ARMADA DEL ECUADOR DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN Y DOCTRINA UNIDAD EDUCATIVA FISCOMISIONAL LICEO NAVAL “CMDTE CESAR ENDARA PEÑAHERRERA” Quito -o- El Ecuador ha sido, es y será País Amazónico ACUERDOS Y COMPROMISOS AÑO LECTIVO 2016-2017 Estimados señores padres de familia y/o representantes: El Señor Rector, las autoridades y el personal docente, del Liceo Naval de Quito “Cmte. Cesar Endara Peñaherrera”, muy respetuosamente les expresamos un cordial saludo y les damos la bienvenida al nuevo año lectivo 2016-2017. Con la finalidad de dar cumplimiento a la misión institucional, pone en su conocimiento, un extracto de las políticas en los diversos aspectos para la sana y pacífica convivencia educativa y el logro de los objetivos institucionales. Como parte de la comunidad educativa liceísta, padres o representantes de los cadetes, debemos dar a vuestros hijos el mejor ejemplo de valores, virtudes y cualidades, así como el cumplimiento oportuno de nuestras obligaciones y responsabilidades en todos los campos. Por lo que una de las obligaciones primordiales es revisar la pág. web institucional en la cual se publicará información referente a horarios de atención a padres, notas académicas, actividades, disposiciones, y faltas disciplinarias. De acuerdo a la normativa legal vigente y considerando que es un requisito conocer la LOEI , su Reglamento y el Código de Convivencia, este documento se lo ha dividido en tres partes y el acta que deberán ser leídas detenidamente: PARTE I Es importante que se revise el Art. 134 de la Ley Orgánica de Educación Intercultural (LOEI) y Art. 330 del Reglamento General de dicha Ley, que textualmente dice: ASPECTOS DISCIPLINARIOS, ACADEMICOS Y ACTITUDINALES A CONSIDERAR: Art. 330.- Faltas de los estudiantes. 1. Alterar la paz, la convivencia armónica e irrespetar los Códigos de Convivencia de los Centros Educativos es una falta que puede ser leve, grave o muy grave, de acuerdo con la siguiente explicación: Faltas leves: Usar el teléfono celular o cualquier otro objeto ajeno a la actividad educativa que distrajere su atención durante las horas de clase o actividades educativas. Ingerir alimentos o bebidas durante las horas de clase o actividades educativas, a menos que esto se hiciere como parte de las actividades de enseñanza aprendizaje. No utilizar el uniforme de la institución. Abandonar cualquier actividad educativa sin autorización. Realizar ventas o solicitar contribuciones económicas, a excepción de aquellas con fines benéficos, expresamente permitidas por las autoridades del establecimiento. 1 ARMADA DEL ECUADOR DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN Y DOCTRINA UNIDAD EDUCATIVA FISCOMISIONAL LICEO NAVAL “CMDTE CESAR ENDARA PEÑAHERRERA” Quito -o- El Ecuador ha sido, es y será País Amazónico Faltas graves: Participar activa o pasivamente en acciones de discriminación en contra de los miembros de la comunidad educativa. Participar activa o pasivamente en acciones que vulneren el derecho a la intimidad personal de cualquiera de los miembros de la comunidad educativa. Consumir alcohol, tabaco o sustancias estupefacientes o psicotrópicas ilegales dentro de la institución educativa. Salir del establecimiento educativo sin la debida autorización. Generar situaciones de riesgo o conflictos dentro y fuera de la institución, de conformidad con lo señalado en el código de convivencia del establecimiento educativo. Realizar, dentro de la institución educativa, acciones proselitistas relacionadas con movimientos o partidos políticos de la vida pública local o nacional. Faltas muy graves: Faltar a clases por dos (2) o más días consecutivos sin justificación. Comercializar o promover dentro de la institución educativa alcohol, tabaco o sustancias estupefacientes psicotrópicas ilegales Portar armas 2. Cometer actos de violencia de hecho o de palabra contra cualquier miembro de la comunidad educativa, autoridades, ciudadanos y colectivos sociales es una falta que puede ser grave o muy grave, de acuerdo con la siguiente explicación: Faltas graves: Participar activa o pasivamente en acciones que atenten contra la dignidad de los miembros de la comunidad educativa. Participar activa o pasivamente en acciones que atenten contra la integridad física o psicológica de los miembros de la comunidad educativa. Participar activa o pasivamente en acciones de acoso escolar, es decir, cualquier maltrato psicológico, verbal o físico, producido en contra de compañeros de manera reiterada. No denunciar ante las autoridades educativas cualquier acto de violencia de los derechos de sus compañeros u otros miembros de la comunidad educativa, así como cualquier acto de corrupción que estuviere en su conocimiento. Faltas muy graves: Socavar la dignidad de un miembro de la comunidad educativa a través de publicaciones difamatorias. Participar activa o pasivamente en acciones que atentaren contra la integridad sexual de los miembros de la comunidad educativa o encubrir a los responsables. 3.