N° 102 - Año: 2016 Fecha - Municipalidad de Ushuaia

MUNICIPALIDAD DE USHUAIA
Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
REPUBLICA ARGENTINA
BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL
AÑO XXVI - Nº 102/16 – 26 DE SEPTIEMBRE DE 2016
Intendente Municipal: Sr. Walter VUOTO
Secretaria de Coordinación de Gestión: Sra. María Teresa MENDEZ
Secretario de Gobierno: Sr. Oscar Horacio SOUTO
Secretaria de Economía y Finanzas: C.P. Andrea ONTORIA
Secretario de Planificación e Inversión Pública: Ing. Christian HERVIAS
Secretaria de Hábitat y Ordenamiento Territorial: Sra. María Teresa FERNÁNDEZ
Secretaria de la Mujer: Sra. Laura Beatriz AVILA
Secretaria de Políticas Sociales, Sanitarias y Derechos Humanos: Sra. Malena Yuqueri TESZKIEWICZ
Secretario de Turismo: Sr. Juan Valerio CHERAÑUK
Secretaria Legal y Técnica: Dra. María Victoria VUOTO
Secretario de Cultura y Educación: Sr. Nahuel Alcides MIERES
Escribana General Municipal: Dra. Patricia Ivon BORLA
Secretario de Medio Ambiente: Sr. Damián Alejandro DE MARCO
CONCEJO DELIBERANTE
Presidente: Sr. Juan Carlos PINO
Vicepresidente Primero: Sr. Tomás BERTOTTO
Vicepresidente Segundo: Sr. Silvio BOCCHICCHIO
Concejal: Sr. Gastón AYALA
Concejal: Prof. Juan Manuel ROMANO
Concejal: Sr. Hugo ROMERO
Concejal: Sr. Ricardo GARRAMUÑO
Secretario: Dr. Eduardo Alejandro BEROLA
JUZGADO ADMINISTRATIVO MUNICIPAL DE FALTAS
Juez interino: Dr. Hugo Daniel MORATO
SINDICATURA GENERAL MUNICIPAL USHUAIA
Presidente: Abog. Silvina Lorena OYARZÚN SANTANA
Vocal: C.P. María Teresa MONTILLA
Vocal: Ing. Martín Ariel MOREYRA
Ushuaia, 26 de septiembre de 2016
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Provincia de Tierra del Fuego
Antártida e Islas del Atlántico Sur
=República Argentina=
Municipalidad de Ushuaia
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“2016- Alio del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional”
20 SEPZIJ16
USHUAIA,
VISTO el Decreto Municipal N° 1210/2016 del registro de esta municipalidad; y
CONSIDERANDO:
Que por el mismo se autorizó el traslado a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
del Sr. Secretario de Planificación e Inversión Pública Ing. Christian HERVIAS desde el día
seis (06) a partir de las 20.00 Hs. y hasta el día diez (10) de septiembre del año en curso.
,
Que se hace necesario comunicar la reasunción del Secretario de Planificación e
Inversión Pública a sus funciones.
Que el suscripto se encuentra facultado para dictar el
presente acto
administrativo, de acuerdo al artículo 152 inciso 1) de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad
de Ushuaia.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
DECRETA
ARTÍCULO 1°.-
Comunicar que a partir del día doce (12) de septiembre de 2016, el Sr.
Secretario de Planificación e Inversión Pública, lng.Christian HERVIAS reasumió sus funciones.
ARTÍCULO 2°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia. Cumplido,
archivar.
DECRETO MUNICIPAL N°
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/2016.-
Las Islas Malvinas Georgias y Sandwich del Sur son y seran Argentinas
Ushuaia, 26 de septiembre de 2016
Año XXVI - N° 102/2016
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“2016 —Año del Bicenlenario de la Declai ación de la Independencia Nacional’
Piovincia de Tierra (tel Fuego
Antarlida e Islas del Atlántico Sur
Republica Argentina
Municipalidad de Ushuaia
USH UAIA,
2 SEP216
VISTO el Decreto Municipal N°277/2016; y
CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo se designó transitoriamente a partir del día primero (1) de marzo de
2016 a la empleada municipal de Planta Permanente, Grado “3”, Graciela Miriam SOLER. D.N.l. N°
13.564.969, Legajo N° 2813 a cargo de la Dirección de Gestión Cultural, Comunitaria y Artística del
Centro Cultural “Esther Fadul”, dependiente de la Secretaría de Cultura y Educación.
Que ha tomado intervención el Secretario de Cultura y Educación mediante Nota N° 201/2016
en la cual ha expresado la necesidad funcional y operativa de dejar sin efecto la misma.
Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto administrativo, de
acuerdo a lo estipulado en el artículo 117 de la ley 141 y artículo 152 Inciso 1), 5) y 32) de la Carta
Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
DE CRETA
ARTÍCULO 1
Dejar sin efecto a partir del día de la notificación del presente, el Decreto Municipal N°
277/2016 por medio del cual se designó de manera transitoria a la empleada municipal de Planta
Permanente Grado “3”, Graciela Miriam SOLER, D.N.I. N° 13.564.969, Legajo N° 2813 a cargo de la
Dirección de Gestión Cultural, Comunitaria y Artística del Centro Cultural “Esther Fadul”, dependiente
de la Secretaría de Cultura y Educación. Ello en virtud de lo expuesto en los considerandos.
ARTICULO 2°.- Notificar a la empleada citado en el artículo primero, a la Dirección de Bienestar del
Personal y a la Dirección de Haberes, con copia autenticada del presente.
ARTICULO 3°.- Comunicar. Dar Copia al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia para su
publicación. Cumplido, archivar.DECRETO MUNICIPAL N°
13
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“Las Islas Malvinas, Georgias, Sándwich del Sur, son y serán Argentinas”
Ushuaia, 26 de septiembre de 2016
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Provincia de Ficrra del Fuego,
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Municipalidad de Ushuaia
página 3
“2016— Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional”
USHUMA,
21 SEP216
VISTO el expediente S.G. N° 5823/201 6, deI registro de ésta Municipalidad; y
CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo tramita el Acta Acuerdo de registrada bajo el número 10667,
celebrada con fecha ocho (8) de Septiembre de 2016, entre la Municipalidad de Ushuaia,
representada por el señor Secretario de Gobierno, C.P. Oscar Horacio SOUTO, D.N.I. N°
11,320.201, y la Fundación Vida Nueva, CUIT N° 30-71081401-1, por el uso de un inmueble
destinado al evento “Fiestas de las Colectividades”,
Que corre adjunta y forma parte integrante del presente Decreto, copia autenticada del
Acta Acuerdo mencionada, registrada bajo el número 10667, resultando procedente su
aprobación.
Que el suscripto se encuentra facultado para dictar el presente acto administrativo de
conformidad a lo prescripto en el artículo 152°, inciso 1) y 32), de la Carta Orgánica Municipal
de la Ciudad de Ushuaia.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
DECRETA
ARTICULO 1°: Aprobar el Acta Acuerdo, registrada bajo el N° 10667, cuya copia autenticada se
adjunta y forma parte del presente, suscripto con fecha ocho (08) de Septiembre de 2016, entre
la Municipalidad de Ushuaia, representada por el señor Secretario de Gobierno, C.P. Oscar
Horacio SOUTO, D.N.I. N°11.320.201, y la Fundación Vida Nueva, CUIT N° 30-71081401-1, por
el uso de un inmueble destinado al evento “Fiestas de las Colectividades”. Ello, por los motivos
expuestos en el exordio.
ARTICULO 2°: Notificar a los interesados con copia autenticada del presente.
ARTICULO 3°: Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia. Cumplido,
archivar.
1 333
DECRETO MUNICIPAL N°
/2016.-
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Ushuaia, 26 de septiembre de 2016
Año XXVI - N° 102/2016
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1D667
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ACTA AC U E R DO
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En la Ciudad Ushuaia, Provincia de Tierra del Fuego, a los 8 días del mes de
Septiembre de 2016, entre la FUNDACION VIDA NUEVA, CUIT N 3071081401-1, con domicilio en Avda. Perito Moreno N° 1565 de esta ciudad,
representada en este acto por Walter Enrique Vega D.N.I. N° 16.365.601, en
su carácter de Presidente (en adelante “LA FUNDACION”) y la
MUNICIPALIDAD DE USHUAIA, CUIT N 30-54666281-7, con domicilio en
calle San Martín N 660, de esta ciudad, representada en este acto por el Sr.
Oscar Horacio SOUTO, D.NJ. N 11.320.201, en su carácter de Secretario de
Gobierno, ad-referéndum del Sr. Intendente Municipal (en adelante el
“USUARIO”) y junto con la FUNDACION (en adelante las “Partes”) convienen
celebrar el presente Acta Acuerdo que se regirá por las siguientes cláusulas y
condiciones:
PRIMERA: LA FUNDACION autoriza en este acto al USUARIO, el uso del
espacio planta baja del inmueble ubicado en Avda. Perito Moreno N° 1565, de
esta ciudad, para el desarrollo del evento Fiesta de Colectividades. EL
inmueble se encuentra en buen estado de uso y conservación, lo cual el
USUARIO declara conocer y aceptar, comprometiéndose este último a
restituirlo de igual modo que lo recibe en este acto.
SEGUNDA: El presente Acta Acuerdo se celebra con el objeto fin de realizar la
“Fiesta de las colectividades” en las instalaciones, estándole prohibido
cambiar el destino mencionado. El evento deberá desarrollarse únicamente en
planta baja, estando prohibido el acceso a la planta alta del edificio.
TERCERA: El presente Acta Acuerdo entrará en vigór a partir de las 12 horas
del día 9 de Septiembre de 2016 y se rescindirá el día 11 de Septiembre de
2016 a las 12 hs. En caso de no proceder a reintegrar el inmueble el USUARIO
estará obligado al pago de una multa diaria de PESOS MIL ($1000.-) durante
todo el período que dure la ocupación indebida, y sin perjuicio de la acción de
desalojo que pueda iniciar LA FUNDACION contra el USUARIO y/o todo otro
ocupante.
CUARTA: El USUARIO se obliga y compromete a: a) no ceder total o
parcialmente este Acta Acuerdo ni el inmueble, sea en forma gratuita u
onerosa y a no subalquilar el mismo; b) no introducir mejoras en el inmueble
sin el consentimiento expreso y por escrito de LA FUNDACION, y para el
supuesto de que las realizara, LA FUNDACION podrá hacer restituir las cosas
al estado anterior con cargo para el USUARIO, o bien quedarán a beneficio del
inmueble sin cargo alguno para LA FUNDACION; c) no modificarel destino que
se ha señalado en la Cláusula Segunda del presente Acta Acuerdo. En caso de
incumplimiento por parte del USUARIO de la presente cláusula, LA
FUNDACION podrá dar por rescindido el presente Acta Acuerdo.
QUINTA: Son obligaciones de LA FUNDACION: a) pagar los gastos
extraordinarios o que sean a su cargo; b) reparar los daños causados por los
vicios ocultos o aquellos daños que no sean imputables al USUARIO; c)
permitir al USUARIO el uso de la cosa y sus accesorios, y demás obligaciones
establecidas en el Código Civil y Comercial Argentino.
SEXTA: El USUARIO se hará cargo de disponer del servicio de bomberos,
tránsito, ambulancia y seguridad policial.
SEPTIMA: Queda Prohibida la elaboración de comida dentro del salón, solo
podrán prepararse los que no demanden proceso de cocción (sándwiches,
panchos), todo lo que sea fritura y demás no podrá realizarse dentro del
Auditorio.
OCTAVA: Se permite el expendio de bebidas alcohólica, siempre que
acrediten el permiso por parte del consejo deliberante para ello, caso
contrario estará prohibido.
/11.2.
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Ushuaia, 26 de septiembre de 2016
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página 5
/11.2.
NOVENA: Toda la logística del auditorio estará a cargo de personal de LA
FUNDACION, siendo el encargado en dicha área Emilio Benitez (D.N.I. N°
28.915.977), como así también en lo que se refiere a limpieza estará a cargo
del personal de LA FUNDACION, no requiriendo ningún tipo de colaboración
por parte del USUARIO.
DECIMA: Sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula Cuarta, conforme Art.
1539 (CCYC).- Restitución anticipada. LA FUNDACION puede exigir la
restitución de la cosa antes del vencimiento del plazo: a. si la necesita en
razón de una circunstancia imprevista y urgente;
b. si el USUARIO ¡a usa
para un destino distinto al pactado, aunque no la deteriore.
DECIMO PRIMERA: Se deja expresa constancia que el USUARIO no guarda
con LA FUNDACION y/o sus representantes, ningún tipo de relación laboral ni
se encuentra bajo su dependencia;
DEOMO SEGUNDA: Queda prohibido al USUARIO, realizar todo tipo de actos
y/o hechos que impliquen una contravención al art. 2 del estatuto social de la
Fundación Vida nueva, así como también todo otro acto y/o hechos que se
aparten de la moral, buenas costumbres y ética ciudadana.
DECIMO TERCERA: Las Partes constituyen domicilios en los indicados en el
encabezamiento. En caso de cualquier divergencia en torno al presente
Contrato las Partes se someten a la jurisdicción exclusiva de los Tribunales de
a Provincia de Tierra del Fuego en lo Civil y Comercial, con renuncia a
cualquier otro fuero y/o jurisdicción que pudiera corresponderles.
En prueba de conformidad a lo pactado, se firman tres ejemplares de un
mismo tenor y a un solo efecto en el lugar y fecha indicados en el
encabezamiento.
FIRMA Y ACLARACIONJDE LA
FUNDACION
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USUARIO
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Ushuaia, 26 de septiembre de 2016
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Provincia de Tierra del Fuego
Antártida e Islas del Atlántica Sur
—República Argentina
2016-Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional’
Municipalidad de Ushuaia
USHUAIA,
21 SEP 2016
VISTO: el expediente N° LT- 5827/2016 del registro de esta Municipalidad; y
CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo tramita el contrato de locación de servicios suscripto en fecha
catorce (14) de septiembre de 2016, entre la Municipalidad de Ushuaia, represe
ntada por la
Sra. Secretaria de Economía y Finanzas, C.P. Andrea ONTORIA, D.N.I. N° 22.885
.647 y el Dr.
Sebastian BOGADO DN.I. N° 31.571 .797, para que el mismo preste servicios relacio
nados a su
profesión de abogado en el ámbito de la Coordinación de Asuntos Jurídicos, depend
iente de la
Secretaria Legal y Técnica, en especial, en relación con la Secretaría de
Políticas Sociales,
Sanitarias y Derechos Humanos, fortaleciendo dicha área en el ambito de las
políticas sociales
y derechos humanos, y de las consultas que esta requiera con un total de treinta
y cinco (35)
horas semanales.
Que dicha contratación se encuadra en el Artículo 1100, inciso d), punto 10)
de la
Ordenanza Municipal 3693, de Administración Financiera y Contratacione
s, modificada por
Ordenanza Municipal N°4602 y Anexo 1 del Decreto Municipal N° 1255/2013
y Artículo 1251° y
concordantes del Código Civil y Comercial.
Que corre anexada y forma parte del presente decreto, copia autenticada del contrat
o
registrado bajo el N° 10708, correspondiendo su aprobación.
Que el suscripto se encuadra facultado para el dictado del presente acto administrativo
,
de acuerdo a lo establecido en el Artículo 152 incisos 1) y 32) de la Carta Orgáni Munic
ca
ipal de
la ciudad de Ushuaia.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
D E C R E T A:
ARTICULO 1°.- Aprobar el contrato de locación de servicios registrado bajo el N°
10708, cuya
copia autenticada se adjunta y forma parte del presente, celebrado el día
catorce (14) de
septiembre de 2016, entre la Municipalidad de Ushuaia, representada por la Sra.
Secretaria de
Economía y Finanzas, C.P. Andrea ONTORIA, D.N.l. N° 22.885.647
y el Dr. Sebastian
BOGADO D.NJ. N° 31 .571.797, a fin de que éste último preste servicios en
el ámbito de la
Secretaría Legal y Técnica Municipal. Ello en virtud de lo expuesto en el exordi
o.
ARTICULO 2°.— Imputar la presente erogación al titular presupuestario:
Secretaría Legal y
Técnica, Partida 13.
ARTICULO 3°.- Notificar a la parte interesada con copia autenticada del presen
te.
ARTICULO 4°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalida
d de Ushuaia. Cumplido,
archivar.
1 334
DECRETO MUNICIPAL N°
/2016.-
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“LAS ISLAS MALVINAS, GEORGIAS Y SANDWICH DEL SUR,
SON Y SERÁN ARGENTINAS”
Ushuaia, 26 de septiembre de 2016
Año XXVI - N° 102/2016
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Provincia de Tierra del Fuego
Antártida e Islas del Atlántico
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de la Independencia Nacional’
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MunIcipalidad de Ushuaia
CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS
Entre la Municipalidad de Ushuaia, representa
da en este acto por la Sra. Secretaria de
Economía y Finanzas, C.P. Andrea ONTORIA,
D.N.I. N° 22.885.647 con domicilio en calle
Arturo Coronado N° 486, de la ciudad de
Ushuaia, ad-referendum del Sr. Intendente
Municipal, en adelante LA MUNICIPALIDAD, por
una parte; y por la otra el Dr. Sebastian
BOGADO D.N.I. N° 31.571.797, con domicilio en la
calle Chubut N° 1808, P.A., de la ciudad
de Ushuaia, en adelante EL CONTRATADO, convie
nen en celebrar el presente Contrato de
Locación de Servicios, de acuerdo a las siguientes cláusu
las:
,
PRIMERA: LA MUNICIPALIDAD contrata los servicios
del CONTRATADO a efectos de que el
mismo preste servicios relacionados a su profesión
de abogado en el ámbito de la
Coordinación de Asuntos Jurídicos, dependie
nte de la Secretaria Legal y Técnica
especialmente en relación con la Secretaria de Polític
as Sociales, Sanitarias y Derechos
Humanos, fortaleciendo dicha área en el ambito
de las políticas sociales y derechos
humanos, y de las consultas que esta requiera con un
total de TREINTA Y CINCO (35) horas
semanales.
SEGUNDA: El presente contrato se formaliza por el lapso
comprendido entre el quince (15)
de septiembre de 2016 y el treinta y uno (31) de agos
to de 2017
TERCERA: Se acuerda en concepto de honorarios por
la labor que se contrata la suma total
de PESOS TRESCIENTOS QUINCE MIL CUAT
ROCIENTOS DIECISEIS CON 25/100
($315.416,25), pagadera en: 1) una (1) cuota de
PESOS TRECE MIL SETECIENTOS
TRECE CON 75/100 ($13.713,75) y 2) once
(11) cuotas, mensuales y consecutivas de
PESOS VEINTISIETE MIL CUATROCIENTOS VEINT
ISIETE CON 50/100 ($ 27.427,50),
cuyo pago se efectivizará del 1° al 15 de
cada mes
vencido, debiendo EL
CONTRATADO otorgar el pertinente recibo a favor
de la MUNICIPALIDAD, conforme normas
vigentes, adjuntando el certificado de Situación
Fiscal Regular Provincial, certificado cJe
Situación Fiscal Regular Municipal, de la totalid
ad de los bienes que posea EL
CONTRATADO y de las actividades en que se
encuentre inscripto vigente a la fecha
prevista de pago. Además, deberá acompaña
r comprobante de pago de aportes en AFIP
del mes de prestación del servicio y la póliza de
Seguro por accidentes personales, por el
período que dure la contratación y su correspondien
te comprobante de pago total o mensual.
CUARTA: La celebración del presente contrat
o no implica ninguna relación de
dependencia
y/o de empleo público, rigiéndose el mismo
por las normas de la
Ordenanza Municipal N° 3693 (de Administración
Financiera y Contrataciones) y por el art.
1251 y concordantes del Código Civil y Comercial,
debiendo asumir EL CONTRATADO las
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LAS ISLAS MALVINAS,
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GEORGIAS Y SANDWICH DEL SUR,
SON Y SERÁN ARGENTINAS”
Ushuaia, 26 de septiembre de 2016
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Provincia de Tierra del Fuego
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2016-Año del Bicentenario de la Declaración de la
independencia Nacional
obligaciones fiscales y previsionales del caso por el
desarrollo de su actividad.
QUINTA: El presente contrato podrá ser rescindido
sin invocación de causa por ambas
partes, notificando a la otra parte con quince (15) días
de antelación sin que genere derecho
o reclamo alguno.
SEXTA: Ante cualquier divergencia que pudiera surgir en
la interpretación y/o ejecución del
presente contrato, ambas partes se someten exclusivamen
te a la jurisdicción de los
Tribunales ordinarios de la ciudad de Ushuaia, renunc
iando a cualquier otro fuero o
jurisdicción, constituyendo domicilio La MUNICIPALIDAD
y EL CONTRATADPO en los
indicados precedentemente, donde serán válidas todas
las notificaciones extrajudiciales y
judiciales que se cursen, salvo cambio de domicilio notific
ado a la otra parte por un medio
fehaciente.
En prueba de conformidad las partes suscriben tres (3) ejempl
ares de un mismo tenor y a un
solo efecto, en Ushuaia, a los catorce (14) días del mes
de septiembre del año dos mil
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Ushuaia, 26 de septiembre de 2016
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Provincia de Tierra del Fuego,
Antártida e Islas del Atlántico Sur
= República Argentina =
MUNICiPALIDAD DE USHUAIA
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21 SLPZB16
USHUAIA,
VISTO el expediente S,H. N° 2210/2006, dci registro de esta Municipalidad;
y
CONS [DERAN DO:
Que mediante Decreto Municipal N° 836/2006, se eximió del pago del impuesto Inmobiliario
y
Tasa General por Servicios Municipales, a partir de la cuota 2° dci año 2006, hasta tanto
se produzca
y
cualquier cambio que signifique variar las condiciones que dieron lugar a la misma, a la señora
Ana Maria
RIEDEL, L.C. N° 6.837.247, en su condición (le pensionada, titular del
Inmueble identificado
catastraimente como Sección C Macizo 79, Parcela 13 A (le la ciudad de Ushuaia.
