MINISTERIO DE MINERÍA AGENCIA DE REGULACIÓN Y CONTROL MINERO GUÍA METODOLÓGICA PARA LOS TRÁMITES DE PETICIÓN Y OFERTA DE PEQUEÑA MINERÍA METÁLICA USUARIO INTERNO Y EXTERNO Versión 1.0 JULIO - 2016 pág. 1 Contenido 1. OBJETIVO .................................................................................................................................... 3 2. CONTROL DE CAMBIOS............................................................................................................... 3 3. SIGLAS Y ACRÓNIMOS ................................................................................................................ 3 4. GLOSARIO DE TÉRMINOS ........................................................................................................... 3 5. PROCESO DE PETICIÓN DE PEQUEÑA MINERÍA METÁLICA. ...................................................... 5 5.1. PROCEDIMIENTO .................................................................................................................... 5 5.2. EMISIÓN DEL TÍTULO .............................................................................................................. 7 5.3. INSCRIPCIÓN DEL TÍTULO ....................................................................................................... 7 6. PROCESO DE OFERTA DE PEQUEÑA MINERÍA METÁLICA ......................................................... 7 6.1. PROCEDIMIENTO .................................................................................................................... 7 6.2. EMISIÓN DEL TÍTULO ............................................................................................................ 10 6.3. INSCRIPCIÓN DEL TÍTULO ..................................................................................................... 10 7. ANEXOS ..................................................................................................................................... 11 8. APROBACIÓN MINISTERIO DE MINERÍA .................................................................................. 21 9. APROBACIÓN AGENCIA DE REGULACIÓN Y CONTROL MINERO ............................................. 22 pág. 2 1. OBJETIVO Esta Guía Metodológica detalla el procedimiento a seguir por parte de los solicitantes u oferentes para el trámite de Petición y Oferta para Pequeña Minería Metálica. 2. CONTROL DE CAMBIOS VERSIÓN RESPONSABLE FECHA DOCUMENTO No.: DESCRIPCIÓN DEL CAMBIO 1.0 Ambar López Julio - 2016 GUIA-UI-SGM-010 Levantamiento de Información 3. SIGLAS Y ACRÓNIMOS ARCOM: Agencia de Regulación y Control Minero. ERJAFE: Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva. PSAD56: Sistema de referencia geodésico. QUIPUX: Sistema de Gestión Documental. RUC: Registro Único de Contribuyentes. SENESCYT: Secretaría Nacional de Educación Superior, Ciencia y Tecnología. SGM: Sistema de Gestión Minera. SNDM: Subsecretaría Nacional de Desarrollo Minero. SRI: Servicio de Rentas Internas. 4. GLOSARIO DE TÉRMINOS Petición: Proceso por el cual una persona natural o jurídica nacional o extranjera, pública, mixta o privada puede solicitar una concesión minera metálica dentro del régimen de pequeña minería, cuando el área solicitada para sus labores subterráneas exceda de 4 hectáreas mineras hasta 300 hectáreas mineras o de 6 hectáreas hasta 300 hectáreas mineras, para labores a cielo abierto. Oferta: Proceso por el que una persona natural o jurídica nacional o extranjera, pública, mixta o privada, realiza su propuesta de obtener una concesión minera metálica dentro del régimen de pequeña minería, en áreas que excedan las 300 hectáreas mineras hasta 500 hectáreas. Formulario Simplificado: Herramienta que permitirá la validación de información presentada por los usuarios en el proceso de petición. pág. 3 Plan de Trabajo: El plan de trabajo debe evidenciar la solvencia técnica, tecnológica y económica, montos de inversión, ubicación, área, plazos para el desarrollo de actividades de exploración, explotación, beneficio, procesamiento, estudios ambientales, estructura