Firmado CARLOS digitalmente CARLOS ALBERTO por ALBERTO RODRIGU RODRIGUEZ PEREZ (FIRMA) EZ PEREZ Fecha: (FIRMA) 2016.08.22 15:25:32 -06'00' La Uruca, San José, Costa Rica, martes 23 de agosto del 2016 AÑO CXXXVIII Nº 161 24 páginas ¡Ya puede hacerlo desde internet! Cotización automática y facilidades de pago en línea es uno de los beneficios de realizar el trámite de sus publicaciones en La Gaceta, a través de nuestro sitio web transaccional: www.imprentanacional.go.cr Es fácil y rápido: Regístrese una única vez, indicando su correo electrónico y una contraseña. Ingrese al sistema y cree una solicitud para cada documento a publicar. Adjunte el documento a publicar, el cual debe contener su firma digital. ¡Su tiempo es muy valioso para nosotros! Pág 2 La Gaceta Nº 161 — Martes 23 de agosto del 2016 Considerando: CONTENIDO Pág PODER EJECUTIVO Nº Acuerdos............................................................................ 2 Resoluciones.................................................................... 10 DOCUMENTOS VARIOS............................................... 10 TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES Edictos............................................................................. 16 Avisos.............................................................................. 16 CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA........................ 17 RÉGIMEN MUNICIPAL................................................. 18 AVISOS.............................................................................. 18 NOTIFICACIONES......................................................... 24 FE DE ERRATAS............................................................. 24 PODER EJECUTIVO ACUERDOS CONSEJO DE GOBIERNO Nº 223 LA SECRETARIA DEL CONSEJO DE GOBIERNO Con fundamento en las disposiciones contenidas en el artículo treinta y tres de la Ley General de la Administración Pública, comunica: Que el Consejo de Gobierno, según consta en el artículo segundo del acta de la sesión ordinaria número ciento dos, celebrada el catorce de junio del dos mil dieciséis, tomó el acuerdo que textualmente dice: “Tener por conocido el oficio ALDSDI-OFI-10-16 de fecha 08 de junio del 2016, suscrito por el señor Marco William Quesada Bermúdez, Director de la Secretaría del Directorio de la Asamblea Legislativa, en el que comunica la ratificación de los nombramientos de las señoras Victoria Eugenia Hernández Mora y Silvia Charpentier Brenes, como Directoras ante la Junta Directiva del Banco Central de Costa Rica. Acuerdo declarado firme por unanimidad.” Xinia Chacón Rodríguez, Secretaria del Consejo de Gobierno.—1 vez.—O. C. Nº 3400028382.—Solicitud Nº 62014.— ( IN2016053592 ). MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO Nº 0036-2016-SE-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 140, incisos 8, 12, 20, y el artículo 146 de la Constitución Política de la República de Costa Rica; los artículos 48 y 49 del Estatuto del Servicio Exterior de la República y los artículos 15, 18 y 26 del Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior de la República, I.—Que es labor del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto buscar la excelencia y la idoneidad del personal, de acuerdo con las necesidades del servicio y la importancia de las funciones que se deben desempeñar, en concordancia con la estrategia establecida en la Política Exterior de Costa Rica. II.—Que el Poder Ejecutivo propone incorporar, en la mayor medida posible, al desenvolvimiento de la Política Internacional, recursos humanos calificados para promover una Política Exterior acorde con los intereses del Estado. III.—Que la Administración fundamenta su actuar en razones objetivas y que el Ministerio basa su proceder en el principio de continuidad orgánica de la Administración y en el principio de eficiencia consagrado en el artículo 4 de la Ley General de Administración Pública. IV.—Que con miras a realizar el nombramiento de un Primer Secretario con funciones consulares en la Embajada de Costa Rica en la ciudad de Viena, Austria, el Ministro de Relaciones Exteriores y Culto ordenó la apertura del Concurso Interno número CCSE-06115 del 9 de junio del 2015, con el fin de que el personal de carrera diplomática destacado en el Servicio Interno de este Ministerio concursara para obtener el puesto de referencia. V.—Que la Comisión Calificadora del Servicio Exterior mediante oficio CCSE-0065-15 del 8 de julio del 2015, remitió al señor Ministro de Relaciones Exteriores los resultados del Concurso Interno para el cargo de Primer Secretario con funciones consulares en la Embajada de Costa Rica en la ciudad de Viena, Austria. VI.—Que mediante Resolución DM-093-2015 del 14 de julio del 2015, el señor Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, declaró la inopia de funcionarios de carrera diplomática para el puesto Primer Secretario con funciones consulares en la Embajada de Costa Rica en la ciudad de Viena, Austria. VII.—Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 48 del Estatuto del Servicio Exterior de la República, el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto puede hacer nombramientos en comisión cuando existe inopia de los funcionarios de carrera diplomática o por razones de conveniencia nacional. En el mismo sentido, de conformidad con el artículo 49 del mismo Estatuto: “Los funcionarios en Comisión serán libremente nombrados y removidos por el Poder Ejecutivo (…)”, de manera que con el presente nombramiento no se suspende ni limita de ninguna manera dicha potestad de la Administración. VIII.—Que en virtud de la inopia de funcionarios de carrera diplomática, el Ministro de Relaciones Exteriores y Culto ha decidido nombrar a Daniel Gerardo López Zúñiga, cédula Nº 3-03800203 en el cargo de Primer Secretario con funciones consulares, en comisión, en la Embajada de Costa Rica en la ciudad de Viena, Austria. Esto en virtud de que posee una Licenciatura en Relaciones Internacionales con énfasis en Política Exterior y Diplomacia de la Universidad Nacional y una Maestría en Relaciones Internacionales y Diplomáticas con énfasis en Administración de Proyectos de Cooperación Internacional de la Universidad Nacional, cuenta con una amplia experiencia profesional como docente universitario en Relaciones Internacionales en diversas universidades nacionales. Por estas razones la Administración considera que es una persona idónea para desempeñar el cargo antes mencionado. Carlos Alberto Rodríguez Pérez Said Orlando de la Cruz Boschini Carmen Muñoz Quesada Mario Enrique Alfaro Rodríguez DIRECTOR GENERAL IMPRENTA NACIONAL DIRECTOR EJECUTIVO JUNTA ADMINISTRATIVA MINISTERIO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA REPRESENTANTE MINISTERIO DE CULTURA Y JUVENTUD REPRESENTANTE EDITORIAL COSTA RICA La Gaceta Nº 161 — Martes 23 de agosto del 2016 IX.—Que el señor Daniel Gerardo López Zúñiga ha cumplido con los requisitos que se establecen en el artículo número dieciocho del Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior de la República de Costa Rica y aprobó el examen sobre materia consular con una nota de 95%. Por tanto, ACUERDAN: Artículo 1º—Nombrar al señor Daniel Gerardo López Zúñiga, cédula Nº 3-0380-0203 en el cargo de Primer Secretario con funciones consulares, en comisión, en la Embajada de Costa Rica en la ciudad de Viena, Austria, a partir del 01 de abril del 2016 y hasta el 01 de abril de 2018; en virtud de que cumple con todos los requisitos establecidos en el Reglamento del Estatuto del Servicio Exterior de la República. Artículo 2º—La persona designada en este cargo deberá asumir funciones en un plazo máximo de 60 días naturales, período en el que deberá recibir la inducción respectiva, ajustándose a las normas laborales del Servicio Interno del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto. Artículo 3º—Rige a partir del 01 de abril del 2016 y hasta el 01 de abril del 2018. Dado en la Presidencia de la República, el 17 de marzo del 2016. LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, Manuel A. González Sanz.—1 vez.—O.C. Nº 29101.—Solicitud Nº 5133.—( IN2016050475 ). Nº 0037-2016-SE-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 140, incisos 8, 12, 20, y el artículo 146 de la Constitución Política de la República de Costa Rica; los artículos 48 y 49 del Estatuto del Servicio Exterior de la República y los artículos 15, 18 y 26 del Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior de la República, Considerando: I.—Que es labor del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto buscar la excelencia y la idoneidad del personal, de acuerdo con las necesidades del servicio y la importancia de las funciones que se deben desempeñar, en concordancia con la estrategia establecida en la Política Exterior de Costa Rica. II.—Que el Poder Ejecutivo propone incorporar, en la mayor medida posible, al desenvolvimiento de la Política Internacional, recursos humanos calificados para promover una Política Exterior acorde con los intereses del Estado. III.—Que la Administración fundamenta su actuar en razones objetivas y que el Ministerio basa su proceder en el principio de continuidad orgánica de la Administración y en el principio de eficiencia consagrado en el artículo 4 de la Ley General de Administración Pública. IV.—Que con miras a realizar el nombramiento de un Consejero y Cónsul en la Embajada de Costa Rica en la ciudad de Santo Domingo, República Dominicana, el Ministro de Relaciones Exteriores y Culto ordenó la apertura del Concurso Interno número CCSE-105-15 del 16 de diciembre del 2015, con el fin de que el personal de carrera diplomática destacado en el Servicio Interno de este Ministerio concursara para obtener el puesto de referencia. V.—Que la Comisión Calificadora del Servicio Exterior mediante oficio CCSE-001-16 del 19 de enero del 2016, remitió al señor Ministro de Relaciones Exteriores los resultados del Concurso Interno para el cargo de Consejero y Cónsul en la Embajada de Costa Rica en la ciudad de Santo Domingo, República Dominicana. VI.—Que mediante Resolución DM-012-2016 del 20 de enero del 2016, el señor Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, declaró la inopia de funcionarios de carrera diplomática para el puesto Consejero y Cónsul en la Embajada de Costa Rica en la ciudad de Santo Domingo, República Dominicana. Pág 3 VII.—Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 48 del Estatuto del Servicio Exterior de la República, el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto puede hacer nombramientos en comisión cuando existe inopia de los funcionarios de carrera diplomática o por razones de conveniencia nacional. En el mismo sentido, de conformidad con el artículo 49 del mismo Estatuto: “Los funcionarios en Comisión serán libremente nombrados y removidos por el Poder Ejecutivo (...)”, de manera que con el presente nombramiento no se suspende ni limita de ninguna manera dicha potestad de la Administración. VIII.—Que en virtud de la inopia de funcionarios de carrera diplomática, el Ministro de Relaciones Exteriores y Culto ha decidido nombrar al señor Luis Diego Carro Montoya, cédula 1-0866-0766 en el cargo de Consejero y Cónsul, en comisión, en la Embajada de Costa Rica en la ciudad de Santo Domingo, República Dominicana. Esto en virtud de que es Licenciado en Derecho y Notario Público de la Universidad de Costa Rica, cuenta con una especialidad en Impuestos por el Centro Interamericano de Administraciones Tributarias (CIAT), con vasta experiencia como asesor jurídico en materia tributaria. Por estas razones la Administración considera que es una persona idónea para desempeñar el cargo antes mencionado. IX.—Que el señor Luis Diego Garro Montoya ha cumplido con los requisitos que se establecen en el artículo número dieciocho del Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior de la República de Costa Rica y aprobó el examen sobre materia consular con una nota de 95%. Por tanto, ACUERDAN: Artículo 1º—Nombrar al señor Luis Diego Garro Montoya, cédula 1-0866-0766 en el cargo de Consejero y Cónsul, en comisión, en la Embajada de Costa Rica en la Ciudad de Santo Domingo, República Dominicana, a partir del 01 de abril del 2016 y hasta el 01 de abril de 2018; en virtud de que cumple con todos los requisitos establecidos en el Reglamento del Estatuto del Servicio Exterior de la República. Artículo 2º—La persona designada en este cargo deberá asumir funciones en un plazo máximo de 60 días naturales, período en el que deberá recibir la inducción respectiva, ajustándose a las normas laborales del Servicio Interno del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto. Artículo 3º—Rige a partir del 1° de abril del 2016 y hasta el 1° de abril del 2018. Dado en la Presidencia de la República, el 17 de marzo del 2016. LUIS GUILLERMO SOLIS RIVERA.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, Manuel A. González Sanz.—1 vez.—O. C. N° 29101.—Solicitud N° 5133.—( IN2016050476 ). Nº 0038-2016-SE-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 140, incisos 8, 12, 20, y el artículo 146 de la Constitución Política de la República de Costa Rica; los artículos 48 y 49 del Estatuto del Servicio Exterior de la República y los artículos 15, 18 y 26 del Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior de la República, Considerando: I.—Que es labor del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto buscar la excelencia y la idoneidad del personal, de acuerdo con las necesidades del servicio y la importancia de las funciones que se deben desempeñar, en concordancia con la estrategia establecida en la Política Exterior de Costa Rica. II.—Que el Poder Ejecutivo propone incorporar, en la mayor medida posible, al desenvolvimiento de la Política Internacional, recursos humanos calificados para promover una Política Exterior acorde con los intereses del Estado. Pág 4 La Gaceta Nº 161 — Martes 23 de agosto del 2016 III.—Que la Administración fundamenta su actuar en razones objetivas y que el Ministerio basa su proceder en el principio de continuidad orgánica de la Administración y en el principio de eficiencia consagrado en el artículo 4 de la Ley General de Administración Pública. IV.—Que con miras a realizar el nombramiento de un Consejero y Cónsul en la Embajada de Costa Rica en la ciudad de Montevideo, Uruguay, el Ministro de Relaciones Exteriores y Culto ordenó la apertura del Concurso Interno número CCSE-105-15 del 16 de diciembre del 2015, con el fin de que el personal de carrera diplomática destacado en el Servicio Interno de este Ministerio concursara para obtener el puesto de referencia. V.—Que la Comisión Calificadora del Servicio Exterior mediante oficio CCSE-008-16 del 2 de febrero del 2016, remitió al señor Ministro de Relaciones Exteriores los resultados del Concurso Interno para el cargo de Consejero y Cónsul en la Embajada de Costa Rica en la ciudad de Montevideo, Uruguay. VI.—Que mediante Resolución DM-049-2016 del 8 de febrero del 2016, el señor Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, declaró la inopia de funcionarios de carrera diplomática para el puesto Consejero y Cónsul en la Embajada de Costa Rica en la ciudad de Montevideo, Uruguay. VII.—Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 48 del Estatuto del Servicio Exterior de la República, el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto puede hacer nombramientos en comisión cuando existe inopia de los funcionarios de carrera diplomática o por razones de conveniencia nacional. En el mismo sentido, de conformidad con el artículo 49 del mismo Estatuto: “Los funcionarios en Comisión serán libremente nombrados y removidos por el Poder Ejecutivo (…)”, de manera que con el presente nombramiento no se suspende ni limita de ninguna manera dicha potestad de la Administración. VIII.—Que en virtud de la inopia de funcionarios de carrera diplomática, el Ministro de Relaciones Exteriores y Culto ha decidido nombrar a la señora María Miriam Lezama López, cédula Nº 6-0106-0476 en el cargo de Consejero y Cónsul, en comisión, en la Embajada de Costa Rica en la ciudad de Montevideo, Uruguay. Esto en virtud de que es Licenciada en Derecho de la Universidad Autónoma de Centro América, Notario Público de la Universidad Autónoma de Centro América, que ha desempeñado labores en la Comisión Nacional de Asuntos Indígenas (CONAI) como Jefe del Departamento Legal, con experiencia en asuntos administrativos, laborales y agrarios; docente de derecho en la Universidad Autónoma de Centro América, Universidad de San José y Universidad Central. Por estas razones la Administración considera que es una persona idónea para desempeñar el cargo antes mencionado. IX.—Que la señora María Miriam Lezama López ha cumplido con los requisitos que se establecen en el artículo número dieciocho del Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior de la República de Costa Rica y aprobó el examen sobre materia consular con una nota de 90%. Por tanto, ACUERDAN: Artículo 1º—Nombrar a la señora María Miriam Lezama López, cédula Nº 6-0106-0476 en el cargo de Consejero y Cónsul, en comisión, en la Embajada de Costa Rica en la ciudad de Montevideo, Uruguay, a partir del 01 de abril del 2016 y hasta el 01 de abril de 2018; en virtud de que cumple con todos los requisitos establecidos en el Reglamento del Estatuto del Servicio Exterior de la República. Artículo 2º—La persona designada en este cargo deberá asumir funciones en un plazo máximo de 60 días naturales, período en el que deberá recibir la inducción respectiva, ajustándose a las normas laborales del Servicio Interno del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto. Artículo 3º—Rige a partir del 01 de abril del 2016 y hasta el 01 de abril del 2018. Dado en la Presidencia de la República, el 17 de marzo del 2016. LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, Manuel A. González Sanz.—1 vez.—O. C. Nº 29101.—Solicitud Nº 5133.—( IN2016050477 ). Nº 0039-2016-SE-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 140, incisos 8, 12, 20, y el artículo 146 de la Constitución Política de la República de Costa Rica; los artículos 48 y 49 del Estatuto del Servicio Exterior de la República y los artículos 15, 18 y 26 del Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior de la República, Considerando: I.—Que es labor del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto buscar la excelencia y la idoneidad del personal, de acuerdo con las necesidades del servicio y la importancia de las funciones que se deben desempeñar, en concordancia con la estrategia establecida en la Política Exterior de Costa Rica. II.—Que el Poder Ejecutivo propone incorporar, en la mayor medida posible, al desenvolvimiento de la Política Internacional, recursos humanos calificados para promover una Política Exterior acorde con los intereses del Estado. III.—Que la Administración fundamenta su actuar en razones objetivas y que el Ministerio basa su proceder en el principio de continuidad orgánica de la Administración y en el principio de eficiencia consagrado en el artículo 4 de la Ley General de Administración Pública. IV.—Que con miras a realizar el nombramiento de un Consejero y Cónsul en el Consulado General de Costa Rica en la ciudad de Houston, Texas, Estados Unidos de América, el Ministro de Relaciones Exteriores y Culto ordenó la apertura del Concurso Interno número CCSE-105-15 del 16 de diciembre del 2015, con el fin de que el personal de carrera diplomática destacado en el Servicio Interno de este Ministerio concursara para obtener el puesto de referencia. V.—Que la Comisión Calificadora del Servicio Exterior mediante oficio CCSE-001-16 del 19 de enero del 2016, remitió al señor Ministro de Relaciones Exteriores los resultados del Concurso Interno para el cargo de Consejero y Cónsul en el Consulado General de Costa Rica en la ciudad de Houston, Texas, Estados Unidos de América. VI.