El ahorrador BEPS gana hoy y gana mañan

ANEXO-SOLICITUD DE AUTORIZACION DE JUEGOS PROMOCIONALES
1. Nombre del promocional:
“El ahorrador BEPS gana hoy y gana mañana”
2. Objeto del promocional:
Los ciudadanos ahorradores en el mecanismo de Beneficios Económicos Periódicos, afrontan
dificultades en su capacidad de generar ingresos estables, debido a diversos fenómenos como
la informalidad laboral, por lo cual se hace necesario fortalecer la cultura del ahorro que perdure
en el tiempo, articulando estímulos que consoliden la fidelidad de los vinculados a través de
beneficios adicionales, como retribución a la confianza depositada en el programa por los
ciudadanos que encuentran en este mecanismo una alternativa de ahorro para proveerse una
vejez digna.
Dar a conocer el programa de BEPS y generar cultura de ahorro en los vinculados.
En el corto plazo, se busca:
 Incrementar las vinculaciones al programa BEPS posicionándolo como un mecanismo
de protección a la vejez y que además PREMIA LA CONSTANCIA EN EL AHORRO.
 Activar el ahorro de quienes están vinculados y no han ahorrado.
 Mejorar el nivel de ahorro de los ahorradores, buscando que cada vinculado cumpla los
requisitos para acceder al seguro de vida grupo BEPS (Al menos 6 aportes en el año o
$137.890 para el año 2.016) o al tope máximo de ahorro ($940.000 anuales).
 Incrementar los Traslados del Sistema General de Pensiones a BEPS
3. Requisitos para participar:
3.1. Sorteo Semanal:

Sólo podrán participar los vinculados a BEPS.

Participarán aquellos vinculados a BEPS, que hayan realizado un ahorro mínimo de
$5.000 y hasta $940.000, durante la semana de realización del sorteo el cual tiene una
vigencia desde el 1 de septiembre hasta el 31 de diciembre de 2016.
1

Participarán en el sorteo los ahorradores con estado en su cuenta individual Activo con
ahorros realizados hasta el último día calendario de la semana (Domingo) por un valor
mínimo de $5.000 y hasta $940.000 ahorrados en el período de participación del sorteo.

Participarán los vinculados ahorradores a BEPS, que realicen o incrementen su ahorro y
los vinculados a BEPS que hayan recibido indemnización de siniestros del seguro de
vida grupo BEPS – por los amparos de enfermedad grave y desmembración con un
valor mínimo de $5.000 hasta $940.000 ahorrados y recibidos hasta por este valor, si el
valor recibido es por un monto superior en el período de participación del sorteo.

Participarán en el sorteo los vinculados ahorradores a BEPS que trasladen su
Indemnización Sustitutiva de Pensión de Vejez o Devolución de Saldos provenientes del
Sistema General de Pensiones (SGP), en el transcurso de la semana inmediatamente
anterior a la fecha de realización del sorteo; así mismo, tendrán la posibilidad de
participar siempre y cuando el valor trasladado sea entre $5.000 y hasta $940.000 y
hasta por este valor, si el valor trasladado es por un monto superior.

Participarán en el sorteo los vinculados que estén activos el último día calendario de la
semana y aquellos vinculados que se les destinó el Beneficio Económico - Anualidad
Vitalicia BEPS, durante la semana de participación en el sorteo 2016. Siempre que
hayan cumplido las condiciones para la participación del sorteo.

No podrán participar aquellos vinculados que solicitaron y que se les tramitó la
alternativa de destinación de recursos de devolución de ahorros BEPS durante toda la
vigencia 2016.

Se entiende por semana de ahorro la comprendida entre el día lunes y hasta el día
domingo inmediatamente anterior a la fecha de la realización del sorteo. A excepción de
la primera semana de septiembre por cuanto el período de participación se amplia del
jueves 1 al domingo 11 de septiembre de 2016 y la última semana de diciembre por
cuanto el período de participación se reduce del lunes 26 de diciembre al sábado 31 de
diciembre de 2016.

El valor mínimo de ahorro para participar en el sorteo es de $5.000 hasta $940.000

El posible ganador deberá aceptar que Colpensiones use su nombre, imagen y/o voz en
cualquier medio, por un período de tiempo ilimitado, sin remuneración, con el propósito
de difundir la actividad o para promocionar el programa de incentivo al ahorro para la
vejez en BEPS.

No podrán participar en el sorteo los trabajadores oficiales, directivos de Colpensiones,
contratistas y trabajadores en misión.

La participación en el sorteo implica el conocimiento y aceptación de estas condiciones;
así como de las decisiones que adopten los organizadores sobre cualquier cuestión no
prevista en el mismo.
2
3.2. Sorteo Mensual:

Sólo podrán participar los vinculados a BEPS.

Participarán aquellos ahorradores a BEPS, que hayan realizado un ahorro mínimo de
$20.000 hasta $940.000, durante el mes de participación del sorteo el cual tiene una
vigencia desde el 1 de septiembre hasta el 31 de diciembre de 2016.

Participarán los vinculados ahorradores a BEPS, que realicen o incrementen su ahorro y
los vinculados a BEPS que hayan recibido indemnización de siniestros del seguro de
vida grupo BEPS – por los amparos de enfermedad grave y desmembración con un
valor mínimo de $20.000 hasta $940.000 ahorrados y recibidos hasta por este valor, si el
valor recibido es por un monto superior en el período de participación del sorteo.