del equipo técnico a operar, y cierre de operaciones. Catastro Minero: Sistema en el cual la Agencia de Regulación y Control Minero - ARCOM, mantiene consolidada y actualizada la base de datos alfanumérica y gráfica, de las áreas mineras que se encuentran en trámite, otorgadas o en litigio; sistema que funciona con las coordenadas UTM PSAD 56. Registro Minero: Sistema en el cual consta información de títulos mineros, autorizaciones, contratos mineros y toda decisión administrativa o judicial, que hubiere causado estado en materia minera; respecto de los procesos de otorgamiento, concesión, modificación, autorización y extinción de los derechos mineros contemplado en la Ley de Minería, a cargo de ARCOM. pág. 4 5. PROCESO DE PETICIÓN DE PEQUEÑA MINERÍA METÁLICA. 5.1. PROCEDIMIENTO 1. Para el inicio del proceso de petición previo al otorgamiento de una concesión minera, el interesado deberá dirigir un oficio a la Subsecretaría Nacional de Desarrollo Minero (Anexo 1) y adjuntar los requisitos establecidos en el artículo 10 del Instructivo para el Otorgamiento de Concesiones Mineras para Minerales Metálicos, la que deberá ser suscrita por el solicitante, asesor técnico y su asesor legal. 2. El oficio y los requisitos indicados, deberán ser entregados en el Centro de Documentación y Archivo del Ministerio Sectorial en formato físico y digital, los cuales deberán ser documentos originales o copias certificadas. 3. El solicitante podrá registrarse como usuario en el SGM sin que éste sea necesario para el inicio del proceso. 4. Con la finalidad de que el solicitante pueda dar cumplimiento con lo establecido en el literal d) del artículo 10 del Instructivo para el Otorgamiento de Concesiones Mineras para Minerales Metálicos, deberá regirse al formato de Plan de Inversión en Exploración y Explotación que hace parte integral del presente documento (Anexo 2). El monto total de inversión indicado por el solicitante, deberá ser justificado mediante formularios del SRI, certificados bancarios, estados de cuenta, balances generales, entre otros. 5. Presentada la información por el interesado, el Centro de Documentación y Archivo del Ministerio Sectorial, reasignará inmediatamente el trámite determinado en el Sistema Quipux a la Subsecretaría Nacional de Desarrollo Minero. 6. Una vez ingresada la información al Centro de Documentación y Archivo del Ministerio Sectorial, está será remitida a la Subsecretaría Nacional de Desarrollo Minero, la misma que en el término de cinco (5) días validará la información presentada. La SNDM validará la información mediante el formulario simplificado (Anexo 3), el cual deberá cumplir con el cien por ciento (100%) de la documentación solicitada de no cumplir con el cien por ciento se procederá con el archivo de la solicitud y devolución de la documentación. En el caso de que el peticionario desee solicitar nuevamente, éste deberá reiniciar el proceso. 7. El Subsecretario /a Nacional de Desarrollo Minero, de así considerarlo pertinente, fijará fecha y hora, para que se realice una inspección al área solicitada, en la que corroborará aspectos técnicos descritos en la documentación y capacidad instalada; para lo cual los técnicos de la SNDM, serán los responsables de notificar al solicitante por correo electrónico la visita técnica. Los técnicos delegados presentarán el respectivo informe dentro del término de (3) días, a través del cual ratificará la veracidad de la información presentada por el solicitante a la SNDM. pág. 5 8. Una vez que se encuentre toda la información validada a través del Formulario Simplificado, la SNDM remitirá a la ARCOM, la cual en el término de hasta tres (3) días deberá proceder con la graficación y reserva del área de interés del solicitante en el Catastro Minero y notificará conjuntamente a la SNDM y al interesado indicando que su área se encuentra reservada, la que permanecerá graficada por el término de dieciocho (18) días; tiempo en el que debe cumplir con el procedimiento establecido en los artículos 11 y 12 del Instructivo para el Otorgamiento de Concesiones Mineras para Minerales Metálicos. 