ANEXO-SOLICITUD DE AUTORIZACION DE JUEGOS PROMOCIONALES 1. Nombre del promocional: “El ahorrador BEPS gana hoy y gana mañana” 2. Objeto del promocional: Los ciudadanos ahorradores en el mecanismo de Beneficios Económicos Periódicos, afrontan dificultades en su capacidad de generar ingresos estables, debido a diversos fenómenos como la informalidad laboral, por lo cual se hace necesario fortalecer la cultura del ahorro que perdure en el tiempo, articulando estímulos que consoliden la fidelidad de los vinculados a través de beneficios adicionales, como retribución a la confianza depositada en el programa por los ciudadanos que encuentran en este mecanismo una alternativa de ahorro para proveerse una vejez digna. Dar a conocer el programa de BEPS y generar cultura de ahorro en los vinculados. En el corto plazo, se busca: Incrementar las vinculaciones al programa BEPS posicionándolo como un mecanismo de protección a la vejez y que además PREMIA LA CONSTANCIA EN EL AHORRO. Activar el ahorro de quienes están vinculados y no han ahorrado. Mejorar el nivel de ahorro de los ahorradores, buscando que cada vinculado cumpla los requisitos para acceder al seguro de vida grupo BEPS (Al menos 6 aportes en el año o $137.890 para el año 2.016) o al tope máximo de ahorro ($940.000 anuales). Incrementar los Traslados del Sistema General de Pensiones a BEPS 3. Requisitos para participar: 3.1. Sorteo Semanal: Sólo podrán participar los vinculados a BEPS. Participarán aquellos vinculados a BEPS, que hayan realizado un ahorro mínimo de $5.000 y hasta $940.000, durante la semana de realización del sorteo el cual tiene una vigencia desde el 1 de septiembre hasta el 31 de diciembre de 2016. 1 Participarán en el sorteo los ahorradores con estado en su cuenta individual Activo con ahorros realizados hasta el último día calendario de la semana (Domingo) por un valor mínimo de $5.000 y hasta $940.000 ahorrados en el período de participación del sorteo. Participarán los vinculados ahorradores a BEPS, que realicen o incrementen su ahorro y los vinculados a BEPS que hayan recibido indemnización de siniestros del seguro de vida grupo BEPS – por los amparos de enfermedad grave y desmembración con un valor mínimo de $5.000 hasta $940.000 ahorrados y recibidos hasta por este valor, si el valor recibido es por un monto superior en el período de participación del sorteo. Participarán en el sorteo los vinculados ahorradores a BEPS que trasladen su Indemnización Sustitutiva de Pensión de Vejez o Devolución de Saldos provenientes del Sistema General de Pensiones (SGP), en el transcurso de la semana inmediatamente anterior a la fecha de realización del sorteo; así mismo, tendrán la posibilidad de participar siempre y cuando el valor trasladado sea entre $5.000 y hasta $940.000 y hasta por este valor, si el valor trasladado es por un monto superior. Participarán en el sorteo los vinculados que estén activos el último día calendario de la semana y aquellos vinculados que se les destinó el Beneficio Económico - Anualidad Vitalicia BEPS, durante la semana de participación en el sorteo 2016. Siempre que hayan cumplido las condiciones para la participación del sorteo. No podrán participar aquellos vinculados que solicitaron y que se les tramitó la alternativa de destinación de recursos de devolución de ahorros BEPS durante toda la vigencia 2016. Se entiende por semana de ahorro la comprendida entre el día lunes y hasta el día domingo inmediatamente anterior a la fecha de la realización del sorteo. A excepción de la primera semana de septiembre por cuanto el período de participación se amplia del jueves 1 al domingo 11 de septiembre de 2016 y la última semana de diciembre por cuanto el período de participación se reduce del lunes 26 de diciembre al sábado 31 de diciembre de 2016. El valor mínimo de ahorro para participar en el sorteo es de $5.000 hasta $940.000 El posible ganador deberá aceptar que Colpensiones use su nombre, imagen y/o voz en cualquier medio, por un período de tiempo ilimitado, sin remuneración, con el propósito de difundir la actividad o para promocionar el programa de incentivo al ahorro para la vejez en BEPS. No podrán participar en el sorteo los trabajadores oficiales, directivos de Colpensiones, contratistas y trabajadores en misión. La participación en el sorteo implica el conocimiento y aceptación de estas condiciones; así como de las decisiones que adopten los organizadores sobre cualquier cuestión no prevista en el mismo. 