599250 NORMAS LEGALES Laboratorio, se autorizan mediante resolución del titular de la entidad; Con el visado de la Directora General de la Oficina General de Recursos Humanos, del Director General de la Oficina General de Administración, del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud, y del Secretario General; y, De conformidad con lo dispuesto en el literal g) del numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y su modificatoria; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, y sus modificatorias; y la Directiva Administrativa para la Certificación de Buenas Prácticas de Manufactura en Laboratorios Nacionales y Extranjeros, aprobada por Resolución Ministerial N° 7372010/MINSA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar en comisión de servicios el viaje de los químicos farmacéuticos Carmen Rosa Quinte Rojas y Jaime Nolazco Payano, profesionales de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas a la ciudad de Sao Paulo, República Federativa del Brasil, del 18 al 30 de setiembre de 2016, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el viaje de los citados profesionales en cumplimiento de la presente Resolución Ministerial han sido íntegramente cubiertos por la empresa QUÍMICA SUIZA S.A., a través del Recibo de Ingreso detallado en los considerandos precedentes, abonado a la Oficina de Economía de la Oficina General de Administración, incluyendo la asignación por concepto de viáticos, conforme al siguiente detalle: - Pasaje tarifa económica para 02 personas (c/persona US$ 857.715 incluido TUUA) : US$ 1,715.43 - Viáticos por 12 días para 02 personas : US$ 8,880.00 (c/persona US$ 4,440.00 incluido gastos de instalación) TOTAL :US$ 10,595.43 Artículo 3.- Disponer que los citados profesionales, dentro de los quince (15) días calendario posteriores a su retorno, presenten ante el Titular de la entidad, con copia a la Oficina General de Recursos Humanos, un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos, en el evento al que acudirán, así como la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA J. GARCÍA FUNEGRA Ministra de Salud 1429152-2 Viernes 16 de setiembre de 2016 / El Peruano CONSIDERANDO: Que, el artículo 5 de la Ley N° 30453, Ley del Sistema Nacional de Residentado Médico (SINAREME), establece que el Ministerio de Salud es el rector del Sistema Nacional de Residentado Médico y define la política técnico – normativa para la aplicación de dicha Ley; Que, de acuerdo con el artículo 7 de la citada Ley, el Sistema Nacional de Residentado Médico cuenta, entre otros órganos, con el Consejo Nacional de Residentado Médico (CONAREME), como órgano directivo del referido Sistema Nacional; Que, el numeral 1 del artículo 8 de la Ley N° 30453 señala que el CONAREME está presidido por el Ministro de Salud o su representante, en tanto que el artículo 21 del mismo cuerpo legal dispone que el citado CONAREME tiene personería jurídica, la cual es gestionada para su constitución por el Ministerio de Salud; Que, en atención a lo expresado en los considerandos precedentes, resulta necesario emitir el acto resolutivo por el cual la Titular del Ministerio de Salud designe a su representante ante el CONAREME y dé cumplimiento a lo indicado en el artículo 21 de la Ley N° 30453; Con el visado de la Directora General de la Dirección General de Gestión y Desarrollo de Recursos Humanos en Salud, del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, del Secretario General y del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud; y, De conformidad con lo previsto en la Ley N° 30453, Ley del Sistema Nacional de Residentado Médico, el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2016-SA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar al (a la) Director (a) General de la Dirección General de Gestión y Desarrollo de Recursos Humanos en Salud, como representante de la Titular del Ministerio de Salud ante el Consejo Nacional de Residentado Médico (CONAREME), quien lo preside. Artículo 2.- Disponer que el representante de la Titular del Ministerio de Salud a que se refiere el artículo precedente, realice todas las acciones conducentes para dar cumplimiento a lo indicado en el artículo 21 de la Ley N° 30453, Ley del Sistema Nacional de Residentado Médico. Artículo 3.- Remitir copia de la presente Resolución Ministerial al (a la) Director (a) General de la Dirección General de Gestión y Desarrollo de Recursos Humanos en Salud. Artículo 4.- Encargar a la Oficina General de Comunicaciones la publicación de la presente Resolución Ministerial en el portal institucional del Ministerio de Salud, en la dirección: http://www.minsa.gob.pe/transparencia/ index.asp?op=115, el mismo día de su publicación en el diario oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA J. GARCÍA FUNEGRA Ministra de Salud 1429152-3 Designan representante de la Titular del Ministerio ante el Consejo Nacional de Residentado Médico (CONAREME), quien lo preside Aprueban Cuadro para Asignación de Personal Provisional del Instituto de Gestión de Servicios de Salud - IGSS RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 703-2016/MINSA RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 704-2016/MINSA Lima, 14 de setiembre de 2016 Visto, el Expediente Nº 16-071452-001, que contiene la Nota Informativa N° 882-2016-OGAJ/MINSA de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Salud; y, Lima, 14 de setiembre de 2016 Vistos, el Oficio N° 1127-2016-SERVIR/PE y el Informe N° 080-2016-SERVIR/GDSRH, de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, y el Oficio N° 1125-2016-J/IGSS de Gestión de Servicios de Salud - IGSS; El Peruano / Viernes 16 de setiembre de 2016 NORMAS LEGALES CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 30057, se aprobó la Ley del Servicio Civil, la misma que en la Cuarta Disposición Complementaria Final establece que el Cuadro para Asignación de Personal - CAP y el Presupuesto Analítico de Personal - PAP serán sustituidos por el instrumento de gestión denominado Cuadro de Puestos de la Entidad - CPE; Que, la Duodécima Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento General de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, aprobado mediante Decreto Supremo N° 040-2014-PCM, señala que mediante Directiva de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR se establecerá la progresividad de la implementación de la aprobación de los Cuadros