o5¿ eÉ?üeutt^ \ W s o ftrción (Dire ctord t Ej t attiv a g{ro.7s[-2016-gvtrg,ÍEDr.)-,l,frtglrwp9g,tfuBac Lima, 0$ Sti,2016 VISTOS: El lnforme N' 851-2016-MINEDUA/MGI-PRONABEC-OBE de Becas Especiales, y demás recaudos del expediente SINAD 3'1821 ; y, evaluaciÓn de becas y créditos educativos para educación técnica y superior (...)"; la Oficina de el financiamiento de esfudios de i,'': 'l\,/ ' , Que, el artículo 4 de la Ley No 29837, establece que "E/ PRONABEC podrá crear o administrar otras modalidades de becas y créditos educativos no contempladas ll \"ri:,.::::-,'. en los componentes de Beca Pregrado, Postgiado y.Crédito Educativo para atender las necesidades del país, así como a poblaciones o sffuaciones especiales (...)"; Que, el Reglamento de la Ley N' 29837, aprobado por Decreto Supremo N' 013-2012-ED, modificado por el Decreto Supremo N" 008-2013-ED y Decreto Supremo N'001-201s-MINEDU, en adelante el Reglamento, precisa en su artículo 25 que el Componente Becas Especiales está integrado por aquellas becas que no se encuentran contempladas en la Ley dentro de los Componentes Beca Pregrado y Beca Postgrado, se otorgan por la Oficina de Becas Especiales del PRONABEC, con el objetivo de fortalecer el capital humano y atender las necesidades de acceso, permanencia y culminación a diversas modalidades de educación técnico productiva, :\ superior universitaria y tecnológica, que presentan las poblaciones vulnerables, o (\ situaciones especiales no previstas por otras disposiciones legales vigentes " \$tender para materia de becas /fpn el nivel superior; (1§%¡9 :§/ 'or**$2 Que, la Resolución Directoral Ejecutiva No 053-2016-MINEDU-VMGIPRONABEC, aprueba la norma técnica denominada "Normas para la Ejecución de Subvenciones para Estudios en el Extranjero", cuyo numeralT.6 de las Disposiciones Complementarias de las "Normas para la Ejecución de Subvenciones para Estudios en el Extranjero", señala que '7os montos de subvención por becarios y por /ES son fiiados anualmente mediante Resolución Directoral Ejecutiva para el año fiscal correspondiente, previo informe técnico det Órgano de Línea competente, en el caso que ¿ichos nonios de subvención hayan sicto estabtecidos en los Convenios de óolaboración tnter¡nstitucionat, o de simlilar naturaleza, se deberá respetar los montos fijados en /os mismos"; Que,mediantelaResoluciónDirectoralEjecutivaNosl9-20'1s-MINEDU-VMGI- PRONABEC y sus modif¡catorias, se aprueba la creación de la beca para situaciones especiales denominada Beca ldiomas Portugués, así como su expediente técnico, las bases y la convocatorta 2016; Que, med¡ante el lnforme de v¡stos, la of¡c¡na de Becas Especiales solic¡ta la aprobac¡ón del monto de subvención de los costos lndirecto por los conceptos de aiimenta"ión, alojamiento, materiales de estudio y movilidad local, para los becarios de Beca para s¡tuac¡ones Espec¡ales denominada Beca ldiomas Portugués Convocator¡a 2016; la Que, razón a ello, el lnforme del V¡stos Señala que para |a determ¡nar dichos se iomó en cuenta como primer criter¡o la condición de pobreza determ¡nada costos,'sistema por el de Focalización de Hogares slsFoH, adicional a ello, se aplicó como segundo criter¡o, la ubicac¡ón geográf¡¿a del lugar o sede de estudios, exceptuándose el [ago de movil¡dad cuando los bécarios realicen sus estud¡os dentro del mismo lugar donde reside actualmente: Que, lo solicitado por la oficina de Becas Especiales cuenta con el lnforme N" 