- Deteriorar o destruir en forma voluntaria las instalaciones institucionales y los bienes públicos y privados es una falta que puede ser leve o muy grave, de acuerdo con la siguiente explicación 2 ARMADA DEL ECUADOR DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN Y DOCTRINA UNIDAD EDUCATIVA FISCOMISIONAL LICEO NAVAL “CMDTE CESAR ENDARA PEÑAHERRERA” Quito -o- El Ecuador ha sido, es y será País Amazónico Faltas leves: Dar mal uso a las instalaciones físicas, equipamiento, materiales, bienes o servicios de las instalaciones educativas Faltas muy graves: Ocasionar daños a la infraestructura física y al equipamiento del establecimiento educativo Ocasionar daños a la propiedad pública o privada 4.- Obstaculizar o interferir en el normal desenvolvimiento de las actividades académicas y culturales de la institución es una falta que puede ser muy grave, de acuerdo con la siguiente explicación: Faltas muy graves: Realizar actos tendientes a sabotear los procesos electorales del Gobierno escolar, del Consejo estudiantil y de los demás órganos de participación de la comunidad educativa; Intervenir en actividades tendientes a promover la paralización del servicio educativo. 5. Cometer fraude o deshonestidad académicas una falta que puede ser leve, grave o muy grave, de acuerdo con la siguiente explicación: Falta leve: Cometer un acto de deshonestidad académica del Tipo I. Falta grave: Cometer un acto de deshonestidad académica del Tipo II. Falta muy grave: Cometer un acto de deshonestidad académica del Tipo III. Además, se adoptarán las acciones educativas relacionadas a la formación en honestidad académica que se detallan en el presente Reglamento. 6. No cumplir con los principios y disposiciones contenidas en la Ley de Educación y en el ordenamiento jurídico ecuatoriano se considera una falta muy grave. La acumulación de faltas tendrá como consecuencia la aplicación de acciones educativas disciplinarias de mayor gravedad, según la normativa específica que para el efecto emita el Nivel Central de la Autoridad Educativa Nacional. Art. 331.- Acciones educativas disciplinarias. Las faltas leves y las faltas graves deben ser conocidas y resueltas dentro de la institución educativa mediante el mecanismo previsto en su Código de Convivencia, otorgándoles al estudiante y a su representante legal el derecho a la defensa. El proceso disciplinario de las faltas muy graves debe ser 3 ARMADA DEL ECUADOR DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN Y DOCTRINA UNIDAD EDUCATIVA FISCOMISIONAL LICEO NAVAL “CMDTE CESAR ENDARA PEÑAHERRERA” Quito -o- El Ecuador ha sido, es y será País Amazónico sustanciado al interior del establecimiento educativo, y las acciones educativas disciplinarias deben ser aplicadas por la Junta Distrital de Resolución de Conflictos, la cual debe emitir la resolución en un plazo no mayor a quince (15) días desde la recepción del expediente. El incumplimiento de este plazo constituye causal de sumario administrativo para los miembros de la Junta Distrital de Resolución de Conflictos. Según el tipo de falta cometida, se aplicarán las siguientes acciones educativas disciplinarias: 1. Para faltas leves. Se aplicará como acción educativa disciplinaria la amonestación verbal, que irá acompañada de una advertencia de las consecuencias que tendría el volver a cometer las respectivas faltas. La amonestación será registrada en el expediente académico del estudiante y en su informe de aprendizaje, y serán informados del particular sus representantes legales. Además, como acciones educativas no disciplinarias, el estudiante deberá suscribir, junto con sus representantes legales, una carta de compromiso en la que afirmen comprender las normas, y se comprometan a que el estudiante no volverá a cometer actos que las violenten. Finalmente, deberá cumplir actividades de trabajo formativo en la institución educativa relacionado con la falta cometida y conducente a reparar el daño ocasionado, si el acto cometido causó perjuicio a otras personas o daño a bienes materiales. 2. Para faltas graves. Además de las acciones establecidas en el literal anterior, para este tipo de faltas, la máxima autoridad del establecimiento educativo debe aplicar, según la gravedad de la falta, la suspensión temporal de asistencia a la institución educativa, por un máximo de quince (15) días, durante los cuales el estudiante deberá cumplir con actividades educativas dirigidas por la institución educativa y con seguimiento por parte de los representantes legales. 3. Para faltas muy graves. Para las faltas muy graves, además de aplicar las acciones establecidas en los literales anteriores, la máxima autoridad del establecimiento debe sustanciar el proceso disciplinario y remitir el expediente a la Junta Distrital de Resolución de Conflictos para la aplicación, según la gravedad de la acción, de una de las siguientes acciones: i. ii. Suspensión temporal de asistencia a la institución educativa por un máximo de treinta (30) días, con acciones educativas dirigidas. Esta medida conlleva la participación directa de los representantes legales en el seguimiento del desempeño del estudiante suspendido; o, Separación definitiva de la institución educativa, lo que implica que el estudiante debe ser reubicado en otro establecimiento. La reubicación en otro establecimiento educativo no implica perder el año lectivo. En el caso de faltas muy graves por deshonestidad académica, se debe proceder directamente a la separación definitiva de la institución educativa. Cualquier acción educativa disciplinaria por faltas leves y graves puede ser apelada por los representantes legales del estudiante ante la Junta Distrital de Resolución de Conflictos en el término de tres (3) días, contados a partir de la notificación por parte de la 4 ARMADA DEL ECUADOR DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN Y DOCTRINA UNIDAD EDUCATIVA FISCOMISIONAL LICEO NAVAL “CMDTE CESAR ENDARA PEÑAHERRERA” Quito -o- El Ecuador ha sido, es y será País Amazónico máxima autoridad del establecimiento. La resolución de la Junta pone fin a la vía administrativa. EVALUACIÓN DEL COMPORTAMIENTO Art. 221.