Participarán en el sorteo los vinculados ahorradores en su cuenta individual en estado
Activo con ahorros realizados hasta el último día calendario del mes inmediatamente
anterior a la fecha de realización del sorteo por un valor mínimo de $20.000 hasta
$940.000.

Participarán en el sorteo los vinculados ahorradores a BEPS que trasladen su
Indemnización Sustitutiva de Pensión de Vejez o Devolución de Saldos provenientes del
Sistema General de Pensiones (SGP), en el transcurso del mes inmediatamente anterior
a la fecha de realización del sorteo; así mismo, tendrán la posibilidad de participar
siempre y cuando el valor trasladado sea entre $20.000 y hasta $940.000 y hasta por
este valor, si el valor trasladado es por un monto superior.

Participarán en el sorteo los vinculados que estén activos el último día calendario del
mes y aquellos vinculados que se les destinó el Beneficio Económico - Anualidad
Vitalicia BEPS, durante el mes de participación en el sorteo. Siempre que hayan
cumplido las condiciones para la participación del sorteo.

No podrán participar aquellos vinculados que solicitaron y que se les tramitó la
alternativa de destinación de recursos de devolución de ahorros BEPS durante toda la
vigencia 2016.

Se entiende por mes de ahorro el comprendido entre el día 1 y hasta el día 30 ó 31
según el mes que corresponda, inmediatamente anterior a la fecha de la realización del
sorteo.

El valor mínimo de ahorro para participar en el sorteo es de $20.000 hasta $940.000

El posible ganador deberá aceptar que Colpensiones use su nombre, imagen y/o voz en
cualquier medio, por un período de tiempo ilimitado, sin remuneración, con el propósito
de difundir la actividad o para promocionar el programa de incentivo al ahorro para la
vejez en BEPS.
3

No podrán participar en el sorteo los trabajadores oficiales, directivos de Colpensiones,
contratistas y trabajadores en misión.

Los premios no son transferibles, no podrán ser cambiados por otros bienes materiales o
por dinero en efectivo.

Colpensiones realizará el contacto con el vinculado ahorrador a BEPS para informar
que ha sido el posible ganador del sorteo mensual, el cual deberá cumplir con todas las
condiciones del mismo y confirmará su aceptación del premio, posteriormente, suscribirá
el acta que lo acredite como ganador certificando el recibido.

El posible ganador deberá presentar su documento de identidad original, cédula amarilla
con holograma (no sirve contraseña, ni denuncios) en el momento de la premiación. Es
indispensable contar con este requisito para que se pueda constatar la información
registrada en la base de datos y por lo tanto, la validez de su participación en el sorteo.

El posible ganador deberá presentar copia simple de su inscripción en el Registro Único
Nacional de Tránsito (RUNT); así como, el estado de cuenta sobre multas y sanciones
por infracciones de transito expedida por el Sistema Integrado de Información sobre
Multas y Sanciones por Infracciones de Transito (SIMIT) que registre que no posee,
pendientes de pago registrados por concepto de multas y sanciones por infracciones de
transito en los organismos de transito conectados al sistema y el paz y salvo impreso en
papel de seguridad expedido por la Secretaria de Transito del municipio o departamento
de su domicilio.

La participación en el sorteo implica el conocimiento y aceptación de estas condiciones,
así como de las decisiones que adopten los organizadores sobre cualquier cuestión no
prevista en el mismo
3.3. Sorteo Anual:

Sólo podrán participar los vinculados a BEPS.

Participarán aquellos vinculados ahorradores a BEPS, que hayan realizado ahorros
mínimos de $140.000 hasta $940.000, desde el 1 de enero y hasta el 31 de diciembre
de 2016.

Participarán los vinculados ahorradores a BEPS, que realicen o incrementen su ahorro y
los vinculados a BEPS que hayan recibido indemnización de siniestros del seguro de
vida grupo BEPS – por los amparos de enfermedad grave y desmembración con un
valor mínimo de $140.000 hasta $940.000 ahorrados y/o recibidos hasta por este valor,
si el valor recibido es por un monto superior en el período de participación del sorteo.
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
Participarán en el sorteo los vinculados que estén activos el último día calendario del
año y aquellos vinculados que se les destinó el Beneficio Económico - Anualidad
Vitalicia BEPS, durante toda la vigencia 2016. Siempre que hayan cumplido las
condiciones para la participación del sorteo.

No podrán participar aquellos vinculados que solicitaron y que se les tramitó la
alternativa de destinación de recursos de devolución de ahorros BEPS durante toda la
vigencia 2016.

Participarán en el sorteo los vinculados ahorradores en estado activo con ahorros
realizados hasta el último día calendario del mes de diciembre de 2016, por un valor
mínimo de $140.000 hasta $940.000 y tendrá solo una oportunidad de ganar
independientemente que el valor ahorrado sea igual o superior a $140.000.

