599250 NORMAS LEGALES Designan representante de

599250
NORMAS LEGALES
Laboratorio, se autorizan mediante resolución del titular
de la entidad;
Con el visado de la Directora General de la Oficina
General de Recursos Humanos, del Director General
de la Oficina General de Administración, del Director
General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, del
Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud,
y del Secretario General; y,
De conformidad con lo dispuesto en el literal g) del
numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 30372, Ley de
Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016;
la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes
al exterior de los servidores y funcionarios públicos y
su modificatoria; su Reglamento, aprobado por Decreto
Supremo N° 047-2002-PCM, y sus modificatorias; y la
Directiva Administrativa para la Certificación de Buenas
Prácticas de Manufactura en Laboratorios Nacionales y
Extranjeros, aprobada por Resolución Ministerial N° 7372010/MINSA;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar en comisión de servicios
el viaje de los químicos farmacéuticos Carmen Rosa
Quinte Rojas y Jaime Nolazco Payano, profesionales
de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y
Drogas a la ciudad de Sao Paulo, República Federativa
del Brasil, del 18 al 30 de setiembre de 2016, para los
fines expuestos en la parte considerativa de la presente
Resolución Ministerial.
Artículo 2.- Los gastos que irrogue el viaje de los
citados profesionales en cumplimiento de la presente
Resolución Ministerial han sido íntegramente cubiertos
por la empresa QUÍMICA SUIZA S.A., a través del Recibo
de Ingreso detallado en los considerandos precedentes,
abonado a la Oficina de Economía de la Oficina General
de Administración, incluyendo la asignación por concepto
de viáticos, conforme al siguiente detalle:
- Pasaje tarifa económica para 02 personas
(c/persona US$ 857.715 incluido TUUA)
: US$ 1,715.43
- Viáticos por 12 días para 02 personas
: US$ 8,880.00
(c/persona US$ 4,440.00 incluido gastos de instalación)
TOTAL :US$ 10,595.43
Artículo 3.- Disponer que los citados profesionales,
dentro de los quince (15) días calendario posteriores a su
retorno, presenten ante el Titular de la entidad, con copia
a la Oficina General de Recursos Humanos, un informe
detallado, describiendo las acciones realizadas y los
resultados obtenidos, en el evento al que acudirán, así
como la rendición de cuentas de acuerdo a Ley.
Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no
dará derecho a exoneración o liberación de impuestos
aduaneros de ninguna clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PATRICIA J. GARCÍA FUNEGRA
Ministra de Salud
1429152-2
Viernes 16 de setiembre de 2016 /
El Peruano
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 5 de la Ley N° 30453, Ley del Sistema
Nacional de Residentado Médico (SINAREME), establece
que el Ministerio de Salud es el rector del Sistema
Nacional de Residentado Médico y define la política
técnico – normativa para la aplicación de dicha Ley;
Que, de acuerdo con el artículo 7 de la citada Ley, el
Sistema Nacional de Residentado Médico cuenta, entre
otros órganos, con el Consejo Nacional de Residentado
Médico (CONAREME), como órgano directivo del referido
Sistema Nacional;
Que, el numeral 1 del artículo 8 de la Ley N° 30453
señala que el CONAREME está presidido por el Ministro
de Salud o su representante, en tanto que el artículo 21
del mismo cuerpo legal dispone que el citado CONAREME
tiene personería jurídica, la cual es gestionada para su
constitución por el Ministerio de Salud;
Que, en atención a lo expresado en los considerandos
precedentes, resulta necesario emitir el acto resolutivo
por el cual la Titular del Ministerio de Salud designe a su
representante ante el CONAREME y dé cumplimiento a lo
indicado en el artículo 21 de la Ley N° 30453;
Con el visado de la Directora General de la Dirección
General de Gestión y Desarrollo de Recursos Humanos
en Salud, del Director General de la Oficina General
de Asesoría Jurídica, del Secretario General y del
Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud;
y,
De conformidad con lo previsto en la Ley N° 30453, Ley
del Sistema Nacional de Residentado Médico, el Decreto
Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del
Ministerio de Salud y el Reglamento de Organización y
Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto
Supremo N° 007-2016-SA;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Designar al (a la) Director (a) General
de la Dirección General de Gestión y Desarrollo de
Recursos Humanos en Salud, como representante de la
Titular del Ministerio de Salud ante el Consejo Nacional
de Residentado Médico (CONAREME), quien lo preside.
Artículo 2.- Disponer que el representante de la
Titular del Ministerio de Salud a que se refiere el artículo
precedente, realice todas las acciones conducentes para
dar cumplimiento a lo indicado en el artículo 21 de la Ley
N° 30453, Ley del Sistema Nacional de Residentado
Médico.