- Ambiente adecuado para el aprendizaje. En la institución educativa se debe asegurar un ambiente adecuado para el aprendizaje de los estudiantes, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica de Educación Intercultural, el presente reglamento y su Código de Convivencia. De esta manera, tanto los estudiantes como los demás miembros de la comunidad educativa deben evitar cualquier comportamiento que dificulte el normal desarrollo del proceso educativo. Art. 222.- Evaluación del comportamiento. Evaluación del comportamiento. La evaluación del comportamiento de los estudiantes en las instituciones educativas cumple un objetivo formativo motivacional y está a cargo del docente de aula o del docente tutor. Se debe realizar en forma literal y descriptiva, a partir de indicadores referidos a valores éticos y de convivencia social, tales como los siguientes: respeto y consideración hacia todos los miembros de la comunidad educativa, valoración de la diversidad, cumplimiento con las normas de convivencia, cuidado del patrimonio institucional, respeto a la propiedad ajena, puntualidad y asistencia, limpieza, entre otros aspectos que deben constar en el Código de Convivencia del establecimiento educativo. La evaluación del comportamiento de los estudiantes debe ser cualitativa, no afectar la promoción de los estudiantes y regirse a la siguiente escala: A=muy satisfactorio B=satisfactorio C=poco satisfactorio D=mejorable E=insatisfactorio Lidera el cumplimiento de los compromisos establecidos para la sana convivencia social. Cumple con los compromisos establecidos para la sana convivencia social. Falla ocasionalmente en el cumplimiento de los compromisos establecidos para la sana convivencia social. Falla reiteradamente en el cumplimiento de los compromisos establecidos para la sana convivencia social. No cumple con los compromisos establecidos para la sana convivencia social. La evaluación del comportamiento de los estudiantes debe incluirse en los informes parciales, quimestrales y anuales de aprendizaje. CAPÍTULO VII DE LA DESHONESTIDAD ACADÉMICA Art. 223.- Deshonestidad académica. Se considera como deshonestidad académica presentar como propios productos académicos o intelectuales que no fueren resultado del esfuerzo del estudiante o de cualquier miembro de la comunidad educativa, o incurrir en cualquier acción que otorgue una ventaja inmerecida a favor de uno o más miembros de 5 ARMADA DEL ECUADOR DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN Y DOCTRINA UNIDAD EDUCATIVA FISCOMISIONAL LICEO NAVAL “CMDTE CESAR ENDARA PEÑAHERRERA” Quito -o- El Ecuador ha sido, es y será País Amazónico la comunidad educativa de conformidad con lo prescrito en el presente Reglamento y el Código de Convivencia institucional. Art. 224.- Tipos de deshonestidad académica. La deshonestidad académica incluye actos de plagio, trampa, o fraude en el ámbito académico, ya sea con trabajos realizados en la institución educativa como los realizados fuera de ella. Los actos de deshonestidad académica incluyen los siguientes: Tipo I 1. Utilizar en un trabajo académico frases exactas creadas por otra persona, sin reconocer explícitamente la fuente; 2. Incluir en un trabajo académico ideas, opiniones, teorías, datos, estadísticas, gráficos, dibujos u otra información sin reconocer explícitamente la fuente, aun cuando hayan sido parafraseados o modificados; y, 3. Presentar el mismo trabajo académico, aun con modificaciones, en dos o más ocasiones distintas, sin haber obtenido autorización expresa para hacerlo. Tipo II 1. Presentar como propio un trabajo académico hecho total o parcialmente por otra persona, con o sin su consentimiento, o realizar un trabajo académico o parte de él y entregarlo a otra persona para que lo presente como si fuera propio; 2. Copiar el trabajo académico o examen de alguien por cualquier medio, con o sin su consentimiento, o permitir que alguien copie del propio trabajo académico o examen; 3. Utilizar notas u otros materiales de consulta durante un examen, a menos que el docente lo permita de manera expresa; 4. Incluir el nombre de una persona en un trabajo grupal, pese a que esa persona no participó en la elaboración del trabajo; y, 5. Interferir en el trabajo de otras personas mediante la sustracción, acaparamiento, eliminación, sabotaje, robo u ocultamiento de trabajos académicos, materiales o insumos que fueren necesarios para el desarrollo o la presentación de un trabajo académico. Tipo III 1. Incluir en trabajos académicos citas, resultados o datos inventados, falseados o modificados de entrevistas, encuestas, experimentos o investigaciones; 2. Obtener dolosamente copias de exámenes o de sus respuestas; 3. Modificar las propias calificaciones o las de otra persona; 4. Falsificar firmas, documentos, datos o expedientes académicos propios o de otra persona; y, 5. Suplantar a otra persona o permitir ser suplantado en la toma de un examen. Art. 225.