El Peruano / Viernes 9 de setiembre de 2016 NORMAS LEGALES públicos, la designación de funcionarios en cargos de confianza se efectúa mediante Resolución del Titular de la Entidad, y surte efecto a partir del día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano, salvo disposición en contrario de la misma que postergue su vigencia; Que, de acuerdo al artículo 9 y los literales d), h) y t) del artículo 10 del Reglamento de Organización y Funciones – ROF de SUSALUD, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2014-SA, en concordancia con los numerales 4) y 7) del artículo 23 del Decreto Legislativo N° 1158, la Superintendente es la Titular de la Entidad, y tiene como funciones organizar, dirigir y supervisar el funcionamiento de SUSALUD, designar a los servidores en cargos de confianza, y expedir las resoluciones que correspondan al ámbito de su funciones y las que se establezcan por norma legal; Con los vistos del Secretario General, de la Directora General de la Oficina General de Gestión de las Personas, y del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, Estando a lo dispuesto por el artículo 9 y literales d), h) y t) del artículo 10 del Reglamento de Organización y Funciones – ROF de SUSALUD, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2014-SA, en concordancia con los numerales 4) y 7) del artículo 23 del Decreto Legislativo N° 1158; SE RESUELVE: Artículo 1.- DESIGNAR, al señor Econ. HERNÁN EDUARDO PENA en el cargo de confianza de Intendente de la Intendencia de Supervisión de las Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud - ISIAFAS de la Superintendencia Nacional de Salud – SUSALUD, conforme los considerandos de la presente resolución, sujetándose a las disposiciones contenidas en el Decreto Legislativo N° 689 y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo N° 014-92-TR. Artículo 2.- DEJAR SIN EFECTO, la Resolución de Superintendencia N° 005-2016-SUSALUD/S mediante la cual se encargó a la señora M.C. LESLIE TELLERIA PÉREZ las funciones de Intendente de la Intendencia de Supervisión de las Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud - ISIAFAS de la Superintendencia Nacional de Salud – SUSALUD, a partir de la aplicación y efectividad de lo dispuesto en el artículo precedente, debiendo retornar la señora M.C. LESLIE TELLERIA PÉREZ a su cargo de origen de Jefa de Supervisión Asistencial, Administrativa y de Aseguramiento en Salud de SUSALUD. Artículo 3.- NOTIFÍQUESE la presente resolución a los interesados para conocimiento, a la Oficina General de Gestión de las Personas, Oficina General de Administración y Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, para los fines correspondientes. Artículo 4.- ENCARGAR, a la Oficina de Comunicación Corporativa la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, y DISPONER la publicación de la presente Resolución en la página web institucional, conforme a lo dispuesto por la Directiva N° 002-2015-SUSALUD/SG aprobada por Resolución de Secretaría General N° 019-2015-SUSALUD/SG, modificada mediante Resolución de Secretaría General N° 086-2015-SUSALUD/SG. Regístrese, comuníquese y publíquese. ELENA CRISTINA ZELAYA ARTEAGA Superintendente 1426442-3 Aceptan renuncia y designan Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica de SUSALUD RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 149-2016-SUSALUD/S Lima, 8 de septiembre de 2016 598843 VISTOS: La carta de renuncia del señor abogado RODRIGO TEOBALDO ZAPATA SEMINARIO, el Informe N° 00420-2016-SUSALUD/OGPER, de la Oficina General de Gestión de las Personas; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad a los artículos 9, 11 y 13 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 29344, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2014-SA, en armonía con el Decreto Legislativo Nº 1158 que dispone medidas destinadas al fortalecimiento y cambio de denominación de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud – SUNASA, se crea la Superintendencia Nacional de Salud - SUSALUD como organismo público técnico especializado, adscrito al Ministerio de Salud, con autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y financiera; encargada de promover, proteger y defender los derechos de las personas al acceso a los servicios de salud; registrar, autorizar, supervisar y regular a las Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud - IAFAS, así como, supervisar y registrar a las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud - IPRESS y Unidades de Gestión de IPRESS UGIPRESS, en el ámbito de su competencia; Que, conforme al artículo 6 y 29 del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de SUSALUD, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2014-SA, la Superintendencia cuenta en su estructura orgánica con un órgano de asesoramiento denominado Oficina General de Asesoría Jurídica dependiente de la Secretaría General, responsable de encargado de prestar asesoría a la Alta Dirección en asuntos de carácter jurídico-legal, así como a las demás dependencias de SUSALUD absolviendo las consultas que le sean formuladas en el ámbito de su competencia; Que, mediante Resolución Ministerial N° 7302014/MINSA, de fecha 26 de septiembre de 2014, se aprueba el Cuadro de Asignación de Personal (CAP) Provisional de la Superintendencia Nacional de Salud SUSALUD; y, mediante Resolución de Superintendencia N° 021-2015-SUSALUD/S del 04 de febrero del 2015 publicada el 06 de febrero del 2015, se aprueba el reordenamiento de cargos del CAP Provisional de SUSALUD; instrumento de gestión que tiene previsto el cargo de confianza de Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, con el Código 134102, y Clasificación EC; Que, mediante Resolución de Superintendencia N° 063-2016-SUSALUD/S de fecha 05 de mayo de 2016, publicada en El Diario Oficial El Peruano en fecha 08 de mayo de 2016, se designó al señor Abog. RODRIGO TEOBALDO