N° 102/2016 página 15 PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR REPUBLICA ARGENTINA MUNICIPALIDAD DE USHUAIA 2016-Año dei Bicentenario de a Declaración dela Independencia Nacional USHUAIA, 21 SEP7O1 VISTO el Expediente S.G. N° 3620/2015 del registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que mediante el mismo tramitan los Convenios Particulares de Pasantías celebrados entre esta Municipalidad, representada por el Sr. Secretario de Gobierno, Oscar Horacio SOUTO, D.N.I. N° 11 .320.201, la Universidad Tecnológica Nacional, representada por su Decano lng. Mario Félix FERREYRA D.N.I. N° 7.645.915, y los alumnos de la mencionada Universidad, Claudia Alejandra ROCHA D.N.I. N° 32.769.484 y Mariel Lucía RACCA D.N.I. N° 37.823.782. Que los citados Convenios Particulares fueron celebrados en el marco del Convenio oportunamente suscripto y registrado bajo el N° 4008, aprobado por Decreto Municipal N° 977)2007, ratificado mediante Resolución C.D. N° 151/2007, su Acta Complementaria N° 4454, aproba da por Decreto Municipal N° 1506/2008, Acta Modificatoria N° 7786, aprobada mediante Decreto Municipal N° 1773/2013, ratificada por Resolución C.D. N°422/2013, y la Ley Nacional N°26.427. Que corresponde aprobar los Convenios Particulares de Pasantías suscriptos registrados bajo los números 10703 y 10704 cuyas copias autenticadas se adjuntan y forman parte del presente. Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal, conforme a lo establecido en el artículo 152° incisos 1) 32) de la Carta Orgánica Municipal y de la ciudad de Ushuaia. , Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA DECRETA ARTICULO 1°.- Aprobar los Convenios Particulares de Pasantías registrados bajo los números 10703 y 10704, cuyas copias autenticadas se adjuntan formando parte integrante del presente, suscriptos entre esta Municipalidad, representada por el Sr. Secretario de Gobierno, Oscar Horacio SOUTO, D.N.I. N° 11.320.201, la Universidad Tecnológica Nacional, representada por su Decano lng. Mario Félix FERREYRA D.N,I. N° 7.645.915, y los alumnos de la mencionada Universidad, Claudia Alejandra ROCHA D.N.I. N° 32.769.484 y Mariel Lucía RACCA D.N.I. N° 37.823.782. ElIo por los motivos expuestos en el exordio. ARTICULO 2°.- Notificar a las interesadas con copia autenticada del presente. ARTICULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente deberá imputarse a los titulares presupuestarios Subsecretaría de Gobierno y Subsecretaría de Seguridad Urbana, Partida 031. ARTICULO 4°.- Comunicar, dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia. Cumplido, archivar. 338 /2016.DECRETO MUNICIPAL N° cS Seo. CoOi Mu 04 “Las Islas Malvinas, Georgias, Sándwich del Sur, son y serán Argentinas” Ushuaia, 26 de septiembre de 2016 Año XXVI - N° 102/2016 página 16 i’iovincia de ‘Iicrra del Fuego, Ai,tújIkla e Islas del Atlántico Sur Repu lIIi ca A igeni ma Mu mci pi1 dad de Ushuaia CONTRATO INDIViDUAL DE PASANTÍA (Ley 26.427) En la ciudad (le Ushuaia, capital de la Provincia (le Tierra (Id Fuego, Antártida e islas del Atlántico Sur, a los Doce (12) (lías del mes (le Agosto, se reúnen el Ing. Mario Félix FERREYRA, D.N.i. N° 7.645.915, con domicilio legal en calle Islas Malvinas N° 1650 (le la ciudad (le Río Grande, representando en este acto a la Universidad Tecnológica Nacional, Facultad Regional Río Grande, el Sr. Secretario (le Gobierno, Oscar Horacio SOUT O, D.N.T. N° 11.320.201, con domicilio legal en calle San Martin N° 660, representando en este acto a la Municipalidad de Ushuaia, y la alumna Claudia Alejandra ROCHA, D.NJ. N° 32.769 .484, (le la carrera Tecnicatura Superior en Administración de la Universidad Tecnológica Nacional, domicilia(la en calle Gendarme Argentino N° 1269 dpto 1 “f’, ambos de la ciudad de Ushuaia, y de común acuerdo establecen: PRIMERA: EL presente acuerdo se suscribe en el marco de la Ley N° 26.427, el Decreto Nacional N° 487/2000 y del Convenio Marco de Cooperación Recíproca registrado bajo el N° 4008 celebrado cf (lía lO de agosto de 2007 con sus correspondientes modificacion es entre LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA NACIONAL y LA MUNICIPALIDAD, en virtud del cual un estudiante de la y mencionada institución realiza pasantías en LA MUNICIPAL IDAD, ambas partes declaran conocer perFectamente los términos (le! referido Convenio y se comprometen a cumplirlos íntegramente. SEGUNDA: LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA NACIO NAL y LA M1JNIC.IPALIDAD le ofrecen a la alumna Claudia Alejandra ROCHA, D.N.I. N° 32.769 .484, realizar una I)as1tia de seis (6) meses a partir (le! (lía UflO (1) (le Septiembre (le 2016 en la Dirección de Tránsito, la que presta su conformidad en este acto. TERCERA: El pasante deberá cumplir CUATRO (4) horas (barias, entre las 08:OOhs. y las 1 6:OOhs de lunes a viernes, no pudiendo exceder las VEINTE (20) horas semanales, horario a fijar y distribuir por la Dirección de Tránsito. CUARTA: Las tareas a realizar por el Pasante serán de carácter administrativo, procurando la MUNICIIALIDAD la rotación periódica en todas las áreas administrativas, a fin (le lograr un aprendizaje global por parte (le! Pasante. QUINTA: LA MUNICIPALIDAD certificará que el pasante cumple estrictamente con ci horario (le enseíianza-aprendizajc estipulado en la Cláusula Tercer a. SEXTA: LA UNIVERSiDAD TECNOLÓGICA NACIO NAL efectuará los controles necesarios para verificar las tareas desarrolladas por el Pasante, el cumplimiento (le las demás obligaciones y impuestas, designando como titular y/o docente guía al Sr. Gabriel Alejandro KOREMBLIT PELLEGIUNI, D.N.I. N° 13.699.466, domiciliado en calle De La Luna N° 1841 de la ciudad de Ushuaia. SÉPTIMA: LA MIJN[CL.PALIDAD abonará en concep to de asignación estímulo, lo establecido en ci Decreto Municipal N° 920/2009. OCTAVA: Está estrictamente prohibido al pasante realiza r actividades políticas, gremiales o /12... “Las Islas Georgias y Sa,u.4i’icIz del Sur, son y seráii argentinas” Ushuaia, 26 de septiembre de 2016 Año XXVI - N° 102/2016 r PUOVjIICiiI iLifI del Fuego, AutrIida e Islas del AtunÉco Su Repúb0c Argentina Muniip lid id d. Uliu iH página 17 - “201 6-Año del acionaF’ — - es V Fx i AÍY ‘,ELLO .2/7 religiosas cii ci ámbito en el que se desarrolle su ens eñanza-aprendizaje.NO VENA: El incumplimiento P01’ parte del liasaIte (le cualquier de las obligaciones que por este acto, será considerado causa suficiente para dar de baja la pasant ía. DEC1MA: El pasante declara conocer y aceptar en todos sus términos el Convenio Marco de Pasantías registrado bajo N° 4008, su acta complementaria N° 4454 y su modificatoria registrada bajo N° 7786 celebrado entre LA UNiVERSIDAD TECN OLÓGICA NACIONAL y LA MUNICIPALIDAD, recibiendo copia del mismo. DECIMOPRIMERA: El pasante declara reconocer acepta y r el Reglamento iiara el personal y el Régimen Disciplinario de la Municipalidad. DECIMOSEGUNDA: El pasante reconoce expresamente que la ejecución del presente es completamente ajena a toda vinculación de naturaleza laboral (Art. 12 Ley N° 26.427). En prueba de conformidad y a un solo efecto se firman tres (3) ejemplares de un miSmo tenor y a un solo efecto, en lugar y fecha ut-supra indicados. Mal 051 0IIA QLci& t 1 i Ltf Secretaria de Economía y ¡ M1rruPafJde(j cte 1 isIs cris 1 g Mario F. Ferreyra Decano UTH-PR “Las Islas Mral Pinas, GL’orgias y Saizdn’icli del Sur, son y seráiz argentinas” RF,Orande Ushuaia, 26 de septiembre de 2016 I’wvuicit LIC 1’eíui del Fuego, An1iiIicl e lsbs dci Alunlico Sur l{epu hi ca Aigen1ina fvlu Iiej)a Idad de IjsIiua Año XXVI - N° 102/2016 ‘‘20] 6—Año dci página 18 de la Declaración de la USHUAIA, flr F’ D1CCt0Í CONTRATO INDIVIDUAL DE (Ley 26.427) rno PÁ SA° U...h En la ciudad (le Ushuaia, capital de la Provincia (le Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, a los Doce (12) días del me (le Agosto de 2016, se reúnen el lng. Mario Félix FERREYRA, D,N N° 7.645.915, con domicilio legal en calle islas Malvinas N° 1650 (le la ciudad (le Río Grande, representando en este acto a la Universidad Tecnológica Nacional, Facultad Regional Rio Grande, el Sr. Secretario de Gobierno, Oscar Horacio SOUTO, D,N.l. N° 1 1 .320,20 1, con (lomicilio legal en calle San MartínN° 660, representando en este acto a la Municipalidad de Ushuaia, y la alumna Mariel Lucía RACCA, D.N.l. N° 37.823.782, (le la carrera Ingeniería Pesquera (le la Universidad Tecnológica Nacional, domic iliada en calle Juan Buezas N° 295, ambos (le la ciudad (le Ushuaia, y (le común acuerdo establecen: . PRiMERA: El presente acuerdo se suscribe en el marco de la Ley N° 26.427, el Decreto Nacional N° 487/2000 y del Convenio Marco (le Cooperación Recípr oca registrado bajo el N° 4008 celebrado el día 10 (le agosto (le 2007 con sus correspondientes modificaciones entre LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA NACIONAL y LA MUNICIPALIDAD, y en virtud del cual un estudiante (le la mencionada institución realiza pasantías en LA MUNI CiPALIDAD, ambas partes declaran conocer pert’ectaineite los términos del referido Convenio y se comprometen a cumplirlos íntegramente. SEGUNDA: LA UNiVERSiDAD TECNOLÓGICA NACIONAL y LA MUNICIPALIDAD le ofrecen a la alumna Marie! Lucía RACCA, D.N.I. N° 37.823.782, realizar una pasantía (le SeIS (6) meses a partir del (lía uno (1) (le Septiembre de 2016 en la Subsecretaría (le Gobierno, la que presta su conformidad en este acto. TERCERA: El pasante deberá cumplir CUATRO (4) horas diarias, entre las 08:OOhs y las 16:OOhs (le luncs a viernes, no pudiendo exceder las VEINTE (20) horas semanales, horario a fijar y (1 astribu ir poi’ la Subsecretaría de Gobierno. CUARTA: Las tareas a realizar ior el Pasante serán de carácter administrativo, procuraido la MUNICIPALIDAD la rotación ieriódica en todas las áreas administrativas, a fin (le lograr un aprendizaje global por parte del Pasante. QUINTA: LA. MUNICIPALIDAD certificará que ci pasant e cumple estrictamente con el horario (le enseñanza-api’endizaje cstipula(Io en la Cláusula Tercera. SEXTA: LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA NACIO NAL efectuará los controles necesarios para verilicar las tareas desarrolladas poi’ el Pasante, y el cumplimiento (le las demás obligaciones impuestas, designando como titular y/o docente guía al Sr. Gabriel Alejandro KOREMBLIT PELLEGRINI, D.N.I. N° 13.699.466, domiciliado en calle De La Luna N° 1841 de la ciudad de Ushuaia. SÉPTIMA: LA MUNICIPALIDAD abonará en concepto de asignación estímulo, lo establecido en el Decreto Municipal N° 920/2009. QCTAVA: Está estrictamente prohibido al pasant e realizar actividades políticas, gremiales o religiosas en el ámbito en el que se desarrolle su enseñanza-aprendizaje. NOVENA: El incumplimiento por parte del pasant e (le cualquier (le las obligaciones que lor este “Las Islas Mali’i itas, del Sur, son y serán argentinas” ____ ____ ___ Ushuaia, 26 de septiembre de 2016 Año XXVI - N° 102/2016 CL JN página 19 ATç FI1NAUø SAJO EL Nj (17. (, 4 15 SEP2Ü16_— USHUAIA, - l’mviii CI de reria del Fuego, AiiHrtida e Islas del A(Intico Sur “2016-Año del Hcenh necio de la DecIafci __ — Repú Id ca Argentina 15150 lii! -Ct( Scr’tari3 Mu ncipa cIad de Ushua ¡a kLLiiiENa O(;C Leç--4--cngg CI3Iihct (UiNULü acto, scrá considerado causa suficiente para dar (le baja la pasantía. DECIMA: El pasante declara conocer y aceptar en todos sus términos el Convenio Marc o do Pasantías registrado bajo N° 4008, su acta com plementaria N° 4454 y su modificatoria regis trada bajo N° 7786 celebrado entre LA UNI VERSIDAD TECNOLÓGICA NACIONAL y LA MUNICIPALIDAD, recibiendo Copia (le! mism o. DECIMOPRIMERA: El pasante declara reco nocer y aceptar el Reglamento para el perso nal y el Régimen Disciplinario (le la Municipalidad. DECIMOSEGUNDA: El pasante reconoce expresamente que la ejecución del presente es completamente ajena a toda vinculación de naturaleza laboral (Art. 12 Ley N° 26A27). En pmcba (le conformidad y a un solo efecto se firman tres (3) ejemplares (le un mismo teno r, en lugar y fecha ut-supra indicados. Mal Ing. Mario F. Ferreyra Decano UTN FR Rio Granda N. AndfCa oNroi de Economía y Ftnarr’ MWscp8JJÇJld “Las cte Lishuas, - ,. Islas Mal vilias, Georgius y Sandwich del Sur, son y seráu argentinas” Ushuaia, 26 de septiembre de 2016 Año XXVI - N° 102/2016 Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur República Argentina Municipalidad de Ushuaia página 20 ‘2016— Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional” USHUAIA, 21 SEP 1íJ16 VISTO el expediente OP N° 3824/2016, del registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que el día ocho (8) de agosto de 2016, se celebró el Convenio de Colaboración para la construcción de un Mirador de Aves, entre la Municipalidad de Ushuaia representada por el Señor Secretario de Planificación e Inversión Pública, Ing. Christian HERVIAS, D.N.I. N° 21.918.007, por una parte y por la otra, la Sra. StelIa Maris DOMINGUEZ, D.N.I. N° 12.909.760, en su carácter de Presidente de la ASOCIACIÓN BAHÍA ENCERRADA, ello en virtud de lo solicitado por la Asociación, teniendo en cuenta el legado económico realizado por quien en vida fuera el Sr. Domingo MORENO (socio fundador de la Asociación), con la finalidad de que se realice una obra útil a la Reserva Natural Bahía Encerrada y en el Marco del Convenio Registrado bajo el N°8991, aprobado por Decreto Municipal N° 1563/2015. Que corre anexada y forma parte del presente Decreto, copia autenticada del Convenio mencionado, registrado bajo el N° 10659, correspondiendo su aprobación. Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto administrativo, de acuerdo a lo establecido en el artículo 152 incisos 1) y 32), de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia. Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA DECRETA ARTICULO 1°.- Aprobar el Convenio registrado bajo el N° 10659, cuya copia autenticada se adjunta y forma parte del presente, celebrado el día ocho (8) de agosto de 2016, entre la Municipalidad de Ushuaia, representada por el Señor Secretario de Planificación e Inversión Pública, Ing. Christian HERVIAS, D.N.I. N° 21.918.007, por una parte y por la otra, la Sra. SteIIa Maris DOMINGUEZ, D.N.I. N° 12.909.760, en su carácter de Presidente de la ASOCIACIÓN BAHÍA ENCERRADA. Ello, por las razones expuestas en el exordio. ARTÍCULO 2°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente, deberá imputarse a las partidas presupuestarias correspondientes. ARTÍCULO 3°.