Que a fs.93 obra copia del certificado de defunción que acredita que la mencionada contribuyent
e
falleció el (lía veintiocho (28) de Junio de 2016.
Que en consecuencia y teniendo en cuenta que el beneficio otorgado es de carácter persoia1,
corresponde dejar sin efecto la exención otorgada mediante Decreto Municipal N° 836/2006,
a partir del
día veintinueve (29) de Junio de 2016.
Que ha tomado intervención la Dirección General de Rentas
D.G.R.Mun.U. N° 122/1 6, obrante a fojas 94.
Municipal,
mediante Informe
Que ci suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto administrativo,
en virtud
de lo dispuesto en el artículo 152 inc. 1) (le la Carta Orgánica Municipal de la ciudad
de Ushuaia, en
concordancia con el título III, artículo 12 y el título X, artículo 77 de la Ordenanza Fiscal
vigente.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
DECRETA
ARTICULO
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Dejar sin efecto a partir del (lía veintinueve (29) de Junio de 2016, el Decreto Municipal
N° 836/2006, mediante el cual se eximió del pago del impuesto Inmobiliario y Tasa General
por Servicios
Municipales, a la señora Ana María RIEDEL, L.C. 6.837.247, sobre el inmueb
le identificado
catasti’almentc como Sección C, Macizo 79, Parcela 1 3 A de esta ciudad. Ello, por los motivos
expuestos
en el exordio.
ARTICULO 2°.en el artículo
de los alcances del presente a los derechohabientes de la persona mencionada
1°, con copia certificada haciéndole saber que podrán interponer Recurso de
Notificar
Reconsideración dentro de los diez (10) días de notificados según artículo 127 de la Ley Provincial
N°
141.
ARTiCULO 3°.- Comunicar a la Dirección General de Rentas. Dar al Boletín Oficial (le la Municipalida
d
(le Ushuaia para su publicación. Cumplido, archivar.—
DECRETO MUNICIPAL N°
1335
/201 6.-
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Ushuaia, 26 de septiembre de 2016
Año XXVI - N° 102/2016
Provincia de Tierra del Fuego,
AnBrtida e Islas del AllónOco Sur
Rcpú FI ira Argen lina
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página 10
“2016— Aóo del Bicentenario de la Declaración de Independencia Nacional”
USHUAIA,
21 ‘ED16
VISTO el expediente SG N° 604812016 del registro de esta Municipalidad; y
CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo el señor Julio Walter 1-IERNANDEZ, D.N.I. N° 7.827.104,
concesionario de la licencia de Taxi N° 181, solicita la correspondiente autorización para
transferir la concesión de la misma a favor del señor José Antonio GARCIA, D.N.I,
N° 29.888.616.
Que el solicitante ha abonado en la Secretaría de Economía y Finanzas, Dirección
General de Rentas, la suma de PESOS TRECE MIL ($13.000), en concepto de pago por
derecho de transferencia, equivalente a mii (1.000) U.F.A. (Unidad Fija a Aplicar), de
acuerdo a lo establecido en la Cláusula Transitoria de la Ordenanza Municipal N° 2986.
Que el señor José Antonio GARCIA, ha cumplido con los requisitos previstos por
el articulo 5° de la Ordenanza Municipal N° 2986, para obtener la concesión de la
Licencia de Taxi N° 181, según constancia obrante a fs. 43 no existiendo impedimento
s
en acceder a lo solicitado.
de acuerdo a lo previsto en el artículo 4° Ordenanza Municipal N° 2986,
reguladora del Servicio Público de Transporte de Taxi, resulta factible acceder a lo
Que
solicitado.
Que la presente concesión se otorga por el término de DIEZ (10) años, conforme lo
establecido en el artículo 6° de la Ordenanza Municipal N° 2986, pudiendo renovarse por
iguales períodos siempre y cuando el concesionario de cumplimiento con lo establecido
en la normativa vigente.
Que ha tomado intervención la Sra. Directora de Transporte y el Sr. Subsecretario
de Gobierno a fojas 10 y 43.
Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto
administrativo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 152 inciso 1) de la Carta Orgáni
ca
de la Municipalidad de Ushuaia, y en el artículo 4° de la Ordenanza Municipal 2986.
Por ello:
EL NTENDENTE MuNICIPAL DE USHUAIA
DECRETA
ARTICULO 1°.- Dejar sin efecto la concesión de la Licencia de Taxi N° 1 81, otorga
da a
favor del señor Julio Walter HERNANDEZ, D.I’. 1. N° 7.827.104, mediante Decret
o
Municipal N° 181/1988 de fecha 30 de marzo de 1988, a partir de la notificación
del
en virtud de la solicitud de transferencia efectuada.
ARTICULO 2°.- Autorizar la transferencia de la concesión de la Licencia
de Taxi
presente,
//i’.2.
“Las Islas Malvinas, Georgia
y
Sándwich del Sur son
y serán Argeiitinas”
Ushuaia, 26 de septiembre de 2016
Provincia de Tierra del Fuego,
Antáiida e Islas dl Atlántico Sur
Repó bu ce Argentina
Municipalidad de Ushus a
Año XXVI - N° 102/2016
página 11
“2016- Año del Bicentenario de la Declaración de Independencia Nacional”
///.2.
N° 181, a favor del señor José Antonio GARCIA, D.N.L N°29.888.616,
en virtud de lo
expuesto en el exordio.
ARTICULO 3°.- La presente concesión se otorga por el término de
DIEZ (lO) aíos,
contados a partir de la fecha de notificación del presente, conforme a
lo establecido en el
artículo 6° de la Ordenanza Municipal N° 2986, pudiendo renovarse
por iguales períodos,
siempre y cuando el concesionario de cumplimiento con lo estable
cido en la normativa
vigente.
ARTICULO 4°.- E1 incumplimiento de las obligaciones emergentes
del servicio regulado
por la Ordenanza Municipal N° 2986, será causal para decretar
la caducidad de la
concesión Municipal para la explotación del Servicio Público de Transp
orte de Pasajeros
Taxi.
ARTtCULO 5°.- Notificar a los interesados haciéndoles saber que
contra el presente
podrá interponer recurso de reconsideración en un plazo de diez (10)
días desde la
notificación según artículo 127 de la Ley de Procedimiento Admin
istrativo
Ley
—
Provincial N° 141.
ARTÍCULO 6°.- Comunicar. Dar copia al Boletín Oficial de la Munic
ipalidad de
Ushuaia. Cumplido, archivar.
1 336
DECRETO MUNICIPAL N°
/20 16.-
Mi
iNTENDENTE
otiç1ad de UhUñie
“Las Islas Malvinas, Georgia y Sáadwicii del Sur son y serán Argenhinas”
Ushuaia, 26 de septiembre de 2016
Año XXVI - N° 102/2016
PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO
ANTARTIDA E ISLAS DEI. ATLANTICO SUR
REI’UHLICA ARR ENTINA
MUNICIPALIDAD DE USHUAIA
página 12
2016- Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional
USHUAIA,
21 SEP’1016
VISTO el expediente O.P. N° 331 3/2014 deI registro de esta Municipalidad; y
CONS 1 DERAN DO:
Que mediante el mismo se tramita el Contrato de Locación de Servicios
registrado bajo el N° 10680 celebrado el día cinco (05> de septiembre de 2016, entre
la
Municipalidad de Ushuaia, representada por la señora Secretaria de Economía y Finanzas, C.P.
Andrea ONTORIA, D.N.I.N° 22.885.647, y el señor Guido Jaime HARARI, D.N.l.N° 31.859.988,
quien realizará tareas de camarógrafo, editor, fotógrafo, y demás actividades que fije
el
Programa de Comunicación Audiovisual.
Que dicha contratación se encuadra en el artículo 110, inciso d), apartado 10),
de la Ordenanza Municipal N° 3693 de Administración Financiera y Contrataciones, modificada
por Ordenanza Municipal N° 4602 y en el artículo 1251
y concordantes del Código Civil y
Comercial.
Que corre anexada y forma parte del presente Decreto copia autenticada del
Contrato de Locación de Servicios mencionado precedentemente, el cual se
encuentra
registrado bajo el N° 10680, correspondiendo su aprobación.
Que el suscripto se encuentra facultado para dictar el presente instrumento
legal, conforme a lo establecido en el artículo 152, incisos 1)
y 32), de la Carta Orgánica
Municipal de la ciudad de Ushuaia.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
DECRETA
ARTICULO 1°.- Aprobar el Contrato de Locación de Servicios registrado bajo
el N° 10680, cuya
copia autenticada se adjunta y forma parte del presente, celebrado el
día cinco (05) de
septiembre de 2016, entre la Municipalidad de Ushuaia, representada por
la señora Secretaria
de Economía y Finanzas, C.P. Andrea ONTORIA, D.N.I.N° 22.885.647,
y el señor Guido Jaime
HARARI, D.N.I.N° 31.859.988. Ello, en virtud de lo expuesto en el exordio.
ARTICULO 2°.- Notificar a la parte interesada con copia autenticada del presen
te.
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente deberá imputa
rse con cargo
al titular presupuestario Secretaria de Gobierno, Partida 13.
ARTICULO 4°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushua
ia. Cumplido,
archivar.
DECRETO MUNICIPAL N°
3 37
/2016.-
jmt
Dra Maria resa\Me
Sec
LD11i
i1
MuncIpaldPa
Las Islas Malvinas, Georgias, Sandwich del Sur, son y serán Argentinas
Ushuaia, 26 de septiembre de 2016
Piovineta de lierra del Fuego,
Antártida e Ixl;is del Atlántico Sur
RepúbIii Argentina
Municipal idid ele ushuaia
Año XXVI - N° 102/2016
(ON PATO nc is,reo
N
bAlo E LN1OLfl)
página 13
7I11S
USHUAIA,
‘
A
“201 6—ño el1
Secrtari
egl y
leí
.
TéY SELLO
de la Independencia Nacional”
CONTRATO DE LOCACIÓN DE SERVICIOS
Entre la Municipalidad de Ushuaia, representada
en este acto por la señora Secretaria de
Economía y Finanzas, C.P. Andrea ONTORIA D.N.I.
N° 22.885.647, con domicilio legal en la
calle Arturo Coronado N° 486 1° piso, de la ciud
ad de Ushuaia, ad-referéndum del Sr,
Intendente Municipal, en adelante LAMUNICIPA
LIDAD, por una parte, y por la otra el Sr.
Guido Jaime HARARI, D.N.I. N° 31.859,988, con dom
icilio en Goleta Florencia N° 1686, de
la ciudad de Ushuaia, en adelante EL CONTRATAD
O, convienen en celebrar el presente
Contrato de Locación de Servicios, conforme a las
siguientes cláusulas:
PRIMERA: LA MUNICIPALIDAD contrata los servi
cios de EL CONTRATADO a efectos de
realizar tareas de camarógrafo, editor, fotógrafo,
y demás actividades que fije el Programa
de Comunicación Audiovisual, con una carga
horaria de treinta y cinco (35) horas
semanales.---SEGUNDA El presente contrato se forma liza por
el término de tres (03) meses, contados a
partir del día 01 de Octubre de 2016, operando
su vencimiento el día 31 de diciembre de
2016.
TERCERA: Se acuerda en concepto de honorario
s por la labor que se contrata, la suma
total de PESOS SESENTA Y NUEVE MIL CON
00/1 00 ($ 69.000,00), pagadero en seis (3)
cuotas iguales, mensuales y consecutivas de PES
OS VEINTITRES MIL CON 00/100
($
23.000,00) cada una, Los pagos se efectiviza
rán del día 1° al 15° de cada mes, debiendo
EL CONTRATADO otorgar el pertinente recibo
o factura a favor de la MUNICIPALIDAD,
conforme normas vigentes, adjuntando el Cert
ificado de Situación Fiscal Municipal (D.G.R.
Municipal) de la totalidad de los bienes que pose
a EL CONTRATADO y de las actividades
en que se encuentre inscripto vigente a la fech
a prevista de pago. Además deberá
acompañar comprobante de pago de AFIP del mes
de prestación y la póliza de Seguro por
Accidentes Personales por el período que dure la
contratación y su correspondiente pago
comprobante de pago total o mensual.
CUARTA: El presente contrato no implica ninguna
relación de dependencia y/o de empleo
público, rigiéndose por las normas de la Ordenanz
a Municipal N° 3693 (de Administración
Financiera y Contrataciones), por el art. 1251
y concordantes del Código Civil y Comercial,
debiendo asumir EL CONTRATADO las obligacion
es fiscales y previsionales del caso por el
desarrollo de su actividad.
QUINTk El presente contrato podrá ser rescindid
o por ambas partes, sin invocación de
causa, en cualquier momento de su vigencia,
y previa comunicación fehaciente cursada a la
contraparte con un mínimo de quince (15) días
de anticipación, sin que ello genere derecho
a reclamar indemnización, daño ni perjuicio
alguno.
JA: Ante cualquier divergencia que pudiera
surgir en la interpretación y/o ejecución del
rr FEL D Ofl’
/11.2.
“Las ls/as Malvinas, Georgias y Sandwich del Su,; son
y
Ushuaia, 26 de septiembre de 2016
Año XXVI - N° 102/2016
l’iovincia dc lierra del l’ucgo,
i\niárUda e lsIis del AtUnl ¡Co Sur
Rcpi h ¡ ¡ A genl ¡ o a
Municipalíd;i&l de Ushuaia
página 14
¡a Nacional”
¡11.2.
presente contrato, ambas partes se someten exclu
sivamente a la jurisdicción de los
Tribunales Ordinarios de la ciudad de Ushuaia,
renunciando a cualquier otro fuero o
jurisdicción, constituyendo domicilio LA MUNI
CIPALIDAD y EL CONTRATADO en los
indicados en el encabezamiento, donde
serán válidas todas las notificaciones
extrajudiciales y judiciales que se cursen,
salvo cambio de domicilio notificando a la otra
por un medio fehaciente.
En prueba de conformidad las partes suscriben
tres (3) ejemplares de un mismo tenor y
a un solo efecto, en la ciudad de Ushuaia, a
los dos (05) días del mes de septiembre de
6.
€
c
!EL O’
Las Islas Ivíalvinas, Georgias y
Sandwich
del Sm; son y serán ulgentinas
Ushuaia, 26 de septiembre de 2016
Año XXVI - N° 102/2016
página 15
PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO
ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR
REPUBLICA ARGENTINA
MUNICIPALIDAD DE USHUAIA
2016-Año dei Bicentenario de a Declaración dela Independencia Nacional
USHUAIA,
21 SEP7O1
VISTO el Expediente S.G. N° 3620/2015 del registro de esta Municipalidad; y
CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo tramitan los Convenios Particulares de Pasantías celebrados entre
esta Municipalidad, representada por el Sr. Secretario de Gobierno, Oscar Horacio SOUTO,
D.N.I. N°
11 .320.201, la Universidad Tecnológica Nacional, representada por su Decano lng. Mario
Félix
FERREYRA D.N.I. N° 7.645.915, y los alumnos de la mencionada Universidad, Claudia
Alejandra
ROCHA D.N.I. N° 32.769.484 y Mariel Lucía RACCA D.N.I. N° 37.823.782.
Que los citados Convenios Particulares fueron celebrados en el marco del Convenio
oportunamente suscripto y registrado bajo el N° 4008, aprobado por Decreto Municipal N° 977)2007,
ratificado mediante Resolución C.D. N° 151/2007, su Acta Complementaria N° 4454, aproba
da por
Decreto Municipal N° 1506/2008, Acta Modificatoria N° 7786, aprobada mediante Decreto Municipal
N° 1773/2013, ratificada por Resolución C.D. N°422/2013, y la Ley Nacional N°26.427.
Que corresponde aprobar los Convenios Particulares de Pasantías suscriptos registrados
bajo
los números 10703 y 10704 cuyas copias autenticadas se adjuntan y forman parte del
presente.
Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal,
conforme a lo establecido en el artículo 152° incisos 1) 32) de la Carta Orgánica Municipal
y
de la
ciudad de Ushuaia.
,
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
DECRETA
ARTICULO 1°.-
Aprobar los Convenios Particulares de Pasantías registrados bajo los números
10703 y 10704, cuyas copias autenticadas se adjuntan formando parte integrante del
presente,
suscriptos entre esta Municipalidad, representada por el Sr. Secretario de Gobierno, Oscar
Horacio
SOUTO, D.N.I. N° 11.320.201, la Universidad Tecnológica Nacional, representada
por su Decano lng.
Mario Félix FERREYRA D.N,I. N° 7.645.915, y los alumnos de la mencionada Universidad,
Claudia
Alejandra ROCHA D.N.I. N° 32.769.484 y Mariel Lucía RACCA D.N.I. N° 37.823.782.
ElIo por los
motivos expuestos en el exordio.
ARTICULO 2°.- Notificar a las interesadas con copia autenticada del presente.
ARTICULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente deberá imputarse
a los titulares
presupuestarios Subsecretaría de Gobierno y Subsecretaría de Seguridad Urbana, Partida
031.
ARTICULO 4°.- Comunicar, dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia. Cumplido,
archivar.
338 /2016.DECRETO MUNICIPAL N°
cS
Seo. CoOi
Mu 04
“Las Islas Malvinas, Georgias, Sándwich del Sur, son y serán Argentinas”
Ushuaia, 26 de septiembre de 2016
Año XXVI - N° 102/2016
página 16
i’iovincia de ‘Iicrra del Fuego,
Ai,tújIkla e Islas del Atlántico Sur
Repu lIIi ca A igeni ma
Mu mci pi1 dad de Ushuaia
CONTRATO INDIViDUAL DE PASANTÍA
(Ley 26.427)
En la ciudad (le Ushuaia, capital de la Provincia (le Tierra
(Id Fuego, Antártida e islas del
Atlántico Sur, a los Doce (12) (lías del mes (le Agosto, se reúnen
el Ing. Mario Félix FERREYRA,
D.N.i. N° 7.645.915, con domicilio legal en calle Islas
Malvinas N° 1650 (le la ciudad (le Río
Grande, representando en este acto a la Universidad Tecnológica
Nacional, Facultad Regional Río
Grande, el Sr. Secretario (le Gobierno, Oscar Horacio SOUT
O, D.N.T. N° 11.320.201, con
domicilio legal en calle San Martin N° 660, representando en
este acto a la Municipalidad de
Ushuaia, y la alumna Claudia Alejandra ROCHA, D.NJ. N° 32.769
.484, (le la carrera Tecnicatura
Superior en Administración de la Universidad Tecnológica
Nacional, domicilia(la en calle
Gendarme Argentino N° 1269 dpto 1 “f’, ambos de la ciudad
de Ushuaia, y de común acuerdo
establecen:
PRIMERA: EL presente acuerdo se suscribe en el marco de la
Ley N° 26.427, el Decreto Nacional
N° 487/2000 y del Convenio Marco de Cooperación Recíproca
registrado bajo el N° 4008 celebrado
cf (lía lO de agosto de 2007 con sus correspondientes modificacion
es entre LA UNIVERSIDAD
TECNOLÓGICA NACIONAL y LA MUNICIPALIDAD, en
virtud del cual un estudiante de la
y
mencionada institución realiza pasantías en LA MUNICIPAL
IDAD, ambas partes declaran
conocer perFectamente los términos (le! referido Convenio
y se comprometen a cumplirlos
íntegramente.
SEGUNDA: LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA NACIO
NAL y LA M1JNIC.IPALIDAD le
ofrecen a la alumna Claudia Alejandra ROCHA, D.N.I. N° 32.769
.484, realizar una I)as1tia de seis
(6) meses a partir (le! (lía UflO (1) (le Septiembre (le 2016
en la Dirección de Tránsito, la que presta
su conformidad en este acto.
TERCERA: El pasante deberá cumplir CUATRO (4) horas
(barias, entre las 08:OOhs. y las 1 6:OOhs
de lunes a viernes, no pudiendo exceder las VEINTE (20)
horas semanales, horario a fijar y
distribuir por la Dirección de Tránsito.
CUARTA: Las tareas a realizar por el Pasante serán
de carácter administrativo, procurando la
MUNICIIALIDAD la rotación periódica en todas las
áreas administrativas, a fin (le lograr un
aprendizaje global por parte (le! Pasante.
QUINTA: LA MUNICIPALIDAD certificará que el pasante
cumple estrictamente con ci horario (le
enseíianza-aprendizajc estipulado en la Cláusula Tercer
a.
SEXTA: LA UNIVERSiDAD TECNOLÓGICA NACIO
NAL efectuará los controles necesarios
para verificar las tareas desarrolladas por el Pasante, el
cumplimiento (le las demás obligaciones
y
impuestas, designando como titular y/o docente guía
al Sr. Gabriel Alejandro KOREMBLIT
PELLEGIUNI, D.N.I. N° 13.699.466, domiciliado en calle
De La Luna N° 1841 de la ciudad de
Ushuaia.
SÉPTIMA: LA MIJN[CL.PALIDAD abonará en concep
to de asignación estímulo, lo establecido en
ci Decreto Municipal N° 920/2009.
OCTAVA: Está estrictamente prohibido al pasante realiza
r actividades políticas, gremiales o
/12...
