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La República
SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA
Jueves, 1 de setiembre del 2016
Corte Superior de Justicia de Tacna
PRESIDENCIA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 0759-2016-P-CSJT-PJ
Tacna, veinticinco de agosto
Del año dos mil dieciséis.VISTA: La Resolución Administrativa Nº 164-2016-CE-PJ, publicada en el diario oficial El Peruano el trece de julio del año dos mil
dieciséis; y,
CONSIDERANDO:
PRIMERO.- El artículo primero de la Resolución Administrativa Nº 164-2016-2015-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial
dispuso a partir del uno de setiembre del año dos mil dieciséis la conversión del Segundo Juzgado de Trabajo Transitorio de Tacna a
Tercer Juzgado de Trabajo Permanente de Tacna; facultando al Presidente de corte adoptar las acciones y medidas administrativas en
relación a dicha conversión. En tal sentido, es necesaria la designación de la Jueza Salinova Ccoyllor Mendoza Castro como Jueza
Provisional del Tercer Juzgado de Trabajo Permanente de Tacna.
SEGUNDO.-. A fin de dar cumplimiento a lo dispuesto por el máximo órgano de gobierno del Poder Judicial y, considerando que el
Presidente de la Corte Superior de Justicia es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la política
interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un eficiente y equilibrado servicio de administración de justicia en beneficio de
los justiciables, se debe emitir el acto administrativo correspondiente.
Por estas consideraciones, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley
Orgánica del Poder Judicial.
SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.- DISPONER, a partir del uno de setiembre del año dos mil dieciséis, el inicio de funcionamiento del TERCER
JUZGADO DE TRABAJO PERMANENTE DE TACNA en la sede central de esta Corte Superior de Justicia.
ARTÍCULO SEGUNDO.- DESIGNAR a la señora Salinova Ccoyllor Mendoza Castro como Jueza del Tercer Juzgado de Trabajo
Permanente de Tacna.
ARTICULO TERCERO.- DISPONER que, el Jefe de la Oficina de Administración, realice las gestiones pertinentes con la Oficina de
Informática de esta Corte Superior de Justicia a efectos de realizar la configuración necesaria en el Sistema de Expedientes Judiciales.
ARTÍCULO CUARTO.- PONER la presente resolución en conocimiento del Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la
Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, de la Comisión Nacional de Productividad Judicial, de la Oficina
Desconcentrada de Control de la Magistratura, de la Oficina de Administración Distrital, de la Oficina de Informática, de la Oficina de
Estadística, del apoyo de la Administración Laboral y de la Jueza inmersa en la presente resolución.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
Jorge Antonio Armaza Galdos
Presidente de la Corte Superior de Justicia de Tacna
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Avisos Judiciales
EDICTO
PRIMER JUZGADO DE FAMILIA TRANSITORIO DE
TACNA
Expediente: 1525-2016
Juez
: Paola Castillo Vicente
Especialista: Cesar Quiñones Quiñones
Demandante: Teodora Ticona Mamani
Demandado: Dionicio Chambe
Resolución n° 3 Tacna, veinte julio Dos mil dieciséis
VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO.-Que la demanda
reúne los
requisitos que establecen los artículos 424 y 425 del Código Procesal Civil, SEGUNDO.- Que, no se encuentra incursa en supuestos de inadmisibilidad e improcedencia,
TERCERO.-Que, estando a lo dispuesto por Artículo I Título
preliminar, 430 código procesal civil y 486 inciso 8, SE RESEULEVE: Admitir la demanda reconocimiento de unión
de hecho, interpuesta por TEODORA TICONA MAMAI contra A)FREDDY DIONICIO CHAMBE TICONA, B)LIDIA CARMEN CHAMBE TICONA, C)SUCESION DE DIONICIO CHAMBE, debiendo notificárseles a los posibles integrantes de la
sucesión, mediante edictos en forma de ley, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal. Tramitando en
via de proceso abreviado, corriéndose traslado a los demandados por diez dias para que contesten bajo apercibimiento de declararse rebeldes; T.R. y HS; firmado por juez
y especialista Cesar Quiñones Quiñones. CESAR EULOGIO
QUIÑONES QUIÑONES Secretario Judicial del 1er Juzgado
Especializado De Familia Transitorio de TacnaCORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA. (3V/26-01-02 SET)
EDICTO PENAL
Exp. N° 2322-2015-0-2301 -JR-PE-01 - CONTROL DE ACUSACION JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DEL
DISTRITO DE GREGORIO ALBARRACIN
ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO: ABOG. JENNY MARILU HALLASI CALSIN.En el proceso N° 2322-2015-0-2301-JR-PE-01, seguido contra Jhonattan George Orco Chambilla, por el presunto delito Contra la Salud Publica en la modalidad de Tráfico Ilícito
de Drogas - Microcomercialización, en agravio del Estado
Peruano; el señor Juez del Juzgado de Investigación Preparatoria del Distrito de Gregorio Albarracín, ha dispuesto
SE NOTIFIQUE por Edictos a la parte acusada JHONATTAN
GEORGE ORCO CHAMBILLA, con el contenido de la resolución número seis de fecha dos de agosto del año dos mil
dieciséis, mediante la cual se dispone: SEÑÁLESE FECHA
para AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACION para el día
DIECINUEVE DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS
a las DIEZ DE LA MAÑANA (hora exacta) a llevarse a cabo
en la Sala de Audiencias de este despacho, ubicado en
la Avenida Municipal s/n Fdo. Dr. Rolando Sevincha Juro,
Juez del Juzgado de Investigación Preparatoria del Distrito
de Gregorio Albarracín CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE
TACNA. Fdo. Abog. Jenny Marilu Hallasi Calsin, Especialista
Judicial de Juzgado de investigación preparatoria de Tacna. Gregorio Albarracín, 02 de Agosto del 2016. (3V/31-0102 SET)
EDICTO PENAL
Expediente N° 01579-2016-3-2301-JR-PE-02
SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CORTE
SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA
ESPECIALISTA JUDICIAL: Aduviri Jaliri, Fredy
En el Expediente N° 01579-2016-3-230l-JR-PE-02; en los
seguidos en contra del procesado Edwin Uriel, AROCUTIPA AJROTA, por el presunto delito Contra la Familia en la
modalidad de OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR, ilícito
previsto en el primer párrafo del artículo 149° del Código
Penal en agravio de su hija Karen Nicoll, AROCUTIPA CAPACUTE. El señor Juez del Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Tacna, ha dispuesto SE NOTIFIQUE por Edicto al
acusado Edwin Uriel, AROCUTIPA AJROTA, con la reprogramación de fecha de audiencia de ley, cuyo tenor es como
sigue: Señalar fecha para la AUDIENCIA UNICA DE JUICIO
INMEDIATO E INAPLAZABLE para el DOCE DE SETIEMBRE
DEL PRESENTE AÑO EN CURSO a las OCHO CON DIEZ HORAS DEL DIA, a desarrollarse en la Sala de Audiencias del
Segundo Juzgado Penal Unipersonal Permanente de Tac-
na, ubicado en la calle Inclán S/N, esquina con Presbítero
Andía, Segundo Piso - Módulo Penal de la CSJT. Se emplaza al acusado arriba prenombrado, a fin de que concurra
a la audiencia con CINCO minutos de anticipación; bajo
apercibimiento, para el acusado de declarar Reo Contumaz y disponer a nivel nacional, su ubicación, captura y
conducción de grado o fuerza por la Policía Nacional del
Perú para su juzgamiento, en caso de inconcurrencia.FDO. EL SEÑOR JUEZ SAUL SANTOS PASTOR TAPIA y FDO.
EL ESPECIALISTA JUDICIAL ADUVIRI JALIRI, Fredy - DEL
SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CORTE
SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA.- Tacna, 24 de agosto de
2016. SAUL SANTOS PASTOR TAPIA Juez (S) Del 2do Juzgado penal Unipersonal con Competencia en las provincias
de Tacna y Jorge Basadre CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA
DE TACNA. (3V/25-26-01 AGOS/SET)
EDICTO PENAL
Expediente N° 161-2013-37-2301-JR-PE-1.- REVOCACION
DE SUSPENSION DE PENA 2do JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE TACNA ESPECIALISTA JUDICIAL
DE JUZGADO: Silvana Alcalá Quelopana.
En el proceso N° 161-2013-37-2301-JR-PE-2, seguido
contra VALERIO SOSA CALLATA, por el presunto delito de
OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de Dilcia
Marieli Sosa Mamani; el señor Juez del Segundo Juzgado
de Investigación Preparatoria de Tacna ha dispuesto SE
NOTIFIQUE por Edictos a VALERIO SOSA CALLATA con la
resolución número 12 de fecha diecinueve de agosto del
dos mil dieciséis, mediante la cual SE RESUELVE: DISPONER LA REPROGRAMACIÓN DE LA AUDIENCIA PARA EL DÍA
QUINCE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS A HORAS
NUEVE DE LA MAÑANA (09:00 AM) a realizarse en la Sala
de Audiencias del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Tacna. FIRMADO JORGE ANTONIO MACHICAO
TEJADA - JUEZ DEL 2do JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE TACNA.- FIRMADO SILVANA ALCALA QUELOPANA - ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO Tacna, 19
de agosto del 2016. JORGE ANTONIO MACHICAO TEJADA
Juez del segundo Juzgado De la investigación Preparatoria CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA. SILVANA ALCALA QUELOPANA Especialista Judicial 2do Juzgado de
Investigación Preparatoria CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA
DE TACNA. (3V/25-26-01AGOS/SET).
EDICTO PENAL
Expediente N° 1638-2016-0-2301-JR-PE-1.- PROCESO
INMEDIATO 2do JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE TACNA ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO:
Silvana Alcalá Quelopana.
En el proceso N° 1638-2016-0-2301-JR-PE-2, seguido contra MARCO ANTONIO MANAY TORRES, por el presunto delito de OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de
Anabelha Elizabeth Manay Brenis y otros; el señor Juez del
Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Tacna
ha dispuesto SE NOTIFIQUE por Edictos a MARCO ANTONIO MANAY TORRES con la resolución número 01 de fecha
dieciocho de agosto del dos mil dieciséis, mediante la cual
SE RESUELVE: 1) DISPONER la notificación por edictos al
procesado . MARCO ANTONIO MANAY TORRES. 2) REQUERIR al procesado MARCO ANTONIO MANAY TORRES que
cumpla con apersonarse al presente proceso, designando
al abogado defensor de su elección y señalando domicilio procesal, otorgándole el plazo de tres días contados a
partir de la última publicación de los edictos en el diario
oficial de la localidad, bajo apercibimiento de disponer
que un defensor público ejerza su defensa técnica 3) SEÑALAR FECHA PARA LA AUDIENCIA DE PROCESO INMEDIATO PARA EL DIA VEINTE DE SETIEMBRE DEL PRESENTE
AÑO A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA, la misma que tiene el
carácter de inaplazable, la que se llevara a cabo en la Sala
de Audiencias del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria -Sede Central con la concurrencia obligatoria del
Fiscal, Imputado y Abogado defensor, bajo apercibimiento
para el Fiscal de poner en conocimiento de la Oficina de
Control Interno del Ministerio Público. FIRMADO JORGE
ANTONIO MACHICAO TEJADA - JUEZ DEL 2do JUZGADO
DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE TACNA.- FIRMADO
SILVANA ALCALA QUELOPANA - ESPECIALISTA JUDICIAL
DE JUZGADO Tacna, 18 de agosto del 2016. JORGE ANTONIO MACHICAO TEJADA Juez del segundo Juzgado De la
investigación Preparatoria CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA
DE TACNA. SILVANA ALCALA QUELOPANA Especialista Judicial 2do Juzgado de Investigación Preparatoria CORTE
SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA. (3V/25-26-01AGOS/
SET)
EDICTO PENAL
Expediente N° 1724-2016-0-2301-JR-PE-1.- PROCESO
INMEDIATO 2do JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE TACNA ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO:
Silvana Alcalá Quelopana.
En el proceso N° 1724-2016-0-2301-JR-PE-2, seguido contra EFRAIN ANDRES HUERTA VIZCARRA, por el presunto
delito de OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio
de Jennifer Jaqueline Huerta Maquera; el señor Juez del
Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Tacna
ha dispuesto SE NOTIFIQUE por Edictos a EFRAIN ANDRES
HUERTA VIZCARRA con la resolución número 01 de fecha
dieciocho de agosto del dos mil dieciséis, mediante la cual
SE RESUELVE: 1) DISPONER la notificación por edictos al
procesado EFRAIN ANDRES HUERTA VIZCARRA. 2) REQUERIR al procesado EFRAIN ANDRES HUERTA VIZCARRA que
cumpla con apersonarse al presente proceso, designando
al abogado defensor de su elección y señalando domicilio procesal, otorgándole el plazo de tres días contados a
partir de la última publicación de los edictos en el diario
oficial de la localidad, bajo apercibimiento de disponer
que un defensor público ejerza su defensa técnica. 3) SEÑALAR FECHA PARA LA AUDIENCIA DE PROCESO INMEDIATO PARA EL DIA VEINTIDOS DE SETIEMBRE DEL PRESENTE
AÑO A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA, la misma que tiene el
carácter de inaplazable, la que se llevara a cabo en la Sala
de Audiencias del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria -Sede Central con la concurrencia obligatoria del
Fiscal, Imputado y Abogado defensor, bajo apercibimiento
para el Fiscal de poner en conocimiento de la Oficina de
Control Interno del Ministerio Público. FIRMADO JORGE
ANTONIO MACHICAO TEJADA - JUEZ DEL 2do JUZGADO
DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE TACNA.- FIRMADO
SILVANA ALCALA QUELOPANA - ESPECIALISTA JUDICIAL
DE JUZGADO Tacna, 18 de agosto del 2016. JORGE ANTONIO MACHICAO TEJADA Juez del segundo Juzgado De la
investigación Preparatoria CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA
DE TACNA. SILVANA ALCALA QUELOPANA Especialista Judicial 2do Juzgado de Investigación Preparatoria CORTE
SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA. (3V/25-26-01AGOS/
SET)
EDICTO PENAL
Expediente N° 1725-2016-0-2301-JR-PE-1.- PROCESO
INMEDIATO 2do JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE TACNA ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO:
Silvana Alcalá Quelopana.
En el proceso N° 1725-2016-0-2301-JR-PE-2, seguido contra HUMBERTO COPAJA BAUTISTA, por el presunto delito
de OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de Alesandro Micelo Copaja melchor y otros; el señor Juez del
Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Tacna ha dispuesto SE NOTIFIQUE por Edictos a HUMBERTO
COPAJA BAUTISTA con la resolución numero 01 de fecha
dieciocho de agosto del dos mil dieciséis, mediante la cual
SE RESUELVE: 1) DISPONER la notificación por edictos al
procesado HUMBERTO COPAJA BAUTISTA 2) REQUERIR al
procesado HUMBERTO COPAJA BAUTISTA que cumpla con
apersonarse al presente proceso, designando al abogado
defensor de su elección y señalando domicilio procesal,
otorgándole el plazo de tres días contados a partir de la
última publicación de los edictos en el diario oficial de la
localidad, bajo apercibimiento de disponer que un defensor público ejerza su defensa técnica. 3) SEÑALAR FECHA
PARA LA AUDIENCIA DE PROCESO INMEDIATO PARA EL DIA
VEINTIUNO DE SETIEMBRE. DEL PRESENTE AÑO A HORAS
DIEZ DE LA MAÑANA, la misma que tiene el carácter de
inaplazable, la que se llevara a cabo en la Sala de Audiencias del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria
-Sede Central con la concurrencia obligatoria del Fiscal,
Imputado y Abogado defensor, bajo apercibimiento para
el Fiscal de poner en conocimiento de la Oficina de Control
Interno del Ministerio Público. FIRMADO JORGE ANTONIO
MACHICAO TEJADA - JUEZ DEL 2do JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE TACNA.- FIRMADO SILVANA
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SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA
ALCALA QUELOPANA - ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO Tacna, 18 de agosto del 2016. JORGE ANTONIO
MACHICAO TEJADA Juez del segundo Juzgado De la investigación Preparatoria CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE
TACNA. SILVANA ALCALA QUELOPANA Especialista Judicial
2do Juzgado de Investigación Preparatoria CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA. (3V/25-26-01AGOS/SET).
