crónica judicial crónica judicial

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PALABRA:
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BRA:: 0.025
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1
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CRÓNICA
Chiclayo, Martes 06 de Septiembre del 2016
JUDICIAL
PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LAMBAYEQUE
MG. ANA ELIZABETH SALES DEL CASTILLO - PRESIDENTA
PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV
Chiclayo, Martes 06 de Septiembre del 2016
1. REMATE JUDICIAL
REMATES BIENES INMUEBLES
Telf: 481030 - 239182
AVISO DE REMATE JUDICIAL EN
PRIMERA CONVOCATORIA
En el Expediente N° 270-2014-0-1703-JRCI-02 seguido por BANCO DE CRÉDITO
DEL PERÚ contra EMPRESA LA SALUD
POR LOS MEDIOS NATURALES E.I.R.L.,
ANTONIA FLORMIRA NUÑEZ MUÑOZ
Y DECIDERIO NUNEZ MUÑOZ, sobre
EJECUCIÓN DE GARANTÍAS, el señor
Juez del Juzgado Civil Transitorio de
Jaén, Dr. Jacinto Hernández Mendoza,
interviniendo como Especialista Legal Ana
Yusvari Milagros Montaño Santa Cruz, ha
ordenado mediante resolución número
cinco de fecha veintidós de junio del dos
mil dieciséis, que el suscrito MARTILLERO PUBLICO realice el remate judicial
en PRIMERA CONVOCATORIA de los
bienes inmuebles, consistente en:
1. Inmueble ubicado en la Calle Jorge
Chávez Mz. H Lote 14 de la Urbanización
Residencial Mirasol II del distrito y provincia de Jaén, departamento de Cajamarca, cuya área, dominio linderos y medidas
perimétricas corren inscritas en la Partida
Registral N° 11030651 del Registro de
Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de Jaén, TASACIÓN COMERCIAL:
Ascendente a la suma de US$. 55,074.00.
PRECIO BASE: La subasta se realizará
sobre la suma de US$. 36,716.00, monto
que resulta luego de deducir las dos
terceras partes de su valor de tasación.
REQUISITOS PARA SER POSTOR: EL
POSTOR deberá presentar antes del
remate una cantidad no menor a US$.
5,507.40 que equivale al 10% del valor
de tasación en efectivo, depósito judicial,
cheque de gerencia girado a su nombre,
asimismo deberán pagar la tasa judicial
con el código del Banco de la Nación N°
07153, por derecho de participación de
remate judicial de bien inmueble, indicando el número de expediente, documento
de identidad y el juzgado correspondiente,
el mismo que deberá estar debidamente
validado por el área de Recaudación
judicial. GRAVÁMENES: 1) CONSTITUCIÓN DE HIPOTECA a favor del BANCO
DE CRÉDITO DEL PERÚ hasta por la
suma de US$. 29,480.00, inscrita en el
asiento D00002 de la Partida Electrónica
N° 11030651 del Registro de Propiedad
Inmueble de la Oficina Registral de Jaén.
REMATE que se realizará el día VIERNES 23 DE SETIEMBRE DEL 2016, A
LAS 9:10 en el local de la Oficina de
Administración de la Sub Sede del Poder
judicial, ubicado en la Calle Mariscal
Castilla N° 490 - 2do piso de la ciudad de
Jaén – Cajamarca.
2. Inmueble ubicado en la Calle Juan Félix
Correa Mz. C Lote 22 de la Urbanización
Residencial Mirasol II del distrito y provincia de Jaén, departamento de Cajamarca,
cuya área, dominio, linderos y medidas
perimétricas corren inscritas en la Partida
Registral N° 11030558 del Registro de
Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de Jaén. TASACIÓN COMERCIAL:
Ascendente a la suma de US$. 38,865.55.
PRECIO BASE: La subasta se realizará
sobre la suma de US$. 25,910.36, monto
que resulta luego de deducir las dos
terceras partes de su valor de tasación.
REQUISITOS PARA SER POSTOR: EL
POSTOR deberá presentar antes del
remate una cantidad no menor a US$.
3,886.55 que equivale al 10% del valor
de tasación en efectivo, depósito judicial,
cheque de girado a su nombre, asimismo
deberán pagar la tasa judicial con el
código del Banco de la Nación N° 07153,
por derecho de participación de remato
judicial de bien inmueble, indicando el
número de expediente, documento de
identidad y el juzgado correspondiente
el mismo que deberá estar debidamente
validado por el área de Recaudación
judicial. GRAVÁMENES: 1) CONSTITUCIÓN DE HIPOTECA a favor del BANCO
DE CRÉDITO DEL PERÚ hasta por la
suma de US$. 39,769.00 inscrita en el
asiento D00002 de la Partida Electrónica
N° 11030558 del Registro de Propiedad
Inmueble de la Oficina Registral de Jaén.
HONORARIOS: El Adjudicatario pegará
los honorarios del Martillero según lo
establecido en el D.S. 008-2005-JUS. +
IGV, y deberán ser cancelados al finalizar
el acto de remate.
REMATE que se realizará el día VIERNES 23 DE SETIEMBRE DEL 2016, A
LAS 9:20 A.M. en el local de la Oficina de
Administración de la Sub Sede del Poder
judicial, ubicado en la Calle Mariscal
Castilla N° 490 - 2do piso de la ciudad de
Jaén - Cajamarca.
Jaén, 27 de julio del 2016
LORVI ALCANTARA SUYON
ABOGADO
MARTILLERO PÚBLICO
REG. N° 246
ABG. YUSVARI
MONTAÑO SANTA CRUZ
SECRETARIA JUDICIAL
JUZGADO CIVIL TRANSITORIO
DE JAEN
PODER JUDICIAL – CSJLA
P/ 5488821
F/ 541
S/. 99.00
06, 07, 08, 09, 12, 13 Sept.
REMATE PUBLICO EN PRIMERA
CONVOCATORIA
En el Exp. N° 234-2015-0-1703-JR-CI02, seguido en el 2° JUZGADO CIVIL
DE JAÉN que despacha el Juez Dr.
DAMIAN SANDOVAL REDUCIENDO
JOSE, Especialista Legal ODAR MONTERO MIRIAN, sobre Proceso de EJECUCIÓN DE GARANTÍA seguido por CAJA
MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO
DE PIURA S.A.C. - CMAC PIURA S.A.C.
con DISTRIBUIDORA CISCO S.A.C.,
COMERCIOS PERÚ S.A.C. y ARAUJO
YALTA MARLENI, Se ha autorizado a
la Martillero Publico EDITH ZINTHIA
GARAY PAUCAR, con Registro N° 336
sacar a REMATE PUBLICO EN PRIMERA
CONVOCATORIA el siguiente inmueble:
INMUEBLE: ubicado en CALLE MANCO
CAPAC S/N SECTOR MORRO SOLAR,
DISTRITO Y PROVINCIA DE JAÉN,
DEPARTAMENTO DE CAJAMARCA.
Inscrito en la Partida 02001766 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona
Registral N° II - Sede Chiclayo - Oficina
Registral Jaén.
TASACIÓN: $ 100,000.00 Dólares Americanos (CIEN MIL CON 00/100 DOLARES
AMERICANOS).
PRECIO BASE: $ 66,666.66 Dólares
Americanos (SESENTA Y SEIS MIL
SEISCENTOS SESENTA Y SEIS CON
66/100 Dólares Americanos) que constituyen las 2/3 partes del valor de la
tasación.AFECTACIONES:
HIPOTECA: A favor de la CAJA MUNICPAL DE AHORRO Y CRÉDITO DE
PIURA S.A. hasta por la suma de $
100.000.00 Cien mil con 00/100 Dólares Americanos, inscrito en el ASIENTO D00008 de la Partida 02001766 del
Registro de Propiedad Inmueble de la
Zona Registral N° II - Sede Chiclayo - Oficina Registral Jaén, Titulo que tiene fecha
de inscripción 12/10/2012.
FECHA Y HORA DEL REMATE: Día
MIÉRCOLES 21 DE SETIEMBRE DEL
2016, a horas 15:30 de la tarde.
LUGAR DE REMATE: En la sala de
remates, ubicada en la Calle Mariscal
Castilla N° 490 Distrito y Provincia Jaén,
Cajamarca, (Segundo Piso Oficina de
Administración).
POSTORES: Oblaran el 10% del valor de
tasación en efectivo o cheque de gerencia. Adjuntar tasa judicial por derecho de
participación de remate, consignar número del expediente con copia del arancel y
DNI y generales de ley.
Jaén, 19 de Agosto del 2016
EDITH ZINTHYA GARAY PAUCAR
MARTILLERO PÚBLICO
REG. N° 336
MIRIAN ODAR MONTERO
SECRETARIA JUDICIAL
2° JUZGADO CIVIL – JAEN
PODER JUDICIAL – CSJLA
P/ 5489644
F/ 1970
S/. 66.60
06, 07, 08, 09, 12, 13 Sept.
PRIMER REMATE JUDICIAL
En los seguidos por BANCO DE CRÉDITO DEL PERU, contra DROGUERIA SHIROFARMA SAC, FRANCISCO
CARAY FARRO, ANGELICA LUZ SENMACHE DE CARAY, ALFREDO FELIPE
SHIROMA MIURA y MARLENY YAIPEN
TRUJILLO sobre Ejecución de Garantías,
Expediente N° 00995-2014-0-1706-JRCO-08, el Octavo Juzgado Civil - Comercial de Chiclayo a cargo del Señor Juez
Dr. Sandro Omar Aguilar Gaitán, con
intervención de la Especialista Legal
Dra. Betty del Socorro Varias Céspedes,
ha dispuesto que el suscrito Martillero
Público con Matrícula Nro. 209, saque a
REMATE en PRIMERA CONVOCATORIA, un bien inmueble (2 plantas y azotea)
ubicado en:
PUEBLO TRADICIONAL CERCADO DE
CHICLAYO CALLE MARISCAL CASTILLA N° 212 [MZ 172, LOTE 36] DISTRITO Y PROVINCIA DE CHICLAYO,
DEPARTAMENTO DE LAMBAYEQUE.
CUYO DOMINIO, ÁREA (246.90 M2),
LINDEROS, MEDIDAS PERIMÉTRICAS
SON: POR EL FRENTE LIMITA CON
CALLE M. CASTILLA CON 07.00 ML;
POR LA DERECHA CON PROPIEDAD
DE TERCEROS, CON 33.70 ML; POR
LA IZQUIERDA CON PROPIEDAD DE
TERCEROS, CON 33.15 ML Y POR EL
FONDO CON PROPIEDAD DE TERCEROS, CON 07.80 ML INSCRITA
EN LA PARTIDA REGISTRAL NÚMERO P10124772 DEL REGISTRO DE
PROPIEDAD INMUEBLE DE LA ZONA
REGISTRAL N° II-SEDE CHICLAYO.
VALOR DE TASACIÓN (Comercial): US$
695,195.24 DÓLARES AMERICANOS.
BASE DE REMATE: US$ 463,463.49
DÓLARES AMERICANOS, equivalente a
las 2/3 partes de la tasación.
AFECTACIONES: CARGA: en el Asiento 00002, Interviniente: Cofopri. Carga
por Zona Monumental. HIPOTECA: en
el Asiento 00014, hasta por la suma
de US$ 121,017.03 Dólares Americanos,
a favor de BANCO DE CREDITO DEL
PERU. AMPLIACIÓN DE HIPOTECA: en
el Asiento 00016, hasta por la suma
de US$ 761,121.50 Dólares Americanos,
a favor de BANCO DE CRÉDITO DEL
PERU. HIPOTECA: en el Asiento 00018,
hasta por la suma de S/ 104,000.00 soles,
a favor de César Augusto Llontop Rivas y
Aurelia Pilar Benites Rojas.
EMBARGO: en forma de inscripción, en
el Asiento 00019, hasta por la suma
de S/. 10,000.00 soles, a favor de Caja
Municipal de Ahorro y Crédito de Trujillo
S.A.C. EMBARGO: en forma de anotación
de demanda, en el Asiento 00020, a favor
del Banco de Crédito del Perú Exp, N°
995-2015-1-1706-JR-CI-08. EMBARGO
en forma de inscripción, en el Asiento
00021, a favor de DROKASA hasta por la
suma de S/ 46,439.15 Soles. Todas en la
Partida Registral P10124772 del registro
de propiedad inmueble de Chiclayo.
DÍA Y HORA DEL REMATE: martes 04 de
octubre de 2016, a horas 09:00 am.
LUGAR DEL REMATE: En la Sala de
Remates sito en Calle San José N° 1052,
Chiclayo. MODALIDAD Y FUNCIONARIO
QUE REALIZARA EL REMATE: Remate
a viva voz, que será efectuado por el
Martillero Público Dr. Asdel Vega Tirado, Cell: 999098701 / correo electrónico:
[email protected].
LOS POSTORES: Oblarán no menos
del diez por ciento del valor de tasación
PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV
comercial del inmueble, en efectivo o
cheque de gerencia, endosable, girado a
nombre del postor.
Presentar original y copia de la tasa judicial por derecho de participación a remate,
indicando DNI, número de Expediente
y Juzgado. Tasa que será, previamente
validada, por ante el Área de Recaudación
Judicial de la Corte Superior de Justicia de
Lambayeque. Los Honorarios del Martillero Público son por cuenta del adjudicatario, más el IGV, de conformidad con la Ley
27728 “Ley del Martillero Público” y su
Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nro. 008- 2005-JUS.
Chiclayo, 25 de julio de 2016
DR. ASDEL VEGAS TIRADO
MARTILLERO PUBLICO
MATRICULA 209
DRA. BETTY DEL SOCORRO
VARIAS CESPEDES
ESPECIALISTA LEGAL
OCTAVO JUZGADO CIVIL –
COMERCIAL – CHICLAYO
PODER JUDICIAL – CSJLA
P/ 5485959
F/ 1954
S/. 95.00
05, 06, 07, 08, 09, 12 Sept.
SEGUNDA CONVOCATORIA
A REMATE PÚBLICO
En los seguidos por CAJA MUNICIPAL DE
AHORRO Y CREDITO DE TRUJILLO S.A.
contra VICTOR MANUEL RUIZ MURO
sobre Ejecución de Garantías, Expediente
N° 284-2013, el Octavo Juzgado Civil
Sub-Especialidad Comercial de Chiclayo a cargo del Señor Juez Dr. Sandro
Omar Aguilar Gaitán, Especialista legal
Dra. Cecilia Guillermo Zambrano, han
dispuesto que el suscrito saque a remate
judicial en SEGUNDA CONVOCATORIA,
el inmueble ubicado en la Manzana C,
Lote 23, Sección 501, Habilitación Urbana
Los Sauces, del Distrito de Pimentel,
Provincia de Chiclayo y Departamento
de Lambayeque, con áreas, linderos y
medidas perimétricas que corre inscrito
en la partida electrónica P10159087 del
Registro de Propiedad Inmueble Registro
de Predios de la Zona Registral II - Sede
Chiclayo.
VALOR DE LA TASACIÓN: US$
24,253.00 (veinticuatro mil doscientos
cincuenta y tres con 00/100 Dólares Americanos).
BASE DE REMATE: US$ 13,743.36 (trece
mil setecientos cuarenta y tres con 36/100
Dólares Americanos) equivalente a las
2/3 partes de la tasación, menos el 15%.
CARGAS Y GRAVÁMENES:
D00004 HIPOTECA El propietario del
inmueble inscrito en la presente partida, en calidad de deudor, ha constituido
hipoteca a favor de CAJA MUNICIPAL
DE AHORRO Y CREDITO DE TRUJILLO S.A.A. hasta por la suma de US$
20,133.00 Dólares Americanos, a fin
de garantizar un préstamo dinerario de
S/.42,000.00 Nuevos Soles. Así y más
consta en la Escritura Pública N° 2053 de
fecha 10/08/2012 otorgada ante Notario
Público Paul Richard pineda Gavilán, por
licencia concedida al Dr. Henry Macedo
Villanueva en la ciudad de Chiclayo.
DÍA Y HORA DE REMATE: El 26 de
setiembre de 2016 a las 10:30 horas.
LUGAR DEL REMATE: Sala de remates
ubicada en la antigua Corte Superior de
Justicia de Chiclayo sito en la Calle San
José N° 1052, Provincia y Departamento
de Chiclayo.
LOS POSTORES: deberán presentar
antes del remate una cantidad no menor
al 10 % del Valor de Tasación del presente remate, en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre y con la respectiva
tasa judicial (con copia de este y su DNI
si es persona natural o poderes, en caso
de ser persona jurídica), suscribiendo
dicha tasa, con el número del expediente
y generales de ley. Validar la tasa en el
área de Recaudación Judicial con el sello
respectivo para su utilización en el remate
según Oficio Circular N- 50-2012-GADCSJLA-PJ. Los honorarios del martillero
público son por cuenta del adjudicatario
de acuerdo a Ley.ADOLFO BENJAMIN
GAMARRA ESCALANTE
MARTILLERO PÚBLICO
REG. N° 305.
CECILIA GUILLERMO ZAMBRANO
SECRETARIO JUDICIAL
OCTAVO JUZGADO CIVIL
COMERCIAL
PODER JUDICIAL – CSJLA
P/ 5486837
F/ 1957
S/. 37.00
05, 06, 07 Sept.
CRÓNICA
SEGUNDO REMATE JUDICIAL
EXP. N° 0332-2011
(Corte Superior de Justicia de Lambayeque) en los seguidos por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CRÉDITO DE TRUJILLO SA., contra VÍCTOR SANCHEZ
HUACACHE y contra TCI S.A.C, sobre
EJECUCIÓN DE GARANTÍAS, Exp. 3322011, por orden del Señor Juez del Octavo Juzgado Civil Comercial de Chiclayo,
que despacha el Señor Juez Dr. SANDRO
OMAR AGUILAR GAITAN, Especialista
Legal Dra. Betty del Socorro Varias Céspedes, ha dispuesto a sacar a Remate
Público en SEGUNDA CONVOCATORIA,
los bienes inmuebles constituidos por:
1) STAND 04. BLOCK T SEGUNDO
PISO. Av. Mariscal Nieto N° 480, Urbanización Campodónico, Distrito y Provincia
de Chiclayo, Departamento de Lambayeque, cuyo dominio, área, linderos y demás
medidas perimétricas obran inscritas en la
partida Registral N° 11084039, del Registro de la Propiedad Inmueble de la Zona
Registral N° II Sede Chiclayo.
VALOR DE TASACIÓN: US$ 27,494.91
(VEINTISIETE MIL CUATROCIENTOS
NOVENTA Y CUATRO CON 91/100
DOLARES AMERICANOS).
BASE DE REMATE: US$ 15, 580.45
(QUINCE MIL QUINIENTOS OCHENTA
CON 45/100 DÓLARES AMERICANOS,
que son las dos terceras partes de la tasación, menos el quince por ciento
2) STAND 05, BLOCK F PRIMER PISO,
Av. Mariscal Nieto N° 480, Urbanización Campodónico, Distrito y Provincia de
Chiclayo, Departamento de Lambayeque,
cuyo dominio, área, linderos y demás
medidas perimétricas obran inscritas en la
partida Registral N° 11083322, del Registro de la Propiedad Inmueble de la Zona
Registral N° II Sede Chiclayo.
VALOR DE TASACIÓN: US$ 27,494.91
(VEINTISIETE MIL CUATROCIENTOS
NOVENTA Y CUATRO CON 91/100
DOLARES AMERICANOS).
BASE DE REMATE: US$ 15,580.45
(QUINCE MIL QUINIENTOS OCHENTA
CON 45/100 DÓLARES AMERICANOS,
que son las dos terceras partes de la tasación, menos el quince por ciento.
CARGAS Y GRAVÁMENES: EN AMBOS
INMUEBLES DE LA PARTIDA MATRIZ
N° 11056037. I) RECTIFICACIÓN DE
OFICIO. A) HIPOTECA. A favor de CAJA
MUNICIPAL DE AHORRO Y CRÉDITO
DE TRUJILLO SA, hasta por la suma
de US$ 586,400.00 Dólares americanos,
inscrita en el asiento D00003 de la Partida N° 02006303 B) HIPOTECA. A favor
de CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y
CRÉDITO DE TRUJILLO SA, hasta por
la suma de US$ 461,000.00 Dólares americanos, inscrita en el asiento D00004 de
la Partida N° 02188147. C) HIPOTECA. A
favor de CAJA MUNICIPAL DE AHORRO
Y CRÉDITO DE TRUJILLO SA, hasta
por la suma de US$ 385,300.00 Dólares
americanos, inscrita en el asiento D00004
de la Partida N° 02007703. Se realiza la
presente aclaración teniendo a la vista
el título archivado N° 200600039386 del
15/09/2006. Asiento D00001, Chiclayo
15 de noviembre del 2006. P. E. N°
11083322 Y P.E. N° 11084039, II) CONSTITUCIÓN DE HIPOTECA.- El propietario
del inmueble inscrito en la presente Partida en calidad de garante ha constituido
hipoteca a favor de CAJA MUNICIPAL DE
AHORRO Y CRÉDITO DE TRUJILLO SA.,
hasta por la suma de US$ 2105.680.00
Dólares americanos. Asiento D00002,
Chiclayo 11 de diciembre del 2006.- P.E.
N° 11083322 Y P.E. N° 11084039; III)
AMPLIACIÓN DE HIPOTECA inscrita en
el asiento D00002 de la presente partida,
hasta por la suma de US$ 2105,680.00
Dólares americanos, a favor de CAJA
MUNICIPAL DE AHORRO Y CRÉDITO
DE TRUJILLO SA. Se amplía a la suma
de US$ 2497,364.00 Dólares Americanos.
Siendo este el monto actual del gravamen, así consta por escritura pública de
27/04/207 que otorga ante Notario VERA
MÉNDEZ ANTONIO, en la ciudad de
Chiclayo. Asiento D00003. Chiclayo 07 de
mayo de 2007.- P. E. N° 11083322 Y P.E.
N° 11084039. IV) AMPLIACIÓN DE HIPOTECA la hipoteca inscrita en el asiento
D0003 de la presente partida hasta por el
monto de US$ 2497,364.00 Dólares americanos a favor de CAJA MUNICIPAL DE
AHORRO Y CREDITO DE TRUJILLO SA.,
se amplía en conveniencia con las partes,
hasta por la suma de US$ 3239,868.00
Dólares americanos. Siendo este el monto
actual del gravamen, así consta en escritura Pública del 19/06/2007 ante Notario
VERA MENDEZ ANTONIO, en la ciudad
de Chiclayo. Asiento D00004. Chiclayo
21 de junio de 2007.- P. E. N° 11083322
Y P.E. N° 11084039. V) AMPLIACIÓN
JUDICIAL
Chiclayo, Martes 06 de Septiembre del 2016
DE HIPOTECA la hipoteca inscrita en el
asiento D0002, ampliada en el asiento
D00003 y D0004 de la presente partida,
hasta por la monto de US$ 3239,868.00
Dólares americanos a favor de CAJA
MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO
DE TRUJILLO SA. Se amplía en conveniencia de las partes, hasta por un monto
de US$ 5440,574.00 Dólares Americanos
siendo este el monto actual del gravamen.
Asiento D00005. Chiclayo 14 de septiembre de 2007.- P. E. N° 11083322 Y P.E.
N° 11084039.
DÍA Y HORA DEL REMATE:
1) STAND 04, BLOCK T SEGUNDO
PISO, Av. Mariscal Nieto N° 480, Urbanización Campodónico Distrito y Provincia
de Chiclayo, Departamento de Lambayeque el 22 DE SEPTIEMBRE DEL 2016 A
LAS 12:00 HORAS.
2) STAND 05, BLOCK F PRIMER PISO,
Av. Mariscal Nieto N° 480, Urbanización
Campodónico, Distrito y Provincia de Chiclayo, Departamento de Lambayeque el
22 DE SEPTIEMBRE DEL 2016 A LAS
12:30 HORAS.
LUGAR DE REMATE: ambos inmuebles
respectivamente. En el Local de la sala de
Remates ubicado en CALLE SAN JOSÉ
1052, Provincia de Chiclayo, Departamento de Lambayeque.- POSTORES: Solo se
admitirá como postor a quien antes del
remate haya depositado en efectivo o en
Cheque de Gerencia, girado a su nombre,
una cantidad no menor al 10% del valor
de la tasación, presentarán la tasa judicial correspondiente, en original y copia
del arancel, suscribiendo el Número del
expediente y generales de ley, adjuntando
además, copia de su DNI, Los honorarios
del Martillero Público serán a cargo del
adjudicatario según (D.S.-008-2005-JUS)
de conformidad con el artículo 732° del
Código Procesal Civil y están afectos al
IGV. Rosa Francisca Díaz García Martillero Público Reg. Nacional N° 168.
ROSA FRANCISCA DIAZ GARCIA
MARTILLERO PÚBLICO
REG. N° 168
DRA. BETTY DEL SOCORRO VARIAS
CESPEDES
ESPECIALISTA LEGAL
OCTAVO JUZGADO CIVIL –
COMERCIAL – CHICLAYO
PODER JUDICIAL – CSJLA
P/ 5486839
F/ 1958
S/. 79.00
05, 06, 07 Sept.
SEGUNDA CONVOCATORIA
A REMATE PÚBLICO
En los seguidos por el LTP INVERSIONES SAC contra JESUS DAVID CASTAÑEDA BERECHE y EDY CECILIA
GUERRERO VILCHEZ DE CASTAÑEDA,
sobre OBLIGACIÓN DE DAR SUMA DE
DINERO, expediente N° 04201-2013-01706-JR-CI-09 a cargo del Señor Juez
del Octavo Juzgado Civil Subespecialidad
Comercial de la Corte Superior de Justicia
de Lambayeque: Dr. SANDRO OMAR
AGUILAR GAITÁN, Especialista legal:
CECILIA GUILLERMO ZAMBRANO,
quienes han dispuesto sacar a REMATE
PUBLICO EN SEGUNDA CONVOCATORIA el bien inmueble ubicado en la
Manzana N, Lote 16 del pueblo joven 9 de
Octubre del distrito y provincia de Chiclayo en el departamento de Lambayeque,
cuya área, linderos, medidas perimétricas
y dominio corren inscritas en la Partida N°
P10001739 del registro de predios de la
oficina registral de Chiclayo, cuyo VALOR
DE TASACIÓN asciende a la suma de
VEINTICINCO MIL TRESCIENTOS DIECIOCHO CON 26/100 DÓLARES AMERICANOS [$25,318.26], siendo la BASE
DEL REMATE EN SEGUNDA CONVOCATORIA: CATORCE MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y SIETE CON 01/100
DÓLARES AMERICANOS [$14,347.01]
que resultan de reducir en 15% el precio
base de primera convocatoria. AFECTACIONES: 1. EMBARGO.- Asiento
N° 00009.- A favor de la LTP INVERSIONES S.A.C. hasta por un monto de
S/.98,000.00 Soles (En el expediente de
la materia). DÍA Y HORA DEL REMATE:
15 DE SETIEMBRE DEL 2016, a horas
9:30 a.m.- LUGAR DEL REMATE: En la
Sala de Remates, sito en la Calle San
José N° 1052, Segundo Piso, con ingreso
por Calle San José N° 1074, del Distrito y
Provincia de Chiclayo, Departamento de
Lambayeque. REQUISITOS PARA SER
POSTORES: Los postores oblarán no
menos del 10% del VALOR DE LA TASACIÓN en efectivo o cheque de Gerencia
(endosable y con una antigüedad menor a
30 días) girado a su nombre y entregarán
en original y copia: DNI/RUC del postor,
3
Vigencia de Poder (para representantes)
y el recibo del arancel judicial correspondiente (tributo 07153) donde conste
el nombre del Juzgado, el número de
Expediente y Generales de Ley del postor,
validado (Sellado) por el Área de Recaudación Judicial. Los honorarios del martillero público son por cuenta del adjudicatario conforme al artículo 18 del D.S. No.
