1 BASES DE LA PROMOCIÓN “NAVIDAD MILLONARIA 2014” DE

BASES DE LA PROMOCIÓN “NAVIDAD MILLONARIA 2014”
DE LA ORGANIZACIÓN NACIONAL DE CIEGOS ESPAÑOLES
PRIMERA.ENTIDAD
ORGANIZADORA,
TEMPORAL Y PARTICIPANTES
ÁMBITO
TERRITORIAL,
La entidad ORGANIZACIÓN NACIONAL DE CIEGOS ESPAÑOLES (en
adelante ONCE) con domicilio social en C/ Prado, nº 24; 28014 de Madrid y
con NIF Q-2866004-A, realizará una promoción del producto de la modalidad
lotería instantánea de boletos de la ONCE con nombre comercial de “RASCA
DE NAVIDAD 2014”.
La promoción está dirigida a las personas mayores de 18 años y residentes en
territorio español que adquieran el producto “NAVIDAD MILLONARIA 2014”
durante el período promocional, sin perjuicio de lo dispuesto en la base sexta
en cuanto a la prohibición de los empleados de la ONCE de participar en la
promoción.
La promoción se llevará a cabo desde el 15 de Octubre de 2014 hasta el 31 de
Enero de 2015, ambos inclusive, en las condiciones que se detallan en las
presentes bases.
SEGUNDA.- OBJETO
El objetivo de esta promoción es incentivar la compra del producto de la
modalidad de lotería instantánea de boletos de la ONCE denominado
“NAVIDAD MILLONARIA 2014”, en soporte físico.
TERCERA.- PREMIOS
Los premios de la presente promoción serán los siguientes:
-
ALTAVOCES MULTIMEDIA 2.0 PHILIPS
CESTA FELIZ NAVIDAD
AURICULARES PHILIPS O´NEILL
MP3 DEPORTIVO 2 GB PHILIPS
ESTACIÓN METEOROLÓGICA OREGON
CESTA GOURMET
CAFETERA AUTOMÁTICA KRUPS INISSIA
PULSERA FITBIT FLEX
SÚPER CESTA DE NAVIDAD
TABLET 8" BQ CURIE 2 QUAD CORE 16 GB
RELOJ SMARTWATCH SONY
TV FULL HD 22" LG
NOCHE HOTEL CONFORTEL + DESAYUNO PARA 2 PERSONAS
FIN DE SEMANA HOTEL CONFORTEL 2 PERSONAS
Todos los regalos se otorgarán mediante la mecánica del momento ganador,
1
según se establece en la base cuarta.
Los regalos contenidos en la presente promoción, en ningún caso podrán ser
objeto de cambio, alteración, compensación en metálico o cesión a petición del
ganador.
Sin perjuicio de lo anterior, por razones de obsolescencia, falta de existencias o
cualquier otra circunstancia, la ONCE se reserva el derecho a entregar al
agraciado un artículo diferente al anteriormente expuesto, siempre que el
producto que se entregue en su sustitución ofrezca iguales o mejores
características que el asignado previamente y su valor económico sea similar.
CUARTA.- MECÁNICA DE PARTICIPACIÓN
Las personas que deseen participar en la promoción, deberán haber realizado
la compra de, al menos, un boleto físico que no haya resultado premiado del
producto “NAVIDAD MILLONARIA 2014”, y disponer del boleto original.
La participación en la promoción será de la siguiente forma:
El participante accederá a la página Web promocional www.rascadenavidad.es
y deberá aceptar expresamente las presentes bases promocionales antes
participar en la promoción.
A continuación, se le solicitará que introduzca una dirección de correo
electrónico y los siete dígitos alfanuméricos del código promocional que
aparecerán en el anverso del boleto físico al rascar debajo de la palabra
“RASCA AQUÍ”.
Una vez que el participante haya introducido los siete dígitos alfanuméricos del
código promocional, se producirá la participación del usuario en la promoción.
Dicha participación se incorporará a una relación numerada de la totalidad de
las participaciones válidamente recibidas. La numeración correspondiente a
cada participación será asignada por el propio sistema informático de forma
secuencial y correlativa, en razón al momento efectivo de la comprobación del
código. Dicha numeración se considerará válida, a efectos tanto de
determinación de participación válida como de momento de participación en la
misma, sin que pueda ser objeto de reclamación por los participantes.