EDICTO PENAL
EXPEDIENTE : 0396-2015-85-2301 -JR-PE-01
PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE TACNA
ESPECIALISTA
: ESCALANTE PAREDES, MARIA
ELENA
En el proceso N° 2015-0396-85-2301-JR-PE-1, seguido contra EMILIO EUGENIO LIÑAN PAREDES Y MAGDALENA ANAHUA CONDORI, por delito de FALSIFICACION DE SELLOS,
en agravio de SUNAT; El Primer Juzgado Penal Unipersonal
de Tacna, HA RESUELTO :PRIMERO ‘‘Disponer el Archivo
Provisional del proceso hasta que el acusado declarado
AUSENTE EMILIO EUGENIO LIÑAN PAREDES sea habido y
una vez que fuere puesto a disposición de este Juzgado, o
se presente voluntariamente, se procederá a señalar fecha
para el Juicio Oral, Designar abogado ENRIQUE OBANDO
VELARDE, quien lo representara e intervendrá en todas las
diligencias y podrá hacer uso de todos los medios probatorios de defensa que la ley reconoce a favor del acusado, SEGUNDO: Dispone Su conducción Compulsiva por
la Fuerza Pública a fin de que sea Puesto a disposición de
este Juzgado”; FIRMADO. DR. FRANCO APAZA, JUEZ DEL
PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CORTE
SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA\ DRA. MARIA ELENA ESCALANTE PAREDES ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO.Tacna. 09 de Agosto del 2016. MARIA ELENA ESCALANTE
PAREDES Especialista Judicial de Juzgado Penal Unipersonal CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA. (3V/25-26-01
AGOS/SET)
EDICTO PENAL
Expediente N° 01255-2014-0-2301-JR-PE-02.- REQUERIMIENTO MIXTO
TERCER JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE
TACNA
ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO: Milagros Farfán Romero.
En el proceso N° 01255-2014-0-2301 -JR-PE-02, seguido
contra LUIZ DE MINAS ZUÑIGA, por
el delito de ESTAFA, en agravio de HUGO LIENDO VASQUEZ; la señorita Juez del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Tacna ha dispuesto SE NOTIFIQUE
por Edictos a LUIZ DE MINAS ZUÑIGA con la resolución
número seis de fecha once de agosto del dos mil dieciseis, mediante la cual SE RESUELVE: PRIMERO: DECLARAR
FUNDADO EL SOBRESEIMIENTO Y ARCHIVO DEFINITIVO
DE LA INVESTIGACION formulado por la Representante
del Ministerio Público de la investigación seguida contra
LUIZ DE MINAS ZUÑIGA sin más datos de identificación.
SEGUNDO: Notificar por EDICTOS a la parte agraviada.
TERCERO: Si la presente resolución no es apelada, la continuación de audiencia de control de acusación se llevara a
cabo el día QUINCE DE SETIEMBRE DEL DOS MIL DIECISEIS
A LAS NUEVE HORAS, con los mismos apercibimientos
dictados en resolución anterior. T.R.H.G. FIRMADO SONIA
CAROLINA MARIN VALDIVIA - JUEZ DEL TECER JUZGADO
DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE TACNA.- FIRMADO
MILAGROS FARFAN ROMERO - ESPECIALISTA JUDICIAL DE
JUZGADO. Tacna, 12 de agosto del 2016. SONIA CAROLINA
MARIN VALDIVIA Juez (T) del 3er Juzgado de Investigación
Preparatoria CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA.
MILAGROS FARFAN ROMERO Especialista Judicial del Juzgado De investigación Preparatoria CORTE SUPERIOR DE
JUSTICIA DE TACNA. (3V/25-26-01 AGOS/SET)
EDICTO PENAL
Exp. N° 110-2016-0-2301 -JR-PE-01 - CONTROL DE ACUSACION JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DEL
DISTRITO DE GREGORIO ALBARRACIN
ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO: ABOG. JENNY MARILU HALLASI CALSIN.En el proceso N° 110-2016-0-2301-JR-PE-01, seguido contra Wilfredo Elias Mamani Huanacuni, por el presunto delito de Conducción de Vehículo en Estado de Ebriedad, en
agravio de la Sociedad; el señor Juez del Juzgado de Investigación Preparatoria del Distrito de Gregorio Albarracín,
ha dispuesto SE NOTIFIQUE por Edictos a la parte acusada
WILFREDO ELIAS MAMANI HUANACUNI, con el contenido
de la resolución número cinco de fecha dos de agosto del
año dos mil dieciséis, mediante la cual se dispone: SEÑÁ-
Jueves, 1 de setiembre del 2016
LESE FECHA para AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACION
para el día VEINTE DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS a las NUEVE DE LA MAÑANA (hora exacta) a llevarse a
cabo en la Sala de Audiencias de este despacho, ubicado
en la Avenida Municipal s/n (...)”.- Fdo. Dr. Rolando Sevincha Juro, Juez del Juzgado de Investigación Preparatoria
del Distrito de Gregorio Albarracín CORTE SUPERIOR DE
JUSTICIA DE TACNA. Fdo. Abog. Jenny Marilu Hallasi Calsin, Especialista Judicial de Juzgado de investigación preparatoria de Tacna.-Gregorio Albarracín, 02 de Agosto del
2016. (3V/31-01-02 SET)
NOTIFICACIÓN POR EDICTO
Edicto: Caso N° 2906014500-2016-3547-0, en la investigación seguida en contra de JUAN ALBERTO VALDEZ CORTES
por la presunta comisión del delito Contra la Familia en la
modalidad de Abandono de Gestante en situación crítica
(Art. 150 del Codigo Penal) en agravio de ALICE MISHELL
HIDALGO MOHENA, la Srta. Kely Choque Ramos, Fiscal Adjunta Provincial del Sexto Despacho de Investigación de la
Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Tacna, ha emitido
la Disposición N° 01-2016-MP-6°DDI-FPPC-TACNA de fecha
15 de agosto del 2016, en el que SE DISPONE: DECLARAR
NO HA LUGAR A FORMALIZAR NI CONTINUAR CON LA INVESTIGACIÓN PREPARATORIA en contra de JUAN ALBERTO
VALDEZ CORTES por la presunta comisión del delito Contra la Familia en la modalidad de Abandono de Gestante
en situación crítica (Art. 150 del Código Penal) en agravio
de ALICE MISHELL HIDALGO MOHENA. En consecuencia
ARCHIVESE DEFINITIVAMENTE la presente investigación,
una vez sea consentida. Notifíquese a las partes correspondientes. KELY CHOQUE RAMOS Fiscal adjunta provincial 6° Despacho De Investigación Fiscalía Provincial Penal
Corporativa De Tacna. (3V/25-26-01 AGOS/SET)
EDICTO JUDICIAL
Ante el Primer Juzgado Especializado en lo Civil de Tacna,
que despacha el señor juez Juan Manuel Vera Esquivel,
con intervención del Especialista Miriam Yessenia Cueva
Ojeda, en el proceso Nro. 00939 -2016, iniciado por Patricia Chura Condori de Maquera, en contra de Moisés Chura
Huamani, Elizabeth Dariela Chura Condori y la Sucesión de
Vicente Chura Rivera sobre Anulabilidad de Acto Jurídico;
mediante Resolución Nro. 02 de fecha Tacna, dos mil dieciséis Agosto dos, SE RESUELVE; ADMITIR la demanda interpuesta por PATRICIA CHURA CONDORI DE MAQUERA, en
contra de : 1).-MOISES CHURA HUAMANI ; 2) .-ELIZABETH
DARIELA CHURA CONDORI Y 3).-LA SUCESION DE VICENTE
CHURA RIVERA, sobre ANULABILIDAD DE ACTO JURIDICO,
en la vía de PROCESO DE CONOCIMIENTO; por señalada
su casilla judicial en el lugar que se indica ; por ofrecidos
los medios probatorios, debiendo agregarse a los antecedentes los anexos acompañados; TRASLADO de la demanda a los demandados Moisés Chura Huamani y Elizabeth
Dariela Chura Condori por el plazo de TREINTA DIAS para
su contestación, bajo apercibimiento de ser declarados
rebeldes; en cuanto al demandado Sucesión de Vicente
Chura Rivera, a quien se le notificara mediante Edictos
con arreglo a ley para efectos de su apersonamiento, bajo
apercibimiento de nombrarse Curador Procesal. TOMESE
RAZON Y HAGASE SABER.- Tacna, 15 de agosto del 2016.
MIRIAM YESSENIA CUEVA OJEDA Especialista Legal Primer
Juzgado Civil Corte Superior de Justicia de Tacna. (3V/1824-01 AGOS/SET)
EDICTO JUDICIAL
NOTIFICACIÓN A DENIS MURILLO PEZ
Expediente N° 02157-2015-0-2301-JR-FC-01 ante el Primer
Juzgado de Familia Transitorio de Corte Superior de Tacna,
que despacha la Juez Paola Lourdes Castillo Vicente, y bajo
la actuación del Especialista Legal Cesar Quiñones Quiñones se dispone notificar al demandado DENIS MURILLO
PEZ con la Resolución 01, de fecha cuatro de septiembre
del dos mil quince v su corrección mediante Resolución
04. de fecha veintisiete de junio del dos mil dieciséis,
donde se RESUELVE: Admitir la presente demanda sobre
Violencia Familiar, interpuesta por la señora Fiscal Provincial de la Fiscalía Provincial Corporativa Mixta de Gregorio
Albarracín, doctora Patricia Maura de la Cruz Romero, en
contra DENIS MURILLO LOPEZ en agravio de ELIANA AGUILAR ZAPANA debidamente representada por su madre
VERONICA ZAPANA AGUILAR, tramitándose en la vía de
proceso UNICO corriéndose traslado de la misma al demandado por el plazo de cinco días para que la conteste,
bajo apercibimiento de nombrársele Curador Procesal, debiendo gestionar y publicar los edictos correspondientes
en la forma de ley. CESAR EULOGIO QUIÑONES QUIÑONES
Secretario Judicial del Primer Juzgado Especializado De
Familia Transitorio de Tacna CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA
DE TACNA. (3V/25-26-01 AGOS/SET)
NOTIFICACION POR EDICTOS
Edicto: Carpeta Fiscal N9 3448-2016, en la investigación
seguida en contra de JHORDY SANTIAGO CHAVEZ JIMENEZ, por la presunta comisión del delito CONTRA EL ORDEN FINANCIERO Y MONETARIO en la modalidad de DELITOS FINANCIEROS EN SU FORMA DE FINANCIAMIENTO
POR MEDIO DE INFORMACION FRAUDULENTA, en agravio
de la CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE AREQUIPA; la señora Doctora Juana Arosquipa Paco, Fiscal Adjunta
Provincial del Sexto Despacho de Investigación de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Tacna, ha dispuesto se
realice las diligencias, mediante la Disposición N° 01, de
fecha 21 de julio del 2016.
1.
RECIBASE la declaración del denunciado
JHORDY SANTIAGO CAHVEZ JIMENEZ, en
Despacho Fiscal, ubicado en la calle Hipólito Unanue
301-Tacna, el día 24 de agosto del 2016, a horas 10:00 am.
2.
RECIBASE la declaración declaración del representante legal de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito
JHORDY SANTIAGO CAHVEZ JIMENEZ, en Despacho Fiscal,
ubicado en la calle Hipólito Unanue 301 -Tacna, el día 24
de agosto del 2016, a horas 11:00am,para lo cual debe de
concurrir a Despacho Fiscal en compañía de su abogado
defensor.
3.
RECIBASE la declaración declaración testimonial ARON HERNAN TORRES PINTO, Analista de Créditos,
ubicado en la calle Hipólito Unanue 301 -Tacna, el día 24
de agosto del 2016. a horas 12:00am. para lo cual debe de
concurrir a Despacho Fiscal en compañía de su abogado
defensor.
4.
RECIBASE la declaración declaración testimonial CLELIA CAYLLAHUA YARASCA, , ubicado en la calle
Hipólito Unanue 301-Tacna, el día 24 agosto del 2016. a
horas 14:20pm, para lo cual debe de concurrir a Despacho
Fiscal en compañía de su abogado defensor.
5.
Se CURSE OFICIO a la FERRETERIA J& - INVERSIONES - representado por Clelia Caylla Yarasca, a fin de
que INFORME a este despacho fiscal si las Boletas de Venta
N° 004220, 004420, 004400 y 004270, fueron emitidas por
su representada. Para tal fin se adjunte copia simple de las
boletas de venta antes mencionadas.
6.
Se CURSE OFICIO a ELECTROSUR, a fin de que
INFORME si el recibo N° 121- 13980614, fue emitida por su
representada. Para tal fin se adjunte copia del recibo antes
mencionado.
7.
Se CURSE OFICIO a la Asociación Los reales
Adjudicatarios PROMUVI SEÑOR DE LOS MILAGROS I II III
ETAPA, a fin de que INFORME si su representada ha emitido la Constancia de Posesión y Vivienda de fecha 29 de julio del 2014. Para tal fin se adjunte copia de la mencionada
constancia, de fecha 29 de julio del 2014.
8.
Se CURSE OFICIO a la CAJA MUNICIPAL DE
AHORRO Y CRÉDITO DE AREQUIPA, a fin de informe si el investigado Jhordy Santiago chavez jimenez esta cumpliendo con pagar el préstamo adquirido de su representada.
9.
Se CURSE OFICIO a la Caja de Ahorro y Crédito de Arequipa, a fin de que proporcione las Boletas de
Venta N° 004220, 004420, 004400 y 004270, el recibo N°
121-13980614 y Constancia de Posesión y Vivienda, para
las diligencias de ley. Para tal fin se adjunte copia de la
mencionada constancia, de fecha 29 de julio del 2014.
Las demás diligencias que sean necesarias para el esclarecimiento de los hechos. JUANA LIVIA AROSQUIPA PACO
Fiscal adjunto provincial 6° despacho de investigación fiscalía provincial penal corporativa de Tacna
(3V/01-02-05 SET)
REMATE JUDICIAL EN PRIMERA CONVOCATORIA
En el Exp. 01088-2014-0-2301 -JP-CI-01 seguido por COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO SANTA CATALINA DE
MOQUEGUA LTDA N° 103, sobre OBLIGACIÓN DE DAR
SUMA DE DINERO en contra de IVAN JOSÉ REYNOSO AYCA
Y ROSARIO DEISY REYNOSO AYCA; la Señora Juez del Juzgado de Paz Letrado del MBJ Alto de la Alianza de la Corte
de Justicia de Tacna, Dra. Yemille Escarlet Vásquez Vega,
especialista legal Dra. Rosanna Elizabeth Jiménez González, ha encargado a la Martillero Público Dra. Patricia Victoria Vásquez Zubieta con Registro SUNARP Número 315, la
realización del PRIMER REMATE JUDICIAL el día 06 de Septiembre del 2016 a horas 10:00 am, el cual se llevara a cabo
en el Patio del local del Módulo Básico de Justicia de Alto
Jueves, 1 de setiembre del 2016
de la Alianza de la Corte Superior de Justicia de Tacna, sito
en la esquina que conforman la calle Eleodoro Camocho
con Naciones Unidas del Distrito Alto de la Alianza, Provincia y Departamento de Tacna, del siguiente bien inmueble
de propiedad de Rosario Deisy Reynoso Ayca, ubicado en
el Asentamiento Humano Marginal Ciudad Nueva Manzana-73 Lote- 14A del distrito Ciudad Nueva, provincia y departamento de Tacna, inscrito en la Partida N° P20068504
del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral
N° XIII - Sede Tacna, Oficina Registral Tacna.- VALOR DE TASACIÓN: Asciende a la suma de S/ 61,320.39 (SESENTA Y
UN MIL TRECIENTOS VEINTE CON 39/100 SOLES); siendo la
base del remate la suma de S/ 40,880.26 (CUARENTA MIL
OCHOCIENTOS OCHENTACON 26/100 SOLES), que equivale a las dos terceras partes del valor de la tasación.- AFECTACIONES: A) ASIENTO 00005: INSCRIPCIÓN DE EMBARGO:
a favor de COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO SANTA
CATALINA DE MOQUEGUA LTDA N° 103, hasta por la suma
de S/ 6,000.00 (SEIS MIL CON 00/100 SOLES).- B) ASIENTO
00006: INSCRIPCIÓN DE EMBARGO: a favor de CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CRÉDITO DE AREQUIPA S.A., hasta por
la suma de S/ 12,329.75 (DOCE MIL TRECIENTOS
VEINTINUEVECON 75/100 SOLES).- No se conocen otras
afectaciones.
POSTORES: Oblarán suma no menor a S/ 6,132.04 (SEIS MIL
CIENTO TREINTA Y DOS CON 04/100 SOLES) equivalente
al 10% del valor de la tasación del inmueble, en efectivo
o cheque de Gerencia (endosable y con una antigüedad
menor a 30 días) y entregarán en original y copia: el DNI
del postor y el recibo del arancel judicial correspondiente
(tributo 07153), donde conste el nombre del Juzgado, el
número de Expediente y Generales de Ley del postor.
