598843 NORMAS LEGALES Aceptan renuncia y

El Peruano / Viernes 9 de setiembre de 2016
NORMAS LEGALES
públicos, la designación de funcionarios en cargos de
confianza se efectúa mediante Resolución del Titular de la
Entidad, y surte efecto a partir del día de su publicación en
el Diario Oficial El Peruano, salvo disposición en contrario
de la misma que postergue su vigencia;
Que, de acuerdo al artículo 9 y los literales d), h) y t) del
artículo 10 del Reglamento de Organización y Funciones
– ROF de SUSALUD, aprobado por Decreto Supremo
N° 008-2014-SA, en concordancia con los numerales 4)
y 7) del artículo 23 del Decreto Legislativo N° 1158, la
Superintendente es la Titular de la Entidad, y tiene como
funciones organizar, dirigir y supervisar el funcionamiento
de SUSALUD, designar a los servidores en cargos de
confianza, y expedir las resoluciones que correspondan
al ámbito de su funciones y las que se establezcan por
norma legal;
Con los vistos del Secretario General, de la Directora
General de la Oficina General de Gestión de las Personas,
y del Director General de la Oficina General de Asesoría
Jurídica; y,
Estando a lo dispuesto por el artículo 9 y literales d),
h) y t) del artículo 10 del Reglamento de Organización y
Funciones – ROF de SUSALUD, aprobado por Decreto
Supremo N° 008-2014-SA, en concordancia con los
numerales 4) y 7) del artículo 23 del Decreto Legislativo
N° 1158;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- DESIGNAR, al señor Econ. HERNÁN
EDUARDO PENA en el cargo de confianza de Intendente
de la Intendencia de Supervisión de las Instituciones
Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud
- ISIAFAS de la Superintendencia Nacional de Salud –
SUSALUD, conforme los considerandos de la presente
resolución, sujetándose a las disposiciones contenidas en
el Decreto Legislativo N° 689 y su Reglamento aprobado
con Decreto Supremo N° 014-92-TR.
Artículo 2.- DEJAR SIN EFECTO, la Resolución de
Superintendencia N° 005-2016-SUSALUD/S mediante
la cual se encargó a la señora M.C. LESLIE TELLERIA
PÉREZ las funciones de Intendente de la Intendencia
de Supervisión de las Instituciones Administradoras
de Fondos de Aseguramiento en Salud - ISIAFAS de
la Superintendencia Nacional de Salud – SUSALUD,
a partir de la aplicación y efectividad de lo dispuesto
en el artículo precedente, debiendo retornar la señora
M.C. LESLIE TELLERIA PÉREZ a su cargo de origen
de Jefa de Supervisión Asistencial, Administrativa y de
Aseguramiento en Salud de SUSALUD.
Artículo 3.- NOTIFÍQUESE la presente resolución
a los interesados para conocimiento, a la Oficina
General de Gestión de las Personas, Oficina General
de Administración y Oficina General de Planeamiento y
Presupuesto, para los fines correspondientes.