Con anterioridad al inicio de la promoción, se entregará al notario que
protocolice las bases un listado de "1.090 momentos ganadores" dentro del
plazo temporal de participación de la promoción, en el que se detallará la fecha
y hora correspondiente a la asignación de cada premio. Por tanto, cada uno de
los “1.090 momentos ganadores” tendrá asignado un premio de los señalados
en la base tercera.
En el momento de la participación, el sistema informático comprobará en
tiempo real la fecha y hora de la misma y la cotejará con el listado de
"momentos ganadores" elegidos ante notario.
2
La primera participación válida cuya fecha y hora coincidan con uno de los
momentos ganadores, será la ganadora del regalo asignado a dicho momento
ganador, según el listado que se habrá facilitado al notario a tal efecto antes del
comienzo de la promoción. De no coincidir la fecha y la hora de ninguna
participación con el momento ganador, será premiada la primera participación
válida inmediatamente posterior cronológicamente a dicho momento ganador.
El plazo de tiempo para participar en la promoción comienza el día 15 de
Octubre de 2014 a las 11:00 horas y finaliza el día 31 de Enero de 2015 a las
23:30 horas. No será válido en ningún caso, ninguna participación que se
realice fuera de dicho plazo.
No obstante, la ONCE se reserva el derecho a modificar, ampliar o reducir las
fechas de comienzo o finalización de la promoción, lo que comunicará
oportunamente a los clientes y participantes en la promoción.
El número máximo de participaciones será de 10 al día para una misma
dirección de correo electrónico. Una vez introducida la dirección de correo
electrónico, el participante podrá comprobar los códigos promocionales que
considere oportuno, aunque en cada una de las comprobaciones tendrá que
aceptar las bases de la promoción, hasta un máximo de 10 participaciones
diarias.
Cuando el participante introduzca el código promocional sabrá al instante si ha
obtenido algún regalo. En caso de que sea así, aparecerá una ventana para
que introduzca los siguientes datos identificativos, necesarios para verificar su
participación y poder enviarle el regalo: Nombre, Apellidos, DNI, Teléfono,
Población, Provincia, Dirección y Código Postal. En caso de no ser el agraciado
también se le comunicará al instante.
Una vez remitido el correo con los datos identificativos del agraciado, éste
recibirá un correo electrónico desde la dirección [email protected] para
que confirme que sus datos son correctos y la aceptación del regalo.
En caso de que el ganador no proporcione los datos obligatorios para proceder
a su verificación, quedará excluido de la promoción y perderá el derecho al
regalo.
QUINTA.- COMUNICACIÓN DE LOS AGRACIADOS Y ENTREGA DE LOS
PREMIOS
Como se ha indicado en la base anterior, tras finalizar la verificación de datos,
el ganador recibirá un correo electrónico que tendrá que reenviar a la dirección
[email protected] contestando “ACEPTO”. El ganador tendrá un plazo
máximo de 10 días naturales para reenviar este correo electrónico de
aceptación. Transcurrido este plazo sin contestación por parte del participante,
este quedará excluido de la promoción y perderá su derecho al regalo.
Además de contestar al correo electrónico manifestando su aceptación del
regalo, el agraciado deberá incluir el código PIN de 3 dígitos numéricos que
aparecen en la zona de rascado junto al Código Promocional de 7 dígitos
alfanuméricos para comprobar la autenticidad del boleto.
3
Una vez enviado el correo electrónico según lo indicado anteriormente, y
cuando se haya verificado que toda la información facilitada es correcta, el
ganador recibirá el regalo en su domicilio o a través de Correos en función de
las características del regalo (tamaño, valor, carácter perecedero, fragilidad,
etc.).
-
En el caso de que el envío se realice al domicilio, el ganador recibirá una
nueva comunicación por correo electrónico indicándole que en el plazo
de 20 días, el regalo se remitirá por servicio de mensajería a su
domicilio.
-
En el caso de que el envió se realice por Correos, el ganador recibirá
una nueva comunicación por correo electrónico indicándole que en un
plazo como máximo de 20 días naturales recibirá un aviso en su buzón
de la dirección postal que haya facilitado, en el que le indicará que
puede recoger el regalo en la oficina de correos más cercana a dicha
dirección. El plazo para poder retirar el regalo en la oficina de correo
será de 15 días naturales desde que reciba la comunicación. En el
momento de la entrega, el agraciado deberá acreditar al personal del
servicio de correos su identidad mediante la presentación de su DNI o
documento acreditativo de su identidad. Además, tendrá que firmar un
documento que acredite que ha recibido el premio.