- Prohibiciones y obligaciones. Los miembros de la comunidad educativa tienen la expresa prohibición cometer cualquier acto de deshonestidad académica, y la 6 ARMADA DEL ECUADOR DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN Y DOCTRINA UNIDAD EDUCATIVA FISCOMISIONAL LICEO NAVAL “CMDTE CESAR ENDARA PEÑAHERRERA” Quito -o- El Ecuador ha sido, es y será País Amazónico obligación de reportar de manera oportuna de cualquier acto de deshonestidad académica de la que tengan conocimiento. En caso de infringir estas normas, serán debidamente sancionados de conformidad con lo establecido en el presente reglamento y la normativa específica que para el efecto emita el Nivel Central de la Autoridad Educativa Nacional. Art. 226.- Acciones educativas disciplinarias relacionadas a la formación en honestidad académica. Los establecimientos educativos deben ejecutar actividades académicas dirigidas a la formación en honestidad académica de todos los estudiantes, para prevenir y/o corregir la comisión de actos de deshonestidad académica, de conformidad con la normativa que para el efecto expida el Nivel Central de la Autoridad Educativa Nacional. Los estudiantes que cometan actos de deshonestidad académica serán sometidos a las acciones disciplinarias establecidas en el presente Reglamento y además recibirán una calificación de cero en la tarea o el examen en que haya cometido el acto de deshonestidad académica. El Nivel Central de la Autoridad Educativa Nacional emitirá una normativa que detalle las acciones educativas y disciplinarias relacionadas a la formación en honestidad académica de los estudiantes según su nivel y subnivel educativo. LA CALIFICACIÓN Y LA PROMOCIÓN Art. 192.- Promoción. Los estudiantes en el nivel de Educación Inicial y en el subnivel de Preparatoria serán promovidos automáticamente al grado siguiente. Sin embargo, los estudiantes de Preparatoria que antes del inicio del subnivel de Básica Elemental no hubieren alcanzado el nivel de desarrollo necesario para el óptimo aprovechamiento del siguiente grado deberán desarrollar, antes del inicio del siguiente año lectivo y con apoyo de su familia, una serie de actividades determinadas por el docente. Art. 193.- Aprobación y alcance de logros. Se entiende por "aprobación" al logro de los objetivos de aprendizaje definidos para una unidad, programa de asignatura o área de conocimiento, fijados para cada uno de los grados, cursos, subniveles y niveles del Sistema Nacional de Educación. El rendimiento académico de los estudiantes se expresa a través de la escala de calificaciones prevista en el siguiente artículo del presente reglamento. Art. 194.- Escala de calificaciones. Las calificaciones hacen referencia al cumplimiento de los objetivos de aprendizaje establecidos en el currículo y en los estándares de aprendizaje nacionales. Las calificaciones se asentarán según la siguiente escala: 7 ARMADA DEL ECUADOR DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN Y DOCTRINA UNIDAD EDUCATIVA FISCOMISIONAL LICEO NAVAL “CMDTE CESAR ENDARA PEÑAHERRERA” Quito -o- Escala cualitativa Domina los aprendizajes requeridos. Alcanza los aprendizajes requeridos. Está próximo a alcanzar los aprendizajes requeridos. No alcanza los aprendizajes requeridos. El Ecuador ha sido, es y será País Amazónico Escala cuantitativa 9,00-10,00 7,00-8,99 4,01-6,99 ≤4 PARTE II MISTICA NAVAL, PRESENTACIÓN PERSONAL Y COMPORTAMIENTO Considerando que la Mística Naval cultivada en nuestros cadetes se define como: “aquel ingenioso e infatigable esfuerzo que se convertiría en la característica de todo emprendimiento institucional, que impide al marino de guerra ecuatoriano, amilanarse antes las adversidades y cumplir con la misión impuesta”, se han establecido consideraciones que hacen de nuestros cadetes, estudiantes con alto sentido de pertenencia y comprometidos con la institución educativa para el logro de los objetivos. De ahí que, ellos deben cultivar el amor al colegio iniciando por conocer el Himno al Liceo Naval y sus tradiciones, que como Unidad Educativa de FF.AA. nos identifica en cada acto solemne. PRESENTACIÓN Y USO CORRECTO DE UNIFORMES: UNIFORMES PARA PRIMARIA Uniforme Blanco: Falda/pantalón azul, camisa blanca con el nombre en azul, saco azul con el nombre en fondo blanco y letras azules, zapatos escolares negros. Los parches de grado son de fondo blanco y las insignias azules. Los cadetes varones: cabello corte cadete. Cadetes mujeres: recogidas el cabello, lunes con malla, martes a viernes con moño. Uniforme de Cultura Física: Calentador azul/celeste con logotipo de la U.E., camiseta celeste, pantaloneta azul con líneas blancas/celestes verticales, jockey del Liceo Naval marcado con el apellido en fondo blanco y letras azules, zapatos deportivos blancos; Nota: Este uniforme se utilizará de martes a viernes. 