2 3.2. Sorteo Mensual: Sólo podrán participar los vinculados a BEPS. Participarán aquellos ahorradores a BEPS, que hayan realizado un ahorro mínimo de $20.000 hasta $940.000, durante el mes de participación del sorteo el cual tiene una vigencia desde el 1 de septiembre hasta el 31 de diciembre de 2016. Participarán los vinculados ahorradores a BEPS, que realicen o incrementen su ahorro y los vinculados a BEPS que hayan recibido indemnización de siniestros del seguro de vida grupo BEPS – por los amparos de enfermedad grave y desmembración con un valor mínimo de $20.000 hasta $940.000 ahorrados y recibidos hasta por este valor, si el valor recibido es por un monto superior en el período de participación del sorteo. Participarán en el sorteo los vinculados ahorradores en su cuenta individual en estado Activo con ahorros realizados hasta el último día calendario del mes inmediatamente anterior a la fecha de realización del sorteo por un valor mínimo de $20.000 hasta $940.000. Participarán en el sorteo los vinculados ahorradores a BEPS que trasladen su Indemnización Sustitutiva de Pensión de Vejez o Devolución de Saldos provenientes del Sistema General de Pensiones (SGP), en el transcurso del mes inmediatamente anterior a la fecha de realización del sorteo; así mismo, tendrán la posibilidad de participar siempre y cuando el valor trasladado sea entre $20.000 y hasta $940.000 y hasta por este valor, si el valor trasladado es por un monto superior. Participarán en el sorteo los vinculados que estén activos el último día calendario del mes y aquellos vinculados que se les destinó el Beneficio Económico - Anualidad Vitalicia BEPS, durante el mes de participación en el sorteo. Siempre que hayan cumplido las condiciones para la participación del sorteo. No podrán participar aquellos vinculados que solicitaron y que se les tramitó la alternativa de destinación de recursos de devolución de ahorros BEPS durante toda la vigencia 2016. Se entiende por mes de ahorro el comprendido entre el día 1 y hasta el día 30 ó 31 según el mes que corresponda, inmediatamente anterior a la fecha de la realización del sorteo. El valor mínimo de ahorro para participar en el sorteo es de $20.000 hasta $940.000 El posible ganador deberá aceptar que Colpensiones use su nombre, imagen y/o voz en cualquier medio, por un período de tiempo ilimitado, sin remuneración, con el propósito de difundir la actividad o para promocionar el programa de incentivo al ahorro para la vejez en BEPS. 3 No podrán participar en el sorteo los trabajadores oficiales, directivos de Colpensiones, contratistas y trabajadores en misión. Los premios no son transferibles, no podrán ser cambiados por otros bienes materiales o por dinero en efectivo. Colpensiones realizará el contacto con el vinculado ahorrador a BEPS para informar que ha sido el posible ganador del sorteo mensual, el cual deberá cumplir con todas las condiciones del mismo y confirmará su aceptación del premio, posteriormente, suscribirá el acta que lo acredite como ganador certificando el recibido. El posible ganador deberá presentar su documento de identidad original, cédula amarilla con holograma (no sirve contraseña, ni denuncios) en el momento de la premiación. Es indispensable contar con este requisito para que se pueda constatar la información registrada en la base de datos y por lo tanto, la validez de su participación en el sorteo. El posible ganador deberá presentar copia simple de su inscripción en el Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT); así como, el estado de cuenta sobre multas y sanciones por infracciones de transito expedida por el Sistema Integrado de Información sobre Multas y Sanciones por Infracciones de Transito (SIMIT) que registre que no posee, pendientes de pago registrados por concepto de multas y sanciones por infracciones de transito en los organismos de transito conectados al sistema y el paz y salvo impreso en papel de seguridad expedido por la Secretaria de Transito del municipio o departamento de su domicilio. La participación en el sorteo implica el conocimiento y aceptación de estas condiciones, así como de las decisiones que adopten los organizadores sobre cualquier cuestión no prevista en el mismo 3.3. Sorteo Anual: Sólo podrán participar los vinculados a BEPS. Participarán aquellos vinculados ahorradores a BEPS, que hayan realizado ahorros mínimos de $140.000 hasta $940.000, desde el 1 de enero y hasta el 31 de diciembre de 2016. Participarán los vinculados ahorradores a BEPS, que realicen o incrementen su ahorro y los vinculados a BEPS que hayan recibido indemnización de siniestros del seguro de vida grupo BEPS – por los amparos de enfermedad grave y desmembración con un valor mínimo de $140.000 hasta $940.000 ahorrados y/o recibidos hasta por este valor, si el valor recibido es por un monto superior en el período de participación del sorteo. 4 Participarán en el sorteo los vinculados que estén activos el último día calendario del año y aquellos vinculados que se les destinó el Beneficio Económico - Anualidad Vitalicia BEPS, durante toda la vigencia 2016. Siempre que hayan cumplido las condiciones para la participación del sorteo. No podrán participar aquellos vinculados que solicitaron y que se les tramitó la alternativa de destinación de recursos de devolución de ahorros BEPS durante toda la vigencia 2016. Participarán en el sorteo los vinculados ahorradores en estado activo con ahorros realizados hasta el último día calendario del mes de diciembre de 2016, por un valor mínimo de $140.000 hasta $940.000 y tendrá solo una oportunidad de ganar independientemente que el valor ahorrado sea igual o superior a $140.000. Participarán en el sorteo los vinculados ahorradores a BEPS que trasladen su Indemnización Sustitutiva de Pensión de Vejez o Devolución de Saldos provenientes del Sistema General de Pensiones (SGP), durante