En el caso de entregas que se deban realizar en Canarias, el regalo se remitirá
por servicio de mensajería al domicilio del ganador. En el momento de la
entrega el agraciado deberá cumplir con los requisitos indicados.
En caso de incumplimiento de cualquiera de los anteriores requisitos, el
agraciado perderá su derecho a obtener el regalo.
Asimismo, en el caso de que por cualquier circunstancia, el agraciado no
aceptara el premio de forma incondicional o le fuese imposible disfrutar del
mismo, perderá su condición de agraciado.
Se tratará de realizar la entrega de cada regalo en el menor plazo posible
desde el momento de la confirmación del mismo, procurando que la entrega de
todos los premios haya finalizado en el plazo de los 60 días siguientes a la
finalización de la promoción.
Todos los productos que se entreguen como regalo contarán con la garantía
proporcionada por el fabricante del mismo, quien deberá responder de la
conformidad de los mismos de acuerdo con la normativa aplicable, no
asumiendo la ONCE ningún tipo de responsabilidad en este sentido.
SEXTA- LIMITACIÓN EN LA PARTICIPACIÓN
No podrán participar en la presente promoción los menores de 18 años, ni los
no residentes en el territorio español. Además, tampoco podrán participar en la
promoción los empleados de ONCE.
4
En el caso de que cualquiera de estas personas participe en la promoción y
resulte ganador, perderá automáticamente su condición de agraciado y al
premio le será asignado un nuevo momento ganador para volver a formar parte
de la promoción.
En el caso de detectar irregularidades en el comportamiento de los
participantes, la ONCE se reserva el derecho de excluir al participante de la
promoción.
Asimismo, en caso de que se detecte cualquier anomalía o se sospeche que un
participante está impidiendo el normal desarrollo en su participación en la
presente promoción o alterando fraudulenta o ilegalmente su registro o su
participación mediante cualquier procedimiento técnico o informático, para así
falsear su participación, la ONCE podrá impedir la participación del responsable
de tales actuaciones.
La presente promoción no es acumulable a ninguna otra promoción de la
ONCE.
SÉPTIMA.- ACEPTACIÓN DE BASES
Los participantes deberán aceptar las presentes bases en su totalidad en el
momento de participar y aceptar recibir la información sobre la gestión y
desarrollo de esta promoción que la ONCE estime oportuno, por lo que
cualquier manifestación en el sentido de no aceptarlas, implicará la exclusión
del participante y como consecuencia de ello, ONCE, quedará liberada del
cumplimiento de la obligación con dicho participante contraída en relación con
la promoción.
Las
presentes
bases
están
disponibles
en
la
página
web
www.rascadenavidad.es, estando además, depositadas ante Notario, según se
indica en la base decimocuarta.
OCTAVA.- RESPONSABILIDAD
La ONCE no se responsabiliza de las posibles pérdidas, deterioros, robos,
retrasos o cualquier otra circunstancia imputable a terceros o al servicio de
Correos, que pueda afectar al desarrollo de la presente promoción.
Producida la entrega de los premios a los agraciados, según se establece en la
base quinta, se entenderán cumplidas por la ONCE todas las obligaciones
asumidas en virtud de esta promoción, no pudiendo los premiados plantear
ninguna reclamación posterior, de cualquier índole.
La ONCE no se responsabiliza del uso que realice el agraciado del regalo
promocional.
5
NOVENA.- CESIÓN Y UTILIZACIÓN DEL NOMBRE E IMAGEN
Con la aceptación del premio, la persona agraciada consiente la utilización por
parte de ONCE de su imagen y nombre en cualquier tipo de comunicación
pública, informativa y publicitaria, siempre que lo sea con objeto de dar a
conocer el resultado de la acción promocional objeto de estas Bases. Así, se
compromete a prestar colaboración de tipo publicitario, sin cargo ni
remuneración alguna por este concepto, si para ello fuere requerido por ONCE,
para acciones divulgativo-publicitarias que tengan por objeto comunicar el
resultado de la promoción y la acreditación de los agraciados de la misma, en
los diferentes medios de comunicación, públicos o internos de la ONCE.