Artículo 3.- Remitir copia de la presente Resolución
Ministerial al (a la) Director (a) General de la Dirección
General de Gestión y Desarrollo de Recursos Humanos
en Salud.
Artículo 4.- Encargar a la Oficina General de
Comunicaciones la publicación de la presente Resolución
Ministerial en el portal institucional del Ministerio de Salud,
en la dirección: http://www.minsa.gob.pe/transparencia/
index.asp?op=115, el mismo día de su publicación en el
diario oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PATRICIA J. GARCÍA FUNEGRA
Ministra de Salud
1429152-3
Designan representante de la Titular del
Ministerio ante el Consejo Nacional de
Residentado Médico (CONAREME), quien lo
preside
Aprueban Cuadro para Asignación de
Personal Provisional del Instituto de Gestión
de Servicios de Salud - IGSS
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 703-2016/MINSA
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 704-2016/MINSA
Lima, 14 de setiembre de 2016
Visto, el Expediente Nº 16-071452-001, que contiene
la Nota Informativa N° 882-2016-OGAJ/MINSA de la
Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de
Salud; y,
Lima, 14 de setiembre de 2016
Vistos, el Oficio N° 1127-2016-SERVIR/PE y el Informe
N° 080-2016-SERVIR/GDSRH, de la Autoridad Nacional
del Servicio Civil, y el Oficio N° 1125-2016-J/IGSS de
Gestión de Servicios de Salud - IGSS;
El Peruano / Viernes 16 de setiembre de 2016
NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley N° 30057, se aprobó la Ley del
Servicio Civil, la misma que en la Cuarta Disposición
Complementaria Final establece que el Cuadro para
Asignación de Personal - CAP y el Presupuesto Analítico
de Personal - PAP serán sustituidos por el instrumento
de gestión denominado Cuadro de Puestos de la Entidad
- CPE;
Que, la Duodécima Disposición Complementaria
Transitoria del Reglamento General de la Ley N° 30057,
Ley del Servicio Civil, aprobado mediante Decreto Supremo
N° 040-2014-PCM, señala que mediante Directiva de
la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR se
establecerá la progresividad de la implementación de la
aprobación de los Cuadros de Puestos de las Entidades;
mientras que la Única Disposición Complementaria
Derogatoria de la misma norma, derogó el Decreto
Supremo N° 043-2004-PCM, que aprobó los lineamientos
para la elaboración y aprobación del Cuadro para
Asignación de Personal - CAP;
Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva
N° 304-2015-SERVIR/PE, se formalizó la aprobación de
la Directiva N° 002-2015-SERVIR/GDSRH “Normas para
la Gestión del Proceso de Administración de Puestos, y
Elaboración y Aprobación del Cuadro de Puestos de la
Entidad – CPE”;
Que, con Resolución de Presidencia Ejecutiva N°
057-2016-SERVIR/PE, se formalizó la aprobación de
la modificatoria de la Directiva N° 002-2015-SERVIR/
GDSRH “Normas para la Gestión del Proceso de
Administración de Puestos, y Elaboración y Aprobación
del Cuadro de Puestos de la Entidad – CPE”;
Que, de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 7.5 de la
Directiva mencionada precedentemente, el Cuadro para
Asignación de Personal Provisional – CAP Provisional
es el documento de gestión institucional de carácter
temporal que contiene los cargos definidos y aprobados
por la entidad, sobre la base de su estructura orgánica
vigente prevista en su Reglamento de Organización y
Funciones o Manual de Operaciones, según corresponda,
cuya finalidad es viabilizar la operación de las entidades
públicas durante el periodo de transición del sector
público al régimen del servicio civil previsto en la Ley
N° 30057. Las normas referidas al CAP Provisional que
deben aplicar las entidades públicas de los tres niveles
de gobierno se encuentran establecidas, entre otros, en el
Anexo 4 de la aludida Directiva;
Que, en ese sentido, el numeral 1.2 del Anexo N° 4
de la Directiva antes mencionada, establece que aquellas
entidades exceptuadas de las prohibiciones de ingreso,
nombramiento, designación y contratación previstas en la
Ley Anual de Presupuesto del Sector Público u otra norma
nacional con rango de ley, podrán hacer ajustes a su CAP,
con la aprobación de un CAP Provisional, respetando las
limitaciones establecidas en la Ley Anual de Presupuesto
del Sector Público;
Que, el literal h) del numeral 8.1 del artículo 8 de la