de Puestos de las Entidades; mientras que la Única Disposición Complementaria Derogatoria de la misma norma, derogó el Decreto Supremo N° 043-2004-PCM, que aprobó los lineamientos para la elaboración y aprobación del Cuadro para Asignación de Personal - CAP; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 304-2015-SERVIR/PE, se formalizó la aprobación de la Directiva N° 002-2015-SERVIR/GDSRH “Normas para la Gestión del Proceso de Administración de Puestos, y Elaboración y Aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad – CPE”; Que, con Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 057-2016-SERVIR/PE, se formalizó la aprobación de la modificatoria de la Directiva N° 002-2015-SERVIR/ GDSRH “Normas para la Gestión del Proceso de Administración de Puestos, y Elaboración y Aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad – CPE”; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 7.5 de la Directiva mencionada precedentemente, el Cuadro para Asignación de Personal Provisional – CAP Provisional es el documento de gestión institucional de carácter temporal que contiene los cargos definidos y aprobados por la entidad, sobre la base de su estructura orgánica vigente prevista en su Reglamento de Organización y Funciones o Manual de Operaciones, según corresponda, cuya finalidad es viabilizar la operación de las entidades públicas durante el periodo de transición del sector público al régimen del servicio civil previsto en la Ley N° 30057. Las normas referidas al CAP Provisional que deben aplicar las entidades públicas de los tres niveles de gobierno se encuentran establecidas, entre otros, en el Anexo 4 de la aludida Directiva; Que, en ese sentido, el numeral 1.2 del Anexo N° 4 de la Directiva antes mencionada, establece que aquellas entidades exceptuadas de las prohibiciones de ingreso, nombramiento, designación y contratación previstas en la Ley Anual de Presupuesto del Sector Público u otra norma nacional con rango de ley, podrán hacer ajustes a su CAP, con la aprobación de un CAP Provisional, respetando las limitaciones establecidas en la Ley Anual de Presupuesto del Sector Público; Que, el literal h) del numeral 8.1 del artículo 8 de la Ley N° 30372, Ley del Presupuesto para el Sector Público para el año fiscal 2016, autoriza el nombramiento hasta el veinte por ciento (20%) de los profesionales de la salud y de los técnicos y auxiliares asistenciales de la salud del Ministerio de Salud, sus organismos públicos y las unidades ejecutoras de salud de los Gobiernos Regionales y las Comunidades Locales de Administración en Salud – CLAS, definidos en la fecha de entrada en vigencia del Decreto Legislativo N° 1153; Que, mediante Decreto Supremo N° 032-2015-SA se aprobó los Lineamientos para el proceso de nombramiento de los profesionales de la salud y de los técnicos y auxiliares asistenciales de la salud del Ministerio de Salud, que prestan servicios en el Ministerio de Salud, sus organismos públicos, las unidades ejecutoras de salud de los gobiernos regionales, y las Comunidades Locales de Administración de Salud — CLAS; Que, los numerales 4.1. y 4.2 del Anexo N° 4 de la Directiva N° 002-2015-SERVIR/GDSRH “Normas para la Gestión del Proceso de Administración de Puestos, y Elaboración y Aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad – CPE”, modificada por Resolución de Presidencia 599251 Ejecutiva N° 057-2016-SERVIR/PE, establecen que la aprobación del CAP Provisional, en el caso de los organismos públicos, se realiza mediante Resolución Ministerial del Titular del Sector, condicionada al informe de opinión favorable que emita SERVIR; Que, a través del Oficio N° 1127-2016-SERVIR/ PE e Informe N° 080-2016-SERVIR/GDSRH, Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR, emite opinión técnica favorable al proyecto del Cuadro para Asignación de Personal Provisional del Instituto de Gestión de Servicios de Salud - IGSS, recomendando su aprobación; Que, de otro lado, mediante Oficio N° 1125-2016-J/ IGSS, el Jefe Institucional del Instituto de Gestión de Servicios de Salud - IGSS, solicita la aprobación del Cuadro para Asignación de Personal Provisional de dicha entidad; Estando a lo informado por la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR, y con las visaciones del Director General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y del Secretario General; y, De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil y su Reglamento General, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM, así como en la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 304-2015-SERVIR/PE, que aprueba la Directiva N° 002-2015-SERVIR/GDSRH, “Normas para la gestión del proceso de administración de puestos, y la elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad – CPE”, modificada por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 057-2016-SERVIR-PE; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación del Cuadro para Asignación de Personal Provisional del Instituto de Gestión de Servicios de Salud - IGSS Aprobar el Cuadro para Asignación de Personal Provisional del Instituto de Gestión de Servicios de Salud - IGSS, que contiene un total de treinta y ocho mil setecientos treinta (38,730) cargos clasificados, que en anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Publicación La presente Resolución Ministerial y el Cuadro para Asignación de Personal Provisional que aprueba serán publicados en el Diario Oficial El Peruano. El Cuadro para Asignación de Personal Provisional – CAP del Instituto de Gestión de Servicios de Salud - IGSS aprobado en el artículo precedente, será publicado, además, en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe), en el Portal Institucional del Instituto de Gestión de Servicios de Salud - IGSS (www. igss.gob.pe) y en el Portal Institucional del Ministerio de Salud (www.minsa.gob.pe), en la misma fecha de publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA J. GARCIA FUNEGRA Ministra de Salud 1429152-4 Aprueban Cuadro para Asignación de Personal Provisional del Instituto Nacional de Salud - INS RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 705-2016/MINSA Lima, 14 de setiembre del 2016 Vistos, el Oficio N° 1128-2016-SERVIR/PE y el Informe N° 084-2016-SERVIR/GDSRH, de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, así como los Oficios N°s. 793-2016-JEF-
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