DÉCIMA- TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES
En cumplimiento de lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de
diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y en la Ley 34/2002,
de 11 de julio, de Servicios de la Sociedad de la Información y Comercio
Electrónico, el envío voluntario de los datos personales para participar en esta
promoción supone el consentimiento del participante para que los mismos se
incorporen a un fichero automatizado titularidad de la ONCE con la finalidad de
llevar a cabo las comprobaciones oportunas y otorgarle, en su caso, el regalo
que le hubiera correspondido, para comunicarse con el mismo para dicho fin y
para remitirle cualquier otra comunicación que considere necesaria para la
adecuada gestión o desarrollo de la promoción, y para el envío de información
comercial y promocional de productos y promociones similares de la ONCE,
tanto por medios electrónicos como no electrónicos, entendiéndose por
similares cualquiera de los productos de las modalidades de lotería que
comercializa la ONCE y las promociones asociadas a los mismos.
El participante podrá en cualquier momento ejercer sus derecho de acceso,
cancelación, rectificación y oposición, así como revocar su consentimiento al
tratamiento de sus datos personales para el envío de comunicaciones
comerciales, mediante correo ordinario dirigido a la ORGANIZACIÓN
NACIONAL DE CIEGOS ESPAÑOLES, sita en C/ Prado, nº 24 - 28014 de
Madrid, a la atención de la Dirección Técnica de Marketing, o por correo
electrónico enviado a la dirección [email protected].
La ONCE podrá autorizar a terceros, que actuarán como encargados del
tratamiento, el acceso y tratamiento de los datos para la gestión y desarrollo
por cuenta de la ONCE de la presente promoción o de cualquiera de los
aspectos de la misma, así como para el envío de comunicaciones comerciales.
DECIMOPRIMERA.- FISCALIDAD
El pago del impuesto sobre el valor añadido (IVA) en cualquiera de los regalos,
será por cuenta de la ONCE.
De conformidad con la normativa aplicable, se informa a los participantes en la
presente promoción de que los regalos cuyo valor sea superior a 300 euros
están sujetos a retención o ingreso a cuenta de IRPF.
6
En relación con lo anterior y en cumplimiento de la vigente normativa fiscal, la
ONCE practicará la correspondiente retención e ingreso a cuenta sobre el
regalo entregado y, en su momento, expedirá la oportuna certificación que
facilite al participante el cumplimiento de sus obligaciones fiscales al tener que
incorporar en su declaración de IRPF el rendimiento consistente en el premio
recibido.
El participante deberá observar lo establecido en la base cuarta y en la
presente, respecto de los premios que pudieran corresponderle superiores a
300€.
DECIMOSEGUNDA- CONDICIONES GENERALES
La ONCE, se reserva la facultad de resolver cualesquiera dudas o conflictos de
interpretación de las presentes bases, así como determinar los criterios
aplicables a supuestos no contemplados expresamente en las mismas, sin que
contra las decisiones de la ONCE quepa recurso alguno.
Con el objeto de coadyuvar a la resolución de las dudas que pudieran
presentárseles a los participantes en esta promoción sobre cualesquiera
aspectos relacionados con la misma (por ejemplo, los requisitos personales,
devengo de premio, entrega de regalos, procedimiento, notificaciones, etc.), la
ONCE dispondrá de un Servicio de Información de la promoción en el número
91 449 81 00, de lunes a viernes, en horario de 11.00 horas a 15.00 horas, y de
16.00 horas a 20.00 horas.
La ONCE podrá dar por terminada o ampliarla, en cualquier momento, la
presente promoción o modificar cualquiera de sus condiciones, siempre que
exista alguna causa que, a juicio de la propia ONCE, lo justifique, procurando
su mayor difusión y publicidad.
El incumplimiento de cualquiera de las estipulaciones de las presentes bases
por parte de los agraciados determinará su inmediata pérdida de la condición
de agraciado y, por tanto, no tendrá derecho al premio que le hubiera podido
corresponder.
DECIMOTERCERA.- CONFLICTOS Y LEY APLICABLE.
La presente promoción está sujeta a la ley española. Para toda cuestión
litigiosa que pudiera dimanar de la presente promoción, tanto la ONCE como
los agraciados y participantes en la misma, hacen expresa renuncia a cualquier
fuero que pudiera corresponderles, y expresamente se someten a los Juzgados
y Tribunales de Madrid capital.
DECIMOCUARTA.- DEPÓSITO DE BASES
Las bases de la presente promoción se encuentran depositadas y protocolizadas
ante el Notario del Ilustre Colegio de Notarios de Madrid, Don José María Mateos
Salgado, con domicilio profesional en la calle Castelló, nº 37, y estarán a
7
disposición de cualquier persona que desee consultarlas, así como en la página
web www.rascadenavidad.es.
8