“Las Islas
Georgias y Sa,u.4i’icIz del Sur, son y seráii argentinas”
Ushuaia, 26 de septiembre de 2016
Año XXVI - N° 102/2016
r
PUOVjIICiiI iLifI del Fuego,
AutrIida e Islas del AtunÉco Su
Repúb0c Argentina
Muniip lid id d. Uliu iH
página 17
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“201 6-Año del
acionaF’
—
-
es V
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i AÍY ‘,ELLO
.2/7
religiosas cii ci ámbito en el que se desarrolle su ens
eñanza-aprendizaje.NO VENA: El
incumplimiento
P01’ parte del liasaIte (le cualquier de las obligaciones
que por este
acto, será considerado causa suficiente para dar de baja la pasant
ía.
DEC1MA: El pasante declara conocer y aceptar en todos
sus términos el Convenio Marco
de
Pasantías registrado bajo N° 4008, su acta complementaria N°
4454 y su modificatoria registrada
bajo N° 7786 celebrado entre LA UNiVERSIDAD TECN
OLÓGICA NACIONAL y LA
MUNICIPALIDAD, recibiendo copia del mismo.
DECIMOPRIMERA: El pasante declara reconocer acepta
y
r el Reglamento iiara el personal y el
Régimen Disciplinario de la Municipalidad.
DECIMOSEGUNDA: El pasante reconoce expresamente
que la ejecución del presente es
completamente ajena a toda vinculación de naturaleza laboral
(Art. 12 Ley N° 26.427).
En prueba de conformidad y a un solo efecto se firman
tres (3) ejemplares de un miSmo tenor y
a un solo efecto, en lugar y fecha ut-supra indicados.
Mal
051 0IIA
QLci& t
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Secretaria de Economía
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M1rruPafJde(j cte 1 isIs cris
1 g Mario F. Ferreyra
Decano
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“Las Islas Mral Pinas, GL’orgias y Saizdn’icli del Sur,
son y seráiz argentinas”
RF,Orande
Ushuaia, 26 de septiembre de 2016
I’wvuicit LIC 1’eíui del Fuego,
An1iiIicl e lsbs dci Alunlico Sur
l{epu hi ca Aigen1ina
fvlu Iiej)a Idad de IjsIiua
Año XXVI - N° 102/2016
‘‘20] 6—Año dci
página 18
de la Declaración de la
USHUAIA,
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D1CCt0Í
CONTRATO INDIVIDUAL DE
(Ley 26.427)
rno
PÁ SA° U...h
En la ciudad (le Ushuaia, capital de la Provincia (le Tierra del
Fuego, Antártida e Islas del
Atlántico Sur, a los Doce (12) días del me (le Agosto
de 2016, se reúnen el lng. Mario Félix
FERREYRA, D,N N° 7.645.915, con domicilio legal en calle
islas Malvinas N° 1650 (le la ciudad
(le Río Grande, representando en este acto a la Universidad
Tecnológica Nacional, Facultad
Regional Rio Grande, el Sr. Secretario de Gobierno, Oscar
Horacio SOUTO, D,N.l. N° 1 1 .320,20 1,
con (lomicilio legal en calle San MartínN° 660, representando
en este acto a la Municipalidad de
Ushuaia, y la alumna Mariel Lucía RACCA, D.N.l. N°
37.823.782, (le la carrera Ingeniería
Pesquera (le la Universidad Tecnológica Nacional, domic
iliada en calle Juan Buezas N° 295, ambos
(le la ciudad (le Ushuaia, y (le común acuerdo establecen:
.
PRiMERA: El presente acuerdo se suscribe en el marco
de la Ley N° 26.427, el Decreto Nacional
N° 487/2000 y del Convenio Marco (le Cooperación Recípr
oca registrado bajo el N° 4008 celebrado
el día 10 (le agosto (le 2007 con sus correspondientes
modificaciones entre LA UNIVERSIDAD
TECNOLÓGICA NACIONAL y LA MUNICIPALIDAD,
y en virtud del cual un estudiante (le la
mencionada institución realiza pasantías en LA MUNI
CiPALIDAD, ambas partes declaran
conocer pert’ectaineite los términos del referido
Convenio y se comprometen a cumplirlos
íntegramente.
SEGUNDA: LA UNiVERSiDAD TECNOLÓGICA
NACIONAL y LA MUNICIPALIDAD le
ofrecen a la alumna Marie! Lucía RACCA, D.N.I. N°
37.823.782, realizar una pasantía (le SeIS (6)
meses a partir del (lía uno (1) (le Septiembre de 2016 en
la Subsecretaría (le Gobierno, la que presta
su conformidad en este acto.
TERCERA: El pasante deberá cumplir CUATRO (4) horas
diarias, entre las 08:OOhs y las 16:OOhs
(le luncs a viernes, no pudiendo exceder las VEINTE
(20) horas semanales, horario a fijar y
(1 astribu ir poi’ la Subsecretaría de Gobierno.
CUARTA: Las tareas a realizar ior el Pasante serán
de carácter administrativo, procuraido la
MUNICIPALIDAD la rotación ieriódica en todas las
áreas administrativas, a fin (le lograr un
aprendizaje global por parte del Pasante.
QUINTA: LA. MUNICIPALIDAD certificará que ci pasant
e cumple estrictamente con el horario (le
enseñanza-api’endizaje cstipula(Io en la Cláusula Tercera.
SEXTA: LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA NACIO
NAL efectuará los controles necesarios
para verilicar las tareas desarrolladas poi’ el Pasante,
y el cumplimiento (le las demás obligaciones
impuestas, designando como titular y/o docente
guía al Sr. Gabriel Alejandro KOREMBLIT
PELLEGRINI, D.N.I. N° 13.699.466, domiciliado
en calle De La Luna N° 1841 de la ciudad de
Ushuaia.
SÉPTIMA: LA MUNICIPALIDAD abonará en
concepto de asignación estímulo, lo establecido en
el Decreto Municipal N° 920/2009.
QCTAVA: Está estrictamente prohibido al pasant
e realizar actividades políticas, gremiales
o
religiosas en el ámbito en el que se desarrolle
su enseñanza-aprendizaje.
NOVENA: El incumplimiento por parte del pasant
e (le cualquier (le las obligaciones que
lor este
“Las Islas Mali’i itas,
del Sur, son y serán argentinas”
____
____
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Ushuaia, 26 de septiembre de 2016
Año XXVI - N° 102/2016
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acto, scrá considerado causa suficiente para dar (le
baja la pasantía.
DECIMA: El pasante declara conocer
y aceptar en todos sus términos el Convenio Marc
o do
Pasantías registrado bajo N° 4008, su acta com
plementaria N° 4454 y su modificatoria regis
trada
bajo N° 7786 celebrado entre LA UNI
VERSIDAD TECNOLÓGICA NACIONAL
y LA
MUNICIPALIDAD, recibiendo Copia (le! mism
o.
DECIMOPRIMERA: El pasante declara reco
nocer y aceptar el Reglamento para el perso
nal y el
Régimen Disciplinario (le la Municipalidad.
DECIMOSEGUNDA: El pasante reconoce
expresamente que la ejecución del presente
es
completamente ajena a toda vinculación de
naturaleza laboral (Art. 12 Ley N° 26A27).
En pmcba (le conformidad y a un solo efecto se
firman tres (3) ejemplares (le un mismo teno
r,
en lugar y fecha ut-supra indicados.
Mal
Ing. Mario F. Ferreyra
Decano
UTN FR Rio Granda
N. AndfCa oNroi
de Economía y Ftnarr’
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-
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Islas Mal vilias, Georgius y Sandwich del Sur,
son y seráu argentinas”
Ushuaia, 26 de septiembre de 2016
Año XXVI - N° 102/2016
Provincia de Tierra del Fuego,
Antártida e Islas del Atlántico Sur
República Argentina
Municipalidad de Ushuaia
página 20
‘2016— Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional”
USHUAIA,
21 SEP 1íJ16
VISTO el expediente OP N° 3824/2016, del registro de esta Municipalidad; y
CONSIDERANDO:
Que el día ocho (8) de agosto de 2016, se celebró el Convenio de Colaboración
para la construcción de un Mirador de Aves, entre la Municipalidad de Ushuaia representada
por el Señor Secretario de Planificación e Inversión Pública, Ing. Christian HERVIAS, D.N.I. N°
21.918.007, por una parte y por la otra, la Sra. StelIa Maris DOMINGUEZ, D.N.I. N°
12.909.760, en su carácter de Presidente de la ASOCIACIÓN BAHÍA ENCERRADA, ello en
virtud de lo solicitado por la Asociación, teniendo en cuenta el legado económico realizado por
quien en vida fuera el Sr. Domingo MORENO (socio fundador de la Asociación), con la
finalidad de que se realice una obra útil a la Reserva Natural Bahía Encerrada y en el Marco
del Convenio Registrado bajo el N°8991, aprobado por Decreto Municipal N° 1563/2015.
Que corre anexada y forma parte del presente Decreto, copia autenticada del
Convenio mencionado, registrado bajo el N° 10659, correspondiendo su aprobación.
Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto
administrativo, de acuerdo a lo establecido en el artículo 152 incisos 1) y 32), de la Carta
Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
DECRETA
ARTICULO 1°.- Aprobar el Convenio registrado bajo el N° 10659, cuya copia autenticada se
adjunta y forma parte del presente, celebrado el día ocho (8) de agosto de 2016, entre la
Municipalidad de Ushuaia, representada por el Señor Secretario de Planificación e Inversión
Pública, Ing. Christian HERVIAS, D.N.I. N° 21.918.007, por una parte y por la otra, la Sra.
SteIIa Maris DOMINGUEZ, D.N.I. N° 12.909.760, en su carácter de Presidente de la
ASOCIACIÓN BAHÍA ENCERRADA. Ello, por las razones expuestas en el exordio.
ARTÍCULO 2°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente, deberá imputarse a las
partidas presupuestarias correspondientes.
ARTÍCULO 3°.- Notificar a los interesados con copia autenticada del presente.
ARTÍCULO 4°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia para su
publicación. Cumplido, archivar.
DECRETO MUNICIPAL N°
1
33
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Dra. María Ters3 endOZ
Sec. CaordnacD’j c1
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“Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur, Son y Serán Argentinas”
Ushuaia, 26 de septiembre de 2016
Año XXVI - N° 102/2016
-
página 21
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CONVENIO
Entre la Municipalidad de Ushuaia, representada en este acto por el Sr. Secretario de
Planificación e Inversión Pública, lng. Christian HERVIAS D.N.I. N° 21.918.007, con
domicilio en calle Arturo Coronado N° 486
—
10
piso de esta ciudad de Ushuaia, en adelante
LA MUNICIPALIDAD, por una parte y por la otra, la Sra. SteIIa Maris DOMINGUEZ, D.N,l.
N° 12.909.760, con domicilio en la calle Isla Soledad 1489 de la ciudad de Ushuaia, en
carácter de Presidente de la ASOCIACIÓN BAHÍA ENCERRADA, en adelante A.B.E.,
celebran el presente Convenio de Colaboración para la construcción de un mirador de aves,
en virtud a lo solicitado por A.B.E. mediante nota registrada N° 3732/2015, teniendo en
cuenta el legado económico realizado por quien en vida fuera el Sr. Domingo MORENO
(socio fundador de la Asociación), con la finalidad que se realice una obra útil a la Reserva
Natural Urbana Bahía Encerrada y en el marco del Convenio registrado bajo el N°
8991/2015, aprobado por Decreto Municipal N° 1563/2015, conforme a las siguientes
cláusulas:
PRIMERA: LA MUNICIPALIDAD en su carácter de administrador de los espacios públicos
urbanos de la ciudad, autoriza a la Asociación a construir un mirador de aves en la Reserva
Natural Urbana Bahía Encerrada, según croquis de localización y proyecto obrantes en
expediente
OP-3824/2016 a fojas 16 a 18 y en concordancia con los objetivos
determiflados para el sector mediante Ordenanza Municipal N° 3631.
SEGUNDA: Ambas partes dejan aclarado que la construcción a realizar ha sido proyectada
por personal técnico de la Dirección de Estudios y Proyectos, dependiente de la
Subsecretaría de Obras Públicas, siendo compatible con la propuesta integral realizada
para el sector, estando su uso y localización contemplados en el Plan de Manejo que se
encuentra en elaboración en el marco del Convenio registrado bajo el N° 8991/2015,
aprobado por Decreto Municipal N° 1563/2015 entre la MUNICIPALIDAD y A.B.E.
TERCERA:
El
lugar exacto de
implantación y orientación adecuada se definirá
oportunamente al ejecutarse el proyecto, como así también la definición de los colores a ser
pintados, todo esto será coordinado entre la MUNICIPALIDAD Y A.B.E.
CUARTA: LA MUNICIPALIDAD proveerá el árido necesario para la ejecución de las bases
de hormigón a través de la Subsecretaría de Servicios Públicos y la supervisión técnica
durante la ejecución de la obra la realizará personal de la Subsecretaría de Obras Públicas.QUINTA: A.B.E. asume a su costo y cargo la totalidad de los gastos por materiales y mano
de obra que demande la obra, con excepción de lo enunciado en la cláusula cuarta.
SEXTA: Si A.B.E. decide no continuar con la ejecución del Proyecto deberá notificar en
forma fehaciente a la MUNICIPALIDAD con quince (15) días de anticipación.
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“TAS
ISI.AS MALVINAS, CLORCIAS Y SANDWT(1I l)KL SUR SON Y SKRAN ARCI:NnNos”
Ushuaia, 26 de septiembre de 2016
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Año XXVI - N° 102/2016
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página 22
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2/II
SEPTIMA: El mirador a construir será uso público, libre y gratuito, quedando prohibido
introducir modificaciones en el sector sin la previa y expresa autorización de las partes
intervinientes en el presente CONVENIO.
OCTAVA: Cualquier modificación parcial o total de la obra con el fin de adecuarla a futuras
intervenciones que se realicen en el sector, no generará derecho alguno de reclamo o
resarcimiento por parte de A.BE. por los materiales aportados.
NOVENA: En caso de eventuales conflictos en la interpretación o aplicación del presente,
las partes se someten a la jurisdicción y competencia de los Tribunales Ordinarios de la
Provincia de Tierra del Fuego, con asiento en la ciudad de Ushuaia, renunciando
expresamente a cualquier otro fuero o jurisdicción.
En plena conformidad, se firman tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto,
en la ciudad de Ushuaia, capital de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del
Atlántico Sur, a los 8 días del mes de agosto del año 2016.
MnicpaIdad dr? Uiiaia
“LAS ISLAS MALVINAS, CEOIWIAS Y SANDWICH DEI, SUR SON Y SERAN ARGENTINOS”
Ushuaia, 26 de septiembre de 2016
Año XXVI - N° 102/2016
página 23
13 O
Provincia de Tierra del Fuego
Antártida e Islas dci Atlántico Sur
= República Argentina =
Municipalidad de Ushuaia
“2016— Aiio del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional”
USHUAIA,
21 SEP2D16
VISTO el expediente N° B-373411978 del registro de la Gobernación del ex
Territorio Nacional de la Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur; y
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto Territorial N° 3369/88 de fecha veintisiete (27) de
septiembre de 1988, se adjudicó en venta a favor del Sr. Jose Octavio BAHAMONDE
BAHAMONDE, Documento Nacional de Identidad N° 13.954.123, el predio identificado
catastralmente como Sección B, Macizo 54, Parcela 3, con una superficie de TRESCIENTOS
CUATRO METROS CUADRADOS CON SETENTA Y CINCO DECIMETROS CUADRADOS
(304,75 2
m
)
, fijándose el precio de venta del mismo en la suma de AUSTRALES SESENTA Y
SIETE MIL CIENTO CINCUENTA Y OCHO CON 91J100 (A 67.158,91), más el porcentaje
correspondiente a gastos de mensura y administrativos.
Que a fs. 89 obra copia certificada del Acta de Defunción del Sr. Jose Octavio
BAHAMONDE BAHAMONDE ocurrido el día dieciséis (16) de mayo de 1989.
Que a fs. 110 la Dirección General de Catastro e Información Territorial
mediante Nota N° 62/14 Letra: D.G.C. e l.T. de fecha diecisiete (17) de enero de 2014,
informa que en sus registros, en el legajo de la Parcela 3 del Macizo 54 de la Sección B no
obra ninguna constancia de cancelación total o parcial de dicho inmueble a favor del Sr.
BAHAMONDE BAHAMONDE.
Que a fs. 112 obra Informe Div. E. D. N°041/14, mediante el cual se realiza un
relevamiento de los antecedentes obrantes en el expediente.
Que a fs.
117 obra Oficio Judicial librado en los autos caratulados
“BAHAMONDE BAHAMONDE JOSE OCTAVIO S/SUCESIÓN AB-INTESTATO” (Expte. N°
10.291/2005), en trámite ante el Juzgado en lo Civil y Comercial N°2 del Distrito Judicial Sur,
a cargo del Dr. Gustavo GONZALEZ, en el que se indica que deberá tenerse en cuenta al
momento de escriturar el inmueble identificado catastralmente como Sección B, Macizo 54,
Parcela 3 de la ciudad de Ushuaia, la declaratoria de herederos obrante a fs. 118.
Que a fs. 118 obra Testimonio mediante el cual se declara en cuanto hubiera
lugar por derecho y sin perjuicio de terceros, que por fallecimiento de Don Jose Octavio
BAHAMONDE BAHAMONDE, le sucede en carácter de universal heredera su hija NeIly
Margot BAHAMONDE BAHAMONDE, esta en cuanto a los bienes si los hubiere.
Que a fs. 121/1 22 la División de Recupero D.G.R. Mun., mediante Informe N°
06/2015 Letra Div. Recupero de fecha veinticinco (25) de febrero de 2015, informa que se
procedió a calcular la deuda de venta de tierras fiscales por aplicación del Decreto Territorial
N° 3369/88, la cual asciende a la suma de PESOS TREINTA Y OCHO MIL QUINIENTOS
OCHENTA Y CUATRO CON 98/1 00
($ 38.584,98).
Que a fs. 130 y 131 obra resumen de situación parcelaria y plancheta catastral,
/112...
‘LAS ISLAS MALVINAS, GEORGIAS Y SANDWICH DEL SUR SON Y SERÁN ARGENTINAS”
Ushuaia, 26 de septiembre de 2016
Año XXVI - N° 102/2016
página 24
1340
Provuicia de Tierra del Fuego
Antártida e Islas del Atlántico Su r
= República Argentina =
Municipalidad de Ushuaia
“2016
Aíio del Bicentenario de la i)eclaración de la Independencia Nacional”
.2/!!
respectivamente, de las cuales surge que el predio B-54-3, posee una superficie de
TRESCIENTOS CUATRO METROS CUADRADOS CON SETENTA Y CINCO DECIMETROS
CUADRADOS (304,75 m
).
2
Que a fs. 132/1 33 obra Informe Div. Ev. Doc. N° 212/2015, mediante el cual se
informa el estado del predio y que la Sra. Nelly Margot BAHAMONDE BAHAMONDE cumple
con los requisitos para ser adjudicataria de un predio fiscal en el marco de la Ordenanza
Municipal N° 2025, vigente en ese momento.
Que a fs. 133 vta, la Dirección de Suelo Urbano indica elaborar proyecto de
Decreto de transferencia teniendo en cuenta que el valor de venta del predio en cuestión se
encuentra en plan de pago y que el vencimiento de las cuotas opera todos los meses.
Que en consecuencia, corresponde transferir los derechos emergentes del
Decreto Territorial N° 3369/88, sobre el predio identificado catastralmente como Sección B,
Macizo 54, Parcela 3, de la ciudad de Ushuaia, en favor de la Sra. Nelly Margot BAHAMONDE
BAHAMONDE, Documento Nacional de Identidad N° 18.659.552, en su carácter de universal
heredera de la persona fallecida.
Que a fs. 137 vta, el entonces Subsecretario de Planeamiento y Proyectos
Urbanos a cargo de la Subsecretaria de Gestión Urbana ha tomado debida intervención.
Que a fs. 158 obra certificado de situación fiscal regular N° 0003742/2016,
mediante el cual surge que sobre el predio B-54-3, mantiene regularizada la situación
tributaria por Tasa General por Servicios Municipales e Impuesto Inmobiliario y el plan de
pagos sobre deuda de venta de tierras fiscales s/Decreto Territorial N° 3369188.
Que a fs. 153 vta, y fs. 161 vta, la Sra. Jefa del Programa de Urbanización y el
Sr. Coordinador de Producción Social del Hábitat, han intervenido indicando la continuidad del
trámite.
Que es facultad del suscripto el dictado del presente acto administrativo, de
conformidad con la competencia que le atribuye el art. 173 incisos 5) y 15) de la Constitución
Provincial, arts. 37 incisos 4) y 11) y 152 incisos 1) y 15) de la Carta Orgánica Municipal de la
ciudad de Ushuaia, y art. 5 de la Ordenanza Municipal N° 2025.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
DE CRETA
ARTICULO 1°.- Transferir los derechos emergentes del Decreto Territorial N° 3369/88 de
fecha veintisiete (27) de septiembre de 1988, sobre el predio identificado catastralmente como
Sección B, Macizo 54, Parcela 3, de la ciudad de Ushuaia, a favor de la Sra. Nelly Margot
BAHAMONDE BAHAMONDE, Documento Nacional de Identidad N° 18.659.552. Ello por los
motivos expuestos en el exordio.
ARTICULO 2°.- El dictado de las obligaciones cumplidas y la extensión del correspondiente
Título de
Propiedad, quedarán condicionados a la cancelación del plan de pagos suscripto por
1
/1/3...