el año inmediatamente anterior a la fecha de realización del sorteo; así mismo, tendrán la posibilidad de participar siempre y cuando el valor trasladado sea mínimo $140.000 y hasta $940.000 y hasta por este valor, si el valor trasladado es por un monto superior. Se entiende por año de ahorro el comprendido entre, el día 1 de enero y hasta el día 31 de diciembre de 2016. El posible ganador deberá aceptar que Colpensiones use su nombre, imagen y/o voz en cualquier medio, por un período de tiempo ilimitado, sin remuneración, con el propósito de difundir la actividad o para promocionar el programa de incentivo al ahorro para la vejez en BEPS. No podrán participar en el sorteo los trabajadores oficiales, directivos de Colpensiones, contratistas y trabajadores en misión. El premio no es transferible, no podrá ser cambiado por otro bien material o por dinero en efectivo. Colpensiones realizará el contacto con el vinculado ahorrador a BEPS para informar que ha sido el posible ganador del sorteo anual, el cual deberá cumplir con todas las condiciones del mismo y confirmará la aceptación del premio, posteriormente, suscribirá el acta que lo acredite como ganador certificando el recibido. El posible ganador deberá presentar su documento de identidad original, cédula amarilla con holograma (no sirve contraseña, ni denuncios) en el momento de la premiación. Es indispensable contar con este requisito para que se pueda constatar la información registrada en la base de datos y por lo tanto, la validez de su participación en el sorteo. 5 La participación en el sorteo implica el conocimiento y aceptación de estas condiciones; así como, de las decisiones que adopten los organizadores sobre cualquier cuestión no prevista en el mismo 4. Método de Selección del Posible Ganador Colpensiones extraerá del sistema de información de BEPS, las bases de datos de los vinculados ahorradores que realicen su ahorro en el tiempo comprendido para cada sorteo de acuerdo a los requisitos de participación, condiciones y restricciones. Estas bases de datos se cargarán en el Software SAS en donde está desarrollado el programa tipo aleatorio, permitiendo seleccionar los posibles ganadores y sus suplentes. El sistema realizará la selección aleatoria de los posibles ganadores del sorteo, mediante su número de cédula. La base de datos de los vinculados ahorradores a BEPS, contendrá la siguiente información: documento de identidad, valor del recaudo, estado del vinculado, tipo de destinación y canal de recaudo. Para la realización del sorteo se contará con la presencia del delegado de la Secretaria de Gobierno, quien dará fe y legalidad del sorteo y de la cual se levantará un acta de realización del mismo. Una vez incluida la información de los participantes, el programa aleatoriamente ejecutará la selección de los posibles ganadores, emitiendo su número de cédula. Posterior a ello, el número de cédula seleccionado, se extraerá de los sistemas de información y se confrontará con los datos de contacto asociados a la misma. Colpensiones realizará el contacto con el vinculado ahorrador a BEPS para informar que ha sido el posible ganador del sorteo anual, el cual deberá cumplir con todas las condiciones del mismo y confirmará la aceptación del premio, posteriormente, suscribirá el acta que lo acredite como ganador certificando el recibido. Para el sorteo semanal: Cada número de cédula podrá tener 1 oportunidad de ganar por cada $5.000 ahorrados en la semana de participación del sorteo, el vinculado ahorrador a BEPS, sólo podrá ser posible ganador de un premio dentro del sorteo semanal. Los participantes en el sorteo que trasladen su Indemnización Sustitutiva de Pensión de Vejez o Devolución de Saldos provenientes del Sistema General de Pensiones (SGP), tendrán la posibilidad de participar siempre y cuando el valor trasladado sea mínimo de $5.000 y hasta $940.000 y hasta por este valor, si el valor trasladado es por un monto superior. Para el sorteo mensual: Cada número de cédula podrá tener 1 oportunidad de ganar por cada $20.000 ahorrados en el mes, el vinculado ahorrador sólo podrá ser posible ganador de un premio dentro del sorteo mensual. Los participantes en el sorteo que trasladen su Indemnización Sustitutiva de Pensión de Vejez o Devolución de Saldos provenientes del Sistema General de Pensiones (SGP), tendrán la 6 posibilidad de participar siempre y cuando el valor trasladado sea mínimo de $20.000 a y hasta $940.000 y hasta por este valor, si el valor trasladado es por un monto superior. Para el sorteo anual: Cada número de cédula podrá tener 1 oportunidad de ganar si su valor ahorrado entre el 1 de enero al 31 de diciembre de 2016 es de mínimo $140.000 y tendrá solo una oportunidad de ganar independientemente que el valor ahorrado sea igual o superior a $140.000. Los participantes en el sorteo que trasladen su Indemnización Sustitutiva de Pensión de Vejez o Devolución de Saldos provenientes del Sistema General de Pensiones (SGP), tendrán la posibilidad de participar siempre y cuando el valor trasladado mínimo sea $140.000 y tendrá solo una oportunidad de ganar independientemente que el valor ahorrado sea igual o superior