- Notificar a los interesados con copia autenticada del presente. ARTÍCULO 4°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia para su publicación. Cumplido, archivar. DECRETO MUNICIPAL N° 1 33 /201&- Dra. María Ters3 endOZ Sec. CaordnacD’j c1 Municpa J 2 ShUaa “Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur, Son y Serán Argentinas” Ushuaia, 26 de septiembre de 2016 Año XXVI - N° 102/2016 - página 21 - :\ — I’iuviuii.i iii 1 Iii Inco iii 1.1 tui Aii, W.i tipuiilit;i , Uni,io II’i 1 Sur :icioiiiI” “2016— Año dci Bicciiknaiii de tu 1 itiiIiit.i ‘Iil’tI( II\IlI)l) 1)1.1 SIlI ,l 1 // — — — CONVENIO Entre la Municipalidad de Ushuaia, representada en este acto por el Sr. Secretario de Planificación e Inversión Pública, lng. Christian HERVIAS D.N.I. N° 21.918.007, con domicilio en calle Arturo Coronado N° 486 — 10 piso de esta ciudad de Ushuaia, en adelante LA MUNICIPALIDAD, por una parte y por la otra, la Sra. SteIIa Maris DOMINGUEZ, D.N,l. N° 12.909.760, con domicilio en la calle Isla Soledad 1489 de la ciudad de Ushuaia, en carácter de Presidente de la ASOCIACIÓN BAHÍA ENCERRADA, en adelante A.B.E., celebran el presente Convenio de Colaboración para la construcción de un mirador de aves, en virtud a lo solicitado por A.B.E. mediante nota registrada N° 3732/2015, teniendo en cuenta el legado económico realizado por quien en vida fuera el Sr. Domingo MORENO (socio fundador de la Asociación), con la finalidad que se realice una obra útil a la Reserva Natural Urbana Bahía Encerrada y en el marco del Convenio registrado bajo el N° 8991/2015, aprobado por Decreto Municipal N° 1563/2015, conforme a las siguientes cláusulas: PRIMERA: LA MUNICIPALIDAD en su carácter de administrador de los espacios públicos urbanos de la ciudad, autoriza a la Asociación a construir un mirador de aves en la Reserva Natural Urbana Bahía Encerrada, según croquis de localización y proyecto obrantes en expediente OP-3824/2016 a fojas 16 a 18 y en concordancia con los objetivos determiflados para el sector mediante Ordenanza Municipal N° 3631. SEGUNDA: Ambas partes dejan aclarado que la construcción a realizar ha sido proyectada por personal técnico de la Dirección de Estudios y Proyectos, dependiente de la Subsecretaría de Obras Públicas, siendo compatible con la propuesta integral realizada para el sector, estando su uso y localización contemplados en el Plan de Manejo que se encuentra en elaboración en el marco del Convenio registrado bajo el N° 8991/2015, aprobado por Decreto Municipal N° 1563/2015 entre la MUNICIPALIDAD y A.B.E. TERCERA: El lugar exacto de implantación y orientación adecuada se definirá oportunamente al ejecutarse el proyecto, como así también la definición de los colores a ser pintados, todo esto será coordinado entre la MUNICIPALIDAD Y A.B.E. CUARTA: LA MUNICIPALIDAD proveerá el árido necesario para la ejecución de las bases de hormigón a través de la Subsecretaría de Servicios Públicos y la supervisión técnica durante la ejecución de la obra la realizará personal de la Subsecretaría de Obras Públicas.QUINTA: A.B.E. asume a su costo y cargo la totalidad de los gastos por materiales y mano de obra que demande la obra, con excepción de lo enunciado en la cláusula cuarta. SEXTA: Si A.B.E. decide no continuar con la ejecución del Proyecto deberá notificar en forma fehaciente a la MUNICIPALIDAD con quince (15) días de anticipación. /1/2... “TAS ISI.AS MALVINAS, CLORCIAS Y SANDWT(1I l)KL SUR SON Y SKRAN ARCI:NnNos” Ushuaia, 26 de septiembre de 2016 Sur Año XXVI - N° 102/2016 “2016 — 1 A ño dci Iiccu (chano de la Dccl, ICpU!IRI l1I( página 22 ii>.i> Di.: ushuAiA 2 ‘-j — u . / 2/II SEPTIMA: El mirador a construir será uso público, libre y gratuito, quedando prohibido introducir modificaciones en el sector sin la previa y expresa autorización de las partes intervinientes en el presente CONVENIO. OCTAVA: Cualquier modificación parcial o total de la obra con el fin de adecuarla a futuras intervenciones que se realicen en el sector, no generará derecho alguno de reclamo o resarcimiento por parte de A.BE. por los materiales aportados. NOVENA: En caso de eventuales conflictos en la interpretación o aplicación del presente, las partes se someten a la jurisdicción y competencia de los Tribunales Ordinarios de la Provincia de Tierra del Fuego, con asiento en la ciudad de Ushuaia, renunciando expresamente a cualquier otro fuero o jurisdicción. En plena conformidad, se firman tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la ciudad de Ushuaia, capital de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, a los 8 días del mes de agosto del año 2016. MnicpaIdad dr? Uiiaia “LAS ISLAS MALVINAS, CEOIWIAS Y SANDWICH DEI, SUR SON Y SERAN ARGENTINOS” Ushuaia, 26 de septiembre de 2016 Año XXVI - N° 102/2016 página 23 13 O Provincia de Tierra del Fuego Antártida e Islas dci Atlántico Sur = República Argentina = Municipalidad de Ushuaia “2016— Aiio del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional” USHUAIA, 21 SEP2D16 VISTO el expediente N° B-373411978 del registro de la Gobernación del ex Territorio Nacional de la Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur; y CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Territorial N° 3369/88 de fecha veintisiete (27) de septiembre de 1988, se adjudicó en venta a favor del Sr. Jose Octavio BAHAMONDE BAHAMONDE, Documento Nacional de Identidad N° 13.954.123, el predio identificado catastralmente como Sección B, Macizo 54, Parcela 3, con una superficie de TRESCIENTOS CUATRO METROS CUADRADOS CON SETENTA Y CINCO DECIMETROS CUADRADOS (304,75 2 m ) , fijándose el precio de venta del mismo en la suma de AUSTRALES SESENTA Y SIETE MIL CIENTO CINCUENTA Y OCHO CON 91J100 (A 67.158,91), más el porcentaje correspondiente a gastos de mensura y administrativos. Que a fs. 89 obra copia certificada del Acta de Defunción del Sr. Jose Octavio BAHAMONDE BAHAMONDE ocurrido el día dieciséis (16) de mayo de 1989. Que a fs. 110 la Dirección General de Catastro e Información Territorial mediante Nota N° 62/14 Letra: D.G.C. e l.T. de fecha diecisiete (17) de enero de 2014, informa que en sus registros, en el legajo de la Parcela 3 del Macizo 54 de la Sección B no obra ninguna constancia de cancelación total o parcial de dicho inmueble a favor del Sr. BAHAMONDE BAHAMONDE. Que a fs. 112 obra Informe Div. E. D. N°041/14, mediante el cual se realiza un relevamiento de los antecedentes obrantes en el expediente. Que a fs. 117 obra Oficio Judicial librado en los autos caratulados “BAHAMONDE BAHAMONDE JOSE OCTAVIO S/SUCESIÓN AB-INTESTATO” (Expte. N° 10.291/2005), en trámite ante el Juzgado en lo Civil y Comercial N°2 del Distrito Judicial Sur, a cargo del Dr. Gustavo GONZALEZ, en el que se indica que deberá tenerse en cuenta al momento de escriturar el inmueble identificado catastralmente como Sección B, Macizo 54, Parcela 3 de la ciudad de Ushuaia, la declaratoria de herederos obrante a fs. 118. Que a fs. 118 obra Testimonio mediante el cual se declara en cuanto hubiera lugar por derecho y sin perjuicio de terceros, que por fallecimiento de Don Jose Octavio BAHAMONDE BAHAMONDE, le sucede en carácter de universal heredera su hija NeIly Margot BAHAMONDE BAHAMONDE, esta en cuanto a los bienes si los hubiere. Que a fs. 121/1 22 la División de Recupero D.G.R. Mun., mediante Informe N° 06/2015 Letra Div. Recupero de fecha veinticinco (25) de febrero de 2015, informa que se procedió a calcular la deuda de venta de tierras fiscales por aplicación del Decreto Territorial N° 3369/88, la cual asciende a la suma de PESOS TREINTA Y OCHO MIL QUINIENTOS OCHENTA Y CUATRO CON 98/1 00 ($ 38.584,98). Que a fs. 130 y 131 obra resumen de situación parcelaria y plancheta catastral, /112... ‘LAS ISLAS MALVINAS, GEORGIAS Y SANDWICH DEL SUR SON Y SERÁN ARGENTINAS” Ushuaia, 26 de septiembre de 2016 Año XXVI - N° 102/2016 página 24 1340 Provuicia de Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Su r = República Argentina = Municipalidad de Ushuaia “2016 Aíio del Bicentenario de la i)eclaración de la Independencia Nacional” .2/!! respectivamente, de las cuales surge que el predio B-54-3, posee una superficie de TRESCIENTOS CUATRO METROS CUADRADOS CON SETENTA Y CINCO DECIMETROS CUADRADOS (304,75 m ). 2 Que a fs. 132/1 33 obra Informe Div. Ev. Doc. N° 212/2015, mediante el cual se informa el estado del predio y que la Sra. Nelly Margot BAHAMONDE BAHAMONDE cumple con los requisitos para ser adjudicataria de un predio fiscal en el marco de la Ordenanza Municipal N° 2025, vigente en ese momento. Que a fs. 133 vta, la Dirección de Suelo Urbano indica elaborar proyecto de Decreto de transferencia teniendo en cuenta que el valor de venta del predio en cuestión se encuentra en plan de pago y que el vencimiento de las cuotas opera todos los meses. Que en consecuencia, corresponde transferir los derechos emergentes del Decreto Territorial N° 3369/88, sobre el predio identificado catastralmente como Sección B, Macizo 54, Parcela 3, de la ciudad de Ushuaia, en favor de la Sra. Nelly Margot BAHAMONDE BAHAMONDE, Documento Nacional de Identidad N° 18.659.552, en su carácter de universal heredera de la persona fallecida. Que a fs. 137 vta, el entonces Subsecretario de Planeamiento y Proyectos Urbanos a cargo de la Subsecretaria de Gestión Urbana ha tomado debida intervención. Que a fs. 158 obra certificado de situación fiscal regular N° 0003742/2016, mediante el cual surge que sobre el predio B-54-3, mantiene regularizada la situación tributaria por Tasa General por Servicios Municipales e Impuesto Inmobiliario y el plan de pagos sobre deuda de venta de tierras fiscales s/Decreto Territorial N° 3369188. Que a fs. 153 vta, y fs. 161 vta, la Sra. Jefa del Programa de Urbanización y el Sr. Coordinador de Producción Social del Hábitat, han intervenido indicando la continuidad del trámite. Que es facultad del suscripto el dictado del presente acto administrativo, de conformidad con la competencia que le atribuye el art. 173 incisos 5) y 15) de la Constitución Provincial, arts. 37 incisos 4) y 11) y 152 incisos 1) y 15) de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia, y art. 5 de la Ordenanza Municipal N° 2025. Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA DE CRETA ARTICULO 1°.- Transferir los derechos emergentes del Decreto Territorial N° 3369/88 de fecha veintisiete (27) de septiembre de 1988, sobre el predio identificado catastralmente como Sección B, Macizo 54, Parcela 3, de la ciudad de Ushuaia, a favor de la Sra. Nelly Margot BAHAMONDE BAHAMONDE, Documento Nacional de Identidad N° 18.659.552. Ello por los motivos expuestos en el exordio. ARTICULO 2°.- El dictado de las obligaciones cumplidas y la extensión del correspondiente Título de Propiedad, quedarán condicionados a la cancelación del plan de pagos suscripto por 1 /1/3... “LAS ISLAS MALVENAS, CEORGIAS Y SANDWICH DEL SUR SON Y SERÁN ARG ENTINAS” Ushuaia, 26 de septiembre de 2016 Provincia de Tierra del Fuego AnOrtida e Islas del Atlánlico Sur = Rcpúhlica Argentina = Municipal dad d Ushuaia el concepto de Venta de Tierras Fiscales Año XXVI - N° 102/2016 “2016 — — página 25 Aóo del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional” Decreto Territorial N° 3369/88. Ello, en virtud de lo expuesto en el exordio. ARTICULO 3°.- Notificar a la heredera con copia autenticada del presente, haciéndole saber que podrá interponer recurso de reconsideración ante el mismo órgano que lo dictó, dentro de los diez (10) días hábiles desde su notificación conforme lo establecido por el artículo 127 de la Ley Provincial N° 141. ARTICULO 4°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia y archivar. DECRETO MUNICIPAL N° 13 tI /2016.- / Arq. Trea Síettra de HabiaL y Oid. de U,Juwta ‘LAS ISLAS MALVINAS, GEORG[AS Y SANDWICH DEL SUR SON Y SERÁN ARGENTINAS” Ushuaia, 26 de septiembre de 2016 Año XXVI - N° 102/2016 página 26 1341 Provincia de Tierna del Fuego Anni,tida e [sias del Atlántico Sur República A1Tentina “2016- Alio del Bicentenario de la Declaración de la Jndependencia Nacional’ Municipalidad de Ushuaia USH UAIA, 21 SEP2O16 VISTO el expediente N° G-00178/1 992 del registro de la ex Dirección de Tierras Fiscales, su agregado el expediente N° G-5193/1988 del registro de la Gobernación del ex Territorio Nacional de la Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur y el expediente N° L-E.T.846511993 del registro de la Dirección de Suelo Urbano; y CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Territorial N° 2799/88, de fecha dieciocho (18) de agosto de 1988, se adjudicó al Sr. Loreto GUTIERREZ, Documento Nacional de Identidad N° 11.520.629, el predio identificado catastralmente como Sección F, Macizo 51, Parcela 8, con un valor de venta de AUSTRALES TRES MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y NUEVE CON TREINTA CENTAVOS (A 3.499,30). Que a refolio 50/51 deI expediente N° G-0017811992, obra Nota N° 453/12, Letra: R.C.U., registrada por este Municipio en fecha diecinueve (19) de abril de 2013, a través de la cual la Dirección del Registro Civil de la ciudad de Ushuaia remitió adjunto, copia certificada del Certificado de Defunción del Sr. Loreto GUTIERREZ, Documento Nacional de Identidad N° 11.520.629. Que a refolio 58 del mencionado expte., obra Oficio N°411/13 PR yA— STJ de fecha dieciséis (16) de agosto de 2013, registrado por este Municipio bajo el N° 5190, mediante el cual la Prosecreta ría de Registro y Archivo del Superior Tribunal de Justicia de la — Provincia de Tierra del Fuego, informó que en el Protocolo de Sucesiones del Registro Público de Juicios Universales, no obra constancia de inicio de proceso sucesorio a nombre del Sr. Loreto GUTIERREZ, a esa fecha. Que a refolio 68/69 y fs. 82/83 del expte. antes citado, obran Verificación de Ocupantes de fechas dieciocho (18) de febrero y quince (15) de diciembre ambas del año 2015, de las cuales surge que el predio en cuestión se encuentra habitado por el Sr. Carlos Sergio FRIAS y su grupo familiar, desde el año 2005 aproximadamente. Que a refolio 71 vta, del expte. del Sr. GUTIERREZ, la Dirección de Suelo Urbano indicó se elabore proyecto de Decreto dejando sin efecto el Decreto Municipal N° 2799/88. Que a refolio 72/73, del expte. N° G-001 78/1 992, obra Informe Div. Ev. Doc. N° 238/2015, mediante el cual se hace un relevamiento de los antecedentes obrantes en el expediente. Que a fs. 77 del mencionado expte., la Dirección de Obras Privadas mediante Nota N° 250/2015 Letra : Dpto. Adm. D.O.P., informa que el predio F-51-08, no posee - expediente de obra. Que a fs. 78 del citado expte., obra Nota N° 086/15 Letra: Dpto. G.R.P.F. y B.T. de fecha dieciocho (18) de noviembre de 2015, en la cual se solicita la publicación ante los medios de prensa local y por el término de tres (03) días, mediante la cual se cita a herederos de quien en vida fuera el Sr. Loreto GUTIERREZ, D.N.I. N° 11.520.629, a presentarse ante la • Direcc5n de Suelo Urbano en un plazo de cinco (5) días, cuyas constancias de publicación 11/2... “Las Islas Malvinas, Geospi.ts y Saisdwich del Sut sony seidii Atgentiros” Ushuaia, 26 de septiembre de 2016 Año XXVI - N° 102/2016 Provincia de Tierrn del Fuego Antíitida e Islas del AllánLico Sur =Repúhlica AigenLina Municipalidad de Ushuaia página 27 “20)6 -jl0 del Bicentenario de/a Declaración de la Independencia Nacional” .2/!! lucen agregadas a fs. 79, 80 y 81. Que ante la ausencia de presentación de herederos y/o sucesores del Sr. Loreto GUTIERREZ ante la Dirección de Suelo Urbano, corresponde dictar el pertinente acto administrativo, dejando sin efecto el Decreto Territorial N° 2799/88. Que a fs. 84 obra del expte.N° G-00178/1 992 informe del Dpto. G.R.P.F. y B.T. N° 002/16, mediante el cual se informa de los incumplimientos por parte del Sr. Loreto GUTIERREZ, a fin de continuar con el trámite correspondiente. Que el Sr. GUTIERREZ incumpliría con el artículo 5° del Decreto Territorial N° 2799/88 de fecha dieciocho (18) de agosto de 1988. Que corresponde, en consecuencia, dejar sin efecto el Decreto Territorial N° 2799/88, de fecha dieciocho (18) de agosto de 1988, mediante el cual se adjudicó al Sr. Loreto GUTIERREZ, Documento Nacional de Identidad N° 11.520.629, el predio identificado catastralmente como Sección F, Macizo 51, Parcela 8. Que a fs. 74 vta, del expte. N° G-00178/1992, el entonces Subsecretario de Planeamiento y Proyectos Urbanos, a cargo de la Subsecretaría de Gestión Urbana, ha tomado debida intervención. Que a fs. 86 vta, la Sra. Jefa de Programa de Urbanización y el Sr. Coordinador Producción Social del Hábitat, han tomado debida intervención indicando la continuidad del trámite. Que es facultad del suscripto el dictado del presente acto administrativo de conformidad con la competencia que le atribuye el art. 173 incisos 5) 15) de la Constitución y Provincial, arts. 37 incisos 4) y 11) y 152 incisos 1) y 15) de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia, art. 117 de la Ley Provincial N° 141 y art. 13 de la Ordenanza Municipal N° 5055. Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA DE CRETA ARTÍCULO 1°.- Dejar sin efecto el Decreto Territorial N° 2799/88, de fecha dieciocho (18) de agosto de 1988, mediante el cual se adjudicara en venta al Sr. Loreto GUTIERREZ, Documento Nacional de Identidad N° 11.520.629, el predio identificado catastralmente como Sección F, Macizo 51, Parcela 8, de la ciudad de Ushuaia. Ello, por los motivos expuestos en el exordio. ARTÍCULO 2°.- Notificar a los derechohabientes del causante con copia autenticada del presente, haciéndoles saber que podrán interponer recurso de reconsideración ante el mismo órgano que lo dictó, dentro de los diez (10) días hábiles de su notificación, conforme lo establecido por el artículo 127 de la Ley Provincial N°141. ARTÍCULO 3°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia archivar. y 1 de Ushu6ia Ushuaia, 26 de septiembre de 2016 Año XXVI - N° 102/2016 página 28 13 2’ Provincia de Tietra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur =Repúhlica Argentina= Municipalidad de Ushuaia “2016- Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional” Ushuaia, 21 SEP2ÜI6 VISTO los expedientes administrativos Letra P N° 10669/1983 y Letra P 4283/1987 del registro de la Ex-Gobernación del Territorio Nacion al de la Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur y XX-2442/2000 del registro de la Municipalidad de Ushuaia; y CONSI D ERAN DO: , Que mediante los mismos se tramita el Acta Acuerdo registr ada bajo el N° 10060, celebrada en fecha quince (15) de enero de 2016, entre la Municipalidad de Ushuaia representada por la Sra Secretaría de Hábitat y Ordenamiento Territorial, Arq. María Teresa FERNANDEZ, DNI N° 6.134.241 y por la otra el Sr. Roberto PADIN, DNI N° 7.328.231 y la Sra. Verónica PADIN, DNI N° 28.509.840, mediante la cual la municipalidad reconoce la ocupación mantenida por el postulante Sr. Roberto PADIN a la adjudicación sobre una porción de treinta y cinco mil metros cuadrados 35.000 m2 sita en la sección K ( entre arroyo Buena ( ), Esperanza y el denominado Barrio Escondido de esta ciudad y el postulante reconoce la ) propiedad del predio en la Municipalidad de Ushuaia.. — - Que a fojas 64 vta, del expediente XX-2442/2000, ha tomado intervención la Directora de Actuación Dominial y Banco de Tierras y el Sr. Coordinador de Producción Social de Hábitat, a los fines de la prosecución del trámite. Que corre anexada y forma parte del presente Decreto, copia autenticada del Acta Acuerdo aludida, correspondiendo su aprobación. Que es facultad del suscripto el dictado del presente acto administrativo, de conformidad con la competencia que le atribuye el Art. 173 incisos 5) y 15) de la Constitución Provincial y Arts. 37 incisos 4) y 11) 152 incisos 1) 15) de la y Carta Orgánica Municipal de la y ciudad de Ushuaia. Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA DECRETA ARTICULO 1°.- Aprobar el Acta Acuerdo registrada bajo el N° 10060, celebrada en fecha quince (15 ) de enero de 2016, entre la Municipalidad de Ushuaia representada por la Sra Secretaría de Hábitat y Ordenamiento Territorial, Arq. María Teresa FERNANDEZ, DNI N° 6.134.241 y por la otra el Sr. Roberto PADIN, DNI N° 7.328.2 31 y la Sra. Verónica PADIN, DNI N° 28.509.840, mediante la cual la municipalidad recono ce la ocupación mantenida por el postulante Sr. Roberto PADIN a la adjudicación sobre una porción de treinta y cinco mil metros cuadrados ( 35.000 m2 ), sita en la sección K ( entre arroyo Buena Esperanza y el denominado Barrio Escondido ) de esta ciudad y el postula nte reconoce la propiedad del predio en la Municipalidad de Ushuaia. .Ello, por los motivos expues tos en el exordio. ARTÍCULO 2°.- Notificar a la parte interesada con copia autenticada del presente haciéndole — - /11.2. “Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, son y serán Argentinas” Ushuaia, 26 de septiembre de 2016 Año XXVI - N° 102/2016 Provincia de Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur República Argentina= Municipalidad de Ushuaia página 29 “2016- A6o del Bicentenario de la Declaración de a Independencia Nacional” 111.2.. saber que lo dictó podrá dentro interponer de los recurso de diez (10) días reconsideración hábiles ante el órgano que desde su notificación, conforme lo establecido en el Artículo 127 y sstes de la Ley Provincial N° 141. ARTÍCULO 30 Comunicar. Dar copia al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia. 13 1 2 Cumplido, archivar. ‘o nri1 Ttrea SeJU!ria de NbItltt y Oíd. TmitO11at MuBPded )ENTE ,ioaádad de Ushtj “Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, son y serán Argentinas” Ushuaia, 26 de septiembre de 2016 Año XXVI - N° 102/2016 página 30 LOPiA REL DL ORiGINAL II iBO / ERNANDEZ 4 RÑ )o o Des acho General D.T-SLyT .ncpaIic1adJUShUaia J — — — 1 1) ___jZri la ciudad de Uluiaia, Provincia de Tierra del Fuego, Antúrtida e Islas del t\liúntico Sur, a los quince (1 5) días del mes de enero del año dos mii dicciscis, se reúnen en la Dirección de Urbanismo Municipal, por una pare, la señora Secretaria de Habitat y Ordenamiento Territorial, Arq. María Teresa Fernandcz titular del DNI 6. 1 34.24 retenduin en representación del Departamento Municipal Etecutivo (Ad del señor Intendente de la Ciudad), en adelante LA MUiV.IC!R4L1D,4D Di U3[IUA ¡A, con domicilio en calle Arturo Coronado N° 486, y por la otra, el Señor Roberto Facha, titular del DNI N° 7.328.231, domiciliado realmente en sector K cutre arroyo Buena Esperanza y el denominado Barrio Escondido cte esta Ciudad, cmcn se ha presentado acompañado por c ¡ , la señora tanibien (Iomlcllladla ca Verónica Pudín, titular del DNI scctoi K enti e ai i ovo Buena Esperanza y el denominado Barrio Escondido cte esta Ciudad. ca adelante Is7LfTE A LA tÍD.JUDJCAC/ÓN, en relación al inmueble fiscal dc2.Ç. (Pt/) /(F:C’//. .JH mts2 (reilevau.en.[et:i:as) equivalente a .n).. hectúreas, sito en . la sección K (entre arroyo Buena Esperanza y el denominado Barrio Escondido) de esta Ciudad, quienes convienen celebrar el presente sujetos a las claúsulas y condiciones que seguidamente se expresan: PR IN/IERA Con 1 ‘i t inahdact cte posib iii tai ci avance cte 1 utii as ui bu n 1/aciones en ia TN) zona en euestióa, L1 Jv/ÜYVJCEPALJD/IL) DE USFILIAJA reconoce la ocupucion mantenida por la parte POST(JLNTE A LA ADJUDJCACUÓN sobre la porción 2 ChCe2 mts2 (Jt/?z/Y) se encuentra delimitada en vLtf/13:1’ equivalente a ....hcctáreas, la erial . el croquis anexo y que ibrma parte del presente. I (1JNDi\ Sin pci uieio del i ceonoeim cato cpi c sacIo n la elausu la PR] M PRi\ los liúinites tendientes a la coiisoliclaeión definitiva (le la tracción fiscal en iavor de la * parte POS7iL(]VTE A p c 4 ecli miento /L aclmin istrativo k LA ADJUDIcJÍCIÓ7V se de “ adj uclicación en iniciarún venta de mediante tierras el Hsea les Ushuaia, 26 de septiembre de 2016 Año XXVI - N° 102/2016 página 31 irlA FIEL DEL ORIGINAL 1 1 10 b O iOH \ / DEZ PERI o. Despacho eraI n u jr arr alidad de Uh II ¡un ii ici pa es con i ntrvención dci Concejo Dei ibÍahtc. .dc1EAl tRlii .f: 1 uere. 1 necesario. RE 1 a pw le POS [UI /l]VI E /1 LA /IDJUDJCACION ¡ncluiua qui la señota Verónica Padín, reconocen que la superficie de cc u iva lente a .% ) mts2 (reiterar en letras) hectáreas (dcli mi Lada en el mismo grá liCO seña lado en la cláusula MU VIERA) y que no representa el objeto del procedimiento administrativo de adjudicación a y iniciarsc. CS propiedad de LA MUNICIP/ILIDAD DE US/:IUAIA se comprometen a restituirle dicho inmueble en forma inmediata y libre de ocupantes. CUART/\: En caso que la parte POSTULANTE /1 LA ADJUDICACIÓN [10111 brada la en la clá usu la TERC ERA no dieren cumplimiento con la obligación allí dispuesta. las tareas tendicnles a remover obstáculos y/o retirar las edificaciones que bubi ercm 1 en la irec itada fracción fiscal serán realizadas por La MUNICIPALIDAD DII USF/UA.1 4 y a costa de los ohlgados, salvo expreso acuerdo que iudiquc lo 1 contrario, qn ¡enes en tal supuesto renuncian a toda pretensión resarcitoria. [ormulacla en sede administrativa, o judicial, relacionadas con las labores inherentes a la toma de posesión material de las referidas tierras fiscales. QUn\lD: Cualesquiera de las partes integrantes de] presen l:e convenio, en l’brma COnj 1! nta o md istinta, podrán sol citar homologación judicial del conteni do imc ui 1 expresado. prueba de conformidad y para CU AiRO (4) ejemplares del mismo indicados en constancia tenor y a un solo efecto, el encabezamiento del presente. . - . IR—Q,. CT Q. ,9 Munctpaded ck, de las partes, se firman ‘/‘ /‘ 9, . ) en el lugar y fecha Ushuaia, 26 de septiembre de 2016 Año XXVI - N° 102/2016 página 32 fl\ 1 ¡ LI FARtNA RNA[DEZ WC tD J %. a Opto Deptio G4erat DT-SLiT 1 iuncpaticiact d4Utaia /\ /1 <L1 r’ g U - O U) U) / / SL4 - Ji / )i // / 1 / ¡ J / / // / / ¡ / ¡ 2 ‘> (L ? ÍU/i / : ¡ / r— / / / (_) : 1 / / / // -4’ / — / í / H / / rIrS FERN; Httot O’d. _) ‘: U >- 4 U) Ushuaia, 26 de septiembre de 2016 Año XXVI - N° 102/2016 página 33 i3 / t)/ Provincia de Tierra del Fuego Antártida e lslns del Atlántico Sur República Argentina Municipalidad de Ushuaia “2016— Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional” USHUAIA, 21 SEP216 VISTO el expediente N° M-806/1975 del registro de la Gobernación del exTerritorio Nacional de la Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sud: y CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Territorial N° 4361/89 de fecha veintiuno (21) de noviembre de 1989, se adjudicó en venta a favor del Sr. Rene Antonio MENENDEZ VIDAL, Documento Nacional de Identidad N° 18.719.766, el predio identificado catastralmente como Sección B, Macizo 26, Parcela 19, con una superficie de DOSCIENTOS CUARENTA METROS CUADRADOS (240,00 m ), fijándose el precio de venta del mismo en la suma de 2 AUSTRALES DOS MILLONES TRESCIENTOS VEINTE MIL QUINIENTOS SEIS CON 43/100 (A 2.320.506,43), más gastos administrativos, ad-referéndum de la aprobación del Plano de Mensura respectivo. Que a fs. 56 con fecha uno (01) de junio de 1990, el entonces Subsecretario de Gobierno, en virtud de la Nota N.I.D.T.F. N°534/90, de fecha diecisiete (17) de mayo de 1990, aprueba disponer del descuento del TREINTA POR CIENTO (30 %) y mantener valuación. Que a fs. 56 vta, y 58 en fecha veinte (20) de junio 1990 se presentó el Sr. MENENDEZ y se le notificó que el importe a abonar con el TREINTA (30 %) POR CIENTO de descuento en concepto de valor del terreno asciende a la suma de AUSTRALES UN MILLÓN SEISCIENTOS SETENTA Y TRES MIL OCHENTA Y CINCO CON 13/1 00, (Al .673.085,13) lo cual se abonaría de contado. Que a fs. 57 obra comprobante de cancelación del monto indicado a ts. 56 vta.. Que a fs. 86 el Departamento de Topografía y Mensura informa mediante Informe N°08/2011, que con fecha 06/06/11 se registró el PIano TF1-44-10 el que mensura la nueva Parcela 23 del Macizo 26 de la Sección B, aclarando que la anterior designación (Parcela 19) era provisoria ya que el sector carecía de mensura de origen. Que a fs. 92 obra Oficio Judicial librado en los autos caratulados “MENENDEZ VIDAL Rene S/Sucesión Ab-Intestato” (Expte. N° 12.765/2008), en trámite ante el Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial N° 2 deI Distrito Judicial Sur, en el cual se indica que al momento de escriturar el inmueble identificado catastralmente como Sección B, Macizo 26, Parcela 23 de la ciudad de Ushuaia, deberá inscribirse el mismo a favor de la heredera universal declarada en autos, Ada Luz MENENDEZ D.N.l. N° 17.060.690, siendo la proporción hereditaria la fracción del cien por ciento (100 %) conforme los derechos que le fueran reconocidos. 1( j \ / Que a fs. 93 obra Testimonio mediante el cual se declara en cuanto hubiera lugar por derecho y sin perjuicio de terceros, que por fallecimiento de Don René Antonio MENENDEZ VIDAL, le sucede en carácter de universal heredera su hija Ada Luz esta en cuanto a los bienes si los hubiere. MENENDEZ, Que a fs. 107 la Sra. MENENDEZ solicita la emisión de las Obligaciones Cumplidas en el marco de la normativa vigente. Que a fs. 108 y 109 obra resumen de situación parcelaria y plancheta catastral, mente, de las cuales surge que el predio B-26-23, posee una superficie de /112... “LAS ISLAS MALV[NAS, GEORGEAS Y SANDWICH DEL SUR SONY SERÁN ARGENTINAS” Ushuaia, 26 de septiembre de 2016 Año XXVI - N° 102/2016 página 34 4343 Provincia de Tierra del Euego Antáilida e Islas del Atlánco Sur República ArgenÉina Municipalidad de Ushuaia “2016—Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional” ...2111 DOSCIENTOS CUARENTA METROS CUADRADOS (240,00 2 m ) . Que a fs. 115 obra Informe Div. Ev. Doc. N° 223/2015, mediante el cual se informa el estado del predio y que la Sra. Ada Luz MENENDEZ cumple con la documentación solicitada en el marco de la Ordenanza Municipal N° 2025. Que a fs. 115 vta, la Dirección de Suelo Urbano indica elaborar proyec to de Decreto Definitivo a favor de la heredera, y en virtud a que dió cumplimiento a las obligaciones, declarar cumplidas las mismas. Que en consecuencia, corresponde transferir los derechos emerge ntes del Decreto Territorial N° 4361/89, sobre el predio identificado catastr almente como Sección B, Macizo 26, Parcela 19, de la ciudad de Ushuaia, en favor de la Sra. Ada Luz MENENDEZ, Documento Nacional de Identidad N° 17.060.690, en su carácter de universal heredera de la persona fallecida, y fijar nomenclatura, superficie y valor de venta. Que el expediente de marras contiene la documentación oportu namente requerida a la solicitante conforme a la normativa vigente. Que se ha dado estricto cumplimiento a los recaudos formales impue stos por la legislación vigente, expidiéndose la SecretarÍa de Hábitat y Ordena miento Territorial a través de sus áreas pertinentes. Que a fs. 129 vta, la Dirección de A.D. y Bco. T. actualizar documentació n. Que a fs. 131 obra certificado de situación fiscal regular N° 00033 20/201 6, mediante el cual surge que sobre el predio B-26-23, se encuen tra regularizada la situación tributaria por Tasas Generales por Servicios Municipales e Impuesto Inmobiliario. Que a fs. 132 obra Informe Dpto. Reg. Dom. N° 046/2016, mediante el cual se informa que el presente trámite se encuadraría en los alcances de la Ordenanza Municipal N° 2025 y los artículo 18 y 28 de la Ordenanza Municipal N° 5055. Que a fs. 119 vta, y fs. 135 vta, la Sra. Jefa del Programa de Urbani zación y el Sr. Coordinador de Producción Social del Hábitat, han intervenido indicando la continuidad del trámite. Que es facultad del suscripto el dictado del presente acto admin istrativo, de conformidad con la competencia que le atribuye el art. 173 incisos 5) y 15) de la Constitución Provincial, arts. 37 incisos 4) y 11) y 152 incisos 1) 15) de la Carta Orgánica Municipal de la y ciudad de Ushuaia, Ordenanza Municipal N° 2025 y artículos 18 y 28 de la Ordenanza Municipal N° 5055. Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA DE CRETA ARTICULO 1°.- Fijar la nomenclatura definitiva del predio adjudicado mediante Decreto Territorial N° 4361/89 de fecha veintiuno (21) de noviembre de 1989, a favor del Sr. Rene Antonio MENENDEZ VIDAL, Documento Nacional de Identid ad N° 18.719.766, en Sección 8, Macizo 26, Parcela 23, de la ciudad de Ushuaia. Ello, en virtud de lo expresado en el exordio. ARTICULO 2°.