“LAS ISLAS MALVENAS, CEORGIAS Y SANDWICH DEL SUR SON Y SERÁN ARG ENTINAS”
Ushuaia, 26 de septiembre de 2016
Provincia de Tierra del Fuego
AnOrtida e Islas del Atlánlico Sur
= Rcpúhlica Argentina =
Municipal dad d Ushuaia
el concepto de Venta de Tierras Fiscales
Año XXVI - N° 102/2016
“2016
—
—
página 25
Aóo del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional”
Decreto Territorial N° 3369/88. Ello, en virtud de lo
expuesto en el exordio.
ARTICULO 3°.- Notificar a la heredera con copia autenticada del presente, haciéndole saber
que podrá interponer recurso de reconsideración ante el mismo órgano que lo dictó, dentro de
los diez (10) días hábiles desde su notificación conforme lo establecido por el artículo 127 de
la Ley Provincial N° 141.
ARTICULO 4°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia y archivar.
DECRETO MUNICIPAL N°
13 tI /2016.-
/
Arq.
Trea
Síettra de HabiaL y Oid.
de U,Juwta
‘LAS ISLAS MALVINAS, GEORG[AS Y SANDWICH DEL SUR SON Y SERÁN ARGENTINAS”
Ushuaia, 26 de septiembre de 2016
Año XXVI - N° 102/2016
página 26
1341
Provincia de Tierna del Fuego
Anni,tida e [sias del Atlántico Sur
República A1Tentina
“2016- Alio del Bicentenario de la Declaración de la Jndependencia Nacional’
Municipalidad de Ushuaia
USH UAIA,
21 SEP2O16
VISTO el expediente N° G-00178/1 992 del registro de la ex Dirección de Tierras
Fiscales, su agregado el expediente N° G-5193/1988 del registro de la Gobernación del ex
Territorio Nacional de la Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur y el expediente N°
L-E.T.846511993 del registro de la Dirección de Suelo Urbano; y
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto Territorial N° 2799/88, de fecha dieciocho (18) de agosto
de 1988, se adjudicó al Sr. Loreto GUTIERREZ, Documento Nacional de Identidad N°
11.520.629, el predio identificado catastralmente como Sección F, Macizo 51, Parcela 8, con
un valor de venta de AUSTRALES TRES MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y NUEVE CON
TREINTA CENTAVOS (A 3.499,30).
Que a refolio 50/51 deI expediente N° G-0017811992, obra Nota N° 453/12,
Letra: R.C.U., registrada por este Municipio en fecha diecinueve (19) de abril de 2013, a
través de la cual la Dirección del Registro Civil de la ciudad de Ushuaia remitió adjunto, copia
certificada del Certificado de Defunción del Sr. Loreto GUTIERREZ, Documento Nacional de
Identidad N° 11.520.629.
Que a refolio 58 del mencionado expte., obra Oficio N°411/13 PR yA— STJ
de fecha dieciséis (16) de agosto de 2013, registrado por este Municipio bajo el N° 5190,
mediante el cual la Prosecreta ría de Registro y Archivo del Superior Tribunal de Justicia de la
—
Provincia de Tierra del Fuego, informó que en el Protocolo de Sucesiones del Registro Público
de Juicios Universales, no obra constancia de inicio de proceso sucesorio a nombre del Sr.
Loreto GUTIERREZ, a esa fecha.
Que a refolio 68/69 y fs. 82/83 del expte. antes citado, obran Verificación de
Ocupantes de fechas dieciocho (18) de febrero y quince (15) de diciembre ambas del año
2015, de las cuales surge que el predio en cuestión se encuentra habitado por el Sr. Carlos
Sergio FRIAS y su grupo familiar, desde el año 2005 aproximadamente.
Que a refolio 71 vta, del expte. del Sr. GUTIERREZ, la Dirección de Suelo
Urbano indicó se elabore proyecto de Decreto dejando sin efecto el Decreto Municipal N°
2799/88.
Que a refolio 72/73, del expte. N° G-001 78/1 992, obra Informe Div. Ev. Doc. N°
238/2015, mediante el cual se hace un relevamiento de los antecedentes obrantes en el
expediente.
Que a fs. 77 del mencionado expte., la Dirección de Obras Privadas mediante
Nota N° 250/2015 Letra : Dpto. Adm.
D.O.P., informa que el predio F-51-08, no posee
-
expediente de obra.
Que a fs. 78 del citado expte., obra Nota N° 086/15 Letra: Dpto. G.R.P.F. y B.T.
de fecha dieciocho (18) de noviembre de 2015, en la cual se solicita la publicación ante los
medios de prensa local y por el término de tres (03) días, mediante la cual se cita a herederos
de quien en vida fuera el Sr. Loreto GUTIERREZ, D.N.I. N° 11.520.629, a presentarse ante la
• Direcc5n de Suelo Urbano en un plazo de cinco (5) días, cuyas constancias de publicación
11/2...
“Las Islas Malvinas, Geospi.ts y Saisdwich del Sut sony seidii Atgentiros”
Ushuaia, 26 de septiembre de 2016
Año XXVI - N° 102/2016
Provincia de Tierrn del Fuego
Antíitida e Islas del AllánLico Sur
=Repúhlica AigenLina
Municipalidad de Ushuaia
página 27
“20)6 -jl0 del Bicentenario de/a Declaración de la Independencia Nacional”
.2/!!
lucen agregadas a fs. 79, 80 y 81.
Que ante la ausencia de presentación de herederos y/o sucesores del Sr.
Loreto GUTIERREZ ante la Dirección de Suelo Urbano, corresponde dictar el pertinente acto
administrativo, dejando sin efecto el Decreto Territorial N° 2799/88.
Que a fs. 84 obra del expte.N° G-00178/1 992 informe del Dpto. G.R.P.F. y B.T.
N° 002/16, mediante el cual se informa de los incumplimientos por parte del Sr. Loreto
GUTIERREZ, a fin de continuar con el trámite correspondiente.
Que el Sr. GUTIERREZ incumpliría con el artículo 5° del Decreto Territorial N°
2799/88 de fecha dieciocho (18) de agosto de 1988.
Que corresponde, en consecuencia, dejar sin efecto el Decreto Territorial N°
2799/88, de fecha dieciocho (18) de agosto de 1988, mediante el cual se adjudicó al Sr.
Loreto GUTIERREZ, Documento Nacional de Identidad N° 11.520.629, el predio identificado
catastralmente como Sección F, Macizo 51, Parcela 8.
Que a fs. 74 vta, del expte. N° G-00178/1992, el entonces Subsecretario de
Planeamiento y Proyectos Urbanos, a cargo de la Subsecretaría de Gestión Urbana, ha
tomado debida intervención.
Que a fs. 86 vta, la Sra. Jefa de Programa de Urbanización y el Sr. Coordinador
Producción Social del Hábitat, han tomado debida intervención indicando la continuidad del
trámite.
Que es facultad del suscripto el dictado del presente acto administrativo de
conformidad con la competencia que le atribuye el art. 173 incisos 5) 15) de la Constitución
y
Provincial, arts. 37 incisos 4) y 11) y 152 incisos 1) y 15) de la Carta Orgánica Municipal de la
ciudad de Ushuaia, art. 117 de la Ley Provincial N° 141 y art. 13 de la Ordenanza Municipal N°
5055.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
DE CRETA
ARTÍCULO 1°.- Dejar sin efecto el Decreto Territorial N° 2799/88, de fecha dieciocho (18) de
agosto de 1988, mediante el cual se adjudicara en venta al Sr. Loreto GUTIERREZ,
Documento Nacional de Identidad N° 11.520.629, el predio identificado catastralmente como
Sección F, Macizo 51, Parcela 8, de la ciudad de Ushuaia. Ello, por los motivos expuestos en
el exordio.
ARTÍCULO 2°.- Notificar a los derechohabientes del causante con copia autenticada del
presente, haciéndoles saber que podrán interponer recurso de reconsideración ante el mismo
órgano que lo dictó, dentro de los diez (10) días hábiles de su notificación, conforme lo
establecido por el artículo 127 de la Ley Provincial N°141.
ARTÍCULO 3°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia archivar.
y
1
de Ushu6ia
Ushuaia, 26 de septiembre de 2016
Año XXVI - N° 102/2016
página 28
13 2’
Provincia de Tietra del Fuego
Antártida e Islas del Atlántico Sur
=Repúhlica Argentina=
Municipalidad de Ushuaia
“2016- Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional”
Ushuaia,
21 SEP2ÜI6
VISTO los expedientes administrativos Letra P N° 10669/1983
y Letra P
4283/1987 del registro de la Ex-Gobernación del Territorio Nacion
al de la Tierra del Fuego,
Antártida e Islas del Atlántico Sur y XX-2442/2000 del registro
de la Municipalidad de Ushuaia; y
CONSI D ERAN DO:
,
Que mediante los mismos se tramita el Acta Acuerdo registr
ada bajo el N°
10060, celebrada en fecha quince (15) de enero de 2016,
entre la Municipalidad de Ushuaia
representada por la Sra Secretaría de Hábitat y Ordenamiento
Territorial, Arq. María Teresa
FERNANDEZ, DNI N° 6.134.241 y por la otra el Sr. Roberto
PADIN, DNI N° 7.328.231 y la Sra.
Verónica PADIN, DNI N° 28.509.840, mediante la cual la
municipalidad reconoce la ocupación
mantenida por el postulante Sr. Roberto PADIN a la
adjudicación sobre una porción de
treinta y cinco mil metros cuadrados 35.000 m2 sita
en la sección K ( entre arroyo Buena
(
),
Esperanza y el denominado Barrio Escondido de esta
ciudad y el postulante reconoce la
)
propiedad del predio en la Municipalidad de Ushuaia..
—
-
Que a fojas 64 vta, del expediente XX-2442/2000, ha tomado
intervención la
Directora de Actuación Dominial y Banco de Tierras y el Sr.
Coordinador de Producción Social
de Hábitat, a los fines de la prosecución del trámite.
Que corre anexada y forma parte del presente Decreto, copia
autenticada del
Acta Acuerdo aludida, correspondiendo su aprobación.
Que es facultad del suscripto el dictado del presente acto
administrativo, de
conformidad con la competencia que le atribuye el Art. 173
incisos 5) y 15) de la Constitución
Provincial y Arts. 37 incisos 4) y 11) 152 incisos 1) 15) de la
y
Carta Orgánica Municipal de la
y
ciudad de Ushuaia.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
DECRETA
ARTICULO 1°.- Aprobar el Acta Acuerdo registrada bajo
el N° 10060, celebrada en fecha
quince (15 ) de enero de 2016, entre la Municipalidad de
Ushuaia representada por la Sra
Secretaría de Hábitat y Ordenamiento Territorial, Arq.
María Teresa FERNANDEZ, DNI N°
6.134.241 y por la otra el Sr. Roberto PADIN, DNI N° 7.328.2
31 y la Sra. Verónica PADIN, DNI
N° 28.509.840, mediante la cual la municipalidad recono
ce la ocupación mantenida por el
postulante Sr. Roberto PADIN a la adjudicación sobre
una porción de treinta y cinco mil
metros cuadrados ( 35.000 m2
), sita en la sección K ( entre arroyo Buena Esperanza y el
denominado Barrio Escondido ) de esta ciudad y el postula
nte reconoce la propiedad del predio
en la Municipalidad de Ushuaia. .Ello, por los motivos expues
tos en el exordio.
ARTÍCULO 2°.- Notificar a la parte interesada con copia
autenticada del presente haciéndole
—
-
/11.2.
“Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, son y serán Argentinas”
Ushuaia, 26 de septiembre de 2016
Año XXVI - N° 102/2016
Provincia de Tierra del Fuego
Antártida e Islas del Atlántico Sur
República Argentina=
Municipalidad de Ushuaia
página 29
“2016- A6o del Bicentenario de la Declaración de a Independencia Nacional”
111.2..
saber
que
lo dictó
podrá
dentro
interponer
de
los
recurso
de
diez (10) días
reconsideración
hábiles
ante
el
órgano
que
desde su notificación, conforme lo
establecido en el Artículo 127 y sstes de la Ley Provincial N° 141.
ARTÍCULO 30 Comunicar. Dar copia al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia.
13 1 2
Cumplido, archivar.
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SeJU!ria de NbItltt y Oíd. TmitO11at
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“Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, son y serán Argentinas”
Ushuaia, 26 de septiembre de 2016
Año XXVI - N° 102/2016
página 30
LOPiA REL DL ORiGINAL
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)o o Des acho General
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___jZri la ciudad de Uluiaia, Provincia de Tierra del Fuego, Antúrtida e Islas del
t\liúntico Sur, a los quince (1 5) días del mes de enero del año dos mii dicciscis, se
reúnen en la Dirección de Urbanismo Municipal, por una pare, la señora Secretaria
de Habitat y Ordenamiento Territorial, Arq. María Teresa Fernandcz titular del DNI
6. 1 34.24
retenduin
en
representación
del
Departamento
Municipal
Etecutivo
(Ad
del señor Intendente de la Ciudad), en adelante LA MUiV.IC!R4L1D,4D
Di U3[IUA ¡A,
con domicilio en calle Arturo Coronado N° 486,
y
por la otra, el
Señor Roberto Facha, titular del DNI N° 7.328.231, domiciliado realmente en
sector
K cutre arroyo Buena Esperanza y el denominado Barrio Escondido cte esta Ciudad,
cmcn se ha presentado acompañado por
c
¡
,
la
señora
tanibien (Iomlcllladla ca
Verónica
Pudín, titular del DNI
scctoi K enti e ai i ovo Buena
Esperanza y el denominado Barrio Escondido cte esta Ciudad.
ca
adelante
Is7LfTE A LA tÍD.JUDJCAC/ÓN, en relación al inmueble fiscal dc2.Ç.
(Pt/) /(F:C’//. .JH
mts2 (reilevau.en.[et:i:as) equivalente a .n).. hectúreas,
sito en
.
la sección K (entre
arroyo Buena Esperanza y el denominado Barrio Escondido) de esta Ciudad, quienes
convienen
celebrar el
presente sujetos
a
las claúsulas y
condiciones que
seguidamente se expresan:
PR IN/IERA Con 1 ‘i t inahdact cte posib iii tai ci avance cte 1 utii as ui bu n 1/aciones en ia
TN)
zona en euestióa, L1 Jv/ÜYVJCEPALJD/IL) DE USFILIAJA reconoce la ocupucion
mantenida por la parte POST(JLNTE A LA ADJUDJCACUÓN sobre la porción
2 ChCe2
mts2 (Jt/?z/Y)
se
encuentra
delimitada
en
vLtf/13:1’
equivalente a ....hcctáreas, la erial
.
el
croquis
anexo
y
que
ibrma
parte
del
presente.
I (1JNDi\ Sin pci uieio del i ceonoeim cato cpi c sacIo n la elausu la PR] M PRi\
los liúinites tendientes a la coiisoliclaeión definitiva (le la tracción fiscal en iavor de
la
*
parte
POS7iL(]VTE A
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ecli miento
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aclmin istrativo
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ADJUDIcJÍCIÓ7V se
de
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adj uclicación
en
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venta
de
mediante
tierras
el
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Ushuaia, 26 de septiembre de 2016
Año XXVI - N° 102/2016
página 31
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necesario.
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Verónica Padín, reconocen que la superficie de
cc u iva lente a
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mts2
(reiterar en letras)
hectáreas (dcli mi Lada en el mismo grá liCO seña lado
en la
cláusula MU VIERA) y que no representa el objeto del procedimiento administrativo
de adjudicación a
y
iniciarsc. CS
propiedad de LA MUNICIP/ILIDAD DE US/:IUAIA
se comprometen a restituirle dicho inmueble en forma inmediata
y
libre de
ocupantes.
CUART/\: En caso que la parte POSTULANTE /1 LA ADJUDICACIÓN
[10111 brada
la
en la clá usu la TERC ERA no dieren cumplimiento con la obligación allí
dispuesta. las tareas tendicnles a remover obstáculos y/o retirar las edificaciones que
bubi ercm 1 en la
irec itada fracción fiscal
serán
realizadas por La MUNICIPALIDAD
DII USF/UA.1
4 y a costa de los ohlgados, salvo expreso acuerdo que iudiquc lo
1
contrario, qn ¡enes en tal supuesto renuncian a toda pretensión resarcitoria. [ormulacla
en sede administrativa, o judicial, relacionadas con
las labores inherentes a la toma
de posesión material de las referidas tierras fiscales.
QUn\lD: Cualesquiera de las partes integrantes de] presen l:e convenio, en l’brma
COnj 1!
nta o md istinta, podrán sol citar homologación judicial del conteni do imc
ui
1
expresado.
prueba de conformidad y para
CU AiRO (4) ejemplares del mismo
indicados en
constancia
tenor y a un solo efecto,
el encabezamiento del presente.
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de las partes, se firman
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Ushuaia, 26 de septiembre de 2016
Año XXVI - N° 102/2016
página 32
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Ushuaia, 26 de septiembre de 2016
Año XXVI - N° 102/2016
página 33
i3
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Provincia de Tierra del Fuego
Antártida e lslns del Atlántico Sur
República Argentina
Municipalidad de Ushuaia
“2016— Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional”
USHUAIA,
21 SEP216
VISTO el expediente N° M-806/1975 del registro de la Gobernación del exTerritorio Nacional de la Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sud: y
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto Territorial N° 4361/89 de fecha veintiuno (21) de
noviembre de 1989, se adjudicó en venta a favor del Sr. Rene Antonio MENENDEZ VIDAL,
Documento Nacional de Identidad N° 18.719.766, el predio identificado catastralmente como
Sección B, Macizo 26, Parcela 19, con una superficie de DOSCIENTOS CUARENTA
METROS CUADRADOS (240,00 m
), fijándose el precio de venta del mismo en la suma de
2
AUSTRALES DOS MILLONES TRESCIENTOS VEINTE MIL QUINIENTOS SEIS CON
43/100 (A 2.320.506,43), más gastos administrativos, ad-referéndum de la aprobación del
Plano de Mensura respectivo.
Que a fs. 56 con fecha uno (01) de junio de 1990, el entonces Subsecretario de
Gobierno, en virtud de la Nota N.I.D.T.F. N°534/90, de fecha diecisiete (17) de mayo de 1990,
aprueba disponer del descuento del TREINTA POR CIENTO (30 %) y mantener valuación.
Que a fs. 56 vta, y 58 en fecha veinte (20) de junio 1990 se presentó el Sr.
MENENDEZ y se le notificó que el importe a abonar con el TREINTA (30 %) POR CIENTO de
descuento en concepto de valor del terreno asciende a la suma de AUSTRALES UN MILLÓN
SEISCIENTOS SETENTA Y TRES MIL OCHENTA Y CINCO CON 13/1 00, (Al .673.085,13) lo
cual se abonaría de contado.
Que a fs. 57 obra comprobante de cancelación del monto indicado a ts. 56 vta..
Que a fs. 86 el Departamento de Topografía y Mensura informa mediante
Informe N°08/2011, que con fecha 06/06/11 se registró el PIano TF1-44-10 el que mensura la
nueva Parcela 23 del Macizo 26 de la Sección B, aclarando que la anterior designación
(Parcela 19) era provisoria ya que el sector carecía de mensura de origen.
Que a fs. 92 obra Oficio Judicial librado en los autos caratulados “MENENDEZ
VIDAL Rene S/Sucesión Ab-Intestato” (Expte. N° 12.765/2008), en trámite ante el Juzgado de
Primera Instancia Civil y Comercial N° 2 deI Distrito Judicial Sur, en el cual se indica que al
momento de escriturar el inmueble identificado catastralmente como Sección B, Macizo 26,
Parcela 23 de la ciudad de Ushuaia, deberá inscribirse el mismo a favor de la heredera
universal declarada en autos, Ada Luz MENENDEZ D.N.l. N° 17.060.690, siendo la proporción
hereditaria la fracción del cien por ciento (100 %) conforme los derechos que le fueran
reconocidos.
1(
j \
/
Que a fs. 93 obra Testimonio mediante el cual se declara en cuanto hubiera
lugar por derecho y sin perjuicio de terceros, que por fallecimiento de Don René Antonio
MENENDEZ VIDAL, le sucede en carácter de universal heredera su hija Ada Luz
esta en cuanto a los bienes si los hubiere.
MENENDEZ,
Que a fs. 107 la Sra. MENENDEZ solicita la emisión de las Obligaciones
Cumplidas en el marco de la normativa vigente.
Que a fs. 108 y 109 obra resumen de situación parcelaria y plancheta catastral,
mente, de las cuales surge que el predio B-26-23, posee una superficie de
/112...
“LAS ISLAS MALV[NAS, GEORGEAS Y SANDWICH DEL SUR SONY SERÁN ARGENTINAS”
Ushuaia, 26 de septiembre de 2016
Año XXVI - N° 102/2016
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4343
Provincia de Tierra del Euego
Antáilida e Islas del Atlánco Sur
República ArgenÉina
Municipalidad de Ushuaia
“2016—Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional”
...2111
DOSCIENTOS CUARENTA METROS CUADRADOS (240,00 2
m
)
.
Que a fs. 115 obra Informe Div. Ev. Doc. N° 223/2015, mediante el cual se
informa el estado del predio y que la Sra. Ada Luz MENENDEZ cumple
con la documentación
solicitada en el marco de la Ordenanza Municipal N° 2025.
Que a fs. 115 vta, la Dirección de Suelo Urbano indica elaborar proyec
to de
Decreto Definitivo a favor de la heredera, y en virtud a que
dió cumplimiento a las
obligaciones, declarar cumplidas las mismas.