008-2005-JUS y serán cancelados a la
firma del acta de remate. FUNCIONARIO
QUE EFECTUARÁ EL REMATE: Enrique
Orlando Chumioque Hidalgo - Martillero
Público N° 197 - RPC 947910594.
Chiclayo, 12 de agosto de 2016
ENRIQUE O. CHUMIOQUE HIDALGO
ABOGADO
MARTILLERO PÚBLICO
REG. N° 197
CECILIA GUILLERMO ZAMBRANO
SECRETARIA JUDICIAL
OCTAVO JUZGADO CIVIL
COMERCIAL
PODER JUDICIAL – CSJLA
P/ 4986788
F/ 1956
S/. 37.00
05, 06, 07 Sept.
AVISO DE REMATE JUDICIAL EN
TERCERA CONVOCATORIA
En el Expediente N° 922 - 2014 seguido por BANCO FINANCIERO DEL
PERÚ contra MARCO AURELIO MARTIN AGUSTÍN RACCHUMI SALAZAR
y ANITA DE LOS MILAGROS ROMERO AMORETTI, sobre EJECUCIÓN DE
GARANTÍAS REALES el señor Juez del
Octavo Juzgado Civil Sub. Especialidad
Comercial de Chiclayo, Dr. Sandro Omar
Aguilar Gaitán, interviniendo como Especialista Legal Cecilia Guillermo Zambrano,
ha ordenado mediante resolución número
quince de fecha dieciocho de julio del dos
mil dieciséis, que el suscrito MARTILLERO PÚBLICO, realice el REMATE JUDICIAL en TERCERA CONVOCATORIA del
inmueble consistente en:
- Departamento B ubicado en el Lote 06
de la Mz. B de la Urb. Cooperativa de
Vivienda Hipólito Unanue Ltda., del distrito
y provincia de Chiclayo, departamento de
Lambayeque, cuya área, linderos, demás
medidas perimétricas y demás características corren inscritas en la Partida Electrónica N° 11103506 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° II
sede Chiclayo. TASACIÓN: Comercial en
la suma de US$. 59,936.00 (CINCUENTA
Y NUEVE MIL NOVECIENTOS TREINTA
Y SEIS con 00/100 DOLARES AMERICANOS). PRECIO BASE: En la suma
de US$. 28,869.17 (VEINTIOCHO MIL
OCHOCIENTOS SESENTA Y NUEVE
con 17/100 DOLARES AMERICANOS),
monto que resulta luego de deducir el
quince por ciento de la postura anterior. REQUISITOS PARA SER POSTOR:
El POSTOR deberá presentar antes del
remate una cantidad no menor a US$.
5,993.60 que equivale al 10% del valor de
tasación, en efectivo, depósito judicial o
cheque de gerencia girado a su nombre,
asimismo deberán pagar la tasa judicial
con el código del Banco de la Nación N°
07153 por derecho de participación de
remate judicial de bien inmueble, indicando el número de expediente, documento
de identidad y el juzgado correspondiente,
el mismo que deberá estar debidamente
validado con el sello respectivo por el área
de REPEJ - REMAP de la Corte Superior
de Justicia de Lambayeque. GRAVÁMENES: 1) HIPOTECA a favor del BANCO
FINANCIERO DEL PERÚ hasta por la
suma de US$. 58,186.00 Dólares Americanos, inscrita en el asiento D00003
de la Partida Electrónica N° 11103506
del Registro de Propiedad Inmueble de
la Zona Registral N° II sede Chiclayo.
HONORARIOS: El Adjudicatario pagara
los honorarios del Martillero, según lo
establecido con el D.S. 008-2005-JUS.
+ IGV, y deberán ser cancelados al finalizar el acto de remate.
REMATE que se realizará el día MIÉRCOLES 14 DE SETIEMBRE DEL 2016 A
LAS 11:30 AM, en el local de la Sala de
Remates, ubicada en la calle San José N°
1052, cercado de Chiclayo.
Chiclayo, 27 de Julio del 2016
ALEJANDRO BOCANEGRA CASTRO
ABOGADO
MARTILLERO PUBLICO
REG. N° 172
CECILIA GUILLERMO ZAMBRANO
SECRETARIA JUDICIAL
OCTAVO JUZGADO CIVIL
COMERCIAL
PODER JUDICIAL – CSJLA
P/ 5485993
F/ 1955
4
Chiclayo, Martes 06 de Septiembre del 2016
S/. 40.00
05, 06, 07 Sept.
PRIMERA CONVOCATORIA
Exp. N° 0712-2014, seguidos por BBVA
Banco Continental, contra BLANCA EMILIA BARRENECHEA RIQUERO, sobre
Ejecución de Garantías, el Señor Juez
del 8° Juzgado Civil Sub Especialidad
Comercial de Chiclayo, Dr. Sandro Omar
Aguilar Gaytan, Esp. Legal Dra. Carolina Portocarrero Estela, ha dispuesto el
Remate Público en Primera Convocatoria
del bien inmueble ubicado en el A.H. La
Victoria Mz. F, Lote 1, Sector 1 del Distrito de La Victoria, Provincia de Chiclayo, Departamento de Lambayeque, cuyo
dominio se encuentra inscrito en la Partida
N° P10006135 del Registro de la Propiedad Inmueble de los Registros Públicos
de Chiclayo Sede II, cuyo VALOR DE
TASACIÓN CONVENCIONAL asciende
a la suma U.S. $ 101,971.14 (Ciento un
Mil Novecientos Setentiuno con 14/100
Dólares Americanos) siendo la BASE las
dos terceras partes del valor de la tasación que asciende a la suma de US.$
67,980.76 (Sesentisiete Mil Novecientos
Ochenta con 76/100 Dólares Americanos), habiéndose designado al Martillero
Público Raúl I. García Gallo, Mat. N° 88
para que lleve a cabo dicho Remate.
GRAVÁMENES Y CARGAS INSCRITAS
VIGENTES: Hipoteca que corre inscrito
en el As. 00015 otorgada por doña Blanca Emilia Barrenechea Riquero favor del
banco ejecutante, medida da embargo en
forma de inscripción otorgada a favor del
Banco de Crédito hasta por la suma de $
101,971.14 Dólares Americanos. Escritura
Pública de fecha 11 de diciembre 2012
ante Notario Público Jaime Cárdenas Fonseca. OTRA.- HIPOTECA As. 00017.- a
favor de Jimmy Stuart Diez Malpartida
hasta por la suma de S/. 10,000.00 (diez
Mil y 00/100 Soles). Escritura Pública de
fecha 05 de marzo 2014, Notario Público
Carlos Caballero Burgos.
DÍA Y HORA DEL REMATE: 14 de
Setiembre del 2015 a horas 11.00 a.m.
LUGAR DEL REMATE: En las instalaciones de la Sala de Remates de la Corte
Superior de Justicia de Lambayeque.
POSTORES: Oblaran el 10% del valor
de la tasación en efectivo o en cheque
de gerencia y presentarán la tasa judicial
correspondiente consignando el número
de expediente y el Juzgado (con copia
de Arancel y DNI). Adjudicatario abona
honorarios del Martillero Público de conformidad con el Art. 732 Procesal Civil.
RAUL I. GARCIA GALLO
MARTILLERO PÚBLICO
MAT. N° 88
CAROLINA
PORTOCARRERO ESTELA
SECRETARIA JUDICIAL
JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL
COMERCIAL
PODER JUDICIAL – CSJLA
P/ 5486841
F/ 1959
S/. 68.00
02, 03, 05, 07, 08 Sept.
REMATE JUDICIAL EN PRIMERA
SUBASTA PÚBLICA
En el Expediente N° 2861-2014-0-1706JP-CI-02 seguido por CAJA DE TRUJILLO, contra WILSON ARMAS QUIROZ; el
Señor Juez del Segundo Juzgado de Paz
Letrado Especializado en lo Civil de Chiclayo, Dr. Willy Arnaldo López Fernández,
con intervención del Especialista Legal,
Dr. Luciano Puelles Díaz, de conformidad
con lo dispuesto por la Ley N° 28371,
que modifica los artículos 731 y 732 del
Código Procesal Civil, concordante con
el Reglamento de la Ley del Martillero Publico, aprobado mediante Decreto
Supremo N° 008-2005-JUS, ha facultado al Martillero Publico MARIA ANGELA
ZEBALLOS ALVA, con Registro N° 142,
autorizado para ejercer el cargo a nivel
nacional, para que señale fecha y hora en
la que se llevará a cabo la diligencia de
remate en primera subasta del siguiente
bien inmueble:
IDENTIFICACIÓN DEL BIEN:
INMUEBLE ubicado registralmente en la
Manzana W, Lote N° 5, Asentamiento
Humano Primero de Junio, distrito de La
Victoria, provincia de Chiclayo y departamento de Lambayeque, cuyos linderos,
medidas perimétricas y dominio, corren
inscritos en la Partida Electrónica N°
P10164330, del Registro de Predios de la
Oficina Registral de Chiclayo.
CARGAS Y GRAVÁMENES:
- EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCIÓN: Inscrito a favor de la entidad ejecu-
CRÓNICA
tante, hasta por la suma de S/. 20,000.00
(Veinte mil y 00/100 Soles), el mismo que
corre inscrito en el asiento 00003 de la
Partida Electrónica N° P10164330 del
Registro de Predios de la Oficina Registral
de Chiclayo.
TASACIÓN:
US$ 24,171.24 (Veinticuatro mil ciento
setenta y uno y 24/100 Dólares Americanos).
BASE DEL REMATE:
US$ 16,114.16 (Dieciséis mil ciento catorce y 16/100 Dólares Americanos) equivalente a las dos terceras partes del valor
de la tasación, por tratarse de la primera
subasta.
DÍA Y HORA DEL REMATE:
21 de Setiembre de 2016 a horas 12:30
pm.
LUGAR DEL REMATE:
Sala de remates de la Corte Superior de
Justicia de Lambayeque, ubicada en la
calle San José N° 1052, de la ciudad de
Chiclayo (Sede antigua de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque).
LOS POSTORES:
Depositarán el 10% del valor de la tasación mencionada en efectivo o en cheque
de gerencia, es decir la suma de US$
2,417.12 (Dos mil cuatrocientos diecisiete y 12/100 Dólares Americanos), y
presentarán la tasa judicial por derecho
de participación en el remate de bien
inmueble: COMPROBANTE DEL BANCO
DE LA NACIÓN con CÓDIGO N° 7153,
indicando N° de Expediente, documento
de identidad y N° de Juzgado.
HONORARIOS:
El adjudicatario pagará los honorarios del
Martillero Publico, de conformidad con
el artículo 18 del D.S. N° 008-2005-JUS.
Chiclayo, 26 de Agosto de 2016.
MA. ANGELA ZEBALLOS
MARTILLERA PÚBLICA
REG. N° 142
LUCIANO PUELLES DIAZ
ESPECIALISTA LEGAL
2° JUZGADO DE PAZ
LETRADO CIVIL
PODER JUDICIAL – CSJLA
P/ 5468364
F/ 1950
S/. 88.00
01, 02, 05, 06, 07, 08 Sept.
PRIMER REMATE JUDICIAL
EXP. N° 00204-2014
(Corte Superior de Justicia de Lambayeque) en los seguidos por OLIVARI VALLE
SANTIAGO ALFREDO, contra DEL CASTILLO ASCENCIO VICTOR ADOLFO,
LOPEZ DEL CASTILLO LOURDES LEONOR, sobre MEDIDA CAUTELAR DE
EMBARGO, - Obligación de dar Suma de
Dinero, Exp. 00204-2014, por orden del
Juzgado de Paz Letrado Civil Transitorio
de Chiclayo, que despacha el Juez Dr.
Juan Francisco García Mayorga, Especialista Legal, Ynoy Rubén Llamoctanta
Atalaya, ha dispuesto a sacar a Remate
Público en PRIMERA CONVOCATORIA
el bien inmueble embargado en autos,
ubicado en EL LOTE N° 7 DE LA MZ. “E”
DE LA HABILITACIÓN URBANA RESIDENCIAL LA PURISIMA - DISTRITO DE
CHICLAYO - PROVINCIA DE CHICLAYO
- DEPARTAMENTO DE LAMBAYEQUE,
cuyo dominio de propiedad consta inscrita
en la Partida Registral N° P11073791 del
Registro de Predios de la Oficina Registral
de Chiclayo, Zona Registral N° II - Sede
Chiclayo.
VALOR DE TASACIÓN: US$ 271,471.52
(DOCIENTOS SETENTAIUN MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y UNO CON
52/100 DOLARES AMERICANOS).
BASE DE REMATE: US$ 180,981.01
(CIENTO OCHENTA MIL NOVECIENTOS
OCHENTA Y UNO CON 01/100 DOLARES AMERICANOS), que son las dos
terceras partes de la tasación.
CARGAS Y GRAVÁMENES: A) HIPOTECA el propietario ha constituido hipoteca
a favor del BANCO CONTINENTAL, hasta
por la suma de US$ 23,185.00 (Veintitrés
Mil Ciento Ochenta Y Cinco Con 00/100
dólares Americanos) a fin de garantizar
el préstamo por la suma de S/. 85,500.00
Nuevos Soles, así consta en la Escritura
Publica N° 725 de fecha 20-04-2011, otorgada ante Notario Público Jaime Cárdenas Fonseca. Asiento D00003. Chiclayo
09 de mayo de 2011. B) CONSTITUCIÓN
DE HIPOTECA.- El propietario inscrito en
la presente Partida en calidad de deudor
constituye hipoteca a favor de BANCO
CONTINENTAL hasta por la suma de US$
100,000.00 Dólares Americanos a fin de
garantizar un préstamo de S/. 250,000.00
Nuevos Soles, así consta en la Escritura
Publica N° 4538 de fecha 06/12/2011,
otorgada ante Notario Público Carlos
JUDICIAL
PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV
Caballero Burgos el titulo fue presentado
el 07/12/2011. Asiento D00004. Chiclayo
13 de diciembre de 2011. C) EMBARGO
EN FORMA DE INSCRIPCIÓN.- Mediante
Resolución N° 01 de fecha 29/01/2014
expedida por la Juez supernumeraria
del 1 ° Juzgado de Paz Letrado Civil
de Chiclayo Dra. Carla Yolanda Paredes
Siccia y Secretario Judicial Yonny Llamoctanta Atalaya se resuelve: admitir a
trámite la MEDIDA CAUTELAAR FUERA
DEL PROCESO solicitada por SANTIAGO ALFREDO OLIVARI VALLE en
consecuencia TRABESE EMBARGO EN
FORMA DE INSCRIPCIÓN hasta por la
suma de VEINTE MIL Y 00/100 NUEVOS
SOLES, sobre el inmueble de propiedad
de VICTOR ADOLFO DEL CASTILLO
ASCENCIO, ASIENTO D00005. Chiclayo
05 de febrero de 2014.
D) EMBARGO.- Por Resolución Coactiva N° 0730070344217 expedida por
Diana Guevara Alberca Ejecutor Coactivo
SUNAT Lambayeque se ha resuelto trabarse embargo en forma de inscripción
hasta por la suma de S/. 9,200.00 Nuevos
Soles sobre el predio inscrito en esta
propiedad del deudor tributario VICTOR
ADOLFO DEL CASTILLO ASCENCIO.
Asiento D00006. Chiclayo 05 de junio
de 2014.
DIA Y HORA DEL REMATE: 22 de Septiembre, 3.00 PM
LUGAR DE REMATE: En el Local de
la sala de Remates ubicado en CALLE
SAN JOSE 1052 - SEGUNDO PISO,
Provincia de Chiclayo, Departamento de
Lambayeque.
POSTORES: Solo se admitirá como
postor a quien antes del remate haya
depositado en efectivo o en Cheque de
Gerencia, girado a su nombre, una cantidad no menor al 10% del valor de
la tasación, presentarán la tasa judicial
correspondiente, en original y copia del
arancel, suscribiendo el Número del expediente y generales de ley, adjuntando
además, copia de su DNI, Los honorarios
del Martillero Público serán a cargo del
adjudicatario según (D.S.-008-2005-JUS)
de conformidad con el artículo 732° del
Código Procesal Civil y están afectos al
IGV. Rosa Francisca Díaz García Martillero Público Reg. Nacional N° 168.
ROSA FRANCISCA DIAZ GARCIA
MARTILLERO PÚBLICO
REG. N° 168
YONNY LLAMOCTANTA ATALAYA
SECRETARIO JUDICIAL
PRIMER JUZGADO DE PAZ
LETRADO CIVIL
PODER JUDICIAL – CSJLA
P/ 5465571
B/ 3234
S/. 126.00
31 Agosto, 01, 02, 03, 05, 06 Sept.
REMATE PUBLICO EN PRIMERA
CONVOCATORIA
Ante el Juzgado Penal Liquidador Transitorio de Jaén, que despacha el Sr.
Juez JOSE LUIS TORRES BALLENA y
Especialista Legal Joselito Mejía Pérez,
en el Exp N° 379-2006-0-1703-JR-PE01 seguido contra ABEL CERQUERA
SANCHEZ por el delito de HOMICIDIO
SIMPLE en agravio de NILBER CERQUERA ALEJANDRIA, han dispuesto que el
suscrito saque a remate en PRIMERA
CONVOCATORIA los bien inmueble de
propiedad del ejecutado - sentenciado:
ABEL CERQUERA SANCHEZ, consistente en: a) Predio denominado “EL GUAYACAN” del Predio San José Área HA
3.00 - U.C. 22167 - CALLAYUC - Cutervo
- Departamento de Cajamarca; b) Pedio
consistente en la Parcela el Barisal Predio Rustico Chiple Tunas de un Área
de 8.24 -UC 22391, Distrito de Callaluc
- Cutervo - Departamento de Cajamarca;
inscrita en la Partida Registral Numero
11026631 - SUNARP - Jaén; los mismos
que saldrá a remate sobre la base de
las dos terceras partes de su tasación
comercial; (a) Primer Inmueble de una
Área de 3.00 Ha, sobre la base de: DOCE
MIL SEISIENTOS SESENTA Y SEIS CON
66/100 NUEVOS SOLES [S/. 12,666.66];
(b) Segundo Inmueble de una Área de
8.24 Ha, sobre la base de: DOCE MIL
NOVECIENTOS OCHENTA Y SEIS CON
66/100 NUEVOS SOLES [S/.12,986.66];
para ser postor, antes del remate, debe
depositarse en efectivo y en moneda
nacional o en certificado de depósito
judicial, una cantidad no menor al diez por
ciento del valor de la tasación comercial
del bien inmueble y pagar la tasa judicial
por derecho a participar en remate judicial de bienes inmuebles; diligencia de
remate que se llevara a cabo en la Sala
de audiencias del Cuarto Juzgado Penal
Unipersonal Supraprovincial de Jaén local de la Corte Superior de Justicia
de Lambayeque - Sede Jaén, TERCER
PISO, ubicado en la calle Mariscal Castilla
N°.490 de esta ciudad - JAÉN.
DÍA Y HORA DE REMATE: DOCE DE
OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS a hora DOS Y CUARENTA de la
tarde (hora exacta).
JOSELITO MEJIA PEREZ
ESPECIALISTA JUDICIAL
CUARTO JUZGADO PENAL
UNIPERSONAL
LIQUIDADOR PENAL
PJ-CSJLA-JAEN
31 Agosto, 01, 02, 05, 06, 07 Sept.
REMATE JUDICIAL EN PRIMERA
SUBASTA PÚBLICA
En el Expediente N° 1126-2009-0-1706JR-CO-08 seguido por CAJA MUNICIPAL
DE AHORRO y CRÉDITO TRUJILLO SA,
contra TCI SAC, RODOLFO CENTURIÓN
BRAVO, ENRIQUE DANIEL JAUREGUI
BRACAMONTE y YESSICA MARIBEL
QUEA VEGA, teniendo la condición
de terceros DORIS JANET ZEGARRA
BRAVO y MARÍA EUGENIA NOMBERA
VEGA, asimismo participa en el presente
proceso en condición de curador procesal MAGDALENA DEL PILAR BECERRA ATALAYA; sobre EJECUCION DE
GARANTIAS, el señor Juez del Octavo
Juzgado Civil Sub Especializado Comercial De Chiclayo, que despacha el Dr.
Sandro Ornar Aguilar Gaitan, con intervención de la Especialista Legal Dra.
Cecilia Guillermo Zambrano, de conformidad con lo dispuesto por Ley N° 28371,
que modifica los Artículos 731° y 732° del
Código Procesal Civil, concordante con el
Reglamento de la Ley del Martillero Público, aprobado mediante Decreto Supremo
N° 008-2005-JUS, ha facultado a la Martillero Público María Ángela Zeballos Alva,
con Registro N° 142, para ejercer el cargo
a Nivel Nacional; señale fecha para llevar
a cabo Ia diligencia de remate en PRIMERA CONVOCATORIA del bien inmueble:
IDENTIFICACIÓN DEL BIEN:
EL INMUEBLE identificado registralmente
como Stand 7 Block F Primer Piso ubicado en la Avenida Mariscal Nieto N° 480 de
la urbanización Campodónico del distrito
y provincia de Chiclayo, departamento
de Lambayeque, cuya área, linderos y
medidas perimétricas corren inscritas en
la Partida Electrónica N° 11083325 del
Registro de Predios de la Oficina Registral
de Chiclayo.
CARGAS Y GRAVÁMENES:
1. HIPOTECA: A favor de CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CRÉDITO DE
TRUJILLO SA, hasta por la suma de
US$ 586,400.00 (Quinientos ochenta y
seis mil cuatrocientos y 00/100 Dólares
Americanos) la misma que obra inscrita en
el asiento D0001 de la Partida Electrónica
N° 11083325, en el asiento D0001 de la
Partida Electrónica N° 11056037 y en el
asiento D0003 de la Partida Electrónica
N° 02006303 del Registro de Predios de
la Oficina Registral de Chiclayo.
2. HIPOTECA: A favor de CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CRÉDITO DE
TRUJILLO SA, hasta por la suma de
US$ 461,000.00 (Cuatrocientos sesenta
y un mil y 00/100 Dólares Americanos)
la misma que obra inscrita en el asiento D0001 de la Partida Electrónica N°
11083325, en el asiento D0001 de la
Partida Electrónica N° 11056037 y en el
asiento D0004 de la Partida Electrónica
N° 02188147 del Registro de Predios de
la Oficina Registral de Chiclayo.
3. HIPOTECA: A favor de CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CRÉDITO DE
TRUJILLO SA, hasta por la suma de US$
385,300.00 (Trescientos ochenta y cinco
mil trescientos y 00/100 Dólares Americanos) la misma que obra inscrita en el
asiento D0001 de la Partida Electrónica
N° 11083325, en el asiento D0001 de la
Partida Electrónica N° 11056037 y en el
asiento D0004 de la Partida Electrónica
N° 02007703 del Registro de Predios de
la Oficina Registral de Chiclayo.
4. HIPOTECA: A favor de la CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CRÉDITO DE
TRUJILLO SA, hasta por la suma de
US$ 5’440,574.00 (Cinco millones cuatrocientos cuarenta mil quinientos setenta
y cuatro y 00/100 Dólares Americanos),
cuya inscripción y futuras ampliaciones
corren inscritas en los asientos D0002,
D0003, D0004 y D0005 respectivamente, de la Partida Electrónica matriz N°
11056037 del Registro de Predios de la
Oficina Registral de Chiclayo, trasladadas
a la Partida Electrónica N° 11083325 del
Registro de Predios de la Oficina Registral
de Chiclayo, correspondiente a la partida
PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV
del inmueble a rematar.
TASACIÓN DEL INMUEBLE:
US$. 23,328.48 (Veintitrés mil trescientos
veintiocho y 48/100 Dólares Americanos)
BASE DEL REMATE:
US$/ 15,552.32 (Quince mil quinientos
cincuenta y dos y 32/100 Dólares Americanos), equivalente a las dos terceras
partes del valor de la tasación, por tratarse
de primera subasta.
DÍA Y HORA DEL REMATE:
21 de Setiembre de 2016 a horas 12:00
del mediodía.
LUGAR DEL REMATE:
Sala de remates de la Corte Superior de
Justicia de Lambayeque, sito en la calle
San José N° 1052 de la ciudad de Chiclayo (Sede antigua de la Corte Superior de
Justicia de Lambayeque).
LOS POSTORES:
Depositarán el 10% del valor de la tasación mencionada en efectivo o en Cheque
de Gerencia, es decir la suma de US$
2,332.84 (Dos mil trescientos treinta y
dos y 84/100 Dólares Americanos), y
presentarán la tasa judicial por derecho
de participación de remate de bien inmueble: Código Banco de la Nación N° 7153,
indicando N° de Expediente, documento
de identidad y N° Juzgado.
HONORAIOS;
El adjudicatario pagará los Honorarios del
martillero de Conformidad con el Artículo
18° del D.S. N° 008-2005-JUS.
Chiclayo, 02 de Agosto de 2016
ANGELA ZEBALLOS A
MARTILLERA PÚBLICO
REG. N° 142
CECILIA GUILLERMO ZAMBRANO
SECRETARIA JUDICIAL
OCTAVO JUZGADO CIVIL
COMERCIAL
PODER JUDICIAL – CSJLA
P/ 5465319
F/ 1928
S/. 126.00
29, 31 Agosto, 01, 02, 05, 06 Sept.
REMATE PUBLICO EN PRIMERA
CONVOCATORIA
En el Expediente N° 00668-2015-0-1706JR-CO-08, en los seguidos por BBVA
BANCO CONTINENTAL contra NEGOCIOS J&D SAC., IRIGOIN VILLEGAS
ROSMARI y JULÓN DÍAZ JEINER UBALDO, sobre EJECUCIÓN DE GARANTÍAS,
el Octavo Juzgado Civil Sub Especialidad
Comercial de Chiclayo, a cargo del Juez;
Sandro Ornar Aguilar Gaitán, interviniendo como Especialista Legal; Cecilia Guillermo Zambrano, han facultado a Jhimy
Frank Moncada Horna, Martillero Público
con Registro SUNARP N° 296, a realizar
el Remate Público en Primera Convocatoria, del bien INMUEBLE UBICADO EN
LA POSESIÓN INFORMAL URBANIZACIÓN BARSALLO AV. VENEZUELA N°
2582 (MZ. 19, LOTE 1C3), DISTRITO DE
JOSE LEONARDO ORTIZ, PROVINCIA
DE CHICLAYO DEPARTAMENTO DE
LAMBAYEQUE, CUYO DOMINIO, AREA,
LINDEROS, MEDIDAS PERIMÉTRICAS
Y DEMAS CARACTERISTICAS, SE
ENCUENTRAN INSCRITAS EN LA PARTIDA REGISTRAL N° P10095326, DEL
REGISTRO DE PROPIEDAD INMUEBLE
DE LA ZONA REGISTRAL N° II, SEDE
CHICLAYO.