—Que mediante Resolución DM-012-2016 del 20 de enero del 2016, el señor Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, declaró la inopia de funcionarios de carrera diplomática para el puesto Consejero y Cónsul en el Consulado General de Costa Rica en la ciudad de Houston, Texas, Estados Unidos de América. VII.—Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 48 del Estatuto del Servicio Exterior de la República, el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto puede hacer nombramientos en comisión cuando existe inopia de los funcionarios de carrera diplomática o por razones de conveniencia nacional. En el mismo sentido, de conformidad con el artículo 49 del mismo Estatuto: “Los funcionarios en Comisión serán libremente nombrados y removidos por el Poder Ejecutivo (…)”, de manera que con el presente nombramiento no se suspende ni limita de ninguna manera dicha potestad de la Administración. VIII.—Que en virtud de la inopia de funcionarios de carrera diplomática, el Ministro de Relaciones Exteriores y Culto ha decidido nombrar a la señora Rosa Patricia Arguedas Vargas, cédula Nº 1-0898-0792 en el cargo de Consejero y Cónsul, en comisión, en el Consulado General de Costa Rica en la ciudad de Houston, Texas, Estados Unidos de América. Esto en virtud de que es Licenciada en Derecho y Notario Público de la Universidad Autónoma de Centro América, que ha desempeñado labores en el Ministerio de Justicia, Ministerio de Seguridad Pública, Ministerio de Educación como asesora legal, con experiencia en procesos administrativos de cobro y trámites notariales registrales. Por estas razones la Administración considera que es una persona idónea para desempeñar el cargo antes mencionado. IX.—Que la señora Rosa Patricia Arguedas Vargas ha cumplido con los requisitos que se establecen en el artículo número dieciocho del Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior de la República de Costa Rica y aprobó el examen sobre materia consular con una nota de 90%. Por tanto, La Gaceta Nº 161 — Martes 23 de agosto del 2016 ACUERDAN: Artículo 1º—Nombrar a la señora Rosa Patricia Arguedas Vargas, cédula Nº 1-0898-0792 en el cargo de Consejero y Cónsul, en comisión, en el Consulado General de Costa Rica en la ciudad de Houston, Texas, Estados Unidos de América, a partir del 01 de abril del 2016 y hasta el 01 de abril de 2018; en virtud de que cumple con todos los requisitos establecidos en el Reglamento del Estatuto del Servicio Exterior de la República. Artículo 2º—La persona designada en este cargo deberá asumir funciones en un plazo máximo de 60 días naturales, período en el que deberá recibir la inducción respectiva, ajustándose a las normas laborales del Servicio Interno del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto. Artículo 3º—Rige a partir del 01 de abril del 2016 y hasta el 01 de abril del 2018. Dado en la Presidencia de la República, el 17 de marzo del 2016. LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, Manuel A. González Sanz.—1 vez.—O.C. Nº 29101.—Solicitud Nº 5133.—( IN2016050478 ). N° 0040-2016-SE-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 140, incisos 8), 12), 20), y el artículo 146 de la Constitución Política de la República de Costa Rica; los artículos 48 y 49 del Estatuto del Servicio Exterior de la República y los artículos 15, 18 y 26 del Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior de la República, Considerando: I.—Que es labor del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto buscar la excelencia y la idoneidad del personal, de acuerdo con las necesidades del servicio y la importancia de las funciones que se deben desempeñar, en concordancia con la estrategia establecida en la Política Exterior de Costa Rica. II.—Que el Poder Ejecutivo propone incorporar, en la mayor medida posible, al desenvolvimiento de la Política Internacional, recursos humanos calificados para promover una Política Exterior acorde con los intereses del Estado. III.—Que la Administración fundamenta su actuar en razones objetivas y que el Ministerio basa su proceder en el principio de continuidad orgánica de la Administración y en el principio de eficiencia consagrado en el artículo 4° de la Ley General de Administración Pública. IV.—Que con miras a realizar el nombramiento de un Consejero y Cónsul en la Embajada de Costa Rica en la ciudad de Puerto España, Trinidad y Tobago, el Ministro de Relaciones Exteriores y Culto ordenó la apertura del Concurso Interno número CCSE-105-15 del 16 de diciembre del 2015, con el fin de que el personal de carrera diplomática destacado en el Servicio Interno de este Ministerio concursara para obtener el puesto de referencia. V.—Que la Comisión Calificadora del Servicio Exterior mediante oficio CCSE-001-16 del 19 de enero del 2016, remitió al señor Ministro de Relaciones Exteriores los resultados del Concurso Interno para el cargo de Consejero y Cónsul en la Embajada de Costa Rica en la ciudad de Puerto España, Trinidad y Tobago. VI.—Que mediante Resolución DM-012-2016 del 20 de enero del 2016, el señor Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, declaró la inopia de funcionarios de carrera diplomática para el puesto Consejero y Cónsul en la Embajada de Costa Rica en la ciudad de Puerto España, Trinidad y Tobago. VII.—Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 48 del Estatuto del Servicio Exterior de la República, el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto puede hacer nombramientos en comisión cuando existe inopia de los funcionarios de carrera diplomática o por razones de conveniencia nacional. En el mismo Pág 5 sentido, se recuerda que de conformidad con el artículo 49 del mismo Estatuto: “Los funcionarios en Comisión serán libremente nombrados y removidos por el Poder Ejecutivo (…)”, de manera que con el presente nombramiento no se suspende ni limita de ninguna manera dicha potestad de la Administración. VIII.—Que en virtud de la inopia de funcionarios de carrera diplomática, el Ministro de Relaciones Exteriores y Culto ha decidido nombrar a la señora Evelyn Patricia Gutiérrez Soto, cédula 6-0191-0336 en el cargo de Consejero y Cónsul, en comisión, en la Embajada de Costa Rica en la ciudad de Puerto España, Trinidad y Tobago. Esto en virtud de que es Master en Relaciones Internacionales Iberoamericanas de la Universidad Rey Juan Carlos, España, Doctora en Comunicación y Paz de la Universidad Para la Paz de las Naciones Unidas, Licenciada en Psicología Clínica de la Universidad Latina de Costa Rica, Licenciada en Administración de Servicios Sociales Infantiles de la Universidad Estatal a Distancia, que ha desempeñado labores en la Universidad Estatal a Distancia sede Puntarenas y en el INCOP; cuenta con amplia experiencia de trabajo en el sector privado en cargos gerenciales. Por estas razones la Administración considera que es una persona idónea para desempeñar el cargo antes mencionado. IX.—Que la señora Evelyn Patricia Gutiérrez Soto ha cumplido con los requisitos que se establecen en el artículo número dieciocho del Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior de la República de Costa Rica y aprobó el examen sobre materia consular con una nota de 90%. Por tanto, ACUERDAN: Artículo 1º—Nombrar a la señora Evelyn Patricia Gutiérrez Soto, cédula 6-0191-0336 en el cargo de Consejero y Cónsul, en comisión, en la Embajada de Costa Rica en la ciudad de Puerto España, Trinidad y Tobago, a partir del 16 de abril del 2016 y hasta el 16 de abril de 2018; en virtud de que cumple con todos los requisitos establecidos en el Reglamento del Estatuto del Servicio Exterior de la República. Artículo 2º—La persona designada en este cargo deberá asumir funciones en un plazo máximo de 60 días naturales, período en el que deberá recibir la inducción respectiva, ajustándose a las normas laborales del Servicio Interno del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto. Artículo 3º— Rige a partir del 16 de abril del 2016 y hasta el 16 de abril del 2018. Dado en la Presidencia de la República, el 17 de marzo del 2016. LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, Manuel A. González Sanz.—1 vez.—O. C. N° 29101.—Solicitud N° 5133.—( IN2016050479 ). Nº 0041-2016-SE-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 140, incisos 8, 12, 20, y el artículo 146 de la Constitución Política de la República de Costa Rica; los artículos 48 y 49 del Estatuto del Servicio Exterior de la República y los artículos 15, 18 y 26 del Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior de la República, Considerando: I.—Que es labor del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto buscar la excelencia y la idoneidad del personal, de acuerdo con las necesidades del servicio y la importancia de las funciones que se deben desempeñar, en concordancia con la estrategia establecida en la Política Exterior de Costa Rica. II.—Que el Poder Ejecutivo propone incorporar, en la mayor medida posible, al desenvolvimiento de la Política Internacional, recursos humanos calificados para promover una Política Exterior acorde con los intereses del Estado. Pág 6 La Gaceta Nº 161 — Martes 23 de agosto del 2016 III.—Que la Administración fundamenta su actuar en razones objetivas y que el Ministerio basa su proceder en el principio de continuidad orgánica de la Administración y en el principio de eficiencia consagrado en el artículo 4 de la Ley General de Administración Pública. IV.—Que con miras a realizar el nombramiento de un Ministro Consejero y Cónsul General en la Embajada de Costa Rica en la ciudad de Brasilia, Brasil, el Ministro de Relaciones Exteriores y Culto ordenó la apertura del Concurso Interno número CCSE105-15 del 16 de diciembre del 2015, con el fin de que el personal de carrera diplomática destacado en el Servicio Interno de este Ministerio concursara para obtener el puesto de referencia. V.—Que la Comisión Calificadora del Servicio Exterior mediante oficio CCSE-008-16 del 02 de febrero del 2016, remitió al señor Ministro de Relaciones Exteriores los resultados del Concurso Interno para el cargo de Ministro Consejero y Cónsul General en la Embajada de Costa Rica en la ciudad de Brasilia, Brasil. VI.—Que mediante Resolución DM-049-2016 del 8 de febrero del 2016, el señor Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, declaró la inopia de funcionarios de carrera diplomática para el puesto de Ministro Consejero y Cónsul General en la Embajada de Costa Rica en la ciudad de Brasilia, Brasil. VII.—Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 48 del Estatuto del Servicio Exterior de la República, el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto puede hacer nombramientos en comisión cuando existe inopia de los funcionarios de carrera diplomática o por razones de conveniencia nacional. En el mismo sentido, se recuerda que de conformidad con el artículo 49 del mismo Estatuto: “Los funcionarios en Comisión serán libremente nombrados y removidos por el Poder Ejecutivo (…)”, de manera que con el presente nombramiento no se suspende ni limita de ninguna manera dicha potestad de la Administración. VIII.—Que en virtud de la inopia de funcionarios de carrera diplomática, el Ministro de Relaciones Exteriores y Culto ha decidido nombrar a la señora Flor de María Sánchez Orozco, cédula Nº 5-0167-0416, Ministro Consejero y Cónsul General, en comisión, en la Embajada de Costa Rica en la ciudad de Brasilia, Brasil. Esto en virtud de que es Licenciada en Sociología y Master en Relaciones Internacionales y Diplomacia de la Universidad Nacional, y cuenta con un Posgrado en Ciencias Sociales con Especialidad en Relaciones Internacionales de la FLACSO, que ha ejercido cargos de analista en el Ministerio de Planificación Nacional y de especialista en el IICA; cuenta con amplia experiencia de trabajos para Programas de Naciones Unidas para el Desarrollo, en la Defensoría de los Habitantes, conocimientos en gestión de la cooperación internacional, estrategias y mecanismos de relacionamiento externo; además es docente en la Maestría de Relaciones Internacionales en la Universidad Nacional. Por estas razones la Administración considera que es una persona idónea para desempeñar el cargo antes mencionado. IX.—Que la señora Flor de María Sánchez Orozco ha cumplido con los requisitos que se establecen en el artículo número dieciocho del Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior de la República de Costa Rica y aprobó el examen sobre materia consular con una nota de 85%. Por tanto, ACUERDAN: Artículo 1º—Nombrar a la señora Flor de María Sánchez Orozco, cédula Nº 5-0167-0416, Ministro Consejero y Cónsul General, en comisión, en la Embajada de Costa Rica en la ciudad de Brasilia, Brasil, a partir del 01 de abril del 2016 y hasta el 01 de abril de 2018; en virtud de que cumple con todos los requisitos establecidos en el Reglamento del Estatuto del Servicio Exterior de la República. Artículo 2º—La persona designada en este cargo deberá asumir funciones en un plazo máximo de 60 días naturales, período en el que deberá recibir la inducción respectiva, ajustándose a las normas laborales del Servicio Interno del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto. Artículo 3º—Rige a partir del 01 de abril del 2016 y hasta el 01 de abril del 2018. Dado en la Presidencia de la República, el 17 de marzo del 2016. LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, Manuel A. González Sanz.—1 vez.—O.C. Nº 29101.—Solicitud Nº 5133.—( IN2016050480 ). N° 0044-2016-SE-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 140, incisos 8, 12, 20, y el artículo 146 de la Constitución Política de la República de Costa Rica; los artículos 48 y 49 del Estatuto del Servicio Exterior de la República y los artículos 15, 18 y 26 del Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior de la República. Considerando: I.—Que es labor del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto buscar la excelencia y la idoneidad del personal, de acuerdo con las necesidades del servicio y la importancia de las funciones que se deben desempeñar, en concordancia con la estrategia establecida en la Política Exterior de Costa Rica. II.—Que el Poder Ejecutivo propone incorporar, en la mayor medida posible, al desenvolvimiento de la Política Internacional, recursos humanos calificados para promover una Política Exterior acorde con los intereses del Estado. III.—Que la Administración fundamenta su actuar en razones objetivas y que el Ministerio basa su proceder en el principio de continuidad orgánica de la Administración y en el principio de eficiencia consagrado en el artículo 4 de la Ley General de Administración Pública. IV.—Que con miras a realizar el nombramiento de un Ministro Consejero con funciones consulares en la Embajada de Costa Rica en la ciudad de San Salvador, El Salvador, el Ministro de Relaciones Exteriores y Culto ordenó la apertura del Concurso Interno número CCSE-105-15 del 16 de diciembre del 2015, con el fin de que el personal de carrera diplomática destacado en el Servicio Interno de este Ministerio concursara para obtener el puesto de referencia. V.—Que la Comisión Calificadora del Servicio Exterior mediante oficio CCSE-001-16 del 19 de enero del 2016, remitió al señor Ministro de Relaciones Exteriores los resultados del Concurso Interno para el cargo de Ministro Consejero con funciones consulares en la Embajada de Costa Rica en la ciudad de San Salvador, El Salvador. VI.—Que mediante Resolución DM-012-2016 del 20 de enero del 2016, el señor Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, declaró la inopia de funcionarios de carrera diplomática para el puesto de Ministro Consejero con funciones consulares en la Embajada de Costa Rica en la ciudad de San Salvador, El Salvador. VII.—Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 48 del Estatuto del Servicio Exterior de la República, el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto puede hacer nombramientos en comisión cuando existe inopia de los funcionarios de carrera diplomática o por razones de conveniencia nacional. En el mismo sentido, de conformidad con el artículo 49 del mismo Estatuto: “Los funcionarios en Comisión serán libremente nombrados y removidos por el Poder Ejecutivo (...)”, de manera que con el presente nombramiento no se suspende ni limita de ninguna manera dicha potestad de la Administración. VIII.—Que en virtud de la inopia de funcionarios de carrera diplomática, el Ministro de Relaciones Exteriores y Culto ha decidido nombrar a Percy Kenneth Rodríguez Argüello, cédula N° 1-0838-0557 en el cargo de Ministro Consejero con funciones consulares, en comisión, en la Embajada de Costa Rica en la ciudad de San Salvador, El Salvador. Esto en virtud de que cuenta con un Bachillerato en Historia de la Universidad de Costa Rica, una Maestría en Relaciones Internacionales y Diplomacia de la Universidad Nacional y Maestría en Comunicación y Mercadeo La Gaceta Nº 161 — Martes 23 de agosto del 2016 de la Universidad Latina de Costa Rica; ha desempeñado cargos públicos, laboró como consultor e investigador, es autor de libros y artículos en revistas especializadas; como Alcalde ejerció funciones de administración pública, es profesor y director de la Escuela de Relaciones Internacionales en la Universidad Latina con funciones de gestión académica, administrativa y planificación estratégica, ha coordinado investigaciones y como Editor revisó numerosos estudios sobre el panorama económico, social, y político nacional e internacional. Por estas razones la Administración considera que es una persona idónea para desempeñar el cargo antes mencionado. IX.—Que el señor Percy Kenneth Rodríguez Argüello ha cumplido con los requisitos que se establecen en el artículo número dieciocho del Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior de la República de Costa Rica y aprobó el examen sobre materia consular con una nota de 85%. Por tanto, Pág 7 Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 140, incisos 8), 12), 20), y el artículo 146 de la Constitución Política de la República de Costa Rica; los artículos 48 y 49 del Estatuto del Servicio Exterior de la República y los artículos 15, 18 y 26 del Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior de la República. V.—Que la Comisión Calificadora del Servicio Exterior mediante oficio CCSE-001-16 del 19 de enero del 2016, remitió al señor Ministro de Relaciones Exteriores los resultados del Concurso Interno para el cargo de Ministro Consejero con funciones consulares en la Embajada de Costa Rica en la ciudad de Kingston, Jamaica. VI.—Que mediante Resolución DM-012-2016 del 20 de enero del 2016, el señor Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, declaró la inopia de funcionarios de carrera diplomática para el puesto de Ministro Consejero con funciones consulares en la Embajada de Costa Rica en la ciudad de Kingston, Jamaica. VII.—Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 48 del Estatuto del Servicio Exterior de la República, el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto puede hacer nombramientos en comisión cuando existe inopia de los funcionarios de carrera diplomática o por razones de conveniencia nacional. En el mismo sentido, de conformidad con el artículo 49 del mismo Estatuto: “Los funcionarios en Comisión serán libremente nombrados y removidos por el Poder Ejecutivo (…)”, de manera que con el presente nombramiento no se suspende ni limita de ninguna manera dicha potestad de la Administración. VIII.