9. Una vez graficada el área, el solicitante en el término máximo e improrrogable de tres (3) días deberá presentar a la SNDM la solicitud generada en el SGM, acompañada de los siguientes documentos habilitantes: Declaración juramentada donde conste que el peticionario no está incurso en las inhabilidades establecidas en la Ley de Minería y su Reglamento. En el caso de personas jurídicas extranjeras, adicional (…) deberá presentar la domiciliación de la persona jurídica extranjera solicitante y poder general o especial de representación. Comprobante de pago por concepto de derechos de trámite por concesión, que será de dos (2) remuneraciones básicas unificadas, depositado en la cuenta del Ministerio de Minería del Banco del Pacífico No. 7654375 sublínea 190499. El solicitante deberá acercarse a la Dirección Financiera del Ministerio de Minería, con el comprobante de pago realizado, y un detalle de la concesión minera o trámite al cual está aplicando, que contendrá sus datos de identificación tributaria (Número de RUC, nombre o razón social, dirección, teléfono, correo electrónico), con la finalidad que la Dirección Financiera del Ministerio emita la respectiva factura que deberá ser incluida en los requisitos a ser presentados. 10. La SNDM revisará el cumplimiento de los requisitos en el término de siete (7) días. En el caso que el peticionario no cumpla con los requisitos indicados, la SNDM notificará al peticionario a través del casillero judicial; y, correo electrónico registrado en el SGM, y se le solicitará que complete o subsane la información en el término de cinco (5) días. De no completar en el término concedido, se dispondrá el archivo de la solicitud, se devolverá la documentación entregada, sin derecho a la devolución del pago por trámite administrativo y se solicitará a la ARCOM para que dentro del término de tres (3) días, se proceda con la desgraficación del área del Catastro Minero y notifique a la SNDM que el área de interés ha sido desgraficada. 11. Con la información completa, la SNDM, solicitará a la ARCOM mantener la reserva del área hasta el fin del proceso y remitirá el trámite con la documentación en digital, que habilitará a la ARCOM para el inicio de la elaboración de informes pág. 6 Técnico, Económico y Legal en el término de diez (10) días. El trámite será trasladado a la Coordinación Regional de la ARCOM correspondiente, de acuerdo a la circunscripción en que se encuentre el área reservada. Adicional la SNDM remitirá la documentación física para constancia. 12. Una vez emitidos los informes de la ARCOM a la SNDM, ésta de considerar necesario, solicitará un alcance de los mismos que deberán ser remitidos en el término de diez (10) días. 13. Si el informe no es favorable, se procederá con el archivo de la solicitud y devolución de la documentación; así mismo la SNDM solicitará la desgraficación del área del Catastro Minero, debiendo realizar dicha actividad la ARCOM en el término de tres (3) días y posterior notificación a la SNDM. 14. Si el informe es favorable, la SNDM en el término de cinco (5) días solicitará y enviará el expediente a la Subsecretaría Regional de Minería competente para que emita la correspondiente Resolución Administrativa. 5.2. EMISIÓN DEL TÍTULO 1. La Subsecretaría Regional de Minería competente recibirá el trámite en físico y designará un abogado para la elaboración de la Resolución Administrativa en el término de cinco (5) días, misma que otorgará el derecho minero; y notificará simultáneamente a la SNDM, ARCOM y al peticionario. 5.3. INSCRIPCIÓN DEL TÍTULO 1. El titular deberá protocolizar el derecho minero en una notaría e inscribir la resolución en el Registro Minero a cargo de la ARCOM Regional, en el plazo de treinta (30) días, contados a partir de la fecha de otorgamiento. La falta de inscripción en el Registro Minero determinará la invalidez de la resolución, de conformidad con lo establecido en el Reglamento General a la Ley Minera. 