Agenda Sistémica Programa Educación Especial Agosto 2016 Agenda • Cumplimiento con Estipulación 18 Caso Rosa Lydia Vélez vs DEPR Servicios que ofrece el Programa Derechos de los padres Fase de Daños Pleito de Clase Rosa Lydia Vélez • Implicaciones del incumplimiento con la Sentencia del Caso Rosa Lydia Vélez vs DEPR • Servicios de Asistencia Tecnológica • Re-Evaluaciones Trianuales Cumplimiento con Estipulación 18 Caso Rosa Lydia Vélez vs DEPR Servicios que ofrece el Programa Derechos de los padres Fase de Daños Servicios ofrecidos por el Programa de Educación Especial Incluye salón regular con servicios suplementarios, servicios de salón recurso, servicios en grupos de educación especial a tiempo completo, educación física adaptada, servicios educativos en el hogar, servicios educativos en instituciones juveniles, servicios educativos en hospitales y compras de servicios en escuelas privadas cuando el DE no tiene la alternativa educativa apropiada disponible. Servicios Relacionados Incluye los servicios de asistente de servicios e intérpretes. Servicios Suplementarios y de Apoyo Servicios Educativos Incluye Evaluaciones, adiestramientos y provisión de equipos necesarios para el proceso educativo. Asistencia Tecnológica Incluye evaluaciones y terapias en áreas como Habla y Lenguaje, Terapia Ocupacional, Terapia Psicológica, Terapia Física, según recomendados por el COMPU. Incluye servicios de transportación regular, transportación mediante porteador y becas de transportación. Transportación Esta lista no pretende ser taxativa ya que los servicios a nuestros estudiantes son de acuerdo a las necesidades educativas de estos y las recomendaciones del COMPU. Servicios ofrecidos por el Programa de Educación Especial Incluye salón regular con servicios suplementarios, servicios de salón recurso, servicios en grupos de educación especial a tiempo completo, educación física adaptada, servicios educativos en el hogar, servicios educativos en instituciones juveniles, servicios educativos en hospitales y compras de servicios en escuelas privadas cuando el DE no tiene la alternativa educativa apropiada disponible. Incluye e Habla y L Psicológic Servicios Educativos Incluye Evaluaciones, adiestramientos y provisión de equipos necesarios para el proceso educativo. Asistencia Tecnológica Esta lista no pretende ser taxativa ya que los servicios a nuestros estudiantes son de acuerdo a las necesidades educativas de estos y las recomendaciones del COMPU. Incluy Se Inc tran ¿Dónde localizo los derechos que tienen los padres de los estudiantes del programa de educación especial? • Página del DE: • www.de.pr.gov • www.de.gobierno.pr/files/EE_Derechos_ Padres_de_Estudiantesrev20141006_opt.pdf • Unidad de Servicios al Estudiante, Padres y Comunidad de la Secretaría Asociada de Educación Especial • Centros de Servicios de Educación Especial • Publicaciones en el periódico en los meses de marzo y noviembre Esta presentación recoge un extracto de los Derechos de los Padres no los mismos en su totalidad. La ley “ Individuals with Disabilities Education Improvement Act” (IDEA), según enmendada en 2004 y la Ley Estatal #51, contiene los derechos de los niños y jóvenes con impedimentos y sus padres. Registro Participación en Reuniones Consentimiento de los Padres Copia de Resultados en Evaluaciones Evaluaciones Educativas Independientes Programa Educativo Individualizado Acceso a los Expedientes Querellas y Vistas Administrativas Padres Sustitutos Esta presentación recoge solo un extracto de algunos de los Derechos de los Padres. El documento que los incluye todos puede localizarlo en la página del DE conforme se informa en la plantilla anterior. Implicaciones del incumplimiento con la Sentencia del Caso Rosa Lydia Vélez vs DEPR • Consecuencia inmediata de posibles sanciones monetarias del tribunal por no cumplir con la sentencia por Estipulación del 2002. • A largo plazo, las consecuencias podrían llevar a la comparecencia de funcionarios responsables del incumplimiento para el descubrimiento de prueba y fijar responsabilidad individual con el cumplimiento. • Si el tribunal determina que el incumplimiento se debe a negligencia o inacción de un funcionario particular, este estará sujeto, no solo a las sanciones administrativas que imponga el DE, si no aquellas que imponga el