VALOR TASACIÓN: US$. 130,995.00
(CIENTO TREINTA MIL NOVECIENTOS
NOVENTA Y CINCO Y 00/100 DÓLARES
AMERICANOS).
PRECIO BASE: US$. 87,330.00 (OCHENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS TREINTA Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS),
EQUIVALENTE A LAS DOS TERCERAS
PARTES DEL VALOR DE LA TASACIÓN.
AFECTACIONES: 1) INSCRIPCIÓN DE
HIPOTECA; a favor del Banco Continental, hasta por la suma de US$ 108,055.00,
para garantizar deudas y obligaciones
convenidas y demás que contiene en
la Escritura Pública N° 2863 de fecha
12.08.2011, otorgada ante Notario Público Carlos Caballero Burgos en la ciudad de Chiclayo, según consta en el
Asiento 00012 de la Partida Registral
N° P10095326. 2) INSCRIPCIÓN DE
EMBARGO; mediante Resolución Judicial N° 01 de fecha 07/09/2011 aclarada
por Resolución Judicial N° 05 de fecha
17/10/2011, expedidas por el Juez de la
Investigación Preparatoria del Juzgado de
Paz Letrado de Tacabamba - Chota, Dr.
David W. Ramírez Calderón y Especialista
Judicial; Walter Steve Cuenca Quiroz, que
resuelve declarar fundado el requerimiento de embargo en forma de inscripción y
demás según consta en el Asiento 00014
de la Partida Registral N° P10095326.
DÍA Y HORA DEL REMATE: MIÉRCOLES
28 DE SETIEMBRE DEL 2016, A HORAS
CRÓNICA
10:00 A.M. LUGAR DEL REMATE: Sala
de Remates de la Corte Superior de
Justicia de Lambayeque, sito en calle San
José N° 1052 - 2° Piso - Chiclayo.
POSTORES: Presentarán original y copia
del DNI, del RUC y vigencia de poder de
ser el caso. Original y copia del Arancel
Judicial N° 07153 por la suma de S/.
790.00, que deberán adquirir en el Banco
de la Nación, debidamente suscrito, consignando número de expediente, juzgado
y documento de identidad del postor.
De igual manera, oblarán una cantidad
no menor al 10% del valor de tasación
del inmueble (US$ 13,099.50 Dólares
Americanos) en efectivo o cheque de
gerencia sin sello No Negociable, girado
a su nombre, suma que será devuelta a
los postores no beneficiados. Previo al
remate, los postores deberán acercarse
al área de REPEJ-REMAJ con el arancel
judicial por derecho a participar en remate
judicial, para ser “validado” con el sello
respectivo.
HONORARIOS
DEL
MARTILLERO
PÚBLICO: Serán cancelados por el adjudicatario al concluir el Acto de Remate
Público, de conformidad con el D.S. N°
008-2005-JUS, más el IGV. INFORMES:
949780692, RPM #949780692.
Chiclayo, 27 de Julio del 2016
JHIMY FRANK MONCADA HORNA
ABOGADO
MARTILLERO PÚBLICO
REG. N° 296
CECILIA GUILLERMO ZAMBRANO
SECRETARIA JUDICIAL
OCTAVO JUZGADO CIVIL
COMERCIAL
PODER JUDICIAL – CSJLA
P/ 5465577
F/ 1933
S/. 88.00
29, 31 Agosto, 01, 02, 05, 06 Sept.
2. EDICTOS CLASIFICADOS
CONSEJO DE FAMILIA
FORMACIÓN DE CONSEJO
DE FAMILIA
Ante TERCER JUZGADO PAZ LETRADO
FAMILIA CHICLAYO, a cargo de Sra.
Juez Dra. LARREA, se tramita Expediente 01842-2016-0-1706-JR-FC-03, seguido por JUANA FRANCISCA GUZMAN
MASÍAS, con GERÓNIMO NOLASCO
FLORES MASÍAS, ALBERTO FLORES
MASÍAS, MARÍA ELIZABETH RODRÍGUEZ MASÍAS, y ELIANA GUZMAN
MASÍAS, sobre FORMACIÓN DE CONSEJO DE FAMILIA, para nombramiento de nuevo CURADOR de interdicta
mayor de edad NERY LAURA VICTORIA
FLORES MASÍAS. Se hace de público
conocimiento, para que en plazo DIEZ
días, cualquier interesado pueda efectuar observación respecto a inclusión o
exclusión indebida de las personas antes
mencionadas.
Chiclayo, 02 Septiembre 2016
CESAR URPEQUE CRUZADO
SECETARIO JUDICIAL
3° JUZGADO DE PAZ LETRADO
DE FAMILIA
PODER JUDICIAL – CSJLA
P/ 5486605
B/ 3292
S/. 14.00
05, 06, 07 Sept.
INSCRIPCION Y RECTIFICACION
DE PARTIDAS
EDICTO
Ante el Juzgado de Paz Letrado de Lambayeque, que despacha la Sra. Juez
Dra. Bárbara Ingrit Castro Escobedo
y Especialista Legal Dr. Santos Flores
Ramos, se tramita el expediente N° 17252016 seguido por JESÚS SÁNCHEZ
SANDOVAL, sobre RECTIFICACIÓN
DE CERTIFICADO DE INSCRIPCIÓN
N° 00010544-16-RENIEC, del causante
JOSÉ MERCEDES SÁNCHEZ VALDERA,
su padre, en la que por error se ha consignado el apellido materno BALDERA con
“B”, cuando lo correcto VALDERA con “V”.
Chiclayo, 26 de agosto del 2016.
ABOG. SANTOS FLORES RAMOS
ESPECIALISTA CIVIL – FC
JUZGADO DE PAZ LETRADO
LAMBAYEQUE
JUDICIAL
Chiclayo, Martes 06 de Septiembre del 2016
PODER JUDICIAL – CSJL
P/ 5474380
B/ 3273
S/. 11.00
02, 05, 06 Sept.
3.NOTIFICACIONES
EDICTO
EXPEDIENTE 2965-2015 sobre Declaración Judicial de Unión de Hecho seguido
por doña LIDIA SUSANA ALVAREZ DIEGUEZ contra JOSE JESUS GUERRERO ROJAS, YUL DELMER GUERRERO
ROJAS y ROCIO YLIANA GUERRERO
ROJAS. La Señora Juez Patricia Vallejos
Medina, ha resuelto: RESOLUCIÓN DOS:
Chiclayo 03.09.2015: ADMITIR a trámite
VIA PROCESO ABREVIADO la demanda
interpuesta por LIDIA SUSANA ALVAREZ
DIEGUEZ contra JOSE JESUS GUERRERO ROJAS, YUL DELMER GUERRERO
ROJAS y ROCIO YLIANA GUERRERO
ROJAS sobre DECLARACION JUDICIAL
DE UNION DE HECHO, CONFIERASE
TRASLADO a los demandados por el
plazo de DIEZ DIAS a fin de que comparezcan al proceso y absuelvan el traslado de la demanda; bajo apercibimiento
de declarárseles rebeldes; RESOLUCION OCHO: Chiclayo 05.08.2016: SE
RESUELVE: NOTIFICAR mediante edictos con una síntesis de la resolución dos
y la presente resolución a doña ROCIO
YLIANA GUERRERO ROJAS, en el diario El Peruano, y La República por tres
días hábiles concediéndoles el plazo de
TREINTA DÍAS HÁBILES, para que se
apersone en el procesen el proceso nombre apoderado que lo represente en juicio
y conteste la demanda, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal.
Chiclayo, 01 de setiembre de 2016
ELIZABETH L. PAZ CARBAJAL
SECRETARIA JUDICIAL
2° JUZGADO FAMILIA
PODER JUDICIAL
P/ 5487912
B/ 3306
S/. 22.50
06, 07, 08 Sept.
NOTIFICACIÓN POR EDICTOS
En Expediente N° 000387-2016, seguido
por PAREDES GARCIA, AURA PALMIRA
contra CHUGNAS CORONADO, JESÚS,
sobre AUMENTO DE ALIMENTOS, la
Sra. JUEZ TERCER JUZGADO PAZ
LETRADO FAMILIA, Dra. HAYDEE, ha
dispuesto notificarlo con siguiente: RESOLUCIÓN UNO. Chiclayo, DOS DE MARZO
DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS. (...)
NOTIFÍQUESE al demandado, mediante
EDICTOS (...), para que en el plazo de
QUINCE DÍAS comparezca al proceso y
señale domicilio (...), bajo apercibimiento de nómbrasele curador procesal. (...)
Dra. HAYDEE LARREA, Juez. FLAVIO
YNOPE, Secretario.
Chiclayo, 31 de AGOSTO 2016
FLAVIO Y. YNOPE QUIÑONES
SECRETARIO JUDICIAL
TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO
CIVIL DE FAMILIA – CSJLA
P/ 5489554
B/ 3316
S/. 12.00
06, 07, 08 Sept.
EDICTO
Ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado
de Familia de Chiclayo, que despacha el
Sr. Juez. Dr. JOSÉ LUIS FRANCISCO
VENTURA CAVA, Secretario. CESAR
MURILLO RAMOS, se resolvió: Exp.
N°. 778-2006-2JPLFCH, con motivo de
los autos seguidos, por LUZ EMELINA
TARRILLO GARCÍA contra GENARO
MERA CONSTANTINO, sobre ALIMENTOS, APROBAR la liquidación por la
suma de DOS MIL DOSCIENTOS DIECISIETE CON 48/100 NUEVOS SOLES,
por pensiones alimenticias devengadas,
NOTIFIQUESE al demandado GENARO
MERA CONSTANTINO, para que en el
término de tres días de notificado cumpla
con cancelar el monto adeudado BAJO
APERCIBIMIENTO DE REMITIR copias
a la fiscalía provincial penal de turno para
que actúe de acuerdo a sus atribuciones,
de conformidad con el artículo 566-A
incorporado al código procesal civil por el
artículo 1 de la ley 28439.
Chiclayo, 31 de Agosto del 2016
CESAR A. MURILLO RAMOS
SECRETARIO JUDICIAL
2° JUZGADO DE PAZ
LETRADO FAMILIA
5
PODER JUDICIAL – CSJLA
P/ 5485979
B/ 3284
S/. 17.00
05, 06, 07 Sept.
4. EDICTOS PENALES
EDICTO
EXPEDIENTE N°: 586-2013-2TIP-T
JUEZ: ORLANDO GERMÁN PARÍ GONZALES
ESP. DE JUZGADO: NIDYA PRETELL
ALEJANDRÍA
SE HACE SABER A: MADALEYNI DELGADO RIVERA
El Señor Juez del Segundo Juzgado de
Investigación Preparatoria de la Provincia
de Jaén, mediante el presente EDICTO
NOTIFICA A LA PARTE AGRAVIADA
REPRESENTADA POR LA SEÑORA
MADALEYNI DELGADO RIVERA, con la
Resolución N° 24 de fecha seis de octubre del dos mil quince; QUE RESUELVE:
DECLARAR DE OFICIO EL NO PRONUNCIAMIENTO DE LA CONDENA Y
POR EXTINGUIDO EL PERIODO DE
PRUEBA al sentenciado NAHUM PEÑA
SUÁREZ, por el delito OMISIÓN DE
ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de
LESLY ESTÉFANY PEÑA AGOSTA; en
consecuencia, CONSENTIDA O EJECUTORIADA que sea la misma, ANULESE
los antecedentes penales generados en el
presente proceso y, ARCHÍVESE DEFINITIVAMENTE la presente causa.
Jaén, 31 de agosto del 2016
DR. ORLANDO GERMAN
PARI GONZALES
JUEZ
2° JUZGADO DE INVESTIGACION
PREPARATORIA
PJ-NCPP-JAEN
NIDYA M. PRETELL ALEJANDRIA
ESPECIALISTA LEGAL
PJ-CSJLA-JAEN
06, 07, 08 Sept.
EDICTO
EXPEDIENTE N°: 1038-2015-30-2TIF-T
JUEZ: ORLANDO GERMÁN PARÍ GONZALES
ESP. DE JUZGADO: NIDYA PRETELL
ALEJANDRÍA
SE HACE SABER A: WILDER MUÑOZ
TAFUR.
El Señor Juez del Segundo Juzgado de
Investigación Preparatoria de la Provincia de Jaén, mediante el presente
EDICTO NOTIFICAR AL IMPUTADO
WILDER MUÑOZ TAFUR; con la Resolución N° CUATRO de fecha QUINCE DE
MARZO DEL DOS MIL DIECISEIS donde
RESUELVE: TÉNGASE POR DEVUELTO
el presente expediente; en consecuencia,
NOTIFÍQUESE al sentenciado WILDER
MUÑOZ TAFUR para que cumpla con las
reglas de conducta impuestas mediante
sentencia, entre ellas, apersonarse a éste
Juzgado para que proceda a firmar el libro
de sentenciados conforme al cronograma
que se adjunta a la presente resolución,
bajo apercibimiento desaplicarse el inciso
3 del artículo 65° del Código Penal en
caso de incumplimiento.
Jaén, 24 de agosto del 2016
DR. ORLANDO GERMAN
PARI GONZALES
JUEZ
2° JUZGADO DE INVESTIGACION
PREPARATORIA
PJ-NCPP-JAEN
NIDYA M. PRETELL ALEJANDRIA
ESPECIALISTA LEGAL
PJ-CSJLA-JAEN
06, 07, 08 Sept.
EDICTO PENAL
JUZGADO: INVESTIGACIÓN PREPARATORIA - CUTERVO
JUEZ: DR. EMILIANO SÁNCHEZ BANCES
CITA Y EMPLAZA al imputado JOSÉ
ANTONIO HERRERA HUAMAN, identificado con DNI 80558482, el mismo que
se encuentra, a solicitud fiscal, en calidad
de REO AUSENTE, para que se ponga
a Derecho y se defienda de los cargos
formulados en su contra en el Cuaderno N° 112-2016-1-170606, por el Delito
de VIOLACIÓN SEXUAL DE MENOR
DE EDAD, en agravio de H.F.G. (SOFÍA
FERNANDEZ SÁNCHEZ); Ordenándose su Conducción Compulsiva hasta por
VEINTICUATRO HORAS por la autoridad
policial encargada, que una vez efectuada
la misma, garantizando los derechos elementales de la persona detenida, debe-
6
Chiclayo, Martes 06 de Septiembre del 2016
rá poner al imputado a Disposición del
Juzgado de Investigación Preparatoria y
comunicar al Ministerio Publico a cargo
de la Investigación para que dirija y participe en las investigaciones pertinentes.
Habiéndose dispuesto comunicar a la
dirección de la Defensoría de Oficio para
que le asigne un abogado, a fin de que
ejerza su defensa.
Cutervo, 01 de setiembre del 2016
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA
DE LAMBAYEQUE
DR. EMILIANO SANCHEZ BANCES
JUZGADO DE INVESTIGACION
PREPARATORIA
CUTERVO
06, 07, 08 Sept.
EDICTO
EXPEDIENTE N°: 00289-2016-0-1703JR-PE-01
JUEZ: DRA. ELIZABETH CAMPOS IDROGO
ESP. DE JUZGADO: VIOLETA CORONADO NUÑEZ
SE HACE SABER A: DE LA CRUZ TIRABANTES ENRRIQUE
El Señor Juez Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de la Provincia
de Jaén, mediante el presente EDICTO NOTIFICA AL IMPUTADO: DE LA
CRUZ TIRABANTES ENRRIQUE con el
requerimiento de Proceso Inmediato con
RES N° 01 de fecha 09 de mayo del año
dos mil dieciséis, Dado cuenta con el
requerimiento de proceso Inmediato presentado por la señora Representante del
Ministerio Público, y de conformidad con
lo establecido por el artículo 447° numeral
1 del Código Procesal Penal, modificado
mediante decreto legislativo N° 1194; si
bien dicha normatividad procesal señala
que la audiencia se debe convocar en el
término de cuarenta y ocho horas, pero
advirtiéndose en el presente caso que
el domicilio del imputado se encuentra
ubicado en lugar distante a esta ciudad
de Jaén, a efectos de garantizar el irrestricto derecho de defensa, se debe fijar
la audiencia dentro de un margen de
tiempo prudente y razonable, teniéndose
en cuenta además que en el mes de
febrero se han decretado vacaciones a
los Magistrados y trabajadores del Poder
judicial; en consecuencia, CÓRRASE
TRASLADO A LAS PARTES PROCESALES; SE RESUELVE: REPROGRAMAR
LA PERENTE AUDIENCIA PARA EL DÍA
DOS DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS
MIL DIECISEIS A HORAS NUEVE DE LA
MAÑANA (09:00 AM); Diligencia que se
llevará a cabo en la Sala de Audiencias
de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, ubicado en la intersección de las
calles Huamantanga y Mariscal Castilla de
la ciudad de Jaén.
Por haberse ordenado así en el Expediente Me dirijo a Usted, remitiendo el
EDICTO 00289-2016-0-1703-JR-PE-01,
seguido contra DE LA CRUZ TIRÁBANTE
ENRRIQUE, por el delito de OMISIÓN A
LA ASISTENCIA FAMILIAR en agravio de
LLATAS AREVALO TELVINA, Va a efecto
de que sea publicado por tres veces
consecutivas.
Jaén, 19 de Agosto del 2016
MARIA ELIZABETH CAMPOS IDROGO
JUEZ
1° JUZGADO DE INVESTIGACION
PREPARATORIA
PJ-NCPP-JAEN
L. VIOLETA CORONADO NUÑEZ
ESPECIALISTA JUDICIAL
PJIP-JAEN
06, 07, 08 Sept.
EDICTO
EXPEDIENTE N°: 1305-2015-2JIP-T
JUEZ: ORLANDO GERMÁN PARÍ GONZALES
ESP. DE JUZGADO: NIDYA PRETELL
ALEJANDRÍA
SE HACE SABER A: SÁNCHEZ SANTILLAN JHON PETER
El Señor Juez del Segundo Juzgado de
Investigación Preparatoria de la Provincia de Jaén, mediante el presente
EDICTO SE NOTIFICA AL IMPUTADO
SÁNCHEZ SANTILLAN JHON PETER,
con el RESOLUCIÓN N° 04 con fecha
dos de agosto del Año dos mil dieciséis
más REQUERIMIIENTO DE ACUSACIÓN
donde RESUELVE; CORRER TRASLADO a los sujetos procesales por el plazo
perentorio DIEZ DÍAS útiles, a efectos de
que puedan por escrito:!) Observar formalmente el requerimiento de acusación,
2) Deducir excepciones y otros medios
de defensa, 3) Solicitar la imposición
o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada,
CRÓNICA
4) Pedir el sobreseimiento, 5) Instar la
aplicación de criterio de oportunidad, 6)
Ofrecer prueba para el juicio, 7) Objetar la
reparación civil ofreciendo los medios de
medio de prueba pertinentes, 8) Proponer
los hechos que aceptan y que el juez dará
por acreditados, obviando su actuación
probatoria en juicio, 9) Proponer acuerdos
acerca de los medios de prueba que
serán necesarios para que determinados
hechos se estimen probados, 10) Plantear
cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio, bajo apercibimiento
de declararse improcedente; PRECÍSESE
a las partes procesales que de observar
el requerimiento de acusación, deberán
hacerlo por escrito y debidamente fundamentado durante el traslado conferido,
conforme a lo dispuesto por la Casación
N° 53-2010-Piura, todo ello en aplicación
del principio de igualdad de armas, bajo
apercibimiento de declararse infundado
dicha observación; todo ello con el objeto
de ser debatido en la audiencia preliminar correspondiente; PRECÍSESE que el
procesado se encuentra con la medida
de COMPARECENCIA SIMPLE; PRECÍSESELE a la señora Fiscal a cargo
de la presente investigación que deberá
hacer entrega de sus elementos de convicción en pleno acto antes que culmine
la audiencia preliminar de control de acusación, bajo apercibimiento de dar cuenta
a su Superior en caso de incumplimiento;
cumplido que sea y de conformidad con lo
previsto por el artículo 351° numeral 1 del
Código Procesal Penal, CÍTESE para el
día CINCO DE SEPTIEMBRE DEL AÑO
DOS MIL QUINCE, A HORAS NUEVE DE
LA MAÑANA (09:00 a.m.) hora exacta,
para la realización de la AUDIENCIA DE
CONTROL DE ACUSACIÓN en la Sala
de Audiencias del Segundo Juzgado de
Investigación Preparatoria de Jaén ubicada en la esquina de las calles Mariscal
Castilla y Huamantanga de ésta ciudad
(2do piso), con la presencia obligatoria-.
de la Fiscal y Abogado del procesado,
bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia, injustificada de éste último de
excluirlo de la defensa, subrogarlo, y/
designar a otro Defensor Público u otro
letrado, tal como lo autoriza el artículo 85°
numeral del Código Procesal Penal.
Jaén, 18 de agosto del 2016
DR. ORLANDO GERMAN
PARI GONZALES
JUEZ
2° JUZGADO DE INVESTIGACION
PREPARATORIA
PJ-NCPP-JAEN
NIDYA M. PRETELL ALEJANDRIA
ESPECIALISTA LEGAL
PJ-CSJLA-JAEN
06, 07, 08 Sept.
EDICTO PENAL
Oficio N° 7564-2015 -0-1706-JR-PE/
JCHM
JUZGADO PENAL DE INVESTIGACIÓN
PREPARATORIA DE LAMBAYEQUE
JUEZ: JOSÉ LUIS CHÁÑAME PARRAGUEZ
ESPECIALISTA: Hoyos Monsalve
CITA Y EMPLAZA; al acusado de autos
JOSÉ ISMAEL GASTLO INGA, a efecto
de notificarle con el tenor de la resolución
DIEZ de fecha 31 de agosto del 2016 que
dispone REPROGRAMAR la audiencia de
control de acusación para el día NUEVE
DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL
DIECISEIS a DIEZ CON TREINTA MINUTOS DE LA MAÑANA - 10:30 AM, (hora
exacta,), la misma que se realizara en la
Sala de Audiencias del Establecimiento
Penitenciario de Chiclayo -Ex Picsi.
Por haberse dispuesto así en el Exp. N°
7564 -2015-0-1708-JR-PE, que se sigue
en contra José Ismael Gástelo Inga y
otros por el delito de robo agravado, previsto en el artículo 189 del Código Penal.
JOSE LUIS CHANAME PARRAGUEZ
JUEZ
JUZGADO DE INVESTIGACION
PREPARATORIA LAMBAYEQUE
PODER JUDICIAL – CSJLA
06, 07, 08 Sept.
EDICTO
EXPEDIENTE N°: 915-2016-27-2JIP-J
JUEZ: ORLANDO GERMÁN PARÍ GONZALES
ESP. DE JUZGADO: NIDYA PRETELL
ALEJANDRÍA
SE HACE SABER A: ROJAS CASTILLO
CARLOS ALFREDO Y JHON STALYN
SEGURA ROJAS.
El Señor Juez del Segundo Juzgado de
Investigación Preparatoria de la Provincia
de Jaén, mediante el presente EDICTO NOTIFICAR AL IMPUTADO ROJAS
JUDICIAL
PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV
CASTILLO CARLOS ALFREDO, JHON
STALYN SEGURA ROJAS Y ORLANDO FORTUNATO CUBAS PÉREZ;
donde RESUELVE: CITAR a la audiencia
pública para someter a contradictorio el
REQUERIMIENTO DE PRISIÓN PREVENTIVA contra DAVID HOYOS IRURETA, ORLANDO FORTUNATO CUBAS
PÉREZ, JHON STALYN SEGURA ROJAS
y CARLOS ALFREDO ROJAS CASTILLO
para el día LUNES DOCE DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS, A
HORAS UNA DE LA MAÑANA (01:00
P.m.) hora exacta - audiencia inaplazable,
en la Sala de Audiencias del Segundo
Juzgado de Investigación Preparatoria de
Jaén, ubicado en la intersección de las
calles Mariscal Castilla y Huamantanga de
ésta ciudad (2do piso), con la presencia
obligatoria de la Fiscal y Abogado de los
imputados, bajo apercibimiento de inconcurrencia de la Señora Fiscal de informar
a su Superior para la medida disciplinaria
correspondiente, y por la inconcurrencia
de sus Abogados, ser subrogados por otro
Defensor Público u otro letrado de ser el
caso; PRECÍSESE que los imputados
tienen el derecho a negarse por cualquier
motivo a estar presente en la audiencia
de prisión preventiva, en cuyo caso, será
representado por su Abogado o Defensor
Público de ser el caso.
Jaén, 29 de agosto del 2016
DR. ORLANDO GERMAN
PARI GONZALES
JUEZ
2° JUZGADO DE INVESTIGACION
PREPARATORIA
PJ-NCPP-JAEN
06, 07, 08 Sept.
EDICTO PENAL
Oficio N° 4714-2016-0-1706-JR-PE/JCHM
JUZGADO PENAL DE INVESTIGACIÓN
PREPARATORIA DE LAMBAYEQUE
JUEZ: CHÁÑAME PARRAGUEZ
ESPECIALISTA: Patricia Balarezo Ocon.
CITA Y EMPLAZA; al acusado de
autos JOSÉ ASUNCIÓN SANDOVAL
SALDAÑA, a efecto de notificarle con el
tenor de la resolución DOS de fecha 02
de Agosto del 2016, que contiene el auto
de que dispone: 1. REPROGRAMAR LA
AUDIENCIA DE PROCESO INMEDIATO
PARA EL DÍA DOCE DE SEPTIEMBRE
DEL AÑO EN CURSO a horas DOCE
DEL MEDIO DÍA- 12.00 am (Hora Exacta)
en la sala de Audiencias del Juzgado de
Investigación preparatoria de Lambayeque, ubicado en la calle Víctor Doig y Lora
- 2 do piso Lambayeque, por el delito de
INCUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN
ALIMENTARIA en agravio de EDITA ABIGAIL Y JOSELIN MIRELY SANDOVAL
SANTISTEBAN, Audiencia que se instalara con la presencia obligatoria del señor
representante del Ministerio público, bajo
apercibimiento de aplicarse el artículo 144
inciso 2) del Código Procesal Penal.
Por haberse dispuesto así en el Exp.
N° 4714-2016-1708-JR-PE, que se sigue
en contra JOSÉ ASUNCIÓN SANDOVAL
SALDAÑA por el delito INCUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN ALIMENTARIA
en agravio de EDITA ABIGAIL Y JOSELIN
MIRELY SANDOVAL SANTISTEBAN.
JOSE LUIS CHANAME PARRAGUEZ
JUEZ PENAL
JUZGADO DE INVESTIGACION
PREPARATORIA LAMBAYEQUE
PODER JUDICIAL – CSJLA
06, 07, 08 Sept.