Que en consecuencia, corresponde transferir los derechos emerge
ntes del
Decreto Territorial N° 4361/89, sobre el predio identificado catastr
almente como Sección B,
Macizo 26, Parcela 19, de la ciudad de Ushuaia, en favor de la
Sra. Ada Luz MENENDEZ,
Documento Nacional de Identidad N° 17.060.690, en su carácter
de universal heredera de la
persona fallecida, y fijar nomenclatura, superficie y valor de venta.
Que el expediente de marras contiene la documentación oportu
namente
requerida a la solicitante conforme a la normativa vigente.
Que se ha dado estricto cumplimiento a los recaudos formales impue
stos por la
legislación vigente, expidiéndose la SecretarÍa de Hábitat y Ordena
miento Territorial a través
de sus áreas pertinentes.
Que a fs. 129 vta, la Dirección de A.D. y Bco. T. actualizar documentació
n.
Que a fs. 131 obra certificado de situación fiscal regular N° 00033
20/201
6,
mediante el cual surge que sobre el predio B-26-23, se encuen
tra regularizada la situación
tributaria por Tasas Generales por Servicios Municipales e Impuesto
Inmobiliario.
Que a fs. 132 obra Informe Dpto. Reg. Dom. N° 046/2016, mediante el
cual se
informa que el presente trámite se encuadraría en los alcances de la
Ordenanza Municipal N°
2025 y los artículo 18 y 28 de la Ordenanza Municipal N° 5055.
Que a fs. 119 vta, y fs. 135 vta, la Sra. Jefa del Programa de Urbani
zación y el
Sr. Coordinador de Producción Social del Hábitat, han intervenido
indicando la continuidad del
trámite.
Que es facultad del suscripto el dictado del presente acto admin
istrativo, de
conformidad con la competencia que le atribuye el art. 173 incisos
5) y 15) de la Constitución
Provincial, arts. 37 incisos 4) y 11) y 152 incisos 1) 15) de la
Carta Orgánica Municipal de la
y
ciudad de Ushuaia, Ordenanza Municipal N° 2025
y artículos 18 y 28 de la Ordenanza
Municipal N° 5055.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
DE CRETA
ARTICULO 1°.- Fijar la nomenclatura definitiva del predio
adjudicado mediante Decreto
Territorial N° 4361/89 de fecha veintiuno (21) de noviembre
de 1989, a favor del Sr. Rene
Antonio MENENDEZ VIDAL, Documento Nacional de Identid
ad N° 18.719.766, en Sección 8,
Macizo 26, Parcela 23, de la ciudad de Ushuaia. Ello, en virtud
de lo expresado en el exordio.
ARTICULO 2°.- Fijar la superficie definitiva del predio
identificado catastralmente como
8, Macizo 26, Parcela 23 en DOSCIENTOS CUARENTA
METROS CUADRADOS
11/3...
“LAS ISLAS MALVINAS, GEORGIAS Y SANDWICH DEL
SUR SON Y SERÁN ARGENTINAS”
Ushuaia, 26 de septiembre de 2016
Provincia de Tierra del Fu e140
Anlúitida e Islas del Atlú nl co Sur
= República Argenbna
Municipalidad de Usli uaia
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“2016— Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Naciona,”’
.3/II
(240 2
m
)
. Ello, por los motivos expresados en los considerandos.
ARTICULO 3°.- Fijar el precio de venta del predio identificado catastralmente como Sección B,
Macizo 26, Parcela 23, en la suma de AUSTRALES UN MILLÓN SEISCIENTOS SETENTA Y
TRES MIL OCHENTA Y CINCO CON 13/100 (A 1.673.085,13), el cual se encuentra
totalmente cancelado. Ello por los motivos expuestos en los considerandos.
ARTICULO 4°.- Transferir los derechos emergentes del Decreto Territorial N° 4361/89 de
fecha veintiuno (21) de noviembre de 1989, sobre el predio identificado catastralmente como
Sección B, Macizo 26, Parcela 23, de la ciudad de Ushuaia, a favor de la Sra. Ada Luz
MENENDEZ, Documento Nacional de Identidad N° 17.060.690. Ello por los motivos expuestos
en el exordio.
ARTICULO 5°.- Declarar cumplidas las obligaciones contraídas por la Sra. Ada Luz
MENENDEZ, Documento Nacional de Identidad N° 17.060.690, sobre el predio identificado
catastralmente como Sección B, Macizo 26, Parcela 23, conforme lo establecido en la
Ordenanza Municipal N° 5055.
ARTICULO 6°.- Continuar el trámite a los fines de la extensión del correspondiente Título de
Propiedad en favor de la Sra. Ada Luz MENENDEZ, Documento Nacional de Identidad N°
17.060.690, sobre el predio identificado catastralmente como Sección B, Macizo 26, Parcela
23 de la ciudad de Ushuaia.
ARTICULO 7°.- Notificar a la heredera con copia autenticada del presente, haciéndole saber
que podrá interponer recurso de reconsideración ante el mismo órgano que lo dictó, dentro de
los diez (10) días hábiles desde su notificación conforme lo establecido por el artículo 127
de
la Ley Provincial N° 141.
ARTICULO 8°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad dU
1 3 43 12016.DECRETO MUNICIPAL N°
Arq. 4sd Tes
ada d Fabliat y
iJb$Ik3lklad cite
Ushuaia
‘LAS ISLAS MALVINAS, GEORGIAS Y SANDWICH DEL SUR SON Y SERÁN ARGENT[N
AS”
y archivar.
Ushuaia, 26 de septiembre de 2016
Año XXVI - N° 102/2016
t’tovincia de Tierra del Fuego,
Antártida e Islas del Atlántico Sor
Repúbt lea Argentina
MIJNICIPALIDAI) DE USHUAIA
‘20 Id
—
página 36
Ada del Bicentenario de la DeclaracBn de la Independencia Iiacionat,”
USHUAIA,
22 SEP21S
VISTO el Decreto Municipal N° 1326/2016, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo se autorizó el traslado a la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires del señor Secretario de Gobierno, Dn. Oscar Horacio SOUTO, D.N.I. N° 11.320.201, a
partir del día veintiuno (21) al veintidós (22) de septiembre de 2016 a fin de realizar
gestiones inherentes a su función.
Que es necesario comunicar que a partir del día veintidós (22) de septiembre de
2016 el señor Secretario de Gobierno reasume sus funciones.
Que el suscripto se encuentra facultado para dictar el presente acto administrativo,
en uso de las facultades atribuidas por el artículo 152, incisos 1) y 32) de la Carta Orgánica
Municipal de la ciudad de Ushuaia.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
DECRETA
ARTICULO
1°.-
Comunicar que a partir del día veintidós (22) de septiembre de 2016 el
señor Secretario de Gobierno, Dn. Oscar Horacio SOUTO, D.N.I. N° 11.320.201 reasumió
sus funciones. Ello, en virtud de lo expresado en el exordio.
ARTICULO 2°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial Municipal. Cumplido, archivar.
DECRETO MUNICIPAL N°
1 344
/2016.-
Dra. Maria Teresa Mendaz
Sec Coordnaón
GesUon
Muniapajdad Ushuaa
“Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, son y serán argentinas”
Ushuaia, 26 de septiembre de 2016
Año XXVI - N° 102/2016
Provincia de Tierra del Fuego
Antártida e Islas del Atlántico Sur
=República Argentina=
Municipalidad de Ushuaia
página 37
“2016- Afio del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional”
USHUAIA,
22 SEP 2016
VISTO el expediente N° CD-6073/2016 del registro de esta Municipalidad; y
CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo tramita la promulgación de la Ordenanza Municipal
sancionada por el Concejo Deliberante de esta ciudad, en sesión ordinaria del día 01/09/2016,
por medio de la cual se exceptúa al señor Jorge Luis Isnardo, DNI 13.582.645, del artículo 16,
inciso d) de la Ordenanza Municipal N° 5055.
Que ha tomado la intervención pertinente el Servicio Jurídico Permanente de esta
Municipalidad emitiendo Dictamen S.L. y T. N°
¡
: f20t6,entendiendo que corresponde
proceder al veto total de la norma propuesta en virtud de la consideración realizada por la Jefa
del Programa de Urbanización la cual es compartida por la titular de la Secretaría de Hábitat y
Ordenamiento Territorial.
Que el suscripto comparte el criterio sustentado por ese Servicio Jurídico,
encontrándose facultado para el dictado del presente acto administrativo, en atención a las
prescripciones del artículo 152
inciso 4)
de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad de
Ushuaia.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
D EC RETA
ARTICULO 1°..- Vetar
en forma total la Ordenanza
Municipal sancionada por el Concejo
Deliberante de la ciudad de Ushuaia en sesión ordinaria de fecha 01/09/2016, por medio
de la cual se exceptúa al señor Jorge Luis Isnardo, DNI 13.582.645, del artículo 16, inciso d) de
la Ordenanza Municipal N° 5055. Ello, por los motivos expuesto es el exordio.
ARTICULO 2°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia. Cumplido,
archivar.
DECRETO 1 IUNICIPAL N°
13 l5
/2016
)ENTE
de Ustiaía
“Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, son y serán Argentinas”
Ushuaia, 26 de septiembre de 2016
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Provincia de Tierra del Fuego
Antártida e Islas del Atlántico Sur
=Repóhlica Argentina=
Municipalidad de Ushuaia
página 38
“2016- Alto del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional”
USHUAIA,
22 SEP?OIfi
VISTO el expediente N° CD-6059/2016 del registro de esta Municipalidad; y
CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo tramita la promulgación de la Ordenanza Municipal
sancionada por el Concejo Deliberante de esta ciudad, en sesión ordinaria del día 01/09/2016,
por medio de la cual se sustituye el artículo 6° de la Ordenanza Municipal N° 5055.
Que ha tomado la intervención pertinente el Servicio Jurídico Permanente de esta
Municipalidad emitiendo Dictamen 5 L y T N°
¡20*6, entendiendo que corresponde
proceder al veto total de la norma propuesta en su artículo 1°, en virtud del pedido realizado por
la Secretaría de Hábitat y Ordenamiento Territorial a 5 vta del expediente citado en el visto y en
el marco de la promulgación de la Ordenanza Municipal N° 5099, realizada por Decreto
Municipal N° 1280/2016, encontrándose tratada la norma propuesta.
Que el suscripto comparte el criterio sustentado por ese Servicio Jurídico,
encontrándose facultado para el dictado del presente acto administrativo, en atención a las
prescripciones del artículo 152
inciso 4)
de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad de
Ushuaia.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
DECRETA
ARTICULO 1°.- Vetar
en forma total la Ordenanza
Municipal sancionada por el Concejo
Deliberante de la ciudad de Ushuaia en sesión ordinaria de fecha 01/09/2016, por medio
de la cual se sustituye el artículo 6° de la Ordenanza Municipal N° 5055. Ello, por los motivos
expuesto es el exordio.
ARTICULO 2°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia. Cumplido,
archivar.
DECRETO MUNICIPAL N°
1 3
/2016
“Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, son y serán Argentinas”
Ushuaia, 26 de septiembre de 2016
Año XXVI - N° 102/2016
Provincia de Tierra del Fuego
Antártida e Islas del Atlántico Sur
República Argentina=
Municipalidad de Ushuaia
página 39
“2016- Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional”
22 SE216
USHUAIA,
VISTO el expediente N° CD-6070/2016 del registro de esta Municipalidad; y
CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo tramita la promulgación de la Ordenanza Municipal
sancionada por el Concejo Deliberante de esta ciudad, en sesión ordinaria del día 01/09/2016,
por medio de la cual se
modifica el articulo
30
y 6° de la Ordenanza Municipal N° 3411,
modificadas por Ordenanza Municipal Nros. 4231 y 4449.
Que ha tomado la intervención pertinente el Servicio Jurídico Permanente de esta
Municipalidad emitiendo Dictamen S.L. y T. N°
1
‘SI2O4entendiendo que corresponde
proceder al veto total de la norma propuesta en virtud de las observaciones realizadas por
Nota N° 268/16. Letra J.A.M.F y Nota N° 048/2016. Letra C.T y T emitidas por el Juzgado
Administrativo Municipal de Faltas y por el Coordinador de Transito y Transporte..
Que el suscripto comparte el criterio sustentado por ese Sérvicio Jurídico,
encontrándose facultado para el dictado del presente acto administrativo, en atención a las
prescripciones del artículo 152
inciso 4)
de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad de
Ushuaia.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
D ECRETA
ARTICULO 1°.- Vetar
en forma total la Ordenanza
Municipal sancionada por el Concejo
Deliberante de la ciudad de Ushuaia en sesión ordinaria de fecha 01/09/2016, por medio
de la cual se modifica el articulo 3° y 6° de la Ordenanza Municipal N° 3411, modificadas por
Ordenanza Municipal Nros. 4231 y 4449. Ello, por los motivos expuesto es el exordio.
ARTICULO 2°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia. Cumplido,
archivar.
DECRETO MUNICIPAL N°
1
¿7
/2016
“Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, son y serán Argentinas”
Ushuaia, 26 de septiembre de 2016
Año XXVI - N° 102/2016
Provincia de Tierra del Fuego
An(ñrtida e Islas del Atlñntico Sur
República Aigentina=
Municipalidad
página 40
20l6--Año del l3icenlcnario de IaDeclaracWm de la Independencia Nacional
de Ushuaia
USHUAIA,
23 SE 2016
VISTO el expediente N° CD-6078/201 6 del registro de esta Municipalidad; y
CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo tramita la promulgación de la Ordenanza Municipal
sancionada por el Concejo Deliberante de esta ciudad, en sesión ordinaria del día
01/09/2016, por medio de la cual se adhiere en todos sus términos a la Ley Nacional
27.191 de Energías Renovables y su Decreto Reglamentario N° 531/2016 se invita a
y
la Legislatura de la Provincia y a los municipios de la ciudad de Tolhuin y Río Grande a
proceder en el mismo sentido.
Que ha tomado intervención el Servicio Jurídico Permanente de esta
Municipalidad emitiendo el Dictamen S.L y T N°
j °‘2016, súgiriendo el veto total de
la norma, entre otras cuestiones, por el hecho que la misma ley indica que son las
Provincias quienes deberán invitar expresamente a las municipalidades de sus
respectivas jurisdicciones a adherir a la ley, lo cual debe materializarse con el dictado
de una ley provincial y esto último a la fecha no ha ocurrido.
Que el suscripto comparte el criterio vertido por las áreas intervinientes,
encontrándose facultado para el dictado del presente acto administrativo en atención a
las prescripciones del artículo 152, inciso 4) de la Carta Orgánica Municipal de esta
ciudad.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
DECRETA
ARTICULO 1°.- Vetar en forma total la Ordenanza Municipal sancionada por el Concejo
Deliberante de la ciudad de Ushuaia en sesión ordinaria del día 01/09/2016, por la cual
se adhiere en todos sus términos a la Ley Nacional 27.191 de Energías Renovables y
su Decreto Reglamentario N° 531/2016 y se invita a la Legislatura de la Provincia y a
los municipios de la ciudad de Tolhuin y Río Grande a proceder en el mismo sentido.
Ello’ ei virtud de lo expresado en el exordio.
ARTICULO 2°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia.
Cum11do, archi
“Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur son y
Ushuaia, 26 de septiembre de 2016
Año XXVI - N° 102/2016
página 41
1349
Provincia de Tierra del Fuego
Antártida e Islas del Atlántico Sur
=República Argentina=
Municipalidad de Ushuaia
“20l6- A6o del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional”
USHUAIA,
23SE
VISTO el expediente N° CD-606712016 del registro de esta Municipalidad; y
CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo tramita la promulgación de la Ordenanza Municipal sancionada
por el Concejo Deliberante de esta ciudad, en sesión ordinaria del día 01/09/2016, por medio
de la cual se ratifica en todos sus términos el Decreto Municipal N° 466/2016, mediante el cual
se aprueba ad-referendum del Concejo Deliberante el Convenio de Uso registrado bajo el N°
10191, celebrado en fecha 19 de abril de 2016, entre la Municipalidad de Ushuaia y las firmas
Trinidad Overseas S.A y Cartovip Reciclados S.R.L, a través del cual la Municipalidad cede en
uso el predio sito en una fracción de la Parcela 223 de la Sección Rural de Ushuaia, el cual
consta de una superficie aproximada de 2,46 hectáreas ,a los efectos que en el mismo las
firmas, en consonancia con los fines dispuestos en la Ordenanza Municipal N° 4976 modificada
por su similar N° 5022,construyan y pongan en marcha un centro de Tratamiento de Residuos
Sólidos Urbanos.
Que ha tomado la intervención pertinente el Servicio Jurídico Permanente de esta
Municipalidad emitiendo el Dictamen S.L y T N° 167/201 6, recomendado su promulgación.
Que el suscripto comparte el criterio sustentado por ese Servicio Jurídico,
encontrándose facultado para el dictado del presente acto administrativo, en atención a las
prescripciones de los artículos 152 inciso 3) de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad de
Ushuaia.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
DECRETA
ARTICULO 1°.- Promulgar la Ordenanza Municipal N° 5
1 0 3 ,sancionada por el Concejo
Deliberante de la ciudad de Ushuaia en sesión ordinaria del día 01/09/2016, por medio de
la cual se ratifica en todos sus términos el Decreto Municipal N° 466/2016, mediante el cual se
aprueba ad-referendum del Concejo Deliberante el Convenio de Uso registrado bajo el N°
10191, celebrado en fecha 19 de abril de 2016, entre la Municipalidad de Ushuaia y las firmas
Trinidad Overseas S.A y Cartovip Reciclados S.R.L, a través del cual la Municipalidad cede en
uso el predio sito en una fracción de la Parcela 223 de la Sección Rural de Ushuaia, el cual
consta de una superficie aproximada de 2,46 hectáreas ,a los efectos que en el mismo las
firmas, en consonancia con los fines dispuestos en la Ordenanza Municipal N° 4976 modificada
por su similar N° 5022,construyan y pongan en marcha un centro de Tratamiento de Residuos
Sólidos Urbanos. Ello, en virtud de lo expreado en el exordio.
ARTICULO 2°.- Comurar 3
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archivar.
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INIflIPAI N
Ushuaia, 26 de septiembre de 2016
Año XXVI - N° 102/2016
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Concejo De(iÍierante
de (a Ciudad fe ‘Ushuaia
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“Ano del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional.”
182/2002
EL COWOEIO LIE4yVrPE
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ipal N°
ARTÍCULO 1°.-. RATIFICAR en todos sus términos el Decreto Munic
aprueba ad
466/2016, de fecha 9 de mayo de 2016, mediante el cual se
el N°
referéndum del Concejo Deliberante el Convenio de Uso registrado bajo
Ushuaia
10191, celebrado en fecha 19 de abril de 2016, entre la Municipalidad de
co Eduardo
y las firmas Trinidad Overseas S.A., representada por el señor Federi
ntada
Sguera en su carácter de Presidente, y Cartovip Reciclados S.R.L., represe
nson; a
por sus socios gerentes Marcela Viviana Lescano y Daniel Gustavo Hacka
n de la
través del cual la Municipalidad cede en uso el predio sito en una fracció
superficie
Parcela 223 de la Sección Rural de Ushuaia, el cual consta de una
las firmas, en
aproximada de 2,46 hectáreas, a los efectos de que en el mismo
ipal N° 4976
consonancia con los fines dispuestos en la Ordenanza Munic
de
modificada por su similar N° 5022, construyan y pongan en marcha un Centro
Tratamiento de Residuos Sólidos Urbanos.
Municipal para su
ARTiCULO 2°.- REGISTRAR. Pasar al Departamento Ejecutivo
ARCHIVAR.
promulgación. Dar al Boletín Oficial Municipal para su publicación y
5 1 03
ORDENANZA MUNICIPAL N°
ORDINARIA DE FECHA
SANCIONADA EN SEGUNDA LECTURA EN SESIÓN
01/09/2016.E. ALRO
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Sçttaro Legislativo
nc DeIberante Ushuaia
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Concejo De!ibernnt de UsJ,uaj
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Las Islas Malvinas, Geo,iasj Sandwich del Sur, sonj serán 5
Ushuaia, 26 de septiembre de 2016
Año XXVI - N° 102/2016
Provincia de Tierra del Fucgo
Antártida e Islas del Atlántico Sur
=República Argentina=
Municipalidad de Ushuaia
página 43
“2016- Aiio del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional’
23 SEP 2016
USHUAIA,
VISTO el expediente N° CD-605812016 del registro de esta Municipalidad; y
CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo tramita la promulgación de la Ordenanza Municipal sancionada
por el Concejo Deliberante de esta ciudad, en sesión ordinaria del día 01/09/2016, por medio
de la cual se reserva la denominación
“
Luciano Preto
“
y
“
Elizabetta Pretto” para la calle a
ceder según resulte del plano de mensura y fraccionamiento del Macizo J-124-9, teniendo
vigencia hasta el registro de la mensura definitiva, del fraccionamiento J-124-9 y la
correspondiente incorporación de las denominaciones a la Ordenanza Municipal N° 1494.
Que ha tomado la intervención pertinente el Servicio Jurídico Permanente de esta
Municipalidad emitiendo el Dictamen S.L y T N°
/2016, recomendado su promulgación.
Que el suscripto comparte el criterio sustentado por ese Servicio Jurídico,
encontrándose facultado para el dictado del presente acto administrativo, en atención a las
prescripciones de los artículos 152 inciso 3) de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad de
Ushuaia.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
DECRETA
ARTICULO 1°.- Promulgar la Ordenanza Municipal N°
5 1 04
,
sancionada por el Concejo
Deliberante de la ciudad de Ushuaia en sesión ordinaria del día 01/09/2016, por medio de
la cual se reserva la denominación” Luciano Preto “y” Elizabetta Pretto” para la calle a ceder
según resulte del plano de mensura y fraccionamiento del Macizo J-124-9, teniendo vigencia
hasta el registro de la mensura definitiva, del fraccionamiento J-124-9 y la correspondiente
incorporación de las denominaciones a la Ordenanza Municipal N° 1494. Ello, en virtud de lo
expresado en el exordio.