EL ADJUDICATARIO: Deberá depositar el saldo del precio,
dentro del tercer día de cerrada el acta, bajo apercibimiento de declararse la nulidad del remate, tal y como lo señala
el Art. 741 del Código Procesal Civil. Los honorarios del
Martillero Público serán a cargo del adjudicatario una vez
concluido el remate, de conformidad con el artículo 732
del Código Procesal Civil, la Ley del Martillero Público Nro.
27728 y su Reglamento (Artículo 18 del D.S. Nro. 008.2005
JUS) encontrándose afectos al IGV.- Juez Dra. Yemille Escarlet Vásquez Vega, especialista legal Dra. Rosanna Elizabeth Jiménez González Tacna, 2016 Agosto 17. ROSANNA
E. JIMENEZ GONZALEZ Secretaria Judicial (e)del Juzgado de Paz Letrado del Módulo Alto de la Alianza CORTE
SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA.PATRICIA VICTORIA
VASQUEZ ZUBIETA Martillero Publico Reg. 315-SUNARP
CEL. 952715456-#995960240. (7V/22-23-24-25-26-31-01
AGOS/SET)
PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE PÚBLICO
JUDICIAL
En el expediente Nro.00053-2015-0-2301-JM-CI-01, en los
seguidos por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO
DE AREQUIPA S.A. contra NORMA CORMILLUNI SAGUA y
RODOLFO SUCA FLORES, sobre Ejecución de Garantías, el
Juzgado Mixto del Módulo Básico de Justicia del Alto de la
Alianza, que despacha la Juez Dra. Hilda Filomena Segura y Especialista Legal Dra. Feliciana Roque Alanoca, han
dispuesto sacar a REMATE PUBLICO en PRIMERA CONVOCATORIA, el bien inmueble ubicado en Asentamiento Humano Marginal Asociación de Vivienda Villa 28 de agosto
Mza.M1 Lote 35 del Distrito Coronel Gregorio Albarracin
Lanchipa, Provincia y Departamento de Tacna, con un área
de 161.75 M2, cuyo dominio, linderos, medidas perimétricas y demás características técnicas, se encuentran inscrito
en la Partida P20037824, del Registro de Propiedad inmueble de la Zona Registral Nro. Xlll-Sede Tacna.
VALOR DE TASACION: El valor de tasación del bien inmueble, asciende a la suma de US$,32,350.00 (Treinta y dos mil
trescientos cincuenta con 00/100 Dólares Americanos).
PRECIO BASE DE REMATE: Las 2/3 partes del valor de la
tasación es equivalente a US$.21,566.66 (Veintiún mil quinientos sesenta y seis con 66/100 Dólares Americanos).
AFECTACIONES DEL BIEN: Según la Partida Registral aparece en el asiento 00005: Hipoteca.- La propietaria del predio
inscrito en esta partida registral Norma Cormilluni Sagua,
representada por Rodolfo Suca Flores, según poder inscrito en la Partida N°11084258 del Registro de Mandatos y
Poderes de esta oficina Registral de Tacna, se constituye
como parte prestataria e hipoteca el predio a favor de la
CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE AREQUIPA
S.A., hasta por la suma de US$26,672.00 Dólares Americanos, a fin de garantizar un crédito de S/.47,000.00 Nuevos
Soles. Escritura Pública N° 2039 21/11/2013 Angela María
Díaz Jara Almonte (Tacna).
LUGAR DEL REMATE: En el frontis del Juzgado Mixto del
SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA
Módulo Básico de Justicia del Alto de la Alianza ubicado
en el Modulo Básico de Justicia del Alto de la Alianza, en
la intersección de las calles Juan Moore - Naciones Unidas
- Eleodoro Camacho S/N del Distrito Alto de la Alianza, Provincia y Departamento de Tacna.
DIA Y HORA DEL REMATE: El día 09 de setiembre del 2016,
a horas 10:00 de la
mañana.
POSTORES: Sólo se admitirá como postor a quien antes
del remate haya depositado, en efectivo o en cheque de
gerencia girado a su nombre (SIN SELLO NO NEGOCIABLE),
una cantidad no menor del 10% del valor de la tasación,
este es la suma de US$3,235.00 suma que será devuelta
íntegramente a los postores no beneficiados, debiendo
además presentar el arancel judicial por derecho a participar en remate judicial de bienes inmuebles por la suma
de S/.395.00, donde conste el nombre del Juzgado, número de expediente y DNI o RUC. y traer coplas de su DNI y
arancel judicial y presentar su DNI; tratándose de personas
jurídicas deberán además de presentar poder correspondiente, DNI y coplas. SALDO DE PRECIO: De ser el caso, el
adjudicatario deberá depositar el saldo del precio, dentro de tercer día de cerrada el acta, bajo apercibimiento
de declararse la nulidad del remate. Los honorarios del
Martillero Público serán a cargo del adjudicatario, una vez
concluido el remate, de conformidad con el artículo 732
del Código Procesal Civil, la Ley del Martillero Público Nro.
27728 y su Reglamento (Artículo 18 del D.S. Nro. 008.2005
JUS) y están afectos al IGV. La diligencia de remate estará
a cargo del Martillero Público Luis Beltrán Ramos Ortega,
con Registro Nro. 292. Tacna, 24 de agosto del 2016. LUIS
BELTRAN RAMOS ORTEGA MARTILLERO PUBLICO REG.
N°292 CELULAR 52-952-977820 FELICIANA ROQUE ALANOCA Secretaria Judicial del Juzgado Mixto Modulo Básico de Justicia de Alto de la Alianza CORTE SUPERIOR DE
JUSTICIA DE TACNA. (6V/26-31-01-02-05-06 SET)
PRIMER REMATE PÚBLICO
En el proceso que sobre Ejecución de Garantías, Expediente N° 02071-2014- 0-2301-JR-CI-01 seguido por SCOTIABANK PERU S.A.A. en contra de Marina Luisa Medina Rodríguez y Walter Wenceslao Maquera Lea, el Juez del Primer
Juzgado Civil de Tacna - Sede central, Dr. Juan Manuel Vera
Esquivel con intervención del Especialista Legal José Luis
Vilca Becerra, han dispuesto sacar a Remate Público en Primera convocatoria lo siguiente:
DESCRIPCION DEL INMUEBLE: Inmueble ubicado en la
Manzana 8 Lote 14 A (actualmente Avenida Jorge Chávez
N° 2270) de la Zona Francisco Bolognesi - Asentamiento
Humano Francisco Bolognesi del Distrito, Provincia y Departamento de Tacna con un área de 101.22 m2., cuyos
linderos, medidas perimétricas y demás características se
detallan en la Partida N° P20063723 del Registro de la Propiedad Inmueble de la Oficina Registral N° XIII - Sede Tacna
VALOR DE TASACIÓN: S/. 202,008.40 (DOSCIENTOS DOS
MIL OCHO CON 40/100 NUEVOS SOLES).
BASE DEL REMATE: S/. 134,672.26 (CIENTO TREINTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS SETENTA Y DOS CON 26/100 NUEVOS SOLES), correspondientes a las dos terceras partes del
valor de tasación.
GRAVÁMENES: 1) Asiento 00006.- Inscripción de hipoteca
a favor del Banco Scotiabank Perú S.A.A. hasta por la suma
de US$ 94,168.36. Inscrita con fecha 26/08/2013.
LUGAR, FECHA Y HORA DEL REMATE: El remate se llevara
a cabo en el frontis del Primer Juzgado Civil ubicada en la
sede de la Corte Superior de Justicia de Tacna, sito en la esquina de las calles Inclán con Presbítero Andía S/N de esta
ciudad, el día 21 de Setiembre del 2016 a horas 10:00 a.m.
POSTORES: Para ser postor deberá depositarse en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre el 10% de
la tasación (S/.20,200.84), además del Arancel Judicial
respectivo por derecho a participar en el Remate judicial
(S/.592.50), consignando el Juzgado, DNI del postor y número de Expediente (con copia del arancel y del DNI). El
adjudicatario cancela los honorarios del martillero al término de la diligencia más IGV de acuerdo al Artículo 732
del CPC. y D.S. 008-2005-JUS. La diligencia del remate estará a cargo del Martillero Público Víctor Orlando Apaza Morante con Registro Nacional No. 321. Celular 952-603020,
correo: [email protected] ,24 de agosto
del 2016. JOSE LUIS VILCA BECERRA Especialista Legal 1er
Juzgado Civil CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA
VICTOR O.APAZA MORANTE MARTILLERO PUBLICO REG.
N°321-SUNARP (6V/01 AL 08 ASET)
CONVOCATORIA A PRIMER REMATE PUBLICO
En los seguidos por SCOTIABANK PERU S.A.A., contra Eu-
La República
9
genio Cruz Mamani y Mariluz Marlene Velásquez Alfaro,
sobre Ejecución de Garantías, Expediente N° 00753- 20150-2301-JR-C-01; por orden del Primer Juzgado Civil de
Tacna, a cargo del Dr. Juan Manuel Vera Esquivel, con la
intervención del Especialista Legal Dr. Joaquín Medina
Castro, ha dispuesto sacar a REMATE PÚBLICO EN PRIMERA
CONVOCATORIA el inmueble ubicado en el Asentamiento
Humano
Frente Unico de Asociaciones de Vivienda del Cono Norte
Manzana “C” Lote 4 Asociación Altiplano Sector 6 del distrito de Ciudad Nueva provincia y departamento de Tacna,
con un área, de 118.60 m2: cuyos antecedentes, colíndancías, medidas perimetricas y demás características se encuentran inscritas en la Partida ElectrónicaN° P20020242
del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral
N° XIII Sede Tacna.
VALOR DE TASACIÓN: S/. 76,128.46 (setenta y seis mil ciento veintiocho soles con cuarentiseis céntimos)
PRECIO BASE DEL REMATE: S/. 50,752.31 (cincuenta mil setecientos cincuentidos soles con treintiun céntimos), equivalente a. las 2/3 partes de la valorización del bien
DIA, HORA Y LUGAR DEL REMATE: El día 20 de setiembre
del 2016 a
horas 10.00 de la mañana, a realizarse en el frontis del Primer Juzgado Civil de Tacna, ubicado en el segundo piso
de la Corte Superior de Justicia de Tacna; sito en la esquina
de las calles Inclán con Presbítero Andia S/N del cercado
de Tacna
FUNCIONARIO QUE EFECTUA EL REMÁTE; Dr, Pedro N.
Gonzáles Villanueva, Martillero Publico, con Registro Nacional N° 261; domicilio procesal Agrup. Jorge Basarte G.
Block “C” 101 of.01 frente al local del Poder Judicial de la
ciudad de Tacna (CEL. 952685901 - RPM *585430)
GRAVAMENES y CARGAS:
1.-) Asiento 00008 Hipoteca a favor del Banco Scotiabanck
Perú S.A.A., hasta por la suma de US$. 26,000.00 (veinte y
seis mil dólares americanos) según escritura, publica de
fecha 08-06-2012; no se conocen otros gravámenes
POSTORES: Solo se admitira, como postor a quien antes
del remate haya depositado en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre (SEN SELLO NO NEGOCIABLE)
una cantidad no menor del 10% del valor de tasación; esto
es no menor de S/. 7,612.85 (siete mil seiscientos doce soles con ochenticinco céntimos), suma que será devuelta
íntegramente a los postores no beneficiados; además deberán presentar el original y dos copias del arancel judicial
por derecho de participación en remate judicial de bienes
inmuebles por la suma de S/. 395.00, que será, adquirido
en el Banco de 1a.Nación, donde conste el nombre de! Juzgado, el número del expediente, y el numero de DNI del
postor, asimismo deberá adjuntar el original de su DNI con
dos fotocopias; tratándose de personas jurídicas deberán
además entregar la vigencia de poderes correspondientes;
Los honorarios del Martillero Público son por cuenta del
adjudicatario una vez concluido el remate, de conformidad con lo dispuesto por el Art 732 del Código Procesal
Civil, concordante con la ley 28371 y D.S. N° 008-2005; más
el IGV. Tacna, 24 de agosto del 2016 JOAQUIN MEDINA
CASTRO Especialista Legal del 1er Juzgado Civil de Tacna CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA DR.PEDRO
GONZALES VILLANUEVA MARTILLERO PUBLICO REG.N°261
(6V/01 AL 08 SET)
EDICTO
En el Proceso signado con el número 0755-2016-0-2301
-JR-CI-01 seguido por don JOSE GUILLERMO MENENDEZ
GIL, JOSE ANTONIO MENENDEZ BOHORQUEZ, GABRIELA
DEL ROSARIO MENENDEZ BOHORQUEZ y ROSA MARIA
MENENDEZ BOHORQUEZ, en contra de don PEDRO SEGUNDO RENE ALAY ANGULO, MARIA NANCY DUEÑAS
RIVERA, MODESTO MARCIAL SAUCEDO LIÑAN y DORIS
GUADALUPE OXACOPA DE SAUCEDO sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO, el Señor Juez del Tercer
Juzgado Especializado en lo Civil con Sub Especialidad en
Comercial de Tacna Abogado Vladimir Ornar Salazar Díaz
con intervención de la Especialista Legal Abogada Margot
Liendo Moscoso, ha dispuesto se publique un extracto de
la parte resolutiva de la resolución admisoria. La parte resolutiva de la resolución número dos expedida en autos
con fecha dos de junio del dos mil dieciséis como sigue:
Y de conformidad con lo dispuesto por los artículos 486
inciso 2, 504 y demás pertinentes del Código Procesal Civil,
SE RESUELVE: Admitir en la vía de proceso ABREVIADO la
demanda interpuesta por JOSE GUILLERMO MENENDEZ
GIL, JOSE ANTONIO MENENDEZ BOHORQUEZ, GABRIELA
DEL ROSARIO MENENDEZ BOHORQUEZ y ROSA MARIA
MENENDEZ BOHORQUEZ, sobre PRESCRIPCION ADQUI-
10
La República
SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA
SITIVA DE DOMINIO, en contra de: 1).- PEDRO SEGUNDO
RENE ALAY ANGULO, 2) MARIA NANCY DUEÑAS RIVERA, 3)
MODESTO MARCIAL SAUCEDO LIÑAN y 4) DORIS GUADALUPE OXACOPA DE SAUCEDO; en consecuencia TRASLADO
a los demandados a fin que contesten la demanda en el
plazo de diez días, bajo apercibimiento de ser declarados
rebeldes. Por ofrecidos los medios probatorios que se indican. Agréguese a los autos los anexos acompañados. Y
notifíquese la presente demanda a los colindantes Municipalidad Distrital de Pocollay y Julio Constancio Choque
para los fines de ley. Asimismo publique un extracto de
la demanda conforme dispone el artículo 506 del Código Procesal Civil, en el Diario Oficial el Peruano y Diario
La República para los fines de ley. Tómese Razón y Hágase Saber.-Tacna, 19 de agosto del 2,016. MARGOT LIENDO
MOSCOSO Secretaria Judicial (e) del 3er Juzgado Civil
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA. (3V/26-01-07
SET)
EDICTO DE PRESCRIPCION ADQUISITIVA
EXPEDIENTE 00752-2016-0-2301-JR-CI-02
ANTE EL SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE TACNA, QUE DESPACHA LA JUEZ DRA. ROSALYN MERCADO DIAZ, CON
INTERVENCION DEL ESPECIALISTA LEGAL DR. DAVID
GUSTAVO ROMERO BASURCO, SE VIENE TRAMITANDO
EL EXPEDIENTE 00752-2016-0-2301-JR-CI- 02, SEGUIDO
POR TOMASA LIMA CONTRERAS EN CONTRA DE DEMETRIA SEBASTIANA CALIZAYA AMONES VDA DE PAREDES,
SOBRE PRESCRIPCION ADQUISITIVA CUYO EXTRACTO
DE DEMANDA ES EL SIGUIENTE: DOÑA TOMASA LIMA
CONTRERAS SOLICITA LA PRESCRIPCION ADQUISITIVA
DE DOMINIO DEL INMUEBLE URBANO UBICADO EN LA
URBANIZACION EL ELEGANTE MZ B, LOTE 06, DISTRITO,
PROVINCIA Y REGION DE TACNA, EL MISMO QUE FIGURA
INSCRITO EN LA FICHA REGISTRAL N° 34265 Y CONTINUACION PARTIDA N° 11004991 DE LA ZONA REGISTRAL N°
XIII SEDE TACNA; QUE TIENE LAS SIGUIENTES MEDIDAS Y
COLINDANCIAS:AREA: 175.90 M2; LINDEROS Y COLINDANCIAS : POR EL FRENTE: COLINDA CON LA AVENIDA JORGE
CHAVEZ EN LINEA DE 5.70 ML., POR EL LADO DERECHO:
COLINDA CON PROPIEDAD DE LA DEMANDADA EN LINEA
RECTA DE 30.35 ML., POR EL LADO IZQUIERDO: COLINDA
CON PROPIEDAD DE LA RECURRENTE EN LINEA RECTA
DE 30.30 ML, POR EL FONDO: COLINDA CON PROPIEDAD
DE LA DEMANDADA, EN LINEA RECTA DE 5.90 ML., CON