- Fijar la superficie definitiva del predio identificado catastralmente como 8, Macizo 26, Parcela 23 en DOSCIENTOS CUARENTA METROS CUADRADOS 11/3... “LAS ISLAS MALVINAS, GEORGIAS Y SANDWICH DEL SUR SON Y SERÁN ARGENTINAS” Ushuaia, 26 de septiembre de 2016 Provincia de Tierra del Fu e140 Anlúitida e Islas del Atlú nl co Sur = República Argenbna Municipalidad de Usli uaia Año XXVI - N° 102/2016 página 35 “2016— Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Naciona,”’ .3/II (240 2 m ) . Ello, por los motivos expresados en los considerandos. ARTICULO 3°.- Fijar el precio de venta del predio identificado catastralmente como Sección B, Macizo 26, Parcela 23, en la suma de AUSTRALES UN MILLÓN SEISCIENTOS SETENTA Y TRES MIL OCHENTA Y CINCO CON 13/100 (A 1.673.085,13), el cual se encuentra totalmente cancelado. Ello por los motivos expuestos en los considerandos. ARTICULO 4°.- Transferir los derechos emergentes del Decreto Territorial N° 4361/89 de fecha veintiuno (21) de noviembre de 1989, sobre el predio identificado catastralmente como Sección B, Macizo 26, Parcela 23, de la ciudad de Ushuaia, a favor de la Sra. Ada Luz MENENDEZ, Documento Nacional de Identidad N° 17.060.690. Ello por los motivos expuestos en el exordio. ARTICULO 5°.- Declarar cumplidas las obligaciones contraídas por la Sra. Ada Luz MENENDEZ, Documento Nacional de Identidad N° 17.060.690, sobre el predio identificado catastralmente como Sección B, Macizo 26, Parcela 23, conforme lo establecido en la Ordenanza Municipal N° 5055. ARTICULO 6°.- Continuar el trámite a los fines de la extensión del correspondiente Título de Propiedad en favor de la Sra. Ada Luz MENENDEZ, Documento Nacional de Identidad N° 17.060.690, sobre el predio identificado catastralmente como Sección B, Macizo 26, Parcela 23 de la ciudad de Ushuaia. ARTICULO 7°.- Notificar a la heredera con copia autenticada del presente, haciéndole saber que podrá interponer recurso de reconsideración ante el mismo órgano que lo dictó, dentro de los diez (10) días hábiles desde su notificación conforme lo establecido por el artículo 127 de la Ley Provincial N° 141. ARTICULO 8°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad dU 1 3 43 12016.DECRETO MUNICIPAL N° Arq. 4sd Tes ada d Fabliat y iJb$Ik3lklad cite Ushuaia ‘LAS ISLAS MALVINAS, GEORGIAS Y SANDWICH DEL SUR SON Y SERÁN ARGENT[N AS” y archivar. Ushuaia, 26 de septiembre de 2016 Año XXVI - N° 102/2016 t’tovincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sor Repúbt lea Argentina MIJNICIPALIDAI) DE USHUAIA ‘20 Id — página 36 Ada del Bicentenario de la DeclaracBn de la Independencia Iiacionat,” USHUAIA, 22 SEP21S VISTO el Decreto Municipal N° 1326/2016, y CONSIDERANDO: Que mediante el mismo se autorizó el traslado a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires del señor Secretario de Gobierno, Dn. Oscar Horacio SOUTO, D.N.I. N° 11.320.201, a partir del día veintiuno (21) al veintidós (22) de septiembre de 2016 a fin de realizar gestiones inherentes a su función. Que es necesario comunicar que a partir del día veintidós (22) de septiembre de 2016 el señor Secretario de Gobierno reasume sus funciones. Que el suscripto se encuentra facultado para dictar el presente acto administrativo, en uso de las facultades atribuidas por el artículo 152, incisos 1) y 32) de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia. Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA DECRETA ARTICULO 1°.- Comunicar que a partir del día veintidós (22) de septiembre de 2016 el señor Secretario de Gobierno, Dn. Oscar Horacio SOUTO, D.N.I. N° 11.320.201 reasumió sus funciones. Ello, en virtud de lo expresado en el exordio. ARTICULO 2°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial Municipal. Cumplido, archivar. DECRETO MUNICIPAL N° 1 344 /2016.- Dra. Maria Teresa Mendaz Sec Coordnaón GesUon Muniapajdad Ushuaa “Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, son y serán argentinas” Ushuaia, 26 de septiembre de 2016 Año XXVI - N° 102/2016 Provincia de Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur =República Argentina= Municipalidad de Ushuaia página 37 “2016- Afio del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional” USHUAIA, 22 SEP 2016 VISTO el expediente N° CD-6073/2016 del registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que mediante el mismo tramita la promulgación de la Ordenanza Municipal sancionada por el Concejo Deliberante de esta ciudad, en sesión ordinaria del día 01/09/2016, por medio de la cual se exceptúa al señor Jorge Luis Isnardo, DNI 13.582.645, del artículo 16, inciso d) de la Ordenanza Municipal N° 5055. Que ha tomado la intervención pertinente el Servicio Jurídico Permanente de esta Municipalidad emitiendo Dictamen S.L. y T. N° ¡ : f20t6,entendiendo que corresponde proceder al veto total de la norma propuesta en virtud de la consideración realizada por la Jefa del Programa de Urbanización la cual es compartida por la titular de la Secretaría de Hábitat y Ordenamiento Territorial. Que el suscripto comparte el criterio sustentado por ese Servicio Jurídico, encontrándose facultado para el dictado del presente acto administrativo, en atención a las prescripciones del artículo 152 inciso 4) de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia. Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA D EC RETA ARTICULO 1°..- Vetar en forma total la Ordenanza Municipal sancionada por el Concejo Deliberante de la ciudad de Ushuaia en sesión ordinaria de fecha 01/09/2016, por medio de la cual se exceptúa al señor Jorge Luis Isnardo, DNI 13.582.645, del artículo 16, inciso d) de la Ordenanza Municipal N° 5055. Ello, por los motivos expuesto es el exordio. ARTICULO 2°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia. Cumplido, archivar. DECRETO 1 IUNICIPAL N° 13 l5 /2016 )ENTE de Ustiaía “Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, son y serán Argentinas” Ushuaia, 26 de septiembre de 2016 Año XXVI - N° 102/2016 Provincia de Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur =Repóhlica Argentina= Municipalidad de Ushuaia página 38 “2016- Alto del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional” USHUAIA, 22 SEP?OIfi VISTO el expediente N° CD-6059/2016 del registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que mediante el mismo tramita la promulgación de la Ordenanza Municipal sancionada por el Concejo Deliberante de esta ciudad, en sesión ordinaria del día 01/09/2016, por medio de la cual se sustituye el artículo 6° de la Ordenanza Municipal N° 5055. Que ha tomado la intervención pertinente el Servicio Jurídico Permanente de esta Municipalidad emitiendo Dictamen 5 L y T N° ¡20*6, entendiendo que corresponde proceder al veto total de la norma propuesta en su artículo 1°, en virtud del pedido realizado por la Secretaría de Hábitat y Ordenamiento Territorial a 5 vta del expediente citado en el visto y en el marco de la promulgación de la Ordenanza Municipal N° 5099, realizada por Decreto Municipal N° 1280/2016, encontrándose tratada la norma propuesta. Que el suscripto comparte el criterio sustentado por ese Servicio Jurídico, encontrándose facultado para el dictado del presente acto administrativo, en atención a las prescripciones del artículo 152 inciso 4) de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia. Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA DECRETA ARTICULO 1°.- Vetar en forma total la Ordenanza Municipal sancionada por el Concejo Deliberante de la ciudad de Ushuaia en sesión ordinaria de fecha 01/09/2016, por medio de la cual se sustituye el artículo 6° de la Ordenanza Municipal N° 5055. Ello, por los motivos expuesto es el exordio. ARTICULO 2°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia. Cumplido, archivar. DECRETO MUNICIPAL N° 1 3 /2016 “Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, son y serán Argentinas” Ushuaia, 26 de septiembre de 2016 Año XXVI - N° 102/2016 Provincia de Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur República Argentina= Municipalidad de Ushuaia página 39 “2016- Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional” 22 SE216 USHUAIA, VISTO el expediente N° CD-6070/2016 del registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que mediante el mismo tramita la promulgación de la Ordenanza Municipal sancionada por el Concejo Deliberante de esta ciudad, en sesión ordinaria del día 01/09/2016, por medio de la cual se modifica el articulo 30 y 6° de la Ordenanza Municipal N° 3411, modificadas por Ordenanza Municipal Nros. 4231 y 4449. Que ha tomado la intervención pertinente el Servicio Jurídico Permanente de esta Municipalidad emitiendo Dictamen S.L. y T. N° 1 ‘SI2O4entendiendo que corresponde proceder al veto total de la norma propuesta en virtud de las observaciones realizadas por Nota N° 268/16. Letra J.A.M.F y Nota N° 048/2016. Letra C.T y T emitidas por el Juzgado Administrativo Municipal de Faltas y por el Coordinador de Transito y Transporte.. Que el suscripto comparte el criterio sustentado por ese Sérvicio Jurídico, encontrándose facultado para el dictado del presente acto administrativo, en atención a las prescripciones del artículo 152 inciso 4) de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia. Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA D ECRETA ARTICULO 1°.- Vetar en forma total la Ordenanza Municipal sancionada por el Concejo Deliberante de la ciudad de Ushuaia en sesión ordinaria de fecha 01/09/2016, por medio de la cual se modifica el articulo 3° y 6° de la Ordenanza Municipal N° 3411, modificadas por Ordenanza Municipal Nros. 4231 y 4449. Ello, por los motivos expuesto es el exordio. ARTICULO 2°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia. Cumplido, archivar. DECRETO MUNICIPAL N° 1 ¿7 /2016 “Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, son y serán Argentinas” Ushuaia, 26 de septiembre de 2016 Año XXVI - N° 102/2016 Provincia de Tierra del Fuego An(ñrtida e Islas del Atlñntico Sur República Aigentina= Municipalidad página 40 20l6--Año del l3icenlcnario de IaDeclaracWm de la Independencia Nacional de Ushuaia USHUAIA, 23 SE 2016 VISTO el expediente N° CD-6078/201 6 del registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que mediante el mismo tramita la promulgación de la Ordenanza Municipal sancionada por el Concejo Deliberante de esta ciudad, en sesión ordinaria del día 01/09/2016, por medio de la cual se adhiere en todos sus términos a la Ley Nacional 27.191 de Energías Renovables y su Decreto Reglamentario N° 531/2016 se invita a y la Legislatura de la Provincia y a los municipios de la ciudad de Tolhuin y Río Grande a proceder en el mismo sentido. Que ha tomado intervención el Servicio Jurídico Permanente de esta Municipalidad emitiendo el Dictamen S.L y T N° j °‘2016, súgiriendo el veto total de la norma, entre otras cuestiones, por el hecho que la misma ley indica que son las Provincias quienes deberán invitar expresamente a las municipalidades de sus respectivas jurisdicciones a adherir a la ley, lo cual debe materializarse con el dictado de una ley provincial y esto último a la fecha no ha ocurrido. Que el suscripto comparte el criterio vertido por las áreas intervinientes, encontrándose facultado para el dictado del presente acto administrativo en atención a las prescripciones del artículo 152, inciso 4) de la Carta Orgánica Municipal de esta ciudad. Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA DECRETA ARTICULO 1°.- Vetar en forma total la Ordenanza Municipal sancionada por el Concejo Deliberante de la ciudad de Ushuaia en sesión ordinaria del día 01/09/2016, por la cual se adhiere en todos sus términos a la Ley Nacional 27.191 de Energías Renovables y su Decreto Reglamentario N° 531/2016 y se invita a la Legislatura de la Provincia y a los municipios de la ciudad de Tolhuin y Río Grande a proceder en el mismo sentido. Ello’ ei virtud de lo expresado en el exordio. ARTICULO 2°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia. Cum11do, archi “Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur son y Ushuaia, 26 de septiembre de 2016 Año XXVI - N° 102/2016 página 41 1349 Provincia de Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur =República Argentina= Municipalidad de Ushuaia “20l6- A6o del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional” USHUAIA, 23SE VISTO el expediente N° CD-606712016 del registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que mediante el mismo tramita la promulgación de la Ordenanza Municipal sancionada por el Concejo Deliberante de esta ciudad, en sesión ordinaria del día 01/09/2016, por medio de la cual se ratifica en todos sus términos el Decreto Municipal N° 466/2016, mediante el cual se aprueba ad-referendum del Concejo Deliberante el Convenio de Uso registrado bajo el N° 10191, celebrado en fecha 19 de abril de 2016, entre la Municipalidad de Ushuaia y las firmas Trinidad Overseas S.A y Cartovip Reciclados S.R.L, a través del cual la Municipalidad cede en uso el predio sito en una fracción de la Parcela 223 de la Sección Rural de Ushuaia, el cual consta de una superficie aproximada de 2,46 hectáreas ,a los efectos que en el mismo las firmas, en consonancia con los fines dispuestos en la Ordenanza Municipal N° 4976 modificada por su similar N° 5022,construyan y pongan en marcha un centro de Tratamiento de Residuos Sólidos Urbanos. Que ha tomado la intervención pertinente el Servicio Jurídico Permanente de esta Municipalidad emitiendo el Dictamen S.L y T N° 167/201 6, recomendado su promulgación. Que el suscripto comparte el criterio sustentado por ese Servicio Jurídico, encontrándose facultado para el dictado del presente acto administrativo, en atención a las prescripciones de los artículos 152 inciso 3) de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia. Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA DECRETA ARTICULO 1°.- Promulgar la Ordenanza Municipal N° 5 1 0 3 ,sancionada por el Concejo Deliberante de la ciudad de Ushuaia en sesión ordinaria del día 01/09/2016, por medio de la cual se ratifica en todos sus términos el Decreto Municipal N° 466/2016, mediante el cual se aprueba ad-referendum del Concejo Deliberante el Convenio de Uso registrado bajo el N° 10191, celebrado en fecha 19 de abril de 2016, entre la Municipalidad de Ushuaia y las firmas Trinidad Overseas S.A y Cartovip Reciclados S.R.L, a través del cual la Municipalidad cede en uso el predio sito en una fracción de la Parcela 223 de la Sección Rural de Ushuaia, el cual consta de una superficie aproximada de 2,46 hectáreas ,a los efectos que en el mismo las firmas, en consonancia con los fines dispuestos en la Ordenanza Municipal N° 4976 modificada por su similar N° 5022,construyan y pongan en marcha un centro de Tratamiento de Residuos Sólidos Urbanos. Ello, en virtud de lo expreado en el exordio. ARTICULO 2°.- Comurar 3 L a ral BQ1’tín/OficiaI de la Municipai archivar. ¡ IiNIIí\ INIflIPAI N Ushuaia, 26 de septiembre de 2016 Año XXVI - N° 102/2016 “ F’ página 42 Ç —. Concejo De(iÍierante de (a Ciudad fe ‘Ushuaia CO!cFJo DLI3:ANTE lis !-I)AI4 “Ano del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional.” 182/2002 EL COWOEIO LIE4yVrPE CZYE LA CIVDA(D DE VSJft’A 1J4 SRACIOfAG4 COFV’FI&ZA oq9yEqsffl7\rZ14 ipal N° ARTÍCULO 1°.