ARTICULO 2°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia. Cumplido,
archivar.
1350
DECRETO MUNICIPAL N°
/2016.
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“Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, son y serán Argentinas”
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Ushuaia, 26 de septiembre de 2016
Año XXVI - N° 102/2016
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Concejo Defiberante
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delimitada al Norte y al Oeste por el esp
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visorio J-124B, la calle a ceder previst
provisorio J-124A, al Sur por el Macizo pro
Este
s provisorias J-124-26 y J-1 24-1 0, y al
el artículo 2° de la presente, y las parcela
te de
croquis que como Anexo 1 forma par
por la calle De las Barrancas, conforme al
la presente.
a ceder,
ión “Elisabetta Pretto” para la calle
inac
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AR
,
fraccionamiento del Macizo J-124-9
y
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las Parcelas provisorias J-124-24 y
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J-1 24-A y J-i 24-8 y la calle a ced
al Norte por los Macizos provisorios
J-124,
y al Sur por el Macizo provisorio
nominación reservada “Luciano Preto”;
a parte de la presente.
conforme al croquis que como Anexo 1 form
la
tendrá vigencia hasta el registro de
ARTÍCULO 3°.- La presente ordenanza
iente
del Macizo J-124-9 y la correspond
ento
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cion
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de
iva,
init
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sura
men
la Ordenanza Municipal N° 1494.
incorporación de las denominaciones a
a su
artamento Ejecutivo Municipal par
ARTÍCULO 4°.- REGISTRAR. Pasar al Dep
l para su publicación y ARCHIVAR.
promulgación. Dar al Boletín Oficial Municipa
5104
ORDENANZA MUNICIPALN°
DE FECHA 01/09/2016.SANCIONADA EN SESiÓN ORDINARIA
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Ushuaia
COncejO
Deliberante de Ushuaia
A/C d la Presidencia
Su?; sonj serán Argentinas
Las ls/as Ma/cinas, Geogiasj Sandwich del
Ushuaia, 26 de septiembre de 2016
Concejo !De(ieran te
de (a Ciudad de ‘Usñuaia
Año XXVI - N° 102/2016
página 45
ndencia Nacic
“Año del Dicentenario de Ja Declaración de la Indepe
ANEXO
ORDENANZA N°
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CONCCJO DELIZERANTE UHUAIA
HCCHIO
Vicepresidente 2
Concejo Deliberante de Ushuaia
A/C de la Presidencia
Sur, son y serán Argentinas”
“Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del
Ushuaia, 26 de septiembre de 2016
Año XXVI - N° 102/2016
Provincia de Tierra del Fuego
Antártida e Islas del Atlántico Sur
=Repóblica Argentina=
Municipalidad de Ushuaia
página 46
“2016- Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional”
USHUAIA,
23 SEP 2t116
VISTO el expediente N° CD-6060120l6 del registro de esta Municipalidad; y
CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo tramita la promulgación de la Ordenanza Municipal sancionada
por el Concejo Deliberante de esta ciudad, en sesión ordinaria del día 01/09/2016, por medio
de la cual el Municipio de la ciudad de Ushuaia no admite en ámbitos públicos o privados
ningún acto que tienda a la segregación, exclusión, restricción o menoscabo por razones o con
pretexto de color de piel, etnia, género, orientación sexual, identidad de género, edad, religión,
ideología, opinión, nacionalidad, caracteres físicos, condición psicofísica, social, económica o
cualquier otra circunstancia que implique discriminación y a través de la Secretaría de
Promoción, Desarrollo Social y [)erechos Humanos deberá ealizar acciones para favorecer la
integración y la progresiva eliminación de todas las formas de discriminación mencionadas en el
artículo primero.
Que ha tomado la intervención pertinente el Servicio Jurídico Permanente de esta
Municipalidad emitiendo el Dictamen S.L y T N°
/2016, recomendado su promulgación.
Que el suscripto comparte el criterio sustentado por ese Servicio Jurídico,
encontrándose facultado para el dictado del presente acto administrativo, en atención a las
prescripciones de los artículos 152 inciso 3) de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad de
Ushuaia.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
DECRETA
ARTICULO 1°.- Promulgar la Ordenanza Municipal N°
5 1 0
r
,
sancionada por el Concejo
Deliberante de la ciudad de Ushuaia en sesión ordinaria del día 01/0912016, por medio de
la cual el Municipio de la ciudad de Ushuaia no admite en ámbitos públicos o privados ningún
acto que tienda a la segregación, exclusión, restricción o menoscabo por razones o con pretexto
de color de piel, etnia, género, orientación sexual, identidad de género, edad, religión, ideología,
opinión, nacionalidad, caracteres físicos, condición psicofísica, social, económica o cualquier
otra circunstancia que implique discriminación y a través de la Secretaría de Promoción,
Desarrollo Social y Derechos Humanos deberá realizar acciones para favorecer la integración y
la progresiva eliminación de todas las formas de discriminación mencionadas en el artículo
primero. Ello, en virtud de lo expresado en el exordio.
ARTICULO 2°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad
archivar.
DECRETO MUNICIPAL N°
1 35 1
/2016.
“Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, son y serán
Udo,
Ushuaia, 26 de septiembre de 2016
Año XXVI - N° 102/2016
página 47
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Concejo fDeíiherante
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“Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional,”
165/2013
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ARTÍCULO
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El Municipio de la ciudad de Ushuaia no admite en ámbitos públicos
o privados ningún acto que tienda a la segregación, exclusión, restricción o
menoscabo por razones o con pretexto de color de piel, etnia, género, orientación
sexual, identidad de género, edad, religión, ideología, opinión, nacionalidad,
caracteres físicos, condición psicofísica, social, económica o cualquier circunstancia
que implique discriminación.
ARTÍCULO 2°.- El Municipio de la ciudad de Ushuaia resguarda para las personas
titulares de establecimientos o eventos privados el Derecho de Admisión y
Permanencia, por medio del cual se reserva a dichos titulares la atribución de admitir
o excluir a terceros, siempre que la exclusión se fundamente en condiciones
objetivas, que no deben ser contrarias a los derechos reconocidos en la Constitución
Nacional, Provincial ni la Carta Orgánica Municipal ni suponer un trato discriminatorio
o arbitrario para las personas, así como tampoco colocarlas en situaciones de
inferioridad o indefensión con respecto a otros concurrentes o espectadores o
agraviarlos.
ARTÍCULO 3°.- Aquellos espectáculos o lugares abiertos al esparcimiento público
referidos en la Ordenanza Municipal N° 2895, ocales bailables, establecimientos
gastronómicos y recreativos en general, deben exhibir en la boletería o puerta de
ingreso, un cartel de al menos 25 cm x 40 cm con la siguiente leyenda: “El criterio de
Admisión y Permanencia de este local prohíbe la discriminación por razones de color
de piel, etnia, género, orientación sexual, identidad de género, edad, religión,
ideología, opinión, n cionalidad, caracteres físicos, elecciones estéticas, condición
Las Islas Malvinas, Geoiasy Sandwich de/Sur, sanj serán Aigentinas
/
Ushuaia, 26 de septiembre de 2016
Año XXVI - N° 102/2016
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Concejo fDeliberante
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“Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional.”
1 65/2013
-
dictar cursos y ofrecer información impresa para personal de prevención y
titulares de los eventos y ámbitos aquí regulados, respecto de los criterios de
admisión y permanencia de la presente y demás normativa aplicable respecto
del respeto a los Derechos Humanos;
-
disponer un
mecanismo
de
recepción
de
denuncias
relacionada
a
discriminación en los criterios de admisión y permanencia de los comercios o
eventos regulados por la presente.
ARTÍCULO 6°.- El incumplimiento de la presente da lugar a las siguientes sanciones:
a) falta de exhibición de la leyenda requerida por el artículo 3° de la presente:
100 U.F.A. a 500 U.F.A;
b) exclusión o no admisión de ingreso de personas por algún causal que no esté
contenido en el artículo 4° de la presente: 500 U.F.A. a 1500 U.F.A.
ARTÍCULO 7°.- REGISTRAR. Pasar al Departamento Ejecutivo Municipal para su
promulgación. Dar al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVAR.
ORDENANZA MUNICIPAL N°
5105.
SANCIONADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA 01/09/2016.-
z.
Vicepresidente 2
CunCCjO Deliberante de Ushuaia
A(C de la PrldCflClC
Las Islas Malvinas, Georiasy Sandwich dei Sur, sony serán Atgentinas
Ushuaia, 26 de septiembre de 2016
Año XXVI - N° 102/2016
Provincia de Tierra del Fuego
Antártida e Islas del Atlántico Sur
=Repóblica Argentina
Municipalidad de Ushuaia
página 49
“2016- Alío del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional”
USHUAIA,
23 SEP 2016
VISTO el expediente N° CD-6065/2016 del registro de esta Municipalidad; y
CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo tramita la promulgación de la Ordenanza Municipal sancionada
por el Concejo Deliberante de esta ciudad, en sesión ordinaria del día 01/09/2016, por medio
de la cual se requiere al Departamento ejecutivo Municipal que proceda a la colocación de una
placa alusiva al último puerto desde el cual zarpó el crucero ARA General Belgrano el 24 de
abril de 1982; en proximidad a la salida del muelle militar, que corre como Anexo 1 a la misma,
que contenga una imagen de aquel histórico momento y una reseña histórica del buque de
guerra e incluir una placa alusiva al listado de tripulantes que como Anexo II corre agregada a la
misma.
Que ha tomado la intervención pertinente el Servicio Jurídico Permanente de esta
Municipalidad emitiendo el Dictamen S.L yT N°
/2016,’écomendado su promulgación.
Que el suscripto comparte el criterio sustentado por ese Servicio Jurídico,
encontrándose facultado para el dictado del presente acto administrativo, en atención a las
prescripciones de los artículos 152 inciso 3) de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad de
Ushuaia.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
D EC RETA
ARTICULO 1°.- Promulgar la Ordenanza Municipal N°
5 1 0 6,
sancionada por el Concejo
Deliberante de la ciudad de Ushuaia en sesión ordinaria del día 01/09/2016, por medio de
la cual se requiere al Departamento ejecutivo Municipal que proceda a la colocación de una
placa alusiva al último puerto desde el cual zarpó el crucero ARA General Belgrano el 24 de
abril de 1982; en proximidad a la salida del muelle militar, que corre como Anexo 1 a la misma,
que contenga una imagen de aquel historico momento y una reseña historica del buque de
guerra e incluir una placa alusiva al listado de tripulantes que como Anexo II corre agregada a la
misma. Ello, en virtud de lo expresado en el exordio.
ARTICULO 2°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia. Cumplido,
archivar.
DECRETO MUNICIPAL N°
J 352
/2016.
“Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, son y serán Argentinas”
Ushuaia, 26 de septiembre de 2016
Año XXVI - N° 102/2016
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USHUAIA
CÇINCFJO DLIIERÁNT
Concejo fDeiberante
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de la Independencia Nacional.”
“Año del Bicentenario de la Declaración
9/1992
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soberanía sobre las Islas.
do de los tripulantes que como
30•
INCLUIR en la placa alusiva el lista
ARTiCULO
Anexo II corre en la presente.
para su
artamento Ejecutivo Municipal
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Municipal para su publicación y AR
promulgación. Dar al Boletín Oficial
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ORDENANZA MUNICIPAL N°
ARIA DE FECHA 01/09/2016.SANCIONADA EN SESIÓN ORDIN
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LegislatIvo
Vcepresjdente 22
Concejo Deliberante de Uhua
A/C de la Presidencia
wich del Sur, sony serán Atgentinas
Las Islas Malvinas, Georiasj Sand
Año XXVI - N° 102/2016
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Año XXVI - N° 102/2016
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“Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacioal.j
ANEXO II.----------——
ORDENANZA N°
E.
•
FERREYRA, Rafael Darío;
•
AVALOS, Raúl Osvaldo;
•
CORDOBA, Julio Ernesto;
•
CATANEO, Orlando Salvador;
•
BATTIATO, Carlos Romelio;
•
MORA, Edgar Fabián;
•
VERA, Juan Roberto;
•
ROMERO, Roberto Isaías;
•
CABAN1LLA, Alberto Omar;
•
VALDEZ, Juan Carlos;
•
RAMIREZ, Daniel.
Sikiio BOCCHICCHIO
/
ALEJJ)NDJi?6 I3EROLA
Vkepresidente 2
Secretario Legislativo
Concejo Deliberante de Ushuaia
A/C do la Presidencia
CÓnceJnbejIberante Ushuaj
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CONCEJO DELIDERANTE
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Las Islas Malvinas, Geoiasy Sandwich del Sur, sonj serán Agentinas
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Ushuaia, 26 de septiembre de 2016
Año XXVI - N° 102/2016
Provincia de Tierra del Fuego
Antártida e Islas del Atlántico Sur
“Repáblica Argentina=
Municipalidad de Ushuaia
página 53
“2016— Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional”
USH UAIA,
23SEP 2h16
VISTO el expediente C.G. N° 558012016, del registro de esta 1unicipalidad; y
CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo tramita la renuncia presentada por el empleado municipal de
la Planta de Personal Permanente, Grado “1”, Jorge Alberto ROLANDO, D.N.l. N° 10.472.836,
Legajo N° 2059, dependiente de la Dirección de Urbanismo, por acogerse al beneficio de la
Jubilación Ordinaria.
Que dicho beneficio le ha sido concedido mediante Disposición de Presidencia N°
1224/2016, del Instituto Provincial Autárquico Unificado de Seguridad Social, obrante a fs. 2 y 2 vta..
Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 2° de la Disposición referenciada, el
mencionado empleado accederá al beneficio previsional, una vez acreditada la aceptación de la
renuncia.
Que según consta a fs. 7 el empleado citado no se encuentra bajo Instrucción
Sumaria alguna.
Que a fs. 10 vta, obra conformidad de la señora Secretaria de Hábitat y Ordenamiento
Territorial.
Que a fs. 12 obra el Formulario de Libre Deuda debidamente cumplimentado.
Que a fs. 13 obra el correspondiente Certificado de Egreso.
Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto
administrativo, de conformidad con las atribuciones establecidas en el artículo 152 incisos 1) y 5) de
la Carta Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
DE CRETA
ARTÍCULO 1°.- Aceptar la renuncia presentada a esta Repartición por el empleado municipal de la
Planta de Personal Permanente, Grado “1”, Jorge Alberto ROLANDO, D.N.I. N° 10.472.836, Legajo
N° 2059, dependiente de la Dirección de Urbanismo, a partir del día siguiente de la notificación del
presente, por acogerse al beneficio de la Jubilación Ordinaria. Ello, en virtud de lo expresado en el
exordio.
ARTÍCULO 2°.- Notificar al interesado y al Instituto Provincial Autárquico Unificado de Seguridad
Social -l.P.A.U.S.S.- con copia autenticada del presente.
ARTÍCULO 3°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia para su
publicación. Cumplido, archivar.
DECRETO MUNICIPAL N°
1 3 53
/2016.
mcc
SP\JsUaa
de 1Jshwi
“Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, son y serán Argentinas”
Ushuaia, 26 de septiembre de 2016
Año XXVI - N° 102/2016
página 54
1 35
Provincia de lierra del Fuego,
Antártida e Islas dci Atlántico Sur
1?epúbIiLv Irgenhina
r’i unicipal idad de Ushuaia
“2016
Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional”
USHUAIA,
23 SE? 2Ü1
VISTO el expediente SG1998312015 del registro de ésta Municipalidad; y
CON SI DE RAN DO:
Que mediante el mismo tramita el Contrato de Locación de Servicio celebrado el día uno
(01) de Septiembre de 2016, entre la Municipalidad de Ushuaia, representada por la señora
Secretaria de Economía y Finanzas, C.P.N. Andrea Fabiana ONTORIA, D.N.I. N° 22.885.647, y
la señora Mariana del Rosario BURGOS, D.N.l. N° 21,665.501, a efectos de que la misma
preste servicios de notificador, y selección de los métodos y procedimientos para la recopilación
de datos: observación, consulta, cuestionarios, entrevista, estadística, de acuerdo a la demanda
del área y objetivos de la misma, en el ámbito de la Subsecretaría de Asuntos Políticos y
Relaciones con la Comunidad, con un total de treinta y cinco (35) horas semanales
Que la citada contratación se encuentra en el artículo 110, inciso d), apartado 1), de la
Ordenanza Municipal N° 3693 (de Administración Financiera y Contrataciones), modificada por
Ordenanza Municipal N° 4602, anexo 1 del Decreto Municipal 1255/2013 y por el artículo 1251 y
concordantes del Código Civil y Comercial.
Que corre anexada y forma parte integrante del presente Decreto Municipal, copia
autenticada del contrato registrado bajo el N° 10732, correspondiendo su aprobación.
Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal,
conforme a lo establecido en el artículo 152, inciso 1) y 32), de la Carta Orgánica Municipal de
la Ciudad de Ushuaia.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
DECRETA
ARTICULO 1°: Aprobar el Contrato de Locación de Servicio, registrado bajo el N° 10732, cuya
copia autenticada se adjunta y forma parte del presente, celebrado el día uno (01) de
Septiembre de 2016, entre la Municipalidad de Ushuaia, representada por la señora Secretaria
de Economía y Finanzas, C.P.N. Andrea Fabiana ONTORIA, D.N.l. N° 22.885.647, y la señora
Mariana del Rosario BURGOS, D.N.I. N° 21.665.501. Ello por los motivos expuestos en el
exordio.
ARTICULO 2°: Notificar a los interesados con copia autenticada del presente.
ARTÍCULO 3°: El gasto que demande el cumplimiento del presente deberá imputarse, con
cargo titular presupuestario: Secretaría de Gobierno, Partida 13.
ARTICULO 4°: Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia para su
publicación. Cumplido, archivar.
DECRETO MUNICIPAL N°
1 3
/016.-
“Municipalidad de Ushuaia/
‘LAS ISLAS MALVINAS, GEOI?GIAS Y SAIVDWINCH DEL SU!?,
Ushuaia, 26 de septiembre de 2016
Provincia de lici i del Fuego
Antártida, e Islas del Atlántico Sur
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Año XXVI - N° 102/2016
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“2016 --Año del Bicentenario de la Declaración de la lndependenci Nacional”
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CONTRATO DE LOCACIÓN DE
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Director Técnic
Secretaria Legal ynca--—---—
Entre la Municipalidad de Ushuaia, representada en ete[?a&
de Economía y Frinanzas, Andrea Fabiana ONTORIA, D.N.I. N° 22.885.647, con domicilio en
la calle Arturo Coronado N° 486, de la ciudad de Ushuaia, ad-referéndum del Sr. Intendente
Municipal, en adelante LA MUNICIPALIDAD, por una parte; y por la otra la Sra. Mariana del
Rosario BURGOS, D.N.I. N° 21.665.501, con domicilio en Barrio Albatros casa N° 22, de la
ciudad de Ushuaia, en adelante EL CONTRATADO, convienen en celebrar el presente
Contrato de Locación de Servicios, de acuerdo a las siguientes cláusulas:
PRIMERA: LA MUNICIPALIDAD contrata los servicios del CONTRATADO a efectos de
realizar tareas de notificador, y selección de los métodos y procedimientos para la
recopilación de datos: observación, consulta, cuestionarios, entrevista, estadística, de
acuerdo a la demanda del área y objetivos de la misma, con una carga horaria de treinta y
cinco (35) horas semanales, de lunes a viernes, en el horario de 08:30 a 15:30 hs., en la
Subsecretaría de Asuntos Políticos y Relaciones con la Comunidad, dependiente de la
Secretaria de Gobierno.
SEGUNDA: El presente contrato se formaliza a partir del día uno (01) de Septiembre de 2016,
operando su vencimiento el veintiocho (28) de Febrero de 2017, inclusive.
TERCERA: Se acuerda en concepto de honorarios por la labor que se contrata la suma total
de PESOS NOVENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS CON 00/100 ($ 98.400,00)
pagaderas de la siguiente manera: seis (6) cuotas de PESOS DIECISEIS MIL
CUATROCIENTOS CON 00/100
( $ 16.400,00) por los meses de Septiembre, Octubre,
Noviembre, Diciembre de 2016 y Enero, Febrero de 2017, cuyos pagos se efectivizar án del
1° al 150 día de cada mes vencido, debiendo EL CONTRATADO otorgar el pertinente recibo o
factura a favor de la MUNICIPALIDAD.
CUARTA: EL CONTRATADO con la presentación de la correspondiente fáctura yio recibo
deberá adjuntar el Certificado de Cumplimiento Fiscal Regular emitido por la Dirección
General de Rentas de la Provincia; Certificado de Situación Fiscal Regular emitido por la
Dirección General de Rentas Municipal de la totalidad de los bienes que posea y de las
actividades en las que se encuentre inscripto, comprobante de pago de aportes en la
Administración Federal de Ingresos Públicos y seguro de vida, adjuntando copia de la póliza y
ultimo recibo de pago.
QUINTA: La celebración del presente contrato no implica ninuna relación de dependencia
y/o de empleo público, rigiéndose el mismo por las normas de la Ordenanza Municipal N°
3693 (de Administración Financiera y Contrataciones), por el artículo 1251 y concordantes del
Código Civil y Comercial, debiendo asumir EL CONTRATADO las obligaciones fiscales y
previsionales del caso por el desarrollo de su actividad.