8 ARMADA DEL ECUADOR DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN Y DOCTRINA UNIDAD EDUCATIVA FISCOMISIONAL LICEO NAVAL “CMDTE CESAR ENDARA PEÑAHERRERA” Quito -o- El Ecuador ha sido, es y será País Amazónico UNIFORMES PARA SECUNDARIA UNIFORME CADETES VARONES. UNIFORME CADETES MUJERES Uniforme de Parada (Segundo y Tercero Uniforme de Parada (Segundo y Tercero bachillerato): Gorra de oficial (blanca y bachillerato): Gorra de oficial (blanca y azul, carrillera dorada), camiseta blanca, azul), camiseta blanca, chaqueta azul con chaqueta azul con botones dorados, botones dorados, cinturón blanco, guantes cinturón blanco, guantes blancos, piocha del blancos, piocha del liceo naval , calcetines liceo naval , calcetines negros, zapatos de negros, zapatos de charol , malla para el charol , cabello corte cadete. cabello. Uniforme Caqui: Pantalón caqui (no tipo tubo), camisa caqui, buzo azul con palas, parches y apellido en color amarillo, boina azul, camiseta blanca, cinturón de nylon caqui con hebilla dorada, botas/botines negras, medias negras, cabello corte cadete. Uniforme Caqui: Falda caqui (cuatro dedos sobre la rodilla), camisa caqui, buzo azul con palas, parches y apellido en color amarillo, boina azul, camiseta blanca, cinturón de nylon caqui con hebilla dorada, botines negros, mallas azul, cabello recogido tipo cola con moño 9 ARMADA DEL ECUADOR DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN Y DOCTRINA UNIDAD EDUCATIVA FISCOMISIONAL LICEO NAVAL “CMDTE CESAR ENDARA PEÑAHERRERA” Quito -o- Uniforme de Cultura Física: Calentador azul/celeste (pantalón holgado no tipo tubo), camiseta celeste, pantaloneta azul, medias blancas con línea azul/celeste, zapatos blancos sin ningún distintivo de color y jockey azul, todas las prendas con el logotipo del Liceo Naval y con el apellido del cadete bordado en letras amarillas, cabello corte cadete. El Ecuador ha sido, es y será País Amazónico Uniforme de Cultura Física: Calentador azul/celeste (pantalón holgado no tipo tubo), camiseta celeste, pantaloneta azul, medias blancas con línea azul/celeste, zapatos blancos sin ningún distintivo de color y jockey azul, todas las prendas con el logotipo del Liceo Naval y con el apellido de la cadete bordado en letras amarillas, cabello recogido tipo cola con moño. Nota Importante: Por motivos de seguridad, ante el alto riesgo de sismo y erupción volcánica existente, se ha dispuesto que los días lunes, los cadetes usaran el blanco, el caqui o el uniforme de parada según corresponda al curso y grado; y, de martes a viernes se utilizará el uniforme de cultura física. Los días lunes, los cursos que tengan en su horario la asignatura de Cultura Física, asistirán con el uniforme de deportes. Asimismo, asistirán de blanco, caqui o parada según corresponda al grado o curso, el día viernes. Conforme lo dispone el Art. 330 del reglamento a la LOEI sobre las Faltas de los estudiantes, el cadete debe ingresar y permanecer correctamente uniformado. Esto es, portando y vistiendo todas las prendas reglamentarias del día respectivo. Caso contrario “NO PODRA INGRESAR A CLASES”, hasta que el representante se acerque a la Institución., de conformidad con el Acuerdo MINEDUC-ME-201500108-A en el que se incorporó al régimen fiscomisional a esta unidad educativa de Fuerzas Armadas. El cadete deberá utilizar correctamente los uniformes institucionales (de parada, caqui, y deportes) de acuerdo con la actividad y horario programado, el cual debe tener las respectivas insignias y parches reglamentarios. No está permitida alteración alguna. Está prohibido el uso de un uniforme diferente al día que corresponde por negligencia y/o descuido. No está permitido el uso de pearcings y/o aretes en el pabellón de la oreja o en cualquier otra parte del cuerpo; las señoritas cadetes pueden utilizar únicamente un par de aretes pequeños tipo botón. 10 ARMADA DEL ECUADOR DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN Y DOCTRINA UNIDAD EDUCATIVA FISCOMISIONAL LICEO NAVAL “CMDTE CESAR ENDARA PEÑAHERRERA” Quito -o- El Ecuador ha sido, es y será País Amazónico Cuando el cadete se encuentre fuera del Liceo Naval, debe portar su uniforme completo, está prohibido usar otras prendas no autorizadas sobre o bajo el mismo.. PRESENTACIÓN Y CORTE DE CABELLO: Para varones el corte cadete es reglamentario (sin gel, fijador u otros). Las señoritas cadetes llevarán todo el tiempo, el cabello recogido con una malla de color negro o azul (uniforme de parada), hecho moño (Blanco, Caqui o Calentador). El responsable del corte de cabello, (varones-cada quince días) o la forma de portarlo (mujeres), es el padre de familia o representante legal. Si el cadete incumple con el corte de cabello o con la forma de portarlo, será sancionado de acuerdo a lo que establece la normativa legal vigente, y el representante citado a la Inspección General. Una vez sancionado, podrá hacer uso de la peluquería de la institución y deberá cancelar 0.50 centavos por el servicio, lo cual se revertirá en el mantenimiento de los equipos. PUNTUALIDAD Y ASISTENCIA: El cadete estará listo para el parte de formación a las 12H45 en la planchada de la U.E. La hora de salida es a la 18h30, los recorridos escoleras saldrán 18h45. Los cadetes no pueden abandonar el colegio o el aula de clases, sin la autorización respectiva. Todo requerimiento de los cadetes debe ser dado a conocer a los subinspectores. SEGUIMIENTO Y CONTROL DEL REPRESENTANTE Y/O PADRE DE FAMILIA: Es necesario que realicen el control y seguimiento del cadete, a fin de que puedan incentivar, así como tomar los correctivos oportunos sobre aspectos de tipo académico y disciplinario de su representado. Para esto la