EDICTO PENAL
Oficio N° 2914-2016-0-1706-JR-PE/JCHM
JUZGADO PENAL DE INVESTIGACIÓN
PREPARATORIA DE LAMBAYEQUE
JUEZ: CHÁÑAME PARRAGUEZ JOSÉ
LUIS
ESPECIALISTA: HOYOS MONSALVE
JUAN CARLOS
CITA Y EMPLAZA; al acusado de autos
FIDEL RINZA BERNILLA, a efecto de
notificarle con el tenor de la resolución
UNO de fecha 22 de abril del 2016. que
contiene el auto de que dispone: 1. CITAR
a la AUDIENCIA ÚNICA DE INCOACIÓN
DE PROCESO INMEDIATO EN CASO DE
DELITOS DE FLAGRANCIA, OMISIÓN
A LA ASISTENCIA FAMILIAR - Y CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD
requerido por el señor Fiscal de la Primera
Fiscalía Penal de Lambayeque; Asimismo
se le notificar con el tenor de la resolución
de la RESOLUCIÓN CUATRO de fecha
13 de Agosto del 2016 que dispone:
DECLARAR FRUSTRADA la instalación
de la presente audiencia y reprogramar la
misma, para el día TRECE DE SETIEMBRE DEL DOS MIL DIECISEIS a horas
TRES DE LA TARDE , en esta misma sala
de audiencia, la misma que se realizara
en la Sala de Audiencias del Juzgado de
investigación Preparatoria de Lambayeque, sito en Calle Víctor Doig y Lora 185
-Lambayeque.
Por haberse dispuesto así en el Exp. N°
2914-2016-0-1708-JR-PE, que se sigue
en contra Fidel Rinza Bernilla por el delito
con la familia en la modalidad de omisión
a la asistencia familia.
JOSE LUIS CHANAME PARRAGUEZ
JUEZ PENAL
JUZGADO DE INVESTIGACION
PREPARATORIA LAMBAYEQUE
PODER JUDICIAL – CSJLA
06, 07, 08 Sept.
EDICTO PENAL
Oficio N° 2914-2016-89-1706-JR-PE/
JCHM
JUZGADO PENAL DE INVESTIGACIÓN
PREPARATORIA DE LAMBAYEQUE
JUEZ: CHÁÑAME PARRAGUEZ JOSÉ
LUIS
ESPECIALISTA: HOYOS MONSALVE
JUAN CARLOS
CITA Y EMPLAZA; al acusado de autos
FIDEL RINZA BERNILLA, a efecto de
notificarle con el tenor de la resolución
UNO de fecha 17 de Junio del 2016. que
contiene el auto de que dispone: 1. ADMITIR a trámite la SOLICITUD DE C9NSTITUCIÓN EN ACTOR CIVIL presentado
por LUZ LILIANA MORALES SÁNCHEZ,
respecto al proceso seguido contra FIDEL
RINZA BERNILLA por la presunta comisión del delito Contra la familia - Omisión
de la Asistencia Familiar - en la modalidad
de INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIÓN
ALIMENTARÍA, en agravio de su menor
hijo; Asimismo se le notifica con el tenor
de la RESOLUCIÓN DOS de fecha 13
de Agosto del 2016 que dispone: PROGRAMAR LA AUDIENCIA, para el día
TRECE DE SETIEMBRE DEL DOS MIL
DIECISEIS a horas DOS Y CUARENTA
DE LA TARDE, en esta misma sala de
audiencia, la misma que se realizara en
la Sala de Audiencias del Juzgado de
investigación Preparatoria de Lambayeque, sito en Calle Víctor Doig y Lora 185
-Lambayeque.
Por haberse dispuesto así en el Exp. N°
2914-2016-0-1708-JR-PE, que se sigue
en contra Fidel Rinza Bernilla por el delito
con la familia en la modalidad de omisión
a la asistencia familia.
JOSE LUIS CHANAME PARRAGUEZ
JUEZ PENAL
JUZGADO DE INVESTIGACION
PREPARATORIA LAMBAYEQUE
PODER JUDICIAL – CSJLA
06, 07, 08 Sept.
EDICTO PENAL
EXP. N° 0201-2007.
El SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO PENAL
LIQUIDADOR DE CHICLAYO
DR- SEGUNDO ADRIANZEN CIEZA
ESPECIALISTA LEGAL: JOSÉ FERNANDO CHAMAYA VILCHEZ.
Por intermedio de la presente, notifico
y emplazo al imputado LUIS MIGUEL
MONJA PUICON, con la resolución
sesenta y de fecha 31-08-2016, para que
se presente al local del Juzgado Penal
Liquidador sito en San José 1052 para
la lectura de su sentencia que ha sido
REPROGRAMADA para el día QUINCE DE SETIEMBRE del presente año a
horas 10AM .Por haberse ordenado en la
presente instrucción N°-0201-2007 por el
delito de Microcomercialización ó Micro
producción en agravio de Estado Peruano. Dr. Segundo Adrianzen Cieza-JuezEspecialista Legal - Dr. José Fernando
Chamaya VilchezChiclayo, 31 de Agosto del 2016
SEGUNDO B. ADRIANZEN CIEZA
JUEZ
PRIMER JUZGADO PENAL
LIQUIDADOR TRANSITORIO
PODER JUDICIAL – CSJLA
06, 07, 08 Sept.
EDICTO
EXP.
Nro.
01993-2014-0
JULIO
BENAVENTE DELGADO.
EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DEL MODULO BÁSICO DE JUSTICIA DE JOSÉ
LEONARDO ORTIZ A CARGO DEL DR.
DÍAZ TARRILLO: NOTIFICA AL IMPUTADO ELMER BUSTAMANTE HERRERA
Y RAÚL CAMPOS IDROGO O RAÚL
CAMPOS YDROGO O LUIS MIGUEL
RISCO GUEVARA, EXP. 01993- 2014
- O JBD. POR EL DELITO FALSEDAD
IDEOLÓGICA EN AGRAVIO DE MARÍA
BRENILDA CAMPOS IDROGO SE LE
PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV
NOTIFICA A LA: AUDIENCIA ÚNICA DE
INCOACCION DE PROCESO INMEDIATO, PARA EL
DÍA VEINTICINCO
DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL
DIECISEIS A LAS NUEVE DE LA MAÑANA (HORA EXACTA) EN LA SEGUNDA
SALA DE AUDIENCIAS CITO EN VIRREY
TOLEDO CUADRA DIEZ DISPOSICIÓN
DE FORMALIZARON CONTINUACIÓN
DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA
DISPOSICIÓN: TRES José Leonardo
Ortiz, uno de abril del año dos mil catorce.- DADO CUENTA: Con la investigación preliminar seguida contra ELMER
BUSTAMANTE HERRERA, por presunto
delito contra la Libertad Personal en la
modalidad de SECUESTRO en agravio
de María Brenilda CAMPOS IDROGO, y;
CONSIDERANDO: PRIMERO:
FUNDAMENTACIÓN FÁCTICA.-Aparece
de actuados que con fecha 28 de enero
del año 2014, a las 15:00 horas aproximadamente, la agraviada María Brenilda
CAMPOS IDROGO salió de su domicilio
sito en la calle Bolívar Mz. A lote 15 del
C.P. San Miguel en este distrito de José
Leonardo Ortiz, para dirigirse al sector de
Moshoqueque con el propósito de visitar
a unas amigas, llevándose consigo su
celular Ne 985881256, siendo el caso que
desde ese momento no ha regresado a
su casa desconociéndose su paradero
actual. Que el denunciante y padre de
la presunta desaparecida, Luis CAMPOS
IDROGO, con f echa 28 de enero del año
en curso, a las 20:00 horas aproximadamente, se comunicó desde su celular
N-941870541 con la presunta aparecida
(llamándola a su celular N9 985881256)
quien le manifestó que ya estaba llegando
a su casa, llamándola posteriormente a
las 21:00 horas aproximadamente, pero
su celular ya se encontraba apagado.
Que, luego de unos días, exactamente
el 30 de enero del año en curso llamó al
imputado Elmer BUSTAMANTE HERRERA a su celular N° 942042780 quien
resulta ser conviviente de la agraviada,
quien le señaló que se encontraba en el
caserío de la Libertad, distrito de Alonso
de Alvarado Roque - Lamas - San Martín,
refiriéndole que no sabía del paradero
de su hija. Sin embargo, ha sido su
yerno Jorge NUÑEZ HERRERA quien le
llamó desde su celular N9 973384360,
contándole que su primo el denunciado
Elmer BUSTAMANTE HERRERA le había
enviado un mensaje de texto a su celular,
diciéndole que él sabía que a su esposa la
tienen secuestrada y que le habían pedido
un cupo de dinero, y que él iba a ser lo
posible para pagarles, y en caso que “no
la soltaran” él pensaba envenenarse y
matarse. Que estos últimos datos permiten presumir razonablemente la participación del imputado Elmer BUSTAMANTE
HERRERA en la desaparición y secuestro
de la agraviada. SEGUNDO: Calificación
Jurídica: Ministerio Público - Fiscalía de la
Nación Defendiendo la Legalidad El delito
investigado es contra la Libertad Personal
en su modalidad de SECUESTRO se
encuentra tipificado en el artículo 152° del
Código Penal, donde se prescribe que:
“Será reprimido con pena privativa de la
libertad no menor de veinte ni mayor de
treinta años el que, sin derecho, motivo
ni facultad justificada, priva a otro de su
libertad personal, cualquiera sea el móvil,
el propósito, la modalidad o circunstancia
o tiempo que el agraviado sufra la privación o restricción de su libertad.”. Elementos de Convicción: Como elementos
de convicción que vinculan al imputado
con el delito de SECUESTRO se tienen
los siguientes: 1. Acta de denuncia verbal
N° 96-2014-RPN.DIRTEPOL-DEPINCRISIDCLYPD-CH, interpuesta por el denunciante Luis CAMPOS FERNANDEZ, padre
de la agraviada dando cuenta de los
hechos presuntamente constitutivos de
secuestro sufridos por la víctima. 2. Copia
xerográfica del documento nacional de
identidad N° 44432930 de propiedad de
la agraviada María Brenilda CAMPOS
IDROGO. 3. Boletín de búsqueda N°
S/N-2014-DIVICAJ-CH confeccionado por
el Departamento de personas desaparecidas de la DIVINCRI. Acta de declaración del denunciante Luis CAMPOS
FERNANDEZ, ratificándose en todo el
contenido de su denuncia primigeniamente interpuesta y sindicando al imputado
Elmer BUSTAMANTE HERRERA como
el responsables de la desaparición de su
hija, persona quien la tendría en su poder,
desconociendo los motivos de semejante conducta. Agrega también que con
fecha 14 de febrero del año en curso
recibió una llamada telefónica a su celular N° 941870541 de parte de su yerno
Jorge NUÑEZ HERRERA, de celular N°
973384360, quien le dijo que su primo
CRÓNICA
el denunciado Elmer BUSTAMANTE
HERRERA le había enviado un mensaje
de texto a su celular, diciéndole que él
sabía que a su esposa la tienen secuestrada y que le estaban pidiendo un cupo
de dinero, y que él iba a ser lo imposible
para pagarles, y en caso de que no la soltaran él pensaba matarse o envenenarse,
contestándole entonces el denunciante
a su yerno que sólo quería que le entreguen a su hija. Acta de declaración de
la ciudadana Karen TECOCHA BRAVO,
quien refiere ser amiga de la agraviada
María Brenilda CAMPOS IDROGO, de
quien sabía que tenía una relación sentimental, y que a la fecha se encuentra
desaparecida, ignorando su paradero y
otros datos que permitan coadyuvar a su
ubicación. 6. Acta de declaración de la
persona de Víctor DÍAZ IDROGO, quien
es cuñado de la agraviada, esposo de
su hermana, y asimismo, resulta ser tío
del denunciado Elmer BUSTAMANTE
HERRERA, indicando que este último
se encontraría residiendo en el caserío
San Juan de Pacay Sapa en el distrito de
Roque en Lamas, departamento de San
Martín, desconociendo los pormenores de
la desaparición de la agraviada. 7. Acta
de declaración del ciudadano Segundo
Antonio BUSTAMANTE CARHUAJULCA
quien señaló conocer a la agraviada en
razón que esta última resulta ser hija
de su cuñada Consuelo IDROGO DÍAZ,
asimismo, indica que el denunciado Elmer
BUSTAMANTE, Ministerio Público - Fiscalía de la Nación Defendiendo la Legalidad CARHUALJULCA, conociendo de la
relación sentimental entre ambos jóvenes,
presumiendo que a la fecha el imputado la
haya llevado a la agraviada María Brenilda CAMPOS IDROGO a su domicilio sito
en el caserío de La Libertad en el departamento de San Martín, donde vive con su
madre Nelly HERRERA SILVA. Asimismo,
indica que su mencionado sobrino estuvo
viviendo en su casa en este distrito de
José Leonardo Ortiz por un lapso de seis
meses, desde agosto a diciembre del año
2013 y que recibió una llamada del mismo
a su celular N° 971306361 de su número
942042780 para indicarle que no tenía a
la agraviada en su poder. 8. Radiograma N° 04-13-RPNO-DIRTEPOL-LAMBDIVPOS-CH/CPNP-JLO-”A”-SIDF emitido
por la Comisaría PNP de José Leonardo
Ortiz y dirigido a la Comisaría PNP de
Moyobamba en el departamento de San
Martín, a fin de notificar al imputado Elmer
BUSTAMANTE HERRERA para que se
constituya a la dependencia policial de
J LO y rinda su declaración conforme
a ley. 9. Radiograma N° 03-13-RPNODIRTEPOL-LAMB-DIVPOS-CH/CPNPJLO-”A”-SIDF emitido por la Comisaría
PNP de José Leonardo Ortiz y dirigido
a la Comisaría PNP de Pacaisapa en el
departamento de San Martín, a fin de
notificar al imputado Elmer BUSTAMANTE HERRERA para que se constituya a
la dependencia policial de JLO y rinda su
declaración conforme a ley. 10. Fichas
RENIEC de todos los involucrados en la
presente causa, encontrándose debidamente identificados e individualizados por
la autoridad. CUARTO: Presupuestos de
ejercicio de la Acción Penal: Conforme
a lo prescrito por el Artículo 336° Inciso
1 del Código Procesal Penal, para el
ejercicio válido de la acción penal, a
través de la formalización de la estigación
preparatoria, el Fiscal deberá verificar:
a) Que aparezcan indicios reveladores
de xistencia del delito; b) Que la acción
penal no ha prescrito; c) Que se haya
individualizado al ilutado. Que, conforme
a lo expuesto el presente se ha logrado
individualizar al presunto a|br del ilícito
penal identificándolo como ELMER BUSTAMANTE HERRERA con DNI 45183417.
La Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de José Leonardo Ortiz, a cargo
de la presente investigación, de conformidad con lo estipulado en los Artículos 336
Inciso 1, 2 y 3, 337, 338 y 339, del Código
Procesal Penal, y con las atribuciones
conferidas por los Artículos 159° Incisos 1,
4 y 5 de la Constitución Política del Estado
Peruano, concordante con el Artículo 5 y
94° Incisos 1 y 2 de la Ley Orgánica del
Ministerio Público - Decreto Legislativo
N° 052, así como el Artículo 152° (primer
párrafo) del Código Penal.
JOSE LEONARDO ORTIZ, 29 DE AGOSTO DEL 2016
REYNERIO DIAZ TARRILLO
JUEZ
2° JUZGADO DE INVESTIGACION
PREPARATORIA
MODULO BASICO DE JUSTICIA – JLO
JULIO CESAR BENAVENTE DELGADO
ESPECIALISTA DE JUZGADO MBJ-JLO
PJ-NCPP-CSJLAMB
JUDICIAL
Chiclayo, Martes 06 de Septiembre del 2016
06, 07, 08 Sept.
EDICTO
EXPEDIENTE N° 6953-2015-0
La Juez del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo, cita y
emplaza al acusado JHON RAFAEL VÁSQUEZ, a fin de que concurra a la audiencia de control de acusación reprogramada
para el día VEINTISIETE DE SETIEMBRE
DEL DOS MIL DIECISEIS A HORAS
10:15 PELA MAÑANA (HORA EXACTA)
EN LA SALA N ° 02 del Segundo Juzgado
de Investigación Preparatoria de Chiclayo
ubicada en la Av. José Leonardo Ortiz
N° 155 - Centro Cívico - Chiclayo - 2do
piso, quedando debidamente notificados
las partes procesales asistentes; en el
Expediente N° 06953-2015-0, proceso
seguido contra el acusado precitado, por
el delito contra la VIDA, EL CUERPO Y
LA SALUD, en su figura de LESIONES
LEVES, en agravio de WILMER WALTER
MEDINA GAYO YO; lo que se notifica de
acuerdo a ley.
Especialista Legal: Guiliana Aguilar Torres
FABIÁN DÍAZ CORREA.
ESPECIALISTA DE AUDIENCIA - NCPP
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA
LAMBAYEQUE
06, 07, 08 Sept.
EDICTO
EXP.
Nro.
06299/-2016-0
JULIO
BENAVENTE DELGADO.
EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DEL MODULO BÁSICO DE JUSTICIA DE JOSÉ
LEONARDO ORTIZ A CARGO DEL DR.
DÍAZ TARRÍLLO: NOTIFICA AL IMPUTADO CESAR GONZALES RUBIO EXP.
06299- 2016 - O JBD. POR EL DELITO
CONDUC CION EN ESTADO DE EBRIEDAD O DROGADICCION EN AGRAVIO
DE LA SOCIEDAD SE LE NOTIFICA A
LA: AUDIENCIA ÚNICA DE INCOACCION DE PROCESO INMEDIATO, PARA
EL DÍA VEINTINUEVE DE SEPTIEMBRE
DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS A LAS
DOCE Y TREINTA MEDIO DÍA (HORA
EXACTA) EN LA SEGUNDA SALA DE
AUDIENCIAS CITO EN VIRREY TOLEDO
CUADRA DIEZ INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO Mario Antonio López
Navarro, Fiscal Provincial de la Primera
Fiscalía Provincial Penal Corporativa de
José Leonardo Ortiz, con domicilio legal
en la calle incanato N°438 de la Urb.
San Carlos - José Leonardo Ortiz, con
casilla electrónica 41636; con motivo de
las diligencias preliminares seguidas contra CESAR GONZALES RUBIO por el
delito contra la Seguridad Pública, en su
modalidad de Peligro Común -CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO MOTORIZADO EN
ESTADO DE EBRIEDAD en agravio de la
Sociedad, ante usted me presento y digo
que, procedo a formular INCOACIÓN DE
PROCESO INMEDIATO, en los siguientes términos: CESAR GONZALES RUBIO
(34), identificado con DNI N”45394690,
natural de Chota - Cajamarca, nacido el
01/03/1982, hijo de José Abel y Criseilda,
soltero/conviviente, con instrucción secundaria, con domicilio real en la calle Puerto
Rico N°320 del PJ Lujan - JLO -Chiclayo.
!!.- LA PARTE AGRAVIADA La Sociedad,
representada por el Ministerio Público. En
el presente caso, conforme a lo Indicado
en el Decreto Legislativo N°l 194, que
modifica el artículo 446 del Nuevo Código Procesal Penal, es de aplicación el
supuesto contenido en el numeral cuatro
del artículo 446, el que señala “Independientemente de lo señalado en los
numerales anteriores, el Fiscal también
deberá solicitar la incoación del proceso
inmediato para los delitos de emisión a
la asistencia familiar y los de conducción
en estado de ebriedad o drogadicción, sin
perjuicio de lo señalado en el numeral 3
del articulo 447 del presente Código”. A
Usted Señor Juez, solicito se sirva dar el
trámite de ley al presente Requerimiento
de Incoación de Proceso Inmediato. : La
reparación civil, conforme a la Resolución
de la Fiscalía de la Nación N”2508-2013MP-FN de fecha 28 de agosto de 2013
que modifica el “Reglamento de Aplicación del Principio de Oportunidad”, aprobado por Resolución de la Fiscalía de la
Nación N°147D-2005-MP-FN. establece
para casos de ebriedad, con más de 1.0
a 1.5 g/1 (gramos de alcohol por litro de
sangre) para conductores de vehículos
motorizados menores de cuatro ruedas,
como es el caso presente que el Imputado conducía una moto carguera (tres
ruedas), tiene como parámetro el pago
de un porcentaje de la UIT de 10% a 50
%. Encontrándose el Imputado CESAR
7
GONZALES RUBIO, en grado de alcoholemia al momento de la comisión del Ilícito
penal con más de 1,0 g/1 y la UIT para
este año, es S/.3950.00, el parámetro va
del 10% (S/.395.00) al 50% (S/. 1975.00).
Entonces la reparación civil que se solicitará oportunamente, considerando que
el imputado se encontraba en grado de
alcoholemia 1.32 q/1. será de S/.700.00
(setecientos soles).
JOSÉ LEONARDO ORTIZ 29 DE AGOSTO DEL 2016
REYNERIO DIAZ TARRILLO
JUEZ
2° JUZGADO DE INVESTIGACION
PREPARATORIA
MODULO BASICO DE JUSTICIA – JLO
JULIO CESAR BENAVENTE DELGADO
ESPECIALISTA DE JUZGADO MBJ-JLO
PJ-NCPP-CSJLAMB
06, 07, 08 Sept.
EDICTO PENAL
EXPEDIENTE N°: 07303-2013-1-1706JR-PE-02.
JUZGADO: PRIMER JUZGADO UNIPERSONAL DE CHICLAYO
JUEZ: KARINA VELASQUEZ CAMPOS.
ESPECIALISTA JUDICIAL: CECILIA
COSTA GONZALES.
1. REPROGRAMAR la audiencia de
JUICIO ORAL para el día TRES DE
OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS, A HORAS NUEVE Y TREINTA
DE LA MAÑANA, LA MISMA QUE SE
REALIZARÁ EN LA SALA DE AUDIENCIAS NÚMERO OCHO - TERCER PISO
de la Nueva Sede del Poder Judicial
ubicado en Avenida José Leonardo
Ortiz 155 - Centro Cívico - Chiclayo; bajo
apercibimiento de ser declarado reo contumaz; reservarse el proceso y ordenarse
su conducción
compulsiva en caso
de inasistencia. Por haberse dispuesto
así en el EXPEDIENTE N° 7303-2013-11706-JR-PE-02 seguido contra el acusado
LÁZARO GONZALES RELUZ, en calidad
de AUTOR, por la comisión del delito
Contra la Familia en su modalidad de
OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR,
en agravio de su menor hijo ANTHONY
LÁZARO GONZALES MIÑOPE; tipificado
en el artículo 149° Primer Párrafo del
Código Penal.
2. La presente publicación se deberá
realizar por TRES DÍAS.
KARINA VELASQUEZ CAMPOS
JUEZ
PRIMER JUZGADO UNIPERSONAL
PJ-NCPP-CSJLAMB
06, 07, 08 Sept.
EDICTO PENAL
EXPEDIENTE N°: 3599-2012-48-1706JR-PE-02.
JUZGADO: PRIMER JUZGADO UNIPERSONAL DE CHICLAYO
JUEZ: KARINA VELASQUEZ CAMPOS.
ESPECIALISTA JUDICIAL: VÍCTOR
MONETZA BASAURI.
Se NOTIFICA a: LUIS MIGUEL ARBAIZA COLICHON, identificado con DNI N°
16624307, con el acta de audiencia de
fecha 20 de julio del 2016, en la cual se
ha RESUELTO:
1.- REPROGRAMAR la audiencia de
JUICIO ORAL para el día TRES DE
OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS, A HORAS DIEZ Y TREINTA DE
LA MAÑANA, LA MISMA QUE SE REALIZARÁ EN LA SALA DE AUDIENCIAS
NÚMERO OCHO - TERCER PISO de la
Nueva Sede del Poder Judicial ubicado en
Avenida José Leonardo Ortiz 155 - Centro Cívico - Chiclayo; bajo apercibimiento
de ser declarado reo contumaz; reservarse el proceso y ordenarse su conducción
compulsiva en caso de inasistencia. Por
haberse dispuesto así en el EXPEDIENTE
N°3599-2012-48-1706-JR-PE-01, proceso seguido contra los acusados LUIS
MIGUEL ARBAIZA COLICHON y CESAR
AUGUSTO AGUIRRE GONZALES por el
delito CONTRA EL PATRIMONIO, en su
modalidad de ESTELIONATO, tipificado
en el segundo párrafo del artículo 197°
numeral 4 del Código Penal; en agravio
del Fernando Oliva Valderrama.
2.- La presente publicación se deberá
realizar por TRES DÍAS.
KARINA VELASQUEZ CAMPOS
JUEZ
PRIMER JUZGADO UNIPERSONAL
PJ-NCPP-CSJLAMB
06, 07, 08 Sept.
EDICTO PENAL
Expediente N° 6402-2016-0-13-1706-JRPE-01
Juzgado: 2 Juzgado de Investigación
8
Chiclayo, Martes 06 de Septiembre del 2016
Preparatoria José Leonardo Ortiz - Lambayeque
Imputado: JORGE LUIS CARDOZO
TARRILLO
Delito: Violación Sexual de menor de
edad
Agraviado: A.Z.C.O.
SE NOTIFICA A: JORGE LUIS CARDOZO TARRILLO, con domicilio real en la Av
Balta N° 2830 (Primer piso).
REQUERIMIENTO DE INCOACCION DE
PROCESO INMEDIATO: Mediante acta
de denuncia verbal, la persona de Gladys
Zulema Vílchez Zamora, manifiesta que
su nieta de las iniciales A.Z.C.O ha venido
siendo víctima de violación sexual por
parte de su padre Jorge Luis Cardozo
Tarrillo, desde los once años de edad. La
que se ha enterado el día de hoy - 10-0516, por versión de su propia nieta, la que
al parecer no ha podido seguir callando y
le ha comentado llorando que su padre
la empezó a violar sexualmente y tocar
sus partes íntimas, desde que tenía once
años de edad. Los hechos ocurrían en la
casa donde vivía la menor (calle SanAndrés N° 305 PJ NuevoSan Lorenzo) en la
casa de sus abuelos (esquina de la Av
Balta y Panamá), en el interior de su vehículo y en otro lugares. La menor se sentía
amenazada por su padre para no contara
sus familiares. El denunciado le decia que
si lo hacia lo iban a mandar preso. Dentro
de los elementos de convicción se tiene:
la demuncia formulada ante la Comisaría
de la PNP. El certificado médico, la copia
del DNI de la menor agraviada, el acta de
entrevista única practicada a le mnor, la
declaración escritita de Gladys Zulema
Vílchez Zamora y el protocolo de pericia
psicológica practicada a la menor RESOLUCIÓN NUMERO: UNO
CITAR AUDIENCIA DE INCOACCION de
proceso inmediato en caso de delitos de
flagrancia, omisión a la asistencia familiar
y conducción en estado de ebriedad para
el tres de octubre del año en curso, a
horas doce del mediodía, OFICÍESE a la
Defensoría Pública para que desige a un
defensor público quién asumirá la defensa
técnica del imputado.
José L. Ortiz, 23 Agosto 2016
KARINA GONZALES PAREDES
ESPECIALISTA DE CAUSAS
1° JUZGADO DE INVESTIGACION
PREPARATORIA
MODULO BASICO DE JUSTICIA – JLO
06, 07, 08 Sept.
EDICTO
AGRAVIADO: PÉREZ CORDOZO ITAMAR.
IMPUTADO: AGUILAR PALOMINO
MARÍA MEDALI.