SEXTA: Ambas partes podrán rescindir el contrato sin invocación de causa notificando a la
contraria en forma fehaciente con treinta (30) días corridos de antelación, sin que gere
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Las Islas Malvinas, 6 eoi-gías y Sandwich del Sm; sony serán argentinos’.
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Ushuaia, 26 de septiembre de 2016
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Año XXVI - N° 102/2016
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derecho o reclamo alguno.
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SPTlMA: Ante cualquier divergencia que pudiera surgir en la lntérpretáción y/o ejecuciúrrctel
presente contrato, ambas partes se someten exclusivamente a la jurisdicción de los
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Tribunales Ordinarios de la ciudad de Ushuaia, renunciando a cualquier otro fuero o
jurisdicción, constituyendo domicilio LA MUNICIPALIDAD y EL CONTRATADO en los
indicados en el encabezamiento, donde serán válidas todas las notificaciones extrajudiciales y
judiciales que se cursen, salvo cambio de domicilio notificado a la otra por un medio
fehaciente.
En prueba de conformidad las partes suscriben tres (3) ejemplares de un mismo tenor
y a un solo efecto, en la ciudad de Ushuaia al día uno (01) dias del mes de Septiembre de
2016.
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Administrativa Leg. N 2924
Subsec Asuntos P011tico y
Relaciones con la Comunidad
Muiu3pahdad de Ushuaia
Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Su,; son y serán argentinas”
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SINDICATURA GENERAL MUNICIPAL
DE LA CIUDAD DE USHUAIA
“2016-Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional”
USHUAIA,
05 SU 2016
VISTO el Expediente S.M. N° 0060/20 16 de la Sindicatura General Municipal, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo se tramita la renovación de la contratación de servicio de
jurisprudencia, doctrina y fallos a solicitud de la Vocalía Legal quien a puesto de manifiesto la
necesidad de continuar con un servicio de esta naturaleza para el normal funcionamiento de la
Sindicatura General.
Que a través del Expediente N° SM-0023/2015, se han solicitado presupuestos a
diferentes firmas del rubro, cuyas ofertas obran desde fojas 9 a 36.
Que se han vuelto a recibir las propuestas y evaluadas las mismas en el expediente del
Visto, de fojas 1 a 4, sigue resultando conveniente la especificidad en la materia de Derecho
Administrativo y Función Pública.
Que a fojas 2 obra que el monto anual de renovación de la suscripción asciende a Pesos
NUEVE MIL NOVENTA Y TRES con 00/100 ($ 9.093,00)
Que se cuenta con saldo en la partida presupuestaria para afrontar el presente gasto.
Que la presente erogación se encuadra en el Artículo 1100, inciso d), apartado 10 de la
Ordenanza Municipal N° 3693 promulgada por Decreto Municipal N° 239/2010, Resolución
Presidencia N° 1/2013 y Anexo 1 del decreto Municipal N° 1255/2013.
Que la suscripta se encuentra facultada para el dictado del presente instrumento legal,
conforme a lo establecido en el Artículo 27 de la OM N° 3455 y Resolución Plenaria N°
0042/2015.
Por ello:
LA PRESIDENTE DE LA
SINDICATURA GENERAL MUNICIPAL
RESUELVE:
ARTICULO 1°.- Autorizar la renovación de la contratación directa de la firma Ediciones Rap S.A
por un monto anual de suscripción de Pesos NUEVE MIL NOVENTA Y TRES con 00/100 ($
9.093,00). Ello por los motivos expuestos en el exordio.
ARTICULO 2°.-Autorizar a la Secretaria Privada del Cuerpo Plenario de Miembros a emitir la
correspondiente Orden de Compra.
ARTICULO 30 Imputar el gasto que demande el cumplimiento de la presente a la partida 13.
ARTICULO 4°.-Registrar. Comunicar. Publicar en el Boletín Oficial Municipal. Cumplido,
archivar.
4f
RESOLUCIÓN PRESIDENCIA S.G.M.N°
-.
/20 16
Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur son y serán Argentinas.
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“201 6-Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional”
Ushuaia,
07 SEP 2016
VISTO el Expediente S.M. N° 0001/2016 de la Sindicatura General
Municipal; y
CONSIDERANDO:
Que a través del Expediente citado en el visto se tramita el pago del alquiler
de las Oficinas de la Sindicatura para el período 2.016.
Que a través de la Resolución de Presidencia S.G.M N° 47/20 14 se autorizó y
se adjudicó la Contratación Directa con la finna IMI Constructora SRL, por la
suma de Pesos Setecientos Cincuenta y Dos Mil Seiscientos Diez con 00/100 ($
752.610,00) por el alquiler de las Oficinas ubicadas en Gobernador Paz N° 220
Oficinas 1, 2 y 3 por el término de treinta y seis (36) meses.
Que mediante el expediente del visto se tramita la aprobación del gasto
correspondiente al alquiler del mes de Septiembre de 2016, según Factura “B” N°
0002-0000 1397 a favor de IMI Constructora S.R.L. por un monto de Pesos
VEINTItJN MIL SETECIENTOS NOVENTA Y TRES con 00/100 ($ 21.793,00)
según clausula tercera del Contrato de Locación registro SGM N° 04/2014.
Que asimismo en el expediente del visto se tramita la aprobación del gasto
correspondiente a los Gastos Administrativos por el período 09 de 2.016 a favor de
AONIKENK Propiedades de Jorge H. Morón en la suma de Pesos CIENTO
CINCUENTA Y DOS con 00/100 ($ 152,00) en cumplimiento de la Cláusula sexta
del contrato mencionado, según Factura “B” N° 0008-00004510.
Que la presente erogación se encuadra en el Artículo 110, inc. d y apartado 4
de la Ordenanza Municipal N° 3.693, promulgada por Decreto Municipal N°
239/2010 y en el Jurisdiccional aprobado por Resolución Presidencia SGM N°
01/2013.
Que la suscripta se encuentra facultada para el dictado del presente
instrumento legal conforme lo establecido en el artículo 204 de la Carta Orgánica
Municipal de la ciudad de Ushuaia, en el artículo 27 de la O.M. N° 3455 y la
Resolución Plenaria SGM N° 42/2015.
POR ELLO:
LA PRESIDENTE DE LA
SINDICATURA GENERAL MUNICIPAL
RESUELVE:
ARTICULO 1°.- APROBAR el gasto y ORDENAR el pago por la suma de Pesos
VEINTIUN MIL SETECIENTOS NOVENTA Y TRES con 00/100 ($ 21.793,00),
correspondiente al alquiler del mes de Septiembre de 2016, según Factura “B” N°
0002-00001397 a favor de IMI Constructora S.R.L. Ello por los motivos expuestos
en el exordio.
ARTICULO 2°:- APROBAR el gasto y ORDENAR el pago por la suma de Pesos
CIENTO CINCUENTA Y DOS CON 00/100 ($ 152,00), en concepto de Gastos
Administrativos por el período 09 de 2.016, estipulados en el contrato de locación
de las Oficinas de SGM, según Factura “B” N° 0008-00004510, a favor de
AONIKENK Propiedades de Jorge H. Morón, por los motivos expuestos en los
considerandos.
ARTICULO 3°.- IMPUTAR las sumas indicadas en los artículos 1° y 2° con cargo
a la partida presupuestaria 13 del responsable presupuestario SGM.
1/1.2.
Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur son y serán Argentinas.
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r
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Antártida e Islas del Atlántico Sur
MUNICIPALIDAD DE USHUAIA
SiNDICATURA GENERAL MUNICIPAL
DE LA CIUDAD DE USHUAIA
“2016-Año del Bicentenario de la Declaración de Ja Independencia Nacional”
-
-
111.2.
ARTICULO 4°.- COMUNICAR, dar al Boletín oficial de la Municipalidad de
Ushuaia. Cumplido, archivar.
11 g
/2016
N°
SGM
PRESIDENCIA
RESOLUCION
—
Santana
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Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur son y serán Argentinas.
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“2016-Año del Bicentenario de la Declaración de la independencia Nacional’
Ushuaia,
07 SEP 7016
VISTO el Expediente S.M. N° 0049/20 16 de la Sindicatura General
Municipal; y
CONSIDERANDO:
Que a través del Expediente citado en el visto se tramita la incorporación de
fondos para el año 2016, por parte del Ejecutivo Municipal a la Sindicatura General
Municipal, asignados como “Erogación Figurativa”, aprobados por Decreto
Municipal N° 01/2016.
Que a fs. 13 y 14 obra copia autenticada de la Resolución S.E.yF. N°
1703/20 16 mediante la cual se autorizó la transferencia de fondos a la Sindicatura
General Municipal, en concepto de pago correspondiente a las erogaciones
figurativas de los meses de Febrero y Marzo de 2016, por la suma de PESOS
DOSCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL QUINIENTOS OCHENTA’Y UNO CON
16/100 ($ 292.581,16) mensuales, totalizando la suma de PESOS QUINIENTOS
OCHENTA Y CINCO MIL CIENTO SESENTA Y DOS CON 32/100 ($
585.162,32), tal lo solicitado por la Presidencia de este Organismo mediante Notas
N° 24 y 32 Letra: SGM-P.
Que asimismo, a fs. 12 obra detalle de transferencia parcial de fecha
24/08/2016, por un importe total de PESOS DOSCIENTOS NOVENTA Y DOS
MIL QUINIENTOS OCHENTA Y UNO CON 16/100 ($292.581,16), por lo que de
acuerdo a lo establecido por el inciso 1) del artículo 32 de la Ordenanza Municipal
N° 3693, corresponde realizar el registro presupuestario del ingreso de dichos
fondos.
Que la suscripta se encuentra facultada para el dictado del presente
instrumento legal conforme lo establecido en el artículo 204 de la Carta Orgánica
Municipal de la ciudad de Ushuaia, en el artículo 27 de la O.M. N° 3455 y la
Resolución Plenaria SGM N° 42/2015.
POR ELLO:
LA PRESIDENTE DE LA
SINDICATURA GENERAL MUNICIPAL
RESUELVE:
ARTICULO 1°.- APROBAR el ingreso proveniente de la transferencia de fondos
de fecha 24/08/2016 por la suma de PESOS DOSCIENTOS NOVENTA Y DOS
MIL QUINIENTOS OCHENTA Y UNO CON 16/100 ($ 292.581,16) a favor de la
Sindicatura General Municipal, realizada por la Secretaria de Economía y Finanzas
de la Municipalidad de Ushuaia, en concepto de pago de Contribuciones
Figurativas correspondientes al mes de Febrero de 2016, a la cuenta corriente N°
00000204987-00 del Banco de Tierra del Fuego, Titular Sindicatura General
Municipal, por las razones expuestas en el exordio.
ARTICULO 2°:- IMPUTAR presupuestariamente en la partida “Contribuciones
Figurativas” el ingreso aprobado en el artículo precedente, al presente ejercicio.
ARTICULO 3°.- REGISTRAR. Comunicar. Publicar en el Boletín Oficial
Municipal. Cumplido, Archivar.
120
RESOLUCION PRESIDENCIA SGM N°
/2016
Santana
Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur son y serán
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Antártida e Islas del Atiantico Sur
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SINDICATURA GENERAL MUNICIPAL
DE LA CIUDAD DE USHUAIA
“2016—Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional”
USHUAIA,
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VISTO el Expediente S.M. N° 002/20 16 de la Sindicatura General Municipal, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo se tramita el pago de facturas a favor de la Dirección Provincial
de
Energía por el servicio de energía eléctrica en las nuevas oficinas de la Sindicatura.
Que se ha recibido la factura “W’ N° 0004-00783965 de la Dirección Provincial de Energía
correspondiente al servicio en cuestión del período de facturación 08/2016 por un importe total de
PESOS UN MIL QUINIENTOS OCHENTA Y UNO CON 58/100
($ 1.581,58), cuyo vencimiento
opera el 15/09/2016.
Que la presente erogación se encuadra en el Artículo 110°, inciso d),’ apartado 2) de la
Ordenanza Municipal N° 3693 promulgada por Decreto Municipal N° 239/2010, Resolución
Presidencia N° 1/2013 y Anexo 1 del decreto Municipal N° 1255/2013.
Que la suscripta se encuentra facultada para el dictado del presente instrumento legal,
conforme a lo establecido en el Artículo 27 de la OM N° 3455 y Resolución Plenaria SGM N°
42/2015.
Por ello:
LA PRESIDENTE
DE LA SINDICATURA GENERAL MUNICIPAL
RESUELVE:
ARTICULO 1°.- Aprobar el gasto por la suma total de PESOS UN MIL QUINIENTOS OCHENTA
Y UNO CON 58/100 ($1.581,58), correspondiente a la factura mensual de la Dirección Provincial
de Energía por el período 08/20 16. Ello por los motivos expuestos en el exordio.
ARTICULO 2°.- Autorizar el pago de la Factura “B” N° 0004-00783965” a la Dirección Provincial
de Energía por la suma total de PESOS UN MIL QUINIENTOS OCHENTA Y UNO CON
58/100
($ 1.581,58), cuyo vencimiento opera el 15/09/2016 por el servicio de energía eléctrica del
período 08/20 16 mediante cheque bancario.
ARTICULO 3°.- Imputar la suma mencionada en los artículos precedentes a la partida 13.
ARTICULO 4°.- Registrar. Comunicar. Publicar en el Boletín Oficial Municipal. Cumplido,
archivar.
121
RESOLUCIÓN PRESIDENCIA S.G.M.N°
—
/2(516
Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur son y serán Argentinas,
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VISTO: el Decreto Municipal N° 960/2016 y la Resolución Presidencia SGM
N°001/2016;y
CONSIDERANDO:
Que mediante el decreto mencionado en el Visto se incrementaron los recursos
del Ejecutivo Municipal, previstos por la aplicación de la Ordenanza Municipal N°
5069 al Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos 2016, que fuera aprobado por el
Decreto Municipal N° 001/2016 y modificado por Decreto Municipal N° 063/2016.
Que en el Anexo II del decreto del Visto, se fija la distribución administrativa
de los créditos presupuestarios a los distintos responsables, asignando a la Sindicatura
General Municipal, la suma de Pesos Tres Millones Ochocientos Diez Mil
Novecientos Setenta y Cuatro con 00/100 ($ 3.810.974,00) dentro de la Partida 91
Erogaciones Figurativas del Ejecutivo Municipal.
Que en consecuencia por Decreto Municipal N° 960/2016, se ha incrementado
en la suma de PESOS TRESCIENTOS MIL CON 00/100 ($ 300.000.-) la Partida 91
Erogaciones Figurativas
SGM respecto al aprobado por Decreto Municipal N°
001/2016.
Que en consecuencia, corresponde sustituir el Anexo 1 de la Resolución
Presidencia SGM N° 001/2016, aumentando las erogaciones y recursos previstos en la
suma de PESOS TRESCIENTOS MIL CON 00/100 ($ 300.000.-).
Que asimismo corresponde distribuir el crédito asignado.
Que la suscripta se encuentra facultada para el dictado del presente acto
administrativo de conformidad con el art. 27 de la Ordenanza Municipal N° 3455 y
Resolución Plenaria SGM N° 042/20 15.
—
—
—
Por ello:
LA PRESIDENTE DE LA
SINDICATURA GENERAL MUNICIPAL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1
INCREMENTAR los recursos previstos conforme al Decreto
Municipal N° 960/2016 en la suma de PESOS TRESCIENTOS MIL CON 00/100 ( $
300.000.-).
ARTICULO 2°.- AUMENTAR el gasto del Presupuesto de Gastos y Cálculo de
Recursos 2016, aprobado por la Resolución Presidencia SGM N° 001/2016, por un
importe total de PESOS TRESCIENTOS MIL ($ 300.000.-).
ARTICULO 3°.- APROBAR la distribución administrativa de créditos, conforme el
Anexo 1, que forma parte de la presente. Ello, por los motivos expuestos en los
considerandos.
ARTICULO 4°.- SUSTITUIR el Anexo 1 de la Resolución Presidencia SGM N°
001/2016, por el aprobado en la presente.
ARTICULO 5°.- Registrar. Comunicar al Personal de la Sindicatura General
Municipal. Publicar en el Boletín Oficial Municipal. Cumplido. Archi&ar.
RESOLUCIÓN PRESIDENCIA S.G.M. N°1 22 -/2O16
Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur son y serán Argentinas.
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ANEXO 1-ALARESOLUCIÓN PRESIDENCIA S.GM. N°17?
12W16
FINALIDAD
ADMINISTRACIÓN LEGISLATIVA Y CONTROL
ACTIVIDAD
EJERCER EL CONTROL EXTERNO
RECONDUCIDO PRESUPUESTO 2016
GASTOS:
Tipo de Gasto
PARTIDA
Bienes de Consumo
12
Servicios
BienesdeCapital
RESO. PRES.
PRESUPUESTO
Aumento
Disminución
$ 132.750,00
$
$
13
$ 3.291.096,00
$ 300.000,00
51
$87.128,00
$-
$-
$87.128,00
$ 300.000,00
$-
$ 3.810.974,00
SGM N° 01/2016
$ 3.510.974,00
TOTAL EROGACIONES
-
$
-
-
ACTUAL 2016
$ 132.750,00
$ 3.591.096,00
RECURSOS:
Tipo de
PARTIDA
INGRESO
Contribuciones
91
RESO. PRES.
Aumento Dto.
SGM N° 01/2016
Mun. N° 960/16
$ 3.510.974,00
$ 300.000,00
$
$ 3.510.974,00
$ 300.000,00
$-
Disminución
PRESUPUESTO
ACTUAL 2016
-
$ 3.810.974,00
Figurativas
TOTAL INGRESOS
Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur son y serán Argentinas.
$ 3.810.974,00
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-
USHUAIA,
12 SE 2D1S
VISTO el Expediente S.M. N° 0060/2016 de la Sindicatura General Municipal, la
Resolución de Presidencia SGM N° 118/2016; y
CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo se tramita la renovación de la contratación de servicio de
jurisprudencia, doctrina y fallos a solicitud de la Vocalía Legal quien a puesto de manifiesto la
necesidad de contar con un servicio de esta naturaleza para el normal funcionamiento de la
Sindicatura General.
Que mediante la Resolución de Presidencia del visto se ha autorizado la renovación de la
contratación del servicio que nos brinda EDICIONES RAP SA cuyo monto de suscripción anual
asciende a Pesos NUEVE MIL NOVENTA Y TRES con 00/100 ($ 9.093,00).
Que asimismo, mediante el expediente del visto se tramita el pago de la’ factura “W N°
0004-00000354 por un monto de PESOS NUEVE MIL NOVENTA Y TRES 00/100 ($ 9.093,00)
a favor de EDICIONES RAP SA por la suscripción anual Edición Gráfica XXXIX N° 457 al 468
inclusive de Revista Argentina del Régimen de la Administración Pública RAP y enlace a sitio
web con 500 créditos electrónicos cuyo servicio se encuentra habilitado para su consulta, sumado
a la provisión de un ejemplar del libro “El derecho administrativo en perspectiva” Tomos 1 y II.
Que se cuenta con saldo en la partida presupuestaria para afrontar el presente gasto.
Que la presente erogación se encuadra en el Artículo 1100, inciso d), apartado 10 de la
Ordenanza Municipal N° 3693 promulgada por Decreto Municipal N° 239/2010, Resolución
Presidencia N° 1/2013 y Anexo 1 del decreto Municipal N° 1255/2013.
Que la suscripta se encuentra facultada para el dictado del presente instrumento legal,
conforme a lo establecido en el Artículo 27 de la OM N° 3455 y Resolución Plenaria N°
0042/2015.
Por ello:
LA PRESIDENTE DE LA
SINDICATURA GENERAL MUNICIPAL
RESUELVE:
ARTICULO 1°.- Aprobar el gasto por la suma de PESOS NUEVE MIL NOVENTA Y TRES con
00/100 ($ 9.093,00) a favor de EDICIONES RAP SA, por los motivos expuestos en el exordio.
ARTICULO 2°.- Autorizar y aprobar el pago de la factura “B” N° 0004-00000354 por un mqnto
de PESOS NUEVE MIL NOVENTA Y TRES con 00/100 ($ 9.093,00) a favor de EDICIONES
RAP SA, mediante transferencia bancaria a su orden. Ello por los motivos expuestos en el
exordio.
ARTICULO 3°.- Dar por cumplida la Orden de CompraN° 07/2016.
ARTICULO 4°.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento de la presente a la partida 13 del
ejercicio presupuestario vigente.
ARTICULO 5°. Registrar. Comunicar. Publicar en el Boletín Oficial Municipal. Cumplido,
archivar.
-
-
RESOLUCIÓN PRESIDENCIA S.G.M.N°
/2016.
Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur son y serán Argentinas.
Ushuaia, 26 de septiembre de 2016
Año XXVI - N° 102/2016
Provincia de Tierra del Fuego
Antártida e Islas del Atlántico Sur
MUNICIPALIDAD DE USHUAIA
página 65
SINDICATURA GENERAL MUNICIPAL
DE LA CIUDAD DE USHUAIA
“2016 Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional”
-
USHUAIA,
12 S[P 2J16
VISTO el Expediente S.M. N° 0006/2016 de la Sindicatura General Municipal, la
Resolución de Presidencia SGM N° 014/2016, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo se tramita el pago del servicio de alquiler de fotocopiadora para el
normal funcionamiento de la Sindicatura General.