2. El titular deberá entregar el original protocolizado en la Subsecretaría Regional de Minería competente, dentro del plazo estipulado. 6. PROCESO DE OFERTA DE PEQUEÑA MINERÍA METÁLICA 6.1. PROCEDIMIENTO 1. Para el inicio del proceso de oferta previo al otorgamiento de una concesión minera el solicitante deberá registrarse en el SGM y reservar el área conforme a la calendarización de apertura aprobada por el Ministerio Sectorial. 2. El oferente deberá entregar en el Centro de Documentación y Archivo del Ministerio Sectorial en el término de cinco (5) días, su solicitud dirigida a la Subsecretaría pág. 7 3. Nacional de Desarrollo Minero, adjuntando lo preceptuado en los literales a), b), c) y d) del artículo 15 del Instructivo para el Otorgamiento de Concesiones Mineras para Minerales Metálicos. La documentación que presente el oferente deberá ser original o copias certificadas. Con la finalidad de que el solicitante pueda dar cumplimiento con lo establecido en el literal d) del artículo 15 del Instructivo para el Otorgamiento de Concesiones Mineras para Minerales Metálicos, el interesado deberá regirse al formato de Plan de Trabajo que hace parte integral del presente documento (Anexo 4). 4. Presentada la información por el oferente, el Centro de Documentación y Archivo del Ministerio Sectorial, reasignará inmediatamente el trámite determinado en el Sistema Quipux a la Subsecretaría Nacional de Desarrollo Minero. 5. Una vez receptada la documentación, la SNDM en el término de cinco (5) días analizará la misma. De no encontrarse completa, solicitará al oferente que la complemente en el término de tres (3) días. En el caso de no haber completado lo requerido por la SNDM, se archivará la solicitud y se procederá con la devolución de la documentación. 6. De encontrarse completa la documentación, la SNDM en el término de cinco (5) días publicará en la página web del Ministerio Sectorial la oferta, la misma que contendrá las coordenadas del área de interés y que permanecerá publicada por el término de tres (3) días, para que en el caso de existir terceros interesados en el área en trámite, puedan presentar sus ofertas. 7. En el caso de existir nuevos oferentes, podrán presentar en el término de cinco (5) días su oferta adjuntando la correspondiente documentación, que será entregada al Centro de Documentación y Archivo del Ministerio Sectorial, para que sea remitida vía Quipux a la SNDM. 8. Recibida la documentación de terceros oferentes, la SNDM la analizará en el término de cinco (5) días. De no estar completa, se requerirá al(los) nuevo(s) oferente(s) que la complementen en el término de tres (3) días y de no hacerlo se procederá con el archivo de la solicitud y devolución de la documentación. 9. Cuando la documentación se encuentre completa, la SNDM procederá a calificar la oferta más idónea conforme al plan de trabajo presentado y los términos de referencia emitidos, debiendo elaborarse un informe técnico legal motivado, en el término de veinte (20) días. 10. Presentado el informe por los técnicos, la SNDM notificará los resultados de la selección de la mejor oferta al(los) oferente(s) en el término de tres (3) días; y se procederá con el archivo y devolución de la documentación de las ofertas no favorables. 11. Calificada la mejor oferta, la SNDM en el término de tres (3) días notificará a la ARCOM para que proceda a la graficación del área adjudicada. pág. 8 12. La ARCOM notificará a la SNDM y al oferente la reserva del área, dentro del término de tres (3) días. 13. Una vez que se encuentre reservada el área, ésta permanecerá graficada por el término de dieciocho (18) días; tiempo en el cual el oferente debe cumplir con los requisitos establecidos en los artículos 16 y 18 del Instructivo para el Otorgamiento de Concesiones Mineras para Minerales Metálicos que son los siguientes: Declaración juramentada donde conste que el peticionario no está incurso en las inhabilidades establecidas en la Ley de Minería y su Reglamento. En el caso de personas jurídicas extranjeras, adicional (…) deberá presentar la