-. RATIFICAR en todos sus términos el Decreto Munic aprueba ad 466/2016, de fecha 9 de mayo de 2016, mediante el cual se el N° referéndum del Concejo Deliberante el Convenio de Uso registrado bajo Ushuaia 10191, celebrado en fecha 19 de abril de 2016, entre la Municipalidad de co Eduardo y las firmas Trinidad Overseas S.A., representada por el señor Federi ntada Sguera en su carácter de Presidente, y Cartovip Reciclados S.R.L., represe nson; a por sus socios gerentes Marcela Viviana Lescano y Daniel Gustavo Hacka n de la través del cual la Municipalidad cede en uso el predio sito en una fracció superficie Parcela 223 de la Sección Rural de Ushuaia, el cual consta de una las firmas, en aproximada de 2,46 hectáreas, a los efectos de que en el mismo ipal N° 4976 consonancia con los fines dispuestos en la Ordenanza Munic de modificada por su similar N° 5022, construyan y pongan en marcha un Centro Tratamiento de Residuos Sólidos Urbanos. Municipal para su ARTiCULO 2°.- REGISTRAR. Pasar al Departamento Ejecutivo ARCHIVAR. promulgación. Dar al Boletín Oficial Municipal para su publicación y 5 1 03 ORDENANZA MUNICIPAL N° ORDINARIA DE FECHA SANCIONADA EN SEGUNDA LECTURA EN SESIÓN 01/09/2016.E. ALRO -. Sçttaro Legislativo nc DeIberante Ushuaia o _—Co f 9 VIOBOZCLO Vicepre5jderte 2 Concejo De!ibernnt de UsJ,uaj A/G d, tu Preuttjenct r niinas A e Las Islas Malvinas, Geo,iasj Sandwich del Sur, sonj serán 5 Ushuaia, 26 de septiembre de 2016 Año XXVI - N° 102/2016 Provincia de Tierra del Fucgo Antártida e Islas del Atlántico Sur =República Argentina= Municipalidad de Ushuaia página 43 “2016- Aiio del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional’ 23 SEP 2016 USHUAIA, VISTO el expediente N° CD-605812016 del registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que mediante el mismo tramita la promulgación de la Ordenanza Municipal sancionada por el Concejo Deliberante de esta ciudad, en sesión ordinaria del día 01/09/2016, por medio de la cual se reserva la denominación “ Luciano Preto “ y “ Elizabetta Pretto” para la calle a ceder según resulte del plano de mensura y fraccionamiento del Macizo J-124-9, teniendo vigencia hasta el registro de la mensura definitiva, del fraccionamiento J-124-9 y la correspondiente incorporación de las denominaciones a la Ordenanza Municipal N° 1494. Que ha tomado la intervención pertinente el Servicio Jurídico Permanente de esta Municipalidad emitiendo el Dictamen S.L y T N° /2016, recomendado su promulgación. Que el suscripto comparte el criterio sustentado por ese Servicio Jurídico, encontrándose facultado para el dictado del presente acto administrativo, en atención a las prescripciones de los artículos 152 inciso 3) de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia. Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA DECRETA ARTICULO 1°.- Promulgar la Ordenanza Municipal N° 5 1 04 , sancionada por el Concejo Deliberante de la ciudad de Ushuaia en sesión ordinaria del día 01/09/2016, por medio de la cual se reserva la denominación” Luciano Preto “y” Elizabetta Pretto” para la calle a ceder según resulte del plano de mensura y fraccionamiento del Macizo J-124-9, teniendo vigencia hasta el registro de la mensura definitiva, del fraccionamiento J-124-9 y la correspondiente incorporación de las denominaciones a la Ordenanza Municipal N° 1494. Ello, en virtud de lo expresado en el exordio. ARTICULO 2°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia. Cumplido, archivar. 1350 DECRETO MUNICIPAL N° /2016. í phdud shuaa “Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, son y serán Argentinas” __ __ __ __ __ __ Ushuaia, 26 de septiembre de 2016 Año XXVI - N° 102/2016 ‘ “ R página 44 — ‘ fl RspoflSbIe CoordinC1Q ÇDespacho \i Concejo Defiberante de (a Ciudid6e ‘IJsuiuaia NTF C(’NCFJfl OrljEA la Independencia Nacional.” “Año del Bicentenario de la Declaración de 84/1993 qi coiíuEio qq £J4 cIV xE Vsí-ítiji SR7rCIOJ4 C€WFVFAZJ4 DE OAírZfl er, ión “Luciano Preto” para la calle a ced inac nom R la VA SER RE 1°.O UL TÍC AR , fraccionamiento del Macizo J-124-9 y sura men de o plan del lte resu según cizo acio verde a ceder ubicado en el Ma delimitada al Norte y al Oeste por el esp a en visorio J-124B, la calle a ceder previst provisorio J-124A, al Sur por el Macizo pro Este s provisorias J-124-26 y J-1 24-1 0, y al el artículo 2° de la presente, y las parcela te de croquis que como Anexo 1 forma par por la calle De las Barrancas, conforme al la presente. a ceder, ión “Elisabetta Pretto” para la calle inac nom R la VA SER RE O 2°.UL TÍC AR , fraccionamiento del Macizo J-124-9 y , sura men de o plan del lte resu según 25; las Parcelas provisorias J-124-24 y por este al o, Pip Río el por te Oes ada delimit er de J-1 24-A y J-i 24-8 y la calle a ced al Norte por los Macizos provisorios J-124, y al Sur por el Macizo provisorio nominación reservada “Luciano Preto”; a parte de la presente. conforme al croquis que como Anexo 1 form la tendrá vigencia hasta el registro de ARTÍCULO 3°.- La presente ordenanza iente del Macizo J-124-9 y la correspond ento ami cion frac de iva, init def sura men la Ordenanza Municipal N° 1494. incorporación de las denominaciones a a su artamento Ejecutivo Municipal par ARTÍCULO 4°.- REGISTRAR. Pasar al Dep l para su publicación y ARCHIVAR. promulgación. Dar al Boletín Oficial Municipa 5104 ORDENANZA MUNICIPALN° DE FECHA 01/09/2016.SANCIONADA EN SESiÓN ORDINARIA r’BF Ushuaia COncejO Deliberante de Ushuaia A/C d la Presidencia Su?; sonj serán Argentinas Las ls/as Ma/cinas, Geogiasj Sandwich del Ushuaia, 26 de septiembre de 2016 Concejo !De(ieran te de (a Ciudad de ‘Usñuaia Año XXVI - N° 102/2016 página 45 ndencia Nacic “Año del Dicentenario de Ja Declaración de la Indepe ANEXO ORDENANZA N° . - X!FE DO; \ ancy’Pi»riZ esponsdbl Coordirjaión capacho 1 CONCCJO DELIZERANTE UHUAIA HCCHIO Vicepresidente 2 Concejo Deliberante de Ushuaia A/C de la Presidencia Sur, son y serán Argentinas” “Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Ushuaia, 26 de septiembre de 2016 Año XXVI - N° 102/2016 Provincia de Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur =Repóblica Argentina= Municipalidad de Ushuaia página 46 “2016- Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional” USHUAIA, 23 SEP 2t116 VISTO el expediente N° CD-6060120l6 del registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que mediante el mismo tramita la promulgación de la Ordenanza Municipal sancionada por el Concejo Deliberante de esta ciudad, en sesión ordinaria del día 01/09/2016, por medio de la cual el Municipio de la ciudad de Ushuaia no admite en ámbitos públicos o privados ningún acto que tienda a la segregación, exclusión, restricción o menoscabo por razones o con pretexto de color de piel, etnia, género, orientación sexual, identidad de género, edad, religión, ideología, opinión, nacionalidad, caracteres físicos, condición psicofísica, social, económica o cualquier otra circunstancia que implique discriminación y a través de la Secretaría de Promoción, Desarrollo Social y [)erechos Humanos deberá ealizar acciones para favorecer la integración y la progresiva eliminación de todas las formas de discriminación mencionadas en el artículo primero. Que ha tomado la intervención pertinente el Servicio Jurídico Permanente de esta Municipalidad emitiendo el Dictamen S.L y T N° /2016, recomendado su promulgación. Que el suscripto comparte el criterio sustentado por ese Servicio Jurídico, encontrándose facultado para el dictado del presente acto administrativo, en atención a las prescripciones de los artículos 152 inciso 3) de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia. Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA DECRETA ARTICULO 1°.- Promulgar la Ordenanza Municipal N° 5 1 0 r , sancionada por el Concejo Deliberante de la ciudad de Ushuaia en sesión ordinaria del día 01/0912016, por medio de la cual el Municipio de la ciudad de Ushuaia no admite en ámbitos públicos o privados ningún acto que tienda a la segregación, exclusión, restricción o menoscabo por razones o con pretexto de color de piel, etnia, género, orientación sexual, identidad de género, edad, religión, ideología, opinión, nacionalidad, caracteres físicos, condición psicofísica, social, económica o cualquier otra circunstancia que implique discriminación y a través de la Secretaría de Promoción, Desarrollo Social y Derechos Humanos deberá realizar acciones para favorecer la integración y la progresiva eliminación de todas las formas de discriminación mencionadas en el artículo primero. Ello, en virtud de lo expresado en el exordio. ARTICULO 2°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad archivar. DECRETO MUNICIPAL N° 1 35 1 /2016. “Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, son y serán Udo, Ushuaia, 26 de septiembre de 2016 Año XXVI - N° 102/2016 página 47 1’, r . ---- Concejo fDeíiherante ée ía Ciufadife ‘Ushuaia çrMIifl 9 1 I[,1’f.N “Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional,” 165/2013 EL CW\VEJO (JYELI.Jfl7E 5105 qXE CA CIV(DAQJ Q sgriogfJ4 co ARTÍCULO 10. Vq?zJ4 q:q,; El Municipio de la ciudad de Ushuaia no admite en ámbitos públicos o privados ningún acto que tienda a la segregación, exclusión, restricción o menoscabo por razones o con pretexto de color de piel, etnia, género, orientación sexual, identidad de género, edad, religión, ideología, opinión, nacionalidad, caracteres físicos, condición psicofísica, social, económica o cualquier circunstancia que implique discriminación. ARTÍCULO 2°.- El Municipio de la ciudad de Ushuaia resguarda para las personas titulares de establecimientos o eventos privados el Derecho de Admisión y Permanencia, por medio del cual se reserva a dichos titulares la atribución de admitir o excluir a terceros, siempre que la exclusión se fundamente en condiciones objetivas, que no deben ser contrarias a los derechos reconocidos en la Constitución Nacional, Provincial ni la Carta Orgánica Municipal ni suponer un trato discriminatorio o arbitrario para las personas, así como tampoco colocarlas en situaciones de inferioridad o indefensión con respecto a otros concurrentes o espectadores o agraviarlos. ARTÍCULO 3°.- Aquellos espectáculos o lugares abiertos al esparcimiento público referidos en la Ordenanza Municipal N° 2895, ocales bailables, establecimientos gastronómicos y recreativos en general, deben exhibir en la boletería o puerta de ingreso, un cartel de al menos 25 cm x 40 cm con la siguiente leyenda: “El criterio de Admisión y Permanencia de este local prohíbe la discriminación por razones de color de piel, etnia, género, orientación sexual, identidad de género, edad, religión, ideología, opinión, n cionalidad, caracteres físicos, elecciones estéticas, condición Las Islas Malvinas, Geoiasy Sandwich de/Sur, sanj serán Aigentinas / Ushuaia, 26 de septiembre de 2016 Año XXVI - N° 102/2016 fl Concejo fDeliberante cíe (a Ciudací cíe ‘(JsIuaia IFC. (fl F5J ‘ página 48 ri’ r DRANTS llÇI-nI5I \ “Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional.” 1 65/2013 - dictar cursos y ofrecer información impresa para personal de prevención y titulares de los eventos y ámbitos aquí regulados, respecto de los criterios de admisión y permanencia de la presente y demás normativa aplicable respecto del respeto a los Derechos Humanos; - disponer un mecanismo de recepción de denuncias relacionada a discriminación en los criterios de admisión y permanencia de los comercios o eventos regulados por la presente. ARTÍCULO 6°.- El incumplimiento de la presente da lugar a las siguientes sanciones: a) falta de exhibición de la leyenda requerida por el artículo 3° de la presente: 100 U.F.A. a 500 U.F.A; b) exclusión o no admisión de ingreso de personas por algún causal que no esté contenido en el artículo 4° de la presente: 500 U.F.A. a 1500 U.F.A. ARTÍCULO 7°.- REGISTRAR. Pasar al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación. Dar al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVAR. ORDENANZA MUNICIPAL N° 5105. SANCIONADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA 01/09/2016.- z. Vicepresidente 2 CunCCjO Deliberante de Ushuaia A(C de la PrldCflClC Las Islas Malvinas, Georiasy Sandwich dei Sur, sony serán Atgentinas Ushuaia, 26 de septiembre de 2016 Año XXVI - N° 102/2016 Provincia de Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur =Repóblica Argentina Municipalidad de Ushuaia página 49 “2016- Alío del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional” USHUAIA, 23 SEP 2016 VISTO el expediente N° CD-6065/2016 del registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que mediante el mismo tramita la promulgación de la Ordenanza Municipal sancionada por el Concejo Deliberante de esta ciudad, en sesión ordinaria del día 01/09/2016, por medio de la cual se requiere al Departamento ejecutivo Municipal que proceda a la colocación de una placa alusiva al último puerto desde el cual zarpó el crucero ARA General Belgrano el 24 de abril de 1982; en proximidad a la salida del muelle militar, que corre como Anexo 1 a la misma, que contenga una imagen de aquel histórico momento y una reseña histórica del buque de guerra e incluir una placa alusiva al listado de tripulantes que como Anexo II corre agregada a la misma. Que ha tomado la intervención pertinente el Servicio Jurídico Permanente de esta Municipalidad emitiendo el Dictamen S.L yT N° /2016,’écomendado su promulgación. Que el suscripto comparte el criterio sustentado por ese Servicio Jurídico, encontrándose facultado para el dictado del presente acto administrativo, en atención a las prescripciones de los artículos 152 inciso 3) de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia. Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA D EC RETA ARTICULO 1°.- Promulgar la Ordenanza Municipal N° 5 1 0 6, sancionada por el Concejo Deliberante de la ciudad de Ushuaia en sesión ordinaria del día 01/09/2016, por medio de la cual se requiere al Departamento ejecutivo Municipal que proceda a la colocación de una placa alusiva al último puerto desde el cual zarpó el crucero ARA General Belgrano el 24 de abril de 1982; en proximidad a la salida del muelle militar, que corre como Anexo 1 a la misma, que contenga una imagen de aquel historico momento y una reseña historica del buque de guerra e incluir una placa alusiva al listado de tripulantes que como Anexo II corre agregada a la misma. Ello, en virtud de lo expresado en el exordio. ARTICULO 2°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia. Cumplido, archivar. DECRETO MUNICIPAL N° J 352 /2016. “Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, son y serán Argentinas” Ushuaia, 26 de septiembre de 2016 Año XXVI - N° 102/2016 rrrr rrr /; página 50 i/ Despacho USHUAIA CÇINCFJO DLIIERÁNT Concejo fDeiberante ée (a Ciuc(atftfe ‘Ushuaia de la Independencia Nacional.” “Año del Bicentenario de la Declaración 9/1992 EL COWUEJO LIE4PE qxE 44 CIV(DM D VS J21 1)1 S4CIO.AíJ4 cO’FVZJ4 ‘1XE ceda a la mento Ejecutivo Municipal que pro ARTICULO 1°.- REQUERIR al Departa A de el cual zarpó el crucero AR mo puerto des colocación de una placa alusiva al últi elle militar, 2; en proximidad a la salida del mu General Beigrano el 24 de abril de 198 aquel histórico te, que contenga una imagen de sen pre la en re cor 1 xo Ane o com que buque de guerra. momento y una reseña histórica del héroes miso y la voluntad de nuestros pro com r, valo el R CA STA DE 2°.O ARTICUL que crucero ARA General Belgrano, del ión ulac trip la ban gra inte que de Malvinas, a de nuestra 2 durante su actMdad en defens resultó hundido el 2 de mayo de 198 soberanía sobre las Islas. do de los tripulantes que como 30• INCLUIR en la placa alusiva el lista ARTiCULO Anexo II corre en la presente. para su artamento Ejecutivo Municipal Dep al ar Pas . AR TR GIS RE 4°.O ARTÍCUL CHIVAR. Municipal para su publicación y AR promulgación. Dar al Boletín Oficial 51 06 ORDENANZA MUNICIPAL N° ARIA DE FECHA 01/09/2016.SANCIONADA EN SESIÓN ORDIN Sacre4 no LegislatIvo Vcepresjdente 22 Concejo Deliberante de Uhua A/C de la Presidencia wich del Sur, sony serán Atgentinas Las Islas Malvinas, Georiasj Sand Año XXVI - N° 102/2016 página 51 o, >r 1 fia a zi N’ >r ¡It RIN s i o> 0Z ri nX (t 1 7 vs fln !tt e, --1 Ushuaia, 26 de septiembre de 2016 Ushuaia, 26 de septiembre de 2016 Año XXVI - N° 102/2016 página 52 [f \z / Concejo De(iberante tf€ (a Ciuéatfde ‘Ushuaia “Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacioal.j ANEXO II.