Artículo 4.- ENCARGAR, a la Oficina de
Comunicación Corporativa la publicación de la presente
Resolución en el Diario Oficial El Peruano, y DISPONER
la publicación de la presente Resolución en la página
web institucional, conforme a lo dispuesto por la Directiva
N° 002-2015-SUSALUD/SG aprobada por Resolución
de Secretaría General N° 019-2015-SUSALUD/SG,
modificada mediante Resolución de Secretaría General
N° 086-2015-SUSALUD/SG.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ELENA CRISTINA ZELAYA ARTEAGA
Superintendente
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Aceptan renuncia y designan Director
General de la Oficina General de Asesoría
Jurídica de SUSALUD
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA
N° 149-2016-SUSALUD/S
Lima, 8 de septiembre de 2016
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VISTOS:
La carta de renuncia del señor abogado RODRIGO
TEOBALDO
ZAPATA
SEMINARIO,
el
Informe
N° 00420-2016-SUSALUD/OGPER, de la Oficina General
de Gestión de las Personas; y,
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad a los artículos 9, 11 y 13 del
Texto Único Ordenado de la Ley Nº 29344, aprobado
por Decreto Supremo Nº 020-2014-SA, en armonía con
el Decreto Legislativo Nº 1158 que dispone medidas
destinadas al fortalecimiento y cambio de denominación
de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en
Salud – SUNASA, se crea la Superintendencia Nacional
de Salud - SUSALUD como organismo público técnico
especializado, adscrito al Ministerio de Salud, con
autonomía técnica, funcional, administrativa, económica
y financiera; encargada de promover, proteger y
defender los derechos de las personas al acceso a los
servicios de salud; registrar, autorizar, supervisar y
regular a las Instituciones Administradoras de Fondos de
Aseguramiento en Salud - IAFAS, así como, supervisar
y registrar a las Instituciones Prestadoras de Servicios
de Salud - IPRESS y Unidades de Gestión de IPRESS UGIPRESS, en el ámbito de su competencia;
Que, conforme al artículo 6 y 29 del Reglamento
de Organización y Funciones (ROF) de SUSALUD,
aprobado por Decreto Supremo N° 008-2014-SA, la
Superintendencia cuenta en su estructura orgánica con un
órgano de asesoramiento denominado Oficina General de
Asesoría Jurídica dependiente de la Secretaría General,
responsable de encargado de prestar asesoría a la Alta
Dirección en asuntos de carácter jurídico-legal, así como
a las demás dependencias de SUSALUD absolviendo
las consultas que le sean formuladas en el ámbito de su
competencia;
Que, mediante Resolución Ministerial N° 7302014/MINSA, de fecha 26 de septiembre de 2014, se
aprueba el Cuadro de Asignación de Personal (CAP)
Provisional de la Superintendencia Nacional de Salud SUSALUD; y, mediante Resolución de Superintendencia
N° 021-2015-SUSALUD/S del 04 de febrero del 2015
publicada el 06 de febrero del 2015, se aprueba el
reordenamiento de cargos del CAP Provisional de
SUSALUD; instrumento de gestión que tiene previsto
el cargo de confianza de Director General de la Oficina
General de Asesoría Jurídica, con el Código 134102, y
Clasificación EC;
Que, mediante Resolución de Superintendencia
N° 063-2016-SUSALUD/S de fecha 05 de mayo de 2016,
publicada en El Diario Oficial El Peruano en fecha 08 de
mayo de 2016, se designó al señor Abog. RODRIGO
TEOBALDO ZAPATA SEMINARIO al cargo de confianza
de Director General de la Oficina General de Asesoría
Jurídica, con eficacia anticipada al día 02 de mayo de
2016;
Que, por lo expuesto y estando al documento de Visto,
se estima necesario designar a partir del 09 de septiembre
de 2016, al señor Abog. RICHARD MARK SIN PORLLES,
en el cargo de confianza de Director General de la Oficina
General de Asesoría Jurídica de la Superintendencia
Nacional de Salud - SUSALUD, siendo que su perfil
profesional es compatible con el perfil mínimo previsto en
el Clasificador de Cargos de SUSALUD;
Que, de acuerdo a la Primera Disposición
Complementaria Final de la Ley Nº 29849, Ley que
establece la eliminación progresiva del Régimen Especial
del Decreto Legislativo Nº 1057 y otorga derechos
laborales, el personal a que se refiere los numerales
1), 2) e inciso a) del numeral 3) del artículo 4 de la Ley
Nº 28175, Ley Marco del Empleo Público, contratado
por el Régimen Laboral Especial Decreto Legislativo Nº
1057, que comprende a los empleados de confianza,
está excluido de las reglas establecidas en el artículo 8
del citado Decreto Legislativo, según el cual el acceso
al régimen de Contratación Administrativa de Servicios
se realiza obligatoriamente mediante concurso público.
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NORMAS LEGALES
Precisando que el referido personal sólo puede ser
contratado para ocupar plaza orgánica contenida en el
Cuadro de Asignación de Personal – CAP de la entidad;
Que, mediante Carta de Visto, el señor Abog.