tribunal. Todos estamos sujetos a la jurisdicción del tribunal por ser funcionarios del DE. Participación y responsabilidad de los funcionarios de la agencia • “Es necesario que todos los funcionarios del DE que participen directa o indirectamente en la prestación de servicios de educación especial a los miembros de la clase demandante conozcan la sentencia dictada y las obligaciones del DE en la prestación de servicios a los niños y niñas de educación especial”. • “En la medida en que todos los funcionarios del DE, que de una u otra forma intervienen en la prestación de servicios a los miembros de la clase o en la recopilación de datos para demostrar cumplimiento, tengan el mismo nivel de información del contenido de la sentencia y su alcance se garantiza un mayor cumplimiento con las estipulaciones”. • “También dicho conocimiento permite al DE fijar responsabilidad directa a aquellos funcionarios que por alguna razón no cumplan con la responsabilidad que le corresponda al momento de brindar los servicios a los niños y niñas de educación especial o no cumplan con su obligación de recopilar datos para acreditar cumplimiento”. Fase de Daños Caso Rosa Lydia Vélez vs DEPR • La representación legal del DE y los abogados del pleito de clase acordaron el procedimiento a seguir para que los padres, madres, tutores y encargados de estudiantes puedan presentar, desde el 15 de agosto hasta el 31 de octubre del corriente año, sus reclamaciones por los alegados daños que la agencia les ocasionó, al no proveer los servicios educativos y relacionados correspondientes. • Este nuevo paso constituye la reafirmación de lo que ha sido siempre nuestra posición respecto al pleito de clase de educación especial. Nuestra línea de acción, desde un inicio, ha sido buscar estrategias que nos permitan adelantar y acercarnos a una solución final para el reclamo de décadas de los padres y familiares de nuestros estudiantes con necesidades especiales. Edicto – Fase de Daños • Como parte de la nueva fase, se publicará en cuatro ocasiones un edicto en los principales periódicos del país y cuñas radiales en varias emisoras de alcance nacional. • 14 de agosto de 2016 - El Nuevo Día • 1 de septiembre de 2016 - Primera Hora • 18 de septiembre de 2016 – El Nuevo Día • 30 de septiembre de 2016- El Vocero • El Tribunal ordenó que el edicto debe ser publicado por el Departamento de Educación en los tablones de edictos de las escuelas publicas, desde el 15 de agosto hasta el 31 de octubre de 2016. • La agencia debe facilitar, para quienes lo soliciten, copia del correspondiente expediente con el historial de los servicios recibidos. El DE estará próximamente emitiendo política pública sobre como se manejarán las solicitudes de los expedientes de los estudiantes. Asistencia Tecnológica Asistencia Tecnológica Misión Facilitar el acceso a los servicios de AT a los estudiantes con impedimentos que tengan la necesidad de hacer uso de la misma para una educación apropiada en el ambiente menos restrictivo, que integre la provisión de acomodos, modificaciones, servicios relacionados y las mejores prácticas educativas. Documentación necesaria para someter el referido de Asistencia Tecnológica: • Hoja de Referido con la necesidad del estudiante explícitamente escrita en la Razón del Referido • Guía para referir a Evaluación en AT debidamente cumplimentada en todas sus partes y firmada • Minuta de COMPU describiendo la necesidad hacia la AT • Copia del PEI vigente y actualizado a 10, 20 y 30 semanas • Copia de evaluaciones identificada pertinentes a la necesidad El referido de Asistencia Tecnológica debe llegar al CSEE en diez días o menos, luego de haberse cumplimentado. Documentos para procesar Referido a Re-evaluación en AT • Hoja de Referido • Guía para Referido a Servicios de Asistencia Tecnológica (cumplimentada en todas sus partes y firmada) • Copia completa de la Evaluación en AT anterior y/o de Aval • Copia de Minuta de COMPU describiendo la necesidad, • Copia del PEI actualizado, evidenciando la implementación de equipos provistos. • Informe de uso de los equipos anteriormente recomendados • Inventario de equipo • Evaluación o evaluaciones pertinentes a la necesidad identificada. Documentos necesarios para someter la Solicitud de compra de Equipos Minuta de Discusión de Evaluación en