institución cuenta con el servicio de atención a padres de familia. Los horarios están publicados en la pág. web institucional. Los docentes no atenderán fuera del horario de atención a padres, ya que esto interfiere en el horario de clases. Deberán asistir a la Inspección General, al menos, una vez al mes, a fin de verificar el número de deméritos de su representado y las faltas cometidas, recordando que en caso de finalizar un año lectivo con más de 100 deméritos, perderán la matrícula del año siguiente por no adaptarse a las normas y exigencias de esta unidad educativa de Fuerzas Armadas. TRÁMITES Y PERMISOS: Para realizar cualquier trámite o solicitud, el representante y/o cadete debe observar el siguiente orden: docente tutor, subinspector de nivel y/o Inspector General. Se otorgará la salida de los cadetes de la institución por: cita médica, calamidad doméstica comprobada, únicamente a los representantes o personas autorizadas que consten en el sistema de Inspección General, previa 11 ARMADA DEL ECUADOR DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN Y DOCTRINA UNIDAD EDUCATIVA FISCOMISIONAL LICEO NAVAL “CMDTE CESAR ENDARA PEÑAHERRERA” Quito -o- El Ecuador ha sido, es y será País Amazónico presentación de la cédula de identidad, y los justificativos escritos correspondientes. El señor Inspector General firmará la autorización correspondiente como único documento que permite la salida del establecimiento. En ausencia del señor Inspector General, el señor Vicerrector legalizará la autorización. JUSTIFICACIÓN DE FALTAS: En caso de faltas por enfermedad el representante tiene la obligación de presentar el certificado médico otorgado por una unidad médica con los sellos respectivos. Si la falta es de uno a dos días deberá justificarlo ante los subinspectores o el Inspector General. Si la falta es de dos a más días deberá presentar un oficio dirigido al señor Rector, adjuntando los justificativos pertinentes. En caso de que el cadete falte a clases por dos (2) o más días consecutivos sin justificación, se seguirá el debido proceso disciplinario de conformidad con el Art. 330 numeral 1. Si las inasistencias injustificadas excedieren del 10% de una o más asignaturas, reprobarán dichas asignaturas. (Art. 172, reglamento LOEI). ACCIONES QUE LAS/LOS CADETES DEBEN EVITAR: Los cadetes evitarán actos que demuestren relación emocional (enamoramientos/noviazgos) con otro cadete por ejemplo: caminar tomados de las manos, abrazos, besos o caricias que dañen su imagen; aún fuera de la U.E encontrándose uniformados. Los cadetes deben mantener estricto respeto y consideración mutua. Las autoridades harán prevalecer la imagen institucional, conforme lo establecido en el Código de Convivencia. Está terminantemente prohibido durante las horas de clase, usar dentro de las aulas: juegos de video, reproductores de música, teléfonos celulares, tablets. Asimismo, evitar traer objetos de valor o excesivas cantidades de dinero. Si por incumplimiento de esta disposición se producen pérdidas, serán de absoluta responsabilidad del cadete y su representante legal. El Liceo Naval, por ningún concepto se responsabiliza por la pérdida o restitución de los mismos. En caso de ser retirados por el personal docente o administrativo, luego de ser sancionado el cadete, la primera vez será devuelto al representante y la segunda vez será devuelto al finalizar el año lectivo. Está absolutamente prohibido traer a la U.E., por ser un delito, armas blancas, armas de fuego, y /o juguetes bélicos. La institución hará las denuncias y trámites legales pertinentes ante las autoridades competentes. Asimismo, no se permite portar instrumentos de defensa personal como gas lacrimógeno u otros. En caso de inobservancia, además de la sanción disciplinaria respectiva, los objetos serán retirados y entregados personalmente al representante o autoridad competente, según sea el caso. En caso de que de que su representado cometa una infracción (tenencia, consumo o venta de sustancias psicotrópicas o alcohol); o, cuando forme parte de grupos que alteren la paz y convivencia social, dentro y fuera de la institución mientras porten el uniforme, usted, como representante legal, faculta a la máxima autoridad 12 ARMADA DEL ECUADOR DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN Y DOCTRINA UNIDAD EDUCATIVA FISCOMISIONAL LICEO NAVAL “CMDTE CESAR ENDARA PEÑAHERRERA” Quito -o- El Ecuador ha sido, es y será País Amazónico de la institución a informar a la instancia autorizada por la ley (DINAPEN) según órgano regular. Los mismos que se encargaran de las investigaciones pertinentes y actuarán o juzgarán según el caso suscitado. No está autorizado que los cadetes ingresen a la institución conduciendo vehículos motorizados. USO ADECUADO DE LAS INSTALACIONES. Los cadetes tienen la obligación de dar el mejor uso a las instalaciones del colegio (aulas, elementos de laboratorio, pupitres, canceles, canchas, carteleras, etc.), de no hacerlo su representante se responsabilizará económicamente por los daños causados, observando la responsabilidad disciplinaria del cadete, conforme lo establece la LOEI. ASISTENCIA A REUNIONES. El padre y/o representante tiene la obligación de asistir a reuniones convocadas por las autoridades del colegio, su puntualidad y asistencia será registrada, de no haber