domiciliación de la persona jurídica extranjera solicitante y poder general o especial de representación. Comprobante de pago por concepto de derechos de trámite por concesión, que será de dos (2) remuneraciones básicas unificadas, depositado en la cuenta del Ministerio de Minería del Banco del Pacífico No. 7654375 sublínea 190499. El solicitante deberá acercarse a la Dirección Financiera del Ministerio de Minería, con el comprobante de pago realizado, y un detalle de la concesión minera o trámite al cual está aplicando, que contendrá sus datos de identificación tributaria (Número de RUC, nombre o razón social, dirección, teléfono, correo electrónico), con la finalidad que la Dirección Financiera del Ministerio, emita la respectiva factura que deberá ser incluida en los requisitos a ser presentados. 14. Dichos requisitos deberán ser entregados en el término de tres (3) días en formato físico y digital. En el caso de que el oferente no presente los requisitos solicitados, la SNDM archivará la oferta realizada y se procederá con la devolución de la documentación, solicitando la desgraficación del área del Catastro Minero a la ARCOM. 15. La SNDM revisará el cumplimiento de los requisitos del numeral 13 de la presente guía metodológica en el término de siete (7) días. En el caso que el peticionario no cumpla con los requisitos, tiene cinco (5) días término para subsanar o complementar la información requerida. De no completar la información en el término concedido, se dispondrá el archivo de la oferta, se devolverá la documentación entregada, sin derecho a la devolución del pago por trámite administrativo y se solicitará a la ARCOM para que dentro del término de tres (3) días, se procesa con la desgraficación del área del Catastro Minero y notifique a la SNDM que el área de interés ha sido desgraficada. pág. 9 16. En el caso de que la documentación presentada deba ser subsanada, la SNDM, notificará al oferente a través del casillero judicial; y, correo electrónico registrado en el SGM, para que realice las correcciones respectivas. 17. Con la información completa, la SNDM solicitará a la ARCOM mantener la reserva del área hasta el fin del proceso y remitirá el trámite con la documentación en digital, que habilitará a la ARCOM para el inicio de la elaboración de informes Técnico, Económico y Legal en el término de diez (10) días. El trámite será trasladado a la Coordinación Regional de la ARCOM correspondiente, de acuerdo a la circunscripción que se encuentre el área posiblemente a otorgar. Adicional la SNDM remitirá la documentación física para constancia. 18. Una vez emitidos los informes de la ARCOM a la SNDM, ésta de considerar necesario, solicitará un alcance de los mismos que deberán ser remitidos en el término de diez (10) días. 19. Si el informe no es favorable, se procederá con el archivo de la solicitud y devolución de la documentación, así mismo la SNDM solicitará la desgraficación del área del Catastro Minero, debiendo realizar dicha actividad la ARCOM en el término de tres (3) días y posterior notificación a la SNDM. 20. Si el informe es favorable la SNDM en el término de cinco (5) días, solicitará y enviará el expediente a la Subsecretaría Regional de Minería competente para que emita la correspondiente resolución administrativa. 6.2. EMISIÓN DEL TÍTULO 2. La Subsecretaría Regional de Minería competente recibirá el trámite en físico y designará un abogado para la elaboración de la Resolución Administrativa en el término de cinco (5) días, misma que otorgará el derecho minero; y notificará simultáneamente a la SNDM, ARCOM y al peticionario. 6.3. INSCRIPCIÓN DEL TÍTULO 3. El titular deberá protocolizar el derecho minero en una notaría e inscribir la resolución en el Registro Minero a cargo de la ARCOM Regional, en el plazo de treinta (30) días, contados a partir de la fecha de otorgamiento. La falta de inscripción en el Registro Minero determinará la invalidez de la resolución, de conformidad con lo establecido en el Reglamento General a la Ley Minera. 