Asistencia Tecnológica o de Aval de CAAT para evaluación privada -desglosando los equipos determinados para compra por el COMPU escolar. La misma debe entregarse al CAAT en un periodo menor a los 10 días laborables del recibo del Informe de Evaluación de AT en la escuela. Tanto el referido a evaluación de Asistencia Tecnológica o referido a servicios de Asistencia Tecnológica, así como la minuta para solicitar la compra de los equipos, pueden enviarlos al correo electrónico de Asistencia Tecnológica del CAAT que le corresponde por área de residencia o llevarlos al CSEE que le correspondiente. A continuación le proveemos los correos electrónicos en donde se deberá enviar la documentación requerida en cada proceso de los servicios de AT a los CAAT’s: • Arecibo: [email protected] • Bayamón: [email protected] • Caguas: [email protected] • • • • • Humacao: [email protected] Mayagüez: [email protected] San Germán: [email protected] Ponce: [email protected] San Juan: [email protected] Proceso de Re-evaluación Trianual Definiciones Importantes: Evaluación Adicional • Es evaluación en disciplina de la salud o relacionada a la salud que se realiza para confirmar la sospecha de una condición concomitante que podría aportar a reducir el aprovechamiento académico de un estudiante. Re-Evaluación • Es el servicio que se define como el proceso mediante el cual se recopila información sobre una persona utilizando pruebas formales, informales y otros medios, incluyendo el análisis sobre servicios provistos en la disciplina (tiempo en servicio y estrategias utilizadas), que analiza la pertinencia y beneficios sobre la continuidad en la provisión del mismo, considerando variables como: origen y severidad de la condición o impedimento, nivel de funcionamiento, funcionamiento mantenido, estrategias intervención utilizadas, presencia de condiciones concomitantes, apoyo del hogar, capacidad de autocorrección, entre otros. • Este proceso de evaluación se realiza después de varios años de servicio y propone dar curso al ofrecimiento de intervenciones relacionadas a lo educativo, continuar con las intervenciones motivo de admisión a los servicios enfocada en las necesidades educativas del estudiante. Este servicio ha de solicitarse considerando la recomendación del especialista que ofrece los servicios. Elegibilidad a los servicios de educación Especial, definición: • La elegibilidad para recibir servicios de educación especial se establece cuando se determina que: 1. El niño o joven tiene un impedimento, según es definido por la legislación federal y estatal aplicable y el impedimento identificado afecta adversamente su aprendizaje y su aprovechamiento escolar (en niños de edad escolar) o su desarrollo y participación en actividades propias de su edad en niños en edad preescolar ; y 2. Por tal razón, necesita educación especialmente diseñada para satisfacer sus necesidades particulares. Proceso de Re-evaluación Trianual • Una vez se lleva a cabo el proceso de determinación de elegibilidad inicial, esta decisión debe revisarse al menos cada tres (3) años periódicamente por el término de tiempo que sea elegible. • De ser necesario, puede ser revisada antes de que transcurran los tres (3) años. • Previo al cumplimiento de los tres años, considerando la fecha de la Determinación de Elegibilidad vigente, el COMPU debidamente constituido considera la discusión del documento titulado Análisis de Información Existente. • En el caso que el COMPU determine que es necesario evaluar a estudiante en algún área específica, se procede al referido correspondiente. • En el caso que el COMPU determine que no es necesaria mayor información puede proceder a completar el documento de determinación de elegibilidad trianual. • Es requerido que este proceso se realice a través del sistema de datos MiPE. Coordinación de Servicios en MiPE Servicios que se coordinarán a través del Sistema MiPE directamente desde la Escuela: • Determinación de elegibilidad Trianual • Referido a evaluación trianual • Referido a reevaluación • Referido a Evaluación Adicional Materiales de Referencia para los procesos en MiPE: • Memorando del 6 de mayo de 2016 - Proceso de Reevaluación Trianual • Mesa de Ayuda del MiPE • (787)773-6204 • (787)773-6207 • (787)773-6152
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