a $140.000. Los sorteos se realizarán de acuerdo con el siguiente cronograma: Sorteo Semanal - 4.250 premios de $50.000 Período de ahorro que participa Del Del Del Del Del Del Del Del Del Del Del Del Del Del Del Del Del jueves 1 de septiembre al domingo 11 de septiembre 2016 lunes 12 de septiembre al domingo 18 de septiembre 2016 lunes 19de septiembre al domingo 25 de septiembre 2016 lunes 26 de septiembre al domingo 2 de octubre 2016 lunes 3 de octubre al domingo 9 de octubre de 2016 lunes 10 de octubre al domingo 16 de octubre de 2016 lunes 17 de octubre al domingo 23 de octubre de 2016 lunes 24 de octubre al domingo 30 de octubre de 2016 lunes 31 de octubre al domingo 6 de noviembre de 2016 lunes 7 de noviembre al domingo 13 de noviembre de 2016 lunes 14 de noviembre al domingo 20 de noviembre de 2016 lunes 21 de noviembre al domingo 27 de noviembre de 2016 lunes 28 de noviembre al domingo 4 de diciembre de 2016 lunes 5 de diciembre al domingo 11 de diciembre de 2016 lunes 12 de diciembre al domingo 18 de diciembre de 2016 lunes 19 de diciembre al domingo 25 de diciembre de 2016 lunes 26 de diciembre al sábado 31 de diciembre de 2016 Fecha del sorteo Miércoles Miércoles Miércoles Miércoles Miércoles Miércoles Miércoles Miércoles Miércoles Miércoles Miércoles Miércoles Miércoles Miércoles Miércoles Miércoles Miércoles 14 de septiembre 2016 21 de septiembre de 2016 28 de septiembre de 2016 5 de octubre de 2016 12 de octubre de 2016 19 de octubre de 2016 26 de octubre de 2016 2 de noviembre de 2016 9 de noviembre de 2016 16 de noviembre de 2016 23 de noviembre de 2016 30 de noviembre de 2016 7 de diciembre de 2016 14 de diciembre de 2016 21 de diciembre de 2016 28 de diciembre de 2016 11 de enero de 2017 Sorteo Mensual - 20 Motos Período de ahorro que participa Del Del Del Del 1 de septiembre al 30 de septiembre de 2016 1 de octubre al 31 de octubre del 2016 1 de noviembre al 30 de noviembre de 2016 1 de diciembre al 31 de diciembre de 2016 Fecha del sorteo Miércoles Miércoles Miércoles Miércoles 12 de octubre de 2016 9 de noviembre de 2016 7 de diciembre de 2016 11 de enero de 2017 Sorteo Anual - Bono para la compra de una casa Período de ahorro que participa Del 1 de enero al 31 de diciembre de 2016 Fecha del sorteo Miercoles 18 de enero de 2017 5. Plan de premios: 7 Premios semanales - Abono en cuenta individual: Los ganadores de los sorteos semanales por valor de $50.000, recibirán un abono en su cuenta individual que podrán verificar a través de los canales dispuestos por Colpensiones. Premios mensuales - Entrega de Motos: Los ganadores de los sorteos de las motos deberán acercarse a los concesionarios dispuestos por el proveedor contratado por Colpensiones en todo el país, para que por su intermedio se realice la entrega de las motos, la matrícula y la emisión del SOAT. El ganador también recibirá un casco básico norma ECE 22-05, 1 chaleco reglamentario, 1 mini kit de herramienta básica, 7 revisiones preventivas curativas, manual de garantía, manual del propietario y garantía original. Adicionalmente, el pago del impuesto por concepto de ganancia ocasional derivada del sorteo estará a cargo de Colpensiones y/o el proveedor a decisión de la entidad. Las motos tienen las siguientes características: TIPO DE MOTOR CILINDRAJE POTENCIA MÁXIMA TORQUE MÁXIMO TIPO DE ARRANQUE FRENO DELANTERO FRENO TRASERO PESO EN SECO RELACIÓN DE COMPRESIÓN RUEDA DELANTERA RUEDA TRASERA TIPO DE SUSPENSIÓN DELANTERA TIPO DE SUSPENSIÓN TRASERA TIPO DE TRANSMISIÓN DIMENSIONES (LARGO X ANCHO X ALTO) DISTANCIA ENTRE EJES COLORES CERTIFICACION MOTOR 4T OHC REFRIGERADO POR AIRE 109,19 CC 7,94 HP@7500 RPM 8.63 NM@5500 RPM ELÉCTRICO Y DE PEDAL TAMBOR TAMBOR 101 KG 9.9 : 1 80/100 - 18 80/100 - 18 HORQUILLA TELESCÓPICA BRAZO OSCILANTE AJUSTABLE EN 5 POSICIONES TRANSMISIÓN CONSTANTE DE 4 VELOCIDADES 2009 X 737 X 1074 1.258 MM NEGRO, ROJO EURO II 8 *Nota: Imagen usada como referencia Premio anual – Bono de $80.000.000 para la adquisición de vivienda: El bono será entregado al ganador a través de la intermediación de una Fiduciaria legalmente constituida contratada por Colpensiones para tal fin, la cual se encargará de realizar todas las gestiones de administración y pagos para la destinación específica del bono, para la adquisición de vivienda que el ganador seleccione. El ganador suscribirá el encargo fiduciario a título de beneficiario y a partir de esa fecha deberá en un plazo no mayor a seis (6) meses, allegar la promesa de compraventa de la vivienda de su elección y todos los documentos del inmueble requeridos por la fiduciaria para que esta verifique su autenticidad y legalidad y realice los pagos, cumpliendo así, con el mandato dado por Colpensiones para la entrega del premio. El impuesto de ganancia ocasional y los trámites notariales estarán a cargo en su totalidad por Colpensiones y/o serán pagados por intermediación de la fiduciaria contratada a decisión de la entidad; estos gastos corresponden a pagos por concepto de beneficencia y registro, notariales hasta por un valor de $ 1.424.000 y retención en la fuente - ganancia ocasional hasta por un valor de $ 16.284.800, sobre el valor del bono objeto del sorteo. 