4. El titular deberá entregar el original protocolizado en la Subsecretaría Regional de Minería competente, dentro del plazo estipulado. pág. 10 7. ANEXOS ANEXO 1.- FORMATO DE SOLICITUD PETICIÓN.OFICIO N°. ____________________ Quito, DM. (día/mes/año). SEÑOR/A SUBSECRETARIO/A NACIONAL DE DESARROLLO MINERO. MINISTERIO DE MINERÍA. PRESENTE/ QUITO. De mi consideración: ________________________, con cédula de ciudadanía No.________________, de nacionalidad___________, domiciliado en la ciudad de________; de la manera más respetuosa comparezco ante su autoridad, con la solicitud de reserva de área (nombre área), para poder realizar exploración, explotación y beneficio de minerales metálicos bajo el régimen de pequeña minería en el procedimiento de petición. Ante lo cual me permito adjuntar la siguiente información para sus fines pertinentes: DATOS PARA PEQUEÑA MINERIA – PETICIÓN Registro Información Nombre Compañía (persona jurídica)/ Nombre Persona Natural RUC/CC Representante legal (solo persona jurídica) Cedula del Representante Legal (solo persona jurídica) Email de notificación Nombre, Apellido Ubicación del Peticionario Provincia, Cantón, Parroquia pág. 11 DATOS PARA PEQUEÑA MINERIA – PETICIÓN Registro Información Dirección Teléfono Asesor técnico Nombres, Apellidos Reg. SENESCYT Especialidad Número de Cédula Asesor Técnico Abogado Nombres, Apellidos Reg. SENESCYT Casillero Judicial Número de Cédula Abogado Mineral metálico a extraer Oro Tipo de explotación Subterránea/Cielo Abierto/aluvial Número de hectáreas mineras XXX Ha. Ubicación del área Provincia, Cantón, Parroquia, Sector Coordenadas de ubicación del área minera COORDENADAS UTM PSAD56, ZONA (15,16, 17,18). PUNTO ESTE NORTE PP XXXXX YYYYYYY P1 XXXXX YYYYYYY P2 XXXXX YYYYYYY P3 XXXXX YYYYYYY P4 XXXXX YYYYYYY P5 XXXXX YYYYYYY Volumen estimado de explotación Nombre propuesto para el área Además me permito adjuntar los requisitos determinados en el artículo 1 del Acuerdo Ministerial No. 2016-014, de Reforma al Acuerdo Ministerial No. 2016-002 del Instructivo para el Otorgamiento de Concesiones Mineras para minerales Metálicos. pág. 12 Designo al Abogado ___________ como mi patrocinador y al Ing. ____________ como mi asesor técnico. El peticionario firma conjuntamente con su asesor técnico y abogado patrocinador. PETICIONARIO. C.C ABOGADO PATROCINADOR ASESOR TÉCNICO. pág. 13 ANEXO 2.- PLAN DE INVERSIÓN EN EXPLORACIÓN Y EXPLOTACIÓN Detallar cronograma de actividades y montos de inversión mensual. (Costo mano de obra, equipos, maquinaria, costo unitario para ciclo de avance, entre otros). * La extensión del plan de inversión dependerá del plan de trabajo a ejecutarse. ACTIVIDADES 1 2 3 4 5 AÑO 2016* 6 7 8 9 10 11 12 PRESUPUESTO $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ TOTAL MONTO DE INVERSIÓN $ - FIRMA ASESOR TÉCNICO NOMBRE: CC: REG. SENESCYT: pág. 14 ANEXO 3.-FORMULARIO SIMPLIFICADO FORMULARIO SIMPLIFICADO VERIFICACIÓN PARA PETICIÓN DE PEQUEÑA MINERÍA METÁLICA GENERALIDADES PERSONA NATURAL PERSONA JURÍDICA FSJFLS NOMBRE DEL SOLICITANTE: NOMBRE DE LA EMPRESA: REPRESENTANTE LEGAL: DIRECCIÓN DE DOMICILIO: TELÉFONO CONVENCIONAL Y CELULAR: DIRECCIÓN: CORREO ELECTRÓNICO: TELÉFONO CONVENCIONAL Y CELULAR: NOMBRE DEL ÁREA: CORREO ELECTRÓNICO: PROVINCIA: NOMBRE DEL ÁREA: CANTÓN: PROVINCIA: CANTÓN: PARROQUIA: PARROQUIA: SECTOR: SECTOR: VERIFICACIÓN JURÍDICA RUC (CON ACTIVIDAD PRINCIPAL MINERÍA): CERTIFICADO DE CUMPLIMIENTO TRIBUTARIO: SI NO SI NO ESCRITURA PÚBLICA DE CONSTITUCIÓN DE LA COMPAÑÍA (APROBADA POR LA SUPERINTENDENCIA DE COMPAÑÍAS O DE LA SUPERINTENDENCIA DE ECONOMÍA POPULAR Y SOLIDARIA U OTRAS): SI NO RUC (CON ACTIVIDAD PRINCIPAL MINERÍA): SI NO CERTIFICADO DE CUMPLIMIENTO TRIBUTARIO: SI NO SI NO SI NO CERTIFICADO DE ACCIONISTAS O SOCIOS Y DE CUMPLIMIENTO DE LA SUPERINTENDENCIA DE COMPAÑÍAS O DE LA SUPERINTENDENCIA DE ECONOMÍA POPULAR Y SOLIDARIA U OTRAS: DOCUMENTO DE VALIDACIÓN DE CONSTITUCIÓN DE LA COMPAÑÍA Y OBJETO SOCIAL EN MINERÍA: DATOS DEL ÁREA PUNTO COORDENADA X COORDENADA Y COORDENADAS PSAD56: ZONA: ÁREA EN HECTÁREAS: TIPO DE