ZAPATA SEMINARIO al cargo de confianza de Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, con eficacia anticipada al día 02 de mayo de 2016; Que, por lo expuesto y estando al documento de Visto, se estima necesario designar a partir del 09 de septiembre de 2016, al señor Abog. RICHARD MARK SIN PORLLES, en el cargo de confianza de Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica de la Superintendencia Nacional de Salud - SUSALUD, siendo que su perfil profesional es compatible con el perfil mínimo previsto en el Clasificador de Cargos de SUSALUD; Que, de acuerdo a la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29849, Ley que establece la eliminación progresiva del Régimen Especial del Decreto Legislativo Nº 1057 y otorga derechos laborales, el personal a que se refiere los numerales 1), 2) e inciso a) del numeral 3) del artículo 4 de la Ley Nº 28175, Ley Marco del Empleo Público, contratado por el Régimen Laboral Especial Decreto Legislativo Nº 1057, que comprende a los empleados de confianza, está excluido de las reglas establecidas en el artículo 8 del citado Decreto Legislativo, según el cual el acceso al régimen de Contratación Administrativa de Servicios se realiza obligatoriamente mediante concurso público. 598844 NORMAS LEGALES Precisando que el referido personal sólo puede ser contratado para ocupar plaza orgánica contenida en el Cuadro de Asignación de Personal – CAP de la entidad; Que, mediante Carta de Visto, el señor Abog. RODRIGO TEOBALDO ZAPATA SEMINARIO presentó su carta de renuncia en los términos que constan en la misma, y habiéndose aceptado esta por la Alta Dirección, se admite y se tramita con dispensa del plazo correspondiente para su aceptación; Que, de conformidad con el artículo 3 de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, la designación de funcionarios en cargos de confianza se efectúa mediante Resolución del Titular de la Entidad; Que, de acuerdo al artículo 9 y los literales d), h) y t) del artículo 10 del Reglamento de Organización y Funciones – ROF de SUSALUD, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2014-SA, en concordancia con los numerales 4) y 7) del artículo 23° y del Decreto Legislativo N° 1158, la Superintendente es la titular de la entidad, y tiene como funciones organizar, dirigir y supervisar el funcionamiento de SUSALUD, designar a los servidores en cargos de confianza, y expedir las resoluciones que correspondan al ámbito de sus funciones y las que se establezcan por norma legal; Que, por lo expuesto y estando al documento del Visto, se estima necesario designar al Abog. RICHARD MARK SIN PORLLES en el cargo de confianza de Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica de la Superintendencia Nacional de Salud – SUSALUD; Con el visto del Secretario General y de la Directora General de la Oficina General de Gestión de las Personas; Viernes 9 de setiembre de 2016 / El Peruano SE RESUELVE: Artículo 1°.- ACEPTAR, la renuncia formulada por el señor Abog. RODRIGO TEOBALDO ZAPATA SEMINARIO al cargo de confianza de Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica de la Superintendencia Nacional de Salud – SUSALUD, dejando sin efecto la Resolución de Superintendencia N° 063-2016-SUSALUD/S, por consiguiente se extingue de puro derecho el Contrato Administrativo de Servicios N° 135-2016-SUSALUD/OGPER, conforme a estipulado en el mismo y, concluido el vínculo laboral en el régimen del Decreto Legislativo N° 1057; dándosele las gracias por los servicios prestados a la Entidad. Artículo 2°.- DESIGNAR, a partir del 09 de septiembre de 2016, al señor Abog. RICHARD MARK SIN PORLLES en el cargo de confianza de Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica de la Superintendencia Nacional de Salud – SUSALUD, conforme los considerandos de la presente resolución. Artículo 3°.- NOTIFÍQUESE la presente resolución a los interesados para conocimiento, a la Oficina General de Gestión de las Personas, para los fines correspondientes. Artículo 4°.- ENCARGAR a la Oficina de Comunicación Corporativa la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Asimismo, encargar a la Oficina General de Asesoría Jurídica la publicación de la presente Resolución en la Página Web Institucional. Regístrese, comuníquese y publíquese. ELENA CRISTINA ZELAYA ARTEAGA Superintendente 1426442-4 REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en cuenta lo siguiente: 1.- La documentación por publicar se recibirá en la Dirección del Diario Oficial, de lunes a viernes, en el horario de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicación deberá adjuntar los documentos refrendados por la persona acreditada con el registro de su firma ante el Diario Oficial. 2.- Junto a toda disposición, con o sin anexo, que contenga más de una página, se adjuntará un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico [email protected] 3.- En toda disposición que contenga anexos, las entidades deberán tomar en cuenta lo establecido en el artículo 9º del Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, modificado por el Decreto Supremo N° 014-2012-JUS 4.- Toda disposición y/o sus anexos que contengan tablas, deberán estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justificar; si incluyen gráficos, su presentación será en extensión PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 5.- En toda disposición, con o sin anexos, que en total excediera de 6 páginas, el contenido del disquete, cd rom, USB o correo electrónico será considerado COPIA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicación, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicación se suspenderá. 6.- Las cotizaciones se enviarán al correo electrónico: [email protected]. pe; en caso de tener más de 1 página o de incluir cuadros se cotizará con originales. Las cotizaciones tendrán una vigencia de dos meses o según el cambio de tarifas de la empresa. LA DIRECCIÓN
© Copyright 2024