—Que en virtud de la inopia de funcionarios de carrera diplomática, el Ministro de Relaciones Exteriores y Culto ha decidido nombrar a Ernesto del Carmen Villavicencio Ruiz, cédula 5-0133-0544 en el cargo de Ministro Consejero con funciones consulares, en comisión, en la Embajada de Costa Rica en la ciudad de Kingston, Jamaica. Esto en virtud de que es Licenciado en Relaciones Económicas Internacionales de la Academia de Estudios Económicos de Bucarest, con un Postgrado en Diplomacia de la Universidad Hyperion de Rumania, cuenta con experiencia previa en funciones diplomáticas, es autor de varios libros, laboró en CENPRO, en PROCOMER coordinando programas de capacitación y promoción de exportaciones, realizó el curso de especialidad en Promoción de Exportaciones de JICA en Japón, ha sido docente en la Universidad Interamericana de Costa Rica, Universidad Latina de Costa Rica, Universidad Interamericana y en el Colegio Universitario de Alajuela. Por estas razones la Administración considera que es una persona idónea para desempeñar el cargo antes mencionado. IX.—Que el señor Ernesto del Carmen Villavicencio Ruiz ha cumplido con los requisitos que se establecen en el artículo número dieciocho del Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior de la República de Costa Rica y aprobó el examen sobre materia consular con una nota de 80%. Por tanto, Considerando: ACUERDAN: I.—Que es labor del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto buscar la excelencia y la idoneidad del personal, de acuerdo con las necesidades del servicio y la importancia de las funciones que se deben desempeñar, en concordancia con la estrategia establecida en la Política Exterior de Costa Rica. II.—Que el Poder Ejecutivo propone incorporar, en la mayor medida posible, al desenvolvimiento de la Política Internacional, recursos humanos calificados para promover una Política Exterior acorde con los intereses del Estado. III.—Que la Administración fundamenta su actuar en razones objetivas y que el Ministerio basa su proceder en el principio de continuidad orgánica de la Administración y en el principio de eficiencia consagrado en el artículo 4 de la Ley General de Administración Pública. IV.—Que con miras a realizar el nombramiento de un Ministro Consejero con funciones consulares en la Embajada de Costa Rica en la ciudad de Kingston, Jamaica, el Ministro de Relaciones Exteriores y Culto ordenó la apertura del Concurso Interno número CCSE-105-15 del 16 de diciembre del 2015, con el fin de que el personal de carrera diplomática destacado en el Servicio Interno de este Ministerio concursara para obtener el puesto de referencia. Artículo 1º—Nombrar a Ernesto del Carmen Villavicencio Ruiz, cédula 5-0133-0544 en el cargo de Ministro Consejero con funciones consulares, en comisión, en la Embajada de Costa Rica en la ciudad de Kingston, Jamaica, a partir del 01 de abril del 2016 y hasta el 01 de abril de 2018; en virtud de que cumple con todos los requisitos establecidos en el Reglamento del Estatuto del Servicio Exterior de la República. Artículo 2º—La persona designada en este cargo deberá asumir funciones en un plazo máximo de 60 días naturales, período en el que deberá recibir la inducción respectiva, ajustándose a las normas laborales del Servicio Interno del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto. Artículo 3º—Rige a partir del 01 de abril del 2016 y hasta el 01 de abril del 2018. ACUERDAN: Artículo 1°—Nombrar a Percy Kenneth Rodríguez Argüello, cédula 1-0838-0557 en el cargo de Ministro Consejero con funciones consulares, en comisión, en la Embajada de Costa Rica en la ciudad de San Salvador, El Salvador, a partir del 01 de abril del 2016 y hasta el 01 de abril de 2018; en virtud de que cumple con todos los requisitos establecidos en el Reglamento del Estatuto del Servicio Exterior de la República. Artículo 2°—La persona designada en este cargo deberá asumir funciones en un plazo máximo de 60 días naturales, período en el que deberá recibir la inducción respectiva, ajustándose a las normas laborales del Servicio Interno del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto. Artículo 3°—Rige a partir del 01 de abril del 2016 y hasta el 01 de abril del 2018. Dado en la Presidencia de la República, el 17 de marzo del 2016. LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, Manuel A. González Sanz.—1 vez.—O. C. N° 29101.—Solicitud N° 5133.—( IN2016050481 ). N° 45-2016-SE-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO Dado en la Presidencia de la República, el 17 de marzo del 2016. LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, Manuel A. González Sanz.—1 vez.—O. C. N° 29101.—Solicitud N° 5133.—( IN2016050482 ). Pág 8 La Gaceta Nº 161 — Martes 23 de agosto del 2016 N° 46-2016-SE-RE ACUERDAN: EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO Artículo 1º—Nombrar a Carlos Eduardo Umaña Alvarado, cédula 1-1156-0779 en el cargo de Consejero y Cónsul, en comisión, en la Embajada de Costa Rica en la ciudad de Ottawa, Canadá, a partir del 1° de abril del 2016 y hasta el 01 de abril de 2018; en virtud de que cumple con todos los requisitos establecidos en el Reglamento del Estatuto del Servicio Exterior de la República. Artículo 2º—La persona designada en este cargo deberá asumir funciones en un plazo máximo de 60 días naturales, período en el que deberá recibir la inducción respectiva, ajustándose a las normas laborales del Servicio Interno del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto. Artículo 3º—Rige a partir del 1° de abril del 2016 y hasta el 1° de abril del 2018. Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 140, incisos 8), 12), 20), y el artículo 146 de la Constitución Política de la República de Costa Rica; los artículos 48 y 49 del Estatuto del Servicio Exterior de la República y los artículos 15, 18 y 26 del Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior de la República, Considerando: I.—Que es labor del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto buscar la excelencia y la idoneidad del personal, de acuerdo con las necesidades del servicio y la importancia de las funciones que se deben desempeñar, en concordancia con la estrategia establecida en la Política Exterior de Costa Rica. II.—Que el Poder Ejecutivo propone incorporar, en la mayor medida posible, al desenvolvimiento de la Política Internacional, recursos humanos calificados para promover una Política Exterior acorde con los intereses del Estado. III.—Que la Administración fundamenta su actuar en razones objetivas y que el Ministerio basa su proceder en el principio de continuidad orgánica de la Administración y en el principio de eficiencia consagrado en el artículo 4° de la Ley General de Administración Pública. IV.—Que con miras a realizar el nombramiento de un Consejero y Cónsul en la Embajada de Costa Rica en la ciudad de Ottawa, Canadá, el Ministro de Relaciones Exteriores y Culto ordenó la apertura del Concurso Interno N° CCSE-105-15 del 16 de diciembre del 2015, con el fin de que el personal de carrera diplomática destacado en el Servicio Interno de este Ministerio concursara para obtener el puesto de referencia. V.—Que la Comisión Calificadora del Servicio Exterior mediante oficio CCSE-001-16 del 19 de enero del 2016, remitió al señor Ministro de Relaciones Exteriores los resultados del Concurso Interno para el cargo de Consejero y Cónsul en la Embajada de Costa Rica en la ciudad de Ottawa, Canadá. VI.—Que mediante Resolución DM-012-2016 del 20 de enero del 2016, el señor Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, declaró la inopia de funcionarios de carrera diplomática para el puesto de Consejero y Cónsul en la Embajada de Costa Rica en la ciudad de Ottawa, Canadá. VII.—Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 48 del Estatuto del Servicio Exterior de la República, el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto puede hacer nombramientos en comisión cuando existe inopia de los funcionarios de carrera diplomática o por razones de conveniencia nacional. En el mismo sentido, de conformidad con el artículo 49 del mismo Estatuto: “Los funcionarios en Comisión serán libremente nombrados y removidos por el Poder Ejecutivo (…)”, de manera que con el presente nombramiento no se suspende ni limita de ninguna manera dicha potestad de la Administración. VIII.—Que en virtud de la inopia de funcionarios de carrera diplomática, el Ministro de Relaciones Exteriores y Culto ha decidido nombrar a Carlos Eduardo Umaña Alvarado, cédula 1-1156-0779 en el cargo de Consejero y Cónsul, en comisión, en la Embajada de Costa Rica en la ciudad de Ottawa, Canadá. Esto en virtud de que cuenta con un Bachillerato y la Maestría en Economía de la Universidad de Costa Rica, un Máster in International Economic Law and Policy de la Universidad de Barcelona, se ha desempeñado como asesor y negociador comercial en COMEX, en el IICA y para CATRADE Grupo Consultor; como investigador en la Academia de Centroamérica y en el Instituto IICE. Por estas razones la Administración considera que es una persona idónea para desempeñar el cargo antes mencionado. IX.—Que el señor Carlos Eduardo Umaña Alvarado ha cumplido con los requisitos que se establecen en el artículo número dieciocho del Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior de la República de Costa Rica y aprobó el examen sobre materia consular con una nota de 80%. Por tanto, Dado en la Presidencia de la República, el 17 de marzo del 2016. LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—EL Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, Manuel A. González Sanz.—1 vez.—O. C. N° 29101.—Solicitud N° 5133.—( IN2016050483 ). N° 47-2016-SE-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 140, incisos 8), 12), 20), y el artículo 146 de la Constitución Política de la República de Costa Rica; los artículos 48 y 49 del Estatuto del Servicio Exterior de la República y los artículos 15, 18 y 26 del Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior de la República. Considerando: I.—Que es labor del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto buscar la excelencia y la idoneidad del personal, de acuerdo con las necesidades del servicio y la importancia de las funciones que se deben desempeñar, en concordancia con la estrategia establecida en la Política Exterior de Costa Rica. II.—Que el Poder Ejecutivo propone incorporar, en la mayor medida posible, al desenvolvimiento de la Política Internacional, recursos humanos calificados para promover una Política Exterior acorde con los intereses del Estado. III.—Que la Administración fundamenta su actuar en razones objetivas y que el Ministerio basa su proceder en el principio de continuidad orgánica de la Administración y en el principio de eficiencia consagrado en el artículo 4 de la Ley General de Administración Pública. IV.—Que con miras a realizar el nombramiento de un Ministro Consejero y Cónsul General en la Embajada de Costa Rica con sede en la ciudad de Seúl, Corea, el Ministro de Relaciones Exteriores y Culto ordenó la apertura del Concurso Interno número CCSE105-15 del 16 de diciembre del 2015, con el fin de que el personal de carrera diplomática destacado en el Servicio Interno de este Ministerio concursara para obtener el puesto de referencia. V.—Que la Comisión Calificadora del Servicio Exterior mediante oficio CCSE-008-16 del 2 de febrero del 2016, remitió al señor Ministro de Relaciones Exteriores los resultados del Concurso Interno para el cargo de Ministro Consejero y Cónsul General en la Embajada de Costa Rica con sede en la ciudad de Seúl, Corea. VI.—Que mediante Resolución DM-049-2016 del 8 de febrero del 2016, el señor Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, declaró la inopia de funcionarios de carrera diplomática para el puesto de Ministro Consejero y Cónsul General en la Embajada de Costa Rica con sede en la ciudad de Seúl, Corea. VII.—Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 48 del Estatuto del Servicio Exterior de la República, el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto puede hacer nombramientos en comisión cuando existe inopia de los funcionarios de carrera diplomática o por razones de conveniencia nacional. En el mismo sentido, de conformidad con el artículo 49 del mismo Estatuto: “Los funcionarios en Comisión serán libremente nombrados y removidos La Gaceta Nº 161 — Martes 23 de agosto del 2016 por el Poder Ejecutivo (…)”, de manera que con el presente nombramiento no se suspende ni limita de ninguna manera dicha potestad de la Administración. VIII.—Que en virtud de la inopia de funcionarios de carrera diplomática, el Ministro de Relaciones Exteriores y Culto ha decidido nombrar a la señora Sofía Cristina Salas Monge, cédula 1-1013-0804, en el cargo de Ministro Consejero y Cónsul General, en comisión, en la Embajada de Costa Rica con sede en la ciudad de Seúl, Corea. Esto en virtud de que posee la Licenciatura en Derecho de la Universidad de Costa Rica, una especialidad en Derecho Notarial de la Universidad de Costa Rica y la Maestría en Derechos Humanos de la University of Essex, UK, cuenta con experiencia como coordinadora técnica y administrativa de proyectos y asistencia a migrantes vulnerables en la Organización Internacional para las Migraciones (OIM). Por estas razones la Administración considera que es una persona idónea para desempeñar el cargo antes mencionado. IX.—Que la señora Sofía Cristina Salas Monge ha cumplido con los requisitos que se establecen en el artículo número dieciocho del Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior de la República de Costa Rica, y aprobó el examen sobre materia consular con una nota de 95%. Por tanto, ACUERDAN: Artículo 1º—Nombrar a la señora Sofía Cristina Salas Monge, cédula N° 1-1013-0804, en el cargo de Ministro Consejero y Cónsul General, en comisión, en la Embajada de Costa Rica con sede en la ciudad de Seúl, Corea, a partir del 01 de junio del 2016 y hasta el 01 de junio de 2018; en virtud de que cumple con todos los requisitos establecidos en el Reglamento del Estatuto del Servicio Exterior de la República. Artículo 2º—La persona designada en este cargo deberá asumir funciones en un plazo máximo de 60 días naturales, período en el que deberá recibir la inducción respectiva, ajustándose a las normas laborales del Servicio Interno del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto. Artículo 3º—Rige a partir del 01 de junio del 2016 y hasta el 01 de junio del 2018. Dado en la Presidencia de la República, el 17 de marzo del 2016. LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, Manuel A. González Sanz.—1 vez.—O. C. N° 29101.—Solicitud N° 5134.—( IN2016050497 ). Nº 0052-2016-SE-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO De conformidad con el artículo 157 de la Ley General de la Administración Pública. Considerando: I.—Que mediante el Acuerdo Ejecutivo Nº 0033-2016-SE-RE del 15 de marzo del 2016, se nombró a la señora Yanis Lucrecia Quesada Sancho, cédula de identidad Nº 1-0752-0531, en el cargo de Consejero y Cónsul, en comisión, en la Embajada de Costa Rica en Managua, Nicaragua. II.—Que el nombre correcto de la funcionaria es Yanis Lucrecia Quesada Chanto. III.—Que se requiere corregir el error material y modificar el artículo primero del Acuerdo Nº 0033-SE-RE del 15 de marzo del 2016, para consignar correctamente el nombre de la señora Yanis Lucrecia Quesada Chanto, cédula de identidad Nº 1-0752-0531. Por tanto, ACUERDAN: Artículo 1º—Modificar el artículo primero del Acuerdo Ejecutivo Nº 0033-SE-RE del 15 de marzo del 2016, para que en adelante se lea: “Artículo 1º—Nombrar a la señora Yanis Lucrecia Quesada Chanto, cédula Nº 1-0752-0531, en el cargo de Consejero y Cónsul, en comisión, en la Embajada de Costa Rica en Managua, Nicaragua Pág 9 a partir del 15 de marzo del 2016 y hasta el 15 de marzo de 2018, en virtud de que cumple con todos los requisitos establecidos en el Reglamento del Estatuto del Servicio Exterior de la República.” Artículo 2º—Rige a partir del 15 de marzo del 2016 y hasta el 15 de marzo del 2018. Dado en la Presidencia de la República, el 18 de abril del 2016. LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto a. í., Alejandro Solano Ortiz.—1 vez.—O.C. Nº 29101.—Solicitud Nº 5134.—( IN2016050498 ). Nº 0053-2016-SE-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO De conformidad con los artículos 140 inciso 12 y 146 de la Constitución Política de la República de Costa Rica, los artículos 18 y 19 del Estatuto del Servicio Exterior de la República y el artículo 41 del Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior de la República. Considerando: I.—Que se sometió al Concurso para el Servicio Exterior de la República, número CCSE-105-2015 del 16 de diciembre de 2015, la plaza de Ministro Consejero con funciones consulares en la Embajada de Costa Rica en el Reino de los Países Bajos. II.—Que el señor Ministro de Relaciones Exteriores y Culto mediante resolución DM-053-2016 del 16 de febrero del 2016, designó en el cargo de Ministro Consejero con funciones consulares, en promoción, en la Embajada de Costa Rica en el Reino de los Países Bajos, al Tercer Secretario de carrera diplomática, señor Christian Peter Kandler Rodríguez, cédula de identidad número 1-0593-0720. Por tanto, ACUERDAN: Artículo 1º—Rotar al Tercer Secretario de carrera diplomática, señor Christian Peter Kandler Rodríguez cédula de identidad número 1-0593-0720, de su cargo en el Servicio Interno al cargo de Ministro Consejero con funciones consulares, en promoción, en la Embajada de Costa Rica en el Reino de los Países Bajos, a partir del 01 de junio del 2016. Artículo 2º—La persona designada en este cargo debe asumir funciones en un plazo máximo de 60 días naturales, período en el que deberá recibir la inducción respectiva, ajustándose a las normas laborales del Servicio Interno del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto. Artículo 3º—Rige a partir del 01 de junio del 2016 al 01 de junio del 2019. Dado en la Presidencia de la República, el 09 de mayo del 2016. LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto.—Manuel A. González Sanz.—1 vez.—O. C. Nº 29101.—Solicitud Nº 5134.—( IN2016050499 ). N° 0054-2016-SE-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO De conformidad con los artículos 140 inciso 12 y 146 de la Constitución Política de la República de Costa Rica, los artículos 18 y 19 del Estatuto del Servicio Exterior de la República y el artículo 41 del Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior de la República. Considerando: I.—Que se sometió al Concurso para el Servicio Exterior de la República, número CCSE-105-2015 del 16 de diciembre de 2015, la plaza de Consejero y Cónsul en el Consulado General de Costa Rica en el Chicago, Estado de Illinois, Estados Unidos de América. II.—Que el señor Ministro de Relaciones Exteriores y Culto mediante resolución DM-053-2016 del 16 de febrero del 2016, designó en el cargo de Consejero y Cónsul, en promoción, en la Pág 10 La Gaceta Nº 161 — Martes 23 de agosto del 2016 Embajada de Costa Rica en el Reino de los Países Bajos, al Agregado de carrera diplomática, señor Gustavo Adolfo Ramírez Baca, cédula de identidad número 1-1230-0625. Por tanto, ACUERDAN: Artículo 1º—Rotar al Agregado de carrera diplomática, señor Gustavo Adolfo Ramírez Baca, cédula de identidad número 1-12300625, de su cargo en el Servicio Interno al cargo de Consejero y Cónsul, en promoción, en el Consulado General de Costa Rica en Chicago, Estado de Illinois, Estados Unidos de América, a partir del 01 de agosto del 2016. Artículo 2º—La persona designada en este cargo debe asumir funciones en un plazo máximo de 60 días naturales, período en el que deberá recibir la inducción respectiva, ajustándose a las normas laborales del Servicio Interno del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto. Artículo 3º—Rige a partir del 01 de agosto del 2016 al 01 de agosto del 2019. Dado en la Presidencia de la República, el 09 de mayo del 2016. LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, Manuel A. González Sanz.—1 vez.