MATERIA: LESIONES DOLOSAS
En el EXPEDIENTE N° 00144-2016-01703-JP-PE-01, sobre LESIONES DOLOSAS tramitado ante el Primer Juzgado de
Pa Letrado de Jaén, que despacho la doctora Juez JESÚS MARIELA RODRÍGUEZ
RAMÍREZ, asistida de la secretaria judicial ANA MELVA VERGARA HERRARA,
se ha ordenado mediante resolución DOS
notificar mediante edicto a la imputada
MARÍA MEDALI AGUILAR PALOMINO
para que concurra a LA AUDIENCIA DE
JUICIO ORAL REPROGRAMAR PARA
EL DÍA TRES DE OCTUBRE DEL PRESENTE AÑO A HORAS ONCE DE LA
MAÑANA, en el local del Primer Juzgado
de Paz Letrado de Jaén; bajo apercibimiento de tenerse por desistido del presente proceso en caso de inconcurrencia
de la agraviada y ser conducido por la
fuerza en caso de lo inasistencia de la
parte imputada . Publíquese por un día en
el diario oficial la República.
Jaén, 19 de agosto del 2016
ANA MELVA VERGARA HERRERA
SECRETARIA JUDICIAL
1° JUZGADO DE PAZ LETRADO
PJ-CSJLA-JAEN
06, 07, 08 Sept.
EDICTO PENAL
EXPEDIENTE N°: 07229-2015-15-1706JR-PE-02.
JUZGADO: PRIMER JUZGADO UNIPERSONAL DE CHICLAYO
JUEZ: KARINA VELASQUEZ CAMPOS.
ESPECIALISTA JUDICIAL: ARTURO
ADRIANZEN CALUA.
Se NOTIFICA a: LARRY GUTIÉRREZ
CHAPOÑAN, identificado con DNI N°
16757309, con el acta de audiencia de
fecha 20 de julio del 2016, en la cual se
ha RESUELTO:
1.- REPROGRAMAR la audiencia de JUICIO ORAL para el día CUATRO DE
OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS, A HORAS OCHO Y TREINTA DE
CRÓNICA
LA MAÑANA, LA MISMA QUE SE REALIZARÁ EN LA SALA DE AUDIENCIAS
NÚMERO OCHO - TERCER PISO de la
Nueva Sede del Poder Judicial ubicado en
Avenida José Leonardo Ortiz 155 - Centro
Cívico -Chiclayo; bajo apercibimiento de
ser declarado reo contumaz; reservarse
el proceso y ordenarse su conducción
compulsiva en caso de inasistencia. Por
haberse dispuesto así en el EXPEDIENTE
N° 7229-20 IS-IS- 1706-JR-PE-02 seguido contra el acusado LARRY GUTIÉRREZ CHAPOÑAN, en su calidad de
autor, por el delito de Peligro Común en
su modalidad de Conducción de vehículos
en estado de ebriedad, tipificado en el
artículo 274° del Código Penal, en agravio
de la Sociedad.
2.- La presente publicación se deberá
realizar por TRES DIAS.
KARINA VELASQUEZ CAMPOS
JUEZ
PRIMER JUZGADO UNIPERSONAL
PJ-NCPP-CSJLAMB
06, 07, 08 Sept.
EDICTO
EXP.
Nro.
064672016-10
JULIO
BENAVENTE DELGADO
EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DEL MODULO BÁSICO DE JUSTICIA DEJÓSE LEONARDO ORTIZ A CARGO DELDR. DÍAZ
TARRILLO: NOTIFICA AL IMPUTADO
ISIDRO ARTURO MAIRA SANTISTEBAN
EXP. 06467-016-0 JBD. POR EL DELITO
CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD DROGADICCION EN AGRAVIO DE
LA SOCIEDAD SE LE NOTIFICA A LA:
AUDIENCIA ÚNICA DE INCOACCION
DE PROCESO INMEDIATO, PARA EL
DÍA CUATRO DE OCTUBRE DEL AÑO
DOS MIL DIECISEIS A LAS ONCE DE
LA MAÑANA (HORA EXACTA) EN LA
SEGUNDA SALA DE AUDIENCIAS CITO
EN VIRREY TOLEDO CUADRA DIEZ
NUMERO. SEÑOR JUEZ DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE JOSÉ
LEONARDO ORTIZ: MARTIN MUÑOZ
BASAURI, Fiscal Provincial Penal de la
Segunda Fiscalía Provincia Penal Corporativa de José Leonardo Ortiz Conforme a lo dispuesto en el artículo 446°
inciso 1) literal b) y artículo 447° Inc. 1
del CPP modificados por el DECRETO
LEGISLATIVO 1194, este órgano persecutor formula REQUERIMIENTO DE
PROCESO INMEDIATO luego de la
investigación policial instaurada contra
ISIDRO ARTURO MAIRA SANTISTEBAN
por el delito de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO MOTORIZADO EN ESTADO DE
EBRIEDAD en agravio de la SOCIEDAD.
SEGUNDO: HIPÓTESIS INCR1MINATORIA FACTICA fHECHOSI Que el día 01
de agosto del 2016 a las 21:40 horas,
personal policial intervino a la persona
de ISIDRO ARTURO MAIRA SANTISTEBAN, en las intersecciones de las
calles Panamá y Paraguay- JLO, quien
se encontraba manejando un vehículo
menor (motocicleta), de placa de rodaje
M6-0505, color rojo, marca Dayun, el
mismo que se encontraba en evidente
estado de ebriedad, por lo que se puso
a disposición de la Comisaria de José
Leonardo Ortiz. Asi mismo mediante certificado de dosaje etílico 0023-002714,
practicado al imputado, arroja como resultado cero gramos noventa y cuatro CGS
de alcohol por litro de sangre (0.94 G/L).
TERCERO: CALIFICACIÓN JURÍDICA.
El delito de Conducción en estado de
ebriedad tipificado en el art. 274° del
C.P. incrimina en su tipo base al que
encontrándose en estado de ebriedad,
con presencia de alcohol en la sangre
en proporción mayor de 0.5 gramoslitro, o bajo el efecto de drogas tóxicas,
estupefacientes, sustancias psicotrópicas
o sintéticas, conduce, opera o maniobra
vehículo motorizado, será reprimido con
pena privativa de la libertad no menor de
seis meses ni mayor de dos años o con
prestación de servicios comunitarios de
cincuenta y dos a ciento cuatro jornadas
e inhabilitación, conforme al articulo 36
inciso 7) del Código Penal. O: SUPUESTO PROCESAL QUE SE CUMPLE EN EL
PRESENTE CASO POR la sentencia de
suficientes elementos de convicción acumulados durante las diligencias preliminares, resulta evidente la comisión delictiva
por el sujeto agente, dándose igualmente
cumplimiento a lo establecido en el articulo 446° inciso 1 literal b) del Código
Procesal Penal(modifícado por el Decreto
Legislativo N° 1194 del 30 de agosto del
2015), el cual debe ser concordado con
el literal 4 de dicho articulo que establece: Independientemente de lo señalado
en los numerales anteriores, el Fiscal
JUDICIAL
PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV
también deberá de solicitar la incoación
del proceso inmediato para los delitos de
Omisión a la Asistencia Familiar y de los
de conducción en estado de ebriedad o
drogadicción, sin perjuicio de lo señalado en el numeral 3 del articulo 447 del
presente Código. DEL DELITO DE CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO MOTORIZADO
EN ESTADO DE ebriedad: Existen los
siguientes elementos de convicción que
sustentan la incoación del proceso inmediato, como son: El acta de Intervención
Policial de fecha 01 .AGOS.lósuscrita
por el imputado. Certificado de Dosaje
Etílico N° 023-002714 donde se aprecia
que la cantidad de alcohol quetenia el
Imputado al momento de la intervención
es de 0.94G/L, sexto: fundamentos jurídicos Amparo la pretensión en los artículos
446°, inciso 1 ° literal b) y artículo 447°,
inciso 4; y articulo 447del Código Procesal
Penal vigente. Sírvase señor Juez dar el
trámite de Ley al presente requrimiento
del proceso inmediato notificándose a las
partes como también a este Despacho
Fiscal para la audiencia correspondiente
con la debida anticipación. : El domicilio
real del investigado ISIDRO ARTURO
MAIRA SANTISTEBAN es la calle Jhon
Kennedy 1727 PP.JJ. Víctor Raúl Hava
de la Torre-JLO por lo que SU Despacho
deberá de notificar a la Coordinación de
la Defensoría Pública para que designe
un abogado que ejerza la defensa del
imputado.
JOSÉ LEONARDO ORTIZ 22 DE AGOSTO DEL 2016
REYNERO DIAZ TARRILLO
JUEZ
2° JUZGADO DE INVESTIGACION
PREPARATORIA
MODULO BASICO DE JUSTICIA – JLO
JULIO CESAR BENAVENTE DELGADO
ESPECIALISTA DE JUZGADO MBJ-JLO
PJ-NCPP-CSJLAMB
06, 07, 08 Sept.
EDICTO
EN EL EXP. N° 6615-2016-0 EL SEGUNDO JUZGADO PENAL DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DEL MODULO BÁSICO DE JUSTICIA DE JOSÉ
LEONARDO ORTIZ, DE CHICLAYO,
A CARGO DEL DR. REYNERIO DÍAZ
TARRILLO, CITA Y EMPLAZA AL IMPUTADO JOSÉ YONI CHILCÓN ARRASCUE, CON DNIN” 27293 791, CON
DOMICILIO EN CALLE PRIMERO DE
MA YO 813- CPM URRUNAGA QUE SE
PRESENTE AL LOCAL DEL SEGUNDO
JUZGADO DE INVETIGACION PREPARATORIA DE JOSÉ LEONARDO ORTIZ,
EL SEÑOR JUEZ A DISPUESTO LO
SIGUENTE:
Resolución 01
CITAR a AUDIENCIA ÚNICA DE
INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO
EN CASO DE DELITOS DE FLAGRANCIA, OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR Y CONDUCCIÓN EN ESTADO DE
EBRIEDAD - DROGADICCIÓN requerido
por la Señora Fiscal Provincial Mixta de la
Fiscalía Provincial Penal Corporativa de
José Leonardo Ortiz. Dra. Roció del Pilar
Arce Cornejo contra José Yoni Chucán
Arrascue por la presunta comisión del
delito contra la seguridad pública - delitos
de peligro común en su modalidad de conducción de vehículo motorizado en estado
de ebriedad en agravio de La Sociedad,
para el día CUATRO DE OCTUBRE DEL
AÑO DOS MIL DIECISÉIS A HORAS
ONCE Y TREINTA DE LA MAÑANA, en la
sala de audiencias del Segundo Juzgado
de Investigación Preparatoria del Módulo
Básico de José Leonardo Ortiz con sede
en la Av. Virrey Toledo 1080- Atusparias
Requerimiento fiscal
De autos fluye que JOSÉ YONI CHILCÓN
ARRASCUE, el día 22 de Julio del 2016,
a as 21:35 horas, fue intervenido por
personal policial en la intersección de la
Avenida Bolívar y la calle Chile del Distrito
de José Leonardo Ortiz, en circunstancias en que conducía su vehículo menor
-mototaxi, marca Wanxin, color azul, con
placa de rodaje 797-OM, y quien conducía
evidente estado de ebriedad, por lo que
se practicó el examen cualitativo para
dosaje etílico el cual arrojó 1.72 g/1 (un
gramo setenta y los cgs. de alcohol por
litro de sangre).
LEONARDO ORTIZ, 19 DE AGOSTO
DEL 2016
ESPECIALISTA: MARTHA VILCHEZ
QUEVEDO
REYNERIO DIAZ TARRILLO
JUEZ
2° JUZGADO DE INVESTIGACION
PREPARATORIA
MODULO BASICO DE JUSTICIA – JLO
06, 07, 08 Sept.
EDICTO
EN EL EXP. N° 6334-2016 EL SEGUNDO
JUZGADO PENAL DE INVESTIGACIÓN
PREPARATORIA DEL MODULO BÁSICO DE JUSTICIA DE JOSÉ LEONARDO
ORTIZ, DE CHICLAYO, A CARGO DEL
DR. REYNERJO DÍAZ TARRILLO, CITA
Y EMPLAZA AL IMPUTADO OLIVERA
SILVA MARINO CON DNI N° 41786474,
CON DOMICILIO EN CASERÍO EL PAPAYO BATANGRANDE-PITIPO FERREÑAFE - JOSÉ LEONARDO ORTIZ. PARA
QUE SE PRESENTE AL LOCAL DEL
SEGUNDO JUZGADO DE INVETIGACION PREPARATORIA DE JOSÉ LEONARDO ORTIZ, EL SEÑOR JUEZ A DI
SPUESTO LO SIGUENTE: Resolución 01
CITAR a AUDIENCIA ÚNICA DE
INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO
EN CASO DE DELITOS DE FLAGRANCIA, OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR Y CONDUCCIÓN EN ESTADO DE
EBRIEDAD - DROGADICCIÓN requerido
por el Señor Fiscal Adjunto Provincial
Penal de José Leonardo Ortiz. Dr. Carlos
Enrieque Ucañay Millones contra Olivera
Silva Marino, por el presunto delito contra
la Familia, en la modalidad de omisión a
la asistencia familiar, en agravio de sus
menor hija Mía Siomara Olivera Sánchez,
representada por su madre Lluliana Sánchez Rodríguez, para el día CUATRO DE
OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS A HORAS DOCE Y TREINTA DEL
DÍA, en la sala de audiencias del Segundo
Juzgado de Investigación Preparatoria
del Módulo Básico de José Leonardo
Ortiz con sede en la Av. Virrey Toledo
1080- Atusparias, con la presencia obligatoria del señor representante del Ministerio Público, el abogado defensor del
imputado. Según aparece de las copias
certificadas del Expediente Civil N° 5452015-JP-FC por Alimentos, seguida ante
el Juzgado de Paz Letrado del Módulo
Básico de Justicia de José Leonardo
Ortiz, mediante resolución número cinco
de fecha 18 de enero del 2016, aprueba
ordena que el demadado acuda con una
pensión mensual y adelantada por la
suma de S/300.00 (Trescientos Soles), a
favor de su menor, MÍA SIOMARA OLIVERA SÁNCHEZ, representada por su
madre SÁNCHEZ RODRÍGUEZ LLULIANA, sentencia que fue declaró consentida,
mediante resolución número seis del 29
de enero del 2016, sin embargo, el investigado viene incumpliendo con el pago
de pensiones alimenticias devengadas,
existiendo una liquidación practicada por
el período de setiembre del 2015 a mayo
del 2016, que suma er total la cantidad de
S/ 2,593.37 (Dos Mil quinientos noventa
y tres y 37/100 soles], conforme aparece
de la liquidación de Intereses Legales
Efectiva-MN, de fecha 18/04/2016 aprobada mediante la Resolución N ° 08 de
fecha 05 de mayo del 2016, notificada
al investigado en su docimilio real, afín
de que en el plazo de tres días, cumpla
con pagar la suma que se indica, bajo
apercibimiento de ser denunciado por
delito de omisión a la asistencia familiar,
y ante el incumplimiento se hizo efectivo
el apercibimiento decretado, ordenando la
remisión de copia a la sede fiscal.
JOSÉ LEONARDO ORTIZ, 19 DE AGOSTO DEL 2016.
ESPECIALISTA: MARTHA VILCHEZ
QUEVEDO
REYNERIO DIAZ TARRILLO
JUEZ
2° JUZGADO DE INVESTIGACION
PREPARATORIA
MODULO BASICO DE JUSTICIA – JLO
06, 07, 08 Sept.
EDICTO
EN EL EXP. N° 6403-2016-0 EL SEGUNDO JUZGADO PENAL DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DEL MODULO BÁSICO DE JUSTICIA DE JOSÉ
LEONARDO ORTIZ, DE CHICLAYO,
A CARGO DEL DR. REYNERIO DÍAZ
TARRILLO, CITA Y EMPLAZA AL
IMPUTADO WILLIAN EMILIO LIVAQUE
ZORRILLA, CON DNI N° 4322 7776,
CON DOMICILIO EN CALLE INCANATO
1238-2DO PISO QUE SE PRESENTE
AL LOCAL DEL SEGUNDO JUZGADO
DE INVETIGACION PREPARATORIA DE
JOSÉ LEONARDO ORTIZ, EL SEÑOR
JUEZ A DISPUESTO LO SIGUENTE
Resolución 01
CITAR a AUDIENCIA ÚNICA DE
INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO
EN CASO DE DELITOS DE FLAGRANCIA, OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR Y CONDUCCIÓN EN ESTADO DE
EBRIEDAD - DROGADICCIÓN requerido
por el Señor Fiscal Provincial Penal de
José Leonardo Ortiz. Dr. Mario Antonio
PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV
López Navarro contra Willian Emilio Livaque Zorrilla por el delito contra la Vida,
el Cuerpo y la Salud en su modalidad
de lesiones leves por violencia familiar,
en agravio de Rosario Herminia Garay
Moran, para el día CUATRO DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS
A HORAS UNA DE LA TARDE, en la
sala de audiencias del Segundo Juzgado
de Investigación Preparatoria del Módulo
Básico de José Leonardo Ortiz con sede
en la Av. Virrey Toledo 1080- Atusparias,
con la presencia obligatoria del señor
representante del Ministerio Público, el
abogado defensor del imputado, del propio imputado; bajo apercibimiento en caso
de inasistencia del abogado defensor del
procesado se aplicará el artículo 85° inciso 1) del Nuevo Código procesal Penal,
modificado por la Ley 30076 , por tratarse
de una audiencia de carácter inaplazable
como lo establece el artículo 447.4 del
código procesal penal modificado por el
decreto legislativo 1194.
Requerimiento fiscal
Mediante acta de intervención policial
S/N-2015-REGPOL-LAMB-DIVICAJDEPINCRÍ-HOM-CH de fecha 06 de octubre
de 2015, personal policial da cuenta de
que a las 13.20 horas, por intermedio
de una llamada telefónica se le hizo de
conocimiento sobre el ingreso por el servicio de emergencia del Hospital Regional
Lambayeque, de Rosario Herminia Garay
Moran (52), presentando Lesiones por
PAR A mérito de dicha información personal PNP de Homicidios de la DEPINCRI
PNP-Ch, se constituyó a dicho nosocomio
constatando que la persona indicada se
encontraba en uno de los ambientes de
emergencia, habiendo sido atendida por
el médico Dermis Núñez Herrera, quien
diagnosticó: Herida en cuero cabelludo
por PAF, en reglón occipital. Entrevistada
Irma Livaque Zorilla (60) señaló que el
autor de las lesiones por proyectil de arma
de fuego que presenta Rosario Herminia
Garay Moran (51), es el esposo de ésta,
William Emilio Livaque Zorrilla (56), PNP
en situación de retiro y que los hechos
se habían producido en su domicilio,
ubicado en ¡a calle Incanato NIZSB-del
distrito de José Leonardo Ortiz. PNP
de Homicidios y peritos se constituyeron
en dicho inmueble donde se realizaron
las pericias respectivas y se conminó al
imputado para que se constituya a las
instalaciones de DIVICAJ para los exámenes correspondientes. Con relación al
arma de fuego utilizada, corresponde a un
revólver marca Ranger, calibre ‘38, serie
06921G, el cual cuenta con el certificado
de arma N°59299, vigente, emitido por
DIRLOG-DAM-PNP-II DIRTEPOL-CH, el
que fue entregado por el investigado al
personal encargado de las .investigaciones para que se practique la pericia balística. Posteriormente, el personal policial
de Homicidios nuevamente se constituyó
al y Hospital Regional Lambayeque, con
la finalidad de realizar la diligencia de
entrevista a la agraviada, en el Área
de Emergencia. A las 18.00 horas del
060CT2015, entrevistó a ROSARIO HERMINIA GARAY MORAN (51), quien .manifestó el día 060CT2015, en circunstancias
que se encontraba en el dormitorio de su
vivienda junto con su esposo WILLIAM
EMILIO LIVAQUE ZORRILLA, sentados
en el filo de la cama, éste la abrazo y al
rechazarlo se produjo una discusión, su
esposo se alteró, se paró en ese momento
y luego se percató que éste tenía su arma
de fuego en la mano derecha y la quiso
asustar. En esos instantes sallo un disparo que le cayó en la parte posterior de la
cabeza empezando a sangrar. Después
su esposo se asustó quedándose parado.
Luego llegó su hija Roxana Livaque Zorilla, quien con apoyo de su cuñada Irma
Violeta Livaque Zorrilla la condujeron al
hospital. Indicó que no ha sido amenazada por su esposo ni ha utilizado arma de
fuego cuando ha sostenido la discusión.
Señala que los hechos se suscitaron porque su esposo ha querido asustarla y que
se le escapó un tiro.
LEONARDO ORTIZ, 19 DE AGOSTO
DEL 2016
ESPECIALISTA: MARTHA VILCHEZ
QUEVEDO
REYNERIO DIAZ TARRILLO
JUEZ
2° JUZGADO DE INVESTIGACION
PREPARATORIA
MODULO BASICO DE JUSTICIA – JLO
MARTHA ELIZABETH
VILCHEZ QUEVEDO
ESPECIALISTA DE CAUSAS
JUZGADO DE INVESTIGACION
PREPARATORIA MBJ-JLO
PJ-NCPP-CSJLAMB
06, 07, 08 Sept.
CRÓNICA
EDICTO
EN EL EXP. N° 6373-2016-0 EL SEGUNDO JUZGADO PENAL DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DEL MODULO BÁSICO DE JUSTICIA DE JOSÉ
LEONARDO ORTIZ, DE CHICLAYO,
A CARGO DEL DR. REYNERIO DÍAZ
TARRILLO, CITA Y EMPLAZA AL IMPUTADO DAVID ISMAEL VIDAURRE GUEVARA, CON DNI N” 48840316, CON
DOMICILIO EN CALLE LOS CAÑA
VERALES 161- PP.JJ VILLA HERMOSA QUE SE PRESENTE AL LOCAL
DEL SEGUNDO JUZGADO DE INVETIGACION PREPARATORIA DE JOSÉ
LEONARDO ORTIZ, EL SEÑOR JUEZ A
DISPUESTO LO SIGUENTE
Resolución 01
CITAR a A UDIENCIA ÚNICA DE
INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIA
TO EN CASO DE DELITOS DE FLAGRANCIA, OMISIÓN A LA ASISTENCIA
FAMILIAR Y CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD - DROGADICCIÓN
requerido por el Señor Fiscal Adjunto
Provincial Penal de José Leonardo Ortiz.
Dr. Edgar Juvenal Camocho Olano contra
al imputado DAVID ISMAEL VIDAURRE
GUEVARA ser AUTOR del DELITO CONTRA LA SEGURIDAD PÚBLICA en su
figura de PELIGRO COMÚN en su modalidad de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE
EBRIEDAD en agravio de LA SOCIEDAD,
para el día CUATRO DE OCTUBRE DEL
AÑO DOS MIL DIECISÉIS A HORAS
DOCE DEL DÍA, en la sala de audiencias
del Segundo Juzgado de Investigación
Preparatoria del Módulo Básico de José
Leonardo Ortiz con sede en la Av. Virrey
Toledo 1080- Atusparias, con la presencia
obligatoria del señor representante del
Ministerio Público, el abogado defensor
del imputado, del propio imputado; bajo
apercibimiento en caso de inasistencia
del abogado defensor del procesado se
aplicará el artículo 85° inciso 1) del Nuevo
Código procesal Penal, modificado por la
Ley 30076, por tratarse de una audiencia
de carácter inaplazable como lo establece
el artículo 447.4 del código procesal penal
modificado por el decreto legislativo 1194.
Requerimiento fiscal
Fluye del Acta de Intervención Policial de
fecha 26.07.2016 que personal policial
pertenecientes a la unidad DEPUNEME,
al promediar las 17:40 horas, en circunstancias que realizaba patrulla]e en la
jurisdicción de Atusparias a la altura de
Villa Hermosa (frente al colegio Bonarroti),
se logró la intervención de DAVID ISMAEL
VIDAURRE GUEVARA identificado con
DNI. Nro. 48840316, con domicilio real
sito en Calle Los Cañaverales N®161
PP.JJ. Villa Hermosa en JLO. el mismo
quien se encontraba conduciendo el
vehículo menor Moto Lineal signada con
Placa de Rodaje Nro. M2- 2430, modelo
AM200GY-2, marca CROSS, color Negra,
en visibles síntomas de haber ingerido
bebidas alcohólicas, motivo por el cual
fue sometido a las diligencias correspondientes, siendo del caso que conforme
aparece del Certificado de Dosaje Etílico Nro. 023-002537, Registro de Dosaje
Nro. B-001659 expedido por el PERITO
MAYOR SPNP LLANOS MATA LLANA
CESAR JOSÉ, de la muestra de sangre
extraía o la persona de LLINER OLMEDO
DE LA CRUZ LEYVA, ARROJÓ: 0.65 G/L
(GRAMOS DE ALCOHOL POR LITRO
DE SANGRE).- Segundo Periodo de
Alcoholemia; EBRIEDAD, según Tabla de
Referencia para la Reparación Civil por
Conducción en estado de Ebriedad.
LEONARDO ORTIZ, 19 DE AGOSTO
DEL 2016
ESPECIALISTA: MARTHA VILCHEZ
QUEVEDO
REYNERIO DIAZ TARRILLO
JUEZ
2° JUZGADO DE INVESTIGACION
PREPARATORIA
MODULO BASICO DE JUSTICIA – JLO
06, 07, 08 Sept.
EDICTO PENAL
Expediente N° 6398-2016-1706-JR-PE01 ECM
Juzgado: 2 Juzgado de Investigación
Preparatoria José Leonardo Ortiz - Lambayeque
Especialista: César Augusto Salazar Piscoya.
Imputado: JHON JAIRO DE LA TORRE
NAVARRO
Delito: CONDUCCIÓN EN ESTADO DE
EBRIEDAD
Agraviado: LA SOCIEDAD
SE NOTIFICA A: JHON JAIRO DE LA
TORRE NAVARRO domiciliardo en calle
Máxico N° 335 PJ El Provenir - Chiclayo
REQUERIMIENTO FISCAL: Se solicita
JUDICIAL
Chiclayo, Martes 06 de Septiembre del 2016
la incoación de proceso inmediato en su
contra, por el delito contra la Seguridad
Pública - Delito de Peligro Común. En
su modalidad de Conducción en estado
de ebriedad, en agravio de la Sociedad,
teniendo como antecedente el acta de
intervención policial de fecha 02-07-16 a
horas 00:05 horas, donde efectivos policiales intervino al imputado por la intersección de la Av. Villa el Sol distrito de
José L. Ortíz, quien conducía el vehículo
de placa de rodaje 2343-6M en evidente
estado de ebriedad, corroborado con el
certificado de dopaje etílico que arrojó
0.91 g/l de alcohol por litro de sangre.
RESOLUCION NUMERO UNO: CITAR
audiencia de incoación inmediato, para el
04-10-16 a horas 10:30, la misma que se
llevará a cabo en la Sala de Audiencia N°
02 de los Juzgados de Investigación Preparatoria de José Leonardo Ortiz.
José L. Ortiz, 23 Agosto del 2016
KARINA GONZALES PAREDES
ESPECIALISTA DE CAUSAS
1° JUZGADO DE INVESTIGACION
PREPARATORIA
MODULO BASICO DE JUSTICIA – JLO
06, 07, 08 Sept.