RODRIGO TEOBALDO ZAPATA SEMINARIO presentó
su carta de renuncia en los términos que constan
en la misma, y habiéndose aceptado esta por la Alta
Dirección, se admite y se tramita con dispensa del plazo
correspondiente para su aceptación;
Que, de conformidad con el artículo 3 de la Ley Nº
27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo
en el nombramiento y designación de funcionarios
públicos, la designación de funcionarios en cargos de
confianza se efectúa mediante Resolución del Titular de
la Entidad;
Que, de acuerdo al artículo 9 y los literales d), h) y t) del
artículo 10 del Reglamento de Organización y Funciones
– ROF de SUSALUD, aprobado por Decreto Supremo N°
008-2014-SA, en concordancia con los numerales 4) y
7) del artículo 23° y del Decreto Legislativo N° 1158, la
Superintendente es la titular de la entidad, y tiene como
funciones organizar, dirigir y supervisar el funcionamiento
de SUSALUD, designar a los servidores en cargos de
confianza, y expedir las resoluciones que correspondan
al ámbito de sus funciones y las que se establezcan por
norma legal;
Que, por lo expuesto y estando al documento del
Visto, se estima necesario designar al Abog. RICHARD
MARK SIN PORLLES en el cargo de confianza de Director
General de la Oficina General de Asesoría Jurídica de la
Superintendencia Nacional de Salud – SUSALUD;
Con el visto del Secretario General y de la Directora
General de la Oficina General de Gestión de las
Personas;
Viernes 9 de setiembre de 2016 /
El Peruano
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- ACEPTAR, la renuncia formulada
por el señor Abog. RODRIGO TEOBALDO ZAPATA
SEMINARIO al cargo de confianza de Director General
de la Oficina General de Asesoría Jurídica de la
Superintendencia Nacional de Salud – SUSALUD,
dejando sin efecto la Resolución de Superintendencia N°
063-2016-SUSALUD/S, por consiguiente se extingue de
puro derecho el Contrato Administrativo de Servicios N°
135-2016-SUSALUD/OGPER, conforme a estipulado en
el mismo y, concluido el vínculo laboral en el régimen del
Decreto Legislativo N° 1057; dándosele las gracias por los
servicios prestados a la Entidad.
Artículo 2°.- DESIGNAR, a partir del 09 de septiembre
de 2016, al señor Abog. RICHARD MARK SIN PORLLES
en el cargo de confianza de Director General de la Oficina
General de Asesoría Jurídica de la Superintendencia
Nacional de Salud – SUSALUD, conforme los
considerandos de la presente resolución.
Artículo 3°.- NOTIFÍQUESE la presente resolución a
los interesados para conocimiento, a la Oficina General de
Gestión de las Personas, para los fines correspondientes.
Artículo 4°.- ENCARGAR a la Oficina de Comunicación
Corporativa la publicación de la presente Resolución en el
Diario Oficial El Peruano. Asimismo, encargar a la Oficina
General de Asesoría Jurídica la publicación de la presente
Resolución en la Página Web Institucional.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ELENA CRISTINA ZELAYA ARTEAGA
Superintendente
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REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN EN LA
SEPARATA DE NORMAS LEGALES
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial,
Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos
Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales,
reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos
administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en cuenta lo siguiente:
1.- La documentación por publicar se recibirá en la Dirección del Diario Oficial, de lunes a
viernes, en el horario de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicación deberá adjuntar los
documentos refrendados por la persona acreditada con el registro de su firma ante el Diario
Oficial.
2.- Junto a toda disposición, con o sin anexo, que contenga más de una página, se adjuntará un
disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo
electrónico [email protected]
3.- En toda disposición que contenga anexos, las entidades deberán tomar en cuenta lo establecido
en el artículo 9º del Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS,
modificado por el Decreto Supremo N° 014-2012-JUS
4.- Toda disposición y/o sus anexos que contengan tablas, deberán estar trabajadas en EXCEL, de
acuerdo al formato original y sin justificar; si incluyen gráficos, su presentación será en extensión
PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda.
5.- En toda disposición, con o sin anexos, que en total excediera de 6 páginas, el contenido del
disquete, cd rom, USB o correo electrónico será considerado COPIA FIEL DEL ORIGINAL, para
efectos de su publicación, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la
publicación se suspenderá.
6.- Las cotizaciones se enviarán al correo electrónico: [email protected].
pe; en caso de tener más de 1 página o de incluir cuadros se cotizará con originales. Las
cotizaciones tendrán una vigencia de dos meses o según el cambio de tarifas de la empresa.
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