—O.C. N° 29101.—Solicitud N° 5134.—( IN2016050500 ). RESOLUCIONES MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO Resolución DM-DJ-325-2016.—Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.—Despacho del Ministro.—San José, a las quince horas con cuarenta minutos del día tres de agosto del dos mil dieciséis. Manuel Antonio González Sanz, cédula de identidad Nº 1-720-207, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, según nombramiento que consta en el acuerdo de la Presidencia de la República número 001-P del 08 de mayo del 2014; de conformidad con lo dispuesto en los artículos 28 inciso a), 89 y siguientes de la Ley General de la Administración Pública, Ley Nº 6227, del 02 de mayo de 1978 y con el artículo 6º del Reglamento de Tareas y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, Decreto Ejecutivo Nº 19561. RESUELVE: Delegar el conocimiento y la firma de las resoluciones para ejecución de partidas presupuestarias de todos los programas de este Ministerio, exigidas por la Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del año 2016, Ley Nº 9341 del primero de diciembre del dos mil quince, así como todo documento de carácter presupuestario en el señor Mario Nájera Villalobos, Coordinador Administrativo de este Ministerio, cédula de identidad Nº 1-472-775. La presente resolución modifica la resolución DM-DJ-018-2016, de fecha 22 de enero del 2016. Publíquese en el Diario Oficial La Gaceta y notifíquese al señor Mario Nájera Villalobos, Coordinador Administrativo. RESUELVE: En procura de una administración más eficiente, delegar el conocimiento y la firma de los documentos referentes a liquidación de viáticos en el exterior del país, como suplente del señor Viceministro Alejandro Solano Ortiz, en el señor Mario Nájera Villalobos, Coordinador Administrativo de este Ministerio y portador de la cédula de identidad Nº 1-472-775. La presente resolución modifica la resolución DM-DJ-033-2014, de fecha 21 de mayo del 2014. Publíquese en el Diario Oficial La Gaceta y notifíquese al señor Mario Nájera Villalobos, Coordinador Administrativo. Manuel A. González Sanz, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto.—1 vez.—O. C. Nº 62899.—Solicitud Nº 19317.—( IN2016053031 ). DOCUMENTOS VARIOS AGRICULTURA Y GANADERÍA DIRECCIÓN DE MEDICAMENTOS VETERINARIOS La señora Ingrid Lerma Delgado con de cédula 8-01000827, vecina de Alajuela, en calidad de apoderada generalísima de la compañía Vets and Pets Trading Costa Rica S. A., con domicilio en Alajuela. Solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 4: Kit Test Lipasa Pancreática Felina fabricado por IDEXX Inc. de Estados Unidos de América, con los siguientes principios activos Cada prueba contiene: Anticuerpos monocionales anti fPL y las siguientes indicaciones terapéuticas: Prueba rápida para la determinación de los niveles de lipasa pancreática específica en suero felino. Con base en el Decreto Ejecutivo N°. 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer en este Departamento, dentro del término de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.— Heredia, a las 10 horas del día 11 de julio del 2016.—Dr. Luis Zamora Chaverri, Jefe de Registro.—1 vez.—( IN2016050508 ). EDUCACIÓN PÚBLICA DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN DE LA CALIDAD REPOSICIÓN DE TÍTULO EDICTOS PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ Manuel A. González Sanz, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto.—1 vez.—O. C. Nº 62899.—Solicitud Nº 19317.—( IN2016053030 ). Ante esta dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 2, Folio 20, Título N° 871, emitido por el Liceo Experimental Bilingüe de la Cruz, en el año dos mil trece, a nombre de Víctor Morales Jean Carlos, cédula 5-0397-0678. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los veintiocho días del mes de julio del dos mil dieciséis.— Dirección de Gestión y Evaluación de la Calidad.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2016051823 ). Resolución DM-DJ-327-2016.—Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.—Despacho del Ministro.—San José, a las quince horas con cuarenta minutos del día cuatro de agosto del dos mil dieciséis. Manuel Antonio González Sanz, cédula de identidad Nº 1-720-207, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, según nombramiento que consta en el acuerdo de la Presidencia de la República Nº 001-P del 08 de mayo del 2014; de conformidad con lo dispuesto en los artículos 28 inciso a), 89 y siguientes de la Ley General de la Administración Pública, Ley Nº 6227, del 02 de mayo de 1978 y con el artículo 6º del Reglamento de Tareas y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, Decreto Ejecutivo Nº 19561. PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada, “Rama Académica” Modalidad Ciencias y Letras, inscrito en el tomo 01, folio 145, título Nº 1568, emitido por el Liceo Rodrigo Facio, en el año mil novecientos ochenta y cinco, a nombre de Kattia Monge Ramírez. Se solicita la reposición del título indicado por cambio de apellido, cuyo nombre y apellido correcto es: Kattia Kawer Ramírez, cédula Nº 1-0737-0486. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los catorce días del mes de julio del dos mil dieciséis.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2016051309 ). La Gaceta Nº 161 — Martes 23 de agosto del 2016 JUSTICIA Y PAZ JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ Rafael Ramos Lintón, casado dos veces, cédula de identidad 700960070 con domicilio en Villas de Ayarco casa P-33 de Súper Jennie 200 sur y 75 oeste, Costa Rica, solicita la inscripción de: RF BIENES RAÍCES como marca de servicios en clase: 36. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: negocios inmobiliarios. Reservas: de los colores: Rojo y negro. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 13 de julio de 2016. Solicitud Nº 20160006763. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 27 de julio de 2016.— Ildreth Araya Mesén, Registradora.—( IN2016050072 ). Randall Gerardo Castro Rodríguez, casado una vez, cédula de identidad 109800581, en calidad de apoderado generalísimo de Servicios Múltiples Rackam Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101354535, con domicilio en Central, San Isidro, Calle Loría; portón frente a Calle Bellavista, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: GAMBA NIT-200 como marca de fábrica en clase: 1 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Fertilizantes. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 15 de junio del 2016. Solicitud Nº 2016-0005761. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 19 de julio del 2016.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—( IN2016050133 ). Roberto Alterno Ugalde, casado una vez, cédula de identidad 111090761, en calidad de apoderado especial de Inversiones Mediterráneo Tropical Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101713541 con domicilio en Barva, San Roque, Residencial Bello Higuerón casa número 11, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: ALIMENTOS TZANETITA como nombre comercial en clase: Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: 49 un establecimiento comercial dedicado a fabricación de alimentos, ubicado en Heredia, Barva, San Roque, Residencial Bello Higuerón casa número 11. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 7 de julio de 2016. Solicitud Nº 20160006584. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 18 de julio del 2016.— Carlos Rosales Picado, Registrador.—( IN2016050214 ). Marylis Muñoz Robles, casada, cédula de identidad 106140574, en calidad de apoderado general de Coastal Latinos Costa Rica S.R.L, Cédula jurídica 3-102- 668032 con domicilio en Tilarán, del mercado municipal 50 metros oeste instalaciones del Hotel y Cabinas El Sueño, Guanacaste, Costa Rica solicita la inscripción de: E.mov Energía en Movimiento como marca de comercio en clase 12 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Bicicleta eléctrica. Reservas: Se hace reserva del color verde. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 23 de junio del 2016, solicitud Nº 2016-0006073. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 18 de julio del 2016.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—( IN2016050239 ). Alejandro Pacheco Saborío, soltero, cédula de identidad Nº 115180020, en calidad de apoderado especial de Gabriela Barzuna Pacheco, soltero, cédula de identidad Nº 115270581, con domicilio en: La Uruca, barrio Cristal, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: TRÍADA Pág 11 como nombre comercial en clase internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial para la venta de ropa y sombrerería para hombre, mujer, niño y bebé, ropa interior, ropa para dormir incluyendo pijamas, delantales, bolsos y carteras, cosmetigueras, almohadones, tazas, botellas para agua, posavasos así como souvenirs, stickers y accesorios en general. Ubicado en San José, La Uruca, barrio Cristal, de Canal 6, 200 metros sur, 100 metros oeste y 50 metros sur. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 06 de abril del 2016. Solicitud N° 20160003153. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 28 de junio del 2016.— Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2016050254 ). Sergio Jiménez Odio, casado una vez, cédula de identidad 108970615, en calidad de apoderado especial de Fibrocentro S. A., Cédula jurídica 3101073988 con domicilio en 100 metros al sur del autoservicio de la Dos Pinos, barrio Luján, Costa Rica, solicita la inscripción de: SUNGUARD como marca de comercio en clase 17 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Materiales aislantes incluyendo pero no limitado a aislamientos reflectivos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 14 de enero del 2016, solicitud Nº 2016-0000361. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 26 de enero del 2016.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—( IN2016050255 ). Gabriel Eduardo Araujo Saavedra, soltero, cédula de residencia 186200232216, en calidad de apoderado generalísimo de G Y G Sanidad Pecuaria S. A., cédula jurídica 3101699614 con domicilio en Alajuela Villa Hermosa, de la Asociación Un Niño con Cariño 750 metros al norte, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: G&G Sanidad Pecuaria S. A. como marca de comercio en clase 31 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Alimento para animales. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 18 de julio del 2016, solicitud Nº 2016-0006950. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 28 de julio del 2016.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—( IN2016050256 ). Carlos Corrales Azuola, casado una vez, cédula de identidad 108490717, en calidad de apoderado especial de Novogar S. A., cédula jurídica 3101693063 con domicilio en Escazú, San Rafael, Centro Corporativo El Cedral, edificio Integra Legal, torre uno, quinto piso, oficinas Bufete Integra Legal, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: como marca de servicios en clases 36 y 37 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: 36: Servicios de corretaje, administración, arrendamiento y venta de bienes inmuebles. y 37: Servicios de construcción; servicios de reparación; servicios de instalación. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 8 de julio del 2016, solicitud Nº 2016-0006604. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 22 de julio del 2016.— Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2016050262 ). Carlos Corrales Azuola, casado una vez, cédula de identidad 108490717, en calidad de apoderado especial de 3-101-695514 S. A., cédula jurídica 3101695514, con domicilio en Escazú, San Rafael, Centro Corporativo El Cedral, Edificio Integra Legal, Torre Uno, Quinto Piso, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: Vistas de San Pablo CONDOMINIO Pág 12 La Gaceta Nº 161 — Martes 23 de agosto del 2016 como nombre comercial en clase: internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 49: Un establecimiento comercial dedicado a un condominio que se dedicará a la administración, arrendamiento, venta, construcción, reparación e instalación de bienes inmuebles, así como servicios de seguridad y mantenimiento de condominio, ubicado 500 metros oeste del antiguo supermercado MXM, carretera principal a Heredia. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 8 de julio del 2016. Solicitud Nº 2016-0006606. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.— San José, 22 de julio del 2016.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2016050263 ). Carlos Corrales Azuola, casado una vez, cédula de identidad N° 108490717, en calidad de apoderado especial de N° 3-101-707610 S. A., cédula jurídica N° 3-101-707610, con domicilio en Escazú, San Rafael, Centro Corporativo el Cedral, edificio Integra Legal, Torre Uno, quinto piso, Oficinas Bufete Integra Legal, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: Heredia Parks CONDOMINIO como nombre comercial en clase(s): internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: 49: Un establecimiento comercial dedicado a la administración, arrendamiento, venta, construcción, reparación e instalación de bienes inmuebles, así como servicios de seguridad y mantenimiento del condominio, ubicado en la Aurora de Heredia, de la Fábrica Casino 300 metros norte y 200 metros este. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 8 de julio del 2016. Solicitud N° 2016-0006605. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 22 de julio del 2016.— Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2016050264 ). Xinia Arroyo Jiménez, casada una vez, en calidad de apoderada generalísima de la Asociación Centro Educativo Adventista de Costa Rica, cédula jurídica 3002564510, con domicilio en Hatillo centro, seiscientos metros este del Liceo Roberto Brenes Mesén, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: CENTRO EDUCATIVO ADVENTISTA DE COSTA RICA BILINGÜE como nombre comercial en clase: internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 49: Un establecimiento comercial dedicado a Centro Educativo, prekinder, primaria y secundaria, ubicada en Hatillo centro, 600 metros al este del Liceo Roberto Brenes Mesén. Reservas: No se hace reserva de la palabra: “COSTA RICA”. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 7 de julio del 2016. Solicitud Nº 20160006591. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 20 de julio del 2016.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2016050295 ). Mario Alberto Campos Conejo, casado una vez, cédula de identidad N° 108180660, en calidad de apoderado generalísimo de Cooperativa de Ahorro y Crédito de los Servidores Públicos R.L., cédula jurídica N° 3004045111, con domicilio en del Hospital Nacional de Niños, 350 metros al norte, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: CASA FÁCIL CS COOPESERVIDORES, como marca de servicios en clase: 36 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: servicios financieros. Reservas: de los colores: blanco, verde claro, celeste y oro. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 27 de mayo del 2016. Solicitud N° 2016-0005090. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 6 de junio del 2016.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2016050301 ). José Antonio Silva Meneses, casado una vez, cédula de identidad 110820529, en calidad de apoderado especial de BW Oasis Limitada, Cédula de identidad 3102710746con domicilio en Santa Cruz, Tamarindo, Oficina P&D Abogados, Centro Comercial Tamarindo Business Center, local número dos, Guanacaste, Costa Rica, solicita la inscripción de: BW Oasis como nombre comercial en clase internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 49 Un establecimiento comercial dedicado a la hotelería. Ubicado en Guanacaste, Santa Cruz, Tamarindo, 3 km del cruce de Huacas hacia Tamarindo. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 27 de junio del 2016, solicitud Nº 2016-0006150. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 29 de junio del 2016 .—Carlos Rosales Picado, Registrador.—( IN2016050305 ). Cinthia Rucy Calvo Jiménez, divorciada una vez, cédula de identidad Nº 602380670, con domicilio en: Quepos, Puntarenas, frente a la Fiscalía de Quepos y Parrita, Costa Rica, solicita la inscripción de: SUPER JORDIX como nombre comercial en clase 49 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial dedicado a supermercado, venta de abarrotes, verduras, carnicería, perfumería, licores, ubicado en Puntarenas – Quepos frente a las oficinas de la fiscalía de Quepos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 27 de mayo del 2016. Solicitud N° 2016-0005095. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 13 de junio del 2016.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2016050308 ). Tattiana Gabriela Pérez Cedeño, soltera, cédula de identidad 402020490 con domicilio en San Roque de Barva, Urbanización Santander, del Bar Restaurante El Higuerón, 100 metros al norte y 100 metros al oeste, casa esquinera costado sur del play, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: como marca de fábrica y comercio en clase 25 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Prendas de vestir, calzado, artículos de sombrerería. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 4 de febrero del 2016, solicitud Nº 2016-0001033. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 10 de febrero del 2016.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2016050315 ). Tattiana Gabriela Pérez Cedeño, soltera, cédula de identidad Nº 402020490, con domicilio en: San Roque de Barva, urbanización Santander, del bar restaurante El Higuerón, 100 metros al norte y 100 metros al oeste, casa esquinera costado sur del play, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: como marca de fábrica y comercio en clase 25 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: prendas de vestir, calzado, artículos de sombrería. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 04 de febrero del 2016. Solicitud N° 2016-0001032. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 10 de febrero del 2016.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2016050316 ). Ma. Gabriela Arroyo Vargas, cédula de identidad N° 109330536, en calidad de Apoderada Especial de Distribuidora Panamericana Sociedad Anónima, con domicilio en 10a avenida 2171 zona 1, Ciudad de Guatemala, Guatemala, solicita la inscripción de: IN GRUPO LATINOAMERICANO DE EMPAQUES, La Gaceta Nº 161 — Martes 23 de agosto del 2016 como marca de fábrica y comercio en clase: 1. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Productos químicos para la industria, materias plásticas en bruto; productos químicos para conservar alimentos; adhesivos (pegamentos) para la industria, todos para ser utilizados como material de empaque. Reservas: De los colores negro y blanco. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 22 de octubre del 2015. Solicitud N° 2015-0010150. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 6 de julio del 2016.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—( IN2016050326 ). Ma. Gabriela Arroyo Vargas, cédula de identidad 109330536, en calidad de Apoderada Especial de Distribuidora Panamericana, Sociedad Anónima con domicilio en 10a avenida 21-71 Zona 1, Ciudad de Guatemala, Guatemala, solicita la inscripción de: IN GRUPO LATINOAMERICANO DE EMPAQUES como marca de fábrica y comercio en clase: 16. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Papel, cartón y artículos de estas materias no comprendidos en otras clases; adhesivos (pegamentos) de papelería; materias plásticas para embalar (no comprendidas en otras clases); todos para ser utilizados como material de empaque. Reservas: De los colores negro y blanco. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 22 de octubre del 2015. Solicitud Nº 20150010151. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 6 de julio del 2016.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—( IN2016050327 ). Eliécer Antonio González Araya, casado una vez, cédula de identidad Nº 401480269, con domicilio en urbanización San Francisco, casa Nº R8, Ulloa, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: LGlatex como marca de fábrica y comercio en clase: 2. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Pinturas, barnices, lacas; productos antioxidantes y productos para conservar la madera; materias tintóreas; mordientes; resinas naturales en bruto; metales en hojas y en polvo para pintores, decoradores, impresores y artistas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 14 de julio del 2016. Solicitud N° 2016-0006865. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 26 de julio del 2016.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2016050333 ). Erick Solano Coto, soltero, cédula de identidad N° 111350461, en calidad de Apoderado Especial de Kurt Wasserman Consulting LLC, con domicilio en 21827 North Scottsadale, AZ 85255, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: MIRADA FLASH, como marca de fábrica en clase: 3. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Productos de belleza, particularmente encrespadores de pestañas y suero para el crecimiento de pestañas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 4 de julio del 2016. Solicitud N° 2016-0006432. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 26 de julio del 2016.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2016050341 ). Juan Carlos Cersosimo D’agostino, casado dos veces, cédula de identidad 110800755, en calidad de apoderado especial de La Pirámide Sociedad de Capital Variable con domicilio en San Salvador, Departamento de San Salvador, El Salvador, solicita la inscripción de: DECO BLOND como marca de fábrica en clase 3 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Productos Pág 13 cosméticos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 7 de julio del 2016, solicitud Nº 2016-0006577. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 28 de julio del 2016.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—( IN2016050369 ). Juan Carlos Cersosimo D’Agostino, casado dos veces, cédula de identidad 110800755, en calidad de apoderado especial de la Piramide Sociedad de capital variable, con domicilio en San Salvador, Departamento de San Salvador, El Salvador , solicita la inscripción de: DECO PERÓXIDO como marca de fábrica en clase: 3 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: productos cosméticos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 7 de julio del 2016. Solicitud Nº 20160006578. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 28 de julio del 2016.— Carlos Rosales Picado, Registrador.—( IN2016050370 ). Noelia del Rosario Mora Godinez, casada una vez, cédula de identidad 111730785 con domicilio en La Sabana de Tarrazú, 100 metros al este del Típico La Sabana, San José, Costa Rica , solicita la inscripción de: BYG ECOPOLLO como marca de comercio en clase: 29 Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Pollo crudo y sus derivados. Reservas: de los colores: amarillo, rojo, negro y verde. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 23 de junio de 2016.. Solicitud Nº 2016-0006081. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 29 de junio del 2016.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2016050401 ). Eslava María Hernández Jiménez, divorciada dos veces, cédula de identidad 303040442, en calidad de apoderada especial de Alberysam Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica 3-102-228105, con domicilio en Heredia, Mercedes Norte; 900 metros al norte, del Palacio de los Deportes, contiguo a la Capilla Barrio España, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: MONTEALTO MAGIS ALTIUS como marca de servicios en clase: 41. Internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Educación, formación, servicios de entretenimiento, actividades deportivas y culturales, servicios de educación prestados por colegios. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 8 de julio del 2016. Solicitud Nº 20160006624. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 20 de julio del 2016.— Carlos Rosales Picado, Registrador.—( IN2016050410 ). Carlos Eduardo Corella Carballo, casado dos veces, cédula de identidad Nº 103360491, con domicilio en: Mercedes Norte, 460 metros al norte del Liceo Samuel Sáenz Flores, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: CORELLA como marca de comercio en clase 30 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: café, té, cacao y sucedáneos del café; arroz; tapioca y sagú; harinas y preparaciones a base de cereales; pan, productos de pastelería y confitería; helados; azúcar, miel, jarabe de melaza; levadura, polvos de hornear; sal; mostaza; vinagre, salsas (condimentos); especias; hielo. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 01 de julio del 2016. Solicitud N° 2016-0006364. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 13 de julio del 2016.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2016050412 ). Pág 14 La Gaceta Nº 161 — Martes 23 de agosto del 2016 José Pablo Monge Villalobos, casado una vez , cédula de identidad 109880147, en calidad de apoderado generalísimo de Oxus Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101714409, con domicilio en Vásquez de Coronado, distrito Primero San Isidro; 150 metros sur, de la Panadería Santa Rita, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: Jaspe como nombre comercial en clase: 49 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: 49 Un establecimiento comercial dedicado a tratamientos faciales, servicios estéticos y spa, ubicado en San José, Vásquez de Coronado, Distrito primero, San Isidro, 150 metros sur de la Panadería Santa Rita Reservas: De los colores: verde y morado. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 07 de julio del 2016. Solicitud Nº 2016-0006569. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.— San José, 18 de julio del 2016.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2016050446 ). Norman Castro Hidalgo, soltero, cédula de identidad 104830383 con domicilio en Ipís de Goicoechea cond. Korobo casa N° 62, Costa Rica, solicita la inscripción de: Folclórica Nayuribes Oro como marca de servicios en clase 41 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Servicio entretenimiento. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 07 de junio del 2016, solicitud Nº 2016-0005471. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 13 de julio del 2016.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2016050449 ). Irina Arguedas Calvo, soltera, cédula de identidad 113790869, en calidad de apoderado especial de Lost Beach Vacation Rentals Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica 3102681913 con domicilio en Escazú, San Rafael, Calle La Ceiba, casa número 400, portón café, San José, Costa Rica solicita la inscripción de: como marca de servicios en clases 39 y 43 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: 39 Organización de viajes turísticos, servicios de organización de paquetes turísticos, servicios de reservas de viajes turísticos, suministro de información por internet sobre viajes turísticos y 43 Servicios de alojamiento en complejos turísticos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 8 de julio del 2016. Solicitud Nº 2016-0006617. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 21 de julio del 2016.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2016050502 ). Irina Arguedas Calvo, soltera, cédula de identidad Nº 113790869, en calidad de apoderado especial de Lost Beach Vacation Rentals Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica Nº 3102681913, con domicilio en: Escazú, San Rafael, Calle La Ceiba, casa Nº 400, portón café, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: LOST BEACH VACATIONS como marca de servicios en clase 39 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: organización de viajes turísticos, servicios de organización de paquetes turísticos, servicios de reservas de viajes turísticos, suministro de información por internet sobre viajes turísticos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 08 de julio del 2016. Solicitud N° 2016-0006618. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 20 de julio del 2016.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2016050503 ). Irina Arguedas Calvo, soltera, cédula de identidad Nº 113790869, en calidad de apoderada especial de Lost Beach Vacation Rentals Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica Nº 3102681913, con domicilio en: Escazú, San Rafael, Calle La Ceiba, casa Nº 400, portón café, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: Lost Beach Rentals como marca de servicios en clase 43 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: servicios de alojamiento. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 08 de julio del 2016. Solicitud N° 2016-0006619. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 20 de julio del 2016.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2016050505 ). Irina Arguedas Calvo, soltera, cédula de identidad 113790869, en calidad de apoderada especial de Lost Beach Vacation Rentals Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica 3102681913con domicilio en Escazú, San Rafael, Calle La Ceiba, casa número 400, portón café, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: Lost Beach Management como marca de servicios en clase: 36 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 36 Administración de bienes inmuebles. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 8 de julio del 2016. Solicitud Nº 20160006620. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 20 de julio del 2016.— Katherine Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2016050506 ). Irina Arguedas Calvo, soltera, cédula de identidad 113790869, en calidad de apoderado especial de Lost Beach Vacation Rentals Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica 3102681913 con domicilio en Escazú, San Rafael, Calle La Ceiba, casa número 400, portón café, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: LOST BEACH como nombre comercial en clase: internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 49 Un establecimiento comercial dedicado a la organización de viajes turísticos, servicios de organización de paquetes turísticos, servicios de reservas de viajes turísticos, suministro de información por internet sobre viajes turísticos, alojamiento turístico y vacacional, reservas de alojamiento turístico servicios de guías turísticos, alquiler, mantenimiento y administración de propiedades, ubicado en Puntarenas, Jacó, Calle Ancha Plaza Blvd Comercial 1. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 08 de julio de 2016. Solicitud Nº 20160006621. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 20 de julio de 2016.— Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2016050507 ). Robert C. Van Der Putten, divorciado, cédula de identidad 800790378, en calidad de apoderado especial de Insumos DISAGRO para la Industria S. A., con domicilio en Anillo Periférico 17-36 Zona 11, ciudad de Guatemala, República de Guatemala, Guatemala, solicita la inscripción de: Aquaplus Oxy-Plus como marca de fábrica y comercio en clase: 1. Internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 1 Fertilizantes minerales, orgánicos, inorgánicos, para aplicación en la tierra, edáficos, foliares, solubles, mezclas físicas, químicas, fertilizantes compuestos o sencillos, abonos para las tierras y cultivos. Reservas: De los colores: celeste y gris. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 22 de julio del 2016. Solicitud Nº 20160007097. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 28 de julio del 2016.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2016050509 ). La Gaceta Nº 161 — Martes 23 de agosto del 2016 Marcas de ganado Solicitud N° 2016-1391.—Juan Rafael Mora Hernández, cédula de identidad 2-0166-0894, en calidad de apoderado generalísimo sin límite de suma de Asolico Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-368624, solicita la inscripción de: S8E como marca de ganado, que usará preferentemente en Heredia, Sarapiqui, La Virgen, San Miguel, Colonia Carvajal, de la escuela 4 kilómetros al este. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada el 11 de julio del 2016. Según expediente N° 2016-1391.—San José, 12 de julio del 2016.—Karol Claudel Palma, Registradora.—1 vez.—( IN2016050487 ). REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS Asociaciones civiles Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el Estatuto de la entidad: Asociación Fintech Centroamérica y El Caribe, con domicilio en la provincia de: San José-Escazú, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: Procurar los intereses generales de sus asociados en cualquier asunto de interés común ante todo tipo de entidades y organizaciones públicas y privadas ya sean nacionales o internacionales prestándoles asesoría y apoyo para solucionar sus problemas particulares. Cuyo representante, será el presidente: Ernesto José Leal Medal, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento Tomo: 2016 Asiento: 402820.—Dado en el Registro Nacional, a las 13 horas 41 minutos y 32 segundos, del 21 de julio del 2016.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2016050143 ). Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el Estatuto de la entidad: Asociación Cristiana Beth Shalom Internacional, con domicilio en la provincia de: Guanacaste-Liberia, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: propagación de la fe cristiana, todo con base en la doctrina de Jesucristo divulgando y enseñando la Palabra de Dios, contenida en las Sagradas Escrituras y para tal efecto podrá instalar salas o iglesias donde podrán celebrar sus reuniones, cultos religiosos y educacional, cultural e intelectual, para todos sus asociados y publico simpatizante. Cuyo representante, será el presidente: Luis Miguel Ramos Consuegra, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento: Tomo: 2016, asiento: 403192.— Dado en el Registro Nacional, a las 8 horas 33 minutos y 51 segundos, del 27 de junio del 2016.—Lic. Henry Jara Solís, Director a. í.—1 vez.—( IN2016050496 ). REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Patente de invención PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula Nº 1-335-794, mayor, vecino de San José, en calidad de apoderado de Genentech Inc, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada: INHIBIDORES DE SERINA/ TREONINA CINASA. La presente invención se refiere a compuestos que tienen la fórmula I en donde R1, X1, X2, X3 y X4 como se define en la presente son inhibidores de la cinasa ERK. También se describen composiciones y métodos para tratar trastornos hiperproliferativos. La memoria Pág 15 descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: C07D 498/16; C07D 471/16; A61K 31/435; cuyo(s) inventor(es) es(son) Kolesnikov, Aleksandr, Do, Steven. Prioridad: 06/12/2013 US 61/912,905; 03/12/2014 WO 2014US068452. Publicación internacional: 11/06/2015 WO2015/085007. La solicitud correspondiente lleva el número 20160309, y fue presentada a las 14:10:30 del 04 de julio del 2016. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 06 de julio del 2016.—Lic. Randall Piedra Fallas, Registrador.—( IN2016051362 ). El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula Nº 1-335-794, mayor, vecino de San José, en calidad de apoderado de Genentech, Inc., de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada: COMPOSICIONES Y MÉTODO PARA TRATAR CONDICIONES ASOCIADAS CON EL COMPLEMENTO. La invención proporciona métodos y composiciones para tratar varias enfermedades degenerativas (por ejemplo, AMD) con un inhibidor del factor D (por ejemplo, anticuerpo antifactor D o fragmento de unión al antígeno de este). También se proporcionan métodos de selección o identificación de pacientes para el tratamiento con un inhibidor del factor D. Los métodos incluyen el uso de biomarcadores pronósticos y/o predictivos. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: C12Q 1/68; cuyo(s) inventor(es) es(son) Yaspan, Brian, Graham, Robert Royal, Dressen, Amy, Li, Zhengrong, Strauss, Erich, Bugawan, Teodorica. Prioridad: / /; 16/08/2013 US 61/866,651; 30/08/2013 US 61/872,098; 11/08/2014 WO 2014US050579; 02/05/2014 US 61/988,012; 07/07/2014 US 62/021,487. Publicación internacional: 19/02/2015 WO2015/023596. La solicitud correspondiente lleva el número 20160132, y fue presentada a las 13:18:04 del 16 de marzo del 2016. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 14 de julio del 2016.—Lic. Randall Piedra Fallas, Registrador.—( IN2016051363 ). DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN DE NOTARIO (A) PÚBLICO (A). La DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San José, San Pedro de Montes de Oca, costado Oeste del Mall San Pedro, Oficentro Sigma, Edificio A, 5to.piso, HACE SABER: Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN como delegatario para ser y ejercer la función pública Estatal del NOTARIADO, por parte de: MAUREEN BARBOZA ALVARADO, con cédula de identidad número 1-1020-0723, carné número 24029. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta de la solicitante, a efecto de que lo comuniquen por escrito a esta Dirección dentro de los QUINCE (15) DÍAS HÁBILES siguientes a esta publicación. Exp. 16-001435-0624-NO.—San José, 15 de julio del 2016.—Unidad Legal Notarial.—Lic. Ricardo Edo. Arias Villalobos, Abogado.—1 vez.—( IN2016050551 ). INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN DE NOTARIO (A) PÚBLICO (A). La DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San José, San Pedro de Montes de Oca, costado oeste del Mall San Pedro, Oficentro Sigma, Edificio A, 5to. piso, HACE SABER: Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN como delegatario para ser y ejercer la función pública Estatal del NOTARIADO, por parte de: ANA LIDIETTE PEÑA GUTIÉRREZ, con cédula de identidad número 5-0216-0427, carné número 17775. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta Pág 16 La Gaceta Nº 161 — Martes 23 de agosto del 2016 de la solicitante, a efecto de que lo comuniquen por escrito a esta Dirección dentro de los QUINCE (15) DÍAS HÁBILES siguientes a esta publicación. Expediente Nº 16-001449-0624-NO.—San José, 21 de julio del 2016.—Lic. Ricardo Edo. Arias Villalobos.—1 vez.—( IN2016051058 ). CIENCIA, TECNOLOGÍAY TELECOMUNICACIONES El Ministerio de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones, por medio del Viceministerio de Telecomunicaciones, de conformidad con lo contenido en el artículo 361 de la Ley General de la Administración Pública Nº 6227, somete a consulta pública no vinculante de las instituciones y público en general: El “Proyecto Canon de Reserva del Espectro Radioeléctrico 2017 pagadero 2018 y Plan Operativo Institucional 2017”, emitido por parte de la Superintendencia de Telecomunicaciones Las personas interesadas podrán hacer llegar sus observaciones o comentarios a la Dirección de Evolución y Mercado de Telecomunicaciones del Viceministerio de Telecomunicaciones, del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones (MICITT), ubicada en San José, Barrio Tournón, Edificio Almendros, diagonal a las oficinas del Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC), en el horario de 08:00 a. m. a 04:00 p. m., al fax: 22111280 o al correo electrónico: [email protected] dentro del plazo de diez días hábiles a partir de la presente publicación. Para consultar el texto del proyecto presentado por SUTEL, favor visitar la dirección electrónica: http://www.telecom. go.cr/cp_canon_2017.