respuestas positivas a estas reuniones se entenderá que el padre de familia no muestra el interés y responsabilidad en la formación del cadete por ende se realizará las acciones legales necesarias tendientes a convocar a los padres para verificar su interés de continuar en la institución. PARTE III ASPECTO GENERALES: 1. ACADÉMICO: Los cadetes deben cumplir responsable y oportunamente con las tareas y más obligaciones académicas. Los Padres de Familia deben revisar la página web del colegio, en la cual se registra rendimiento académico y disciplinario del cadete e información de su interés. La aprobación del año lectivo se sujetará a la Norma de Evaluación prevista para el efecto, las misma que se encuentra reconocida y autorizada por El Distrito de Educación N0 8. Los cadetes que por diferentes razones no hayan rendido sus pruebas y/o entregado sus trabajos, deberán solicitar, previa la justificación respectiva al señor Rector, la recepción de los mismos, obligatoriamente dentro de los 8 días hábiles siguientes. Fuera de esta fecha los cadetes no tendrán asentada la nota correspondiente. El Liceo Naval, en todo momento, incentivará y reconocerá el esfuerzo intelectual y físico de los Cadetes de acuerdo a lo establecido en el Código de Convivencia. 13 ARMADA DEL ECUADOR DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN Y DOCTRINA UNIDAD EDUCATIVA FISCOMISIONAL LICEO NAVAL “CMDTE CESAR ENDARA PEÑAHERRERA” Quito -o- El Ecuador ha sido, es y será País Amazónico 2. SEGURIDAD. El Padre de familia o representante, deberá emitir disposiciones claras a sus hijos y representados, sobre las normas de seguridad a observarse y cumplirse antes, durante y después de la jornada escolar, haciendo énfasis en: 1. No abandonar la institución educativa bajo ningún concepto sin el acompañamiento de un familiar o persona de confianza. 2. Qué procedimiento deben seguir en el caso de que se queden del recorrido escolar. 3. Qué procedimiento deben seguir en el caso de que la persona encargada de retirarlo de la institución educativa no llegue o se atrase a la hora de recogerlo. 4. No aceptar regalos o dulces de personas desconocidas. 5. No realizar compras a comerciantes que se encuentren en los alrededores de la institución educativa. 6. Controlar el aprendizaje de los números de teléfono a los cuales se pueda comunicar en la ocurrencia de cualquiera de los casos anteriores. 7. Recomendar que se evite realizar acciones que involucren riesgos (Ej.: trepar mallas y/o paredes de la U.E, usar las piscinas y torre de saltos sin la debida autorización, etc.) Recordar que la seguridad de sus representados se inicia en el núcleo familiar, emitiendo disposiciones claras de lo que se puede y no se puede hacer; y, como responder en situaciones específicas para mantener su propia seguridad e integridad. Nota: Los padres de familia y /o representantes legales, deben descargar e imprimir el Código de Convivencia vigente, de la página web del Liceo Naval y leerlo junto a los cadetes para su conocimiento y aplicación, recordando que el desconocimiento de la normativa no exime de responsabilidad. Este documento es de conocimiento para padres de familia, representantes legales y cadetes en general. Para el proceso de matriculación, únicamente deberá entregar impreso, en una sola hoja, y legalizado el ACTA DE COMPROMISO PARA EL CUMPLIMIENTO DE LAS POLÍTICAS INSTITUCIONALES AÑO LECTIVO 2016-2017 que se expone a continuación: 14 ARMADA DEL ECUADOR DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN Y DOCTRINA UNIDAD EDUCATIVA FISCOMISIONAL LICEO NAVAL “CMDTE CESAR ENDARA PEÑAHERRERA” Quito -o- El Ecuador ha sido, es y será País Amazónico ACTA DE COMPROMISO PARA EL CUMPLIMIENTO DE LAS POLÍTICAS INSTITUCIONALES AÑO LECTIVO 2016-2017 Yo, ________________________________________________Representante Legal del cadete_________________________________________________________________, estudiante del _____________ grado/curso, paralelo ______ respectivamente, me dirijo a usted Sr. Rector del Liceo Naval de Quito para manifestar que una vez leído el documento que antecede a la presente acta, tengo conocimiento de las políticas, disposiciones, y normas relacionadas con las faltas disciplinarias contenidas en la LOEI, su Reglamento General y el Código de Convivencia. Afirmo además que conozco mis obligaciones constantes en los Artículos 8 y 13 de la LOEI el contenido de los Artículos 76, 77, 168, 170, 171, 172, 173, 193, 194, 195, 196, 199, 200, 201, 202, 221, 222, 223, 224, 225 y 226 del Reglamento General de dicha Ley; y, los Artículos 39 y 64 del Código de la Niñez y Adolescencia. Me comprometo a: 1. Cumplir en forma permanente y a cabalidad con el control, orientación diaria y reflexión permanente de mi representado, a fin de mantener el prestigio de la institución en el campo disciplinario y académico. Asimismo, a evitar sanciones futuras por la inobservancia de las obligaciones indicadas. 2. Respetar, la formación naval-militar impartida en esta Unidad Educativa de FFAA cuyos pilares son: Honor, Ciencia y Disciplina. 