UN PERIMETRO DE 72.25 ML., LA DEMANDANTE REFIERE
ESTAR EN POSESION DEL BIEN INMUEBLE DESCRITO AL
HABERLO ADQUIRIDO A DOÑA MONICA AMONES VDA DE
CALIZAYA MEDIANTE CONTRATO DE PROMESA DE VENTA
DE FECHA 21 DE MAYO DE 1980; POSESION QUE OSTENTA
EN FORMA CONTINUA, PACIFICA Y PUBLICA. DEMANDA
ADMITIDA MEDIANTE: RESOLUCION N° 03 DE FECHA 09
DE AGOSTO DE 2016, EN LA VIA DE PROCESO ABREVIADO,
EN CONSECUENCIA CÓRRASE TRASLADO CON LA DEMANDA , SUBSANACION Y ANEXOS A LA DEMANDADA POR EL
TERMINO DE DIEZ DIAS PARA LA ABSOLUCION CORRESPONDIENTE, BAJO APERCIBIMIENTO DE DECLARARSELE
REBELDE, POR OFRECIDOS LOS MEDIOS PROBATORIOS Y
AGREGUESE A SUS ANTECEDENTES LOS ANEXOS; PUBLIQUESE UN RESUMEN DE LA DEMANDA EN LOS DIARIOS
ENCARGADOS DE LAS PUBLICACIONES JUDICIALES POR
EL TÉRMINO DE LEY, SE DISPONE NOTIFICAR LA DEMANDA
Y ANEXOS A LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TACNA
EN CALIDAD DE COLINDANTE, CON CITACION DEL PROCURADOR PUBLICO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE
TACNA. T.R. y H.S. TACNA 17 DE AGOSTO DE 2016. DAVID
GUSTAVO ROMERO BASURCO Secretario judicial (e) 2do
Juzgado Especialista Civil CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA
DE TACNA. (19-25-01 SET)
EDICTO
PRIMER JUZGADO DE FAMILIA TRANSITORIO DE
TACNA
Expediente: 1525-2016
Juez
: Paola Castillo Vicente
Especialista: Cesar Quiñones Quiñones
Demandante: Teodora Ticona Mamani
Demandado: Dionicio Chambe
Resolución n° 3 Tacna, veinte julio Dos mil dieciséis
VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO.-Que la demanda
reúne los
requisitos que establecen los artículos 424 y 425 del Código Procesal Civil, SEGUNDO.- Que, no se encuentra incursa en supuestos de inadmisibilidad e improcedencia,
Jueves, 1 de setiembre del 2016
TERCERO.-Que, estando a lo dispuesto por Artículo I Título
preliminar, 430 código procesal civil y 486 inciso 8, SE RESEULEVE: Admitir la demanda reconocimiento de unión
de hecho, interpuesta por TEODORA TICONA MAMAI contra A)FREDDY DIONICIO CHAMBE TICONA, B)LIDIA CARMEN CHAMBE TICONA, C)SUCESION DE DIONICIO CHAMBE, debiendo notificárseles a los posibles integrantes de la
sucesión, mediante edictos en forma de ley, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal. Tramitando en
via de proceso abreviado, corriéndose traslado a los demandados por diez dias para que contesten bajo apercibimiento de declararse rebeldes; T.R. y HS; firmado por juez
y especialista Cesar Quiñones Quiñones. CESAR EULOGIO
QUIÑONES QUIÑONES Secretario Judicial del 1er Juzgado
Especializado De Familia Transitorio de TacnaCORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA. (3V/26-01-02 SET)
EDICTO PENAL
Exp. N° 2322-2015-0-2301 -JR-PE-01 - CONTROL DE ACUSACION JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DEL
DISTRITO DE GREGORIO ALBARRACIN
ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO: ABOG. JENNY MARILU HALLASI CALSIN.En el proceso N° 2322-2015-0-2301-JR-PE-01, seguido contra Jhonattan George Orco Chambilla, por el presunto delito Contra la Salud Publica en la modalidad de Tráfico Ilícito
de Drogas - Microcomercialización, en agravio del Estado
Peruano; el señor Juez del Juzgado de Investigación Preparatoria del Distrito de Gregorio Albarracín, ha dispuesto
SE NOTIFIQUE por Edictos a la parte acusada JHONATTAN
GEORGE ORCO CHAMBILLA, con el contenido de la resolución número seis de fecha dos de agosto del año dos mil
dieciséis, mediante la cual se dispone: SEÑÁLESE FECHA
para AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACION para el día
DIECINUEVE DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS
a las DIEZ DE LA MAÑANA (hora exacta) a llevarse a cabo
en la Sala de Audiencias de este despacho, ubicado en
la Avenida Municipal s/n Fdo. Dr. Rolando Sevincha Juro,
Juez del Juzgado de Investigación Preparatoria del Distrito
de Gregorio Albarracín CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE
TACNA. Fdo. Abog. Jenny Marilu Hallasi Calsin, Especialista
Judicial de Juzgado de investigación preparatoria de Tacna. Gregorio Albarracín, 02 de Agosto del 2016. (3V/31-0102 SET)
EDICTO PENAL
Expediente N° 01579-2016-3-2301-JR-PE-02
SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CORTE
SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA
ESPECIALISTA JUDICIAL: Aduviri Jaliri, Fredy
En el Expediente N° 01579-2016-3-230l-JR-PE-02; en los
seguidos en contra del procesado Edwin Uriel, AROCUTIPA AJROTA, por el presunto delito Contra la Familia en la
modalidad de OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR, ilícito
previsto en el primer párrafo del artículo 149° del Código
Penal en agravio de su hija Karen Nicoll, AROCUTIPA CAPACUTE. El señor Juez del Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Tacna, ha dispuesto SE NOTIFIQUE por Edicto al
acusado Edwin Uriel, AROCUTIPA AJROTA, con la reprogramación de fecha de audiencia de ley, cuyo tenor es como
sigue: Señalar fecha para la AUDIENCIA UNICA DE JUICIO
INMEDIATO E INAPLAZABLE para el DOCE DE SETIEMBRE
DEL PRESENTE AÑO EN CURSO a las OCHO CON DIEZ HORAS DEL DIA, a desarrollarse en la Sala de Audiencias del
Segundo Juzgado Penal Unipersonal Permanente de Tacna, ubicado en la calle Inclán S/N, esquina con Presbítero
Andía, Segundo Piso - Módulo Penal de la CSJT. Se emplaza al acusado arriba prenombrado, a fin de que concurra
a la audiencia con CINCO minutos de anticipación; bajo
apercibimiento, para el acusado de declarar Reo Contumaz y disponer a nivel nacional, su ubicación, captura y
conducción de grado o fuerza por la Policía Nacional del
Perú para su juzgamiento, en caso de inconcurrencia.FDO. EL SEÑOR JUEZ SAUL SANTOS PASTOR TAPIA y FDO.
EL ESPECIALISTA JUDICIAL ADUVIRI JALIRI, Fredy - DEL
SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CORTE
SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA.- Tacna, 24 de agosto de
2016. SAUL SANTOS PASTOR TAPIA Juez (S) Del 2do Juzgado penal Unipersonal con Competencia en las provincias
de Tacna y Jorge Basadre CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA
DE TACNA. (3V/25-26-01 AGOS/SET)
EDICTO PENAL
Expediente N° 161-2013-37-2301-JR-PE-1.- REVOCACION
DE SUSPENSION DE PENA 2do JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE TACNA ESPECIALISTA JUDICIAL
DE JUZGADO: Silvana Alcalá Quelopana.
En el proceso N° 161-2013-37-2301-JR-PE-2, seguido
contra VALERIO SOSA CALLATA, por el presunto delito de
OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de Dilcia
Marieli Sosa Mamani; el señor Juez del Segundo Juzgado
de Investigación Preparatoria de Tacna ha dispuesto SE
NOTIFIQUE por Edictos a VALERIO SOSA CALLATA con la
resolución número 12 de fecha diecinueve de agosto del
dos mil dieciséis, mediante la cual SE RESUELVE: DISPONER
LA REPROGRAMACIÓN DE LA AUDIENCIA PARA EL DÍA
QUINCE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS A HORAS
NUEVE DE LA MAÑANA (09:00 AM) a realizarse en la Sala
de Audiencias del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Tacna. FIRMADO JORGE ANTONIO MACHICAO
TEJADA - JUEZ DEL 2do JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE TACNA.- FIRMADO SILVANA ALCALA QUELOPANA - ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO Tacna, 19
de agosto del 2016. JORGE ANTONIO MACHICAO TEJADA
Juez del segundo Juzgado De la investigación Preparatoria CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA. SILVANA ALCALA QUELOPANA Especialista Judicial 2do Juzgado de
Investigación Preparatoria CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA
DE TACNA. (3V/25-26-01AGOS/SET).
EDICTO PENAL
Expediente N° 1638-2016-0-2301-JR-PE-1.- PROCESO INMEDIATO 2do JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE TACNA ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO: Silvana Alcalá Quelopana.
En el proceso N° 1638-2016-0-2301-JR-PE-2, seguido contra MARCO ANTONIO MANAY TORRES, por el presunto delito de OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de
Anabelha Elizabeth Manay Brenis y otros; el señor Juez del
Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Tacna
ha dispuesto SE NOTIFIQUE por Edictos a MARCO ANTONIO MANAY TORRES con la resolución número 01 de fecha
dieciocho de agosto del dos mil dieciséis, mediante la cual
SE RESUELVE: 1) DISPONER la notificación por edictos al
procesado . MARCO ANTONIO MANAY TORRES. 2) REQUERIR al procesado MARCO ANTONIO MANAY TORRES que
cumpla con apersonarse al presente proceso, designando
al abogado defensor de su elección y señalando domicilio procesal, otorgándole el plazo de tres días contados a
partir de la última publicación de los edictos en el diario
oficial de la localidad, bajo apercibimiento de disponer
que un defensor público ejerza su defensa técnica 3) SEÑALAR FECHA PARA LA AUDIENCIA DE PROCESO INMEDIATO PARA EL DIA VEINTE DE SETIEMBRE DEL PRESENTE
AÑO A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA, la misma que tiene el
carácter de inaplazable, la que se llevara a cabo en la Sala
de Audiencias del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria -Sede Central con la concurrencia obligatoria del
Fiscal, Imputado y Abogado defensor, bajo apercibimiento
para el Fiscal de poner en conocimiento de la Oficina de
Control Interno del Ministerio Público. FIRMADO JORGE
ANTONIO MACHICAO TEJADA - JUEZ DEL 2do JUZGADO
DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE TACNA.- FIRMADO
SILVANA ALCALA QUELOPANA - ESPECIALISTA JUDICIAL
DE JUZGADO Tacna, 18 de agosto del 2016. JORGE ANTONIO MACHICAO TEJADA Juez del segundo Juzgado De la
investigación Preparatoria CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA
DE TACNA. SILVANA ALCALA QUELOPANA Especialista Judicial 2do Juzgado de Investigación Preparatoria CORTE
SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA. (3V/25-26-01AGOS/SET)
EDICTO PENAL
Expediente N° 1724-2016-0-2301-JR-PE-1.- PROCESO INMEDIATO 2do JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE TACNA ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO: Silvana Alcalá Quelopana.
En el proceso N° 1724-2016-0-2301-JR-PE-2, seguido contra EFRAIN ANDRES HUERTA VIZCARRA, por el presunto
delito de OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio
de Jennifer Jaqueline Huerta Maquera; el señor Juez del
Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Tacna
ha dispuesto SE NOTIFIQUE por Edictos a EFRAIN ANDRES
HUERTA VIZCARRA con la resolución número 01 de fecha
dieciocho de agosto del dos mil dieciséis, mediante la cual
SE RESUELVE: 1) DISPONER la notificación por edictos al
procesado EFRAIN ANDRES HUERTA VIZCARRA. 2) REQUERIR al procesado EFRAIN ANDRES HUERTA VIZCARRA que
cumpla con apersonarse al presente proceso, designando
al abogado defensor de su elección y señalando domicilio
procesal, otorgándole el plazo de tres días contados a partir de la última publicación de los edictos en el diario oficial de la localidad, bajo apercibimiento de disponer que
Jueves, 1 de setiembre del 2016
un defensor público ejerza su defensa técnica. 3) SEÑALAR
FECHA PARA LA AUDIENCIA DE PROCESO INMEDIATO
PARA EL DIA VEINTIDOS DE SETIEMBRE DEL PRESENTE
AÑO A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA, la misma que tiene el
carácter de inaplazable, la que se llevara a cabo en la Sala
de Audiencias del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria -Sede Central con la concurrencia obligatoria del
Fiscal, Imputado y Abogado defensor, bajo apercibimiento
para el Fiscal de poner en conocimiento de la Oficina de
Control Interno del Ministerio Público. FIRMADO JORGE
ANTONIO MACHICAO TEJADA - JUEZ DEL 2do JUZGADO
DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE TACNA.- FIRMADO
SILVANA ALCALA QUELOPANA - ESPECIALISTA JUDICIAL
DE JUZGADO Tacna, 18 de agosto del 2016. JORGE ANTONIO MACHICAO TEJADA Juez del segundo Juzgado De la
investigación Preparatoria CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA
DE TACNA. SILVANA ALCALA QUELOPANA Especialista Judicial 2do Juzgado de Investigación Preparatoria CORTE
SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA. (3V/25-26-01AGOS/
SET)
EDICTO PENAL
Expediente N° 1725-2016-0-2301-JR-PE-1.- PROCESO
INMEDIATO 2do JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE TACNA ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO:
Silvana Alcalá Quelopana.
En el proceso N° 1725-2016-0-2301-JR-PE-2, seguido contra HUMBERTO COPAJA BAUTISTA, por el presunto delito
de OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de Alesandro Micelo Copaja melchor y otros; el señor Juez del
Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Tacna ha dispuesto SE NOTIFIQUE por Edictos a HUMBERTO
COPAJA BAUTISTA con la resolución numero 01 de fecha
dieciocho de agosto del dos mil dieciséis, mediante la cual
SE RESUELVE: 1) DISPONER la notificación por edictos al
procesado HUMBERTO COPAJA BAUTISTA 2) REQUERIR al
procesado HUMBERTO COPAJA BAUTISTA que cumpla con
apersonarse al presente proceso, designando al abogado
defensor de su elección y señalando domicilio procesal,
otorgándole el plazo de tres días contados a partir de la
última publicación de los edictos en el diario oficial de la
localidad, bajo apercibimiento de disponer que un defensor público ejerza su defensa técnica. 3) SEÑALAR FECHA PARA LA AUDIENCIA DE PROCESO INMEDIATO PARA
EL DIA VEINTIUNO DE SETIEMBRE. DEL PRESENTE AÑO A
HORAS DIEZ DE LA MAÑANA, la misma que tiene el carácter de inaplazable, la que se llevara a cabo en la Sala de
Audiencias del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria -Sede Central con la concurrencia obligatoria del
Fiscal, Imputado y Abogado defensor, bajo apercibimiento
para el Fiscal de poner en conocimiento de la Oficina de
Control Interno del Ministerio Público. FIRMADO JORGE
ANTONIO MACHICAO TEJADA - JUEZ DEL 2do JUZGADO
DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE TACNA.- FIRMADO
SILVANA ALCALA QUELOPANA - ESPECIALISTA JUDICIAL
DE JUZGADO Tacna, 18 de agosto del 2016. JORGE ANTONIO MACHICAO TEJADA Juez del segundo Juzgado De la
investigación Preparatoria CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA
DE TACNA. SILVANA ALCALA QUELOPANA Especialista Judicial 2do Juzgado de Investigación Preparatoria CORTE
SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA. (3V/25-26-01AGOS/
SET).