Participarán en el sorteo los vinculados ahorradores a BEPS que trasladen su
Indemnización Sustitutiva de Pensión de Vejez o Devolución de Saldos provenientes del
Sistema General de Pensiones (SGP), durante el año inmediatamente anterior a la fecha
de realización del sorteo; así mismo, tendrán la posibilidad de participar siempre y
cuando el valor trasladado sea mínimo $140.000 y hasta $940.000 y hasta por este
valor, si el valor trasladado es por un monto superior.

Se entiende por año de ahorro el comprendido entre, el día 1 de enero y hasta el día 31
de diciembre de 2016.

El posible ganador deberá aceptar que Colpensiones use su nombre, imagen y/o voz en
cualquier medio, por un período de tiempo ilimitado, sin remuneración, con el propósito
de difundir la actividad o para promocionar el programa de incentivo al ahorro para la
vejez en BEPS.

No podrán participar en el sorteo los trabajadores oficiales, directivos de Colpensiones,
contratistas y trabajadores en misión.

El premio no es transferible, no podrá ser cambiado por otro bien material o por dinero
en efectivo.

Colpensiones realizará el contacto con el vinculado ahorrador a BEPS para informar
que ha sido el posible ganador del sorteo anual, el cual deberá cumplir con todas las
condiciones del mismo y confirmará la aceptación del premio, posteriormente, suscribirá
el acta que lo acredite como ganador certificando el recibido.

El posible ganador deberá presentar su documento de identidad original, cédula amarilla
con holograma (no sirve contraseña, ni denuncios) en el momento de la premiación. Es
indispensable contar con este requisito para que se pueda constatar la información
registrada en la base de datos y por lo tanto, la validez de su participación en el sorteo.
5

La participación en el sorteo implica el conocimiento y aceptación de estas condiciones;
así como, de las decisiones que adopten los organizadores sobre cualquier cuestión no
prevista en el mismo
4. Método de Selección del Posible Ganador
Colpensiones extraerá del sistema de información de BEPS, las bases de datos de los
vinculados ahorradores que realicen su ahorro en el tiempo comprendido para cada sorteo de
acuerdo a los requisitos de participación, condiciones y restricciones. Estas bases de datos se
cargarán en el Software SAS en donde está desarrollado el programa tipo aleatorio, permitiendo
seleccionar los posibles ganadores y sus suplentes. El sistema realizará la selección aleatoria
de los posibles ganadores del sorteo, mediante su número de cédula.
La base de datos de los vinculados ahorradores a BEPS, contendrá la siguiente información:
documento de identidad, valor del recaudo, estado del vinculado, tipo de destinación y canal de
recaudo.
Para la realización del sorteo se contará con la presencia del delegado de la Secretaria de
Gobierno, quien dará fe y legalidad del sorteo y de la cual se levantará un acta de realización
del mismo.
Una vez incluida la información de los participantes, el programa aleatoriamente ejecutará la
selección de los posibles ganadores, emitiendo su número de cédula. Posterior a ello, el
número de cédula seleccionado, se extraerá de los sistemas de información y se confrontará
con los datos de contacto asociados a la misma.
Colpensiones realizará el contacto con el vinculado ahorrador a BEPS para informar que ha
sido el posible ganador del sorteo anual, el cual deberá cumplir con todas las condiciones del
mismo y confirmará la aceptación del premio, posteriormente, suscribirá el acta que lo acredite
como ganador certificando el recibido.
Para el sorteo semanal: Cada número de cédula podrá tener 1 oportunidad de ganar por cada
$5.000 ahorrados en la semana de participación del sorteo, el vinculado ahorrador a BEPS,
sólo podrá ser posible ganador de un premio dentro del sorteo semanal.
Los participantes en el sorteo que trasladen su Indemnización Sustitutiva de Pensión de Vejez o
Devolución de Saldos provenientes del Sistema General de Pensiones (SGP), tendrán la
posibilidad de participar siempre y cuando el valor trasladado sea mínimo de $5.000 y hasta
$940.000 y hasta por este valor, si el valor trasladado es por un monto superior.
Para el sorteo mensual: Cada número de cédula podrá tener 1 oportunidad de ganar por cada
$20.000 ahorrados en el mes, el vinculado ahorrador sólo podrá ser posible ganador de un
premio dentro del sorteo mensual.
Los participantes en el sorteo que trasladen su Indemnización Sustitutiva de Pensión de Vejez o
Devolución de Saldos provenientes del Sistema General de Pensiones (SGP), tendrán la
6
posibilidad de participar siempre y cuando el valor trasladado sea mínimo de $20.000 a y hasta
$940.000 y hasta por este valor, si el valor trasladado es por un monto superior.
Para el sorteo anual: Cada número de cédula podrá tener 1 oportunidad de ganar si su valor
ahorrado entre el 1 de enero al 31 de diciembre de 2016 es de mínimo $140.000 y tendrá solo
una oportunidad de ganar independientemente que el valor ahorrado sea igual o superior a
$140.000.
Los participantes en el sorteo que trasladen su Indemnización Sustitutiva de Pensión de Vejez o
Devolución de Saldos provenientes del Sistema General de Pensiones (SGP), tendrán la
posibilidad de participar siempre y cuando el valor trasladado mínimo sea $140.000 y tendrá
solo una oportunidad de ganar independientemente que el valor ahorrado sea igual o superior a
$140.000.
Los sorteos se realizarán de acuerdo con el siguiente cronograma:
Sorteo Semanal - 4.250 premios de $50.000
Período de ahorro que participa
Del
Del
Del
Del
Del
Del
Del
Del
Del
Del
Del
Del
Del
Del
Del
Del
Del
jueves 1 de septiembre al domingo 11 de septiembre 2016
lunes 12 de septiembre al domingo 18 de septiembre 2016
lunes 19de septiembre al domingo 25 de septiembre 2016
lunes 26 de septiembre al domingo 2 de octubre 2016
lunes 3 de octubre al domingo 9 de octubre de 2016
lunes 10 de octubre al domingo 16 de octubre de 2016
lunes 17 de octubre al domingo 23 de octubre de 2016
lunes 24 de octubre al domingo 30 de octubre de 2016
lunes 31 de octubre al domingo 6 de noviembre de 2016
lunes 7 de noviembre al domingo 13 de noviembre de 2016
lunes 14 de noviembre al domingo 20 de noviembre de 2016
lunes 21 de noviembre al domingo 27 de noviembre de 2016
lunes 28 de noviembre al domingo 4 de diciembre de 2016
lunes 5 de diciembre al domingo 11 de diciembre de 2016
lunes 12 de diciembre al domingo 18 de diciembre de 2016
lunes 19 de diciembre al domingo 25 de diciembre de 2016
lunes 26 de diciembre al sábado 31 de diciembre de 2016
Fecha del sorteo
Miércoles
Miércoles
Miércoles
Miércoles
Miércoles
Miércoles
Miércoles
Miércoles
Miércoles
Miércoles
Miércoles
Miércoles
Miércoles
Miércoles
Miércoles
Miércoles
Miércoles
14 de septiembre 2016
21 de septiembre de 2016
28 de septiembre de 2016
5 de octubre de 2016
12 de octubre de 2016
19 de octubre de 2016
26 de octubre de 2016
2 de noviembre de 2016
9 de noviembre de 2016
16 de noviembre de 2016
23 de noviembre de 2016
30 de noviembre de 2016
7 de diciembre de 2016
14 de diciembre de 2016
21 de diciembre de 2016
28 de diciembre de 2016
11 de enero de 2017
Sorteo Mensual - 20 Motos
Período de ahorro que participa
Del
Del
Del
Del
1 de septiembre al 30 de septiembre de 2016
1 de octubre al 31 de octubre del 2016
1 de noviembre al 30 de noviembre de 2016
1 de diciembre al 31 de diciembre de 2016
Fecha del sorteo
Miércoles
Miércoles
Miércoles
Miércoles
12 de octubre de 2016
9 de noviembre de 2016
7 de diciembre de 2016
11 de enero de 2017
Sorteo Anual - Bono para la compra de una casa
Período de ahorro que participa
Del 1 de enero al 31 de diciembre de 2016
Fecha del sorteo
Miercoles 18 de enero de 2017
5. Plan de premios:
7