1882-2016-MINEDUA/MGI.PRONABEC-OA-UFCP de la unidad de F¡scalización y control Previo, refrendado por la Jefa de la oficina de Administración, el cual otorga viabil¡dad a los cotos indirectos para los becarios de la Beca para s¡tuac¡ones Especiales denominada Beca ldiomas Portugués Convocatoria 2016; r Que, considerando lo anteriormente expuesto y de conformidad con las Normas para la Ejecución de subvenciones para Estudios en el Extranlero, resulta necesarió aprobai los montos de subvención de los costos ¡ndirectos por los conceptos dé alimentación, alojamiento, materiales de estudio y movilidad local, para los bécarios de la Beca para Situac¡ones Especiales denominada Beca ldiomas Portugués Convocatoria 2016 ; y, con el visto de la oficina de Becas Especiales, de la oficina de Administración, de la oficina de Planif¡cación y de la of¡cina de Asesoría Jurídica, y de conform¡dad con lo dispuesto en la Ley N" 29m7, Ley que crea el Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo, modificada por la Ley N' 30281, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N'013-2012-ED, y modificado por los Decretos Supremos N'0082013-ED y N" Oo1-2015-MINEDU, y el Manual de Operacioneg a-q|opaO9.P.!! Resolución M¡nisterial N' o1 08-2012-ED, modificado por la Resolución M¡nister¡al N" 535-201s-MINEDU; @ SE RESUELVE: Artículo 1".- Aprobar los montos de subvención para los costos ind¡rectos por los conceptos de alimentación, aloiam¡ento, mater¡ales de estud¡o y movilidad local, para los becarios de la Beca para Situaciones Espec¡ales denominada Beca ldiomas Portugués Convocator¡a 2016, de conformidad con el Anexo integrante de la presente resolución. N' 0l que forma parte Artículo 2'.- Ordenar a la Ofic¡na de Becas Espec¡ales, a través de sus gestores de beca, registrar en el Sistema lntegrado de Becas SIBEC, los montos aprobados, en el plazo de 01 (un) día hábil de emit¡da la presente Resolución Directoral Ejecutiva. - Artículo 3".- Notifíquese la presente Resolución a la Unidad de Fiscalización y Control Previo, a la Un¡dad de S¡stemas e lnformación de la Oficina de Adm¡nistración, a la Oficina de Becas Espec¡ales y a la Oficina de Planificación del PRONABEC. Artículo 4'.- Publíquese la presente resolución en institucional del PRONABEC. Regístrese, comuníquese y cúmplase tdu(¿tivo el portal elecfónico EEEgMffiffi "Decen¡o de las Personas con Discapacidad en el Perú 20OT -20,l.6" "Año de la Consolidación del Mar de Grau" ANEXO N'OI COSTOS INDIRECTOS BECA ID¡OMA PORTUGUÉS . COT.¡VOGATORIA 2OI6 ANO FISCAL 2OI6 SIN SISFOH'(vive SIN SISFOH (vive en m¡sma prov¡ncia de ALOJAMIENTO4 s/.600.00 s/.400.00 en diferente prov¡nc¡a de estudio)3 s/.400.00 s/.400.00 MATERIALES DE ESTUDIO s/.50.00 s/. 50.00 s/.50.00 MOVILIDAD LOCAL TOTAL s/. 150.00 s/. 1,200.00 s/.50.00 s/.900.00 s/. 50.00 st.500.00 RUBRO ALIMENTACIÓN CON SISFOH1 estudio) s/.400.00 a los postulantes con condición socioeconómica de pobreza o pobreza e).rrema. I ::::li:19: p"r: !9! ,,:9n^s.lSFoH" "sin slSFOH" a los postulantes con condición socioeconómica de no pobre o iin ctasificación. ;- :: :ili:11" No apllca para los res¡dentes en la región Callao cuando su sede de estud¡o se encuentre en L¡ma. El Decarlo deberá sustentar_el uso de subvención por.concepto de alojamiento mediante un "Contrato de arrendamiento,,, conforme a lo dispuesto en el numeral 6.3.3, inciso a) de tas Ñorra" páia ri éjácucion oe suovenciondp";" estudios en et Perú.
© Copyright 2024