EDICTO PENAL
EXPEDIENTE : 0396-2015-85-2301 -JR-PE-01
PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE TACNA
ESPECIALISTA
: ESCALANTE PAREDES, MARIA
ELENA
En el proceso N° 2015-0396-85-2301-JR-PE-1, seguido contra EMILIO EUGENIO LIÑAN PAREDES Y MAGDALENA ANAHUA CONDORI, por delito de FALSIFICACION DE SELLOS,
en agravio de SUNAT; El Primer Juzgado Penal Unipersonal
de Tacna, HA RESUELTO :PRIMERO ‘‘Disponer el Archivo
Provisional del proceso hasta que el acusado declarado
AUSENTE EMILIO EUGENIO LIÑAN PAREDES sea habido y
una vez que fuere puesto a disposición de este Juzgado, o
se presente voluntariamente, se procederá a señalar fecha
para el Juicio Oral, Designar abogado ENRIQUE OBANDO
VELARDE, quien lo representara e intervendrá en todas las
diligencias y podrá hacer uso de todos los medios probatorios de defensa que la ley reconoce a favor del acusado, SEGUNDO: Dispone Su conducción Compulsiva por
la Fuerza Pública a fin de que sea Puesto a disposición de
este Juzgado”; FIRMADO. DR. FRANCO APAZA, JUEZ DEL
PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CORTE
SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA\ DRA. MARIA ELENA ES-
SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA
CALANTE PAREDES ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO.Tacna. 09 de Agosto del 2016. MARIA ELENA ESCALANTE
PAREDES Especialista Judicial de Juzgado Penal Unipersonal CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA. (3V/25-26-01
AGOS/SET)
EDICTO PENAL
Expediente N° 01255-2014-0-2301-JR-PE-02.- REQUERIMIENTO MIXTO
TERCER JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE
TACNA
ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO: Milagros Farfán
Romero.
En el proceso N° 01255-2014-0-2301 -JR-PE-02, seguido
contra LUIZ DE MINAS ZUÑIGA, por
el delito de ESTAFA, en agravio de HUGO LIENDO VASQUEZ; la señorita Juez del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Tacna ha dispuesto SE NOTIFIQUE
por Edictos a LUIZ DE MINAS ZUÑIGA con la resolución
número seis de fecha once de agosto del dos mil dieciseis, mediante la cual SE RESUELVE: PRIMERO: DECLARAR
FUNDADO EL SOBRESEIMIENTO Y ARCHIVO DEFINITIVO
DE LA INVESTIGACION formulado por la Representante
del Ministerio Público de la investigación seguida contra
LUIZ DE MINAS ZUÑIGA sin más datos de identificación.
SEGUNDO: Notificar por EDICTOS a la parte agraviada.
TERCERO: Si la presente resolución no es apelada, la continuación de audiencia de control de acusación se llevara a
cabo el día QUINCE DE SETIEMBRE DEL DOS MIL DIECISEIS
A LAS NUEVE HORAS, con los mismos apercibimientos
dictados en resolución anterior. T.R.H.G. FIRMADO SONIA
CAROLINA MARIN VALDIVIA - JUEZ DEL TECER JUZGADO
DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE TACNA.- FIRMADO
MILAGROS FARFAN ROMERO - ESPECIALISTA JUDICIAL DE
JUZGADO. Tacna, 12 de agosto del 2016. SONIA CAROLINA
MARIN VALDIVIA Juez (T) del 3er Juzgado de Investigación
Preparatoria CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA.
MILAGROS FARFAN ROMERO Especialista Judicial del Juzgado De investigación Preparatoria CORTE SUPERIOR DE
JUSTICIA DE TACNA. (3V/25-26-01 AGOS/SET)
EDICTO PENAL
Exp. N° 110-2016-0-2301 -JR-PE-01 - CONTROL DE ACUSACION JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DEL
DISTRITO DE GREGORIO ALBARRACIN
ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO: ABOG. JENNY MARILU HALLASI CALSIN.En el proceso N° 110-2016-0-2301-JR-PE-01, seguido contra Wilfredo Elias Mamani Huanacuni, por el presunto delito de Conducción de Vehículo en Estado de Ebriedad, en
agravio de la Sociedad; el señor Juez del Juzgado de Investigación Preparatoria del Distrito de Gregorio Albarracín,
ha dispuesto SE NOTIFIQUE por Edictos a la parte acusada
WILFREDO ELIAS MAMANI HUANACUNI, con el contenido
de la resolución número cinco de fecha dos de agosto
del año dos mil dieciséis, mediante la cual se dispone:
SEÑÁLESE FECHA para AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACION para el día VEINTE DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS
MIL DIECISEIS a las NUEVE DE LA MAÑANA (hora exacta) a
llevarse a cabo en la Sala de Audiencias de este despacho,
ubicado en la Avenida Municipal s/n (...)”.- Fdo. Dr. Rolando
Sevincha Juro, Juez del Juzgado de Investigación Preparatoria del Distrito de Gregorio Albarracín CORTE SUPERIOR
DE JUSTICIA DE TACNA. Fdo. Abog. Jenny Marilu Hallasi
Calsin, Especialista Judicial de Juzgado de investigación
preparatoria de Tacna.-Gregorio Albarracín, 02 de Agosto
del 2016. (3V/31-01-02 SET)
NOTIFICACIÓN POR EDICTO
Edicto: Caso N° 2906014500-2016-3547-0, en la investigación seguida en contra de JUAN ALBERTO VALDEZ CORTES
por la presunta comisión del delito Contra la Familia en la
modalidad de Abandono de Gestante en situación crítica
(Art. 150 del Codigo Penal) en agravio de ALICE MISHELL
HIDALGO MOHENA, la Srta. Kely Choque Ramos, Fiscal Adjunta Provincial del Sexto Despacho de Investigación de la
Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Tacna, ha emitido
la Disposición N° 01-2016-MP-6°DDI-FPPC-TACNA de fecha
15 de agosto del 2016, en el que SE DISPONE: DECLARAR
NO HA LUGAR A FORMALIZAR NI CONTINUAR CON LA INVESTIGACIÓN PREPARATORIA en contra de JUAN ALBERTO
VALDEZ CORTES por la presunta comisión del delito Contra la Familia en la modalidad de Abandono de Gestante
en situación crítica (Art. 150 del Código Penal) en agravio
de ALICE MISHELL HIDALGO MOHENA. En consecuencia
ARCHIVESE DEFINITIVAMENTE la presente investigación,
La República
11
una vez sea consentida. Notifíquese a las partes correspondientes. KELY CHOQUE RAMOS Fiscal adjunta provincial 6° Despacho De Investigación Fiscalía Provincial Penal
Corporativa De Tacna. (3V/25-26-01 AGOS/SET)
EDICTO JUDICIAL
Ante el Primer Juzgado Especializado en lo Civil de Tacna,
que despacha el señor juez Juan Manuel Vera Esquivel,
con intervención del Especialista Miriam Yessenia Cueva
Ojeda, en el proceso Nro. 00939 -2016, iniciado por Patricia Chura Condori de Maquera, en contra de Moisés Chura
Huamani, Elizabeth Dariela Chura Condori y la Sucesión de
Vicente Chura Rivera sobre Anulabilidad de Acto Jurídico;
mediante Resolución Nro. 02 de fecha Tacna, dos mil dieciséis Agosto dos, SE RESUELVE; ADMITIR la demanda interpuesta por PATRICIA CHURA CONDORI DE MAQUERA, en
contra de : 1).-MOISES CHURA HUAMANI ; 2) .-ELIZABETH
DARIELA CHURA CONDORI Y 3).-LA SUCESION DE VICENTE
CHURA RIVERA, sobre ANULABILIDAD DE ACTO JURIDICO,
en la vía de PROCESO DE CONOCIMIENTO; por señalada
su casilla judicial en el lugar que se indica ; por ofrecidos
los medios probatorios, debiendo agregarse a los antecedentes los anexos acompañados; TRASLADO de la demanda a los demandados Moisés Chura Huamani y Elizabeth
Dariela Chura Condori por el plazo de TREINTA DIAS para
su contestación, bajo apercibimiento de ser declarados
rebeldes; en cuanto al demandado Sucesión de Vicente
Chura Rivera, a quien se le notificara mediante Edictos
con arreglo a ley para efectos de su apersonamiento, bajo
apercibimiento de nombrarse Curador Procesal. TOMESE
RAZON Y HAGASE SABER.- Tacna, 15 de agosto del 2016.
MIRIAM YESSENIA CUEVA OJEDA Especialista Legal Primer
Juzgado Civil Corte Superior de Justicia de Tacna. (3V/1824-01 AGOS/SET)
EDICTO JUDICIAL
NOTIFICACIÓN A DENIS MURILLO PEZ
Expediente N° 02157-2015-0-2301-JR-FC-01 ante el Primer
Juzgado de Familia Transitorio de Corte Superior de Tacna,
que despacha la Juez Paola Lourdes Castillo Vicente, y bajo
la actuación del Especialista Legal Cesar Quiñones Quiñones se dispone notificar al demandado DENIS MURILLO
PEZ con la Resolución 01, de fecha cuatro de septiembre
del dos mil quince v su corrección mediante Resolución
04. de fecha veintisiete de junio del dos mil dieciséis,
donde se RESUELVE: Admitir la presente demanda sobre
Violencia Familiar, interpuesta por la señora Fiscal Provincial de la Fiscalía Provincial Corporativa Mixta de Gregorio
Albarracín, doctora Patricia Maura de la Cruz Romero, en
contra DENIS MURILLO LOPEZ en agravio de ELIANA AGUILAR ZAPANA debidamente representada por su madre
VERONICA ZAPANA AGUILAR, tramitándose en la vía de
proceso UNICO corriéndose traslado de la misma al demandado por el plazo de cinco días para que la conteste,
bajo apercibimiento de nombrársele Curador Procesal, debiendo gestionar y publicar los edictos correspondientes
en la forma de ley. CESAR EULOGIO QUIÑONES QUIÑONES
Secretario Judicial del Primer Juzgado Especializado De
Familia Transitorio de Tacna CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA
DE TACNA. (3V/25-26-01 AGOS/SET)
NOTIFICACION POR EDICTOS
Edicto: Carpeta Fiscal N9 3448-2016, en la investigación
seguida en contra de JHORDY SANTIAGO CHAVEZ JIMENEZ, por la presunta comisión del delito CONTRA EL ORDEN FINANCIERO Y MONETARIO en la modalidad de DELITOS FINANCIEROS EN SU FORMA DE FINANCIAMIENTO
POR MEDIO DE INFORMACION FRAUDULENTA, en agravio
de la CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE AREQUIPA; la señora Doctora Juana Arosquipa Paco, Fiscal Adjunta
Provincial del Sexto Despacho de Investigación de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Tacna, ha dispuesto se
realice las diligencias, mediante la Disposición N° 01, de
fecha 21 de julio del 2016.
1.
RECIBASE la declaración del denunciado
JHORDY SANTIAGO CAHVEZ JIMENEZ, en
Despacho Fiscal, ubicado en la calle Hipólito Unanue
301-Tacna, el día 24 de agosto del 2016, a horas 10:00 am.
2.
RECIBASE la declaración declaración del representante legal de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito
JHORDY SANTIAGO CAHVEZ JIMENEZ, en Despacho Fiscal,
ubicado en la calle Hipólito Unanue 301 -Tacna, el día 24
de agosto del 2016, a horas 11:00am,para lo cual debe de
concurrir a Despacho Fiscal en compañía de su abogado
12
La República
SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA
defensor.
3.
RECIBASE la declaración declaración testimonial ARON HERNAN TORRES PINTO, Analista de Créditos,
ubicado en la calle Hipólito Unanue 301 -Tacna, el día 24
de agosto del 2016. a horas 12:00am. para lo cual debe de
concurrir a Despacho Fiscal en compañía de su abogado
defensor.
4.
RECIBASE la declaración declaración testimonial CLELIA CAYLLAHUA YARASCA, , ubicado en la calle
Hipólito Unanue 301-Tacna, el día 24 agosto del 2016. a
horas 14:20pm, para lo cual debe de concurrir a Despacho
Fiscal en compañía de su abogado defensor.
5.
Se CURSE OFICIO a la FERRETERIA J& - INVERSIONES - representado por Clelia Caylla Yarasca, a fin de
que INFORME a este despacho fiscal si las Boletas de Venta
N° 004220, 004420, 004400 y 004270, fueron emitidas por
su representada. Para tal fin se adjunte copia simple de las
boletas de venta antes mencionadas.
6.
Se CURSE OFICIO a ELECTROSUR, a fin de que
INFORME si el recibo N° 121- 13980614, fue emitida por su
representada. Para tal fin se adjunte copia del recibo antes
mencionado.
7.
Se CURSE OFICIO a la Asociación Los reales
Adjudicatarios PROMUVI SEÑOR DE LOS MILAGROS I II III
ETAPA, a fin de que INFORME si su representada ha emitido la Constancia de Posesión y Vivienda de fecha 29 de julio del 2014. Para tal fin se adjunte copia de la mencionada
constancia, de fecha 29 de julio del 2014.
8.
Se CURSE OFICIO a la CAJA MUNICIPAL DE
AHORRO Y CRÉDITO DE AREQUIPA, a fin de informe si el investigado Jhordy Santiago chavez jimenez esta cumpliendo con pagar el préstamo adquirido de su representada.
9.
Se CURSE OFICIO a la Caja de Ahorro y Crédito de Arequipa, a fin de que proporcione las Boletas de
Venta N° 004220, 004420, 004400 y 004270, el recibo N°
121-13980614 y Constancia de Posesión y Vivienda, para
las diligencias de ley. Para tal fin se adjunte copia de la
mencionada constancia, de fecha 29 de julio del 2014.
Las demás diligencias que sean necesarias para el esclarecimiento de los hechos. JUANA LIVIA AROSQUIPA PACO
Fiscal adjunto provincial 6° despacho de investigación fiscalía provincial penal corporativa de Tacna
(3V/01-02-05 SET)
REMATE JUDICIAL EN PRIMERA CONVOCATORIA
En el Exp. 01088-2014-0-2301 -JP-CI-01 seguido por COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO SANTA CATALINA DE
MOQUEGUA LTDA N° 103, sobre OBLIGACIÓN DE DAR
SUMA DE DINERO en contra de IVAN JOSÉ REYNOSO AYCA
Y ROSARIO DEISY REYNOSO AYCA; la Señora Juez del Juzgado de Paz Letrado del MBJ Alto de la Alianza de la Corte
de Justicia de Tacna, Dra. Yemille Escarlet Vásquez Vega,
especialista legal Dra. Rosanna Elizabeth Jiménez González, ha encargado a la Martillero Público Dra. Patricia Victoria Vásquez Zubieta con Registro SUNARP Número 315, la
realización del PRIMER REMATE JUDICIAL el día 06 de Septiembre del 2016 a horas 10:00 am, el cual se llevara a cabo
en el Patio del local del Módulo Básico de Justicia de Alto
de la Alianza de la Corte Superior de Justicia de Tacna, sito
en la esquina que conforman la calle Eleodoro Camocho
con Naciones Unidas del Distrito Alto de la Alianza, Provincia y Departamento de Tacna, del siguiente bien inmueble
de propiedad de Rosario Deisy Reynoso Ayca, ubicado en
el Asentamiento Humano Marginal Ciudad Nueva Manzana-73 Lote- 14A del distrito Ciudad Nueva, provincia y departamento de Tacna, inscrito en la Partida N° P20068504
del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral
N° XIII - Sede Tacna, Oficina Registral Tacna.- VALOR DE TASACIÓN: Asciende a la suma de S/ 61,320.39 (SESENTA Y
UN MIL TRECIENTOS VEINTE CON 39/100 SOLES); siendo la
base del remate la suma de S/ 40,880.26 (CUARENTA MIL
OCHOCIENTOS OCHENTACON 26/100 SOLES), que equivale a las dos terceras partes del valor de la tasación.- AFECTACIONES: A) ASIENTO 00005: INSCRIPCIÓN DE EMBARGO:
a favor de COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO SANTA
CATALINA DE MOQUEGUA LTDA N° 103, hasta por la suma
de S/ 6,000.00 (SEIS MIL CON 00/100 SOLES).- B) ASIENTO
00006: INSCRIPCIÓN DE EMBARGO: a favor de CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CRÉDITO DE AREQUIPA S.A., hasta por
la suma de S/ 12,329.75 (DOCE MIL TRECIENTOS
VEINTINUEVECON 75/100 SOLES).- No se conocen otras
afectaciones.
POSTORES: Oblarán suma no menor a S/ 6,132.04 (SEIS MIL
CIENTO TREINTA Y DOS CON 04/100 SOLES) equivalente al
10% del valor de la tasación del inmueble, en efectivo o
cheque de Gerencia (endosable y con una antigüedad
menor a 30 días) y entregarán en original y copia: el DNI
Jueves, 1 de setiembre del 2016
del postor y el recibo del arancel judicial correspondiente
(tributo 07153), donde conste el nombre del Juzgado, el
número de Expediente y Generales de Ley del postor.