----------—— ORDENANZA N° E. • FERREYRA, Rafael Darío; • AVALOS, Raúl Osvaldo; • CORDOBA, Julio Ernesto; • CATANEO, Orlando Salvador; • BATTIATO, Carlos Romelio; • MORA, Edgar Fabián; • VERA, Juan Roberto; • ROMERO, Roberto Isaías; • CABAN1LLA, Alberto Omar; • VALDEZ, Juan Carlos; • RAMIREZ, Daniel. Sikiio BOCCHICCHIO / ALEJJ)NDJi?6 I3EROLA Vkepresidente 2 Secretario Legislativo Concejo Deliberante de Ushuaia A/C do la Presidencia CÓnceJnbejIberante Ushuaj j,jL esajy$a CONCEJO DELIDERANTE óri 1-lUMA Las Islas Malvinas, Geoiasy Sandwich del Sur, sonj serán Agentinas 06 Ushuaia, 26 de septiembre de 2016 Año XXVI - N° 102/2016 Provincia de Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur “Repáblica Argentina= Municipalidad de Ushuaia página 53 “2016— Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional” USH UAIA, 23SEP 2h16 VISTO el expediente C.G. N° 558012016, del registro de esta 1unicipalidad; y CONSIDERANDO: Que mediante el mismo tramita la renuncia presentada por el empleado municipal de la Planta de Personal Permanente, Grado “1”, Jorge Alberto ROLANDO, D.N.l. N° 10.472.836, Legajo N° 2059, dependiente de la Dirección de Urbanismo, por acogerse al beneficio de la Jubilación Ordinaria. Que dicho beneficio le ha sido concedido mediante Disposición de Presidencia N° 1224/2016, del Instituto Provincial Autárquico Unificado de Seguridad Social, obrante a fs. 2 y 2 vta.. Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 2° de la Disposición referenciada, el mencionado empleado accederá al beneficio previsional, una vez acreditada la aceptación de la renuncia. Que según consta a fs. 7 el empleado citado no se encuentra bajo Instrucción Sumaria alguna. Que a fs. 10 vta, obra conformidad de la señora Secretaria de Hábitat y Ordenamiento Territorial. Que a fs. 12 obra el Formulario de Libre Deuda debidamente cumplimentado. Que a fs. 13 obra el correspondiente Certificado de Egreso. Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto administrativo, de conformidad con las atribuciones establecidas en el artículo 152 incisos 1) y 5) de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia. Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA DE CRETA ARTÍCULO 1°.- Aceptar la renuncia presentada a esta Repartición por el empleado municipal de la Planta de Personal Permanente, Grado “1”, Jorge Alberto ROLANDO, D.N.I. N° 10.472.836, Legajo N° 2059, dependiente de la Dirección de Urbanismo, a partir del día siguiente de la notificación del presente, por acogerse al beneficio de la Jubilación Ordinaria. Ello, en virtud de lo expresado en el exordio. ARTÍCULO 2°.- Notificar al interesado y al Instituto Provincial Autárquico Unificado de Seguridad Social -l.P.A.U.S.S.- con copia autenticada del presente. ARTÍCULO 3°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia para su publicación. Cumplido, archivar. DECRETO MUNICIPAL N° 1 3 53 /2016. mcc SP\JsUaa de 1Jshwi “Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, son y serán Argentinas” Ushuaia, 26 de septiembre de 2016 Año XXVI - N° 102/2016 página 54 1 35 Provincia de lierra del Fuego, Antártida e Islas dci Atlántico Sur 1?epúbIiLv Irgenhina r’i unicipal idad de Ushuaia “2016 Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional” USHUAIA, 23 SE? 2Ü1 VISTO el expediente SG1998312015 del registro de ésta Municipalidad; y CON SI DE RAN DO: Que mediante el mismo tramita el Contrato de Locación de Servicio celebrado el día uno (01) de Septiembre de 2016, entre la Municipalidad de Ushuaia, representada por la señora Secretaria de Economía y Finanzas, C.P.N. Andrea Fabiana ONTORIA, D.N.I. N° 22.885.647, y la señora Mariana del Rosario BURGOS, D.N.l. N° 21,665.501, a efectos de que la misma preste servicios de notificador, y selección de los métodos y procedimientos para la recopilación de datos: observación, consulta, cuestionarios, entrevista, estadística, de acuerdo a la demanda del área y objetivos de la misma, en el ámbito de la Subsecretaría de Asuntos Políticos y Relaciones con la Comunidad, con un total de treinta y cinco (35) horas semanales Que la citada contratación se encuentra en el artículo 110, inciso d), apartado 1), de la Ordenanza Municipal N° 3693 (de Administración Financiera y Contrataciones), modificada por Ordenanza Municipal N° 4602, anexo 1 del Decreto Municipal 1255/2013 y por el artículo 1251 y concordantes del Código Civil y Comercial. Que corre anexada y forma parte integrante del presente Decreto Municipal, copia autenticada del contrato registrado bajo el N° 10732, correspondiendo su aprobación. Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal, conforme a lo establecido en el artículo 152, inciso 1) y 32), de la Carta Orgánica Municipal de la Ciudad de Ushuaia. Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA DECRETA ARTICULO 1°: Aprobar el Contrato de Locación de Servicio, registrado bajo el N° 10732, cuya copia autenticada se adjunta y forma parte del presente, celebrado el día uno (01) de Septiembre de 2016, entre la Municipalidad de Ushuaia, representada por la señora Secretaria de Economía y Finanzas, C.P.N. Andrea Fabiana ONTORIA, D.N.l. N° 22.885.647, y la señora Mariana del Rosario BURGOS, D.N.I. N° 21.665.501. Ello por los motivos expuestos en el exordio. ARTICULO 2°: Notificar a los interesados con copia autenticada del presente. ARTÍCULO 3°: El gasto que demande el cumplimiento del presente deberá imputarse, con cargo titular presupuestario: Secretaría de Gobierno, Partida 13. ARTICULO 4°: Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia para su publicación. Cumplido, archivar. DECRETO MUNICIPAL N° 1 3 /016.- “Municipalidad de Ushuaia/ ‘LAS ISLAS MALVINAS, GEOI?GIAS Y SAIVDWINCH DEL SU!?, Ushuaia, 26 de septiembre de 2016 Provincia de lici i del Fuego Antártida, e Islas del Atlántico Sur Repá bI i ca Ai gen tina Año XXVI - N° 102/2016 página 55 “2016 --Año del Bicentenario de la Declaración de la lndependenci Nacional” M unicipalidnil de Ushuaia ii CONTRATO DE LOCACIÓN DE BAJL e.l N° 1il 1 AlA, 1 7 21 SEP 2Ü-• - í’ Director Técnic Secretaria Legal ynca--—---— Entre la Municipalidad de Ushuaia, representada en ete[?a& de Economía y Frinanzas, Andrea Fabiana ONTORIA, D.N.I. N° 22.885.647, con domicilio en la calle Arturo Coronado N° 486, de la ciudad de Ushuaia, ad-referéndum del Sr. Intendente Municipal, en adelante LA MUNICIPALIDAD, por una parte; y por la otra la Sra. Mariana del Rosario BURGOS, D.N.I. N° 21.665.501, con domicilio en Barrio Albatros casa N° 22, de la ciudad de Ushuaia, en adelante EL CONTRATADO, convienen en celebrar el presente Contrato de Locación de Servicios, de acuerdo a las siguientes cláusulas: PRIMERA: LA MUNICIPALIDAD contrata los servicios del CONTRATADO a efectos de realizar tareas de notificador, y selección de los métodos y procedimientos para la recopilación de datos: observación, consulta, cuestionarios, entrevista, estadística, de acuerdo a la demanda del área y objetivos de la misma, con una carga horaria de treinta y cinco (35) horas semanales, de lunes a viernes, en el horario de 08:30 a 15:30 hs., en la Subsecretaría de Asuntos Políticos y Relaciones con la Comunidad, dependiente de la Secretaria de Gobierno. SEGUNDA: El presente contrato se formaliza a partir del día uno (01) de Septiembre de 2016, operando su vencimiento el veintiocho (28) de Febrero de 2017, inclusive. TERCERA: Se acuerda en concepto de honorarios por la labor que se contrata la suma total de PESOS NOVENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS CON 00/100 ($ 98.400,00) pagaderas de la siguiente manera: seis (6) cuotas de PESOS DIECISEIS MIL CUATROCIENTOS CON 00/100 ( $ 16.400,00) por los meses de Septiembre, Octubre, Noviembre, Diciembre de 2016 y Enero, Febrero de 2017, cuyos pagos se efectivizar án del 1° al 150 día de cada mes vencido, debiendo EL CONTRATADO otorgar el pertinente recibo o factura a favor de la MUNICIPALIDAD. CUARTA: EL CONTRATADO con la presentación de la correspondiente fáctura yio recibo deberá adjuntar el Certificado de Cumplimiento Fiscal Regular emitido por la Dirección General de Rentas de la Provincia; Certificado de Situación Fiscal Regular emitido por la Dirección General de Rentas Municipal de la totalidad de los bienes que posea y de las actividades en las que se encuentre inscripto, comprobante de pago de aportes en la Administración Federal de Ingresos Públicos y seguro de vida, adjuntando copia de la póliza y ultimo recibo de pago. QUINTA: La celebración del presente contrato no implica ninuna relación de dependencia y/o de empleo público, rigiéndose el mismo por las normas de la Ordenanza Municipal N° 3693 (de Administración Financiera y Contrataciones), por el artículo 1251 y concordantes del Código Civil y Comercial, debiendo asumir EL CONTRATADO las obligaciones fiscales y previsionales del caso por el desarrollo de su actividad. SEXTA: Ambas partes podrán rescindir el contrato sin invocación de causa notificando a la contraria en forma fehaciente con treinta (30) días corridos de antelación, sin que gere / )2. Trgp;[ r! j: 1J 1...L Las Islas Malvinas, 6 eoi-gías y Sandwich del Sm; sony serán argentinos’. Q1Stan DI RUD6O CMAfl Administrativa Leg. N°2924 Subsec Aunt 05 PIjtic y Con la Comunidad Municipalidad de Ushuaia Ushuaia, 26 de septiembre de 2016 Prov ncia tic ‘1 Antártida, e Islas Repúb ca MnniciloiIida cnn del l ucgo 7 del Atlántico Sur A ren tina (IC Jsltuaia Año XXVI - N° 102/2016 página 56 2016 —Año de! Bicentenario de la USHUAIA, ¡//,2. Dr Fernando Andrés Disector Técnic derecho o reclamo alguno. cre1aria Legal V ‘ riRo. Y SCLLO SPTlMA: Ante cualquier divergencia que pudiera surgir en la lntérpretáción y/o ejecuciúrrctel presente contrato, ambas partes se someten exclusivamente a la jurisdicción de los - Tribunales Ordinarios de la ciudad de Ushuaia, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción, constituyendo domicilio LA MUNICIPALIDAD y EL CONTRATADO en los indicados en el encabezamiento, donde serán válidas todas las notificaciones extrajudiciales y judiciales que se cursen, salvo cambio de domicilio notificado a la otra por un medio fehaciente. En prueba de conformidad las partes suscriben tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la ciudad de Ushuaia al día uno (01) dias del mes de Septiembre de 2016. fl E FU Administrativa Leg. N 2924 Subsec Asuntos P011tico y Relaciones con la Comunidad Muiu3pahdad de Ushuaia Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Su,; son y serán argentinas” Ushuaia, 26 de septiembre de 2016 Provincia de Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur MUNICIPALIDAD DE USHUAIA Año XXVI - N° 102/2016 página 57 SINDICATURA GENERAL MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE USHUAIA “2016-Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional” USHUAIA, 05 SU 2016 VISTO el Expediente S.M. N° 0060/20 16 de la Sindicatura General Municipal, y; CONSIDERANDO: Que mediante el mismo se tramita la renovación de la contratación de servicio de jurisprudencia, doctrina y fallos a solicitud de la Vocalía Legal quien a puesto de manifiesto la necesidad de continuar con un servicio de esta naturaleza para el normal funcionamiento de la Sindicatura General. Que a través del Expediente N° SM-0023/2015, se han solicitado presupuestos a diferentes firmas del rubro, cuyas ofertas obran desde fojas 9 a 36. Que se han vuelto a recibir las propuestas y evaluadas las mismas en el expediente del Visto, de fojas 1 a 4, sigue resultando conveniente la especificidad en la materia de Derecho Administrativo y Función Pública. Que a fojas 2 obra que el monto anual de renovación de la suscripción asciende a Pesos NUEVE MIL NOVENTA Y TRES con 00/100 ($ 9.093,00) Que se cuenta con saldo en la partida presupuestaria para afrontar el presente gasto. Que la presente erogación se encuadra en el Artículo 1100, inciso d), apartado 10 de la Ordenanza Municipal N° 3693 promulgada por Decreto Municipal N° 239/2010, Resolución Presidencia N° 1/2013 y Anexo 1 del decreto Municipal N° 1255/2013. Que la suscripta se encuentra facultada para el dictado del presente instrumento legal, conforme a lo establecido en el Artículo 27 de la OM N° 3455 y Resolución Plenaria N° 0042/2015. Por ello: LA PRESIDENTE DE LA SINDICATURA GENERAL MUNICIPAL RESUELVE: ARTICULO 1°.- Autorizar la renovación de la contratación directa de la firma Ediciones Rap S.A por un monto anual de suscripción de Pesos NUEVE MIL NOVENTA Y TRES con 00/100 ($ 9.093,00). Ello por los motivos expuestos en el exordio. ARTICULO 2°.-Autorizar a la Secretaria Privada del Cuerpo Plenario de Miembros a emitir la correspondiente Orden de Compra. ARTICULO 30 Imputar el gasto que demande el cumplimiento de la presente a la partida 13. ARTICULO 4°.-Registrar. Comunicar. Publicar en el Boletín Oficial Municipal. Cumplido, archivar. 4f RESOLUCIÓN PRESIDENCIA S.G.M.N° -. /20 16 Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur son y serán Argentinas. Ushuaia, 26 de septiembre de 2016 Año XXVI - N° 102/2016 página 58 119 Provincia de Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur MUNICIPALIDAD DE USHUAIA SINDICATURA GENERAL MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE USHUAIA “201 6-Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional” Ushuaia, 07 SEP 2016 VISTO el Expediente S.M. N° 0001/2016 de la Sindicatura General Municipal; y CONSIDERANDO: Que a través del Expediente citado en el visto se tramita el pago del alquiler de las Oficinas de la Sindicatura para el período 2.016. Que a través de la Resolución de Presidencia S.G.M N° 47/20 14 se autorizó y se adjudicó la Contratación Directa con la finna IMI Constructora SRL, por la suma de Pesos Setecientos Cincuenta y Dos Mil Seiscientos Diez con 00/100 ($ 752.610,00) por el alquiler de las Oficinas ubicadas en Gobernador Paz N° 220 Oficinas 1, 2 y 3 por el término de treinta y seis (36) meses. Que mediante el expediente del visto se tramita la aprobación del gasto correspondiente al alquiler del mes de Septiembre de 2016, según Factura “B” N° 0002-0000 1397 a favor de IMI Constructora S.R.L. por un monto de Pesos VEINTItJN MIL SETECIENTOS NOVENTA Y TRES con 00/100 ($ 21.793,00) según clausula tercera del Contrato de Locación registro SGM N° 04/2014. Que asimismo en el expediente del visto se tramita la aprobación del gasto correspondiente a los Gastos Administrativos por el período 09 de 2.016 a favor de AONIKENK Propiedades de Jorge H. Morón en la suma de Pesos CIENTO CINCUENTA Y DOS con 00/100 ($ 152,00) en cumplimiento de la Cláusula sexta del contrato mencionado, según Factura “B” N° 0008-00004510. Que la presente erogación se encuadra en el Artículo 110, inc. d y apartado 4 de la Ordenanza Municipal N° 3.693, promulgada por Decreto Municipal N° 239/2010 y en el Jurisdiccional aprobado por Resolución Presidencia SGM N° 01/2013. Que la suscripta se encuentra facultada para el dictado del presente instrumento legal conforme lo establecido en el artículo 204 de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia, en el artículo 27 de la O.M. N° 3455 y la Resolución Plenaria SGM N° 42/2015. POR ELLO: LA PRESIDENTE DE LA SINDICATURA GENERAL MUNICIPAL RESUELVE: ARTICULO 1°.