Ley N° 30372, Ley del Presupuesto para el Sector Público
para el año fiscal 2016, autoriza el nombramiento hasta
el veinte por ciento (20%) de los profesionales de la
salud y de los técnicos y auxiliares asistenciales de la
salud del Ministerio de Salud, sus organismos públicos
y las unidades ejecutoras de salud de los Gobiernos
Regionales y las Comunidades Locales de Administración
en Salud – CLAS, definidos en la fecha de entrada en
vigencia del Decreto Legislativo N° 1153;
Que, mediante Decreto Supremo N° 032-2015-SA se
aprobó los Lineamientos para el proceso de nombramiento
de los profesionales de la salud y de los técnicos y
auxiliares asistenciales de la salud del Ministerio de
Salud, que prestan servicios en el Ministerio de Salud, sus
organismos públicos, las unidades ejecutoras de salud de
los gobiernos regionales, y las Comunidades Locales de
Administración de Salud — CLAS;
Que, los numerales 4.1. y 4.2 del Anexo N° 4 de la
Directiva N° 002-2015-SERVIR/GDSRH “Normas para
la Gestión del Proceso de Administración de Puestos, y
Elaboración y Aprobación del Cuadro de Puestos de la
Entidad – CPE”, modificada por Resolución de Presidencia
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Ejecutiva N° 057-2016-SERVIR/PE, establecen que
la aprobación del CAP Provisional, en el caso de los
organismos públicos, se realiza mediante Resolución
Ministerial del Titular del Sector, condicionada al informe
de opinión favorable que emita SERVIR;
Que, a través del Oficio N° 1127-2016-SERVIR/
PE e Informe N° 080-2016-SERVIR/GDSRH, Autoridad
Nacional del Servicio Civil – SERVIR, emite opinión
técnica favorable al proyecto del Cuadro para Asignación
de Personal Provisional del Instituto de Gestión de
Servicios de Salud - IGSS, recomendando su aprobación;
Que, de otro lado, mediante Oficio N° 1125-2016-J/
IGSS, el Jefe Institucional del Instituto de Gestión de
Servicios de Salud - IGSS, solicita la aprobación del
Cuadro para Asignación de Personal Provisional de dicha
entidad;
Estando a lo informado por la Autoridad Nacional
del Servicio Civil – SERVIR, y con las visaciones del
Director General de la Oficina General de Planeamiento,
Presupuesto y Modernización, del Director General de
la Oficina General de Asesoría Jurídica, y del Secretario
General; y,
De conformidad con lo establecido en la Ley
Nº 30057, Ley del Servicio Civil y su Reglamento General,
aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM,
así como en la Resolución de Presidencia Ejecutiva
N° 304-2015-SERVIR/PE, que aprueba la Directiva
N° 002-2015-SERVIR/GDSRH, “Normas para la gestión
del proceso de administración de puestos, y la elaboración
y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad – CPE”,
modificada por Resolución de Presidencia Ejecutiva
N° 057-2016-SERVIR-PE;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobación del Cuadro para Asignación
de Personal Provisional del Instituto de Gestión de
Servicios de Salud - IGSS
Aprobar el Cuadro para Asignación de Personal
Provisional del Instituto de Gestión de Servicios de
Salud - IGSS, que contiene un total de treinta y ocho mil
setecientos treinta (38,730) cargos clasificados, que en
anexo forma parte integrante de la presente Resolución
Ministerial.
Artículo 2.- Publicación
La presente Resolución Ministerial y el Cuadro para
Asignación de Personal Provisional que aprueba serán
publicados en el Diario Oficial El Peruano.
El Cuadro para Asignación de Personal Provisional
– CAP del Instituto de Gestión de Servicios de Salud
- IGSS aprobado en el artículo precedente, será
publicado, además, en el Portal del Estado Peruano
(www.peru.gob.pe), en el Portal Institucional del
Instituto de Gestión de Servicios de Salud - IGSS (www.
igss.gob.pe) y en el Portal Institucional del Ministerio
de Salud (www.minsa.gob.pe), en la misma fecha de
publicación de la presente Resolución Ministerial en el
Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PATRICIA J. GARCIA FUNEGRA
Ministra de Salud
1429152-4
Aprueban Cuadro para Asignación de
Personal Provisional del Instituto Nacional
de Salud - INS
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 705-2016/MINSA
Lima, 14 de setiembre del 2016
Vistos, el Oficio N° 1128-2016-SERVIR/PE y el Informe
N° 084-2016-SERVIR/GDSRH, de la Autoridad Nacional
del Servicio Civil, así como los Oficios N°s. 793-2016-JEF-