EL ADJUDICATARIO: Deberá depositar el saldo del precio,
dentro del tercer día de cerrada el acta, bajo apercibimiento de declararse la nulidad del remate, tal y como lo señala
el Art. 741 del Código Procesal Civil. Los honorarios del
Martillero Público serán a cargo del adjudicatario una vez
concluido el remate, de conformidad con el artículo 732
del Código Procesal Civil, la Ley del Martillero Público Nro.
27728 y su Reglamento (Artículo 18 del D.S. Nro. 008.2005
JUS) encontrándose afectos al IGV.- Juez Dra. Yemille Escarlet Vásquez Vega, especialista legal Dra. Rosanna Elizabeth Jiménez González Tacna, 2016 Agosto 17. ROSANNA
E. JIMENEZ GONZALEZ Secretaria Judicial (e)del Juzgado de Paz Letrado del Módulo Alto de la Alianza CORTE
SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA.PATRICIA VICTORIA
VASQUEZ ZUBIETA Martillero Publico Reg. 315-SUNARP
CEL. 952715456-#995960240. (7V/22-23-24-25-26-31-01
AGOS/SET)
PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE PÚBLICO
JUDICIAL
En el expediente Nro.00053-2015-0-2301-JM-CI-01, en los
seguidos por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO
DE AREQUIPA S.A. contra NORMA CORMILLUNI SAGUA y
RODOLFO SUCA FLORES, sobre Ejecución de Garantías, el
Juzgado Mixto del Módulo Básico de Justicia del Alto de la
Alianza, que despacha la Juez Dra. Hilda Filomena Segura y Especialista Legal Dra. Feliciana Roque Alanoca, han
dispuesto sacar a REMATE PUBLICO en PRIMERA CONVOCATORIA, el bien inmueble ubicado en Asentamiento Humano Marginal Asociación de Vivienda Villa 28 de agosto
Mza.M1 Lote 35 del Distrito Coronel Gregorio Albarracin
Lanchipa, Provincia y Departamento de Tacna, con un área
de 161.75 M2, cuyo dominio, linderos, medidas perimétricas y demás características técnicas, se encuentran inscrito en la Partida P20037824, del Registro de Propiedad
inmueble de la Zona Registral Nro. Xlll-Sede Tacna.
VALOR DE TASACION: El valor de tasación del bien inmueble, asciende a la suma de US$,32,350.00 (Treinta y dos mil
trescientos cincuenta con 00/100 Dólares Americanos).
PRECIO BASE DE REMATE: Las 2/3 partes del valor de la
tasación es equivalente a US$.21,566.66 (Veintiún mil quinientos sesenta y seis con 66/100 Dólares Americanos).
AFECTACIONES DEL BIEN: Según la Partida Registral aparece en el asiento 00005: Hipoteca.- La propietaria del predio
inscrito en esta partida registral Norma Cormilluni Sagua,
representada por Rodolfo Suca Flores, según poder inscrito en la Partida N°11084258 del Registro de Mandatos y
Poderes de esta oficina Registral de Tacna, se constituye
como parte prestataria e hipoteca el predio a favor de la
CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE AREQUIPA
S.A., hasta por la suma de US$26,672.00 Dólares Americanos, a fin de garantizar un crédito de S/.47,000.00 Nuevos
Soles. Escritura Pública N° 2039 21/11/2013 Angela María
Díaz Jara Almonte (Tacna).
LUGAR DEL REMATE: En el frontis del Juzgado Mixto del
Módulo Básico de Justicia del Alto de la Alianza ubicado
en el Modulo Básico de Justicia del Alto de la Alianza, en
la intersección de las calles Juan Moore - Naciones Unidas
- Eleodoro Camacho S/N del Distrito Alto de la Alianza, Provincia y Departamento de Tacna.
DIA Y HORA DEL REMATE: El día 09 de setiembre del 2016,
a horas 10:00 de la
mañana.
POSTORES: Sólo se admitirá como postor a quien antes
del remate haya depositado, en efectivo o en cheque de
gerencia girado a su nombre (SIN SELLO NO NEGOCIABLE),
una cantidad no menor del 10% del valor de la tasación,
este es la suma de US$3,235.00 suma que será devuelta
íntegramente a los postores no beneficiados, debiendo
además presentar el arancel judicial por derecho a participar en remate judicial de bienes inmuebles por la suma
de S/.395.00, donde conste el nombre del Juzgado, número de expediente y DNI o RUC. y traer coplas de su DNI y
arancel judicial y presentar su DNI; tratándose de personas
jurídicas deberán además de presentar poder correspondiente, DNI y coplas. SALDO DE PRECIO: De ser el caso, el
adjudicatario deberá depositar el saldo del precio, dentro de tercer día de cerrada el acta, bajo apercibimiento
de declararse la nulidad del remate. Los honorarios del
Martillero Público serán a cargo del adjudicatario, una vez
concluido el remate, de conformidad con el artículo 732
del Código Procesal Civil, la Ley del Martillero Público Nro.
27728 y su Reglamento (Artículo 18 del D.S. Nro. 008.2005
JUS) y están afectos al IGV. La diligencia de remate estará
a cargo del Martillero Público Luis Beltrán Ramos Ortega,
con Registro Nro. 292. Tacna, 24 de agosto del 2016. LUIS
BELTRAN RAMOS ORTEGA MARTILLERO PUBLICO REG.
N°292 CELULAR 52-952-977820 FELICIANA ROQUE ALANOCA Secretaria Judicial del Juzgado Mixto Modulo Básico de Justicia de Alto de la Alianza CORTE SUPERIOR DE
JUSTICIA DE TACNA. (6V/26-31-01-02-05-06 SET)
PRIMER REMATE PÚBLICO
En el proceso que sobre Ejecución de Garantías, Expediente N° 02071-2014- 0-2301-JR-CI-01 seguido por SCOTIABANK PERU S.A.A. en contra de Marina Luisa Medina Rodríguez y Walter Wenceslao Maquera Lea, el Juez del Primer
Juzgado Civil de Tacna - Sede central, Dr. Juan Manuel Vera
Esquivel con intervención del Especialista Legal José Luis
Vilca Becerra, han dispuesto sacar a Remate Público en Primera convocatoria lo siguiente:
DESCRIPCION DEL INMUEBLE: Inmueble ubicado en la
Manzana 8 Lote 14 A (actualmente Avenida Jorge Chávez
N° 2270) de la Zona Francisco Bolognesi - Asentamiento
Humano Francisco Bolognesi del Distrito, Provincia y Departamento de Tacna con un área de 101.22 m2., cuyos
linderos, medidas perimétricas y demás características se
detallan en la Partida N° P20063723 del Registro de la Propiedad Inmueble de la Oficina Registral N° XIII - Sede Tacna
VALOR DE TASACIÓN: S/. 202,008.40 (DOSCIENTOS DOS
MIL OCHO CON 40/100 NUEVOS SOLES).
BASE DEL REMATE: S/. 134,672.26 (CIENTO TREINTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS SETENTA Y DOS CON 26/100 NUEVOS SOLES), correspondientes a las dos terceras partes del
valor de tasación.
GRAVÁMENES: 1) Asiento 00006.- Inscripción de hipoteca
a favor del Banco Scotiabank Perú S.A.A. hasta por la suma
de US$ 94,168.36. Inscrita con fecha 26/08/2013.
LUGAR, FECHA Y HORA DEL REMATE: El remate se llevara
a cabo en el frontis del Primer Juzgado Civil ubicada en la
sede de la Corte Superior de Justicia de Tacna, sito en la esquina de las calles Inclán con Presbítero Andía S/N de esta
ciudad, el día 21 de Setiembre del 2016 a horas 10:00 a.m.
POSTORES: Para ser postor deberá depositarse en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre el 10% de
la tasación (S/.20,200.84), además del Arancel Judicial
respectivo por derecho a participar en el Remate judicial
(S/.592.50), consignando el Juzgado, DNI del postor y número de Expediente (con copia del arancel y del DNI). El
adjudicatario cancela los honorarios del martillero al término de la diligencia más IGV de acuerdo al Artículo 732
del CPC. y D.S. 008-2005-JUS. La diligencia del remate estará a cargo del Martillero Público Víctor Orlando Apaza Morante con Registro Nacional No. 321. Celular 952-603020,
correo: [email protected] ,24 de agosto
del 2016. JOSE LUIS VILCA BECERRA Especialista Legal 1er
Juzgado Civil CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA
VICTOR O.APAZA MORANTE MARTILLERO PUBLICO REG.
N°321-SUNARP (6V/01 AL 08 ASET)
CONVOCATORIA A PRIMER REMATE PUBLICO
En los seguidos por SCOTIABANK PERU S.A.A., contra Eugenio Cruz Mamani y Mariluz Marlene Velásquez Alfaro,
sobre Ejecución de Garantías, Expediente N° 00753- 20150-2301-JR-C-01; por orden del Primer Juzgado Civil de
Tacna, a cargo del Dr. Juan Manuel Vera Esquivel, con la
intervención del Especialista Legal Dr. Joaquín Medina
Castro, ha dispuesto sacar a REMATE PÚBLICO EN PRIMERA
CONVOCATORIA el inmueble ubicado en el Asentamiento
Humano
Frente Unico de Asociaciones de Vivienda del Cono Norte
Manzana “C” Lote 4 Asociación Altiplano Sector 6 del distrito de Ciudad Nueva provincia y departamento de Tacna,
con un área, de 118.60 m2: cuyos antecedentes, colíndancías, medidas perimetricas y demás características se encuentran inscritas en la Partida ElectrónicaN° P20020242
del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral
N° XIII Sede Tacna.
VALOR DE TASACIÓN: S/. 76,128.46 (setenta y seis mil ciento veintiocho soles con cuarentiseis céntimos)
PRECIO BASE DEL REMATE: S/. 50,752.31 (cincuenta mil setecientos cincuentidos soles con treintiun céntimos), equivalente a. las 2/3 partes de la valorización del bien
DIA, HORA Y LUGAR DEL REMATE: El día 20 de setiembre
del 2016 a
horas 10.00 de la mañana, a realizarse en el frontis del Primer Juzgado Civil de Tacna, ubicado en el segundo piso
de la Corte Superior de Justicia de Tacna; sito en la esquina
de las calles Inclán con Presbítero Andia S/N del cercado
de Tacna
FUNCIONARIO QUE EFECTUA EL REMÁTE; Dr, Pedro N.
Jueves, 1 de setiembre del 2016
SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA
Gonzáles Villanueva, Martillero Publico, con Registro Nacional N° 261; domicilio procesal Agrup. Jorge Basarte G.
Block “C” 101 of.01 frente al local del Poder Judicial de la
ciudad de Tacna (CEL. 952685901 - RPM *585430)
GRAVAMENES y CARGAS:
1.-) Asiento 00008 Hipoteca a favor del Banco Scotiabanck
Perú S.A.A., hasta por la suma de US$. 26,000.00 (veinte y
seis mil dólares americanos) según escritura, publica de
fecha 08-06-2012; no se conocen otros gravámenes
POSTORES: Solo se admitira, como postor a quien antes
del remate haya depositado en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre (SEN SELLO NO NEGOCIABLE)
una cantidad no menor del 10% del valor de tasación; esto
es no menor de S/. 7,612.85 (siete mil seiscientos doce soles con ochenticinco céntimos), suma que será devuelta
íntegramente a los postores no beneficiados; además deberán presentar el original y dos copias del arancel judicial
por derecho de participación en remate judicial de bienes
inmuebles por la suma de S/. 395.00, que será, adquirido
en el Banco de 1a.Nación, donde conste el nombre de! Juzgado, el número del expediente, y el numero de DNI del
postor, asimismo deberá adjuntar el original de su DNI con
dos fotocopias; tratándose de personas jurídicas deberán
además entregar la vigencia de poderes correspondientes;
Los honorarios del Martillero Público son por cuenta del
adjudicatario una vez concluido el remate, de conformidad con lo dispuesto por el Art 732 del Código Procesal
Civil, concordante con la ley 28371 y D.S. N° 008-2005; más
el IGV. Tacna, 24 de agosto del 2016 JOAQUIN MEDINA
CASTRO Especialista Legal del 1er Juzgado Civil de Tacna CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA DR.PEDRO
GONZALES VILLANUEVA MARTILLERO PUBLICO REG.N°261
(6V/01 AL 08 SET)
CIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO, el Señor Juez del Tercer
Juzgado Especializado en lo Civil con Sub Especialidad en
Comercial de Tacna Abogado Vladimir Ornar Salazar Díaz
con intervención de la Especialista Legal Abogada Margot
Liendo Moscoso, ha dispuesto se publique un extracto de
la parte resolutiva de la resolución admisoria. La parte resolutiva de la resolución número dos expedida en autos
con fecha dos de junio del dos mil dieciséis como sigue:
Y de conformidad con lo dispuesto por los artículos 486
inciso 2, 504 y demás pertinentes del Código Procesal Civil,
SE RESUELVE: Admitir en la vía de proceso ABREVIADO la
demanda interpuesta por JOSE GUILLERMO MENENDEZ
GIL, JOSE ANTONIO MENENDEZ BOHORQUEZ, GABRIELA
DEL ROSARIO MENENDEZ BOHORQUEZ y ROSA MARIA
MENENDEZ BOHORQUEZ, sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO, en contra de: 1).- PEDRO SEGUNDO
RENE ALAY ANGULO, 2) MARIA NANCY DUEÑAS RIVERA, 3)
MODESTO MARCIAL SAUCEDO LIÑAN y 4) DORIS GUADALUPE OXACOPA DE SAUCEDO; en consecuencia TRASLADO
a los demandados a fin que contesten la demanda en el
plazo de diez días, bajo apercibimiento de ser declarados
rebeldes. Por ofrecidos los medios probatorios que se indican. Agréguese a los autos los anexos acompañados. Y
notifíquese la presente demanda a los colindantes Municipalidad Distrital de Pocollay y Julio Constancio Choque
para los fines de ley. Asimismo publique un extracto de
la demanda conforme dispone el artículo 506 del Código Procesal Civil, en el Diario Oficial el Peruano y Diario
La República para los fines de ley. Tómese Razón y Hágase Saber.-Tacna, 19 de agosto del 2,016. MARGOT LIENDO
MOSCOSO Secretaria Judicial (e) del 3er Juzgado Civil
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA. (3V/26-01-07
SET)
EDICTO
En el Proceso signado con el número 0755-2016-0-2301
-JR-CI-01 seguido por don JOSE GUILLERMO MENENDEZ
GIL, JOSE ANTONIO MENENDEZ BOHORQUEZ, GABRIELA
DEL ROSARIO MENENDEZ BOHORQUEZ y ROSA MARIA
MENENDEZ BOHORQUEZ, en contra de don PEDRO SEGUNDO RENE ALAY ANGULO, MARIA NANCY DUEÑAS
RIVERA, MODESTO MARCIAL SAUCEDO LIÑAN y DORIS
GUADALUPE OXACOPA DE SAUCEDO sobre PRESCRIP-
EDICTO DE PRESCRIPCION ADQUISITIVA
EXPEDIENTE 00752-2016-0-2301-JR-CI-02
ANTE EL SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE TACNA, QUE DESPACHA LA JUEZ DRA. ROSALYN MERCADO DIAZ, CON
INTERVENCION DEL ESPECIALISTA LEGAL DR. DAVID
GUSTAVO ROMERO BASURCO, SE VIENE TRAMITANDO
EL EXPEDIENTE 00752-2016-0-2301-JR-CI- 02, SEGUIDO
POR TOMASA LIMA CONTRERAS EN CONTRA DE DEMETRIA SEBASTIANA CALIZAYA AMONES VDA DE PAREDES,
La República
SOBRE PRESCRIPCION ADQUISITIVA CUYO EXTRACTO
DE DEMANDA ES EL SIGUIENTE: DOÑA TOMASA LIMA
CONTRERAS SOLICITA LA PRESCRIPCION ADQUISITIVA
DE DOMINIO DEL INMUEBLE URBANO UBICADO EN LA
URBANIZACION EL ELEGANTE MZ B, LOTE 06, DISTRITO,
PROVINCIA Y REGION DE TACNA, EL MISMO QUE FIGURA
INSCRITO EN LA FICHA REGISTRAL N° 34265 Y CONTINUACION PARTIDA N° 11004991 DE LA ZONA REGISTRAL N°
XIII SEDE TACNA; QUE TIENE LAS SIGUIENTES MEDIDAS Y
COLINDANCIAS:AREA: 175.90 M2; LINDEROS Y COLINDANCIAS : POR EL FRENTE: COLINDA CON LA AVENIDA JORGE
CHAVEZ EN LINEA DE 5.70 ML., POR EL LADO DERECHO:
COLINDA CON PROPIEDAD DE LA DEMANDADA EN LINEA
RECTA DE 30.35 ML., POR EL LADO IZQUIERDO: COLINDA
CON PROPIEDAD DE LA RECURRENTE EN LINEA RECTA
DE 30.30 ML, POR EL FONDO: COLINDA CON PROPIEDAD
DE LA DEMANDADA, EN LINEA RECTA DE 5.90 ML., CON
UN PERIMETRO DE 72.25 ML., LA DEMANDANTE REFIERE
ESTAR EN POSESION DEL BIEN INMUEBLE DESCRITO AL
HABERLO ADQUIRIDO A DOÑA MONICA AMONES VDA DE
CALIZAYA MEDIANTE CONTRATO DE PROMESA DE VENTA
DE FECHA 21 DE MAYO DE 1980; POSESION QUE OSTENTA
EN FORMA CONTINUA, PACIFICA Y PUBLICA. DEMANDA
ADMITIDA MEDIANTE: RESOLUCION N° 03 DE FECHA 09
DE AGOSTO DE 2016, EN LA VIA DE PROCESO ABREVIADO,
EN CONSECUENCIA CÓRRASE TRASLADO CON LA DEMANDA , SUBSANACION Y ANEXOS A LA DEMANDADA POR EL
TERMINO DE DIEZ DIAS PARA LA ABSOLUCION CORRESPONDIENTE, BAJO APERCIBIMIENTO DE DECLARARSELE
REBELDE, POR OFRECIDOS LOS MEDIOS PROBATORIOS Y
AGREGUESE A SUS ANTECEDENTES LOS ANEXOS; PUBLIQUESE UN RESUMEN DE LA DEMANDA EN LOS DIARIOS
ENCARGADOS DE LAS PUBLICACIONES JUDICIALES POR
EL TÉRMINO DE LEY, SE DISPONE NOTIFICAR LA DEMANDA
Y ANEXOS A LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TACNA
EN CALIDAD DE COLINDANTE, CON CITACION DEL PROCURADOR PUBLICO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE
TACNA. T.R. y H.S. TACNA 17 DE AGOSTO DE 2016. DAVID
GUSTAVO ROMERO BASURCO Secretario judicial (e) 2do
Juzgado Especialista Civil CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA
DE TACNA. (19-25-01 SET)
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA
AVISO
La Corte Superior de Justicia de Tacna requiere alquilar un inmueble construido en material
noble, con un área construida de 250 m2 (como mínimo) y de dos pisos a mas (como
mínimo), el mismo que debe estar en buenas condiciones para garantizar el normal
funcionamiento de órganos Jurisdiccionales Penales, con escaleras amplias, Servicios
Higiénicos por cada piso habilitados, en buen estado de conservación y funcionamiento,
documentos en regla (Copia de SUNARP, planos de distribución, Registro Nacional de
Proveedores vigente) y ubicado en el cercado de Tacna.