3. Realizar el seguimiento educativo de mi representado, dentro y fuera del plantel, durante el tiempo libre de los días ordinarios, los fines de semana y los días o períodos vacacionales, con la finalidad de garantizar la unidad y continuidad del proceso educativo, tanto, de su rendimiento académico, como de su desarrollo comportamental. (Art. 13, literal f, g, LOEI) 4. Acatar las acciones disciplinarias tomadas por las autoridades del plantel a mi representado, de acuerdo a la LOEI, su reglamento y el Código de Convivencia. 5. Controlar que mi representado lleve el CORTE DE CABELLO REGLAMENTARIO (Corte Cadete varones); el CABELLO RECOGIDO todo el tiempo (cadetes mujeres). 6. Asistir a todas las actividades planificadas por el plantel en forma puntual. 7. Controlar diariamente los útiles e implementos que lleve mí representado a la Institución. 8. Autorizar a las Autoridades del Liceo Naval y que en coordinación de grupos especializados, la verificación periódica de los elementos personales, académicos, deportivos y otros traídos por mi representado a la institución. 9. Autorizar el uso del circuito cerrado de televisión y los videos para mantener la seguridad de mis representados y así mismo puedan ser utilizados como pruebas ante el cometimiento de faltas. 10. Autorizar la rotación en los grados y cursos de los Cadetes de la Unidad Educativa Naval por requerimientos institucionales. 11. Acudir inmediatamente a la U.E. en el caso de que mi representado sea encontrado con síntomas de haber ingerido bebidas alcohólicas o sustancias estupefacientes, y sea puesto a órdenes de la autoridad competente (UPC-DINAPEN), para su respectivo proceso administrativo. 12. Evitar el uso de busetas particulares que no pertenecen a la Compañía de transportes que prestan servicios en esta Institución, ya que por seguridad, las busetas no registradas, no están autorizadas a ingresar a los parqueaderos del plantel. 15 ARMADA DEL ECUADOR DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN Y DOCTRINA UNIDAD EDUCATIVA FISCOMISIONAL LICEO NAVAL “CMDTE CESAR ENDARA PEÑAHERRERA” Quito -o- El Ecuador ha sido, es y será País Amazónico 13. Comunicar a las autoridades de la UE. sobre cualquier tipo de problema médico de su representado, con el fin de evitar inconvenientes en las diferentes actividades que deben realizar los cadetes, y conocer los procedimientos de emergencia específicos que requiera. 14. Adquirir un seguro de accidentes estudiantiles vigente para todo el año lectivo y dar a conocer a las Autoridades de la UE. 15. Asistir mensualmente a recibir reportes de Inspección General con la finalidad de llevar un control del comportamiento de mi representado evitando inconvenientes en el número de deméritos y posibles separaciones de la U.E. 16. Tomar acciones correctivas, como la participación voluntaria en el programa de incentivo de Amor al Colegio, que se desarrollará bajo mi solicitud escrita, para reducir los deméritos acumulados por las faltas cometidas, de acuerdo al código de convivencia. 17. En el caso de que mi representado supere los 100 deméritos, luego del debido proceso, me comprometo a cambiarlo de establecimiento educativo ya que inmediatamente ha perdido su cupo, por no adaptarse a las normas de esta U.E. de Fuerzas Armadas. 18. Verificar constantemente la página web de la institución para tomar conocimiento de las circulares, anuncios y disposiciones que se emiten. 19. Esforzarme por dar buen ejemplo a mi representado tanto en mis palabras como en mis actitudes y acciones cotidianas, convencido/a de que es el testimonio de vida es la mejor motivación formativa y el mayor estímulo pedagógico para una armoniosa y fructífera labor educativa. 20. Cancelar puntualmente las pensiones y demás obligaciones económicas contraídas legalmente con la Institución. (Art. 118, Reglamento de la LOEI), depositando los valores respectivos conforme los plazos establecidos, caso contrario, se informará al distrito de educación, a fin de que sean reubicados en otra UE, garantizando el derecho a la educación. 21. Autorizo, y me enorgullezco de, que las fotos de mi representado que fueren seleccionadas bajo el aspecto formativo, sean publicadas en la página web o cualquier otro medio publicitario de la institución. 22. Me comprometo a que mi representado cuide y entregue en perfectas condiciones, al finalizar el año lectivo, el casillero y pupitre asignado por la docente/tutor del curso, y en caso de existir algún daño, repararé y/o repondré el mismo. 23. Autorizo para que el personal de la institución efectúe permanentemente, acciones encaminadas a generar una convivencia más pacífica al interior de la institución, prevenir conductas de riesgo entre los cadetes, como la revisión de mochila, canceles vestimenta de los cadetes, a fin de observar que los cadetes no porten, ni introduzcan objetos peligrosos como: armas o substancias ilícitas, que puedan ser utilizados para causar daño o que atenten contra la salud física o moral de la comunidad educativa. Conocoto, _____________________________2016 ___________________________________ FIRMA DEL PADRE DE FAMILIA Y/O REPRESENTANTE Nombre: ______________________________ C.I. __________________________________ Dirección domiciliaria: ______________________________________________________ Teléfonos: Casa:_______________ Celular: _______________ Trabajo: _____________ Nota: El representante legal deberá acudir a la Inspección General con Cédula de Identidad original y el formato impreso en una sola hoja. 16
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