Premios semanales - Abono en cuenta individual: Los ganadores de los sorteos
semanales por valor de $50.000, recibirán un abono en su cuenta individual que podrán
verificar a través de los canales dispuestos por Colpensiones.

Premios mensuales - Entrega de Motos: Los ganadores de los sorteos de las motos
deberán acercarse a los concesionarios dispuestos por el proveedor contratado por
Colpensiones en todo el país, para que por su intermedio se realice la entrega de las
motos, la matrícula y la emisión del SOAT. El ganador también recibirá un casco básico
norma ECE 22-05, 1 chaleco reglamentario, 1 mini kit de herramienta básica, 7
revisiones preventivas curativas, manual de garantía, manual del propietario y garantía
original.
Adicionalmente, el pago del impuesto por concepto de ganancia ocasional derivada del
sorteo estará a cargo de Colpensiones y/o el proveedor a decisión de la entidad.
Las motos tienen las siguientes características:
TIPO DE MOTOR
CILINDRAJE
POTENCIA MÁXIMA
TORQUE MÁXIMO
TIPO DE ARRANQUE
FRENO DELANTERO
FRENO TRASERO
PESO EN SECO
RELACIÓN DE COMPRESIÓN
RUEDA DELANTERA
RUEDA TRASERA
TIPO DE SUSPENSIÓN DELANTERA
TIPO DE SUSPENSIÓN TRASERA
TIPO DE TRANSMISIÓN
DIMENSIONES (LARGO X ANCHO X ALTO)
DISTANCIA ENTRE EJES
COLORES
CERTIFICACION
MOTOR 4T OHC REFRIGERADO POR AIRE
109,19 CC
7,94 HP@7500 RPM
8.63 NM@5500 RPM
ELÉCTRICO Y DE PEDAL
TAMBOR
TAMBOR
101 KG
9.9 : 1
80/100 - 18
80/100 - 18
HORQUILLA TELESCÓPICA
BRAZO OSCILANTE AJUSTABLE EN 5 POSICIONES
TRANSMISIÓN CONSTANTE DE 4 VELOCIDADES
2009 X 737 X 1074
1.258 MM
NEGRO, ROJO
EURO II
8
*Nota: Imagen usada como referencia