Sírvase presentar su pretensión económica y plano de ubicación en mesa de partes de la
Oficina de Administración de la Corte que está ubicada en el 4to piso de la sede central, sito
en la 3ra cuadra de la calle Inclán S/N con Presbítero Andía.
Tacna, agosto de 2016
Corte Superior de Justicia de Tacna
13
14
La República
SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA
Jueves, 1 de setiembre del 2016
Gaceta Judicial
DESPACHO DIECISIETE DE MARZO DEL 2016
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Expediente N° 00442-2015 CONFIRMARON la sentencia en la resolución N° 08 del 15/10/2015 a
fjs. 64/67 que declara Improcedente la demanda interpuesta por Anselma Celia Palza Chacolla
contra el Director Ejecutivo del Hospital Hipólito Unanue de Tacna sobre nulidad de resoluciones
administrativas ordena archivo definitivo. COLEGIADO GC FA LAG
Expediente N° 01011-2015-0-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la sentencia del 14/10/2015 a fjs.
40/44 que declara Fundada la demanda interpuesta por Andrea Soledad Chipana Alave contra la
Dirección Regional de Educación de Tacna y del Gobierno Regional de Tacna, cumpla la
demandada en reconocer los Reintegros por concepto de subsidio por luto equivalente a dos
remuneraciones sobre base de la remuneración total con deducción de lo percibido. COLEGIADO
GC FA LAG
Expediente N° 00676-2015-0-2013-JR-LA-02 CONFIRMARON la sentencia del 22/10/2015 a fjs.
55/58 que declara Fundada la demanda interpuesta por Julia Verónica Vélez Vélez contra la
Dirección Regional de Educación de Tacna y del Gobierno Regional de Tacna. Ordena que la
demandada de cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución Directoral N° 007497 del 28/12/2012
a fjs. 6 pague los devengados de la Bonificación Especial de preparación de clases y evaluación,
más los intereses legales. COLEGIADO GC FA LAG
Expediente N° 0440-2015-0-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la sentencia del 14/10/2015 fjs.
39/43 que declara fundada la demanda interpuesta por Valeriano Julio Vargas Nina contra la
Dirección Regional de Educación de Tacna y del Gobierno Regional de Tacna, cumpla la
demandada con calcular los subsidios reclamados sobre base de la remuneración total con
deducción de lo percibido. COLEGIADO GC FA LAG
Expediente N° 00766-2015-0-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la sentencia del 12/10/2015 fjs.
42/46 que declara Fundada la demanda interpuesta por Blanca Medina Tapia contra la Dirección
Regional de Educación de Tacna y del Gobierno Regional de Tacna, cumpla la demandada
reconozca los reintegros por concepto de subsidio por luto del servidor equivalente a cuatro
remuneraciones sobre base de la remuneración total. COLEGIADO GC FA LAG
Expediente N° 00622-2015-0-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la sentencia del 29/10/2015 a fjs.
41/45 que declara Fundada la demanda interpuesta por Vilma Leonor Paniagua Vargas contra la
Dirección Regional de Educación de Tacna y el Gobierno Regional de Tacna, ordena que la
demandada reconozca los reintegros por concepto de subsidio, fallecimiento y gastos de sepelio
del servidor equivalente a cuatro remuneraciones sobre la base de la remuneración total más
intereses legales, e Infundada respecto a la nulidad de la Resolución Directoral Regional N° 02617
del 03/09/2014. COLEGIADO GC FA LAG
Expediente N° 00261-2015-0-2301-JR-LA-01 CONFIRMARON la sentencia del 29/10/2015 a fjs.
78/83 que declara Infundada la demanda interpuesta por Constancia Josefina Condemaita
Guarachi contra la Dirección de la unidad de Gestión Educativa Local Tacna – UGEL TACNA y la
Dirección Regional de Educación de Tacna sobre ubicación en la Nueva Escala Magisterial, ordena
su archivo definitivo. COLEGIADO GC FA LAG
Expediente N° 01409-2015-0-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la sentencia del 23/10/2015 a fjs.
37/43 que declaró Fundada la demanda interpuesta por Ema Ruth Valeriano Mamani contra la
Dirección Regional de Educación de Tacna y la Unidad de Gestión Educativa Local de Tacna ,
cumpla las demandadas con expedir nueva Resolución Administrativa en la cual reconozcan y
otorguen los Subsidios por Luto y Gastos de Sepelio en base a la remuneración total con
deducción de los percibió más intereses legales. COLEGIADO GC FA LAG
Expediente N° 00749-2015-0-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la sentencia del 12/10/2015 a fjs.
46/50 que declara Fundada en parte la demanda interpuesta por María Marlene Juarez de Llerena
contra la Dirección Regional de Educación de Tacna y el Gobierno Regional de Tacna, ordena que
la demandada reconozca el reintegro por concepto de Subsidio por Luto equivalente a cuatro
remuneraciones sobre la base de la remuneración total con deducción de lo percibido, e
Infundada respecto a la nulidad de la Resolución Directoral Regional N° 003611 del 05/11/2014.
CORRIGIERON la sentencia en el nombre de la demandante como el de ELENA siendo lo correcto
MARIA MARLENE JIAREZ DE LLERENA. COLEGIADO GC FA LAG
Jueves, 1 de setiembre del 2016
SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA
La República
10. Expediente N° 00573-2015-0-2301-JR-LA-01 CONFIRMARON la sentencia de la resolución N° 07
del 28/10/2015 a fjs. 94/98 que declara Improcedente la demanda interpuesta por Agripina Bailón
Velásquez contra la Unidad de Gestión Educativa Local de Tacna (UGEL-TACNA) y la Dirección
Regional de Educación de Tacna sobre Bonificación por zona rural de acuerdo al art. 4 D. Ley 25951
dispone archivo definitivo. COLEGIADO GC FA LAG
DESPACHO DIECIOCHO DE MARZO DEL 2016
11. Expediente N° 01490-2015 CONFIRMARON la sentencia de la resolución N° 06 del 30/10/2015 a
fjs. 43/47 que declara Fundada la demanda interpuesta por Jorge Feorli Quiñonez Mamani en
contra de la Unidad de Gestión Educativa Local Tacna – UGEL TACNA y de la Dirección Regional de
Educación de Tacna. Ordena la demandada reconozca los reintegros que por concepto de
subsidio por luto y gastos de sepelio equivalente a cuatro remuneraciones en base a la
remuneración total con deducción de lo percibido más intereses legales. COLEGIADO GC FA LAG
12. Expediente N° 00603-2015 CONFIRMARON la sentencia de la resolución N° 09 del 20/10/2015ª
fjs. 86/91 que resuelve declarar Funada la demanda interpuesta por Elena Méndez Valle contra la
Dirección Regional de Salud de Tacna. Ordeno que la demandada en plazo de 10 días reconozca
los reintegros que por concepto de Bonificación Diferencial equivalente al 30% calculado en base
de la remuneración total más pago de devengados e intereses legales a partir de enero 1991.
COLEGIADO GC FA LAG
13. Expediente N° 00285-2015 CONFIRMARON la sentencia de la resolución N° 08 del 22/10/2015
fjs. 46/49 que declara Fundada la demanda interpuesta pr Lila Teófila Ticona Condori contra la
Dirección Regional Sectorial de educación de Tacna, ordena que la demandada dentro del plazo
de 10 días cumpla con lo dispuesto en la Resolución Directoral Regional N° 004781 del 16/08/2013
y se pague los devengados de la Bonificación Especial de Preparación de Clases y Evaluación más
intereses legales. COLEGIADO GC FA LAG
14. Expediente N° 01138-2015 CONFIRMARON la sentencia de la resolución N° 05 del 18/10/201 a
fjs. 54/59 que declara Infundada la demanda interpuesta por Juana Gladys Ramos Castro contra la
Dirección de la Unidad de Gestión Educativa Local Tacna – UGEL TACNA y la Dirección Regional
Sectorial de Educación de Tacna sobre reubicación arbitraria en un nivel inferior en aplicación del
art. 11 de la Ley 29944 y ordena archivo definitivo. COLEGIADO GC FA LAG
15. Expediente N° 00175-2015 CORRIGIERON la sentencia de la resolución N° 07 en el extremo del
fallo que consigna el tiempo servicios 30 años debiendo ser 25 años. CONFIRMARON la sentencia
de la resolución N° 07 del 05/10/2015 fjs. 44/48 que declara Fundada en parte la demanda
interpuesta por Raúl Higinio Mamani Pilco contra la Dirección Regional de Educación de Tacna y la
Unidad de Gestión Educativa Local Tacna. Ordena que la demandada reconozca los reintegros por
concepto de asignación por cumplir 25 años de servicio al estado equivalente a dos
remuneraciones calculados sobre la base de la remuneración total con deducción de lo percibido,
e Infundada respecto a la ratificación de la Resolución Directoral UGEL N° 3733-2014 del
04/11/2014. COLEGIADO GC FA LAG
16. Expediente N° 01258-2015 CONFIRMARON la sentencia de la resolución N° 07 del 30/10/2015 a
fjs. 65/71 que declara Fundada la demanda interpuesta por Juan Ludwing Maque Guerra sobre
Recalculo Diferencial otorgada por el art. 184 de la Ley N° 25303 contra la Dirección Regional de
Salud de Tacna, cumpla la demandada con expedir nueva Resolución Administrativa en el cual
reconozca y otorgue a partir del 17/12/19991la Bonificación Diferencial art. 184 de la Ley N° 25303
sobre la base de la remuneración total más el pago de intereses legales según D. Ley N° 252920.
COLEGIADO GC FA LAG
DESPACHO VEINTIUNO DE MARZO DEL 2016
17. Expediente N° 00022-2015 REVOCARON la resolución N° 06 del 18/07/2012 a fjs. 83 que
resuelve rechazar el escrito de interrupción del plazo REFORMANDOLA declararon la interrupción
del plazo. MANDARON al juez fijar fecha de Audiencia de Pruebas. ANULARON la sentencia de la
resolución N° 11 del 06/01/2015 a fjs. 119/138 que declara Fundada la demanda interpuesta por
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SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA
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César Ari Coaquira contra la Municipalidad Distrital de Ilabaya asimismo declara la Ineficacia del
cese del despido de hecho y dispone la reposición laboral del demandante en el trabajo que venía
desempeñando. COLEGIADO CG TP LAG
Expediente N° 00122-2015 REVOCARON la sentencia de la resolución N° 03 del 30/09/2015 a fjs.
346/356 en el extremo que declara Improcedente la demanda interpuesta por Emiliana Chambi
CCama contra la Municipalidad Distrital de Pocollay sobre reposición laboral reconduciéndose lel
proceso para que la demandante solicite la indemnización que corresponda de acuerdo al art. 38
del TUO D. Leg. 728. REFORMANDOLA declara FUNDADA la demanda. se ORDENA la reposición
del demandante al cargo que venía desempeñando u otro igual jerarquía. COLEGIADA GC FA
LAG
Expediente N° 00083-2015-0-2301-JR-LA-01 REVOCARON la sentencia del 25/09/2015 de la
resolución N° 4 fjs. 158/174 que declara Improcedente la demanda interpuesta por Jhoel Orlando
Espinoza Monzon contra la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento de Tacna S.A.
REFORMANDOLA declararon FUNDADA la demanda sobre Reposición Laboral en consecuencia
ORDENARON a la demandada que reponga al demandante en el cargo de supervisor de servicios
generados en la División de mantenimiento nivel T1 de la Gerencia de Operaciones u otro cargo
similar. COLEGIADO GC FA LAG
Expediente N° 01160-2015-0-2301-JR-LA-01 CONFIRMARON la resolución N° 03 del
24/09/2015 que resuelve declarar INFUNDADA la solicitud de interrupción del plazo solicitada por
la defensa técnica del demandante en consecuencia declara IMPROCEDENTE por extemporáneo el
recurso de apelación formulado en contra de la resolución N° 02 da por concluido y archivo del
expediente. COLEGIADO GC FA LAG
Expediente N° 02646-2013-0-2301-JR-LA-01 CONFIRMARON en parte la sentencia del
23/09/2015 de la resolución N° 17 que declara Fundada en parte la demanda interpuesta por
Víctor Hugo Velarde Romero apoderado de Sergio Eduardo Tapia del Alcazar contra del
Organismo Supervisor de la Inversión Privada de Telecomunicaciones (OSIPTEL) REVOCARON la
parte de la fecha de inicio de la encargatura 22/12/2008 y por reintegro S/. 36,666.67.
REFORMANDOLA fecha de inicio de la encargatura 15/09/2008. ORDENA a la demandada cumpla
con pagar S/. 43,000.00 e INFUNDADA la pretensión de reintegro de Remuneración Diferencial
por Encargo y Desempeño de funciones como Jefe de la Oficina Desconcentrada de Tacna por el
periodo 12/10/2007 hasta el 14/09/2008. COLEGIADO GC FA LAG
Expediente N° 00678-2015-0-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la sentencia del 21/10/2015 a fjs.
61/65 que declara Infundada la demanda interpuesta por Magdalena Yalpa Ravelo contra la
Dirección Regional de Educación de Tacna sobre incremento salarial dispuesto por el D. Ley N°
25981 y dispone archivo definitivo. COLEGIADO GC FA LAG
Expediente N° 00616-2015-0-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la sentencia del 29/10/2015 fjs.
42/46 que declara Infundada la demanda interpuesta por Nilda Gladys Paniagua Escalera contra la
Dirección de la Unidad de Gestión Educativa Local de Tacna sobre incremento salarial dispuesto
por el D. Ley N° 25891 y dispone el archivo definitivo. COLEGIADO GC FA LAG
Expediente N° 00871-2015-0-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la sentencia del 14/10/2015 a fjs.