MINERAL: FORMA DE EXPLOTACIÓN: OBSERVACIONES VERIFICACIÓN TÉCNICA EXPERIENCIA EN EL ÁREA MINERA: SI NO CAPACIDAD INSTALADA: SI NO SUPERPOSICIÓN DE ÁREA SOLICITADA: SI NO CUMPLE ÁREA EN HECTÁREAS: SI NO NO VERIFICACIÓN ECONÓMICA MONTO DE INVERSIÓN SI NO JUSTIFICACIÓN ECONÓMICA DEL MONTO DE INVERSIÓN SI NO OBSERVACIONES CALIFICACIÓN DE LA VERIFICACIÓN PUNTAJE DE CUMPLIMIENTO SOBRE 8: PUNTAJE DE CUMPLIMIENTO SOBRE 10: PORCENTAJE DE CUMPLIMIENTO PARA PERSONA NATURAL: PORCENTAJE DE CUMPLIMIENTO PARA PERSONA JURÍDICA: NOMBRE CÉDULA FIRMA DE RESPONSABILIDAD REVISIÓN TÉCNICA: REVISIÓN ECONÓMICA: REVISIÓN LEGAL: OBSERVACIONES: pág. 15 ANEXO 4.- PLAN DE TRABAJO 1. GENERALIDADES NOMBRE DEL ÁREA: PROVINCIA: CANTÓN: PARROQUIA: SECTOR: 2. DATOS DEL ÁREA: Adjuntar mapa con coordenadas PSAD56, sí el área se encuentra entre las dos zonas geográficas, escribir las coordenadas del área en la zona 17 y 18, mapa de ubicación con escala preferiblemente 1:50000 en mapa topográfico, y que incluya simbología, referencias, leyenda. PUNTO UTM: ESTE UTM: NORTE PP 1 2 3 No. HECTÁREAS 3. DESCRIPCIÓN DE LA ZONA Clima: Flora: Fauna: Geomorfología: pág. 16 Información socio económica de la zona: 4. MARCO GEOLÓGICO Geología regional: Geología local: Litología: Alteración: (Si aplica) Mineralización: Geología estructural: Geotecnia del yacimiento: (si aplica) 5. EXPLORACIÓN MINERA Estudios realizados: (si aplica) Métodos utilizados: (si aplica) Desarrollo de actividades de exploración: (si aplica) Métodos a utilizarse: (geoquímica, geofísica) pág. 17 6. DISEÑO DE EXPLOTACIÓN: marque con una x. Cielo Abierto Subterráneo Aluvial Describir actividades planificadas de explotación: Identificar el personal involucrado en la operación: 7. PROCESO DE BENEFICIO DEL MINERAL Procesamiento del mineral: Descripción del método: Disposición de relaves: (si aplica) Manejo y disposición de residuos mineros: 8. CIERRE DE PROCESOS MINEROS Actividades de Reconformación de lugares explotados: 9. SOLVENCIA TÉCNICA: Presentación de experiencia del asesor técnico (incluir especialidad, años de experiencia, experiencia en similares proyectos, número de registro del Senescyt). pág. 18 NOMBRE TITULO UNIVERSITARIO REGISTRO SENESCYT AÑOS EXPERIENCIA EXPERIENCIA EN PROYECTOS CURSOS Y CAPACITACI ONES 10. SOLVENCIA TECNOLÓGICA: Descripción de maquinaria y equipos a utilizarse. TIPO MODELO POTENCIA MOTOR CAPACIDAD DE CARGA O TRABAJO 11. SOLVENCIA ECONÓMICA: Deberá se llenado en el Anexo 4.- para personas naturales no obligadas a llevar contabilidad o presentar el formulario 101 para sociedades, formulario 102 para personas naturales obligadas a llevar contabilidad. Adicional se deberá adjuntar: o Certificado de cuenta bancaria con saldo promedio del último año (persona jurídica y/o persona natural). o Copia de movimientos bancarios del último año (persona jurídica y/o persona natural). 12. SEGURIDAD INDUSTRIAL Y SALUD OCUPACIONAL Aspectos de seguridad industrial: Aspectos de Salud Ocupacional: Plan de medida de contingencia: pág. 19 13. ASPECTOS AMBIENTALES Plan de abandono y restauración: Control de calidad de agua y suelo: Manejo de desechos: Actividades adicionales: Declaro/amos expresamente que asumo/imos la obligación de obtener la respectiva licencia ambiental y dar cumplimiento a las obligaciones generadas de esta, así como cumplir las obligaciones económicas, técnicas y sociales contempladas en la Ley de Minería y demás normativa aplicable y de no hallarme/nos incurso/s en las inhabilidades previstas en el artículo 20 de la Ley de Minería y el artículo 153 de la Constitución de la República del Ecuador, y además de cumplimiento con los Actos Administrativos Previos preceptuados en el Art. 26 de la Ley de Minería. ________________________________________ FIRMA SOLICITANTE / REPRESENTANTE LEGAL NOMBRE: CC: ________________________________________ FIRMA ASESOR TÉCNICO NOMBRE: CC: REG. SENESCYT: 14. ANEXO FOTOGRÁFICO: Se sugiere incluir fotografías de la maquinaria a ser utilizada, campamentos, área a ser concesionada. pág. 20
© Copyright 2024