—Cynthia Morales, Directora a. í. de Concesiones y Normas en Telecomunicaciones, Viceministerio de Telecomunicaciones.—Licda. Gabriela Vargas Salmerón, Encargada de Publicaciones.—1 vez.—O. C. Nº 3400027420.—Solicitud Nº 62700.—( IN2016056880 ). AMBIENTE Y ENERGÍA DIRECCIÓN DE AGUA EDICTOS PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ ED-0359-2012.—Exp. N° 9731P.—Agroravi S. A., solicita concesión de: 5 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo AB-1605 en finca de su propiedad en Paracito, Santo Domingo, Heredia, para uso agroindustrial. Coordenadas 219.770 / 532.750 hoja abra. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 5 de julio del 2013.— Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—( IN2013049803 ). TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES EDICTOS Registro civil-Departamento civil SECCIÓN DE ACTOS JURÍDICOS Se hace saber que este Registro Civil en diligencias de ocurso incoadas por Karla María Flores no indica segundo apellido ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 2891-2014. Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las catorce horas veintiún minutos del dos de setiembre de dos mil catorce. Expediente Nº 294512014. Resultando: 1°—..., 2°—... Considerando: l.—Hechos probados:..., II.—Sobre el fondo:... Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Ian Santiago Megelas Flores... en el sentido que e! nombre y el apellido de la madre,... son “Karla María Flores no indica segundo apellido”.—Lic. Luis Antonio Bolaños Bolaños, Oficial Mayor Civil a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—( IN2016050504 ). Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Juan José Mayorquín Ruiz, se ha dictado la resolución N° 3432-2016, que en lo conducente dice: Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las diez horas treinta minutos del quince de junio de dos mil dieciséis. Exp. N° 4704-2016. Resultando 1º—..., 2º—..., 3º—... Considerando: I.—Hechos Probados:... II.— Sobre el fondo:... Por tanto: rectifíquense los asientos nacimiento de Fabián José Ruiz Pavón; de Nayeli Francisca Ruiz Ramírez; y de Natalia de los Ángeles Ruiz Ramírez, en el sentido que los apellidos del padre son Mayorquín Ruiz.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Lic. Irene Montanaro Lacayo, Jefa.— 1 vez.—( IN2016050541 ). Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Marisol Rivas García, se ha dictado la resolución N° 3497-2016, que en lo conducente dice: Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las doce horas treinta minutos del quince de junio del dos mil dieciséis. Exp. N° 419782015. Resultando 1°—..., 2°—…, 3°—... Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Sobre el fondo:... Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Walter Sequeira Díaz, en el sentido que el primer apellido de la madre es Rivas.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Licda. Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2016050568 ). Se hace saber que en diligencias incoadas por Hernán Camilo Sánchez Bolaño, se ha dictado la resolución Nº 3860-2016 que en lo conducente dice: Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las ocho horas del cinco de julio del dos mil dieciséis. Expediente Nº 46347-2015. Resultando: 1º— …, 2º—…, 3º—…; Considerando: I.—Hechos probados:…, II.— Sobre el Fondo:…; Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Camila Hurtado Palma, en el sentido que la persona inscrita debe tenerse registralmente como hija únicamente de Johanna Carolina Palma Vásquez, costarricense.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Licda. Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2016051625 ). AVISOS Registro Civil-Departamento Civil SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES Avisos de solicitud de naturalización Ernesto Salvador López Meléndez, mayor, unión libre, ejecutivo de ventas, nicaragüense, cédula de residencia N° DI 155808233611, vecino de San José, Desamparados San Jerónimo Residencial Tauro casa 25, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente Nº 138276-2015.—San José, 20 de junio de 2016.—German Alberto Rojas Flores, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2016050488 ). Dexter Agustín Esposito Silveyra, mayor, soltero, publicista, venezolano, cédula de residencia N° DI 186200063924, vecino de Guachipelín de Escazú, Loma Real, Condominio La Salamandra casa 2, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. N° 138282-2015.—San José, 20 de junio del 2016.—Lic. German Alberto Rojas Flores, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2016050495 ). Sofía del Carmen Valenzuela Reyes, mayor, soltera, estudiante, mexicana, cédula de residencia N° DI 148400131035, vecina de San José, 1.5 km al este de Wal-Mart Curridabat, Residencial Santa Lucía, casa 23 carretera vieja a Tres Ríos, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a La Gaceta Nº 161 — Martes 23 de agosto del 2016 quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 138056-2015.—San José, 23 de junio de 2016.—German Alberto Rojas Flores, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2016050515 ). Edwin Trejos Luna, mayor, casado, economista, nicaragüense, cédula de residencia número 155804361905, vecino de Tres Ríos, La Unión, Cartago, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. N° 134955-2015.—San José, a las 1:53 horas del 26 de noviembre del 2015.—German Alberto Rojas Flores, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2016050518 ). Lesly Vanessa Requene Castro, mayor, soltera, servidora doméstica, nicaragüense, cédula de residencia N° 155821525025, vecina de El Carmen Guadalupe San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 136368-2015.—San José, 20 de abril de 2016.—Vinicio Mora Mora, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2016050520 ). Katerine Garcia Mejía, mayor, soltera, ingeniera, colombiana, cédula de residencia N° DI 117000006414, vecina de Heredia, Central, San Francisco, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. N° 1382952015.—San José, 20 de junio del 2016.—German Alberto Rojas Flores, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2016050521 ). Lorena Álvarez Yandun, mayor, soltera, soporte técnico, colombiana, cédula de residencia N° DI 117001057929, vecina de San José, Cuatro Reinas de Tibás del Mega Super; 100 norte, Condominio Toñita Apartamento 42, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. N° 1379532015.—San josé, 29 de julio del 2016.—German Alberto Rojas Flores, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2016050545 ). María Adela Vásquez López, mayor, unión libre, comerciante independiente, salvadoreña, cédula de residencia N° 122200334701, vecina de Desamparados, Los Guidos, Sector 3 calle 8, casa N° 12, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 137151-2015.—San José, 21 de abril del 2016.— Vinicio Mora Mora, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2016050555 ). Dora Cecilia Restrepo Monsalve, mayor, viuda, pensionada, colombiana, cédula de residencia N° DI 117000434733, vecina de Heredia, San Francisco, Condominio Hacienda San Agustín, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. N° 138298-2015.—San josé, 20 de junio del 2016.— German Alberto Rojas Flores, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2016050580 ). Pág 17 CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA LICITACIONES BANCO NACIONAL DE COSTA RICA CONTRATACIÓN DIRECTA 2016CD-001459-01 Contratación de una empresa que realice el análisis y rediseño de la estructura organizacional de la Auditoría General del Banco Nacional El pliego de condiciones y planos de este proceso podrá ser retirado a partir de este momento, en la oficina de la Proveeduría General, situada en el edificio de la Dirección de Recursos Materiales del Banco Nacional de Costa Rica, en La Uruca, frente a la Mercedez Benz, sin costo alguno. Las ofertas deberán entregarse en la Proveeduría General, a más tardar a las diez (10:00 a.m.) horas, según reloj ubicado en este despacho, del día 29 de agosto del 2016. La Uruca, 23 de agosto del 2016.—Dirección General de Infraestructura y Compras.—Lic. Erick Aguilar Díaz, Supervisor de Carteles.—1 vez.—O. C. N° 522965.— Solicitud N° 63028.—( IN2016057086 ). AVISOS DIRECCIÓN REGIONAL DE EDUCACIÓN SAN JOSÉ OESTE JUNTA ADMINISTRATIVA DE LA UNIDAD PEDAGÓGICA DANIEL ODUBER QUIRÓS CONTRATACIÓN PÚBLICA N° 001-2016 Productos Alimenticios Comedor Escolar del Curso Lectivo 2017 (Productos alimenticios cárnicos, lácteos, frutas, verduras, legumbres y abarrotes) La Junta Administrativa de La Unidad Pedagógica Daniel Oduber Quirós, invita a participar en La Contratación Pública N° 001-2016, para el suministro de Productos Alimenticios Comedor Escolar del Curso Lectivo 2017 (Productos alimenticios cárnicos, lácteos, frutas, verduras, legumbres y abarrotes). La contratación se financiará por transferencia directa del Programa PANEA, según acuerdo del acta número 281, artículo 6 del 16 de agosto del 2016. Dicho Cartel estará disponible del 24 de agosto al 13 de setiembre del 2016, en las instalaciones del Centro Educativo, en Oficina de La Dirección de 8:00 a.m. a 3:30 p.m. El Costo del Cartel es de ¢5.000,00 y podrán depositarlo a la cuenta: N° 100-1-000-144030-4. Cuenta Cliente: 15100011440304. Nota Aclaratoria: Se comunica a otros interesados en participar en Las Contrataciones Administrativas para Cocinero y Servicios Profesionales (Tesorero Contador) que del 5 al 26 de octubre se estará llevando a cabo el Proceso de Licitación al cual tendrán acceso, solicitando El Cartel de Licitación de 8:00 a.m. hasta las 3:30 p.m. en la Oficina de La Dirección de La Unidad Pedagógica. Yo r l e n J i m é n e z C a r v a j a l , P r e s i d e n t e . — 1 v e z . — ( IN2016056998 ). ADJUDICACIONES CONSEJO NACIONAL DE RECTORES LICITACION PÚBLICA Nº 2016LN-000001-CNR Proyecto: compra e instalación de sistema de aire acondicionado para el edificio A del CONARE El Consejo Nacional de Rectores avisa que mediante sesión Nº 24-16 del 16 de agosto del 2016, se acuerda en firme readjudicar la Licitación Pública Nº 2016LN-000001-CNR “Proyecto: compra e instalación de sistema de aire acondicionado para el edificio A del CONARE” de la siguiente forma: Climatisa Climatización Industrial S. A., cédula jurídica 3-101-505197. Proyecto: Compra e instalación de sistema de aire acondicionado para el edificio A del Consejo Nacional de Rectores. Incluye mano de obra y materiales. Plazo de ejecución 15.5 semanas. Todo de acuerdo al cartel y la oferta presentada. Total adjudicado a Climatisa $590.900,00. Pavas, 18 de agosto del 2016.—Proveeduría.—MAP. Jonathan Chaves Sandoval.—1 vez.—O. C. N° 0014628.—Solicitud N° 63056.—( IN2016057090 ). La Gaceta Nº 161 — Martes 23 de agosto del 2016 Pág 18 RÉGIMEN MUNICIPAL MUNICIPALIDAD DE HEREDIA En el Cementerio Central, existe un derecho a nombre de Familia Hidalgo Campos y Villalobos Campos, los hermanos de ambas familias solicitan se traspase este derecho a uno de ellos y además desean incluir beneficiarios, indicándose así: Arrendataria: María de los Ángeles Hidalgo Campos, cédula 04-0095-0232 Beneficiarios: María Cristina Hidalgo Núñez, cédula 04-0140-0385 Francine Melissa Arce Hidalgo, cédula 04-0209-0079 Dayan Cristina Arce Hidalgo, cédula 04-0248-0904 Jorge Villalobos Campos, cédula 02-0173-0928 Santiago Villalobos Campos, cédula 04-0087-0313 Susana Villalobos Campos, cédula 02-0162-0335 Lote Nº 105 Bloque F, medida 9 metros cuadrados, para 6 nichos, solicitud 2511, recibo 13974, inscrito en Folio 1 Libro 68. Datos confirmados según constancia extendida por la Administración de Cementerios con fecha 30 de junio del 2016. Se emplaza por 30 días hábiles a todo aquel que pretenda tener derecho sobre el mismo, para que se apersone a la oficina de Asesoría Jurídica de la Municipalidad de Heredia, a fin de hacer valer sus derechos, caso contrario se inscribirá dicho derecho a nombre de la petente. Lic. Juan José Carmona Chaves, Administrador.—1 vez.— ( IN2016050546 ). En el cementerio Mercedes, existe un derecho a nombre de: Álvarez Brenes Alexis, la que en vida fue su esposa solicita se le traspase este derecho y además desea incluir beneficiarios, indicándose así: Arrendataria: Beneficiarios: Blanca Rosa Masís Quesada, cédula 03-0219-0717 Paula Alejandra Álvarez Masís, cédula 01-0934-0651 Esteban Alexis Álvarez Masís, cédula 04-0185-0002 Laura Álvarez Masís, cédula 04-0172-0116 José Pablo Álvarez Masís 04-0190-0243 Lote Nº 21 Bloque F, medida 6 metros cuadradas, para 4 nichos, solicitud 235, recibo 63328, inscrito en Folio 11 Libro 1, el cual fue adquirido el día 16 de octubre de 1993. Datos confirmados según constancia extendida por la Administración de Cementerios con fecha 07 de julio de 2016. Se emplaza por 30 días hábiles a todo aquel que pretenda tener derecho sobre el mismo, para que se apersone a la oficina de Asesoría Jurídica de la Municipalidad de Heredia, a fin de hacer valer sus derechos, caso contrario se inscribirá dicho derecho a nombre de la petente. Lic. Juan José Carmona Chaves, Administrador de Cementerios.—1 vez.—( IN2016050552 ). MUNICIPALIDAD DE OROTINA La Municipalidad de Orotina informa: que mediante acuerdo definitivamente aprobado por el Concejo Municipal de Orotina, en sesión ordinaria número 14-2016, artículo 06, aparte 2, inciso 2). Comunicado mediante oficio MO CM 0083 16 2016-2020. Donde se autoriza la actualización de la tarifa de recolección y disposición final de desechos de la siguiente manera: Según estudio Municipalidad Residencial Comercial 1 Comercial 2 Comercial 3 Comercial 4 Comercial 5 Institucional Tarifa Redondeada 3.958,00 9.894,00 19.788,00 31.660,00 47.491,00 63.321,00 7.915,00 Que en fecha 8 de julio de 2016, se ha publicado por primera vez la actualización de la tarifa. Por tanto: Se procede a publicar por segunda vez las tarifas aprobadas, ratificando las mismas. Orotina, 01 de agosto del 2016.—Mba. Margoth Montero Jiménez, Alcaldesa Municipal.—1 vez.—( IN2016050548 ). EL CONCEJO MUNICIPAL DE OROTINA EN EL ACTA DE LA SESIÓN EXTRAORDINARIA 20-2016 CELEBRADA EL DÍA 28-07-2016, ARTÍCULO 1, INCISOS 1-2 Considerando: Que mediante acuerdo tomado en la sesión ordinaria Nº 363, celebrada el 09 de setiembre de 2014, el Concejo Municipal ha aprobado el nuevo modelo tarifario, y ha sido publicada la fórmula y su justificación, en el diario oficial en fecha 31 de octubre de 2014, La Gaceta 210. Por tanto; El Concejo Municipal de Orotina, autoriza la actualización de la tarifa de parques y aseo de vías y sitios públicos de la siguiente manera: A. Se establece la fórmula que se aplicará en el caso del servicio de parques a cada una de las propiedades del distrito primero del cantón de Orotina: Nota: El equivalente a 0,06113% Se establece la fórmula que se aplicará en el caso de aseo de vías y sitios públicos aplicados a cada una de las propiedades del distrito primero del Cantón de Orotina: Nota: El equivalente a 0,05934% 2.- Aprobar en la totalidad el documento presentado por la administración tributaria denominado entrega de estudios tarifarios aseo de vías y sitios públicos y parques año 2016, ya que es un asunto de legalidad, justicia y solidaridad tributaria.” Aprobada la dispensa de trámite de comisión el fondo y la firmeza con cinco votos de los Regidores Castillo Castro, Esquivel Agüero, Rojas Baltodano, González Salas y Montero Rodríguez. Acuerdo firme publíquese en el diario oficial La Gaceta así mismo la administración convoca a audiencia pública el próximo 19 de agosto a la 1:30 p.m. En la sala de sesiones del Concejo Municipal de la Municipalidad de Orotina. Los expedientes de estos reajustes de tasas se encuentran a disposición en el Departamento de la Administración Tributaria. Kattya Salas Castro, Secretaria.—1 vez.—( IN2016050549 ). AVISOS INMOBILIARIA ARMORICA SOCIEDAD ANÓNIMA Inmobiliaria Armorica Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos treinta y tres mil doscientos noventa y nueve, solicita ante el Registro de Personas Jurídicas la reposición de los libros de Actas de Asamblea General y Actas de Junta Directiva número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Registro de Personas Jurídicas dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Juan Carlos Rossi Lara, Presidente.—1 vez.—( IN2016051555 ). VILLATORRES SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA Yo, Ricardo Adolfo Rojas Kopper, mayor de edad, casado una vez, Ingeniero Industrial, vecino de San José, Pozos de Santa Ana, Bosques de Lindora, casa número ciento treinta y nueve, portador de la cédula de identidad número uno-quinientos ochentacuatrocientos seis, en mi condición de gerente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de Villatorres Sociedad de Responsabilidad Limitada, con cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-seiscientos siete mil setecientos ochenta, por este La Gaceta Nº 161 — Martes 23 de agosto del 2016 medio hago constar que hemos iniciado la reposición de los libros de Asamblea General, Registro de Accionistas y Junta Directiva de dicha sociedad debido a su extravío sin conocer su paradero.— San José, primero de agosto de dos mil dieciséis.—Ricardo Rojas Kooper, Gerente.—1 vez.—( IN2016051736 ). PUBLICACIÓN DE UNA VEZ Por escritura otorgada ante mí, a las doce horas del veinticinco de julio del año dos mil dieciséis, se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad BC Network Sociedad Anónima, donde se acuerda reformar la cláusula octava del pacto constitutivo, revocar nombramientos de secretario, tesorero y fiscal y hacer otros de nuevo.—San José, cuatro de agosto del año dos mil dieciséis.—Licda. Ligia María González Leiva, Notaria.—1 vez.—( IN2016051390 ). Por escritura otorgada ante la suscrita notaría, en la ciudad de San José a las trece horas de hoy, se constituyó Cospersacr Sociedad Anónima. Capital social totalmente inscrito y pagado. Domicilio San José. Plazo social cien años.—San José, tres de agosto del dos mil dieciséis.— Licda. Marcela Filloy Zerr, Notaria.—1 vez.—( IN2016051500 ). Por escritura autorizada a las nueve horas de hoy, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Inversiones Maraca de Guápiles S. A., en que se modifica la cláusula sexta de sus estatutos, en cuanto a la administración y representación de la sociedad, se elimina el agente residente, se ratifica en sus cargos al presidente y al secretario y se nombran nuevos tesorero y fiscal.— San José, primero de agosto de dos mil dieciséis.—Lic. José Leonardo Céspedes Ruiz, Notario.—1 vez.—( IN2016051503 ). Esta notaría protocolizó acta de asamblea general de socios de Agropecuaria Luna de Octubre S. R. L., cédula tres-ciento dos-cero ochenta y seis mil quinientos veinticuatro, en la cual se reforman las cláusulas segunda, tercera, séptima y octava de los estatutos.—San José, 28 de julio de 2016.—Lic. Enio Dino Blando Valverde, Notario.—1 vez.—( IN2016051524 ). Por escritura de protocolización de acta, otorgada ante en notaría, a las 18:00 horas del 03 de agosto del 2016, de la empresa Inversiones Veinticuatro Garita-Alajuela S. A., se reformó cláusula segunda domicilio, y se nombró nueva junta directiva y fiscal.—Heredia, Belén, 23 de junio del 2016.—Lic. Daniel Murillo Rodríguez, Notario.—1 vez.—( IN2016051525 ). Ante esta notaría, se solicitó realizar protocolización de cambio de junta directiva de la sociedad anónima Piedra y Montero, cedula jurídica 3-101-150483.—Cartago, 02 de agosto del 2016.— Lic. Adrián Tames Muñoz, Notario.—1 vez.—( IN2016051527 ). Por escritura número ciento cincuenta y cinco-nueve otorgada a las 09:00 horas del día 04 de agosto del año 2016, protocolicé una acta de la asamblea general extraordinaria de la sociedad anónima Tres-Ciento Uno-Seiscientos Dieciocho Mil Ochocientos Cincuenta y Dos Sociedad Anónima, se nombra nuevo presidente y tesorera.