9 6. Condiciones y restricciones: A continuación por cada modalidad de sorteo se presentan las condiciones y restricciones a las cuales se someten los participantes: 6.1. Sorteo Semanal: Sólo podrán participar los vinculados a BEPS. El periodo de participación de los sorteos será de 17 semanas desde el 1 de septiembre y hasta el 31 de diciembre de 2016, la semana en la cual rige la aplicación de requisitos es de lunes a domingo. A excepción de la primera semana de septiembre por cuanto el período de participación se amplia del jueves 1 al domingo 11 de septiembre de 2016 y la última semana de diciembre por cuanto el periodo de participación se reduce del lunes 26 de diciembre al sábado 31 de diciembre de 2016. Los participantes de este sorteo tendrán la posibilidad de ganar 1 abono de $50.000 en su cuenta individual de forma semanal, lo cual corresponde a 250 abonos en cuenta a posibles ganadores semanales para un total de 4.250 premios acumulados al cierre del año. Participarán en el sorteo, los vinculados que se encuentren en estado Activo, el último día de la semana (Domingo). Un vinculado activo para el programa de Beneficios Económicos Periódicos BEPS es aquel vinculado que se encuentra habilitado para realizar ahorros a su cuenta individual y no presenta novedad para ejercer todas las actividades propias del programa. La cuenta individual de BEPS es la cuenta a nombre de cada vinculado al programa de Beneficios Económicos Periódicos -BEPS, en la cual se registran y acumulan los ahorros y traslados realizados desde el Sistema General de Pensiones -SGP junto con los rendimientos financieros que se generen. Participarán los vinculados ahorradores a BEPS, que realicen o incrementen su ahorro y los vinculados a BEPS que hayan recibido indemnización de siniestros del seguro de vida grupo BEPS – por los amparos de enfermedad grave y desmembración con un valor mínimo de $5.000 hasta $940.000 ahorrados y recibidos hasta por este valor, si el valor recibido es por un monto superior en el período de participación del sorteo. Participarán en el sorteo los vinculados ahorradores a BEPS que trasladen su Indemnización Sustitutiva de Pensión de Vejez o Devolución de Saldos provenientes del Sistema General de Pensiones (SGP), en el transcurso de la semana inmediatamente anterior a la fecha de realización del sorteo; así mismo, tendrán la posibilidad de participar siempre y cuando el valor trasladado sea entre $5.000 y hasta $940.000 y hasta por este valor, si el valor trasladado es por un monto superior. 10 Participarán en el sorteo los vinculados que estén activos el último día calendario de la semana y aquellos vinculados que se les destinó el Beneficio Económico - Anualidad Vitalicia BEPS, durante la semana de participación en el sorteo. Siempre que hayan cumplido las condiciones para la participación del sorteo. No podrán participar aquellos vinculados que solicitaron y que se les tramitó la alternativa de destinación de recursos de devolución de ahorros BEPS durante toda la vigencia 2016. El vinculado a BEPS participante, por cada $5.000 de ahorro en su cuenta individual tendrá en la semana de participación del sorteo una oportunidad de ganar. Los sorteos se realizarán en las fechas relacionadas en el cronograma adjunto. El valor máximo de ahorro para participar en el sorteo es de $940.000 Durante el sorteo de cada semana se seleccionarán 250 posibles ganadores y 50 suplentes. Si el posible ganador presenta un estado de cuenta cancelada en el momento de realizar el abono en cuenta, el premio se entregará al ganador suplente elegido en el sorteo. El posible ganador acepta que Colpensiones use su nombre, imagen y/o voz en cualquier medio, por un período de tiempo ilimitado, sin remuneración, con el propósito de difundir la actividad o para promocionar el programa BEPS. Lo anterior en cumplimiento de la normatividad vigente para el manejo de datos confidenciales. Los premios no son transferibles, no podrán ser cambiados por otros bienes materiales o por dinero en efectivo. El abono en la cuenta individual de los ganadores de $50.000 no se considerará como ahorro para participar en los siguientes sorteos del promocional. El premio de abono en cuenta individual de los ganadores de $50.000, no se considerará como ahorro para obtener el incentivo puntual de seguro de vida grupo BEPS. No podrán participar en el sorteo los trabajadores oficiales, directivos de Colpensiones, contratistas y trabajadores en misión. La participación en el sorteo implica el conocimiento y aceptación de estas condiciones, así como de las decisiones que adopten los organizadores sobre cualquier cuestión no prevista en el mismo. Cada participante - vinculado ahorrador acepta las presentes condiciones y restricciones, las cuales tendrán carácter definitivo en todos los asuntos relacionados a esta actividad. Cualquier violación a las mismas, a los procedimientos o sistemas establecidos para la participación a este sorteo implica la inmediata eliminación de la participación en el mismo. 