EDICTO PENAL
Expediente N° 6316 -2016-0-0-1706-JRPE-01 ECM
Juzgado: 2 Juzgado de Investigación
Preparatoria José Leonardo Ortiz - Lambayeque
Especialista: César Augusto Salazar Piscoya.
Imputado: JOSÉ PASCUAL MORE
ROJAS
Delito: CONDUCCIÓN EN ESTADO DE
EBRIEDAD
Agraviado: LA SOCIEDAD
SE NOTIFICA A: JOSÉ PASCUAL MORE
ROJAS, con domicilio en calle San Pedro
N° 754 - CPM Nuevo San Lorenzo II Etapa
- José Leonardo Ortíz.
REQUERIMIENTO FISCAL: Se solicita
la incoación de proceso inmediato en su
contra, por el delito contra la Seguridad
Pública - Delito de Peligro Común. En
su modalidad de Conducción en estado
de ebriedad, en agravio de la Sociedad,
teniendo como antecedente el acta de
intervención policial de fecha 24-07-16
a horas 07:57 horas, donde efectivos
policiales intervino al imputado por la
intersección de la Av Kennedy y Venezuela del distrito de José L. Ortíz, quien
conducía el vehículo de placa de rodaje
7582-0M en evidente estado de ebriedad,
corroborado con el certificado de dopaje
etílico que arrojó 1.00 g/l de alcohol por
litro de sangre.
RESOLUCION NUMERO UNO: CITAR
audiencia de incoación inmediato, para el
04-10-16 a horas 10:00, am la misma que
se llevará a cabo en la Sala de Audiencia
N° 02 de los Juzgados de Investigación
Preparatoria de José Leonardo Ortiz.
José L. Ortiz 23 Agosto del 2016
KARINA GONZALES PAREDES
ESPECIALISTA DE CAUSAS
1° JUZGADO DE INVESTIGACION
PREPARATORIA
MODULO BASICO DE JUSTICIA – JLO
06, 07, 08 Sept.
EDICTO PENAL
JUZGADO: PENAL UNIPERSONAL PERMANENTE - CUTERVO
JUEZ: DR. EDWIN IBAÑEZ FARFAN.
CITA Y EMPLAZA a los acusado VELIZARIO SILVA NUÑEZ, identificado con DNI
45404570para que se ponga a Derecho
y se defienda de los cargos formulados
en su contra en el Expediente Judicial
No 134-2016-170606, por el Delito de
INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIÓN
ALIMENTARIA, en agravio de JHON
HARLIN SILVA ROJAS, expediente en
el cual se ha emitido la siguiente resolución: RESOLUCIÓN NÚMERO: TRES,
Cutervo, quince de agosto, Del Año Dos
Mil Dieciséis. AUTOS Y VISTOS: Con Lo
solicitado por el representante del Ministerio Público y abogado del acusado, por
lo que a efecto de no generar Indefensión
respecto a la Defensa del Acusado de
Autos y no generar Nulidades Posteriores;
SE RESUELVE: REPROGRAMAR. la presente Audiencia de Juicio Oral para el día,
CUATRO DE OCTUBRE DEL AÑO DOS
MIL DIECISEIS. A HORAS TRES DE
LA TARDE (Hora Exacta), en la Sala de
Audiencia de este Órgano Jurisdiccional.
NOTIFIQUESE, al acusado, VELIZARIO
SILVA NÚÑEZ en su domicilio real ubicado en el Sector 6, grupo 9F7, distrito
de Villa El Salvador, provincia y región de
Lima, así como en Caserío Santo Domingo, del distrito de San Luis de Lucma,
9
provincia de Cutervo, sin perjuicio de ser
notificado mediante Edicto Judicial Penal,
por Tres Días Hábiles en el Diario Oficial,
BAJO APERCIBIMIENTO: de ser declarado reo contumaz en caso de inasistencia
injustificada y ordenarse su ubicación y
captura a nivel nacional.
Cutervo, 15 de agosto del 2016
EDWIN IBAÑEZ FARFAN
JUEZ
JUZGADO PENAL UNIPERSONAL
PERMANENTE
PJ-CSJLAMB-CUTERVO
06, 07, 08 Sept.
EDICTO PENAL
EXPEDIENTE: 6658-2013-0-1706-JRPE-7°
ACUSADOS: MANUEL ANTONIO OROZCO CORDOVA y OTROS
DELITO: LAVADO DE ACTIVOS
AGRAVIADO: ESTADO
JUEZ: MARY ISABEL NUÑEZ CORTIJO
ESPEC. JUD.: KELLY PUESCAS CHUNGA
Por el presente edicto, la Señora Juez del
Sétimo Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo, NOTIFICA al acusado
MANUEL ANTONIO OROZCO CORDOVA, con la resolución judicial SEIS, de
fecha ocho de agosto del dos mil dieciséis
la misma que dispone:
1) REPROGRAMAR la presente audiencia
de control de acusación para el día 18 DE
OCTUBRE DEL AÑO 2016 a horas 09.30
AM., en la SALA DE AUDIENCIA ONCE 2° PISO PE LA C.S.J.L. sito en la avenida
José Leonardo Ortiz N° 155 - Chiclayo.
2) NOTIFICAR a los acusados MANUEL
ANTONIO OROZCO CORDOVA, GREGORIA RUIZ CERCADO, JHONATAN
JOEL OROZCO RUIZ y PERCY RONALD
OROZCO RUIZ; en los domicilios consignados en autos. Y respecto al acusado
Manuel Antonio Orozoco Córdova notificar
en el domicilio consignado en autos y
mediante edictos.
3) NOTIFICAR al actor civil en su domicilio
consignado en autos.
4) QUEDAN NOTIFICADAS
las partes
procesales presente y quedan subsistentes los mismos apercibimientos i establecidos en autos” conforme a ley; ello ante la
inconcurrencia de los sujetos procesales
obligados para su asistencia a la audiencia convocada.
5) Se recomienda a la especialista de
causa que ejerza más control respecto a
la asistente judicial a fin que cumpla con
notificar en forma oportuna, pues la resolución número cinco de fecha dieciocho
de julio del presente año, fue notificada
a la representante del Ministerio Público
con fecha 05 de agosto del año en curso,
asimismo la especialista de causa debe
suscribir las resoluciones en forma oportuna; todo ello bajo apercibimiento de remitir
copias al Órgano de Control.
MARY ISABEL NUÑEZ CORTIJO
JUEZ
7° JUZGADO DE INVESTIGACION
PREPARATORIA
PODER JUDICIAL – CSJLA
06, 07, 08 Sept.
EDICTO PENAL
INST. N° 01038-2009-0-1701-JPLT-1°/
fcdc
EL SEÑOR JUEZ DEL PRIMER JUZGADO PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO
DE LA PROVINCIA DE CHICLAYO.
DR. SEGUNDO BENJAMÍN ADRIANZEN
CIEZA.
ESPECIALISTA LEGAL: JOSÉ MIGUEL
CUADRA VILCHEZ.
Se CITA, LLAMA Y EMPLAZA por la
presente al acusado WILMER GUEVARA VARGAS con la resolución número
veintiséis, de fecha 29- 08-2016, para
que comparezca al local de este Juzgado
ubicado en la calle San José N° 1052 Segundo Piso de esta ciudad de Chiclayo,
a fin de que cumpla con rendir su declaración instructiva; Por haberse ordenado así
en el EXP-01038-2009-0-1706-JR-PE-01,
seguido en su contra por el delito de TRÁFICO ILÍCITO DE DROGAS, en agravio
del ESTADO PERUANO.
Dado en la ciudad de Chiclayo, a los 29
días de Agosto del año dos mil dieciséis.
SEGUNDO B. ADRIANZEN CIEZA
JUEZ
PRIMER JUZGADO PENAL
LIQUIDADOR TRANSITORIO
PODER JUDICIAL – CSJLA
03, 05, 06 Sept.
EDICTO PENAL
Oficio N° 7564-2015-0-1706-JR-PE/JCHM
JUZGADO PENAL DE INVESTIGACIÓN
10
Chiclayo, Martes 06 de Septiembre del 2016
PREPARATORIA DE LAMBAYEQUE
JUEZ: JOSÉ LUIS CHÁÑAME PARRAGUEZ
ESPECIALISTA: Hoyos Monsalve
CITA Y EMPLAZA: al acusado de autos
JOSÉ ISMAEL GASTLO INGA, a efecto
de notificarle con el tenor de la resolución DIEZ de fecha 31 de agosto del
2016 que dispone REPROGRAMAR la
audiencia de control de acusación para
el día NUEVE DE SETIEMBRE DEL
AÑO DOS MIL DIECISEIS a DIEZ CON
TREINTA MINUTOS DE LA MAÑANA 10:30 AM, (hora exacta,), la misma que
se realizara en la Sala de Audiencias del
Establecimiento Penitenciario de Chiclayo -Ex Picsi.
Por haberse dispuesto así en el Exp. N°
7564-2015-0-1708-JR-PE, que se sigue
en contra José Ismael Gástelo Inga y
otros por el delito de robo agravado, previsto en el artículo 189 del Código Penal.
JOSE LUIS CHANAME PARRAGUEZ
JUEZ PENAL
JUZGADO DE INVESTIGACION
PREPARATORIA LAMBAYEQUE
PODER JUDICIAL – CSJLA
03, 05, 06 Sept.
EDICTO PENAL
Oficio N° 3819-2016-0-1706-JR-PE-01
TERCER JUZGADO UNIPERSONAL CHICLAYO
ESPECIALISTA: MOISÉS MENDOZA
JIMÉNEZ
CITA Y EMPLAZA; al acusado de autos
YUBER YVAN
MENDOZA RIVAS; para que se presente
a la audiencia signado en el expediente
N° 3819-2016-0-1706^JR-PE-01aue se
le sigue por el delito de CONDUCCIÓN
EN ESTADO DE EBRIEDAD O DROGADICCIÓN en agravio de LA SOCIEDAD,
notificándosele para que concurra a la
diligencia de JUICIO ORAL programada
para el día DOCE DE SEPTIEMBRE del
año dos mil dieciséis a horas DIEZ CON
TREINTA de la mañana (hora exacta),
la misma que se realizara en la sala de
audiencia número 09 de los Juzgados
Unipersonales, ubicada en el tercer piso
de la nueva Sede Judicial de la Corte
Superior de Justicia de Lambayeque, Sito
en la Av. José Leonardo Ortiz N° 155
Centro Cívico - Chiclayo.
Por haberse dispuesto así en el cuaderno
de debates N° 3819-2016-0-1706-JR-PE01, que se sigue contra YUBER YVAN
MENDOZA RIVAS por el delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD
O DROGADICCIÓN en agravio de LA
SOCIEDAD, Notificándosele bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz,
reservarse el proceso y ordenarse su
conducción compulsiva en caso de inasistencia.
Chiclayo, 23 de agosto del 2016
JORGE LUIS ROJAS CRUZ
JUEZ
TERCER JUZGADO PENAL
UNIPERSONAL
PJ-NCPP-CSJLAMB
03, 05, 06 Sept.
EDICTO PENAL
JUZGADO: PENAL UNIPERSONAL
PERMANENTE -CUTERVO.
CUADERNO: 134-2015-JPUP-C-CSJLA/
PJ
JUEZ: DR. EDWIN IBAÑEZ FARFAN.
ESPECIALISTA: LILY MARLENY REAÑO
CAMPOS
El Juzgado Penal Unipersonal Permanente de la ciudad de Cutervo, Juez
DR. EDWIN IBAÑEZ FARFAN, CITA
Y EMPLAZA a: JOSÉ MARINO SILVA
LOZANO, para que se ponga a derecho
y se defienda de los cargos formulados
en su contra, derivado del Expediente N°
134-2015-JPUPC, por el delito de LESIONES GRAVES Y OTROS, en agravio
de MIGUEL CABRERA GONZALES Y
OTROS. A quien además se le hace de
conocimiento que mediante Resolución
número dos, de fecha veintiséis de Mayo
del dos mil Dieciséis, se ha resuelto:
REPROGRAMAR EL JUICIO ORAL, para
el día VEINTIOCHO DE SETIEMBRE
DEL DOS MIL DIECISÉIS, A HORAS
NUEVE DE LA MAÑANA (09:00 AM)
HORA EXACTA. BAJO APERCIBIMIENTO de que en caso de inconcurrencia
del acusado, se declarado reo contumaz,
y se ordenara su ubicación y captura a
nivel nacional.
EDWIN IBAÑEZ FARFAN
JUEZ
JUZGADO PENAL UNIPERSONAL
PERMANENTE
PJ-CSJLAMB-CUTERVO
03, 05, 06 Sept.
CRÓNICA
EDICTO PENAL
JUZGADO: PENAL UNIPERSONAL PERMANENTE - CUTERVO
JUEZ: DR. EDWIN IBAÑEZ FARFAN.
CITA Y EMPLAZA a los acusados ARTIDORO PÉREZ RODAS, identificado
con DNI 27853882, JOSÉ EDILBERTO
VALDIVIA MARTÍNEZ, identificado con
DNI 46003913, JOSÉ OLGUIN GUEVARA VASQUEZ, identificado con DNI
48822001 GILMER PÉREZ RUPAY, identificado con DNI 44072663; para que
se pongan a Derecho y se defiendan
de los cargos formulados en su contra
en el Expediente Judicial No 56-2015170606, por el Delito de HOMICIDIO
CALIFICADO, en agravio de J.J ALEX
HEREDIA VALERA Y NELSON HEREDIA
VALERA, expediente en el cual se ha
emitido la siguiente resolución: RESOLUCIÓN NÚMERO: SEIS, Cutervo, cuatro
de julio, del año dos mil dieciséis. AUTOS
Y VISTOS: Con lo solicitado por el representante del Ministerio Público y abogado
del acusado, sin oposición alguna, por lo
que a efecto de no generar Indefensión
respecto a la Defensa del Acusado de
Autos y no generar Nulidades Posteriores;
SE RESUELVE: REPROGRAMAR. la presente Audiencia de Juicio Oral para el día.
VEINTIOCHO DE SETIEMBRE DEL AÑO
DOS MIL DIECISEIS. A HORAS DOS DE
LA TARDE CON TREINTA MINUTOS
(Hora Exacta), en la Sala de Audiencia
de este Órgano Jurisdiccional. NOTIFIQUESE. A LOS ACUSADOS: ARTIDORO
PÉREZ RODAS, en su domicilio real ubicado en la Calle Villanueva Pinillos S/NPucará: JOSÉ EDILBERTO VALDIVIA
MARTÍNEZ, en su domicilio real ubicado
en el Caserío de Queromarca, Distrito
de Callayuc; JOSÉ OLGUIN GUEVARA
VASQUEZ, en su domicilio real ubicado
en el Caserío de Queromarca, Distrito
de Callavuc; GILMER PÉREZ RUPAY en
su domicilio real ubicado en el Caserío
de San José -Pucará, sin perjuicio de
ser notificados mediante Edicto Judicial
Penal, por Tres Días Hábiles en el Diario
Oficial, bajo apercibimiento de ser declarados reo contumaz, en caso de inasistencia injustificada, y girarse las ordenes
de captura respectivas a nivel nacional.
Cutervo, 04 de julio del 2016
EDWIN IBAÑEZ FARFAN
JUEZ
JUZGADO PENAL UNIPERSONAL PERMANENTE
PJ-CSJLAMB-CUTERVO
03, 05, 06 Sept.
EDICTO PENAL
JUZGADO: PENAL UNIPERSONAL PERMANENTE - CUTERVO
JUEZ: DR. EDWIN IBAÑEZ FARFAN.
CITA Y EMPLAZA al acusado SAULO
CHUQUICAHUA JULCA, identificado con
DNI 44081493 para que se ponga a Derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra en el Expediente Judicial
No 162-2016-170606, por el Delito de
INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIÓN
ALIMENTARIA, en agravio de NAYDIN
JHULIT QUINTOS MUÑOZ, expediente
en el cual se ha emitido la siguiente resolución: RESOLUCIÓN NÚMERO: TRES,
Cutervo, veintitrés de julio, del año dos mil
dieciséis. AUTOS Y VISTOS: Con lo solicitado por el representante del Ministerio
Público y abogado del acusado, sin oposición alguna, por lo que a efecto de no
generar Indefensión respecto a la Defensa del Acusado de Autos y no generar
Nulidades Posteriores; SE RESUELVE:
REPROGRAMAR, la presente Audiencia
de Juicio Oral para el día, VEINTIOCHO
DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS. A HORAS UNA DE LA TARDE
(Hora Exacta), en la Sala de Audiencia de
este Órgano Jurisdiccional. NOTIFIQUESE. al acusado, SAULO CHUQUICAHUA
JULCA en su domicilio real ubicado en el
caserío Seque-Cochabamba, sin perjuicio
de ser notificado mediante Edicto Judicial
Penal, por Tres Días Hábiles en el Diario
Oficial, bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz, en caso de inasistencia injustificada, y girarse las ordenes de
captura respectivas a nivel nacional.
Cutervo, 23 de julio del 2016
EDWIN IBAÑEZ FARFAN
JUEZ
JUZGADO PENAL UNIPERSONAL
PERMANENTE
PJ-CSJLAMB-CUTERVO
03, 05, 06 Sept.
EDICTO PENAL
EXPEDIENTE: N° 3987-2015-80-1706JR-PE-7°
JUZGADO: SÉTIMO JUZGADO UNIPER-
JUDICIAL
PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV
SONAL PENAL SUPRAPROVINCIAL DE
CHICLAYO
JUEZ: MARTIN DELGADO RAMÍREZ
ESP. JUDICIAL: JOSÉ MERINO IBEROS
Se NOTIFICA a: HUMBERTO BEKIN
LARREA PLASENCIA, con el acta de
audiencia de fecha 14 de julio del año
2016, en la cual se ha RESUELTO:
1.- SE RESUELVE: tener por no instalada
la audiencia y reprogramarla para el día
VEINTIOCHO DE SETIEMBRE DEL AÑO
EN CURSO a horas ONCE DE LA MAÑANA, en esta misma Sala de audiencias,
quedando notificados las partes procesales asistentes con los apercibimientos
respectivos, asimismo notifíquese al acusado HUMBERTO BEKIN LARREA PLASENCIA mediante edictos a publicarse
en el diario oficial de la región bajo apercibimiento de declarársele reo contumaz
en caso de inconcurrencia, notifíquese a
los demás órganos de prueba bajo apercibimiento de ser conducidos de grado o
fuerza en caso de inasistencia. Se pone
de conocimiento la presente resolución.2.- La presente publicación se deberá
realizar por TRES DÍAS.
PEDRO MARTIN
DELGADO RAMIREZ
JUEZ
SETIMO JUZGADO PENAL
UNIPERSONAL
PODER JUDICIAL – CSJLA
03, 05, 06 Sept.
EDICTO PENAL
EXPEDIENTE N°: 04376-2015-19-1706JR-PE-02
JUZGADO: Séptimo Juzgado Penal Unipersonal Chiclayo
JUEZ: Dr. PEDRO MARTIN DELGADO
RAMÍREZ
ESPECIALISTA JUDICIAL: KARINA ELIZABETH FERNANDEZ RAMIREZ
Se NOTIFICA a: JUAN MANUEL GAMARRA BALLENA, con la resolución número
Uno de fecha 13 de Julio del año 2016 a
horas nueve de la mañana, mediante la
cual se ha RESUELTO: PROGRAMAR la
audiencia de juicio oral para el día VEINTIOCHO DE SEPTIEMBRE DEL AÑO
DOS MIL DIECISEIS A HORAS NUEVE
DE LA MAÑANA diligencia que se realizará en la SALA DE AUDIENCIAS NÚMERO
DECIMA CUARTA de los Juzgados Unipersonales, ubicada en el TERCER PISO
de la Nueva Sede de la Corte Superior de
Justicia de Lambayeque, sito en la calle
José Leonardo Ortiz número 155 - Chiclayo, bajo apercibimiento de ser declarado
REO CONTUMAZ, reservarse el proceso
y ordenarse su conducción compulsiva en
caso de inasistencia.
Por haberse dispuesto así el proceso
N° 04376-2015-19-1706-JR-PE-02; en el
proceso seguido contra el acusado JUAN
MANUEL GAMARRA BALLENA como
presuntas coautoras de los delitos señalados en el considerando segundo de la presente resolución, en agravio de GLADYS
KARINA CONTALES CUSTODIO.
2. La presente publicación se deberá
realizar por TRES DÍAS,
Chiclayo, 13 de julio del 2016
PEDRO MARTIN
DELGADO RAMIREZ
JUEZ
SETIMO JUZGADO PENAL
UNIPERSONAL
PODER JUDICIAL – CSJLA
03, 05, 06 Sept.
EDICTO
EN EL EXP. N° 5909-2016 EL SEGUNDO
JUZGADO PENAL DE INVESTIGACIÓN
PREPARATORIA DEL MODULO BÁSICO DE JUSTICIA DE JOSÉ LEONARDO ORTIZ, DE CHICLAYO, A CARGO
DEL DR. REYNERIO DÍAZ TARRILLO,
CITA Y EMPLAZA AL IMPUTADO
JOEL SEGOVIA LULIQUIZ CON DNI
N° 40633575, CON DOMICILIO EN EL
CALLE SAN ANTONIO 283 – PJ NUEVO
SAN LORENZO – LEONARDO ORTIZ..
PARA QUE SE PRESENTE AL LOCAL
DEL SEGUNDO JUZGADO DE INVETIGACION PREPARATORIA DE JOSE
LEONARDO ORTIZ, EL SEÑOR JUEZ A
DISPUESTO LO SIGUENTE:
Resolución numero 01
CITAR a AUDIENCIA ÚNICA DE
INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO EN CASO DE DELITOS DE FLAGRANCIA, OMISIÓN A LA ASISTENCIA
FAMILIAR Y CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD - DROGADICCIÓN
requerido por el Señor Fiscal Adjunto
Provincial Penal Corporativa de José
Leonardo Ortiz. Dr. Segundo Gamaliel
Canario Santa Cruz contra Joel Segovia
Luliquiz por la presunta comisión del Deli-
to de conducción de vehículo motorizado
en estado de ebriedad en agravio de La
Sociedad, para el día VEINTIOCHO DE
SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS A HORAS ONCE Y TREINTA DE
LA MAÑANA, en la sala de audiencias
del Segundo Juzgado de Investigación
Preparatoria del Módulo Básico de José
Leonardo Ortiz con sede en la Av. Virrey
Toledo 1080- Atusparias, con la presencia
obligatoria del señor representante del
Ministerio Público
Requerimiento fiscal
Que, el día 03 de julio del 2016 a las
20:10 horas, personal policial intervino a
la persona de Joel Segovia Luliquiz, quien
se encontraba manejando la mototaxi
de placa de rodaje M8-8585 de marca
Wanxin de color rojo, en presunto estado
de ebriedad, por lo que se puso a disposición de la Comisaría de J.L.O. Asimismo,
mediante Certificado de Dosaje Etílico
N° 0023- 001696, practicado al imputado, arroja como resultado: Cero gramos
noventa ‘CGS, de Alcohol por litro de
sangre (0.91 G/L), es decirla muestra
contiene alcohol etílico. CALIFICACIÓN
JURÍDICA Que, el delito de Conducción
de Vehículo Motorizado en Estado de
Ebriedad, previsto en el primer párrafo del
artículo 274 del Código Penal.
JOSÉ LEONARDO ORTIZ, 12 DE AGOSTO DEL 2016
ESPECIALISTA: MARTHA VILCHEZ
QUEVEDO
REYNERIO DIAZ TARRILLO
JUEZ
2° JUZGADO DE INVESTIGACION
PREPARATORIA
MODULO BASICO DE
JUSTICIA – JLO
03, 05, 06 Sept.
EDICTO
EN EL EXP. N° 6230-2016 EL SEGUNDO
JUZGADO PENAL DE INVESTIGACIÓN
PREPARATORIA DEL MODULO BÁSICO DE JUSTICIA DE JOSÉ LEONARDO ORTIZ, DE CHICLAYO, A CARGO
DEL DR. REYNERIO DÍAZ TARRILLO,
CITA Y EMPLAZA AL IMPUTADO JUSTINO ZUMARAN ALFARO CON DNI
N° 16769869. CON DOMICILIO EN EL
P.J MILAGRO DE DIOS MZ. “F” LOTE
28-LEONARDO ORTIZ. PARA QUE SE
PRESENTE AL LOCAL DEL SEGUNDO
JUZGADO DE INVETIGACION PREPARATORIA DE JOSÉ LEONARDO ORTIZ,
EL SEÑOR JUEZ A DISPUESTO LO
SIGUENTE:
Resolución numero 01
CITAR a AUDIENCIA ÚNICA DE
INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO EN CASO DE DELITOS DE FLAGRANCIA, OMISIÓN A LA ASISTENCIA
FAMILIAR Y CONDUCCIÓN EN ESTADO
DE EBRIEDAD - DROGADICCIÓN requerido por el Señor Fiscal Provincial Penal
Corporativa de José Leonardo Ortiz. Dr.
José Manuel Benavente Millan contra
Justino Zumaran Alfaro por la comisión
del delito Contra La Seguridad Pública
- Peligro Común en su figura de Conducción en Estado de Ebriedad en agravio
de La Sociedad, para el día VEINTIOCHO DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS
MIL DIECISÉIS A HORAS ONCE DE
LA MAÑANA, en la sala de audiencias
del Segundo Juzgado de Investigación
Preparatoria del Módulo Básico de José
Leonardo Ortiz con sede en la Av. Virrey
Toledo 1080- Atusparias, con la presencia
obligatoria del señor representante del
Ministerio Público, el abogado defensor
del imputado, del propio imputado; bajo
apercibimiento en caso de inasistencia
del abogado defensor del procesado se
aplicará el artículo 85° inciso 1) del Nuevo
Código procesal Penal, modificado por la
Ley 30076 , por tratarse de una audiencia
de carácter inaplazable como lo establece
el artículo 447.4 del código procesal penal
modificado por el decreto legislativo 1194.
Requerimiento fiscal
Que, conforme al Acta de Intervención
Policial se tiene que el día 29 de Julio de
2016 a las 18:50 horas, aproximadamente, en circunstancias que personal policial
a bordo de la UM PF-18681 se encontraba
patrullando por la intersección de la Av.
Nicaragua y calle Antenor Orrego - José
Leonardo Ortiz, se intervino al vehículo
automotor menor, mototaxi, marca ZEÑA,
color rojo, de placa de rodaje MCQ-22100,
la cual realizaba maniobras temersirias,
siendo conducido este vehículo por la
persona de JUSTINO ZUMARAN ALFARO, quién al momento de la intervención
presentaba síntomas de encontrarse en
estado de ebriedad, razó por la que se
condujo al intervenido a la Comisaria FNP
del sector para las investigaciones de ley.
PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV
Que, en el marco de las investigaciones
por dicha intervención policial, el imputado
fue conducido al Hospital de la Sanidad de
la Policía Nacional, a efectos de que se le
practique el correspondiente dosaje etílico (exsimen cuantitativo), cuyo resultado
está recogido en el Certificado de Dosaje
Etílico N’ 0023-002590, con Registro de
Dosaje 8-001704, emitido por el Jefe del
Departamento de Dosaje Etílico de dicho
nosocomio. Mayor S. FNP César José
Llanos Matallana, en el cual se detalla
que el imputado, al momento del examen,
presentó 0.76 gramos de alcohol por litro
de sanare, con lo cual queda evidenciado que dicha persona ha incurrido en
el delito de Conducción en Estado de
Ebriedad. Se atribuye al imputado JUSTINO ZUMARAN ALPARO ser AUTOR
del delito Contra Seguridad Pública en
la figura de PELIGRO COMÚN modalidad de CONDUCCIÓN ENESTADO DE
EBRIEDAD, contemplado en el segundo
párrafo del artículo 274° del Código Penal.
JOSÉ LEONARDO ORTIZ, 12 DE AGOSTO DEL 2016.
ESPECIALISTA: MARTHA VILCHEZ
QUEVEDO
REYNERIO DIAZ TARRILLO
JUEZ
2° JUZGADO DE INVESTIGACION
PREPARATORIA
MODULO BASICO DE
JUSTICIA – JLO
03, 05, 06 Sept.
EDICTO
EXPEDIENTE N° 2116-2015-1
El Juez del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo, cita
y emplaza al acusado LUIS ANTONIO
PAZ CÉSPEDES, a fin de que concurra a la audiencia de CONTROL DE
SOBRESIEMIENTO reprogramada para
el día VEINTIOCHO DE SEPTIEMBRE
DEL DOS MIL DIECISEIS. A HORAS
NUEVE DE LA MAÑANA, a realizarse
en la Sala de audiencias número DOS,
del Segundo Juzgado de Investigación
Preparatoria de Chiclayo, ubicado en la
Av. José Leonardo Ortiz N° 155, Segundo Piso - Chiclayo, en el Expediente N°
3956-2014-0 proceso seguido contra el
acusado precitado, por el delito contra
el PATRIMONIO, en su figura de LESIONES CULPOSAS, en agravio de VÍCTOR
QUISPE CABALLERO Y OTROS; lo que
notifica de acuerdo a ley.
Especialista Legal: Zoila Regalado Guevara.
MARISOL VASQUEZ RUIZ
JUEZ TITULAR
2° JUZGADO DE INVESTIGACION
PREPARATORIA
PJ-NCPP-CSJLAMB
03, 05, 06 Sept.
EDICTO
EXPEDIENTE N° 3629-2015-3
El Juez del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo, cita y
emplaza a la agraviada MARILYN ELUXIMIA FLORES CHAVARRY, a fin de
que concurra a la audiencia de Control
de Sobreseimiento que ha sido reprogramada para el día VEINTIOCHO DE
SEPTIEMBRE DEL DOS MIL DIECISÉIS.
A HORAS OCHO DE LA MAÑANA, a realizarse en la Sala de audiencias número
TRES, del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo, ubicado
en la Av. José Leonardo Ortiz N° 155,
Segundo Piso -Chiclayo, en el Expediente
N° 3629-2015-0, del proceso seguido contra BETTY ROXANA RUBIO CHAVARRY,
por el delito de TRATA DE PERSONAS,
AGRAVADA, en agravio de Marilin Eluximia Flores Chavarry; lo que notifica de
acuerdo a ley.
Especialista Legal: Ela Saldaña Guzmán.
VICTOR TORRES SANCHEZ
JUEZ
3° JUZGADO DE INVESTIGACION
PREPARATORIA
PJ-NCPP-CSJLAMB
03, 05, 06 Sept.
EDICTO
EN EL EXP. N° 5971-2016 EL SEGUNDO
JUZGADO PENAL DE INVESTIGACIÓN
PREPARATORIA DEL MODULO BÁSICO DE JUSTICIA DE JOSÉ LEONARDO ORTIZ, DE CH1CLAYO, A CARGO
DEL DR. REYNERIO DÍAZ TARR1LLO,
CITA Y EMPLAZA AL IMPUTADO JHAN
CARLOS ROJAS MUÑOZ CON DNI N°
621691/9, CON DOMICILIO EN CALLE
WASHINGTON 443- URRUNAGA - JOSÉ
LEONARDO ORTIZ, PARA QUE SE
PRESENTE AL LOCAL DEL SEGUNDO
CRÓNICA
JUZGADO DE 1NVET1GACION PREPARATORIA DE JOSÉ LEONARDO ORTIZ,
EL SEÑOR JUEZ A DISPUESTO LO
SIGUENTE:
Resolución numero 01
CITAR a A UDIENCIA ÚNICA DE
INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO EN CASO DE DELITOS DE FLAGRANCIA, OMISIÓN A LA ASISTENCIA
FAMILIAR Y CONDUCCIÓN EN ESTADO
DE EBRIEDAD - DROGADICCIÓN requerido por la Señora Fiscal Provincial Penal
Corporativa de José Leonardo Ortiz. Dra.
Ingrid Merino Gomales contra Jhan Carlos
Rojas Muñoz, por la presunta comisión
del delito contra la seguridad publica en
la modalidad de Conducción en estado
de ebriedad o drogadicción, en agravio
de la sociedad, para el día VEINTIOCHO
DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS A HORAS DOCE DEL DÍA, en la
sala de audiencias del Segundo Juzgado
de Investigación Preparatoria del Módulo
Básico de José Leonardo Ortiz con sede
en la Av. Virrey Toledo 1080- Atusparias,
con la presencia obligatoria del señor
representante del Ministerio Público, el
abogado defensor del imputado, del propio imputado; bajo apercibimiento en caso
de inasistencia del abogado defensor del
procesado se aplicará el artículo 85° inciso 1) del Nuevo Código procesal Penal,
modificado por la Ley 30076 , por tratarse
de una audiencia de carácter inaplazable
como lo establece el artículo 447.4 del
código procesal penal modificado por el
decreto legislativo 1194.
Requerimiento fiscal
Mediante Acta de Intervención Policial de
fecha 18 Julio del 2016, realizado a las
2:20 horas aproximadamente en el distrito
de José Leonardo Ortiz, personal policial
en circunstancias quese encontraba realizando patrulla] e por su zona de responsabilidad entre la intersecciones de las
avenidas Agricultura y Chiclayo se Intevino al vehículo menor (mototaxi) con placa
de rodaje 25CO-4M, marca WANXIN,
de color roja, que era conducido por la
persona de Jhan Carlos Rojas Muñoz,
quien se encontraba en aparente estado
de ebriedad (teniendo un aliento alcohólico), conforme consta en el cetificado de
dosaje etílico N° 0023-002226, con registro B- 001374 practicado al intervenido
Jhan Carlos Rojas Muñoz obteniéndose
el resultado de CERO GRAMOS NOVENTA Y NUEVE CGS DE ALCOHOL POR
LITRO DE SANGRE Asimismo dicho vehículo y persona se pues o a disposición de
la Comisaría para los fines del caso. El
delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE
EBRIEDAD, se encuentra tipificado en el
artículo 274 del Código Penal.
JOSÉ LEONARDO ORTIZ, 12 DE AGOSTO DEL 2016.
ESPECIALISTA: MARTHA VILCHEZ
QUEVEDO
REYNERIO DIAZ TARRILLO
JUEZ
2° JUZGADO DE INVESTIGACION
PREPARATORIA
MODULO BASICO DE
JUSTICIA – JLO
03, 05, 06 Sept.
EDICTO
EN EL EXP. N° 6313-2016 EL SEGUNDO
JUZGADO PENAL DE INVESTIGACIÓN
PREPARATORIA DEL MODULO BÁSICO DE JUSTICIA DE JOSÉ LEONARDO ORTIZ, DE CHICLAYO, A CARGO
DEL DR. REYNERIO DÍAZ TARRILLO,
CITA Y EMPLAZA AL IMPUTADO LUÍS
ALBERTO CORONADO ZULOETA CON
DNI N” 80615064, CON DOMICILIO EN
CASERÍO CRUZ DE MEDIANÍA S/N- DISTRITO DE MORROPE- LAMBAYEQUE.
PARA QUE SE PRESENTE AL LOCAL
DEL SEGUNDO JUZGADO DE INVETIGACION PREPARATORIA DE JOSÉ
LEONARDO ORTIZ, EL SEÑOR JUEZ A
DISPUESTO LO SIGUENTE:
RESOLUCIÓN 01
CITAR a AUDIENCIA ÚNICA DE
INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO EN CASO DE DELITOS DE FLAGRANCIA, OMISIÓN A LA ASISTENCIA
FAMILIAR Y CONDUCCIÓN EN ESTADO
DE EBRIEDAD - DROGADICCIÓN requerido por el Señor Fiscal Provincial Penal
Corporativa de José Leonardo Ortiz. Dr.
Martín Muñoz Basauri contra Luís Alberto
Coronado Zuloeta por el delito de conducción de vehículo motorizado en estado de
ebriedad en agravio de La Sociedad, para
el día VEINTIOCHO DE SETIEMBRE DEL
AÑO DOS MIL DIECISÉIS A HORAS UNA
DE LA TARDE, en la sala de audiencias
del Segundo Juzgado de Investigación
Preparatoria del Módulo Básico de José
Leonardo Ortiz con sede en la Av. Virrey
JUDICIAL
Chiclayo, Martes 06 de Septiembre del 2016
Toledo 1080- Atusparias, con la presencia
obligatoria del señor representante del
Ministerio Público, el abogado defensor
del imputado, del propio imputado; bajo
apercibimiento en caso de inasistencia
del abogado defensor del procesado se
aplicará el artículo 85° inciso 1) del Nuevo
Código procesal Penal, modificado por la
Ley 30076 , por tratarse de una audiencia
de carácter inaplazable como lo establece
el artículo 447.4 del código procesal penal
modificado por el decreto legislativo 1194.
Requerimiento fiscal
Que el día 23 de julio del 2016 a las
21:30 horas, personal policial Intervino
a la persona de Luís Alberto Coronado Zuloeta, en las intersecciones de las
Av. Colombia y Panamá- JLO, quien se
encontraba manejando un vehículo menor
mototaxi, de placa de rodaje 9707- 1M,
color rojo, marca Wanxin, el mismo que
se encontraba en evidente estado de
ebriedad, por lo que se puso a disposición
de la Comisaría de José Leonardo Ortiz.
Así mismo mediante certificado de dosaje
etílico 0023-002401, practicado al Imputado, arroja como resultado cero gramos
cincuenta y dos CGS de alcohol por litro
de sangre (0.52 G/L). El delito de Conducción en estado de ebriedad tipificado en el
art. 274° del C.P
JOSÉ LEONARDO ORTIZ, 15 DE AGOSTO DEL 2016
ESPECIALISTA: MARTHA VILCHEZ
QUEVEDO
REYNERIO DIAZ TARRILLO
JUEZ
2° JUZGADO DE INVESTIGACION
PREPARATORIA
MODULO BASICO DE
JUSTICIA – JLO
03, 05, 06 Sept.
EDICTO
EN EL EXP. N° 6132-2016 EL SEGUNDO
JUZGADO PENAL DE INVESTIGACIÓN
PREPARATORIA DEL MODULO BÁSICO DE JUSTICIA DE JOSÉ LEONARDO
ORTIZ, DE CHICLAYO, A CARGO DEL
DR. REYNERIO DÍAZ TARRILLO, CITA Y
EMPLAZA AL IMPUTADO JENRY JHONATAN MEJIA ASENJO CON DNI N°
46738396, CON DOMICILIO EN CALLE
WASHINGTON 443- URRUNAGA - JOSÉ
LEONARDO ORTIZ. PARA QUE SE
PRESENTE AL LOCAL DEL SEGUNDO
JUZGADO DE INVETIGACIONPREPARATORIA DE JOSÉ LEONARDO ORTIZ,
EL SEÑOR JUEZ A DISPUESTO LO
SIGUENTE:
Resolución numero 01
CITAR a AUDIENCIA ÚNICA DE
INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO EN CASO DE DELITOS DE FLAGRANCIA, OMISIÓN A LA ASISTENCIA
FAMILIAR Y CONDUCCIÓN EN ESTADO
DE EBRIEDAD - DROGADICCIÓN requerido por el Señor Fiscal Provincial Penal
Corporativa de José Leonardo Ortiz. Dr.
Martín Muñoz Basauri contra Jenry Jhonatan Mejia Asenjo por el delito de omisión
ala asistencia familiar (incumplimiento
de obligación alimentaría) en agravio de
Adrián Deyvis Mejia Ramírez, para el
día VEINTIOCHO DE SETIEMBRE DEL
AÑO DOS MIL DIECISÉIS A HORAS
DOCE Y TREINTA DEL DÍA, en la sala
de audiencias del Segundo Juzgado de
Investigación Preparatoria del Módulo
Básico de José Leonardo Ortiz con sede
en la Av. Virrey Toledo 1080- Atusparias,
con la presencia obligatoria del señor
representante del Ministerio Público, el
abogado defensor del imputado, del propio imputado; bajo apercibimiento en caso
de inasistencia del abogado defensor del
procesado se aplicará el artículo 85° inciso 1) del Nuevo Código procesal Penal,
modificado por la Ley 30076 , por tratarse
de una audiencia de carácter inaplazable
como lo establece el artículo 447.4 del
código procesal penal modificado por el
decreto legislativo 1194.
Requerimiento fiscal
Que mediante resolución N° uno del Primer Juzgado de Paz Letrado -JLO de
fecha 09 de enero 2015, se ordenó al
imputado cumpla con el pago de una pensión alimenticia mensual y adelantada de
SI. 200,00 nuevos soles a favor del menor
agraviado, practicándose la liquidación
de pensiones devengadas aprobándose
un total de SI. 9,352.18 (NUEVE MIL
TRESCIENTOS CINCUENTA YDOS CON
18/100 NUEVOS SOLESJ correspondientes al periodo de setiembre del 2011 a
mayo del 2015, así mismo mediante auto
de fecha 17 de junio del 2015 se tiene por
aprobada la liquidación y se emplaza al
imputado para que pague en el plazo de
03 días, bajo apercibimiento de Remitirse
copias al Ministerio Público; y siendo que
11
el denunciado ha sido emplazado válidamente ( notificación 9498-2015-JP-FC y
Aviso Judicial) a efectos de que cumpla
con su obligación éste no ha cumplido
con el pago de la totalidad de la liquidación, aprobada mediante Resolución N°
tres, antes referida y que obra en autos.
Que los hechos materia de acusación se
encuadran en el tipo penal previsto en
el primer párrafo del artículo N° 149 del
Código Penal
JOSÉ LEONARDO ORTIZ, 12 DE AGOSTO DEL 2016
ESPECIALISTA: MARTHA VILCHEZ
QUEVEDO
REYNERIO DIAZ TARRILLO
JUEZ
2° JUZGADO DE INVESTIGACION
PREPARATORIA
MODULO BASICO DE
JUSTICIA – JLO
03, 05, 06 Sept.
EDICTO
EN EL EXP. N° 6572-2016-0 EL SEGUNDO JUZGADO PENAL DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DEL MODULO BÁSICO DE JUSTICIA DE JOSÉ
LEONARDO ORTIZ, DE CHICLAYO,
A CARGO DEL DR. REYNERIO DÍAZ
TARRILLO, CITA Y EMPLAZA AL IMPUTADO JOEL RICARDO MACHADO
ADRIANO, CON DNI N° 45806799, CON
DOMICILIO EN AV. VENEZUELA 3497CPM CASA BLANCA - DISTRITO DE
JOSÉ LEONARDO ORTIZ; PARA QUE
SE PRESENTE AL LOCAL DEL SEGUNDO JUZGADO DE INVETIGACION
PREPARATORIA DE JOSÉ LEONARDO
ORTIZ, EL SEÑOR JUEZ A DISPUESTO
LO SIGUENTE:
RESOLUCIÓN NÚMERO: UNO
CITAR a AUDIENCIA ÚNICA DE
INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO EN CASO DE DELITOS DE FLAGRANCIA, OMISIÓN A LA ASISTENCIA
FAMILIAR Y CONDUCCIÓN EN ESTADO
DE EBRIEDAD - DROGADICCIÓN requerido por el Señor Fiscal Provincial Penal
Corporativa de José Leonardo Ortiz. Dr.
Rober Edwin Becerra Pérez contra Joel
Ricardo Machado Adriano, por el delito
contra la familia, en la modalidad de
omisión a la asistencia familiar, en agravio
de su menor hija Dylan Steven Machado
Ortiz, representado por su madre Elita
Yesary Ortiz Vela, para el día VEINTIOCHO DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL
DIECISÉIS A HORAS NUEVE Y TREINTA
DE LA MAÑANA, en la sala de audiencias
del Segundo Juzgado de Investigación
Preparatoria del Módulo Básico de José
Leonardo Ortiz con sede en la Av. Virrey
Toledo 1080- Atusparias, con la presencia
obligatoria del señor representante del
Ministerio Público, el abogado defensor
del imputado, del propio imputado; bajo
apercibimiento en caso de inasistencia
del abogado defensor del procesado se
aplicará el artículo 85° inciso 1) del Nuevo
Código procesal Penal, modificado por la
Ley 30076 , por tratarse de una audiencia
de carácter inaplazable como lo establece
el artículo 447.4 del código procesal penal
modificado por el decreto legislativo 1194.
Requerimiento fiscal
Que, de los actuados se tiene que en
el proceso de alimentos signado con
el Expediente N° 521 - 2014, mediante
sentencia de fecha 04 de diciembre del
2015, contenida en la Resolución N° 19,
en la que se resuelve declarar fundada
en parte la demanda de alimentos interpuesta por Elita Yesary Ortiz Vela y se
ordena que el demandado (ahora imputado) Joel Ricardo Machado Adriano, acuda
con una pensión alimenticia mensual y
adelantada de OCHOCIENTOS NUEVOS
SOLES (S/.800.00) a favor de su menor
hijo DY1-AN STEVEN MACHADO ORTIZ,
sentencia que quedó consentida mediante
Resolución N’ 10 de fecha 07 de enero
de 2016. Resulta que el imputado no
ha cumplido con pagar las pensión fijada judicialmente, motivo por el cual se
dispuso que se practique liquidación de
pensiones devengadas correspondiente
al período de noviembre de 2014 a enero
de 2016, ascendiendo a la suma de
ONCE MIL CIENTO SETENTA Y SIETE
CON 31/100 SOLES (S/. 11,177.31), la
misma que fue aprobada mediante resolución N® 11 de fecha 15 de abril de
2016, asimismo en dicha resolución se
le requirió que en el término de tres días
cumpla con cancelar la suma aprobada
bajo apercibimiento de remitirse copias
certificadas al Ministerio Público a fin que
proceda conforme a sus atribuciones.
Posteriormente mediante resolución N° 12
de fecha 10 de junio del 2016, se reduce
la suma aprobada mediante resolución
12
Chiclayo, Martes 06 de Septiembre del 2016
once en dos mil soles, en consecuencia
se precisase que la suma adeudada por
el demandado, por concepto de pensiones alimenticias devengadas asciende a
NUEVE MIL CIENTO SETENTA Y SIETE
CON 31/100 SOLES (SA 9,177.31) y se
dispone remitan coplac certificadas al
Ministerio Público para que proceda de
acuerdo a sus “atribuciones.
LEONARDO ORTIZ, 19 DE AGOSTO
DEL 2016
ESPECIALISTA: MARTHA VILCHEZ
QUEVEDO
REYNERIO DIAZ TARRILLO
JUEZ
2° JUZGADO DE INVESTIGACION
PREPARATORIA
MODULO BASICO DE
JUSTICIA – JLO
03, 05, 06 Sept.
EDICTO PENAL
Expediente N° 6335-2016-0-0-1706-JRPE-01
Juzgado: 2 Juzgado de Investigación
Preparatoria José Leonardo Ortiz - Lambayeque
Especialista: César Augusto Salazar
Piscoya.
Imputado: ENRIQUE ARRASCUE FERNANDEZ
Delito: OMISIÓN A LA ASISTENCIA
FAMILIAR
Agraviado: MICHAEL JORDÁN ARRASCUE IDROGO
SE NOTIFICA A: ENRIQUE ARRASCUE
FERNANDEZ, con domicilio en calle
José Calvez N° 238 - José L. Ortíz
REQUERIMIENTO FISCAL: Se solicita
la incoación de proceso inmediato en su
contra, por el delito de Omisión a la asistencia familiar, en agravio de Michael
Jordán Arrascue Idrogo; toda vez que
de la remisión de copias certificadas
derivada del Exp. N° 2002- 17 Juzgado
de Paz Letrado de José Leonardo Ortiz,
se advierte que el imputado adeuda la
fecha de 18,118.06 nuevos soles, por
pensiones alimenticias devengadas.
Se adjunta como elementos de convicción:
a) La sentencia
b) La resolución que declara consentida
la sentencia
c) La liquidación de pensiones alimenticias devengadas. Y notificaciones
d) La resolución que aprueba la liquidación y notificaciones
RESOLUCIÓN NUMERO UNO: el Representante del Ministerio Público, presenta
requerimiento de incoacción de proceso
inmediato en su contra por el delito de
Omisión a la Asistencia Familiar en
agravio Michael Jordán Arrascue Idrogo
Audiencia 28.09.16 hora 09:00 am.
José L. Ortiz 23 Agosto 2016
KARINA GONZALES PAREDES
ESPECIALISTA DE CAUSAS
JUZGADO DE INVESTIGACION
PREPARATORIA
MODULO BASICO DE
JUSTICIA – JLO
03, 05, 06 Sept.
EDICTO PENAL
3° JUZG. INVEST. PREPARATORIA FLAGRANCIA, OAF Y CEED
EXPEDIENTE: 04333-2016-0-1706-JRPE-03
JUEZ: TORRES SÁNCHEZ VÍCTOR
ADOLFO
ESPECIALISTA: VASQUEZ VASQUEZ
MARÍA LUZCELINA
MINISTERIO PUBLICO: LEZCANO
SOLANO, GINA
IMPUTADO: VASQUEZ SÁNCHEZ,
ORLANDO
DELITO: CONDUCCIÓN EN ESTADO
DE EBRIEDAD O DROGADICC
AGRAVIADO: LA SOCIEDAD
Por el presente edicto, el Sr. Juez del
Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo, NOTIFICA al imputado ORLANDO VASQUEZ SÁNCHEZ,
con la Resolución Número DOS de fecha
12 de agosto del 2016; la que resuelve:
REPROGRAMAR la AUDIENCIA ÚNICA
DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO POR EL DELITO DE CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD,
requerido por el representante del Ministerio Público; en contra del imputado
ORLANDO VASQUEZ SÁNCHEZ, para
el día VEINTIOCHO DE SEPTIEMBRE
DE DOS MIL DIECISEIS, a horas UNA
CON QUINCE DE LA TARDE (hora
exacta), en la sala de Audiencias número
TRES del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria, ubicado en la Av. José
Leonardo Ortiz 155 (segundo piso),con
la presencia obligatoria del señor repre-
CRÓNICA
sentante del Ministerio Público, el abogado defensor del imputado, bajo apercibimiento de aplicarse lo establecido el
artículo 144° inciso 2) del Nuevo Código
Procesal Penal en caso de inasistencia
injustificada por parte del señor Fiscal
y en caso de inasistencia del abogado
defensor del procesado se aplicará el
artículo 85° inciso 1) del Nuevo Código
procesal Penal, adicionándose que al
tratarse de una audiencia inaplazable la
inconcurrencia de éste último ocasionara
su exclusión de la defensa y se continuará la misma con el abogado defensor
público asignado. PRECISÁNDOSE que
la fecha programada responde exclusivamente a la recargada agenda de
audiencias que debe afrontar este Juzgado como consecuencia de conocer
también las causas penales de procesos
comunes al no haberse producido en
ningún momento la redistribución de
Procesos. NOTIFIQUESE al procesado
Orlando Vásquez Sánchez en su domicilio real consignado en el requerimiento
fiscal, esto es, calle Yahuar Huaca N°
570 - distrito de la Victoria, provincia de
Chiclayo y mediante llamada telefónica
a su número celular 994537482, así
como a su abogado defensor, letrado
Oscar Francisco Banda Saavedra, con
domicilio procesal en la calle María Izaga
N° 986- segundo piso - Chiclayo, y a su
número celular 956525873. Sin perjuicio
de notificar a la defensora pública Teresa Quepuy Villalobos a través de su casilla electrónica consignada en audiencia.
VICTOR TORRES SANCHEZ
JUEZ
3° JUZGADO DE INVESTIGACION
PREPARATORIA
PJ-NCPP-CSJLAMB
03, 05, 06 Sept.
EDICTO PENAL
3° JUZG. INVEST. PREPARATORIA FLAGRANCIA, OAF Y CEED
EXPEDIENTE: 04330-2016-0-1706-JRPE-03
JUEZ: TORRES SÁNCHEZ VÍCTOR
ADOLFO
ESPECIALISTA: VASQUEZ VASQUEZ
MARÍA LUZCELINA
MINISTERIO PUBLICO: LEZCANO
SOLANO, GINA
IMPUTADO: SÁNCHEZ UCEDA, LUIS
ARMANDO
DELITO: CONDUCCIÓN EN ESTADO
DE EBRIEDAD O DROGADICCION
AGRAVIADO: LA SOCIEDAD
Por el presente edicto, el Sr. Juez del
Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo, NOTIFICA al LUIS
ARMANDO SÁNCHEZ UCEDA, con la
Resolución Número DOS de fecha 12 de
agosto del 2016; la que resuelve:
REPROGRAMAR la AUDIENCIA ÚNICA
DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO POR EL DELITO DE CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD,
requerido por el representante del Ministerio Publicó; en contra del imputado
LUIS ARMANDO SÁNCHEZ UCEDA,
para el día VEINTIOCHO DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL DIECISEIS, a horas
UNA DE LA TARDE (hora exacta), en
la sala de Audiencias número TRES
del Tercer Juzgado de Investigación
Preparatoria, ubicado en la Av. José
Leonardo Ortiz 155 (segundo piso),con
la presencia obligatoria del señor representante del Ministerio Público, el abogado defensor del imputado, bajo apercibimiento de aplicarse lo establecido el
artículo 144° inciso 2) del Nuevo Código
Procesal Penal en caso de inasistencia
injustificada por parte del señor Fiscal
y en caso de inasistencia del abogado
defensor del procesado se aplicará el
artículo 85° inciso 1) del Nuevo Código
procesal Penal, adicionándose que al
tratarse de una audiencia inaplazable la
inconcurrencia de éste último ocasionara
su exclusión de la defensa y se continuará la misma con el abogado defensor público asignado. PRECISÁNDOSE que la fecha programada responde
exclusivamente a la recargada agenda
de audiencias que debe afrontar este
Juzgado-corno consecuencia de conocer
también las causas penales de proceso
comunes al no haberse producido en
ningún momento la redistribución de
Procesos. NOTIFIQUESE al procesado
Luis Armando Sánchez Uceda mediante
EDICTOS.
VICTOR TORRES SANCHEZ
JUEZ
3° JUZGADO DE INVESTIGACION
PREPARATORIA
PJ-NCPP-CSJLAMB
03, 05, 06 Sept.