—San José, 04 de agosto dieciséis.—Licda. Nancy Tattiana Zúñiga Oses, Notaria.—1 vez.—( IN2016 051531). Por escritura número ciento cincuenta y seis-nueve otorgada a las 10:00 horas del día 04 de agosto del año 2016, protocolicé una acta de la asamblea general extraordinaria de la sociedad anónima Tocarema Altos Trescientos Tres Sociedad Anónima, se nombra nuevo presidente, secretario, tesorera y fiscal.—San José, 04 de agosto del dos dieciséis.—Licda. Nancy Tattiana Zúñiga Oses, Notaria.—1 vez.—( IN2016051533 ). Por escritura otorgada a las nueve horas del once de junio de dos mil dieciséis, se modifica nombre de la sociedad Equipos Topográficos S. A. por Tres D Mapping S. A.—San José, uno de agosto de dos mil dieciséis.—Lic. Daniel León Núñez, Notario.—1 vez.—( IN2016051547 ). Por escritura pública otorgada a las trece horas del veinticinco de julio de dos mil dieciséis, protocolicé acuerdos de la asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Marketing Pág 19 Guanacasteco LB Sociedad Anónima, por los que se aumenta el capital social y se modifica el número de acciones.—Liberia, dos de agosto de dos mil dieciséis.—Lic. Gerardo Andrés Camacho Quirós, Notario.—1 vez.—( IN2016051551 ). Por escritura otorgada hoy protocolicé el acta de la asamblea general extraordinaria de accionistas celebrada por Los Cuarzos de Piedra S. A., en la que se modifica cláusula cuarta del plazo.—San Ramón, Alajuela, 3 de agosto de 2016.—Lic. Luis Adrián Quirós Carmona, Notario.—1 vez.—( IN2016051559 ). Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 14:00 horas del 21 de julio del 2016, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Consultoría y Tasación Cimeca S. A. Se disuelve la sociedad.—Cartago, 21 de julio del 2016.—Lic. Edwin Arias Jiménez, Notario.—1 vez.—( IN2016051561 ). Mediante escritura de protocolización de acta de Cárnicas San Martín S. A. se procedió a reformar las clausulas segunda del domicilio y sétima de la administración de esa sociedad, así mismo se nombró nueva junta directiva. Escritura 189 folio 87 vuelto tomo tres de 14 horas 3 agosto del 2016.—San José, 4 de agosto del 2016.—Lic. José Miguel Zúñiga Zúñiga, Notario.—1 vez.—( IN2016051622 ). Por escritura otorgada ante la suscrita notaria, en la ciudad de Esparza, a las 14:30 horas del 21 de octubre de 2015, Carlos Alberto Peña Díaz, cédula de residencia 186200541416, José Gregorio Martínez Gamardo, cédula de residencia 186200541630 y Rafael Ángel Martínez Gamardo, cédula de residencia 186200540522, constituyen una sociedad anónima denominada MG & PD S. A., domiciliada en Esparza, distrito primero, cantón segundo de la provincia de Puntarenas, específicamente en Esparza centro, de la Escuela Arturo Torres setenta y cinco metros norte, con un plazo social de 99 años y un capital social de 120.000 colones.—Licda. Virginia Vindas Soto, Notaria.—1 vez.—( IN2016051660 ). El día de hoy ante esta notaria, se ha otorgado escritura mediante la cual la compañía Temperatura Alta Sociedad Anónima, domiciliada en La Guácima de Alajuela, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos noventa y cuatro mil seiscientos treinta y nueve, nombra secretario de la junta directiva.—Alajuela, primero de agosto del año dos mil dieciséis.— Lic. Mario Alberto Morera Lara, Notario.—1 vez.—( IN2016051672 ). Ante esta notaría por escritura otorgada a las 10:00 horas del día 29 de julio del año 2016, se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad denominada Overseas Management Trust Services Inc Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número 3-101-689276, en la que se acuerda la modificación de la cláusula novena del pacto constitutivo.—San José, 3 de agosto del año 2016.—Lic. Esteban Chaverri Jiménez, Notario.—1 vez.—( IN2016051677 ). Ante esta notaría, por escritura de las diecisiete horas treinta minutos del trece de julio del dos mil dieciséis, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Vistas Lindas de Santa Rosa S. A. Capital social diez mil colones; totalmente suscrito y pagado. Domicilio Alajuela, Barrio San José, frente al costado norte del Templo Católico. Presidente Jefry Rodríguez Rodríguez. Plazo social noventa y nueve años.—Alajuela 21 de julio del 2016.—Lic. Aníbal Zavaleta Díaz, Notario.—1 vez.—( IN2016051694 ). Por escritura número 57-8, del tomo número 8 de mi protocolo, otorgada a las 15:30 horas del 28 de junio del 2016, el señor Vernor Lines Sancho y la sociedad V L & Asociados Limitada, constituyeron una sociedad anónima.—Lic. Raymundo Volio Leiva, Notario.—1 vez.—( IN2016051710 ). Por escritura otorgada ante esta notaría, se protocolizan acuerdos de asamblea general extraordinaria de socios de Amapola Cuatro S. A., por medio de los cuales se reforma la cláusula primera del nombre, segunda domicilio, sétima representación y se nombra junta directiva y fiscal.—San José, 3 de agosto del 2016.—Licda. Ana Isabel Borbón Muñoz, Notaria.—1 vez.—( IN2016051713 ). Pág 20 La Gaceta Nº 161 — Martes 23 de agosto del 2016 Por escritura otorgada ante mí, a las 14:30 horas del 03 de agosto del 2016, se nombra nuevo presidente de la junta directiva; y fiscal; de la sociedad Tanano & C.A.L.I.F.A.C. S. A.—Ciudad Quesada, 3 de agosto del 2016.—Licda. Ivannia Barboza Carvajal, Notaria.—1 vez.—( IN2016051719 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas 00 minutos del 6 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Bohemia Venture Investments Limitada.—San José, 6 de mayo del 2016.—Lic. José Alberto Schroeder Leiva, Notario.—1 vez.—CE2016005526.—( IN2016052403 ). En escritura número ciento setenta de las diez horas del veintinueve de julio del año dos mil dieciséis, protocolice acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Vita Bellavista Casa Doscientos Catorce Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-seiscientos cuarenta y seis mil setecientos treinta y seis, reformando las cláusulas segunda y décima del pacto constitutivo de la sociedad.—San José, veintinueve de julio del 2016.—Lic. Ronald Odio Rohrmoser, Notario.—1 vez.—( IN2016051739 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 3 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Bruno Zafiro Limitada.—San José, 6 de mayo del 2016.—Lic. Luis Diego Herrera Elizondo, Notario.—1 vez.—CE2016005527.—( IN2016052404 ). La suscrita notaria pública, hago constar que mediante escritura número cuarenta y cuatro del tomo uno de mi protocolo, se protocolizó la asamblea general ordinaria y extraordinaria de la empresa Softdial S. A., en donde se realizó cambio de junta directiva y modificación parcial de la cláusula sexta del pacto constitutivo.— San José, 4 de agosto del 2016.—Licda. Ana Laura Vásquez Alfaro, Notaria.—1 vez.—( IN2016051741 ). Mediante protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de socios otorgada ante esta notaría, a las diecisiete horas del siete de abril del año dos mil dieciséis, se aumenta el capital social de la sociedad denominada Construcciones Yireh Sociedad Anónima.—Barva, 3 de agosto de 2016.—Lic. Zamantha Pamela Cedeño Brenes, Notaria.—1 vez.—( IN2016051745 ). Por escritura número 2-2 otorgada ante los notarios públicos Ariel Leiva Fernández y Daniel Guillén Jiménez, a las 16 horas del 01 de junio de 2016, se protocolizó el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Agrícola El Cántaro S. A., mediante la cual se acordó la reforma de la cláusula 5 del pacto social.—San José, 21 de julio de 2016.—Lic. Daniel Guillén Jiménez, Notario.—1 vez.—( IN2016051758 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08:00 horas del 4 de agosto del 2016, se protocolizó asamblea general de accionistas de Savoy Royalty S. A., en San José, en su domicilio social, a las 11:00 horas del 3 de agosto del 2016, se reformaron las cláusulas segunda y sexta referentes al domicilio social y la representación.—San José, 4 de agosto de 2016.—Lic. Andrés Mora Carli, Notario.—1 vez.—( IN2016051764 ). Se hace saber que por escritura pública número 24-7, otorgada ante mí notaría; a las 08:30 horas del día 28 de junio de 2016, se disuelve la sociedad denominada Corporación Gova Sociedad Anónima, domiciliada en Cartago centro, con cédula de persona jurídica número 3-101-105453.—Cartago 04 de julio de 2016.—Lic. Óscar Eduardo Rodríguez Bonilla, Notario.—1 vez.—( IN2016051771 ). Por escritura otorgada ante mí Ilse González Menéndez, constituyo A Best Harvest Sociedad Anónima, abreviado a su aditamento S. A. Plazo social: noventa y nueve años. Representación legal ejerciendo su presidente Jonnathan Núñez Barrantes y tesorero Winston Fernández Escobar, conjuntamente.—San José, cuatro de agosto del dos mil dieciséis.—Licda. Ilse González Menéndez, Notaria.—1 vez.—( IN2016051773 ). Mediante escritura pública número 38-7, otorgada ante esta notaría, en Cartago a las 08:00 horas del 27 de julio de 2016, visible al folio 022 frente del tomo 7 del protocolo del suscrito notario público, se ha constituido la sociedad denominada Inversiones Flapa Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse S. A., capital social totalmente suscrito y pagado por los socios.—Cartago, 27 de julio de 2016.— Lic. Óscar Rodríguez Bonilla, Notario.—1 vez.—( IN2016051774 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 04 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Multicultivos del Pacífico Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de mayo del 2016.—Lic. Roldán Morales Novoa, Notario.—1 vez.—CE2016005517.—( IN2016052394 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 14 horas 00 minutos del 05 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Harbour Ventures Limitada.—San José, 06 de mayo del 2016.—Lic. Ricardo Barquero Córdoba, Notario.—1 vez.— CE2016005528.—( IN2016052405 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 9 horas 30 minutos del 6 de mayo del 2016, se constituyó la sociedad denominada Visus Merchandising Sociedad Anónima.—San José, 6 de mayo del 2016.—Lic. Rafael Ángel Gutiérrez Gutiérrez, Notario.—1 vez.—CE2016005529.—( IN2016052406 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 13 horas 00 minutos del 5 de mayo del 2016, se constituyó la sociedad denominada Pinkmeup Limitada.—San José, 6 de mayo del 2016.—Licda. Cecilia Naranjo Arias, Notaria.—1 vez.—CE2016005530.—( IN2016052407 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 00 minutos del 30 de abril del 2016, se constituyó la sociedad denominada Meta y Paz Sociedad Anónima.—San José, 6 de mayo del 2016.—Lic. Fernando Fernández Delgado, Notario.—1 vez.—CE2016005531.—( IN2016052408 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 04 de mayo del 2016, se constituyó la sociedad denominada Desarrollos Urbanísticos Garabito Azul GMH Sociedad Anónima.—San José, 06 de mayo del 2016.—Lic. Jorge Julián Ortega Volio, Notario.—1 vez.—CE2016005532.—( IN2016052409 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 15 minutos del 06 de mayo del 2016, se constituyó la sociedad denominada Inmobiliaria Rokafa de la Fuente Sociedad Anónima.—San José, 06 de mayo del 2016.—Lic. Astrid Binns Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2016005533.—( IN2016052410 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 05 de mayo del 2016, se constituyó la sociedad denominada Marisquería El Puente Sociedad Anónima.—San José, 06 de mayo del 2016.—Licda. Lucrecia Campos Delgado, Notaria.—1 vez.—CE2016005534.—( IN2016052411 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 06 de mayo del 2016, se constituyó la sociedad denominada AD Corp Cloud Sociedad Anónima.—San José, 06 de mayo del 2016.—Lic. William Villegas Badilla, Notario.—1 vez.—CE2016005535.—( IN2016052412 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 04 de mayo del 2016, se constituyó la sociedad denominada Oficinas CCIFCR Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de mayo del 2016.—Lic. Manuel Enrique Ventura Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2016005536.—( IN2016052413 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 13 horas 00 minutos del 5 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Taller Mecánico Hermanos Ramírez Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de mayo del 2016.—Lic. Xinia María Arias Naranjo, Notaria.—1 vez.—CE2016005537.—( IN2016052414 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 14 horas 00 minutos del 29 de abril del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Jovisan Incorporated Sociedad Anónima.—San José, 6 de mayo del 2016.—Lic. Vera Violeta Salazar Rojas, Notaria.—1 vez.—CE2016005538.—( IN2016052415 ). La Gaceta Nº 161 — Martes 23 de agosto del 2016 Pág 21 Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 30 minutos del 03 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Consulta Médica Oncológica JMBD Limitada.— San José, 06 de mayo del 2016.—Lic. Karla Vanessa Corrales Gutiérrez, Notaria.—1 vez.—CE2016005539.—( IN2016052416 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 30 minutos del 5 de mayo del 2016, se constituyó la sociedad denominada Professional English Services Inc. Sociedad Anónima.—San José, 6 de mayo del 2016.—Lic. Federico Calvo Pérez, Notario.—1 vez.—CE2016005551.—( IN2016052428 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 06 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Distribuidora de Pollo y Huevos San Benito S. B Sociedad Anónima.—San José, 06 de mayo del 2016.—Lic. Jorge Arturo Arce Lara, Notario.—1 vez.—CE2016005540.—( IN2016052417 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 15 de abril del 2016, se constituyó la sociedad denominada Instituto Tecnológico del Sur ITESUR Sociedad Anónima.— San José, 06 de mayo del 2016.—Lic. Augusto José Rojas Trejos, Notario.—1 vez.—CE2016005552.—( IN2016052429 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 06 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada González y Restrepo Comercializadora Sociedad Anónima.—San José, 06 de mayo del 2016.—Lic. Celenia Godínez Prado, Notaria.—1 vez.—CE2016005541.—( IN2016052418 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 02 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Rents Cinco Cero Seis Sociedad Anónima.—San José, 06 de mayo del 2016.—Lic. Fernando Dionisio Zamora Castellanos, Notario.—1 vez.—CE2016005542.—( IN2016052419 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 14 horas 40 minutos del 02 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Inspiration Design Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de mayo del 2016.—Lic. Ismene Arroyo Marin, Notario.—1 vez.—CE2016005543.—( IN2016052420 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 03 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Baptista & Company Business Services Limitada.— San José, 06 de mayo del 2016.—Lic. Karla Vanessa Corrales Gutiérrez, Notaria.—1 vez.—CE2016005544.—( IN2016052421 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas 00 minutos del 6 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Lordeco Realty Sociedad Anónima.—San José, 6 de mayo del 2016.—Lic. René Dagoberto Orellana Meléndez, Notario.—1 vez.—CE2016005545.—( IN2016052422 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 17 horas 30 minutos del 04 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Single Tropical Birds of Junquillal C.O.J.D Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de mayo del 2016.—Lic. Lauren Roxana Campos Campos, Notaria.—1 vez.—CE2016005546.—( IN2016052423 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 27 de abril del 2016, se constituyó la sociedad denominada Jadamat Latam Sociedad Anónima.—San José, 6 de mayo del 2016.—Lic. William Villegas Badilla, Notario.—1 vez.— CE2016005547.—( IN2016052424 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 4 de mayo del 2016, se constituyó la sociedad denominada Red Social Lógica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de mayo del 2016.—Lic. Guillermo Francisco Sánchez Sava, Notario.—1 vez.—CE2016005548.—( IN2016052425 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 15 minutos del 5 de mayo del 2016, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Guerrero Sociedad Anónima.—San José, 6 de mayo del 2016.—Lic. Denis Mauricio Artavia Cordero, Notario.—1 vez.—CE2016005549.—( IN2016052426 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 8 horas 00 minutos del 5 de mayo del 2016, se constituyó la sociedad denominada Balmofrawi Sociedad Anónima.—San José, 6 de mayo del 2016.—Lic. Jorge Johanning Mora, Notario.—1 vez.— CE2016005550.—( IN2016052427 ). Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 00 horas 00 minutos del 6 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Rosa Gue Sociedad Anónima.—San José, 6 de mayo del 2016.—Lic. Óscar Mata Muñoz, Notario.—1 vez.— CE2016005553.—( IN2016052430 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 04 horas 00 minutos del 23 de abril del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Grupo Muebles Varios y Solano Sociedad Anónima.— San José, 6 de mayo del 2016.—Lic. Darwin Giovanni Williams Anglin, Notario.—1 vez.—CE2016005554.—( IN2016052431 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas 00 minutos del 6 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada A&T Comercial Sociedad Anónima.—San José, 6 de mayo del 2016.—Lic. Ana María Trejos Zamora, Notaria.—1 vez.—CE2016005555.—( IN2016052432 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 18 horas 00 minutos del 5 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Seguridad Privada Villalareso D&J Sociedad Anónima.—San José, 6 de mayo del 2016.—Lic. Federico Calvo Pérez, Notario.—1 vez.—CE2016005556.—( IN2016052433 ). Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 11 horas 00 minutos del 28 de abril del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Residencia del Cerro Congo Sociedad Anónima. San José, 6 de mayo del 2016.—Licda. Andrea Bonilla Hernández, Notaria.—1 vez.—CE2016005557.—( IN2016052434 ). Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 18 horas 00 minutos del 18 de abril del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Osarq Sociedad de Responsabilidad Limitada.— San José, 06 de mayo del 2016.—Lic. Adrián Echeverría Escalante, Notario.—1 vez.—CE2016005558.—( IN2016052435 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 30 minutos del 06 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Centro Interamericano para la Salud Global Sociedad Anónima.—San José, 06 de mayo del 2016.—Lic. Maritza Araya Rodríguez, Notaria.—1 vez.—CE2016005559.—( IN2016052436 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 04 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Lógica APP SM Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de mayo del 2016.—Lic. Guillermo Francisco Sánchez Sava, Notario.—1 vez.—CE2016005560.—( IN2016052437 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 5 de mayo del 2016, se constituyó la sociedad denominada Constructora Arroca Sociedad Anónima.—San José, 6 de mayo del 2016.–Lic. Mileny Quesada Avendaño, Notario.—1 vez.—CE2016005561.—( IN2016052438 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 5 de mayo del 2016, se constituyó la sociedad denominada Hotel y Sala de Eventos la Condesa Sociedad Anónima.—San José, 6 de mayo del 2016.–Lic. Federico Calvo Pérez, Notario.—1 vez.—CE2016005562.—( IN2016052439 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 06 de mayo del 2016, se constituyó la sociedad denominada KC Royals Development Sociedad Pág 22 La Gaceta Nº 161 — Martes 23 de agosto del 2016 de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de mayo del 2016.—Lic. Mario Alberto Vargas Arias, Notario.—1 vez.— CE2016005563.—( IN2016052440 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 03 de mayo del 2016, se constituyó la sociedad denominada Echandi Biología Molecular Sociedad Anónima.— San José, 06 de mayo del 2016.—Lic. Yiell Flores Madrigal, Notario.—1 vez.—CE2016005564.—( IN2016052441 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 06 de mayo del 2016, se constituyó la sociedad denominada JLBW Dain Tree Sociedad de Responsabilidad Limitada.— San José, 06 de mayo del 2016.—Licda. Eleonora Alejandra Varela Sánchez, Notaria.—1 vez.—CE2016005565.—( IN2016052442 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 08 de abril del 2016, se constituyó la sociedad denominada NAV Star Consulting Sociedad Anónima.—San José, 06 de mayo del 2016.—Licda. Loana Leitón Porras, Notaria.—1 vez.—CE2016005566.—( IN2016052443 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 05 de mayo del 2016, se constituyó la sociedad denominada Trazo Veinticuatro Sociedad Anónima.—San José, 06 de mayo del 2016.—Lic. Edgar Alberto García Quirós, Notario.—1 vez.—CE2016005567.—( IN2016052444 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 12 de abril del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Campo de Criptana Sociedad Anónima.—San José, 6 de mayo del 2016.—Licda. Loana Leitón Porras, Notaria.—1 vez.—CE2016005568.—( IN2016052445 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 6 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Los Olivos de Dios Sociedad Anónima.—San José, 6 de mayo del 2016.—Licda. Magally Herrera Jiménez, Notaria.—1 vez.—CE2016005569.—( IN2016052446 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 13 minutos del 06 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Constructora y Bienes Raíces K Y P Sociedad Anónima.—San José, 6 de mayo del 2016.—Lic. Gustavo Casado Ramos, Notario.—1 vez.—CE2016005570.—( IN2016052447 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 4 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Guru Driver RC-GD Sociedad de Responsabilidad Limitada.— San José, 06 de mayo del 2016.—Lic. Fabio Arturo Guerrero Díaz, Notario.—1 vez.—CE2016005571.—( IN2016052448 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 6 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Scandinavian Management Group Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de mayo del 2016.—Licda. Ivannia Méndez Rodríguez, Notaria.—1 vez.—CE2016005572.—( IN2016052449 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 28 de abril del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Zara Limitada.—San José, 03 de mayo del 2016.—Licda. Ginnette Arias Mora, Notaria.—1 vez.— CE2016005391.—( IN2016052503 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 30 minutos del 26 de abril del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Orgánicos de Costa Rica OCR Sociedad Anónima.— San José, 03 de mayo del 2016.—Lic. José Antonio Solís Sandoval, Notario.—1 vez.—CE2016005392.—( IN2016052504 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 28 de abril del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Importaciones JYBMD Sociedad Anónima.—San José, 03 de mayo del 2016.—Licda. Ana Yancy Fuentes Porras, Notaria.—1 vez.—CE201605393.—( IN2016052505 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 28 de abril del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Grupo Empresarial Auren Sociedad Anónima.— San José, 03 de mayo del 2016.—Lic. Juan Manuel Gómez Mora, Notario.—1 vez.—CE2016005394.—( IN2016052506 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 02 de mayo del 2016, se constituyó la sociedad denominada Moving and Relocutions Service y GG Limitada.— San José, 03 de mayo del 2016.—Lic. Eduardo Ajoy Zeledón, Notario.—1 vez.—CE2016005395.—( IN2016052507 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 02 de mayo del 2016, se constituyó la sociedad denominada Transportes Turísticos Ana Laura Sociedad Anónima.—San José, 03 de mayo del 2016.—Lic. Minor Roberto Duran Chinchilla, Notario.—1 vez.—CE2016005396.— ( IN2016052508 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 28 de abril del 2016, se constituyó la sociedad denominada Ramviquez Sociedad Anónima.—San José, 04 de mayo del 2016.—Lic. Ana Lorena Umaña Rojas, Notario.—1 vez.—CE2016005397.—( IN2016052509 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 30 de abril del 2016, se constituyó la sociedad denominada Fulcon Sociedad Anónima.—San José, 04 de mayo del 2016.—Lic. Eduardo Arauz Sánchez, Notario.—1 vez.— CE2016005398.—( IN2016052510 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 29 de abril del 2016, se constituyó la sociedad denominada Jovi Incorporated Sociedad Anónima.—San José, 04 de mayo del 2016.—Lic. Vera Violeta Salazar Rojas, Notaria.—1 vez.—CE2016005399.—( IN2016052511 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 22 de abril del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Inmobiliaria RDGZ Dos Mil Cuatro Sociedad Anónima.—San José, 06 de mayo del 2016.—Lic. Sergio José Solano Montenegro, Notario.—1 vez.—CE2016005573.—( IN2016052450 ). Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 10 horas 30 minutos del 15 de abril del año 2016, se constituyó la sociedad denominada A.I.A. del Caribe Sociedad Anónima.—San José, 4 de mayo del 2016.—Lic. Herman Mora Vargas, Notario.—1 vez.— CE2016005400.—( IN2016052512 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 3 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Outsourcing Proag Sociedad Anónima.—San José, 6 de mayo del 2016.—Lic. Raúl Emilio Acosta Arias, Notario.—1 vez.—CE2016005574.—( IN2016052451 ). Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 11 horas 00 minutos del 2 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Patmonjo Limitada.—San José, 04 de mayo del 2016.—Lic. Priscilla Solano Castillo, Notaria.—1 vez.— CE2016005401.—( IN2016052513 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 45 minutos del 17 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Star Cargo Service Sociedad Anónima.—San José, 22 de mayo del 2016.—Lic. Álvaro Enrique Moreno Gómez, Notario.—1 vez.—CE2016006251.—( IN2016052466 ). Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 14 horas 00 minutos del 29 de abril del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Soul of The Jungle Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 4 de mayo del 2016.—Lic. César Augusto Mora Zahner, Notario.—1 vez.—CE2016005402.—( IN2016052514 ). La Gaceta Nº 161 — Martes 23 de agosto del 2016 Pág 23 Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 28 de abril del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Piñas y Tubérculos del Edén Sociedad Anónima.— San José, 04 de mayo del 2016.—Licda. Lolita Arias Sánchez, Notaria.—1 vez.—CE2016005403.—( IN2016052515 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 04 de mayo del 2016, se constituyó la sociedad denominada Conejo Vaquez Limitada.—San José, 04 de mayo del 2016.—Lic. Edry Herminio Mendoza Hidalgo, Notario.—1 vez.— CE2016005415.—( IN2016052527 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 20 horas 00 minutos del 25 de abril del año 2016, se constituyó la sociedad denominada KRF El Látigo Sociedad Anónima.—San José, 04 de mayo del 2016.—Lic. Ronald Eduardo González Calderón, Notario.—1 vez.—CE2016005404.—( IN2016052516 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 02 de mayo del 2016, se constituyó la sociedad denominada Liam Baby House Sociedad Anónima.—San José, 04 de mayo del 2016.—Lic. Gerardo Andrés Camacho Quirós, Notario.—1 vez.—CE2016005416.—( IN2016052528 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 29 de abril del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Transportes Refrigerados Jiménez Vargas Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de mayo del 2016.—Lic. Carlos Coto Madrigal, Notario.—1 vez.—CE2016005405.—( IN2016052517 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 20 minutos del 23 de abril del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Cerba Ferretería Sociedad Anónima.—San José, 04 de mayo del 2016.—Licda. Catherine Vanessa Mora Chavarría, Notaria.—1 vez.—CE2016005417.—( IN2016052529 ). Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 16 horas 00 minutos del 19 de abril del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Taltu de Alajuela Sociedad Anónima.— San José, 04 de mayo del 2016.—Lic. Adrián Alvarado Corella, Notario.—1 vez.—CE2016005406.—( IN2016052518 ). Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 10 horas 00 minutos del 02 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Casa de Tranquilidad Limitada.—San José, 04 de mayo del 2016.—Lic. Ana Patricia Vargas Jara, Notaria.—1 vez.— CE2016005407.—( IN2016052519 ). Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 10 horas 30 minutos del 27 de abril del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Dos Tucanes Pura Vida Limitada.—San José, 04 de mayo del 2016.—Lic. Ana Patricia Vargas Jara, Notaria.—1 vez.— CE2016005408.—( IN2016052520 ). Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 15 horas 30 minutos del 03 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada J.J.A Asociados Sociedad Anónima.—San José, 04 de mayo del 2016.—Lic. Carlos Eduardo Murillo Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2016005409.—( IN2016052521 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 04 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Nesma Sociedad de Responsabilidad Limitada.— San José, 04 de mayo del 2016.—Licda. Clara Eugenie Alvarado Jiménez, Notaria.—1 vez.—CE2016005410.—( IN2016052522 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 03 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Distribuidora Luiska Sociedad Anónima.—San José, 04 de mayo del 2016.—Lic. Teresita Chaves Castillo, Notario.—1 vez.—CE2016005411.—( IN2016052523 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 29 de abril del 2016, se constituyó la sociedad denominada Autos Las Vegas Sociedad Anónima.—San José, 04 de mayo del 2016.—Lic. Eugenia María Hernández Carballo, Notaria.—1 vez.—CE2016005412.—( IN2016052524 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 03 de mayo del 2016, se constituyó la sociedad denominada Miyamoto International Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de mayo del 2016.—Lic. Alejandro Pignataro Madrigal, Notario.—1 vez.— CE2016005413.—( IN2016052525 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 03 de mayo del 2016, se constituyó la sociedad denominada Manzana Rosa de Bello Horizonte Sociedad Anónima.—San José, 04 de mayo del 2016.—Lic. Jeannina Saborío Zúñiga, Notaria.—1 vez.—CE2016005414.—( IN2016052526 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 17 horas 00 minutos del 20 de abril del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Óptima Encuentro Y Bienestar H-J Sociedad Anónima.—San José, 04 de mayo del 2016.—Lic. Dennis Alfredo León Chinchilla, Notario.—1 vez.—CE2016005418.—( IN2016052530 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 16 de abril del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Servicios y Soluciones E & CH Corp. Sociedad Anónima.—San José, 04 de mayo del 2016.—Lic. Ángel Valdivia Sing, Notario.—1 vez.—CE2016005419.—( IN2016052531 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 04 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Moneyline Investment Holdings Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de mayo del 2016.— Licda. Clara Eugenie Alvarado Jiménez, Notaria.—1 vez.— CE2016005420.—( IN2016052532 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 29 de abril del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Euroimport Nacional Sociedad Anónima.—San José, 04 de mayo del 2016.—Lic. Roy Alberto Guerrero Olivares, Notario.—1 vez.—CE2016005421.—( IN2016052533 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 03 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Finchley Group Sociedad Anónima.—San José, 04 de mayo del 2016.—Lic. Pablo Peña Ortega, Notario.—1 vez.— CE2016005422.—( IN2016052534 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 30 minutos del 03 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Francois International Sociedad Anónima.—San José, 04 de mayo del 2016.—Licda. Cecilia Ester Tristán Trelles, Notaria.—1 vez.—CE2016005423.—( IN2016052535 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 04 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Lot Thirty Two VDPG Caracara Limitada.—San José, 04 de mayo del 2016.—Licda. Ana Mercedes Sancho Rubí, Notaria.—1 vez.—CE2016005424.—( IN2016052536 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 03 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Ultrabox Sociedad de Responsabilidad Limitada.— San José, 04 de mayo del 2016.—Lic. Juan José Nassar Güell, Notario.—1 vez.—CE2016005425.—( IN2016052537 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 29 de abril del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Transportes Refrigerados DJV Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de mayo del 2016.—Lic. Carlos Coto Madrigal, Notario.—1 vez.—CE2016005426.—( IN2016052538 ). Pág 24 La Gaceta Nº 161 — Martes 23 de agosto del 2016 Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 04 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Fontech Cero Uno Sociedad Anónima.—San José, 04 de mayo del 2016.—Lic. Adrián Lizano Pacheco, Notario.—1 vez.—CE2016005427.—( IN2016052539 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 06 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Desarrollo el Burgo Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de mayo del 2016.—Lic. Luis Ricardo Garino Granados, Notario.—1 vez.—CE2016005583.—( IN2016052714 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 04 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Total Software Solutions Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de mayo del 2016.—Lic. Analive Azofeifa Monge, Notario.—1 vez.— CE2016005428.—( IN2016052540 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 05 minutos del 09 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Portugalete Quinto A Sociedad Anónima.—San José, 09 de mayo del 2016.—Licda. Blanca Rosa Rodríguez Ruiz, Notaria.—1 vez.—CE2016005584.—( IN2016052715 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 30 minutos del 04 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Estrada Debazach Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de mayo del 2016.—Lic. Álvaro José Meza Lazarus, Notario.—1 vez.—CE2016005429.—( IN2016052541 ). CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 04 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Altituda Verde Pacífico Limitada.—San José, 04 de mayo del 2016.—Lic. Óscar Manuel Funes Orellana, Notario.—1 vez.—CE2016005430.—( IN2016052542 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 30 de abril del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Biomimesis Sociedad Anónima.—San José, 04 de mayo del 2016.—Lic. Ana Lorena Coto Esquivel, Notaria.—1 vez.—CE2016005431.—( IN2016052543 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 02 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Serenidad del Océano Limitada.—San José, 04 de mayo del 2016.—Licda. Ana Patricia Vargas Jara, Notaria.—1 vez.—CE2016005432.—( IN2016052544 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 50 minutos del 04 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Billy Dogs Sociedad de Responsabilidad Limitada.— San José, 04 de mayo del 2016.—Lic. Adrian Echeverría Escalante, Notario.—1 vez.—CE2016005433.—( IN2016052545 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 27 de abril del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Comercializadora Viax Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de mayo del 2016.— Lic. Adrián Alvarenga Odio, Notario.—1 vez.—CE2016005434.— ( IN2016052546 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 04 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Investment Management Experts Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de mayo del 2016.— Lic. Omar Jalil Ayales Adén, Notario.—1 vez.—CE2016005435.— ( IN2016052547 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 04 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Minnesota Irish Gte Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de mayo del 2016.—Lic. Juan Antonio Casafont Álvarez, Notario.—1 vez.—CE2016005436.—( IN2016052548 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 09 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Katanore Sociedad Anónima.—San José, 10 de mayo del 2016.—Licda. María Teresa Urpi Sevilla, Notaria.—1 vez.— CE2016005671.—( IN2016052685 ). Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 10 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Villa Almendro Sociedad Anónima.—San José, 10 de mayo del 2016.—Lic. Darwin Giovanni Williams Anglin, Notario.—1 vez.—CE2016005672.—( IN2016052686 ). NOTIFICACIONES DIRECCION DE INSPECCIÓN De conformidad con los artículos 10 y 20 del “Reglamento para Verificar el Cumplimiento de la Obligaciones Patronales y de trabajadores Independientes”. Por ignorarse el domicilio actual del patrono Servicios de Seguridad Privada y Mantenimiento de Áreas Verdes Sociedad Anónima, número patronal 2-03101577144-001001, se procede a notificar por medio de edicto, que la Sucursal de la Caja Costarricense de Seguro Social de Alajuela, ha dictado el Traslado de Cargos número de caso 1302-2016-578, que en lo que interesa indica: como resultado material de la revisión salarial efectuada, se han detectado omisiones salariales de los trabajadores detallados en hoja de trabajo, folios 0042 a 0043 del expediente administrativo, por el período en estudio que comprenden desde octubre del dos mil cuatro a marzo del dos mil seis, con dos trabajadores. Total de salarios omitidos ¢8.900.397,45, Total de cuotas obreras y patronales de la Caja ¢2.017.720,10. Total de aportaciones de la Ley de Protección al Trabajador ¢511.772,85. Consulta expediente: en esta oficina Alajuela, Ciudad Central, de la esquina sureste de los Tribunales de Justicia cien metros este y veinticinco metros norte, antiguo Hospital San Rafael de Alajuela, se encuentra a su disposición el expediente para los efectos que dispone la Ley. Se les confiere un plazo de diez días hábiles contados a partir del quinto día siguiente de su publicación, para ofrecer pruebas de descargo y para hacer las alegaciones jurídicas pertinentes. Se le previene que debe señalar lugar o medio para oír notificaciones dentro del perímetro administrativo establecido por la Caja, el mismo que para los efectos jurisdiccionales ha establecido la Corte Suprema de Justicia como Primer Circuito Judicial de San José. De no indicar lugar o medio para notificaciones, las resoluciones posteriores al Traslado de Cargos se tendrán por notificadas con solo el transcurso de 24:00 horas contadas a partir de la fecha de resolución. Notifíquese.—Alajuela, 28 de julio del 2016.—Lic. Luis Gerardo Cruz Cruz, Jefe.—1 vez.—( IN2016050561 ). FE DE ERRATAS AVISOS COLEGIO DE LICENCIADOS Y PROFESORES EN LETRAS, FILOSOFÍA, CIENCIAS Y ARTES En la Política POL/PRO-SC01 Trámites de Plataforma de Servicios, política específica C “Trámite de Carné”, punto 3, léase correctamente: Inciso a.2 2. Debe aportar una declaración jurada emitida por un notario público en hoja de seguridad no protocolizada, timbrada y sellada en donde se demuestre la unión de hecho, atendiendo los requisitos del artículo 242 del Código de Familia. Inciso f.2 2. Aportar una declaración jurada emitida por un notario público en hoja de seguridad no protocolizada, timbrada y sellada, y la documentación que demuestre la convivencia mínima de tres años. Junta Directiva.—M.Sc. Lilliam González Castro, Presidenta.—1 vez.—( IN2016056433 ).
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