- APROBAR el gasto y ORDENAR el pago por la suma de Pesos VEINTIUN MIL SETECIENTOS NOVENTA Y TRES con 00/100 ($ 21.793,00), correspondiente al alquiler del mes de Septiembre de 2016, según Factura “B” N° 0002-00001397 a favor de IMI Constructora S.R.L. Ello por los motivos expuestos en el exordio. ARTICULO 2°:- APROBAR el gasto y ORDENAR el pago por la suma de Pesos CIENTO CINCUENTA Y DOS CON 00/100 ($ 152,00), en concepto de Gastos Administrativos por el período 09 de 2.016, estipulados en el contrato de locación de las Oficinas de SGM, según Factura “B” N° 0008-00004510, a favor de AONIKENK Propiedades de Jorge H. Morón, por los motivos expuestos en los considerandos. ARTICULO 3°.- IMPUTAR las sumas indicadas en los artículos 1° y 2° con cargo a la partida presupuestaria 13 del responsable presupuestario SGM. 1/1.2. Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur son y serán Argentinas. Ushuaia, 26 de septiembre de 2016 Año XXVI - N° 102/2016 página 59 r Provincia de Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur MUNICIPALIDAD DE USHUAIA SiNDICATURA GENERAL MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE USHUAIA “2016-Año del Bicentenario de la Declaración de Ja Independencia Nacional” - - 111.2. ARTICULO 4°.- COMUNICAR, dar al Boletín oficial de la Municipalidad de Ushuaia. Cumplido, archivar. 11 g /2016 N° SGM PRESIDENCIA RESOLUCION — Santana Mun1dpa Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur son y serán Argentinas. Ushuaia, 26 de septiembre de 2016 Provincia de Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur MUNICIPALIDAD DE USHUAIA Año XXVI - N° 102/2016 página 60 SINDICATURA GENERAL MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE USHUAIA “2016-Año del Bicentenario de la Declaración de la independencia Nacional’ Ushuaia, 07 SEP 7016 VISTO el Expediente S.M. N° 0049/20 16 de la Sindicatura General Municipal; y CONSIDERANDO: Que a través del Expediente citado en el visto se tramita la incorporación de fondos para el año 2016, por parte del Ejecutivo Municipal a la Sindicatura General Municipal, asignados como “Erogación Figurativa”, aprobados por Decreto Municipal N° 01/2016. Que a fs. 13 y 14 obra copia autenticada de la Resolución S.E.yF. N° 1703/20 16 mediante la cual se autorizó la transferencia de fondos a la Sindicatura General Municipal, en concepto de pago correspondiente a las erogaciones figurativas de los meses de Febrero y Marzo de 2016, por la suma de PESOS DOSCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL QUINIENTOS OCHENTA’Y UNO CON 16/100 ($ 292.581,16) mensuales, totalizando la suma de PESOS QUINIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL CIENTO SESENTA Y DOS CON 32/100 ($ 585.162,32), tal lo solicitado por la Presidencia de este Organismo mediante Notas N° 24 y 32 Letra: SGM-P. Que asimismo, a fs. 12 obra detalle de transferencia parcial de fecha 24/08/2016, por un importe total de PESOS DOSCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL QUINIENTOS OCHENTA Y UNO CON 16/100 ($292.581,16), por lo que de acuerdo a lo establecido por el inciso 1) del artículo 32 de la Ordenanza Municipal N° 3693, corresponde realizar el registro presupuestario del ingreso de dichos fondos. Que la suscripta se encuentra facultada para el dictado del presente instrumento legal conforme lo establecido en el artículo 204 de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia, en el artículo 27 de la O.M. N° 3455 y la Resolución Plenaria SGM N° 42/2015. POR ELLO: LA PRESIDENTE DE LA SINDICATURA GENERAL MUNICIPAL RESUELVE: ARTICULO 1°.- APROBAR el ingreso proveniente de la transferencia de fondos de fecha 24/08/2016 por la suma de PESOS DOSCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL QUINIENTOS OCHENTA Y UNO CON 16/100 ($ 292.581,16) a favor de la Sindicatura General Municipal, realizada por la Secretaria de Economía y Finanzas de la Municipalidad de Ushuaia, en concepto de pago de Contribuciones Figurativas correspondientes al mes de Febrero de 2016, a la cuenta corriente N° 00000204987-00 del Banco de Tierra del Fuego, Titular Sindicatura General Municipal, por las razones expuestas en el exordio. ARTICULO 2°:- IMPUTAR presupuestariamente en la partida “Contribuciones Figurativas” el ingreso aprobado en el artículo precedente, al presente ejercicio. ARTICULO 3°.- REGISTRAR. Comunicar. Publicar en el Boletín Oficial Municipal. Cumplido, Archivar. 120 RESOLUCION PRESIDENCIA SGM N° /2016 Santana Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur son y serán Ushuaia, 26 de septiembre de 2016 Provincia de Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atiantico Sur MUNICIPALIDAD DE USHUAIA Año XXVI - N° 102/2016 página 61 ee rle pn\Jede e de C SINDICATURA GENERAL MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE USHUAIA “2016—Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional” USHUAIA, [17 SLP 7016 VISTO el Expediente S.M. N° 002/20 16 de la Sindicatura General Municipal, y; CONSIDERANDO: Que mediante el mismo se tramita el pago de facturas a favor de la Dirección Provincial de Energía por el servicio de energía eléctrica en las nuevas oficinas de la Sindicatura. Que se ha recibido la factura “W’ N° 0004-00783965 de la Dirección Provincial de Energía correspondiente al servicio en cuestión del período de facturación 08/2016 por un importe total de PESOS UN MIL QUINIENTOS OCHENTA Y UNO CON 58/100 ($ 1.581,58), cuyo vencimiento opera el 15/09/2016. Que la presente erogación se encuadra en el Artículo 110°, inciso d),’ apartado 2) de la Ordenanza Municipal N° 3693 promulgada por Decreto Municipal N° 239/2010, Resolución Presidencia N° 1/2013 y Anexo 1 del decreto Municipal N° 1255/2013. Que la suscripta se encuentra facultada para el dictado del presente instrumento legal, conforme a lo establecido en el Artículo 27 de la OM N° 3455 y Resolución Plenaria SGM N° 42/2015. Por ello: LA PRESIDENTE DE LA SINDICATURA GENERAL MUNICIPAL RESUELVE: ARTICULO 1°.- Aprobar el gasto por la suma total de PESOS UN MIL QUINIENTOS OCHENTA Y UNO CON 58/100 ($1.581,58), correspondiente a la factura mensual de la Dirección Provincial de Energía por el período 08/20 16. Ello por los motivos expuestos en el exordio. ARTICULO 2°.- Autorizar el pago de la Factura “B” N° 0004-00783965” a la Dirección Provincial de Energía por la suma total de PESOS UN MIL QUINIENTOS OCHENTA Y UNO CON 58/100 ($ 1.581,58), cuyo vencimiento opera el 15/09/2016 por el servicio de energía eléctrica del período 08/20 16 mediante cheque bancario. ARTICULO 3°.- Imputar la suma mencionada en los artículos precedentes a la partida 13. ARTICULO 4°.- Registrar. Comunicar. Publicar en el Boletín Oficial Municipal. Cumplido, archivar. 121 RESOLUCIÓN PRESIDENCIA S.G.M.N° — /2(516 Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur son y serán Argentinas, Ushuaia, 26 de septiembre de 2016 Año XXVI - N° 102/2016 Provincia de Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur MUNICIPALIDAD DE USHUAIA página 62 SINDICATURA GENERAL MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE USHUAIA “2.016- Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional” Ushuaia, 12 SE? 2131 VISTO: el Decreto Municipal N° 960/2016 y la Resolución Presidencia SGM N°001/2016;y CONSIDERANDO: Que mediante el decreto mencionado en el Visto se incrementaron los recursos del Ejecutivo Municipal, previstos por la aplicación de la Ordenanza Municipal N° 5069 al Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos 2016, que fuera aprobado por el Decreto Municipal N° 001/2016 y modificado por Decreto Municipal N° 063/2016. Que en el Anexo II del decreto del Visto, se fija la distribución administrativa de los créditos presupuestarios a los distintos responsables, asignando a la Sindicatura General Municipal, la suma de Pesos Tres Millones Ochocientos Diez Mil Novecientos Setenta y Cuatro con 00/100 ($ 3.810.974,00) dentro de la Partida 91 Erogaciones Figurativas del Ejecutivo Municipal. Que en consecuencia por Decreto Municipal N° 960/2016, se ha incrementado en la suma de PESOS TRESCIENTOS MIL CON 00/100 ($ 300.000.-) la Partida 91 Erogaciones Figurativas SGM respecto al aprobado por Decreto Municipal N° 001/2016. Que en consecuencia, corresponde sustituir el Anexo 1 de la Resolución Presidencia SGM N° 001/2016, aumentando las erogaciones y recursos previstos en la suma de PESOS TRESCIENTOS MIL CON 00/100 ($ 300.000.-). Que asimismo corresponde distribuir el crédito asignado. Que la suscripta se encuentra facultada para el dictado del presente acto administrativo de conformidad con el art. 27 de la Ordenanza Municipal N° 3455 y Resolución Plenaria SGM N° 042/20 15. — — — Por ello: LA PRESIDENTE DE LA SINDICATURA GENERAL MUNICIPAL RESUELVE: ARTÍCULO 1 INCREMENTAR los recursos previstos conforme al Decreto Municipal N° 960/2016 en la suma de PESOS TRESCIENTOS MIL CON 00/100 ( $ 300.000.-). ARTICULO 2°.- AUMENTAR el gasto del Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos 2016, aprobado por la Resolución Presidencia SGM N° 001/2016, por un importe total de PESOS TRESCIENTOS MIL ($ 300.000.-). ARTICULO 3°.- APROBAR la distribución administrativa de créditos, conforme el Anexo 1, que forma parte de la presente. Ello, por los motivos expuestos en los considerandos. ARTICULO 4°.- SUSTITUIR el Anexo 1 de la Resolución Presidencia SGM N° 001/2016, por el aprobado en la presente. ARTICULO 5°.- Registrar. Comunicar al Personal de la Sindicatura General Municipal. Publicar en el Boletín Oficial Municipal. Cumplido. Archi&ar. RESOLUCIÓN PRESIDENCIA S.G.M. N°1 22 -/2O16 Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur son y serán Argentinas. ir nal Municipal Ushuaia, 26 de septiembre de 2016 Año XXVI - N° 102/2016 Provincia de Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur MUNICIPALIDAD DE USHUAIA página 63 SINDICATURA GENERAL MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE USHUAIA “2.016- Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional” ANEXO 1-ALARESOLUCIÓN PRESIDENCIA S.GM. N°17? 12W16 FINALIDAD ADMINISTRACIÓN LEGISLATIVA Y CONTROL ACTIVIDAD EJERCER EL CONTROL EXTERNO RECONDUCIDO PRESUPUESTO 2016 GASTOS: Tipo de Gasto PARTIDA Bienes de Consumo 12 Servicios BienesdeCapital RESO. PRES. PRESUPUESTO Aumento Disminución $ 132.750,00 $ $ 13 $ 3.291.096,00 $ 300.000,00 51 $87.128,00 $- $- $87.128,00 $ 300.000,00 $- $ 3.810.974,00 SGM N° 01/2016 $ 3.510.974,00 TOTAL EROGACIONES - $ - - ACTUAL 2016 $ 132.750,00 $ 3.591.096,00 RECURSOS: Tipo de PARTIDA INGRESO Contribuciones 91 RESO. PRES. Aumento Dto. SGM N° 01/2016 Mun. N° 960/16 $ 3.510.974,00 $ 300.000,00 $ $ 3.510.974,00 $ 300.000,00 $- Disminución PRESUPUESTO ACTUAL 2016 - $ 3.810.974,00 Figurativas TOTAL INGRESOS Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur son y serán Argentinas. $ 3.810.974,00 Ushuaia, 26 de septiembre de 2016 Año XXVI - N° 102/2016 Provincia de Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur MUNICIPALIDAD DE USHUAIA página 64 SINDICATURA GENERAL MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE USHUAIA “2016 Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional” - USHUAIA, 12 SE 2D1S VISTO el Expediente S.M. N° 0060/2016 de la Sindicatura General Municipal, la Resolución de Presidencia SGM N° 118/2016; y CONSIDERANDO: Que mediante el mismo se tramita la renovación de la contratación de servicio de jurisprudencia, doctrina y fallos a solicitud de la Vocalía Legal quien a puesto de manifiesto la necesidad de contar con un servicio de esta naturaleza para el normal funcionamiento de la Sindicatura General. Que mediante la Resolución de Presidencia del visto se ha autorizado la renovación de la contratación del servicio que nos brinda EDICIONES RAP SA cuyo monto de suscripción anual asciende a Pesos NUEVE MIL NOVENTA Y TRES con 00/100 ($ 9.093,00). Que asimismo, mediante el expediente del visto se tramita el pago de la’ factura “W N° 0004-00000354 por un monto de PESOS NUEVE MIL NOVENTA Y TRES 00/100 ($ 9.093,00) a favor de EDICIONES RAP SA por la suscripción anual Edición Gráfica XXXIX N° 457 al 468 inclusive de Revista Argentina del Régimen de la Administración Pública RAP y enlace a sitio web con 500 créditos electrónicos cuyo servicio se encuentra habilitado para su consulta, sumado a la provisión de un ejemplar del libro “El derecho administrativo en perspectiva” Tomos 1 y II. Que se cuenta con saldo en la partida presupuestaria para afrontar el presente gasto. Que la presente erogación se encuadra en el Artículo 1100, inciso d), apartado 10 de la Ordenanza Municipal N° 3693 promulgada por Decreto Municipal N° 239/2010, Resolución Presidencia N° 1/2013 y Anexo 1 del decreto Municipal N° 1255/2013. Que la suscripta se encuentra facultada para el dictado del presente instrumento legal, conforme a lo establecido en el Artículo 27 de la OM N° 3455 y Resolución Plenaria N° 0042/2015. Por ello: LA PRESIDENTE DE LA SINDICATURA GENERAL MUNICIPAL RESUELVE: ARTICULO 1°.- Aprobar el gasto por la suma de PESOS NUEVE MIL NOVENTA Y TRES con 00/100 ($ 9.093,00) a favor de EDICIONES RAP SA, por los motivos expuestos en el exordio. ARTICULO 2°.- Autorizar y aprobar el pago de la factura “B” N° 0004-00000354 por un mqnto de PESOS NUEVE MIL NOVENTA Y TRES con 00/100 ($ 9.093,00) a favor de EDICIONES RAP SA, mediante transferencia bancaria a su orden. Ello por los motivos expuestos en el exordio. ARTICULO 3°.- Dar por cumplida la Orden de CompraN° 07/2016. ARTICULO 4°.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento de la presente a la partida 13 del ejercicio presupuestario vigente. ARTICULO 5°. Registrar. Comunicar. Publicar en el Boletín Oficial Municipal. Cumplido, archivar. - - RESOLUCIÓN PRESIDENCIA S.G.M.N° /2016. Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur son y serán Argentinas. Ushuaia, 26 de septiembre de 2016 Año XXVI - N° 102/2016 Provincia de Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur MUNICIPALIDAD DE USHUAIA página 65 SINDICATURA GENERAL MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE USHUAIA “2016 Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional” - USHUAIA, 12 S[P 2J16 VISTO el Expediente S.M. N° 0006/2016 de la Sindicatura General Municipal, la Resolución de Presidencia SGM N° 014/2016, y; CONSIDERANDO: Que mediante el mismo se tramita el pago del servicio de alquiler de fotocopiadora para el normal funcionamiento de la Sindicatura General. Que mediante la Resolución de Presidencia SGM N° 43/2015, se ha autorizado la contratación del servicio que brinda la firma NEWXER SA por la suma total de PESOS TREINTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS SETENTA Y DOS CON 00/100 ($ 39.672,00) a razón de un valor mensual fijo para los primeros doce meses de PESOS UN MIL QUINIENTOS TRES CON 00/100 ($1.503,00) que incluye 2000 copias/impresiones y un valor por copia excedente de PESOS CINCUENTA Y NUEVE CENTAVOS ($ 0,59), actualiza’ndo esos valores a partir del 15 de mayo de 2016 a PESOS UN MIL OCHOCIENTOS TRES ( $1.803,00) incluyendo 2000 copias/impresiones y un valor por copia excedente de PESOS SETENTA CENTAVOS ($ 0,70), emitiéndose a tal fin la Orden de Compra N° 08/2015. Que asimismo, mediante el expediente del visto se tramita el pago de la factura ‘B” N° 0206L000021 11 por un monto total de PESOS TRES MIL QUINIENTOS TREINTA Y NUEVE CON 00/100 ($ 3.539,00) a favor de NEWXER SA en concepto de alquiler del mes de Agosto 2016, con más el excedente de dos mil cuatrocientas ochenta (2480) copias. Que la presente erogación se encuadra en el Artículo 1100, inciso d), apartado 1) de la Ordenanza Municipal N° 3693 promulgada por Decreto Municipal N° 239/2010, Resolución Presidencia N° 1/2013 y Anexo 1 del decreto Municipal N° 1255/2013. Que la suscripta se encuentra facultada para el dictado del presente instrumento legal, conforme a lo establecido en el Artículo 27 de la OM N° 3455 y Resolución Plenaria N° 0042/2015. Por ello: LA PRESIDENTE DE LA SINDICATURA GENERAL MUNICIPAL RESUELVE: ARTICULO 1°.- Aprobar el gasto por la suma de PESOS TRES MIL QUINIENTOS TREINTA Y NUEVE CON 00/100 ($ 3.539,00) a favor de NEWXER SA, por los motivos expuestos en el exordio. ARTICULO 2°.- Autorizar y aprobar el pago de la factura ‘B” N° 0206-00002111 por un monto de PESOS TRES MIL QUINIENTOS TREINTAYNUEVE CON 00/100 ($ 3.539,00) a favor de NEWXER SA mediante cheque bancario. Ello por los motivos expuestos en el exordio. ARTICULO 30• Imputar el gasto que demande el cumplimiento de la presente a la partida 13 del ejercicio presupuestario vigente. ARTICULO 4°.-Registrar. Comunicar. Publicar en el Boletín Oficial Municipal. Cumplido, archivar. i2’ RESOLUCIÓN PRESIDENCIA S.G.M.N° LAi — /20l6 Municipal Las islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur son y serán Argenfinas. • •...••..•...•.....*. Ushuaia, 26 de septiembre de 2016 Año XXVI - N° 102/2016 Provincia de Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur MUNICIPALIDAD DE USHUAIA página 66 SINDICATURA GENERAL MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE USHUAIA “2016 Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional” - USHUAIA, 16 SEP 2016 VISTO el expediente S.M. N° 0005/2016 de la Sindicatura General Municipal, y; CONSIDERANDO: Que mediante el mismo se tramita el pago de facturas a favor de la Empresa Telefónica de Argentina S.A. por el servicio de Telefonía e Internet de Banda Ancha de las oficinas donde funciona la Sindicatura General Municipal. Que se ha recibido la factura N° 947243811189934061000120160906 de Telefónica de Argentina S.A correspondiente al servicio en cuestión por un importe total de PESOS SETECIENTOS CiNCUENTA Y TRES CON 45/100 ($ 753,45), cuyo vencimiento opera el 28/09/2016. Que la presente erogación se encuadra en el Artículo 1100, inciso d), apartado 2) de la Ordenanza Municipal N° 3693 promulgada por Decreto Municipal N° 239/2010, Resolución Presidencia N° 1/2013 y Anexo 1 del decreto Municipal N° 1255/2013. Que la suscripta se encuentra facultada para el dictado del presente acto administrativo, conforme a lo establecido en el Artículo 27 de la OM N° 3455 y Resolución Plenaria SGM N° 42/2015. Por ello: LA PRESIDENTE DE LA SINDICATURA GENERAL MUNICIPAL RESUELVE: ARTICULO 1°.- Aprobar el gasto por la suma total de PESOS SETECIENTOS CINCUENTA Y TRES CON 45/100 ($ 753,45), correspondiente a la factura mensual de la Empresa Telefónica de Argentina S.A. por el servicio de Telefonía e Internet de Banda Ancha. Ello por los motivos expuestos en el exordio. ARTICULO 2°.- Autorizar el pago de la Factura N° 947243811189934061000120160906 a la firma Telefónica de Argentina por la suma total de PESOS SETECIENTOS CINCUENTA Y TRES CON 45/100 ($ 753,45), cuyo vencimiento opera el 28/09/2016 por el servicio de Telefonía e Internet de Banda Ancha mediante cheque a favor del Banco Tierra del Fuego. ARTICULO 30 Imputar la suma mencionada en los artículos precedentes a la partida 13. ARTICULO 4°.- Registrar. Comunicar. Publicar en el Boletín Oficial Municipal. Cumplido, archivar. RESOLUCIÓN PRESIDENCIA S.GM.N° 125 — /2016 Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur son y serán Argentinas. Ushuaia, 26 de septiembre de 2016 Año XXVI - N° 102/2016 página 67 040 Provincia de Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur MUNICIPALIDAD DE USHUAIA SINDICATURA GENERAL MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE USHUAIA 2016- AlIo del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional’ Ushuaia, 08 SEP 2016 VISTO: los Artículos 172° y 204°, Inc. 100 de la Carta Orgánica Municipal; y, CONSIDERANDO: Que es facultad del Presidente de la Sindicatura General Municipal, acorde a los establecido en el Artículo 27°, Inciso g) de la Ordenanza Municipal N° 3455: “Prepara la memoria anual y el proyecto de presupuesto sometiéndolos a la aprobación del cuerpo “. Que el proyecto elaborado y presentado por la Vocalía Técnica, según los lineamientos expuestos por la Presidencia, establece para el ejercicio 2.017, un total de Erogaciones y Recursos que asciende a la suma de PESOS TREINTA Y TRES MILLONES DOSCIENTOS VEINTICiNCO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CUATRO CON 94/100 ($ 33.225.994,94) y una planta de personal de DIECINUEVE (19) cargos, acorde al detalle que se adj unta como anexo a la presente. Que se ha previsto para la Partida 11- Personal, la suma de pesos veintisiete millones ciento cincuenta y dos mil novecientos noventa y cuatro con 94/100 ($ 27.152.994,94); para la Partida 12- Bienes de Consumo, la suma de pesos doscientos setenta mil con 00/100 ($ 270.000,00); para la Partida 13- Servicios No Personales, la suma de pesos cinco millones quinientos setenta y cuatro mil cien con 00/100 ($ 5.574.100,00); y para la Partida 51- Bienes de Capital la suma de pesos doscientos veintiocho mil novecientos con 00/100 ($ 228.900,00). Que la Ordenanza Municipal N° 3455 en su artículo 30° establece: “La Sindicatura General Municipal se reunirá en acuerdo plenario, con la totalidad de sus miembros, a los efectos de: Inciso e) Aprobar el proyecto anual de su presupuesto” Que el citado proyecto de presupuesto fue puesto a consideración del Cuerpo Plenario en la Reunión Plenaria del día 01 de Septiembre de 2.016, siendo sometido a votación, resultando aprobado por unanimidad. Que como Anexos 1 y II se adj unta el Proyecto de Presupuesto de Erogaciones y Recursos de la Sindicatura General Municipal para el año 2017. Que el Síndico Ingeniero Martín MOREYRA, se encuentra usufructuando su descanso invernal, de acuerdo a lo dispuesto en la Resolución Presidencia SGM N° 112/2.016. Que los suscriptos se encuentran facultados para el dictado del presente acto administrativo de conformidad con el art. 204 de la Carta Orgánica Municipal y artículo 30 de la Ordenanza Municipal N° 3455. Por ello: LA SINDICATURA GENERAL MUNICIPAL RESUELVE ARTÍCULO 1°.- APROBAR el Proyecto de Presupuesto de Erogaciones y Recursos para el ejercicio del año 2017, por la suma de PESOS TREINTA Y TRES fl MILLONES DOSCIENTOS VEINTICINCO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CUATRO CON 94/100 ($ 33.225.994,94) y una Planta de Personal de DIECINUEVE (19) cargos, acorde al detalle que se acompaña como Anexos 1 II / y /1/2 ) Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur son y serán Argentinas. Ushuaia, 26 de septiembre de 2016 Año XXVI - N° 102/2016 Provincia de Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur MUNICIPALIDAD DE USHUAIA página 68 SINDICATURA GENERAL MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE USHUAIA 02.O16 Mo del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional” /11.2. respectivamente. Ello por los motivos expuestos en los considerandos. ARTICULO 2°.- REMITIR, con copia certificada de la presente, a la Secretaría de Economía y Finanzas de la Municipalidad de Ushuaia, conforme lo establecido en el Artículo 204 inciso 10).- de la Carta Orgánica Municipal. ARTICULO 3°.- Registrar. Comunicar. /Publicar en el Boletín Oficial Municipal. Cumplido. Archivar. J RESOLUCIÓN PLENARIA SGM N°4 4 0 /2.016 CF’. Marff er Montilla ¡Vo6al Sindicatura’,Gefleral Municipal e/Ushuaia Las islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur son y serán Argentinas. Ushuaia, 26 de septiembre de 2016 Año XXVI - N° 102/2016 página 69 It Provincia de Tierra del I’Uego Antártica e Islas dei Atlántico Sur MUNICIPAUDAD DE USHUAIA SINDICATURA GENERAL MUNICIPAL ANEXO 1- RESOLUCIÓN PLENARIA N FINALIDAD ACTIVIDAD Control EJERCER EL CONTROL EXTERNO 040 /2016 PRESUPUESTO 2017 GASTOS: Tipo de Gasto DESCRIPCIÓN PERSONAL BIENES DE CONSUMO 10026 BIENES DE CONSUMO Bienes de Consumo 10735 PARTIDA UNIDAD DE CANTIDAD 11 $ 19 repuestos y acc. pi Impresoras, plastificadoras y articulos libreria varios 12 recarga 5 4.000,00 12 $ 1 250.000,00 SERVICIOS 50 pasajes/viaticos/movlildad/afines 13 dias y pasajes 10 SERVICIOS 6588 HonorarIos Profesionales 13 contratO 4 SERVICIOS 6588 Honor. Prof. pi Estudio y proyecto edificio propio 13 Gl. 1 programación software + mantenimiento soft. 13 mes 12 SERVICIOS SERVICIOS 48 SERVICIOS 5818 alquiler inmuebies/instalaciones/espaclos fisicos 13 mes 12 alquiler de fotocopIadora 13 mes 12 SERVICIOS luz edificio 13 mes 12 SERVICIOS gas edificio 13 mes 12 SERVICIOS agua edificio 13 mes 12 SERVICIOS telefonla + internet 13 mes 12 SERVICIOS seguro incendio edificio y/o integral computadoras 13 anual 2 limpieza edificio 13 mensual 12 SERVICIOS 6785 PRESUPUESTADO REMUNERACIONES Y APORTES SERVICIOS Capacitación Personal 13 anual SERVICIOS Servicio recarga matafuegos 13 recarga 2 SERVICIOS Traslados 13 mensuai 12 SERVICIOS Ceremonial y Protocolo 13 anual 1 SERVICIOS Publicación y Edictos 13 anual 1 - 1 271S.994,9, 300.000,00 1.680.000,00 450.000,00 1.440.000,00 600.000,00 56.400,00 33.600,00 24.000,00 14.400,00 10.800,00 19.500,00 216.000,00 100.000,00 4. 500,00 36.000,00 30.000,00 25.000,00 360.000,00 2.400,00 7.500,00 144.000,00 20.000,00 $ $ $ $ 5.574.100,00 SERVICIOS Mantenimiento o Reparaciones Generales 13 anual 1 Servicios y comisiones bancarias 13 mensual 12 Carta documento 13 anual 1 Servicio de vigilancia 13 mes 12 Servicio On une Jurisprudencia y Doctrina Legal 13 anual 2 impresora laser bajo/medio rendimiento 51 un. 1 6.500,00 Servidor rackeable 51 un. 1 55.000,00 SERVICIOS 6440 SERVICIOS SERVICIOS BIENES DE CAPITAL 4468 BIENES DE CAPITAL BIENES DE CAPITAL 9803 20.000,00 250.000,00 270.000,00 $ $ 450.000,00 $ 120.000,00 $ 50.000,00 $ 4.700,00 $ 2.800,00 $ 2.000,00 $ 1.200,00 $ 900,00 $ 9.750,00 $ 18.000,00 $ 100.000,00 $ 2.250,00 $ 3.000,00 $ 30.000,00 $ 25.000,00 $ 360.000,00 $ 200,00 $ 7.500,00 $ 12.000,00 $ 10.000,00 $ 30.000,00 420.000,00 SERVICIOS SERVICIOS $ $ $ monitor lcd p/oflmatlca 51 un. 5 3.200,00 BIENES DE CAPITAL pc complete 51 un. 5 9.500,00 it BIENES DE CAPITAL UPS 51 un. 3 6.000,00 BIENES DE CAPITAL Libros 51 01. 1 15.000,00 $ $ BIENES DE CAPITAL Luces de emergencia / Batanas 51 un. 4 1.500,00 BIENES DE CAPITAL Bandera de ceremonia (Arg.,TDF, Ush.) 51 un. 3 4.800,00 BIENES DE CAPITAL, mobiliario 51 Un. 4 6,000,00 BIENES DE CAPITAL Centrai Telefónica / Placa Central Telef. IP 51. un. 1 23.500,00 BIENES DE CAPITAL Matafuegos 51 un. 2 1.500,00 $ $ $ $ $ $ $ Total BIENES Total Trabajo Publico TOTAL DEL PRESUPUESTO SIN PERSONAL TOTAL PRESUPUESTO DEL ORGANISMO 1 6.500,00 55.000,00 16.000,00 47.500,00 18.000,00 15.000,00 6.000,00 14.400,00 24.000,00 23.500,00 3.000,00 228.900,00 — 6.073.000,00 $ 33.225.994,94 RECURSOS: ICONTRIBUCIONES FIGURATIVAS (No inluye la Partida de Personal) .P. Mar esa Montilla SindIc/Gneral Municipal $ 6.073.000,00 1AA cg L’O’jafl SanarIa Municipal Sin caturaGefl01 ¡ Ushuaia, 26 de septiembre de 2016 Año XXVI - N° 102/2016 página 70 SINDICATURA GENERAL MUNICIPAL Provincia de Tierra del Fuego Antártica e Islas del Atlántico Sur MUNICIPALIDAD DE USHUAIA ANEXO II- RESOLUCIÓN PLENARIA N° ACTIVIDAD 134 13 EJERCER EL CONTROL EXTERNO /2016 PRESUPUESTO 2017 DetaHe de Persona FINALIDAD UGC 247 UGG 1162 Control DATOS PERSONAL Modalidad Servicio afectado N° Legajo Apellido y Nombre JERARQUXA % de afectación 1 Autoridades SGM 2199 MOREYRA, MARTIN ARIEL VOCAL 100% 2 Autoridades SGM 2602 OVARZUN SANTANA, SILVINA LORENA VOCAL 100% VOCAL 100% 3 Autoridades SGM 2669 MONTILLA, MARIA TERESA 4 Gabinete SGM 2731 REGUEIRO, VALERIA CARINA SECRETARIA DEL CUERPO 100% 5 Autoridades SGM 3198 SALGADO, CAROLINA SILVIA SECRETARIA 100% 6 Autoridades SGM XXXX A DESIGNAR 7 Gabinete SGM 2709 GARTNER LORENA SOLEDAD 8 Gabinete SGM s/n Vacante Gab. 1 100% 9 Gabinete SGM s/n Vacante Gab. 2 100% 10 Permanente SGM s/n Vacante Perm. 1 100% 11 Permanente SGM s/n Vacante Perm. 2 100% 12 Permanente SGM s/n Vacante Perm. 3 100°k 13 Permanente SGM s/n Vacante Perm. 4 100% SECRETARIA ADMINISTRATIVA 100% ASESORÍA CONTA5LE 100°k 14 Permanente SGM s/n Vacante Perm. 5 100% 15 Permanente SGM s/n Vacante Perm. 6 100% 16 Permanente SGM s/n Vacante Perm. 7 100% 17 Permanente SGM s/n Vacante Perm. 8 100% 18 Permanente SGM s/n Vacante Pefm. 9 100% 19 Permanente SGM s/n Vacante Pftm. 10 100% jç DR María ¡br 4ntJlIa 4 tVoceV SindicaturaÍGenraI MUnicipal 9sluaia 11 Ushuaia, 26 de septiembre de 2016 Año XXVI - N° 102/2016 página 71 ÍNDICE Ítem DECRETO MUNICIPAL Nº 1331/2016.- Comunica reasunción de funciones, Ing. Christian HERVIAS. DECRETO MUNICIPAL Nº 1332/2016.- Deja sin efecto Decreto Municipal Nº 277/2016. DECRETO MUNICIPAL Nº 1333/2016.- Aprueba Acta Acuerdo Nº 10667. DECRETO MUNICIPAL Nº 1334/2016.- Aprueba contrato de locación Nº 10708. DECRETO MUNICIPAL Nº 1335/2016.- Deja sin efecto Decreto Municipal Nº 836/2006. DECRETO MUNICIPAL Nº 1336/2016.- Deja sin efecto concesión de Licencia Taxi Nº 181. DECRETO MUNICIPAL Nº 1337/2016.- Aprueba contrato de locación de servicios Nº 10680. DECRETO MUNICIPAL Nº 1338/2016.- Aprueba convenios particulares de pasantías Nº 10703 y 10704. DECRETO MUNICIPAL Nº 1339/2016.- Aprueba convenio Nº 10659. DECRETO MUNICIPAL Nº 1340/2016.- Transfiere derechos emergentes de Decreto Territorial Nº 3369/88. DECRETO MUNICIPAL Nº 1341/2016.- Deja sin efecto Decreto Territorial Nº 2799/88. DECRETO MUNICIPAL Nº 1342/2016.- Aprueba Acta Acuerdo Nº 10060. DECRETO MUNICIPAL Nº 1343/2016.- Fija nomenclatura de predio adjudicado mediante Decreto Territorial Nº 4631/89. DECRETO MUNICIPAL Nº 1344/2016.- Comunica reasunción de funciones, Dn. Oscar Horacio SOUTO. DECRETO MUNICIPAL Nº 1345/2016.- Veta en forma total Ordenanza Municipal, por medio de la cual se exceptúa al Sr. Jorge Luis ISNARDO, del art. 16, inc. d) de la Ord. Mun. 5055. DECRETO MUNICIPAL Nº 1346/2016.- Veta en forma total Ordenanza Municipal, por medio de la cual se sustituye el art. 6 de la Ord. Mun. Nº 5055. DECRETO MUNICIPAL Nº 1347/2016.- Veta en forma total Ordenanza Municipal, por medio de la cual se modifica art. 3 y 6 de la Ord. Mun. Nº 3411. DECRETO MUNICIPAL Nº 1348/2016.- Veta en forma total Ordenanza Municipal, por medio de la cual se adhiere a la Ley Nac. 27.191 Energías Renovables y Dec. Reglamentario Nº 531/2016. DECRETO MUNICIPAL Nº 1349/2016.- Promulga Ordenanza Municipal Nº 5103. DECRETO MUNICIPAL Nº 1350/2016.- Promulga Ordenanza Municipal Nº 5104. DECRETO MUNICIPAL Nº 1351/2016.- Promulga Ordenanza Municipal Nº 5105. DECRETO MUNICIPAL Nº 1352/2016.- Promulga Ordenanza Municipal Nº 5106. DECRETO MUNICIPAL Nº 1353/2016.- Acepta renuncia por acogerse a Jubilación Ordinaria, Sr. Jorge Alberto ROLANDO. DECRETO MUNICIPAL Nº 1354/2016.- Aprueba contrato de locación de servicios Nº 10732. Página 1 2 3 6 9 10 12 15 20 23 26 28 34 36 37 38 38 40 41 43 46 49 53 54 SINDICATURA MUNICIPAL: RESOLUCIÓN PRESIDENCIA SGM Nº 118/2016. RESOLUCIÓN PRESIDENCIA SGM Nº 119/2016. RESOLUCIÓN PRESIDENCIA SGM Nº 120/2016. RESOLUCIÓN PRESIDENCIA SGM Nº 121/2016. RESOLUCIÓN PRESIDENCIA SGM Nº 122/2016. RESOLUCIÓN PRESIDENCIA SGM Nº 123/2016. RESOLUCIÓN PRESIDENCIA SGM Nº 124/2016. RESOLUCIÓN PRESIDENCIA SGM Nº 125/2016. 57 58 60 61 62 64 65 66 RESOLUCIÓN PLENARIA SGM Nº 040/2016. 67 MUNICIPALIDAD DE USHUAIA Secretaría Legal y Técnica Dirección Legal y Técnica y Despacho General Departamento Boletín Oficial
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