Que mediante la Resolución de Presidencia SGM N° 43/2015, se ha autorizado la
contratación del servicio que brinda la firma NEWXER SA por la suma total de PESOS
TREINTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS SETENTA Y DOS CON 00/100 ($ 39.672,00) a
razón de un valor mensual fijo para los primeros doce meses de PESOS UN MIL QUINIENTOS
TRES CON 00/100 ($1.503,00) que incluye 2000 copias/impresiones y un valor por copia
excedente de PESOS CINCUENTA Y NUEVE CENTAVOS ($ 0,59), actualiza’ndo esos valores
a partir del 15 de mayo de 2016 a PESOS UN MIL OCHOCIENTOS TRES ( $1.803,00)
incluyendo 2000 copias/impresiones y un valor por copia excedente de PESOS SETENTA
CENTAVOS ($ 0,70), emitiéndose a tal fin la Orden de Compra N° 08/2015.
Que asimismo, mediante el expediente del visto se tramita el pago de la factura ‘B” N°
0206L000021 11 por un monto total de PESOS TRES MIL QUINIENTOS TREINTA Y NUEVE
CON 00/100 ($ 3.539,00) a favor de NEWXER SA en concepto de alquiler del mes de Agosto
2016, con más el excedente de dos mil cuatrocientas ochenta (2480) copias.
Que la presente erogación se encuadra en el Artículo 1100, inciso d), apartado 1) de la
Ordenanza Municipal N° 3693 promulgada por Decreto Municipal N° 239/2010, Resolución
Presidencia N° 1/2013 y Anexo 1 del decreto Municipal N° 1255/2013.
Que la suscripta se encuentra facultada para el dictado del presente instrumento legal,
conforme a lo establecido en el Artículo 27 de la OM N° 3455 y Resolución Plenaria N°
0042/2015.
Por ello:
LA PRESIDENTE DE LA
SINDICATURA GENERAL MUNICIPAL
RESUELVE:
ARTICULO 1°.- Aprobar el gasto por la suma de PESOS TRES MIL QUINIENTOS TREINTA
Y NUEVE CON 00/100 ($ 3.539,00) a favor de NEWXER SA, por los motivos expuestos en el
exordio.
ARTICULO 2°.- Autorizar y aprobar el pago de la factura ‘B” N° 0206-00002111 por un monto
de PESOS TRES MIL QUINIENTOS TREINTAYNUEVE CON 00/100 ($ 3.539,00) a favor de
NEWXER SA mediante cheque bancario. Ello por los motivos expuestos en el exordio.
ARTICULO 30• Imputar el gasto que demande el cumplimiento de la presente a la partida 13 del
ejercicio presupuestario vigente.
ARTICULO 4°.-Registrar. Comunicar. Publicar en el Boletín Oficial Municipal. Cumplido,
archivar.
i2’
RESOLUCIÓN PRESIDENCIA S.G.M.N°
LAi
—
/20l6
Municipal
Las islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur son y serán Argenfinas.
•
•...••..•...•.....*.
Ushuaia,
26 de septiembre de 2016
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Antártida e Islas del Atlántico Sur
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página 66
SINDICATURA GENERAL MUNICIPAL
DE LA CIUDAD DE USHUAIA
“2016 Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional”
-
USHUAIA,
16 SEP 2016
VISTO el expediente S.M. N° 0005/2016 de la Sindicatura General Municipal, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo se tramita el pago de facturas a favor de la Empresa Telefónica de
Argentina S.A. por el servicio de Telefonía e Internet de Banda Ancha de las oficinas donde
funciona la Sindicatura General Municipal.
Que se ha recibido la factura N° 947243811189934061000120160906 de Telefónica de
Argentina S.A correspondiente al servicio en cuestión por un importe total de PESOS
SETECIENTOS CiNCUENTA Y TRES CON 45/100
($ 753,45), cuyo vencimiento opera el
28/09/2016.
Que la presente erogación se encuadra en el Artículo 1100, inciso d), apartado 2) de la
Ordenanza Municipal N° 3693 promulgada por Decreto Municipal N° 239/2010, Resolución
Presidencia N° 1/2013 y Anexo 1 del decreto Municipal N° 1255/2013.
Que la suscripta se encuentra facultada para el dictado del presente acto administrativo,
conforme a lo establecido en el Artículo 27 de la OM N° 3455 y Resolución Plenaria SGM N°
42/2015.
Por ello:
LA PRESIDENTE DE LA
SINDICATURA GENERAL MUNICIPAL
RESUELVE:
ARTICULO 1°.- Aprobar el gasto por la suma total de PESOS SETECIENTOS CINCUENTA Y
TRES CON 45/100
($ 753,45), correspondiente a la factura mensual de la Empresa Telefónica de
Argentina S.A. por el servicio de Telefonía e Internet de Banda Ancha. Ello por los motivos
expuestos en el exordio.
ARTICULO 2°.- Autorizar el pago de la Factura N° 947243811189934061000120160906 a la
firma Telefónica de Argentina por la suma total de PESOS SETECIENTOS CINCUENTA Y
TRES CON 45/100
($ 753,45), cuyo vencimiento opera el 28/09/2016 por el servicio de
Telefonía e Internet de Banda Ancha mediante cheque a favor del Banco Tierra del Fuego.
ARTICULO
30
Imputar la suma mencionada en los artículos precedentes a la partida 13.
ARTICULO 4°.- Registrar. Comunicar. Publicar en el Boletín Oficial Municipal. Cumplido,
archivar.
RESOLUCIÓN PRESIDENCIA S.GM.N°
125
—
/2016
Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur son y serán Argentinas.
Ushuaia, 26 de septiembre de 2016
Año XXVI - N° 102/2016
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040
Provincia de Tierra del Fuego
Antártida e Islas del Atlántico Sur
MUNICIPALIDAD DE USHUAIA
SINDICATURA GENERAL MUNICIPAL
DE LA CIUDAD DE USHUAIA
2016- AlIo del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional’
Ushuaia, 08 SEP
2016
VISTO: los Artículos 172° y 204°, Inc.
100
de la Carta Orgánica Municipal; y,
CONSIDERANDO:
Que es facultad del Presidente de la Sindicatura General Municipal, acorde a
los establecido en el Artículo 27°, Inciso g) de la Ordenanza Municipal N° 3455:
“Prepara la memoria anual y el proyecto de presupuesto sometiéndolos a la
aprobación del cuerpo “.
Que el proyecto elaborado y presentado por la Vocalía Técnica, según los
lineamientos expuestos por la Presidencia, establece para el ejercicio 2.017, un total
de Erogaciones y Recursos que asciende a la suma de PESOS TREINTA Y TRES
MILLONES DOSCIENTOS VEINTICiNCO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y
CUATRO CON 94/100 ($ 33.225.994,94) y una planta de personal de DIECINUEVE
(19) cargos, acorde al detalle que se adj unta como anexo a la presente.
Que se ha previsto para la Partida 11- Personal, la suma de pesos veintisiete
millones ciento cincuenta y dos mil novecientos noventa y cuatro con 94/100 ($
27.152.994,94); para la Partida 12- Bienes de Consumo, la suma de pesos doscientos
setenta mil con 00/100 ($ 270.000,00); para la Partida 13- Servicios No Personales, la
suma de pesos cinco millones quinientos setenta y cuatro mil cien con 00/100 ($
5.574.100,00); y para la Partida 51- Bienes de Capital la suma de pesos doscientos
veintiocho mil novecientos con 00/100 ($ 228.900,00).
Que la Ordenanza Municipal N° 3455 en su artículo 30° establece: “La
Sindicatura General Municipal se reunirá en acuerdo plenario, con la totalidad de
sus miembros, a los efectos de: Inciso e) Aprobar el proyecto anual de su
presupuesto”
Que el citado proyecto de presupuesto fue puesto a consideración del Cuerpo
Plenario en la Reunión Plenaria del día 01 de Septiembre de 2.016, siendo sometido a
votación, resultando aprobado por unanimidad.
Que como Anexos 1 y II se adj unta el Proyecto de Presupuesto de Erogaciones
y Recursos de la Sindicatura General Municipal para el año 2017.
Que el Síndico Ingeniero Martín MOREYRA, se encuentra usufructuando su
descanso invernal, de acuerdo a lo dispuesto en la Resolución Presidencia SGM N°
112/2.016.
Que los suscriptos se encuentran facultados para el dictado del presente acto
administrativo de conformidad con el art. 204 de la Carta Orgánica Municipal y
artículo 30 de la Ordenanza Municipal N° 3455.
Por ello:
LA SINDICATURA GENERAL MUNICIPAL
RESUELVE
ARTÍCULO 1°.- APROBAR el Proyecto de Presupuesto de Erogaciones y Recursos
para el ejercicio del año 2017, por la suma de PESOS TREINTA Y TRES
fl MILLONES DOSCIENTOS VEINTICINCO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y
CUATRO CON 94/100 ($ 33.225.994,94)
y una Planta de Personal de
DIECINUEVE (19) cargos, acorde al detalle que se acompaña como Anexos 1 II /
y
/1/2
)
Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur son y serán Argentinas.
Ushuaia, 26 de septiembre de 2016
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Provincia de Tierra del Fuego
Antártida e Islas del Atlántico Sur
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página 68
SINDICATURA GENERAL MUNICIPAL
DE LA CIUDAD DE USHUAIA
02.O16 Mo del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional”
/11.2.
respectivamente. Ello por los motivos expuestos en los considerandos.
ARTICULO 2°.- REMITIR, con copia certificada de la presente, a la Secretaría de
Economía y Finanzas de la Municipalidad de Ushuaia, conforme lo establecido en el
Artículo 204 inciso 10).- de la Carta Orgánica Municipal.
ARTICULO 3°.- Registrar. Comunicar. /Publicar en el Boletín Oficial Municipal.
Cumplido. Archivar.
J
RESOLUCIÓN PLENARIA SGM N°4
4 0 /2.016
CF’. Marff er Montilla
¡Vo6al
Sindicatura’,Gefleral Municipal
e/Ushuaia
Las islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur son y serán Argentinas.
Ushuaia, 26 de septiembre de 2016
Año XXVI - N° 102/2016
página 69
It
Provincia de Tierra del I’Uego
Antártica e Islas dei Atlántico Sur
MUNICIPAUDAD DE USHUAIA
SINDICATURA GENERAL MUNICIPAL
ANEXO 1- RESOLUCIÓN PLENARIA N
FINALIDAD
ACTIVIDAD
Control
EJERCER EL CONTROL EXTERNO
040
/2016
PRESUPUESTO 2017
GASTOS:
Tipo de Gasto
DESCRIPCIÓN
PERSONAL
BIENES DE CONSUMO
10026
BIENES DE CONSUMO
Bienes de Consumo
10735
PARTIDA
UNIDAD DE
CANTIDAD
11
$
19
repuestos y acc. pi Impresoras, plastificadoras y
articulos libreria varios
12
recarga
5
4.000,00
12
$
1
250.000,00
SERVICIOS
50
pasajes/viaticos/movlildad/afines
13
dias y pasajes
10
SERVICIOS
6588
HonorarIos Profesionales
13
contratO
4
SERVICIOS
6588
Honor. Prof. pi Estudio y proyecto edificio propio
13
Gl.
1
programación software + mantenimiento soft.
13
mes
12
SERVICIOS
SERVICIOS
48
SERVICIOS
5818
alquiler inmuebies/instalaciones/espaclos fisicos
13
mes
12
alquiler de fotocopIadora
13
mes
12
SERVICIOS
luz edificio
13
mes
12
SERVICIOS
gas edificio
13
mes
12
SERVICIOS
agua edificio
13
mes
12
SERVICIOS
telefonla + internet
13
mes
12
SERVICIOS
seguro incendio edificio y/o integral computadoras
13
anual
2
limpieza edificio
13
mensual
12
SERVICIOS
6785
PRESUPUESTADO
REMUNERACIONES Y APORTES
SERVICIOS
Capacitación Personal
13
anual
SERVICIOS
Servicio recarga matafuegos
13
recarga
2
SERVICIOS
Traslados
13
mensuai
12
SERVICIOS
Ceremonial y Protocolo
13
anual
1
SERVICIOS
Publicación y Edictos
13
anual
1
-
1
271S.994,9,
300.000,00
1.680.000,00
450.000,00
1.440.000,00
600.000,00
56.400,00
33.600,00
24.000,00
14.400,00
10.800,00
19.500,00
216.000,00
100.000,00
4. 500,00
36.000,00
30.000,00
25.000,00
360.000,00
2.400,00
7.500,00
144.000,00
20.000,00
$
$
$
$
5.574.100,00
SERVICIOS
Mantenimiento o Reparaciones Generales
13
anual
1
Servicios y comisiones bancarias
13
mensual
12
Carta documento
13
anual
1
Servicio de vigilancia
13
mes
12
Servicio On une Jurisprudencia y Doctrina Legal
13
anual
2
impresora laser bajo/medio rendimiento
51
un.
1
6.500,00
Servidor rackeable
51
un.
1
55.000,00
SERVICIOS
6440
SERVICIOS
SERVICIOS
BIENES DE CAPITAL
4468
BIENES DE CAPITAL
BIENES DE CAPITAL
9803
20.000,00
250.000,00
270.000,00
$
$
450.000,00 $
120.000,00 $
50.000,00 $
4.700,00 $
2.800,00 $
2.000,00 $
1.200,00 $
900,00 $
9.750,00 $
18.000,00 $
100.000,00 $
2.250,00 $
3.000,00 $
30.000,00 $
25.000,00 $
360.000,00 $
200,00 $
7.500,00 $
12.000,00 $
10.000,00 $
30.000,00
420.000,00
SERVICIOS
SERVICIOS
$
$
$
monitor lcd p/oflmatlca
51
un.
5
3.200,00
BIENES DE CAPITAL
pc complete
51
un.
5
9.500,00
it
BIENES DE CAPITAL
UPS
51
un.
3
6.000,00
BIENES DE CAPITAL
Libros
51
01.
1
15.000,00
$
$
BIENES DE CAPITAL
Luces de emergencia / Batanas
51
un.
4
1.500,00
BIENES DE CAPITAL
Bandera de ceremonia (Arg.,TDF, Ush.)
51
un.
3
4.800,00
BIENES DE CAPITAL,
mobiliario
51
Un.
4
6,000,00
BIENES DE CAPITAL
Centrai Telefónica / Placa Central Telef. IP
51.
un.
1
23.500,00
BIENES DE CAPITAL
Matafuegos
51
un.
2
1.500,00
$
$
$
$
$
$
$
Total BIENES
Total Trabajo Publico
TOTAL DEL PRESUPUESTO SIN PERSONAL
TOTAL PRESUPUESTO DEL ORGANISMO
1
6.500,00
55.000,00
16.000,00
47.500,00
18.000,00
15.000,00
6.000,00
14.400,00
24.000,00
23.500,00
3.000,00
228.900,00
—
6.073.000,00
$ 33.225.994,94
RECURSOS:
ICONTRIBUCIONES FIGURATIVAS
(No inluye la Partida de Personal)
.P. Mar esa Montilla
SindIc/Gneral Municipal
$
6.073.000,00
1AA
cg
L’O’jafl SanarIa
Municipal
Sin caturaGefl01
¡
Ushuaia, 26 de septiembre de 2016
Año XXVI - N° 102/2016
página 70
SINDICATURA GENERAL MUNICIPAL
Provincia de Tierra del Fuego
Antártica e Islas del Atlántico Sur
MUNICIPALIDAD DE USHUAIA
ANEXO II- RESOLUCIÓN PLENARIA N°
ACTIVIDAD
134 13
EJERCER EL CONTROL EXTERNO
/2016
PRESUPUESTO 2017
DetaHe de Persona
FINALIDAD
UGC
247
UGG
1162
Control
DATOS PERSONAL
Modalidad
Servicio afectado
N° Legajo
Apellido y Nombre
JERARQUXA
% de afectación
1
Autoridades
SGM
2199
MOREYRA, MARTIN ARIEL
VOCAL
100%
2
Autoridades
SGM
2602
OVARZUN SANTANA, SILVINA LORENA
VOCAL
100%
VOCAL
100%
3
Autoridades
SGM
2669
MONTILLA, MARIA TERESA
4
Gabinete
SGM
2731
REGUEIRO, VALERIA CARINA
SECRETARIA DEL CUERPO
100%
5
Autoridades
SGM
3198
SALGADO, CAROLINA SILVIA
SECRETARIA
100%
6
Autoridades
SGM
XXXX
A DESIGNAR
7
Gabinete
SGM
2709
GARTNER LORENA SOLEDAD
8
Gabinete
SGM
s/n
Vacante Gab. 1
100%
9
Gabinete
SGM
s/n
Vacante Gab. 2
100%
10
Permanente
SGM
s/n
Vacante Perm. 1
100%
11
Permanente
SGM
s/n
Vacante Perm. 2
100%
12
Permanente
SGM
s/n
Vacante Perm. 3
100°k
13
Permanente
SGM
s/n
Vacante Perm. 4
100%
SECRETARIA ADMINISTRATIVA
100%
ASESORÍA CONTA5LE
100°k
14
Permanente
SGM
s/n
Vacante Perm. 5
100%
15
Permanente
SGM
s/n
Vacante Perm. 6
100%
16
Permanente
SGM
s/n
Vacante Perm. 7
100%
17
Permanente
SGM
s/n
Vacante Perm. 8
100%
18
Permanente
SGM
s/n
Vacante Pefm. 9
100%
19
Permanente
SGM
s/n
Vacante Pftm. 10
100%
jç
DR María ¡br
4ntJlIa
4
tVoceV
SindicaturaÍGenraI MUnicipal
9sluaia
11
Ushuaia, 26 de septiembre de 2016
Año XXVI - N° 102/2016
página 71
ÍNDICE
Ítem
DECRETO MUNICIPAL Nº 1331/2016.- Comunica reasunción de funciones, Ing. Christian HERVIAS.
DECRETO MUNICIPAL Nº 1332/2016.- Deja sin efecto Decreto Municipal Nº 277/2016.
DECRETO MUNICIPAL Nº 1333/2016.- Aprueba Acta Acuerdo Nº 10667.
DECRETO MUNICIPAL Nº 1334/2016.- Aprueba contrato de locación Nº 10708.
DECRETO MUNICIPAL Nº 1335/2016.- Deja sin efecto Decreto Municipal Nº 836/2006.
DECRETO MUNICIPAL Nº 1336/2016.- Deja sin efecto concesión de Licencia Taxi Nº 181.
DECRETO MUNICIPAL Nº 1337/2016.- Aprueba contrato de locación de servicios Nº 10680.
DECRETO MUNICIPAL Nº 1338/2016.- Aprueba convenios particulares de pasantías Nº 10703 y 10704.
DECRETO MUNICIPAL Nº 1339/2016.- Aprueba convenio Nº 10659.
DECRETO MUNICIPAL Nº 1340/2016.- Transfiere derechos emergentes de Decreto Territorial Nº 3369/88.
DECRETO MUNICIPAL Nº 1341/2016.- Deja sin efecto Decreto Territorial Nº 2799/88.
DECRETO MUNICIPAL Nº 1342/2016.- Aprueba Acta Acuerdo Nº 10060.
DECRETO MUNICIPAL Nº 1343/2016.- Fija nomenclatura de predio adjudicado mediante Decreto Territorial Nº 4631/89.
DECRETO MUNICIPAL Nº 1344/2016.- Comunica reasunción de funciones, Dn. Oscar Horacio SOUTO.
DECRETO MUNICIPAL Nº 1345/2016.- Veta en forma total Ordenanza Municipal, por medio de la cual se exceptúa al Sr. Jorge
Luis ISNARDO, del art. 16, inc. d) de la Ord. Mun. 5055.
DECRETO MUNICIPAL Nº 1346/2016.- Veta en forma total Ordenanza Municipal, por medio de la cual se sustituye el art. 6 de la
Ord. Mun. Nº 5055.
DECRETO MUNICIPAL Nº 1347/2016.- Veta en forma total Ordenanza Municipal, por medio de la cual se modifica art. 3 y 6 de la
Ord. Mun. Nº 3411.
DECRETO MUNICIPAL Nº 1348/2016.- Veta en forma total Ordenanza Municipal, por medio de la cual se adhiere a la
Ley Nac. 27.191 Energías Renovables y Dec. Reglamentario Nº 531/2016.
DECRETO MUNICIPAL Nº 1349/2016.- Promulga Ordenanza Municipal Nº 5103.
DECRETO MUNICIPAL Nº 1350/2016.- Promulga Ordenanza Municipal Nº 5104.
DECRETO MUNICIPAL Nº 1351/2016.- Promulga Ordenanza Municipal Nº 5105.
DECRETO MUNICIPAL Nº 1352/2016.- Promulga Ordenanza Municipal Nº 5106.
DECRETO MUNICIPAL Nº 1353/2016.- Acepta renuncia por acogerse a Jubilación Ordinaria, Sr. Jorge Alberto ROLANDO.
DECRETO MUNICIPAL Nº 1354/2016.- Aprueba contrato de locación de servicios Nº 10732.
Página
1
2
3
6
9
10
12
15
20
23
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SINDICATURA MUNICIPAL:
RESOLUCIÓN PRESIDENCIA SGM Nº 118/2016.
RESOLUCIÓN PRESIDENCIA SGM Nº 119/2016.
RESOLUCIÓN PRESIDENCIA SGM Nº 120/2016.
RESOLUCIÓN PRESIDENCIA SGM Nº 121/2016.
RESOLUCIÓN PRESIDENCIA SGM Nº 122/2016.
RESOLUCIÓN PRESIDENCIA SGM Nº 123/2016.
RESOLUCIÓN PRESIDENCIA SGM Nº 124/2016.
RESOLUCIÓN PRESIDENCIA SGM Nº 125/2016.
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RESOLUCIÓN PLENARIA SGM Nº 040/2016.
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MUNICIPALIDAD DE USHUAIA
Secretaría Legal y Técnica
Dirección Legal y Técnica y Despacho General
Departamento Boletín Oficial