11 Estas condiciones y restricciones serán publicadas en las páginas Web: www.Colpensiones gov.co y www.beps.gov.co, desde el 1 de septiembre al 31 de diciembre de 2016. Al participar los vinculados ahorradores del Programa BEPS con su ahorro aceptan y reconocen que para efectos de realizar consultas deberán realizarlas a través de los canales dispuestos por Colpensiones para este fin. La promoción se realizará en medios masivos de comunicación y a través de todos los puntos de atención al ciudadano, oficinas y puntos BEPS de Colpensiones en todo el país. Así mismo, Colpensiones tendrá la potestad para definir el medio de comunicación a través del cual se realizará la divulgación de los ganadores de los sorteos siempre y cuando sea medio masivo, tales como la página web de Colpensiones, publicación en prensa o cualquier otro medio de comunicación. Colpensiones se compromete a cumplir con la normatividad vigente relativa a la protección de datos personales, el manejo de información contenida en bases de datos personales, parámetros de seguridad de información, confidencialidad, así como, propiedad de la información, archivo, reposición y reparación de daños o pérdidas de información, según legislación nacional vigente, en particular, la reglamentación de la Superintendencia Financiera de Colombia. Colpensiones, no asume responsabilidad alguna por información inconsistente o desactualizada del vinculado ahorrador de BEPS que haya sido seleccionado como posible ganador de los premios ofrecidos en el sorteo. 6.2. Sorteo Mensual: Solo podrán participar los vinculados a BEPS. Los sorteos mensuales se realizarán en las fechas relacionadas en el cronograma adjunto. Se realizará el sorteo con los requisitos de ahorro del mes inmediatamente anterior. Los participantes del sorteo mensual tendrán la posibilidad de ganar una (1) moto mensual, para una entrega total en el mes de cinco (5) motos a cinco (5) posibles ganadores de lo cual resulta un total de 20 (veinte) motos acumuladas al final del año. Participan en el sorteo, los vinculados que presenten el estado de su cuenta individual: Activo, el último día del mes. Durante el sorteo de cada mes se seleccionarán 5 posibles ganadores y 15 suplentes. Participarán los vinculados ahorradores a BEPS, que realicen o incrementen su ahorro y los vinculados a BEPS que hayan recibido indemnización de siniestros del seguro de vida grupo BEPS – por los amparos de enfermedad grave y desmembración con un valor mínimo de $20.000 hasta $940.000 ahorrados y recibidos hasta por este valor, si el valor recibido es por un monto superior en el período de participación del sorteo. 12 Participarán en el sorteo los vinculados ahorradores a BEPS que trasladen su Indemnización Sustitutiva de Pensión de Vejez o Devolución de Saldos provenientes del Sistema General de Pensiones (SGP), en el transcurso del mes inmediatamente anterior a la fecha de realización del sorteo; así mismo, tendrán la posibilidad de participar siempre y cuando el valor trasladado sea entre $20.000 y hasta $940.000 y hasta por este valor, si el valor trasladado es por un monto superior Participarán en el sorteo los vinculados que estén activos el último día calendario del mes y aquellos vinculados que se les destinó el Beneficio Económico - Anualidad Vitalicia BEPS, durante el mes de participación del sorteo. Siempre que hayan cumplido las condiciones para la participación del sorteo. No podrán participar aquellos vinculados que solicitaron y que se les tramitó la alternativa de destinación de recursos de devolución de ahorros BEPS durante toda la vigencia 2016. Por cada ahorro de $20.000 tiene una oportunidad de ganar. Los sorteos se realizarán en las fechas relacionadas en el cronograma adjunto. El premio de abono en la cuenta individual de los ganadores de $50.000, no se considerará como ahorro para participar en este sorteo. Colpensiones, luego de realizar la validación correspondiente, solicita al posible ganador la aceptación del premio. En caso que en el momento de la llamada el ciudadano se encuentre fallecido, este premio se entregará al posible ganador suplente del sorteo, si fallece después de la llamada de aceptación del premio, este será entregado a los herederos que establecen las normas del Código Civil Colombiano. El valor máximo de ahorro que participa en el sorteo es de $940.000. El posible ganador tiene diez (10) días calendario para el reclamo de su premio, contados a partir de la fecha del día del sorteo, en caso de no reclamar su premio durante este período de tiempo, el premio se entregará a el posible ganador suplente elegido para este sorteo. El posible ganador acepta que Colpensiones use su nombre, imagen y/o voz en cualquier medio, por un período de tiempo ilimitado, sin remuneración, con el propósito de difundir la actividad o para promocionar el programa BEPS. Lo anterior en cumplimiento de la normatividad vigente para el manejo de datos confidenciales. Los premios no son transferibles, no podrán ser cambiados por otros bienes materiales o por dinero en efectivo. No podrán participar en el sorteo los trabajadores oficiales, directivos de Colpensiones, contratistas y trabajadores en misión. El posible ganador debe presentar su documento de identidad original, cédula amarilla con holograma (no sirve contraseña, ni denuncios) en el momento de la premiación. Es 13 indispensable contar con este requisito para que se pueda constatar la información registrada en la base de datos y por lo tanto la validez de su participación en el sorteo. Las motos se entregarán al posible ganador con la matrícula y el seguro obligatorio SOAT por un año de vigencia y con los accesorios relacionados en el plan de premios para este sorteo. Las obligaciones tributarias, fiscales de registro y todas aquellas concomitantes para la entrega del premio al ganador, se encuentran a cargo de Colpensiones, como parte del premio. Colpensiones no será responsable por la indebida utilización, manejo, destinación, ni de todos aquellos actos ilícitos o contrarios a la ley que el beneficiario del sorteo realice con el bien. La participación en el sorteo implica el conocimiento y aceptación de estas condiciones, así como de las decisiones que adopten los organizadores sobre cualquier cuestión no prevista en el mismo La calidad, cantidad, estado y garantía de los bienes y productos que hacen parte de los premios son responsabilidad exclusiva del fabricante y/o productor y proveedor del mismo, por lo que las reclamaciones por estos conceptos, deberán serán tramitadas a través de sus redes de atención. Colpensiones no asume responsabilidad alguna en cuanto a la calidad, estado y garantía de los bienes y productos que hacen parte de los premios. Las marcas anunciadas son propiedad de sus legítimos titulares, sus derechos se encuentran protegidos por las leyes en materia de propiedad industrial e intelectual. Cada participante - vinculado ahorrador acepta las presentes condiciones y restricciones, las cuales tendrán carácter definitivo en todos los asuntos relacionados a esta actividad. Cualquier violación a las mismas, a los procedimientos o sistemas establecidos para la participación a este sorteo implica la inmediata eliminación de la participación en el mismo. Estas condiciones y restricciones serán publicadas en las páginas Web: www.Colpensiones.gov.co y www.beps.gov.co, desde el 1 de septiembre al 31 de diciembre de 2016. Al participar los vinculados ahorradores del Programa BEPS con su ahorro aceptan y reconocen que para efectos de realizar consultas deberán realizarlas a través de los canales dispuestos por Colpensiones para este fin. La promoción se realizará en medios masivos de comunicación y a través de todas las oficinas de Colpensiones y oficinas BEPS de todo el país. Así mismo, Colpensiones tendrá la potestad para definir el medio de comunicación a través del cual se realizará la divulgación de los ganadores siempre y cuando sea medio masivo, tales como la página Web de Colpensiones, publicación en prensa o cualquier otro medio de comunicación. Colpensiones, no asume responsabilidad alguna por información inconsistente o desactualizada del vinculado ahorrador de BEPS que haya sido seleccionado como posible ganador de los premios ofrecidos en el sorteo. 14 6.3. Sorteo Anual: Sólo podrán participar los vinculados a BEPS. El sorteo anual será realizado el día 18 de enero de 2017. Los participantes del sorteo anual del Bono para la adquisición de vivienda, tendrán la oportunidad de ganar si realizaron ahorros por un valor mínimo de $140.000, dentro de la vigencia 2016, la cual comprende el periodo del 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2016. Participarán en el sorteo los vinculados ahorradores en estado activo con ahorros realizados hasta el último día calendario del mes de diciembre de 2016, por un valor mínimo de $140.000 hasta $940.000 y tendrá solo una oportunidad de ganar independientemente que el valor ahorrado sea igual o superior a $140.000. Participarán los vinculados ahorradores a BEPS, que realicen o incrementen su ahorro y los vinculados a BEPS que hayan recibido indemnización de siniestros del seguro de vida grupo BEPS – por los amparos de enfermedad grave y desmembración con un valor mínimo de $140.000 hasta $940.000 ahorrados y recibidos hasta por este valor, si el valor recibido es por un monto superior en el período de participación del sorteo. Participarán en el sorteo los vinculados ahorradores a BEPS que trasladen su Indemnización Sustitutiva de Pensión de Vejez o Devolución de Saldos provenientes del Sistema General de Pensiones (SGP), en el transcurso en el año inmediatamente anterior a la fecha de realización del sorteo; así mismo, tendrán la posibilidad de participar siempre y cuando el valor trasladado sea entre $140.000 y hasta $940.000 y hasta por este valor, si el valor trasladado es por un monto superior Participarán en el sorteo los vinculados que estén activos el último día calendario del año y aquellos vinculados que se les destinó el Beneficio Económico - Anualidad Vitalicia BEPS, durante toda la vigencia 2016. Siempre que hayan cumplido las condiciones para la participación del sorteo. No podrán participar aquellos vinculados que solicitaron y que se les tramitó la alternativa de destinación de recursos de devolución de ahorros BEPS durante toda la vigencia 2016. El premio de abono en la cuenta individual de los ganadores de $50.000, no se considerará como ahorro para participar en este sorteo. El valor del bono para adquisición de vivienda es de $80.000.000, el impuesto de ganancia ocasional y los trámites notariales estarán a cargo en su totalidad por Colpensiones y/o serán pagados por intermediación de la fiduciaria contratada a decisión de la entidad; estos gastos corresponden a pagos por concepto de beneficencia y registro, notariales hasta por un valor de $ 1.424.000 y retención en la fuente - ganancia ocasional hasta por un valor de $ 16.284.800, sobre el valor del bono objeto del sorteo. 