Premio anual – Bono de $80.000.000 para la adquisición de vivienda: El bono será
entregado al ganador a través de la intermediación de una Fiduciaria legalmente
constituida contratada por Colpensiones para tal fin, la cual se encargará de realizar
todas las gestiones de administración y pagos para la destinación específica del bono,
para la adquisición de vivienda que el ganador seleccione. El ganador suscribirá el
encargo fiduciario a título de beneficiario y a partir de esa fecha deberá en un plazo no
mayor a seis (6) meses, allegar la promesa de compraventa de la vivienda de su
elección y todos los documentos del inmueble requeridos por la fiduciaria para que esta
verifique su autenticidad y legalidad y realice los pagos, cumpliendo así, con el mandato
dado por Colpensiones para la entrega del premio.
El impuesto de ganancia ocasional y los trámites notariales estarán a cargo en su
totalidad por Colpensiones y/o serán pagados por intermediación de la fiduciaria
contratada a decisión de la entidad; estos gastos corresponden a pagos por concepto
de beneficencia y registro, notariales hasta por un valor de $ 1.424.000 y retención en la
fuente - ganancia ocasional hasta por un valor de $ 16.284.800, sobre el valor del bono
objeto del sorteo.
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6. Condiciones y restricciones:
A continuación por cada modalidad de sorteo se presentan las condiciones y restricciones a las
cuales se someten los participantes:
6.1. Sorteo Semanal:
Sólo podrán participar los vinculados a BEPS.
El periodo de participación de los sorteos será de 17 semanas desde el 1 de septiembre y hasta
el 31 de diciembre de 2016, la semana en la cual rige la aplicación de requisitos es de lunes a
domingo. A excepción de la primera semana de septiembre por cuanto el período de
participación se amplia del jueves 1 al domingo 11 de septiembre de 2016 y la última semana
de diciembre por cuanto el periodo de participación se reduce del lunes 26 de diciembre al
sábado 31 de diciembre de 2016.
Los participantes de este sorteo tendrán la posibilidad de ganar 1 abono de $50.000 en su
cuenta individual de forma semanal, lo cual corresponde a 250 abonos en cuenta a posibles
ganadores semanales para un total de 4.250 premios acumulados al cierre del año.
Participarán en el sorteo, los vinculados que se encuentren en estado Activo, el último día de la
semana (Domingo).
Un vinculado activo para el programa de Beneficios Económicos Periódicos BEPS es aquel
vinculado que se encuentra habilitado para realizar ahorros a su cuenta individual y no presenta
novedad para ejercer todas las actividades propias del programa.
La cuenta individual de BEPS es la cuenta a nombre de cada vinculado al programa de
Beneficios Económicos Periódicos -BEPS, en la cual se registran y acumulan los ahorros y
traslados realizados desde el Sistema General de Pensiones -SGP junto con los rendimientos
financieros que se generen.
Participarán los vinculados ahorradores a BEPS, que realicen o incrementen su ahorro y los
vinculados a BEPS que hayan recibido indemnización de siniestros del seguro de vida grupo
BEPS – por los amparos de enfermedad grave y desmembración con un valor mínimo de
$5.000 hasta $940.000 ahorrados y recibidos hasta por este valor, si el valor recibido es por un
monto superior en el período de participación del sorteo.
Participarán en el sorteo los vinculados ahorradores a BEPS que trasladen su Indemnización
Sustitutiva de Pensión de Vejez o Devolución de Saldos provenientes del Sistema General de
Pensiones (SGP), en el transcurso de la semana inmediatamente anterior a la fecha de
realización del sorteo; así mismo, tendrán la posibilidad de participar siempre y cuando el valor
trasladado sea entre $5.000 y hasta $940.000 y hasta por este valor, si el valor trasladado es
por un monto superior.
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Participarán en el sorteo los vinculados que estén activos el último día calendario de la semana
y aquellos vinculados que se les destinó el Beneficio Económico - Anualidad Vitalicia BEPS,
durante la semana de participación en el sorteo. Siempre que hayan cumplido las condiciones
para la participación del sorteo.
No podrán participar aquellos vinculados que solicitaron y que se les tramitó la alternativa de
destinación de recursos de devolución de ahorros BEPS durante toda la vigencia 2016.
El vinculado a BEPS participante, por cada $5.000 de ahorro en su cuenta individual tendrá en
la semana de participación del sorteo una oportunidad de ganar.
Los sorteos se realizarán en las fechas relacionadas en el cronograma adjunto.
El valor máximo de ahorro para participar en el sorteo es de $940.000
Durante el sorteo de cada semana se seleccionarán 250 posibles ganadores y 50 suplentes.
Si el posible ganador presenta un estado de cuenta cancelada en el momento de realizar el
abono en cuenta, el premio se entregará al ganador suplente elegido en el sorteo.
El posible ganador acepta que Colpensiones use su nombre, imagen y/o voz en cualquier
medio, por un período de tiempo ilimitado, sin remuneración, con el propósito de difundir la
actividad o para promocionar el programa BEPS. Lo anterior en cumplimiento de la
normatividad vigente para el manejo de datos confidenciales.
Los premios no son transferibles, no podrán ser cambiados por otros bienes materiales o por
dinero en efectivo.
El abono en la cuenta individual de los ganadores de $50.000 no se considerará como ahorro
para participar en los siguientes sorteos del promocional.
El premio de abono en cuenta individual de los ganadores de $50.000, no se considerará como
ahorro para obtener el incentivo puntual de seguro de vida grupo BEPS.
No podrán participar en el sorteo los trabajadores oficiales, directivos de Colpensiones,
contratistas y trabajadores en misión.
La participación en el sorteo implica el conocimiento y aceptación de estas condiciones, así
como de las decisiones que adopten los organizadores sobre cualquier cuestión no prevista en
el mismo.
Cada participante - vinculado ahorrador acepta las presentes condiciones y restricciones, las
cuales tendrán carácter definitivo en todos los asuntos relacionados a esta actividad. Cualquier
violación a las mismas, a los procedimientos o sistemas establecidos para la participación a
este sorteo implica la inmediata eliminación de la participación en el mismo.
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Estas condiciones y restricciones serán publicadas en las páginas Web: www.Colpensiones
gov.co y www.beps.gov.co, desde el 1 de septiembre al 31 de diciembre de 2016.
Al participar los vinculados ahorradores del Programa BEPS con su ahorro aceptan y reconocen
que para efectos de realizar consultas deberán realizarlas a través de los canales dispuestos
por Colpensiones para este fin.
La promoción se realizará en medios masivos de comunicación y a través de todos los puntos
de atención al ciudadano, oficinas y puntos BEPS de Colpensiones en todo el país. Así mismo,
Colpensiones tendrá la potestad para definir el medio de comunicación a través del cual se
realizará la divulgación de los ganadores de los sorteos siempre y cuando sea medio masivo,
tales como la página web de Colpensiones, publicación en prensa o cualquier otro medio de
comunicación.
Colpensiones se compromete a cumplir con la normatividad vigente relativa a la protección de
datos personales, el manejo de información contenida en bases de datos personales,
parámetros de seguridad de información, confidencialidad, así como, propiedad de la
información, archivo, reposición y reparación de daños o pérdidas de información, según
legislación nacional vigente, en particular, la reglamentación de la Superintendencia Financiera
de Colombia.
Colpensiones, no asume responsabilidad alguna por información inconsistente o desactualizada
del vinculado ahorrador de BEPS que haya sido seleccionado como posible ganador de los
premios ofrecidos en el sorteo.
6.2. Sorteo Mensual:
Solo podrán participar los vinculados a BEPS.
Los sorteos mensuales se realizarán en las fechas relacionadas en el cronograma adjunto. Se
realizará el sorteo con los requisitos de ahorro del mes inmediatamente anterior.
Los participantes del sorteo mensual tendrán la posibilidad de ganar una (1) moto mensual,
para una entrega total en el mes de cinco (5) motos a cinco (5) posibles ganadores de lo cual
resulta un total de 20 (veinte) motos acumuladas al final del año.
Participan en el sorteo, los vinculados que presenten el estado de su cuenta individual: Activo,
el último día del mes.
Durante el sorteo de cada mes se seleccionarán 5 posibles ganadores y 15 suplentes.
Participarán los vinculados ahorradores a BEPS, que realicen o incrementen su ahorro y los
vinculados a BEPS que hayan recibido indemnización de siniestros del seguro de vida grupo
BEPS – por los amparos de enfermedad grave y desmembración con un valor mínimo de
$20.000 hasta $940.000 ahorrados y recibidos hasta por este valor, si el valor recibido es por un
monto superior en el período de participación del sorteo.
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Participarán en el sorteo los vinculados ahorradores a BEPS que trasladen su Indemnización
Sustitutiva de Pensión de Vejez o Devolución de Saldos provenientes del Sistema General de
Pensiones (SGP), en el transcurso del mes inmediatamente anterior a la fecha de realización
del sorteo; así mismo, tendrán la posibilidad de participar siempre y cuando el valor trasladado
sea entre $20.000 y hasta $940.000 y hasta por este valor, si el valor trasladado es por un
monto superior
Participarán en el sorteo los vinculados que estén activos el último día calendario del mes y
aquellos vinculados que se les destinó el Beneficio Económico - Anualidad Vitalicia BEPS,
durante el mes de participación del sorteo. Siempre que hayan cumplido las condiciones para
la participación del sorteo.
No podrán participar aquellos vinculados que solicitaron y que se les tramitó la alternativa de
destinación de recursos de devolución de ahorros BEPS durante toda la vigencia 2016.
Por cada ahorro de $20.000 tiene una oportunidad de ganar.
Los sorteos se realizarán en las fechas relacionadas en el cronograma adjunto.
El premio de abono en la cuenta individual de los ganadores de $50.000, no se considerará
como ahorro para participar en este sorteo.
Colpensiones, luego de realizar la validación correspondiente, solicita al posible ganador la
aceptación del premio. En caso que en el momento de la llamada el ciudadano se encuentre
fallecido, este premio se entregará al posible ganador suplente del sorteo, si fallece después de
la llamada de aceptación del premio, este será entregado a los herederos que establecen las
normas del Código Civil Colombiano.
El valor máximo de ahorro que participa en el sorteo es de $940.000.
El posible ganador tiene diez (10) días calendario para el reclamo de su premio, contados a
partir de la fecha del día del sorteo, en caso de no reclamar su premio durante este período de
tiempo, el premio se entregará a el posible ganador suplente elegido para este sorteo.
El posible ganador acepta que Colpensiones use su nombre, imagen y/o voz en cualquier
medio, por un período de tiempo ilimitado, sin remuneración, con el propósito de difundir la
actividad o para promocionar el programa BEPS. Lo anterior en cumplimiento de la
normatividad vigente para el manejo de datos confidenciales.
Los premios no son transferibles, no podrán ser cambiados por otros bienes materiales o por
dinero en efectivo.
No podrán participar en el sorteo los trabajadores oficiales, directivos de Colpensiones,
contratistas y trabajadores en misión.
El posible ganador debe presentar su documento de identidad original, cédula amarilla con
holograma (no sirve contraseña, ni denuncios) en el momento de la premiación. Es
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indispensable contar con este requisito para que se pueda constatar la información registrada
en la base de datos y por lo tanto la validez de su participación en el sorteo.
Las motos se entregarán al posible ganador con la matrícula y el seguro obligatorio SOAT por
un año de vigencia y con los accesorios relacionados en el plan de premios para este sorteo.
Las obligaciones tributarias, fiscales de registro y todas aquellas concomitantes para la entrega
del premio al ganador, se encuentran a cargo de Colpensiones, como parte del premio.
Colpensiones no será responsable por la indebida utilización, manejo, destinación, ni de todos
aquellos actos ilícitos o contrarios a la ley que el beneficiario del sorteo realice con el bien.
La participación en el sorteo implica el conocimiento y aceptación de estas condiciones, así
como de las decisiones que adopten los organizadores sobre cualquier cuestión no prevista en
el mismo
La calidad, cantidad, estado y garantía de los bienes y productos que hacen parte de los
premios son responsabilidad exclusiva del fabricante y/o productor y proveedor del mismo, por
lo que las reclamaciones por estos conceptos, deberán serán tramitadas a través de sus redes
de atención. Colpensiones no asume responsabilidad alguna en cuanto a la calidad, estado y
garantía de los bienes y productos que hacen parte de los premios.
Las marcas anunciadas son propiedad de sus legítimos titulares, sus derechos se encuentran
protegidos por las leyes en materia de propiedad industrial e intelectual.
Cada participante - vinculado ahorrador acepta las presentes condiciones y restricciones, las
cuales tendrán carácter definitivo en todos los asuntos relacionados a esta actividad. Cualquier
violación a las mismas, a los procedimientos o sistemas establecidos para la participación a
este sorteo implica la inmediata eliminación de la participación en el mismo.
Estas condiciones y restricciones serán publicadas en las páginas Web:
www.Colpensiones.gov.co y www.beps.gov.co, desde el 1 de septiembre al 31 de diciembre de
2016.
Al participar los vinculados ahorradores del Programa BEPS con su ahorro aceptan y reconocen
que para efectos de realizar consultas deberán realizarlas a través de los canales dispuestos
por Colpensiones para este fin.
La promoción se realizará en medios masivos de comunicación y a través de todas las oficinas
de Colpensiones y oficinas BEPS de todo el país. Así mismo, Colpensiones tendrá la potestad
para definir el medio de comunicación a través del cual se realizará la divulgación de los
ganadores siempre y cuando sea medio masivo, tales como la página Web de Colpensiones,
publicación en prensa o cualquier otro medio de comunicación.
Colpensiones, no asume responsabilidad alguna por información inconsistente o desactualizada
del vinculado ahorrador de BEPS que haya sido seleccionado como posible ganador de los
premios ofrecidos en el sorteo.
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6.3. Sorteo Anual:
Sólo podrán participar los vinculados a BEPS.
El sorteo anual será realizado el día 18 de enero de 2017.
Los participantes del sorteo anual del Bono para la adquisición de vivienda, tendrán la
oportunidad de ganar si realizaron ahorros por un valor mínimo de $140.000, dentro de la
vigencia 2016, la cual comprende el periodo del 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2016.
Participarán en el sorteo los vinculados ahorradores en estado activo con ahorros realizados
hasta el último día calendario del mes de diciembre de 2016, por un valor mínimo de $140.000
hasta $940.000 y tendrá solo una oportunidad de ganar independientemente que el valor
ahorrado sea igual o superior a $140.000.
Participarán los vinculados ahorradores a BEPS, que realicen o incrementen su ahorro y los
vinculados a BEPS que hayan recibido indemnización de siniestros del seguro de vida grupo
BEPS – por los amparos de enfermedad grave y desmembración con un valor mínimo de
$140.000 hasta $940.000 ahorrados y recibidos hasta por este valor, si el valor recibido es por
un monto superior en el período de participación del sorteo.
Participarán en el sorteo los vinculados ahorradores a BEPS que trasladen su Indemnización
Sustitutiva de Pensión de Vejez o Devolución de Saldos provenientes del Sistema General de
Pensiones (SGP), en el transcurso en el año inmediatamente anterior a la fecha de realización
del sorteo; así mismo, tendrán la posibilidad de participar siempre y cuando el valor trasladado
sea entre $140.000 y hasta $940.000 y hasta por este valor, si el valor trasladado es por un
monto superior
Participarán en el sorteo los vinculados que estén activos el último día calendario del año y
aquellos vinculados que se les destinó el Beneficio Económico - Anualidad Vitalicia BEPS,
durante toda la vigencia 2016. Siempre que hayan cumplido las condiciones para la
participación del sorteo.
No podrán participar aquellos vinculados que solicitaron y que se les tramitó la alternativa de
destinación de recursos de devolución de ahorros BEPS durante toda la vigencia 2016.
El premio de abono en la cuenta individual de los ganadores de $50.000, no se considerará
como ahorro para participar en este sorteo.
El valor del bono para adquisición de vivienda es de $80.000.000, el impuesto de ganancia
ocasional y los trámites notariales estarán a cargo en su totalidad por Colpensiones y/o serán
pagados por intermediación de la fiduciaria contratada a decisión de la entidad; estos gastos
corresponden a pagos por concepto de beneficencia y registro, notariales hasta por un valor de
$ 1.424.000 y retención en la fuente - ganancia ocasional hasta por un valor de $ 16.284.800,
sobre el valor del bono objeto del sorteo.
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Durante el sorteo se seleccionará 1 posible ganador y 3 suplentes.
El posible ganador tiene diez (10) días calendario para el reclamo de su premio, contados a
partir de la fecha del día del sorteo, en caso de no reclamar su premio durante este periodo de
tiempo, el premio se entregará a el posible ganador suplente elegido e el sorteo.
El posible ganador acepta que Colpensiones use su nombre, imagen y/o voz en cualquier
medio, por un período de tiempo ilimitado, sin remuneración, con el propósito de difundir la
actividad o para promocionar el programa BEPS. Lo anterior en cumplimiento de la
normatividad vigente para el manejo de datos confidenciales.
El premio no es transferible, no podrá ser cambiado por otros bienes materiales o por dinero en
efectivo.
No podrán participar en el sorteo los trabajadores oficiales, directivos de Colpensiones,
contratistas y trabajadores en misión.
Colpensiones, luego de realizar la validación correspondiente, solicita al posible ganador la
aceptación del premio. En caso que en el momento de la llamada el ciudadano se encuentre
fallecido, este premio se entregará al posible ganador suplente del sorteo, si fallece después de
la llamada de aceptación del premio, este será entregado a los herederos que establecen las
normas del Código Civil Colombiano.
La entrega del bono para la adquisición de vivienda se hará por medio de un evento con
medios de comunicación, a dicho evento deberá presentarse la persona ganadora del premio
para dejar la evidencia de la entrega oficial del premio a través de un acta debidamente firmada.
El posible ganador deberá presentar su documento de identidad original, cédula amarilla con
holograma (no sirve contraseña, ni denuncios) en el momento de la premiación.
Es
indispensable contar con este requisito para que se pueda constatar la información registrada
en la base de datos y por lo tanto la validez de su participación en el sorteo.
Las obligaciones tributarias, fiscales, de registro y todas aquellas concomitantes para la entrega
del premio al ganador, se encuentran a cargo de Colpensiones, como parte del premio.
Colpensiones no será responsable por la indebida utilización, manejo, destinación, ni de todos
aquellos actos ilícitos o contrarios a la ley que el beneficiario del sorteo realice con el bien.
La participación en el sorteo implica el conocimiento y aceptación de estas condiciones, así
como de las decisiones que adopten los organizadores sobre cualquier cuestión no prevista en
el mismo.
La calidad, cantidad, estado y garantía de los bienes y productos que hacen parte de los
premios son responsabilidad exclusiva del fabricante y/o productor y proveedor del mismo, por
lo que las reclamaciones por estos conceptos, deberán serán tramitadas a través de sus redes
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de atención. Colpensiones no asume responsabilidad alguna en cuanto a la calidad, estado y
garantía de los bienes y productos que hacen parte de los premios.
Las marcas anunciadas son propiedad de sus legítimos titulares, sus derechos se encuentran
protegidos por las leyes en materia de propiedad industrial e intelectual.
Cada participante - vinculado ahorrador acepta las presentes condiciones y restricciones, las
cuales tendrá carácter definitivo en todos los asuntos relacionados a esta actividad. Cualquier
violación a las mismas, a los procedimientos o sistemas establecidos para la participación a
este sorteo implica la inmediata eliminación de la participación en el mismo.
Estas condiciones y restricciones serán publicadas en las páginas Web:
www.Colpensiones.gov.co y www.beps.gov.co, desde el 1 de septiembre al 31 de diciembre de
2016.
Al participar los vinculados ahorradores del Programa BEPS con su ahorro, aceptan y
reconocen que para efectos de realizar consultas deberán realizarlas a través de los canales
dispuestos por Colpensiones para este fin.
La promoción se realizará en medios masivos de comunicación y a través de todas las oficinas
de Colpensiones y oficinas BEPS de todo el país. Así mismo, Colpensiones tendrá la potestad
para definir el medio de comunicación a través del cual se realizará la divulgación de los
ganadores siempre y cuando sea medio masivo, tales como la página Web de Colpensiones,
publicación en prensa o cualquier otro medio de comunicación.
Colpensiones, no asume responsabilidad alguna por información inconsistente o desactualizada
del vinculado ahorrador de BEPS que haya sido seleccionado como posible ganador de los
premios ofrecidos en el sorteo.
Vicepresidencia de Beneficios económicos Periódicos BEPS –Colpensiones
Bogotá , D.C. 11 de agosto de 2016.
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