72/77 que declara Fundada la demanda interpuesta por Constancia Josefina Condemaita
Huarachi en contra de la Dirección Regional de Educación de Tacna y del Gobierno Regional de
Tacna, ordena que la demandada cumpla con calcular las asignaciones y subsidios reclamados
sobre la remuneración total con deducción de lo percibido más intereses legales. CORREGIR la
sentencia del 14/10/2015 en el extremo que dispone “nulidad de la resolución denegatoria ficta de
fecha 25/07/2013” suprimiendo este acto administrativo. COLEGIADO GC FA LAG
Expediente N°00895-2015-0-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la sentencia a fjs. 39/43 del
14/10/2015 que declara Fundada la demanda interpuesta por María Adela Portugal contra la
Dirección Regional de Educación de Tacna, disponiendo que la demandada reconozca los
reintegros por conceptos de subsidio por luto y gastos de sepelio equivalente a cuatro
remuneraciones sobre la base de la remuneración total con deducción de los percibido.
COLEGIADO GC FA LAG
Expediente N° 00096-2015-0-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la sentencia a fjs. 74/78 del
13/10/2015 que declara Fundada la demanda interpuesta por Elizabeth Clara Perea Nieto de
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SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA
La República
Pizarro contra la Dirección Regional de Educación de Tacna y la Gerencia Regional de Desarrollo
Social del Gobierno Regional de Tacna, ordena que la demandada reconozca los reintegros por
concepto de subsidio por luto y gastos de sepelio equivalente a cuatro remuneraciones con
deducción de lo percibido. COLEGIADO GC FA LAG
Expediente N° 00893-2015-0-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la sentencia a fjs. 44/48 del
14/10/2015 que declara Fundada la demanda interpuesta por Carmen Rocío Osorio Urrutia contra
la Dirección Regional de Educación de Tacna y del Gobierno regional de Tacna, ordena que la
demandada reconozca los reintegros por concepto de subsidio por luto y gastos de sepelio
equivalente a cuatro remuneraciones con deducción de los percibido. COLEGIADO GC FA LAG
Expediente N° 01074-2015-0-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la sentencia a fjs. 38/42
26/10/2015 que declara Fundada la demanda interpuesta por Silvia de Lourdes Romero Araya
contra la Dirección Regional de Educación de Tacna, dispone que la demandada reconozca los
reintegros por concepto de subsidio por gastos de sepelio equivalente a dos remuneraciones
sobre la base de la remuneración total con deducción de lo percibido más el pago de intereses, e
Infundado respecto a la Resolución directoral Regional N° 003938 del 28/11/2014. COLEGIADO GC
FA LAG
Expediente N° 00319-2015-0-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la sentencia del 30/10/2015 a fjs.
53/59 que declara Infundada en todos sus extremos la demanda interpuesta por Glenda Sheilla
Regional Tacna contra la Dirección Regional de Educación de Tacna y el Gobierno Regional de
Tacna sobre pago de Asignación por Movilidad y Refrigerio dispone el archivo definitivo.
COLEGIADO GC FA LAG
Expediente N° 00825-2015-0-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la sentencia del 29/10/2015 a fjs.
91/95 que declara Infundada en todos sus extremos la demanda interpuesta por Mirtha Angélica
Tamara Rosales contra la Dirección Regional de Educación de Tacna y la Unidad de Gestión
Educativa Local de Tacna sobre pago de Asignación por Movilidad y Refrigerio dispone su archivo
definitivo. COLEGIADO GC FA LAG
Expediente N° 01171-2015-0-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la sentencia del 23/10/2015 a fjs.
43/49 que declara Infundada en todos sus extremos la demanda interpuesta por Clara Hilaria
Yucra Roque contra la Dirección Regional de Educación de Tacna y la Dirección de la Unidad de
Gestión Educativa Local de Tacna sobre pago de Asignación por Movilidad y Refrigerio dispone su
archivo definitivo. COLEGIADO GC FA LAG
Expediente N° 00997-2015-0-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la sentencia del 13/10/2015 fjs.
39/43 que declara Fundada la demanda interpuesta por Antonia Serrano Mamani contra la
Dirección Regional de Educación de Tacna y del Gobierno Regional de Tacna, ordena que la
demandada reconozca los reintegros por concepto de subsidio por luto y gastos de sepelio
equivalente a cuatro remuneraciones sobre la remuneración total con deducción de lo percibido
e infundada respecto a la nulidad de la Resolución Directoral Regional N° 004455 del 13/10/2007.
COLEGIADO GC FA LAG
Expediente N° 00896-2015-0-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la sentencia del 30/10/2015 a
fjs.69/75 que declara Infundada en todos sus extremos la demanda interpuesta por Lucio Ururi
Mamani contra la Dirección Regional de Educación de Tacna y la Unidad de Gestión Educativa
Local de Tacna sobre Asignación por Movilidad y Refrigerio dispone archivo definitivo.
COLEGIADO GC FA LAG
Expediente N° 00281-2015-0-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la sentencia del 09/10/2015 a fjs.
45/49 que declara Fundada en parte la demanda interpuesta por Anselmo Contreras Ruiz contra la
Dirección Regional de Educación de Tacna y la Unidad de Gestión Educativa Local de Tacna,
ordenando se reconozca los reintegros por concepto de asignación por cumplir 25 años de
servicio al estado equivalente a dos remuneraciones sobre la base de la remuneración total con
deducción de lo percibido e Infundada respecto a la Resolución Directoral N° 2913-2014 del
22/08/2014. CORREGIR la sentencia del 09/10/2015 en el extremo que dispone “con deducción de
lo percibido en mérito a la Resolución Directoral N° 2913-2014 de 22/08/2014” siendo lo correcto “con
deducción de lo percibido en mérito a la Resolución Directoral Ugel Tacna N° 003374 del 26/09/2014”.
COLEGIADO GC FA LAG
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La República
SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA
Jueves, 1 de setiembre del 2016
35. Expediente N° 00903-2013-0-2301-JR-LA-01 CONFIRMARON la sentencia de la resolución N° 20
del 29/09/2015 a fjs. 1103/1114 que resuelve declarar Infundada la demanda interpuesta por José
Luis Rojas Mantilla Procurador Público del Gobierno Regional de Tacna contra Freddy Luis Cabrera
Pinto, Rossana Angélica Lostaunau Costa Comesaña y Wilbert Tito Pare Juárez sobre
Indemnización por Daños y Perjuicios por inejecución de obligaciones. COLEGIADO GC FA LAG
36. Expediente N° 0078-2015-0-2301-JR-LA-01 REVOCARON en parte la resolución N° 03 del
25/09/2015 a fjs. 339/349 que resuelve declarar Improcedente la demanda REFORMANDOLA
declararon FUNDADA la demanda interpuesta por Wenceslao Luciano Condori Gutiérrez contra la
Municipalidad Distrital Alto de la Alianza sobre Reposición Laboral ORDENARON que la
demandad cumpla con reponer al demandante en el cargo de Guardián del campo deportivo de la
Sub Gerencia de Desarrollo Social u otro cargo similar. COLEGIADO GC FA LAG
Nro.
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Expediente
2011-00171-88
2012-01420-27
2013-00042-95
2011-01546-23
2016-00881-82
2012-01271-77
2015-02725-60
2016-00381-31
2016-00381-35
2015-02488-50
2014-02352-69
2016-00510-94
2015-01663-84
2012-00864-36
2014-00788-10
2014-01599-9
2015-00021-33
2016-00153-0
2016-00126-10
2015-02930-73
2011-01807-39
2016-01704-0
2015-00927-25
2015-01039-50
2011-00871-0
2016-01792-15
2010-01932-25
2015-02388-75
2015-00520-75
2013-00774-31
2012-01021-55
2014-01464-19
2013-01932-16
2015-00811-52
2013-00712-5
2011-01912-26
2015-02568-80
2015-01020-84
2014-02329-35
2015-00974-16
2016-01074-63
2016-01769-0
2015-01567-73
2014-01657-85
2010-01529-19
2015-01063-32
2015-00036-99
2015-01001-97
2014-01316-95
2013-01823-94
2012-00531-1
2013-00240-43
2011-01554-23
2015-00908-21
2013-00869-15
2014-00019-18
2013-01356-3
Organo Jurisdiccional
1° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central
1° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central
1° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central
JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL
JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL
JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL
1° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central
1° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central
1° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central
1° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central
1° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central
1° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central
1° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central
1° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central
1° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central
1° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central
1° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central
2° JUZG. UNIPERSONAL - FLAGRANCIA, OAF Y CEED - SEDE CENTRAL
2° JUZG. UNIPERSONAL - FLAGRANCIA, OAF Y CEED - SEDE CENTRAL
2° JUZG. UNIPERSONAL - FLAGRANCIA, OAF Y CEED - SEDE CENTRAL
2° JUZG. UNIPERSONAL - FLAGRANCIA, OAF Y CEED - SEDE CENTRAL
2° JUZG. UNIPERSONAL - FLAGRANCIA, OAF Y CEED - SEDE CENTRAL
3° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central
3° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central
3° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central
3° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central
3° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central
3° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central
3° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central
3° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central
3° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central
3° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central
3° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central
3° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central
3° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central
3° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central
4° JUZGADO DE LA INVESTIGACION PREPARATORIA - SEDE CENTRAL
4° JUZGADO DE LA INVESTIGACION PREPARATORIA - SEDE CENTRAL
4° JUZGADO DE LA INVESTIGACION PREPARATORIA - SEDE CENTRAL
J.INVESTIG.PREPARATORIA - MBJ G. Albarrac¡n
J.INVESTIG.PREPARATORIA - MBJ G. Albarrac¡n
J.INVESTIG.PREPARATORIA - MBJ G. Albarrac¡n
J.INVESTIG. PREPARATORIA - MBJ Alto del Alianza
J.INVESTIG. PREPARATORIA - MBJ Alto del Alianza
JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL
JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL
JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL
JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL
JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL
JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL
JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL
SALA DE APELACIONES - Sede Central
SALA DE APELACIONES - Sede Central
SALA DE APELACIONES - Sede Central
SALA DE APELACIONES - Sede Central
SALA DE APELACIONES - Sede Central
SALA DE APELACIONES - Sede Central
Sala Audiencia
SALA 01 PENAL DE POCOLLAY
SALA 01 PENAL DE POCOLLAY
SALA 01 PENAL DE POCOLLAY
SALA 01 PENAL DE POCOLLAY
SALA 01 PENAL DE POCOLLAY
SALA 01 PENAL DE POCOLLAY
SALA 1 JIP. - 1ER PISO
SALA 1 JIP. - 1ER PISO
SALA 1 JIP. - 1ER PISO
SALA 1 JIP. - 1ER PISO
SALA 1 JIP. - 1ER PISO
SALA 1 JIP. - 1ER PISO
SALA 1 JUNI -2DO PISO
SALA 1 JUNI -2DO PISO
SALA 1 JUNI -2DO PISO
SALA 1 JUNI -2DO PISO
SALA 1 JUNI -2DO PISO
SALA 2 JUNI - 2DO PISO
SALA 2 JUNI - 2DO PISO
SALA 2 JUNI - 2DO PISO
SALA 2 JUNI - 2DO PISO
SALA 2 JUNI - 2DO PISO
SALA 3 JIP - 1ER PISO
SALA 3 JIP - 1ER PISO
SALA 3 JIP - 1ER PISO
SALA 3 JIP - 1ER PISO
SALA 3 JUNI - 2DO PISO
SALA 3 JUNI - 2DO PISO
SALA 3 JUNI - 2DO PISO
SALA 3 JUNI - 2DO PISO
SALA 3 JUNI - 2DO PISO
SALA 3 JUNI - 2DO PISO
SALA 3 JUNI - 2DO PISO
SALA 3 JUNI - 2DO PISO
SALA 3 JUNI - 2DO PISO
SALA 3 JUNI - 2DO PISO
SALA 4 JIP - 1ER PISO
SALA 4 JIP - 1ER PISO
SALA 4 JIP - 1ER PISO
SALA INV. PREP. - GREGORIO ALBARRACIN
SALA INV. PREP. - GREGORIO ALBARRACIN
SALA INV. PREP. - GREGORIO ALBARRACIN
SALA INV. PREP. - MBJAA
SALA INV. PREP. - MBJAA
SALA NUEVO COLEG.- 1ER PISO
SALA NUEVO COLEG.- 1ER PISO
SALA NUEVO COLEG.- 1ER PISO
SALA NUEVO COLEG.- 1ER PISO
SALA NUEVO COLEG.- 1ER PISO
SALA NUEVO COLEG.- 1ER PISO
SALA NUEVO COLEG.- 1ER PISO
SALA PENAL SUPERIOR-3ER PISO
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SALA PENAL SUPERIOR-3ER PISO
SALA PENAL SUPERIOR-3ER PISO
ROL DE AUDIENCIAS PROGRAMADAS EN EL MODULO PENAL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA.
FECHA: Jueves 01 Septiembre del 2016.
Hora
10:00
12:00
12:30
15:00
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15:00
15:30
09:00
10:01
11:02
09:00
11:30
13:00
10:00
11:00
08:15
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10:00
11:00
12:00
12:30
14:40
09:00
10:30
12:00
13:00
15:00
16:00
Delito
Comercialización y cultivo de amapola y marihuana y su siembra compulsiva.
Omisión de asistencia familiar
Omisión de asistencia familiar
Lavado de Activos
Secuestro
Robo.
Violación sexual de menor de edad.
Lesiones graves
Lesiones graves
Feminicidio
Lavado de Activos
Homicidio culposo
Lesiones culposas
Contrabando
Peculado doloso
Falsedad genérica.
Homicidio culposo
Omisión de asistencia familiar
Conducción en estado de ebriedad o drogadicción.
Omisión de asistencia familiar
Falsedad genérica.
Omisión de asistencia familiar
Violación de la libertad sexual.
Reproducción, difusión, distribución y circulación de la obra sin la autorización
Omisión de asistencia familiar
Robo.
Falsificación de documentos.
Omisión de asistencia familiar
Omisión de asistencia familiar
Homicidio Simple
Homicidio culposo
Falsedad ideológica.
Lesiones graves
Violencia contra la autoridad para impedir el ejercicio de sus funciones.
Falsificación de documentos.
Abuso de autoridad.
Usurpación
Hurto simple.
Peculado doloso
Receptación
Violación sexual de menor de edad.
Omisión de asistencia familiar
Lesiones graves
Omisión de asistencia familiar
Homicidio Simple
Actos contra el pudor en menores.
Actos contra el pudor en menores.
Actos contra el pudor en menores.
Violación sexual de menor de edad.
Agravante por abuso de cargo en retención o traslado de menor de edad o de persona incapaz
Defraudacion Tributaria
Ursurpación Agravada
Falsificación de documentos.
Contrabando
Violación sexual de menor de edad.
Falsificación de documentos.
Apropiación ilícita.
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CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA
COMUNICADO
La Corte Superior de Justicia Tacna, comunica a los señores justiciables, litigantes y usuarios en general, que debido a trabajos
de mantenimiento y reforzamiento preventivos de las escaleras y puentes metálicos de la Corte y cambio de piso del hall
principal, se ha dispuesto el cierre de la puerta Nº 1 – calle Inclán, por lo que el ingreso a la sede central será por la puerta Nº 2.
En tal sentido, Mesa de Partes funcionará temporalmente en el 2do piso: Ventanilla 1 en CDM, ventanilla 2 en Sala de Lectura y
ventanilla 3 en Mesa de Partes del Módulo Penal.
De igual forma la Oficina de Defensoría del Usuario de la ODECMA funcionará temporalmente en el 4to piso.
Asimismo, durante éste periodo, la Agencia del Banco de Nación que funciona en las instalaciones de la sede central de la
Corte, no tendrá atención al público.
Agradecemos su comprensión por las molestias que pudieran ocasionar los trabajos previstos.
Tacna, 8 de agosto de 2016
Administración - Presidencia
Corte Superior de Justicia de Tacna
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA
COMUNICADO
La Corte Superior de Justicia Tacna, comunica a los señores justiciables, litigantes y usuarios
en general, que desde el 1 de agosto vienen funcionando los siguientes juzgados en las
siguientes direcciones:
Calle Zela Nº 210
5to Juzgado de Investigación Preparatoria Permanente de Tacna
6to Juzgado de Investigación Preparatoria Permanente Especializado en Delitos
Aduaneros, Tributarios de Mercado y Ambientales
Urb. Santa Ana - 2da Etapa, Mz. A Lt. 12
3er Juzgado de Familia Permanente de Tacna
Tacna, agosto de 2016
Atentamente,
Corte Superior de Justicia de Tacna
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