15 Durante el sorteo se seleccionará 1 posible ganador y 3 suplentes. El posible ganador tiene diez (10) días calendario para el reclamo de su premio, contados a partir de la fecha del día del sorteo, en caso de no reclamar su premio durante este periodo de tiempo, el premio se entregará a el posible ganador suplente elegido e el sorteo. El posible ganador acepta que Colpensiones use su nombre, imagen y/o voz en cualquier medio, por un período de tiempo ilimitado, sin remuneración, con el propósito de difundir la actividad o para promocionar el programa BEPS. Lo anterior en cumplimiento de la normatividad vigente para el manejo de datos confidenciales. El premio no es transferible, no podrá ser cambiado por otros bienes materiales o por dinero en efectivo. No podrán participar en el sorteo los trabajadores oficiales, directivos de Colpensiones, contratistas y trabajadores en misión. Colpensiones, luego de realizar la validación correspondiente, solicita al posible ganador la aceptación del premio. En caso que en el momento de la llamada el ciudadano se encuentre fallecido, este premio se entregará al posible ganador suplente del sorteo, si fallece después de la llamada de aceptación del premio, este será entregado a los herederos que establecen las normas del Código Civil Colombiano. La entrega del bono para la adquisición de vivienda se hará por medio de un evento con medios de comunicación, a dicho evento deberá presentarse la persona ganadora del premio para dejar la evidencia de la entrega oficial del premio a través de un acta debidamente firmada. El posible ganador deberá presentar su documento de identidad original, cédula amarilla con holograma (no sirve contraseña, ni denuncios) en el momento de la premiación. Es indispensable contar con este requisito para que se pueda constatar la información registrada en la base de datos y por lo tanto la validez de su participación en el sorteo. Las obligaciones tributarias, fiscales, de registro y todas aquellas concomitantes para la entrega del premio al ganador, se encuentran a cargo de Colpensiones, como parte del premio. Colpensiones no será responsable por la indebida utilización, manejo, destinación, ni de todos aquellos actos ilícitos o contrarios a la ley que el beneficiario del sorteo realice con el bien. La participación en el sorteo implica el conocimiento y aceptación de estas condiciones, así como de las decisiones que adopten los organizadores sobre cualquier cuestión no prevista en el mismo. La calidad, cantidad, estado y garantía de los bienes y productos que hacen parte de los premios son responsabilidad exclusiva del fabricante y/o productor y proveedor del mismo, por lo que las reclamaciones por estos conceptos, deberán serán tramitadas a través de sus redes 16 de atención. Colpensiones no asume responsabilidad alguna en cuanto a la calidad, estado y garantía de los bienes y productos que hacen parte de los premios. Las marcas anunciadas son propiedad de sus legítimos titulares, sus derechos se encuentran protegidos por las leyes en materia de propiedad industrial e intelectual. Cada participante - vinculado ahorrador acepta las presentes condiciones y restricciones, las cuales tendrá carácter definitivo en todos los asuntos relacionados a esta actividad. Cualquier violación a las mismas, a los procedimientos o sistemas establecidos para la participación a este sorteo implica la inmediata eliminación de la participación en el mismo. Estas condiciones y restricciones serán publicadas en las páginas Web: www.Colpensiones.gov.co y www.beps.gov.co, desde el 1 de septiembre al 31 de diciembre de 2016. Al participar los vinculados ahorradores del Programa BEPS con su ahorro, aceptan y reconocen que para efectos de realizar consultas deberán realizarlas a través de los canales dispuestos por Colpensiones para este fin. La promoción se realizará en medios masivos de comunicación y a través de todas las oficinas de Colpensiones y oficinas BEPS de todo el país. Así mismo, Colpensiones tendrá la potestad para definir el medio de comunicación a través del cual se realizará la divulgación de los ganadores siempre y cuando sea medio masivo, tales como la página Web de Colpensiones, publicación en prensa o cualquier otro medio de comunicación. Colpensiones, no asume responsabilidad alguna por información inconsistente o desactualizada del vinculado ahorrador de BEPS que haya sido seleccionado como posible ganador de los premios ofrecidos en el sorteo. Vicepresidencia de Beneficios económicos Periódicos BEPS –Colpensiones Bogotá , D.C. 11 de agosto de 2016. 17
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