JUDICIAL
PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV
EDICTO PENAL
EXPEDIENTE N°. 4421-2015-JPLLY
JUZGADO DE PAZ LETRADO DE LAMBAYEQUE
JUEZ: Dra: BARBARA I CASTRO ESCOBEDO
SECRETARIO Dra: CARMEN D. SANTAMARÍA DE VERA
Por el presente edicto se CITA. LLAMA
y EMPLAZA a la agraviada LUISA
MARIBEL LIZA PANTA con domicilio en
la Calle Abelardo Quiñones Manzana
H-Lote 19-Sector Nuevo San LorenzoRÍMENTE; para comunicarle que se ha
dispuesto que se presente a este despacho el día 29 DE SEPTIEMQBRE del año
2016 a horas 10.30 de la mañana en el
local del Juzgado de Paz de la Provincia
de Lambayeque sito en la calle DOIG Y
LORA NRO. 185- PISO III-Lambayeque, a
efecto de que se lleve a cabo la audiencia
de enjuiciamiento con la concurrencia
obligatoria bajo apercibimiento de ley.Por haberse así dispuesto en el Expediente N° 4421-2015-JPLLY, seguida
contra JOSÉ ERASMO FLORES FARROÑAN, por FALTAS CONTRA LA PERSONA-LESIONES dolosas, en agravio de
LUISA MARIBEL LIZA PANTA.
Lambayeque, 05 de mayo del año 2016
ABOG. CARMEN D.
SANTA MARIA DE VERA
SECRETARIA JUDICIAL
JUZGADO DE PAZ LETRADO
LAMBAYEQUE
PODER JUDICIAL – CSJLA
03, 05, 06 Sept.
EDICTO
EXP.
Nro.
05443-2016-0
JULIO
BENAVENTE DELGADO.EL SEGUNDO
JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DEL MODULO BÁSICO
DE JUSTICIA DE JOSÉ LEONARDO
ORTIZ A CARGO DEL DR. DÍAZ TARRILLO NOTIFICA AL IMPUTADO PERCY
BRAVO VIDAURRE EXP. 05443-2016-0
JBD. POR EL DELITO CONDUCCIÓN EN
ESTADO DE EBRIEDAD O DROGADICCION EN AGRAVIO DE LA SOCIAEDAD.
SE LE NOTIFICA LA : RESOLUCIÓN
NUMERO: UNO José Leonardo Ortiz,
veintiuno de julio de dos mil dieciséis.AUTOS y VISTOS, y con la razón que
antecede y habiendo sido designado el
Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de José Leonardo Ortiz, como
órgano jurisdiccional de turno permanente
para la Incoación de Proceso Inmediato
en caso de delitos de flagrancia, omisión a la asistencia familiar y conducción en estado de ebriedad -drogadicción
para casos de Flagrancia delictiva, SE
RESUELVE: 1. CITAR a AUDIENCIA
ÚNICA DE INCOACIÓN DE PROCESO
INMEDIATO EN CASO DE DELITOS
DE FLAGRANCIA, OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR Y CONDUCCIÓN EN
ESTADO DE EBRIEDAD DROGADICCIÓN requerido por la Señora Fiscal
Adjunta Provincial Penal de la Segunda
Fiscalía Provincial Penal Corporativa de
José Leonardo Ortiz, Dra. Ingrid Janet
Merino Gonzales, contra el imputado
PERCY BRAVO VIDAURRE, por el delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE
EBRIEDAD en agravio de la SOCIEDAD,
para el día VEINTINUEVE DE AGOSTO
DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS a horas
ONCE DE LA MAÑANA CON TREINTA MINUTOS (hora exacta) en la sala
de audiencias del Segundo Juzgado de
Investigación Preparatoria del Módulo
Básico de José Leonardo Ortiz con sede
en la Av. Virrey Toledo 1080 - Atusparias,
con la presencia obligatoria del señor
representante del Ministerio Público, el
abogado defensor del imputado, del propio imputado; bajo apercibimiento en caso
de inasistencia del abogado defensor del
procesado se aplicará el artículo 85° inciso 1) del Nuevo Código procesal Penal,
modificado por la Ley 30076, por tratarse
de una audiencia de carácter inaplazable
como lo establece el artículo 447.4 del
código procesal penal modificado por el
decreto legislativo 1194. 2. OFICÍESE
al Coordinador de la Defensoría Pública
del Ministerio de Justicia y Derechos
Humanos con sede en este distrito con
la finalidad de que DESIGNE Abogado
defensor Penal Público que
asuma la
defensa del investigado, en la anotada
diligencia que es de carácter inaplazable,
bajo apercibimiento de remitirse copias a
la Coordinadora de la Defensoría Pública
de Lambayeque
Dra. Erlita Gelacio
Llontop. SUFORMULO REQUERIMIENTO DE PROCESO INMEDIATO SEÑOR
JUEZ DEL SEGUNDO JUZGADO DE
INVESTIGACIÓN
PREPARATORIA
DE JOSÉ LEONARDO ORTIZ INGRID
JANET MERINO GONZALES Fiscal
Adjunta Provincial Penal, de la Segunda
Fiscalía Provincial Penal Corporativa de
José Leonardo Ortiz, De conformidad con
lo establecido en el numeral 4 del Articulo
446 y artículos 447 y 448 del Código
Procesal Penal vigente, a su judicatura
formulando REQUERIMIENTO DE PROCESO INMEDIATO; en la Investigación
seguida contra PERGY BRAVO VIDAURRE; por la presunta comisión de delito
de Conducción en estado de ebriedad,
¡lícito penal previsto y sancionado por el
primer párrafo del Articulo 274 del Código
Penal, en agravio de la Sociedad, en los
términos Que, el delito de Conducción en
estado de ebriedad, previsto ene I primer
párrafo del
articulo 274 del Código
Penal, se configura, en su aspecto objetivo, cuando el agente encontrándose en
estado de ebriedad, con presencia de
alcohol en la sangre en proporción mayor
de 0.5 gramos litro, o bajo el efecto de
drogas toxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas o sintéticas, conduce,
opera o maniobra vehículo motorizado,
será reprimido con pena privativa de
libertad no menor de seis meses ni mayor
de dos años o con prestación de servicios
comunitarios de cincuenta v dos a ciento cuatro ¡ornadas e habilitación, Que,
mediante Oficio N® 504-2016-CPNPJLO-SIAT-”A”,personal de la comisaria de
JLO, el día 30 de junio del 2016, aproximadamente a las 15:55 horas interviene
al imputado PERCY BRAVO VIDAURRE; quien
en estado de ebriedad
conducía el automóvil de placa de rodaje
AL-2647, por las calles Chiclayo y San
Martín del distrito de JLo. Al efectuarle
el dosaje etílico arrojo POSITIVO con
0.77g/l litro de sangre conforme al certificado de dosaje etílico N° 0023-001564.
En lo refernte al pago de acuerdo a la
tabla de alcalemia le corresponde la
suma de TRESCIENTOS NOVENTA Y
CINCO SOLES, (s/395.00) En
éste
sentido, señor juez, de conformidad con
el Numeral 4 del Artículo 446 del Código
Procesal penal, prescribe: “Independientemente de lo señalado en los numerales
anteriores, el Fiscal también deberá solicitar la incoacción del proceso inmediato
para los delitos de Omisión a la asistencia
Familiar y los de conducción enestado de
Ebriedad o Drogadicción sin perjuicio de
lo señalado en el numeral 4 del Señor
Juez, amparamos nuestra pretensión en
el numeral 4 del artículo 446,447 y 448
del Código Procesal penal Vigente, sírvase, señor juez, dar el trámite de ley
al presente requerimiento de proceso
inmediato, notificándole a las partes
como también a este despacho fiscal,
para los fines de ley que se acompaña
el presente requerimiento ejemplares del
presente requerimiento en cantidad suficiente para la notificación de las partes
y los medios probatorios que obran en la
carpeta y que han sido detallados en el
rubro anterior.
JOSE LEONARDO ORTIZ, 26 DE JULIO
DEL 2016
REYNERIO DIAZ TARRILLO
JUEZ
2° JUZGADO DE INVESTIGACION
PREPARATORIA
MODULO BASICO DE
JUSTICIA – JLO
JULIO CESAR
BENAVENTE DELGADO
ESPECIALISTA DE JUZGADO
PJ-NCPP-CSJLA
03, 05, 06 Sept.
EDICTO PENAL
JUEZ: SERGIO RALPH CHIMPEN ASENJO
JUEZ DEL QUINTO JUZGADO DE
INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE
CHICLAYO.
ESPECIALISTA DE JUZGADO: SARA
HUARANGA ARBOLEDA
EXPEDIENTE: 3242-2016-50-1706-JRPE-05°
Por el presente edicto, se pone de conocimiento de los imputados: JOSÉ LUIS
LEYVA RUIZ, JUAN MANUEL QUIRÓZ
MACO Y TOMAS COSTA VELÁSOJLJEZ, que mediante Resolución número
DOS de fecha 26 de Julio del 2016, se
resolvió lo siguiente: NOTIFICAR al acusado a través de EDICTOS, haciéndole
de su conocimiento lo siguiente:
CONFIÉRASE TRASLADO a los demás
sujetos procesales por el plazo perentorio
de DIEZ DÍAS HÁBILES, de acuerdo
con el inciso 2 del artículo antes citado:
“Los sujetos procesales podrán formular
oposición a la solicitud de archivo dentro
del plazo establecido. La oposición, bajo
sanción de inadmisibilidad, será funda-
PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV
mentada y podrá solicitar la realización
de actos de investigación adicionales,
indicando su objeto y los medios de investigación que considere procedentes.”
REPROGRAMAR la presente audiencia
PARA EL DIA 29 DE SEPTIEMBRE
DEL 2016, A HORAS 12:00 P.M. EN
LA SALA DE AUDIENCIAS NUMERO
DOCE- Quinto Juzgado de Investigación
Preparatoria de Chiclayo - NUEVA SEDE
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE
LAMBAYEQUE:
3) NOTIFIQUESE la presente resolución
al imputado por EDICTOS en el diario
La República por tres días consecutivos. Quedando en este acto válidamente
NOTIFICADA la representante del Ministerio Público concurrente a ésta Sala de
Audiencias.
Chiclayo, el día 26 de julio del año 2016
SERGIO R. CHIMPEN ASENJO
JUEZ TITULAR
5° JUZGADO DE INVESTIGACION
PREPARATORIO
PODER JUDICIAL – CSJLA
03, 05, 06 Sept.
EDICTO
EN EL EXP. N° 6046-2016 EL SEGUNDO
JUZGADO PENAL DE INVESTIGACIÓN
PREPARATORIA DEL MODULO BÁSICO DE JUSTICIA DE JOSÉ LEONARDO ORTIZ, DE CHICLAYO, A CARGO
DEL DR. REYNERIO DÍAZ TARRILLO,
CITA Y EMPLAZA AL IMPUTADO NIRVE
PÉREZ CHUQU1ZUTA CON DNI N°
08178169, CON DOMICILIO EN AVENIDA EL DORADO 2483- NUEVO SAN
LORENZO- JOSÉ LEONARDO ORTIZ,
PARA QUE SE PRESENTE AL LOCAL
DEL SEGUNDO JUZGADO DE INVETIGACION PREPARATORIA DE JOSÉ
LEONARDO ORTIZ, EL SEÑOR JUEZ A
DI SPUESTO LO SIGUENTE:
Resolución 01
CITAR a AUDIENCIA ÚNICA DE
INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO
EN CASO DE DELITOS DE FLAGRANCIA, OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR Y CONDUCCIÓN EN ESTADO DE
EBRIEDAD - DROGADICCIÓN requerido
por el Señor Fiscal Provincial Penal Corporativa de José Leonardo Ortiz. Dr.
Martín Muñoz Basauri contra Nirve Pérez
Chuquizuta por el delito de conducción
de vehículo motorizado en estado de
ebriedad en agravio de La Sociedad,
para el día VEINTINUEVE DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS A
HORAS ONCE DE LA MAÑANA, en la
sala de audiencias del Segundo Juzgado
de Investigación Preparatoria del Módulo
Básico de José Leonardo Ortiz con sede
en la Av. Virrey Toledo 1080- Atusparias,
con la presencia obligatoria del señor
representante del Ministerio Público, el
abogado defensor del imputado, del propio imputado; bajo apercibimiento en caso
de inasistencia del abogado defensor del
procesado se aplicará el artículo 85° inciso 1) del Nuevo Código procesal Penal,
modificado por la Ley 30076 , por tratarse
de una audiencia de carácter inaplazable
como lo establece el artículo 44 7.4 del
código procesal penal modificado por el
decreto legislativo 1194. SPUESTO LO
SIGUENTE:
Requerimiento fiscal
Que el día 06 de julio del 2016 a las 05:10
horas, personal policial intervino a la persona de NIRVE PÉREZ CHUQUIZUTA,
en el Ovalo de la Avenida Chiclayo, quien
se encontraba manejando un vehículo mayor de placa de rodaje ANC-430,
marca Toyota, color blanco encontrándose en evidente estado de ebriedad,
por lo que se puso a disposición de la
comisaria de José Leonardo Ortiz, Así
mismo mediante certificado de dosaje etílico 0023-001779, practicado al imputado,
arroja como resultado dos gramos diez
CGS de alcohol por litro de sangre (2.10
Gil). El delito de Conducción en estado de
ebriedad tipificado en el art. 274°delC.P
JOSÉ LEONARDO ORTIZ, 12 DE AGOSTO DEL 2016.
ESPECIALISTA: MARTHA VILCHEZ
QUEVEDO
REYNERIO DIAZ TARRILLO
JUEZ
JUZGADO DE INVESTIGACION
PREPARATORIA
MODULO BASICO DE
JUSTICIA – JLO
03, 05, 06 Sept.
EDICTO PENAL
3° JUZG. INVEST. PREPARATORIA FLAGRANCIA, OAF Y CEED
EXPEDIENTE: 04573-2016-0-1706-JRPE-03
CRÓNICA
JUEZ: TORRES SÁNCHEZ VÍCTOR
ADOLFO
ESPECIALISTA: VASQUEZ VASQUEZ
MARÍA LUZCELINA
MINISTERIO PUBLICO: BRAVO CHAVEZ, HAYDEE
IMPUTADO: SERRANO PRIETO, DIEGO
MARTIN
DELITO: CONDUCCIÓN EN ESTADO DE
EBRIEDAD O DROGADICCION
AGRAVIADO: LA SOCIEDAD
Por el presente edicto, el Sr. Juez del
Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo, NOTIFICA al imputado
DIEGO MARTIN SERRANO PRIETO con
la Resolución Número DOS de fecha 12
de agosto del 2016; la que resuelve:
REPROGRAMAR la AUDIENCIA ÚNICA
DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO POR EL DELITO DE CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD,
requerido por el representante del Ministerio Público; en contra del imputado
DIEGO MARTIN SERRANO PRIETO,
para el día VEINTINUEVE DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL DIECISEIS, a horas
DOCE CON TREINTA DE LA TARDE
(hora exacta), en la sala de Audiencias
número TRES del Tercer Juzgado de
Investigación Preparatoria, ubicado en
la Av. José Leonardo Ortiz 155 (segundo piso),con la presencia obligatoria del
señor representante del Ministerio Público, el abogado defensor del imputado,
bajo apercibimiento de aplicarse lo establecido el artículo 144° inciso 2) del
Nuevo Código Procesal Penal en caso
de inasistencia injustificada por parte del
señor Fiscal y en caso de inasistencia
del abogado defensor del procesado se
aplicará el artículo 85° inciso 1) del Nuevo
Código procesal Penal, adicionándose
que al tratarse de una audiencia inaplazable la inconcurrencia de éste último
ocasionara su exclusión de la defensa y
se continuará la misma con el abogado
defensor público asignado. PRECISÁNDOSE que la fecha programada responde
exclusivamente a la recargada agenda
de audiencias que debe afrontar este
Juzgado como consecuencia de conocer
también las causas penales de procesos comunes al no haberse producido
en ningún momento la redistribución de
Procesos. NOTIFIQUESE al procesado
Diego Martin Serrano Prieto en su domicilio real consignado en el requerimiento
fiscal, esto es centro Pomalca Mz. E
Lt.29 – Pomalca y Av. Alfonso Ugarte N°
298 - Pomalca; sin perjuicio de notificar
mediante EDICTOS.
VICTOR TORRES SANCHEZ
JUEZ
3° JUZGADO DE INVESTIGACION
PREPARATORIA
PJ-NCPP-CSJLAMB
03, 05, 06 Sept.
EDICTO
EXP.
Nro.
06278/-2016-0
JULIO
BENAVENTE DELGADO.
EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DEL MODULO BÁSICO DE JUSTICIA DE JOSÉ
LEONARDO ORTIZ A CARGO DEL DR.
DÍAZ TARRILLO: NOTIFICA AL IMPUTADO IVÁN RAMOS SÁNCHEZ EXP.
06278 - 2016 - O JBD. POR EL DELITO
OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR
EN AGRAVIO DE ESMERALDA LISBETH
RAMOS CÁRDENAS SE LE NOTIFICA
A LA: AUDIENCIA ÚNICA DE INCOACCION DE PROCESO INMEDIATO, PARA
EL DÍA VEINTINUEVE DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS A
LAS DOCE DÉLO MEDIO DÍA (HORA
EXACTA) EN LA SEGUNDA SALA DE
AUDIENCIAS CITO EN VIRREY TOLEDO CUADRA DIEZ. EXTRACTO DEL
REQUERIMIENTO FISCAL REQUERIMIENTO DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO REQUERIMIENTO DE
INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO
SEÑOR JUEZ DEL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE JOSÉ LEONARDO ORTIZ.
RUBÉN JORGE ORDEMAR HEREDIA,
Fiscal Provincial (T) de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de José
Leonardo Ortiz, con domicilio procesal en
la Calle Incanato N® 438-3® Piso de José
Leonardo Ortiz, Atenor de lo establecido
en el Artículo 159° de la Constitución Política del Perú y los Artículos 446” y447° del
Código Procesal Penal vigente, FORMULO REQUERIMIENTO DE INCOACIÓN
DE PROCESO INMEDIATO en contra
de LUIS IVÁN RAMOS SÁNCHEZ, como
AUTOR del Delito contra la Familia, en
la modalidad de Omisión a la Asistencia
Familiar INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIÓN ALIMENTARIA, en agravio de la
JUDICIAL
Chiclayo, Martes 06 de Septiembre del 2016
menor ESMERALDA LISBETH RAMOS
CÁRDENAS, representado por su madre
Dilcia Cárdenas Sámame; Ante el Juzgado de Paz Letrado del Módulo Básico
de Justicia de José Leonardo Ortiz, se
desarrolló el proceso de Alimentos contra
LUIS IVÁN RAMOS SÁNCHEZ, según
el expediente N° 277 - 2004, donde
mediante Resolución Cinco (Sentencia),
de fecha 19 de agosto del 2005 se fijó la
pensión alimenticia mensual y adelantada
de S/. 130.00 nuevos soles, a favor de
su menor hija ESMERALDA LISBETH
RAMOS CÁRDENAS, la misma que fue
Consentida mediante Resolución Cinco
de fecha 31 de agosto del 2015; ante el
incumplimiento y previa liquidación de
los devengados, fue requerido mediante
Resolución Trece, de fecha 08 de marzo
del 2016 para que pague la suma de S/.
17,900.82 nuevos soles, siendo que en
esta resolución se hizo el apercibimiento
de que si en el plazo de tres días no
pagaba el monto adeudado, se remitiría
copias certificadas al Ministerio Público
para que accione penalmente por el delito
de Omisión ala Asistencia Familiar, es
que se hace efectivo el apercibimientopor o que, advirtiendose en la investigación fiscal realizada que pese a ser
notificado con el inicio de la misma, el
acusado tampoco ha cumplido con pagar
lo adeudado, siendo así, contando con
suficientes elementos de convicción que
lo vinculan con el delito de incumplimiento
de Obligación alimentaria corresponde
promover en su contra proceso inmediato. Se atribuye al imputado LUIS IVÁN
RAMOS SÁNCHEZ ser AUTOR del Delito
contra la Familia, en la modalidad de
Omisión a la Asistencia Familiar - Incumplimiento de la Obligación Alimentaria, en
agravio de su menor hija ESMERALDA
LISBETH RAMOS CÁRDENAS, conforme lo establece el Art. 23° del C. P.: “el
que realiza por sí o por medio de otro
el hecho punible y los que lo cometan
conjuntamente serán reprimidos con la
pena establecida para esta infracción”.
Al respecto la Teoría del Dominio del
Hecho, presupone una concepción que
no se basa en la acusación de efectos
de las acciones de los participes en su
mundo exterior, sino de la realización de
un fin, “que es el resultado de una elección entre posibilidades de articulación
teórica respecto a los aspectos objetivos
y subjetivos del comportamiento, pero
que la formula mas aceptada se expresa
de la siguiente manera:”el dominio del
hecho se debe manifestar en una configuración real del suceso y quien no sabe
que tiene tal configuración real en sus
manos carece del dominio del / El hecho
que se le atribuye al imputado Luis Iván
Ramos Sánchez se encuadra en el delito
de INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIÓN
ALIMENTARIA, previsto y sancionado en
el Art. 149” primer párrafo del Código
Penal, que prescribe: “El que omite cumplir su obligación de prestar los alimentos
que establece una resolución judicial será
reprimido con pena privativa de libertad
no mayor de tres años, o congregación de
servicio comunitario de veinte a cincuenta
y dos jomadas, sin perjuicio de cumplir el
mandato judicial. 6.2. Presupuestos para
la procedencia del Proceso Inmediato: El
Art. 446® numeral i) del Código Procesal
PenalA establece cuales son los presupuestos en los que procede la incoación
del Proceso Inmediato; señalando: la
incoación del proceso inmediato para los
delitos de omisión de asistencia familiar v
los de conducción en estado de ebriedad
o drogadicción, sin peijuicio de lo señalado en el numeral 3 del artículo 447del
presente Código”. En el presente caso se
ha culminado las diligencias preliminares;
y, el imputado no ha cumplido con el pago
de las pensiones alimenticias devengadas pese al requerimiento efectuado por
el Juzgado de Paz Letrado del Módulo
Básico de José Leonardo Ortiz; conforme
alas copias certificadas que obran en el
Expediente N” 277-2004, seguido por
Dilcía Cárdenas Sámame contra Luis Iván
Ramos Sánchez por Alimentos, corrientes a folios 01-39, que hacen evidente
la comisión del ilícito penal de Incumplimiento de Obligación Alimentaria por
parte del investigado LUIS IVÁN RAMOS
SÁNCHEZ.- Al tratarse el presente requerimiento de Proceso Inmediato LUIS IVÁN
RAMOS SÁNCHEZ se sujeta a las reglas
de COMPARECENCIA SIMPLE.- De ser
el caso, se solicita a su despacho la
oportunidad para instar en audiencia de
incoación de proceso inmediato algún
mecanismo alternativo de solución del
conflicto.- A Usted, Señor Juez de Investigación Preparatoria, solicito se sirva dar
trámite al presente Requerimiento Fiscal
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de Proceso Inmediato, y declarar en
su oportunidad LA PROCEDENCIA DE
PROCESO INMEDIATO previa audiencia,
la misma que será convocada.
JOSÉ LEONARDO ORTIZ 29 DE AGOSTO DEL 2016
REYNERIO DIAZ TARRILLO
JUEZ
2° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA
MODULO BASICO DE
JUSTICIA – JLO
JULIO CESAR
BENAVENTE DELGADO
ESPECIALISTA DE JUZGADO
MBJ-JLO
PJ-NCPP-CSJLAMB
03, 05, 06 Sept.
EDICTO
EXPEDIENTE N°: 228-2016-TJPUS-J
JUEZ: DR. RIVER ENRIQUE BRAVO
HIDALGO
ESP. DE JUZGADO: ABOG. EDWIN VIZCONDE SAMANIEGO
El Señor Juez del Tercer Juzgado Penal
Unipersonal de la Provincia de Jaén,
mediante el presente EDICTO NOTIFICA AL ACUSADO: RICARDO BRAVO
MILLÁN, a fin de que concurra a la
Sala de Audiencias del Tercer Juzgado
Penal Unipersonal de Jaén, ubicado en
la intersección de las calle Mariscal Castilla y Huamantanga de esta ciudad, para
efectos de llevarse a cabo la audiencia de
JUICIO ORAL, programada para el día
VEINTINUEVE DE SEPTIEMBRE DEL
AÑO DOS MIL DIECISÉIS. A HORAS
DOS Y CUARENTA DE LA TARDE
(HORA EXACTA). bajo apercibimiento de
ser declarado Reo Contumaz, archivarse
provisionalmente y ordenarse su captura
a nivel nacional, en caso de su inconcurrencia injustificada.
Por haberse ordenado así mediante resolución tres, de fecha veinticinco de agosto
del año dos mil dieciséis, expedida en el
Expediente N° 228-2016-TJPUS-J, seguido contra RICARDO BRAVO MILLÁN,
por el delito de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO EN ESTADO DE EBRIEDAD en
agravio de LA SOCIEDAD.
Jaén, 25 de Julio del 2016
EDWIN VIZCONDE SAMANIEGO
ESPECIALISTA LEGAL
JUZGADO PENAL UNIPERSONAL
CSJLA-JAEN
03, 05, 06 Sept.
EDICTO PENAL
Expediente N° 6450-2016-0-0-1706-JRPE-01
Juzgado: 2 Juzgado de Investigación
Preparatoria José Leonardo Ortiz - Lambayeque
Especialista: César Augusto Salazar Piscoya.
Imputado: MARLON ORLANDO DAVILLA
LLANOS
Delito: OMISIÓN A LA ASISTENCIA
FAMILIAR
Agraviado: YASMINA YAMILET DAVILA
ZAMBRANO
SE NOTIFICA A: MARLOS ORLANDO
DAVILLA LLANOS, con domicilio en calle
Nicolás de Ayllón N° 315
REQUERIMIENTO FISCAL: Se solicita
la incoación de proceso inmediato en su
contra, por el delito de Omisión a la asistencia familiar, en agravio de Yas.mina
Yamilet Dávila Zambrano; toda vez que
de la remisión de copias certificadas derivada del Exp. N° 345-2004 Juzgado de
Paz Letrado de José Leonardo Ortiz, se
advierte que el imputado adeuda la fecha
de 3,787.28 nuevos soles, por pensiones
alimenticias devengadas.
Se adjunta como elementos de convicción:
a) La sentencia
b) La resolución que declara consentida
la sentencia
c) La liquidación de pensiones alimenticias devengadas. Y notificaciones
d) La resolución que aprueba la liquidación y notificaciones
RESOLUCIÓN NUMERO UNO: el Representante del Ministerio Público, presenta
requerimiento de incoacción de proceso
inmediato en su contra por el delito de
Omisión a la Asistencia Familiar en agravio Yasmina Yamilet Dávila Zambrano
Audiencia 30 .09.16 hora 01:00.
José L. Ortiz 23 Agosto 2016
KARINA GONZALES PAREDES
ESPECIALISTA DE CAUSAS
JUZGADO DE INVESTIGACION
PREPARATORIA
MODULO BASICO DE
JUSTICIA - JLO
03, 05, 06 Sept.
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Chiclayo, Martes 06 de Septiembre del 2016
LA LEY
EL ÁNGULO LEGAL DE LA NOTICIA
CRÓNICA
JUDICIAL
PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV
PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV
CRÓNICA
JUDICIAL
Chiclayo, Martes 06 de Septiembre del 2016
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Chiclayo, Martes 06 de Septiembre del 2016
CRÓNICA
JUDICIAL
PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV